Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. CUENTA
- DEBATE
-
TRANSPARENCIA DE COMPRA POR FUERZA AÉREA DE AVIONES MIRAGE
- INTERVENCIÓN : Ramon Vega Hidalgo
- IV.
ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE DECRETO LEY Nº 2.763, DE 1979, SOBRE ESTABLECIMIENTO DE NUEVA CONCEPCIÓN DE LA AUTORIDAD SANITARIA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
-
NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Jaime Gazmuri Mujica
- Ricardo Nunez Munoz
- Jorge Pizarro Soto
- Jose Antonio Viera Gallo Quesney
- Fernando Cordero Rusque
- Carmen Frei Ruiz Tagle
- Sergio Paez Verdugo
- Carlos Ominami Pascual
- Cesar Augusto Parra Munoz
- Edgardo Boeninger Kausel
- Carlos Fernando Flores Labra
- Enrique Zurita Camps
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- Enrique Silva Cimma
- Roberto Munoz Barra
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN
- Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Fernando Cordero Rusque
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Eduardo Frei Ruiz-tagle
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Carmen Frei Ruiz Tagle
- Carlos Ominami Pascual
- Fernando Cordero Rusque
- Jaime Gazmuri Mujica
- Roberto Munoz Barra
- Cesar Augusto Parra Munoz
- Carlos Fernando Flores Labra
- Sergio Paez Verdugo
- Edgardo Boeninger Kausel
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Enrique Zurita Camps
- Jorge Pizarro Soto
- Enrique Silva Cimma
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Carmen Frei Ruiz Tagle
- Jorge Pizarro Soto
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- Carlos Ominami Pascual
- Edgardo Boeninger Kausel
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Cesar Augusto Parra Munoz
- Enrique Silva Cimma
- Jaime Gazmuri Mujica
- Carlos Fernando Flores Labra
- Enrique Zurita Camps
- Ricardo Nunez Munoz
- Sergio Paez Verdugo
- Roberto Munoz Barra
- Fernando Cordero Rusque
- Nelson Jaime Avila Contreras
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN
- Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Evelyn Matthei Fornet
- Carlos Bombal Otaegui
- Julio Canessa Robert
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Sergio Romero Pizarro
- Sergio Fernandez Fernandez
- Rodolfo Stange Oelckers
- Jaime Orpis Bouchon
- Juan Antonio Coloma Correa
- Hernan Larrain Fernandez
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Carlos Bombal Otaegui
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Julio Canessa Robert
- Juan Antonio Coloma Correa
- Rodolfo Stange Oelckers
- Jaime Orpis Bouchon
- Sergio Fernandez Fernandez
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Hernan Larrain Fernandez
- Eugenio Celedon Cariola
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- MODIFICACIÓN DE DECRETO LEY Nº 2.763, DE 1979, SOBRE ESTABLECIMIENTO DE NUEVA CONCEPCIÓN DE LA AUTORIDAD SANITARIA
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 350ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 29ª, en jueves 15 de enero de 2004
Extraordinaria
(De 10:53 a 12:50)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.......................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. CUENTA..........................................................................
Transparencia de compra por Fuerza Aérea de aviones Mirage (intervención del señor Vega)......................................................................................
IV. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el DL. Nº 2.763, de 1979, con la finalidad de establecer una nueva concepción de la autoridad sanitaria, distintas modalidades de gestión y fortalecer la participación ciudadana (2980-11) (se aplaza su discusión)........................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece una nueva ley de matrimonio civil (1759-18) (queda pendiente su discusión particular)..............................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Martínez Busch, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, el señor Ministro de Salud , y el señor Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud .
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 10:53 en presencia de 16 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensaje
De su Excelencia el Presidente de la República , mediante el cual retira la urgencia y la hace presente, nuevamente, en el carácter de "suma", respecto del proyecto que regula sistemas de transporte de energía eléctrica, establece un nuevo régimen de tarifas para sistemas eléctricos medianos e introduce las adecuaciones que indica a la Ley General de Servicios Eléctricos (boletín Nº 2.922-08).
--Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
De la Honorable Cámara de Diputados, por medio del cual comunica que ha dado su aprobación al proyecto que modifica la ley Nº 19.764, sobre reintegro parcial de peajes pagados en vías concesionadas, con urgencia calificada de "discusión inmediata" (boletín Nº 3.447-15).
--Pasa a la Comisión de Obras Públicas y a la de Hacienda, en su caso.
Informe
De la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la "Convención Interamericana contra el Terrorismo", adoptada en Bridgetown, Barbados, el 3 de junio de 2002 (boletín Nº 3.280-10).
--Queda para tabla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente que si los dos últimos proyectos son calificados como de de "discusión inmediata" serán colocados en la tabla de Fácil Despacho de la próxima sesión ordinaria.
Terminada la Cuenta.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra al Honorable señor Vega, quien ha pedido intervenir para referirse a una materia ajena a la Cuenta.
Acordado.
Tiene la palabra su Señoría.
TRANSPARENCIA DE COMPRA POR FUERZA AÉREA DE AVIONES MIRAGE
El señor VEGA .-
Señor Presidente , en verdad, deseo intervenir por respeto al Senado y a cada uno de los señores Senadores, a quienes profeso gran estimación.
Creo que Sus Señorías merecen escuchar mi opinión respecto al artículo aparecido hoy día en "El Mercurio", que no es más que una consecuencia de muchos otros publicados en forma bastante ligera, sin conocer realmente el trasfondo de un problema bastante mayor. Éste se originó, desafortunadamente, en un país de Europa donde se compraron unos aviones "Mirage" hace ya más de diez años, respecto a lo cual no sabíamos que existían diversas circunstancias de carácter político y económico muy profundas.
Quiero señalar que la transacción realizada por la Fuerza Aérea de Chile fue absolutamente transparente. Se efectuó en forma directa con la Fuerza Aérea de Bélgica, sin gestores ni intermediarios como han mencionado las publicaciones de prensa, y si los hubo, ello es exclusiva responsabilidad de quienes vendieron los aviones, que significaron una muy buena adquisición para nuestra Fuerza Aérea.
A raíz de las investigaciones en Bélgica, se envió un exhorto a Chile y se formularon numerosas consultas. El mismo Senador que habla declaró por oficio a la magistrada del Primer Juzgado del Crimen de Santiago , con los detalles del caso. A su vez, la Fuerza Aérea realizó una investigación acuciosa al respecto y el Consejo de Defensa se hizo parte en relación con algunos efectos colaterales en el país.
Pero lo que quería puntualizar a mis Honorables colegas es la actuación que cupo a la Institución. En esa época fui su Comandante en Jefe y, por lo tanto, me siento responsable, en alguna medida, de todos los aspectos administrativos derivados.
Deseaba consignar esta breve reseña, señor Presidente . La verdad de las cosas es que oportunamente proporcionaré explicaciones más técnicas, porque, en realidad, el asunto es muy complejo, con muchas aristas. Creo que algunas de las publicaciones se han excedido largamente de lo que debiera ser una trascendente cuestión de carácter especializado.
Reitero que he intervenido porque creo que esta Corporación lo merecía, por lo menos en mi opinión. Aquí muchos me aconsejaron que no lo hiciera, que no abriera la boca, que no hiciera de caja de resonancia. Pero me sentía con el deber de expresar una muy ligera precisión sobre el tema, sobre el cual supongo que todos los señores Senadores han leído en la prensa.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Le agradezco la información, Su Señoría. Me parece que con ello interpreto a todos.
Se dejará la constancia pertinente, de todas maneras, en la Versión Oficial.
IV. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE DECRETO LEY Nº 2.763, DE 1979, SOBRE ESTABLECIMIENTO DE NUEVA CONCEPCIÓN DE LA AUTORIDAD SANITARIA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el decreto ley Nº 2.763, de 1979, con la finalidad de establecer una nueva concepción de la autoridad sanitaria y distintas modalidades de gestión, y de fortalecer la participación ciudadana, con segundos informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda, y con urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2980-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 3 de diciembre de 2002.
Informes de Comisión:
Salud, sesión 27ª, en 26 de agosto de 2003.
Salud (segundo), sesión 28ª, en 14 de enero de 2004.
Hacienda, sesión 28ª, en 14 de enero de 2004.
Discusión:
Sesión 29ª, en 27 de agosto de 2003 (se aprueba en general).
----------------
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Solicito la autorización del Senado para que ingrese a la Sala el señor Andrés Romero, abogado asesor del Ministerio de Salud.
--Se accede.
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El señor HOFFMANN (Secretario).-
El proyecto fue aprobado en general en sesión del 27 de agosto del año pasado.
Las Comisiones de Salud y de Hacienda dejan constancia, para los efectos reglamentarios, que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos 2º y 5º (que pasó a ser 4º), y los artículos duodécimo, decimotercero y vigésimo transitorios. En consecuencia, deben darse por aprobados, conforme a lo establecido en el inciso primero del artículo 124 del Reglamento.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Las modificaciones efectuadas por la Comisión de Salud al proyecto aprobado en general se consignan en su segundo informe y fueron acordadas por unanimidad, con excepción de 22 enmiendas que se proponen por mayoría, las cuales no voy a citar para no extender la relación y se irán describiendo a medida que se avance en la discusión del proyecto.
Por su parte, las modificaciones efectuadas por la Comisión de Hacienda, conociendo de los artículos del proyecto que son de su competencia, se consignan en su informe y también fueron acordadas por unanimidad, con excepción de nueve, que tendrán el mismo tratamiento que las de la Comisión de Salud.
Cabe tener presente que las modificaciones acordadas por unanimidad deben ser votadas sin debate, conforme a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, salvo que algún señor Senador, antes del inicio de la discusión particular, solicite debatir la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o que haya indicaciones renovadas, lo cual hasta este momento no ha ocurrido.
La Comisión de Hacienda, luego de analizar el informe financiero, señala que las normas del proyecto no producirán desequilibrios presupuestarios ni incidirán negativamente en la economía del país.
Cabe hacer presente que las normas que la Comisión de Salud consideraba como de rango orgánico constitucional en su segundo informe, fueron suprimidas por la Comisión de Hacienda.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en cinco columnas. La primera contiene los textos legales atinentes a la iniciativa en discusión; la segunda transcribe el texto aprobado en general por el Senado; la tercera consigna las modificaciones efectuadas por la Comisión de Salud; la cuarta, las enmiendas que propone la de Hacienda, y la última contiene el texto final que se propone aprobar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para dar por aprobadas todas las modificaciones que fueron objeto de acuerdos unánimes?
Ha llegado una sola indicación para votar una de ellas por separado.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Sí, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO.-
Hay dos indicaciones -no renovadas, sino planteadas con las firmas de los Honorables señora Matthei y señores Espina, Boeninger, Parra, Ominami, Ruiz-Esquide y del Senador que habla-, que pueden incidir en las normas a que se hace referencia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En su momento lo tendré presente,...
El señor VIERA-GALLO.-
Se hallan en poder de la Secretaría.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
... para hacer la excepción respectiva.
Si no hay inconvenientes, el resto de las disposiciones se darán por aprobadas.
--Se aprueban.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión particular.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En cuanto a las enmiendas al decreto ley Nº 2.763, de 1979, y a la sustitución de su artículo 4º dispuesta por el número 1) del artículo 1º, la Comisión de Salud recomienda reemplazar el primer párrafo del número 3 por el siguiente:
"3.- Velar por el debido cumplimiento de las normas en materia de salud.".
Ello fue acordado por cuatro votos a favor y uno en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Si le parece a la Sala, se aprobará la proposición.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, se sugiere sustituir la oración inicial del segundo párrafo del número 3, "La fiscalización de las normas contenidas en el Código Sanitario y demás leyes complementarias", por "La fiscalización de las disposiciones contenidas en el Código Sanitario y demás leyes, reglamentos y normas complementarios y la sanción a su infracción cuando proceda".
Lo anterior se resolvió también por cuatro votos a favor y uno en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
La explicación es obvia, señor Presidente . Sencillamente, se amplió el texto y no se incluye solamente la referencia al Código Sanitario y demás leyes complementarias, sino que se agregan los reglamentos y normas complementarias, a fin de dar una mayor claridad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Efectivamente. Constituye una precisión de redacción.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Se plantea reemplazar el tercer párrafo del mismo número 3 por el siguiente:
"La labor de inspección o verificación del cumplimiento de las normas podrá ser encomendada a terceros idóneos debidamente certificados conforme al reglamento, sólo en aquellas materias que éste señale y siempre que falte personal para desarrollar esas tareas y que razones fundadas ameriten el encargo. La contratación se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886, debiendo cumplir la entidad privada, al menos, los siguientes requisitos: experiencia calificada en materias relacionadas, de a lo menos tres años; personal idóneo, e infraestructura suficiente para desempeñar las labores. En caso de que estas actividades puedan ser desarrolladas por universidades, el concurso deberá llamarlas en primer orden.".
Ello fue aprobado por dos votos a favor y uno en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , la verdad es que la disposición fue objeto de un larguísimo debate en la Comisión. Por una parte, tenemos la mejor idea de los fiscalizadores dependientes del Ministerio de Salud que se ocupan en el cumplimiento del Código Sanitario. Por la otra, esa Secretaría de Estado aseguró que las cuestiones fiscalizables están creciendo, producto, entre otros motivos, de los tratados de libre comercio suscritos por Chile en los últimos tiempos, y que en ciertas épocas o en relación con ciertos aspectos realmente falta personal idóneo.
Conversamos largamente con la directiva de esos funcionarios e intentamos contemplar normas que aseguren la seriedad de dicha labor. Lo que se quiere evitar es que finalmente actúen privados que reciban algún pago y finalmente no la efectúen. Ése es el temor. Y llegamos a un acuerdo con ellos en cuanto a propender a la mayor responsabilidad posible en ese ámbito, por lo cual se dispuso que la actividad mencionada podrá cederse a terceros solamente en casos calificados, cuando falte personal idóneo, y que cuando la fiscalización pueda ser ejercida por universidades se preferirá a esos planteles de enseñanza superior si se hallan en igualdad de condiciones con particulares. Ése es el fundamento de la proposición.
Debo señalar que ello no dejó plenamente satisfecha a la directiva. Sus integrantes demostraron una tremenda madurez y responsabilidad en todos sus planteamientos, pero creemos estar proponiendo algo razonable, dado que se necesita, por un lado, alguna flexibilidad, pero, por el otro, constituyen aspectos muy sensibles, que deben ser bien fiscalizados.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA.-
Señor Presidente , en primer lugar, debo empezar lamentando la extremada urgencia que se asigna a una discusión tan compleja, respecto de un proyecto de tanta trascendencia.
Y debo destacar que la magnitud de la normativa en estudio prácticamente nos ha impedido leer siquiera los informes, que fueron distribuidos...
--(Aplausos en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Advierto al público que no se aceptan manifestaciones, y le pido respeto. Los asistentes son profesionales que conocen el tema en análisis, pero la discusión se lleva a cabo en el Senado. Se encuentran autorizados para concurrir, pero no tienen derecho a participar ni con esas expresiones ni con ninguna otra.
Por lo tanto, advierto que a la próxima demostración de esa naturaleza me veré en la obligación de hacer desocupar la tribuna, en virtud de una norma reglamentaria.
Puede proseguir el Honorable señor Silva .
El señor SILVA .-
Señor Presidente , usted sabe que no es mi ánimo provocar este tipo de dificultades. Estoy simplemente observando un hecho que no deja de ser sorprendente, pero que no es la primera vez que se registra. Nos enfrentamos a la posibilidad de abordar sin el debido estudio un proyecto de la envergadura del que se ha sometido a nuestra consideración, por la sencilla razón de que los informes no llegaron a nuestro poder sino anoche. Y son textos que en forma alguna se podrían despachar con un relativo estudio de veinte o diez minutos, o menos.
Deseo precisar que la fiscalización, a la cual se hace referencia en general -y, por lo tanto, no se especifica si es de carácter técnico, médico o lo que sea-, ha sido establecida en Chile ya a nivel constitucional. No puedo dejar de recordar que el artículo 87 de la Carta específicamente dice relación a ella.
He escuchado con singular interés lo hecho presente por la Senadora señora Matthei, quien me merece siempre mucho respeto en el orden de las explicaciones que formula.
La señora MATTHEI .-
¿Me concede una interrupción, Su Señoría?
El señor SILVA.-
Con todo agrado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , si se mira la última columna de la página 2 del boletín comparado, se verá que el número 3 del artículo 4º se refiere a "La fiscalización de las disposiciones contenidas en el Código Sanitario y demás leyes, reglamentos y normas complementarios y la sanción a su infracción cuando proceda, en materias tales como higiene y seguridad del ambiente y de los lugares de trabajo, productos alimenticios, inhumaciones, exhumaciones y traslado de cadáveres, laboratorios y farmacias".
Entonces, de eso hablamos. No hay ninguna fiscalización médica, ni a los hospitales ni a los que dan acciones de salud, sino más bien se trata de normas de higiene ambiental.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Silva .
El señor SILVA.-
Señor Presidente, la verdad es que es muy poco lo que se aclara con lo que acabamos de escuchar.
En Chile la fiscalización se establece en general a nivel constitucional o a nivel legal. Esto de que la fiscalización se transfiera a entidades particulares es una tendencia que se observa desde hace muy poco tiempo a esta parte y que, en el fondo, conduce a algo que muchos personeros de partidos políticos hemos rechazado.
Pretender que la fiscalización simplemente se encomiende a entidades particulares significa ni más ni menos que traspasar por la vía reglamentaria parte de la función pública, la que puede ser de administración activa, fiscalizadora u otra.
No pretendo dar clases aquí, pero me sorprende que se aboque al Senado a discutir cuestiones de esta relevancia poco menos que en ayunas.
No quisiera pedir segunda discusión para una materia de esta trascendencia. Además, tengo dudas acerca de si reglamentariamente procede pedirla ahora. Si ello no fuera factible, me voy a abstener, dejando constancia de que, a mi juicio, la forma como se legisla no es aceptable.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente a Su Señoría que éste fue un acuerdo unánime de todos los Comités, incluido el de su partido. Y se estima que al adoptar una resolución de ese tipo cada Senador asume su propia responsabilidad para estudiar el proyecto y conocer cada uno de los artículos de que trata. De modo que espero que así lo hagan Sus Señorías.
Por lo demás, cuando votamos aquí, en el Senado, lo hacemos con pleno conocimiento de los temas. Y el que no crea tener ese pleno conocimiento está en su derecho de abstenerse o, sencillamente, de rechazarlos.
El señor SILVA .-
No sé si corresponde solicitar segunda discusión, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Dada la urgencia con que viene calificado el proyecto, me parece que no estaríamos en condiciones de aceptarla.
Tiene la palabra el Senador señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , sólo quiero corroborar el alcance del término "fiscalización" dado por la Senadora señora Matthei , lo cual debiera despejar las objeciones respecto de este artículo.
Por otro lado, tengo una duda en cuanto a la redacción de la última frase. No sé si escuché mal cuando la leyó el señor Secretario . Según lo aprobado por la Comisión de Salud, la última frase del número 3 del artículo 4º dice: "En caso de que estas actividades puedan ser desarrolladas por universidades, el concurso deberá llamarlas en primer orden.".
En la Comisión de Hacienda se estimó que eso podría introducir un elemento discriminatorio o arbitrario. En realidad, el texto aprobado expresa que se deberán considerar los contratos con un mayor factor de ponderación, con lo cual se salva esa discriminación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene razón, señor Senador. En efecto, debemos pronunciarnos en definitiva respecto del último informe,...
El señor BOENINGER.-
Lo relativo a esta última frase.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
...que es el de la Comisión de Hacienda, que lo acogió en forma unánime.
El señor BOENINGER.-
Así es.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina .
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite plantear un asunto reglamentario, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si el Senador señor Espina está de acuerdo, no tendría objeción.
El señor ESPINA.-
Por supuesto, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , puede ocurrir que respecto de varias normas haya discrepancia de concepto o de redacción entre el texto aprobado por la Comisión de Salud y el despachado por el de la de Hacienda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se votará lo propuesto por la Comisión de Hacienda.
El señor VIERA-GALLO .-
En ese caso, quienes quisiéramos votar por el texto de la Comisión de Salud tendríamos que pronunciarnos en contra de lo sugerido por la de Hacienda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En cada oportunidad se indicará cómo debe votarse, porque -como se dijo- existe discrepancia entre lo aprobado por una y otra Comisión.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, en primer lugar, me hago cargo de lo señalado por el Senador señor Silva , desde dos perspectivas distintas.
El artículo que nos ocupa es igual al que se aprobó cuando se discutió en general el proyecto hace ya varios meses.
Además, esta iniciativa lleva un año de tramitación en el Senado.
Pero no quisiera que se argumentara con posterioridad que los Senadores no tuvieron tiempo para leer y analizar el proyecto.
Por consiguiente, si el Honorable señor Silva cree que necesita más tiempo para estudiarlo, los Senadores de Renovación Nacional nos allanamos absolutamente a esa posibilidad.
Respecto de un proyecto de esta importancia, en el que algunos hemos trabajado intensamente durante un año, quiero decir que se ha permitido la asistencia permanente a quienes han querido participar en las sesiones. La Comisión de Salud del Senado nunca cerró las puertas a nadie. ¡Nunca! Y lo saben todas las personas con interés en esta materia.
Sin embargo, reitero que si el Senador señor Silva argumenta que necesita más tiempo para su análisis, porque el informe le fue entregado ayer, solicito segunda discusión, señor Presidente. La pido porque no quiero que al Senado se le acuse -soy Senador y respeto mi trabajo- de aprobar una normativa entre gallos y medianoche.
Entonces, como se trata de una iniciativa compleja, habrá ocasión de estudiarla mañana y el fin de semana y, en la sesión siguiente, de despacharla íntegramente. Y esto debe ocurrir, en todo caso, en el transcurso de este mes.
Por lo tanto, estoy llano, sin ningún inconveniente, a que, si el Honorable señor Silva estima que el texto debe estudiarse más exhaustivamente, así se haga, con el objeto votarlo en particular en los días siguientes.
Ésta es la posición de Renovación Nacional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Senador Ominami.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente, respecto de esta controversia, deseo decir que nuestra tarea como Senado es sacar adelante buenas leyes y no hacerlo de manera rápida.
En la Comisión de Hacienda destinamos cuatro sesiones a la discusión de este proyecto. Nos reunimos un miércoles, un viernes, un lunes y el martes siguiente. Eso representa más o menos 14 horas de trabajo.
Desde este punto de vista, yo respondo por la Comisión de Hacienda en su conjunto, ya que hizo su trabajo y revisó uno a uno los distintos artículos de la iniciativa.
Quienes integramos dicha Comisión, conocemos bastante bien los alcances de las distintas normas propuestas.
El señor BOENINGER.-
¿Me permite, Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA.-
Señor Presidente, no está en el ánimo del Honorable señor Silva -y así me lo ha hecho saber en este minuto- provocar que la iniciativa tenga segunda discusión, ni ningún entorpecimiento a su despacho, máxime si se considera que ha sido largamente esperada por la ciudadanía y su trascendencia para el futuro del país.
Estamos haciendo dos tipos de reservas.
La primera se refiere a que nadie en la Sala puede dejar de compartir que, desgraciadamente, el despacho de esta normativa se está efectuando en condiciones no óptimas para el trabajo que corresponde a cada uno. El informe de la Comisión de Hacienda fue distribuido recién ayer en la tarde. En cuanto al comparado, lo hemos recibido al comenzar esta sesión. Ciertamente, una materia de esta naturaleza hacía deseable que hubiéramos contado con un tiempo más extenso para conocer las enmiendas introducidas.
En segundo término, junto con el Honorable señor Silva -a pesar de que la disposición en debate se aprobó unánimemente por la Comisión de Hacienda, pedimos formalmente votarla en forma separada.
Y, atendida la trascendencia de traspasar la fiscalización a instituciones privadas, con lo cual no estamos de acuerdo, no obstante el carácter marcadamente excepcional que se le da en el texto, desde ya anunciamos que nos abstendremos.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se ha originado un debate sobre un tema que creo que hay que cerrar. Voy a dar la palabra a dos Senadores: los Honorables señores Núñez y Romero.
El señor ROMERO.-
¡Pero cómo!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me habían pedido la palabra...
El señor ROMERO.-
Pero en el orden en que la pidan los Senadores. Y la había pedido yo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La solicitó primero el Honorable señor Núñez.
El señor ROMERO.-
¡No señor!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Núñez y después el Senador señor Romero.
El señor ROMERO.-
Reclamo, señor Presidente ,...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Muy bien. Dejo constancia del reclamo.
El señor ROMERO.-
...porque le consta a la Sala que estamos pidiendo la palabra desde hace ya un instante.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Yo le digo que primero me la pidió el Honorable señor Núñez.
Tiene la palabra el Senador señor Núñez.
El señor ROMERO.-
Es una mala costumbre de la Presidencia.
El señor NÚÑEZ.-
No hay ningún interés...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¡No es mala costumbre, Senador! ¡Le pido por favor respeto a la Presidencia!
El señor ROMERO.-
¡Le estoy pidiendo respetar a los Senadores!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Usted tiene que respetar la Presidencia.
El señor ROMERO.-
¡No señor!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¡Por favor!
Tiene la palabra el Senador señor Núñez.
El señor ROMERO.-
¡Es la tercera vez esta semana!
El señor NÚÑEZ.-
Al parecer estamos...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¡Respete a la Presidencia , señor !
El señor ROMERO.-
¡Es la tercera vez esta semana!
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente, al parecer éste es un día particularmente agitado.
No corresponde a la tradición del Senado que nos disputemos el uso de la palabra. Yo no tengo ningún problema en que primero haga uso de ella el Senador señor Romero.
Solamente quiero manifestar, en nombre del Comité Socialista, que, dadas las críticas y observaciones que acaba de señalar el Honorable señor Silva , lo consecuente y lo realista es pedir segunda discusión.
Por lo tanto, a pesar de que reglamentariamente no procede, solicito a la Mesa que de todas maneras haga uso de su facultad.
Estamos de acuerdo con la segunda discusión; somos partidarios de analizar con detención el proyecto; no queremos que nuevamente se acuse al Senado y a sus Comisiones de que no han trabajado bien.
Tengo la más absoluta certeza de que las Comisiones de Salud y de Hacienda han cumplido su labor correctamente, como asimismo otras que han tratado proyectos de ley particularmente complejos sobre los cuales también se ha dicho que no los hemos leído ni estudiado oportunamente.
Dadas esa situación y la complejidad de la iniciativa, en nombre de nuestro Comité, solicito segunda discusión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente, deseo reafirmar lo expresado por el señor Senador que me precedió en el uso de la palabra y por el Honorable señor Espina , quienes han sido extraordinariamente claros en destacar que el Senado no está dispuesto a debatir una materia sobre la cual algunos Senadores estiman que no ha habido el tiempo suficiente para analizarlo.
Espero que de una vez por todas se entienda que el Senado de la República es una corporación seria y responsable, y que no estamos dispuestos a pagar el precio de poner en debate la normativa y después se diga que no hubo espíritu para acoger la solicitud de segunda discusión. Creo que aquí cada uno debe asumir su responsabilidad.
Por lo tanto, formalmente pido segunda discusión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , el Senador señor Parra señaló que no era el ánimo del Honorable señor Silva , quien inició este debate, solicitar segunda discusión.
Creo que los itinerarios son estrechos, que la discusión ha sido larga y exhaustiva, y personalmente no me parece adecuado prolongar los plazos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, en primer lugar, consulto a la Mesa si va a acceder a lo que reglamentariamente corresponde.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si Su Señoría me lo pregunta, creo que debemos buscar una salida reglamentaria al punto.
Hubo un acuerdo unánime adoptado por todos los Comités. Pero, por supuesto, es revocable por otro equivalente. Por lo tanto, si los Comités -espero que todos sus representantes se encuentren en la Sala- dan su asentimiento unánime, automáticamente puedo dejar sin efecto lo resuelto con anterioridad.
Ésa sería la única fórmula reglamentaria aplicable.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, le hice la pregunta porque, independientemente de su respuesta, pienso que estamos frente a tres elementos.
El primero se refiere al derecho natural, evidente y consagrado entre nosotros de que cualquier Senador que estime no haber estudiado un proyecto con la suficiente profundidad tiene derecho a pedir segunda discusión. Y en esta bancada vamos a respetar esa prerrogativa, porque forma parte de la tradición del Senado. Por lo tanto, en ese sentido no hay ninguna objeción.
Segundo, se ha señalado que habría que pedir segunda discusión porque el proyecto no ha sido suficientemente conocido. No comparto esa aseveración. Debo mencionar, con franqueza, que he tenido complicaciones con mi permanencia en la Comisión de Salud y, también, con la forma como hemos tramitado el proyecto. Pero eso es muy distinto que afirmar que el proyecto no ha tenido la tramitación adecuada ni el conocimiento respectivo ni una permanente discusión intra y extra parlamentaria, incluso realizada públicamente.
Algunos Senadores tienen una posición respecto de la iniciativa; otros, una distinta. Ésa es otra materia. Pero, para conocimiento de los señores Senadores que no han participado en la Comisión, la verdad es que el proyecto ha sido discutido hasta la saciedad.
Ha surgido la información de que diversos sectores gremiales -y lo digo con mucha claridad- estiman que no han sido considerados en la discusión. Ése es un tema ajeno al trabajo del Senado. El Senado estudió la materia con la suficiente latitud como para estar tranquilos, sin perjuicio del derecho que asiste a los Senadores y que destaqué en primer lugar.
Tercero, si enviamos nuevamente el proyecto a la Comisión, porque ése el efecto de pedir segunda discusión...
El señor ESPINA.-
¡No es eso, señor Senador!
El señor NÚÑEZ .-
¡No!
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Muy bien, entonces la segunda discusión se hará durante la próxima semana o mañana, según corresponda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señor Senador, reglamentariamente sólo cabe el aplazamiento de la votación y no la segunda discusión porque tendríamos que terminar la primera. Ésa es la sugerencia concreta y precisa de acuerdo con el Reglamento.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Quiero aclarar mis dichos. Yo entiendo que la segunda discusión es aquella que se hace después de la primera. Sin embargo, en términos generales, en el Senado siempre se ha entendido que la segunda discusión se pide porque no se quiere hacer la primera.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Efectivamente. Habría que terminar la primera discusión y después comenzar la segunda.
¿Pero para qué seguimos discutiendo semánticamente si la solución consiste en aplazar la discusión?
Tiene la palabra el Senador señor Arancibia; después el Honorable señor Novoa.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente , como representante del Comité Unión Demócrata Independiente, quiero señalar que estamos absolutamente abiertos a la proposición formulada y que no tenemos ningún apuro frente al tema. Creemos que la materia nos debiera demandar mayor tiempo de análisis y revisión.
No concuerdo con el Senador señor Ruiz-Esquide, en cuanto al nivel de información que manejamos los Senadores que no hemos participado en el debate de las Comisiones.
El informe de la Comisión de Hacienda, que hemos recibido hoy y sobre el cual no tengo ninguna duda de que es estupendo, fue emitido con fecha 14 de enero de 2004. Es imposible haberlo leído entre ayer y hoy.
En consecuencia, como Comité UDI no solamente concordamos con el aplazamiento de la discusión, sino que lo consideramos absolutamente necesario para dar la seriedad y el respaldo que se merece a una iniciativa como ésta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , deseo precisar que el acuerdo de los Comités obedeció a que, tanto la Comisión de Hacienda como la de Salud, solicitaron que el proyecto fuera despachado en una sesión, porque su debate había sido largo, y su aprobación, prácticamente unánime.
Obviamente, no tenemos ningún inconveniente en cambiar esa resolución, de manera que todos los Senadores tengan la posibilidad de leer la iniciativa consignada en el informe de la Comisión.
Sin embargo, quiero dejar constancia de que la decisión de los Comités no fue inconsulta, sino que respondió a la petición de dos Comisiones. Esto es, diez Senadores; o sea, prácticamente la cuarta parte del Senado.
Si un Senador -no es necesario que sea más de uno-, plantea la necesidad de leer y analizar en detalle el proyecto, nosotros debemos acceder a esa petición y dejar sin efecto el acuerdo de los Comités.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Conforme al artículo 131 del Reglamento, lo que procede es aplazar la discusión del asunto, entendiendo que los Comités han dado su acuerdo unánime para revocar la resolución anterior.
Por lo tanto, si no hay oposición, así se procederá.
Acordado.
Según lo dispuesto por el Reglamento, corresponde fijar fecha para el tratamiento del proyecto. De acuerdo con sus facultades, la Mesa había citado a sesión extraordinaria para el martes 20 del mes en curso de 12 a 14 horas. Por lo tanto, adelantaré la hora de su de inicio a las 10:30, con el objeto de discutirlo y despacharlo en los términos acordados.
Si le parece a la Sala, se procederá en esa forma.
El señor NÚÑEZ.-
Siempre y cuando puedan funcionar las Comisiones citadas para ese día.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No habría problema. El proyecto sobre autoridad sanitaria no contiene normas cuya aprobación requiera quórum especial, de manera que los Senadores podrían parearse.
La señora MATTHEI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Diga, señora Senadora.
La señora MATTHEI.-
Me llama un poco la atención que la solicitud recién formulada provenga de uno de los señores Senadores que pidieron aplazar la discusión.
Si el proyecto es tan importante que algunos quieren leerlo entero, no veo el sentido de que lo hagan si después no van a estar en la Sala cuando se voten sus disposiciones.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , ...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Evitemos discusiones de orden personal.
El señor NÚÑEZ.-
La Mesa llamará a los Senadores como normalmente lo hace. Pero nosotros hemos leído el proyecto, lo conocemos y lo vamos a votar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No habrá problema.
Eso sí, espero que exista el quórum necesario para adoptar acuerdos.
Bien.
Resuelto el tema, pasamos al siguiente punto de la citación.
NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde continuar con la discusión particular del proyecto que establece una nueva Ley de Matrimonio Civil, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (1759-18) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 34ª, en 10 de septiembre de 1997.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 11ª, en 9 de julio de 2003.
Constitución (segundo), sesión 19ª, en 16 de diciembre de 2003.
Discusión:
Sesiones 12ª, 16ª y 17ª en 15 y 30 de julio; 18ª, 19ª, 20ª, 21ª, 23ª, 24ª y 25ª , en 5, 6, 12 y 13 de agosto de 2003 (queda pendiente su discusión general); 26ª, en 13 de agosto de 2003 (se aprueba en general); 22ª; 24ª; 27ª y 28ª, en 6, 7, 13 y 14 de enero de 2004 (queda pendiente su discusión particular).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Los Senadores señores Gazmuri , Núñez , Pizarro , Viera-Gallo , Cordero , Carmen Frei , Páez , Ominami , Parra , Boeninger , Flores , Zurita , Ávila , Lavandero , Silva y Muñoz Barra han renovado la indicación Nº 90, que tiene por objeto agregar tres nuevos incisos al artículo 24 de la nueva Ley de Matrimonio Civil, que dicen:
"En el caso del inciso precedente, el cese de convivencia tendrá fecha cierta a partir de la notificación de la demanda.
"Si no mediare acuerdo, cualquiera de los cónyuges podrá dejar constancia del cese de la convivencia en cualquiera de los instrumentos señalados en las letras a) y b) del artículo 23. Asimismo, podrá dejarse constancia mediante acta extendida ante Carabineros de Chile.
"La notificación por ministro de fe de cualquiera de estos instrumentos, no objetada dentro de 30 días, otorgará fecha cierta al cese de la convivencia. Habiendo objeción, se procederá conforme a lo previsto en los artículos 27 y siguiente, recayendo el peso de la prueba sobre quien solicitó la notificación.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión la indicación renovada.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , en los incisos propuestos se plantean dos ideas. La primera se refiere a la constancia en Carabineros del hecho de la separación. Y la segunda corresponde a la objeción de la notificación por parte de quien sea notificado.
Voy a pedir votación separada con respecto a esto último, porque considero que abrir un litigio para determinar si una pareja está separada o no es judicializar un problema que sólo se resolverá a propósito del juicio a que dé origen la demanda de separación judicial o de divorcio.
Por lo tanto, pido votar aparte la segunda idea contenida en la indicación. Soy partidario de que se pueda dejar constancia del cese de la convivencia en Carabineros, pero estimo un error levantar todo un juicio sobre esta materia.
Además, el asunto aparece resuelto en el inciso segundo del artículo 26, respecto del cual, junto a los Senadores señores Chadwick y Espina , también he presentado solicitud para votar separadamente la frase "y los cónyuges no tuvieren hijos", con el objeto de eliminarla. Según dicho precepto, en caso de que no mediara acuerdo entre los cónyuges, la notificación operaría como fecha cierta, pero sin dar la posibilidad de iniciar un litigio sobre el particular.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Sólo deseo confirmar lo que acaba de decir el Senador señor Viera-Gallo.
En realidad, habría que retirar el tercero de los incisos propuestos en la indicación, pues el tema que allí se plantea está mejor resuelto en el artículo 26. Si eso no se puede hacer, no quedaría otra alternativa que votarlo separadamente, con el fin de rechazarlo, y resolver el asunto de la notificación y la constancia en Carabineros.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , independientemente de las razones que hayan motivado la indicación, no considero que sea procedente dejar constancia en Carabineros de un hecho familiar o relacionado con el matrimonio. No me parece un sistema adecuado. Aquí no se trata de delitos, ni de accidentes del tránsito, ni de ninguna cosa de ese tipo. No creo que la mejor forma de acreditar una separación sea la de una constancia ante una institución que, además, ya tiene suficiente trabajo y responsabilidades como para estar recibiendo más cargas u obligaciones. Carabineros debe preocuparse de la seguridad, que es uno de los problemas más importantes en el país.
El señor BOENINGER .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador , para hacer una aclaración?
El señor FERNÁNDEZ.-
Con la venia de la Mesa, no tengo inconveniente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger .
El señor BOENINGER .-
Señor Presidente , la constancia en Carabineros se plantea pensando en los grandes sectores de la población, los más modestos y de menores recursos, que tradicionalmente realizan sus denuncias a través de ese medio. Para que la norma sea eficaz respecto de esas personas, pienso que la notificación y el acta extendida por la policía uniformada pueden ser una buena solución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Honorable señor Fernández .
El señor FERNÁNDEZ.-
Yo considero que Carabineros cumple otro rol, otras funciones. No corresponde dejar constancia de asuntos familiares ante sus dependencias. Los problemas de seguridad, como digo, son bastante más importantes. De lo contrario, el funcionario policial tendrá que destinar un tiempo precioso para otorgar documentos, de los cuales luego se pedirán copias, etcétera.
No me parece que ése sea el procedimiento adecuado para resolver una situación de esta naturaleza. Sería mejor buscar otro tipo de mecanismos o pensar en funcionarios distintos para ese efecto, pero en ningún caso en Carabineros. La falta de seguridad que estamos viviendo no hace recomendable agregarle más funciones u obligaciones, ni recargar a esa institución con tareas que, como en este caso, pueden ser muy frecuentes.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.
El señor MORENO.-
Señor Presidente, esta materia la discutimos en la Comisión, donde no se estimó conveniente por algunas de las razones que aquí se han entregado.
Sin embargo, quiero agregar nuevos antecedentes que surgieron ayer en el debate de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Se estaba discutiendo el proyecto sobre tribunales de familia, donde hay un capítulo completo dedicado a violencia intrafamiliar, y precisamente en ese tema quedó establecido el tipo de constancia de estos hechos ante Carabineros y el modo de llevarla a cabo, con el objeto de que forme parte de un eventual proceso judicial.
Tenemos conciencia de que en la aplicación de la reforma procesal penal existe un problema de procedimiento en Carabineros. He recibido información respecto de que, en muchos lugares, los agentes policiales ya no reciben instrucciones del oficial superior directo -el teniente o el capitán-, sino del fiscal, debiendo realizar acciones, como sacar una fotocopia, de su propio peculio, situación bastante curiosa y anómala, y que ocurre en la actualidad.
Por lo tanto, es complicado entregar a Carabineros esta función.
Si se produce un hecho de violencia intrafamiliar -un golpe, por ejemplo-, lo primero que hará la persona afectada es efectuar la denuncia en la comisaría más cercana. Entonces, se le preguntará a qué va: si se trata del cese de la convivencia, de una separación de hecho, de un golpe o de qué. Con esto vamos a entrar en una discusión que -como éste efectivamente será un documento de prueba- desaconsejo absolutamente y me declaro partidario de separar estas instancias.
El problema de seguridad es uno y el de violencia intrafamiliar, otro. Pero una constancia que da cuenta del término de una convivencia -por ejemplo, los cónyuges separaron habitación- se puede hacer en el Registro Civil . Cabe recordar que este organismo está habilitado para operar en línea prácticamente en todas las comunas y, también, en las localidades pequeñas.
En consecuencia, estimo que esta indicación renovada no es conveniente.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , en primer lugar, esta indicación -salvo que me haya confundido en el cambio entre el proyecto de salud anterior y éste- no tiene que ver con el contenido del artículo 24.
Consulto a la Mesa si estamos viendo la indicación número 90, que se refiere a este artículo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Así es.
El señor ESPINA.-
Entonces, siento que ella debiera estar vinculada al artículo 26, que alude al punto en discusión, al disponer que "El cese de la convivencia tendrá también fecha cierta a partir de la notificación de la demanda, en el caso del artículo 24.".
Este último, en cambio, dice: "A falta de acuerdo, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar que el procedimiento judicial que se sustancie", etcétera.
Por lo tanto, desde ya considero que esta indicación debe rechazarse por su mala ubicación.
En segundo término, el artículo 26, al que yo creo que debería hacer referencia la indicación, está bien, pero queda mejor con la corrección que planteó, con toda razón, el Honorable señor Viera-Gallo , en la indicación Nº 93. Ésta no sólo establece como fecha cierta la que consta en algunos de los documentos del artículo 23 (escritura pública, acta extendida ante Oficial del Registro Civil ), sino también la de notificación de la demanda. Ello, para exigir las prestaciones (tuición de los hijos, pensión de alimento) que emanen del conflicto. Porque, si no, una persona perfectamente podría recurrir a un notario y pedir que notifique la demanda, dando cuenta del cese de la convivencia, decisión que también debiera protocolizarse.
Por ello, esta indicación, que comparto, es correcta.
En conclusión, señor Presidente , soy partidario de rechazar la indicación renovada que nos ocupa y acoger la relativa al artículo 26.
Por otra parte, me parece absolutamente injustificado encomendar a Carabineros la labor señalada, pues la Institución no está para que todos los días se vaya a dejar constancia de cualquier cosa. Más aún, si luego tendrá que entrar a la discusión de si efectivamente se hizo o no lo consignado en tal o cual oportunidad.
Lo correcto es que esto se haga ante un ministro de fe, que puede ser un notario o un receptor judicial, y que la resolución emanada se lleve a la notaría respectiva para que se protocolice, tal como se hace con otros documentos. Ese acto le da fecha cierta y se acaba la discusión.
Finalmente, respecto de lo que ocurriría si una persona denuncia que efectivamente alguien se fue de la casa, sinceramente pido que se resuelva en el tercer trámite o en la Comisión Mixta, porque a este proyecto todavía le queda mucho tiempo de debate. De manera que no me agotaría con esta alternativa, que sé que ha preocupado mucho al Senador señor Boeninger .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Honorable señor Cordero.
El señor CORDERO.-
Señor Presidente , seré muy breve.
Quiero colaborar en la discusión sobre la conveniencia de dejar la constancia en Carabineros.
Lo primero que deseo recordar es que hay cuarteles policiales en todos los pueblos de Chile, lo que constituye una facilidad para la gente.
En segundo lugar, una constancia tan pequeña como ésta en nada perjudica el actuar policial.
Por último -y es lo más importante-, existe seriedad en el procedimiento. El sistema que utiliza la Institución es de tal naturaleza inviolable que otorga seguridad al acto de dejar constancia, pues después no es posible cambiar ni la fecha ni el lugar registrados.
Si queremos dar facilidades a la gente, esta constancia debe hacerse en Carabineros.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Salvo que la Sala permita hacer la corrección pertinente, la Mesa estima que la indicación está mal formulada.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente, la solución es muy simple. Efectivamente la indicación debe referirse al artículo 26 y no al 24. De eso se trata y habría que asumirlo así, ya que dicho precepto alude a las formas de constancia y del establecimiento de la fecha cierta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo de la Sala para aceptar esa corrección?
El señor LARRAÍN .-
Es sólo una cuestión formal.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, señor Senador .
El señor VIERA-GALLO .-
Todo sería más claro si nos pronunciamos acerca de dejar o no la constancia en Carabineros, y después el señor Secretario ubica la norma donde corresponda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ya veremos cómo lo resolvemos.
¿Habría acuerdo, entonces, en referir la indicación Nº 90 al artículo 26?
--Aprobado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Como sugirió uno de los señores Senadores que suscribió la indicación, queda retirada de la misma el inciso tercero.
Restaría resolver sobre los dos primeros incisos, que tratan sobre la constancia ante Carabineros.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , hay involucrada una cuestión de coherencia.
La lógica sobre la cual discurre el proyecto es que se notifique a la persona. Si se deja constancia en Carabineros, ¿qué se va a notificar?
Esto significa que el artículo está absolutamente incompleto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Por eso lo vamos a votar, señor Senador.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, parece que no me he explicado bien.
El fundamento de esta norma radica en la existencia de una notificación. Entonces, quiero saber por qué vamos a aprobarla. ¿Significa que Carabineros notificará a quien corresponda? ¡No! Por lo tanto, la indicación está incompleta. Si se aprueba, tendremos a los funcionarios policiales notificando la constancia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente que, además de la indicación que estamos discutiendo, están las signadas con los números 91 y 92, las que fueron renovadas por varios señores Senadores que también firmaron la número 90.
Esas dos indicaciones se refieren al mismo tema, y tienen por objeto sustituir el inciso segundo del artículo 26 por el siguiente: "Asimismo, hará fecha cierta del cese de la convivencia, la constancia de la separación de hecho efectuada por uno de los cónyuges ante la unidad de Carabineros de Chile correspondiente al domicilio común.".
Por lo tanto, el resultado de la votación respecto a si se deja o no constancia en Carabineros determinará la suerte de estas tres indicaciones (Nºs 90, 91 y 92).
Tiene la palabra el Senador señor Frei.
El señor FREI (don Eduardo) .-
Señor Presidente, en la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana estamos trabajando, entre otras materias, para quitarle funciones a Carabineros, a fin de que se dedique a la seguridad pública y no a otras cosas. En consecuencia, creo que aquí estamos metiendo a la Institución en un lío mayor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Quienes estén en contra por esa razón, votan que no.
Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente, se habla de notificar la constancia, pero eso es un error.
¿En qué consiste la constancia? Es el elemento sustancial de la futura demanda de divorcio. Se trata de que alguien hace una prueba preconstituida. La esposa o el marido concurre a la comisaría y dice: "Ayer abandonó el hogar fulano o fulana a tal hora". Y esa constancia queda ahí.
El día que se inicie el juicio de divorcio, se invoca este registro como prueba. No es necesario notificar a nadie que se fue el marido. No se notifica. Es sólo una causal de divorcio.
Y algunos señores Senadores se han ido por las ramas, llegando a la interpretación de "querer notificar la constancia" con el fin de plantear que ésta es muy difícil y que va en contra de las normas de seguridad de Carabineros, en circunstancias de que el oficial de guardia recibe a la persona y consigna en el libro lo siguiente: "A tal hora compareció fulano de tal y dijo tal cosa". ¡Listo! Y eso no se altera.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Para qué discutir más si todos sabemos cuál es el alcance de la norma y cada uno tiene su criterio?
El señor OMINAMI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OMINAMI.-
A mi juicio, no está totalmente claro el alcance. Comprendo la preocupación de algunos señores Senadores por liberar a Carabineros de responsabilidades. Pero creo que es muy importante elaborar una ley que sea práctica, para que la gente más modesta tenga también la posibilidad de acceder a ella.
Evidentemente, efectuar el trámite ante Carabineros hace mucho más expedito el funcionamiento de la normativa, en lugar de que las personas concurran a un número muy limitado de instituciones -como el Registro Civil- a dejar constancia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me parece que se ha argumentado bastante sobre el particular. Por lo tanto, cada señor Senador debería tener la convicción de lo que votará.
¿Habría acuerdo para realizar votación económica?
El señor OMINAMI.-
¡No, señor Presidente, que sea nominal!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Entonces, se procederá a votar las indicaciones números 91 y 92, porque en éstas se encuentra subsumida la número 90.
El objetivo de ellas es sustituir el inciso segundo del artículo 26 por el siguiente: "Asimismo, hará fecha cierta del cese de la convivencia, la constancia de la separación de hecho efectuada por uno de los cónyuges ante la unidad de Carabineros de Chile correspondiente al domicilio común.".
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En consecuencia, quedaría retirada la número 90.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Acabo de consignar la votación negativa del Senador señor Adolfo Zaldívar, y tengo entendido, salvo error, que está pareado con el Honorable señor Horvath.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
Si él dice que estoy pareado...
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Es un pareo registrado en Secretaría, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
No lo sabía.
El señor ROMERO.-
Ha sido levantado el pareo, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Por otro lado, el Honorable señor Bombal ha aclarado a la Mesa que estaba pareado con el Senador señor Foxley. Sin embargo, ello no tiene incidencia en el resultado de la votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se rechazan las indicaciones (19 votos contra 11, una abstención y un pareo)
Votaron por la negativa los señores Arancibia, Bombal, Canessa, Cantero, Coloma, Chadwick, Espina, Fernández, Frei (doña Carmen), Frei (don Eduardo), Larraín, Martínez, Matthei, Moreno, Novoa, Orpis, Romero, Sabag y Vega.
Votaron por la afirmativa los señores Boeninger, Cordero, Flores, Gazmuri, Ominami, Parra, Silva, Stange, Viera-Gallo, Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Se abstuvo el señor García.
No votó, por estar pareado, el señor Zaldívar (don Adolfo).
El señor HOFFMANN (Secretario).-
En seguida, corresponde ocuparse en el artículo 26, que dice:
"El cese de la convivencia tendrá también fecha cierta a partir de la notificación de la demanda, en el caso del artículo 24.
"Asimismo, habrá fecha cierta, si no mediare acuerdo y los cónyuges no tuvieren hijos, desde que se notifique por ministro de fe aquel de los instrumentos señalados en las letras a) y b) del artículo 23 en el cual se hubiere dejado la constancia del cese de la convivencia.".
El Honorable señor Viera-Gallo ha solicitado votar separadamente la frase "y los cónyuges no tuvieren hijos".
El señor VIERA-GALLO.-
Lo hice junto con los Senadores señores Espina y Chadwick.
La explicación de la indicación es muy simple, señor Presidente: cuando no hay acuerdo respecto de la fecha cierta, no es posible discriminar en la norma si hay o no hay hijos. Se trata sencillamente de dejar consignada la fecha cierta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para eliminar la mencionada frase?
El señor MARTÍNEZ.-
¿Me permite hacer una consulta, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Sí.
El señor MARTÍNEZ.-
¿Cuál fue la idea original al plantear la frase "y los cónyuges no tuvieren hijos"? A lo mejor, existe una confusión en tal sentido.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, la idea original se estructura sobre la base de que se desea vincular la fecha cierta a la existencia de un acuerdo, para los efectos de regular las materias relacionadas con los hijos, como pensión alimenticia y otras.
Por lo tanto, hay dos caminos: o surge un acuerdo, y eso determina la fecha cierta; o se demanda, lo que también la fija.
Pero, ¿qué puede ocurrir? Que haya parejas que decidan voluntariamente resolver sus problemas sin necesidad de recurrir a la justicia. Entonces, si la determinación de la fecha sólo se puede hacer por la vía de la demanda o ésta constituye una de las dos opciones, ¿para qué exigir la judicialización si algunas personas están de acuerdo en establecer la fecha cierta a través de un instrumento?
Ése es el objetivo que se persigue.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , creo que nos encontramos ante el "divorcio por común acuerdo". ¿En qué sentido habría acuerdo? ¿En la fecha de separación? Siendo así, el marido podría ponerse de acuerdo con su mujer y declarar que la separación tiene cuatro años de existencia.
El señor CHADWICK.-
No, porque el trámite se hace ante el oficial del Registro Civil, que es ministro de fe.
El señor ZURITA.-
Pero la disposición dice claramente: "Asimismo, habrá fecha cierta, si no mediare acuerdo...". A contrario sensu, eso significa que habrá fecha cierta cuando exista acuerdo.
Me gustaría que fuera explicado ese punto.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente, el artículo 23 dispone que el acuerdo debe constar por escrito. ¿Acuerdo en cuanto a qué? A que ha cesado la convivencia; que se ha producido la separación.
Si no hay acuerdo respecto de ese punto -o sea, cuando la declaración de separación es unilateral y sólo uno de los cónyuges da a conocer haberse separado y el otro niega el hecho, alegando que lo visita, que hay convivencia circunstancial-, en tal caso, puede haber demanda, o dejarse una constancia unilateral por escritura pública o acta protocolizada ante notario o el oficial del Registro Civil . Ello bastará para fijar la fecha cierta.
Ocurre que hay discriminación entre las parejas con hijos y las que no los tienen. Como sostuvo el Senador señor Chadwick , se pretende resolver el problema de ambos casos. Pero hay situaciones en que las personas se separan aunque tengan hijos, y que arreglan sus dificultades sin necesidad de demanda. Si un hombre abandona la casa, paga los alimentos de sus hijos y los visita con regularidad, ¿de qué lo va a demandar su mujer? En tal caso, bastaría que dejase la constancia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , en mi concepto, podemos estar cometiendo un error no en la indicación, sino en lo siguiente -pido que analicemos bien la situación-: el artículo 23 se pone en la hipótesis de que existe acuerdo. Señala que éste puede constar por escritura pública o por acta protocolizada ante notario pública; por acta extendida ante un oficial del Registro Civil , y por transacción aprobada judicialmente. Ello se enmarca en la lógica de un acuerdo. De modo que existen tres hipótesis.
Por su parte, el artículo 26 se refiere a los casos en que no hay acuerdo. El inciso primero dice que cuando así sucede y se quiere dejar fecha cierta, ésta corresponde al momento de notificarse la demanda. Ahí se entiende que existe fecha cierta.
La duda del Senador señor Viera-Gallo consiste en qué ocurre si una persona no tiene acuerdo y no quiere demandar. Porque hay mucha gente que no desea hacerlo, pero quiere dejar constancia de su fecha cierta. Por eso, suprimimos la expresión "y no tuvieren hijos", ya que parecía arbitrario hacer esa distinción. Sólo se podía notificar cuando no había hijos y no cuando los había. Por lo tanto, propusimos suprimir tal expresión.
El problema es que el inciso segundo del artículo 26 quedaría del siguiente tenor: "Asimismo, habrá fecha cierta, si no mediare acuerdo, desde que se notifique por ministro de fe aquel de los instrumentos señalados en las letras a) y b) del artículo 23". Pero tales documentos parten del supuesto que hubo acuerdo. Entonces, ¿cómo se va a notificar la demanda en tal caso?
Estamos frente a la hipótesis de que no hay acuerdo. Por lo tanto, los documentos citados en las letras a) y b) no existirían.
El señor NOVOA .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor ESPINA.-
Con mucho gusto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , la voluntad unilateral se manifiesta a través de un instrumento referido, que es escritura pública o constancia ante un oficial del Registro Civil . Y eso se notifica.
El señor CHADWICK .-
Sin el encabezado.
El señor NOVOA .-
Creo que figura así.
El señor ESPINA.-
Ésa es la interpretación.
El señor NOVOA.-
Uno de los cónyuges puede expresar su voluntad a través de cualquiera de los instrumentos.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, tiene razón el Honorable señor Novoa. Por lo tanto, es preciso dejar constancia de ello en la Versión Taquigráfica, porque ésa es la interpretación correcta.
En esa hipótesis, los instrumentos de las letras a) y b) ya no son elaborados de común acuerdo. En el fondo, una persona concurre a una notaría y declara que se ha separado de hecho. Se toma ese documento y se notifica al otro cónyuge.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me parece que es correcta la explicación dada por el Senador señor Novoa .
¿Habría acuerdo en suprimir en el inciso segundo del artículo 26 la frase "y los cónyuges no tuvieren hijo"?
--Acordado.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Secretario .
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Ha llegado a la Mesa una solicitud de cambio en el trámite dado al proyecto sobre reintegro parcial de peaje en las vías concesionadas. En efecto, se acordó en sesión anterior enviarlo a la Comisión de Obras Públicas, pero correspondería remitirlo a la de Transportes y Telecomunicaciones.
--Se accede a lo solicitado.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente, ¿se aprobó la indicación 93 del Senador señor Viera-Gallo?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No. El señor Senador sólo pidió votación separada del inciso segundo.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Esa indicación fue retirada, señor Senador.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, el problema planteado por el Honorable señor Espina subsiste, porque el inciso quedaría así: "Asimismo, habrá fecha cierta, si no mediare acuerdo, desde que se notifique por ministro de fe aquel de los instrumentos señalados".
Por consiguiente, es necesario corregir la redacción, porque en la indicación del Senador señor Viera-Gallo estaba claramente establecido que se notificara la manifestación de voluntad hecha a través de algunos de los instrumentos señalados.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, aquí hay dos posibilidades, y una de ellas es aprobar la indicación 93. Y quizás sería lo mejor, porque es más clara.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Correspondería, entonces, discutir la indicación 93.
El señor VIERA-GALLO .-
Es la misma idea y ya fue votada, señor Presidente .
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Esa indicación fue retirada.
El señor NOVOA.-
Aprobemos esto con el texto de la indicación 93.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El señor Secretario le dará lectura.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La indicación 93 dice. "Asimismo, habrá fecha cierta si no mediare acuerdo ni demanda entre los cónyuges, cuando, habiendo uno de ellos expresado su voluntad de poner fin a la convivencia a través de cualquiera de los instrumentos señalados en las letras a) y b) del artículo 23 o dejado constancia de dicha intención ante el Juzgado correspondiente, se notifique al otro cónyuge. En tales casos, se tratará de una gestión voluntaria y se podrá comparecer personalmente. La notificación se practicará según las reglas generales.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Si le parece a la Sala, se aprobaríamos sustituir el inciso segundo del artículo 26 por la redacción propuesta en la indicación 93, pues coincide con el espíritu de lo aprobado anteriormente?
--Así se aprueba.
El señor BOMBAL.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , aun cuando no incida en la votación nominal anterior, quiero dejar expresa constancia de que estoy pareado con el Senador señor Foxley. De modo que, si es necesario, pido que se rectifique aquella votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Fue proclamado el resultado.
El señor BOMBAL.-
Hago presente esta situación, porque ayer, cuando el Honorable señor Foxley me lo solicitó, el pareo quedó registrado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si hubiera acuerdo unánime en la Sala, dejaré constancia del retiro de su voto.
--Se acuerda.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, en el Nº 3, "De los efectos", el artículo 33 establece lo siguiente: "La separación judicial produce sus efectos desde la fecha en que queda ejecutoriada la sentencia que la decreta.
"Sin perjuicio de ello, la sentencia ejecutoriada en que se declare la separación judicial deberá subinscribirse al margen de la respectiva inscripción matrimonial. Efectuada la subinscripción, la sentencia será oponible a terceros y los cónyuges adquirirán el estado civil de separados, que no los habilita para volver a contraer matrimonio.".
Se ha presentado la indicación renovada Nº 103 para reemplazar, en el inciso segundo, la expresión "el estado civil de separados" por "la calidad de separados".
También se ha renovado la indicación 109 que propone agregar un inciso nuevo al artículo 33.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra sobre la indicación 103.
El señor CHADWICK.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente , ésta es una indicación absolutamente de técnica jurídica.
Sólo corresponde un estado civil a cada persona. Y la separación judicial no disuelve el vínculo matrimonial. Entonces, de no aprobarse la indicación, un individuo podría tener dos estados civiles al mismo tiempo: casado y separado, lo cual, desde el punto de vista de técnica jurídica, no procede, porque -repito- sólo corresponde un estado civil a cada persona. Ése es el alcance de la indicación.
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobarla?
El señor MORENO.-
No, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.
El señor MORENO.-
Entiendo muy bien el lenguaje que usa el Senador señor Chadwick. El estar separado podrá no ser un estado civil, pero hoy en día constituye una expresión prácticamente incorporada. Incluso, en el último censo se preguntó a los ciudadanos si eran casados, viudos o separados. Prefiero mantenerla como tal.
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Jurídicamente no corresponde, señor Senador.
El señor MORENO.-
De acuerdo, pero voto en contra.
El señor GAZMURI.-
Yo también, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la indicación renovada, con el voto en contra de los Honorables señores Moreno y Gazmuri.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Seguidamente, hay una indicación renovada al artículo 43, el cual establece:
"El matrimonio termina:
"1º por la muerte de uno de los cónyuges;
"2º por la muerte presunta, cumplidos que sean los plazos señalados en el artículo siguiente;
"3º por sentencia firme de nulidad, y
"4º por sentencia firme de divorcio.".
Los Honorables señores Coloma, Orpis, Stange, Bombal, Cariola, Larraín, Romero, Novoa, Fernández y Martínez proponen agregarle el siguiente inciso nuevo:
"Tratándose de matrimonios acogidos a un régimen alternativo de estabilidad convenida,", etcétera.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
Se da por retirada la indicación, porque es contradictoria con lo que ya aprobamos.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Los Senadores señora Carmen Frei y señores Ominami, Cordero, Gazmuri, Muñoz Barra, Parra, Flores, Páez, Boeninger, Ávila, Zurita, Pizarro, Silva y Lavandero han renovado las indicaciones números 115 y 116, tendientes a suprimir la letra c) del artículo 45, relativo a las causales de nulidad del matrimonio.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría
El señor VIERA-GALLO.-
Hay que entender que la indicación ya ha sido aprobada, porque terminamos con la simulación. Entonces, no tiene sentido mantener la letra c).
El señor CHADWICK.-
Tiene razón. Es un problema de coherencia.
El señor VIERA-GALLO.-
Hay que darla por aprobada.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
Efectivamente.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Se ha renovado también una indicación al artículo 52, que dice: "El matrimonio nulo que ha sido celebrado o ratificado ante el Oficial del Registro Civil", etcétera..
El señor VIERA-GALLO.-
Excúseme, señor Secretario . Es lo mismo. Debe entenderse rechazada, porque se aprobó el artículo 21. O sea, hay matrimonio ratificado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Habría que entenderla aprobada, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO.-
Rechazada, porque lo que pide es que se borre la expresión "o ratificado", ¿no es cierto?
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Así es.
El señor ESPINA.-
¿Cuál es la indicación?
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Son las números 130 y 131, que proponen suprimir la expresión "o ratificado".
El señor VIERA-GALLO.-
Pero, como se aprobó el artículo 21, hay matrimonio ratificado.
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se rechazará la indicación renovada.
--Se rechaza.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, debemos dirigirnos al artículo 56. Éste dice: "Sin perjuicio de lo anterior, el divorcio será decretado por el juez si ambos cónyuges lo solicitan de común acuerdo y acreditan que ha cesado su convivencia durante un lapso mayor de tres años.", etcétera.
Los Senadores señora Carmen Frei y señores Pizarro , Lavandero , Ominami , Boeninger , Ruiz-Esquide , Parra , Silva , Gazmuri , Flores , Zurita , Núñez , Páez , Muñoz Barra , Cordero y Ávila , proponen sustituir las palabras "tres años" por "un año".
Además, se ha renovado la indicación 143, que propone agregar la siguiente oración, al final del inciso que he leído: "Si no hubiere hijos no regirá este plazo, siendo suficiente la prueba del cese de convivencia.".
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , también se ha renovado otra indicación, que dice que el plazo será menor en caso de que no hubiere hijos.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
Nos pronunciaremos primero por las indicaciones que se han enunciado.
El señor ESPINA.-
¿Cuál es el número?
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En primer lugar se halla la Nº 137.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
En discusión las indicaciones renovadas.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , aquí hay un tema bien de fondo y creo que vale la pena centrarse en él más que en cada indicación en particular. El proyecto nació con los plazos que señala este artículo. O sea, no es que el Senado le haya fijado plazos más largos al texto que aprobó la Cámara de Diputados.¿Por qué nació con esos plazos? Porque el espectro de fuerzas políticas que impulsamos la moción era muy amplio: iba desde un Parlamentario de la UDI y algunos de Renovación Nacional hasta representantes de la Democracia Cristiana y del mundo PS, PPD y Partido Radical. Entonces, concordamos en esos plazos, pero la verdad es que cada una de esas fuerzas o personas tenía ideas distintas en esta materia.
A mi juicio, hay dos concepciones básicas al respecto. Una es la de que no exista ¿como planteó el Senador señor Boeninger - plazo alguno respecto de determinada situación. Eso ocurre en muy pocos países: en algunos Estados de Estados Unidos, en Nicaragua -que yo sepa- y no sé si en otra nación. Ahora, si partimos de la idea de que hay plazo siempre, ¿cuál fijar? La última ley francesa, que es la más avanzada, entre comillas, en este ámbito, establece que cuando hay común acuerdo el plazo es de seis meses. Las otras legislaciones europeas fijan para este mismo caso lapsos de dos años, y de tres años para cuando no existe el común acuerdo. Ahora, esto es bastante arbitrario. ¿Por qué dos años? ¿Por qué tres? ¿Por qué cinco? Depende mucho de la cultura del país que aprueba la legislación.
Señor Presidente , termino señalando que cuando nosotros formulamos esta moción nadie cuestionó los plazos de tres y cinco años, porque al ambiente cultural del país ya le parecía suficientemente rupturista plantear una ley que introdujera el divorcio. Hoy día, después de nueve años de tramitación de la iniciativa, la mayoría de la gente piensa que esos plazos son excesivos, porque la cultura del país cambió. Para muchos, lo que no criticaban ayer hoy día les parece conservador. Por eso, al menos desde mi punto de vista y desde el de varios Senadores, parecería lógico disminuir los plazos. ¿Cómo? Una indicación podría consistir en fijar, en vez de tres y cinco años, por ejemplo, tres y uno. Otra posibilidad es introducir como factor la existencia o inexistencia de hijos, o bien -ésta es una tercera alternativa- si hay hijos mayores o no. En fin, el problema es muy amplio. Yo solamente he querido plantearlo.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero recordar, particularmente al señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, que hemos establecido tres tipos de divorcio distintos. Uno de ellos es el divorcio que se solicita invocando una causal. Esa causal es genérica y permite a uno de los cónyuges iniciar la acción de divorcio en contra del otro, señalando simplemente que ha existido un grave incumplimiento de las obligaciones conyugales o de los deberes para con los hijos.
Esa acción de divorcio, que en Chile no tiene plazo, puede interponerla un cónyuge al día siguiente de haber contraído matrimonio, y se denomina divorcio por culpa.
Como bien lo ha dicho el Honorable señor Viera-Gallo, el texto de la Cámara de Diputados es exactamente igual al proyecto del Senado en esta materia.
En seguida, viene lo que se llama el divorcio unilateral, en que transcurrido el plazo de cinco años, sin invocar causa alguna, se puede iniciar la acción de divorcio. En Francia, que posee la legislación más avanzada del mundo al respecto, el plazo fijado para tal efecto -tengo el texto en mi poder por si algún señor Senador desea consultarlo- es de seis años.
El señor OMINAMI .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor ESPINA.-
Sí, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami .
El señor OMINAMI .-
Señor Presidente, debo informar que hace dos semanas se votó en el Parlamento francés una modificación que recortó los plazos a los cuales ha aludido el Senador señor Viera-Gallo .
Cabe hacer presente que esta enmienda fue planteada no por un Gobierno de Izquierda, sino por uno de Derecha y Conservador, que ha entendido que hay que simplificar y masificar la ley.
El señor ESPINA.-
Tiene razón el Honorable señor Ominami . Para lo único que no se modificó fue para el divorcio unilateral, que se mantuvo en seis años. ¿Por qué? Porque ésta es una situación respecto de la cual -digamos las cosas como son- muchas mujeres presentan serios reparos. Especialmente aludo a ellas, porque la regla general es que la acción sea entablada por el hombre contra la mujer.
¿Qué se dice, con alguna razón? En este caso, se trata de una mujer casada que es abandonada por su marido, que, sin invocar causal, deja de cumplir con los deberes conyugales y con los que le competen respecto a los hijos, que simplemente deja transcurrir el plazo y posteriormente deduce una acción judicial. Es decir, no asume responsabilidad alguna y finalmente la deja abandonada.
El divorcio unilateral es el más cuestionado en el mundo. Muchos países no lo contemplan, porque no se necesita invocar ninguna causal. Y, además, porque se presta para una enorme injusticia, pues la mujer abandonada debe hacerse cargo de los niños y correr con los gastos de su alimentación. Por su parte, el cónyuge no asume ninguna responsabilidad y transcurrido un tiempo lisa y llanamente interpone una acción de divorcio y se olvida de todos sus compromisos y obligaciones con su familia. Ésta es una causal extraordinariamente controvertida.
Por lo tanto, fijamos el mismo plazo que estableció la Cámara de Diputados, que es lo suficientemente largo y necesario como para que quien ejerza dicha acción lo haga después de terminada la relación y, a su vez, no le resulte tan fácil abandonar a la mujer con los niños y posteriormente no asumir ninguna de las responsabilidades inherentes al matrimonio. Porque cuando una persona se divorcia se eliminan todas las obligaciones emanadas de la separación. Este plazo lo veremos más adelante.
En cuanto al divorcio por mutuo acuerdo, la Cámara de Diputados fijó tres años. Por eso, no deja de sorprenderme que algunos distinguidos señores Senadores hayan dicho que nosotros hemos endurecido el proyecto.
Los Honorables colegas que votaron por los mismos plazos que nosotros nos pronunciamos ahora dicen que éstos se han aumentado, que el proyecto se encuentra lleno de colgajos y que es mucho más conservador. Sin embargo, votaron en forma unánime esta iniciativa con los mismos plazos.
Con respecto al plazo de tres años, existen dos tipos de legislaciones. Las que disponen plazos menores a tres años fijan, con posterioridad a la sentencia que declara el divorcio, lo que se llama un período de reflexión. En los Estados Unidos, por ejemplo, hay muchos Estados que lo contemplan y tiene una duración de uno o dos años. Por lo tanto, se acorta el plazo inicial, pero se extiende para los efectos del divorcio, exigiéndose un período de reflexión, que a veces es de uno, dos o tres años.
Ésta es una cuestión opinable. Pero, a mi juicio, parece absolutamente razonable que exista un plazo cierto para estimar que un matrimonio carece de toda opción de reconstruirse.
Por lo tanto, el criterio con que se fijó busca un equilibrio entre las tres alternativas. Cuando hay una causal genérica, no existe plazo, puede iniciarse la acción al día siguiente del matrimonio; tratándose del divorcio unilateral, por lo que expliqué anteriormente, son cinco años (menos que en Francia), y si se solicita de común acuerdo, se establece un plazo intermedio.
Ahora, la realidad es que alguien podría decir: ¿Por qué tres años? ¿Por qué no dos? ¿Por qué no cuatro? Simplemente, porque se trata de fijar un plazo lo suficientemente convincente y juicioso de que ese matrimonio irremediablemente no va a funcionar.
Por último, imaginemos que alguien desee disponer de un plazo menor. Basta con que deduzca la acción de divorcio y la otra parte se allane, o que recurra al tribunal ¿porque la ley distingue aquí el hecho de que no se ha invocado causal, o sea, es un contrato que se resuelve sin esta última- y señale que el otro cónyuge no ha cumplido con los deberes del matrimonio para que desde ese instante se le aplique la norma que no establece plazo.
En consecuencia, los tres criterios que hemos fijado concuerdan perfectamente. Si alguien quiere menos de tres años, basta que se allane a la acción de divorcio en que se le imputa el incumplimiento de sus obligaciones conyugales o con sus hijos. Si no se allana, entonces, debe esperar de común acuerdo los tres años.
En mi opinión, los criterios que se han convenido son correctos. Por lo tanto, voy a mantener la norma tal como la aprobó la Cámara de Diputados y lo ratificó el Senado en el primer informe.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , sin perjuicio de tratar después las indicaciones una a una, es preferible analizar más el concepto general del problema de los plazos.
Concuerdo con lo señalado por el Honorable señor Espina , en el sentido de que es necesario establecer plazos que se estimen prudenciales. Porque ningún plazo tiene en sí mismo un valor mágico. O sea, deben ser suficientes como para dar cabida a todas las instancias de reflexión, de recomposición, de meditación, etcétera, y, al mismo tiempo, no excesivos para las situaciones en que se ha producido una ruptura.
Ahora bien, uno de los puntos que me preocupa en relación con los plazos -como lo manifesté en el debate en general-, y que tiene que ver con el motivo de la indicación, se manifiesta cuando hay una situación de ruptura irreparable, que es la que conduce al divorcio. Porque si se debe esperar un largo plazo para invocar y presentar algunas de las demandas, puede resultar un incentivo -que yo calificaría de perverso- para recurrir, sin razón real, a determinadas causales de nulidad subjetivas que se han aprobado o para apelar al divorcio por culpa, que, en mi opinión, está bien consignado, porque nadie puede negar a una persona el derecho a culpar a un tercero, en este caso, al cónyuge o a la cónyuge.
En consecuencia, creo que una ley equilibrada debe tratar de evitar que, frente a situaciones que se van violentando y donde las instancias de recomposición no surten efectos, las personas acudan, por no esperar los plazos excesivamente largos, a fórmulas de solución que no corresponden a la realidad, o que, como es el caso de la culpa, generen situaciones conflictivas al interior de las familias, en la relación de estima entre hijos y padres, etcétera, al hacerse imputaciones que pueden ser extremadamente graves. Y, aunque fueran ciertas, es preferible, desde el punto de vista de la subsistencia de las relaciones familiares entre cónyuges incluso divorciados, que éstas sean lo más constructivas posibles, como criterio general, para favorecer también a los hijos.
Ésa es la primera razón por la cual me parece que los plazos son excesivamente largos.
En segundo lugar, estoy de acuerdo en retirar la indicación, de la cual soy coautor, tendiente a no establecer plazo alguno en el evento de que exista común acuerdo y no haya hijos. Porque el plazo cero, en términos de imagen, puede parecer excesivo para la gente.
Sin embargo, también es cierto que cuando uno habla de uno o dos años, está refiriéndose a más tiempo. Porque con anterioridad al inicio de la demanda de divorcio, hay un proceso -absolutamente necesario y con el que todos concordamos- en el cual debe llegarse a un acuerdo para regular en forma completa y suficiente sus relaciones mutuas y las materias que tienen que ver con los hijos.
En tercer término, la propia normativa establece mecanismos -la audiencia de conciliación y el proceso de mediación- que implican un tiempo adicional y las pausas necesarias para la reflexión o la meditación.
El problema de los plazos debe considerarse en el contexto global del proyecto -así, al menos, pienso yo-, y sería conveniente reducirlos de 5 a 3 años en el caso de cese efectivo de la convivencia, y de 3 a 2 en el del divorcio de común acuerdo. Desgraciadamente, no se formuló indicación en este sentido, pero podría aprobarse por la Sala si hubiera unanimidad.
Lo expuesto constituye para mí la justificación del tema.
Señor Presidente, en el tiempo que me resta, concedo una interrupción al Senador señor Espina.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Le quedan 30 segundos, Su Señoría.
Puede usar de la interrupción el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, deseo aclarar que el plazo no se cuenta desde la interposición de la demanda, sino desde que cesa la convivencia. El Senador señor Boeninger , quizás en forma involuntaria, ha señalado gestiones que se hacían antes.
Lo que ocurre es que el plazo se empieza a contar -y ya hemos perfeccionado la norma- desde el instante en que se materializa la separación de hecho. Por lo tanto, si la acción se deduce dos años después, no habría ningún inconveniente porque ya habrán transcurrido dos años.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.
El señor MORENO.-
Señor Presidente, deseo reiterar lo manifestado por el Senador señor Espina.
Efectivamente, acabamos de aprobar la forma de acreditar la separación de hecho y la separación legal. Y en algunos casos, cuando haya un conflicto serio, ocurrirá lo indicado: el plazo de cese de la convivencia comenzará mucho antes de que se haya tomado la determinación de pedir el divorcio, es decir, cuando el conflicto obligó a una de las dos partes a dejar legalmente constituido que había puesto término a la vida en común.
Con relación al término de los plazos, es necesario introducir otro concepto.
Cuando se habla de que un matrimonio está en crisis y hay separación, la ley en proyecto no establece las causales de ésta; pero en múltiples ocasiones se llega a ella debido al alcoholismo, a la drogadicción o a situaciones distintas de aquella en que normalmente se piensa: la figura de una tercera persona. ¡No! Ha sucedido por otro fenómeno.
Gran parte de los fenómenos que han dado origen a una separación efectiva de la pareja -y ahora con un plazo legal-, tendrán un proceso de recomposición que irá más allá de lo contemplado en la iniciativa y que incluye la posibilidad de tratamiento, de recuperación. De manera que ciertas decisiones tomadas bajo la presión de un problema de drogadicción o, incluso, de violencia familiar, producto de esas causas, dentro del matrimonio, pueden revertirse y posibilitar la recomposición.
Quienes hemos tenido acceso al conocimiento de conflictos entre parejas, hemos oído que el primer año de separación es el de mayor sufrimiento -algunos lo llaman "el año del infierno"-: ambos se agreden psicológica y económicamente o con otras medidas, como negar a la otra parte la posibilidad de ver a los niños, caso en el cual la réplica es no dar dinero para el sustento. Y mientras eso no se arregla -quedará resuelto a través de la separación legal, porque el juez deberá regular el punto-, ni siquiera hay un diálogo entre ellos. Son situaciones de enorme tensión. Pero cuando ello se soluciona, baja el clima de beligerancia y comienza una nueva etapa. Quien adopta la determinación de solicitar el divorcio o la nulidad, lo hará teniendo en cuenta esos plazos.
Al Senador señor Viera-Gallo le consta que cuando discutimos esta materia en la Comisión, partimos de la base -como muy bien lo dijo él en su intervención- de que se había aprobado unánimemente en la Cámara de Diputados. Y algunos Senadores que tenemos y teníamos aprensiones respecto de la causal unilateral, planteamos que se fijaran plazos razonables y prudentes para que esa causal pudiera operar. De lo contrario, habríamos votado en otra forma. Lo digo sinceramente y lo saben quienes participan en ese órgano técnico.
Respeto el derecho de los Honorables colegas a decir: "Mire, el plazo es muy largo". Al respecto, reitero lo que ya se ha dicho aquí: cuando hay una causal grave -y están detalladas en el artículo 55 de modo bastante explícito-, no corre plazo alguno. ¡No hay plazo!
La importancia de ese plazo radica en la influencia que él tiene en la posibilidad de reconstitución del matrimonio.
Cuando el divorcio se solicite de común acuerdo, el término de tres años se contará desde el cese de la convivencia.
En consecuencia, anuncio que rechazaré la indicación renovada.
El señor BOENINGER .-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor MORENO.-
Con todo gusto, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger ..
El señor BOENINGER .-
Señor Presidente, el Senador señor Moreno ha señalado que el artículo 55 no establece plazo alguno. Así es. Se refiere a las causales de culpa. Y justamente parte de mi argumentación se fundamenta en que dicho precepto no fija plazo. En mi opinión, los plazos largos para acudir al divorcio implican un incentivo desafortunado, inconveniente, e incluso perverso, para acudir a la culpa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , al leer las indicaciones renovadas números 137 y 143, me he percatado de que hay en ellas algo bastante rescatable: en los plazos para el divorcio debería distinguirse entre los matrimonios con hijos y los que no los tienen.
Discrepo de la indicación 143, que plantea cero plazo. Pero sí estaría de acuerdo -quizás podría pedirse la unanimidad de la Sala para ello- en que, cuando el divorcio se solicite de común acuerdo y no haya hijos, el plazo se reduzca a un año.
El no poner plazo podría llevar a situaciones como la que conocimos en los últimos días, en que una actriz se casó una mañana y se divorció dos días después. No tiene sentido convertir el matrimonio en una chacota como ésa.
Sin embargo, soy partidaria del plazo de tres años en el caso de divorcio de común acuerdo cuando hay hijos; y de reducirlo a un año cuando no los hay.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite, señora Senadora ?
La señora MATTHEI.-
Sí, con la venia del señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Esa idea fue recogida en la indicación Nº 158.
La señora MATTHEI.-
Excúseme, señor Senador, no la había visto.
Está perfecto.
El señor ESPINA.-
¿Me permite, señora Senadora ?
La señora MATTHEI.-
Bien.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , en el ánimo de construir un acuerdo, pienso que la única modificación que debería introducirse es que en el caso de matrimonios en que no hubiere hijos, el plazo será de un año en vez de tres.
Debo expresar, con mucha lealtad, que algunos Senadores aprobamos el divorcio unilateral y otras disposiciones porque entendíamos que en asunto de plazos no había ningún convenio por escrito ni nada formalizado. Concordábamos con los aprobados por la Cámara de Diputados, especialmente con el del divorcio unilateral y queríamos que se mantuvieran. Porque -insisto- éste es el caso que más puede perjudicar a una mujer.
En resumen, en materia de plazos, sugiero: mantener el del divorcio unilateral; mantener el del divorcio de común acuerdo en tres años, si hubiere hijos, y reducirlo a un año si no los hay; no fijar plazo alguno cuando se invoca una causal genérica.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Para tales efectos necesito la unanimidad de la Sala.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Puedo hacer una observación, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , junto con eso, ¿no sería conveniente disminuir también el plazo del divorcio unilateral cuando no hubiere hijos comunes?
La señora MATTHEI .-
Podría reducirse a tres años.
El señor VIERA-GALLO.-
En efecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Quiero pedir a la Sala que no trabajemos como si estuviéramos en Comisión.
El señor VIERA-GALLO .-
¡No, señor Presidente , si es muy simple!
La señora MATTHEI .-
Hay unanimidad. Yo estaría de acuerdo.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, yo le puedo explicar exactamente lo que ha propuesto el Senador, si hay acuerdo al respecto, a fin de no dilatar el despacho de un proyecto que sé que a Su Señoría le interesa que lo resolvamos rápidamente.
En el caso en que se invoca como causal el divorcio por culpa se mantiene como está, porque no hay plazo. En el divorcio de común acuerdo, el plazo es de tres años si hay hijos, y se reduce a uno si no los hay. Y en el divorcio unilateral, si hay hijos, se mantienen los cinco años, si no, se reducen a tres.
Ése es el planteamiento del Senador Viera-Gallo, y creo que nosotros, a lo menos, estamos en condiciones de aprobarlo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hay varios Senadores que no están en la Sala, y no pueden participar. Por eso, si queremos adoptar un acuerdo como éste, habría que dejar pendiente el artículo y votarlo el próximo martes y seguir avanzando en el resto del proyecto. De otra manera, cualesquiera de los señores Senadores que no se encuentran presentes en este momento, y siendo ésta una norma muy determinante del proyecto, van a sentirse en cierto modo burlados. Debemos considerar, además, las circunstancias excepcionales en que estamos trabajando, porque diversos Senadores no sabían que hoy día en la mañana íbamos a tratar la Ley de Divorcio y todos estábamos convencidos de que nos ocuparíamos en el proyecto de ley sobre autoridad sanitaria.
Les pido que dejemos pendiente esta materia hasta el próximo martes y continuamos con las materias que no tienen tanta importancia.
El señor ESPINA.-
¿Sabe lo que pasa, señor Presidente? En este proyecto todas las cosas tienen repercusiones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Hay muchas cosas que quiero dar por aprobadas porque lo fueron por unanimidad.
El señor ESPINA.-
Entonces, voy a pedir segunda discusión, señor Presidente , porque este proyecto tiene enorme importancia. No tengo inconveniente en despacharlo lo antes posible, pero también, con la misma lógica, los artículos que vienen a continuación -los he leído- no tratan de cosas menores. Entonces, con toda franqueza, prefiero que se suspenda su tratamiento y despacharlo en la sesión de la tarde el próximo martes. En la mañana nos ocuparíamos del referente a la autoridad sanitaria.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una interrupción, señor Presidente?
A pesar de lo dicho por el Senador señor Espina, hay otras cosas que son menos conflictivas y perfectamente podríamos aprovechar el tiempo en su tratamiento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , pienso que si queremos hacer las cosas seriamente debemos estudiar el proyecto en la forma como viene, o suspendemos su tramitación, pero no podemos hacer una mezcla de ambas cosas. No tengo ningún inconveniente en seguir avanzando e ir votando las indicaciones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pero suspendiendo el análisis de esta materia.
El señor LARRAÍN.-
¿Por qué, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si se formula una indicación en tal sentido, podríamos por mayoría aplazar su discusión.
El señor LARRAÍN.-
Correcto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No habría discusión, y continuaríamos con los otros asuntos.
El señor LARRAÍN.-
Hay que proceder formalmente, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Reglamentariamente procedería -y lo propongo concretamente- postergar la discusión relacionada con los plazos. Es todo el artículo 56.
¿Habría acuerdo en aplazarlo para la próxima sesión del martes?
Aprobado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, correspondería tratar el Capítulo VII, "De las reglas comunes a ciertos casos de separación, nulidad y divorcio""; "De la compensación económica.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hay indicación al respecto.
El señor VIERA-GALLO.-
Más adelante hay muchos puntos sobre los cuales hubo unanimidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Sí, pero respecto de éste hay indicación.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Hay indicaciones al que acabo de mencionar, y las hay al artículo 57. En la página 22, se dice: "La acción de divorcio pertenece exclusivamente a los cónyuges", y se agrega un inciso segundo: "Cualquiera de ellos podrá demandarlo, salvo cuando se invoque la causal contemplada en el artículo 55, en cuyo caso la acción corresponde sólo al cónyuge que no hubiere dado lugar a aquélla.".
Respecto de este inciso, se ha renovado la indicación 169, por la Senadora señora Matthei y los Honorables señores Bombal, Canessa, Chadwick, Romero, Fernández, Stange, Orpis, Coloma, Larraín, y Arancibia, para sustituir el inciso segundo al que acabo de dar lectura, por el siguiente: "Cualquiera de ellos podrá demandarlo, salvo cuando se invoque la causal contemplada en el artículo 55, o en el artículo 56, inciso tercero, en cuyo caso la acción corresponde al cónyuge que no hubiere dado lugar a la causal, o cese efectivo de la convivencia, según corresponda".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No podría tratarse si acaso está aplazada la indicación del artículo 56. O sea, el 57 también quedaría aplazado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Exacto.
Entonces habría que ir al Capítulo VII, sobre compensación económica, que la Comisión aprobó por unanimidad, y que dice:
"Si, como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá derecho a que cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio se le compense el menoscabo económico sufrido por esta causa".
Los Honorables señores Bombal, Chadwick, Canessa, Coloma, Stange, Orpis, Fernández, Arancibia, Larraín y Cariola proponen agregar a esta norma, que está aprobada por unanimidad, el siguiente inciso:
"En ningún caso tendrá derecho a esta compensación el cónyuge que demanda el divorcio fundado en el inciso tercero del artículo 56, o contra el cual se obtiene el divorcio por alguna de las causales previstas en el artículo 55".
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , ¿me permite?
Yo creo que hay que ponerse en el caso que señalaba denantes el Senador señor Espina. ¿Qué es lo que puede ocurrir? Que haya una mujer a la que se le haga imposible la vida en su casa, por maltrato familiar, por lo que sea, y se va del hogar después de muchos años de matrimonio. Ella sufre un menoscabo económico muy fuerte. Y resulta que, si se aprobara esta indicación, no podría pedir la compensación, porque ella demanda de nulidad o de divorcio; y, sin embargo, como es ella la que demanda, no podría invocar la compensación, lo que es absurdo.
Considero que no se pueden mezclar causales de nulidad o de divorcio con compensación económica. Ésta constituye un factor muy importante que se introdujo en el Senado justamente para beneficiar en especial el caso de una mujer que ha convivido en el matrimonio durante muchos años y que, por ello, se ve impedida posteriormente de realizarse profesionalmente, o en su trabajo; y que, al producirse el divorcio o la nulidad, pierde los alimentos. Ése es el problema.
¿Por qué hoy día se dice de las mujeres en Chile que "No le da la nulidad al marido?" No es por venganza. Muchas veces es porque le puede cobrar alimentos. Entonces, para evitar el cese del pago de alimentos, que es lo que produce la nulidad o el divorcio, se introdujo la compensación.
Si nosotros mezclamos compensación económica al menoscabo, con causales, estamos creando una dificultad seria, especialmente a las mujeres.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pero quiero hacer presente que tampoco se puede tratar este punto porque se refiere al artículo 56.
El señor BOENINGER.-
¡Se está probando en el camino, señor Presidente , que no se puede tratar nada...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me da la impresión de que tendríamos que suspender.
El señor ESPINA.-
No es tan así que tenga relación, porque nadie está eliminando el divorcio unilateral. Lo que dejamos pendiente es cuál va a ser el plazo de éste.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No, porque hay una indicación al artículo 56 para eliminar el inciso tercero...
El señor ESPINA.-
Entonces, señor Presidente, le pido que suspenda este debate.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hay que suspenderlo, porque si no, no podremos seguir.
El señor ESPINA.-
Así es. Además, dependerá de cómo se voten los artículos que están pendientes.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Por eso, no podemos votar la indicación.
Por lo tanto, si hubiera acuerdo en la Sala, se levantaría la sesión y continuaríamos el próximo martes. Aquí se ha hecho una proposición: en el sentido de tratar en esa ocasión el proyecto hasta despacharlo.
¿Habría acuerdo?
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, pienso que no podemos asegurar el despacho, porque si el debate...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Estoy dando a conocer la propuesta que se me ha planteado.
El señor MORENO.-
No hay acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hay oposición.
El señor LARRAÍN .-
Mejor así.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Mi obligación reglamentaria es dar a conocer las proposiciones.
El señor CORDERO.-
¿Qué sugieren los que no están de acuerdo?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 12:50.
Osvaldo Palominos Tolosa,
Jefe de la Redacción subrogante