Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- PERMISO
- Alejandro Navarro Brain
- PERMISO
- DEBATE
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
REAJUSTE DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Carlos Bianchi Chelech
- INTERVENCIÓN : Guillermo Vasquez Ubeda
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Carlos Ignacio Kuschel Silva
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- DEBATE
- DEBATE
-
REAJUSTE DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- PETICIÓN DE OFICIO : Juan Antonio Coloma Correa
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Naranjo Ortiz
- PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Naranjo Ortiz
- PETICIÓN DE OFICIO : Ricardo Nunez Munoz
- PETICIÓN DE OFICIO : Ricardo Nunez Munoz
-
CAPACIDAD PARA REALIZACIÓN DE TRASPLANTES EN NUEVO HOSPITAL DE PUERTO MONTT. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Ignacio Kuschel Silva
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXOS DE SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES HORVATH, ESPINA, NAVARRO, PROKURICA Y SABAG, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES, EN MATERIA DE CUBIERTAS ECOLÓGICAS(4682-14)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Antonio Horvath Kiss
- Alberto Espina Otero
- Alejandro Navarro Brain
- Baldo Prokurica Prokurica
- Hosain Sabag Castillo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ESPINA, ALLAMAND, COLOMA, FLORES Y FREI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE VEGETALES GENÉTICAMENTE MODIFICADOS(4690-01)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alberto Espina Otero
- Andres Allamand Zavala
- Juan Antonio Coloma Correa
- Carlos Fernando Flores Labra
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA EN MATERIA DE CONVIVENCIA ESCOLAR (4695-04)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ARANCIBIA Y PÉREZ VARELA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE TRANSPARENCIA EN EL GASTO ELECTORAL(4696-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Victor Perez Varela
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA ALVEAR Y SEÑORES PIZARRO, RUIZ-ESQUIDE Y SABAG, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE INFORMACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE RECURSOS PÚBLICOS A TERCEROS(4697-06)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Soledad Alvear Valenzuela
- Jorge Pizarro Soto
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Hosain Sabag Castillo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA MATTHEI, Y SEÑORES ALLAMAND, COLOMA, ESPINA, GARCÍA Y PÉREZ VARELA, EN QUE SOLICITAN AL EJECUTIVO INFORMACIÓN RESPECTO DE PERSONAS CONTRATADAS A HONORARIOS EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO(S 926-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Evelyn Matthei Fornet
- Andres Allamand Zavala
- Juan Antonio Coloma Correa
- Alberto Espina Otero
- Jose Garcia Ruminot
- Victor Perez Varela
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES HORVATH, ESPINA, NAVARRO, PROKURICA Y SABAG, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES, EN MATERIA DE CUBIERTAS ECOLÓGICAS(4682-14)
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 354ª
Sesión 71ª, en martes 28 de noviembre de 2006
Ordinaria
(De 16:17 a 18:38)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités¿¿¿¿¿¿..
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga un reajuste de remuneraciones a trabajadores del sector público (4681-05) (se aprueba en general y particular)¿¿¿¿¿..
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿..
Capacidad para realización de transplantes en nuevo hospital de Puerto Montt. Oficio (observaciones del señor Kuschel)¿¿¿¿¿
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Alvear Valenzuela, Soledad
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Bianchi Chelech, Carlos
--Cantero Ojeda, Carlos
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Escalona Medina, Camilo
--Espina Otero, Alberto
--Flores Labra, Fernando
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Girardi Lavín, Guido
--Gómez Urrutia, José Antonio
--Horvath Kiss, Antonio
--Kuschel Silva, Carlos
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Longueira Montes, Pablo
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Aburto, Pedro
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Orpis Bouchón, Jaime
--Pérez Varela, Victor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Vásquez Úbeda, Guillermo
--Zaldívar Larraín, Adolfo
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior , don Belisario Velasco Baraona; de Relaciones Exteriores, don Alejandro Foxley Rioseco; de Hacienda, don Andrés Velasco Brañes; Secretario General de la Presidencia subrogante , don Edgardo Riveros Marín, y del Trabajo y Previsión Social, don Osvaldo Andrade Lara.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario , el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:17, en presencia de 22 señores Senadores.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Se da por aprobada el acta de la sesión 66ª, extraordinaria, en 7 de noviembre del presente año, que no ha sido observada.
Las actas de las sesiones 67ª y 68ª, ordinarias, y 69ª, extraordinaria, en 8 , 14 y 15 de noviembre, respectivamente, todas del año en curso, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Seis de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero retira la urgencia hecha presente al proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales para suprimir funciones administrativas de Carabineros de Chile (boletín Nº 4.322-07).
--Queda retirada la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el segundo hace presente la urgencia, en el carácter de "discusión inmediata", respecto del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público; concede aguinaldos que señala; reajusta las asignaciones familiar y maternal y el subsidio familiar, y concede otros beneficios (boletín Nº 4.681-05).
--Se tiene presente la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con los cuatro siguientes retira la urgencia y la hace presente nuevamente, en el carácter de "suma", respecto de las iniciativas que se indican a continuación:
1) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la Decimoquinta Región de Arica y Parinacota, y la provincia del Tamarugal en la Región de Tarapacá (boletín Nº 4.048-06).
2) Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea el cargo de Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y le confiere rango de Ministro de Estado (boletín N° 4.148-06).
3) Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica las leyes números 19.378 y 19.813, y concede otros beneficios al personal de la atención primaria de salud (boletín Nº 4.639-11).
4) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que permite efectuar anticipos de subvenciones estatales para fines educacionales en casos que indica (boletín Nº 4.653-05).
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
De Su Excelencia el Vicepresidente de la República , mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para prorrogar la autorización de permanencia en Haití de tropas y medios nacionales (boletín Nº S 927-05).
Agrega que, en uso de la facultad que le confiere el inciso segundo del número 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental, hace presente la urgencia para el despacho del acuerdo que recaba.
--Pasa a las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, unidas.
Ocho de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que ha dado su aprobación al proyecto de ley que permite efectuar anticipos de subvenciones estatales para fines educacionales en casos que indica (con urgencia calificada de "suma") (boletín Nº 4.653-05).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y a la de Hacienda.
Con el segundo pone en conocimiento que aprobó el proyecto de ley que autoriza erigir un monumento, en Rancagua, en memoria de don Oscar Castro Zúñiga (boletín Nº 3.284-04).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Con el tercero comunica que dio su aprobación al proyecto que modifica las leyes números 19.378 y 19.813 y concede beneficios al personal de la atención primaria de salud (con urgencia calificada de "suma") (boletín Nº 4.639-11).
--Pasa a las Comisiones de Salud y de Hacienda.
Con el cuarto informa que aprobó el proyecto que modifica el artículo 36 de la ley Nº 18.290, de Tránsito (boletín Nº 3.823-15).
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
Con el quinto da a conocer que aprobó el proyecto de ley que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público; concede aguinaldos que señala; reajusta las asignaciones familiar y maternal y el subsidio familiar, y concede otros beneficios que indica (con urgencia calificada de "discusión inmediata") (boletín Nº 4.681-05).
--De conformidad con el acuerdo adoptado por los Comités el 14 de noviembre pasado, queda para la tabla de esta sesión.
Con el sexto comunica que ha prestado su aprobación, con las enmiendas que señala, al proyecto de ley que autoriza erigir un monumento, en Valparaíso, en memoria del dibujante don Renzo Pecchenino Raggi, "Lukas" (boletín Nº 3.040-04).
--Queda para tabla.
Con el séptimo informa que dio su aprobación, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, al proyecto de ley que extiende la asignación de especialidad al grado efectivo a funcionarios civiles de Carabineros de Chile (boletín N° 4.620-02).
--Se toma conocimiento, se manda comunicar el proyecto a Su Excelencia la Presidenta de la República y se remite al archivo el documento junto a sus antecedentes.
Con el octavo expresa que aprobó las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2007 (boletín Nº 4.565-05).
--Se toma conocimiento y se manda archivar los documentos junto a sus antecedentes.
De la Excelentísima Corte Suprema, con el que emite su parecer acerca del proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Horvath y Escalona, sobre procedimiento de expropiaciones (boletín Nº 4.579-07).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Catorce del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Con los once primeros informa que han sido acogidos a tramitación igual número de requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, decretándose remitir copia al Senado con el fin de que en el plazo de diez días presente sus observaciones y acompañe los antecedentes que estime pertinentes.
Con los tres restantes envía copias autorizadas de las sentencias dictadas en los autos que dicen relación a los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad formulados respecto del artículo 116 del Código Tributario; del artículo 30 del decreto ley Nº 3.538, y del artículo 23, inciso segundo, de la ley Nº 19.542.
--Se toma conocimiento y se remiten los antecedentes a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Dos del señor Fiscal Nacional del Ministerio Público , mediante los cuales da contestación a oficios enviados en nombre de los Senadores señores Allamand, Espina y García, sobre estadísticas referentes a la comisión de diversos delitos en las Regiones Metropolitana, Novena y Décima.
Tres del señor Ministro del Interior , con los que responde igual número de oficios expedidos en nombre de los Senadores señores Espina, Frei y García, atinentes a la reposición del retén de Quino; a la situación de exonerados políticos de Caldera, y al Cuerpo de Bomberos de Toltén.
De los señores Ministro del Interior y de Hacienda y de la señora Ministra de Educación , con los que dan respuesta a un acuerdo del Senado relativo a la denominada "deuda histórica con el profesorado".
De la señora Ministra de Defensa Nacional, mediante el cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Naranjo, sobre control psicológico del personal de Carabineros de Chile.
Dos del señor Ministro de Hacienda:
Con el primero da contestación a un oficio remitido en nombre del Senador señor García, en cuanto al informe financiero de DICOM.
Con el segundo responde un acuerdo del Senado tocante a la eliminación del IVA a las obras literarias.
Dos de la señora Ministra Secretaria General de la Presidencia:
Con el primero contesta un acuerdo del Senado respecto del envío de un proyecto de ley sobre regularización de armas de fuego.
Con el segundo da respuesta a un oficio despachado en nombre de los Senadores señores Horvath, Espina, García, Prokurica y Romero, atinente al patrocinio de una moción sobre CHILEDEPORTES.
Dos del señor Ministro de Justicia , con los que responde oficios remitidos en nombre de los Senadores señores Cantero y Horvath en lo que atañe a la construcción de cárceles en Antofagasta y Concepción y a la creación de tribunales en Puerto Aisén.
Del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, mediante el cual da respuesta a un oficio expedido en nombre del Senador señor Romero, relativo a la situación previsional del señor Nemesio Ramos.
Ocho del señor Ministro de Obras Públicas , con los que da contestación a oficios despachados en nombre de los Senadores señores Espina, García, Horvath, Longueira, Naranjo y Romero, acerca de la reparación del camino Casas Blancas; de diversos proyectos viales en la Novena Región; de la tala de árboles; del río Biobío; de la autopista Vespucio Oriente; de una ciclovía en la Séptima Región, y de la pavimentación de Pillanlelbún.
Dos del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, mediante los cuales responde oficios dirigidos en nombre de los Senadores señores García y Horvath, en cuanto a los buses de las zonas rurales y al impuesto aplicado por Argentina a la venta de combustibles.
De la señora Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, con el que contesta un oficio remitido en nombre de los Senadores señora Alvear y señores Chadwick, Longueira, Orpis y Ominami, concerniente al patrocinio de una moción relativa a beneficios tributarios a donaciones culturales.
Dos del señor General Director de Carabineros de Chile , mediante los cuales da contestación a oficios enviados en nombre de los Senadores señores Frei y Navarro, referidos a la dotación policial de Cartagena y a la fiscalización del transporte de sustancias peligrosas.
De la señora Subsecretaria de Deportes , con el que contesta un oficio dirigido en nombre del Senador señor Horvath, sobre recursos destinados a la práctica deportiva en la Undécima Región.
Dos del señor Subsecretario de Pesca , con los que responde igual número de oficios remitidos en nombre del Senador señor Frei, acerca de la extracción del recurso loco en Mehuín y de la situación de la pesca artesanal con la creación de nuevas Regiones.
Del señor Presidente del Consejo de Defensa del Estado , mediante el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Matthei, con la adhesión del Honorable señor Prokurica, respecto del desempeño de los abogados de dicha entidad en causa seguida contra del Alcalde de Coquimbo .
Del señor Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras , a través del cual da respuesta a un oficio dirigido en nombre de los Senadores señores Longueira y Romero, tocante al número de personas que tienen deudas con el sistema bancario en materia de viviendas.
De la señora Directora Nacional de Pesca, con el que da contestación a un oficio remitido en nombre del Senador señor Navarro, sobre los pescadores de la caleta de Chome.
Del señor Secretario General del Ejército , con el cual da respuesta a un oficio despachado en nombre del Senador señor Muñoz Aburto, acerca del Día de la Antártica Chilena.
Dos del señor Intendente de la Décima Región , mediante los cuales responde oficios expedidos en nombre del Senador señor Frei, con relación al Instituto de Ciencia y Tecnología de los Alimentos de la Universidad Austral y al Comité de Agua Potable Rural de Paillao.
De la señora Alcaldesa de Viña del Mar, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Romero, referente a las viviendas ubicadas en calle Los Jazmines, de Achupallas.
Del señor Alcalde de Osorno, mediante el cual da respuesta a un oficio despachado en nombre del Senador señor Allamand, relativo a las viviendas de la población Orlando Munzmayer.
Del señor Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Segunda Región , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantero, acerca de la construcción de dos edificios en Antofagasta.
Del señor Presidente del Directorio de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, mediante el cual da respuesta a un oficio dirigido en nombre del Senador señor Navarro, sobre paso bajo nivel de la Villa CAP.
De la señora Directora del SERVIU de la Séptima Región , con el que responde un oficio expedido en nombre del Senador señor Naranjo, referente al estado de tres puentes ubicados en Cauquenes.
Del señor Presidente Nacional de Bomberos de Chile, a través del cual contesta un oficio remitido en nombre del Senador señor Navarro, relativo a los familiares de bomberos fallecidos en actos de servicio.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público; concede aguinaldos que señala; reajusta las asignaciones familiar y maternal y el subsidio familiar, y concede otros beneficios que indica (con urgencia calificada de "discusión inmediata") (boletín Nº 4.681-05).
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaídos en las siguientes iniciativas:
1) Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.824, sobre integración social de las personas con discapacidad (boletín Nº 3.143-07).
2) Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Romero, que permite al Senado conocer las calificaciones de los miembros del Poder Judicial cuando ejerza la facultad contenida en el artículo 53, número 9), de la Constitución Política (boletín N° 4.070-07).
3) Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor García, sobre modificación del procedimiento que rige la cuenta pública del Contralor General de la República (boletín N° 4.074-07).
4) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 174 del Código Civil respecto del divorcio (boletín N° 4.135-07).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señores Horvath, Espina, Navarro, Prokurica y Sabag, con la que dan inicio a un proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de cubiertas ecológicas (boletín Nº 4.682-14).
--Pasa a la Comisión de Vivienda y Urbanismo, y a la de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
De los Senadores señores Espina, Allamand, Coloma, Flores y Frei, con la cual inician un proyecto de ley sobre vegetales genéticamente modificados (boletín Nº 4.690-01).
--Pasa a la Comisión de Agricultura y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política, se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.
Del Senador señor Navarro, con la que inicia un proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza en materia de convivencia escolar (boletín Nº 4.695-04).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
De los Senadores señores Arancibia y Pérez Varela, con la que dan inicio a un proyecto de ley sobre transparencia en el gasto electoral (boletín Nº 4.696-06).
De los Senadores señora Alvear y señores Pizarro, Ruiz-Esquide y Sabag, con la que inician un proyecto de ley sobre información de transferencias de recursos públicos a terceros (boletín Nº 4.697-06).
--Pasan a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
Proyecto de acuerdo
De los Senadores señora Matthei y señores Allamand, Coloma, Espina, García y Pérez Varela, en el que solicitan al Ejecutivo información respecto de personas contratadas a honorarios en la Administración central del Estado (boletín Nº S 926-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
Comunicación
De la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, mediante la cual solicita la anuencia de la Sala para discutir en general y en particular, en su primer informe, los siguientes proyectos de ley:
1) El que autoriza la construcción de un monumento, en la ciudad de Santiago, en memoria del cantautor y director de teatro Víctor Jara Martínez (boletín Nº 3.335-04).
2) El que autoriza erigir un monumento en memoria de los fallecidos en la tragedia de Antuco (boletín N° 3.882-04).
3) El que autoriza erigir un monumento, en la localidad de Chañaral, comuna de Monte Patria, en memoria de don Alejandro Chelén Rojas (boletín N° 3.911-04).
4) El relativo a la construcción de un monumento en memoria de don Andrónico Luksic Abaroa (boletín Nº 4.460-04).
5) El concerniente a la construcción de un monumento en memoria de don Hernán Briones Gorostiaga (boletín Nº 4.461-04).
6) El referente a un monumento conmemorativo de la Primera Acta de Independencia de Chile (boletín Nº 4.652-04).
7) El relativo a un monumento en memoria de don Miguel Kast Rist (boletín Nº 4.654-04).
--Se accede a lo solicitado.
Permiso constitucional
El Senador señor Navarro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Carta Fundamental y 7º del Reglamento del Senado, solicita autorización para ausentarse del país a contar del 23 de noviembre de 2006.
--Se accede.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Terminada la Cuenta
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
El señor Secretario dará a conocer los acuerdos adoptados por los Comités.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los Comités, en sesión celebrada hoy, acordaron unánimemente lo siguiente:
1.- Abrir nuevos plazos para formular indicaciones, todos hasta el 4 de diciembre, a las horas que en cada caso se indican y en las Comisiones pertinentes, respecto de los siguientes proyectos de ley:
a) El atinente a la pesca recreativa, hasta las 12.
b) Los dos que crean Regiones: la de Arica y Parinacota, y la de Los Ríos, hasta las 17, y
c) El que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, hasta las 18.
Reitero: todos los plazos señalados vencen el lunes 4 de diciembre y las indicaciones deben presentarse en la Secretaría de las Comisiones correspondientes.
2.- Poner en los dos primeros lugares de la tabla de la sesión ordinaria del miércoles 6 de diciembre los proyectos sobre creación de Regiones.
3.- Retirar del Tiempo de Votaciones de la tabla de esta sesión el proyecto de acuerdo sobre protección de los recursos hidrobiológicos y ecosistemas marinos y la regulación de la pesca en alta mar.
4.- Dejar sin efecto -a proposición del señor Presidente - la semana regional fijada a comienzos del año en curso para los días 22 a 26 de enero de 2007.
En consecuencia, ésa va a ser una semana corriente de trabajo.
)----------(
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , solicito autorización para que las Comisiones unidas de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional puedan sesionar paralelamente con la Sala desde las 18:30, a fin de analizar el tercer informe sobre tropas chilenas en Haití, y después, la solicitud del Gobierno para prorrogar la autorización de permanencia de efectivos y medios nacionales en ese país, que vence el 30 de noviembre.
El señor COLOMA.-
Para ver el informe a las 18:30, sí.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala,
El señor MUÑOZ BARRA.-
Hay consenso para analizar el informe; lo otro lo veremos posteriormente.
Lo que estoy pidiendo es autorización para que las Comisiones unidas de Relaciones Exteriores y de Defensa puedan tratar hoy, a las 18:30, el documento que hizo llegar la Cancillería respecto de la permanencia de las tropas chilenas en Haití.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado?
--Se accede.
_______________
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El proyecto de ley que establece como feriado el 16 de julio, que es la fiesta de la Virgen del Carmen, en sustitución del conmemorativo de Corpus Christi, no fue objeto de indicaciones y venció el plazo fijado al efecto. En consecuencia, conforme al Reglamento, correspondería darlo por aprobado.
El señor NOVOA.-
Pido la palabra.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
La tiene, Su Señoría.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente , quiero solicitar un nuevo plazo para presentar indicaciones a esta iniciativa.
Tal como se planteó cuando se aprobó en general, íbamos a revisar cómo quedarían exactamente esos feriados.
Por lo tanto, pido que se abra un nuevo plazo, de manera que los Senadores que lo deseen puedan hacer sus aportes al proyecto.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, así se procederá.
El señor SABAG.-
Conforme, señor Presidente.
--Se fija como plazo para presentar indicaciones el lunes 11 de diciembre, a las 12.
V. ORDEN DEL DÍA
REAJUSTE DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, con informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (4681-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 71ª, en 28 de noviembre de 2006.
Informe de Comisión:
Hacienda, sesión 71ª, en 28 de noviembre de 2006.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Los objetivos principales de la iniciativa son:
-Reajustar en 5,2 por ciento las remuneraciones de los trabajadores del sector público, a contar del 1º de diciembre de este año.
-Otorgar los aguinaldos de Navidad del año 2006 y de Fiestas Patrias del año 2007, tanto para el sector activo cuanto para el pasivo.
-Reajustar, a partir del 1º de julio del año próximo, las asignaciones familiar y maternal y el subsidio familiar para personas de escasos recursos.
Se concede, además, un bono de escolaridad y un bono de invierno para los pensionados.
La Comisión de Hacienda aprobó la iniciativa en general y en particular, en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados, por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señores Escalona, García, Muñoz Aburto, Novoa y Sabag). Con todo, el inciso primero del artículo 36 fue aprobado por tres votos a favor y dos en contra (estos últimos, de los Senadores señores García y Novoa).
Cabe tener presente que el inciso cuarto del artículo 35, referido a la facultad de las municipalidades para otorgar un bono adicional -ello importa una modificación de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades-, tiene el carácter de norma orgánica constitucional, por lo que requiere para su aprobación el voto conforme de 21 señores Senadores.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Solicito la autorización del Senado para que ingrese a la Sala el señor Francisco Del Río, asesor del Ministro del Trabajo .
El señor PROKURICA.- No la hay, señor Presidente.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
No hay acuerdo.
En discusión general y particular a la vez.
Tiene la palabra el Honorable señor Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , me ha correspondido entregar este informe debido a la ausencia del Senador señor Ominami , quien preside la Comisión pero se encuentra fuera del país, y al hecho de que ella tuvo a bien designarme presidente accidental .
Con relación a la presente iniciativa, el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda señala que "el costo total que importará la ejecución de este proyecto de ley es de 96.823 miles de millones de pesos para el año 2006, y de 396.976 miles de millones para el año 2007". Es decir, este mejoramiento tendrá un costo fiscal superior a 400 mil millones de pesos.
El proyecto otorga un reajuste, a partir del 1° de diciembre de 2006, de 5,2 por ciento a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles, para salud y pensiones, o no imponibles, de los trabajadores del sector público, incluidos los profesionales regidos por la ley N° 15.076 y el personal del acuerdo complementario de la ley N° 19.297.
En lo referente a las asignaciones específicas, concede por una sola vez un aguinaldo de Navidad a los trabajadores de las entidades a que se refieren los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 11 de esta iniciativa.
El monto del aguinaldo será de 30.337 pesos para los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre de 2006 sea igual o inferior a 368.200 y de 16.095 pesos para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá por remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondientes a dicho mes, con la sola deducción de los impuestos y las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio.
Asimismo, concede por una sola vez un aguinaldo de Fiestas Patrias para el año 2007 a los trabajadores que se indica en los artículos 8° y 11 de este proyecto de ley. Su monto será de 39.802 pesos para quienes perciban una remuneración líquida igual o inferior a 368.200 en el mes de agosto del año 2007 y de 27.725 pesos si ella supera tal cantidad.
De igual modo, otorga por única vez a los servidores públicos mencionados en los artículos 13 y 15 del proyecto un bono de escolaridad no imponible por cada hijo de entre 4 y 24 años de edad que sea carga familiar reconocida para los efectos del decreto con fuerza de ley N° 150, del año 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, cuyo monto ascenderá a la suma de 39.219 pesos. Será pagado en dos cuotas iguales, de 19.610 pesos cada una: la primera en marzo y la segunda en junio del año 2007, para lo cual se estará a lo dispuesto por el artículo 7° del mencionado decreto con fuerza de ley.
Además, se concede por una sola vez a los trabajadores a que se refiere el artículo 13 y que perciban una remuneración líquida no superior a 368.200 pesos una bonificación adicional al bono de escolaridad.
El artículo 14 puntualiza que la bonificación aludida será de 16.406 pesos por cada hijo que cause este derecho y que se podrá impetrar cuando, a la fecha de pago del referido bono, los funcionarios perciban una remuneración líquida igual o inferior a 368.200 pesos. Se pagará con la primera cuota del bono de escolaridad respectivo y se someterá, en lo demás, a las reglas que rigen dicho beneficio.
Asimismo, se fija el monto para el aporte a servicios de bienestar a que se refiere el artículo 23° del decreto ley N° 249, de 1974, y el artículo 13 de la ley N° 19.553. En tal sentido, se señala que el aporte máximo a que se refiere dicha norma será de 68 mil 169 pesos.
De la misma manera, se incrementa en algo más de 2.448 miles de millones de pesos el aporte fiscal que establece el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, para 2006. Ello incluye los recursos para otorgar los beneficios a que se refieren los artículos 13 y 14 al personal académico y no académico de las universidades estatales.
Luego, el proyecto establece los valores de las asignaciones familiar y maternal en los siguientes términos:
De 5 mil 393 pesos por carga para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de 135 mil 124 pesos.
De 4 mil 223 pesos por carga para quienes perciban un ingreso mensual superior a 135 mil 124 pesos y que no exceda de 264 mil 667.
De 1.375 pesos por carga, para los que reciban un ingreso mensual superior a 264 mil 667, sin exceder de 412 mil 791.
Las personas que hayan acreditado o acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a 412 mil 791 pesos no tendrán derecho a las asignaciones mencionadas.
Asimismo, el proyecto fija en 5 mil 393 pesos, a contar del 1º de julio del año 2007, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.
Se concede un bono de invierno por una sola vez, pagadero el año 2007, a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de la cajas de previsión y de las mutualidades de empleadores de la ley Nº 16.744 cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº 15.386 para los jubilados de 70 o más años de edad; a los pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº 3.500, de 1980, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, y a los beneficiarios de pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975.
El bono a que se refiere el inciso anterior se pagará en el mes de mayo de 2007 a todos los pensionados antes señalados que al primer día de ese mes tengan 65 o más años de edad. Será de cargo fiscal, no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.
Se otorga por una sola vez, en el año 2007, un aguinaldo de Fiestas Patrias a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las cajas de previsión y de las mutualidades de empleadores de la ley Nº 16.744, y a los que tengan la calidad de beneficiarios de las pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975; de la ley N° 19.123; del artículo 1º de la ley N° 19.992; del decreto ley Nº 3.500, de 1980, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal, conforme el Título VII de dicho cuerpo legal, y de las indemnizaciones del artículo 11 de la ley Nº 19.129.
Ese aguinaldo se incrementará en 5 mil 617 pesos por cada persona que, a la misma fecha, se tenga acreditada como causante de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciba dichos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 18.987.
Se concede, por el período de un año, a contar del 1º de enero de 2007, la bonificación extraordinaria trimestral contemplada en la ley Nº 19.536 a las enfermeras y matronas que se desempeñen en los establecimientos de los servicios de salud, la que será pagada en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de ese año. Su monto será de 144 mil 477 pesos trimestrales.
Asimismo, se otorgan otros beneficios en diversos ámbitos de la administración, que contribuyen a fortalecer el mejoramiento cualitativo de los servicios públicos.
Como ya expresé, el total del esfuerzo fiscal importa la suma de 96 mil 823 millones de pesos para 2006 y de 396 mil 976 millones para 2007.
De acuerdo con lo establecido en el informe de la Dirección de Presupuestos, dichos montos serán cargados al respectivo ítem de la partida Tesoro Público.
Es cuanto debo informar.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , el proyecto que otorga, a partir del próximo 1º de diciembre, un reajuste y aguinaldos de Navidad para 2006 y de Fiestas Patrias para 2007 a los trabajadores y pensionados del sector público nos parece un avance en orden a que los funcionarios de la Administración del Estado no sólo recuperen el poder adquisitivo por la inflación esperada (3 por ciento para el próximo año), sino que también obtengan un reajuste real estimado en 2,2 por ciento, de acuerdo con la mayor productividad.
Es importante destacar que el proyecto fue consensuado con varios gremios que integran la mesa del sector público, pero no con la ANEF, que no concurrió al acuerdo.
Por supuesto, pensamos que todo lo que signifique consenso entre el Gobierno y los integrantes de dicha mesa es positivo.
Tenemos, sí, un reparo con respecto al artículo 36, que otorga por una sola vez un bono al personal de las plantas de profesionales y directivos de los servicios de salud.
Dicho bono estaba inserto originalmente en la iniciativa sobre mejoramiento de remuneraciones del sector Salud y, por un acuerdo con la CONFENATS, fue colocado en el proyecto de reajuste del sector público para que sea pagado durante el mes de diciembre.
Sin embargo, sucede que tal beneficio lo van a recibir algunos funcionarios, no todos. Eso nos parece una injusticia, aparte que, en lugar de facilitar los entendimientos, agudizará climas de conflicto que terminarán perjudicando a las personas enfermas que realmente necesitan ser atendidas en los hospitales o en otros centros de salud pública.
De ahí que en el día de ayer, junto con el Senador señor Novoa , solicitamos votación separada, a fin de que el bono sea pagado a todo el personal de Salud, y no como lo señala el artículo 36, que excluye a quienes hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre del año 2006 y la fecha de pago del beneficio.
Cuando hablamos de "ausencias injustificadas", es obvio que a esos servidores públicos ya se les descontó el tiempo no trabajado. Por lo tanto, no es razonable que se les aplique una nueva medida disciplinaria, un castigo, ahora por ley: "Usted, por haber participado en las movilizaciones gremiales, por haber participado en el paro de los trabajadores de la Salud, por haber registrado ausencias injustificadas desde el 26 de septiembre del 2006 en adelante, no va a tener derecho al bono".
Con ello, lo que va a ocurrir será que generaremos al interior de los hospitales, de los centros de salud pública, una discriminación que creará mayores conflictos, en lugar de facilitar las cosas.
Entendemos que este proyecto tiene que ser despachado hoy por el Senado. Y debe aprobarse en los términos en que viene, incluyendo la frase.
Sin embargo, a nosotros nos gustaría enormemente que el Ejecutivo se comprometiera en el Senado a enviar la próxima semana un proyecto de ley que la elimine del artículo 36. Ello -y es lo importante- permitiría que el bono se entregue a todos los trabajadores de la Salud y no sólo a algunos.
Si el Ejecutivo asumiera ese compromiso, todos votaríamos favorablemente el proyecto de reajuste en su integridad. Si no, persistiremos en que la votación del artículo respectivo se divida.
Insisto en que no es admisible castigar o sancionar dos veces a los trabajadores sin un sumario previo o sin el debido proceso. Eso no es aceptable, menos a través de una ley.
Estamos sentando un precedente tremendamente negativo. Lo lógico y razonable es que el bono se entregue a todos los servidores del sector de la salud.
La discriminación mencionada es nuestro único reparo.
Ojalá hubiera comprensión por parte del Ejecutivo y pudiéramos despachar el proyecto de reajuste con el compromiso de resolver la próxima semana el aspecto que señalé.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Ruego guardar silencio.
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , como señaló el Senador señor García , concurrimos con nuestro pronunciamiento favorable al proyecto tanto en general cuanto en particular, porque consideramos que el reajuste de 5,2 por ciento para las remuneraciones de los servidores públicos y el alza en el mismo porcentaje para distintas asignaciones, bonos y aguinaldos corresponde a la situación económica del país.
Se trata de una compensación que uno podría calificar de razonable; significará en alguna medida -quizás no todo lo que la gente quiere- un avance importante en el mejoramiento de los ingresos de los servidores públicos. Y, si se materializan los pronósticos sobre el costo de la vida para el próximo año -que se calcula en cerca de 3 por ciento-, ello va a permitir un ingreso por encima de la inflación.
Por cierto, uno siempre pretende reajustes mayores, pero la realidad del Estado y un adecuado manejo de las finanzas hacen aconsejable la aprobación de la iniciativa en la forma como se negoció y acordó con la gran mayoría de los gremios.
Respecto de la discriminación en contra de algunos funcionarios de la Salud a partir de una norma sobre la que -como expresó el Senador señor García - se pidió votación separada y que nosotros rechazamos ayer en la Comisión, debo manifestar que dicho precepto me parece absolutamente inconveniente y -yo diría- inconstitucional, porque establece un beneficio y excluye a un grupo de personas por razones arbitrarias.
¿Qué dispone la norma en cuestión? Otorga un bono a ciertos funcionarios "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre del año 2006 y la fecha de pago del referido beneficio, ambas inclusive.".
¿Por qué el 26 de septiembre, y no el 15 de julio o el 1º de enero? ¿Cuál es la razón de establecer esta discriminación? Claramente tal norma contiene una diferencia arbitraria, que pugna con la Constitución. Me podrán decir: "No, no es arbitraria, porque a partir de esa fecha se inició un movimiento sindical ilegal, al que algunas personas se plegaron; por lo tanto, ahora las estamos sancionando".
¿Desde cuándo se sanciona a las personas mediante leyes y no por medio de un proceso administrativo o un sumario? ¿Quiénes somos nosotros para determinar que empleados que tuvieron una ausencia injustificada sencillamente pierden un beneficio? No existe en la Administración Pública ni en el Estado de Derecho la aplicación de sanciones de este tipo.
Considero que la parte final del artículo 36 es absolutamente inconstitucional y por eso debiera ser rechazada. Y si la iniciativa tuviera que cumplir un tercer trámite constitucional, el Presidente de la Cámara de Diputados tendrá que citarla para que apruebe el proyecto sin esa norma, porque a mi entender es inconstitucional.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Ruego a los asistentes mantener silencio.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , adhiero a los planteamientos de los Senadores señores García y Novoa en cuanto a que la frase final del inciso primero del artículo 36 es del todo inaceptable.
Tal disposición viene con nombre y apellido. Se trata de una norma en contra de la CONFENATS.
Sabemos que los gremios participaron en la huelga. Todos -unos más, otros menos- estuvieron en un paro de carácter ilegal. Sin embargo, algunos de ellos firmaron un acuerdo con el Ejecutivo y otros no.
El conflicto se extendió por tanto tiempo -la razón es que fue pésimamente mal llevado por el Ejecutivo- y finalmente los Parlamentarios tuvimos que intervenir para poder acercar posiciones y poner fin a un paro que, en términos de salud y también monetarios, estaba costando una enormidad.
Y ahora, señor Presidente, el Ejecutivo nos coloca entre la espada y la pared, pues sabe que la Cámara de Diputados se halla en semana distrital.
Por lo tanto, si nosotros modificáramos esa norma, el proyecto no alcanzaría a despacharse a tiempo. Y si votamos a favor, nos hacemos cómplices de una práctica antisindical absolutamente inaceptable que está ejerciendo el Gobierno. ¡Porque esto, señor Presidente , es práctica antisindical!
Si una empresa privada realizara una conducta similar, los Senadores de la Concertación y los Ministros de Estado estarían poniendo el grito en el cielo.
El señor ÁVILA .-
¡Hacen cosas mucho peores!
La señora MATTHEI.-
¡Pero ustedes alegan solamente cuando las hacen los privados y, como Gobierno, cometen abusos aun peores que los de la empresa privada!
Hoy día estuve hablando con dirigentes de la FENATS de distintos puntos del país. La sensación de impotencia, de rabia, de sentirse burlados es enorme. E invade a todos los trabajadores, desde Arica a Punta Arenas.
Si ellos faltaron al trabajo y les hicieron los descuentos respectivos, ¿por qué se los va a castigar dos veces?
Yo no votaré a favor de esta norma, aunque el proyecto no sea despachado ahora. El Ejecutivo pudo hacer las modificaciones del caso antes de enviar la iniciativa al Parlamento, pero siempre nos pone ante la disyuntiva de que, si no aprobamos una iniciativa legal, la ley respectiva no sale a tiempo. Esto es absoluta y totalmente inaceptable y, además, un abuso hacia los Senadores que ayudamos a poner fin al conflicto con la CONFENATS.
Ése es uno de los puntos que quería exponer, señor Presidente . No podemos aceptar de parte del Ejecutivo prácticas antisindicales como ésta.
Otro tema al cual deseo referirme dice relación a que una vez más, el aguinaldo y el bono de invierno se entregan, en el caso de los pensionados de las AFP, solamente a la gente que ya agotó sus fondos y que está recibiendo una pensión mínima con la garantía activa del Estado.
Señor Presidente , el reajuste se financia con dinero proveniente de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Cualquier persona que percibe una pensión mínima -sea del INP, sea de una mutual regida por la ley Nº 16.744, sea de una AFP- es igualmente pobre. Por tanto, no vemos por qué, año tras año, el Gobierno discrimina en contra de la mayoría de quienes perciben pensiones mínimas en el sistema de administradoras de fondos de pensiones. Lo hace en cada oportunidad y siempre nosotros alegamos.
¿Por qué se deja fuera al 90 ó 95 por ciento de quienes perciben pensiones mínimas de las AFP y a las personas a las que todavía no se les activa la garantía del Estado? ¿Por qué, si a otros también con pensiones mínimas se les da aguinaldo y bono de invierno? Aquéllos reciben el mismo monto, son igualmente pobres y están afligidos por idénticas necesidades; pero siempre el Gobierno discrimina en su contra.
Señor Presidente , bien se podría marginar del bono y también del aguinaldo a quienes se pensionaron anticipadamente o hicieron retiros extraordinarios y por ello perciben una pensión mínima. Sin embargo, para recibir cualquiera de esos beneficios debería bastar con tener derecho a este tipo de pensión.
Señor Presidente , año tras año los pensionados de las AFP nos reclaman y nos preguntan por qué los legisladores los omitimos. Y para nosotros resulta muy difícil explicar la razón por la cual el Ejecutivo continuamente los discrimina.
Por eso, en esta materia me voy a abstener. No estoy dispuesta a seguir avalando la discriminación que anualmente realiza el Ejecutivo en perjuicio de la inmensa mayoría de personas pobres que perciben pensiones mínimas en una AFP y tienen derecho a una garantía estatal que todavía no se ha activado.
Por lo tanto, señor Presidente , aunque estoy a favor del proyecto en general, hay dos cosas que me parecen inaceptables: la discriminación recién indicada en contra de los pensionados de administradoras de fondos de pensiones y, sobre todo, a propósito del otorgamiento de un bono, la que constituye una práctica antisindical absolutamente inadmisible en contra de los trabajadores de la CONFENATS.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Gracias, señor Presidente.
I Reajuste general
El aumento de las remuneraciones en 5,2 por ciento fue concordado con la mayoría de los gremios del sector público coordinados por la CUT.
Tal porcentaje supone un incremento real de las remuneraciones de 2,2 por ciento, el cual se halla absolutamente alineado con el crecimiento de las remuneraciones del sector privado y con la necesaria responsabilidad de la política fiscal y su impacto positivo en la consolidación de la recuperación de la actividad económica.
La definición del presente reajuste general de remuneraciones y el conjunto de beneficios sociales para el personal de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, se encuentran marcados por la idea de consolidar el proceso de modernización de las instituciones públicas, que para los Gobiernos de la Concertación debe traducirse en mejores servicios a la ciudadanía.
El reajuste y los demás beneficios que consigna el proyecto han sido consensuados con los diversos gremios del sector público, los que, coordinados por la Central Unitaria de Trabajadores, han coincidido con el Gobierno en un nuevo acuerdo que muestre al país la común voluntad de mejorar los servicios.
Este nuevo acuerdo del Gobierno con los funcionarios públicos, liderados por la CUT, revela que la vía del diálogo y el entendimiento es el camino más fructífero para avanzar en la modernización de los servicios públicos que se otorgan a la ciudadanía y en la dignificación de la función pública.
II Contenido del proyecto
Como ya se indicó, el proyecto concede, a contar del 1º de diciembre de 2006, un alza general de 5,2 por ciento para las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero. El beneficio favorece a los trabajadores del sector público (Administración central y descentralizada), incluidos los profesionales de la ley Nº 15.076 y el personal del Congreso Nacional.
La iniciativa establece también aguinaldos de Navidad y de Fiestas Patrias, un bono de escolaridad y aportes a instituciones de bienestar, y favorece a un universo de aproximadamente 600 mil funcionarios, comprendidos los de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. Para el otorgamiento de dichos beneficios se fijan montos diferenciados según las rentas del personal, los cuales se focalizan en las más bajas.
Se reajustan los ingresos mínimos de los funcionarios públicos: a) Auxiliares: a 174 mil 601 pesos; b) Administrativos: a 198 mil 11, y c) Técnicos: a 212 mil 986.
Se eleva el monto de las asignaciones familiar y maternal, así como del SUF, en 5,2 por ciento. Adicionalmente, conforme al compromiso presidencial adquirido en el marco de la agenda con los estudiantes secundarios, se incrementa el SUF y el tramo de los menores ingresos de la asignación familiar en mil pesos.
Se elevan en 5,2 por ciento el bono de invierno y los aguinaldos de Navidad y de Fiestas Patrias para el sector pasivo (pensionados del INP, de las cajas de previsión y de las mutualidades de empleados; beneficiarios de pensiones asistenciales, y pensionados del sistema del DL 3.500 que gozan de garantía estatal).
Se incrementa en 5,2 por ciento la subvención del personal no docente.
Se regulariza el pago a los vigilantes penitenciarios que reciben asignación profesional.
Se autoriza el otorgamiento de becas a los alumnos de instituciones de educación superior que aún no hayan sido visadas por la Comisión de Acreditación de Pregrado.
III Bonos especiales por una sola vez
Además, se conceden, por una sola vez, los siguientes bonos:
-De 55 mil pesos, pagadero en el mes de diciembre del presente año, para los trabajadores no docentes regidos por el artículo 2º de la ley Nº 19.464,
-De 50 mil y 45 mil pesos para los trabajadores municipales, según si sus remuneraciones, respectivamente, son iguales o inferiores a 350 mil pesos líquidos o superiores a dicha cantidad y hasta 1 millón 400 mil pesos. Asimismo, se faculta a los municipios para incrementar el referido bono de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias y siempre que cuenten con la aprobación de a lo menos dos tercios del concejo municipal respectivo.
-De 100 mil y 50 mil pesos para los funcionarios beneficiarios del proyecto, en atención a si sus remuneraciones, respectivamente, son iguales o inferiores a 400 mil pesos líquidos o superiores a dicha cantidad y hasta 1 millón 367 mil 600 pesos.
-Y bono especial para el personal de los servicios de salud y entidades autónomas, el cual reemplaza al que se consigna en el proyecto del rubro en actual tramitación en el Senado, a fin de garantizar que el mencionado personal reciba tal beneficio en el mes de diciembre de este año. Cabe advertir que el artículo 36, correspondiente a esta clase de bono, fue aprobado por la Comisión de Hacienda en votación dividida.
IV Conclusión
En suma, este reajuste es consistente con lo obrado por los Gobiernos de la Concertación. Antes que nada, se ha buscado el diálogo con los trabajadores y se han hecho esfuerzos para llegar a un compromiso. Ello, porque ha sido una constante en nuestra forma de hacer gobierno el considerar las aspiraciones de los trabajadores, así como el respetar a sus organizaciones y dirigentes. A veces no es posible, pero hoy estamos ante un proyecto de reajuste que concita amplio respaldo, de lo cual nos alegramos. Eso es bueno para el país y para la necesaria paz social.
Lamentamos que la ANEF no haya concurrido a este acuerdo, lo que es legítimo. Al Ejecutivo le pido reanudar las conversaciones con esos esforzados servidores públicos, que luchan dignamente por mejorar sus condiciones; muchos de sus planteamientos son bastante atendibles. Afortunadamente, a diferencia de lo que ocurre en otras latitudes, en Chile los beneficios de este proyecto de reajuste se extienden también a los trabajadores cuyos dirigentes no concurrieron al acuerdo.
En otro sentido, se ha sido consistente con la responsabilidad social de distribuir los beneficios del crecimiento. Sea que el país haya crecido mucho o poco, los frutos del esfuerzo nacional deben llegar a todos. El Gobierno ha dado una señal positiva con este reajuste y con los beneficios complementarios, incrementando el poder adquisitivo real de cerca de 600 mil familias.
Por último, el proyecto de reajuste es responsable con los equilibrios fiscales. No gastamos lo que no podemos pagar a futuro. Es responsable también en cuanto a los equilibrios macroeconómicos, ya que todos sabemos que es fácil caer en la tentación de dar más de lo prudente, con lo cual se empuja la inflación y se obliga al Banco Central a subir las tasas de interés, volviendo ilusorio el incremento de las remuneraciones.
Dado que el reajuste debe regir a contar del 1º de diciembre próximo, no es plausible ni conveniente introducir modificaciones al proyecto, pues obligaría a un tercer trámite constitucional que sólo podría tener lugar en los primeros días del próximo mes, cuando vuelva a sesionar la Cámara de Diputados.
Por eso, prefiero votar a favor de la iniciativa, tal como la aprobaron la Cámara Baja y la Comisión de Hacienda del Senado. Sin perjuicio, naturalmente, de que el Ejecutivo se comprometa a reparar, en el proyecto que se tramita en la Comisión de Salud o en otro, las injusticias que puedan haberse cometido.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, he querido intervenir esta tarde, porque el reajuste afecta directamente a las zonas extremas. Los compromisos políticos asumidos por los distintos candidatos presidenciales sobre la materia, no logran materializarse una vez que ellos asumen la Jefatura del Estado.
Me refiero concretamente a la asignación de zona contemplada en la iniciativa en debate, que impacta derechamente a quienes trabajan en el sector municipal y en diversos servicios públicos de las Regiones extremas.
¿En qué consiste el problema? En que dicha asignación se calcula, en algunos casos, sobre el sueldo base, y en otros, conforme al sueldo base más el total de asignaciones. Y en los compromisos políticos adquiridos a través del tiempo se ha convenido en que la asignación de zona se calculará sobre el sueldo base más las otras asignaciones. De hecho, así ocurre en las Fuerzas Armadas y el Poder Judicial.
No obstante existir claros compromisos acerca de esta materia, han transcurrido décadas y la situación continúa exactamente igual. Se trató de negociar al respecto, pero no se tuvo éxito. Entonces, persiste la discriminación y el incumplimiento de tales promesas.
Por eso, señor Presidente , hay que dejar en términos explícitos este malestar, en especial de quienes se desempeñan en el área municipal y en distintos servicios públicos de las Regiones extremas, para que, de una vez por todas, se cumplan los compromisos y se haga justicia en cuanto a la asignación de zona.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente, sin duda, todas las leyes de reajuste son producto de un proceso de negociación del Gobierno con los diferentes representantes de los trabajadores del sector público.
Consideramos que un reajuste de 5,2 por ciento, más los aguinaldos de Fiestas Patrias y de Navidad, así como los bonos de escolaridad, entre otras cosas, reflejan un esfuerzo público muy importante.
Entendemos que ello no necesariamente deja satisfecho a todos; pero también se debe expresar con claridad que tales beneficios se otorgan en el contexto de otras negociaciones que se han ido desarrollando con algunos actores de la mesa pública.
Aquí ha habido un debate sobre materias vinculadas al sector municipal que se hallan contempladas en otros proyectos, tema que no ha sido fácil para esta Corporación. También en el Senado se ha discutido lo que motivó, entre otras cosas, la movilización de los trabajadores de la Salud, uno de los gremios más numerosos del sector público de nuestro país.
En términos generales, manifestamos nuestra satisfacción por el esfuerzo realizado para llegar a un acuerdo que casi todas las organizaciones de trabajadores del sector público concurrieron a ratificarlo. Según la información de que disponemos, el único gremio que no lo firmó fue la ANEF.
Entendemos que el punto de discrepancia de la ANEF tiene dos aristas: una, referida al guarismo. Pero más allá del 5,2 por ciento, hay diversos asuntos en debate sobre los cuales existe inquietud y que desean ir despejando. En particular, uno que hemos discutido en la Comisión de Trabajo y Previsión Social: el denominado "bono post laboral", aunque también tiene otro nombre.
En ese contexto, valoramos la concurrencia de la gran mayoría de los gremios al acuerdo. Y por ello, en principio, nos abriga una gran disposición a respaldar plenamente el proyecto.
Sin embargo, señor Presidente , por su intermedio, deseo hacer algunas consultas al señor Ministro . Porque resulta paradójico que, no obstante haber suscrito el acuerdo todos los actores del sector, salvo la ANEF, estemos detenidos en un artículo que, a nuestro entender -y de ahí surge mi petición, para que haya claridad en la información-, no tiene nada que ver con el reajuste del sector público, ni con los aguinaldos, ni con el bono de escolaridad.
Por lo tanto, me gustaría saber por qué ese precepto se halla en esta iniciativa, toda vez que la materia de que trata se está discutiendo en un proyecto radicado en la Comisión de Salud.
El Senador que habla mantuvo una activa simpatía con la movilización que surgió en esa oportunidad, porque entendí que se trataba de un problema concreto, de una deficiencia real en cuanto a las remuneraciones y condiciones de trabajo de los funcionarios de la Salud, representados, entre otros, por la CONFENATS.
De ahí que entendimos que sobre dicha materia -que se encuentra consignada en otro proyecto- existía la voluntad de hacer una corrección, y que no se establecería a través de una ley quiénes tendrían o no acceso al bono de término de conflicto, conforme al parámetro de si participaron o no en la movilización.
En mi concepto -puedo estar equivocado-, el único criterio que se tomaría en cuenta para no beneficiar a alguien con el bono de término de conflicto de dicha movilización, decía relación a aquellos funcionarios que abandonaron los turnos de urgencia. O sea, estaba vinculado con situaciones extremas. Y sólo esa circunstancia ¿si se hubiese dado- ameritaría un trato diferenciado.
En definitiva, no obstante tener una actitud favorable hacia el proyecto, nos sentimos incómodos al no saber por qué se incluyó ese texto, quién solicitó incorporarlo, si se originó en una iniciativa del Ejecutivo o se debió a la discusión habida entre las partes.
En segundo lugar, aquí se establece un criterio que no nos corresponde abordar y que se halla vinculado con quienes tienen derecho a percibir dicho bono. Me parece que aquél contemplaba incluir a todos, con excepción de los que abandonaron turnos de emergencia específicos, y que los resultados de los sumarios que se están llevando a cabo, no una ley, decidirían quienes lo recibirían.
Por lo tanto, señor Presidente , antes de continuar, deseo saber cuál fue el origen de esta situación. Porque para nosotros resulta muy incómodo estar en la disyuntiva de atrasar un proyecto que beneficia a todos los otros servidores públicos debido a un tema que nada tiene que ver con el reajuste de remuneraciones. Me gustaría conocer tales antecedentes para decidir, en algún momento, cómo votar esa norma. En principio, no me siento cómodo pronunciándome a favor. Pero, por otra parte, tampoco quiero ser responsable de que el sector público no tenga su reajuste.
Deseamos contar con esa información, ojalá, antes de votar el artículo en cuestión.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).-
Gracias, señor Presidente.
Voy a responder las inquietudes planteadas por algunos señores Senadores, en especial la que acaba de formular el Honorable señor Letelier. Y para no intervenir dos veces, aprovecharé de resumir lo que, a juicio del Gobierno, es central en el texto legal que nos ocupa.
El proyecto que concede un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público nos parece justo, correcto, que es fruto de un proceso de negociación muy productivo con los gremios. Ya se ha dicho -lo reitero-: todas las organizaciones de trabajadores del sector público menos una concurrieron a este acuerdo y lo firmaron. Lo que aquí traemos es el resultado, precisamente, de esas negociaciones.
¿Por qué 5,2 por ciento? Creo que hay dos comparaciones relevantes.
En primer lugar, si uno mira las remuneraciones en el sector privado y revisa el índice pertinente del Instituto Nacional de Estadísticas, advierte que ellas han estado creciendo en torno a 5 por ciento. Por lo tanto, un reajuste de 5,2 por ciento deja la posición relativa del sector público, frente al privado, sin mayores alteraciones. Y eso nos parece correcto porque otra cosa podría distorsionar los mercados de trabajo.
En segundo término, aquí se señaló: con una inflación esperada de aproximadamente 3 por ciento para el 2007, según la encuesta de expectativas del Banco Central, tendríamos un incremento real esperado de las remuneraciones cercano a 2,2 por ciento. Nos parece un buen incremento, ya que sube el poder efectivo de compra de los trabajadores y, además, es coherente con las estimaciones existentes de aumento de la productividad de éstos, tanto en el sector público como en el privado. Me refiero aquí a la productividad por trabajador, no a otras definiciones de ese concepto.
Por otro lado, señor Presidente , el bono que se va a entregar nos parece adecuado, entre otras razones, porque -como se ha dicho- distingue entre los trabajadores de mayores y menores ingresos: se paga más a los que reciben menos. Eso es coherente con los principios de equidad y con el propósito de ayudar a los trabajadores de menores ingresos que han venido inspirando a los distintos gobiernos de la Concertación desde el año 90 a la fecha.
El Senador señor Letelier preguntaba por qué se incluyó en el proyecto el artículo que otorga un bono a los trabajadores de la Salud. La respuesta es muy sencilla. Como Sus Señorías saben, la iniciativa legal que concede un reajuste y otros beneficios sectoriales a esos trabajadores se encuentra hoy en la Comisión de Salud de esta Corporación. Pues bien, ella contemplaba, entre otros beneficios, este bono. No estamos hablando aquí del bono para todos los trabajadores del sector público, sino del sectorial para los trabajadores de la Salud. Y en ese texto que estaba estudiando -y lo sigue haciendo- la Comisión de Salud se incluía exactamente la misma norma que hoy día figura en el proyecto que nos ocupa. ¿Por qué el cambio? Porque casi al finalizar la negociación llevada a cabo con los 14 gremios del sector público, los mismos trabajadores de la CONFENATS le solicitaron al Gobierno, como gesto de buena voluntad, que, para garantizar que su bono sectorial se pagara a fin de este año y no el próximo -riesgo que se corría si el trámite de la otra iniciativa legal se demoraba-, tomara ese artículo y lo trasladara tal cual al proyecto en debate, que ellos esperaban -y nosotros también- se despachase con rapidez. De ser así, ambos bonos, el general del sector público y el sectorial de salud, podrán ser recibidos por los trabajadores de este sector antes de fin de año.
Por lo tanto, la razón por la cual se incorporó este artículo es muy sencilla: los trabajadores del sector así lo pidieron. El Gobierno accedió a esa petición y cumplió su palabra: aquí está dicho beneficio.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
¡Silencio, por favor!
El señor VELASCO ( Ministro de Hacienda ).-
Es exactamente así, señor Presidente : es la misma redacción, es el mismo artículo, son los mismos beneficios.
--(Manifestaciones en tribunas).
Ahora, algunos señores Senadores han planteado aquí si otros trabajadores, que no están contemplados en la redacción de este artículo, podrían recibir este bono sectorial. La postura del Ejecutivo es que ésa es una discusión que estamos dispuestos a hacer en el contexto de la Comisión de Salud del Senado, que es precisamente donde se está viendo el proyecto de ley sectorial.
En consecuencia, señor Presidente , nos parece que, en el interés de todos los trabajadores, que esperan recibir sus bonos -o bono- antes de fin de año, correspondería despachar la iniciativa en debate y dejar el asunto de aquellos empleados del sector Salud que no están cubiertos por esta norma para que se vea en el seno de la Comisión, como parte del otro proyecto de ley, que -insisto- la contemplaba en términos idénticos. Ésa es la disposición del Ejecutivo y esperamos que eso nos facilite el camino para avanzar hacia el despacho de esta normativa, de modo que los trabajadores puedan recibir su reajuste, sus bonos y sus aguinaldos antes de fin de año.
Muchas gracias.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
¡Silencio, por favor!
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , evidentemente estamos conformes con el 5,2 por ciento con que se van a reajustar las remuneraciones de cerca de 600 mil personas y celebramos la concesión de aguinaldos para Navidad, Fiestas Patrias y también, por supuesto, los bonos de escolaridad y por término de conflicto.
Sin embargo, con la misma sinceridad debo señalar que nos llama la atención que no se haya podido llegar a un acuerdo entre el Ejecutivo y la ANEF, un sector de trabajadores que prestan un servicio a la nación que es reconocido por todos nosotros. Son funcionarios a quienes se les obliga a un comportamiento, un tipo de presentación personal que, indudablemente, con sus rentas, que son muy menguadas, les resulta muy difícil enfrentar.
Los propios Ministros de Hacienda han reconocido en esta Sala que el sueldo promedio de los chilenos es de aproximadamente 360 mil pesos. Y creo que los funcionarios públicos son los que están en guarismos más penosos.
En ese sentido, aunque se diga que la ANEF es un solo gremio, representa un sector importante de los trabajadores chilenos. No se trata de que sea uno el que no haya firmado el referido acuerdo. Este sector no sólo está discutiendo un reajuste real de las remuneraciones de los funcionarios públicos; también está pidiendo una mayor participación en las negociaciones y recordándonos algo que resulta como el letrero "Hoy no se fía, mañana sí": el tema de la deuda previsional, del daño previsional que aflige a gran cantidad de estos trabajadores...
--(Aplausos en tribunas).
Señor Presidente , yo veo con alegría -y felicito a las autoridades que están a cargo de ello- que el superávit fiscal logrado por el precio del cobre constituye un récord histórico y celebro que la balanza comercial favorable sea de cerca de 20 mil millones de dólares. ¡Hay que destacarlo! Por eso, no puedo entender que a lo mejor estas cantidades nos den alguna cuota de soberbia o de un pragmatismo, yo creo, demasiado frío.
¿Por qué digo esto? Porque en el artículo 36 del proyecto, donde se otorga un bono, por única vez, a un grupo de funcionarios ubicados entre los grados 17 y 11, y donde se incluye a los auxiliares, sean de planta o a contrata, de los servicios de salud, se agrega una frase que me duele y me molesta en un Gobierno progresista como éste, al que nosotros representamos.
¿Qué dice la parte final del artículo? Que se les otorgará el bono "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre del año 2006 y la fecha de pago del referido beneficio, ambas inclusive".
Esa frase tan fría, tan llena de orgullo, ¿se compadece con los 20 mil millones de dólares favorables en nuestra balanza? ¿Y a quiénes se están dedicando tales líneas, que nada tienen que ver con la sensibilidad que planteamos?
¡A un grupo de funcionarios de la CONFENATS!
¿Cuánto ganan esos trabajadores, señor Presidente , señor Ministro de Hacienda ? Algunos -conozco a varios-, con más de 10 años de servicio, no perciben más de 200 mil pesos mensuales. Son personas con 65, 68, 70 años de edad, y no se atreven a jubilar con el actual sistema porque se irían para la casa con pensiones de 80 a 90 mil pesos.
El señor BIANCHI .-
¡Qué les parece!
El señor MUÑOZ BARRA.-
Yo podría decir muchas cosas más, que probablemente me darían bastante lucimiento personal. Pero, como la situación es tan dolorosa, no me voy a extender en ello.
Simplemente, quiero anunciar que los tres Senadores del Partido Por la Democracia no vamos a aprobar el artículo 36 del proyecto
--(Aplausos en tribunas).
¿si el Ejecutivo no retira la frase "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre del año 2006 y la fecha de pago del referido beneficio, ambas inclusive".
Eso es posible; plata hay. Y en estos momentos, cuando nos encontramos discutiendo la iniciativa en general y particular, el Gobierno puede hacer llegar una indicación para eliminar la frase en cuestión.
Señor Presidente , con respecto a la mencionada frase del artículo 36, ésa es la posición -aunque resulte extraña a los representantes oficialistas- de Senadores que pertenecemos a la coalición gobernante y que acompañamos lealmente al Ejecutivo .
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero solicitar votación dividida en el artículo 36 -al que han hecho referencia una serie de señores Senadores-, con el objetivo de que podamos pronunciarnos separadamente respecto de la frase "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre", hasta el punto final.
No sé cuál será la actitud de la Mesa sobre el particular, por cuanto la eliminación de dicha frase, obviamente, significará un mayor gasto para el Estado. De modo que hay que definir primero la admisibilidad de mi proposición, porque en oportunidades anteriores, ante situaciones similares, aquélla no se ha pronunciado.
Pero pido separar la votación porque no sólo votaremos en contra del artículo 36, sino que además formularemos expresa reserva de constitucionalidad. Y quiero fundamentarla.
Es evidente, al observar el mencionado precepto, que mediante la referida frase se busca sancionar a los dirigentes de las organizaciones gremiales del sector que estuvieron paralizados excluyéndolos del beneficio de un bono que corresponde a todos los funcionarios de los servicios de salud.
Y aquí se incurre en dos arbitrariedades, que nacen del establecimiento de una fecha y de la fijación de un criterio: el de las ausencias injustificadas.
La pregunta obvia que surge, entonces, es por qué tienen derecho al bono las personas con ausencias injustificadas previas al 26 de septiembre, pero no aquellas que las registran después de esa fecha.
Por consiguiente, la arbitrariedad en tal caso es de simple observación.
En segundo lugar, ¿por qué el 26 de septiembre y no, por ejemplo, el 1º de enero, durante todo el año, en fin? ¿Cuál es la razón para determinar una fecha tan arbitraria como ésa?
Debo recordar también a los señores Senadores presentes que a todos los funcionarios que registraron ausencias fruto de los paros se les descontaron los días no trabajados. Por lo tanto, se trata de personas que ya recibieron la sanción que establece la ley para esos casos.
Hay gente que ha tenido ausencia injustificada por el paro, y otra, por razones distintas. Y todos caen en la misma situación.
En consecuencia, de no poder separarse la votación -porque entendemos que ya habría votos suficientes para rechazar la frase señalada-, votaríamos en contra del artículo 36, a los efectos de recurrir al Tribunal Constitucional, porque los Senadores de la Alianza no estamos dispuestos a avalar una inconstitucionalidad y una arbitrariedad como las explicitadas.
Ahora bien, si finalmente recurrimos al Tribunal Constitucional por el artículo 36 de este proyecto, no está de más hacerlo igualmente por el 22.
La verdad es que, cuando discutimos proyectos de ley sobre reajuste de remuneraciones del sector público, siempre lo hacemos contra el tiempo, fruto de acuerdos (algunas veces, con más gremios; otras, con menos). Pero las arbitrariedades que se observan son crecientes.
En el caso anterior, por ejemplo, sería exactamente lo mismo que si dijéramos que el bono poslaboral no lo recibirá la gente de la ANEF porque no firmó el acuerdo pertinente. De manera que excluimos a esa Agrupación y otorgamos el beneficio sólo a quienes suscribieron aquél.
Entonces, las arbitrariedades en estos proyectos son crecientes.
Respecto a la del artículo 22, planteada aquí por la Senadora señora Matthei , hay fundamentos. Y en algún minuto debiéramos recurrir al Tribunal Constitucional para zanjar algo que es evidente.
Cuando se prevé un bono como el del artículo 22 y se define a quiénes se entregará, sin hacer distingos de ninguna naturaleza, siempre se excepciona a quienes se pensionaron a través del sistema de las AFP, al cual se incorporan cada vez más chilenos.
En el caso de las pensiones mínimas estamos hablando de las personas de más escasos recursos y que han jubilado después de una larga vida de trabajo.
Finalmente, se concede dicho bono sólo a quienes perciben "pensiones mínimas con garantía estatal" y se excluye a aquellos que reciben también "pensiones mínimas", pero no con garantía estatal, porque aún no han agotado su fondo.
Pero estamos hablando de dos personas que reciben exactamente el mismo cheque, que se encuentran regidas por la misma ley. La única diferencia estriba en que una ya se acogió a la garantía establecida en el decreto ley Nº 3.500 -a ella el Estado le asegura una pensión mínima-, y la otra, todavía no.
Resulta evidente que ahí existe una arbitrariedad, un distingo absurdo, carentes de todo fundamento. Estamos refiriéndonos a personas que se hallan en las mismas condiciones sociales, que no tienen diferencia de origen. Sólo las distingue la circunstancia de que el cheque de fin de mes, en un caso, proviene del fondo de pensiones, y en el otro, íntegramente del aporte del Estado.
No sé cómo se pide en este evento la votación separada. Porque la idea es excluir la expresión "con garantía estatal".
Dejo planteada mi solicitud, por si la Mesa la acepta.
De lo contrario, sería bueno alguna vez recurrir al Tribunal Constitucional para terminar con una arbitrariedad que, además de inconstitucional, no deja de ser odiosa e injusta. Porque estamos hablando de la situación de personas con pensiones mínimas respecto de las cuales no hay ninguna diferencia y que, por ende, merecen igualmente el mencionado bono.
Considero muy odiosa y arbitraria la diferencia establecida sobre la base del solo criterio de que merece el beneficio en comento -un bono de 34 mil 571 pesos- un señor que ya agotó su fondo en el sistema de las AFP, pero no así otro que no lo ha agotado.
En consecuencia, respecto del artículo 36, formalizo la solicitud de votación separada, en los términos que ya señalé. Anuncio que votaremos en contra, para recurrir al Tribunal Constitucional; a este efecto, hacemos la reserva del caso. Y planteamos exactamente lo mismo acerca del artículo 22, por la discrecionalidad con que se beneficia a las personas que reciben pensiones mínimas con garantía estatal pero no a aquellas que aún no la usan.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , sin duda, este reajuste constituye un avance muy importante.
Y quiero ir a lo puntual.
Me tocó participar, como Presidente de la Comisión de Salud , en la búsqueda de alternativas de solución a un paro muy dramático.
Fui de los más duros en criticar públicamente a los trabajadores de la Salud que hicieron abandono de los turnos éticos. Incluso, formulé advertencias públicas por las muertes que hubieran podido ocurrir como consecuencia de ello.
Ahora bien, muchos de los funcionarios participaron en esa movilización con justas razones.
Yo soy un convencido de que, si Chile tiene una deuda histórica con algún sector, es con Salud, donde las políticas públicas sí han funcionado, a diferencia de lo que pudiéramos debatir en Educación.
Nuestro país, con 220, 250 dólares per cápita para el sistema público de salud -lo he repetido hasta el cansancio-, tiene indicadores de naciones que gastan sobre 3 mil dólares.
Si comparamos nuestros índices de salud en expectativas de vida, en atención profesional de partos, en muerte materna, nos daremos cuenta con sorpresa -pero sorpresa positiva- de que exhibimos cifras muy parecidas a las de Estados Unidos, por ejemplo, que destina al sector 5 mil dólares per cápita y tiene una espiral de gastos sin contención. Nosotros, con escasos recursos, hemos llegado a indicadores de los cuales todo el país y la sociedad chilena debieran estar alegres.
Cuando uno analiza las razones por las cuales Chile tiene tales indicadores, concluye que ello se relaciona con la visión anticipatoria de quienes desarrollaron las políticas de salud en la década de los cincuenta, que provenían de todos los sectores políticos. Ése fue un aporte muy importante. Pero las cifras registradas también tienen que ver con la calidad de nuestros equipos de salud, que en este país son de primer orden, a nivel tanto de profesionales como de técnicos, paramédicos y otros trabajadores, quienes, con su esfuerzo diario, subsidian las falencias de recursos y permiten generar los índices que exhibimos.
Muchas mañanas trabajo en un hospital público infantil, el Exequiel González Cortés, donde los niños cuentan con un servicio broncopulmonar que otorga una atención incluso mejor que la que recibirían en la clínica Las Condes o en cualquier otra del país. Y veo la labor de funcionarios y funcionarias con veinte o más años de servicio que ganan 200 mil pesos al mes, como decía el Senador señor Muñoz Barra .
Uno puede no estar de acuerdo con este tipo de movilizaciones. Sin embargo, el paro en cuestión tenía argumentos suficientes. Y en el pasado muchas veces, no obstante ser dolorosos, apoyamos movimientos de tal naturaleza cuando se mantenían y protegían los turnos éticos.
Como se señaló, a quienes se plegaron al referido paro ya se les hicieron los descuentos correspondientes a los días no trabajados.
Por consiguiente, considero cruel o excesivo el castigo que se impone a esas personas. Porque para los trabajadores de menores ingresos el bono puede llegar a 130 mil pesos o a 115 mil, si están entre los grados 22 a 19. Para muchos, tal beneficio representa la posibilidad de mejorar sus entradas, particularmente en una época muy especial, como son los días previos a Navidad.
Señor Presidente, creo que deberíamos pedir al Ejecutivo la eliminación de ese castigo.
Debo recordar por otro lado que, como titular de la Comisión de Salud, junto con otros Parlamentarios, de todos los sectores, nos comprometimos a hacer esfuerzos para que no hubiera descuentos. Pero no lo logramos. Y pienso que tal vez fue excesivo aplicarlos en toda su dimensión. Otras veces han operado diversas fórmulas -como la de los descuentos simbólicos- a funcionarios de la Salud que han participado en paralizaciones.
En definitiva, habiendo participado en el acuerdo pertinente, no puedo respaldar con mi voto un castigo a esos trabajadores por la vía de quitarles un bono al que tienen todo derecho.
En consecuencia, pido al Ejecutivo que revise el punto y estudie la posibilidad de retirar la sanción que se pretende aplicar a quienes hayan tenido ausencias injustificadas a partir del 26 de septiembre. Si no, me veré obligado, al igual que los restantes Senadores del PPD -como lo expresó el Honorable señor Muñoz Barra-, a votar en contra del artículo 36.
Esperamos, pues, que se elimine la frase en cuestión para poder aprobar íntegramente la norma.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , la Comisión de Salud, en su momento, tuvo la disposición de participar en una fórmula de arreglo para un paro de la salud que ya se prolongaba por demasiado tiempo.
Fue un planteamiento hecho por el propio Ministerio. Todos estuvimos de acuerdo en ayudar, como asimismo en que, además del mecanismo aprobado para el término del paro en sí, iba a haber garantías para los personeros de la CONFENATS.
En ese entendido participamos y dimos nuestro asentimiento a la fórmula sugerida y al envío del proyecto respectivo, que está en el referido órgano técnico del Senado.
Cuando se quiso votar esa iniciativa en la Comisión, varios Senadores -prácticamente la mayoría- señalamos que era necesario conocer los términos concretos en que se materializaría lo concerniente a la existencia de una fórmula distinta que no significara mayor cantidad de dinero fresco en las negociaciones, porque los recursos ya estaban aprobados por el resto de las instituciones.
Eso no se ha dado, y hoy día se nos solicita que aprobemos el bono en este proyecto, de manera que pueda ser despachado antes del 30 de noviembre, a fin de que sea entregado rápidamente a los beneficiarios.
¿Qué se nos plantea ahora, Honorables colegas? La existencia de una discriminación, pues el bono -ya se ha repetido hasta el cansancio- sólo se otorga a aquellos que estamparon la firma, no a los que continuaron el paro ni a los que no respetaron los paros éticos.
Entonces, estamos encajonados en una situación muy concreta: aprobamos lo que se nos propone o lo modificamos y vamos a un tercer trámite constitucional, lo que significaría que la Cámara de Diputados viera el proyecto la próxima semana, porque la presente es distrital.
Con franqueza, como integrante de la Comisión de Salud, no me siento para nada complacido de votar la iniciativa en los términos en que se nos propone. Pero tampoco deseo que se postergue el pago del bono, ni menos conflictuar al Gobierno por una sola materia en un proyecto que es bueno.
Por consiguiente, he hablado con los tres Ministros que hoy nos acompañan, y recogí de ellos la disposición a buscar una fórmula reglamentaria o legislativa que nos permita resolver la situación.
Una solución sería aprobar un artículo transitorio que posibilite que, aun cuando la ley sea promulgada en diciembre -no el 30 de noviembre-, el beneficio se pague a contar del 1º de diciembre.
Si se acoge esa alternativa, salvaremos la legalidad del acuerdo; permitiremos que el bono se pague oportunamente, y, además -porque dentro del acuerdo estaría el compromiso señalado por los Ministros-, haremos factible la búsqueda de un mecanismo que resuelva el problema de quienes se hallan excluidos del proyecto en debate.
Tengo la impresión de que la propuesta hecha por los Ministros del Trabajo, de Hacienda y del Interior solucionaría el encajonamiento en que nos encontramos. Porque nadie quiere votar en contra, ya que en el fondo es un buen proyecto; nadie puede aprobar una discriminación como la señalada, y nadie tampoco desea despachar una ley que, a la larga, significaría, en uno o dos meses, terminar de racionalizar.
Ésa es la sugerencia que, con la autorización de dichos Secretarios de Estado, me permito formular a la Sala y a la Presidencia para conseguir avanzar.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI .-
Señor Presidente , la verdad es que nadie duda de que el acuerdo logrado representa, en alguna medida, un avance. Escuché atentamente lo manifestado por el señor Ministro de Hacienda , quien dijo que se trata de un buen acuerdo o un justo acuerdo. Yo no sé si los trabajadores del sector público piensan lo mismo.
--(Manifestaciones en tribunas).
Quizás no coincidan con tal afirmación. Pero, claramente, en algo constituye un avance.
Sí, quiero señalar con mucha fuerza que no estoy dispuesto a aprobar el artículo 36 desde ningún punto de vista.
--(Aplausos en tribunas).
Por lo tanto, en esas condiciones, recojo lo expresado por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, para que ojalá el Ejecutivo pueda hacer la adecuación correspondiente y llegar a un feliz término en este acuerdo.
Por otra parte, señor Presidente , deseo referirme a un asunto que se ha venido destacando -al menos por quien habla- desde el día en que asumí como Senador, en el mes de marzo. Se ha dicho, en forma reiterada, una frase que de algún modo también sienten como suya quienes laboran en el sector público: el Estado es un muy mal empleador. Y digo que es un muy mal empleador, porque una vez más ha efectuado una extraordinaria discriminación con su personal.
Espero estar equivocado -si es así, pido a los señores Ministros que me corrijan-, pero en los aguinaldos de Navidad y de Fiestas Patrias se vuelve a no incluir a los esforzados trabajadores a honorarios, que por años de años han entregado su vida al sector público. Y una vez más da la impresión de que de nuevo no son considerados por su propio empleador, que es el Estado.
Lo anterior me parece realmente una vergüenza -y es algo que hemos criticado-, pues más del 55 por ciento de las personas que se desempeñan en dicho sector lo hacen mediante la figura de "a honorarios", "a contrata" durante muchos años, produciéndose una notable discriminación.
Yo apoyo el acuerdo, no así el artículo 36. Y quiero dejar en claro la necesidad de que el Gobierno entienda que cuando otorga beneficios económicos debe incluir a todos sus trabajadores y no excluir a aquellos que, desgraciadamente, cumplen funciones a honorarios.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente , en primer lugar, concuerdo en que la extraordinaria responsabilidad de los Gobiernos de la Concertación y la forma en que se ha llevado el manejo de la finanzas públicas permiten un proyecto de reajuste para el sector público que es sensiblemente importante.
Cabe hacer notar que el 5,2 por ciento de reajuste es 73 por ciento superior al índice de precios al consumidor. Es decir, las remuneraciones mejorarán en 73 por ciento respecto de la inflación. Esto, además, es relevante porque anticipa los efectos negativos que ella tendrá el próximo año en lo que dice relación a los sueldos de los trabajadores.
Es cierto que la iniciativa contempla una serie de bonos, asignaciones y aguinaldos, que son trascendentales porque han sido fijados, fundamentalmente, con un criterio de focalización -eso, hay que reconocerlo-; pero también es efectivo que existe un principio jurídico según el cual no se puede sancionar dos veces una misma conducta. Por consiguiente, si ya se han descontado los días no trabajados y, además, se están llevando a cabo los sumarios respectivos, ello implica que se entró en el proceso lógico, normal y jurídico de la sanción relativa a la ocurrencia de la situación de paro injustificado.
En consecuencia, debemos concordar en que constituye un exceso la limitación que coloca el artículo 36 en lo tocante al otorgamiento del bono respecto de quienes hayan tenido ausencias injustificadas desde el 26 de septiembre pasado hasta la fecha.
Señor Presidente , creo que en esta Sala ha quedado de manifiesto que los Senadores no estamos dispuestos a aceptar una medida de esa naturaleza, como también -y, en ese sentido, celebro lo planteado por el Honorable señor Ruiz-Esquide - la necesidad de solucionar el problema para que no entrabe la tramitación de la iniciativa en términos de impedir el pago del beneficio antes de la fiesta de Navidad.
Por eso, coincido con la idea de que el Ejecutivo remita de inmediato un artículo transitorio que permita el pago del reajuste aun cuando la ley en proyecto no sea despachada antes del 30 de noviembre.
Sin embargo, se necesita un segundo mecanismo: abrir plazo para formular indicaciones, con el propósito de que el Ejecutivo envíe dos: una, tendiente a eliminar la parte final del inciso primero del artículo 36, que dice: "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre del año 2006 y la fecha de pago del referido beneficio, ambas inclusive"; y otra, para incorporar el mencionado artículo transitorio, que permita efectuar el pago del reajuste en el mes de diciembre.
Me parece que si la Sala, por unanimidad, posibilita el procedimiento reglamentario de abrir plazo para presentar indicaciones -y siempre que el señor Ministro de Hacienda comparta dicho planteamiento-, se podría salvar la situación. Acabo de conversar con el Titular del Trabajo y me ha manifestado que está consciente de que es factible seguir ese camino. Sólo estamos esperando la anuencia del primero para darla por zanjada de manera definitiva.
Los Senadores radicales confiamos en que el problema tenga la debida solución, a fin de que el bono referido se entregue a todos los funcionarios de la Salud.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO .-
Señor Presidente , quiero comenzar señalando que el reajuste de 5,2 por ciento y los otros beneficios que se otorgan a los funcionarios públicos de la Administración centralizada y descentralizada, tienen por finalidad mejorar la calidad de vida de esos trabajadores, quienes a su vez deben mejorar la calidad del servicio que entregan a las personas que permanentemente requieren su atención.
Éste es, a mi modo de ver, un buen acuerdo.
He escuchado con bastante atención las diversas intervenciones. Se señaló que el Estado es el peor empleador que existe en nuestro país. Ésa es -por decir lo menos- una afirmación aventurada, pues en Chile no hay empresas privadas que puedan conceder un aumento superior al 5,2 por ciento. De todas las negociaciones colectivas que se realizan -exceptuando las del cobre-, ninguna pasa del 2 ó 3 por ciento como máximo.
Por tal motivo, pienso que se debe destacar el esfuerzo que hace el Estado al otorgar este porcentaje de reajuste. Tal vez sea insuficiente, dadas las diferentes expectativas que uno se va cifrando cuando existen recursos. Pero, adicionalmente, se conceden distintos beneficios a sectores que en otras oportunidades no fueron considerados, como es el caso de los trabajadores no docentes.
Deseo, sí, hacer presente, como lo expresaba el Senador señor Orpis , de la Primera Región , que a quienes representamos a zonas extremas -y, particularmente, a la Región de Magallanes- nos parece injusto que el reajuste sea sobre el sueldo base. Y ello se vincula con el cálculo de la asignación de zona, que en el caso de la generalidad de los funcionarios es distinto del correspondiente a las Fuerzas Armadas y al Poder Judicial . Por tal razón, el reajuste para el sector público de la ANEF, para los sectores centralizados, será menor que el que recibirán el sector público de las Fuerzas Armadas y del Poder Judicial.
Los empleados fiscales han estado luchando a partir de los años noventa para que se equipare dicho cálculo. En esa década, el señor Foxley prometió, cuando fue Ministro de Hacienda , que en un par de años así se haría, cosa que hasta el momento no ha ocurrido, ya que otros Ministros que lo sucedieron no cumplieron.
Quiero consignar que en todas las Regiones extremas se plantea hasta una discriminación en el cálculo de la asignación de zona. Por ejemplo, los municipales no perciben la misma que los funcionarios del ámbito de la ANEF. Y puedo puntualizar que los trabajadores de las universidades del Consejo de Rectores se hallan en igual caso. Cabe agregar, también, que el personal de la salud municipalizada recibe una bastante inferior, incluso, a los otros sectores que he mencionado.
Por ello, en la mesa de conversación y debate que mantiene el Gobierno con la ANEF y las diferentes organizaciones públicas no se debe olvidar, por favor, la gran aspiración de los trabajadores del ámbito público, de los trabajadores municipales, de los trabajadores de la salud municipalizada, de los trabajadores de las universidades del Consejo de Rectores en el sentido de equiparar el cálculo de la asignación de zona a lo que perciben tanto las Fuerzas Armadas como el Poder Judicial .
En relación con lo señalado acerca del artículo 36, creo que es necesario solicitar al Ejecutivo que considere una manera de resolver el incordio en que nos encontramos. La disposición podría ser rechazada, caso en el cual existiría la posibilidad de dificultades para percibir los bonos y el reajuste a partir del 1º de diciembre próximo. Así que quiero llamar a la inteligencia y sabiduría del Gobierno para buscar la fórmula de arreglo con el objeto de que esos beneficios, una vez resueltos los problemas expuestos respecto de la norma referida, puedan comenzar a cancelarse a partir de esa fecha.
He dicho.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Kuschel.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , mi propósito es agregarme a las voces que están solicitando al Ejecutivo formular la o las indicaciones tendientes a que no quedemos arrinconados con los plazos y las formalidades para el trámite del proyecto, en atención a que la Cámara de Diputados se halla en su semana distrital, y que permitan armonizar los planteamientos aquí vertidos.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , seré muy breve.
En primer lugar, creo que la frase en cuestión es inconstitucional y que, como tal, siempre podemos pedir la división de la votación para no aprobar una norma con tal característica. A mi juicio, si nos limitamos en ese sentido porque el punto puede significar un mayor o menor gasto, el Ejecutivo podría estar obligándonos a cada rato a aprobar esa clase de disposiciones.
El hecho de que ello se haya planteado en la Comisión de Salud y se haya traspasado igual a la Sala del Senado no es argumento válido para acoger el precepto. Éste es discriminatorio, inconstitucional.
En seguida, si existe un tercer trámite no pasa absolutamente nada. ¡Absolutamente nada! El artículo 1º del proyecto expresa: "Otórgase, a contar del 1 de diciembre de 2006 un reajuste de 5,2 %". O sea, publicado el texto el 30 de noviembre o el 5 de diciembre, el acuerdo es que el beneficio se dispone a partir del 1º de diciembre. Todas las otras normas, por su parte, son de un tenor parecido: "Concédese, por una sola vez, un aguinaldo de Navidad". Habrá que otorgarlo, entonces, por una vez. "Concédese, por una sola vez, un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2007". "Concédese" tal cosa. Es decir, la fecha de publicación de la ley no tiene nada que ver.
Por lo tanto, estimo que lo que se debe hacer es, sencillamente, rechazar la frase a que hago referencia, que es inconstitucional y que, además, sienta un precedente muy dañino. El día de mañana el Ejecutivo puede mandar un reajuste y decir: "A este sector sí, porque corresponde a gremios obsecuentes con el Gobierno; a este sector no, porque se trata de gremios peleadores.". ¡No es posible aceptar un precepto de ese tipo!
Si el proyecto debe someterse a tercer trámite, la ley se publicará la próxima semana. Y como dice aquí, clarito: "Otórgase, a contar del 1 de diciembre de 2006 un reajuste" y todas las otras normas causan efecto una sola vez, no se necesita ni un artículo transitorio ni nada más.
--(Aplausos en tribunas).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , no cabe duda de que lo que hemos estado debatiendo todo el rato no tiene que ver con el reajuste al sector público y de que al parecer hay consenso en que esta última medida, en sí, es una disposición importante, buena, justa. Siempre existirán los que aspiran a obtener un porcentaje mayor, desde luego, pero no debería hallarse fuera de nuestra discusión el reconocimiento del esfuerzo que significa el reajuste para el sector público.
En la última parte, el debate no ha sido respecto de si el reajuste es bueno, ni tampoco acerca de si queremos mantener una situación que discrimine entre los trabajadores del sector Salud según si participaron o no en la movilización a partir del 26 de septiembre recién pasado. Entre los Senadores existe hoy coincidencia en cuanto a asegurar la forma de que todo ese personal obtenga el bono de "término de conflicto", por así llamarlo, exceptuada una situación que tiene que ver con los turnos éticos. Ahora la controversia recae en cuál es el mejor mecanismo para asegurar que el reajuste al sector público se pague en diciembre próximo, en la fecha que corresponde, y para modificar, además, el contenido del artículo que ha centrado la discusión.
Señor Presidente , se presentan dos caminos. Y deberíamos evaluar cuál es el más eficaz, porque -repito- sobre los objetivos hay consenso. Una alternativa es llevar el proyecto a un tercer trámite, es decir, rechazar el artículo y esperar que en el proceso se formule una indicación del Ejecutivo.
El debate que, según entiendo, existe -puede que uno se incline por una posición u otra- dice relación a que si la ley se publica en diciembre no se alcanzará a pagar el reajuste en las fechas normales de pago de las remuneraciones del sector público.
Podría ocurrir que el proyecto se despachara el día 5 -por dar alguna fecha-, o que el 6 se comunicara al Ejecutivo y el 7 o el 8 se publicara en el Diario Oficial. Pero hay un proceso administrativo de por medio, cual es preparar las liquidaciones, los pagos del INP, la parte burocrática que corresponde. Algunos sostienen que esta última no se puede iniciar hasta que se publique la ley en el Diario Oficial. Por ende, hay el temor de que si ello ocurre después del 1º de diciembre, se atrasen los pagos.
Una segunda alternativa es incluir un artículo transitorio, como propuso el Senador señor Ruiz-Esquide , o introducir una modificación al artículo objeto de debate.
Otra opción apunta a que se construya un acuerdo basado en que aprobemos la iniciativa y el Gobierno se comprometa a mandar un proyecto de ley especial, con "discusión inmediata", para corregir el problema. Pero hay dudas sobre su eficacia.
De aprobarse la normativa tal como está, nos aseguramos de que en el sector público se pague el reajuste en diciembre sin discusión alguna. Y si se tramitara el proyecto de ley especial una vez publicada la normativa en comento, ello debería suceder en los dos días siguientes, una vez cumplidos los trámites correspondientes, con calificación de "discusión inmediata", y antes del 10 de diciembre estaríamos en condiciones de despachar la modificación al artículo que ha concentrado el debate.
Señor Presidente , entiendo que necesitamos llegar a un acuerdo acerca de cuál es el camino más eficaz, porque todos perseguimos el mismo propósito.
Yo me inclino por la segunda alternativa: una ley especial.
Solicito al señor Ministro de Hacienda que nos oriente acerca de cuál vía prefiere, para los efectos de asegurar las dos cosas: que el reajuste del sector público esté garantizado -es decir, que se pague en la fecha que corresponde: en diciembre- y, en forma complementaria, que se encuentre la forma más eficaz de asegurar que todos los trabajadores de la salud tendrán derecho al bono de término de conflicto incluido en la norma en discusión.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , tal como se señaló aquí, se trata de ver qué es mejor y cómo podemos hacer para no cruzarnos con los plazos.
Yo preferiría que se ofreciera la palabra al señor Ministro -de seguro la va a solicitar-, para que presente una propuesta concreta a fin de resolver el asunto esta misma tarde, ya que entiendo que mañana, de haber segunda discusión, él no estará en Chile.
Como veo que mi propuesta se ha ido modificando, pido al señor Ministro que nos explique la fórmula que podríamos consensuar para resolver el problema ahora.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, me complace constatar que en torno al reajuste y a la estructura general de bonos y otros beneficios que se conceden mediante este proyecto de ley a los trabajadores existe total y pleno consenso en la Sala. Eso me parece muy importante. Lo rescato y lo agradezco.
En cuanto al bono para los trabajadores de la Salud -bono sectorial; no confundir con el bono general, acerca del cual no hay matices-, hace algunos minutos planteé en mi intervención que el Gobierno estaba disponible para abordar el asunto mediante una indicación al proyecto radicado en la Comisión de Salud.
Algunos Senadores me expresan su preocupación en términos de que esa iniciativa podría no tener un trámite rápido y, por lo tanto, sería factible la generación de circunstancias que llevaran a que la situación no se pudiera abordar en ella, o al menos no con la celeridad suficiente para que, de pagarse el bono a un número mayor de trabajadores, ello se hiciera en un plazo relativamente breve.
Por tanto, señor Presidente , lo que algunos señores Senadores han sugerido -y el Ejecutivo está disponible para abordar el problema- es que, en vez de formular una indicación al proyecto de ley sobre beneficios al personal del sector Salud, realicemos la modificación mediante una iniciativa separada, de artículo único, que ingrese al Congreso la próxima semana, y que ahí se arregle la situación.
Entiendo que dicha vía suscita consenso y, además, nos evita mayores complicaciones, como la del tercer trámite constitucional. Así podemos aprobar hoy el proyecto en debate, garantizando que no haya ningún obstáculo legal, práctico o logístico para que el reajuste y los bonos respectivos se paguen a partir del 1º de diciembre.
Ésa es, señor Presidente , la postura del Ejecutivo. Y creo que es la manera más efectiva, eficiente y expedita de abordar la situación producida.
Muchas gracias.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, ¿me permite una breve pregunta?
¿Lo que está diciendo el señor Ministro es que se firmaría un acuerdo con los diferentes Comités del Senado? ¿Sería ésa la vía?
El señor LETELIER.-
Se respeta la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Lo consulto, porque me preocupa lo que el señor Ministro de Hacienda plantea, con mucha sinceridad -y eso hay que destacarlo también-, a diferencia de lo que han sostenido algunos Senadores de mi coalición en cuanto a que sería algo expedito. En efecto, el señor Velasco señaló seriamente que no es algo tan rápido, que puede demorar un tiempo.
El señor Ministro de Hacienda -insisto- ha manifestado claramente una posición: que el Ejecutivo lo va a abordar y que no es de trámite rápido.
El señor GAZMURI .-
¡Escuchó mal Su Señoría!
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VELASCO ( Ministro de Hacienda ).-
Señor Presidente , considero que fui bastante claro. Y si no lo fui, intentaré serlo en esta oportunidad.
Ante la preocupación de algunos Senadores en el sentido de que la tramitación de la iniciativa de ley que está en la Comisión del Salud no fuese rápida, yo planteé que, para asegurarnos de que la solución del problema expuesto esta tarde sea expedita, la incluyéramos en un proyecto corto, posiblemente de artículo único, que estamos dispuestos a ingresar a trámite con urgencia.
Por lo tanto, no vemos ningún problema para que la nueva iniciativa sea tramitada con toda la celeridad que Sus Señorías dictaminen.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente,
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
La señora MATTHEI.-
¿nosotros pediríamos "discusión inmediata" para ese proyecto.
El señor VELASCO ( Ministro de Hacienda ).-
En el espíritu de que la situación se resuelva, señor Presidente , por cierto que el Ejecutivo pondrá las urgencias que sean necesarias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , sin duda, esa iniciativa debería plantearse con carácter de "discusión inmediata". Y, según entiendo, ella sería súper simple: eliminar la frase "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre del año 2006 y la fecha de pago del referido beneficio, ambas inclusive". Con ello se permitiría que todos los trabajadores del sector Salud recibieran el bono respectivo dentro del mes de diciembre.
Si ése fuera el acuerdo, señor Presidente , podríamos
El señor GAZMURI.-
Exactamente, así es.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor VELASCO (Ministro de Hacienda).-
En efecto, señor Presidente, tal es la propuesta del Ejecutivo.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , en tales condiciones, de ser ésa la proposición del Gobierno, no tengo inconveniente en que se apruebe el artículo 36.
Sin embargo, todos los Senadores de estas bancadas -así lo estimo- nos vamos a abstener cuando se vote esa norma. Porque la argumentación que dimos es de índole constitucional. Pero si la Concertación quiere sacar el proyecto tal cual se encuentra, está bien. Nosotros no nos vamos a oponer a la referida disposición, sino que -como manifesté- nos abstendremos.
Por otra parte, creo que no había ninguna razón para evitar un tercer trámite. Pero si el Ejecutivo y los Senadores de la Concertación insisten en despachar la iniciativa así, asumiendo ellos la responsabilidad de aprobar el artículo 36, nosotros nos abstendremos.
Ahora, entendemos que el compromiso del señor Ministro de Hacienda ha quedado muy claro: tramitar un proyecto de ley con carácter de "discusión inmediata", eliminando la frase cuestionada y sin ninguna otra cosa más. Ello, porque queremos evitar cualquier otra discusión. Y, por supuesto, aprobaremos inmediatamente la nueva iniciativa, para que todos los trabajadores del sector puedan recibir el bono correspondiente.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , respecto de las últimas observaciones que se han efectuado, sólo quiero decir tres o cuatro cosas.
En primer lugar, estamos todos de acuerdo en aprobar lo más rápidamente posible el proyecto de reajuste, de manera que se pueda publicar de aquí al lunes conteniendo todos los elementos suficientes como para que se paguen oportunamente los beneficios.
En segundo término, hay acuerdo en el Senado -y cuenta con la aprobación del Ejecutivo- para eliminar el párrafo en comento. Y, en caso de suprimirse, debe hacerse sobre la base de no retrasar el despacho de la iniciativa de reajuste general.
Por último, el señor Ministro de Hacienda ha señalado claramente su postura, que todos compartimos.
Por lo tanto, con toda franqueza, respeto y claridad también, debo decir que no entiendo que la Oposición no vote y anuncie que se va a abstener. Sin duda tiene derecho a hacerlo, pero no comprendo que sostenga que la responsabilidad es nuestra, etcétera.
Si ellos no votan esta disposición, lo único que lograrán será perjudicar a quienes, después de la conversación habida esta tarde, deseamos salir adelante. Yo fui parte del diálogo sostenido en la Comisión de Salud con la Honorable señora Matthei y otros señores Senadores. De modo tal que no se puede formular ese reparo al señor Ministro , quien ha dicho lo que hará ante todo el Senado.
Una cosa es hacer oposición -Sus Señorías la podrán efectuar como les plazca-, pero otra es que no exista la más mínima confianza entre nosotros. Cuando un Secretario de Estado dice una cosa, la sostiene. Si algún miembro de la Oposición afirma algo con representación, yo le creo. No veo por qué no se pueda hacer fe en el señor Ministro . No se pueden estar poniendo condiciones acerca de lo que debemos o no debemos hacer.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , yo jamás he puesto en duda la palabra del señor Ministro .
Nuestra argumentación para oponernos se basó en que la norma es inconstitucional. Nos podemos allanar a un acuerdo, pero no nos pueden obligar a votar a favor de una disposición inconstitucional. Si les parece bien la abstención, ¡macanudo! Si no, procedemos a votar. Y no es una amenaza, señor Senador, porque al final la responsabilidad es de quien envía el proyecto. Y si éste contiene errores, nosotros tenemos la mejor voluntad para corregirlos. Pero, después de todo el razonamiento que hemos hecho, no podemos anunciar que votaremos a favor.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, creo que todo está claro, y le pido que votemos.
Me parece entendible la posición de la Alianza por Chile. Conversé con sus integrantes y me han dicho que respecto del precepto en cuestión se van a abstener -nosotros lo vamos a votar a favor-, pero que ratificarán el resto del articulado por unanimidad.
Además, el Gobierno se ha comprometido a enviar una iniciativa sobre esta materia con el carácter de "discusión inmediata". Y en el curso de la próxima semana vamos a corregir el error que se cometió, para que el proyecto se convierta en ley antes del 1º de diciembre y los empleados públicos comiencen a recibir sus bonificaciones, aguinaldos y sueldos con un reajuste de 5,2 por ciento.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , simplemente para decir que vamos a apoyar el artículo, no obstante que con anterioridad habíamos expresado que lo votaríamos en contra.
Excúsenme que lo diga -tal vez con una lógica simplista-, pero no entiendo por qué no aprobamos este proyecto con un aplauso general. Sin embargo, se ha materializado una atmósfera un tanto gris, a raíz de una situación que el propio señor Ministro ha dicho que se puede enmendar en una iniciativa que enviará con posterioridad, en la que se va a eliminar la frase en cuestión.
Si me permite recurrir a un término futbolístico, señor Ministro , se trata de un autogol que, como Senador de la Concertación , no me agrada.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
El señor Secretario hará una aclaración.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Señores Senadores, el inciso final del artículo 35 es de rango orgánico constitucional, por lo que para su aprobación se requieren 21 votos.
En consecuencia, corresponde pronunciarse sobre todo el proyecto, con excepción del artículo 36, que se votará después.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En votación electrónica.
--(Durante la votación).
El señor NÚÑEZ.-
¿Requiere quórum especial el artículo 35?
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Sí, señor Senador.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Por eso se votará separadamente.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El inciso final del referido precepto modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, señor Senador. Además, por tratarse de un artículo de quórum especial, la Secretaría entiende que no rigen los pareos.
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Por 35 votos afirmativos, se aprueba en general y en particular el proyecto, excluida la frase final del inciso primero del artículo 36.
Votaron la señora Alvear y los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Espina, Flores, Frei, García, Gazmuri, Girardi, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Letelier, Longueira, Matthei, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Corresponde ahora pronunciarse respecto del artículo 36.
El señor NOVOA.-
Perdón, señor Presidente . Debo recordar que pedimos votación separada para la frase final, respecto de la cual anunciamos que vamos a abstenernos.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Hago presente a Sus Señorías que el artículo 36 completo está aprobado, con excepción de la frase final del inciso primero, que dice: "siempre que no hayan tenido ausencias injustificadas entre el 26 de septiembre del año 2006 y la fecha de pago del referido beneficio, ambas inclusive.".
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En votación electrónica la frase final individualizada.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Resultado de la votación: 17 votos por la afirmativa, 4 por la negativa, 13 abstenciones y un pareo.
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Ávila, Escalona, Flores, Frei, Gazmuri, Girardi, Gómez, Letelier, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Núñez, Pizarro, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Votaron por la negativa los señores Bianchi, Cantero, Horvath y Prokurica.
Se abstuvieron los señores Allamand, Arancibia, Chadwick, Coloma, Espina, García, Kuschel, Larraín, Longueira, Matthei, Novoa, Orpis y Pérez Varela.
No votó, por estar pareado, el señor Romero.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Como las abstenciones influyen en el resultado, se debe repetir la votación.
El señor NÚÑEZ.-
Démosla por repetida con el mismo resultado anterior, señor Presidente .
El señor GÓMEZ.-
Que se repita la votación, señor Presidente!
El señor Frei, don Eduardo (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por repetida.
El señor ÁVILA.-
Hay que votar, señor Presidente.
El señor Frei, don Eduardo (Presidente).-
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor Frei, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Resultado de la votación: 17 votos por la afirmativa, 17 abstenciones y un pareo.
Votaron por la afirmativa la señora Alvear y los señores Ávila, Escalona, Flores, Frei, Gazmuri, Girardi, Gómez, Letelier, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Núñez, Pizarro, Ruiz-Esquide, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
Se abstuvieron los señores Allamand, Arancibia, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Espina, García, Horvath, Kuschel, Larraín, Longueira, Matthei, Novoa, Orpis, Pérez Varela y Prokurica.
No votó, por estar pareado, el señor Romero.
El señor Frei, don Eduardo ( Presidente ).-
Por consiguiente, se aprueba la frase final del inciso primero del artículo 36 -porque las abstenciones se suman a la mayoría-, y queda despachado el proyecto en este trámite.
Terminado el Orden del Día.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor Frei, don Eduardo (Presidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor CHADWICK:
Al señor Ministro de Obras Públicas , solicitándole información atinente a FISCALIZACIÓN POR PROBLEMAS EN EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS EN RÍO TINGUIRIRICA.
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo , en demanda de antecedentes referidos a RETRASO EN ENTREGA DE VIVIENDAS BÁSICAS EN COMUNA DE SAN FERNANDO (ambos de la Sexta Región).
Del señor COLOMA:
Al señor Ministro de Agricultura , solicitando su atención respecto de CRÉDITO DE COMERCIAL ENTRE RÍOS LIMITADA EN SANTA REBECA DE TENO (Séptima Región).
Del señor ESPINA:
A los señores Ministro de Obras Públicas , Secretario Ministerial de Obras Públicas de la Novena Región y Alcalde y Concejales de Angol, poniéndolos en conocimiento de necesidad de RECONSTRUCCIÓN DE PUENTE COLGANTE ENTRE LAS ARAUCARIAS Y VILLA SELPAC, EN COMUNA DE ANGOL (Novena Región).
Del señor GARCÍA:
A la señora Ministra de Salud , pidiéndole ESTADO DE AVANCE DE ANTEPROYECTO DE DEROGACIÓN DE 7% DE DESCUENTO EN SALUD A PENSIONADOS.
A la señora Ministra de Minería y Energía , recabando su preocupación con respecto a ANTEPROYECTO DE SUBSIDIO A PENSIONADOS POR CUENTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
A la señora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, solicitando que informe acerca de NECESIDAD DE CONVERTIR A LOCALIDAD DE LABRANZA EN COMUNA.
Al señor General Jefe de la IX Zona de Carabineros de Chile , requiriendo antecedentes en lo relativo a ELEVACIÓN A CATEGORÍA DE TENENCIA DE ACTUAL RETÉN DE LABRANZA, CONTROL DE MICROTRÁFICO DE DROGAS (en esta materia, también al señor Prefecto Jefe IX Región Policial de Investigaciones de Chile ), Y AUMENTO DE VIGILANCIA POLICIAL EN DICHA LOCALIDAD.
Al señor Alcalde de Temuco , recabando información atinente a los siguientes asuntos: LISTADO DE PERSONAS DISCAPACITADAS RECHAZADAS EN POSTULACIÓN A PENSIÓN ASISTENCIAL; RETIRO DE SUBSIDIO ÚNICO FAMILIAR SEGÚN FICHA CAS; ENTREGA DE DOCUMENTOS DE COMODATO EN TERRENO SEDE DE JUNTA DE VECINOS EN VILLAS SAN ISIDRO Y LOS LAGOS; APLICACIÓN GENERAL EN DICHA LOCALIDAD DE NUEVA FICHA CAS, y PROGRAMA "MUNICIPIO EN SU BARRIO" Y OPERATIVOS CÍVICOS (todos de localidad de Labranza).
Al señor Superintendente de Servicios Sanitarios , pidiendo que informe en lo relativo a MEDIDAS PARA REVERTIR CALIDAD DE AGUA POTABLE EN LOCALIDAD DE LABRANZA.
Al señor Secretario Ministerial del Trabajo de la IX Región , requiriéndole MEDIDAS POR ESCASA OFERTA LABORAL PARA JÓVENES.
Al señor Secretario Regional Ministerial de Salud de La Araucanía , sobre PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE CONSULTORIO DE SALUD (ambos en localidad de Labranza).
Al señor Secretario Ministerial de Obras Públicas de la Novena Región , referente a CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS GLOBALES DE MANTENCIÓN DE CAMINOS EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA y acerca de ESTADO DE PROYECTO DOBLE VÍA TEMUCO-LABRANZA.
Al señor Director de CONACE de La Araucanía , solicitándole que entregue antecedentes sobre CONTROL DE MICROTRÁFICO DE DROGAS EN LABRANZA.
Al señor Director del SERVIU de la Novena Región , atinente a NECESIDAD DE REPARACIÓN DE VIVIENDAS Y SOLICITUD DE PAVIMENTACIÓN DE VÍAS DE ACCESO A VILLAS LOS LAGOS, LOS JARDINES Y VALLE VERDE DE LOCALIDAD DE LABRANZA, y ASESORÍA EN CREACIÓN DE COMITÉS PARA POSTULACIÓN A SUBSIDIO DE AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS, PROYECTO DE PAVIMENTACIÓN DE CALLE FONTANELLE, EN SECTOR PEDRO DE VALDIVIA, TEMUCO, y MEDIDAS PARA EVITAR INUNDACIONES EN CALLE RAULÍES, EN LOCALIDAD DE LABRANZA.
Al señor Director de Salud Araucanía Sur, en demanda de su preocupación en cuanto a CONTROL DE PLAGAS DE RATONES EN LABRANZA.
A la señora Directora Regional de INTEGRA de La Araucanía , solicitándole AMPLIACIÓN DE JARDÍN INFANTIL DE VILLA LOS LAGOS EN LOCALIDAD DE LABRANZA (todos de Novena Región).
Del señor HORVATH:
Al señor Ministro de Agricultura y a la señora Directora Ejecutiva de CONAF , pidiéndoles información sobre PROTECCIÓN DE PLANTACIONES DE PINUS RADIATA.
Al señor Director General de Aeronáutica Civil , solicitándole que informe acerca de EXIGENCIAS DE SEGURIDAD PARA LÍNEAS AÉREAS REGIONALES.
A las señoras Ministra de Salud y Directora Ejecutiva de CONAMA , y a los señores Subsecretario de Telecomunicaciones y Secretario Ministerial de Salud de la Región Metropolitana , requiriéndoles que analicen la situación de TORRES DE ALTA TENSIÓN EN CERCANÍAS DE JARDÍN INFANTIL DE CALERA DE TANGO.
Del señor NARANJO:
A la señora Contralora General de la República subrogante, solicitándole información acerca de ESTADO DE INVESTIGACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE COLBÚN y ENTREGA DE DATOS RELATIVOS A ÚLTIMA INVESTIGACIÓN RESPECTO DE PROYECTOS DE CHILEDEPORTES EN REGIÓN DEL MAULE.
A la señora Superintendenta de AFP, pidiendo que ordene investigación en cuanto a CIERRE DEFINITIVO DE OFICINA DE AFP BBVA-PROVIDA DE CAUQUENES (todos de Séptima Región).
Del señor NÚÑEZ:
A la señora Ministra de Minería , para que informe acerca de TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE AGUA DE DIVISIÓN SALVADOR DE CODELCO A COMPAÑÍA MINERA CENTENARIO COPPER.
A los señores Presidente y Gerente General de BancoEstado, solicitándoles estudiar la factibilidad de AMPLIACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE SUCURSAL DE LA INSTITUCIÓN EN COMUNA DE HUASCO (Tercera Región).
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Como los Comités Mixto (Partido Por la Democracia y Partido Radical Social Demócrata) y Unión Demócrata Independiente no intervendrán, en el tiempo del Comité Renovación Nacional e Independiente tiene la palabra el Senador señor Kuschel.
CAPACIDAD PARA REALIZACIÓN DE TRASPLANTES EN NUEVO HOSPITAL DE PUERTO MONTT. OFICIO
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , solicito que se oficie a la señora Ministra de Salud a fin de que considere la capacidad del nuevo hospital de Puerto Montt para realizar trasplantes. Hoy eso se puede hacer en 22 centros hospitalarios y 30 establecimientos contribuyen a generar órganos con ese mismo objetivo. Sin embargo, Puerto Montt no cuenta con esa posibilidad. Como se va a construir un centro de salud moderno, es la oportunidad de que así suceda.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Los Comités Socialista y Demócrata Cristiano no harán uso de la palabra.
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:38.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXOS DE SESIÓN
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES HORVATH, ESPINA, NAVARRO, PROKURICA Y SABAG, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES, EN MATERIA DE CUBIERTAS ECOLÓGICAS(4682-14)
Honorable Senado:
Considerando:
1.- Lo establecido en el número 8 del artículo 19 de la Constitución de la República, el cual consagra “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”.
2.- La experiencia y los antecedentes que existen acerca de los beneficios ambientales que genera la colocación de vegetación apropiada en los sectores desprovistos de ella y donde resulte posible en los centros urbanos. En tal contexto se destacan las denominadas “Cubiertas Ecológicas”, consistentes en capas de vegetación ubicadas en los techos y fachadas laterales de edificios, las que además de mejorar la calidad del proyecto inmobiliario para sus usuarios, embellecen la ciudad y aportan sustantivamente a la descontaminación de zonas que se encuentran afectadas por una alta emisión de sustancias contaminantes del aire.
3.- El trabajo desarrollado por la Arquitecto Karin Soto Cox, a partir del cual se constatan las siguientes ventajas concretas de las referidas cubiertas ecológicas:
•Logran filtrar de partículas contaminantes, mejorando la composición del aire.
•Moderan el efecto urbano de isla de calor, ya que al retener la humedad y soltarla al ambiente en forma gradual, mantienen una temperatura más uniforme a lo largo del día.
•Sedimentan el polvo, al lograr filtrar las partículas en suspensión, principalmente durante las lluvias, dependiendo de la profundidad del suelo.
•Reducen el riesgo de inundaciones urbanas. Es así como una cubierta de 8 cms. de espesor, retendría un 50% del agua lluvia, disminuyendo sus efectos sobre los habitantes y de las canalizaciones urbanas.
•Crean ecosistemas de especial interés, al permitir la integración del inmueble al entorno natural, lo que aumenta el atractivo del edificio.
•Son excelentes aislantes térmicos hacia el interior y hacia el exterior del edificio, manteniendo una baja oscilación térmica, lo que se traduce en sustantivos ahorros en calefacción y aire acondicionado.
•Son excelentes aislantes acústicos. Es así como con una capa de tierra de 8 cms. se aíslan 40db.
•Permiten rescatar un nuevo espacio de esparcimiento y recreación que también permitiría el cultivo de hortalizas y flores, convirtiéndose en un espacio productivo.
4.La experiencia internacional, a partir de la cual se ha constatado los ventajosos resultados de las referidas cubiertas ecológicas. Es así como ante el grave problema de contaminación en el aire que sufre la ciudad de Chicago, la agencia de protección al medioambiente de Estados Unidos (E.P.A.) junto con autoridades de la ciudad, elaboró un programa de enverdecer las cubiertas de la ciudad con cubiertas ecológicas. Hashem Akbari, científico colaborador de la E.P.A., a partir de un modelo computacional, predijo que como resultado de la aplicación de cubiertas ecológicas en la ciudad de Chicago se podría reducir hasta en 5 grados Celsius la temperatura en las épocas más calurosas, lo que podría significar un ahorro de hasta 100 millones de dólares al año. Lo anterior, debido a que se podría disminuir en un 10% las necesidades de aire acondicionado, como consecuencia de la mayor capacidad aislante de las construcciones que incluyen tales cubiertas, la cual oscila entre 20 a un 30% en comparación a una estructura estándar; todo lo cual además traería como consecuencia beneficios relevantes en materia de consumo de energía, ya que demanda máxima de electricidad se vería reducida hasta en 720 megavatios, energía equivalente a la generación de varias estaciones de carbón o de una planta de energía atómica pequeña.
Otro ejemplo en el mismo sentido es la ciudad de Tokio, cuyo Gobierno Municipal introdujo a partir de octubre del año 2001, normas que establecen que los nuevos edificios que sobrepasen los 1000 m2 en planta, deben desarrollar un 20% de cubierta con vegetación.
También se destaca el caso de Alemania, precursores en esta materia, donde existen importantes incentivos financieros y tributarios para la construcción de cubiertas ecológicas.
Pero más allá de los beneficios señalados, las cubiertas ecológicas abren nuevos espacios de expresión artística. En tal sentido cabe destacar el trabajo del connotado artista austriaco Friedensreich Hundertwasser, quien no sólo expresó su arte a través de la pintura, sino que también por medio de la arquitectura. Es así como utilizó las cubiertas ecológicas como medio para expresar su concepción en cuanto a que “los techos deben ser la continuación de la tierra y no aquello que se erige desafiante sobre ella.”
5.- Los mayores costos que podría significar la construcción de cubiertas ecológicas para los particulares, en realidad constituyen una inversión que en definitiva aumentará el valor del inmueble, en atención los beneficios que lleva aparejado para el edificio y sus usuarios.
6.-La necesidad de adoptar medidas eficaces y de fondo a fin de enfrentar la grave situación ambiental que existe en muchas de nuestras ciudades, en las que la contaminación del aire pone en serio riesgo la salud de sus habitantes, afectando gravemente su calidad de vida.
Es que por las razones señaladas que proponemos la siguiente moción de ley:
MOCIÓN.
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN ESTABLECIENDO NORMAS SOBRE CUBIERTAS ECOLÓGICAS.
Artículo único: Agréguese a la Ley General de Urbanismo y Construcciones la siguiente disposición:“Artículo 116 Bis B).- Las solicitudes de permisos de construcción de edificios en áreas declaradas como zona saturada o latente por concentración de contaminantes en el aire conforme lo dispuesto por la ley 19.300, deberán contemplar la construcción de cubiertas ecológicas. Lo anterior se deberá contemplar en una proporción de, a lo menos, 50 metros cuadrados de cubierta ecológica por cada 1.000 metros cuadrados construidos.
En el caso de áreas urbanas que no estén afectas a alguna de las declaraciones señaladas en el inciso anterior, las solicitudes de permisos de construcción deberán acompañar antecedentes sobre la factibilidad de la construcción de cubiertas ecológicas, y en su caso, las razones que justifiquen la negativa a incorporarlas en el proyecto definitivo.
Se entiende para efectos de esta ley como cubiertas ecológicas a aquella capa vegetal emplazada en el techo o fachadas laterales de una construcción.
El reglamento establecerá las menciones y antecedentes concretos que deberán acompañar los solicitantes de permisos de construcción en relación a las cubiertas ecológicas, como las características y especificaciones técnicas que se deberán observar en su construcción.”
(Fdo.):Antonio Horvath Kiss, Alberto Espina Otero, Alejandro Navarro Brain,Baldo Prokurica Prokurica Hosaín Sabag Castillo.
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ESPINA, ALLAMAND, COLOMA, FLORES Y FREI, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE VEGETALES GENÉTICAMENTE MODIFICADOS(4690-01)
Honorable Senado:
I.Antecedentes
Las técnicas de mejoramiento vegetal han sido usadas desde la antigüedad mediante la manipulación convencional de los organismos, creándose un organismo nuevo cuya composición genética no existía antes en la naturaleza. El avance de la tecnología ha permitido el mejoramiento vegetal mediante el uso de la denominada “biotecnología moderna”, que ha resultado ser más eficiente que las técnicas convencionales en cuanto logra obtener la modificación genética deseada, sin afectar el resto de la composición genética del organismo y puede advertir sus principales efectos con anterioridad a su cultivo masivo.
El uso de las técnicas de la biotecnología moderna en materia de cultivos vegetales, ha producido un significativo desarrollo en la agricultura, favoreciendo el aumento de la productividad de los cultivos, la disminución de los costos de producción, del uso de pesticidas tóxicos y de otros elementos artificiales. Ello ha llevado a que desde 1996, año en que se hizo el lanzamiento comercial del primer cultivo transgénico, se han sembrado 90 millones de hectáreas de dichos cultivos, 50 de las cuales han sido hechas por países industrializados y 40 de ellas, por países en desarrollo, con un aumento del 11% del total en los dos últimos años (2004-2005).
Individualmente, las hectáreas sembradas con cultivos transgénicos se distribuyen entre Estados Unidos, con 49,8 millones; Argentina, con 17,1 millones; Brasil, con 9,4 millones; Canadá, con 5,8 millones; China, con 3,3 millones; Paraguay, con 1,8 millones, India, con 1,3 millones, Sudáfrica, con 0,5 millones, Uruguay, con 0,3 millones, Australia, con 0,3 millones; y México, Rumania, Filipinas y España, con 0,1 millones; en tanto que Colombia, Irán, Honduras, Portugal, Alemania, Francia y República Checa, 50,000 hectáreas o menos.
El desarrollo de la biotecnología moderna, que hasta ahora sólo da cuenta de una parte mínima de su potencial en la agricultura, ofrece una oportunidad real para los países en vías de desarrollo, en tanto favorece el fomento y avance de la investigación científica y tecnológica, el mejoramiento de la productividad del sector agrícola y el uso en otras aplicaciones de carácter industrial, como es el caso de la producción biocombustibles, con beneficios evidentes en la contribución al abastecimiento energético del país.
La investigación científica desarrollada a nivel mundial y la experiencia acumulada durante los años en que se ha hecho uso masivo de variedades derivadas de esta tecnología, permite afirmar que es posible el uso de la biotecnología moderna en vegetales, en tanto se cuente con un adecuado sistema de control en lo que a propósito de la investigación se refiere, como de la producción y comercialización de organismos genéticamente modificados, asegurándose la protección de la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente.
La consecución de los logros esperados, sin embargo, exige que los países cuenten con una legislación adecuada que garantice, por una parte, el desarrollo de la investigación, el cultivo, la producción y la comercialización de vegetales genéticamente modificados y, por otra, asegure la protección de la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente.
En este último sentido, debe consignarse que los productos genéticamente modificados disponibles en el mercado internacional han sido sometidos a evaluaciones de riesgo que han demostrado no poseer efectos sobre la salud humana y sobre el medio ambiente, recomendándose en este último aspecto los resguardos de distancia adecuados por evitar efectos de polinización en cultivos orgánicos.
II.Situación en Chile.
Chile carece de una normativa legal en materia de biotecnología moderna, contando sólo con disposiciones reglamentarias en materias específicas y de efectos limitados.
Lo paradójico, en el caso de nuestro país, es que esa regulación reglamentaria permite al Servicio Agrícola y Ganadero otorgar autorizaciones para la siembra de cultivos para producir semillas genéticamente modificadas sólo para exportación, puesto que su cultivo para efectos de comercialización nacional no es permitido. Lo paradójico es que mientras no se permite la comercialización de las semillas transgénicas, sí es permitida la importación de productos genéticamente modificados y su comercialización como grano o alimento animal.
Esta situación, por todo el sector conocida, se traduce en que el agricultor chileno produce cultivos de semillas genéticamente modificadas para exportara países como Argentina y los consumidores chilenos de granos o alimentos que no pueden comprar productos transgénicos a los agricultores chilenos, lo van a comprar a Argentina u otros países. Dicho en otras palabras, en Chile hay comercialización de productos genéticamente modificados, pero abastecidos por los agricultores extranjeros y no por los agricultores chilenos, con evidente perjuicio para éstos.
Se hace indispensable, entonces, la dictación en Chile de una ley que regule los aspectos relacionados con el desarrollo de la biotecnología moderna en vegetales genéticamente modificados, de modo tal de poder regular y controlar adecuadamente una actividad que en Chile es, hoy una realidad. Ello, además, otorgará mayores posibilidades para competir en el contexto de la agricultura latinoamericana, respecto de países que se han adelantado en el cultivo de vegetales genéticamente modificados.
La necesidad de abordar la dictación de la ley que regule adecuadamente el desarrollo de biotecnología moderna en vegetales y los resguardos debidos para evitar posibles efectos respecto de la salud de las personas y del medio ambiente -propósitos que quedan amparados en el concepto de bioseguridad- ha sido latamente estudiada por la Comisión Nacional para el Desarrollo de la Biotecnología, creada en el año 2002, según da cuenta el Informe al Presidente de la República del mes de Junio de 2003.
III.Contenido del Proyecto.
La presente iniciativa, haciéndose cargo de las finalidades antes descritas, establece normas para regular la generación, manipulación y utilización de vegetales genéticamente modificados y de productos derivados de VGM, en lo relativo a la investigación, el uso confinado, el cultivo, la producción, la introducción al medio ambiente, la comercialización, la importación, la exportación, el almacenamiento, el transporte y la disposición final de los residuos que puedan generarse, asegurando la protección de la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente.
La normativa regula como actividades que es posible desarrollar en relación en materia de biotecnología moderna en vegetales, el uso confinado de ellos; su introducción al medio ambiente con fines de investigación e introducción al medio ambiente, con fines de comercialización; y establece distintos procedimientos destinados a obtener las autorizaciones correspondientes a cada una de dichas actividades.
Adicionalmente, se contempla un procedimiento de evaluación, en cuyo mérito se hace entrega a la autoridad de los antecedentes suficientes y necesarios que permitan identificar adecuadamente el organismo genéticamente modificado, las características del mismo y el uso derivado de la modificación genética y sus eventuales efectos para la salud humana o el medio ambiente.
Por otra parte, el proyecto incorpora normas sobre participación ciudadana que permiten un conocimiento general sobre las actividades que puedan estarse desarrollando con organismos genéticamente modificados y cuya autorización es requerida; y considera la intervención activa de los interesados en los procesos autorizatorios, pudiendo formular sus observaciones que deben ser ponderadas por las autoridades competentes y los consiguientes medios de impugnación de las decisiones que se adopten.
Con el propósito de hacer efectivo el derecho a saber, el proyecto contempla normas destinadas a la identificación y etiquetado de los productos o alimentos que sean o contengan organismos genéticamente modificados, en tanto dichos productos o alimentos no sean sustancialmente equivalentes a los mismos convencionales. Esta forma de concebir la identificación y el etiquetado de los vegetales genéticamente modificados sigue la tendencia de los países industrializados y hace claridad sobre las características distintivas que los diferencia del producto convencional.
Finalmente, en lo relativo a la competencia de las autoridades que deben participar en los procesos de obtención de las autorizaciones necesarias para el desarrollo de las actividades reguladas por esta ley, así como para la fiscalización del cumplimiento de la misma y aplicación de las respectivas sanciones, en forma expresa este proyecto no la determina, a fin de permitir que sea el Supremo Gobierno quien la fije, luego de escuchar a la Comisión especializada.
En virtud de los antecedentes expuestos precedentemente, presentamos al H. Senado el siguiente proyecto de ley:
Título I
Disposiciones Generales
Artículo 1º.- Las disposiciones de esta ley regulan la generación, manipulación y utilización de vegetales genéticamente modificados y de productos derivados de VGM, en lo que se refiere a investigación, uso confinado, cultivo, producción, introducción al medio ambiente, comercialización, importación, exportación, almacenamiento, transporte y disposición final.
Artículo 2º.- Son objetivos de la presente ley fomentar el desarrollo nacional de la biotecnología moderna de los vegetales genéticamente modificados, asegurando la protección de la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente.
Artículo 3º.- Para los efectos de esta ley se entiende por:
a)ADN: ácido desoxirribonucleico, molécula que conforma los cromosomas y contiene la información genética de un organismo;
b)Biotecnología moderna: Técnicas de ingeniería genética consistentes en la utilización de organismos biológicos y sus partes que han sido modificados ya sea por la introducción de genes foráneos o bien mediante la fusión de células, ambos en condiciones que no ocurren normalmente en la naturaleza;
c)Bioseguridad: Conjunto de acciones y medidas de evaluación, monitoreo, control y prevención previstas en la realización de actividades con vegetales genéticamente modificados, con el objeto de precaver, prevenir, evitar o reducir los riesgos que dichas actividades pudieran ocasionar a la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente;
d)Centro de origen y diversidad genética: Areas geográficas del territorio nacional, así declaradas por decreto supremo, en las que una determinada especie haya sido domesticada por primera vez y en las que se albergan poblaciones de los parientes silvestres de dicha especie, diferentes razas o variedades de la misma y que constituyen una reserva genética;
e)CONICYT: Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica;
f)Equivalencia sustancial: Condición de un VGM o productos derivados de VGM en la que su composición genética no modifica aspectos generales cualitativos o cuantitativos nutricionales, en comparación a su homólogo convencional;
g)Evento de transformación: Vegetal producido por un experimento puntual mediante la introducción artificial de uno o más genes;
h)Flujo génico: Se refiere al movimiento, dispersión e incorporación de genes tanto dentro como entre individuos, poblaciones y taxas mayores;
i)Gen: Unidad de información hereditaria constituida por un segmento de ADN, cuya secuencia contiene la información que especifica un ARN o una proteína;
j)Ingeniería genética: Técnicas para transferir artificialmente en la célula de un ser vivo información genética proveniente de otro organismo;
k)Introducción: La liberación en el medio ambiente de un vegetal o combinación de vegetales genéticamente modificados;
l)Manipulación: Aplicación de las técnicas de ingeniería genética en vegetales con el objeto de obtener VGM, el cultivo de éstos, su recolección, producción, envasado, almacenamiento, transporte, comercialización y disposición final;
m)Presencia adventicia: Existencia no intencionada de semillas VGM en un lote de semillas convencionales, y que no altera esta última condición mientras se mantenga en una proporción no superior a un 1%;
n)Productos derivados de VGM: Elementos que en su composición final contienen material proveniente de VGM, sin capacidad de transferirlo o replicarlo;
o)Titular: Persona natural o jurídica que se propone desarrollar actividades de biotecnología moderna reguladas por esta ley;
p)Uso confinado: Manipulación de VGM llevado a cabo en lugares cerrados y dotados de elementos de control, que aseguren la protección de la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente;
q)Vegetal: toda entidad biológica del reino vegetal capaz de reproducirse o de transferir material genético;
r)Vegetal genéticamente modificado: Vegetal que posee una combinación nueva de material genético como resultado de la aplicación de ingeniería genética, y
s)VGM: Vegetal genéticamente modificado.
Artículo 4º.- Corresponderá a las autoridades regionales competentes otorgar los permisos necesarios para el desarrollo de las actividades reguladas por ésta; adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de la salud humana, animal y vegetal, de la biodiversidad y del medio ambiente; llevar y actualizar los registros de las actividades; fiscalizar su desarrollo y aplicar las sanciones en caso de inobservancia y, en general, velar por el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.
Título II
De las actividades de biotecnología moderna en el ámbito de los VGM
Párrafo 1°
Uso confinado de VGM.
Artículo 5º.- Toda persona natural o jurídica, que se proponga ejecutar la actividad de uso confinado de VGM deberá, previamente, informarlo por escrito a la Autoridad Regional respectiva, acompañando al efecto los siguientes antecedentes:
a)Individualización del titular;
b)Información del fin o fines del uso confinado;
c)Singularización del establecimiento en que se desarrollarán las actividades de uso confinado, y
d)Indicación de la forma en que se cumplirán los requisitos éticos y técnicos contenidos en el Manual de Normas de Bioseguridad de CONICYT.
Artículo 6º.- El titular deberá mantener a disposición de la Autoridad Regional respectiva toda la información relativa al uso confinado de VGM, para cuando ella lo requiera.
Párrafo 2°
Introducción al medio ambiente de VGM
con fines de investigación.
Artículo 7º.- Toda persona natural o jurídica, que se proponga introducir en el medio ambiente un VGM con fines de investigación, deberá obtener en forma previa el permiso correspondiente en los términos establecidos en las disposiciones del presente párrafo.
Artículo 8º.- Para efectos del otorgamiento del permiso, el titular de la actividad deberá presentar ante la Autoridad Regional respectiva, una solicitud que contenga la siguiente información:
a)Individualización del titular;
b)Caracterización del VGM que pretende introducirse en el medio ambiente;
c)Indicación del propósito de la investigación;
d)Identificación de la región, provincia, comuna y lugar donde se pretende introducir el VGM, incluyendo la especificación de la superficie total y del predio particular en la que se realizará;
e)El informe de evaluación de riesgos y los antecedentes que lo fundamentan;
f)Las medidas de bioseguridad que se adoptarán para la introducción en el medio ambiente;
g)Los antecedentes sobre la introducción en el medio ambiente del VGM de que se trate, en otros países o en experiencias anteriores en Chile, cuando corresponda;
h)Medidas que se proponen para el almacenamiento, transporte y disposición final del VGM;
i)El plan de seguimiento de la actividad que da origen al permiso, y
j)Un extracto de la solicitud y del informe de evaluación de riesgos.
Artículo 9º.- El titular de la actividad deberá presentar a la Autoridad Regional respectiva, dentro de los 30 días siguientes de concluida la investigación permitida, un informe final que contenga los siguientes antecedentes:
a)Copia del permiso que autorizó la introducción al medio ambiente del VGM con fines de investigación;
b)Resultado de la investigación realizada y de su plan de seguimiento;
c)Forma en que se dio cumplimiento de las medidas de almacenamiento, transporte y disposición final de los VGM objeto de la investigación y sus desechos, y
d)Plan de seguimiento del terreno en que se efectuó la introducción al medio ambiente del VGM.
Párrafo 3°
Introducción al medio ambiente de VGM o
productos derivados de VGM con fines de comercialización.
Artículo 10.- Cualquier persona natural o jurídica, que se proponga introducir en el medio ambiente un VGM o productos derivados de VGM, con fines de comercialización, deberá obtener en forma previa, un permiso a la Autoridad Regional respectiva, de acuerdo a las disposiciones del presente párrafo.
Artículo 11.- Tratándose de la introducción en el medio ambiente con fines de comercialización de un VGM o de productos derivados de VGM, que hayan sido objeto de un permiso de conformidad con el párrafo anterior, el titular deberá presentar a la Autoridad Regional respectiva, una solicitud de permiso que incluirá:
a)Individualización del titular;
b)El permiso otorgado y el informe final que de cuenta de los resultados de la actividad de investigación;
c)Las medidas específicas necesarias para dar cumplimiento a los requisitos de identificación y etiquetado, cuando corresponda;
d)El informe de evaluación de riesgos y los antecedentes que lo fundamentan;
e)Las condiciones de uso, manejo y embalaje para efectos de su comercialización;
f)Las medidas que se proponen para su almacenamiento, transporte y disposición final, y
g)Un extracto de la solicitud y del informe de evaluación de riesgos.
Artículo 12.- En el caso de la introducción en el medio ambiente con fines de comercialización de un VGM o de productos derivados de VGM que no hayan sido objeto de un permiso de conformidad con el párrafo anterior, el titular deberá presentar a la Autoridad Regional respectiva, una solicitud de permiso que, además de la información señalada en el artículo precedente, deberá incluir:
a)El origen del VGM o de su producto derivado, con indicación, si fuere importado, del país en que se ha desarrollado, el laboratorio y los científicos que han participado en dicho desarrollo;
b)Caracterización del VGM o de su producto derivado, indicando la modificación genética incorporada;
c)Un informe que de cuenta de los resultados de la introducción del VGM o de su producto derivado al medio ambiente con fines de investigación, y
d)En el caso de un VGM o producto derivado de VGM que haya sido importado, un certificado emitido por la autoridad competente del país de origen que de cuenta de los resultados de su introducción al medio ambiente.
Párrafo 4°
Producción y comercialización de Alimentos VGM.
Artículo 13.- El titular que se proponga producir o comercializar alimentos VGM o derivados de VGM, para consumo humano, deberá obtener, además del permiso regulado en el párrafo anterior, la correspondiente autorización de conformidad con las disposiciones del Código Sanitario y del Reglamento Sanitario de Alimentos. [1]
Artículo 14.- Tratándose de la producción o comercialización de alimentos VGM o derivados de VGM, para consumo animal, el titular deberá obtener, además del permiso regulado en el párrafo anterior, la autorización que corresponda de acuerdo con la Ley N° 18.755, el Reglamento de Alimentos para animales y las resoluciones específicas dictadas sobre la materia. [2]
Párrafo 5º
Procedimiento para el otorgamiento de permisos.
Artículo 15.- Las solicitudes de permiso deberán presentarse ante la Autoridad Regional respectiva y cumplir con los requisitos establecidos, respectivamente, en los artículos 8°, 11 y 12. En caso contrario, no serán admitidas a tramitación, dictándose una resolución fundada dentro de los 5 días siguientes a la presentación, la que será notificada al titular.
Artículo 16.- Los titulares de las actividades reguladas en este título deberán indicar en su solicitud qué información de la presentada debe tener el carácter de confidencial, debiendo toda autoridad adoptar las medidas necesarias para evitar su divulgación.
En ningún caso podrá tener el carácter de confidencial:
a)La identificación del titular de la actividad;
b)La descripción general del VGM
c)La finalidad, región y comuna en la que se realizará la actividad;
d)La evaluación de los posibles riesgos a la salud humana, sanidad animal o vegetal, a la biodiversidad o al medio ambiente, y
e)Las medidas de bioseguridad, monitoreo, control y emergencia.[3]
Artículo 17.- En caso de cumplir la solicitud con los requisitos exigidos para ser admitida a tramitación, la Autoridad Regional respectiva, dentro del plazo de 10 días contado desde la fecha de presentación de aquélla, podrá solicitar al titular las aclaraciones, rectificaciones o antecedentes complementarios, quien deberá acompañarlos, conjuntamente con un nuevo extracto de la solicitud, del informe de evaluación de riesgos y de los nuevos antecedentes, en el plazo que la Autoridad Regional respectiva determine, el que no podrá ser inferior a 15 días contados desde la fecha de la notificación respectiva.
Artículo 18.- El extracto respectivo será visado por la Autoridad Regional respectiva dentro de los 5 días siguientes a su presentación, para su publicación por el titular en el Diario Oficial correspondiente al día 1º o 15 o el día siguiente hábil si fuera feriado.
El mismo extracto se publicará además en un Diario de circulación nacional o regional correspondiente al lugar donde se realizará la actividad cuyo permiso se solicita, el día domingo siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 19.- Una vez concluido el proceso de evaluación de riesgos y de participación ciudadana a que se refieren los Títulos III y IV de esta ley, la Autoridad Regional respectiva se pronunciará mediante resolución fundada, sobre la solicitud de permiso, acogiéndola o rechazándola. Esta resolución será notificada por carta certificada al titular y a las personas naturales o jurídicas que hubieren formulado observaciones de conformidad a lo establecido en el artículo 29.
La resolución que se pronuncia sobre el otorgamiento del permiso, deberá considerar la evaluación de riesgos y las observaciones formuladas con ocasión de la participación ciudadana y, en caso de otorgar el permiso, establecer las medidas de bioseguridad que se adoptarán para la ejecución de la actividad.
Artículo 20.- La Autoridad Regional respectiva deberá pronunciarse sobre el otorgamiento del permiso que se trate, dentro del plazo de 60 días contado desde la fecha de la publicación del extracto en el Diario Oficial.
Artículo 21.- Si transcurrido el plazo a que se refiere el artículo anterior, la Autoridad Regional respectiva no se ha pronunciado sobre el otorgamiento del permiso solicitado, se entenderá, para todos los efectos, que éste ha sido otorgado en los mismos términos indicados en la solicitud respectiva.
Artículo 22.- La Autoridad Regional respectiva que otorgue el permiso dispondrá su inscripción en el pertinente Registro en los términos regulados en el Título VI.
Artículo 23.- Los permisos que se otorguen de conformidad con las disposiciones a esta ley, tendrán vigencia indefinida.
Artículo 24.- El titular de un permiso otorgado en conformidad con esta ley, deberá informar a la Autoridad Regional respectiva toda situación nueva o accidente del que tome conocimiento y pueda poner en riesgo la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente.
Título III
De la evaluación de las actividades.
Artículo 25.- El desarrollo de las actividades relacionadas con VGM o de productos derivados de VGM que regula esta ley, se llevará a efecto cuidando la salud humana, la sanidad animal o vegetal, la biodiversidad o el medio ambiente.
Artículo 26.- Los titulares de las actividades que conforme a las disposiciones del Título II requieren contar con un permiso para su ejecución, conjuntamente con la solicitud pertinente, deberán presentar un informe de evaluación, que de cuenta de las materias a que se refiere el artículo siguiente.
Artículo 27.- El informe de evaluación deberá contemplar, a lo menos, los siguientes aspectos:
a)Información botánica, agrícola y biológica de la especie a la cual pertenece el VGM y de las especies nativas, introducidas y cultivadas relacionadas con éste;
b)Información sobre origen, forma de cultivo, existencia de cultivares evolucionados, sistema de reproducción, ciclo de vida, polinización, agente polinizante, estado de conservación y el endemismo de especies, en el caso de las especies nativas relacionadas al VGM;
c)Información sobre el tipo de cultivo y estado de naturalización tratándose de especies introducidas relacionadas al VGM;
d)Información sobre cualquier característica genotípica y fenotípica nueva que se relacione con el VGM
e)Información sobre flujo génico del VGM por polen, por semilla y su potencialidad en la formación de banco de semillas;
f)Información sobre el uso derivado de la modificación genética del VGM
g)Información sobre la equivalencia substancial del VGM con respecto a su homólogo no modificado, cuando el permiso tenga por objeto la comercialización del VGM o del producto derivado de VGM;
h)Información sobre eventuales efectos para la salud humana o la sanidad animal, tales como potencialidad patogénica, toxicológica, efecto y actividad de todas las proteínas introducidas durante el proceso de modificación genética; potencialidad alergénica, factores antinutricionales, digestibilidad y niveles de ingesta diaria aceptable para el alimento;
i)Información sobre las características de la expresión constitutiva o tejido específico del VGM con indicación de los genes introducidos y los niveles de expresión y evolución temporal de éstos, en relación con el ciclo de la planta, cuando el permiso tenga por objeto la comercialización del VGM o del producto derivado de VGM;
j)Evaluación sobre la probabilidad de ocurrencia de efectos en la salud humana, la sanidad animal o vegetal, la biodiversidad o el medio ambiente, considerando la información precedente, teniendo en cuenta el nivel y el tipo de exposición del probable medio receptor del VGM; y
k)Proposición de las medidas y exigencias a ser adoptadas por el titular, según proceda, para abordar los efectos identificados.
Título IV
De la información y participación ciudadana.
Artículo 28.- Cualquier persona natural o jurídica tendrá acceso a la información general con que cuente la autoridad nacional y regional sobre los VGM en Chile, y podrá imponerse de las solicitudes y de las evaluaciones de riesgos relativas al otorgamiento de cualquiera de los permisos contemplados en esta ley.
Dicha información se mantendrá disponible en las oficinas respectivas de la Autoridad Regional respectiva, con excepción de la información confidencial, conforme a lo establecido en el artículo 16.
Artículo 29.- Cualquier persona natural o jurídica, dentro del plazo de 15 días contados desde la fecha de publicación del extracto a que se refiere el inciso segundo del artículo 18, podrá formular observaciones a la solicitud, al informe de evaluación de riesgos y a los demás antecedentes. Estas observaciones deberán constar por escrito y ser acompañadas por los antecedentes que las sustentan.
Título V
De la identificación y etiquetado
Párrafo 1°
Identificación de VGM y sus productos derivados.
Artículo 30.- Las personas naturales o jurídicas que transfieran a cualquier título, comercialicen, importen o exporten VGM o productos derivados de VGM, deberán velar porque la información indicada en el artículo siguiente conste por escrito y sea entregada a quien los adquiere.
Artículo 31.- Los VGM y sus productos derivados que se transfieran a cualquier título, comercialicen, importen o exporten, para uso confinado o para introducción en el medio ambiente con fines de investigación o comercialización, deberán ir acompañados de la siguiente documentación:
a)Individualización del VGM o del producto derivado de VGM, consignando sus rasgos o características relevantes;
b)Especificación de cualquier exigencia para la seguridad de la manipulación, almacenamiento, transporte y disposición final, y
c)Identificación de la persona que transfiere el VGM o el producto derivado de VGM y de la persona que lo adquiere, con el objeto de obtener información adicional.
Artículo 32.- Las personas naturales o jurídicas que transfieran a cualquier título, comercialicen, importen o exporten VGM o productos derivados de VGM, deberán conservar la información señalada en el artículo anterior, durante los cinco años posteriores a cada transacción.
Párrafo 2°
Etiquetado de VGM o productos derivados de VGM.
Artículo 33.- Tratándose de VGM o productos derivados de VGM que no sean substancialmente equivalentes a los productos convencionales, en sus características relevantes, y que se pretendan introducir en el medio ambiente con fines de comercialización, sea que se expendan envasados o a granel, deberán indicar en un lugar destacado de su etiqueta una leyenda impresa que establezca claramente la característica distintiva que los diferencia del producto convencional, tales como “mayor contenido de aceite”, “contiene omega 3”, “contiene lisina”, etc.
Artículo 34.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, las etiquetas o indicaciones de los VGM o productos derivados de VGM deberán contener además:
a)Información de la composición alimenticia, propiedades nutricionales, siempre que las características sean significativamente diferentes a las del alimento homólogo convencional, cuando se trate de alimentos para uso humano o animal, y
b)Información sobre las características de la combinación genética adquirida y sus implicancias relativas a condiciones especiales y requerimientos de cultivo, así como los cambios en las características reproductivas y productivas, tratándose de semillas o material vegetativo destinado a siembra, cultivo o producción agrícola.
La información antes indicada deberá ser clara, entendible y útil para el consumidor, siendo sustentada en información científica y técnica.
Título VI
De las zonas restringidas
Párrafo 1°
Centros de origen y de diversidad genética.
Artículo 35.- La autoridad competente establecerá las áreas geográficas de Chile que sean centro de origen y de diversidad genética de una especie determinada.
Artículo 36.- Para la declaración de un área del territorio nacional como centro de origen de una especie vegetal, la Autoridad Nacional dictará una resolución en la que se proponga tal declaración que en extracto se publicará en el Diario Oficial y, además, en un diario o periódico de circulación nacional o regional correspondiente al lugar donde se ubique el pretendido centro de origen o diversidad genética, el día domingo siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 37.- Dentro del plazo de 30 días, contado desde la fecha de la última publicación, cualquier persona natural o jurídica, podrá formular observaciones a la resolución, las que deberán constar por escrito y ser acompañadas por los antecedentes que las sustentan.
Artículo 38.- Transcurrido el plazo establecido en el artículo anterior, la Autoridad Nacional, dentro de los 30 días siguientes, deberá dictar una resolución fundada que teniendo en consideración los antecedentes aportados y las observaciones formuladas, se pronunciará sobre la declaración y, en caso de estimar ella es procedente, someterá a la consideración del Presidente de la República la dictación del correspondiente decreto supremo.
El decreto supremo que declare un centro de origen y diversidad genética se publicará en el Diario Oficial.
Artículo 39.- El decreto supremo será reclamable por cualquier persona dentro del plazo de 10 días contado desde la publicación en el Diario Oficial.
La reclamación se interpondrá ante el juez de letras competente en lo civil del lugar en donde se ubique el centro de origen y diversidad genética, cuando considere que la declaración no se ajusta a los criterios establecidos en el artículo anterior, y se someterá a las normas del procedimiento sumario.
En los casos en que el juez competente corresponda a lugares de asiento de Corte, en que ejerza jurisdicción civil más de un juez letrado, deberá cumplirse con lo dispuesto en el artículo 176 del Código Orgánico de Tribunales.
Artículo 40.- En los centros de origen y de diversidad genética, se podrán realizar actividades de introducción de VGM al medio ambiente siempre que se trate de:
a)VGM distintos a las especies nativas, o
b)VGM de la misma especie a las nativas y se demuestre que no puedan intercambiar genes con éstas.
Párrafo 2°
Areas protegidas.
Artículo 41.- Son áreas protegidas los parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, reservas de la biosfera, distritos de conservación, reservas naturales, parques marinos, reservas marinas o cualesquiera otras áreas que se encuentren bajo protección oficial.
En dichas áreas sólo podrán realizarse actividades de introducción al medio ambiente de VGM cuando se presenten plagas o contaminantes que pudieran poner en peligro la existencia de especies animales, vegetales o acuícolas, y los VGM hayan sido creados específicamente para evitar o combatir dicha situación.
Título VII
De los registros de las actividades reguladas.
Artículo 42.- Las autoridades competentes llevarán y mantendrán actualizados los siguientes registros públicos:
a)Registro de actividades de introducción al medio ambiente de VGM con fines de investigación;
b)Registro de actividades de introducción al medio ambiente de VGM o de productos derivados de VGM con fines de comercialización;
c)Registro de alimentos VGM o derivados de VGM para consumo humano
d)Registro de alimentos VGM o derivados de VGM para consumo animal, y
e)Registro de centros de origen y de diversidad genética.
A la autoridad competente corresponderá llevar y mantener actualizados los registros singularizados en las letras a), b), d) y e), y a la autoridad sanitaria le corresponderá llevar y mantener actualizado el registro indicado en la letra c).
Las normas relativas a la organización y funcionamiento de los registros a que se refiere este artículo así como el procedimiento de inscripción, se establecerán en el reglamento respectivo.
Artículo 43.- En el Registro de actividades de introducción al medio ambiente de VGM con fines de investigación, se inscribirá el permiso establecido en el artículo 7º.
En el Registro de actividades de introducción al medio ambiente de VGM o de productos derivados de VGM con fines de comercialización, se inscribirán los permisos a que se refiere el artículo 10.
En el Registro de Alimentos VGM o derivados de VGM para consumo humano, se inscribirá el permiso a que se refiere el artículo 13.
En el Registro de Alimentos VGM o derivados de VGM para consumo animal, se inscribirá el permiso a que se refiere el artículo 14.
En el Registro de Centros de Origen y de Diversidad Genética se inscribirá el decreto supremo que declara la existencia de dichos centros.
Artículo 44.- Las autoridades a cargo de llevar los registros señalados en el artículo 42, a requerimiento de los interesados, deberán otorgar copias de las inscripciones que practiquen en los mismos.
Título VIII
De los Recursos
Artículo 45.- En contra de la resolución que rechaza la solicitud de permiso para la ejecución de las actividades que regula esta ley, o que la acoge estableciendo exigencias que estimadas excesivas, el titular podrá deducir recurso de reconsideración, dentro del plazo de 15 días contado desde su notificación, ante la Autoridad Regional que la dictó y, en subsidio, recurso de reclamación ante la Autoridad Nacional.
Los recursos interpuestos serán conocidos y resueltos por la Autoridad Regional respectiva y la Autoridad Nacional, según corresponda, conforme a las atribuciones establecidas al efecto por su legislación orgánica.
Habiendo sido interpuesto el recurso dentro de plazo y cumpliendo con las condiciones establecidas en el inciso precedente, la Autoridad Regional respectiva dictará una resolución, dentro de los 5 días siguientes a su presentación, en cuyo mérito lo admitirá a tramitación, notificando de ello al titular. De lo contrario, será rechazado de plano.
Artículo 46.- Rechazado total o parcialmente el recurso de reconsideración, se elevará el expediente a la Autoridad Nacional, quien lo conocerá haciendo uso de las atribuciones que le confiere su normativa orgánica.
La Autoridad Nacional oficiará a la Autoridad Regional que hubiere dictado la resolución reclamada, para que dentro del plazo de 15 días contados desde su recepción, informe al tenor del recurso.
La Autoridad Nacional podrá solicitar la opinión de un experto que de común acuerdo designe con el titular.
Artículo 47.-La Autoridad Nacional deberá resolver el recurso dentro del término que restare para completar 30 días, contado desde su interposición.
Artículo 48.-Las resoluciones que resuelvan los recursos de reconsideración y reclamación, serán notificadas al titular por carta certificada.
Artículo 49.- En contra de la resolución a que se refiere el artículo anterior, el titular podrá recurrir dentro del plazo de 10 días ante el Juez de Letras en lo Civil del lugar en que se pretende desarrollar la actividad objeto de permiso o del domicilio del afectado a elección de este último, el que conocerá conforme al procedimiento sumario.
En los casos en que el juez competente corresponda a lugares de asiento de Corte, en que ejerza jurisdicción civil más de un juez letrado, deberá cumplirse con lo dispuesto en el artículo 176 del Código Orgánico de Tribunales.
Artículo 50.- Las personas naturales o jurídicas que hubieren formulado observaciones en los términos señalados en el artículo 29 y que estimen que ellas no hubieren sido debidamente consideradas en los fundamentos de la respectiva resolución que otorga el permiso, podrán deducir recurso de reconsideración ante la Autoridad Regional respectiva. El plazo de interposición será de 15 días contado desde la notificación que resuelve sobre el permiso respectivo.
El recurso deberá ser fundado y no suspenderá los efectos de la resolución recurrida.
Habiendo sido interpuesto el recurso dentro de plazo y cumpliendo con las condiciones establecidas en el inciso precedente, la Autoridad Regional respectiva dictará una resolución, dentro de los 5 días siguientes a su presentación, en cuyo mérito lo admitirá a tramitación, notificando de ello al recurrente. De lo contrario, será rechazado de plano.
Artículo 51.- Admitido a tramitación el recurso de reclamación interpuesto en los términos del artículo precedente, se procederá en la forma señalada en los artículos 45 a 49 de esta ley.
Título IX
De la fiscalización
Artículo 52.- La fiscalización del cumplimiento de las disposiciones de esta ley corresponderá a la autoridad competente y a la autoridad sanitaria, según proceda.
Artículo 53.- En el ejercicio de la función de fiscalización, los funcionarios de las autoridades competentes, tendrán las siguientes facultades:
a)Ingresar a cualquier inmueble o establecimiento donde se ejecute una actividad regulada por esta ley;
b)Requerir información verbal o escrita o la entrega de antecedentes, documentos, registros e informes relativos a cualquier aspecto de una actividad regulada por esta ley;
c)Inspeccionar, obtener muestras y efectuar pruebas, monitoreos y análisis que se consideren necesarios para la evaluación de los posibles riesgos involucrados en la introducción en el medio ambiente de VGM o productos derivados de VGM;
d)Supervisar la ejecución de los planes de seguimiento y el cumplimiento de las resoluciones que otorguen los permisos, y
e)Supervisar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad adoptadas para la introducción en el medio ambiente de VGM o productos derivados de VGM.
En caso de negativa u obstrucción a las funciones de fiscalización el juez, a solicitud de la autoridad competente, podrá ordenar el auxilio de la fuerza pública que permita llevar a efecto las medidas de fiscalización necesarias.
Será juez competente para conocer de estas autorizaciones el juez de letras en lo civil del lugar en el que se encuentre ubicada la actividad regulada.
Título X
De las infracciones y sanciones.
Artículo 54.-Constituyen infracciones a esta ley:
a)La realización de cualquiera de las actividades reguladas en esta ley, que no cuenten con las autorizaciones o permisos necesarios para su ejecución o desarrollo, en tanto el infractor tenga pleno conocimiento de que se trata de un VGM;
b)La entrega de información incompleta, falsa o adulterada, con el fin de obtener las autorizaciones o permisos que la presente ley establece;
c)La negativa a entregar la información que sea requerida por la autoridad competente, en tanto ella esté o deba estar disponible;
d)El incumplimiento de las condiciones y requisitos contenidos en uno cualquiera de los permisos regulados por la presente ley;
e)El incumplimiento de las instrucciones, órdenes y resoluciones que dicte la autoridad competente con ocasión de la aplicación de esta ley, y
f)La oposición, resistencia u obstrucción a las funciones de fiscalización de la autoridad competente.
Artículo 55.- Las infracciones tipificadas en el artículo anterior, serán sancionadas con amonestación verbal o escrita; multas de entre 50 y 200 unidades tributarias anuales; decomiso de los instrumentos, VGM o productos derivados de VGM, relacionados con las infracciones cometidas; la suspensión o revocación al infractor de las autorizaciones correspondientes; clausura temporal o definitiva parcial o total, de las instalaciones en las que se hayan cometido las infracciones.
Artículo 56.-Corresponderá a la Autoridad Regional respectiva conocer y resolver de las infracciones a las disposiciones de la presente ley.
La Autoridad Regional respectiva dispondrá el inicio del procedimiento sancionatorio de oficio o por denuncia de los particulares.
La resolución que disponga el inicio del proceso será notificada al infractor, el que deberá formular sus descargos y acompañar las pruebas en el plazo de 30 días contado desde su notificación.
Presentados los descargos por parte del afectado o transcurrido el plazo para su formulación sin que ellos hayan sido formulados, la Autoridad Regional respectiva resolverá fundadamente dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de recepción de los descargos.
En contra de la resolución sancionatoria, el infractor podrá deducir recurso de reclamación dentro del plazo de 30 días, contado desde su notificación, ante el juez de letras en lo civil del lugar en cuyo territorio jurisdiccional se hubiere cometido la infracción. La reclamación se tramitará con arreglo a las normas del juicio sumario.
En los casos en que el juez competente corresponda a lugares de asiento de Corte, en que ejerza jurisdicción civil más de un juez letrado, deberá cumplirse con lo dispuesto en el artículo 176 del Código Orgánico de Tribunales.
Artículo 57.- La Autoridad Regional respectiva, mediante resolución fundada, podrá declarar la caducidad del permiso en los siguientes casos:
a)Cuando se realicen actividades que excedan las autorizadas por el respectivo permiso;
b)En caso de reincidencia en el incumplimiento de las condiciones establecidas en el respectivo permiso;
c)En el evento de producirse un cambio de circunstancia o de disponerse de nuevos antecedentes científicos o técnicos, que determinen que el VGM que se trata pueda constituir daño para la salud humana, la sanidad animal y vegetal, la biodiversidad y el medio ambiente, y
d)Cuando se acredite que el titular de la actividad no ha desarrollado o ha dejado de desarrollar la actividad permitida, en un plazo superior a dos años.
La resolución que declare la caducidad del permiso será notificada al titular por carta certificada. Este último dispondrá del plazo de 30 días desde su notificación para interponer un recurso de reclamación, siguiendo al efecto el procedimiento establecido en el artículo anterior.
Artículo 58.- Las sanciones aplicadas con motivo de la infracción a la presente ley serán sin perjuicio de las demás que puedan establecer otras leyes.
Artículo 59.- Producido un daño como consecuencia de la ejecución de las actividades por esta ley, los afectados podrán deducir la acción civil indemnizatoria, dentro del plazo de cuatro años contado desde la manifestación evidente del daño.
Se presume legalmente la culpa del autor del daño, si éste hubiere incurrido en algunas de las infracciones establecidas en esta ley y en mérito de dicha infracción, se hubiere producido el daño.
Título XI
Disposiciones Finales
Artículo 60.- Todos los plazos de la presente ley serán de días hábiles.
Artículo 61.- Las notificaciones personales se efectuarán por la autoridad competente o por el funcionario que éste designe al efecto, entregando copia íntegra de la resolución a la persona a quien va dirigida o a su representante. Cualquier día y hora serán hábiles para practicar esta notificación.
De la diligencia de la notificación personal se dejará constancia en un acta que expresará el lugar en que se verifique el acto y la fecha con indicación de la hora. El acta será suscrita por el notificado y en el carácter de ministro de fe, por quien la práctica y, si el primero no quiere o no puede firmar, se dejará constancia de este hecho.
Artículo 62.- Cuando en la presente ley no se haya establecido otro tipo de notificación, ésta se practicará por carta certificada.
Las notificaciones que se practiquen por carta certificada serán dirigidas al domicilio del notificado, dejándose constancia de su despacho mediante el correspondiente recibo de correo, en cuyo caso, los plazos empezarán a correr después de tres días de haber sido recibidos por la empresa de correos dichas cartas.
Disposiciones Transitorias
Artículo 1° transitorio.- Los VGM, productos derivados de VGM y las actividades que hayan sido autorizadas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y conforme a la normativa legal y reglamentaria vigente a la fecha de su autorización, se comercializarán, manipularán, utilizarán y ejecutarán en los términos y condiciones establecidos en los permisos respectivos, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de las autoridades competentes.
Artículo 2° transitorio.- Las solicitudes de permisos de las actividades reguladas por esta ley y que se encuentren en trámite a la fecha de su dictación, continuarán tramitándose de acuerdo al procedimiento regulado en la normativa vigente al momento de presentarse la solicitud, y en caso de haberse otorgado autorización, se aplicará lo dispuesto en el artículo precedente.
(Fdo.):Alberto Espina Otero, Andrés Allamand Zavala, Juan Antonio Coloma Correa Fernando Flores Labra Eduardo Frei R.-T.
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR NAVARRO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA EN MATERIA DE CONVIVENCIA ESCOLAR (4695-04)
Honorable Senado:
I. Introducción
Se entiende por acoso escolar o bullying (del inglés) es una forma de acoso psicológico perpetrada por un niño que es o se siente de alguna manera superior que los demás de una escuela. [1] El «bullying» hace referencia a un grupo de personas que se dedican al asedio, persecución y agresión de alguien, o bien a una persona que atormenta, hostiga o molesta a otra.
Literalmente, en inglés, “bully” significa matón o agresor. En este sentido, se trataría de conductas que tienen que ver con la intimidación, tiranización, aislamiento, amenaza, insultos, sobre una o más víctimas. Casi siempre, lejos de los ojos de los adultos, con la intención de humillar y de someter abusivamente a una victima indefensa.
Los investigadores aceptan generalmente (DSM-IV. Clasificación de enfermedades mentales de la American Psychriatric Association (APA)) que el acoso escolar tiene tres elementos esenciales:
1.El comportamiento del acosador es agresivo y negativo.
2.El comportamiento del acosador se reitera.
3.El comportamiento del acosador ocurre en una relación desigual de poder entre las partes implicadas.
Las situaciones anteriormente expuestas, resultan bastantes comunes en las instituciones educativas y pueden llegar a ser muy dañinas para quienes las sufren, generalmente en silencio y en soledad.
Las formas más comunes en las que éste fenómeno puede presentarse, son de variados tipos: Intimidaciones verbales, intimidaciones psicológicas, agresiones físicas, daño a las pertenencias, aislamiento social. También está el acoso de tipo racista, cuyo objetivo son las minorías étnicas o culturales, el acoso sexual que hace que la víctima se sienta incómoda y humillada. Actualmente se da el acoso anónimo mediante el teléfono celular o el mail con amenazas, palabras o intimidaciones verbales ofensivas.
Habitualmente los casos de bullying se dan en alumnos cuyas edades comprenden los seis y diecisiete años. Pero la edad de mayor riesgo en la aparición de la violencia se sitúa entre los once y los quince años. Por la importancia del tema, en el próximo artículo señalaré la manera que tienen padres y profesores de detectar el problema a tiempo y formas que tienen los docentes de ayudar a un niño o joven que sufre este flagelo.
Reenumerando, encontramos las ss. acciones típicas que constituyen tal acoso:
1.Cuando un chico o una chica se mete con otro compañero o compañera insultándole, poniéndole sobrenombres irónicos o ridículos, burlándose de él o ella, amenazándolo/a, tirándole sus cosas, pegándole o diciendo a los otros que no se junten con él o con ella, etc.
2.Cuando en el patio de recreo, en los pasillos, en los servicios y en la propia clase sucede, a veces, que unos compañeros/as se meten con otros/as, se burlan de su aspecto, se ríen de ellos, y luego dicen que ha sido jugando o que el otro es un quejumbroso, etc.
3.Cuando algunos chicos y chicas les dicen a los demás que no le hablen a otra chica o chico, para que no tenga amigos ni amigas, o le acusan falsamente de algo.
4.Cuando un chico o una chica abusa de su fuerza o se pone en actitudes matonescas, pegan o amenazan a otro compañero o compañera que no es tan fuerte, o que le da vergüenza enfrentarse con él o con ella y siempre se calla y aguanta.
5.Cuando un grupo de chicos o chicas levanta rumores falsos sobre un chico o una chica, simplemente porque no quiere salir con ellos o no están dispuestos a hacer lo que ellos quieren ni aguantar sus cosas y empieza a perder sus amigos/as y a tener cierta fama.
No hay que confundir estas situaciones con los típicos altibajos que se producen en las relaciones entre los alumnos, especialmente a lo largo de la etapa de la adolescencia y pre-adolescencia. Los conflictos y las malas relaciones entre iguales, los problemas de comportamiento o de indisciplina son fenómenos perturbadores pero no son verdaderos problemas de violencia, aunque pueden degenerar en ellos, si no se resuelven de una forma adecuada.
Para prevenir y atajar posibles brotes, es muy conveniente centrar el tema y dejar de pensar "que todo esto es normal entre escolares" ni "que se trata sólo de bromas".
III. Trama de relaciones del acoso o intimidación escolar:
1. Acosador: es un líder o forma parte de su pandilla. Se creen superiores y atacan a los débiles o a los que no siguen sus reglas. “Si no eres como ellos serás uno de sus blancos”.
Suelen ser chicos que provienen de familias desestructuradas y que encuentran en el grupo de amigos una referencia, se sienten acogidos y protegidos, son valorados y por eso comienzan a seguir sus andanzas.
Suele ser buen estudiante, tal vez su físico no es muy agraciado, no se enfrenta a sus agresores y eso hace que éstos se envalentonen.
2. Acosado: suele ser buen estudiante, tal vez su físico no es muy agraciado, no se enfrenta a sus agresores y eso hace que éstos se envalentonen.
Tiene dificultades de comunicación o es tímido y tiene pocos amigos. Poco a poco se irá encerrando en sí mismo y dejará de tener una vida social y de ocio acorde para su edad. No saldrá de casa por miedo a sufrir un ataque y su recogimiento será motivo de refuerzo para su agresor.
Sus padres suelen describirle como un chico bueno que no se mete con nadie y que no da problemas, pero cuando llega el suicidio o una agresión mayor por parte del acosador, éstos se sentirán culpables por no haberse dado cuenta o porque su hijo no lo contó ni a profesores ni a sus padres. Esto denota que existen unas dificultades de comunicación o una falta de confianza en los mayores, que hace que el niño se sienta solo ante esta situación y que busque el camino más rápido para dejar de sufrir.
Tras una agresión continuada, la persona se encuentra en un pozo sin salida aparecerán ideas negativas que le llevaran poco a poco a sumirse en una depresión producto de la cual aparecerá el suicidio como forma de salir de todo
En un estudio sobre bullying en España, aparecen cuatro aspectos claves:
a) ataques o intimidaciones físicas, verbales o psicológicas, destinadas a causar miedo, dolor o daño a la víctima;
b) abuso de poder, del más fuerte al más débil;
c) ausencia de provocación por parte de la víctima;
d) repetidos incidentes entre los mismos niños o jóvenes durante un tiempo largo y sostenido.
El acoso escolar se divide en dos categorías:
1.Acoso directo: es la forma más común entre los niños.
2.Acoso indirecto o agresión social: suele ser más común entre las niñas y en general a partir de la preadolescencia. Se caracteriza por llevar al individuo a un aislamiento social. Este aislamiento se consigue mediante técnicas variadas que incluyen: difundir rumores, rechazar el contacto social con la víctima, amenazar a otros niños que se lleven bien con la víctima, criticar rasgos sociales, la manera de vestir de la víctima o su religión, raza, discapacidad.
El acoso escolar tiene frecuentemente lugar en zonas de la escuela bajo supervisión nula o mínima de los docentes: el furgón escolar, la cafetería, entre las clases, en los baños o durante el recreo.
II. Ejemplos concretos de acoso o intimidación escolar:
Un estudiante se convierte en víctima cuando está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que lleva a cabo otro estudiante o varios de ellos. Implica a veces el golpear o dar patadas a otros compañeros de clase, hacer burlas, recibir provocaciones continuas, decir sobrenombres degradantes, agredir verbalmente, ser objeto de rumores o mentiras, ser objetos de ataques y destrucción de sus pertenencias
1
2
3
4
IV. Mitos acerca del acoso o intimidación escolar:
1. «Han sucedido desde siempre y no pueden cambiarse»
Estas creencias inciden en «que no se intervenga» en la búsqueda de una solución.
2. Esas agresiones «son cosa de los chavales», como sinónimo de poco importante.
Las edades clave son de diez a quince años. Hay un primer tramo, de diez a doce, en el que se comienzan a fraguar las relaciones interpersonales de manera importante. Aquí hay bastante frecuencia de casos. De doce a quince años, los casos se dan menos, pero son los más graves.
3. El síndrome de Estocolmo del Menor
La sintonía interna (o externa) con el ‘bully’ se da cuando los iguales (o el adulto testigo) asumen en su interior esa inmoralidad, miran para otro lado y la víctima queda sola. Aquí entraríamos en el fenómeno del gregarismo y de amoralismo ético. Evitar y evadir todo conflicto de conciencia (“a mí que me registren...”) (con lo cual el síndrome de Estocolmo se convierte en síndrome de Pilatos).
4. La violencia en centros educativos es una «respuesta a una provocación»
Como argumentan los agresores o los testigos (“algo habrá hecho”, “que espabile”, “así se hace fuerte”). Esa idea es especialmente peligrosa porque hace al agredido «doblemente víctima» ya que se le considera culpable del suceso.
5. El agresor no mide las consecuencias de sus actos, no tiene capacidad responsable.
«El niño acosador tiene una mentalidad maquiavélica y necesita ayuda psicológica». El agresor «no tiene un pelo de tonto, sabe mentir estupendamente, enreda a los adultos, y acusa y atribuye la provocación a la víctima». El agresor sabe que lo que está haciendo está mal. Esto está muy estudiado. No se trata de un burro inconsciente. Es alguien de mentalidad un poco maquiavélica, que busca siempre una justificación a sus actos: «Es que se lo buscaba», «es que es tonto...».
6. No notamos nada. Parecen felices.
Normalmente los padres no se enteran y si lo hacen es de forma accidental pues alguien próximo al niño (un compañero de clase o un hermano) es el que da la voz de alarma. El principal motivo por el que un niño no explica en su casa lo que le están haciendo en el centro educativo es porque nadie le ha dicho que es bueno decirlo.
Como los protagonistas saben que es una conducta prohibida e indecente, procuran ocultarlo y actúan en los sitios oscuros, físicos y psicológicos. Por ejemplo, pasillos, aseos de colegios, salidas de patio... También dentro del aula, pero de forma oculta. Es un fenómeno que se ubica en el microsistema de los iguales, en donde los niños se comunican sin compartirlo con los mayores.
7. Los profesores «no se enteran» de que están ocurriendo esos incidentes.
Los docentes lo saben o lo intuyen, pero «muchos» minimizan el problema o carecen de técnicas de resolución de conflictos.
8. Los afectados son niños problemáticos
Suelen estar en el grupo de los buenos estudiantes, suelen ser psicológicamente menos fuertes y asertivos, en el sentido de enfrentarse a las agresiones y no afrontarlas.
9. El síndrome del chivato
Los compañeros miran para otro lado cuando se producen las agresiones, físicas o psicológicas. El 85% de los alumnos se enteran de las agresiones. Realmente es un fenómeno que se ubica en el microsistema de los iguales, en donde los niños se comunican sin compartirlo con los mayores. No se quiere ser chivato, ni aparecer como débil.
10. “No es para tanto...”
El suicidio y el asesinato son los efectos más graves del acoso. Se dan muy poco, pero se dan... El acoso puede llevar a la víctima al suicidio. En Suecia, en 1978, se suicidaron sucesivamente y en pocos meses tres niños tras sufrir acoso escolar. A partir de ese momento, el Gobierno sueco hizo el primer estudio de bullying que se conoce. Los suicidas de la escuela Columbine, en Littleton, Colorado, fueron a jugar a los bolos antes de liquidar a tiro limpio a sus compañeros y morir ellos mismos (de ahí el título Bowling for Columbine, de Michael Moore).
11. Escarmiento punitivo al provocador. Verás cómo se le quitan las ganas.
¿Hay que buscar culpables? Una cosa es impunidad y otra irrresponsabilidad. Se tienen que depurar responsabilidades. Si no se aclaran responsabilidades, el fenómeno se puede repetir más de la cuenta. El culpable es una figura que, como estamos hablando de juventud y de infancia, no es necesariamente útil. Es muy importante que el clima de la escuela comprenda lo qué ha ocurrido y que se aclare.
Frente al chico "bully" es recomendable una terapia intensiva por un psicólogo fuera de la escuela, así como un "control- positivo" de sus acciones, se le ha de valorar cada vez que actúe bien.
12. Ya se pasará. Todos hemos pasado por esto.
La violencia deja huella en todo el mundo. No sólo en la víctima. En los agresores, las huellas son muy importantes a corto, medio y largo plazo. También deja huella en los testigos. El pensar que quizás se podría haber hecho algo es muy duro para mucha gente. No deja indiferente a nadie. Deja secuelas.
13. El bullying escolar va en aumento
Lo que está en auge es la búsqueda de transparencia. Faltan datos recientes. Ahora hay maltrato y seguramente lo hubo antes.
El último informe del Defensor del Pueblo de España, realizado en 1999 con encuestas a 3.000 alumnos, destacaba que más del 30% de los escolares declaraba sufrir agresiones verbales con cierta frecuencia y cerca de un 9% amenazas con la finalidad de meterles miedo . [2]
V. Efectos del acoso o intimidación escolar:
Los niños que son intimidados experimentan un sufrimiento real que puede interferir con su desarrollo social y emocional, al igual que con su rendimiento escolar. Algunas víctimas de intimidación hasta han intentado suicidarse antes de tener que continuar tolerando tal persecución y castigo.
El fenómeno de acoso escolar o bullying lleva consigo una serie de consecuencias, no sólo para la víctima (las que pueden ser más devastadoras), sino también para el agresor y para los espectadores del fenómeno (niños y jóvenes en proceso de crecimiento y desarrollo). Los principales efectos sobre la salud mental del agredido tienen relación con dificultades de rendimiento y, en algunos casos, fracaso escolar. Además, alto nivel de ansiedad y fobia escolar en situaciones extremas, así como baja autoestima, cuadros depresivos, bajas expectativa de logro, intentos de suicidio e indefensión aprendida: el niño o joven aprende que no puede controlar los recursos de su entorno mediante sus respuestas, por lo que deja incluso de emitirlas.
En ocasiones el chico o chica con el que se meten los demás puede llegar a pensar que tiene la culpa de lo que le ocurre. Puede sentirse tan triste y decepcionado de sus malas relaciones con sus compañeros que tendrá problemas para concentrarse y su rendimiento académico bajará; incluso puede caer en una depresión. En todo caso, su situación personal se convierte en algo que a nadie le gustaría sufrir, y nadie debería sufrirlo.
A veces la intimidación produce la venganza del acosado. Algunos casos, particularmente en los EEUU, han terminado en masacres, disparos, y otras crisis de gran magnitud mediática.
Los niños y adolescentes que intimidan, se engrandecen y cobran fuerzas ("thrive") al controlar o dominar a otros. Ellos muchas veces han sido las víctimas de abuso físico o de intimidación. Los intimidadores ("bullies") pueden también estar deprimidos, llenos de ira y afectados por eventos que suceden en la escuela o en el hogar. Los niños que son el blanco de los intimidadores también tienden a caer bajo un perfil particular. Los intimidadores a menudo escogen niños que son pasivos, que se intimidan con facilidad o que tienen pocos amigos. Las víctimas también pueden ser más pequeños o menores a quienes se les hace muy difícil defenderse a sí mismos.
VI. El acoso o intimidación escolar es una responsabilidad colectiva de la comunidad educativa:
Los profesores/as y los padres tienen una responsabilidad especial en el cuidado de niños/as y adolescentes, y eso incluye ayudar a quien están siendo víctima de estas conductas no deseadas en la escuela. Pero los adultos no pueden hacerse cargo de estas tareas, sin la ayuda de los propios niños/as y adolescentes.
Cuando alguien está siendo víctima del fenómeno "bullying" en un centro educativo, el resto de compañeros que no están implicados directamente, si saben sobre lo que está sucediendo en el aula, en el recreo o en la calle. Aunque ellos no estén envueltos, podrían ayudar a quienes sufren estas conductas no deseadas.
Podrían animarles a hablar directamente con un adulto, o bien podrían ofrecerle hablar con un adulto en su favor. Así, puede ser que los compañeros agresores dejen de actuar contra otros, pues no les gustará saber que hay adultos que saben que están haciendo y que no pararán hasta verlos actuar de este modo.
Todos los miembros de una comunidad educativa (alumnado, padres/madres, profesorado,...) tienen una responsabilidad importante en la ayudar a quiénes están siendo víctimas y hablar de quienes tienen estos comportamientos violentos.
La obligación de los padres, profesores y miembros de la comunidad escolar es evitar que la violencia germine en nuestros niños. El acosador de hoy puede ser el maltratador de mañana.
VII. Acciones contra el acoso o intimidación escolar:
1. Promovidas por los padres:
Si un niño está intimidando a otros, es importante que buscar ayuda para él o ella tan pronto como sea posible. Sin una intervención, la intimidación puede llevar a serias dificultades académicas, sociales, emocionales y legales. Hablar con un pediatra, maestro, principal, consejero escolar o médico de familia del niño es relevantísimo. Si la intimidación continúa, una evaluación comprensiva por un siquiatra de niños y adolescentes u otro profesional de la salud mental debe de ser planificada. La evaluación puede ayudar a padres y niños a entender cuál es la causa de la intimidación y a desarrollar un plan para ponerle fin al comportamiento destructivo.
También es importante que se responda de manera positiva y con aceptación. Se recomienda hacer entender al acosado que no es su culpa y que él o ella hizo lo correcto al comentarlo a terceros. Otras sugerencias específicas incluyen lo siguiente:
•“Pregúntele a su niño lo que él o ella cree que se debe de hacer. ¿Qué él ha tratado ya? ¿Qué le funcionó y qué no le funcionó?
•Busque ayuda de la maestra del niño o del consejero de la escuela. La mayor parte de la intimidación ocurre en las áreas de juego, en las cafeterías, los baños, los autobuses escolares o en los pasillos donde no hay supervisión.
•Pídale a los administradores de la escuela que busquen información acerca de programas que han sido utilizados en otras escuelas y comunidades para combatir la intimidación, tales como la mediación entre los pares, la resolución de conflictos, el adiestramiento para controlar la ira y el aumento en la supervisión por adultos.
•No estimule a su niño para que se defienda peleando. En vez de ello, sugiera que él o ella trate de alejarse para evitar al intimidador, o que busque la ayuda del maestro, entrenador u otro adulto.
•Ayude a su niño a practicar a hacer valer sus derechos. El simple acto de insistir que el intimidador lo deje solo o quieto puede tener un efecto sorpresivo. Explíquele a su niño que la meta del intimidador es lograr una respuesta.
•Ayude a su hijo a practicar qué decirle al intimidador de manera que esté preparado para la próxima vez.
Estimule a su niño para que esté con sus amigos cuando viaja hacia la escuela y de regreso, durante los viajes para hacer compras, o en otras salidas. Los intimidadores tienden a no molestar al niño que está en un grupo.
Si su niño se torna retraído, deprimido o si se resiste a asistir a la escuela, o si usted se da cuenta de un deterioro en el comportamiento escolar, puede necesitarse una consulta o intervención adicional. Un siquiatra de niños y adolescentes u otro profesional de la salud mental puede ayudar al niño, a la familia y a la escuela a desarrollar una estrategia para tratar con la intimidación. Busque a tiempo la ayuda profesional para así evitar el riesgo de consecuencias emocionales duraderas para su niño” [3].
2. Promovidas por la comunidad escolar:
Los profesores o profesoras deben cuidar o estar atentos a la relación de los alumnos y alumnas en los pasillos, en el patio y en el comedor. Para el niño agredido los peores momentos se sufren cuando los profesores no están presentes. Los rayados en las puertas de baños y paredes (nombres que aparecen habitualmente); la no participación habitual en salidas del grupo; darle importancia a las risas o abucheos repetidos en clase contra determinados alumnos o alumnas; estar atentos a aquellos alumnos que sean diferentes, por su forma de ser o aspecto físico; si comenta que le roban sus cosas en el colegio o si cada día explica que pierde su material escolar; escasas o nulas relaciones con los pares; quejas somáticas constantes como dolores de cabeza, de estómago o de otro tipo cuya causa no está clara; variaciones del rendimiento escolar; pérdida de concentración; quejas de los padres que dicen que no quiere ir al colegio.
La mayoría de las veces los padres y profesores son los últimos en enterarse de lo que les ocurre a los niños. La vergüenza o el miedo a las represalias y la falta de comunicación con los adultos son los principales motivos por lo que un estudiante no se atreve a contar lo que le sucede.
VIII. TESTIMONIOS REALES
1. Una víctima :
”Cuando estaba en la escuela, me cogieron manía y no pararon durante dos años. Nadie hablaba conmigo. No hice nada por culparles, y todavía no sé la razón por que siempre me intimidaban. No era más rica o más pobre, ni era de una raza diferente.
Solía llorar cuando me acostaba cada noche. Era desgraciada. Cuando mis padres lo supieron, hablaron con el director, pero él no estaba interesado y les dijo que no podría hacer nada. Mis padres conocían a los padres de los chicas que me amenazaban. Una incluso vivió en la misma calle y habíamos sido amigas desde los dos años. Como una oveja, ella descargó porque nadie más hablaba conmigo.
Todo esto sucedió a los 6 años y perdí casi toda mi autoconfianza y empecé a odiarme. Odiaba pensar que esto pudiera ocurrirle a cualquier otra chica. Tengo un miedo si una chica no me habla, ellos empezaron todo y nunca pararán. No quisiera que continuara durante el resto de mi estancia en el colegio. No podría hacer frente. [4] (Chica, 14 años)” .
2. Un agresor ("bully"):
”Nunca he intimidado a nadie. Si lo haría, si alguien me molestara y se riera de mí, entonces me defendería. Yo no soy un valentón. No creo que haya alguien en el colegio que abuse de otros compañeros de ésta u otra forma." (Chico, 16).
3. Un padre :
”Mi hija ha sido intimidada por otros compañeras, desde que estaba en el colegio. Diariamente le llamaban con nombres como 'perra' y 'basura'. Hemos intentado todo, pero nadie escucha. Ella intentó suicidarse. Lo único que ella desea es ser una chica feliz en la escuela con sus amistades. No quisiera que ningún padre sufriera lo que hemos sufrido. Nosotros continuaremos luchando."
4. La escuela :
”La gente podría decir cualquier cosa como "eso es una escuela terrible porque han sido intimidados por otros compañeros', o podrían decir, '"ese es un buen colegio porque están haciendo frente a ello". Decidimos asumir el riesgo" (Director de un colegio que desarrolló un programa anti-bullying).
IX. El acoso o intimidación escolar en España:
Teodoro Hernández de Frutos, sociólogo de la UPNA (Universidad Pública de Navarra), es autor, junto a otros investigadores de la UPNA, del estudio Aportaciones teórico-prácticas para el conocimiento de las actitudes violentas en el ámbito escolar, que fue promovido por el Instituto Navarro de la Mujer y que incluye una encuesta a más de 600 alumnos de secundaria de Navarra.
1. Datos generales:
Un dato es que la violencia «bullying» afecta a entre un 7 y un 10% de la población escolar. O que al menos un 25% de los alumnos se han sentido amenazados alguna vez.
Los alumnos de 3º de Educación secundaria (13 y 14 años) son los que más sufren y ejercen el acoso escolar. Los chicos de esta edad suelen desarrollar una violencia física con sus compañeros y las chicas, en cambio, llevan a cabo una violencia verbal y de exclusión (hacen el vacío o dejan de lado a algunos compañeros).
De su investigación se desprende que de todos los casos de bullying, el 1,8% son graves, el 10% moderados y el 50% leves. El informe también destaca que los jóvenes que viven sólo con un familiar (padre o madre) se meten más con sus compañeros que aquellos que conviven con más familiares. Además, prosiguen, cuando el alumno tiene una buena relación con su familia y está contento en el colegio, no suele acosar a sus compañeros.
Según el estudio, la violencia se puede desarrollar en cualquier espacio del colegio (patios, baños, pasillos...) Sin embargo, en las aulas es donde siempre «suele surgir la chispa», el detonante del problema.
El tipo de bullying más frecuente se traduce en insultar, reírse de los compañeros o ponerles motes. En el extremo opuesto está el hacer chantaje a los compañeros para pedirles dinero. El 26% de los alumnos confesaba que alguna vez habían visto a un compañero abusando de otro.
2. Perfil del agresor.
Suelen ser grupos de chicos (45%) o de chicos y chicas (23%), o un chico solo (14%). Más raros son los grupos de chicas o chicas solas. Suelen ser chicos conflictivos, que no se identifican con el colegio, a veces con problemas familiares, sobre todo de falta de supervisión y control. A veces hay consumo de drogas y alcohol. Buscan chivos expiatorios para purgar sus problemas y frustraciones. Obtienen satisfacción a través de la violencia para reafirmar su personalidad y su posición de liderazgo. No controlan sus impulsos y emociones. Los chicos tienden a los abusos físicos, seguidos por los psicológicos, y las chicas, a los psicológicos y relacionales.
3. Perfil de las víctimas.
Puede ser cualquiera. Pero puede haber rasgos que hagan especialmente vulnerables a algunos, como ser tímido, introvertido, hiperactivo, encerrado en sí mismo o tener alguna característica física que le diferencia (estar gordo, llevar gafas, ser bajito) o bien una característica académica, como ser «empollón» o llevarse bien con los profesores («pelota», para el agresor). Los efectos del «bullying» en la víctima pueden ser devastadores: se siente violentada, desprotegida, humillada, insegura, aislada, indefensa.
4. Dónde se da.
En cualquier centro y, según el estudio en Navarra, en cualquier parte de él: en el aula, en el patio, en los pasillos, en los aseos... aprovechando que no está el profesor o incluso en su presencia. También, en los alrededores del centro, en los lugares de ocio, etc.
5. Qué hacen los demás.
La mayoría de quienes no son ni víctimas ni agresores permanecen como meros «espectadores» y no hacen nada.
6. Violencia machista.
El estudio de Hernández reveló también la persistencia de ideas y actitudes machistas entre los más jóvenes. Por ejemplo, no eran pocos quienes decían que «las chicas son más débiles que los chicos», «las mujeres están más adaptadas para cocinar y planchar que los hombres» o, peor, que «es comprensible que un chico pegue a una chica si ésta antes le ha insultado».
7. La «ley del silencio».
Uno de los problemas es que no es fácil detectar el «bullying» y sobre todo conseguir pruebas, ya que impera una especie de «ley del silencio». Tanto las víctimas como los «espectadores» tienen miedo de hablar, por las posibles represalias. Y, sin embargo, como dice Teodoro Hernández, es necesario atajar esta violencia; se trata de una cuestión de «derechos humanos».
El asunto ha llegado a tal nivel en España, que el 20 de septiembre de 2006 el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció que la futura reforma de la Ley del Menor, actualmente en trámite parlamentario, tipificará el acoso escolar y permitirá trasladar de centro a los jóvenes que maltraten a sus compañeros. Añadió que su departamento "ya está haciendo lo que debe, que es estar muy despierto para incorporar las nuevas realidades; fenómenos que no existían o de los que no teníamos conocimiento y que ahora emergen con mucha fuerza" [5].
IX. Acoso o intimidación escolar en Chile
1. Convivencia escolar: Concepto fundamental.
Los valores de convivencia en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza. La Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza fija los requisitos mínimos que deben cumplir los diferentes niveles de enseñanza y establece el deber del Estado de velar por su cumplimiento. En su Artículo 2, la LOCE señala:
“La educación es el proceso permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo moral, intelectual, artístico, espiritual y físico, mediante la transmisión y cultivo de valores, conocimientos y destrezas, enmarcados en nuestra identidad nacional, capacitándolas para convivir y participar en forma responsable y activa en la comunidad”.
Al examinar qué factores dificultan el logro de los objetivos señalados por la LOCE, es claro que en el contexto de los valores de convivencia y participación responsable y activa en la comunidad, las prácticas discriminatorias y abusivas son obstáculo serio para la formación de personas autónomas, respetuosas, solidarias y participativas, personas con valores, y habilidades que les permitan convivir íntegramente en la sociedad de hoy.
Las medidas que conduzcan a erradicar dichas prácticas discriminatorias y abusivas deben considerar y proteger los derechos de los estudiantes, evitando concepciones reivindicatorias y confrontacionales. La perspectiva del resguardo de derechos debe estar orientada con sentido de comunidad, de proyecto compartido. De allí surge la responsabilidad por el otro, presente en los valores de solidaridad y colaboración que constituyen a la convivencia democrática.
2. Política de Convivencia Escolar
Dados los principios educativos expresados en la LOCE, el Ministerio de Educación debe velar por el cumplimiento de una educación integral. Un espacio para ello lo constituye la Reforma Educacional, la cual pone énfasis en una educación de calidad para todos, en un marco de igualdad de oportunidades y de soportes eficaces para el aprendizaje y la formación de niños, niñas y jóvenes. El Marco Curricular de la Reforma expresa los Objetivos Fundamentales Verticales, que dicen relación con niveles exigentes de conocimientos, habilidades y destrezas; y los Objetivos Fundamentales Transversales, que apuntan a la formación intelectual, ética y socioafectiva de los alumnos y alumnas. Esta dimensión es la base para la formación ciudadana y constituye el pilar de la construcción de la convivencia.
Visualizar la convivencia en la institución escolar es un tema que tiene diferentes formas de abordaje: está el del currículum, en la relación de la familia con la escuela; el de la influencia de los medios de comunicación de masas y del entorno geográfico y sociocultural; el clima escolar –el currículum oculto-; la calidad y modalidades de relación que existen entre las personas que forman parte de la comunidad educativa; los ceremoniales; los valores que el Proyecto Educativo Institucional pone en primer término; los estilos de gestión y las normas de convivencia.
3. En qué consiste la Política de Convivencia Escolar [6]
Dada la necesidad de articulación y fortalecimiento de las acciones tanto de programas ministeriales y de acciones en las comunidades locales, MINEDUC creó una Política de Convivencia Escolar, la que pretende ser marco orientador para las acciones que el Ministerio de Educación realice en favor del objetivo de aprender a vivir juntos. Así, esta Política cumplirá una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores emprenden y emprenderán en favor de la formación en valores de convivencia: respeto por la diversidad; participación activa en la comunidad; colaboración; autonomía; solidaridad. Tiene además un carácter estratégico, pues por una parte ofrece un marco de referencia que otorga sentido y coherencia a dichas acciones y, por otra, busca promover y estimular las acciones específicas que vayan teniendo lugar en los distintos sectores.
La formulación de la Política de Convivencia Escolar es el resultado del trabajo de reflexión realizado por diferentes actores en el Seminario Escuela, Convivencia y Ciudadanía, que tuvo lugar en octubre de 2000. A este trabajo se agregaron observaciones, documentos y experiencias aportados por la Comisión de Convivencia Escolar, por diversos programas del Ministerio de Educación y por la Unidad de Apoyo a la Transversalidad, así como las reflexiones emanadas de las mesas de trabajo en torno a los temas de discriminación en las escuelas y de violencia escolar.
Para ello se ha presentado un Marco Para la Buena Enseñanza, documento consensuado entre el Colegio de Profesores, Ministerio de Educación y Asociación de Municipios, es quien define los estándares de buen desempeño docente y señala que uno de los cuatro dominios que configuran el marco del excelencia en el desempeño es el de la creación de ambientes propicios para el aprendizaje. Y los criterios que definen ese estándar se refieren directamente al clima de confianza, respeto y equidad y a la consistencia de las normas de convivencia. Es necesario también que exista una mayor participación de la familia en el desarrollo escolar de sus hijos; que la comunidad educativa esté dispuesta a construir y reconstruir pedagógicamente su estilo de convivencia, considerando la importancia que tiene la delegación de atribuciones; otorgando confianza y creando oportunidades de mayor protagonismo de los estudiantes en los procesos de resolución pacífica de conflictos y en los canales de participación; estimulando una reflexión acerca de los valores que fundamentan las normas de convivencia y generando instancias de diálogo en torno al reglamento interno.
Para esta Política, la convivencia escolar es una construcción colectiva y dinámica, constituida por el conjunto de interrelaciones humanas que establecen los actores educativos al interior del establecimiento. Así concebida, la calidad de la convivencia es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa, sin excepción. Asimismo, ella constituye un proceso transformador, dinámico y diverso. Por tanto, no admite un modelo único, no obstante, es necesario explicitar un mínimo común para todas las comunidades educativas del país.
Este mínimo es el que se quiere reflejar en los principios rectores de esta política, los que se subordinan a los siguientes marcos legales que les otorgan legitimidad y obligatoriedad:
• La Constitución Política de la República de Chile,
• Declaración Universal de los Derechos Humanos,
• Convención sobre los Derechos del Niño,
• Ley Orgánica Constitucional de Educación Nº 18.962 de 1990,
• Decretos Supremos de Educación, Nº 240 del 1999 y Nº 220 de 1998, en lo que respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales,
• Instructivo presidencial sobre participación ciudadana,
• Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema educativo. MINEDUC. 2000.
4. Principio rectores de la Política de Convivencia Escolar:
a) Todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho
El artículo Nº 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos expresa: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. A la luz de estas palabras, se espera que en toda comunidad educativa que está al servicio de la persona y de la sociedad, los derechos esenciales de la naturaleza humana, como lo expresa la Constitución de la República de Chile, sean respetados, ejercidos y promovidos por cada uno de los distintos actores educativos: docentes, estudiantes, paradocentes y apoderados y apoderadas en la convivencia cotidiana, sin excepción alguna.
Niños, niñas, jóvenes y adultos, siendo titulares de esta condición intrínseca e inalienable, son llamados a construir comunidad en toda institución escolar.
b) Los niños, niñas y jóvenes son sujetos de derecho.
Históricamente, el niño, la niña y el joven no han tenido la misma visibilidad y valoración en la sociedad y en la cultura. De una completa invisibilidad social en la Antigüedad y en la Edad Media, se dio paso a una condición de dependencia y protección social hacia “los menores”, término más común para referirse a la infancia especialmente en condición irregular. Se inicia un siglo XXI con un paradigma de infancia que eleva a la niñez a la categoría humana de sujeto de derecho.
Siendo el desarrollo de la infancia y la juventud el objetivo directo de la política educacional, el compromiso ratificado del Estado chileno en la Convención sobre los Derechos del Niño, se apela particularmente a los establecimientos escolares a dar el reconocimiento del lugar propio que ocupan niños, niñas y jóvenes en la comunidad escolar y en la sociedad como personas íntegras, capaces y responsables.
c) La educación como pleno desarrollo de la persona
Siendo la Educación Integra de los sujetos un bien público que está consagrado en la Constitución de la República, y que es deber del Estado proteger el ejercicio de este Derecho, es necesario comprender que este derecho sólo se da en “la relación con otros” en un contexto plural y diverso que se enriquece en la heterogeneidad más que en la homogeneización de las relaciones. Es por ello que lograr el pleno desarrollo de la persona se requiere de un ambiente escolar dinámico, diverso, abierto, claro en sus posibilidades y oportunidades, no discriminatorio.
d) Convivencia democrática y construcción de ciudadanía en la institución escolar
La institución escolar es considerada como una institución de privilegio en la formación ciudadana de los estudiantes y, por consiguiente, en el fortalecimiento de la democracia en nuestro país.
Un contexto escolar participativo donde los sujetos tienen diversas oportunidades de ejercicio progresivo de sus derechos y consecuentes responsabilidades, posibilita aprehender, en convivencia con otros, el respeto al otro y la corresponsabilidad en la construcción del clima cooperativo necesario para aprender a ser, aprender a vivir juntos, aprender hacer y aprender a aprender.
e) La convivencia escolar: un ámbito de consistencia ética
Cuando los valores compartidos logran plasmarse en la vida cotidiana de los establecimientos educativos, se puede decir que ella es consistente, es decir, que no existe diferencia entre los valores declarados y la vivencia de dichos valores.
f) Respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia
La Constitución asegura a todas las personas el respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de su persona y de su familia, por lo que debiera ser pilar central de toda interacción humana al interior de cada establecimiento educacional.
La honra es un valor y un derecho. La honra dice relación con el respeto que los integrantes de la sociedad deben tener por la imagen que cada persona ha construido ante sus semejantes y, al mismo tiempo, el legado que ella quiere dejar en la memoria de otros seres humanos.
El derecho a la honra y al respeto por la intimidad de las personas es un principio que debe orientar la explicitación necesaria de los límites de intervención entre escuela y familia como entre familia y escuela.
g) Igualdad de oportunidades para niños y niñas, mujeres y hombres
El ser hombre y ser mujer, el ser niña y ser niño es una expresión natural de diferencia, que obliga a mirar la cultura escolar, las prácticas pedagógicas, la distribución de oportunidades y del poder desde las diferencias y de la igualdad de ambos géneros.
h) Las normas de convivencia: un encuentro entre el derecho y la ética
El punto de encuentro entre derecho y moral son los derechos humanos. Ellos se fundamentan en la ética como forma de realización histórica de la autonomía moral. Pero sin una legalidad, sin una normativa que los reglamente, son mera declaración de voluntad.
Es por ello que la política recomienda que todo Reglamento de Convivencia o de Disciplina debe construirse acorde con las normas contenidas en la legislación nacional e internacional vigente, tal como lo establecieron los principales representantes del sistema escolar en el documento Derecho a la Educación y Convivencia Escolar: Conclusiones y Compromisos.
5. Normativas, procedimientos y estrategias que contribuyen a mejorar la calidad de la convivencia en la institución escolar
La Política en Convivencia Escolar visualiza en la institución escolar dos mecanismos que adquieren máxima relevancia para la generación de óptimos estilos de convivencia al interior de las comunidades escolares: normativa escolar y procedimientos de abordaje pacífico de conflictos.
a) Normativa. Algunos criterios que deben ser considerados para la elaboración de normas:
• Que el Reglamento de Convivencia de cada establecimiento contenga los derechos y deberes para todos los actores educativos; un procedimiento disciplinario que describa detalladamente las conductas que vulneran las normas de convivencia; la descripción de procedimientos alternativos, si la comunidad así lo establece, para abordar los conflictos; una descripción de las sanciones que defina la escuela o liceo.
• Dado que el Reglamento de Convivencia tiene por objeto garantizar una respetuosa interacción entre los sujetos, el diálogo debe ser instrumento privilegiado para canalizar los criterios y procedimientos acordados para abordar los conflictos y problemas en la comunidad escolar.
• Las decisiones adoptadas no deben ser arbitrarias, sino que deben ceñirse a procedimientos, criterios y valores conocidos.
• Las normas debieran ser el resultado de un proceso abierto, participativo y plural que convoque a todos los miembros de la escuela o liceo. En su elaboración, revisión o análisis debieran participar el mayor número posible de miembros de la comunidad educativa.
• La presencia de normas y límites claros y suficientemente difundidos no tiene por fin la eliminación de los conflictos entre las personas, sino la eliminación de
arbitrariedades en la administración y el manejo de procedimientos justos al interior de la comunidad escolar.
• El Reglamento debe contener mecanismos para posibles modificaciones y adecuaciones en el tiempo.
Toda norma debe estar al servicio de las necesidades de los miembros de la comunidad, en el marco de la convivencia social. Si toda norma manda, prohíbe o permite definidos comportamientos, su proceso de elaboración debiera cumplir con cuatro condiciones o principios a lo menos:
b) Principios que las normas de convivencia deben respetar:
• De subordinación: Esto significa que toda norma de un establecimiento escolar debe estar sujeta a derecho. Por ende, debe ser acorde a la ley chilena y a los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado chileno.
• De igualdad y no discriminación: Establecido en nuestra Constitución Política en el artículo 19 Nº 2, y en la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 2. En el ámbito escolar, dicho principio significa que todos los niños, niñas y jóvenes son iguales, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, sexo, el idioma, la religión, o cualquiera otra condición del niño, de sus padres o apoderados. Es por ello que la norma y su aplicación deben ser justas, deben ser para todos y con igualdad de condiciones. Este requisito de una norma está estrechamente vinculado con la eliminación de la “arbitrariedad” como procedimiento. La arbitrariedad daña la relación y es un acto de injusticia en cualquier contexto de convivencia humana.
• De legalidad: Este principio comprende dos aspectos: por una parte significa que las normas de convivencia deben describir los comportamientos que se van a sancionar; y por otra que las sanciones que se impongan deben ser proporcionales a la falta y a la responsabilidad que le cupo a la persona
• De información: Las normas de convivencia deben ser puestas en conocimiento de todos los actores de la comunidad educativa. Este es un principio básico en cualquier sociedad democrática. Y es una condición que obliga, a los que están en el nivel superior de la jerarquía escolar, a difundirlas y a los que están en el nivel inferior de la jerarquía, a buscar acceso a la información.
• De formación: En el ámbito escolar, la norma debe tener un carácter formativo para las personas, es decir, que el sentido de la norma sea consecuente con la misión institucional.
c) Conflictos
Los conflictos son parte inherente de la convivencia entre personas. En la medida en que somos diferentes, pensamos en forma diferente y tenemos intereses, actitudes y preferencias distintas los unos de los otros, es inevitable que surjan conflictos en la convivencia cotidiana.
En nuestra cultura existe un sistema de creencias que estigmatiza a los conflictos como negativos y a las personas que los explicitan, como “conflictivas”. Esto ha generado actitudes de temor y desconfianza, que tienden a atribuir a los desacuerdos y a los conflictos, características negativas y amenazadoras de la estabilidad.
En las interacciones con otros es habitual que surjan desacuerdos, sin embargo no todos los desacuerdos constituyen un conflicto. Este surge cuando alguna de las partes, o ambas, perciben que el otro constituye un obstáculo para lograr las propias metas.
6. Las tres áreas de la convivencia escolar
Por áreas de la convivencia escolar se entenderán todos aquellos espacios de la cultura escolar que impactan en el estado de la calidad de la convivencia escolar. Ellas son:
a) Normativa de la Convivencia.
Se entenderá como el área que interviene en la Convivencia Escolar que regula y orienta los comportamientos entre los sujetos desde el rol que cumple cada uno de ellos en la comunidad escolar. Establece límites, sentidos, valores y procedimientos, a través de un conjunto de normas sujetas a derecho, conocidas por todos los miembros de la comunidad escolar.
b) Participación Institucional de los Actores Educativos.
Área de la Convivencia Escolar vinculada al reconocimiento de los diversos actores educativos y organizaciones estamentales, basado en sus derechos y responsabilidades en la construcción de una buena Convivencia Escolar.
c) Desarrollo Pedagógico y Curricular.
Área de la Convivencia Escolar referida al ejercicio de prácticas pedagógicas coherentes con los enunciados y valores de una convivencia escolar democrática. Pertinencia e incorporación de contenidos y concepciones culturales de los sujetos participantes en el proceso de aprendizaje en el entorno escolar.
En Resumen, este instrumento se divide en 3 áreas y 6 Dimensiones
5
7. Política escolar de convivencia en cifras
De acuerdo al Informe Ejecutivo. Primer Estudio Nacional de Convivencia Escolar [7] , se encuentran los ss. indicadores:
a) Maltrato entre alumnos
La mayoría de los alumnos considera que no ha recibido maltrato y/o agresión de sus compañeros. Sin embargo el 28% de los alumnos considera que ha recibido insultos y maledicencia a menudo y el 9% señala ser golpeado frecuentemente. De acuerdo a esta relación, se concluye que los alumnos declaran ser víctimas principalmente de un maltrato psicológico mientras el maltrato físico (pegar) se presenta como el menos frecuente.
Desde la perspectiva de los alumnos, son aquellos de establecimientos particulares pagados los que presentan una menor incidencia de maltratos y/o agresiones. Los docentes al considerar estas formas de maltrato en el aula de clases coinciden en este aspecto excepto en el aislamiento social y rechazo, que presenta una menor frecuencia en los establecimientos subvencionados y municipalizados. También el aislamiento social ocurre con menor frecuencia en los establecimientos de menor tamaño y de poblados más pequeños; y en aquellos profesores que presentan una mayor experiencia docente.
b) Formas de abordar los conflictos
La mayoría de los profesores (80%) considera estar de acuerdo en que los conflictos en su establecimiento se resuelven en forma justa. Sin embargo los estudiantes manifiestan en un 70% estar de acuerdo con dicha afirmación. Profesores (70%) y estudiantes (74%) consideran que deben tomarse medidas más estrictas con los alumnos que causan problemas. Sin embargo, son los estudiantes quienes más las solicitan.
Los docentes declaran solucionar sus conflictos principalmente por la vía del diálogo (94%) frente a un 73% señalado por los alumnos. Aún así, son los estudiantes quienes manifiestan con mayor frecuencia el uso del castigo y la sanción, con un 53% ante un 40% admitido por los profesores.
A nuestro juicio, todos estos antecedentes ameritan un abordaje legislativo, toda vez que el acoso o intimidación escolar no sólo debe ser una política de Estado, la que debe desarrollarse de manera progresiva, sino que la convivencia escolar pacífica debe ser reconocida como un derecho humano fundamental de niños y niñas en el sistema escolar.
Por tanto, vengo en proponer el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Agréguese al artículo Nº 2 de la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, el siguiente nuevo inciso tercero:
“El derecho a la educación incluirá el derecho a una convivencia pacífica, integrada y libre de violencia física y psicológica entre los miembros de la comunidad educativa”.
(FDO.):ALEJANDRO NAVARRO BRAIN,SENADOR
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ARANCIBIA Y PÉREZ VARELA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE TRANSPARENCIA EN EL GASTO ELECTORAL(4696-06)
Honorable Senado:
La Ley N° 19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral, ha demostrado, en su breve aplicación a los últimos procesos eleccionarios municipales, parlamentarios y presidenciales, diversas falencias que han quedado en evidencia con ocasión del descubrimiento de graves irregularidades en el uso de recursos públicos por organismos del Estado.
El grave perjuicio causado por este tipo de conductas inescrupulosas a la institucionalidad y a la confianza de la ciudadanía en sus representantes, obliga a este Poder del Estado a adoptar la más fuerte y decidida acción que ponga fin a todo intento de defraudar esa confianza, haciendo absolutamente transparente el sistema de gastos electorales.
Al efecto, se proponen un conjunto de modificaciones a la citada Ley N° 19.884 que apuntan, en general, a permitir a todo ciudadano ejercer un control directo sobre el gasto de los candidatos y, por otra parte, a impedir el acceso a tan altas funciones públicas a quienes intenten hacerlo recurriendo a prácticas reñidas con la ética política.
En primer término, se esclarece la rendición de los gastos por concepto de trabajos de personal de campaña, presumiendo legalmente que toda campaña supone la realización de esta clase de gastos y obligando a todos los candidatos a informar, documentadamente, el origen de los fondos con que se financia dicho gasto.
Pero como es posible que este tipo de aporte se realice voluntariamente y sin retribución alguna, se obliga a toda persona que así lo haga a realizar una declaración jurada en tal sentido que el candidato deberá acompañar a la cuenta que debe rendir, sancionándose con castigo penal tanto la falsedad ideológica en la declaración como su utilización maliciosa por parte del candidato.
Por otra parte, y con el objeto de poner fin al intervencionismo electoral del gobierno de turno, que distorsiona gravemente el desarrollo de los procesos eleccionarios influyendo en las conciencias de los electores a través del ejercicio torcido de la autoridad e incluso del empleo de bienes fiscales, se penaliza la conducta de los funcionarios públicos que realicen proselitismo político en cualquier tiempo o que participen en campañas electorales, así como el hecho de usar o consentir que otro utilice bienes fiscales con tales fines.
Atendida la complejidad y el volumen de las cuentas que deben rendirse en los diversos procesos eleccionarios, se extiende el plazo que la ley concede al Director del Servicio Electoral para pronunciarse sobre las cuentas electorales, de treinta a noventa días, tratándose de las elecciones parlamentarias y presidenciales; y de sesenta a ciento veinte días en el caso de las municipales.
Precisamente, como en la actualidad solo el Director del Servicio Electoral puede impugnar – o, en términos de la ley – rechazar una cuenta electoral, se faculta a todo ciudadano con derecho a voto, es decir, a todo aquel inscrito en los registros electorales, para impugnar una determinada cuenta ante el Servicio dentro del plazo de treinta días, esto es, la mitad del tiempo con que cuenta el Director del Servicio para pronunciarse, de acuerdo con la modificación que se propone.
En el mismo orden de ideas, y para hacer verdaderamente eficaz el mecanismo de control del gasto electoral, a la sanción de multa que actualmente establece la ley para el caso de rechazo de una cuenta, se agregan la prohibición de reembolso y la privación del cargo para el candidato electo cuya cuenta resultare, en definitiva, rechazada. Frente al creciente desinterés de la ciudadanía en participar en los actos eleccionarios, así como de la desconfianza en las instituciones generada por reiterados episodios de irregularidades en la Administración del Estado, la reacción del legislador no puede ser otra que la de cerrar todas las puertas al principal germen de destrucción de la democracia: la corrupción política.
Por último, las materias que se proponen, no implican en caso alguno, nuevos gastos para el Servicio Electoral, entidad que desarrollará estas labores de acuerdo a su presupuesto normal.
Por estas consideraciones es que sometemos a la aprobación de este Honorable Congreso, el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Ley N° 19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral:
a) Agregase el siguiente inciso segundo a la letra i) del artículo 2°:
“Se presumirá que todo candidato ha incurrido en los gastos descritos en el inciso anterior y en su rendición, cada candidato deberá indicar el origen de los fondos con que financió dicho gasto.
En(caso de haber consistido en trabajos voluntarios, el candidato deberá presentar una declaración jurada de la persona que los haya prestado en tal sentido, en la cuenta que debe rendir de acuerdo con lo dispuesto en el Párrafo 3° del Título III de esta ley. El que prestare una declaración falsa, será sancionado con la pena establecida en el artículo 193 del Código Penal. El candidato que, a sabiendas, presentara en su cuenta una declaración falsa, sufrirá la pena de inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de cargos públicos.”.
b) Sustitúyase el artículo 27, por el siguiente:
“Artículo 27.- Los funcionarios públicos que realicen actividades de proselitismo político o en apoyo de una candidatura, o que usen o consientan en que otro use bienes de su dependencia con las mismas finalidades, serán sancionados con inhabilitación absoluta temporal en cualquiera de sus grados”.
c) Sustitúyase el artículo 42, por el siguiente:
“Artículo 42.- El Director del Servicio Electoral deberá pronunciarse respecto de la cuenta de ingresos y gastos dentro de los noventa días siguientes de expirado el plazo a que se refiere el inciso primero del artículo anterior. Si el director del Servicio estimare necesario un examen más acabado de los antecedentes presentados, podrá prorrogar dicho plazo, una vez, y hasta por un máximo de quince días, vencidos los cuales deberá aprobar o rechazar la cuenta.
Tratándose de los actos eleccionarios regulados por la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades el plazo para el análisis de la cuenta será de ciento veinte días, sin perjuicio de la facultad del Director del Servicio para prorrogarlo por una vez y hasta por un máximo de quince días.
El Servicio Electoral auditará las cuentas de todos los candidatos que hubieren resultado presuntamente electos en la respectiva elección, haya o no mediado reclamación, debiendo calificar la justificación de los ingresos y gastos.
A tal efecto actuará como tribunal de primera instancia, apreciando los antecedentes según las reglas de la sana crítica.
Cualquier ciudadano podrá recurrir ante el Tribunal Calificador de Elecciones contra la resolución del Director del Servicio Electoral que aprobare o rechazare una cuenta dentro de los cinco días siguientes a la respectiva resolución. Interpuesto el recurso, el Tribunal Calificador de Elecciones deberá resolver dentro del plazo de cinco días y contra su resolución no procederá recurso alguno.
Si la auditoría de las cuentas de los candidatos presuntamente electos arrojaren antecedentes de hechos constitutivos de delitos de cualquier naturaleza, el Director del Servicio remitirá de oficio y sin más trámite los antecedentes al Ministerio Público.
En los casos en que se establezca la existencia de gastos electorales no declarados, corresponderá al Director del Servicio Electoral determinar la cuantía de los mismos. Lo anterior no obstará a la aplicación, si procediere, de lo dispuesto en los artículos siguientes del presente párrafo.”.
d) Agréguese el siguiente artículo 42 bis:
“Artículo 42 bis.- El incumplimiento por parte del Director del Servicio Electoral de las obligaciones que le impone el artículo anterior, será sancionado con la destitución del cargo.”.
e) Reemplazase el inciso tercero del artículo 44, por el siguiente:
“El rechazo de la cuenta será sancionado con multa a beneficio fiscal, equivalente al doble de la parte de los gastos electorales que hayan sido rechazados o que no hayan sido justificados. El candidato cuya cuenta hubiere sido rechazada no percibirá reembolso fiscal alguno de los gastos en que hubiere incurrido y, si resultare electo, no podrá asumir el cargo o cesará en él si hubiere sido investido.”.
(Fdo.):Jorge Arancibia Reyes,Víctor Pérez Varela
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA ALVEAR Y SEÑORES PIZARRO, RUIZ-ESQUIDE Y SABAG, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE INFORMACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE RECURSOS PÚBLICOS A TERCEROS(4697-06)
Honorable Senado:
FUNDAMENTOS
La necesidad de incrementar la transparencia activa
En las últimas semanas la ciudadanía ha sido testigo de serias denuncias relativas a irregularidades en el uso de recursos públicos, las que están siendo investigadas por el Ministerio Público y la Cámara de Diputados. Con el fin de enfrentar esta situación y colaborar con los esfuerzos nacionales para promover la probidad y transparencia, el Partido Demócrata Cristiano presentó al gobierno un conjunto de iniciativas, como un aporte a la propuesta que la Presidenta de la República presentara al país pocos días después.
Esta propuesta presidencial plantea una serie de medidas en materia de la denominada “transparencia activa”, entre las que se encuentra que los órganos del Estado informen de las transferencias de recursos a terceros. En este punto, la Presidenta señaló que, a través de un instructivo, solicitará a los organismos de se dependencia hagan pública esta información.
Registro de toda asignación directa, subvención o transferencia a privados en Internet.
La publicidad y transparencia de las decisiones públicas permiten su fiscalización no sólo por los órganos del Estado, sino que por la ciudadanía entera y los medios de comunicación. Este proyecto de ley pretende que cada repartición pública, deba informar en sus sitios de Internet, de manera clara y fácil de comprender, los diferentes aportes que el Estado entrega, especialmente aquéllos que se asignen directamente, indicando la naturaleza de los proyectos y los beneficiarios de la asignación pública, como por ejemplo las asignaciones del Fondo Regional del Deporte, Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, Fondo Solidario de Vivienda, etc.
Conveniencia de dotar de rango legal a la obligación de informar de las transferencias de recursos a terceros.
Sin perjuicio del instructivo presidencial, parece adecuado que la medida señalada pase a constituir una obligación de rango legal. Dotándola de este rango se logra garantizar la permanencia en el tiempo de esta medida, sin que quede sujeta a la voluntad de cada Gobierno. Al mismo tiempo, su rango legal permite crear sanciones que garanticen su debido cumplimiento.
Las actuaciones que mandata este proyecto de ley no irroga gasto alguno.
Por estas razones se hace necesario agregar esta obligación en el texto de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Para ello, vengo en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Agréguese el siguiente artículo a la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
“Artículo 14 bis.- Los Organismos a los que se refiere la presente ley, deberán poner a disposición permanente y gratuita del público, por medios electrónicos, la información sobre las transferencias señaladas en el artículo siguiente, en la forma que regule el reglamento.
Se entenderá por transferencias las subvenciones a personas jurídicas y las realizadas a favor de personas naturales, sin prestación recíproca en bienes o servicios, y, en especial, subsidios para financiamiento de actividades específicas o programas especiales y gastos inherentes o asociados a la realización de éstos; sea que estos recursos se asignen a través de fondos concursables o en virtud de leyes permanentes o subsidios, subvenciones en áreas especiales, o contraprestaciones establecidas en estatutos especiales, y otras de similar naturaleza, todo esto según se determine en el reglamento
La información a publicar deberá incluir:
1.El R.U.T. del o los receptores de las transferencias. En caso que se trate de personas jurídicas deberán indicarse los datos necesarios para confirmar su existencia legal;
2.El monto de la transferencia;
3.El objeto a que deben destinarse los recursos y el plazo;
4.Si la transferencia se asignó previo concurso o en forma directa;
5.La norma que autoriza la transferencia;
6.Las rendiciones, cuando corresponda.
Las transferencias deberán informarse dentro de los 15 días siguientes a su entrega.
La omisión de esta información se considerará una falta grave a la probidad administrativa del responsable del programa en virtud del cual se realizó la transferencia no informada. En caso de reincidencia éste último deberá ser sancionado con, a lo menos, la medida disciplinaria de multa previa instrucción del correspondiente sumario administrativo. Lo anterior será sin perjuicio de indagar y sancionar en el sumario a los demás responsables, si los hubiere.”.
Artículo Transitorio: La presente Ley entrará en vigencia 90 días después de su publicación.
(Fdo.):Soledad Alvear Valenzuela,Jorge Pizarro Soto, Mariano Ruiz-Esquide Jara, Hosaín Sabag Castillo,
PROYECTO DE ACUERDO DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA MATTHEI, Y SEÑORES ALLAMAND, COLOMA, ESPINA, GARCÍA Y PÉREZ VARELA, EN QUE SOLICITAN AL EJECUTIVO INFORMACIÓN RESPECTO DE PERSONAS CONTRATADAS A HONORARIOS EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO(S 926-12)
Honorable Senado:
Proyecto de acuerdo de los Honorables Senadores señora Matthei y señores Allamand, Coloma, Espina, García y Pérez Várela, en que solicitan al Ejecutivo información respecto de personas contratadas a honorarios en la Administración Central del Estado.
- Que es indispensable efectuar un conjunto de acciones de diversa índole a fin de frenar los problemas de corrupción que existen al interior del aparato público.
-Que es indispensable transparentar la situación de personal contratado a honorarios en la administración centralizada del Estado, tanto porque tal situación de informalidad es lesiva al concepto de “trabajo decente” que debe primar tanto en el sector público como en el privado, como porque su extensión y falta de control favorece prácticas clientelísticas y de “captura del Estado” que todos los sectores políticos han repudiado.
En virtud de lo anterior, sometemos al Honorable Senado el siguiente acuerdo:
Solicitar al Ministerio de Hacienda que, a través de la Dirección de Presupuesto, proporcione en forma electrónica, a fin de hacer comparables y verificables los antecedentes, la información relativa a todas las personas contratadas a honorarios (sea a suma alzada o asimilado a grado) entre al primero de Julio del 2005 y el 1 de julio del 2006 en Subsecretarías, Servicios y Programas de la Administración Central del Estado (se excluye en consecuencia la información relativa a la administración municipal):
1.- Nombre de la persona contratada.
2.- RUT de la misma.
3.- Fecha de celebración del contrato y plazo del mismo.
4.- Repartición o programa que celebra el contrato.
5.-Descripción de la función contratada.
6.- Monto mensual o total, según corresponda.
(Fdo.):Evelyn Matthei Fornet,Andrés Allamand Zavala, Juan Antonio Coloma Correa,Alberto Espina Otero José García Ruminot,Víctor Pérez Varela