Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- MOCIÓN INADMISIBLE
- Enrique Accorsi Opazo
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Patricio Vallespin Lopez
- Clemira Pacheco Rivas
- MOCIÓN INADMISIBLE
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Rodrigo Gonzalez Torres
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jaime Quintana Leal
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE PROYECTO QUE DEROGA LA LEY N° 13.196.
- INTERVENCIÓN : Enrique Accorsi Opazo
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Maximiano Errazuriz Eguiguren
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS.
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL SOBRE TRATADOS CON CHINA E INDIA.
- INTEGRACIÓN
- Rene Aedo Ormeno
- Gonzalo Arenas Hodar
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Enrique Jaramillo Becker
- Patricio Melero Abaroa
- Adriana Munoz D'albora
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Clemira Pacheco Rivas
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Raul Sunico Galdames
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTEGRACIÓN
- DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE PROYECTO QUE DEROGA LA LEY N° 13.196.
- V. ORDEN DEL DÍA
- FACULTAD A COMISIONES PARA SESIONAR FUERA DE LA SEDE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Modificación del artículo 203 del Reglamento.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Duarte Leiva
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Alfonso Vargas Lyng
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Francisco Renan Fuentealba Vildosola
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Roberto Leon Ramirez
- INTERVENCIÓN : Francisco Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Juan Carlos Latorre Carmona
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Manuel Rojas Molina
- INDICACIÓN
- BONIFICACIÓN A FUNCIONARIOS MUNICIPALES POR RETIRO VOLUNTARIO. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Claudio Alvarado Andrade
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- DEBATE
- DEBATE
- FACULTAD A COMISIONES PARA SESIONAR FUERA DE LA SEDE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Modificación del artículo 203 del Reglamento.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- CAMBIO DE NOMBRE A CALLE DE COMUNA DE REQUÍNOA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Miguel Sule Fernandez
- Fernando Meza Moncada
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Jose Ramon Barros Montero
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Eugenio Bauer Jouanne
- Pablo Longueira Montes
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ENVÍO DE PROYECTO SOBRE ESTATUTO DE LOS ASISTENTES DE EDUCACIÓN DE CHILE.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Francisco Chahuan Chahuan
- Marta Eliana Isasi Barbieri
- Ximena Valcarce Becerra
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Rosauro Martinez Labbe
- German Verdugo Soto
- Rene Aedo Ormeno
- Marco Antonio Enriquez-ominami Gumucio
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Francisco Chahuan Chahuan
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- DEROGACIÓN DE AHORRO PREVIO PARA POSTULACIÓN A VIVIENDA DE FONDO SOLIDARIO.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Gonzalo Duarte Leiva
- Fernando Meza Moncada
- Jaime Quintana Leal
- Alvaro Escobar Rufatt
- Pablo Galilea Carrillo
- Carlos Recondo Lavanderos
- Patricio Vallespin Lopez
- Jose Perez Arriagada
- Osvaldo Palma Flores
- Marcos Espinosa Monardes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Duarte Leiva
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- CAMBIO DE NOMBRE A CALLE DE COMUNA DE REQUÍNOA.
- VII. INCIDENTES
- ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA EVITAR INUNDACIONES EN LOCALIDADES DE LA NOVENA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Jose Perez Arriagada
- ADHESION
- DEFICIENTE CALIDAD DE VIVIENDAS SOCIALES ENTREGADAS EN COMUNA DE PEÑALOLÉN. Oficios.
- ADHESION
- Manuel Rojas Molina
- Felipe Salaberry Soto
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE CURSOS IMPARTIDOS POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES A TRABAJADORES PORTUARIOS. Oficio.
- SOLUCIÓN A PROBLEMA PREVISIONAL QUE AFECTA A TRABAJADORES AGRÍCOLAS DE SAN FELIPE. Oficios.
- RECURSOS PARA RECONSTRUCCIÓN DE HOGAR DE MENORES “ORESTE MONTERO” DE YUNGAY. Oficio.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Jorge Burgos Varela
- Jose Perez Arriagada
- ADHESION
- ANTECEDENTES SOBRE CONSORCIO ESPAÑOL POSTULANTE A LA CONCESIÓN DE CASINOS. Oficio.
- ADHESION
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Rosauro Martinez Labbe
- Jose Perez Arriagada
- ADHESION
- ANIVERSARIO DE LA ORGANIZACIÓN FUNCIONAL “COMUNIDAD UN NUEVO SENDERO”.
- BLOQUEO DE TELÉFONOS MÓVILES EN LA SALA DE LA CÁMARA.
- FISCALIZACIÓN A EMPRESAS SALMONERAS. Oficios.
- ADHESION
- Alfonso De Urresti Longton
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Jose Perez Arriagada
- ADHESION
- HOMENAJE A LA CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA EN EL CENTENARIO DE SU INSTALACIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- ADHESION
- ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA EVITAR INUNDACIONES EN LOCALIDADES DE LA NOVENA REGIÓN. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Esteban Valenzuela Van Treek
- German Becker Alvear
- Gonzalo Duarte Leiva
- Jorge Insunza Gregorio De Las Heras
- Eugenio Bauer Jouanne
- Ignacio Urrutia Bonilla
- Fulvio Rossi Ciocca
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Patricio Vallespin Lopez
- Carolina Toha Morales
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Araya Guerrero
- Eduardo Diaz Del Rio
- Jaime Mulet Martinez
- Sergio Ojeda Uribe
- Carlos Olivares Zepeda
- Jorge Eduardo Sabag Villalobos
- Mario Venegas Cardenas
- Carolina Goic Boroevic
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Marcelo Forni Lobos
- Julio Dittborn Cordua
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Cristian Monckeberg Bruner
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Alfonso Vargas Lyng
- Felipe Ward Edwards
- Maria Angelica Cristi Marfil
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Francisco Chahuan Chahuan
- Julio Dittborn Cordua
- Edmundo Eluchans Urenda
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Marcelo Forni Lobos
- Cristian Monckeberg Bruner
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Alfonso Vargas Lyng
- Maria Angelica Cristi Marfil
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Francisco Chahuan Chahuan
- Julio Dittborn Cordua
- Marcelo Forni Lobos
- Cristian Monckeberg Bruner
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Roberto Sepulveda Hermosilla
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Alfonso Vargas Lyng
- Maria Angelica Cristi Marfil
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 354ª
Sesión 36ª, en miércoles 14 de junio de 2006
(Ordinaria, de 10.40 a 14.22 horas)
Presidencia de los señores Leal Labrín, don Antonio; Burgos Varela, don Jorge, y Pérez Arriagada, don José.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
- Declaración de inadmisibilidad de proyecto que deroga la ley N° 13.196 9
- AcuerdoS de los Comités 12
- Integración de Comisión Especial sobre tratados con China e India 13
V. Orden del Día.
- Facultad a comisiones para sesionar fuera de la sede de la Cámara de Diputados. Modificación del artículo 203 del Reglamento 13
- Bonificación a funcionarios municipales por retiro voluntario. Primer trámite constitucional 29
VI. Proyectos de acuerdo.
- Cambio de nombre a calle de comuna de Requínoa 42
- Envío de proyecto sobre estatuto de los asistentes de educación de Chile 44
VII. Incidentes
- Adopción de medidas para evitar inundaciones en localidades de la Novena Regíon. Oficios 49
- Deficiente calidad de viviendas sociales entregadas en comuna de Peñalolen. Oficios 50
- Información sobre cursos impartidos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a trabajadores portuarios. Oficio 53
- Solución a problema previsional que afecta a trabajadores agrícolas de San Felipe. Oficios 53
- Recursos para reconstrucción de hogar de menores “Oreste Montero” de Yungay 54
- Antecedentes sobre consorcio español postulante a la concesión de casinos. Oficio 55
- Aniversario de la organización funcional “Comunidad un Nuevo Sendero” 56
- Bloqueo de teléfonos móviles en la Sala de sesiones 57
- Fiscalización a empresas salmoneras. Oficios 57
- Homenaje a la Corte de Apelaciones de Valdivia en el centenario de su instalación. Oficios 59
Pág.
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. la Presidenta de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que suspende la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales. (boletín N° 4229-21) 61
2. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia “suma” para el despacho del proyecto que establece una subvención escolar preferencial para niños y niñas socio-económicamente vulnerables. (boletín N° 4030-O4) 62
- Oficios de S. E. la Presidenta de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia “simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
3. Aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre los gobiernos de las Repúblicas de Chile y de la República Popular China y sus Anexos, suscrito en Busan, Corea del Sur, el 10 de noviembre de 2005. (boletín N° 4170-10) 63
4. Modifica el artículo 23 del Código del Trabajo, estableciendo normas sobre descansos en tierra entre recalada y zarpe para los trabajadores que se desempeñan a bordo de naves de pesca. (boletín N° 4031-13), y 63
5. Crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos. (boletín N° 3878-17) 64
- Primeros informes de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaídos en los siguientes proyectos iniciados en moción:
6. Establece la obligación de separar en cada boleta de compraventa el valor agregado del IVA en la operación. (boletín N° 4142-03), y 64
7. Establece transparencia en la información de las boletas de ventas y servicios. (boletín N° 4141-03) 72
8. Primer informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que concede una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios municipales que indica. (boletín N° 4064-05) 79
9. Moción de los diputados Valenzuela, Becker, Duarte, Insunza, Bauer, Urrutia, Rossi, Ulloa y Vallespín y de la diputada Tohá, por el que inician un proyecto de ley que facilita la convocatoria a plebiscitos municipales. (boletín N° 4228-06) 85
10. Moción de los diputados Araya, Díaz del Río, Mulet, Ojeda, Olivares, Sabag, Venegas Cárdenas, y de las diputadas Goic y Sepúlveda, por el que inician un proyecto de ley modifica el código civil estableciendo mecanismos que resguarda el derecho a la identidad del menor. (boletín N° 4230-18) 86
11. Moción de los diputados Cardemil, Forni, Dittborn, García, Cristián Monckeberg, Nicolás Monckeberg, Uriarte, Vargas, Ward y de la diputada Cristi, por el que inician un proyecto de reforma constitucional que establece que la autorización de reuniones en calles, plazas y demás lugares públicos se rija por ley, así como disponer que el ejercicio del derecho a reuniones no podrá implicar la lesión de los demás derechos constitucionales. (boletín N° 4231-07) 92
Pág.
12. Moción de los diputados Cardemil, Chahuán, Dittborn, Eluchans, García, Forni, Cristián Monckeberg, Uriarte, Vargas y de la diputada Cristi, por el que inician un proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objeto de tipificar el delito de participación en manifestaciones o actos públicos, ocultando la identidad mediante capucha, embozo, pasamontañas u otro medio semejante. (boletín N° 4232-07) 94
13. Moción de los diputados Cardemil, Chahuán, Dittborn, Forni, Cristián Monckeberg, Nicolás Monckeberg, Roberto Sepúlveda, Uriarte, Vargas y de la diputada Cristi, por el que inician un proyecto de ley modifica el Código Procesal Penal con el objeto de ampliar el plazo del procedimiento de control de identidad y establecer que durante el mismo se podrá verificar la existencia de órdenes de detención en contra de aquellas personas. (boletín N° 4233-0) 95
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios
- Oficio del señor Presidente de la Corporación quien, en virtud de las atribuciones que le confieren los artículos 15, inciso segundo de la ley N° 18.918 y 14, inciso cuarto del Reglamento de la Corporación, procede a declarar inadmisible el proyecto, iniciado en moción de los diputados señores Accorsi; Enríquez-Ominami; Jiménez; Sule; Vallespín, y de la Diputada señora Pacheco, doña Clemira, que deroga la ley N° 13.196, por cuanto se refiere a una materia que corresponde a la iniciativa exclusiva de S. E. la Presidenta de la República , de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 65, de la Constitución Política de la República al referirse a “proyectos de ley que tengan relación con la administración financiera o presupuestaria del Estado”.
2. Comunicaciones
- De la Comisión Especial de la Pequeña y Mediana Empresa (Pymes), por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, eligió como Presidente al Diputado señor González.
- De la jefa de bancada de diputados del Partido por la Democracia por la cual informa que el Diputado señor Quintana reemplazará permanentemente a la diputada señora Vidal, doña Ximena, en la Comisión Especial Investigadora de Presuntos Casos de Intervencionismo Electoral.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (107)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aedo Ormeño, René RN III 5
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alinco Bustos, René PPD XI 59
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Arenas Hödar, Gonzalo UDI IX 48
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto IND RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Chahuán Chahuán, Francisco RN V 14
De Urresti Longton, Alfonso PS X 53
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo PDC IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Duarte Leiva, Gonzalo PDC RM 26
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 15
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Enríquez-Ominami, Gumucio Marco PS V 10
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escobar Rufatt, Álvaro PPD RM 20
Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Estay Peñaloza, Enrique UDI IX 49
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Fuentealba Vildósola, Renán PDC IV 9
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Briere, Guido PPD RM 18
Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13
Goic Boroevic, Carolina PDC XII 60
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Herrera Silva, Amelia RN V 12
Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge PPD RM 28
Isasi Barbieri, Marta PAR I 2
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Fuentes, Tucapel IND RM 27
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Lobos Krause, Juan UDI VIII 47
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Monsalve Benavides, Manuel PS VIII 46
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Núñez Lozano, Marco Antonio PPD V 11
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45
Paredes Fierro, Iván IND I 1
Pascal Allende Denise PS RM 31
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Rubilar Barahona, Karla RN RM 17
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Sepúlveda Hermosilla, Roberto RN RM 20
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silber Romo, Gabriel PDC RM 16
Soto González, Laura PPD V 13
Sule Fernando, Alejandro PRSD VI 33
Súnico Galdames, Raúl PS VIII 43
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valcarce Becerra, Ximena RN I 1
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vallespín López, Patricio PDC X 57
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48
Verdugo Soto, Germán RN VII 37
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Ward Edwards, Felipe UDI II 3
-Por encontrarse con permiso constitucional, no asistieron la diputada señora Ximena Vidal, y los diputados señores Ramón Farías, Marcelo Díaz, Pablo Lorenzini, y Alberto Robles.
-Diputados en misión oficial señores Marcelo Díaz, Pablo Lorenzini, Alberto Robles, Jorge Tarud, Carlos Recondo, Rodrigo Álvarez, y Osvaldo Palma.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.40 horas.
El señor LEAL (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor LEAL (Presidente).-
El acta de la sesión 31ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 32ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor LEAL (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE PROYECTO QUE DEROGA LA LEY N° 13.196.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.-
Señor Presidente , sobre el punto número 4 de la Cuenta, ¿por qué se declaró inadmisible el proyecto que deroga la ley N° 13.196?
Como todos sabemos, se trata de una ley secreta, por lo que su contenido se desconoce.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señor diputado , no puede referirse al contenido de la ley. Si usted no está conforme con la declaración de inadmisibilidad, debe manifestarlo, con el objeto de seguir el procedimiento establecido en el Reglamento.
En consecuencia, ¿usted manifiesta su disconformidad con la declaración de inadmisibilidad?
El señor ACCORSI.-
Sí, señor Presidente.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señoras y señores diputados, el presidente de la Sala ha declarado inadmisible el proyecto de ley presentado por los diputados Accorsi, Enríquez-Ominami , Jiménez , Sule, Vallespín , y por la diputada Pacheco , doña Clemira , que deroga la ley N° 13.196, reservada del cobre, por cuanto se refiere a una materia que corresponde a la iniciativa exclusiva de la Presidenta de la República , de acuerdo con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución Política. Lo mismo resolvió ayer el Senado respecto de un proyecto similar.
Por lo tanto, para impugnar la declaración de inadmisibilidad del proyecto, tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado señor Enrique Accorsi.
El señor ACCORSI.-
Señor Presidente , la ley N° 13.196, es secreta, de modo que su contenido se desconoce. Es más, en las bases de datos que se manejan en el Congreso Nacional ni siquiera es posible obtener el título o epígrafe de la norma. En lugar de eso, se lee: “La presente ley tiene el carácter de reservada y por consiguiente, su texto ha sido publicado en una edición restringida del Diario Oficial.”
En honor a la verdad y al correcto uso del lenguaje, es incorrecto aquello de que el texto ha sido publicado, pues esta expresión verbal supone el conocimiento público, hecho que jamás ha ocurrido. Es posible que su texto figure en la edición restringida.
Lógicamente, desconocemos el contenido de una ley secreta, por tener ese carácter. En consecuencia, sostener que vulnera la disposición constitucional que entrega la iniciativa exclusiva al Presidente de la República en todas las materias relacionadas con la administración financiera y presupuestaria del Estado y declarar inadmisible el proyecto por esta causa, significa que la ley N° 13.196 contiene normas sobre tal materia y, más aún, que ellas son conocidas, porque, de otro modo, no podría sostenerse tal argumento.
Por lo tanto, ¿cómo podemos fiscalizar una ley que desconocemos? ¿Cómo podemos fiscalizar el presupuesto de las Fuerzas Armadas si no lo conocemos?
Como planteamos en el proyecto, el país demanda y merece seriedad de nuestro trabajo.
Lo que se sabe de la ley N° 13.196 es a través de meros trascendidos de prensa. Sin perjuicio de la seriedad que nos pueda merecer la labor periodística, no es serio legislar sobre esta base.
¿Cuál es la norma que se refiere a la administración presupuestaria o financiera del Estado? ¿Es el artículo 1°, el 2°? ¿Se trata de una ley de artículo único? ¿Quiénes son los sujetos imperados por la norma? ¿Alguien me puede explicar cómo es posible fiscalizar el cumplimiento de una ley cuyo contenido se ignora?
La ley N° 13.196 podrá tener nombre y forma de ley, pero de norma jurídica no tiene nada. Aún más, su sola existencia repugna con los presupuestos más básicos de un Estado de derecho y de una democracia, en que la ley es una norma de conducta con caracteres de generalidad y obligatoriedad, lo que supone necesariamente un acto de conocimiento que, en este caso, jamás ha existido.
Ayer, en esta misma Sala, fuimos testigos de una apertura de criterio pocas veces vista en el Senado, en que no sólo se admitió a tramitación un proyecto de ley cuyo contenido era sobre materias tributarias, es decir, de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , sino más aún, que debía iniciar su tramitación en la Cámara de Diputados. Pero era tanta la justicia que encerraba la iniciativa, que la realidad se impuso a la norma. Sus señorías saben que se está tramitando en el Congreso Nacional el proyecto que permite prorrogar el plazo para reclamar por los reavalúos de bienes raíces no agrícolas.
Desde otro punto de vista, no podemos ponernos una venda en los ojos y desconocer que en la ley N° 13.196 se consultan ciertos beneficios para la Fuerzas Armadas en cuanto a la adquisición de armamento; pero tampoco podemos pretender ser videntes y leer las disposiciones de una ley secreta para conocer la naturaleza de sus normas, es decir, si se refieren a la potestad financiera o presupuestaria, regalías o ¡vaya a saber uno, si no conocemos la ley! En consecuencia, consideramos que, por tratarse de una ley secreta, no podemos atribuirnos nosotros mismos nuestras facultades fiscalizadoras.
Por eso, impugno la declaración de inadmisibilidad del proyecto, por cuanto no podemos conocer la ley ni tampoco fiscalizarla.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , haré una defensa de la declaración de inadmisibilidad por una cuestión de forma, no de fondo. Sería el menos indicado para referirme a una cuestión de fondo, por cuanto, junto con otros diputados, soy autor del proyecto de ley para desclasificar la ley reservada del cobre.
Sin embargo, así como se desconoce la ley secreta del cobre prácticamente en su integridad, también se desconoce para los efectos de presentar una iniciativa de esta naturaleza.
Las normas relacionadas con esta materia son imperativas y claras. El artículo 65 de la Constitución Política de la República, que tuvimos la oportunidad de modificarlo no hace mucho en el Congreso Nacional, señala de manera taxativa: “Corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación con la alteración de la división política o administrativa del país, o con la administración financiera y presupuestaria del Estado,”. Ése es el argumento. Dice: “que tengan relación”, por lo que el verbo rector es amplísimo: no sólo tiene que ver con derogación, agregación, sino con “que tengan relación”.
En consecuencia, quienes crean que no es necesario esperar lo anunciado por el Ejecutivo respecto de una modificación a la ley secreta del cobre, que será bienvenida prácticamente por todo el mundo, desde la perspectiva de la iniciativa parlamentaria, lo que deben hacer, y hacerlo ya, porque no hay impedimento para ello, es presentar un proyecto de reforma constitucional al artículo 65 citado. Ahí hay un camino jurídico-legislativo que permitiría a quienes no quieren esperar hasta 2007, como anunció el Ejecutivo , para modificar una ley que, respecto del fondo -no es materia que se discute aquí-, obviamente merece varios de los juicios de reproche que ha señalado con razón el diputado señor Enrique Accorsi .
Pero mientras eso no ocurra, la norma debe ser respetada, y la presidencia no puede sino, desde el punto de vista de la formalidad, señalar que el proyecto es inadmisible por inconstitucional, según reza de manera precisa el inciso tercero del artículo 65 contenido en el capítulo V, “Formación de la ley”, de la Constitución Política de la República.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Dentro de los cinco minutos destinados a apoyar la inadmisibilidad, tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , desde luego, hago mías todas las observaciones del diputado señor Jorge Burgos .
Dichas observaciones deben ser consideradas para los efectos de lo que dispone la ley orgánica constitucional del Tribunal Constitucional, en el sentido de que para requerir la inconstitucionalidad de un proyecto al Tribunal Constitucional, con la firma de a lo menos un tercio de los parlamentarios de las respectivas ramas del Congreso Nacional, es necesario que durante su tramitación se hayan hecho las aprensiones que correspondan.
Por eso, me anticipo a hacer la aprensión señalada por la propia Mesa respecto de lo establecido en el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución Política.
Quiero hacer una observación de otro orden.
Me llama la atención lo que llamaría falta de lealtad de algunos diputados de la Concertación para con la propia Presidenta de la República .
Todos los presentes en esta Sala y el país entero recordarán que, durante la campaña presidencial, la Presidenta Michelle Bachelet fue contraria a la eliminación del 10 por ciento de las ventas del cobre en favor de las Fuerzas Armadas. Curiosamente, Soledad Alvear postuló dicha eliminación en los meses en que fue candidata presidencial.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señor diputado , le ruego que concentre su intervención en la admisibilidad.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , considero que la presentación de este proyecto de ley, declarado inadmisible, es un ejemplo de deslealtad de un sector de la Concertación para con la Presidenta de la República , que pertenece a sus propias filas.
Por eso respaldo la declaración de inadmisibilidad.
He dicho.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señores y señoras diputados, reitero que vamos a votar la inadmisibilidad. No nos estamos pronunciando respecto del contenido del proyecto, sino sobre si es constitucional que sea presentado por un grupo de parlamentarios. Por lo demás, el Gobierno ha anunciado que presentará una iniciativa sobre la materia.
En votación la declaración de inadmisibilidad.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 5 votos. Hubo 1 abstención.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
ACUERDOS DE COMITÉS.
El señor LEAL (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los Comités.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Reunidos los jefes de Comités, bajo la presidencia del señor Leal, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1° La sesión citada para esta tarde, de naturaleza especialísima, destinada a formular preguntas al señor ministro de Educación , tiene carácter público. Se realizará con presencia de la prensa, televisión y demás medios de comunicación. Por esta sola oportunidad se limitará el acceso a tribunas, atendido que se trata de la primera vez que se utiliza esta instancia constitucional, que requiere estar revestida de solemnidad y tranquilidad tanto para la diputada que formule las consultas como para el señor ministro que debe responder.
Con posterioridad, los Comités regularán esta situación para garantizar el desarrollo de este mecanismo consagrado en la Carta Fundamental.
2° Remitir a Comisiones Unidas de Hacienda y de Minería y Energía el proyecto que establece normas sobre el fondo de estabilización del petróleo, la que sesionará a partir de las 15.30 horas de hoy.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL SOBRE TRATADOS CON CHINA E INDIA.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señores diputados, propongo integrar la Comisión Especial, que en conjunto con la de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, se abocará al estudio de los proyectos de acuerdo aprobatorios del Tratado de Libre Comercio entre los gobiernos de la República de Chile y de la República Popular China, y sus anexos, suscrito en Busan, Corea del Sur, el 18 de noviembre de 2005, y del Tratado que aprueba el Acuerdo de Alcance Parcial entre Chile e India, y sus anexos, suscrito en Nueva Delhi, India, el 8 de marzo de 2006, con los siguientes señores diputados y señoras diputadas: René Aedo Ormeño, Gonzalo Arenas Hödar, Alberto Cardemil Herrera, Enrique Jaramillo Becker, Patricio Melero Abaroa, Adriana Muñoz D’Albora, José Miguel Ortiz Novoa, Clemira Pacheco Rivas, Alejandra Sepúlveda Órbenes, Alejandro Sule Fernández, Raúl Súnico Galdames y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
FACULTAD A COMISIONES PARA SESIONAR FUERA DE LA SEDE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Modificación del artículo 203 del Reglamento.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo que modifica el artículo 203 del Reglamento de la Cámara de Diputados, con el objeto de permitir que las comisiones puedan celebrar sesiones fuera del edificio sede de la Corporación.
Diputado informante de la Comisión de Régimen Interno , Administración y Reglamento es el señor Gonzalo Duarte.
Antecedentes:
-Moción, boletín N° 4200-16, sesión 25ª, en 11 de mayo de 2006. Documentos de la Cuenta N° 4.
-Primer informe de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, sesión 35ª, en 13 de junio de 2006. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor DUARTE.-
En nombre de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento paso a informar sobre el proyecto de acuerdo, originado en una moción de las diputadas señoras Isabel Allende y Carolina Tohá , y de los diputados señores Renán Fuentealba , Carlos Abel Jarpa , Tucapel Jiménez , Antonio Leal , Roberto León , Fernando Meza , Jaime Quintana y Roberto Sepúlveda , que modifica el Reglamento, con la finalidad de permitir que las comisiones puedan sesionar fuera del edificio sede de la Cámara de Diputados.
El régimen jurídico de las comisiones de la Cámara de Diputados se encuentra consagrado tanto en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional como en el Reglamento de la Corporación.
El cuerpo legal citado se refiere a las comisiones en el título relativo a las normas básicas de la tramitación interna de la ley. Dispone, en general, que las Cámaras establecerán en sus respectivos reglamentos las comisiones permanentes que consideren indispensables para estudiar las iniciativas legales sometidas a su consideración.
Establece, además, que estos órganos reunirán los antecedentes que estimen necesarios para informar a la Corporación, pudiendo solicitar la comparecencia de aquellos funcionarios que estén en condiciones de ilustrar sus debates, hacerse asesorar por cualquier especialista y solicitar informes u oír a las instituciones y personas que estimen convenientes.
Por su parte, el Reglamento de la Cámara de Diputados reserva su Libro Segundo a regular la composición y funcionamiento de las comisiones de esta rama del Congreso Nacional.
Dicho estatuto interno dispone en su artículo 203 que estas entidades se reunirán en las salas destinadas a ellas en el edificio que ocupe la Cámara de Diputados. Lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 230, que regula las denominadas visitas inspectivas o los traslados que estos órganos de trabajo acuerden realizar fuera del recinto de la Corporación, con el propósito de acopiar los antecedentes que requieran, pero sin que tales actividades revistan carácter de sesión reglamentaria.
Resulta oportuno recordar que hasta 2002 las comisiones estaban facultadas para sesionar en cualquier punto del territorio nacional, siempre que ello fuere acordado por la mayoría absoluta del total de sus integrantes y que dichas reuniones no se acordaran realizar para los días en que la Corporación tiene fijadas sus sesiones ordinarias. Tal atribución fue suprimida al aprobarse, en la sesión 20ª, celebrada el 18 de julio del citado año, una enmienda reglamentaria sobre el particular.
Expresan los autores del proyecto que la modernización del funcionamiento de los órganos de la Corporación y la necesidad de estrechar vínculos con la ciudadanía hacen recomendable que las comisiones de la Cámara de Diputados puedan actuar con más flexibilidad. Agregan que esa tarea se ve dificultada por la disposición reglamentaria que obliga a estas entidades internas a sesionar sólo en el recinto que ocupe esta rama del Poder Legislativo.
Los autores precisan que ello se ha hecho más complejo desde que se derogó la norma que permitía el desplazamiento de las comisiones por el territorio nacional, pues dicho instrumento facilitaba la tarea de reunir antecedentes, escuchar a las organizaciones civiles y adoptar acuerdos en el lugar, sin tener que esperar una ratificación posterior de sus acuerdos, lo que termina por entorpecer la tarea de las comisiones.
Lo anterior también resulta pertinente cuando se trata de recoger testimonios, informes o exposiciones de autoridades públicas, expertos o personas que no pueden, por diversas razones, desplazarse a Valparaíso, por carecer de los medios o del tiempo necesario.
La idea matriz de esta iniciativa, en consecuencia, es restablecer una norma en el Reglamento interno que permita que las comisiones de la Corporación puedan constituirse en cualquier punto del territorio nacional, celebrar sesiones y adoptar acuerdos válidos, de modo similar a la autorización que existe para las comisiones en el artículo 38 del Reglamento del Senado.
El proyecto consta de un artículo único que incorpora dos incisos en el artículo 203.
Por el primero, se faculta a las comisiones para sesionar en cualquier parte del territorio nacional, siempre que ello se acuerde por la mayoría de sus integrantes, debiendo dar cuenta trimestralmente de la realización de esas sesiones a la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento.
Por el segundo, se dispone que las comisiones podrán sesionar en una ciudad distinta de aquella en que la Sala celebre sus sesiones, sólo los días en que ésta no se reúna.
Durante la discusión general de la iniciativa, se hizo presente la necesidad de flexibilizar el funcionamiento de estos órganos de trabajo parlamentario. Se reiteró la importancia de fortalecer la presencia de esta Corporación en distintos puntos del territorio nacional y aprovechar la infraestructura, los medios y el conocimiento de expertos de la Administración del Estado como de otras organizaciones de diversa índole.
Se dejó expresa constancia, por parte de los autores, de que esta medida no implica un pronunciamiento respecto de la ubicación de la sede del Congreso Nacional, pues se sostuvo que esa es una discusión distinta que debe tratarse en su mérito y en consideración a otros factores de variada índole.
Puesto en votación general el proyecto, fue aprobado por siete votos a favor y cuatro en contra.
Votaron por la afirmativa la señora Muñoz , doña Adriana , y los señores Leal , Jarpa , Burgos , Duarte, Pérez y Paredes, y por la negativa los señores Forni , Alvarado , Becker y Vargas .
En la discusión particular surgieron dudas sobre la conveniencia de que se informe a la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento respecto del ejercicio de una atribución que es privativa de cada una de las comisiones de la Corporación. Se sostuvo, en contrario, que resultaba conveniente para Régimen Interno tener informes acerca de la aplicación práctica de esta nueva atribución para las comisiones, ya que ella está integrada por los miembros de la Mesa y los jefes de los comités parlamentarios, que son las mismas autoridades que tienen la tarea de organizar el trabajo de la Corporación.
En mérito de las consideraciones precedentes, se aprobó en particular el artículo único del proyecto con la misma votación señalada anteriormente.
En consecuencia, en representación de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, recomiendo aprobar el siguiente:
Proyecto de acuerdo.
“Artículo único.- Agréganse en el artículo 203 del Reglamento de la Cámara de Diputados los siguientes incisos segundo y tercero:
“Por acuerdo de la mayoría de sus miembros, las Comisiones podrán constituirse, sesionar y adoptar acuerdos en cualquier parte del territorio nacional, debiendo dar cuenta trimestralmente de la realización de estas sesiones a la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento.
Con todo, podrán sesionar en una ciudad distinta de aquélla en la que la Cámara de Diputados celebre sus sesiones, sólo en días en que ésta no se reúna.”.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
En discusión el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , solicito a los honorables colegas que acojan esta iniciativa y, en consecuencia, la voten favorablemente para que permitamos que las comisiones de nuestra Corporación puedan celebrar sesiones fuera de la sede del Congreso Nacional, obviamente, en aquellos días en que no se reúne la Sala.
Creo que con el transcurso de los años hemos ido tomando conciencia de lo provechoso que ha resultado para las comisiones sesionar los días lunes en Santiago, en el Palacio Ariztía, y de la importancia que tiene para las regiones que ocasionalmente nuestras comisiones celebren alguna de sus sesiones en su territorio. Recuerdo mi experiencia en ese sentido cuando, años atrás, en el primer período, integré la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, que no sólo sesionaba en Santiago, sino en todas aquellas regiones en las que se requería nuestra presencia para constatar en terreno aquellos hechos que nos preocupaban, lo cual nos permitía no sólo fiscalizar directamente, sino, además, convivir con la ciudadanía del lugar y facilitar la participación y aporte de sus organizaciones sociales a nuestro trabajo.
La Cámara de Diputados está haciendo cada vez más esfuerzos por transparentar su accionar. Como bien sabemos, nuestra asistencia es pública y la gente puede acceder, si lo solicita, a las actas y grabaciones de las sesiones de las comisiones. Por ello, cuesta entender la rigidez de algunos colegas que se oponen a que nuestras comisiones, a diferencia de lo que ocurre en el Senado, que ya lo aprobó institucionalmente, puedan sesionar reglamentariamente fuera de la sede del Congreso Nacional. Ello provoca que cada vez que alguna de las comisiones se reúne fuera de este edificio sólo pueda adoptar acuerdos ad referéndum, con la precariedad que ello implica.
Por lo tanto, quiero llamar la atención sobre la necesidad de que flexibilicemos la norma que permite que las comisiones puedan sesionar en una ciudad distinta a aquélla en que la Cámara de Diputados celebre sus sesiones. Esto es extremadamente importante para las regiones, que claman por tener más acceso, más participación y mejor información. Es evidente que constituye un estímulo extraordinario que las comisiones puedan constituirse en las diversas regiones y tengan el peso de una comisión institucional representando a nuestra Cámara de Diputados.
Pero no se trata sólo de un tema de mayor flexibilidad, eficiencia y transparencia. No debemos confundir el hecho de permitir que las comisiones se constituyan, sesionen y adopten acuerdos en cualquier parte del territorio nacional, como lo hace actualmente el Senado -lo cual es absurdo, porque el Congreso Nacional se compone de dos Cámaras, pero la de senadores lo puede hacer y la de diputados no, por una rigidez que nos autoimpusimos y que espero que ésta sea la ocasión de corregir-, con el tema del traslado del Congreso. Ésa es otra materia, que debe verse en un contexto distinto y que no guarda relación con este proyecto, que sólo tiene por objeto autorizar a las comisiones para sesionar en días en que no hay sesiones ordinarias, fuera del recinto institucional.
Es muy importante para nuestra eficacia, transparencia y flexibilidad, pero sobre todo para dar un espacio de participación a las regiones. Además, la actual forma de trabajo significa mayor burocracia, porque después los acuerdos deben ser ratificados en el Congreso Nacional, ya que el funcionamiento de las comisiones no tiene plena vigencia fuera de este edificio.
Por lo tanto, para ponernos a la altura de los desafíos como Congreso Nacional y que no sólo lo haga el Senado, y además para dar oportunidad a las regiones, debemos prestar nuestra aprobación al proyecto.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , con una posición distinta a quien me antecedió en el uso de la palabra, quiero señalar que la UDI es contraria a facilitar una modificación al Reglamento en esta materia.
Hemos sostenido la necesidad de que se entienda que el Congreso Nacional es uno, centralizado, y se encuentra en la Quinta Región. Independientemente de que no estamos discutiendo hoy su ubicación, lo que ha quedado meridianamente claro, a través de todos estos intentos de modificación, es la pertinacia de querer trabajar siempre en Santiago.
Se han buscado fórmulas, por la comodidad de algunos señores parlamentarios, para que se pueda trabajar los días lunes y viernes en Santiago, pero a nosotros nos parece que lo razonable es que todos los días se trabaje acá. Éste es el palacio donde funciona el Congreso Nacional.
La transparencia no tiene que ver con que podamos desplazarnos, recoger inquietudes como grupos, incluso como comisiones. Darle aquí el carácter oficial a sus resoluciones es lo que nos parece mucho más transparente y adecuado.
En consecuencia, estimamos que una modificación al Reglamento en esta materia vulnera, con claridad, la ubicación central del Congreso Nacional.
También estimamos que no constituye un argumento señalar que el honorable Senado tiene una disposición distinta a la nuestra en materias reglamentarias. No será la única, pero no por ser distinta significa que es la mejor o la más adecuada.
Además, todos los señores parlamentarios saben que cuando se hacen invitaciones y se toman acuerdos para que las Comisiones se desplacen, terminan asistiendo sólo el presidente de la comisión y los parlamentarios de los distritos involucrados.
Por tanto, derechamente, estimamos que esta iniciativa busca legitimar que las comisiones sesionen en Santiago, lo que nos parece inadecuado, porque -reitero- la sede del Congreso Nacional es Valparaíso. Por eso vamos a votar en contra.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso Vargas.
El señor VARGAS .-
Señor Presidente , el artículo 1° de la ley N° 18.678, establece que el Congreso Nacional tendrá su sede y celebrará sus sesiones en la ciudad de Valparaíso.
Esta disposición y el hecho concreto de que el Congreso Nacional -Cámara de Diputados y Senado- tenga su sede y funcionamiento en la ciudad de Valparaíso ha sido objeto de permanentes embates, inicialmente francos y abiertos, y de un tiempo a esta parte, solapados e indirectos para que, a través de una estrategia paulatina, se logre su traslado.
Son varios, pero nunca la mayoría, los que siempre tienen en mente el traslado del Congreso a Santiago.
Este proyecto se inserta en esa línea y pretende ocultar su verdadera inspiración detrás de una propuesta para el mejor funcionamiento de las comisiones.
Cabe preguntarse, ¿qué razones tuvo la Cámara para eliminar de su Reglamento la disposición que hoy se pretende reponer?
Respecto de la materia específica, conviene hacer una pequeña historia. Esta disposición existía en nuestro Reglamento y durante un tiempo funcionó apropiadamente. Su uso fue prudente y bastante escaso. Pero, repentinamente, en el año 2002 se produjo un aumento de esas sesiones, lo que motivó a dos distinguidos abogados de la Quinta Región a estudiar el tema -el ex diputado Gonzalo Ibáñez y la diputada Laura Soto -, quienes llegaron a la conclusión de que la celebración de sesiones de Comisión fuera del edificio constituía una grave violación de las disposiciones legales y constitucionales que rigen el funcionamiento del Congreso Nacional, y con ello se ponía en peligro su accionar, por ejemplo, la aprobación de las leyes.
Por esta razón, propusieron suprimir el inciso que hoy se pretende reponer. En ese entonces dicho planteamiento contó con la aprobación unánime de la Comisión de Régimen Interno.
¿Qué ha ocurrido entretanto que justifique la reincorporación de un inciso como el propuesto? ¿Se ha visto entorpecido el trabajo de las Comisiones? En nuestra opinión, no ha acontecido ninguna dificultad que amerite esta propuesta.
Quiero señalar que las necesidades, que según los autores justifican esta iniciativa, actualmente son satisfechas con el mecanismo de las visitas inspectivas contenido en el artículo 230 del Reglamento. Mediante él se puede, y de hecho así se hace, reunir antecedentes, escuchar a las organizaciones in situ o bien en el lugar en que se generen o actúen.
Lo mismo ocurre cuando se trata de recoger testimonios, informes o exposiciones de autoridades públicas, expertos o personas que por diversas razones no pueden desplazarse a Valparaíso.
Los autores de la moción señalaron en la comisión que ella no implica un pronunciamiento respecto de la ubicación del Congreso Nacional. ¡Por favor! Cada vez que esto se ha discutido, ya se ha hecho en dos oportunidades -la primera, cuando se estableció una disposición similar, y luego el año 2002, cuando se eliminó-, siempre se ha entendido que es precisamente la ubicación de la sede del Congreso Nacional la que está en juego.
Si algunos quieren aumentar el centralismo en nuestro país y concentrar aún más todas las funciones del Estado en Santiago, entonces, que lo propongan derechamente. Pero no utilicemos oblicuamente nuestro Reglamento como una herramienta para esta vieja y mil veces resuelta discusión.
¡No han podido trasladar el Congreso a Santiago de una sola vez! Por ello, siempre se intenta ir dando pequeños pasos en ese sentido. Y éste, sin duda, es uno más.
Por lo anterior, anuncio el voto unánime de nuestra bancada en contra de este proyecto de reforma al Reglamento, que no sólo es un rechazo a la iniciativa sino una reafirmación de nuestro compromiso con el Congreso en Valparaíso.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , quiero desdramatizar este debate y precisar que ninguno de nosotros se ha propuesto, a través de esta vía, oblicua o no, preparar las condiciones para el retorno del Congreso Nacional a Santiago.
Ése es un tema que está planteado, que se debatirá en su momento. Como uno de los autores de la moción y diputado de región, veo con buenos ojos que la sede del Congreso siga en Valparaíso, al margen de las incomodidades que se generan entre los poderes Ejecutivo y Legislativo.
Mientras no hayan signos más decisivos del proceso de regionalización, porque no los hay, ya que no se han elegido los presidentes de los cores y no hay medidas de regionalización intensas, voy a votar para que el Congreso siga teniendo su sede en Valparaíso.
Pero ahora estamos discutiendo otra cosa. Ocurre que el Senado de la República, que ya funciona en las dependencias del ex Congreso Nacional, realiza sesiones de comisiones completamente regulares y resolutivas los lunes y jueves en Santiago, porque, como sabemos, los jueves no tiene sesión de Sala.
Lo único que proponemos es que a la Cámara de Diputados se le dé la misma posibilidad de funcionamiento del Senado, teniendo presente dos agravantes: que somos 120 diputados, no 38; y que los jueves se realizan sesiones de Sala, por tanto, tenemos más dificultades para organizar el trabajo de comisiones.
Hoy, por ejemplo, tenemos interpelación y ya hay pedida una sesión especial para tratar un tema de salud para el próximo miércoles. En la práctica, la Cámara tiene sesiones especiales todas las semanas. A este ritmo será imposible que nuestras comisiones, que son esenciales, pues allí se realiza el verdadero trabajo legislativo, puedan tratar con eficiencia los proyectos de ley y despacharlos a la Sala -sobre todo si se considera la gran cantidad de iniciativas que deberemos analizar- si no agregamos algunos otros días que nos permitan trabajar en comisiones en Santiago o donde decida la Cámara de Diputados.
Quiero subrayar el siguiente elemento. La moción dice que las comisiones podrán funcionar en un lugar distinto de Valparaíso, en primer lugar, a propuesta del presidente de la comisión y con el acuerdo de la mayoría de la comisión. Es decir, cada vez que se sesione en Santiago, en Temuco, en Talca o en Iquique será con el acuerdo de la mayoría de la comisión; no en forma automática.
También se explicita que se trata de sesiones que no se pueden realizar los martes, miércoles y jueves cuando tenemos sesiones en Valparaíso.
Por otra parte, quiero hacer hincapié en un hecho que no es banal. Acabamos de recibir el ala del edificio del Congreso Nacional en Santiago, que corresponde a la Cámara de Diputados. De acuerdo con lo resuelto por la Comisión de Régimen Interno, hemos comenzado a remodelar esa parte del palacio. El Senado ya remodeló la suya.
Esto implica que debemos tener la posibilidad, de trasladarnos, como representación de la Cámara de Diputados, al edificio histórico de Santiago, cuando ya esté remodelado, sin cambiar la ubicación de la sede del Congreso Nacional, porque eso requiere de acuerdos completamente distintos.
Podremos sesionar, al igual que el Senado, en el ala de la Cámara de Diputados y para lograrlo, se necesita este acuerdo, que también se requiere para resolver problemas de espacio y de estacionamientos, tema que se encuentra pendiente en una negociación que tenemos con el Senado.
Esta propuesta nada tiene que ver con el traslado de la sede del Congreso Nacional a Santiago, materia que se discute en su mérito, sino con dar mayor eficacia y posibilidades al funcionamiento de nuestras comisiones. Ése es el sentido de la propuesta y por eso la votaré favorablemente.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , como dijo el diputado Leal , no se trata, en modo alguno, de plantear el traslado de la sede del Congreso Nacional a Santiago o a otra ciudad -siempre defenderé su permanencia en Valparaíso, no sólo porque soy diputado por la Quinta Región, sino porque es bueno que siga aquí, como símbolo de la regionalización-, sino de discutir algo totalmente diferente: hacer mejor nuestro trabajo.
No cabe duda de que muchas comisiones requieren mayor tiempo para reunirse y desarrollar un trabajo más efectivo sobre los temas que les han sido asignados. De ahí que parezca razonable que, por unanimidad o por mayoría de sus miembros, una comisión acuerde funcionar también los días lunes y viernes en lugares donde se estime conveniente acercar más el Congreso a la ciudadanía, en Temuco, Arica u otra ciudad, para abocarse a temas claramente regionales. Se trata, también, de que nuestro trabajo tenga una mayor extensión en las comisiones, que es donde se discute, se presentan indicaciones fundamentales, se originan las mayores alegaciones y aportes y finalmente se resuelve.
Por ello, no parece objetable presentar una moción que tenga por objeto ampliar las posibilidades de trabajo de las comisiones a los días lunes y viernes, en cualquier lugar del país y no sólo en Valparaíso, sin perjuicio de que también pueda ser aquí, pero esa decisión será totalmente voluntaria y dependerá del acuerdo que adopten las comisiones respectivas.
Cabe recalcar que esta proposición, que tiene por objeto repartir y dar mayor eficiencia al trabajo de las comisiones, nada tiene que ver con el traslado de la sede del Congreso Nacional a Santiago o a otro lugar, y por ello daré mi aprobación a la moción.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , como coautor del proyecto, quiero hacer llegar a la consideración de mis colegas algunas reflexiones sobre esta materia.
Suscribo plenamente lo señalado por algunos diputados en cuanto a que, en caso alguno, el sentido del proyecto es sentar un precedente o realizar actuaciones que el día de mañana permitan justificar el traslado del Congreso Nacional a otra parte del territorio. Por lo tanto, los diputados de la Oposición que me han antecedido en el uso de la palabra debieran evitar suponernos intenciones a ese respecto.
Los autores del proyecto queremos restablecer una práctica que existió en el pasado, y que fue abolida por diversas razones que se consideraron en su oportunidad. Sin embargo, creemos que hoy se justifica reincorporarla a nuestra actuación parlamentaria.
Quiero recordar a mis colegas que la práctica democrática actual hace necesario que los representantes de la ciudadanía nos pronunciemos frente a ella sobre sus problemas y busquemos soluciones, y lo mejor es hacerlo en el cumplimiento de nuestras funciones.
Asimismo, muchas veces el gobierno central ha sesionado en regiones, con el objeto de solucionar los problemas de determinado territorio. Lo mismo hacen los intendentes y los gobiernos regionales, los que funcionan en distintas partes de su región, a fin de acercarse a la gente, de llevar solución a sus problemas y de transparentar el cumplimiento de la función pública. En definitiva, se trata de llevar la democracia a quienes son sujetos activos del sistema democrático.
Los concejos también se constituyen en lugares apartados de sus comunas para buscar una solución a problemas de determinada zona y, tal como los gobiernos central y regional, escuchan a la gente y atienden sus problemas, con lo cual abren la oportunidad para que los vecinos, las organizaciones deportivas, sociales y otras se manifiesten y pronuncien frente a sus representantes.
En consecuencia, resulta absurdo limitar la función fiscalizadora por excelencia de la Cámara de Diputados, la cual queremos llevar a cabo con eficiencia, oportunidad y transparencia, lo que incluye celebrar sesiones de comisiones en lugares alejados, a fin de que la población conozca cómo desarrollamos nuestras actividades, lo que constituye una especie de clase de educación cívica para la ciudadanía.
En consecuencia, quiero reiterar que la reforma reglamentaria que propone el proyecto sólo busca legitimar nuestra función de legisladores y de representantes de la ciudadanía frente a ella.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, quienes llevamos un tiempo en esta Corporación entendemos que la iniciativa busca flexibilizar y acercar nuestro trabajo a la comunidad.
Quizás, soy uno de los parlamentarios que ha participado en la mayor cantidad de comisiones que se han constituido en regiones, donde hemos desarrollado diversas actividades fiscalizadoras, como lo ocurrido tiempo atrás con la investigación sobre la contaminación con plomo en Arica y Antofagasta, donde escuchamos los problemas de la gente.
De manera que quiero dejar de lado los mitos y las dudas de quienes creen que en este proyecto hay algo oculto, y que es el primer paso para llevarse en algún momento el Congreso a Santiago. No le tengo temor a ello.
Sin embargo, hay algo que me preocupa. Por eso he presentado una indicación al artículo único relativa a la adopción de acuerdos, los cuales se votan con los quórum respectivos en Comisiones. Ello, porque, muchas veces, se acuerda visitar algunas localidades para fiscalizar algunos actos de Gobierno, pero no siempre llegan a ella todos los parlamentarios que debieran concurrir a esa labor. Esta realidad debemos reconocerla. Muchas veces somos tres o cuatro -a lo más- los parlamentarios que visitamos regiones o hemos participado en otros lugares. Pero cuando se deben tomar acuerdos, generalmente no se reúnen los quórum requeridos y se nos presenta el problema.
Soy partidario de que el Congreso Nacional sesione en cualquier punto del territorio nacional. Como diputado he visitado algunas zonas extremas, como las Torres del Paine, en Punta Arenas, donde la Comisión Especial de Turismo abordó un tema relacionado con la Corporación Nacional Forestal. También participé en la Comisión investigadora para analizar los efectos del plomo en Arica, y en la Comisión de Educación que todos los lunes sesiona en el Palacio Aristía, en Santiago.
Pero, considero fundamental que los acuerdos que deben tomar las Comisiones que sesionan en otros lugares del territorio nacional para auscultar o conocer in situ los problemas, puedan ser refrendados por esta Corporación.
En la medida en que eso ocurra, se estará dando la posibilidad para que los parlamentarios que no pudieron concurrir a la visita inspectiva tomen conocimiento de la materia y sepan qué se ha discutido. A lo mejor, los parlamentarios podrán estar o no de acuerdo con lo resuelto en alguna visita inspectiva, pero eso debe ser sancionado al interior de esta Corporación.
Por lo tanto, presenté una indicación, pero no sé si se analizará ahora o tendrá que volver a la Comisión respectiva. De no ser así se entrabará esa posibilidad, lo cual me haría votar en contra.
Debo aclarar que sólo quiero que exista flexibilidad y que el Congreso Nacional pueda llegar a las más diversas comunidades. Además, que los acuerdos que se adopten sean refrendados por la comisión respectiva en esta Corporación.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto León.
El señor LEÓN.-
Señor Presidente, para abordar este tema, debemos partir de hechos bastante objetivos.
Sabemos que, desde 1990, en el Congreso Nacional han existido diferencias sobre la conveniencia de trasladar el Congreso Nacional a Santiago.
Sabemos que, al comienzo, la discusión fue más bien ideológica, porque todos los parlamentarios de la Concertación estaban a favor, salvo los de la Quinta Región y los diputados de la Oposición.
Pero los tiempos han cambiado. Hoy existe transversalidad respecto del tema, ya que, tanto en uno como en otro sector, hay diputados que están dispuestos a discutir y a analizar si es o no conveniente que el Congreso Nacional continúe en Valparaíso. Pero esa discusión es extemporánea, porque ya quedó absolutamente claro que mientras no tengamos un proyecto originado en la iniciativa del Ejecutivo no hay ninguna posibilidad de que el tema se discuta, por mucho que algunos diputados tengamos ganas de cambiar la sede del Congreso Nacional. Además, los Gobiernos de la Concertación no han estado ni están dispuestos, por lo que sabemos, a que ello ocurra.
Por tanto, una discusión en ese sentido resulta extemporánea. Espero que algún día el Gobierno nos dé la posibilidad de abrir debate sobre esta materia que, estoy seguro, tendrá la transversalidad que hemos visto en la discusión de esta mañana.
Por otro lado, considero absolutamente acertada la decisión de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, no sólo de tomar posesión del ala correspondiente a la Cámara de Diputados en el edificio del ex Congreso Nacional en Santiago, sino que, además, invertir en su reparación y remodelación. Pero, cabe preguntarse, ¿qué sentido tiene efectuar esa inversión, para la cual seguramente se pedirán recursos extraordinarios, si ese edificio no se va a ocupar? Realmente, cuesta entenderlo.
Respecto de la importancia que tiene que las comisiones funcionen en distintas partes del país, me quiero hacer eco de lo señalado por los parlamentarios que están a favor de esa posición. Asimismo, me sumo a la indicación presentada por el diputado Manuel Rojas , porque creo que tiene razón.
Lo importante es que podamos ejercer nuestro trabajo en distintas partes del país, sobre todo, porque según he podido apreciar, siempre se ha desarrollado con bastante eficiencia. También es válido que esos acuerdos puedan ser refrendados por las diputadas y diputados que no han tenido la posibilidad de concurrir a las visitas en terreno, ya sea porque tienen otros compromisos en sus respectivos distritos o por otras razones. Dicho sea de paso, creo que son las mismas razones por las cuales asisten o no a los trabajos de comisiones que se desarrollan en el Congreso, en Valparaíso.
Voy a respaldar la iniciativa y me sumo a la indicación presentada por el diputado Manuel Rojas . Por tanto, por su intermedio, solicito la unanimidad de la Sala para que esa indicación se incorpore a esta discusión. De esa manera, es probable que logremos el apoyo necesario para dar a nuestra gestión parlamentaria la flexibilidad que necesita.
He dicho.
El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , cuando haya quórum accederemos a su solicitud.
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Chahuán .
El señor CHAHUÁN .-
Señor Presidente , no coincido en absoluto con lo señalado por el diputado que me antecedió en el uso de la palabra.
Efectivamente, la permanencia del Congreso Nacional en Valparaíso ha sufrido embates públicos directos y también algunos solapados e indirectos. Uno de ellos es la posibilidad de que las comisiones puedan sesionar en Santiago. Nosotros consideramos que este es el primer paso para trasladar definitivamente el Congreso Nacional a esa ciudad.
El artículo 1° de la ley N° 18.678 señala que el Congreso Nacional tendrá su sede y celebrará sus sesiones en la ciudad de Valparaíso.
La motivación de quienes sostienen que las comisiones podrían funcionar en un lugar distinto de Valparaíso es, precisamente, acercar el Congreso Nacional a la gente y recibir a las organizaciones sociales in situ. Pero, lo cierto es que esa medida está contemplada en el artículo 230 del Reglamento, que dice expresamente: “Las Comisiones permanentes y especiales podrán acordar trasladarse fuera del recinto de la Corporación en visitas inspectivas, para el acopio de los antecedentes que requieran, y ni por asentimiento unánime se podrá acordar que dichas visitas revistan el carácter de sesión reglamentaria.
“Sin embargo, los miembros de una Comisión, en visita inspectiva, podrán adoptar todas las resoluciones inherentes al cumplimiento de las finalidades que dieron origen a la visita.”.
A continuación, este artículo se refiere a la aprobación de lo obrado por la Comisión.
Coincido en que hay que acercar el Congreso Nacional a la gente, a sus sueños y aspiraciones, para que sienta que está para defender sus derechos ciudadanos. Pero algo muy distinto es apoyar un nuevo embate del centralismo y de los parlamentarios de la Concertación que nuevamente quieren introducir la discusión del traslado definitivo del Congreso Nacional de Valparaíso a Santiago. A esos diputados les digo que las motivaciones del proyecto en discusión están, de alguna manera, contenidas en el Reglamento de la Cámara y, por lo tanto, no es necesario modificarlo.
Finalmente, quiero ser muy enfático al señalar que cuando la Presidenta Bachelet compitió en las primarias de la Concertación con Soledad Alvear, empeñó aquí en Valparaíso su firme compromiso con este puerto y con la Quinta Región, señalando claramente que no estaba dispuesta a patrocinar un eventual traslado del Congreso Nacional a Santiago.
Por la misma razón, consideramos que el proyecto es un intento solapado para reabrir esa discusión.
Por tanto, quienes somos regionalistas y defendemos los intereses de las regiones por sobre el centralismo asfixiante de Santiago estimamos que el proyecto de acuerdo no debe ser aprobado.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , este proyecto de acuerdo es uno más de los actos majaderos que, cada cierto tiempo, son presentados por un grupo de parlamentarios de Santiago y algunos de “regiones en comisión de servicio”, olvidando que Chile no es sólo Santiago, sino que todo el país.
Todos requieren tener la certeza jurídica de que lo establecido no se puede estar intentando cambiar cada cierto tiempo, porque ello significa volver a poner en el tapete estos temas y un derroche de energías que deberíamos ocupar en legislar, que es lo que nos demanda la gente.
Por otra parte, es necesario decir, tal como lo señaló el diputado Chahuán , que esto es algo encubierto; es decir, se trata de sacar las castañas con la mano del gato, y poco a poco, despacito, ir trasladando el Congreso. Hay que reconocer que ésa es la intención.
No hay ningún antecedente nuevo que justifique adoptar una decisión de esta envergadura. Y tal como expresó muy bien el diputado Chahuán -lo cito nuevamente, porque es de esta región, y la ama-, la Presidenta de la República , durante su campaña presidencial, se comprometió, en todos los lugares de la Quinta Región que visitó, en particular Valparaíso , en su última visita, a que nunca patrocinaría el traslado del Congreso Nacional a Santiago.
Además, nosotros que somos legisladores y, por lo tanto, cuna del resguardo de la ley, debemos tener en cuenta que resulta inaceptable que un reglamento modifique la ley. El domicilio del Congreso Nacional está establecido por ley y sólo por ley se puede cambiar.
El Congreso es uno solo, unívoco; sus comisiones, su Sala, constituyen un todo. Repito: el domicilio es un atributo de la personalidad que está establecido por ley, y sólo por ley se puede modificar. El Tribunal Constitucional ya ha determinado en otras ocasiones que el Congreso está determinado por la ley orgánica constitucional y, en ningún caso, bajo ningún pretexto, se puede modificar una norma sobre el funcionamiento de las comisiones o autorizar domiciliar al Congreso Nacional en Santiago o en otros lugares. Como lo dije, todos entendemos que el Congreso es un órgano único; nadie puede desconocer esto.
En consecuencia, esta modificación al Reglamento es total y absolutamente ilegal, porque viola la ley que fija el domicilio del Congreso Nacional. Además, es inconstitucional, porque altera el principio de jerarquía normativa y pretende descomponer en unidades separadas la Sala y las comisiones de trabajo. La ciudadanía nos va a reprochar eso, porque debemos esmerarnos en cuidarlo.
Por eso, quiero anticiparme a los hechos y hacer reserva de constitucionalidad en este momento. También, se pueden deducir los recursos que sean necesarios ante los tribunales de justicia, puesto que creo que la iniciativa puede ser objeto de nulidad, ya que desde el punto de vista de la jerarquía jurídica, un reglamento es inferior a la ley; ésta, inferior a la ley orgánica constitucional y, a su vez, ésta, a la Constitución Política. Esto es algo que debemos saber a porfía todos los legisladores.
He dicho.
El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , hay dos proyectos que se presentan, invariablemente, cada cierto tiempo.
Recuerdo que durante los primeros años de funcionamiento de la Cámara, el diputado Vicente Sota presentaba constantemente una indicación para derogar la norma en virtud de la cual se destinaba el 10 por ciento de las utilidades de Codelco a las Fuerzas Armadas. Me parece que no fueron menos de ocho veces que la presentó, sabiendo que era inconstitucional y muchas otras cosas; pero la seguía presentando y estábamos mañanas y tardes enteras discutiéndola. Lógicamente en esa época la Cámara era mucho más violenta que ahora, porque estaba fresco el recuerdo del gobierno militar. De manera que estamos acostumbrados a estas cosas.
Pues bien, creo que ésta es la cuarta o quinta vez que discutimos si el Congreso se va a Santiago o se queda en Valparaíso. Incluso, en una oportunidad comparé esta situación con el caso del pequeño agricultor cuyo chanchito quedó huacho porque su madre murió al nacer. Y lo empezó a criar. Fue creciendo poco a poco y, al final, le dio pena matarlo y se lo empezó a comer de a poco: primero le cortó una pata, después la otra, y así hasta el final. Aquí se está haciendo lo mismo: entregan la sede en Santiago; primero la arregla el Senado; después, la Cámara, y ahora queremos llevarnos a Santiago las comisiones.
La verdad -con una mano en el corazón-, es que todos los parlamentarios que llevamos varios años aquí alguna vez hemos sesionado en Santiago, sin necesidad de modificar el Reglamento. Cuando el tema o la ocasión lo ameritaba, fuimos a trabajar al Palacio Ariztía, en Santiago. O cuando una región ha pedido que una comisión se haga presente allí, así lo hemos hecho: hemos estado en Iquique, en Arica y en muchas partes del país. Por ejemplo, la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano estuvo en Lican Ray, Villarrica , Temuco y Carahue, analizando las causas de la mala construcción de las viviendas. Por eso, creo que este proyecto de acuerdo no se justifica.
Además, ¡fíjese qué curioso! Casi todos los parlamentarios que firman esta moción son de regiones. Aquí está la firma de los señores Jarpa , Fuentealba , Jiménez , León , Meza , Quintana y Sepúlveda , que es el único de Santiago.
Entonces, me pregunto, ¿con qué cara estos diputados dicen que son regionalistas, si a la primera oportunidad que tienen de liquidar a una región como la Quinta no dudan en presentar un proyecto para el traslado del Congreso a Santiago? Y después van a sus distritos diciendo que Santiago no es Chile, que se invierten allí miles de millones de dólares en infraestructura y que tienen a sus distritos botados. Ahora que tienen la oportunidad de demostrarlo son los primeros en firmar esta moción y los de Santiago, que son mucho más vivos, los echan por delante y ellos se quedan tranquilos. ¡Lógico! ¿Para qué se van a echar encima a toda la Quinta Región cuando tienen a los otros ........ que les sirven? Perdón, señor Presidente , retiro esta expresión, pero se me salió. Quise decir diputados útiles.
Pido perdón por lo que acabo de decir; en verdad, no era mi intención hacerlo.
Como decía, se recurre a estos diputados para presentar el proyecto, y vamos haciendo las cosas. El propio Presidente Lagos -si mal no recuerdo- dijo dos cosas. Primero, que si era elegido Presidente de la República se iban a acordar de él, y que Santiago no era Chile. Al parecer, se olvidó de eso porque las inversiones se hicieron en Santiago. Segundo, que los delincuentes no votaran por él. Tampoco hemos podido ver eso. Son cosas al margen que se dicen en la Cámara, que es política. En verdad, creo que este proyecto de acuerdo no se justifica.
Por otro lado, ningún parlamentario, durante su campaña, enfrentó a la gente para decirle que cuando fuera diputado votaría por el traslado del Congreso a Santiago. Todos sabían perfectamente bien que deberían trabajar en Valparaíso. Además, trasladar el Congreso a Santiago significa pensar en forma egoísta. ¿Por qué? Porque hay cientos de funcionarios que trabajan en la Cámara y en el Senado, que han invertido en la Quinta Región, que han comprado sus casas, sus departamentos y todas sus cosas aquí. Pues bien, hoy día se da la paradoja de que, si el Congreso se traslada a Santiago, tendrán que viajar todos los días, en circunstancias de que han hecho todas sus inversiones en esta zona.
Por eso, no hay que ser egoísta, no se debe olvidar a los miles de funcionarios que están detrás del Congreso Nacional y que desarrollan una gran labor; a ellos nunca se les toma en cuenta su parecer en estos casos.
Porque soy regionalista y creo profundamente en las regiones y que el país no es solamente Santiago -démosle las inversiones, pero no nos llevemos todo para allá-, voy a votar en contra de este proyecto de acuerdo que modifica el Reglamento, porque no se justifica.
Finalmente, como nobleza obliga, quiero pedir disculpas una vez más. No fue mi intención emplear el epíteto que expresé hace un instante para referirme a mis colegas parlamentarios, porque nadie merece ese trato dentro de la Cámara de Diputados. Lo dije sin querer, al calor del discurso, y solicito que se borre del Acta esa expresión.
He dicho.
-Los puntos suspensivos corresponden a expresiones eliminadas por el orador en conformidad al artículo 10 del Reglamento.
El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-
Agradezco su aclaración, señor diputado , y, por cierto, serán retiradas del Acta las expresiones antirreglamentarias.
Tiene la palabra la diputada señor Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , resulta realmente lamentable discutir estos temas en un clima de sospecha.
En estos debates siempre nos acompaña un fantasma, puesto que cualquier planteamiento que tienda a hacer más eficiente y eficaz nuestro trabajo se confunde con la intención de trasladar la sede del Congreso Nacional a Santiago. Llevamos 16 años en este debate, y creo que ya está bueno que tomemos en serio las modificaciones reglamentarias que apuntan a lograr eficiencia y eficacia en el trabajo parlamentario. A eso apunta esta modificación del Reglamento.
Por decir lo menos, es asombrosa la contradicción que observo en la posición de los colegas de la Oposición en este debate, pues a nadie le cupo duda alguna, cuando se planteó la incorporación de la figura de la interpelación, que hoy usaremos en la sesión de la tarde, figura propia de un sistema parlamentario. Tenemos un sistema presidencialista. Sin embargo, incorporamos en el Reglamento un mecanismo propio de ese sistema. Con ello, a nadie le surgió la duda de que queríamos hincarle el diente al sistema político presidencialista y empezar a cambiarlo por uno parlamentario.
Cuando planteamos la necesidad de que las comisiones sesionen y tomen decisiones en Santiago o en cualquier otro lugar del país, algunas personas hacen amenazas públicas para figurar en los diarios. Lamento que la diputada Laura Soto exprese la misma duda que otros señores diputados, en el sentido de creer que queremos devolver el Congreso Nacional a Santiago.
Las comisiones no son resolutivas. La Sala es la que resuelve. Por lo tanto, si las comisiones sesionaran en Santiago, en Punta Arenas, en Coquimbo, en La Serena o en Illapel, y adoptan algún acuerdo, éste deberá ser conocido posteriormente por la Sala para que resuelva sobre él.
Por lo tanto, no veo qué puede generar dudas o preocupación. Me parece ridículo que se pretenda seguir engañando a la opinión pública, y que se diga que quienes intentamos modificar el Reglamento -como señaló la diputada Soto - somos regionalistas prestados. Creo que ésa es una ofensa a los parlamentarios que somos de regiones. Cuando se plantee nuevamente el tema del traslado del Congreso Nacional a Santiago, daremos a conocer nuestras posiciones. Por lo demás, siempre he planteado que me opongo a dicho traslado.
Basta de hacer estos debates, que rayan en la ofensa entre nosotros. No podemos seguir tratándonos como personas con poca capacidad de análisis frente a situaciones importantes para el desarrollo de nuestro trabajo.
En muchas ocasiones no nos alcanza el tiempo para sesionar. Por ejemplo, la Comisión Especial que establece beneficios para los discapacitados tiene que sesionar en forma simultánea con la Sala los miércoles a las 11.00 horas, lo que obliga a sus miembros a retirarnos de la sesión de Sala a esa hora. Por lo tanto, para que esa Comisión Especial logre el objetivo que se ha propuesto de modificar la ley de discapacidad, es necesario que sesione los lunes en Santiago. De esa forma, podrá adoptar los acuerdos pertinentes sobre la materia, los cuales serán sometidos a la consideración de la Sala.
No creo que en las condiciones actuales podamos construir un Congreso Nacional moderno, eficiente, eficaz, transparente y que de verdad cumpla con los objetivos que la ciudadanía le ha encomendado, sobre la base de una buena calidad de trabajo.
Por ello, solicito a los colegas de la Oposición que, así como tuvieron flexibilidad para modificar el Reglamento y crear la figura de la interpelación, propia de otro sistema político, hoy la tengan para permitir que las comisiones sesionen en Santiago o en cualquier otra región.
Me parece que el planteamiento de la Oposición es poco descentralizador. ¿Por qué las comisiones sólo deben sesionar en Valparaíso? ¿Por qué no pueden sesionar en comunas pequeñas de otra región? Considero que es un planteamiento casi nostálgico y añorante de un dictador que hubo, que no quería que existiera un Congreso Nacional. No sigamos defendiendo el criterio de que este Poder del Estado no sirve, ni es capaz de darse atribuciones suficientes para sesionar en condiciones de eficiencia y eficacia. Cuando Pinochet instaló el Congreso Nacional en Valparaíso, lo hizo porque no quería que éste funcionara bien. Mi posición es que el Congreso Nacional funcione bien y en Valparaíso. Han pasado dieciséis años de esa situación.
En consecuencia -reitero-, así como hubo flexibilidad para introducir en el Reglamento modificaciones tan grandes como la interpelación, reñida con el sistema político del país, ¿por qué no podemos modificar el funcionamiento de las comisiones, considerando que ello no está para nada reñido con las facultades y potestades del Congreso Nacional de funcionar en cualquier parte del país?
Llamo a mis colegas a que no sigan tratando de plantear argumentos -de forma irritante- para evitar cualquier modernización o mejoramiento de nuestro trabajo, y a que no traigan a colación el latero planteamiento de que quienes proponen que las comisiones sesionen en Santiago, en La Serena, etcétera, lo hacen porque quieren llevarse el Congreso Nacional a Santiago. Eso es demasiado latoso, añejo, antiguo y apegado a la añoranza, que deberían dejar atrás los diputados de la Oposición, del dictador Augusto Pinochet , que instaló a regañadientes el Congreso en Valparaíso, porque no quería que éste existiera.
Preocupémonos de la Cámara de Diputados del siglo XXI, que debe sesionar de manera eficiente y eficaz para responder a la confianza y responsabilidad que nos confirió la ciudadanía al entregarnos su voto.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre.
El señor LATORRE.-
Señor Presidente , soy de los que cree que éste es un buen proyecto de acuerdo y que nada tiene que ver con el traslado del Congreso a Santiago. Me parecería absurdo que hoy nos confundiéramos y entráramos en una discusión que no corresponde.
La idea de que las comisiones puedan funcionar en Santiago nos parece funcionalmente positiva y aceptable. Para ello se deberá tomar un acuerdo en la comisión, y cuando la mayoría estime que no corresponde, no se podrá hacer.
En consecuencia, además de ser necesaria la aprobación del proyecto, se deberá corroborar la idea cada vez que se piense que es funcional para el trabajo de una comisión sesionar en otro lugar que no sea la sede del Congreso.
Señor Presidente , pido a los colegas no confundirse. Sería un error que, por acoger la inquietud que han manifestado, legítimamente, los diputados Chahuán , la cual considero exagerada y no la comparto, y René Manuel García , que lo hizo en términos muy regionalistas, nos equivocáramos y no aprovecháramos de contar con un instrumento que nos permitirá mejorar nuestro trabajo parlamentario.
Nos parece bastante acertada la posibilidad de sesionar en otro lugar, en particular durante algunos días de la semana en los que resulta más funcional hacerlo en Santiago, con la asistencia de personeros del sector público que trabajan en el barrio cívico, en los ministerios, en fin.
Como diputado regionalista, quiero reivindicar lo que aquí se ha dicho. ¿Por qué no puede sesionar alguna de las comisiones en cualquiera de las regiones? ¿Por qué no podría hacerlo, para tratar temas muy propios de la Sexta Región, por ejemplo, en las provincias de Colchagua o Cardenal Caro? Mantener amarrado el funcionamiento de las comisiones de la Cámara en Valparaíso es lo más antiregionalista que puede existir; es precisamente lo contrario de lo que yo, con un criterio regionalista, sugiero.
Ojalá hoy consensuáramos una mayoría para que el proyecto sea aprobado, puesto que contará con el seguro, por así decirlo, de que cada comisión que quiera sesionar fuera de la sede del Congreso requerirá el acuerdo de sus miembros. De lo contrario, no podrá hacerlo.
Por lo tanto, este proyecto debería ser aprobado mayoritariamente el día de hoy.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN .-
Señor Presidente , no participé de toda la discusión, pero hay un elemento que no he escuchado de los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra respecto de la idea de permitir que las comisiones de la Cámara puedan sesionar fuera de la sede del Congreso: el gasto.
La gran mayoría de los chilenos cree que el gasto del Congreso es alto, y en verdad lo es si lo comparamos con el de parlamentos de otras partes del mundo, especialmente si pensamos que somos un país en vías de desarrollo. Ahora, si se permitiera que las comisiones sesionaran en regiones distintas de Valparaíso, indudablemente tendríamos una explosión del gasto muy importante. No sólo habría que trasladar a los trece diputados que integran cada comisión a determinada región, sino también llevar a los secretarios y a sus asesores.
De modo que la variable “gasto” no puede estar ausente en esta discusión. Es obvio que las comisiones deben sesionar en Valparaíso, porque es aquí donde está la sede del Congreso Nacional y es lo más económico.
Por lo tanto, debemos meditar la aprobación del proyecto, porque me parece que aumentaría sustancialmente el gasto, cosa que ningún chileno desea.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos.
El señor LEAL ( Presidente ).-
En votación general el proyecto de acuerdo que modifica el artículo 203 del Reglamento de la Cámara de Diputados, con el objeto de permitir que las comisiones puedan celebrar
sesiones fuera del edificio sede de la Corporación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 46 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente, quiero hacer reserva de constitucionalidad.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Señora diputada , eso lo puede hacer en su intervención.
¿Habría acuerdo para votar de inmediato la indicación presentada por el diputado señor Manuel Rojas?
No hay acuerdo.
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión de Régimen Interno para segundo informe.
-El proyecto de acuerdo fue objeto de la siguiente indicación:
Artículo único
Del señor Rojas, al inciso segundo propuesto, para suprimir la frase “y adoptar acuerdos”.
BONIFICACIÓN A FUNCIONARIOS MUNICIPALES POR RETIRO VOLUNTARIO. Primer trámite constitucional.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en mensaje, que concede una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios municipales que indica.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Eugenio Tuma.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N°4064-05, sesión 64ª en 21 de diciembre de 2005. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Primer informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 8, de esta sesión.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en mensaje, concede una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios municipales que indica.
Si bien se inició en un mensaje de su excelencia la Presidenta de la República , el proyecto se inspiró en un protocolo de acuerdo suscrito en Santiago el 6 de diciembre de 2005, por una parte, representando al Gobierno, por el ministro del Interior , Francisco Vidal , y la subsecretaria de Desarrollo Regional, Adriana Delpiano , y por la otra, representando a la Asociación Chilena de Municipalidades, por su presidente , Claudio Arriagada , y por Óscar Yáñez , presidente de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales, a cuya directiva, que nos acompaña esta mañana, aprovecho de saludar.
El protocolo, suscrito por el sector municipal y el Gobierno, ha permitido avanzar en la modernización de la gestión municipal y en la calidad de los servicios que se entregan a la ciudadanía local.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:
1° Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe es establecer una bonificación para el funcionario municipal que cesa en sus funciones por renuncia voluntaria al cargo, dentro del período fijado al efecto, o que obtenga una jubilación, pensión o renta vitalicia con posterioridad a la comunicación de su renuncia voluntaria, de manera que los funcionarios en edad de acogerse a jubilación puedan hacerlo en mejores condiciones que las actuales, contribuyendo a la modernización de la gestión municipal.
2° Que el artículo 2° de esta iniciativa requiere, para su aprobación, quórum de ley orgánica constitucional.
3° Que el proyecto fue aprobado en general, por los diputados señores Alvarado , Becker ; Goic, doña Carolina ; Insunza , Ortiz , Súnico y Tuma.
4° Que como informante se designó al diputado señor Eugenio Tuma.
Asistieron a la Comisión, durante el estudio del proyecto, la señora Claudia Serrano , subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo; los señores Samuel Garrido , Jefe de la División de Municipalidades , Jorge Claissac , Jefe de la División Jurídica , y Rodrigo Cabello , Jefe de la División Legislativa , todos de la Subsecretaría de Desarrollo Regional. Además, la señora Patricia Orellana , abogada de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, y el señor Julio Valladares , Asesor de la Dirección de Presupuestos.
Concurrieron también, especialmente invitados, el señor Oscar Yáñez , presidente de la Asemuch ; la señora Myriam Vidal , directora, y los señores Marcelo Quezada , Jorge Martínez y Manuel Bravo , directores y secretario general de dicha entidad, respectivamente, y los señores Bernardo Berger , alcalde de la Municipalidad de Valdivia , y Claudio Radovich , director jurídico de la Asociación Chilena de Municipalidades.
Antecedentes generales.
En el mensaje se señala que la iniciativa en informe fue elaborada después de oír a representantes de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (Asemuch) y de la Asociación Chilena de Municipalidades (Achm) -por parte de los empleadores-, quienes respaldaron la propuesta.
Se enfatiza que las leyes N° 19.529, de 1997, y N° 19.731, de 2001, establecieron beneficios económicos para el retiro de los funcionarios municipales, en la medida que, dentro de los plazos que para cada caso se determinaron, obtuvieran pensión o jubilación en algún régimen previsional. Sin embargo, durante la vigencia de dichas leyes, un importante número de funcionarios municipales que cumplían las condiciones exigidas, por diversas circunstancias, no accedió al beneficio legal.
Normas legales relacionadas con el proyecto.
1. El artículo 144 de la ley N° 18.883 contempla, en las letras a) y b), como causal de cesación en el cargo, la aceptación de la renuncia del funcionario y la obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional, en relación con el respectivo cargo municipal.
2. Los artículos 1° de la ley N° 18.294 y 67 de la ley N° 18.382 disponen para las municipalidades un gasto anual máximo en personal que no podrá exceder, respecto de cada una de ellas, del 35 por ciento del rendimiento estimado de los ingresos que les correspondan. Asimismo, la dotación máxima de personal de las municipalidades de la región Metropolitana, cuyas comunas tengan una población superior a quince mil habitantes no podrá exceder, respecto de cada una de ellas, de la relación de dos funcionarios por cada mil habitantes de la comuna respectiva. Son las limitantes que tienen los municipios.
3. Las leyes N°s 19.529 y 19.731 determinaron beneficios indemnizatorios para los funcionarios municipales que se acogieran a retiro.
En el artículo 1° del proyecto se establece una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios municipales que a la fecha de publicación de la presente ley tengan sesenta o más años de edad si son mujeres o sesenta y cinco o más años de edad si son hombres, y que dentro de los doce meses, contados desde el primer día del mes siguiente al de la publicación de esta misma ley, cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal.
En el inciso segundo se dispone que, asimismo, tendrán derecho a la bonificación por retiro voluntario, los funcionarios municipales que se encuentren en funciones a la fecha de publicación de la presente ley y que entre dicha data y el 31 de diciembre de 2007, cumplan sesenta años de edad si son mujeres o sesenta y cinco años de edad si son hombres, siempre que cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal, dentro de los doce meses siguientes al cumplimiento de esas edades.
En el inciso tercero se señala que, con todo, el funcionario municipal que cumpla con los requisitos señalados en los incisos primero o segundo, y que con posterioridad a la comunicación de su renuncia voluntaria obtenga jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional, mantendrá el derecho a la bonificación establecida en esta ley, pero cesará en funciones en la fecha de obtención de dicha jubilación, pensión o renta vitalicia, siempre que aquélla fuere anterior a la fecha establecida en su renuncia voluntaria al cargo municipal.
En el artículo 2° se determina que la bonificación por retiro voluntario será el equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados por el funcionario en la administración municipal, con un máximo de seis meses.
En el inciso segundo se establece que, sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el alcalde, previo acuerdo del concejo, podrá otorgar a los funcionarios beneficiarios a que se refiere el inciso precedente, en las condiciones y dentro del período señalado, una bonificación por retiro complementaria -adicional-, la que en conjunto con la establecida en el inciso anterior, no podrá sobrepasar los años de servicios prestados en la administración municipal, ni ser superior a once meses de bonificación. El alcalde y el concejo no podrán acordar bonificaciones por retiro complementarias para algunos funcionarios, excluyendo a otros.
En el inciso tercero se precisa que la remuneración que servirá de base para el cálculo de las bonificaciones será el promedio de las remuneraciones mensuales de los últimos doce meses inmediatamente anteriores al cese de funciones del funcionario, actualizadas según el índice de precios al consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
En el inciso cuarto se preceptúa que las bonificaciones establecidas en los incisos anteriores no serán imponibles ni constituirán renta para ningún efecto legal y serán de cargo municipal.
En el artículo 3° se señala que el pago de las bonificaciones procederá inmediatamente después del cese de funciones del funcionario municipal.
En el inciso segundo se dispone que los funcionarios municipales que cesen en sus funciones por las causales señaladas en el inciso anterior y que perciban la bonificación por retiro voluntario del artículo anterior, no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o a honorarios, en la misma municipalidad, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que devuelvan la totalidad del beneficio percibido, expresado en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables.
En el artículo 4° se establece que las municipalidades que se encuentren excedidas en la restricción del gasto máximo en personal, dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 18.294 y en el artículo 67 de la ley N° 18.382, y las que excedan en virtud de la presente ley, no estarán obligadas a ajustarse a dicha restricción en razón del gasto que irrogue el pago del beneficio establecido en el inciso tercero del artículo 1° de esta ley, pero no podrán aumentar los márgenes de excesos.
En el artículo 5° se señala que el mayor gasto que irrogue el pago de las bonificaciones a que se refiere la ley será de cargo municipal.
En la discusión en general del proyecto en la Comisión, varios señores diputados observaron que los municipios más pequeños y con situaciones deficitarias no estarían en condiciones financieras para otorgar el beneficio complementario que considera el artículo 2° del proyecto, razón por la que el Ejecutivo debería proporcionarles los recursos necesarios para enfrentar las obligaciones derivadas de la aplicación del proyecto o, en su defecto, otorgarles un anticipo del Fondo Común Municipal con ese fin.
La inquietud planteada dio lugar a una solicitud de información de la Comisión respecto del número de funcionarios municipales en situación de acogerse al beneficio propuesto en el proyecto, por comuna, la cual fue informada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, con fecha 23 de mayo de 2006. Los cuadros estadísticos entregan la siguiente información:
El total de funcionarios municipales que podría acogerse al retiro voluntario asciende a 1.953 (1.251 hombres y 702 mujeres). Muchos municipios no tienen ningún funcionario en condiciones de acogerse a dicho retiro; otros tienen dos, tres, cinco, diez o quince funcionarios. Aquéllos con un mayor número de funcionarios en esa situación son Arica, con treinta y seis; Valparaíso , con sesenta y seis; Viña del Mar, con ciento cinco; Talcahuano , con treinta y dos; Lautaro , con cincuenta; Valdivia , con veinte; Santiago , con doscientos dos; Las Condes , con cincuenta y nueve; Maipú , con cuarenta, y Providencia, con cincuenta y nueve. Reitero que en todo el territorio nacional hay 1.953 funcionarios en condiciones de acogerse a retiro voluntario y a los cuales podrían ser útiles las disposiciones de esta legislación.
El costo total de la bonificación por once meses representa el 0,995 por ciento; es decir, menos del 1 por ciento de los ingresos propios de las municipalidades. Por ello, en la Comisión se estimó que el hecho de acoger este proyecto de ley con ingresos propios, no significaría para los municipios un trastorno económico, dado que, a la larga, va a permitir que los municipios mejoren su financiamiento, pues quienes se acogerían a jubilación, en la actualidad perciben rentas más altas de las que obtendrán los contratados en el futuro.
Los representantes de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile, Asemuch, manifestaron su acuerdo con el proyecto en trámite; no obstante, expresaron algunas aprensiones sobre el alcance del inciso tercero del artículo 1°, que podría afectar los derechos de bienestar de los funcionarios municipales que presenten la comunicación de renuncia voluntaria.
Luego de un debate sobre el particular, se precisó que la desvinculación del funcionario se produce con la jubilación, pensión o renta vitalicia, y que la referida comunicación es sólo una expresión de voluntad que no afecta su condición como beneficiario del servicio de bienestar. Sin embargo, si aquél deja la municipalidad por la causal de retiro voluntario sin acogerse a jubilación, pensión o renta vitalicia, pierde su condición de afiliado al bienestar.
Por último, la señora subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo planteó la buena disposición del Gobierno para entregar información sobre esta materia a los municipios más pequeños, de manera de facilitar a sus funcionarios el proceso por retiro voluntario.
El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad. Sometido a votación en particular el articulado del proyecto, fueron aprobados los artículos 1° al 5° por los diputados señores Claudio Alvarado , Germán Becker , la diputada señora Carolina Goic , y los diputados señores Jorge Insunza , José Miguel Ortiz , Raúl Súnico y Eugenio Tuma, quienes votaron por la afirmativa.
Respecto de normas que requieren quórum orgánico constitucional, sólo el artículo 2° del proyecto es propio de la ley orgánica constitucional de Municipalidades.
No hay artículos ni indicaciones rechazados por la Comisión de Hacienda, como asimismo, ningún artículo dejó de ser aprobado por la unanimidad de sus miembros.
En virtud de los antecedentes expuestos, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del proyecto de ley.
He dicho.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , hace casi dos años, haciendo uso del derecho de petición que tenemos los diputados en Incidentes, plantee al entonces ministro del Interior , José Miguel Insulza , a nombre de un grupo de funcionarios de la Municipalidad de Talcahuano, que se estudiara la posibilidad de dar facilidades a los funcionarios municipales que están en condiciones de presentar su expediente de jubilación. Pero, el impedimento para llevar a efecto ese expediente de jubilación se fundaba en que no había incentivos; por el contrario, el monto de la jubilación, extraordinariamente bajo, era un incentivo perverso. Por lo tanto, debía existir una motivación que calificábamos como “el chocolate”.
En aquella ocasión, solicité al Ejecutivo presentar un proyecto de esta naturaleza, similar al que hiciéramos en relación con educación hace algunos años -incluso, el artículo 4° es exactamente igual-, que contemplara prohibiciones para aquellos profesores a los que el Estado entregó recursos adicionales que, como me acaba de recordar el diputado señor Rojas, fueron financiados en su totalidad por el fisco.
El proyecto apunta en la dirección correcta, pero lamento que el Estado no aporte ni un solo peso para financiar el beneficio que otorga a los funcionarios municipalidades, que han dado su vida al servicio de los habitantes de sus comunas.
De esa forma, llegamos a un proyecto que, en su artículo 2°, establece que la bonificación por retiro voluntario será el equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicios prestados, con un máximo de seis meses. No obstante, si el Ejecutivo tuviera la voluntad necesaria -desde aquí lo emplazo a ello- podría considerar la posibilidad de mejorar dicho beneficio -sólo representa un monto cercano al 1 por ciento de los recursos municipales- con aportes del Estado. Para ello, dado que estamos en plena tramitación del proyecto, bastaría con que en el Senado, si la iniciativa la aprobamos hoy en la Cámara de Diputados, se presentara una indicación para que el Estado ponga los recursos que faltan para llegar a los once meses de indemnización e igualar el beneficio con el que recibe el resto de los trabajadores del país.
Eso es posible, especialmente ahora, cuando hay ministros que no saben en qué gastar los recursos adicionales provenientes del cobre. Bien podrían destinarse a esta finalidad y favorecer así a los trabajadores de nuestras municipalidades que -reitero- hacen esfuerzos extraordinarios para mejorar la calidad de vida de las comunidades en que están insertos.
En consecuencia, haciendo uso del sagrado derecho a petición, solicito al Gobierno que considere la posibilidad de ampliar el beneficio que establece esta iniciativa con recursos del Estado, de manera que el financiamiento sea de responsabilidad compartida -se ha hecho en muchos otros proyectos- entre las municipalidades, que financiarían 6 meses de la indemnización, y el Estado, que se haría cargo de los cinco restantes. Ello permitiría que un número muy importante de trabajadoras y trabajadores municipales, que están en condiciones de jubilarse, puedan hacerlo y, de esa forma, gozar tranquilamente del merecido descanso después de tantos años de trabajo.
El Gobierno ha señalado que las municipalidades están en condiciones de financiar una indemnización por años de servicios equivalente a seis meses de remuneraciones de cada trabajador, pero yo no tengo duda alguna en cuanto a que el Gobierno también está en condiciones de financiar la diferencia para que la indemnización sea de hasta once meses. De ser así, esta iniciativa no sólo establecería un merecido beneficio para esos trabajadores, sino que, además, se convertiría en un elemento central para el desarrollo, mejoramiento y recambio en las municipalidades del país.
Es de justicia que los trabajadores municipales puedan acceder al mismo tope con que normalmente jubilan los del sector privado, esto es, once meses de remuneraciones. Entonces, si es posible ¿por qué no hacerlo? Recursos hay.
Ésta es la petición que nosotros, como bancada de la UDI, hacemos al Gobierno, independientemente de que vayamos a votar a favor del proyecto, porque -reitero- apunta, claramente, en la dirección correcta.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , qué fácil sería para nosotros, como diputados de Gobierno, y en mi caso personal como integrante, por muchos años, de la Comisión de Hacienda, plantear que el Estado, para hacer posible la concreción del proyecto que otorga una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios municipales, debiera costear la diferencia -cinco meses- que separa este beneficio del que recibe el resto de los trabajadores. Sin embargo, tenemos que situarnos en la realidad de los municipios.
El año pasado se realizó en Concepción el encuentro nacional de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile, Asemuch, cuya directiva se encuentra presente en las tribunas, al cual fuimos invitados todos los parlamentarios y candidatos de la época. En ese encuentro se asumieron compromisos, y uno de ellos fue que, en días posteriores, se firmaría un protocolo con el ministro del Interior , señor Francisco Vidal ; con la subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Adriana Delpiano ; con la Asociación Chilena de Municipalidades y con la Asemuch. Dicho protocolo se firmó en diciembre y se materializó en un proyecto de ley que ingresó a tramitación los primeros días de enero de este año.
En aquella oportunidad, los trabajadores municipales graficaron el protocolo como el instrumento que permitiría darle “tiraje a la chimenea” -ascensos y concursos públicos- a través de ofrecer una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios que tengan 60 o más años de edad, en el caso de las damas, y 65 o más años, si son varones.
Los diputados que integraron la Comisión de Hacienda durante el período anterior y los actuales siempre tuvimos la disposición, la voluntad y el deseo de buscar la forma de materializar un aporte del Estado para hacer efectivo el proyecto. Para tal efecto, escuchamos al Ministerio de Hacienda, a los gremios y, durante estos últimos meses, a la actual subsecretaria de Desarrollo Regional, señora Claudia Serrano , a su asesor, Rodrigo Cabello , y a otros profesionales de alto nivel, quienes nos entregaron un detalle pormenorizado del costo del proyecto y del número de personas que podrían impetrar el beneficio. El total de funcionarios asciende a 1.953 -1.251 varones y 702 mujeres-, y el costo total de la bonificación por 11 meses sólo representa el 0,995 por ciento de los ingresos propios de las municipalidades.
Ayer discutimos un proyecto que prorroga el plazo para reclamar por la aplicación del impuesto territorial y que incide en la ley de rentas municipales 2, y se recordó que dicho cuerpo legal surgió a petición de la Asociación de Municipalidades, con el fin de obtener mayores ingresos. Precisamente, esa mayor recaudación permitirá solventar la aplicación del beneficio para esos funcionarios.
Con el tiempo, en no más de 2 ó 3 años, los dineros que importe la entrega de la bonificación se recuperarán debido a que la planilla de personal disminuye, puesto que quienes harían uso de este beneficio reciben los sueldos más altos. Es decir, estaríamos legislando, en justicia, en favor de estas personas.
Ayer, en la Comisión de Hacienda, contamos con la presencia de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, de los representantes de la Dirección de Presupuestos del ministerio de Hacienda; del jefe de la División de Municipalidades , Samuel Garrido ; del jefe de la División Legislativa , Rodrigo Cabello , y de toda la directiva de Asemuch. Después de 2 horas de reunión, logramos clarificar una de las mayores inquietudes que tenían los representantes de los funcionarios municipales, y que estaba referida al inciso tercero del artículo 1° del proyecto, en cuanto podrían verse afectados los derechos de bienestar de los funcionarios que presenten la renuncia voluntaria.
Aquí quiero hacer un alto, a propósito de un reconocimiento que nos hicieron los dirigentes municipales en dicha reunión.
Mucho se critica al Poder Legislativo e, incluso, a los que llevamos muchos períodos; pero analicemos los resultados. Algunos parlamentarios hacemos el trabajo calladitos y no en función de los medios de comunicación. Esos dirigentes reconocieron que varios de los diputados presentes en la Comisión nos transformamos en “pulga en el oído” en procura de crear los departamentos de bienestar de los municipios, cuya concreción derivó en grandes beneficios para sus funcionarios. Esa es la consecuencia de que muchos parlamentarios aún seguimos vigentes, y no porque se nos ocurra, sino por efecto de las votaciones de la ciudadanía, que premia nuestra perseverancia y constancia al momento de representarla.
Quise hacer esta aclaración, porque este último tiempo he escuchado sólo críticas al Poder Legislativo; pero, “por sus frutos los conoceréis”. Los dirigentes reconocieron que la ley de Anef la tramitamos nosotros, diputados y senadores; con nuestra constancia logramos beneficios especiales que se tradujeron en justas reivindicaciones para todo el sector público, a quienes hoy se les reconoce su capacidad, su profesionalismo, su dedicación y su vocación de servicio público.
Quise comenzar mi intervención con eso, porque en la discusión quedó claro que los municipios tienen la posibilidad de financiar esta futura ley. Aparte de eso, ayer la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, la señora Claudia Serrano , una vez más planteó que estaba disponible para que los municipios presentaran en este caso un programa de pago de la bonificación de retiro.
Puedo dar fe de algo. Hace algunos días, ella estuvo reunida en un sector de la comuna de Tomé, Octava Región, con todos los alcaldes del país, donde fueron solucionando uno a uno los problemas de los municipios. Es bueno destacar este tipo de hechos.
¿Qué significa este proyecto? Tal como lo expresé, involucra a un número importante de personas, y consiste en una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios municipales que tengan 60 o más años de edad, si son mujeres, o 65 o más años de edad, si son hombres, y que dentro del período de doce meses, contado desde el primer día del mes siguiente al de la publicación de esta ley, cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal.
Este beneficio también se extenderá a los funcionarios municipales que se encuentren en funciones a la fecha de publicación de la ley y que entre dicha data y el 31 de diciembre del año 2007, cumplan 60 años de edad, si son mujeres, o 65, si son hombres, siempre que cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal, dentro de los doce meses siguientes al cumplimiento de dichas edades.
Sin embargo, el funcionario municipal que con posterioridad a la comunicación de su renuncia voluntaria obtenga jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional, cesará en sus funciones en esa oportunidad y mantendrá el derecho a la bonificación, siempre que fuere anterior a la fecha establecida en su renuncia voluntaria.
Los beneficiarios tendrán derecho a percibir una bonificación por retiro equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados en la administración municipal, con un máximo de seis meses.
Sin perjuicio de lo anterior, el alcalde, previo acuerdo del concejo municipal, podrá otorgar a los funcionarios municipales beneficiarios de la bonificación, en las condiciones y dentro del período señalado, una bonificación complementaria por retiro, la que en conjunto con la que acabo de mencionar, no podrá sobrepasar los años de servicio prestados en la administración municipal, ni ser superior a once meses de bonificación.
Quiero destacar que las bonificaciones antes señaladas no serán imponibles ni constituirán renta para ningún efecto legal y serán de cargo municipal.
Anuncio el voto favorable de la Democracia Cristiana al proyecto, en general y en particular, a fin de terminar hoy su primer trámite constitucional, para que sea ley en 60 días más, cuando se realice su segundo trámite constitucional en el Senado, porque va en beneficio de los funcionarios municipales.
He dicho.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Hay cuatro diputados inscritos para hacer uso de la palabra y restan sólo diez minutos.
Si le parece a la Sala, se concederá un tiempo de cinco minutos a cada diputado.
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente , me produce especial satisfacción aprobar este proyecto, largamente esperado por los funcionarios municipales, porque, recién titulado en la universidad, tuve la oportunidad de ejercer mi primera actividad laboral en la municipalidad de Ancud. Gracias a esta iniciativa, cinco de sus funcionarios podrán acogerse a este beneficio, lo cual me alegra mucho, ya que algunos de ellos me enseñaron a manejarme en las finanzas públicas.
Hecho este paréntesis, quiero resaltar que este incentivo al retiro es muy conveniente, pues permite a los funcionarios que cumplen con los requisitos de edad, percibir una bonificación extraordinaria al monto que recibirán posteriormente por jubilar.
Ayer en la Comisión de Hacienda hicimos especial hincapié que se clarificaran determinadas situaciones, porque en esta iniciativa, a diferencia de otras similares, se exige un requisito adicional, cual es una comunicación de retiro voluntario. Cuando se presente dicha comunicación, pero el proceso de jubilación se inicia antes de la fecha indicada en ella, la causal final de retiro del servicio es la jubilación, por lo que los funcionarios mantienen el derecho establecido en las normas de la ley de bienestar. A la Comisión le inquietaba saber qué pasaba si el proceso de jubilación no se iniciaba dentro del plazo estipulado en la comunicación de retiro. Se perdía el beneficio y el gran esfuerzo de los funcionarios municipales por conseguir esta ley.
Algunos puntos quedaron salvados en la Comisión de Hacienda, pues se solicitó expresamente que en la historia fidedigna de la ley se considerara la respuesta de Hacienda y de la Subdere, y que esos comentarios fueran consignados por el diputado informante en la Sala, cosa que se hizo.
Desde esa perspectiva, considero muy positivo el proyecto, si bien los montos involucrados superan, en términos generales, el 1 por ciento del total de los ingresos propios de los municipios.
Cabe resaltar que cada vez que se acuerda un beneficio para los funcionarios municipales, siempre se le carga la mano a los municipios, pues no se les entregan recursos adicionales por parte del nivel central.
Ese monto, que en términos generales parece ser exiguo, ya que representa menos del 1 por ciento de los ingresos propios de los municipios, es muy importante para los más pequeños, pues tendrán que dejar de invertir en obras de infraestructura o en programas sociales de la comuna.
En definitiva, hoy se está materializando un acuerdo suscrito entre la Asociación de Funcionarios Municipales y Gobierno en diciembre del año recién pasado.
Por otra parte, aprovecho esta oportunidad para dar a conocer a la Sala que en la Comisión de Zonas Extremas se aprobó por unanimidad un proyecto de acuerdo que tiene por finalidad pedir al Gobierno que, en un gesto de justicia, analice la posibilidad de uniformar las bases de cálculo de la asignación de zona, lo cual constituye un gran desafío.
No es posible que a algunos funcionarios de la Administración Pública, del Poder Judicial y de las Fuerzas Armadas, entre otros, se les calcule la asignación de zona sobre el total de sus haberes, mientras que a los funcionarios municipales se les calcule sobre el sueldo base. Debido a eso, quienes laboran en una misma comuna, que tienen el mismo índice del costo de la vida, las mismas dificultades de aislamiento, los mismos mayores costos para educar a sus hijos a causa de las distancias que deben recorrer para llegar a sus establecimientos educacionales y los mismos problemas de aislamiento para acceder a los centros de salud, tienen una base de cálculo distinta, que distorsiona el monto del ingreso final que reciben.
Respecto de la materia en debate, debo señalar que votaré a favor del proyecto, tal como lo hará la bancada de la UDI, pero espero que el día de mañana también aprobemos una iniciativa que permita hacer justicia al uniformar la base de cálculo para la asignación de zona de los funcionarios públicos y de los municipales.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , el diputado señor José Miguel Ortiz planteó que, en relación con este proyecto, debemos actuar con las realidades que viven los municipios del país.
A mi juicio, la iniciativa se inserta en un proceso muy tímido y lento, pues propone el estímulo para la renovación del personal municipal mediante la posibilidad de la renuncia voluntaria de los funcionarios municipales que se encuentren en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, que entre dicha data y el 31 de diciembre del año 2007 cumplan 60 años de edad, si son mujeres, o 65 años de edad, si son hombres, a quienes se les entrega una bonificación por retiro voluntario equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados por el funcionario en la administración municipal, con un máximo de seis meses.
El artículo 2° señala que se autoriza a los municipios a acordar una bonificación complementaria por retiro voluntario, previo acuerdo del concejo, cuyo costo será de cargo de las municipalidades, pues el proyecto no otorga mayores recursos a los municipios, lo cual me parece complicado. Tal vez es justo para algunos, pero injusto para otros, porque cabe preguntarse qué pasa con el funcionario que por algún motivo tuvo un desencuentro con un miembro del concejo o con el alcalde.
Sin embargo, más allá de lo que este proyecto conlleva, hay una complicación que debiéramos entender. Comparto con el diputado señor José Miguel Ortiz que la iniciativa no contiene todo lo que quisiéramos, pero es lo que hemos podido lograr, en momentos en que la mayoría de los municipios presenta problemas económicos. Por eso hemos escuchado hacer referencia a los graves temas en las áreas de la salud o de la educación que los afecta.
No cabe duda de que algunos municipios podrán pagar la bonificación complementaria que se propone, pero creo que atendida la realidad financiera de la mayoría de los municipios, éstos, a lo más, sólo podrán ofrecer a sus funcionarios lo que el proyecto dispone, es decir, una bonificación por retiro voluntario equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio con un máximo de seis meses, lo cual sigue siendo poco si se considera que, en la práctica, los funcionarios que llevan muchos años trabajando y que probablemente están en el tope de su escalafón no querrán renunciar, pues si lo hacen sus remuneraciones se verán fuertemente deterioradas, debido al sistema previsional que tenemos. La iniciativa quiere ayudar en ese sentido, pero no lo logra.
Este tipo de proyectos sólo se explica por el hecho de que los trabajadores tienen pánico de jubilar, porque si lo hacen están condenados. Todos sabemos lo que les espera. Este proyecto de ley, más que ser un estímulo, significa poner un pequeño parche en la herida de un sistema de seguridad injusto e incompleto que, espero, muy pronto se reforme.
¡Cómo no voy a votar el proyecto favorablemente! Es cierto que beneficia a pocos, pero, pese a eso, merece nuestro apoyo. Como lo dijeron los diputados señores Claudio Alvarado y José Miguel Ortiz , la inmensa mayoría de los empleados municipales espera que su situación cambie algún día, pues son servidores públicos, quizás más que otros, ya que están junto a la gente día a día.
Voy a votar favorablemente el proyecto, aunque me parece algo tímido y pequeño.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, como lo señalaron todos los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, considero que estamos frente a un proyecto que motiva al mundo municipal.
Para mí, que ejercí la labor de alcalde de la gloriosa comuna de María Elena, este proyecto de ley da un paso gigantesco para entregar estímulos e incentivos, como lo señaló el diputado Ulloa .
Asimismo, en su momento, abordamos el tema de los incentivos para el retiro voluntario de profesores.
Este proyecto de ley camina por la senda correcta, pues representa un incentivo positivo en el plano legislativo para impetrar un legítimo derecho. Además, nos encontramos motivados por esta bonificación a la gente que cumplió un tiempo prudente en el servicio público, especialmente en las comunas más aisladas. Con esta iniciativa, podrán acogerse a retiro y descansar como corresponde.
No quiero entrampar esta iniciativa. Tuve intención de presentar una indicación, a raíz de lo que dijo el diputado señor Enrique Jaramillo , sobre la base de los antecedentes que nos permitan tener claridad respecto de esta bonificación, que es de costo municipal. Hay municipios que tienen mayores recursos que otros. No todos tienen la posibilidad de entregar este beneficio como quisiéramos. Por lo tanto, en el artículo 2º, inciso segundo, me habría gustado -a lo mejor, se verá en la discusión técnica de la comisión- que se exigiera al alcalde un plan de retiro, previa consulta al concejo, con todos los requerimientos habidos y por haber. Es decir, tal como se hace acá cuando ingresa un proyecto de ley que requiere recursos y el Ministerio de Hacienda manda la certificación de que el proyecto tiene el financiamiento correspondiente.
Para no entrampar este proyecto de ley, que va por la senda correcta, la Unión Demócrata Independiente lo va a apoyar. Sería interesante plantear que al alcalde se le exija un plan de retiro anual, como corresponde, previo a la presentación del concejo, y destacar que se mantienen los beneficios para los funcionarios municipales.
Este proyecto tiene un mérito extraordinario. El artículo 2º, inciso tercero, dice: “La remuneración que servirá de base para el cálculo de las bonificaciones será el promedio de las remuneraciones mensuales de los últimos 12 meses inmediatamente anteriores al cese de funciones del funcionario, actualizadas según el índice de precios al consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.”.
Nos parece positivo reconocer ese sueldo último obtenido por el funcionario.
Por otro lado, insisto en que tengo mis aprensiones respecto de la capacidad económica de los municipios para responder a las expectativas que estamos discutiendo. Efectivamente, hay áreas, por ejemplo, educación y salud, que ya están mostrando déficit. Lo hemos discutido con ocasión de los hechos ocurridos en materia educacional. Los municipios presentan una causa reconocida que dice relación con el monto que les depara complementar la subvención de la educación.
A pesar de mis aprensiones, me parece que este proyecto es positivo, porque beneficiará a los funcionarios municipales.
La Unión Demócrata Independiente votará favorablemente, y esperamos que en el Senado se hagan las modificaciones que no haremos acá para no detener la iniciativa que tanto necesita el mundo de las municipalidades.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero destacar la importante labor que desempeñan los funcionarios municipales en el desarrollo de nuestras comunidades. Ese trabajo es aún más arduo y difícil en las comunas alejadas y extremas. Lo pude comprobar desde mi juventud, puesto que mi padre fue alcalde de Chillán en la década de 1960 y cuando, como gobernador, me correspondió trabajar con los alcaldes y funcionarios municipales de veinte comunas. Hoy, como parlamentario, estoy en constante contacto con alcaldes, concejales y funcionarios municipales.
Lo más importante del proyecto es que beneficiará a funcionarios que, por años de trabajo, tienen los requisitos para acogerse a jubilación. Debido a las exiguas remuneraciones, es necesario incentivarlo.
El segundo punto, que ya señalaron los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, es que esperamos que la señora Presidenta envíe un proyecto de ley para solucionar el problema previsional, porque, así como hubo que dar un incentivo a los profesores, debemos luchar para que las mujeres y los hombres que tienen la edad para acogerse a jubilación se puedan retirar a un merecido descanso y gozar de lo que les corresponde luego de realizar su trabajo a favor de nuestras comunidades y del país.
El tercer punto dice relación con la necesidad que tienen las instituciones públicas de renovar su personal. Por ese motivo, esta iniciativa es integral y de justicia tanto para las personas que podrán acogerse a jubilación como para los municipios, que tendrán la posibilidad de modernizarse con savia joven.
Por último, esto se concreta en personas, y el beneficio, que costará menos del 1 por ciento de los presupuestos de los municipios, beneficiará a 1.251 hombres y a 702 mujeres. En nuestra región del Biobío, 145 funcionarios municipales podrán acogerse a retiro, mientras que en la provincia de Ñuble podrá hacerlo una veintena de personas.
Por lo expuesto, nuestra bancada votará favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL ( Presidente ).-
En votación general el proyecto de ley que concede una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios municipales que indica, con excepción del artículo 2º, que requiere quórum de ley orgánica constitucional.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor LEAL ( Presidente ).-
En votación general el artículo 2º, para cuya aprobación se requiere del voto afirmativo de 66 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 102 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor LEAL (Presidente).-
Dado que no fue objeto de indicaciones, se da por aprobado en particular con la misma votación, dejando constancia de haberse alcanzado el quórum constitucional requerido.
Despachado el proyecto.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
CAMBIO DE NOMBRE A CALLE DE COMUNA DE REQUÍNOA.
El señor LEAL ( Presidente ).-
Informo a la Sala que en reunión de Comités se acogió la petición del diputado Maximiano Errázuriz de tratar sobre Tabla el proyecto de acuerdo N° 70, que solicita a la municipalidad de Requínoa asignar el nombre de Jorge Jottar a la calle Comercio de esa comuna.
El señor Prosecretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo señalado.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 70, de los señores Sule, Meza, Errázuriz, Barros, Valenzuela, García-Huidobro, Bauer, Montes y de la señora Sepúlveda, doña Alejandra.
“Considerando:
Que, el 23 de julio de 1966, don Jorge Jottar Mereb fue campeón y récord mundial de skeet (tiro al plato) en su especialidad, en el campeonato realizado en la ciudad de Wiesbaden, República Federal de Alemania , donde participó junto a ciento treinta competidores del mundo entero;
Que, en la prueba final, en que se enfrentaron tres tiradores, compitió con deportistas de Alemania y Polonia -Supplí y Rogosky, que obtuvieron el segundo y tercer lugar, respectivamente- quienes, con muchos más recursos que Jottar, fueron derrotados por este chileno que debió enfrentar, con limitados medios, a verdaderas potencias mundiales que contaban con la asesoría y el entrenamiento proporcionados por sus propios países;
Que el mérito de don Jorge Jottar fue no sólo haber logrado el primer jugar en un campeonato mundial, sin el apoyo que actualmente el Estado dispensa a los deportistas, sino, también, haber alcanzado una marca nunca antes lograda por competidor alguno, lo que le valió que, además de ser campeón mundial, fuera igualmente récord mundial;
Que, desde hace muchos años, en la población Gómez Carreño de Viña del Mar, existe una calle que lleva su nombre.
Que resulta de toda lógica que la Cámara de Diputados y su pueblo natal Requinoa, en la Sexta Región, del Libertador General Bernardo O’Higgins, donde ha vivido toda su vida desde 1929, le hagan un justo reconocimiento en vida y no, como sucede con una frecuencia mayor a la deseada, que los homenajes y los reconocimientos se hagan cuando el beneficiario ya no puede apreciar la gratitud de sus compatriotas.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al Alcalde de Requinoa , don Rubén Cavieres, y a su Concejo, que, en la fecha más próxima al 23 de julio de 2006, designe la actual calle Comercio de esa comuna con el nombre de Jorge Jottar Mereb.”
El señor LEAL (Presidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA .-
Señor Presidente , desde 1929, en la comuna de Requínoa vive un gran deportista: don Jorge Jottar , quien fue campeón mundial de tiro al platillo.
Por esa razón, algunos diputados apoyamos al diputado Maximiano Errázuriz en la presentación de este proyecto de acuerdo, que tiene por finalidad solicitar a la municipalidad de Requínoa que asigne a una de las calles principales de esa comuna el nombre de ese destacado deportista, de modo de hacerle un reconocimiento en vida por su labor.
Esperamos que el concejo y el alcalde de Requínoa aprueben la petición, cuyo objeto es reconocer a una persona que ha entregado su vida al deporte y que otorgó un alto honor a Chile al titularse campeón mundial de tiro al platillo en el campeonato mundial realizado en la República Federal de Alemania en 1966.
Por lo expuesto, sugiero a la Sala que apruebe por unanimidad el proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , sin duda, Jorge Jottar es uno de esos chilenos ejemplares que hoy permanecen junto a nosotros. Se trata de un deportista que no sólo ha dado un ejemplo siendo campeón mundial, sino, también, preocupándose permanentemente de lo social y también de la formación de jóvenes en el deporte.
Considero que las personas destacadas deben recibir los homenajes y reconocimientos en vida y no cuando ya no pueden apreciar la gratitud de sus compatriotas.
Por ello, anuncio el voto favorable de la Unión Demócrata Independiente a este proyecto de acuerdo, porque establece un reconocimiento que honra no sólo a Jorge Jottar sino, también, a su familia.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra
Cerrado el debate.
En votación.
El señor LEAL (Presidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvo el diputado señor
ENVÍO DE PROYECTO SOBRE ESTATUTO DE LOS ASISTENTES DE EDUCACIÓN DE CHILE.
El señor LEAL (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 51, de los señores Sepúlveda, Chahuán, señoras Isasi, doña Marta; Valcarce, doña Ximena; señores, Errázuriz, Martínez, Verdugo, Aedo, Enríquez-Ominami y García-Huidobro.
“Considerando:
Que, en los distintos establecimientos educacionales del país, alrededor de setenta mil personas conforman el sector no docente, constituido por administrativos, asistentes de párvulos, inspectores, vigilantes, auxiliares de servicio, encargados de laboratorio, etcétera, quienes desarrollan una importante labor en el proceso educativo del país;
Que el principal problema que afecta a los no docentes es la carencia de regulación de este sector y del reconocimiento a la importante labor que desempeñan, ya que, por regla general, las distintas normas legales dictadas en relación con los procesos educacionales no los han mencionado. A modo de ejemplo, cabe señalar que la ley sobre Jornada Escolar Completa, que entre sus normas creó los Consejos Educacionales, no contempla a los no docentes como parte de sus integrantes;
Que, el 10 de enero de 2000 -fecha en que era candidato a la Presidencia de la República -, don Ricardo Lagos Escobar firmó un documento denominado ‘Bases para un compromiso por el fortalecimiento de la Educación y la profesión docente’, cuyo párrafo cuarto establece textualmente: ‘La promulgación del Estatuto de los Trabajadores No Docentes de la Educación vendrá a hacer justicia a este gran sector del sistema educacional’;
Que, no obstante haber transcurrido más de cinco años desde la suscripción de dicho compromiso, éste no se cumplió en la forma acordada. Por ello, el 28 de abril de 2005, los dirigentes del sector no docentes entregaron al Poder Ejecutivo un anteproyecto denominado ‘Estatuto de los Asistentes de Educación de Chile’, el cual, hasta la fecha, no se ha materializado en una ley que establezca un marco legal para dicho sector;
Que, el 10 de enero de 2006, doña Michelle Bachelet dirigió una carta a los presidentes de las organizaciones no docentes de Chile, en la que se comprometió, una vez instalado el nuevo gobierno, a conformar una instancia de trabajo conjunto entre el Gobierno, los municipios y las asociaciones de funcionarios codocentes, de manera de sentar las bases para este marco regulativo.
Que, hasta la fecha, no se han cumplido los compromisos suscritos por los entonces candidatos presidenciales mencionados, por lo que se estima de toda justicia que se establezca a la brevedad un marco legal que regule el sector, y
Que, el 20 de julio de 2005, en sesión 22ª, se presentó el proyecto de acuerdo N° 675, quedando en tramitación pendiente, razón por la cual se presenta nuevamente.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que, con la mayor brevedad, remita al Congreso Nacional un proyecto de ley que contenga el ‘Estatuto de los Asistentes de Educación de Chile’, que permita al sector no docente contar con un marco legal que lo regule.”
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto, tiene la palabra el diputado señor Francisco Chahuán.
El señor CHAHUÁN .-
Señor Presidente , la presentación de este proyecto de acuerdo obedece al requerimiento formulado a dos presidentes de la República de la Concertación y que consideramos necesario replantear en este momento que está en discusión la calidad de la educación, donde creemos que deben ser partícipes en igualdad de condiciones todos los actores involucrados: profesores, estudiantes y codocentes. Esos gobiernos no cumplieron con sus promesas de campaña.
En efecto, el 10 de enero de 2000, el entonces candidato a Presidente de la República Ricardo Lagos Escobar firmó un documento-compromiso, denominado Bases para un Compromiso por el Fortalecimiento de la Educación y Profesión Docente.
Su párrafo cuarto establece textualmente: “La promulgación del Estatuto de los trabajadores no docentes de la educación, que vendrá a hacer justicia a este gran sector del sistema educacional.” Durante su gobierno, el Presidente Ricardo Lagos no cumplió este formal compromiso.
Esta situación motivó que, el 28 de abril de 2005, los dirigentes del sector de los codocentes entregaran al Poder Ejecutivo un anteproyecto denominado Estatuto de los Asistentes de la Educación de Chile, con el objeto de que se transformara en ley, lo que tampoco fue materializado.
El 10 de enero de 2006, la entonces candidata Michelle Bachelet, actual Presidenta de la República, dirigió una carta a los presidentes de las organizaciones codocentes de Chile, en la cual se comprometió, una vez instalado el nuevo gobierno, a conformar una instancia de trabajo conjunto entre el gobierno, los municipios y las asociaciones de funcionarios codocentes, de manera de sentar las bases para el marco regulatorio que requiere este sector.
Los denominados codocentes son alrededor de 70 mil personas, las que desarrollan una importante labor en el proceso educativo del país.
Anteriormente, el 20 de julio del año pasado, con este mismo objeto, se presentó en la Cámara el proyecto de acuerdo Nº 675, pero no se trató en Sala y nadie instó para que se discutiera.
Todas las normas legales dictadas en relación con los procesos educacionales, tan de moda hoy en día, los han ignorado, lo que constituye un verdadero menosprecio a su relevante función.
Por esta razón, es hora de que se haga justicia a este importante sector laboral, otorgándole definitivamente un marco legal regulador, que ellos han denominado Estatuto de los Asistentes de Educación de Chile, reconociéndose, de esta forma, su significativa función en el desarrollo de los procesos educacionales. Por ello, solicito la aprobación de este proyecto de acuerdo, mediante el cual se pide a la Presidenta de la República que cumpla definitivamente con su promesa y le haga justicia a un importante sector de trabajadores del país que han aportado a la educación de miles de niños chilenos.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , hoy quiero intervenir como profesor.
En el proceso educativo no sólo participan el alumno y el profesor, sino muchos agentes: padres, apoderados, la comunidad y los codocentes. En ese sentido, la Unión Demócrata Independiente hoy reclama, a la luz de la discusión del tema de la educación, que ellos sean parte de este proceso y se les haga el reconocimiento que corresponde.
Lamento mucho que el Presidente Lagos no cumpliera el compromiso asumido en la Segunda Región de sacar adelante el proyecto de ley marco de los codocentes. El esfuerzo que se intenta hacer en la Cámara no es nuevo y hoy hay parlamentarios que lo han repuesto. Junto con muchos de ellos, como los diputados Ulloa , Iván Norambuena y otros, que han compartido conmigo esta preocupación, voy a votar a favor del proyecto de acuerdo que pretende, de una vez por todas, reconocer como corresponde la labor de los codocentes en el proceso educativo.
He dicho.
-Aplausos.
El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-
Para impugnar el proyecto, tiene la palabra la diputada María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
Señor Presidente , tengo mucho respeto por los codocentes y por la labor que desempeñan. Los conozco y los he acompañado durante muchos años. Aplauden el proyecto, pero dudo que pueda ser una realidad lo que plantea, por cuanto las personas que lo firman han sido detractoras del estatuto docente y ahora sugieren que se elabore uno para los asistentes de la labor educativa. Por eso, me extraña su posición.
Estoy por interceder y pedir a la Presidenta que conforme una mesa de trabajo para que se dé una acción real; pero estoy en contra de la demagogia de la gente de la Derecha, que se opone al estatuto docente y que hoy ilusiona a los codocentes con un estatuto propio. Quiero ver si lo aprueban. No soporto la demagogia, y en esto la demagogia es enorme.
-Manifestaciones en las tribunas.
señor BURGOS (Vicepresidente).-
En votación el proyecto de acuerdo.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
DEROGACIÓN DE AHORRO PREVIO PARA POSTULACIÓN A VIVIENDA DE FONDO SOLIDARIO.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo N° 53, de los señores Duarte, Meza, Quintana, Escobar, Galilea, Recondo, Vallespín, Pérez, Palma y Espinosa.
“Considerando:
Que las familias que optan a una vivienda del Fondo Solidario son de bajos recursos y un gran porcentaje está bajo la línea de pobreza;
Que es deber del Estado velar por el bien común de todos los chilenos;
Que, en la actualidad, las familias que optan a una vivienda del Fondo Solidario deben comprometer un ahorro de diez unidades de fomento;
Que la mayoría de estas familias vive con el sueldo mínimo, por lo que deben realizar un gran esfuerzo para dicho ahorro;
Que uno de los fundamentos sociales es la equidad para garantizar que todos los chilenos tengan las mismas oportunidades, sin importar raza, creencia, ubicación geográfica, género, etcétera, y
Que, como requisito básico, las familias que postulan a este subsidio tienen que tener en su libreta de ahorro para la vivienda diez unidades de fomento, y para conocer si obtienen o no el beneficio del Estado deben esperar un demoroso proceso.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. la Presidenta de la República que deje sin efecto las modificaciones reglamentarias de la postulación al subsidio de una vivienda del Fondo Solidario, que establece como requisito básico que las familias tengan en la libreta de ahorro para la vivienda diez unidades de fomento, y reponga la normativa que posibilita la certificación de ahorro por la entidad organizadora.”
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto, tiene la palabra el diputado Fernando Meza.
El señor MEZA .-
Señor Presidente , los esfuerzos hechos por lo gobiernos de la Concertación para disminuir el déficit habitacional son especialmente loables y cada día aumentan. Estamos convencidos de que los anuncios que se harán en los próximos días traerán más tranquilidad a la ciudadanía.
Sin embargo, el proyecto de acuerdo, que elaboramos junto con los colegas Duarte, Quintana, Escobar, Galilea, Recondo, Vallespín, Espinoza y Pérez, se relaciona con un drama que aqueja...
(Manifestaciones en las tribunas).
...a miles de familias chilenas que intentan acceder a la vivienda propia a través de los subsidios habitacionales, lo que muchas veces se agrava con este problema de comprometer las 10 UF de ahorro al momento de la inscripción de los postulantes. Este requisito se transforma en un verdadero impedimento para acceder al subsidio de 280 UF, dadas las condiciones socioeconómicas de las familias que no tienen las 10 UF de ahorro.
Por eso, con este proyecto de acuerdo buscamos que se reponga la normativa que posibilitaba la certificación del ahorro por la entidad organizadora, de manera que, en el plazo que hay entre la inscripción y la adjudicación del subsidio, no se le exija a la familia tener ahorradas previamente las 10 UF, sino sólo al momento de la adjudicación. Con ello, las familias tendrán más posibilidades de cumplir el sueño de la casa propia.
Por lo tanto, solicito a los colegas presentes que nos apoyen en este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado Gonzalo Duarte.
El señor DUARTE.-
Señor Presidente, para complementar lo señalado por el colega Meza, quiero agregar lo siguiente.
Uno de los objetivos enunciados por la Presidenta de la República el 21 de mayo fue focalizar la ampliación de los programas de vivienda a los quintiles de menores ingresos.
La norma original permitía que las entidades organizadoras garantizaran el ahorro de las familias más pobres hasta el proceso de cobro del subsidio. Ésa era una gran facilidad, desde el punto de vista de la organización del sistema, porque el vecino que postulaba abría la libreta de ahorro para la vivienda, la entidad organizadora garantizaba el ahorro y, posteriormente, durante el proceso, que normalmente supera el año, el vecino podía hacer el ahorro pertinente y llegar al momento de recepción de la vivienda habiendo enterado ese ahorro definitivamente.
La norma que pedimos corregir impide a los vecinos postular a una vivienda del Fondo Solidario, pues los obliga a tener el ahorro enterado que, en la práctica, es un ahorro inmovilizado durante un período que supera normalmente el año, lo que consideramos un obstáculo que no colabora a cumplir las metas establecidas por la Presidenta de la República .
Por lo tanto, mediante este proyecto de acuerdo pedimos oficiar a la Presidenta de la República para que se rectifique la situación descrita.
He dicho.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente, durante el último tiempo hemos sido testigos de una serie de proyectos de acuerdo que nos han sorprendido a todos.
Sin embargo, hay que conocer la esencia del Fondo Solidario para darse cuenta de cuáles fueron las problemáticas que generaron la exigencia de las 10 UF de ahorro previo a la postulación. Hay que ver las estadísticas de lo que ocurrió. Lo señalo como integrante de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano.
Cuando no existía la exigencia de las 10 UF de ahorro previo, muchas familias continuaban en el proceso y, al momento de obtener el subsidio, debían ser reemplazadas, porque, con el subsidio ya en la mano, no enteraban las 10 UF.
Comprendo perfectamente el espíritu del proyecto de acuerdo, pero llamo a los colegas a que seamos responsables en esta materia.
Los esfuerzos que deben hacer las familias que optan a una vivienda del Fondo Solidario para lograr su ahorro hoy están complementados con otro tipo de iniciativas que están generando las mismas empresas que se dedican a presentar los proyectos. Una de ellas son los préstamos. Hoy, gran parte de las familias tienen acceso a microcréditos con el objeto de obtener los cerca de 180 mil pesos -10 UF- y pagarlos en cómodas doce o catorce cuotas mensuales. No hay que olvidar que el Fondo Solidario implica el no pago de dividendos de por vida; por tanto, se recibe la llave y nunca más se paga el dividendo. Por eso, es sumamente atendible el hecho de obtener 180 mil pesos con esfuerzo o bajo los mecanismos que he planteado.
Por lo tanto, no estoy de acuerdo con el proyecto de acuerdo, porque en los comités en que he trabajado he sido testigo del efecto contrario; es decir, una vez obtenido el beneficio, terminan recibiendo el subsidio las familias que estaban en lista de espera, pero que no tenían esas necesidades. Soy partidario de cumplir con ese esfuerzo, porque de esa forma se garantiza que el ciento por ciento de las familias postulantes obtenga una vivienda y, posteriormente, no se genere el drama de ser reemplazada, como consecuencia de que, una vez obtenido el subsidio, éste se pierda porque no ahorraron dinero.
Por lo tanto, estoy en contra de la iniciativa.
El señor BURGOS ( Vicepresidente ).-
La votación de este proyecto de acuerdo quedará pendiente para la próxima sesión.
VII. INCIDENTES
ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA EVITAR INUNDACIONES EN LOCALIDADES DE LA NOVENA REGIÓN. Oficios.
El señor BURGOS (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA .-
Señor Presidente , todos los años el país es testigo de las agresiones que la climatología ejerce sobre los distintos sectores de la geografía nacional.
Hoy, quiero referirme al drama en el que se encuentran inmersas algunas localidades de la Novena Región, en particular el distrito que represento en La Araucanía.
Hago un llamado de atención a las autoridades del Ministerio de Obras Públicas y del Serviu, para que definitivamente pongan atención sobre el drama de Loncoche, puerta de salida sur de la Novena Región, la cual todos los años sufre las inundaciones que hemos conocido en los últimos días, en circunstancias de que saben perfectamente cuáles son las calles y las poblaciones que son afectadas. Incluso, me atrevo a decir que conocen hasta los nombres y apellidos de las personas que estarán damnificadas a consecuencia de las inundaciones habituales de todos los años, sin poner remedio a esa situación antes de que se produzcan estos graves problemas. En Loncoche, la ribera sur del río Cruces se inunda desde hace muchísimos años, debido a lo cual cientos de familias se han visto afectadas. Varios metros de agua echan a perder las viviendas, sus instalaciones, los enseres domésticos y la ropa de quienes las habitan.
Sin embargo, las autoridades del Ministerio de Obras Públicas, que han sido requeridas en varias oportunidades por los parlamentarios de la zona, prometen y luego no cumplen. Por ejemplo, la seremi de Obras Públicas saliente, señora Yazmín Balboa , se apersonó allí en varias ocasiones, pero no dio ninguna solución respecto de la construcción de una muralla en el río Cruces para evitar las inundaciones. Lo mismo sucede con los esteros Lumaco y Marico , que todos los años inundan las villas Las Américas , Los Caciques , Los Araucanos, Los Reyes , Los Alerces , Pablo Neruda , etcétera.
Es necesario que las autoridades se pongan verdaderamente la camiseta del sufrimiento de esas humildes familias de los sectores descritos y dispongan los recursos y los técnicos adecuados, para que, de una vez por todas, terminen con el drama que todos los años aqueja a Loncoche.
Por lo tanto, solicito que se envíe un oficio al ministro de Obras Públicas y al director del Serviu, que algo tiene que ver con las alcantarillas del sector y con los drenajes de los esteros y los ríos señalados, para que, a la brevedad y antes de que sigan sucediendo más desgracias, se adopten las medidas adecuadas para que los habitantes de Loncoche, al igual que los de las comunas de Gorbea, en Lastarria; Villarrica , Cunco y Curarrehue, dejen de padecer los dramas que están sufriendo otras personas de la comuna de Toltén, que tienen que ver con el bienestar de la ciudadanía.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa y de quien preside.
DEFICIENTE CALIDAD DE VIVIENDAS SOCIALES ENTREGADAS EN COMUNA DE PEÑALOLÉN. Oficios.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi .
La señora CRISTI (doña María Angélica) .-
Señor Presidente , en esta oportunidad, me referiré al problema de la calidad de las viviendas, que no sólo afecta a Peñalolén, comuna que represento, sino a todo el país.
Durante muchos años la comuna de Peñalolén albergó a uno de los campamentos más grandes que ha existido en el país, el denominado campamento de Nasur, que llegó a congregar a más de 10 mil personas y a 1.800 familias. Su larga historia -alrededor de seis años- podría servir para escribir un libro.
Dicho campamento, en los últimos días, se ha erradicado gracias a un trabajo coordinado entre el Ministerio de Vivienda, la Municipalidad de Peñalolén y otros organismos.
Sin embargo, el drama de las familias que allí vivieron durante tantos años aún no termina. Si bien han cumplido su sueño de la casa propia y de quedarse a vivir en la misma comuna, ello no se compatibiliza con la calidad de las viviendas recibidas. En realidad, no sé si llamarlas viviendas, porque se trata de estructuras de 29 metros cuadrados, ubicadas en terrenos de 60 metros cuadrados, entregadas con horribles terminaciones, como si hubiesen sido construidas a ciegas. No tienen un segundo piso conformado y algunas ni siquiera tienen escaleras.
A la ministra de la cartera de la anterior administración le hice ver la necesidad de que se entregaran viviendas un poco más dignas, donde la gente, por lo menos, tuviera pilares donde clavar las tablas para construir la segunda habitación. La ministra me respondió que ése no era su problema, sino que del Serviu. Ésa no es una respuesta muy vivificante.
Hoy, efectivamente, se entregaron estas casas que la gente ha llamado Chubi, porque están una al lado de la otra y pintadas de distintos colores.
Además, de todos los inconvenientes que planteo respecto de la calidad, dignidad y espacio de estas viviendas, tienen las mismas características de otras casas que se entregan en Chile. El problema es que a una familia con seis hijos se le entrega una casa del mismo tamaño que a una que tiene sólo un hijo o a una pareja de ancianos. Ese tema lo tendremos que discutir cuando analicemos la calidad de las viviendas.
Durante las últimas lluvias, la gente se mudó a sus nuevas casas, pero se encontró con la sorpresa de que no están terminadas y que no cuentan con la más mínima urbanización, lo que es una negligencia inexcusable, pues era una de las tareas prioritarias del Serviu Metropolitano que se viene planificando desde hace más de un año.
Las viviendas no han sido recepcionadas por la Municipalidad de Peñalolén, por las razones expuestas en un oficio que adjunto. Entre otras cosas, el Serviu se comprometía a entregar documentación para la debida recepción con, a lo menos, siete días de anticipación al traslado. Para ello las viviendas debían contar con abastecimiento de agua potable -algunas no lo tuvieron-, instalación de alcantarillado domiciliario, instalación eléctrica interior -muchos se cambiaron a ciegas, sin luz-, pavimentación para el acceso a las viviendas y alumbrado público, y certificación de impermeabilidad, pero ni siquiera se han ejecutado los ensayos que exige el Dictuc para dar su aprobación a una vivienda.
Lo concreto es que los pobladores han sido trasladados a viviendas incompletas, mal construidas y sin conexiones a los servicios básicos. Hasta hoy, hay familias cuyas casas cuentan con conexiones eléctricas mal hechas, duchas que no funcionan, ventanas y puertas descuadradas.
En una carta compromiso de 14 de abril de este año, el director del Serviu Metropolitano se comprometió a dar solución al problema de las aguas lluvia en la parte superior del sitio donde se construyeron las viviendas, que deslinda al oriente con los conjuntos habitacionales Microbuseros y Antupirén. Evidentemente, el compromiso no se cumplió antes del jueves 8 de junio, provocándose la situación conocida a través de los medios de comunicación. Al no estar ejecutadas las obras de canalización, el agua y la tierra se deslizó desde el límite oriente hasta las viviendas ubicadas en la parte inferior.
Tampoco se han construido los muros de contención entre viviendas, lo que ha provocado el deslizamiento de agua y tierra desde las casas construidas a más altura.
Las viviendas fueron entregadas sin canaletas, lo que produjo anegamientos con el agua proveniente desde los techos y del exterior, además del humedecimiento de las paredes, situación que constatamos en terreno. Prácticamente todas las viviendas se han humedecido, lo que, de paso, provocó el deterioro de los enseres familiares.
Los habitantes de la población Microbuseros, que fue la que tuvo más problemas, porque está cerca de una quebrada y en un terreno en declive, fueron tratados de mentirosos y conflictivos por exigir, simplemente, que se les entregara una vivienda digna. Para adquirirla se endeudaron en más de un millón de pesos.
Efectivamente, ellos convocaron a los medios de comunicación, en la madrugada del 8 de junio, pues, como todos sabemos, es la única medida de presión que produce algún resultado en el Gobierno. De hecho, si la prensa no hubiera informado sobre la situación que los afecta, lo más probable es que el Serviu habría seguido postergando el cumplimiento de sus compromisos.
La ministra Patricia Poblete dispuso la realización de un sumario administrativo para determinar quién desoyó sus instrucciones de no trasladar las familias del campamento a las viviendas definitivas hasta que no estuvieran debidamente terminadas. Sin embargo, en la mañana de hoy, declaró que los medios de comunicación ejercieron mucha presión contra el Serviu para que entregaran las viviendas que se anegaron durante las lluvias de la semana pasada. Agregó que no era un problema de calidad de la construcción; que había estado allí y que las casas no se llovían; que sólo había problemas de sellado de ventanas y entre el techo y las junturas de las paredes; que no había problemas de filtraciones de humedad en las paredes y que las casas no se estaban lloviendo. Pero resulta que el agua escurrió por las paredes y se mojaron los pocos enseres que tienen esas modestas familias, salidas del campamento.
En cuanto a los daños materiales ocasionados a los pobladores por la negligencia del Serviu, el viernes 9 de junio la ministra se comprometió con algunas de las familias más afectadas a que el Ministerio les repondría los enseres dañados por la inundación: televisores, refrigeradores y camas, entre otros; sin embargo, ayer se habría negado a cumplir ese compromiso.
Estos son algunos de los tantos dramas provocados por la mala calidad de las viviendas.
Tengo en mi poder dos documentos oficiales relacionados con estos hechos. El primero es una carta compromiso, del 24 de abril de 2006, firmada por el director del Serviu Metropolitano , en la cual se compromete a recibir las viviendas en las condiciones que mencioné. El segundo es un oficio del alcalde de Peñalolén al director del Serviu Metropolitano , en el cual señala que la municipalidad no recibirá las viviendas mientras no se cumplan todos los compromisos relacionados con las terminaciones.
Al final, no se sabe qué pasó, porque las familias fueron trasladadas a las casas sin terminar lo que produjo las situaciones dramáticas que ya conocemos.
En consecuencia, pido que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo para que, en primer lugar, nos informe cuál fue el resultado del sumario que ordenó instruir para determinar quién desoyó sus instrucciones de no trasladar a las familias del campamento hasta que las viviendas no estuvieran debidamente recibidas.
En segundo lugar, para que ordene al director del Serviu Metropolitano que nos informe por qué no se cumplieron los compromisos que había adquirido; por qué se trasladó a la gente antes de que las casas tuvieran agua potable, alcantarillado y energía eléctrica, y por qué no se consideraron, previo al traslado, los informes del Dictuc, entidad contratada por ese servicio para resguardar la calidad de las viviendas, teniendo en cuenta las observaciones que los pobladores del campamento, el municipio y la empresa constructora hicieran llegar.
En tercer lugar, para que nos informe qué responsabilidad le cabe en estos hechos a la empresa constructora y al Serviu Metropolitano.
Finalmente, para solicitarle que cumpla el compromiso que adquirió con esas modestas familias afectadas, en orden a reponer, por lo menos, los enseres básicos que perdieron a causa de la inundación que sufrieron sus viviendas.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente )-.
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando el texto de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Rojas y Salaberry .
INFORMACIÓN SOBRE CURSOS IMPARTIDOS POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES A TRABAJADORES PORTUARIOS. Oficio.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , hace algún tiempo el entonces diputado por Iquique , Ramón Pérez Opazo , Q.E.P.D., gran amigo, a quien recuerdo con cariño -hace unos días se cumplió un año de su fallecimiento-, hizo presente su preocupación relacionada con los cursos para microempresarios que imparte el Ministerio de Transportes a los trabajadores portuarios, respecto de los cuales aún subsisten problemas.
Es así como se han presentado irregularidades, que conocimos en la comisión investigadora que presidió, precisamente, Ramón Pérez . A pesar de las medidas que hemos propuesto desde esa época hasta la fecha para solucionar los problemas detectados, de acuerdo con la información que me han entregado representantes de Antofagasta e Iquique, los problemas continúan. Al parecer, los cursos se entregan con un criterio más bien político, en vez de ofrecérselos a quienes cumplen con los requisitos exigidos para acceder a ellos. Cabe recordar que tales cursos les permitirán transformarse en microempresarios, cuando deban abandonar los puertos que se han licitado y que hoy son privados.
Por lo tanto, pido que se oficie el ministro de Transportes y Telecomunicaciones , a fin de que nos informe sobre todos los cursos que se han realizado, desde el 2002 a la fecha, dónde se han impartido y quiénes han sido sus beneficiarios, y sobre los que dictarán a futuro y quiénes serán los beneficiarios, para saber si se está cumpliendo con lo acordado, y así poder dar una respuesta a los dirigentes que nos han planteado esta inquietud. De no ser así, lamentaríamos mucho que el Gobierno no haya valorado el esfuerzo realizado por la Cámara de crear una comisión para investigar las irregularidades cometidas en la dictación de los cursos.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
SOLUCIÓN A PROBLEMA PREVISIONAL QUE AFECTA A TRABAJADORES AGRÍCOLAS DE SAN FELIPE. Oficios.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Marco Antonio Núñez.
El señor NÚÑEZ .-
Señor Presidente , quiero llamar la atención de esta Sala sobre una situación realmente impactante que ocurre en la comuna de San Felipe, relacionada con dos empresas agrícolas que mantienen una deuda previsional con más de cuarenta trabajadores, la que asciende a 500 millones de pesos.
El sábado pasado tuve una reunión con esas personas, agrupados en el Sindicato Interempresas de Trabajadores Agrícolas de San Felipe, quienes me describieron la realidad que están viviendo desde 1991, lo que me produjo estupor. Como decía, existe una deuda previsional impaga que sólo en la AFP Hábitat asciende -está informada- a 198 millones de pesos.
Lo más lamentable de esto es que los juicios entablados hasta ahora por las AFP en contra de la Sociedad Santa Teresa Agrícola Sociedad Anónima y de la Sociedad Santa Teresa Inversiones Limitada no han tenido avances sustantivos, con lo que se pone en peligro el trabajo de muchos años de esos trabajadores agrícolas que están quedando sin protección para jubilar. En su mayoría, se trata de trabajadores residentes en las comunas de Santa María y San Felipe .
Se me ha informado, además, que los trabajadores temporeros, que son varios cientos y que se suman a las labores agrícolas durante la temporada de verano, por tampoco tienen sus cotizaciones al día.
He querido llamar la atención de la Cámara sobre de las medidas que vamos a tomar a partir de ahora que he decidido colaborar con ellos en la solución de su problema.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro del Trabajo , al intendente de la Quinta Región , al seremi del Trabajo de la Quinta Región , don Edgardo Piqué ; al director de la Inspección del Trabajo de San Felipe , al gobernador provincial y al presidente del Sindicato de Trabajadores Interempresas Agrícolas de San Felipe, don Luis Núñez Brito , quien valientemente, pero sin resultados positivos, ha llevado a cabo una lucha, desde 1991, para que se respeten los derechos previsionales de los trabajadores, a fin de hacerles presente esta lamentable situación.
Espero que la Inspección del Trabajo de San Felipe adopte las medidas precautorias que la ley le indica para revertir este problema que afecta a más de 40 trabajadores.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, adjuntando el texto de su intervención.
RECURSOS PARA RECONSTRUCCIÓN DE HOGAR DE MENORES “ORESTE MONTERO” DE YUNGAY. Oficio.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , quiero referirme a un lamentable hecho ocurrido en la madrugada del martes 8 de junio en una importante comuna de la provincia de Ñúble.
En esa oportunidad, los moradores del hogar de menores “Oreste Montero”, de la comuna de Yungay, estuvieron a instantes de perder sus vidas, debido a un incendio que consumió prácticamente por completo el recinto que albergaba a 39 niñas y niños, quienes resultaron providencialmente ilesos, no obstante la magnitud de las llamas y la hora en que se produjo el siniestro.
El hecho ha causado consternación en toda la comunidad, incluso, mucho más allá de los límites comunales, atendidas las características de la población y los objetivos de ese hogar, que es mantenido con mucho esfuerzo por la parroquia San Miguel de dicha comuna.
Sus beneficiarios son niños y niñas de los sectores rurales de la comuna, de localidades alejadas como Curapaso, Santa Lucía Alto , Bastías y El Roble, entre otras, con una característica común: todos provienen de hogares de familias campesinas muy sacrificadas y que tenían como única esperanza de mejorar en parte la calidad de vida de sus hijos esa alternativa que les brindaba abrigo, alimentación y la posibilidad de continuar sus estudios.
El compromiso local del párroco, padre Luis Rocha , y del obispo de Chillán, padre Carlos Pellegrín , de continuar con la tarea autoimpuesta de apoyar a esos menores los ha llevado a desplegar una intensa campaña destinada a sensibilizar a la opinión pública. Es así como ya han llegado algunos enseres para atender la urgente necesidad de alimentos y de ropa de abrigo y cama. Toda la ayuda y la colaboración es bienvenida. Nuestra provincia y Chillán, en particular, que sabe de tragedias y lo que significa perderlo todo, sin duda, va a entregar su solidaridad y mano fraterna.
El punto que deseo plantear relacionado con esa lamentable realidad, es que no se puede esperar que sólo con la solidaridad de la comunidad se levantará ese hogar en ruinas. También es necesario que el Estado, a través del Gobierno, asuma un rol activo, porque ese hogar desarrolla una tarea de bien común, de país, al entregar oportunidades a quienes, por circunstancias del destino, no las tienen.
Durante la última semana, se ha hablado profusamente de dos Chiles: uno, que tiene todas las condiciones para surgir y progresar, y otro que, por factores sociales, está impedido de desarrollar sus potencialidades. En verdad, hay muchos más Chiles. Quienes representamos a las comunas rurales sabemos que allí las posibilidades para salir de la pobreza son inmensamente más escasas. Éste, de Yungay, es parte del Chile al que hago referencia.
Por lo tanto, solicito oficiar, en mi nombre, al ministro del Interior, con copia de mi intervención, a fin de que disponga las medidas pertinentes tendientes a destinar los recursos extraordinarios para la reposición del establecimiento.
También solicito enviar copia de esta intervención al obispo de Chillán y al párroco de San Miguel de Yungay, padre Luis Rocha .
Como tengo fe en Chile y en el espíritu que anima a sus autoridades, estoy cierto que pronto este hogar será una hermosa realidad. Treinta y nueve niños y niñas y los por venir, se lo merecen.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, a los que se adjuntarán copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Ortiz , Sabag , Burgos y de quien habla.
ANTECEDENTES SOBRE CONSORCIO ESPAÑOL POSTULANTE A LA CONCESIÓN DE CASINOS. Oficio.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el honorable diputado señor Jorge Burgos .
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , como todos sabemos, hace bastante tiempo, luego de que el Congreso Nacional despachara el proyecto y se dictara la ley que regula la instalación de casinos y salas de juego en Chile, se inició el procedimiento de postulación en las diversas regiones que poseen autorización para ello. Según la prensa, ha marchado sin mayores inconvenientes, salvo algunos recursos procesales, aun cuando todavía no terminan las adjudicaciones de las concesiones respectivas.
Digo eso, porque días atrás llegó a mi oficina distrital una fotocopia de antecedentes publicados en diarios españoles, en particular en “El País”, de octubre de 2000, y en “El Mundo”, de Cataluña, de 2002. Según ellos -los únicos que tengo-, un consorcio español de casinos, denominado Cirsa , aparentemente está siendo investigado en forma indirecta por eventuales situaciones de lavado de dinero. Quien lleva este proceso en España es el juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón .
En consecuencia, me parecería importante saber de parte del superintendente de Casinos , si lo estima pertinente, si al momento de las precalificaciones de las empresas que legítimamente han postulado a las concesiones se tuvo a la vista esa información. Si se ponderó, cómo se ponderó; si se desechó, por qué se desechó.
De grupos chilenos no hay antecedentes, por lo menos que yo maneje. Pero del grupo español Cirsa se han hecho esas publicaciones.
Por ello, pido oficiar para conocer si estos antecedentes -que entregaré efectus vivendi a la Mesa para que puedan ser despachados con el oficio- se tuvieron presente en la precalificación, por ejemplo, o en alguna otra instancia del proceso de concesión.
La instalación de casinos puede ser una gran oportunidad de inversiones limpias para Chile, desde el punto de vista no contaminante, del turismo, etcétera. Pero debemos ser especialmente rigurosos, como lo indica la ley que la rige y estar muy atentos a cualquier acción de lavado de dinero o lavado de capitales.
Insisto, no tengo otros antecedentes más que los que contiene la información de prensa que me hicieron llegar, pero creo que son suficientes como para que un diputado de la República pueda preguntar si se tuvieron a la vista al momento de tomar la decisión.
Pido que se envíe copia de mi intervención al superintendente de Casinos, con el objeto de que tenga a bien contestarme en relación con los hechos expuestos.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, al cual se adjuntará el texto íntegro de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Sabag , Martínez y de quien habla.
ANIVERSARIO DE LA ORGANIZACIÓN FUNCIONAL “COMUNIDAD UN NUEVO SENDERO”.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero referirme a una institución que, como otras, colabora con el progreso de los más pobres de nuestro país, la World Vision International, fundada en 1950 por el pastor Bob Pierce.
Su noble idea nació en Corea donde, como consecuencia de la guerra de esos días, muchos niños y niñas quedaron huérfanos, oportunidad en que realizó una campaña de recolección de fondos para la construcción de orfanatos en ese país, lo que trascendió las fronteras y, hasta estos días, se apoya a niños y niñas de muchos países del mundo.
Visión Mundial es un organismo internacional que inicia sus actividades en Chile en el año 1980. Entrega apoyo a innumerables familias de escasos recursos y facilita y promueve acciones sociales, educativas y productivas que conviertan a las comunidades involucradas en sujetos de su propio desarrollo, lo cual les permite mejorar sus condiciones de vida.
En nuestro país se está apoyando a 17 áreas de desarrollo de la Región Metropolitana y de las Regiones Octava y Novena. En la Octava Región existen programas de desarrollo de área en Lota, Coronel, Florida , San Ignacio , Alto del Biobío y San Carlos .
World Vision de la comuna de San Carlos apoya a las familias desde marzo de 1992. En forma preferente, apoya a 660 niños de la ciudad de San Carlos urbano, mediante la construcción de escuelas y hogares en los que se presta respaldo a niños y niñas, sin que las familias tengan protagonismo en el trabajo que realiza la institución.
En 1995, Vision Mundial inicia un trabajo que involucra a las familias de esos niños, a través de un proceso de organización con dirigentes que participan en la Escuela de Dirigentes, en la que se les capacita para su desarrollo personal y liderazgo. Esto permite que el 4 de julio de 1997 se constituya legalmente la organización funcional Comunidad Un Nuevo Sendero, con alrededor de 800 familias y 1.150 niños patrocinados, y 7 sectores o directivas de base.
Cabe destacar que esta institución se financia con aportes privados de cerca de dos mil patrocinadores, de los cuales casi la mitad son norteamericanos. Tiene asegurado un patrocinio hasta el año 2012. También, ha contribuido con los ahorros previos para comprar sitios para diversos comités de viviendas. La Villa Visión Mundial, de San Carlos, pudo comprar un terreno gracias a un aporte de 12 millones, con lo cual se beneficiaron 51 familias que postulaban a subsidio habitacional.
La Comunidad Un Nuevo Sendero cumple nueve años de vida. Cuenta con 1.600 familias asociadas, lo que corresponde al once por ciento de los habitantes de la comuna de San Carlos, 2.235 niños patrocinados, 16 sectores urbanos y 33 urbanos.
Su gran desafío para el futuro consiste en fortalecer las organizaciones de base, con el objeto de que los socios, socias y dirigentes, a través de su participación activa en las políticas sociales, realicen aporte a la construcción de una sociedad más justa y solidaria.
Adhiero a este aniversario por el gran aporte que ha hecho esta institución en mi distrito y, al mismo tiempo, hago un llamado al Gobierno para que en el futuro la apoye.
BLOQUEO DE TELÉFONOS MÓVILES EN LA SALA DE LA CÁMARA.
El señor SABAG .-
Señor Presidente , en segundo lugar, reitero la petición que hice hace algún tiempo, en el sentido de instalar un dispositivo electrónico en la Sala de seion, que permita bloquear las llamadas por celulares, tal como ya existe en el Senado de la República.
En un editorial del diario “La Discusión”, de Chillán, titulado “Simple, pero valioso”, se dice que se supone que si un legislador ocupa su puesto en la Sala es porque tiene interés en tomar parte del sano debate legislativo, utilizando todos los recursos que el Reglamento interno de la Cámara dispone para ello, y por cierto podrá también tener la certeza de que cuando haga uso de la palabra será escuchado, a pesar de que hemos sido testigos de cómo algunos parlamentarios, literalmente, hablan solos de temas relevantes para los distritos que representan. Bloquear los celulares es un paso, pero de bien poco servirá si no hay verdadero interés de los ciento veinte representantes de la Cámara Baja de mantener y exigir normas mínimas de respeto en una actividad tan relevante.
Deseo reiterar esta solicitud, porque creo que mejoraría la imagen de la labor legislativa ante la opinión pública.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
La Mesa ha tomado nota de su solicitud, señor diputado . No obstante, sería conveniente que su jefe de bancada la haga presente en reunión de Comités.
FISCALIZACIÓN A EMPRESAS SALMONERAS. Oficios.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA .-
Señor Presidente , no es primera vez que desde esta tribuna me refiero a la salmonicultura, empresa que se ha transformado en la industria estrella del momento, gracias al crecimiento sostenido que ha tenido durante las dos últimas décadas.
El próximo año nuestro país seguramente será el principal productor de salmones del mundo. Sin embargo, desde mi punto de vista, la bonanza de empresas transnacionales tiene su correlato en la sistemática violación de los derechos de los trabajadores y en los atentados contra el medio ambiente.
La industria salmonera de mi región no tiene respeto por el medio ambiente, ya que su actividad genera a diario grave contaminación del mar, de ríos y de lagos.
Su ritmo de producción es devastador. No hay respeto por las áreas de manejo ni por las zonas concesionadas; hay un uso masivo de antibióticos. Los salmones de cultivo transmiten enfermedades a especies nativas. Su escape provoca efectos devastadores sobre la biomasa de otras especies de la zona. Hay destrucción masiva y grave del ecosistema marino.
Aparte del tema medioambiental, que nos debe preocupar a todos, lo más grave es que en la Décima Región somos testigos sistemáticos de las graves violaciones de los derechos de los trabajadores.
Hay graves problemas laborales en las empresas del salmón. Quiero que la comunidad sepa que por cada cien dólares que retornan por lo que se exporta, sólo cuatro dólares están directamente vinculados al pago de las remuneraciones de los trabajadores. Casi el cincuenta por ciento de ese primer monto representa las ganancias que reciben los empresarios del salmón a costa de los trabajadores.
La industria del salmón es conocida por la sociedad regional por la restricciones de las libertades de sus sindicatos. Cuando se crean sindicatos son atacados por los empresarios del salmón, para que de esta forma la desorganización social impida que los trabajadores puedan defender sus derechos. Además, se produce una serie de atropellos violentos contra los trabajadores al interior de las industrias. Hay mujeres que han abortado en el propio lugar de trabajo pues han debido ocultar su embarazo, porque esa condición es sinónimo de despido en las empresas del salmón. Además, se colocan cámaras de vigilancia con el objeto de grabar los movimientos de los trabajadores a su ingreso y salida.
Queremos que a la industria del salmón le vaya bien, pero no a costa de los trabajadores. No es posible que en la Décima Región muera un buzo cada mes. En los últimos dieciséis meses han muerto dieciséis buzos, a causa de que las salmoneras contratan a personas que no cuentan con los requerimientos técnicos y sofisticados necesarios para no correr riesgos en faenas tan peligrosas como éstas.
La viuda de uno de los buzos fallecidos recientemente dijo: “Queremos que las empresas del salmón se den cuenta de que trabajan con seres humanos”. Ése es el concepto clave para graficar la grave situación que hoy vivimos.
Señor Presidente , una cosa son las cifras macroeconómicas, decir que la industria del salmón genera más de mil 500 millones de dólares en ganancias anuales, y otra es que nadie ha dicho todavía que los costos asociados son gravísimos para nuestro futuro, para el medio ambiente y para los trabajadores. Queremos que les vaya bien a las empresas del salmón, pero no a costa de sus trabajadores ni del medio ambiente; que, cuando vendan sus productos en el extranjero, respeten las normas de otros países. En Chile, por ejemplo, opera una compañía transnacional noruega con capitales estatales, esto es, de su país. Allá es una de las mejores: respeta los estándares laborales y sanitarios; pero aquí, en Chile, hace todo lo contrario y el abuso es pan de cada día.
Por eso, solicito que se oficie al ministro del Trabajo para que las fiscalizaciones a las empresas salmoneras sean más férreas y culminen los abusos en contra de la gente más humilde que vive de salarios mínimos.
Además, que se envíe copia de mi intervención a la Presidenta de la República , con el fin de que conozca la realidad de la industria salmonera, que ostenta muy buenas cifras macroeconómicas, pero pésimos estándares laborales y medioambientales, los cuales son un lastre para nuestra sociedad.
He dicho.
-Aplausos.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores De Urresti , Sabag y Pérez .
HOMENAJE A LA CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA EN EL CENTENARIO DE SU INSTALACIÓN. Oficios.
El señor PÉREZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alfonso De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente , quiero rendir un sincero homenaje a la Corte de Apelaciones de Valdivia, con ocasión de cumplirse, mañana, jueves 15 de junio, cien años desde su instauración.
La Corte de Apelaciones de Valdivia, en sus inicios, fue el epicentro de la justicia en la zona austral. El motivo de su nacimiento se debió a la saturación de causas que registraba el tribunal de alzada de Concepción, donde antiguamente se veían todos los juicios del sur del país.
Fue entonces que, en 1906, inició sus actividades la Corte Valdiviana, con don Tobías Azócar , como su primer presidente, y don Manuel Cortés, don Juan Bautista, don Alberto Smith y don Ramiro Hederra , como sus ministros integrantes.
La implementación de esta Corte atendía también el importante auge económico que presentaba la zona austral, siendo la ciudad de Valdivia el centro del crecimiento económico del sur del país, concentrando una importante cantidad de industrias. Tal desarrollo influyó, además, en el aumento poblacional. En 1906, el territorio jurisdiccional, que comprendía la Corte, tenía una población que ascendía a 435 mil 800 personas, equivalente al 13,72 por ciento del total del país, duplicando el número de valdivianos en menos de veinte años.
Con la instauración de la Corte se dio solución a los problemas de miles de personas de la zona austral, perjudicadas desde entonces por el centralismo reinante que, lamentablemente, aún nos afecta en la actualidad. Esperamos que, con la nueva región, esta situación mejore.
El tribunal de alzada valdiviano, a raíz de modificaciones en sus artículos o por la formación de nuevas cortes a lo largo del país, ha variado en el número de miembros como también se ha alterado el distrito jurisdiccional que le correspondía.
En 1906, la Corte valdiviana abarcaba las provincias de Valdivia, de Cautín y de Chiloé. En 1925, un decreto ley suprimió la provincia de Cautín, por el nacimiento de la Corte de Apelaciones de Temuco; pero el mismo decreto incluyó la zona de Magallanes. En 1933, se sumó la provincia de Aisén.
En 1976, el número de Cortes de Apelaciones en el país llegaba a quince, entre las cuales menciono las de Valdivia, de Coihaique, de Puerto Montt y de Punta Arenas, en la zona austral.
La grandeza de la Corte de Apelaciones de Valdivia se debe, principalmente, a los hombres que la han integrado. Sesenta y ocho ministros han formado parte de ella en cien años, todos con gran desempeño. Quince de ellos pasaron, posteriormente, a formar parte de la Corte Suprema: Manuel Cortés Allende ; Humberto Trucco Franzani ; Alberto Smith Solar ; Gregorio Schepeler Pinochet ; Ramiro Hederra Concha ; David Carvajal Arrieta ; Roberto Alonso Villalobos ; Miguel Aylwin Gajardo ; Rafael Fontecilla Riquelme ; Julio Espinoza Avello ; Luis Maldonado Boggiano ; Juan Osvaldo Faúndez Vallejos ; Enrique Correa Labra ; Marcos Aurelio Aburto Ochoa y Nibaldo Segura Peña .
La Corte de Apelaciones ha significado para la región austral del país el mejoramiento del servicio judicial, a la vez que un triunfo para las legítimas aspiraciones de los valdivianos que, a través de su historia, han tenido una ciudad progresista que ha figurado entre las principales del país. Una historia que demuestra la grandeza de esta institución, administrando la justicia de manera transparente durante cien años, desde sus inicios, cuando el tribunal de alzada comenzó su trabajo en la casa de don Federico Junemann , ubicada en la calle Carampangue, frente al cuartel general de bomberos, hasta nuestros días, desde su imponente edificio de calle Yungay.
El papel que nuestro tribunal de alzada tuvo y tiene en esta parte del territorio nacional, es invalorable en sus alcances prácticos, pero, sobre todo, es el fruto de un trabajo admirable de las comunidades australes que ya, desde su primer intento legislativo, mostraba una impronta cargada de sacrificios en pos de un anhelo común, el cual no podía ser otro que el de concretar en los hechos sus ansias de una pronta y efectiva administración de justicia.
Para finalizar, quiero enviar un cordial saludo a los actuales componentes del la Corte de Apelaciones, a su presidente , don
Dario Carretta Navea ; a sus seis ministros, don Mario Kompatzki Contreras, don Patricio Abrego, doña Emma Díaz Yévenes , doña Ada Gajardo Pérez, doña Ruby Alvear Miranda y a don Juan Ignacio Correa Rosado ; como también a todos sus funcionarios que tan dignamente se desempeñan en ella.
He dicho.
El señor PÉREZ ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado señor Fidel Espinoza .
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.22 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. la Presidenta de la República con el que inicia un proyecto de ley que suspende la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales. (boletín N° 4229-21)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a consideración del H. Congreso Nacional un proyecto de ley que suspende la aplicación de la sustitución de las naves artesanales, en tanto no sean regulados los requisitos y exigencias que se aplicarán a la pesca artesanal conforme al proyecto de ley cuyo trámite será iniciado dentro del presente año.
I. ANTECEDENTES.
Mediante la Ley N° 18.949, que entró en vigencia el 26 de diciembre de 2002, se aprobaron diversas modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura, entre las que se cuenta la incorporación de un nuevo artículo 50 A, que permite el reemplazo de la inscripción pesquera artesanal de que son titulares los pescadores artesanales en aquellas pesquerías que se encuentran con su acceso cerrado.
A través de las leyes N° 19.922, N° 20.049 y N° 20.106 se ha suspendido sucesivamente la aplicación de esta institución, en espera del proyecto de ley que introducirá modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de pesca artesanal.
No obstante, el suspenderse la aplicación de la institución del reemplazo se generaron incentivos no deseados para la innovación de la flota para pesquerías pelágicas pequeñas, por la vía de la sustitución de las embarcaciones que actualmente tienen autorizadas dichas pesquerías, con el consecuente crecimiento del esfuerzo pesquero.
Dicha situación, observada con ocasión de la primera suspensión del reemplazo de inscripciones, explica que en la segunda suspensión dispuesta por la Ley N° 20.049, se dispusiera también la suspensión de la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales en pesquerías pelágicas pequeñas, hasta el 30 de abril de 2006.
Considerando que el crecimiento del esfuerzo pesquero originado por la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales es particularmente preocupante en el caso de aquellas de mayor tamaño, la suspensión de la sustitución se circunscribió a las embarcaciones de eslora igual o superior a 12 metros.
II. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.
La Ley N° 20.106, recientemente aprobada por ese H. Congreso Nacional, dispuso una nueva suspensión del mecanismo de reemplazo de la inscripción pesquera artesanal, hasta el 30 de abril de 2007.
La iniciativa mencionada se originó en moción parlamentaria y fue discutida con la mayor urgencia, por la proximidad de la fecha en que debería haber entrado a regir la institución del reemplazo. Por lo mismo, en ese proyecto no hubo oportunidad de considerar la necesaria suspensión paralela de la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales, como se había hecho anteriormente en la Ley N° 20.049.
En consecuencia, atendido el congelamiento de la aplicación de la institución del reemplazo dispuesto por la Ley N° 20.106 y con la finalidad de evitar que durante el período en que rija tal congelamiento se produzca un crecimiento del esfuerzo pesquero en pesquerías pelágicas pequeñas, se hace necesaria la suspensión de la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales en dichas pesquerías, dejando a salvo la posibilidad de efectuarlas en los casos en que se produzca un siniestro con resultado de pérdida total.
Atendiendo que la suspensión del reemplazo de la inscripción pesquera artesanal se dispuso hasta el 30 de abril de 2007, se propone la suspensión de la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales hasta la misma fecha.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO.
Se propone en el artículo único la suspensión de la aplicación de la sustitución de embarcaciones artesanales de una eslora igual o superior a doce metros inscritas en pesquerías pelágicas pequeñas, con excepción de las que sufran un siniestro con resultado de pérdida total.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Suspéndese, entre la fecha de publicación de la presente ley y el 30 de abril de 2007, la sustitución de embarcaciones pesqueras artesanales de una eslora igual o superior a doce metros inscritas en pesquerías pelágicas pequeñas, con excepción de las que sufran un siniestro con resultado de pérdida total. Suspéndese por igual período las solicitudes de sustitución pendientes en el Servicio Nacional de Pesca a la fecha de publicación de la presente ley.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; INGRID ANTONIJEVIC HAHN , Ministra de Economía , Fomento y Reconstrucción”.
2. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que establece una subvención escolar preferencial para niños y niñas socio-económicamente vulnerables. (boletín N° 4030-04).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.):MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República , PAULINA VELOSO VALENZUELA , Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.
3. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre los gobiernos de la República de Chile y de la República Popular China y sus Anexos, suscritos en Busan, Corea del Sur, el 18 de noviembre de 2005. (boletín N° 4170-10).
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; PAULINA VELOSO VALENZUELA , Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.
4. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el artículo 23 del Código del Trabajo, estableciendo normas sobre descansos en tierra entre recalada y zarpa para los trabajadores que se desempeñan a bordo de naves de pesca. (boletín N° 4031-13).
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el
proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; PAULINA VELOSO VALENZUELA , Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.
5. Oficio de S.E. la Presidenta de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos. (boletín N° 3878-17).
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República ; PAULINA VELOSO VALENZUELA , Ministra Secretaria General de la Presidencia ”.
6. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaído en la moción que establece la obligación de separar en cada boleta de compraventa el valor agregado del IVA en la operación. (boletín Nº 4142-03-1)
(LA COMISIÓN PROPONE EL RECHAZO DE LA IDEA DE LEGISLAR)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en una moción de las Diputadas señoras Claudia Nogueira , Marisol Turres y Marcela Cubillos , y de los Diputados señores Sergio Bobadilla , Francisco Chahuán , Juan Lobos , Felipe Ward , Felipe Salaberry , Darío Paya y Marcelo Forni , en primer trámite constitucional y primero reglamentario. Sin urgencia.
Durante el estudio de la presente moción, concurrieron a dar su parecer a la Comisión el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos, don Ricardo Escobar Calderón , junto al Subdirector de Estudios, don Francisco Sánchez Stürmer y al Subdirector Normativo, don René García Gallardo .
Asimismo, se contó con la asistencia y colaboración del representante del Ministerio de Hacienda, don Francisco Galli y del asesor Jurídico del Ministerio de Economía, don Carlos Rubio .
I. ANTECEDENTES GENERALES.
El principio de probidad y transparencia han sido objeto de preocupación constante en este último tiempo por parte de la institucionalidad chilena.
Ello se ha manifestado en múltiples modificaciones al ordenamiento jurídico nacional y una de ellas, de trascendente relevancia, ha sido la reforma constitucional, contenida en la ley N° 20.050, publicada en el Diario Oficial de 26 de agosto de 2005, que consagra los citado principios, a través del Capítulo I de la Constitución Política, referido a las “Bases de la Institucionalidad”, concretamente en el inciso segundo del artículo 8º, en que se estatuye, a nivel superior, la publicidad de los actos y resoluciones de los órganos del Estado
Esa misma transparencia y probidad se pretende plasmar en las actuaciones del sector privado, en especial, dando a conocer a los contribuyentes el porcentaje que de sus adquisiciones van a arcas fiscales, por concepto de impuestos.
LA MOCIÓN.
Expresan sus autores que los ciudadanos cada día pagan tributos al Estado, a través de una serie de mecanismos, siendo el más importante de ellos el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Se sostiene que desafortunadamente el Fisco recibe estos ingresos sin que exista conciencia en las personas en torno al monto que aportan en cada compra-venta que realizan, puesto que el impuesto aparece confundido con el precio final del producto. Ello colabora a que las personas atribuyan todo el costo de los bienes al vendedor, y nada al Fisco recaudador de impuesto que se hace presente a través del IVA.
Agregan que este impuesto al consumo es sin duda el más relevante para la mayoría de la población y el más importante en cuanto herramienta recaudadora para el Estado. Por lo mismo, la transparencia respecto del monto del impuesto que se paga no sólo favorece el acceso a la información de los ciudadanos al momento de consumir, sino que también, como efecto colateral de la mayor conciencia de las personas, hace mucho más responsable a la autoridad en el uso de los recursos obtenidos por este expediente.
La experiencia internacional indica que la exposición separada del costo de la venta y el pago del impuesto en cada recibo o boleta colabora en el sentido antes señalado, apuntando a que el consumidor pase de ser un actor pasivo frente a la política impositiva y al uso de los fondos fiscales a convertirse en un ciudadano con opinión formada frente al tema, y mucho más dispuesto a juzgar a las autoridades por el manejo que hagan de su dinero.
Manifiestan que la sentida aspiración de que Chile transite desde una mera sociedad de consumo a una sociedad de ciudadanos se hace más cercana con una iniciativa como ésta.
Del mismo modo, si se favorece el que las personas puedan tener una percepción mucho más transparente de lo que realmente están pagándose fortalece una condición esencial para que el mercado funcione de modo fluido, libre y transparente.
En este sentido este proyecto apunta a establecer la obligación de consignar en las boletas de compra venta el monto del impuesto pagado en cada operación, debiendo ir esta información luego del precio final, para evitar confusiones en el público entre el costo antes y después del impuesto. El proyecto desea informar y no provocar un conflicto adicional a los establecimientos comerciales, los cuales, por cierto, no tendrán la obligación de modificar sus precios de vitrina o exhibición, por cuanto los precios no se verán alterados por este nuevo deber de información.
Por otro lado, y para no sobrecargar las obligaciones de los vendedores, en especial aquellos que nos disponen de sistema automatizados de impresión, se establece un mínimo a partir del cual las boletas de compraventa deban entregar información adicional.
En concreto, el artículo único de esta moción prescribe que las boletas correspondientes a operaciones que alcance un valor superior a 1/2 unidad de fomento deberán consignar, luego de la expresión del precio, la información del monto correspondiente al impuesto al valor agregado pagado por el consumidor.
La incidencia en el ordenamiento jurídico nacional es que se modifica la letra b) del artículo 53 del DL N° 825, ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.
II. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.
La iniciativa tiene por objeto establecer la obligación de separar en cada boleta de compraventa el valor agregado del IVA en la operación.
III. SÍNTESIS DE LAS EXPOSICIONES PLANTEADAS EN LA COMISIÓN.
El Director del Servicio de Impuestos Internos , señor Ricardo Escobar , se manifestó contrario a la modificación propuesta, debido a que no guarda relación con el diseño del Impuesto al Valor Agregado , -desde que éste fuera creado en 1974-, por el mayor riesgo de evasión que conlleva un procedimiento de esta especie, por el encarecimiento de las operaciones de venta de los contribuyentes y la eventualidad de tener que pagar multas por los errores que se cometan al desglosar el impuesto de cada operación, y la mayor fiscalización que debería hacer el SII.
Añadió que al Servicio de Impuestos Internos no le compete emitir un criterio respecto de la conveniencia o no de que los consumidores conozcan el monto de impuestos que pagan en sus adquisiciones, pero sí considera que la vía elegida es inconveniente desde el punto de vista tributario, aspecto en el cual se generarán graves problemas.
Consideraciones del diseño de la ley desde su establecimiento.
Indicó que al adoptarse la decisión de establecer el IVA en Chile -que rige desde el año 1975, inicialmente con tasa 20%- se discutió, entre otras situaciones, la forma de registrar el impuesto al efectuar la operación respectiva cuando éste debe trasladarse al precio, como es propio en los impuestos al consumo.
Al respecto, se tuvo presente las características de un tributo tipo al valor agregado en que cada agente que interviene en la cadena de comercialización de un producto solo paga al Fisco la parte del impuesto que afecta el valor que agrega al costo del bien que vende, situación que se produce al rebajar el impuesto que le trasladó su vendedor del total del impuesto que él a su vez recarga a su comprador.
Esta característica evita la acumulación de impuesto sobre impuesto que se producía con anterioridad al IVA en la legislación al consumo en Chile (impuesto en cascada), es decir al no recuperar el gravamen que ya había afectado el costo del producto adquirido pasaba éste a constituir parte de dicho costo en la venta posterior y, por lo tanto, base imponible del mismo impuesto que se calculaba en esa etapa. Con ese mecanismo, además de no tenerse certeza de cual era la carga final, la última tasa aplicada al consumo, que por lo general era menor que la actual, no permitía transparentar en absoluto el impuesto que en definitiva se soportaba, y que por su forma de calcular podía resultar una tasa efectiva superior a la actual.
Ahora bien, dado que el IVA recargado por el vendedor (crédito fiscal) constituye una deducción del impuesto del adquirente cuando éste a su vez vende el producto, se decidió que en esta cadena de comercialización se estableciera el documento denominado factura que, por constituir un crédito a favor del contribuyente, indica separadamente el IVA y, además, se encuentra regulada con mayor detalle y estrictez.
La boleta, en cambio, que se optó por exigirla en la relación vendedor consumidor -nivel en el cual se cumple la última etapa y no se tiene derecho a crédito- incorporó el gravamen en el precio, considerando además opiniones técnicas y de los afectados especialmente del comercio detallista. De esto se concluyó lo siguiente:
La boleta es de emisión masiva e inmediata, y emitida generalmente por pequeños contribuyentes, lo cual aconseja la mayor simplicidad. De allí que prácticamente sólo se exija registrar en ella la fecha, un detalle global como “consumo” y el total de la operación.
Hizo notar que exigir separar el impuesto, significa un riesgo más para el contribuyente de cometer una infracción, las que son sancionadas fuertemente en el Código Tributario.
Aunque el IVA es un tributo que se entera en arcas fiscales en cada etapa de la comercialización del producto, sólo por la parte del valor que agrega al precio cada agente del proceso (al deducir el impuesto soportado en la compra del bien), el monto final que registra el bien en su última transferencia al consumidor es la carga total de toda la cadena de comercialización; es decir la suma de todos los IVA que cada agente del proceso enteró en arcas fiscales. De este modo, si se evade ese IVA final registrado en la boleta, se pierde todo el tributo desde el inicio de la cadena de comercialización.
Por esta circunstancia -además de la anterior- se optó por no exhibir el IVA pues de esta manera se estaría estimulando al consumidor para presionar al vendedor con el objeto de que no le recargue el tributo.
Algunas cifras para dimensionar el impacto de la medida propuesta.
Agregó que en el año 2005, 508.800 contribuyentes timbraron talonarios de boletas. De éstos, 5.800 timbraron rollos para ser utilizados en máquinas electromecánicas, impresoras fiscales o computadores (POS) y 503.000 contribuyentes timbraron boletas preimpresas o en formularios continuos.
En total, se emitieron 6.983 millones de boletas en el año 2005. Los contribuyentes que timbraron talonarios preimpresos o formularios continuos, informaron haber emitido en ese año 3.140 millones boletas, en tanto los que emitieron boletas a partir de rollos, informaron 3.843 millones de boletas emitidas.
La mayor parte de las boletas preimpresas que se timbran corresponde al modelo 5x1, que implica un formato de pequeñas dimensiones, a las cuales no se les exige mayores datos aparte del valor y una indicación general acerca del tipo de producto o servicio “boleteado”. (Por ejemplo, la glosa puede señalar “por consumo” y un valor que corresponde al total).
Impactos tributarios de la medida.
Precisó que el Servicio de Impuestos Internos estima que la medida propuesta facilitaría, motivaría o permitiría la evasión del IVA por las siguientes razones:
El hacer explícito el monto del impuestos, incentivaría al vendedor y al consumidor a negociar la no emisión de las boletas o al consumidor pedir la rebaja del IVA.
Si se publican los precios con el IVA separado motivaría al contribuyente a disminuir el monto de la boleta, para facilitar su confección, cuando vende montos superiores a media UF, para no hacer el cálculo, haría la boleta por un monto menor.
Como el cálculo entrabaría su actividad comercial, si tiene muchos clientes, podría no hacer boletas para no perder ventas.
Confundiría al responsable de sumar las boletas al tener dos totales, tiene una alta probabilidad de sumar cualquiera de las dos cantidades y tributar involuntariamente por un valor menor.
Para facilitar la emisión, el contribuyente podría tener montos ya calculados al cual ajustar la boleta, independiente del monto real de la venta.
Por la posible disminución del monto de la boleta, para ajustarse a valores inferiores a ½ UF y así no separar el IVA.
Aumento de Costos para los Contribuyentes y Consumidores
La medida aumentaría los costos para el contribuyente-vendedor, especialmente para los pequeños comerciantes que generalmente no tienen sistemas automatizados de impresión y que harían manualmente el cálculo del impuesto respectivo. Ello iría en el sentido contrario de facilitar su operación.
En particular:
Aumentaría el costo de impresión de los talonarios de boletas (más datos y espacio), pudiendo hacerse impracticable el formato 5x1 que actualmente es el más común.
Aumentaría el costo de venta, por el mayor tiempo de llenado del documento (más cálculos).
Debería considerarse capacitar al personal de ventas para hacer los cálculos necesarios.
Podría existir pérdida de oportunidades de venta, en momentos de mayor afluencia de clientes, por el mayor tiempo ocupado en confeccionar las boletas.
Podría existir la posibilidad de equivocarse al cobrar al cliente, sólo el IVA, que es la última cantidad que tendría la boleta. La UF sufre variaciones todos los días, lo que haría cometer posibles errores.
Al fijarse un límite para el no desglose del impuesto en UF, la que sufre variaciones todos los días, haría también cometer errores.
Existiría una mayor posibilidad de ser sancionado por la no emisión de boletas o emisión sin cumplir requisitos, suma errónea involuntaria, cálculo erróneo, haciéndose acreedor al pago de multas y clausuras.
Debe hacerse presente que las ventas de ciertos productos -como ser licores, vinos, bebidas analcohólicas - están afectas a otros impuestos que son adicionales al consumo. Estos tributos prácticamente serían imposibles de desagregar a nivel del comerciante final pues solo se aplican hasta la venta del mayorista al vendedor a público, constituyendo costo para este último.
Además, deberían considerarse algunos costos de puesta en marcha previos.
Las máquinas electromecánicas, tendrían que ser reacondicionadas para poder emitir boletas con la información de IVA desagregada, con el consiguiente costo y, en algunos casos, ante al imposibilidad de adaptarlas, incurriendo en los costos de recambio.
En los casos de impresoras fiscales o computadoras (POS), habría que modificar los programas de emisión de boletas y reinstalarlos. Los costos totales de cambio por la modificación de programas, dependerán del número de equipos que tengan el contribuyente y la posibilidad técnica que tenga de hacer estos cambios centralizadamente por medio de una red o a cada equipo.
Mayores costos para el Fisco
Para evitar la posible evasión por esta medida, el Servicio de Impuestos Internos tendría que ejercer una mayor fiscalización, con el consiguiente costo adicional al Fisco, en particular,
Control de suma de boletas.
Control en terreno del fraccionamiento de boletas (emisión de varias boletas por una compra de tal modo de quedar bajo el límite exigido para desglosar el impuesto).
Control de la no emisión de boletas.
No cumplimiento de los objetivos perseguidos por la modificación legal propuesta de informar los impuestos pagados por el contribuyente en su compra.
En efecto, el separar el IVA en la boleta no bastaría para informar la totalidad del Impuesto que se recauda por las compras de los consumidores finales, especialmente en los siguientes casos:
No considera los Impuestos Adicionales de Artículos Suntuarios y de Bebidas alcohólicas y analcohólicas.
No considera el impuesto al tabaco ni el impuesto específico a las gasolinas y petróleo.
No considera los Derechos Aduaneros incluidos en el precio de los productos importados.
No puede informar el IVA que se cobra como costo en el precio de las operaciones exentas y no gravadas. Ej. Educación, Bienes Inmuebles que venden Inmobiliarias, etc.
Tampoco puede informar el IVA de los productos eximidos de emitir boleta, Ej. Diarios y revistas, cigarrillos, gas licuado, tarjetas telefónicas, etc.
No todo el IVA se paga por los consumidores finales en la boleta, ya que hay una parte importante de IVA en que la etapa final es con factura (necesaria para el control). Compras del Fisco, Instituciones que no son contribuyentes del IVA, etc.
El señor Rubio señaló, por su parte, que el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción comparte varios de los argumentos referidos por el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos.
Enfatizó que dentro de los objetivos de políticas del Ministerio de Economía respecto de las Pymes, en donde se ubican la gran mayoría de empresas que dan boletas, está la facilitación de trámites que es un objetivo central. Dentro de las 36 medidas que plantea el Gobierno, que es uno de los temas del Ministerio de Economía y de Hacienda, está la simplificación contable y tributaria para las Pymes, y ese esfuerzo se está haciendo con el Servicio de Impuestos Internos, en orden a establecer mecanismos que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias que tienen las Pymes y, desde luego, una medida como la que se plantea en esta moción va absolutamente en contra de esa política.
Opinó que, efectivamente, el hecho de desglosar o agregar el IVA en las boletas generan los costos ya referidos por el Director del Servicio de Impuestos Internos , aunque además existen costos adicionales, en cuanto a la aplicación de sanciones cuando se hace mal la boleta y a la capacitación del personal que requeriría la aplicación de una medida como ésta y no, sólo en términos generales, cuando se está vendiendo, sino que cuando, por ejemplo, se hacen descuentos o promociones, en que no se tiene el valor tipo, sino que debe hacerse un cálculo adicional, lo cual introduce innecesariamente un elemento que aumenta el grado de complejidad en las tareas tributarias, y como Ministerio han plateado precisamente la idea de eliminar las complejidades en el funcionamiento de las empresas .
Por los informes que existen con anterioridad a este proyecto y con los estudios hechos con antelación en el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el hecho de desglosar el IVA en la factura es un incentivo para que el contribuyente -obligado al pago del mismo que es el consumidor final-, con el comerciante negocien el IVA. El hecho de incorporar el IVA en la boleta, provoca un incentivo mayor tanto para el comerciante como para el compradores tal sentido.
Finalmente, añadió que en Estados Unidos, por ejemplo, el IVA se desglosa en las boletas, por la razón de que los impuestos son distintos en cada Estado, es decir no es un impuesto general, además se aplican otros impuestos a las ventas, ya sean municipales o locales.
IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL.
Compartiendo las razones dadas por el Ejecutivo , votaron en contra de la idea de legislar, los Diputados señores Marcelo Díaz , Tucapel Jiménez , Jaime Mulet, José Miguel Ortiz , Eduardo Saffirio , y Eugenio Tuma ; a favor lo hicieron los Diputados Gonzalo Arenas y Joaquín Godoy (rechazada 6 x 2).
-o-
V. VOTO DISIDENTE.
Se estimó que la iniciativa en informe era perfectible, manteniendo la idea central de transparentar el monto de los recursos percibidos por el Fisco por tal concepto. Dentro del período de ajuste de los procesos administrativos y de capacitación de los involucrados en el pago del impuesto, si bien se podían producir ingentes gastos y facilitar, por otra parte, su evasión, los logros que se obtendrían en el mediano y largo plazo, en cuanto a información y control tributario (por parte de la administración y del contribuyente), superaría con creces las dificultades iniciales de su puesta en marcha. Se recordó, finalmente que la obligación se establece para quienes realicen operaciones que alcancen un valor superior a ½ Unidad de Fomento.
VI. NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
No hay normas con tal carácter.
VII. REQUIERE TRÁMITE DE HACIENDA.
No.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por los argumentos que dará a conocer el Diputado Informante , la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recomienda rechazar la idea de legislar sobre la materia; sin perjuicio de lo cual, de conformidad con lo prescrito en el N° 8 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, somete a consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único: Agrégase un nuevo inciso segundo en la letra b) del artículo 53 del decreto ley 825, ley Sobre Impuestos a las Ventas y Servicios:
“Las boletas correspondientes a operaciones que alcance un valor superior a 1/2 unidad de fomento deberán consignar, luego de la expresión del precio, la información del monto correspondiente al impuesto al valor agregado pagado por el consumidor. Esta información deberá ser proporcionada de modo claro y preciso de modo que no llame a confusión con el precio pagado.”.
Se designó diputado informante a don Tucapel Jiménez Fuentes .
Sala de la Comisión, a 06 de junio de 2006.
Tratado en sesiones de fecha 9 de mayo y 6 de junio de 2006, con la asistencia de la Diputada señora Amelia Herrera y de los Diputados señores Arenas, don Gonzalo ; Díaz, don Marcelo ; Eluchans, don Edmundo ; Jiménez, don Tucapel ; Galilea, don Pablo ; Godoy, don Joaquín ; Jarpa, don Carlos Abel ; Mulet, don Jaime ; Ortiz, don José Miguel ( Presidente ); Paya, don Darío ; Saffirio, don Eduardo y Tuma, don Eugenio .
(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión”.
7. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaído en la moción que establece transparencia en la información de las boletas de ventas y servicios. (boletín Nº 4141-03-11)
(LA COMISIÓN PROPONE EL RECHAZO DE LA IDEA DE LEGISLAR)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en una moción de la Diputada señora Amelia Herrera y de los Diputados señores Joaquín Godoy , Pablo Galilea y Cristián Monckeberg , en primer trámite constitucional y primero reglamentario. Sin urgencia.
Durante el análisis de esta iniciativa, concurrieron a dar su opinión a la Comisión el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos, don Ricardo Escobar Calderón , junto al Subdirector de Estudios, don Francisco Sánchez Stürmer , y al Subdirector Normativo, don René García Gallardo .
Asimismo, se contó con la asistencia y colaboración del representante del Ministerio de Hacienda, don Francisco Galli y del asesor Jurídico del Ministerio de Economía, don Carlos Rubio .
I. ANTECEDENTES GENERALES.
Queda en evidencia, de un tiempo a esta fecha, el esfuerzo que las instituciones públicas chilenas han llevado a cabo por hacer de la probidad y la transparencia principios conductores de la actividad pública.
Es así como la reforma constitucional, contenida en la ley N° 20.050, publicada en el Diario Oficial de 26 de agosto de 2005, instaura, entre otros aspectos, en el Capítulo I de la Constitución Política, referido a las “Bases de la Institucionalidad”, concretamente en el inciso segundo del artículo 8º2, el principio de publicidad de los actos y resoluciones de los órganos del Estado.
Asimismo, es importante resaltar que el Estado, en su expresión patrimonial -Fisco-, recibe recursos económicos sin que haya real consciencia en el contribuyente en torno a la cantidad que se aporta por concepto de compraventa, debido a que el impuesto aparece confundido con el precio final del producto.
Este impuesto al consumo es el más relevante y afecta a la mayoría de la población. Por lo mismo, la transparencia respecto del monto del impuesto que se paga no sólo favorece el acceso a la información de los ciudadanos al momento de consumir, sino que, también, como efecto colateral de la mayor conciencia de las personas, hace mucho más responsable a la autoridad en el uso de los recursos obtenidos por este expediente.
LA MOCIÓN.
Es preciso consignar que, relacionado con el actuar público, también se debe tener presente que la mantención y profundización del sistema económico basado en el mercado y la iniciativa de los particulares exige probidad y transparencia en las transacciones.
Estiman sus autores que una contribución en ese sentido sería que en la boleta en la cual se da cuenta de la venta de un bien o un servicio se separe claramente la cantidad que corresponde a impuestos, a los que se refiere la ley de Impuestos a las Ventas y Servicios (decreto ley N° 825, publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 1974), entre los que destacan el impuesto al valor agregado y los impuestos especiales a las ventas y servicios.
Asimismo, hacen presente que sólo por concepto de IVA el Fisco recauda anualmente alrededor de US $11.412 millones, los cuales provienen de recursos de los consumidores.
En síntesis, la moción, además de proponer la norma que establece la separación del valor de los impuestos en las boletas, se agrega un artículo transitorio que establece que la ley en proyecto se aplique 90 días después de su publicación en el Diario Oficial , con el objeto de generar un espacio de tiempo que permita preparar los cambios que la medida requiere.
La incidencia en nuestra normativa jurídica nacional es que con este proyecto de ley se modifica el artículo 533 del DL N° 825, ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.
II. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.
La iniciativa tiene por objeto que en las boletas de ventas y servicios se exprese, separadamente, la cantidad recargada por concepto de impuesto, para que exista transparencia en la información.
III. SÍNTESIS DE LAS EXPOSICIONES PLANTEADAS EN LA COMISIÓN.
El Director del Servicio de Impuestos Internos , señor Ricardo Escobar , se manifestó contrario a la modificación propuesta, debido a que no guarda relación con el diseño del Impuesto al Valor Agregado , -desde que éste fuera creado en 1974-, por el mayor riesgo de evasión que conlleva un procedimiento de esta especie, por el encarecimiento de las operaciones de venta de los contribuyentes y la eventualidad de tener que pagar multas por los errores que se cometan al desglosar el impuesto de cada operación, y la mayor fiscalización que debería hacer el SII.
Añadió que al Servicio de Impuestos Internos no le compete emitir un criterio respecto de la conveniencia o no de que los consumidores conozcan el monto de impuestos que pagan en sus adquisiciones, pero sí considera que la vía elegida es inconveniente desde el punto de vista tributario, aspecto en el cual se generarán graves problemas.
Consideraciones del diseño de la ley desde su establecimiento.
Indicó que al adoptarse la decisión de establecer el IVA en Chile -que rige desde el año 1975, inicialmente con tasa 20%- se discutió, entre otras situaciones, la forma de registrar el impuesto al efectuar la operación respectiva cuando éste debe trasladarse al precio, como es propio en los impuestos al consumo.
Al respecto, se tuvo presente las características de un tributo tipo al valor agregado en que cada agente que interviene en la cadena de comercialización de un producto solo paga al Fisco la parte del impuesto que afecta el valor que agrega al costo del bien que vende, situación que se produce al rebajar el impuesto que le trasladó su vendedor del total del impuesto que él a su vez recarga a su comprador.
Esta característica evita la acumulación de impuesto sobre impuesto que se producía con anterioridad al IVA en la legislación al consumo en Chile (impuesto en cascada), es decir al no recuperar el gravamen que ya había afectado el costo del producto adquirido pasaba éste a constituir parte de dicho costo en la venta posterior y, por lo tanto, base imponible del mismo impuesto que se calculaba en esa etapa. Con ese mecanismo, además de no tenerse certeza de cual era la carga final, la última tasa aplicada al consumo, que por lo general era menor que la actual, no permitía transparentar en absoluto el impuesto que en definitiva se soportaba, y que por su forma de calcular podía resultar una tasa efectiva superior a la actual.
Ahora bien, dado que el IVA recargado por el vendedor (crédito fiscal) constituye una deducción del impuesto del adquirente cuando éste a su vez vende el producto, se decidió que en esta cadena de comercialización se estableciera el documento denominado factura que, por constituir un crédito a favor del contribuyente, indica separadamente el IVA y, además, se encuentra regulada con mayor detalle y estrictez.
La boleta, en cambio, que se optó por exigirla en la relación vendedor consumidor -nivel en el cual se cumple la última etapa y no se tiene derecho a crédito- incorporó el gravamen en el precio, considerando además opiniones técnicas y de los afectados especialmente del comercio detallista. De esto se concluyó lo siguiente:
La boleta es de emisión masiva e inmediata, y emitida generalmente por pequeños contribuyentes, lo cual aconseja la mayor simplicidad. De allí que prácticamente sólo se exija registrar en ella la fecha, un detalle global como “consumo” y el total de la operación.
Hizo notar que exigir separar el impuesto, significa un riesgo más para el contribuyente de cometer una infracción, las que son sancionadas fuertemente en el Código Tributario.
Aunque el IVA es un tributo que se entera en arcas fiscales en cada etapa de la comercialización del producto, sólo por la parte del valor que agrega al precio cada agente del proceso (al deducir el impuesto soportado en la compra del bien), el monto final que registra el bien en su última transferencia al consumidor es la carga total de toda la cadena de comercialización; es decir la suma de todos los IVA que cada agente del proceso enteró en arcas fiscales. De este modo, si se evade ese IVA final registrado en la boleta, se pierde todo el tributo desde el inicio de la cadena de comercialización.
Por esta circunstancia -además de la anterior- se optó por no exhibir el IVA pues de esta manera se estaría estimulando al consumidor para presionar al vendedor con el objeto de que no le recargue el tributo.
Algunas cifras para dimensionar el impacto de la medida propuesta.
Agregó que en el año 2005, 508.800 contribuyentes timbraron talonarios de boletas. De éstos, 5.800 timbraron rollos para ser utilizados en máquinas electromecánicas, impresoras fiscales o computadores (POS) y 503.000 contribuyentes timbraron boletas preimpresas o en formularios continuos.
En total, se emitieron 6.983 millones de boletas en el año 2005. Los contribuyentes que timbraron talonarios preimpresos o formularios continuos, informaron haber emitido en ese año 3.140 millones boletas, en tanto los que emitieron boletas a partir de rollos, informaron 3.843 millones de boletas emitidas.
La mayor parte de las boletas preimpresas que se timbran corresponde al modelo 5x1, que implica un formato de pequeñas dimensiones, a las cuales no se les exige mayores datos aparte del valor y una indicación general acerca del tipo de producto o servicio “boleteado”. (Por ejemplo, la glosa puede señalar “por consumo” y un valor que corresponde al total).
Impactos tributarios de la medida.
Precisó que el Servicio de Impuestos Internos estima que la medida propuesta facilitaría, motivaría o permitiría la evasión del IVA por las siguientes razones:
El hacer explícito el monto del impuestos, incentivaría al vendedor y al consumidor a negociar la no emisión de las boletas o al consumidor pedir la rebaja del IVA.
Si se publican los precios con el IVA separado motivaría al contribuyente a disminuir el monto de la boleta, para facilitar su confección, cuando vende montos superiores a media UF, para no hacer el cálculo, haría la boleta por un monto menor.
Como el cálculo entrabaría su actividad comercial, si tiene muchos clientes, podría no hacer boletas para no perder ventas.
Confundiría al responsable de sumar las boletas al tener dos totales, tiene una alta probabilidad de sumar cualquiera de las dos cantidades y tributar involuntariamente por un valor menor.
Para facilitar la emisión, el contribuyente podría tener montos ya calculados al cual ajustar la boleta, independiente del monto real de la venta.
Por la posible disminución del monto de la boleta, para ajustarse a valores inferiores a ½ UF y así no separar el IVA.
Aumento de Costos para los Contribuyentes y Consumidores
La medida aumentaría los costos para el contribuyente-vendedor, especialmente para los pequeños comerciantes que generalmente no tienen sistemas automatizados de impresión y que harían manualmente el cálculo del impuesto respectivo. Ello iría en el sentido contrario de facilitar su operación.
En particular:
Aumentaría el costo de impresión de los talonarios de boletas (más datos y espacio), pudiendo hacerse impracticable el formato 5x1 que actualmente es el más común.
Aumentaría el costo de venta, por el mayor tiempo de llenado del documento (más cálculos).
Debería considerarse capacitar al personal de ventas para hacer los cálculos necesarios.
Podría existir pérdida de oportunidades de venta, en momentos de mayor afluencia de clientes, por el mayor tiempo ocupado en confeccionar las boletas.
Podría existir la posibilidad de equivocarse al cobrar al cliente, sólo el IVA, que es la última cantidad que tendría la boleta. La UF sufre variaciones todos los días, lo que haría cometer posibles errores.
Al fijarse un límite para el no desglose del impuesto en UF, la que sufre variaciones todos los días, haría también cometer errores.
Existiría una mayor posibilidad de ser sancionado por la no emisión de boletas o emisión sin cumplir requisitos, suma errónea involuntaria, cálculo erróneo, haciéndose acreedor al pago de multas y clausuras.
Debe hacerse presente que las ventas de ciertos productos -como ser licores, vinos, bebidas analcohólicas - están afectas a otros impuestos que son adicionales al consumo. Estos tributos prácticamente serían imposibles de desagregar a nivel del comerciante final pues solo se aplican hasta la venta del mayorista al vendedor a público, constituyendo costo para este último.
Además, deberían considerarse algunos costos de puesta en marcha previos.
Las máquinas electromecánicas, tendrían que ser reacondicionadas para poder emitir boletas con la información de IVA desagregada, con el consiguiente costo y, en algunos casos, ante al imposibilidad de adaptarlas, incurriendo en los costos de recambio.
En los casos de impresoras fiscales o computadoras (POS), habría que modificar los programas de emisión de boletas y reinstalarlos. Los costos totales de cambio por la modificación de programas, dependerán del número de equipos que tengan el contribuyente y la posibilidad técnica que tenga de hacer estos cambios centralizadamente por medio de una red o a cada equipo.
Mayores costos para el Fisco
Para evitar la posible evasión por esta medida, el Servicio de Impuestos Internos tendría que ejercer una mayor fiscalización, con el consiguiente costo adicional al Fisco, en particular,
Control de suma de boletas.
Control en terreno del fraccionamiento de boletas (emisión de varias boletas por una compra de tal modo de quedar bajo el límite exigido para desglosar el impuesto).
Control de la no emisión de boletas.
No cumplimiento de los objetivos perseguidos por la modificación legal propuesta de informar los impuestos pagados por el contribuyente en su compra.
En efecto, el separar el IVA en la boleta no bastaría para informar la totalidad del Impuesto que se recauda por las compras de los consumidores finales, especialmente en los siguientes casos:
No considera los Impuestos Adicionales de Artículos Suntuarios y de Bebidas alcohólicas y analcohólicas.
No considera el impuesto al tabaco ni el impuesto específico a las gasolinas y petróleo.
No considera los Derechos Aduaneros incluidos en el precio de los productos importados.
No puede informar el IVA que se cobra como costo en el precio de las operaciones exentas y no gravadas. Ej. Educación, Bienes Inmuebles que venden Inmobiliarias, etc.
Tampoco puede informar el IVA de los productos eximidos de emitir boleta, Ej. Diarios y revistas, cigarrillos, gas licuado, tarjetas telefónicas, etc.
No todo el IVA se paga por los consumidores finales en la boleta, ya que hay una parte importante de IVA en que la etapa final es con factura (necesaria para el control). Compras del Fisco, Instituciones que no son contribuyentes del IVA, etc.
El señor Rubio señaló, por su parte, que el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción comparte varios de los argumentos referidos por el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos.
Enfatizó que, dentro de los objetivos de políticas del Ministerio de Economía respecto de las Pymes, en donde se ubican la gran mayoría de empresas que dan boletas, está la facilitación de trámites, que es un objetivo central. Dentro de las 36 medidas que plantea el Gobierno, que es uno de los temas del Ministerio de Economía y de Hacienda, está la simplificación contable y tributaria para las Pymes, y ese esfuerzo se está haciendo con el Servicio de Impuestos Internos, en orden a establecer mecanismos que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias que tienen las Pymes y, desde luego, una medida como la que se plantea en esta moción va absolutamente en contra de esa política.
Opinó que, efectivamente, el hecho de desglosar o agregar el IVA en las boletas generan los costos ya referidos por el Director del Servicio de Impuestos Internos , aunque además existen costos adicionales, en cuanto a la aplicación de sanciones cuando se hace mal la boleta y a la capacitación del personal que requeriría la aplicación de una medida como ésta y no, sólo en términos generales, cuando se está vendiendo, sino que cuando, por ejemplo, se hacen descuentos o promociones, en que no se tiene el valor tipo, sino que debe hacerse un cálculo adicional, lo cual introduce innecesariamente un elemento que aumenta el grado de complejidad en las tareas tributarias, y como Ministerio han plateado precisamente la idea de eliminar las complejidades en el funcionamiento de las empresas .
Por los informes que existen con anterioridad a este proyecto y con los estudios hechos con antelación en el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el hecho de desglosar el IVA en la factura es un incentivo para que el contribuyente -obligado al pago del mismo que es el consumidor final-, con el comerciante negocien el IVA. El hecho de incorporar el IVA en la boleta, provoca un incentivo mayor tanto para el comerciante como para el compradores tal sentido.
Finalmente, añadió que en Estados Unidos, por ejemplo, el IVA se desglosa en las boletas, por la razón de que los impuestos son distintos en cada Estado, es decir no es un impuesto general, además se aplican otros impuestos a las ventas, ya sean municipales o locales.
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IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL.
Compartiendo las razones dadas por el Ejecutivo , votaron en contra de la idea de legislar, los diputados señores Marcelo Díaz , Tucapel Jiménez , Jaime Mulet , José Miguel Ortiz y Eduardo Saffirio ; a favor lo hicieron los diputados Gonzalo Arenas y Joaquín Godoy . (rechazada 5 x 2).
V. VOTO DISIDENTE.
Se estimó que la iniciativa en informe era perfectible, manteniendo la idea central de transparentar el monto de los recursos percibidos por el Fisco por tal concepto. Dentro del plazo de 90 días, contenido en su artículo transitorio -plazo de vacancia de la ley- para ajustar los procesos administrativos e impartir las capacitaciones necesarias para todos los involucrados en el pago del impuesto, si bien se podían producir ingentes gastos y facilitar, por otra parte, la evasión del impuesto, los logros que se obtendrían en el mediano y largo plazo, en cuanto a información y control tributario (por parte de la administración y del contribuyente), superaría con creces las dificultades iniciales de su puesta en marcha.
VI. NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
No hay normas con tal carácter.
VII. REQUIERE TRÁMITE DE HACIENDA.
No.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por los argumentos que dará a conocer el Diputado Informante , la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recomienda rechazar la idea de legislar sobre la materia; sin perjuicio de lo cual, de conformidad con lo prescrito en el N° 8 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, somete a consideración el siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Intercálase el siguiente inciso segundo en el artículo 53 de la ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios:
“Las boletas que están obligados a otorgar las personas a que se refiere este párrafo deberán indicar separadamente la cantidad recargada por concepto de impuestos, cualquiera sea su naturaleza.”
Artículo transitorio. Esta ley empezará a regir 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.”.
Se designó diputado informante a don JOAQUÍN GODOY IBÁÑEZ .
-o-
Sala de la Comisión, a 06 de junio de 2006.
Tratado en sesiones de fecha 9 de mayo y 6 de junio de 2006, con la asistencia de la diputada señora Amelia Herrera y de los diputados señores Arenas, don Gonzalo ; Díaz, don Marcelo ; Eluchans, don Edmundo ; Jiménez, don Tucapel ; Galilea, don Pablo ; Godoy, don Joaquín ; Jarpa, don Carlos Abel ; Mulet, don Jaime ; Ortiz, don José Miguel ( Presidente ); Paya, don Darío ; Saffirio, don Eduardo y Tuma, don Eugenio .
(Fdo.): ROBERTO FUENTES INNOCENTI, Secretario de la Comisión”.
8. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que concede una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios municipales que indica. (boletín Nº 4064-05)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda informa, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:
1° Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe es establecer una bonificación para el funcionario municipal que cesa en sus funciones por renuncia voluntaria al cargo, dentro del período fijado al efecto, o que obtenga una jubilación, pensión o renta vitalicia con posterioridad a la comunicación de su renuncia voluntaria, de manera que los funcionarios en edad de acogerse a jubilación puedan hacerlo en mejores condiciones que las actuales, contribuyendo a la modernización de la gestión municipal.
2° Que el artículo 2° de esta iniciativa requiere para su aprobación quórum de ley orgánica constitucional.
3° Que el proyecto fue aprobado en general, por los Diputados señores Alvarado, don Claudio ; Becker, don Germán ; Goic, señora Carolina ; Insunza, don Jorge ; Ortiz, don José Miguel ; Sunico, don Raúl , y Tuma, don Eugenio , quienes votaron por la afirmativa.
4° Que Diputado Informante se designó al señor Tuma, don Eugenio.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto la señora Claudia Serrano , Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo; los señores Samuel Garrido , Jefe de la División de Municipalidades y Jorge Claissac , Jefe de la División Jurídica , y Rodrigo Cabello , Jefe de la División Legislativa , todos de la Subdere; la señora Patricia Orellana , Abogada de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, y el señor Julio Valladares , Asesor de la Dipres .
Concurrieron también especialmente invitados el señor Oscar Yáñez , Presidente de la Asemuch ; la señora Myriam Vidal , Directora, y los señores Marcelo Quezada , Jorge Martínez y Manuel Bravo , Directores y Secretario General de dicha entidad. Bernardo Berger , Alcalde de la Municipalidad de Valdivia y Claudio Radovich , Director Jurídico de la Asociación Chilena de Municipalidades .
II. ANTECEDENTES GENERALES.
En el Mensaje se señala que la iniciativa en informe fue elaborada oyéndose previamente a la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (Asemuch), y a la Asociación Chilena de Municipalidades (ACHM), representante de los empleadores, quienes respaldarían la propuesta.
Se destaca asimismo, que existiría consenso entre las autoridades y las asociaciones de funcionarios sobre la importancia de contar con herramientas como las que propone el proyecto de ley, que contribuyan a la modernización de la gestión municipal en cuanto facilitan una cierta renovación en las estructuras de personal, reconociendo adecuadamente su trayectoria funcionaria.
Se enfatiza que las leyes N° 19.529, de 1997 y N° 19.731, de 2001, establecieron beneficios económicos para el retiro de los funcionarios municipales, en la medida que dentro de los plazos que para cada caso se establecieron, obtuvieran pensión o jubilación en algún régimen previsional. Sin embargo, durante la vigencia de dichas leyes, un importante número de funcionarios municipales que cumplían las condiciones exigidas, por diversas circunstancias, no accedió al beneficio legal.
III. NORMAS LEGALES RELACIONADAS CON EL PROYECTO.
1. El artículo 144 de la ley N° 18.883 contempla en las letras a) y b) como causal de cesación en el cargo la aceptación de la renuncia del funcionario y la obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional, en relación al respectivo cargo municipal, respectivamente;
2. Los artículos 1° de la ley N° 18.294 y 67 de la ley N° 18.382, establecen para las municipalidades del país un gasto máximo anual en personal que no podrá exceder, respecto de cada una de ellas, del 35 % del rendimiento estimado de los ingresos que se señalan, ni tratándose de las comunas de la Región Metropolitana con una población superior a 15.000 habitantes, de la relación de dos funcionarios por cada mil habitantes de la comuna respectiva.
3. Las leyes N°s 19.529 y 19.731, que establecieron beneficios indemnizatorios para los funcionarios municipales que se acogieron a retiro.
IV. ANTECEDENTES PRESUPUESTARIOS O FINANCIEROS.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 20 de diciembre de 2005, señala que el mayor gasto que irrogue el pago de las bonificaciones será de cargo municipal, conforme al Protocolo de Acuerdo suscrito el 6 de diciembre de 2005 entre el Gobierno, la Asociación Chilena de Municipalidades y la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales. En consecuencia, el proyecto no representaría gasto fiscal.
V. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
La bonificación por retiro voluntario que se establece para los funcionarios municipales que tengan 60 o más años de edad si son mujeres o 65 o más años de edad si son hombres, alcanzará a un mes de remuneración por cada año de servicios o fracción superior a seis meses, prestados por el funcionario en la administración municipal, con un tope de seis meses.
No obstante, se faculta al Alcalde , previo acuerdo del Concejo Municipal, para otorgar una bonificación por retiro de carácter complementaria, la que en conjunto con la antes mencionada, no podrá exceder los años de servicios prestados en la administración municipal, ni sobrepasar los once meses de bonificación.
El proyecto contempla, adicionalmente, y para el solo efecto de esta normativa, una disposición excepcional a lo dispuesto por los artículos 1º de la ley Nº 18.294 y 67 de la ley Nº 18.382, en materia de restricción del gasto máximo en personal. De este modo, las municipalidades no estarán obligadas a ajustarse a dicha restricción, tanto si se encontraren excedidas, como si se excedieren en razón del gasto que irrogue el pago de la bonificación por retiro voluntario, pero no podrán aumentar sus márgenes de exceso por otras causas.
VI. DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO.
A. Discusión general.
En el debate de la Comisión varios señores Diputados observaron que los municipios más pequeños o con situaciones deficitarias no estarían en condiciones financieras de otorgar el beneficio complementario que contempla el artículo 2° del proyecto, razón por la que el Ejecutivo debería proporcionar los recursos necesarios para enfrentar las obligaciones derivadas de la aplicación del proyecto.
La inquietud precedente dio lugar a una solicitud de información de la Comisión respecto al número de funcionarios municipales en situación de acogerse al beneficio propuesto en el proyecto, por comuna, aspecto que fue informado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo con fecha 23 de mayo de 2006.
Los cuadros estadísticos con la información respectiva entregan los siguientes totales:
El total de funcionarios que podrían acogerse al retiro voluntario asciende a 1.953 (1.251 hombres y 702 mujeres) y el costo total de la bonificación por 11 meses representa el 0,995% de los ingresos propios de las municipalidades.
Los representantes de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile “Asemuch” manifestaron su acuerdo con el proyecto en trámite no obstante manifestar algunas aprensiones sobre el alcance del inciso tercero del artículo 1° del proyecto que podría afectar los derechos de bienestar de los funcionarios municipales que presenten la comunicación de renuncia voluntaria.
Luego de un debate sobre el particular, se precisó que la desvinculación del funcionario se produce con la jubilación, pensión o renta vitalicia y que la referida comunicación es sólo una expresión de voluntad que no afecta su condición como beneficiario del servicio de bienestar. Sin embargo, si aquél deja la municipalidad por la causal de retiro voluntario sin acogerse a jubilación, pensión o renta vitalicia pierde su condición de afiliado al bienestar.
Por último, la señora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo planteó la buena disposición del Gobierno para entregar información a los municipios para facilitar el proceso por retiro voluntario en las municipalidades.
B. Discusión particular.
En el artículo 1° del proyecto, se establece una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios municipales que a la fecha de publicación de la presente ley tengan 60 o más años de edad si son mujeres o 65 o más años de edad si son hombres, y que dentro de los doce meses contados desde el primer día del mes siguiente al de la publicación de esta misma ley, cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal.
En el inciso segundo se dispone, asimismo, que, tendrán derecho a la bonificación por retiro voluntario, los funcionarios municipales que se encuentren en funciones a la fecha de publicación de la ley y que entre dicha data y el 31 de diciembre del año 2007, cumplan 60 años de edad si son mujeres o 65 años de edad si son hombres, siempre que cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal, dentro de los doce meses siguientes al cumplimiento de dichas edades.
En el inciso tercero, se señala que, con todo, el funcionario municipal que cumpla con los requisitos señalados en los incisos primero o segundo, y que con posterioridad a la comunicación de su renuncia voluntaria obtenga jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional, mantendrá el derecho a la bonificación establecida en el proyecto, pero cesará en funciones en la fecha de obtención de dicha jubilación, pensión o renta vitalicia, siempre que aquella fuere anterior a la fecha establecida en su renuncia voluntaria al cargo municipal.
En el artículo 2°, se determina que la bonificación por retiro voluntario será el equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados por el funcionario en la administración municipal, con un máximo de seis meses.
En el inciso segundo, se establece que, sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el Alcalde , previo acuerdo del Concejo Municipal, podrá otorgar a los funcionarios beneficiarios de la bonificación a que se refiere el inciso precedente, en las condiciones y dentro del período señalado, una bonificación por retiro complementaria, la que en conjunto con la establecida en el inciso anterior, no podrá sobrepasar los años de servicios prestados en la administración municipal, ni ser superior a once meses de bonificación. El Alcalde y el Concejo no podrán acordar bonificaciones por retiro complementarias para algunos funcionarios, excluyendo a otros.
En el inciso tercero, se precisa que la remuneración que servirá de base para el cálculo de las bonificaciones será el promedio de las remuneraciones mensuales de los últimos 12 meses inmediatamente anteriores al cese de funciones del funcionario, actualizadas según el índice de precios al consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
En el inciso cuarto, se señala que las bonificaciones establecidas en los incisos precedentes no serán imponibles ni constituirán renta para ningún efecto legal y serán de cargo municipal.
En el artículo 3°, se contempla que el pago de las bonificaciones procederá inmediatamente después del cese de funciones del funcionario municipal, sea por aplicación de la causal prevista en la letra a) o en la letra b) del artículo 144 de la ley N° 18.883, según corresponda.
En el inciso segundo, se estipula que los funcionarios municipales que cesen en sus funciones por las causales señaladas en el inciso anterior y que perciban la bonificación por retiro voluntario del artículo anterior, no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o a honorarios, en la misma municipalidad, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que devuelvan la totalidad del beneficio percibido, expresado en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables.
En el artículo 4°, se dispone que las municipalidades que se encuentren excedidas en la restricción del gasto máximo en personal, dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 18.294 y en el artículo 67 de la ley N° 18.382, y las que se excedan en virtud del proyecto, no estarán obligadas a ajustarse a dicha restricción en razón del gasto que irrogue el pago del beneficio establecido en el inciso tercero del artículo 1°, pero no podrán aumentar los márgenes de excesos.
En el artículo 5°, se señala que el mayor gasto que irrogue el pago de las bonificaciones a que se refiere la ley será de cargo municipal.
Sometido a votación particular el articulado del proyecto fueron aprobados los artículos 1° al 5° por los Diputados señores Alvarado, don Claudio ; Becker, don Germán ; Goic, señora Carolina ; Insunza, don Jorge ; Ortiz, don José Miguel ; Sunico, don Raúl , y Tuma, don Eugenio , quienes votaron por la afirmativa.
VII. NORMAS QUE REQUIEREN QUÓRUM ORGÁNICO CONSTITUCIONAL.
El artículo 2° del proyecto es propio de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en conformidad con el inciso tercero del artículo 119 de la Constitución Política que establece que dicho cuerpo legal determinará las materias en que necesariamente se requiere el acuerdo del Concejo Municipal.1
VIII. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.
Ninguno.
IX. ARTÍCULOS QUE NO FUERON APROBADOS POR UNANIMIDAD.
Ninguno.
X. TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN.
En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1°.- Establécese una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios municipales que a la fecha de publicación de la presente ley tengan 60 o más años de edad si son mujeres o 65 o más años de edad si son hombres, y que dentro de los doce meses contados desde el primer día del mes siguiente al de la publicación de esta misma ley, cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal.
Asimismo, tendrán derecho a la bonificación por retiro voluntario, los funcionarios municipales que se encuentren en funciones a la fecha de publicación de la presente ley y que entre dicha data y el 31 de diciembre del año 2007, cumplan 60 años de edad si son mujeres o 65 años de edad si son hombres, siempre que cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria, en relación con el respectivo cargo municipal, dentro de los doce meses siguientes al cumplimiento de dichas edades.
Con todo, el funcionario municipal que cumpla con los requisitos señalados en los incisos primero o segundo, y que con posterioridad a la comunicación de su renuncia voluntaria obtenga jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional, mantendrá el derecho a la bonificación establecida en esta ley, pero cesará en funciones en la fecha de obtención de dicha jubilación, pensión o renta vitalicia, siempre que aquella fuere anterior a la fecha establecida en su renuncia voluntaria al cargo municipal.
Artículo 2°.- La bonificación por retiro voluntario será el equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicios o fracción superior a seis meses prestados por el funcionario en la administración municipal, con un máximo de seis meses.
Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, el Alcalde , previo acuerdo del Concejo Municipal, podrá otorgar a los funcionarios beneficiarios de la bonificación a que se refiere el inciso precedente, en las condiciones y dentro del período señalado, una bonificación por retiro complementaria, la que en conjunto con la establecida en el inciso anterior, no podrá sobrepasar los años de servicios prestados en la administración municipal, ni ser superior a once meses de bonificación. El Alcalde y el Concejo no podrán acordar bonificaciones por retiro complementarias para algunos funcionarios, excluyendo a otros.
La remuneración que servirá de base para el cálculo de las bonificaciones será el promedio de las remuneraciones mensuales de los últimos 12 meses inmediatamente anteriores al cese de funciones del funcionario, actualizadas según el índice de precios al consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
Las bonificaciones establecidas en los incisos precedentes no serán imponibles ni constituirán renta para ningún efecto legal y serán de cargo municipal.
Artículo 3°.- El pago de las bonificaciones procederá inmediatamente después del cese de funciones del funcionario municipal, sea por aplicación de la causal prevista en la letra a) o en la letra b) del artículo 144 de la ley N° 18.883, según corresponda.
Los funcionarios municipales que cesen en sus funciones por las causales señaladas en el inciso anterior y que perciban la bonificación por retiro voluntario del artículo anterior, no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o a honorarios, en la misma municipalidad, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que devuelvan la totalidad del beneficio percibido, expresado en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables.
Artículo 4°.- Las municipalidades que se encuentren excedidas en la restricción del gasto máximo en personal, dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 18.294 y en el artículo 67 de la ley N° 18.382, y las que se excedan en virtud de la presente ley, no estarán obligadas a ajustarse a dicha restricción en razón del gasto que irrogue el pago del beneficio establecido en el inciso tercero del artículo 1° de esta ley, pero no podrán aumentar los márgenes de excesos.
Artículo 5°.- El mayor gasto que irrogue el pago de las bonificaciones a que se refiere esta ley será de cargo municipal.”.
Acordado en sesiones de fechas 17 y 24 de enero, 7 de marzo, y 13 de junio, de 2006, con la asistencia de los Diputados señores Silva, don Exequiel ( Presidente ); Alvarado, don Claudio (González , señora Rosa) ; Álvarez, don Rodrigo ; Becker, don Germán ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Escalona, don Camilo ; Hidalgo, don Carlos ; Insunza, don Jorge ; Jaramillo, don Enrique ; Kuschel, don Carlos Ignacio ; Lorenzini, don Pablo ( Presidente ); Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel ( Presidente Accidental ), Paredes, don Iván ; Pérez, don José ; Sunico, don Raúl ; Tuma, don Eugenio , y Von Mühlenbrock, don Gastón , según consta en las actas respectivas.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados Valenzuela , Becker , Duarte , Insunza , Bauer , Urrutia , Rossi , Ulloa y Vallespín y de la diputada Tohá .
Facilita la convocatoria a plebiscitos municipales. (boletín N° 4228-06)
Considerando:
1° Que la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades considera la institución de los plebiscitos municipales, los que son conceptualizados por el legislador como un instrumento de participación ciudadana, en el proceso de toma de decisiones por parte de las administraciones locales. Sin embargo, estos no se han aplicado, ya que la norma exige un altísimo número de peticionarios del mismo (10% de los inscritos en los registros electorales de la comuna), y que estos formalicen su petición ante un notario público o un oficial del Registro Civil .
2° Que la tradición democrática de los asuntos locales en otros países -desde Suiza, los países anglosajones, España y muchos latinoamericanos, permite a los ciudadanos proponer iniciativas de ley; oponerse a las resoluciones de sus autoridades, o movilizarse a favor de políticas públicas en sus territorios en apoyo o contestación a sus autoridades políticas.
Por el contrario, en nuestro país, este por sí modesto instrumento de participación ciudadana, se ha convertido con el correr de los años en letra muerta, pues sólo se hacen consultas puntuales y fragmentarias, sin que haya sido posible articular un movimiento que permita a los ciudadanos expresarse en temas tan relevantes como son los conflictos ambientales, la generación y alteración de planos reguladores, el ordenamiento del tránsito u otros asuntos significativos para la calidad de vida en el espacio democrático local.
3° Que por lo expuesto, creemos necesario avanzar en nuestra legislación, flexibilizando las normas que regulan los plebiscitos, para lo cual venimos en proponer este Proyecto de Ley que busca a simplificar los requisitos para llamar a plesbicito, bajando de 10 a 5 % los inscritos en una comuna para convocarlo, y eliminando la firma ante notario u oficial civil.
En mérito de lo expuesto, los diputados que los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO.- Reemplácese el artículo 100 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades por el siguiente:
“Para la procedencia del plebiscito deberá presentarse la firma de al menos el 5% de los ciudadanos inscritos en los Registros Electorales de la Comuna. Un Reglamento determinará la forma en que deberá hacerse constar las firmas de los peticionarios, de manera de asegurar la forma menos gravosa posible de formalizar la petición o adhesión a una solicitud de plebiscito.”
Moción de los diputados Araya , Díaz del Río, Mulet , Ojeda , Olivares , Sabag , Venegas Cárdenas , y de las diputadas Goic y Sepúlveda .
Modifica el Codigo Civil estableciendo mecanismo que resguarda el derecho a la identidad del menor. (boletín N° 4230-18)
I. INTRODUCCIÓN.
Como es sabido, la visión que el derecho tiene del infante o niño, ha variado con el tiempo. La modernidad ha modificado incluso la institucionalidad del Estado, y se inspira en principios nuevos, que morigeran el antiguo rigor con que se enfrentaba la realidad de los infantes.
A la figura del “menor”, objeto de políticas sociales, desprovisto de derechos, mero destinatario de obligaciones de “asistencia” y de “rescate”, hoy se opone la figura del “niño”, que es una persona, en el sentido de ser titular de derechos, de esferas de agere licere, de indemnidades oponibles al Estado y a otros particulares.
Esta nueva mirada se ha manifestado en nuevos principios del derecho, como es el de interés superior del niño; y en nuevos derechos, como es por ejemplo, el derecho del niño a su identidad.
Es así que luego de la aprobación de la Convención de Derechos del Niño de 1989, ratificada por Chile, y que inspiró las reformas al Código Civil mediante la Ley Nº 19.585, de 26 de octubre de 1998, y la Ley Nº 20.030, trae consecuencias insospechadas más aún si a ello sumamos los avances en genética, que hacen posible técnicas accesibles para determinar la identidad de las personas, y sus lazos familiares, más allá del secreto y la ficción.
Nuevas situaciones desafían la rigidez de la norma, y ella se tensiona, y muestra sus límites cuando finalmente, por falta de previsión o de amplitud, provocan dolorosas injusticias, más aún en el ámbito sensible del Derecho de Familia.
En materia de establecimiento de lazos de filiación, creemos que existen situaciones no comprendidas por la normativa actual, provocando resultados absurdos y penosos. Las expondremos e intentaremos corregir en este proyecto de ley.
II. LEGISLACIÓN ACTUAL Y PROBLEMAS DE FONDO.
1. Legislación actual
Como es sabido, si el padre y la madre están casados, la ley presume que el marido es el padre del hijo/a, por tanto no es necesario el reconocimiento: por ley ese/a niño/a tiene por padre al marido de la madre.
Si los padres no están casados, es necesario que exista un “reconocimiento” de Paternidad, el cual puede ser: voluntario o provocado:
Voluntario: es el reconocimiento que se produce cuando el padre va libremente al Registro Civil y declara que él es el padre de ese/a niño/a, hecho que se inscribe en la partida de nacimiento, pasando a llevar el/la niño/a su apellido.
Provocado: se le llama así a aquellos casos en los que el padre no reconoce a su hijo/a voluntaria y espontáneamente y es un Tribunal, quien lo insta a cumplir con su obligación, o determina su paternidad respecto de un niño o niña.
El Juicio de Reclamación se tramita ante el Tribunal de Familia. El Juez determinará en la Audiencia Preparatoria, qué clase de pruebas se rendirán.
En todo caso, Ud. puede ofrecer las siguientes pruebas:
a. Aquellas que sirvan para demostrar la relación que existió entre el supuesto padre y la madre, y/o entre el supuesto padre y el/la hijo/a: por ejemplo: fotos, cartas, grabaciones o videos, testigos que declaren que saben que el demandado es el padre del niño/a.
Si el supuesto padre prueba que la madre cohabitó con otro hombre durante el período de la concepción del niño o niña, esa sola circunstancia no basta para desechar la demanda.
b. La ley ha incorporado la posibilidad de recurrir a pruebas científico-biológicas, de gran confiabilidad, entre las que se cuenta el denominado “examen de ADN”.
El examen de ADN es una prueba científica biológica, que otorga un 99,9% de certeza respecto del parentesco padre-hijo, en caso de que este sea confirmado, y un 0% en caso de que sea desestimado, a contrario sensu la paternidad se desestima en un 100%. Este examen normalmente lo practica el Servicio Médico Legal. También puede ser realizado por otros laboratorios particulares que figuren en las listas autorizadas por los Tribunales.
Otra vía para Acreditar la Paternidad en Juicio es demandar la Posesión Notoria de la calidad de hijo. En este caso deberá probarse por parte de la madre (o el/la hijo/a si éste/a es mayor de edad), que el padre ha tratado al hijo/a como suyo a través de actos que naturalmente haría el padre o madre de un niño/a por un lapso de al menos cinco años.
Por ejemplo, la madre logra acreditar el pago de la educación y/o alimentación del niño/a por parte del supuesto padre los últimos cinco años; o, la madre acredita que el supuesto padre ha presentado al niño/a a sus amigos, familiares y vecinos como si fuera su hijo/a, y que éstas personas en general, lo identifican como hijo/a de ese padre.
La posesión notoria de la calidad de hijo/a, debe acreditarse por un conjunto de testimonios y antecedentes o circunstancias de distinta naturaleza; por lo que la sola prueba de testigos no sería suficiente como prueba de paternidad [1].
Si el demandado, citado por dos veces al Tribunal para que se practique el ADN, se niega, se presumirá legalmente su paternidad. Esto significa que será el demandado quien deberá probar ante el juez que no lo es [2].
La Ley N° 20.030, publicada en el Diario Oficial el 05 de julio de 2005, modificó el procedimiento para lograr el reconocimiento de nuestros/as hijos/as. Con esta modificación se busca simplificar los trámites, de manera de asegurar a todo/as los/as niños/as su derecho a la identidad.
La citada Ley N° 20.030, elimina el procedimiento que se realizaba ante los Juzgados de Menores conocido como “Citación a Reconocer Paternidad”. Este era un procedimiento judicial breve, en el que generalmente -a petición de la madre- se citaba al supuesto padre a la presencia del Juez de Menores , para que reconciera ser el padre de un/a niño/a determinado/a.
En este procedimiento no se admitían, pruebas, por lo que no era posible la aplicación de la prueba de ADN.
Esto significa que, a partir del 05 de julio de 2005, quienes quieran intentar el reconocimiento de un/a hijo/a, sólo pueden hacerlo mediante un juicio de reclamación de paternidad, ejerciendo la acción de reconocimiento.
En este juicio Ud. puede solicitar que el supuesto padre se practique la prueba de ADN.
Si el demandado es citado por dos veces al Tribunal para que se practique el examen de ADN y no concurre, la ley presume que él es el padre del niño/a. Nuevamente, esto significa que será el demandado quien deba probar en el juicio que no es el padre. [3]
2. Falencias de la legislación actual
Encontramos las siguientes falencias de la legislación:
Caso de quien quiere establecer la paternidad o maternidad de un niño teniendo dudas del lazo que trata de probar:
i. Imaginemos un hombre quien ha mantenido relaciones con una mujer, quien señala haber quedado embarazada de él. La mujer lo aparta de su vida y le prohíbe ver al niño. Este hombre tiene dudas de su paternidad, pero quiere asumir su responsabilidad si el niño resulta ser suyo.
En este caso la única posibilidad de este hombre es reclamar la paternidad del niño, o impugnar la de quien ha asumido ese papel. En caso de que se ordene el examen de ADN, y la madre o quien ha reconocido al niño como padre se nieguen a hacerse y hacerle al niño el examen de ADN, entonces, aquel que reclama o impugna puede ser reconocido judicialmente como padre, sin examen de adn. o sea, se puede llegar a ser padre legal de un niño, sin el principal medio de certeza para su establecimiento. se obliga a esta persona al peligro de ser reconocido como padre, sin serlo.
Paralelamente, se obliga al niño a asumir un padre legal, que no es el padre biológico.
Este caso también puede sucederle a una mujer, en caso que tenga dudas de su maternidad (confusión de criaturas durante el nacimiento, por ejemplo)
ii. Imaginemos un hombre quien ha mantenido relaciones con una mujer, quien señala haber quedado embarazada de otro hombre.
Este hombre quiere establecer su paternidad. no reclama o impugna paternidad alguna, para asumirla per se, sino que lo hace pues necesita del examen de adn para establecer su supuesta paternidad.
No obstante, la única salida que le da el Código Civil es reclamar o impugnar, y como esta persona solicitará exámenes de ADN, en caso de que los custodios del niño se nieguen a ello, puede ser reconocido judicialmente como padre sin los examenes de adn, sin certeza de que sea verdaderamente padre del niño.
Nuevamente, se obliga al niño a asumir un padre o madre que no es el suyo
Caso de un niño que quiere establecer sus reales lazos de filiación, teniendo dudas del lazo que trata de probar:
El niño que ya ha adquirido mayoría de edad, como es usual, querrá saber cuales son sus verdaderos padres. La única posibilidad que contempla la ley civil es reclamar e impugnar su lazo filiativo. Pero enfrentados a realizar los exámenes de ADN, y negándose la pretendida madre o padre a realizarse tales exámenes, el demandante puede quedar como hijo de los demandados, meramente por la presunción legal del art. 199. o sea, se puede adquirir la calidad de hijo, sin examen de ADN, con todas las dudas del caso.
III. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.
Tal como señala la Convención de Derechos del Niño, el Art. 3° inc.1 y 2 respectivamente expresa:
“En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”
El interés superior del niño es un principio del Derecho de Menores que mira en reconocer progresivos espacios de autonomía al niño, en la medida de su desarrollo y del riesgo enfrentado. El interés superior del niño apunta al reconocimiento del niño como persona, con derechos. El niño es hoy una realidad integral, no una cosa, no un mero objeto de políticas sociales.
El art. 7 de la Convención dispone de uno de los derechos más claros reconocidos por la Convención: “1. El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos”.
Asimismo, el art. 8° inc.2 de dicha Convención establece: “Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán presentar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad”.
IV. DERECHO A LA IDENTIDAD DEL MENOR.
Estos estándares del derecho a la identidad del niño han movido al esfuerzo colectivo para establecer el contenido del mismo.
Entendemos por identidad la calidad de idéntico. La persistencia del ser en su unidad a través de sus múltiples cambios y determinaciones. Tal es, la identidad personal: “individualmente nada es otro, el ser es sólo idéntico a sí mismo”. Para Ferrater Mora “la identidad en cuanto a mismidad alude más bien a la permanencia de la sustancia a través de todos sus cambios; hay entonces una identidad que es continuidad”. La mantención de una ficción sobre los lazos filiativos, puede afectar la identidad personal. Produce una intromisión en el proceso evolutivo propio de cada individuo.
Todo individuo tiene derecho a su identidad personal, que es el núcleo o esencia específica de lo humano. El Derecho a la Identidad constituye el interés existencial que tiene cada persona de no ver alterada, desnaturalizada, o negada la proyección externa o social de su personalidad. (…) Que no se discuta, distorsione, recorte o niegue lo que constituye el esencial patrimonio cultural del sujeto, integrado por una multiplicidad de variados aspectos como son, entre otros: la identidad de origen, la identidad familiar, intelectual, política, religiosa, social y profesional de cada persona. La identidad es aquel todo complejo que incluye el conocimiento, las creencias, el arte, la moral, el derecho, las costumbres y cualesquiera otros hábitos y capacidades adquiridas por el hombre en cuanto miembro de la sociedad [4].
La filiación se trata de una institución rica y compleja donde confluyen elementos biológicos, afectivos, sociales, individuales, de seguridad jurídica y otros, es buena piedra de tope y lugar de enfrentamiento de lo formal y lo material, formalismo y realismo como principios y concepciones jurídicas en continua tensión.
Por lo demás últimamente está apareciendo una jurisprudencia relativa a estos problemas que trata de superar al respecto ciertas rigideces formales de carácter procesal, conducente, ante la peculiaridad del caso debatido, a un resultado ilógico y absurdo que parece repugnar al Derecho y a un elemental razonar jurídico.
Para ello se invoca la especial naturaleza del Derecho de familia, que le sitúa como un «tertium genus» entre el Derecho privado y el público, de tal manera que se supera el formalismo, de tal manera que ha de prevalecer la verdad real sobre el formalismo.
Es por ello que, por ejemplo, el Tribunal Supremo Español, en sentencia de 5 de noviembre de 1987 (RJ 1987, 8336) resalta el rango constitucional del derecho a investigar la paternidad en cuanto se estima más protegible el interés del menor, la realidad a la ficción formal».
Es por ello que el Derecho a la Identidad del Niño, prima sobre el derecho a negarse a las pericias biológicas. Asimismo, impide que se establezcan lazos filiativos no ciertos, dudosos, inseguros.
V. ACCIÓN DE CERTEZA DE LAZO FILIATIVO.
Es por ello que proponemos someter a las pericias biológicas a un régimen especial, que no implique la reclamación o impugnación, las que subsisten a este sistema paralelo, que denominamos “acción de certeza de filiación”.
La acción de certeza viene a solucionar los casos injustos que describimos más arriba, pues se elimina el otorgamiento del lazo filiativo por presunciones, lo que desincentivaba el uso de las acciones judiciales que vienen a reforzar y garantizar el derecho a la identidad del menor, y su interés superior.
VI. CONSENTIMIENTO INFORMADO.
En Bioética, se ha reconocido como manifestación del principio de autonomía de paciente el denominado Derecho al Consentimiento Informado previo y fundamentado, en virtud del cual, el paciente tiene derecho a elegir entre las opciones que el médico tratante determine, aquella que más se ajuste a sus valoraciones morales y éticas. Asimismo, tiene derecho a negarse a cualquier tratamiento médico. Este derecho ha sido reconocido en Chile en el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. Asimismo, en instrumentos de Derecho Internacional, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el ámbito de la medicina experimental y en la Convención de la UNESCO sobre Genoma Humano.
Los protocolos médicos y el los pronunciamientos de los Colegios Médicos del Mundo, incluido en chileno (art. 15 y 60), establecen este derecho.
Tradicionalmente se ha reconocido a los actos médicos ordenados judicialmente como una carga procesal. Las cargas procesales tienen una naturaleza voluntaria, pues benefician al examinado. Son pruebas que él aporta, y que pueden ser renunciadas, tal como cualquier beneficio.
La actual Ley Civil establece implícitamente el derecho al consentimiento informado, pues permite no realizar el examen, con la morigeración de la presunción legal en su contra (a favor del demandante).
A nuestro juicio, este examen debe ser obligatorio, pues existen fuertes razones morales, éticas y jurídicas para que así sea:
1. El consentimiento informado tiene excepciones, como la salud pública, el privilegio terapéutico, entre otras. Aquí tenemos una orden judicial en el ámbito del derecho de familia, en el cual debe primar el principio del interés superior del niño. Este es un asunto de interés social, pues hay un interés colectivo por establecer el origen y la identidad del niño. Y el niño además tiene derecho a la identidad biológica, como lo han reconocido todos los países desarrollados.
2. Este interés social, que es de mayor poder jurídico que el interés individual del titular del derecho al consentimiento informado, viene a ser apoyado aún más por el hecho de que el estado civil es la posición jurídica que detenta una persona respecto a su familia, y a la sociedad. Que el estado civil sea un asunto de interés público es un punto pacífico para la doctrina civil.
3. El estado civil no es renunciable. Aquí no opera la autonomía de la voluntad. No se puede renunciar al estado civil, a la calidad de padre, madre, hijo. Esto debe reflejarse en las normas y derechos procesales que asisten a las partes en el proceso de determinación de la filiación.
VI. NECESIDAD DE CAUCIÓN:
La acción que viene a establecer este proyecto de ley no puede ser alegada ampliamente. No debe ser alegada de manera imprudente, irresponsable, pues no debe perturbar la paz y tranquilidad, y aún la estabilidad de las relaciones familiares.
Así, creemos que es necesario establecer limitaciones para entablar esta acción de certeza del lazo filiativo: Es por ello que se exigen requisitos previos, como:
1. Razones fundadas
2. Justo motivo
3. Previa caución suficiente en consideración al patrimonio del solicitante, exceptuados aquellos que gocen de privilegio de pobreza.
Claramente estos requisitos impedirán que las familias chilenas se vean enfrentadas al doloroso tránsito de una solicitud de pericias biológicas de manera irresponsable.
Por tanto, venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1: Agrégase al artículo 199 del Código Civil, el ss. nuevo inciso 2º:
“Cualquier persona alegando razones fundadas y justo motivo, previa caución suficiente en consideración al patrimonio del solicitante, exceptuados aquellos que gocen de privilegio de pobreza, podrá solicitar las pericias biológicas a las que se refiere el inciso anterior, sin que esto constituya en forma alguna reclamación o impugnación de la filiación de que se trate. Solicitada la pericia, su realización será obligatoria para ambas partes, con auxilio de la fuerza pública en caso necesario, salvo que se pruebe peligro de grave daño a la salud del menor”.
Reemplázase la fórmula inicial del actual inciso 2º, nuevo tercero, “El juez podrá”, por la fórmula “En las acciones de reclamación o impugnación a las que se refieren los artículos 204 y siguientes podrá el juez”
Reemplázase el actual inciso4º por el ss. nuevo inciso 5º:
“En las acciones de reclamación o impugnación, citada la parte dos veces y esta no concurre a la realización del examen se presumirá legalmente la paternidad o la maternidad, o la ausencia de ella, según corresponda, salvo que la práctica de las pericias biológicas al menor pudiera provocar grave daño a su salud.”
Suprímese la oración inicial del inciso 5º, actual 6º, hasta el punto seguido”.
Moción de los diputados Cardemil , Forni , Dittborn , García , Cristián Monckeberg , Nicolás Monckeberg , Uriarte , Vargas , Ward y de la diputada Cristi .
Reforma Constitucional con el objeto de establecer que la autorización de reuniones en calles, plazas y demás lugares públicos se rija por ley, así como disponer que el ejercicio del derecho a reunión no podrá implicar la lesión de los demás derechos Constitucionales. (boletín N°4231-07)
“De acuerdo a lo establecido en el artículo 19º Nº 13 de la Constitución Política de la República, ésta asegura a todas las personas el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas. Agrega esta disposición sin embargo, que las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público se regirán por las disposiciones generales de policía.
Lo anterior significa que, en atención a que los lugares de uso público -entre ellos las plazas y calles- están al servicio de la generalidad de las garantías constitucionales de todos y cada uno de los ciudadanos, y no solamente de los que se reúnan con un determinado fin en ejercicio del derecho constitucional del artículo 19 N° 13, las manifestaciones públicas organizadas en ese ámbito están reguladas por normas de orden y tranquilidad callejera que deben ser aplicadas por la autoridad competente.
Conforme a lo anterior, existen reuniones o manifestaciones públicas que están autorizadas por la autoridad competente y otras que no lo están. Manifestación de las primeras son los denominados “actos públicos”, que en términos de su autorización y requisitos para su realización están regulados en el Decreto Supremo Nº 1.086 de 1983, sobre “Reuniones públicas”.
En consideración a dicha normativa, es el Intendente quien está facultado para autorizar o no las reuniones o actos públicos, de acuerdo a los procedimientos que en ella se disponen. De esta forma, se establece que los organizadores de toda reunión o manifestación pública deben dar aviso con dos días hábiles de anticipación, a lo menos, al Intendente o Gobernador respectivo, y que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública pueden impedir o disolver cualquier manifestación que no haya sido avisada dentro del plazo fijado y que no cumpla con los requisitos de la norma.
El aviso indicado deberá ser por escrito y firmado por los organizadores de la reunión, con indicación de su domicilio, profesión y número de su cédula de identidad. Debe expresar quiénes organizan dicha reunión, qué objeto tiene, dónde se iniciará, cuál será su recorrido, donde se hará uso de la palabra, qué oradores lo harán y dónde se disolverá la manifestación, entre otras menciones.
Sin perjuicio de lo anterior, el Intendente o Gobernador en su caso, pueden no autorizar las reuniones o desfiles en las calles de circulación intensa y en calles en que perturben el tránsito público. Igual facultad tienen respecto de las reuniones que se efectúen en las plazas y paseos en las horas en que se ocupen habitualmente para el esparcimiento o descanso de la población y de aquellas que se celebraren en los parques, plazas, jardines y avenidas con sectores plantados.
Cabe señalar que, se considera que las reuniones se verifican con armas, cuando los concurrentes lleven palos, bastones, fierros, herramientas, barras metálicas, cadenas y en general, cualquier elemento de naturaleza semejante. En tal caso las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están facultadas para ordenar a los portadores entregar esos utensilios y si se niegan o se producen situaciones de hecho, la reunión será disuelta.
Por otra parte, entre los considerandos del Decreto Supremo Nº 1.086 de 1983, citado, se establece que el ejercicio del derecho a reunión tiene por límite el resguardo de los terceros y que su uso no puede llegar a lesionar la libertad de otra persona o la conveniencia de la sociedad, entendiendo por tanto, que es un deber de la autoridad ejercer la vigilancia y cuidar la integridad de las personas, y la conservación de las plazas, calles, paseos y bienes públicos, respetando el uso al que están destinados.
Para los ciudadanos comunes y corrientes estas decisiones son sumamente importantes, especialmente los que viven, trabajan o circulan en lugares próximos a las plazas, calles y sitios en que habitualmente se realizan las manifestaciones y reuniones públicas, por cuanto efectivamente, en la mayoría de los casos se ve afectada su tranquilidad, libre desplazamiento y muchas veces su propiedad, y aún su integridad personal.
La envergadura e importancia de esta materia hace aconsejable entonces, establecer que su regulación sea objeto de una ley especial y no simplemente de normas reglamentarias; de una ley que sea seriamente debatida y estudiada en el Congreso respecto de la forma, requisitos y condiciones en que se podrá ejercer el derecho de reunión en sitios públicos, tal como sucede con la regulación legal de otras garantías constitucionales.
Por de pronto, con la actual normativa la policía no tiene siquiera opinión, aún cuando el texto constitucional sugiera, por el contrario, que dichas reuniones se “regirán” precisamente por las disposiciones que incumben a Carabineros e Investigaciones.
De otro lado no se establece en disposición alguna de la actual norma, un resguardo mínimo en orden a que la autoridad pueda, antes de dar su veredicto, solicitar una garantía pecuniaria para que los organizadores se hagan responsables de los daños a la propiedad pública y privada.
Tampoco se establecen normas respecto a la necesidad de advertir a la ciudadanía, es decir publicitar y comunicar la realización de una determinada actividad en el espacio público con la suficiente anticipación, para que ésta prevenga sus consecuencias.
Se reconoce además, la oportunidad de estudiar el establecimiento de un tipo penal especial, que considere sanciones para el o los organizadores de reuniones no autorizadas, o que siendo pacíficas devengan en armadas y violentas por su responsabilidad o falta de previsión.
Por lo tanto, en mérito de los antecedentes antes referidos, es que creemos conveniente establecer que la autorización de reuniones en calles, plazas y demás lugares públicos deba realizarse por ley, así como disponer que el ejercicio del derecho a reunión no puede implicar la lesión de los demás derechos Constitucionales, para lo cual proponemos el siguiente:
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo único.- Modifícase el Nº 13 del artículo 19º de la Constitución Política de la República, en la forma que se señala:
a) Reemplázase el inciso 2° por el siguiente nuevo:
“Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público se regirán por las disposiciones que determine la ley.”.
b) Agrégase el siguiente inciso final nuevo:
“En el goce de este derecho, así como en las autorizaciones que se otorguen de acuerdo a lo establecido en el inciso anterior, deberán adoptarse todas las providencias necesarias con el objeto de evitar que su ejercicio signifique, de cualquier modo, afectar los demás derechos y garantías establecidos en este artículo.”.
Moción de los diputados Cardemil , Chahuán , Dittborn , Eluchans , García , Forni , Cristián Monckeberg , Uriarte , Vargas y de la diputada Cristi .
Modifica el Código Penal con el objeto de tipificar el delito de participción en manifestaciones o actos públicos, ocultando la identidad mediante capucha, embozo, pasamontañas u otro medio semejante. (boletín N° 4232-07)
“El artículo 19º Nº 13 de la Constitución Política de la República, asegura a todas las personas el derecho a reunirse pacíficamente, sin permiso previo y sin armas, estableciendo que, para el caso de reuniones en plazas, calles y demás lugares de uso público, rigen las disposiciones generales de policía.
De esta forma, y sin perjuicio del debate en torno a la necesidad de que este último caso deba ser regulado por ley, lo concreto es que dicha materia está regulada por el Decreto Supremo Nº 1.086 de 1983, sobre reuniones pública. Así, el derecho a reunión consagrado en la Constitución Política, para ser ejercido debe cumplir con ciertos requisitos generales y otros específicos para el caso de reuniones en lugares de uso público.
Son requisitos generales, que la reunión sea pacífica, es decir, tranquila, sin provocar desórdenes o luchas ni causar o intervenir en discordias en su origen, desarrollo y término, y que la reunión sea sin armas. Se desprende de lo anterior, que lo que buscó el constituyente fue, junto con garantizar el derecho esencial e intrínseco de la naturaleza social de la persona a reunirse, que su ejercicio se realizara sin obstaculizar el goce y ejercicio de los demás derechos consagrados en la Carta Fundamental, respecto de los demás miembros de la sociedad.
Sin embargo, durante los últimos años, hemos podido observar como cada vez con mayor impacto, se suman a los actos o manifestaciones públicas personas que, premunidas de pañuelos, gorros, pasamontañas o algún otro tipo de elemento, cubren su rostro con el objeto de no poder ser identificados a través de medios visuales o audiovisuales. Muchos de ellos además, no sólo se embozan o encapuchan con ese único objetivo, sino que para actuar o cooperar en desmanes sin que luego se les pueda sancionar por ellos, ya que al no poder ser identificados no es posible su detención posterior.
Con el objeto de evitar que situaciones como las descritas sigan produciéndose en manifestaciones o actos públicos, creemos necesario tipificar el delito de participar en alguna manifestación o acto público, embozado o encapuchado, que será sancionado con una pena igual a la establecida para quienes turbaren gravemente la tranquilidad pública para causar injuria u otro mal a alguna persona particular no con cualquier otro fin reprobado, esto es, reclusión menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) . Se entiende por “embozado”, según define el Diccionario de la Real Academia Española la acción de “embozar”, como “cubrir el rostro por la parte inferior hasta las narices o los ojos.”.
No se trata de limitar el derecho de reunión ni el de expresión, en alguna de sus dimensiones, sino que de reafirmar la exigencia constitucional de que la garantía que permite la reunión de las personas deba realizarse en forma pacífica, y el hecho de que sus participantes lo hagan con el rostro cubierto no colabora en ello, sino que por el contrario, alienta la comisión de desórdenes y desmanes, en el amparo del anonimato y la impunidad.
Obviamente debe extenderse el ilícito al ocultamiento de la identidad mediante gorros pasamontañas, disfraces u otro medio de hacer imposible la identificación del individuo a través de medios visuales o audiovisuales.
En mérito de los antecedentes anteriores, es que proponemos el siguiente:
Proyecto de Ley
“Artículo único.- Agrégase al artículo 269º del Código Penal, el siguiente inciso segundo nuevo:
En la misma pena incurrirán quienes participen en alguna manifestación o acto público, ya sea que se trate de un acto autorizado o no por la autoridad competente, si lo hace embozado, encapuchado u ocultando expresamente su identidad.”.
Moción de los diputados Cardemil , Chahuán , Dittborn , Forni , Cristián Monckeberg , Nicolás Monckeberg , Roberto Sepúlveda , Uriarte , Vargas y de la diputada Cristi .
Modifica el Código Procesal Penal con el objeto de ampliar el plazo del procedimiento del control de identidad y establecer que durante el mismo se podrá verificar la existencia de órdenes de detención en contra de aquellas personas. (boletín N° 4233-07)
“El actual sistema de control de identidad establecido en el artículo 85º del Código Procesal Penal requiere urgentes reformas para otorgar a la policía herramientas idóneas de prevención delictual.
Actualmente se produce el hecho grave, con efectos de notorio incremento de inseguridad ciudadana, de que personas respecto de las cuales la policía sabe que son delincuentes habituales, según antecedentes producidos por la aplicación del Plan Cuadrante, y que son sorprendidos en actitud manifiestamente sospechosa, simplemente no pueden ser detenidos porque cuanto exhiben su cédula de identidad, pasan de esta manera el control y eluden así la acción policial. Esta situación se produce, por ejemplo, con la nutrida fauna delictual que pulula en centro de Santiago: lanzas, “escaperos”, “monreros” y “cogoteros”, que ejercen su mal hábito premunidos de cédula de identidad.
Una situación similar se produce con personas desconocidas en el barrio en que la policía aplica el Plan Cuadrante, siendo sorprendidas en actitud manifiestamente sospechosa, merodeando en horas nocturnas, embozados para ocultar su rostro. Muchas veces al cumplir con éxito su control de identidad, simplemente se evaden a otros sectores.
Un caso especial esta configurado por los encapuchados que suelen concurrir a las manifestaciones públicas autorizadas o no, para actuar o cooperar en desmanes y de los que dan cuenta cotidianamente los medios de comunicación social. Mediante la capucha, simplemente lo que hacen es eludir la identificación por medio visuales o audiovisuales. Si alguno de estos encapuchados cayere en manos de la policía, simplemente cumple el control de identidad y queda libre para seguir actuando en la destrucción de la propiedad pública y privada y dañando a las personas.
Cabe señalar que en estos casos, incluso pudiendo dar cuenta de una identificación, sobre todo cuando conste que tienen antecedentes penales o prontuario criminal, existe la evidente posibilidad de que en contra de tales personas exista alguna orden de detención pendiente, sin que expresamente la ley establezca que la policía está autorizada para verificar dichos antecedentes con ocasión del control de identidad, todo lo cual impide su detención.
Es por ello que, con el objeto de permitir que la policía pueda efectuar la verificación de los antecedentes delictuales y la existencia de una orden de detención pendiente en contra de una persona respecto de la cual se realiza un control de identidad, en los casos fundados que dispone el Código Procesal Penal en su artículo 85º, y de aumentar el plazo del procedimiento para poder hacer efectiva tal facultad, proponemos el siguiente:
Proyecto de Ley
Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones a la Ley Nº 19.696, que establece el Código Procesal Penal:
Modifícase el artículo 85º en la forma que se indica:
Reemplázase en el primer inciso, la letra “o” que precede a la frase “ de que pudiere suministrar informaciones útiles...”, por una coma (,), y agrégase antes del primer punto seguido a continuación de la palabra “falta”, la siguiente oración nueva:
“o del que se encapuche o emboce para ocultar, dificultar o disimular su identidad”
Reemplázase, en el inciso cuarto del artículo 85º del Código Procesal Penal, el guarismo “seis” por el de “doce”.
Agrégase el siguiente artículo 85º bis nuevo:
“Durante el procedimiento de control de identidad a que se refiere el inciso primero del artículo anterior, o bien, durante el tiempo que la persona se encuentre en la unidad policial de conformidad a lo establecido en el inciso tercero del mismo artículo, la policía podrá, respecto de aquella persona, proceder a verificar si existe en su contra alguna orden de detención pendiente.
En caso de que se verifique la existencia de una orden detención pendiente, se procederá a la detención de esa persona de conformidad a lo establecido en el inciso cuarto del artículo 129º, debiendo, el agente policial que la hubiere realizado, informar de ella al ministerio público dentro de un plazo máximo de doce horas, estándose en lo demás a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 131º.”.