Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. TABLA
- COMPLEMENTACIÓN DE LA LEY Nº 19.327, DE 1994, EN LO RELATIVO A LA PROHIBICIÓN DE ASISTENCIA A RECINTOS DEPORTIVOS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Rodolfo Seguel Molina
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Ibanez Santa Maria
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Waldo Mora Longa
- COMPLEMENTACIÓN DE LA LEY Nº 19.327, DE 1994, EN LO RELATIVO A LA PROHIBICIÓN DE ASISTENCIA A RECINTOS DEPORTIVOS. Primer trámite constitucional.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gonzalo Ibanez Santa Maria
- Eugenio Bauer Jouanne
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Sergio Correa De La Cerda
- Marcelo Forni Lobos
- Jose Antonio Kast Rist
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Ivan Norambuena Farias
- Pablo Prieto Lorca
- Gonzalo Uriarte Herrera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 352ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 25ª, en martes 30 de noviembre de 2004
(Especial, de 17.06 a 18 horas)
Presidencia de los señores Lorenzini Basso, don Pablo, y Ojeda Uribe, don Sergio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- TABLA
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 4
II. Apertura de la sesión 7
III. Actas 7
IV. Cuenta 7
V. Tabla.
- Complementación de la ley N° 19.327, de 1994, en lo relativo a la prohibición de asistencia a recintos deportivos. Primer trámite constitucional 7
VI. Documentos de la Cuenta.
1. Moción de los diputados señores Ibáñez, Bauer, Cardemil, Correa, Forni, Kast, Monckeberg, Norambuena, Prieto y Uriarte, que modifica la ley de matrimonio civil para perfeccionar el reconocimiento civil de los matrimonios celebrados ante entidades religiosas. (boletín N° 3732-18) 18
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (93)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional no estuvieron presentes los diputados don Roberto Delmastro y la doña María Antonieta Saa.
-Asistieron, además, los ministros de Relaciones Exteriores , don Ignacio Walker, y de la Secretaría General de la Presidencia, don Eduardo Dockendorff.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 17.06 horas.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor LORENZINI (Presidente).-
El acta de la sesión 19ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 20ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor LORENZINI (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
V. TABLA
COMPLEMENTACIÓN DE LA LEY Nº 19.327, DE 1994, EN LO RELATIVO A LA PROHIBICIÓN DE ASISTENCIA A RECINTOS DEPORTIVOS. Primer trámite constitucional.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto que precisa que la prohibición de asistir a espectáculos de fútbol profesional regirá desde la notificación de la respectiva sentencia.
Diputada informante de la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana es la señora Ximena Vidal.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana, boletín Nº 3527-07, sesión 24ª, en 30 de noviembre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 10.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada informante.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana, paso a informar, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, sobre el proyecto que precisa que la prohibición de asistir a espectáculos de fútbol profesional regirá desde la notificación de la sentencia. En consecuencia, tiene por objeto combatir de manera más efectiva los actos de violencia cometidos durante los espectáculos de fútbol profesional.
En efecto, una de las sanciones accesorias que contempla el artículo 6º de la ley Nº 19.327 es la contenida en la letra b) de su inciso cuarto, la cual establece la prohibición de asistir a los espectáculos de fútbol profesional por el tiempo que dure la condena, debiendo el sancionado presentarse en los días y horas en que se realicen tales espectáculos en el lugar que el juez fije.
De acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista por la Comisión, una de las medidas que ha producido más efectos en el combate contra la violencia en dichos espectáculos ha sido precisamente la señalada, pero como se trata de una sanción de carácter accesorio solamente puede aplicarse una vez que la sentencia condenatoria se encuentra ejecutoriada, circunstancia que normalmente toma un largo tiempo. De ahí, entonces, el interés de los autores de la moción por hacerla aplicable de inmediato, para lo cual se propone darle carácter de medida cautelar a fin de que el juez, a petición del fiscal, del querellante o de la víctima, pueda aplicarla una vez formalizada la investigación.
Por la misma razón, en la norma transitoria se autoriza a los jueces para aplicar esta medida cautelar en las regiones en que aún no rige la reforma procesal penal, puesto que la medida señalada es propia del nuevo sistema procesal.
Lo que motiva este informe son las dos indicaciones presentadas en la Sala, ambas referidas a la letra b) del artículo transitorio.
La primera, de los diputados señores Burgos y Jaramillo , propone expresar en singular la expresión “aquellas regiones”, empleado en la señalada letra b), en atención a que sólo queda una región donde aún no rige la reforma. La Comisión perfeccionó la indicación remitiéndola expresamente a la Región Metropolitana, ya que es la única que se encuentra en dicha situación.
La segunda indicación, del diputado señor Navarro , agrega, al final de la letra b), la siguiente oración: “El tiempo de duración de la medida cautelar, será imputado a la sentencia definitiva.”. Es de toda lógica que se considere el tiempo efectivo en que el procesado estuvo impedido de asistir a los espectáculos de fútbol profesional en virtud de una resolución judicial.
La Comisión acogió ambas indicaciones por unanimidad.
De conformidad con lo anterior, la letra a) del artículo único, al no haber sido objeto de observaciones, debe entendérsela aprobada.
La letra b), de acuerdo con las indicaciones acogidas por la Comisión, debería quedar con la siguiente redacción: “Agrégase el siguiente artículo 2º transitorio, pasando el actual transitorio a ser 1º:
“La medida cautelar establecida en el artículo 8º podrá ser decretada incluso por los tribunales de la Región Metropolitana de Santiago en el territorio de su jurisdicción, de oficio, a petición del querellante o de la víctima. El tiempo de duración de la medida cautelar será imputado a la sentencia definitiva.”.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , a quienes amamos el deporte como una actividad social, recreativa y familiar, este proyecto nos deja muy satisfechos.
Nuestro país, a través de la televisión, ha sido testigo de lo ocurrido en los espectáculos deportivos, en especial en Santiago. Un ejemplo patético es el de la barra de Colo Colo, cuando dos hinchas se agredieron con cuchillas. Estas situaciones no aportan nada positivo a un espectáculo tan lindo como el fútbol.
Este proyecto, mediante una sanción accesoria, pretende impedir el ingreso a los estadios de sujetos que hayan sido sancionados, quienes deberán presentarse en el lugar que determine el juez. Es una muy buena señal para quienes queremos recuperar los espacios públicos, en especial, los deportivos.
Como el proyecto avanza en la senda correcta, y espero que la comunidad confíe en que estamos en pos de hallar soluciones a los problemas que afectan al deporte, especialmente de relacionados con la violencia, vamos a concurrir favorablemente con nuestra votación.
Hay ejemplos fundamentales y es bueno que los chilenos aprendamos de ellos. En la actualidad, la televisión, internet y todos los medios de comunicación nos trasladan rápidamente a latitudes muy distantes. A través de la televisión, domingo tras domingo, vemos los espectáculos deportivos internacionales. Destaca el caso de Inglaterra, donde están los hooligans, que son un grupo de hinchas radicales británicos de mala clase -permítaseme decirlo-, que con su conducta entorpecen la realización de los espectáculos deportivos. En ese caso, la fuerza pública es determinante en la normalización de tales eventos. No se trata de abogar por una acción más agresiva de la fuerza policial, sino de conseguir cambios positivos con legislaciones como la que debatimos. Si bien en nuestro país no hay grupos como los hooligans, no podemos negar que sí hay muy malos elementos -lumpen- que echan a perder los espectáculos deportivos.
El proyecto establece una medida accesoria pero positiva. Dice que las personas impedidas de asistir a espectáculos de fútbol profesional deben presentarse en los días y horas en que ellos se realicen en el lugar que determine el juez, que puede ser una comisaría u otro lugar.
Atendido el buen objetivo del proyecto, en el sentido de velar por la normal realización de los espectáculos deportivos, la bancada de la Unión Demócrata Independiente lo votará favorablemente.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodolfo Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente , en primer lugar, felicito a los autores de la iniciativa, diputados señores Jorge Burgos Varela y Eduardo Saffirio Suárez y a sus copatrocinantes -entre los que me cuento-, diputadas señoras Eliana Caraball Martínez y María Eugenia Mella Gajardo y diputados señores Waldo Mora Longa , José Miguel Ortiz Novoa , Exequiel Silva Ortiz .
Los copatrocinantes, luego de examinar exhaustivamente la realidad de nuestro país, nos dimos cuenta de la importancia del proyecto para las familias y el deporte chileno.
El diputado señor Manuel Rojas , quien me antecedió en el uso de la palabra, señaló, con pleno conocimiento de causa -por su labor de deportista y profesor de educación física-, que las conductas antisociales de algunos de los “barristas” de los clubes deportivos han transformado esta actividad al extremo de que es prácticamente imposible que la familia asista a los estadios a ver un partido de fútbol de su equipo preferido. Es vergonzoso ver por la televisión cómo se atacan entre ellos y cómo gran parte de los dirigentes de los clubes deportivos permite esta avalancha de delincuentes en los estadios. Se comentaba que les regalaban las entradas, les compraban los implementos para sus barras, los bombos, las camisetas; les arrendaban los buses para que viajaran, etcétera. Eso ocasionó que la familia deportiva se alejara de los estadios y que una cantidad importante de colocolinos, como yo, decidiera quedarse en sus casas. Lo mismo ocurre con hinchas de la Universidad de Chile, de Universidad Católica, de Cobreloa, etcétera, al punto que la gente prefiere saber los resultados por la prensa o escuchar los partidos por la radio antes que exponer a sus familias a estas “manadas de delincuentes” que llegan a los estadios permanentemente.
Como el espíritu del proyecto busca beneficiar a la familia deportiva y al deporte chileno vamos a votarlo favorablemente.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Ibáñez.
El señor IBÁÑEZ .-
Señor Presidente , el proyecto en discusión es de sumo interés para todos quienes amamos el deporte.
Antes de hablar sobre la iniciativa, quiero referirme a las palabras del diputado señor Rodolfo Seguel. Él señaló que constantemente llegaban a los estadios “manadas de delincuentes”. Al respecto, quiero decirle al colega -por su intermedio señor Presidente - que eso no es cierto. Quizás alguna vez se han infiltrado delincuentes en las barras y, en ciertas ocasiones, grupos de personas que cometen actos delictivos. Eso ha causado un enorme daño al espectáculo deportivo, pero hablar de “manada de delincuentes”, me parece una exageración que no se puede tolerar por respeto a la verdad.
En cuanto al tema en debate es cierto que se ha producido un fenómeno de violencia en los estadios, especialmente de fútbol, con graves consecuencias. Ha faltado educación, también ha habido una falla bastante grave de los cuadros directivos de varios clubes del fútbol profesional, que incitaron la formación de estas barras bravas, como se denominan, y que han terminado por provocar el efecto contrario al que se esperaba. Han alejado de los estadios al público pacífico, que es el mayoritario, con grave detrimento para la vida deportiva y, especialmente, para la vida familiar.
Durante décadas el panorama preferido de muchas de familias chilenas era ir al estadio. Recuerdo los grandes cotejos de hace veinte, veinticinco, treinta, incluso, cuarenta años, que se jugaban con los estadios llenos. Ahora están vacíos y es lamentable apreciar cómo la gente rehúye la asistencia a estos espectáculos deportivos y lo que, de alguna manera, ha perjudicado al fútbol profesional. Por eso, parece sumamente prudente todo lo que hagamos con el objeto de restaurar la confianza para que la gente vuelva a ir a los estadios en forma masiva y familiar.
Sin embargo, el proyecto adolece de una omisión muy importante: Sólo se refiere a los encuentros del fútbol profesional; no considera a los espectáculos de fútbol amateur o aficionado, que atraen una mayor cantidad de público a recintos deportivos que carecen de las mínimas medidas de seguridad.
Hace unos días asistí al Estadio Sausalito de Viña del Mar para ver jugar a la selección de Achupallas -de un barrio muy populoso de esta ciudad- y la selección de Puchuncaví. En el estadio había más de dos mil personas presenciando el partido, asistencia que no muchas veces se da en un partido de fútbol profesional.
En otra oportunidad presencié un partido en un estadio de barrio del sector Forestal, en la misma ciudad, entre las selecciones de Forestal y de Reñaca Alto, oportunidad en que hubo desórdenes que pudieron terminar en situaciones muy graves y de lamentar.
Creo que es necesario incorporar la exclusión de los imputados no sólo de los estadios donde se jueguen partidos de fútbol profesional sino también amateur.
El fútbol amateur subsiste con mucho sacrificio y con el esfuerzo gigantesco de sus directivos y jugadores. Por eso tenemos que hacer lo posible para resguardarlo y alentarlo. Uno de los problemas más graves que enfrentan es la falta de seguridad en sus estadios, donde se dan semanalmente cita deportistas y familias completas de vecinos, que deben ser protegidos de los vándalos que incurren en actos de violencia en los estadios, los que deben ser impedidos de entrar no sólo a los partidos de fútbol profesional, sino a los de fútbol asociado amateur.
Quiero elaborar una indicación para incorporar esta idea al proyecto y pido al señor Presidente que, en su momento, recabe la unanimidad de la Sala, a fin de considerarla y votarla en esta ocasión.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En su momento pediremos la unanimidad de la Sala.
Tiene la palabra el diputado señor Fernando Meza.
El señor MEZA .-
Señor Presidente , voy a comenzar mi intervención tomando las últimas palabras del colega Gonzalo Ibáñez . En este sentido, deseo sumarme, en su oportunidad, a la indicación que establezca la prohibición de concurrir a espectáculos deportivos de cualquier naturaleza a los energúmenos que ponen en peligro la seguridad de las personas y familias que asisten, porque esto lo hemos visto no sólo en el fútbol profesional, sino en el amateur, aunque en menor escala. También, no hace mucho, con motivo de la realización de los partidos por la Copa Davis de tenis entre Chile y Argentina, pudimos observar a desalmados que lanzaron sillas y agredieron a diestro y siniestro.
Cuando las sociedades avanzan, se modernizan y se culturizan, pero tienen que hacerlo en todos los sentidos. No se trata sólo de formar más y mejores profesionales, sino también de promover mejores actitudes y normas de convivencia que aseguren la recuperación de los espacios para que las familias vuelvan a divertirse y a disfrutar de este tipo de espectáculos.
La violencia tiene su origen, también, en la mala educación, de la que muchos hacen gala en estos eventos. La buena educación debe comenzar en la casa y en la sala de clases. Es allí donde tenemos que hacer la inversión necesaria para que los niños -hijos, nietos, familiares o amigos- aprendan a disfrutar del deporte y de todo tipo de espectáculos también para que aprendan a respetar y tolerar a aquel que piensa distinto o que el club deportivo de sus amores no es el nuestro.
Podríamos hacer un montón de leyes represivas, pero de poco o nada servirían si ello no se acompaña de una actitud educativa, en que no sólo las escuelas y las familias tengan una importancia trascendental, sino también los dirigentes. Porque, ¿cuántas veces los dirigentes del fútbol o de distintas disciplinas deportivas son responsables, con sus caóticos mensajes previos, del incendio que se origina en las mentes alborotadas de algunos maleantes que se encargan de entorpecer la convivencia ciudadana? ¿Y los jugadores? Sobre el particular, el otro día leí una información aparecida en un medio de comunicación, que en verdad me impactó, pero que lamentablemente, a veces, también tiene algo de veracidad. Decía que para jugar al fútbol a algunos no les hace falta un cerebro mayor que el de un mono, y que otros, para asistir a las canchas a ver estos espectáculos, ni siquiera necesitan cerebro, sólo instintos. Entonces, también debemos educar a nuestros jugadores, para que sean capaces no sólo de dar dos puntapiés a un balón, sino también de entregar un mensaje educativo a quienes van a verlos jugar. Esto también se hace extensivo a los entrenadores.
¡Qué tremenda importancia tiene también la actitud de los medios de comunicación en la búsqueda de la paz para nuestros recintos deportivos! Muchas veces, por vender más ejemplares de un periódico o por buscar el rating, se lanzan explosivas declaraciones en contra de tal o cual club, con lo cual se alimenta un escenario que terminará transformándose en un lanzamiento de colchonetas y de botellazos, en roturas de vidrios, daños a los automóviles estacionados afuera de los estadios y a los negocios de los alrededores e, incluso, apuñalamientos, tal como lo hemos visto en algunas ocasiones.
Por último, en la búsqueda de la sana expresión del deporte, diría que es toda la sociedad la que debe hacerse cargo de este tema. Tenemos que entregar más cultura a nuestros pueblos y debemos pedir al Ministerio de Educación que se enseñe a la gente a compartir y a tolerar a quien no piensa igual. Esta situación también se extiende al plano de las ideas y de la política.
Debemos luchar fuertemente contra la droga. Es necesario ser más estrictos a la hora de decidir si toleramos un cigarrito de marihuana en el adolescente, que luego le da paso a la cocaína, pasta base, heroína, etcétera. Este cóctel maligno entre dirigentes, jugadores, escuela, familia, entrenadores y medios de comunicación tiene al deporte chileno en el lugar en que está: sin público; los pocos que asisten a los espectáculos deportivos lo hacen con miedo.
Celebro mucho este proyecto porque aquellos que van a un recinto deportivo a expresar sus “afectos”, tendencias, frustraciones, complejos, odios y rencores, deben saber, a través de los medios de comunicación que recojan esta iniciativa brillante, que su acceso será prohibido, ojalá por muchísimo tiempo, y que deberán pernoctar en una comisaría de Santiago, Temuco, Loncoche , Villarrica , Viña del Mar o de cualquier otra ciudad. La idea es que los chilenos sanos puedan disfrutar tranquilamente de un espectáculo deportivo y los vándalos paguen sus culpas por actuar en contra del normal desarrollo de la actividad deportiva.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , uno escucha con mucha atención estas intervenciones sobre el deporte. Sin embargo, primero hay que preguntarse cuántas de las personas presentes han practicado algún deporte, porque no es un tema menor. Claramente, la mayoría de quienes estamos en la Sala hemos practicado algún deporte en la vida y no tenemos sangre de horchata.
Es necesario ponderar dos aspectos en su justa medida. El primero es el público que asiste para apoyar a un equipo -las barras-, que por lo general va al estadio con unos cuantos grados de alcohol, a pesar de que no pueden entrar con botellas -beben alcohol antes de ingresar al estadio-. Por tanto, si queremos que la gente ande bien, no sería una mala medida que, así como existen los detectores de metales, se instalen detectores de alcohol.
El segundo es el público sano -mujeres, hombres y niños- que quiere disfrutar de un espectáculo, que no se altera, pero que grita y celebra de manera entusiasta cuando su equipo anota un gol. Esta última gente, que no se pelea, actúa correctamente. En una oportunidad ganara su equipo, pero quizás en la siguiente lo hará el otro. Existe un famoso dicho deportivo, cuyo autor es un gran jugador chileno: “Que gane el más mejor”. Es decir, no siempre ganará el equipo que a uno le gusta. Cuando ello sucede es cuando se debe ser tolerante.
Quiero poner un ejemplo específico. Hace tiempo, antes de ser diputado , practicaba el rodeo. Entonces me di cuenta que, muchas veces, entraba a la medialuna gente con sus “traguitos” en el cuerpo. Algunos echaban sus tallas, otros le pegaban con la chicotera al novillo. Y cuando no les gustaba el veredicto del jurado le gritaban cualquier cosa. Esto hizo que el rodeo, que es nuestro deporte nacional, se fuera transformando en una chacota. ¿Qué hicieron los dirigentes? Hay que felicitarlos. Modificaron el reglamento. En primer lugar, ninguna persona puede entrar a la medialuna sin estar en estado de practicar este deporte. Segundo, una persona que le pega al animal con la chicotera, o lo toma de la cola, o le da un espuelazo, queda descalificado ¡Para afuera! No tiene derecho a participar nunca más en un rodeo. Y, es más, si un corralero ataja y al jurado no le gusta la atajada, a pesar de que él cree que es buena y reclama al jurado, esa persona queda descalificada ¡Por qué digo esto! Muchas veces usted ve cómo los jugadores de fútbol “le sacan la madre” al árbitro, y éste, en vez de quedarse callado, le responde con lo mismo -y eso lo ha visto usted y ellos mismos lo han reconocido después-; algunos con una patada o con un escupitajo. Entonces ¿de qué deporte me están hablando?
El mejor ejemplo de esto fue la huelga que hace un tiempo realizó el fútbol chileno. Toda la gente pensó que el país se iba a venir abajo, pero lo más curioso fue que nadie lo echó de menos. Ahí los jugadores echaron pie atrás y se comenzó a debatir lo que estaba pasando. Luego salió la ley de violencia en los estadios y se adoptaron otras medidas.
Por eso, con motivo de lo que propone este proyecto, uno piensa ¿cómo va a ser correcto que llevemos a un hijo al estadio, si hace poco en un partido un barrista acuchilló a otro? Eso lo vimos todos en la televisión. Después, las barras bravas fueron al norte y asaltaron unos locales comerciales en los servicentros ¡Eso no es deporte!
Si hay un jugador que actúa mal, de cualquier disciplina que sea, tiene que ser castigado con las penas del infierno.
Hace pocos días, en Estados Unidos, por primera vez en la historia de la NBA, en un partido de básquetbol, en que el público está prácticamente dentro de la cancha, algunos jugadores se alteraron y atacaron a unos hinchas que los hostilizaron. ¿Sabe cuál fue la mayor preocupación de los dirigentes del club? No fue el ataque de los jugadores al público, sino la indemnización que van a tener que pagarle a las víctimas de la agresión. Un jugador que comete una agresión debe ser sancionado y tiene que pagar por ello. El club tiene que hacerse responsable. Una persona que agrede a otro en el estadio, no es que no pueda entrar al estadio por un tiempo. ¡Perdónenme! ¡De por vida no puede entrar al estadio! ¿Ustedes piensan que si a un partido internacional, al cual asisten regularmente 80 mil personas, no ingresan unas cuantas castigadas de por vida, va a bajar mucho la recaudación? ¡Basta con que paguen todos la entrada y no entre la mitad de la gente gratis!
En consecuencia, estoy de acuerdo con el proyecto. Y si es preciso corregir la ley una y mil veces para adaptarla a los tiempos que estamos viviendo, hagámoslo. Creo que las leyes que castigan la violencia en el deporte tienen que ser drásticas, por una razón muy sencilla: el deporte es para entretenerse y no para ir a matarse unos a otros.
Podemos tener equipos diferentes, pero eso no significa -como decían algunos señores diputados- pensar diferente. Puede haber un hincha socialista, un democratacristiano, uno de RN o uno de la UDI a los que le guste un mismo equipo. Es decir, la unión en el deporte es la unión en torno a un ideal, que es ver a un equipo ganar. Pero no se puede ganar peleando, acuchillándose y causando daño a otros. Eso no puede estar permitido en ningún deporte del mundo. Por eso, los hooligans no son el mejor ejemplo.
Me preocupa enormemente cuando el intendente -cualquiera que sea- cataloga un partido de alto riesgo, cuando debiera decir: “¡Partido interesante, bonito; vaya con su familia, con sus niños, disfrútelo!”. Tampoco acepto que después se reclame: “¡Oiga, resulta que el Gobierno de turno -no importa quién- no puso la vigilancia suficiente, porque solamente habían 500 carabineros”. No puede ser posible que un vecino diga: “Yo sí que tuve suerte, porque hace tres partidos que no me quiebran los vidrios de la casa ni me asaltan el negocio”. “Yo si que tuve suerte a la salida del estadio”. Eso da pena. Eso no es deporte.
Por lo expuesto, con entusiasmo y fuerza voy a votar favorablemente este proyecto.
Pero también me gustaría que no solamente estas medidas se tomaran con respecto al fútbol profesional. Deben regir para todos los deportes: el tenis, el baby fútbol, el ping pong, el rodeo, etcétera. En todo deporte la gente debe tener un buen comportamiento. Por tanto, si se presenta una indicación que diga “para todos los deportes”, cuenten con mi voto favorable.
Señor Presidente, ojalá que con esta iniciativa demos tranquilidad a los miles de padres de familia que lo único que desean es ir con sus hijos a disfrutar de un deporte y no a pasar un mal rato.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , hace un tiempo, fui invitada por el señor Elías Figueroa a su escuela de fútbol para niños, que en el proceso de aprendizaje incluye a toda la familia. ¡Una maravilla! Estos niños no necesitan una educación especial, ya que la exigencia para formar parte de ella es tener buenas notas y un buen comportamiento no sólo en la cancha, sino también en su hogar. En realidad, quedé tan impresionada, que me he convertido en la primera promotora de la escuela del señor Figueroa y lo sería de la de cualquier otro profesor que inculque esos valores a lo largo de Chile.
Debiera haber más escuelas deportivas donde se enseñen principios y valores para que nuestros niños aprendan a estimarse ellos mismos y a sus compañeros, ya que el ganar, al igual que el perder, constituye un verdadero enriquecimiento moral. Si esa cultura deportiva logra imponerse, no tendremos que pensar en medidas sancionatorias, porque en el último tiempo nos hemos dedicado a pensar casi exclusivamente en la sanción, como una forma de lograr nuestro objetivo, sobre todo porque sabemos que nos están apremiando, que la ciudadanía está hablando de los “delincuentes”, de que no puede ir a los estadios con su familia por la acción de los vándalos.
Por tanto, creo que es muy importante reflexionar de qué manera hacemos un real aporte para que en las escuelas se enseñe que el deporte es una manera de aceptar al otro del mismo modo en que uno se acepta y que se debe querer al otro del mismo modo en que uno se quiere. Creo que ello debiera llevarnos a hacer proposiciones aterrizadas, en cuanto a la formación de una cadena para sacar adelante esta situación, pero no con sanciones, sino con educación.
Sin embargo, hay algo que me preocupa de este proyecto y que efectivamente da cuenta de cuestiones que están pasando en el país. Aquí se ha dicho que el proyecto establece una medida cautelar que será impuesta a petición del fiscal o de las víctimas. Pero ¿qué ocurre cuando los jueces se encuentran en la imposibilidad de determinar con precisión quiénes fueron los autores de los vandalismos? Entonces, me preocupa que aunque se diga que esta medida cautelar será imputada a la sentencia, ya que al final puede haber una absolución y quizás habremos castigado a una persona fuera de proceso. Creo que ello también debiera hacernos reflexionar y pensar que aunque lo digamos de esta manera las cosas no son tan claras. ¿Por qué no pensamos en algo que nos ayude a sacar adelante a nuestros niños y a que la familia se integre? Me ha tocado participar en actividades deportivas en pueblos pequeños y es una maravilla. Incluso, a veces hay personas que asisten con sus traguitos. ¡No importa! A lo mejor, están más alegres, pero ninguno se agrede. Entonces, ¿por qué ocurre esto en las grandes aglomeraciones? Creo que ello también debiera llamarnos a una reflexión profunda y a pensar de qué manera podríamos disfrutar mejor de nuestro deporte.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente, es obvio que el problema de la violencia en nuestra sociedad y en los recintos deportivos, con ocasión de espectáculos de fútbol, sean profesionales o no, no se soluciona con medidas punitivas, sino con educación, que va mucho más allá de la ley y que, por cierto, es la solución definitiva. Entender que todo se soluciona a través de la legislación penal, como última razón, es un error. En ninguna parte del mundo eso ha dado resultado.
Pero, hecha esta salvedad, hay situaciones que hacen necesario modificar la legislación, a fin de mejorar la forma en que una sociedad enfrenta, ya no la prevención, sino hechos de violencia consumados. En esa perspectiva, entiendo que casi en forma unánime hace algunos años el Congreso Nacional aprobó un proyecto de ley específico para sancionar la violencia en los recintos deportivos donde se practica el fútbol profesional. No se trata de cualquier tipo de deporte. La ley Nº 19.327 fija normas para prevenir y sancionar hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional.
De manera que la ley fue elaborada sobre la base de ese tipo de espectáculos, no obstante que hemos presenciado, aunque en mucho menor escala, actos de violencia en otros espectáculos deportivos. Alguien recordaba un hecho de violencia ocurrido con ocasión de un partido de tenis internacional. En consecuencia, no podríamos presentar indicaciones referidas a todos los espectáculos deportivos, porque estaríamos fuera del marco de la ley. La restricción que establece la ley original nos persigue a la hora de presentar indicaciones, salvo que modificáramos lo sustancial; pero no es eso lo que estamos discutiendo.
Con el diputado Mora somos autores de este proyecto. Por razones que no es del caso mencionar no pude asistir a las dos sesiones destinadas por la Comisión de Seguridad Ciudadana para la discusión del segundo informe. Pero quiero ser sincero y señalar que el proyecto original es distinto al que hoy estamos discutiendo. Sé que más bien debería hacerme el leso y no plantear ninguna duda respecto de la forma en que está saliendo el proyecto, sobre todo si no pude estar presente en la instancia reglamentaria en que debí haber defendido mi posición. Pero como en la Sala se puede hacer, quiero decirlo, porque es grave omitir nuestras dudas respecto de la forma en que se está legislando.
Sucede lo siguiente. El proyecto original que presentamos con el diputado Mora tenía un objetivo preciso. ¿Qué sucede hoy en la práctica? Al dictar la sentencia de primera instancia, el juez puede, además, aplicar una medida destinada a prohibir la asistencia a un estadio. Es como una pena accesoria. Pero como la sentencia de primera instancia es susceptible de recurso de apelación, de acuerdo con el antiguo sistema, o de un eventual recurso de nulidad, en virtud del nuevo sistema, esa medida accesoria queda en suspenso mientras no se conozca el resultado de la apelación o del recurso que corresponda. Entonces, puede ocurrir algo brutal, desde el punto de vista de la seguridad ciudadana: que esa persona que ha sido condenada en primera instancia y sancionada con prohibición de asistir a los estadios, podrá hacerlo mientras no se dicte la sentencia de segunda instancia, la que puede demorar hasta dos años. Conocemos el caso de un señor apodado “El Barti”, quien no obstante estar sentenciado a la prohibición de asistir a los estadios entiendo que por diez años, seguía haciéndolo, con grave riesgo de que repitiera su conducta. En el proyecto original consideramos esa situación, pero la idea no fue acogida en la Sala y se presentaron algunas indicaciones en tal sentido.
El segundo informe trae un proyecto que apunta en otro sentido: establecer en la ley de violencia en los recintos deportivos una medida cautelar específica, que puede ser dictada por el juez aun antes de la accesoria de prohibición. La verdad es que si el proyecto es aprobado así, tal medida estaría de más, porque ello está establecido en las normas generales del Código Procesal Penal. Basta con leer el artículo 155, que establece una serie de medidas cautelares que pueden pedir el querellante o el fiscal, a fin de asegurar que el imputado se presente en el lugar que fije el juez. La letra d) establece la prohibición de salir del país, y la letra e), la prohibición de asistir a determinadas reuniones, recintos o espectáculos públicos, o de visitar determinados lugares. En verdad, esta norma es perfectamente aplicable a los espectáculos de fútbol profesional. Este hecho lo hizo presente la diputada Pía Guzmán en la sesión en la cual no pude estar presente.
Por eso, si hay acuerdo de la Sala, creo que sería conveniente reenviar este proyecto, por un plazo razonable, a la Comisión de Seguridad Ciudadana para que se haga cargo de la situación que estoy planteando. Lo digo responsablemente como autor del proyecto original. Como señalé, no hubo unanimidad respecto del espíritu del proyecto original y, al parecer, tampoco la habrá ahora porque no se puede establecer una pena en forma anticipada, lo que me parece razonable. Pero considero inconveniente dejar el texto tal como está redactado. No es necesario incluir en el proyecto la medida cautelar relacionada con la prohibición de asistir a los espectáculos de fútbol profesional, porque en los procesos de este tipo se aplican las normas generales del artículo 155.
Por eso, solicito que el proyecto se remita por un breve plazo a la Comisión de Seguridad Ciudadana, para que se estudie la posibilidad de volver al texto original. De lo contrario, lo mejor sería enviar a archivo este proyecto que, tal como está redactado, no se justifica.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor Presidente , muchas veces, los proyectos de ley de gran sensibilidad social, como éste relacionado con la seguridad ciudadana, son analizados desde dos puntos de vista: desde la perspectiva de la norma, del deber ser de acuerdo al derecho, y desde el punto de vista de su sensibilidad pública, es decir, de lo que la gente espera que hagamos para que se sienta más segura.
Creo que este proyecto es de aquellos que hemos mirado desde esos dos puntos de vista. Tal como lo dijo el diputado Burgos -reconozco que contribuí a la redacción de algunas normas-, la redacción del proyecto no es adecuada porque repite normas generales ya existentes. Es cierto que muchas veces hemos repetido normas generales en leyes especiales para facilitar la labor de la persona que deberá aplicarlas: el abogado, el juez o el carabinero, de manera que sepa lo que debe hacer y no tenga que consultar los distintos códigos. Creo que ése ha sido el sentido de muchas leyes y es el espíritu de este proyecto de ley.
Es cierto que se están aplicando normas generales, pero con una especificidad: que la medida cautelar debe ser aplicada también por los tribunales de la Región Metropolitana, donde aún no rige el nuevo juicio criminal. Es decir, si una persona ha participado en hechos de violencia en los estadios durante un partido de fútbol, se hace la denuncia y se pide la medida cautelar, que deberá aplicarse, incluso, en los tribunales de la Región Metropolitana, instancia que no está contemplada en el Código Procesal Penal. Creo que es una norma que se debe mantener.
Ahora bien, la frase final del artículo 2º transitorio: “El tiempo de duración de la medida cautelar será imputado a la sentencia definitiva”, es una repetición de normas generales que están en el Código Penal y en conocimiento de todos los jueces. O sea, no necesitamos decírselo. Por eso, la frase puede ser eliminada perfectamente, porque está de más.
Por lo tanto, concuerdo con lo planteado por el diputado señor Burgos, en cuanto a que la Sala acuerde devolver el proyecto a la Comisión de Seguridad Ciudadana, a fin de que estudie la posibilidad de reponer algunas normas, de manera que el proyecto sea mucho más preciso.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , efectivamente, nosotros queríamos presentar una indicación, por cuanto la condicionante del proyecto es que la violencia en los recintos deportivos se dé con ocasión de los espectáculos de fútbol profesional.
Esto nos debe llamar la atención, porque la violencia en los eventos deportivos no sólo se da en el fútbol, sino también en el tenis, en el fútbol amateur, en el básquetbol de la Dimayor y en muchos otros espectáculos deportivos. Tal vez, no tenga sentido presentar una indicación en tal sentido, pero sería conveniente considerar esta situación. Es una materia de una futura legislación mucho más amplia que la que hoy debatimos.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Waldo Mora.
El señor MORA .-
Señor Presidente , quiero felicitar al diputado Jorge Burgos por el importante papel que le ha tocado desempeñar en la elaboración del proyecto, del cual es autor junto con el diputado Saffirio . Además, invitaron a otros colegas a patrocinarlo, en mi caso, por mi experiencia en la transmisión de eventos deportivos de esta naturaleza.
Tal como lo señalaron la diputada Pía Guzmán y el diputado Jorge Burgos , creo que el proyecto se está desvirtuando. Si así le parece a la Sala, lo más aconsejable es devolverlo a la Comisión de Seguridad Ciudadana para darle la redacción correcta. Después de escuchar al diputado Manuel Rojas , es necesario analizarlo nuevamente, porque sería peligroso hacerlo extensivo a otros espectáculos deportivos, ya que con ello estaríamos aplicando la política del garrote más allá de la voluntad del legislador.
Si la idea del autor del proyecto fue perseguir una situación específica: evitar la violencia en los recintos deportivos con ocasión de espectáculos del fútbol profesional, no podemos desvirtuar ese objetivo.
Por lo tanto, sugiero que el proyecto vuelva a la Comisión.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , como señalaron los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, tal como está redactado, el proyecto no tiene ningún sentido; es totalmente inocuo, porque sólo se limita a repetir normas generales. No atiende al problema de fondo que se quiere solucionar, cual es la violencia, en general, en todos los eventos de carácter deportivo.
Por lo tanto, creo que el proyecto debe volver a la Comisión de Seguridad Ciudadana para que sea revisado y tenga alguna efectividad.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, el proyecto volverá a la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 18 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Moción de los diputados señores Gonzalo Ibáñez , Bauer , Cardemil , Correa, Forni , Kast , Monckeberg , Norambuena , Prieto y Uriarte .
Modifica la ley de matrimonio civil para perfeccionar el reconocimiento civil de los matrimonios celebrados ante entidades religiosas. (boletín 3732-18)
“Es considerado un avance positivo de nuestra legislación que se haya reconocido que para muchas personas creyentes el matrimonio se celebra en conformidad con su confesión religiosa, mientras que la obtención de los efectos civiles es un trámite importante pero accesorio a la prestación del consentimiento matrimonial.
La ley N° 19.947, de 17 de mayo de 2004, que estableció la Nueva Ley de Matrimonio Civil contempló la posibilidad de que las personas contrajeren matrimonio ante una entidad religiosa con personalidad de derecho público y pudieren obtener luego el reconocimiento civil de ese matrimonio sin necesidad de duplicar un consentimiento ya prestado, mediante la ratificación e inscripción del matrimonio religioso ante el Registro Civil .
Sin embargo, el estudio que la doctrina ha hecho de esta norma y las dificultades que se han ido reconociendo cuando se ha querido preparar los documentos para hacer efectiva esta posibilidad tanto por las Iglesias como por el Servicio de Registro Civil y el Ministerio de Justicia, parece revelar que existen dudas de interpretación que podrían conspirar contra la eficacia de la norma, determinando en el peor de los casos su total inoperancia.
En efecto, la brevedad del plazo de ocho días para proceder a la inscripción, su calidad de plazo fatal, la negativa de algunos a reconocer la posibilidad de que los cónyuges confieran mandato a un procurador para que proceda en su nombre a ratificatorio e inscribir el matrimonio, la errada comprensión del acto ratificatorio que para algunos no es más que una nueva celebración civil del matrimonio, plantean problemas que deben obtener una pronta solución por la vía legislativa para que no se frustre el objetivo final del legislador que era establecer un sistema más abierto a la sociedad civil en cuanto a la forma de realizar el acto fundador de la familia.
Si bien es cierto lo ideal sería llegar a obtener, como sucede en países no confesionales pero más comprensivos con la dimensión religiosa de las personas (Inglaterra, España , Italia), que sea el mismo ministro de culto autorizado el que expida los antecedentes al Registro Civil para que éste proceda a practicar la inscripción, sin requerir que los contrayentes tengan nuevamente que recurrir al órgano estatal, por ahora pensamos que se hace urgente perfeccionar el sistema al menos en algunos aspectos puntuales que permitan su real aplicación. Nuestras propuestas en tal sentido son:
1° Extender el plazo de la inscripción de 8 a 30 días. El plazo de 8 días no tiene ninguna explicación. Se dice que era el plazo establecido por el antiguo art. 43 de Ley de Registro Civil para formalizar por el civil un matrimonio religioso, pero el sentido de dicha norma era justamente el inverso de la que se quiere aplicar ahora. Tal norma penalizaba la realización del matrimonio religioso sin el civil y conminaba con el plazo de 8 días para que las personas procedieran a cumplir con el mandato de casarse siempre por el civil. En cambio la nueva ley establece una opción o libertad para contraer matrimonio, o por el civil o por una entidad religiosa. El plazo de ocho días es extremadamente restringido, atendiendo a la realidad nacional y la arraigada costumbre de los viajes de novios. No hay razones de peso que no permitan extenderlo al menos a treinta días como se propone en el proyecto.
2° Se permite que los cónyuges puedan otorgar mandato especial para ratificar e inscribir el matrimonio religioso. Para no encarecer el costo de este acto y ponerlo al alcance de todas las personas, se exige únicamente que se otorgue por un documento escrito que sea autorizado por el mismo ministro de culto que asista al matrimonio religioso. Se precisa que este mandato subsiste después de la muerte de alguno de los cónyuges, de manera de proveer de esta forma a la posibilidad de defunción de uno de los cónyuges del matrimonio religioso antes de la inscripción en el Registro Civil .
3° Se aclara lo que debe entenderse por ratificación para que no se confunda con una repetición de la ceremonia civil que hace inútil que los cónyuges se eran Osado primero por la respectiva entidad religiosa. En todo caso, se protege a los terceros disponiendo que no les será oponible el matrimonio mientras no proceda la inscripción en el Registro Civil .
4° Se aclara que el delito tipificado por nuevo art. 388 del Código Penal sólo se configura cuando el ministro de culto actúa con dolo y con el propósito de lograr el reconocimiento civil de un matrimonio que sabe ilegal. De lo contrario, se amenaza con una sanción a personas que no tienen ninguna posibilidad de controlar los posibles impedimentos o vicios del consentimiento de un matrimonio contrario á la ley civil, ya que muchas veces no coincidirán con los requisitos religiosos. El temor a incurrir en la sanción puede inhibir a los ministros de culto de las distintas confesiones a prácticar matrimonios religiosos sin que preceda el civil, lo que en la práctica desnaturalizaría totalmente el nuevo sistema y volveríamos al régimen de matrimonio civil único y obligatorio, que el legislador ha querido superar.
En consideración a lo anterior, se propone el siguiente
PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY DE MATRIMONIO CIVIL PARA PERFECCIONAR EL RECONOCIMIENTO CIVIL DE LOS MATRIMONIOS CELEBRADOS ANTE ENTIDADES RELIGIOSAS
Artículo Primero: Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 20 de la Ley de Matrimonio Civil cuyo texto fuera fijado por el artículo primero de la ley N° 19.947, de 17 de mayo de 2004.
1. Sustitúyese la frase final del primer inciso, “desde su inscripción ante un oficial del Registro Civil ”, por la de “con tal que se inscriban ante un Oficial del Registro Civil ”
2. En el inciso segundo reemplázase la expresión “ocho días” por “treinta días”.
3. Agréguense los siguientes incisos sexto y séptimo, pasando el actual inciso sexto a ser inciso octavo y final:
“Para estos efectos se entiende por ratificación la solicitud de los cónyuges de que se reconozca civilmente el matrimonio contraído ante la respectiva entidad religiosa desde el momento de su celebración. El matrimonio así reconocido no será oponible a terceros sino desde su inscripción.
Los cónyuges podrán ratificar e inscribir el matrimonio celebrado ante entidad religiosa por medio de mandatario especialmente facultado al efecto, en conformidad al artículo 103 inciso segundo del Código Civil”.
Artículo segundo: Agrégase al artículo 103 del Código Civil el siguiente Inciso segundo:
“También podrá ratificarse e inscribirse el matrimonio celebrado en conformidad al artículo 20 de la Ley de Matrimonio Civil por mandatario especialmente facultado para este efecto. En tal caso el mandato deberá constar por escrito autorizado por el mismo ministro de culto que asistió el matrimonio religioso. Se indicará en él el nombre, apellido, profesión y domicilio de los cónyuges, del ministro de culto y del mandatario. Este mandato no se extinguirá por la muerte de alguno de los cónyuges”.
Artículo tercero. Modifícase la Ley de Registro Civil en los siguientes términos:
1. Reemplázase el inciso segundo del artículo 15 por el siguiente:
“Tratándose de las inscripciones a que se refiere el artículo 20 de la Ley de Matrimonio Civil se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 103 del Código Civil”.
2. Agrégase en el artículo 40 ter, número 9, después de la coma y antes de la “y” final, la expresión “ya sea personalmente o representados,”
Artículo cuarto. Modifícase el art. 388 del Código Penal, sustituyéndose la frase “Igual multa se aplicará al ministro de culto que autorice un matrimonio prohibido por la ley.”, por la siguiente “Igual multa se aplicará al ministro de culto que, a sabiendas y con el propósito de obtener el reconocimiento civil, autorice o asista un matrimonio prohibido por la ley.”