Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Alvaro Escobar Rufatt
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Alejandro Navarro Brain
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN DE LA CULTURA Y DE LAS ARTES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES.
- V. ORDEN DEL DÍA
- TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y CHINA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Tarud Daccarett
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Palma Flores
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Arenas Hodar
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- INTERVENCIÓN : Roberto Leon Ramirez
- INTERVENCIÓN : Rene Aedo Ormeno
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Marcelo Forni Lobos
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO EN MATERIA DE BONIFICACIÓN AL CONTRATO DE APRENDIZAJE. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- DEBATE
- AUTORIZACIÓN A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y CHINA. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PAGO DE DEUDAS POR DERECHOS MUNICIPALES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Mario Venegas Cardenas
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Eduardo Diaz Del Rio
- Carlos Olivares Zepeda
- Sergio Ojeda Uribe
- Jaime Mulet Martinez
- Pedro Araya Guerrero
- Osvaldo Palma Flores
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Carolina Goic Boroevic
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Mario Venegas Cardenas
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- INCENTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA MAPUCHE.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Enrique Estay Penaloza
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Juan Lobos Krause
- Sergio Bobadilla Munoz
- Pablo Galilea Carrillo
- Mario Venegas Cardenas
- Marcelo Forni Lobos
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Gonzalo Arenas Hodar
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Enrique Estay Penaloza
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PAGO DE DEUDAS POR DERECHOS MUNICIPALES.
- VII. INCIDENTES
- RECURSOS PARA PALIAR EFECTOS DE INUNDACIÓN EN UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO. Oficios.
- ADHESION
- Jose Perez Arriagada
- ADHESION
- ANTECEDENTES SOBRE MANEJO DE COMPUERTAS EN LA CENTRAL RAPEL Y EN EL RÍO TENO. Oficios.
- ASFALTADO DE LA RUTA QUE UNE LAS LOCALIDADES DE MÁFIL Y MALIHUE. Oficios.
- CARACTERIZACIÓN PARA LA ESPECIALIDAD DEL BUCEO DENOMINADA “BUZO APNEA”. Oficio.
- NOMINACIÓN DE SEWELL COMO PATRIMONIO MUNDIAL. Oficios.
- REPARACIÓN DE CAMINO DE ACCESO A SECTORES DE COMUNA DE TRAIGUÉN. Oficio.
- ATENCIÓN DE SALUD MENTAL PARA DAMNIFICADOS POR LOS TEMPORALES. Oficio.
- ADHESION
- Jose Perez Arriagada
- ADHESION
- ENVÍO DE PROYECTO DE LEY SOBRE EXIGENCIA EN EMISIÓN DE GASES A VEHÍCULOS INGRESADOS A ZONAS FRANCAS. Oficio.
- ADHESION
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Rosauro Martinez Labbe
- ADHESION
- INTERVENCIÓN DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS EN CONFLICTO DEL MEDIO ORIENTE. Oficio.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO
- Jorge Sabat Gozalo
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Pablo Galilea Carrillo
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO
- INFORMACIÓN SOBRE PUNTAJES PARA ACCEDER A PENSIONES ASISTENCIALES. Oficios.
- ADHESION
- Rosauro Martinez Labbe
- Pablo Galilea Carrillo
- ADHESION
- RECURSOS PARA PALIAR EFECTOS DE INUNDACIÓN EN UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Francisco Chahuan Chahuan
- Mario Bertolino Rendic
- Marcelo Forni Lobos
- Rosauro Martinez Labbe
- Cristian Monckeberg Bruner
- German Verdugo Soto
- Amelia Herrera Silva
- Ximena Valcarce Becerra
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Sergio Aguilo Melo
- Jorge Burgos Varela
- Ramon Farias Ponce
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Sergio Ojeda Uribe
- Ivan Paredes Fierro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- German Verdugo Soto
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- German Becker Alvear
- Mario Bertolino Rendic
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Rosauro Martinez Labbe
- Osvaldo Palma Flores
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Alfonso Vargas Lyng
- Karla Rubilar Barahona
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Enrique Estay Penaloza
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Enrique Estay Penaloza
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 354ª
Sesión 50ª, en miércoles 19 de julio de 2006
(Ordinaria, de 10.39 a 14.53 horas)
Presidencia de los señores Leal Labrín, don Antonio; Burgos Varela, don Jorge; y Pérez Arriagada don José.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
- Autorización a Comisión de la Cultura y de las Artes para sesionar simultáneamente con la Sala 9
- Remisión de proyecto a Comisión de Relaciones Exteriores 9
V. Orden del Día.
- Tratado de Libre Comercio entre Chile y China. Primer trámite constitucional 10
- Modificación del Estatuto de Capacitación y Empleo en materia de bonificación al contrato de aprendizaje. Primer trámite constitucional 46
- Autorización a comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala 49
VI. Proyectos de acuerdo.
- Ampliación de plazo para pago de deudas por derechos municipales 49
- Incentivo para la contratación de mano de obra mapuche 51
VII. Incidentes.
- Recursos para paliar efectos de inundación en Universidad del Bio-Bío. Oficios 54
- Antecedentes sobre manejo de compuertas en la central Rapel y en el río Teno. Oficios 56
- Asfaltado de la ruta que une las localidades de Máfil Malihue. Oficios 57
- Caracterización para la especialidad del buceo denominada “buzo apnea”. Oficio 58
- Nominación de Sewell como patrimonio mundial. Oficios 59
- Reparación de camino de acceso a sectores de comuna de Traiguén. Oficios 60
- Atención de salud mental para damnificados por los temporales. Oficio 60
- Envío de proyecto de ley sobre exigencia en emisión de gases a vehículos ingresados a zonas francas. Oficio 61
- Intervención del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en conflicto del Medio Oriente. Oficio 62
- Información sobre puntajes para acceder a pensiones asistenciales. Oficios 63
Pág.
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República mediante el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73, de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación. (boletín N° 3224-04) 64
2. Informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, especialmente ampliada por acuerdo de Sala, recaídos en el proyecto de acuerdo con urgencia “simple”, que Aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Chile y la República Popular China, y su Anexos, suscrito e n Busan, Corea del Sur, el 18 de noviembre de 2005. (boletín N° 4170-10) 64
3. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de acuerdo con urgencia “simple”, que Aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Chile y la República Popular China, y su Anexos, suscrito en Busan, Corea del Sur, el 18 de noviembre de 2005 (boletín N° 4170-10) 83
4. Segundo informes de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recaído en el proyecto, con urgencia “simple”, que crea el instituto Nacional de Derechos Humanos. (boletín N° 3878-17) 87
5. Segundo informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, con urgencia “simple”, que crea el instituto Nacional de Derechos Humanos. (boletín N° 3878-17) 110
6. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Sepúlveda, don Roberto, Chahuán, Bertolino, Forni, Martínez, Monckeberg, don Cristián, Verdugo, y de las diputadas señoras Herrera, doña Amelia y Valcarce, doña Ximena, que modifica el artículo 458, del Código Procesal Penal, con el objeto de evitar que el imputado sujeto a prisión preventiva, sea enviado a un establecimiento psiquiátrico antes de recibirse los informes médicos. (boletín N° 4347-07) 113
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Ascencio, Aguiló, Burgos, Farías, Jiménez, Ojeda y Paredes, que incluye en la ley N° 19.962, sobre eliminación de ciertas anotaciones prontuariales, a los condenados por tribunales ordinarios. (boletín N° 4348-17) 114
8. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Verdugo, Álvarez-Salamanca, Becker, Bertolino, García, Martínez, Palma, Sepúlveda, don Roberto; Vargas y de la diputada señora Rubilar, doña Karla, que modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, con el objeto de evitar la congestión que se produce en la atención de los usuarios. (boletín N° 4349-18) 115
9. Proyecto iniciado en moción del diputado señor Estay, que modifica el Código Penal limitando el alcance de la irreprochable conducta anterior. (boletín N° 4350-07) 118
Pág.
10. Proyecto iniciado en moción del diputado señor Estay, que modifica el Código de Procedimiento Civil para incluir el correo electrónico como medio de notificación judicial. (boletín N° 4351-07) 119
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1 Oficios.
- De la Comisión Especial de la Cultura y de las Artes por el cual comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, procedió a elegir como su Presidente al diputado señor Escobar, y acordó sesionar los días martes de 15,30 a 17 horas.
- De la Comisión de la Cultura y las Artes por el cual solicita el asentimiento de la Corporación para sesionar los días jueves de 11 a 12 horas.
Contraloría General de la República:
- Diputado Martínez, investigación sobre calidad de viviendas ubicadas en la población Laguna Blanca, comuna de Yungay.
- Diputado Alvarado, información respecto de auditoría realizada a la Municipalidad de Ancud.
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputado Jarpa, inclusión de comuna de Chillán en Plan Cuadrante de Carabineros.
Ministerio de Obras Públicas:
- Diputado Araya, información sobre licitación de planta de tratamiento de aguas servidas de Calama, sus características técnicas, fiscalización y empresa que la construyó.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (116)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami, Gumucio Marco PS V 10
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Farías Ponce, Ramón PPD RM 30
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Turres Figueroa, Marisol UDI X 57
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Asistieron, además, la ministra secretaria general de la Presidencia , señora Paulina Veloso, y los ministros de Relaciones Exteriores , señor Alejandro Foxley, y del Trabajo y Previsión Social, señor Osvaldo Andrade.
-Concurrió, también, el senador Alejandro Navarro.
-Diputados en misión oficial: señores Claudio Alvarado Andrade y Eduardo Saffirio Suárez.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.39 horas.
El señor LEAL (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor LEAL (Presidente).- El acta de la sesión 45ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 46ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor LEAL (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
El señor LEAL (Presidente).- Quiero saludar a la diputada Denise Pascal y al diputado Jorge Tarud, quienes, de acuerdo con los registros de la Mesa, están hoy de cumpleaños.
Muchas felicidades y cariños para ambos.
-Aplausos.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN DE LA CULTURA Y DE LAS ARTES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor LEAL ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión Especial de la Cultura y de las Artes para sesionar los jueves de 11.00 a 12.00 horas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES.
El señor LEAL (Presidente).-
Por un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Marcelo Forni.
El señor FORNI.-
Señor Presidente , ayer, la Comisión de Relaciones Exteriores, con la firma de todos sus integrantes, acordó solicitar que le sea remitido el proyecto de ley que suprime la incompatibilidad de los hijos de diplomáticos para acceder a la Academia Diplomática de Chile, actualmente radicado en la Comisión de Gobierno Interior.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Parece bastante razonable la propuesta de la Comisión de Relaciones Exteriores.
¿Habría acuerdo para acceder a ella?
Acordado.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Pido la palabra.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor DÍAZ (don Marcelo).-
Señor Presidente , hace algunas semanas, junto con el diputado señor Francisco Encina , presentamos un proyecto sobre medidas de desarrollo para la Tercera y Cuarta regiones, respecto del cual -entiendo- hay dudas de constitucionalidad.
En virtud del artículo 14 del Reglamento, solicito tratar en esta sesión su constitucionalidad.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señor diputado , se dará cuenta de ese proyecto en la sesión de mañana, oportunidad en la cual su señoría podrá referirse al punto.
V. ORDEN DEL DÍA
TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CHILE Y CHINA. Primer trámite constitucional.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los gobiernos de la República de Chile y la República Popular China y sus anexos, suscrito en Busan, Corea del Sur, el 18 de noviembre de 2005.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, especialmente ampliada por acuerdo de la Sala, es el señor Jorge Tarud, y de la Comisión de Hacienda es el señor Alberto Robles.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 4170-10, sesión 21ª, en 9 de mayo de 2006. Documentos de la Cuena N° 1.
-Informes de la Comisión Especial de Relaciones Exteriores, Hacienda y Agricultura, y de Hacienda. Documentos de la Cuenta N°s 2 y 3, respectiva, de esta sesión.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor TARUD .-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, especialmente ampliada para el estudio del proyecto de acuerdo aprobatorio, informo sobre el tratado internacional de libre comercio celebrado con la República Popular China.
Previamente me es grato manifestar como presidente de la Comisión, a la cual se integraron distinguidos colegas de otras comisiones, que ella cumplió su cometido en forma profesional, de lo cual me siento muy honrado.
En el informe escrito, que los colegas tienen en su poder, se proporcionan amplios antecedentes, entre otras cosas, sobre los alcances de este instrumento internacional, el contexto político-económico en el que se inserta su celebración y las diversas opiniones que se recibieron de representantes del Gobierno y del sector privado, todas ellas favorables, con matices, a la aprobación del tratado, con excepción de la Central Unitaria de Trabajadores, que fue la única que formuló observaciones contrarias a los efectos económicos y laborales que estos instrumentos producen en el país. También se acompaña un estudio de la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales, Direcon, sobre las oportunidades que el tratado de libre comercio ofrece a las diversas regiones, las cuales pueden ser analizadas por los honorables diputados en lo que interesa a sus distritos.
En mi intervención haré una reseña general sobre los aspectos políticos, económicos y normativos que me parecen convenientes destacar.
Previo a entrar al fondo, debo señalar que el tratado internacional en trámite no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado, juicio respaldado en el informe de la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Comisión aprobó el proyecto de acuerdo por la mayoría de 20 votos a favor, 1 en contra y una abstención. Del detalle de la votación se da cuenta en el informe escrito entregado a la Honorable Cámara.
Como señala el mensaje de su excelencia la Presidenta de la República , la celebración de este tratado se inserta en la política comercial chilena orientada a establecer una economía nacional abierta y competitiva, fundada en los tres elementos siguientes:
a) La apertura unilateral de nuestra economía mediante la disminución progresiva de los aranceles a los productos importados, hasta llegar al 6 por ciento actual.
b) La celebración de acuerdos de libre comercio con la Unión Europea; con Nueva Zelanda, Singapur y Brunei, también conocido como el P4; con Estados Unidos de América; con el Área Europea de Libre Comercio, Efta; con la República de Corea; con México ; con Canadá y con los países de Centroamérica; más los acuerdos de complementación económica, ACE, suscritos con el Mercosur, Bolivia , Perú, Ecuador , Colombia , Venezuela y Argentina, y el firmado con la República de India, que se tramita paralelamente al TLC que se informa en este acto.
La celebración de estos acuerdos comerciales ha permitido que el comercio exterior de Chile se encuentre asociado al 75 por ciento del producto económico mundial, con la consiguiente diversificación de nuestras exportaciones, y que cuente con reglas claras, ciertas y permanentes para el comercio de bienes y servicios y para el flujo de los capitales.
c) Por último, la política comercial chilena ha contemplado la participación en foros y acuerdos multilaterales, como el Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico, Apec, y la Organización Mundial del Comercio, OMC, escenario, este último, en el que Chile fue un activo promotor de la incorporación de China a la Organización Mundial de Comercio.
Precisamente, en el marco de la estrategia comercial y económica, la integración con los países de la región Asía-Pacífico de nuestro país ha pasado a ser prioritaria, lo que fue ratificado en 2004, cuando Chile fue sede del foro Apec. De hecho, el Asia-Pacífico representará en 2006 alrededor del 35 por ciento de nuestras exportaciones.
En ese contexto, nuestro país ha celebrado el tratado de libre comercio con la República Popular China, que se informa en este acto.
Este tratado permitirá consolidar el proceso de inserción de nuestra economía en la economía internacional, globalizada y competitiva, en la que la República Popular China es la cuarta economía mundial, con un promedio de 9 por ciento de crecimiento anual, que le ha permitido cuadruplicar el tamaño de su economía en los últimos 25 años, proyectándola hacia el futuro con un potencial de impredecibles alcances.
Remarca el mensaje que la República Popular China, en los últimos años, se ha convertido en el segundo socio comercial de Chile, desplazando a otros socios tradicionales de nuestro país. Precisa que, en 2005, el intercambio comercial bilateral alcanzó la histórica cifra de 6.929 millones de dólares, lo que revela la enorme oportunidad que el tratado de libre comercio abre al desarrollo de nuestro país.
La iniciativa de negociar este tratado corresponde a la República Popular China, manifestada en junio de 2002, y su negociación le ha permitido celebrar el primer tratado de libre comercio con un país no asiático.
Al tenor del mensaje, entre los motivos que explican el que la República Popular China haya elegido a nuestro país como su primer socio en este tipo de tratados, está el 35° aniversario de las relaciones diplomáticas bilaterales, pues Chile fue el primer país en Sudamérica y, el segundo en Latinoamérica, en establecerlas.
Como méritos importantes de esta negociación se agregan el que Chile se ha asociado al país que tiene el mayor PIB mundial y el reconocimiento de Chile como un país con elevados índices de transparencia, de solidez institucional y de equilibrios macroeconómicos, que lo convierten en un socio comercial atractivo y confiable.
Se indica, además, que el tratado en trámite constituye una primera etapa de negociaciones que debieran ser ampliadas en el futuro al comercio de servicios y a las inversiones, lo que debiera permitir, según se desprende del mensaje, que los chilenos podrán aprovechar todas las ventajas derivadas de una asociación plena con la economía de mayor potencial en el mundo.
Por otra parte, se hace notar que el tratado, cuyo contenido se reseñará más adelante, es una herramienta que permitiría a nuestro país constituirse en un puente entre las economías de Asia y sus países vecinos, lo que se debería utilizar para promovernos como plataforma de inversiones asiáticas en la región.
La Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores ( Direcon ) ha precisado que, con la ampliación comprometida a los ámbitos de servicios e inversiones, Chile apuesta a ser la puerta de entrada a las inversiones chinas en la región, sectores de en energía, minería, infraestructura y agricultura.
Agrega la Direcon que en todas esas áreas, la inversión de la República Popular China en América Latina se estima que tendrá un crecimiento sostenido en los próximos años, por cuanto son sectores estratégicos para el plan de desarrollo que impulsa ese país. Así lo grafica un conjunto de proyectos que ya se están llevando a cabo. Por ejemplo, la Cepal identifica que en Venezuela existen proyectos por cuatro mil millones de dólares relacionados con el abastecimiento energético (petróleo y gas); en Colombia, la República Popular China proyecta la construcción de tuberías desde los puertos del Pacífico hasta Venezuela, para abaratar los costos de transporte de petróleo; con Brasil, busca una alianza de exportación petrolera, lo mismo que con Argentina.
Por otro lado, indica que en Brasil la República Popular China pretende invertir cinco mil millones de dólares en infraestructura ferroviaria para disminuir los costos de transporte interno de la soya, a lo que se sumarían sus grandes inversiones en la explotación minera en estos y otros países de la región.
Respecto de los beneficios, la Direcon señala que el tratado permitirá potenciar fuertemente las exportaciones de nuestros productos agrícolas, ganaderos, forestales y pesqueros, cambiando así la actual concentración en el cobre y la celulosa.
Desde otro punto de vista, ampliará el mercado al que accederán preferentemente las exportaciones de nuestro país, con el consiguiente beneficio para el crecimiento y el empleo. Según informa la Direcon, antes de este tratado Chile tenía acceso preferencial a casi el 70 por ciento del PIB mundial. Hoy, esa cifra se eleva a 75 por ciento, convirtiéndonos en el país más integrado al mundo.
Con este TLC, el 92 por ciento de las exportaciones de Chile a la República Popular China se beneficiarán con una desgravación inmediata, esto es, desde el primer día de vigencia del acuerdo. Lo anterior, contra sólo un 50 por ciento de las exportaciones chinas a nuestro país.
El acceso de los productos de Chile a la República Popular China y viceversa, quedó clasificado en categorías de desgravación inmediata, a uno, cinco y diez años, y exclusiones.
Entre los productos chilenos a los que la República Popular China otorgó desgravación inmediata y a cinco años, y que se verán muy beneficiados con el TLC, destacan: cobre y otros minerales, hortalizas, aceites de pescado, pollos, cerdos, ciruelas, camarones congelados, duraznos y nectarines frescos, quesos, cerezas, duraznos en conserva y pastas de tomate. Además, se logró que productos declarados de alta sensibilidad por la República Popular China, como salmones frescos y congelados, uvas y manzanas, quedaran con una desgravación a diez años, en lugar de los quince que había solicitado.
Asimismo, nuestro país logró que productos sensibles para Chile, como los cementos, algunos químicos, los guantes quirúrgicos y ciertos productos del sector textil y confecciones quedaran dentro de la categoría de diez años. Los productos altamente sensibles para Chile quedaron excluidos del tratado; en total, 152 productos, entre los que se cuentan los agrícolas sujetos a banda de precios -trigo, harina y azúcar-, algunos del rubro textiles y confecciones, los metalúrgicos y los de línea blanca.
Se precisa que, con el objeto de proteger a los sectores sensibles de nuestra economía, se pactó excluir del tratado el 3 por ciento de los envíos de la República Popular China a Chile. Esta cifra asciende a 1 por ciento en el caso de los productos chilenos a ese país. Los consumidores chilenos se beneficiarán con bienes que no se producen en nuestro país y que tendrán desgravación inmediata, tales como maquinarias, computadores, impresoras, automóviles, celulares y DVD's, entre otros.
Finalmente, la Direcon señala que la sociedad chilena se verá favorecida por las rebajas arancelarias, al aumentar su ingreso disponible y acceder a una amplia variedad de bienes de consumo a precios muy competitivos. En efecto, el mayor crecimiento inducido por este TLC debiera promover mejores oportunidades de empleo y de salario, contribuyendo a incrementar el ingreso real disponible de la población.
Un ámbito de la cooperación chileno-china que interesó vivamente a la Comisión fue el relativo al compromiso de desarrollar la pequeña y mediana empresa, pymes. Al tenor de lo convenido, estará orientado a compartir experiencias y buenas prácticas, de manera de promover su desarrollo y su asociación a cadenas productivas vinculadas; a mejorar la productividad y el desarrollo de capacidades que aumenten su acceso a los mercados; a integrar tecnología a sus procesos de trabajo y a desarrollar capacidades en sus recursos humanos destinadas a aumentar su conocimiento de los mercados chino y chileno.
Para tales efectos, se enumeran diversas actividades que podrán ser desarrolladas por las partes, entre ellas, conferencias, seminarios, diálogos y programas de entrenamientos de expertos.
Respecto a la cooperación en el ámbito de las pymes, la Direcon señala que se desarrollarán iniciativas para aprovechar las oportunidades comerciales que generará el TLC, en coordinación con otras agencias del Estado, con el objeto de realizar programas y actividades orientadas fundamentalmente a los sectores con menos acceso a la información tales como las pymes y las regiones. Entre otros, se organizarán foros anuales de encuentros de empresarios de ambos países, visitas de pequeños empresarios a China, orientadas a la generación de lazos e intercambio de tecnologías y experiencias.
Por último, a propósito de las observaciones del Instituto Textil de Chile, en la Comisión hubo consenso en admitir que las importaciones irregulares de productos textiles pueden generar una competencia desleal perjudicial al sector nacional, de manera que, por unanimidad, se solicitó al ministro de Hacienda que tuviera a bien ordenar un estudio de las modificaciones legales que fueren necesarias para reforzar las atribuciones del Servicio Nacional de Aduanas y de la Comisión Nacional de Distorsiones a la Importación en la persecución de la responsabilidad penal y tributaria de quienes incurran en importaciones que impacten negativamente en el mercado interno y en la recaudación fiscal.
Respecto de las observaciones de las entidades representativas del sector agrícola, como la Sociedad Nacional de Agricultura, SNA, y el Consorcio Agrícola del Sur, CAS, la Comisión acordó solicitar al ministro de Relaciones Exteriores la pronta negociación de los protocolos zoo y fitosanitarios para evitar barreras paraarancelarias que frustren los propósitos de este TLC, y al ministro de Agricultura para que estudie y proponga las modificaciones legales y presupuestarias que permitan fortalecer las facultades de fiscalización y control del Servicio Agrícola y Ganadero, SAG.
En cuanto a las observaciones de la Confederación de la Producción y el Comercio, CPC, y del Comité Empresarial Chile-China, la Comisión acordó solicitar al ministro de Relaciones Exteriores la negociación, a la brevedad, de los acuerdos de este TLC que regulen los servicios e inversiones, complementos indispensables para dar a dicho instrumento el alcance adecuado al pleno desarrollo de todas sus potencialidades comerciales, financieras y productivas, y a los señores ministros de Relaciones Exteriores y de Economía , Fomento y Reconstrucción para que consideren la conveniencia de negociar un acuerdo pesquero con la República Popular China, con el objeto de regular la actividad pesquera industrial en las aguas adyacentes a los espacios marítimos de jurisdicción nacional.
Por los antecedentes expuestos, la Comisión decidió, por 20 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, aprobar este tratado que ofrece tantas oportunidades para el desarrollo de nuestra economía y el progreso de nuestro pueblo.
Por último, quiero señalar que para este diputado informante ha sido un honor dirigirse a esta honorable Sala, después de haber tenido el privilegio y el honor de representar al Estado y a la nación chilena como embajador en la República Popular China.
Creo que este acuerdo es conveniente para Chile, porque se suscribe con un país que hoy es una potencia mundial y que en las próximas décadas será una superpotencia, pero que demuestra un gran interés en nuestro país.
Por lo tanto, llamo a mis colegas a aprobar el proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Solicito autorización para que pueda ingresar a la Sala el señor Carlos Furche, Director General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería , ya que ha trabajado directamente en el tratado de libre comercio con China.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar el proyecto de acuerdo que aprueba el tratado de libre comercio entre Chile y la República Popular China, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un mensaje de su excelencia la Presidenta de la República.
Asistieron a la Comisión los señores Andrés Velasco , ministro de Hacienda ; Alejandro Foxley , ministro de Relaciones Exteriores ; Álvaro Rojas , ministro de Agricultura ; Carlos Furche , director general de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería , y asesores de las carteras de Hacienda, de Relaciones Exteriores y de Agricultura.
El objeto de la iniciativa es la aprobación del tratado de libre comercio entre los gobiernos de la República de Chile y de la República Popular China, y sus anexos.
Antecedentes proporcionados en el mensaje destacan el papel que le ha correspondido a la inserción comercial de Chile en el escenario económico mundial, lo que se ha concretado a través de la apertura unilateral que reduce los aranceles progresivamente y mediante la negociación de tratados comerciales.
Las oportunidades derivadas de los tratados comerciales negociados por nuestro país han permitido diversificar las exportaciones y contar con reglas claras, ciertas y permanentes para el comercio de bienes y servicios, y para el flujo de capitales. En la actualidad, más del 70 por ciento del comercio exterior de Chile goza de las ventajas de los acuerdos comerciales que nuestro país ha suscrito.
Asimismo, se hace presente la incidencia de las exportaciones en el producto interno bruto, lo que ha aumentado en 10,3 por ciento anual durante el período 1998-2004.
En el ámbito de la inserción de Chile en el Asia-Pacífico, se destaca la importancia de China, país que se proyecta como una economía de gran potencial. En efecto, con sus 1.300 millones de habitantes, China es hoy la cuarta economía del mundo. En los últimos 25 años ha crecido a un promedio de 9 por ciento anual. En relación con Latinoamérica, en particular con nuestro país, se observa como el surgimiento de China se ha ido reflejando en una vinculación de grandes proyecciones. China, en el último tiempo, se ha convertido en el segundo socio comercial de Chile. Cabe destacar que durante el año 2005, el intercambio comercial entre Chile y China alcanzó la histórica cifra de 6.929 millones de dólares.
El tratado con China abre un enorme abanico de oportunidades al país, no obstante constituir una primera etapa este acuerdo de libre comercio, ya que se contempla la ampliación del tratado a futuro con liberalización del comercio de servicios y de las inversiones.
El acuerdo con la República Popular China consta de un preámbulo, catorce capítulos y ocho anexos, que abordan temas comerciales, institucionales y de cooperación.
Haré una breve reseña de los aspectos más relevantes del instrumento internacional citado, que dicen relación con el cometido de esta Comisión.
En cuanto al libre comercio de bienes, cabe señalar que es un acuerdo de cobertura amplia, ya que casi todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las partes dentro de un plazo máximo de 10 años. Además, se estableció la consolidación de los aranceles para las partes, junto con compromisos de no imponer medidas paraarancelarias que puedan afectar el comercio entre los países signatarios.
También se adoptó el acuerdo de eliminar los subsidios a las exportaciones de productos agrícolas entre los socios y promover su eliminación en el ámbito multilateral.
Las categorías de desgravación arancelaria son: inmediata, a un año, a cinco años, a diez años y exclusión. Según cifras del año 2004, el 92 por ciento de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado desde la entrada en vigencia del acuerdo; en 10 años, el 7 por ciento, y en exclusión, el 1 por ciento.
En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorga a China, el 50 por ciento de las importaciones podrá ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Acuerdo; en cinco años, el 21 por ciento; en diez años, el 26 por ciento, y en exclusión el 3 por ciento del comercio.
Además, se consideran períodos largos de desgravación arancelaria y exclusiones para los sectores productivos sensibles de nuestro país. En el grupo de productos excluidos están los textiles, las confecciones y los productos de la industria metalmecánica. También se consideraron en esta categoría los productos incluidos en las bandas de precios: trigo, harina de trigo y azúcar.
Se excluyeron del tratado los neumáticos recauchados, algunos productos textiles y confecciones, alambres de hierro, tornillos y tuercas, cocinas, refrigeradores y congeladores, entre otros, los que habían sido identificados por el sector productivo nacional como sensibles ante la competencia de productos importados desde China.
En el capítulo IV, relativo a las Reglas de Origen, se regulan los siguientes elementos: 1) Criterios para la calificación de los bienes como originarios; 2) Operaciones que no confieren origen; 3)Acumulación; 4) De minimis; 5) Elementos neutrales usados en la producción; 6) Materiales de empaque para la venta al detalle o para el transporte; 7) Tránsito a través de terceros países y 8) Exposiciones.
Se establecen tres criterios fundamentales para que las mercaderías adquieran el carácter de originarias: (i) totalmente obtenidas, (ii) 40 por ciento de valor de contenido regional, (iii) reglas específicas para un grupo de productos que incluyen cambio de clasificación arancelaria o valor de contenido regional de 50 por ciento. Se permite la acumulación de materiales y se establece una regla “de minimis” de 8 por ciento.
En el anexo 3 se establecen reglas de origen específicas para un grupo de productos. Cabe destacar que los sectores considerados sensibles quedaron con una norma de origen más estricta que la norma general.
En cuanto a los procedimientos aduaneros, la certificación de origen se realiza por parte de una entidad oficial, que será, en el caso de Chile, la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería, por medio de un certificado de origen, y en el de China, la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena .
El capítulo relativo a las barreras técnicas al comercio establece medidas de transparencia que permiten el intercambio de información acerca de los procedimientos de evaluación de la conformidad, es decir, respecto de los procedimientos utilizados para determinar si las medidas se cumplen, tales como los derechos que se imponen, listas de productos sujetos a evaluación de la conformidad obligatorios, entre otros. También se establecen procedimientos de notificación de los proyectos de reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, con plazos que permitan la recepción de comentarios.
Se plantea la identificación de iniciativas bilaterales que sean apropiadas para asuntos o sectores determinados. En particular, se identifica la realización de un estudio de factibilidad en relación a la posibilidad de convenir un acuerdo de reconocimiento mutuo, tomando como referente, dentro de lo posible, al Apec.
Especial atención se le otorga a la cooperación bilateral en aquellos casos de productos que requieren pasar por un proceso de autorización previo a su ingreso al territorio de la otra Parte, particularmente cuando han sido objeto de rechazo. Este proceso de cooperación se canalizará a través de un Comité que se constituirá cuando entre en vigencia el Tratado y al cual ya se le han asignado preliminarmente programas de trabajo en algunas áreas específicas.
En cuanto a las medidas sanitarias y fitosanitarias, se confirma la intención de mantener y fortalecer la implementación del Acuerdo de Aplicación en Materias Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio y la aplicabilidad de los estándares internacionales, las pautas y las recomendaciones desarrolladas por las organizaciones internacionales relevantes, como la Organización Mundial de Sanidad Animal, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y el Codex Alimentarius. Además, las Partes acordaron establecer un Comité en Materias Sanitarias y Fitosanitarias que incluirá representantes de las autoridades competentes de ambos países.
El capítulo IX, sobre transparencia, contempla reglas generales aplicables supletoriamente a todas las materias cubiertas por el Tratado. Cada parte se obliga a publicar sus normas legales y resoluciones administrativas de aplicación general, notificar al otro país cualquier medida que pueda afectar sustancialmente sus intereses o el funcionamiento del Tratado y responder las preguntas de la otra parte relativas a cualquier medida vigente o en proyecto.
En materia de solución de controversias, el referido procedimiento considera tres instancias. La primera es la de consultas o negociaciones directas entre las partes. La segunda considera la intervención de la Comisión de Libre Comercio. Por último, la tercera etapa se inicia con el establecimiento de un tribunal arbitral, de naturaleza ad hoc y compuesto de tres árbitros, el cual deberá determinar si una parte ha incumplido sus obligaciones y, eventualmente, presentar su decisión final. Además, incorpora los estándares de la Organización Mundial de Comercio en lo referente al cumplimiento y retorsión en caso de incumplimiento de la decisión del Tribunal Arbitral.
En el plano institucional del Tratado se incorpora la Comisión Mixta del Acuerdo Comercial suscrito por ambas naciones el 20 de abril de 1971 y, por otra parte, se crea la Comisión de Libre Comercio.
En el ámbito de la cooperación se abarcan las siguientes áreas: cooperación económica, investigación científica y tecnológica, educación, cooperación en pequeñas y medianas empresas, cooperación cultural, propiedad intelectual, inversiones, minería y, además, hace referencia a un memorando de entendimiento en materias laborales y un acuerdo de cooperación ambiental, el cual se encuentra en negociación.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 8 de mayo de 2006, señala que este tratado contempla una desgravación progresiva del comercio con la República Popular China que, en el caso de las exportaciones de ese país a Chile, se lleva a cabo en varias etapas desde la aprobación de esta iniciativa y en un plazo máximo de 10 años.
Agrega que su impacto financiero se ha estimado suponiendo que el crecimiento esperado de las importaciones provenientes de ese país será, durante el año en curso, equivalente al crecimiento experimentado por estas durante el período enero-marzo del presente año respecto de igual período del año anterior. Esta variación alcanza a 36,9 por ciento. Para 2007 se supone que las importaciones moderarán su ritmo de crecimiento a una tasa cercana al 50 por ciento de la proyectada para 2006. El efecto sobre los ingresos fiscales, por la aplicación de este Tratado en régimen, se ha dimensionado a partir del monto de importaciones proyectadas para 2007. Por otra parte, se supone que la tasa media arancelaria que pagarán las importaciones provenientes de la República Popular China tendrá una trayectoria decreciente en el tiempo, pasando desde el 6 por ciento actual a 2,5 por ciento en el segundo semestre de 2006, a 2,1 por ciento en 2007, hasta llegar a un nivel de 0,2 por ciento en régimen.
Plantea, asimismo, que suponiendo que este Tratado entre en vigencia en julio de 2006, la pérdida fiscal para el año en curso por aranceles e IVA de importaciones ascendería a 72,9 millones de dólares, elevándose este costo a 190,4 millones de dólares durante 2007. En régimen, la pérdida de ingresos fiscales se elevaría hasta 283,3 millones de dólares anuales, cifras todas expresadas en dólares de 2006.
En el debate de la Comisión intervinieron los ministros señores Andrés Velasco , Alejandro Foxley y Álvaro Rojas , para exponer los puntos relevantes del Tratado de Libre Comercio en informe desde sus respectivos ámbitos ministeriales.
El ministro señor Velasco enfatizó los efectos fiscales envueltos en el Tratado, que en régimen implican una pérdida que se elevaría a 283,3 millones de dólares anuales. Precisó que la modificación legal que mantuvo el IVA en 19 por ciento permite las compensaciones necesarias para paliar estos menores ingresos fiscales para el Estado.
El ministro señor Foxley , por su parte, destacó el potencial que representa tener un socio comercial del nivel de China, que en 25 años más será probablemente la primera economía del mundo.
Explicó la evolución favorable que han tenido las relaciones entre ambos países desde 1970 en adelante y que han derivado en una estrecha convergencia en políticas comerciales a favor del libre comercio, expresadas en organismos multilaterales y conferencias de comercio.
También hizo presentes las oportunidades que tendrá Chile para diversificar el comercio. Consideró, por último, que se trata de un desafío para todas las empresas chilenas en orden a buscar la asociatividad tanto en el ámbito nacional como latinoamericano.
El ministro señor Rojas puso énfasis en los desafíos que vienen para su sector y en los compromisos asumidos por ambos países en relación con las barreras técnicas al comercio y las medidas sanitarias y fitosanitarias.
Diversos señores diputados manifestaron en la Comisión sus felicitaciones a los equipos negociadores del Tratado por la labor cumplida y plantearon la conveniencia de profundizar, tanto por el sector público como privado, en la materialización de instrumentos adecuados para conseguir que los frutos del Tratado se manifiesten en hechos concretos a la brevedad.
La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del Tratado, sus anexos y notas, que son aprobadas mediante el proyecto de Acuerdo en informe.
Teniendo presentes los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, fue sometido a votación el artículo único del proyecto de Acuerdo propuesto por la Comisión técnica, el que fue aprobado por los diputados señores Álvarez, don Rodrigo ; Becker, don Germán ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Súnico, don Raúl ; Tuma, don Eugenio , Von Mühlenbrock, don Gastón y quien les habla.
El informe fue aprobado en sesión de fecha 18 de julio de 2006.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
En discusión.
Señores diputados, como hay varios inscritos para hacer uso de la palabra, propongo otorgar siete minutos por diputado, porque colegas de todas las bancadas me han pedido aprobar rápidamente el proyecto que modifica el Estatuto de Capacitación y Empleo en materia de bonificación al contrato de aprendizaje.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , es indiscutible la responsabilidad que hemos tenido en esta Cámara, sobre todo en la Comisión de Relaciones Exteriores, para analizar y luego aprobar distintos tratados de libre comercio, de gran importancia.
En verdad, siempre hemos entendido que todos los tratados de libre comercio de alguna manera posibilitan que nuestro país tenga una “sólida economía”. Digo esto último, porque si bien hemos obtenido grandes logros económicos, no se han traducido en hechos concretos para terminar con la desigualdad y la pobreza. Por otro lado, cuando hablamos de China comunista, quizás pueden haber sentimientos encontrados y más de una diferencia en lo político.
Me explico. No podemos dejar pasar, menos en este debate, que estamos hablando de un país que, aun cuando siempre ha tenido buenas relaciones con Chile, en su política interna no ha respetado los derechos humanos, los cuales son defendidos con mucho ímpetu por la Izquierda, situación en la que demuestra un doble estándar, porque cuando se trata de Cuba y de China comunista se abstiene de criticarlos.
Al margen de estas consideraciones y de que estamos hablando de un país en el cual no hay democracia ni se respetan los derechos humanos, hoy debemos abocarnos a una cuestión económica y las cosas hay que decirlas por su nombre. Por eso, menciono los sentimientos encontrados al referirme a este tema y dar mi voto favorable, porque Chile ha demostrado tener una economía abierta, que le ha permitido integrarse a la globalización del mundo y, por supuesto, mejorar sus índices de crecimiento. Pero, repito, esos grandes éxitos económicos no se han traducido en terminar con la desigualdad y la pobreza en el país.
En cuanto al proyecto de acuerdo, el tratado no sólo es un paso importante en las relaciones comerciales con un país de grandes proyecciones y posibilidades como China, sino también un ejemplo para el resto de los países de la región en cuanto a apertura económica y política comercial, pues éste es el primer tratado de libre comercio que firma China con un país no asiático.
China será, sin duda, uno de los principales protagonistas de la economía mundial en los próximos años. Sus condiciones demográficas, acompañadas de sólidas tasas de crecimiento, convertirán a China, de aquí a algunos años más, en una de las mayores potencias económicas mundiales, como lo manifestaron los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra cuando rindieron los informes correspondientes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda.
Chile no se ha mantenido al margen del surgimiento de ese gigante. Hace quince años, las importaciones chilenas de productos chinos ascendían a 57 millones de dólares y nuestras exportaciones hacia China apenas superaban los 30 millones de dólares. En 2005, las importaciones llegaron a 2.500 millones de dólares y nuestras exportaciones superaron los 3.500 millones de dólares.
El primer tema a analizar en este acuerdo de libre comercio con China es la rebaja arancelaria pareja de 6 por ciento a los productos chinos, la cual no debería presentar mayores problemas en industrias donde los chinos tengan claras ventajas comparativas. Eso se debería en gran parte a que el nivel inicial de tarifas es bastante bajo.
Las ventajas en los costos de los chinos en sectores como el textil, calzado, vestuario, juguetes y artículos electrónicos son tan grandes que la rebaja arancelaria de 6 por ciento no debería presentar un aumento considerable en la penetración de artículos chinos en estas industrias. Las industrias domésticas en estos sectores están en riesgo aun sin la existencia de un tratado de libre comercio y, a no ser que logren diferenciar sus productos o consolidar pequeños nichos de mercado, esta situación será difícil de revertir.
Los aranceles para los productos chilenos en China varían bastante. Sin embargo, nuestras principales exportaciones a ese país enfrentan aranceles más bien bajos. Por ejemplo, minerales de cobre y sus concentrados y pasta química conífera, cero por ciento de arancel; otras exportaciones importantes, como harina de pescado, sólo 2 por ciento de arancel. Sin embargo, la penetración chilena en China está mayormente limitada por restricciones no arancelarias, sino administrativas, fitosanitarias y problemas de clasificación de bienes.
Aun cuando China inició avances importantes en esta materia, en 1978, quiero rescatar las puertas económicas que se abren a Chile.
Independiente de las aprensiones de algunos sectores del quehacer nacional respecto de este tratado, me llama mucho la atención el hecho de que todos, incluso los que pudiesen haberse sentido perjudicados, como el agrícola y el textil, han estado de acuerdo.
Por lo tanto, votaré a favor el proyecto.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , el Tratado de Libre Comercio con la República Popular China que acabamos de aprobar en la Comisión y que hoy se somete a consideración de la Sala, abre enormes expectativas comerciales, industriales y de otro tipo a nuestro país. No hay que olvidar que el comercio con China ha crecido en más de diez veces desde 1998. Hoy alcanza la suma de 6.900 millones de dólares. Como éste es el primer tratado de libre comercio que China suscribe con un país que no es de su área, son enormes las expectativas para Chile de transformarse en una plataforma de ingreso de China a Sudamérica.
También cabe señalar que durante la tramitación del proyecto en las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y Agricultura ninguno de los sectores manifestó su rechazo a la suscripción de este Acuerdo, ni siquiera aquellos de los cuales esperábamos mayores aprensiones, como el del calzado y textil. Incluso, la Central Unitaria de Trabajadores, si bien señaló que no aumentaba empleos en Chile ni significaba crear empleos más decentes, fue explícita en expresar su aprobación.
Este tratado obliga a China a competir lealmente y a transparentar sus exportaciones. Con un tratado de libre comercio hay regulación, aranceles claros y solución de controversias.
Asimismo, el tratado obligará a China a demostrar que en la elaboración de los productos que envía a los mercados externos no deja de lado estándares de derechos fundamentales en materia laboral.
Es importante que nuestros industriales se asocien estratégicamente con industriales chinos, a fin de incorporar valor agregado a nuestras materias primas e importar tecnologías productivas, para que no seamos simples exportadores de materias primas.
Debemos aprovechar las ventajas comparativas que ofrece China para manufacturar otros productos en ese país y trabajar en inteligencia de mercado. Es decir, nuestros industriales deben informarse acerca de las empresas chinas y de las oportunidades de comercialización, para lo cual nuestro Estado tiene que apoyar iniciativas privadas en tal sentido.
Se requerirá acelerar la definición de los protocolos fitosanitarios y que estos se apliquen eficientemente, a fin de evitar en el futuro, por esta vía, barreras paraarancelarias.
También es necesario fortalecer institucionalmente al Servicio Agrícola y Ganadero, para que cumpla una función eficiente, oportuna y de acuerdo con los términos del tratado.
Por otra parte, queremos que en el corto plazo se abran negociaciones con China sobre regulación de servicios y protección de las inversiones.
Deseo llamar la atención, en especial, sobre la necesidad de control de calidad y seguridad de los productos chinos que ingresarán a nuestro mercado, para lo cual se requiere que exista una severa rotulación de dichos productos y que nuestra aduana haga aforos mínimos de al menos 10 por ciento de los bienes que se importan, con el objeto de establecer sus estándares de calidad. En este sentido, debemos aplicar a los chinos los mismos estándares que ellos exigen a las exportaciones chilenas, a fin de que recibamos productos que beneficien a nuestra población.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Palma.
El señor PALMA.-
Señor Presidente , más allá de los problemas políticos o de derechos humanos que existen en China -con los cuales nadie debería estar de acuerdo, al menos yo no lo estoy-, nos encontramos frente a un tratado de índole comercial y económico.
El resurgimiento de China es un acontecimiento mundial; ha llegado a ser la cuarta economía del mundo y la tercera potencia comercial, con un crecimiento promedio anual de 9,5 por ciento en los últimos 25 años.
China se ha abierto al mundo paulatinamente y ha reformado su sistema económico, lo que le ha permitido tener una tasa de ahorro nacional de casi 40 por ciento del producto interno bruto y multiplicar, desde 1978, su ingreso per cápita en más de siete veces.
Hasta 1990, los vínculos económicos con China eran escasos y limitados. El interés de ese país por materias primas y alimentos dinamizó las exportaciones desde Latinoamérica, proceso al que Chile se sumó entusiastamente, logrando el importante superávit comercial actual. El 36 por ciento de nuestras exportaciones van a Asia y el 11,3 por ciento a China, con lo cual esa nación se transforma en el tercer destino del total de nuestras exportaciones, superando a Inglaterra y Brasil y muy cerca de nuestro segundo destino, Japón .
China tiene una población de 1.300 millones de habitantes, quienes son potenciales consumidores, con casi 200 millones de personas que percibirán ingresos considerables para una demanda importante de nuestros productos. El gran posicionamiento chino en el comercio mundial hace a China un país enormemente atractivo para las importaciones de todo el mundo. De hecho, es nuestro segundo socio comercial, que hoy representa más del 10 por ciento de nuestras exportaciones, lo que puede significar una plataforma de comercio para la región asiática. Además, Chile también se puede transformar en una importante plataforma de negocios y en un canal de conexión para el intercambio de bienes entre Asia y los países del cono sur de América.
El 97 por ciento de nuestras exportaciones corresponden a cobre, celulosa y harina de pescado, pero con las rebajas arancelarias se abren nuevas y mejores posibilidades para otras exportaciones.
China es un importador de productos agrícolas y su producción la destina, principalmente, al consumo interno, por lo que no constituye un peligro para nuestra agricultura.
Además de los productos agrícolas, un 20 por ciento tendrá desgravación cero inmediata; un 23,8 por ciento en un año, y un 66 por ciento de los productos agrícolas no pagarán aranceles en cinco años, y en diez, sólo un 5 por ciento quedará excluido de la desgravación arancelaria.
El 92 por ciento de todas nuestras exportaciones a China serán beneficiadas con una desgravación inmediata contra sólo un 50 por ciento de las importaciones chinas a nuestro país.
Quedan excluidos del tratado 152 productos, incluyendo los agrícolas sujetos a bandas de precios, tan sensibles, como el trigo, la harina y el azúcar.
Un punto importante es obtener de inmediato las autorizaciones sanitarias que requiere la mayoría de nuestros productos agrícolas, sin las cuales es imposible exportarlas.
Es necesario destacar los altos aranceles actuales para el ingreso a China, que ya fueron rebajados en la Organización Mundial de Comercio. Son, en promedio para la agricultura, de 15,4 por ciento; para la pesca, 10,6 por ciento; para la industria, 9,9 por ciento, contra sólo un 6 por ciento chileno. Por lo tanto, nuestro país ya vivió el gran impacto que podrían significar las importaciones chinas. La mayor ventaja es para Chile, que obtendrá grandes rebajas arancelarias para el ingreso de nuestros productos a ese país, que parten desde un 35 por ciento promedio actual.
Se estima que el resultado positivo sobre nuestro producto bruto interno sería de 1,4 por ciento más, y un mayor empleo de casi 35 mil nuevos puestos de trabajo, la mayoría no calificado, y más de cinco mil calificados.
Para la Región del Maule, que exporta celulosa, papel, cartón, cueros, frutas, productos agrícolas de ganadería, forestales, vinos, bebidas, alcoholes y otros, se abre un interesante mercado -que favorecerá a los productos hortofrutícolas y vinos, destacándose las uvas, manzanas, nectarines y duraznos-, que es necesario estudiar para aprovechar estas mejores condiciones comerciales con China.
En la Comisión de Relaciones Exteriores nos reunimos con los más diversos sectores productivos del país: con grandes exportadores, con dirigentes de las pequeñas y medianas empresas exportadoras, con representantes de la agricultura tradicional y exportadores de frutas, con la Sociedad Nacional de Agricultura y con el Consorcio Agrícola del Sur, CAS.
En el estudio de un tratado nunca se habían escuchado tantas opiniones favorables para suscribirlo.
Por las razones expuestas, anuncio mi voto favorable, como también el de Renovación Nacional, para aprobar el tratado de libre comercio con China.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , en primer lugar, saludo al canciller, señor Alejandro Foxley , por los éxitos de su gestión, logrados, sin duda, con su capacidad y experiencia. Un ejemplo de ello es la suscripción de este trascendental tratado.
Quienes estamos ligados a la economía del país, queremos hacer extensivo nuestro saludo al director general de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería , señor Carlos Furche , por su incansable trabajo en pos de mejorar las relaciones comerciales de Chile. Durante años he visto su trabajo, que se ha traducido también en éxitos para el país.
Casi el 98 por ciento de los chilenos está de acuerdo con este tratado. ¿Por qué no seguir enriqueciéndonos con la experiencia del director general de Relaciones Económicas Internacionales y permitir que esté presente en la Sala para responder hasta la más mínima duda?
Eso es legislar bien. Sin embargo, aquí se han vertido opiniones que pueden ser valederas, pero que en este caso me han complicado. Pienso que para legislar responsablemente, muchas veces debemos adoptar actitudes diferentes de lo que es nuestra apreciación personal. Por tanto, por su intermedio señor Presidente , doy las disculpas del caso al director de la Direcon , “el hombre de los tratados”, como yo lo denomino.
Tal vez, este es el primer tratado cuya discusión siempre ha sido favorable. Ha habido muchas interrogantes, pero siempre ha existido el ánimo positivo de alcanzar un potencial en esos 1.400 millones de habitantes.
Mi ánimo en relación con este espectacular instrumento va orientado principalmente a la Región de Los Lagos, que represento en esta Cámara. Por ello, mi primera mirada es efectuar un análisis más profundo sobre los perjuicios o beneficios que pudiera tener para ella y que como su representante debo hacer.
En este tratado todo es positivo, pero los desafíos son mayores para el crecimiento de la Región de Los Lagos. El sector pesquero, por ejemplo, tiene mucho que crecer para enfrentarse a esa gigante economía; el sector forestal tiene allí una enorme posibilidad de crecimiento, también hay una gran oportunidad para el sector agrícola lechero. En la República Popular China, el consumo de leche es de 11 litros per cápita; Chile consume 130 litros. Si ellos -según lo comentaba el director de Direcon - sumaran sólo dos litros de leche per cápita en el año, de acuerdo con nuestra producción, Chile no tendría cómo responder a dicha demanda.
Estamos hablando de un gigante del planeta que será nuestro socio. Para quienes estamos un poco dejados de lado en la economía, como es la agricultura tradicional, la firma de este tratado representará una gran oportunidad.
Pero no puedo dejar de comentar el éxito logrado por la Sociedad Nacional de Agricultura, que con una visión de futuro, beneficioso para nuestro país, hace algunos años instaló una parcela experimental de productos hortícolas y frutícolas para producir lo que los chilenos queremos vender. Hoy, gracias al tratado, existe un enorme interés de ese gigante importador por los productos frutícolas.
En beneficio del tiempo y para que todos podamos aportar y felicitarnos por este logro, debo decir que estamos de acuerdo y con un ánimo positivo para seguir creciendo como economía pequeña que hemos sido, sobre todo ahora, cuando podemos transformarnos en la plataforma para que América reciba los beneficios del comercio con Asia.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , quiero destacar el trabajo responsable realizado por la Comisión de Relaciones Exteriores, así como el de otros colegas que se sumaron a este análisis. Incluso, más de alguna vez tuvimos que referirnos a algunos artículos de prensa que señalaban que se estaba dilatando el estudio de este tratado.
La Comisión sesionó dos veces a la semana y escuchó a todas las personas y sectores que tenían algo que decir sobre esta importante materia. Fue mucha la responsabilidad con que se trabajó.
Asimismo, quiero felicitar a la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, Direcon, por el esplendido trabajo realizado, ya que en once meses lograron concretar el estudio de este tratado que se encuentra en su primera fase. Luego vendrá una segunda etapa, extraordinariamente importante, no sólo respecto de la liberalización del comercio, sino también de las inversiones y servicios. Estos temas son muy importantes para un país como el nuestro, de quince millones de habitantes, que fue capaz de dialogar con la tercera potencia mundial, con más de 1.300 millones de habitantes y con una tasa de crecimiento promedio en los últimos veinte años de 9 a 10 por ciento, lo que hoy la transforma en protagonista en el concierto mundial y, como se ha señalado, con la proyección de convertirse en poco tiempo en el primer actor en el escenario internacional.
Cabe preguntarse qué razones tuvo China, un país con las características ya descritas, para celebrar un tratado de libre comercio con Chile, sobre todo, porque es el primer tratado que suscribe con un país no asiático.
Al respecto, debo destacar, en primer lugar, que China valora las relaciones permanentes, tanto diplomáticas como comerciales, que ha tenido con Chile, las que se iniciaron hace treinta y cinco años, justamente durante el gobierno de mi padre, Salvador Allende . Chile es el primer país sudamericano que las tuvo y el segundo en América Latina. En segundo lugar, Chile fue el primer país que dio su apoyó inmediato al ingreso de China a la OMC. Esto China lo sabe apreciar y valorar. Además, como país de una tremenda riqueza cultural, con sus especificidades y complejidades, reconoce en Chile un actor internacional confiable, en particular, porque ha suscrito tratados relativos a asociaciones, incluso políticas, acuerdos de cooperación, laborales, etcétera. Ello significa que ante el mundo nuestro país tiene credibilidad y seriedad en sus instituciones.
Debemos tener claro que aquí no sólo están en juego los casi siete mil millones de dólares que se intercambian, sino también los desafíos y las oportunidades, porque tendremos reglas claras, permanentes, transparentes y evitaremos las barreras pararancelarias que muchas veces dificultan el intercambio comercial. Precisamente, se trata de facilitar ese comercio. Con la aprobación de este tratado, el 92 por ciento de nuestros productos tendrá desgravación inmediata; en cambio, sólo el 50 por ciento de los productos chinos sufrirá esa desgravación inmediata.
Se ha contemplado un largo período de desgravación, haciendo hincapié, en los temas sensibles para aquellas áreas que pudieran verse perjudicadas. Por lo tanto, es interesante analizar las exclusiones que contiene el tratado.
Pero también hay desafíos para nuestra institucionalidad. En ese sentido, tenemos que dar un salto cualitativo con el Servicio Agrícola y Ganadero y con el Servicio de Aduanas. No es posible que sólo pueda aforar el 4 por ciento de los productos que llegan. Se necesita que, por lo menos, sea el 10 por ciento como muestra. ¿Por qué? Porque debe ser revisada la calidad y rotulación de los productos, en cuanto a que ésta diga lo que dice contener y no que la rotulación diga algo y el producto sea otra cosa. Tenemos que proteger a nuestros consumidores y ser capaces de elevar la calidad del producto que se importa desde China.
Las pymes tienen un gran desafío. Hoy, si miramos la relación actual de comercio con China, de estos casi siete mil millones de dólares, el 99 por ciento corresponde a las grandes empresas y sólo el 1 por ciento a las pymes. ¿Qué nos está diciendo esto? En primer lugar -aprovechando la presencia del ministro de Relaciones Exteriores -, se requiere en forma urgente una subsecretaría de pymes. Hace falta una entidad pública, con suficiente autoridad, que coordine todas las políticas públicas que permitan a las pymes acceder a estas oportunidades que se brindan al país a través de este tratado. Debemos reconocer que las pymes tienen bastantes dificultades. Por eso, es muy importante potenciarlas y fortalecerlas. Para ello se requiere no sólo una subsecretaría -esperamos que en el corto plazo, el Gobierno tenga a bien enviar a tramitación el proyecto respectivo-, sino también que se abra la oportunidad a través del encadenamiento productivo. Sin embargo, queremos que ésa no sea la única oportunidad para las pymes, sino que ellas puedan acceder a los mercados. Es un desafío para ellas tener una mayor capacidad de asociación que les permita crecer en volúmenes y transformarse en actores importantes.
Si se revisan las importaciones de China, hay que evitar el comercio informal y la subvaloración de la entrada de nuestros productos. Me parece bien que Chile se haya interesado en los aspectos laborales y hace bien al exigir en los tratados de libre comercio que se tienda cada vez más al trabajo decente, con normas claras y con contratos formales que impliquen contar con previsión. Esto significa, asimismo, evitar el trabajo forzoso y el infantil, la falta de respeto a las normas laborales, práctica en la cual incurren algunos países, incluida China. Dicha república ha ido progresando en la materia, pero es natural que Chile muestre su preocupación y alce su voz, porque éste debiera ser un tema universal. En cuanto al trabajo decente, los convenios de la OIT ayudan a que los países sean capaces de respetar las normas laborales, tema extremadamente importante.
Para terminar, anuncio que la bancada del Partido Socialista votará a favor este tratado que, entre otras cosas, debiera brindar más de mil cuatrocientos empleos nuevos.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Arenas.
El señor ARENAS.-
Señor Presidente , he querido hacer uso de la palabra para hacer un llamado a la Cámara de Diputados a votar en contra el Tratado de Libre Comercio con la República Popular China. En China son innumerables las violaciones a los derechos humanos. Entre ellos, quiero mencionar la esclavitud que viven miles de niños chinos que emigran desde el campo a la ciudad y a las empresas cárceles del sur de ese país, donde, según innumerables denuncias internacionales, se produce, a bajos costos, gran parte de los productos manufacturados que van a entrar sin arancel a Chile.
A lo anterior, quiero agregar la situación inhumana que hoy viven más de 80 millones de cristianos en la República Popular China, quienes soportan una de las persecuciones religiosas más brutales del último tiempo. Desde los años 50, son miles y miles los cristianos arrestados, torturados y asesinados por el gobierno comunista, debido al único crimen de profesar su fe cristiana, persecución religiosa que hasta hoy continúa implacable. Según diversos organismos internacionales, desde mayo de 2005 a mayo de 2006, se han producido cerca de 1.958 detenciones de cristianos por profesar su fe, en su gran mayoría pastores evangélicos de iglesias cristianas y sacerdotes católicos.
No puedo dejar de mencionar que hoy, 19 de julio de 2006, mientras discutimos este Tratado de Libre Comercio, en las cárceles chinas se encuentran presos y torturados más de cuarenta obispos y sacerdotes católicos que no están dispuestos a renegar de su fe por orden del gobierno de la República Popular China.
Quiero graficar esta situación en forma especial en el obispo Su Zhimin, de la diócesis de Boading, provincia de Hebei, quien, después de innumerables arrestos y torturas, que le provocaron incluso invalidez, desde los años 70 hasta hoy, fue finalmente detenido en 1996, junto a su obispo auxiliar An Shunin, sin que se tengan hasta hoy noticias de su paradero.
Asimismo, no puedo dejar de mencionar a los cientos de pastores evangélicos que hoy se encuentran presos y torturados en cárceles chinas, en especial de la iglesia evangélica de Las Casas, conocida internacionalmente como House Church, que agrupa a más del 80 por ciento de los cristianos de la República Popular China. Esa iglesia evangélica ha sufrido en forma permanente y hasta hoy, el arresto de la mayoría de sus pastores y líderes. Sin ir más lejos, la semana pasada, mientras se discutía este Tratado de Libre Comercio en la Comisión Especial, 17 pastores evangélicos de la House Church eran arrestados en las provincias de Henan y Sichan , acusados de practicar cultos subversivos.
Asimismo, quiero graficar esta persecución de las iglesias evangélicas cristianas chinas en la figura de uno de los principales pastores del movimiento de las casas iglesias en la República Popular China. Me refiero al pastor evangélico Zhang Rongliang , quien después de haber sido bautizado cristiano en secreto, en 1969, ha pasado más de doce años preso en cárceles chinas por no querer someter su iglesia a la intervención estatal. Hace pocos días, el 4 de julio, el pastor fue condenado a siete años de prisión, únicamente por tener biblias que no son impresas en la imprenta oficial única que se permite en la República Popular China.
Por esta terrible persecución religiosa, especialmente en contra de las iglesias cristianas, quiero solicitar a la Sala que vote en contra de este tratado de libre comercio.
Hoy, el pueblo cristiano chino sufre. Sus reuniones y sus cultos son disueltos, sus miembros perseguidos y sus pastores y sacerdotes encarcelados y torturados por el gobierno.
Por eso, como una forma de protesta y de rechazo a esa persecución religiosa, votaré en contra de este proyecto de acuerdo, con la esperanza de que la presión internacional que se empieza a fraguar en estas discusiones parlamentarias conduzca, por fin, a la libertad de los miles de cristianos chinos que hoy están presos por defender su fe. Entre otros, espero que recuperen la libertad el obispo católico Su Zhimin y el pastor evangélico Zhang Rongliang .
Cuando se señala que el cristianismo está en retirada y que es algo del pasado, las iglesias cristianas chinas nos demuestran que la fe fuerte, valiente, decidida y con coraje jamás podrá ser aplacada, sobre todo, en un Estado ateo, que persigue las manifestaciones religiosas y que no respeta una de las principales libertades del ser humano: la libertad de alma y, por lo tanto, la libertad de practicar los cultos religiosos que su conciencia le señale.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , debido a que esta sesión tiene interés histórico y de futuro y, además, aprovechando la presencia de nuestro Canciller, creo que vale la pena hacer una brevísima reflexión sobre el estado de nuestras relaciones exteriores.
La agenda de relaciones exteriores siempre es importante para el país, y en los últimos días se han conocido algunas noticias que han golpeado a la opinión pública y suscitado su preocupación en relación con esta materia, a las cuales me gustaría referirme.
La primera noticia es negativa. Nuestro país acaba de suscribir un conjunto de acuerdos con la República de Bolivia, que nosotros hemos criticado porque consideramos que son francamente inconvenientes y tendrán una serie de repercusiones graves para el país en el futuro. Queremos señalarlo así, con todas sus letras.
La segunda noticia, que hoy también preocupa a la opinión pública, tiene la respuesta pendiente: cuál va a ser nuestra posición respecto de la candidatura de Venezuela al Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas. Este es un tema preocupante, que tiene que ver con el rumbo del país y con el grado de desarrollo y evolución de sus relaciones exteriores con países amigos y con Estados Unidos. Como señalé, la respuesta está pendiente, y esperamos que sea la correcta.
La tercera es una noticia favorable: la suscripción de este Tratado de Libre Comercio con China y, según se ha anunciado, de otros tratados de libre comercio, siguiendo una línea de trabajo extraordinariamente interesante y rendidora, que vamos a apoyar con entusiasmo.
Señalo lo anterior desde el punto de vista de lo que consideramos que es el interés chileno, único objetivo que debe animar a una cancillería. En relaciones exteriores existe un aforismo, creo que de Chesterton: “Mi país, con razón o sin ella”. Creo que esta es la justa medida para evaluar la marcha de las relaciones internacionales.
En esta materia, hemos tenido una línea desde que el Ministerio de Relaciones Exteriores se profesionalizó -estoy hablando de los tiempos de Portales y de Bello-, que hemos tratado de afirmar. A esto responde muy bien la que podríamos denominar escuela de pensamiento centroderechista bastante simple -de una sencillez huasa, diría yo- con claridad y pertinacia en sus objetivos: tener una sociedad de perfil alto y digno con el imperio; relaciones estrechas y alianzas con Brasil, Colombia y Ecuador ; una actitud de corrección, pero de cautela respecto de Argentina; influencia en Centroamérica y amistad, que es gratis, con los países que no son limítrofes; con Perú, un interés genuino en mejorar las relaciones, después de que se disipó el riesgo de esas confederaciones raras que surgieron en el siglo 19. Ésa es la línea y, al parecer, los mejores momentos de Chile son cuando la sigue.
En materia internacional, desde el siglo 19, reconociendo nuestra ubicación geográfica isleña, una actitud de apertura al mundo, mirando especialmente hacia el Pacífico, sin caer en la tentación de creer que podemos participar, por razones geográficas o geopolíticas que no existen, en pactos indefinibles como el Mercosur o, en su momento, el Pacto Andino.
Pero, perdemos el rumbo cuando evocamos algunos fantasmas en aras de los cuales Chile se tiene que inmolar, tales como un internacionalismo, que es bastante vago; el indigenismo, también muy difícil de definir, o las simpatías ideológicas con los gobiernos de turno, olvidando que los países tienen intereses, pero no amistades permanentes.
Creo que los puntos malos en que ha incurrido la Concertación en el manejo de las relaciones exteriores, principalmente las hemisféricas, sudamericanas o iberoamericanas, se han producido -no es del caso analizarlos- cuando se ha caído en alguna de estas tentaciones. En cambio, cuando se afirma la línea, como es el caso de este Tratado, la cosa marcha bien.
Somos partidarios de este tratado y lo vamos a votar favorablemente, porque va en la línea de una apertura del comercio, de los servicios, de la cultura y de todo el caudaloso flujo de relaciones internacionales, que va mucho más allá que una simple compraventa de bienes y de servicios al mundo, vía Pacífico, que es nuestro espacio natural de crecimiento. Ahí está el futuro del mundo, del desarrollo universal, y hacemos bien en llegar a un Tratado de Libre Comercio con China.
Nosotros aprobamos este tratado con algunas observaciones -se las comentamos al ministro-, que dicen relación con la letra B), Acuerdos especiales adoptados durante el estudio del proyecto, numerales 1), 2), 3) y 4). No queremos que queden en el tintero, sino que formen parte del acuerdo de esta Cámara.
El número 1) se refiere al impacto que puede tener este tratado, principalmente en nuestra actividad textil.
El señor LEAL ( Presidente ).-
¿Me permite, señor diputado ? Ha terminado su tiempo.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , ¿les sobraron algunos minutos a los diputados de Renovación nacional que me precedieron en el uso de la palabra?
El señor LEAL ( Presidente ).-
No, señor diputado ; ocuparon todo su tiempo.
El señor CARDEMIL.-
Entonces, los encargos que les hacemos a los ministros se refieren a la letra B), números 1), 2), 3) y 4). En lo posible, queremos que queden en Acta.
Para terminar y resumiendo: noticias preocupantes en el terreno internacional vecinal; noticias buenas en el terreno internacional mundial.
Por lo tanto, estamos a favor de la suscripción de este Tratado de Libre Comercio con China.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , en relación con la pregunta que tanto hicimos en la Comisión ampliada de Relaciones Exteriores desde que se inició el proceso de negociación con China -por cierto, quiero valorar el trabajo profesional realizado por la Dirección Económica de la Cancillería-, sobre cuán beneficioso puede ser este Tratado de Libre Comercio con China, es preciso señalar algunas cosas, atendida la importancia que reviste para nuestro país la celebración de un acuerdo comercial con un país de 1.300 millones de habitantes. Está claro que sectores como el agroalimentario, el pesquero y el forestal, que representan el 92 por ciento de nuestra producción, van a resultar muy fortalecidos y recibirán algún beneficio en uno, cinco o diez años.
Chile ha celebrado 17 tratados con 51 países, y me atrevería a decir que el tratado con China es el que ha motivado menos reparos, aprensiones y temores por todos los sectores productivos nacionales. Tal vez, en el mundo textil existen algunos temores; pero este sector fue tan bien trabajado por la Dirección Económica de la Cancillería, que la inmensa mayoría de los productos textiles quedó absolutamente excluida.
En 2005 existía un intercambio comercial con China que alcanzaba a los 6.988 millones de dólares, constituyéndose ese país en nuestro segundo socio comercial después de Estados Unidos. Pues bien, esta fue la base para el surgimiento de un instrumento que, sin duda, potenciará nuestra capacidad exportadora frente a nuestros competidores, pues tendremos acceso preferencial al mercado chino, con reglas predeterminadas y claras. Lo anterior repercutirá positivamente en nuestra producción agrícola, ganadera, forestal y pesquera, y permitirá diversificar el ámbito productivo que, como todos sabemos, hoy se concentra en el cobre y en la celulosa.
Si analizamos el intercambio comercial con México, Brasil o Argentina, nos encontramos con que Chile tiene una ventaja y una balanza comercial superavitaria con respecto a esos países. El tratado con China generará un crecimiento potencial de nuestro producto interno bruto del 1,4 por ciento, lo que podría traducirse en la creación de 35 mil empleos directos.
También considero pertinente referirme al planteamiento del diputado y vecino de la Región de La Araucanía, Gonzalo Arenas. A veces, se intenta incorporar elementos ideológicos que no corresponden a un debate sobre tratados internacionales. En todo caso, creo que es al revés de como lo plantea el diputado . La mejor forma en que un país como Chile, respetuoso de los derechos humanos, puede exigir garantías, es celebrando este tipo de acuerdos. Hoy ocupamos un espacio privilegiado, como país plataforma, en las relaciones con el resto del cono sur y con Asia. Creo que es la mejor forma para avanzar en estos temas que, legítimamente, se han planteado aquí.
Quiero referirme a un par de sectores cuya situación me llamó la atención en el debate que sostuvimos en la Comisión. Uno de ellos es el de los vinos. Chile exporta a China una cantidad no despreciable: el 30 por ciento de los vinos que llegan a ese país son chilenos. Se exportan seis millones de litros, la mayor parte todavía a granel, pero hay avances para el envío de vino embotellado.
Sin embargo, es bueno advertir que China está embarcada en un gran fomento de viñedos para reemplazar el consumo de alcohol de cereales de alta graduación. Es decir, estamos en presencia de una industria vitivinícola china naciente, que en el futuro va a defender su mercado. Por lo tanto, si consideramos sólo esa situación, creo que este es el momento más adecuado para celebrar un Tratado. En algunos años más, cuando la industria vitivinícola china esté más desarrollada, ya no serán sólo los textiles u otros productos los que deberán quedar excluidos. De manera que, por el momento, Chile puede seguir exportando en un rubro en el que ha sido altamente competitivo.
Creo importante referirme también a la situación de los productos lácteos. El diputado Jaramillo lo expresó muy bien, y la diputada Alejandra Sepúlveda probablemente se va a referir al tema. Ambos son defensores de la agricultura del sur, al igual que el diputado que habla. Todos los productos lácteos están incluidos en el programa de desgravación. Sin embargo -este es un dato interesante-, el consumo per cápita de leche en China es de 11 litros al año -los chinos toman poca leche-. En cambio, en Chile se consumen 130. Por consiguiente, si cada chino consume dos litros más, agotarán toda la producción de leche de nuestro país. Ése es un dato no menor.
En el mundo agrícola existe preocupación, pero menor en relación con otros tratados, puesto que entre los productos que tendrán desgravación inmediata y a cinco años están la cebolla, el ajo, hortalizas, maíz dulce congelado, quesos -no los conocen en China-, cerezas, nectarines, melocotones, ciruelas, pasta de tomate, conservas, duraznos, etcétera.
Creo que la agricultura del sur tiene aquí una oportunidad como nunca antes la ha tenido, pero se requiere una institucionalidad distinta. En el debate del proyecto, planteamos que aspiramos a una profunda transformación del Ministerio de Agricultura. Tenemos confianza que con el ministro Rojas se avanzará en una política especial para la pequeña agricultura familiar campesina, a fin de que no sólo tenga un pequeño nicho del consumo interno, sino también una posibilidad en este boom exportador que, sin duda, Chile va a tener.
Por eso, tal como lo señaló el diputado Enrique Jaramillo, la bancada del Partido por la Democracia aprobará este tratado.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Patricio Melero.
El señor MELERO .- Señor Presidente , más que resaltar los enormes beneficios que este tratado de libre comercio significará para Chile y China y la plataforma hacia el resto de América y de Asia que implica, quiero exponer algunos puntos que son importante destacar en esta discusión, a objeto de tenerlos presentes en el futuro desarrollo de este tratado y en las relaciones con China.
En primer lugar, quiero hacer hincapié en el tema pesquero. Sin duda, este sector industrial chileno ha sido claro en resaltar los beneficios que el tratado tendrá para nuestras exportaciones pesqueras como también los beneficios que generará el hecho de que haya un acuerdo que establece un sistema de resolución de controversias, que permitirá un diálogo más fluido con China en los aspectos vinculados a esta industria.
A continuación voy a señalar las posibles controversias que se generarán respecto de la pesca en altamar. Más allá de la milla 200 de la zona económica exclusiva, como es sabido, hay un interés manifiesto de numerosas naciones en pescar frente a las costas chilenas, en especial el recurso jurel, una especie pelágica altamente migratoria, cuyo ciclo, que llega incluso hasta las costas de Australia y Nueva Zelandia, para luego volver a las nuestras, tiene implicancia en los volúmenes disponibles en la zona económica exclusiva.
China ha desplazado una flota relativamente importante de naves pesqueras de altamar frente a las costas de la Octava Región, las cuales están extrayendo jurel en cifras que alcanzan cientos de miles de toneladas, extracción que ha evolucionado en el tiempo -en un momento fueron 140 mil toneladas y hoy son más- y que es compartida con Corea, España y países de otras latitudes, lo que, sin duda, está afectando a nuestra pesquería.
Por lo tanto, un desafió importante de la comunidad internacional es buscar algún tipo de acuerdo que permita regular el esfuerzo pesquero en altamar, especialmente cuando se trata de este tipo de pesquerías, que no sólo son costeras, como en el caso de la sardina o la anchoveta, sino que tienen un ciclo migratorio que trasciende y que va más allá de la milla 200.
China hasta ahora no se ha mostrado receptiva a participar de este tipo de acuerdos y Chile, en respuesta, ha tenido que ir restringiendo el acceso a nuestros puertos. Pero, sin duda, ésta es una política, más que de entendimiento y de acuerdo, de presión, a objeto de buscar alguna forma que permita regular esta pesca.
Estamos al tanto de los esfuerzos de los estados chileno, neozelandés, australiano y otros para lograr el Acuerdo de Wellington que permita regular la pesca en alta mar.
Como se encuentra presente el ministro, le planteo la necesidad de reforzar las acciones de nuestra cancillería, en virtud de materializar estos acuerdos con China, más aún en el marco de las nuevas relaciones del Tratado de Libre Comercio, a fin de regular el esfuerzo pesquero en alta mar que, sin duda, tiene implicancias serias sobre la disponibilidad de recursos en Chile.
Un segundo aspecto, donde hay unanimidad -algunos parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra lo plantearon-, es el enorme desafío que para el sector exportador hortofrutícola, y también de aves y cerdos, significa el rol del Servicio Agrícola y Ganadero.
Hay concordancia en que nuestro Servicio Agrícola y Ganadero ha sido hasta hoy un organismo eficiente en cuanto a resguardar el patrimonio fito y zoosanitario y que ha tenido una política adecuada en esa materia. Pero como parlamentarios tenemos preocupación -los sectores productivos también la han indicado- sobre su capacidad futura para enfrentar adecuadamente los desafíos de un sector exportador que está creciendo con un nuevo Tratado de Libre Comercio como éste, que se suma a los ya aprobados con la Comunidad Económica Europea, con Estados Unidos, Canadá , México y con otras naciones de Asia, que hoy están ad portas de ser aprobados. Es necesario proporcionar al Servicio Agrícola y Ganadero los recursos económicos, la infraestructura adecuada y el personal idóneo para que asuma el creciente desarrollo del sector exportador chileno. Lo peor que podemos hacer es quedarnos dormidos en los laureles o pensar que las cosas se van a solucionar solas.
Aprovecho la ocasión (si bien no es el ministro de Relaciones Exteriores la autoridad competente en esta materia, porque depende de Agricultura) para que se tome la debida nota de la necesidad de que el Congreso conozca a la brevedad la forma en que enfrentará este aspecto el Servicio Agrícola y Ganadero.
En tercer lugar, es una verdad muy grande que el interés de China sobre Chile, básicamente, tiene que ver con materias primas, con recursos naturales, la mayoría de ellos no renovables, y no hay mucho interés en la industria manufacturada o en el desarrollo de industrias con mayor valor agregado.
¿Cuál es el desafío de Chile? Avanzar justamente en esa dirección, incorporando valor agregado a nuestros recursos naturales, a los no renovables en especial, de forma tal que gradual y resistentemente avancemos en una política en que podamos ofertar no sólo a China, sino que a la comunidad internacional, productos con mayor nivel de valor agregado. Es importante avanzar en esa dirección.
Termino con el tema de los derechos humanos. Varios parlamentarios han sido recurrentes en eso y qué duda cabe de que tienen toda la razón. China es un país que viola sistemáticamente los derechos humanos, coarta las libertades de expresión y políticas, fusila a quienes disienten del régimen y tiene una política de control de natalidad por la vía del aborto.
La pregunta que nos hacemos es la siguiente. ¿Son estos elementos condicionantes como para que Chile no firme un Tratado de Libre Comercio con China? Podríamos aplicar esto mismo a muchas otras naciones del mundo que también violan los derechos humanos.
Si bien es importante hacer el distingo que muchos no hicieron respecto de la situación que el país vivió en el gobierno militar, donde propiciaron un embargo contra Chile en toda la comunidad internacional, aspecto que hoy está cambiando, también lo es que con la misma fuerza que estamos firmando este Tratado de Libre Comercio Chile sea claro en exigir a China un avance en materia de derechos humanos, más sustancial que el que está llevando adelante, de modo de evitar este doble estándar en que la comunidad internacional mira con ojos enjuiciadores a los países pequeños y con otros mucho más obsecuentes cuando los violadores de los derechos humanos son grandes naciones.
Ese doble estándar ya lo vivimos con los ataques de la comunidad internacional en contra de la situación del general Pinochet en Chile. Muchas naciones poderosas violan los derechos humanos, mucho más de lo que se pudo dar en Chile. Ese doble estándar hay que representarlo y hacerlo ver en las Naciones Unidas y en los organismos internacionales; no aflojar y tener una postura muy drástica y condenatoria en esa materia.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro de Relaciones Exteriores, señor Alejandro Foxley.
El señor FOXLEY ( ministro de Relaciones Exteriores ).-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero destacar el debate que he escuchado esta mañana, pues está en la línea de aquello que ha hecho posible la enorme proyección internacional que Chile tiene en el mundo.
Cuando conversamos con colegas de países de mayor gravitación que el nuestro en cuanto a tamaño, población y cercanía a los grandes centros de poder del mundo, nos suelen decir en las reuniones internacionales: “Ustedes no tienen ninguna de esas ventajas. Pero poseen la ventaja de contar con un “poder conceptual”, que consiste en una mirada compartida respecto de cómo insertarse en el mundo, de cómo relacionarse con los otros países en la región y más allá de ella”.
“La segunda ventaja de ustedes es que cuando lo hacen, actúan con una sola cara, con unidad de todos los sectores en la política exterior, en la que todos los sectores -no siempre, pero casi siempre- plantean que la política exterior es una política de Estado, que refleja los intereses de todo el país, en la que se alinean todos”.
Incluso, agregan una tercera ventaja.
Por ejemplo, hoy recibimos una carta del Presidente de la Organización Mundial del Comercio , Pascal Lammy, porque, modestamente, junto a otros países pequeños, como Nueva Zelandia, Singapur y Kenia, hace algunos días enviamos una carta al Presidente Vladimir Putin por la reunión del G8.
Pascal Lammy nos dijo: “Ustedes son de los países que, a pesar de ser pequeños, se les escucha. Envíen una carta para hacer ver la necesidad de que avance la Ronda de Doha. Hay más probabilidad que les escuchen a ustedes que a las grandes potencias, pues estas tienen sus intereses comprometidos en la protección agrícola a través de los subsidios, con lo que perjudican a los países en desarrollo”.
Hoy, Lammy nos agradece esa carta y nos dice que eso, aunque sea un grano de arena, ayuda.
¿Por qué le pidió esto a un país tan pequeño? Porque hay unidad nacional y visión compartida respecto de cómo Chile se para ante el resto del mundo. Y permítanme agregar algo que he visto en este debate: por la alta calidad de la política chilena. Así ha quedado demostrado esta mañana.
Por eso, a veces uno se sorprende -les ruego que me perdonen esta pequeña observación- cuando escucha hablar a algunas personas en este ámbito o en las sesiones de las comisiones de Relaciones Exteriores, pues cuando se expresan públicamente, ante un micrófono, lo hacen en otro tono. Parecen cuestionarlo todo en materia de política exterior, de relación con los países vecinos, etcétera.
Queremos integrarnos al mundo, compartir un proyecto común de integración con países con los cuales a lo mejor tenemos visiones políticas o ideológicas muy distintas.
Si lo decimos respecto del resto del mundo, con mayor razón lo expresamos respecto de los países vecinos. Aunque no es el tema de hoy, quiero decir claramente que vamos a reflejar los intereses permanentes de Chile frente a los países vecinos, en los cuales estamos todos de acuerdo y, al mismo tiempo, vamos a avanzar en la integración con ellos.
Hoy, tenemos un proyecto especifico que corresponde a esa visión y que, de alguna manera, hace creíble lo que dije anteriormente. La pregunta que hacen países de Latinoamérica o de otras partes del mundo, es: ¿Cómo lograron que China se interesara en tener un acuerdo de libre comercio con ustedes, un país tan pequeño, ubicado en el fin del mundo? Porque éste es el primer país con que China va a suscribir un acuerdo de libre comercio. La respuesta es clara. Primero, porque nos hemos preocupado y tuvimos la capacidad de anticiparnos, ya en 1970, y establecer una buena relación política con ese país; porque la hemos ido cultivando a lo largo del tiempo; porque en el llamado “Grupo de los 20”, en la Organización Mundial del Comercio, coordinada por Brasil e India y en la cual participa Chile, estamos comunicándonos codo a codo con China para defender los intereses de los países en desarrollo frente a las economías más proteccionistas del mundo desarrollado; porque China también admira y evalúa positivamente la estabilidad política chilena, la solidez de su economía, las reglas estables y la capacidad de ser un puente que conecta los países de la región con los del Asia.
El acuerdo que se ha presentado al Congreso Nacional es bueno, porque resuelve un problema básico para nosotros, no tropezar con la misma piedra, como a fines del siglo 19 y a comienzos del siglo 20. Los rusos dicen que ellos pueden estar cometiendo ese mismo error, que algunos han llamado “la maldición de los recursos naturales”. Es decir, países que, por tener muchos recursos, se “emborrachan” en esa riqueza y gastan dispendiosamente, pero cuando el ciclo de la economía internacional baja, el precio de los recursos naturales y el país entra en un ciclo recesivo, con hambre, miseria y pobreza.
Debemos reconocer que el comercio con China es muy positivo. Más del 90 por ciento lo conforman tres productos; mineros, harina de pescado y celulosa. Ahora, si me preguntaran si estoy dispuesto a firmar un acuerdo de libre comercio con esta gran potencia mundial si lo único que conseguiríamos fuera de lo mismo, respondería que no es tan interesante, porque nuestro desafío y dilema es abrir el espectro productivo chileno para incorporar productos detrás de los cuales hay más talento, más inteligencia y más esfuerzo en terreno de miles y miles de personas que organizan el trabajo de otras no a nivel de la grandes empresas exportadoras de minerales, por ejemplo, sino región por región, comuna por comuna; de aquellas que partieron con un negocio familiar, se asociaron con otras y hoy constituyen una empresa mediana, por ejemplo, de carácter agroalimentario. A esas familias, a ese grupo de empresas que están recién iniciándose, por ejemplo, en la industria del mueble, en la Novena Región, queremos decirles que aquí hay una oportunidad nueva de verdad y su desafío no será ahora si pueden o no pueden exportar, sino si la primera orden que les llegue de entrega de productos alimenticios, de conservas, de muebles, de útiles escolares, etcétera, superará diez, veinte, cincuenta veces lo que hoy están produciendo.
Por lo tanto, hay que crear una nueva forma de organizar el esfuerzo productivo y las energías del país a nivel de cada localidad, de cada región. Debemos aprender a cooperar entre nosotros, a asociarnos, a entendernos los sectores público y privado, los gobiernos regional y local, y el pequeño con el mediano empresario.
Es otra manera de hacer las cosas. Es construir una economía más inteligente, más apoyada en la capacidad de cada persona, por modesta que sea; es reinventar el mundo en sus circunstancias específicas para generar más y mejores empleos.
No voy a entrar en el análisis técnico respecto del proceso de desgravación -lo hicimos latamente en las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda-, sino sólo señalar que en algunos casos dicho proceso será lento y en otros inmediato. Más del 90 por ciento de las exportaciones de Chile a la República Popular China se beneficiarán con una desgravación inmediata a partir del primer día de vigencia del acuerdo.
Por lo tanto, desde el punto de vista técnico estamos tranquilos y bien respaldados. No obstante, con posterioridad, después que la Cámara y el Senado aprueben este tratado, vendrá la parte más difícil, pues se deberá efectuar una cierta reorientación de la forma en que estamos acostumbrados a hacer el esfuerzo productivo. Habrá que aprovechar la ventaja que Chile tiene respecto de todos los otros países que están esperando suscribir también un acuerdo de libre comercio con China. Hace dos días, sostuve un encuentro con el ministro de Agricultura y Pesca de Nueva Zelandia , quien me preguntó cómo nos las arreglamos para que la puerta se abriera primero para nosotros, y nos pidió ayuda para entender cuáles son los temas más importantes y la estrategia que se debe seguir.
La oportunidad no es sólo firmar el tratado de libre comercio, sino lo que viene después. Como dijo un hombre muy joven e informal, que empezó a trabajar en el garaje de una casa en Silicon Valley, creador de una empresa “punto com” que hoy es una de las más grandes en el mundo: “El desafío en la economía globalizada no es cómo el grande le gana al pequeño, sino cómo el rápido le gana al lento”. De manera que si somos los primeros en firmar este tratado, al día siguiente deberemos poner a funcionar las agencias regionales de desarrollo, remecer las burocracias locales y decirles a los empresarios de cada región que el síndrome del llanero solitario se terminó, porque a un país globalizado no le sirve que cada uno tire para su lado y considere que el empresario que trabaja en su mismo rubro es un competidor al que hay que destruir. El camino del futuro para nuestra economía consiste en aprender a trabajar juntos y concentrar las energías en pocas tareas. Ahora, se nos abre el camino de un país que en veinte o veinticinco años más va a ser la primera economía del mundo, en tamaño, en musculatura y en energía creativa.
En consecuencia, agradezco a los diputados el interesante e inteligente debate llevado a cabo, en el que se han hecho aportes muy significativos. Como representantes de personas, de localidades, de comunas y de regiones, debemos hacer esta tarea juntos. Nuestros hijos y nietos no nos perdonarán si nos farreamos esta oportunidad.
Detrás de este desafío vienen otros tanto o más exigentes. El Senado, durante los próximos días, va a aprobar acuerdos con Nueva Zelanda y con Singapur, país este último que constituye una de las economías más avanzadas del mundo.
El director general de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería -a quien no se autorizó su ingreso a la Sala- regresó hace poco de Tokio, donde sostuvimos una nueva ronda de negociaciones con Japón, país que sólo ha firmado un acuerdo de libre comercio con Singapur y quiere hacerlo con Chile. Señalo esto, porque cuando venga el desafío con Japón, se multiplicará varias veces lo que he dicho. Chile requiere aumentar su capacidad creativa y vibrar más con su proyección a futuro, tarea que debemos hacer entre todos.
Muchas gracias.
-Aplausos.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Hay nueve señoras diputadas y señores diputados inscritos para hacer uso de la palabra. Sin embargo, como la diputada señora Carolina Goic y el diputado señor Julio Dittborn, entre otros, me han solicitado tratar en segundo trámite reglamentario el proyecto que modifica el Estatuto de Capacitación y Empleo, el cual probablemente no requerirá de un debate extenso, propongo prorrogar el Orden del Día hasta las 14 horas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
A continuación, tiene la palabra el diputado Roberto León.
El señor LEÓN .-
Señor Presidente , sean mis primeras palabras para felicitar a la Cancillería y a sus negociadores por la suscripción del tratado de libre comercio con China.
No cabe duda alguna de que el hecho que la República Popular China haya elegido a Chile como el primer país no asiático con quien suscribe un acuerdo de libre comercio tiene mucho que ver con la actitud que el país y los gobiernos de la Concertación han tenido con ese país.
Debemos recordar que Chile fue el primer país que, en América Latina, mantuvo relaciones diplomáticas con China en 1970. Hemos mantenido relaciones diplomáticas ininterrumpidas y, además, Chile fue el primer país en patrocinar y en apoyar el ingreso de la República Popular China a la Organización Mundial de Comercio, OMC.
Hoy, China reconoce la solidez social, política y económica de Chile en el concierto mundial.
Este acuerdo se suma a otros gestos de la República Popular China que debemos reconocer y valorar.
China le ha otorgado a nuestro país estatus de destino turístico para su pueblo. Es el primer país latinoamericano en lograrlo. Muchos se preguntarán qué significa. La respuesta es muy simple: en una economía especial, pero abierta, como la china, dirigida por un gobierno centralizado, se mantiene control sobre las delegaciones de turistas que recorren el mundo. Los turistas que salen de China en viajes de largo alcance pueden hacerlo a aquellos países que tienen el estatus de destino turístico. Esto no es menor: en 2003 salieron a recorrer el mundo, haciendo turismo de largo alcance, doce millones de chinos. En 2005 esa cifra aumentó a veintiocho millones. Ello demuestra la importancia que reviste el hecho de que Chile, a través de este acuerdo comercial, sea la puerta de entrada para el comercio y el turismo chinos en América Latina.
Los chinos quieren que seamos una plataforma. Nadie en esta Sala podrá creer que el gobierno chino, que representa a un país de 1.300 millones de habitantes, esté interesado en nuestro mercado de 15 millones de habitantes. No es así. Ellos quieren salir hacia occidente. Saben que mantenemos acuerdos comerciales con distintas potencias del mundo y han decidido priorizar su relación con nosotros.
Si analizamos las intervenciones de los representantes de las quince instituciones que participaron en los debates habidos tanto en la Comisión de Relaciones Exteriores como en la de Hacienda, comprobaremos que a todos nos interesa este acuerdo comercial con China.
Ha habido gran preocupación por la pequeña agricultura, por la industria del cuero y calzado, por la leche; pero, después de ser analizados estos rubros, diputados de todos los sectores se pudieron dar cuenta de que, sumando y restando, el tratado nos conviene.
La industria del calzado dice que habrá competencia desleal. Sin embargo, sus dirigentes reconocen que empresarios chilenos exportan cuero a China, el que vuelve transformado en zapatos. Entonces, ser el principal socio de China en América Latina es fundamental para nuestro desarrollo económico.
El ministro Foxley decía que hoy no importa ser más grande o más chico, sino ser más rápido, y Chile lo esta siendo. Son muchos los países que esperan tener acuerdos comerciales con China y con otras economías, y en algún momento lo lograrán, pero nosotros lo hicimos primero. Y así, siempre estaremos buscando más alternativas de desarrollo para beneficio de nuestra gente.
En un anexo del informe se explicita, de manera clara y categórica, la forma como se beneficia cada una de nuestras regiones.
Debemos saber aprovechar que las autoridades chinas, especialmente sus gobernadores provinciales, que dirigen provincias de 50 ó 60 millones de habitantes, están sumamente interesados en mantener relaciones políticas y culturales con sus similares y con las regiones chilenas, intercambio que se verá facilitado si aprobamos el tratado de libre comercio, que es un gran acuerdo para Chile.
Por lo tanto, anuncio mi voto favorable.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor René Aedo.
El señor AEDO.-
Señor Presidente , el tratado de libre comercio con China se enmarca dentro de nuestra política comercial, basada en una economía abierta y competitiva. Chile ya tiene una apertura unilateral de los mercados, con tasas de 6 por ciento. Asimismo, ha suscrito 16 acuerdos comerciales, bilaterales y regionales, y dos de asociación. Estimo que este es el tercero en importancia para nuestro país. De acuerdo con el Foro Económico Mundial, el índice de competitividad ubica a Chile en el lugar 29 y a China en el 50. Eso nos permite, a pesar de la gran diferencia territorial, competir con el mercado chino sin problemas.
China tiene más de 1.300 millones de habitantes; de ellos, 100 millones corresponden a la clase media y 80 millones a la clase media alta. Es decir, se asemeja a la población de los Estados Unidos, con un mercado muy competitivo y con un gran potencial exportador para nuestra economía.
China es la cuarta economía más grande del mundo, con tasas de crecimiento superior al 8 por ciento desde la década de los 80, lo que ha permitido que, cada vez más, los chinos puedan adquirir productos más sofisticados y de mayor valor agregado.
China es el líder en el destino de las inversiones extranjeras y es la cuarta potencia territorial, después de Rusia, Canadá y Estados Unidos.
Se ha convertido en la mayor potencia exportadora de manufactura; más del 25 por ciento de manufacturas del mundo son de origen chino.
Las reservas para intercambio externo son cercanas al trillón de dólares.
China se ha constituido en el segundo socio comercial de Chile: hoy tenemos un intercambio de alrededor de 7 mil millones de dólares, con un balance positivo para nuestro país de 1.600 millones de dólares.
De los cerca de cuatro mil millones de dólares de nuestras exportaciones, la minería aporta 3.700 millones de dólares, es decir, casi el 90 por ciento.
La iniciativa de negociar este TLC corresponde a China, y es el primero que celebra con un país no asiático. Recordemos que Chile fue el primer país sudamericano y segundo latinoamericano en establecer relaciones diplomáticas con China.
Con el tratado Chile obtiene sólo beneficios: 92 por ciento de nuestras exportaciones se liberan de inmediato de aranceles; en cambio, sólo un 50 por ciento de las chinas tienen liberalización inmediata, 25 por ciento a cinco años y 26 por ciento a diez años.
Para proteger el mercado nacional, se pactó la exclusión de 3 por ciento de los envíos chinos a Chile, fundamentalmente productos textiles, metalmecánicos, harina, trigo y harina de trigo.
El tratado establece protecciones sanitarias y fitosanitarias, de acuerdo con estándares de la OMC y de otras organizaciones internacionales. Asimismo, establece políticas de cooperación bilateral que van en beneficio de ambos países.
En definitiva, el tratado sólo trae aparejado ventajas y oportunidades para Chile. Como potencia agroalimentaria, tenemos una capacidad exportadora que es complementaria con productos agrícolas de China, es decir, no tendremos competitividad negativa. Al contrario, se nos abre un mercado inmenso para el crecimiento futuro; incluso, considerando que China es el principal productor de porcinos y el mayor exportador de manufactura del mundo, con mano de obra barata, de alrededor de 70 dólares, Chile tiene grandes posibilidades exportadoras complementarias.
A Chile se le abre un mundo de oportunidades, pues puede convertirse en la plataforma comercial de Latinoamérica en los rubros manufactura y servicios, y penetrar así ese mercado de 180 millones de habitantes, que cada día se amplía, lo que nos permitirá la apertura de nichos específicos con posibilidades exportadoras.
Aprovecho la presencia del ministro de Relaciones Exteriores para señalar que en la segunda etapa será necesario establecer reciprocidad en inversiones mineras, ya que actualmente nos está vedada en China, en circunstancias de que, en materia de concesiones e inversiones mineras, Chile tiene una política de apertura hacia todo el mundo.
Por lo tanto, anuncio mi voto favorable a este tratado, que abre oportunidades únicas para Chile.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Juan Masferrer.
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , el Tratado de Libre Comercio con China es un desafío y una gran oportunidad para nuestro país.
En una primera etapa, servirá para consolidar las relaciones comerciales y diplomáticas con una de las mayores potencias económicas mundiales, lo que redundará en grandes oportunidades para acceder a manufactura de muy bajo costo y vender nuestras materias primas.
Aun cuando las rebajas arancelarias son importantes, las principales restricciones a los productos chilenos en China no son consecuencia de barreras comerciales, sino de trabas no arancelarias de tipo administrativo. En ese sentido, el tratado de libre comercio es una gran plataforma para ir eliminando esas barreras y permitir el libre acceso de nuestros productos a los mercados chinos.
Este tratado es, entonces, sólo un primer paso para avanzar en esa dirección y, en el futuro, debería ir acompañado de buenas relaciones diplomáticas y comerciales, las mismas que, desde 1970 hasta la fecha, y en forma ininterrumpida, hemos mantenido con la República Popular China y que cada día se han ido acrecentando, hasta llegar a concretar este importante acuerdo.
Es probable que China quiera establecer inversiones en Chile que le garanticen cierto suministro mínimo de materias primas, que para ella son importantes. Lo anterior, no pone en peligro a pequeñas y medianas empresas -lo hicieron saber sus dirigentes en la Comisión- que podrían verse amenazadas por los bajos precios de las manufacturas chinas; por el contrario, será una inyección de actividad para nuestra economía que redundará en una importante generación de empleo.
En cuanto a la desgravación arancelaria, se logró consenso para una desgravación inmediata del 92 por ciento de nuestras exportaciones, aplicable desde el primer día de vigencia del acuerdo. Para China, ese porcentaje asciende a 50 por ciento del comercio actual con nuestro país. Además, se consideran desgravaciones a uno, cinco y diez años para el acceso de nuestros productos a China, y plazos de uno, dos, cinco y diez años para las exportaciones chinas. Asimismo, en función de proteger a ciertos sectores sensibles, se pactaron exclusiones de productos que alcanzan al 1 por ciento de las exportaciones chilenas y al 3 por ciento de los envíos de China a nuestro país.
Dentro de los productos chilenos a los que China otorgó desgravación inmediata y a cinco años, que se verán más beneficiados con este tratado destacan el cobre y otros minerales, hortalizas, aceites de pescado, carnes de ave, cerezas, duraznos y nectarines frescos; tableros de madera, salmón ahumado, quesos, duraznos en conserva, chocolates y pasta de tomate. En tanto, se logró que la desgravación de productos que habían sido declarados de alta sensibilidad por China, como los salmones frescos y congelados, uvas y manzanas, bajaran su desgravación de 15 a 10 años.
Un aspecto tremendamente importante dice relación con las reglas de origen. La certificación de origen será responsabilidad de entidades gubernamentales de ambos países: Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena, en el caso de China, y la Direcon, en el de Chile.
Además, en el plazo de dos años, ambos países implementarán un sistema de certificación de origen electrónico que aumentará la eficiencia de los procesos, lo cual me parece muy importante. Las autoridades competentes deberán negociar un tratado de mutua asistencia administrativa que cubra asuntos relevantes respecto de este punto.
También interesan la defensa comercial, las medidas sanitarias y fitosanitarias, que es un capítulo muy importante, al que le estamos dando la relevancia que se merece; las barreras técnicas al comercio, la solución de controversias y la cooperación.
Quiero destacar un punto que ya mencionó el diputado Melero : la importancia del Servicio Agrícola y Ganadero, su descentralización y un presupuesto propio. El canciller debiera tomar nota de las apreciaciones que hemos entregado los parlamentarios de regiones, especialmente de zonas agrícolas. Al respecto, la Comisión adoptó el acuerdo de enviar un oficio a los ministros de Hacienda y de Agricultura para hacérselas presente.
También debiéramos poner énfasis en cómo modernizamos y agilizamos el Servicio Nacional de Aduanas.
Tal como señalé al inicio de mi intervención, en general este tratado de libre comercio con China, un país de más de 1.200 millones de habitantes, es un desafío y una gran oportunidad para nuestro país, muy especialmente para los jóvenes, que van a tener la posibilidad de desarrollarse, de inventar, de crear, de invertir y de exportar.
Por lo anterior, en nombre de la Unión Demócrata Independiente, anuncio que aprobaremos el proyecto de acuerdo, y ojalá también lo haga el resto de las bancadas, porque el tratado me parece muy importante.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , respecto de este tratado de libre comercio con China, tengo una postura similar a la que he adoptado en relación con otros que hemos suscrito. En efecto, no pongo el énfasis en lo que ocurre en el exterior, sino en cómo estamos enfrentando estos tratados en Chile y en cuáles son las políticas de estimulación, de ajuste y de propuestas que se deben realizar para hacerlos eficientes y que no sólo lleguen a un grupo minoritario, que siempre ha sido favorecido con estos tratados internacionales.
Algunos de nosotros esperamos que, ojalá, estos tratados beneficiaran a un sector por el cual, como bancada, hemos tenido una preocupación especial: los pequeños y medianos agricultores.
Concuerdo con lo expresado por los diputados Quintana y Jaramillo respecto de las dificultades por las que atraviesa la pequeña agricultura familiar para encontrar alternativas.
Señor Presidente , por su intermedio, pido al ministro Foxley , como encargado de las relaciones internacionales, que nos ayude a que haya equilibrio y equidad en el intercambio con otros países. No pedimos que todos los pequeños agricultores puedan exportar sus productos, sino que atendamos a muchas organizaciones campesinas que estaban haciendo el esfuerzo de exportar y hoy están quebrando. Ello, a mi juicio, se debe a una falta de apoyo y de políticas de estimulación y de incentivos de parte del Gobierno.
Reitero, hay que revisar las cifras para ver quién está exportando, quién siempre ocupa las oportunidades que otorgan los tratados de libre comercio y quiénes lo están dejando de hacer, porque no existen políticas claras de ayuda y de apoyo a esos productores.
La Presidenta Bachelet hará el anuncio para la pequeña agricultura que se comprometió como candidata a la presidencia de la República . Como Presidenta de la Comisión de Agricultura y como mujer que ha trabajado toda la vida en el sector agrícola, en particular en la pequeña agricultura, pido que en esa propuesta se incluya una línea de trabajo hacia la pequeña agricultura que tenga que ver con el sector exportador. Si el Estado y los pequeños agricultores son capaces de asumir riesgos, de enfrentar procesos de inversión y de asociatividad, es posible que la pequeña agricultura también embarque sus productos a China. Pero, si no tenemos una política de Estado coherente, inclusiva, como ha dicho la Presidenta , no vamos a poder entregar garantías a ese sector que, por lo menos para la Democracia Cristiana, ha sido un pilar fundamental para el desarrollo político y económico del país.
Por eso, señor Presidente , por su intermedio pido al ministro que incorpore eso en la política de Estado que se implementará para la pequeña agricultura.
Por otra parte, el SAG no puede seguir fiscalizando, haciendo recuperación de suelos y garantizando la calidad zoo y fitosanitaria de los productos que estamos exportando.
El Ministerio de Agricultura recibe el 1,4 por ciento del presupuesto de la nación, pero queremos ser potencia agroalimentaria. Al SAG le corresponde el 30 por ciento de esa miseria. Entonces, ¿se puede recargar la labor del Servicio Agrícola y Ganadero con otro tratado internacional? ¿Se pueden aumentar las exigencias a esos mismos funcionarios, en circunstancias de que ni siquiera tienen un edificio digno para trabajar? Señor Presidente , demostrémosle respeto a esos funcionarios.
La verdad es que suelo votar en contra de estos tratados, pero tengo esperanza y fe en los anuncios de la Presidenta y en que se aumentará el presupuesto del Ministerio de Agricultura. También tengo esperanza y fe en que vamos a trabajar con los diputados Quintana , Jaramillo y con diputados de la UDI, como los señores Juan Lobos y Ramón Barros , para conseguir más presupuesto para ese Ministerio que se cae a pedazos.
Por lo expuesto, me voy a abstener en la votación del tratado.
He dicho.
-Aplausos.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA .-
Señor Presidente , la diputada Sepúlveda no consideró al diputado Masferrer , que también quiere luchar por la pequeña agricultura, al igual que ella y todos quienes representamos al sector agrícola.
He votado en contra casi todos los tratados de libre comercio, porque siempre la agricultura chilena sale perjudicada y termina pagando el pato. Sin embargo, en el debate habido en la Comisión, todos los dirigentes del gremio agrícola se manifestaron a favor de este tratado con China. Por lo tanto, no puedo ir en contra de lo que los propios dirigentes admiten que es bueno para el país y para la agricultura en general.
Chile tiene aranceles parejos de 6 por ciento. En China, los aranceles para las exportaciones agrícolas varían entre 10 y 25 por ciento. En consecuencia, considerando sólo ese aspecto, este tratado de libre comercio conviene al ámbito agrícola.
Por lo expuesto, y con la esperanza, como dijo la diputada Sepúlveda , de que el Gobierno no sólo haga promesas, sino que realmente se preocupe por los pequeños agricultores, para que también puedan integrarse a este sistema exportador, voy a votar favorablemente el tratado de libre comercio con China.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , el problema agrícola es menos preocupante ahora que hace un par de meses. Represento a un distrito de la Novena Región, que es la más pobre del país. Felizmente, hoy hemos tenido muy buenos anuncios del sector privado, ya que la Región de La Araucanía tendrá la gran oportunidad de alimentar a los salmones con el trigo y la avena que produce, lo que, de hecho, se está realizando. Por lo tanto, la producción de esos cultivos tradicionales estaría prácticamente absorbida por el rubro de los salmones.
También tenemos buenas noticias en relación con el raps, porque hace pocos días Codelco firmó un convenio para producir combustibles con raps, con el objeto de reemplazar el uso del petróleo.
Aquí se ha hablado del tratado con China como si fuera la gran solución. Si sumamos todos los tratados de libre comercio que hemos suscrito, se podría pensar que Chile tiene capacidad para abastecer o para alimentar a casi dos mil millones de personas.
Señor Presidente , hace poco tiempo estuve en Taiwán, donde señalé al ministro que nos atendió que cuando estábamos en el colegio todos teníamos el sueño dorado de instalar una industria. En ese momento, decíamos: “Si cada chino me comprara una caja de fósforos, no sería capaz de abastecerlos”. Si cada chino comprara un par de zapatos, no seríamos capaces de entregar esa cantidad. Si cada chino comprara una manzana, ocurriría lo mismo. En la respuesta del ministro se nota la sabiduría oriental cuando me dijo: “Piense al revés. Si cada chino le manda un par de zapatos a su país, los inundamos en diez minutos y no podrían hacer nada.”
Cuando se suscribe un tratado de libre comercio es para beneficiar a ambas partes, no debemos pensar sólo en que Chile va a exportar. No me explico por qué una camiseta de industria nacional vale 400 pesos y una china 100 pesos, o un par de zapatos 5.000 pesos. Nuestros industriales no pueden competir con la industria china. No sé cuál es el secreto que ellos tienen, pero me preocupa esto por una razón muy simple -ojalá que el ministro me pueda contestar-: es bueno que en el país haya productos baratos, pero si nuestras industrias quiebran, ¿existirá la posibilidad de que los chinos den trabajo a todos los trabajadores chilenos? En verdad, no. Por lo tanto, tenemos que resguardar a nuestros trabajadores, a nuestra industria y a nuestro patrimonio.
La diputada Sepúlveda dijo muy bien que había problemas con algunas reparticiones públicas. Eso demuestra que nos hemos preocupado de los tratados internacionales y no de arreglar la casa. Creo que se debe hacer una reestructuración profunda de las entidades controladoras como Indap, SAG y Conaf . Se les debería dar recursos y personal suficientes. ¿Cómo es posible que en las aduanas no haya romanas, que se declaren quince toneladas de carne cuando se traen treinta y se pague impuesto por las quince? Eso sucede con todos los países vecinos. Antes de preocuparnos de tanto tratado de libre comercio, que sin duda son absolutamente necesarios para el país, tenemos que reestructurar nuestras instituciones y darles los fondos necesarios. De lo contrario, siempre vamos a esconder una parte, diciendo que estamos todos fantásticos cuando nuestra casa está mal. Tendremos que poner aquí un fuerte énfasis, dar los recursos necesarios e incentivar al país.
He visto con preocupación -y otros con alegría- que muchos dirigentes están diciendo que este tratado beneficia enormemente al país. Ojalá así sea, pero tengo dudas al respecto.
Se ha anunciado el voto favorable de Renovación Nacional. Si los dirigentes dicen que este tratado favorece a toda la agricultura, sobre todo a los más pequeños, que serán parte importante en esto, hay que planificar nuestra agricultura y entregar créditos a los productores. No se puede otorgar un crédito a una persona que planta arándanos y cobrárselo en cuatro meses más, porque esas plantas comienzan a producir a los cuatro años. Entonces, es importante hacer toda una reestructuración. Por ejemplo, dar créditos para exportar carne a China. Ojalá la exportemos y no nos manden los chanchos chinos del tiempo de la Unidad Popular. Ésa sería la primera objeción que pondría. Si queremos exportar, debemos dar garantías y los créditos que corresponden a los agricultores y a todos los industriales, de acuerdo con su ciclo de productividad.
Ministro , espero que Dios nos pille confesados con este tratado con China, porque sé la agresividad que tiene respecto de los precios. Ojalá nuestras industrias puedan resistir este embate y que los dirigentes no se hayan equivocado al decir que éste es un buen tratado para nuestro país. Tengo la esperanza de que así sea y de que, por fin, se empiecen a ver recursos en nuestros campos, los que han estado deprimidos por tantos años. Eso me motiva a votar favorablemente el tratado, porque he conversado con los agricultores y los dirigentes y me han dicho que es una buena solución para nuestra agricultura y que, Dios mediante, tendríamos un mercado cautivo.
Para salir del subdesarrollo, Chile necesita un mercado al que le faltan, aproximadamente, 30 ó 40 millones de personas, porque nuestro país tiene capacidad para alimentar a más de 100 millones de personas. Chile no tiene un mercado interno con estabilidad en los precios. Por eso estamos tan preocupados de exportar nuestros productos. Pero con esa misma fuerza reclamo que cuando las dueñas de casa o nosotros vayamos a la feria, los exportadores tengan, por lo menos, la deferencia de bajarnos los precios, porque estamos consumiendo productos de tercera categoría, como las paltas que parecen cerezas, pero con precios de exportación. Por lo tanto, el Tratado tiene pros y contras. En verdad, creo que puede haber una pequeña luz al final del túnel y ojalá no sea la de un automóvil que viene en contra y choquemos con él. Esperemos que ésta sea la solución para nuestra agricultura.
He dicho.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , el Tratado de Libre Comercio que estamos aprobando es un nuevo acuerdo con un gran país que, tal como lo expresó el ministro de Relaciones Exteriores en la Comisión, se constituirá en la primera potencia mundial en términos económicos en los próximos años. No cabe duda de que está avanzando a un ritmo realmente importante.
Desde hace algún tiempo, Chile ha planteado la necesidad de abrir sus mercados a Norteamérica, a la Unión Europea y ahora al Asia Pacífico, de revisar el acuerdo con el grupo P4, de firmar tratados con Nueva Zelanda y ahora con China.
Cuando Chile abre sus mercados, está diciendo, sobre todo a las pequeñas y medianas empresas -por qué no decirlo, también a las grandes empresas-, que nuestra economía abierta debe competir. Por lo tanto, los empresarios chilenos deberán buscar elementos desde los puntos de vista del precio y de la calidad para competir en esos mercados, como también de innovación tecnológica para orientarse a mercados tan grandes como el que hoy se está abriendo.
China es un universo de 1.300 millones de posibles consumidores, enorme frente a nuestro pequeño país. No creo que estemos preparados para llegar a tal nivel de consumidores si no somos capaces de apoyar fuertemente a las pequeñas y medianas empresas. A mi juicio, el tema más importante es cómo les damos un real apoyo para que puedan asumir los desafíos que presentan los tratados de libre comercio.
Hoy, las pequeñas y medianas empresas tienen serios problemas, debido a que no han podido pagar los créditos que suscribieron con la banca en el pasado y también a sus antecedentes en Dicom y otros bancos de datos tenidos en vista al solicitarlos.
Por lo tanto, se requieren instrumentos eficaces para potenciar a las pequeñas y medianas empresas, con el objeto de que sean capaces de activar los tratados que está firmando el país. No sacamos nada con que sólo Falabella u otros consorcios importantes en el área comercial puedan salir al exterior, o que empresas muy importantes en el área agrícola, como David del Curto y otras, sean capaces de exportar. Así no vamos a llevar progreso a todos los chilenos. No creo en la teoría del chorreo, porque no se da en Chile. Cuando un empresario gana dinero, quiere más y no lo distribuye eficientemente a sus trabajadores. No conozco empresa alguna que aumente en forma suficiente el salario de sus trabajadores cuando le va bien.
Las pequeñas y medianas empresas son el paso hacia donde debemos avanzar para que haya más empleos, pues esos empresarios tienen más conciencia social para contribuir al desarrollo de sus pares.
Estos tratados son tremendamente importantes, en la medida en que generemos instrumentos eficaces para que sean efectivos. Discutimos eso en la Comisión de Hacienda. Los instrumentos que Chile tiene actualmente para la pequeña y mediana empresa deben ser modernizados y más vanguardistas. Debemos ser innovadores en ese sentido.
A mi juicio, los créditos que el Banco del Estado ha otorgado se parecen a los de la banca privada. No lo veo como un banco del Estado propiamente tal y preocupado en forma activa de entregar créditos a los pequeños y medianos empresarios. El Estado no necesita hacer negocios con ellos, sino que debe apoyarlos para que su esfuerzo productivo se oriente hacia el desarrollo y la exportación, a fin de tener un modelo que permita aprovechar estos proyectos.
No me cabe duda de que China será un gran socio comercial de Chile, porque, tal como lo han expresado otros diputados, China tiene una historia bastante importante en el desarrollo de las relaciones con Chile.
Espero que el proyecto sea aprobado por unanimidad, pues de esa forma se fortalece la economía y se desarrolla el país.
Escuché las diversas intervenciones y me llamó la atención que el diputado Arenas llame a votar en contra del acuerdo por razones que no son comerciales. La tolerancia es necesaria para que Chile avance en sus relaciones comerciales; es una virtud que nos permite suscribir tratados comerciales con socios tan diversos como Estados Unidos, Europa, Nueva Zelanda y China, siempre y cuando la relación sea entre pares.
Es muy importante aprobar este acuerdo para apoyar a la pequeña y mediana empresa. En este sentido, ProChile es un instrumento que debe ser aprovechado de mejor forma, sobre todo en las regiones del norte, donde parece estar ausente, en especial, en mi región. ProChile debe tener incidencia en la producción de las pequeñas y medianas empresas.
Para apoyar el desarrollo de las pymes es fundamental no sólo firmar acuerdos comerciales, sino entregar instrumentos que hagan operativo este acuerdo y que permitan desarrollarse a las familias chilenas y entregar beneficios a los más pobres.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Forni.
El señor FORNI.-
Señor Presidente , no repetiré los argumentos señalados respecto de los beneficios de este tratado comercial.
Me ha llamado la atención la rapidez con que se acordaron los aspectos comerciales del tratado y cómo se dejaron de lado otros temas muy importantes.
Siento temor de que nuestra aprobación al tratado de libre comercio con China signifique, de alguna manera, respaldar a un gobierno que viola sistemáticamente los derechos humanos y no sólo, como dijo el diputado Robles , fortalecer nuestra economía.
Me habría gustado que los diputados, tanto de Gobierno como de Oposición, se refirieran a la situación que vive hoy el pueblo chino. No se ha escuchado ninguna palabra respecto de la violación sistemática de los derechos humanos del pueblo chino ni de la matanza de la plaza Tian’an Men.
Señor Presidente , por su intermedio, quiero decirle al diputado Robles que le encuentro razón al diputado Arenas cuando anuncia su voto en contra del tratado. Sólo tengo una diferencia con él: creo que este es un tema de política de Estado y el tema comercial corre por un carril distinto. El diputado Robles no pensaba así hace unos años; ha cambiado su postura. Debe reconocer que para muchos de ustedes hoy el aspecto comercial es más importante que el respeto al derecho a la vida, la supresión del trabajo infantil, el incumplimiento de las normas laborales o la legislación ambiental.
Por su intermedio, señor Presidente , quiero decirle al diputado Juan Carlos Latorre que cuando se le preguntó en la Comisión al ministro del Trabajo , Osvaldo Andrade , que venía llegando de la OIT, si se ha presentado un reclamo en contra de China ante la OIT por infracción a las normas laborales, él nos dijo que sí. Es decir, hoy estamos suscribiendo un tratado de libre comercio con un país que no respeta la normativa laboral y que se va a aprovechar de ese hecho para obtener bajos costos de producción.
Al respecto -y el ministro Osvaldo Andrade lo sabe-, el tratado no considera los temas laborales en el punto de la solución de controversias.
Voy a votar a favor del tratado, pero pienso que deberíamos haber analizado más a fondo el tema.
Señor Presidente , por su intermedio, quiero preguntar al canciller, con todo el respeto del mundo, si en definitiva este tratado no significó tener que votar por China en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU. Ésa es una respuesta que hasta hoy no tenemos. ¿Chile votó o no por China en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU?
Ya está bueno de expresar que esas son decisiones secretas y reservadas. Entiendo que en la política internacional hay algunos temas en los cuales se debe actuar con ese nivel de secretismo, pero para los chilenos es muy importante saber si votar por China en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU fue condición necesaria para la firma de este tratado, o si, independientemente de eso, así lo hicimos, y si cree necesario en el futuro, al menos mientras sea canciller, trabajar para definir criterios que nos permitan saber cómo votan nuestras autoridades en la elección de los distintos representantes de los organismos internacionales.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro señor Alejandro Foxley.
El señor FOXLEY (ministro de Relaciones Exteriores).-
Señor Presidente, dado que se ha planteado directamente ese tema, no tengo ningún inconveniente en contestar.
Debo señalar dos cosas. Primero, es una norma en votaciones de este tipo en Naciones Unidas que los países se reserven el derecho a no hacer pública su votación. La razón es muy obvia. Si se publicita y no se votó por aquellos países que lo esperaban, se paga un costo neto innecesario en política exterior.
Segundo, le puedo dar completa seguridad de que la votación de Chile para el Consejo de Derechos Humanos se atuvo a un criterio fundamental: votar por países que respetan plena e integralmente los derechos humanos en cada uno de sus entornos.
Desgraciadamente, no puedo contestar la pregunta del diputado, porque va contra el interés del país divulgar cómo vota en cada uno de estos casos.
Muchas gracias.
-Aplausos.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Gastón Von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Concedo una interrupción al diputado Marcelo Forni .
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Forni.
El señor FORNI.-
Señor ministro , acepto su explicación. Me queda claro, entonces, que no votamos por China ni por Cuba. Sobre la materia, pido a la Cancillería determinar criterios públicos para saber cómo vota nuestro país en los organismos internacionales.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro señor Foxley.
El señor FOXLEY ( ministro de Relaciones Exteriores ).-
Señor Presidente , quiero decirle al diputado señor Forni que los criterios que utilizó el Gobierno de Chile para votar están disponibles, son públicos y puede tener acceso a ellos en la Cancillería en cualquier momento.
El señor LEAL (Presidente).-
Gracias, ministro.
Recupera el uso de la palabra el diputado señor Gastón Von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , éste ante es un momento importante para nuestro país. Durante meses he trabajado, con mucho orgullo, como miembro de la Comisión de Hacienda en las Comisiones Unidas que estudiaron cada uno de los aspectos del tratado y escucharon a los distintos gremios que, de una o de otra forma, se podían ver afectados o favorecidos con este tratado tan importante.
A nivel macro, China aceptará de inmediato productos tales como cebolla y ajo frescos, hortalizas, maíz, dulces congelados; a cinco años, quesos, cerezas frescas, melocotones, nectarines, ciruelas, pastas de tomates, conservas de duraznos; a diez años, uva fresca, aceite de oliva, manzanas, vino, frutillas congeladas, carnes. Excepciones: arroz, trigo, harina de trigo, azúcar, maderas.
Chile también va a exportar, con desgravación a distintos plazos, carnes bovinas, tomates, miel, limones, manzanas, uvas, aceite comestible, todos los demás cereales, harinas, arroz.
Quería llegar a las excepciones. Aquí figuran todos los productos incluidos en las bandas de precios, como el trigo, harina y azúcar. Esto último preocupa mucho a los representantes de los sectores que los producen. Lamentablemente, los tratados de libre comercio siempre han afectado a la agricultura tradicional del sur.
Quiero recordar que se trata de un mercado de 1.300 millones de habitantes, de los cuales prácticamente 300 millones tienen un ingreso per cápita mucho más alto de lo que normalmente piensa la gente. Por lo tanto, son los potenciales consumidores, que irán en aumento.
Como dijo el ministro , en estos tratados gana el que se mueve más rápido en el corto plazo. En el largo plazo, se irán incorporando muchos otros países, y China va a tener comercio con ellos, por lo que perderemos una ventaja competitiva importante.
Por lo tanto, desde el punto de vista estratégico, es relevante tomar en consideración lo que significa este tratado con China. Desde el punto de vista de nuestro aparataje estatal, es una verdadera revolución cómo apoyamos o podemos integrar a este tratado al pequeño agricultor, al pequeño empresario o a las pymes, pues, por un lado, hay problemas de rapidez y, por el otro, de asociatividad. ¿Cómo conseguimos que las personas participen rápidamente -ya que los beneficiados son los que se mueven más rápido- en el encadenamiento productivo para verse favorecido con este importante tratado?
En ese sentido, me preocupa nuestra institucionalidad, me inquieta cómo están actuando Aduanas, la Comisión Nacional de Distorsiones y todo el aparataje estatal, que también debe darse la mano con el sector privado para que no respondamos lentamente cuando se vulneren los tratados.
También hay otras cosas muy importantes. Por ejemplo, la Asociación de Exportadores de Manufacturas, los productores de cueros y zapatos y otros sectores se van a ver muy afectados. En la discusión que tuvimos con sus representantes gremiales, me llamó mucho la atención que ellos prefieran apoyar este tratado siempre y cuando exista un mercado formal, no informal, como ocurre ahora con los productos chinos.
En consecuencia, el punto importante es movernos con mucha rapidez.
Ya me referí al tema de la integración, de la asociatividad, de las pymes y de la pequeña agricultura, que es muy vulnerable. El presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura , señor Luis Schmidt , como el presidente del Consorcio Agrícola del Sur , señor Manuel Riesco , también están absolutamente de acuerdo. Además, por primera vez escucho al CAS pronunciarse en forma positiva, pero siempre en el sentido de que, de una vez por todas, a través del Ministerio de
Agricultura, se otorgue el apoyo necesario para incorporar a los organismos que de él dependen, con el objeto de poder incluir al pequeño campesino que también quiere ser parte de los grandes tratados internacionales, como el que hoy discutimos.
Por otra parte, me preocupa el tema de los derechos humanos. En la sesión de ayer en la Comisión de Hacienda, el canciller hizo un comentario al respecto. A pesar de estar hablando con un gigante, con la cuarta potencia del mundo, que es muy factible que a poco andar llegue a ser la primera o segunda, es importante hacer valer nuestra posición respecto de los derechos humanos, pues sabemos cómo se vulneran en ese país.
Anuncio que concurriremos con nuestro voto positivo a la aprobación del tratado de libre comercio entre los gobiernos de la República de Chile y de la República Popular China.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL (Presidente).-
Corresponde votar el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de Chile y de la República Popular China y sus anexos.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos; por la negativa 1 voto. Hubo 3 abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvieron los diputados señores:
MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO EN MATERIA DE BONIFICACIÓN AL CONTRATO DE APRENDIZAJE. Primer trámite constitucional.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Corresponde considerar el proyecto, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, originado en mensaje, que modifica el Estatuto de Capacitación y Empleo en materia de bonificación al contrato de aprendizaje.
Diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es la señora Carolina Goic.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, boletín N° 4174-13, sesión 49ª, en 18 de julio de 2006. Documentos de la Cuenta N° 40.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada informante.
La señora GOIC (doña Carolina).-
Señor Presidente , paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, iniciado en mensaje de su excelencia la Presidenta de la República , que modifica el Estatuto de Capacitación y Empleo en materia de bonificación al contrato de aprendizaje.
Asistieron a la Comisión el ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Osvaldo Andrade Lara , y su asesor señor Francisco del Río Correa .
Cabe recordar que la iniciativa tiene por objeto aumentar la bonificación de 40 a 50 por ciento del ingreso mínimo mensual, por un período de 12 meses; subir el tope de edad para celebrar un contrato de aprendizaje de 21 a 25 años, lo cual permitirá, durante este año, aumentar a 4.100 los cupos para el grupo al cual está dirigido este beneficio, y mantener la bonificación de 10 UTM por aprendiz, destinada a financiar los costos de la capacitación del joven contratado.
En el informe de la Comisión se deja constancia de que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones el numeral 1 del artículo 1°, el articulo 2° y el artículo transitorio y que no se suprimieron artículos ni se introdujeron nuevos preceptos.
La Comisión estimó que el proyecto no contiene artículos que revistan el carácter de normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado. Además, estimó que el proyecto de ley, por haber sido ya objeto de análisis por la Comisión de Hacienda y contener el texto propuesto las mismas normas ya conocidas por ella, no requería ser nuevamente remitido a esa instancia legislativa.
En cuanto a las indicaciones que se presentaron en la Sala, ambas fueron rechazadas. La primera, del señor Urrutia , tenía por objeto sustituir el párrafo final del inciso cuarto del artículo 1°, por el siguiente: “En el caso de menores entre 15 y 18 años, deberán acreditar haber culminado su educación básica o media o encontrarse cursando cualquiera de éstas durante la vigencia del contrato.”.
Puesta en votación, fue rechazada por 5 votos en contra, 5 a favor y 2 abstenciones.
La segunda indicación, de los diputados señores Duarte , Fuentealba , Latorre y Tuma , al inciso cuarto del artículo 1°, es para sustituir la frase final que se propone, por la siguiente:
“En el caso de menores entre 15 y 18 años deberán acreditar haber culminado su educación básica y media y encontrarse cursando cualquiera de éstas durante la vigencia del contrato, o acreditar su inscripción como alumno de dichos grados, en los primeros seis meses de su contrato.”.
Puesta en votación, fue rechazada por unanimidad.
Por lo tanto, el texto del proyecto aprobado por la Comisión es el siguiente:
“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 57 de la ley N° 19.518:
1) Reemplázase en el inciso primero el guarismo “40%” por “50%”.
2) Sustitúyese en el inciso cuarto la expresión “menores de 21 años” por “mayores de 15 y menores de 25 años”, y agréguese, al final de dicho inciso, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente frase final “En el caso de menores entre 15 y 18 años, deberán acreditar haber culminado su educación básica y media o encontrarse cursando cualquiera de estas durante la vigencia del contrato.”
Artículo 2°.- La presente ley entrará en vigencia el día 1° del mes siguiente a su fecha de publicación en el Diario Oficial, respecto de los contratos de aprendizaje que se suscriban a partir de dicha fecha.”.
Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que irrogue la presente ley durante el año 2006, se financiará con los recursos contemplados en el presupuesto del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.”.”
Debido a las consideraciones expuestas, adhiero a la proposición planteada para que el proyecto se vote sin discusión, habida consideración de que la segunda indicación presentada fue rechazada por unanimidad.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para votar el proyecto sin discusión.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL (Presidente).- Corresponde votar el proyecto de ley que modifica el Estatuto de Capacitación y Empleo, en materia de bonificación al contrato de aprendizaje.
Por no haber sido objeto de indicaciones ni modificaciones, se declaran aprobados el numeral 1) del artículo 1º, el artículo 2º y el artículo transitorio.
Corresponde votar el número 2) del artículo 1º, contenido en el segundo informe de la Comisión de Trabajo.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 107 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor LEAL (Presidente).-
Despachado el proyecto.
Por un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG.-
Señor Presidente , en la sesión pasada, la Mesa pidió una aclaración del informe presupuestario, que llegó y es adecuado. Por lo tanto, pido que se haga llegar al Senado, con el objeto de evitar distintas versiones sobre el costo del programa.
El señor LEAL (Presidente).-
Señor diputado, se hará llegar el informe. Se han tomado las medidas pertinentes.
AUTORIZACIÓN A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señores diputados, debido a la prórroga del tiempo del Orden del Día, solicito el asentimiento para autorizar a las Comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala durante la hora de Incidentes.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PAGO DE DEUDAS POR DERECHOS MUNICIPALES.
El señor LEAL (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a los proyectos de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 75, de los diputados señores Venegas, don Mario; Sabag, Díaz, don Eduardo; Olivares, Ojeda, Mulet, Araya y Palma, y de las diputadas señora Sepúlveda, doña Alejandra, y Goic, doña Carolina.
“Considerando:
Que la ley N° 20.033, publicada el 1 de julio de 2005, modificó el decreto ley sobre rentas municipales.
Que esta ley establece la facultad de las municipalidades para convenir el pago de las deudas por derechos municipales en la cantidad de cuotas mensuales que determinen, como, asimismo, para condonar el 100% de las multas e intereses asociados a las mismas.
Que, considerando las necesidades socioeconómicas de los usuarios, la ley determina el plazo de ciento ochenta días, desde su fecha de publicación, para ejercer sus facultades.
Que muchas personas no se han visto beneficiadas para condonar la deuda con su municipalidad por derechos de aseo, por no acreditar su precaria condición.
Que no ha existido la necesaria difusión de este beneficio y su plazo.
Que, por los antecedentes expuestos, el plazo de ciento ochenta días, fijado por la ley N° 20.033, no parece suficiente.
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 65, N° 3, parte final, de la Constitución Política de la República, el Congreso Nacional carece de la prerrogativa constitucional de presentar proyectos de ley que ‘condonen, reduzcan o modifiquen obligaciones, intereses u otras cargas financieras de cualquier naturaleza, establecidas en favor del Fisco o de los organismos o entidades referidos', dentro de los cuales se incluyen las municipalidades.
La Cámara de Diputados acuerda:
1. Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que disponga un nuevo plazo, de ciento ochenta días, para el ejercicio de las facultades municipales establecidas en el inciso tercero del artículo 3° de la ley N° 20.033.
2. Requerir al Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades que instruya a sus asociados a realizar un adecuado proceso de difusión respecto del nuevo plazo.”
El señor LEAL (Presidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.
El señor VENEGAS .-
Señor Presidente , el año recién pasado, esta honorable Cámara aprobó un proyecto de ley que modificó otros cuerpos legales sobre impuestos territoriales y la ley orgánica constitucional de Municipalidades. Me refiero a la ley N° 20.033, del 1 de julio de 2005.
Esa ley, entre otras cosas, estableció la posibilidad de que los municipios pudieran programar determinadas deudas de carácter municipal, e incluso condonar el ciento por ciento de las multas e intereses de las mismas. Estableció un plazo de 180 días para que eso se hiciera efectivo.
Los diputados que hemos patrocinado el proyecto de acuerdo, lo hacemos con la plena convicción de la extrema importancia que tiene, ya que, de aprobarse y, posteriormente, tener una resolución positiva del Ejecutivo , iría en directo beneficio de muchas familias que a lo largo de nuestro país están clamando, primero, ante las autoridades municipales, alcaldes y concejales y, luego, ante nosotros los parlamentarios para que se pueda ampliar el plazo de esa norma.
Esas personas requieren con urgencia que el Congreso apruebe una nueva iniciativa que disponga un plazo adicional al que otorgó la ley en comento, en la que se facultaba a las municipalidades para convenir el pago de las deudas por derechos municipales en un número determinado de cuotas, así como condonar el ciento por ciento de las multas e intereses asociadas a las mismas, considerando las condiciones socioeconómicas de las personas.
La mayoría de las familias que esperaba beneficiar esta ley son modestos trabajadores, jefes de hogar. Pero, su espíritu no necesariamente se cumplió, porque muchas personas no pudieron acogerse a los beneficios.
Muchos alcaldes, concejales y autoridades comunales de mi distrito -y no me cabe duda que también del resto del país- han hecho ver que estas personas no tuvieron el adecuado conocimiento de la norma, razón por la cual no pudieron acogerse. Aun cuando tengo claro que el Código Civil establece que nadie puede alegar ignorancia de una ley una vez que ha entrado en vigencia, lo cierto es que a lo largo del país han quedado demasiadas familias sin poder acogerse a este tipo de beneficios por desconocimiento de la ley.
Por ello, se hace imperioso que nuestros colegas, como auténticos representantes de esas familias, apoyen esta medida de claro beneficio social para así pedir al Ejecutivo acoger esta recomendación.
Por lo tanto, no sólo brindo mi apoyo al proyecto de acuerdo sino que pido a todos los colegas presentes darle su aprobación, con el objeto de que se oficie a la señora Presidenta de la República a fin de que, en uso de sus facultades legales y constitucionales, envíe un proyecto de ley que otorgue un nuevo plazo a las municipalidades similar al que establece la ley N° 20.033, en relación con el pago de las deudas por derechos de aseo.
He dicho.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
INCENTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA MAPUCHE.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 76, de los señores Estay, Sepúlveda, don Roberto; García, don René Manuel; Lobos, Bobadilla, Galilea, Venegas, don Mario; Forni, Von Mühlenbrock y Arenas.
“Considerando:
Que, históricamente, por división de la tierra y, en general, por falta de oportunidades laborales, son miles los mapuches -hombres y mujeres- que han buscado trabajo estable y temporal en distintas zonas del país, transformándose en una relevante fuerza laboral.
Que, últimamente, especialmente en los trabajos de temporero, la mano de obra mapuche comienza a sentirse amenazada por la contratación, a menor remuneración, de trabajadores extranjeros, en desmedro de su calidad y oportunidad de vida.
Que, por ello, es fundamental que el Ejecutivo considere esta situación e incentive a las empresas para que contraten mano de obra mapuche a fin de que no queden marginados del mundo laboral.
Que el Gobierno es el que debe incentivar la contratación de mano de obra indígena, ya que, pese a que los mapuches son parte integrante de la sociedad chilena, se sienten desprotegidos por el Estado.
Que, como pueblo originario, los mapuches requieren de toda la solidaridad nacional.
Que el Ejecutivo es el que debe concretar un incentivo financiero al objeto de que la mano de obra mapuche sea útil a la sociedad y no se vean desplazados por trabajadores extranjeros que llegan al país en busca de empleo, generalmente en desmedro de la mano de obra nacional.
Que los mapuches merecen que el Estado de Chile los apoye y entregue un incentivo a las empresas por su contratación y les asegure un trato digno e igualitario.
Que, si bien el Ejecutivo debe y puede entregar este incentivo, es importante que lo haga en conciencia y convencido de que la mano de obra mapuche es fundamental para el desarrollo del país y, por ende, para el crecimiento y mejor calidad de vida de esta etnia, parte importante de Chile.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que cree un incentivo a las empresas para la contratación de mano de obra mapuche en el país.”
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Estay.
El señor ESTAY .-
Señor Presidente , este proyecto de acuerdo tiene como fundamento la falta de oportunidades, la exclusión y la cesantía que golpea de manera brutal a miles de hogares mapuches. A la distancia, y de una manera sumamente simplista, existe un verdadero mito o cierta convicción de que esta gente de la tierra, como se la define etimológicamente, es decir, los mapuches, sólo debieran subsistir de manera indefinida, ad aeternum, dependiendo de su economía, de sus trabajos y de sus labores agrícolas. Nada más alejado de la realidad, porque han demostrado que son capaces de desempeñarse de manera eficiente en las más variadas actividades. Por mucho que se continúen destinando importantes recursos del Estado para la compra de tierras, ello no es suficiente, y jamás este hecho por sí solo podrá resolver las indignas condiciones de vida en que se encuentran y en que sobreviven millares de compatriotas mapuches, especialmente en la Novena Región, donde se concentra la mayor parte de ellos. Dicho sea de paso, es la región con los peores índices sociales y la más pobre del país.
El conocimiento, la cercanía y el contacto casi cotidiano que he tenido con ellos durante gran parte de mi vida me permiten hablar con cierta autoridad sobre el tema. Es así como puedo afirmar que si tuviera la oportunidad de hacerlo, la mayoría de ellos no dudaría en abrirse nuevos y mejores horizontes que los que le ofrece su propia tierra.
Históricamente, han demostrado ser excelentes guerreros; pero también han logrado demostrar ser excelentes trabajadores chilenos. Y así lo han podido hacer quienes han tenido la posibilidad de desempeñarse en otros lugares y en las más diversas actividades productivas.
Sin embargo, en el último tiempo, cuando la sociedad nacional se inserta en un mundo globalizado y de tratados internacionales que ofrecen un amplio abanico de nuevos horizontes y oportunidades, el mapuche tiene una visión más bien pesimista, de desazón y disconformidad respecto de su entorno social; es más, tiene la convicción de que parecen cerrárseles todas las puertas. Muchos de quienes hasta hace poco encontraban trabajos estables y temporales, especialmente en la zona central, en los que podían contribuir de alguna manera a la economía familiar, hoy deben regresar a sus hogares con los bolsillos vacíos y frustrados, porque han disminuido los espacios de trabajo. Pero lo que es aún mucho más doloroso es que esos puestos de trabajo que en alguna oportunidad fueron ocupados por ellos, hoy se encuentran ocupados o son llenados por trabajadores extranjeros.
El Estado y el Gobierno deben tomar plena conciencia de que nadie está más interesado que los mapuches en insertarse en la sociedad nacional; pero su sentimiento es que el Estado se lo impide o los discrimina. Como se dice hoy día, no se incluyen o no se incorporan al desarrollo; sólo se les entregan tierras, como si estuvieran predestinados o condenados a desempeñarse únicamente en labores agrícolas. Me consta que son miles, especialmente los jóvenes mapuches, que sueñan y anhelan con salir de sus comunidades y lugares de origen para contribuir desde afuera y no terminar confinados para siempre a los lugares donde nacieron.
El Estado y, en particular, el Gobierno deben hacerse cargo de esta responsabilidad ética con nuestros compatriotas mapuches, entregándoles las oportunidades a las que hasta el momento no han podido acceder, porque no se les han entregado las herramientas necesarias para su desarrollo ni se les ha invitado a incorporarse de manera real y efectiva al progreso conjunto.
Por lo anterior, en nombre de los demás diputados que lo suscriben, en particular, los de las regiones Novena y Undécima, como el diputado Galilea ; y de la Décima, como el diputado Von Mühlenbrock , llamo a los honorables colegas a que apoyen este proyecto de acuerdo, que tiene por objeto solicitar respetuosamente al Ejecutivo , específicamente a su excelencia la Presidenta de la República el estudio y envío de un proyecto de ley que incentive la contratación de mano de obra mapuche en los ámbitos público y privado.
He dicho.
El señor DÍAZ (don Eduardo).-
Señor Presidente, pido la palabra para hablar a favor.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , se cumplió el tiempo para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
¿Habría acuerdo de la Sala para conceder el uso de la palabra al diputado señor Eduardo Díaz?
El señor BERTOLINO .-
No, señor Presidente.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VII. INCIDENTES
RECURSOS PARA PALIAR EFECTOS DE INUNDACIÓN EN UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO. Oficios.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , todo el país conoció las horas terribles que debió soportar la Región del Biobío, como consecuencia de los temporales de la semana pasada. Hoy quiero referirme en forma especial a la inundación que sufrió la Universidad del Bío-Bío de nuestra ciudad de Concepción.
El campus Concepción de la Universidad del Bío Bío se encuentra ubicado en el sector de Collao, el más afectado por los desbordes del estero Nonguén , que justamente cruza por el límite de la propiedad universitaria.
En ese campus estudian 5.500 estudiantes, de los 9.500 que asisten a la universidad en régimen diurno, y alrededor de 1.000 en horario vespertino.
La mayoría de las construcciones no superan los dos pisos y en las últimas dos inundaciones, ocurridas en 2003 y 2004, fueron parcialmente afectadas, generando considerable daño al patrimonio institucional, que es cubierto sólo parcialmente por los seguros contratados.
La universidad tomó una serie de resguardos para evitar que inundaciones como las señaladas volvieran a afectar bienes de su propiedad. Entre las medidas adoptadas cabe destacar la construcción de un nuevo pretil en el límite con el estero Nonguén , definición de cotas mayores para las nuevas construcciones, precauciones para la protección de equipos computacionales, etcétera. La universidad tomó medidas en función de lo que había pasado en años anteriores.
No obstante lo anterior, la inundación ocurrida la semana pasada superó largamente los resguardos tomados, al punto que en los edificios de la rectoría y de algunas facultades, como la de Ingeniería y Ciencias, que nunca se habían inundado, en esta ocasión el nivel de las aguas superó los 50 centímetros en toda la planta baja. Lo mismo ocurrió en laboratorios especializados y en el Centro de Alta Tecnología de la Madera, ocasionando enormes pérdidas. Sólo en la biblioteca de la universidad se estima una pérdida de alrededor de 25 mil volúmenes, lo que corresponde a una tercera parte del patrimonio bibliográfico de la institución.
Junto con lo anterior, debo mencionar las inundaciones ocurridas en el casino, en los servicios estudiantiles, en las salas de estudios, en los laboratorios computacionales, en las salas de clases, en los edificios de administración, entre los cuales se encuentra, como ya lo señalé, la rectoría.
La inundación de esos edificios, junto a los daños en las edificaciones -tabiques de madera, alfombras, revestimientos, instalaciones eléctricas y de computación-, supone también una pérdida en mobiliario y equipamiento que afecta todo el funcionamiento de la universidad.
Los seguros comprometidos sólo permitirán cubrir una parte de los daños, después de un largo proceso de negociación, que fácilmente puede prolongarse hasta fin de año.
Por otra parte, las compañías de seguros han tomado la decisión de no cubrir en el futuro daños producidos por inundaciones. Esta medida no sólo afectará a la Universidad del Bío-Bío, sino que a todas las propiedades ubicadas en un amplio sector urbano de Concepción, como es Collao.
En cuanto a la cuantificación de los daños, hoy sólo es posible realizar una apreciación muy aproximada, pero no deberían ser inferiores a mil millones de pesos, de los cuales, de ser favorable, las compañías de seguro no cubrirían más del 50 por ciento.
El año pasado hubo anegamientos en una superficie menor y los daños superaron los 350 millones de pesos.
Las pérdidas institucionales son mucho mayores si se consideran los daños ocurridos en el patrimonio no reemplazable o en investigaciones en curso y el tiempo que demorará la universidad en reanudar sus servicios académicos y normalizar el total de las actividades.
En la vida he aprendido que, además de plantear situaciones difíciles, hay que proponer soluciones.
Al respecto, si bien la institución muestra indicadores de un manejo económico responsable que la sitúa entre las con menos endeudamiento dentro de las que pertenecen al Consejo de Rectores, carece de recursos o de capacidad de endeudamiento, sin comprometer su desarrollo futuro, para hacerse cargo de las consecuencias de este desastre natural que la ha afectado.
Por otra parte, la sola restitución de la situación previa a la inundación no resulta ni suficiente ni rentable social y económicamente. En efecto, el comportamiento climático observado en los últimos años muestra una agudización de los episodios de desbordamiento de ríos y esteros en el sector, de manera que es necesario pensar en efectuar inversiones en infraestructura que garanticen la preservación del patrimonio de la universidad y la adecuada prestación de servicios a sus estudiantes.
Ahora bien, en cuanto a medidas y solicitudes, se estima que para superar la emergencia se requiere un aporte extraordinario del erario de 500 millones de pesos. Tengo la información de que fue el director de Educación Superior a ver la situación, pero la verdad es que aún no hay cifras al respecto.
Para el año 2007 se solicita la construcción de un nuevo edificio para biblioteca y recursos de tecnología de información para uso de los estudiantes del campus; de un nuevo casino y de un edificio de laboratorios especializados.
Se estima que el costo total de estas obras alcanza a la suma de dos mil millones de pesos.
Por lo tanto, solicito que se oficie a la ministra de Educación , señora Yasna Provoste , para invitarla a realizar una visita a la universidad; al ministro de Hacienda , señor Andrés Velasco , con el objeto de que a través de la Dirección de Presupuestos -he tenido conversaciones con personeros de dicha Dirección- se asignen recursos de los fondos de emergencia por la suma de 500 millones de pesos, y al ministro de Obras Públicas , para que informe sobre las obras del río Andalién. Además, pido que se envíe copia de mi intervención a la intendenta de la Región del Bío-Bío .
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo indican y de quien habla.
ANTECEDENTES SOBRE MANEJO DE COMPUERTAS EN LA CENTRAL RAPEL Y EN EL RÍO TENO. Oficios.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre.
El señor LATORRE.-
Señor Presidente , como diputado por el distrito N° 35 quiero manifestar mi protesta por el abusivo manejo de compuertas que efectuó la central Rapel , con motivo del fenómeno climático que afectó al país la semana pasada. En efecto, en un plazo de alrededor de seis horas, durante la noche, entre el 12 y 13 de julio, luego de avisar sólo a Carabineros cerca de las 23.00 horas, esa central abrió sus compuertas y aumentó, inicialmente, de cero a 1.100 metros cúbicos por segundo el caudal del río Rapel, hasta alcanzar a 6.280 metros cúbicos por segundo a las 10 horas del 13 de julio, generando con ello inundaciones y daños a la infraestructura en distintos sectores poblacionales del pequeño pueblo de Rapel, comuna de Navidad.
Debo hacer notar que esa apertura de compuertas fue efectuada en forma absolutamente contraria a las normas, pues generó una crecida superior a la que podría haberse producido por las lluvias de ese día, y significó que el agua pasara por sobre el puente de acceso al pueblo de Rapel , en el camino que va desde Santo Domingo hacia Navidad .
A continuación, voy a dar a conocer los nombres de los jefes de las familias afectadas, con el objeto de que Endesa responda por los daños directos que les ha causado. Espero involucrarme en el proceso a través del cual se harán los reclamos respectivos a dicha empresa. En la comuna de Rapel, fueron afectadas las familias de los señores Moisés Fuentes , Raúl Martínez , Héctor Gómez , José Olguín , José Domingo Torres , Maximiliano Rojas , Gloria Mondaca , Ma-
nuel Mondaca , Rafael Catalán , Eladio Rojas , Gerardo Rojas , Jorge Cornejo , Marcelo Flores , Luis Rubio , Mauricio Moreno , Raúl Ramírez , Heraldo Pazo . En el sector de La Boca, fueron afectadas las familias de Adela González y José Veas .
Por lo expuesto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , adjuntando esta información, a fin de que solicite a la Dirección General de Aguas que ratifique, de acuerdo con su información, lo que ocurrió ese día y que informe si la apertura de compuertas señalada se atiene a las disposiciones legales existentes. Asimismo, que nos remita por oficio los antecedentes de que dispone sobre el aumento del caudal provocado ese día en el río Rapel y sobre los daños causados, que constan en la gobernación, en el municipio y en las organizaciones sociales de esa localidad.
Esta petición es un complemento a las preocupaciones y dudas que se han planteado respecto del manejo de compuertas en otras centrales hidroeléctricas, como las de Pangue y Ralco en la Octava Región.
También me permito solicitar al ministro de Obras Públicas que disponga las medidas pertinentes para que se investigue la forma como operaron las compuertas en el río Teno, en el sector inmediatamente adyacente a la compuerta que destina aguas hacia el estero Chimbarongo, porque en ese lugar se produjo la irreparable pérdida de un carabinero que alertaba a personas que estaban en peligro. Hago presente que el pretil que existía en el lugar era de tierra, razón por la cual cedió, y que estaba construido para que cediera. En consecuencia, debió haberse anunciado con anticipación que eso ocurriría. Con ello, quizás, se habría evitado una pérdida irreparable y los efectos posteriores que hemos conocido a través de los medios.
Asimismo, pido que se oficie al ministro del Interior, con copia de mi intervención, a fin de hacerle presente esta situación.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.
ASFALTADO DE LA RUTA QUE UNE LAS LOCALIDADES DE MÁFIL Y MALIHUE. Oficios.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Alfonso De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , el 5 octubre del año pasado, la municipalidad de Máfil recibió un oficio del Ministerio de Obras Públicas, específicamente de la Dirección de Vialidad, en el cual se manifiesta la negativa al mejoramiento del camino T-345, que une la localidad de Máfil con el sector de Malihue, con el fundamento de que no vale la pena invertir en un camino tan poco transitado.
En verdad, sorprende esta aseveración, teniendo en consideración lo fundamental y estratégico que resulta el mejoramiento y asfaltado del camino que une a estas localidades, zona en la cual existe una gran cantidad de pequeños productores lecheros y ganaderos. A pesar que este proyecto se encuentra en la carpeta de proyectos de la Dirección de Vialidad, el Ministerio de Obras Públicas consideró que aún no alcanza su año óptimo.
Creo que aquí hay una grave omisión y falta de consideración para entender los proyectos estratégicos de comunas rurales, como Máfil, que buscan el desarrollo de su sector productivo y la mejor calidad de vida de sus habitantes.
El flujo de una determinada vía se incrementa o reduce, dependiendo de las condiciones en que se encuentra. Obviamente, en esta ruta hay poco tránsito por las condiciones que tiene en la actualidad. Por lo mismo,
su mejoramiento tendrá gran incidencia, no sólo en los residentes de Máfil, sino también de Panguipulli, los que, a raíz del asfalto de esta vía, podrán ahorrar 35 kilómetros para acceder a Valdivia, futura capital de la Región de Los Ríos. Hay que considerar que la futura demanda beneficiará tanto a Panguipulli como a la comuna de Los Lagos y los demás sectores adyacentes.
Desde el punto de vista estratégico, para la conexión internacional con el paso Hua Hum, esta vía acercaría más, en términos geográficos, los extremos transversales de la región, mediante la unión de la cordillera con el mar a través de este eje transversal.
Otro punto importante es el económico. Con la mejora de esta vía se generará un gran impacto en los sectores más populosos y pujantes de la comuna de Máfil, donde se concentra la mayor producción de pequeños y medianos agricultores. En este sentido, una mayor expansión económica en las actividades productivas depende, necesariamente, de las condiciones de accesibilidad a los mercados, y eso, en las actuales condiciones de dicha vía, constituye una de las principales barreras de entrada para el proyecto productivo de la comuna.
Además, quiero recordar que el mejoramiento de este tipo de caminos va ligado a la política de los gobiernos de la Concertación, en el sentido de priorizar las vías transversales de caminos rurales. Este proyecto ha sido uno de los prioritarios a nivel provincial y regional, por lo cual resta ser refrendado por el poder central.
Aquí, nuevamente, nos enfrentamos al centralismo de muchos de nuestros ministerios que, al no conocer la realidad, simplemente buscan cifras y no entienden el factor fundamental de palanca de desarrollo que significa para una pequeña comuna como Máfil, en especial para sus habitantes, que exigen y solicitan, como tema emblemático, el asfaltado de este camino.
Es más, la municipalidad de Máfil ha sugerido modificar el proyecto, rebajando los estándares originales de manera de conseguir su aprobación en el programa de inversiones del Ministerio de Obras Públicas, pero aún así no se ha obtenido respuesta.
Reitero, estos son los proyectos emblemáticos que necesita nuestro mundo rural; estos son los proyectos por los cuales el alcalde de Máfil , señor Angelino Leal , y su concejo, el lunes recién pasado, en el marco del aniversario de la comuna, me solicitaron que, como diputado , interviniera en la Cámara para defender la vocación productiva que la caracteriza; para defender a las localidades de Runca y de Malihue, y a todos los sectores aledaños que serán beneficiados con esta inversión.
Hemos visto grandes inversiones en otros lugares, especialmente en la zona central; pero cuando los diputados de regiones demandamos inversiones productivas para las comunas o para los sectores rurales que representamos, muchas veces nos encontramos con indiferencia o con las frías estadísticas.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , a fin de que nos informe respecto de la prioridad que se ha dado al proyecto Ruta T-345 que une las localidades de Malihue y de Máfil, y cuáles son los calendarios de inversión en asfalto y en puentes.
Pido, asimismo, que se envíe copia íntegra de mi intervención, como una forma de reiterar la prioridad de ese proyecto, al intendente de la Décima Región de Los Lagos , al gobernador de la provincia de Valdivia , al alcalde de Máfil y al cuerpo de concejales.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención a las correspondientes autoridades.
CARACTERIZACIÓN PARA LA ESPECIALIDAD DEL BUCEO DENOMINADA “BUZO APNEA”. Oficio.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcos Espinosa.
El señor ESPINOSA (don Marcos).-
Señor Presidente , en esta ocasión me referiré a los socios del sindicato Buzomar, de Tocopilla, quienes se desempeñan en una rama especial de los buzos mariscadores denominada “buzo apnea”.
Como se sabe, el buzo apnea -del griego apnoia: falta o suspensión de la respiración- obtiene los recursos marinos mediante la inmersión, sin ninguna tecnología que aporte oxígeno. Es la forma de buceo más antigua y sencilla empleada por el hombre. Aparece en diversas regiones y culturas para explotar fuentes de alimentos, como peces, crustáceos y moluscos; recursos útiles, tales como algas, esponjas y corales, y recursos de valor cultural o económico, como perlas.
Además, debemos considerar que esa labor se desarrolla solamente en la Primera y Segunda regiones. Hoy, dicha actividad está caracterizada como deportiva o recreativa. Por eso, intervengo para que les otorgue una adecuada caracterización, por cuanto los socios del sindicato Buzomar no realizan esta labor con fines deportivos o recreativos, sino como un trabajo para mantener a sus familias; es decir, tiene un componente esencialmente económico. Además, dentro de un rubro que ya es considerado como trabajo pesado, esta modalidad es, lejos, la más exigente en el ámbito del esfuerzo físico, por cuanto no considera instrumentos de apoyo de ninguna especie. Se trata de una labor cuya productividad depende completamente del buen estado de salud, de una buena capacidad respiratoria y muscular para sortear las olas y sumergirse en el mar.
Las condiciones laborales son aún más críticas si se considera que una de las particularidades más representativa de ese sector es su temporalidad, la cual no sólo se encuentra condicionada por el estado del mar, sino también por las vedas que se aplican a los recursos.
Por consiguiente, pido que se oficie al ministro del Interior , a fin de que estudie la factibilidad de dar una caracterización adecuada a los socios del sindicato de buzos mariscadores Buzomar, de Tocopilla, quienes realizan la actividad económica del “buzo apnea” y que se envíe copia de mi intervención al director nacional de Sernapesca y al presidente del sindicato Buzomar .
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia íntegra de su intervención.
NOMINACIÓN DE SEWELL COMO PATRIMONIO MUNDIAL. Oficios.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Eugenio Bauer .
El señor BAUER .-
Señor Presidente , el Comité del Patrimonio Mundial de la Unesco, reunido en Vilnius, Lituania, el 14 de julio recién pasado, agregó diez nuevos sitios a la Lista del Patrimonio Mundial, entre ellos a la ciudad minera de Sewell , de Chile. Esa lista cuenta en la actualidad con 830 sitios.
La ciudad minera de Sewell está situada a 85 kilómetros al sur de Santiago, a más de dos mil metros de altura e inserta en un medio natural caracterizado por el clima extremo de las cumbres de la cordillera andina.
La ciudad de Sewell fue construida por la compañía Braden Copper a principios del siglo XX para albergar a los trabajadores de El Teniente. En ese entonces era la mayor mina subterránea de extracción de cobre en el mundo.
Sewell es un ejemplo notable de ciudades construidas por empresas industriales que surgieron en muchos rincones apartados del planeta como resultado de la fusión entre la mano de obra local y los recursos técnicos y financieros de algunas naciones industrializadas para explotar yacimientos mineros y transformar recursos naturales valiosos.
La ciudad minera de Sewell fue abandonada por la mayoría de sus pobladores durante el decenio de los setenta, pero, en sus momentos de apogeo llegó a contar con quince mil habitantes. Fue construida en una ladera demasiado abrupta para permitir la circulación de vehículos con ruedas, por lo que se estructuró en torno a una gran escalera central que se eleva desde la estación ferroviaria. A lo largo de su recorrido, la escalera central va jalonando plazoletas de configuración irregular, hornadas de árboles y plantas que constituían el espacio público urbano principal. De uno u otro lado de la gran escalera salen pasajes que siguen las cotas del terreno y desembocan en plazoletas más pequeñas y escaleras secundarias que unen entre sí los distintos niveles de la ciudad.
Los edificios alineados a lo largo de la calle son de madera y, con frecuencia, son pintados de diversos colores llamativos: verde, amarillo, rojo y azul. Diseñados en los Estados Unidos, la mayoría de ellos reproduce el modelo de construcción decimonónico, típico de ese país. Pero el que alberga la Escuela Industrial, construida en 1936, es de inspiración modernista.
Sewell es el único asentamiento industrial minero de envergadura del siglo XX en zona montañosa que fue construido para ser utilizado en todas las épocas del año.
Como diputado del distrito 33, deseo felicitar a la comuna de Machalí, donde se ubica Sewell, como asimismo a la Sexta Región y a Codelco, por tan merecida nominación, y comprometernos a trabajar por la mantención y conservación de tan memorable campamento, que guarda cien años de historia de nuestra región.
Solicito que se envíe copia de mi intervención al alcalde y a los concejales de la comuna de Machalí.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
REPARACIÓN DE CAMINO DE ACCESO A SECTORES DE COMUNA DE TRAIGUÉN. Oficio.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Arenas.
El señor ARENAS.-
Señor Presidente , quiero hacer presente la situación del camino de acceso a Paso Firme y Chile Avanza, en la comuna de Traiguén, que tiene una extensión de poco más de seis kilómetros y que sirve de salida al camino público Galvarino-Quino-Pitrufquén, cuyo código es 69D850.
El camino beneficia a cerca de sesenta familias de los sectores de Paso Firme, Chile Avanza y las comunidades mapuches de Santos Huentemil y de Soto Lincoñir. Pero se trata sólo de una carpeta de tierra que es intransitable en invierno, por consiguiente, con graves perjuicios para los lugareños. Así, por ejemplo, en esta época, el bus escolar no puede llegar a todas las casas y muchos niños deben asistir a clases a pie.
En febrero de 2006 -antes de que comenzara el invierno- se solicitó al respecto una opinión técnica al jefe provincial de Vialidad de Malleco , quien evacuó un informe con fecha 3 de febrero de 2006 donde señala que se requiere reconformar la plataforma del camino de tierra existente, reperfilar las cunetas para permitir un fácil escurrimiento de las aguas y habilitar una carpeta con dos mil metros cúbicos de material granular.
Sin embargo, esas obras no se han realizado y ya nos encontramos en medio del invierno, por lo tanto, la situación de los habitantes de Paso Firme, Chile Avanza, Santos Huentemil y Soto Lincoñil se hace, de nuevo, insostenible.
Solicito que se oficie al director nacional de Vialidad , para que dé respuesta al oficio de 3 de febrero de 2006, enviado por el jefe provincial de Vialidad de Malleco , a fin de saber si en los presupuestos establecidos por esa repartición está considerado el arreglo del camino de acceso a Paso Firme y Chile Avanza que une el camino público Galvarino-Quino-Pitrufquén.
Solicito, asimismo, que se envíe copia de mi intervención y del oficio solicitado al alcalde y a los concejales de la comuna de Traiguén, así como al señor Emilio Salgado , vicepresidente de la Junta de Vecinos de Paso Firme.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviará los oficios en la forma solicitada por su señoría.
ATENCIÓN DE SALUD MENTAL PARA DAMNIFICADOS POR LOS TEMPORALES. Oficio.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Lobos.
El señor LOBOS .-
Señor Presidente , dado que en nuestra zona tuvimos un temporal que ocasionó grandes pérdidas humanas y materiales e intervino asimismo en el estado de ánimo de las personas afectadas, hoy debemos lamentar un hecho asociado a ese fenómeno: el suicidio de David Alejandro Ribera Gatica , un poblador de 36 años de la villa 21 de Mayo, quien, a consecuencia de las pérdidas ocasionadas y del estado mental en que quedó posteriormente, puso fin a su vida.
Son muchas las personas que han pedido ayuda a distintas instancias para tratamientos sicológicos y siquiátricos, los cuales no siempre son asequibles. Incluso, en este momento hay gente en lista de espera para ser atendida en la Unidad de Salud Mental; pero no daremos abasto.
Por eso, en atención a lo expuesto, solicito que se oficie a la ministra de Salud , a fin de que disponga los recursos económicos y humanos necesarios para atender a la población afectada en esta condición tan importante de la vida, cual es su salud mental.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado que habla.
ENVÍO DE PROYECTO DE LEY SOBRE EXIGENCIA EN EMISIÓN DE GASES A VEHÍCULOS INGRESADOS A ZONAS FRANCAS. Oficio.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Pablo Galilea.
El señor GALILEA.-
Señor Presidente , desde marzo, los diputados de las provincias de Arica, Iquique , Palena , Aisén y Magallanes venimos solicitando al ministro de Transportes y Telecomunicaciones que solucione el problema que las afecta con la zona franca.
La ley Austral, que modificó el crédito tributario y estableció la extensión de la zona franca desde Punta Arenas hasta la región de Aisén, permitió el ingreso de todo tipo de bienes. Su entrada en vigencia ha representado para la región de Aisén, aproximadamente, seis millones de dólares en mercaderías, de los cuales el 90 por ciento corresponde a vehículos, con un total de 1.700 unidades que, por su bajo costo, han estado al alcance de muchas familias y contribuyen a mejorar su calidad de vida o les permiten desarrollar algún tipo de empren-dimiento importante. Ello se ha traducido en un beneficio real, visible, para los habitantes de Aisén.
El 31 de agosto de 2005, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones modificó, mediante el decreto N° 95, la norma sobre emisiones de vehículos motorizados livianos, establecida anteriormente en el decreto N° 211, de 1991.
A partir de la citada modificación, entre otros cambios, se restringe la circulación por el país de vehículos motorizados livianos que no sean mecánicamente aptos para cumplir con los niveles máximos de emisiones que dispone el artículo 4° bis, letra a), del citado decreto. Esto significa que no podrán seguir ingresando a las regiones favorecidas con zona franca vehículos petroleros nuevos y usados, de bajo costo y en excelente estado, en su mayoría procedentes de Japón, Corea y Europa.
La citada modificación legal del Ministerio de Transportes obligará a quienes se dedican a la comercialización de estos vehículos a importarlos de países como Estados Unidos, trayendo vehículos bencineros de alta cilindrada, de mayor costo en su uso y mantención, y con un alto precio de compra.
En consecuencia, esa norma cambia los efectos reales que el legislador quiso implementar para beneficiar a las regiones extremas con zonas francas y sus respectivas extensiones, porque termina con la aplicación práctica de estas disposiciones, afectando considerablemente el ingreso de bienes que mejoren la calidad de vida y permitan el desarrollo económico de la zona.
Esa norma no tiene justificación alguna en las regiones extremas, puesto que en ellas no existen las condiciones que generan los altos niveles de contaminación atmosférica, que sí tienen las regiones para las cuales fueron pensadas esas exigencias.
Las constantes modificaciones al decreto N° 211, de 1991, especialmente en lo referente a normas sobre emisión de gases, que pueden tener real justificación en la zona central del país, han ocasionado perjuicio a las zonas francas y sus extensiones, al limitar el año de fabricación de los vehículos ingresados bajo este régimen tributario, impidiendo la renovación de vehículos por modelos más nuevos y de mejor tecnología.
Por todo lo anterior, el 12 de julio de este año, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de acuerdo que, en lo sustancial, solicita al ministro de Transportes y Telecomunicaciones modificar el decreto N° 95, de 2005, a fin de excluir de las exigencias de emisión de gases a los vehículos usados y nuevos que ingresen a las regiones favorecidas con zona franca, manteniendo las actuales normativas, y sugerir -esto es muy importante- que se reestudie la limitación en el año de fabricación para el ingreso al país de tales vehículos.
Si bien, después de mucho esfuerzo, se logró prorrogar el decreto, la Contraloría no tomó razón de él por problemas de ilegalidad, lo que ha significado que coloquemos en riesgo la utilidad de la zona franca, convirtiendo en letra muerta sus beneficios.
En la Comisión Especial sobre Zonas Extremas, el subsecretario de Transportes aceptó la sugerencia de enviar al Congreso Nacional un proyecto, calificado de discusión inmediata, destinado a solucionar el problema que vive la zona franca. Sin embargo, han transcurrido dos semanas y todavía no hay noticias.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Transportes y Telecomunicaciones , adjuntando copia de mi intervención, para que envíe ese proyecto con discusión inmediata; de lo contrario, los beneficios de que goza la zona franca serán letra muerta.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención, y la adhesión de los diputados señores Errázuriz y Martínez.
INTERVENCIÓN DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS EN CONFLICTO DEL MEDIO ORIENTE. Oficio.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , el 12 de julio de 2006, un grupo Hezbollah atacó una unidad militar israelita, capturó a dos soldados y mató a otros ocho. A raíz de lo anterior, Israel declaró la guerra a El Líbano, responsabilizándolo de lo sucedido. El gobierno libanés ratificó que no estaba al tanto de ese ataque, que no lo ampara y que no podía hacerse responsable del mismo. Pese a ello, y sabiendo que El Líbano carece de fuerza militar, Israel lo sitió por tierra, mar y aire; bombardeó el aeropuerto, los puertos de Beirut, Sidón , Tiro , Trípoli y Jounieh , todos los puentes del país y diversas rutas. También bombardeó los pueblos del sur, conminando a los ciudadanos a que abandonaran sus casas para evitar morir. Más de doscientas mil personas debieron abandonar sus hogares. Asimismo, atacó contingentes de ciudadanos, dejando centenares de muertos en los caminos, muchos de los cuales murieron quemados dentro de sus propios vehículos. También bombardeó el faro de Beirut y las centrales de electricidad, la central telefónica y la autopista internacional. El bombardeo se produjo, precisamente, en la época del mayor turismo en El Líbano, lo que ha significado la muerte de ciudadanos de Brasil, Kuwait, Alemania y Canadá .
Aun condenando la acción irresponsable y criminal del grupo Hezbollah, la respuesta de Israel resulta del todo desproporcionada e irracional, requisitos básicos de toda legítima defensa.
Asimismo, Palestina también atraviesa por una dramática situación, que requiere urgente solución.
Por lo expuesto, pido que se oficie a la Presidenta Michelle Bachelet para que instruya a nuestro embajador en Naciones Unidas a fin de que el Consejo de Seguridad de ese organismo se reúna en forma urgente e intervenga para detener la violencia desatada en el Líbano y Palestina y adopte las medidas que sean necesarias para asegurar la paz a los ciudadanos y extranjeros que viven o visitan esos países.Pido que este oficio se envíe en nombre del diputado Jorge Sabag El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez y Pablo Galilea.
INFORMACIÓN SOBRE PUNTAJES PARA ACCEDER A PENSIONES ASISTENCIALES. Oficios.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , las personas que desean acceder al beneficio de la pensión asistencial deben ser postuladas por las municipalidades a las intendencias regionales respectivas, después de pasar por un colador tremendo, como es la actual ficha CAS. Sin embargo, la Presidenta de la República , en su cuenta pública del 21 de mayo, señaló que todo postulante a una pensión asistencial accedería automáticamente al beneficio.
La ministra Clarisa Hardy , durante un almuerzo con los diputados de Renovación
Nacional, ante las preguntas que le hiciéramos sobre el tema, nos dijo que ese trámite era sólo para aquellos postulantes con menos de 550 puntos. Pero, ¿cómo va a saber un postulante cuántos puntos tiene si no se le informa?
En tal virtud, estoy presentando una moción, con el patrocinio del diputado señor Jorge Sabag y de la diputada señora Marta Isasi , para que las intendencias informen de los puntajes que obtienen las personas que son postuladas por los municipios. Igual información deberán entregar estos últimos dentro de los treinta días siguientes a la realización de la encuesta de estratificación social para medir el grado de vulnerabilidad de los postulantes a una pensión asistencial, a fin de no crear falsas expectativas en la gente.
Por lo tanto, pido que se oficie a los trece intendentes regionales para que, de acuerdo con las instrucciones que debe haber impartido la ministra Clarisa Hardy , según nos señaló, informen a las personas del puntaje con que son postuladas por las municipalidades al beneficio de la pensión asistencial.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Rosauro Martínez y Pablo Galilea.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.53 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio N° 6246, de fecha 6 de julio de 2006, tengo a bien manifestar a vuestra Excelencia que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior. (boletín N° 3224-04).
En consecuencia, devuelvo a vuestra Excelencia el citado oficio de esa honorable Cámara de Diputados, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; PAULINA VELOSO VALENZUELA , Ministra Secretaria General de la República ”.
2. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, especialmente ampliada para los efectos del estudio del proyecto aprobatorio del “Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular China” y sus anexos, suscrito en Busan, República de Corea, el 18 de noviembre de 2005. (boletín N° 4170-10)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, especialmente ampliada por acuerdo de Sala adoptado en sesión del 14 de junio de 2006, para el estudio del proyecto de acuerdo aprobatorio del tratado internacional de libre comercio y sus anexos celebrado con la República Popular China, y suscrito en Busan, República de Corea, el 18 de noviembre de 2005, pasa a entregar su informe reglamentario en primer trámite constitucional, con urgencia calificada de “simple”.
Además de sus trece Diputados integrantes permanentes, integraron la Comisión ampliada los señores Diputados Aedo Ormeño, don René ; Arenas Hodar, don Gonzalo ; Cardemil Herrera, don Alberto ; Jaramillo Becker, don Enrique ; Melero Abaroa, don Patricio ; Muñoz D'Albora, doña Adriana ; Ortiz Novoa, don José Miguel ; Pacheco Rivas , doña Clemira ; Sepúlveda Órbenes , doña Alejandra ; Sule Fernández, don Alejandro ; Sunico Galdámes, don Raúl , y Von Mühlenbrock Zamora, don Gastón , designados por sus respectivas Bancadas entre sus Diputados integrantes de las Comisiones de Hacienda, de Agricultura o de Trabajo y Previsión Social.
Por la extensión de este informe, se ha estimado conveniente dar una visión general de su contenido.
En el capítulo I, se hace constar las menciones exigidas por el artículo 287 del Reglamento de la H. Cámara;
En el capítulo II, se proporcionan antecedentes generales sobre el contexto político-económico en el que se inserta la celebración del TLC en informe; se indica lo sustancial de los beneficios que trae consigo la celebración de este tratado; se informa de su incidencia financiera fiscal , y, por último, se trata la naturaleza jurídica del “Memorándum de entendimiento de Cooperación Laboral y de Seguridad Social”, celebrado entre el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social de China y el Ministerio del Trabajo y Previsión de Chile.
En el capítulo III se hace una reseña del contenido normativo general y específico del tratado, y
En el capítulo IV, se da cuenta de las decisiones de la Comisión, en virtud de las cuales la Comisión escuchó durante su estudio a los Ministros de Relaciones Exteriores , de Agricultura, del Trabajo y Previsión Social, y de Economía; además, a seis directivos de Servicios relacionados con las materias del tratado.
Además, escuchó a diecisiete dirigentes de organizaciones sociales representativas de las principales actividades económicas del país.
De todas las opiniones recibidas se da cuenta en el anexo II de este informe, sin perjuicio de proporcionar en este capítulo la opinión de la representante de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), por ser la única entidad que formuló observaciones diversas contrarias a los efectos económicos y laborales de estos tratados.
Por último, concluye este informe con una referencia a determinados acuerdos especiales adoptados por la Comisión para transmitir a las Secretarías de Estado relacionadas con ellas, diversas observaciones hechas por los sectores escuchados.
En el anexo I, relativo a las “Oportunidades para las Regiones”, se insertan diversos antecedentes proporcionados por DIRECON, sobre la caracterización de cada Región; presencia de la inversión extranjera directa en ellas; su perfil exportador; sus exportaciones durante el año 2005, según el Código Industrial Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU); las exportaciones regionales a China y las pymex exportadoras por región.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Para los efectos reglamentarios correspondientes se hace constar lo siguiente:
1° Que la idea matriz o fundamental de este proyecto de acuerdo es aprobar un tratado internacional, previamente a su ratificación, para lo cual S.E. la Presidenta de la República necesita su aprobación parlamentaria, conforme lo dispuesto por los artículos 32, N° 15, y 54, N° 1, de la Constitución Política de la República;
2° Que el tratado internacional en trámite no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado; juicio respaldado en informe de la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3° Que la Comisión aprobó el proyecto de acuerdo por la mayoría de 20 votos a favor, 1 voto en contra y una abstención.
Por la afirmativa votaron la H. Diputada Allende Bussi , doña Isabel , y los HH. Diputados Aedo Ormeño, don René ; Álvarez-Salamanca Büchi, don Pedro Pablo ; Cardemil Herrera, don Alberto ; Delmastro Naso, don Roberto ; Díaz Díaz, don Marcelo ; Forni Lobos, don Marcelo ; Fuentealba Vildósola, don Renán ; Jaramillo Becker, don Enrique ; Jarpa Wevar, don Carlos Abel ; León Ramírez, don Roberto ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Melero Abaroa, don Patricio ; Moreira Barros, don Iván , Ortiz Novoa, don José Miguel ; Pacheco Rivas, doña Clemira ; Palma Flores, don Osvaldo ; Sule Fernández, don Alejandro ; Tarud Daccarett, don Jorge ; y Von Mühlenbrock Zamora, don Gastón .
Por la negativa votó el H. Diputado Arenas Hodar, don Gonzalo .
Se abstuvo la H. Diputada Sepúlveda Órbenes , doña Alejandra .
4° Que la Comisión de Hacienda debe tomar conocimiento de este tratado, sus anexos y notas, para los efectos del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918.
5º Que Diputado informante fue designado, por unanimidad, el H. Diputado Tarud Daccarett, don Jorge, Presidente de la Comisión.
II. ANTECEDENTES GENERALES.
A. Contexto político-económico en el que se inserta la celebración del TLC en informe.
1° Conforme lo señalado por el mensaje de S.E. la Presidenta de la República , la celebración de este tratado se inserta en la política comercial chilena orientada a establecer una economía nacional abierta y competitiva, fundada en los tres elementos siguientes:
a) La apertura unilateral de nuestra economía mediante la disminución progresiva de los aranceles a los productos importados, hasta llegar al 6% actual;
b) La celebración de acuerdos de libre comercio (TLC) con la Unión Europea; con Nueva Zelandia, Singapur y Brunei, también conocido como el P4; con Estados Unidos de América; con el Área Europea de Libre Comercio (Efta); con la República de Corea; con México ; con Canadá y con los países de Centroamérica; más los acuerdos de complementación económica (ACE) suscritos, en el marco de Aladi, con el Mercosur, Bolivia , Perú, Ecuador , Colombia , Venezuela y Argentina, y el firmado con la República de India, que se tramita paralelamente al TLC que se informa en este acto.
Según lo indica el mensaje, la celebración de estos acuerdos comerciales ha permitido, por una parte, que el comercio exterior de Chile se encuentre asociado al 75% del producto económico mundial, con la consiguiente diversificación de nuestras exportaciones, y, por otra parte, contar con reglas claras, ciertas y permanentes para el comercio de bienes y servicios y para el flujo de los capitales, y
c) Por último, la política comercial chilena ha contemplado la participación de nuestro país en foros y acuerdos multilaterales, como el Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico (Apec) y la Organización Mundial del Comercio (OMC), escenario, este último, en el que Chile fue un activo promotor de la incorporación de China a la OMC.
2° Pues bien, a propósito de la estrategia de integración comercial con la región Asia-Pacífico, el mensaje destaca que la integración comercial y económica de nuestro país con los países de la región ha pasado a constituir una prioridad para nuestra política comercial, lo que fue ratificado el año 2004, cuando Chile fue sede del foro Apec. De hecho, el Asia-Pacífico representará el año 2006 alrededor del 35% de nuestras exportaciones.
En ese contexto nuestro país ha celebrado con Singapur, Nueva Zelandia y Brunei el acuerdo de asociación estratégica conocido como P4, ya aprobado por el Congreso Nacional, y el TLC con la República Popular China, que se informa en este acto..
3° Este TLC permitirá al país consolidar el proceso de inserción de nuestra economía en la economía internacional, globalizada y competitiva, en la que la República Popular China es hoy la cuarta economía mundial, con un promedio del 9% de crecimiento anual, que le ha permitido cuadruplicar el tamaño de su economía en los últimos 25 años; proyectándola hacia el futuro con un potencial de impredecibles alcances.
Remarca el mensaje que la República Popular China, en los últimos años, se ha convertido en el segundo socio comercial de Chile, desplazando a socios comerciales tradicionales de nuestro país. Precisa que en el año 2005, el intercambio comercial bilateral alcanzó la histórica cifra de 6.929 millones de dólares, lo que revela la enorme oportunidad que el TLC abre al desarrollo de nuestro país.
4° La iniciativa de negociar este TLC corresponde a la República Popular China, manifestada en junio de 2002, y su negociación ha permitido llegar a la celebración del primer tratado de libre comercio entre la República Popular China y un país no asiático.
Al tenor del mensaje, entre los motivos que explican el que la República Popular China haya elegido a nuestro país como su primer socio en este tipo de tratados, está el 35° aniversario de las relaciones diplomáticas bilaterales; las cuales Chile fue el primer país en Sudamérica y el segundo en Latinoamérica en establecerlas.
Como mérito importante de esta negociación se agrega el que Chile se haya asociado al país que tiene el mayor porcentaje del PIB mundial, y, por último, se reconoce como importante el reconocimiento de Chile como país con elevados índices de transparencia, con solidez institucional y equilibrios macroeconómicos, que lo convierten en socio comercial atractivo y confiable.
5° Se indica, además, que el TLC en trámite constituye una primera etapa de negociaciones que debieran ser ampliadas en el futuro al comercio de servicios y a las inversiones, lo que, al parecer del mensaje, debiera permitir que los chilenos puedan aprovechar todas las ventajas derivadas a una asociación plena con la economía con mayor potencial en el mundo.
Por otra parte, se hace notar que este TLC, cuyo contenido se reseñará más adelante, es una herramienta que permitiría a nuestro país constituirse en un puente entre las economías de Asia y sus países vecinos, lo que se debiera utilizar para promover a Chile como un país plataforma de inversiones asiáticas en la región.
B) Lo sustancial de los beneficios que trae consigo la celebración del TLC en trámite.
1° La Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores ( Direcon ) ha precisado que con la ampliación comprometida a los ámbitos de servicios e inversiones, Chile apuesta a ser la puerta de entrada de las inversiones chinas en la región, en sectores de energía, minería, infraestructura y agricultura.
Agrega Direcon que en todas estas áreas, la inversión de la República Popular China en América Latina se estima que tendrá un crecimiento sostenido en los próximos años, en tanto son sectores estratégicos para el plan de desarrollo que impulsa ese país. Así lo grafican un conjunto de proyectos que ya se están llevando a cabo. Por ejemplo, la Cepal identifica que en Venezuela hay proyectos por US$ 4.000 millones relacionados con el abastecimiento energético (petróleo y gas); en Colombia, la República Popular China proyecta la construcción de tuberías desde los puertos del Pacífico hasta Venezuela para abaratar los costos de transporte de petróleo; con Brasil, busca una alianza de exportación petrolera, lo mismo con Argentina.
Por otro lado, indica que en Brasil la República Popular China pretende invertir US$ 5.000 millones en infraestructura ferroviaria para disminuir los costos de transporte interno de la soya, a lo que se sumarían sus grandes inversiones en la explotación minera en éstos y otros países de la región.
2° Respecto de los beneficios de este TLC, la Direcon señala que este tratado permitirá potenciar fuertemente las exportaciones de nuestros productos agrícolas, ganaderos, forestales y pesqueros, cambiando así la actual concentración en el cobre y la celulosa.
Desde otro punto de vista, ampliará el mercado al que accederán preferentemente las exportaciones de nuestro país, con el consiguiente beneficio para el crecimiento y el empleo. Antes de este tratado, informa Direcon, Chile tenía acceso preferencial a casi el 70% del PIB mundial, hoy esa cifra sube al 75%, lo que convierte a nuestro país, en el más integrado al mundo.
Con este TLC, el 92% de las exportaciones de Chile a la República Popular China se beneficiarán de una desgravación inmediata; esto es, desde el primer día de vigencia del acuerdo. Lo anterior, contra sólo un 50% de las exportaciones chinas a nuestro país.
El acceso de los productos de Chile a la República Popular China y viceversa, quedó clasificado en categorías de desgravación inmediata, a 1, 5 y 10 años, y exclusiones.
Entre los productos chilenos a los que la República Popular China otorgó desgravación inmediata y a 5 años, y que se verán muy beneficiados con el TLC, destacan el cobre y otros minerales, hortalizas, aceites de pescados, pollos, cerdos, ciruelas, camarones congelados, duraznos y nectarines frescos, quesos, cerezas, duraznos en conserva y pastes de tomate. Además, se logró que productos declarados de alta sensibilidad por la República Popular China, como salmones frescos y congelados, uvas y manzanas, quedaran con una desgravación a 10 años, en vez de los 15 años que había solicitado.
Asimismo, nuestro país logró que productos sensibles para Chile como los cementos, algunos químicos, guantes quirúrgicos, ciertos rubros del sector textil y confecciones quedaran dentro de la categoría de 10 años. Los productos altamente sensibles para Chile quedaron excluidos del tratado; en total, 152 productos, entre los que se cuentan: los productos agrícolas sujetos a banda de precios (trigo, harina y azúcar), algunos rubros de los textiles y confecciones, productos metalúrgicos y línea blanca.
Se precisa que con el objeto de proteger a los sectores sensibles de nuestra economía, se pactó la exclusión del tratado, del 3% de los envíos de la República Popular China a Chile. Esta cifra asciende a 1% en el caso de los productos chilenos a ese país. Los consumidores chilenos se beneficiarán con bienes que no se producen en nuestro país, los que tendrán desgravación inmediata del arancel, tales como maquinarias, computadores, impresoras, automóviles, celulares, DVD's, entre otros.
Finalmente, señala Direcon que la sociedad chilena se verá favorecida por las rebajas arancelarias, aumentando así su ingreso disponible y permitirá el acceso de los consumidores a una amplia variedad de bienes de consumo a precios muy competitivos. En efecto, el mayor crecimiento inducido por este TLC debiera promover mejores oportunidades de empleo y de salario real, contribuyendo a incrementar el ingreso real disponible de la población.
Como documento anexo N° 1, se adjunta a este informe el estudio hecho por Direcon sobre las oportunidades que este TLC ofrece a todas las Regiones del País, desde la Primera a la Duodécima, inclusive la Región Metropolitana.
C) La incidencia financiera fiscal del TLC en trámite.
El informe financiero entregado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda señala que este tratado contempla una desgravación progresiva del comercio con la República Popular China, que en el caso de las exportaciones de ese país a Chile, se lleva a cabo en varias etapas, desde la aprobación de esta iniciativa y en un plazo máximo de 10 años.
Agrega que su impacto financiero se ha estimado suponiendo que el crecimiento esperado de las importaciones provenientes de este país, será durante el año en curso, equivalente al crecimiento experimentado por éstas durante el período enero-marzo del presente año respecto de igual período del año anterior. Esta variación alcanza al 36,9%. Para el año 2007 se supone que las importaciones moderarán su ritmo de crecimiento a una tasa cercana al 50% de la proyectada para 2006. El efecto sobre los ingresos fiscales, por la aplicación de este tratado en régimen, se ha dimensionado a partir del monto de importaciones proyectadas para 2007. Por otra parte, se supone que la tasa media arancelaria que pagarán las importaciones provenientes de la República Popular China tendrá una trayectoria decreciente en el tiempo, pasando desde el 6% actual a un 2,5% en el segundo semestre de 2006, a un 2,1% en 2007, hasta llegar a un nivel de 0,2% en régimen.
Por último, señala el informe financiero que suponiendo que este tratado entre en vigencia el 1° de julio de 2006, la pérdida fiscal para el año en curso por aranceles e IVA de importaciones ascendería a US$ 72,9 millones, elevándose este costo a US$ 190,4 millones durante 2007. En régimen, la pérdida de ingresos fiscales se elevaría hasta los US$ 263,3 millones anuales; cifras todas expresadas en dólares de 2006.
D) Naturaleza jurídica del “Memorándum de Entendimiento de Cooperación Laboral y de Seguridad Social”, celebrado entre el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social China y el Ministerio Del Trabajo y Previsión Social de Chile.
El 2 de noviembre de 2005; esto es, dieciséis días antes de la celebración del TLC en informe, los Ministerios señalados en el epígrafe firmaron el Memorándum de Entendimiento de Cooperación Laboral y de Seguridad Social, referido en el artículo 108 del TLC en trámite.
En el cumplimiento de este instrumento internacional, los Ministerios referidos podrán llevar a cabo, de común acuerdo, actividades de cooperación, particularmente en materias de políticas de empleo y trabajo y diálogo social, incluyendo trabajo decente, legislación laboral e inspección del trabajo; de mejoramiento de las condiciones laborales y capacitación de los trabajadores, y de globalización y su impacto en el empleo, el medio ambiente laboral, relaciones laborales y su regulación, y de seguridad social.
Tales actividades de cooperación dependerán de los presupuestos disponibles y se regirán por las leyes y regulaciones aplicables en cada país.
Por la finalidad y alcance normativo de este Memorándum de Entendimiento, la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, por oficio RR.EE. (Dijur) N° 09814, de 22 de junio de 2006, ha informado a esta Comisión que este instrumento no reviste la naturaleza jurídica de tratado internacional, por lo que no requiere ser aprobado por el Congreso Nacional.
En nuestro derecho interno, este acuerdo administrativo internacional, incorporado al régimen del TLC en estudio por la referencia que a él hace su artículo 108, no requiere aprobación parlamentaria, en virtud de lo dispuesto por la segunda norma del inciso cuarto del numeral 1) del artículo 54 de la Constitución Política, por incidir sus normas en materias propias de la potestad reglamentaria.
III. RESEÑA DEL TRATADO EN INFORME.
A) Descripción general del TLC en informe.
Este tratado consta de una parte dispositiva principal con 121 artículos, y 8 anexos, referidos a la eliminación de los aranceles aduaneros de importación (1); a las indicaciones geográficas en China y en Chile (la única es referida al Pisco chileno) (2A y 2B, respectivamente), a las reglas específicas de los productos (3), al certificado de origen (4), a las autoridades gubernamentales competentes de Chile ( Direcon ) (5), al Modelo del Sistema en red de Certificación y Verificación del Certificado de Origen (Cvnsco) (6), a las Reglas de Procedimiento de los Tribunales Arbitrales (7), y a la Implementación de las modificaciones aprobadas por la Comisión (8).
El articulado se agrupa en XIV capítulos, que regulan materias propias de este tipo de tratados: disposiciones iniciales (1); definiciones generales (2); trato nacional y acceso de mercaderías al mercado (3); reglas de origen (4); procedimiento relacionados con las reglas de origen (5); defensa comercial (6); medidas sanitarias y fitosanitarias (7); barreras técnicas al comercio (8); transparencia (9); solución de controversias (10); administración (11); excepciones (12); cooperación (13), y disposiciones finales (14).
Por otra parte, al anexo 1, relativo a la “Eliminación de los Aranceles Aduaneros de Importación” se agregan las listas de productos y su tratamiento a las importaciones en Chile (150 páginas) y en la República Popular China (165 páginas).
B) Contenido específico y alcance de los capítulos del TLC.
En lo sustancial, el contenido normativo de los capítulos es el siguiente:
En el capítulo I, que comprende los artículos 1 a 4, las Partes establecen, una zona de libre comercio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y definen los objetivos comerciales que desarrollarán a través de los principios y reglas de dicho Acuerdo, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia (artículo 1).
Tales objetivos son: estimular la expansión y la diversificación del comercio bilateral; eliminar los obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de mercancías entre las Partes; promover las condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio; crear procedimientos efectivos para la implementación y aplicación de este tratado, para su administración conjunta, y para la resolución de las controversias, y establecer un marco para expandir y acrecentar sus beneficios mediante la promoción de la cooperación bilateral, regional y multilateral (artículo 2).
En el capítulo II, constituido sólo por el artículo 5, se definen diversas expresiones técnicas propias de este tipo de tratados, comprendido el territorio de las Partes Contratantes en el cual será aplicable el tratado. Respecto a China, se precisa que será el territorio aduanero íntegro de la República Popular China, y para los dos países se indica que el territorio comprenderá sus respectivos espacios terrestres, marítimos y aéreos, y la zona económica exclusiva y la plataforma continental sobre las cuales ejercen derechos soberanos y jurisdicción de acuerdo con el derecho internacional y su legislación doméstica.
En el capítulo III, que comprende del artículo 6 al 14, las Partes se comprometen a otorgar a las mercancías de la otra Parte el trato nacional en los términos en que lo contempla el artículo III del Gatt 1994; de modo tal que los bienes de la Parte exportadora no podrán ser objeto de discriminación en el territorio de la Parte importadora, y, en consecuencia, deberán recibir el mismo tratamiento que los bienes del país importador (artículo 7).
Acerca de la eliminación arancelaria se dispone que ninguna de las Partes podrá incrementar ningún arancel de importación existente, o adoptar ninguno nuevo, sobre una mercancía de la otra Parte (N° 1 del artículo 8). Al respecto, en el documento en que Direcon analiza este tratado, según ya se ha indicado, se hace notar que “Uno de los beneficios más visibles de esta negociación fue la consolidación de las actuales condiciones de acceso de las exportaciones de Chile a China, por la vía de una cláusula que impide el aumento de los aranceles aplicados actualmente. Así, el tratado otorga certidumbre a los exportadores chilenos, incluso en el caso de exportaciones de bienes no originarios y que no están sujetos a desgravación arancelaria.” (Documento DIRECON, párrafo 56).
Esta desgravación otorgada a Chile será desde inmediato progresiva de acuerdo con un programa a uno, cinco o diez años, máximo, el que se desarrollará en la forma indicada en la sección 1 del anexo 1.
El mensaje indica que considerando las exportaciones efectivas a China, según cifras del año 2004, el 92% de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia de este TLC, en 10 años un 7%, y en exclusión un 1%.
Por su parte, el documento de Direcon, antes referido, informa que respecto de la rebaja arancelaria conseguida con China, es importante señalar dos hechos significativos: por un lado, que Chile ha obtenido acceso preferencial al mercado chino para la mayoría de sus productos de interés; y, por otra parte, que Chile es el primer país en contar con un TLC amplio con China, lo cual le entregará ventajas competitivas respecto de sus competidores (Documento Direcon, párrafos 64).
Agrega que los productos chilenos que gozarán de libre acceso de forma inmediata en China serán las hortalizas de vainas secas, chocolates, camarones congelados, grasas y aceite de pescado, minerales y químicos. Mientras que productos como las cebollas, ajos, papas congeladas, maíz congelado, hortalizas y, plásticos y sus manufacturas, tendrán un acceso liberado al término del primer año de vigencia del tratado.
Indica que en la lista de desgravación a 5 años se encuentran algunas carnes de bovinas, carne de aves, pescados, quesos, cerezas, melocotones y nectarines, ciruelas, preparaciones de pavo, de cerdo y de crustáceos, pasta de tomate, duraznos en conserva, algunos químicos, y el vidrio y sus manufacturas.
En la lista de desgravación a 10 años quedaron las carnes bovina y ovina, leches, uvas, clementinas, albaricoques, kiwis y frutas secas, aceite de oliva, confites, mermeladas, jugos, vinos, plásticos, neumáticos y algunas maderas (Documento Direcon párrafos 66, 67 y 68).
El mensaje destaca que los únicos productos excluidos de este programa de desgravación son azúcar, trigo y harina de trigo (productos en banda de precios), algunos productos textiles y confecciones y productos metal mecánicos, considerados productos sensibles para nuestro país.
Agrega el mensaje que también se acordó eliminar los subsidios a la exportación de productos agrícolas entre los socios y promover su eliminación en el ámbito multilateral (artículo 12).
En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorgó a China, precisa que en términos de las importaciones de Chile desde China, un 50% de ellas podrá ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del acuerdo, en 5 años un 21%, en 10 años un 26% y en exclusión un 3% del comercio.
Entre las indicaciones geográficas China registra el vino Shaoxing y el Anxi Tieguanyin (té), y Chile el pisco chileno (artículo 10, en relación con anexos 2A y 2B). Al respecto, Direcon informa que el reconocimiento que hace China de la indicación geográfica “Pisco” ayudará al posicionamiento de este producto chileno en ese importante mercado asiático, asegurando al mismo tiempo su protección de conformidad con los términos del Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio de la OMC y a la propia legislación interna china (Documento Direcon, párrafo 90).
En materia de requerimientos especiales relacionados con medidas en frontera, regulados en el artículo 11, Direcon señala que se lograron importantes acuerdos que permitirán a los titulares de derechos de propiedad intelectual y a las autoridades aduaneras tomar acciones tendientes a reducir el comercio de bienes piratas o falsificados.
Para estos efectos las Partes convienen en definir qué se entenderá por mercancías falsificadas o mercancías piratas que lesionan los derechos del titular de la marca de fábrica o de comercio o los derechos de autor que se trate otorga o reconoce la legislación de la Parte de importación.
En términos generales, por mercancías con marcas de fábrica o comercio falsificadas se entenderá cualesquiera mercancía, incluido su embalaje, que lleven puesta sin autorización una marca de fábrica o de comercio idéntica a la marca de fábrica o de comercio válidamente registrada para tales mercancías, o que no pueda distinguirse en sus aspectos esenciales de esa marca de fábrica o comercio.
En cambio, para los efectos del tratado, por mercancías piratas que lesionan el derecho de autor se entenderá cualesquiera copias hechas sin el consentimiento del titular del derecho o de una persona debidamente autorizada por él en la Parte de producción, y que se realicen directa o indirectamente a partir de un artículo cuando la realización de esa copia habría constituido infracción del derecho de autor o de un derecho conexo en virtud de la legislación de la Parte de importación (artículo 11).
En el capítulo IV, que incluye desde el artículo 15 al 29, se contemplan las “Reglas de Origen”, y en el capítulo V, que comprende desde el artículo 30 al 43, se regulan los “Procedimientos relacionados con las Reglas de Origen”.
En conformidad a las Reglas de Origen se determina cuando una mercancía será considerada originaria de China o de Chile. Tales mercancías adquieren el carácter de producto originario de las Partes (artículo 15):
a) Cuando es totalmente producida en el territorio de una de ellas a partir exclusivamente de materiales originarios de la Parte, según enumeración que se establece, entre los cuales se contemplan los productos minerales extraídos del suelo o de los fondos marinos de China o de Chile; las plantas y los productos de las plantas cosechados en uno u otro país; los animales vivos, nacidos y criados en uno u otro país, y los productos de la pesca marina y otros productos extraídos del mar territorial o de la zona económica exclusiva de Chile o de China (artículo 16), y
b) Cuando sea producida en territorio de una o más Partes, a partir de materiales no originarios que cumplan con un valor de contenido regional mínimo del 40%; o de un 50% cuando se trate de un grupo de productos, calculado según el método establecido en el artículo 17.
Para tal objeto, como lo informa Direcon, se establecen los requisitos mínimos de transformación que deben cumplir las mercancías producidas en un país para gozar de las preferencias arancelarias establecidas en este TLC.
Además se establecen reglas específicas por producto, según lista establecida en el anexo 3, y se determinan las operaciones que no confieren origen (artículos 18 y 19).
Entre los procedimientos relacionados con las reglas de origen, se determina en el anexo 4 el formato del “Certificado de Origen” que deberán emitir las autoridades gubernamentales competentes, sin el cual las mercancías originarias no calificarán para el tratamiento arancelario preferencial convenido en este tratado. Para estos efectos, las referidas autoridades tendrán derecho de examinar, antes de la exportación, la condición originaria de los productos y el cumplimiento de los requisitos correspondientes. Esta función podrá ser delegada en organismos privados, según lo informa Direcon (Documento Direcon, párrafo 94).
El mensaje precisa que la certificación de origen se realizará por una entidad oficial, que en el caso de Chile será la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, y que las disciplinas exigibles a los exportadores y productores que certifiquen el origen y que los procesos de verificación de origen cuando la aduana de uno de los países socios tiene dudas acerca del origen de los productos, son similares a los que Chile ha convenido en otros tratados comerciales.
A propósito de la certificación de origen, las Partes se han comprometido a implementar un sistema de certificación electrónica en un plazo máximo de dos años, procedimiento que agilizará en forma importante este trámite. Direcon destaca que este es el primer tratado en el que nuestro país contrae un compromiso de esta especie (Documento Direcon, párrafo 97).
El capítulo VI, relativo a la “Defensa Comercial”, comprende entre los artículos 44 a 52, las normas aplicables a las salvaguardias bilaterales (sección 1) y a las salvaguardias globales, derechos antidumping y compensatorios (sección 2).
Conforme a lo informado por Direcon, las medidas de defensa comercial tienen por objeto proteger temporalmente a un sector de la economía que sufre un daño o que está expuesto a sufrirlo, a causa de un aumento súbito de importaciones y/o a causa de la competencia de importaciones a precios artificialmente bajos. Si el daño se debe a un aumento de importaciones, la medida correspondiente que se aplicaría es una salvaguardia, y cuando los precios son artificialmente bajos, correspondería la aplicación de un derecho antidumping o un derecho compensatorio. Este último instrumento permite protegerse de exportaciones subsidiadas por el país de origen.
En esta materia, el tratado, conforme lo informado por Direcon, puede ser especialmente útil para la pequeña empresa, muy sensible a aumentos importantes en la competencia externa. Sostiene que a través de una salvaguardia bilateral se le otorga un período de tiempo adicional para adaptarse a las nuevas condiciones de competencia generadas por este tratado, preparándolas para alcanzar niveles de eficiencia y competitividad adecuados, lo que incluso les permitiría aprovechar oportunidades de exportación.
Estas salvaguardias bilaterales consisten en la suspensión temporal de la desgravación arancelaria de un determinado producto o en la restitución temporal del arancel aplicado al nivel existente con anterioridad al inicio del proceso de desgravación de dicho producto (artículos 44 a 50),
Las salvaguardias globales, derechos antidumping y compensatorios se aplicarán conforme a las normas del Gatt, 1994, y al Acuerdo de Salvaguardias de la OMC, y será posible adoptarlas respecto a importaciones provenientes de todos los países y sin restricción en cuanto a su monto. Direcon informa que estas condiciones hacen posible que este instrumento sea utilizado en el caso de un daño producido por importaciones provenientes de varios países (artículos 51 y 52 y documento Direcon, párrafos 110 a 113).
El capítulo VII, relativo a las “Medidas Sanitarias y Fitosanitarias”, comprende de los artículos 53 a 59.
El mensaje indica que este capítulo del tratado confirma la intención de mantener y fortalecer la implementación del Acuerdo de Aplicación en Materias Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC y la aplicabilidad de los estándares internacionales, las pautas y las recomendaciones desarrolladas por las organizaciones internacionales relevantes como la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (Cupf), y el Codex alimentarius.
Agrega que este capítulo permitirá ampliar las oportunidades comerciales a través de la facilitación del comercio entre las Partes, buscando resolver las materias de acceso a los mercados.
El capítulo VIII, se ocupa, entre los artículos 60 y 71, de los “Obstáculos Técnicos al Comercio”.
Tanto el mensaje como el Direcon coinciden en señalar que el objetivo principal de este capítulo es incrementar y facilitar el comercio, evitando que las normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad (procedimientos utilizados para determinar si las medidas se cumplen) se transformen en obstáculos que impidan el comercio, conforme a los principios del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC.
Con tal objeto se establecen medidas de transparencia que permitan, entre otros aspectos, el intercambio de información acerca de los procedimientos de evaluación de la conformidad, tales como los derechos que se imponen, listas de productos sujetos a evaluación de la conformidad obligatorios, etc.; comprendidos procedimientos de notificación de los proyectos de reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, con plazos que permitan la recepción de comentarios.
El capítulo IX, se ocupa de la “Transparencia”, entre los artículos 72 a 78. En virtud de estas normas, cada Parte se obliga a publicar sus normas legales y resoluciones administrativas de aplicación general, notificar al otro país cualquier medida que pueda afectar, sustancialmente, sus intereses o el funcionamiento del tratado y a responder las preguntas de la otra Parte relativas a cualquier medida vigente o en proyecto (artículos 73 y 74).
Según informa Direcon, el objetivo de estas disposiciones es otorgar predictibilidad y certeza a los flujos de comercio entre ambos países. Cualquier medida adoptada por las autoridades chinas que pueda afectar a nuestras exportaciones será conocida por adelantado por parte del sector exportador correspondiente. Así, se intenta prevenir los conflictos que puedan surgir, por cuanto si Chile estima que una medida en proyecto de China es incompatible con alguna de las obligaciones del tratado, podrá observar o comentar el contenido de dicha medida (Documento Direcon, párrafo 126).
El capítulo X, se refiere los procedimientos de “Solución de Controversias” entre los artículos 79 y 95.
En esta materia las Partes se comprometen a procurar, en todo momento, llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación del tratado y a realizar todos los esfuerzos, mediante la cooperación y consultas, para alcanzar una solución mutuamente satisfactoria sobre cualquier asuntos que pudiese afectar su funcionamiento.
En ese espíritu, las de este capítulo se aplicarán a la prevención o solución de controversias relativas a la interpretación o aplicación del tratado, así como cuando una Parte considere que una medida de la otra Parte es incompatible con las obligaciones que este instrumento les impone o importa incumplimiento de ellas (artículos 79 a 80).
Los medios previstos son las consultas, la reunión de la Comisión de Libre Comercio integrada con representantes del Ministerio de Comercio de China y de Direcon, entre cuyas funciones está previsto el intentar resolver las controversias que pudieren surgir en relación a la interpretación y aplicación del tratado (artículos 82 y 97, Nº 2, letra (c)); los buenos oficios, la conciliación, la mediación y el arbitraje, constituido según el procedimiento que fija el tratado, complementado con las normas del anexo 7 (artículos 83 y 84).
Una vez que la Parte reclamante haya solicitado la constitución de un tribunal arbitral, ya sea bajo el régimen de este tratado o el de la OMC, el foro seleccionado será excluyente de los otros (Nº 2 del artículo 81).
El mensaje indica que para un país como Chile, muy abierto al mundo y con recursos limitados, contar con un mecanismo de solución de controversias es la única manera de asegurar que las que se susciten con sus socios no sean resueltas por éstos de manera unilateral. Agrega que el procedimiento previsto en este tratado busca resolver de una manera efectiva, fluida, imparcial y conforme a derecho, aquellos conflictos que afecten la relación comercial entre las Partes. Destaca, por último, como un logro muy importante para nuestro país el establecimiento de los procedimientos regulados en este tratado.
El capítulo XI, se ocupa de la “Administración” del tratado, entre los artículos 96 a 98. Los órganos principales serán: la Comisión Mixta Comercial y Económica (artículo 96) y la Comisión de Libre Comercio (artículo 97).
Como lo señala el mensaje, el principal objetivo de estas Comisiones es velar por el buen funcionamiento del mismo, de manera de evitar eventuales conflictos comerciales. Agrega que estas Comisiones se hacen especialmente relevantes en el caso de China, dada su escasa experiencia con los sistemas de solución de controversias.
A la Comisión Mixta le corresponderá escuchar y guiar el trabajo de la Comisión de Libre Comercio y, además, ocuparse de los asuntos relacionados con la cooperación bilateral.
Por su parte, la Comisión de Libre Comercio tendrá a su cargo las materias relacionadas con la supervisión de la implementación del tratado, resolver las disputas que puedan surgir de su interpretación y aplicación, y, en general, considerar cualquier otra materia que afecte el funcionamiento del mismo, en reuniones que se efectuarán, a lo menos, una vez al año (Numerales 2 y 3 del artículo 97).
Ambas Comisiones estarán integradas por el Director General de la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales, en el caso de Chile, y por un funcionario de alto rango del Ministerio de Comercio, en el caso de China (Numeral 3 del artículo 96 y numeral 1 y 5 del artículo 97).
El capítulo XII, entre los artículos 99 y 103, trata de las “Excepciones” que pueden liberar a las Partes del cumplimiento de algunas o de todas las obligaciones establecidas en este tratado. En primer lugar, se incorporan al tratado las excepciones generales previstas en el artículo XX del Gatt, 1994, entre las cuales se contemplan las medidas necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales o las relativas a la conservación de los recursos naturales agotables.
Como lo señala Direcon, la aplicación de estas medidas no debe significar discriminación arbitraria o injustificada, o una restricción encubierta al comercio internacional (Documento Direcon, párrafo 129).
También se contemplan entre las excepciones las relacionadas con la seguridad esencial de las Partes, en especial, las relativas al comercio de armamentos y las adoptadas en tiempos de guerra u otras emergencias en las relaciones internacionales, como, en este caso, las que sean necesarias para cumplir con obligaciones contraídas en virtud de la Carta de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional (artículo 100).
En el plano tributario, este tratado no se opone a las medidas de este carácter que se adopten en el orden interno; sin embargo, ellas no podrán afectar la aplicación de cualquier convenio tributario vigente entre las Partes, disponiéndose que en caso de incompatibilidad prevalecerán las normas del convenio (artículo 101).
Las medidas que adopte una Parte para salvaguardar su balanza de pagos, deberán ser compatibles con las normas del FMI (artículo 102).
Por último, entre las excepciones, se autoriza a las Partes a resguardar el acceso a información confidencial cuya divulgación pudiera constituir un obstáculo al cumplimiento de las leyes o ser contraria al interés público, incluyendo la protección de la privacidad o de los asuntos financieros y de las cuentas de clientes individuales de instituciones financieras, o que pueda lesionar los intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas (artículo 103).
El capítulo XIII se ocupa de la “Cooperación”, entre los artículos 104 a 115.
Los objetivos generales de la cooperación serán, en lo sustancial, promover el desarrollo económico y social de ambos pueblos; estimular las sinergias productivas, creando oportunidades para el comercio y la inversión y promoviendo la competitividad y la innovación; promover los intercambios culturales; incentivar la presencia de las Partes y sus mercancías y servicios en los mercados de Asia Pacífico y América Latina (artículo 104).
Específicamente, se contempla la cooperación económica (105); en investigación, ciencia y tecnología (106); en educación (107); en materias laborales, de seguridad social y medioambiental (108); en pequeñas y medianas empresas (109); cultural (110); derechos de propiedad intelectual (111); promoción de inversiones (112), y minera e industrial (113).
El mensaje señala que la política exterior de Chile ha privilegiado la negociación de TLC en el marco de las relaciones políticas internacionales como una estrategia de doble propósito.
Un primer aspecto es la obtención de ventajas comerciales mutas que permitan mejorar el acceso de nuestras exportaciones e importar productos y servicios, en las mejores condiciones económicas y de calidad, que son esenciales para nuestra desarrollo.
La otra dimensión de la estrategia pretende generar las condiciones, en el marco de los TLC, para desarrollar el intercambio de experiencias y la cooperación que permitan identificar áreas comunes de colaboración que lleven, finalmente, a la identificación de posibilidades de proyectos conjuntos y eventuales joint ventures.
En esta segunda dimensión es que se inscribe el capítulo sobre “Cooperación”, como ya se ha contemplado en el tratado con Nueva Zelandia, Singapur y Brunei (P4), aprobado recientemente por el Congreso Nacional, y el tratado con la Unión Europea, los primeros acuerdo comerciales que incorporaron explícitamente esta dimensión.
Entre las áreas de cooperación que se contemplan con China, destaca la que se llevará a cabo en materias laborales, abordadas, adicionalmente, en el Memorándum de Entendimiento de Cooperación Laboral y de Seguridad Social entre el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social de la República Popular China y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social de Chile, al cual se hace referencia en el artículo 108 de este tratado, para señalar que los Gobiernos se comprometen a intensificar su comunicación y cooperación en el ámbito laboral y de seguridad social.
Dicho Memorándum de Entendimiento, acuerdo internacional de alcance administrativo que no requiere de aprobación parlamentaria en nuestro ordenamiento constitucional, como se señaló entre los antecedentes generales de este informe, compromete a los Ministerios firmantes a llevar a cabo actividades de cooperación en: empleo, trabajo decente, legislación laboral, inspección del trabajo, mejoramiento de condiciones laborales y capacitación de los trabajadores, globalización y su impacto en el empleo, medio ambiente laboral, relaciones laborales y seguridad social. Para estos efectos, los coordinadores de la cooperación se reunirán cada dos años.
Direcon informa que la cooperación en el tema de “trabajo decente” involucra temas de promoción de empleo; normas laborales fundamentales (trabajo forzoso, trabajo infantil, no discriminación, derecho de asociación y negociación colectiva); sistemas de protección social y diálogo social, tal como ha sido desarrollado por la OIT (Documento Direcon, párrafo 167).
A propósito de esta cooperación, Direcon agrega que “desde el punto de vista internacional, China ha venido adaptando sus mercados laborales a los nuevos escenarios de mercados abiertos y competitivos, y para ello tiene una legislación laboral en vigor desde 1995. Asimismo, ha venido dictando legislación para reglamentar las relaciones laborales. Puede citarse, en primer lugar, la ley de 1986 que reglamenta los contratos de duración determinada, el sistema de reclutamiento de personal administrativo y el despido de trabajadores. La normativa más importante está contenida en “La Nueva Ley de Trabajo”, de 1994, que tiene las características de ser una legislación de aplicación universal en todo el territorio chino. Establece la obligación de contratos escritos, prohíbe la discriminación de género, establece 44 horas de jornada semanal, salarios mínimos regionales, regula la inspección del trabajo y mantiene la política salarial fijada desde 1985.
Además, dice Direcon, China ha ratificado 20 convenio OIT (entre los fundamentales: los convenios 100, 138 y 182. De los prioritarios ha ratificado los convenios 122 y 144. De los demás, ha ratificado los convenios: 11, 14, 16, 22, 23, 26, 27, 32, 45, 80, 150, 159, 167 y 170) (Documento Direcon, párrafos 168 y 169) ().
Un ámbito de la cooperación chileno-china que interesó vivamente a la Comisión fue el relativo a la que se ha comprometido a favor del desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (Pymes). Al tenor de la convenido, ella estará orientada a compartir experiencias y buenas prácticas con ellas, de manera de promover la asociación y desarrollo de cadenas productivas vinculadas, orientadas hacia arriba y hacia abajo, mejorar su productividad, el desarrollo de capacidades para aumentar su acceso a los mercados, integrar tecnología para los procesos de trabajo intensivos y el desarrollo de recursos humanos destinado a aumentar el conocimiento de los mercados chino y chileno.
Para tales efectos se enumeran diversas actividades que podrán ser desarrolladas por las Partes; entre ellas, conferencias, seminarios, diálogos y programas de entrenamientos de expertos; definición y desarrollo de métodos de estrategias para el desarrollo de clusters. (artículo 109).
Respecto a la cooperación en el ámbito de las Pymes, Direcon señala que se desarrollarán iniciativas para aprovechar las oportunidades comerciales que generará el TLC, en coordinación con otras agencias del Estado, a objeto de realizar programas y actividades orientadas fundamentalmente a los sectores con menos acceso a la información tales como las Pymex y las regiones. Entre otros, se organizarán foros anuales de encuentros de empresarios de ambos países, visitas de pequeños empresarios a China orientadas a la generación de lazos e intercambio de tecnologías y experiencias (Documento Direcon, párrafos 186 y 187).
El capítulo XIV, contempla entre los artículos 116 y 121, las cláusulas finales propias de todo tratado, en las cuales se declaran parte integrantes del tratado sus anexos y notas a pié de página; se determinan los procedimientos de enmiendas del tratado; su entrada en vigor (60 días después que las Partes intercambien la notificación de haber cumplido los trámites internos correspondientes) y denuncia (efecto que se producirá 180 días después de la notificación del caso), y los textos auténticos: castellano, chino e inglés, primando éste en caso de divergencias.
Entre estas cláusulas se pacta, especialmente, la negociación futura en materia de servicios e inversiones (artículo 120). A ello, Direcon agrega que en una segunda fase de negociaciones chileno-chinas deberán ser abordados temas como el transporte aéreo; la doble tributación y la profundización de la desgravación arancelaria y las reglas de origen, como ha ocurrido con otros acuerdos comerciales negociados por Chile (Documento Direcon, párrafos 194, 195 y 196).
IV. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
A) PERSONAS ESCUCHADAS POR LA COMISIÓN
1. Autoridades y funcionarios de Gobierno.
- Ministro de Relaciones Exteriores , señor Alejandro Foxley Rioseco ;
- Ministro de Agricultura , señor Alvaro Rojas Marín ;
- Ministro de Trabajo y Previsión Social , señor Osvaldo Andrade Jara ;
- Ministra de Economía , señora Ingrid Antonijevic Hahn ;
- Director General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería , señor Carlos Furche Gajardo ;
- Director de Relaciones Económicas Bilaterales de la Direcon , señor Andrés Rebolledo ;
- Coordinador de Asuntos Internacionales del Ministerio de Hacienda , señor Raúl Sáez Contreras ;
-Asesor Laboral de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería, señor Pablo Lazo ;
- Director de Asuntos Intersectoriales del Ministerio de Agricultura, señor Víctor Venegas , y
2. Representantes de entidades del Sector Privado.
- Presidente de la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), señor Hernán Sommerville Senn ;
- Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), señor Luis Schmidt Montes ;
-Presidenta de la Asociación de Exportadores de Manufacturas (Asexma), señora Patricia Pérez Muñoz ;
-Presidente de la Asociación de Exportadores de Productos Lácteos, señor Manuel Zamora;
- Presidente del Instituto Textil de Chile , señor Mario García ;
- Presidente del Consorcio Agrícola del Sur , señor Manuel Riesco Jaramillo ;
- Presidente de la Asociación de Exportadores , señor Ronald Bown Fernández ;
-Presidente de la Asociación de Productores de Aves, señor Juan Miguel Ovalle Garcés;
- Presidente del Comité Chile-China , señor Juan Claro González ;
-Vicepresidenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), señora Ana Bell Jara ;
-Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de la Madera (Corma), señor Juan Eduardo Correa Bulnes;
-Fiscal de la Asociación de Viñas de Chile, señor Alberto Pómes Andrade ;
-Gerente de Comercio Exterior de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa), señor Hugo Baierlein ;
- Gerente General de la Federación del Calzado , Cuero y Afines (Fedeccal), don Pedro Bierestain ;
-Gerente de de la Asociación de Exportadores de Manufacturas (Asexma), señor Luis Palma González;
-Director de de la Asociación de Exportadores de Manufacturas (Asexma), señor Eduardo Moyano Berríos ;
-Representante del Directorio de la Federación Mipyme de la V Región, señor Alejandro Flores.
Tanto los señores Ministros de Estado como los representantes del Sector Privado manifestaron opiniones generales favorables a la aprobación de este tratado, análogas a las proporcionadas en el mensaje y en el estudio de Direcon, de todas las cuales se proporciona lo sustancial en el documento anexo N° 2 de este informe.
La lista de funcionarios públicos, directivos y asesores, y dirigentes y asesores del sector privado, que acompañaron a las autoridades escuchadas por la Comisión, se adjunta en el anexo 3.
Además, en la Secretaría de la Comisión se encuentran a disposición de los señores Diputados las minutas escritas entregadas por las diversas personas escuchadas, copia de las cuales se acordó transmitir al H. Senado, conjuntamente con las versiones taquigráficas de las diversas intervenciones.
Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que la representante de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) formuló diversas observaciones críticas sobre los efectos de los tratados comerciales en el ámbito laboral, de las cuales se proporciona la reseña siguiente:
Sostuvo que no hay evidencia empírica acerca de la creación de nuevo empleo y menos de empleo decente tras los TLC; que no hay un aumento de la producción industrial exportable a los mercados con los que hay TLC y que no todos nos beneficiamos con los accesos que se convienen. Afirmó que como lo demuestran las cifras del Banco Central de Chile, que frente a los ciclos de la economía global nuestra economía es hoy tan vulnerable como lo era antes de los TLC
Agregó que, conforme a las cifras de Chile-Exporta, los primeros sectores ganadores son el sector minero y el sector forestal, exportadores de bienes con bajo valor agregado. Ello suma evidencia respecto de que la estrategia TLC de integración sólo consolida una fase exportadora de baja intensidad en el valor agregado. Sostuvo que son características laborales de ambos sectores: su tercerización y accidentabilidad, incluyendo las empresas públicas.
Aseveró que la evidencia señala también una tendencia hacia la concentración de mercados, situación que más afecta a las variables de precios que a cualquier estrategia de tratados de libre comercio. Estimó que si la tendencia continúa, los beneficiarios se concentrarían siempre en las grandes empresas exportadoras, que generan menos del 10% del empleo en Chile.
También señaló que otro sector ganador será, probablemente, el sector de servicios financieros, que considera con una alta tasa de tercerización, precariedad y femenización de sus empleos, lejos del empleo decente.
Finalmente, afirmó que un último sector beneficiado será el sector de las empresas previsionales, que no sólo verán aumentar sus capitales por el interés chino de adecuarse al sistema chileno sino, además, por su interés de participar en ese mercado, frente a lo cual se pregunta si ello significa que aseguraremos pensiones dignas por la participación de capital chino en el mercado.
En cuanto a lo que no asegura el TLC con China, sostuvo que:
1º No asegura ni más empleo ni empleo decente como no lo aseguran de acuerdo a la evidencia ninguno de los TLC firmados.
2º Pondrá en riesgo la ya debilitada industria del zapato, telas y ropas, la mayoría Mipymes que generan cerca del 80% del empleo en Chile con una estructura sobre endeudada y con baja intensidad en el uso de tecnología.
3º No asegura nuestra posición frente a los resultados cíclicos de la economía global.
4º No asegura el cumplimiento de Derechos Humanos y obligaciones frente a la arquitectura de Derechos Internacionales en la contraparte.
5º No cambia los resultados ya conocidos en materia de Derechos Humanos en China, ampliamente criticados por Amnistía Internacional, entre otros organismos internacionales que se ocupan de su promoción y protección.
6º No incorpora elementos de derecho laboral pues el acuerdo con el Ministerio del Trabajo es sólo a nivel de colaboración ministerial.
En lo que se refiere al escenario que habría sido deseable para la CUT, expresó lo siguiente:
1) Una participación tripartita, institucional y vinculante de los actores en la discusión sobre Libre Comercio.
2) Incorporación de un capítulo laboral como norma de negociación que contemple espacios bilaterales vinculantes para la resolución de controversias.
3) Monitoreo tripartito de la situación ex ante y ex post considerando las variables sociales, laborales y ambientales.
4) Privilegio de una acción diplomática proactiva hacia la región con acompañamiento tripartito, y
5) Incorporar las propuestas de empleo decente de la OIT en los acuerdos comerciales.
B) Acuerdos especiales adoptados durante el estudio del proyecto.
Después de escuchar las diversas exposiciones de los representantes del Sector Privado, la Comisión acordó:
1) A propósito de las observaciones del Instituto Textil de Chile, en la Comisión hubo consenso en admitir que las importaciones irregulares de productos textiles puede generar una competencia desleal perjudicial al sector nacional, de manera que, por unanimidad, se solicitó al señor Ministro de Hacienda que tuviera a bien ordenar un estudio de las modificaciones legales que fueren necesarias para reforzar las atribuciones del Servicio Nacional de Aduanas y de la Comisión Nacional de Distorsiones a la Importación en la persecución de la responsabilidad penal y tributaria de quienes incurran en importaciones que impactan negativamente en el mercado interno y en la recaudación fiscal;
2) A propósito de las observaciones de las entidades representativas del sector agrícola, la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) y el Consorcio Agrícola del Sur (CAS), la Comisión acordó solicitar al señor Ministro de Relaciones Exteriores la pronta negociación de los protocolos zoo y fitosanitarios para evitar barreras paraarancelarias que fustren los propósitos de este TLC y al Ministro de Agricultura para que estudie y proponga las modificaciones legales y presupuestarias que permitan fortalecer las facultades de fiscalización y control del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG);
3) A propósito de las observaciones de la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC) y del Comité Empresarial Chile-China, la Comisión acordó solicitar al Ministro de Relaciones Exteriores la negociación, a la brevedad, de los acuerdos de este TLC que regulen los servicios e inversiones, complementos indispensables para dar a dicho instrumento el alcance adecuado al pleno desarrollo de todas sus potencialidades comerciales, financieras y productivas; y
4) A los señores Ministros de Relaciones Exteriores y de Economía, Fomento y Reconstrucción para que consideren la conveniencia de negociar un acuerdo pesquero con la República Popular China con el objeto de regular la actividad pesquera industrial en las aguas adyacentes a los espacios marítimos de jurisdicción nacional.
C) Texto sustitutivo del artículo único del proyecto de acuerdo que propone la Comisión.
El artículo único del proyecto de acuerdo que la Comisión somete a la consideración de la H. Cámara introduce modificaciones formales de menor entidad al texto del mensaje, con el objeto de citar el tratado por el título con que las Partes lo suscribieron y reemplazar la referencia a “Corea del Sur” por la “República de Corea”, nombre oficial del Estado en que tuvo lugar el acto de firma.
Con tales modificaciones, el texto sustitutivo que propone la Comisión es del tenor siguiente:
“Artículo único.- Apruébase el “Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular China”, suscrito en Busan, República de Corea, el 18 de noviembre de 2005.”.
-o-
Discutido y despachado en sesiones celebradas los días 14, 19 y 20 de junio, 3, 4, 10 y 11 de julio, de 2006, bajo la presidencia del H. Diputado Jorge Tarud Daccarett ( Presidente de la Comisión ), y con la asistencia de la HH. Diputados Aedo Ormeño, don René ; Allende Bussi, doña Isabel ; Alvarez Salamanca-Büchi, don Pedro Pablo ; Arenas Hodar, don Gonzalo ; Cardemil Herrera, Alberto ; Delmastro Naso, don Roberto ; Díaz Díaz, don Marcelo ; Forni Lobos, don Marcelo ; Fuentealba Vildósola, don Renán ; Jaramillo Becker, don Enrique ; Jarpa Wevar, don Carlos Abel ; León Ramírez, don Roberto ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Melero Abaroa, don Patricio ; Moreira Barros, don Iván ; Muñoz D'Albora, doña Adriana ; Ortiz Novoa, don José Miguel ; Pacheco Rivas, doña Clemira ; Palma Flores, don Osvaldo ; Quintana Leal, don Jaime ; Sepúlveda Órbenes , doña Alejandra ; Sule Fernández, don Alejandro ; Sunico Galdámes, don Raúl ; Von Mühlenbrock Zamora, don Gastón .
También asistieron los HH. Diputados Galilea Carrillo, don Pablo ; García-Huidobro Sanfuentes, don Alejandro , y Urrutia Bonilla, don Ignacio , todos Diputados no integrantes de la Comisión.
Sala de la Comisión, a 11 de julio de 2006.
(Fdo.): FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, Abogado Secretario de la Comisión”.
3. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Popular China y sus anexos, suscrito en Busan, Corea del Sur, el 18 de noviembre de 2005. (boletín Nº 4170-10)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda pasa a informar el proyecto de Acuerdo que aprueba el Tratado de Libre Comercio mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un Mensaje de S.E. la Presidenta de la República.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Andrés Velasco , Ministro de Hacienda ; Alejandro Foxley , Ministro de Relaciones Exteriores ; Álvaro Rojas , Ministro de Agricultura ; Carlos Furche , Director General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería y Asesores de las Carteras de Hacienda, de Relaciones Exteriores y de Agricultura.
El propósito de la iniciativa consiste en la aprobación del Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Popular China y sus Anexos.
Antecedentes proporcionados en el Mensaje destacan el papel que le ha correspondido a la inserción comercial de Chile en el escenario económico mundial; concretándose, a través de la apertura unilateral que reduce los aranceles progresivamente hasta el 6 por ciento y mediante la negociación de tratados comerciales.
En efecto, a la fecha, se encuentran vigentes, suscritos o negociados dieciséis acuerdos de libre comercio, de los cuales dos son Acuerdos de Asociación (Unión Europea y el Acuerdo Transpacífico de Asociación Económica Estratégica entre Chile, Nueva Zelanda, Singapur y Brunei Darussalam – también conocido como P4); seis son Tratados de Libre Comercio (EE.UU., Área Europea de Libre Comercio- EFTA, Corea , México , Canadá , y Centro América) ; siete son Acuerdos de Complementación Económica en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración -ALADI (MERCOSUR, Bolivia , Perú, Ecuador , Colombia , Venezuela y Argentina) y el recientemente firmado Acuerdo de Alcance Parcial con India.
Las oportunidades derivadas de los tratados comerciales negociados por nuestro país han permitido diversificar las exportaciones, y contar con reglas claras, ciertas y permanentes para el comercio de bienes y servicios, y para el flujo de los capitales. En la actualidad más del 70 por ciento del comercio exterior de Chile goza de las ventajas de los acuerdos comerciales que nuestro país ha suscrito.
Asimismo, se hace presente la incidencia de las exportaciones en el Producto Interno Bruto (PIB), aumentando en 10,3 por ciento anual, durante el período 1998-2004.
En el ámbito de la inserción de Chile en el Asia-Pacífico, se destaca la importancia de China, país que se proyecta como una economía con un gran potencial. En efecto, con sus 1.300 millones de habitantes, China es hoy la cuarta economía del mundo. En los últimos 25 años ha crecido a un promedio de 9 por ciento anual. En relación con Latinoamérica, y en particular con nuestro país, se observa como el surgimiento de China se ha ido reflejando en una vinculación de grandes proyecciones. China en el último tiempo ha desplazado a nuestros socios tradicionales, convirtiéndose en el segundo socio comercial de Chile. Cabe destacar que durante el año 2005, el intercambio comercial entre Chile y China alcanzó la histórica cifra de 6.929 millones de dólares. El Tratado con China abre un enorme abanico de oportunidades al país, no obstante constituir una primera etapa este Acuerdo de libre comercio, ya que, se contempla la ampliación más adelante del Tratado a la liberalización del comercio de servicios y las inversiones.
El Acuerdo con la República Popular China consta de un Preámbulo, 14 Capítulos y 8 Anexos, que abordan temas comerciales, institucionales y de cooperación. (Una síntesis de este Acuerdo se entrega en el Capítulo III del Informe de la Comisión de RR.EE., Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana).
Entre los aspectos más relevantes del instrumento internacional antes citado, que dicen relación con el cometido de esta Comisión, se destacan los siguientes:
En relación con el libre comercio de bienes cabe señalar que es un acuerdo de cobertura amplia, ya que casi todos los productos tendrán acceso libre de aranceles a los mercados de las Partes, dentro de un plazo máximo de 10 años. Las únicas excepciones corresponden a la azúcar, el trigo, y harina de trigo, algunos textiles y confecciones y productos metal - mecánicos. Además, se estableció la consolidación de los aranceles para las Partes, junto con compromisos de no imponer medidas para-arancelarias que puedan afectar el comercio entre los países signatarios. También, se estableció el acuerdo de eliminar los subsidios a la exportación de productos agrícolas entre los socios y promover su eliminación en el ámbito multilateral.
Las categorías de desgravación arancelaria son: Inmediata, a 1 año, a 5 años, a 10 años y exclusión. Según cifras del año 2004, el 92% de las exportaciones chilenas tendrá acceso libre de aranceles a ese mercado, desde la entrada en vigencia del Acuerdo; en 10 años el 7% y en exclusión el 1%.
En cuanto a la desgravación arancelaria que Chile otorga a China, el 50% de las importaciones podrá ingresar libre de aranceles desde la entrada en vigencia del Acuerdo, en 5 años el 21%, en 10 años el 26% y en exclusión el 3% del comercio.
Además, se consideran períodos largos de desgravación arancelaria y exclusiones para los sectores productivos sensibles de nuestro país. En el grupo de productos excluidos están: los textiles, las confecciones e industria metalmecánica. Además, en exclusión se consideraron los productos incluidos en la banda de precios: trigo, harina de trigo y azúcar.
Además, se excluyó del Tratado productos tales como neumáticos recauchados, algunos productos textiles y confecciones, alambres de hierro, tornillos y tuercas, cocinas, refrigeradores y congeladores, entre otros; los que habían sido identificados por el sector productivo nacional como sensibles a la competencia de productos importados desde China.
En el Capítulo relativo a las Reglas de Origen (Capitulo IV) se regulan los siguientes elementos: 1) Criterios para la calificación de los bienes como originarios; 2) Operaciones que no confieren origen; 3)Acumulación; 4) De minimis; 5) Elementos neutrales usados en la producción; 6) Materiales de empaque ya sea para la venta al detalle o para el transporte; 7) Tránsito a través de terceros países; 8) Exposiciones.
Se establecen tres criterios fundamentales para que las mercaderías adquieran el carácter de originarias: (i) totalmente obtenidas; (ii) 40% de valor de contenido regional; (iii) reglas específicas para un grupo de productos que incluyen cambio de clasificación arancelaria o valor de contenido regional de 50%. Se permite la acumulación de materiales y se establece una regla “de minimis” de 8%.
En el Anexo 3, se establecen reglas de origen específicas para un grupo de productos. Cabe destacar que los sectores considerados sensibles quedaron con una norma de origen más estricta que la norma general.
En cuanto a los procedimientos aduaneros, la certificación de origen se realiza por parte de una entidad oficial, que será, en el caso de Chile, la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de la Cancillería, por medio de un certificado de origen. En el caso de China será la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena , (cuya sigla en inglés es Aqsiq).
El Capítulo relativo a las barreras técnicas al comercio establece medidas de transparencia que permiten el intercambio de información acerca de los procedimientos de evaluación de la conformidad (procedimientos utilizados para determinar si las medidas se cumplen), tales como los derechos que se imponen, listas de productos sujetos a evaluación de la conformidad obligatorios, entre otros. También se establecen procedimientos de notificación de los proyectos de reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, con plazos que permitan la recepción de comentarios.
Además, se plantea la identificación de iniciativas bilaterales que sean apropiadas para asuntos o sectores determinados, en particular se identifica la realización de un estudio de factibilidad en relación a la posibilidad de convenir un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo, tomando como referente, dentro de lo posible, al Apec.
Especial atención se le otorga a la cooperación bilateral en aquellos casos de productos que requieren pasar por un proceso de autorización previo a su ingreso al territorio de la otra Parte, particularmente cuando han sido objeto de rechazo. Este proceso de cooperación se canalizará a través de un Comité que se constituirá cuando entre en vigencia el Tratado y al cual ya se le han asignado preliminarmente programas de trabajo en algunas áreas específicas.
En cuanto a las medidas sanitarias y fitosanitarias (Capítulo VII) se confirma la intención de mantener y fortalecer la implementación del Acuerdo de Aplicación en Materias Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio y la aplicabilidad de los estándares internacionales, las pautas y las recomendaciones desarrolladas por las organizaciones internacionales relevantes como la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (Cipf), y el Codex Alimentarius. Además, las Partes acordaron establecer un Comité en Materias Sanitarias y Fitosanitarias que incluirá representantes de las autoridades competentes de ambos países.
El Capítulo IX sobre transparencia contempla reglas generales aplicables supletoriamente a todas las materias cubiertas por el Tratado. Cada Parte se obliga a publicar sus normas legales y resoluciones administrativas de aplicación general, notificar al otro país cualquier medida que pueda afectar sustancialmente sus intereses o el funcionamiento del Tratado y responder las preguntas de la otra Parte relativas a cualquier medida vigente o en proyecto.
En materia de solución de controversias (Capítulo X) el referido procedimiento considera tres instancias. La primera es la de consultas o negociaciones directas entre las Partes. La segunda considera la intervención de la Comisión de Libre Comercio. Por último, la tercera etapa, se inicia con el establecimiento de un tribunal arbitral, de naturaleza ad hoc y compuesto de tres árbitros, el cual deberá determinar si una Parte ha incumplido con sus obligaciones y, eventualmente, presentar su decisión final. Además, incorpora los estándares de la Organización Mundial de Comercio en lo referente al cumplimiento y retorsión en caso de incumplimiento de la decisión de Tribunal Arbitral.
En el plano institucional del Tratado (Capítulo XI) se incorpora la Comisión Mixta del Acuerdo Comercial suscrito por ambas naciones el 20 de abril de 1971 y, por otra parte, se crea la Comisión de Libre Comercio.
En el ámbito de la cooperación (Capítulo XIII) se abarcan las siguientes áreas: Cooperación Económica, Investigación Científica y Tecnológica, Educación, Cooperación en Pequeñas y Medianas Empresas, Cooperación Cultural, Propiedad Intelectual, Inversiones, Minería y además hace referencia a un Memorando de Entendimiento en Materias Laborales y un Acuerdo de Cooperación Ambiental, el cual se encuentra en negociación.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 8 de mayo de 2006, señala que este tratado contempla una desgravación progresiva del comercio con la República Popular China, que en el caso de las exportaciones de ese país a Chile, se lleva a cabo en varias etapas, desde la aprobación de esta iniciativa y en un plazo máximo de 10 años.
Agrega que su impacto financiero se ha estimado suponiendo que el crecimiento esperado de las importaciones provenientes de este país, será durante el año en curso, equivalente al crecimiento experimentado por éstas durante el período enero-marzo del presente año respecto de igual período del año anterior. Esta variación alcanza al 36,9%. Para el año 2007 se supone que las importaciones moderarán su ritmo de crecimiento a una tasa cercana al 50% de la proyectada para 2006. El efecto sobre los ingresos fiscales, por la aplicación de este Tratado en régimen, se ha dimensionado a partir del monto de importaciones proyectadas para 2007. Por otra parte, se supone que la tasa media arancelaria que pagarán las importaciones provenientes de la República Popular China tendrá una trayectoria decreciente en el tiempo, pasando desde el 6% actual a un 2,5% en el segundo semestre de 2006, a un 2,1% en 2007, hasta llegar a un nivel de 0,2% en régimen.
Plantea asimismo, que suponiendo que este Tratado entre en vigencia en el mes de julio de 2006, la pérdida fiscal para el año en curso por aranceles e IVA de importaciones ascendería a US$ 72,9 millones, elevándose este costo a US$ 190,4 millones durante 2007. En régimen, la pérdida de ingresos fiscales se elevaría hasta los US$ 283,3 millones anuales; cifras todas expresadas en dólares de 2006.
En el debate de la Comisión intervinieron los señores Ministros Andrés Velasco , Alejandro Foxley y Álvaro Rojas para exponer los puntos relevantes del Tratado de Libre Comercio en informe desde sus respectivos ámbitos ministeriales.
El Ministro señor Velasco enfatizó los efectos fiscales envueltos en el Tratado que en régimen implican una pérdida que se elevaría a los US$ 283, 3 millones anuales. Precisó que la modificación legal que mantuvo el IVA en 19% permite las compensaciones necesarias para paliar estos menores ingresos fiscales.
El Ministro señor Foxley , por su parte, destacó el potencial que representa tener un socio comercial del nivel de China, que en 25 años más será probablemente la primera economía del mundo. Explicó la evolución favorable que han tenido las relaciones entre ambos países desde 1970 en adelante y que han derivado en una estrecha convergencia en políticas comerciales a favor del libre comercio expresadas en organismos multilaterales y conferencias de comercio. Hizo presente también las oportunidades que tendrá Chile para diversificar el comercio, en especial de su producción agrícola. Consideró, por último, que se trata de un desafío para todas las empresas chilenas en orden a buscar la asociatividad, tanto en el ámbito nacional como latinoamericano.
El Ministro señor Rojas , puso énfasis en los desafíos que vienen para su sector y en los compromisos asumidos por ambos países en relación con las barreras técnicas al comercio y las medidas sanitarias y fitosanitarias.
Diversos señores Diputados manifestaron sus felicitaciones a los equipos negociadores del Tratado por la labor cumplida y plantearon la conveniencia de profundizar, tanto por el sector público como privado, en la materialización de instrumentos adecuados para conseguir que los frutos del Tratado se manifiesten a la brevedad.
La Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento del Tratado, sus anexos y notas que son aprobadas mediante el proyecto de Acuerdo en informe.
Teniendo presente los antecedentes de la iniciativa y las consideraciones expuestas en la Comisión, fue sometido a votación el artículo único del proyecto de Acuerdo propuesto por la Comisión Técnica, siendo aprobado por los Diputados señores Álvarez, don Rodrigo ; Becker, don Germán ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Lorenzini, don Pablo ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto ; Sunico, don Raúl ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón , quienes votaron afirmativamente.
Acordado en sesión de fecha 18 de julio de 2006, con la asistencia de los Diputados señores Lorenzini, don Pablo ( Presidente ); Álvarez, don Rodrigo ; Becker, don Germán ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto ; Sunico, don Raúl ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón .
Se designó Diputado Informante al señor Robles, don Alberto .
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
4. Segundo Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recaido en el proyecto de ley que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos. (boletín N° 3878-17-02)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía viene en informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en un mensaje de S. E. el Presidente de la República .
Para el despacho de esta iniciativa, S.E. la Presidenta de la República ha hecho presente la urgencia la que ha calificado de “simple” para todos sus trámites constitucionales, motivo por el cual esta Cámara cuenta con un plazo de treinta días para afinar su tramitación, término que vence el día 14 de julio próximo por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala el día 14 de junio recién pasado.
-o-
La Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el día 18 de enero de 2006, aprobó en general el proyecto de ley de la referencia.
De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, el proyecto de ley con todas las indicaciones cursadas durante su tramitación, fue remitido a esta Comisión para segundo informe reglamentario, el que fue discutido durante las sesiones celebradas los días 5,12 y 19 de abril; 17 de mayo; 5 y 11 de julio del presente año.
A ellas asistieron el señor Subsecretario del Interior , don Felipe Harboe , los asesores jurídicos del Ministerio del Interior, señores Jorge Claissac , Felipe Simonsohn y César Suárez , y el asesor de la Dirección de Presupuestos, señor Hernán Moya .
-o-
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 288 del Reglamento de la Corporación, en este informe se debe dejar constancia de lo siguiente:
I. ARTÍCULOS QUE NO HAN SIDO OBJETO DE MODIFICACIONES.
No existen en el presente proyecto artículos en tal sentido, atendido a que el Ejecutivo formuló indicaciones sustitutivas a todo el articulado del proyecto.
II. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
Durante la discusión particular del proyecto la Secretaría de la Comisión manifestó algunas dudas frente a la naturaleza jurídica del Instituto como un ente autónomo –materia que incide en la calificación de las normas-, ya que existen ciertos elementos que determinarían que se está en presencia de un servicio público. Ellos son, entre otros:
1. El artículo 1º de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado consagra que “La Administración del Estado estará constituida por los Ministerios, las Intendencias, las Gobernaciones y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluidos la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades y las empresas públicas creadas por ley.”
2. Las principales características de los servicios públicos descentralizados que se pueden hallar en el Instituto Nacional de Derechos Humanos son:
a) Tiene personalidad jurídica y patrimonio propio (artículo 1º);
b) Está sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República. Es así como el artículo 15 inciso segundo establece que “El Instituto estará sometido a la fiscalización de la Contraloría General de la República en lo que concierne al examen y juzgamiento de sus cuentas de entradas y gastos.”;
c) Su administración financiera debe sujetarse a las normas propias del derecho público. El recién citado artículo 15 inciso primero señala que “la información del movimiento financiero y presupuestario del Instituto deberá cumplir con las normas establecidas en el Decreto Ley Nº 1263, de 1975, sobre administración financiera del Estado.”
d) Supervigilancia por parte del Presidente de la República.
Esta tuición se manifestaría en la facultad presidencial para designar a tres miembros del Consejo, al que le corresponde la dirección superior del Instituto. De uno de esos tres consejeros se debe elegir a quien será su Director.
3. El Tribunal Constitucional, cuando le correspondió pronunciarse sobre la ley Nº 19.284 que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad, ley que creó el Fonadis, lo calificó como servicio público descentralizado, añadiendo que entenderlo de otro modo, implicaría que el legislador habría creado una persona jurídica de derecho público que administra fondos del Estado, y que, sin embargo, no forma parte de éste.
4. Por último, el Instituto es el continuador de las funciones y de los recursos asignados al Programa de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Interior, repartición que por cierto, integra la Administración del Estado. A su vez, el citado Programa, en lo medular, era el continuador de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, servicio público descentralizado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 19.123.
Por su parte, el Ejecutivo insistió en la calificación formulada en el mensaje, en el sentido de que se trata de una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que no constituye un órgano de la Administración del Estado, colaborador del Presidente de la República con su tarea de gobierno y administración.
Asimismo, sostuvo que se trata de una entidad autónoma del Gobierno, no sujeta, por tanto, a controles jerárquicos, ni de supervigilancia o tutela. Expresamente el texto subraya que sea una “corporación autónoma”.
Después de un profundo análisis vuestra Comisión, por cuatro votos a favor y dos en contra, acordó acoger la tesis formulada por el Gobierno, manteniendo la calificación señalada en el primer informe, en el sentido de que no existen disposiciones orgánicas constitucionales ni de quórum calificado.
Sin perjuicio de ello, el Ejecutivo reconoció que existen algunas normas que pueden conducir a algunos equívocos, las que se corregirán a través de indicaciones que se presentarán durante la discusión particular.
III. ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.
No existen artículos en tal sentido.
IV. ARTÍCULOS MODIFICADOS.
Antes de iniciar la discusión particular vuestra Comisión recibió en forma excepcional a la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, representada por doña Lorena Pizarro ( Presidenta ) y doña Viviana Díaz (Secretaria General), a la Asamblea Nacional de Derechos Humanos, representada por el dirigente señor Ramón Núñez y al Codepu, representado por don Víctor Espinoza ( Secretario Ejecutivo ), quienes hicieron algunos planteamientos respecto del proyecto de ley en informe.
Asimismo, durante la misma, el Ejecutivo formuló indicaciones sustitutivas a cada uno de los artículos del proyecto de ley, con el objeto de perfeccionarlo y corregir aquellas normas que pudieran generar dudas respecto de la calificación jurídica del Instituto de Derechos Humanos.
Por este motivo, se encuentran modificados todos los artículos del proyecto de ley.
Discusión Particular
Artículo 1°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 1°.- Créase el Instituto Nacional de Derechos Humanos, en adelante también “el Instituto”, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Su domicilio será la ciudad de Santiago.”.
Sometida a votación se aprobó por unanimidad.
Artículo 2°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 2º.- El Instituto tiene por objeto la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile. En su organización interna se regirá por las disposiciones de esta ley y lo que señalen sus estatutos.”.
El sentido de la indicación es dejar en claro la normativa aplicable a su organización interna, en cuanto se trata de una corporación autónoma, regida por sus propios estatutos o las disposiciones de esta ley.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 3°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 3°.- El Instituto tendrá competencia, en los términos y en la forma que se señalen en esta ley o en sus estatutos, para dedicarse a la promoción y protección de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, y que se encuentran establecidos en las normas constitucionales y legales, en los tratados y convenciones internacionales que hubieran sido suscritos y ratificados por Chile y que se encuentren vigentes así como los emanados del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Humanitario Internacional.”.
El sentido de la indicación, al igual que en el artículo anterior, es dejar en claro la normativa aplicable a su organización interna, en cuanto se trata de una corporación autónoma, regida por sus propios estatutos o las disposiciones de esta ley.
Además, esta indicación recoge íntegramente la presentada por los señores Aguiló y Jiménez , que proponía reemplazar la frase “internacionales que hubieran sido suscritos y ratificados por Chile y que se encuentren vigentes” por la siguiente: “del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Humanitario Internacional.”
Sometida a votación se aprobó por unanimidad.
Artículo 4°
N° 1
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazar el encabezado de este artículo y su numeral 1, por el siguiente:
“Artículo 4°.- Le corresponderá especialmente al Instituto:
1. Elaborar un Informe Anual, que deberá presentar al Presidente de la República , al Congreso Nacional y al Presidente de la Corte Suprema , sobre las actividades del Instituto, la situación nacional en materia de derechos humanos y hacer las recomendaciones que estime convenientes para su debido resguardo y respeto. El Instituto a través de su Consejo deberá adoptar todas las medidas pertinentes destinadas a otorgar publicidad a dicho informe a la Comunidad;”.
El sentido de dicha indicación es dar mayor difusión y conocimiento del informe anual que debe elabora el Instituto.
Por su parte, los señores Aguiló y Jiménez , formularon indicación a la presentada por el Ejecutivo para incorporar en el numeral 1, a continuación de la expresión “Corte Suprema” la siguiente frase: “a las Naciones Unidas, a la Organización de Estados Americanos y a instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos, que se inscriban en un registro que llevará el Instituto”.
Sometidas a votación ambas indicaciones se aprobaron por unanimidad, reemplazando la frase “que se inscriban en un registro que llevará el Instituto” por la frase “inscritas en el registro a que se refiere el artículo 8°, letra e) de esta ley”.
N° 2
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“N°2.- Comunicar al Gobierno y a los distintos órganos públicos que estime convenientes, su opinión respecto de las situaciones, prácticas o actuaciones que infrinjan o sean contrarias a los derechos humanos que ocurran en cualquier parte del país. Para el ejercicio de esta función, podrá solicitar al organismo o servicio de que se trate un informe sobre las situaciones, prácticas o actuaciones de violación que puedan constituir un incumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos;”.
El sentido de la indicación es la de precisar la forma en que se vincula el Instituto con el Gobierno y los distintos órganos públicos, atendida su calidad de corporación de derecho público.
Esta indicación recoge casi íntegramente una indicación del señor Accorsi , que proponía agregar al final de este número la siguiente oración: “Para el ejercicio de esta función, el Instituto podrá solicitar al organismo o servicio de que se trate un informe sobre las situaciones, prácticas o actuaciones de violación que puedan constituir un incumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos. El órgano requerido estará obligado a evacuar dicho informe en el plazo señalado en la solicitud del Instituto.”
El asesor jurídico del Ministerio del Interior, don Jorge Claissac , explicó que la razón para no incluir la última oración es que por tratarse de una Corporación no puede ejercer potestades públicas, por tanto, no tiene facultades para fijar un plazo a un organismo público para que evacue su informe.
Sometida a votación la indicación del Ejecutivo , se aprobó por unanimidad.
N° 3 ( pasó a ser N° 4)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“3.- Proponer a los poderes públicos las medidas que estime deban adoptarse para favorecer la protección y la promoción de los derechos humanos;”.
Dado el carácter de corporación de derecho público del Instituto se propone la indicación para clarificar que éste sólo puede proponer medidas a los poderes públicos.
Sometida a votación la indicación se aprobó por unanimidad.
N° 4 (pasó a ser N° 5)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“4.- Promover que la legislación, los reglamentos y las prácticas nacionales se armonicen con los instrumentos y principios internacionales de derechos humanos y que su aplicación sea efectiva;”.
El sentido de ella es ampliar la promoción desarrollada por el Instituto no sólo a los instrumentos internacionales de derechos humanos sino a los principios internacionales que no necesariamente pueden estar contenidos en aquéllos.
Esta indicación recoge íntegramente la presentada por los señores Aguiló y Jiménez que proponía incorporar, a continuación de la expresión “instrumentos” la frase: “y principios”.
Sometida a votación la indicación se aprobó por unanimidad.
N° 5 (pasó a ser N° 6)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“5.- Promover la aprobación, suscripción y ratificación de declaraciones, tratados y convenciones internacionales de derechos humanos que sean sometidos a discusión o aprobados por órganos y comités especializados de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, así como de las demás instituciones regionales;”.
Sometida a votación se aprobó por unanimidad.
N° 6 (pasó a ser N° 7)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“6.- Deducir querella y ejercer las acciones legales respecto de hechos que a juicio de su consejo constituyan delito de lesa humanidad;”.
Por su parte, las señoras Rubilar , doña Karla y Valcarce , doña Ximena y los señores Aguiló, Bustos , Chahuán y Jiménez formularon indicación para complementar la indicación del Ejecutivo de la siguiente forma:
“N° 6: Deducir querella y ejercer las demás acciones legales respecto de hechos que sean constitutivos de crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. La misma obligación recaerá sobre crímenes y simples delitos que deban ser investigados y sancionados según los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.
Sometidas a votación ambas indicaciones se aprobaron por unanimidad.
N° 7 (pasó a ser N° 8)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“7.- Promover acciones tendientes a determinar el paradero y las circunstancias de la desaparición o muerte de las personas detenidas desaparecidas y de aquellas que, no obstante existir reconocimiento legal de su deceso, sus restos no hubieren sido ubicados, establecidas en el artículo 6° de la Ley N° 19.123, y que fueron reconocidos como tales por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación o por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
En el cumplimiento de este objetivo, deberá recopilar, analizar y sistematizar toda información útil a este propósito; asimismo deberá hacerse parte o coadyuvar en los procesos criminales relacionados con los casos mencionados en el párrafo anterior de este número; también podrá solicitar información acerca del funcionamiento de los mecanismos reparatorios e impulsar, coordinar y difundir acciones de orden cultural y simbólico destinados a complementar el respeto a los derechos humanos y a reivindicar a las víctimas y a preservar su memoria histórica;”.
Esta indicación recoge íntegramente una presentada por los señores Aguiló y Jiménez que proponía reemplazar en este numeral la expresión “podrá” que antecede a la oración “hacerse parte o coadyuvar en los procesos civiles o criminales” por la siguiente: “deberá”.
El señor Aguiló señaló que es necesario que el Instituto se haga cargo de las violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en el país. Recordó que las tareas que se realizan en el marco del programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior paulatinamente irán disminuyendo, en atención a que, por ejemplo, hoy existen menos detenidos desaparecidos que los que se registraban hasta hace unos años atrás.
Por último, indicó que para la opinión pública sería absolutamente incomprensible que un Instituto de Derechos Humanos no se haga cargo de lo ocurrido en esta materia en nuestra historia reciente.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
N° 8 (pasó a ser N° 9)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“8.- Custodiar y guardar en depósito los antecedentes reunidos por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, el Programa de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Interior, y por la Comisión de Prisión Política y Tortura creada por el Decreto Supremo Nº 1.040, de Interior, del año 2003;”.
Sometida a votación la indicación, se aprobó por unanimidad.
N° 9 (pasó a ser N° 10)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“9.- Solicitar, reunir y procesar el conjunto de la información existente en poder de entes públicos o privados, que diga relación con las violaciones a los derechos humanos o la violencia política a que se refiere el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
N° 10 (pasó a ser N° 11)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“10.- Colaborar, en el ámbito de sus atribuciones, con el Ministerio de Relaciones Exteriores y demás servicios públicos relacionados, en la elaboración de los informes que el Estado deba presentar a los órganos y comités especializados de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, así como de las demás instituciones regionales. El informe final no obligará ni comprometerá al Instituto;”.
Sometida a votación se aprobó por unanimidad.
N° 11 (pasó a ser N° 12)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“11.- Cooperar con las Naciones Unidas, las instituciones regionales y las instituciones de otros países que sean competentes, en la promoción y protección de los derechos humanos;”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
N° 12 (pasó a ser N° 13)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“12.- Difundir el conocimiento de los derechos humanos, favorecer su enseñanza en todos los niveles del sistema educacional, incluyendo la formación impartida al interior de las Fuerzas Armadas, de Orden y de Seguridad Públicas, y promover la realización de investigaciones, estudios y publicaciones, otorgar premios, patrocinar actos y eventos relativos a estas materias, y realizar todo aquello que propenda a consolidar una cultura de respeto a los derechos humanos en el país, pudiendo al efecto celebrar convenios con organismos públicos o privados tanto nacionales como extranjeros;”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
N° 13 (pasó a ser N° 14)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“13.- Prestar su asesoría, en materias de su competencia, a organismos públicos y privados que lo soliciten; asimismo, desarrollar la cooperación, asesoría técnica e interlocución con corporaciones, fundaciones y demás organizaciones privadas, cuyos objetivos se relacionen con las funciones del Instituto, y celebrar con ellas convenios para ejecutar proyectos o acciones de interés común;”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad, incorporando las expresiones “nacionales y extrajeras” a continuación de la frase “organizaciones privadas,”.
N° 14 (pasó a ser N° 15)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“14.- Mantener, debidamente actualizado, el registro de instituciones a que se refiere el artículo 8°, letra e) de esta ley, y”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
N° 15 (pasó a ser N° 16)
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“15.- Las demás funciones que la ley le otorgue.”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 5°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 5º.- Para el ejercicio de sus atribuciones, el Instituto podrá solicitar la colaboración de los distintos órganos de Estado. Podrá asimismo, recibir todos los testimonios y obtener todas las informaciones y documentos necesarios para el examen de las situaciones comprendidas en el ámbito de su competencia.
De igual modo, podrá comisionar a uno o más consejeros, al Director o a su personal para ingresar a recintos públicos donde una persona esté o pueda estar privada de libertad.”.
El sentido de la indicación es el de suprimir la responsabilidad administrativa del funcionario público ante una negativa injustificada o incumplimiento grave de prestar colaboración, atendida a la naturaleza jurídica del Instituto como corporación de derecho público.
Sometida a votación se aprobó por unanimidad.
Artículo 6°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 6º.- Las actuaciones del Instituto y sus recomendaciones serán públicas. Sin perjuicio de lo anterior y de lo señalado en el artículo 15 de la Ley Nº 19.992, el Consejo a que hace referencia el artículo 8º, podrá determinar que ciertas actuaciones, antecedentes o documentos deben ser reservados, estando obligados en este caso los consejeros y funcionarios a guardar sigilo.
Lo dispuesto en el inciso anterior no se aplicará respecto de los nombres de los agentes del Estado que participaron en los hechos delictivos, cuando un juez o fiscal recabe dicho antecedente en el marco de una investigación judicial.”.
Esta indicación recoge íntegramente una del señor Aguiló que proponía agregar el siguiente inciso segundo: “Lo dispuesto en el inciso anterior no se aplicará respecto de los nombres de los agentes del Estado que participaron en los hechos delictivos, cuando un juez o fiscal recabe dicho antecedente en el marco de una investigación judicial.”
El señor Aguiló señaló que el Instituto será responsable del archivo del material generado en la Comisión Rettig y en la Comisión Valech.
El artículo 15 de la ley N°19.992 establece que “Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por decreto supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su cometido.”
El inciso segundo de ese artículo consagra la siguiente: “El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años, período en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior.”
Añadió que la indicación pretende que tal reserva no se aplique respecto de los nombres de los agentes del estado que participaron en los hechos delictivos cuando un juez así lo solicite.
La ley N° 19.992 ha sido cuestionada ante la Corte Interamericana de Justicia, porque podría generar condiciones para la impunidad, toda vez que un juez no podrá acceder a una información relevante para su investigación.
Finalmente, expresó que la reserva que se aprobó estaba inspirada en proteger la dignidad de la persona torturada. Sin embargo, nunca estuvo en el espíritu de dicha ley el impedir el acceso a esos antecedentes a un juez de la república.
Sometida a votación la indicación del Ejecutivo , se aprobó por unanimidad.
Artículo 7°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 7°.- El Instituto no podrá pronunciarse acerca de casos determinados cuya resolución se encuentre pendiente ante los tribunales de justicia.
Tampoco podrá pronunciarse sobre la responsabilidad que, con arreglo a las leyes, pudiere caber a personas individuales ni sobre el derecho que pueda asistirle a determinada persona a recibir alguna reparación.
Con todo, el Instituto podrá emitir su opinión respecto de doctrinas contenidas en resoluciones judiciales firmes o ejecutoriadas que en su opinión impliquen una violación a los derechos humanos de acuerdo a la legislación nacional o internacional sobre la materia.”.
Sometida a votación la indicación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 8°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 8°.- La Dirección Superior del Instituto corresponderá a un Consejo, integrado de la siguiente manera:
a) Dos consejeros designados por el Presidente de la República;
b) Un consejero, designado por el Senado;
c) Un consejero, designado por la Cámara de Diputados;
d) Un consejero designado por los Decanos de las Facultades de Derecho de las universidades integrantes del Consejo de Rectores y de universidades autónomas;
e) Dos consejeros designados, en la forma que establezcan los estatutos, por las instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos, inscritas en el registro respectivo que llevará el Instituto.
El Consejo elegirá, por mayoría absoluta de sus integrantes, un Director, que lo será también del Instituto.
Los consejeros deberán ser personas de reconocida trayectoria en el ámbito de los derechos humanos y serán nombrados por un período de 6 años.
No podrán ser consejeros los diputados y senadores, los jueces, los funcionarios de la Administración del Estado, ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.
Serán causales de cesación en el cargo la renuncia aceptada por el Consejo, la inhabilidad o incompatibilidad sobrevinientes que se establezcan en los estatutos y la remoción, solicitada por alguno de los Consejeros, y acordada por las dos terceras partes del Consejo.
Producida una vacante, el reemplazo será proveído por el mismo órgano al que representaba el consejero que la produjo, y por el período que le restaba por cumplir.
Los consejeros, exceptuado el Director, que será remunerado en la forma que determine el Consejo, tendrán derecho a percibir una dieta por su asistencia a sesiones de Consejo o comisión, cuyo monto será fijado anualmente por el Consejo, en la forma que establezcan los estatutos. La dieta no podrá superar el equivalente a cuatro unidades tributarias mensuales por cada sesión a la que asistan, de Consejo o Comisión, con un máximo por cada mes calendario de cinco sesiones mensuales.
El Consejo adoptará sus decisiones por acuerdo de la mayoría de los consejeros en ejercicio, salvo la señalada en el artículo 4º Nº 1 y 2 y del artículo 7°, inciso final, que requerirá de los dos tercios de los consejeros en ejercicio.”.
El sentido de la indicación es establecer con mayor claridad la composición del Consejo del Instituto de Derechos Humanos, el procedimiento de designación de los integrantes del mismo, la elección de su Director y señalar expresamente las inhabilidades para ser designado como integrante de esta institución.
Las señoras Rubilar , doña Karla y Valcarce , doña Ximena y los señores Chahuán y Von Mühlenbrock formularon indicación para agregar el siguiente inciso segundo:
Los consejeros señalados en las letras b) y c) deberán ser elegidos por las cuatro séptimas partes de sus miembros en ejercicio.”
Esta indicación pretende establecer la exigencia de un mayor quórum en el caso de los consejeros designados por el Senado y la Cámara de Diputados.
Sometida a votación la indicación se aprobó por nueve votos a favor y uno en contra.
Asimismo, por unanimidad, se acordó incorporar en la letra e), a continuación de la expresión “derechos humanos,” la oración “que gocen de personalidad jurídica vigente,”.
Finalmente, las señoras Rubilar , doña Karla y Valcarce , doña Ximena y los señores Accorsi , Aguiló, Chahuán , Farías, Jiménez , Ojeda y Von Mühlenbrock presentaron una indicación para reemplazar el inciso cuarto (pasó a ser quinto) por el siguiente:
“No podrán ser Consejeros los diputados, senadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los jueces, los fiscales del Ministerio Público, los funcionarios de la Administración del Estado, ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.”
El sentido de la indicación es el de ampliar el universo de inhabilidades para poder ser designado como consejero del Instituto.
Por su parte, el asesor del Ministerio del Interior, don Jorge Claissac hizo presente que el Ejecutivo al redactar esta inhabilidad pensó en aquellos funcionarios que por la naturaleza de sus funciones pudieran cometer violaciones a los derechos humanos, o bien, que estén en situación de impedir su comisión.
Asimismo, recordó que en relación al plazo por el cual son nombrados los consejeros, uno de los principios que inspiran a organismos como el Instituto dice relación con la autonomía que debe gozar. Una forma de garantizar este aspecto es otorgarle a los consejeros una permanencia superior a la que cuentan las autoridades que deben ser controladas.
Sometida a votación el resto de la indicación del Ejecutivo , con la indicación antes mencionada, se aprobó por unanimidad.
Artículo 9°
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 9º.- Corresponderá al Consejo:
1) Dictar los Estatutos de la Corporación y sus modificaciones;
2) Presentar al Presidente de la República , al Congreso Nacional y al Presidente de la Corte Suprema el informe anual establecido en el artículo 4°, N°1;
3) Emitir pronunciamiento acerca de las consultas que el Presidente de la República, el Congreso Nacional o los Tribunales de Justicia le hagan, en el marco de sus competencias;
4) Emitir su pronunciamiento en relación con las materias indicadas en la presente ley;
5) Aprobar, a proposición del Director, los planes y programas de acción del Instituto para el cumplimiento de su cometido;
6) Solicitar de los ministerios, servicios y organismos de la administración del Estado la información y antecedentes que sean necesarios para el conocimiento sobre una cuestión que pertenezca especialmente a su competencia;
7) Comisionar a uno o más consejeros o al Director para recibir, fuera de su lugar de asiento, informaciones relativas a su competencia;
8) Pronunciarse acerca del informe de gestión presupuestaria que anualmente deberá presentar el Director;
9) Dictar todas las normas internas para su funcionamiento, incluidas las relativas a su organización interna, y resolver todo asunto que sea necesario para el adecuado desarrollo de la labor del Instituto.”
Vuestra Comisión acordó aprobar por unanimidad la indicación del Ejecutivo , reemplazando en el N°1 la conjunción “y” antes de la frase “ Presidente de la Corte Suprema ”, por una coma (,) agregando a continuación de la expresión “Suprema” la siguiente oración:
“a las Naciones Unidas, a la Organización de Estados Americanos y a las instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos inscritas en el registro a que se refiere el artículo 8 letra e) de esta ley,”
El sentido de ello, es hacerla concordante con la modificación aprobada en el N° 1 del artículo 4°.
Artículo 10
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 10.- Corresponderá al Director:
1) Dirigir administrativamente el Instituto;
2) Presidir las sesiones del Consejo;
3) Representar judicial y extrajudicialmente al Instituto, así como ejercer su representación internacional;
4) Dictar las resoluciones necesarias para dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo;
5) Elaborar una propuesta del Informe Anual establecido en el artículo 4, N° 1 y de los demás informes a que se refiere esta ley y presentarlos a la aprobación del Consejo;
6) Realizar todas las acciones que el Consejo le encomiende, y
7) Las demás que le señale la ley.”
Sometida a votación la indicación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 11
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 11.- Para el desarrollo de sus tareas, el Consejo podrá establecer comisiones internas de trabajo, que se encargarán de tareas o materias específicas que sean propias del Instituto.
Cada comisión será presidida por un miembro del Consejo y se podrá invitar a participar de ellas a personas destacadas y de probada experiencia en la materia de que se trate. Los miembros del Consejo podrán participar en todas las comisiones que se formen, sin limitación alguna.
Los acuerdos de las comisiones referidas tendrán el carácter de recomendación para el Consejo o el Director.”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 12
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 12.- Un Consejo Consultivo Nacional, en el que estarán representados los organismos sociales y académicos dedicados a la promoción y defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales, prestará su asesoría al Consejo en todas aquellas cuestiones de su competencia que requieran, para su adecuada resolución, del pronunciamiento de la sociedad civil.
Un reglamento interno, aprobado por los dos tercios del Consejo, establecerá su integración y determinará los casos y la forma en que se prestará dicha asesoría.”.
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 13
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 13.- Las personas que presten servicios en el Instituto se regirán exclusivamente por los respectivos contratos de trabajo y por la legislación laboral común.”
Sometida a votación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 14
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 14.- Los actos que celebre o ejecute el Instituto también se regirán por las normas del derecho privado.”
Sometida a votación se aprobó por unanimidad.
Artículo 15
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 15.- El Instituto deberá rendir cuenta anual del uso y destino de los fondos que les sean asignados o transferidos por ley. La rendición de cuenta deberá efectuarse mediante un estado de ingresos y gastos que se presentará a las comisiones de Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados y a la Comisión Especial de Presupuestos, dentro del primer trimestre del año siguiente. Copia de la misma deberá remitirse dentro de igual plazo a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. Adicionalmente, el estado de ingresos y gastos deberá estar disponible en la página web del Instituto, en caso de contar con ella.”.
El sentido de la indicación es eliminar la obligación que se imponía al Instituto en el texto original del mensaje de dar cumplimiento a las normas sobre administración financiera del Estado, contenidas en el decreto ley N°1263, de 1975. Además, se suprime la fiscalización del Instituto por parte de la Contraloría General de la República. Todo ello, con el objeto de dejar claramente establecido que se trata de una corporación de derecho público y no un servicio público.
El señor Chahuán sostuvo que en este artículo se establece la obligación de rendir cuenta anual del uso y destino de los fondos que les sean asignados o transferidos por ley. Propuso extender dicha obligación a los aportes provenientes de la cooperación internacional.
Sometida a votación se aprobó por unanimidad, con las siguientes enmiendas:
a) Incorporar a continuación de la oración “transferidos por ley” la siguiente frase: “y de los aportes señalados en el N°4 del artículo 16.”
b) Eliminar en la parte final del artículo la frase “en caso de contar con ella”.
Artículo 16
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 16.- El patrimonio del Instituto estará formado por:
1. Los aportes que anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación pudiere contemplar;
2. Los bienes muebles e inmuebles que se transfieran al Instituto o que éste adquiera a cualquier título y por los frutos de esos mismos bienes;
3. Las donaciones, incluidas las del artículo 3º de la Ley Nº 19.992, herencias y legados que el Consejo acepte, y
4. Los aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título para el cumplimiento de sus objetivos.
Las donaciones en favor del Instituto no requerirán del trámite de insinuación judicial a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil y estarán exentas del impuesto a las donaciones establecidas en la ley N°16.271.”
El señor Burgos manifestó sus dudas respecto al punto N°4, referido a las donaciones que provengan desde el extranjero. Estimó que resulta más apropiado que sean sólo los chilenos quienes financien el Instituto.
Afirmó que la redacción del artículo constituye un verdadero llamado a la cooperación internacional.
El señor Accorsi consideró necesario permitir que se reciban aportes provenientes de la cooperación internacional. Muchas de las iniciativas realizadas en materia de derechos humanos han sido posibles gracias a los recursos aportados desde el exterior.
El señor Águiló manifestó que las normas aprobadas garantizan la debida transparencia en el accionar del Instituto. Consultó, además, que ocurrirá si el día de mañana un organismo internacional desea donar a al Instituto un determinado insumo. De aprobarse la propuesta del señor Burgos , el Instituto estaría inhabilitado para recibirla.
Además recordó que en la actualidad existe una fuerte interrelación entre los organismos que se dedican a la promoción y defensa de los derechos humanos.
El señor Burgos indicó que el reparo manifestado por el Diputado señor Aguiló, respecto de la posibilidad de recibir insumos como donación por parte de un organismo internacional queda salvado al aplicar el N° 3 de este artículo, dado que éste no distingue entre donaciones nacionales o internacionales.
El asesor del Ministerio del Interior, señor Jorge Claissac afirmó que si bien las donaciones de origen extranjero se podrían entender incluidas en el numeral 3 como señalara el señor Burgos , el numeral 4 se refiere a aportes de cualquier naturaleza, no sólo aquéllos efectuados a título translaticio de dominio, como pueden ser un préstamo o comodato. Si bien en este caso no pasarían a formar parte del patrimonio, podrían serlo a partir de los frutos que ellos generen.
Recordó, además, que la cooperación entre organismos de derechos humanos es bastante fluida y frecuente.
Sometida a votación la indicación, se aprobó por siete votos a favor y tres abstenciones.
Artículo 17
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 17.- Créase el Premio Nacional de los Derechos Humanos, con el propósito de cultivar una memoria histórica sana de la nación chilena, a través de resaltar y valorar cada dos años una persona de nacionalidad chilena, hombre o mujer, que se haya distinguido en tal esfuerzo.
El monto del premio será el señalado en el artículo 17 de la ley N° 19.169 y le serán aplicables, en lo que resulte pertinente, los artículos 1°, incisos segundo y tercero, y 19 a 22 de la referida ley.
El jurado será el Consejo que señala el artículo 8º de esta ley.”.
Sometida a votación se aprobó por unanimidad.
Normas Transitorias
Artículo 1° transitorio
El Ejecutivo formuló una indicación para reemplazarlo por le siguiente:
“Artículo 1º transitorio.- La primera designación de consejeros se hará a los sesenta días de la entrada en vigencia de la presente ley.
El Consejo se entenderá legalmente constituido una vez que tenga su primera sesión válida.”.
Sometida a votación la indicación, se aprobó por unanimidad, reemplazando la expresión “entrada en vigencia” por “publicación”.
Artículo 2° transitorio
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 2º transitorio.- Para la primera designación de los consejeros nombrado por las instituciones vinculadas a la defensa y protección de los derechos humanos, el registro a que se refiere el inciso segundo del artículo 8º, lo llevará el Ministerio del Interior.
Las instituciones correspondientes podrán inscribirse en ese registro desde el quinto día siguiente a la publicación de la presente ley, y hasta el décimo día anterior a la oportunidad a que se refiere el artículo anterior.
La inscripción será gratuita, y no tendrá más formalidades que el constar por escrito la solicitud.
Sesenta días después de la entrada en vigencia de la presente ley, las instituciones inscritas en el registro pertinente se reunirán y procederán a la designación de sus representantes en el Consejo. Para estos efectos, los participantes deberán adoptar un mecanismo de selección que asegure la igualdad de oportunidades de las distintas instituciones.
En la reunión a que se refiere el inciso anterior sólo podrá participar un representante por cada institución. Cada elector tendrá derecho a un voto. Actuará como Ministro de Fe un funcionario del Ministerio del Interior designado por el Ministro .
El Ministerio del Interior deberá comunicar al Presidente de la República , al Senado, la Cámara de Diputados, y a los Decanos de las Facultades de Derecho de las universidades integrantes del Consejo de Rectores y de universidades autónomas, las designaciones que las instituciones hicieren.
Realizados todos estos procedimientos, y constituido el Consejo, el Ministerio del Interior traspasará el registro pertinente al Instituto.”.
Sometida a votación se aprobó por unanimidad, reemplazando en el inciso cuarto la expresión “entrada en vigencia” por “publicación”.
Artículo 3° transitorio
Las señoras Rubilar , doña Karla y Valcarce , doña Ximena y los señores Accorsi , Aguiló, Burgos , Chahuán , Farías, Jiménez , Ojeda y Von Mühlenbrock , formularon indicación para reemplazar el inciso primero por el siguiente:
“El Consejo del Instituto Nacional de los Derechos Humanos podrá excepcionalmente calificar casos de desaparición forzada de personas y ejecutados políticos en que aparezca comprometida la responsabilidad del Estado por actos de sus agentes o de personas a su servicio y que no hubieren sido calificadas como tales por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación ni por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. Asimismo, podrá calificar casos de tortura o prisión política que no se hubiesen presentado a la Comisión sobre Prisión Política y Tortura.”
El señor Aguiló manifestó que todos los parlamentarios han recibido la petición de reabirir excepcionalmente el plazo para conocer nuevos casos de detenidos desaparecidos y de prisión política y tortura.
Para acceder a ese requerimiento existe la vía de abrir nuevamente la llamada “Comisión Rettig” y la “Comisión Valech”.
El otro camino es el propuesto en esta indicación.
Hizo presente que el pasado martes 4 de julio el Senado aprobó por unanimidad un Proyecto de Acuerdo que apunta en el mismo sentido.
El señor Accorsi aclaró que de aprobarse la indicación las personas que puedan ser calificadas no tendrán automáticamente derecho a los beneficios contemplados en la ley.
El señor Ojeda indicó que lo único que se pretende es permitir la calificación de nuevos casos, para que estas personas estén condiciones de acceder a eventuales futuros beneficios.
El asesor del Ministerio del Interior, señor Jorge Claissac aseveró que el Ejecutivo en las diversas oportunidades en que este tema se ha debatido ha manifestado su imposibilidad de acoger una propuesta en tal sentido.
Resulta complejo iniciar un proceso de calificación que termine con personas que si bien obtienen la calificación que se pretende no tienen acceso al beneficio.
Por tanto, habrá personas calificadas con y sin beneficios.
El señor Jiménez hizo presente que hoy ya existen torturados de segunda categoría que no tienen acceso al beneficio.
El señor Aguiló sostuvo que la aprobación de la indicación permitirá que el Ejecutivo en el curso de la tramitación de este proyecto pueda presentar una indicación que permita que quienes no tienen los beneficios puedan acceder a él.
Sometida a votación la indicación, se aprobó por unanimidad.
Artículo 4° transitorio
El Ejecutivo formuló indicación para reemplazarlo por el siguiente:
“Artículo 4° Transitorio.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9º Nº 1 de esta ley, facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año, y por decreto expedido a través del Ministerio del Interior, suscrito, además, por los ministros de Hacienda y Justicia, apruebe los estatutos que el Consejo del Instituto le proponga.”.
Sometido a votación se aprobó por unanimidad.
V. ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.
Se encuentran en esta situación los siguientes artículos:
1. Se aprobó por unanimidad una indicación de las señoras Rubilar , doña Karla y Valcarce , doña Ximena y los señores Aguiló, Chahuán , Farías, Jiménez y Ojeda para agregar el siguiente N°3 al artículo 4°:
“N°3.- Hacer presente todo acto que importe discriminación fundado en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”.
2. Se aprobó por ocho votos a favor y dos abstenciones una indicación del Ejecutivo para agregar el siguiente artículo 5° transitorio:
“Artículo 5º transitorio.- En el año 2006, para realizar lo señalado en el artículo 16 N° 1, podrán efectuarse los traspasos que resulten necesarios entre las partidas correspondientes de la Ley de Presupuestos del Sector Público de ese año, pudiendo al efecto crearse, suprimirse o modificarse las asignaciones, ítems y glosas presupuestarias que sean pertinentes.”
VI. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
Los artículos 15, 16, 17 y artículo 5° transitorio del proyecto de ley deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
VII. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS.
Se encuentran en esta situación las siguientes indicaciones:
1. Del señor Salaberry para agregar en el N°6 del artículo 4°, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser coma (,), la siguiente frase: “cometidos a partir de la fecha de promulgación de la presente ley.”
2. Del señor Salaberry para eliminar en el N°7 del artículo 4° la frase “y las circunstancias de la desaparición o muerte.”
3. Del señor Salaberry para agregar en el inciso primero del artículo 7°, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser coma (,) la siguiente frase: “ni sobre hechos ya juzgados por los tribunales.”
4. Del señor Salaberry para reemplazar el inciso segundo del artículo 8° por el siguiente:
“La Dirección Superior del Instituto corresponderá a un Consejo integrado por siete consejeros que serán designados por el Presidente de la República con acuerdo de los dos tercios del Senado. El Consejo elegirá a su Director.”
5. De las señoras Rubilar , doña Karla ; Valcarce , doña Ximena y los señores Chahuán y Von Mühlenbrock para agregar el siguiente inciso segundo:
“Los consejeros señalados en las letras b) y c) deberán ser elegidos por las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio.”.
6. Del señor Salaberry para eliminar el artículo 3° transitorio.
7. Del Ejecutivo para eliminar el artículo 3° transitorio.
VIII. DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFIQUE O DEROGUE.
No existen disposiciones que se encuentren en esta situación.
IX. TEXTO ÍNTEGRO DEL PROYECTO TAL COMO HA SIDO APROBADO POR LA COMISIÓN.
“PROYECTO DE LEY:
TÍTULO I
ÁMBITO Y FUNCIONES
Artículo 1°.- Créase el Instituto Nacional de Derechos Humanos, en adelante también “el Instituto”, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Su domicilio será la ciudad de Santiago.
Artículo 2º.- El Instituto tiene por objeto la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile. En su organización interna se regirá por las disposiciones de esta ley y lo que señalen sus estatutos.
Artículo 3°.- El Instituto tendrá competencia, en los términos y en la forma que se señalen en esta ley o en sus estatutos, para dedicarse a la promoción y protección de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, y que se encuentran establecidos en las normas constitucionales y legales, en los tratados y convenciones internacionales que hubieran sido suscritos y ratificados por Chile y que se encuentren vigentes así como los emanados del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Humanitario Internacional.
Artículo 4°.- Le corresponderá especialmente al Instituto:
1. Elaborar un Informe Anual, que deberá presentar al Presidente de la República , al Congreso Nacional, al Presidente de la Corte Suprema , a las Naciones Unidas, a la Organización de Estados Americanos y a las instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos inscritas en el registro a que se refiere el artículo 8°, letra e) de esta ley, sobre sus actividades, la situación nacional en materia de derechos humanos y hacer las recomendaciones que estime convenientes para su debido resguardo y respeto. Su Consejo deberá adoptar todas las medidas pertinentes destinadas a otorgar publicidad a dicho informe a la comunidad;
2. Comunicar al Gobierno y a los distintos órganos públicos que estime convenientes, su opinión respecto de las situaciones, prácticas o actuaciones que infrinjan o sean contrarias a los derechos humanos que ocurran en cualquier parte del país. Para el ejercicio de esta función, podrá solicitar al organismo o servicio de que se trate un informe sobre las situaciones, prácticas o actuaciones de violación que puedan constituir un incumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos;
3. Hacer presente todo acto que importe discriminación fundado en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social;
4. Proponer a los poderes públicos las medidas que estime deban adoptarse para favorecer la protección y la promoción de los derechos humanos;
5. Promover que la legislación, los reglamentos y las prácticas nacionales se armonicen con los instrumentos y principios internacionales de derechos humanos y que su aplicación sea efectiva;
6. Promover la aprobación, suscripción y ratificación de declaraciones, tratados y convenciones internacionales de derechos humanos que sean sometidos a discusión o aprobados por órganos y comités especializados de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, así como de las demás instituciones regionales;
7. Deducir querella y ejercer las demás acciones legales respecto de hechos que sean constitutivos de crímenes de genocidio, de lesa humanidad y de guerra. La misma obligación recaerá sobre crímenes y simples delitos que deban ser investigados y sancionados según los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes;
8. Promover acciones tendientes a determinar el paradero y las circunstancias de la desaparición o muerte de las personas detenidas desaparecidas y de aquellas que, no obstante existir reconocimiento legal de su deceso, sus restos no hubieren sido ubicados, establecidas en el artículo 6° de la Ley N° 19.123, y que fueron reconocidos como tales por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación o por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación;
En el cumplimiento de este objetivo, deberá recopilar, analizar y sistematizar toda información útil a este propósito; asimismo deberá hacerse parte o coadyuvar en los procesos criminales relacionados con los casos mencionados en el párrafo anterior de este número; también podrá solicitar información acerca del funcionamiento de los mecanismos reparatorios e impulsar, coordinar y difundir acciones de orden cultural y simbólico destinados a complementar el respeto a los derechos humanos y a reivindicar a las víctimas y a preservar su memoria histórica;
9. Custodiar y guardar en depósito los antecedentes reunidos por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, el Programa de Derechos Humanos dependiente del Ministerio del Interior, y por la Comisión de Prisión Política y Tortura creada por el Decreto Supremo Nº 1.040, de Interior, del año 2003;
10. Solicitar, reunir y procesar el conjunto de la información existente en poder de entes públicos o privados, que diga relación con las violaciones a los derechos humanos o la violencia política a que se refiere el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación;
11. Colaborar, en el ámbito de sus atribuciones, con el Ministerio de Relaciones Exteriores y demás servicios públicos relacionados, en la elaboración de los informes que el Estado deba presentar a los órganos y comités especializados de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, así como de las demás instituciones regionales. El informe final no obligará ni comprometerá al Instituto;
12. Cooperar con las Naciones Unidas, las instituciones regionales y las instituciones de otros países que sean competentes, en la promoción y protección de los derechos humanos;
13. Difundir el conocimiento de los derechos humanos, favorecer su enseñanza en todos los niveles del sistema educacional, incluyendo la formación impartida al interior de las Fuerzas Armadas, de Orden y de Seguridad Públicas, y promover la realización de investigaciones, estudios y publicaciones, otorgar premios, patrocinar actos y eventos relativos a estas materias, y realizar todo aquello que propenda a consolidar una cultura de respeto a los derechos humanos en el país, pudiendo al efecto celebrar convenios con organismos públicos o privados tanto nacionales como extranjeros;
14. Prestar su asesoría, en materias de su competencia, a organismos públicos y privados que lo soliciten; asimismo, desarrollar la cooperación, asesoría técnica e interlocución con corporaciones, fundaciones y demás organizaciones privadas, nacionales y extranjeras, cuyos objetivos se relacionen con las funciones del Instituto, y celebrar con ellas convenios para ejecutar proyectos o acciones de interés común;
15. Mantener, debidamente actualizado, el registro de instituciones a que se refiere el artículo 8°, letra e) de esta ley, y
16. Las demás funciones que la ley le otorgue.
Artículo 5º.- Para el ejercicio de sus atribuciones, el Instituto podrá solicitar la colaboración de los distintos órganos de Estado. Podrá asimismo, recibir todos los testimonios y obtener todas las informaciones y documentos necesarios para el examen de las situaciones comprendidas en el ámbito de su competencia.
De igual modo, podrá comisionar a uno o más consejeros, al Director o a su personal para ingresar a recintos públicos donde una persona esté o pueda estar privada de libertad.
Artículo 6º.- Las actuaciones del Instituto y sus recomendaciones serán públicas. Sin perjuicio de lo anterior y de lo señalado en el artículo 15 de la Ley Nº 19.992, el Consejo a que hace referencia el artículo 8º, podrá determinar que ciertas actuaciones, antecedentes o documentos deben ser reservados, estando obligados en este caso los consejeros y funcionarios a guardar sigilo.
Lo dispuesto en el inciso anterior no se aplicará respecto de los nombres de los agentes del Estado que participaron en los hechos delictivos, cuando un juez o fiscal recabe dicho antecedente en el marco de una investigación judicial.
Artículo 7°.- El Instituto no podrá pronunciarse acerca de casos determinados cuya resolución se encuentre pendiente ante los tribunales de justicia.
Tampoco podrá pronunciarse sobre la responsabilidad que, con arreglo a las leyes, pudiere caber a personas individuales ni sobre el derecho que pueda asistirle a determinada persona a recibir alguna reparación.
Con todo, el Instituto podrá emitir su opinión respecto de doctrinas contenidas en resoluciones judiciales firmes o ejecutoriadas que en su opinión impliquen una violación a los derechos humanos de acuerdo a la legislación nacional o internacional sobre la materia.
TÍTULO II
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 8°.- La Dirección Superior del Instituto corresponderá a un Consejo, integrado de la siguiente manera:
a) Dos consejeros designados por el Presidente de la República;
b) Un consejero designado por el Senado;
c) Un consejero designado por la Cámara de Diputados;
d) Un consejero designado por los Decanos de las Facultades de Derecho de las universidades integrantes del Consejo de Rectores y de universidades autónomas;
e) Dos consejeros designados en la forma que establezcan los estatutos, por las instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos que gocen de personalidad jurídica vigente, inscritas en el registro respectivo que llevará el Instituto.
Los consejeros señalados en las letras b) y c) deberán ser elegidos por las cuatro séptimas partes de sus miembros en ejercicio.
El Consejo elegirá, por mayoría absoluta de sus integrantes, un Director, que lo será también del Instituto.
Los consejeros deberán ser personas de reconocida trayectoria en el ámbito de los derechos humanos y serán nombrados por un período de 6 años.
No podrán ser consejeros los diputados, los senadores, los alcaldes, los concejales, los consejeros regionales, los jueces, los fiscales del Ministerio Público, los funcionarios de la Administración del Estado, ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.
Serán causales de cesación en el cargo la renuncia aceptada por el Consejo, la inhabilidad o incompatibilidad sobrevinientes que se establezcan en los estatutos y la remoción, solicitada por alguno de los Consejeros, y acordada por las dos terceras partes del Consejo.
Producida una vacante, el reemplazo será proveído por el mismo órgano al que representaba el consejero que la produjo y por el período que le restaba por cumplir.
Los consejeros, exceptuado el Director, que será remunerado en la forma que determine el Consejo, tendrán derecho a percibir una dieta por su asistencia a sesiones de Consejo o comisión, cuyo monto será fijado anualmente por el Consejo, en la forma que establezcan los estatutos. La dieta no podrá superar el equivalente a cuatro unidades tributarias mensuales por cada sesión a la que asistan, de Consejo o comisión, con un máximo por cada mes calendario de cinco sesiones mensuales.
El Consejo adoptará sus decisiones por acuerdo de la mayoría de los consejeros en ejercicio, salvo las señaladas en los números 1 y 2 del artículo 4° y en el inciso final del artículo 7°, que requerirán de los dos tercios de los consejeros en ejercicio.
Artículo 9º.- Corresponderá al Consejo:
1) Dictar los Estatutos de la Corporación y sus modificaciones;
2) Presentar al Presidente de la República , al Congreso Nacional, al Presidente de la Corte Suprema , a las Naciones Unidas, a la Organización de Estados Americanos y a las instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos inscritas en el registro a que se refiere el artículo 8 letra e) de esta ley, el informe anual establecido en el artículo 4°, N° 1;
3) Emitir pronunciamiento acerca de las consultas que el Presidente de la República, el Congreso Nacional o los Tribunales de Justicia le hagan, en el marco de sus competencias;
4) Emitir su pronunciamiento en relación con las materias indicadas en la presente ley;
5) Aprobar, a proposición del Director, los planes y programas de acción del Instituto para el cumplimiento de su cometido;
6) Solicitar de los ministerios, servicios y organismos de la administración del Estado la información y antecedentes que sean necesarios para el conocimiento sobre una cuestión que pertenezca especialmente a su competencia;
7) Comisionar a uno o más consejeros o al Director para recibir, fuera de su lugar de asiento, informaciones relativas a su competencia;
8) Pronunciarse acerca del informe de gestión presupuestaria que anualmente deberá presentar el Director;
9) Dictar todas las normas internas para su funcionamiento, incluidas las relativas a su organización interna, y resolver todo asunto que sea necesario para el adecuado desarrollo de la labor del Instituto;
Artículo 10.- Corresponderá al Director:
1) Dirigir administrativamente el Instituto;
2) Presidir las sesiones del Consejo;
3) Representar judicial y extrajudicialmente al Instituto, así como ejercer su representación internacional;
4) Dictar las resoluciones necesarias para dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo;
5) Elaborar una propuesta del Informe Anual establecido en el artículo 4, N° 1 y de los demás informes a que se refiere esta ley y presentarlos a la aprobación del Consejo;
6) Realizar todas las acciones que el Consejo le encomiende, y
7) Las demás que le señale la ley.
Artículo 11.- Para el desarrollo de sus tareas, el Consejo podrá establecer comisiones internas de trabajo, que se encargarán de tareas o materias específicas que sean propias del Instituto.
Cada comisión será presidida por un miembro del Consejo y se podrá invitar a participar de ellas a personas destacadas y de probada experiencia en la materia de que se trate. Los miembros del Consejo podrán participar en todas las comisiones que se formen, sin limitación alguna.
Los acuerdos de las comisiones referidas tendrán el carácter de recomendación para el Consejo o el Director.
Artículo 12.- Un Consejo Consultivo Nacional, en el que estarán representados los organismos sociales y académicos dedicados a la promoción y defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales, prestará su asesoría al Consejo en todas aquellas cuestiones de su competencia que requieran, para su adecuada resolución, del pronunciamiento de la sociedad civil.
Un reglamento interno, aprobado por los dos tercios del Consejo, establecerá su integración y determinará los casos y la forma en que se prestará dicha asesoría.
TÍTULO III
DE LA GESTIÓN
Artículo 13.- Las personas que presten servicios en el Instituto se regirán exclusivamente por los respectivos contratos de trabajo y por la legislación laboral común.
Artículo 14.- Los actos que celebre o ejecute el Instituto también se regirán por las normas del derecho privado.
Artículo 15.- El Instituto deberá rendir cuenta anual del uso y destino de los fondos que les sean asignados o transferidos por ley y de los aportes a que se refiere el N°4 del artículo 16. La rendición de cuenta deberá efectuarse mediante un estado de ingresos y gastos que se presentará a las Comisiones de Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados y a la Comisión Especial de Presupuestos, dentro del primer trimestre del año siguiente. Copia de la misma deberá remitirse dentro de igual plazo a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. Adicionalmente, el estado de ingresos y gastos deberá estar disponible en la página web del Instituto.
TÍTULO IV
DEL PATRIMONIO
Artículo 16.- El patrimonio del Instituto estará formado por:
1. Los aportes que anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación pudiere contemplar;
2. Los bienes muebles e inmuebles que se transfieran al Instituto o que éste adquiera a cualquier título y por los frutos de esos mismos bienes;
3. Las donaciones, incluidas las del artículo 3º de la Ley Nº19.992, herencias y legados que el Consejo acepte, y
4. Los aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título para el cumplimiento de sus objetivos.
Las donaciones en su favor no requerirán del trámite de insinuación judicial a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil y estarán exentas del impuesto a las donaciones establecidas en la ley N°16.271.
Artículo 17.- Créase el Premio Nacional de los Derechos Humanos, con el propósito de cultivar una memoria histórica sana de la nación chilena, a través de resaltar y valorar cada dos años una persona de nacionalidad chilena, hombre o mujer, que se haya distinguido en tal esfuerzo.
El monto del premio será el señalado en el artículo 17 de la ley N° 19.169 y le serán aplicables, en lo que resulte pertinente, los artículos 1°, incisos segundo y tercero, y 19 a 22 de la referida ley.
El jurado será el Consejo que señala el artículo 8º de esta ley.
NORMAS TRANSITORIAS
Artículo 1º transitorio.- La primera designación de consejeros se hará a los sesenta días de la publicación de esta ley.
El Consejo se entenderá legalmente constituido una vez que tenga su primera sesión válida.
Artículo 2º transitorio.- Para la primera designación de los consejeros nombrados por las instituciones vinculadas a la defensa y protección de los derechos humanos, el registro a que se refiere la letra e) del artículo 8º, lo llevará el Ministerio del Interior.
Las instituciones correspondientes podrán inscribirse en ese registro desde el quinto día siguiente a la publicación de esta ley, y hasta el décimo día anterior a la oportunidad a que se refiere el artículo 1° transitorio.
La inscripción será gratuita, y no tendrá más formalidades que el constar por escrito la solicitud.
Sesenta días después de la publicación de esta ley, las instituciones inscritas en el registro pertinente se reunirán y procederán a la designación de sus representantes en el Consejo. Para estos efectos, los participantes deberán adoptar un mecanismo de selección que asegure la igualdad de oportunidades de las distintas instituciones.
En la reunión a que se refiere el inciso anterior sólo podrá participar un representante por cada institución. Cada elector tendrá derecho a un voto. Actuará como ministro de fe un funcionario del Ministerio del Interior designado por el Ministro .
El Ministerio del Interior deberá comunicar al Presidente de la República , al Senado, la Cámara de Diputados, y a los Decanos de las Facultades de Derecho de las universidades integrantes del Consejo de Rectores y de universidades autónomas, las designaciones que las instituciones hicieren.
Realizados todos estos procedimientos y constituido el Consejo, el Ministerio del Interior traspasará el registro pertinente al Instituto.
Artículo 3° transitorio.- El Consejo podrá excepcionalmente calificar casos de desaparición forzada de personas y ejecutados políticos en que aparezca comprometida la responsabilidad del Estado por actos de sus agentes o de personas a su servicio y que no hubieren sido calificadas como tales por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación ni por la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación. Asimismo, podrá calificar casos de tortura o prisión política que no se hubiesen presentado a la Comisión sobre Prisión Política y Tortura.
Esta facultad se ejercerá en aquellas situaciones irrefutablemente comprobadas, con el voto favorable de las tres quintas partes del Consejo y dentro del plazo de un año contado desde la publicación de esta ley.
Artículo 4° Transitorio.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9º Nº 1 de esta ley, facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año, y por decreto expedido a través del Ministerio del Interior, suscrito, además, por los ministros de Hacienda y Justicia, apruebe los estatutos que el Consejo le proponga.
Artículo 5º transitorio.- En el año 2006, para realizar lo señalado en el artículo 16° N° 1, podrán efectuarse los traspasos que resulten necesarios entre las partidas correspondientes de la Ley de Presupuestos del Sector Público de ese año, pudiendo al efecto crearse, suprimirse o modificarse las asignaciones, ítems y glosas presupuestarias que sean pertinentes.
-o-
Se designó como diputado informante al señor Ojeda, don Sergio .
Sala de la Comisión, a 11 de julio de 2006.
Tratado y acordado según consta en el acta correspondiente a las sesiones de 5, 12 y 19 de abril, 17 de mayo; 5 y 11 de julio de 2006, con la asistencia de las diputadas señoras Rubilar , doña Karla y Valcarce , doña Ximena , y los diputados señores Accorsi, don Enrique ; Aguiló, don Sergio ; Ascencio, don Gabriel ; Burgos, don Jorge ; Chahuán, don Francisco ; Farías, don Ramón ; Jiménez, don Tucapel ; Ojeda, don Sergio ; Paredes, don Iván ; Salaberry, don Felipe y Von Mühlenbrock, don Gastón .
(Fdo.): JUAN PABLO GALLEGUILLOS JARA, Abogado Secretario de la Comisión ”.
5. Segundo Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos. (boletín Nº 3878-17)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda informa el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
CONSTANCIAS PREVIAS
1. Las disposiciones puestas en conocimiento de la Comisión en este segundo trámite reglamentario son los artículos 15, 16, 17 y artículo 5° transitorio del proyecto de ley aprobado por la Comisión Técnica en su segundo informe. Por su parte, la Comisión acordó incorporar a su conocimiento el artículo 8°, en conformidad al numeral 2° del artículo 220 del Reglamento.
2. Disposiciones o indicaciones rechazadas
Ninguna.
3. Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad
No hay.
4. Se designó diputado informante al señor Von Mühlenbrock, don Gastón .
-o-
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto el señor Jorge Claissac , Jefe de la División Jurídica del Ministerio del Interior y los señores Hernán Moya y Enrique Paris , Asesores de la Dipres.
Como se señaló en el primer informe de esta Comisión, el propósito de la iniciativa consiste en crear el Instituto Nacional de Derechos Humanos, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Su estructura superior estará formada por un Director, un Consejo Superior integrado por siete miembros y un Consejo Consultivo Nacional. El funcionamiento del Instituto se inspira en la flexibilidad operativa, la transparencia y representatividad de la sociedad civil en sus órganos. En cuanto a las funciones del Instituto, se distingue una función genérica relativa a la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en Chile, y las funciones específicas, que dicen relación con la constatación de la situación nacional en materia de derechos humanos, la representación de las situaciones, prácticas o violaciones, la proposición de medidas para proteger y promover los derechos humanos y las limitaciones en relación con la función jurisdiccional.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
En el artículo 8° del proyecto se establece que la Dirección Superior del Instituto corresponderá a un Consejo, integrado de la siguiente manera:
a) Dos consejeros designados por el Presidente de la República;
b) Un consejero designado por el Senado;
c) Un consejero designado por la Cámara de Diputados;
d) Un consejero designado por los Decanos de las Facultades de Derecho de las universidades integrantes del Consejo de Rectores y de universidades autónomas;
e) Dos consejeros designados en la forma que establezcan los estatutos, por las instituciones vinculadas a la defensa y promoción de los derechos humanos que gocen de personalidad jurídica vigente, inscritas en el registro respectivo que llevará el Instituto.
En el inciso segundo, se establece que los consejeros señalados en las letras b) y c) deberán ser elegidos por las cuatro séptimas partes de sus miembros en ejercicio.
En el inciso tercero se señala que el Consejo elegirá, por mayoría absoluta de sus integrantes, un Director, que lo será también del Instituto.
En el inciso cuarto se estipula que los consejeros deberán ser personas de reconocida trayectoria en el ámbito de los derechos humanos y serán nombrados por un período de 6 años.
En el inciso quinto se contempla que no podrán ser consejeros los diputados, los senadores, los alcaldes, los concejales, los consejeros regionales, los jueces, los fiscales del Ministerio Público, los funcionarios de la Administración del Estado, ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.
En el inciso sexto se determina que serán causales de cesación en el cargo la renuncia aceptada por el Consejo, la inhabilidad o incompatibilidad sobrevinientes que se establezcan en los estatutos y la remoción, solicitada por alguno de los Consejeros, y acordada por las dos terceras partes del Consejo.
En el inciso séptimo se establece que producida una vacante, el reemplazo será proveído por el mismo órgano al que representaba el consejero que la produjo y por el período que le restaba por cumplir.
En el inciso octavo se dispone que los consejeros, exceptuado el Director, que será remunerado en la forma que determine el Consejo, tendrán derecho a percibir una dieta por su asistencia a sesiones de Consejo o comisión, cuyo monto será fijado anualmente por el Consejo, en la forma que establezcan los estatutos. La dieta no podrá superar el equivalente a cuatro unidades tributarias mensuales por cada sesión a la que asistan, de Consejo o comisión, con un máximo por cada mes calendario de cinco sesiones mensuales.
En el inciso noveno se preceptúa que el Consejo adoptará sus decisiones por acuerdo de la mayoría de los consejeros en ejercicio, salvo las señaladas en los números 1 y 2 del artículo 4° y en el inciso final del artículo 7°, que requerirán de los dos tercios de los consejeros en ejercicio.
Los Diputados señores Becker y Robles presentaron una indicación para agregar en la letra a) del inciso primero del artículo 8°, a continuación de la expresión “República,” la frase “quienes deberán ser de distintas regiones del país”.
Sometido a votación el artículo 8° del proyecto de ley, con la indicación precedente, votaron favorablemente los diputados señores Becker , Dittborn , Insunza , Lorenzini , Ortiz , Robles , Sunico , Tuma y Von Mühlenbrock .
En el artículo 15 se establece que el Instituto deberá rendir cuenta anual del uso y destino de los fondos que les sean asignados o transferidos por ley y de los aportes a que se refiere el N° 4 del artículo 16. La rendición de cuenta deberá efectuarse mediante un estado de ingresos y gastos que se presentará a las Comisiones de Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados y a la Comisión Especial de Presupuestos, dentro del primer trimestre del año siguiente. Copia de la misma deberá remitirse dentro de igual plazo a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. Adicionalmente, el estado de ingresos y gastos deberá estar disponible en la página web del Instituto.
En el artículo 16 se señala que el patrimonio del Instituto estará formado por:
1. Los aportes que anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación pudiere contemplar;
2. Los bienes muebles e inmuebles que se transfieran al Instituto o que éste adquiera a cualquier título y por los frutos de esos mismos bienes;
3. Las donaciones, incluidas las del artículo 3º de la Ley Nº 19.992, herencias y legados que el Consejo acepte, y
4. Los aportes de la cooperación internacional que reciba a cualquier título para el cumplimiento de sus objetivos.
En el inciso segundo se dispone que las donaciones en su favor no requerirán del trámite de insinuación judicial a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil y estarán exentas del impuesto a las donaciones establecidas en la ley N° 16.271.
En el artículo 17 se crea el Premio Nacional de los Derechos Humanos, con el propósito de cultivar una memoria histórica sana de la nación chilena, a través de resaltar y valorar cada dos años una persona de nacionalidad chilena, hombre o mujer, que se haya distinguido en tal esfuerzo.
En el inciso segundo se precisa que el monto del premio será el señalado en el artículo 17 de la ley N° 19.169 y le serán aplicables, en lo que resulte pertinente, los artículos 1°, incisos segundo y tercero, y 19 a 22 de la referida ley.
En el inciso tercero se determina que el jurado será el Consejo que señala el artículo 8º de esta ley.
Los artículos 15, 16 y 17 fueron aprobados por los Diputados señores Becker , Dittborn , Insunza , Lorenzini , Ortiz , Robles , Tuma y Von Mühlenbrock , quienes votaron afirmativamente.
En el artículo 5º transitorio se contempla que en el año 2006, para realizar lo señalado en el artículo 16° N° 1, podrán efectuarse los traspasos que resulten necesarios entre las partidas correspondientes de la Ley de Presupuestos del Sector Público de ese año, pudiendo al efecto crearse, suprimirse o modificarse las asignaciones, ítems y glosas presupuestarias que sean pertinentes.
Puesto en votación el artículo, fue aprobado por los diputados señores Becker , Dittborn , Insunza , Lorenzini , Ortiz , Robles , Sunico , Tuma y Von Mühlenbrock , quienes votaron afirmativamente.
Acordado en sesión de fecha 18 de julio de 2006, con la asistencia de los Diputados señores Lorenzini, don Pablo ( Presidente ); Álvarez, don Rodrigo ; Becker, don Germán ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Insunza, don Jorge ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ; Robles, don Alberto ; Sunico, don Raúl ; Tuma, don Eugenio ; y Von Mühlenbrock, don Gastón , según consta en el acta respectiva.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Sepúlveda, don Roberto , Chahuán , Bertolino , Forni , Martínez , Monckeberg , don Cristián , Verdugo, y de las diputadas señoras Herrera , doña Amelia y Valcarce , doña Ximena.
Modifica el artículo 458 del Código Procesal Penal, con el objeto de evitar que el imputado sujeto a prisión preventiva, sea enviado a un establecimiento psiquiátrico antes de recibirse los informes médicos correspondientes. (boletín Nº 4347-07)
Fundamentos del proyecto.
El Código Procesal Penal, aprobado por Ley Nº 19.696, establece en el párrafo 2º del Título VII de su Libro IV, una norma que regula la situación del imputado enajenado mental, la que se contiene en el artículo 458.
En virtud de esta disposición se permite al ministerio público o al juez que de oficio o a petición de parte, solicite un informe psiquiátrico del imputado cuando en el curso del procedimiento aparecieren antecedentes que permitieren presumir la inimputabilidad por enajenación mental, debiendo explicitarse para tal efecto la conducta punible investigada.
En tal caso el juez debe suspender el procedimiento hasta que no se remita el informe correspondiente.
No se contempla en esta norma, el caso del imputado respecto del cual aparecieren estos antecedentes, que se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva prevista en los artículos 140 e inciso final del artículo 141 del mismo texto legal.
Al existir este vacío, la suspensión del procedimiento que prevé la referida disposición, ha sido interpretada erróneamente por los tribunales en el sentido que desde ese mismo momento, y sin esperar el resultado del informe recabado, puede internarse provisionalmente al imputado en un establecimiento asistencial, en los términos previstos en el artículo 464 del referido código.
Esta situación ha significado que los hospitales psiquiátricos hayan colapsado al recibir imputados para su internación, por resoluciones judiciales, sin que el informe psiquiátrico que se requiere para establecer su alteración mental o insuficiencia en sus facultades mentales haya sido evacuado por parte de los respectivos facultativos.
A su vez, en no pocas oportunidades se ha dado el caso de que los imputados simulan estar con síntomas de enajenación mental, mediante la adopción de diversas exteriorizaciones, con el fin exclusivo de dejar el recinto penal, para pasar a otro régimen de internación en recintos asistenciales, en que no cumplen con el sistema propio de un centro penitenciario.
Lo anterior implica que se produzca un desmedro en la atención que deben recibir aquellos pacientes que realmente requieren una atención psiquiátrica especializada y que se encuentren internados en establecimientos destinados a pacientes afectados con esas patologías.
Por otra parte, cuando es emitido el informe médico pertinente, en muchas ocasiones éste señala que el interno no se encuentra con sus facultades mentales perturbadas, lo que ha significado que ha evadido durante un tiempo prolongado el régimen penitenciario, lo que a su vez conlleva trastornos para la gestión de administración por parte personal de Gendarmería que debe estar a cargo de las custodias.
Para evitar este tipo de situaciones, con el fin de impedir interpretaciones distorsionadas, se hace necesario entonces modificar el artículo 458 del Código Procesal Penal, agregando un inciso, en virtud del cual se establezca que si el imputado respecto del cual aparezcan antecedentes que permitieren presumir la inimputabilidad por enajenación mental, se encuentra sometido a la medida cautelar de prisión preventiva, y no obstante que se decrete la suspensión del procedimiento dirigido en su contra, continuará en tal calidad en el recinto penitenciario respectivo, hasta que no se reciba el informe psiquiátrico requerido.
En mérito a las consideraciones expuestas, sometemos a la aprobación del Congreso Nacional, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único: Agrégase un segundo inciso nuevo al artículo 458 del Código procesal penal, del siguiente tenor:
“Con todo, el imputado que se encuentre en prisión preventiva, al momento de decretarse la suspensión de procedimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso precedente, continuará sometido a dicha medida cautelar en el mismo recinto penitenciario en que la cumpla, mientras no se emita el informe psiquiátrico decretado”.
Moción de los diputados señores Ascencio, Aguiló, Burgos, Farías, Jiménez, Ojeda y Paredes.
Incluye en la ley N° 19.962, sobre eliminación de ciertas anotaciones prontuariales, a los condenados por tribunales ordinarios. (boletín N° 4348-17)
“A partir de la publicación de la ley 19.962, el día 25 de agosto de 2004, ley que surgió como consecuencia del informe Valech , que pretende reparar de alguna manera a los chilenos victima de la violencia politica, es posible borrar en forma definitiva determinadas anotaciones prontuariales a las personas que se encuentran en los siguientes casos:
Tener registrada en el prontuario una condena impuesta por un Tribunal Militar.
Los hechos que originaron esta condena deben haber ocurrido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
Estos hechos deben haber sido sancionados por las leyes 12.927, 17.798, 18.314, D.L. 77 de 1973 ó D.L. 3.627 de 1981.( Ley de Seguridad Interior, Control de Armas Antiterrorista)
La pena debe estar cumplida o la responsabilidad penal extinguida.
No debe tratarse de un delito consumado contra la vida o la integridad física de terceros.
El interesado debe realizar una solicitud de eliminación de antecedentes penales, en cualquier oficina del Registro Civil, haciendo mención a la ley 19.962 y acompañando los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales.
Problema: Esta ley cuyo espíritu es reparar a los ex presos políticos sólo beneficia un reducido número de personas, los condenados por fiscalías militares, (básicamente los primeros años de dictadura) ya que la inmensa mayoria de los detenidos fueron procesados por los tribunales ordinarios. Recordemos que a pesar de haberse iniciado muchas causas en Fiscalías Militares, estos procesos luego pasaron a Ministros de Corte resultando condenados por dicho Tribunal.
Son numerosas las consultas de personas que han solicitado a la Comisión Defensora Ciudadana el apoyo para eliminar su prontuario ya que les impide reinsertarse laboralmente, y tendrían que firmar durante 2 a 5 años si utilizaran el mecanismo del DL 409. Casos de funcionarios públicos que han debido dejar su trabajo, pues el último dictamen de la Contraloría General de la República obliga incluso a los contratados a honorarios a exhibir su certificado de antecedentes. Lamentablemente no es posible solucionar estos problemas porque la ley beneficia solo a aquellos condenados por Tribunales Militares. Hay que incorporar a aquellas personas que al final resultaron condenados por tribunales ordinarios y que figuran entre aquellas calificadas por la Comisión de Prisión Política y Tortura.
Asimismo, la Dirección del Registro Civil e Identificación ha señalado que quizás son miles aquellas personas que no pueden beneficiarse de esta ley ya que sus causas judiciales si bien comenzaron en los Tribunales Militares, terminaron en Tribunales Civiles ya sea porque sus abogados ganaron las contiendas de competencia que entablaron para sustraer de dichos Tribunales a sus defendidos, o porque las propias Fiscalias Militares se declararon incompetentes.
Hacemos presente que esta modificación es una solución reparatoria que no tiene costo para el Estado.
En atención a lo anterior presentamos el siguiente proyecto de ley:
Articulo único: Modificase la ley 19.962, que dispone la eliminación de ciertas anotaciones prontuariales, en el siguiente sentido:
1. Intercálese en el articulo 1ª inciso primero, entre las palabras “Tribunales Militares” y la coma que viene a continuación, las expresiones “ u Ordinarios”.
Moción de los diputados señores Verdugo, Álvarez-Salamanca, Becker, Bertolino, García, Martínez, Palma, Sepúlveda, don Roberto; Vargas, y de la diputada señora Rubilar, doña Karla.
Modifica la ley N° 19.968 que crea los tribunales de familia, con el objeto de evitar la congestión que se produce en la atención de los usuarios. (boletín N° 4349-18)
Fundamentos del Proyecto
La creación de los nuevos tribunales de familia pretendía rapidez y transparencia para la solución de los conflictos familiares.
Considerando que la aplicación de esta reforma ha mostrado grandes falencias de diversa naturaleza, como el poco manejo del personal en cuanto a la forma de administrar el nuevo sistema, los vacíos que la propia ley deja en cuanto a la participación de los actores, ya sean partes en el juicio, personal administrativo, jueces y consejeros técnicos.
Estas deficiencias se plantean por una sobre carga de demandas que no fueron presupuestadas.
Además el personal administrativo no cuenta con la suficiente capacitación sobre el nuevo sistema y se debe tomar en consideración que la mayoría de ellos proviene del antiguo sistema, por lo tanto tiene arraigadas costumbres y formas que han sido eliminadas en este sistema, los Jueces también son los mismos por lo tanto les cuesta dejar de lado su función administrativa para delegarla en el personal que debe encargarse de ello como es el administrador del tribunal.
La ley, en su Artículo 5, describe la función del consejo técnico, estimamos que este Artículo, debe ser más específico en su s planteamientos y debe incluir además otra función que es la de derivar a las partes en una primera instancia al procedimiento de mediación, es decir, antes de que el asunto sea de conocimiento del juez, con el fin de disminuir el número de causas que son conocidas por éste.
Asimismo, consideramos que el Artículo 10 que consagra el principio de oralidad, debe también dejar explícito el derecho de las partes o sus apoderados de conocer o estudiar posteriormente el proceso.
El Artículo 11 de la ley permite al juez suspender la audiencia por causales absolutamente necesarias por un periodo que él considere razonable de acuerdo a la materia del asunto. Es indispensable poner un plazo máximo de duración de la suspensión, ya que este es un motivo de demora en la pronta solución o respuesta al problema que se plantea al tribunal.
En cuanto a la protección de la intimidad consagrada en el Artículo 15 de la ley, pensamos que esta debe estar también bajo la decisión de las partes y debe considerar su consentimiento para que la audiencia tenga el carácter de pública.
El Artículo 18 ha sido ampliamente cuestionado por cuanto, es la disposición que dice relación con la posibilidad de comparecencia personal en el nuevo sistema. La ley se limitó a establecer como regla general esta posibilidad y facultó al juez para restringirla cuando considerara que la comparecencia personal limita la eficacia de las actuaciones de las partes, pero la ley no entrega parámetros claros al juez para hacerlo.
El hecho de que el sistema establece la posibilidad de comparecer y presentar demandas sin necesidad de contar con el patrocinio de un abogado, facilita a las personas presentar sus casos sin que medie un filtro para determinar aquellos que realmente tienen trascendencia jurídica lo que produce un atochamiento de causas que llegan a los tribunales sin tener una solución de derecho y que a fin de cuentas son derivados a otros servicios, produciendo una perdida de tiempo innecesaria al tribunal.
El Artículo 20 contempla la suspensión de la audiencia por acuerdo de las partes, esta tiene un plazo máximo de 60 días, luna de los objetivos principales de la reforma es dar una pronta solución de los conflictos familiares por lo que proponemos que el máximo de la suspensión sea de treinta días.
El Artículo 23 se refiere a las notificaciones, uno de los problemas planteados por los tribunales de familia en cuanto a las suspensiones de las audiencias es la falta de notificación a las partes que según la ley debe ser efectuada por un funcionario del tribunal y en casos excepcionales por carabineros, es necesario que las notificaciones sean hechas por carabineros y personal de investigaciones, para facilitar el manejo de esta instancia, ya que la falla se deduce de la falta de capacidad de los funcionarios para llevar a cabo dicha tarea, ya que no dan abasto y no están familiarizados con el tema, especialmente en los casos en que el demandado no es habido, u oculta su domicilio.
El Artículo 104 especifica las materias en que la mediación es procedente, proponemos reformar este artículo, por cuanto no puede existir mediación, como la plantea la misma ley en los principios que la informan, en los casos de violencia intrafamiliar, ya que es difícil que exista un plano de igualdad entre las partes, aunque una de ellas se comprometa a no efectuar los actos que derivaron la denuncia o demanda, ya que uno de los litigantes será la parte débil o afectada y puede existir un rango de temor hacia el otro por las experiencias vividas.
El Artículo 105 trata la Derivación a mediación, en este punto queremos poner énfasis a una derivación del problema, con anterioridad a la instancia de judicalización del asunto, así, proponemos que un funcionario calificado por el tribunal, perteneciente al consejo técnico, sea el que inste a las partes a concurrir a mediación, informando de que trata y los beneficios que conlleva el someter a acuerdo voluntario la solución del conflicto.
La comparecencia asistida por un abogado o en caso de que las partes cuenten con el privilegio de pobreza, de asistencia jurídica gratuita de las ofrecidas por la corporación judicial o entidades que se dedique a ella servirá de filtro previo con lo que no se provocaría una mayor congestión en esta instancia.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 19.968 que crea los tribunales de familia:
1º En su Artículo 5
a) intercalase, en la letra a) a continuación del punto y coma (;) la expresión con el fin de orientar la decisión del juez, sin que dicha opinión sea concluyente en lo dispositivo del fallo
b) reemplácese el punto y coma (;) en la letra b) por una coma (,) y agréguese teniendo siempre en relación la edad del menor; en la letra c) agréguese una coma (,) después de la palabra mediación y la expresión antes de que la causa llegue la audiencia de preparación.
2º En su Artículo 10
a) En su inciso primero reemplácese después de la palabra conservación la conjunción (y), por una coma (,) y posterior a la palabra contenido agréguese la expresión y conocimiento posterior de las partes
3º En su Artículo 11
a) Reemplácese la expresión por el tiempo mínimo necesario de acuerdo con el motivo de la suspensión; por la expresión: y por el tiempo máximo de 10 días o el mínimo necesario de acuerdo con el motivo de la suspensión caso en el cual al ser mayor a 10 días podrá ser expresamente fundamentado por el juez.
b) Reemplácese después de la palabra fecha la conjunción (y) por una coma (,) y agréguese la expresión y fundamentación en caso de que fuere necesario después de la palabra continuación.
c) Reemplácese el punto aparte (.) por una coma (,) después de la palabra citación y agréguese la expresión sin perjuicio de que las partes soliciten una copia por escrito.
4º En su Artículo 15
a) agréguese la expresión previa consulta a las partes. Después de la palabra reservada.
5º En su Artículo 18
a) reemplácese el punto a parte (.) después de la palabra letrado por un punto seguido (.) y agréguese la expresión salvo en los casos de los numerales 1), 2), 3),4), 7), 8), 9), 10), 12,) 13),16), 17) y 18 del artículo 8 de esta ley, en que las partes deben concurrir asesoradas por mandatario judicial o abogado habilitado; en caso de que por motivos económicos no pudiere hacerlo podrá ser representado por un abogado perteneciente a la respectiva Corporación de Asistencia Judicial o a cualquier institución pública o privada que se dedique a prestar asistencia jurídica gratuita, de acuerdo a las reglas generales de comparecencia.
6º En su Artículo 20
a) reemplácese la palabra sesenta por treinta
7º En su Artículo 23
a) En su inciso segundo reemplácese el punto aparte por un punto y coma (;) y a continuación agréguese la expresión antes de la audiencia preparatoria.
b) Suprímase el inciso quinto de este Artículo.(Excepcionalmente, y por resolución fundada, el juez podrá ordenar que la notificación se practique por personal de Carabineros o de la Policía de Investigaciones.)
8º En su Artículo 104
a) suprímase el inciso segundo( En los asuntos a que dé lugar la aplicación de la ley Nº 19.325, sobre Violencia Intrafamiliar, la mediación procederá en los términos y condiciones establecidos en los artículos 96 y 97 de la presente ley)
b) intercálese en su inciso tercero después del punto y coma (;) posterior a la palabra adolescentes y antes de la palabra (los) la frase los asuntos a que de lugar la aplicación de la ley Nº 19.325, sobre Violencia Intrafamiliar y
9º En su Artículo 105
a) reemplácese el inciso segundo por
Un funcionario especialmente calificado instruirá al actor
sobre la alternativa de concurrir a mediación en caso de que el asunto sea susceptible de ella, antes de que la causa llegue a la audiencia preparatoria.
b) Reemplácese el punto a parte (.) del inciso tercero por una coma (,) y agréguese en forma posterior a ella la expresión en caso de que no concurriera se entiende rechazada la mediación.
Moción del diputado señor Estay.
Modifica el Código Penal limitando el alcance de la irreprochable conducta anterior. (boletín N° 4350-07)
“Que la delincuencia y la seguridad ciudadana es uno de los temas de mayor preocupación ciudadana;
Para que los cambios legislativos demandados por la comunidad sobre el particular produzcan efectos, es conveniente adecuar ciertas normas de aplicación general.
Que el Código Penal en sus artículos 11 y 12 regula hechos a tener en cuenta para atenuar y agravar, respectivamente, la responsabilidad criminal;
La circunstancia atenuante genéricamente denominada “irreprochable conducta anterior”, invocada en favor de hechores de delitos graves, suele coadyuvar a que los Juzgados de Garantía decreten la libertad de éstos mientras se realiza la investigación del caso. Circunstancia que genera una razonable inquietud ciudadana, atendida la cantidad de delitos cometidos por personas beneficiadas con esta libertad;
Que la atenuante del numeral 6º del artículo 11 del Código Penal , por su amplitud, beneficia a los hechores de toda clase de infracciones penales, posibilidad que aparece razonable deba ser limitada frente a delitos de mayor entidad;
Resulta desgraciadamente frecuente que los hechores de delitos sean reincidentes en la comisión de conductas punibles;
La agravante del numeral 15ª del artículo 12 del Código Penal se aplica sólo al caso de delincuentes reincidentes que hayan sido condenados por delitos que merezcan igual o mayor pena que aquel por el cual actualmente se les procesa.
Que lo anterior implica que, en el hecho, la reincidencia de hechores condenados previamente por delitos de menor entidad de aquellos por los que actualmente se les procesa, no es considerada agravante de responsabilidad criminal;
PROYECTO DE LEY
Modificase el Código Penal de la siguiente forma:
Artículo 1º.- Agréguese a continuación del punto final en el numeral 6º del artículo 11 la siguiente oración:
“Esta atenuante no podrá ser invocada en caso de crímenes y simples delitos cometidos contra la vida o la integridad corporal de las personas, respecto de aquellos realizados con violencia o intimidación sobre éstas o de cuya ejecución se derivare muerte, lesiones graves, aborto, violación o sodomía”.
Artículo 2º.- Modificase la redacción del actual numeral 15º del artículo 12, quedando éste redactado de la siguiente manera:
“15ª Haber sido castigado el culpable anteriormente por crimen o simple delito.”
Moción del diputado señor Estay.
Modifica el Código de Procedimiento Civil para incluir el correo electrónico como medio de notificacion judicial. (boletín N° 4351-07)
“Una efectiva notificación de las resoluciones judiciales a las partes de un juicio constituye elemento básico del debido proceso.
Es frecuente la dilación de los procedimientos judiciales evadiendo o negando el domicilio en el cual una o ambas partes deben ser notificadas.
Suele ocurrir que el domicilio de una o ambas partes se ubique fuera de la comuna en que funciona el tribunal, e inclusive fuera del territorio en que éste ejerce su jurisdicción, lo que retrasa la notificación, dilatando los tiempos del juicio.
Del avance de las tecnologías de la información o computacionales, incluyendo la red llamada Internet, se ha derivado la masificación de un nuevo sistema virtual de correspondencia, denominado genéricamente ‘correo electrónico’.
La utilización del sistema de correo electrónico se ha masificado, en atención a la extensión de las redes telefónicas y de fibra óptica por medio del cual se transmite, la simplicidad de su uso, la general gratuidad ofrecida por muchos prestadores del servicio, la confidencialidad que presta al usuario, y la seguridad de que los mensajes son fiablemente despachados y recibidos.
Existe por ende una nueva herramienta para permitir la comunicación entre personas, cuyas potencialidades no han sido aún completamente utilizadas por el sistema procesal, y que este proyecto persigue aprovechar.
El artículo 23, inciso 2º, de la Ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia, señala que, para el caso de que ‘no resultare posible practicar la primera notificación personalmente, el juez dispondrá otra forma, por cualquier medio idóneo, que garantice la debida información del notificado para el adecuado ejercicio de sus derechos’.
El Código de Procedimiento Penal, reconociendo la utilidad práctica de este nuevo medio de comunicación, en su artículo 9º, al tratar de las autorizaciones judiciales, faculta en forma extraordinaria hacer uso del correo electrónico en la petición urgente de una autorización u orden judicial indispensable para el éxito de la diligencia.
El mismo cuerpo procesal penal, al tratar de las comunicaciones entre autoridades, indica en su artículo 21 que éstas podrán realizarse por ‘cualquier medio idóneo’, lo que en la práctica ha incluido los correos electrónicos; conceptos similares contiene el en el artículo 22 a propósito de las comunicaciones que debiere realizar el Ministerio Público, las que deberán hacerse ‘por cualquier medio razonable que resultare eficaz’; en el artículo 23: ‘cualquier medio idóneo’, útil para citación del Ministerio Público, y en el artículo 31, otras formas de notificación, que ofrece a los intervinientes la posibilidad de proponer para sí otras formas de notificación.
Ante las facultades otorgadas por la Ley N° 19.968 sobre Tribunales de Familia y por el Código de Procedimiento Penal, la práctica del foro ha entendido que ellas permiten la utilización de correos electrónicos para los efectos señalados en los dos considerandos anteriores.
El sistema de correo electrónico constituye un medio idóneo para practicar notificaciones judiciales.
La introducción del correo electrónico como medio válido para practicar notificaciones judiciales debe realizarse en un procedimiento general y supletorio.
La indicada implementación debe hacerse gradualmente, primero como opción en las notificaciones más importantes y como refuerzo en las demás.
El Art. 3° del Código de Procedimiento Civil establece que se aplicará el procedimiento ordinario en todas las gestiones, trámites y actuaciones que no estén sometidos a una regla especial diversa, cualquiera que sea su naturaleza, procedimiento que incluye las normas de general aplicación en materia de notificaciones judiciales, y en las de presentación y contestación de la demanda.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Modificase el Código de Procedimiento Civil de la siguiente forma:
Reemplazase el actual artículo 48, siendo su nueva redacción la siguiente:
Art. 48 (51). Las sentencias definitivas, las resoluciones en que se reciba a prueba la causa, o se ordene la comparencia personal de las partes, se notificarán por medio de cédulas o correos electrónicos que contengan la copia íntegra de la resolución y los datos necesarios para su acertada inteligencia.
Estas cédulas se entregarán por un ministro de fe en el domicilio del notificado, en la forma establecida en el inciso 2° del artículo 44; en tanto, los correos electrónicos serán despachados por la secretaría del Tribunal.
Cuando la notificación se haga mediante cédula, se pondrá en los autos testimonio de ella con expresión del día y lugar, del nombre, edad, profesión y domicilio de la persona a quien se haga la entrega, y cuando se realice por medio de correo electrónico, se hará constar en el expediente la individualización del destinatario, su correo, y fecha y hora de expedición del mensaje por vía electrónica.
El procedimiento de notificación por cédulas que establece este artículo podrá emplearse, además, en todos los casos que el tribunal expresamente lo ordene.
Reemplazase el inciso primero del actual artículo 49, siendo su nueva redacción la siguiente:
Art. 49 (52). Para los efectos del artículo anterior, todo litigante deberá, en su primera gestión judicial, designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal respectivo y una casilla de correo electrónico, y esta designación se considerará subsistente mientras no haga otra la parte interesada, aun cuando de hecho cambie su morada o su dirección postal electrónica.
Reemplazase el inciso primero del actual artículo 50, siendo su nueva redacción la siguiente:
Art. 50 (53). Las resoluciones no comprendidas en los artículos precedentes se entenderán notificadas a las partes desde que se incluyan en un estado que deberá formarse y fijarse diariamente en la secretaría de cada tribunal con las indicaciones que el inciso siguiente expresa. Del hecho de haberse dictado estas resoluciones deberá igualmente notificarse, en los términos señalados en el inciso siguiente, por medio de un correo electrónico a la casilla designada por cada parte.
Reemplazase el actual artículo 52, siendo su nueva redacción la siguiente:
Art. 52 (55). Si transcurren seis meses sin que se dicte resolución alguna en el proceso, no se considerarán como notificaciones válidas las anotaciones en el estado diario mientras no se haga una nueva notificación personalmente, por cédula o por correo electrónico.
Reemplazase artículo 54, siendo su nueva redacción la siguiente:
Art. 54 (57). Cuando haya de notificarse personalmente o por cédula a personas cuya individualidad o residencia sea difícil determinar, o que por su número dificulten considerablemente la práctica de la diligencia, se preferirá la notificación por medio de correo electrónico.
Con todo, podrá hacerse la notificación por medio de avisos publicados en los diarios del lugar donde se sigue la causa, o de la cabecera de la provincia o de la capital de la región, si allí no los hay. Dichos avisos contendrán los mismos datos que se exigen para la notificación personal; pero si la publicación en esta forma es muy dispendiosa, atendida la cuantía del negocio, podrá disponer el tribunal que se haga en extracto redactado por el secretario.
Para autorizar la notificación mediante la publicación de avisos y para determinar los diarios en que haya de hacerse la publicación y el número de veces que deba repetirse, el cual no podrá bajar de tres, procederá el tribunal con conocimiento de causa.
Cuando la notificación hecha por este medio sea la primera de una gestión judicial, será necesario, además, para su validez, que se inserte el aviso en los números del “Diario Oficial” correspondientes a los días primero o quince de cualquier mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas.
Reemplazase el numeral 2º del actual artículo 254, siendo su nueva redacción la siguiente:
2° El nombre, domicilio, dirección de correo electrónico y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y la naturaleza de la representación;
Reemplazase el numeral 2º del actual artículo 309, siendo su nueva redacción la siguiente:
2° El nombre, domicilio, dirección de correo electrónico y profesión u oficio del demandado