Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
MARCO JURÍDICO PARA TRABAJOS EN RÉGIMEN DE SUBCONTRACIÓN Y EN EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORARIOS
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sergio Fernandez Fernandez
- Julio Canessa Robert
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- Juan Antonio Coloma Correa
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Rodolfo Stange Oelckers
- Sergio Romero Pizarro
- Jovino Novoa Vasquez
- Hernan Larrain Fernandez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Edgardo Boeninger Kausel
- Enrique Zurita Camps
- Rafael Moreno
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- Alejandro Foxley Rioseco
- Hosain Sabag Castillo
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- Gabriel Valdes Subercaseaux
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Edgardo Boeninger Kausel
- Enrique Zurita Camps
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- Alejandro Foxley Rioseco
- Rafael Moreno
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- Hosain Sabag Castillo
- Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- Gabriel Valdes Subercaseaux
- Fernando Cordero Rusque
- Sergio Fernandez Fernandez
- Julio Canessa Robert
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- Juan Antonio Coloma Correa
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Rodolfo Stange Oelckers
- Sergio Romero Pizarro
- Jovino Novoa Vasquez
- Hernan Larrain Fernandez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sergio Fernandez Fernandez
- Julio Canessa Robert
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Eugenio Celedon Cariola
- Juan Antonio Coloma Correa
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Rodolfo Stange Oelckers
- Sergio Romero Pizarro
- Jovino Novoa Vasquez
- Hernan Larrain Fernandez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Edgardo Boeninger Kausel
- Fernando Cordero Rusque
- Enrique Zurita Camps
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- Alejandro Foxley Rioseco
- Rafael Moreno
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- Hosain Sabag Castillo
- Gabriel Valdes Subercaseaux
- Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- INDICACIÓN
- Sergio Fernandez Fernandez
- Julio Canessa Robert
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- Juan Antonio Coloma Correa
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Rodolfo Stange Oelckers
- Sergio Romero Pizarro
- Jovino Novoa Vasquez
- Hernan Larrain Fernandez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Edgardo Boeninger Kausel
- Fernando Cordero Rusque
- Enrique Zurita Camps
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- Alejandro Foxley Rioseco
- Rafael Moreno
- Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- Hosain Sabag Castillo
- Gabriel Valdes Subercaseaux
- Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- INDICACIÓN
- Sergio Fernandez Fernandez
- Julio Canessa Robert
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- Juan Antonio Coloma Correa
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Rodolfo Stange Oelckers
- Sergio Romero Pizarro
- Jovino Novoa Vasquez
- Hernan Larrain Fernandez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Jose Ruiz De Giorgio
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
-
MARCO JURÍDICO PARA TRABAJOS EN RÉGIMEN DE SUBCONTRACIÓN Y EN EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORARIOS
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- PETICIÓN DE OFICIO : Carmen Frei Ruiz Tagle
- PETICIÓN DE OFICIO : Carmen Frei Ruiz Tagle
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Roberto Munoz Barra
- PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Romero Pizarro
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
-
DESINTERÉS GUBERNATIVO ANTE REALIDAD DE CHILOÉ CONTINENTAL. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO
- Antonio Horvath Kiss
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR HORVAT, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 124 DEL REGLAMENTO DEL SENADO PARA PERMITIR LA RENOVACIÓN DE INDICACIONES APROBADAS PARCIALMENTE O CON MODIFICACIONES (S 722-09)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Antonio Horvath Kiss
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR VIERA-GALLO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN RÉGIMEN LEGAL PARA LAS UNIONES DE HECHO (3743-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jose Antonio Viera Gallo Quesney
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA, GAZMURI, MUÑOZ BARRA, NARANJO, NÚÑEZ, OMINAMI, PARRA, SILVA Y VIERA-GALLO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE ACUERDO RELATIVO A ORIENTACIONES PARA EL SISTEMA PÚBLICO DE TELEVISIÓN (S 723-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Jaime Gazmuri Mujica
- Roberto Munoz Barra
- Jaime Naranjo Ortiz
- Ricardo Nunez Munoz
- Carlos Ominami Pascual
- Cesar Augusto Parra Munoz
- Enrique Silva Cimma
- Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR HORVAT, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 124 DEL REGLAMENTO DEL SENADO PARA PERMITIR LA RENOVACIÓN DE INDICACIONES APROBADAS PARCIALMENTE O CON MODIFICACIONES (S 722-09)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 350ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 41ª, en martes 30 de marzo de 2004
Ordinaria
(De 16:19 a 19:28)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités.................................¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre trabajo en régimen de subcontratación, funcionamiento de empresas de servicios transitorios y contrato de trabajo de servicios transitorios (2943-13) (queda pendiente su discusión particular).......
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)........................................................
Desinterés gubernativo ante realidad de Chiloé continental (intervenciónes de los señores Stange y Horvath)......
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior , Secretario General de Gobierno , de Planificación y Cooperación y del Trabajo y Previsión Social, y el señor asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19 en presencia de 23 señores Senadores.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
En este momento se está llevando a cabo una reunión de Comités. A fin de darles tiempo para que concluyan sus deliberaciones, voy a suspender la sesión por algunos minutos.
Se suspende la sesión.
-----------------
--Se suspendió a las 16:19.
--Se reanudó a las 16:57.
-----------------
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor LARRAÍN ( Presidente ).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 37ª, ordinaria, y 38ª, ordinaria, en sus partes pública y secreta, en 9 y 10 de marzo del año en curso, respectivamente, que no han sido observadas.
Las actas de las sesiones 39ª, especial, y 40ª, ordinaria, en 16 y 17 de marzo del presente año, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor LARRAÍN (Presidente).-Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).- Las comunicaciones recibidas son las siguientes:
Mensajes
Nueve de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con los dos primeros inicia los proyectos de ley que se indican y, a la vez, los incluye en la actual convocatoria a Legislatura Extraordinaria de Sesiones del Congreso Nacional:
1.- El que establece las bases de los procesos administrativos sancionatorios y modifica la ley Nº 19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral (Boletín Nº 3.475-06).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Carta Fundamental, se manda poner en conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema.
2.- El que regula la propiedad de las embarcaciones destinadas a la pesca artesanal (Boletín Nº 3.474-03).
--Pasa a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
Con los siete restantes retira la urgencia y la hace presente de nuevo, con el carácter de "suma", a los proyectos que se indican:
1.- El que modifica la ley Nº 19.039, sobre Propiedad Industrial (Boletín Nº 2.416-03);
2.- El que modifica la ley Nº 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (Boletín Nº 2.787-03);
3.- El que establece un sistema de protección social para familias en situación de extrema pobreza denominado "Chile Solidario" (Boletín Nº 3.098-06);
4.- El que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades con el objeto de precisar o corregir normas sobre el proceso electoral municipal (Boletín Nº 3.417-06);
5.- El que modifica el Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y otros cuerpos legales (Boletín Nº 2.853-04);
6.- El que establece un régimen de garantías en salud (Plan AUGE) (Boletín Nº 2.947-11), y
7.- El que racionaliza el uso de la franquicia tributaria de capacitación (Boletín Nº 3.396-13).
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus respectivos antecedentes.
Oficios
Dos de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero solicita el acuerdo del Senado para designar como directores de la Empresa Nacional de Televisión de Chile a las señoras Lucía Santa Cruz Sutil y Virginia Rodríguez Cañas y a don Oscar Godoy Arcaya, en reemplazo, por el tiempo que les restaba para completar su período, de los directores señora Faride Zerán Chelech y señores Bernardo Matte Larraín y Teodoro Ribera Neumann, recientemente renunciados (Boletín Nº S 719-05), y
Con el segundo recaba el acuerdo del Senado para designar como directores de la Empresa Nacional de Televisión de Chile a los señores Juan de Dios Vial Larraín, José Zalaquett Daher y José Pablo Arellano Marín, en reemplazo, por el tiempo que les restaba para completar su período, de los directores señores Francisco Frei Ruiz-Tagle, Nissim Sharim Paz y Luis Cordero Barrera, recientemente renunciados (Boletín Nº S 720-05).
Para el despacho de ambas proposiciones, el Primer Mandatario hace presente la urgencia en los términos a que alude el inciso segundo del Nº 5) del artículo 49 de la Carta Fundamental.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).- Conforme al acuerdo adoptado en la reunión de Comités de que se dará cuenta en algunos minutos más, pasan a las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, unidas.
Continúa la Cuenta.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).- Seis de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero y el segundo comunica que, en sesión celebrada el 16 de marzo en curso, procedió a elegir como Presidente y Primer Vicepresidente de esa Corporación a los Honorables Diputados señores Pablo Lorenzini Basso y Antonio Leal Labrín, respectivamente.
--Se toma conocimiento.
Con el tercero informa que dio su aprobación al proyecto que modifica la ley Nº 19.525, que regula sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvia, con urgencia calificada de "simple". (Boletín Nº3.264-09).
--Pasa a la Comisión de Obras Públicas y a la de Hacienda, en su caso.
Con el cuarto comunica que otorgó su aprobación a las observaciones formuladas por Su Excelencia el Vicepresidente de la República al proyecto de ley que crea un procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravío, hurto o robo de la cédula de identidad y de otros documentos de identificación (Boletín Nº 2.897-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Con los dos siguientes indica que dio su aprobación a las enmiendas propuestas por el Senado a los proyectos de ley que se señalan:
1.- El que modifica los Códigos de Procedimiento Penal y Procesal Penal en materia de control de identidad (Boletín N º 3.390-07), y
2.- El que interpreta el Código del Trabajo, en cuanto hace aplicables sus normas a trabajadores de los Conservadores de Bienes Raíces, Notarías y Archiveros (Boletín Nº 3.281-13).
--Se toma conocimiento y se manda archivar los documentos junto a sus respectivos antecedentes.
Dos de la Excelentísima Corte Suprema:
Con el primero emite su parecer acerca del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y la creación de la Agencia Nacional de Inteligencia, con urgencia calificada de "simple". (Boletín Nº 2.811-02).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el segundo transcribe el acuerdo del Tribunal Pleno de esa Corte donde se establece que tomó conocimiento de la presentación efectuada por don Carlos Dupré Silva en el sentido de excusarse de su nominación como integrante del Tribunal Calificador de Elecciones, aduciendo la circunstancia de que se encontraría inhabilitado para asumirlo.
Agrega que, en razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Carta Fundamental, se procedió al respectivo sorteo para designar al integrante del citado Tribunal, en reemplazo de don Carlos Dupré Silva, resultando elegido don Roberto León Ramírez, en su condición de ex Presidente de la Cámara de Diputados .
--Se toma conocimiento.
Del señor Ministro del Interior , mediante el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor García, relativo a los beneficiarios de las leyes Nºs 19.123, 19.582 y 19.881, que establecen normas a favor de las personas exoneradas por motivos políticos.
De la señora Ministra de Relaciones Exteriores , a través del cual contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Naranjo, referente al proceso de selección de los Agregados de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile a nuestras Embajadas y Misiones ante organismos internacionales.
Del señor Ministro Secretario General de la Presidencia , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Naranjo, acerca de los motivos por los cuales no ha sido enviado al Congreso Nacional, para su ratificación, el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco.
Del señor Ministro de Salud , con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Naranjo, referido a las sanciones aplicadas en el Servicio de Salud de Coquimbo a quienes fueron sometidos a proceso por negligencia médica durante el período que indica.
Tres del señor Ministro de Bienes Nacionales , mediante los cuales contesta igual número de oficios enviados en nombre del Senador señor Stange, relativos a la regularización de los inmuebles que en cada caso individualiza.
Del señor Fiscal Nacional Económico, con el que responde un oficio enviado al señor Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, en nombre del Senador señor Muñoz Barra, sobre el proceso de concentración económica en el país.
De la señora Superintendenta de Seguridad Social, mediante el cual contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor García, relativo a la forma en que se está materializando la creación de los diez mil nuevos cupos de pensiones asistenciales contemplados en la Ley de Presupuestos del año 2004.
Del señor Director Nacional de Vialidad , mediante el cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Moreno, referido a la fecha en que se terminaría la construcción del puente Los Tricahues, comuna de Lolol, Sexta Región.
De la señora Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes, con el cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Espina, relativo a la existencia de estudios sobre la relación entre el consumo de alcohol y tabaco y el consumo de drogas ilícitas en nuestro país.
Del señor Director del Servicio de Salud La Araucanía Sur, contestando un oficio enviado al señor Ministro de Salud , en nombre del Senador señor Naranjo, relativo a los procesos administrativos incoados por presuntas negligencias médicas durante los años que indica.
De la señora Secretaria Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Maule , subrogante, por medio del cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Larraín, respecto del proyecto de pavimentación de calle Lautaro, en el tramo que señala, en la comuna de Cauquenes.
Del señor Gobernador Provincial de Cautín , con el cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor García, acerca de los requisitos y documentos que deben presentar las organizaciones que postulen proyectos al Fondo Social.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Nuevo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que tiene por objeto precaver la excesiva concentración de la propiedad de bienes raíces en la zona austral de nuestro país, e informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la constitucionalidad del proyecto aprobado por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales (Boletines Nºs. 2895-12 y 2952-12, refundidos).
--Quedan para tabla.
Mociones
Del Senador señor Horvath, mediante la cual inicia un proyecto de acuerdo que modifica el artículo 124 del Reglamento de la Corporación, con el objeto de permitir la renovación de las indicaciones aprobadas parcialmente o con modificaciones (Boletín Nº S 722-09).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del Senador señor Viera-Gallo, por medio de la cual inicia un proyecto de ley que establece un régimen legal para las uniones de hecho (Boletín Nº 3743-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. (El proyecto no podrá tratarse en tanto Su Excelencia el Presidente de la República no lo incluya en la convocatoria a la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones del Congreso Nacional ).
Comunicaciones
De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, con la que hace presente que ha aceptado la renuncia presentada por su Presidenta , Senadora señora Carmen Frei, y ha procedido a elegir, en su reemplazo, al Honorable señor Cantero.
De la Comisión de Salud, mediante la cual comunica que ha aceptado la renuncia presentada por la Senadora señora Matthei a su cargo de Presidenta y ha procedido a elegir, por unanimidad, al Honorable señor Ruiz-Esquide como Presidente de la misma.
De la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, por medio de la cual comunica que ha aceptado la renuncia presentada por su Presidente , Senador señor Ríos, y ha procedido a elegir, en su reemplazo, al Honorable señor Ruiz.
--Se toma conocimiento.
Solicitud
De don Pedro Reinaldo Pereira Ojeda, mediante la cual pide la rehabilitación de su ciudadanía (Boletín Nº S 721-04).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Proyecto de acuerdo
De los Honorables Senadores señores Ávila, Gazmuri, Muñoz Barra, Naranjo, Núñez, Ominami, Parra, Silva y Viera Gallo, relativo a orientaciones para el sistema público de televisión (Boletín Nº S 723-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
El señor LARRAÍN (Presidente).- Terminada la Cuenta.
Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.
El señor CANTERO.- Señor Presidente , le ruego que solicite a la Sala autorización a los efectos de que el proyecto signado con el número 3 en el Orden del Día, que tiene que ver con temas electorales, vuelva para un nuevo informe a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, el que en todo caso será muy breve.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).- Ofrezco la palabra sobre la materia.
El señor SABAG.- De acuerdo, Señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, así se acordaría.
Acordado.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Los Comités, en sesión del día de hoy, acordaron, por unanimidad, lo siguiente:
1.- Afrontar el tema energético que inquieta al país, para lo cual ya están citadas las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Minería; después de ello lo sería la Sala, si se justificare.
2.- En lo relativo al acuerdo para designar Directores de Televisión Nacional, decidieron:
a) Enviar el asunto a las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, unidas, como lo ha dicho hace algunos minutos el señor Presidente ;
b) Solicitar al Presidente de las referidas Comisiones unidas que invite a los candidatos, y
c) Adoptar resolución en sesión secreta, citada para mañana de 15 a 16 horas, especialmente convocada al efecto y en una sola votación.
3) Rendir homenajes en memoria del ex Senador señor Jaime Barros Pérez Cotapos y del ex Presidente del Partido Conservador don Luis Valdés Larraín , en las fechas que determine la Mesa.
4) Citar a sesión especial, dentro de 15 días, para analizar lo relativo a la televisión pública y otras materias conexas.
----------------
--Se autoriza el ingreso a la Sala del asesor del señor Ministro del Trabajo, don Francisco del Río.
V. ORDEN DEL DÍA
MARCO JURÍDICO PARA TRABAJOS EN RÉGIMEN DE SUBCONTRACIÓN Y EN EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORARIOS
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, con segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y discusión particular pendiente.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2943-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 1ª, en 21 de mayo de 2002.
Informes de Comisión:
Trabajo, sesión 15ª, en 29 de julio de 2003.
Trabajo (segundo), sesión 35ª, en 2 de marzo de 2004.
Discusión:
Sesiones 30ª, en 2 de septiembre de 2003 (queda pendiente su discusión general); 35ª, en 16 de septiembre de 2003 (queda para segunda discusión); 1ª, en 7 de octubre de 2003 (se aprueba en general); 36ª, en 3 de marzo de 2004 (queda para segunda discusión); 37ª, en 9 de marzo de 2004 (queda pendiente su discusión particular); 38ª y 40ª, en 10 y 17 de marzo de 2004, respectivamente (se aplaza su votación particular).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa tres indicaciones renovadas -las Nºs. 50, 51 y 52-, recaídas en el inciso cuarto del artículo 152-N. Están suscritas por los Senadores señores Fernández, Canessa, Arancibia, Cariola, Coloma, Chadwick, Stange, Romero, Novoa y Larraín, y proponen reemplazar tal inciso por el siguiente: "La escrituración del contrato de puesta a disposición de trabajos de servicios temporarios deberá suscribirse dentro de los cinco días siguientes a la incorporación del trabajador. Cuando la duración del mismo sea inferior a 5 días, la escrituración deberá hacerse dentro de los dos días de iniciada la prestación de servicios.".
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión las indicaciones renovadas.
El señor RUIZ (don José).-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , estas indicaciones pretenden eliminar una parte del inciso que proponía el proyecto para establecer que el contrato tenía que escriturarse antes de la iniciación de las faenas. Estamos hablando de faenas de muy corta duración, no de contratos de largo plazo. Por lo tanto, la norma general debe estipular contratos escriturados en forma previa a la iniciación de los trabajos. Excepcionalmente, en caso de emergencia, el proyecto consignaba que podía escriturarse dentro de los primeros cinco días, e incluso, si era menor, dentro de las 48 horas.
Estas indicaciones eliminan la norma de carácter general -esto es, que todos estos contratos se escrituren previamente-, y significan, lisa y llanamente, ampliar los plazos para la escrituración de contratos que, por su naturaleza, son muy breves.
Por lo tanto, solicito a la Sala rechazarlas.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , formulamos una de las indicaciones para contar con la posibilidad de materializar contratos que normalmente se presentan en forma súbita, sin tiempo para escriturizarlos antes.
Por otra parte, no olvidemos que para cualquier trabajador la regla general en materia laboral es la de que su contrato pueda escriturarse después de dar comienzo a las labores correspondientes. Y no vemos razón para exigir hacerlo con antelación.
En todo caso, los plazos son muy breves, ya que se habla de un máximo de cinco días, y si el contrato fuera menor, de dos. Es decir, se trata de términos absoluta y totalmente razonables.
Por ello, creo que las indicaciones deben ser aprobadas, ya que tienden a facilitar la contratación. De otra manera el contrato tendría que celebrarse previamente a la prestación de servicios, lo cual puede redundar en que muchas veces no se contrate al trabajador a causa de esta formalidad, en circunstancias de que el objetivo es precisamente darle la posibilidad de obtener una fuente de empleo.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , efectivamente, las normas del Código del Trabajo están redactadas en el sentido que apunta el Senador señor Fernández ; pero aquí estamos hablando de una situación muy excepcional. Ya lo planteé en otra oportunidad: lo que estamos haciendo acá es cambiar tales disposiciones y fijar una normativa al respecto. Entonces, debemos recurrir también a preceptos igualmente excepcionales.
Por lo tanto, insisto en que en este caso debiéramos rechazar las indicaciones.
--(Aplausos en tribunas).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Rogamos a las personas que ocupan las tribunas permanecer en silencio.
Muchas gracias.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , el punto me parece bastante opinable; pero ocurre que, además de los contratos por plazos muy breves, los hay por más de 180 días, según la misma normativa que se nos propone. De manera que no se trata sólo de períodos de corta duración. En consecuencia, disponer que el plazo sea de cinco días es bastante razonable.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación nominal las indicaciones.
--(Durante la votación).
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , el punto que estamos analizando corresponde al típico instante en que se resuelve la contratación de una persona o cuando ésta decide ir a trabajar a un lugar determinado.
Pero, ¿qué es lo que siempre resulta evidente? Se supone -en realidad, no sólo se supone, sino que es así- que cuando alguien comienza a prestar sus servicios previamente ha consultado el monto de su remuneración, las condiciones de trabajo y la índole de las responsabilidades que asumirá. Por tal motivo, es obvio que ya tiene del todo claras las reglas del juego.
Por eso, prácticamente no se justifica discutir si el contrato se hará antes o dos o cinco días después. El artículo actual, ya aprobado, dice: "El contrato (...) deberá suscribirse con anterioridad a la prestación efectiva de los servicios". Y más adelante agrega: "Sin embargo, en casos urgentes podrá escriturarse dentro de los cinco días".
La verdad es que no se sabe bien quién resuelve lo relativo a la urgencia: si lo hace el trabajador, el empleador, o si hay que consultarlo en la Inspección del Trabajo. Ésta es una cuestión muy opinable. Y no debiera preocuparnos mayormente cuánto tiempo demandará la escrituración. Lo lógico y natural es que el trabajador haga las consultas del caso. Una persona que sabe que sus servicios son necesarios, si le surge algún grado de inseguridad con el empleador, exigirá suscribir el contrato antes de entrar a trabajar. Eso es lo que tiene que hacer. Y así ocurre frecuentemente. Por tal razón, la discusión de si es un día o dos antes de la contratación, o incluso, de si son pocos días de trabajo, dos días después, me parece un tanto bizantina.
En definitiva, en términos prácticos, cualquiera de las dos alternativas que se adopte en el fondo da lo mismo, porque ambas tienden a administrar un hecho que fue resuelto antes, en el instante en que se llamó a esa persona para trabajar y ésta puso sus condiciones diciendo: "Sí, acepto en la medida en que me paguen tanto; si no, no voy a trabajar".
Por consiguiente, no resulta atractivo abstenerse al respecto. Pero, pensando que es mejor estimular la idea de que las condiciones se conversen previamente, yo me voy a quedar con el texto actual, a fin de que existan contratos suscritos con antelación. Pero las urgencias (y eso queda abierto) van a establecer hasta cinco días.
Debo advertir que, si aprobáramos este artículo, a lo mejor estaríamos incurriendo en un exceso, porque dice "cinco días"; en cambio, la indicación del Senador señor Fernández habla de dos. Esperemos que trabajadores y empleadores se pongan de acuerdo con anterioridad y resuelvan cuándo se va a firmar el contrato. Y si no lo hacen, deberán atenerse a la disposición legal que establece como máximo cinco días.
Prefiero el texto actual y, por lo tanto, rechazo las indicaciones.
--(Aplausos en tribunas).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban las indicaciones renovadas Nºs. 50, 51 y 52 (23 votos contra 19 y una abstención).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto , Arancibia , Boeninger , Bombal , Canessa , Cantero , Cariola , Coloma , Cordero , Chadwick , Espina , Fernández , García , Horvath , Larraín , Martínez , Matthei , Orpis , Prokurica , Sabag , Stange , Vega y Zurita .
Votaron por la negativa los señores Ávila , Flores , Foxley , Frei ( doña Carmen) , Gazmuri , Lavandero , Moreno , Muñoz Barra , Naranjo , Núñez , Páez , Parra , Pizarro , Ríos, Ruiz (don José) , Ruiz-Esquide , Silva , Valdés y Viera-Gallo .
Se abstuvo el señor Zaldívar (don Andrés) .
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, respecto del artículo 152-Ñ, cuyo encabezamiento dice "Podrá celebrarse un contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios temporarios cuando en la usuaria se dé alguna de las circunstancias siguientes:", los Honorables señores Boeninger, Zurita, Moreno, Frei (don Eduardo), Foxley, Sabag, Zaldívar (don Adolfo), Aburto, Valdés y Cordero renovaron la indicación Nº 53, para sustituir su letra a) por la que se indica:
"a) Suspensión del contrato de trabajo o de la obligación de prestar servicios, según corresponda de uno o más trabajadores por causales tales como licencia médica, descansos de maternidad y feriados.".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión la indicación renovada Nº 53.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , la indicación pretende modificar una norma absolutamente taxativa, que permite que los contratos sólo puedan celebrarse de acuerdo con las causales aquí establecidas: licencias médicas, descansos de maternidad o feriados. Pero si se agregara la expresión "tales como", aparecerían únicamente a vía de ejemplo y, por lo tanto, podrían incluirse muchas otras. Sin duda, ello se prestaría para abusos, porque la ley quedaría con una amplitud no considerada en el proyecto original, donde se restringía a determinado tipo de situaciones en las empresas.
En consecuencia, la indicación deja abierto un forado para que, mediante ese conducto, pueda reemplazarse personal en las empresas por causales de cualquier índole. De allí que yo pretendo que dicha proposición sea rechazada por el Senado, porque, obviamente, va a perjudicar a los trabajadores.
--(Aplausos en tribunas).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , habida cuenta de que las causales para colocar trabajadores a disposición de la usuaria están enumeradas en un conjunto de letras, retiro la indicación, porque creo que se mencionan con suficiente amplitud.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Queda retirada la indicación.
En consecuencia, si le parece a la Sala, se dará por aprobada la letra a) del artículo 152-Ñ propuesto por la Comisión.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En el mismo artículo, se ha renovado la indicación Nº 55, por los Senadores señores Boeninger, Zurita, Frei (don Eduardo), Foxley, Moreno, Zaldívar (don Adolfo), Sabag, Aburto, Valdés y Cordero Asimismo, los Honorables señores Fernández, Canessa, Arancibia, Cariola, Coloma, Chadwick, Stange, Romero, Novoa y Larraín, renovaron las indicaciones N°s. 56, 57 y 58, para reemplazar dicho literal por único idéntico al que propone la indicación anterior.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , la indicación Nº 55 debe analizarse en combinación con la Nº 71. Ello, porque la letra d) del artículo 152-Ñ habla de período de inicio de actividades en empresas nuevas y, a diferencia de los otros literales, especifica que no podrá excederse de 180 días, contados desde la suscripción del primer contrato. La indicación Nº 55 persigue dejar sin plazo el artículo, para recoger en la indicación Nº 71 la idea de que, como regla general, no podrán superarse los 180 días. Sin embargo, en el caso del inicio de actividades de empresas nuevas, dicho período nos ha parecido un tanto arbitrario y puede ser corto, porque el comienzo de faenas puede durar dos meses, pero también nueve o diez. Por eso, en la indicación Nº 71 proponemos que el plazo general no exceda de 180 días y que, tratándose de proyectos nuevos y de inicio de actividades en empresas nuevas, sea de 360 días, sin que en ninguno de ambos eventos sea posible la renovación.
En consecuencia, propongo votar la indicación Nº 55, al menos, junto con la Nº 71, porque se trata de la misma idea presentada de manera distinta, cambiando los plazos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si no hubiere objeción, se procedería en esa forma.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , no estoy de acuerdo con el planteamiento del Senador señor Boeninger porque, tratándose de actividades nuevas, lo razonable sería que al momento de iniciarlas las empresas contrataran el personal necesario. Difícilmente puede trabajarse con uno transitorio, que solamente viene a cumplir una función y está de paso. Una empresa que comienza a funcionar evidentemente puede contratar trabajadores por un período corto, pero lo normal es que requiera personal de planta, profesionales, gente que conozca cómo operarla. Por lo tanto, aquí se aceptó que se colocara un límite a las empresas nuevas.
Personalmente, soy contrario incluso a la existencia de la letra d). Pienso que no debería permitirse dicha modalidad de contratación de personal en una empresa que inicia sus actividades, porque ella debe contar con él. Pero, considerando los argumentos dados y el hecho de que así venía estipulado en el proyecto original, finalmente aceptamos establecer un límite de 180 días.
Sin embargo, estimo absolutamente irrazonable extender dicho plazo, porque no creo que una empresa nueva deba contar con trabajadores transitorios durante un año completo. Ello me parece absurdo, pues éstos deben ser destinados sólo a faenas muy breves y ocasionales, cuando la empresa se pone en marcha. Pero, finalmente, ésta va a funcionar con gente especializada.
Por lo tanto, propongo rechazar la indicación y analizar la siguiente en su mérito.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , pienso que 180 días es un plazo excesivo. Lo lógico sería que en el inicio de actividades pudiera existir este tipo de contrato; pero dicho período difícilmente puede durar seis meses.
Ahora bien, si se plantean casos extraordinarios, pueden aplicarse otras letras, porque el literal c) señala "proyectos nuevos y específicos de la usuaria, tales como la construcción de nuevas instalaciones". Es decir, podría desaparecer este plazo de 180 días y, si hubiera necesidad, la empresa se atendría a lo dispuesto en otra letra. Pero que el período inicial pueda durar hasta seis meses me parece demasiado.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación las indicaciones renovadas números 55, 56, 57 y 58, todas idénticas.
El señor BOENINGER .-
Señor Presidente , por las razones que ya expliqué, propuse que se votaran en conjunto con la número 71.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Así lo planteé, pero no hubo acuerdo. Por lo tanto, habrá que votarla separadamente.
El señor BOENINGER .-
Conforme.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban las indicaciones renovadas números 55, 56, 57 y 58 (23 votos contra 13, una abstención y un pareo).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto , Arancibia , Boeninger , Bombal , Canessa , Cantero , Cariola, Coloma , Cordero , Chadwick , Fernández , García , Horvath , Larraín , Martínez , Matthei , Orpis , Prokurica , Ríos, Sabag , Stange , Vega y Zurita .
Votaron por la negativa los señores Ávila , Flores , Frei ( doña Carmen) , Gazmuri , Lavandero , Núñez , Páez , Parra , Pizarro , Ruiz (don José ), Ruiz-Esquide , Silva y Valdés .
Se abstuvo el señor Viera-Gallo .
No votó, por estar pareado, el señor Muñoz Barra.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Respecto de la letra e) del artículo 152-Ñ, la Comisión propone intercalar, a continuación de la palabra "ocasionales", la expresión "sean o no periódicos".
Esta proposición debe ser votada, pues fue aprobada por mayoría en la Comisión. Se pronunciaron a favor los Honorables señores Canessa , Fernández y Parra , y en contra, los Senadores señores Lavandero y Ruiz.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará lo propuesto por la Comisión.
--Se aprueba.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El inciso segundo del artículo 152-Ñ dice: "En los casos previstos en las letras c), d) y e) de este artículo, el número de trabajadores de servicios temporarios puestos a disposición no podrá exceder del veinte por ciento del total de los trabajadores de la usuaria, incluidos aquéllos.". Los Honorables señores Fernández, Canessa, Arancibia, Cariola, Coloma, Chadwick, Stange, Romero, Novoa y Larraín renovaron las indicaciones números 64, 65 y 66, que tienen por objeto suprimirlo.
Los mismos señores Senadores renovaron las indicaciones números 67, 68 y 69, que sustituyen en el inciso segundo la expresión "c), d) y e)" por "c) y d)".
Cabe hacer presente que se debe votar primero la indicación supresiva.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión la indicación renovada supresiva.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , el límite que fija el precepto es razonable, pues estamos hablando de situaciones de emergencia, de feriados, licencias médicas, etcétera. No se trata de un procedimiento normal.
Una empresa con más de veinte por ciento de su personal en esas condiciones no puede funcionar debidamente. Y, para evitar que ello ocurra, debe programar las vacaciones de sus trabajadores y las licencias por enfermedad, sean maternales o de otro tipo. Los casos excepcionales tienen que incluir un porcentaje muy bajo de personal.
En consecuencia, el límite de veinte por ciento que se ha establecido es más que razonable. Aumentarlo implica definitivamente pensar que éste será el mecanismo a través del cual van a operar las empresas en forma habitual, o sea, con trabajadores de paso y no permanentes.
Por lo tanto, hay que rechazar las indicaciones renovadas, tanto las que se mencionaron en primer lugar como las formuladas en subsidio.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Advierto a las personas presentes en las tribunas que está prohibido hacer manifestaciones.
Tiene la palabra el Senador señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , estas indicaciones tienen por objeto eliminar el tope de veinte por ciento para casos específicos -como labores de temporada, iniciación de actividades nuevas o eventos extraordinarios-, en que, sin duda, el número de trabajadores de servicios temporarios puede ser mayor que el de la empresa usuaria, porque se trata precisamente de labores extraordinarias.
La limitación de veinte por ciento no tiene ninguna justificación.
La señora MATTHEI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Excúseme, señora Senadora, pero solicitó la palabra el señor Ministro , quien, conforme a nuestro Reglamento, tiene preferencia para intervenir.
El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , hemos insistido en la idea de un porcentaje que restrinja el número de trabajadores suministrados porque la filosofía del proyecto reitera el carácter excepcional de esta figura. Y por ese mismo motivo formulamos la proposición respectiva, que fue aprobada por mayoría en la Comisión.
Queremos insistir también en que, si ya se aprobó una norma en virtud de la cual el propietario de la empresa que suministra trabajadores puede ser el mismo de la mandante, obviamente nos hallamos ante una situación donde hablamos de empresas que no laboran con empleados propios, sino que construyen una ficción a partir de un tercero.
Entonces, queremos que las empresas operen con sus propios trabajadores y que circunstancialmente, de manera excepcional, hagan uso de esa figura en eventos que la norma precisa con claridad.
Por ello, nos parece importante la letra e) del artículo 152-Ñ.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, el límite del veinte por ciento se impone en los siguientes casos.
Primero: proyectos nuevos y específicos de la usuaria. Por ejemplo, la construcción de nuevas instalaciones. Y en tal caso, obviamente, es bastante difícil operar con la gente ya contratada, porque está realizando su propio trabajo.
Ahora, ¿quién dice que realmente se requiere sólo el veinte por ciento? Puede que las instalaciones se necesiten en forma urgente y, por tanto, que se precise una cantidad de trabajadores bastante significativa.
Al final, siempre es factible hacerlo con el veinte por ciento; pero se incurrirá en una demora que, en último término, puede implicar perder un mercado o un contrato.
Segundo: aumentos ocasionales de actividad en determinada sección, faena o establecimiento de la usuaria.
Supongamos que se ha producido una alteración en el tipo de cambio o algo extraordinario que signifique, quizás, que a la empresa le hagan un pedido del doble o del triple de lo que estaba acostumbrada a entregar, y que ésa sea una oportunidad que ella de ningún modo puede perder. No veo por qué poner el límite indicado en el precepto. Lo relevante es determinar si se trata de un aumento de actividad ocasional o extraordinario, o bien, permanente. Si es permanente, por supuesto, ha de realizarse con trabajadores propios. Pero si existe una actividad nueva, claramente extraordinaria en su naturaleza, ¿quiénes somos nosotros para decidir cuál es el límite?
Por ejemplo, si una empresa pequeña requiere la instalación de un galpón y tiene cuatro o cinco trabajadores, ¿me van a decir que no puede contratar gente extraordinariamente para que la lleve a cabo?
Mi impresión es que debemos ser firmes para defender que las cosas ordinarias se realicen con gente contratada. Pero cuando las cosas son claramente ocasionales o extraordinarias, como se expresa en el articulado -invito a Sus Señorías a leer la página 18 del boletín comparado-, no veo por qué establecer este tipo de límites.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , sin ánimo de hacer una polémica específica, quiero decir que existe el contrato a plazo fijo, que se puede utilizar para los efectos señalados por la señora Senadora .
Acá estamos hablando de empresas intermediarias. Ése es el punto que nos preocupa particularmente. Pero la empresa siempre podrá utilizar diversos tipos de contratos -como el de plazo fijo- para hacer obras específicas. Eso está enteramente a su disposición.
--(Manifestaciones en tribunas).
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente...
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Reitero a los asistentes a las tribunas que están prohibidas las manifestaciones.
El debate puede contar con su presencia, pero deben llevarlo a cabo los señores Senadores.
Muchas gracias.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señor MATTHEI.-
Señor Presidente , es indudable que la empresa puede utilizar el contrato a plazo fijo. ¿Pero por qué la prohibición?
Señor Ministro , ¿cuál es la diferencia? ¿Por qué en un caso dice que sí y en el otro que no? Deme una razón como economista y no para agradar a las personas que se encuentran en las tribunas.
--(Manifestaciones en las tribunas).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Silencio, por favor.
La señora MATTHEI.-
Como economista, no hay ninguna razón valedera para decir sí a una situación de contrato de trabajo y no a la otra. Ello sólo podría entenderse por la odiosidad o por los eventuales malos récords de algunas empresas.
Justamente de lo que se trata con este articulado es de que vamos a poner coto a las malas experiencias que hubo en el pasado. Pero si el señor Ministro no cree en su propio proyecto, es una pena.
El señor ÁVILA.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , a la luz del debate suscitado acerca de estas últimas proposiciones, cabría recordar que la iniciativa que nos ocupa surge para institucionalizar una realidad que el Estado debió corregir oportunamente.
Se trata de cierta degradación del trabajo. Se ha expandido violentamente la subcontratación. Ésta no es otra cosa que el desentendimiento que hace el empleador de sus obligaciones con los trabajadores. Las traspasa a un tercero que precariza al extremo las condiciones en que se desenvuelve cada uno de los trabajadores agrupados en diversas empresas, sin control de ninguna naturaleza hasta ahora.
Lo que hace el proyecto es establecer ciertas normativas que favorezcan mínimamente una condición ya precaria de los trabajadores en el desarrollo de su función.
La mayoría permanente u ocasional de esta Corporación ya dinamitó la iniciativa en su esencia al favorecer el surgimiento de relaciones entre el usuario y los contratistas. Tal circunstancia no sólo daña gravemente la situación de los trabajadores afectados, concebidos en sus intereses individuales, sino que los destruye como organización.
Es ésa la finalidad que se persigue en el fondo: atomizar por completo a los trabajadores; impedir que sean una interlocución válida de los empresarios; en definitiva, ponerlos de rodillas. Y eso ya lo han logrado.
Entonces, lo que cabe es sacar lo antes posible del Senado este proyecto, que ya se ha convertido en una calamidad, para que pase a la Cámara de Diputados y allí se corrijan, aunque sea mínimamente, las gravísimas falencias de que adolece.
Ya, desgraciadamente, en nuestro país se ha entronizado un concepto de la relación empresario-trabajador que, por supuesto, no favorece en nada a la equidad proclamada muchas veces con tanto fervor y que tampoco permite al país avanzar de manera sostenida hacia un progreso integral si mantiene a un amplio sector de la población sometido a una suerte de dictadura en las empresas, donde no les resulta posible defender sus derechos ni organizarse mínimamente.
Por eso, creo que lo mejor...
--(Manifestaciones en tribunas)
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si las personas que se hallan en las tribunas no quieren que suspenda la sesión para ordenar el desalojo de éstas, no deben seguir interrumpiendo el normal desarrollo del trabajo del Senado.
Por lo tanto, les ruego guardar silencio.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación las indicaciones renovadas números 64, 65 y 66, que proponen suprimir el último inciso del artículo 152-Ñ.
--(Durante la votación).
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , voy a pronunciarme en contra de las indicaciones, porque -justamente a propósito de lo que indicó el Honorable señor Ávila - me parece que, cuando se requiere un porcentaje importante del total del personal para los casos a que se refiere el inciso final del artículo en comento, el modo más propio de proceder es por la vía de la subcontratación, que no constituye algo deleznable, sino que es parte de la organización moderna del trabajo.
En consecuencia, las indicaciones no me parecen pertinentes ni necesarias.
Voto que no.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , el Senador señor Cordero, quien acaba de votar, se encuentra pareado con el Honorable señor Frei.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Efectivamente, salvo que me equivoque, Su Señoría está pareado con el Senador señor Frei
El señor CORDERO.-
Dejamos sin efecto el pareo para las indicaciones que firmamos en conjunto.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, las normas que hablan de porcentajes siempre son injustas.
En el caso del veinte por ciento, una empresa con quinientos trabajadores -hay muchas en Chile- podrá contratar a cien; en cambio, una de la competencia que tenga diez sólo podrá contratar a dos.
En definitiva, gracias a los porcentajes, siempre termina beneficiada la gran empresa.
Por eso es malo lo aprobado por la Comisión. Y, por lo mismo, es bueno no establecer un porcentaje, ya que con él se favorece a los grandes y se margina a los chicos.
Eso es exactamente lo que ocurre con la norma que se propone suprimir.
En todo este proceso de competencia, de trabajo, de productos que se entregan, existe una permanente actividad en que los pequeños y medianos crecen con el tiempo y van copando ciertos mercados, determinadas áreas. Y eso se logra con mucho esfuerzo.
Por ello, cuando aprobamos normas legales que permiten al grande contratar a cien personas y al chico sólo dos -eso es verdad; y se da mucho- incurrimos en una omisión perjudicial para las personas que están creciendo.
En consecuencia, voto a favor de las indicaciones renovadas, con el objeto de que se elimine el porcentaje, pues -como expresé- terminará siendo negativo para los pequeños empresarios que están desarrollándose.
El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente, quiero hacer notar que son justamente las grandes empresas las que utilizan este tipo de trabajadores.
La práctica en referencia está generalizada, por ejemplo, en los bancos, donde muchísimos cajeros no son empleados de ellos, pues los ha proporcionado un tercero. Y los bancos no son pequeñas empresas: son grandes empresas.
Este proyecto de ley, fundamentalmente, servirá a aquel nicho.
Pero voy a decir algo más.
Aquí se citó el caso de la empresa que debe acometer una gran obra de construcción.
Yo pregunto: una empresa que tenga cinco empleados, ¿va a realizar ella, dirigida por su personal, una obra de ampliación que necesite cien o doscientos trabajadores, a los que contratará? No. Simplemente, llamará a una firma contratista especializada en construcción, la que llevará a cabo la tarea con personal y maquinaria propios. En el caso de una empresa dedicada al comercio, que difícilmente tiene experiencia en construcción, sin duda que contratará a una firma especialista.
Todas estas obras de ampliación se hallan contempladas en otro mecanismo: el de los contratistas, que se encuentra establecido en la ley.
Sin perjuicio de lo anterior, también está lo señalado oportunamente por el señor el Ministro , en el sentido de que se puede contratar a plazo fijo, por obra. Es decir, hay mecanismos.
La contratación de trabajadores a través del sistema expuesto procura evitar la relación directa entre quien necesita la realización de la obra y aquellos que van a trabajar en ella, y con eso, impedir que se constituya un sindicato al interior de la empresa. O sea, la orientación es hacia el atropello de los derechos de los trabajadores, los cuales hoy día ya están bastante atropellados en el país.
Por lo tanto, rechazo las indicaciones renovadas.
--(Aplausos en tribunas).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor OMINAMI.-
Yo: rechazo.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Excúseme, Su Señoría: ¿no está pareado con el Honorable señor Romero?
El señor OMINAMI.-
Efectivamente, pero no sabía que el señor Senador no estaba en la Sala.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún otro señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAIN ( Presidente ).-
Terminada la votación...
--Se aprueban las indicaciones renovadas números 64, 65 y 66 (19 votos a favor, 14 en contra y 2 pareos).
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia , Bombal , Canessa , Coloma , Cordero , Chadwick , Fernández, García , Horvath , Larraín , Martínez , Matthei , Orpis , Prokurica , Ríos, Sabag , Stange , Vega y Zurita.
Votaron por la negativa los señores Ávila , Boeninger , Frei ( doña Carmen) , Gazmuri , Lavandero , Naranjo, Núñez , Páez , Parra , Pizarro , Ruiz (don José ), Ruiz-Esquide , Silva y Viera-Gallo.
No votaron, por estar pareados, los señores Cariola y Ominami.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Habiéndose acogido las indicaciones anteriores, se entiende que no es necesario votar las siguientes, porque sólo se presentaron en subsidio.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En el Párrafo primero del artículo 152-O, que empieza diciendo "En el caso señalado en la letra a) del artículo anterior,", se ha pedido votar separadamente la frase "la puesta a disposición del trabajador podrá cubrir el tiempo de duración de la ausencia del trabajador reemplazado".
Por otra parte, también habría que pronunciarse sobre la totalidad del referido Párrafo, porque fue aprobado por tres votos a favor (de los Honorables señores Lavandero , Parra y Ruiz) y dos en contra (de los Senadores señores Canessa y Fernández ).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , esta indicación también pretende ampliar el plazo de 180 días a un año. Por las razones que reiteradamente he dado, debe rechazarse.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, no estamos debatiendo la indicación, sino pronunciándonos separadamente sobre la frase "la puesta a disposición del trabajador podrá cubrir el tiempo de duración de la ausencia del trabajador reemplazado".
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José )-
Señor Presidente , es necesario incorporar dicha expresión en la ley, porque el reemplazo del trabajador debe durar el tiempo de su ausencia y no más que eso. De lo contrario, no tendría sentido. Omitirla significaría dejar en el aire la ley. No quedaría clara.
Entonces, hay que aprobar la enmienda en la forma propuesta por la Comisión.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , en este caso tiene toda la razón el Senador señor Ruiz . Mi petición de votar separadamente se basó en un error de referencia. Así que la retiro.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Sin perjuicio de ello, el señor Secretario me hace presente que es necesario votar la modificación al artículo 152-O, por haberse aprobado por mayoría en la Comisión.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Respecto de la segunda norma propuesta en el artículo 152-O, que empieza estableciendo "En los casos señalados en las letras b), c), e), f) y g) del artículo anterior,", los Honorables señores Boeninger, Cordero, Zurita, Frei (don Eduardo), Foxley, Moreno, Zaldívar (don Adolfo), Sabag, Valdés y Aburto renovaron la indicación Nº 71 para reemplazarla por la siguiente: "En los casos señalados en las letras b), e) y h) del artículo anterior, el contrato de trabajo para prestar servicios en una misma usuaria no podrá exceder de 180 días. En el caso de las letras c) y d) dicho plazo será de 360 días, no siendo ambos casos susceptibles de renovación. Sin embargo, si al tiempo de la terminación del contrato de trabajo subsisten las circunstancias que motivaron su celebración, se podrá prorrogar el contrato hasta completar los 180 ó 360 días en su caso.".
Por su parte, los Senadores señores Fernández, Canessa, Arancibia, Cariola, Coloma, Chadwick, Stange, Romero, Novoa y Larraín renovaron las indicaciones Nºs 72, 73 y 74, para intercalar en la segunda norma propuesta en el artículo 152-O, a continuación de las letras "b), c)", lo siguiente: "d)".
Por último, los Honorables señores Fernández , Canessa , Arancibia , Cariola , Coloma , Chadwick , Stange , Romero , Novoa y Larraín también renovaron las indicaciones Nºs 77, 78 y 79, para suprimir en el artículo 152-O la última oración de la segunda norma propuesta, que señala: "En el caso de la letra d) del artículo anterior, el cómputo del plazo del contrato deberá ajustarse al período máximo que establece dicha norma.".
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , quiero formular una pregunta.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , si la Comisión aprobó la enmienda por unanimidad, ¿por qué se pone en discusión?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Porque se renovaron indicaciones, señora Senadora.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Pero el criterio siempre ha sido que si la Comisión aprueba por unanimidad una modificación no corresponde discutirla aquí.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Siempre que no se renueven indicaciones, caso en el cual la Sala debe votarla.
La señora FREI (doña Carmen) .-
¡Mal me parece...!
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Habría que modificar el Reglamento para dar satisfacción a Su Señoría.
Sugiero tratar las indicaciones por orden, empezando por la Nº 71.
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , ya expliqué este punto a propósito de la indicación Nº 55, referente a la letra d) del artículo 152-Ñ.
Sin embargo, debo hacer presente que en este momento, por haberse aprobado dicha indicación, se suprimió el límite de inicio de actividades de empresas nuevas, quedando sin plazo alguno. De manera que es indispensable aprobar alguna norma que fije un período para ello. De lo contrario, los contratos pasarían a ser indefinidos.
Agrego este antecedente a la justificación que ya manifesté.
El señor RUIZ (don José).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , voy a insistir en que ningún plazo debe superar 180 días, porque esto ya son excesivos.
Se trata de situaciones muy excepcionales, que en ese período se subsanan sobradamente. Si ello no ocurre, quiere decir que se está frente a casos permanentes y, por lo tanto, su solución también debe ser permanente; es decir, la empresa tiene que contratar trabajadores en forma estable y no transitoriamente.
Por lo tanto, rechazo la indicación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
--(Durante la votación).
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Por favor, ruego silencio.
Les ruego silencio. Si continúan las manifestaciones, voy a tener que suspender la sesión.
¡Silencio, por favor! Estamos en votación.
¡Silencio, por favor!
¡Silencio, por favor!
Se suspende la sesión.
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--Se suspendió a las 18:16.
--Se reanudó a las 18:25.
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
Se harán sonar los timbres para avisar a los señores Senadores que se reanudó la sesión.
El señor BOENINGER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor BOENINGER.-
Entiendo que sólo quedan cuatro minutos para el término del Orden del Día.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No, señor Senador. Como empezó tarde, debido a la suspensión, concluirá a las 19:10.
Prosigue la votación de la indicación renovada Nº 71, recaída en el artículo 152-O.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la indicación renovada Nº 71 (17 votos contra 10).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto , Arancibia , Boeninger , Bombal , Canessa , Coloma , Cordero , Chadwick , Fernández , Horvath , Larraín , Martínez , Matthei , Prokurica , Stange , Vega y Zurita.
Votaron por la negativa los señores, Ávila , Frei (doña Carmen) , Gazmuri , Naranjo , Núñez , Páez , Pizarro , Ruiz (don José) , Silva y Viera-Gallo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se deja constancia de que el comienzo de la indicación que se acaba de aprobar debe referirse sólo a las letras b) y e), porque la h) fue suprimida.
Si le parece a la Sala, como consecuencia de la aprobación de esta norma sustitutiva, se darán por rechazadas las demás indicaciones renovadas al artículo 152-O.
--Así se acuerda.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Corresponde tratar el artículo 152-P, que en la Comisión fue aprobado por 3 votos a favor (de los Senadores señores Lavandero , Parra y Ruiz) y 2 en contra (de los Senadores señores Canessa y Fernández ).
Se ha solicitado votar en forma separada las letras a), c) y e) de este precepto.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , dado que en esta disposición hay varias situaciones distintas, propongo votarla por partes.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Entonces, primero se votaría el encabezamiento y luego cada una de las letras respecto de las cuales se ha pedido votación separada.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobará el encabezamiento.
--Se aprueba.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión la letra a) propuesta por la Comisión.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , éste es un aspecto extraordinariamente sensible y -reconozco- bastante complejo, que la Comisión había rechazado en el primer informe: no se podrá contratar la puesta a disposición de trabajadores de servicios temporarios para sustituir a los que estén en huelga en la empresa usuaria.
El asunto es muy opinable y una de las cosas a las cuales la Central Unitaria de Trabajadores y, en general, el movimiento sindical chileno más se resisten. Sin embargo, en la reforma laboral de 2001, el problema de la sustitución de trabajadores en huelga se resolvió, no por la vía de suprimir tal posibilidad, ni de dejar la norma legal como estaba, sino por la vía de encarecer el reemplazo de aquéllos mediante el pago de un bono.
Como esa situación quedó resuelta así y como -tengo la impresión- no hay nada más provisional que una huelga, no me calza la lógica de que, existiendo una norma vigente para ese tipo de temporalidad, se prohíba contratar a un trabajador transitorio.
En consecuencia, dada la sensibilidad del asunto, votaré en contra de la letra a).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , a mi juicio, lo aprobado en la reforma laboral del año 2001 -se refirió a ello el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra- fue un exceso.
La huelga, cuando es posible sustituir a los trabajadores, deja de ser tal; automáticamente, desaparece. ¿De qué huelga estamos hablando si en el momento en que el personal sale por una puerta, por otra entran quienes lo reemplazan? La empresa sigue funcionando y no se alcanza el objetivo de la interrupción de faenas, que es la paralización de ellas.
Lo propuesto ahora no se logró en la oportunidad mencionada, pues se estableció un mecanismo que efectivamente encarece la sustitución.
El reemplazar a los trabajadores en huelga a través de esta vía -ya ni siquiera mediante su contrato directo por parte de la empresa, sino a través de terceros- me parece un exceso.
Por lo tanto, creo que se debe rechazar la utilización de empresas de servicios transitorios para proporcionar trabajadores a las firmas usuarias durante una huelga.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en mi opinión, resulta indispensable mantener la letra a), por cuanto es de la esencia de las empresas el contratar personal temporario durante una huelga. De lo contrario, simplemente perderían el dominio de su actividad. Y ésta es una de las formas en que se podrían malograr.
Si a la propia usuaria se le permite sustituir a sus trabajadores contratando a otros -aquí esto no queda prohibido-, no se ve razón para impedirle hacer lo mismo por intermedio de una empresa de servicios transitorios, cuyo objetivo es proporcionar mano de obra temporal, carácter que también tiene la huelga. Porque ésta es fundamentalmente temporal.
No hay motivo alguno que justifique hacer esa distinción. De manera que no vemos dificultad en que se apruebe esta letra a).
Creemos que el otro sistema es perjudicial para los trabajadores. Éste es más favorable, porque no cabe ninguna duda de que la presencia de trabajadores temporarios será meramente accidental. En cambio, en el otro pueden pasar a incorporarse a la empresa y, eventualmente, sustituir a los ya contratados.
No hay razón para eliminar esa posibilidad. Por ello, estimamos que se debe aprobar la letra a).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , somos contrarios a la sustitución de trabajadores en huelga por parte de estas empresas. Y, para precisar aún más lo señalado por el Senador señor Boeninger , deseo recordar que en la reforma laboral del año 2001 lo que se aprobó fue la posibilidad de efectuar reemplazos durante la huelga bajo determinadas condiciones. Tal cual está redactada esa norma, no hay una autorización genérica para reemplazar a trabajadores en huelga, sino una para ciertos casos. Independientemente de lo que indiqué, estamos en contra de hacerlo, por distintas razones que hemos argumentado latamente.
La reforma laboral de 2001 garantizó, entre otras cosas, la polifuncionalidad, que permite a las empresas sustituir trabajadores con su propio personal. Pero, francamente, el rechazo de esta letra haría de la huelga, que ya es un derecho tremendamente restringido por la legislación vigente, algo inexistente. Bastaría que la empresa en proceso de negociación, al momento de encaminarse hacia la huelga, contratara con una empresa de suministro de personal para que este derecho quedara reducido a la nada.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Seré muy breve, señor Presidente . Es solamente para decir que, al permitirse la contratación de un trabajador temporario para reemplazar a otro en huelga, tal posibilidad queda sujeta a lo que dispone el Código Laboral sobre la materia. Y como todo este articulado se incorporará a dicho cuerpo de leyes, de mantenerse esta norma no se podrá hacer cualquier cosa en materia de sustitución. No. Ella sólo será aplicable en los términos que establezca dicho Código .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se va a votar.
Pronunciarse a favor significa mantener la letra a) y aprobar lo propuesto por la Comisión; el rechazo equivale a suprimirla.
El señor BOENINGER.-
O sea, señor Presidente, los partidarios de reemplazar al personal en huelga deben votar en contra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Así es, señor Senador.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se rechaza la letra a) (17 votos contra 11 y 2 pareos).
Votaron por la negativa los señores Aburto , Arancibia , Boeninger , Canessa , Coloma , Cordero , Chadwick , Fernández , Horvath , Larraín , Martínez , Matthei , Prokurica , Sabag , Stange , Vega y Zurita .
Votaron por la afirmativa los señores Ávila , Frei (doña Carmen) , Lavandero , Moreno , Naranjo , Núñez, Parra , Pizarro , Ruiz (don José) , Silva y Viera-Gallo.
No votaron, por estar pareados, los señores Muñoz Barra y Zaldívar (don Andrés) .
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El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Se han recibido en la Mesa el segundo informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y el informe de la Comisión de Hacienda recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre modificación del Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y de otros cuerpos legales.(Boletín Nº 2853-04).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Quedan para tabla.
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El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, corresponde pronunciarse sobre la letra c), respecto de la cual se ha pedido votación separada. Reza como sigue: "para reemplazar a trabajadores despedidos de la empresa usuaria en los doce meses inmediatamente anteriores por aplicación de la causal establecida en el inciso primero del artículo 161;".
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , pedí votación separada de esta letra, que alude al inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, o sea, a la causal de despido por necesidades de la empresa, la cual, como es bien sabido, suscita bastante polémica. De mantenerse, constituiría un castigo para el trabajador. Porque si el empleador despide a una persona en virtud de dicha causal, nada le impide contratar a otra más adelante. En cambio, quien fue despedido queda imposibilitado de volver a postular. Entonces, parece absurdo castigar al propio trabajador quitándole una oportunidad laboral.
Por eso, soy partidario de eliminar la letra c).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en ese mismo sentido, creo que esta norma es un castigo para el trabajador, por cuanto no podrá ser contratado quien haya sido despedido, pero sí otra persona.
En definitiva, el castigo no es para el patrón, sino para el trabajador. Por eso, considero que la letra c) está de más y debe ser votada en contra.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , tal argumento corresponde a una interpretación. Pero hay otra según la cual el artículo 161 del Código Laboral puede ser utilizado de manera bastante masiva si existe la posibilidad de que algunas personas sean reemplazadas fácilmente por trabajadores transitorios. Así, una empresa, en vez de contratar a otro trabajador de planta, podría preferir a uno proporcionado por una empresa contratista o que preste servicios temporarios.
En consecuencia, por esa vía estaríamos disminuyendo la planta de las empresas, ya que éstas, en lugar de contar con personal estable, optarían por la contratación transitoria.
Por lo tanto, hay una interpretación más de fondo.
La protección del puesto de trabajo tiene que ver con el hecho de que la persona sea despedida efectivamente por necesidades de la empresa; con que haya un juicio si ella reclama, y con que, una vez dictado el fallo por el juez, se compruebe que el despido era realmente justificado. De esta forma, no habría problema alguno si al trabajador lo reemplazaran, pero no antes.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , estamos en desacuerdo con la observación del Senador señor Ruiz De Giorgio , pues el artículo 161 del Código del Trabajo cuenta con mecanismos de compensación -la indemnización por años de servicios y otros- y para la situación señalada existe el seguro de desempleo como eventual beneficio.
Por consiguiente, consideramos que en este caso específico no se justifica restringir el contrato relacionado con la puesta a disposición de trabajadores de servicios temporarios proporcionados por las empresas.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la letra c) del artículo 152-P.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se rechaza (18 votos contra 12 y 3 pareos).
Votaron por la negativa los señores Aburto , Arancibia , Boeninger , Canessa , Cantero , Coloma , Cordero , Chadwick , Fernández , Horvath , Larraín , Martínez , Matthei , Prokurica , Sabag , Stange , Vega y Zurita .
Votaron por la afirmativa los señores Ávila , Frei (doña Carmen) , Gazmuri , Lavandero , Moreno , Naranjo , Núñez , Parra , Pizarro , Ruiz (don José) , Silva , y Viera-Gallo .
No votaron, por estar pareados, los señores Muñoz Barra , Ominami y Zaldívar (don Andrés) .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En seguida, corresponde pronunciarse sobre la letra e).
No sé si habría acuerdo en hacerlo con la misma votación.
El señor BOENINGER .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor NÚÑEZ .-
Sí, señor Presidente : la misma votación.
El señor ÁVILA .-
Señor Presidente , ¿no sería mejor terminar de demoler el proyecto con la misma votación y así evitar este sufrimiento a gotas al pobre Ministro...?
El señor BOENINGER.-
Pido la palabra, señor Presidente, para plantear una moción de orden.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
La tiene, señor Senador.
El señor BOENINGER .-
Retiro la solicitud de votación separada respecto de la letra e), porque realmente no me parece una buena norma.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Como ha sido retirada la petición, ¿habría acuerdo para aprobar la letra e) y, por lo tanto, el resto del artículo 152-P, excluyendo las letras a) y c)?
--Así se acuerda.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, corresponde pronunciarse sobre el artículo 152-Q, para el que se ha pedido dividir la votación.
Dice el precepto: "Será nula la cláusula del contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios temporarios que prohíba la contratación del trabajador por la usuaria a la finalización de dicho contrato.".
El señor BOENINGER .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOENINGER .-
En verdad, pedí también votación separada para este artículo, no porque me parezca mal, sino porque lo considero inútil, innecesario.
Sin embargo, en aras de la brevedad, retiro mi planteamiento.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Como la solicitud ha sido retirada, el precepto queda aprobado en virtud del artículo 124 del Reglamento.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, cabe abocarse al artículo 152-R, que en su inciso segundo dice: "El contrato de trabajo de servicios temporarios deberá celebrarse por escrito y contendrá, a lo menos, las menciones exigidas por el artículo 10 de este Código". Y se ha pedido votación dividida respecto del texto que viene a continuación: "señalando especialmente la causal que justifica la contratación de servicios temporarios de conformidad con el artículo 152-Ñ", etcétera.
Por su parte, los Senadores señores Boeninger, Cordero, Zurita, Frei, Foxley, Moreno, Zaldívar (don Adolfo), Sabag, Valdés y Aburto renovaron la indicación número 87, que propone suprimir la parte respecto de la cual se pidió votación separada.
Además, los mismos señores Senadores renovaron la indicación número 88, cuyo objetivo es eliminar el inciso tercero del artículo 152-R.
Y en lo que dice relación al inciso cuarto, los Senadores señores Fernández, Canessa, Arancibia, Cariola, Coloma, Chadwick, Stange, Romero, Novoa y Larraín renovaron las indicaciones números 89, 90 y 91, que proponen sustituir las palabras "las 48 horas" por "dos días".
Finalmente están las indicaciones renovadas números 92, 93 y 94, de los Senadores señores Fernández , Canessa , Arancibia , Cariola , Coloma , Chadwick , Stange , Romero , Novoa y Larraín , para suprimir el inciso final del mismo artículo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En conformidad a lo señalado por el señor Secretario , corresponde tratar en primer lugar la indicación número 87, que propone suprimir, en el inciso segundo, el párrafo que comienza con la palabra "señalando", hasta el punto final. Es más de la mitad del inciso.
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , esta supresión es congruente con una indicación aprobada con anterioridad respecto de otro artículo, donde se reemplazó, en lo atinente a la información que se debe entregar por parte de la empresa usuaria, la causal que justifica la contratación por la terminología que se propone. Ello, porque al estar consignada en la ley la causal invocada no corresponde la justificación.
En consecuencia, como aquella indicación se aprobó, el objetivo de la supresión es que aquí se vuelve a hablar de la causal que justifica, cuando en un artículo anterior ya habíamos sustituido la palabra "justifica" por el término "se invoca".
Ése es el sentido.
El señor LARRAÍN, don Andrés (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, haremos votación económica.
--En votación a mano alzada, se aprueba la indicación renovada Nº 87 (17 votos a favor, 8 en contra y un pareo).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde tratar la indicación renovada número 88, que propone suprimir el inciso tercero del artículo 152-R.
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , este punto es bastante crucial en cuanto a cómo uno vislumbra el funcionamiento de las empresas que proveen trabajadores temporales. El inciso en cuestión señala lo siguiente: "La duración del contrato de trabajo de servicios temporarios no podrá ser superior al plazo del respectivo contrato de puesta a disposición.". Así, por ejemplo, el señor Pérez será contratado por la empresa de servicios transitorios por seis meses sólo porque alguien lo pide por ese período. Ello implicaría que, en el fondo, más que una empresa de trabajadores transitorios que puede tener contratos indefinidos, ubicados de acuerdo con los requerimientos o las oportunidades del mercado, ella se estaría convirtiendo en una especie de bolsa de trabajo que, cuando le piden un trabajador, lo busca y lo contrata por el período que se requiere.
A mi juicio, las empresas que aplican este procedimiento, por excepcional que sea -obviamente, nunca una parte significativa de la fuerza de trabajo funcionará con un esquema de este tipo-, deberían tratar de formalizarse. En consecuencia, los trabajadores podrían tener acceso a contratos indefinidos, formar sindicatos, etcétera, como ocurre en cualquier otra empresa.
Por eso, soy contrario a este inciso.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , coincido con el planteamiento del Senador señor Boeninger , porque en la Comisión presenté una indicación tendiente a que las empresas de trabajo transitorio pudieran celebrar contratos indefinidos. Pero, en definitiva, ella fue rechazada.
Estimo que habría sido mucho más razonable que las empresas pudieran contratar gente para capacitarla, prepararla y después proporcionarla a otras empresas. Eso habría tenido más sentido. Pero tanto el Ministerio del Trabajo como algunos señores Senadores no estuvieron de acuerdo conmigo y mi indicación fracasó.
Lo señalado por el Honorable señor Boeninger me parece absolutamente razonable y, en consecuencia, concuerdo con eliminar el inciso.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
¿Habría acuerdo en la Sala para aprobar la indicación renovada número 88, que suprime el inciso tercero del artículo 152-R?
--Se aprueba.
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El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , le ruego solicitar autorización para que la Comisión de Salud funcione simultáneamente con la Sala a partir de este momento.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, a las 19:10 termina el Orden del Día. Es decir, quedan nueve minutos.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Es sólo para abrir la sesión y así no perder tiempo, señor Presidente .
--Se accede a la petición.
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
A continuación, corresponde tratar las indicaciones renovadas números 89, 90 y 91, para sustituir en el inciso cuarto del artículo 152-R la expresión "las 48 horas" por "dos días".
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , aquí se habla de cinco y de dos días. Pero si son contratos de extraordinaria flexibilidad, ¿cuál es la razón para sustituir la expresión "48 horas"? La prestación puede iniciarse a las 5 de la mañana o a las 5 de la tarde. Entonces, ¿para qué hablar de días? Los días tienen 24 horas. Mi duda es a qué hora comienza la jornada.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , deseo aclarar las dudas del Honorable señor Martínez .
La manera de contar las horas en el Código Civil es distinta. Por consiguiente, cuando se trata de un plazo de horas, éste corre de hora a hora. Llevado eso a un plazo de días, el primero se cuenta incompleto, y el segundo, completo. De modo que es mucho más fácil. Lo otro, en cambio, implica crear un término que puede vencer a las 4 de la madrugada.
Ésa es la explicación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobarán las indicaciones.
--Se aprueban las indicaciones renovadas números 89, 90 y 91.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde tratar las indicaciones renovadas números 92, 93 y 94, para suprimir el inciso final del artículo 152-R.
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , esta norma obliga a enviar los contratos y toda la información a la Dirección del Trabajo, con el consiguiente aumento de la burocracia y el hacinamiento de copias de contratos de trabajo en ese organismo.
Por lo tanto, con esta disposición se generan costos administrativos y un trabajo absolutamente inútil, porque dicha Dirección de todas maneras está facultada para concurrir a las empresas y exigir tales documentos. Aquí se establece que se le deberán enviar los contratos y toda la información dentro del quinto día. Eso significa más burocracia, más trabajo, sin ninguna utilidad ni beneficio para el trabajador.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José ).-
Este inciso es muy importante, porque permite a la Dirección del Trabajo fiscalizar en forma rápida y expedita que se tengan a mano los contratos de trabajo.
Esa exigencia guarda relación con lo que estábamos planteando inicialmente: que los contratos de trabajo -lo propusimos en su oportunidad, pero fue rechazado- puedan suscribirse también en forma previa, de tal manera que la Dirección del Trabajo verifique que han sido suscritos en forma correcta y, con posterioridad, fiscalice que el desempeño de la actividad se rija por las normas que establece el proyecto.
Por eso es importante que el contrato llegue a la Dirección del Trabajo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , tanto para el empleador como para el empleado es conveniente que el contrato laboral vaya a la Inspección del Trabajo, ya que posteriormente podría afirmarse que éste se pactó en condiciones distintas.
Por eso, soy partidario de que los contratos sean enviados a dicho organismo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , en teoría estoy de acuerdo con lo planteado por el Honorable señor Ruiz , pero en la práctica, asumo la tesis del Senador señor Fernández . Por lo tanto, no podría estar en una contradicción más patética.
De ahí que me abstendré de votar.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , la intervención del Senador señor Ávila me motivó a intervenir.
Si se desea que exista una adecuada fiscalización, es importante que esos contratos estén en poder de las respectivas instituciones. De hecho, muchas veces a partir de ellos se realizan muestreos para fiscalizar. De lo contrario, esto último no podría efectuarse; es decir, el sistema de fiscalización se perdería.
Por eso, si se eliminara el inciso, uno de los grandes perdedores serían justamente los trabajadores.
En consecuencia, invito al Senador señor Ávila a corregir su voto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente , aún no hemos escuchado la opinión del señor Ministro . Puesto que la Inspección del Trabajo depende de su Cartera, sería interesante oír su parecer.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz.
El señor RUIZ (don José) .-
Señor Presidente , los inconvenientes relativos a la burocracia que se han mencionado hoy se pueden afrontar por la vía de los mecanismos técnicos propios de la actividad económica. Hacer llegar la información a la Dirección del Trabajo mediante un correo electrónico no es tan complicado. Y que ésta a su vez mantenga en un registro computacional los contratos de esta índole, tampoco presenta dificultades.
A mi juicio, aquí la burocracia es mínima, si es que existe. Para eso están los medios modernos. No creo que aún se utilice para tal efecto un mensajero, ni que se vea todo por escrito. Eso ya no se usa.
Por ello, considero que no se puede eliminar la norma propuesta.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , no todas las empresas en el país están en condiciones de hacer tales envíos por "e-mail". En todo caso, esta norma no permite usar la vía computacional; lo más probable es que se exija el timbre de la Dirección del Trabajo.
En mi opinión, ello significará imponer una carga enorme a dicho organismo, sin ninguna ventaja para el trabajador. Porque, en caso de que éste enfrente un problema, podrá llevar copia de su contrato a la Inspección para exigir la fiscalización. Y cuando quiera fiscalizar la Dirección del Trabajo, va a ir a la empresa y lo primero que hará será pedir los contratos. ¡Pero que los tenga esta última! No creo que dicha entidad cuente con suficiente personal ni con la capacidad técnica para recibir todos los contratos y revisarlos; menos para vaciarlos a un sistema computacional, especialmente si se trata de contratos que pueden durar diez días.
Por lo tanto, no veo dificultad alguna para eliminar el precepto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente , hice una consulta al señor Ministro del Trabajo y me gustaría que se pronunciara al respecto, porque a él atañe directamente el asunto.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
En realidad no escuché la pregunta del señor Senador. Ése es el motivo por el que no he contestado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , pregunté al señor Ministro qué piensa acerca de la norma propuesta. ¿Aumenta la burocracia? ¿Tiene beneficios o no los tiene? La Inspección del Trabajo depende del Ministerio a su cargo. Por lo tanto, sería interesante oír su parecer. ¿Es posible utilizar Internet? ¿Hay un formato? ¿Cómo se ha considerado esa vía? Porque eso es lo práctico.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Obviamente, la forma en que esto se va a implementar depende del destino del proyecto; es decir, hoy día no existe la obligación legal de registrar contratos de trabajo. Pero si ello se impusiera por ley, se constituiría el formato y, en consecuencia, se haría plenamente posible.
La Dirección del Trabajo dispone de un creciente número de servicios que se realizan vía Internet. No sería éste el primer caso. Por ejemplo, todas las empresas subcontratistas de la construcción tienen la obligación de registrar contratos de trabajo; y lo hacen habitualmente Estamos desarrollando fórmulas no presenciales, virtuales, de efectuar estos registros.
Obviamente, no puedo dar una respuesta acerca de la aplicación práctica, dado que no existe la obligación legal de materializar el registro; pero los desarrollos de Internet claramente lo hacen posible. Tan así es que trabajamos en muchos formularios utilizando dicho medio.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate
Si le parece a la Sala, haremos votación económica.
Acordado.
--En votación a mano alzada, se aprueban las indicaciones renovadas números 92, 93 y 94 (15 votos contra 9, 2 abstenciones y un pareo).
El señor LARRAÍN (Presidente) .-
Terminado el Orden del Día.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son del tenor siguiente:
Del señor CHADWICK:
Al señor Contralor General de la República , pidiéndole REVISIÓN DE LEGALIDAD EN PROCESOS DE LICITACIÓN DE FRECUENCIAS RADIALES EN SEXTA REGIÓN (reiteración de oficio).
De la señora FREI (doña Carmen):
Al señor Ministro de Hacienda , solicitándole información sobre MONTO PAGADO POR CONCESIÓN DE EMPRESA ESSAN Y PORCENTAJE DESTINADO A OBRAS DE DESARROLLO.
A la señora Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, requiriendo datos acerca de SUBSIDIOS DE AGUA POTABLE (ambos de la Segunda Región).
Del señor HORVATH:
A la señora Ministra de Relaciones Exteriores , respecto de SITUACIÓN DE TRIPULANTES CHILENOS DETENIDOS EN AUSTRALIA POR ACCIONES ILEGALES DE PESCA.
A los señores Ministro y Subsecretario de Obras Públicas , y Director Nacional de Vialidad , requiriendo antecedentes acerca de SEGURIDAD EN CUANTO A CARÁCTER PÚBLICO DE DIVERSAS FRANJAS DE CAMINO EN ZONA AUSTRAL.
Del señor MUÑOZ BARRA:
Al señor Ministro de Obras Públicas , concerniente a pavimentación de caminO ENTRE CALLE SAAVEDRA Y RUTA 5 SUR EN COMUNA DE VICTORIA (Novena Región).
Del señor ROMERO:
A la señora Ministra de Defensa Nacional y a los señores Ministros de Hacienda y de Agricultura , sobre ADQUISICIÓN DE ESCÁNERES PARA DETECCIÓN DE PLAGAS VEGETALES Y DROGAS EN ADUANAS TERRESTRES.
Del señor STANGE:
Al señor Ministro de Hacienda , referente a DISTRIBUCIÓN Y CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN DE RECURSOS DEL BID PARA DIVERSOS PROGRAMAS DE DESARROLLO.
Al señor Ministro de Obras Públicas , solicitándole información atinente a proyecto "PUENTE SOBRE CANAL DE CHACAO".
Al señor Ministro de Salud , respecto a CONVENIO ENTRE FONASA Y SERVICIO DE SALUD DE LLANQUIHUE, CHILOÉ Y PALENA, Y FACTIBILIDAD DE IMPLEMENTACIÓN DE HOSPITAL TIPO 2 EN PROVINCIA DE PALENA;
Al señor Ministro de Bienes Nacionales , en cuanto a REGULARIZACIÓN DE TÍTULOS DE PROPIEDAD DE BIENES RAÍCES HEREDADOS POR SEÑORA CARMEN LÓPEZ RUIZ.
Al señor Intendente de la Décima Región , pidiéndole información sobre MEDIOS DE TRANSPORTES MARÍTIMO, AÉREO Y TERRESTRE SUBVENCIONADOS Y MONTO DEL BENEFICIO (todos de la Décima Región).
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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En Incidentes, como los Comités Institucionales 2 e Independiente, Mixto (Partido Por la Democracia) y Demócrata Cristiano no harán uso de sus tiempos, el turno siguiente corresponde al Comité Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra el Senador señor Stange.
DESINTERÉS GUBERNATIVO ANTE REALIDAD DE CHILOÉ CONTINENTAL. OFICIOS
El señor STANGE.-
Señor Presidente , al parecer, para las autoridades de Gobierno el extremo sur austral de la Décima Región de Los Lagos no existe. Digo esto por el poco interés que demuestran las esferas gubernamentales por saber y conocer la realidad de Chiloé continental, y especialmente de la provincia de Palena. Es aquí donde se aprecia más el centralismo de nuestro país.
Ello conlleva a que no hayan sido aplicados como se pretendía los beneficios de la ley Nº 19.606, que establece precisamente incentivos para el desarrollo económico de esa provincia.
Fundamento esta explicación de acuerdo con los siguientes puntos:
-Desconocimiento o falta de información sobre la geografía y características de esta zona.
-Facilidades otorgadas a ciudadano extranjero para la adquisición desusada de terrenos.
-Despoblamiento de Palena.
-Falta de caminos y medios de comunicación marítimos.
-Deficiencia en atención médica.
Así, cuando me refiero al desconocimiento de la zona en comento, debo remitirme obligadamente al oficio ordinario 141.04 de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, que da respuesta a consultas realizadas por la Comisión de Bienes Nacionales del Senado, pues contiene graves errores. Por ejemplo, señala textualmente: "el territorio de la Provincia de Palena, en la Región de Los Lagos, tiene una superficie aproximada de 150.000 hectáreas". Se advierte la importancia de este error si se considera que solamente el empresario Douglas Tompkins posee más de 400 mil hectáreas en esa provincia.
Además, en el mismo punto se dice que "la Provincia de Palena se localiza al sur oriente de la capital regional, Puerto Montt, separada del Chile Continental por el seno y estuario de Reloncaví".
Quien no conoce la región puede perfectamente entender que para la oficina central de Bienes Nacionales, Chile se divide territorialmente en dos partes a la altura de Puerto Montt, lo cual implica ignorar que la zona es conocida comúnmente como "Chiloé Continental".
Tales afirmaciones erróneas causan grave incertidumbre entre posibles capitalistas, quienes, por eso, se abstienen de invertir allí.
Me he referido a las facilidades otorgadas a un ciudadano extranjero para la adquisición desusada de terrenos porque creo necesario hacer ver los errores cometidos por el Gobierno, los cuales comenzaron en 1997, al firmar un Acta de Acuerdo con Douglas Tompkins.
Ese ciudadano norteamericano ha podido adquirir una cantidad desmesurada de terrenos a colonos, sin que en este momento se sepa con seguridad cuántas hectáreas ha comprado en la provincia de Palena solamente, incluyendo la ciudad de Chaitén, con el pretexto de preservar recursos naturales ambientales.
El Acuerdo permitió que esta persona, en calidad de turista, tuviera acceso a toda la información necesaria para su aparente interés de cooperar con el Gobierno chileno en el saneamiento de títulos de propiedad. Es así como pudo disponer de todos los antecedentes que requería para comprar, a distintos colonos, las tierras que no tenían título o aquellas en que había dificultades para obtenerlo.
Representando a una fundación norteamericana y amparado en el decreto ley Nº 600, el señor Tompkins ha internado, entre el 2 de abril de 1991 y el 3 de mayo de 1999, la suma de 32 millones 330 mil dólares, destinados en su mayor parte a la compra de terrenos con fines filantrópicos de conservación del medio ambiente.
Al adquirir las tierras en forma legal y con los títulos correspondientes, los antiguos pobladores o dueños fueron obligados, lógicamente, a desocuparlas.
Conocidas son las diversas diligencias que se efectúan para que gran parte de estos terrenos, adquiridos por una fundación norteamericana, sean traspasados a una fundación chilena que administrará estos bienes clasificados como " Santuario de la Naturaleza ".
Cabe hacer presente que no todas las tierras adquiridas por el señor Tompkins formarán parte de dicho Santuario y que tampoco serán parte de él aquellas que continúa adquiriendo, sea en la provincia de Palena o en la Undécima o Duodécima Regiones.
Naturalmente, esta compra y venta masiva de terrenos ha producido un despoblamiento. Los colonos que trabajaban las tierras han emigrado a Chaitén o a otras ciudades del país.
La escuela básica que funcionaba en ese sector ha sido cerrada por falta de alumnos.
En lo referente a la ausencia de caminos y medios de comunicación marítimos, he de señalar que la carretera austral fue construida para incorporar geopolíticamente todo el sur austral con Puerto Montt. Sin lugar a dudas, esa importante vía permitió el desarrollo de vastos sectores que antes sólo tenían comunicación por mar o por la República Argentina.
En la actualidad, esa ruta se prolonga hasta el extremo austral de la Undécima Región. Sin embargo, al sur de Hornopirén, en la provincia de Palena, hay un tramo de aproximadamente 66 kilómetros que no fue construido, por lo cual la carretera austral se halla interrumpida.
Los últimos Gobiernos han buscado una solución al problema mediante el sistema de transbordos marítimos, pero éstos son irregulares, caros y están sujetos al estado del tiempo.
Por ejemplo, el viaje en transbordador entre Puerto Montt y Chaitén tiene un valor de 65 mil pesos por vehículo, a los que deben sumarse los 2 mil pesos que tiene que pagar el conductor y los 12 mil pesos que se cobra a cada uno de los pasajeros.
En la época de verano, para fomentar el turismo, se puede viajar desde Puerto Montt a Hornopirén por tierra, y luego, por mar desde este puerto hasta Caleta Gonzalo , donde es posible empalmar con la carretera austral. El transbordo marítimo tiene un costo de 56 mil pesos por vehículo, más 9 mil pesos por cada persona.
Hoy, el Gobierno considera que no es viable construir los 66 kilómetros de carretera que faltan, por cuanto el alto costo de la infraestructura no se justifica, debido al escaso movimiento de vehículos.
Comprendo esta lógica económica, pero la rechazo como solución a la integración territorial, pues si se pudiera viajar por tierra desde Puerto Montt a Chaitén y continuar hacia la Undécima Región, aquellos que se desplazan en vehículo no tendrían que hacer parte del trayecto por territorio argentino, o bien, utilizar los medios marítimos ya descritos, con el alto costo mencionado.
Al respecto, cabe considerar que el mismo argumento de integración territorial que se utiliza para proyectar la construcción del puente sobre el canal de Chacao es aplicable a este caso.
Sin embargo, el ciudadano norteamericano Douglas Tompkins pone objeciones al trazado de estos 66 kilómetros, por cuanto, evidentemente, tendrá que atravesar de norte a sur sus propiedades.
Por ello promueve, incluso buscando apoyo político, que se construya un camino que una los poblados de la península de Huequi y aquellos que en ruta costera enlazan Chumeldén con Santa Bárbara y Chaitén .
Esos dos caminos son imprescindibles, porque favorecerían a los lugares donde está el mayor asentamiento de colonos. De modo que el Gobierno debe entregar los presupuestos respectivos. Pero no es la solución de "continuidad territorial", pues en ambos casos deberán utilizarse los transbordos marítimos. ¿Qué colono está en condiciones económicas de hacer uso de estos onerosos medios de transporte? Por eso, ahora los mismos colonos ofrecen sus tierras al señor Tompkins. ¿Qué hace el Gobierno para evitar este despoblamiento?
En consecuencia, insisto en que, antes de firmar cualquier documento que materialice como Santuario de la Naturaleza al Parque Pumalín, el Gobierno chileno debe asegurarse, si es necesario con compensación de terrenos, una franja del ancho suficiente para que el Ministerio de Obras Públicas fije el trazado de norte a sur que permita la construcción futura del tramo discontinuado de la carretera austral.
Otro aspecto que impide el desarrollo de la provincia de Palena es la deficiencia en los servicios de salud.
En la actualidad, las ciudades de Chaitén -la capital de la provincia-, Futaleufú y Palena cuentan con los servicios de un hospital clase 4. Es decir, únicamente disponen de medicina general y de paramédicos.
En cambio, la otra localidad con mayor población, Hornopirén, tiene solamente un consultorio. Todo este servicio enlazado depende de Llanchipal, cuya sede está en Puerto Montt.
Es tal la escasez de atención médica medianamente especializada, que recientemente el Director de Llanchipal y el Director del Hospital de Esquel , en Argentina, firmaron un acuerdo para atender pacientes -por ahora, los casos de urgencia- en dicha ciudad del país vecino. Tales prestaciones serán cubiertas por FONASA, entidad que, además, solventaría el costo de traslado de los enfermos.
Por mucho que se hable de integración, no es posible que el Gobierno no esté en condiciones de establecer servicios médicos suficientes para atender a los enfermos chilenos en nuestro país.
Por ello, reclamo que a la brevedad se establezca un servicio médico, con especialidades suficientes, en la provincia de Palena, para atender todas las necesidades básicas urgentes.
Como se desprende de todo lo manifestado, los habitantes de la provincia de Palena merecen más atención en sus necesidades y mayor respeto a su condición de chilenos.
Todo lo anterior sería subsanable si el Gobierno se decidiera a solucionar lo concerniente a la integración territorial de dicha provincia.
Consecuente con lo expresado, solicito al señor Presidente del Senado que se oficie en mi nombre a los señores Ministros Secretario General de la Presidencia , don Francisco Huenchumilla Jaramillo ; de Salud, don Pedro García Aspillaga ; de Obras Públicas, don Javier Etcheverry Celhay ; de Hacienda, don Nicolás Eyzaguirre Guzmán , y de Bienes Nacionales, don Jaime Ravinet de la Fuente .
He dicho.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del Honorable señor Stange, conforme al Reglamento.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En el tiempo restante del Comité Unión Demócrata Independiente, ningún otro señor Senador intervendrá.
En el turno del Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , quiero respaldar en plenitud los antecedentes que entregó y las peticiones que formuló el Senador señor Stange . Y debo agregar que, en el caso del camino costero continuo a que se refirió Su Señoría, tres consultoras ya efectuaron los estudios para fijar la franja correspondiente, los que fueron aprobados por las autoridades competentes del Ministerio de Obras Pública. Así se posibilita en forma anticipada, sin necesidad de la declaración de Santuario de la Naturaleza y con la adquisición a través de la permuta con terrenos fiscales aledaños equivalentes o por la vía de la compra, que el Fisco reserve para el interés público, con la oportunidad que la situación aconseja, los elementos mínimos indispensables para la construcción de la citada ruta por etapas.
Ahora, el tema no sólo se remite a la franja de camino, sino también a la integridad territorial, ya que hoy ha quedado de manifiesto el riesgo del suministro de energía eléctrica debido a la carencia de gas de Argentina, lo cual mejora las perspectivas del enorme potencial hidroeléctrico existente en la zona austral. Para ello, las empresas tienen fijado el trazado del tendido eléctrico, que ocuparía la misma franja de camino. Y, además, hay otros elementos de servicio, como las comunicaciones.
Por ello, sobre la base de los mismos antecedentes señalados, me permito solicitar que, en mi nombre, se oficie al señor Ministro de Economía y Presidente de la Comisión Nacional de Energía para que disponga todo lo que esté a su alcance a los efectos de salvaguardar el interés público, de modo que, con la debida anticipación, se cuente con la franja necesaria para la interconexión eléctrica y la habilitación de los demás servicios mencionados.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se considerará la adhesión de Su Señoría y se oficiará al Ministro individualizado.
En el tiempo que resta al Comité Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Los Comités Socialista e Institucionales 1 no intervendrán.
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:28.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR HORVAT, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 124 DEL REGLAMENTO DEL SENADO PARA PERMITIR LA RENOVACIÓN DE INDICACIONES APROBADAS PARCIALMENTE O CON MODIFICACIONES (S 722-09)
Honorable Senado:
HONORABLE SENADO:
En conformidad al inciso primero del artículo 121 del Reglamento de la Corporación, si un proyecto aprobado en general por el Senado es objeto de indicaciones, debe volver con ellas a la Comisión, para que ésta expida segundo informe, a menos que la Sala, por unanimidad, acuerde omitir este trámite. De acuerdo a lo dispuesto en su inciso cuarto, en el segundo informe la Comisión podrá proponer la aprobación o el rechazo de las indicaciones o su modificación o aprobación parcial.
Por su parte, el artículo 124, en sus incisos segundo y tercero, establece que, durante la discusión particular, el Presidente de la República o diez o más Senadores pueden renovar las indicaciones que fueron rechazadas en el segundo informe, con excepción de las declaradas inadmisibles, debiendo la renovación hacerse para cada indicación y sin alterarse el texto de la proposición original, salvo en lo que fuere indispensable para adecuarla al proyecto aprobado por la Comisión en el segundo informe.
Del tenor de las citadas disposiciones reglamentarias, resulta que no es procedente renovar aquellas indicaciones que, en el segundo informe, la Comisión propone aprobar con modificaciones o en forma parcial.
Puede ocurrir, no obstante, que al aprobarse parcialmente o modificarse el texto original de una indicación, la resultante proposición de la Comisión se aparte significativamente del sentido o intención que los autores de la indicación tuvieron en vista al formularla, o suprima aspectos o matices que éstos estimaron esenciales en ella. Sin embargo, en este caso no resulta posible renovar la indicación original, pues, como se dijo, la renovación únicamente es procedente respecto de las indicaciones rechazadas y, en la situación que exponemos, éstas figuran en el segundo informe como aprobadas, aunque parcialmente o con modificaciones.
Estimamos que la situación descrita no resulta equitativa, ya que mientras autoriza la renovación de las indicaciones rechazadas, priva a los Senadores del derecho de renovar indicaciones cuya idea original ha sido en la práctica rechazada, por la vía de la modificación o aprobación parcial de un texto incompatible o insuficiente, circunstancia que imposibilita que sea la Sala la que se pronuncie sobre la proposición.
Por las razones expresadas y con el objeto de remediar esta situación, venimos en proponer el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO
Artículo Único.-Sustitúyese, en el inciso segundo del artículo 124 del Reglamento del Senado, la frase entre comas “,rechazadas en el segundo informe,”, por la siguiente: “,rechazadas, modificadas o aprobadas parcialmente en el segundo informe,”.
(Fdo.): ANTONIO HORVATH KISS Senador
MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR VIERA-GALLO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN RÉGIMEN LEGAL PARA LAS UNIONES DE HECHO (3743-07)
Honorable Senado:
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1º, 19º numerales 2º, 3º, 4º y 6º y 60º numerales 3) y 20) de la Constitución Política de la República, la Ley de Matrimonio Civil, la Ley sobre Registro Civil y el Código Civil.
Considerando:
1.-Que el Estado tiene por finalidad promover el bien común de sus habitantes.
2.-Que, con dicho objeto, debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible.
3.-Que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y que su base principal es el matrimonio.
Dicho principio es recogido y desarrollado por la nueva Ley de Matrimonio Civil, recientemente despachada por el Parlamento, la que ha reforzado la importancia del vínculo y establecido normas tendientes la protección de los hijos y de los cónyuges en caso de disolución o término del mismo.
4.-Que, sin embargo, existen numerosas familias que no encuentran su origen en el matrimonio, sea por la imposibilidad de las parejas para contraerlo o por la mera voluntad de sus miembros de no hacerlo.
A este respecto, es importante considerar el importante descenso en las cifras de matrimonios ocurridos en el país. La tasa de nupcialidad ha descendido de 8.0 a 4.2 por cada mil habitantes entre los años 1988 y el 2000; es decir, el número de matrimonios ha bajado a casi la mitad.
5.-Que resulta indispensable para la sociedad atender esta realidad en la que permanece un número importante de chilenos, atendido los efectos que ocasiona tanto a sus miembros como a sus hijos comunes.
6.-Que reconocer la existencia de familias no originadas en el vínculo matrimonial no implica en ningún caso desconocer o minimizar la importancia de aquél, sino solamente otorgar a quienes no han podido o querido optar por él, un estatuto que regule, aún precariamente, su relación, solucionando los principales problemas jurídicos involucrados.
7.-Que, por ello, no se reconocen a los miembros de las uniones de hecho que se crean derechos equivalentes a los de los cónyuges, sino aquéllos que resultan más indispensables y significativos en materia patrimonial y de resguardo y protección de los hijos, como son el destino de sus bienes y, en especial, del hogar común y la presunción de paternidad de los menores, respectivamente.
8.-Que, con el objeto de asegurar la publicidad y facilitar la prueba de estas uniones se propone, en forma voluntaria, la realización de una declaración jurada notarial, aún cuando se estima conveniente perfeccionar dicho mecanismo, a través de la iniciativa exclusiva de S.E. el Presidente de la República, por la existencia de un registro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Por lo anterior, el Senador que suscribe viene en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“ARTÍCULO PRIMERO:
ESTABLECE UN RÉGIMEN LEGAL PARA LAS UNIONES DE HECHO
Artículo 1.- Definición. Son uniones de hecho las constituidas por un hombre y una mujer mayores de dieciséis años, que hayan convivido de un modo público, libre y exclusivo por un período no inferior a un año. No se exigirá el plazo señalado en caso de existir hijos comunes.
No podrán formar una unión de hecho quienes estuvieran imposibilitados de contraer matrimonio entre sí. Sin embargo, si el motivo fuera encontrarse uno o ambos de sus miembros ligados por un vínculo anterior no disuelto, podrán conformarla desde que haya intervenido alguna de las formas de hacer constar de un modo fehaciente el cese de su convivencia marital anterior.
Artículo 2.- Prueba. La existencia de una unión de hecho podrá acreditarse a través de cualquiera de los medios de prueba establecidos en la ley.
Sin embargo, la declaración jurada que efectúen ambos miembros de ella ante un Notario Público otorgará fecha cierta y hará plena prueba del inicio de la convivencia. Se presumirá que a partir de dicha fecha ésta continúa ininterrumpidamente. Al momento de la inscripción los miembros de la pareja deberán efectuar un inventario simple de sus bienes.
Artículo 3.- Término de la unión de hecho. La unión de hecho se reputará terminada si cualquiera de los miembros realizare una declaración jurada en ese sentido en la misma Notaría en que se hubiera realizado aquélla a que se refiere el artículo precedente; por el matrimonio posterior de ellos, entre sí o con cualquiera otra persona; por la existencia de una declaración jurada que constituya una nueva unión de hecho o por fallecimiento de alguno de sus miembros.
En caso de no haberse realizado la declaración jurada revocatoria, el término de la unión de hecho se acreditará por cualquiera de los medios que señala la ley.
Artículo 4.- Comunidad de bienes. Salvo pacto en contrario, los bienes adquiridos a título oneroso, durante la existencia de una unión de hecho y los frutos respectivos, pertenecerán a ambos miembros de ella en comunidad, por partes iguales o en la proporción que hubieran convenido.
Artículo 5.-Disolución de la comunidad. La división de las cosas comunes y las obligaciones y derechos que de ella resulten se sujetarán a las mismas reglas que en la partición de la herencia.
Artículo 6.- Preferencia respecto del hogar común. Al fallecimiento de uno de los miembros de la unión de hecho, en el caso de aquéllas cuya existencia pudiera acreditarse de acuerdo a lo señalado en el inciso segundo del artículo 2, el sobreviviente tendrá derecho a que su parte en la división de los bienes de la comunidad, se entere con preferencia mediante la adjudicación a favor suyo del inmueble en que resida y que sea la vivienda principal de la pareja, así como el mobiliario que lo guarnece, siempre que forme parte de aquélla.
Si el valor total de dichos bienes, excediere la parte que le correspondiere, podrá pedir que sobre aquéllas cosas que no le sean adjudicadas en propiedad, se constituya en su favor derechos de habitación y uso, según la naturaleza de los mismos, en carácter de gratuitos y vitalicios. Cesará este derecho si el beneficiario contrae un nuevo matrimonio o inicia una nueva convivencia.
Artículo 7.- Situación de los hijos. La resolución judicial, arbitral o el acuerdo que verse sobre la partición de los bienes a que se refiere el artículo precedente deberá resolver, además, en caso de existir hijos comunes, el régimen aplicable a los alimentos, al cuidado personal y a la relación directa y regular que mantendrá con éstos aquél de los padres que no los tuviere bajo su cuidado.
Artículo 8.- Analogía. Las uniones de hecho serán consideradas como convivencia estable o concubinato para efecto de cualquiera ley o norma que lo requiera.
Artículo Transitorio.- Las uniones de hecho conformadas con anterioridad a la vigencia de la presente ley podrán realizar la declaración jurada a que se refiere el inciso segundo del artículo 2. Tal declaración hará plena prueba de su existencia y del ingreso a la comunidad de los bienes que se adquieran con posterioridad.
El inicio anterior de la convivencia y la existencia de otros bienes se acreditará conforme a las reglas generales y a las normas sobre cuasicontrato de comunidad.”
ARTÍCULO SEGUNDO:
Modifíquese el Código Civil de la forma que sigue:
1)Intercálese, en el artículo 186, entre las expresiones “por” y “el”, la frase “por la presunción de paternidad a que se refiere el artículo siguiente,”.
2)Agréguese el siguiente nuevo artículo 186 bis:
“Art. 186 bis. Se presume padre del hijo concebido por la mujer al varón con quien mantuviere una unión de hecho, si al tiempo probable de la concepción, ésta constare en una declaración jurada efectuada ante Notario Público.”
3)Reemplácese, en el artículo 210, la palabra inicial “En” por “Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 186 bis, cualquiera otra forma de”.
4)Introdúzcase el siguiente artículo 215 bis:
“Artículo 215 bis. La paternidad del hijo determinada por aplicación de la presunción a que hace referencia el artículo 186 bis, podrá ser impugnada por el padre dentro del año siguiente al día en que tuvo conocimiento del parto.
Si el padre muere sin conocer el parto o antes de vencido el plazo señalado en el inciso precedente, la acción corresponderá a sus herederos y, en general, a toda persona a quien la pretendida paternidad ocasione un perjuicio actual, por ese mismo plazo, o el tiempo que faltare para completarlo.
Cesará este derecho si el padre hubiera reconocido al hijo como suyo en su testamento o en otro instrumento público.
Podrá también impugnarla el representante legal del hijo incapaz, en interés de éste, durante el año siguiente al nacimiento y el hijo por sí, dentro de un año contado desde que alcance la plena capacidad.”
(Fdo.). José Antonio Viera-Gallo Quesney Senador
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES ÁVILA, GAZMURI, MUÑOZ BARRA, NARANJO, NÚÑEZ, OMINAMI, PARRA, SILVA Y VIERA-GALLO, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE ACUERDO RELATIVO A ORIENTACIONES PARA EL SISTEMA PÚBLICO DE TELEVISIÓN (S 723-12)
Honorable Senado:
Próximamente nuestra Corporación debe pronunciarse respecto de una propuesta del Presidente de la República para el nombramiento de un nuevo directorio de TVN. Estimamos que tan importante resolución tiene que ser precedida de un debate a fondo respecto de las condiciones en las que funciona de manera general el sistema público de televisión y, muy particularmente, Televisión Nacional de Chile.
La TV abierta es la principal fuente de información y entretención en los estratos medios-bajos y bajos, equivalentes a un 75% de la población. Casi el 70% de los chilenos extrae su percepción de “realidad” desde los noticiarios televisivos
El presente Proyecto de Acuerdo sintetiza un conjunto de orientaciones que complementan lo establecido en la normativa vigente (Ley 18.838 del CNTV y ley 19.132 sobre TVN) tomando como base la experiencia acumulada y los principales lineamientos mundiales sobre TV de servicio público.
1.Sobre las obligaciones del servicio público en la TV. El concepto de TV de servicio público excede a TVN, la BBC o corporaciones similares. En un sentido amplio, la TV de servicio público es un sistema de televisión orientado al bien común. Esto significa que, en su conjunto, debe ofrecer programas variados de calidad en canales nacionales disponibles para todos, con el propósito de promover la democracia y mejorar la calidad de vida del público, lo que incluye espacios de esparcimiento y entretención. El sistema chileno involucra al Consejo Nacional de Televisión (CNTV) y a todos los canales, incluyendo los privados. Es este cuadro, es evidente que TVN tiene responsabilidades especiales en la garantía de expresión del pluralismo de la sociedad y en la generación de una TV de la máxima calidad.
Sin una normativa que exija a todos los canales el cumplimiento de estos objetivos de bien público y sin garantizar un financiamiento especial a TVN, las orientaciones que se proponen requieren esencialmente de la manifestación de una voluntad explícita por parte del Directorio de la empresa.
2.Sobre el rol de TVN en un sistema de servicio público. Los directores de TVN deben velar por el éxito de la empresa dentro de las condiciones y normativas actuales. La ley vigente la obliga sólo a autofinanciarse y a “mantener el pluralismo y la objetividad (en toda su programación)…especialmente en los noticiarios y programas de análisis o debate político” (Ley Nº 19.132, art. 3º). Si el país desea que TVN desarrolle funciones adicionales, se debe modificar la ley y prever el financiamiento respectivo, que por ahora es 100% publicitario y dependiente del people meter. Algunas alternativas que debieran evaluarse cuidadosamente en este sentido son (a) aumentar el fondo concursable para programas de alta calidad administrado por el CNTV; (b) establecer un financiamiento público especial para la empresa; (c) orientar los excedentes hacia la producción de programación para públicos que no son necesariamente de utilidad para los avisadores.
3.Sobre el concepto de pluralismo para nombrar al directorio. La ley Nº 19.132 vigente sólo menciona que los directores deben tener “méritos personales y profesionales relevantes” y que el listado que el Presidente proponga al Senado sea “pluralista”. El criterio político-partidista es legítimo e importante, pero insuficiente para reflejar la diversidad del Chile contemporáneo. Por ende, se deben explicitar formalmente criterios adicionales de pluralismo para nombrar a los directores de TVN tales como:
a.Perfil profesional: experiencia empresarial (es pragmática), académica (visualiza tendencias a largo plazo), medial/comunicacional (conoce el oficio), otras relevantes (sociales, espirituales u otras destacables).
b.Género: porque hay 51% de mujeres en la humanidad.
c.Identidad regional y/o étnica: 60% de los chilenos viven fuera de Santiago; alrededor del 10% se identifica con alguna minoría étnica.
d.Religión: católico, evangélico, otras religiones o agnóstico o libre pensador.
e.Edad: darle espacio a nuevas generaciones que contribuyan con nuevas miradas y enforques.
4. Sobre el rol del Directorio en el manejo cotidiano de la empresa. Tal como en organizaciones similares, el Directorio debe delinear las principales estrategias y principios rectores de TVN. Delega en la plana ejecutiva su manejo cotidiano, y remueve al ejecutivo responsable en caso de incumplimiento o rendimiento insatisfactorio. Para ello requiere evaluar regularmente el desempeño de los principales ejecutivos y llenar las vacantes por concurso público cuando éstas se produzcan. Una excesiva interferencia del Directorio en la operación de la empresa es absolutamente perjudicial. Estos principios deben ser objeto de una aplicación especialmente rigurosa en el Departamento de Prensa.
5. Sobre la necesidad de que el Directorio rinda cuentas. Es conveniente que los Directores desarrollen una cultura de rendir cuentas ante sus mandantes, la ciudadanía. Entro del espíritu de autorregulación de la industria de medios contemporánea, los directores debieran explicitar un plan de trabajo ante el Senado y reportar su estado de avance al menos una vez al año en sesión pública. El plan de trabajo debiera aludir al menos a las siguientes materias:
5.1 La diversidad de su parrilla programática y su capacidad de atender a los diferentes segmentos de la nación de manera respetuosa y exacta, sobre todo aquellos más vulnerables como los niños y los más pobres.
5.2 La calidad de su parrilla programática, en términos de (a) cumplimiento con la normativa vigente y los principios de la TV pública, (b) su éxito comercial y económico; (c) su excelencia técnica-profesional; (d) su grado de innovación; (d) su grado de éxito con el público, tanto en sintonía como en satisfacción generada; (e) porcentaje de programación original generada en el período.
5.3 La calidad de sus espacios informativos, a través de indicadores como osadía y originalidad para definir temas distintivos, relevancia periodística, apego a los hechos, ponderación ante el sensacionalismo, imparcialidad, exactitud, contextualización, la recurrencia a datos comprobables, la diversidad y tipo de fuentes utilizadas.
5.4 Los criterios de reinversión de las utilidades de la empresa, preferentemente en programación original de calidad.
6 Sobre la necesidad de establecer la figura de un Defensor del Televidente con garantía de total independencia, que asesore al Directorio en la evaluación del cumplimiento de los compromisos de servicio público de TVN, en particular su manera de resolver los eventuales reclamos de los telespectadores. El Defensor debe ser una persona de un perfil ético intachable y ajena a la línea de mando de la empresa. Sus conclusiones debieran ser reportadas por separado. Muchas de las orientaciones contenidas en este Proyecto de Acuerdo podrían ser puestas en práctica inmediatamente. Otras, en cambio, deberían ser objeto de una modificación legal. Corresponderá, naturalmente, a la autoridad competente tomar las decisiones que se estimen necesarias.
(Fdo.): Nelson Ávila Contreras.- Jaime Gazmuri Mujica.- Roberto Muñoz Barra.- Jaime Naranjo Ortiz.- Ricardo Núñez Muñoz.- Carlos Ominami Pascual.-Augusto Parra Muñoz.- Enrique Silva Cimma.- José Antonio Viera-Gallo Quesney.