Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Maria Isabel Allende Bussi
- Alejandro Navarro Brain
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. DESARCHIVO DE PROYECTO
- VI. ACUERDOS DE COMITÉS
- REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS.
- VII. FÁCIL DESPACHO
- AGREGACIÓN DE DISPOSICIÓN TRANSITORIA AL DECRETO LEY Nº 3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Esteban Valenzuela Van Treek
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Eduardo Saffirio Suarez
- DEBATE
- AGREGACIÓN DE DISPOSICIÓN TRANSITORIA AL DECRETO LEY Nº 3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES. Primer trámite constitucional.
- VIII. ORDEN DEL DÍA
- INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LA DIVISIÓN DE COMUNICACIONES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Eduardo Saffirio Suarez
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- DEBATE
- MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE RETIRO DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIN LA CITACIÓN REGLAMENTARIA.
- INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LA DIVISIÓN DE COMUNICACIONES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
- IX. PROYECTOS DE ACUERDO
- ESTABLECIMIENTO DE BENEFICIOS PARA VOCALES DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS. Preferencia.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Manuel Rojas Molina
- Mario Varela Herrera
- Pablo Prieto Lorca
- Felipe Salaberry Soto
- Javier Hernandez Hernandez
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Eugenio Bauer Jouanne
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- IMPLEMENTACIÓN DE ACUERDO ANTE COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE RECONOCIMIENTO DE PUEBLOS INDÍGENAS. (Votación).
- DEBATE
- CAPACITACIÓN A CARABINEROS SOBRE PATRONES CULTURALES Y COSTUMBRES DE PUEBLO MAPUCHE.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Felipe Letelier Norambuena
- Fernando Meza Moncada
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Fulvio Rossi Ciocca
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Jaime Quintana Leal
- Enrique Jaramillo Becker
- Eugenio Tuma Zedan
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ESTABLECIMIENTO DE BENEFICIOS PARA VOCALES DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS. Preferencia.
- X. INCIDENTES
- RECURSOS ADICIONALES PARA DEFENSAS FLUVIALES EN LA SEXTA REGIÓN. Oficios.
- CONECTIVIDAD A INTERNET PARA ESCUELA RURAL DE CHIMBARONGO. Oficio
- RECONOCIMIENTO PÚBLICO A LABOR DE ALDEAS INFANTILES SOS. Oficio.
- INVESTIGACIÓN A MUNICIPALIDAD DE CONCHALÍ POR FUNCIONAMIENTO ILEGAL DE CENTRO MÉDICO-DENTAL. Oficio.
- INVESTIGACIÓN Y SOLUCIÓN A PROBLEMA DE AGUA POTABLE Y FOSAS SÉPTICAS EN VILLA DE LA COMUNA DE LOS SAUCES. Oficios.
- ADHESION
- Eduardo Diaz Del Rio
- Patricio Cornejo Vidaurrazaga
- ADHESION
- TERMINACIÓN DE PAGOS EN TERRENO EN ZONAS RURALES POR EL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- XI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, constituida en investigadora respecto de la forma y los procedimientos utilizados por el Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND) en la aplicación de la ley Nº 19.712.
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- Eliana Caraball Martinez
- German Becker Alvear
- Roberto Delmastro Naso
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Pablo Galilea Carrillo
- Rosa Gonzalez Roman
- Arturo Longton Guerrero
- Carlos Montes Cisternas
- Alejandro Navarro Brain
- Victor Perez Varela
- Pablo Prieto Lorca
- Jaime Quintana Leal
- Edgardo Riveros Marin
- Felipe Salaberry Soto
- Exequiel Silva Ortiz
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Mario Varela Herrera
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Camilo Escalona Medina
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Antonio Leal Labrin
- Waldo Mora Longa
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Ivan Paredes Fierro
- Adriana Munoz D'albora
- Carolina Toha Morales
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Moción de los diputados señores Espinoza , Bustos , Escalona , Hales , Leal , Mora, Muñoz, don Pedro , y Paredes, y de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana y Tohá , doña Carolina . (boletín Nº 4018-16)
Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados sobre los efectos del desafuero en relación a la dieta parlamentaria y asignaciones complementarias.
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Camilo Escalona Medina
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Antonio Leal Labrin
- Waldo Mora Longa
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Ivan Paredes Fierro
- Adriana Munoz D'albora
- Carolina Toha Morales
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, constituida en investigadora respecto de la forma y los procedimientos utilizados por el Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND) en la aplicación de la ley Nº 19.712.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 353ª, ORDINARIA
Sesión 52ª, en martes 18 de octubre de 2005
(Ordinaria, de 11.08 a 14.17 horas)
Presidencia de los señores Ascencio Mansilla, don Gabriel; y Cornejo Vidaurrázaga, don Patricio.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- DESARCHIVO DE PROYECTOS
VI.- ACUERDOS DE COMITÉS
VII.- FÁCIL DESPACHO.
VIII.- ORDEN DEL DÍA
IX.- PROYECTOS DE ACUERDO
X.- INCIDENTES
XI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 10
II. Apertura de la sesión 13
III. Actas 13
IV. Cuenta 13
V. Desarchivo de proyecto 13
VI. Acuerdos de Comités 13
- Remisión de proyecto a Comisión de Derechos Humanos 15
VII. Fácil despacho.
- Agregación de disposición transitoria al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales. Primer trámite constitucional 15
VIII. Orden del Día.
- Informe de la Comisión Investigadora de presuntas irregularidades en la División de comunicaciones del Ministerio de Obras Públicas 20
- Mejoramiento de las condiciones de retiro de los funcionarios públicos. Primer trámite constitucional 39
- Autorización a comisión para sesionar sin la citación reglamentaria 45
IX. Proyectos de acuerdo.
- Establecimiento de beneficios para vocales de mesas receptoras de sufragios. Preferencia 45
- Implementación de acuerdo ante Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre reconocimiento de pueblos Indígenas. (Votación) 46
- Capacitación a carabineros sobre patrones culturales y costumbres de pueblo mapuche 46
X. Incidentes.
- Recursos adicionales para defensas fluviales en la Sexta Región. Oficios 49
- Conectividad a internet para escuela rural de Chimbarongo. Oficio 50
- Reconocimiento público a labor de aldeas infantiles SOS. Oficio 50
- Investigación a Municipalidad de Conchalí por funcionamiento ilegal de centro médico-dental. Oficio 52
- Investigación y solución a problema de agua potable y fosas sépticas en villa de la comuna de Los Sauces. Oficios 52
Pág.
- Terminación de pagos en terreno en zonas rurales por el Instituto de Normalización Previsional. Oficio 53
XI. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. el Presidente de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005 para el año 2006, y establece un mecanismo de compensación. (boletín Nº 4015-06) 55
2. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia calificada de “discusión inmediata” para el despacho del proyecto que prorroga la aplicación de los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal vigentes durante el año 2005 para el año 2006, y establece un mecanismo de compensación. (boletín Nº 4015-06) 57
- Oficios de S. E. el Presidente de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia calificada de “discusión inmediata” para el despacho de los siguientes proyectos:
3. Modifica los Códigos Procesal Penal y Penal en diversas materias relativas al funcionamiento de la reforma procesal penal. (boletín Nº 3465-07) (S) 58
4. Introduce una disposición transitoria al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales. (boletín Nº 4013-06) 58
- Oficios de S. E. el Presidente de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia calificada de “suma” para el despacho de los siguientes proyectos:
5. Crea y regula el Registro Nacional de Revisores Independientes de Obras de Edificación. (boletín Nº 3964-14) (S) 59
6. Mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones. (boletín Nº 3975-13) 59
7. Introduce en la ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, las adecuaciones necesarias para adaptarla a la ley Nº 20.050, que reformó la Constitución Política de la República. (boletín Nº 3962-06) 60
8. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia “simple” para el despacho del proyecto que crea nuevos escalafones en las plantas de la Policía de Investigaciones de Chile. (boletín Nº 4001-02) 60
- Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia simple”, para el despacho de los siguientes proyectos:
9. Sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública. (boletín Nº 3562-06) 60
10. Reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional. (boletín Nº 3436-07). 61
- Oficios del H. Senado por los cuales comunica que ha aprobado, con modificaciones, los siguientes proyectos:
11. Autoriza erigir un monumento en la ciudad de Copiapó, en memoria de Monseñor Fernando Ariztía Ruiz, Obispo Emérito de Copiapó. (boletín Nº 3564-04) 61
Pág.
12. Autoriza erigir, en la comuna de Maule, un monumento y santuario en memoria del Padre Pío de Pietrelcina. (boletín Nº 3719-04) 62
- Oficios del H. Senado por los cuales comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, los siguientes proyectos:
13. Modifica la ley de navegación respecto de naves abandonadas. (boletín Nº 2733-02) 63
14. Concede acción pública tratándose de infracciones a las normas relativas al trabajo de menores. (boletín Nº 3524-13) 63
- Oficios del H. Senado por los cuales comunica que ha aprobado los siguientes proyectos iniciados en moción:
15. Autoriza erigir un monumento en memoria del sacerdote Angelo Panigati, en la ciudad de La Serena. (boletín Nº 3902-04) (S) 63
16. Autoriza la construcción de un monumento, archivo y museo, en memoria del geógrafo don Juan Steffen Hoffmann, en la Región de Aysén. (boletín Nº 3545-04) (S) 64
17. Oficio del H. Senado por el cual comunica que acordó solicitar a la Cámara de Diputados el desarchivo del proyecto, iniciado en moción del Senador Horvath, que “establece normas para la protección y valoración del árbol urbano”. (boletín Nº 2238-12) 65
18. Oficio del H. Senado por el cual comunica que tomó conocimiento del rechazo de la Cámara de Diputados a algunas modificaciones propuestas al proyecto que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, y del nombre de los señores diputados que integrarán la Comisión Mixta. (boletín Nº 3021-07) 66
- Oficios del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las discrepancias en la tramitación de los siguientes proyectos:
19. Establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal. (boletín Nº 3021-07) 66
20. Establece como obligatoria la declaración jurada patrimonial de bienes de las autoridades que ejercen una función pública. (boletín Nº 2394-07) 67
21. Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las discrepancias producidas en la tramitación del proyecto que modifica los Códigos Procesal Penal y Penal en diversas materias relativas al funcionamiento de la Reforma Procesal Penal. (boletín Nº 3465-07) (S) 67
22. Informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que suspende la inscripción de automóviles colectivos y buses en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros. (boletín Nº 3399-15) 140
23. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, constituida en investigadora respecto de la forma y los procedimientos utilizados por el Instituto Nacional de Deportes de Chile en la aplicación de la ley Nº 19.712 145
Pág.
24. Informe de las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Familia recaído en el proyecto que modifica el Código Civil y leyes complementarias en materia de sociedad conyugal o comunidad de gananciales, otorgando a la mujer y al marido iguales derechos y obligaciones. (boletín Nº 1707-18) 189
25. Informe de las Comisión de Trabajo y Seguridad Social recaído en el proyecto que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones. (boletín Nº 3975-13) 236
26. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones. (boletín Nº 3975-13) 272
27. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana recaído en el proyecto de acuerdo aprobatorio de la “Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”, adoptada en Nueva York el 31 de octubre de 2003. (boletín Nº 3974-10) 277
28. Informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recaído en el proyecto que modifica el artículo 124 de la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura. (boletín Nº 2587-01) 286
29. Certificado de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recaído en el proyecto, con urgencia de “discusión inmediata”, que introduce una disposición transitoria al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales. (boletín Nº 4013-06) 289
30. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, con urgencia de “discusión inmediata”, que introduce una disposición transitoria al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales. (boletín Nº 4013-06) 290
31. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Espinoza; Bustos; Escalona; Hales; Leal; Mora; Muñoz, don Pedro, y Paredes, y de las diputadas señoras Muñoz, doña Adriana y Tohá, doña Carolina, que establece una reforma constitucional referida a los efectos del desafuero en relación a la dieta parlamentaria y asignaciones complementarias (boletín Nº 4019-07) 292
32. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Espinoza; Bustos; Escalona; Hales; Leal; Mora; Muñoz, don Pedro, y Paredes, y de las diputadas señoras Muñoz, doña Adriana y Tohá, doña Carolina, que modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados sobre los efectos del desafuero en relación a la dieta parlamentaria y asignaciones complementarias. (boletín Nº 4018-16) 294
XII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
- De la Comisión de Salud por el cual solicita autorización para sesionar simultáneamente con la Sala el día martes 18 de octubre en curso, de 10 a 12 horas, con el objeto de analizar el proyecto, con urgencia “simple”, que modifica la ley Nº 19.419, sobre materias relativas a la publicidad y el consumo del tabaco (boletín Nº 3825-11).
- De la Comisión Especial destinada a analizar la legislación que establece beneficios para las personas con discapacidad, por la cual solicita el asentimiento de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el día martes 18 de octubre en curso, en horarios alternativos a partir de las 11.15 a 12.45 horas, para tratar el proyecto que modifica la ley Nº 18.284, que establece normas para la plena integración de personas con discapacidad (boletín Nº 3875-11).
- De la diputada señora Allende, doña Isabel y del diputado señor Navarro quienes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicitan autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 14 y 15 de octubre en curso, respectivamente, para dirigirse a Ginebra, Suiza.
2. Oficios
Contraloría General de la República:
- Diputado Martínez, investigación del proyecto Laja-Diguillín. Diputado Prieto, contrato de construcción del edificio de la reforma procesal penal de Talca, suscrito con el señor Alfredo Cuevas Carvallo.
- Diputado Lorenzini, categoría de empleados Corporación Asistencia Judicial.
Ministerio del Interior:
- Diputado Kuschel, número de pensiones asistenciales de ancianidad, invalidez y subsidios únicos familiares y la evolución de su número en las comunas de la Décima Región.
- Diputado Von Mühlenbrock, creación de comuna de Coñaripe, Novena Región.
- Diputado Tuma, creación de la comuna de Puerto Domínguez.
- Diputado Navarro, detalles del abastecimiento de energía eléctrica en Isla Santa María.
- Diputado Kuschel, aplicación de las leyes que mejoran las atribuciones de los organismos policiales y de la justicia para controlar la delincuencia en la Décima Región.
- Diputado Kuschel, reposición de dos furgones policiales en la Segunda Comisaría de Carabineros de Puerto Montt .
- Diputado Ojeda, posible presentación de un proyecto de ley que crea la Región de Valdivia.
- Diputado Bertolino, proyecto del Gobierno Regional de la Cuarta Región para mejorar el servicio de agua potable rural San Isidro-Calingasta.
- Diputado Mora, actos culturales masivos se realicen en el Parque O?Higgins de Santiago.
- Diputado Navarro, investigación sobre descarga de petróleo diésel en playa Las Petroleras en Antofagasta.
- Diputado Letelier, don Juan Pablo, información respecto del proyecto de agua potable rural para El Romeral.
- Diputado Araya, construcción de vertedero industrial en la Segunda Región.
- Diputado Hernández, antecedentes de la creación de nueva región de Valdivia.
- Diputado Díaz, financiamiento para compra de sillas para la comunidad indígena de Pitrenco, comuna de Carahue.
- Diputado Bayo, inclusión de vías de acceso a puente en Vado Buenos Aires de Angol, en presupuesto del 2006.
- Diputado Letelier, don Juan Pablo, proyecto de expropiación del camino Las Delicias Norte, que une las comunas de Rengo y Requínoa.
- Diputado Cardemil, actos públicos en el parque forestal autorizados para el año en curso.
- Diputado Kuschel, aumento de la dotación policial en Alerce Norte y Sur y otras localidades de las provincias de Osorno, Llanquihue, Chiloé y Palena.
- Diputado Navarro, información sobre corte de puntajes para obtención de Beca Presidente de la República , Octava Región.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:
- Diputado Pérez, don Víctor, situación producida en establecimiento educacional los Ángeles College, comuna de Los Ángeles.
- Diputado Ibáñez, don Gonzalo, proyectos financiados con modalidad "Capital Semilla" y con recursos de la agencia de Inversión Privada y otros en la Quinta Región.
Ministerio de Hacienda:
- Diputado Muñoz, don Pedro, vehículos internados al país bajo régimen de zona franca en las regiones acogidas a dicho tratamiento preferente.
Ministerio de Educación:
- Diputado Ortiz, continuar con el Programa de Mejoramiento de la Calidad y la Equidad de la Educación superior.
- Diputado Navarro, situación de profesoras de la Escuela Básica Diferencial Arcoiris en la comuna de Los Angeles.
- Diputado Navarro, rentas de arrendamiento de bienes muebles.
- Diputado Muñoz, don Pedro, información sobre profesores inscritos y cupos disponibles en la Región de Magallanes para perfeccionamiento docente.
Ministerio de Defensa Nacional:
- Diputado Bauer, accidentes que han ocurrido en el tramo entre Santa Blanca y Los Lirios durante el último año.
- Diputado Valenzuela, número de funcionarios de Carabineros de Chile por habitantes en cada una de las trece capitales regionales del país.
Ministerio de Agricultura:
- Diputado Vargas, información sobre durmientes importados infestados con larvas, su manejo y nómina de empresas que usan este material.
- Diputado Navarro, carencia de forraje para ganado en la provincia de Ñuble.
- Diputado Ojeda, establecimiento de origen chileno de la murtilla.
- Diputado Ceroni, solución a campesinos de provincia de Cauquenes endeudados con el Indap.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social:
- Diputado Hidalgo, creación de programas de generación de empleo y capacitación para enfrentar cesantía en la ciudad de San Antonio.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo:
- Diputado Jofré, provisión de recursos e inicio de programas de pavimentación de calles y veredas de Iquique.
- Diputado Cornejo, condonación a discapacitados deudores del Serviu.
- Diputado Letelier, don Juan Pablo, existencia de proyecto destinado a problema vial que se vive en la comuna de Graneros.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
- Diputada Sepúlveda, conexión de escuelas de Sexta Región a red de enlace rural, en particular en las de Las Cabras, San Vicente y Chimbarongo.
- Diputado Delmastro, solicitud de instalación de un teléfono público en la comunidad de Pelluco, comuna de Mariquina.
Ministerio de Planificación y Cooperación:
- Diputado Navarro, cumplimiento del artículo Nº 20 de ley 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (97)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrázaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jofré Núñez, Néstor RN I 2
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos IND-RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional no estuvieron presentes la diputada señora Isabel Allende y el diputado señor Alejandro Navarro.
-Asistieron, además, los ministros de Hacienda , señor Nicolás Eyzaguirre; de Obras Públicas, señor Jaime Estévez, y del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes, señor José Weinstein.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.08 horas.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ASCENCIO (Presidente).-
El acta de la sesión 47ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 48ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ASCENCIO (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
V. DESARCHIVO DE PROYECTO
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición del Senado en orden a desarchivar el proyecto, iniciado en moción del senador señor Horvath, que establece normas para la protección y valoración del árbol urbano.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
VI. ACUERDOS DE COMITÉS
El señor ASCENCIO (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los comités.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).-
Reunidos los jefes de los comités parlamentarios, bajo la presidencia del señor Gabriel Ascencio, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1. Autorizar a la Comisión de Salud para sesionar simultáneamente con la Sala el día de hoy, de 10 a 12, con el objeto de analizar el proyecto, con urgencia “simple”, que modifica la ley Nº 19.419, sobre materias relativas a la publicidad y al consumo del tabaco.
2. Autorizar a la Comisión Especial destinada a analizar la legislación que establece beneficios para las personas con discapacidad para sesionar simultáneamente con la Sala, en horarios alternativos, a partir de las 11.15 a 12.45, para tratar el proyecto que modifica la ley Nº 18.284, que establece normas para la plena integración de las personas con discapacidad.
3. Colocar en primer lugar de la Tabla de la sesión de mañana el proyecto de acuerdo Nº 699, junto con otros que también contengan materias relacionadas con la última reforma a la ley de impuesto territorial.
4. Colocar en primer lugar de la tabla del día de hoy aquellos proyectos de acuerdo en que se solicita al Presidente de la República que se establezca algún tipo de estipendio para los vocales de mesas receptoras de sufragios.
5. Celebrar una sesión especial el día 2 de noviembre de 2005, a contar de las 10.30, con el objeto de discutir y despachar el proyecto de ley de presupuestos del sector público para el 2006.
Para tal efecto, se destinarán tres horas al debate general, distribuidas proporcionalmente entre los distintos comités parlamentarios.
Las indicaciones se recibirán sólo hasta las 12.
Terminadas las tres horas de debate, se votará el proyecto en general.
Todos los artículos y partidas que no hayan sido objeto de indicaciones y aquellas respecto de las cuales no se haya pedido votación separada, se entenderán aprobadas también en particular.
6. Celebrar una sesión ordinaria el día 2 de noviembre, a contar de las 15, para los efectos de discutir y votar en particular las partidas que fueran objeto de indicaciones y respecto de las cuales se pida votación separada.
Se destinarán cinco minutos a los diputados de Gobierno y de Oposición para hacer observaciones respecto de las indicaciones presentadas.
En esa sesión se suspenderán los proyectos de acuerdo y la hora de incidentes. Además, ese día no estará autorizado el funcionamiento de Comisiones.
7. Rendir homenaje en la sesión del día 8 de noviembre al ex diputado señor Félix Iglesias Cortés, recientemente fallecido.
-o-
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Para referirse a la Cuenta, tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente, la Comisión Mixta despachó el informe respecto de la suspensión de la inscripción de automóviles colectivos y buses en el Registro Nacional de Servicio de Transporte de Pasajeros , y sería bueno saber si se ha acordado en reunión de Comités cuándo se votará, ya que el plazo de urgencia vence los primeros días de noviembre.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Señor diputado , en la sesión de mañana miércoles 19 del presente, dentro del orden del día, en segundo lugar de la Tabla, se encuentra el informe de Comisión Mixta sobre el proyecto a que se refiere su señoría.
Tiene la palabra el diputado señor Rodolfo Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente, el Senado despachará próximamente el proyecto que establece un sistema procesal oral en lo laboral. El ministro de Trabajo nos comunicó ayer que solicitará a la Cámara de Diputados lo discuta en la sesión de 2 de noviembre. Por ello, pido que recabe el acuerdo de la Sala para que sea incluida en la Tabla de la sesión de ese día, sin perjuicio de los acuerdos adoptados por los Comités.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente , no es posible acceder a esa petición, porque la sesión del 2 de noviembre está destinada a tratar exclusivamente el proyecto de ley de presupuestos.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Como ha señalado el diputado señor Ulloa, la sesión del 2 de noviembre se destinará sólo al tratamiento del proyecto de ley de presupuestos. En la mañana se discutirá en general, durante tres horas, y se procederá a su votación. A partir de las 15, el proyecto se conocerá en particular y se votará indicación por indicación. Ése fue el acuerdo adoptado.
Nos quedan las sesiones de los días 8 y 9 de noviembre. Por lo tanto, debemos tratar de concordar el trabajo de la Cámara de Diputados con la fecha en que el Senado terminará sus funciones. Existe la posibilidad de que debamos sesionar los días 15 y 16 de noviembre, pues deben despacharse los proyectos sobre ley orgánica constitucional del Congreso Nacional y sobre reajuste del sector público.
REMISIÓN DE PROYECTO A COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS.-
Señor Presidente , los diputados de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia estamos de acuerdo en que el proyecto que modifica el artículo 93 del Código Penal en materia de prescripción de la acción penal sea remitido a la Comisión de Derechos Humanos para la elaboración de su primer informe. Pido que recabe la unanimidad de la Sala para esos efectos.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para acceder a la petición del diputado señor Juan Bustos?
Acordado.
VII. FÁCIL DESPACHO
AGREGACIÓN DE DISPOSICIÓN TRANSITORIA AL DECRETO LEY Nº 3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES. Primer trámite constitucional.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En Fácil Despacho, corresponde conocer el proyecto, originado en mensaje, que introduce una disposición transitoria al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, cuya urgencia ha sido calificada de “discusión inmediata”.
Diputados informantes de las Comisiones de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social y de Hacienda son los señores Esteban Valenzuela y Julio Dittborn, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 4013-06, sesión 50ª, en 11 de octubre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Certificado de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social e informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nºs. 29 y 30, respectivamente, de esta sesión.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, el proyecto que paso a informar fue aprobado en forma unánime por la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social.
En el contexto de la ley de rentas municipales, hubo consenso en que parte del aporte adicional que realizan al Fondo Común Municipal los municipios del barrio alto, Providencia, Vitacura y Las Condes, sirva para paliar el grave déficit permanente del Teatro Municipal de Santiago , que no sólo pertenece a esa comuna, pues en estricto rigor es el instituto cultural del país en el que se presentan espectáculos de danza, ballet y de orquestas, que luego son llevados a todo el país. Tradicionalmente, el Estado ha aportado recursos nacionales para disminuir el déficit del Teatro Municipal .
El proyecto autoriza que el aporte adicional al Fondo Común Municipal de los municipios del sector alto sea de 35 mil unidades tributarias mensuales.
A contar de 2006, los aportes que cada uno de estos municipios deben efectuar al Fondo Común Municipal serán integrados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 del decreto ley Nº 3.063, es decir, íntegramente las 70 mil unidades tributarias mensuales.
Se ha conversado con los trabajadores del Teatro Municipal , el alcalde Raúl Alacaíno y el ministro de la Cultura para sacar a la Corporación Cultural de la Municipalidad de Santiago del grave déficit en que se encuentra, que incluso tendría dificultades para el pago de los sueldos del mes de octubre, según se informó hoy en un diario.
El proyecto consta de un artículo único por el que se agrega un artículo 6º, transitorio, al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales y fue aprobado por la diputada señora Eliana Caraball , Presidenta, y los señores Jaime Quintana , Edgardo Riveros , Exequiel Silva y el que habla.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Julio Dittborn, quien informará en nombre de la Comisión de Hacienda.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, en verdad, un proyecto tan simple como éste no merecería dos informes. Sin embargo, así se lo establece el Reglamento de la Cámara.
Por un proyecto de ley, que me parece profundamente injusto, se obliga a tres municipios a financiar el Teatro Municipal de Santiago . Si es una institución nacional -así lo dijo el diputado informante que me antecedió en el uso de la palabra-, a mi juicio, debería ser financiado con rentas nacionales y no por tres municipios elegidos al azar, catalogados como ricos, porque, según se ha dicho, los habitantes de esas comunas serían los que asisten al Teatro Municipal de Santiago . Con ese criterio, uno podría empezar a redistribuir recursos en la forma más arbitraria imaginable. Por eso, voté en contra de la ley aquella.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Señor diputado , ¿está rindiendo el informe de la Comisión de Hacienda o entregando su opinión personal? O informa a la Sala o lo inscribo para que hable después.
El señor DITTBORN.-
Si quiere no informo más, señor Presidente .
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
¿La Comisión rechazó el proyecto?
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente , estoy haciendo una breve introducción al proyecto.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Señor diputado , usted está dando su opinión personal y lo que necesitamos es que el informe de la Comisión de Hacienda.
(Hablan varios diputados a la vez).
Llamo al orden al diputado señor Dittborn.
Le pido que entregue el informe de la Comisión de Hacienda. Si quiere dar su opinión, después me puede pedir la palabra y yo se la concedo con mucho gusto.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente , he tratado de hacer una introducción al proyecto.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Puede continuar con el informe de la Comisión de Hacienda, señor diputado.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, no le entiendo.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Puede continuar con su informe, señor diputado .
El diputado informante de la Comisión de Hacienda no rendirá su informe.
Tiene la palabra el diputado señor Jaramillo para plantear un asunto de Reglamento.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, no es conveniente que se produzcan estas situaciones. Por su intermedio, señor Presidente, pido al diputado Dittborn -a pesar de que su opinión no ha gustado a algunos; a mí sí- que, por favor, continúe con el informe de la Comisión de Hacienda.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, lo que he tratado de hacer es explicar el proyecto, porque al diputado que me antecedió en la palabra no se le entendió claramente el origen del proyecto que modifica una ley anterior. Eso estaba explicando y, de pasada, di mi opinión al respecto.
Ahora bien, si le molestó mi opinión, bueno.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Señor diputado , tiene todo el derecho a dar su opinión personal sobre el proyecto, pero en este momento le solicito, como diputado informante designado por la Comisión de Hacienda, que entregue el informe respectivo.
Por lo demás, el proyecto fue aprobado por la unanimidad de dicha Comisión.
Después de informar, usted me puede pedir la palabra y encantado se la daré para que entregue su opinión personal. Pero, ahora, por favor, le ruego que rinda el informe de la Comisión de Hacienda, si es que lo va a hacer. De lo contrario, procederemos de inmediato a la discusión del proyecto, para lo cual disponemos de treinta minutos.
Muy bien.
Tiene la palabra el diputado señor Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, este proyecto es importante para la cultura nacional y me parece muy significativo que se encuentre presente el ministro de Cultura , señor José Weinstein .
La cuestión es muy simple: el país necesita una institución como el Teatro Municipal , que eleva el nivel de las artes y tiene primacía sobre las actividades operática, sinfónica y del ballet.
Un país como Chile, en estado de desarrollo y con expectativas futuras, interconectado, globalizado y abierto al mundo, necesita mantener un nivel cultural y artístico de excelencia y de eso se encarga el Teatro Municipal .
Por razones históricas, de costumbre, de tradición, que están reflejadas de esa manera en el proyecto de ley, es el municipio de Santiago quien debe financiar las actividades del Teatro Municipal . A su vez, éste le presta sus servicios de excelencia cultural y artística a todo el país.
Por lo tanto, la situación que ha hecho crisis en estos días -reiterada, cíclica- tiene una explicación extraordinariamente sencilla: el costo es mayor que el ingreso. La municipalidad de Santiago tiene que atender innumerables objetivos, razón por la cual las actividades del Teatro Municipal se resienten.
Con este proyecto se pretende dar una solución muy específica, puntual, para el Teatro Municipal mediante el aporte adicional y global de 35 mil unidades tributarias mensuales que los municipios de Las Condes, de Providencia y de Vitacura, deberán efectuar al Fondo Común Municipal. De esta manera, podrán mantenerse en funcionamiento y sin que se resientan sus actividades artísticas y culturales.
Ésta, por supuesto, no es la solución definitiva -entiendo que el diputado Dittborn la esbozó en su preámbulo, porque, finalmente, la Comisión de Hacienda estuvo de acuerdo y votó a favor del proyecto-; la deberá encontrar el Estado. Será el ministro de Cultura , el Presidente de la República -él es sensible a la necesidad de mantener un nivel cultural y artístico adecuado en el país- o el futuro presidente de la República quienes resuelvan cómo se financiarán las actividades del Teatro Municipal que, seguramente, va a devenir en un teatro nacional financiado por todo el país y a su servicio.
Eso, seguramente va a ser objeto de un futuro proyecto de ley. Por ahora, el país requiere que votemos favorablemente éste que nos ocupa para que los recursos que se entregarán al Teatro Municipal permitan conjurar una crisis que ya explotó y para que siga en el mismo nivel de actividades que le hemos conocido siempre, hasta que llegue la solución definitiva.
Anuncio que la bancada del partido Renovación Nacional votará a favor el proyecto.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Hago presente a la Sala que los Comités parlamentarios acordaron incluir este proyecto en la Tabla de Fácil Despacho y, de acuerdo con el artículo 103 del Reglamento de la Cámara, corresponde discutirlo en general y particular a la vez, hasta por diez minutos, divididos por iguales partes entre los diputados que lo sostengan y los que lo impugnen. Sin embargo, si el proyecto en examen fuere el único o el último de la Tabla, el Presidente podrá prorrogar el debate hasta el término del tiempo destinado a ella.
Si le parece a la Sala, se prorrogará, hasta por treinta minutos, la discusión del proyecto.
El señor MONTES.-
No, señor Presidente.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Entonces, ofrezco la palabra a algún diputado que impugne el proyecto, puesto que el diputado señor Cardemil habló a favor.
Tiene la palabra el diputado señor Saffirio, con lo cual se pondrá término a la discusión.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, estoy en contra de este proyecto y no voy a votarlo favorablemente, porque debemos dar una señal clara al Ejecutivo . Creo que habrá continuidad entre los gobiernos del Presidente Lagos y el de la futura presidenta Michelle Bachelet , cuando se discuta esta materia el próximo año.
Una vez más, se legisla ad hoc, con trámites de urgencia para favorecer, en esta ocasión, a un teatro municipal. Las cosas son lo que son; no lo que se dice que son. Aquí hemos escuchado un alegato sobre el aporte nacional al Teatro Municipal -reitero, es un teatro municipal; no nacional- en absoluto desmedro respecto de otros teatros municipales de regiones.
Por ejemplo, conozco la situación del Teatro Municipal de Temuco . Su alcalde pidió a los dos senadores de la circunscripción y a los dos diputados del distrito, al señor Becker y a mí, que veamos cómo el Ejecutivo se preocupa realmente del financiamiento de la cultura a lo largo del país, y no respecto de la situación particular del Teatro Municipal de Santiago .
Hay teatros municipales en Talca -recien-temente-, en Concepción, en Temuco; un hermoso teatro en Iquique -no sé si funcionará, pero su edificio es antiguo, maravilloso- y no hay ninguna preocupación por ellos.
El diputado Dittborn dijo, incluso, que, a su juicio, el Teatro Municipal de Santiago debe ser financiado con fondos generales de la Nación, ya ni siquiera por los tres municipios del barrio alto, donde efectivamente se concentra el grueso de su concurrencia.
Yo, para dar la señal clara de que nos interesa que se ayude efectivamente a la cultura y a los teatros municipales de todo el país, voy a votar en contra, porque, una vez más, se pretende solucionar, a última hora, el déficit permanente del Teatro Municipal de Santiago con la excusa de que es un teatro nacional.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el ministro señor José Weinstein.
El señor WEINSTEIN ( ministro de Cultura ).-
Señor Presidente, aquí se discute un artículo por el cual se pretende adecuar una ley permanente que dice relación con el aporte de los tres municipios señalados al Teatro Municipal . Eso fue votado en la ley de Rentas II con el respaldo mayoritario de distintos sectores políticos. Pero, se planteó una situación excepcional, por cuanto en dicha ley el avalúo de las propiedades se prorrogó para el 2006 y el alcalde señor Alcaíno y los otros alcaldes involucrados han solicitado que, dado que el ingreso adicional que tendrán sus municipios para financiar el aporte al teatro Municipal se prorrogó para ese año, la ley rija desde el momento en que se promulgó y no para todo el 2005.
Por lo tanto, el Ejecutivo acogió una solicitud del alcalde de la Municipalidad de Santiago y del resto de los otros municipios para adecuar el buen funcionamiento de la ley sólo excepcionalmente por este año. Esperemos que esa medida entre en régimen el año que viene y para el buen funcionamiento del teatro contemos con los aportes del Ejecutivo , de la Municipalidad de Santiago y de los tres municipios que empezarán a entregarlo este año, 2005, y, de manera continua, el próximo.
Ahora, en relación con lo manifestado por el diputado Saffirio, el acuerdo a que se llegó contempla la formación de seis polos de desarrollo de las artes por parte del Teatro Municipal de aquí al 2010 -el Ejecutivo se lo pidió para entregarle mayores recursos-. Por lo tanto, hay un plan de desarrollo de mayor alcance -no es sólo una situación financiera- para que, en la práctica, el Teatro Municipal se convierta en un teatro nacional.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, quiero hacer un alcance sobre algo que quizá no quedó claro en los informes y que, a lo mejor, no hubiera ocasionado las diferencias que provocaron molestia a su señoría.
Cabe hacer notar que las autoridades de los tres municipios involucrados están de acuerdo con el aporte pertinente. A lo mejor, eso habría consensuado la unanimidad, porque, en este caso, los afectados, los municipios, no están en contra del proyecto; lo aceptan.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Muchas gracias, diputado señor Jaramillo.
¿Habría acuerdo para votar el proyecto al término del Orden del Día?
Acordado.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Corresponde votar, en general, el proyecto de ley que introduce una disposición transitoria al decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales.
Este proyecto, para ser aprobado, requiere del voto afirmativo de sesenta y cinco señores diputados en ejercicio.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 1 abstención.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado en general.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se daría por aprobado el proyecto en particular.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
VIII. ORDEN DEL DÍA
INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA DE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LA DIVISIÓN DE COMUNICACIONES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Corresponde conocer el informe de la Comisión investigadora encargada de analizar y elaborar un informe relativo a las denuncias efectuadas por la ex jefa de la División de Comunicaciones del Ministerio de Obras Públicas sobre presuntas irregularidades en dicha repartición.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Investigadora, sesión 51ª, en 12 de octubre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 6.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión investigadora, señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente, en representación de la Comisión Investigadora, paso a informar sobre lo siguiente:
En el número I del informe, los señores diputados disponen del texto del proyecto de acuerdo, aprobado el 22 de junio de 2005, que dio origen a la Comisión investigadora.
En el número II se señalan las personas invitadas o citadas por la Comisión.
Concurrieron a sus sesiones los señores Jaime Estévez , ministro de Obras Públicas , Transportes y Telecomunicaciones; Camilo Rojas , coordinador general de Concesiones ; Rafael Ibarra , fiscal de Coordinación General de Concesiones; Andrés Vargas , jefe de la Unidad de Explotación de Concesiones ; Pablo Huenchumilla , inspector fiscal de Contratos de Concesiones; Javier Etcheberry , ex ministro de Obras Públicas , Transportes y Telecomunicaciones; en representación de Axioma Consultores, los señores Jorge Manríquez , gerente general; Américo Vera , ingeniero civil; Ramón Gómez , abogado; en representación de Gescam S.A., los señores Hernán Durán , gerente general, y Juan Pablo Hermosilla , abogado, y, en calidad de invitado, el señor Eduardo Arriagada , ex director general de Obras Públicas .
Entregaron por escrito sus puntos de vista la denunciante señora Irene Rojas y los señores Víctor Faraggi , Jorge Piddo , Gibrán Harcha y Clemente Pérez .
III. Documentos recibidos por la Comisión.
1. Carta denuncia de fecha 11 de julio de 2005, de la señora Irene Rojas , ex jefa de la División de Comunicaciones del Ministerio de Obras Públicas (MOP), que en lo pertinente a esta investigación plantea, entre otras consideraciones, lo siguiente:
-que su denuncia obedece a la convicción de que la institucionalidad pública, representada en este caso por la Coordinadora General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, ha sido utilizada sistemáticamente por el poder político para desviar fondos públicos hacia fines ajenos a los determinados por los presupuestos oficiales. Ello se inscribe en el contexto del caso MOP-Gate.
-que los procedimientos relacionados con la licitación y adjudicación de contratos de asesoría a la inspección fiscal de obras, constituirían ilícitos graves en la administración del Estado y en la asignación de sus recursos, toda vez que ésta ha de basarse en rigurosos criterios de equidad, de acuerdo a los principios básicos con que la autoridad responsable debe ejercer sus facultades.
-que el conocimiento al interior del gabinete del ex titular de la cartera, Javier Etcheberry , en torno a la “ausencia de controles internos sobre aspectos claves tales como: preparación y licitación de contratos de asesoría a la Inspección Fiscal, de estudios de inversión y de justificación de pagos realizados” así como “una absoluta discrecionalidad a la hora de decidir, gastar, invertir y justificar” por parte de la Coordinadora General de Concesiones (CGC), abre una amplio cuestionamiento a dichos procedimientos amparados en una institucionalidad colapsada y calificada de corrupta por quienes participaron de un diagnóstico confidencial sobre el tema y, posteriormente, decidieron investigarlo.
Los diputados pueden leer al pie de página del informe que estas afirmaciones del señor Gibrán Harcha se encuentran en el documento “Diagnóstico sobre la Coordinadora General de Concesiones”, de junio de 2003.
-que en dicho contexto le fue delegada la tarea de realizar un informe sobre los tres contratos -el de Gescam-Faraggi, Jorge Piddo Ingeniería y Axioma- a fin de realizar una presentación ante el ministro , su jefa de gabinete, señora Isabel Undurraga , el asesor de Concesiones, Gibrán Harcha , y el coordinador general de concesiones, señor Camilo Rojas , quien, en ese momento, aún no era ratificado formalmente en el cargo. El objetivo de dicha reunión era solicitar explicaciones y fundamentos a este último funcionario respecto de las tres asesorías cuestionadas. Cabe destacar que las bases de licitación de dichos contratos responden a la misma matriz en cuanto a sus contenidos, fechas y requerimientos básicos: coordinar desde un nivel “macro” procedimientos en cada contrato concesionado. A modo de aclaración, cada asesoría aborda un grupo de obras urbanas (Gescam-Faraggi), interurbanas ( Jorge Piddo) , y del extremo sur (Axioma). Los primeros dos contratos se refieren a la coordinación en la ejecución de obras concesionadas, mientras que el tercero alude a la coordinación de obras concesionadas en explotación, es decir, ya finalizadas y operativas. La presentación aludida anteriormente nunca se realizó, mientras que el titular de la cartera desistió -aparentemente- de indagar en el tema y procedió a apoyar públicamente la gestión del coordinador de Concesiones en un giro radical.
-que la primera irregularidad que hay que investigar es, precisamente, la reacción de una autoridad pública como era el ex ministro Javier Etcheberry , quien, ante la exposición de los datos efectuada el 28 de julio del 2003, en el marco de un catastro de gastos y contrataciones en materia de comunicación y difusión del MOP, me dice que no le entregue nada, que no quiere nada en su computador y menos en papel, ordenándome guardar la información, a no compartirla con nadie y a hacerla desaparecer porque “es una bomba”. Es desde esa perspectiva que mi denuncia apunta a un problema sistémico en el cual podría considerarse la investigación de todas las asesorías a la inspección fiscal y no sólo de los tres contratos que la prensa ha difundido como la base de mi declaración ante la magistradA Gloria Ana Chevesich .
-que precisa que, en su declaración, ampliada en tres oportunidades ante la jueza, fueron puestos en su conocimiento con exposición de los hechos y la entrega de los antecedentes que los acreditan, más de 60 contratos por asesorías a la Inspección Fiscal adjudicados durante el 2003, por un monto superior a los 31 mil millones de pesos.
-que, en 2003, Jorge Piddo -una de las consultoras investigadas por los tribunales- se adjudicó cinco contratos por un valor total de 6.700 millones de pesos, mientras que durante el 2001 le fueron asignados nueve contratos. Ello genera la presunción de que hay empresas “regalonas” en la cartera de Obras Públicas, motivando críticas al interior de ese mercado. No obstante, el riesgo de quedar fuera del registro de contratistas imposibilita un pronunciamiento formal por parte de los afectados, dando lugar a una retroalimentación perversa del sistema.
-que lo cuestionable de estas asesorías no sólo radica en determinar si existieron, si se realizaron los trabajos comprometidos o si estos se pagaron al justo precio que el mercado debiera asignar. Existe un punto previo de especial relevancia en cuanto a la naturaleza de una repartición pública, puesto que si las funciones propias del Ministerio han sido externalizadas por esta vía, ¿qué sentido tiene la existencia de un aparato público con ocho mil funcionarios expertos en todas las áreas, si su rol sustancial, garantizado por los principios de responsabilidad funcionaria, probidad y eficiencia no es exigible a instituciones privadas?
-se pregunta si acaso se debiera plantear la necesidad de supervisar estas contrataciones de apoyo a la inspección fiscal con inspectores fiscales de los servicios prestados. La pregunta de fondo es: ¿quién controla? Desde esa perspectiva, los más de 31 mil millones de pesos adjudicados durante el 2003 fueron claramente botados a la calle. Un solo ejemplo: la “Asesoría a la Inspección Fiscal en la Gestión de Contratos Urbanos de la Coordinación de Administración de Contratos de Concesión” adjudicada al consorcio Gescam-Faraggi debía coordinar la gestión de cinco obras urbanas concesionadas en ejecución y mitigar su impacto de distinto orden. Sin embargo, en octubre de 2003 esa coordinación falló, ya que en la intersección de Vicuña Mackenna con Américo Vespucio se produjo el “taco más grande de nuestra historia”, según consignó la prensa de la época. El colapso significó la paralización del tráfico vehicular por varias horas.
-que en ese contexto se inscribe la descoordinación de la puesta en marcha de los tag e, incluso, de los cuellos de botella en el acceso sur a Santiago, por el cual debemos pagar altos peajes, y la falta de señalética en las obras en ejecución, que atenta contra la seguridad ciudadana.
-que, recientemente, la prensa publicó que la Corema Metropolitana inició un proceso de sanción contra el proyecto “Acceso Sur a Santiago” por incumplimientos en materias de emisión atmosférica, accesos y señalización. ¿De qué sirvieron los títulos de idoneidad y excelencia académica obtenidos en prestigiosas universidades extranjeras si el resultado del servicio prestado fue de total ineficacia? Ineficacia onerosa, por cierto, de miles de millones, sobre la cual nadie dijo nada.
-que la institucionalidad de los asesores externos inaugura una época de modernidad en Chile, la del total desprendimiento de responsabilidades, consecuencias y sanciones para los mismos. En tanto, las reparticiones públicas subsisten sin que las autoridades intenten seriamente fortalecer su funcionamiento a través de un plan modernizador de sus estructuras. Sin embargo, señala que debe hacer una distinción fundamental: el Ministerio de Obras Públicas, como institución, a través de sus funcionarios, ha construido país desde hace décadas, y que los chilenos le debemos tributo a quienes abnegadamente han dedicado sus vidas a la labor pública. Baste destacar el rol de Vialidad en los estados de emergencia. Su denuncia no apunta al Ministerio en sí, sino a los funcionarios de confianza que ocupan cargos políticos y valiéndose de esa investidura y de la institucionalidad deciden el destino de los recursos y bienes de todos los chilenos.
-que, por otra parte, constituye elemento de la misma declaración la denuncia respecto de la poca transparencia con que las autoridades superiores del Ministerio de Obras Públicas administraron fondos de uso del titular de la Cartera para financiar contratos a dos consultoras de gestión. Con respaldo de estos fondos fueron adjudicados contratos por asesorías en diversas áreas del ministerio, sin que éstas estén registradas e individualizadas en la Dirección de Contabilidad y Finanzas, de acuerdo al total de servicios prestados y montos involucrados; más bien, todo lo contrario, están diluidas en dichos registros como gastos de las direcciones. Las asignaciones se realizaron bajo la modalidad de trato directo o invitación, existiendo antecedentes respecto de que al poco tiempo de asumir el ministro Etcheberry se impartieron instrucciones en orden a adjudicar este tipo de asesorías a la misma empresa.
En síntesis, los principales aspectos que plantea la denunciante son:
-Ella tendría la convicción de que la institucionalidad pública ha sido utilizada para desviar fondos dentro del contexto MOP-Gate.
-Las licitaciones y adjudicaciones serían ilícitos graves por faltas de equidad.
-Habría ausencia de controles en relación con las licitaciones, los contratos de asesoría, los pagos realizados y, por último, discrecionalidad en general.
-La institucionalidad se encontraría colapsada y corrupta como consecuencia de los hechos denunciados.
-Se le habría delegado una tarea como ex directora de Comunicaciones , que luego fue abortada.
-Plantea investigar el ocultamiento de hechos relacionados con las asesorías de la inspección fiscal (AIF), según lo solicitado por el ex ministro Etcheberry .
-Existirían empresas regalonas para el Ministerio de Obras Públicas, según la frecuencia con que se adjudicaron los contratos de asesoría.
-Plantea la posible inexistencia de asesorías y pagos fuera de los niveles de mercado.
-Duda del rol que desempeñan los funcionarios del MOP.
-Se pregunta quién supervisa las contrataciones de apoyo a la inspección fiscal.
-Destaca la falta de responsabilidades, de sanciones y de transparencia en los procesos de licitaciones de asesorías de la inspección fiscal.
Hasta ahí el texto de la señora Irene Rojas .
2) Los siguientes oficios dan respuesta a consultas formuladas por la Comisión o que fueron motivados por su investigación:
-Antecedentes remitidos por el diputado señor Pablo Lorenzini, en respuesta al oficio Nº 6 de la Comisión, de fecha 12 de julio de 2005.
Contiene carta enviada por el diputado señor Pablo Lorenzini al ministro de Obras Públicas , señor Jaime Estévez , requiriendo diversos antecedentes sobre las asesorías que indica; oficio del Primer Vicepresidente de la Cámara de diputado , señor Felipe Letelier , al ministro de Obras Públicas solicitando idénticos antecedentes; oficio del ministro de Obras Públicas al Presidente de la Cámara de Diputados donde se adjunta información solicitada.
Contiene los siguientes documentos: Bases de Licitación de Asesoría a la Inspección Fiscal en la Gestión de Contratos Urbanos de la Coordinación de Administración de Contratos de Concesión; informe ejecutivo de Actividades de la Asesoría; oferta técnica de la oficina de ingeniería que señala; concurso consultoría de Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos urbanos de la coordinación de administración de contratos de concesión; antecedentes de toma de razón por la Contraloría General de la República y documentos varios relativos a la Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos urbanos de la coordinación de administración de contratos de concesión; bases de Licitación de “Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos interurbanos de la coordinación de administración de contratos de concesión”; antecedentes generales de Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos interurbanos; oferta técnica de oficina de ingeniería que señala; concurso: “Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos interurbanos de la coordinación de administración de contratos de concesión”; antecedentes de toma de razón por la Contraloría General de la República y documentos varios relativos a la Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos interurbanos de la coordinación de administración de contratos de concesión; bases de licitación “Asesoría a la inspección de obras viales concesionadas en explotación: zona extremo sur y otros”; oferta técnica de consultores que indica, y concurso: “Asesoría a la inspección de obras viales concesionadas en explotación: zona extremo sur y otros”.
-Carta del ex ministro de Obras Públicas , señor Javier Etcheberry , en la que responde el oficio Nº 12 de la Comisión, de fecha 13 de julio de 2005.
-Oficio Nº 1994, de 18 de julio de 2005, del ministro de Obras Públicas , mediante el cual remite copia de presentación en power point denominada “Comunicaciones” de la ex funcionaria Irene Rojas .
El citado power point aborda un diagnóstico del área, la dependencia financiera, la operación del sistema y formula conclusiones al respecto.
-Oficio Nº 1991, del ministro de Obras Públicas , mediante el cual responde el oficio Nº 10 de la Comisión, de fecha 13 de julio de 2005, señalando que no existe constancia alguna en su cartera de la recepción del documento denominado “Diagnóstico sobre la Coordinación General de Concesiones” atribuido al señor Gibrán Harcha .
-Oficio Nº 1992, del ministro de Obras Públicas , mediante el cual responde el Oficio Nº 10 de la Comisión, de fecha 13 de julio de 2005, mediante el cual se adjunta minuta acerca del vínculo laboral de Irene Rojas con dicha Cartera, elaborado por la División de Recursos Humanos del MOP.
-Oficio Reservado Nº 18, del ministro de Obras Públicas , mediante el cual responde oficios Nºs 2 y 9 de esta Comisión, de fechas 7 y 12 de julio de 2005, y remite individualización y principales antecedentes de los inspectores fiscales de obras públicas y de los inspectores fiscales adyacentes y una carpeta denominada “De los Contratos de Inspectores Fiscales de todos los contratos de asesoría a la inspección fiscal vigentes”.
-Oficio Nº 1993, del ministro de Obras Públicas , mediante el cual responde los oficios Nºs. 2 y 9 de la Comisión, de fechas 7 y 12 de julio de 2005.
Se adjuntan los siguientes antecedentes:
1) Bases de Licitación de los contratos que señala; 2) Diversos documentos relacionados con los referidos contratos de asesoría; 3) Contrato de Asesoría a la Inspección Fiscal del contrato de concesión “Sistema Norte-Sur”, Contrato de Asesoría a la Inspección Fiscal del contrato de concesión “Sistema Oriente-Poniente”, Contrato de Asesoría a la Inspección Fiscal del contrato de concesión “Américo Vespucio Norponiente”, Contrato de Asesoría a la Inspección Fiscal del contrato de concesión “Américo Vespucio Sur”; 4) Cuadro esquemático sobre los contratos de asesoría a la inspección fiscal de las autopistas concesionadas que se encuentran vigente, y 5) Oficio reservado relativo a los inspectores fiscales.
-Oficio Nº 1989, del ministro de Obras Públicas , mediante el cual responde oficio Nº 2 de la Comisión, de fecha 7 de julio de 2005, en relación con la División de Comunicaciones del MOP.
Remite información referente al personal de planta y a contrata que se habría desempeñado en la División de Comunicaciones en el período que indica.
-Oficio Nº 2125, del ministro de Obras Públicas , a través del cual remite nombres, cargos y currículos de las personas que formaron parte de las Comisiones de Apertura y de Evaluación en los contratos de “Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos urbanos de la coordinación de administración de contratos de concesión”, “Asesoría a la Inspección Fiscal de obras viales concesionadas de explotación: Zona Extrema Sur y otros”, y “Asesoría a la Inspección Fiscal en la gestión de contratos interurbanos de la coordinación de administración de contratos de concesión”.
-Oficio de la ministra en visita extraordinaria del 17º Juzgado del Crimen de Santiago , por el cual da respuesta al oficio Nº 7, enviado por la Comisión, solicitando los antecedentes y declaraciones recibidas de la señora Irene Rojas en el marco de la investigación, al cual responde que, por razones de encontrarse el proceso en estado de sumario, no es posible acceder a lo solicitado.
-Oficio Nº 2151, del ministro de Obras Públicas , mediante el cual responde el oficio Nº 10 de la Comisión, de fecha 13 de julio de 2005 y adjunta fotocopia de la carta e informe que recibió recientemente el respectivo gabinete, del propio señor Gibrán Harcha , relativo al documento “Diagnóstico sobre la Coordinación General de Concesiones”.
-Oficio del coordinador general de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, a través del cual envía la documentación referente a: Asesoría a la Inspección Fiscal concesión variante Melipilla ; Asesoría a la Inspección Fiscal Concesión Ruta Interportuaria Talcahuano-Penco por Isla Rocuant ; Asesoría a la Inspección Fiscal Concesión Internacional embalse Illapel y Asesoría a la Inspección Fiscal Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria grupo 1.
-Antecedentes entregados por el Ministerio de Obras Públicas en relación con los estados de pago en licitaciones adjudicadas por Consorcio Faraggi-Gescam.
-Instructivo para los procesos de inscripción, renovación y modificación en el Registro de Consultores entregado por el ministro de Obras Públicas a la Comisión.
-Minuta de documentos entregados por el señor Javier Etcheberry en sesión del 10 de agosto de 2005.
-Carta del señor Gibrán Harcha , por la cual se excusa de asistir a la sesión del 31 de agosto de 2005 de esta Comisión y formula opiniones respecto de la investigación.
Hace presente que el informe de diagnóstico elaborado por él ha sido utilizado de manera tendenciosa por la señora Irene Rojas, con el fin de darle sustento a sus denuncias.
-Carta del señor Víctor Faraggi , a través de la cual se excusa de asistir a la sesión del 31 de agosto de 2005 de esta Comisión y formula algunas opiniones respecto de la investigación.
-Carta del señor Jorge Piddo , por la cual expone sus puntos de vista en relación a la ejecución de la Asesoría de la Inspección Fiscal en la gestión de contratos interurbanos de la Coordinación General de Concesiones.
-Antecedentes entregados por el señor Jorge Manríquez , gerente general de Axioma , en relación con la Asesoría de Obras Viales Concesionadas en Etapa de Explotación, en sesión del 31 de agosto de 2005.
-Carta del señor Clemente Pérez por la cual expone sus puntos de vista con relación a la investigación realizada por esta Comisión.
-Respuesta del señor Hernán Durán al oficio Nº 15, de fecha 7 de septiembre de 2005, de esta Comisión, por la cual señala que los antecedentes solicitados no se encuentran en su poder.
En el número IV se encuentra la normativa aplicable a los hechos que motivan la investigación.
El V se refiere a las opiniones entregadas a la Comisión por personas vinculadas a la investigación.
El señor Jaime Estévez , ministro de Obras Públicas , manifestó que con su intervención en la Comisión se propone demostrar que los contratos cuestionados son esenciales para cumplir las obligaciones del Ministerio, que han sido correctamente adjudicados y bien ejecutados, y que la denuncia revela un desconocimiento básico de cómo funciona el Ministerio de Obras Públicas y el mercado en general.
Precisó que los referidos contratos son posterioriores al inicio de la investigación del caso Gate, sin conexión alguna con éste u otros procesos, en los cuales nunca se ha visto involucrado un contrato de inspección fiscal, lo que se explicaría por la propia naturaleza de dichos contratos.
Puntualizó que la inspección fiscal es una columna vertebral del Ministerio de Obras Públicas, el que planifica, diseña, construye, mantiene y explota las obras públicas de infraestructura que requiere el país. Estas obras se realizan excepcionalmente por administración directa, y casi en su totalidad son ejecutadas por empresas privadas, elegidas mediante licitaciones públicas, según la reglamentación vigente. Por lo tanto, le corresponde al MOP asegurarse de que estas obras de infraestructura se efectúen con la calidad especificada y dentro del marco de plazos y costos establecidos, para lo cual debe fiscalizar a los contratistas. Lo anterior se realiza tanto para obras de infraestructura que decida construir o concesionar, como para otras que, por mandato de otros ministerios o reparticiones públicas, tome bajo su responsabilidad. Por ejemplo, cuando a la Dirección de Arquitectura se le encarga que construya escuelas u otras dependencias.
Para el desarrollo de la mencionada fiscalización se requiere nominar a un representante oficial del MOP ante el contratista, llamado inspector fiscal, que equivale a lo que en el sector privado se denomina inspector técnico de obras, o ITO, que es un hecho conocido y de común y permanente ocurrencia en el sector privado, y cuyas funciones son comparables con las que ejecuta el inspector fiscal público. De acuerdo con la magnitud de la obra, el inspector fiscal debe contar con el apoyo de personal profesional, técnico y administrativo, que conforma la denominada Asesoría de Inspección, según se explica más adelante.
Hacia 1978, sostuvo el ministro Estévez , se decidió modificar la estructura del MOP, de modo de no contemplar la existencia de personal permanente de planta que estuviera en condiciones de cumplir con estas funciones, sino que este personal fuera contratado caso a caso con empresas privadas, mediante licitación pública, por el tiempo de duración de cada contrato de obras y una curva ocupacional por especialidad adaptada al requerimiento técnico de cada obra, significando esta alternativa una economía importante para el MOP. El conjunto de personal así conformado, con sus recursos logísticos necesarios para desarrollar las funciones de inspección, constituye la asesoría a la inspección fiscal.
Según los antecedentes del ministro, en 1973 había 40 mil funcionarios en el MOP, los que se redujeron a 13 mil en 1977, y a menos de 8 mil en 1990.
El inspector fiscal es normalmente un funcionario de planta o a contrata del Ministerio, aunque puede serlo alguien contratado a honorarios, en la medida en que sea declarado agente público. El MOP cuenta hoy, para un millar de contratos, con 366 inspectores fiscales y agentes públicos. No todos los agentes están ejerciendo como inspectores fiscales. De éstos, poco más de la mitad, 195, son de Vialidad; 72, de Obras Hidráulicas; 43, de Concesiones, y 25 de Obras Portuarias. Hay alrededor de 150 asesorías de inspección fiscal vigentes, con un millar de obras. Esto se explica porque hay varias asesorías que agrupan obras que se apoyan conjuntamente con la mantención de caminos de una región y que pueden adjudicarse en una sola asesoría de inspección.
Reiteró el señor Estévez que hay alrededor de 150 asesorías de inspección fiscal vigentes, las que, en el caso de Vialidad, equivalen a un costo que oscila entre 5 y 8 por ciento del proyecto. Mientras que en Concesiones, pese a que son mucho más complejas, dada la magnitud de la inversión, la asesoría cuesta entre 1,5 y 2,5 por ciento de la obra. Por cierto, el gasto por este concepto es aprobado en la ley de Presupuestos, en cuya discusión se detallan las más relevantes, incluyendo las asesorías específicas de mayor volumen que se van a licitar.
En el caso particular de la inspección fiscal dentro de la concesión de obras públicas, señaló que cuando se creó el sistema de concesiones, también nació la necesidad de fiscalizar los contratos, no sólo durante la construcción, como ocurre con el resto del Ministerio, sino durante toda la vida de la concesión, lo que dio lugar al caso especial de inspección fiscal para la explotación de obras.
Las funciones del inspector fiscal se consignan en el reglamento de la ley de Concesiones, el cual contiene una enumeración mínima de funciones que deben contener las bases de licitación, pudiendo las bases establecer además otras funciones, distintas y más amplias que las contenidas en el citado reglamento.
Planteó el señor ministro que el tema de fondo dice relación con el carácter de la administración: o bien se patrocina una administración con una gran cantidad de profesionales y recursos que, además de encarecer inadecuadamente el presupuesto ministerial, sólo en determinadas ocasiones prestarán las funciones para los cuales se contrató o, por el contrario, se patrocina una administración moderna con los profesionales y recursos necesarios, que se ha de limitar a fijar, a través de sus normas, las reglas del juego económico y social, y a garantizar la libertad de los empresarios y el respeto por la competencia entre ellos.
Argumentó que sostener que las funciones antes señaladas, tanto por su naturaleza como por su cantidad, pueden ser desarrolladas por una sola persona es un absurdo. De ahí que el reglamento de la ley de Concesiones en su artículo 41, número 2, contemple expresamente la posibilidad de que, con la autorización del director respectivo, se pueda ordenar que el inspector fiscal sea asesorado por ingenieros civiles, arquitectos, constructores civiles y otros profesionales. Las actividades y obligaciones de estos últimos asesores se establecerán en el convenio que con ellos se celebre para estos efectos.
En consecuencia, sostuvo el señor Estévez que existe una necesidad de asesoría en inspección fiscal y, por ende, un mercado de asesores dispuestos a cubrirla. Como ocurre en todas las actividades económicas y en todos los mercados, hay empresas que se especializan en prestar estos servicios, tal como las hay para satisfacer otras necesidades, como las que prestan servicios de alimentación para los funcionarios o las que se dedican a la mantención de los computadores. Pero, finalmente, sólo son dos o tres las que se disputan los contratos, porque la competencia ha ido seleccionando, por costo y calidad, a ciertas empresas para que cumplan esta función, las que, por cierto, están inscritas en un registro al efecto.
No hay nada de extraño ni de sospechoso, sostuvo el ministro , en que una empresa gane, en el transcurso de varios años, diversos contratos, porque así funciona el mercado. Raro sería lo contrario, esto es, que cada vez el contrato se lo adjudicara una empresa distinta, creada ad-hoc, y que luego desapareciera. Eso sería insostenible. Que por el simple hecho de que haya empresas que han ganado contratos en diversas oportunidades se las considere regalonas o sospechosas, revela completa ignorancia acerca de cómo opera la economía en nuestro país o, mala leche, aseveró.
El señor Camilo Rojas , coordinador general de Concesiones , complementó la exposición precedente refiriéndose a las categorías de consultores que existen conforme al reglamento que regula el Registro de Consultores . En el caso particular de las diez asesorías que se solicitaron en el mismo período de tiempo y que fueron adjudicadas en 2003, se establecieron diversas exigencias. Se trata del grupo donde están incluidas las tres en cuestión y que participaron en el mismo proceso.
En el caso de Costanera, no tan sólo se requería estar en categoría primera superior en inspecciones, sino también en túneles, por el efecto que se producía en Costanera. Ésas son las condiciones que debía cumplir el consultor o los consultores, actuando como consorcio.
Precisó que el inspector fiscal no está asociado a obras, sino a un contrato, el cual puede ser de servicios. Si se analizan algunos casos, se comprobará que ciertos procesamientos no tienen que ver con obras, sino con la responsabilidad del inspector fiscal respecto del contrato. Lo que define al inspector fiscal es un concepto bastante básico. El inspector fiscal es el profesional funcionario a quien el MOP le ha encargado velar por el cumplimiento de un contrato y no por el cumplimiento de una obra en construcción o explotación. Ahora, dicho contrato perfectamente puede ser un contrato de servicios. Por lo tanto, el inspector fiscal tiene respecto de ese contrato la misma responsabilidad que tiene un inspector fiscal de obras.
En el caso particular del inspector fiscal de una concesión -o sea, de un inspector fiscal de una obra de vialidad, hidráulica o portuaria-, es inspector fiscal por dos resoluciones distintas e independientes, de la construcción de la obra y de la asesoría a la inspección fiscal. Se entiende que la asesoría a la inspección fiscal va a formar parte del equipo de trabajo de apoyo al inspector fiscal, pero bajo ningún punto de vista se entiende que éste no pueda fiscalizar ni velar que la asesoría a la inspección fiscal cumpla con los antecedentes entregados hoy respecto de lo que está establecido tanto en su oferta como en las bases de licitación. Por lo tanto, el inspector fiscal es doblemente responsable: debe velar por el cumplimiento de la asesoría a la inspección fiscal, que debe apoyarlo a él, y por el cumplimiento del contrato de concesión, que es lo que debe realizar en este caso el concesionario, y si se trata de una obra de vialidad, lo que debe realizar el contratista.
En los diez contratos referidos participaron en total 17 consultores de nivel superior. Los tres contratos particulares que se cuestionan, no son contratos independientes del resto de los siete. Están absolutamente asociados, y forman parte del mismo paquete de licitación. Si se revisan los precios, porque están disponibles las ofertas, la evaluación, los evaluadores, las actas de recepción, las ofertas económicas de cada uno y las ofertas técnicas de los ganadores, se va a verificar que las cifras son más o menos similares entre los consultores que ahí se presentan. Los porcentajes de utilidad a que se refieren se estiman entre 8 y 10 por ciento. Ello dependerá de que el Estado no los rebaje, porque el resto corresponde a gasto general.
Señaló que, en concesiones, en seis años se han licitado 36 contratos de asesoría de inspección fiscal: año 2000, 5 contratos; año 2001, 5; año 2002, 2; año 2003, 10, -son los que están en la lista entregada a la Comisión-; año 2004, 8; año 2005, 6. Vigentes a la fecha, 22 contratos. Los contratos viales vigentes son sólo 14.
Las platas que se han gastado, conforme a la asignación presupuestaria, son las siguientes: año 2000, 7 mil millones de pesos; año 2001, 11 mil millones de pesos; año 2002, 8 mil millones de pesos; año 2003, 9.300 millones de pesos; año 2004, 11.470 millones de pesos; año 2005, 13.500 millones de pesos.
Clarificó que son 22 contratos los que están vigentes.
Profundizó el señor Camilo Rojas diversos aspectos relativos a la génesis, desarrollo y resultado de las asesorías de gestión. Al interior del Ministerio, afirmó, hubo grandes debates con las autoridades respectivas sobre la necesidad de: primero, generar un centro de control de gestión que permitiera como sistema de concesiones, dada la incapacidad existente a esa fecha, almacenar y obtener la información con replanteo técnico en terreno y almacenarla a través de instrumentos informáticos o tecnológicos. Y, segundo, afrontar un problema de ciudad. La experiencia que había hasta la fecha era que se carecía de la experticia necesaria para abordar el concepto de ciudad.
Al concepto de ciudad se refirió desde la perspectiva de que había que intervenirla, recordando que las obras de Costanera, dada su modificación de trazado, parten principalmente a fines de 2000 e inicios de 2001, y son coincidentes con la Autopista Central . Se produciría un lapso en que las cuatro concesiones urbanas, de los cuatro ejes fundamentales, iban a actuar en forma paralela, con consecuencias y defectos en el tráfico, en los cambios de servicios, en la desprotección, en las medidas ambientales y territoriales y que, además, se generaría una serie de conflictos por localizaciones sociales producto de las expropiaciones. La complejidad del tema, sumado al hecho de que la cartera de proyectos desde el punto de vista interurbano significaba agregar aproximadamente 20 proyectos nuevos a los existentes, significaba que se llegarían a completar 49 contratos de concesiones.
La preparación del sistema, en términos de infraestructura, era precaria. En el caso de la ciudad, la complejidad de los cambios de servicios es bastante complicada, afirmó. Los cambios son húmedos y secos; en los húmedos hay colectores, en los secos no sólo están las postaciones y las torres eléctricas que hubo que reubicar, sino también el sistema de fibra óptica de la telefonía celular y una serie de recambios de servicios altamente gravitantes, no solo por su costo, sino también por su complejidad.
Sostuvo que la responsabilidad de llevar a cabo los cambios de servicios -por razones obvias, era muy difícil de predecir- no se incluyó como una condicionante para los concesionarios, porque esto habría generado una enorme incertidumbre económica y financiera, que habría redundado en no contar con oferentes. En efecto, si se hubiera establecido que sería responsabilidad de los concesionarios financiar y hacerse cargo de los cambios de servicios que aparecieran -la gente relacionada con la materia y los parlamentarios que dominan el tema económico saben que es así-, habría significado, en la práctica, decirles que no se presentaran. Por lo tanto, lo que hizo el MOP en las bases de los contratos de concesión urbanos fue hacerse cargo de los costos y de los cambios de servicios que había que llevar a cabo.
Lo que se hizo, puntualizó, fue entregar en pleno período de inicio de la construcción esa responsabilidad directamente a las sociedades concesionarias bajo la supervisión y con la asesoría de gestión, con el objeto de llevar un catastro detallado sobre los cambios de servicios y el precio que se pagó por ellos. En otros se reembolsaba a las sociedades concesionarias el valor exacto del cambio de servicio que generaban con sus propios recursos. En primer lugar, lo financiaron y, en segundo término, se hicieron responsables de que el cambio de servicio fuera el adecuado, desde el punto de vista técnico, y otros se hicieron responsables de velar y verificar técnicamente, a través de esta asesoría de gestión, que los cambios de servicio efectuados eran los más convenientes para el fisco de Chile.
En la parte urbana, destacó la circunstancia de cómo se era capaz de generar un centro de control y gestión de tráfico que permitiera llevarlo en tiempo on line. En tal sentido, la plataforma tecnológica es la herramienta fundamental.
Luego, el señor Rafael Ibarra , fiscal de Concesiones, detalló el tema de los contratos; el señor Pablo Huenchumilla , inspector fiscal del MOP, se refirió a las dos asesorías de gestión que estaban a su cargo, y el señor Andrés Vargas , jefe de la Unidad de Explotación de Concesiones , explicó los fundamentos generales en que está sustentada la naturaleza jurídica y técnico-administrativa de los contratos de asesoría de inspección fiscal a los contratos de concesiones que se encuentran actualmente en fase de operación.
El señor Javier Etcheberry , ex ministro de Obras Públicas , señaló que en su gestión como ministro se planteó dos objetivos:
Primero, consolidar y acelerar el crecimiento de infraestructura y mejorar la calidad de vida de los chilenos, perfeccionando el sistema de transporte. Hizo notar que, a enero de 2002, cuando asumió el cargo, había un problema de ejecución presupuestaria que significaba que no existía dinero suficiente para pagar a todas las empresas constructoras contratadas para realizar los trabajos ese año, por lo que hubo que llegar a un acuerdo con ellas y con el Ministerio de Hacienda a fin de regularizar la situación de sobreejecución en varios años, lo cual permitió un importante avance de infraestructura en el país.
Otro tema prioritario decía relación con concesiones, debido a que los flujos de tráfico habían sido planos por tres años, inferiores a los que estaban proyectados, por lo que la gran mayoría de las empresas concesionarias no estaban en condiciones de obtener endeudamiento adicional para efectuar las obras necesarias para mejorar estas concesiones.
Segundo, mejorar la gestión del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, producto del sostenido aumento de la inversión en obras públicas.
Hizo hincapié en que a fines de 2003 se redujo la planta de personal a honorarios y a contrata en quinientos funcionarios; doscientos eran a honorarios y a contrata, y otros doscientos cincuenta se jubilaron y no se reemplazaron. Señaló que fue una medida dolorosa, pero permitió hacer más eficiente al Ministerio, en la medida en que se han podido liberar gastos para hacer otras labores.
Finalmente, señaló que se sintió feliz cuando el conjunto de estos problemas fueron superados a principios de 2003, cuando el Congreso Nacional aprobó la ley sobre funciones críticas.
Respecto de los casos Coimas , MOP-Gate y MOP-Ciade, su actitud como ministro -que además fue la del Gobierno- fue aceptar la irrestricta colaboración con la justicia. Más aún, muchas veces se tomó la iniciativa de enviar información a la Contraloría para que hiciera la investigación, o se enviaron datos que la justicia no disponía.
En el caso Coimas, se pidió a los tribunales de justicia de Rancagua que iniciaran un proceso criminal y, para tal efecto, se nombrara un ministro en visita. Es decir, el Gobierno tomó la iniciativa y pidió que se investigara a fondo una situación sobre la que ya habían llegado algunas denuncias y había sospechas. Esa actitud se mantuvo, al margen de que hubo varias personas importantes involucradas que fueron condenadas por la justicia, por lo menos, en primera instancia.
Ésa fue la actitud frente al ministro Carlos Aránguiz y a la ministra Gloria Ana Chevesich .
En cuanto al tema de las comunicaciones y de la señora Irene Rojas, explicó que, dentro de la idea de coordinar los gabinetes, parecía que había que coordinar también las comunicaciones entre ellos, sobre todo, respecto de lo que se invertía en comunicaciones en el Ministerio: volantes, letreros camineros, revistas, etcétera. Se buscó una persona que coordinara toda esa labor, y se hizo a través de la empresa externa C. & S. Para llenar estos cargos no interesó el color político de las personas, sino buscar a alguien que cumpliera con los objetivos. En este caso, claramente, no se cumplió con los objetivos si se analiza el desempeño de la señora Rojas, afirmó.
La señora Irene Rojas fue contratada a honorarios en el ámbito de Comunicaciones y Relaciones Públicas el 1 de junio de 2003. Luego, a contar del 1 de agosto del mismo año, firmó su contrato como agente público a honorarios.
El 13 de agosto de 2003, mediante una resolución de la Subsecretaría de Obras Públicas, se creó la División de Comunicaciones, con el objetivo de apoyar y asesorar la gestión de la Subsecretaría en todos los temas mencionados. La División de Comunicaciones tuvo carácter funcional y dependía del subsecretario Clemente Pérez .
La no renovación del contrato de la señora Irene Rojas , a fines de 2003, obedeció a que no logró en su gestión alcanzar los objetivos para los cuales se le contrató. Ya sea por conflictos con otras personas, por falta de conocimiento u otras razones, no produjo lo que se esperaba de ella y, por eso, no se le renovó el contrato, informó el ex ministro Etcheberry .
En diciembre de 2003, la señora Irene Rojas hizo una presentación ante la Contraloría General de la República denunciando haber sido objeto de arbitrariedades, la que fue oficialmente respondida al organismo contralor por la Subsecretaría de Obras Públicas en un informe de febrero de 2004, en el que se acreditó que no existía arbitrariedad alguna en la determinación de no extender su contrato.
Planteó que durante varias semanas la prensa dio amplia difusión a las declaraciones de la señora Rojas , en las que asegura que, siendo él ministro , le habría pedido destruir antecedentes sobre presuntas irregularidades en tres contratos de asesorías de la Coordinación General de Concesiones. Sistemáticamente, esa misma persona ha seguido lanzando todo tipo de acusaciones, mezclando a su antojo algunas situaciones reales con mentiras, con el claro objetivo de sembrar un manto de dudas respecto de su actuación.
Tal como explicó en la respuesta al oficio Nº 12, de 13 de julio de 2005, que envió la Comisión y en el que se le solicitó que informara sobre la veracidad de los dichos de doña Irene Rojas , el ex ministro Etcheberry aseguró que es absolutamente falso que en esa reunión, o en cualquier otra oportunidad, la señora Rojas le haya entregado información acerca de alguna ilegalidad o irregularidad referida a cualquier contrato del Ministerio de Obras Públicas y, más falso aún, que él le hubiera ordenado destruir esos documentos. Destacó que nunca ha sido ésa su línea de conducta. Por el contrario, cada vez que se detectó algún hecho que pudiera revestir características de irregularidad, remitió los antecedentes a la Contraloría General de la República y a los tribunales de justicia para que fueran investigados.
En la reunión del 28 de julio de 2003, a la que ella hace alusión, sólo presentó los resultados de un catastro de gastos de actividades que, según entiende, no fue destruido y que el propio ministro Estévez entregó a la Comisión. En él no hay nada que haga pensar que existía algo ilegal o irregular. Ella hizo lo que muchos estaban haciendo en otras áreas: determinar cuáles eran los gastos y si era posible rebajarlos y cómo lograr mayor eficiencia.
Afirmó que hasta la fecha no sabe de ninguna irregularidad respecto de esos tres contratos.
En relación con los contratos licitados a Jorge Piddo , Faraggi-Gescam y Axioma, el señor Etcheberry sostuvo que tienen su origen en un requerimiento de la Coordinación General de Concesiones y fueron adjudicados a través de una licitación pública de diciembre de 2002. Las resoluciones respectivas fueron firmadas por el director general de Obras Públicas y enviadas a la Contraloría General de la República para su toma de razón. Sin embargo, fueron retiradas del organismo contralor en febrero de 2003, sin que éste hubiera tomado razón, pues objetó partidas relacionadas con gastos administrativos del inspector fiscal, como vehículo, equipo de computación y secretaria, y con los gastos en comunicaciones, reproducción de planos, fotografías y filmaciones, que estaban orientados a informar a la comunidad.
La Contraloría estimó que dichos gastos debían imputarse a los ítems de gasto corriente del presupuesto del Ministerio y no a los de inversiones.
En consecuencia, la Contraloría no dijo que estuviera mal realizar dichos gastos, sino que estaban mal imputados, que debían imputarse a gasto corriente y no a inversiones. El problema fue que en el Ministerio estaban restringidos en cuanto a gasto corriente, así que no se podía hacer de ese modo.
Derivado de lo anterior, el 10 de febrero de 2003, mediante oficio del director general de Obras Públicas , para no seguir demorando los contratos, el Ministerio de Obras Públicas informó a la Contraloría que se suprimirían las partidas objetadas, acompañando la aceptación de la empresa, ajustada a los presupuestos. Basada en lo anterior, el 14 de marzo de 2003, la Contraloría General de la República tomó razón de las resoluciones de adjudicación, ya que la Dirección General de Obras Públicas había comprometido y ordenado la disminución del contrato, lo cual había sido aceptado por las empresas.
En el caso específico del contrato con el consorcio Faraggi-Gescam, la reprogramación se formalizó por resolución del director general de Obras Públicas de 20 de enero de 2003, con lo cual se disminuyó el contrato en 537 millones de pesos. De dicho contrato la Contraloría tomó razón el 11 de febrero de 2003.
Precisó el ex ministro que no tuvo participación directa en ninguna de las etapas de tramitación de esos contratos y que no firmó ninguno de ellos.
En consecuencia -concluyó-, es absolutamente falso lo denunciado por la señora Irene Rojas en cuanto a que esas partidas fueron eliminadas luego de que ella, supuestamente, informara de la existencia de irregularidades en los contratos en una reunión de 28 de julio de 2003. De hecho, ella ni siquiera había entrado al Ministerio cuando ya se habían rebajado esos montos en la Contraloría.
Los señores diputados pueden leer en el informe la intervención de Axioma Ingenieros Consultores y la de Gescam S.A.
Por su parte, el señor Eduardo Arriagada, ex director general de Obras Públicas se refirió a las declaraciones de la denunciante en cuanto a que todos los contratos del Ministerio son irregulares, afirmando que ello no es cierto.
Precisó que los tres contratos que interesan a la Comisión fueron de asesoría a la inspección fiscal, no de estudio. Agregó que los contratos de asesoría a la inspección fiscal no son susceptibles de corrupción, porque pueden controlarse muy directamente. Se contrata a un inspector fiscal que dice, por ejemplo: Este señor ofreció tantos expertos, tales camionetas, tantos computadores, etcétera. Lo que se controla es exactamente que se cumplan esas condiciones. Distinto es el caso de los contratos de estudios, que son vagos, amplios, y a lo mejor en ellos se pueden cometer irregularidades, porque se puede decir que se van a demorar uno, dos o tres meses en ejecutarlos y no hay manera de controlarlos.
Por lo tanto, los contratos de asesoría fiscal no son instrumentos de corrupción, esto es, para poner plata para otros objetivos, porque son contratos de inspección. Además, se hizo una licitación con muchos oferentes, que ganó Gescam por su especialidad en el tema medioambiental. En uno de esos contratos iba asociado con la firma Faraggi, que es una de las principales empresas chilenas dedicadas al rubro de asesoría.
El señor Arriagada argumentó que en las licitaciones que realiza Concesiones no hay ninguna ventaja en ser pariente o amigo del Presidente de la República . Estas licitaciones son abiertas. Los que están participando dicen: "Este señor tuvo tal porcentaje en la parte técnica. ¿Por qué tan alto, si en una participación anterior había tenido mucho menos? Ahora, en la propuesta económica, ¿por qué determinaba cuándo en otra ocasión tenía una propuesta de tal tipo?” Se ve en detalles. No cree que haya habido una ventaja en asignar el trabajo por ser pariente. Agregó, sin embargo, que no creía que fuera necesario incorporar a Gescam en la asesoría.
VI. Consideraciones que sirven de base a las conclusiones aprobadas por la Comisión.
En la fase de la investigación propiamente tal, realizada en sus primeras once sesiones, la Comisión tuvo a la vista los antecedentes que se consignan en los párrafos I, III y IV de este informe, efectuándose un completo análisis de los hechos que constituyeron el objeto de la investigación conforme al proyecto de acuerdo Nº 655, mediante la participación de aquellos invitados individualizados en el párrafo II precedente y de las consultas que le fueron formuladas por los integrantes de la Comisión, las cuales se encuentran consignadas en las respectivas actas.
En la sesión conclusiva se debatió acerca de consignar en las conclusiones la inexistencia de irregularidades en los contratos investigados y la legalidad de los mismos, y de la conveniencia de legislar en materia de contratos en que participan parientes de autoridades del Estado, produciéndose acuerdo al respecto. En relación con la conveniencia de legislar sobre el particular, algunos diputados propusieron hacer referencia a iniciativas en actual tramitación legislativa. Sin embargo, no se acogió la idea, dado que se estimó que el tema también debía ser estudiado desde una perspectiva del agente público que adjudica el contrato.
VII. Conclusiones de la Comisión.
1) Que luego de haber realizado un análisis extenso y detallado de las labores y funciones de la asesoría a la inspección fiscal del Ministerio de Obras Públicas, en relación con los tres contratos referidos en la denuncia a que dio lugar el proyecto de acuerdo materia de este informe, adjudicados el año 2003; del proceso de licitación de los contratos; de la ejecución de los mismos; de las tareas y responsabilidades del personal profesional y administrativo, tanto del sector público como privado, la Comisión ha comprobado la existencia y utilización de los recursos y maquinarias, como también de las plantillas de gastos de las empresas contratadas, concluyendo que no existe irregularidad alguna y que su acción y trabajo se ajustaron a la legalidad vigente.
2) Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión estima conveniente legislar para dar un marco jurídico moderno a los contratos en que participen parientes de las autoridades del Estado.
3) Los miembros de la Comisión se permiten informar a la Sala de la Cámara de Diputados que realizaron su labor contando con una información pormenorizada de los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas, de la Coordinación General de Concesiones, de los empresarios de las respectivas consultoras y de las demás personas especializadas en el tema que fueron convocadas, llegando, a través del análisis objetivo de los antecedentes puestos a su disposición, a la referida convicción.
VIII. Constancias.
En conformidad al mérito de la investigación y a las conclusiones precedentes, no corresponde que se envíe el presente informe a los órganos señalados en el punto 6º del artículo 301 del Reglamento de esta Corporación.
Se agrega la lista de los diputados miembros y no miembros de la Comisión que participaron en el estudio, debate y aprobación del presente informe.
Se consigna que se aprobaron las conclusiones de este informe en los términos siguientes: los números 1 y 3 por unanimidad. El número 2 por mayoría de votos: 6 a favor, 4 en contra y una abstención. Los cuatro votos en contra se pronunciaron por agregar al párrafo 2 una mención sobre las iniciativas legales en actual tramitación legislativa.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Informo a las señoras diputadas y señores diputados que para la discusión del informe de la Comisión Investigadora, los comités parlamentarios dispondrán de los siguientes tiempos: Comité Unión Demócrata Independiente, 17 minutos; Comité Demócrata Cristiano, 12 minutos y 30 segundos; Comité Renovación Nacional, 11 minutos; Comité Partido por la Democracia, 10 minutos y 30 segundos, y Comité Socialista y Radical, 9 minutos.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.-
Señor Presidente , en primer lugar, felicito al Presidente y a los miembros de la Comisión Investigadora por el serio y riguroso esfuerzo efectuado para lograr un acuerdo unánime respecto de lo que se les encargó. Sus conclusiones significan que las comisiones no sólo pueden terminar con críticas a ciertas conductas, sino que también pueden llegar a la conclusión de falta de méritos de una denuncia.
Es justo reconocer que se hizo un buen trabajo y un esfuerzo parlamentario transversal. Sin perjuicio de lo anterior, hay que sacar algunas lecciones.
Si se revisa minuciosamente el cuerpo del informe, que da cuenta del trabajo efectuado por la Comisión, se llega a la conclusión de que quienes contribuyeron a la formación de la Comisión Investigadora sólo tuvieron como antecedente la denuncia pública de irregularidades en Concesiones del MOP, efectuada por la ciudadana Irene Rojas . Tengo claro que los diputados que votaron a favor de la creación del ente investigador le dieron a esas declaraciones el valor de plena prueba y no tengo ninguna duda de que lo hicieron de buena fe.
Por intermedio de la secretaría de la Comisión se invitó formalmente a la denunciante, señora Irene Rojas , a fin de que prestara declaración respecto de sus dichos. Es de conocimiento público que la acusadora se negó a comparecer, argumentando lo innecesario de su presencia y la falta de confianza en el trato que recibiría por los diputados, prefiriendo, unilateralmente, insistir en sus dichos a través de los medios de comunicación.
En lugar de asistir a la Comisión, a través de un mandatatario envió un documento -que se cita en el informe- con su firma. En él repite la denuncia pública, y agrega algunas consideraciones de carácter crítico a la gestión del Gobierno en concesiones y otras áreas.
Con el ánimo de buscar soluciones frente a la denunciante rebelde, la Comisión pidió antecedentes a la magistrada que lleva, entre otras causas, la que inició con ocasión de los mismos hechos denunciados -desconozco la suerte de esa causa en este momento-. La respuesta de la ministra fue negativa por encontrarse la causa en estado de sumario.
La Comisión debió centrar su encargo interrogando a diversas personas del ámbito público y privado al tenor del documento firmado por la denunciante. Hay que hacer notar que algunos diputados miembros de la Comisión que apoyaron el proyecto de acuerdo que dio vida jurídica a la instancia, frente a los hechos descritos, tanto en el seno de la Comisión, como en declaraciones públicas, se dieron cuenta de la inconsistencia y falta de prueba de lo denunciado, determinándose un claro cambio de criterio entre la consideración plausible que le dieron a la denuncia en sus orígenes y su reproche posterior.
A juicio de los concurrentes a las conclusiones, ninguno de los dichos públicos y de los que constan en el documento citado, ambos de Irene Rojas, ha sido demostrado. Muy por el contrario, todos ¡todos! los testimonios y documentos recibidos muestran de manera palmaria lo aventurado e injustificado de los mismos. Además, ni los miembros de la Comisión ni terceros aportaron pruebas o semipruebas que, a lo menos, justificaran en parte las denuncias.
El tenor de las declaraciones, las investigaciones, las contrainterrogaciones y el análisis de las mismas constan en la parte expositiva del informe entregado por el Presidente de la Comisión investigadora.
No surge antecedente alguno que justifique dar mérito o fundamento a la denuncia. Por el contrario, la investigación permite concluir la inexistencia de las situaciones que en sede parlamentaria permitirían concluir responsabilidades administrativas o políticas.
Es necesario señalar que haber dado mérito a la denuncia más allá de lo razonable ha significado una gravosa pérdida de tiempo para los funcionarios públicos y agentes privados y ha resultado ser grave y negativo para la función fiscalizadora de la Cámara de Diputados. El hecho de que esta atribución exclusiva y excluyente, que constituye una base esencial del ordenamiento jurídico, haya sido ocupada livianamente por la denunciante, entre otras consecuencias, debilita a la Cámara de Diputados ante la opinión pública por las razones antes indicadas. Quienes avalen denuncias públicas para promover la creación de comisiones investigadoras deben ser capaces de ponderar con rigor los hechos. No basta sólo el entusiasmo fiscalizador. Señalar después lo impertinente que fue la denuncia no los exime de responsabilidad.
No obstante, hicimos el esfuerzo. En ese sentido, reconozco la voluntad habida, durante y al final de la investigación, de buscar un acuerdo unánime, a partir de lo poco plausible que resultaron las denuncias.
Creo que en tiempo y forma se ha elaborado un informe que permite a la Cámara de Diputados indicar a la opinión pública lo que ocurrió en este caso.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Saffirio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, no quiero entrar en polémicas inncesarias. A pesar de lo ácido que pudo haber sido el debate en algunos momentos en la Comisión, las conclusiones fueron unánimes. A estas alturas, lo importante es que ganemos como país en los temas que interesan: el prestigio de la Cámara de Diputados y la transparencia en la marcha de las instituciones públicas y del mundo de los negocios y de la empresa privada.
Quiero hacer tres o cuatro comentarios en relación con el debate habido en la Comisión, en aras de prestigiar la política, de no demoler a las instituciones y de no seguir profundizando la desconfianza interpersonal y en las instituciones del país.
En primer lugar, nadie, ni de Gobierno ni de Oposición, debe seguir haciéndose cargo de denuncias irresponsables.
En segundo lugar, hay que tener cuidado con dar valor de plena prueba a las declaraciones o entrevistas efectuadas en los medios de comunicación. Lo ocurrido en este caso en los inicios fue algo muy lamentable, que sorprendió no sólo a los diputados de la Concertación, sino, a medida que marchaba la investigación, también a los de Oposición miembros de la Comisión investigadora. Se hizo una denuncia con gran estruendo público y se lanzó un manto de sospecha sobre instituciones estatales que habían tenido problemas en casos anteriores. También se puso en el tapete a tres empresas privadas de ingeniería, muy prestigiadas hasta donde entendemos, a través de entrevistas públicas.
Cuando se creó la Comisión investigadora, esto se empezó a desvanecer como una pompa de jabón. La “denunciante” no concurrió a la Comisión y nos envió una carta en la que nos da una lección de moral a todos nosotros, sin distinción. Sólo salva de ella a un abogado de apellido Reyes, porque todos los demás estamos bajo sospecha, incluso hay juicios durísimos contra la Iglesia Católica. Sin embargo, no compareció. Entregó un testimonio escrito, en el que incluso hay omisión de palabras claves de un documento, en power point, del Ministerio de Obras Públicas, con lo cual queda claro que la persona que dio las entrevistas tiene la intención de tergiversar los hechos.
Lamentablemente, la Cámara hoy no goza de un alto prestigio, incluso, en comparación con el Senado, la opinión pública la juzga en forma mucho más crítica. Si queremos que la Corporación recupere su prestigio, no debemos hacernos cargo de denuncias irresponsables.
En tercer lugar, valdría la pena analizar cómo regulamos de mejor manera el trabajo de fiscalización en períodos electorales, no para no investigar, sino para evitar que, en función de elecciones presidenciales o parlamentarias, donde muchos de nosotros vamos a la reelección y otros aspiran a ser senadores, terminemos haciéndonos cargo de comisiones investigadoras y lo único que se gane sea pantalla, minutos o segundos en los medios de comunicación.
En cuarto lugar, el hecho de que haya conclusiones unánimes es algo muy positivo, no sólo para la investigación de este caso en particular -donde ha quedado claro que no se ha infringido la normativa correspondiente, es decir, no se ha incurrido en ilícitos o irregularidades de ningún tipo, por lo que no hay responsabilidades políticas ni administrativas-, sino porque demuestra que una comisión investigadora también puede llegar, por unanimidad, a la conclusión de que no hay irregularidad alguna. La opinión pública no puede quedarse con la idea de que la Cámara crea comisiones investigadoras sólo para llegar conclusiones negativas sobre responsabilidades políticas y administrativas. En el juego democrático sano y en la tarea de fiscalización parlamentaria es plenamente posible que una comisión investigadora, por unanimidad, como ha ocurrido en este caso, señale que no hay irregularidades ni faltas administrativas que deba conocer la Contraloría General de la República. Eso es poner las cosas en los términos que corresponde, es decir, en el debido marco de la función fiscalizadora de esta Corporación y no de miembros individuales de ella.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, en nuestro país no estamos acostumbrando, lo que es muy malo, a que denuncias infundadas, sin ningún fundamento ni documentación que las respalde, se hagan públicas y aparezcan en los diarios. Con ello, lo único que se consigue es enlodar el prestigio no sólo de personas que son capaces y hacen un muy buen trabajo, sino también de empresas o de instituciones que hacen las cosas bien.
Los hechos denunciados por la señora Irene Rojas y, posteriormente, presentados en esta Comisión investigadora a través de un escrito patrocinado por un abogado, se concluyó que no eran verdaderos.
Sin embargo, llama la atención -lo hemos conversado con algunos colegas- el aprovechamiento que se hace de denuncias para constituir comisiones investigadoras, justamente, en épocas en que se avecinan procesos electorales. En este sentido, el objetivo perseguido por quienes la propiciaron finalmente fue revertido por los hechos. Si nos abocamos al informe de la Comisión, existe unanimidad en todos sus puntos, y si hay diferencias, ellas se relacionan con incluir propuestas legales para mejorar estas condiciones.
En la Comisión quedó claramente establecido que la presentación hecha por la señora Irene Rojas al ministro y a sus asesores sobre supuestas irregularidades, no fue tal. Además, quedó claro que la señora Rojas no actuó bajo los parámetros que exige la ley para que la Contraloría General de la República se pronuncie respecto de la probidad de funcionarios de la administración pública y tampoco hizo las denuncias formales ante el Ministerio de Obras Públicas. Por el contrario, fueron hechas a través de la prensa; en la Comisión lo hizo a través de un abogado, que, según señala en la presentación, pertenece a la Unión Demócrata Independiente, con lo cual, y respecto de los argumentos esgrimidos, se trasluce un cierto actuar tendencioso.
Por eso, le parecieron tremendamente relevantes las explicaciones de los fiscales del MOP respecto de los contratos y la información aportada por el ministro y el director de Concesiones en relación con los elementos de control con que cuentan hoy para que efectiva y rigurosamente cada una de las licitaciones cumpla con la ley y las bases administrativas de la propuesta.
Hoy existe un sistema informático, desarrollado por el Ministerio de Obras Públicas, que controla rigurosamente cada una de las boletas y facturas que se relacionan con la actividad de concesiones y las operaciones de las empresas privadas, de modo de asegurar que las obras que se están administrando bajo este sistema se realicen de manera adecuada.
En la Comisión hubo consenso en términos de que en el Ministerio de Obras Públicas las cosas se han hecho con probidad; a la vez, que el pariente de un alto funcionario del Estado, en este caso del Presidente de la República , es un profesional conocedor de su rubro, por lo cual desempeñó bien sus funciones y, además, recibió propuestas del sector privado para incorporarse a sus proyectos. Por tanto, no ve por qué debiera tener restricciones para trabajar en el área estatal si su desempeño fue diáfano y transparente. Por eso, llama la atención lo ocurrido.
Sin embargo, estamos conscientes de la necesidad de propuestas legislativas en estas materias que se orienten a resguardar principalmente la transparencia pública, con el objeto de que los parientes de las altas autoridades no sólo del Poder Ejecutivo , sino también de los poderes Legislativo y Judicial, cuenten con elementos que permitan que su actuar en materia de contratación pública sea transparente.
Se debe buscar una regulación adecuada que no impida que los profesionales puedan desarrollarse en su profesión o actividad, pero, al mismo tiempo, que permita que el país, sobre todo la prensa y todos aquellos que están orientados a observar lo que pasa en el sector público, lo puedan hacer con la debida transparencia.
Hay comisiones investigadoras que durante su investigación han encontrado problemas en la administración de los recursos públicos por parte del Estado. Estamos a la espera del debate en la Sala del informe de la Comisión Investigadora sobre Privatizaciones de Empresas del Estado con Anterioridad a 1990, donde efectivamente hemos visto cómo el gobierno de Pinochet actuó en forma poco transparente, por no decir sin ninguna transparencia, entregando nuestro patrimonio público, el bien de todos los chilenos, a personas individualizadas y a empresas que lucraron con él.
No obstante, aquí tenemos un ejemplo en contrario, ya que en su informe, la Comisión Investigadora recalcó que el Ministerio de Obras Públicas, por lo menos en los contratos señalados, ha hecho las cosas muy bien, con la particularidad de tener todos los documentos necesarios para aclarar a los diputados -quiero dejarlo bien en claro- que ninguna de las empresas involucradas actuó en forma inadecuada. Todo lo contrario, en esos contratos el empresariado participó en forma adecuada, correcta y por los medios que corresponden, al igual que el MOP, sus fiscales y la autoridad máxima.
Por último, reitero lo que planteé al comienzo de mi intervención. Debemos empezar a mirar lo que hacemos en época electoral en una forma distinta, con una mirada país y no sobre nuestros propios intereses políticos. Por eso, es importante regular el trabajo de las comisiones investigadoras en etapas eleccionarias. Si bien es cierto, no podemos inhibir nuestra facultad investigadora, debemos acotarla sólo cuando el país y la importancia de las materias realmente lo requieran.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación el informe de la Comisión especial investigadora encargada de analizar y elaborar un informe relativo a las denuncias efectuadas por la ex jefa de la División de Comunicaciones del Ministerio de Obras Públicas sobre presuntas irregularidades en dicha repartición.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 80 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 4 abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvieron los diputados señores:
MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE RETIRO DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Primer trámite constitucional.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones.
Diputados informantes de las comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Hacienda son la señora Ximena Vidal y el señor Gastón Von Mühlenbrock, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 3975-13, sesión 40ª, en 6 de septiembre de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informes de las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nºs 25 y 26, respectivamente, de esta sesión.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Trabajo, diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Trabajo y Seguridad social, paso a informar, en primer trámite reglamentario y primero constitucional, sobre el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República , que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones.
El Gobierno hizo presente la urgencia con calificación de “suma” para el despacho de este proyecto.
A las sesiones que la Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron el ministro de Hacienda , don Nicolás Eyzaguirre Guzmán , y el ministro Secretario General de la Presidencia , don Eduardo Dockendorf Vallejos , como asimismo, los asesores de la Cartera de Hacienda, señores Alberto Arenas y Julio Valladares . Además, los señores Arturo Martínez Molina , presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, y Raúl de la Puente Peña, presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales, quienes se hicieron acompañar por numerosos dirigentes gremiales de las organizaciones que se detallan en el informe.
I. Antecedentes generales.
1. Consideraciones preliminares.
En 2001, el Gobierno con la Central Unitaria de Trabajadores y los gremios del sector público convinieron constituir una mesa de diálogo sobre las condiciones de retiro de los funcionarios públicos, llamada por los gremios “daño previsional”. Con ello se inició un largo proceso de diálogo y de construcción de acuerdos que abordaría este tema desde el ámbito de la política laboral.
Los orígenes del problema se remontan a la década de los ochenta, en la que, como es sabido, numerosos funcionarios públicos fueron perjudicados porque las cotizaciones que legalmente debía enterar el Estado en sus fondos de pensiones fueron calculadas sobre bases lo suficientemente bajas como para provocar una fuerte disminución en sus pensiones, debido a que sus bonos de reconocimiento reflejaban esa subcotización, traduciéndose ello en una baja tasa de reemplazo, que consiste en el porcentaje que significa la pensión sobre el total del último ingreso mensual del trabajador activo. De hecho, tanto las cotizaciones como el bono de reconocimiento de estas personas se calcularon en base a una remuneración muy inferior a la percibida por ellas.
A ello se debe sumar el hecho de que las cotizaciones del sistema previsional del decreto ley Nº 3.500, de 1980, eran inferiores a las del antiguo sistema de las cajas de previsión, al tiempo que, como lo han expresado numerosos invitados a la Comisión, las autoridades de la época forzaron la entrada de los funcionarios públicos al nuevo sistema previsional, dejando sin opción a numerosas personas.
Por otra parte, el nivel de remuneraciones del sector público fue extremadamente reducido durante la década de 1980.
En esta situación, a juicio de las organizaciones de los trabajadores, se encuentran un total de 178.637 personas, considerando aquellas que ya han jubilado con grave deterioro de sus pensiones, y aquellas que aún permanecen activas, a pesar de su avanzada edad.
En este contexto, luego de un extenso proceso de diálogo con las organizaciones del sector, la mayoría de ellas ha acordado con las autoridades de Gobierno un esquema de solución a través de un bono de carácter laboral, el que tiene como fundamento radical el mejoramiento de la gestión pública a través de la renovación de su personal, permitiendo la entrega de incentivos al retiro a través de un complemento en dinero a las pensiones de dichas personas.
En efecto, el proyecto establece un bono de naturaleza laboral de 50 mil pesos mensuales para el personal que se encuentre prestando servicios a la fecha de entrada en vigencia de la ley. Este personal tendrá derecho al beneficio siempre que se encuentre afiliado al sistema de pensiones del decreto ley Nº 3.500, de 1980, y cotice en dicho sistema.
En segundo lugar, el proyecto determina los requisitos copulativos que deberá cumplir el personal mencionado para ser beneficiario del bono. Además, fija el 31 de diciembre de 2024 como fecha de término para acceder al bono.
De esta forma, aun cuando las organizaciones de trabajadores y el propio Gobierno asumen que no se trata de una solución integral y definitiva a la solución del llamado “daño previsional”, este proyecto de ley constituye un avance sustantivo para el mejoramiento de la situación de los trabajadores públicos afectados por las políticas previsionales de las últimas dos décadas.
2. Características del beneficio acordado.
El beneficio consiste en un bono mensual de naturaleza laboral, de un monto de 50 mil pesos, que beneficiará a los trabajadores del sector público que más adelante se señalan, siempre que reúnan copulativamente las condiciones señaladas en los puntos 2 y 3 siguientes. Este bono se extingue por el fallecimiento del beneficiario. El bono no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal.
Los beneficiarios del bono serán los trabajadores que a la fecha de entrada en vigencia de la ley desempeñen un cargo de planta o a contrata o estén contratados conforme al Código del Trabajo en las instituciones del sector público, tanto centralizadas como descentralizadas. Este personal tendrá derecho al bono siempre que cumpla con los requisitos del punto siguiente.
También tendrán derecho al bono los funcionarios públicos que en el transcurso de la duración del sistema obtuvieren una pensión de invalidez y cumplieren con todos los requisitos copulativos que a continuación se señalan:
a) Estar afiliado al sistema de pensiones del decreto ley Nº 3.500, de 1980, por el ejercicio de su función pública;
b) Tener las calidades mencionadas en el punto 2, tanto a la fecha de postulación para acceder al bono, como con anterioridad al 1 de mayo de 1981;
c) Tener, a lo menos, 20 años de servicios en las instituciones señaladas en el punto 2, o las que sean sus antecesores legales, a la fecha de la publicación de la ley;
d) Tener una tasa de reemplazo líquida estimada inferior a 55 por ciento y acceder a una pensión de vejez líquida regida por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, inferior a 600 mil pesos;
e) Tener cumplidos 65 años de edad, en el caso de los hombres, y 60 años de edad en el de las mujeres, y
f) Renunciar voluntariamente al cargo o empleo u obtener pensión por vejez, de conformidad con el decreto ley Nº 3.500, dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de las edades antes señaladas.
Se considerará como duración del sistema para acceder al beneficio el período comprendido entre el 1 de enero del 2006 y el 31 de diciembre del 2024.
La reajustabilidad del beneficio y de todas las cantidades de dinero que se señalan en este acuerdo se realizará una vez al año, aplicando la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, determinado por el INE, en los 12 meses anteriores al reajuste.
Respecto del personal beneficiario de la bonificación por retiro voluntario establecida en el Título II de la ley Nº 19.882, se acordó lo siguiente:
Para el funcionario cuyo promedio de remuneraciones de los 12 últimos meses anteriores al retiro sea igual o inferior a 437.500 pesos, el bono se devengará y pagará desde el mes subsiguiente al cese de funciones.
Para el funcionario cuyo promedio de remuneraciones imponibles de los 12 últimos meses anteriores al cese de funciones, sea superior a 437.500 pesos, el bono comenzará a devengarse y pagarse al mes siguiente del que se obtenga de dividir por 50 mil pesos el resultado de restar el monto de la bonificación por retiro voluntario establecida en el Título II de la ley Nº 19.882, menos 4.375.000 pesos, si es mujer, y de 3.937.500 pesos, si es hombre. Con todo, si el resultado de la división anterior fuere superior a 84, el bono se devengará y pagará a partir del mes 85, contado desde el mes siguiente del cese de funciones del personal.
Sobre este último punto del acuerdo, el Gobierno presentó una indicación que lo modifica, flexibilizando el período de carencias.
De este modo, la fórmula laboral propuesta por el Gobierno, acordada con la CUT y con los gremios, permite dar un sustantivo paso para mejorar la situación post laboral de los funcionarios con bajas pensiones y así generar un nuevo reconocimiento a quienes cumplen tareas de servicio público y, a la vez, mayor equidad en nuestra sociedad.
Ideas matrices o fundamentales del proyecto.
En conformidad con lo señalado, ésta no es otra que otorgar un bono post laboral a los funcionarios públicos con bajas pensiones y bajas tasas de reemplazo.
Tal idea matriz se encontraba desarrollada en el proyecto enviado por el Ejecutivo en doce artículos permanentes y tres transitorios, el que, después de la discusión habida en la Comisión y en virtud de indicaciones presentadas por el Ejecutivo , las que se analizarán en el presente informe, quedó, finalmente, desarrollado en quince artículos permanentes y cinco transitorios.
Dicho bono post laboral -como ya lo señalé- tiene determinadas características y se inserta en una estructura que está desarrollada ampliamente en el informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social que los señores diputados tienen en su poder y que pueden consultar para mayor detalle.
En relación con la calificación de las normas, a juicio de la Comisión, el proyecto de ley no contiene artículos que tengan el carácter de normas de quórum calificado u orgánico constitucional.
Asimismo, a juicio de la Comisión, la totalidad del articulado debe ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda, por contener normas que inciden en el manejo financiero y presupuestario del Estado.
Como ya señalé, el proyecto tiene urgencia calificada de “suma”, y fue aprobado por la Comisión, en general y particular, en sesión de fecha 11 de octubre de 2005, por la unanimidad de los diputados presentes.
Durante la discusión, los representantes del Gobierno, los dirigentes gremiales y los diputados que integran la Comisión realizaron valiosos aportes, cuya síntesis se encuentra en el texto del informe que nos convoca.
En el marco de dichas consideraciones, la Comisión sometió a votación el proyecto en conjunto con las indicaciones presentadas por algunos señores diputados y por el Ejecutivo , que recogió algunas de las inquietudes ya mencionadas, obteniéndose los acuerdos y aprobándose las normas del proyecto que se somete a vuestra consideración, el que, por su extensión, daré por informado. Además, su texto se encuentra en poder de las señoras diputadas y de los señores diputados.
Antes de concluir, quiero informar que hoy en la mañana el ministro de Hacienda se reunió con algunos gremios y acogió algunos de sus planteamientos.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
El diputado señor José Miguel Ortiz va a rendir el informe de la Comisión de Hacienda, en reemplazo del diputado señor Gastón Von Mühlenbrock .
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones, que fue tratado por la Comisión en sesión del 12 de octubre recién pasado.
Antes de iniciar el informe, quiero aclarar a quienes están presenciando este debate que el rol de la diputada señora Ximena Vidal , informante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y del diputado que habla, informante de la de Hacienda , es dar a conocer lo que sucedió en la comisión respectiva. La interpretación del proyecto que tenga cada uno, podrá darla a conocer durante el debate y por medio de la votación del mismo. Lo digo para dejar claro lo que es el proceso legislativo.
Constancias reglamentarias previas.
La iniciativa tuvo su origen en mensaje de su excelencia el Presidente de la República e ingresó a la Cámara con urgencia calificada de “suma”.
Disposiciones o indicaciones rechazadas.
La Comisión de Hacienda no rechazó ninguna disposición o indicación, y tal como lo indicó la diputada informante , la Comisión técnica, esto es, la de Trabajo y Previsión Social, concluyó que la Comisión de Hacienda debía conocer todo el articulado del proyecto.
Disposiciones que no fueron aprobadas por unanimidad.
Sólo se aprobó, en votación dividida, el número 2) del artículo 8º.
Durante el estudio del proyecto concurrieron a la Comisión, para dar a conocer sus puntos de vista, los señores Raúl de la Puente y Cipriano Aldea, presidente y vicepresidente, respectivamente, de la Agrupación de Empleados Fiscales, Anef, junto con otros representantes de ese gremio, y los señores Rafael Reyes , presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Contraloría General de la República y Mario de Luca, presidente de la Federación de Funcionarios de Hacienda .
En representación del Gobierno, asistieron los señores Alberto Arenas , subdirector de Racionalización y Función Pública, y Julio Valladares , asesor, ambos del Ministerio de Hacienda, y la señorita Patricia Orellana , abogada del mismo.
El propósito de la iniciativa es otorgar un beneficio post laboral a los funcionarios públicos, de las municipalidades o que hubieran sido traspasados o se traspasen a éstas, con el objeto de mejorar sus condiciones de retiro. El beneficio alcanzará a 100 mil trabajadores y es de carácter vitalicio.
El informe financiero, elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 6 de septiembre de 2005, señala que el costo fiscal del beneficio propuesto se extiende por un período de 50 años -termina con el fallecimiento del último beneficiario, es decir, el último de los 100 mil trabajadores-, alcanzando un máximo en el año 2025.
A continuación, daré algunos ejemplos, para mejor comprensión de la historia fidedigna de la ley.
Por ejemplo, el 2006, tendrá un costo de 3.058 millones de pesos; el 2007, 4.335 millones de pesos; el 2008, 5.745 millones de pesos; el 2010, 8.955 millones de pesos; el 2015, 18.528 millones de pesos; el 2020, 26.285 millones de pesos; el 2025, 30.379 millones de pesos. Culmina el año 2045 con 7.885 millones de pesos.
El valor actual de costo fiscal estimado por el director de Presupuestos para todo el período asciende a alrededor de 313 mil millones de pesos.
-Manifestaciones en las tribunas.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
¿Me permite, señor diputado ?
Ruego a los asistentes a las tribunas respetar al diputado informante y no emitir calificativos, independientemente de las posiciones que puedan tener. El señor diputado está informando lo que pasó en la Comisión de Hacienda y no merece el trato de que está siendo objeto.
Puede continuar, señor diputado .
El señor ORTIZ.-
Voy a dar a conocer las dos intervenciones más importantes efectuadas durante el debate del proyecto en la Comisión.
El señor Raúl de la Puente , Presidente de la Anef , hizo hincapié en las distorsiones que el sistema previsional establecido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, ha producido en la tasa de reemplazo de aquellos trabajadores del sector público que se jubilan, puesto que la pensión alcanza a un tercio de su remuneración. Este efecto se habría expresado en los bonos de reconocimiento, porque la cotización en los primeros años del sistema se calculaba para los funcionarios públicos sobre el sueldo base y los bienios. A partir del año 1988 el imponible fue incluyendo las demás asignaciones.
De esta realidad, que difiere de la situación de los cotizantes del sector privado a quienes siempre se les impuso por el total de sus remuneraciones, nace lo que se denomina “daño previsional”, aspecto que no se ve reflejado en la iniciativa, por lo que el bono post laboral no contribuirá a promover el retiro de los funcionarios con daño previsional.
También reconoció que la indicación del Ejecutivo al tiempo de espera disminuye el perjuicio que ocasiona la norma originalmente propuesta, pero mantiene un período de carencia o de tiempo en espera para aquellos trabajadores que tienen derecho a la bonificación por retiro en conformidad con la ley Nº 19.882, cuya línea de corte es de $ 437.500. O sea, todos aquellos que tengan una renta imponible superior a ese monto, quedan sujetos a ese período de carencia para acceder al bono post laboral.
En consecuencia, demanda la compatibilidad total del bono post laboral y el incentivo al retiro que establece la ley Nº 19.882.
Por otro lado, el Ejecutivo , a través de su director de Presupuestos , don Alberto Arenas , hizo especial hincapié en que mediante este proyecto se pretende mejorar las condiciones de retiro de los funcionarios del sector público. Destacó que, a raíz de las conversaciones con la CUT y la mayoría de los gremios de este sector que constituyeron una mesa de diálogo con el Gobierno en el año 2001, se logró consensuar un protocolo de acuerdo en agosto del 2005, que sirvió de base al proyecto en informe.
Precisó que el ámbito del proyecto incluye a los trabajadores que a la fecha de entrada en vigencia de la ley desempeñen un cargo de planta o a contrata o estén contratados conforme al Código del Trabajo en las instituciones del sector público, tanto centralizadas como descentralizadas, y que renuncien voluntariamente al cargo u obtengan pensión dentro de los 12 meses siguientes de cumplirse las edades exigidas.
El bono de 50 mil pesos mensuales se otorga al personal afiliado al sistema de pensiones del decreto ley Nº 3.500, de 1980, y que cumplan, además, con los siguientes requisitos: 1) tener a lo menos 20 años de servicios en las instituciones señaladas; 2) tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55 por ciento y acceder a una pensión de vejez igual o inferior a $ 600.000; 3) tener cumplidos 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 años, tratándose de las mujeres, y 4) renunciar voluntariamente al cargo u obtener pensión.
El resto del articulado lo explicó muy claramente la diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Por lo tanto, mi exposición llegaría hasta aquí para dar lugar al debate respectivo.
He dicho.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Señoras y señores diputados, en siete minutos termina el Orden del Día y se encuentran inscritos los diputados Sergio Correa, Edgardo Riveros, Pablo Lorenzini, Edmundo Villouta, Carlos Vilches y Sergio Aguiló. Seguramente se inscribirán varios más. Por lo tanto, no es posible realizar su discusión en este momento.
Los jefes de los Comités parlamentarios van a acordar su incorporación a la Tabla de las próximas sesiones.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIN LA CITACIÓN REGLAMENTARIA.
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Solicito la autorización de la Sala para que la Comisión de Minería y Energía pueda sesionar a partir de las 15.30, sin necesidad de citar, reglamentariamente, con las cuatro horas previas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Corresponde proceder a las votaciones.
(Manifestaciones en las tribunas).
Señores dirigentes e invitados presentes en las tribunas, les ruego que nos permitan realizar las votaciones.
(Manifestaciones en las tribunas).
Ruego a los asistentes a las tribunas que nos permitan llevar a cabo las votaciones.
Reitero que la discusión del proyecto que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones quedará pendiente. Hoy sólo se rindieron los informes de las respectivas Comisiones y los Comités parlamentarios determinarán cuándo se incorporará nuevamente en tabla.
(Manifestaciones en las tribunas).
Ruego a quienes se encuentran en las tribunas que nos permitan realizar con tranquilidad las votaciones que corresponden.
(Manifestaciones en las tribunas).
Debido al comportamiento de los invitados en las tribunas, advierto que, de acuerdo a mis facultades como Presidente de la Corporación , propondré que cuando se trate este proyecto nuevamente la sesión se lleve a cabo sin público.
Se suspende la sesión.
IX. PROYECTOS DE ACUERDO
ESTABLECIMIENTO DE BENEFICIOS PARA VOCALES DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS. Preferencia.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
Señores diputados, los Comités parlamentarios acordaron tratar en la presente sesión el proyecto de acuerdo Nº 702 que establece beneficios para vocales de mesas receptoras de sufragios.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 702, de los diputados señores Rojas, Varela, Prieto, Salaberry, Hernández, Von Mühlenbrock, Bauer, Egaña, García-Huidobro y Ulloa.
“Considerando:
Que la ley Nº 18.700, orgánica constitucional, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, establece los distintos procesos para llevar a cabo los diversos comicios electorales que contempla el sistema político nacional, incluido el nombramiento de los vocales de mesas receptoras de sufragios;
Que la función que compete a los vocales de mesas es de gran importancia y responsabilidad para el buen desarrollo de cada elección, así como para la transparencia con que deben operar los procesos electorales en cada una de las mesas de votación, lo que implica, al menos, para los vocales, diez horas continuadas de trabajo sólo el día de los comicios;
Que la designación de los vocales de mesas se realiza por sorteo y la ley dispone sanciones para quien, injustificadamente, no cumpla con el llamado a desempeñarse como tal, por lo que el cargo de vocal de mesa receptora de sufragios no es voluntario, sino que forma parte de los deberes ciudadanos, y
Que el sistema correspondiente a las elecciones populares no considera retribución alguna para quienes desempeñan esta función, por lo que las personas llamadas a cumplir este papel deben hacerse cargo por sí mismas de los costos de transporte, alimento y tiempo que ello conlleva.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que adopte las siguientes medidas:
1. Disponer los recursos necesarios para conceder un beneficio a quienes se desempeñen como vocales de mesas receptoras de sufragios en cada uno de los tipos de elección popular que contempla el sistema político nacional, consistente en un viático de transporte y en una colación.
2. Que el Gobierno realice los estudios tendentes a analizar la posibilidad de establecer para los vocales de mesas, el otorgamiento, por parte del respectivo empleador, del derecho a un día de descanso compensatorio en su jornada laboral, el primer día hábil siguiente al día de la elección.”
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
IMPLEMENTACIÓN DE ACUERDO ANTE COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE RECONOCIMIENTO DE PUEBLOS INDÍGENAS. (Votación).
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
En votación, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 613.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Rechazado por falta de quórum.
CAPACITACIÓN A CARABINEROS SOBRE PATRONES CULTURALES Y COSTUMBRES DE PUEBLO MAPUCHE.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 614, de los diputados señores Navarro, Letelier, don Felipe; Meza, Sánchez, Rossi, Espinoza, Quintana, Jaramillo y Tuma.
“Considerando:
Que el informe de diagnóstico e intervención del Servicio de Salud Araucanía Norte, del Programa de Salud del hospital de Angol, de septiembre de 2004, analizó los efectos sicológicos de la represión policial en niños y niñas de una comunidad mapuche movilizada en defensa de sus derechos territoriales en el sur de Chile, y acreditó daños psicológicos y apremios ilegítimos aplicados en medio de allanamientos y operativos policiales;
Que el estudio elaborado da cuenta de la situación de vulneración de los derechos de once niños mapuches, cuyas edades fluctúan entre los dos y los quince años, integrantes de la comunidad ‘Cacique José Guiñón’, ubicada a 12 km de la ciudad de Ercilla, en la Novena Región, de la Araucanía, como producto de los constantes allanamientos policiales y de otras acciones de amedrentamiento llevadas a cabo por efectivos de Fuerzas Especiales y agentes de la Policía de Investigaciones de Chile;
Que el escrito señala: ‘Lo anterior, por las situaciones a las cuales han sido expuestos y por la sintomatología mostrada, puede decirse que la violencia sufrida tanto por los niños y las niñas, así como por los otros integrantes de la comunidad ‘Cacique José Guiñón’, emerge como una seria violación de los derechos humanos, que revoca la dignidad, la igualdad, la autonomía y el bienestar tanto físico como emocional de quienes la viven’ (...). Y agrega el texto: ‘Queremos enfatizar la existencia, en general, de una vulneración o alteración de la mayoría de los derechos de los niños y de las niñas de la comunidad ‘Cacique José Guiñón’, a pesar de que, en el año 1998, Chile manifestó su acuerdo como país comprometido con la Defensa de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU’;
Que el informe certifica el efecto que en estos niños han tenido los allanamientos nocturnos, las golpizas, las amenazas y los arrestos extrajudiciales. Destaca el hecho de los menores apuntados por el frío metal de una subametralladora, observando, aterrados, a altas horas de la noche, el violento ingreso de hombres uniformados en sus casas.
‘Es así como se han transgredido las necesidades y los derechos del niño, contenidos en la filosofía de la Convención de los Derechos del Niño de la ONU, que manifiesta que ‘todos los niños tienen derecho a recibir los cuidados necesarios que les aseguren la vida, el bienestar y un desarrollo armonioso’, por lo que todo acto activo de omisión cometido por individuos, instituciones o la sociedad, en general, que prive a los niños de cuidados, de sus derechos y libertades, impidiendo su pleno desarrollo, constituye un acto o una situación que entra en la categoría de malos tratos o negligencia’, apunta el documento.
‘A los niños los han amenazado, golpeado contra el suelo y la pared, les han dado de culatazos con armas de fuego y les han hecho presenciar fuertes escenas en las que sus padres, cuidadores o familiares son agredidos física y psicológicamente’ dice, en parte, el informe elaborado por el organismo gubernamental, dando cuenta de diversos testimonios proporcionados por los propios menores, víctimas del accionar policial y que grafican un escenario de terror que -tal como concluye en una de sus partes- ‘los marcará por el resto de sus vidas’;
Que, según el informe, respecto de una menor se constata ‘una fuerte carga de estrés postraumático, asociado a la presencia de situaciones muy violentas emocionalmente y que han afectado a sus familiares más directos, madre y padre (machi y lonko). Esto queda de manifiesto, dada la alta cantidad de enfermedades que ha presentado la niña durante el último período. Al realizarse este informe, se encuentra hospitalizada con diagnóstico de neumonía. Su madre asistió junto con ella, en dos oportunidades, al hospital de Collipulli, por altas fiebres. En la última oportunidad, el miércoles 25 de agosto, los profesionales que suscriben pasan a buscarla junto a su madre al hospital de Collipulli, encontrándola muy deteriorada en su estado de salud’;
Que el documento destaca que la mayoría de los niños entrevistados -al menos, en una oportunidad- han debido presenciar situaciones de violencia hacia los adultos de su grupo familiar o de la comunidad, ‘Pero, si bien es cierto no han sido atacados directamente, estas historias circulan dentro de sus conversaciones y les hace temer que, en alguna oportunidad, esto les ocurra también a ellos, a la vez que les hace tener desconfianza y genera resentimiento y una actitud desafiante ante los funcionarios de Carabineros’, y
Que el informe añade que ‘la mayoría de los casos corresponde a niños que han presentado o presentan algún tipo de sintomatología somática asociada al conflicto territorial que se desarrolla en su comunidad, ya sean dolores de cabeza, ojos enrojecidos, sueño poco reparador, cansancio, pesadillas o continuos dolores de estómago... Presentan, además, baja en su rendimiento escolar, problemas de concentración, dificultades en las relaciones interpersonales y resentimiento, entre otros. Todo esto, sumado a la vulneración de sus derechos y al contexto en el cual se encuentran inmersos, aumenta los factores de riesgo en su desarrollo y les hace vivir una vida diferente de la llevada por otros niños de su edad y condición social’.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro de Defensa Nacional que instruya al Director General de Carabineros de Chile y al Director de la Policía de Investigaciones de Chile a fin de que:
a) Investiguen los hechos que se denuncian en este acuerdo, y velen por el respeto de las garantías fundamentales de los menores y sus familias de la comunidad ‘Cacique José Guiñón’, ubicada a 12 km de la ciudad de Ercilla, en la Novena Región, de La Araucanía;
b) Implementen, dentro del programa de instrucción del personal de Carabineros de Chile, así como de la Policía de Investigaciones de Chile, cursos obligatorios sobre derechos humanos, y
c) Capaciten permanentemente a los Carabineros de la zona, en las localidades de alta densidad indígena -existan o no existan conflictos territoriales o ambientales con pueblos indígenas- sobre los patrones culturales y costumbres de los pueblos que allí habitan, en el marco del respeto mutuo, de la tolerancia y de la no discriminación.”
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, el proyecto de acuerdo dice relación con los derechos humanos de los mapuches. Para nadie es un misterio que en la zona de Ercilla existen problemas entre las comunidades de los pueblos originarios y los agricultores residentes. Es una situación lamentable y hay que procurar el entendimiento.
Muchos niños y niñas, entre 3 y 14 años, pequeños y pequeñas aún sin discernimiento y que son hijos de familias de comunidades indígenas, ya sufren traumas, que pueden marcarlos por el resto de sus vidas, como consecuencia de las acciones de amedrentamiento llevadas a cabo por efectivos de fuerzas especiales de Carabineros al momento de combatir el delito y a los delincuentes. Está bien que se persiga a los infractores de la ley, pero los niños no tiene por qué ser partícipe de esas acciones.
El proyecto de acuerdo pretende el entendimiento entre las Fuerzas de Orden y las familias mapuches, esas que nada tienen que ver con el drama que también viven los agricultores de la zona.
Estamos por que se investiguen los hechos que se denuncian, pero también por que se vele por el respeto de las garantías fundamentales de los menores y de las familias de las comunidades mapuches de Traiguén.
He dicho.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 6 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
En votación.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
La votación del proyecto queda pendiente para la próxima sesión.
X. INCIDENTES
RECURSOS ADICIONALES PARA DEFENSAS FLUVIALES EN LA SEXTA REGIÓN. Oficios.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Unión Demócrata Independiente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, la semana pasada visité distintos sectores rurales de las comunas de San Vicente, Pichidegua y San Fernando -las cuales me honro en representar en esta Cámara- además de pequeñas localidades que se encuentran en las riberas de los ríos Tinguiririca y Cachapoal, advirtiendo, con preocupación, la falta de defensas fluviales para proteger las tierras de cultivo ribereñas y las viviendas de muchas familias modestas que habitan las orillas de estos ríos.
Lamentamos que, año tras año, el Ministerio de Obras Públicas disminuya el presupuesto para defensas fluviales en la Sexta Región. El del año pasado fue de 400 millones de pesos, en circunstancias que para el período 1995-1996 el aporte fue superior a 2 mil millones. A toda vista, la disminución ha sido muy drástica.
Los diputados de la zona sabemos de las complicaciones que ocasionan las crecidas de los ríos Tinguiririca, Claro y Cachapoal -afluentes jóvenes, caudalosos y que no tienen una cuenca definida-, sobre todo en invierno, las que durante los últimos diez años se han acrecentado, afectando la calidad de vida de los lugareños.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , Transportes y Telecomunicaciones y al intendente de la Sexta Región , a fin de que se asignen, ya sea por la vía ministerial o del gobierno regional, a través del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, 300 millones de pesos adicionales para defensas fluviales en la Sexta Región.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
CONECTIVIDAD A INTERNET PARA ESCUELA RURAL DE CHIMBARONGO. Oficio
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, hace algunos meses envié oficios de fiscalización a los ministros de Obras Públicas , Transportes y Telecomunicaciones y de Educación, acerca de algunas complicaciones con la red de enlace rural en la escuela El Sauce, de Chimbarongo.
Al respecto, recibí respuesta del ministro de Transportes y Telecomunicaciones , señor Jaime Estévez , pero ocurre que la escuela El Sauce, ubicada en el límite entre la Sexta y Séptima regiones, no figura en el listado de los establecimientos rurales beneficiados con conexión a Internet, a través del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, a pesar de cumplir con los requisitos considerados en los criterios de selección para el otorgamiento del beneficio señalado, como tener una matrícula superior a cien alumnos y estar ubicada en un lugar que no tiene penetración de Internet superior al 3 por ciento.
Por lo expuesto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, a fin de que considere a la escuela El Sauce, de Chimbarongo, entre los establecimientos rurales beneficiados con conexión a Internet, a través del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
RECONOCIMIENTO PÚBLICO A LABOR DE ALDEAS INFANTILES SOS. Oficio.
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ (de pie).-
Señor Presidente, autoridades de las Aldeas Infantiles SOS de Chile, niñas y niños que nos acompañan.
Como diputado de la República , como hijo de Concepción, que nunca se ha movido de la Octava Región, desde este hemiciclo, del que formo parte desde hace muchos años, creo mi deber hacer un reconocimiento público a las Aldeas Infantiles SOS, en forma especial a la de Concepción, por sus raíces, visión, misión y valores.
La primera Aldea Infantil SOS fue fundada por Hermann Gmeiner en 1949, en Imst, Austria, quien se comprometió a ayudar a niñas y niños necesitados que habían perdido sus hogares, su seguridad y sus familias como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial. Con el apoyo de muchos donantes y colaboradores, la organización ha logrado desarrollarse para tal fin en todo el mundo.
Desde Arica a Chiloé existen trece Aldeas, en las cuales se da un hogar estable, formación y educación a 1.500 pequeños, para que más tarde enfrenten la vida en forma autónoma y de manera responsable.
Las Aldeas Infantiles SOS cuentan con 46 programas que acogen a más de 4.500 niñas, niños y jóvenes. De las trece aldeas infantiles, diez desarrollan programas de prevención del abandono. Asimismo, disponen de quince residencias juveniles, del liceo Hermann Gmeiner , de un centro de formación de madres, de dos centros médicos y de cuatro centros vacacionales.
¿Cómo operan las Aldeas Infantiles SOS? Acogiendo a los niños y niñas, luego de que el tribunal de menores dicta las medidas de protección correspondientes, proporcionándoles un sistema de vida familiar, lo que marca la diferencia con otras organizaciones similares.
A través del concepto de aldea infantil, esta institución ha sido pionera en brindar un enfoque familiar en el cuidado a largo plazo de infantes huérfanos, abandonados y víctimas de maltrato. Esta idea se basa en cuatro principios fundamentales:
El de la madre, quien establece una relación estrecha con cada niño que se confía a su cuidado y le brinda la seguridad, el amor y la estabilidad que necesita;
El de hermanos y hermanas. Los lazos familiares se desarrollan naturalmente. He podido escuchar cómo los niños y niñas de las aldeas se tratan cariñosamente de hermanos y hermanas. Lo único que les falta es tener el vínculo de la sangre, porque tienen una amistad, afecto y cariño muchísimo más grande;
El concepto de la casa. Cada familia crea su propio hogar. La casa es el hogar de la familia, con su propio sentir familiar, su ritmo y también su rutina.
Finalmente, el de aldea. La familia es parte de una comunidad. Las familias viven juntas en las Aldeas Infantiles SOS, crean entre ellas un entorno de apoyo, donde los niños pueden disfrutar de una niñez feliz. Las familias comparten experiencias, se ayudan unas a otras y son integrantes y miembros activos de su comunidad local.
Quise dar a conocer la gran labor que ha desempeñado Aldeas Infantiles SOS a través de todos estos años, organización que tiene como misión crear familias para los niños y niñas que lo necesitan, a fin de apoyarlos a formar su propio futuro y cooperar con el desarrollo de sus comunidades.
Es importante que estén presentes en las tribunas de esta Cámara de Diputados, que es parte del Poder Legislativo, no solamente los representantes a nivel nacional y de la Octava Región, sino también las niñas y niños, a quienes, al ser parte de estas aldeas, el futuro se les muestra con posibilidades reales y afectivas.
Desde 1949, Aldeas Infantiles SOS ha construido una base de confianza con los donantes, los gobiernos y otros socios que apoyan su misión. Su mayor responsabilidad es garantizar el bienestar de los niños y niñas, asegurándoles altos estándares de atención. Para lograrlo, está comprometida a usar todos los fondos y recursos de manera sabia, respetuosa y responsable.
Creí conveniente dar a conocer en este hemiciclo el rol que ha cumplido Aldeas Infantiles SOS en Chile, lo que me consta.
En forma especial, doy las gracias a Víctor Beltrán Reyes , director nacional de Aldeas Infantiles SOS; a mi gran amigo Klauss Vallejos Camp , director de Aldeas Infantiles SOS de Chaimávida , en la Octava Región, y a Carlos Molina Morales , director del Comité Local de Apoyo de la Octava Región , que un día me dijo: “Los directores, los profesores y los funcionarios de Aldeas Infantiles SOS quieren conversar con usted, señor diputado .” Desde ese instante, hemos establecido hermosos lazos de afecto, amistad y cooperación mutua.
En nombre de la Octava Región y de las niñas y niños, los felicito por la misión que han cumplido.
Solicito que mi intervención se haga llegar a los directores de las trece aldeas y a los ejecutivos de esa noble institución.
He dicho.
-Aplausos.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Edmundo Villouta , Eduardo Díaz y Francisco Bayo .
INVESTIGACIÓN A MUNICIPALIDAD DE CONCHALÍ POR FUNCIONAMIENTO ILEGAL DE CENTRO MÉDICO-DENTAL. Oficio.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero referirme a una materia que ha causado conmoción en el país en los últimos días.
El viernes pasado, un supuesto médico cometió un acto de absoluta negligencia en la comuna de Conchalí, que terminó con la muerte cerebral de la señora Jessica Osorio , quien ahora está internada en el hospital San José.
Se trata de un hecho lamentable que no podemos soslayar, no sólo por lo acontecido a esa señora, sino porque es necesario evitar que se repita este tipo de situaciones. Estamos conscientes de que no es un hecho aislado y de que los que se han producido tienen un denominador común, lo que fue compartido por quienes fuimos panelistas anoche en un programa de televisión: la falta de fiscalización y la consecuente responsabilidad del ministerio correspondiente.
Al respecto, insistí en un hecho que es de la mayor gravedad, pero que se puede enfrentar con celeridad, ya que el centro médico-dental funcionó sin patente durante seis años. Por eso, lo más elemental es saber por qué la Municipalidad de Conchalí permitió que funcionara ese centro médico-dental durante seis años, en un territorio que es de su responsabilidad, a pesar de que usó letreros publicitarios de grandes dimensiones, el que sólo hizo noticia a raíz de lo sucedido a la señora Jessica Osorio .
Por lo tanto, pido oficiar al Contralor General de la República , a fin de que investigue la falta absoluta de fiscalización del municipio de Conchalí a ese centro médico-dental y determine las responsabilidades correspondientes, porque situaciones como ésta no pueden repetirse.
Si se comprueba esa absoluta falta de control de la municipalidad en este hecho, se actualiza en este diputado la convicción de que los alcaldes y los municipios deben ser objeto de fiscalización por parte de la Cámara de Diputados. Hemos hecho dos presentaciones para que la función fiscalizadora de la Cámara se extienda a los municipios. Aquí queda demostrada la conveniencia de estudiar y presentar una iniciativa como ésa.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INVESTIGACIÓN Y SOLUCIÓN A PROBLEMA DE AGUA POTABLE Y FOSAS SÉPTICAS EN VILLA DE LA COMUNA DE LOS SAUCES. Oficios.
El señor BAYO.-
En segundo lugar, quiero hacer referencia a una materia relacionada con la salud ambiental de una localidad del distrito que represento.
En la comuna de Los Sauces, está ubicada villa Trintre, conformada por alrededor de 100 a 110 casas y con una población de más de 500 personas.
El comité de agua potable rural respectivo y el municipio de Los Sauces están haciendo los estudios para la construcción de una red de agua potable, pero el hecho concreto es que todas las fosas sépticas de la villa Trintre están colapsadas y, hasta la fecha, no se ha hecho absolutamente nada al respecto.
A eso debo agregar que, durante el año pasado y principios de 2005, ya se han presentado cuatro casos de hepatitis en la zona. La autoridad sanitaria no puede dejar de considerar la relación que existe entre las fosas sépticas colapsadas y los cuatro casos de hepatitis.
Por eso, solicito oficiar al secretario regional ministerial de Salud , quien en este minuto es el responsable de la salud del ambiente en La Araucanía, para que instruya una investigación respecto de esta situación y plantee la solución definitiva al problema existente en la villa de Trintre, comuna de Los Sauces.
Asimismo, pido oficiar al alcalde de la comuna de Los Sauces , para que, en consideración a los antecedentes mencionados y con su eficiencia dé tratamiento urgente a la situación de las fosas sépticas, que -reitero- están total y absolutamente colapsadas y necesitan ser limpiadas en su totalidad, si no queremos tener problemas de salud tan graves como los casos de hepatitis que mencioné.
Debo aclarar que ese alcalde no es de mi partido, sino de la Concertación, pero es un muy buen alcalde, ha desempeñado muy bien su cargo. Es posible que debido a todos los asuntos que tiene que resolver, no ha tenido conocimiento de la urgencia de este problema.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado señor Eduardo Díaz y de quien habla.
TERMINACIÓN DE PAGOS EN TERRENO EN ZONAS RURALES POR EL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL. Oficio.
El señor BAYO.-
Señor Presidente, con su venia, el Comité de Renovación Nacional cede el resto de su tiempo al diputado señor Eduardo Díaz .
El señor CORNEJO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, por cuatro minutos, el diputado señor Eduardo Díaz.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente, agradezco el tiempo cedido por el diputado señor Francisco Bayo y de su bancada.
El Instituto de Normalización Previsional paga pensiones, asignaciones familiares y otros beneficios sociales a los sectores más pobres. Por tanto, es la cara de la labor social del Estado y uno de los organismos que mayor cercanía tiene con la gente.
El INP llega con sus pagos no sólo a las más distantes comunas, sino que, dentro de cada una de éstas, a los más apartados lugares, medida que se explica por razones de buen servicio, seguridad y, por qué no decirlo, porque muchas veces los montos que cancela a las personas son menores a lo que éstas gastarían en trasladarse a lugares de pago distantes de sus domicilios.
Luego de haber sido testigo de los pagos que realiza el INP en la comuna de Saavedra, en lugares como Romopulli, Puaucho , Collileufu, Piedra Alta y Santa María de Huapi , me encontré con que la gente tiene una grave duda. Se le ha informado que el INP dejará de hacer esas cancelaciones en terreno para centralizar su actividad mensual en la capital comunal; es decir, no pagará más en el campo, sino sólo en Puerto Saavedra.
Similares dudas me han manifestado campesinos de otras comunas de mi distrito, como Teodoro Schmidt , donde el centro de pago rural está en Chelle; Carahue , donde se paga en Trovolhue y Nehuentúe; Freire , con sus centros menores de Radal y Quepe , y Pitrufquén, con villa Cumuy , donde si bien son localidades no rurales más pequeñas, tienen el mismo temor.
En cuanto a la comuna de Cholchol, ya hemos dicho en la Cámara que no tiene un centro de pagos propio, considerando que su creación es de hace muy poco tiempo, por lo que los campesinos, ancianos y montepiadas deben viajar largas distancias a pagarse a Temuco o a Nueva Imperial.
Por esa razón, reitero la petición que hice al INP para que considere la instalación de un centro de pagos. Sería una injusticia para los campesinos mapuches, para la gente de campo y rural de la Región de La Araucanía, que el INP dejara de ir directamente a esos lugares, obligándolos a viajar a la ciudad para recibir sus beneficios.
Cuando demandamos que el modelo económico debe rectificarse para ayudar a los más pobres, lo hacemos con el convencimiento de que una medida de esa naturaleza iría en sentido absolutamente contrario y estaríamos retrocediendo. No hay razones que justifiquen una decisión de ese tipo, como no sea el pretexto economicista de ahorrar unas pocas chauchas al Estado; por el contrario, ese cambio de modalidad de pago hará recaer los costos en los bolsillos de los más pobres. Ya son demasiado modestas las pensiones, los montepíos y las asignaciones familiares que se les pagan como para reducirlas y obligar a los campesinos a viajar lejos de sus hogares para obtener dichos beneficios. Esta medida constituye un retroceso respecto de la actuación de los servicios públicos, pues acentúa el centralismo a nivel comunal. Los servicios de
ben copiar lo que hoy hace el INP y salir a los campos a buscar a la gente y no al revés.
Por lo tanto, solicito que se oficie, a través del ministro del Trabajo y Previsión Social , a la directora nacional del Instituto de Normalización Previsional, señora Adriana Vásquez , para que informe si es efectivo que el cambio señalado está dentro de los planes de la institución que encabeza. De ser así, pido que señale los motivos y las justificaciones y, además, que se le remita mi más ferviente reclamo de que la medida sea reconsiderada sobre la base de principios de bien común, de solidaridad social y de descentralización, para que los campesinos más pobres y de origen mapuche de la Región de la Araucanía sean favorecidos con tal medida.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.17 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
XI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, constituida en investigadora respecto de la forma y los procedimientos utilizados por el Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND) en la aplicación de la ley Nº 19.712.
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, constituida en Investigadora respecto de la forma y los procedimientos utilizados por el Instituto Nacional de Deportes de Chile en la aplicación de la ley Nº19.712, que rige a dicha actividad, pasa a emitir su informe con las actuaciones realizadas sobre el tema, formulando las conclusiones y recomendaciones del caso.
El mandato de la Comisión se originó en los Proyectos de Acuerdo Nº602 y 603, ambos refundidos, del 5 de abril próximo pasado, que encomendaron a esta Comisión, dentro del plazo de noventa días, constituirse en investigadora con el propósito arriba señalado.
La Comisión celebró 12 sesiones.
Durante el lapso que se extendió la labor de esta Comisión Investigadora, se contó con la participación de las siguientes personas: a) Ex Ministro Secretario General de Gobierno , señor Francisco Vidal ; b) Subsecretaria del Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND), señora Macarena Carvallo ; c) Ex subsecretarios de la repartición antes mencionada, señores Arturo Salah y Ernesto Velasco ; d) Directores del IND de las Regiones Metropolitana, IV y X, señora Cecilia Valdés y señores Miguel Ángel Cuadros y Patricio Morales , respectivamente; e) Los siguientes funcionarios de Chiledeportes, señores: Pedro Lira , secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Deportes; José Miguel Campos , jefe del departamento de Evaluación y Control ; Antonio Bermúdez , jefe del departamento de Subsidios , Concesiones y Donaciones; Iván Castro , jefe del departamento de Planificación y Estudios ; Cristián Olea , jefe de la división de Desarrollo ; Fernando Sotomayor , jefe del departamento de Infraestructura ; Álvaro Muñoz y señora Lidia Iturra , estos dos últimos dirigentes gremiales; f) Ex director de Digeder, don José Dollenz ; g) Dirigentes del club deportivo de la Universidad Católica, señores Juan Enrique Serrano (gerente general) y Claudio Echeverría (gerente deportivo); h) Subdirector normativo y subdirector de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, señores René García y Benjamín Schütz , respectivamente; e i) Presidente del Comité Olímpico de Chile , señor Neven Ilic .
Con ocasión de su cometido, la Comisión recibió de las autoridades que se indican los siguientes documentos principales: A) Del ministro Secretario General de Gobierno: -*Un informe del Consejo de Auditoría Interna, que contiene un resumen ejecutivo del análisis efectuado por ese organismo sobre la base de muestras selectivas de proyectos aprobados y financiados durante los años 2003 y 2004 correspondientes al Fondo Nacional para el Fomento del Deporte (Fondeporte); y B) Del Instituto Nacional de Deportes (IND): -*Una auditoría interna para la distribución del Fondeporte y referida, principalmente, al año 2004; -*Una auditoría administrativa al concurso público para la conformación del registro de proyectos deportivos susceptibles de donación en el año 2004; -Los balances financieros de ese organismo entre los años 2001 y 2005; -Un organigrama con la operatoria del Fondeporte en sus dos componentes: concursabilidad y asignación directa; -El Instructivo Nº4, de mayo de 2005, relativo a la asignación directa del Fondeporte en dicho año; -Criterios de elegibilidad de proyectos deportivos entre 2001 y 2004, según las actas correspondientes del IND; -Proyectos de asignación directa, aprobados y rechazados, distribuidos por modalidad, entre los años 2002 y 2005; C) De la Contraloría General de la República: *El informe Nº119 (de 15 de julio de 2005), relativo a una investigación efectuada por ese organismo sobre -entre otros temas- determinados programas de televisión emitidos al amparo de la ley Nº19.712; D) Del Servicio de Impuestos Internos: *Un documento que consigna la menor recaudación de ingresos fiscales entre los años 2002 y 2005 por la utilización del crédito tributario contemplado en la Ley del Deporte.
De los documentos arriba individualizados, se adjuntan en calidad de anexo a este informe los que se encuentran destacados con un asterisco, por estimarlos más significativos en lo que dice relación con el quehacer de esta Comisión. Cabe precisar que en los tres primeros documentos que se acompañan se omite la individualización de toda persona natural o jurídica fiscalizada, toda vez que ellos fueron entregados con carácter de reservados y bajo la condición de proceder en la forma indicada.
Respecto de los restantes antecedentes, quedan a disposición de los señores Diputados en la secretaría de la Comisión.
I.- ANTECEDENTES.
Según se expresa en los aludidos Proyectos de Acuerdo, la opinión pública tuvo conocimiento, a fines de marzo de este año, de hechos relacionados con una eventual malversación de recursos públicos al interior del Instituto Nacional del Deporte -en adelante el Instituto-, lo cual justifica que la Cámara de Diputados ejerza la labor fiscalizadora que le confiere la Carta Fundamental. Se señala, a continuación, que el país debe enterarse de las reales dimensiones y alcances de lo acaecido en el referido organismo estatal, precisando las causas de los hechos y proponiendo, si el mérito de la investigación lo aconsejare, las medidas encaminadas a evitar el uso inapropiado de fondos públicos.
Más adelante, junto con subrayar la importancia del deporte como elemento central del desarrollo armónico de las personas, se indica que, con el fin de aclarar la forma y los procedimientos empleados por el Instituto en la aplicación de la ley Nº19.712, el gobierno ha decidido someter dicha entidad a una auditoría externa.
Sin perjuicio de lo anterior, la Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad fiscalizadora a que se hizo alusión, debe indagar los criterios utilizados por el Instituto para asignar los recursos públicos y otorgar las franquicias tributarias que prevé la denominada Ley del Deporte, toda vez que hay algunas dudas sobre la materia.
Por otra parte, es necesario determinar si la repartición pública en referencia dispone del personal, los medios materiales y las atribuciones adecuadas para cumplir con su cometido de órgano regulador y contralor de las acciones de fomento del deporte. Asimismo, cabe indagar la forma en que han operado los concursos de proyectos, ya que se suscitan interrogantes acerca de su transparencia y efectividad.
Los Proyectos de Acuerdo en mención terminan encomendando a la Comisión el siguiente cometido específico en relación con los hechos consignados:
a) Determinar a las autoridades responsables y a los funcionarios envueltos en la toma de decisiones que han originado las denuncias de público conocimiento;
b) Dilucidar las eventuales responsabilidades políticas de quienes estuvieren involucrados, al tenor de lo expresado anteriormente;
c) Señalar las causas de lo acontecido en el IND y precisar las acciones (incluyendo reformas legales, si fuere necesario) que sería necesario llevar a cabo para impedir que a futuro se produzcan nuevamente situaciones como las que originaron el mandato a la Comisión; y
d) Proponer las medidas legislativas y/o administrativas que permitan cautelar de manera efectiva y eficiente la asignación de los recursos por vía de subvenciones, exenciones tributarias o aportes directos del Estado orientados a la promoción del deporte.
II. INTERVENCIONES DE LOS INVITADOS.
En este capítulo se ofrece una síntesis de las exposiciones efectuadas ante la Comisión por las personas que se consignan:
A) Señor Francisco Vidal , ex ministro Secretario General de Gobierno .
El secretario de Estado efectuó, en primer lugar, una breve reseña histórica de la denominada Ley del Deporte, refiriéndose a continuación, en términos generales, al resultado de una auditoría externa que se practicó al IND.
i) Génesis de la ley del Deporte, particularmente en lo que se refiere al tema de la vinculación del subsecretario del IND con el Gobierno.
Sobre este tema, precisó que el proyecto de ley que aprobó en su oportunidad el Parlamento, y que fue objeto posteriormente de un veto sustitutivo del Presidente de la República , hacía depender al IND directamente del Primer Mandatario .
Durante la discusión en Sala del mencionado veto, el entonces ministro Secretario General de la Presidencia , don Álvaro García , dijo que al gobierno le parecía inadecuado que las instituciones públicas dependieran directamente del Primer Mandatario, agregando que, salvo los ministerios, ningún organismo lo hace en forma directa de él.
En ese entonces se propusieron varias alternativas sobre la dependencia del Instituto en comento, primando la tesis de otorgar el mayor realce posible al servicio que se creaba, estableciendo su vinculación con el Jefe de Estado a través de una Cartera que funciona muy cerca de él. Se hizo hincapié, por parte de varios H. Senadores, en que el nuevo organismo público no dependería del ministerio Secretaría General de Gobierno, sino que éste sería el puente o vínculo entre aquél y el Presidente de la República . Con ello quedaba reafirmada la autonomía del ente deportivo, ya que desde el punto de vista conceptual la vinculación tiene solamente un efecto administrativo y de cumplimiento de las normas que la Constitución contempla.
En definitiva, se aprobó el veto presidencial, quedando establecido en el artículo 10 de la ley que el IND se vinculará con el Primer Mandatario a través del ministerio Secretaría General de Gobierno.
La referida vinculación -agregó el señor Vidal - se materializa a través de seis actos administrativos en que interviene el ministro de la Cartera en comento:
1) Firma los decretos reglamentarios de la ley, junto con el Presidente de la República.
2) También suscribe -junto con RR.EE.- los decretos que aprueban cometidos internacionales de funcionarios del IND.
3) Asimismo, suscribe -con el ministro de Hacienda- las resoluciones de identificación de proyectos de infraestructura.
4) Por otro lado, es coparte en el compromiso de desempeño colectivo para los programas de mejoramiento de gestión.
5) Firma, en conjunto con el Presidente de la República, el nombramiento del Director Nacional del IND.
6) Por último, participa en conjunto con el aludido director en la discusión presupuestaria en el Congreso.
Destacó el ministro que el nivel de autonomía de la máxima autoridad del Instituto es considerable, no sólo en tanto jefe de servicio, sino además desde el punto de vista del cúmulo de funciones que tiene.
Tratándose del nombramiento de los directores regionales, el intendente envía una terna al Director Nacional, quien hace la designación.
b) Auditoría externa.
A raíz, por un lado, de las dudas que, en el ejercicio del derecho de fiscalización, exteriorizaron varios parlamentarios sobre el funcionamiento del Instituto Nacional de Deportes, y, por el otro, de las denuncias y acusaciones que se hacían por la prensa y el debate público que había generado el tema, el gobierno solicitó una auditoría externa, de la cual emanaron distintas observaciones, básicamente orientadas a mejorar los procedimientos y normas por los que se rige el organismo. A la luz de tales conclusiones, sugirió a la Directora del Instituto la adopción de siete medidas destinadas a optimizar la gestión y el control, incluyendo lo relativo a las donaciones. También le manifestó la conveniencia (porque no podía ordenarle) que realizara una auditoría interna. En todo caso, remarcó el señor Vidal , la auditoría externa no obedeció a que se descubriera una irregularidad o ilicitud.
Dicha auditoría arribó a algunas conclusiones en materia de ordenamiento y procedimientos; así, planteó los siguientes aspectos centrales:
1. Rediseñar los procesos, con la finalidad de dar cumplimiento al objetivo que persigue la institución y a las directrices de modernización de la función pública.
2. Definir y delimitar claramente las funciones y las responsabilidades de las distintas unidades, separando las de tipo normativo de las de carácter operativo, tanto a nivel nacional como regional.
3. Fortalecer los sistemas de control interno, a través del mejoramiento de los aspectos operativos de los procesos, así como mediante el desempeño de una unidad de auditoría interna independiente y única, con alcance integral en su accionar, que permita prevenir errores y fallas.
4. Introducir modificaciones metodológicas en el proceso de asignación y fiscalización de recursos, en aras de una mayor transparencia y control de la utilización de los instrumentos, que permitan detectar situaciones cuestionables, como la intermediación de empresas, las vinculaciones patrimoniales y parentales entre donante y donatario, etc.
5. Incorporar mecanismos reglamentarios que limiten la discrecionalidad en la asignación de recursos por parte de las Direcciones Regionales y de la Dirección Nacional.
6. En materia del sistema de información administrativa y financiera contable, introducir avances en los procedimientos, con el fin de que la información administrativa y presupuestaria sea íntegra, completa y oportuna, en función de los requerimientos de las instituciones fiscalizadoras, entre ellas, esta Comisión Investigadora, la Cámara de Diputados y la Contraloría General de la República, que está investigando exhaustivamente al IND, más allá del control normal que ha hecho todos estos años.
7. En cuanto al personal, fortalecer las competencias en evaluación, gestión, control y seguimiento de proyectos, como asimismo aprovechar las capacidades técnicas existentes para robustecer las áreas más débiles.
En síntesis, a juicio del secretario de Estado , la auditoría externa evidenció vacíos en la ley, debiendo revisarse la dependencia orgánica del Instituto y todo lo que se refiere a su vinculación con el ministerio Secretaría General de Gobierno. En este sentido, cabe hacer notar que cada Dirección Regional del Instituto constituye un ente autónomo, con recursos propios aprobados en la Ley de Presupuestos de la Nación. La cuota regional va incluida en la Ley de Presupuestos. En cuanto a la orientación de la asignación de recursos que corresponde a cada región, se determina junto con el intendente.
El IND -concluyó-, como cualquier servicio público (en este caso descentralizado), rinde cuentas de su cometido a la Contraloría General de la República y a la Comisión Mixta de Presupuestos de la Cámara y del Senado.
B) Señor Arturo Salah , ex subsecretario de Chiledeportes .
El ex subsecretario del IND, don Arturo Salah , centró su exposición en dos temas, a saber, la puesta en marcha del mencionado ente, tras la entrada en vigencia de la ley Nº19.712, y los instrumentos de fomento deportivo, específicamente el Fondo Nacional para el Fomento del Deporte.
i) Implementación del Instituto Nacional de Deportes.
La nueva institucionalidad del deporte, emanada de la ley arriba mencionada, significó un cambio total en la estructura jurídica de la antigua Digeder , organismo que funcionaba en forma centralizada y con el apoyo de los llamados consejos provinciales de deportes, de carácter privado. El nuevo enfoque de la actividad planteó un desafío muy complejo desde el punto de vista laboral, administrativo y humano.
La primera tarea a la que tuvo que abocarse (asumió en febrero de 2001) fue establecer el organigrama del Instituto, y definir las funciones del personal de los distintos estamentos, en concordancia con la ley. Hubo que encasillar al personal que se desempeñaba en la antigua Digeder y luego convocar a un concurso público para llenar los cargos que quedaron vacantes después de dicho proceso.
Con posterioridad se liquidaron los consejos provinciales de deportes, que de acuerdo a la ley debían extinguirse en diciembre de 2002. En su lugar surgieron las direcciones regionales de deportes.
Otra acción importante en esta etapa fue la constitución del Consejo Nacional de Deportes, organismo con cuyo concurso se formuló y promulgó una política nacional en la materia. Este último hecho, que data de junio de 2002, fue un hito particularmente relevante, porque fijó una orientación para los próximos 10 años. Se trata, pues, de un instrumento esencial, elaborado con la colaboración de 44 talleres en once jornadas regionales.
A dicha política nacional se suma la planificación estratégica del Instituto , que establece la misión, los objetivos, las metas y las evaluaciones internas. También están los planes de gestión anual, que se traducen en que cada dirección regional cuenta con un plan que sirve de base para su actividad, evaluaciones y desempeños. Junto con ello, existen los programas de mejoramiento de la gestión, que responden a una exigencia de la Dirección de Presupuestos, y que constituyen instrumentos inéditos, pues no estaban considerados en la ex Digeder.
El Instituto se rige por una serie de controles, tanto internos como externos, incluyendo en esta última categoría el que ejerce la Contraloría General de la República. Esta circunstancia reduce considerablemente el margen de discrecionalidad en el proceso de toma de decisiones en lo que atañe a la distribución de recursos. Por lo demás, el presupuesto del organismo está desagregado y acotado. Dentro de los órganos de fiscalización se encuentra el consejo de auditoría interna y el auditor externo, nombrado por el ministerio del Interior. A los anteriores cabe agregar el departamento de auditoría del Instituto, que hace su propia evaluación y control de los procedimientos que se llevan a cabo en el organismo.
ii) Instrumentos de Fomento Deportivo.
Tocante a este tópico, la ley menciona cinco instrumentos: el Fondo Nacional del Fomento para el Deporte (en adelante, el Fondo); el Fondo para Infraestructura Deportiva; el subsidio para el deporte; las concesiones y, finalmente, las donaciones con fines deportivos, que están sujetas a franquicias tributarias.
Los recursos del Fondo provienen del aporte fiscal, materializado en la Ley de Presupuestos; de leyes especiales, como la de la Polla Chilena de Beneficencia, en que un porcentaje se destina al sistema deportivo; del patrimonio del Instituto, producto de la gestión de los recintos deportivos, y de las donaciones.
Los aludidos recursos se orientan a apoyar financieramente, en forma total o parcial, planes, programas y proyectos de fomento de la educación física, de formación para el deporte, de desarrollo de la ciencia del deporte, de capacitación y perfeccionamiento de los recursos humanos con que cuentan las organizaciones deportivas. También se destinan a fomentar y apoyar el deporte escolar y recreativo; a sustentar el deporte de competición a nivel comunal, provincial, regional o nacional; y a apoyar el deporte de proyección internacional y de alto rendimiento.
El Fondo se encuentra constituido por una cuota nacional y trece cuotas regionales. Respecto a las últimas, son administradas por los respectivos directores regionales del Instituto y se determinan a través de una serie de variables, relacionadas con la población de cada región, con su situación socioeconómica, con los índices de seguridad ciudadana, de alcoholismo y de drogadicción, como asimismo con factores geográficos, climáticos, medioambientales; con los recursos humanos disponibles, los recintos deportivos existentes en la región, etc.
La cuota nacional, como su nombre lo indica, está destinada a financiar proyectos que tengan este carácter nacional, o bien sean suprarregionales, es decir, involucren a varias regiones. Es administrada por el director nacional del Instituto.
Es importante destacar que la cuota nacional no puede superar el 25 por ciento del total del Fondo, representando las cuotas regionales en su conjunto, por ende, no menos del 75 por ciento.
iii) Mecanismos de asignación.
a) Sistema de concurso.
El proceso de concursabilidad se inicia con un llamado que se extiende por 60 días. Luego viene un período de 30 días, durante el cual se evalúan los proyectos recibidos. Esta segunda etapa es de responsabilidad de los comités técnicos evaluadores, que están formados por los tres jefes de división y el jefe de departamento de la modalidad que corresponda al proyecto que se está analizando. Enseguida viene el proceso de selección, que se extiende por diez días. Posteriormente viene la notificación al representante de la organización que presentó la iniciativa seleccionada y, por último, el cierre del proceso, que se plasma en la firma del convenio de ejecución del proyecto.
Los porcentajes de recursos que pueden destinarse a cada una de las modalidades deportivas son definidos de acuerdo con la política nacional de deporte. A este respecto, la ley pone gran énfasis en el deporte formativo. Lo anterior se refleja en el presupuesto, que está balanceado para darle prioridad a las iniciativas que tienen este carácter.
En el primer concurso que se realizó, por la precariedad del tiempo y la falta de información de las organizaciones deportivas que se estaban insertando al nuevo sistema, y que difería sustancialmente al que existía hasta entonces, hubo una gran cantidad de proyectos que, no obstante estar bien formulados desde el punto de vista técnico, no cumplieron con los requisitos de forma por falta de información. Ello explica que en un momento determinado hubiera más recursos que proyectos aprobados y que tuvieran que hacerse más asignaciones directas.
b) Sistema de asignación directa.
Acerca de la modalidad de asignación directa, resaltó que no es discrecional, pues se orienta a proyectos que deben estar evaluados técnicamente y cumplir con los requisitos de elegibilidad para recibir recursos a través del Fondo o de donaciones, y que fija año a año el Consejo Nacional de Deportes.
A su vez, los requisitos de elegibilidad tienen que ser concordantes con la política nacional de deporte, lo que debe tenerse presente al momento de definir los proyectos que serán finalmente favorecidos.
Profundizando en el tema de la asignación directa, expresó que todos los recursos para el deporte de alto rendimiento -que suman alrededor de 5 mil millones de pesos anuales-, se otorgan sin concursabilidad, sino vía asignación. Esto se explica por la circunstancia de que el alto rendimiento tiene un modo de operación que hace imposible que participe todos los años en el sistema de concursabilidad.
También están incluidos en la asignación directa todos los proyectos de gestión anual de las federaciones deportivas del país, precisamente porque son de alto rendimiento. Se trata de proyectos de gestión anual cuyo presupuesto supera los 2.200 millones y que deben cumplir una serie de requisitos.
Vinculado a lo expuesto precedentemente, las becas mensuales que se otorgan a entre 300 y 400 deportistas de alto rendimiento se costean vía asignación directa. Por este concepto el desembolso anual alcanza a unos 800 millones de pesos.
Además, la organización de eventos internacionales y nacionales se financia con cargo a este sistema. En esta categoría entran, por ejemplo, el torneo Orlando Guaita de atletismo, la vuelta ciclista a Chile, la participación de nuestro país en olimpíadas, en los Juegos Odesur, en los Juegos Binacionales (estos últimos a un costo de $1.000 millones), etc. Como se trata de competencias deportivas que se preparan con bastante antelación, la ley exige que el financiamiento debe estar definido al 30 de junio del año previo al que se va a producir el evento.
Por último, el premio nacional del deporte, que lo define la ley Nº19.712 y se entrega todos los años, también es financiado por asignación directa, al igual que los gastos que demanda el funcionamiento de la comisión de control del dopaje.
C) Señor Ernesto Velasco , ex subsecretario de Chiledeportes .
El señor Velasco se refirió a varios tópicos vinculados con la operatoria de la Ley del Deporte. Dado que algunos de ellos ya fueron abordados por el señor Salah , se omite una alusión a los mismos, salvo en aquellos aspectos que vienen a complementar la exposición efectuada por el primer subsecretario del IND.
i) Sistemas de concurso y de asignación directa.
En un orden general de ideas, indicó que es importante dejar establecido que toda organización que postula a un proyecto debe estar al día en sus estatutos, como asimismo vigente su personalidad jurídica y no tener rendiciones de cuentas pendientes.
Ahora bien, la asignación directa está regulada por la ley Nº19.712, por el decreto supremo Nº 46, de 2001, y el instructivo Nº 4 del Fondeporte.
Resaltó que, considerando los distintos niveles que participan en el proceso de adjudicación de proyectos, se puede inferir que no hay cabida a la discrecionalidad en el procedimiento de la asignación directa, menos aún si se toma en cuenta que éste debe ser refrendado por la Contraloría General de la República.
Hay que señalar, además, que la asignación directa, conforme al instructivo Nº 4, de enero de 2003, se aplica a proyectos de carácter suprarregional y no a una comuna en particular.
Asimismo, debe tenerse presente que aquélla está orientada a hacer frente a imprevistos, a diferencia del mecanismo de la concursabilidad, que es anual, y en cuya virtud una vez aprobado un proyecto éste se ejecuta al año siguiente.
Sin embargo, el sistema no está exento de imperfecciones, y es así que en numerosos casos las direcciones regionales del IND han debido corregir situaciones relativas a la asignación directa de recursos. Específicamente, ello ha ocurrido en comunas pequeñas y pobres, que carecen del personal idóneo para postular a proyectos, y que compiten en desventaja frente a las comunas que disponen de mayor dotación y mejores organizaciones deportivas.
Por último, reiteró que el nivel de discrecionalidad en el otorgamiento de la asignación directa es menor, pues debe cumplir con los mismos requisitos que se aplican a la concursabilidad. Durante su período al frente del IND, el monto asignado discrecionalmente alcanzó a $ 255 millones, equivalente al 20,41% del monto global de la asignación directa, y apenas al 2% de los 15.900 millones del Fondo.
ii) Mecanismo de donaciones.
La Ley del Deporte asigna funciones a los órganos del Estado en materia de donaciones. Así, la Dirección Nacional del IND tiene la obligación de entregar a las direcciones regionales las bases para los procesos de concursabilidad en materia de donaciones. También le compete publicar los proyectos aprobados.
La ley establece que los aludidos procesos deben efectuarse anualmente en las trece direcciones regionales. Se excluye de la obligación anterior únicamente a la Dirección Nacional.
Una vez recibidas las postulaciones en las direcciones regionales, los proyectos son evaluados técnica y financieramente y, posteriormente, cuando proceda, se dicta la resolución aprobatoria. Finalmente, la Dirección Nacional debe publicar en un periódico que circule en todo el país los proyectos aprobados en el concurso.
La Ley del Deporte y la Ley de Presupuestos establecen que los privados pueden hacer aportes por cierto monto a la cuota nacional y a las cuotas regionales, y acogerse en tal virtud a franquicias tributarias. De acuerdo a la segunda ley individualizada, la Dirección Nacional puede recibir por este concepto hasta $ 353 millones.
El artículo 64 de la Ley del Deporte señala que, en materia de donaciones, no se pueden aprobar proyectos de deporte profesional que digan relación con competencia y espectáculo, salvo que sean de carácter benéfico. Sin embargo, dicha restricción no se hace extensiva a la Dirección Nacional.
Aunque el mecanismo de las donaciones de particulares constituye una herramienta eficaz para la promoción del deporte, existe una dificultad que no puede soslayarse, y es que el donante desea conocer -legítimamente- en qué se invierte su dinero y, por ende, es más bien renuente a que el director nacional o regional determine a su arbitrio el destino de tales recursos. La gran mayoría de los donantes persigue que el dinero aportado se gaste en proyectos con impacto mediático, lo cual, a veces, limita la ejecución de iniciativas con un mayor contenido social.
Para poder postular un proyecto a un concurso público de donaciones, primero se consideran a las organizaciones deportivas que se constituyen para estos efectos de acuerdo con la ley del deporte, y que declaran en forma expresa tener una función de carácter deportivo. No es responsabilidad de los organismos públicos verificar intenciones, sino únicamente si los proyectos están técnicamente bien elaborados.
A efectos de un adecuado ordenamiento en la materia, existe un registro nacional de proyectos aprobados por la autoridad y cuya ejecución se halla pendiente, a la espera de que un particular efectúe una donación para su financiamiento. Los proyectos pueden permanecer hasta tres años en el registro público.
iii) Fiscalización.
Esta materia se encuentra normada tanto en la Ley del Deporte como en la Ley de Presupuestos, el decreto supremo Nº 46 y el instructivo Nº 3.
Cuando asumió la jefatura de Chiledeportes creó, a través de una resolución, el Plan Nacional de Supervisión, destinando el 3% del Fondo para la fiscalización de los proyectos. Este plan se implementó el segundo semestre de 2003 y apunta, básicamente, a supervigilar las donaciones y el Fondo, tanto en la forma de concursabilidad como de asignación directa, a nivel nacional y regional.
De acuerdo al Plan Nacional de Supervisión, corresponde evaluar, al menos una vez al año, el ciento por ciento de los proyectos aprobados, responsabilidad que, en el nivel regional, recae en el director respectivo.
Dado que en la práctica es imposible lograr una cobertura del ciento por ciento de los proyectos aprobados, se actúa en forma aleatoria en esta materia.
Otra medida que le correspondió implementar fue el fortalecimiento de las atribuciones del Departamento Interno de Auditoría y Fiscalización, que hacía revisiones al azar de cada uno de los proyectos aprobados por la Dirección Nacional.
En tercer lugar, durante su mandato se creó la Unidad de Rendición de Cuentas, que depende directamente del jefe de la División de Administración y Finanzas. Esta unidad tiene como misión específica velar porque los proyectos aprobados para un determinado fin cumplan efectivamente dicho objetivo. Al término de su período había 1.400 organizaciones deportivas en el listado de morosos y que, por ende, no estaban en condiciones de postular a fondos.
Por otra parte, aunque relacionado también con la fiscalización, hubo que resolver el problema planteado por un gran número de instituciones que mantenían deudas con la antigua Digeder , y que en ese entonces no estaban saldadas. Así, por ejemplo, mediante convenios de pago lograron recuperarse recursos por concepto de uso del Estadio Nacional.
En un plano diferente, hubo que adecuar todo lo relativo a la adquisición de bienes y servicios al sistema de Chilecompra, ciñéndose a los instructivos de la Dirección de Presupuesto y de la Contraloría General de la República.
Es importante señalar también que, de acuerdo con la glosa Nº 7 de la Ley de Presupuestos, el IND está obligado, dos veces al año, a informar a la Cámara de Diputados sobre todas las transferencias realizadas a instituciones de carácter público y privado. En ese sentido, deben informar sobre los proyectos aprobados, los montos involucrados y los beneficiarios.
Cabe agregar que, a partir de enero de 2004, el IND implementó el registro único nacional de organizaciones susceptibles de fondos públicos.
En materia de fiscalización y de supervisión, todas las medidas que adoptó durante 2003 y principios de 2004 fueron complementarias a las realizadas por su antecesor. Tales acciones estuvieron siempre apegadas a la ley, a los criterios técnicos y reglamentarios y a los instructivos respectivos, quedando sujetas, por otro lado, a los procesos de control de la Contraloría General de la República.
D) Señora Macarena Carvallo , subsecretaria del Instituto Nacional de Deportes de Chile.
La actual titular del IND abordó diversos tópicos vinculados con el quehacer del organismo que preside. Dado que algunos de ellos fueron desarrollados previamente, en este informe, por quienes le antecedieron en el cargo, tales como la gestación de dicho organismo, su estructura, fuentes de financiamiento, etc., en esta parte se consignan otros aspectos tan relevantes como los reseñados, o bien se profundiza en ciertas materias que fueron objeto de una especial atención de parte de la máxima autoridad del ente rector del deporte.
i) Facultades fiscalizadoras de la Contraloría respecto del IND.
Sobre este punto resaltó que, a lo menos, una vez año y por un lapso de entre cuatro y cinco meses, el Contralor General de la República envía al IND un determinado número de inspectores o fiscalizadores, que revisan exhaustivamente la labor realizada por el servicio.
Durante los cuatro años que la Contraloría ha efectuado dicho cometido, nunca ha hecho reparos de envergadura, en términos que comprometan la idoneidad y honorabilidad de los funcionarios del organismo que preside.
Por otro lado, la Contraloría ejerce el trámite de toma de razón respecto de las resoluciones que asignan fondos por sobre determinado monto (fijado por el órgano contralor), constatando la legalidad y el mérito de los proyectos sometidos a dicho examen.
ii) Distribución del Fondeporte.
Sobre esta materia, precisó que, por imperativo de la Ley de Presupuestos, un 14% de la cuota regional queda comprendido en la categoría de lo que se denomina Inversión Sectorial de Asignación Regional (Isar), y cuyo destino es definido por el Core correspondiente. A su vez, otro 18% -conforme, también, a la Ley de Presupuestos- se orienta a la inversión real, que se traduce en obras de infraestructura deportiva. Por último, un 4% de los recursos se destinan al alto rendimiento, y que cubren compromisos de participación o generación de eventos internacionales, aprobados por Chiledeportes en el mes de junio previo a la ejecución presupuestaria. Todos estos recursos no son concursables, ya que por definición estos últimos tienen un tratamiento distinto y están destinados mayoritariamente a obras de infraestructura.
La Ley de Presupuestos del año 2005 asignó al Fondeporte una suma global de 16 mil millones de pesos, de los cuales, descontados los porcentajes arriba especificados, queda una suma global de 9 mil 700 millones de pesos para el proceso de concursabilidad y de asignación directa.
Sobre este tema, enfatizó que los directores regionales del IND administran con plena autonomía la cuota del Fondo que les asigna la Ley de Presupuestos, todo ello de conformidad con el artículo 23 letra c) de la ley Nº 19.712. Lo anterior es una lógica consecuencia de la naturaleza desconcentrada y descentralizada del IND.
iii) Concursabilidad y asignación directa.
Acerca de este tópico, indicó que es necesario dejar establecido claramente que la facultad del director nacional de asignar recursos en forma directa tiene su fundamento en la ley y en el reglamento. No se trata de un fondo reservado.
Ni la ley del Deporte ni su reglamento establecen montos ni porcentajes que se deban destinar a concursabilidad y a asignación directa. Lo que hace el reglamento es facultar al director para fijar de manera discrecional los montos que anualmente se destinan a una u otra modalidad. Así, el IND, a través de sus bases administrativas, aprobadas por resolución, establece los porcentajes de concursabilidad por categorías de proyectos. De este modo, se han fijado porcentajes para cada una de las categorías de prácticas deportivas: formativa (68%), recreativa (63%), de competición (100%) y organizaciones deportivas (50%). El promedio de la concursabilidad equivale a aproximadamente el 70%.
No obstante que el director del IND cuenta con atribuciones legales para distribuir de manera discrecional los fondos de asignación directa, para dar mayor transparencia al proceso se formó un comité técnico nacional y regional encargado de evaluar la consistencia técnica, jurídica y administrativo-financiera de cada proyecto. Dicho estudio se hace después de la evaluación que efectúan los analistas del departamento correspondiente. Tras ello, se informa el resultado al director respectivo, quien, en última instancia, dicta la resolución y celebra el convenio que aprueba el proyecto correspondiente.
Asimismo, mediante asignación directa y con cargo al Fondo, se pueden aportar recursos a proyectos deportivos beneficiados con donaciones del sector privado, hasta por el 50% del costo total del proyecto, con los topes indicados en el artículo 23 del reglamento.
Sin embargo, este mecanismo no ha sido utilizado hasta la fecha, debiendo hacerse notar que el IND vela especialmente para que, en la medida de lo posible, los recursos del Fondo se destinen a proyectos deportivos que beneficien a sectores socialmente vulnerables.
Eventualmente, además, Chiledeportes puede financiar, mediante donaciones recibidas por la cuota nacional o las cuotas regionales, proyectos orientados a alguno de los objetivos indicados en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 3º del reglamento, esto es, fomento de la educación física, del deporte escolar, recreativo, competitivo, de proyección internacional o de alto rendimiento, o bien a infraestructura deportiva.
La asignación directa se prioriza de acuerdo con los criterios de elegibilidad determinados por el Consejo Nacional el 9 de julio de 2004 para el año en curso.
En este sentido, se considera el monto de aporte del postulante, la relación con los planes comunales o regionales de desarrollo deportivo y la proyección de mediano y largo plazo de los proyectos.
Mediante asignación directa, y con cargo a la cuota nacional, se pueden suplementar los recursos de una o más de las cuotas regionales, en los montos y para los fines que determine el director nacional.
iv) Donaciones con fines deportivos.
A través de este instrumento se busca promover la participación del sector privado en el financiamiento de proyectos deportivos. A tal efecto, se consagra una franquicia tributaria. El sistema permite que los donantes sean los que definan qué actividades u organizaciones financian.
Ni el director nacional ni los directores regionales tienen injerencia alguna en esta materia, correspondiéndoles únicamente ejercer una función de supervigilancia desde el punto de vista técnico y deportivo, y facilitar por otro lado el vínculo con los privados.
Relacionado con este tema, la Contraloría General de la República dictaminó que las fundaciones pueden hacer uso del referido instrumento, en la medida que entre las finalidades que ellas persigan se encuentren las de tipo deportivo.
Resulta conveniente subrayar que las instituciones que están en condiciones de postular son únicamente aquéllas que las respectivas direcciones regionales admiten como organizaciones deportivas e inscriben en sus registros. No le es lícito, ni siquiera a la dirección nacional del servicio, impedir (o excluir) que una organización deportiva haga uso de las herramientas de la ley, en la medida que esté reconocida como tal y goce de personalidad jurídica.
El concurso de proyectos deportivos susceptibles de donación con derecho a franquicia tributaria es de carácter público y sus resultados son divulgados a través de un medio de circulación nacional. Sin perjuicio de ello, este registro de donaciones puede ser consultado en la página web de Chiledeportes, donde se informa de las organizaciones postulantes, las actividades, los montos a financiar y la evaluación técnica y financiera de los respectivos proyectos.
Toda organización deportiva puede postular a este instrumento. Para ello, debe ajustarse a lo establecido en la Ley del Deporte, su Reglamento, las Bases Administrativas del concurso y las circulares del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Las organizaciones deportivas que postulan al concurso son sometidas previamente por el SII a una verificación del cumplimiento de la normativa tributaria, para que puedan recibir donaciones con derecho a franquicia.
Una vez obtenida la donación, la dirección regional respectiva supervisa la ejecución del proyecto y el uso de los recursos entregados por la empresa a la organización deportiva receptora, sin perjuicio de las revisiones que determine directamente el SII y/o la Contraloría General de la República, quedando reservado el ámbito de la supervisión técnica y deportiva a Chiledeportes. Puntualmente, este organismo verifica que las donaciones recibidas por las organizaciones beneficiarias sean destinadas a los fines deportivos para los cuales se concedieron. Para este cometido, el reglamento les permite solicitar todos los documentos que den cuenta del uso de los recursos.
El año 2002 se financiaron con donaciones apenas el 13% de los proyectos presentados. Luego, el 2003 dicha cifra se elevó al 20% y el 2004 al 23%. El promedio para los 3 años consignados es de 21%. En todo caso, de este porcentaje, y en razón de los controles ejercidos por Chiledeportes y el SII, no todos los proyectos pudieron acogerse a franquicia tributaria.
En cifras globales, los proyectos aprobados por Chiledeportes para ingresar al registro de donaciones con franquicias tributarias totalizaron en los últimos 3 años -2002, 2003 y 2004- la suma de 36.015 millones de pesos. No obstante, sólo se perfeccionaron donaciones en dicho lapso por un monto de $ 7.416 millones.
La gran mayoría de los proyectos habilitados para ser registrados en el banco de proyectos concursables corresponde a aquellas entidades que tienen mayor conocimiento y experiencia, como asimismo una organización más profesional.
Lo anterior conlleva una cierta distorsión, en términos que son las entidades mejor estructuradas las que obtienen el más alto porcentaje de selección de los proyectos que están en el registro.
Por otro lado, Chiledeportes no puede proceder arbitrariamente, desechando los proyectos que cumplen con los requisitos para ser incorporados en el registro, máxime si se considera que se trata de un concurso público “habilitante” y no “selectivo por descarte”. En otras palabras, no se trata de proyectos que se prefieran unos a otros, sino que de certificar que se ajustan a los requisitos de las bases. Finalmente, hay que considerar que el concurso simplemente habilita para conseguir de las empresas privadas los recursos necesarios que permitan financiar una actividad determinada.
Cabe agregar que la franquicia tributaria que pueden gozar las empresas que efectúen donaciones a proyectos con fines deportivos tiene un tope equivalente al 2% de la renta líquida imponible.
E) Señora Cecilia Valdés , Directora del IND para la Región Metropolitana.
La máxima autoridad del IND en la Región Metropolitana abordó los siguientes tópicos:
Sistema de concursabilidad.
Al igual que las otras regiones, la Metropolitana recibe las bases administrativas, emanadas del IND, a fin de que los concursos tengan un formato único. Una vez recepcionados los proyectos que concursan, cada dirección regional debe ingresarlos a un sistema nacional de administración. Con posterioridad, aquéllos son evaluados por una comisión técnica, cuyos integrantes figuran en un instructivo de la direccional regional. Ésta, por otro lado, recibe una pauta que debe ser aplicada al momento de evaluar cada proyecto, la cual contempla los criterios de elegibilidad.
El IND cuenta con un sistema nacional de ingreso único de proyectos, lo que se traduce en que cada uno de ellos entra al sistema con un código. A partir de ese instante se inicia un proceso de evaluación, en virtud del cual cualquier error significativo -como, por ejemplo, la circunstancia de haber una rendición de cuenta pendiente, o el hecho de faltar un antecedente que no se expone en el proyecto- implica que no se puede seguir avanzando en la evaluación, porque el sistema computacional lo rechaza. Distinto es que la organización concernida presente luego otro proyecto, de características similares, pero en una región diferente, y al que se le asigna un código nuevo.
Uno de los principales defectos del sistema de concurso estriba en que no permite generar procesos de desarrollo deportivo, porque está supeditado a que la organización deportiva de que se trate postule año a año; es decir, hay un problema de continuidad de por medio. Este reparo es válido especialmente para los programas orientados a los escolares de primero a cuarto año de educación básica, etapa en la que se produce el desarrollo psicomotor, y que es irreversible más adelante.
ii) Sistema de asignación directa.
Sus características, en cuanto al procedimiento, son similares al mecanismo de la concursabilidad, a saber, la dirección nacional emite las bases generales, las que son aplicadas por cada dirección regional. Dichas bases son entregadas a los futuros postulantes. Posteriormente se constituye un comité evaluador, que se ciñe en su actuación a las instrucciones impartidas por la dirección nacional.
En la Región Metropolitana los fondos que se entregan vía asignación directa alcanzan al 31% del total, correspondiendo el restante 69% a la modalidad del concurso.
En su opinión, y frente a los cuestionamientos de que ha sido objeto el mecanismo de la asignación directa, éste debería regirse por la misma normativa que se aplica al concurso. Sin embargo, debe reconocerse que la realidad presenta ciertas complejidades, que hacen necesario tratamientos diferenciados. En este sentido, los ciclos del concurso de proyectos no coinciden con los ciclos deportivos. Hay deportistas y selecciones deportivas que compiten sin saber si van a clasificar para un determinado campeonato nacional o internacional, en cuyo caso la concursabilidad no opera por la dinámica del sistema.
Franquicia Tributaria.
Cada región debe supervisar los proyecto acogidos a la franquicia tributaria y que se logran financiar. Es importante dejar establecido que no todos los proyectos aprobados en el sistema de franquicias obtienen los recursos necesarios para su ejecución.
Durante el año 2004, en la Región Metropolitana un total de mil trescientos setenta y tres proyectos cumplieron con los requisitos de las bases de evaluación, lo que les habilitó para recurrir a las empresas en busca de financiamiento. Sin embargo, de esa cifra sólo trescientos once proyectos lograron financiarse efectivamente.
Los proyectos que se acogen a la franquicia tributaria pueden permanecer tres años en el registro. Este plazo, que pudiera parecer excesivo, se explica porque para la organización deportiva suele ser difícil conseguir recursos de la empresa privada. Una vez transcurridos los tres años sin que el interesado obtenga el financiamiento el proyecto es eliminado automáticamente del registro. Este mecanismo permite, entonces, que proyectos que hayan ingresado el año 1, 2 ó 3 puedan ser financiados en diferentes años y por distintos donatarios.
La directora metropolitana enfatizó que ellos no definen qué proyectos son financiados por la empresa privada. Dicha elección compete únicamente a los empresarios, tal como sucede con los proyectos que se financian con cargo al Fondo de Cultura. Una vez seleccionado el proyecto de su interés, se firma un convenio entre donante y donatario. Este último emite un certificado de donación. Ahora bien, la franquicia tributaria en sí es evaluada y regulada exclusivamente por el SII.
iv) Supervisión de proyectos.
Conforme a la resolución exenta Nº 1.010 de la Dirección Nacional, se fijó un plan de supervisión, donde se establecen los criterios y las pautas de evaluación y cómo debe ser revisado un proyecto. De esta manera, a partir del año 2004, el 75 por ciento de los proyectos debe ser evaluado por lo menos una vez.
Los proyectos son ponderados técnica y financieramente en todas las regiones, excepto en la Metropolitana. La resolución antes individualizada dispone que esta última región es la única donde la evaluación no será de competencia de la Dirección Regional, sino de la Dirección Nacional, o bien de un funcionario contratado y supervisado por dicho organismo.
v) Constitución y asesoría a organizaciones deportivas.
A este respecto, la señora Valdés indicó que cada director regional puede hacer las veces de ministro de fe de las organizaciones deportivas.
La ley establece que los postulantes a los instrumentos de fomento del IND deben estar inscritos en los registros de Chiledeportes, lo que explica que acudan ante el organismo en referencia, solicitando ser inscritos en el registro nacional de organizaciones deportivas.
Para conformar estas organizaciones existe un manual de procedimiento que rige para todas las regiones.
De acuerdo al registro, hay organizaciones deportivas nuevas, que son las que se constituyen por primera vez, y organizaciones que han adecuado sus estatutos a la Ley del Deporte.
Si bien, por sus dimensiones, la Región Metropolitana es muy distinta a las demás del país, sus autoridades se han visto enfrentadas igualmente a la dificultad que conlleva para las organizaciones deportivas más precarias la tarea de formular proyectos. De ahí que el IND capacite a las organizaciones, en orden a que presenten en debida forma los proyectos y se mitigue la inequidad existente en la materia.
vi) Inversión comunal.
El IND no tiene encomendada una tarea especial en cuanto a asignar determinado porcentaje de la inversión total a cada comuna de la R.M. El mandato es, en todo caso, que alguna inversión se debe realizar en cada una de las 52 comunas. Lo anterior se torna difícil a veces, porque algunas municipalidades son menos proactivas que otras en la presentación de proyectos. A ellas precisamente se focaliza la atención del IND, prestándoles capacitación.
F) Señor Miguel Ángel Cuadros, Director del IND para la Región de Coquimbo.
i) Política deportiva regional.
Cada una de las direcciones regionales de Chiledeportes tiene una política específica sobre fomento de la actividad deportiva, sin perjuicio de la política nacional en la materia, que le sirve de marco.
La política regional de deporte no hace sino adecuar a la realidad local los grandes lineamientos impartidos por la dirección nacional, y constituye una suerte de “carta de navegación” del quehacer del organismo estatal en la región.
En lo que atañe puntualmente a la dirección regional de Coquimbo, una de sus fortalezas es la calidad profesional y humana de los equipos técnicos. Por otro lado, sin embargo, les falta personal para cumplir en mejor forma las tareas que les asigna la ley.
Como director regional de Chiledeportes se ha preocupado de salir periódicamente a terreno para conocer la realidad y las necesidades de cada una de las comunas que conforman la IV Región. Paralelamente, están los cabildos comunales, que se encargan justamente de complementar esta tarea.
ii) Organizaciones deportivas regionales.
En el contexto de su amplio cometido, la dirección regional ha trabajado en la promoción y capacitación de las organizaciones deportivas. Fruto de dicha política, en la IV Región se han constituido 953 organizaciones de este tipo, de un total de 9 mil 49 que hay actualmente a nivel nacional, lo que representa el 11% del total, en circunstancia que la población de la región no alcanza al 4% de la cifra global. Se ha hecho un gran esfuerzo, pero echan de menos un mayor compromiso de las municipalidades, especialmente en lo que toca al tema de la capacitación.
Por otro lado, están conscientes del clamor de las organizaciones deportivas en cuanto a simplificar el instrumento de postulación al concurso anual, haciéndolo más “amigable” y asequible. Este anhelo cobra especial relieve en aquellas localidades más apartadas, donde la población adulta tiene un nivel de educación muy bajo.
Finalmente, respecto a este tópico cabe señalar que uno de los grandes problemas que enfrentan las federaciones deportivas a nivel regional (alrededor del 60%) es el de la rendición de cuentas pendientes, lo cual les impide recibir recursos de Chiledeportes.
iii) Concursabilidad y asignación directa.
Se ha criticado el hecho de que la ley no establezca en forma clara cuál es el porcentaje de la cuota regional del Fondeporte que debe invertirse vía concurso, y cuál vía asignación directa. Esa observación, en principio, es válida, pero al mismo tiempo es absolutamente necesario, a la luz de la experiencia, que se discrimine a favor de las zonas rurales, en términos de que tengan acceso a un porcentaje mínimo de los recursos. Se trata, en el fondo, de proteger a los sectores sociales más vulnerables.
En otro plano, podría estudiarse la posibilidad de que exista más de un concurso anual, para así poder completar la cuota que no se logra en el primer llamado.
iv) Sistema de donaciones.
Acerca de esta materia, precisó que la función de la dirección regional estriba únicamente en la acuciosa revisión de los proyectos que participan en el concurso respectivo, toda vez que no tienen ninguna injerencia en la elaboración de las bases. Por ende, si éstas permiten la presentación de proyectos de difusión televisiva, por ejemplo, la dirección regional se limita a constatar si el postulante cumple con los requisitos fijados por la autoridad central.
El mecanismo de la franquicia tributaria no se ha aplicado mayormente en la IV Región, debido a que para las empresas más grandes no resulta atractivo financiar proyectos deportivos en comunas de escasa irradiación nacional.
G) Señor Patricio Morales, Director del IND para la Región de Los Lagos.
La autoridad en cuestión se refirió a los temas que pasan a exponerse:
i) Política deportiva regional.
El señor Morales expresó que, a fin de resguardar la independencia de los Comités de Evaluación de proyectos, el director regional no participa en ellos. Dichos órganos están conformados sólo por profesionales: profesores de educación física, ingenieros civiles, ingenieros comerciales, etcétera, que tienen que revisar el cumplimiento de los requisitos exigidos. En el caso puntual de los Comités de Infraestructura se integran también, como colaboradores, funcionarios de Mideplán. La labor de la dirección regional consiste en aplicar las bases y los criterios de elegibilidad entregados por el Consejo Nacional de Deportes.
Por otro lado, les está vedado prestar asistencia, antes del concurso de que se trate, a cualquier organización deportiva que postule. No obstante, y como una medida de excepción, y con el único objetivo de mejorar la presentación de los proyectos, el primer año en que se convocó a concurso se efectuaron reuniones en las cabeceras de provincias, a las cuales fueron convocados todos los dirigentes de las organizaciones deportivas que estaban en los registros del IND, para que asistieran a una jornada de información sobre los alcances del concurso.
Las prioridades de Chiledeportes en la X Región apuntan a los proyectos vinculados con el deporte escolar. También se preocupa de impulsar programas que beneficien a la población en situación de extrema pobreza, para procurar la superación de esa condición. Otro aspecto destacable es el impulso de iniciativas que favorezcan a las zonas rurales, dado que en la región de Los Lagos el porcentaje de población que reviste esa calidad es del 33%, contra el 13% de promedio nacional. De hecho, 23 comunas son consideradas rurales. Sin perjuicio de estos lineamientos generales, existen objetivos respecto de disciplinas deportivas específicas. Así, junto con el remo, que es el deporte “emblemático” de la X Región, se privilegian el atletismo, el ciclismo y el judo.
ii) Presupuesto regional y construcción de sede.
El presupuesto nacional del IND alcanza a los 16 mil millones de pesos. De esa cifra, el 75% (o sea, 12 mil millones) se destina a las denominadas “cuotas regionales”, correspondiéndole a la X Región por este concepto la suma de $ 850 millones, que vienen “itemizados”. En los ítemes aparecen fondos para el Isar, así como para inversión real, debiendo destinarse esta última a los recintos propios.
En lo que se refiere a la construcción de una sede para la dirección regional, el señor Morales puntualizó que el año 2002 presentaron a Mideplan el diseño del proyecto respectivo, el cual fue aprobado. Cabe hacer notar que, por las características del proyecto, éste debió ser financiado con cargo a inversión real. Este tipo de inversión no se rige por el sistema de concurso, sino que depende de la decisión del director regional. Lo anterior vale también para la inversión en infraestructura con cargo al programa ISAR, que es de responsabilidad del gobierno regional.
iii) Mecanismo de asignación directa.
Debido a la complejidad del sistema de concursos, algunos proyectos son rechazados por el Comité de Evaluación. En la X Región el rechazo obedece mayoritariamente a problemas de tipo administrativo y a falta de adecuación a los criterios de elegibilidad establecidos por el Consejo Nacional de Deportes. Esos proyectos tienen una “segunda oportunidad”, representada por el proceso de asignación directa.
Este último mecanismo tiene un aspecto muy positivo, ya que permite corregir en cierto modo las inequidades del sistema de concurso. Lo anterior queda graficado al considerar que en la X Región hay 42 comunas, de las cuales sólo tres -Valdivia, Puerto Montt y Osorno - tienen más de 100 mil habitantes. Hay 21 comunas que tienen menos de 10 mil y 4 que cuentan entre 5 mil y 3 mil habitantes.
Esta disparidad demográfica repercute directamente en la disponibilidad de personal especializado en los municipios. Así, el de Osorno tiene un departamento de deportes, que elabora los proyectos para los concursos y entrega la documentación con el debido respaldo. En ese departamento laboran profesionales tales como ingenieros comerciales, profesores de educación física, administradores públicos, etc.; situación que contrasta con la de localidades como Puqueldón, en Chiloé, donde no existe departamento de deportes y la municipalidad carece de recursos para contratar personal idóneo en esta área.
La dirección regional se ocupa precisamente de atender los requerimientos de las comunas más pobres, y lo hace a través de la asignación directa, que representa el 60% de los recursos, contra el 40% del sistema de concurso.
H) Señor Pedro Lira , secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Deportes .
El Consejo es un organismo compuesto por 12 miembros y lo preside el Subsecretario Nacional de Deportes (actualmente, doña Macarena Carvallo ). Los integrantes del Consejo representan a distintos estamentos no sólo de la actividad deportiva, sino de la sociedad en general. Sus labores principales consisten en aprobar el proyecto de presupuesto de Chiledeportes y las políticas que regirán al sector, lo que comprende los criterios de elegibilidad, que son el sustento de los concursos de donaciones y del Fondeporte. El Consejo ha estado funcionando desde hace 4 años y a la fecha ha celebrado 42 sesiones. El 31 de marzo del año en curso entró en receso, por falta de quórum mínimo que exige la ley para sesionar, y que es de 7 integrantes. Esta situación se explica porque el 6 de abril cesaron en el cargo de consejeros seis personas.
I) Señor José Miguel Campos, jefe del departamento de Evaluación y Control.
El personero explicó que la unidad a su cargo desempeña varias funciones, a saber: 1) Proponer criterios de evaluación de proyectos; 2) Realizar un seguimiento de los proyectos aprobados (labor que se viene cumpliendo desde mayo de 2003. Hacia atrás “no hay historia”); 3) Llevar un registro de evaluación de proyectos, y 4) Participar en los comités evaluadores, a solicitud del director nacional.
En materia de evaluación, el departamento diseñó un instrumento estandarizado, respetando las orientaciones y particularidades de cada región. En atención a lo anterior, las variables de evaluación son flexibles.
En el primer año de aplicación de la ley Nº19.712 fueron rechazados el 70% de los proyectos que postularon al Fondeporte. Se hizo un análisis sobre la materia, recabándose antecedentes a todos los Comités Evaluadores, a los usuarios y encomendando incluso un estudio a la Facultad de Economía de la Universidad de Chile. De acuerdo a la información recopilada, más del 70% de los postulantes al Fondeporte tenían un escaso nivel de educación y su edad promedio alcanzaba a los 46 años. Hoy día este cuadro ha variado, pues el 40% de los proyectos pasa el test de la evaluación, lo que se explica en buena medida por los cambios introducidos al formulario de postulación. En todo caso, es importante tener claro que tras la evaluación viene la etapa de selección de proyectos, que corresponde al director nacional y a los directores regionales. Es útil recordar que el Consejo incorporó un nuevo criterio de elegibilidad de proyectos (que viene a ser el noveno), que se traduce en la priorización de éstos de acuerdo a ciertas pautas preestablecidas: incentivo del deporte escolar, apoyo a la población rural, superación de la pobreza, etc.
Las entidades y personas que han sido capacitadas por el ente estatal han cumplido con la evaluación en un 89% de los casos.
En otro plano, manifestó que existe un Comité Técnico encargado de evaluar la pertinencia de desarrollar los proyectos, únicamente desde la perspectiva que el nombre de dicho comité denota. Su tarea, que es diferente a la desarrollada por los Comités Evaluadores, comprende tanto los proyectos financiados mediante asignación directa, como los eventos internacionales que se realizan en el país. El departamento de Evaluación y Control integra el Comité Técnico sólo a requerimiento expreso de la máxima autoridad de Chiledeportes.
Sobre el plan de supervisión, señaló que durante el 2003 (año en que se empezó a ejecutar el plan) se destinaron $ 120 millones para dicho objetivo, lográndose una cobertura del 77% de los proyectos. El año 2004, en tanto, se logró supervisar el 90% de los proyectos, con un presupuesto de $ 149 millones. El año en curso, en que tienen asignados $ 160 millones para este propósito, esperan que la supervisión abarque el 100% de los proyectos.
Precisó que seleccionar un proyecto no es sinónimo de aprobarlo. La aprobación del proyecto, que se traduce en una resolución del director, constituye una etapa posterior a la selección y se plasma en la firma de un convenio. Sin éste no se puede ejecutar el proyecto. En síntesis, hay proyectos que son seleccionados y publicados, pero no aprobados.
En otro orden de ideas, explicó que a partir del año 2004 existe una doble supervisión en lo que concierne a los proyectos financiados mediante donaciones. En efecto, hay una fiscalización en terreno, que se traduce en un cuestionario de 60 preguntas, y otra de carácter administrativo-financiero, que se ejerce sobre la organización ejecutora del proyecto. Agregó que los directores regionales no forman parte de los Comités Evaluadores, lo que deslinda su responsabilidad. La Dirección Metropolitana de Chiledeportes debe revisar unos 700 proyectos, para lo cual carecen del suficiente personal especializado y de equipos computacionales. Reconoció que las Bases Administrativas, en primer lugar, y luego el formulario de postulación, revisten complejidad, según la opinión de los propios usuarios. Sin embargo, no pueden obviar estos instrumentos, pues la metodología de postulación al concurso está consagrada en la ley.
J) Señor Antonio Bermúdez , jefe del departamento de Subsidios , Concesiones y Donaciones.
Tocante a los proyectos financiados vía donaciones, indicó que la idea que informa a esa modalidad consiste en que los proyectos sean vistos por las empresas como una inversión y no como un gasto. La experiencia al respecto ha sido exitosa, puesto que de los $ 8.800 millones destinados por las empresas en 2001 a financiar proyectos, se pasó este año a una cifra de $ 46.000 millones.
En otro ámbito, afirmó que a futuro habrá restricciones respecto del uso de la franquicia tributaria para quienes financien proyectos deportivos vía donaciones, pues se han detectado distorsiones en la materia.
K) Señor Iván Castro , jefe del departamento de Planificación y Estudios.
El personero refirió que, según una encuesta de la empresa Mori , que data de 1996, a la sazón había 10 mil recintos deportivos públicos en el país. Una proporción importante de ellos (60%) se encontraba en regulares o malas condiciones. La comuna de Las Condes posee 600 recintos; sólo tres regiones, que son la V, la VIII y la Metropolitana, poseen más instalaciones que la mencionada comuna. Este año se va a entregar por primera vez el subsidio para el deporte, que es uno de los cinco instrumentos de fomento, de acuerdo a la ley Nº 19.712. La eficiencia en su distribución está vinculada en buena medida al conocimiento fidedigno de la infraestructura deportiva pública y privada, en relación con la población. Atendido lo expuesto, es posible afirmar que la propia ley del deporte exige la realización de un catastro para otorgar el subsidio.
La Ley del Deporte es un cuerpo normativo complejo. Pese a los innegables defectos que pudieran reprochársele, el balance de su aplicación es positivo, ya que ha logrado articular a los sectores público y privado. Una de las grandes tareas pendientes es profesionalizar la planta del IND.
L) Señor Fernando Sotomayor , jefe del departamento de Infraestructura .
Chiledeportes efectuó un catastro sobre las instalaciones deportivas existentes en el país. El catastro, que se inició en 2002, arrojó un total de 24 mil instalaciones. La información detallada de la encuesta que se hizo en terreno sobre la materia está siendo procesada por el INE, y se espera que el informe final esté disponible antes de fin de año. El trabajo realizado fue exhaustivo y cubrió casi la totalidad de las comunas del país, ya que sólo faltaron Isla de Pascua, Juan Fernández y Cabo de Hornos.
La idea de hacer el catastro surgió de la constatación de que los datos sobre instalaciones deportivas que había en el país eran contradictorios. Así, de acuerdo a un censo había 12 mil instalaciones; de acuerdo a otro, 8 mil. Tampoco había información fidedigna acerca del estado de esos recintos. Con el catastro se podrá saber cuántos metros cuadrados de instalaciones deportivas hay por habitante, lo que sumado a otra información que arroje la encuesta va a permitir planificar adecuadamente el tema de la infraestructura.
Si bien se presentaron dificultades puntuales, como el hecho de que algunos recintos deportivos aparecieran mencionados más de una vez, tales duplicidades fueron corregidas.
M) Señora Lidia Iturra y señor Álvaro Muñoz , dirigentes gremiales.
La entidad gremial está preocupada por el tema de la contratación de personal a honorarios. Si bien esta modalidad no representa más del 2% del total de funcionarios, están preocupados sobre el particular, porque estiman que dicha práctica vulnera la carrera funcionaria. Afortunadamente, en el último tiempo esa situación se ha corregido, al menos en forma parcial. En todo caso, subsiste la inquietud de fondo, que no es otra que la exigua planta de Chiledeportes, la que debería ser objeto de una amplia revisión.
El problema más grave es que dicha planta, desde sus inicios, y particularmente en regiones que no sea la Metropolitana, es muy reducida. Ilustra el aserto anterior el dato según el cual el 40% (aproximadamente) de los funcionarios son a contrata.
N) Señor José Dollenz , ex director general de DIGEDER .
Antes de referirse a los temas que se indican más adelante, el señor Dollenz dijo que su experiencia de décadas como funcionario público le ha permitido formarse una visión sobre la manera que el Estado ha venido actuando, bajo distintos gobiernos, con el objeto de desarrollar la actividad deportiva en el país, tan preciada desde el punto de vista social. Desde su perspectiva, la promulgación de la Ley del Deporte significó un cambio absoluto en el modelo de intervención del Estado en el rubro. Hasta entonces, se actuó sobre la base de la oferta, en el sentido que el gobierno ofrecía programas y proyectos, y la comunidad respondía a esa oferta, técnicamente diseñada, obteniéndose distintos resultados. Haciendo un balance de ese período, es posible llegar a la conclusión que hubo aciertos, pero también situaciones difíciles. Así, se consolidaron iniciativas importantes en el desarrollo deportivo nacional, como la creación del sistema nacional de entrenamiento y del centro de alto rendimiento.
Agregó que, de forma muy sintética, la política de deportes impulsada por la actual Administración tiene dos objetivos fundamentales: aumentar la transparencia en la distribución y uso de los recursos fiscales y, en segundo lugar, incorporar a la comunidad como gestora, a través de una demanda organizada de necesidades que abarca distintas modalidades deportivas: el deporte formativo; el deporte comunal, asociativo o intermedio, y el deporte de alto rendimiento.
i) La concursabilidad y la asignación directa
A su modo de ver, el mecanismo del concurso implica un avance en cuanto a la transparencia en la distribución de recursos, pero en cambio no propende a la igualdad de oportunidades. En efecto, los sectores mas desposeídos, por sus carencias, que se traducen -por citar un ejemplo- en la menor preparación de sus dirigentes, tienen serias dificultades para acceder a las organizaciones con mayor fortaleza institucional, que cuentan con los profesionales y técnicos que podrían respaldar sus demandas. En esos casos, sin embargo, actúa como mecanismo correctivo el sistema de la asignación directa.
Como es de público conocimiento, el eje sobre el cual está articulado el sistema de la concursabilidad es el Fondeporte. A su juicio, hay debilidades en el diseño de los instrumentos, lo que conspira contra un funcionamiento eficaz y eficiente en la perspectiva de la igualdad, aunque, como ya lo señaló, ha habido importantes avances en materia de transparencia.
Vinculada a esta última afirmación, sostuvo categóricamente que no ha habido malversación de fondos ni actuaciones dolosas de parte de funcionarios de Chiledeportes.
Sobre el sistema de la asignación directa de recursos, y respondiendo a una consulta, dijo que ella es esencial para atender situaciones tales como las de los talentos deportivos que provienen de sectores de bajos ingresos, toda vez que el mecanismo de la concursabilidad ha demostrado ser insuficiente para cubrir esas necesidades.
ii) Institucionalidad y rol fiscalizador del IND.
El papel fiscalizador que cumple el IND se ve dificultado por la orgánica con que cuenta el ente rector del deporte. Dicho de otra manera, el IND tiene la misma planta de que disponía Digeder, pero han debido abordar desde una perspectiva muy diferente la política deportiva. Ello se ha traducido en nuevas responsabilidades y funciones, con un personal que no da abasto para cumplirlas adecuadamente.
Desde otro ángulo, si se examina críticamente la puesta en marcha de la nueva institucionalidad, no deja de llamar la atención el hecho de que resulta que los grados más altos de la planta estén concentrados en el aparato central del IND. En la práctica, esto quiere decir que, a iguales funciones, un profesional que se desempeña en una región que no sea la Metropolitana, está dos o tres grados más abajo que otro que trabaja en Santiago. Se hace necesario, entonces, rediseñar la planta para corregir estas asimetrías injustificadas.
Por otro lado, un mejoramiento de la institucionalidad pasa por reforzar las atribuciones de los respectivos directores regionales, ya que sólo así podrá haber una visión que recoja fielmente las necesidades y aspiraciones de cada región en lo que se refiere al desarrollo de la educación física y el deporte. También es necesario incorporar en las plantas regionales a profesionales del área de la gestión pública, tales como administradores, ingenieros comerciales, sicólogos sociales, profesores de educación física, etc. Hay que reconocer que las deficiencias que se observan en el accionar de las direcciones regionales del IND obedecen en gran medida a una “herencia” centralista, toda vez que antes de la dictación de la ley Nº 19.712 había un órgano que desde el nivel central planificaba, ejecutaba, evaluaba y supervisaba.
iii) Sistema de donaciones y franquicia tributaria.
En su concepto, lo ocurrido con las donaciones con fines deportivos sujetas a franquicias tributarias -un instrumento muy peculiar, que muy pocos países del mundo poseen-, implica una distorsión social.
No obstante, y según queda consignado en otro lugar, fiscalizar el debido uso de la franquicia tributaria en comento requiere previamente consolidar una estructura pública con mayor cantidad de funcionarios y más atribuciones. Lo ideal sería contar con una planta de fiscalizadores. En lo inmediato, habría que suspender la aplicación de la franquicia, al menos hasta que se dilucide cuál es el rol del Servicio de Impuestos Internos, del IND y de los privados que se acogen a aquélla.
Al cabo de tres años de utilización de este instrumento, cabe advertir que el mismo ha dado pábulo a prácticas que se contradicen con el espíritu de la ley. Muy ilustrativo al respecto es el caso de la firma Full Sport, que fue creada como club deportivo y, en tal calidad, gestionó donaciones por una cifra muy significativa.
Abundando en el tópico, reiteró lo que -según dijo- hizo ver cuando se tramitaba el proyecto de ley del deporte, a saber, que es preferible un aumento de los recursos públicos destinados a Chiledeportes, y no esta suerte de “democracia tributaria” que, en los hechos, sólo ha beneficiado a algunos privados. En efecto, es posible constatar que son los quintiles de mayores ingresos los que tienen la capacidad real de optar -de forma legítima, sin lugar a dudas- a los recursos de los empresarios. Es más, no sabe de ningún empresario que haya favorecido con este instrumento a algún club popular u organización perteneciente a los sectores de menores ingresos.
A la luz de lo expuesto, podría estimarse, incluso, que nos enfrentamos a una suerte de “mentira social”. Como se recordará, durante la discusión de la iniciativa legal se dijo reiteradamente que la franquicia tributaria iba a permitir liberar fondos públicos, que se destinarían a buscar una mayor igualdad de oportunidades en la calidad y en la práctica del deporte y de la actividad física en general. Eso no ha ocurrido, lo que lo lleva a pensar que debería impulsarse una revisión a fondo del papel del Estado en lo que atañe al desarrollo del deporte.
Ñ) Señores Juan Enrique Serrano y Claudio Echeverría , del club deportivo de la Universidad Católica.
Explicaron que el club deportivo Universidad Católica es una fundación privada sin fines de lucro, cuyo principal objetivo es fomentar el deporte.
Como organización deportiva, el club tiene la obligación de maximizar los instrumentos disponibles, a fin de captar la mayor cantidad posible de recursos para el cultivo de las distintas disciplinas, lo que guarda perfecta armonía con el espíritu de la ley del Deporte.
En el caso del club que representan, prácticamente no recibe aportes directos ni concursables, porque entienden que ellos están orientados más bien a cumplir el rol subsidiario del Estado. De ahí que la institución esté centrada en presentar proyectos que sean atractivos para el sector privado.
Respecto al mecanismo de la franquicia tributaria, es importante tener claro que cuando se presenta un proyecto al IND con el propósito de que se acoja a dicho beneficio, lo que se logra es justamente la franquicia, pero no los recursos necesarios para llevar a cabo el proyecto deportivo de que se trate. Para conseguir los recursos hay que convencer al sector privado de las bondades del proyecto.
El club Universidad Católica ha presentado varias iniciativas al amparo de la ley Nº 19.712. De ellas, y considerando el período 2002-2004, el 28% fueron aprobadas. Para el año en curso presentaron 92 proyectos, por un total de $2.076 millones.
En su opinión, el procedimiento legal que regula la presentación, aprobación y fiscalización de los proyectos es extremadamente riguroso. En efecto, para preparar debidamente un proyecto deportivo se requiere una estructura administrativa adecuada. Luego, hay que cumplir cabalmente el contenido del proyecto, pues de lo contrario, e independientemente de si éste fue aprobado, hay que devolver los recursos que se obtuvieron por concepto de franquicia. Es decir, si no se verifica el proyecto de acuerdo con el objetivo para el cual fue aprobado, el donatario (club deportivo) tiene que restituir los fondos al Instituto Nacional del Deporte, que los reasigna a otro proyecto que estime pertinente o, en su defecto, a otros proyectos presentados por el mismo donatario que sirvan para cumplir el objetivo que se tuvo en cuenta en un principio. Por ende, el donante recibe el beneficio tributario por el aporte monetario efectuado, situación que no se revierte. En consecuencia, el eventual perjudicado es quien no realizó bien el proyecto, o sea, el donatario.
Desde el punto de vista práctico, la franquicia opera en términos que al momento de presentar la empresa su declaración de impuestos, el SII recibe un certificado del IND y aplica el crédito tributario. Si el IND no certifica la ejecución del proyecto, el SII no aplica el crédito respectivo, o bien lo hace en la forma que le indica el IND.
Por otro lado, el proceso de rendición final es igualmente estricto, ya que durante un mes o un mes y medio acuden fiscalizadores al club, quienes revisan de manera exhaustiva las boletas, liquidaciones de sueldo y demás documentación. En razón de las altas exigencias de la autoridad, han debido modificar la estructura administrativa del club. En todo caso, las cuentas correspondientes hasta el año 2004 ya fueron rendidas y aprobadas.
Sin perjuicio de los proyectos acogidos a la franquicia tributaria, hay cuatro financiados por el Fondeporte. Dos de ellos, correspondientes a los juegos binacionales de fútbol, fueron ejecutados durante los años 2002 y 2003, contando para tal fin con la suma de $8 millones. Cabe precisar que correspondía originalmente al IND llevar a cabo esos proyectos, pero el organismo estatal le solicitó al club deportivo Universidad Católica que asumiera la responsabilidad, a lo cual respondieron afirmativamente.
Otra asignación del Fondeporte favoreció a la Liga Sudamericana de básquetbol. Por haber sido vicecampeón, el club deportivo recibió una suma de $ 10 millones para la liguilla sudamericana de esa disciplina.
La cuarta asignación del mencionado Fondo corresponde a $ 8,5 millones, destinados a preparar al deportista Felipe Apablaza , con miras a su participación en los juegos olímpicos 2004 en las especialidades de salto triple y salto libre.
O) Señores René García y Benjamín Schütz , subdirector normativo y subdirector de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII), respectivamente.
La ley Nº 19.712 contempla dos formas de financiamiento de las instituciones deportivas: una, mediante donación directa, y la otra a través de los recursos del Fondo, cuya particularidad estriba en que no son donaciones dirigidas a un tercero. Cuando la norma legal dice que los donatarios están obligados a entregar al Servicio información sobre los recursos que han recibido, debe entenderse que dicha obligación recae en los donatarios. Una parte considerable de los casos cuestionados desde el punto de vista de la franquicia tributaria se refiere a situaciones que no se encuadran en los artículos 62 y siguientes de la mencionada ley, que consagran la rebaja del crédito tributario entre un 35 y un 50%. Por lo tanto, no les son aplicables las contraprestaciones de que trata el Código Tributario, ni tampoco ninguna norma relativa a donaciones directas.
Es importante precisar que el artículo 64 de la Ley del Deporte no dice que la donación con fin deportivo deba hacerse previa autorización del Servicio. Lo que sucede es que cuando un interesado se inscribe en el registro de proyectos deportivos, el IND debe consultar al S.I.I. el estado tributario de esa persona (como inicio de actividades, número de RUT, etc.).
En uso de sus atribuciones, el SII ha estado fiscalizando el cumplimiento de la ley. El primer “filtro” que realizan es a la persona del donante, porque en abril de cada año le corresponde declarar una rebaja tributaria a través del formulario 22. Por lo tanto, lo que efectúa el Servicio es constatar la procedencia de esa rebaja. A la fecha se han rechazado algunos donantes.
La facultad fiscalizadora que le confiere al SII el ordenamiento jurídico no se extiende a las donaciones que se hacen al Fondo, el cual es administrado por el Instituto. En dicha eventualidad carece de atribuciones para hacer un seguimiento del manejo que hace el IND de tales recursos, porque éstos no revisten el carácter de donación, sino de aporte.
No obstante, de acuerdo con el artículo 97 Nº24 del Código Tributario, el mal uso de una donación por parte del donatario constituye un delito tributario.
Vinculado a lo anterior, la ley Nº19.885 norma el buen uso de donaciones de personas jurídicas, que dan origen a beneficios tributarios, y sanciona las contraprestaciones derivadas de aquéllas. Como la ley es muy clara y no hace distingos, el S.I.I. está impedido de interpretar la ley de otra manera.
Respecto al porcentaje de la franquicia tributaria, consistente en un crédito en contra del impuesto a la renta del donante, puede ser de un 50 ó un 35%. Se aplica el primer valor a los proyectos de menos de 1.000 u.t.m., en tanto que se benefician con el 35% de la rebaja los proyectos cuyo monto sobrepasa el referido valor.
Un tratamiento especial tienen los proyectos destinados a financiar infraestructura deportiva (artículo 43 letra e) de la ley), ya que en este caso si el costo es inferior a 8.000 UTM, el donante tiene derecho al 50% de franquicia; si, en cambio, el valor del proyecto es superior a las 8.000 UTM y no aporta a otra iniciativa, el beneficio tributario se reduce al 35%. Si el costo es mayor a 8.000 UTM y aporta un 30% para otro proyecto, la franquicia es del 50%. Por último, si el beneficiario de la donación es el IND, la rebaja es del 50%, sin importar el monto del aporte.
El SII empezó a fiscalizar el cumplimiento de la ley Nº19.712 desde el año 2002, en el que hubo 28 donantes.
De acuerdo a información correspondiente al año 2005, y estando ya el sistema funcionando a plenitud, el crédito solicitado alcanzó a $1.483 millones. Es importante precisar que esa cifra no equivale al monto de la donación.
El SII ha implementado un plan de fiscalización selectiva, dirigido a los donantes. Junto con lo anterior, está diseñando un mecanismo de control orientado a los donatarios, a partir de la información entregada por el IND en cada proceso de Operación Renta y del informe del Fondeporte y donaciones al IND, remitida al Servicio por el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno.
Tanto el donatario como la organización deportiva deben emitir un certificado al donante, que éste debe exhibir al Servicio cuando lo requiera en el marco del proceso de fiscalización. Por otra parte, de acuerdo a una resolución del SII, hay que presentarle una nómina de donantes para fines deportivos, como asimismo un informe de resultados logrados, es decir, un seguimiento a cada donatario, que se traduce en un certificado que emite el IND, tanto a nivel central como regional.
Con la información anterior el SII realiza una fiscalización informática, que se concreta durante la Operación Renta; y otra más selectiva (ya aludida), en virtud de la cual se revisa a fondo a cada donante, abarcando todos los aspectos que la ley establece, incluso antecedentes que no aparecen en las declaraciones juradas ni en la declaración de renta del contribuyente.
En el evento en que no se cumplan los objetivos que se fijan al momento de realizarse la donación, de acuerdo con la ley, el donatario debe reembolsar al Estado el crédito fiscal que recibió el donante.
En general, los donatarios son instituciones privadas. Dentro de éstas cobran especial importancia la red social empresarial y las cámaras asociadas a ella. Se trata de instituciones bien organizadas, lo que les permite acceder de mejor manera a la franquicia, que continúa creciendo.
P) Señor Neven Ilic , presidente del Comité Olímpico de Chile .
Las donaciones representan un tema muy delicado para el deporte olímpico y federado. Esta afirmación se explica por sí sola al constatar que, de la gran cantidad de proyectos susceptibles de recibir donaciones, menos del 5 por ciento corresponde a deportes de alta competencia o de federaciones.
Hasta la fecha ni las federaciones (que suman 54), ni el Comité Olímpico ni el IND, han recibido donaciones.
Lo que inhibe a las empresas de efectuar tales donaciones es que, conforme a una circular del S.I.I., se prohíbe la reciprocidad o la contraprestación.
Desde su perspectiva, la ley de donaciones no está siendo usada para los fines que el legislador tuvo en mente al dictarla, esto es, ayudar al desarrollo del deporte. Por ende, hay que revisarla, particularmente en lo que se refiere al deporte federado, asegurando que éste reciba una determinada cantidad de dinero. Si bien en la actualidad el Estado entrega una suma para financiar el deporte de alto rendimiento, ella no alcanza para formar debidamente campeones mundiales en diversas disciplinas. El complemento monetario debería provenir del sector privado, pero no se materializa por la razón antedicha. Se necesita, entonces, revitalizar la ley Nº 19.712 -incluyendo los reglamentos internos del IND-, para que rinda los frutos que de ella se esperan.
III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.
La Secretaría de la Comisión recibió 2 documentos con propuestas de conclusiones y recomendaciones: el primero, suscrito por la señora Caraball , doña Eliana , y por los señores Montes , Navarro , Quintana , Riveros , Silva y Valenzuela; en tanto que el segundo fue patrocinado por los señores Egaña , Prieto , Salaberry y Varela .
Sometidos a la consideración de los integrantes de la Comisión, aquél consignado en primer término fue aprobado por 6 votos a favor y 2 en contra, siendo rechazado por idéntico quórum de votación el documento señalado en segundo lugar.
Cabe dejar expresa constancia que, en virtud de un acuerdo unánime, se determinó adjuntar al presente informe (en calidad de anexo Nº 6) el texto que rechazó la Comisión.
A continuación se transcribe el documento que fuera aprobado por el quórum arriba expresado:
"I.- ANTECEDENTES GENERALES.
I.1.- De carácter histórico (transformación Digeder-Chiledeportes).
El año 2001 entró en vigencia la nueva Ley del Deporte Nº 19.712, publicada con fecha 9 de febrero del mismo año, que creó el Instituto Nacional de Deportes, el que a partir de entonces se constituye en el órgano oficial de la intervención estatal en materias físicas y deportivas. Con el objeto de mejor entender lo que se concluirá respecto de las materias abordadas por la Comisión es útil relevar los rasgos más sobresalientes de la nueva institucionalidad, comparándolos y/o diferenciándolos con aquélla que reemplaza.
Tal como se señaló en reiteradas oportunidades en el curso de las sesiones de esta Comisión, se produjo un cambio absoluto en el modelo de intervención del Estado en relación con el desarrollo del deporte con la promulgación de la referida ley el año 2001. Particularmente, aparece como la transformación principal, el cambio del eje o impulso de la actividad deportiva, trasladándose la determinación de ellas a los particulares (organizaciones deportivas, asociaciones, federaciones, etc.), básicamente, a través de los nuevos esquemas concursales, consagrando al órgano oficial que se crea, el Instituto Nacional de Deportes, a la tutela y promoción de la igualdad de oportunidades sociales y deportivas de toda la población, sin sustituir en ello a las entidades productoras de bienes y servicios deportivos (clubes y empresas)[1].
Con mayor claridad lo expresó uno de los invitados a la Comisión, cuando señaló que en el caso de la Ex-Digeder “…desde una perspectiva económica, podría considerarse que actuamos sobre la oferta, en el sentido de que el Gobierno ofrecía programas y proyectos y la comunidad respondía a esa oferta, técnicamente diseñada…la (nueva) ley fijó un marco diferente y desplazó la oferta hacia la demanda…”. [2]
Dicho de otro modo, a diferencia del marco normativo que regulaba a la Ex-Digeder, al crearse un nuevo Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, el Instituto Nacional de Deportes sólo está en condiciones de actuar, en términos concretos de apoyo o financiamiento de programas de actividad física y deportes, como respuesta a los proyectos presentados por los particulares [3]. Asimismo, conviene destacar que, por primera vez, se incorpora de manera regulada la participación del sector privado en el financiamiento de actividades deportivas, proveyéndolas de franquicias de índole tributario.
Se establecen, también, las nuevas herramientas del subsidio y las concesiones, las que según la información obtenida se encuentran en proceso de implementación.
Además, debe tenerse presente para los efectos del análisis, que la nueva institucionalidad se construye con una lógica descentralizadora y desconcentrada, lo que explica que entre las funciones que se asigna a los Directores Regionales, destacan las de proponer las políticas y metas estratégicas a nivel regional [4] y efectuar la asignación de recursos del respectivo Fondo Regional, a las actividades y entidades deportivas regionales y resolver los concursos de donaciones que se desarrollan anualmente. Como expresión máxima de esta intención, el legislador previó que, al menos, un 75% de los recursos del Fondo Nacional de Deportes se asigne por las regiones.
Finalmente, es útil precisar que desde una óptica formal y estructural, un cambio relevante se observa en el ordenamiento regulatorio de la actividad de la administración. Los Consejos Provinciales de Deportes, que administraban territorialmente la acción de la Ex-Digeder y que fueron eliminados y reemplazados bajo la nueva normativa, se encontraban sujetos a esquemas propios de la actividad privada, no incorporados de manera plena en un sistema público como el que hoy cobija, por entero, a Chiledeportes. Del mismo modo, conviene tener presente que, por ley, los antiguos funcionarios de Digeder, fueron incorporados y acogidos al nuevo órgano, en virtud del articulado transitorio de la Ley Nº 19.712, lo que implica que, en términos generales, la planta del Instituto Nacional de Deportes no sufrió alteraciones sustanciales respecto a su antecesora.
Estas precisiones y, en su caso, transformaciones no son anecdóticas y, por el contrario, constituyen, precisamente, la base que rodea la mayor parte de las materias tratadas por la Comisión, razón que explica se le presente como cuestión previa.
I.2.- De índole institucional.
El Instituto Nacional de Deportes de Chile, denominado también Chiledeportes, se crea a través de la Ley 19.712, que lo establece como un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio. El Instituto se conforma por la Dirección Nacional y por las trece Direcciones Regionales. Tiene un Consejo Nacional al que, entre otras facultades, le corresponde elaborar políticas destinadas al desarrollo de la actividad física, aprobar el proyecto del presupuesto anual del Instituto y los requisitos de elegibilidad de los proyectos deportivos que postulen a las Donaciones que señala la Ley 19.712.
Para cumplir sus objetivos Chiledeportes dispone de los siguientes instrumentos:
1. Fondo Nacional de Fomento del Deporte: recursos que administra el Instituto y que se destinan a financiar total o parcialmente proyectos deportivos, a través de las modalidades de concurso y de asignación directa por el Director Nacional.
2. Subsidios para el deporte, que se otorgan con cargo a su presupuesto.
3. Concesiones de recintos e instalaciones del Instituto destinados al objetivo que establece la Ley.
4. Donaciones con fines deportivos.
De acuerdo al artículo 46 de la citada Ley, el Fondo Nacional para el Fomento del Deporte y, en su caso, las cuotas regionales del mismo, estarán sometidos a la auditoría contable de la Contraloría General de la República, sin perjuicio de las atribuciones que por ley orgánica le permiten al Organismo Contralor revisar las demás operaciones del Servicio.
II. MARCO REGULATORIO DE LAS HERRAMIENTAS DE LA LEY DEL DEPORTE.
II.1) Fondo Nacional para el Fomento del Deporte (Fondeporte).
La Ley Nº 19.712, en su Título IV, Párrafo 1º, establece el Fondo Nacional para el Fomento del Deporte. El Artículo 41 señala que: “Existirá un "Fondo Nacional para el Fomento del Deporte", en adelante "el Fondo", administrado por el Instituto, con el objeto de financiar, total o parcialmente, proyectos, programas, actividades y medidas de fomento, ejecución, práctica y desarrollo del deporte en sus diversas modalidades y manifestaciones.”. El Artículo 42 agrega que el Fondo está constituido por los recursos que anualmente contempla la Ley de Presupuestos, los otorgados por leyes especiales y los que Chiledeportes destine de su patrimonio.
Este Fondo administra y distribuye los recursos bajo dos modalidades: por Concurso y por Asignación Directa, tanto a nivel de la Dirección Nacional de ese Servicio como de sus respectivas Direcciones Regionales [5].
La ley establece que anualmente debe realizarse un concurso público, mediante el cual se efectuará la selección de los planes, programas, proyectos, actividades y medidas que se propongan para ser financiados por el Fondo. Este concurso se sujeta a las bases generales que los respectivos reglamentos establezcan. El Reglamento que se dictó al efecto es el Decreto Supremo Nº 46, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno.
II.2) Donaciones con Fines Deportivos.
Esta herramienta permite que las personas naturales o jurídicas que efectúen donaciones en dinero, en beneficio de los organismos deportivos contemplados en la Ley del Deporte (Nº 19.712), bajo las condiciones y para los objetivos allí establecidos, tendrán derecho a un crédito contra sus impuestos global complementario o de primera categoría, según corresponda, por los montos que tales textos señalan.
Las donaciones pueden estar destinadas: a) A la Cuota Nacional o a una o más de las Cuotas Regionales del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte; o b) Para financiar proyectos deportivos orientados a los objetivos de la Ley del Deporte y que estén incorporados en el registro o Banco de Proyectos de Donaciones presentados por las organizaciones deportivas. Éstas últimas representan la regla general y están sometidas al sistema de concurso anual, que se lleva a cabo por cada una de las Direcciones Regionales de Chiledeportes.
Los proyectos que postulan a donaciones deben tener como objetivos: a) Financiar proyectos de fomento de la educación física y de la formación para el deporte, ciencia del deporte, capacitación y perfeccionamiento de recursos humanos de las organizaciones deportivas; b) Fomentar y apoyar el deporte escolar y recreativo; c) Apoyar financieramente al deporte de competición; d) Apoyar financieramente al deporte de proyección internacional y de alto rendimiento, y e) Financiar, total o parcialmente, la adquisición, construcción, ampliación y reparación de recintos para fines deportivos.
El monto máximo del crédito asciende a 50% de la donación con el tope del 2% de la Renta Líquida Imponible [6]. Si la donación supera el límite de las 1000 UTM, el monto del crédito sólo es de 35% (igual monto opera si en materia de infraestructura la donación supera las 8000 UTM). Si el donante destina al menos el 30% de la donación a otro proyecto del Registro de Donaciones , o al Instituto para beneficiar a la Cuota Nacional o a una o más de las Cuotas Regionales, el crédito será equivalente al 50% del total de la donación.[7]
III. LAS MATERIAS ESPECÍFICAS QUE FUERON OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN Y LO OBRADO POR LA COMISIÓN EN RELACIÓN CON LOS HECHOS INVESTIGADOS.
Esta Comisión debe hacer notar que en su labor investigativa, a pesar del marco de competencia fijado inicialmente, constató que su amplitud o falta de precisión, no hacía posible establecer una línea investigativa uniforme y constante respecto de alguna irregularidad o ilegalidad concreta, cuestión que fue debatida en innumerables oportunidades en el curso de las sesiones celebradas al efecto. Lo anterior, no se adjudica a la falta de acuerdo de los diputados integrantes, sino a la verificación evidente de la complejidad, diversidad o incluso confusión del Proyecto de Acuerdo.
A. Proyecto de Infraestructura de la Décima Dirección Regional.
Se observó por parte de la Comisión, que la construcción de la oficina regional de Chiledeportes, Décima Dirección Regional, por $ 102.428.000, se había efectuado con cargo al Fondeporte, estando éste destinado al financiamiento de terceros y no de bienes de ese Instituto.
El Director Regional de Chiledeportes , señor Patricio Morales , expresó que “… en relación con las oficinas de nuestra región...a nosotros nos llegan 850 millones de pesos, que van itemizados. En los ítemes aparecen fondos para el lsar, fondos para inversión real, que, en este caso, son inversiones que debemos hacer en nuestros propios recintos… En 2002, presentamos al Mideplan la idea de construcción y nos aprobaron el diseño del proyecto. El 2003, aprobó la construcción de nuestras oficinas,..nos entregaron las toma de razón que corresponden en la Contraloría y en el Mideplan.” [8].
Lo reafirma el Jefe de Finanzas de Chiledeportes , señor Cristián Olea , quien manifiesta que“…En el caso de los fondos Isar, el procedimiento es reunir a los Core para definir las obras de infraestructura. Pero, ¿qué recomendación hizo el Consejo de Auditoría Interna, CAI? Cuando se determina el presupuesto, se dispone una determinada cantidad de recursos para el Fondeporte…nunca hemos destinado recursos de Inversión Real en el Fondeporte cuando se define el presupuesto, porque así lo define la Dipres. Por tanto, cuando presentamos nuestro presupuesto ante el Congreso, siempre hacemos esa separación, porque, de lo contrario, se generan muchos problemas. Por cierto, ese tema tiene que ver con el destino de los dineros dentro del presupuesto y no con un asunto de procedimiento… Además, hemos acogido la recomendación de las autoridades del país en la formulación del presupuesto de este año. De manera que si se colocan dineros dentro del fondo, el CAI formulará una objeción, porque no corresponde que en Inversión Real acumulemos recursos en nuestros propios recintos. Pero, si colocaron en Inversión Real, evidentemente se produce esta situación, la cual es absolutamente puntual y hemos recogido en la formulación del presupuesto de este año. La inversión real no estará considerada dentro del Fondeporte en nuestro presupuesto...” [9].
De modo que se puede concluir que, efectivamente, resulta de la propia construcción del presupuesto de Chiledeportes, formulado por la Dirección de Presupuestos y aprobada por este Congreso, la imputación de este gasto dentro del Fondeporte cuando, en rigor, debería considerarse en un ítem o glosa aparte.
B. Proyecto del colegio de técnicos profesionales de fútbol presentado por don Leonardo Véliz, por $ 40 millones de pesos.
En Sesión Nº 107, de fecha 7 de junio de 2005, el Diputado don Pablo Prieto señaló que el señor Leonardo Véliz presentó reiteradamente proyectos al ex-Subsecretario Arturo Salah , por un monto de 40 millones de pesos, para una escuela de fútbol de colegios técnicos; y que, posteriormente, presentó el proyecto a la Directora Regional Metropolitana , la señora Cecilia Valdés , quien no lo aprobó. Sin embargo, el Subsecretario Ernesto Velasco , posteriormente, le asigna los 40 millones de pesos por vía de Asignación Directa y no de Concurso.
Sobre el particular, la Comisión ha concluido que no existe norma alguna, ni en la Ley ni en el Reglamento, que impida que un proyecto que ha sido rechazado, vuelva a ser presentado una vez reformulado.
C. Calidad Jurídica de Full Sport.
En Sesión Nº 107, de fecha 7 de junio de 2005, el Diputado don Pablo Prieto señaló que el artículo 32 de la Ley del Deporte, en su último inciso, dice claramente: "Las organizaciones deportivas deberán respetar la posición religiosa y política de sus integrantes, quedándoles prohibido toda propaganda, campaña o acto proselitista de carácter político y religioso. Asimismo, aquellas organizaciones deportivas que se constituyan en conformidad a esta ley no podrán perseguir fines de lucro". A su juicio, agrega, Full Sport persigue fines de lucro.
Respecto de la materia, la señora Cecilia Valdés , Directora Regional de Chiledeportes , señaló que: “Full Sport es una organización deportiva que se constituye ante notario y hace llegar sus estatutos a Chiledeportes, en este caso a cada dirección regional. Nuestro departamento jurídico revisa y analiza esos estatutos. Se devuelven si hay alcances. En esta oportunidad, hubo alcances. Por lo tanto, se devolvieron los estatutos. Hay plazos a cumplir para quienes hacen los alcances y para quienes deben responderlos. El departamento jurídico aprobó los estatutos, pero la constitución de esta institución deportiva fue ante notario. No fue hecha por nuestro ministro de fe, que es otra alternativa que tienen los clubes, así como frente a la municipalidad y al Ministerio de Justicia...”.
De modo que la Organización Full Sport se constituye de acuerdo a las disposiciones del Título III, de la ley Nº 19.712, Ley del Deporte, en asamblea celebrada en la ciudad de Santiago, el día 12 de febrero de 2003. El acta de la asamblea constitutiva y los estatutos aprobados en ella, reducidos a escritura pública de fecha 14 de febrero del mismo año, en la notaría de don Bernardo Hojman Pezoa , fueron luego depositados en la Dirección Regional Metropolitana de Deportes, siendo inscrita la organización bajo el número 1300266-5, en el Registro Nacional de Organizaciones Deportivas llevado por Chiledeportes. El inciso final del artículo 32 de la Ley del Deporte, dispone que aquellas organizaciones deportivas que se constituyan en conformidad a dicha ley, como es el caso de Full Sport, no podría perseguir fines de lucro.
Por su parte el Reglamento de organizaciones deportivas, en su artículo 12, dispone que : “Las organizaciones deportivas no podrán tener fines de lucro. Todos los ingresos que obtengan, ordinarios o extraordinarios, cualquiera sea su origen o procedencia, y los excedentes anuales que logren, deberán ser empleados exclusivamente en el cumplimiento de sus finalidades y objetivos estatutarios; en consecuencia, no podrán ser distribuidos en forma alguna entre sus miembros, ni podrán ser utilizados directa o indirectamente en su beneficio personal.”.
Consecuente con lo anterior, le es legítimo a las Organizaciones deportivas efectuar actividades que le reporten ingresos, los cuales, conforme a la norma señalada precedentemente, deben emplearse en el cumplimiento de sus finalidades estatutarias y no puede efectuarse reparto de utilidades a los socios. Sin perjuicio de ello, se establecen recomendaciones sobre la materia y se proponen determinados ajustes legales.
D. Porcentaje de distribución en las distintas comunas de parte de la Dirección Regional Metropolitana y Ocupación o aprovechamiento político en el otorgamiento de beneficios en Chiledeportes de la Segunda Región.
Así se planteó por parte de algunos de los integrantes de la Comisión; sin embargo, no fue aportado ningún antecedente en tal sentido.
E. Rechazo de Proyectos en los Concursos Públicos de Fondeporte desde el año 2002 a 2004.
La Comisión constató un alto porcentaje de rechazo de proyectos postulados a los concursos públicos del Fondeporte, ya sea en Regiones como en la Dirección Nacional. Tal comprobación es de suma importancia si se tiene presente que los recursos no distribuidos vía concurso deben traspasarse a la asignación directa de la Institución, tanto a nivel nacional como regional.
Tales antecedentes respecto de la baja respuesta o distribución vía Concurso, fueron aportados por los propios funcionarios, quienes, al mismo tiempo, efectuaron una explicación del comportamiento del sistema concursal. Una de ellas la entrega el señor Patricio Morales , Director de Chiledeportes de la Región de Los Lagos , quien señala que “todos los proyectos, tanto de Fondeporte como de asignación directa, son evaluados en nuestras regiones por un Comité de Evaluación, el cual preselecciona proyectos que son entregados en un listado al director regional que corresponda, para que sea evaluado de acuerdo con los criterios de la región y nuestra política regional, que a veces se diferencia de la política nacional...”y agrega que “Como consecuencia de la complejidad del sistema de concursos y de sus bases, algunos proyectos son rechazados por el Comité de Evaluación, a veces por problemas de administración o porque no cumplen algún requisito...”[10].
Refuerza lo dicho, lo expresado en la misma sesión por el Director de la IV Región , señor Miguel Cuadros , quien señala: “Los instrumentos con los que concursamos al Fondeporte efectivamente son de una complejidad enorme para muchas de las organizaciones deportivas. Nuestros usuarios que, en muchos casos, sobre todo en las zonas rurales, tienen escasos estudios, son normalmente mayores...”.
Sin perjuicio de estas explicaciones, los miembros de esta Comisión, no sólo en el curso de esta investigación, sino que también en el ejercicio de sus funciones habituales, han constatado que las organizaciones deportivas tienen notorias dificultades en la presentación de sus proyectos, atendida la complejidad y falta de sencillez de los formularios dispuestos para los concursos públicos. Sin embargo, se estima que tales falencias deben ser abordadas para alcanzar simpleza en los formularios (materia respecto de la que Chiledeportes informó que había efectuado estudios con la Universidad de Chile).
Con todo, no se detectó en el transcurso de la investigación alguna irregularidad o actuación funcionaria que se haya apartado de la ley o del reglamento para los efectos de rechazar proyectos de los Concursos Públicos.
F. Supervisión de Proyectos.
La Contraloría General de la República , en respuesta a Oficio Nº 210, de 2005, de esta Comisión, repara que la Supervisión de los Proyectos de “Ciencias Médicas”, que correspondía al Departamento de Ciencias del Deporte, así como de los proyectos “Campeonato Nacional de Fútbol Escolar” y “Ayudando a Róbinson”, que corresponde al Departamento de Competición de Chiledeportes, no se habría llevado a cabo.
Al respecto, se recibió el testimonio del señor José Campos y de los ex-Directores señores Arturo Salah y Ernesto Velasco , más lo declarado por la Subsecretaria, señora Macarena Carvallo . Se desprende de sus dichos, que el año 2003, por decisión del Director de la época, señor Velasco , se instauró el “Plan Nacional de Supervisión”, diseño que consideró el desarrollo de pautas para la supervisión de los proyectos del FONDEPORTE y del Registro Nacional de Donaciones , obteniendo de esta manera información homogénea de todo el país, necesaria para efectuar los análisis respectivos por modalidad (resguardo de recursos y retroalimentación de los procesos de concursabilidad y asignación directa).
En los años anteriores no existían registros sobre la capacidad Institucional de Supervisión de Proyectos . Posteriormente, a modo de referencia, se aportaron datos que permiten señalar que el año 2003, de los 3.290 proyectos aprobados, se supervisaron 2.535, lo que representa un 77,05%. En el año 2004, de las 3.425 iniciativas aprobadas se supervisaron el 90,5%, es decir, 3.100 proyectos. Lo anterior obedece a la implementación de este Plan de Supervisión. Por tanto, a esta fecha ese Servicio cumple, con creces, las metas programadas y que están ratificadas en los convenios de Programa de Mejoramiento de la Gestión suscritos con Dirección de Presupuesto, que impone la obligación de cubrir un 70%. Lo anterior, sin perjuicio de hacer notar que, incluso, aquellos organismos que por ley tienen como funciones principales la fiscalización y supervisión, no siempre pueden presentar resultados de cobertura totales del 100%.
G. Respecto de las observaciones contenidas en el Informe de la Contraloría General de la República.
G.1) Programas de televisión emitidos al amparo de la ley Nº 19.712.
La Contraloría General de la República estimó que los proyectos presentados no cumplían con los requisitos establecidos en la norma. Esta Comisión estima, además, que la Ley del Deporte no fue prevista con el objetivo de apoyar el financiamiento de programas televisivos que se desarrollan dentro de conceptos comerciales y no deportivos.
Sin embargo, el propio órgano fiscalizador constata que ellos no fueron objeto, en definitiva, de ninguna donación, razón por la que no recoge, finalmente, este reparo en las conclusiones.
Aun así, es necesario hacer presente que la Dirección Regional Metropolitana, al evaluar conforme con las pautas existentes para el deporte de alto rendimiento, habría estimado que los proyectos presentados cumplían con los requisitos para acogerse a donación con franquicia tributaria. De ese modo, entendió que lo ofrecido por el postulante consistía en cápsulas audiovisuales de orden técnico para el desarrollo del alto rendimiento.
Ahora, si en el curso de la ejecución de un proyecto, se constata que él no se corresponde con lo señalado en la postulación, la Dirección Regional respectiva no deberá emitir el certificado de donación. Pero, como ya se ha dicho y estableció la Contraloría, no se ha procedido a perfeccionar la donación por parte del adjudicatario, razón por la que no procede analizar una hipótesis, ni menos extraer conclusiones.
G.2) Relativas al Proyecto Ciencias Médicas Apoyando al Fútbol Chileno .
Se refiere a una materia que fue de conocimiento público y notorio, en que se habrían enmendado los proyectos denominados “Ciencias Médicas Apoyando al Fútbol Chileno”, particularmente en lo que se refiere a su lugar de realización y a la experiencia de uno de los médicos aplicantes, el doctor Fernando Radice . Contraloría observa “Disconformidad en el Reporte del Sistema Computacional (Base de Datos)” en relación con este proyecto.
Al respecto la Subsecretaria de Deportes ha informado que dispuso por medio de Resolución Nº 1069, de fecha 13 de Abril del 2005, se instruya Sumario Administrativo para determinar las eventuales responsabilidades por tal hecho, el que se encuentra en curso.
En todo caso, se trataría de datos inexactos que alimentaron el sistema de reporte, el levantamiento computacional, sin que exista incongruencia entre Proyectos Presentados, Proyectos examinados por el Departamento de Ciencias del Deporte, Proyectos analizados por Comité Técnico, Proyectos señalados en Convenio y Proyectos contenidos en la Resolución Aprobatoria. Es decir, existiría plena identidad respecto de lo que constituyen los actos administrativos. Dicho de otro modo, sólo se trata del respaldo o soporte informático, en el que no se escribe la información tal cual señalan los documentos administrativos que se elevan al sistema. En todo caso, tal como lo corrobora la Contraloría General de la República, esta materia ya se encuentra en etapa de Sumario Administrativo.
Luego, Contraloría repara sobre la existencia de tres proyectos similares que, en su concepto, debieron haber sido tratados como uno solo.
Al respecto, se puede establecer que son los usuarios, las organizaciones deportivas, quienes presentan los proyectos. En materia de Asignación Directa, Chiledeportes puede hacer notar u observar ciertos aspectos y, en tal caso, el usuario tiene la posibilidad de reformular su proyecto. En el caso particular, el interesado ingresó tres proyectos de distintas fechas de ejecución que correspondían a aquéllos cuyo financiamiento se realizaba, íntegramente, con cargo al presupuesto de donaciones por medio del aporte de una empresa al fondo nacional, destinado al financiamiento de proyectos que señala. Chiledeportes ha expresado que, como mínima norma de prudencia en la ejecución presupuestaria y resguardo del interés fiscal, los aportes en dinero deben ingresar en arcas fiscales con anterioridad a la fecha en que se realice el giro de parte de Chiledeportes a la organización deportiva que gestiona las referidas donaciones. Y es la propia organización deportiva la que se encarga de señalar, al momento de presentar los proyectos, que los aportes se realizarán fraccionados en el tiempo, de tal modo que reciben el tratamiento que les corresponde.
Por lo demás, las donaciones se efectuaron, en este caso, a la Cuota Nacional, es decir, a Chiledeportes; consecuentemente, respecto a la franquicia tributaria, es aplicable lo establecido en el Art. 62 de la Ley 19.712 que señala, expresamente, que las donaciones efectuadas a la Cuota Nacional o Regional gozarán todas, no importando su monto, de una franquicia del 50% del monto de su aporte. Así también lo señala la Circular Nº 81, del 09 de noviembre del 2001, del Servicio de Impuestos Internos, sobre tratamiento tributario de las donaciones efectuadas con fines deportivos.
De este modo, no corresponde imputar que una división de proyectos financiados con cargo a presupuestos de donaciones de la Cuota Nacional, pueda influir en perspectivas de franquicia tributaria de un donante, puesto que, cualquiera sea su monto, ella gozará siempre de la misma franquicia, en tanto Chiledeportes acepte su donación para ser asignada por la cuota del Fondeporte, en la medida que cumpla con los fines y objetivos de éste último, cuestión que sólo compete ponderar a ese Servicio.
Luego, Contraloría repara en el procedimiento de Evaluación de los proyectos Ciencias Médicas Apoyando al Fútbol Chileno, señalando que no se aplicó la pauta de evaluación sino que se elaboró un memorando en el cual “sólo se dejó constancia que el proyecto cumplía con los requisitos”.
Sin embargo, conforme con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento, se habría estimado por parte del Comité Técnico de Chiledeportes que dichos proyectos aportaban al desarrollo deportivo del país y que los recursos provenían, en su totalidad, de aportes por donaciones efectuadas al Fondo. Para “evaluar la pertinencia de la Asignación Directa”, conforme lo dispone el Art. 19 del Reglamento, tuvieron presente lo dispuesto en los Artículos 2º y 3º de éste (DS 46, de 2001), que establece la asignación de recursos con cargo al Fondo; la que señala, entre las modalidades susceptibles de financiamiento, las ciencias del deporte, modalidad propuesta en el proyecto de Preparación Médica que se reprocha.
Más adelante, la Contraloría objeta la participación de los señores Fernando Radice y Fernando Yáñez en la ejecución de los proyectos, estimando que ellos se encontraban inhabilitados por sus vínculos con Chiledeportes.
Al respecto, han sido claras las informaciones entregadas a esta Comisión por las Autoridades de Chiledeportes en el sentido que tanto el señor Fernando Radice como el señor Fernando Yáñez no son funcionarios públicos adscritos a esa Institución. En el caso del señor Yáñez , éste fue designado integrante del Consejo Nacional de Deportes, en calidad de representante de los ámbitos de las ciencias y la salud, función que desarrolló con anterioridad a la fecha de presentación de proyectos. La única norma de inhabilidad está establecida en el artículo 15, inciso quinto, de la Ley 19.712, que señala: “El ejercicio del cargo de consejero será incompatible con cualquier cargo directivo de organizaciones deportivas.”. De modo que no resulta aplicable al caso particular.
A su vez, el señor Fernando Radice tampoco era funcionario público, de planta o a contrata, a la época de presentación de los proyectos. Él suscribió un contrato de prestación de servicios a honorarios, situación que conforme a la normativa legal vigente no lo inhibe de prestar servicios a otras personas o instituciones.
H. Evaluación de Proyectos Deportivos de Asignación directa.
De acuerdo con el informe ya citado de la Contraloría, las pautas de evaluación “no reflejan en su totalidad los criterios de evaluación” a que hace mención el artículo 47 de la Ley 19.712. Luego, agrega que la “información contenida en la ficha de evaluación corresponde a un cuestionario dicotómico estándar realizado por el evaluador, el cual aporta antecedentes generales de los proyectos que no permiten un conocimiento específico”. Cita como ejemplo la revisión de dos proyectos en que no se habría indicado, en un caso, el número de partidos y, en el otro, el lugar de destino de eventos deportivos en que participaría un deportista discapacitado.
Destaca la Contraloría la importancia de estas observaciones, en tanto ellas forman parte de la decisión del Comité Técnico de Chiledeportes que, luego, es aprobada por el Director Nacional. Y señala, además, que el referido comité funcionaría sin un Secretario Ejecutivo y que las actas del comité no entregan información suficiente.
Sobre esta materia, se debe señalar que el Artículo 47 de la Ley del Deporte se remite a los Reglamentos para los efectos de regular lo concerniente a la evaluación que debe efectuarse sobre los proyectos deportivos. Este Reglamento sólo establece, en su Artículo 21, lo siguiente: “Los proyectos que postulen a financiamiento directo del Fondo deberán ser previamente evaluados por el Instituto. Al efecto, cada Director Regional , o el Director Nacional en su caso, constituirá un Comité Técnico que se encargará de estudiar los antecedentes y evaluar la pertinencia del financiamiento directo.”. La disposición sólo hace referencia a la evaluación de la pertinencia sin ningún otro componente. Y con ese requisito han cumplido los proyectos. Distinto es exigir las normas consideradas para el concurso que están establecidas en los artículos 11 y siguientes del Reglamento.
Esta Comisión estima que los Servicios Públicos deben desplegar sus actos dentro del ámbito de la Ley y sus Reglamentos, en consecuencia con el principio de Legalidad y de Seguridad Jurídica; por lo mismo, si el Reglamento respectivo -que en su tramitación contó con la correspondiente Toma de Razón de la Contraloría- no contempló en los procedimientos de Asignación Directa exigencia respecto de la evaluación más allá que la determinación de su “pertinencia”, no existe incumplimiento de obligación alguna. Con todo, la Contraloría es precisa en no concluir, en parte alguna de sus observaciones, que tales proyectos no debían haberse aprobado y sólo repara la forma de algunas etapas fundantes del procedimiento y que la información debe ser más completa y detallada.
I. Rendición de Cuentas de Proyectos Deportivos.
Respecto de proyectos que esta Comisión solicitó informe a la Contraloría General de la República, se estimó por parte del órgano fiscalizador que resulta insuficiente el detalle de las facturas presentadas en el Proyecto “Ciencias Medicas Apoyando al Fútbol Chileno”, particularmente, porque el “tipo de recursos (internista, sicólogo, etc.), cantidad de profesionales y número de horas trabajadas” no se especifican en tales documentos.
Sobre este punto, Chiledeportes informó que objetó la rendición de cuentas de la organización deportiva, con anterioridad a los informes de la Contraloría. En efecto, las rendiciones fueron rechazadas por el Instituto, según consta en oficio IND/DAF/DFP/(O) 40000000/3867/4069, por similares observaciones que enumera el Informe de la Contraloría.
A su vez, Contraloría estimó insuficiente el detalle de las facturas presentadas en el Proyecto “Campeonato Nacional de Fútbol Escolar”. Al respecto, se ha informado que la sugerencia de la Contraloría se encuentra en etapa de examen, conforme con las pautas señaladas por el órgano fiscalizador.
Finalmente, siempre sobre las rendiciones de cuentas, la Contraloría impugnó en el Proyecto “Apoyando a Róbinson” el gasto de un pasaje para un periodista de la Fundación Teletón, destinado a cubrir la participación del deportista discapacitado en el extranjero. Según los antecedentes, el Proyecto “Apoyando a Róbinson” incluía, tanto los pasajes del deportista minusválido, como el de un acompañante, sin solicitar remuneración alguna de éste. El aporte solicitado se refiere sólo al costo de pasajes, razón por la cual lo habría aceptado.
J. Uso de franquicia tributaria por organizaciones deportivas. Publicidad en los proyectos.
La Contraloría ha señalado que existiría publicidad indebida de algunas empresas que financiaron determinadas actividades deportivas con su donación al Fondeporte.
Al respecto, es preciso señalar que las donaciones a las que se hace referencia van dirigidas al Fondeporte, administrado por el Instituto Nacional de Deportes. Las postulaciones a este Fondo se realizan a través de la presentación de proyectos o iniciativas a las modalidades de financiamiento con que cuenta Chiledeportes. En el caso particular de las donaciones a la Cuota Nacional, éstas tienen sólo como destino la distribución por vía de Asignación Directa.
En consecuencia, los recursos recibidos por el Instituto por concepto de Donación (de parte de las empresas Clínica Santa María, Coca Cola Chile y CCU) van dirigidos a un Fondo Público y se entregan de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley y el Reglamento.
Por lo tanto, en las donaciones efectuadas al Fondeporte, Chiledeportes es el donatario y no la organización deportiva beneficiaria que recibe la aprobación de un proyecto de asignación directa con cargo al presupuesto de donaciones.
Así fue expresado claramente por el Servicio de Impuestos Internos, que, en la sesión 10ª celebrada en martes 16 de agosto de 2005, por intermedio de su Subdirector, don René García , expresó: “En todo caso, es importante considerar que la ley tiene dos formas de financiar a las instituciones deportivas. Una, mediante donación directa, y la otra, a través de los recursos del Fondo... Agrega el Servicio de Impuestos Internos que: “…cuando la donación se hace al fondo, y en ese fondo tiene el 50 por ciento de rebaja, termina para nosotros la revisión de que si procede o no el 50 por ciento...Lo establece la misma ley. Además, el artículo 14 faculta al Instituto para administrar ese fondo.”.
Además, debe tenerse presente lo informado por la señora Subsecretaria de Deportes , señora Macarena Carvallo , en el sentido que, por naturaleza y esencia, las donaciones a la cuota nacional tienen como único destino el procedimiento de asignación directa [11]. Respecto de la Asignación Directa, también es la norma legal la que la establece y determina sus fines, conforme con el Artículo 2º del Reglamento (Decreto Supremo 46, de 2001).
De allí que pueda estimarse, además, que si un proyecto se corresponde con los fines determinados para la cuota nacional de asignación directa, evidentemente se le puede dar curso por el Comité Técnico y aprobar por Chiledeportes si el mismo beneficiario es quien consigue el financiamiento por vía de donaciones. Tanto es así, que conforme el artículo 4º del Decreto Supremo 46, del año 2001, el “Instituto, con cargo al Fondo, también podrá complementar las donaciones con fines deportivos, efectuadas por el sector privado a proyectos…". De modo que, lógicamente, si se permite complementar la donación del privado, se debe entender que no puede prohibírsele a una organización que presente y desarrolle un proyecto en la medida que lo financia él, totalmente, con los aportes que consiga del sector privado.
En el análisis de las referidas materias, también debe considerarse lo expuesto por el Presidente del Comité Olímpico de Chile, señor Neven Ilic , quien señaló: “El Estado pone su parte a través del PGA, que es una cantidad que no alcanza para ser campeones del mundo, como nos gustaría. Por lo tanto, debemos buscar por el área de la empresa privada, y cuando la canalizamos a través de donaciones, se nos dice que no, porque no quieren tener al Servicio de Impuestos Internos encima por poner tres letreros en una cancha de básquetbol. Eso es lo grave de este tema. El Congreso debe estudiar la forma de revitalizar la ley, porque no está generando los resultados que se esperaban. He hablado con todas las empresas privadas y me dicen que felices invertirían en el deporte, pero que no van a regalar la plata. Quieren invertir, pero no están dispuestos a que el Servicio de Impuestos Internos les caiga encima -repito- por poner cuatro letreros. Entonces, habría que ver cómo diferenciamos un mega evento, una exhibición de González con Massú, en la ley del deporte.”. En este sentido, es útil recordar que algunos de los proyectos que se examinaron, dicen relación con un campeonato de fútbol escolar (al que asisten, con fortuna, los padres, entrenadores y amigos de los niños participantes), otro programa en que se apoya a un proyecto de soporte médico para la preparación de deportistas y uno en que el Estado ayuda a un deportista discapacitado (caso en el que una errada interpretación podría entender que existiría contraprestación porque se provee de gorro con la marca al minusválido).
Por todo lo expresado y consignado, sólo se puede concluir que en esta materia no existe ningún acto administrativo o actividad de Chiledeportes que sea revisable desde la perspectiva de sus obligaciones funcionarias.
Sin perjuicio de lo anterior, en el capítulo de las recomendaciones, se propondrá que Chiledeportes refuerce la coordinación con el Servicio de Impuestos y el Ministerio de Hacienda, a fin de alcanzar una mayor perfección en la herramienta que permita dos fines precisos:
1) Por un lado, aumentar el aporte del sector privado al deporte, y
2) Optimizar la gestión, en términos de asegurar un buen uso de la franquicia tributaria por parte de las empresas donantes.
K. Orientación de las Donaciones hacia sectores que no representan a aquéllos más vulnerables o necesitados de aportes estatales.
Se pudo constatar que la mayor parte de las donaciones que se determinan en los concursos de las respectivas direcciones regionales -que representan la mayor cantidad de proyectos beneficiados con franquicias-, están concentrados en pocas organizaciones deportivas, las que presentan un gran número de proyectos.
Así, a modo de ejemplo, se pudo determinar que la organización Cordep , la Fundación Iván Zamorano , la Fundación Club Deportivo Universidad Católica, Full Sport , Vidadeportes, etc., acaparan una gran cantidad de proyectos de donaciones y por altos montos. En el caso de Vidadeportes, además, se mencionó que ésta podría estar vinculada con sectores políticos que se habrían aprovechado indebidamente de la herramienta en comento.
Sobre esta materia, quedó de manifiesto que la justificación se encuentra, básicamente, en dos razonamientos que se hicieron evidentes:
1) El sistema de donaciones, si bien se denomina de “Concurso”, en la práctica se trata sencillamente de un esquema de “Registro” en que una organización puede presentar tantos proyectos como estime, los que serán seleccionados en la medida que cumplan con los requisitos; esto explica, entonces, que por no tratarse de un monto finito, no es un verdadero concurso en que unos proyectos se deben preferir a otros, excluyéndolos, sino que de un registro en que se van a incorporar tantos proyectos como cumplan con las bases;
2) Al mismo tiempo, por lógica que deriva del punto anterior, serán las organizaciones que tengan sus estructuras más desarrolladas y profesionales más capacitados, las que logren postular y aprobar una mayor cantidad de proyectos de donaciones.[12]
En ambos casos, a Chiledeportes no le cabe más que hacer aplicación de la Ley y sus Reglamentos, los que desgraciadamente no dan cuenta del espíritu que pudo haber tenido el legislador al momento de establecer una herramienta que buscaba allegar recursos privados al deporte, descargando de ese modo al Fisco [13].
En tal sentido, no se observa ninguna irregularidad o infracción a deberes funcionarios, cuando sólo se hizo aplicación de la norma.
L. Uso excesivo de la Asignación Directa.
Parte de los integrantes de esta Comisión señaló, en reiteradas sesiones, que el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte (Fondeporte), establece como mecanismo principal y de aplicación general para la distribución de los recursos entre los proyectos que se presentan, el concurso público, precisamente con el propósito de dar total transparencia en la asignación de los mismos e igualdad de oportunidades a todas las organizaciones deportivas del país. Excepcionalmente, se contempló la posibilidad que el Director Nacional y los Directores Regionales de Chiledeportes pudieran asignar fondos directamente a determinados proyectos, los cuales también debían pasar previamente por una evaluación técnica y económica y ser sometidos a fiscalización en cuanto a su ejecución y a la rendición detallada de los recursos.
Sobre este punto, la Subsecretaria de Deportes informó que el reglamento del fondo nacional para el fomento del deporte y de las donaciones con fines deportivos, sujetas a franquicia tributaria, en su Titulo I, Párrafo 1º, Artículo 2º, señala: “...el director nacional del instituto determinará, anualmente y mediante resolución, los montos de recursos concursables y de asignación directa correspondientes a las distintas cuotas…”. Los porcentajes concursables, cercanos al 70%, son el promedio aproximado de los establecidos por cada categoría (recreativo, formativo, competitivo, organizaciones deportivas, ciencias del deporte e infraestructura) en las catorce cuotas (13 cuotas regionales y la cuota nacional). Dichos porcentajes quedan establecidos en las bases administrativas del concurso público del Fondeporte, las que son aprobadas mediante Resolución. En consecuencia, ningún cuerpo legal (ley y reglamento) establece que la asignación directa es una vía “excepcionalísima”, sólo existe la facultad del director de fijar sus montos, sin ningún otro tipo de limitación legal ni reglamentaria. Se agrega que, mediante este porcentaje se busca resguardar que “sectores de escasos recursos que requerían de un apoyo directo” lo obtengan.
Tampoco existe discrecionalidad en la asignación de los recursos mediante esta vía, pues cualquiera sea el porcentaje a distribuir es el propio reglamento el que determina cómo se deben priorizar. En efecto, en el párrafo 5º: de la asignación directa, artículo 19 (segundo párrafo) se señala:“...asimismo, en la asignación de recursos mediante esta modalidad el instituto considerará la priorización de los proyectos destinados al deporte escolar, el monto de aporte de la contraparte, la relación con los planes comunales o regionales de desarrollo deportivo y la proyección de mediano y largo plazo de los proyectos.”.
LL. Proyecto Seremi Educación IV Región.
En la Sesión 107 (Ordinaria), celebrada el martes 7 de junio de 2005, se abordó la materia relativa a un proyecto de la Seremi de Educación de la Cuarta Región, tema que había sido, además, profusamente ventilado en algunos medios de comunicación, por una eventual trasgresión al artículo 48 de la Ley 19.712.
Sobre el particular, el Director Regional de Chiledeportes de la IV Región , señor Miguel Cuadros , expresó: “El artículo 48 rige para los torneos que tengan representaciones nacionales, lo cual no es el caso, porque el Campeonato de Gimnasia es algo así como la ATP del tenis. El que tiene recursos, sea rumano, húngaro, chileno o brasileño, se inscribe, paga su pasaje y su estadía, participa y suma puntaje para acceder a una suma final, a un pozo de dinero. Por lo tanto, no sólo de acuerdo con lo que se ha visto en este torneo, sino también en otros, no estábamos sujetos a esta limitación.”.
Resulta efectivo lo señalado por el funcionario declarante, atendido que una interpretación distinta conduciría al absurdo que cualquier competencia que se desarrolle en Chile, en que participe algún deportista extranjero, debería ser considerado un torneo de aquellos establecidos en el artículo 48. En tal caso, competencias como Dimayor, Vuelta Ciclista a Chile, la Liga Nacional de Voleibol, en que no compiten “equipos o selecciones” nacionales, extranjeras, etc. no podrían optar a ninguna otra forma de aporte estatal que no sea aquélla del artículo 48 de la Ley. Y las normas, en el caso que existiesen dudas sobre su aplicación, sólo deben interpretarse en el sentido lógico, que surtan efecto.
Además, el Director Regional citado, señaló: “En segundo lugar, en 2003, se hace una diferencia entre lo establecido en el artículo 48 respecto de los campeonatos, vale decir, de las competencias, entre el alojamiento, el traslado, la estadía. Esto es, el Campeonato Preolímpico de Fútbol que se disputó en 2003, donde la alcaldesa de la Municipalidad de Concepción presentó un proyecto para remodelar el estadio, se cumplió. Lo mismo sucedió con los alcaldes de La Serena, de Valparaíso y de Viña del Mar. Se financió porque el equipamiento y la infraestructura tienen que ver con algo superior a la competencia. De hecho, este equipamiento dura aproximadamente veinte años.”.
La Comisión, con la sola revisión del artículo 48 de la Ley, debe coincidir con lo expresado por el funcionario señor Cuadros, puesto que, efectivamente la norma se refiere a que “el Instituto no podrá patrocinar ni otorgar su auspicio a la respectiva competición” y en el caso reprochado se trata de la adquisición de implementación para uso y efecto permanente. Por otra parte, resulta plausible e incluso recomendable, la generación de alianzas del modo en que las presenta el señalado funcionario: “¿Qué hemos hecho en la Cuarta Región? En primer lugar, los implementos están administrados por la federación, pero bajo la tutela de la Secretaría de Educación, con el objeto de que nos sirvan para financiar los juegos del Bicentenario. Estos equipos tendrán una duración aproximada de veinte años. La Secretaría de Educación nos aporta el recurso humano. En segundo lugar, la Secretaría de Educación nos está aportando la incorporación de cinco comunas a un proyecto adicional de gimnasia dentro de la doble jornada escolar completa; o sea, no después de las 5.30, cuando ya el alumno deportista no está en condiciones aptas para practicar deporte. La Federación Chilena de Gimnasia ha firmado un preacuerdo con la federación alemana de dicha disciplina, en el que se considera a la Cuarta Región como proyecto piloto país. En el segundo semestre de este año, en virtud del acuerdo firmado por dicha rama deportiva con la Secretaría de Educación, especialistas de la federación alemana de gimnasia llegarán al país a efectuar cursos de capacitación, quienes trabajarán en el proyecto Kinder Schule , Kisch . Eso nos interesa más que el campeonato mundial, el que no se llevará a cabo este año ni tal vez durante el próximo. Hemos definido a la Cuarta Región como capital de la gimnasia en Chile sobre la base de lo que señala el instrumento de política regional, que constituye nuestra carta de navegación.”.
M. Otros Proyectos del Sector Público.
Durante el 2004 se habrían asignado directamente a diversos Ministerios e Instituciones Públicas dineros por $ 832.894.812.- Esto fue presentado como una gravísima irregularidad, ya que sería contrario al espíritu de la ley que jamás buscó financiar actividades de entidades de gobierno, sino por el contrario, ayudar a deportistas.
En relación con el fundamento legal y reglamentario, se puede expresar lo siguiente:
1) El artículo 3º de la ley 19.712 establece: “La política nacional del deporte...contemplará acciones coordinadas de la administración del Estado…la política nacional del deporte deberá velar por la autonomía de las organizaciones deportivas y la libertad de asociación, fundada en los principios de descentralización y de acción subsidiaria del Estado.
2) El artículo 6º señala que: “…, el Instituto Nacional de Deportes de Chile podrá además contemplar acciones destinadas a apoyar programas de rehabilitación y prevención de la drogadicción a través del deporte, que desarrollen instituciones públicas o privadas sin fines de lucro especializadas en la materia. Asimismo, podrá contribuir técnica y financieramente al diseño y ejecución de actividades deportivas, insertas en los programas de seguridad ciudadana que se impulsen a nivel local, regional o nacional.
3) Conforme con el artículo 12, Chiledeportes tendrá, en especial, las siguientes funciones:
a) Proponer al Presidente de la República las políticas destinadas al desarrollo de la actividad física y el deporte en sus diversas modalidades, en coordinación con las organizaciones deportivas, las municipalidades y los demás organismos públicos y privados pertinentes...;
j) Administrar los recintos e instalaciones que formen parte de su patrimonio, pudiendo encargar la gestión del todo o parte de ellos a las municipalidades o a personas naturales o jurídicas, de derecho público o privados a través de convenios o concesiones…;
o) Ejecutar las acciones y ejercer las facultades que sean necesarias para el cumplimiento de los fines que la ley le asigna, pudiendo al efecto celebrar convenios con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público o privado;
q) Elaborar programas y planes tendientes a fomentar la práctica deportiva, incluso competitiva, de mujeres dueñas de casa, adultos mayores, personas en proceso de rehabilitación por drogadicción en instituciones especializadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad en recintos penitenciarios y la población menor de edad considerada en situación de riesgo social que esté bajo cuidado o protección de organismos dependientes del ministerio de justicia o de instituciones privadas de beneficencia;
r) Participar, a través de acciones deportivas, en la realización de programas de seguridad ciudadana desarrollados por los organismos de la administración del Estado.
4) A su vez, el artículo 20 establece que: “el director nacional tendrá las siguientes atribuciones: c) Administrar los recursos financieros del servicio, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado; k) Ejecutar los actos y celebrar los contratos que fueren necesarios o conducentes para la consecución del objeto del servicio, ya sea con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público o privado.
5) Por su parte, el artículo 23 ratifica en los siguientes términos: “Corresponderán especialmente al Director Regional , las siguientes funciones: d) Suscribir, en representación del servicio, toda clase de convenios, actos o contratos con personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, a nivel regional, para el cumplimiento de sus fines.".
6) En seguida, es el artículo 45 el que establece de modo categórico que: “la ley de presupuestos del sector público determinará cada año los recursos que se destinarán al fondo nacional para el fomento del deporte…”. y es en la Ley de Presupuestos, subtítulos 31 y 33, donde se considera el fondo nacional para el fomento del deporte relativo a las transferencias de capital al sector público.
La misma ley, luego, describe en el ítem 03 los “aportes a otras entidades públicas”, las que para el año 2005 están expresadas en un monto de M$ 3.925.741.
7) Finalmente, debe hacerse presente que, a diferencia de lo ocurrido con la antigua Digeder, Chiledeportes no está en condiciones de poder ejecutar directamente planes o programas de fomento de la actividad física y el deporte, salvo en aquellos casos en que la misma ley de presupuestos o la del deporte establezca la ejecución directa de programas especiales (por ejemplo, juegos bicentenario o escuelas abiertas a la comunidad).
En síntesis, sólo a impulso de tercero, mediante presentación de proyectos, pueden transferir recursos para cumplir con sus fines de fomento y desarrollo deportivo, y es ello lo que ocurre frente a proyectos presentados por otros órganos públicos, cuyos proyectos permiten ir en directo beneficio de la población, máxime si se trata de órganos que, por ley orgánica, tienen, dentro de sus facultades o funciones, el contacto directo con redes sociales, entre las que, por cierto, se incluyen las entidades deportivas.
Por otra parte, habiéndose formulado cuestión respecto de proyecto de la División de Organizaciones Sociales, dependiente del Ministerio Secretaría General de Gobierno, Chiledeportes informó que éste fue en directo beneficio del Consejo Local de Deportes de la Florida . Así, también, fue ratificado por el Diputado Carlos Montes , quien no sólo aportó antecedentes respecto de la labor notable realizada por el referido Consejo Local, frente a una disminución de aportes municipales, sino que además pidió oír a los representantes de ésta, cuestión que, finalmente, la Comisión estimó innecesario.
Respecto de otros proyectos, como uno del Ministerio de Transporte, explicó el Subsecretario de la época, don Ernesto Velasco , que éste también, efectivamente, se realizó, al punto que la inauguración del proyecto fue profusamente difundida, lo que constaría en portada del diario El Mercurio, en que aparecen el Seremi de Transportes de la VIII Región, el Director Regional de Chiledeportes y la alcaldesa de Concepción, doña Jacqueline Van Rysselberghe , haciendo uso de las nuevas ciclovías financiadas por el proyecto beneficiado con montos por $ 4.634.000.
Así ocurre, también, con el proyecto que beneficia al Servicio Nacional de Menores, en que se informó que se trata del financiamiento destinado exclusivamente a la atención de menores dentro de sus programas.
En el caso del proyecto del Sernam, éste tuvo como objetivo el financiamiento de actividades de centros de cuidado infantil, en los cuales niños de 2 a 12 años desarrollan actividades recreativas y deportivas, mientras sus madres trabajan en la recolección y embalaje de frutas. El programa se desarrolla desde 1992 y corresponde a un esfuerzo multisectorial, financiado por Sernam, Chiledeportes, Junaeb, Junji e Integra.
IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.
A) CONCLUSIONES.
De carácter general.
1. Se desprende de un modo elocuente del resultado de esta investigación que las denuncias o imputaciones formuladas por algunos diputados de oposición y, particularmente, lo sostenido con notoria publicidad, de manera reiterada y vehemente, a través de diversos medios de comunicación, por uno o algunos de los diputados acusadores referentes al funcionamiento de Chiledeportes, no recibieron una mínima y responsable acreditación.
Por el contrario, según se describió en el cuerpo de este informe, no existe un solo antecedente que sustente las acusaciones que dieron origen al proyecto de acuerdo, en tanto, debe recordarse, que los acusadores se explayaron en la sesión en que se convoca a esta Comisión, respecto de existencia de “cajas negras” [14], de financiamiento para fines distintos de los previstos en la ley, de la ilegalidad de la asignación directa [15], de dobles sueldos de ex funcionarios, de donaciones supuestamente irregulares a una fundación ligada a un ex presidente de la República [16] , de falta de supervisión de parte de un Ministerio, de recursos acaparados con “pitutos” y “arreglines” [17], etc..
Ninguna de estas acusaciones fue objeto de prueba bastante y suficiente para equipararse o corresponderse con el nivel y publicidad de las denuncias que fueron formuladas de manera vaga y sin ninguna precisión, al punto que ni siquiera se determinó respecto de uno de los requerimientos mínimos del mandato de la Sala que consistía en señalar los funcionarios o autoridades responsables de los actos administrativos eventualmente irregulares. Por cierto, se comprende que no se haya determinado lo anterior, en tanto para establecer responsabilidades es previo determinar hechos irregulares o ilícitos, lo cual fue completamente descartado.
2. Conviene, también, hacer presente que, ya sea a instancia de esta Corporación, del Ejecutivo o de terceros, sin limitarse en ni una sola posibilidad de investigación, se han desplegado innumerables procedimientos de revisión, sin que se detectaran situaciones que determinen la existencia de ilícitos, delitos o ilegalidades que hayan permitido establecer estados de corrupción generalizados en la Institución o falta de probidad de sus funcionarios. En efecto, habiendo sido sometida la Institución a Auditorías Internas, respecto del funcionamiento de la Ley del Deporte, Auditorías Externas desplegadas por el Consejo de Auditoría General de Gobierno, Informes de Contraloría, tanto regulares como extraordinarios; así como la investigación de esta Comisión de Gobierno Interior, todas ellas han descartado la presencia de ilícitos o falta de probidad, arribando, indefectiblemente, a observaciones o reparos que dicen relación con procedimientos y formas y las eventuales falencias o déficits en los procesos completos y detallados que rigen a ese Servicio. Es evidente que todas las materias tienen que ver con la optimización de la gestión y control de ese Instituto y es ésa la tarea que debe concentrar los mayores y mejores esfuerzos de la actual administración.
3. Incluso más, no sólo frente a acusaciones infundadas, sino, derechamente ante dudas o insinuaciones respecto de la legitimidad del informe y conclusiones de la Auditoría Externa del Consejo de Auditoría General de Gobierno (el que determinó una serie de recomendaciones a nivel de control y gestión, descartando irregularidades), ha sido el propio Contralor General de la República , ante la insistencia de parlamentarios, quien ha sentenciado que no existen “objeciones que formular” con relación al referido documento, agregando que manifiesta conformidad sobre todos los aspectos contenidos en el citado Informe, el que culmina “con sugerencias y propuestas concretas para minimizar los riesgos y enfrentar las deficiencias detectadas.”.
4. En síntesis, es interés de esta comisión se repongan en su justa medida y dimensión las materias abordadas, esperando se concentren los esfuerzos, los recursos materiales y humanos, en la optimización de la gestión de una institución cuyas herramientas o posibilidades de beneficios para la comunidad deben imponerse, con creces, por sobre intereses o estrategias particulares o ventajistas.
5. En esa línea, este Parlamento debe estar disponible para analizar las eventuales mejoras o perfeccionamientos de la Ley del Deporte, que, como toda norma jurídica, es esencialmente susceptible de afinamiento, particularmente en los períodos de instalación de una nueva institucionalidad deportiva. Así, por lo demás, ha quedado demostrado en los últimos años -como nunca antes ocurrió- en que se ha manifestado una preocupación e interés notables de parte de esta Corporación y del Ejecutivo por generar los ambientes jurídicos y normativos necesarios para forjar las bases y modelos más óptimos e ideales que cobijen a la actividad deportiva de nuestro país (Ley del Deporte, Proyecto de Ley de Deportistas Profesionales, Ley de Sociedades Anónimas Deportivas, modificación a la Ley de Violencia en los Estadios, etc.).
De carácter específico.
6. Respecto del mandato principal de esta Comisión, se ha podido establecer que del examen de las declaraciones efectuadas ante la misma, de los antecedentes incorporados y de los informes evacuados, tanto por la Contraloría General de la República como por el Comité de Auditoría Interna General de Gobierno, se desprende que éstos no concluyen situaciones de ilícitos, fraudes, delitos o irregularidades que determinen estados de corrupción o falta de probidad de los funcionarios de Chiledeportes.
7. Las observaciones formuladas pueden representar, eventualmente, falencias procedimentales respecto de procesos que, más allá del mandato legal o reglamentario, conforman los lineamientos generales de la actuación de un organismo nuevo, en proceso de instalación.
8. Resulta evidente, asimismo, que la Ley y su Reglamento presentan vacíos de regulación que han permitido la generación de organizaciones destinadas a gestionar proyectos deportivos, lo que no fue previsto por el legislador, ni tampoco analizado en cuanto a su conveniencia o prohibición. Tampoco se regula la intermediación para la selección y aprobación de proyectos a través de organismos que operan como gestores, más allá de su constitución formal.
9. Sin perjuicio de lo anterior, se debe concluir que no se determina ni en la ley ni en los reglamentos, regulación o normativa precisa respecto de la entrega de recursos a través de asignación directa, y no existe ninguna norma que fije su porcentaje máximo para tal tipo de distribución de recursos. Las regulaciones no poseen la claridad suficiente para asegurar una distribución equitativa y transparente de sus recursos.
10. Tal como determinó el Informe del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno , “los procedimientos de supervisión presentan deficiencias que deben ser corregidas a fin de contar con información del ciclo completo del proyecto, desde su presentación hasta su ejecución y resultados, a fin de poder verificar si el Instituto ha logrado el cumplimiento de sus objetivos a través de ellos”.
11. Respecto del análisis de las muestras de proyectos financiados por Fondeporte y Donaciones, tanto por la Contraloría, así como por el Consejo de Auditoría, y oídos los descargos de los funcionarios que comparecieron ante la Comisión, se puede concluir la existencia de deficiencias que tienen que ver con el control operativo insuficiente.
B) RECOMENDACIONES.
B.1) Propuesta de modificaciones a la Ley Nº 19.712.
1. Porcentaje mínimo de distribución de recursos vía concurso.
La Comisión estima necesario el establecimiento de un porcentaje mínimo de distribución de recursos del Fondeporte, tanto a nivel de la Dirección Nacional, como de cada una de las Direcciones Regionales, respecto de los fondos concursables, en cada una de las categorías o modalidades.
Este porcentaje debería considerar, en todo caso, que respecto de la Dirección Nacional de Chiledeportes, la asignación directa permite hacer frente a las necesidades del Comité Olímpico, Federaciones y organizaciones deportivas, en general, que no están en condiciones de ser previstas en el sistema concursal, de realización en el año previo a su ejecución.
2. Regulación de organizaciones gestoras de proyectos deportivos.
La Comisión estima necesario normar, de manera precisa y clara, respecto de la existencia de organizaciones que actúen como gestoras de proyectos deportivos, estableciendo, expresamente: a) su prohibición o b) fijando el marco en que puedan desarrollar una labor de promoción y, en este último caso, si tal labor la pueden desarrollar como club deportivo prestador de servicios o bajo alguna forma jurídica expresamente determinada en la ley.
3. Focalización de Donaciones con Fines Deportivos.
La Comisión cree necesario, además, revisar el esquema de donaciones en relación con la eventual incorporación de factores o condiciones que orienten los aportes de la empresa privada hacia proyectos deportivos presentados por organizaciones provenientes de sectores más vulnerables social y económicamente.
Si fuere necesario, se propone establecer porcentajes mayores de franquicia tributaria para tales proyectos y disminuir, en cambio, aquéllos en que resultan beneficiarios organizaciones con estructuras más sólidas y desarrolladas.
4. Reemplazar el sistema de concurso por el de Registro para Donaciones.
El actual esquema no constituye una selección de proyectos, propiamente tal, sino que un sistema de calificación respecto de montos no finitos, del cual pueden resultar tantos proyectos susceptibles de donaciones deportivas como empresas donantes interesadas en aportar en actividades que tengan dicho carácter.
Esto requiere eliminar el concurso anual y, en cambio, establecer un período permanente de postulación al registro, lo que permitiría distribuir la carga administrativa de Chiledeportes. Se debe, entonces, analizar la conveniencia de mantener un sistema de concurso para donaciones, en circunstancias que sólo se refiere, en la actualidad, a un proceso de calificación y no de selección. En este caso, se debe examinar la capacidad del Órgano Público para mantener y administrar un Registro abierto durante todo el año y no concentrado, exclusivamente, en un par de meses. Ello trae aparejado el reforzamiento de las facultades del Servicio de Impuestos Internos.
5. Pronunciarse, derechamente, sobre el aporte a actividades deportivas profesionales.
La ley nada dice al respecto y se impone un mínimo grado de definiciones.
6. Reformular la Planta de Chiledeportes.
Resulta evidente, a estas alturas, que la actual estructura organizacional de Chiledeportes no se adecua a los requerimientos de la norma.
7. Eliminación del artículo 48 de la Ley.
La referida norma, establecida para el análisis de proyectos de competencias internaciones, no presta ninguna utilidad práctica y, por el contrario, se encuentra absolutamente desajustada de los eventos o ciclos deportivos que poseen esa condición. Un ejemplo reciente lo constituyen los Juegos Odesur, que, de haber sido acogidos, hubiesen quedado fuera de los plazos previstos en la norma.
B.2.- Recomendaciones de índole administrativo.
La Comisión acordó adherirse a lo planteado por el informe de Auditoría Interna General de Gobierno, así como lo expresado por la Contraloría General de la República y, con la finalidad de entregar propuestas concretas al Ejecutivo para enfrentar los riesgos y deficiencias detectadas, señala las siguientes recomendaciones:
1. Rediseño de los procesos del Instituto Nacional de Deportes de Chile.
Se sugiere reestructurar algunos procesos del Instituto Nacional de Deportes, con la finalidad de orientarse a satisfacer la misión de la Institución y la calidad de atención al usuario. Este rediseño debe aprovechar la experiencia y capacidades técnicas existentes dentro del Servicio, fortaleciendo las áreas débiles, tales como las asociadas a sistemas de información presupuestaria, contable y operacional, sustentando la gestión en parámetros modernos de calidad y decisión.
2. Identificar claramente las funciones y responsabilidades de los funcionarios del Instituto Nacional de Deportes de Chile.
Se recomienda delimitar claramente las funciones y responsabilidades de las distintas unidades, separando las funciones normativas de las operativas, tanto a nivel nacional como regional.
3. Reforzamiento del Sistema de Control Interno.
Se debe fortalecer el sistema de control interno, a través de la mejora de los controles operativos de los procesos y a través de una unidad de auditoría interna independiente y única, con alcance integral en su accionar.
4. Ajustes del sistema financiero presupuestario.
En esta materia, la Comisión también se adhiere a la recomendación formulada por el Consejo de Auditoría Interna de Gobierno que señaló: “Se recomienda fortalecer el sistema financiero presupuestario, efectuando los ajustes necesarios a fin que la información presupuestaria sea, íntegra, completa, veraz, transparente y que permita reflejar los procesos internos de la Institución. Entre esos ajustes, es especialmente importante la depuración de los ítems que componen el Fondeporte, a lo que podría contribuir la Dirección de Presupuestos con la finalidad de que su resultado sea ajustado a los estándares de calidad presupuestaria requerida.”.
Es todo cuanto se puede informar, solicitando esta comisión se remita copia del presente informe, para su conocimiento, a la Subsecretaria de Deportes, al Ministro Secretario General de Gobierno , al Comité de Auditoría General de Gobierno, a la Contraloría General de la República y al Servicio de Impuestos Internos.".
Se designó diputado informante al señor Quintana, don Jaime .
-o-
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de los días 19 de abril; 3, 10 y 17 de mayo; 7 y 21 de junio; 5, 12 y 19 de julio; 16 de agosto; 13 de septiembre; y 11 de octubre, con asistencia de la señora Caraball , doña Eliana ( Presidenta ) y de los señores Becker, don Germán ; Delmastro, don Roberto ; Egaña, don Andrés ; Galilea, don Pablo ; señora González, doña Rosa ; Longton, don Arturo ; Montes, don Carlos ; Navarro, don Alejandro ; Pérez, don Víctor ; Prieto, don Pablo ; Quintana, don Jaime ; Riveros, don Edgardo ; Salaberry, don Felipe ; Silva, don Exequiel ; Valenzuela, don Esteban ; y Varela, don Mario .
Sala de la Comisión, a 14 de octubre de 2005.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Espinoza ; Bustos ; Escalona ; Hales ; Leal ; Mora ; Muñoz, don Pedro , y Paredes, y de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana y Tohá , doña Carolina . (boletín Nº 4019-07)
Reforma constitucional sobre los efectos del desafuero en relación a la dieta parlamentaria y asignaciones complementarias.
“Tradicionalmente se ha entendido al fuero parlamentario en cuanto a su naturaleza jurídica un privilegio en razón del cargo, esto con el propósito de velar por el mejor desempeño de la función parlamentaria, pues se busca una situación de privilegio en relación a los demás ciudadanos, pero jamás para colocar a los parlamentarios al margen del ordenamiento jurídico, sino que para asegurar independencia en su gestión, así también “libertad de las determinaciones y actuaciones de quienes, temporalmente los sirven, y de proveer los medios adecuados para conseguir sus objetivos” [1].
Pero modernamente la ciencia procesal observa en la institución, una condición de procesabilidad que como cuestión previa debe resolver un Tribunal determinado a objeto que ciertas personas que desempeñan ciertas funciones puedan ser sometidas a un procedimiento determinado, especialmente de índole procesal penal. En este sentido la evolución de la Institución, así como la jurisprudencia de los Tribunales ha indicado algunos defectos de técnica legislativa, así como impresentables soluciones desde el punto de vista de los principios y de las consecuencias.
Uno de los aspectos dice relación con la manifiesta vulneración del principio de inocencia en relación a los efectos del desafuero: que implica la suspensión del parlamentario en el ejercicio del cargo, y no así de otro tipo de prerrogativas. El contenido material de la “presunción de inocencia”, al decir del eminente profesor Claus Roxin [2] , “es hasta hoy discutido”. “las medidas de coerción del proceso penal, fundadas en la mera sospecha, deben ser, en todo caso, compatibles con ella, así como la gradación de las facultades de intervención del Estado debe responder al grado de la sospecha sobre la comisión del hecho punible”. Es por eso que “la presunción de inocencia debe ser incluida como manifestación específica del principio del Estado de Derecho, en el mandato de un procedimiento llevado a cabo con lealtad. De ello se infiere que la pena no debe ser anticipada, esto es, impuesta antes que se haya condenado a esa consecuencia jurídica”. Es por eso que las autoridades no pueden calificar de culpable a alguien que todavía no ha sido condenado por sentencia firme es por eso que resulta deplorable los efectos respecto a una simple declaración de desafuero que en ningún caso puede significar una declaración de culpabilidad por lo que el parlamentario afectado sólo podrá ser sujeto de un juicio pero no debe importar la privación del ejercicio de su cargo.
I. Sobre los efectos del desafuero y la dieta parlamentaria.
Nadie discute que la primera consecuencia del desafuero es la suspensión en el cargo de Diputado o Senador, por el cual el congresal desaforado, “no se entiende en ejercicio para todos los efectos constitucionales” [3].
En cuanto a si el desaforado goza o no de dieta parlamentaria, se ha discutido por varios informes parlamentarios de larga data, resultando en todos los casos una respuesta afirmativa [4], porque se ha entendido que el desafuero implica la suspensión del parlamentario en el desempeño de sus funciones, y la dieta, se vincula a la calidad de parlamentario y no a su desempeño, por lo que nada obsta a que continúe ganando la dieta respectiva.
Ahora bien, siendo consecuentes con ese planteamiento, si la suspensión dice relación con las funciones propias del cargo, es lógico que todas aquellas asignaciones complementarias que los presupuestos contemplan junto a la dieta y que se refieren a rubros propios de su desempeño, queden suspendidas, como lo son: “viáticos para alojamiento y alimentación, para movilización y para secretarías distritales. Además los giros autorizados a favor de los congresales, los fondos públicos costean además las remuneraciones, según contrato de trabajo o boletas de honorarios, a asesores del parlamentario; arriendos de inmuebles, según contratos, para oficinas de en los respectivos distritos; vales de bencina, costos de llamados telefónicos, todos según indica el presupuesto anual, el cuál determina los máximos permitidos para cada uno de esos desembolsos” [5].
En el fondo el único planteamiento coherente, mientras no se reformule la institución del desafuero y sus efectos es entender que la suspensión de la función parlamentaria implica también la de las asignaciones complementarias de la dieta, porque la situación actual no tiene coherencia jurídica, al pagar por rubros respecto de los cuales el parlamentarios se encuentra suspendido .
II. Ideas Matrices.
1. Establecer un criterio de racionalidad y coherencia en relación a los efectos del desafuero. Si el efecto implica una suspensión del ejerció del cargo o función, pero no la pérdida de la calidad de tal, es lógico pensar que las asignaciones establecidas para el desarrollo de la función y desempeño del parlamentario queden suspendidas, no así la dieta parlamentaria.
2. Necesariamente la reflexión política deberá adoptar una decisión coherente que por una parte, implique terminar con un efecto pernicioso de la suspensión (existen dos proyectos en la materia), que por las demoras del vetusto procedimiento penal significan una pérdida de representación de los ciudadanos (efecto político), así como una auténtica vulneración del principio de inocencia. Por otro lado las implicancias de la suspensión de las asignaciones también deberán ser abordadas en razón a los efectos que tal situación significaría respecto de terceros.
El legislador no puede estar de espaldas a la realidad, aquí radica la misión del legislador crítico y democrático, esto es, la constante revisión de porqué se ha seleccionado tal relación social y se la ha fijado desvalorativamente de una forma determinada.
Es por eso, que sobre la base de estos antecedentes vengo en proponer a esta Honorable Cámara el siguiente proyecto de reforma constitucional.
Artículo Único.- Modificase el artículo 58 de la Constitución Política en el siguiente sentido:
1º Sustitúyase la letra “y”, por una (,);
2º A continuación de la palabra “competente”, la siguiente frase ““y a las disposiciones establecidas en el reglamento de cada corporación”.
Artículo 58.- Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión.
Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o designación, o desde el de su incorporación, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.
En caso de ser arrestado algún diputado o senador por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.
Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el diputado o senador imputado suspendido de su cargo, sujeto al juez competente “y a las disposiciones establecidas en el reglamento de cada corporación”.
Moción de los diputados señores Espinoza , Bustos , Escalona , Hales , Leal , Mora, Muñoz, don Pedro , y Paredes, y de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana y Tohá , doña Carolina . (boletín Nº 4018-16) Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados sobre los efectos del desafuero en relación a la dieta parlamentaria y asignaciones complementarias.
“Tradicionalmente se ha entendido al fuero parlamentario en cuanto a su naturaleza jurídica un privilegio en razón del cargo, esto con el propósito de velar por el mejor desempeño de la función parlamentaria, pues se busca una situación de privilegio en relación a los demás ciudadanos, pero jamás para colocar a los parlamentarios al margen del ordenamiento jurídico, sino que para asegurar independencia en su gestión, así también “libertad de las determinaciones y actuaciones de quienes, temporalmente los sirven, y de proveer los medios adecuados para conseguir sus objetivos” [1].
Pero modernamente la ciencia procesal observa en la institución, una condición de procesabilidad que como cuestión previa debe resolver un Tribunal determinado a objeto que ciertas personas que desempeñan ciertas funciones puedan ser sometidas a un procedimiento determinado, especialmente de índole procesal penal. En este sentido la evolución de la Institución, así como la jurisprudencia de los Tribunales ha indicado algunos defectos de técnica legislativa, así como impresentables soluciones desde el punto de vista de los principios y de las consecuencias.
Uno de los aspectos dice relación con la manifiesta vulneración del principio de inocencia en relación a los efectos del desafuero: que implica la suspensión del parlamentario en el ejercicio del cargo, y no así de otro tipo de prerrogativas. El contenido material de la “presunción de inocencia”, al decir del eminente profesor Claus Roxin [2] , “es hasta hoy discutido”. “las medidas de coerción del proceso penal, fundadas en la mera sospecha, deben ser, en todo caso, compatibles con ella, así como la gradación de las facultades de intervención del Estado debe responder al grado de la sospecha sobre la comisión del hecho punible”. Es por eso que “la presunción de inocencia debe ser incluida como manifestación específica del principio del Estado de Derecho, en el mandato de un procedimiento llevado a cabo con lealtad. De ello se infiere que la pena no debe ser anticipada, esto es, impuesta antes que se haya condenado a esa consecuencia jurídica”. Es por eso que las autoridades no pueden calificar de culpable a alguien que todavía no ha sido condenado por sentencia firme es por eso que resulta deplorable los efectos respecto a una simple declaración de desafuero que en ningún caso puede significar una declaración de culpabilidad por lo que el parlamentario afectado sólo podrá ser sujeto de un juicio pero no debe importar la privación del ejercicio de su cargo.
I. Sobre los efectos del desafuero y la dieta parlamentaria.
Nadie discute que la primera consecuencia del desafuero es la suspensión en el cargo de Diputado o Senador, por el cual el congresal desaforado, “no se entiende en ejercicio para todos los efectos constitucionales” [3].
En cuanto a si el desaforado goza o no de dieta parlamentaria, se ha discutido por varios informes parlamentarios de larga data, resultando en todos los casos una respuesta afirmativa [4], porque se ha entendido que el desafuero implica la suspensión del parlamentario en el desempeño de sus funciones, y la dieta, se vincula a la calidad de parlamentario y no a su desempeño, por lo que nada obsta a que continúe ganando la dieta respectiva.
Ahora bien, siendo consecuentes con ese planteamiento, si la suspensión dice relación con las funciones propias del cargo, es lógico que todas aquellas asignaciones complementarias que los presupuestos contemplan junto a la dieta y que se refieren a rubros propios de su desempeño, queden suspendidas, como lo son: “viáticos para alojamiento y alimentación, para movilización y para secretarías distritales. Además los giros autorizados a favor de los congresales, los fondos públicos costean además las remuneraciones, según contrato de trabajo o boletas de honorarios, a asesores del parlamentario; arriendos de inmuebles, según contratos, para oficinas de en los respectivos distritos; vales de bencina, costos de llamados telefónicos, todos según indica el presupuesto anual, el cuál determina los máximos permitidos para cada uno de esos desembolsos” [5].
En el fondo el único planteamiento coherente, mientras no se reformule la institución del desafuero y sus efectos es entender que la suspensión de la función parlamentaria implica también la de las asignaciones complementarias de la dieta, porque la situación actual no tiene coherencia jurídica, al pagar por rubros respecto de los cuales el parlamentarios se encuentra suspendido.
II. Ideas Matrices.
1. Establecer un criterio de racionalidad y coherencia en relación a los efectos del desafuero. Si el efecto implica una suspensión del ejerció del cargo o función, pero no la pérdida de la calidad de tal, es lógico pensar que las asignaciones establecidas para el desarrollo de la función y desempeño del parlamentario queden suspendidas, no así la dieta parlamentaria.
2. Necesariamente la reflexión política deberá adoptar una decisión coherente que por una parte, implique terminar con un efecto pernicioso de la suspensión (existen dos proyectos en la materia), que por las demoras del vetusto procedimiento penal significan una pérdida de representación de los ciudadanos (efecto político), así como una auténtica vulneración del principio de inocencia. Por otro lado las implicancias de la suspensión de las asignaciones también deberán ser abordadas en razón a los efectos que tal situación significaría respecto de terceros.
El legislador no puede estar de espaldas a la realidad, aquí radica la misión del legislador crítico y democrático, esto es, la constante revisión de porqué se ha seleccionado tal relación social y se la ha fijado desvalorativamente de una forma determinada.
Es por eso, que sobre la base de estos antecedentes vengo en proponer a esta Honorable Cámara el siguiente proyecto de reforma constitucional.
Artículo Único.- Agréguese el siguiente inciso final al artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados
“Los Diputados suspendidos de su cargo por aplicación de lo dispuesto en el inciso final del artículo 58 de la Constitución Política, seguirán gozando de la dieta pero no de las asignaciones complementarias, las que quedarán de pleno derecho suspendidas”.
Fdo: Diputados señores Espinoza , Bustos , Escalona , Hales , Leal , Mora, Muñoz, don Pedro , y Paredes, y de las diputadas señoras Muñoz , doña Adriana y Tohá , doña Carolina.