Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- V.
ORDEN DEL DÍA
- AUTORIZACIÓN A ENAMI PARA TRANSFERENCIA A CODELCO DE FUNDICIÓN Y REFINERÍA LAS VENTANAS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Gabriel Valdes Subercaseaux
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- DEBATE
- CIERRE DE LA SESIÓN
- AUTORIZACIÓN A ENAMI PARA TRANSFERENCIA A CODELCO DE FUNDICIÓN Y REFINERÍA LAS VENTANAS
- ANEXO SESIÓN
- PROYECTO DE ACUERDO DE DIVERSOS SEÑORES SENADORES MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SUSPENDER EJECUCIÓN DE PROYECTO “PORTAL BICENTENARIO”, MIENTRAS NO EXISTA UNA ALTERNATIVA QUE CUMPLA FUNCIONES DEL AEROPUERTO “LOS CERRILLOS” (S 766-12)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Carlos Bombal Otaegui
- Julio Canessa Robert
- Carlos Cantero Ojeda
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Juan Antonio Coloma Correa
- Fernando Cordero Rusque
- Alberto Espina Otero
- Sergio Fernandez Fernandez
- Carmen Frei Ruiz Tagle
- Jose Garcia Ruminot
- Antonio Horvath Kiss
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- Jorge Martinez Busch
- Evelyn Matthei Fornet
- Jovino Novoa Vasquez
- Jaime Orpis Bouchon
- Baldo Prokurica Prokurica
- Mario Enrique Rios Santander
- Sergio Romero Pizarro
- Rodolfo Stange Oelckers
- Ramon Vega Hidalgo
- Enrique Zurita Camps
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- PROYECTO DE ACUERDO DE DIVERSOS SEÑORES SENADORES MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SUSPENDER EJECUCIÓN DE PROYECTO “PORTAL BICENTENARIO”, MIENTRAS NO EXISTA UNA ALTERNATIVA QUE CUMPLA FUNCIONES DEL AEROPUERTO “LOS CERRILLOS” (S 766-12)
Notas aclaratorias
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- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 352ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 12ª, en miércoles 10 de noviembre de 2004
Extraordinaria
(De 12:23 a 14:52)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza a Empresa Nacional de Minería para transferir a Corporación Nacional del Cobre de Chile la Fundición y Refinería Las Ventanas (3298-08) (se aprueba en particular)...............
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros Secretario General de la Presidencia y de Minería , y el señor Subsecretario de Minería .
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 12:23, en presencia de 27 señores Senadores.
El señor LARRAÍN (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor LARRAÍN ( Presidente ).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 9ª y 10ª, ordinarias, en 2 y 3 de noviembre del año en curso, respectivamente, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
El señor LARRAÍN (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero informa que ha otorgado su aprobación, con las enmiendas que indica, al proyecto de ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales en lo relativo a la designación de notario alterno o adjunto (Boletín Nº 3.259-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Con el siguiente comunica que ha aprobado el informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto que modifica la ley Nº 19.039, sobre privilegios industriales y protección de los derechos de propiedad industrial, con urgencia calificada de "simple", (Boletín Nº 2.416-03).
--Queda para tabla.
Con el último hace presente que ha dado su aprobación al proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, con el objeto de incluir el número de identificación del vehículo en las inscripciones practicadas en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados (Boletín Nº 3.285-15).
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
Dos del señor Ministro del Interior , con los que responde sendos oficios enviados en nombre del Senador señor Horvath, relativos a la posibilidad de declarar zonas de catástrofe a las provincias de Aisén y de Capitán Prat, por los motivos que expresa.
De la señora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, mediante el cual responde un oficio dirigido en nombre del Senador señor Horvath, referido a la cuenta pública anual de la Municipalidad de O'Higgins.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Dos de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaídos en los siguientes proyectos de acuerdo, en segundo trámite constitucional:
1) El que aprueba el "Protocolo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos", adoptado el 27 de marzo de 1998, y suscrito por Chile el 14 de abril de 1999 (Boletín Nº 3.515-10).
2) El que aprueba el "Convenio de Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Guatemala" y su Anexo, suscritos en Ciudad de Guatemala, el 28 de abril de 2003 (Boletín Nº 3.568-10).
--Quedan para tabla.
Proyecto de acuerdo
De diversos señores Senadores, mediante el cual solicitan a Su Excelencia el Presidente de la República suspender la ejecución del proyecto "Portal Bicentenario", mientras no exista una alternativa que cumpla las funciones del aeropuerto "Los Cerrillos". (Boletín Nº S 766-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
El señor LARRAÍN (Presidente).- Terminada la Cuenta.
V. ORDEN DEL DÍA
AUTORIZACIÓN A ENAMI PARA TRANSFERENCIA A CODELCO DE FUNDICIÓN Y REFINERÍA LAS VENTANAS
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde continuar la discusión particular del proyecto de ley que autoriza a la Empresa Nacional de Minería para transferir a la Corporación Nacional del Cobre de Chile la Fundición y Refinería Las Ventanas, con segundos informes de las Comisiones de Minería y Energía y de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3298-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 55ª, en 11 de mayo de 2004.
Informes de Comisión:
Minería y Energía, sesión 16ª, en 3 de agosto de 2004.
Minería y Energía (segundo), sesión 9ª, en 2 de noviembre de 2004.
Hacienda, sesión 9ª, en 2 de noviembre de 2004.
Discusión:
Sesiones 18ª, en 4 de agosto de 2004 (se aprueba en general); 10ª, en 3 de noviembre de 2004 (queda pendiente su discusión particular).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Solicito la anuencia del Senado para que ingrese a la Sala el señor Mario Cabezas, Subsecretario de Minería .
--Se accede.
El señor ORPIS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Antes de dar la palabra al señor Secretario , el Honorable señor Orpis desea referirse a un tema en particular.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , quiero plantear un asunto reglamentario, que no es menor, porque no sólo dice relación a este proyecto, sino a todos los que se hallan en tramitación.
Primero, una iniciativa legal se discute en general y se vota sobre la base del articulado. Si es aprobada, se fija un plazo para presentarle indicaciones, en atención al texto acogido en general y que es conocido por todos los señores Senadores. Sin embargo, se puede producir el siguiente fenómeno: que tanto el Ejecutivo como los Parlamentarios formulen indicaciones cuya redacción muchas veces no tiene nada que ver con el articulado aprobado en general. Y, si la Comisión acoge por unanimidad la norma así incorporada, la Sala la da por aprobada, en circunstancias de que su texto jamás fue conocido por el resto de los señores Senadores, quienes nunca tuvieron oportunidad de presentar indicaciones. En definitiva, esa propuesta no se puede votar.
En consecuencia, pido que la Mesa aclare este tema desde el punto de vista reglamentario, por su relevancia no sólo para este proyecto, sino para todos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, no quisiera abrir una discusión reglamentaria, pues debemos despachar una iniciativa concreta, cuya tramitación se encuentra pendiente, y otros asuntos con urgencia calificada.
Efectivamente, podría darse el escenario que señala el señor Senador, pero las indicaciones que se presenten, si bien pueden modificar mucho un proyecto, no es factible que cambien su idea matriz. Ahí aparece un reparo constitucional.
El Reglamento provee la posibilidad, en el caso planteado, de volver a discutir la materia en la Sala, como lo explicamos en una sesión anterior, siempre que la petición respectiva se acoja por unanimidad. Ahora bien, si lo anterior no parece satisfactorio porque el quórum de aprobación es muy elevado, debo recordar que se halla en marcha un proceso de reforma al Reglamento iniciado por la Mesa y que la Comisión de Constitución conocerá próximamente. Hemos introducido una serie importante de cambios, prácticamente a todo el articulado. Se trata de una instancia en la que podría discutirse el planteamiento de Su Señoría, a fin de contar con un criterio general.
Pero ahora no abriré debate.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , a mi juicio, a la Comisión de Constitución corresponde revisar el Reglamento.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego no entrar en discusión.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
No voy a entrar en polémica.
Sólo quiero precisar al señor Senador que, para evitar lo que plantea, puede recurrirse a un procedimiento consistente en presentar una indicación que diga: "Suprímase el artículo tanto.". Basta eso.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
De acuerdo.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Y, en eso, el Parlamento tiene iniciativa.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Agradezco el comentario de Su Señoría.
Entiendo el espíritu de los señores Senadores, pero les pido concretarse a los hechos.
Sobre esta materia reglamentaria ahora no habrá discusión. Pero sigue abierta. Siempre la podemos revisar, Y ahora hay una instancia que lo hará.
Reitero: respecto de este asunto reglamentario no ofreceré la palabra.
El señor ORPIS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Sobre otro tema?
El señor ORPIS.-
Sí.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , por su intermedio solicito la unanimidad de la Sala -a propósito del argumento dado con anterioridad- para reabrir debate acerca del artículo 6º.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador , para acoger su petición se requiere la unanimidad de la Sala.
Lamentablemente, no la hay.
En consecuencia, ofrezco la palabra al señor Secretario para que nos informe sobre las enmiendas pendientes y cuya aprobación no fue unánime.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión de Minería y Energía propone reemplazar el artículo 7º por el siguiente:
"Artículo 7º.- No obstante lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto Ley Nº 1.263 de 1975, mientras se mantenga vigente el crédito contra el Fisco, generado por la aplicación de dicho artículo, que posee la Empresa Nacional de Minería a la fecha de publicación de esta ley, el Fisco no retirará anticipos de utilidades a que hace referencia el artículo señalado, respecto de dicha Empresa. Sin embargo, podrá efectuar retiros de utilidades sólo a partir del año tributario siguiente al que existan utilidades netas determinadas sobre la base de las normas impartidas por el Servicio de Impuestos Internos para el pago de los tributos correspondientes.
"Los futuros pagos de impuestos a la renta que deba efectuar la Empresa Nacional de Minería serán imputados al crédito contra el Fisco, originado por la aplicación de lo establecido en el inciso segundo del artículo 29 del Decreto Ley Nº 1.263 de 1975, que posee esa Empresa a la fecha de publicación de la presente ley.".
Votaron a favor de sustituir dicha norma los Senadores señora Frei y señores Lavandero y Núñez , y se abstuvieron los Honorables señores Orpis y Prokurica .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , después de una larga discusión en la Comisión de Minería y Energía, se logró cambiar las condiciones, en el sentido de no permitir, una vez vendida la Fundición y Refinería Las Ventanas a CODELCO, el retiro anticipado de utilidades de la ENAMI, procedimiento que provocó el desastre de dicha empresa. O sea, esa situación no se generó por mal manejo de la ENAMI, sino por el retiro de utilidades de parte del Gobierno, sin que las hubiera y negándose a devolverlas. Además, se obligó a la empresa a efectuar algunos mejoramientos medioambientales sin que el dueño (el Estado) proporcionara su financiamiento, forzándola a endeudarse. Entre los recursos provenientes de las utilidades retiradas y no producidas y este gasto adicional, se generó una deuda superior a 400 millones de dólares hasta el momento actual, en que el dueño decidió no pagar lo adeudado y vender la Refinería Las Ventanas.
Frente a lo anterior y para mejorar las condiciones del traspaso, exigimos el no retiro anticipado de utilidades, que éstas no se retiraran hasta el pago total del crédito fiscal que el Estado le ha generado a esta empresa y que se concediera dos años de gracia.
Ésta es la razón fundamental que me impulsó a modificar el criterio, en el sentido de no permitir el traspaso a CODELCO de la Refinería Las Ventanas.
Quiero dejar constancia en la Versión Taquigráfica de que, según lo sostenido por los señores Ministros de Minería y de Hacienda, los 400 millones de dólares se destinarán a desarrollar planes que permitan a la ENAMI continuar trabajando con los pequeños y medianos mineros.
Conforme a esta modificación, los recursos sólo podrán retirarse con dos años de gracia, una vez que se haya pagado absolutamente el crédito que la ENAMI tiene contra el dueño de la empresa: el Estado.
Por esa razón, votaré favorablemente esta proposición.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Minería .
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Señor Presidente , deseo confirmar y apoyar lo expresado por el Senador señor Lavandero .
En este artículo radica verdaderamente la motivación fundamental de apoyar un proyecto de esta naturaleza.
Las tres ideas que establece la norma -no retiro anticipado de utilidades; no retiro de utilidades hasta cierto período de tiempo y, finalmente, el pago completo de la deuda que el Fisco mantiene con la empresa, lo que se hará por la vía de no cobrar impuestos- hacen atractiva la iniciativa y permiten que la ENAMI acumule una caja -como lo ha indicado el Senador señor Lavandero - a la que el Fisco no puede acceder. Eso da a la empresa, por primera vez en su historia, la potencialidad de desarrollar, sobre la base de esos recursos, una considerable cantidad de proyectos en beneficio de la pequeña y mediana minería, que lamentablemente en los últimos años, precisamente por falta de fondos, no había podido apoyar.
Este artículo es clave y permite mirar con optimismo una futura ENAMI tremendamente fortalecida.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor RÍOS.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor PROKURICA.-
Con todo gusto, con la venia de la Mesa.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Gracias, señor Senador.
Quiero hacerle un comentario al señor Ministro .
De la lectura de la enmienda en debate, se concluye que la totalidad de las empresas del Estado requieren normas legales muy definidas para administrar adecuadamente sus recursos. Disponer por ley que el Estado no retirará recursos, me parece que corresponde a un buen o a un mal criterio en la administración de la empresa.
No creo que deba existir una norma legal para que la empresa pueda actuar. Si hay utilidades que son claras, definidas y responden a un buen manejo empresarial, entonces ellas son el resultado propio de su gestión.
El señor Ministro señala las virtudes que deben tenerse presentes en los años venideros. Pero si ello se sujeta a esta norma legal, me parece que no concuerdan ambas cosas.
Nada más, señor Presidente .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Recupera la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , la intervención del Senador señor Ríos es muy aclaratoria.
La verdad es que el proyecto original no traía este precepto. Me alegro de que el señor Ministro reconozca que es fruto de la discusión de la Comisión de Minería del Senado y, especialmente, de los Parlamentarios que votamos en contra, con la abstención del Senador señor Lavandero .
Quiero dejar constancia, señor Presidente , de que el contenido de este artículo es básico y que, por él, el proyecto estuvo parado por mucho tiempo. ¿Por qué? Porque el Ejecutivo se comprometió a algo que no está incorporado en la indicación, lo que generó un quiebre en la Comisión.
El artículo 7º propuesto establece claramente que no se retirarán anticipos de utilidades mientras esté vigente el crédito contra el Fisco. Sin embargo, aquí hay dos créditos: uno es el crédito tributario de la ENAMI, porque tuvo pérdidas, y otro, el que adquirió contra el Fisco en virtud de la aplicación del decreto ley Nº 1.263. Ello, debido a que a esta Empresa, durante una década, se le sacaron recursos ¡ilegalmente! ¡Y fue endeudada ilegalmente!
Junto con los Senadores señores Orpis y Lavandero , en su minuto, votamos a favor de la idea de legislar, ya que el Ministro de Hacienda se comprometió a introducir una indicación en el sentido de que no se retirarían utilidades hasta el pago del crédito fiscal, no del crédito tributario.
Ahora bien, lo que plantea el texto respectivo es que no habrá retiros anticipados. ¡Aleluya! ¡No habrá nuevos retiros anticipados! Pero si fue por esa vía y con informes en derecho -que fueron ilegales- que se endeudó a la Empresa, ¡hasta la saciedad!, por 486 millones de dólares.
Entonces, ¡dónde está el compromiso "tan maravilloso" del que estamos hablando!
Lo que corresponde, en verdad -y esto explica nuestra abstención-, es que el Estado se comprometa a devolver los 164 millones de dólares equivalentes al crédito de la ENAMI con el Fisco, no al crédito tributario.
El artículo no refleja el compromiso original que contrajo el Ejecutivo . Es cierto que es más de lo que contenía la iniciativa original. Pero no es a lo que se comprometió el Ministro de Hacienda con los Parlamentarios en una reunión solemne. Tengo en mi mano las actas de la Comisión, si es necesario leerlas.
Por lo tanto, hemos dicho que nos abstendremos, porque, aunque esto es un beneficio para la Empresa, no se hace justicia devolviendo los 164 millones de dólares que el Fisco le sacó a la ENAMI, artificial e ilegalmente, cuando eran Ministros los ahora Senadores señores Ominami y Foxley . En la administración que les correspondió ejercer se extrajeron ¡ilegalmente! 164 millones de dólares, lo que hizo quebrar a la Empresa.
Entonces, lo que corresponde hoy es que se devuelvan esos recursos, con los cuales no sería necesario vender la Refinería Las Ventanas.
Por último, señor Presidente , en virtud del artículo 82, número 2º, de la Constitución, quiero formalizar la presentación de un requerimiento al Tribunal Constitucional, puesto que varias normas, a mi juicio, han sido aprobadas con un quórum distinto del requerido por la Carta Fundamental. Me refiero al artículo 1º, que fue imposible votar; al artículo 2º, incisos quinto, sexto y séptimo; al artículo 6º, que se ha dado por aprobado, y al artículo 7º, que discutimos ahora.
Gracias.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor NÚÑEZ.-
Por mi parte, también deseo intervenir, señor Presidente .
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , pido que, una vez concluida la discusión del artículo 7º, se recabe nuevamente el asentimiento de la Sala para someter a debate el artículo 6º.
A mi juicio, la interpretación que se está aplicando atenta contra la Constitución. Ningún Reglamento de esta Corporación puede impedir que los Senadores nos pronunciemos en la Sala sobre una determinada materia. Eso vulnera las disposiciones constitucionales acerca de nuestros derechos en este Hemiciclo.
Por lo tanto, solicito encarecidamente a quienes se han opuesto a dar la unanimidad que discutamos el artículo 6º, a fin de que podamos, a lo menos, exponer nuestra reserva de constitucionalidad.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Seré muy breve, señor Presidente .
Al igual que en la sesión anterior, y como no he podido referirme al artículo 6º, porque no se otorga la unanimidad necesaria para tratarlo, lo abordaré de todas maneras, a pesar de haberse aprobado por unanimidad en la Comisión.
Sólo deseo hacer presente lo siguiente. Aquí estamos discutiendo cómo hacer el traspaso de la Refinería Las Ventanas a CODELCO, debido a la grave y crítica situación que vive la Empresa Nacional de Minería. O sea, la forma de resolver el problema es transferir el principal bien de la ENAMI.
Para ello, en el artículo 6º se establece un aval.
Sin embargo, si se analiza bien el texto, esa garantía no sólo se aplica al caso descrito en este proyecto -es decir, el traspaso de Las Ventanas a CODELCO-, sino también a todas las empresas públicas, pues se renueva en forma automática.
Esto no está dentro de las ideas matrices del proyecto, sino que escapa a sus términos. Por lo tanto, hacemos reserva de constitucionalidad.
Tal disposición, eventualmente, podría operar respecto del Metro de Santiago o de otras empresas, no estrictamente de la señalada en la iniciativa que nos ocupa.
En consecuencia, señor Presidente , consigno la reserva de constitucionalidad respecto del artículo 6º, por no guardar relación con las ideas matrices del proyecto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , no voy a entrar al tema reglamentario, porque ya decidimos mandar el asunto a la Comisión de Constitución para que se pronuncie sobre el particular. Entonces se podrán plantear las objeciones que se estimen necesarias.
Antes de referirme al artículo 7º, quiero hablar sobre la cuestión de la ilegalidad.
En mi opinión -y esto no lo digo por defender el retiro de fondos efectuado en su oportunidad-, no hay ilegalidad cuando una empresa del Estado tiene utilidades y el Fisco se hace de ellas, ya que es realmente a quien le corresponden. Y es lo que sucede con todas las empresas públicas.
Los Ministros de Hacienda siempre han recogido los excedentes por utilidades de esas empresas. Podrán haberlo hecho bien o mal, pero el retiro de tales fondos desde una empresa del Estado hacia el Fisco es perfectamente legítimo y ninguna disposición legal...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
El Honorable señor Prokurica le pide una interrupción, Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
No tengo inconveniente en concederla, siempre que sea con cargo al tiempo que le corresponde.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA .-
Agradezco la gentileza del Honorable señor Zaldívar .
La verdad es que Su Señoría tiene razón, si la empresa del Estado ha tenido utilidades. El decreto ley Nº 1.263 se dictó para ese efecto: adelantar recursos por concepto de excedentes futuros.
El problema es que la ENAMI, durante diez años, no tuvo utilidades, no obstante lo cual se le sacaron recursos por ese concepto y se le generó un crédito.
En todo caso, no soy yo quien dice que eso es ilegal. Lo dice don Eduardo Soto Kloss, uno de los administrativistas más conocidos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Zaldívar .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Se trata de un especialista muy serio, efectivamente. No tengo nada en contra de su actuación como tal. Pero existen otros tan buenos como él, entre los cuales menciono al Fiscal de la Empresa Nacional de Minería , quien debe velar por la legalidad de los actos de ésta. Y ningún informe de esa Fiscalía ha objetado una ilegalidad en el sentido expuesto.
Si hubo utilidades o no las hubo es algo que debía reflejarse en los balances. El Fisco no podía retirar recursos por ese concepto si ellos no las registraban. Y, si hubo alguna maquinación para representar utilidades inexistentes, ése es otro tema. Pero no es el principal.
Quiero dejar claramente establecido que aquí no se produjo una ilegalidad de parte de quienes procedieron a hacer esos retiros. Pudo haber, en cambio, una imprudencia, una mala gestión.
Muchas veces me impuse, por ejemplo, de reclamos de CODELCO porque el Ministro de Hacienda le pedía la totalidad de los excedentes. ¿Qué solicitaba la Corporación? Que no se retirara todo, para destinar fondos a programas de inversión. Entonces, se generaba un problema de decisión de Gobierno en cuanto a dónde cortar. Y, por supuesto, la que resuelve es la autoridad del área económica, que no es otro que el Ministro de Hacienda , quien se hace responsable de sus actos para esos efectos.
En cuanto al artículo 7º, creo que es una norma vital para que la ENAMI pueda tener caja y disponer de recursos a fin de llevar a cabo su función: fomentar la pequeña minería.
Por ello, entendiendo que la abstención no sea un rechazo, cabe consignar que si no aprobamos este artículo efectivamente el Fisco podría seguir retirando utilidades desde la ENAMI en el próximo tiempo. La norma dispone que mientras se mantenga el crédito contra el Fisco, que el señor Ministro me ha expresado que corresponde a los dineros que se retiraron -también se hace referencia a la situación tributaria-, no se recurrirá a anticipos de utilidades.
Me dicen que ello no es necesario, porque basta con que el Ministro de Hacienda lo resuelva, lo cual es cierto. Pero prefiero que haya una ley precisamente por la observación formulada por quienes plantean la abstención.
En virtud de la disposición en análisis, ni el Fisco ni el Ministro de Hacienda van a poder retirar utilidades mientras no se pague totalmente el crédito a la ENAMI.
Además, ello significará que por lo menos durante unos diez o quince años la Empresa se hallará blindada ante la posibilidad de que se le extraigan recursos de caja, necesarios para cumplir su función de fomento.
De ahí la relevancia de la cuestión.
Y también se contempla un precepto bien importante en el sentido de que los futuros pagos de impuestos a la renta debidos a las utilidades que pueda empezar a generar la ENAMI después de saneados sus finanzas y su presupuesto se imputarán, igualmente, al crédito contra el Fisco. O sea, la ENAMI tampoco podrá ser objeto de pagos de impuestos mientras se mantengan los dos créditos en comento, lo cual le confiere una disponibilidad de recursos suficiente o conveniente para cumplir la finalidad que queremos en relación con la pequeña minería.
Por ese motivo, incluso pido a los señores Senadores que han manifestado su intención de abstenerse -son de la zona, de manera que conocen la materia con mucha más profundidad que quien habla- que modifiquen ahora su determinación y, ojalá, voten a favor del artículo 7º.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , creo bueno precisar algunos hechos relacionados con este artículo. Ciertamente no aparecen en la letra del mismo, pero, de alguna manera, se hallan subsumidos en ella.
Si estamos legislando para que el Fisco no retire utilidades anticipadas en una empresa del Estado es porque cuando ello se hizo se la endeudó de manera absolutamente innecesaria y peligrosa, hasta el punto de ponerla en riesgo de subsistencia. Y digámoslo francamente -ya lo he señalado en otras oportunidades-: ese retiro de utilidades no se debió sólo a problemas de caja por parte del Fisco, sino también al hecho de que durante algún tiempo hubo en la ENAMI la disposición de hacer desaparecer paulatinamente la Empresa. Y hay que reconocer que eso ocurrió en nuestro Gobierno y durante el desempeño de algunos vicepresidentes ejecutivos. Tuve la posibilidad de conocer un documento que recorrió no solamente la ENAMI, sino también los pasillos del Ministerio de Minería, que, en el fondo, concluía que la entidad no tenía destino alguno, dado que la pequeña y mediana minería tampoco lo tenían.
Felizmente, ello no se materializó. Pero el retiro de utilidades anticipadas -que no se hizo ilegalmente, porque se actuó a la luz del decreto ley Nº 1.263, de 1975- apuntaba a una idea que, en mi opinión, contribuyó a la generación de situaciones que hicieron casi imposible, durante largo tiempo, que la ENAMI pudiera cumplir con el rol que le asigna su propia ley orgánica.
El artículo en debate lo analizamos con detención, y me parece acertado. Ante todo, porque por primera vez un Gobierno, el del Presidente Lagos , asume la existencia de la deuda. Quienes hemos seguido atentamente el asunto hemos podido observar que anteriormente ni siquiera se asumía la obligación por 164 millones de dólares, aproximadamente. Ahora, con este artículo, por primera vez queda clara la existencia del crédito fiscal.
Por otro lado, algo que es obvio: no habrá retiro anticipado de utilidades hasta que se extinga definitivamente la deuda. Vale decir -como señala el inciso segundo-, los futuros pagos de impuestos a la renta que deba efectuar la Empresa Nacional de Minería serán imputados al crédito contra el Fisco, originado por la aplicación de lo establecido en el decreto ley Nº 1.263.
En el fondo, esto implica algo por lo que muchos luchamos en la Comisión -diría que la unanimidad-: que la Empresa quede con deuda cero. Y el mecanismo de pago de impuestos le significará no deber recursos por mucho tiempo y, es más, que en determinado número de años -como se analizó en el órgano técnico- sea capaz de acumular un activo de, a lo menos, 500 millones de dólares. Ello, por cierto, no en un período inmediato, pero sí en uno suficiente como para poder pensar en cuestiones sustantivas respecto del desarrollo de la Empresa, que hasta el momento requiere inversiones urgentes, como las que se están realizando en las plantas de beneficio. En ese sentido, existe una importante inversión en la planta El Salado, y se espera que lo mismo ocurra en otras cuatro.
Sin duda alguna, lo anterior va a activar la pequeña y mediana minería. Ojalá podamos obtener esos recursos, que ya fueron comprometidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, para que el mejor precio que hoy se observa en el mercado internacional sea traspasado efectivamente a dicho sector.
Sin embargo, lo más importante es que también se posibilitaría la ampliación de la Fundición Paipote, porque existen suficientes minerales a su alrededor. Ello no ocurriría si rechazamos el artículo, porque no sólo no se contaría con los recursos necesarios para tal efecto, sino ni siquiera para pensar en el futuro en una refinería. ¿Por qué no instalar una refinería en la zona norte, particularmente en la Tercera Región, donde existen las condiciones necesarias para ello?
En consecuencia, creo que ésta es una buena disposición y, junto con el artículo 1º, el núcleo en torno al cual vamos generando condiciones, desde el punto de vista financiero, para ayudar a una empresa que hasta el momento estaba absolutamente ahogada.
Y lo reafirmo: no se ha tratado de un error cualquiera, sino de un yerro estratégico de algunos que nunca dieron la cara para señalar que no querían una ENAMI que se desarrollara. Ahora, felizmente, gracias a la gestión de la nueva dirección de la Empresa y al apoyo que se requiere, el artículo abre posibilidades ciertas para que una entidad moderna, nueva, se enfrente a los desafíos de la pequeña y mediana minería.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , estimo que con lo manifestado por los Senadores señores Andrés Zaldívar y Núñez prácticamente se ha completado la argumentación. Por mi parte, coincido con el Ministro señor Dulanto respecto a que este artículo es absolutamente vital y deja sin deudas a la Empresa.
Sólo deseo enfatizar que en el inciso segundo, no por la vía del pago al contado, pero sí mediante el procedimiento de imputar los futuros pagos de impuestos a la renta al crédito contra el Fisco, se responde a la inquietud del Senador señor Prokurica , porque no habrá futuros pagos mientras los 164 millones de dólares no se cancelen en su totalidad.
En consecuencia, como en cualquier operación de pago de una deuda, se fija un plazo, y mientras éste no se cumpla, la ENAMI no va a pagar nada.
Además, hay que entender que el retiro anticipado de utilidades no fue ilegal, puesto que está amparado por un decreto ley que, curiosamente, es de 1975.
Por lo tanto, pienso que la discusión está de más, así que el artículo debería ser aprobado.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , no me gusta eludir mis responsabilidades y permanentemente trato de asumirlas. Asimismo, si he cometido errores, no tengo ningún problema en reconocerlos.
Sobre esa base, quiero manifestar que en el caso del retiro anticipado de utilidades no me correspondió ningún tipo de papel y, desde ese punto de vista, no puedo asumir la responsabilidad que me endosa el Senador señor Prokurica.
Más aún, he reconocido y denunciado en numerosas ocasiones que el Estado ha sido un mal dueño de esta Empresa, porque no se comportó correctamente. Un privado no habría realizado nunca lo que el Estado hizo. Ello lo consigné en la discusión desde el principio y, por lo demás, ha estado en el centro de las consideraciones que llevaron a varios Senadores a involucrarnos muy activamente en la búsqueda de una solución al problema, cuyo resultado fue un protocolo suscrito con el Gobierno por representantes de todas las bancadas, en el marco de las Comisiones de Minería y de Hacienda de la Cámara y del Senado. Ese documento fue la base a partir de la cual se redactó posteriormente el presente proyecto, el que -reconozcámoslo también- se ha ido perfeccionando en el curso de su tramitación.
Entonces, debo precisar que no he eludido mi responsabilidad. Creo que el Estado fue, efectivamente, un muy mal dueño; que aquí, como muy bien lo indicó el Senador señor Núñez , finalmente se buscó, de manera sibilina, crear las condiciones que precipitaran la privatización de la Empresa Nacional de Minería. Eso es lo que estuvo detrás del asunto.
Valoro la defensa del patrimonio público que hoy día hacen los Senadores de las bancadas de Oposición. Aprecio el esfuerzo del Honorable señor Prokurica . Tenemos, quizá, puntos de vista distintos respecto de los alcances de la iniciativa. Ojalá la defensa ardorosa del patrimonio público se hubiese mostrado en los momentos en que estas empresas, durante años, se vendieron a vil precio. Creo que habríamos podido evitar al erario el serio daño que se le infligió durante ese período.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , me referiré muy sucintamente a lo que puede graficarse como un doble discurso.
Por una parte, nosotros hemos asistido históricamente, durante muchos años, a un proceso de desmedro de las plantas y de la actividad desarrollada por la ENAMI. Ése es un hecho que todo el mundo conoce, en particular la Región de Valparaíso. Tenemos hoy actividad minera no sólo en la Tercera Región, sino también en la Cuarta y en la Quinta, en especial en la zona norte de esta última. En ese entendido, lo que hoy día tratamos de hacer es justamente dar oxígeno a una empresa que necesariamente tiene que prestar ayuda al fomento de la pequeña y mediana minería.
Éste es el asunto de fondo: de qué manera la Quinta Región prestará colaboración y ayuda a la pequeña y mediana minería, cuando a lo primero que se recurre es a disponer de la parte más importante de lo que histórica y tradicionalmente ha sido la ayuda al sector productivo: el tratamiento, a través de Ventanas, de los derivados del cobre.
Ése es el aspecto de fondo. A mi juicio, se ha ido presenciando un socavamiento permanente de los recursos destinados por la Ley de Presupuesto Nacional al fomento de la pequeña y mediana minería. Se trata de un problema que nosotros apreciamos de manera permanente.
En seguida, un tratamiento discriminatorio...
El señor OMINAMI .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor ROMERO.-
Después. Yo escuché al señor Senador; atendí su alegato. La verdad es que Su Señoría, como Ministro , fue solidariamente...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Por favor, señores Senadores, evitemos los diálogos.
El señor OMINAMI .-
Gracias, señor Senador.
El señor ROMERO.-
...responsable del hecho producido.
No se puede aceptar ese doble discurso que hoy día estamos presenciando en el Senado. Por una parte, se convierten en verdaderos apóstoles de la ENAMI aquellos que precisamente la hicieron objeto de una exacción y que pertenecían al mismo Gobierno de que formó parte el Ministro de Economía de la época don Carlos Ominami .
En esta materia quisiera que fuéramos serios y transparentes. ¡Serios y transparentes! Lo que ocurre es que, cuando hacemos declaraciones y no dejamos escuchar ni escuchamos, los argumentos no tienen sentido.
Señor Presidente , reitero que aquí se produjo una reducción permanente de los recursos destinados por la Ley de Presupuestos al fomento de la pequeña y mediana minería. En seguida, hubo un tratamiento específicamente destinado a socavar la existencia de la ENAMI, en particular en lo que dice relación a su desarrollo, para poder hacer un aporte a aquellas actividades.
Por otra parte, el endeudamiento artificial de tal empresa se hizo a través de la aplicación abusiva del decreto ley Nº 1.263, como lo ha señalado en repetidas oportunidades el Senador señor Prokurica .
Luego -y nadie lo ha mencionado- hay que señalar las millonarias indemnizaciones pagadas a ejecutivos de ella, que la llevaron por muchos años a un estado prácticamente insalvable.
Debo destacar que de parte de la Oposición ha habido una actitud seria, que no es ni oportunista ni populista. Por eso la gente que escucha objetivamente las argumentaciones dadas por parte de los Senadores miembros de la Comisión de Minería -entre ellos, los Honorables señores Orpis , Prokurica y Lavandero - está conteste en que aquí se ha configurado una situación extremadamente injusta. Nadie hoy día podrá avalar que la estructura de la ENAMI, una vez que se desprenda de la Fundición y Refinería Las Ventanas, permitirá seguir prestando la ayuda que debe necesariamente hacerse a la pequeña y mediana minería de la Quinta Región. La Tercera está muy lejos para atender las plantas de la zona de Copiapó.
Por eso, señor Presidente, me parece que tenemos que poner mucha atención a lo dicho en el debate.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Sencillamente me haré cargo de las observaciones del Honorable señor Romero .
El artículo 2º se refiere específicamente a la obligación de CODELCO de "mantener en la Fundición y Refinería Las Ventanas" -leo textualmente- "la capacidad de fusión y refinación necesaria para garantizar, sin restricción ni limitación alguna, el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería que envíe la Empresa Nacional de Minería.".
En consecuencia, lo relativo a los temores de Su Señoría acerca de que se estaría socavando a la ENAMI y, en definitiva, el acceso de los productos de la pequeña y la mediana minería, fue explícitamente tratado en el artículo 2º del proyecto. La situación se va a mantener tal como ocurre hoy día; vale decir, la ENAMI tendrá un poder de compra en Ventanas. Lo que va a hacer será recibir estos productos; enviarlos en maquila a CODELCO; retornar los cátodos para posteriormente venderlos en el mercado internacional. O sea, la ley resuelve específicamente su preocupación; y esto de ninguna manera afecta los intereses de la pequeña y mediana minería en la Quinta Región.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ha terminado el debate.
El señor ROMERO.-
¿Una consulta solamente, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ROMERO .-
¿De qué manera CODELCO va a garantizar que, cuando exista colisión de intereses en la producción y elaboración de estos cátodos, preferirá a terceros en vez de recurrir a su propia producción? ¿Quién va a calificar cuando CODELCO tenga que intervenir a favor de la pequeña y mediana minería de la región? Estas preguntas no se hallan resueltas en la iniciativa.
El señor NÚÑEZ .-
Están en la propia ley en proyecto.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Señor Presidente , esas inquietudes se encuentran absolutamente solucionadas, porque CODELCO está obligada a recibir todos los productos de la pequeña y mediana minería que la ENAMI le envíe en maquila. O sea no hay nada que resolver. A mayor abundamiento, existen los contratos comerciales ya absolutamente acordados entre las partes. Esto no constituye novedad, porque esta situación se ha producido en el pasado, toda vez que la Corporación del Cobre históricamente ha maquilado los productos equivalentes en la planta de Las Ventanas, cuando era de propiedad de la ENAMI.
Es decir, el asunto está del todo despejado. Fue un aspecto que ni siquiera se discutió mayormente en la Comisión, porque fue una condición de inicio de las conversaciones el hecho de que CODELCO se obligara a recibir todos los productos de la pequeña y mediana minería. O sea, se puede garantizar que las dudas del señor Senador están perfectamente consideradas dentro del proyecto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Estamos entrando en un diálogo. Cada uno de los señores Senadores ha hecho uso de la palabra, y no corresponde que sigamos el debate en forma indefinida. Hay que resolver las materias.
El señor ÁVILA .-
Así es, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Creo que cada postura ha sido expuesta. Y, salvo que la Honorable señora Frei quisiera hacer uso de la palabra, se cerrará el debate para proceder a la votación.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , pido que se vote, porque de otro modo estaremos renovando una discusión ya desarrollada. Si los señores Senadores hubieran leído bien el proyecto, se habrían percatado que muchas de sus preguntas están resueltas. Ésta es una iniciativa en la que hemos trabajado muy seriamente.
Por eso, señor Presidente, le ruego cerrar el debate y proceder a la votación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Es lo que acabo de anunciar, señora Senadora.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 7º.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el artículo 7º propuesto por la Comisión (21 votos contra uno y 14 abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Ávila, Boeninger, Canessa, Flores, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Lavandero, Moreno, Muñoz Barra, Naranjo, Núñez, Ominami, Parra, Pizarro, Ruiz (don José), Sabag, Silva, Valdés, Vega, Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Votó por la negativa el señor Ríos.
Se abstuvieron los señores Cantero, Cariola, Cordero, Espina, Fernández, García, Horvath, Larraín, Matthei, Novoa, Orpis, Prokurica, Romero y Stange.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Secretario , ¿hay alguien pareado? El Senador señor Viera-Gallo me informó que lo estaba con el Honorable señor Espina.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
No, señor Senador.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No hay registrado ningún pareo.
Senador señor Espina, se consultó si Su Señoría está pareado con el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor ESPINA.- No, señor Presidente.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Bien.
A raíz de la solicitud para reabrir debate respecto del artículo 6º, hemos estado revisando el acta de la sesión pasada, porque no quiero que se confundan los términos reglamentarios.
A propósito del artículo 1º, se manifestó que, cuando los preceptos no son objeto de modificaciones ni de indicaciones, no pueden ser revisados por la Sala. Y eso corresponde reglamentariamente a lo ocurrido con la norma en referencia.
En cuanto a los que sí fueron objeto de indicación y que fueron aprobados por unanimidad, en la relación se da cuenta del hecho y de que, salvo que algún Senador hubiese pedido discusión separada, deberían haberse entendido en esa misma forma. Pues bien, esto último no se hizo en la oportunidad en que se discutió esta materia, lo que significa que respecto de diversos artículos no se hizo la mención requerida ni se dio la oportunidad en ese minuto a que algún Senador hiciera alguna petición. Al no hacerse, tendría que entenderse que están aprobados unánimemente. Ellos son, según me indica el señor Secretario , los artículos 2º, en sus incisos quinto, sexto, séptimo (que se elimina) y octavo; 6º, 8º, nuevo, y 2º y 3º transitorios.
En consecuencia, respecto de esos preceptos despachados por unanimidad en la Comisión, me veo en la obligación de requerir el asentimiento de la Sala para darlos por aprobados, salvo que algún señor Senador pida discusión separada de alguno de ellos.
El señor OMINAMI .-
¿Podría repetirlos, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Son los artículos 2º, incisos quinto, sexto, séptimo (que se elimina) y octavo; 6º, 8º, nuevo, y 2º y 3º transitorios.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , solicito discutir el artículo 6º, como lo pedí al comienzo de la sesión.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¿Me permite una aclaración, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , el artículo correspondiente del Reglamento permite que un Senador, antes de votar, pida discusión de una norma. Entendí que todos esos preceptos se dieron por aprobados, como ha sido siempre.
Aún más, cuando se hizo la relación por el señor Secretario , se dijo que fueron resueltos por unanimidad.
Por lo tanto, si nadie, al momento de plantearlo, pidió discusión y votación separadas respecto de ellos, quiere decir que quedaron aprobados. Y así está dicho en la relación del señor Secretario . Si se da lectura a la misma, podremos comprobarlo. De tal manera que -lo voy a decir claramente-, si lo sometiéramos ahora a votación, se suscitaría un problema respecto del quórum, porque hay Senadores ausentes.
Por lo tanto, pido que el señor Secretario precise esa parte, porque es muy importante.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Efectivamente, señor Senador. Hemos leído la relación del señor Secretario y también la Versión Taquigráfica de esa parte de la sesión.
En cada oportunidad, el señor Secretario consigna la mención antedicha, como lo puede refrendar él mismo. Da cuenta de los artículos respecto de los cuales hubo unanimidad y que deben darse por aprobados, salvo que un Senador pida otra cosa, caso en el cual también queda constancia. La práctica ha sido consignar en forma expresa esa mención, que es lo que no se hizo en la oportunidad en referencia.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Lo estoy pidiendo.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Y se lo estoy explicando, señor Senador.
Por ese motivo, me veo en la obligación de someter esto a la consideración de la Sala.
Tiene la palabra el señor Secretario, para aclarar la situación.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La parte a que alude el Senador señor Andrés Zaldívar dice lo siguiente: "Cabe recordar que las enmiendas resueltas por unanimidad deben ser votadas sin debate, en conformidad con lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 de nuestro Reglamento, salvo que algún señor Senador, antes de la discusión en particular, solicite debatir la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.".
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Precisamente, dice: "antes de la discusión en particular".
El artículo 6º, al igual que los demás, ya se discutió en particular y no hubo requerimiento alguno. Y llegamos al artículo 7º, porque se entendía que respecto de los restantes no se había solicitado discusión separada. Con razón el Senador señor Orpis quiso pedir apertura del debate -ello requiere la unanimidad- acerca del artículo 6º, que no fue objeto de indicación.
Entonces, quiero dejar bien en claro que estamos ante un asunto muy delicado en materia de interpretación del Reglamento. Y creo que debemos ser muy precisos.
Cuando el señor Secretario hizo la relación, empezamos a analizar los artículos y los dimos por aprobados. La Mesa ha vuelto sobre el artículo 7º, pero no nos planteó ni el artículo 2º, ni el 3º, ni el 4º, ni el 5º, ni el 6º, porque se entendía que no habían sido objeto de indicación ni respecto de ellos se pidió votación separada.
Por lo tanto, ahora entramos al artículo 7º. No cabe otra cosa. Lo otro es volver atrás. Una interpretación en ese sentido va a provocar inestabilidad permanente en las discusiones del Senado.
El señor Presidente -en eso le encuentro razón a Su Señoría- ha sido muy cuidadoso en la aplicación del Reglamento; pero ése ha sido siempre el procedimiento.
Cuando presidí la Corporación, pedía que el Senador interesado manifestara expresamente la solicitud de debatir y votar separadamente tal o cual artículo o inciso; pero tenía que hacerse al inicio de la discusión particular, porque así lo dispone el Reglamento.
Y así llegamos al artículo 7º, sin que se hubiera propuesto discutir ni votar los anteriores.
El señor ORPIS.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No puedo dársela, señor Senador.
El señor ORPIS.-
Lo que ocurre, señor Presidente, es que...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego a Su Señoría escucharme.
El señor ORPIS.-
...antes de que se votara el artículo 6º?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¡Senador Orpis! ¡Por favor!
El señor ÁVILA.-
¡No oye!
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¡Senador Ávila , le ruego guardar silencio!
Deseo precisar que en esta materia siempre -¡siempre!- se tienen que dar por aprobados los artículos que fueron zanjados unánimemente en la Comisión. Y ese procedimiento no lo hicimos. Por eso, al solicitarse votación, al igual que el Senador señor Andrés Zaldívar -quien hizo un planteamiento expreso- entendí que estaban aprobados, razón por la cual continuamos con el artículo 7º; pero, después de una revisión, nos hemos percatado de que no se hizo la advertencia de rigor. Lo siento; fue una omisión nuestra.
Por consiguiente, para la debida constancia, me veo en la obligación de precisar qué artículos fueron aprobados en forma unánime y nominativamente, porque de otro modo en las actas nunca va a aparecer que lo fueron. Y esa omisión es la que se trata de reparar.
En consecuencia, sin mayor discusión, vuelvo a plantear que los preceptos que he indicado deben entenderse aprobados por la Sala, salvo que algún Senador pida discusión separada. Entiendo que se solicitó respecto del artículo 6º. ¿Hay algún otro que se quiera discutir separadamente?
El señor OMINAMI .-
Sí, señor Presidente , los artículos 9º y 2º transitorio. Este último está vinculado con aquél.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
El artículo 2º transitorio se puede discutir separadamente, pero el 9º...
El señor LAVANDERO .-
Se refiere al domicilio, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No está aprobado unánimemente. A lo mejor se tiene que discutir de todas maneras.
El señor OMINAMI .-
Así es.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
El artículo 9º no puede volver a debatirse, porque no fue objeto de indicación y, por consiguiente, quedó aprobado. Sólo se puede discutir el artículo 2º transitorio y el 6º, como se ha solicitado.
¿Hay algún otro artículo que se desee discutir?
No siendo así, se darán por aprobados los artículos 2º (incisos primero, segundo, cuarto, quinto, sexto, la supresión del séptimo y la modificación del octavo, que pasa a ser séptimo); 4º; 8º, nuevo; 8º, que pasa a ser 9º, y 3º transitorio.
--Así se acuerda.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se abre discusión sobre el artículo 6º y, en su momento, respecto del artículo 2º transitorio.
Ruego al señor Secretario efectuar la relación correspondiente al artículo 6º, para los efectos del debate en la Sala.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, pido la palabra para formular una observación.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , planteo esta situación con el debido respeto, pero como el error u omisión en que ha incurrido la Mesa o la Secretaría, no sé quién, tienen efectos importantes en la discusión de un artículo sumamente delicado, por decirlo de alguna manera, y ya que se ha pedido la reapertura del debate, lo cual daría margen a una nueva votación, quiero manifestar que hay señores Senadores que, a sabiendas de la importancia del proyecto y dando por entendido, además, que ciertos preceptos ya estaban aprobados, en este momento no se hallan presentes en la Sala por distintas razones.
Yo no deseo recurrir al expediente de solicitar segunda discusión, pero como aquí todo ha sido francamente irregular, si no hay la voluntad de aprobar el artículo 6º en la forma unánime como venía, y se corre el riesgo de que sea rechazado por la ausencia de algunos señores Senadores, me veré obligado a ejercer tal derecho. Por ello, preferiría tener antes un criterio claro sobre el particular.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, no me parece justificable ni explicación suficiente el que algunos señores Senadores no estén presentes en la Sala. La celebración de esta sesión se avisó con anticipación, y no solamente debemos despachar esta iniciativa, sino también otras que tienen "suma urgencia".
Deseo manifestar que respecto de esta materia no ha habido ninguna irregularidad, sino más bien una omisión. Y así como he sido riguroso en un sentido, también debo serlo en otro. No puedo dejar que estos artículos queden en el aire porque, cuando en la versión se haga el recuento correspondiente, no aparecerán aprobados. Por eso hemos procedido en esta forma, y ahora figuran todos aprobados, salvo el artículo 6º respecto del cual se pidió discusión separada, y el 2º transitorio.
Si algún Comité solicita segunda discusión, se dará término a la primera y quedaremos a la espera de aquélla.
¿Está claro, Honorable señor Pizarro?
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , la verdad es que a veces se peca por acción o por omisión y, en este caso, el pecado de omisión podría provocar serias consecuencias. Y como muchas veces hemos justificado o entendido las inasistencias de algunos de nuestros colegas, de cualquier bancada, no considero adecuado que Su Señoría en este momento haga una afirmación tan categórica respecto del porqué algunos están o no en la Sala. Pienso que en materias como éstas siempre hay que tener un buen espíritu y buena voluntad. Sin embargo, el problema se puede producir con un artículo que todos suponíamos aprobado por haberlo sido en forma unánime en la Comisión, y porque la relación se hizo sin tener conocimiento de esta omisión que, según entiendo, no fue voluntaria. Y si se corre el riesgo de que dicho precepto no sea aprobado como estaba, nos veremos obligados a pedir segunda discusión.
Por lo tanto, lo único que estoy planteando, señor Presidente , es que si se está solicitando la reapertura del debate con el objeto de contar con mayores argumentos, antecedentes, informaciones y clarificación, me parece bien, siempre y cuando exista la voluntad de aprobarlo como lo consideró en forma unánime la Comisión. Pero si vamos a exponernos a un posible rechazo, nos veremos obligados a hacer efectiva esa petición.
Eso es todo lo que estoy pidiendo, porque aquí las cosas se arreglan de la misma manera como a veces se complican.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Desconozco cuál sea la voluntad de la Sala en cuanto a revisar o no el artículo, y la decisión pertinente surgirá de la discusión. Lo que sí tengo entendido es que, si se pide segunda discusión, como la urgencia vence mañana, habría que citar a sesión extraordinaria, salvo que el Ejecutivo la retirara.
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor OMINAMI.-
Una consulta, señor Presidente . ¿El artículo 6º es de quórum simple o calificado?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Quórum simple.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , dado que el artículo 9º se considera aprobado, y el 2º transitorio está vinculado con él, me pareció que tenía sentido abrir discusión sobre este último en la medida en que pudiéramos haber cambiado el curso de la suerte del artículo 9º. No siendo así, retiraría mi petición de votación separada del 2º transitorio porque, con todo, es preferible que se apruebe con su redacción actual.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si hubiere unanimidad de la Sala, se podría reabrir el debate respecto del artículo 9º.
El señor OMINAMI.-
Formulo petición en tal sentido.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Al parecer, hay acuerdo al respecto, pero lo decidiremos en su oportunidad.
En consecuencia, continuaremos la discusión sobre el artículo 6º y pido al señor Secretario proceder a la relación correspondiente.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión de Minería y Energía propone sustituir el artículo 6º por el siguiente:
"Artículo 6º.- Incorpórase en el artículo 1º de la ley Nº 19.847, los siguientes incisos finales:
"La garantía del Estado otorgada de acuerdo con los incisos anteriores podrá ser renovada total o parcialmente, para el caso en que las respectivas deudas sean objeto de renegociación o reestructuración, con o sin cambio de acreedor, lo que será determinado por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, expedido de conformidad a lo dispuesto en el artículo 70 del Decreto Ley Nº 1.263, de 1975, teniendo presente el cumplimiento satisfactorio del correspondiente convenio de programación suscrito en los términos establecidos en el artículo siguiente.
"Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado en virtud de este artículo sean objeto de pago anticipado o de amortización de capital, los montos exceptuados de garantía por tal concepto no serán considerados en el cómputo del margen de US$ 1.500.000.000 (un mil quinientos millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente, según lo expresado en el inciso primero, a contar de las fechas en que se perfeccionen las respectivas operaciones, las que no podrán ser posteriores al 31 de diciembre del 2008.
"La misma disposición anterior será aplicable a los casos de renegociación o reprogramación, sin renovación total o sólo parcial de garantía, por ejemplo cuando se acuerde la modificación del plazo o de la tasa de interés de la respectiva deuda.
"Lo establecido en los incisos precedentes será determinado mediante el mismo procedimiento que el dispuesto en el inciso cuarto de este artículo.
"La garantía del Estado a que se refiere el presente artículo podrá aplicarse al financiamiento de proyectos de inversión, tales como de modernización, ampliación, rehabilitación o reposición, previo cumplimiento de la normativa que rige las materias de inversión de las empresas señaladas en esta ley.".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión el artículo.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , hemos pedido votación separada del artículo 6º porque en la Comisión respectiva no se advirtió en forma oportuna que en su inciso primero el aval no sólo se refiere al traspaso de la Fundición y Refinería Las Ventanas, destinado a mejorar la situación de la ENAMI, y se incorporaron al artículo una serie de incisos que lo hacen extensivo a cualquier empresa pública. Es decir, se le ha dado al proyecto un carácter misceláneo que permitiría avalar el día de mañana, por ejemplo, al Metro de Santiago o a otras iniciativas de inversión, como se menciona en el articulado.
Por lo tanto, estamos pidiendo votar separadamente la parte relacionada directamente con el traspaso de la Fundición y Refinería Las Ventanas, con los avales que correspondan, a fin de que la ENAMI quede en buenas condiciones financieras frente al resto de las empresas públicas.
Y, en el caso de que este artículo fuere aprobado, estamos considerando formular reserva constitucional por no guardar relación esa norma con la idea matriz del proyecto, que, como dije, apuntaba al traspaso de la Fundición y Refinería Las Ventanas a CODELCO, para permitir el mejoramiento económico de la ENAMI.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Qué inciso solicita votar separadamente, señor Senador ?
El señor ORPIS.-
Es decir, separar el primero de los restantes.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Muy breve, señor Presidente .
En general, señor Senador , este artículo resulta fundamental, porque permite a la ENAMI, en caso de que reprograme, pague o repacte su deuda, contraer préstamos con el aval del Estado sobre la base de la misma cifra que aquí se indica.
En consecuencia, lo propuesto guarda estrecha relación con el traspaso y la posibilidad futura de que la ENAMI pueda emprender proyectos con el aval del Estado.
A mayor abundamiento, el inciso final de la norma en debate hace referencia a la forma como podría usarse ese financiamiento. Específicamente, se menciona que podría aplicarse a proyectos de modernización, ampliación, rehabilitación o reposición, etcétera.
Por consiguiente, esta materia se halla estrechamente vinculada con la operación, pues justamente a través del precepto en comento se otorga la posibilidad adicional de llevar a cabo iniciativas -como requerimos- con el aval del Estado. O sea, existe una relación directa entre el proyecto de traspaso y el agregado que se hace a la ley Nº 19.847.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , ante todo, quiero señalar que el artículo 6º no puede entenderse aprobado reglamentariamente por el hecho de haber sido aprobada la idea de legislar. Esta norma no tiene nada que ver con las ideas matrices de la iniciativa.
Prueba de ello es que en el mensaje del Ejecutivo, en la parte referente al CONTENIDO DEL PROYECTO, se señala lo siguiente:
"xi. Autorización para transferir." Obviamente, se refiere a la posibilidad de que la ENAMI transfiera la Fundición y Refinería Las Ventanas a CODELCO.
"xii. Mantención del fomento.
"El proyecto contiene también, dos aspectos de salvaguardia que son parte fundamental de la estructura jurídica del mismo.
"El primero de ellos se refiere al aseguramiento de las actividades de fomento de la pequeña y mediana minería de ENAMI", etcétera.
"xiii. Prohibición de enajenación.
"El segundo elemento de salvaguardia que contiene el proyecto dice relación con la permanencia de la propiedad de la Fundición y Refinería Las Ventanas dentro del patrimonio del Estado.
"xiv. Resguardo para trabajadores.
"xv. Revalorización de activos.
"xvi. Reglamentación de la venta.".
En ninguno de estos acápites se señala que la modificación de la ley Nº 19.847 forma parte del contenido del proyecto.
A través de dicha normativa se faculta al Presidente de la República para otorgar la garantía del Estado a las obligaciones o empréstitos del Fisco por mil 500 millones de dólares, lo que involucra a todas las empresas públicas.
Por lo tanto, cuando aquí se dice "La garantía del Estado otorgada de acuerdo con los incisos anteriores", la norma se está refiriendo a los incisos de la ley Nº 19.847, no a los de la iniciativa en análisis que autoriza a la ENAMI para transferir la Fundición y Refinería Las Ventanas a CODELCO. Repito: los incisos anteriores de la ley Nº 19.847 facultan al Jefe del Estado para otorgar la garantía del Estado a las obligaciones que indica.
El señor OMINAMI .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor GARCÍA.-
Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor OMINAMI .-
Quiero consultar si la ley a que se hace mención se refiere a todas las empresas del Estado o a un número limitado, dentro de las cuales se encuentra la Empresa Nacional de Minería.
La señora MATTHEI .-
Se refiere al sistema de empresas.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor García .
El señor GARCÍA.-
Dispone la suscripción de convenios de programación con el sistema de empresas. En esta iniciativa no hay un listado de empresas.
La verdad es que esta norma no tiene nada que ver con las ideas matrices del proyecto.
Es más -y lo digo con todo respeto-: esto constituye un abuso en la forma de legislar. Por eso, yo entiendo que no puede darse por aprobado este artículo por el hecho de haber sido acogida la iniciativa en general.
En segundo lugar, podríamos estar de acuerdo en que la garantía del Estado se renueve -tenga o no tenga que ver con la ENAMI-, pero el inciso primero tampoco está relacionado con dicha empresa, sino más bien con todas las empresas públicas.
Entonces, concuerdo en que, cuando se trata de la reprogramación y de la renovación de deudas, se mantenga la garantía del Estado. Pero no veo por qué debamos mantenerla cuando las obligaciones garantizadas sean objeto de pago anticipado o de amortización de capital. Es decir, se paga la deuda, pero seguimos manteniendo la autorización por mil 500 millones de dólares para que se dé la garantía del Estado a otros créditos. ¿A cuáles se refiere? Lo ignoramos. ¿A favor de qué empresa? Tampoco lo sabemos.
Me parece que disposiciones como éstas son simplemente abusivas en cuanto a nuestras facultades como congresistas.
La norma reglamentaria -reconozco que la interpretación que se hace de ella no es antojadiza, señor Presidente - que nos impide votar en la Sala los artículos que no han sido aprobados por unanimidad en las respectivas Comisiones, atenta contra los derechos que la Carta Fundamental concede a los Parlamentarios.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ha concluido su tiempo, señor Senador.
El señor GARCÍA.-
Lo sé, señor Presidente . Pido un minuto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Termine la idea, Su Señoría.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , estamos aquí en presencia de un proyecto de ley que contiene materias que son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República .
El artículo 62 de la Carta Fundamental, junto con señalar los asuntos que son de iniciativa exclusiva del Primer Mandatario, dice en su inciso final: "El Congreso Nacional sólo podrá aceptar, disminuir o rechazar los servicios, empleos, emolumentos, préstamos, beneficios, gastos y demás iniciativas sobre la materia que proponga el Presidente de la República .".
Es de la esencia del funcionamiento de un Congreso el que las respectivas Salas, tanto de la Cámara de Diputados como del Senado, puedan pronunciarse a favor, en contra o abstenerse respecto de las normas sometidas a su conocimiento. Ningún reglamento puede impedir que ejerzamos el derecho que nos concede la Constitución.
Por lo tanto, sostengo que la referida disposición reglamentaria es manifiestamente inconstitucional, dada la forma como se halla redactada.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No quiero volver a abrir debate sobre esta última aseveración. Sin embargo, debo decir que sí tuve la oportunidad de votar a favor o de rechazar la norma en debate con motivo de la votación general. Y ésa es la instancia donde se produce esta situación.
El Reglamento no dice si se puede o no se puede ejercer el derecho, sino cómo se ejerce. Y la forma de hacerlo es a través de la presentación de indicaciones. Si no se formularon, no le echemos la culpa al Reglamento. A lo mejor, se tuvieron en cuenta otras consideraciones para no presentarlas; pero, por desgracia, eso escapa al ámbito de mi acción, que es conducir el debate.
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , creo que el artículo 6º es esencial. Después me voy a referir a si el objetivo que él persigue es propio o no es propio de la iniciativa en debate.
Efectivamente, se hace referencia a la ley Nº 19.847 y se incorporan a su artículo 1º cinco incisos finales con el objeto de verificar que la garantía del Estado, otorgada de acuerdo con los incisos anteriores, pueda ser renovada.
El texto final propuesto por la Comisión, después de hacer referencia a la nueva reglamentación que se introduce en la ley Nº 19.847, que tiene efectos en lo que respecta a la ENAMI, señala que no serán considerados en el cómputo de los mil 500 millones de dólares que están autorizados en avales y garantías por parte del Estado a las empresas estatales.
En cuanto a si dicha materia se halla o no vinculada al proyecto, debo señalar que tiene absoluta relación con él, porque, de no aprobarse el artículo 6º, desaparecerá un elemento determinante para que la ENAMI tenga la garantía del Estado o pueda renovarla para los efectos de renegociar las deudas que hoy la mantienen en una situación muy comprometida. Entonces, éste es un precepto que, si bien está referido a la ley Nº 19.847, busca, precisamente, hacer posible el funcionamiento de la ENAMI, que es lo que se persigue con el proyecto.
Todos acá han reconocido el objeto de esta iniciativa: permitir a la ENAMI eliminar sus deudas; evitar que el Fisco retire utilidades; que, en el próximo tiempo, las utilidades que se acumulen se destinen a pagar el crédito que tiene contra el Fisco; que no pague impuesto a la renta, sino que éste se impute a dicho crédito hasta su extinción, etcétera.
Ésa es la filosofía de la normativa. Y el artículo 6º no tiene otra consecuencia que la mencionada. Si éste no se aprobara, gran parte del proyecto que hoy día estamos aprobando quedaría cojo y tendría dificultades para funcionar, y la ENAMI se vería limitada o a lo mejor imposibilitada de cumplir con su función de fomento.
Por las razones señaladas, creo que la observación que se ha hecho carece de fundamento y que es esencial aprobar el artículo 6º para que la iniciativa tenga sentido.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Entiendo que la observación está referida a los incisos segundo y siguientes. Y se ha pedido votar separadamente el inciso primero y luego continuar con los demás. Pero esto lo podremos aclarar en su momento.
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , en parte por el debate de las reformas constitucionales; en parte, también, por las elecciones y, además, por la discusión del proyecto de Ley de Presupuestos, la verdad es que en la Comisión de Hacienda hemos estado despachando algunas iniciativas en forma muy rápida. De hecho, ayer el Senador señor Ominami , con justa razón -en vista de lo que ocurre hoy-, se opuso a que aprobáramos un asunto que se trató sobre tabla en ese minuto y pidió discutirlo con más calma.
Durante el análisis de la iniciativa que nos ocupa en la Comisión de Hacienda, no se debatió esta materia. Debemos haberla votado en no más de diez o quince minutos. Y cuando los representantes del Ejecutivo hicieron su exposición, jamás se refirieron a que la autorización no era exclusivamente para las deudas que pudiera contraer la ENAMI, sino también para las de cualquiera de las que integran el Sistema de Empresas Públicas. No sé si ello fue producto del apuro o no lo quisieron decir. No tengo por qué calificar intenciones.
La verdad es que no sabemos lo que significa lo establecido en el artículo 6º, ni el alcance que tiene. Quizás sea algo totalmente razonable; pero también puede ser una barbaridad. Lo ignoramos, pues no lo discutimos.
Por eso, señor Presidente , solicito enviar el proyecto nuevamente a la Comisión de Hacienda, porque éste es un tema de la mayor importancia, dado que, como señalé, no sólo comprende a la ENAMI, sino también a muchas otras empresas del Estado.
Si alguien nos da una buena explicación o si viene el señor Ministro de Hacienda y nos señala cuál es el alcance del precepto; por qué alude a esa ley y no se circunscribe a la presente iniciativa, que se refiere sólo a la ENAMI, es posible que lo aprobemos. No lo sé.
Lo mínimo que necesitamos es una aclaración en cuanto al alcance de la norma: a qué otras empresas afecta, en qué forma y por qué se incluyó.
No hay inconveniente para autorizar lo relativo al endeudamiento y la garantía del Estado a la ENAMI. Nadie se opone a esto. El problema radica en que la ley a que alude el artículo consigna algo diferente. Nadie nos advirtió en la Comisión de Hacienda que la disposición es mucho más amplia y afecta a diversas empresas. Y no sabemos cómo, a cuáles ni cuántas son.
En general, hemos tenido reuniones sumamente cortas en ese órgano técnico. He reclamado en varias oportunidades por el hecho de que cuando ella debería estar funcionando ha habido sesiones paralelas en la Sala. Por eso hemos estado despachando proyectos de ley sin el debido estudio. Y el que nos ocupa es uno de ellos.
Señor Presidente , solicito que se nos permita -esto no significa que nos vayamos a oponer- ver efectivamente de qué trata la disposición antes de votar, porque, como dije, no se nos informó que aparte de la ENAMI afecta también a muchas otras empresas.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Señor Presidente , atendido lo que se ha dicho aquí, me parece que una forma de resolver el problema sería haciendo mención explícita de que lo establecido en la norma se refiere a la ENAMI. Porque ésa fue la intención que siempre tuvimos. Y concuerdo en que a lo mejor no fue examinada con la detención que correspondía.
Dejo planteada dicha alternativa para que en esa forma se apruebe el artículo 6º, si a la Sala así le parece.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Ministro , la Senadora señora Matthei le solicita una interrupción.
El señor DULANTO (Ministro de Minería).-
Con todo agrado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , si fuera tan fácil, estaría encantada. Pero no lo es. Porque no se puede hacer mención sólo a la ENAMI en un precepto que modifica una ley general, que tiene que ver con el sistema que agrupa a todas las empresas del Estado.
Mi impresión es que este punto no lo podremos solucionar aquí hoy día. No es tan sencillo como decir que solamente...
--(Manifestaciones en las tribunas).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ruego a los asistentes a las tribunas guardar silencio y respetar el uso del derecho a hablar de los señores Senadores.
Puede continuar, señora Senadora .
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , por las razones expuestas, solicito que el proyecto vuelva a la Comisión de Hacienda, a fin de analizar esta materia con el señor Ministro del ramo y, a través de una indicación, resolver el problema de la ENAMI sin echar a perder lo concerniente a las otras empresas.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , seguramente porque la Comisión de Minería es un tanto más especializada que la de Hacienda, aunque por cierto no tiene la experticia de ésta, analizó el tema en cuestión con bastante detenimiento.
Al respecto, conversamos con algunos Ministros y con diversos funcionarios de Gobierno, entre los cuales había algunos de la Cartera de Hacienda. Y en las actas de las reuniones de nuestra Comisión debe haber quedado claro que estos incisos se agregaron en función de la realidad financiera de la ENAMI, que no es la misma que tienen el Metro o los Ferrocarriles del Estado, a los cuales alude la ley a que se hace mención en el artículo 6º.
Es obvio que si el Gobierno quisiera mejorar esa ley, que aprobamos por unanimidad en su momento, para ayudar a esas empresas a endeudarse con el aval del Estado, enviaría un proyecto aplicable a ellas. El que ahora nos ocupa debemos entenderlo referido sólo a la Empresa Nacional de Minería.
Lo cierto es que podemos resolver eso. Me parece loable el hecho de que la Oposición tenga buena disposición para acoger el espíritu que hay detrás de cada uno de los incisos. Porque si no los aprobáramos, todo lo que hemos hecho para mejorar la situación financiera de la ENAMI quedaría prácticamente en cero.
La señora MATTHEI .-
¡Lea el artículo y verá que es mucho más amplio, señor Senador !
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
El Honorable señor Ominami solicita una interrupción, señor Senador.
El señor NÚÑEZ.-
Con la venia de la Mesa, no tengo inconveniente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , es efectivo que la ley Nº 19.847 involucra una autorización amplia respecto de las empresas públicas.
Sin embargo, tengo entendido -estamos tratando de comprobarlo- que en el mensaje del proyecto en debate tal autorización se halla restringida a cuatro empresas: la ENAMI, Ferrocarriles del Estado, el Metro y una más.
Independiente de eso, me parece que el espíritu de lo que se está discutiendo aquí es que la autorización se refiere específicamente a la Empresa Nacional de Minería. Y esto, con buena voluntad, es posible resolverlo de inmediato.
El inciso segundo del artículo 6º dice: "Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado...". Creo que bastaría con que dijera: "Cuando las obligaciones de la ENAMI garantizadas por el Estado", para que el precepto quedara acotado.
Pienso que ésa sería la forma de solucionar rápida y convenientemente la situación planteada.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor Núñez.
El señor SILVA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , concedo una interrupción al Senador señor Silva.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , seré muy breve.
Con la aclaración que aquí se ha hecho, procedería votar el artículo. Y quedará constancia en la historia de la ley de que el precepto que estamos discutiendo alude explícitamente a la Empresa Nacional de Minería, tal como lo ha planteado la Senadora señora Matthei . Y ya no se requerirá que el proyecto vuelva a Comisión, ni que se retrase más su despacho.
Pido al señor Presidente que tenga la gentileza de someter a votación el artículo, porque a mi juicio el asunto está aclarado.
Reitero que basta dejar testimonio en la historia de la ley de que la norma se refiere en forma expresa a la ENAMI y a ninguna otra empresa del Estado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , estimo que retrasar el proyecto, que ya ha permanecido durante varios meses en el Senado, es un error.
Lo cierto es que todos estamos de acuerdo en que el artículo 6º beneficia a la ENAMI. Y si es así, ya que todos conocemos su contenido y sabemos bien a qué se refiere, ¿por qué no le agregamos una frase que señale expresamente que lo dispuesto en él es aplicable sólo a la Empresa Nacional de Minería?
Si los señores Senadores de la Oposición concuerdan y hacemos ese cambio por unanimidad,...
--(Manifestaciones en las tribunas).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego al público asistente abstenerse de realizar manifestaciones.
El señor NÚÑEZ.-
...zanjaríamos el problema y podríamos seguir tratando el resto del proyecto.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , yo estoy en esa misma línea. En general, toda la bancada de Senadores de Renovación Nacional concordamos en agregar en el artículo 6º una frase en orden a circunscribir estas facultades sólo a la Empresa Nacional de Minería.
La verdad es que ése fue el propósito de la Comisión cuando votó el precepto, y no apoyar o avalar extensiones del Metro.
No tengo problema en dar la unanimidad en ese sentido.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Hago presente que restan nueve minutos para el término de la sesión y están inscritos los Senadores señores Ominami, Zurita, Andrés Zaldívar, Boeninger, García y Orpis.
Si le parece a la Sala, se prorrogará el Orden del Día hasta el total despacho de la iniciativa.
--Así se acuerda.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se ha planteado que si hubiera unanimidad se podría introducir, en el segundo inciso que el artículo 6º agrega a la ley Nº 19.847, una frase para circunscribir las obligaciones garantizadas por el Estado estricta y exclusivamente a la ENAMI.
Debemos intentar una redacción para ella, puesto que, por el debate suscitado, el punto ha provocado gran inquietud.
¿Habría acuerdo unánime para incorporar una expresión en ese sentido?
El señor ROMERO.-
¿Me permite, señor Presidente ? Seré muy breve.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ROMERO.-
Me parece que la Sala dará la unanimidad, porque restringiendo esa norma sólo a la Empresa Nacional de Minería se salva el problema.
Lo que importa es que el día de mañana esto no sea objetable. Y para ello es fundamental que el señor Ministro de Minería declare formalmente que ésa es la intención, porque esta materia es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.
En consecuencia, el señor Ministro debe hacer un planteamiento formal al respecto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Pero en una indicación como la sugerida, nosotros podemos restringir.
El señor ORPIS.-
¿Me permite, señor Presidente?
Queremos proponer una redacción.
La señora MATTHEI.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , en los incisos respectivos se podría incluir la expresión "a la ENAMI". La redacción del primero quedaría de la siguiente manera: "La garantía del Estado otorgada a la ENAMI de acuerdo con los incisos anteriores podrá..."; y la del segundo, como sigue: "Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado a la ENAMI en virtud de este artículo sean objeto de pago anticipado...".
Sin embargo, pienso que el precepto debería ser objeto de revisión por parte de un abogado, porque en el tercer inciso...
--(Manifestaciones en las tribunas).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego a los asistentes guardar silencio.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, estamos tratando de legislar bien.
Comprendo que las personas que han venido a escuchar el debate quieran una pronta solución del problema. Y sabemos que la ENAMI atraviesa por dificultades, pero también debemos preocuparnos del resto del país.
Como decía, el tercer inciso señala: "La misma disposición anterior será aplicable a los casos de renegociación o reprogramación, sin renovación total o sólo parcial de garantía,...". Y el siguiente dice: "Lo establecido en los incisos precedentes será determinado mediante el mismo procedimiento que el dispuesto en el inciso cuarto de este artículo.".
Es decir, acá se están dando demasiadas facultades.
Después que intervino el Honorable señor Silva había solicitado una interrupción. Era para expresar que todos queremos que estas normas se apliquen sólo a la Empresa Nacional de Minería. Pero la historia de la ley no puede estar por encima de lo señalado textualmente por ésta, que se refiere a todas las empresas públicas, no sólo a la ENAMI.
Por lo tanto, la mera voluntad no basta, pues el día de mañana alguien podrá alegar en los tribunales -y ganará- que se entregaron amplias facultades sobre el particular.
Creo que se debe revisar el artículo 6º completo; de lo contrario saldrá una ley absolutamente coja, porque algunos incisos se referirán sólo a la ENAMI y otros a todas las empresas del Estado. Es decir, el precepto no tendrá pies ni cabeza.
El señor ROMERO.-
Que lo haga la Secretaría.
La señora MATTHEI.-
No tengo inconveniente en que lo haga la Secretaría.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No considero prudente hacer eso, porque al parecer existe unanimidad para aprobar el artículo 6º, con la condición de que su aplicación se circunscriba estrictamente a la Empresa Nacional de Minería.
Entiendo que ésa es también la voluntad del señor Ministro . Y lo hago presente para los efectos de dejar constancia de que se trata de la opinión tanto del Senado como del Ejecutivo.
Si así fuera, sería conveniente facultar a la Secretaría para darle la redacción pertinente. A este respecto hay dos fórmulas posibles.
Primera: hacer referencia a la ENAMI en cada uno de los incisos.
Segunda: señalar al inicio, cuando se habla de agregar tales incisos a la ley tanto, que "en el caso de la ENAMI se aplicarán las siguientes disposiciones", o algo por el estilo. De esta manera todos los incisos que siguen estarán limitados, en forma estricta y exclusiva, a la Empresa Nacional de Minería.
Si la Sala estuviera de acuerdo, podríamos votar el artículo 6º con ese alcance.
La señora MATTHEI .-
Perdón, señor Presidente . ¿Cuándo tendremos la redacción final de la norma? ¿Quién la hará?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La redactará la Secretaría, según el criterio señalado.
La señora MATTHEI.-
¿Se hará referencia a dicha empresa en la totalidad de los incisos?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En efecto.
La señora MATTHEI .-
Perfecto. No tengo inconveniente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Reitero que todos los incisos que a través del artículo 6º de la iniciativa se incorporan al artículo 1º de la ley Nº 19.847 serán aplicables, única y exclusivamente, a la ENAMI. No se referirán a ninguna otra empresa del Estado.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , sugiero que el Ejecutivo se pronuncie sobre la materia.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
El representante del Gobierno ya manifestó que comparte el criterio planteado.
Señor Ministro , ¿podemos obtener su aprobación explícita sobre el particular?
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Sí, señor Presidente .
He señalado varias veces que la norma se debe circunscribir a la ENAMI. Y lo reitero en forma expresa.
El señor LARRAÍN (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , quizás se deba a la inexperiencia que tengo como Senador, pero creo que el proyecto quedará con un defecto.
La iniciativa autoriza a la Empresa Nacional de Minería para transferir a CODELCO la Fundición y Refinería Las Ventanas. El precepto en cuestión dice: "Incorpórase en el artículo 1º de la ley Nº 19.847,". Y resulta que esta ley trata sobre las garantías del Estado a las empresas públicas.
A mi juicio, es más fácil eliminar la referencia inicial a la citada ley y reglamentar nosotros cómo se efectuarán los pagos, amortizaciones de capital, renegociaciones, en fin, todas las operaciones que mencionan los respectivos incisos.
Nada más.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Considero que está claro el sentido del precepto. Y nos preocuparemos de que su redacción final recoja ese espíritu, que es demasiado evidente, cualquiera que sea la fórmula que se utilice.
En consecuencia, pondré en votación el artículo 6º, al cual se agregará, o un inciso específico que asegure el propósito indicado, o la referencia a la ENAMI en cada uno de los incisos que se agregan a la ley Nº 19.847.
Ambas soluciones cuentan con el acuerdo unánime de la Sala y el del señor Ministro de Minería , en representación del Ejecutivo.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , excúseme pero no recuerdo que en alguna oportunidad nos hayamos pronunciado sobre algún asunto sin tener a la vista el texto final.
El señor LAVANDERO.-
Es posible votar una idea.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señora Senadora, se puede aprobar una norma y autorizar a la Secretaría para adecuar su redacción.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , desearía que a las dos fórmulas sugeridas por la Mesa para solucionar el problema se agregara también, como alternativa, lo señalado por el Honorable señor Zurita .
Pienso que ésa es la forma correcta de legislar.
Lo más apropiado es que el precepto se refiera sólo a la ENAMI, sin que quede en el texto de otra ley.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Para que avancemos, se intentará presentar una redacción en el curso de la sesión, la que será ratificada posteriormente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
¿Algún señor Senador desea fundar el voto?
En votación electrónica el artículo 6º.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el artículo 6º en los términos señalados (34 votos a favor y uno en contra).
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia, Ávila, Boeninger, Canessa, Cariola, Chadwick, Coloma, Cordero, Flores, Frei (doña Carmen), García, Gazmuri, Horvath, Larraín, Lavandero, Matthei, Moreno, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz, Ruiz-Esquide, Silva, Stange, Valdés, Vega, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Votó por la negativa el señor Ríos.
El señor COLOMA.-
Estamos en la hora de término de la sesión, señor Presidente .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Se acordó prorrogarla hasta el despacho del proyecto.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El artículo 7º ya fue tratado.
El artículo 8º, ha pasado a ser artículo 9º, sin modificaciones.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Romero.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , yo había pedido la unanimidad de la Sala para revisar el artículo 9º.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La solicitaremos de inmediato, Su Señoría.
¿Desea hacer una consulta, Senador señor Romero?
El señor ROMERO.-
En el artículo 8º se establece un sistema de arbitraje entre CODELCO-Chile y la ENAMI respecto de cargos de tratamiento en la Fundición y Refinería Las Ventanas, cambio procesal que debió ser conocido por la Corte Suprema. Por eso, deseo saber si la Comisión la consultó, como es habitual.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Este artículo ya se aprobó.
El señor ROMERO.-
Sí, pero mi pregunta apunta a saber si efectivamente se cumplió con el trámite de consultar a la Corte Suprema sobre este tema. Temo que no se hizo.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Exactamente. No sé si en esta materia procede la referida consulta.
El señor MORENO.-
No tiene ninguna importancia, señor Presidente .
La señora FREI (doña Carmen).-
Sólo demora la tramitación del proyecto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Vamos a estudiar su consulta, señor Senador. Ahora seguimos avanzando. El articulo 8° ya se aprobó. Veremos si la consulta de Su Señoría es pertinente o no.
No se ha consultado, en todo caso, a la Corte Suprema. Se va a estudiar si acaso era necesario hacerlo o no
El Honorable señor Ominami ha pedido abrir discusión respecto del artículo 9º.
¿Habría unanimidad para acceder a lo solicitado?
No la hay.
En consecuencia, continuaremos con las normas transitorias.
¿Desea intervenir, Honorable señor Valdés?
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente , no me parece necesaria la consulta a que se refirió el Senador señor Romero, porque no se está creando ningún tribunal.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Estamos estudiando la materia.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Artículo 1º transitorio, que la Comisión aprobó por 3 votos a favor y 2 abstenciones.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
La señora MATTHEI.-
¿Este artículo fue objeto de indicación?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tuvo una votación dividida. No fue aprobado en forma unánime.
La señora MATTHEI.-
Está bien, señor Presidente . Pero, en el debate de la sesión pasada, no se nos permitió discutir ni votar otros artículos que también habían sido acogidos en pronunciamientos divididos.
Entonces, mi pregunta es
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Porque no habían sido objeto de indicaciones.
La señora MATTHEI.-
¿Y éste lo fue?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Presumo que sí.
¿Fue objeto de indicación?
Sí, lo fue.
La señora MATTHEI.-
Muy bien.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
La tiene, señor Ministro .
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Señor Presidente , el sentido del artículo, en términos generales, es facilitar que la transacción se realice de la manera más rápida y efectiva posible, pues ambas empresas (la ENAMI y CODELCO) requieren saber a la brevedad posible si la operación se materializará o no.
El sentido central de esta norma es facilitar el traspaso una vez que la ley se apruebe.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
¿Algún señor Senador desea fundar el voto?
En votación electrónica el artículo 1º transitorio.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el artículo 1º transitorio (30 votos a favor).
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia, Ávila, Boeninger, Canessa, Cariola, Cordero, Flores, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Horvath, Larraín, Lavandero, Matthei, Moreno, Naranjo, Núñez, Ominami, Orpis, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag, Silva, Stange, Valdés, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Los artículos 2º y 3º transitorios se dieron por aprobados, porque fueron concordados por unanimidad en la Comisión.
El señor OMINAMI.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor OMINAMI.-
Solicité discusión separada del artículo 2º transitorio.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Pero después la retiró.
El señor OMINAMI.-
Pero quiero argumentar ese retiro.
Señor Presidente , me parecía conveniente abrir debate sobre el artículo 9º, que contiene una proposición que parece muy atractiva: el traslado de la casa matriz de la Empresa Nacional de Minería, de Santiago, a Copiapó. Es muy atractiva desde el punto de vista de la desconcentración, de la regionalización.
Pero esta idea bonita también es una idea cara: según estimaciones que he recibido, sólo el traslado cuesta, más o menos, 3 millones de dólares, porque, entre otras cosas, habrá que pagar un costo alto por concepto de asignaciones a los funcionarios que se trasladarán. Por tanto, tratándose de una empresa que está nuevamente poniéndose en marcha y cuyos pasivos intentamos aliviar, creo que esta idea debió haber sido objeto, al menos, de discusión. Lamento que no se haya dado la unanimidad para ese efecto.
En cualquier caso, retiro la solicitud de votación separada del artículo 2º transitorio, por cuanto al menos establece que "Lo dispuesto en el artículo 9º de esta ley en proyecto deberá ser cumplido a más tardar el 31 de diciembre del 2005, y no afectará a aquellas funciones de la casa matriz que puedan perjudicar el normal funcionamiento de la empresa.". Yo espero que a partir de esta norma transitoria se pueda dar una discusión, de manera de no infligir un daño adicional a esta Empresa.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, no hay debate sobre esta materia; simplemente se está dejando una constancia.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
No pretendo abrir debate, señor Presidente . Quiero plantear una observación reglamentaria que puede ser importante.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Respecto del artículo 9º, que se ha dado por aprobado, deberá determinarse si es de quórum especial o no. En un informe de la Contraloría que tengo en mis manos, referido al acuerdo adoptado por el directorio de ENAMI en el caso de la Planta Manuel Antonio Matta , se dice expresamente que el cambio de domicilio de una empresa es una de las materias que requieren quórum calificado. Así lo atestigua este informe de la Contraloría, de 27 de febrero de 1995.
Entonces, señor Presidente , para que no haya problemas en cuanto a la aplicación de la ley, solicito que se aclare si la aprobación de la norma en análisis exige quórum especial o no.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Sobre esa materia, tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , yo advertí desde el inicio de la discusión del proyecto que, en la práctica, le estábamos poniendo una bomba de tiempo a la ENAMI cuando el Senador señor Andrés Zaldívar alegó que la iniciativa era de quórum simple. En lo personal, quiero que esta empresa siga en manos del Estado y no se privatice, y que, por lo tanto, se respeten los informes que emite la Contraloría General de la República y los requerimientos firmados por algunos señores Senadores, entre otras disposiciones legales. Pero siempre: cuando me conviene y cuando no me conviene. Ahora se está diciendo que se necesita quórum calificado para aprobar el cambio de domicilio, en circunstancias de que la semana pasada se sostuvo que no se requería para vender parte del patrimonio más importante de la ENAMI, que es la Fundición y Refinería Las Ventanas. Eso me parece insostenible, lamentablemente.
En mi opinión, el proyecto completo es de quórum especial y a mí me habría gustado que hubiéramos podido debatir y votar el artículo 1º, pero aquí, en el palacio de la democracia, hubo quienes se opusieron. Y he formalizado la presentación de un requerimiento ante el Tribunal Constitucional, por estimar que se han aprobado con quórum simple disposiciones que son de quórum especial.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , yo no comparto...
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor NÚÑEZ.-
No tengo inconveniente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
La afirmación del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra es muy delicada, porque me dice que estoy jugando, cuando me conviene o cuando no me conviene, con los temas constitucionales. Yo lo único que he hecho es pedir que se aclare si la norma es de quórum especial o no. ¿Para qué? Para que el proyecto, en esta materia, no tenga dificultades. Eso es lo que dije.
En segundo término, es muy distinto el caso del artículo 1º, respecto del cual había informe de la Contraloría y fallo del Tribunal Constitucional, los cuales permitían deducir que la transferencia de activos no necesitaba quórum especial. Y expresamente se mencionaba a Ferrocarriles y a la ENACAR, y yo mismo entregué los datos pertinentes. Ahora, en cambio, he traído a colación un informe de la Contraloría que ha llegado a mi escritorio y donde se dice que en este tipo de casos, específicamente vinculados al domicilio en relación a las funciones de una empresa del Estado, se requeriría quórum especial. ¿Qué estoy solicitando? Que la Mesa clarifique el punto para que no haya problema constitucional. Eso es todo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , el cambio de domicilio a Copiapó de la Empresa Nacional de Minería no tuvo origen en el Ejecutivo , sino en una iniciativa de dos señores Diputados. Y el Ejecutivo presentó una indicación en el mismo sentido, tal como yo lo había planteado en un proyecto en 1992. En ese tiempo, al Presidente Aylwin no le pareció conveniente otorgar su patrocinio. Pero ahora el Primer Mandatario sí lo estimó pertinente. ¿Por qué? Bueno, el señor Ministro será quien explique las razones que se tuvieron para presentar una indicación sobre una materia de su iniciativa exclusiva, según la Constitución.
En segundo lugar, el inciso que se modifica contiene un conjunto de normas que, si se leen bien, efectivamente establecen que el traslado se hará de manera racional y -espero- no a costa del personal que labora en la casa matriz, ya suficientemente reducido. Porque una de las cosas que se han cumplido en esta Empresa es una gran racionalización de su dotación, que ha disminuido en forma notable, particularmente en la casa matriz. Y sería lamentable que lo siguiéramos haciendo, sobre todo tratándose de funciones esenciales para el desarrollo de la Empresa.
Teniendo presente que este proyecto cumplirá un nuevo trámite en la Cámara de Diputados -porque lo hemos mejorado bastante, y seguramente deberá constituirse una Comisión Mixta-, creo que el Ejecutivo debería reestudiar este tema, independientemente de que la Mesa analice si la norma es de quórum especial.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , en primer lugar, llama la atención que para vender activos no se requiera ley de quórum especial, pero para cambiar de domicilio, sí.
Si se lleva al límite el primer argumento, sería posible liquidar la empresa mediante el procedimiento de vender los activos uno a uno, hasta que, finalmente, no quede empresa. Eso no exige ley de quórum especial; en cambio, cambiar su domicilio, sí lo exige. ¡Perdóneme, señor Presidente , pero es lo más absurdo que he visto!
En segundo término, si esta disposición implica gastos, debió haberse presentado un informe financiero en la Comisión de Hacienda. Pero ello no se hizo, y lo cierto es que, para aprobarla, dicho informe es requisito fundamental.
Como he señalado varias veces en esta sesión, estamos tramitando extraordinariamente mal este proyecto por tratar de aprobarlo hoy. Debió haber vuelto a la Comisión de Hacienda. Se debió clarificar lo señalado por el Senador señor Zurita . Se debió haber presentado un informe financiero.
Repito: éste es un proyecto extraordinariamente mal tramitado y que no ha cumplido un requisito constitucional relativo al informe financiero cuando implica gastos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Sobre la misma materia, tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , sólo deseo referirme al artículo 2º transitorio en relación con el 9º.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, eso no está en discusión, sino
El señor BOENINGER.-
¿El artículo 2º transitorio?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No, se retiró la petición para debatirlo.
Está aprobado.
El señor BOENINGER.-
¿Qué se está discutiendo?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si el artículo 9º, por establecer un cambio de domicilio, es materia de quórum especial o no lo es. Sobre eso estoy ofreciendo la palabra.
El señor BOENINGER.-
Yo quiero hacer una reflexión sobre los dos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Desgraciadamente, estamos debatiendo específicamente si el artículo 9º es materia de quórum especial o no.
Tiene la palabra sobre este tema el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , deseo reafirmar lo señalado por el Senador señor Prokurica .
En verdad, resulta absurdo exigir quórum especial para el cambio de domicilio y no para transferir el principal activo de la ENAMI: la Fundición y Refinería Las Ventanas.
Y quiero aportar un elemento adicional: el Honorable señor Andrés Zaldívar se refirió a informes de la Contraloría General de la República. Bueno, yo también quiero mencionar un informe del organismo contralor atinente al tema. Cito textual:
"inciso cuarto, Nº 2, de la Constitución Política, toda medida que incida en aspectos esenciales relativos al objeto, organización, funcionamiento y atribuciones de una empresa del Estado sólo puede disponerse mediante normas de rango legal, las que deben ser de quórum calificado".
En este caso, la Empresa se está desprendiendo de su principal activo, que es la Fundición y Refinería Las Ventanas, lo que incide en su funcionamiento. Por eso, hemos insistido reiteradamente en que esta norma es de quórum calificado. Y lo que he leído es un informe de la Contraloría.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , en su oportunidad, fui partidario y promotor de la idea de trasladar la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena a Temuco. Mi conclusión es que la experiencia fue muy mala, porque el pueblo indígena, en general, salió desfavorecido, al dedicarse la entidad nada más que a la situación de los mapuches, sin tocar en profundidad las dificultades de otras etnias. Sobre esa base, no era partidario de que la ENAMI saliera del ámbito del Poder Ejecutivo , que es donde se ejerce el verdadero trabajo en cuanto a una serie de elementos. Sin embargo, se aprobó el artículo 9º.
Respecto del artículo 2º transitorio y la necesidad de un informe financiero acerca de qué recursos deberían destinarse para trasladar la ENAMI a Copiapó, estimo que no hay necesidad alguna de este último. Si la medida se concreta, la Empresa usará para tal efecto recursos propios, los cuales no son los generales del Estado.
Y en el artículo recién citado se toma al menos una precaución: el traslado se hará de manera que no afecte "funciones de la casa matriz que puedan perjudicar el normal funcionamiento de la empresa.". O sea, si ésta carece de recursos suficientes para financiarlo o se producen problemas en funciones esenciales, no se llevará a cabo.
Por esa razón, no insistí en el artículo 9º, ya que me parece que mediante el artículo 2º transitorio al menos se precave la situación. A ello se debe que esta última norma, ya que no podemos tratar la otra...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tampoco se halla en debate el artículo 2º transitorio, señor Senador.
El señor LAVANDERO.-
No, señor Presidente. Ya lo sé...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego a Su Señoría atenerse al punto que nos ocupa.
El señor LAVANDERO.-
Sé lo que se discute, señor Presidente . Lo que quiero hacer presente es que, en el caso de una consulta o un plebiscito para cambiar un semáforo, una municipalidad puede convocarlo, mas no el Estado en lo referente a elementos esenciales. Son aspectos derivados de la "configuración", diría, de un sistema en que se pone un cerrojo a las capacidades propias del Estado. Y es algo que se concreta a través de la distribución de leyes que demandan mayorías especiales.
En lo personal, creo que en este caso no es necesaria una disposición que deba aprobarse con quórum calificado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Debo decir que no comparto la tesis de que la definición del cambio de domicilio exige quórum. Al respecto, tengo en cuenta la misma norma que se ha considerado a propósito del artículo 1º, que es el número 21 del artículo 19 de la Carta, cuyo inciso segundo establece cuándo debe mediar quórum calificado. Dice: "El Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley de quórum calificado los autoriza.". O sea, la extensión de la autorización para la cual se requiere un cuerpo legal de esa índole es el desarrollo de actividades empresariales o la participación en ellas.
Por mi parte, he sostenido que, en este caso, la autorización ya está dada: no se trata de otorgarla a CODELCO para emprender una actividad nueva, pues la viene realizando desde hace mucho tiempo. De modo que no es necesario concederla.
En lo referido a la venta de activos, cabe consignar que una privatización, que es la venta total del activo de una empresa, se ha aprobado por ley simple, por lo que la venta parcial, a mayor abundamiento -como lo hemos determinado en muchas leyes-, tampoco la requiere. De manera que ése es el fundamento que me hace pensar en la forma expuesta.
Y, en cuanto al domicilio, otra norma, el artículo 62, número 2º, de la Constitución, se refiere a la creación de servicios públicos o empleos rentados y expresa que lo que corresponde definir por ley es "suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones". Podrían ser, entonces, materias que exigen quórum especial. Sin embargo, no se trata de eso.
Así que pienso que el asunto en análisis no demanda un quórum especial, por lo que no me parece procedente imponer esa condición para votarlo.
Ciertamente, si algún señor Senador desea que se abra debate sobre el particular y solicita votación, estará en su derecho.
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Me parece muy bien su planteamiento, señor Presidente , y es lo que quería: que la Mesa determinara si se exigía quórum especial o no. El propósito es evitar que, al ser despachado el proyecto, el día de mañana se pueda objetar el artículo 9º por no haber reunido el quórum necesario.
Señalé lo del informe de la Contraloría porque era conveniente considerarlo, ya que cuando se discute un tema es mejor tomar en cuenta todos los antecedentes que cabe tener a la vista.
Gracias.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Queda despejado, por lo tanto, lo relativo al artículo 9º.
Sin embargo, persiste la inquietud que manifestó el Senador señor Romero sobre el artículo 8º.
El señor BOENINGER.-
Pido la palabra para dejar una constancia.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor BOENINGER.-
Se trata de lo siguiente. Creo, señor Presidente , que los artículos 9º y 2º transitorio, relacionados con el cambio de domicilio, resultan extremadamente "apresurados". Francamente, trasladar de súbito centenares de familias de Santiago a Copiapó es de una desconsideración brutal para con los funcionarios y ellas.
En seguida, cuando se hace el distingo, en el artículo 2º transitorio, entre las funciones consideradas esenciales de la casa matriz y las que no lo son, sobre la base de que una parte de ellas se trasladará a Copiapó mientras otra queda en Santiago, es preciso considerar que todas aquellas que se desarrollan en la Capital probablemente se encuentran interconectadas. La posibilidad de una dispersión, entonces, me parece poco apropiada.
Y, naturalmente, se plantea la cuestión del gasto, al que también se ha hecho referencia.
Por lo tanto, simplemente quiero hacer constar que me parece que lo más sano es que el Ejecutivo vete ambos artículos.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI .-
Señor Presidente , dejo establecido que formulo reserva de constitucionalidad por el hecho de no haberse presentado un informe financiero.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Así quedará consignado, Su Señoría.
Quiero referirme al artículo 8º, pues constituye un tema nuevo que, a mi juicio, merece un esclarecimiento. La norma dispone que cualquier dificultad que se presente entre CODELCO y ENAMI a propósito del traspaso será resuelta mediante un arbitraje. Es algo que se agregó en el trámite del Senado. Y cualquier consulta a la Corte Suprema, cuando corresponde, se formula en general, al advertirse su necesidad. Por ello, no se ha hecho.
Pienso que, cuando se establece un arbitraje obligatorio, se modifican las atribuciones de los tribunales, porque, de otro modo, debería someterse a ellos el conflicto que se suscitara en algún minuto entre ambas entidades. La disposición sustrae esa situación de la alternativa de proceder por la vía judicial, como se desprende de los términos del artículo 227 del Código Orgánico de Tribunales.
En consecuencia, tratándose de un precepto de estas características, cabe la aplicación del artículo 74 de la Carta, el cual expresa que "Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales", etcétera. En efecto, al sustraerse a éstos una parte de sus atribuciones, nos hallamos ante una materia de quórum orgánico constitucional.
La segunda inquietud dice relación a si acaso se requiere informe de la Corte Suprema. En verdad, se necesita; pero, como no se precisa cuándo debe presentarse, lo único que cabe hacer es aprobar la norma con el quórum exigido y solicitarlo al Máximo Tribunal, para que sea tomado en consideración en el tercer trámite, antes de despachar el proyecto. De manera que no sería un requisito que dificulte la tramitación.
En vista de la consulta del Senador señor Romero , la Mesa es de la opinión de que se trata de un artículo que, por las características señaladas, es de quórum orgánico constitucional. Y lo que corresponde es ponerlo en discusión, para luego votarlo.
El señor NÚÑEZ.-
¿Me permite formular una observación, señor Presidente?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Primero tiene la palabra el señor Ministro.
Reitero: el artículo se refiere a un solo tema (los cargos de tratamiento) y a ningún otro conflicto entre las empresas. Además, está en perfecta línea con lo que esos contratos, ya pactados, indican.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Señor Presidente , como siempre, seré muy breve. Sólo deseo recordar que, por la forma como está planteada, la disposición se refiere únicamente a los cargos de tratamiento, como se advierte si se lee bien. Obviamente, éstos se encuentran refrendados por contratos acordados entre las partes, en los cuales se establece, como única modalidad de arbitraje, un árbitro arbitrador.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Efectivamente, creo que el señor Presidente tiene toda la razón en el sentido de que, ante situaciones de carácter legal o que pudieran afectar las relaciones entre dos empresas del Estado, debe necesariamente recurrirse a los tribunales. Pero el precepto en análisis alude a "Cualquier dificultad que se presente entre CODELCO-Chile y ENAMI". No se hace referencia a otro aspecto, sino a una "dificultad" -repito-, radicada básicamente en una cuestión crucial: los cargos de tratamiento. Y ése es un asunto estrictamente técnico.
Por lo tanto, es obvio que ello debe quedar en manos de un árbitro arbitrador que sepa, técnicamente, de qué se trata, porque seguramente habrá diferendos en ese plano. El artículo 8º no versa sobre algún problema de carácter legal o jurídico, sino sobre una "dificultad" y sobre los cargos de tratamiento.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
De todas maneras, estamos hablando de la competencia. Y, de no existir la disposición, cualquier dificultad podría zanjarse ante un tribunal, cuya competencia, entonces, se estaría restringiendo. Eso me parece inequívoco.
El señor LAVANDERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Hay varios señores Senadores inscritos para hacer uso de la palabra, entre ellos Su Señoría. Pero primero se encuentra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, es indudable que, desde un punto de vista constitucional y legal, la Mesa tiene toda la razón.
Ahora bien, ahondando en los argumentos de por qué se establece el artículo 8º, y tal como se hizo constar en la Comisión y en una indicación que presenté formalmente, yo era partidario de ir mucho más lejos. Porque el precepto en análisis se refiere a las dificultades que se susciten respecto de los cargos de tratamiento, materia bastante técnica que, evidentemente, debe ir a arbitraje.
¿Cuál es la preocupación que planteé en la Comisión y que deseo dejar expuesta en la Sala?
Si bien en el debate puede ponerse mucho énfasis en no traspasar una empresa pública, la razón no radica en ese punto, sino en que CODELCO y ENAMI tienen un peso relativo muy distinto respecto de los pequeños y medianos mineros. Por ello, no queríamos que se traspasara en definitiva a la primera el tipo de activo constituido por la Fundición y Refinería Las Ventanas.
De ahí, señor Presidente , que quisiera ir más lejos con relación al artículo 8º. Porque, ¿quién decidirá el arbitraje? El directorio, compuesto mayoritariamente de funcionarios designados por el Presidente de la República , por lo cual los pequeños y medianos mineros no van a estar salvaguardados en caso de que se produzcan diferencias y se deba ir a arbitraje.
Por eso, en la indicación que presenté oportunamente en la Comisión -y que fue declarada inadmisible- proponía una composición igualitaria entre los medianos y pequeños mineros y quienes representen el aparato público. Es la única manera de que, a la larga, los primeros tengan plenamente garantizado que, en caso de dificultades, se pueda ir a arbitraje.
Como señalé, la indicación fue declarada inadmisible. Pero daré mi aprobación por creer que esto es mejor que nada.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , luego de escuchar al señor Ministro , me parece que la disposición es innecesaria -y quisiera que lo ratificara-, porque actualmente, por lo que conozco, CODELCO cuenta con la facultad para someter a arbitraje todas las dificultades que se presenten. Y sé de varios que ha tenido sobre materias propias de la minería, ámbito en el cual actúa. Por su parte, la ENAMI, de acuerdo con sus estatutos, también la tiene.
Y lo corrobora el señor Ministro cuando dice que es un aspecto contemplado en los contratos vigentes entre ambas empresas.
Entonces, ¿para qué legislar sobre algo en que tanto ENAMI como CODELCO tienen atribuciones?
En todo caso, deseo que el señor Ministro ratifique si es así o no.
Y estoy totalmente de acuerdo con usted, señor Presidente , respecto de la interpretación del artículo 74 de la Carta, en cuanto a que, de llegar a pronunciarnos, se requiere quórum especial por tratarse de una modificación de la ley orgánica constitucional sobre atribuciones de los tribunales.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente , lo que iba a decir ya lo manifestó el Honorable señor Andrés Zaldívar .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Estaba inscrito antes, Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Y el señor Ministro de Minería confirmó que existe la disposición.
Sin embargo, en la Comisión, donde mantenemos una buena relación entre nosotros, la idea fue defendida por el Honorable señor Orpis , y, a sabiendas del antecedente, quisimos que ello quedara ratificado por ley. Pero, si la disposición ya existe y operan los contratos, no vale la pena introducir la modificación en caso de que exija, en efecto, quórum especial y consulta a la Corte Suprema.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Seré muy breve, señor Presidente .
Cabe ratificar, una vez más, el contenido de los contratos comerciales referentes a la fijación de cargos de tratamiento. Naturalmente, establecen la forma como se dirimen las diferencias y la posibilidad del arbitraje, y casi en la totalidad de los casos, por no decir en todos, inclusive se menciona el árbitro. En consecuencia, respondiendo al Senador señor Orpis , no se necesita que los directores se reúnan para decidir los árbitros.
Un segundo antecedente importante es que la operación entre CODELCO y ENAMI lleva realizándose por más de 40 años, en virtud de lo cual la Corporación ha celebrado contratos de maquila con la Empresa. Nunca, en la historia de esas relaciones, ha sido necesario recurrir a un árbitro. Creo que conviene tener presente, entonces, para no hacer de la cuestión un problema, que ambas entidades, a través de sus propios contratos, han sido históricamente capaces de resolver sus asuntos sin siquiera acudir a dicha instancia.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Valdés.
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente , estos antecedentes indican que realmente la disposición está de más. Porque actualmente CODELCO tiene facultad para someter a arbitraje determinadas materias. Lo mismo pasa con la ENAMI. Y, si eso es lo que ocurre, ¿por qué no podrán ejercerla entre sí?
Se trata de una facultad normal en toda persona jurídica. Y, de no ser el caso del arbitraje, las dos empresas están sometidas al Ministerio de Minería y a las reglas generales de la Administración Pública.
Por ello, considero inútil establecer la capacidad de arbitraje, pues ya la tienen como personas jurídicas de derecho público.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , si se pudiera reflejar el debate habido en la Comisión, puedo decir que todos estamos de acuerdo y que no hay nadie en contra de este artículo. Por el contrario, lo que queremos es proteger a la Empresa Nacional de Minería, que se debilitará aún más con la venta de la Fundición y Refinería Las Ventanas, de otra que es grande y se halla acostumbrada a funcionar en forma distinta.
Y quiero contar a mis Honorables colegas algo que les parecerá increíble. El propio Vicepresidente de la ENAMI nos relató que hace dos meses CODELCO subsidió el tratamiento de concentrados en Potrerillos, compitiendo, de manera bastante insólita, con otra empresa del Estado. Ante ello, surge la idea del resguardo, ya que la Empresa Nacional de Minería, repito, quedará muy debilitada.
En definitiva, lo que queremos no es amparar a CODELCO, sino a una ENAMI que se hallará mucho más disminuida que en la actualidad cuando, lamentablemente, se le reste su principal patrimonio, que es la Fundición y Refinería Las Ventanas.
El Senador señor Orpis me ha pedido una interrupción.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , ocurre lo siguiente: imaginemos que el día de mañana se produce un problema y que debe recurrirse al arbitraje. ¿Quién toma esa decisión? La mayoría del directorio está formada por cinco miembros. Los pequeños y medianos mineros sólo cuentan con dos representantes. Por eso, la indicación que propuse ponía en acción el arbitraje sólo con la intervención de dos de sus integrantes. Eso era importante, porque de tal forma quedaban protegidos los pequeños mineros. Pero, como esta cláusula aparece en el artículo 8º, no tiene incidencia.
Mi proposición fue declarada inadmisible; no obstante ello, quiero dejar constancia de mi posición en actas y en la Sala, porque evidentemente se va a producir un desbalance entre CODELCO y los pequeños y medianos mineros representados en la ENAMI.
Por lo tanto, habría sido muy importante que el Senado hubiese aprobado una cláusula en que se gatillara un arbitraje cuando dos de los miembros del directorio lo solicitaren. Hoy día lo hace una mayoría conformada en su totalidad por funcionarios estatales.
A mi juicio, tal era el resguardo que debió haberse adoptado y que, desgraciadamente, no se materializó; sin embargo, como dije, quiero dejar constancia por lo menos de mi pensamiento al respecto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Finalmente, tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , como se ha insistido demasiado en que ENAMI quedaría sumamente debilitada debido a este traspaso, solamente quiero recordar -no con el ánimo de provocar mayor polémica- que hace poco tiempo, el 22 de agosto, el Instituto Libertad y Desarrollo emitió un informe que, en una de sus partes, sostiene que, si es necesario enajenar Las Ventanas, debería hacerse mediante una licitación pública internacional.
Vale decir, dicho Instituto nunca se opuso a que se enajenase Las Ventanas al mejor postor, como se desprende de los informes de las Comisiones de Minería tanto de la Cámara como del Senado, donde intervino una personera de ese organismo que manifestó que "A juicio del Instituto Libertad y Desarrollo, se debería licitar la enajenación de las refinerías de Enami y adjudicarlas al mejor postor".
Y tal opinión fue refrendada en la Cámara por el Diputado señor García-Huidobro , quien señaló: "A mi juicio, ENAMI debería vender su patrimonio y su principal activo, que hoy se está entregando a Codelco, sólo cuando no existiera otra solución". Es decir, una licitación pública internacional entre privados.
Digamos las cosas como son. Aquí no hubo oposición, como se ha señalado permanentemente, al traspaso de la Fundición y Refinaría Las Ventanas a CODELCO. Existió una disposición que todos compartimos en su momento, que está claramente refrendada por una votación unánime llevada a cabo en el Senado, en la cual hubo dos abstenciones.
Como aquí se ha insistido tanto en el sentido contrario, me parece bueno que, para los efectos de la historia de la ley, la situación quede claramente especificada.
Concedo una interrupción a la Senadora señora Matthei .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, con la venia de la Mesa, Su Señoría.
La señora MATTHEI .-
Señor Presidente , sólo quiero señalar que un instituto puede emitir las opiniones que estime conveniente; pero, finalmente, somos nosotros quienes votamos.
Yo también muchas veces he comprobado que el Honorable señor Núñez ha rechazado ciertas proposiciones del Gobierno, y que a menudo el señor Senador y su bancada se han opuesto al criterio del Presidente de la República . De manera que no vengamos aquí a esgrimir argumentos como el que porque un tercero dice algo, todos deberíamos pensar lo mismo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
No solamente lo ha expresado así el Instituto Libertad y Desarrollo, digámoslo con franqueza. La SONAMI estuvo en absoluto acuerdo con el traspaso, tal cual lo discutimos en varias oportunidades. Muchos de los señores Senadores -bastante afines a ese ente- ahora, por distintas razones, se oponen beligerantemente al traspaso. El cambio de caballo es a veces sumamente demostrativo de la verdadera conducta de estos organismos.
La señora MATTHEI.-
¡Vaya a preguntar en otras asociaciones mineras!
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Solamente quiero hacer una pequeña aclaración al Senador señor Prokurica . La situación a la cual se refirió yo no la clasificaría con ligereza de subsidio. Habría que ver los números. Su Señoría la ha calificado de esa manera, pero tendríamos que comparar una operación y otra. Sin embargo, eso no tiene mayor importancia, pues se trata de una acción específica.
Sólo deseaba expresar que, dentro de las cláusulas del traspaso, se ha firmado un convenio de colaboración entre la ENAMI y CODELCO precisamente para evitar cualquier conflicto, especialmente en la compra de concentrados en el futuro.
En consecuencia, creo que hemos agregado un mecanismo de acuerdo entre las partes que no está considerado en la ley y que nos va a permitir que los problemas se puedan resolver extracontractualmente.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra,
Cerrado el debate.
¿Algún señor Senador desea fundar su voto?
El artículo 8º debe ser votado para los efectos de registrar el quórum.
En votación electrónica.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se rechaza el artículo 8º propuesto por la Comisión por no haberse reunido el quórum constitucional exigido (17 votos por la afirmativa, 4 en contra, y una abstención), y queda terminada la discusión del proyecto en este trámite.
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia, Canessa, Cordero, Horvath, Larraín, Lavandero, Matthei, Moreno, Muñoz Barra, Núñez, Ominami, Orpis, Prokurica, Romero, Valdés, Gazmuri y Zurita.
Votaron por la negativa los señores Boeninger, Frei (doña Carmen), Sabag y Zaldívar (don Andrés).
Se abstuvo el señor Ruiz-Esquide.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con esta última votación, queda despachado el proyecto de ley sobre autorización a la Empresa Nacional de Minería para traspasar a la Empresa Corporación Nacional del Cobre de Chile la Fundición y Refinería Las Ventanas.
Antes de levantar la sesión, quiero dar lectura al texto definitivo del artículo 6º, en cuya redacción están consignadas tanto la sugerencia del Senador señor Zurita como las indicaciones para perfeccionar su claridad. Dice:
"La garantía que el Estado otorga a las obligaciones de la Empresa Nacional de Minería en virtud de la ley Nº 19.847, podrá ser renovada total o parcialmente, para el caso en que las respectivas deudas sean objeto de renegociación o reestructuración, con o sin cambio de acreedor, lo que será determinado por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, expedido de conformidad a lo dispuesto en el artículo 70 del Decreto Ley Nº 1.263, de 1975, teniendo presente el cumplimiento satisfactorio del correspondiente convenio de programación suscrito en los términos establecidos en el artículo 2º de la ley Nº 19.847.
"Cuando las obligaciones garantizadas por el Estado a ENAMI en virtud de dicha ley sean objeto de pago anticipado o de amortización de capital, los montos exceptuados de garantía por tal concepto no serán considerados en el cómputo del margen de US$ 1.500.000.000 (un mil quinientos millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente, según lo expresado en el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 19.847, a contar de las fechas en que se perfeccionen las respectivas operaciones, las que no podrán ser posteriores al 31 de diciembre del 2008.".
El inciso siguiente quedaría en la misma forma; y el subsiguiente, de la siguiente manera:
"Lo establecido en los incisos precedentes será determinado mediante el mismo procedimiento que el dispuesto en el inciso primero de este artículo".
Y el inciso final quedaría como sigue:
"La garantía del Estado a que se refiere el presente artículo podrá aplicarse al financiamiento de proyectos de inversión, tales como de modernización, ampliación, rehabilitación o reposición, previo cumplimiento de la normativa que rige las materias de inversión de la Empresa Nacional de Minería.".
De ese modo, la redacción de esta norma quedaría circunscrita sólo a las obligaciones referidas a la ENAMI con relación a la ley Nº 19.847.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei .
La señora MATTHEI .-
Señor Presidente , me parece que esa redacción es mucho mejor que la que figura en el proyecto. Sin embargo, considero altamente irregular que estemos redactando en la Sala, en el último minuto, artículos ya votados; y, más aún, sin tener ni siquiera la oportunidad de leerlos y de ver si contienen algún error.
En verdad, señor Presidente , ésta es una de las peores iniciativas que me ha tocado conocer en mi vida parlamentaria en cuanto a tramitación: todo ha sido irregular y mal hecho. No se han dado los informes técnicos necesarios ni se ha discutido a fondo. Ojalá la Cámara de Diputados la revise en profundidad, porque tengo la impresión de que, si no sucede así, vamos a tener severos problemas con la futura ley, pues fue despachada sin mayor estudio.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se dejará constancia de su opinión, señora Senadora .
En consecuencia, queda despachado el proyecto en los términos señalados.
--(Aplausos en las tribunas).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Antes de levantar la sesión, el señor Prosecretario dará cuenta de un informe llegado a la Mesa.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).-
Segundo informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre incentivos para la entrega de información en los delitos vinculados a los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, con urgencia calificada de "suma".
El señor LARRAÍN (Presidente).- Queda para tabla.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , en realidad no tiene mayor trascendencia: simplemente quiero dejar constancia de que, al contrario de lo sostenido por la Senadora señora Matthei, me parece que éste es un buen proyecto y de que se han resuelto bien las dudas planteadas. Además, creo que la Comisión de Hacienda actuó con precipitación, de lo cual somos culpables sus integrantes.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 14:52.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
PROYECTO DE ACUERDO DE DIVERSOS SEÑORES SENADORES MEDIANTE EL CUAL SOLICITAN A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SUSPENDER EJECUCIÓN DE PROYECTO “PORTAL BICENTENARIO”, MIENTRAS NO EXISTA UNA ALTERNATIVA QUE CUMPLA FUNCIONES DEL AEROPUERTO “LOS CERRILLOS” (S 766-12)
Honorable Senado:
Considerando:
Que el Gobierno, a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, impulsa el proyecto “Portal Bicentenario”, cuya ejecución plantea el cierre del Aeropuerto “Los Cerrillos”;
Que cerrar el Aeropuerto “Los Cerrillos”, es una decisión estrictamente política y estratégica, con un claro impacto técnico sobre el Sistema Aeronáutico Nacional, y como consecuencia directa, a los Sistemas de Transporte Aéreo Nacional y de la Defensa Nacional, por lo que es imprescindible que esta decisión se fundamente estrictamente en Estudios Técnicos realizados por los respectivos organismos especializados y competentes en la materia;
Que según estadísticas oficiales de la Dirección General de Aeronáutica Civil, entregadas al Senado en la Comisión Especial de Presupuesto, desde 1990 el movimiento de aeronaves (250 mil operaciones), crece a una tasa de 5,7% anual, llegando en 2003 a 450.000 operaciones, lo que permite deducir - si se mantiene la tendencia- que en 2015 Chile alcanzará un movimiento de aeronaves cercano a las 750.000 operaciones anuales;
Que el 50% del movimiento de aeronaves indicados en el párrafo anterior, son operaciones aéreas cuyo origen y destino es en la zona central del país, por lo que el Aeropuerto “Los Cerrillos” representa un valor por su funcionalidad presente y su potencialidad futura, ya que es imposible que estas operaciones sean absorbidas en su totalidad por la 2ª Pista del Aeropuerto “Arturo Merino Benítez”;
Que el crecimiento del tráfico aéreo internacional en el Aeropuerto “Arturo Merino Benítez”, obligará a desagregar los vuelos nacionales a un aeropuerto doméstico ubicado en la Región Metropolitana a partir del año 2015, por lo que el Estado de Chile debe disponer para esa fecha, de la Infraestructura Aeroportuaria esencial sostener en forma eficiente dicho tráfico;
Que de acuerdo a Estudios Especializados, en la configuración topográfica de la Región Metropolitana, existe un solo lugar que cumple con las especificaciones técnicas de la Norma FAR 77-25, que es la Certificación Aeronáutica exigida para un Aeropuerto IFR para reemplazar el Aeropuerto de “Los Cerrillos”, que es la condición establecida por la Fuerza Aérea de Chile para retirar sus unidades de la Base Aérea, y que tampoco coincide con las alternativas propuestas por el Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones;
Que desde el punto de vista de la Defensa Nacional, la Base Aérea “Los Cerrillos”, constituye el núcleo vital de la Defensa Aérea del centro político del país, y simultáneamente se realiza el Despliegue Estratégico, Logístico y Transporte Aéreo de las Fuerzas Armadas de Chile, constituyendo también el punto desde donde se ejecutan las Operaciones Aéreas de Emergencia en caso de catástrofes naturales;
Que desde los inicios de la Aeronáutica Nacional -considerando nuestra configuración geográfica y los recursos disponibles- el Estado de Chile ha definido que los tres componentes básicos del Sistema Aeronáutico -Aviación Militar, Aviación Comercial y Aviación Civil- tienen un carácter estrictamente mixto, y por lo tanto, para planificar y construir la Red de Infraestructura Aeronáutica, se debe aplicar el criterio de operaciones aéreas integradas;
Que existe la necesidad de considerar la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental, Estudios de Impacto Urbanístico, Estudios de Desarrollo de Zonas Industriales, previo a que la Dirección General de Aeronáutica Civil proceda a derogar las restricciones existentes sobre los conos de protección del Aeropuerto “Los Cerrillos”;
Que los Tratados de Libre Comercio recientemente firmados por Chile con Estados Unidos, Europa y países asiáticos, generará un impacto económico que incrementará la necesidad de contar con un Sistema de Transporte Aéreo, compatible con el intercambio de bienes y servicios derivados de su implementación;
EL SENADO DE LA REPUBLICA ACUERDA:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República, a fin de que tenga a bien instruir, al Ministro de Vivienda y Urbanismo y al Ministro de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones, con el propósito de suspender la ejecución del proyecto “Portal Bicentenario”, mientras no exista una alternativa real y concreta, que cumpla con las condiciones y exigencias operativas, aeronáuticas y logísticas disponibles actualmente en el Aeropuerto “Los Cerrillos”, así como formar una Comisión encargada de analizar con profundidad el impacto que tendría el cierre de dicho Aeropuerto y proponer alternativas de solución.
(Fdo:) Aburto Ochoa, Marcos; Arancibia Reyes, Jorge; Bombal Otaegui, Carlos ; Canessa Robert, Julio; Cantero Ojeda, Carlos; Cariola Barroilhet, Marco; Chadwick Piñera, Andrés; Coloma Correa, Juan Antonio; Cordero Rusque, Fernando; Espina Otero, Alberto; Fernández Fernández, Sergio; Frei Ruiz-Tagle, Carmen; García Ruminot, José; Horvath Kiss, Antonio; Lavandero Illanes, Jorge; Martínez Busch, Jorge; Matthei Fornet, Evelyn; Novoa Vásquez, Jovino; Orpis Bouchon, Jaime; Prokurica Prokurica, Baldo; Ríos Santander, Mario; Romero Pizarro, Sergio; Stange Oelckers, Rodolfo; Vega Hidalgo, Ramón; Zurita Camps, Enrique