Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
-
FÁCIL DESPACHO
- REGULACIÓN DE OCUPACIONES DE TERRENOS FISCALES EN BORDE COSTERO Y ENMIENDA A DECRETO LEY Nº 1.939
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- DEBATE
- REGULACIÓN DE OCUPACIONES DE TERRENOS FISCALES EN BORDE COSTERO Y ENMIENDA A DECRETO LEY Nº 1.939
- VI.
ORDEN DEL DÍA
-
FACULTADES FINANCIERAS PARA UNIVERSIDADES ESTATALES
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Ramon Vega Hidalgo
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES PARA DESIGNACIÓN DE NOTARIO ALTERNO O ADJUNTO. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- DEBATE
-
FACULTADES FINANCIERAS PARA UNIVERSIDADES ESTATALES
- VII.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Garcia Ruminot
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- RETRASO EXCESIVO DE HOSPITALES PÚBLICOS EN CIRUGÍAS Y OTRAS ATENCIONES MÉDICAS. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PREOCUPACIÓN POR RELACIONES CHILENO-PERUANAS. OFICIO
- ADHESION
- Carlos Cantero Ojeda
- Sergio Romero Pizarro
- ADHESION
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESION
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA, PARRA Y SILVA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE EXIGE A EMPRESAS DE LA GRAN MINERÍA CONSTITUIRSE COMO SOCIEDADES ANÓNIMAS (3864-08)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Cesar Augusto Parra Munoz
- Enrique Silva Cimma
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA, PARRA Y SILVA, CON LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA AL COBRE ENTRE LAS SUSTANCIAS NO SUSCEPTIBLES DE CONCESIÓN (3865-08)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Cesar Augusto Parra Munoz
- Enrique Silva Cimma
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA Y ARANCIBIA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE LUGAR DONDE SE ERIGIRÁ MONUMENTO EN MEMORIA DE PABLO NERUDA A QUE SE REFIERE LA LEY Nº 19.871 (3866-04)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA, PARRA Y SILVA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE EXIGE A EMPRESAS DE LA GRAN MINERÍA CONSTITUIRSE COMO SOCIEDADES ANÓNIMAS (3864-08)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 352ª,EXTRAORDINARIA
Sesión 51ª, en miércoles 11 de mayo de 2005
Ordinaria
(De 16:23 a 18:45)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR SERGIO ROMERO PIZARRO, PRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA,
SUBROGANTE Y CÉSAR BERGUÑO BENAVENTE, SUBROGANTE
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA...................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN........................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS........................................................
IV. CUENTA..........................................................................................
V. FÁCIL DESPACHO:
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que regulariza situación de ocupaciones irregulares en borde costero de sectores que indica y modifica D.L. Nº 1.939, de 1977 (3689-12) (se aprueba en general y particular)..................................
VI. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece facultades en materias financieras para universidades estatales (3502-04) (se aprueba en general).......................................................
Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, que modifica el Código Orgánico de Tribunales en lo relativo a designación de notario alterno adjunto (3259-07) (se aprueba su informe)............................
VII. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿
Retraso excesivo de hospitales públicos en cirugías y otras atención médicas. Oficio (observaciones del señor Prokurica)...........................................
Preocupación por relaciones chileno-peruanas. Oficio (observaciones de los señores Núñez, Cantero y Romero)............................................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Martínez Busch, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros de Hacienda , Secretario General de la Presidencia , de Educación y de Minería, y la señora Jefa de la División de Educación Superior .
Actuó de Secretario el señor José Luis Alliende Leiva, y de Prosecretario, el señor César Berguño Benavente.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:23, en presencia de 24 señores Senadores.
El señor ROMERO (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ROMERO ( Presidente ).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 48ª y 49ª, ordinarias, en 3 y 4 de mayo del año en curso, respectivamente, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
El señor ROMERO (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor BERGUÑO ( Prosecretario subrogante).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Seis de la Honorable Cámara de Diputados:
Con los tres primeros informa que ha acogido los proyectos de acuerdo aprobatorios de los siguientes instrumentos internacionales:
1) "Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala", suscrito en Santiago el 18 de mayo de 1995 (boletín Nº 3.748-10).
2) "Enmiendas al Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes, 1972, adoptadas por la resolución A.910 (22), el 29 de noviembre de 2001, de la Asamblea de la Organización Marítima Internacional (OMI), en su 22º Período de Sesiones" (boletín Nº 3.752-10).
3) "Acuerdo de Cooperación Turística entre la República de Chile y la República de Túnez", suscrito en Túnez el 20 de enero de 1997 (boletín Nº 3.753-10).
--Pasan a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Con el cuarto comunica que ha dado su aprobación al proyecto que modifica la ley Nº 14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, con el objeto de establecer la comunicación al boletín comercial de los incumplimientos graves de deudas alimentarias, penalizar el incumplimiento malicioso en el pago de dichas pensiones y otorgar competencia a juez que indica para conocer del aumento, disminución o cese de éstas en el caso de menores (boletines Nºs 2.600-18, 3.093-18 y 3.619-18).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 74 de la Carta Fundamental, se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.
Con el quinto informa que ha desechado algunas de las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto que modifica la ley Nº 17.235, sobre Impuesto Territorial; el decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y faculta a las municipalidades para otorgar condonaciones que indica (con urgencia calificada de "suma") (boletín Nº 2.892-06), a la vez que comunica la nómina de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá formarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política de la República.
--Se toma conocimiento y se designa a los señores Senadores miembros de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización para que integren la referida Comisión Mixta.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín, Presidente de la Comisión de Gobierno .
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , intervengo no sólo para expresar mi conformidad con lo recién determinado, sino también para solicitar autorización a fin de que la Comisión pueda funcionar simultáneamente con la Sala alrededor de las 17:30, por cuanto las diferencias acerca del proyecto antes aludido son menores y existe voluntad para resolverlas.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Si no hay objeciones, se accederá a lo solicitado.
--Así se acuerda.
El señor ROMERO (Presidente).-
Continúa la Cuenta.
El señor BERGUÑO ( Prosecretario subrogante).-
Con el sexto, la Cámara de Diputados da a conocer que ha aprobado el informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto que modifica la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, con el objeto de crear una nueva figura penal y sustituir la unidad en que se expresan sus multas (boletín Nº 2.726-07).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar el proyecto a Su Excelencia el Presidente de la República.
Del Jefe de Gabinete del General Director de Carabineros de Chile, mediante el cual contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Espina, relativo a diversos aspectos que inciden en el funcionamiento de la Reforma Procesal Penal en la provincia de Malleco.
--Queda a disposición de los señores Senadores.
Comunicación
De la Comisión de Hacienda, a través de la cual solicita tener por retirada la petición de archivo que presentó a la Sala en sesión 49º, ordinaria, de 4 de mayo en curso, acerca del proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 13 del decreto con fuerza de ley Nº 120, de 1960, Ley Orgánica de la Polla Chilena de Beneficencia (boletín Nº 2.815-05).
--Se accede a lo solicitado.
Informes
De la Comisión de Defensa Nacional, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fusiona los Escalafones Femenino y Masculino de Oficiales de Carabineros de Chile (con urgencia calificada de "simple") (boletín Nº 3.694-02).
--Queda para tabla de Fácil Despacho.
De la Comisión de Minería y Energía, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un impuesto específico a la actividad minera (boletín Nº 3.772-08).
El señor ROMERO (Presidente).- Se ha solicitado recabar el asentimiento de la Sala para agregar la referida iniciativa sobre tabla.
Ofrezco la palabra.
La tiene el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , en mi opinión, una labor seria implica que los Senadores por lo menos tomen conocimiento del informe, el cual, en este caso, ni siquiera está en su poder. Y tengo la impresión de que nadie se halla disponible para aprobar algo que ni siquiera conoce.
Aseguro a los señores Ministros que, si desean asignar urgencia al proyecto, la Comisión trabajará lo que sea necesario, pero no me parece adecuado, señor Presidente , tratar de la otra manera asuntos de tanta relevancia.
En lo que a mí concierne, no voy a dar la unanimidad requerida.
Si el Ejecutivo lo considera necesario, la Comisión de Minería puede realizar las sesiones extraordinarias que correspondan, para que el texto sea despachado a la mayor brevedad, pero todos sabemos que el retraso se ha producido por otras razones.
He dicho.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Como no existe unanimidad, me voy a eximir de ofrecer la palabra sobre el tema a otros señores Senadores.
Queda para tabla el proyecto respectivo.
Continúa la Cuenta.
El señor BERGUÑO ( Prosecretario subrogante).-
También han llegado a Secretaría tres informes de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaídos en las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía presentadas por los señores Gustavo Adolfo Aedo Donoso, Orlando del Carmen Montes Astudillo y José Héctor Angulo Vivar (boletines Nºs S 438-04, S 731-04 y S 789-04, respectivamente).
--Quedan para tabla de Fácil Despacho.
Mociones
De los Senadores señores Ávila, Parra y Silva, mediante las cuales inician los siguientes proyectos de ley:
1) El que exige a las empresas de la gran minería constituirse como sociedades anónimas (boletín Nº 3.864-08), y
2) El que incorpora al cobre entre las sustancias no susceptibles de concesión (boletín Nº 3.865-08).
--Pasan a la Comisión de Minería y Energía.
De los Senadores señores Arancibia y Ávila, a través de la cual inician un proyecto de ley sobre el lugar donde se erigirá el monumento en memoria de Pablo Neruda a que se refiere la ley Nº 19.871 (boletín Nº 3.866-04).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
(Estos proyectos no podrán ser tratados mientras Su Excelencia el Presidente de la República no los incluya en la convocatoria a la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones del Congreso Nacional).
El señor ROMERO (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
FÁCIL DESPACHO
REGULACIÓN DE OCUPACIONES DE TERRENOS FISCALES EN BORDE COSTERO Y ENMIENDA A DECRETO LEY Nº 1.939
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que regulariza la situación de ocupaciones irregulares en el borde costero de sectores que indica y modifica el decreto ley Nº 1.939, de 1977, con informe complementario del segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3689-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 1ª, en 5 de octubre de 2004.
Informes de Comisión:
Medio Ambiente y B. Nacionales, sesión 17ª, en 30 de noviembre de 2004.
Medio Ambiente y B. Nacionales (segundo), sesión 38ª, en 22 de marzo de 2005.
Hacienda, sesión 38ª, en 22 de marzo de 2005.
M. Ambiente y B. Nacionales (complementario de segundo), sesión 50ª, en 10 de mayo de 2005.
Discusión:
Sesiones 22ª, en 15 de diciembre de 2004 (se aprueba en general); 39ª y 41ª, en 23 de marzo y 5 de abril de 2005 (queda pendiente su discusión particular); 42ª, en 6 de abril de 2005 (vuelve a Comisión de Medio Ambiente).
El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-
El proyecto fue aprobado en general el 15 de diciembre de 2004. La Sala, en sesión de 6 de abril del año en curso, acordó devolverlo a la Comisión con el objeto de que se analizaran nuevos antecedentes, estableciéndose al mismo tiempo un plazo para la presentación de indicaciones.
La Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales modificó el inciso primero del artículo 1º con la finalidad de incluir, dentro de los terrenos fiscales cuyo dominio podrá transferir a sus ocupantes el Ministerio de Bienes Nacionales, los situados en los sectores de caleta Huáscar, de la comuna de Antofagasta; playa El Panteón, de la comuna de Tocopilla; caleta Pellines, de la comuna de Constitución, y caleta Gente de Mar, de la comuna de Penco.
Asimismo, introdujo dos enmiendas al artículo 10. La primera de ellas es de mera referencia. La segunda elimina, por innecesario, el párrafo segundo, que establece la posibilidad de sancionar por la Corte de Apelaciones al Conservador de Bienes Raíces que no comunique a la Comandancia en Jefe de la Armada , dentro del plazo de 30 días, contado desde la fecha de la inscripción, toda transferencia de estos terrenos.
El referido órgano técnico aprobó por la unanimidad de sus integrantes, Honorables señores Horvath, Sabag, Stange, Vega y Viera-Gallo, las enmiendas mencionadas.
Debe recordarse que la Sala, en sesión de 23 de marzo del año en curso, acogió las modificaciones contenidas en el segundo informe de la Comisión, con excepción de la concerniente al artículo 10.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en cinco columnas. En las últimas dos se transcriben las enmiendas efectuadas en el informe complementario del segundo informe y el texto que resultaría de ser aprobadas.
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Hago presente que, por tratarse de una iniciativa de Fácil Despacho, sólo pueden intervenir dos señores Senadores.
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , únicamente deseo destacar que el artículo 3º concede 90 días, contados desde el momento de la entrada en vigencia de la ley, para que se efectúen las mediciones correspondientes. Me parece un plazo demasiado corto, considerando la tarea que se debe realizar. Prácticamente habrá que recorrer toda la costa central para establecer la faja de los 80 metros a partir de la línea de más alta marea.
El señor ROMERO (Presidente).-
Se toma nota de ello, señor Senador.
En todo caso, su observación incide en un artículo ya aprobado.
El señor MARTÍNEZ .-
Efectivamente.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath, con cuya intervención queda cerrado el debate del proyecto.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales escuchó a la Armada durante la discusión de la iniciativa. Además, se trata de localidades bien descritas y analizadas en forma previa por el Ministerio del ramo, de manera que el plazo resulta suficiente.
Aprovecho de señalar que la Armada tendrá también a su cargo una delicada misión, como es la de elaborar informes de riesgo para cada una de las localidades.
La Comisión, por su parte, previene a las autoridades, en particular a la Subsecretaría de Marina, que a futuro deben evitarse al máximo las ocupaciones irregulares, a fin de que no se entiendan como una ventana que sirva para tomar posesión de una franja que, aparte de riesgosa, es bien de uso público.
El señor ROMERO (Presidente).-
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general y en particular el proyecto, en la forma como viene propuesto.
--Se aprueba en general y en particular, y queda despachado en este trámite.
VI. ORDEN DEL DÍA
FACULTADES FINANCIERAS PARA UNIVERSIDADES ESTATALES
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece facultades en materias financieras para las universidades estatales, con informes de las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Hacienda, y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (3502-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 18ª, en 1 de diciembre de 2004.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 49ª, en 4 de mayo de 2005.
El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-
Los objetivos principales de la iniciativa son flexibilizar la gestión de las universidades estatales y concederles facultades de endeudamiento a largo plazo. Asimismo, se las faculta para otorgar una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios de carrera o a contrata que a la fecha de publicación de la ley tengan 65 años o más, en el caso de los hombres, o 60 años o más, en el caso de las mujeres.
La Comisión de Educación fue autorizada por la Sala para discutir el proyecto en general y en particular a la vez, habiendo aprobado la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Fernández, Moreno, Muñoz Barra y Vega.
En la discusión particular, ese órgano técnico efectuó diversas enmiendas al texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, entre las cuales destaca la que determina qué actos de las universidades estatales estarán afectos al trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República. Esta modificación fue aprobada por la unanimidad de los integrantes de la Comisión, Honorables señores Fernández, Moreno, Muñoz Barra, Ruiz-Esquide y Vega.
El inciso tercero del artículo 1º -este último pasó a ser artículo 2º-, que establecía que la autorización para contratar empréstitos con el objeto de reestructurar los pasivos financieros de las universidades no comprometería en forma directa o indirecta el crédito o la responsabilidad financiera del Fisco, fue rechazado en la Comisión por 3 votos contra 2.
Por su parte, el inciso cuarto del artículo 4º -pasó a ser artículo 5º-, que preceptuaba que los funcionarios que cesen en sus empleos conforme a la bonificación por retiro voluntario no podrían ser nombrados ni contratados en la universidad en que prestaban servicios, fue rechazado por 4 votos contra uno.
La Comisión de Hacienda, conociendo los artículos de su competencia, aprobó con tres modificaciones el proyecto despachado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, dos de ellas consistentes en reponer los incisos rechazados por esta última. El inciso final del artículo 5º, referido a la no contratación de los funcionarios que se retiren voluntariamente, contó con la abstención del Senador señor García.
En cuanto al artículo 4º, fue aprobado sin modificaciones, pero con el voto en contra del Honorable señor Ominami.
El artículo 1º del proyecto tiene el carácter de norma orgánica constitucional y el artículo 2º es de quórum calificado, por lo que para su aprobación requieren el voto conforme de 27 y 24 señores Senadores, respectivamente.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en cuatro columnas, que consignan el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados; las enmiendas de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; las propuestas de la Comisión de Hacienda, y el articulado final si se aprueban las modificaciones.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Solicito autorización para que ingrese a la Sala la Jefa de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, señora Pilar Armanet.
¿Habría acuerdo?
--Se accede.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
En la discusión general, tiene la palabra el Senador señor Moreno, Presidente de la Comisión de Educación , Cultura, Ciencia y Tecnología.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , el proyecto aprobado en la Cámara de Diputados por una gran mayoría (73 votos a favor y 5 abstenciones) busca algo bastante simple: dar igualdad de oportunidades a todas las universidades que conforman el Consejo de Rectores.
Como los señores Senadores están informados, dicha entidad agrupa a 25 universidades, entre las cuales se encuentran las clásicas. Todas esas casas de estudio se hayan divididas en matrices, donde hay públicas y privadas -entre ellas se cuentan la Universidad de Chile, la de Concepción y la Católica-, y derivadas, que fueron sedes de las tradicionales y posteriormente se convirtieron en autónomas.
El mecanismo que regula a las universidades quedó alterado, porque no todas tienen el mismo tratamiento en sus trámites ante la Contraloría General de la República ni poseen las mismas facultades para contraer endeudamiento. Por lo tanto, la iniciativa que nos ocupa busca homogeneizar dentro del Consejo de Rectores a las llamadas "clásicas" y a las que se derivaron de éstas y se convirtieron en independientes. Y se beneficia básicamente a las universidades que funcionan en regiones, permitiéndose que el control de sus actos y contratos lo efectúe la Contraloría General no antes, sino con posterioridad, al igual como sucede en las otras casas de estudios superiores.
Éste es, en síntesis, el contenido del proyecto.
Entonces, señor Presidente , para no ocupar más tiempo, solicito que votemos la iniciativa, porque, a mi juicio, hay casi unanimidad para aprobarla.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
¡Ojalá que así sea!
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra, y a continuación, el Senador señor García.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , debe destacarse que el proyecto en debate representa una vieja aspiración de las universidades estatales.
Cabe recordar que esta idea se ha venido analizando desde 1993, época del Gobierno del Presidente Aylwin.
Tal vez la reparación que se pretende efectuar hoy pudo haberse hecho con bastante antelación. Sin embargo, se cometió un error al enviar a tramitación una iniciativa de ley -en cierta medida miscelánea- que abarcaba gran cantidad de materias, la cual fue conocida como "ley marco de las universidades estatales".
Quiero hacer presente que desde 1993 hasta 1998, cuando el Senado decidió no seguir su tramitación, el texto original se había cambiado íntegramente en tres o cuatro oportunidades, habiéndosele introducido indicaciones sustitutivas. Ello se debía a que no se lograba consenso con los cuerpos académicos ni con las federaciones de estudiantes, que estaban en etapa de formación.
Por esta razón, considero que la redacción actual soluciona un aspecto coyuntural, como muy bien lo planteó el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra.
Es bueno subrayar que no puede continuar un procedimiento en el cual ciertas universidades públicas se rigen por normas absolutamente distintas de las aplicadas a las privadas. Porque algunas de estas últimas también pertenecen al Consejo de Rectores; es decir, no son estatales, pero cuentan con un margen de acción mucho más amplio.
Ahora bien, lo importante de la iniciativa es que se confieren a las universidades estatales, de una vez por todas, instrumentos jurídicos de mayor flexibilidad para su gestión institucional en diversas materias, como control y fiscalización y renegociación de sus pasivos, favoreciéndose, además, la transparencia de la información financiera.
Casi como algo caricaturesco, quiero señalar que esos planteles, prácticamente, tenían que pedir "toma de razón" a la Contraloría y obtener una autorización muy fina del Ministerio de Hacienda hasta para comprar computadores y materiales para sus bibliotecas y laboratorios. De manera que la facultad que ahora se les entrega hará posible que no existan tantas dificultades en un país con 60 universidades y 512 sedes, y donde el marketing, el ofrecimiento del mercado educacional en ese ámbito, es realmente impresionante.
Algunas universidades privadas tienen una flexibilidad muy importante, al punto que gastan enormes cantidades de dinero en publicidad, incluso similares o superiores a las utilizadas en la promoción de detergentes, en la de garantías y beneficios de los créditos de ciertos bancos o de grandes supermercados
En este sentido, uno debería detenerse a pensar un momento, pues, sin duda alguna, esos recursos deben salir de alguna parte. En definitiva, provienen de los bolsillos de las familias chilenas, por el pago que hacen, entre otros, de los aranceles en las diferentes casas de estudios superiores.
Por otra parte, el proyecto también apunta en una buena dirección al permitir que efectivamente las universidades estatales renueven sus plantas de funcionarios y académicos, al abrirse la posibilidad de que se acojan a retiro quienes cumplan con el requisito de edad -65 años los hombres y 60 las mujeres-, acompañado del correspondiente beneficio económico.
Esa materia fue bastante discutida, porque, evidentemente, tales planteles sufrirán la partida de decanos y profesores, lo cual, sin embargo, beneficiará a las instituciones privadas que podrán contratarlos.
Al igual que el Senador señor Moreno y a fin de que la iniciativa sea despachada a la mayor brevedad, no extenderé mi intervención, pese al mucho interés que tengo por el quehacer universitario, cuyo desarrollo vengo siguiendo prácticamente desde 1993.
El proyecto establece, además, una facultad financiera para las universidades estatales, las que podrán endeudarse por un tiempo superior al que dura el mandato del Presidente de la República.
Por lo tanto, el Senador que habla y el Honorable señor Flores votaremos con mucho gusto a favor.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
La Mesa agradece a Su Señoría lo sucinto de su exposición.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , quiero dar a conocer nuestro apoyo al texto en examen, entre otras razones, porque el artículo 2º autoriza a las universidades estatales a reprogramar sus obligaciones financieras hasta por un plazo de 20 años.
Tales casas de estudios superiores, al no disponer de esa facultad, han tenido que tomar siempre compromisos de corto plazo, y todos sabemos que ello implica una tasa de interés mucho más alta. Por lo tanto, esto debiera significar una disminución de la carga financiera de muchas de ellas.
La única observación que deseo formular dice relación al inciso final del artículo 5º. Y se refiere al hecho de que los funcionarios que dejen sus empleos no puedan ser nombrados ni contratados, bajo ninguna calidad, en la universidad en que prestaban servicios.
Señor Presidente , la prestación de servicios universitarios, sobre todo por parte de los académicos, es perfectamente factible mediante la contratación por horas en determinada cátedra. Por tanto, no debiera ser extraño -por el contrario, debiéramos estimularlo- que una persona, después de recibir la indemnización, pusiese término a su jornada completa y pudiese ejercer la docencia en una cátedra o dos. Eso serviría tanto para aprovechar la experiencia de esos profesores como para ayudarlos económicamente después de jubilados. Debe tenerse en cuenta que muchos de ellos no toman la decisión de irse porque la diferencia entre la remuneración en servicio activo y la pensión es extraordinariamente grande, y una forma de compensar ese menor ingreso es precisamente a través de dar clases por un par de horas en alguna cátedra.
Considero que el último inciso del artículo 5º no contribuye a que las universidades aprovechen, por una parte, la experiencia académica, ni ayuda, por la otra, a tomar la decisión de retirarse. De no existir tal norma, muchos podrían hacerlo si contaran con la posibilidad de ser contratados en los términos que señalo.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , quiero referirme a una materia que califico de la más singular importancia en relación con nuestro régimen institucional.
Creo sinceramente que el proyecto que nos ocupa está violentando la configuración de la institucionalidad jurídica vigente desde los inicios de la Independencia. En efecto, la Contraloría General de la República se ha venido perfilando y perfeccionando con el tiempo y ha sido objeto de innumerables comentarios positivos por parte de otros países, incluso europeos, que hasta la han visitado para comprobar la forma como realiza el control de legalidad. Ello ha sido motivo de ejemplo.
Comprendo la intervención del Senador señor García y la de otros Honorables colegas. ¿Por qué? Porque Sus Señorías, con algún fundamento, han dicho que esto viene peleándose desde hace mucho tiempo por parte de las entidades de control. Eso es cierto. Porque se trata del control de legalidad, dispuesto, por lo demás, explícitamente en el artículo 87 de la Constitución de la República. De manera que, cuando se habla del control previo, yo sostengo categóricamente que éste tiene una consagración del más alto nivel, y no puede, lisa y llanamente, modificarse como aquí se pretende.
No deja de llamarme la atención -he dicho más de una vez en la Sala que lo veo con inquietud- que en los últimos años se ha tratado de disminuir o de cercenar la trascendencia de la labor de fiscalización y de control de la legalidad.
Recuerdo que hace muy poco tiempo -también lo señalé en esta Corporación-, con motivo de un informe que el Ejecutivo solicitara al Senado respecto a la modernización estatal, un distinguido miembro de la Comisión de Modernización dijo en la Sala -se encontraba presente el Senador señor Fernández , con quien lo comenté- que, dentro de ese proceso, naturalmente estaban de acuerdo con la necesidad de modificar el trámite de "toma de razón", agregando después de un suspenso: "Aun cuando nosotros somos partidarios de suprimirlo".
Quiero decir que esto es grave, porque aquí me encuentro con un inicio claro, definido, tendiente a reducir el control de legalidad. Y ello, a pretexto de la demora, que no es efectiva, pues la Contraloría inclusive debe responder por ella e informar a la Cámara de Diputados de los casos en que se retrase más allá de los plazos establecidos. O sea, no puede excederse en el tiempo de manera irresponsable. De manera que, sencillamente, estaríamos cercenando una atribución incorporada al régimen institucional, la cual, en gran medida, dio origen en Chile al principio de respeto a la legalidad y a que, al cumplirlo, se acate también el principio de probidad.
Considero que la iniciativa es extremadamente grave, como también lo es el que los organismos universitarios autónomos vengan peleando desde hace tiempo -como señaló un señor Senador- por una disposición de esta índole.
Es cierto que se hacen algunas excepciones -muy pocas-, pero lo que se consagra es el cercenar, destruir o restringir el control de legalidad, respecto del cual debemos buscar cómo mejorarlo. Tenemos la convicción de que el perfeccionamiento del sistema en manera alguna pasa -como se pretende en este proyecto- por la vía de decir simplemente que hay que reducirlo al mínimo.
Me permito recordar a Sus Señorías -y con esto termino mi intervención, a la cual pongo énfasis por la gravedad de lo que esto significa y por mi experiencia en la materia- que la Contraloría General de la República, durante muchos años, ha sido objeto de sugerencias para tales efectos. Y no me extraña, por tanto, que se haya presionado al Contralor para que acepte una disminución de esta naturaleza.
¿Qué establece la ley actual? Que no serán objeto de "toma de razón" -así se menciona, taxativa y expresamente- los decretos de mínima importancia, tales como licencias, feriados o permisos y otros de la misma naturaleza, y que será el Contralor el que determine en esos casos el régimen de control posterior que se ha de ejercer por la vía del reemplazo. Pero una cosa es eso y otra distinta la que se pretende consignar aquí -a pretexto de la marcha de las instituciones- en cuanto a que debe desaparecer el control de legalidad en la mayor parte de los casos de relevancia a nivel de las universidades estatales.
Por estas circunstancias, que califico de la mayor gravedad, me voy a oponer a esta iniciativa.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , existe una dificultad en torno de la definición de "universidades estatales". Y lo quiero plantear, porque me pareció que el Senador señor Moreno , al informar el proyecto, mencionó que algunas universidades no estatales, pero que forman parte del Consejo de Rectores, no reciben fondos fiscales.
Advierto lo anterior porque puede haber confusión, en lo futuro, ante problemas laborales o de demanda. Por ejemplo, ¿es o no estatal la Pontificia Universidad Católica de Santiago?
En mi opinión, la definición mencionada debe ser muy clara y precisa, para evitar conflictos posteriores que se pueden producir respecto del control y de las personas adscritas a esos planteles.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor MORENO.-
Señor Presidente, ¿puedo contestar?
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Si el Honorable señor Sabag le concede una interrupción, no hay inconveniente.
El señor SABAG.-
Por supuesto.
El señor ROMERO (Presidente).-
Con la anuencia de la Mesa, tiene la palabra el Senador señor Moreno.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , las ocho universidades clásicas que existieron en el país estaban conformadas de acuerdo con la ley Nº 11.575, de 1954, que creó el Consejo de Rectores; entre ellas la Universidad de Chile, la Universidad Técnica del Estado, la Pontificia Universidad Católica de Santiago, a las que se sumaron otras posteriormente.
Esas eran las llamadas "universidades estatales".
Las universidades católicas no son entidades estatales, sino privadas. Por lo tanto, se rigen por un estatuto que no las obliga a pasar por el mecanismo de la Contraloría, salvo que reciban fondos fiscales para un proyecto determinado. Y ni siquiera en ese caso.
Por lo tanto, queda claramente despejada la duda del Senador señor Martínez.
Gracias.
El señor ROMERO (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , la educación superior es el eslabón fundamental para el desarrollo social y productivo, y, además, afecta a todo el conjunto de la vida cotidiana de un país.
El perfeccionamiento del sistema de educación superior impacta en la igualdad de oportunidades, en la integración nacional; impulsa el proceso de descentralización; cautela la sostenibilidad ecológica, y, asimismo, influye en la inserción internacional y en la profundización de la democracia.
Las universidades públicas, que gozan de reconocido prestigio, requieren un proceso de renovación y modernización que debe ser asumido desde las propias instituciones en virtud de su autonomía, como asimismo desde el propio Gobierno en lo que se refiere a las políticas públicas para fomentar ese nivel.
Muchos son los desafíos que ellas deben enfrentar.
Por un lado están los factores internos referentes a sus propios desarrollos institucionales, como la creación de nuevas carreras, la heterogeneidad de instituciones de calidad. Y, por otro, tienen que hacer frente a asuntos externos: la rapidez del cambio tecnológico, la internalización en su relación con la globalización, que, en el caso de Chile, es una referencia directa a la implementación de los tratados de libre comercio que hemos suscrito.
El presente proyecto confiere a las universidades estatales instrumentos jurídicos flexibles que les permitan prestar un servicio de excelencia, acorde con las necesidades del mundo actual.
Además, ratifica la función de la Contraloría General de la República estableciendo como norma general el control a posteriori, ya que las actuaciones de las universidades se eximen del trámite de toma de razón, aunque sí quedan sujetas al trámite de registro.
Una cuestión fundamental es la autorización para contraer endeudamiento de largo plazo con cargo a su patrimonio con la finalidad de reestructurar su actual pasivo financiero.
Asimismo, la iniciativa establece un mecanismo de publicidad de los balances y estados financieros, conforme a las normas aplicables a las sociedades anónimas abiertas.
En definitiva, las universidades estatales podrán celebrar transacciones comerciales con entidades públicas y privadas, lo cual les posibilitará integrarse plenamente a las actividades económicas del país.
En mi opinión, el proyecto en comento mejorará notablemente la situación financiera de los establecimientos de educación superior estatales, los cuales carecen de las ventajas de que gozan las instituciones privadas, que disponen libremente y sin trabas de su patrimonio, lo que les ha permitido crecer y desarrollarse sin problemas.
Naturalmente, me pronunciaré a favor del proyecto.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , deseo manifestarme de manera muy amplia a favor del proyecto, porque corrige una anomalía que a mi juicio siempre ha existido en el ámbito de las universidades estatales: su asimilación a cualquier servicio de la Administración Pública, lo cual no se compadece con la naturaleza de un centro de educación superior.
Son demasiadas las diferencias, dado el objeto específico de una universidad, que hacen que la aplicación de normas que tienen plena justificación en la esfera de un servicio público no pueda extrapolarse ni proyectarse hacia el ámbito universitario, que requiere otras reglas del juego.
Este pensamiento lo he mantenido siempre, desde que tuve experiencias en el mundo universitario. Sin embargo, con la evolución que ha mostrado el sistema de educación superior en cuanto a su forma de financiamiento y la creación, no sólo de universidades, sino también de institutos profesionales y centros de formación técnica por parte del sector privado en el ejercicio de la libertad de enseñanza, el espíritu de apertura y de competitividad ha cambiado también el funcionamiento de dichas entidades estatales.
Por ello, la flexibilidad en la gestión y administración de dichos planteles resulta completamente imprescindible para actuar de manera acorde con las demandas que hoy día enfrentan los centros de educación superior. De lo contrario, es muy difícil para una universidad estatal, que debe cumplir no sólo los trámites normales correspondientes a ella sino además las exigencias de un organismo público y se encuentra con las manos amarradas, competir de igual a igual y ofrecer un servicio que le permita tener éxito en esas circunstancias.
En ese sentido, como línea general, comparto el proyecto y lo votaré favorablemente.
En particular, me parece importante hacer referencia a algunos puntos que ya se han discutido.
El primero de ellos dice relación a la fiscalización de la Contraloría General de la República.
Lamento profundamente no concordar con lo expresado por el Senador señor Silva , a quien siempre escucho, pues reconozco su autoridad en estas materias. Quizás por una percepción diferente de lo que es un establecimiento de educación superior, a mi juicio, las atribuciones de la Contraloría históricamente han significado un entorpecimiento en la labor de las universidades. Pude apreciarlo muy de cerca durante algún tiempo en la Universidad de Chile.
En la medida en que el Órgano Contralor preserve las facultades de fiscalización, que son centrales y esenciales, se cumplirá el objetivo que busca el Honorable señor Silva , en el sentido de garantizar la probidad en las universidades. Y no solamente eso. El proyecto asegura en lo fundamental la preservación patrimonial de ellas, materia sobre la cual el Estado, sin duda, tiene derecho a mantener especial preocupación, dado que se trata de entidades estatales.
En ese sentido, cuando no se las priva del trámite de toma de razón en cuanto a la aprobación y modificación del presupuesto, a las enajenaciones de bienes raíces -por nombrar algo acerca de este punto-, se está conservando lo central.
Ahora bien, el hecho de privarlas de dicho trámite no significa que la Contraloría renuncie a la fiscalización a posteriori que debe ocurrir. Esa atribución queda preservada ante cualquier exceso que se cometa en los planteles de educación superior de carácter estatal.
En consecuencia, la iniciativa destraba una gestión, la cual podrá ser más ágil, más expedita, más flexible, pero en ningún caso irresponsable o propicia para fomentar la corrupción o la irregularidad administrativa.
Por eso, tiendo a estar de acuerdo con el articulado que sobre el particular se sugiere.
De la misma manera, las proposiciones respecto del endeudamiento se enmarcan dentro de un escenario de realidad. Los planes de desarrollo universitario no son de corto plazo. La apertura de una línea de investigación en cualquier campo del ámbito de las ciencias exige horizontes de tiempo de cinco a diez años como mínimo, inversiones de largo plazo; requiere la preparación de profesores, científicos, doctorados, posdoctorados, etcétera.
Todo ello hace pensar que los plazos de endeudamientos no guardan correspondencia con los que hoy día regula la Constitución, la cual preceptúa que las empresas públicas sólo puedan endeudarse por un período no superior a la duración de la gestión presidencial. Y para excederlo se exige la aprobación de una ley, tal como ocurrió cuando la Universidad de Chile pidió autorización al Parlamento para contraer deudas por un lapso que iba más allá del período del actual Gobierno, pues de lo contrario estaba inhabilitada para asumir compromisos con un organismo internacional que le permitía salir adelante con determinada iniciativa.
Por otra parte, el inciso tercero del artículo 2º aprobado por el Senado formula un planteamiento teórico, utópico. El precepto dispone: "Esta autorización" -para el endeudamiento- "no comprometerá en forma directa o indirecta el crédito o la responsabilidad financiera del Fisco.".
Pienso que, en cierto sentido, esa norma representa un buen deseo, porque el hecho de que se flexibilice la administración, de que se libere de la toma de razón en ciertos trámites, de que se autorice a las universidades para endeudarse por períodos que exceden lo permitido por las normas fundamentales vigentes, no quita a las universidades estatales su naturaleza de tales. En consecuencia, siguen siendo entidades fiscales, organismos del Estado -por así decirlo- y, por consiguiente, parte del Fisco.
¿Cómo vamos a entender que dicho precepto deja de comprometer al Fisco en una situación de endeudamiento? Lo considero discutible desde un punto de vista conceptual. Creo que introducir una disposición de ese tipo no se ajustaría a la realidad.
De otro lado, las normas sobre transparencia establecidas en el artículo 3º, que asimilan las universidades estatales en lo referente a la publicación de sus balances y demás estados financieros debidamente auditados a la modalidad que se exige a las sociedades anónimas abiertas, me parecen extraordinariamente positivas. Espero que ello se aplique con rigor, con las exigencias de las FECU y todo lo demás. Eso permitirá mayor transparencia y más control, no sólo de los órganos públicos, sino también de la sociedad civil respecto de instituciones tan importantes como son las universidades, y asimismo, de los propios miembros de la comunidad universitaria: profesores, alumnos y, por cierto, funcionarios administrativos que trabajan en ella.
El último comentario que deseo formular dice relación al artículo 4º, que señala: "Sólo por ley podrá autorizarse la transferencia de recursos del Fisco a las universidades estatales". No sé por qué se estimó necesario incluir este precepto. La Constitución establece que tal operación se puede realizar sólo por ley dentro del régimen de la Administración Financiera del Estado. Ahora, si se colocó, yo presumo que ello obedece a que no se ha cumplido. Y si no se ha cumplido, es porque ha habido exceso en los ámbitos de las autoridades administrativas, las cuales, por su generosidad, a veces por compromisos con su alma máter o por lo que sea, hacen vista gorda de las normas y llevan a cabo vía decreto lo que deben realizar a través de una ley.
Si el sentido de la norma es enviar un recado especial a las autoridades que alguna vez pudieron haber procedido de esa manera, bienvenida sea. Sin embargo, en sí misma, es innecesaria, porque hoy día sólo por ley, sin que sea menester dicho artículo, pueden autorizarse transferencias de recursos del Fisco a las universidades estatales.
Planteadas esas observaciones, señor Presidente , anuncio mi voto favorable a la iniciativa.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, los Senadores de la Democracia Cristiana vamos a aprobar este proyecto.
La verdad es que, sin perjuicio de lo necesario que resulta aprobarlo pronto, hubiésemos querido tener alguna vez en el Senado la tranquilidad indispensable para hablar acerca de la educación superior, de lo que ha pasado con las universidades, del sentido profundo de lo que se ha ido perdiendo respecto de ellas y de la forma en que debemos adecuarlas en lo concerniente al financiamiento, a cómo se enseñan algunas materias, a las diferencias producidas en el plano económico, al crédito fiscal, temas todos muy importantes pero que no apuntan a ese gran debate que ha motivado una separación de opiniones bastante emparejadas en nuestro país sobre el contenido, el sentido y la tarea de los establecimientos de educación superior.
En este caso específico, la iniciativa en discusión, que se gesta después de largas discusiones sobre una serie de otros proyectos, en cuyo sustrato aquello estuvo siempre presente, tiene que ver en el fondo con el rol de las universidades estatales en un momento en el cual la multiplicidad de estudios superiores y de tratos diferentes para los distintos planteles y la mezcla de los deberes de una universidad corporativa versus los de otra que, por ser estatal, ha de representar el bien superior del país en su conjunto nos llevan a determinar cuál es la tarea de dichos establecimientos estatales; por lo tanto, qué respaldo es preciso darles como nación, cuyo representante en cuanto al bien común es el Estado, y, en definitiva, qué diferencia de trato tendremos con ellas.
Porque hoy el carácter estatal o privado de las universidades no hace mucho la diferencia acerca de lo que se estima que debe realizar cada una de ellas y de su respaldo en la sociedad chilena. Y eso, a mi juicio, es lastimoso y constituye una situación bastante complicada, porque no cabe ninguna duda de que existe una diferencia esencial en el rol que han tenido y deben tener en la sociedad una universidad de carácter nacional y otra de naturaleza corporativa, donde en reiteradas oportunidades muchas de ellas -seamos claros- terminan siendo colegios mayores para determinado grupo de ciencias que se quiere enseñar.
En el pasado -como manifestó aquí el Senador informante - había ocho universidades, que estaban agrupadas en el Consejo de Rectores. Existía lo que hoy día podríamos llamar "universidades privadas de carácter público", como lo fueron nuestra Universidad de Concepción y otras, entre ellas la propia Universidad Católica. Pero eso no impide -en ese tiempo y ahora- que sepamos distinguir cuál es el rol de las universidades, cada una en su género, cada una en su rumbo.
A título personal, deseo señalar aquí que las universidades estatales cumplen una tarea absolutamente insustituible, porque son las únicas que pueden recoger el sentido profundo de una sociedad tolerante, diversa y dedicada por entero a absorber todas las vertientes de una discusión en cualquier ámbito del país. Las otras universidades son, no sólo aceptables, sino también dignas y necesarias entre nosotros; pero representan determinado punto de vista, llámese religioso, filosófico o de otra forma.
Por eso, haciendo esa observación general, caemos en la necesidad de resolver este tema preciso, que en definitiva consiste en que las universidades estatales, en un mundo donde la flexibilidad y la libertad para actuar en materias financieras, de convenios, de contratos, en fin, se hallan absolutamente limitadas por ciertas normas de la ley actual.
Entonces, la cuestión radica en cómo flexibilizar el manejo de una universidad estatal para que pueda moverse con la misma agilidad de una universidad privada, con la cual debe competir en una serie de programas concursables -por decirlo de algún modo-, sin que por ello se dejen de lado los derechos que asisten al Estado, a través de la Contraloría -como se ha señalado aquí- para evitar que se produzca un libertinaje en aquel manejo y que se trasgredan las normas sobre probidad.
Ése es el tema en cuestión. Y lo discutimos muchísimas veces en la Comisión de Educación cuando yo era miembro de ella.
Por eso, vamos a aprobar el proyecto, a cuyo articulado quiero referirme.
El artículo 1º, después de señalar que "Las universidades estatales serán fiscalizadas por la Contraloría General de la República, de acuerdo con su ley orgánica." y que "sólo estarán afectas al trámite de toma de razón las materias" que indica en las cinco letras que contiene, dispone en el inciso final que "Las materias no comprendidas en el inciso anterior" -el segundo- "quedarán exentas del trámite de toma razón, sin perjuicio del cumplimiento de otras medidas de control posterior que disponga el Contralor General de la República en el ejercicio de sus atribuciones,".
No seguí el debate de esta norma en la Comisión; no sé cuáles son su sentido y alcance. Pero, de hecho, se está dejando al arbitrio del Contralor la factibilidad de por otra parte, más allá de lo dispuesto en las cinco letras aludidas, tener una intromisión bastante mayor, lo que podría provocar que, a la larga, esa disposición fuera una suerte de letra muerta -seamos así de claros-, por la extensión de la facultad que se otorga a dicha autoridad.
Con el debido respeto que tenemos a la Contraloría y a quienes han servido en ella desde el puesto de Contralor, y muy especialmente al señor Senador que está entre nosotros -me recuerdan que son dos los ex Contralores-, creo que a los tres Poderes previstos en las normas de Montesquieu habría que agregar un cuarto. Porque, con franqueza, en el último tiempo hemos tenido expresiones de la Contraloría que son desconcertantes.
Existen apreciaciones que pueden estimarse ajustadas plenamente a Derecho, a la ley y a la reglamentación. Pero de repente uno no logra entender que sobre una misma materia dos Contralores regionales digan una cosa, y dos Contralores Generales, algo distinto.
Por lo común, luego de muchos años de vivir en política, no me gusta entregarle a nadie un poder superior para arbitrar asuntos respecto de los cuales, en mi concepto, debe existir compatibilidad.
Entonces, por esa razón, tengo una duda sobre aquel punto.
Ahora, en cuanto al artículo 2º, estamos de acuerdo en que se permita un endeudamiento por un período superior al del mandato del Presidente de la República , porque en cuatro o seis años, dado el volumen de los recursos requeridos hoy día, no hay posibilidad de mejorar la situación financiera de las universidades estatales.
El inciso tercero del artículo 2º establece: "Esta autorización no comprometerá en forma directa o indirecta el crédito o la responsabilidad financiera del Fisco.".
Este tema ha sido discutido en otras oportunidades, a raíz de materias vinculadas con la educación superior. Y yo he manifestado de manera permanente -no sólo a propósito de lo que viene aquí ahora- que, cuando uno asume -es mi caso personal- la significación y la trascendencia de la enseñanza superior estatal -podrá haber otro tipo de opiniones; lo acepto-, parece del todo contradictorio que el Fisco no se comprometa con nada. Ésta es una cuestión de política educacional.
Señor Presidente , si uno cree que las universidades estatales tienen una razón de ser que importa al país, no parece lógico que frente a situaciones como ésta, respecto de dichos establecimientos, que no cuentan con otros ingresos relevantes -como los de los privados, especialmente los corporativos de cualquier naturaleza-, el Fisco no comprometa su aval o su presencia financiera. Si no compromete uno u otra, les estaremos dando mucha libertad, pero privándolos de hecho de la posibilidad de competir con las demás universidades, precisamente por la carencia de recursos.
El artículo 4º señala que "Sólo por ley podrá autorizarse la transferencia de recursos del Fisco a las universidades estatales.". Eso nos parece absolutamente correcto y lógico. Pero, para ser exactos, si uno se atiene al espíritu -no al texto, que puede ser perfectamente compatible- del último inciso del artículo 2º, verá que hay incompatibilidad con el artículo 4º.
Yo hubiera querido una norma mucho más asertiva en esa materia.
Por lo expuesto, señor Presidente, vamos a votar que sí.
Sin embargo, en los minutos que me restan, quiero referirme al último artículo, relativo a la situación de quienes se retiren de las universidades estatales.
Entiendo el sentido de que en aquéllas exista un retiro razonable de las personas de mayor edad, de manera que pueda haber una suerte de ascenso más regulado, de una carrera funcionaria más abierta y rápida.
Y me referiré al menos a una disciplina, que tiene que ver con el área de la salud (tal vez en otras carreras sea distinto; creo que no).
En aquel caso, el mayor error que se puede cometer es disponer que los grandes maestros de la medicina -como los grandes maestros de la arquitectura o de la ley- deban salir. Es lógico que en determinado momento no tengan mucho que hacer en un horario completo o muy recargado. Pero no permitirles, ni siquiera vía honorarios, por dos horas al día o en una jornada parcial en la semana, vaciar sus conocimientos, sobre todo en las materias que no están estrictamente ligadas con la técnica sino con la concepción global de dicha área y de la pedagogía general vinculada con ella, me parece un franco error.
Por ello, señor Presidente , no voy a aprobar ese punto, pues considero que se trata de un error manifiesto, especialmente en un momento en que, en términos generales, las universidades se encuentran carentes de la capacidad de una gran visión holística de la sociedad y de sus disciplinas.
He dicho.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente, quiero hacer una consulta.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora FREI (doña Carmen).-
¿Estamos discutiendo general o en particular?
El señor ROMERO (Presidente).-
En general.
El señor MORENO.-
En general y en particular.
La señora FREI (doña Carmen).-
¿Y en particular?
El señor ROMERO (Presidente).-
Sólo en general.
El señor MORENO.-
La Comisión aprobó el proyecto en general y en particular.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Pero la Sala está discutiéndolo sólo en general.
La señora FREI (doña Carmen).-
¿Y podríamos cerrar el debate y empezar a votar?
El señor ROMERO (Presidente).-
Encantado, Su Señoría. Pero hay Senadores inscritos y...
La señora FREI (doña Carmen).-
Por eso hago la pregunta, pues creí que estábamos discutiendo la idea de legislar,...
El señor ROMERO (Presidente).-
Y así es.
La señora FREI (doña Carmen).-
¿ya que se han hecho planteamientos generales.
El señor ROMERO (Presidente).-
El debate es en general.
El señor MORENO.-
Viene informado en general y en particular.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Sí, señor Senador. Pero la discusión que se está realizando ahora es sólo en general.
El señor BITAR ( Ministro de Educación ).-
Pero la votación puede ser también en particular.
El señor ROMERO (Presidente).-
Me aclara la Secretaría que eso no se pidió al comenzar el debate y que, por tanto, corresponde discutir y votar en general el proyecto.
El señor FERNÁNDEZ.-
También en particular.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , el informe señala que la Sala autorizó a la Comisión para discutir la iniciativa en general y en particular.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Sí, pero con motivo del primer informe.
El señor MORENO.-
Está bien.
El señor ROMERO (Presidente).-
Entonces, una vez cerrado el debate,...
El señor FERNÁNDEZ .-
Cerremos el debate.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
...voy a solicitar que votemos en general y en particular, pues veo que no existe una oposición significativa al proyecto. Al contrario, el parecer de la Sala es más bien mayoritario a favor de él.
Hay tres señores Senadores inscritos.
El Honorable señor Horvath no se encuentra en la Sala.
Consulto al Senador señor Vega si mantiene su interés en intervenir.
El señor VEGA.-
Sí, señor Presidente.
La señora FREI (doña Carmen).-
Que fundamenten el voto.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
¿Hay acuerdo para iniciar la votación nominal y para que quienes están inscritos fundamenten el voto en primer lugar?
--Así se acuerda.
--(Durante la votación).
El señor VEGA .-
Señor Presidente , creo que ésta es una iniciativa que las universidades del Estado esperaban desde hacía mucho rato; como ya se dijo, por años. A mi entender, se la debemos, pues son las que han aportado históricamente a Chile el ciento por ciento de sus profesionales. Y si hoy nuestro país goza de este presente científico, tecnológico, de investigación, y mira con tanto optimismo el futuro, pienso que se lo debemos a esos establecimientos en particular.
¿Qué sucedió?
A partir de 1981 se reformuló el sistema de educación superior. A un modelo centralizado por los establecimientos estatales se le introdujeron competencia, flexibilidad, libertad, diversidad y gestión moderna, transformándolo en una compleja red de 62 universidades, 49 institutos profesionales, 113 centros de formación técnica, que operan en 500 sedes, donde alrededor de 50 mil profesores imparten 3 mil programas de estudio, con una cobertura de 600 mil alumnos, que hoy es mayoritariamente privada.
Desde esa fecha, entonces, las universidades privadas se integraron a la dinámica del mercado.
Por diversas razones, en lo fundamental relacionadas con la normativa legal, las universidades estatales no pudieron competir en igualdad de condiciones. Y ése es el problema que tienen en la actualidad: su rigidez administrativa, situación que aqueja a todas las entidades del Estado. Es decir, son burocráticas; se encuentran regidas por estatutos que no permiten cambiar sus modos de administrar; no cuentan con incentivos, y están sometidas a presiones internas o externas que debilitan a veces su buen desenvolvimiento.
La crisis universitaria y la evidente dificultad para superarla tienen su pilar de apoyo en la limitación esencial de las organizaciones estatales para otorgar los servicios que de ellas se esperan. Es una reforma para la modernización del Estado que aún se encuentra pendiente.
Tenemos un modelo de libre mercado sumamente dinámico y un sistema de administración del Estado demasiado lento, que no reacciona con la misma velocidad, lo cual limita el desarrollo.
Por eso, me parece que, por ejemplo, la autorización que se concede a las universidades estatales para contratar empréstitos, establecida en el artículo 2º, y la autorización para transferirles recursos fiscales, dispuesta en el artículo 4º, son medidas de gestión financiera racionales y necesarias en el proceso de modernización conducente a que dichos establecimientos queden debidamente fiscalizados y regulados, en los términos del artículo 1º.
No estoy seguro de si el control de la Contraloría General de la República comprenderá el ciento por ciento de los recursos que aporte el Estado o un porcentaje menor. Porque bien sabemos que los fondos del Presupuesto de la nación para las universidades estatales no van más allá del 20 a 25 por ciento. El resto emana de la gestión propia de cada establecimiento. Y me preocupa el punto, pues la acción del Órgano Contralor sobre el total impediría la mayor racionalización de los recursos.
El artículo 5º flexibiliza la administración del personal. Es un aspecto bastante significativo, porque muchos antiguos académicos que no se modernizaron y no adquirieron los magíster o doctorados que forzosamente se requieren en una universidad se quedan ahí. Y, como están regidos por el DFL Nº 1 en los mismos términos que el resto de la Administración Pública, dificultan la modernización hoy imprescindible en un plantel de educación superior moderno, que necesita la investigación, el desarrollo y los postgrados.
Me parece, entonces, que el proyecto en estudio es oportuno, por cuanto otorga a las universidades del Estado una mayor flexibilidad de gestión a los efectos de desenvolverse y perfeccionarse dentro del marco existente hoy en Chile para la educación superior y con el cual se pretende competir con los países desarrollados.
Voto a favor.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , a pesar de que el jefe de nuestra bancada ya comprometió mi voto, voy a intervenir para dar mi opinión.
En primer término, debo señalar, concordando con lo expresado por el Honorable señor Ruiz-Esquide , que las universidades públicas tienen un rol especial en el presente y en el futuro -así como lo tuvieron en el pasado, aunque será diferente-, porque son las únicas -puede haber excepciones- que poseen el carácter de establecimientos de educación superior complejos -es decir, además de hacer docencia, pueden realizar investigación científica y desarrollar actividades de innovación tecnológica a gran escala-, pues para eso se requiere el apoyo fiscal.
En consecuencia, ahí ya existe una diferencia fundamental en cuanto a si se privilegia un rol permanente para las universidades públicas, sin perjuicio del espacio -también indispensable e inevitable- de los establecimientos de educación superior privados en un país donde se masifica el acceso a la educación postsecundaria. Sería absolutamente impensable que la enorme explosión de ingreso a la educación postsecundaria hubiera tenido lugar exclusivamente a través de las universidades estatales.
Por consiguiente, aquí hay un rol para ambas y un elemento de competencia y calidad. Y por eso el problema fundamental -lo quiero mencionar de paso- estriba en que aprobemos con prontitud el proyecto de ley sobre creación de un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior, porque eso va a marcar la responsabilidad ante el ciudadano, ante el país en su conjunto, tanto en las universidades estatales como en las privadas, en cuanto a mantener y acrecentar la calidad de los servicios educacionales que ofrecen.
Dicho eso, creo que el tema de fondo de la iniciativa en debate es la flexibilidad. Y, al respecto, debo señalar que, desgraciadamente, también estoy en desacuerdo con lo expresado por el Honorable señor Silva , porque si hay algo que han sufrido las universidades estatales -y puedo dar fe de mi propia experiencia como Rector de la Universidad de Chile hace ya algunas décadas-, ha sido la falta de flexibilidad debido al control ex ante ejercido por la Contraloría General de la República de todo cuanto realizan, acción que es absolutamente incompatible con la forma de funcionamiento del mundo moderno.
Por ejemplo, se espera que las universidades puedan tomar la iniciativa y participar en consorcios tecnológicos donde académicos universitarios se unan con empresas privadas y otros entes para enfrentar el enorme desafío que impone la innovación. Y esto, sin duda, es incompatible con un control ex ante, pues se requiere flexibilidad para los efectos de firmar contratos, suscribir convenios, etcétera.
Por otro lado, el proyecto en análisis no elimina el control de la Contraloría. Porque acá se está eximiendo de la toma de razón, es decir, del control ex ante. Y, específicamente, se preceptúa que no quedarán exentas del control ex post, de acuerdo con lo que disponga el Órgano Contralor.
Ahora, lo que diga el Contralor sobre el particular no tiene nada de arbitrario, porque deberá estar dentro de las normas de la Ley Orgánica de la Contraloría.
Así que, en tal sentido, no concuerdo con la reserva o la duda manifestada por un señor Senador en cuanto a que aquello significa entregar poderes discrecionales al Contralor General de la República.
Por consiguiente, creo que estamos aprobando lo esencial para que las universidades estatales puedan insertarse bien en el mundo contemporáneo.
En lo particular, concuerdo en todo su contexto con los artículos aprobados por la Comisión, incluida la reposición hecha por el Ministerio de Hacienda respecto de la norma que establece que la autorización de endeudamiento a más de un año plazo, con un tope de veinte años -me parece absolutamente razonable este límite-, no comprometerá la responsabilidad financiera del Estado. Porque si no se dice esto, no obstante que antes se expresa que el servicio de la deuda será con cargo al patrimonio de la universidad pertinente, temo que, por una interpretación jurídica posterior en caso de un conflicto por no pago de parte de una universidad, alguien intente dirigir el cobro o la demanda en contra de Estado, lo cual, de ser factible, alimentaría la posibilidad de contratar créditos en forma relativamente irresponsable.
Considero indispensable que a las universidades estatales les sea factible endeudarse a plazos largos, porque en caso contrario no podrían llevar adelante un plan de desarrollo. Pero también es necesario cautelar la prudencia en el manejo de la autorización que se les otorga.
En suma, apoyo el proyecto en todas sus partes.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
¿Cómo vota, Su Señoría?
El señor BOENINGER.-
Que sí.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , con mucha frecuencia uno encuentra en la prensa opiniones y, a veces, editoriales fuertemente críticos respecto de la gestión y del estado de algunas universidades estatales.
Por ser del Estado, esos establecimientos autorizan a cualquiera a opinar sobre ellos.
Por eso, ante todo, quiero celebrar lo que he escuchado aquí a destacados Senadores de Oposición que reconocen que dichas universidades se hallan sometidas a un régimen estrictísimo, discriminatorio, altamente inconveniente para los efectos de su gestión y de su desarrollo.
Tenemos una deuda con las universidades del Estado. Al aprobar en general este proyecto estamos empezando a saldarla. Carece de presentación el que hasta el día de hoy ellas sigan regidas por los estatutos que se les fijaron el año 1981 y continúen sometidas a un conjunto de restricciones que hacen que su gestión y su operación se den en el marco de una verdadera camisa de fuerza.
Por esa razón, junto con los Senadores señores Ávila y Silva , vamos a votar a favor la idea de legislar, sin perjuicio de la reserva que el Honorable señor Silva manifestara respecto del artículo 1º.
Quiero referirme, sí, en particular a dos disposiciones, en razón del escaso tiempo de que dispongo.
La primera es el artículo 4º, según el cual se requiere ley para cualquier transferencia de recursos desde el Fisco a las universidades estatales. Estas transferencias deben entenderse referidas a aportes directos o indirectos de aquél a estas instituciones.
No son transferencias, por cierto, los pagos de servicios prestados por ellas al Estado o a reparticiones públicas. Tampoco lo son -y no les será aplicable esta normativa- los concursos a que llame aquél para asignar determinados recursos, como ocurre, por ejemplo, con el Fondo de Desarrollo Institucional, muy significativo en el funcionamiento y desarrollo de las universidades. No son transferencias, en fin, los montos que el Fondo de Desarrollo Regional suele asignar con fines específicos (por ejemplo, para el desarrollo del Centro de Biotecnología, de Concepción ) a una o más universidades.
En ese sentido, la interpretación del artículo 4° debe ser rigurosamente restrictiva, porque en caso contrario estaríamos construyendo una nueva limitación a la gestión universitaria.
No puedo dejar de referirme, por último, al artículo 5º de la ley en proyecto, que establece un incentivo al retiro. Lo hago una vez más -y me excuso ante el Honorable Senado por ser majadero en el tratamiento de este tema-, pero ya con cierta decepción y desesperanza.
Hemos bregado por que se resuelva el tema del daño previsional. Y, al igual que en la Comisión, quiero dejar constancia de que, desde mi punto de vista, el estímulo propuesto, como el que se ha consignado antes en otras leyes, de ninguna manera puede ser incompatible con la reparación que mañana -espero- se dé por concepto de daño previsional.
Desgraciadamente, ése es un punto de vista en el que se viene insistiendo desde el Ministerio de Hacienda; pero ambos beneficios son de naturaleza distinta y obedecen a razones diferentes, y no puede pretenderse establecer, por consideraciones de carácter fiscal, una incompatibilidad entre uno y otro.
Voto a favor.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , he querido hacer uso de la palabra por ser ésta -entiendo- la primera vez que disponemos, muy ligeramente, de la posibilidad de discutir acerca de las universidades estatales, que a lo menos son 17, la mayor parte derivadas de las Universidades de Chile y Técnica del Estado. De ésta fui su último Secretario General .
Creo que es bueno que hayamos iniciado un debate respecto del rol que puedan jugar estos planteles de estudios superiores.
Sin embargo, el proyecto nos permite adentrarnos en aspectos muy concretos sobre la manera como debemos enfrentar una de las crisis más grandes que han afectado a la educación superior, particularmente a la universitaria estatal.
En primer lugar, no me parece conveniente, como han dicho algunos señores Senadores que me antecedieron, poner tantas restricciones a las universidades estatales, que hasta el momento se han mostrado responsables en el manejo de su autonomía.
El artículo 1º entrega nuevamente a la Contraloría General de la República tuiciones que les dificulta un mejor manejo o que mantiene cierto grado de impedimento en este ámbito. Por ejemplo, las letras b) y c) del referido precepto disponen que estarán afectas al trámite de toma de razón las enajenaciones de bienes raíces de las universidades y los reglamentos de carreras funcionarias y sus modificaciones. Creo que por lo menos debiéramos tratar de señalar exactamente en qué va a consistir este control, si será ex post o ex ante.
Lo que más me preocupa, sin embargo, es el artículo 2º, que autoriza a las universidades estatales a contratar empréstitos para resolver la grave crisis financiera que ya viven. En otros términos, la mayor parte de ellas ya tienen comprometido su patrimonio; no es fácil encontrar una con bienes que permitan obtener préstamos. En efecto, muchas -no todas, señor Ministro ; entre otras, la de Atacama, por la situación que vivió- tienen todo su patrimonio absolutamente comprometido con entidades financieras, con intereses leoninos que prácticamente imposibilitan el servicio de la deuda.
Por cierto, el artículo 4º debiéramos verlo a la luz de otro proyecto de ley que -entiendo- el Senado considerará en los próximos días. Y, si hay mayoría, aprobaremos un royalty -lo acaba de despachar la Comisión de Minería y Energía-, cuyo producto se destinará a la creación de un Fondo de Innovación y de Investigación Científica. No me parecería adecuado que la restricción del artículo 4° de alguna manera afectara los recursos que eventualmente las universidades estatales u otros centros de estudios superiores obtendrían del rendimiento de la ley pertinente.
Entonces, yo haría prevención en el sentido de que lo propuesto ahora aquí no sea un obstáculo para el desarrollo más armónico de los recursos que se logre conseguir por aplicación de un impuesto especial a la minería, que fundamentalmente irá en beneficio de los centros de investigación científica, sean estatales o privados.
Por último, comparto las observaciones del Senador señor Parra en cuanto a estimar altamente probable que el artículo 5º no constituya un buen incentivo para que funcionarios de universidades estatales con 60 ó 65 años de edad se retiren voluntariamente. Ello, por la incompatibilidad que se establece con la indemnización a que eventualmente tuvieren derecho en caso de encontrarse estipulada en el contrato.
Voto que sí.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , también quiero dejar constancia de mi opinión, que es un tanto coincidente con la de varios señores Senadores que me precedieron.
Creo que el artículo 1º constituye un avance en función de cómo juega el principio de la autonomía universitaria con el control financiero y administrativo. Pero debemos tomar nota de que la función contralora sobre las universidades estatales se justificaba cuando el Estado las financiaba ciento por ciento. Hoy día, cerca del 30 por ciento de su financiamiento corresponde a recursos provenientes de tareas propias, y el 70 por ciento restante, a autofinanciamiento.
Por lo tanto, considero lógico avanzar en una liberalización aún mayor que la propuesta en el artículo 1º.
Coincido con el Honorable señor Núñez en que materias como enajenación de bienes raíces, reglamentos de carreras funcionarias y medidas que impliquen supresión de empleos sólo debieran estar afectas a registro y no a toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, como una manera de dejar constancia en algún órgano del Estado de este tipo de actuaciones de las universidades estatales.
En lo personal, soy partidario de modificar el artículo 1º, con el objeto de liberalizar aún más la gestión de estas instituciones, pero manteniendo, por supuesto, cierto control sobre determinadas actividades en materia administrativa.
En cuanto al artículo 2º, me parece muy bien que las universidades estatales puedan contratar nuevos préstamos para readecuar en mejores condiciones su situación financiera. Pero se las debería eximir de la autorización por ley. Lo lógico sería que esta materia quedara radicada en una autoridad que, por la vía del decreto, las autorizara para contraer ese tipo de deudas.
Quiero llamar la atención del Senado acerca del hecho de que la Universidad de Chile, hace dos o tres años, pidió el aval del Estado para contratar un préstamo en el extranjero a fin de construir un campus que se instalaría en la zona de Carén. ¡Dos años estuvimos discutiendo si se le daba o no esa autorización!
¿Podrá una universidad trabajar acorde al tiempo en que vivimos si cada vez que requiera un empréstito deberá recurrir al Senado o a la Cámara de Diputados para obtener la autorización pertinente? ¿No sería más lógico que, en vez de la autorización a que se refiere el artículo 2º, se estableciera un sistema permanente, ágil y eficiente a los efectos de que las universidades públicas pudieran obtener también en entidades financieras los fondos que necesitan para el desarrollo de sus actividades?
Con relación al artículo 4º, me preocupa el hecho de que se disponga que sólo por ley podrá autorizarse la transferencia de recursos del Fisco a las universidades estatales. ¿Por qué? Por lo que señaló el Senador señor Núñez : si el día de mañana se aprobara el proyecto sobre royalty a la minería y se creara un fondo de innovación tecnológica, ¿tendríamos que dictar otra ley para transferir a las universidades los recursos correspondientes?
¿No sería factible consignar una norma que contemplara que las universidades estatales dispondrán de los recursos que les asigne la ley o los que la Ley de Presupuestos les transfiera?
¿Y qué pasa con el señor Ministro de Educación cuando se le presiona por los créditos universitarios? ¿Tendremos que aprobar otra normativa para que estas instituciones dispongan de más fondos? ¿No sería mucho más lógico dejar determinada esta materia mediante un procedimiento?
En la Ley de Presupuestos son factibles transferencias triangulares o internas para subsanar problemas -también puede pensarse en leyes especiales- que afectan a algunos actores del Estado, como las universidades públicas.
Por lo tanto, creo que el texto del artículo 4º debería flexibilizarse y redactarse de tal manera que permita recurrir a otros procedimientos, y no sólo a la ley, para transferir recursos.
Y por último, respecto del artículo 5º, coincido plenamente con el Honorable señor Parra . Yo he sido uno de los Senadores que han venido reclamando en forma permanente una solución al daño previsional. Sabemos que con esta normativa no se resuelve la situación. Incluso el mecanismo de la indemnización por años de servicio, que facilitaba el retiro voluntario, se hace incompatible con una solución al problema del daño previsional.
En esa materia, se tiene una deuda con los funcionarios del Estado, la que debería abordarse en el tiempo próximo. En la actualidad, mucho de ellos, tanto de las universidades como del sector público central, no se acogen a jubilación porque, al momento de concretarla, sus ingresos se reducen a menos del 50 por ciento. Entonces, si sobrepasan los 65 ó 70 años de edad, se ven obligados a permanecer en sus cargos con el objeto de mantener su nivel de remuneraciones.
Ese problema está pendiente. Y tenemos que seguir, no sólo reclamando, sino haciendo todo lo necesario para encontrarle una solución.
Por lo expuesto, considero que debemos aprobar el proyecto sólo en general, pues es imprescindible revisar tres o cuatro aspectos para que las universidades actúen con autonomía y eficiencia en el desempeño de sus funciones.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Voto que sí.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Vamos a continuar la votación nominal con los señores Senadores que aún no se han pronunciado.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , como adelantó el Honorable señor Parra , aprobaré la idea de legislar. Sin embargo, no puedo aceptar algunos argumentos a los cuales se supone valimiento y que, a mi juicio, parten del olvido de determinadas normas constitucionales.
El Honorable señor Andrés Zaldívar , con mucho fundamento desde el punto de vista de lo que significa una universidad autónoma, sostiene que debe modificarse el texto con el propósito de dar todavía mayor autonomía e independencia a las universidades estatales en cuanto a no restringir su acción mediante la fiscalización por parte de la Contraloría. El Honorable colega olvida que el control de ésta acerca de la legalidad de los actos de la Administración se halla regulado en el artículo 87 de la Constitución Política. Allí se consigna que sólo por vía de una ley de rango orgánico constitucional -no es el caso del proyecto en análisis; pero excepcionalísimamente lo es- se podrá modificar el cuerpo legal que rige al Organismo Contralor. Creo, señor Presidente , que se están exponiendo argumentos que exorbitan con mucho la interpretación de la legalidad que justificaría una norma de esa especie.
Apruebo la idea de legislar, pero hago expresa reserva -como dije antes- en cuanto a determinadas disposiciones explícitas de la iniciativa.
El señor ÁVILA .-
Señor Presidente , el Senador señor Parra ya anunció mi voto favorable.
Voto que sí.
El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (40 votos favorables y una abstención).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Ávila, Boeninger, Bombal, Canessa, Cantero, Coloma, Cordero, Espina, Fernández, Flores, Frei (doña Carmen), Frei (don Eduardo), García, Gazmuri, Horvath, Larraín, Matthei, Moreno, Muñoz Barra, Naranjo, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Páez, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Se abstuvo el señor Martínez.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Hago presente que, habiéndose analizado el proyecto tanto en general como en forma pormenorizada, de no mediar alguna indicación -hasta ahora, no hemos recibido ninguna-, estaríamos en condiciones de aprobarlo también en particular, salvo que se solicite abrir plazo para presentar indicaciones...
El señor SILVA.-
O para votar artículo por artículo.
El señor ROMERO (Presidente).-
...o para votar separadamente algún precepto.
El señor SILVA.-
Señor Presidente , pido votación separada para el artículo 1º.
El señor ROMERO (Presidente).-
Bien.
Propongo a la Sala someter a votación el artículo 1º y dar por aprobado en particular el resto del proyecto.
¿Habría acuerdo?
El señor MORENO.-
Sí.
El señor ZURITA.-
Bien.
El señor FERNÁNDEZ.-
Conforme.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Recuerdo a Sus Señorías que algunas disposiciones son de carácter orgánico constitucional, de modo que...
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Pido la palabra.
El señor ROMERO (Presidente).-
Puede usar de ella, Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , estimo importante el artículo 4º.
El señor NARANJO.-
Ya se aprobó.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¡No se ha votado!
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Señor Senador, momentos atrás planteé que si no se formulaba alguna indicación o no se solicitaba votar por separado...
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
En tal caso, señor Presidente , pido fijar plazo para formular indicaciones. Porque el artículo 4º, tal como se encuentra redactado...
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Informo a Su Señoría -con el respeto que me merece- que esa petición debe efectuarla un Comité.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
La hago formalmente, señor Presidente.
El señor ROMERO (Presidente).-
Entonces, propongo que dicho plazo se fije hasta el 6 de junio, a las 12.
El señor SILVA.-
¿Respecto de todo el proyecto?
El señor ROMERO (Presidente).-
Así es.
Los representantes de los Comités tienen facultad para efectuar esa solicitud.
--Se fija plazo para presentar indicaciones hasta el 6 de junio, a las 12.
MODIFICACIÓN DE CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES PARA DESIGNACIÓN DE NOTARIO ALTERNO O ADJUNTO. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Orgánico de Tribunales en lo relativo a la designación de notario alterno o adjunto.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3259-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Aburto, Chadwick, Espina, Moreno y Silva).
En primer trámite, sesión 4ª, en 11 de junio de 2003.
En tercer trámite, sesión 12ª, en 10 de noviembre de 2004.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 23ª, en 4 de enero de 2005.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 35ª, en 16 de septiembre de 2003.
Constitución, sesión 57ª, en 12 de mayo de 2004.
Constitución (tercer trámite), sesión 20ª, en 14 de diciembre de 2004.
Mixta, sesión 48ª, en 3 de mayo de 2005.
Discusión:
Sesiones 2ª, en 8 de octubre de 2003 (se aprueba en general); 58ª, en 18 de mayo de 2004 (se aprueba en particular); 23ª, en 4 de enero de 2005 (se aprueba informe de Comisión de Constitución y pasa a Comisión Mixta).
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario subrogante.
El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-
La controversia entre ambas ramas del Congreso se originó en el rechazo del Senado a algunas de las modificaciones efectuadas por la Cámara de Diputados en el segundo trámite constitucional.
El informe de la Comisión Mixta formula la proposición destinada a resolver las divergencias entre ambas Corporaciones principalmente por la vía de establecer, en el Código Orgánico de Tribunales, que las ternas para proveer los cargos de notario, conservador y archivero en la primera categoría del Escalafón Secundario se formarán con el más antiguo de la segunda categoría que figure en lista de méritos y exprese su interés en el cargo.
Si este último no manifiesta su interés dentro del plazo de diez días, se incluirá en su lugar a un notario, conservador o archivero de la primera o la segunda categoría del Escalafón Secundario, o a un notario, conservador o archivero de la tercera categoría que tenga a lo menos diez años en la carrera, o a un abogado externo al Escalafón Secundario que tenga diez años o más de ejercicio profesional y no figure ni haya figurado en el Escalafón Primario en los últimos diez años.
Asimismo, la Comisión plantea que al notario que se encuentre impedido de desempeñar su cargo por cualquier causa lo subrogue un abogado con al menos cinco años de ejercicio profesional y que los notarios puedan proponer al juez de turno o al presidente de la Corte de Apelaciones la designación de un abogado con al menos cinco años de ejercicio profesional para que se desempeñe como oficial primero de su oficio.
Cabe destacar que lo anterior se acordó por unanimidad.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado, dividido en cinco columnas. En las dos últimas se transcribe la proposición de la Comisión Mixta y el texto que resultaría de aprobarse lo que se recomienda.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO.-
El Comité Socialista pide el aplazamiento de la discusión.
El señor PIZARRO.-
¿Por qué?
El señor MORENO.-
¿Cuál es la razón?
El señor VIERA-GALLO.-
La iniciativa requiere quórum especial para ser aprobada.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Se trata de una solicitud reglamentaria.
Como se debe fijar una fecha para la discusión, sugiero que sea el martes próximo.
El señor MORENO.-
Perdón, señor Presidente , pero tengo una duda.
El Honorable señor Viera-Gallo ha dicho que la iniciativa necesita quórum especial. Pero eso no está consignado en la tabla.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
No lo está. Sin embargo, un señor Senador señaló que su aprobación requiere quórum de ley orgánica constitucional.
El señor MORENO.-
Quiero preguntar si efectivamente eso es así.
El señor PARRA.-
Pido la palabra.
El señor ROMERO (Presidente).-
La tiene, Su Señoría.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , como se modifica el Código Orgánico y éste es la ley orgánica constitucional que rige todo lo que implica organización y atribuciones de los tribunales, el proyecto requiere el quórum mencionado.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
El señor Secretario subrogante me indica que en una sentencia de 1982 el Tribunal Constitucional señaló que no reviste ese carácter un texto como el que nos ocupa, porque su contenido no se refiere a la organización y atribuciones de los tribunales.
El problema fue estudiado por la Secretaría.
En consecuencia, perfectamente podría votarse la normativa ahora.
El señor VIERA-GALLO.-
Si ése es el criterio de la Mesa, retiramos nuestra petición.
El señor ROMERO (Presidente).-
Es el que se adoptó luego de pedir un informe sobre el punto.
En discusión las proposiciones de la Comisión Mixta.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , lo que hizo la Comisión Mixta fue resolver las discrepancias entre la Cámara y el Senado sobre algunos temas en que hubo controversia. Y se llegó a una solución unánime, que comprende varios aspectos.
Lo más importante es que se facilita el funcionamiento de las notarías al permitirse que el oficial primero pueda reemplazar al notario titular en una serie de actividades que se señalan en la normativa.
El segundo punto trascendente se refiere a la apertura del escalafón notarial, con relación a la primera categoría, para que, en caso de que el notario que tenga preferencia para figurar en la terna por su antigüedad no esté interesado, pueda llenarse el cupo con algún abogado de prestigio que cuente con la cantidad de años de ejercicio profesional que se señala, tal como ocurre con las dos categorías inferiores.
Eso es lo esencial, señor Presidente.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, quiero complementar lo dicho por el Honorable señor Viera-Gallo, porque creo que hay que centrarse en el punto de la discrepancia.
La verdad es que esta iniciativa legal apuntaba originalmente a un tema distinto, ya que se creaba la figura del notario subrogante, quien reemplazaría automáticamente al titular cuando éste se encontrara impedido de ejercer su cargo, sin ser necesaria una designación en cada oportunidad.
En segundo lugar, se perseguía facultar al oficial primero de la notaría para desempeñar ciertas funciones propias del notario de manera simultánea con el titular. Eso quedó acotado en la ley en proyecto. Y quedó establecido cuáles son esas funciones.
Pero luego surgió la siguiente diferencia, que bien ha descrito el Senador señor Viera-Gallo . Los notarios, como Sus Señorías saben, pueden estar en la primera, la segunda o la tercera categoría. Para llenar un cargo en la segunda, y de acuerdo a lo dispuesto en el actual artículo 287 del Código Orgánico de Tribunales, se establece que uno de los lugares de la terna puede ser ocupado por un notario "de la misma categoría del cargo que se trata de proveer o de la inmediatamente inferior, que se oponga al concurso, elegido de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 281.".
Se agrega que otro lugar de la terna será ocupado por un notario como el recién aludido, elegido de conformidad a lo dispuesto en esa última norma, "o por un abogado extraño a la carrera, elegido por méritos.".
O sea, para la segunda categoría, se permite incorporar en la terna a un profesional que no sea de carrera.
¿Qué ocurre en la tercera categoría? Exactamente lo mismo. Dice la letra c) del artículo 287 que, para integrarla, las ternas se formarán con el o los notarios, conservadores o archiveros de la misma categoría, los que, en caso de oponerse, ocuparán al menos un lugar en ella, elegido o elegidos de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 281, "y con abogados ajenos al Escalafón que se opongan al cargo".
Lo anterior no sucede hoy respecto de la primera categoría. Y lo que hizo la Comisión Mixta fue extender la posibilidad a ese caso, como mis Honorables colegas podrán entenderlo exactamente si leen, en el comparado, el contenido de la columna que dice "Texto final del proyecto".
Allí se señala que, para integrantes de la primera categoría del Escalafón Secundario -o sea, los notarios de las ciudades más grandes-, la terna, que confecciona la Corte de Apelaciones, se va a llenar primero con el notario, conservador o archivero más antiguo de la segunda categoría que figure en lista de méritos. A continuación, se expresa que los otros dos lugares serán ocupados con los notarios, conservadores o archiveros de la primera o segunda categoría, y con los de la tercera categoría -se les permite incorporarse- que tengan a lo menos diez años en la misma y se opongan al concurso.
¿Qué ocurre si el más antiguo no postula porque no le interesa la nueva plaza? Para ese caso, la letra b) prescribe: "Si el funcionario que goce de preferencia para figurar en la terna por antigüedad no manifiesta su interés en postular dentro del plazo que establece dicha disposición, se incluirá en su lugar un notario, conservador o archivero de la primera o de la segunda categoría del Escalafón Secundario, o un notario, conservador o archivero de tercera categoría que tenga a lo menos diez años en la carrera, (¿) o un abogado ajeno al Escalafón Secundario que tenga diez o más años de ejercicio profesional".
En consecuencia, señor Presidente , todo el debate está centrado en si para ascender a notario de la primera categoría se permite abrir una ventana a fin de que en la terna, en lugar del más antiguo que no quiera ir, entre alguien sin carrera notarial, siempre y cuando tenga más de diez años de ejercicio profesional.
Sobre el particular, la Comisión adoptó el acuerdo por unanimidad.
Por supuesto -y hay que decirlo con toda franqueza-, hay notarios que consideran que se trata de un error, porque se rompe el principio de la carrera, en donde a la primera categoría sólo se llega si se es de la segunda o la tercera.
¿Cuál fue el criterio del órgano técnico? Sobre la base de que en la segunda y la tercera categorías de notarios, que se desempeñan en ciudades más pequeñas, se permite que en la terna confeccionada por la respectiva Corte de Apelaciones se incluya un abogado ajeno a la carrera, se preguntó por qué eso mismo se impide cuando se trata de la primera categoría. ¿Por qué en la segunda y la tercera categorías sí, pero en la primera no?
Es decir, cuando se trata de notarías de las ciudades más pequeñas, se permite un abogado foráneo. Sin embargo, en el caso de notarías de mayor relevancia, ello se impide.
Luego de un debate, la Comisión estimó que si hay una razón de igual naturaleza para la segunda y la tercera categorías, no se ve por qué esa misma razón no debe aplicarse a la primera.
Yo diría que ésa es la diferencia.
Y se optó unánimemente por abrir la posibilidad de incorporar abogados ajenos, que ya existe en el caso de los notarios de segunda o tercera categoría, a los de la primera, correspondientes a las comunas más grandes.
Ése fue el precepto en conflicto.
Hay un aforismo en Derecho que señala que donde hay la misma razón debe haber la misma disposición. Y no existe razón alguna para aplicar determinado criterio respecto de un notario de primera categoría y otro distinto en relación con uno de segunda o tercera categoría.
¿Ello significa que siempre se va a nombrar a alguien ajeno al Escalafón? No, porque existirá una terna confeccionada por la Corte de Apelaciones, sin perjuicio de que deberá tratarse de un abogado con diez años de experiencia.
Por lo tanto, nos parece de justicia que se establezca una norma de esta naturaleza.
Ésa es la cuestión de fondo, la cual se resolvió en el sentido que he señalado.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , formalmente, el argumento del Senador señor Espina parece de una lógica irrebatible. Sin embargo, si se escarmena un poco en su contenido se cae en la cuenta de que a partir de ese raciocinio se está perforando la carrera funcionaria en este sector.
Si los notarios de segunda o tercera categoría pueden competir en igualdad de condiciones con un abogado externo, quien ciertamente no trae consigo la misma experiencia, se produce en los hechos una situación de injusticia para aquellos que tienen una larga trayectoria en la función.
De ahí que considero inconveniente la aprobación de una norma de tales características, porque en todas las instituciones se debe propender a cuidar lo que significa el esfuerzo de las personas por desarrollarse profesionalmente, para lo cual deben contar con un marco legal apropiado que les brinde seguridad. Cualquier otra modalidad de funcionamiento podría poner en peligro ese aspecto, que, a mi juicio, constituye un logro institucional que se debiera tratar de preservar, a lo menos en ámbitos tan sensibles como el que nos ocupa.
En consecuencia, expongo mi opinión contraria al punto mencionado.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Deseo hacer presente que estamos discutiendo un informe de Comisión Mixta, por lo que se debe votar en su conjunto. No podemos separar un pronunciamiento de otro.
El proyecto no sólo contempla el aspecto en análisis, sino, además, otros que perfeccionan el sistema notarial, sobre todo en cuanto a la designación de un abogado como oficial primero que puede actuar en determinadas funciones, siempre que cuente con 5 años de ejercicio profesional. Porque, como muchas veces el notario no puede estar en su oficio -tiene que salir para preparar testamentos, asistir a juntas de accionistas, etcétera-, debe haber un funcionario notarial que lo reemplace, pero que tenga la condición de tal y sea aprobado por la propia Corte. Es decir, se determina todo un sistema.
Lo anterior fue aprobado por unanimidad.
El otro asunto se refiere al notario o conservador que puede entrar por una vía que no es la de la carrera, según se ha dicho. Efectivamente, esto es discutible. Pero la verdad de las cosas es que no se vulnera nada, sino que sólo se permite a una persona ajena al Escalafón incorporarse a una terna. Y la que deberá formarla es la Corte, de entre los conservadores de bienes raíces y los notarios que se mencionan, a los que supuestamente se podrá agregar el abogado a que se hizo referencia. Por lo demás, no es una novedad en nuestro sistema judicial la incorporación de uno de esos profesionales con experiencia -no se trata de cualquiera de ellos- y determinados años de ejercicio.
Ésa fue la razón por la que varios señores Senadores intervinieron en la Comisión Mixta con el objeto de pedir que se aprobara la disposición. En el fondo, no se vulnera la carrera. Porque, además, en las categorías segunda y tercera se permite la incorporación de un abogado al Escalafón, lo que ahora se amplía a la otra. Pero insisto en que por esa vía no se está nominando un notario o un conservador, sino que se da la posibilidad de incorporarse a la terna para tal efecto. O sea, no hay una vulneración -repito-, sino, a lo mejor, un enriquecimiento mediante la incorporación de gente nueva a la actividad.
Por esas razones, la Comisión Mixta aprobó, por la unanimidad de sus integrantes presentes, tanto esta disposición como las otras, que son la base más importante del proyecto.
Reitero que el informe debiera votarse a favor.
El señor MORENO.-
Señor Presidente, pido que se abra la votación, si ello no genera inconvenientes para los inscritos, porque algunos de nosotros deseamos dejar el voto en la Mesa debido a que tenemos otros compromisos.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, así se acordará.
--Se acuerda.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , por desgracia, la tendencia a vulnerar los escalafones en una institución está llevando lentamente a corroer el concepto de carrera. Los notarios son funcionarios de extraordinaria importancia, porque se trata de ministros de fe.
Aquí pareciera que no se ha cerrado el ciclo en el siguiente sentido. Cabe contemplar el ingreso de un abogado ajeno al Escalafón Secundario; pero, para no vulnerar el principio, para mostrar que existe una situación de emergencia y que por eso aparece una persona al margen del Escalafón, debió haberse establecido que ello sólo procede si no hay interesados en el puesto. La destrucción de los escalafones significa la de las carreras, y esta última, la desmotivación de las personas en el servicio.
Me parece sumamente delicado este tipo de situaciones, que no es la primera vez que ocurren. Ellas se están produciendo en una serie de actividades, lo que no estimo bueno para la institucionalidad que todo el mundo anda buscando.
Subrayo que se debió disponer que sólo si no hay interesados podrá aparecer un abogado ajeno a los escalafones.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , la verdad es que, como representante de una Región, creo que a veces las leyes se hacen pensando sólo en Santiago, no en las ciudades y pueblos pequeños, donde el cumplimiento de una tarea aparentemente igual no reviste, en la práctica, el mismo carácter.
Las notarías se han dividido en las de primera, segunda o tercera categoría, en directa relación con el número de personas que viven donde se ejerce la función. Si bien es cierto que no se trata de una carrera funcionaria propiamente tal, a mi juicio se ha creado una especie de carrera. Por eso, disiento de quienes plantean que, como habría la misma razón, habría que aplicar la misma disposición. Porque existen notarías a las que no quiere ir nadie, en la medida en que es tan escaso su movimiento que resulta francamente muy difícil mantenerlas en actividad, excepto si se piensa que allí se entrará a una suerte de carrera de cinco, diez, quince años, para terminar en otras mejores, en las que se servirá con experiencia, seguridad y certeza en dar fe pública de los actos que lo requieren.
En consecuencia, pienso que en el caso que nos ocupa no hay la misma razón y que no debe haber la misma disposición, porque, de existir un forado como éste en las notarías de primera categoría, ocurrirá que el abogado externo siempre va a ser el nominado. Todos sabemos cómo se toman estas decisiones. Aquí se señaló que la Corte elabora la terna. Así es. Pero el nombramiento lo hace el Presidente de la República , generalmente a través del Ministro de Justicia .
Entonces, voy a votar en contra del informe -no tengo opción para separar alguno de los artículos-, en primer lugar, porque, si se aprueba, vamos a frustrar las aspiraciones de un número importante de notarios que han esperado durante años, en pueblos chicos o en localidades difíciles, la posibilidad de mejorar sus condiciones laborales; y en segundo término, porque se va a castigar a quienes han hecho carrera funcionaria.
Finalmente, cabe mencionar otra norma que también me hará votar en contra: la referente al reemplazo de los notarios. Lo que ella señala, en la práctica, será inaplicable a los notarios de pueblos muy pequeños, pues para encontrar un abogado suplente tendrían que recorrer 50 a 100 kilómetros. No podrían salir de vacaciones ni viajar para atender algún problema de salud.
Entonces, con franqueza, creo que el proyecto fue hecho en función de la Región Metropolitana o de las grandes ciudades. Pero, lamentablemente, para las cosas malas Chile no es Santiago.
Por esa razón, señor Presidente , votaré en contra del informe. Si bien la iniciativa contiene disposiciones positivas, en la práctica, las normas a que me referí hacen que pierda mérito.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , quiero hacer una consulta.
Me llama la atención que la participación de una persona que no sea notario se produzca sólo cuando el nominado por derecho propio no manifieste interés en postular.
En realidad, se establece una excepción, ya que la letra a) dispone que en la terna debe ir obligatoriamente el notario más antiguo de segunda categoría y que los otros dos cupos serán llenados con notarios de primera categoría que se hayan desempeñado en grandes ciudades, y con los de segunda y tercera categorías que tengan a lo menos diez años en el cargo.
O sea, llama la atención el hecho de que, junto con quien va en la terna por derecho propio, se abra la posibilidad de incluir -lo que es absolutamente circunstancial- a un abogado con diez años de ejercicio profesional.
No entiendo la racionalidad de esto. Si se quiere abrir la postulación a profesionales que no son notarios, debiera hacerse en todo momento, no sólo cuando se produzca la situación de que el nominado por derecho propio decide no integrar la terna.
Distinto es el caso cuando no hay otros postulantes. Pero la incorporación de un abogado ajeno con diez años de experiencia es un caso particular sin mucha justificación.
No sé si en la Comisión se discutió el punto.
Ésa es mi consulta, señor Presidente.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
El Honorable señor Espina contestará la inquietud de Su Señoría.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , tiene toda la razón el Senador señor Novoa ; pero sucede que Su Señoría reflexiona sobre la base de una lógica absolutamente distinta de la planteada por el Honorable señor Prokurica .
En la Comisión hubo dos posiciones: una, cerrar por completo la posibilidad de que, en ciudades importantes, abogados con diez años de ejercicio en la profesión entren en la primera categoría; la otra, abrirla íntegramente.
El proyecto optó por un camino intermedio, para proteger la carrera -entre comillas- de los notarios.
En relación con esto último, quiero hacer un planteamiento.
Es curioso esto de la carrera judicial. Porque el Senado aprobó, sin ningún problema y por unanimidad, que un tercio de la Corte Suprema pueda ser integrado por abogados ajenos a dicha carrera. Se estimó que esto era un gran aporte, pues incorporaba nuevos aires y otra interpretación. Nadie podrá discutir que los abogados que ingresaron de ese modo al Máximo Tribunal no son de prestigio. Nadie podría sostener que don Enrique Cury -quien forma parte, como Ministro , de la Sala Penal de dicha Corte- no es un profesional idóneo. Incluso, entiendo que fue profesor del Senador señor Prokurica .
Por lo tanto, lo que hace el proyecto es dar oxígeno para que, por vía excepcional, puedan ingresar a la primera categoría abogados ajenos a la carrera judicial.
Señor Presidente , esto ya opera en las categorías segunda y tercera. En efecto, cuando se conforma la terna para proveer el cargo de notario en una ciudad pequeña -y con esto contesto al Honorable señor Ávila -, nadie reclama por la inclusión de un abogado ajeno a la carrera. En otras palabras, es al revés de lo que señaló el Senador señor Prokurica : en los pueblos chicos no se protege nada, porque se permite postular al cargo de notario a abogados que no son de la plaza.
El señor PROKURICA.-
Es otra la situación.
El señor ESPINA.-
En las ciudades intermedias pasa lo mismo. Sin embargo, en las grandes urbes, curiosamente, esto no se permite. Es decir, un muy buen abogado, con años de ejercicio en la profesión, proveniente de un pueblo chico, que busca radicarse en Santiago y formar parte de una notaria, no podrá postular al cargo.
Con esta disposición se permite, señor Presidente.
Y fíjense Sus Señorías lo que sucede.
Tiene toda la razón el Senador señor Novoa . En la primera opción no se puede, porque la terna se integra sólo con notarios de carrera. Pero, ¿quiénes? No con cualesquiera, sino con el más antiguo que figure en la lista de méritos y con dos notarios que sean, o de la misma categoría, o de la inmediatamente inferior; es decir, de ciudades grandes o más pequeñas. Nosotros sugerimos la posibilidad de incorporar incluso al notario de la ciudad más chiquitita, siempre que tenga diez años de experiencia. O sea, un profesional de una ciudad no grande, con experiencia, tiene derecho a acceder a una más amplia.
Como bien señaló el Honorable señor Novoa , si el notario más antiguo de la categoría no quiere postular porque no le interesa o porque está feliz en su ciudad, entonces se abre una alternativa distinta, que consiste en llenar el cupo restante -los otros dos están ocupados por los notarios de la segunda o tercera categoría- con un notario que tenga el mismo rango o con un abogado externo con diez años de experiencia profesional.
Señor Presidente , una cosa es la carrera funcionaria -que aquí se respeta- y otra distinta esta especie de prohibición para que una persona capaz, con méritos y talentosa, pueda ser notario. ¿Por qué se mantiene tal veto?
Esa rigidez nunca la establecimos respecto de la propia Corte Suprema. No hay una carrera más estricta que la judicial. Efectivamente, con los votos de todos los señores Senadores -es decir, por unanimidad-, se dispuso que un tercio de esa instancia pudiera llegar de fuera, lo que, además, no se da con la terna. Entonces no hubo problema alguno.
A mi juicio, el proyecto está bien elaborado, aunque obviamente trata sobre un tema opinable. Sin embargo, me parece que hace justicia respecto del equilibrio que debiera existir entre la carrera funcionaria y la necesidad de generar mayores espacios de postulación de la ciudadanía a cargos de esta naturaleza.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Votemos, señor Presidente .
El señor ROMERO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Como varios señores Senadores ya han dejado su voto en la Mesa, se tomará votación nominal.
En votación el informe de la Comisión Mixta.
--(Durante la votación).
El señor PARRA .-
Señor Presidente , no voto, en razón de lo que dispone el artículo 8º del Reglamento.
El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-
Se deja constancia de que el Senador señor Aburto también manifestó a la Mesa estar impedido de votar, en virtud del mismo precepto recién citado.
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (13 votos contra 9, una abstención y 3 pareos).
Votaron por la afirmativa los señores Boeninger, Bombal, Coloma, Cordero, Moreno, Núñez, Pizarro, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Vega, Viera-Gallo y Zaldívar (don Andrés).
Votaron por la negativa los señores Ávila, Canessa, Flores, Horvath, Larraín, Martínez, Matthei, Orpis y Prokurica.
Se abstuvo el señor García.
No votaron, por estar pareados, los señores Espina, Fernández y Novoa.
El señor ROMERO (Presidente).-
Ha llegado la hora de término del Orden del Día.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , ¿me permite una moción de orden?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , ¿quedó pendiente el proyecto sobre clonación humana? A mi juicio, podría ser de fácil trámite, pues prácticamente resta un solo artículo.
No sé si habría voluntad de prorrogar por un cuarto de hora el Orden del Día a objeto de despacharlo.
El señor COLOMA .-
Veámoslo el próximo martes.
El señor VIERA-GALLO.-
Se puede poner en el primer lugar de la tabla de la próxima sesión.
El señor ROMERO (Presidente).-
Le corresponde esa ubicación, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO.-
Pero que sea efectivamente en el primer lugar, porque a veces...
El señor ROMERO (Presidente).-
Sería un acuerdo de la Sala.
El señor VIERA-GALLO.-
Muy bien, señor Presidente.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Así se procederá.
Terminado el Orden del Día.
VII. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor ALLIENDE ( Secretario Subrogante ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor ROMERO (Presidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envía se anuncia son los siguientes:
Del señor CANTERO:
A Su Excelencia el Presidente de la República y al señor Ministro de Obras Públicas , pidiéndoles informar acerca de INVESTIGACIÓN SOBRE POSIBLES IRREGULARIDADES EN MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
A Su Excelencia el Presidente de la República , requiriéndole entrega de BENEFICIOS ECONÓMICOS PARA ENFERMA DE CÁNCER AL ESÓFAGO (ANTOFAGASTA).
Al señor Ministro de Salud , planteándole la DEFICIENTE ATENCIÓN EN HOSPITAL REGIONAL DE ANTOFAGASTA.
Al señor Subsecretario de Aviación , solicitándole información sobre OMISIÓN DE BENEFICIOS ECONÓMICOS A MIEMBROS JUBILADOS DE AGRUPACIÓN DE SUBOFICIALES "LOS CÓNDORES".
Al señor Gerente General Adjunto de CODELCO Norte , haciéndole presente NEGATIVA DE CODELCO NORTE A ENTREGA DE BENEFICIOS FRENTE A INCAPACIDAD PROFESIONAL (todos de la Segunda Región).
Del señor GARCÍA:
A Su Excelencia el Presidente de la República , consultándole acerca de RELIQUIDACIÓN DE PENSIONES A EX FUNCIONARIOS DE GENDARMERÍA DE CHILE.
A los señores Contralor General de la República , Presidente del Consejo de Defensa del Estado y Ministro de Obras Públicas , reiterándoles oficio por IRREGULARIDADES DE MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS EN OBRA "MEJORAMIENTO RUTA 5 SUR, PASADA POR TEMUCO".
Al señor Fiscal Nacional del Ministerio Público , planteándole DESIGNACIÓN DE FISCAL ESPECIAL EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA POR DENUNCIAS DE ABIGEATO.
Al señor Subsecretario de Pesca , pidiéndole que informe sobre antecedentes relativos a PROYECTOS SOBRE PESCA ARTESANAL.
Al señor Intendente de la Región de La Araucanía y al señor Director del Servicio de Salud Araucanía Sur, requiriéndoles información acerca de PROYECTO DE REPOSICIÓN Y TRASLADO DE POSTA CAMAGUEY A POCOYÁN, y al primero de los mencionados, en relación con PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE AGUA POTABLE EN POCOYÁN y PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADO.
Al señor Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas de La Araucanía , pidiéndole informar sobre estado de PROYECTOS DE DEFENSAS FLUVIALES (todos de la comuna de Toltén), y al señor Director Regional de Vialidad de La Araucanía , requiriéndole antecedentes acerca de ESTADO DE ASFALTO EN RUTA COMUY-TOLTÉN Y DE BY-PASS QUEULE y de PROYECTO DE CARPETA ASFÁLTICA TOLTÉN-LÍMITE REGIONAL (todos de la Novena Región).
Del señor HORVATH:
A los señores Ministros de Relaciones Exteriores y de Obras Públicas, y a la Comisión Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional, dándoles a conocer lo relativo a INCLUSIÓN EN LEY DE PRESUPUESTOS 2006 DE PROGRAMA HIDROLÓGICO INTERNACIONAL.
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El señor ROMERO (Presidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
RETRASO EXCESIVO DE HOSPITALES PÚBLICOS EN CIRUGÍAS Y OTRAS ATENCIONES MÉDICAS. OFICIO
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , hace algunos días apareció una información en el diario "La Segunda" que entregaba numerosos antecedentes sobre el retraso en la atención médica por especialistas. Por ejemplo, se señaló que 25 mil enfermos de cataratas, vesículas y hernias esperan ser operados desde hace más de siete meses.
A la demora en la construcción de nosocomios -como ocurre en Atacama-, se suman ahora largas listas de espera en los recintos hospitalarios, que son inundados por pacientes que aguardan una oportunidad para entrar a pabellón.
En los últimos diez años, los dineros destinados a salud han aumentado en 200 por ciento; pero, a pesar de ello, no se logra eliminar las listas de espera que hoy por hoy existen en todos los hospitales públicos del país.
Ejemplo claro de esa crítica situación es el drama de 41 enfermos de cáncer del Hospital Barros Luco, de Santiago, que han aguardado más de ocho meses para su operación, de acuerdo a lo que aparece en el referido artículo de prensa. Pero ellos no son los únicos. En dicho centro de salud se encuentran en igual condición 360 pacientes que sufren males neurológicos.
Lo que sí constituye un misterio es el número real de chilenos que esperan meses o, a veces, años para poder operarse.
Sólo se sabe que entre las nueve patologías más frecuentes, en las que la inversión supera los 264 millones de pesos, hay 20 mil personas que aguardan su turno para una cirugía. A ellas hay que agregar 25 mil enfermos de cataratas, vesícula y hernias que aguardan ser intervenidos quirúrgicamente, a los que se suman unos cuantos miles más que deben extirparse las amígdalas, las adenoides, las várices, o los niños que necesitan cirugía por fimosis o por la anomalía testicular denominada "criptorquídea".
Las intervenciones más rezagadas son, sin duda, las hernias abdominales, hiperplasia de próstata y vesícula.
Éstos son sólo algunos antecedentes preliminares, señor Presidente , que nos dan una muestra acerca de la realidad de la gente que tiene que atenderse en los hospitales públicos.
Solicito que se oficie, en mi nombre, al señor Ministro de Salud , para recabar información referente al tiempo promedio de espera nacional por establecimiento público de salud; al número de personas, a nivel nacional y por establecimiento público de salud, que se hallan en listas de espera para ser intervenidas o recibir tratamiento por las siguientes patologías: cataratas, vesícula, hernia, várices, criptorquídea, esquizofrenia, insuficiencia renal, cáncer cervicouterino, accidente vascular encefálico, aneurisma, epilepsia, cirugía que requiere prótesis, cáncer de próstata, pérdida de dientes en adulto mayor y leucemia, con indicación del porcentaje de pacientes en espera en cada establecimiento.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
En el tiempo del Comité Socialista tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
PREOCUPACIÓN POR RELACIONES CHILENO-PERUANAS. OFICIO
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , hace pocos días tuve la oportunidad de visitar Perú. Permanecí algunos días en Lima y pude percatarme muy directamente de que la situación entre nuestros países es delicada.
Dados ese hecho y el rol tan importante que pueden jugar los respectivos Parlamentos en el mejoramiento de las relaciones entre ambas naciones -y no sólo en las de las dos Instituciones-, en primer término, quiero felicitar al señor Presidente del Senado de Chile por haber tomado la iniciativa de buscar un acercamiento con el Congreso peruano.
Así como, en mi condición de Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores , busqué relacionarme en forma muy directa con el Parlamento boliviano -lo cual consta al señor Presidente de nuestro Senado -, me parece esencial que la primera autoridad de esta Alta Cámara persevere en esa idea.
El tema es muy delicado. Es particularmente preocupante, sobre todo porque sabemos que, desde el punto de vista histórico, las relaciones diplomáticas y políticas entre nuestros países no han sido las mejores. En los últimos años se ha intentado mejorarlas, y hemos avanzado de manera notable.
Sin embargo, he quedado realmente molesto e indignado por el hecho de que una empresa nuestra, una empresa que más bien tiene mayoría de capital chileno y sirve en más de 80 por ciento el transporte de pasajeros y de carga en territorio del vecino país, haya difundido un video -tuve la ocasión de conocerlo- altamente infamante para la dignidad del pueblo peruano.
Aquí se nos plantea un tema muy de fondo.
Las relaciones exteriores no sólo las hacen los Estados ni los Gobiernos. Las hacen también sus Fuerzas Armadas, sus universidades, sus entidades culturales; incluso, sus clubes deportivos, y, por cierto, también sus empresas.
Nunca hemos negado el hecho de que nuestros capitales vayan a otros países. Por el contrario, creo que los Gobiernos de la Concertación han tenido un gran éxito en incentivar que empresas chilenas inviertan fuera de nuestro territorio. Es más, con algunas naciones hemos logrado acuerdos sustantivos que permiten garantizar dichas inversiones.
En el caso del Perú, estábamos a punto de firmar un tratado de libre comercio de enorme significación económica para ambas partes. Ahora las negociaciones están retrasadas y, con seguridad, pasará un tiempo extraordinariamente largo y prolongado hasta llegar a un entendimiento con el Gobierno peruano, si es que lo alcanzamos, ya sea con el que encabeza el Presidente Toledo , o con el que venga a continuación, luego de las elecciones del próximo año.
Por lo tanto, ha habido un retroceso. El mecanismo "2+2" -lo hemos utilizado de manera muy adecuada con otros países, en particular con Argentina- también está detenido. Ahí se podrían haber generado condiciones para disipar las dudas que el Gobierno peruano tiene en cuanto a la responsabilidad que cabría al de Chile en el embarque de determinada cantidad de armas hacia el Ecuador.
Lo más que me preocupa, sin embargo, es que se debemos hacer esfuerzos para que las empresas entiendan que cuando se hallan en otro país también están sirviendo los intereses de Chile; que cuando se instalan en otra nación no sólo lo hacen para obtener grandes utilidades, sino además para proyectar la imagen de nuestro país.
Hasta donde conozco, ninguna de esas empresas -son varias; algunas, muy importantes- tiene una vinculación muy directa con el pueblo peruano. Es más, ninguna de ellas está contribuyendo, como otras empresas en Chile -no todas las que quisiéramos, por cierto-, en asuntos de desarrollo social, no obstante que la mayor parte ha alcanzado un éxito notable en el logro de sus objetivos.
Por consiguiente, en nombre de la bancada socialista, protesto por el efecto extraordinariamente negativo que tuvo la difusión del video perteneciente a Lan Perú, pues afectó no sólo la dignidad de un pueblo hermano, sino también, en forma ostensible, las relaciones entre ambas naciones. Es más, tengo la seguridad de que éstas se agravaron, y más todavía luego de conocerse el envío de municiones a Ecuador.
Francamente, no sé a quién dirigir mi nota de protesta. Sólo quiero pedirle de nuevo, señor Presidente, que persevere en la idea de buscar un acercamiento con los Parlamentarios peruanos. Y ojalá esta intervención pudiera hacerse llegar, a través de la Mesa, a las autoridades de la Cancillería chilena, para señalarles que, en mi opinión, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe tomar cartas en el asunto, buscar caminos para que las empresas nacionales que hoy se encuentran invirtiendo en el extranjero, en especial en países limítrofes, tengan presentes, no sólo sus legítimos intereses, sino también los de Chile.
He dicho.
El señor CANTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor CANTERO.-
Señor Presidente , coincido en la importancia que revisten los esfuerzos de la diplomacia parlamentaria. Y me alegra escuchar que los hay con los países limítrofes. Sólo quiero sugerir que en el futuro estos últimos integren, aparte los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, a los Parlamentarios que representan zonas fronterizas. En el caso de Bolivia, estoy seguro de que los de la Segunda Región tendremos un altísimo interés en estrechar los vínculos y fortalecer la acción de la diplomacia parlamentaria, lo que, desgraciadamente, no ha ocurrido hasta ahora con la fluidez que quisiéramos.
El señor ROMERO (Presidente).-
En primer lugar, agradezco las palabras de Sus Señorías.
Quiero informarles que hoy he concordado con el Presidente del Congreso del Perú una reunión para el día 22 de mayo, en Bogotá, en el marco del encuentro de Presidentes de Asambleas Legislativas. Así que le haré llegar los conceptos vertidos esta tarde en el Senado.
Me parece que también debería conocerlos la Cancillería. En consecuencia, se le enviará, en nombre de los Honorables señores Núñez y Cantero y de quien habla, un oficio donde se contengan.
Al mismo tiempo, comunico al Senador señor Cantero que hoy he tomado contacto telefónico con el Presidente del Senado boliviano y el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores de esa Alta Cámara para expresarles nuestra amistad y manifestarles mi gran interés en tener con ellos una reunión -ya la acordamos para la referida cita de Bogotá-, pues considero muy importante que profundicemos nuestras relaciones y perseveremos en ellas.
Y, por supuesto, voy a tomar muy en cuenta la sugerencia del Honorable señor Cantero en orden a integrar a los Senadores de las zonas limítrofes.
Muchas gracias.
--Ofrecida la palabra, sucesivamente, en los tiempos de los Comités Institucionales 2, Institucionales 1, Mixto, Demócrata Cristiano y Unión Demócrata Independiente, ningún señor Senador interviene.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:45.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESION
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA, PARRA Y SILVA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE EXIGE A EMPRESAS DE LA GRAN MINERÍA CONSTITUIRSE COMO SOCIEDADES ANÓNIMAS (3864-08)
Honorable Senado:
Con fecha 5 Junio de 2001 los Senadores Cordero, Lavandero, Núñez, Parra y Silva presentamos una moción encaminada a sustituir el artículo 1° de la ley 16.624, tanto para reforzar la plena vigencia de dicho cuerpo legal cuanto para asegurar su efecto tributario en materias de impuesto a la renta (Boletín N° 2712-08 ).
Debe alcanzarse total claridad en el sentido de que las empresas de la gran minería deben necesariamente constituirse como sociedades anónimas y tributar en tal calidad.
Lo anterior es importante pues el artículo 34 de la ley sobre impuesto a la renta estructura una tributación diferenciada según se trate de pequeños mineros artesanales, de mineros de mediana importancia o de sociedades anónimas mineras.
En la convicción de que el proyecto antes referido deberá tramitarse en conjunto con la presente moción y otras dos iniciativas encaminadas a regular la organización de nuestra minería y la eficacia de las normas legales a ella referidas es que venimos a proponer el siguiente proyecto de ley.
PROYECTO DE LEY
Artículo único
Incorpórase a la ley N° 16.624 el siguiente artículo segundo nuevo:
"Artículo 2: Las empresas de la gran minería deberán constituirse como sociedad anónima a partir de la fecha en que adquieran tal calidad y conservarán dicha naturaleza aún si con posterioridad su producción disminuya a menos de 75 mil toneladas métricas anuales".
(Fdo.): NELSON ÁVILA CONTRERAS H. SENADORAUGUSTO PARRA MUÑOZ H. SENADOR ENRIQUE SILVA CIMMA H. SENADOR
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA, PARRA Y SILVA, CON LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA AL COBRE ENTRE LAS SUSTANCIAS NO SUSCEPTIBLES DE CONCESIÓN (3865-08)
Honorable Senado:
El artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República reserva al Estado "el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible" de todos los yacimientos mineros existentes en el territorio nacional. Del mismo modo precisa que "corresponde a la ley determinar que sustancias de aquellas a que se refiere el inciso precedente, exceptuando los hidrocarburos líquidos o gaseosos, pueden ser objeto de concesiones de exploración o explotación" (inciso segundo). Y, finalmente, en el inciso 10 del referido numeral establece la forma en que deben explotarse las sustancias no concesibles.
El propio texto constitucional estableció la no concesibilidad de los hidrocarburos líquidos o gaseosos, de los "yacimientos de cualquier especie existente en las aguas marítimas a la jurisdicción nacional y a la situación, en todo o en parte o en las que conforme a la ley se determine como de importancia para la seguridad nacional". Esta misma norma se incorporaría al artículo 3 de la ley N° 18.097 Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras y al artículo 7 del Código de Minería, ley 18.248.
Las disposiciones mencionadas de la Ley Orgánica y del Código de Minería incorporan al litio entre las sustancias no concesibles.
En tales condiciones, desde la vigencia de este marco normativo el cobre ha tenido la calidad de sustancia concesible, razón por la cual particulares han obtenido numerosa concesiones mineras para su explotación. De ahí que a la nacionalización acordada en 1971 con el voto unánime del Congreso Nacional, haya sucedido un estado en que la explotación por particulares se acerca a los 2/3 de la producción nacional y el que el peso relativo de Codelco tiende a disminuir progresivamente.
Lo anterior, unido al escaso poder regulador del Estado en la materia y al reconocido bajo retorno social, vía impuestos de las empresas privadas de la gran minería del cobre, ha originado para Chile efectos negativos.
No compartimos el punto de vista del autor de la Ley Orgánica en el sentido de que en este campo debe explotarse todo lo que se pueda para precaver la sustitución del cobre por otros elementos y evitar que se reedite la mala experiencia que como país hicimos con el salitre. Ese criterio, unido a un régimen extremadamente liberal en materia de inversión extranjera , ha dañado al país afectando los precios internacionales con una sobreoferta del metal, aceptando el impacto de fuertes pérdidas tributarias que han originado nulos retornos para Chile que contrastan con los aportes de Codelco al Estado. Chile debe retomar la explotación directa de su principal riqueza minera; desarrollar fuertemente el tratamiento, refinación y elaboración de productos basados en el cobre para exportar valor agregado; establecer un régimen tributario que haga justicia al interés nacional y que tenga en cuenta de manera especial, el carácter no renovable de los recursos mineros; desarrollar el conocimiento y la inversión en este campo, etc. En otras palabras el país debe sustituir su actual política minera por una que atienda de verdad al interés público y social y que haga justicia a los chilenos, propietarios de estos recursos con que la naturaleza nos dotó generosamente para hacer de ellos un poderoso instrumento de nuestro desarrollo nacional.
Todo lo anterior nos lleva a proponeros el incorporar el cobre entre las sustancias no concesibles que contempla nuestra legislación, de modo que a futuro sea solo el Estado, a través de Codelco, el que pueda denunciar nuevos yacimientos y explotarlos de manera directa. De ese modo el país dará un paso casi tan significativo como el de 1971 y asegurar su derecho al buen uso de sus recursos naturales para cimentar su desarrollo en una perspectiva a largo plazo.
En razón de los expuesto os proponemos el siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE LEY
Artículo 1: Modificase el artículo 3, inciso cuarto, de la ley 18.097 Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras intercalando a continuación de las expresiones "el litio" y de la coma que le sigue, las expresiones "el cobre" seguidas de una coma.
Artículo 2: Modificase el artículo 7 de la ley 18.248, Código de Minería para intercalar a continuación de la expresión "el litio" y de la coma que se sigue las palabras "el cobre" seguidas de una coma.
(Fdo.): Nelson Ávila Contreras H. Senador Augusto Parra Muñoz H. Senador Enrique Silva Cimma H. Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA Y ARANCIBIA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE LUGAR DONDE SE ERIGIRÁ MONUMENTO EN MEMORIA DE PABLO NERUDA A QUE SE REFIERE LA LEY Nº 19.871 (3866-04)
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Arancibia y Ávila, sobre el lugar donde se erigirá el monumento en memoria de Pablo Neruda, a que se refiere la ley N° 19.871.
Honorable Senado:
La ley 19.871 que autoriza a erigir un monumento en memoria de Pablo Neruda consigna para este propósito la localidad de Isla Negra. Sin embargo, tras los análisis de rigor, la Comisión especial creada por la referida ley estima que el terreno que reúne las condiciones requeridas se encuentra en el sector denominado Punta de Tralca. Este último, igual que el anterior, está dentro de la comuna de El Quisco. A fin de evitar posteriores objeciones en el ámbito legal, es que vengo en proponer al H. Senado el siguiente
PROYECTO DE LEY.
Artículo Único: Intercálese en el artículo 1° de la Ley N°19.871 entre Isla Negra y la coma (,) la frase "o en su entorno".
(Fdo.): Nelson Ávila C. Senador Jorge Arancibia R. Senador