Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jorge Pizarro Soto
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ORDEN DEL DÍA
- SUSTITUCIÓN DE LA LEY Nº 19.366, SOBRE TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS. Proposición de la Comisión Mixta.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 19.039, SOBRE PRIVILEGIOS Y PROTECCIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Proposición de la Comisión Mixta.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Jose Francisco Encina Moriamez
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- REGULACIÓN DEL LOBBY PARLAMENTARIO. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Eduardo Saffirio Suarez
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Anibal Perez Lobos
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- SUSTITUCIÓN DE LA LEY Nº 19.366, SOBRE TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS. Proposición de la Comisión Mixta.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- CONDONACIÓN DE DEUDAS SERVIU MOROSAS. (Votación).
- DEBATE
- ANTECEDENTES SOBRE EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE PESCA DE ARRASTRE DE MEDIA AGUA PARA CAPTURA DE MERLUZA DE COLA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Samuel Venegas Rubio
- Jose Perez Arriagada
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Fernando Meza Moncada
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Arturo Longton Guerrero
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Pablo Galilea Carrillo
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Ramon Segundo Perez Opazo
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Samuel Venegas Rubio
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Carlos Hidalgo Gonzalez
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA LA FISCALIZACIÓN DE EXTINTORES PORTÁTILES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Carlos Olivares Zepeda
- Pedro Araya Guerrero
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Fulvio Rossi Ciocca
- Jaime Quintana Leal
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Ximena Vidal Lazaro
- Enrique Jaramillo Becker
- Felipe Letelier Norambuena
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Fernando Meza Moncada
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Juan Pablo Letelier Morel
- Laura Soto Gonzalez
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- CONDONACIÓN DE DEUDAS SERVIU MOROSAS. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- INTERVENCIÓN DEL INTENDENTE METROPOLITANO EN LA CAMPAÑA ELECTORAL DE ALCALDES Y CONCEJALES.
- NECESIDAD DE REVISAR LEY SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE Y CONTROL DEL GASTO ELECTORAL.
- INFORMACIÓN SOBRE IMPORTACIÓN DE TRIGO DESDE ARGENTINA. Oficios.
- ADHESION
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Alejandro Navarro Brain
- Pedro Araya Guerrero
- Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- RESTITUCIÓN DE DOTACIÓN DE CARABINEROS EN CIUDAD DE OSORNO. Oficios.
- ADHESION
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Alejandro Navarro Brain
- Pedro Araya Guerrero
- Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- DENUNCIA DE PRÁCTICA ANTISINDICAL EN EMPRESA MINERA DE ANTOFAGASTA. Oficio.
- ADHESION
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Letelier Norambuena
- ADHESION
- RECURSOS PARA NUEVO CUARTEL DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE ANTOFAGASTA. Oficio.
- ADHESION
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Letelier Norambuena
- ADHESION
- FALTA DE PERSONAL EN DIRECCIONES PROVINCIALES DE VIALIDAD DE COLCHAGUA, CARDENAL CARO Y CACHAPOAL. Oficio.
- ADHESION
- Pedro Araya Guerrero
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Alberto Robles Pantoja
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Letelier Norambuena
- ADHESION
- RECURSOS PARA REMODELACIÓN DE AVENIDAS MANSO DE VELASCO Y O’HIGGINS DE SAN FERNANDO. Oficio.
- ADHESION
- Pedro Araya Guerrero
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Alberto Robles Pantoja
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Letelier Norambuena
- ADHESION
- DESPLAZAMIENTO DE VÍA FÉRREA DE CENTRO DE CIUDAD DE SAN FERNANDO. Oficio.
- ADHESION
- Pedro Araya Guerrero
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Alberto Robles Pantoja
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Letelier Norambuena
- ADHESION
- CONTRATACIÓN DE PROFESIONAL DE LA SALUD PARA SERVICIO DE URGENCIA DE HOSPITAL DE PICHIDEGUA. Oficio
- ADHESION
- Pedro Araya Guerrero
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Alberto Robles Pantoja
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Letelier Norambuena
- ADHESION
- ADELANTO DE EVALUACIÓN DE INDICADORES DE PROGRAMA DE PROEMPLEO. Oficio.
- ADHESION
- Pedro Araya Guerrero
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- Alberto Robles Pantoja
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Felipe Letelier Norambuena
- ADHESION
- PLAGIO A TRANSPORTISTAS CHILENOS EN ARGENTINA. Oficios.
- ESTADO DEL PROYECTO DE REGADÍO PARA LA COMUNA DE TRAIGUÉN. Oficio.
- INVESTIGACIÓN POR ATENTADO EN CONTRA DE BIENES DE SIMPATIZANTES DE CANDIDATA DE LA CONCERTACIÓN. Oficios.
- VALORACIÓN DEL DOCUMENTO EMITIDO POR EL COMANDANTE EN JEFE DEL EJÉRCITO. Oficios.
- ADHESION
- Alberto Robles Pantoja
- Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Eugenio Tuma Zedan
- German Becker Alvear
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Carlos Montes Cisternas
- Jaime Quintana Leal
- Eduardo Saffirio Suarez
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Mario Varela Herrera
- Eliana Caraball Martinez
- Carmen Ibanez Soto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 352ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 15ª, en martes 9 de noviembre de 2004
(Ordinaria, de 11.08 a 14.33 horas)
Presidencia de los señores Lorenzini Basso, don Pablo; Leal Labrín, don Antonio, y Ojeda Uribe, don Sergio
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Vallejos de la Barra, don Federico.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- OrdEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 8
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
V. Orden del Día.
- Sustitución de la ley Nº 19.366, sobre tráfico ilícito de estupacientes y sustancias sicotrópicas. Proposición de la Comisión Mixta 11
- Modificación de la ley Nº 19.039, sobre privilegios y protección de derechos de propiedad intelectual. Proposición de la Comisión Mixta 17
- Regulación del lobby parlamentario. Primer trámite constitucional 22
VI. Proyectos de acuerdo.
- Condonación de deudas Serviu morosas. (Votación) 35
- Antecedentes sobre el otorgamiento de licencias de pesca de arrastre de media agua para captura de merluza de cola 35
- Adopción de medidas para la fiscalización de extintores portátiles 38
VII. Incidentes.
- Intervención del intendente metropolitano en la campaña electoral de alcaldes y concejales 48
- Necesidad de revisar ley sobre transparencia, límite y control del gasto electoral 49
- Información sobre importación de trigo desde Argentina. Oficios 50
- Restitución de dotación de Carabineros en ciudad de Osorno. Oficios 51
- Denuncia de práctica antisindical en empresa minera de Antofagasta. Oficio 51
- Recursos para nuevo cuartel de la Policía de Investigaciones de Antofagasta. Oficio 53
- Falta de personal en direcciones provinciales de Vialidad de Colchagua, Cardenal Caro y Cachapoal. Oficio 53
- Recursos para remodelación de avenidas Manso de Velasco y O’Higgins de San Fernando. Oficio 53
- Desplazamiento de vía férrea de centro de ciudad de San Fernando. Oficio 54
- Contratación de profesional de la salud para servicio de urgencia de hospital de Pichidegua. Oficio 54
- Adelanto de evaluación de indicadores de programa de proempleo. Oficio 54
- Plagio a transportistas chilenos en Argentina. Oficios 55
Pág.
- Investigación de atentado en contra de bienes de simpatizantes de candidata de la Concertación. Oficios 58
- Valoración del documento emitido por el comandante en jefe del Ejército. Oficios 58
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación, de “suma” para el despacho del proyecto que sustituye la ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. (boletín N° 2439-20) 60
2. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “simple”, para el despacho del proyecto que modifica los Códigos Procesal Penal y Penal. (boletín N° 3465-07) 60
3. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto que modifica el Código Orgánico de Tribunales y la ley N° 18.776, incorporando las comunas de Alto Hospicio, Hualpén, Alto Biobío, Cholchol, San Pedro de la Paz y Chiguayante a los territorios jurisdiccionales de los tribunales de justicia. (boletín N° 3708-07) 61
4. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, mandatada para informar si se ha dado cumplimiento al acuerdo suscrito por el Gobierno y el Congreso Nacional con motivo de la aprobación del Acuerdo de Complementación Económica Chile-Mercosur y del proyecto sobre reducción arancelaria. (Proyecto de Acuerdo N° 220) 66
5. Moción de los diputados señores Tuma, Becker, Egaña, Montes, Quintana, Saffirio, Valenzuela, Varela, y de las diputadas señoras Caraball, doña Eliana e Ibáñez, doña Carmen, que modifica la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, estableciendo la incompatibilidad del cargo de Consejero Regional con el desempeño de funciones municipales. (boletín N° 3715-06) 146
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
Contraloría General de la República
- Señor Recondo, pronunciamiento sobre legalidad de actos de don Rabindranath Quinteros Lara.
- Señor Burgos, eventuales irregularidades que afectan a ex funcionarios de la Defensa Civil.
- Señor Burgos, (fecha de entrega de trabajos en avenida Los Leones de Providencia.
Ministerio del Interior
- Respuesta a proyecto de acuerdo 447-C, apoyo al Convenio “Marco” de la OMS para el control del tabaco y la adopción de acciones contra su consumo.
Ministerio de Relaciones Exteriores
- Respuesta a proyecto de acuerdo 490, adopción de medidas contra la importación de mezclas de harinas subsidiadas desde Argentina.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
- Señor Norambuena, incumplimiento de compromisos por parte de empresa canadiense.
- Señor Villouta, irregularidades en restaurantes de la Quinta Región.
- Señor Muñoz, creación de una canasta básica diferenciada para las regiones del país.
- Señor Navarro, información acerca de cumplimiento de medidas destinadas a generar empleo en comuna de Coronel.
- Señor Von Mühlenbrock, proyectos realizados en la Décima Región en los últimos doce meses.
- Señor Navarro, razones que fundamentan la dictación del decreto 233 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Ministerio de Justicia
- Señor Seguel, resguardo de personas citadas a declarar a los tribunales.
- Señor Kuschel, estado de avance de nuevo establecimiento penitenciario en Puerto Montt.
Ministerio de Defensa Nacional
- Señor Navarro, vertimiento de trementina por parte de Celulosa Arauco.
Ministerio de Educación
- Señor Bertolino, situación de estudiante Claudio Sola Sola.
- Señor Delmastro, traspaso del Santuario de la Naturaleza de Ríos Cruces, en la provincia de Valdivia.
Ministerio de Agricultura
- Señor Felipe Letelier, suspensión de cobranzas extrajudiciales.
- Señor Jaramillo, instrumentos y recursos de apoyo a las pymes agrícolas.
- Señor Quintana, eventual emergencia agrícola en Lonquimay.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- Respuesta a proyecto de acuerdo 444, medidas destinadas a mejorar la situación de los pensionados del Instituto de Normalización Previsional.
- Señor Navarro, información sobre Empresa Incofich S.A.
- Señor Correa, medidas para combatir la cesantía en la provincia de Curicó.
- Señor Tapia, proporción entre los fondos de contingencia y la cesantía en la provincia de Curicó.
- Señor Hidalgo, empleos de emergencia para la comuna de San Antonio.
- Señor García, programa de bonificación a la contratación de mano de obra.
- Señor Ascencio, programa de bonificación a la contratación de mano de obra.
- Señor Jaramillo, planes de empleo especiales en el sur del país.
- Señor José Antonio Galilea, programa de bonificación a la contratación de mano de obra.
- Señor Muñoz, fiscalización del cumplimiento de normas laborales y previsionales beneficiarias del programa proempleo.
Ministerio de Salud
- Señor García, antecedentes sobre estado de salud de paciente del hospital de Temuco.
- Señor Accorsi, causas de incumplimiento del decreto N° 325 de 24 de diciembre de 2002.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 461-C, construcción de ascensor en estación Ecuador del Metro de Santiago.
Ministerio de Obras Públicas
- Señor Monckeberg, información respecto de embalse La Punilla, Octava Región.
- Señor Navarro, camino en Isla Santa María, Octava Región.
- Señor Hidalgo, aumento de calado en el puerto de San Antonio.
- Señor Navarro, irregularidades relacionadas con servicios de agua potable y alcantarillado en comunas de la Octava Región.
- Señor Vargas, construcción de terraplenes de acceso a puente.
- Señor Jaramillo, obras fluviales en río San Pedro, Décima Región.
- Señor Ramón Pérez, reparación de acceso a Piragua, Primera Región .
- Señor Delmastro, obra en el camino Los Molinos-Curiñanco, provincia de Valdivia.
- Señor Jaramillo, terminación del camino acceso a Trumao, Décima Región.
- Señor Hernández, ayuda a la población de Osorno afectada por las últimas precipitaciones.
- Señor Hernández, reparación de caminos en el distrito 55.
- Señor Jaramillo, estudio para construir un camino con carpeta de material entre Puerto Fuy y Puerto Pirihueico.
- Señor Recondo, mejoramiento de ruta 225-CH, sector Peulla, comuna de Puerto Varas.
- Señor Martínez, sumario instruido al director de Vialidad de la Octava Región a raíz de denuncia formuladas en su contra.
- Señor Navarro, antecedentes de medida administrativa de reducir en 51 cuarteles el número de unidades policiales en el país.
- Señor Ceroni, pasos peatonales en el tramo de la Carretera 5 Sur entre Talca y Chillán.
- Señor Kuschel, maquinarias de las Corporaciones Viales.
- Señor Masferrer, inicio de cobro de peajes laterales.
- Señor Bauer, accesos localidad de Corral de Piedra Km. 116.000 de la Ruta 5 Sur.
- Señor Navarro, conservaciones de puentes.
- Señor Felipe Letelier, pavimentación de Chillancito, comuna de Quillón.
- Señor Saffirio, recursos para construcción de defensas en ribera sur del río Cautín, sector Padre Las Casas.
- Señor Felipe Letelier, derechos de agua de la empresa Gener y el proyecto “Embalse Punilla.
- Señor Ibáñez, acopio de material en estero Marga-Marga.
- Señor Hidalgo, problemas de acceso a playa en localidades del Convento y de Las Salinas, V Región.
- Señor Monckeberg, construcción de camino lateral a la ruta carretera entre San Pedro y Santa Rosa de Ninquihue.
- Señor José Antonio Galilea, información referente al Puente Manchuria, Novena Región.
- Señor Kuschel, proyectos programados a ejecutar los años 2004 y 2005.
- Señor Felipe Letelier, estado de avance embalse Punilla.
- Copia informativa de oficio enviado a la Corte Suprema (diligencia de incautación de archivos computacionales).
Ministerio de Bienes Nacionales
- Señor Escalona, subsidios para campesinos sin tierra.
- Señor Navarro, terrenos de Isla Santa María, comuna de Coronel.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Señor Villouta, contratación de seguro contra incendio para vivienda social dinámica sin deuda.
- Señor Navarro, fiscalización de labores relacionadas con escaleras mecánicas.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
- Respuesta proyecto de acuerdo 461-A, construcción de ascensor en estación Ecuador del Metro de Santiago.
Ministerio Secretaría General de Gobierno
- Respuesta a proyecto de acuerdo 466, proyecto de ley para establecer un sistema de protección social para los dirigentes vecinales.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Señor Burgos, contratación de abogados externos.
- Señor Rossi, informes sobre trabajos de exploración realizados por la empresa Barrik Chile en la zona del altiplano.
- Señor Escalona, efectos del derrame tóxico producido en la planta celulosa Arauco.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 480, proyecto de ley que regule la instalación de antenas de telefonía móvil.
Ministerio de Planificación y Cooperación
- Señor José Antonio Galilea, cesantía que afecta comuna de Curacautín.
- Señor Urrutia, sobre recursos del Fosis de la Séptima Región gastados en fiesta del día del niño.
- Señor García, antecedentes de quienes ganaron concurso para el programa Puente.
Intendencia de la Región Metropolitana
- Señorita Saa, presuntas irregularidades con respecto a bienes nacionales de uso público.
Metro de Santiago
- Respuesta proyecto de acuerdo 461-E, construcción de ascensor en estación Ecuador del Metro de Santiago.
Consejo de Defensa del Estado
- Señor González, utilización de las aguas del Río Petorca por el señor Martín Henríquez Larraín.
Municipalidad de Carahue
- Señor Navarro, clases de religión evangélica en liceos del país.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (105)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional no estuvo presente el diputado don Alfonso Vargas.
-Concurrió el senador don Jorge Pizarro.
-Asistió, además, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia , don Eduardo Dockendorff.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abre la sesión a las 11.08 horas.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor LORENZINI (Presidente).-
El acta de la sesión 9ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 10ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor LORENZINI (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor VALLEJOS (Prosecretario accidental) da cuenta de los documentos recibidos en la Secretaría.
V. ORDEN DEL DÍA
SUSTITUCIÓN DE LA LEY Nº 19.366, SOBRE TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS. Proposición de la Comisión Mixta.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde conocer las proposiciones de la Comisión Mixta encargada de resolver las divergencias suscitadas entre la Cámara de Diputados y el Senado respecto de los artículos 1º, 2º, 4º, 14, nuevo; 23, 39, nuevo; 40, 43, 53, 54 y 62 del proyecto de ley que sustituye la ley Nº 19.366, que sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Mixta, boletín Nº 2439-20, sesión 13ª, en 3 de noviembre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 10.
El señor LORENZINI (Presidente).-
La iniciativa consta de setenta y siete artículos permanentes y tres transitorios.
Las proposiciones de la Comisión Mixta respecto de los once artículos que le correspondió analizar serán votadas al final del Orden del Día, en un solo bloque.
El Reglamento establece que habrá treinta minutos para debatir las proposiciones de la Comisión Mixta, de manera que cada bancada dispondrá de cinco minutos.
En primer lugar, en el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente , la inmensa mayoría de los artículos contó con la convergencia de los integrantes de la Comisión Mixta. Sin embargo, deseo llamar la atención sobre el artículo 4º, el cual suscitó especial discrepancia.
Dicho artículo constituye un avance, porque penaliza el microtráfico como figura especial y permite distinguir entre éste y el tráfico de estupefacientes a gran escala, determinación que se hace sobre la base de los elementos que establece la iniciativa.
Sin embargo, el punto de discrepancia fundamental estriba en la multa que se aplica al microtraficante adicionalmente a la pena corporal, ya que si una persona ha cumplido una pena corporal y además se le aplica una multa que no está en condiciones de pagar, se debe reemplazar el pago de la misma por la privación de libertad.
Junto con otros señores parlamentarios sostuvimos en la Comisión Mixta que si un microtraficante no se encuentra en condiciones de pagar la multa, éste puede ser pagada por quien tenga la intención de mantenerlo en el circuito del microtráfico, lo cual obviamente, no es el objeto del proyecto. Es todo lo contrario.
Una de las posibilidades que se baraja es que la persona pueda sustituir el pago de la multa, luego de cumplir la pena corporal aplicada por el juez, por otro tipo de sanción, como puede ser un trabajo para la comunidad. Algunos diputados de la Alianza por Chile, particularmente de Renovación Nacional, plantearon esta alternativa, pero condicionados por las circunstancias del debate en la Comisión Mixta, retiraron su sugerencia y se sumaron a la mayoría liderada por el senador Espina.
El punto de discusión está presionado por una gran cantidad de circunstancias relacionadas con el indulto, lo que incluso motivó que un grupo de señores diputados presentara una acusación constitucional en contra del ministro de Justicia . Espero que los hechos se clarifiquen más adelante, porque si se analizan los resultados de las últimas elecciones municipales, creo que soluciones de este tipo, que incluso fueron mencionadas en la propaganda de la Alianza por Chile, con mayor reflexión y a la luz de los últimos acontecimientos, pueden considerarse para que la ley cumpla su objetivo.
Si vamos a dejar a merced de traficantes a gran escala a personas que cumplieron con la pena corporal asignada pero que no pueden pagar la multa, a mi juicio, no estamos cumpliendo con el objetivo del proyecto, cual es desbaratar la acción de los narcotraficantes, cualquiera sean sus niveles.
La dureza en estas materias, lo único que hace es provocar efectos no buscados, los que, al final, terminan por rebotar como un bumerán, de manera muy negativa.
Por lo tanto, anuncio que votaré favorablemente las proposiciones de la Comisión Mixta. Sin embargo, pido que el Presidente de la República estudie la posibilidad de enviar un veto respecto del artículo 4º del proyecto de ley, con el objeto de cumplir con los objetivos de esta iniciativa.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , nuestro planteamiento en el trámite correspondiente de la Cámara de Diputados fue concordante con el que sostuvimos en el seno de la Comisión Mixta.
Quiero dejar consignado, para la historia fidedigna de la ley, algo que el honorable diputado señor Riveros señaló con mucha razón. Me refiero al artículo 4º del proyecto y lo que significa la aplicación de multas, además de las penas privativas de libertad.
Por no querer influir en la solución definitiva del problema, no objeté dicha norma. Pero no quedó consignada en dicho texto la posición de este diputado y médico, que es muy similar a la del diputado señor Riveros .
Reitero, para la historia fidedigna de la ley y para que sea considerado como antecedente a futuro, que no es conveniente dar igual trato al microtraficante primerizo, como lo llamamos durante el análisis del proyecto, que al traficante más experimentado. Estimamos que la aplicación de una multa no hace más que dejarlo en manos del traficante, porque éste se le pagará, de manera que quien trafica por primera vez, seguirá ligado al que corrompe a la sociedad y a él a través del microtráfico.
A mi juicio, en el caso del primerizo, no debe agregarse una multa a su pena de prisión, sino que una sanción relacionada, por ejemplo, con trabajos comunitarios, porque el traficante deberá prescindir del microtraficante cuando lo vea barrer un liceo o una plaza, o hacer trabajo comunitario en una entidad societaria intermedia.
Quiero dejar constancia de esto para que se tenga presente a futuro. Tengo la plena certeza -y el futuro me dará la razón- de que no es aconsejable dar igual trato al microtraficante primerizo y al más experimentado, cuando los jueces se enfrenten a la decisión de sancionar el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con las penas que se merecen.
He tomado conocimiento de que las sanciones que se aplican en otros países, como en México, son mucho más fuertes que las nuestras.
Reitero, hablamos de un tema que enferma a la sociedad en su conjunto y no a familias aisladas. Chile está enfermándose como sociedad.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS.-
Estimo que el artículo 4º tiene una serie de defectos; contiene disposiciones totalmente contradictorias.
En el artículo 1º se establece una sanción para los que elaboren sin la debida autorización estupefacientes o sustancias psicotrópicas, y en el artículo 3º otra para quienes trafican esos productos. Ambas penas son diferentes, cuya entidad se determina por la dependencia que provocan estos productos o sustancias, es decir, si tienen un efecto grave o menos grave. Sin embargo, en el artículo 4º, que trata del microtráfico, no se hace esa diferencia de penalidad, con lo cual podría aplicarse a un gran traficante una pena menor que la aplicada a un microtraficante, lo que resulta un error gravísimo no sólo desde el punto de vista de la técnica legislativa, sino desde un punto de vista político-criminal. Lo que nos interesa es atacar al gran traficante, al que dispone de grandes recursos para perturbar y corromper a toda la sociedad y también al microtraficante. Sin embargo, con esa redacción lo estamos favoreciendo.
Por otra parte, como han señalado claramente los diputados Riveros y Bayo, el establecimiento de la sola alternativa de las multas, permitirá al gran traficante hacerse cargo de su pago para mantener su red porque el pequeño traficante no dispone generalmente de recursos para hacerlo, pues se trata de dueñas de casa, jefas de familia, de mujeres pobres, etcétera. Basta ver las estadísticas de los tribunales para comprobar que son personas de escasos recursos las que caen en el microtráfico y son corrompidas por los grandes traficantes. Además, su permanencia en prisión hace difícil su rehabilitación o su inserción social.
De allí que resulta lógico establecer en el artículo 4º que el juez dispondrá de sanciones alternativas que permitan, por un lado, un control más efectivo del sancionado, y por el otro, que ésta pueda obtener recursos para su mantención y la de su familia. Por otra parte, si el microtraficante no tiene dinero para pagar la multa y si el gran traficante no lo hace, irá a prisión por deuda, lo que es inconstitucional y está en contra de todos los tratados internacionales. Más aún, los jueces, generalmente, liberan a quienes no pueden pagar las multas, en virtud de los tratados internacionales y, por lo tanto, quedan sin sanción. En consecuencia, debiera sustituirse el pago de estas multas por otras sanciones.
Además, hay otro aspecto grave. El artículo que atenta gravemente contra el principio del debido proceso reconocido en la reforma procesal penal, porque se cambia el peso de la prueba, ya que para inculparse, la persona debe probar que la droga que porta es para su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. Esto significa, entonces, que se castigará a consumidores y no a microtraficantes, con lo cual muchos jóvenes consumidores quedarán afectos no a una medida de seguridad -como corresponde y es lógico de acuerdo con lo que establece la ley-, sino a una pena privativa de libertad que no tiene sentido alguno, porque le será difícil o no podrán probar que la droga es para su uso o consumo personal. En los países en que se estableció una norma similar, como España, después de un tiempo se derogó, pues los jueces, al no poder probar el ilícito, establecían una presunción de derecho en contra, y en virtud de ella condenaban.
Por eso, estoy totalmente en contra del artículo 4º por todas las deficiencias que presenta y, al igual que el diputado Riveros, pido que sea objeto del veto del Presidente de la República.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , como lo hicieron los diputados Riveros y Bustos , anuncio que votaremos a favor de la proposición de la Comisión Mixta, pero también esperamos que el artículo 4º esté sujeto al el veto del Ejecutivo. En mi condición de médico, considero que se debe tener un especial trato con los jóvenes, sobre todo con los primerizos en el tráfico de drogas.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente, lo dicho por el diputado Bustos nos representa totalmente.
Siempre hemos querido establecer un límite en lo que respecta al microtráfico, de manera que las penas sean acordes con lo que efectivamente se lesiona. Pero, también debemos señalar que hay un límite muy delgado con el consumidor. Por lo tanto, como ha quedado el artículo puede llevar a sancionar muy fuertemente a los que consumen, especialmente a los jóvenes, como han dicho quienes me antecedieron en el uso de la palabra.
Y en cuanto al microtráfico, en la zona norte, por ejemplo, las mujeres son inducidas a cometer el delito y, generalmente, son sorprendidas con una pequeña cantidad y por primera vez. Hemos planteado una idea que seguiremos sosteniendo, en el sentido que en estos casos no se aplique una multa, sino una pena que se cumpla con trabajos para la comunidad. Si bien estamos de acuerdo en general con el proyecto, creemos que tales trabajos deben incluirse en el veto aditivo del Presidente de la República , que comprenda también el onus probandi. Nos parece muy complicado que quien tenga que probar sea precisamente quien detenta. Ello debiera ser siempre al revés. Aprovecho de decir que también nos preocupa la situación de los conscriptos que sean sorprendidos consumiendo drogas al interior de los recintos militares.
Si bien aprobaremos íntegramente la proposición de la Comisión Mixta, porque es necesaria una ley sobre la materia, queremos pedir que el Ejecutivo se haga cargo de estos planteamientos.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor presidente, sin duda, cinco minutos para analizar el proyecto con detenimiento es bastante poco.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Señor diputado , como explicamos al comienzo, el proyecto ya se debatió y ahora sólo corresponde discutir la propuesta de la Comisión Mixta.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , sólo estoy diciendo que a muchos parlamentarios les faltó tiempo para analizar las proposiciones de la Comisión Mixta.
Llevamos cinco años tramitando este proyecto, por lo que, es importante despacharlo a la brevedad, como lo manifesté cuando me correspondió intervenir en su tercer trámite constitucional. Habría sido mejor tener un debate más amplio, pero así son las condiciones y tenemos que aceptarlas.
En primer lugar, quiero valorar lo que resolvió la Comisión Mixta.
Esta iniciativa adecuará la represión del tráfico de drogas conforme a las circunstancias en que ahora se comete el delito. Como muy bien se sabe, hoy se confunde el microtráfico con el consumo, razón por la cual toda la red del microtráfico queda sin sanciones y, a la larga, existe absoluta libertad para que esas bandas criminales puedan seguir contaminando a nuestra comunidad.
Lo que hace el proyecto es justamente establecer sanciones distintas para narcotraficantes tradicionales y microtraficantes. Ahora, las penas serán menores de las propuestas originalmente. Es importante que la comunidad y los parlamentarios lo sepan.
En segundo lugar, queríamos que el proyecto hubiera sido aprobado con las enmiendas introducidas por el Senado y no éramos partidarios de ir a Comisión Mixta. Sin embargo, las adecuaciones que hizo ésta fueron bastante menores, de manera que si el Presidente de la República no lo veta, será despachado tal como fue aprobado por el Senado en su segundo trámite constitucional.
En cuanto a la posibilidad de reducir las penas privativas de libertad a los productores y traficantes de drogas que no creen dependencia física o graves efectos tóxicos o daño considerable a la salud, la Cámara propuso que, en esos casos, la pena fuera rebajada en dos grados. El Senado, en cambio, acordó que esa rebaja fuese sólo en un grado. La Comisión Mixta acogió la propuesta del Senado, que resulta obvia para mantenerla armónica con la pena que será aplicable a los casos de narcotráfico.
Respecto de la sanción penal al microtráfico, es bien importante señalar que se reducen las penas. La discusión se presentó, justamente, en el caso de la primera multa, es decir, si se debe aplicar o no multa a la persona que delinque por primera vez. De acuerdo con lo que logré recabar de la conversación que sostuve con los parlamentarios integrantes de la Comisión Mixta, existe plena concordancia respecto de que, en caso de reincidencia, debe haber multa. El punto de conflicto, reitero, se produjo en relación con la primera multa a un microtraficante y ésa fue la situación que se discutió.
Creemos conveniente ver el resultado de la aplicación de la ley con la modificación propuesta. En ese sentido, deberíamos hacer un análisis frío y, de ser necesario, enviar a tramitación un nuevo proyecto para no paralizar el esfuerzo que durante mucho tiempo han realizado el Senado y la Cámara. Ese nuevo proyecto debería abordar el aspecto mencionado, sobre la base del análisis efectuado en cuanto al funcionamiento de la ley. Por eso, resolvimos mantener lo que propuso el Senado.
Por otra parte, la Comisión Mixta resolvió hacer una excepción y disminuir las sanciones a los conscriptos y estudiantes que realicen su servicio militar en forma voluntaria y que sean sorprendidos consumiendo drogas al interior de los recintos militares. Sin duda, parece razonable que los conscriptos no sean sancionados con la misma rigurosidad que el personal militar, de la policía de Investigaciones o de Gendarmería. Sin embargo, la medida acordada presenta cierto peligro, por cuanto esas personas también podrían ser utilizadas por las redes de narcotráfico.
En definitiva, la Comisión Mixta acogió -me parece que en forma unánime- la petición de algunos parlamentarios en cuanto a establecer una discriminación positiva en favor de los conscriptos.
En lo referente al plazo de detención de un imputado, la Comisión Mixta mantuvo la propuesta del Senado que permite al juez de garantía, previa petición del fiscal, ampliar a cinco días el plazo para formalizar la investigación.
Cualquier análisis posterior respecto del proyecto no debiera realizarse mediante el veto, sino por otra iniciativa, presentada por el Ejecutivo o por moción parlamentaria.
Para finalizar, anunció que la Unión Demócrata Independiente votará a favor el proyecto en debate.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Para aclarar cualquier duda, informo que el artículo 124 del Reglamento, que se refiere a las Comisiones Mixtas, establece claramente un debate de treinta minutos. Por lo tanto, la Mesa no puede alterar los tiempos asignados para esta discusión.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Corresponde votar la proposición de la Comisión Mixta sobre el proyecto que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
Para su aprobación se requieren 65 votos.
En votación.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
El señor SILVA .-
Señor Presidente , apareció mi voto registrado en el tablero electrónico. No he votado, porque estoy pareado.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Se anulará su voto, señor diputado .
Además, se agregarán los votos favorables de los diputados señores Ulloa, Bayo e Hidalgo.
MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 19.039, SOBRE PRIVILEGIOS Y PROTECCIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Proposición de la Comisión Mixta.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
A continuación, corresponde tratar la proposición de la Comisión Mixta, recaída en el proyecto, originado en mensaje, que modifica la ley Nº 19.039, que establece normas aplicables a los privilegios industriales y protección de derechos de propiedad industrial.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Mixta, boletín Nº 2416-03, sesión 13ª, en 3 de noviembre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 9.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Los comités dispondrán de hasta cinco minutos para intervenir.
Aclaro que debemos pronunciarnos respecto de los artículos 31 bis, 37, 45, 52 y 112, que fueron a Comisión Mixta, los que se votarán en conjunto. El resto del articulado no presenta discrepancias y está aprobado.
Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Ignacio Urrutia .
El señor URRUTIA .-
Señor Presidente , nos corresponde analizar la proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto que establece normas aplicables a los privilegios industriales y protección de los derechos de propiedad industrial, con el objeto de cumplir adecuadamente con la normativa internacional, elevar los estándares a los mínimos requeridos por el Acuerdo de Marrakech y mantener la protección existente en el país a la fecha.
En cuanto a la prueba, el acuerdo internacional sostiene que, tratándose de infracciones a las patentes de procedimiento, para invertir la carga de la prueba y que ésta recaiga sobre un infractor, se necesitan dos requisitos alternativos: que el producto obtenido por el procedimiento patentado sea nuevo o que exista una probabilidad sustancial de que el producto idéntico ha sido elaborado según el procedimiento patentado.
Las modificaciones aprobadas por el Senado en su artículo 31 bis dejaron sin efecto tal disposición al establecer que estos requisitos sean copulativos, haciéndolos prácticamente imposibles de cumplir para el dueño de un invento.
La Comisión Mixta corrigió adecuadamente este aspecto y mantuvo lo aprobado por la Cámara, oportunidad en que se estableció como requisito único para estos efectos que el producto patentado sea nuevo.
Respecto a las patentes de nuevo uso, la legislación vigente y la normativa Adpic permiten patentar el nuevo uso de artículos, objetos o elementos conocidos, siempre que se cumpla con las condiciones que la ley señala. La Cámara de Diputados aprobó un artículo que contemplaba tal derecho, el que fue suprimido por el Senado, distanciándose de lo dispuesto en el tratado suscrito.
La Comisión Mixta resolvió otorgar protección a las patentes de nuevo uso, pero las limitó a aquellos casos en que dicho nuevo uso resuelva un problema técnico sin solución previa y que su obtención suponga un cambio en las dimensiones, proporciones y materiales del artículo conocido.
En cuanto a la penalización de infracciones a las patentes, la Cámara rechazó un inciso final incorporado por el Senado en el que se incluía una exención de responsabilidad a quienes produzcan, importen o comercialicen medicamentos de toda especie, preparaciones farmacéuticas, medicinales o de sus reacciones o combinaciones químicas cuando utilicen drogas o compuestos activos que formaban parte del estado de la técnica al 30 de septiembre de 1991, fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 19.039.
La Comisión Mixta estimó que dicha exención debilitaba la protección a las patentes vigentes válidamente obtenidas y otorgadas, por lo que acordó suprimir del texto definitivo tal beneficio.
Por último, respecto de la prescripción de la acción indemnizatoria por infracción a derechos de propiedad industrial, la Comisión Mixta acordó suprimir la norma especial propuesta por la Cámara de Diputados y que para estos efectos sugería un plazo de cinco años, a fin de que en la materia operara la regla general del Código Civil, que contempla un plazo de prescripción de cuatro años.
Lo anterior parece razonable, puesto que nada justifica que en estos casos la prescripción de las acciones indemnizatorias cuente con un plazo especial.
En consecuencia, la Unión Demócrata Independiente votará favorablemente la proposición de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , he querido intervenir especialmente en la discusión de este informe. -y desde ya me excuso si me escapo un poco del tema-, pues hay ciertos aspectos de la tramitación legislativa que, en mi calidad de representante de la voluntad soberana, no puedo ni dejaré pasar inadvertidamente, sobre todo cuando los partidarios del señor Lavín , que hoy aparecen como los primeros defensores de la cuestión social y se encuentran “preocupados” por la pobreza y el desempleo, hace pocos días dejaron entrever su verdadera cara al rechazar el proyecto sobre declaración patrimonial. Se defendieron como gatos de espalda, y corrieron como gatos de campo, para defender sus intereses de clase, porque, claro, ellos son, antes que representantes del pueblo que los eligió, empresarios, estancieros, banqueros. Tienen intereses comprometidos y directos con los grandes laboratorios farmacéuticos, ¿o me equivoco, honorable Senador Marco Cariola?
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Diputada señora Soto , le ruego referirse al tema en debate.
La señora SOTO (doña Laura).-
Sí, señor Presidente .
Uno de los aspectos controvertidos en la decisión parlamentaria de este proyecto ha sido el de las patentes de segundo uso, porque existen poderosos intereses en su patentabilidad, debido a que es una forma de perpetuar los privilegios industriales en el tiempo y evitar que éstos pasen a formar parte del patrimonio de la humanidad.
El mantenimiento de estas normas representa jugosas ganancias para el senador Cariola y sus cercanos.
Cuando conocimos el proyecto en la Cámara de Diputados, nos pareció adecuado perfeccionar la norma que permite, excepcionalmente, la patentabilidad de los segundos usos, restringiéndola aún más.
En la medida en que un producto sea novedoso, tenga cierto nivel inventivo y aplicación industrial, puede ser objeto de protección a través de una patente industrial. Entonces, atendida la amplitud de la patentabilidad, fue necesario establecer una fórmula que la limitase, disponiendo lo que no será patentable.
La ley señaló los segundos usos; vale decir que, en principio, atendida esta norma, éstos no son objeto de protección. Ahora, como la ley permite, en determinadas condiciones, que se proteja un segundo uso, se puede afirmar que la norma es restrictiva. Esto fue lo que pretendimos perfeccionar. Curiosamente, en el Senado se eliminó la norma excepcional de autorización de las patentes de segundo uso. Según lo expresa el secretario de la Comisión en su informe, éstas quedarían proscritas. Sin embargo, ello no es así. Por el contrario, recordemos que el artículo 37 de la ley de propiedad industrial establece lo que no puede ser protegido por una patente, por lo que, a contrario sensu, todo lo demás, en la medida que cumpla los requisitos de patentabilidad, puede ser registrado. Con la eliminación de la norma en el Senado, se autorizan de un modo amplio las patentes de segundo uso, como le conviene a intereses particulares.
Con mi intervención, quiero destacar lo vergonzoso que resulta para Chile y, en general, para cualquier sociedad democrática, el confundir la actividad política con la empresarial. La labor pública no sólo es distinta a la empresarial, sino opuesta. ¡O se trabaja por el bien común o se trabaja por intereses particulares!
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Encina.
El señor ENCINA .-
Señor Presidente , en la Comisión Mixta se analizaron cuatro aspectos fundamentales de esta iniciativa y respecto de los cuales surgieron divergencias entre el Senado y la Cámara de Diputados.
En primer lugar, la inversión de la carga de la prueba en patentes de procedimiento. Quiero señalar que era muy importante la aprobación de esta disposición después del acuerdo Trips en el marco del Acuerdo de Marrakech de la Organización Mundial del Comercio. Al final, fueron aprobados, por unanimidad, casi todos los puntos controvertidos, muchos de ellos a propuesta del Ejecutivo.
La Comisión estudió las diferencias entre el Senado y la Cámara en tres sesiones. Algunas se resolvieron como la Cámara lo proponía, por ejemplo, la inversión de la carga de la prueba en patentes de procedimiento. Se mantuvo la redacción de la Cámara de Diputados, que confiere al juez la facultad de ordenar que se invierta la carga de la prueba y sea el demandado quien acredite el uso de un procedimiento diferente al patentado, a condición de que el producto obtenido por el procedimiento patentado sea nuevo.
En segundo lugar, las patentes de segundo uso fueron, sin duda, uno de los puntos de mayor controversia. Había una redacción original de la Cámara de Diputados -rechazada por el Senado- y otra especial del Senado, que no aceptaba las patentes de segundo uso.
Como muy bien decían algunos parlamentarios, no sólo debemos referirnos al tema farmacéutico, sino que esta es una materia que tiene que ver con todo lo que diga relación con el desarrollo de la ciencia y la tecnología en este país. De lo contrario, estaríamos restringiendo la aplicación de una normativa. Originalmente estas patentes de segundo uso fueron consideradas, pero, en definitiva, la Comisión Mixta las limitó al máximo.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá constituir invención susceptible de protección el nuevo uso de artículos, objetos o elementos conocidos, siempre que dicho nuevo uso resuelva un problema técnico sin solución previa equivalente, cumpla con los requisitos a que se refiere el artículo 32 y requiera de un cambio en las dimensiones, en las proporciones o en los materiales del artículo, objeto o elemento conocido para obtener la solución de dicho problema técnico. El nuevo uso reivindicado deberá acreditarse mediante evidencia experimental al solicitar la patente. De esa manera, se pretende evitar el abuso de las patentes de segundo uso.
El tercer punto de controversia tiene que ver con los efectos de no subsanar reparos en el examen preliminar de solicitudes de patentes. La Comisión acogió, por unanimidad, la proposición del Senado formulada en el segundo trámite constitucional, precepto que mejoró la redacción y amplió el plazo para subsanar los reparos de cuarenta a sesenta días.
Por último, la exención de responsabilidad penal del inciso final del artículo 52. La Comisión Mixta, aprobó, por unanimidad, el texto del Senado, sin su inciso final, porque significaba, como dicen los expertos en el tema y el jefe del Departamento de Propiedad Industrial , evitar que la ley y todo lo que se había trabajado durante tantos años no tuviese razón de ser.
En consecuencia, recomendamos la aprobación del texto despachado por la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , estamos llegando al término de la tramitación de un proyecto de ley que por muchos años hemos analizado y discutido. También escuchamos a todos los actores en un tema tan importante para nuestro país: las normas aplicables a los privilegios industriales y a la protección de los derechos de propiedad industrial.
El tema que concitó gran discusión en el proyecto fue el de las patentes farmacéuticas. En la Cámara de Diputados se llegó a un acuerdo bastante consensuado sobre el particular, después de escuchar a todos los actores involucrados. En el Senado, la discusión fue muy extensa. Debido a las divergencias suscitadas entre ambas cámaras, se llegó a Comisión Mixta.
Pero quiero destacar la importancia de esta futura ley para el desarrollo del país, sobre todo en consideración a los acuerdos comerciales suscritos.
En la Comisión Mixta se abordaron cinco temas. El primero dice relación con la inversión de la carga de la prueba en patentes de procedimiento. Los cinco diputados y los cinco senadores que integramos la Comisión buscamos una redacción consensuada. El número 37 del artículo único del proyecto incorpora a la ley Nº 19.039 un artículo 31 bis, nuevo. El Ejecutivo propuso un texto alternativo respecto de este precepto.
El inciso primero mantiene la redacción del texto aprobado por la Cámara de Diputados, que confiere al juez la facultad para ordenar que se invierta la carga de la prueba y sea el demandado quien acredite el uso de un procedimiento diferente al patentado, a condición de que el producto obtenido por el procedimiento patentado sea nuevo.
El inciso segundo establece la presunción legal de que todo producto idéntico ha sido obtenido por medio del procedimiento patentado.
El inciso tercero es idéntico al inciso segundo del Senado.
El texto de este artículo fue aprobado por 6 votos a favor y dos abstenciones.
El segundo tema abordado en la Comisión Mixta dice relación con las patentes de segundo uso.
La Cámara de Diputados acordó que los segundos usos fueran patentables, siempre y cuando estuviesen circunscritos al campo de la biotecnología, de la química, de la física y de la innovación tecnológica económica. Solicitamos al Departamento de Propiedad Industrial que nos informe cuántas patentes de segundo uso han sido solicitadas. No es un número importante. Es bueno destacarlo para la historia de la ley. Debido a eso, llegamos a un acuerdo con el Ejecutivo . Se presentaron tres indicaciones que fueron rechazadas por mayoría. Finalmente, se llegó a una redacción consensuada en términos de no dar ninguna posibilidad para que las patentes de segundo uso traigan consigo un aumento en el precio de los medicamentos. Ello no tiene nada que ver con el tema de lo genérico.
El Ejecutivo propuso una nueva redacción, a la cual todos los parlamentarios dimos el visto bueno, que excluye de la patentabilidad el nuevo uso, el cambio de forma, el cambio de dimensiones, el cambio de proporciones o el cambio de materiales de artículos, objetos o elementos conocidos y empleados con determinados fines.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá constituir invención susceptible de protección el nuevo uso de artículos, objetos o elementos conocidos, siempre que dicho nuevo uso resuelva un problema técnico sin solución previa equivalente. Este precepto impide patentar descubrimientos y no da margen para obstaculizar la entrada de genéricos al mercado farmacéutico.
Esta proposición fue aprobada por los 10 parlamentarios presentes, dejando claro que antes se habían formulado indicaciones diferentes que fueron rechazadas por la inmensa mayoría de nosotros.
En la Comisión también se analizaron los efectos de no subsanar reparos en el examen preliminar de solicitudes de patentes, la exención de responsabilidad penal del inciso final del artículo 52 y la prescripción de la acción indeminizatoria.
Quería señalar esto, porque es bueno decir al país y al mundo que el proyecto de ley es vital para el desarrollo tecnológico del país, toda vez que permitirá aprovechar mercados internacionales y aumentar las exportaciones, lo cual significa mucha mano de obra para bajar la cesantía y crear productos con mayor valor agregado.
Por lo expuesto, votaremos favorablemente la proposición de la Comisión Mixta.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
En votación la proposiciones de la Comisión Mixta sobre el proyecto que establece normas aplicables a los privilegios industriales y protección de derechos de propiedad industrial.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Se abstuvo el diputado señor Montes.
REGULACIÓN DEL LOBBY PARLAMENTARIO. Primer trámite constitucional.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en mensaje, que regula el lobby.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Eduardo Saffirio, y de la de Constitución, Legislación y Justicia el señor Guillermo Ceroni.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 3407-07, sesión 15ª, en 5 de noviembre de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informes de las Comisiones de Constitución, Legislación y Justicia, y de Hacienda, sesión 13ª, en 3 de noviembre de 2004. Documentos de la Cuenta Nºs 11 y 12, respectivamente.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor SAFFIRIO .-
Señor Presidente , la idea fundamental del proyecto, como lo explicará en detalle el diputado señor Ceroni , informante de la Comisión técnica, que para estos efectos es la de Constitución, Legislación y Justicia, es regular el lobby, entendiendo por tal la actividad ejercida por personas naturales o jurídicas, en orden a promover, defender o representar los intereses y objetivos legítimos de personas, entidades u organizaciones privadas o públicas, tendiente a influir en las decisiones que deban adoptar el Congreso Nacional y los órganos de la Administración del Estado; es decir, regular la actividad que determinados actores políticos y públicos, como son los grupos de interés y de presión, ejercen en los centros decisorios del sistema político, o sea, en el Congreso Nacional o en el aparato burocrático que depende del Ejecutivo.
-Constancias previas en relación con el informe de la Comisión de Hacienda.
La iniciativa tuvo su origen en la Cámara de Diputados por un mensaje de su excelencia el Presidente de la República.
No hubo disposiciones o indicaciones rechazadas ni tampoco disposiciones aprobadas por unanimidad.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Eduardo Dockendorff , ministro Secretario General de la Presidencia , y José Larraín , asesor de dicha cartera.
El propósito de la iniciativa consiste en regular la actividad que ejerzan personas naturales o jurídicas para promover, defender o representar los intereses y objetivos legítimos de personas, entidades u organizaciones privadas o públicas, tendiente a influir en las decisiones que deban adoptar el Congreso Nacional y los órganos de la Administración del Estado.
En términos generales, el proyecto especifica el ámbito y objetivo de la normativa propuesta; define qué se entiende por lobby o gestión de intereses, por lobbysta o gestor de intereses; señala las actividades que constituyen lobby y las que están excluidas, las personas facultadas para gestionar intereses ajenos, sus incompatibilidades, obligaciones y prohibiciones; regula las obligaciones de las autoridades públicas respecto de los gestores de intereses y, como es obvio, establece sanciones y la existencia de registros de gestores de intereses ante los órganos de la Administración y del Poder Legislativo, a fin de garantizar la máxima transparencia.
La normativa propuesta en el mensaje contiene 30 artículos permanentes y 2 artículos transitorios.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 4 de noviembre de 2003, señala que en cuanto al registro que se radica en el Ministerio de Justicia -hay dos registros-, su organización y gestión no irrogará un mayor gasto fiscal, toda vez que lo asumirá con los recursos de que él mismo dispone.
En el debate de la Comisión, el señor Eduardo Dockendorff expresó que la iniciativa tiene por objeto perfeccionar el mecanismo mediante el cual todos los interesados puedan acceder con sus puntos de vista a la autoridad y evitar, o disminuir, la eventual desigualdad en relación a los intereses de grupos que tienen mejor acceso a tales personas u órganos y, por consiguiente, pueden influir más directamente en la toma de decisiones, en desmedro del resto de la sociedad. De este modo, se propone un marco normativo para el ejercicio de la actividad de lobby o cabildeo y se contempla una suerte de “código” que obligará a los sujetos pasivos del lobby a brindar igual trato a quienes accedan a ellos, estableciéndose sanciones para cuando ello no ocurra.
Puntualizó que el sistema de control operará mediante un sistema de registro, para lo cual se crean dos registros públicos de lobbystas: uno a cargo del Ministerio de Justicia, en el que deberán inscribirse todas aquellas personas que desarrollen sus actividades ante cualquier órgano de la Administración del Estado, y otro a cargo del Congreso Nacional, en el que deberán inscribirse quienes desarrollen sus actividades ante los miembros o funcionarios de ese Poder del Estado.
Como señalé, la acción de los grupos de presión o de interés de los lobbystas, de los gestores de intereses, siempre se dirige hacia la burocracia estatal expresada en el Ejecutivo o hacia el Parlamento. Por eso existen dos registros.
El ministro destacó, además, que la información de ambos registros estará en línea y podrá ser accesada por el público en general, lo que dará mayor transparencia al sistema.
En un análisis preliminar de la iniciativa se consideró la conveniencia o no de hacer públicas las remuneraciones percibidas por los lobbystas y los efectos de impedir que éstos o sus representados efectúen donaciones a los partidos políticos y a campañas electorales.
Sobre este último criterio se estimó que no corresponde limitar el derecho de los ciudadanos a realizar aportes a la política, sin perjuicio de establecer que tanto las remuneraciones a los lobbystas como los aportes a campañas o partidos políticos sean de conocimiento público.
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia dispuso en su informe que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento del artículo 1º transitorio. Por su parte, ella acordó incorporar a su conocimiento los artículos 1º, 6º, 7º y 28 del proyecto aprobado por la Comisión técnica, en conformidad al numeral segundo del artículo 220 del Reglamento.
En relación con la discusión particular, cabe señalar que en el artículo 1º se regula la actividad de promoción, defensa o representación de intereses de personas, entidades u organizaciones privadas o públicas, ejercida por personas naturales o jurídicas, con el objeto de influir en las decisiones que deban adoptar los órganos de la Administración del Estado o el Congreso Nacional, y propende a fortalecer la transparencia en las relaciones entre privados y autoridades públicas.
En su inciso se dispone que para los efectos de esta ley se entiende por órganos de la Administración del Estado a los señalados en el inciso segundo del artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001, incluidas las empresas en que el Estado o sus organismos tengan participación, las empresas privadas que presten servicios de utilidad pública y las empresas a que se refieren los incisos tercero y quinto del artículo 37 de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas.
En el artículo 6º se crea el Registro Público de Lobbystas , en el cual deberán inscribirse, de manera obligatoria, todas aquellas personas que ejerzan dicha actividad de manera profesional.
En su inciso segundo se establece que el no cumplimiento del deber establecido en el inciso anterior será causal suficiente para impedir el ejercicio del lobby, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el artículo 28 -presidio y multa, como veremos-.
En su inciso tercero se dispone que la información contenida en el Registro será pública y cualquier persona podrá acceder a ella sin más requisito o condición que el cumplimiento de los procedimientos fijados al efecto.
En el artículo 7º se señala que existirán dos Registros Públicos de lobbystas:
a) Un Registro Público , a cargo del Ministerio de Justicia, en el que deberán inscribirse todas aquellas personas que desarrollen sus actividades, de cabildeo o de generación de influencias, ante cualquier órgano de la administración a que se refiere el inciso segundo del artículo 1º.
b) Un Registro Público a cargo de una Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de Lobby, en el que deberán inscribirse quienes desarrollen actividades de lobby ante los miembros o funcionarios del Congreso Nacional.
En su inciso segundo se determina que la Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de Lobby a que se refiere la letra b) de este artículo estará integrada por cuatro senadores y cuatro diputados. Su quórum para sesionar será de cuatro miembros, de los cuales dos deberán ser senadores y dos diputados, y adoptará sus acuerdos por mayoría absoluta.
En su inciso tercero se preceptúa que la inscripción en uno de estos registros habilitará a los lobbystas profesionales para ejercer actividades de lobby ante cualquiera de los sujetos señalados en la letra e) del artículo 2º.
En su inciso cuarto se señala que a través de los procedimientos técnicos que fije el reglamento, los registros públicos a que se refiere este párrafo deberán procesar la información de forma automática, de manera que de los antecedentes registrados en uno de ellos quede constancia en ambos.
En el artículo 28 se estipula que el que ejerciere en forma profesional la actividad de lobby sin cumplir con la obligación de inscribirse en los registros establecidos en el proyecto de ley o, de haber sido eliminado de uno de aquellos, continuare desarrollándola, será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales.
En el artículo 1º transitorio se establece que el financiamiento del mayor gasto que irrogue el proyecto durante el año 2004, se hará con cargo al presupuesto de las reparticiones correspondientes, de la ley de Presupuestos para dicha anualidad.
Sometidos a votación, los artículos precedentes fueron aprobados por 5 votos a favor y 1 voto en contra.
Es cuanto debo informar a la Sala.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Ceroni , informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor CERONI .-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley que regula el “lobby”, originado en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República .
En primer lugar, en este proyecto del Ejecutivo se tuvo en cuenta una moción de la diputada señora Marcela Cubillos y de los diputados señores Marcelo Forni y Nicolás Monckeberg .
Asimismo, para la presentación del mensaje, se consideraron dos anteproyectos, uno elaborado por los diputados señores Jorge Burgos , Patricio Walker , Carlos Montes , Antonio Leal , Eduardo Saffirio , Patricio Hales y la diputada señora Carolina Tohá , y otro, por el diputado señor Alejandro Navarro .
En definitiva, todos ellos presentaron indicaciones importantes que el Gobierno recogió en relación con algunas materias y que también sirvieron para la discusión del proyecto.
Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración permanente del ministro secretario general de la Presidencia , señor Francisco Huenchumilla Jaramillo , en las primeras tres sesiones en que se analizó la iniciativa, y del ministro secretario general de la Presidencia , señor Eduardo Dockendorff Vallejos , quien reemplazó al anterior en dicha secretaría de Estado, durante las restantes ocho sesiones.
También contó con la participación de los siguientes invitados: el profesor e investigador de la Facultad de Economía y Empresas de la Universidad Diego Portales, señor Mario Drago; el consultor gerente de la empresa Imaginación Correa & Correa Consultores, señor Enrique Correa Ríos; el investigador del Programa Político Institucional del Instituto Libertad y Desarrollo, señor José Francisco García García, y la gerenta general de la empresa Burson-Marsteller, señora Claudia Adriasola Matas.
El mensaje hace presente que, en una sociedad democrática, las decisiones de los órganos públicos deben ser tomadas con miras al bien común y con pleno respeto a los derechos de las personas, sin que aquéllas estén ilegítimamente influidas o determinadas por intereses particulares ni menos aún llevadas a cabo en detrimento de los legítimos derechos e intereses de los ciudadanos.
Sin embargo, la experiencia nacional e internacional ha demostrado que, en muchas ocasiones, la toma de decisiones, tanto a nivel administrativo como legislativo, se ve influenciada por intereses, motivaciones o argumentos grupales, sectoriales o individuales, que producen decisiones que favorecen dichos intereses, los cuales, si hubieren sido conocidos públicamente por el resto de los afectados o por el público en general, habrían sido impedidos o se hubiera hecho menos factible llevarlos a cabo.
En definitiva, está claro que muchos grupos de interés tratan de ejercer influencias ante las autoridades, los distintos estamentos públicos y personas que están a cargo de ellos. El tema es que, de no existir la debida transparencia, muchos otros sectores quedan al margen y no pueden, a su vez, contradecir esas opiniones o influencias, o la falta de dicha transparencia puede llevar a costumbres reñidas con la ética.
El empleo de la influencia para obtener resoluciones que favorezcan a unos en desmedro de otros se ve facilitado en una sociedad en la cual existen notorias y graves disparidades en cuanto a las capacidades y a los medios para acceder e influir en la toma de decisiones públicas.
Lo que se denomina “la captura” de la autoridad pública por los intereses privados, o sea, la receptividad al interés particular en detrimento del bien común, posee negativas consecuencias en diversos ordenes de materias: a) Atendida la desigualdad existente en el país, la influencia no regulada y poco transparente, puede contribuir a que las decisiones no se tomen necesariamente en beneficio de los más desposeídos o con menores recursos. Además, se afecta de esta forma la igualdad en el trato que el Estado debe otorgar a todos los ciudadanos; b) Este tipo de influencias distorsiona y oscurece la forma en que se deciden los asuntos públicos, permitiendo que, finalmente, las decisiones favorezcan en mayor medida el interés particular en detrimento del bien común; c) El abuso de la influencia posee consecuencias negativas para una economía que se basa en la libre competencia, pues por el lobby las decisiones no se toman en una forma que favorezca una competencia leal, transparente y que premie al que entregue el mejor servicio o producto, sino que a aquel que fue capaz de ejercer más influencia en los corredores del poder, d) La poca transparencia y control de dichas prácticas facilitan los actos de corrupción de los funcionarios públicos, al permitir que se les hagan propuestas o promesas a cambio de decisiones que favorecen en forma ilegítima a una persona, grupo o sector de la vida nacional, y e) La ocurrencia no regulada de estas prácticas constituye un problema que desmejora la imagen internacional de los países y hace necesaria una legislación que las aborde, con la finalidad de cumplir con los estándares internacionales de transparencia, de probidad en las funciones públicas y de igualdad de trato a los agentes económicos.
Por lo tanto, existiendo este tipo de conductas es importante regularla adecuadamente para que, en definitiva, exista transparencia y no se produzcan abusos de influencia. Estas prácticas, necesarias para algunos grupos que quieren representar sus intereses y opiniones a la autoridad, deben realizarse de manera transparente a fin de que no exista la menor duda de que están ejerciendo derechos que -muchas veces- tienen que ver con planteamientos dignos de considerarse, pero que de ninguna manera deben quedar en las sombras y transformarse en procederes que distorsionen las decisiones de la autoridad y, finalmente, se produzca un tráfico de influencias en donde los beneficios no queden para la comunidad, sino para unos pocos.
El mensaje analizó la experiencia comparada y se tomó en consideración modelos de las legislaciones de Estados Unidos, de la Unión Europea y del Reino Unido.
El proyecto se estructura sobre la base del principio de la transparencia de la información respecto de quienes, en qué forma y por qué motivos se efectúan los contactos entre los gestores de intereses y los agentes públicos. No se impiden dichos contactos pues ellos son necesarios para que la toma de decisiones sea informada sobre las circunstancias en relación con quienes van a ser afectados por ellas. A través del proyecto, más bien, se permite que todos los interesados, y la opinión pública, pueda juzgar en forma informada, sobre la imparcialidad, propiedad y conveniencia de las decisiones evacuadas y de las actuaciones de los funcionarios públicos y legisladores.
Para ese fin, en líneas esenciales, el proyecto define cuáles son las actividades de gestión de intereses, creando un registro en el cual los agentes que se dediquen a ella en forma profesional deban inscribirse. Junto con eso, se exige que los contactos entre los gestores de intereses y las autoridades públicas sean debidamente informados, tanto respecto a qué autoridad fue contactada como al tipo de intereses que son representados.
Finalmente, en el mensaje se da una explicación pormenorizada de los propósitos y ámbito del proyecto, de las principales definiciones, de las actividades que constituyen lobby y de las que están excluidas, de las personas facultadas para gestionar intereses ajenos, de sus obligaciones y prohibiciones, de las incompatibilidades, de las obligaciones de las autoridades públicas respecto de los gestores de intereses y de las sanciones respectivas, y de la existencia de registros públicos.
En su intervención el profesor e investigador de la Facultad de Economía y Empresas de la Universidad Diego Portales, señor Mario Drago , señaló que se entiende por lobby toda acción deliberada y sistemática destinada a influir en las decisiones y políticas del Gobierno y/o del Congreso, llevada a cabo por un grupo particular a favor de sus intereses y puntos de vista, a través de la búsqueda del contacto o comunicación directa con autoridades y funcionarios públicos.
También expresó que si bien tales acciones buscan influir en las decisiones y políticas de las autoridades públicas, ellas son efectuadas en forma pública, al descubierto, y es posible que la ciudadanía identifique razonablemente a sus responsables y líderes inmediatos, conozca sus propuestas, planteamientos, demandas y los intereses que promueven o defienden, y evalúe la receptividad que logran o no en las autoridades.
Don Mario Drago añadió que, hoy, estas actividades de influencia son realizadas “en las sombras”, sin que la opinión pública pueda conocer y juzgar tales negociaciones, sus actores y participantes, los intereses en juego, la conducta de las autoridades, las decisiones adoptadas y evaluar sus resultados. Dijo que tales actividades están al margen del escrutinio público, todo lo cual facilita el desarrollo de prácticas o conductas que constituyen tráfico de influencias u otras formas de corrupción.
Manifestó que es necesario un proyecto de ley como éste para dar transparencia y regular debidamente las prácticas de esta naturaleza y, por consiguiente, el lobby.
Concluyó en que, en general, el proyecto está orientado en la dirección correcta, pues introduce transparencia a la actividad y la distingue claramente de la figura del tráfico de influencias.
La Comisión también escuchó al consultor gerente de la empresa Imaginación Correa & Correa Consultores, señor Enrique Correa Ríos, quien expuso que, a su juicio, la presentación del proyecto para regular el lobby constituye un gran avance en el proceso de hacer más transparente y someter al escrutinio público la actividad, y permite diferenciar claramente entre actividades legítimas y aquellas que constituyen formas ilegítimas de ejercer influencia o simplemente corrupción.
Hizo hincapié en que el mensaje se manifiesta claramente por la transparencia como la mejor vía para realizar esta actividad, pues permite una eficiente fiscalización por parte de la ciudadanía.
Observó que este proyecto debiera complementarse con la incorporación de normas de conducta para los funcionarios públicos, en sus contactos con los lobbystas y representantes de intereses públicos y particulares, en la ley de probidad. Agregó, finalmente, que la iniciativa legal en estudio debe ser complementada con la tipificación, en el Código Penal, del delito de tráfico de influencias.
También escuchamos las intervenciones del señor José Francisco García García , investigador del Programa Político Institucional del Instituto Libertad y Desarrollo , y de la señora Claudia Adriasola Matas , gerenta general de la empresa Burson-Marsteller, cuyas opiniones están consignadas en el informe de la Comisión.
En la discusión particular del proyecto se analizaron los artículos correspondientes, respecto de los cuales puedo destacar lo siguiente:
El artículo 1º especifica el ámbito y propósito de la ley. Determina que tiene por objeto regular la actividad de promoción, defensa o representación de intereses legítimos de personas, entidades u organizaciones privadas o públicas, ejercida por personas naturales o jurídicas, con el objeto de influir en las decisiones que deban adoptar los órganos de la administración del Estado o del Congreso Nacional.
El artículo 2º establece, para los efectos de esta ley, la definición de lobby o gestión de intereses, de lobbysta o gestor de intereses, de lobbysta profesional, de registro de lobbystas y de sujeto pasivo del lobby.
El artículo 3º permite que la actividad de lobby que regula esta ley se realice a través de medios orales, escritos o electrónicos, en la medida en que estén destinados a influir en las categorías de decisiones que se indican.
En el artículo 4º se establece expresamente una enumeración de las actividades que, de acuerdo con esta ley, no constituyen lobby.
En el artículo 5º se dispone que cualquier persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que se encuentre inscrita en los registros públicos que establece esta ley, podrá ejercer profesionalmente como lobbystas, y queda sujeta a los derechos y obligaciones de la misma.
En otras palabras, sólo podrán ejercer como lobbystas profesionales aquéllos que se encuentren inscritos en los respectivos registros que establece la ley.
En el artículo 6º se crea el Registro Público de Lobbystas , en el cual se deberán inscribir obligatoriamente los que deseen ejercer el lobby en forma profesional. El no cumplimiento de dicha obligación es causal suficiente para impedir el ejercicio de la actividad.
El artículo 7º establece la existencia de dos registros de lobbystas: Un registro público, a cargo del Ministerio de Justicia, en el que deberán inscribirse todas aquellas personas que desarrollen sus actividades ante cualquier órgano de la Administración del Estado, y un registro público en cada rama del Poder Legislativo, a cargo de las Comisiones de Ética respectivas.
En el artículo 11 se indica que los lobbystas profesionales no podrán contribuir al financiamiento de partidos políticos ni de campañas electorales.
El artículo 17 establece la obligación, para cualquier lobbysta que en el primer encuentro que sostenga con una autoridad, miembro o funcionario de los poderes Ejecutivo y Legislativo informe de los demás encuentros que haya sostenido con otras autoridades o funcionarios, relativos al mismo asunto u otro relacionado.
En el artículo 18 se prohíbe al lobbysta y a sus empleados la venta de los informes, documentos o cualquier otro antecedente que obtengan de la autoridad, o darle un fin distinto del estrictamente necesario para el ejercicio de su actividad.
El artículo 19 prohíbe a lobbystas y a sus empleados hacer entrega a las autoridades, miembros y funcionarios de cualquier poder del Estado, de datos informaciones o antecedentes falsos o engañosos. Asimismo, cualquier antecedente que entreguen debe ser perfectamente identificable en cuanto a su origen y autoría.
En el artículo 20 se dispone que las personas naturales o jurídicas que contraten servicios de lobby o se hagan representar por lobbystas inscritos en los registros, no podrán contribuir al financiamiento de campañas electorales de aquellos candidatos que fueron objeto pasivo de acciones de lobby en los últimos tres años previos a la elección. En el artículo 11 decíamos que los lobbystas profesionales no podían contribuir al financiamiento de partidos políticos ni de campañas electorales. En éste, que no podrán hacerlo aquellos que contraten servicios de lobby.
El artículo 22 propone que la autoridad encargada del control y de la fiscalización de los lobbystas sea el Ministerio de Justicia y las comisiones de ética de cada rama del Congreso Nacional, según corresponda, las que aplicarán las sanciones por el incumplimiento de las disposiciones que establezca esta ley, sin perjuicio de las facultades jurisdiccionales de los tribunales de justicia y del Ministerio Público.
En el artículo 28 se establece una sanción de tipo penal para quien ejerce ilegalmente la profesión de lobbysta, entendiéndose que ello ocurre cuando se realiza en forma profesional la actividad de lobby sin cumplir con la obligación de inscribirse en los registros que establece esta ley o, cuando habiendo sido eliminado de tales registros, continúa desarrollando la actividad. La pena aplicable para quien incurre en alguna de esas conductas será de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales.
Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
De conformidad con lo establecido en el Nº 2 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, se dejó constancia que los artículos 1º, inciso segundo y 13, letra a), son de carácter orgánico constitucional en virtud del artículo 38 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, letra h) y 20 lo son en razón de los artículos 18 y 19 Nº 15, y el artículo 25 lo es en atención al artículo 74 del mismo cuerpo normativo.
Artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda. Sólo se encuentra en tal situación el artículo 1º transitorio.
Señor Presidente, de esta forma doy por concluido mi informe.
He dicho.
El señor LEAL ( Vicepresidente ).-
Hago presente a la Sala que se ha fijado a las 13.10 horas el término del Orden del Día, pero para el evento de que quedaran diputados inscritos sin intervenir, los Comités acordaron continuar mañana con el debate de este proyecto, considerándolo en el primer lugar de la tabla.
Para iniciar el debate, tiene la palabra el diputado Jorge Burgos .
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , como lo señalaba el diputado informante de la Comisión de Constitución, don Guillermo Ceroni , se trata de un proyecto de ley que tiene origen parlamentario.
Hace prácticamente dos años, un grupo de diputados, entre otros Carolina Tohá , Carlos Montes , Eduardo Saffirio y Antonio Leal , presentamos una moción destinada a regular el lobby. Coetáneamente, el diputado Alejandro Navarro presentó otra relativa al mismo tema. Lo mismo hicieron, con posterioridad, los diputados de la Alianza por Chile.
Atendido el hecho que las mociones contenían normas que son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , el Ejecutivo las acogió y presentó un proyecto de ley. Debo hacer presente que desde que don Eduardo Dockerdorff asumiera la Cartera de Justicia, este proyecto ha tenido un tratamiento expedito, lo que hoy se refleja con la entrega del primer informe.
Debo recordar que, en su momento, este proyecto fue incorporado en la denominada agenda protransparencia, con un compromiso político detrás, tal como lo fue el relativo a la declaración jurada patrimonial obligatoria de bienes de autoridades públicas, que se vio la semana pasada y no pudimos aprobar.
En consecuencia, este proyecto forma parte de aquello que los partidos políticos representados en este Congreso establecimos como una agenda básica para crear mejores normas de transparencia, en el entendido que la transparencia, la probidad y el rechazo a la corrupción en una sociedad no son sólo producto de la existencia de leyes, sino también de conductas, a las que hay que darles consistencia a través normas que fijen su contorno.
Desde hace mucho tiempo se hace lobby en Chile; hay gestión de intereses. Incluso hay personas que se dedican profesionalmente a ofrecer servicios de lobbystas. Entonces, a partir de esa realidad, el legislador no puede más que hacerse cargo de aquello, porque en la medida en que no haya una ley marco que fije claramente los límites de lo que encierra el concepto lobby, tendremos -para decirlo con todas sus letras- tráfico de influencias y cohecho, lo que es ilícito.
Hay gente a la que le gustaría que no hubiese ningún tipo de lobby. Es legítimo. Hay algunos que dicen que debiera estar prohibido terminantemente. A mi juicio, sería prohibir una actividad casi connatural al ser humano, tal como otras actividades que en su momento la sociedad debió regular porque no podía prohibirlas. En la prensa se citó un ejemplo que a mucha gente no le gustó y por eso no la voy a repetir en esta oportunidad.
Pero, sin duda, es básico establecer el contorno jurídico de lo que es el lobby aceptado por nuestra sociedad, versus aquellas acciones que no son lobby sino otra cosa. Si el representante de una empresa me pide conversar para que vote un proyecto de una determinada manera porque es mejor para los intereses de la sociedad, y me quiere convencer por tales o cuales tales razones, eso es lobby. Esa audiencia voy a tener que registrarla, de acuerdo con lo que se establece en el proyecto, y tendré que informar quien me pidió el lobby. Ahora, si el representante de esa empresa, al final, me dice que si yo voto de determinada manera se me invitaría a un viaje a su sede en Europa, eso no es lobby sino tráfico de influencia, y debo denunciarlo como un intento de cohecho. Es mejor decirlo con todas sus letras y establecerlo en la legislación.
En consecuencia, este primer informe es un paso concreto. Me parece importante enriquecer el proyecto, y no creo que estemos en condiciones de despacharlo a segundo trámite, pues hay indicaciones. Con la diputada Carolina Tohá presentamos una, porque queremos reponer una cuestión que se perdió 7 votos contra 2 en la Comisión -yo fui uno de los que votó en contra-, en el sentido de que las autoridades, miembros y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado y del Congreso Nacional no pueden ejercer lobby no sólo durante su mandato, como figura hoy en el proyecto, sino hasta dos años después del alejamiento del cargo. Eso se perdió; hay razones legítimas para ello, pero debemos reponer esa discusión. Entiendo que otros diputados, entre ellos la diputada Pía Guzmán , también han presentado indicaciones.
Creo que estamos dando un paso importante. Espero que cuando tratemos este proyecto en segundo informe seamos capaces de despacharlo. Es una visión de país, porque da cuenta de una necesidad indiscutida de fijar, insisto, los contornos, las fronteras de aquello que es legítimamente aceptado en una sociedad que reconoce la existencia de promotores pagados a la hora de establecer ciertos derechos respecto de quienes los contratan versus aquellas otras cuestiones que son otras cosas, que normalmente son de carácter delictual.
Durante la discusión del proyecto en la Comisión se incorporaron otras normas que, en su mayoría, se consensuaron -espero que en la Sala ocurra lo mismo-, que buscan fijar una frontera muy clara entre el lobbysta y aquel que se incorpora a la política, entre quien contrata lobby -no sólo hace lobby- y que después hace campañas electorales. Creo que se debe ser muy restrictivo en ello; en caso contrario, vamos a crear zonas de opacidad, de confusión, llamativas y, probablemente, indicativas de otras conductas.
Como discusión general, corresponde dar ideas generales para enriquecer el proyecto.
He dicho.
El señor LEAL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , esta iniciativa puede constituir una base muy importante en el esfuerzo de la transparencia y de lucha contra el tráfico de influencia. En consecuencia, nos puede ayudar mucho para evitar males que se pueden generar en una sociedad moderna, sobre todo en una como la nuestra, cuya economía se abre fuertemente a los mercados globales y donde las decisiones de las diferentes autoridades públicas pueden determinar el éxito o fracaso de un negocio de volumen millonario.
En el estado en que se encuentra nuestro desarrollo económico, la actividad de lobby puede influir en decisiones de la autoridad que se traduzcan en la aprobación o rechazo de determinada legislación relativa al tema de las telecomunicaciones, de la incorporación de las altas tecnologías, al del ámbito portuario o del transporte terrestre, al de la fijación de bandas de precio para determinados productos, en fin, y de alguna manera en el enriquecimiento artificial de quienes tengan éxito en esas iniciativas o negocios. Por lo tanto, generar un mecanismo público y legal que regule ese tipo de actividad puede ser muy importante para nuestra sociedad.
Sin embargo, con todo lo beneficiosa que puede resultar la iniciativa en ese sentido, observo que adolece de una grave omisión, tan grave que, en mi opinión, puede anular los efectos que se persiguen. En el proyecto no queda establecido el conocimiento público de los ingresos de los lobbystas, y eso me parece una condición esencial, porque podríamos estar legalizando ingresos millonarios y, por lo tanto, facilitando el enriquecimiento ilícito o artificial de personas o de determinados grupos de personas a partir de la actividad que desarrollen como lobbystas.
A mi entender, el hecho de que quienes estén inscritos en el registro de lobbystas estén obligados a hacer públicos los ingresos que reciben por su actividad como tales, colaboraría poderosamente a que este cuerpo legal sea eficaz, a que esta actividad no constituya un tipo de negocio parasitario desde el punto de vista económico o a un cierto rentismo que, en el fondo, cabalga sobre el tráfico de influencias y produce ingresos millonarios.
Entiendo que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia seguirá tratando esta iniciativa. Está en su primer trámite constitucional y, por lo tanto, hay tiempo para reflexionar y meditar sobre lo que estamos haciendo. Dejo planteada esta interrogante al Ejecutivo y a los parlamentarios que han sido más activos en esta materia.
Si no hay publicidad acerca de los ingresos de los lobbystas, me parece que corremos el serio riesgo de legalizar el tráfico de influencias. Durante el curso de la sesión presentaré una indicación sobre la materia, con el objeto de, al menos, generar una mayor reflexión sobre el particular. En consecuencia, si se va a legalizar esta actividad que promoverá negocios ante la autoridad pública, los ingresos que reciban los lobbystas sobre las gestiones que lleven a cabo como tales deberán ser públicos.
He dicho.
El señor LEAL (Vicepresidente).-
Se han formulado indicaciones al proyecto, por lo que deberá volver a la Comisión.
Tiene la palabra el diputado señor Aníbal Pérez.
El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-
Señor Presidente , en mi opinión, es prioritario definir qué se entiende por lobby y, a partir de eso, se debe intentar una respuesta sobre este tema tan interesante.
En lo personal, pienso que se trata de una actividad destinada a influir en la toma de decisiones de los órganos de la administración del Estado, a la espera de que adopten medidas favorables para los interesados que intercedan ante ellos.
Si entendemos que eso es lobby, uno podría preguntarse si la posibilidad de interceder ante las autoridades del Estado es igual para todos. Obviamente, la respuesta es no. Hoy no existe igualdad para interceder ante autoridades del Estado para que tomen decisiones favorables a las personas que interceden.
Frente a esa situación, no es posible que ciertos grupos de personas tengan mayor influencia que otros en la toma de decisiones que nos afectan a todos, menos aún si este nivel de influencia depende de la cantidad de recursos y de los contactos que estos grupos manejan. En consecuencia, legislar sobre el control de este tipo de prácticas y promover la creación de reglas son los primeros pasos para garantizar un Estado transparente y un funcionario público altamente profesional.
Como lo expresó el diputado Burgos , el lobby se ha estado ejerciendo en Chile desde muchos años, sin que el país tenga una legislación que lo regule.
El lobby parte con la acción de organismos gremiales, sindicatos, funcionarios públicos y empresarios, los que intentan ejercer influencia sobre las actividades públicas, el Ejecutivo y el parlamento para que las decisiones que adopten favorezcan a determinados grupos de intereses. Incluso, ex parlamentarios y servidores públicos han implementado el lobby en nuestro país de manera muy efectiva, a través de sus redes de contactos, situación que ha sido percibida por la opinión pública.
En consecuencia, es fundamental legislar sobre la materia, a fin de permitir, como señalé al principio, el acceso igualitario para ejercer lobby. La gente común y corriente que vive en regiones quiere tener la posibilidad de ejercer una sana influencia sobre las autoridades, con el objeto de que las decisiones que adopten favorezcan sus intereses. En eso consiste el lobby.
El mensaje del Ejecutivo que da inicio al proyecto que regula el lobby plantea que en nuestra sociedad existen notorias y graves disparidades en cuanto a las capacidades y los medios para acceder e influir en la toma de decisiones públicas, las cuales generan graves desigualdades en el nivel de influencia que ciertos grupos con más poder tienen sobre la toma de decisiones, situación que genera negativas consecuencias en diversos órdenes de materias.
Dada la desigualdad existente, la influencia no regulada y poco transparente contribuye a que las decisiones no se tomen necesariamente en beneficio de los más desposeídos y con menores recursos.
Junto con afectar la igualdad, este tipo de influencias distorsionan y oscurecen la forma en que se deciden los asuntos públicos, haciendo que, finalmente, las decisiones favorezcan en mayor medida el interés particular, en detrimento del bien común.
La poca transparencia y el control de estas prácticas favorecen o dan pie para actos de corrupción de los funcionarios públicos, al permitir que se les hagan propuestas o promesas a cambio de tomar decisiones que favorecen en forma ilegítima a una persona, grupo o sector de la vida nacional.
Finalmente, agrega que la ocurrencia no regulada de estas prácticas constituye un problema que desmejora la imagen internacional del país y hace necesaria una legislación que la aborde.
Por otra parte, quiero responder la inquietud formulada por el diputado señor Escalona , quien dijo que dudaba de que se conozcan los ingresos que recibirán las empresas de lobby que se crearán a partir de la publicación de esta ley. Hay una forma muy simple de conocer las utilidades que generarán dichas empresas por el lobby que ejerzan ante organismos del Estado: mediante los balances tributarios y las fiscalizaciones correspondientes.
En definitiva, lo que interesa no es cuánto ganan las empresas, sino que el lobby se haga en forma transparente y pública, que la gente y los organismos pertinentes sepan de qué empresa son los representantes que concurren al Congreso Nacional a realizar lobby y ante qué parlamentarios o ministros lo efectúan. No me importa que a las empresas les vaya muy bien; lo que me interesa es que la influencia que ejerzan sobre las autoridades sea transparente, legítima y favorezca el interés común.
A mi juicio, lo más importante del proyecto es que crea una clara puerta de entrada hacia la transparencia en la administración pública y establece igualdad de oportunidades para todos los chilenos que quieran ejercer lobby de manera legítima y permitida.
La iniciativa reglamenta y norma el lobby profesional, el que ejercen las empresas que se constituyen para ejercer esta actividad. Sin embargo, ¿qué pasa con el lobby de las empresas que no son profesionales? Por ejemplo, la Cámara Chilena de la Construcción, la Cámara Nacional de Comercio, la Central Unitaria de Trabajadores y los sindicatos no son lobbystas profesionales, pero ejercen la misma labor que hará un ente profesional ¿Cuál es la diferencia entre unos y otros? Sus trabajos y objetivos son los mismos: influir en la toma de decisiones de las autoridades del Estado, ya sea del Ejecutivo o del Congreso Nacional. La única diferencia es que no reciben ingreso.
En consecuencia, estos lobbystas no profesionales deberán estar regulados y normados en los registros públicos, como los lobbystas profesionales.
Tengo esa duda sobre el proyecto, pero entiendo la utilidad manifiesta que hoy se requiere en Chile, cual es que la profesión de lobbysta sea normada, reglamentada y transparente. Además, que la gente pueda acceder a la toma de decisiones, cualquiera sea el organismo del Estado.
He dicho.
El señor LEAL ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor Presidente , el lobby es una actividad que se ha desarrollado durante siglos. Proviene de una expresión inglesa que significa “diálogo de pasillo”. Con el correr del tiempo ha ido adquiriendo mucha relevancia y ha pasado a ser una nueva profesión, ejercida ampliamente por oficinas de comunicaciones de grandes empresas, de abogados y de otros profesionales.
La importancia de regular el lobby se contempla en la agenda de modernización del Estado, que el Ejecutivo concordó con la Oposición en 2002. El Estado tiene el derecho de regular esta profesión que, hasta ahora, se mantiene sin ningún tipo de cortapisas, ya que, especialmente, en épocas de crecimiento económico los grupos de interés ejercen mayor presión sobre la labor legislativa y de administración del Estado.
En la Comisión se dijo que esta regulación podría entrabar el derecho de petición, pero el derecho de petición, como figura en la Constitución Política de la República, es simplemente presentar peticiones a la autoridad sobre cualquier asunto de interés público o privado.
Sin embargo, el lobby busca influir en la toma de decisiones de las autoridades de la administración del Estado y del Poder Legislativo, lo que ha sucedido durante la discusión de diferentes proyectos de ley, como el de pesca, de bandas de precios, etcétera.
La sociedad mira con desconfianza las influencias que se ejercen en secreto sobre las autoridades, la que relacionan con el tráfico de influencias.
Sin embargo, esta visión resulta un tanto obsoleta. Tenemos que renovarla; debemos aceptar el lobby como parte de nuestra labor diaria como autoridades y del quehacer nacional. Lo que importa es transparentar esta actividad, hacerla pública y al alcance de todos. Lo importante es incentivar la competencia entre los lobbystas, a fin de obtener una representación de los intereses que pueden haber sobre una determinada área. Es decir, es importante darle transparencia y crear igualdad de oportunidades, porque así como hay empresas y estudios de abogados con gran capacidad para llegar a las distintas autoridades, hay otras personas que tienen una capacidad mucho más limitada, que no deben ser discriminadas y dárseles igualdad de oportunidades para manifestar sus intereses.
Como nos dijo el gerente de una oficina que se declara lobbysta, hay que crear un mercado formal de dicha actividad, que se autorregule, no entorpezca la igualdad de oportunidades ni genere discriminación o cometa fraude. Debemos tener muy claro que así como es posible regular el lobby por ley, también es muy posible que uno de los ministros del Gobierno se junte en una casa a comer con parlamentarios y otras autoridades relacionadas con un área determinada, por ejemplo, la de pesca. De esa comida no queda registro en ninguna parte. Eso seguirá ocurriendo y no lo podemos evitar. Pero sí debemos limitar o regular lo que sea posible.
Ante la diversidad y complejidad de materias que las autoridades deben resolver y legislar, el lobby es legítimo y resulta correcto regularlo. Además, es una importante herramienta de información, pues entrega a la autoridad antecedentes y documentos que le permiten decidir con mayor grado de conocimiento y cercanía con las personas interesadas en los temas que le competen.
El proyecto aprobado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia distingue entre el simple lobbysta -que puede ser, por ejemplo, el presidente del Colegio Médico o el presidente de la Sofofa - del lobbysta profesional, que es remunerado y ejerce habitualmente su actividad.
Respecto del lobbysta profesional, se ha presentado una indicación que señala que su habitualidad no se determinará por haber ejercido su actividad contactándose con las autoridades dos o tres veces en un semestre, porque perfectamente puede ocurrir un solo contacto con la autoridad durante un semestre o un año. Por lo tanto, se debe incorporar a lo establecido esta otra posibilidad.
En lo que se refiere a la administración del Estado, la iniciativa establece que los lobbystas profesionales deberán registrarse en el Congreso Nacional y en el Ministerio de Justicia. Tendrán la obligación de cumplir con ambas instancias. La Comisión Bicameral que se formará con los miembros de las comisiones de ética de ambas corporaciones, Cámara y Senado, fiscalizará el cumplimiento de todas las obligaciones que conlleva el proyecto y que son difíciles de detallar. Se trata de obligaciones de informar, de llevar un registro de las actividades que se realizan y, en definitiva, de todo aquello que dé transparencia y publicidad a la actividad y la posibilidad de igualdad de oportunidades entre los interesados.
Se obliga a los lobbystas profesionales a informar sus actividades a las autoridades; se obliga a las autoridades a brindar un trato igualitario a todos los lobbystas, se trate de simples lobbystas o de profesionales. Si recibe a uno, debe también recibir al otro, y deberá consignar en un registro todas las audiencias concedidas. Si ello no se cumpliere, hay sanciones tanto para los lobbystas como para los funcionarios encargados de recibirlos, que van desde la amonestación y eliminación del Registro hasta sanciones privativas de libertad, de manera que el proyecto sea viable. Si no hay sanciones, queda en nada. No sería necesario cumplir las obligaciones que se consignan.
Se presentaron indicaciones para modificar el tema de la habitualidad de la gestión del lobbysta profesional, y otra, que es muy importante que la discutamos, que tiene que ver con la definición del lobbysta profesional sólo como aquel que gestiona intereses ajenos. En la Comisión fue un tema a debatir, pero es necesario tener presente que hay grandes empresas, como la Telefónica, que cuenta con una vicepresidencia de comunicaciones en la cual trabajan periodistas, abogados y otros profesionales que tienen por objeto directo hacer lobby respecto de esa empresa.
Debemos perfeccionar el proyecto para incorporar como lobbysta profesional no sólo a quien es remunerado por terceros, sino también por la propia entidad donde se desempeña. Se puede remunerar a aquellos lobbystas que forman parte de la propia empresa. Eso es necesario establecerlo.
También hay algunos aspectos que son importantes de tener en cuenta. Por ejemplo, se dice que cuando un lobbysta se inscriba en un registro, automáticamente debiera quedar inscrito en el segundo. Por ejemplo, en el del Congreso y en el del Ministerio de Justicia. Pero resulta que una obligación personal, al final, se le deja a un tercero, a un funcionario, quien deberá hacer el traspaso de registro de un lugar a otro. No sabemos cuan efectivo puede ser ese funcionario y no debemos olvidar que hay sanciones privativas de libertad para el lobbysta que no cumple tal exigencia. Este es un aspecto que debemos revisar.
Quiero manifestar mi apoyo al proyecto sobre lobby y señalar que es necesario regular esta actividad que es absolutamente legítima. Si la regulamos y le damos transparencia la haremos una profesión necesaria, que nos protegerá a nosotros y a las personas que la realizan.
Creemos que estos diálogos de pasillo, efectivamente regulados, contribuyen a la modernización del Estado.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Cerrado el debate.
Quedan inscritos para mañana los diputados señores Víctor Pérez, Julio Dittborn, Zarko Luksic, Nicolás Monckeberg, Enrique Jaramillo, Antonio Leal, Guillermo Ceroni, señora Laura Soto, señor Felipe Letelier, señora Carolina Tohá, señores Alejandro Navarro, Juan Bustos, Eduardo Saffirio y Edgardo Riveros.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
CONDONACIÓN DE DEUDAS SERVIU MOROSAS. (Votación).
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 487.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
ANTECEDENTES SOBRE EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE PESCA DE ARRASTRE DE MEDIA AGUA PARA CAPTURA DE MERLUZA DE COLA.
El señor LORENZINI (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor VALLEJOS ( Prosecretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 488, de los diputados señores Venegas, Pérez, don José; Jarpa, Robles, Meza, Bustos, Longton, Encina, Muñoz, don Pedro, y Galilea, don Pablo, con la adhesión de los señores Sánchez y Pérez, don Ramón.
“Considerando:
Que, en el mensaje Nº 54-347, de 2002, S.E. el Presidente de la República propuso una modificación de la ley general de Pesca y Acuicultura, la cual, finalmente, se reflejó en la ley Nº 19.849, de 2002, que prorrogó la vigencia de la ley Nº 19.713, de 2001. En ella, se señaló que ‘el sector pesquero industrial pasaba por una aguda crisis, como producto de varias circunstancias, siendo la principal de ellas la insuficiencia de la regulación vigente, que terminó por incentivar a los actores del sector a establecer líneas de acción inadecuadas’.
Que, en su oportunidad, se argumentó que existía claramente la necesidad de asignar los recursos pesqueros con mayor eficiencia, eficacia y equidad. Se deseaba que los objetivos de conservación y administración propendieran hacia el desarrollo sostenible de las actividades pesqueras industriales y artesanales, de modo que, con la entrada en vigencia de la ley Nº 19.713, los beneficios de la regulación fueran inmediatos.
Que, en esta materia, uno de los fundamentos y objetivos del proyecto enfatizaba la prioridad de reforzar los instrumentos de regulación para la conservación de los recursos hidrobiológicos, resguardando el interés general del país.
Que, por otra parte, los barcos industriales con autorización de pesca con redes de arrastre de media agua para la captura de la merluza de cola tienen fijada su operación al oeste de las sesenta millas marinas. Cabe recordar que la Subsecretaría de Pesca adujo en sus informes técnicos que la operación de esos barcos con redes de arrastre en zonas más cercanas a tierra impactaría negativamente a recursos como la merluza común, la reineta y otros esenciales para la subsistencia de los pescadores artesanales y de los pequeños armadores industriales.
Que, sin embargo, el Ejecutivo , atendiendo al interés de algunos grandes industriales, propuso al Congreso Nacional la indicación Nº 410 con respecto al proyecto de ley que modifica la ley general de Pesca y Acuicultura (boletín Nº 3222-03), a fin de otorgar permisos a los barcos industriales para operar al oeste de las cinco millas marinas, y no de las sesenta, como lo señalan sus autorizaciones de pesca, en la captura de la merluza de cola con redes de arrastre de media agua. Esta acción contradice todo lo que con anterioridad se había sustentado con ocasión de la tramitación de las denominadas leyes ‘transitoria’ y ‘corta’ de pesca.
Que esta indicación fue rechazada por la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado, teniendo en vista, entre otros reparos, el grave impacto negativo que producirían esos barcos en un área donde se desarrolla diariamente la actividad de los pescadores artesanales y de los pequeños armadores industriales, como, asimismo, la imposibilidad de evitar la captura de la merluza común, la reineta y otras especies hidrobiológicas.
Que, para justificar la posibilidad de capturar la merluza de cola con redes de arrastre de media agua dentro de las sesenta millas marinas, la Subsecretaría de Pesca autorizó a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso la realización de una ‘pesca de investigación’, en la que participaron sólo empresas comprometidas con el resultado de la exploración.
Que, una vez que la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado de la República rechazó la indicación antedicha, la Subsecretaría de Pesca ha burlado la voluntad del Poder Legislativo al otorgar nuevos permisos de pesca, por la ‘vía administrativa’, en una materia que el Senado rechazó. Para ello, elaboró un informe técnico a la medida (R. Pesq. Nº 13, de mayo de 2004), que avala el otorgamiento de las cuestionadas autorizaciones a los barcos en comento, al amparo del artículo 4º de la ley general de Pesca y Acuicultura, el cual afirma que se han tomado como base para esta decisión los antecedentes, análisis y conclusiones contenidos en el informe de la universidad señalada. Pero, en la práctica, esto no es efectivo, ya que se han tergiversado y manipulado dichas conclusiones, al aducirse ideas distintas de las comprendidas en el informe.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción que tenga a bien instruir al Subsecretario de Pesca para que se sirva:
1. Enviar a esta Corporación los antecedentes técnicos y jurídicos que ha tenido en cuenta ese ministerio para insistir, por la vía administrativa, en el otorgamiento de licencias de pesca con redes de arrastre de media agua para la captura de la merluza de cola en una zona donde los barcos industriales no cuentan con tales autorizaciones, teniendo presente que la pesquería se encuentra declarada en plena explotación y, en consecuencia, se ha cerrado el acceso a nuevos permisos.
2. Informar a la Corporación si se ha considerado indemnizar a los pescadores artesanales y a los pequeños armadores industriales, quienes se verán seriamente afectados por la operación de estos nuevos barcos, tal como lo hizo la ley Nº 19.849 respecto de los tripulantes de naves perjudicados con la ley Nº 19.713.
3. Enviar a la Cámara de Diputados un balance de los puestos de trabajo que, según la autoridad, se crearían y de los que se perderían por efecto de la operación de estos barcos.
4. Suspender de inmediato el otorgamiento de autorizaciones en nuevas áreas de pesca con redes de arrastre de media agua, hasta que la Subsecretaría de Pesca remita a esta Cámara de Diputados los antecedentes solicitados.”
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Samuel Venegas.
El señor VENEGAS .-
Señor Presidente , este requerimiento, con toda la argumentación del caso mencionada en el proyecto de acuerdo, apunta principalmente a conservar las especies hidrobiológicas, que permiten la subsistencia de los pescadores artesanales a través de todo nuestro litoral.
¿Por qué solicitamos esto? Porque existe, tal vez, una sobreatribución del subsecretario de Pesca , quien ha ido autorizando, como consecuencia de decretos que, a nuestro entender, van más allá de lo que la propia ley permite, para que naves industriales invadan la zona donde se encuentra la merluza común para extraer desde ese mismo hábitat la merluza de cola con un arte de pesca depredatorio, el arrastre de media agua, que es mucho más dañino que otro tipo de pesca ejecutado por las naves industriales.
Por lo tanto, esta autorización, que constituye un exceso de parte del subsecretario de Pesca , que afecta aún más al decaído sector de los pescadores artesanales, debe ser suspendida y no debe continuar aplicándose, porque, en la medida en que se autoriza un mayor número de naves, más difícil será la conservación de estas especies hidrobiológicas, que tradicionalmente han sido extraídas por los pescadores artesanales.
La autorización con que contaban las naves industriales para actuar sobre la merluza de cola fue entregada para que ellas realicen su trabajo más allá de la milla sesenta, pero la última permite que este tipo de acción de pesca, que es absolutamente depredatorio, se lleve a cabo entre las millas cinco y sesenta.
En virtud de lo anterior, hemos solicitado al Presidente de la República , al ministro de Economía y al propio subsecretario de Pesca que se suspenda el otorgamiento de estas autorizaciones a fin de mantener esta fuente laboral para los pescadores artesanales y para el grupo asociado a ellos -las encarnadoras y los acarreadores-, de manera que puedan seguir asumiendo con responsabilidad lo que significa ser jefe de hogar cuando se trabaja en el ámbito de una actividad que, si bien es tremendamente importante para algunas zonas de Chile, se ha visto disminuida debido a la sobreexplotación de muchas otras especies.
Los diputados radicales y otros de la Concertación -naturalmente, también pido el apoyo de mis colegas de la Oposición- votaremos favorablemente el proyecto de acuerdo, para impedir este atropello al sector más débil de la actividad pesquera: el de la pesca artesanal y de actividades conexas.
He dicho.
-Aplausos.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , el proyecto de acuerdo elaborado, entre otros, por el Presidente de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, diputado Samuel Venegas , tiene un objetivo muy preciso: exigir el término de las autorizaciones de pesca con redes de arrastre de media agua, sobre todo por la actual crisis de la merluza. Hace exactamente tres meses que los pescadores artesanales no capturan un solo ejemplar.
Además del daño económico a los pescadores artesanales, este tipo puntual de pesca arrastra con las redes una fauna, que podría llamar acompañante, las más diversas variedades de que se tenga conocimiento, según un reciente oficio enviado por el subsecretario, oficio que fue corregido con posterioridad para eliminar algunas especies no consideradas como tal. Hay que poner atención en este sector. Se requiere una explicación mucho más extensa del subsecretario de Pesca , pero, en especial, detener ahora la pesca con redes de arrastre de media agua, que no estaba permitida en Chile, pero que ahora ha sido autorizada de manera parcial, lo que está provocando estragos en la pesca artesanal.
Por todo lo anterior, votaremos favorablemente el proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Como hablaron a favor dos diputados del mismo Comité, tiene la palabra, por un minuto, al diputado señor Carlos Hidalgo.
El señor HIDALGO.-
Señor Presidente, respaldo plenamente el proyecto de acuerdo.
Además, quiero agregar que la pesca artesanal en Chile genera el 80 por ciento de los puestos de trabajo del sector. En cambio, la pesca industrial, que sólo crea el 20 por ciento restante, provoca dificultades a los pescadores artesanales.
Este proyecto de acuerdo entrega la información técnica y jurídica de por qué se autorizó el ingreso de la pesca industrial a esta zona.
Comparto lo expresado por los diputados Alejandro Navarro y Samuel Venegas en esta materia y anuncio que la bancada de Renovación Nacional aprobará el proyecto.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobado.
ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA LA FISCALIZACIÓN DE EXTINTORES PORTÁTILES.
El señor OJEDA (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor VALLEJOS ( Prosecretario accidental ).-
Proyecto de Acuerdo Nº 493, de los diputados señores Navarro, Olivares, Araya, Espinoza, Rossi, Quintana, González, don Rodrigo; Ceroni; de la diputada Vidal, doña Ximena, y del diputado señor Jaramillo, con la adhesión de los diputados señores Letelier, don Felipe; Muñoz, don Pedro; Meza, Valenzuela, Sánchez, Letelier, don Juan Pablo, y de la diputada Soto, doña Laura.
“Considerando:
Que, en los últimos años, se ha constatado gran cantidad de niños, adultos y ancianos muertos y heridos a causa de diversos incendios que, en su mayoría, pudieron evitarse.
Que los incendios provocan la pérdida de recursos de empresarios en todas las áreas del comercio, como también en los de las entidades de gobierno, junto con el perjuicio de las fuentes laborales y la presencia de bastante contaminación.
Que, hasta 1999, regía el decreto supremo Nº 745, de 1992, del Ministerio de Salud, por medio del cual se exigía que, en todo lugar de trabajo, se debía contar con un extintor de polvo químico seco, no menor de 5 kg, cada 150 m2, el que tenía que ser recargado anualmente. Además, las empresas debían mantener un número adecuado de extintores, según su carga combustible. A pesar de esto, cuando había principio de incendio, los extintores no apagaban el fuego, por lo que se debieron lamentar muchas desgracias.
Que las empresas comenzaron a enviar sus extintores a los laboratorios para averiguar por qué no eran efectivos, lo que permitió descubrir que contenían diversos productos que no indicaba la etiqueta del extintor, la que decía: ‘polvo químico seco ABC, 6 kg, en circunstancias que, en realidad, eran 2 kg de talco. Los extintores de C02 de 6 kg sólo tenían entre 1 y 3 kg, y el caso de los extintores de halon era muy distinto, ya que indicaban halon y comprendían tetracloruro.
Que, como consecuencia de lo anterior, el Instituto Nacional de Normalización empezó a revisar las normas sobre extintores. En una reunión con representantes de Bomberos de Chile, de Carabineros de Chile, de mutuales, de ministerios y de fabricantes, estos últimos alegaron que los extintores nacionales no servían para apagar el fuego, a pesar de que, supuestamente, cumplían con las normas. En ese momento, se advirtió que el 98% de los fabricantes nacionales vendían los equipos desarmados, sin el agente extintor, a los distribuidores. Éstos, a su vez, vendían partes, piezas y agentes extintores a los servicios técnicos. Los distribuidores y los servicios técnicos, al estructurar el extintor, lo hacían con diferentes productos, excepto el que correspondía, cual es el polvo químico seco. Debido a esto, los extintores que comercializaban no funcionaban para apagar el fuego. No ocurría así en el caso de los equipos europeos y estadounidenses y de un par de marcas nacionales.
Que, en 1992, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) realizó una investigación y demostró un fraude en su revista ‘Consumo y Calidad de Vida’ (CCV), Nº 27-11/92, bajo el título ‘Perdónalos, Señor; no saben lo que hacen’, donde se determinó que la gran mayoría de los extintores que circulaban en el país estaban siendo recargados con productos que no correspondían, unos con tiza y otros con una mezcla de bicarbonato de sodio y fosfato de amonio (utilizado también como pesticida), lo que afecta el potencial de extinción (capacidad de apague), ocasionando un grave riesgo para el usuario, sin dejar de mencionar que se contravienen los derechos del consumidor.
Que el Sernac, después de verificar estas irregularidades y fraudes, no sólo en la locomoción colectiva, sino también en empresas, hospitales, ministerios y particulares, convocó a los importadores de productos estadounidenses, alemanes y españoles; a los fabricantes del país, a los servicios técnicos y a los talleres, y aclaró que haría las denuncias correspondientes. Finalmente, se cercioró de que los únicos que cumplían con las normas y contaban con certificación eran los equipos europeos y estadounidenses, y no así los nacionales. Pero logró un acuerdo verbal con estos últimos, por el que se comprometieron a no vender equipos desarmados y a certificar sus extintores con la totalidad de las normas existentes, para lo cual efectuarían grandes inversiones. A fines de 1993, se concluyó que sólo un fabricante nacional se había ceñido a las normativas y que los restantes no habían acatado lo acordado. Al término de 1994, se principió a exigir, en las plantas de revisión técnica, extintores certificados con todas las normas.
Que los extintores nacionales, por su baja calidad, han de ser recargados anualmente, sin importar que sean o no sean utilizados, mientras que los equipos europeos, estadounidenses y el único nacional que observa las normas sobre extintores poseen una garantía de durabilidad de veinte años y sólo requieren ser inspeccionados una vez al año para confirmar la presión del extintor. Esa garantía de veinte años no es capricho del fabricante, sino que, por cumplir con las normas de calidad, no es menester recargar los equipos anualmente, lo que explica el valor de estos extintores comparados con los de menor calidad. A modo de ejemplo, un manómetro nacional que cumple algunas normas vale doscientos pesos, y uno que las cumple todas cuesta más de mil doscientos pesos. Ahora, si se comparan los agentes extintores, un producto como el talco cuesta treinta pesos el kilo, mientras que el polvo químico que cumple con las normativas tiene un valor de más de ochocientos pesos el kilo.
Que, en noviembre de 1992, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dictó el decreto supremo Nº 212, que exigió que los extintores de la locomoción colectiva cumplieran con todas las normas chilenas y contaran con una debida certificación, otorgada por un laboratorio autorizado para asegurar su contenido y calidad.
Que, a raíz de denuncias y acusaciones a la Fiscalía Antimonopolios, reclamaciones y solicitudes de fabricantes, distribuidores, servicios técnicos e importadores, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en conjunto con los laboratorios y otros organismos, dictó un protocolo de acuerdo, que duraría seis meses, para dar a los denunciados la oportunidad de certificar sus productos en conformidad con todas las normas nacionales. Con este protocolo, se eliminaron varias normas y se dejaron las menos relevantes. Han pasado casi diez años y ese protocolo sigue vigente, lo que ha causado muertes y miles de millones de pesos en pérdidas, y nadie responde. Increíblemente, los mismos que pidieron tiempo para cumplir con la normativa nunca lo hicieron y tampoco la respetaron. Es tan grande el negocio y son tantos los involucrados, que nadie ha querido cambiar la situación hasta ahora. Se seguirá investigando y se denunciará hasta lograr que los extintores sean de calidad y protejan realmente la vida y la propiedad de la población, evitando la contaminación.
Que, el 6 de marzo de 1995, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dictó la resolución Nº 10, que especifica el requisito de observar algunos puntos de las nueve normas sobre extintores. Hay que señalar una incongruencia en la resolución Nº 10, de 1995, del citado ministerio, al definir que ‘las siguientes son normas oficiales’ (art.1º), sin especificar las actualizaciones. Al modernizarlas, las normas cambian, se reemplazan y se anulan, aunque conserven el mismo número.
Que, en un principio, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones tenía solucionado el problema de los extintores; pero, al poco tiempo, los fraudes resurgieron. A causa de esto, el Sernac realizó una nueva investigación, que descubrió nuevas irregularidades, expuestas en abril de 1996, al publicar, en su revista CCV Nº 64, un nuevo examen sobre extintores bajo el título ‘Calidad regular e incumplimiento de normas reveló análisis de quince marcas’. Este estudio dejó en evidencia que, tras algunas recargas, el consumidor no podía confiar en la lectura de presión de los manómetros. Según señala el Sernac, ‘urge establecer certificación obligatoria de estos equipos’.
Que, de resultas de dicha investigación, se dictó el decreto supremo Nº 369 (de 31 de mayo de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción), que reglamentó las normas sobre extintores portátiles, para que la industria, el comercio y todos los particulares conocieran el contenido de los mismos. Así, se detuvo momentáneamente el uso de los agentes extintores que no apagaban el fuego (como la tiza, el talco, etcétera). Este decreto reemplazó al decreto supremo Nº 184, de 1987.
Que, mediante el decreto supremo Nº 369, se zanjó el tema de la peor forma posible, pues se otorgó amparo legal a talleres que venden, rellenan y mantienen los extintores, sin cumplir con la más mínima garantía de seguridad, todo lo contrario del punto defendido por el Sernac. Efectivamente, quedaron contempladas cinco normas (referentes a la rotulación), dejando de lado, como innecesarias, todas las atinentes a los ensayos. Con esto, se estimó resuelto el problema de las estafas. Mas, en la práctica, no fue así, ya que las cinco normas de rotulación, que contemplan el color del extintor, la indicación del producto químico y sus porcentajes, no garantizan un extintor seguro.
Que, hasta la fecha, el fraude es mayor y es respaldado por el decreto supremo Nº 369, ya que el extintor tiene un certificado que acredita al consumidor, supuestamente, que es un producto de calidad, no siéndolo, pues no considera lo más importante, que son los ensayos. Éstos aseguran la durabilidad del equipo y del producto químico, la resistencia del cilindro, la precisión del manómetro, las cuales, entre otras cosas, son las que permiten verificar el contenido y la calidad de estos productos.
Que los responsables de que esto siga sucediendo son los laboratorios, los fabricantes, los distribuidores, los servicios técnicos y los talleres, los que fomentan esta situación, porque les es más rentable su negocio en la forma en que está. Después de todos estos años, la mayoría de los extintores del país son iguales o peores que los que había antes de las denuncias del Sernac. Es inexplicable que un grupo de fabricantes, distribuidores, servicios técnicos, talleres e importadores, gane dinero en exceso sólo por un acuerdo que debía durar seis meses, y que lleva vigente nueve años, sin importarles las muertes y los miles de millones de pesos que se pierden y se gastan innecesariamente, en conocimiento de que un extintor de calidad no requiere recarga ni mantención, salvo que sea usado, lo que acabaría con su negocio sustentado en fraudes.
Que, el 15 de septiembre de 1999, el Ministerio de Salud aprobó el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo mediante el decreto supremo Nº 594, que sustituyó al decreto supremo Nº 745, de 1992. Este ministerio, confiando en que el decreto supremo Nº 369, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aseguraba extintores de calidad, incluyó la exigencia de este decreto en uno de sus artículos: ‘los lugares de trabajo deben estar provistos de extintores, planteando exigencias, planes de protección contra el fuego, fiscalizadores, entre otros’.
Que, tal como se señaló anteriormente, primero se rebajó el cumplimiento de las normas chilenas a un número especificado por resolución, estableciendo algunas y ciertos puntos de otras. Se disminuyó la calidad de los extintores que debían poseer los vehículos de transporte de pasajeros, que fue el motivo de los problemas de eficiencia demostrados por la investigación del Sernac que condujeron a la autoridad a emitir este decreto (no olvidar que un extintor de calidad marca la diferencia entre la vida y la muerte). Se citan puntos de las normas no considerando que éstas, al actualizarse, cambian su estructura, aunque mantengan el contenido. Es el caso de la norma chilena (Nch) 1735, of. de 1980, puntos 3, 4, 5, 6 y 18 (que es la norma de ensayos) citada en la resolución reemplazada por la Nch 1735, of. de 1999. El contenido de los puntos señalados en la Nch 1735, of. de 1980, no coincide con el contenido de los mismos puntos de la Nch 1735, of. de 1999, con lo que la exigencia ha desaparecido. Los puntos seleccionados han perdido su objetivo original, el cual era establecer un requisito de seguridad técnica de los extintores. La solución de este punto es que, por decreto, se oficialicen como parte de la legislación, las normas chilenas vigentes de rotulación y de ensayos originadas en el Instituto Nacional de Normalización, con el fin de evitar su cercenamiento, vaciándolas de contenido.
Que, con las medidas antedichas, se perjudicó a los fabricantes de extintores que habían invertido millones de pesos en cumplir con toda la normativa, haciendo inviable el negocio tanto económica como moralmente, pues el costo de fabricar extintores que cumplan con toda la normativa y, por lo tanto, realmente seguros, es altísimo. Después del protocolo, la resolución y la disminución de las normas, los cuatro empresarios que invirtieron en base a lo comprometido se vieron gravemente perjudicados. Uno de ellos se suicidó, otros dos fallecieron de un ataque cardíaco y el principal fabricante del país perdió todos sus bienes, en virtud de que todos se quedaron con la inversión hecha y no recuperaron su dinero, ya que era imposible competir en igualdad de condiciones con sus productos de alto costo frente a los que no se cenían a las normas. Por otro parte, con todos estos cambios, la vida de la población sigue en peligro, porque no está realmente protegida.
Que el Estado, como lo obliga la Constitución de la República, también es responsable de velar por la seguridad de los habitantes mediante la aplicación de sus facultades. Tiene la responsabilidad y la confianza que le otorgan los electores para hacer cumplir el marco legal que regula esta área. De esta forma, las personas deberían estar protegidas frente al inicio del fuego. Por ello, se ha investigado el tema por casi dos años, a efectos de terminar con esta increíble situación.
Que cabe hacer una distinción en el mercado de los extintores en Chile, pues éste se divide entre los extintores nuevos y los usados, así como, además, entre los certificados y los no certificados. Dentro de los certificados, se encuentran los que cumplen con todos los requisitos establecidos en las normas chilenas -en 1994 y 1995-, como lo exigió el decreto supremo Nº 212, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y los que sólo cumplen con normas de rotulación establecidas en el decreto supremo Nº 369, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Que, en Chile, hay más de doce millones de extintores contabilizados entre las empresas públicas y privadas. Las cifras señalan que el movimiento de dinero entre recargas y mantenciones corresponde a alrededor de treinta y seis mil millones de pesos anuales, tomando como ejemplo sólo el valor de tres mil pesos del extintor pequeño. El 40% de este gasto es absorbido por el Estado por medio de sus diferentes reparticiones; la diferencia corresponde a los privados. El Estado, actualmente, gasta aproximadamente unos catorce mil cuatrocientos millones de pesos anuales, cifra que no debería ser más del 10% de ese total (mil cuatrocientos cuarenta millones de pesos). Los privados destinan alrededor de veintiún mil seiscientos millones de pesos solamente en recargas y mantenciones de los equipos extintores. Ellos tampoco habrían de gastar más del 10% (dos mil ciento sesenta millones de pesos). Esto sólo puede evitarse estableciendo la obligatoriedad de cumplir con todas las normas chilenas vigentes, ya que, como se ha dicho anteriormente, un extintor que respeta toda la normativa requiere ser recargado sólo en caso de uso, no anualmente, como ocurre con los otros equipos, permitiendo un ahorro de miles de millones de pesos en todo nivel.
Que este hecho fue descubierto varios años antes de 1987. Al hacer un cálculo estimativo -desde esa fecha hasta este año-, Chile ha gastado seiscientos doce mil millones de pesos, y sólo era necesario el 10% de ese total, es decir, sesenta y un mil doscientos millones de pesos. Si las irregularidades se detienen, el dinero que actualmente es mal utilizado podría destinarse a mejorar la salud y la educación. También podría emplearse para construir mejores viviendas para los más necesitados, entre otras cosas. En este momento, remediar la situación está principalmente en manos de los ministros de Economía , Fomento y Reconstrucción; de Salud; de Transportes y Telecomunicaciones, y del Trabajo y Previsión Social. Los tres últimos tienen la importante labor de fiscalizar.
Que los extintores nuevos se dividen en varios tipos y clases. A modo de referencia, los extintores nacionales se clasifican en dos grupos: los que cumplen con todas las normas (veintiuna), y los que cumplen con algunas normas (rotulación). Los primeros tienen una venta anual de aproximadamente veinticuatro mil equipos, lo que se traduce en dos mil cuatrocientos millones de pesos. El otro grupo de extintores cumple sólo con rotulación, de los cuales se venden alrededor de quinientos mil al año, a un promedio de veinte mil pesos, cada uno, lo cual da un total de diez mil millones de pesos. Esto ocurre porque los extintores con rotulación son mucho más económicos que los otros, y el consumidor elige el más económico, por pensar que son de la misma calidad.
Que la historia de los extintores en Chile indica que sólo los equipos fabricados entre 1992 y 1994 cumplieron con la exigencia del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Estos extintores se crearon para el transporte público, según lo estableció su artículo 35 (letras a, b, c, d y e). Hay alrededor de trescientos treinta mil en el mercado. Poseen aproximadamente el 99% de efectividad comprobada por ensayos realizados por organismos certificadores.
Que los extintores fabricados en Chile desde la dictación de la resolución Nº 10, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (1995), y del decreto Nº 369 (1996), no cumplen con la fundamentación de la normativa chilena aplicada por el Instituto Nacional de Normalización, pues se rebajó la exigencia en algunos puntos de las normas, estableciendo sólo requisitos de rotulación contemplados en la NCh 1430, entre otras, desde la segunda mitad de 1995 hasta la fecha. Hay alrededor de dos millones de equipos que tienen rotulación y diez millones que no cumplen con la certificación ni con la rotulación. Por ello, es indispensable la regulación de la legislación actual.
Que el riesgo de pérdidas humanas es inconmensurable, si se piensa en la vida de los conductores, los niños, los trabajadores, los padres y, en general, de los miles de pasajeros que diariamente se trasladan y que confían en que sus vidas se encuentran a buen resguardo para llegar a sus destinos. Esta no es una observación gratuita, pues se han perdido varias vidas en siniestros ocurridos en medios de transporte público y privado. También hay que considerar los hogares de niños y de ancianos, las cárceles, los centros comerciales ma.932y los supermercados, en donde se han registrado heridos y víctimas fatales por incendios. Para enfrentar casos como éstos -al menos como forma de compensación, aunque los daños de este tipo nunca son reparables-, las empresas deberían contar con seguros obligatorios de daños a terceros para indemnizar a quienes hayan sido heridos en un incendio. También es preciso que los fabricantes, los importadores o los servicios técnicos que comercialicen o distribuyan extintores sin la respectiva certificación paguen fuertes multas en dinero, cuyos fondos se destinen a la Corporación de Ayuda al Niño Quemado (Coaniquem) o a otros centros de ayuda y atención a personas quemadas.
Que la falta de reglas claras permiten, como suele suceder en la idiosincrasia nacional, que una serie de ‘pseudoempresarios’ se mezclen en el negocio y atrapen a los incautos consumidores -otros empresarios- por medios irresistibles, como son las ofertas engañosas. Efectivamente, es imposible que los clientes sepan exactamente cuál es el trabajo que realizan sus equipos de extinción de fuego, manteniéndose así un círculo vicioso de engaño amparado en las leyes, decretos y normas, que, en definitiva, no son controladas ni por el Estado ni por nadie. Éste es uno de los cambios fundamentales que se quiere impulsar.
Que, en el ámbito comercial, específicamente ante la igualdad que impone el Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos de América en relación con la calidad de los productos intercambiados, Chile jamás podrá competir en el área de la seguridad contra incendios mientras no cumpla con la fiscalización de las normas y leyes que garanticen al consumidor, tanto nacional como estadounidense, estar protegido por un extintor seguro y potencialmente ´útil’. No se podrá competir utilizando productos de dudosa elaboración y procedencia, a precios irrisorios, por debajo de todo costo de producción, causando el éxodo o cierre de instalaciones que cumplen con todo lo establecido por la ley, pero que no pueden competir con un mercado ilegal.
Que esto es una muestra de que en Chile el ‘deber ser’ no es suficiente, como en los países mentalmente desarrollados. Se requiere dar paso a la creación de una ley eficiente, basada en un pilar fundamental: la fiscalización efectiva, realizada por todas las entidades responsables, lo que posibilitará un saneamiento del sistema, un ahorro monetario fiscal y particular, una protección real de la vida y de los bienes de las personas y evidenciar a la opinión pública que las cosas pueden hacerse bien en Chile. La fiscalización no sólo otorga poder a las autoridades, sino también la responsabilidad de velar por el bien común. Hasta hoy, la ausencia de fiscalización tiene como justificación motivos económicos y la falta de personal de las instituciones responsables. Si a esto se le suma la ausencia de entrenamiento del personal fiscalizador, lo único que queda es lamentar muertes y pérdidas económicas millonarias, además de los niños, ancianos y adultos quemados en hospitales públicos, engrosando las listas de accidentados.
Que, con el engaño al consumidor, hay muchos otros costos involucrados. Carabineros de Chile debe acudir al lugar del suceso gastando recursos que podría emplear mejor; Bomberos de Chile utiliza sus escasos materiales y pone en riesgo a su personal; las personas pierden bienes y trabajos; muchas veces se requieren ambulancias, por lo que se dilapidan recursos médicos que involucran personal e insumos. Las congestiones de tráfico significan que quienes se encuentran camino al trabajo o a sus hogares tardan horas esperando que se despeje la situación. Y, como es normal, un incendio suele paralizar la zona de la ciudad donde se presenta.
Que, en pleno siglo XXI, hablar de contaminación no es un detalle que se pueda soslayar. Los incendios producen contaminación atmosférica, según su origen -maderas o productos químicos- y siempre provocan un daño irreversible.
Que, en esta materia, Chile ha comprometido su esfuerzo en foros internacionales, entre ellos el Protocolo de Montreal, que se ratificó por última vez en 1999, para dejar de utilizar productos que dañen la capa de ozono. El preámbulo del documento expresa que ‘conscientes de que las medidas que se adopten para proteger la capa de ozono a fin de evitar su agotamiento deberían basarse en los conocimientos científicos pertinentes, teniendo en cuenta aspectos técnicos y económicos. Decididos a proteger la capa de ozono adoptando medidas preventivas para controlar equitativamente el total de emisiones mundiales de las sustancias que la agotan, con el objetivo final de eliminarlas y teniendo presentes las necesidades en materia de desarrollo de países menos adelantados’.
Que los incendios también dañan la capa de ozono. Los extintores son fruto de un conocimiento científico, técnico y económico, no sólo de sus costos de fabricación, sino de las magnitudes de dinero involucrado en la protección del lugar donde se encuentran ubicados. La modificación del decreto supremo Nº 369 permitirá que se regule la situación de los extintores en Chile, lo que es primordial para cumplir con el compromiso de descontaminar el medio ambiente, por medio de medidas preventivas para controlar las sustancias que dañan la capa de ozono (extintores halogenados).
Que una base primordial para la regulación de la venta de extintores es la organización del mercado y, con ello, la calidad de los productos que se manejan en él. Los extintores son tubos de alta presión que, si no se manipulan con los implementos adecuados y de la forma correcta, significan un grave peligro para la población. Se ha presentado un proyecto de ley que propicia que los extintores deben tener lugares exclusivos de venta, tales como las farmacias lo son para los medicamentos. Los servicios técnicos, igual que cualquier otro tipo de establecimiento que se encuentre bien regulado, deben tener una licencia de representación de las marcas que venden.
Que el consumidor, al ver un extintor con sello de laboratorio y rotulación, confía en que el equipo es de buena calidad. Al querer algo económico, prefiere productos nacionales o asiáticos de muy mala calidad, porque su precio es tres veces menor que un extintor que cumple con todas las normas, ya sea nacional, europeo o estadounidense.
Que esta representación asegurará al consumidor que el producto que compra es de la calidad que se le indica, cumple con las normativas de calidad y está siendo trabajado como corresponde. Todo esto redundará en que realmente podrá ser utilizado en el momento en que se lo necesite y que funcionará.
Que este proyecto de acuerdo no pretende dejar atrás la legislación vigente, sino complementarla, potenciarla y ordenarla de tal forma que cumpla con la base del buen funcionamiento en cuanto a proteger el bien común y que el Estado ejerza su rol fiscalizador. La actualización del decreto supremo Nº 369, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que demanda el cumplimiento de todas las normas sobre extintores, teniendo como base mínima, específicamente, las referentes a rotulación y ensayos, sin modificaciones de su contenido real, puede hacer una gran diferencia en esta materia. Es el primer paso para dar protección a la vida del consumidor, que dispondrá siempre de un producto de excelencia.
Que existen otras medidas, que deben ser incluidas dentro de la actualización del decreto supremo Nº 369, respecto de todos los extintores que se fabriquen o importen al territorio nacional, como son las siguientes:
a) Que los fabricantes, distribuidores, talleres, servicios técnicos y otros deben realizar la recarga sólo en caso de uso del extintor. Podrán realizar las mantenciones e inspecciones siempre que cuenten con la autorización escrita del fabricante o importador como sus debidos representantes, ateniéndose a las especificaciones que se encuentran en la NCh 2056 y los manuales elaborados por las oficinas técnicas de los fabricantes. De esta forma, se asegurará que los extintores no sean bombas de tiempo, tanto para quienes los intervienen como para sus potenciales usuarios. El fabricante o el importador, a su vez, han de tener la responsabilidad de proporcionar las características del extintor mediante rótulos o etiquetas indelebles.
b) Que el Instituto Nacional de Normalización acredite y controle el cumplimiento de la totalidad de las normas chilenas oficiales sobre extintores portátiles.
c) Que los laboratorios, acreditados por el Instituto Nacional de Normalización, certifiquen el cumplimiento de todas las normas de extintores (importados y nacionales), mediante un sello que indique el número de normas que certifican, a diferencia de lo que ocurre actualmente, pues se certifica sólo la rotulación, lo que no asegura calidad.
d) La concordancia de la información proporcionada por los fabricantes o los importadores y sus características debe ser certificada por los laboratorios acreditados ante el Instituto Nacional de Normalización. Sólo si se comprueba la calidad mediante los ensayos de laboratorio, se puede otorgar la certificación. En caso contrario, debe ser denegada. Esta comprobación deberá efectuarse conforme a los procedimientos de ensayo establecidos en las normas chilenas oficiales.
e) En caso de que se comercialicen o distribuyan extintores sin certificación, como actualmente sucede, se deberá pagar una multa que fluctúa entre las 20 y las 100 unidades tributarias mensuales, la cual ha de ser aplicada por el juez de policía local que corresponda, quien será competente para conocer de todas las infracciones relativas al decreto supremo Nº 369. Las sumas recaudadas pueden ser destinadas a Bomberos de Chile de la jurisdicción correspondiente al área donde se produjo el incumplimiento, o, tal como se ha expresado anteriormente, a centros de ayuda a personas quemadas. Estas sumas pueden parecer altas, pero es la única forma de que los seudoempresarios tomen conciencia del daño que causan al engañar a los consumidores y usuarios. Todos los extintores portátiles deberán cumplir con los requisitos de rotulación y ensayos, cualquiera que sea su procedencia u origen. En cuanto a los extintores ya existentes en el país, deberán adecuarse a estos requisitos y, si tal acomodación no fuere técnicamente posible, habrán de reemplazarse.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que tenga a bien considerar la modificación del decreto supremo Nº 369, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y estudiar la posibilidad de actualizar el decreto supremo Nº 212, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a fin de remediar la situación actual de vacío legal respecto de la fiscalización y certificación de los extintores, que permite que haya irregularidades que van en detrimento de la vida de las personas, y a efectos de poner término a actividades que significan grandes pérdidas económicas para el país.”
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , este proyecto de acuerdo -espero que los colegas lo lean con calma- es producto de un trabajo intenso, que hemos desarrollado en conjunto con mi equipo de asesores, y ha dado paso a un proyecto de ley radicado en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, que pretende establecer que los extintores que se usen en Chile recuperen la calidad y cumplan con las 21 exigencias para ahorrar millonarias cifras al Estado.
En nuestro país existen 12 millones de extintores contabilizados entre empresas públicas y privadas. Las cifras señalan que el movimiento de dinero que se genera anualmente es de 36 mil millones de pesos. Aproximadamente, un 40 por ciento de ese gasto, 14 mil 400 millones de pesos, lo paga el Estado en la recarga y mantención de los extintores, pero no debería gastar más del 10 por ciento de esa suma, es decir, 1.440 millones de pesos.
Por su parte, el sector privado destina, anualmente, 21 mil 600 millones de pesos al mismo propósito, cuando no debería gastar más de 2 mil 160 millones, es decir, el 10 por ciento de esa cantidad.
Esta situación sólo se puede evitar estableciendo la obligatoriedad de cumplir con todas las normas chilenas vigentes, porque, como ya se ha dicho, los extintores sólo cumplen alrededor de ocho. La pregunta es por qué. Esto está muy claro desde 1987. Reitero: según un cálculo estimativo, desde esa fecha hasta este año, el fisco ha gastado 612 mil millones de pesos, en circunstancias que debió gastar sólo 61 mil 200 millones de pesos, o sea, el 10 por ciento de ese total.
Los ministerios de Salud, de Economía, de Transportes y Telecomunicaciones y de Trabajo y Previsión Social son los encargados de este tema, pero, en verdad, en ninguno encontramos una explicación para justificar que los equipos que hoy se fabrican no cumplan las normas que se establecen tanto en el decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, como en el decreto Nº 369, del Ministerio de Economía.
Como digo, en Chile, se han contabilizado más de 12 millones de extintores, entre las empresas públicas y privadas. Por lo tanto, es indispensable preocuparse de que cumplan con las exigencias reglamentarias. Carabineros e inspectores municipales tienen a su cargo la fiscalización, pero, en realidad, ésta no se cumple. En consecuencia, el proyecto de acuerdo pretende pedir formalmente a los ministerios señalados que, en definitiva, procedan a cumplir la normativa. cuya aplicación se suspendió inexplicablemente en 1985, contar con extintores seguros, confiables y económicos.
Quienes hemos tenido la posibilidad de visitar otros parlamentos, sobre todo de Europa, sabemos que los extintores que hemos visto en ellos cumplen con las normas correspondientes y que duran unos siete u ocho años, sin demandar el gasto de un solo peso. Sin embargo, en Chile, en los ministerios, en los establecimientos educacionales, en el Congreso, en los municipios, en los recintos de las Fuerzas Armadas, lamentablemente, se cargan una vez al año, con el consiguiente desembolso.
Hasta 1999, por medio del decreto supremo Nº 745, del Ministerio de Salud, se exigía que en todo lugar de trabajo se debía contar con un extintor de polvo químico seco, no menor de 5 kilogramos por cada 150 metros cuadrados, el que debía ser recargado anualmente. Pero no basta la exigencia por metros cuadrados, sino que lo importante es el contenido.
En 1992, Sernac realizó una investigación y demostró un fraude en su revista “Consumo y Calidad de Vida”, bajo el título: “Perdónalos, señor mío, no saben lo que hacen”, en la cual se determinó que la gran mayoría de los extintores que circulaban en el país eran recargados con productos que no correspondían. Incluso, algunos que fueron revisados no contenían polvo químico, sino que talco. En definitiva, el caso de los extintores de halon no era muy distinto, ya que no contenían halon, sino que tetracloruro. Es decir, se dejaba en manos inexpertas e irresponsables la delicada tarea del llenado de extintores y se violaba flagrantemente la ley.
Actualmente se llenan en cualquier lugar. Existe un centenar de pequeños talleres en todo Chile. Está bien, hay empleo; pero no son fiscalizados por ningún ministerio. No existe personal especializado, como el que hoy se requiere para instalaciones de distinto tipo.
El manejo del gas o de la electricidad son objeto de fiscalización. En cambio, en materia de extintores, no existe ninguna. Por eso, solicito a mis colegas agilizar el proyecto de ley que pretende regular de manera definitiva esta situación. Además, que los propios ministerios de Salud, de Economía, de Transportes y Telecomunicaciones y de Trabajo y Previsión Social tomen medidas inmediatas, porque los riesgos existen y son permanentes si se manejan equipos inadecuados: manómetro, manguera y otros.
Por su parte, las mutuales debieran preocuparse al respecto. Les hemos enviado el proyecto en reiteradas ocasiones, pero no hemos tenido respuesta. Por esta razón, pido la aprobación del proyecto de acuerdo que apunta a anticipar medidas que garanticen seguridad y que permitan, tanto al sector público como al privado, adelantarse en materia de seguridad frente a incendios, cuya consecuencia económica es desconocida, a pesar de que les hemos hecho llegar toda la información a los actores competentes, incluidos los de la Cámara de Diputados.
En consecuencia, reitero mi petición a los señores parlamentarios de aprobar el proyecto de acuerdo y de convertir pronto en ley de la República el proyecto que se encuentra en la Comisión de Transportes, con el fin de ahorrar recursos y de dar más seguridad a todos los chilenos.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
¿Habría acuerdo para votarlo en la próxima sesión?
Acordado.
VII. INCIDENTES
INTERVENCIÓN DEL INTENDENTE METROPOLITANO EN LA CAMPAÑA ELECTORAL DE ALCALDES Y CONCEJALES.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de la Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi .
La señora CRISTI (doña María Angélica) .-
Señor Presidente , quiero referirme a una situación bastante inédita ocurrida en la Región Metropolitana con motivo de la reciente campaña electoral de alcaldes y concejales, que dice relación con la actitud del intendente Trivelli respecto de la limpieza de la publicidad callejera.
Antes de entrar en materia, creo que la publicidad callejera debiera ser erradicada. En cierta forma, así lo plantea la ley, aunque en términos no claros.
Algunos candidatos de la Concertación empezaron su campaña electoral tres meses antes de la fecha permitida. Sin embargo, nadie interfirió o retiró sus letreros. No hubo pronunciamiento alguno del intendente sobre el particular. En la comuna de Peñalolén, tres meses antes, un solo candidato desplegó una propaganda realmente impresionante, nunca antes vista.
La cosa cambió cuando algunos candidatos instalaron los letreros de su campaña electoral un día antes de la fecha permitida, porque el intendente, en forma inédita y abusando de su poder, pidió a Carabineros de la 36ª Comisaría de La Florida que procediera a retirarlos. Si iba a tomar esa determinación, ¿por qué no lo hizo desde un principio? ¿Por qué esperó que estuviera toda la publicidad en la calle para proceder?
Al día siguiente, los candidatos volvieron a instalar su propaganda. Pero desde el 1º de octubre hasta el último día se produjo una situación inédita: el intendente contrató personal y pidió apoyo a Carabineros para que se retirara la publicidad, en la que se incluía la de candidatos de la Concertación, pero, mayoritariamente, la de candidatos de la Oposición.
Fue tan increíble esa situación, que en la comuna de La Reina se tomaron fotos de ese procedimiento, para el cual se utilizaron camiones sin patente, dispuestos por la intendencia de la Región Metropolitana.
Lo que más me llamó la atención fue que el intendente manifestara que tiene derecho a fiscalizar. Sí, tiene el mismo derecho que cualquier ciudadano: denunciar a los tribunales que se ha instalado propaganda en lugares no permitidos por la ley. Pero el intendente no tiene atribuciones para ordenar a Carabineros de Chile que realice esa gestión, ni para pasar a llevar a los altos mandos de la institución. Ahora, si a un comisario le llega una carta del intendente subrogante, como ocurrió en Peñalolén, o del intendente titular, mediante la cual se le ordena que retire la propaganda electoral, obviamente se verá comprometido y ejecutará la acción.
Este hecho inédito, que implica abuso de poder y una forma mañosa de privilegiar a los candidatos de la Concertación, nos hace pensar en qué sucedería si efectivamente Carabineros pasara a depender del Ministerio del Interior, como se ha planteado en tantas ocasiones. Cada intendente y gobernador de Chile se sentiría con las atribuciones para ordenar las acciones que debe ejecutar su organismo. O sea, primero sería dependiente del intendente y del gobernador de turno y de sus tendencias políticas, lo que significaría el fin de Carabineros de Chile.
El alto mando no debió dejarse pasar a llevar por las ordenes de un intendente. Reitero, su acción fue absolutamente abusiva e inédita, pues, una vez más, hizo lo que quiso y perjudicó a muchos candidatos que no tenían sus letreros colgados, sino puestos en la calle como lo autoriza la ley. Esta acción del Gobierno intentó afectar la campaña publicitaria. El intendente sobrepasó sus atribuciones y su actitud ameritaría una acusación constitucional.
NECESIDAD DE REVISAR LEY SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE Y CONTROL DEL GASTO ELECTORAL.
La señora CRISTI (doña María Angélica) .-
Señor Presidente , en segundo lugar, me voy a referir a la aplicación de la ley Nº 19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral. Creo que será muy necesario revisarla completamente para disponer normas explícitas y claras en materia de publicidad callejera, a fin de que no vuelvan a suceder los hechos que he planteado.
Varios candidatos concejales jamás pensaron que sus campañas se convertirían casi en una campaña para alcalde. Fue tal la competencia en algunas comunas que sus gastos superaron lejos el presupuesto que tenían. Las palomas de propaganda, los vehículos, la colocación de la publicidad, el reparto de folletos...; en fin, miles de cosas que no estaban en sus presupuestos.
Los candidatos a concejales se propusieron pagar los trabajos para sus campañas en el mes de enero, pero no lo pudieron hacer, porque se les exigió cancelarlos de inmediato. Algunos se endeudaron y, probablemente, se salvarán; pero otros, que no obtuvieron los votos suficientes, no van a tener cómo pagar las facturas o los prestamos solicitados para esos fines.
Será necesaria una modificación a la ley. No tiene sentido crear grandes ilusiones en la ciudadanía a propósito del gasto electoral, ni decir que el Estado ayudará a los candidatos y que incluso los más pobres tendrán la posibilidad de optar a cargos públicos, si con su aplicación no se facilita ni se ayuda a pagar una campaña electoral, por lo menos a endeudarse.
Por lo tanto, engañan quienes sostienen que con la aplicación de esta ley se da transparencia al gasto electoral. Ello no es así, y a la larga más de alguien va a conseguir una factura para recuperar el dinero que puso en su campaña. No corresponde afirmar que la ley da transparencia, que termina con el abuso y que se pagan los gastos de los candidatos, porque, desde mi punto de vista, eso no es cierto. Con suerte, de acuerdo con los votos que obtuvieron, se les va a pagar una pequeña parte de los gastos en que incurrieron.
Por último, quiero hacer notar que hace unos días, en un periódico apareció publicada una información referente a una organización denominada “Participa”, la cual hizo un análisis sobre el gasto electoral. Al respecto, finalmente -como alguien dijo-, les hizo falta que les regalaran una calculadora, porque a candidatos a alcaldes, que habían hecho campañas millonarias, les atribuían gastos de 10, 11 ó 12 millones de pesos, lo cual es, francamente, una ridiculez.
He dicho.
INFORMACIÓN SOBRE IMPORTACIÓN DE TRIGO DESDE ARGENTINA. Oficios.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández .
El señor HERNÁNDEZ .-
Señor Presidente , en la reciente visita del ministro de Agricultura a la ciudad de Osorno, el viernes, para inaugurar la exposición internacional agrícola, ganadera e industrial, SagoFisur 2004, que tanto prestigia a la provincia de Osorno -es un orgullo para sus habitantes-, donde se exponen todos los avances genéticos en ganadería y agricultura, manifestó lo bien que le podría ir a la región con las exportaciones de carne, de leche, etcétera. Sin embargo, se olvidó de mencionar materias relacionadas con el trigo, y esto es motivo de preocupación.
Un par de semanas atrás, cuando el señor ministro y el director económico de la Cancillería nos visitaron en la Comisión de Agricultura, se refirieron reiteradamente a la Comisión Antidistorsiones y nos prometieron agilizar los trámites si los agricultores presentaban los antecedentes a tiempo. Estos cumplieron, los presentaron, pero han pasado varios meses y, en verdad, no se vislumbra la agilización de sus demandas. Denota lentitud. Es más, no veo una actitud de defensa de los productores agrícolas nacionales. Sin embargo, a todo el Congreso se nos exige celeridad para aprobar convenios, ratificar tratados de libre comercio y concurrir a todo aquello que, como chilenos, nos estamos comprometiendo. Actuamos con rapidez, pero me preocupa el hecho de no advertir la misma predisposición de parte del ministro de Agricultura , ni menos del director económico de la Cancillería, cuando otros países intentan imponernos sus políticas económicas en perjuicio de nuestros productores.
Quiero resaltar esta situación, porque se aproxima la temporada de cosechas y -reitero- no veo una actitud de parte del Gobierno tendiente a solucionar ese problema.
Por lo tanto, pido que se oficie a los señores ministro de Agricultura y director económico de la Cancillería para que nos informen respecto de las importaciones de trigo y de los impuestos que se aplican en Argentina, los cuales podrían vulnerar la cosecha triguera del presente año.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Alejandra Sepúlveda y los diputados señores Francisco Bayo , Alejandro Navarro , Pedro Araya y quien habla.
RESTITUCIÓN DE DOTACIÓN DE CARABINEROS EN CIUDAD DE OSORNO. Oficios.
El señor HERNÁNDEZ .-
Señor Presidente , en segundo lugar, pido que se envíe un oficio a los señores ministros del Interior y de Defensa para darles a conocer nuestra inquietud por la destinación de carabineros recién egresados a las ciudades de Valdivia y de Llanquihue.
Me extraña que la gran mayoría de los carabineros egresados de la Escuela de Formación Policial de Valdivia se asignen para cumplir funciones en las prefecturas de Valdivia y de Llanquihue, desestimando el constante clamor de los osorninos porque exista más dotación policial en la provincia.
En abril solicité oficiar al general director de Carabineros para que nos informara respecto de la dotación policial con la que actualmente cuenta nuestra ciudad.
En la respuesta a ese oficio -firmada por el ministro de Defensa - se reconoce la baja en la dotación policial en la zona -que es menor a la de años atrás, en circunstancias de que la población sigue creciendo-, pero, a la vez, se menciona el compromiso de estar trabajando para corregir esa situación, por lo que resulta difícil comprender que se asignen setenta carabineros a las provincias y que Osorno continúe con una bajísima dotación.
El general director de Carabineros reconoce que la planta institucional ha aumentado en cerca de tres mil uniformados y que sólo entre mayo y noviembre de este año han egresado más de mil quinientos nuevos carabineros, pero a nuestra ciudad sólo se han asignado seis nuevos efectivos en los últimos meses y seguimos con alrededor de cincuenta carabineros menos en relación con años anteriores.
El número de asaltos y robos en diversos sectores poblacionales de nuestra ciudad demuestra que si nuestras autoridades se quedan con la idea de que somos el lugar más seguro de Chile, la delincuencia nos va a ganar la batalla. La queja constante de los pobladores es la falta de personal policial, situación que debe corregirse ahora, antes de que la delincuencia la sobrepase.
Por eso, pido que si el estudio dispuesto por el general director de Carabineros en ese sentido sigue adelante, que por lo menos nos informe cuándo se nos restituirá la dotación policial que nos mermaron hace un par de años.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Alejandra Sepúlveda y los diputados señores Francisco Bayo , Alejandro Navarro , Pedro Araya y quien preside esta sesión.
DENUNCIA DE PRÁCTICA ANTISINDICAL EN EMPRESA MINERA DE ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente , solicito que se oficie al ministro del Trabajo , señor Ricardo Solari , para que, por su intermedio, la Inspección del Trabajo informe a esta Cámara sobre el resultado de una denuncia que presentaron dos sindicatos de trabajadores en contra de la empresa Sociedad Contractual Minera El Abra, en la Segunda Región.
La Sociedad minera El Abra se encuentra en un proceso de negociación colectiva y, según podemos apreciar a través de los medios de comunicación y, especialmente, quienes habitamos en la región, sus trabajadores llevan varios días de huelga legal. Los presidentes del sindicato de trabajadores de la empresa señores Julio Ramos Ossandón , y del sindicato San Lorenzo , Eduardo Toledo Jerez , formularon una denuncia en contra por prácticas antisindicales en la negociación colectiva, ya que la empresa ha infringido abiertamente el artículo 381 del Código del Trabajo que prohíbe reemplazar a los trabajadores en una huelga legal como ésta, que ha sido votada y está en desarrollo.
Según consta de los antecedentes de la negociación colectiva, en poder de la Inspección del Trabajo de Antofagasta, la última oferta del empleador no cumplió con los requisitos copulativos establecidos en el artículo 381 del Código del Trabajo para proceder al reemplazo de funciones de un grupo de trabajadores que se encuentra negociando y que está haciendo uso de su derecho a huelga. Así, se ha producido una clara violación de la citada norma legal, al disponer el empleador el reemplazo de los trabajadores con las siguientes modalidades:
En primer lugar, asignando labores a trabajadores dependientes, en particular a supervisores, que no realizan estas funciones habitualmente, a través de la modificación de los servicios que prestan los trabajadores no afectos al proceso de negociación colectiva.
En segundo lugar, contratando personal a plazo fijo.
En tercer lugar, entregando funciones a trabajadores de empresas contratistas que no se encuentran en las plantas adscritas a esa empresa minera.
En ese sentido, en el plan de contingencia de la negociación colectiva de 2004, “Gerencia de Proceso”, elaborado por la Sociedad Contractual Minera El Abra, se explicitó la forma en que la empresa pretende mantener la continuidad operacional de esta área, remplazando las labores propias de los trabajadores en huelga a través de las tres modalidades señaladas. Estos reemplazos también se harían en otras áreas, siendo una de las más relevantes la de la nave de electroobtención en la operación de los puentes de grúas y en la sala de control de la empresa minera.
Los sindicatos han hecho presente que la Sociedad Contractual Minera El Abra realiza una práctica antisindical que, a todas luces, atenta contra los derechos laborales establecidos en nuestra legislación. Junto con ello -dicen-, también ha procedido a modificar la jornada de trabajo de aquellos trabajadores que no se encuentran en huelga; es decir, los reemplazantes tienen turnos de cuatro días de trabajo y de cuatro días de descanso, sistema excepcional en la distribución de las jornadas de trabajo que la Dirección del Trabajo no ha autorizado a dicha empresa. De esa forma pretende mantener las operaciones, pero a la vez incurre en otra ilegalidad.
Por lo tanto, atendida la gravedad de las denuncias presentadas por los presidentes de los sindicatos señalados, pido que se oficie al ministro del Trabajo , a fin de que los inspectores del trabajo se constituyan a la brevedad en la Sociedad Contractual Minera El Abra para verificar si se están realizando reemplazos ilegales, toda vez que la denuncia por prácticas antisindicales se llevó a cabo el 5 de noviembre en la Inspección del Trabajo de El Loa, Calama , pero hasta la fecha los fiscalizadores no la han verificado.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Rodrigo González y Felipe Letelier .
RECURSOS PARA NUEVO CUARTEL DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE ANTOFAGASTA. Oficio.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente , asimismo pido que se oficie al intendente regional de Antofagasta , señor Jorge Molina , para que envíe información sobre el estado de tramitación del proyecto presentado por la Policía de Investigaciones de Antofagasta, mediante el cual solicita recursos al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, Fndr para la construcción de un nuevo cuartel en esa ciudad, por cuanto el que hoy ocupa está bastante deteriorado.
En la ciudad de Antofagasta, la seguridad ciudadana, fundamentalmente, la delincuencia, es uno de los temas principales que genera mayor preocupación, atendido el alto aumento de delitos, y necesitamos contar con una policía que tenga los medios o recursos adecuados para combatirla y, a la vez, ser un ente colaborador en la reforma procesal penal. En esa medida, el cuartel es imprescindible para que la Policía de Investigaciones pueda cumplir sus funciones en forma eficiente.
Solicito que se oficie al intendente regional para que nos informe sobre si la asignación de recursos para la construcción de dicho cuartel, a través del Fndr, está contemplada en el presupuesto de 2005 y, de no ser así, cuáles fueron las razones que se tuvieron en consideración.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Rodrigo González y Felipe Letelier .
FALTA DE PERSONAL EN DIRECCIONES PROVINCIALES DE VIALIDAD DE COLCHAGUA, CARDENAL CARO Y CACHAPOAL. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , en San Fernando, donde afortunadamente fue elegido como alcalde un representante de la Concertación, el señor Juan Pablo Molina , hay muchas tareas que realizar.
Con preocupación observamos que distintos programas de vialidad en la zona no pueden ser ejecutados ni existe la celeridad necesaria para llevarlos a cabo, debido a la falta de funcionarios en las direcciones provinciales de Vialidad de la zona para realizar esas obras. Ya en enero del presente año, a través de un oficio, habíamos solicitado la posibilidad de crear algunos cupos en dichas reparticiones públicas: 11 para la provincia de Colchagua, y 7 para las provincias de Cardenal Caro y de Cachapoal, respectivamente.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas para que en el presupuesto de 2005 de dicha cartera se considere una respuesta positiva a esta petición de cupos a fin de solucionar el problema lo antes posible.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Araya , Bayo, Robles, González, don Rodrigo ; y Letelier, don Felipe.
RECURSOS PARA REMODELACIÓN DE AVENIDAS MANSO DE VELASCO Y O’HIGGINS DE SAN FERNANDO. Oficio.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , en segundo lugar, solicito que se oficie al ministro de la Vivienda para que en el presupuesto de 2005 de dicho ministerio, revisado por la Subcomisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, se contemplen los recursos necesarios para la remodelación de las calles O’Higgins y Manso de Velasco de la comuna de San Fernando. Se trata de las arterias más importantes de la ciudad, cuyo gran deterioro ha ocasionado una serie de accidentes.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Araya , Bayo ,Robles, González, don Rodrigo ; y Letelier, don Felipe.
DESPLAZAMIENTO DE VÍA FÉRREA DE CENTRO DE CIUDAD DE SAN FERNANDO. Oficio.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , la línea férrea divide a la ciudad de San Fernando en dos. El paso del tren paraliza cada diez minutos la ciudad y el próximo año será cada ocho minutos, lo que constituye una enorme complicación para los sanfernandinos del casco urbano.
Sabemos que existen dos proyectos para solucionar el problema, uno de los cuales es construir un paso bajo nivel. Pero más nos interesa, junto al alcalde electo Juan Pablo Molina, sacar el tren del centro de la ciudad, tal como se hizo en Quillota, y para ello se podría construir un by pass.
Solicito que se reitere el oficio al presidente de la empresa de Ferrocarriles del Estado, a fin de conocer las medidas que ese organismo tomará para subsanar este problema, pues aún no hemos recibimos respuesta a nuestras inquietudes.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Araya , Bayo, Robles, González, don Rodrigo ; y Letelier, don Felipe.
CONTRATACIÓN DE PROFESIONAL DE LA SALUD PARA SERVICIO DE URGENCIA DE HOSPITAL DE PICHIDEGUA. Oficio
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , solicito que se oficie al director del servicio de Salud de la provincia de O’Higgins para que se analice la posibilidad de incorporar en el hospital tipo 4 de Pichidegua a un profesional de la salud, no necesariamente a un médico porque conocemos los costos que implica tener a un profesional de esa naturaleza en forma permanente en urgencia.
En Pichidegua hemos vivido situaciones muy complicadas por el hecho de tener sólo médicos de llamada. Necesitamos que el servicio de urgencia atienda las 24 horas, y para ello es necesario que se contrate a una enfermera, enfermero o matrona.
La situación es bastante grave, y la única solución es contar con un profesional de la salud para que pueda atender los casos de urgencia -hay 3 ó 4 sumarios pendientes por esta realidad- y que se mantenga el médico de llamada para los casos más graves.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Pedro Araya , Francisco Bayo , Alberto Robles , Rodrigo González y Felipe Letelier .
ADELANTO DE EVALUACIÓN DE INDICADORES DE PROGRAMA DE PROEMPLEO. Oficio.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , los fondos que se asignan a través del programa proempleo, considerados en la ley de Presupuestos de la Nación, sólo llegan a destino -me refiero a la dirección regional del Sence, en particular a la de San Fernando, en septiembre u octubre- cuando ya son absolutamente inoperantes, dada la marcada estacionalidad del empleo en la zona. Ello ocurre porque la evaluación del los indicadores proempleo está retrasada en dos o tres meses.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Hacienda para que medie en la solución de este problema, a fin de que dicha evaluación se haga antes, de manera que se pueda contar con los recursos en abril o mayo.
De esa manera el programa proempleo sería mucho más eficiente y una herramienta útil para ser utilizada durante los meses con cifras rojas en materia de empleo, especialmente en las zonas agrícolas, como las del distrito que represento y, en general, de la Sexta Región.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Pedro Araya , Francisco Bayo , Alberto Robles , Rodrigo González y Felipe Letelier .
PLAGIO A TRANSPORTISTAS CHILENOS EN ARGENTINA. Oficios.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe) .-
Señor Presidente , quiero llamar la atención de esta Corporación respecto de los problemas que viven nuestros transportistas en la vecina República Argentina. Los chilenos no podemos quedarnos indiferentes ante esa situación, especialmente nuestras autoridades.
Sólo en 2003 hubo más de treinta asaltos a camioneros chilenos en ese país, quienes no sólo sufrieron el robo de sus camiones o de la mercancía que transportaban, sino también el maltrato de los delincuentes.
Es vergonzoso ver cómo Argentina mantiene una política de discriminación en contra de los chilenos. ¿Usted sabe, señor Presidente , que los transportistas nacionales pagan más que sus pares argentinos por petróleo y peaje? Contrariamente, los transportistas argentinos pagan en Chile lo mismo que los nuestros por esos conceptos.
¿Por qué aceptar esa actitud discriminatoria?
La opinión de un chileno, entregada a través de un periódico, hizo que nuestros vecinos montaran en cólera, se molestaran y se taimaran. Pero, ¿qué sucede cuando los chilenos son asaltados en Argentina?
En ese país sí que hay inseguridad ciudadana, porque no se sabe si entre quienes cometen asaltos hay policías. No podemos engañarnos. De hecho, el Presidente Kirchner ha removido a cientos de policías por corruptos, por coimeros y por cometer asaltos. Es una realidad indesmentible, y los chilenos nos vemos afectados por ello.
Hace 48 horas cinco compatriotas sufrieron un asalto bestial. No sólo les robaron sus camiones y mercancías, sino que fueron abandonados a más de mil kilómetros del lugar del asalto, donde fueron maltratados, golpeados y torturados. ¿Quién se hace responsable de esto?
Nosotros nos hacemos responsables cada vez que nos equivocamos con Argentina, pero, ¿quién responde por los más de treinta asaltos cometido en 2003 en ese país? ¿Dónde está la relación de hermandad, de cooperación, de colaboración, de integración? Me hago estas preguntas, porque se nos discrimina.
Quiero señalar que los asaltantes de los cinco camiones, que además maltrataron, vejaron y torturaron a sus conductores, estaban vestidos de policías argentinos. Quizás no eran disfraces, y derechamente fue la policía argentina.
Por lo tanto, solicito que el ministro de Relaciones Exteriores pida explicaciones para que quede muy claro lo que ha sucedido, pero no quiero frases a medias ni comunicados escuetos.
Muchos chilenos, incluso argentinos, piensan que lo ocurrido no es casualidad. Lamentablemente, es parte de lo que acontece en el día a día de la República Argentina.
Son millones de dólares los que han perdido los chilenos en esos asaltos. Incluso, muchos transportistas chilenos, choferes profesionales, prefieren no aceptar el trabajo por la tremenda inseguridad y por el peligro que corren sus vidas.
Los argentinos tienen en nuestro país toda la seguridad del mundo; pagan el mismo peaje que los chilenos y el mismo precio por el petróleo. Aquí tiene un muy buen trato, y exijo lo mismo, porque las autoridades administrativas y políticas chilenas se esfuerzan por dar esas garantías, y lo mismo deben hacer sus pares argentinos: esforzarse más por dar esas garantías.
Saco la cara aquí, en esta casa del pueblo, porque francamente me da vergüenza, ya que son muchos los abusos.
Me siento orgulloso de las policías chilenas.
Espero en Dios que en Chile nunca ocurra lo que sucede en Argentina.
Pero nosotros también somos responsables, porque hace pocos días el ex diputado y actual ministro de Relaciones Exteriores fue cuestionado por un artículo.
No me interesa tener relación con un vecino con el que no nos va bien, que busca perjudicarnos de muchas maneras, especialmente en relación con productos combinados, como las mezclas, por poner un solo ejemplo.
Pero mi llamada de atención de hoy se refiere a lo sucedido con los transportistas, porque esto hace rato que viene ocurriendo.
Cuando los transportistas argentinos llegan a nuestro país, las aduanas y los servicios del Estado se esmeran por que pasen rápidamente; en cambio, pregunten a los transportistas chilenos cuántos días tienen que estar en la frontera cuando quieren ingresar a la Argentina, porque les ponen mil y una trabas.
¿Acaso los empresarios del transporte argentino no quieren que los transportistas chilenos transiten por allá? ¿Acaso están coludidos los transportistas argentinos con los delincuentes, para que los chilenos no puedan transportar mercancía por el territorio argentino?
Estas preguntas las hago abiertamente porque quiero respuestas: los chilenos queremos respuestas. Si la manera de sacar del mercado del transporte a los chilenos es por esta vía mafiosa, estamos negociando muy mal y estamos muy mal integrados; no son los mejores socios.
Por ello, es importante que el Ministerio de Relaciones Exteriores nos dé todas estas respuestas, para que le quede claro tanto a la comunidad chilena, como también a la internacional, de lo que allí está sucediendo, porque no se puede soportar más este tipo de abusos con el argumento de que la policía argentina es corrupta, mientras nuestros compatriotas tienen que pagar las consecuencias.
Ojalá que el gobierno argentino se esmere más, haga mayores esfuerzos, dé muestras objetivas de que en ese país no es lo que aparenta y entregue respuestas claras a nuestras autoridades.
No quisiera intervenir nunca más en esta Sala para dar a conocer este tipo de problemas, pero no nos podemos quedar callados; no podemos actuar como el avestruz, con la cabeza escondida.
Por lo tanto, pido oficiar a los ministros de Relaciones Exteriores y de Obras Públicas , Transportes y Telecomunicaciones, para que nos informen respecto de qué está sucediendo y cuáles son las soluciones que proponen, porque no se trata de andar con tres o cuatro guardias en cada camión para poder transitar por territorio argentino. Espero que todo esto cambie para bien.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
ESTADO DEL PROYECTO DE REGADÍO PARA LA COMUNA DE TRAIGUÉN. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el turno del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , voy hacer una breve reseña del camino seguido por un ministerio en relación con una petición hecha por este diputado en junio de 2002.
Concretamente, el 11 de junio de 2002 solicité oficiar al señor ministro de Obras Públicas , para que nos informara acerca de lo que considerábamos una marginación de la comuna de Traiguén en el principal proyecto de regadío de la zona sur de esa época, que era el famoso canal Victoria-Traiguén-Lautaro, cuya materialización, por lo menos en sus inicios, aparecía evidentemente postergada e, incluso, no consideraba el brazo de Traiguén de ese importante proyecto de regadío.
En diciembre de 2002 llegó la respuesta que explicaba las razones por las cuales se había replanteado el proyecto de regadío Victoria-Traiguén-Lautaro. La respuesta era insatisfactoria porque no hablaba de lo que pasaba con el brazo Traiguén.
Insistimos en febrero de 2003. La respuesta del Ministerio de Obras Públicas llegó completa en marzo del mismo año. En ella se informaba que en el proyecto en cuestión la comuna de Traiguén no había sido marginada, sino que el brazo indicado se había postergado por razones económicas. En la reformulación del proyecto inicial se planteaba un proyecto de regadío que utilizaba al río Traiguén en forma exclusiva.
Lo extraño es que la respuesta satisfactoria del ministro de Obras Públicas -estoy hablando de marzo de 2003- fue acompañada hace una semana por el oficio Nº 2758, de 11 de octubre, en el que se agrega todo este cúmulo de antecedentes que, aparentemente, estuvieron guardados en la Dirección de Obras Hidráulicas.
Con esto quiero dejar de manifiesto la existencia de algunos problemas administrativos y de coordinación al interior de un ministerio tan importante como ése; pero, al mismo tiempo, deseo demostrar la falta de respuesta a una inquietud de una comuna que, por la relevante riqueza de sus terrenos y su clima privilegiado, reconocidos por todos, se vería muy beneficiada por ese sistema de regadío, especialmente los sectores de hermanos mapuches. En cambio, seguimos esperando y esperando, pasan los años y se postergan los proyectos y los estudios de factibilidad y se reformula el proyecto inicial.
Por eso, solicito reiterar el oficio al ministro de Obras Públicas , para que informe sobre el estado de este proyecto de regadío que usa el río Traiguén, para poder decir definitivamente a los habitantes de la región más pobre del país qué pasará con esas tierras agrícolas que esperan por agua para producir más y mejor, en especial para agricultores de escasos recursos.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se reiterará el oficio al ministro de Obras Públicas en la forma solicitada.
INVESTIGACIÓN POR ATENTADO EN CONTRA DE BIENES DE SIMPATIZANTES DE CANDIDATA DE LA CONCERTACIÓN. Oficios.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialistas Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles .
El señor ROBLES.-
Señor Presidente , en democracia, hay cosas que a uno lo estimulan, pero también hay otras que no y que creíamos propias del pasado y que ya no se repeterían.
Hace pocos días, terminó un comicio electoral. En una de las comunas gobernada por una alcaldesa de derecha, la candidata de la Concertación, la señora Laura Campillay , ganó por tres votos.
Lo cierto es que para ganar una elección a un alcalde en ejercicio se debe contar con una fortaleza muy importante, y nuestra candidata la tuvo. Trabajamos electoralmente en los dos valles de la comuna de Alto del Carmen, haciendo las propuestas de participación de la comunidad con un manejo tremendamente transparente. No se pintó ni una piedra en los cerros de Alto del Carmen ni se rayaron muros públicos; sólo se usó el convencimiento de la palabra y la fortaleza de nuestra candidata. Ganamos.
Sin embargo, gente del comando de la candidata de Oposición opuesta afectada por la derrota, han actuado muy mal y en contra de los principios democráticos. En la localidad Alto del Carmen, de la comuna del mismo nombre, al lado de la iglesia y frente a la plaza, la señora Isabel Núñez Macaya tenía un local de venta de bebidas y confites desde hace varios años. Su local era frecuentado por los jóvenes que asisten a la escuela y por la gente que va a la plaza.
La señora Isabel Núñez adhirió a la campaña de nuestra candidata, señora Laura Campillay , en forma honesta y pensando en sus visiones, en su principios y en lo que creía que era mejor para la comuna, sin temor, democráticamente. No obstante, hace dos días, gente del comando de la candidata perdedora abrieron el local de la señora Campillay y prendieron fuego a sus pertenencias.
Se trata de una modesta microempresaria que vendía confites y bebidas a las personas que pasan por ese lugar. El daño que se ha inflingido a ella y a su familia, y el temor que este hecho ha provocado en la población es muy serio.
Hoy, a instancias de la contrincante electoral, se están revisando los votos en el Registro Electoral, en uso de las disposiciones legales que lo permiten en caso de producirse pequeñas diferencias en la votación, como la de tres votos que se produjo en este caso.
Me parece que es democrático revisar si la elección y el conteo fueron adecuados, pero actos vandálicos como éste, en que los rumores de que haya participado gente del comando de la candidata perdedora son muy fuertes, nos parecen inaceptables.
Por ello, pido oficiar al fiscal nacional, al ministro del Interior, al intendente regional y al gobernador de la provincia del Huasco, a fin de que se arbitren las medidas tendientes a efectuar una investigación profusa de estos hechos, con el objeto de que los responsables sean sancionados.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
VALORACIÓN DEL DOCUMENTO EMITIDO POR EL COMANDANTE EN JEFE DEL EJÉRCITO. Oficios.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , al concluir la primera semana de noviembre, el comandante en jefe del Ejército, teniente general Juan Emilio Cheyre , dio a conocer al país un documento denominado “El fin de una visión”, en el que toma una posición y se hace cargo de temas pendientes en nuestra sociedad por varias décadas: las violaciones a los derechos humanos y la responsabilidad institucional que en tales hechos le corresponde al Ejército de Chile.
La toma de posición del general Cheyre constituye un cambio histórico en esta materia, como lo han señalado importantes analistas, en este tema, considerado como “excesos de personas sin control”, “cuestiones puntuales o aisladas”, o peor aún, que ha pasado a ser desconocido, como lamentablemente ocurrió con el drama de los detenidos desaparecidos, a quienes Naciones Unidas no reconoció como tales durante los años setenta.
La posición asumida por el general Cheyre constituye un hito en esta materia, no sólo en Chile, sino que a nivel continental. Incluso, va más allá de lo que en relación con estos mismos hechos señaló el general Martín Balza respecto de la responsabilidad del Ejército argentino, aunque lo hizo de manera menos espectacular, porque no tuvo su retórica ni formuló una solicitud de perdón a las familias de las víctimas. Pero lo que se refiere a tomar una posición respecto de la responsabilidad institucional constituye todo un ejemplo en América Latina sobre cómo asumir la situación y avanzar en el objetivo de lograr que estos hechos no se repitan, evitando el camino del ostracismo militar, es decir, del enclaustramiento, del encierro,
y rompiendo con cualquier tentación de tutelaje militar. Como señala el general Cheyre , será la sociedad entera la que en los próximos años deberá, paso a paso, encontrar el justo equilibrio que garantice que las Fuerzas Armadas, en particular el Ejército de Chile, acometan las tareas que les corresponden en una sociedad moderna, por la vía de una plena integración al quehacer nacional.
Ante la importancia de este hecho, subrayado y valorado por el Presidente Ricardo Lagos en diferentes intervenciones públicas, por el más importante prelado de la Iglesia Católica, monseñor Francisco Javier Errázuriz , y por los más amplios sectores de la opinión nacional, pido que se oficie al Presidente de la República , al ministro de Defensa Nacional y, en especial, al comandante en jefe del Ejército , a fin de que hacerles llegar mi valoración más profunda por este paso que ha dado el general Juan Emilio Cheyre , por su implicancia para el futuro de Chile, porque ha sido una enorme contribución no sólo a cerrar una herida, sino, lo más importante, a mirar con nuevos ojos el futuro del país.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Alberto Robles y Sergio Ojeda.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.33 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Moción de los diputados señores Tuma , Becker , Egaña , Montes, Quintana , Saffirio , Valenzuela , Varela y de las diputadas señoras Eliana Caraball y Carmen Ibáñez .
Modifica la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, estableciendo la incompatibilidad del cargo de consejero regional con el desempeño de funciones municipales. (boletín N° 3715-06)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 60 y 62 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional y lo establecido por el Reglamento de la honorable Cámara de Diputados.
Considerando:
1. Que el Consejo Regional es un órgano investido de facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras que, junto a la figura del Intendente conforman el Gobierno Regional, órgano fundamental del modelo de descentralización territorial de las administraciones públicas de nuestro país.
2. Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional de Gobiernos Regionales a los Consejos Regionales les corresponde ejercer importantes facultades en el ámbito del ordenamiento territorial, como es la aprobación de los planes reguladores comunales y planes reguladores intercomunales. En el plano financiero a esta instancia le compete aprobar, modificar o sustituir el plan de desarrollo de la región y el proyecto de presupuesto regional, como asimismo, distribuir los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la región, y los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional y los recursos propios que el Gobierno Regional obtenga. Finalmente al consejo regional le es encargado velar por el control político del desempeño del intendente regional
3. Que atendida la amplitud de las competencias del consejo regional, es necesario dotar a estos órganos de un estatuto de derechos y obligaciones de tal entidad, que sin limitar sus cometidos públicos, sí queden enmarcados en el principio de plena legalidad de sus actuaciones de suerte tal de impedir que sus integrantes, los consejeros, quienes no tiene responsabilidad política directa o indirecta al no ser cargos de elección popular, no mal empleen las atribuciones que la ley les entrega.
4. Que es un principio fundamental de las actuaciones de todas las administraciones públicas y de quienes se desempeñan en ellas, el de la probidad pública, entendida, en concepto de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, como la permanente preeminencia del interés social y colectivo superior por sobre el interés individual.
5. Que en la lógica de asegurar el cumplimiento estricto de este principio el legislador ha establecido un conjunto de normas de inhabilidades, incompatibilidades y de prohibiciones para evitar desviación de poder, conflictos de intereses u otras situaciones o prácticas que redunden en generar espacios de vulnerabilidad del principio de la probidad pública.
6. Que atendido el hecho de que mucho de lo que hacen los consejos regionales dice relación con la articulación de planes, programas y proyectos con el nivel local, incluyendo su financiamiento, nos parece indispensable proponer esta modificación legal, para hacer incompatible el cargo de consejero regional con el desempeño simultáneo de cualquier función en el nivel local, sea en calidad de funcionario de planta, a contrata o a honorarios de los municipios o de las corporaciones de desarrollo municipal, de manera de asegurar que el cargo sea usado para defender intereses locales, que no necesariamente tienen concordancia con los intereses colectivos regionales.
7. Que por lo mismo, sometemos a consideración este proyecto de ley, que contiene un artículo único, muy simple, que establece esta nueva inhabilidad e incompatibilidad para los miembros de los consejos regionales.
8. Que confiamos en que la H. Cámara de Diputados efectuará un análisis minucioso de esta iniciativa poniendo por delante siempre los intereses públicos y dentro de ellos, la independencia y la capacidad de los actuales consejeros regionales para anteponer sobre intereses locales los intereses de un desarrollo armónico y equitativo entre todas las comunas y provincias que conforman la jurisdicción regional.
Por tanto:
Los diputados que suscriben, viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Introdúzcanse las siguientes modificaciones en la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional:
a) Agréguese la siguiente letra f) al artículo 32
f) Los servidores de las administraciones locales sea que estos tengan la calidad de funcionarios municipales, a contrata o a honorarios de cualquier municipio o de las corporaciones de desarrollo municipal, ubicadas dentro de la Región en la cual vayan a desempeñar su cargo.
b) En el artículo 33 reemplázase la frase “o con cargos en las plantas directivas de las municipalidades”, por “o con cargos, cualquiera que sea su naturaleza en las municipalidades o en las corporaciones de desarrollo municipal”.