Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV.
CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- V.
FÁCIL DESPACHO
-
CREACIÓN DE PLAZA DE CONTRAALMIRANTE DEL LITORAL Y MAYOR FLEXIBILIZACIÓN EN PROPOSICIÓN DE ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DE ALTO MANDO NAVAL
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- SESIÓN SECRETA
-
ACUERDO ENTRE GOBIERNOS DE CHILE E INDIA SOBRE EXENCIÓN DE VISA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- DEBATE
-
CREACIÓN DE PLAZA DE CONTRAALMIRANTE DEL LITORAL Y MAYOR FLEXIBILIZACIÓN EN PROPOSICIÓN DE ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DE ALTO MANDO NAVAL
- VI.
ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LEY Nº 19.884, SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE Y CONTROL DE GASTO ELECTORAL
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- DEBATE
-
TRIBUTACIÓN DE EMPRESAS MINERAS. INFORME DE COMISIÓN ESPECIAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Carmen Frei Ruiz Tagle
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LEY Nº 19.884, SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE Y CONTROL DE GASTO ELECTORAL
- VII.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Carmen Frei Ruiz Tagle
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
-
FALTA DE SENSIBILIDAD DE CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO RESPECTO DE ACUERDO EN JUICIO CIVIL INDEMNIZATORIO. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
-
RECURSOS PRESUPUESTARIOS PARA INVESTIGACIÓN Y MONITOREO DE MAREA ROJA. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
-
APLICACIÓN Y BENEFICIOS DE FONDO DE FOMENTO DEL PESCADOR ARTESANAL. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- TÉRMINO DE OBRAS Y DRAGADO EN SECTOR "AGUAS MUERTAS" DE CALETA DE PESCADORES DE PUERTO AISÉN. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- CIERRE DE LA SESIÓN
- PETICIONES DE OFICIOS
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 351ª, ORDINARIA
Sesión 10ª, en miércoles 7 de julio de 2004
Ordinaria
(De 16:20 a 19:9)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ, PRESIDENTE ,
Y JAIME GAZMURI MUJICA, VICEPRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR,
Y SERGIO SEPÚLVEDA GUMUCIO, SUBROGANTE
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
FÁCIL DESPACHO
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que suprime limitación númerica que afecta a oficiales ingenieros navales para acceder a Alto Mando Naval; crea plaza de Contraalmirante del Litoral, y otorga a Comandante en Jefe de la Armada una mayor flexibilización en proposición de estructura y composición de Alto Mando Naval (3385-02) (se aprueba en general y particular)...................................
Sesión secreta: Se adopta resolución sobre solicitud de rehabilitación de ciudadanía del señor Iván Pérez Vidal (S 738-04)......................................................................
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo entre Chile e India sobre exención del requisito de visa para titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales (3503-10) (se aprueba en general y particular)....................
VI. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral, y establece sanciones y procedimiento para su aplicación (3519-06) (se aprueba en particular)¿.
Tributación de empresas mineras. Informe de Comisión Especial.................................
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
Falta de sensibilidad de Consejo de Defensa del Estado respecto de acuerdo en juicio civil indemnizatorio. Oficio (observaciones del señor Cantero)................................
Recursos presupuestarios para investigación y monitoreo de marea roja. Oficios (observaciones del señor Horvath).............................................................................
Aplicación y beneficios de Fondo de Fomento del Pescador Artesanal (observaciones del señor Horvath)......................................................................................................
Término de obras y dragado en sector "Aguas Muertas" de Puerto Aisén. Oficios (observaciones del señor Horvath).............................................................................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior subrogante y de Minería.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:20, en presencia de 20 señores Senadores.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 6ª y 7ª, ordinarias, en 22 y 23 de junio del año en curso, respectivamente, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficio
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional, con el que transcribe la resolución dictada en los autos Rol Nº 413, relativos al requerimiento de inconstitucionalidad formulado en contra de un precepto contenido en el proyecto de ley que modifica el Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y otros cuerpos legales (Boletín Nº 2.853-04).
--Se toma conocimiento.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal en materia de uso y porte de armas, con urgencia calificada de "simple" (Boletín Nº 3.389-07).
Nuevo primer informe de la misma Comisión, recaído en el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, que establece como causal de inhabilidad de autoridades que indica, el consumo de drogas (Boletín Nº 3.508-07).
--Quedan para tabla.
Comunicación
De la Comisión de Agricultura, con la que da a conocer que, en sesión celebrada el día de hoy, tomó conocimiento de la renuncia presentada a su cargo por el Presidente de ella, Honorable señor Juan Antonio Coloma, y que eligió en dicho cargo, por unanimidad, al Senador señor Marco Cariola.
--Se toma conocimiento.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
El señor MORENO.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , deseo dejar constancia del reconocimiento que los miembros de la Comisión de Agricultura queremos hacer al Senador señor Coloma por su destacada actuación en la tramitación del proyecto sobre bosque nativo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¡No podía esperar menos del Honorable señor Moreno.
El señor FERNÁNDEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra, señor Senador.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , pido incluir en Fácil Despacho el proyecto que crea una plaza de Contraalmirante del Litoral y otorgar al Comandante en Jefe de la Armada mayor flexibilidad para proponer la composición del Alto Mando Naval, dado que hay extrema urgencia en su trámite legislativo y que hubo unanimidad al aprobarlo tanto en la Comisión de Defensa Nacional como en la de Hacienda, sin necesidad de una relación sobre él. Así lo ha pedido el propio Gobierno.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿El Senador señor Prokurica desea referirse a la misma materia?
El señor PROKURICA.-
Sí, señor Presidente , porque las Comisiones mencionadas aprobaron por unanimidad el proyecto. Además, he conversado con algunos Comités y entiendo que no habría problema.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, el proyecto señalado será visto en primer lugar de Fácil Despacho.
--Así se acuerda.
V. FÁCIL DESPACHO
CREACIÓN DE PLAZA DE CONTRAALMIRANTE DEL LITORAL Y MAYOR FLEXIBILIZACIÓN EN PROPOSICIÓN DE ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DE ALTO MANDO NAVAL
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
De acuerdo con lo resuelto, corresponde tratar el proyecto que suprime la limitación numérica que afecta a los oficiales ingenieros navales para acceder al Alto Mando Naval ; crea la plaza de Contraalmirante del Litoral, y otorga al Comandante en Jefe de la Armada una mayor flexibilización en la proposición de la estructura y composición del Alto Mando Naval, con informe de las Comisiones de Defensa Nacional y de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3385-02) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 53ª, en 4 de mayo de 2004.
Informes de Comisión:
Defensa, sesión 9ª, en 7 de julio de 2004.
Hacienda, sesión 9ª, en 7 de julio de 2004.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Según lo acordado, la iniciativa se tratará sin relación y sin debate.
El señor PÁEZ.-
Que se apruebe, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Hay unanimidad.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará en general y particular la iniciativa.
--Se aprueba por unanimidad.
El señor MARTÍNEZ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , solicité intervenir, pero no pude hacerlo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, pensé que al levantar la mano lo hacía para emitir su voto y no para hablar.
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MARTÍNEZ .-
Voté favorablemente, señor Presidente , pues el proyecto, aparte de merecer el apoyo irrestricto de las Comisiones del Senado, significa un paso extraordinario para el mejor aprovechamiento de la capacidad humana de los chilenos y chilenas que están en la Armada. Ello es altamente positivo en varios sentidos.
Es cuanto quería decir.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Aclaro que no ofrecí la palabra, porque se acordó tratar el proyecto sin debate.
SESIÓN SECRETA
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se va a constituir la Sala en sesión secreta.
--Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 16:30 y adoptó resolución sobre la solicitud de rehabilitación de ciudadanía del señor Iván Enrique Pérez Vidal.
--Se reanudó la sesión pública a las 16:39.
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Continúa la sesión pública.
ACUERDO ENTRE GOBIERNOS DE CHILE E INDIA SOBRE EXENCIÓN DE VISA
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile e India sobre exención del requisito de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales, suscrito en Nueva Delhi el 24 de abril de 2003, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3503-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 6ª, en 22 de junio de 2004.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 9ª, en 7 de julio de 2003.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El Acuerdo en informe tiene como objetivo principal extender los lazos de amistad entre Chile y la India y facilitar la entrada mutua de los respectivos nacionales titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales.
La Comisión de Relaciones Exteriores aprobó en general y en particular el proyecto de acuerdo, por la unanimidad de sus integrantes (Honorables señores Coloma, Martínez, Muñoz Barra, Romero y Valdés), en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Finalmente, cabe señalar que la Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de nuestro Reglamento, propone al señor Presidente que esta iniciativa sea discutida en general y en particular a la vez.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión, Senador señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , el instrumento internacional que ha sido informado es similar a otros ya aprobados por el Congreso respecto de Croacia, Costa Rica, El Salvador , Francia, Guatemala, Israel , etcétera. Resulta indispensable su aprobación, ya que, en el caso que nos ocupa los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales no se hallan exentos del requisito de obtener visa para ingresar, salir y transitar en el territorio del otro país, en circunstancias de que los titulares de pasaportes simples sí lo están. De modo que se trata de reparar esta situación y permitir que tales pasaportes sean eximidos de ese requisito. Y, como he dicho, Chile ya ha suscrito convenios de esta especie con otros países.
Por consiguiente, la Comisión de Relaciones Exteriores, por la unanimidad de sus miembros, propone aprobar sin dilaciones el proyecto de acuerdo.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general y en particular el proyecto de acuerdo.
--Se aprueba.
VI. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LEY Nº 19.884, SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE Y CONTROL DE GASTO ELECTORAL
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral, y establece sanciones y procedimiento para su aplicación, con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (3519-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 53ª, en 4 de mayo de 2004.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 58ª, en 18 de mayo de 2004.
Gobierno (segundo), sesión 8ª, en 6 de julio de 2004.
Discusión:
Sesión 3ª, en 9 de junio de 2004 (se aprueba en general).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Solicito la autorización del Senado para que ingrese a la Sala el señor Jorge Claissac, Subsecretario subrogante del Ministerio del Interior.
--Se accede.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa en discusión fue aprobada en general en sesión de 9 de junio del presente año.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización deja constancia en su segundo informe, para los efectos reglamentarios, de que se presentó una sola indicación, dirigida al numeral 2 del artículo único.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 124 de nuestro Reglamento, los numerales 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 deben darse por aprobados, salvo que algún señor Senador y con la unanimidad de los Senadores presentes solicite someterlos a discusión y votación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Deben darse por aprobados de acuerdo con el Reglamento.
--Se aprueban reglamentariamente, dejándose constancia de que votaron a favor 32 señores Senadores.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Cabe señalar que la Comisión de Gobierno analizó la indicación formulada por el Honorable señor Bombal al numeral 2 del artículo único del proyecto, cuyo objetivo era reemplazar el artículo 19 de la citada ley Nº 19.884, pero la mayoría de sus integrantes coincidió en el rechazo de la misma, con los votos de los Senadores señora Frei y señores Cantero , Núñez y Stange . Votó a favor de ella su autor, el Honorable señor Bombal .
Como no ha sido renovada la indicación, habría que dar por aprobado también el numeral 2 del artículo único, con el mismo quórum.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que consigna los artículos pertinentes de la ley y el texto aprobado en general por el Senado.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará en particular el proyecto.
--Se aprueba.
El señor COLOMA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, simplemente a modo de información.
Los Parlamentarios que participamos junto al Gobierno en la elaboración del proyecto, quisimos incorporar, de común acuerdo, algunas indicaciones tendientes a que el sistema de transparencia, límite y control del gasto electoral, comenzara a funcionar en forma íntegra a partir del 2 de agosto.
Sin embargo, se consideró que tales indicaciones escapaban de las ideas matrices del proyecto, las cuales eran muy limitadas. Por eso, nadie se extrañe si la próxima semana vemos otra iniciativa al respecto. Ello no se debe a una modificación del texto que aprobamos, sino más bien a que las ideas centrales tienen que ser abordadas y, en cumplimiento de la norma constitucional, el Gobierno decidió hacerlo de ese modo.
Dejo en claro lo anterior para que nadie se sorprenda si la próxima semana aparece un proyecto nuevo, pues alguien podría interpretar que pudo haberse integrado al que acabamos de despachar. Sucede que las ideas matrices de éste son demasiado estrictas y preferimos proceder constitucionalmente, ya que existe un acuerdo amplio sobre la materia.
He dicho.
TRIBUTACIÓN DE EMPRESAS MINERAS. INFORME DE COMISIÓN ESPECIAL
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el informe de la Comisión Especial encargada del estudio de la tributación de las empresas mineras, recaído en el acuerdo del Senado referido a esta materia.
--Los antecedentes sobre el informe (S 672-12)) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Se da cuenta en sesión 5ª, en 16 de junio de 2004.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión Especial se originó por acuerdo de la Sala adoptado en sesión de 8 de mayo de 2003, y, para dar cumplimiento adecuado a la tarea que se le encomendó, resolvió escuchar a los representantes de las compañías de la gran minería del cobre; a los organismos del Estado que las fiscalizan y a una serie de profesionales y expertos en la materia.
En el informe de la Comisión se deja constancia de las conclusiones de cada uno de sus miembros, Senadores señora Frei y señores Lavandero, Núñez, Orpis y Prokurica.
Asimismo, sobre la base de los distintos planteamientos y opiniones dados a conocer, la Comisión arribó a dos importantes conclusiones: una referida al establecimiento de una política de Estado para la gran minería del cobre, y la otra relativa al perfeccionamiento de la fiscalización sobre empresas mineras.
Además, los integrantes de la Comisión efectuaron algunas observaciones a las conclusiones adoptadas, debiendo destacarse que la Senadora señora Frei indicó que la posibilidad de establecer un royalty ha generado un amplio consenso en la población chilena.
Los Honorables señores Lavandero y Núñez precisaron que el royalty no es un impuesto sino un derecho, razón por la cual no puede considerarse dentro de la estructura del país, y el Parlamento podrá aplicarlo en beneficio regional.
Por su parte, el Senador señor Orpis emitió un parecer contrario al establecimiento de un royalty, por tratarse de un impuesto discriminatorio respecto de una actividad productiva en particular.
El Honorable señor Prokurica planteó que la regalía debe beneficiar a las regiones donde se produce el mineral, y ser descontable del impuesto a la renta, en el caso de los proyectos antiguos o de los que estén en ampliación.
Finalmente, la Comisión Especial propone a la Sala enviar a Su Excelencia el Presidente de la República y a los señores Ministros de Hacienda y de Minería el texto de las conclusiones que ha contemplado.
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Antes de ofrecer la palabra al Presidente de la Comisión , solicito autorización para que ingresen a la Sala los camarógrafos de la televisión del Senado para tomar imágenes de la sesión, dado el alto interés que reviste la materia que nos ocupa.
--Se accede.
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión el informe de la Comisión Especial.
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , desde la época de la chilenización y nacionalización de la gran minería del cobre, ésta es la primera vez que el Senado realiza un análisis y una discusión tan profunda sobre la minería. Se ha escuchado a la mayor parte de los actores involucrados en el tema, comenzando por las mismas empresas mineras y sus gremios, los organismos de Gobierno pertinentes, diferentes expertos y organizaciones civiles y, además, se contó con la participación activa de muchos señores Senadores.
Al respecto, quiero recordar, además, que la creación de la Comisión que presidí contó con la unanimidad de los Honorables colegas y, de ese modo, el debate desarrollado en ella pasó a ser un tema país de la más alta envergadura y trascendencia política y económica.
El informe del trabajo de la Comisión es muy extenso, debido a que en él se reflejan las intervenciones de todos quienes fueron escuchados. Por ello, hacer una síntesis de su contenido produciría una fragmentación que no daría cuenta de lo esencial que en ella se trató.
Por tal razón, he preferido hacer un resumen de los principales hitos o temas abordados y de sus discusiones, los cuales he ordenado de la siguiente manera, sin perjuicio de señalar que el 90 por ciento de las conclusiones a las que hemos arribado han sido compartidas de manera unánime por los Senadores miembros de distintas colectividades políticas.
I. LA TRIBUTACIÓN
El primer punto importante de considerar es precisamente la tributación.
La Comisión se constituyó para abordar la verdad sobre la tributación de las empresas mineras, por ello es necesario comenzar por los informes de los organismos del Estado que fiscalizan y controlan la tributación. En dicho aspecto, quedó demostrado fehacientemente por el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República que, sin nombrar a las empresas, entregaron un informe donde se muestra que desde 1995 a la fecha sólo una de ellas ha pagado impuesto a la renta, y otra lo ha hecho únicamente durante dos años.
Sin embargo, de las exposiciones efectuadas por las mismas empresas quedó establecido que la única que ha pagado regularmente el impuesto a la renta es Minera Escondida Ltda., mientras que Mantos Blancos lo ha hecho durante algunos años. Todas las demás, 45 empresas mineras, hasta el ejercicio de 2002 incluido, no han pagado un solo dólar de impuesto a la renta, y respecto a eso no existe ninguna duda. Es más, el Estado es el que adeuda a las empresas que no han pagado, cifra que alcanza a 2 mil 600 millones de dólares por las pérdidas tributarias acumuladas.
Esta falta de tributación, según lo expresado por las mismas empresas mineras, la SONAMI y el Consejo Minero, se debe al hecho de que no registraron utilidades tributables, por tres razones principales:
a) La intensidad del capital invertido, que obliga a efectuar depreciaciones aceleradas muy altas en los primeros años de explotación, lo que posterga en varios más el inicio de la tributación.
b) El bajo precio del cobre observado los últimos años, situación que ninguna empresa habría previsto al realizar su inversión.
c) La disminución de las leyes de los minerales.
Existe además otra razón, ampliamente debatida y que no todas las empresas reconocieron como incidente en la falta de tributación, cual es el muy alto endeudamiento de las mismas, derivado del hecho de que no realizan sus inversiones con aportes de capital, sino con créditos de financieras relacionadas, domiciliadas en islas del Caribe, que son paraísos tributarios. Este tipo de endeudamiento es reconocido por las mismas empresas, pero argumentan que la deuda con financieras relacionadas se produciría porque los bancos independientes no están dispuestos a prestar dinero a proyectos tan riesgosos como los mineros.
Algunos expertos rechazaron este argumento, puesto que si los créditos los aportan financieras relacionadas, ello quiere decir que tales grupos cuentan con recursos para efectuar aportes de capital. Y si en lugar de ello sólo aportan créditos de sus propias financieras, es, simplemente, para eludir el impuesto a las utilidades del capital, que es de 35 por ciento, y pagar solamente 4 por ciento de impuesto adicional a los intereses, lo que es nueve veces inferior al impuesto adicional por utilidades del capital.
Se analizó el caso más emblemático de este tipo de endeudamiento, cual es el de La Disputada de Las Condes, que pagó a filiales de Exxon, en Bahamas y Bermudas, cerca de 800 millones de dólares en intereses. Sin embargo, en 25 años de explotación en Chile no pagó un solo dólar de impuesto a la renta.
Las dos mayores empresas mineras extranjeras tienen también elevados costos financieros. Minera Escondida Ltda . y Minera Doña Inés de Collahuasi admiten gastos financieros.sobre los 100 millones de dólares anuales en promedio, que representan, respectivamente, el 9 y el 15 por ciento de sus ventas.
En cuanto a los costos financieros, resulta extraordinario el caso de Minera El Abra, que reconoció en la Comisión que el pago de intereses significa una carga de cerca de 30 centavos por libra producida; o sea, entre 30 y 40 por ciento de sus ventas. Eso demuestra que fue un pésimo negocio que la CODELCO traspasara dicho yacimiento a una asociación con privados. De solicitar créditos para explotarlo, el costo financiero hubiese sido muy inferior y ya habría obtenido utilidades sin asociarse con otras empresas.
Ese pésimo negocio deja al menos una enseñanza fundamental: la CODELCO no debe cometer más el error de asociarse con empresas extranjeras para explotar nuevos yacimientos, como Mansa Mina y Gaby, aceptando tal endeudamiento.
¿Cuándo comenzarán a tributar las referidas empresas? Algunas declararon que empezarán a pagar el 2004 y el 2005, pero otras no esperan hacerlo hasta el 2010, después de haber retirado 81 mil millones de toneladas de cobre.
Eso cambiaría ostensiblemente con el precio actual del cobre, porque en general las empresas admitieron que generarían utilidades y que podrían pagar impuesto a la renta si el precio sobrepasara los 80 centavos de dólar la libra. Este nivel empezó a alcanzarse precisamente al término del trabajo de la Comisión.
De ello se puede deducir que, sobre la base de los costos totales que declararon las empresas y del precio actual del cobre, durante el año 2004 absolutamente todas las empresas mineras deberían declarar utilidades, según ellas mismas lo afirmaron en la Comisión.
Después de las razones que aquí se dieron, nada podría justificar que alguna empresa declarara pérdidas por el ejercicio 2004.
Las empresas mineras -así como sus organismos gremiales- fueron enfáticas en sostener que no han evadido las leyes tributarias chilenas y que sólo han aprovechado los resquicios que les otorga la legislación tributaria de nuestro país, como es el hecho de que se aporten créditos relacionados, pues, al revés de lo que ocurre en Estados Unidos, nuestro ordenamiento legal permite que se pague a cambio únicamente el 4 por ciento de impuesto por los intereses, en vez del 35 o del 30 por ciento, como corresponde en dicha nación.
Pero otros expertos expresaron que si bien es cierto que las empresas mineras no pagan impuestos porque profitan de resquicios que les ofrece la legalidad vigente, no lo es menos que también evaden sus obligaciones tributarias utilizando subterfugios, entre los que se encuentran los que a continuación puntualizaré.
II. LA EVASIÓN TRIBUTARIA
Los precios de transferencia
Para evitar tener utilidades en Chile, las empresas mineras venden gran parte de su producción a empresas relacionadas, o por contratos con fundiciones y refinerías que participaron en el financiamiento a largo plazo del yacimiento en Chile, a precios inferiores a los del mercado. Esta disminución de los valores se produce al descontar del precio del cobre refinado diferentes cargos de tratamiento a valores muy superiores a los existentes en el mercado, lo que genera menores retornos de exportación y de los ingresos de exportación de las empresas mineras.
Según el informe y la documentación presentada por el ex fiscalizador de Aduanas señor Rolando Castillo , donde figuran números de contratos y de embarques, hay diferencias que van de 1 a 3, incluso en un mismo embarque, en un mismo barco, por fletes, seguros, cargos de tratamiento, etcétera, que se pagan a las empresas relacionadas que realizan la operación.
¡Resulta increíble que concentrados que se colocan en distintas partes de una nave y que siguen un mismo destino tengan precios distintos!
Esos valores por sobre los del mercado, que en principio deberían fiscalizar la COCHILCO y el Servicio Nacional de Aduanas, no estarían siendo rechazados por estos organismos. Ello, porque serían normales en el mercado, en su concepto.
Pero tales diferencias no son admitidas por la ley Nº 19.506, de 1997, que establece: "Cuando los precios que la agencia o sucursal cobre a su casa matriz, no se ajusten a los valores que por operaciones similares se cobren entre empresas independientes, la Dirección Regional podrá impugnarlos fundadamente, tomando como base de referencia para dichos precios una rentabilidad razonable a las características de la operación, o bien los costos de producción más un margen razonable de utilidad.".
Lo que resulta curioso es que la COCHILCO no tiene facultades para rechazar los referidos sobreprecios; tampoco las tiene el Servicio Nacional de Aduanas; y el Servicio de Impuestos Internos, que debiera rechazarlas, no lo hace porque carece de medios y facultades para fiscalizar tal infinidad de contratos.
¡Es el círculo perfecto para que el Estado deje de hacer y pueda seguir perdiendo plata!
Pero que el Estado no se haya dado la facultad para fiscalizar el cumplimiento de la ley Nº 19.506 no quiere decir que las empresas y los contribuyentes en general estén autorizados para evadir sus disposiciones. En consecuencia, esos sobreprecios en fletes, seguros y cargos de tratamiento se efectúan en trasgresión a la ley. Técnicamente, ello es ¡evasión tributaria!
Se habló de otra forma de evasión: las empresas transnacionales, no obstante utilizar en la producción de concentrados la mejor tecnología y los equipos más avanzados del mundo, declaran leyes de concentrados de exportación que por lo general no sobrepasan el 33 por ciento y que no contienen otros metales; mientras, los pequeños y medianos mineros de nuestro país, quienes utilizan trapiches fabricados íntegramente por artesanos chilenos, logran vender a la ENAMI concentrados de hasta 45 por ciento de cobre y que siempre contienen, a lo menos, oro y plata.
¿Por qué los concentrados de las transnacionales mineras tienen tan baja ley en cobre y otros metales? Porque Aduanas cuenta con capacidad para controlar sólo el 5 por ciento de los embarques de concentrado. Y, además, porque las empresas que contrata ese Servicio para sacar las muestras y efectuar los análisis de estos concentrados trabajan también para las compañías mineras que deben ser fiscalizadas. Se declaran concentrados con bajo contenido porque el Estado no se ha dado los medios necesarios para fiscalizar.
Si eso no es evasión tributaria, tampoco lo sería que un contribuyente del IVA no diera la boleta correspondiente a una venta por no haber en el momento de la operación ningún inspector del Servicio de Impuestos Internos que lo vigile.
Pérdida en los mercados de futuro del cobre
Esa forma de evasión tributaria ha sido utilizada en los años en que las utilidades han sido importantes debido al alto precio del cobre. Por lo tanto, lo mismo podría ocurrir a partir de este año, cuando el precio del metal rojo ha alcanzado un promedio de un dólar veinte la libra.
El método consiste en obtener en los mercados de futuro cuantiosas pérdidas que hagan desaparecer las utilidades operacionales. Para realizar tales pérdidas, se vende cierta cantidad de opciones de cobre a determinado precio, comprando posteriormente esas mismas opciones a valores superiores en 20 o más por ciento. Ello genera una pérdida contable para la filial minera chilena, pero se transforma en una utilidad para la empresa extranjera que efectuó la compraventa de opciones de futuro, que necesariamente debe ser otra relacionada o filial de la casa matriz de la empresa minera chilena que realizó la pérdida, para que la utilidad no salga del grupo.
La Empresa Mantos Blancos S.A. reconoció en la Comisión que perdió 14 millones de dólares en 1994 y 49 millones de dólares en 1995 en los mercados de futuro, no obstante que utilizó también precios de transferencia. Pero es tan grande la utilidad generada, que tomó esas opciones de futuro. Sin embargo, sostuvo que las ganancias de estas operaciones no habrían sido obtenidas por empresas relacionadas, aunque no aportó ninguna prueba de ello.
Para apreciar la magnitud de las referidas pérdidas, es necesario señalar que la de 1995 fue igual al 25 por ciento de los ingresos por venta, lo que, comparado en tamaño con las pérdidas de la CODELCO provocadas en 1993 por Juan Pablo Dávila en ese mismo tipo de operaciones, equivaldría a la pérdida de más de 600 millones de dólares. En la CODELCO fue despedida toda la plana mayor por las pérdidas de aproximadamente 200 millones de dólares en los mercados de futuro. Ello no ha ocurrido en este caso. Por el contrario, la persona a cargo de Mantos Blancos pasó a ocupar la presidencia de Minera Collahuasi y del Consejo Minero.
Respecto de otra forma de evasión tributaria, la Comisión recibió un informe de un ex funcionario del Banco Central, el señor Rozas , quien señaló que las empresas extranjeras no declaran ni pagan el impuesto adicional de 35 por ciento sobre los sobregiros que obtienen de instituciones bancarias foráneas.
En general, con relación al problema de la tributación, se llegó a consenso en cuanto a que las instituciones fiscalizadoras no cuentan con el número suficiente de inspectores y medios materiales para pesquisar en debida forma a las empresas mineras.
Por ejemplo, la COCHILCO, que debe fiscalizar los contratos de exportación de todas ellas, cuenta con solo tres funcionarios para esa tarea.
Tampoco existen la coordinación oportuna y necesaria entre los organismos de control ni el indispensable rol rector de algunos de ellos, con subordinación de los otros, en esa labor.
Si bien en el último tiempo se han tomado medidas reglamentarias de coordinación para que la fiscalización surta efecto, sería necesario legislar sobre la materia.
Diversos informes y expertos aluden a la rentabilidad de los proyectos mineros. Y la Comisión empezó precisamente con un informe de don Juan Villarzú donde se destaca la alta rentabilidad que tenían los proyectos mineros chilenos aun con precios del cobre bajos, que, por tanto, generaban bastante espacio para un mayor aporte tributario.
Cabe destacar entre tales informes el del Instituto Fraser, de Canadá, especialista en temas mineros, en el que se sostiene que, tomando en consideración los aspectos naturales, jurídicos, institucionales, de estabilidad política, etcétera, los yacimientos chilenos son los más rentables del mundo, a pesar de que el estudio se hizo cuando el precio del cobre era de alrededor de 70 centavos de dólar la libra.
También tuvimos a la vista un trabajo del Ministro de Minería , don Alfonso Dulanto , a quien pedimos antecedentes sobre la rentabilidad de las grandes empresas mineras con el precio del cobre a un dólar y a un dólar treinta y ocho la libra. La respuesta es de por sí muy significativa: en el primer caso, la rentabilidad es de 34,5, y en el segundo -¡tomen nota, señores Senadores!-, de 58,8 por ciento, antes de impuesto.
¡No hay empresa en el mundo, de ninguna clase de negocio, que pueda presentar una rentabilidad de 58,8 por ciento!
Por tanto, no se justifica en modo alguno la existencia de empresas que durante trece años no han tributado un solo centavo en Chile aduciendo que deben recuperar, con amortizaciones e intereses, los aportes que han entregado para levantarlas.
¡Con 58,8 por ciento de rentabilidad, en menos de dos años amortizan todo el capital y se llevan pingües utilidades al exterior!
Esa rentabilidad -repito- es la más alta del mundo. Ningún negocio productivo, cualquiera que sea la actividad, obtiene una rentabilidad tan elevada como la señalada en un documento elaborado por la COCHILCO.
Nada puede justificar que durante trece años tales empresas hayan declarado pérdidas para no pagar impuestos en Chile. Sólo puede justificarse sobre la base de que los organismos del Estado no dispongan de suficientes elementos y recursos para evitar que ello suceda.
También consideramos los informes de la Universidad de Colorado, de Estados Unidos, que señalan que Chile tiene para las empresas -¡escuchen bien, señores Senadores!- los más bajos impuestos del mundo minero -como lo demostraré después mediante los cuadros que voy a exhibir- y es la excepción en cuanto a que no cobra royalty, lo que sí sucede en más de 120 países del mundo. Y, dentro de las naciones mineras, Chile y México son las únicas que no aplican royalty. Esto significa que aquí estamos dando un subsidio a las empresas extranjeras y a los consumidores de cobre internacionales.
III. Aportes de las empresas mineras
Además de la tributación, se analizaron otros aportes de la minería privada. Algunos expositores y ciertos señores Senadores sostuvieron que los aportes de la minería a la economía nacional no se deben reducir sólo al ámbito tributario y que deberían tomarse en cuenta otros aspectos.
a) El importante aumento de las reservas de cobre en Chile en los últimos 15 años sería el resultado de la inversión en exploración efectuada por estas empresas, aunque -indiquemos- se entregaron cifras muy variadas sobre ese eventual incremento.
Es necesario señalar sobre el punto que, al exponer acerca de la historia de sus yacimientos, las mismas empresas expresaron que todos los que explotan en la actualidad fueron descubiertos hace décadas.
En un informe enviado por el señor Juan Falcón , Director entre 1971 y 1973 del Instituto de Investigaciones Geológicas, antecesor del actual SERNAGEOMIN, se sostiene que todos los yacimientos existentes hoy, incluida La Escondida y salvo Candelaria , estaban descubiertos en 1971, e incluso, inscritos a nombre de la Corporación del Cobre de la época, desconociéndose la manera como pasaron con posterioridad a manos privadas.
b) Según las empresas y algunos expositores, también es necesario considerar el relevante aporte de las mineras privadas al crecimiento del PIB nacional desde 1990 a la fecha. Sin embargo, otros expositores señalaron que las estadísticas de la COCHILCO no parecen confirmar tal aporte, pues la minería representaba 9,2 por ciento del producto interno bruto en 1989 y el año 2002, incluso, bajó a sólo 8,2 por ciento, a pesar de que la producción de cobre aumentó tres veces en el mismo período.
Existe un crecimiento físico de la producción que no se refleja en incremento del valor, que es el que registra el PIB. Este aporte de las mineras privadas tampoco es confirmado por los valores de exportación que entrega la COCHILCO, ya que las ventas de cobre al exterior en el año 2002 ascendieron a sólo 7 mil 26 millones de dólares, mientras que en 1995 alcanzaron a 7 mil 534 millones, pese a que la producción del ejercicio de 2002 fue el doble de la de 1995. En dólares de 2002, existe un decrecimiento del valor de las exportaciones de 12 por ciento entre 1995 y 2002.
c) Sostuvieron las empresas y otros expositores que la minería ha hecho un gran aporte al crecimiento del empleo. Pero de nuevo las estadísticas de la COCHILCO no lo confirman. Porque en 1989 existían 59 mil 331 personas ocupadas en la actividad extractiva, en tanto que en 2002 ese número era de únicamente 38 mil 809 personas; y de éstas, más de 50 por ciento estaban subcontratadas.
d) Conforme manifestaron el Consejo Minero, la SONAMI y otros expositores, la gran minería tiene un muy importante efecto agregado en la economía, porque genera demanda en varios otros sectores de ella. Sin embargo, a juicio del economista señor Patricio Aroca , profesor de la Universidad Católica del Norte, los encadenamientos productivos de la gran minería, tanto hacia atrás como hacia delante, han venido en constante disminución desde hace 40 años, afirmación que fue demostrada sobre la base, no de proyecciones de modelos econométricos, sino de los resultados reales del balance o matriz de insumo-productos que cada ciertos años efectúa el Banco Central.
Diversas empresas, e incluso ciertos Parlamentarios, destacaron los aportes sociales y al desarrollo cultural y educacional efectuados por algunas de ellas, en especial por La Escondida. Determinados expositores llegaron a señalar que también se debían contabilizar en los aportes de las mineras el IVA y otros impuestos que pagan los trabajadores de los yacimientos y que les son devueltos; pero son una retención y no tributos de las empresas, sino de los trabajadores. En el mejor de los casos, los asumen como gastos y quedan como un crédito fiscal a favor de las empresas.
También deseamos señalar que, como cualquier otra actividad, las empresas mineras han hecho algún aporte a la economía chilena, aunque no sea en la forma de tributos. Pero el objetivo con que fue creada esta Comisión era estudiar la tributación de las empresas de la gran minería y, en consecuencia, las conclusiones y las medidas que se puedan proponer deben estar más bien relacionadas con el tema tributario.
Entendemos la necesidad de abordar también y de manera más amplia el tema minero, y la Comisión también lo hizo. Por ello, destacaremos lo siguiente, a modo de resumen:
A) Necesidad de una política para el cobre y la minería, en general.
Un país como el nuestro, como se dijo en esta Comisión, que tiene en su territorio entre el 40 y el 50 por ciento de las mejores y mayores reservas de cobre del mundo, con las leyes más altas, con condiciones naturales y recursos humanos que hacen que sus costos de explotación sean los más bajos del planeta, debe tener una política de Estado para su principal riqueza, con el objeto de evitar lo que en años recientes nos ocurrió: generar una sobreproducción mundial del metal rojo desde Chile. Esto se tradujo en una caída de los precios que no sólo afectó a CODELCO, sino también, gravemente, los ingresos presupuestarios del país, debiendo los Gobiernos hacer recortes en sus gastos de inversión y en el gasto social. Tan grave como lo anterior fue que la caída del precio, de 1,40 dólares, en 1989, a 1,33 dólares, en 1995, y en los años de 1998 en adelante por debajo de los 70 centavos de dólar, destruyó la fuente de trabajo de miles de pequeños mineros.
B) Necesidad de dar valor agregado a los recursos naturales, en especial los mineros.
Todos los sectores políticos concordaron con el consenso histórico que nos señala que debemos dar valor agregado a nuestros recursos naturales, fundamentalmente al cobre. Es la segunda fase exportadora que hemos prometido al pueblo de Chile. Así, según diversos exponentes de esta Comisión, por enviar 6 millones de toneladas de cobre como concentrado hay que pagar en el extranjero un mil 500 millones de dólares anuales y perdemos 20 mil puestos de trabajo entre directos e indirectos. Éste es un informe del propio Ministro señor Alfonso Dulanto , cuando era Intendente de la Segunda Región .
Además, el hecho de enviar cobre concentrado en vez de fundido y refinado en Chile, según algunos expertos, hace muy difícil la fiscalización de los contenidos y de los precios obtenidos en su venta en el extranjero, ya que esto constituye apenas una submateria prima que no tiene un precio definido, ni estable, ni regular.
C) Cierre de las brechas tributarias.
Esto preocupó extraordinariamente a la Comisión. Ésta, por unanimidad, ha creído necesario cerrar las brechas tributarias, y restablecer a COCHILCO las facultades de fiscalización que le fueron cercenadas a fines de 1989. Asimismo, hubo acuerdo en plantear al Gobierno la necesidad de crear un organismo, presidido por el Ministro de Minería , a fin de evaluar y proponer políticas para el sector y coordinar las distintas instancias fiscalizadoras, que se encuentran dispersas y, a veces, en compartimentos estancos, que nada tienen que ver entre sí. Y que, por cierto, no comparten la información existente en los citados compartimentos, lo cual no favorece la fiscalización en forma correcta.
Nadie en la Comisión pretende subir los impuestos -¡que quede claro!- (aun cuando son los más bajos del mundo minero, como se desprende de la opinión de muchos tributaristas que allí intervinieron y de informes internacionales), sino que al menos estos bajos impuestos no sean eludidos por las empresas mineras privadas.
Nos damos cuenta de que este año CODELCO aportará sobre los 2 mil 600 millones de dólares al Estado; pero CODELCO explota sólo un tercio del cobre chileno. La duda es cuánto aportarán al país las empresas privadas que explotan los otros dos tercios, las cuales han señalado que, si el precio alcanzara a 80 centavos de dólar la libra, comenzarían a pagar impuestos. Lo importante es saber si harán el pago, y si lo hacen, si éste será el necesario y justo. Hemos advertido que en el pasado -en 1989 y en 1995- los precios estuvieron a un nivel igual o superior al que hemos señalado hoy, y que tampoco cancelaron impuesto alguno, ni menos el derecho o precio por explotar un recurso no renovable que constitucionalmente es del Estado.
También hemos podido observar que los informes de la Universidad de Colorado a que aludimos antes, así como lo señalado por el Instituto Frazer, de Canadá, uno de los más respetados del mundo, indican que Chile tiene el mayor potencial, comparado con el resto de los países mineros. Ha registrado, ya por varios años, el índice más alto, y esto significa que tenemos los mejores yacimientos, con las mejores leyes de fino y, además, que generamos la mayor atracción de inversiones por estos conceptos. A esto agregaría que ningún país con yacimientos de esta envergadura puede colocar en producción, en el transcurso de un año, cerca de 400 mil toneladas de cobre fino. Hay minas que pueden entrar en producción, pero son de pocas toneladas; no son yacimientos como los chilenos.
Por eso, no hay ninguna razón para que estas empresas tengan pérdidas en Chile, para, en definitiva, no pagar impuestos. Y son las mismas que poseen filiales en países con los más altos impuestos, con royalties y con minas de peor calidad geológica. Sin embargo, allí sí obtienen utilidades y, por tanto, pagan tributos.
D) Establecimiento de un royalty.
La Comisión ha tratado también el significado del royalty, regalía, renta minera o renta ricardiana, como se le denomina en el mundo económico y minero, y se ha producido una amplia mayoría para establecer un royalty con alto contenido regional.
La mayoría de los expertos han señalado que constituye un derecho y no un impuesto; que en el decreto ley Nº 600 nada se estableció para la exigencia de patentes mineras, derechos municipales y renta minera, regalía o royalty. Y, en Derecho Público, lo que no dice la ley no se puede suponer. La mayor parte de los economistas y tributaristas señalaron que era un precio, una contraprestación por el pago de un recurso al dueño, que, en este caso -dijimos-, constitucionalmente es el Estado.
También se apreció que la regalía o royalty existe en nuestro país desde la Colonia y que hasta hoy se paga, sólo que quien lo cobra lo hace en virtud de un derecho de explotación, como es la concesión. La diferencia está en quién lo cobra: si es un particular, no ha existido inconveniente para cobrarlo y pagarlo. De hecho, en Tocopilla, en la mina "Michilla", de la empresa privada Luksic , se cobra un royalty a 150 pirquineros por permitirles explotar la concesión que se ha obtenido en forma gratuita del Estado. El problema sólo aparece cuando el dueño del recurso es el Estado y pretende cobrar la regalía.
E) Los recursos naturales en los tratados de libre comercio firmados por Chile.
Por último, algunos miembros de la Comisión hemos tenido a la vista los tratados internacionales que Chile ha suscrito. Así, podemos señalar que en cada uno de ellos se han exigido, por parte de los firmantes, disposiciones y artículos para excepcionar la protección de los recursos naturales no renovables y poder colocar impuestos y cargas especiales para protegerlos. De esta manera, queda descartado que las empresas extranjeras puedan acudir a organismos internacionales para impedirlos, o, como se ha escuchado, recurran a sus propios países de origen para exigir que en Chile no se establezca un royalty. Sin embargo, esta última pretensión carece de fuerza alguna, porque en todos los países mineros existe el royalty y se paga. En estas condiciones, no se le puede exigir a una nación que en su territorio lo aplica que presione a Chile para que no lo imponga. Hay que tener presente que en donde existe esta regalía su monto es dos o tres veces más alto, al igual como ocurre con los impuestos a las empresas.
Todas estas razones movieron a la mayoría de la Comisión a señalar la conveniencia de instalar un royalty con alto contenido regional para un recurso natural no renovable como es el cobre.
F) El Estatuto de la Inversión Extranjera (DL 600), vacíos legales, modernización y aplicación restrictiva.
La dictación del DL 600, en 1974, marcó un importante hito en la inversión extranjera que se recibiría a partir de esa fecha. Se trató de un cuerpo normativo para los inversionistas externos que mostraban interés en ingresar capitales a nuestro país, lo que se hacía de lleno, en ese período, a la economía de mercado, para lo cual se necesitaba otorgar algunos atractivos.
Tras 30 años de aplicación irrestricta del DL 600 es indispensable reflexionar sobre el contexto actual en que se desenvuelve y, también, acerca de las falencias, vacíos legales, necesidad de actualización y los órganos estatales encargados de su operación y fiscalización. De la misma manera, es necesario analizar la conveniencia de que permanezca, especialmente si se considera al referido cuerpo legal como discriminatorio respecto a los inversionistas nacionales, que deben recurrir al subterfugio de empresas constituidas en paraísos tributarios para disfrutar de sus mismos beneficios.
Vacíos legales y necesidad de modernización.
El DL 600 ha demostrado la existencia de importantes vacíos legales, lo que hace indispensable su revisión. En efecto:
a) Aparece como fundamental que las empresas receptoras de la inversión extranjera sean necesariamente sociedades anónimas abiertas regidas por la ley chilena. La indispensable transparencia de sus estados financieros, así como la imprescindible fiscalización de sus operaciones por la Superintendencia de Valores y Seguros, deben ser objeto de una urgente modificación de dicho cuerpo legal. El Estado, como contraparte en los contratos del DL 600, no puede seguir en la indefensión.
b) Por otra parte, los inversionistas extranjeros deben contratar con el Estado como una sola persona jurídica. La existencia de dos o más socios dueños de una inversión, algunos de los cuales permanecen bajo las normas del DL 600, en tanto que otros no se incorporan o renuncian a un contrato, hace extraordinariamente complejo fiscalizar el real grado de cumplimiento de los contratos. Lo mismo ocurre con la actual normativa en materia de renuncia parcial o total de los beneficios de invariabilidad tributaria o de normas impositivas que establecen los artículos 7º, 8º y 11 bis, de dicho decreto ley. La renuncia parcial a los beneficios específicos del 11 bis, esto es, depreciación acelerada, arrastre de pérdidas a ejercicios posteriores y gastos de puesta en marcha, sin renunciar a la invariabilidad tributaria general del artículo 7º, contribuye a hacer más compleja la aplicación de los marcos impositivos generales, a la vez que se incentivan los mecanismos de elusión.
c) Dentro de este orden de ideas también aparece como necesario igualar la aplicación del impuesto de ganancia del capital entre las empresas nacionales y las acogidas al DL 600. El hecho de que a las primeras se les calcule dicho impuesto sobre la diferencia producida entre el valor libro y el de ventas, y a los inversionistas extranjeros, entre la inversión materializada y el valor de venta, otorga a éstos un seguro a costa del Fisco que les pone a cubierto del pago de impuestos cuando la venta reporta un excelente negocio (caso de Disputada ). Las entidades chilenas deben pagar un 30 por ciento sobre la utilidad de la venta de las empresas. Así, por ejemplo, si Disputada hubiera sido una empresa no acogida al DL 600, al ser vendida habría generado un impuesto de más de 300 millones de dólares. Como la empresa vendedora tenía un contrato del DL 600, la venta sólo reportó algo más de 30 millones de dólares. Es decir, diez veces menos.
d) La invariabilidad tributaria a que se refiere el DL 600 ha sido malamente interpretada, tratando de hacerla extensiva a todo impuesto o pago al Estado y a todo evento. Ello implica que la soberanía legislativa queda hipotecada y se abren fuertes frentes de ataque a cualquier iniciativa que pretenda regular apropiadamente el desarrollo de las actividades productivas más allá de lo tributario. Es indispensable modificar el DL 600 en el sentido de incluir una cláusula infaltable en los contratos que obligue a los inversionistas extranjeros a respetar las normas contenidas en los tratados de libre comercio y acuerdo de protección y promoción de inversiones y que permiten al Estado de Chile gravar o regular convenientemente la explotación de los recursos naturales no renovables.
e) La invariabilidad tributaria debe hacerse extensiva sólo a la inversión materializada y no a toda aquella que está aprobada. Cada vez que un inversionista extranjero materialice una inversión en los términos fijados en el contrato debería entrar a gozar de los beneficios de la invariabilidad. Lo contrario implica hipotecar los derechos tributarios del Estado por largos años y en grandes cantidades. En la actualidad, existe una inversión extranjera aprobada por más de 42 mil millones de dólares, de los cuales sólo se han materializado no más de 18 mil millones, lo que implica que durante los próximos 20 años continuará este festival de problemas tributarios.
Función de operación y ficalización del DL 600
La función de operación y fiscalización de la aplicación del DL 600 por parte de los órganos del Estado encargados por ley de ello, muestra falencias tanto en el campo de la operación como de la fiscalización:
a) Como toda norma de derecho público, el DL 600 es de aplicación restringida y no puede interpretarse por extensión o analogía. Es el mandato de los artículos 6º y 7º de nuestra Constitución. También lo es aquella parte de dicho decreto que se refiere al Comité de Inversiones Extranjeras, particularmente en lo relativo a sus funciones.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, excúseme que lo interrumpa.
Hay varios señores Senadores que desean usar de la palabra. Su Señoría ha ocupado aproximadamente 42 minutos. Nos interesa oírlo. Pero por la premura del tiempo y en vista de que el informe es conocido por los señores Senadores, le sugiero reducir su intervención, con el propósito de abrir debate, en el que podrá intervenir aclarando algunas materias.
El señor LAVANDERO .-
Me queda sólo una página y media, y algunos cuadros. En todo ello no ocuparé más de cinco minutos.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra, señor Senador.
Nuevamente le doy excusas por la interrupción.
El señor LAVANDERO .-
Señalaba, señor Presidente , la responsabilidad del Comité de Inversiones Extranjeras en lo relativo a sus funciones. Ese Comité, presidido por un Consejo de Ministros, no puede actuar como buzón frente a una solicitud de contrato de inversión extranjera. Puede y debe objetar la entrega de beneficios, particularmente de aquéllos contenidos en el artículo 11 bis, cuando las necesidades del país así lo requieran. No puede aceptarse el argumento de la discriminación frente a otros contratos, por cuanto ella se refiere sólo al trato frente a inversionistas nacionales, guardando el Estado el derecho a otorgar los beneficios solicitados siempre teniendo como fin último el bien común.
b) Los contratos de inversión extranjera deben ser explícitos y específicos respecto a proyectos determinados y actividades concretas previstas en dichos instrumentos. Hasta la fecha los contratos tipo son extraordinariamente amplios en cuanto a sus objetivos y dan para materializar con posterioridad cualquier tipo de proyecto o inversión distinto de los ya aprobados. Ello constituye un verdadero cheque en blanco, el cual nuevamente hipoteca las posibilidades de rendimiento tributario del país. Debe reglamentarse rigurosamente el quehacer del Comité de Inversiones Extranjeras, en el sentido de estudiar y aplicar modelos de contratos que permitan tener extraordinariamente claro en qué proyecto se va a invertir el capital autorizado, cuáles van a ser las actividades que se desarrollarán y cuáles serán los indicadores de cumplimiento de las metas y objetivos incluidos en el contrato. De la misma manera, toda modificación de mérito a los contratos debe ser tratada como una nueva solicitud de inversión y regida por los nuevos criterios que en su oportunidad adopte el Consejo de Ministros del Comité.
c) Debe existir gran rigurosidad y prolijidad en el tratamiento de inversión extranjera que se otorgue a un aporte o a un crédito. Sobre la materia existe una verdadera "bicicleta financiera", en el sentido de ingresar un capital, remesarlo como utilidad o interés, reingresarlo como un crédito, sacarlo como amortización, volver a ingresarlo como aporte de nuevo socio, etcétera, en una rueda sin fin en que, a la larga, nadie sabe a cuánto ascendió la cantidad real de inversión materializada.
d) No resulta aceptable que se permita el ingreso de un capital como materialización de inversión aprobada a un tercero no socio de los que suscribieron el contrato. Ello se presta para irregularidades y burlas de los beneficios que el Estado otorga a la llegada de capitales extranjeros.
Es obligatorio para el Comité de Inversiones Extranjeras tener extraordinariamente nítido cuáles son las empresas y los socios a los que se les invitó a hacer sus aportes. Por ejemplo, se ha dado el caso de una financiera ubicada en un paraíso tributario que entregó un crédito a una compañía minera extranjera y después lo convirtió en un aporte; pero resulta que la financiera, establecida en un paraíso tributario, no está estatuida dentro de la empresa misma, así que no podría haber sido considerado como capital, sino como un crédito. Sin embargo, pasó inadvertido.
e) La norma relativa a la determinación de la relación entre capital efectivo y crédito que es posible utilizar para materializar una inversión extranjera, debe estar fijada con un mínimo legal de, por ejemplo, 50 por ciento. No puede quedar al arbitrio de los funcionarios públicos discriminar si el impuesto que se va a pagar será de 42 por ciento, si se trata de una remesa de utilidades, o de cuatro por ciento, si es de intereses de un crédito.
f) La labor de asesoría de COCHILCO al Comité de Inversiones Extranjeras debe transformarse de una mera formalidad en un apoyo con informes vinculantes para que resuelva el Consejo de Ministros, en lo atinente a inversión en la minería. Por otra parte, COCHILCO tiene que estar dotada de facultades de fiscalización sobre cada uno de los contratos de inversión extranjera aprobados, y los contratantes, obligados a proporcionar todos los antecedentes que se soliciten.
g) El Servicio de Impuestos Internos debe ser un órgano coadyuvante permanente del Consejo de Ministros del Comité de Inversiones Extranjeras, tal como lo es el Banco Central.
h) Además, todas las actas del Consejo de Ministros del Comité de Inversiones Extranjeras debieran ser publicadas en el Diario Oficial dentro de los quince días siguientes a aquel en que se haya tomado un acuerdo.
Señor Presidente , por último, deseo mostrar rápidamente algunos cuadros que demuestran estos asertos. Con ello, los señores Senadores tendrán claridad respecto de las afirmaciones señaladas.
1
CUADRO Nº 1
2
CUADRO Nº 2
En el cuadro Nº 2 se ve la producción de CODELCO y la de la minería privada. Se constata cómo a partir de 1995 esta última sube violentamente, causando la sobreproducción mundial desde Chile, como lo veremos más adelante.
3
CUADRO Nº 3
En el cuadro Nº 3 se aprecia lo que he señalado. Una de las líneas indica la producción de cobre chileno y la otra, los precios. Se puede ver cómo estos últimos van cayendo en la medida en que a partir de 1995 aumenta la producción desde Chile. También se establece una brecha (graficada con una flecha doble), que son los recursos que el Estado chileno perdió en esos cuatro o cinco años precisamente por haberse generado una sobreproducción mundial de cobre, debido al factor de las multinacionales privadas. Esta sobreproducción se ocasiona desde Chile, no desde el extranjero, sino ¿repito- desde Chile. Reitero, es posible ver la producción de cobre que hubo desde Chile y el precio al que éste cayó a causa de la sobreproducción, que fue corregida -luego de haberse dado cuenta en una larga discusión que tuvimos- porque CODELCO y BHP-Billiton acordaron no enviar a la venta 500 mil toneladas de cobre. Con ello, de inmediato el cobre tomó su ritmo.
4
CUADRO Nº 4
El cuadro Nº 4 ejemplifica claramente la situación. Una de las líneas indica la producción y la otra, los ingresos del Estado. Se aprecia cómo en la medida en que se incrementó la producción disminuyeron los ingresos estatales. Y éste es el daño que se ha producido a nuestra economía, pues el Gobierno ha tenido que bajar la inversión social y la pública.
5
CUADRO Nº 5
El aporte de CODELCO al Estado (cuadro Nº 5) corresponde a un tercio de la producción de cobre chileno. Se trata de 9 mil 400 millones de dólares, contra 1 mil 700 millones que provienen de la minería privada -el 96 por ciento de los cuales son aportados por La Escondida-, que constituyen las otras dos terceras partes de la producción. Esto demuestra que CODELCO, mediante la explotación de un tercio del cobre chileno y la entrega de sus ganancias, representa el mejor negocio para Chile.
6
CUADRO Nº 6
Este cuadro es muy importante de comentar, señores Senadores.
Como pueden apreciar, representa un estudio de la Universidad de Colorado y en él se comparan las tributaciones de las empresas en el mundo minero.
Aquí se ve, en primer término, a Chile con 17 por ciento. En el resto de los países mineros los impuestos a las empresas llegan al doble de lo que se cobra en nuestro país. ¡Al doble!
Además, en este cuadro de la Universidad de Colorado se muestran los principales países en donde existe royalty. En el nuestro no se cobra, a diferencia de la mayor parte de las naciones del mundo, con la excepción de México.
En consecuencia, quiero que los señores Senadores fijen su atención en que Chile tiene la más baja tributación minera a las empresas en el mundo.
7
CUADRO Nº 7
Este gráfico es del Instituto Frazer de Canadá.
Como pueden observar, aquí se confirma lo que he afirmado en cuanto a que nuestro país tiene las mejores minas. Para que Sus Señorías no se rían, no diré que tenemos las mejores minas, sino que los mejores yacimientos del mundo¿
El señor RUIZ (don José ).-
¡También las mejores minas!
El señor LAVANDERO .-
Además, las minas.
El señor MORENO.-
No se achique, señor Senador.
El señor LAVANDERO .-
No lo hago, Su Señoría .
Nuestra nación está en el índice cien y los otros países mineros están debajo de esa cifra. En el último lugar se encuentra Ghana , con un 49 por ciento de lo que tiene Chile. Por lo tanto, en este punto debemos hacer una seria reflexión.
Después del siguiente cuadro, volveré sobre los dos anteriores.
8
CUADRO Nº 8
Éste es un estudio solicitado al señor Ministro de Minería .
En él se aprecia que la rentabilidad del metal, con un precio de 1 dólar, es de 34,5 por ciento; y con uno de 1 dólar con 38 centavos -ese era el valor cuando solicitamos esta estadística-, es de 58,8 por ciento. Es decir, constituye la rentabilidad más alta de cualquier negocio del mundo.
Volviendo a los cuadros anteriores, me gustaría que los señores Senadores reflexionaran sobre estos inquietantes datos, porque el Instituto Fraser (Cuadro Nº 7), que no es una institución chilena sino canadiense -y la más reputada-, sostiene que tenemos los mejores yacimientos del orbe y que el resto de las explotaciones mineras del mundo cuentan con minas de menor calidad y de peores condiciones económicas y geológicas que las nuestras.
Veamos ahora los dos cuadros juntos.
6
CUADRO Nº 6
7
CUADRO Nº 7
Si en estos estudios se ve que en nuestro país se paga un 17 por ciento de impuestos y que en las demás naciones mineras la tributación es el doble de la nuestra, entonces, cómo es posible que empresas que operan en países cuyas minas son de menor calidad (Cuadro Nº 7) y que pagan impuestos equivalentes al doble de los que se cobran en Chile, y que además están afectas a un royalty (Cuadro Nº 6), sí tengan utilidades y, por lo tanto, paguen impuestos.
En el mismo sentido, por qué en nuestro país, que tiene los mejores yacimientos, que cobra los impuestos más bajos del mundo y que no ha instaurado un royalty, durante 13 años las empresas han declarado pérdidas, al punto que han sacado 43 mil millones de dólares en dicho período sin pagar impuestos. Además, el Estado, debido a figuras tributarias excepcionales que en su conjunto lo hacen posible, les debe 2 mil 600 millones de dólares.
Hay que darse cuenta de que la mayor parte de esos 43 mil millones de dólares que han salido en estos 13 años lo hicieron con precios bajos.
Si no corregimos ese error respecto de este recurso no renovable, en primer término, en los próximos 30 años todas las minas privadas, salvo La Escondida, habrán agotado el mineral.
En segundo lugar, ya no habrán sacado 31 millones de toneladas por un valor de 43 mil millones de dólares, sino 61 millones de toneladas por un total de 100 mil millones de dólares. O sea, una cifra colosal.
Hay que darse cuenta de que Chile, por un raro privilegio de la Divina Providencia, o por la placa de Nazca, concentra entre el 40 y 50 por ciento de las reservas de cobre del mundo en una superficie que ocupa menos de uno por ciento del territorio total del planeta.
Cabe recordar que en el mundo se mide el desarrollo a través del consumo de kilovatios por habitante. Un alto consumo de energía limpia como la electricidad, mediante el uso de computadores, electrodomésticos, automóviles, enseres de viviendas, etcétera, determina que un país es altamente desarrollado.
Para terminar mi reflexión, me gustaría que los señores Senadores meditaran sobre la posición de Chile, considerando que el consumo de energía eléctrica que, como dije, mide el desarrollo en el mundo, sólo es posible con el cobre. Y nuestro territorio, por los factores que ya mencioné, posee el 50 por ciento de las reservas de cobre conocidas en el mundo. ¡Es una riqueza espectacular, colosal!
Por esa razón, nuestros padres históricos, desde la Izquierda hasta la Derecha sin excepción, concibieron que el cobre fuera un elemento estratégico para el desarrollo de la nación. Por eso es que inclusive la Derecha aprobó unánimemente la nacionalización del cobre, por considerar la excepcionalidad de este colosal recurso que se halla en nuestro país.
Nada más, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Muchas gracias, señor Senador , por su completo trabajo, que refleja la valiosa labor de la Comisión Especial que ha designado el Senado para tratar el tema de la tributación minera.
Deseo sugerir lo siguiente: hay cuatro oradores inscritos con lo que, si usaran de la palabra por quince minutos cada uno, superarían el tiempo destinado al Orden del Día. Por lo tanto, para no producir discontinuidad en el debate, solicito el asentimiento de la Sala para prorrogar su hora de término, a fin de que los señores Senadores, incluyendo al señor Ministro , puedan realizar sus intervenciones.
--Así se acuerda.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Asimismo, anuncio que ha ingresado a la Sala el señor Ministro de Minería , don Alfonso Dulanto, cuya presencia es muy bienvenida.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , Honorables colegas, dentro de la Comisión Especial, que trabajó muchos meses en este tema fui, en general, la opinión de minoría. Y deseo expresarla esta tarde.
Quiero comenzar mi intervención señalando la importancia de la actividad minera en Chile, que representa prácticamente el 9 por ciento del PIB y el 42 por ciento de nuestras exportaciones. En la década del 90, el 20 por ciento del crecimiento del país se explica por el aumento de la actividad minera con inversiones que superaron los 16 mil millones de dólares.
Tales cifras demuestran que la minería es fundamental para el desarrollo del país.
La definición de una política minera, que fue uno de los temas esenciales abordados por la Comisión, debe partir a mi juicio de ciertos presupuestos básicos, que son los que, en definitiva, han permitido la expansión y consolidación de esta actividad.
El primer elemento fundamental es el atractivo que representa nuestro país como potencial geológico y de recursos naturales, siendo considerado, junto con Brasil, como uno de los mejores a nivel mundial.
Sin embargo, y en este punto me detendré un momento, no basta contar con este importante recurso en materia geológica.
El desarrollo de la minería se caracteriza por sus altos niveles de riesgo, por sus grandes inversiones en el desarrollo de los proyectos, con un considerable porcentaje de inversión extranjera. Tal es el riesgo en esta actividad que, de acuerdo a diversos estudios internacionales, sólo cinco por ciento de las actividades de exploración se traduce en hallazgos de minerales; y de ellas sólo el uno por ciento logra materializarse en proyectos económicamente factibles.
Dadas las particularidades antes descritas, el desarrollo de la minería, además del recurso natural, exige, desde mi punto de vista, tres elementos adicionales: SEGURIDAD JURÍDICA, ESTABILIDAD POLÍTICA Y UN MARCO MACROECONÓMICO ESTABLE.
En relación al tema de la seguridad jurídica, nuestro país presentó en el pasado graves problemas que terminaron por crear incertidumbre entre los inversionistas. La reforma constitucional de 1971 debilitó profundamente el derecho de propiedad minera. Al tenor de esta modificación, se procedió a estatizar cuatro importantes yacimientos de inversionistas extranjeros, sin cancelar íntegramente las respectivas indemnizaciones.
Recuperar la confianza significó cambios profundos en materia jurídica. Si bien la Constitución de 1980 avanzó significativamente en materia de derechos de propiedad, mantuvo la incertidumbre en lo concerniente a los derechos mineros. Sólo se resolvió de manera definitiva con la dictación de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, al establecer que la concesión minera está amparada por el derecho de propiedad, consagrando que su titular puede usar, gozar y disponer de ella, y sólo puede ser privado de la misma mediante una expropiación.
Se refuerza el concepto de seguridad jurídica por cuanto en el caso de expropiación debe cancelarse al titular de la concesión el daño patrimonial efectivamente causado que, en esta materia, equivale al valor presente de los flujos futuros. En la ley orgánica citada, este derecho se consolida aún más al establecer el carácter indefinido de la concesión minera y disponer que su otorgamiento, mantención y extinción dependen del órgano judicial correspondiente.
Resuelto un aspecto tan esencial para todo inversionista como es el derecho de propiedad, fue necesario despejar el tema jurídico-económico.
Toda inversión minera requiere plazos largos para madurar. Desde la etapa de la exploración hasta la de explotación, suelen transcurrir muchos años e incluso décadas.
Por lo tanto, resulta fundamental en este tipo de proyectos la estabilidad de la normativa económica, especialmente en materia tributaria. Este elemento es determinante en la rentabilidad de los mismos. De ahí que en 1974 fue necesario dictar el decreto ley Nº 600, cuyo objetivo esencial fue dar garantías al inversionista extranjero, estableciéndose la posibilidad de que éste optara por un régimen de invariabilidad tributaria y el trato no discriminatorio respecto del inversionista nacional.
Ambos elementos (derecho de propiedad sobre la concesión e invariabilidad tributaria) son, desde mi punto de vista, esenciales en materia de seguridad jurídica y explican el porqué de que en Chile, durante los últimos veinte años, se hayan invertido sobre 16 mil millones de dólares en el sector minero.
Con este respaldo, diversas autoridades de los tres Gobiernos de la Concertación salieron al mundo a captar inversión extranjera, teniendo pleno conocimiento de la normativa jurídica, económica y tributaria.
Me parece un grave error cuestionar la inversión ya materializada al amparo de la enmienda ofrecida, y mantener por largo tiempo una polémica en el sector que sólo contribuye a crear incertidumbre para futuras inversiones.
POR LO TANTO, UN PILAR BÁSICO EN TODA POLÍTICA MINERA ES EL TEMA DE LA SEGURIDAD JURÍDICA, QUE INCLUYE EL PRINCIPIO DE LA NO APLICACIÓN RETROACTIVA DE LAS NORMAS. Esto significa que cualquier modificación que se realice en la dirección anterior, será progresivamente interpretada, en especial por la inversión extranjera, como una vuelta de Chile hacia políticas del pasado, hoy generalizadas en Latinoamérica, con todo el costo que ello significa.
Por encontrarnos en medio del debate del royalty, quiero abordar igualmente el tema de la discriminación, que también representa una pésima señal.
Una forma de discriminación está dada, precisamente, por el royalty en el ámbito minero. Hasta ahora, señor Presidente , a todos los sectores productivos se les aplican normas similares en materia tributaria. A juicio de la mayoría de los analistas, eso constituye un gran activo para nuestro país, que lo hace diferenciarse de los del resto de Latinoamérica. Asimismo, consideran que para el inversionista el factor más determinante en la toma de decisiones es la no discriminación y la estabilidad o mantención de las reglas del juego, tanto en el espíritu como en la letra.
Gravar una actividad productiva significa un cambio profundo en la política planteada por Chile hace más de dos décadas, tanto respecto del inversionista nacional como del extranjero. La aplicación de impuestos selectivos a la minería no sólo perjudica a esta importante actividad productiva, sino que también crea incertidumbre en los demás sectores de la economía. A partir de estos hechos, la agricultura, la pesca y el sector forestal quedan notificados de tal posibilidad.
En general, cuando se comienza a discriminar a un sector, no se sabe dónde se terminará, dando paso no sólo a la discriminación, sino también, posteriormente, a la discrecionalidad, la cual constituye el mejor escenario para una vía hacia el populismo.
Normas generales y estables son la mejor garantía para el inversionista, aun cuando ello signifique, en casos muy particulares, incluso perder atractivas ofertas, como fue el caso de Intel en nuestro país.
También quiero referirme, señor Presidente , a la tributación en Chile. En la actualidad, la minería no goza de ningún privilegio en tal materia. Se le aplica la normativa general; sin embargo, algunos consideran necesario subir los impuestos para aumentar el aporte de la minería.
Lo anterior nos lleva, necesariamente, a analizar cuál es la carga efectiva de los gravámenes sobre la minería, en comparación con los países con los cuales nuestra nación compite. Muchos han simplificado el análisis. Se han limitado a comparar el impuesto a la renta entre los distintos países, sin incluir el impuesto adicional, que grava las utilidades remesadas como dividendos (18 por ciento para las empresas sujetas al régimen general y 25 por ciento para las sometidas al régimen de invariabilidad tributaria del DL 600); el que se aplica a la remesa de intereses (4 por ciento); el impuesto de timbres y estampillas, sobre la contratación de préstamos (1,6 por ciento); la patente minera; las contribuciones de bienes raíces. Todos estos son costos en los que en definitiva incurre la actividad minera.
El trabajo más completo para determinar la carga tributaria efectiva a nivel comparado entre los distintos países en materia minera lo realizó el profesor James Otto , del Colorado School of Mines, en el año 2000. Según el mencionado estudio, en Chile ella alcanzaría a 36,6 por ciento, sin considerarse la modificación legal sobre elusión y evasión efectuada en 2001, que a la larga terminó por subir los gravámenes. Por lo tanto, según el estudio del profesor Otto, la carga tributaria efectiva en nuestro país tendría el rango mencionado.
Chile tiene -esto no debe desconocerse- un sistema tributario competitivo. Sin embargo, se ha exagerado tal ventaja. De acuerdo con el mismo estudio, Australia tiene una carga inferior, y el resto de los países (como Polonia, Argentina, Brasil, Perú), una levemente superior.
Se ha señalado que las compañías mineras no pagan impuestos. Tal afirmación carece de fundamento. Lo que ocurre en la práctica con las compañías mineras es que se ha diferido el pago de ellos, en especial a raíz de mecanismos de depreciación acelerada, aplicables, señor Presidente -esto quiero destacarlo-, a todas las actividades productivas del país. Tal situación se ha prolongado más allá de lo previsto originalmente en los proyectos debido al bajo precio del cobre en los últimos años, que coincidió con la puesta en marcha de la mayoría de los yacimientos y las inversiones realizadas en nuestro territorio.
Señor Presidente , he querido abordar dos grandes temas. El primero corresponde a los pilares fundamentales para el desarrollo minero: seguridad jurídica, estabilidad macroeconómica, y no cambio en las reglas del juego.
Creo que estamos cometiendo un grave error: volver a un sistema que permite la discriminación tributaria en función de actividades productivas.
El señor ÁVILA .-
¡Increíble!
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego guardar silencio.
El señor ÁVILA.-
¡Es que estoy asombrado!
El señor ORPIS.-
Por lo tanto, señor Presidente , a mi juicio, el camino iniciado por Chile con esta larga polémica, primeramente no contribuye en nada a crear confianza para la inversión; y, luego, el proyecto de ley propuesto traerá costos para la misma inversión y el empleo.
No es efectivo que aquí se hayan dejado de pagar los impuestos. La depreciación acelerada simplemente permite diferir su pago. Ya este año, por la mejoría experimentada por el precio del cobre, aquéllos ascenderán a 200 millones de dólares, cifra que las autoridades tenían perfectamente prevista. Y está calculado que para el 2010, cuando termine la depreciación acelerada (que, repito, difiere el pago de los impuestos, por concentrar sus efectos en los primeros años e irlos atenuando en los últimos), los ingresos que se han de recibir por tal concepto bordearán los mil millones de dólares anuales.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
A continuación, tiene la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , en primer término, quiero felicitar al Presidente de la Comisión , quien ha entregado un informe muy a fondo y acucioso, que interpreta bastante bien a la mayoría de los Senadores que participamos en dicho organismo, constituido por mandato de la Sala el 3 de junio de 2003.
Para mí fue realmente un privilegio trabajar en esta materia, pues aprendí mucho de las exposiciones de autoridades, académicos, expertos, centros de estudios y asociaciones de trabajadores mineros, que permitieron recapitular la historia del cobre chileno y trazar sus expectativas futuras.
Todos los asistentes coincidieron en la necesidad de introducir cambios que hagan más transparente la actividad comercial de las empresas de la gran minería y que al mismo tiempo apunten a incrementar el aporte de ellas al erario.
Este amplio consenso ha sido fruto, en parte, de las legítimas inquietudes que despertó la venta de la Disputada de las Condes -empresa que en 24 años de operación no pagó impuestos-, y en parte también de la expresión de una preocupación que, más allá del hecho puntual anterior, se funda en el propósito de encontrar mecanismos para que la riqueza minera nacional se transforme de manera efectiva en un recurso estratégico para el desarrollo de futuras generaciones.
Yo, señor Presidente , represento a la Segunda Región , donde se encuentran los mayores yacimientos de cobre. No es posible que tengamos siempre el fantasma de los pueblos del salitre, que al acabarse murieron. Por eso estamos ansiosos por adoptar una política que nos permita obtener una renta justa y legítima por la explotación de riquezas no renovables; preocuparse hoy por el desarrollo sostenible de las regiones mineras; crear incentivos para potenciar el que en Chile se realice el proceso productivo minero completo, y preparar las condiciones para suplir con fuentes de riqueza alternativas el financiamiento fiscal cuando el metal rojo comience a declinar como recurso no renovable o, bien, si desgraciadamente se descubriera algún material que lo reemplace en su uso.
También ha constituido un elemento presente en nuestro trabajo la obligación de promover los cambios necesarios sin afectar la inversión, sin menoscabar la competitividad del negocio minero y velando para que sus condiciones de desarrollo le permitan seguir jugando un papel de primer nivel en nuestro crecimiento económico.
Han sido, entonces, circunstancias coyunturales y consideraciones de orden estratégico las que han motivado un debate sobre la conveniencia de poner a tono las condiciones en que se desenvuelve la actividad minera con los requerimientos de una perspectiva que supone adoptar medidas para aprovechar la existencia de recursos naturales no renovables, que permitan transformar y asegurar el futuro del país.
En la Comisión se realizó un debate de la mayor trascendencia, con altura de miras, con mucha tranquilidad e interés. No hemos conformado -ni pretendemos hacerlo- un organismo de inquisición de las empresas privadas del sector o de fiscalización de los distintos entes del Estado que intervienen en los temas mineros, sino que, sencillamente, fue la constatación de lo que se está viviendo. Y, con responsabilidad, proponemos un cambio en el statu quo del sistema de tributación de las empresas y una política de carácter estratégico que combine criterios de eficiencia y renta, pensando en el largo plazo y de acuerdo con estándares que el propio mercado mundial de la industria minera adopta en diferentes latitudes para afianzar su competitividad y sostenibilidad en el tiempo.
Asumido lo anterior en el curso del período en que los diversos sectores han tenido la oportunidad de expresarse, pienso que en la tarea encomendada a la Comisión median dos factores que considero necesario diferenciar para fijar mi posición, y respecto de lo cual he llegado al convencimiento de que en ambos se deben emprender reformas legales. Es preciso analizar, primero, si las empresas mineras pagan suficientes impuestos y, en segundo lugar, si el país recibe un pago adecuado por la explotación de tales riquezas.
Para nadie es desconocido el hecho de que las empresas privadas de la gran minería han pagado un bajo impuesto a la renta, lo que se explica principalmente por tres razones. La primera de ellas es el uso de precios de transferencia que no siempre son congruentes con los de mercado para los mismos bienes o servicios, como muy bien lo ha explicado el Senador señor Lavandero -estoy repitiendo muchos de sus argumentos-; la segunda consiste en el beneficio tributario del mecanismo de depreciación acelerada, que permite depreciar los activos fijos a la tercera parte de la vida útil, lo que retrasa el pago de tributos, y, por último, cabe mencionar la elevada relación deuda-patrimonio de las empresas, pues un gran endeudamiento significa importantes gastos en intereses, lo que conlleva una disminución de la base de ingresos imponibles.
En ese aspecto, las cifras hablan por sí solas. Según fuentes de la Comisión Chilena del Cobre, CODELCO -que sólo representa 46 por ciento del total de la producción nacional del metal rojo- en los últimos diez años ha entregado aportes al Fisco cinco veces superiores a lo tributado por la gran minería privada.
A la luz de esos datos, creo que el país debe analizar con seriedad las tres razones antes señaladas, a fin de responder las siguientes preguntas. ¿A qué precios las empresas realizan sus transacciones comerciales con sociedades relacionadas domiciliadas en el exterior? ¿Se justifica el beneficio de la depreciación acelerada en el sector?
En tal sentido, en el curso del trabajo de la Comisión ha quedado claro que no existe transparencia en la definición de precios que usan las empresas para la venta a sus casas matrices y que en muchos casos median fundadas razones para pensar que se utilizan valores no determinados por el mercado, con el propósito de reducir las utilidades imponibles, y que el uso de la depreciación acelerada converge también al mismo objetivo de reducir el pago de impuestos. Por ello, he ido formándome el juicio de que es necesario modificar las normas vigentes.
Aun cuando en su momento compartí las palabras del actual Ministro de Hacienda , señor Nicolás Eyzaguirre , cuando llamó a las empresas a efectuar, en el marco de la actual legislación, un aporte mayor al erario, la respuesta dada a través del Consejo Minero -organismo que las agrupa, como todos sabemos- dejó en claro que, al no encontrarse dispuestas a renunciar motu proprio a los mecanismos empleados para reducir el pago de impuestos, entonces lo que correspondía era explorar enmiendas legales, a fin de impedir lo que ha venido ocurriendo.
Durante el debate en la Comisión quedó demostrada la necesidad de emprender un conjunto de iniciativas que permitan perfeccionar el ordenamiento aplicado al sector minero, y cerrar las brechas legales. Con ello se evitará que en lo sucesivo la fe pública sea defraudada por mecanismos que a todas luces no persiguen otro fin que evitar que el Estado recaude ingresos que legítimamente le corresponden y se logrará, de paso, que los mayores recursos que se obtengan sirvan para financiar fuentes de desarrollo alternativo especialmente en las regiones mineras.
Un tema distinto del anterior -pero que también merece ser analizado- se refiere a si el país y sus regiones, como dueños de las riquezas del subsuelo, reciben una adecuada compensación o renta por la extracción de recursos no renovables pertenecientes a toda la nación.
Chile sabe por experiencia que, de no existir una política con visión de futuro que se haga cargo de los riesgos y consecuencias que representan escenarios con menores rendimientos y agotamiento de los recursos naturales no renovables, se registran inevitablemente efectos sociales, económicos y políticos desastrosos. Se halla todavía vivo el recuerdo del salitre, como se mencionó anteriormente, y el ciclo de depresión que generó para el país y para regiones enteras -que pasaron de la opulencia a la miseria- la falta de una política previsora y responsable de futuro. Es hora de que sepamos sacar las lecciones adecuadas de esa experiencia. Con nuestro cobre y con toda la riqueza natural no renovable de que Chile ha sido dotado, no puede ocurrir nunca más lo que sucedió con el salitre.
Por lo tanto, precisamos hoy ¿es nuestro desafío y nuestra obligación como Parlamentarios- trabajar en una política de Estado que asegure al país, particularmente a las regiones que hoy giran en torno de la actividad minera, una compensación adecuada por el uso de recursos que pertenecen a todos los chilenos, sí, pero resguardando las rentabilidades del negocio y protegiendo los derechos de las empresas; mas también asumiendo el deber de transformar los recursos mineros en un poderoso instrumento de prosperidad y progreso para hacer de Chile una nación moderna, con un desarrollo especial de las áreas en que se producen.
Por lo anterior, considero que la aplicación de un royalty a esas empresas no es sólo una cuestión de justicia, sino también un mecanismo que, además de viable, se halla ampliamente validado por una lógica de desarrollo sustentable y sostenible, suficientemente legitimada en todos los países que explotan recursos mineros no renovables. Como recordaba el Senador señor Lavandero , de los países mineros, sólo México y Chile no aplican el royalty.
De todos los estudios comparados que analizamos para evaluar la actual estructura tributaria de la minería con las condiciones utilizadas en otros países, el elemento concluyente que se debe destacar es que la tributación chilena es una de las más bajas del mundo.
Se sabe que la minería es una actividad muy diferente al resto y, en razón de ello, también se justifica una estructura tributaria que dé cuenta de sus particularidades. Presenta un sinnúmero de características que la hacen distinta a cualquier otra actividad, entre las que se destacan una fuerte inversión extranjera en el sector, una alta capitalización y una intensa utilización de un recurso natural no renovable. Esos aspectos, liberados a su propio arbitrio, derivan siempre en un fenómeno de inequidad en la distribución de los beneficios y de los perjuicios. Por ejemplo, la minería privada genera ganancias que no se traducen en mayores beneficios para los chilenos y su bajo aporte al Fisco no se compadece con la pérdida patrimonial que se genera por la extracción.
Por último, además de las razones anteriores -que, a mi entender, justifican plenamente la idea de un régimen tributario especial-, la que vengo en señalar ahora sobre la composición de la actividad refuerza la convicción que me he formado durante el trabajo de la Comisión. La "discriminación", como algunos la han llamado, responde a la necesidad de que las actividades económicas entreguen al país una retribución proporcional a los beneficios que generan, como compensación por los costos que provocan. La gran minería debe y puede hacerlo, porque ello no afecta la competitividad del negocio. Y hay poderosos y legítimos argumentos de justicia y responsabilidad que obligan al Estado a demandar compensaciones por la extracción de recursos mineros no renovables, como se consagra en los primeros artículos de nuestra Constitución Política.
Como dije anteriormente, es inaceptable la realidad que se vive en la Segunda Región: estamos sentados en un pozo de oro, pero mucha gente vive en la miseria. Eso no es ético ni moral. No debemos seguir permitiendo esta inequidad.
Por eso, me alegro enormemente de haber participado en la Comisión. Saludo a todos sus integrantes, porque creo que hicieron un gran aporte, y en especial a su Presidente , Senador señor Lavandero , a quien reitero mis agradecimientos, pues desarrolló su labor con extraordinaria pasión y entusiasmo, demostrando vastos conocimientos. En verdad, es gratificante comprobar que un camarada de partido puede llevar a efecto un trabajo tan serio y responsable y con tantas perspectivas para el bienestar de los chilenos. Él, pese a representar a una Región no minera, se abocó a la materia con una vehemencia que nos obliga a emprender este desafío por el bien de toda la comunidad nacional, que espera de nosotros leyes justas que contribuyan a mejorar su calidad de vida.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , quiero partir agradeciendo y felicitando al Senado por la formación de esta Comisión Especial, que durante más de siete meses efectuó un trabajo serio y que, sin duda, constituirá un aporte en un tema sobre el cual debiera debatirse más en nuestro país. Diría, sin temor a equivocarme, que casi no se discute respecto de nuestra principal riqueza. Y lo peor de todo es que los chilenos sabemos poco sobre el cobre y la minería, y no aquilatamos su importancia.
Debo manifestar que por años no dispusimos de toda la información que hubiéramos deseado y, de no existir esta Comisión, jamás habríamos accedido a ella.
Fui Diputado durante 12 años y en reiteradas ocasiones solicité información al Ministerio de Hacienda y otras reparticiones, la cual nunca obtuve. Tardé más de 10 años en saber cuál era el sueldo de los máximos directivos de CODELCO. Eso, en alguna medida, no es bueno; no genera transparencia en la actividad y suscita muchas dudas.
¿Es normal, señor Presidente , que en un país donde más del 15 por ciento del producto interno bruto proviene del sector minero, donde el cobre constituye casi la mitad de las exportaciones, se debata tan poco sobre la materia y no se sepa casi nada al respecto? Me parece que no.
El informe que conocemos hoy contiene, primero, las preguntas que los chilenos debiéramos hacernos: ¿Cuenta nuestro país con una política de Estado para la minería? ¿Debería tenerla? ¿Cuáles tendrían que ser sus contenidos mínimos?
Segundo, analiza las formas de asociación societaria de las empresas mineras.
Tercero, hace una reseña del decreto ley Nº 600, de sus orígenes y perfeccionamientos.
Cuarto, alude acerca del perfeccionamiento de la fiscalización existente tanto en el Servicio de Impuestos Internos y el Banco Central como en COCHILCO y las demás entidades que operan en el sector minero.
Quinto, menciona las propuestas para modificar las actuales condiciones, a fin de obtener un mayor ingreso tributario para el Estado, incluyendo el análisis de los impuestos que las empresas de la gran minería del cobre han pagado en la última década.
Sexto, expone las proposiciones para reparar la actual situación mediante la aplicación de un royalty y otros mecanismos como el encadenamiento productivo.
POLÍTICAS DE ESTADO PARA LA MINERÍA CHILENA
Con relación a las políticas de Estado para la minería nacional, Chile se caracteriza por tener un gran potencial minero, cuyas ventajas comparativas se pueden ver principalmente en áreas de la minería metálica. De hecho, el sector minero ha sido uno de los principales motores del crecimiento económico en la última década, con un fuerte desarrollo de minerales que no habían sido aprovechados en toda su capacidad.
Sin lugar a dudas, el cobre es uno de los minerales más importantes para el país, por sus grandes volúmenes de exportación. Al mismo tiempo, la política de apertura económica durante las últimas décadas ha permitido mayores grados de libertad para la inversión privada. Es así como la llegada de capitales extranjeros ha incidido en un mejoramiento en las técnicas productivas y en la explotación de otros minerales.
Una característica importante de esta actividad económica es la influencia regional que tiene, debido a la ubicación geográfica de los recursos mineros. Es así como pueden verse grandes diferencias entre la gran minería y la pequeña, donde políticas que afecten al sector pueden experimentar un extraordinario impacto social.
Si hacemos un análisis histórico, podríamos decir que Chile era un país minero antes de la llegada de los colonizadores. Y éstos vinieron aquí buscando oro. Y si analizamos nuestra realidad económica, veremos también que somos y seguiremos siendo por mucho tiempo un país eminentemente minero. Sin embargo, pareciéramos no darnos cuenta de ello. Porque vemos que se discute más acerca del smog que afecta a la Capital o de la manera de solucionar los problemas de congestión que en ella existen, que sobre políticas y medidas para hacer más eficiente y competitiva la explotación de nuestras riquezas naturales.
No está claro, entonces, que Chile tenga una política de Estado para la minería del cobre. Es más, tiendo a creer que ésta no existe y que aquellos temas de Estado que la tocan es por lo absolutamente indispensables que son para el país. Por ejemplo, calcular el presupuesto nacional de acuerdo al valor internacional de la libra de cobre.
Lo que sí resulta evidente es que Chile debe tener una política de Estado para el cobre y para la minería en general. Seguramente el señor Ministro del ramo ¿quien está presente- nos va a decir que desde hace un año hay una política de Estado para la pequeña minería. Es cierto. Y eso es un avance y un intento en tal sentido. Pero creo que hay que seguir adelante y trabajar con algunas de las propuestas de esta Comisión para que, en definitiva, el país cuente con una política de Estado para el cobre y, especialmente, para la gran minería.
Me alegré mucho cuando esta semana vi en los medios de comunicación el anuncio de que CODELCO habría separado una bacteria para hacer más eficiente la captación de las partículas de cobre. Porque aquí se investiga poco. Yo diría que los resultados de investigaciones sobre el metal rojo se obtienen más bien a nivel mundial, en naciones que a veces no son mineras, que en Chile.
Señor Presidente , nadie puede entender que un país como el nuestro no tenga una política de Estado en esta materia. Es como si España careciera de una en turismo; o Italia, en agricultura; o Israel, en Defensa. Con mayor razón, resulta una incógnita que el más grande productor de cobre del mundo no cuente con una política de Estado clara en minería.
Si concluimos que, por los motivos expuestos anteriormente, es indispensable que en Chile exista una política de Estado para la minería, es necesario determinar cuáles deben ser los elementos mínimos que ha de contener.
PROPUESTAS DE CONTENIDOS PARA UNA POLÍTICA DE ESTADO
Ante todo, no puede quedar excluido el aspecto comercial. Los acuerdos comerciales suscritos por nuestro país, ya sean bilaterales o multilaterales, se han transformado en una fuente creciente de nuevas oportunidades económicas para las naciones en vías de desarrollo.
A su vez, las restricciones comerciales de los países desarrollados se caracterizan por utilizar un sistema arancelario escalonado, o sea, a mayor valor agregado del producto importado, más elevada es la tarifa de internación a la que debe hacer frente. De esta forma, para Chile la exportación de minerales refinados es relativamente más costosa que la de los minerales concentrados, lo que limita la capacidad de generar un valor más alto y, por lo tanto, un incremento en las remuneraciones de la industria.
Por lo anterior, es importante para el sector hacer esfuerzos tendientes a eliminar ese tipo de barreras impuestas por las grandes economías. Esto se debe llevar a cabo a través de los acuerdos comerciales bilaterales y las instancias de negociación multilateral.
En el aspecto tributario, Chile tiene un Estatuto de Inversión Extranjera que entrega dicha estabilidad, lo cual implica que ese instrumento es un activo de suma importancia, tanto para la atracción de capitales como para la absorción de nuevos procesos de innovación tecnológica que permitan la interrelación entre diferentes áreas productivas dentro del país.
Por lo tanto, el Estatuto debe ser profundizado y perfeccionado en aquellos aspectos en que muestra debilidades, como es el caso en que las empresas pueden acogerse al régimen tributario normal. Esto a la larga termina siendo arbitrario, sin que el compromiso de invariabilidad tenga un valor real.
Si una empresa obtiene la invariabilidad tributaria, debiera pagar la tasa real, esto es, 42 por ciento. Pero, en la práctica, no ocurre así, pues, cuando logra este beneficio, al momento de pagar el impuesto, la empresa renuncia a la invariabilidad y se acoge al régimen normal del 35 por ciento.
En lo que respecta al decreto ley Nº 600, creado como herramienta en los años 70, éste ha sido, a mi juicio, un eficiente mecanismo para atraer inversiones a Chile. Sin embargo, la realidad que vivía nuestro país en esa época ha variado notablemente. Por lo tanto, más que promover su derogación, como algunos han sugerido, lo que debemos hacer es adaptarlo a la realidad de hoy.
En la promoción de nuevos usos ¿esto constituye también un tema de política de Estado-, el Gobierno ha tomado conciencia de lo que significa el proceso de colocación de productos nacionales en el exterior. Es así como se ha potenciado a PROCHILE como una de las instituciones fundamentales en ese ámbito, donde el sector público no puede estar al margen.
Lamentablemente, la minería no parece ser una de las industrias con mayores prioridades dentro de la promoción internacional, ya sea por las altas ventajas comparativas, que no hacen temer una competencia directa, o por la falta de valor agregado de los productos. Sin embargo, la dinámica siempre cambiante de los mercados induce a pensar en la necesidad de cubrirse ante mayores niveles de competencia que debiliten las ventajas naturales que tiene Chile en la minería, donde ya se han visto materiales sustitutivos del cobre en sectores tan importantes como la construcción, el transporte, las telecomunicaciones y el área energética.
En las alianzas estratégicas, el crecimiento experimentado en los gigantes asiáticos (China e India) constituye una oportunidad evidente para realizar alianzas de complementación. China, poco a poco, se está consolidando como uno de los mayores consumidores de cobre, por lo que sus procesos de refinación y comercialización pueden ser un gran espacio para las empresas establecidas en nuestro país.
En el aumento de la transparencia y coordinación de la fiscalización del sector, como un elemento también de política de Estado, el régimen impositivo debe ser estable a través del tiempo, impidiendo todo manejo tributario al margen de la ley. Por ello, es importante aplicar a todas las empresas las normas que el Senado, en particular, y el Parlamento, en general, aprobó en el año 2000 sobre temas tributarios, que no significan cambios, sino que dicen relación más bien a evitar las brechas existentes hasta esa fecha. Aunque se haya celebrado invariabilidad tributaria, lo que se debe hacer allí es impedir la evasión y la elusión.
A partir de 1995, el proceso fiscalizador mejoró bastante. Entre 1980 y 1995, COCHILCO apenas realizó 15 auditorías, mientras que entre 1996 y 2002 la cifra aumentó a 36. No obstante ello, la burocracia nacional es aún muy ineficiente, por lo que es necesario modernizar los sistemas y aprovechar las tecnologías en red, donde las personas a cargo tengan una mayor responsabilidad y conciencia para fiscalizar de forma ágil.
Es fundamental asimismo una mejor coordinación entre el Servicio de Impuestos Internos, el Banco Central, COCHILCO y el Servicio de Aduanas.
Otro tema, tal vez también importante, es mejorar la rentabilidad para las Regiones donde se encuentran operando las faenas mineras. Ya lo decía la Senadora señora Frei , hoy en día los retornos provenientes de la minería no son completamente aprovechados por las localidades que entregan el recurso. El excesivo centralismo en las políticas públicas ha traído como resultado que los proyectos mineros no tengan ningún efecto sobre las Regiones donde están instalados. Dos buenos ejemplos en esta materia son Calama y Diego de Almagro . Calama, hasta hace poco, era una ciudad donde más del 20 por ciento de las familias no contaba con alcantarillado. Diego de Almagro , por su parte, sigue siendo una de las comunas más pobres del país. En general, señor Presidente , hay muchas comunas que han estado al lado de las riquezas más grandes de Chile, pero siguen apareciendo con los índices más altos de cesantía y pobreza y con pésimos resultados en materia de educación, todo ello a causa del centralismo que opera en nuestro país.
El único intento que logramos sacar adelante en algún minuto, como una forma de mejorar las condiciones de las Regiones mineras -me refiero al beneficio regional del producto de las patentes mineras-, finalmente no generó efecto alguno, dado que Hacienda nos descuenta esos recursos de lo que corresponde a cada Región.
El mejor ejemplo, señores Senadores, del abandono en que se encuentran esas Regiones es que la única parte del país que no cuenta con doble vía, ahora que el Estado privatizó las carreteras, es el norte, o sea, las Regiones Primera, Segunda y Tercera. Todo esto constituye una paradoja, porque fueron éstas las que aportaron los recursos, obtenidos de la minería, para la construcción de la antigua carretera Panamericana.
En lo personal, señor Presidente , considero una burla que, año a año, se anuncien más y más ampliaciones del metro de Santiago, lo que cuesta miles de millones de dólares, que se pagan con los fondos de todos los chilenos, especialmente, con los que aportan estas comunas, que poco y nada los aprovechan.
La necesidad de relacionar la industria minera con el resto de los sectores de la localidad es algo prioritario, ya que hasta ahora el encadenamiento productivo ha tenido magros resultados, principalmente por la falta de interés de las propias autoridades más que por el proceso mismo de la industria minera.
Por otra parte, una política de Estado también debe contener incentivos para dar mayor valor agregado a los recursos naturales.
PERFECCIONAMIENTO AL SISTEMA DE SOCIEDADES Y TRIBUTACIÓN
Otro asunto que la Comisión consideró necesario analizar es la forma en que se han organizado las empresas que se acogen al decreto ley Nº 600, especialmente las grandes compañías de inversión extranjera. A esto se le ha llamado "Constitución Societaria".
Todas las empresas del rubro, con excepción de Mantos Blancos y Quebrada Blanca, se han constituido como sociedades contractuales mineras, las cuales, para efectos societarios, son sociedades de personas. En mi concepto, señor Presidente , al menos por dos razones sería deseable que estas compañías, de esa magnitud en inversión, se constituyeran como sociedades anónimas.
La primera de ellas se refiere a la transparencia. Este elemento lamentablemente no ha existido en esta década, como lo expliqué al inicio de mi exposición. Y despejaría dudas -más bien evitaría suspicacias- al hacer públicas sus cuentas y balances.
El segundo elemento tiene relación con el efecto tributario, esto es, que las sociedades contractuales mineras se consideran sociedades de personas. Por esta causa, pagan el impuesto de primera categoría sobre la utilidad tributaria. En cuanto a los socios, se paga el global complementario, pero sólo en lo referente a retiros que provengan de utilidades tributarias.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
El señor PROKURICA.-
Pido que me permita redondear la idea, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Pero sea breve, Su Señoría.
El señor PROKURICA.-
En este caso, como existe depreciación acelerada y no hay utilidad tributaria, se produce un efecto tributario no deseable.
TRIBUTACIÓN DE LAS EMPRESAS MINERAS
Por último, señor Presidente , de los planteamientos expuestos aquí, se desprende que, como en todas las cosas, no es conveniente generalizar. Hay empresas que son buenas, que han tributado todo este tiempo y producen un efecto muy importante en las regiones; es el caso de La Escondida. Sin embargo, existen otras que no son un ejemplo de compromiso ni con el país ni con sus Regiones.
En cuanto al royalty, he manifestado que votaré a favor y que, en lo óptimo, éste debiera tener tres características esenciales.
La primera es no desincentivar la inversión minera en Chile. Esto significa tener muy claro cuánto es el impuesto que se paga en otros países, a fin de no perder nuestras competencias.
La segunda apunta a que es fundamental respetar la palabra empeñada. Tal principio implica aplicar un royalty en dos fases: una, descontable de impuesto a la renta para las empresas ya instaladas y, la otra, dirigida a las nuevas inversiones y a la ampliación de proyectos antiguos. Esto significaría, por una parte, mejorar el impuesto a la renta, que probablemente sea más importante que el mismo royalty y, por otra, respetar las reglas del juego.
La tercera característica es permitir el beneficio regional. Ya expliqué los fundamentos de este punto. Estimo que lo recaudado por concepto de este royalty debiera ir en ayuda de las Regiones donde los proyectos mineros están instalados. La razón de este planteamiento radica en que quizás el origen de la discusión nació de la baja recaudación fiscal, pero también del efecto que para las Regiones mineras tenía la extracción de un bien no renovable.
En consecuencia, no debemos olvidar que, para la aprobación de cualquier proyecto de royalty, es condición indispensable que los recursos recaudados por este concepto beneficien a las Regiones donde se desarrolla la minería.
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Antes de dar la palabra al próximo orador, solicito el acuerdo de la Sala para tratar como de Fácil Despacho, en la próxima sesión, el informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto que crea el Registro Nacional de ADN .
--Así se acuerda.
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , ante todo, deseo adherir a las felicitaciones al Senador señor Lavandero por la paciencia, voluntad y fuerza con que, durante seis meses, presidió la Comisión Especial, haciendo posible que se dilucidaran cuestiones fundamentales para el país.
Lamento, a propósito de lo mismo, que ésta no sea una sesión donde estén todos nuestros colegas. Si uno compara lo sucedido en 1971 a raíz de la nacionalización del cobre, ve que las sucesivas reuniones celebradas por el Senado de la República contaron con la asistencia de prácticamente todos sus miembros. Lo que aquí estamos debatiendo, por cierto, no es similar desde el punto de vista jurídico, pero reviste tanta trascendencia como la que tuvo dicho proceso en aquel entonces.
En consecuencia, creo que deberíamos hacer un esfuerzo mayor para que en el tratamiento de este tema y de otros colaterales, relacionados ojalá con la gran minería del cobre, en una próxima sesión -y lo solicito formalmente a la Mesa- pudiéramos contar con la televisión del Senado a los efectos de realizar un debate nacional. Normalmente, las discusiones se transmiten en diferido. La idea es que se difundan en vivo -como se dice hoy-, para que el país conozca la opinión de cada uno de nosotros sobre una materia que involucra a esta generación y a las futuras.
Señor Presidente , se ha sostenido, con justa razón, que el cobre seguirá siendo nuestra principal riqueza por muchos años, no sólo porque en la actualidad el 42 por ciento de nuestras ventas al exterior corresponden a él, sino además por el hecho de que no hay ningún otro producto chileno exportable que se compare con el metal rojo; no sólo porque tenemos el 38 por ciento de las riquezas mundiales, sino también porque es altamente probable que de las nuevas investigaciones se deduzca de manera definitiva que Chile posee más del 38 por ciento de las reservas de cobre conocidas en el orbe.
Estamos hablando, entonces, de nuestra principal riqueza, que lo seguirá siendo por los próximos cincuenta años, a lo menos.
Por consiguiente, me parece del todo improcedente -por decir lo menos- que altos ejecutivos de las empresas extranjeras, en particular miembros del Consejo Minero, señalen que se pueden ahuyentar o alejar de modo definitivo las inversiones extranjeras en nuestro país con motivo del debate que inauguramos en el Senado y, también, del proyecto de ley que acaba de enviar el Ejecutivo y de diversas iniciativas -entre otras, la que formulamos con los Senadores señora Frei y señor Lavandero - que hemos elaborado a propósito del royalty.
Y creo que ello es improcedente por el hecho de que no existe otro lugar del mundo con las ventajas comparativas que ofrece Chile a las empresas extranjeras, no sólo por lo que acabo de manifestar en cuanto a que disponemos del 38 por ciento de las reservas, sino también porque nuestro país exhibe una de las tasas más altas de productividad, de extracción y de procesamiento del metal rojo; porque tenemos una reconocida experiencia internacional, de elevada calificación; porque nuestros yacimientos en explotación poseen leyes que los hacen altamente rentables, como se ha señalado aquí con mucha fuerza; porque hemos utilizado las tecnologías más avanzadas para procesar los metales (no olvidemos que Chile, entre otras cosas, ha logrado generar la tecnología denominada "Convertidor El Teniente", que se utiliza prácticamente en todas las fundiciones del orbe); porque hemos aplicado en la minería bastante innovación científico-tecnológica, a tal punto que muchos yacimientos que hace diez años no podían ser explotados debido a su baja ley hoy sí pueden serlo gracias a la gran inversión que ha efectuado el sector público -y también el privado- a los efectos de hacerlos rentables; porque no existe en el mundo otro país que disponga de los puertos con que cuenta Chile, que están a entre 100 y 120 kilómetros de distancia de los yacimientos.
Las naciones que más compiten con la nuestra en materia de cobre, como Perú, Zambia o Rusia (la ex Unión Soviética), tienen sus yacimientos bastante más lejos de los puertos en comparación con Chile. Pensemos sólo que los de Rusia se hallan a mil 200 kilómetros de distancia de los principales puertos y que los de Perú se encuentran al otro lado de la vertiente de la cordillera de los Andes peruanos. En consecuencia, desde el punto de vista de la extracción y el traslado del mineral, no es posible que esos yacimientos compitan con los nuestros, que se ubican a escasos kilómetros de los puertos, son altamente modernos y han logrado perfeccionamiento en los embarques.
Ya se ha dicho que la experiencia ha sido bastante traumática. Si no consideramos ese hecho, estaremos cometiendo un grave error histórico, como ocurrió con el salitre -lo recordaba muy bien la Senadora señora Frei - y con el hierro. Este último fue hasta el año 81 fuente de riqueza para importantes zonas del país. Sin embargo, a raíz de un decreto supremo, de la situación del mercado mundial y del alto contenido de fósforo presente en nuestro hierro, éste tiene actualmente muy poca explotación en Chile.
Cuando decimos que existe un peligro de sustitución del cobre, eso no significa que ella sea inmediata. Sería un error pensar así. Esta generación no sufrirá tal problema. Empero, debemos considerar que sólo el año 2002 Alemania recicló cobre y logró cubrir hasta el 75 por ciento de su demanda interna. En consecuencia, ya se conoce la tecnología para el reciclaje y muchos países la están utilizando.
Aunque no vamos a sufrir el problema de la sustitución en la forma como ocurrió con el salitre o el peligro que el aluminio ha representado para el cobre, sí el reciclaje será un factor que normalmente tirará los precios hacia la baja y, por ende, no tendremos posibilidades de lograr la renta que merece nuestro principal producto.
Concuerdo en forma plena con lo argumentado por todos los señores Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra -en particular, el Honorable señor Prokurica- acerca de la necesidad de establecer una política de Estado.
Sobre el punto, en la Comisión no hubo ninguna diferencia. Carecemos de una política de Estado, no para la pequeña y mediana minerías -por lo menos, se ha hecho respecto de ellas un gran esfuerzo a través del decreto con fuerza de ley Nº 76-, sino para la gran minería. Ello, pensando que, de los 82 usos que tiene el cobre en teoría, sólo se están aprovechando uno o dos en el mercado mundial, básicamente como conductor.
El único país interesado en tener alta capacidad de innovación científico-tecnológica para que se utilice al máximo el metal rojo en el mundo es Chile; no existe otro. Sin embargo, no contamos con un instituto ni con centros científicos que nos brinden la posibilidad de que, en el mundo, el cobre sea utilizado en las 82 actividades o procesos en que hoy resulta factible su empleo.
Tocante a los usos y abusos de la legislación tributaria, no ahondaré mayormente. En todo caso, la verdad es que, después de todas las sesiones que celebramos en la Comisión -fueron muchísimas; no las cuantifiqué, pero entiendo que debieron de ser 60, por lo menos-, llegamos a una conclusión -y respeto, por cierto, la opinión del Senador señor Orpis - derivada de las informaciones que entregaron todas las empresas (no las teníamos, y fue muy difícil conseguirlas).
Lo de los precios de transferencia es real; no se trata de algo inventado en el debate. Varias empresas reconocieron que utilizaron aquéllos como un mecanismo para bajar la carga tributaria; incluso, algunas la redujeron entre 20 y 30 por ciento.
El pago de intereses a las casas matrices también es un hecho real.
Con relación a las pérdidas en los mercados de futuro, vimos el caso de la Compañía Minera Mantos Blancos, que en 1995, estando el precio del cobre a 133 centavos de dólar la libra, vendió a futuro toda su producción en alrededor de 80 centavos de dólar, decisión absolutamente inexplicable.
De otra parte, es cierto que todas las actividades productivas del país utilizan la depreciación acelerada. Empero, en la minería se hizo uso y abuso de ella. No se conoce ninguna otra actividad donde se haya empleado ese mecanismo de la manera como lo hicieron las grandes empresas mineras.
En esa materia no tenemos duda alguna, con la excepción tal vez del señor Senador que mencioné recién. Sin embargo, que todas esas empresas, después del largo debate realizado, se mantengan como sociedades de personas o contractuales mineras y no asuman su responsabilidad como sociedades anónimas, es un hecho que a lo menos debería llamarnos la atención. Y ciertamente, en tanto sean sociedades de personas, no van a tributar, ni aun con la ley del año 2001, en los términos en que tendrían que hacerlo.
No me extenderé mayormente sobre el tema de la tributación, pues creo que lo enfrentaron de manera muy adecuada quienes han hecho uso de la palabra.
Ahora bien, no es invento de la Comisión -logramos constatarlo con la documentación que se nos entregó- que entre 1991 y 2001 la gran minería privada tributó un promedio de 167 millones de dólares anuales, en circunstancias de que la CODELCO, entre 1990 y 2002, aportó al Fisco 809 millones de dólares al año en promedio.
Ésa es la diferencia. Y se trata de una diferencia sustantiva, que nos debe llamar la atención. No es algo que no hayamos visto antes. Ello fue refrendado por la COCHILCO, particularmente, y emana de los datos estadísticos que pudimos recopilar.
Según un estudio realizado por la COCHILCO, entre 1991 y 2001 el Fisco recaudó 1.836 millones de dólares por concepto de pago de impuestos de las diez mayores compañías mineras productoras de cobre.
Esa cifra se desglosa de la siguiente manera: 748 millones de dólares en impuesto de primera categoría; 997 millones en impuestos adicionales por dividendos, y 111 millones en impuesto adicional por pago de intereses a créditos contraídos en el exterior.
El Senador señor Lavandero entregó diversos datos. Y creo, como Su Señoría, que debemos "comparar peras con peras".
Entre 1999 y 2002, el aporte promedio anual en impuestos de CODELCO al Fisco fue de 809 millones de dólares y el aporte del sector privado entre 1999 y 2001 alcanzó a los 167 millones de dólares anuales en promedio.
Ésas son cifras irrefutables desde el punto de vista estrictamente estadístico. Y es lo que demuestra que el debate sobre el royalty no tiene carácter populista.
No acepto, señor Presidente , que en una materia de esta naturaleza, que se viene conversando desde hace más de diez años en el país, hoy se haga aparecer el royalty como una cuestión electoral, demagógica, ni tampoco que se presuma la intención de transitar por el muy difícil camino del populismo.
Lo cierto es que el 72 por ciento de los chilenos, según las últimas encuestas, entienden perfectamente a estas alturas que no es posible aceptar que por una riqueza que Dios o la Naturaleza puso en nuestro territorio no estemos obteniendo una renta adecuada. No estoy hablando de impuestos, sino de tributos. Estoy hablando de algo absolutamente distinto: de una riqueza que tenemos y respecto de la cual quienes la explotan no pagan en forma adecuada. Es decir, el Estado y todos los chilenos estamos subsidiando indirectamente a las empresas extranjeras para que ello ocurra.
Me voy a detener -y con esto terminaré- en el debate constitucional promovido sobre el tema.
En la Comisión tuvimos la oportunidad de saber quiénes se hallan más o menos en la posición del connotado y muy conocido jurista don Alejandro Silva Bascuñan -entiendo que comparte sus opiniones el señor Francisco Cumplido , que fue Ministro del Presidente Aylwin -, quien señala en concreto que "no existiría (...) en nuestro ordenamiento constitucional espacio para que se autorice la dictación de una ley que lo imponga", refiriéndose específicamente al royalty o regalía. "El Estado podría establecerla" -según el profesor Silva Bascuñan - "sólo a las sustancias no concesibles, porque en relación a éstas actúa como un "propietario especial", pudiendo imponerle, por esta razón, un tributo igual o parecido al royalty o regalía.".
Otros juristas asistieron a las sesiones de la Comisión especial. Entre ellos, el profesor de Derecho don Alfonso Laso, quien tiene una opinión muy distinta.
El profesor Laso no sólo hace referencia específica en su trabajo al artículo 19, Nº 20º, de la Constitución (creo que, a estas alturas, todos sabemos que al respecto hubo un gran debate entre quienes discutieron y aprobaron la Carta de 1980). Además, nos señaló que es bueno que tengamos a la vista un requerimiento que la Junta de Gobierno planteó en 1981 al Tribunal Constitucional, contenido en el Rol Nº 5, acerca de los alcances de la Ley Orgánica sobre Concesiones Mineras.
El constituyente dejó claramente establecido -y quedó consagrado de manera expresa- que las riquezas mineras son de todos los chilenos. El inciso sexto del Nº 24º del artículo 19 de la Carta Fundamental señala: "El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares (¿) con excepción de las arcillas superficiales, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas.".
Es decir, la Constitución nos recuerda nítidamente que no existe duda sobre el particular. Por lo tanto, tampoco hay duda acerca del respaldo jurídico que tiene la consagración del royalty.
El mismo profesor Laso señala que "la Carta Fundamental otorga dos espacios para la aplicación de un royalty por la explotación de recursos de la minería, siendo el primero de ellos el de establecerlo como una nueva obligación del concesionario de pagar un precio al Estado por la adquisición de un factor productivo que es de su propiedad, y el segundo, como un tributo dentro de la soberanía tributaria del Estado.".
Además, recuerda una indicación que en 1991 impulsamos con los Senadores señora Frei y señor Calderón para redactar el inciso cuarto del Nº 20º del artículo 19 como sigue: "Sin embargo, la ley podrá autorizar que determinados tributos puedan estar afectados a fines propios de la defensa nacional. Asimismo, podrá autorizar que los que gravan actividades o bienes" -o bienes- "que tengan una clara identificación regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales para el financiamiento de obras de desarrollo.".
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor NÚÑEZ.-
Por lo tanto, señor Presidente , debo puntualizar que el Estado de Chile ejerce dominio patrimonial sobre todas las minas situadas en el territorio nacional; que el cambio del sistema de otorgamiento de concesiones observado en la Ley Orgánica Constitucional pertinente no alteró en absoluto el dominio patrimonial del Estado; que, cualquiera sea la tesis a la que se adscriba, éste puede agregar nuevas obligaciones al concesionario minero, y que para el Texto Fundamental, particularmente conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto antes referido y a la historia fidedigna de su establecimiento, la compensación al Estado por la explotación de recursos mineros no renovables puede ser considerada un tributo, el que, en tal caso, debe estar sujeto a los requisitos constitucionales establecidos.
Termino expresando que no hay ningún país que no cobre royalty, salvo México , y que en Estados Unidos la ley federal define a aquél como "el pago en base al valor o volumen de producción que se debe pagar al Estado o a las Naciones Indígenas por la explotación de recursos del subsuelo.".
He dicho.
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Deseo aclarar al Senador señor Núñez que la sesión se está grabando. Por tanto, las ilustradas opiniones de Su Señoría se darán a conocer al vasto público que ve el canal del Senado. Y ello ocurrirá en varias ocasiones, porque el programa se transmite más de una vez.
Tiene la palabra el señor Ministro de Minería.
El señor DULANTO ( Ministro de Minería ).-
Señor Presidente , señores Senadores, para tranquilidad de todos, voy a ser extremadamente breve (mi participación no tomará más de tres minutos). Y no me referiré a ningún tema específico, porque no creo que sea el motivo de la invitación que recibí.
Como Ministro de Minería , coincido con los señores Senadores que intervinieron durante esta sesión en que ésta es una ocasión histórica para destacar el valioso trabajo que realizó la Comisión especial encargada por el Senado de estudiar la tributación de las empresas mineras.
Ese trabajo constituye un informe actualizado sobre la situación de la gran minería del cobre en Chile y va mucho más allá de aspectos netamente tributarios, que son los que normalmente se mencionan. Destaca vacíos que tiene el sistema y la necesidad de redefinir ciertos aspectos de gran importancia relativos a dicho sector.
Una de las conclusiones más relevantes se refiere a la necesidad -mencionada aquí reiteradamente- de fijar una política de Estado para la gran minería del cobre, que -insisto- va mucho más allá de los aspectos netamente tributarios.
No coincido con esa opinión, señor Presidente , pues existe una política de Estado para la minería del cobre; de otra manera, el sistema no operaría y no se invertiría en el país. Sí pienso que ella no es lo suficientemente explícita y que, tal como concluyó la Comisión, resulta indispensable someterla a revisión para actualizarla a la realidad de una industria que ha sufrido cambios drásticos en los últimos quince años.
En la Comisión especial, todos los participantes alcanzaron acuerdos consensuados, y desde el Ministerio de Minería queremos ayudar a llevarlos a la práctica.
Consideramos muy adecuada la proposición específica de establecer una comisión del más alto nivel que estudie lo que la Comisión especial del Senado ha definido como "principales variables del mercado del cobre". Y si al Presidente de la República le parece pertinente, ayudaremos a buscar la fórmula para implementar el funcionamiento de ese organismo con la mayor brevedad.
Una parte importante de los temas indicados en el informe de la Comisión especial ha sido estudiada -lo destaco- por el Ministerio de Minería, al menos en los últimos dos años, y también por la Comisión Chilena del Cobre.
Por consiguiente, creemos que en un plazo corto estaremos en condiciones de hacer planteamientos específicas y proponer fórmulas que permitan solucionar algunos de los problemas detectados por Sus Señorías.
Termino felicitando por esta iniciativa al Senado; muy especialmente, al Presidente de la Comisión especial, Honorable señor Lavandero , quien ha estudiado el tema, y a los integrantes de dicho organismo. Este acucioso trabajo representa un importante y oportuno aporte acerca de una materia que se ha instalado en la opinión pública nacional y que en democracia merece debatirse abiertamente, sin dramas ni temores. Este debate nos hace más grande como país, y es normal y no llama la atención de nadie, como ocurre en la actualidad, si se considera el impacto de nuestras últimas discusiones en el ambiente financiero internacional.
Agradezco, señor Presidente, la oportunidad que me ha dado de expresar estas observaciones.
Espero que podamos concluir el trabajo de Comisión con la implementación de las medidas consensuadas en ella.
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Ministro .
Terminado el Orden del Día.
--Por no haber quórum para pronunciarse sobre el proyecto de acuerdo que pide al Presidente de la República la presentación de una iniciativa de reestructuración del Servicio Nacional de Pesca, queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria..
VII. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor CANTERO:
Al señor Director de Presupuesto , sobre AGILIZACIÓN DE RESPUESTA A RECLAMACIONES POR ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES MEDIANTE TRASPASO DE FUNCIONES DE COMERE A SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL.
De la señora FREI:
Al señor Subsecretario del Interior, respecto de PRONTA IMPLEMENTACIÓN DE PLAN CUADRANTE PARA COMUNA DE CALAMA y MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA ALUMNOS, APODERADOS Y DOCENTES DE CALAMA (Segunda Región).
Del señor HORVATH:
A los señores Ministro de Economía , Director del Servicio Nacional de Pesca y Subsecretario de Marina , solicitando información acerca de CAUSAS DE ESCAPE DE SALMONES DESDE JAULAS DE EMPRESA ACUÍCOLA DE BAHÍA ACANTILADA.
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones , atinente a IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE SEÑALIZACIÓN EN CRUCES FERROVIARIOS (Ambos de Undécima Región).
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El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.
FALTA DE SENSIBILIDAD DE CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO RESPECTO DE ACUERDO EN JUICIO CIVIL INDEMNIZATORIO. OFICIO
El señor CANTERO.-
Señor Presidente , voy a referirme a un caso ocurrido en la ciudad de Tocopilla el 24 de abril de 1999. Aproximadamente a las 17 de ese día, uno de los reclusos del Centro de Detención Preventiva de Tocopilla se dio a la fuga aprovechando un descuido del personal que lo custodiaba. En esos mismos instantes, en un sector aledaño la señora Paula Arévalo Bascuñán paseaba junto su hijo. Desgraciadamente, la calle en que se encontraba fue la vía de escape y ese momento de recreación, de solaz y de placentero encuentro con su hijo se transformó en un drama verdaderamente doloroso cuando los gendarmes, al intentar detener la huida, dispararon siete tiros: uno impactó al delincuente que huía, y otro, hirió la columna vertebral de la señora Arévalo , quedando inválida de por vida, en silla de ruedas, con daño moral y psicológico irreversible para ella y su familia, su marido y su hijo de nueve años.
La familia debió endeudarse debido al largo tratamiento médico y de rehabilitación. De este último todavía no logra salir. Por cierto, el costo de este proceso ha sido muy alto.
El 11 de agosto de 2000, la familia interpuso una demanda civil en contra del Fisco de Chile (causa rol Nº 36.934 del 4º Juzgado de Letras de Antofagasta ), la que concluyó en un fallo a favor de la señora Arévalo y que condena al Fisco a pagar una indemnización de 250 millones de pesos. En realidad, la familia había pedido una indemnización de 15 millones 200 mil pesos por daño emergente y una indemnización de 55 millones de pesos por daño moral. El Consejo de Defensa del Estado apeló. En esa oportunidad hablé con su Presidenta , doña Clara Szczaranski . Le hice presente que toda dilación en este caso dañaba aún más la precaria situación en la que ya se encontraba esta familia.
En este momento se halla pendiente en la Corte Suprema un recurso que interpuso el marido de la señora Arévalo , el funcionario de Carabineros, Marcelo Meza Sepúlveda , y su hijo Marcelo Meza Arévalo , quien cursa la enseñanza básica en Tocopilla. Esta acción judicial en contra del Fisco (causa rol Nº 41.061 del Juzgado de Antofagasta ) hoy se encuentra pendiente.
El Consejo de Defensa del Estado , en las múltiples conversaciones que sostuve en su momento (me refiero a junio de 2001), consideró, según la respuesta que se me dio, que se abstendría de apelar.
Yo entiendo que el Consejo de Defensa del Estado tiene por función cautelar el interés público, de proteger al Estado contra situaciones que pudieran provocarle daño patrimonial. Pero sobre la responsabilidad de cautelar los recursos económicos del Fisco se halla la responsabilidad social como consecuencia de actos de sus agentes. Creo de estricto derecho, de estricta justicia, indemnizar a una mujer que ha visto afectada su vida en forma tan dramática y de manera irreversible.
No logro comprender, repugna a la inteligencia, me molesta, protesto por este énfasis, por este celo exacerbado del Consejo de Defensa del Estado de proteger el patrimonio público sin ponderar adecuadamente la dignidad y la honra de una familia que hoy día se ve en la peor de las condiciones. La señora Arévalo no sólo ha tenido que enfrentar un doloroso proceso de rehabilitación, tratamientos médicos permanentes, adecuarse a una vida de invalidez, acomodarse a estructuras habitacionales idóneas, sino que hoy, cinco años después del incidente, se ve enfrentada a la dolorosa experiencia de ver que el Estado, en forma -en mi opinión- tacaña y miope, insiste en proteger desmedidamente y sin un sentido de justicia el patrimonio público, en desmedro de la dignidad de la esposa de este cabo de Carabineros, que vive un drama tan doloroso.
Uso esta tribuna, señor Presidente , para reclamar a la señora Clara Szczaranski instrucciones en el sentido que manifiesta un abogado del Consejo de Defensa del Estado, quien, en una publicación de diario dice que, mientras no reciba instrucciones de su jefatura superior, no tiene otro camino o alternativa que seguir perseverando en cautelar el interés económico del Fisco.
Me parece que el Consejo de Defensa del Estado debe ponderar adecuadamente esta situación y considerar el bienestar de esa familia, la tranquilidad de esa mujer que hoy día vive un drama tremendo, de ese funcionario de Carabineros que no cuenta con los recursos para responder a los requerimientos de esta situación y de ese hijo que ha visto frustrada la vinculación con su entorno familiar y su proyecto de vida futuro.
Solicito a la señora Clara Szczaranski y al Consejo de Defensa del Estado que tomen una decisión y se llegue a un acuerdo o entendimiento con la señora Paula Arévalo Bascuñán .
En este caso, no hay una actitud abusiva, ni una intención de sacar provecho. Simplemente, es un hecho concreto.
Me avergüenza la actitud del Consejo de Defensa del Estado por su falta de sensibilidad para dar un tratamiento digno a una situación infeliz, que seguramente nadie quiso: ni el gendarme, ni el reo que escapó y, por cierto, mucho menos esta familia que hoy enfrenta tan dolorosa circunstancia.
Por esta razón, solicito que se oficie en mi nombre al Consejo de Defensa del Estado , con el objeto de reiterarle formalmente la petición que formulé, respecto de la cual la señora Clara Szczaranski ya en junio de 2001 me señaló su interés y su compromiso en buscar una solución, la que hasta hoy no ha llegado.
Estimo que en este tipo de casos tan dramáticos se debe actuar con oportunidad, eficacia y eficiencia.
He dicho.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
En los 7 minutos y 40 segundos que restan al Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
RECURSOS PRESUPUESTARIOS PARA INVESTIGACIÓN Y MONITOREO DE MAREA ROJA. OFICIOS
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , solicito oficiar en mi nombre a los señores Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, y Subsecretario de Pesca , con el fin de que analicen e incluyan en la Ley de Presupuestos de 2005 -y a partir de ese año a futuro- una partida específica para la investigación y monitoreo de la marea roja en Chile.
Todos los años se registran, por un lado, pérdidas de vidas humanas y, por otro, dramas económicos y sociales que deben enfrentar los pescadores artesanales. Éstos, no obstante contar con recursos pesqueros, no disponen ni de monitoreo ni de investigación de este fenómeno que les impide ejercer su actividad. Además, los distintos alcaldes de las comunas costeras del país deben hacer continuos esfuerzos por aportar dinero para realizar estas tareas.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
APLICACIÓN Y BENEFICIOS DE FONDO DE FOMENTO DEL PESCADOR ARTESANAL. OFICIOS
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , pido que se oficie a los señores Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, y Subsecretario de Pesca , con el objeto de que se sirvan enviar antecedentes acerca de la aplicación del Fondo de Fomento del Pescador Artesanal, incluido en la Ley General de Pesca y Acuicultura, en 1992, cuyo monto ha aumentado con motivo de la denominada "Ley Corta de Pesca".
Me interesa conocer el detalle por año, por región, por caleta u organización de los pescadores artesanales, así como en qué medida los proyectos se han ido diversificando e incrementado, y a la vez, conocer los beneficios asociados a dicho Fondo.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
TÉRMINO DE OBRAS Y DRAGADO EN SECTOR "AGUAS MUERTAS" DE CALETA DE PESCADORES DE PUERTO AISÉN. OFICIOS
El señor HORVATH.-
Por último, solicito que se oficie en mi nombre a los señores Ministro de Obras Publicas , Subsecretario de Transportes , y Director General del Territorio Marítimo , en cuanto a las obras proyectadas y las que restan por construir en el sector de la caleta de pescadores de Puerto Aisén denominado "Aguas Muertas".
En dicho lugar se ha construido un varadero, que incluso fue inaugurado por el Presidente de la República , y se tenía considerado para este año el término de las obras con la edificación de un galpón, baños y oficinas. Pero la falta de dicha infraestructura y las condiciones climáticas que normalmente imperan en ese sector han impedido que la inversión se aproveche en plenitud.
Del mismo modo, quiero saber si se tiene considerada la posibilidad de hacer un dragado en el referido sector. En caso de no ser así, solicito que se realice para mejorar su accesibilidad.
He dicho.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
No habiendo más Comités interesados en intervenir, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:9.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción