Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- PERMISO
- Juan Jose Bustos Ramirez
- PERMISO
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ACUERDOS DE COMITÉS
- VI. ORDEN DEL DÍA
- MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rosa Gonzalez Roman
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- DEBATE
- DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL OBLIGATORIA DE BIENES DE AUTORIDADES PÚBLICAS. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Marcelo Forni Lobos
- MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- VII. HOMENAJE
- HOMENAJE A DON MARIO KREUTZBERGER, "DON FRANCISCO".
- ANTECEDENTE
- HOMENAJE : Ivan Paredes Fierro
- HOMENAJE : Andres Antonio Egana Respaldiza
- HOMENAJE : Alberto Robles Pantoja
- HOMENAJE : Carlos Olivares Zepeda
- HOMENAJE : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- HOMENAJE : Ximena Vidal Lazaro
- HOMENAJE A DON MARIO KREUTZBERGER, "DON FRANCISCO".
- VIII. PROYECTOS DE ACUERDO
- INSTAURACIÓN DEL 2 DE SEPTIEMBRE COMO DÍA DEL CIRCO CHILENO. (Votación).
- ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO DIFÍCIL AUTOMÁTICA PARA PERSONAL DE ESCUELAS ESPECIALES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Zarko Luksic Sandoval
- Enrique Jaramillo Becker
- Adriana Munoz D'albora
- Edmundo Villouta Concha
- Ramon Segundo Perez Opazo
- Leopoldo Sanchez Grunert
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- IX. INCIDENTES
- PARTICIPACIÓN EN PRIMERA CONFERENCIA INTERPARLAMENTARIA DE CULTURA DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO. Oficios.
- PRONTITUD Y EFICIENCIA DEL SERVICIO ELECTORAL. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE CORREDOR COMERCIAL CON ARGENTINA EN LA PROVINCIA DE ÑUBLE. Oficios.
- SOBREEXPLOTACIÓN DEL RECURSO ERIZO Y SUS CONSECUENCIAS. Oficios.
- IRREGULARIDADES EN COLEGIO SUBVENCIONADO DE PUENTE ALTO. Oficios.
- ADHESION
- Eliana Caraball Martinez
- Jorge Burgos Varela
- ADHESION
- ANTECEDENTE SOBRE PUBLICIDAD ELECTORAL EFECTUADA EN LA COMUNA DE PROVIDENCIA. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Navarro Brain
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Carlos Montes Cisternas
- Carlos Olivares Zepeda
- Alberto Robles Pantoja
- Exequiel Silva Ortiz
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Eliana Caraball Martinez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 352ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 12ª, en martes 2 de noviembre de 2004
(Ordinaria, de 11.13 a 14.29 horas)
Presidencia de los señores Lorenzini Basso, don Pablo, y Leal Labrín, don Antonio.
Presidencia accidental del señor Salas de la Fuente, don Edmundo.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
Prosecretario accidental , el señor Vallejos de la Barra, don Federico.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ACUERDOS DE COMITÉS
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- HOMENAJE
VIII.- PROYECTOS DE ACUERDO
IX.- INCIDENTES
X.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
XI.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
V. Acuerdos de Comités 11
VI. Orden del Día.
- Mejoramiento de la gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores. Primer trámite constitucional. (Continuación) 11
- Declaración jurada patrimonial obligatoria de bienes de autoridades públicas. Primer trámite constitucional. (Continuación) 19
VII. Homenaje.
- Homenaje a don Mario Kreutzberger, “don Francisco” 29
VIII. Proyectos de acuerdo.
- Instauración del 2 de septiembre como Día del Circo Chileno. (Votación) 38
- Asignación por desempeño difícil automática para personal de escuelas especiales 38
IX. Incidentes.
- Participación en Primera Conferencia Interparlamentaria de Cultura del Parlamento Latinoamericano. Oficios 40
- Prontitud y eficiencia del Servicio Electoral. Oficio 41
- Información sobre corredor comercial con Argentina en la provincia de Ñuble. Oficios 41
- Sobreexplotación del recurso erizo y sus consecuencias. Oficios 41
- Irregularidades en colegio subvencionado de Puente Alto. Oficios 43
- Antecedentes sobre publicidad electoral efectuada en la comuna de Providencia. Oficios 45
X. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S. E. el Presidente de la República mediante el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que establece facultades para la Tesorería General de la República y modifica la ley N° 19.848, sobre reprogramación de deudas a los fondos de crédito solidario (boletín N° 3712-04) 46
Pág.
2. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual formula observaciones al proyecto que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego y salas de bingo. (boletín N° 2361-23) 49
3. Oficio de S. E. el Presiente de la República mediante el cual hace presente la urgencia, con calificación de “suma”, para el despacho del proyecto que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego y salas de bingo. (boletín N° 2361-23) 52
4. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha aprobado la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las discrepancias producidas en la tramitación del proyecto que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a una copia de la factura. (boletín N° 3245-03) 53
5. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha rechazado, por no haberse reunido el quórum constitucional necesario, la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las discrepancias producidas en la tramitación del proyecto sobre el establecimiento de las bases generales par al autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego. (boletín N° 2361-23) 53
6. Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto que modifica el Código Orgánico de Tribunales, en lo relativo a la designación de notario alterno o adjunto. (boletín N° 3259-07) (S) 54
7. Moción de los diputados señores Navarro; Encina; García, don René Manuel; García-Huidobro; Montes; Olivares; Robles; Silva; Valenzuela, y de la diputada señora Caraball, doña Eliana, que establece normas de calidad, seguridad y fiscalización del transporte vertical. (boletín N° 3710-15) 59
8. Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite copia autorizada de la sentencia recaída en el proyecto sobre fomento audiovisual (boletín N° 2802-04) 84
XI. Otros documentos de la Cuenta.
Comunicaciones:
- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Libanés por el cual informa que procedió a constituirse y eligió como Presidente al diputado señor Errázuriz.
- Del diputado señor Bustos quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 1° de noviembre en curso para dirigirse a Honduras.
Contraloría General de la República
- Señor Prieto, posible abandono de destino de abogado de la municipalidad de Castro.
- Señor Burgos, instalación de contenedor de propaganda en centro de Santiago.
- Señor Alvarado, trabajos no realizados por profesionales que indica en municipios de la Décima Región.
- Señor Correa, investigación en la municipalidad de Hualañé por negativa a informar sobre reclamo formulado por el señor Hugo Olivares Olivares.
- Señor Ascencio, investigación sobre legalidad de compras efectuadas por la municipalidad de Quinchao.
Ministerio de Relaciones Exteriores
- Señor Ulloa, acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de India sobre exención del requisito de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
- Señor Ramón Pérez, formulación de una estrategia para el norte grande en sus relaciones con Perú y Bolivia.
Ministerio de Educación
- Señor Espinoza, denuncia relacionada con concurso público para proveer cargo de Director Regional del Programa Chile Califica en la Décima Región.
- Señor Felipe Letelier, recursos para construcción de internado en Cobquecura.
- Señor Navarro, recursos para proyectos PMU para beneficiar la comuna de Coronel.
- Señor Villouta, beneficios existentes para estudiantes universitarios que prolongan muchos años sus carreras.
- Señor Correa, actividades que desarrolla el Instituto de Desarrollo Social, Indeso Ltda.
- Señor Martínez, actividades que desarrolla el Instituto de Desarrollo Social, Indeso Ltda.
- Señor Rossi, informe sobre rendición académica y el comportamiento de las menores Ruth y Sara Toro R, en la Escuela E-70, de Iquique.
- Señor Leay, eliminación de raciones alimenticias en Antofagasta.
- Señor Urrutia, ampliación la cobertura en el primer nivel de transición en la comuna de Parral.
- Señor García, revisión de medida de destrucción de libros decomisados.
- Señor Muñoz, suspensión del Programa Habilidades para la Vida, por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.
- Señor García-Huidobro, antecedentes de auditoría correspondientes al programa Chile califica de la Sexta Región.
- Señor Cornejo, política de fiscalización llevada a cabo en materia de educación especial.
- Señor Rossi, trabajos de exploración realizados por la empresa Barrica Chile en la zona del altiplano.
- Señor Delmastro, situación que afecta al profesor Salvador Hualme Lienlaf.
- Señor Navarro, antecedentes del programa de fluoración de leche en establecimientos escolares.
Ministerio de Obras Públicas
- Señor Delmastro, listado de todos los protocolos de acuerdo firmados con los municipios de las comunas de la provincia de Valdivia.
- Señor Juan Pablo Letelier, defensas fluviales en la Sexta Región y recursos para APR construidos en la década de 1960.
- Señor Bayo, proyecto de regadío en Victoria, Traiguén y Lautaro.
- Señora Cristi, obras en zonas de inundación por aguas lluvias en comuna de Peñalolén.
- Señor Jaramillo, medidas de seguridad del personal de peaje.
- Señor Hidalgo, obras calle de servicio Ruta 68, sector Casablanca.
- Señora Sepúlveda, inicio de cobro de peajes laterales.
- Señor Felipe Letelier, normativa de existencia de bermas en todos los caminos.
- Señor Kuschel, restablecer el paso de vehículos en el sector de Malpún Norte, comuna de Máfil.
- Señor Navarro, información referente al cobro de peaje.
- Señor Navarro, propiedad de los derechos de agua en Chile.
- Señor Lorenzini, inicio de cobro de peajes laterales.
- Señor Jaramillo, construcción de atravieso que una los sectores de Puerto Nuevo y La Unión.
- Señor Saffirio, programa de APR en la Novena Región.
- Señor Hernández, pago de peaje y procedimiento de vehículos de emergencia.
- Señor Molina, situación de los cursos de agua y reservas subterráneas en la provincia de Choapa.
- Señor Delmastro, información sobre la situación de la empresa contratista Ingesec.
- Señor Delmastro, reparación de caminos de acceso a la ciudad de Valdivia.
- Señor Kuschel, informe referente a caminos de la Décima Región.
- Señor Hidalgo, información respecto de nuevo acceso al Puerto de San Antonio.
- Señor Ramón Pérez, estrategia para el norte grande.
- Señor Ascencio, obras de mejoramiento en el camino desde la ruta 5 hasta Curanue y Auchac, mediante “Caminos Básicos 5.000”.
- Señor Jaramillo, contaminación de agua potable en la ciudad de Río Bueno, Décima Región.
- Señor Kuschel, obras años 2004 y 2005 de la Dirección de Aeropuerto en la Décima Región.
- Señor Jarpa, construcción de by pass en Chillán.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (99)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvo ausente el diputado señor Juan Bustos.
-Asistieron, además, los ministros de Relaciones Exteriores , don Ignacio Walker, y de la Secretaría General de la Presidencia, don Eduardo Dockendorff.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.13 horas.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor LORENZINI (Presidente).-
El acta de la sesión 6ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 7ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor LORENZINI (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor VALLEJOS ( Prosecretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Pido el asentimiento de la Sala para dar cuenta de la acusación constitucional deducida en contra del ministro de Justicia señor Luis Bates en la sesión del miércoles 3 de noviembre.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ACUERDOS DE COMITÉS
El señor LORENZINI (Presidente).-
Reunidos los Comités parlamentarios, acordaron lo siguiente:
La sesión de esta tarde, pedida reglamentariamente para analizar “el fenómeno de la violencia juvenil y su recrudecimiento en el país”, ha sido postergada para el martes 9 de noviembre, en la tarde, a petición de los diputados que la solicitaron.
En noviembre, considerando la reunión de la Apec y el estudio por el Congreso Nacional de los proyectos de Ley de Presupuestos de la nación y de reajuste para el sector público, se ha acordado sesionar el lunes 15, a las 16 horas, para tratar el primer tema; destinar la sesión del martes 16 para analizar el proyecto sobre reajuste del sector público, en horario normal; y, la del miércoles 17, para tratar la tabla del día jueves y el eventual tercer trámite del proyecto de ley de presupuestos, en horario normal.
El jueves 18 no habrá sesión para que los diputados que así lo deseen puedan intervenir en la reunión de la Apec.
VI. ORDEN DEL DÍA
MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor LORENZINI (Presidente).-
Corresponde continuar conociendo el proyecto de ley que establece normas relativas al mejoramiento de la gestión institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores.
En la última sesión quedaron inscritos para intervenir la diputada señora Rosa González y los diputados señores Edmundo Villouta , Jorge Burgos , Francisco Bayo , Carlos Abel Jarpa , Iván Moreira , Juan Masferrer y Cristián Leay .
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , pido que me inscriba para hablar sobre el proyecto porque en la sesión anterior -aunque era diputado informante de la Comisión de Hacienda -, no lo pude hacer, ya que a la hora en que se trataba, me encontraba particpando en la Comisión Mixta de Presupuestos.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para agregar a la lista de inscritos al diputado señor Ortiz?
Acordado.
Tiene la palabra la diputada Rosa González.
La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).-
Señor Presidente , de repente me siento majadera porque aparezco repitiendo exactamente lo mismo, pero la realidad del norte es muy diferente de como se ve en Santiago.
Los ariqueños deseamos que la Comisión de Relaciones Exteriores se constituya en nuestra ciudad no sólo un medio día -como se acostumbra-, sino en lo posible un día completo a fin de que conozca en terreno lo concerniente a nuestras relaciones con los países vecinos. Bolivia depende de Chile y el norte de Chile de Bolivia. O sea, las relaciones con nuestros países vecinos son fundamentales.
En estos momentos, resulta absolutamente necesario elaborar un plan de contingencia, pero, ¡ahora! Las cuestiones que salen publicadas en los medios de comunicación en forma muy sucinta, repercuten en la economía ariqueña y, por ende, en el empleo y en todos los demás ámbitos.
Por lo anterior, pido formalmente que, a la mayor brevedad, los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores visiten Arica, porque los problemas los tenemos en este momento.
He dicho.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Muy bien, diputada González , ha quedado planteada su inquietud.
Considerando que no se encuentran en la Sala ninguno de los diputados inscritos para intervenir, ofreceré la palabra el diputado Ortiz. Luego, daré la palabra al ministro y declararé cerrado el debate.
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, Aprovecho de saludar a mi ex colega, diputado por dos períodos y actual canciller, Ignacio Walter , presente en la Sala.
La semana antepasada, en la Comisión de Hacienda tuvimos la oportunidad de analizar exhaustivamente el proyecto que dicta normas para el mejoramiento de la gestión institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La finalidad es superar todas las trabas de orden legal y administrativo para mejorar efectivamente la gestión institucional de la Cancillería, dotándola de la necesaria flexibilidad para organizarse y funcionar con mayor eficiencia en el contexto actual de las relaciones política y económico comerciales internacionales. Nadie puede discutir que en estos 14 años y 7 meses, desde que se recuperó la democracia en Chile, los cambios profundos que ha habido en las relaciones internacionales. El país se siente orgulloso de los acuerdos comerciales y de los tratados internacionales que se han firmado con prácticamente las tres cuartas partes del mundo. Ello ha significado un gran esfuerzo para todo el personal de la Cancillería, lo que nunca va a estar en discusión.
Digo esto con mucha fuerza, porque soy el diputado que lleva más años en la Comisión de Hacienda y, prácticamente, 14 años en la Comisión Mixta de Presupuestos. Últimamente, en mi calidad de integrante de la Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos, me ha correspondido analizar el presupuesto del ministerio de Relaciones Exteriores y, la verdad sea dicha, no hay relación entre los aumentos de remuneraciones y los logros conseguidos, pues ha existido escaso presupuesto para enfrentar los grandes problemas. Felizmente, se ha llegado a un buen acuerdo.
En estos instantes se han iniciado conversaciones para estudiar la posibilidad de suscribir un tratado de libre comercio con China, lo que requerirá más personal e infraestructura; es decir, más recursos.
En la Comisión de Hacienda, el subsecretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, don Cristián Barros , manifestó que el proyecto tiene por objeto hacer adecuaciones en las plantas de personal de la Secretaría y Administración General, remuneradas con cargo al Presupuesto en moneda nacional; del Instituto Antártico Chileno, de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado y de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales.
También modifica la vinculación que tiene la Agencia de Cooperación Internacional con el Ministerio de Planificación y Cooperación, otorgándosela al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Además, establece una asignación de estímulo para los funcionarios de la Planta del Servicio Exterior que se desempeñan en Chile, extensiva a los funcionarios de la Planta de Secretaría y Administración General, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado y del Instituto Chileno Antártico, asociada al cumplimiento de objetivos y metas de mejoramiento de la gestión y eficiencia institucional.
Cuando el diputado Enrique Jaramillo informó la iniciativa en mi reemplazo, indicó claramente que ésta sólo irrogará mayor costo fiscal a partir del próximo año, el cual no guarda relación con los grandes resultados obtenidos mediante las negociaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Relaciones Exteriores, encabezadas por el Presidente Ricardo Lagos Escobar .
¿Cómo no va a ser importante esto si nuestras exportaciones han crecido en más del 40 por ciento? Y éste es el resultado de nuestra política internacional, que nos ha permitido insertarnos en el mundo y en la economía globalizada.
Asimismo, en la Comisión de Hacienda quedó absolutamente claro que si bien éste no es el gran proyecto de reforma de la Cancillería que estamos esperando y respecto del cual estamos todos de acuerdo porque es necesario, no cabe duda de que contribuirá a regularizar de manera importante muchas situaciones administrativas y financieras, y de que será una señal muy potente para el personal de la Cancillería, en cuanto a que estamos reconociendo su gestión.
Por ejemplo, ¿quién puede poner en duda el importante papel que ha desempeñado ProChile en los negocios concretados a nivel internacional? Para el 2005 se contempla un importante aumento de su presupuesto, el cual se debe, en parte, a los planteamientos que hicimos en la Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos.
Llamo a los colegas a aprobar por unanimidad el proyecto, porque va en la dirección correcta. En la medida en que sigamos entregando este apoyo, que es un reconocimiento al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, subirá el valor agregado de nuestras exportaciones, se crearán más fuentes de trabajo y bajarán los índices de desempleo, que es el problema más grave que enfrentan muchos chilenos y chilenas.
Por eso, en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, anuncio que votaremos favorablemente en general y en particular el proyecto.
Señor Presidente, el diputado Bayo me está solicitando una interrupción y se la concedo gustosamente.
He dicho.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , agradezco la interrupción que me ha concedido el diputado señor Ortiz , quien nuevamente demuestra que es un caballero.
Como ésta es la primera vez que intervengo en la Cámara estando presente nuestro actual Canciller y ex colega, señor Ignacio Walker , deseo saludarlo y felicitarlo por la acertada actuación que, desde mi punto de vista, ha tenido hasta hoy en el alto cargo que desempeña. Le deseo pleno éxito en su gestión.
Voy a ser muy breve, porque el diputado Moreira fue muy explícito en la primera oportunidad en que el proyecto se trató en esta Sala, cuya importancia es indudable.
Como se dijo, la presencia y la conducta que debe tener nuestra Cancillería en un mundo globalizado no es la misma que tuvo hace diez o quince años. Es necesario e imprescindible que se modernice.
Lamentamos que en el estudio de tal modernización no se haya considerado la opinión de los representantes de la Asociación de Funcionarios de Carrera del Ministerio, Adica , como correspondía a la experiencia de quienes han estado ligados a esta carrera durante muchos años habría enriquecido el proyecto. En ese caso, probablemente no habrían existido las observaciones que hicimos presentes en la Comisión. Sin embargo, tal como lo hicimos allí, anuncio que votaremos favorablemente la idea de legislar, a la espera de que el proyecto sea perfeccionado en los trámites siguientes.
Mantenemos sí nuestras observaciones al numeral 2) del artículo 1º. A través del numeral 8), que se agrega al artículo 8º, del decreto con fuerza de ley Nº 161, de 1978, le estamos entregando atribuciones al subsecretario que se suman a las que ya tiene y que, por supuesto, no tienen otros subsecretaríos. Entendemos las diferencias que existen, pero pensamos que debe haber un mínimo de concordancia entre estas normas.
No vamos a insistir -hablo en representación de Renovación Nacional- en las discrepancias iniciales, que tienden a regularizar problemas de hecho, con el objeto de que la Cancillería no siga teniendo dificultades con la Contraloría General de la República. Sólo queremos precisar nuestra posición frente a este numeral 2) del artículo 1º, proposición original del Ejecutivo contenida en el mensaje Nº 343 y su posterior enmienda, consignada con el Nº 351, para agregar en el artículo 8º del DFL Nº 161, de 1978 el siguiente numeral 8:
“8. Fijar y modificar la organización interna de las unidades del Ministerio, asignándoles el personal necesario, fijándoles sus atribuciones, obligaciones y dependencias conforme a las normas establecidas en la ley Nº 18.575, sin que el ejercicio de esta facultad pueda originar modificaciones en la planta, funciones y estructuras del Ministerio.”.
Como se ha señalado anteriormente, dicha disposición se refiere a las nuevas atribuciones del Subsecretario de Relaciones Exteriores.
Estaríamos de acuerdo con la indicación si esta facultad se formalizara mediante la dictación de un decreto supremo, a fin de evitar un trámite más largo del proyecto, pues ello complicaría la puesta en marcha de la nueva legislación.
Ésa es el aporte que desea hacer Renovación Nacional respecto de la proposición del Ejecutivo , porque estamos conscientes de que los tiempos que vivimos exigen un Ministerio de Relaciones Exteriores más moderno, eficiente y a la altura del mundo globalizado en que estamos insertos, de manera que debemos entregarle las facilidades que requiere para que Chile siga cumpliendo el destacado papel que hasta hoy ha venido llevando a cabo.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro de Relaciones Exteriores, señor Ignacio Walker.
El señor WALKER ( ministro de Relaciones Exteriores ).-
Señor Presidente , ante todo, quiero manifestar mi alegría por estar nuevamente en este hemiciclo, en el que estuve durante ocho años, y agradecer las palabras tan cariñosas de diputadas y diputados de Gobierno y de Oposición.
Quiero hacerme cargo, a la luz del rico debate habido en la Cámara en torno a este proyecto, de algunas legítimas dudas, matices y discrepancias, los cuales creo que es posible aclarar con la debida información.
Quiero hacer dos afirmaciones respecto de algunas dudas manifestadas sobre la iniciativa.
En primer lugar, el Gobierno entiende que la política exterior de Chile es una política de Estado y, como tal, debe ser fijada y concordada entre el Ejecutivo y el Parlamento. En este sentido, el martes pasado celebramos reuniones con las comisiones de Relaciones Exteriores del Senado y de la Cámara para fijar los criterios de una política exterior del Estado de Chile que recoja de mejor forma los grandes objetivos nacionales.
El sentido del proyecto es muy sencillo: solucionar problemas de gestión, de buen servicio, que no es posible lograr por la vía administrativa. Es decir, se trata de regularizar normativamente cuestiones que han estado funcionando de hecho y que apuntan a mejorar el servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores en este Gobierno, en el próximo, en un eventual gobierno de la Oposición. Se trata de un asunto de política exterior de Estado, y dicha secretaría de Estado es el principal instrumento con que cuenta cualquier gobierno para ejecutarla.
Como lo han dicho los diputados señores Moreira y Riveros, así como otros diputados y diputadas, éste no es el gran proyecto de modernización del Ministerio de Relaciones Exteriores que está pendiente, y nos hacemos cargo de ello. De hecho, creo que en los próximos días vamos a anunciar una importante iniciativa sobre la materia, que ha sido conversada con el Presidente de la República -en tal calidad es el conductor de la política exterior- y solicitada por las comisiones de Relaciones Exteriores del Senado y de la Cámara.
¿A qué apunta este proyecto de ley? A algo muy simple, acotado y práctico: a mejorar la gestión institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, al margen de su reforma o modernización, tema que -insisto- está pendiente.
El proyecto persigue superar algunas trabas de orden legal-administrativo, con el objeto de mejorar la gestión institucional y procurar la necesaria flexibilidad, de manera de obtener una organización que permita mayor eficacia en las relaciones políticas y económico comerciales internacionales, acorde con el contexto actual y con los enormes, complejos y vertiginosos cambios de las últimas décadas, que obligan a tener una Cancillería con modernos sistemas de comunicación y funcionarios altamente especializados, todo lo cual requiere su adecuación.
Por supuesto, en los últimos catorce años el Ministerio de Relaciones Exteriores se ha estado adecuando. Se han hecho cambios que responden a esas nuevas realidades y complejidades de la política exterior, con mucho profesionalismo y responsabilidad. Por ello, luego de asumir como canciller, he quedado gratamente impresionado por el gran profesionalismo y enorme responsabilidad con que actúan sus funcionarios.
Sin embargo, se requieren ajustes y adecuaciones que permitan un marco legal para regularizar situaciones de hecho que obedecen a las nuevas realidades de la política exterior, asociadas a las metas institucionales y del propio Estado. Entre otras, puedo mencionar la racionalización de la gestión administrativa y financiera y el fortalecimiento del uso de las tecnologías de la información.
Por lo tanto, el proyecto pretende conseguir una Cancillería eficiente y flexible que sepa responder a los nuevos desafíos. Por ejemplo, no sé si hay conciencia del esfuerzo heroico que han realizado ochenta o noventa funcionarios de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, que perciben 700 u 800 mil pesos mensuales, aunque cuentan con grados de magíster o de doctor otorgados por universidades. Han permitido suscribir los tratados de libre comercio con la Unión Europea, con los Estados Unidos, con Canadá, con Corea del Sur. Luego vendrán los tratados con Singapur y Nueva Zelanda y se realizan los prolegómenos de los que se suscribirán con China y la India.
Es un equipo espectacular, que ha asesorado a otros gobiernos de América Latina, pero tiene sueldos muy bajos y poco competitivos comparados con los del sector privado. Hay una clara referencia en el proyecto. Se requiere dotar a la Dirección de Relaciones Económicas de la Cancillería de una planta de funcionarios acorde con la carga de trabajo y responsabilidades.
También, se propone trasladar a la Agencia de Cooperación Internacional desde el Mideplán al Ministerio de Relaciones Exteriores, algo absolutamente coherente con el manejo de la política exterior y las relaciones económicas internacionales y de cooperación entre los Estados.
En fin, el proyecto no persigue una reforma estructural del Ministerio de Relaciones Exteriores, tarea -insisto- que está pendiente y en la cual estamos avanzando con las comisiones de Relaciones Exteriores del Senado y de la Cámara.
No me voy a referir a todo lo que se ha hecho en estos años, pero en la Academia Diplomática Andrés Bello se ha tratado de captar a los mejores jóvenes profesionales -25 al año-, con criterios muy estrictos en materia de requisitos de ingreso.
En la gestión administrativa, se revisó la focalización de los recursos para que sea acorde con las prioridades de la política exterior y las tecnologías de la información.
Tenemos en marcha un programa de apoyo informático, definido para tres años. Está en su primera etapa de desarrollo.
En fin, la Dirección General de Relaciones Económicas cuenta con una facultad legal para establecer, mediante resolución externa, modificaciones de organización a nivel de departamentos, pero eso es insuficiente -insisto- ante la enorme carga que recae sobre ella, en especial en lo que se refiere a la apertura externa por los tratados de libre comercio y de complementación económica, que son de un dinamismo realmente notable.
Varios señores diputados han mencionado la Unidad de Implementación y Administración de Tratados Comerciales. En realidad, se requiere, porque es necesario hacer un seguimiento de todos los tratados que se firman.
También existe una unidad destinada a las negociaciones con el Asia-Pacífico. Hablamos de Nueva Zelanda, Singapur, China, India.
Ahora que se aproxima la reunión de la Apec, puedo decir que hay una unidad especializada, justamente, en lo que se refiere al Asia-Pacífico.
Recordemos que entre el 16 y el 22 de noviembre vamos a tener cerca de ocho mil personas de 21 economías, con 21 líderes, que representan 2.500 millones de habitantes del mundo; el 50 por ciento del producto, y el 57 por ciento de nuestras exportaciones.
Todos sabemos el enorme esfuerzo que significará no sólo para la Cancillería, sino también para el país, la ronda de empresarios que tendrá lugar junto con la reunión de la Apec.
Asimismo, ProChile introdujo herramientas de planificación y control de gestión, de modo de reorganizar su estructura superior.
Me haré cargo de algunas sugerencias y aprensiones, todas ellas legítimas. En primer lugar, dentro de la perspectiva de adecuación de la Cancillería y de la política exterior chilena a los nuevos desafíos, el proyecto otorga al subsecretario de Relaciones Exteriores una facultad permanente, en cuanto jefe de servicio -todo subsecretario es jefe de servicio-, para fijar y modificar la organización interna, en virtud de la ley orgánica constitucional de Bases Generales del Estado, de las unidades del Ministerio, desde el nivel de departamento, cuando sea imprescindible.
En la actualidad, la organización de la Cancillería difiere en alguna medida de la estructurada en la ley, porque ha quedado superada por el dinamismo de los hechos, especialmente en materia de política exterior. Por lo tanto, ha debido suplirse de hecho y muchas de las medidas carecen de sustento normativo.
Un ejemplo: hoy, el trabajo regional de la Cancillería está en la Dirección de América del Sur, la Dirección de América del Norte, la Dirección de Europa, que tiene 40 países a su cargo; la Dirección Asia-Pacífico, a la cual ya me referí, y la Dirección de Derechos Humanos, todas las cuales funcionan de hecho, sin respaldo normativo. Por lo tanto, el proyecto otorga al subsecretario la facultad para regularizar situaciones de hecho, que se han dado en el marco del Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores, decreto con fuerza de ley Nº 161, de 1978, con el objeto de adecuar su estructura y forma de gestión a la nueva realidad mundial y o los cambios que ha experimentado en Chile el sistema de administración del Estado, comprendidas las modificaciones a la ley Nº 18.989.
Debo dejar meridianamente claro que no se faculta al subsecretario para originar modificaciones en la planta, funciones y estructura del Ministerio. Eso queda excluido, porque, además, sería ilegal.
Las cuestiones de constitucionalidad están salvadas en el numeral 2) del artículo 1º: “8. Fijar y modificar la organización interna de las unidades del Ministerio, asignándoles el personal necesario, fijándoles sus atribuciones, obligaciones y dependencias conforme a las normas establecidas en la ley Nº 18.575, sin que el ejercicio de esta facultad pueda originar modificaciones en la planta, funciones y estructura del Ministerio”.
Insisto, la facultad al subsecretario es acotada al ámbito de su competencia. Nada fuera de la ley, nada fuera de la Constitución. Como jefe de servicio, le corresponderá ejercerla en virtud del inciso segundo del artículo 28 de la ley de Bases de la Administración del Estado, que dice: “A los jefes de servicios les corresponderá dirigir, organizar y administrar el correspondiente servicio; controlarlo y velar por el cumplimiento de sus objetivos; responder de su gestión, y desempeñar las demás funciones que la ley le asigne”.
Esa disposición, aprobada por el honorable Congreso Nacional, ha sido aplicada en varias oportunidades. Por ejemplo, a propósito de la Agencia Nacional de Inteligencia, de la nueva autoridad sanitaria, de la Dirección Nacional de Servicio Civil, del Servicio Nacional de Impuestos Internos, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, etcétera. Desde 1979, por el propio Director General de Relaciones Económicas Internacionales . Por lo tanto, en este aspecto central o medular no hay cuestión, a mi juicio, de constitucionalidad y la facultad otorgada al subsecretario se enmarca dentro de la ley orgánica constitucional de Bases de la Administración del Estado.
Por otro lado, se trata de establecer requisitos profesionales para que haya personal idóneo. ¡Por Dios que es importante para la Cancillería, el perfil del director general administrativo!.
También hay otros aspectos. Por ejemplo, el cambio de la Dirección Consular a Dirección General, en fin. Y uno muy importante: la asignación especial de estímulo para el personal de la Cancillería, asociada al cumplimiento de planes de modernización relacionados con el mejoramiento de la gestión y la eficiencia institucional, que permita convalidar el uso de las remuneraciones como forma de incentivar el desempeño funcionario, actualmente efectuado por la vía del pago de horas extraordinarias.
Afortunadamente, del debate se desprende que hay unanimidad sobre este aspecto tan sustantivo y absolutamente indispensable para el personal del Ministerio.
Los porcentajes a pagar se van a definir por reglamento, establecido en un decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores, que será visado por la Dirección de Presupuesto. La asignación de estímulo viene a convalidar y normar el pago de las horas extraordinarias, que ha sido considerado, repito, una forma de estímulo remuneratorio para los funcionarios; pero que, obviamente, no puede ser el marco deseable que rija en forma permanente la relación laboral y la remuneración de los abnegados profesionales funcionarios de la Cancillería.
Además, se establece -como se ha hecho en tantos proyectos de ley- una facultad delegada al Presidente de la República para realizar las adecuaciones dentro de la estructura de: 1) Planta de funcionarios de la Secretaría y Administración General; 2) Dirección de Fronteras y Límites -de más está decirles la función que cumple en cuanto a nuestra realidad vecinal con Argentina, Perú y Bolivia-, y 3) Instituto Chileno Antártico. Asimismo, para adecuar la planta de funcionarios de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales. Invito cordialmente a cualquier señor diputado o señora diputada a que nos visite para conocer la labor que realiza la Direcom. La facultad delegada al Presidente de la República permite la creación de cargos para reforzar la actividad de dicha dirección.
En síntesis, este proyecto es perfectamente constitucional y legal, que surge a partir de una exigencia de buen servicio, porque la Cancillería es el instrumento de la política exterior del Estado de Chile -reitero por enésima vez-, no sólo del Gobierno.
Para terminar, deseo decir dos cosas.
En primer lugar, ha habido diálogo con el personal -el diputado Bayo, legítimamente, planteó la inquietud-. El 24 de junio se realizó una extensa reunión entre el director general administrativo, el director de Recursos Humanos de la cancillería y el presidente de la Asociación de Funcionarios Diplomáticos de Carrera del Ministerio de Relaciones Exteriores, Adica. Este proyecto se presentó dos meses después, el 3 de agosto, y recoge muchas de las inquietudes e informa al respecto.
En segundo lugar, aquí no existe amarre alguno. Algunos señores y señoras diputados han hablado sobre el amarre que habría detrás, entre líneas. Las normas de ingreso están regidas por ley: primero, no se pueden alterar mediante las facultades que estamos creando; y segundo, como lo sabe especialmente el diputado informante de la Comisión de Hacienda , toda provisión de cargos en las plantas se hace por concurso, según lo establece la ley Nº 19.882. Eso no se altera de modo alguno.
Por lo tanto, junto con agradecer el rico debate que hemos presenciado a este respecto y reiterar que está pendiente la gran tarea de reforma o modernización de la Cancillería, pido a la honorable Cámara, a los diputados y las diputadas de Gobierno y de Oposición, que entreguen su apoyo -insisto-, no al gobierno del Presidente Lagos, sino al Estado de Chile, para que la Cancillería, a través de estas normas de buen servicio, pueda realmente prestar la función eficiente, flexible, honesta y transparente -propia de ella-, adecuada a los tremendos cambios que hemos tenido a nivel de las relaciones internacionales.
He dicho.
El señor LEAL (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguiente términos:
El señor LORENZINI (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto que establece normas relativas al mejoramiento de la gestión institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Aprobado.
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL OBLIGATORIA DE BIENES DE AUTORIDADES PÚBLICAS. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto que establece como obligatoria la declaración jurada patrimonial de bienes a las autoridades que ejercen una función pública.
Antecedentes:
-Boletín Nº 2394-07-1. Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Recuerdo a las señoras diputadas y señores diputados que el informe ya fue entregado en su oportunidad por el diputado señor Jorge Burgos . Por lo tanto, hoy nos abocaremos a su discusión.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , estamos en presencia de un importante proyecto dentro del marco de leyes que persiguen dar mayor transparencia y sensación de probidad en nuestro país.
A pesar de los problemas que podemos tener como sociedad, tanto de índole público como privado, que han sido tratados de manera independiente por los tribunales, como debe ser, el hecho de que sigamos apareciendo como el país latinoamericano con mejores estándares de probidad en el mundo -incluso superamos a países de la Unión Europea como España y Francia- da cuenta de que vamos por un buen camino.
Por cierto, el tema no está terminado y es necesario seguir dando pasos legislativos y mantener conductas cotidianas fundamentales.
Entre los pasos legislativos esenciales para mejorar nuestro aparataje jurídico en materia de probidad está el proyecto que tratamos hoy, que despierta tanto interés entre mis colegas. Y con razón, porque se trata de establecer el sistema de declaración de patrimonio de los funcionarios públicos en su más amplio sentido.
Cuando hace años se discutieron las modificaciones a la ley de Bases Generales de la Administración del Estado para incorporar un capítulo de probidad, hubo un tema que quedó pendiente debido a que, por distintas razones, no se logró el acuerdo necesario para incorporarlo en aquella fundamentación jurídica que se refiere a las inhabilidades, a lo que no podía hacerse con ciertos bienes públicos, a las donaciones y a la declaración de intereses. Se dejó fuera la declaración de patrimonio y quedó incluida sólo la de intereses, que es importante, pero bastante genérica, porque permite que una persona cumpla con la ley, diciendo, simplemente, que tiene intereses en el mundo agrícola. En cambio, otra puede señalar, por ejemplo, que tiene el 20 por ciento de Iansa, y de esa manera, se entiende que ambas cumplen con la ley. Se pueden dar muchos ejemplos sobre lo genérica que resulta la declaración de intereses. Se trata de un documento obligatorio, público, que ha dado mayor grado de transparencia, pero no el necesario para tomar la fotografía del patrimonio de quien asume un cargo público, sea por designación o por representación popular, como el nuestro.
Un grupo de diputados bastante transversal -entre los copatrocinantes se encuentra la diputada Laura Soto -, presentó, en forma simultánea con la discusión de ese proyecto, una iniciativa destinada a incorporar la declaración de patrimonio como elemento esencial en las normas de probidad. Ya dije que por distintas razones, que no es del caso recordar, no se lograron los votos necesarios para aprobarla. Pero ese grupo de diputados tuvo la virtud de seguir insistiendo en el proyecto, lo que ha permitido que hoy lo estemos discutiendo en su último trámite en la Cámara de Diputados.
La moción, presentada hace tres o cuatro años y cuyos autores están consignados en el informe, fue recogida con entusiasmo por el Ejecutivo y por los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Se presentó una indicación sustitutiva del texto, debidamente coordinada, que recoge el 80 por ciento de la propuesta original, la que fue aprobada por la Comisión de Constitución.
En consecuencia, es la hora de aprobar el proyecto. ¿Hay cuestiones perfectibles desde el punto de vista procesal? Sí, las hay. ¿Hay muchas instancias legislativas para mejorarlo en el aspecto procesal legislativo o declarativo? Sí, muchas. Lo importante es dar la señal político-jurídica de despachar, después de cinco años, un proyecto consistente. La consistencia se traduce en una cuestión que hemos alegado en forma transversal: más probidad y más elementos destinados a la transparencia.
¿Cómo no va a ser un elemento central en la lucha por más probidad el hecho de que quienes asumimos cargos públicos, por designación o por representación popular, tengamos la obligación jurídica, sujeta a sanción pecuniaria si no la cumplimos, de mostrar nuestro patrimonio, constituido por los activos y los pasivos, por nuestras sociedades, acciones, inmuebles y por los bienes obtenidos en régimen de sociedad conyugal? Por cierto, quedan fuera los obtenidos en régimen de gananciales o el patrimonio reservado, donde obviamente el o la cónyuge que no es funcionario o funcionaria no tiene por qué someterse a la misma norma.
Esta fotografía es esencial, porque hay que decir la verdad. Si hubiera existido la ley cuando Augusto y Lucía hicieron su declaración, habrían mentido categóricamente, porque no tenía nada que ver con lo que realmente poseían. Los pobres de solemnidad resultaron millonarios.
Este tipo de iniciativas permite la posibilidad de tener un país más transparente. En esa lógica, hemos estado transversalmente -hay que reconocerlo-, porque forma parte del conjunto de proyectos de esta naturaleza, el que aprobamos, no hace mucho, que crea la Alta Dirección Pública, que, por cierto tiene que ver con la transparencia y la probidad. Al respecto, el concurso de los partidos de Gobierno y de la Oposición fue trascendental.
Esto tiene que ver también con la ley de compras públicas, en la que resultó fundamental el concurso de todos los sectores; con las modificaciones al Código Penal para incorporar las reglas internacionales de la Oecd destinadas a establecer ilícitos concretos respecto de funcionarios que reciben cohecho o algún tipo de premio ilegal.
Tiene que ver también con la tramitación del proyecto de lobby a la hora de distinguir entre éste y los recursos que se destinan al financiamiento de campañas políticas y con la ley de financiamiento de campañas electorales que, si bien los hechos demostraron hace pocos días que es perfectible, dio cuenta de un avance trascendental a la hora de determinar la forma y el modo de financiar las campañas públicas.
Tiene que ver con proyectos relativos a hacer menos secreta la función pública, como el del silencio administrativo, respecto del cual los senadores Jaime Gazmuri y Hernán Larraín y el diputado Nicolás Monckeberg presentaron interesantes indicaciones con el objeto de hacer aún más públicos los actos de carácter reservado, de los cuales se abusa mucho, y con el proyecto que presentamos, entre otros, con el diputado Ascencio , y que fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados, que apuntaba a desclasificar las leyes secretas.
Tiene que ver, además, con tareas pendientes que se relacionan con el gasto de recursos en adquisiciones miliares, con el objeto de que no siga siendo secreto lo referido a la ley del cobre. Por último, tiene que ver con un país que avanza en la creación de más transparencia, de más probidad.
En consecuencia, más allá de las perfecciones de que pueda ser objeto en las instancias legislativas que faltan, es obvio que este proyecto debe ser despachado lo más pronto posible en sus sucesivos trámites por cuanto da cuenta de un avance central en esta materia.
Hay un tema que se ha puesto en discusión en la esta Sala recogiendo lo que ha dicho la prensa sobre el particular. Se dice que resulta complejo que la declaración de patrimonio -precisa en cuanto a su contenido-, activos y pasivos, muebles e inmuebles, tenga carácter público. Es decir, se pretende distinguir entre la declaración de intereses, que es pública, y la de patrimonio, para lo cual se plantea cierto grado de secretismo. Si los diputados salimos de esta Sala con una declaración de patrimonio de carácter secreto no habremos avanzado en nada, sino más bien habremos hecho un grave daño a la transparencia. En consecuencia, la declaración debe ser pública.
Nunca ha habido problemas en mostrar el patrimonio bien habido. Para nosotros constituye una tranquilidad poder decir: “Esto es lo que teníamos y con esto nos vamos.” Si le damos el carácter de secreto, se podría crear una presunción de ocultamiento de una cuestión que resulta natural. Es cierto, en nuestro país todavía los niveles de ingresos son muy bajos. Digamos las cosas como son. La dieta parlamentaria que recibimos nos pone en la parte más alta del quintil más rico de Chile. Ocultar la declaración de patrimonio sería más bien una señal peligrosa, compleja. Casi preferiría que no haya normativa.
Se dice también por ahí que es riesgoso, porque ciertas personas se podrían entusiasmar con la comisión de algún tipo de delito. ¡Eso no es cierto! La lacra del secuestro -gracias a Dios en Chile no la tenemos, pero siempre hay que estar atentos-, por ejemplo, ese crimen organizado no tiene nada que ver con que las declaraciones sean públicas o secretas. ¡Por favor!. Si los delincuentes no consultan los registros de las instituciones o los protocolos notariales para saber el patrimonio de determinada persona para decidir su secuestro. ¡Tiene que ver con otras cosas!
No creo que haya una justificación real para decir que no se debe avanzar en esta materia. Hay que hacerlo y rápidamente. Es una señal poderosísima a la hora de decir, transversalmente, que queremos seguir creando una institucionalidad que permitirá que el próximo año nuestro país no estará en el vigésimo lugar de las economías que se consideran más transparentes o menos corruptas, sino tres o cuatro lugares más arriba. ¿Por qué no? ¿Por qué no podemos ser top ranking en esto? Es perfectamente posible, porque están dadas las circunstancias, los antecedentes jurídicos y, hasta hoy, esa buena posibilidad desde el punto de vista de la transversalidad. No me parece que podamos dilatar más nuestro pronunciamiento sobre la iniciativa, más allá de introducirle ciertos perfeccionamientos en los momentos legislativos que correspondan.
Estamos en presencia de un proyecto importante, mediante el cual, de alguna manera, diremos: ¡No a la corrupción y a la falta de transparencia! ¡Sí a avanzar en la capacidad de luchar con instrumentos que, si bien no son la panacea, son útiles a la hora de crear condiciones para tener una sociedad más justa, transparente y democrática!
He dicho.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la honorable diputada Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , creemos que estamos ante un gran proyecto, que perfecciona la democracia, establece una clara diferencia entre los bienes públicos y los privados y constituye un freno a la tentación y a la corrupción.
En los últimos días se ha suscitado una gran discusión debido a que un hombre público adquirió un medio televisivo, situación que, de algún modo, forma parte del tema que estamos tratando, porque no puede haber confusión alguna entre lo privado y lo público, sino transparencia total.
El diputado señor Burgos se refirió a lo que sucede en la actualidad con las declaraciones de intereses, de lo cual también nos hemos enterado a través de la prensa, en el sentido de que muchas personas declaran tener intereses inmobiliarios -con lo que no pasa absolutamente nada- o intereses agrícolas, en circunstancias de que pueden ser dueños de grandes haciendas o de grandes empresas inmobiliarias. Es decir, con la declaración de intereses no se conoce con precisión el patrimonio efectivo.
Pusimos mucho tesón en perfeccionar el proyecto, sin perjuicio de que sea modificado a futuro. Da una señal pública muy importante, que afina la democracia y pone un freno a la corrupción y a cualquier tentación, incluso la adquisición de un medio televisivo por un conocido personero político, de quien se ha dicho que podría llegar a ser el Berlusconi chileno.
Como el objetivo del proyecto es lograr claridad y transparencia, se establece que la declaración de patrimonio deberá contener la individualización completa de todos los bienes del declarante, como también los bienes del cónyuge, siempre que estén casados bajo el régimen de sociedad conyugal.
Además, se dispone que la declaración de patrimonio será pública; de lo contrario la iniciativa será agua pasada, o sea, no significará nada, no valdrá nada, sin perjuicio de que con el tiempo seguramente habrá que perfeccionarla; pero en principio va en la línea correcta.
Los parlamentarios deberán efectuarla cada cuatro años. La idea es que se declare un incremento o una disminución importante de su patrimonio.
La iniciativa establece que la obligación de declarar el patrimonio rige para todos los servidores públicos en que exista algún nexo que pueda provocar confusión. De todas maneras, hemos presentado otro proyecto, porque es muy importante que junto con esta iniciativa o con posterioridad a ella se comience a debatir el enriquecimiento ilícito, pues la iniciativa que estamos tratando propone sanciones administrativas, pero no hay tipificación de un delito. Por lo tanto, espero que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia comience luego su estudio, a más tardar, a principio del próximo año. Nuestro interés es que esto se apruebe, para dar una señal política al país de que estamos tratando de otorgar más transparencia en esta materia.
Por lo tanto, sugiero que aprobemos el proyecto de ley en los términos despachados por la Comisión, sin perjuicio de que con posterioridad sea perfeccionado.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán.
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor Presidente , estamos frente a una situación compleja, porque lo que estamos discutiendo en primer trámite constitucional y segundo reglamentario es una indicación sustitutiva que modificó completamente, de principio a fin, el proyecto de ley sobre la declaración jurada patrimonial de bienes que tratamos en su primer trámite reglamentario. Por lo tanto, este proyecto podrá ser objeto de algunas indicaciones.
También es compleja la materia en debate porque, en el primer proyecto sobre declaración de intereses y patrimonio, lo referido al patrimonio fue dejado de lado.
Debemos reconocer que dar a conocer nuestros bienes no es propio de nuestra idiosincrasia, por cuanto se ha estimado siempre que el patrimonio forma parte de la intimidad personal y familiar. Por lo tanto, se hace difícil aceptar una disposición de esa naturaleza. Sin embargo, entendemos que la transparencia democrática permite que los ciudadanos tengan derecho a controlar a sus autoridades. En tal sentido, en noviembre o diciembre de 2002 se aprobó una agenda de modernización del Estado que, en su número 34 señala que la iniciativa sobre declaración de patrimonios debía despacharse en agosto de 2003.
Ha pasado el tiempo y se han dictado otras leyes: sobre alta dirección pública, sobre probidad -como el financiamiento de las campañas políticas, lo referido al soborno y al cohecho, que fueron perfeccionadas- y ahora se estudian otras iniciativas, entre ellas, la relacionada con el lobby.
En todo caso, como decía el profesor Pablo Ruiz-Tagle en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, no se trata de emular o de adoptar el modelo extremo de “La República”, de Platón, que propone que los hombres que gobiernan el Estado deben tener total prescindencia de las actividades e intereses privados y que su patrimonio entero debe ser provisto por el erario. Pero debemos tener claro que se tienen que tomar las medidas preventivas que consideren los conflictos de intereses, cada vez más posibles, con los instrumentos financieros y jurídicos modernos. Se trata de identificar y de diferenciar el patrimonio y los intereses públicos y privados, a fin de evitar la confusión entre ambos.
Ya se dijo a quienes afecta el proyecto y cuáles son las distintas leyes orgánicas constitucionales que deben modificarse. También se han mencionado los bienes que se deben declarar: muebles, inmuebles, ingresos, etcétera.
Pero, lo que se ha dejado para una lata conversación, tal como ocurrió en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, es la publicidad de la declaración patrimonial.
En dicha Comisión, por la mayoría de sus miembros, después de una extensa discusión, se estimó que la confidencialidad de la declaración del patrimonio podía prestarse para externalidades negativas, a que se filtren a la luz pública datos que, de una u otra forma, pueden dañar a algún colega.
Por lo tanto, se optó por la publicidad.
Hay personas a quienes esto les parece provocativo. Cuando se aprobó la declaración de intereses, se hizo pública. Por lo tanto, hay una consistencia mínima para que, en caso de una declaración de patrimonio, sobre todo cuando se trata de las mismas normas, ésta debe tener la misma solución.
El proyecto requiere de una serie de modificaciones, puesto que no ha sido visto anteriormente y los diputados no hemos tenido posibilidad de presentar indicaciones. Es así como, en conjunto con el ministro Dockendorf y otros, hemos considerado importante introducirle algunas enmiendas.
Por ejemplo, el proyecto no establece plazos para hacer la declaración. La ley que rige a los parlamentarios determina un plazo de treinta días para efectuar la declaración, el que se hizo extensivo al procedimiento común de todas las leyes orgánico constitucionales, a través de una indicación que obra en poder del ministro Dockendorf y del diputado señor Jorge Burgos , informante de la iniciativa.
Es importante fijar un plazo para la declaración; de lo contrario es imposible aplicar sanciones y la norma quedará abierta, en blanco.
Otro aspecto importante es que cuando se trata de los funcionarios del Tribunal Constitucional o del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, no hay recurso de apelación, elemento esencial, según el Pacto de San José de Costa Rica, para la existencia del debido proceso. Para subsanar esa falencia, en las indicaciones señaladas se establece un nuevo procedimiento que conforma una especie de tribunal que tiene que ver con el presidente del Tribunal Constitucional , quien aplica la sanción para que se apele ante el pleno, al igual como se hace con la ley del Congreso Nacional.
Situación especial es la del Banco Central, que señala que sus funcionarios deben declarar un estado de situación de patrimonio, cosa muy distinta a la declaración de patrimonio. El estado de situación, en general, se presenta en los bancos y consiste en una relación entre los activos y pasivos del declarante, en circunstancias de que la declaración de patrimonio es una enumeración de los bienes muebles e inmuebles más los pasivos sobre cien unidades tributarias mensuales, lo que corresponde a una suma cercana a tres millones de pesos.
Por eso, es absolutamente necesario modificar las normas que regirán a los funcionarios del Banco Central; de lo contrario, se deberán realizar tres declaraciones distintas.
Respecto de la votación del proyecto, tratándose de un texto sustitutivo que recién estamos conociendo, pido que se nos dé un plazo de una semana, hasta el próximo martes, para presentar indicaciones, a fin de tener un proyecto más acabado que no sea muy discutido o rechazado en el Senado. Si mi petición no fuera aceptada por la unanimidad de la Sala, en la discusión particular del proyecto solicitaré votación separada para los artículos 5º, 8º, 10º y 11, porque en ellos hay un viso de inconstitucionalidad, en la medida en que no exista la posibilidad de apelación, y nos veríamos enfrentados a una violación del Pacto de San José de Costa Rica, que lo exige como una necesidad del debido proceso.
Por lo tanto, reitero mi petición de que la Sala nos dé la unanimidad para presentar indicaciones -creo que el proyecto saldría muy beneficiado, si esto fuera posible- y si no, la votación por separado de estos cuatro artículos.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente Accidental ).-
Señora Diputada , como el proyecto está en segundo informe de la Comisión de Constitución, se requiere la unanimidad de la Sala para acceder a su petición y, en este momento, no hay quórum para ello.
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor presidente , entonces le pido hacer la consulta al término de la discusión del proyecto, cuando haya quórum.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Señora diputada , no hay quórum en la Sala. Por tanto, no puedo pedir la unanimidad para su petición.
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor Presidente , sólo estoy pidiendo que solicite la unanimidad cuando haya quórum en la Sala.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Entonces, señora diputada, haga su petición en el momento que corresponda.
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , el proyecto establece como obligatoria la declaración jurada de patrimonio de bienes a diferentes autoridades que ejercen la función pública.
Lo decía con bastante vehemencia el diputado informante señor Jorge Burgos y comparto su pasión, porque éste es un tema extraordinariamente trascendente. Lamentablemente, en los tiempos que corren, en muchos casos hemos visto una constante denigración de los funcionarios públicos, cómo se cuestiona su honorabilidad y pocas veces se resalta su capacidad de trabajo, su espíritu de sacrificio e, incluso, sus bajas remuneraciones, sobre todo si las comparamos con el sector privado.
En nuestro país, se pueden apreciar cada vez más señales claras y nítidas de transparencia y probidad. Si consideramos a Chile a nivel mundial y regional, es un país privilegiado en función de la transparencia y la probidad.
El Ejecutivo ha presentado una indicación sustitutiva del proyecto, que ha recogido una moción que muchos de nosotros suscribimos, porque teníamos la inquietud evidente y palpable de que no basta con una declaración genérica de intereses, ya que no revela absolutamente nada. Si hablamos de transparencia es indispensable una declaración patrimonial detallada tal como lo establece el proyecto, cosa que es fundamental y, por cierto, tiene que ser pública. De nada serviría y sería una perfecta letra muerta si mantuviésemos la idea de hacerla en términos confidenciales y no públicos. Cada día la ciudadanía exige y requiere más transparencia, porque ayuda, otorga confianza, acerca al ciudadano a sus autoridades, permite que al ciudadano le quede claro cuáles son los ingresos personales que reciben los funcionarios públicos, los gastos de representación, los gastos propios y específicos de su cargo, porque muchas veces se genera confusión y un estado de ánimo negativo, ya que se mencionan sumas que no son necesariamente reflejo de la realidad.
En este aspecto, creo que es sumamente importante que demos una señal positiva a través de la aprobación del proyecto. Asimismo, que la declaración patrimonial comprenda los bienes del cónyuge cuando marido y mujer estén casados en el régimen, por ejemplo, de sociedad conyugal, y que sean diversas autoridades, como aquí se ha mencionado, las que estén obligadas a hacerla. En el caso específico de los diputados, se efectuaría cada cuatro años, es decir, al inicio y al término de cada período legislativo.
¡Qué mejor señal podemos entregar los parlamentarios que hacer una declaración patrimonial clara, pública y transparente! ¡Qué mejor señal que ser capaces de decir, con absoluta precisión, cuál es el patrimonio con que partimos en un período legislativo y con cuál terminamos!
¡Qué necesario es, por cierto -como lo mencionaba la diputada señora Soto -, que este proyecto, ojalá, no sea el único que tramitemos en relación con un tema de esta trascendencia! Muchos de nosotros, en su momento, levantamos la voz para decir que con este proyecto sólo se establecen sanciones administrativas y pecuniarias, es decir, multas en UTM. ¡Qué distinto sería si lográramos tener una figura penal que, por ejemplo, contemplara el enriquecimiento ilícito o inexplicable! Eso significaría contar con claridad absoluta en casos tan notables como uno ocurrido en el último tiempo, al cual ni siquiera hace falta referirse, pero que a nadie puede escapar, porque nos vimos bastante golpeados.
En esta misma Sala manifesté mi opinión respecto de dicho caso, descubierto a raíz de las investigaciones que llevó a cabo una comisión del Senado estadounidense en torno de la actuación del Banco Riggs, por no haber cumplido lo que, en Estados Unidos, se denomina la “ley patriótica”. Esa investigación, casualmente, terminó entregándonos datos y antecedentes del patrimonio de Augusto Pinochet Ugarte, que, a simple vista, resultan absolutamente inexplicables y respecto del cual desgraciadamente hasta hoy no hemos logrado establecer con claridad su origen.
¡Qué distinta sería la situación si contásemos con un instrumento legal que impidiera, a futuro, la ocurrencia de este tipo de situaciones!
Entonces, necesitamos no sólo vagas declaraciones de intereses, sino claridad para establecer los bienes patrimoniales con una declaración jurada, y, por cierto, que el día de mañana exista la figura penal del enriquecimiento ilícito o inexplicable, porque con ella no estaremos hablando solamente de sanciones administrativas, sino que estaremos aportando, de manera definitiva y permanente, a su sanción judicial.
Ello nos permitiría dar un paso adelante en nuestro país, que, como hemos señalado, en general goza de muy buena evaluación cuando se trata de instrumentos internacionales que miden los grados de probidad y de transparencia en los países ante el fenómeno de la corrupción. Es digno de orgullo que Chile sea uno de los países mejor evaluados a este respecto, pero, ¡por favor!, espero que nunca nos durmamos en los laureles diciendo que el nuestro es un país considerado poco corrupto, porque hay ejemplos de naciones que están infinitamente más avanzadas en esta materia. Creo que mientras no saquemos adelante este proyecto y, sobre todo, el que necesariamente lo complemente a futuro -como el que mencioné-, de manera de contar con la respectiva figura en el Código Penal, no habremos dado el paso definitivo que todos esperamos.
Invito a los colegas a aprobar el proyecto, y también a que seamos capaces de dar el paso necesario, de manera de avanzar, una vez más, en materia de transparencia. Creo indispensable, en particular en el caso de los parlamentarios, ser rigurosos a la hora de hacer nuestra declaración jurada de patrimonio y de escoger a los colegas que, cada cuatro años, constituyan la comisión evaluadora. Ojalá nunca se dé el caso de que haya omisiones, de manera que no sea necesario recurrir a la citada comisión a fin de que aplique la respectiva multa. Reitero: ojalá nunca se dé el caso de que un parlamentario olvide establecer su declaración patrimonial.
Anuncio mi voto favorable y el de mi bancada.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Forni.
El señor FORNI.-
Señor Presidente , cualquiera iniciativa cuyo propósito sea fortalecer la probidad y la transparencia siempre será positiva. Lo importante es que los medios propuestos para alcanzarlo sean los más adecuados y efectivos.
En este sentido, en relación con el proyecto en discusión, es conveniente advertir que nuestra legislación cuenta con variadas normas sobre probidad y transparencia de los funcionarios públicos. Tal vez, la más interesante de analizar sea aquella que busca evitar la influencia de intereses personales en las decisiones de las autoridades. Me refiero específicamente a la obligación de declarar los intereses.
La declaración de intereses confeccionada en la forma dispuesta por la ley permite a la opinión pública y a los entes fiscalizadores conocer los intereses comerciales o económicos que pueda tener una autoridad y su posible influencia en sus decisiones. Esto es verdaderamente relevante para los ciudadanos, particularmente en cuanto a la transparencia con que debe proceder una autoridad pública.
Por ejemplo, las decisiones de determinada autoridad o, incluso, nuestras propias votaciones, deben ser analizadas a la luz de los posibles intereses o influencias que puedan ejercerse sobre ella o sobre nosotros. En este contexto, si bien siempre es atendible hacer un esfuerzo por lograr mayor información y transparencia, no advierto que los beneficios de una declaración pública de bienes sean mayores que los costos que podría generar para sus obligados, especialmente si consideramos que esto afecta a una parte importante de lo que hasta hoy consideramos como esfera privada.
No tengo certeza de que una declaración de bienes sea decisiva a la hora de saber si una autoridad actúa o no influida por determinados intereses. Tengo serias dudas de que el saber si una persona cambió de automóvil o de casa, si se endeudó o si compró acciones pueda contribuir a este noble objetivo. El solo hecho de adquirir un automóvil, vender una casa o contratar un crédito para pagar la universidad de un hijo no puede constituir presunción de un actuar reñido con la probidad o la legalidad, y temo que la publicidad que se propone en el proyecto respecto de este tipo de operaciones termine considerando siempre cualquier incremento de patrimonio como una operación sospechosa.
Para evitar el enriquecimiento ilícito y el aumento injustificado de patrimonio, no sólo de una autoridad pública, sino de cualquier chileno, actualmente existen instrumentos jurídicos y autoridades con facultades para detectarlos y perseguirlos.
Tal como lo señaló la diputada Isabel Allende , todavía debemos avanzar en el establecimiento de la figura penal de enriquecimiento ilícito. A este respecto, baste señalar la labor que le corresponde al Servicio de Impuestos Internos, organismo cuyas facultades han sido permanentemente ampliadas para los efectos de cumplir en mejor forma su labor. A lo anterior debemos agregar una serie de facultades entregadas a otros organismos públicos por el Congreso Nacional, que permiten investigar el incremento patrimonial de una persona, por ejemplo, a propósito del combate al narcotráfico y al lavado de dinero.
Si todo esto no fuera suficiente, nuestra legislación penal entrega a los jueces un sinnúmero de facultades para examinar la composición del patrimonio de una persona y las operaciones que puedan haberlo incrementado o disminuido cuando se sospeche de la comisión de delitos tales como el enriquecimiento ilícito, el cohecho, la malversación de caudales públicos, el fraude al fisco o la apropiación indebida, entre otros.
Sin embargo, en el ánimo de cooperar en el objetivo compartido de lograr mayor transparencia, la Unión Demócrata Independiente ha manifestado su apoyo a la idea general contenida en el proyecto, pero cuidando siempre que ello no afecte el derecho a la privacidad que tienen todas las personas.
Entendemos que algunos piensen que el ámbito de lo privado de una persona que desempeña funciones públicas deba ser más acotado; sin embargo, esta limitación no puede llegar a niveles tales que hagan desaparecer por completo el derecho a la privacidad de un funcionario público. Probablemente, no podremos resolver el eterno conflicto que se origina al tratar de determinar dónde finaliza lo privado y dónde comienza lo público, tratándose de personas que desempeñan funciones de esta naturaleza. Es precisamente este punto el que motiva mis principales dudas respecto de este proyecto, sobre el cual me gustaría tender una luz de alerta. Mi inquietud surge de saber si con la publicidad de esta declaración estamos generando realmente un beneficio al propósito de la transparencia o, por el contrario, mayores costos para los servidores públicos y sus familias al exponer innecesariamente al escrutinio público hechos de su esfera privada que poco contribuyen a fortalecer la probidad.
El establecimiento de una declaración de patrimonio público instalará en la opinión pública, sin ser su objetivo, una presunción nefasta contra los obligados a presentarla: la sospecha de que cualquier incremento patrimonial ha tenido su origen en actos reñidos con la probidad o en operaciones irregulares. Lo que ocurrirá, de aprobarse una declaración pública de bienes, es que se partirá de la base de que si una autoridad ha incrementado su patrimonio es porque algo extraño ha ocurrido y, contrariamente a lo que corresponde, tendrá que ser ella la que deberá salir a explicar, a través de los medios de comunicación, la forma en que lo ha adquirido o por qué se ha endeudado. Seremos permanentemente juzgados por la opinión pública y, después de ello, tendremos la oportunidad de defendernos.
Pero hay algo que me preocupa más relacionado con la publicidad de la declaración. La publicación de aspectos que son propios de la esfera privada de las personas desincentivará la incorporación al servicio público de gente preparada, talentosa y de trayectoria en el ámbito privado.
¿Creen ustedes que un Vittorio Corbo aceptaría la presidencia del Banco Central si previamente tuviera que explicar públicamente su patrimonio personal y el de su señora, por cierto, adquirido gracias a su competencia profesional? ¿Piensan ustedes que un abogado de trayectoria en el mundo académico y profesional estaría dispuesto a incorporarse al Tribunal Constitucional si tiene que pasar por la prueba de que se publiquen en la prensa los bienes que ha adquirido en el ejercicio de su profesión a lo largo de su vida, cuando su origen no tiene ninguna relación con el cargo al cual ha sido invitado a ocupar?
No tengo claro que la publicidad de los bienes de una autoridad pueda contribuir a detectar más fácilmente irregularidades o a que se puedan constituir las pruebas de actos corruptos. Más bien, servirá para satisfacer la curiosidad de quienes siempre están pendientes de estos temas y, peor aún, creo que se corre el riesgo de continuar en el triste camino de la farandulización de nuestra desprestigiada actividad política. Por lo demás, quien debe juzgar si una autoridad se ha enriquecido injustificada o ilícitamente es un juez y no la opinión pública.
En este mismo sentido, y debido a las dudas de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia respecto de la publicidad de la declaración, el abogado Pablo Ruiz-Tagle , invitado a exponer a la comisión, señaló que esta declaración debía quedar en algún lugar, sujeta a reserva, y a modo de ejemplo citó a la Contraloría General de la República. En cuanto a los parlamentarios, mencionó el caso de Estados Unidos, donde tal declaración queda en manos de una entidad de la propia Cámara, similar a nuestra Comisión de Conductas Parlamentarias.
Sólo quiero dejar este tema para discusión y poner una señal de alerta, porque lo relativo a la publicidad requiere mucho más debate.
Para terminar, solicito votación separada para las siguiente disposiciones: artículos 60 B, 60 D y 60 E, numeral 1), del artículo 1º; numeral 4) del artículo 1º, que sustituye el artículo 67; inciso sexto del artículo 5º D agregado por el artículo 3º; incisos segundo, tercero y octavo del artículo 14 bis, nuevo, de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, introducido por el artículo 5º; incisos segundo y tercero del artículo 9º bis, nuevo, de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, introducido por el artículo 6º; incisos segundo y tercero del artículo 9º bis, introducido por el artículo 8º; incisos segundo y tercero del artículo 31 bis, nuevo, de la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, agregado por el artículo 9º; incisos segundo, tercero y octavo del artículo 6º bis, agregado por el artículo 10, e incisos segundo, tercero y octavo del artículo 7º bis, agregado por el artículo 11.
He dicho.
El señor LEAL ( Vicepresidente ).-
Continuaremos con el debate del proyecto en la sesión de mañana, oportunidad en que consultaremos a la Sala acerca de la petición de la honorable diputada señora Pía Guzmán, relacionada con las indicaciones.
VII. HOMENAJE
HOMENAJE A DON MARIO KREUTZBERGER, "DON FRANCISCO".
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
En conformidad al acuerdo unánime de la Cámara de Diputados, corresponde rendir homenaje al señor Mario Kreutzberger, don Francisco , quien se encuentra en la tribuna de honor acompañado de su distinguida esposa, señora Temmy de Kreutzberger ; del presidente del directorio de la Fundación Teletón, señor Andrés Navarro , y de la directora ejecutiva de la Fundación Teletón, señora Ximena Casarejos .
-Aplausos.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
En primer lugar, hará uso de la palabra, en representación del Partido Socialista, el diputado Iván Paredes.
El señor PAREDES (de pie).-
Señor Presidente , estimados colegas, señor Mario Kreutzberger y distinguida esposa:
La chilenísima frase “Talca, París y Londres” debió haber entrado por alguna parte en el hogar de aquellos padres inmigrantes que, en su alegría e intimidad familiar, recibían un hijo nacido en las tierras de las vihuelas y de los sauces. Tiene que haberse infiltrado en forma clandestina, oculta, premonitoria, pegándose como tatuaje invisible a la piel del recién nacido para marcar mesiánicamente el futuro que le estaba predestinado desde su cuna talquina.
Y tiene que haber sido la suavidad del plumaje de los cisnes de cuello negro y el calor de las velas de los faluchos maulinos que abrigaron al niño cuando, según cuenta una historia, la matrona alemana que lo recibió -maldita discriminación- lo dejó abandonado en los pasillos del hospital de Talca por su origen judío.
Sólo así, desde la sabiduría popular, es posible explicar la trascendencia, la universalidad que ha alcanzado, el reconocimiento recibido, la capacidad de llegar, de comunicar, de convencer que ha desarrollado para alcanzar el corazón y la emoción de los tan distintos, de los tan diferentes, de los tan diversos.
Y permítaseme reflexionar en voz alta, diciendo que, tal vez, esa horrible acción de intolerancia manifestada desde la matrona en el hospital talquito, un inocente 28 de diciembre de 1940, sea el punto de partida para el respeto a la diferencia y la defensa de la diversidad enarbolada como banderas de lucha por este hombre que nació como Mario y se hizo carne en admiración como don Francisco .
Siempre hay algo en nuestras vidas, un momento, una visión, una experiencia que puede producir un vuelco o marcar un hito definitivo en ellas. Algunos hablan de una señal, otros de una conversión, de una revelación. No importa el nombre que se le dé, importan los resultados.
En una ocasión, en su recorrido permanente por el país, produciendo y conduciendo Sábados Gigantes, en la recordada sección “Usted no conoce Chile”, Mario Kreutzberger , en el sector conocido como Campos de Ahumada, cerca de Los Andes, descubrió a un niño impedido amarrado a un árbol. Tanto le impresionó esa visión de abandono, de indefensión, de fragilidad, que tomó la decisión de ayudar a los miles de niños que sufren grados de discapacidad en nuestro país.
Bendito programa televisivo, bendito niño desprotegido y sufriente de Campos de Ahumada. Ese fue el momento, la visión, la experiencia que permitió a Mario Kreutzberger volcar sus tremendas capacidades comunicacionales detonadas por sus sensibilidades, más que manifiestas, para iniciar la más grande de las campañas solidarias conocidas en Chile.
La Teletón no sólo es importante por la materialización de las atenciones médicas y los procesos de rehabilitación impulsados desde los nueve institutos a lo largo del país. Es fundamental, porque ha sacado de la invisibilidad a miles y miles de chilenas y chilenos con discapacidad que, por distintas razones, enfrentaban el estigma de lo diferente, de lo enfermo, de lo vergonzante, de lo discriminatorio.
Mario Kreutzberger, don Francisco , nos ha permitido reconocernos cada vez más en las diferencias, en la diversidad, en la aceptación y en el respeto al otro, al semejante, al próximo y al prójimo, y ser capaces de construir un “nosotros” más justo y más igualitario.
Podemos exhibir cifras importantes y expresar palabras rimbombantes. Decir, por ejemplo, que según el índice de discapacidad de la Sociedad de Pro Ayuda al Niño Lisiado existen, según el Censo de 2002, más de 63.000 personas menores de 24 años con algún grado de discapacidad; o decir que producto de las recaudaciones de la Teletón se han construido más de 19.300 metros cuadrados en los nueve institutos existentes, o que se han recaudado más de 4 millones de unidades de fomento, lo que equivale a más de 54 mil millones de pesos. Son cifras importantes, pero cifras al fin y al cabo. Frías, como todas ellas.
La humanidad de las cifras está en la seguridad de que, gracias a hombres como Mario Kreutzberger , son cada vez menos las posibilidades de encontrar a un niño amarrado a un árbol, porque no se puede sostener de pie, o no puede caminar. Gracias a hombres como Mario Kreutzberger son menos las posibilidades de la burla, de la mofa a los discapacitados. Gracias a hombres como Mario Kreutzberger los chilenos y las chilenas hoy somos capaces de redescubrirnos más iguales, aún en las diferencias y en la diversidad. Por eso rindo este homenaje en representación de los diputados del Partido Socialista de Chile.
Finalmente, con una humilde intención de desagravio al pueblo alemán, que combatió también contra el nazismo y la discriminación, y que no puede ser generalizado por la estupidez de la matrona de 1940, y sin conocer en lo absoluto la posición ideológica de Mario Kreutzberger , quiero retribuir, en una mínima proporción, su aporte a este país con las palabras de otro alemán, de un escritor combatiente por la libertad y el respeto a la diversidad. Me refiero a Bertold Brecht : “Hay hombres que luchan un día y son buenos. Hay otros que luchan un año y son mejores. Hay quienes luchan muchos años, y son muy buenos. Pero hay quienes luchan toda la vida, esos son los imprescindibles.”
He dicho.
-Aplausos.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Saludamos también al doctor Milton González , médico de la Teletón, y a don Rudy Catalán , consejero de la discapacidad, quienes acompañan a don Mario Kreutzberger esta mañana.
(Aplausos).
A continuación, en nombre del partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña .
El señor EGAÑA .-
Señor Presidente de la Cámara de Diputados, señoras diputadas y señores diputados, mi muy querido amigo Mario Kreutzberger , estimada Temmy , señor Andrés Navarro y señora Ximena Casarejos , presidente y directora ejecutiva, respectivamente, de la Teletón, funcionarios y autoridades de la Teletón, es para mí un gran honor que, en nombre de la Unión Demócrata Independiente, me haya correspondido rendir este merecido homenaje a un gran hombre, gran comunicador y extraordinario amigo como es Mario Kreutzberger .
Conocí a Mario por allá por el año 1967, hace casi 40 años, cuando daba sus primeros pasos en la televisión, el medio de comunicación más importante de nuestra época.
Pero, ¿quién es Mario Kreutzberger ? Mario nace en Talca y es hijo de emigrantes judíos que encontraron en Chile su segunda patria, escapando de las atrocidades que sufrió ese pueblo durante la Segunda Guerra Mundial por parte de las tropas nazis.
Con apenas 4 años de edad llega a Santiago, dado que su padre decide incursionar en el negocio de la sastrería, actividad que habían desarrollado sus antepasados en Alemania, instalando su primer local en la calle Tocornal , en Santiago.
Aunque les parezca extraño, Mario era un niño relativamente tímido y no le era fácil relacionarse con sus amigos y compañeros del Liceo Comunal de Ñuñoa, donde cursó sus estudios, y en cuyo barrio vivió por varios años.
Con esa constancia que lo caracteriza, Mario logró vencer su timidez, y de ser un niño retraído pasó a ser un personaje muy importante para su liceo, sus amigos y familiares. Se destacó en la organización de eventos estudiantiles y llegó a ser presidente de su curso. Este cambio tan importante lo recuerda el destacado humorista nacional Coco Legrand , de quien era vecino de barrio en aquella época, cuando en una entrevista declara: “que ese gordito de al lado, como lo llamaban cariñosamente, había desarrollado un tremendo magnetismo que los atraía y los convencía de manera muy especial por la forma como se expresaba para la edad que tenía.”
A Mario le interesaba, en aquella época, mucho más la organización de eventos, festivales y shows que los estudios. Por esa razón, junto a un grupo de amigos de su edad, organizó varios eventos en el club Maccabi, en el que se reunían jóvenes de ascendencia judía. Puedo afirmar con certeza que en aquella época, en el Maccabi, a Mario Kreutzberger le suceden los dos hechos más importantes de su vida: el primero, conocer a su mujer, Teresa Muchnick , a quien todos llamamos cariñosamente Temmy .
Estimo que Temmy merece un capítulo especial en este homenaje a Mario Kreutzberger . Más aún, dado que estamos rindiendo homenaje a un gran y famoso hombre de la televisión, Temmy merece también un programa especial. Ella fue su única polola oficial. Incluso tuvo que esperar más de un año que Mario volviera desde Nueva York, a donde su padre lo enviara a estudiar corte y confección, oportunidad que aprovecha para conocer de cerca el maravilloso medio de comunicación, que es la televisión, que lo deja impactado. A su regreso, se casan a pesar de que a Mario -lo cuenta jocosamente- le costó mucho pedirle matrimonio. Él nos dice que estaba muy nervioso.
Temmy ha sido el gran soporte y guía de Mario ; ha sido su principal crítica y consejera. En los tiempos en que no se disponía de la tecnología actual para grabar y revisar los programas, ella pasó muchas horas, sábado a sábado, viendo Sábados Gigantes, para hacerle comentarios y sugerencias a su marido, cuando regresara en la noche, sobre los detalles que era importante corregir en un programa de tan larga duración.
Además, ella ha tenido la constancia y la paciencia para guardar y ordenar los miles de recortes, premios y reconocimientos que Mario ha recibido en su vasta trayectoria de hombre público, que dan cuenta de tantas vivencias, entrevistas y reuniones con personajes de nivel mundial. Temmy ha llamado a esa voluminosa colección “El museo del alma”.
Lo que sí está claro es que Mario manda en Sábados Gigantes y que Temmy manda en la casa del animador de ese programa.
El segundo hecho importante en la vida de Mario, que le sucedió en su paso por el Maccabi, fue crear su famoso personaje don Francisco .
¿Quién era realmente don Francisco ? Era un alemán disfrazado de tirolés, que le gustaba contar chistes fomes y hacer muchas preguntas. Mario Kreutzberger le da forma a ese personaje que, de ahí en adelante, convive con su personalidad y su carácter. No pocas veces cuesta saber si el que responde es Mario o Don Francisco .
Detallar en este homenaje todo lo que ha realizado Mario Kreutzberger sería prácticamente imposible porque demandaría muchas horas. Pero digamos que en su larga y exitosa carrera ha recibido más de 800 premios, ha estado presente en más de 12 mil horas de transmisión televisiva y ha realizado más de 50 mil entrevistas a los más variados y distinguidos personajes, como presidentes, miembros de la realeza, líderes políticos, religiosos y empresarios. A ello se agregan las miles de horas de viaje que ha realizado. Son decenas los pasaportes llenados por este Marco Polo moderno. Si pudiéramos calcular la distancia de todo lo que ha viajado, equivaldría a varias idas y vueltas a la luna, una de las antiguas aspiraciones de Mario. La otra es hacer una película en la ciudad del cine: Hollywood.
Mario ha sido un gran visionario y una persona que ha ido adelante en el desarrollo de las comunicaciones, como nos ha tocado presenciar; él ha sido parte importante del desarrollo de la televisión de nuestro país. Después de estar muchos años con su programa Sábados Gigantes en Chile, decidió incursionar en el difícil y competitivo mercado estadounidense. Es así como hace más de una década se fue a Estados Unidos a probar suerte, donde su gran esfuerzo, constancia y dedicación lo convirtieron en el animador hispanoparlante más famoso de ese país.
Quiero recordar que durante algunos años estuvo viajando a Miami sólo por un par de días a la semana para grabar la versión americana de Sábado Gigante y volviendo a Chile para hacer la versión chilena del programa, que se transmitía en directo y tenía varias horas de duración.
Esa fuerza y constancia que debe tener una persona para mantenerse tantos años en un medio tan exigente como es la televisión, decidió ponerla al servicio de una gran causa, de una extraordinaria cruzada como es la Teletón.
¿Cómo nació en don Francisco la idea de crear en Chile esta gran cruzada? En uno de los libros que ha escrito, llamado ¿Quién Soy Yo?, que es su biografía, relata como nació esta idea, que él tituló “Historia de una campaña imposible.” El colega que me antecedió en el uso de la palabra relató la escena que impactó a Mario. Sin embargo, conviene destacar, según confiesa el propio Mario Kreutzberger , la idea se la dio el conocido comediante Jerry Lewis , quien había organizado la Teletón en Estados Unidos.
La labor realizada por Mario Kreutzberger en la Teletón ha sido extraordinaria y se puede resumir con la frase que él utilizó en su libro, que dice: “Desde el primer instante en que vi a un niño impedido, me di cuenta que había un espacio para hacer crecer la solidaridad en todos nosotros y acudir en ayuda de quienes parecían no vivir en este mundo.”
Una foto tomada al cierre de la primera Teletón, en que aparece Mario Kreutzberger con un niño a quien se le había colocado una prótesis terminadas en ganchos, porque nació sin brazos, recorrió todo el mundo.
¡Qué largo sería enumerar todo el esfuerzo que Mario ha dedicado a la Teletón! Son miles los niños impedidos que, gracias a esta obra, han podido desarrollarse, vivir y crecer; son miles los que han recibido la generosa ayuda desinteresada y todo el apoyo y experiencia de esta noble obra.
Mario Kreutzberger no solamente ha ayudado a la Teletón de Chile. Ximena Casarejos , quien también se encuentra presente, ha recorrido varios países del mundo para llevar esta idea.
Por lo tanto, este homenaje que rendimos a Mario Kreutzberger hace justicia a una persona que ha hecho y entregado tanto de su vida en favor de los impedidos.
Finalmente, quiero destacar el sacrificio que ha significado para su familia el que Mario se haya entregado en forma tan decidida a esta gran obra.
Por lo tanto, Mario, Temmy y funcionarios de la Teletón, reciban este merecido homenaje de la Cámara de Diputados.
He dicho.
-Aplausos.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En nombre del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES (de pie).-
Señor Presidente , estimadas y estimados colegas, señoras y señores, hoy la Cámara rinde homenaje a un hombre ampliamente conocido en Chile y, por qué no decirlo, en todo el mundo de habla hispana. Me refiero a Mario Kreutzberger Blumenfeld , más conocido como “ Don Francisco ”.
Una de las aspiraciones que un ser humano puede tener una vez satisfechas sus necesidades básicas de sobrevivencia, y que muy pocos pueden cumplir a cabalidad, es la de trascender su propio tiempo material. Algunos lo hacen por sus capacidades intelectuales y de investigación, que entregan al mundo elementos para avanzar en el desarrollo de la humanidad; otros, porque fueron grandes conquistadores y guerreros, que han sido reconocidos y estudiados por muchas generaciones; algunos logran trascender a través de la política, por haber dirigido a sus pueblos con visión de futuro. El hombre que hoy homenajeamos trascenderá, sin lugar a dudas, el mundo de las comunicaciones y será recordado por las futuras generaciones como uno de los más brillantes comunicadores que ha entregado nuestro país.
Parece una ironía que un 28 de diciembre de 1940, Día de los Inocentes, en un hospital de Talca, naciera un niño que se convertiría en una persona que le entregaría a nuestro país horas y horas de inocencia, de sana entretención y de sueños realizados a través de la magia de la televisión. Lo cierto es que son pocos quienes tienen la fortuna de conocer a don Mario Kreutzberger , pero muchos los que, en Chile y en Latinoamérica conocemos, respetamos y queremos a don Francisco .
Desde hace más de 40 años, don Francisco entretiene a miles de chilenos a través de sus programas de televisión; desde hace otros tantos también deleita a los habitantes de habla hispana de nuestro continente. Son destacables sus programas de conversación, que es una de las cualidades más importantes de este comunicador. Ha entrevistado a la mayor parte de las grandes personalidades de fines del siglo pasado y comienzos del actual. Sus capacidades innatas de comunicador y entrevistador le han permitido llevar a los hogares de Latinoamérica las obras y las ideas de tantos personajes que sería imposible enumerarlos.
Don Francisco se ha convertido en una figura que nos enorgullece como chilenos, ya que ha logrado que muchos identifiquen en él un referente de un hombre de esfuerzo que, a través de su capacidades, ha llegado a las mayores alturas que se pueden conquistar en una actividad a nivel mundial.
La faceta más importante de Mario Kreutzberger es su demostrado liderazgo en una de las condiciones humanas más significativas para los radicales, cual es la solidaridad, que es la forma moderna de amar al prójimo, a la humanidad. Es a través de la solidaridad que entregamos algo nuestro en apoyo desinteresado a otros que lo necesitan. Los radicales propugnamos la creación de un Estado solidario en salud, educación, previsión social, etcétera.
Mario Kreutzberger ha liderado a muchos chilenos en pro del amor y de la solidaridad hacia un sector de la sociedad que fue postergado durante muchos años: los discapacitados. Gracias a su capacidad de comunicador, incrementada por su competencia de gestión y de emprendedor, ha logrado que se cumpla la meta solidaria año tras año para crear, desarrollar y mantener una obra tan importante como la Teletón.
Como médico, he comprobado lo que significa para una persona no tener recursos para solucionar un problema de vida tan importante como el de la salud. Y si ello afecta a un niño, es mucho más grave el desamparo que siente esa familia.
Hoy, en el caso de la discapacidad, en gran parte gracias al liderazgo ejercido por Mario Kreutzberger , las familias de cualquier rincón de nuestra patria saben que pueden contar con la Fundación Teletón.
Mario Kreutzberger Blumenfeld, don Francisco , usted ha logrado en su vida algo que muchos chilenos quisiéramos: tener el respeto, la admiración y el cariño de los habitantes de su patria y, sin lugar a dudas, ser uno de nuestros embajadores más dilectos en el mundo global que hoy vivimos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En nombre de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado señor Carlos Olivares.
El señor OLIVARES (de pie).-
Señor Presidente , honorable Cámara, desde hace más de dos décadas seguimos atentos una obra que ha logrado llegar a nuestros corazones como ninguna otra. Me refiero a la Teletón.
El motor central para estimular la generosidad de todo un pueblo se encuentra en nuestra tribuna de honor, Mario Kreutzberger , “ don Francisco ”, como cariñosamente lo conoce la mayoría de los chilenos.
No es fácil resumir una obra de años en breves palabras. Tampoco lo es describir a este hombre que mueve montañas, que dice “sí” a lo imposible, que nos invita, año a año, a una maratón de solidaridad. A su llamado respondemos todos, porque detrás se encuentra la noble misión de ayudar a quien verdaderamente lo necesita.
Pero revisemos la historia.
El origen de la Teletón se remonta a 1947, cuando surgió la Sociedad Pro Ayuda al Niño Lisiado, con el objetivo de rehabilitar a niños y a jóvenes discapacitados del aparato locomotor y ayudarlos en la integración a la sociedad.
En 1978, todo Chile fue invitado por Mario Kreutzberger, don Francisco , a realizar una Teletón en beneficio de esa sociedad.
Han transcurrido 25 años y se han hecho dieciséis Teletones en favor de la institución, la que, gracias al dinero recaudado en esas campañas, ha crecido y se ha extendido a lo largo del país.
En la actualidad, dicha sociedad posee nueve institutos, ubicados en Arica, Iquique , Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso , Santiago , Concepción, Temuco y Puerto Montt, que atienden a 21 mil pacientes. Son 50 mil los pequeños discapacitados que han encontrado en la Teletón la tan ansiada rehabilitación; de ellos, el 60 por ciento son menores de cuatro años y el 65 por ciento proviene de familias pobres o en situación de extrema pobreza.
En cada una de las Teletones, Mario Kreutzberger ha motivado nuestra solidaridad con una palabra, con un gesto, con su entrega sincera durante las horas que dura cada jornada para llegar pronto a la meta fijada. No hay familia en Chile que no se haya reunido en torno a la Teletón.
Por todo ello, nos sentimos agradecidos. De allí el homenaje que acordamos todos quienes conformamos esta Cámara de Diputados, representantes de los ciudadanos de este país, de esta forma estamos brindando el apoyo de esta Corporación a la gran obra de la Teletón.
En nombre de los diputados democratacristianos, hacemos este sentido homenaje a Mario Kreutzberger Blumenfeld , quien, nacido en Talca, ha sido un fenómeno de las comunicaciones y tiene una estrella de la fama en Hollywood, obtenida por su brillante carrera profesional. Hoy se encuentra acompañado por quien siempre lo ha respaldado en todas sus actividades: su señora, Temmy Muchnick de Kreutzberger . Hacemos extensivo este homenaje a ella, a la señora Ximena Casarejos y a los señores Andrés Navarro y Milton González , quienes también son pilares fundamentales para lograr el éxito de esta gran obra. De igual manera, saludamos a todos quienes colaboran con la Teletón y a sus funcionarios. Son Mario Kreutzberger y la Teletón los que nos convocan. En algunos días más, ésta hará un llamado para que nos sumemos con entusiasmo.
El objetivo de esta obra, que ha traspasado fronteras, es la rehabilitación; pero una rehabilitación integral. Por eso, vemos cómo en cada uno de los institutos se estimula la autosuficiencia del discapacitado, además de velar por su autoestima e independencia en las actividades de la vida diaria y en las que él desarrolle en el ámbito educacional o laboral.
El ejemplo de la Teletón chilena ha traspasado las fronteras y hoy otras naciones del continente han adoptado esta forma de ayuda al discapacitado. Así, Colombia , Perú, Ecuador , Paraguay , El Salvador , Panamá , Costa Rica , Bolivia , Honduras , Guatemala, México y Brasil también cuentan con su propia Teletón; ahora Uruguay se ha sumado a ellas. Eso es motivo de orgullo para todos y cada uno de nosotros.
El lema “La Teletón es nuestra” refleja la pertenencia a una obra donde el amor, palabra a veces gastada o mal usada, adquiere ribetes reales y legítimos.
Desde este hemiciclo, en representación de mis colegas parlamentarios, agradecemos su presencia, don Francisco . Con este homenaje nos comprometemos a seguir colaborando para ayudar a los miles de discapacitados que requieren ayuda para su rehabilitación. Como usted lo ha dicho, cualquiera de nosotros puede sufrir un accidente y requerir ayuda.
Por eso, todos los chilenos necesitamos la Teletón, porque además nos entrega la mejor forma de colaborar y sentir que las diferencias ya no existen.
He dicho.
-Aplausos.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En representación de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado Carlos Vilches.
El señor VILCHES .-
Señores Presidente y Vicepresidentes de la Cámara de Diputados, honorables señoras diputadas y señores diputados, don Mario Kreutzberger y señora y comitiva que lo acompaña:
Esta Cámara de Diputados se viste de gala y enciende las luces para recibir a tan importantes personalidades.
En los últimos tiempos, en forma excepcional, esta Cámara ha rendido homenaje a personas que se encuentran en la plenitud de sus actividades. Esta excepcionalidad se justifica precisamente por la trayectoria fuera de lo común de esas personas. Es así como nuestros recientes medallistas olímpicos y un joven, ejemplo para nuestra juventud, que llegó a la cúspide del tenis mundial tras alcanzar el número 1 del ranking de la Asociación de Tenistas Profesionales, recibieron un homenaje en esta Cámara.
¿Hay algo en común entre ellos y la persona que hoy homenajeamos? Ciertamente, todos nos han entregado enormes alegrías y constituyen un motivo de orgullo para los chilenos.
Profundizar en cualquiera de las múltiples actividades desarrolladas por Mario Kreutzberger, Don Francisco -todas dignas de destacar-, resultaría imposible en el marco de este homenaje. La Teletón, sin duda la obra de beneficencia más destacada de nuestro país, tiene a Mario Kreutzberger como su principal promotor y ejecutor. Dicha obra es admirada por todos los chilenos.
Don Francisco ha entregado alegría a miles de familias durante más de 40 años, y gracias a un esfuerzo notable y a un trabajo constante ha intentado mejorar, a través de la televisión, la calidad de la entretención en millones de hogares. Con una valentía y una solidez que sólo él puede exhibir, ha expresado su preocupación por las deficiencias en los contenidos de la programación de nuestra televisión y los efectos devastadores que provoca en ella la medición al instante de las audiencias. Su sola opinión bastó para que una importante estación televisiva abandonara la sumisión al rating y varias otras revisen dicho mecanismo.
Sus aportes tienen la virtud de reflejarse y evidenciarse en el largo plazo, lo que es paradójico en un hombre de la televisión, donde todo parece instantáneo y rápido.
¿Alguien puede discutir que sus cambios y correcciones propuestos para la televisión no se verán reflejados positivamente en las futuras generaciones de nuestro país?
La acción emprendida por Don Francisco en 1978 con la Teletón, después de 26 años significa para Chile que miles de personas minusválidas se encuentren integradas al quehacer nacional. A través de esta obra se les ha dado una oportunidad, y lo que es más importante, miles de chilenos ven su porvenir con más fe y esperanza.
Su misión no es para aquí ni ahora, sino que tiene un sentido profundo de futuro.
Por otra parte, motivo de orgullo para Chile es la nominación de Don Francisco como embajador de la Unicef , por su labor a favor de la infancia. También lo es la identificación que tiene la comunidad latina de Estados Unidos con su persona, y el respeto y consideración con que es recibido por los más importantes líderes mundiales.
Finalmente, destaco la enorme gratitud del país hacia su persona por haber provocado en incontables ocasiones la unidad de todos los chilenos.
Gracias, Don Francisco , por aliviar el dolor a tantos chilenos.
Los diputados, representantes de todas las sensibilidades políticas, le damos las gracias por los servicios prestados a nuestro país.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En representación del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL, doña Ximena (de pie).-
Señor Presidente , honorable Cámara, para mí, como actriz y diputada , resulta una especial distinción la oportunidad que me brinda la bancada del PPD para rendir homenaje a Mario Kreutzberger , ese tremendo comunicador social que ya es parte de la historia de Chile y de América.
Como actriz me correspondió trabajar en varias oportunidades en su programa Sábados Gigantes, que ahora tiene fama mundial, y participar en muchas campañas de la Teletón. Recuerdo especialmente una en la que, junto a mi querido y famoso Ramón Farías , fuimos al sur en tren, en el que llegamos hasta Puerto Montt sensibilizando a la gente de nuestro país para que colaborará con esa gran obra. Vivimos inolvidables momentos de comunión que nos permitieron conocer mejor a quienes son efectivamente el alma de la Teletón.
También recuerdo que en esos años especialmente difíciles para nuestro país, en medio de un régimen que limitaba las libertades públicas y violaba los derechos humanos más esenciales, había un hombre, un líder de opinión que semana a semana era capaz de llevar entretención a las largas tardes sabatinas de un Chile que vivía en permanente estado de excepción constitucional. Fue ese hombre, y en esa época tan difícil, el que tomó la decisión de encabezar un movimiento solidario para ir en ayuda de los miles de niños discapacitados que hasta ese momento eran atendidos por la Fundación de Ayuda al Niño Limitado.
La obra de Teletón es algo más que la construcción de centros de rehabilitación y el aseguramiento de la atención especializada de decenas de miles de chilenos; lo más relevante de ella es su capacidad de hacer visibles para nuestra sociedad a esas miles de personas que hasta ese momento vivían en el anonimato, ante la indiferencia de todo un país. En efecto, la lucha por el reconocimiento del derecho a la plena integración social y económica de las personas con discapacidad nace con la Teletón, con Mario Kreutzberger y con los muchos que con él han sido capaces de construir un país solidario que se levanta para ir en ayuda de quienes han nacido con severos problemas de discapacidad o que, habiendo nacido con plenos atributos físicos, los han perdido de manera repentina y violenta, como ocurre la mayor parte de las veces.
El Estado ha ido detrás de la sociedad civil en la ardua tarea de crear condiciones para la rehabilitación y la integración y estuvo por muchos años en deuda con la Teletón y con sus impulsores, por no haber tomado más en serio la urgencia de este verdadero imperativo ético para cualquier sociedad que favorece la inclusión y la igualdad de oportunidades.
Desde 2002, durante la presidencia de la diputada Adriana Muñoz , las dependencias de la Cámara de Diputados cumplen con todas las normas nacionales e internacionales de la discapacidad; sin embargo, hundiremos aún más el pié en el acelerador
Esta mañana, con sinceridad y humildad, la Cámara de Diputados -estoy convencida de que en representación del sentir de millones de chilenos- rinde homenaje a Mario Kreutzberger , pues tanto en la Teletón como en otras cruzadas solidarias que ha encabezado hemos visto el trabajo que él ha impulsado junto a la Fundación Teletón para sacar adelante una tarea que es algo más que reunir dinero: es la oportunidad para que millones de personas solidaricen con quienes más necesitan.
En nombre de todas las diputadas y diputados del PPD, felicito a Mario Kreutzberger , a su familia y al equipo que lo acompaña y me comprometo solemnemente a seguir enarbolando las banderas de la Teletón y trabajando, día a día, para lograr un Chile integrado en la diversidad, que quiere que todos sus niños y niñas tengan la posibilidad de alcanzar sus sueños y construir un proyecto de vida que les permita desarrollar todas sus potencialidades.
Gracias Don Francisco, gracias Mario Kreutzberger, porque nos das la posibilidad de sacar lo mejor de nosotros para colaborar con la Teletón y sentirnos un poco dueños de los ladrillos de los centros hospitalarios que se han construido en todo Chile.
Mario , por tu intermedio, un saludo afectuoso a los profesionales que atienden todos los días a los miles de niñas y niños discapacitados del país.
Gracias por tu gran obra.
He dicho.
-Aplausos.
El señor LORENZINI ( Presidente ).-
Mario, Temmy, Andrés, Ximena, Milton y Rudy: la Cámara de Diputados, que representa a la ciudadanía, rinde un homenaje con este aplauso de todas las parlamentarias y parlamentarios presentes.
-Aplausos.
VIII. PROYECTOS DE ACUERDO
INSTAURACIÓN DEL 2 DE SEPTIEMBRE COMO DÍA DEL CIRCO CHILENO. (Votación).
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Corresponde votar por última vez el proyecto de acuerdo Nº 481 que fija el 2 de septiembre como “Día del Circo Chileno”.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Reglamento, señor Presidente.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra su señoría.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , como no hay quórum, le solicito que suspenda la sesión para que los colegas puedan concurrir a votar.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Continua la sesión.
En votación el proyecto de acuerdo Nº 481.
-Efectuada la votación por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Rechazado por falta de quórum.
ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO DIFÍCIL AUTOMÁTICA PARA PERSONAL DE ESCUELAS ESPECIALES.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor VALLEJOS ( Prosecretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 485, de los diputados señores Errázuriz, Luksic y Jaramillo, que también cuenta con la adhesión de la diputada señora Adriana Muñoz y de los diputados señores Villouta, Pérez Opazo y Sánchez:
“Considerando:
Que las ‘escuelas especiales’ deben postular, año tras año, para obtener la asignación por desempeño en condiciones difíciles, pese a ser un hecho público y notorio que sus profesores, efectivamente, desarrollan su labor en situaciones extremas.
Que el solo hecho de que una escuela imparta educación especial debiera hacer presumir, de derecho, que sus docentes llevan a cabo su cometido en circunstancias complejas.
Que sólo la enorme vocación de servicio público de quienes trabajan en estas escuelas explica que lo hagan con remuneraciones muy bajas, las que únicamente pueden incrementarse a través de considerarse que se desempeñan en condiciones difíciles.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro de Educación y al ministro de Hacienda que tengan a bien considerar que el personal que se desempeña en ‘escuelas especiales’ lo hace, por el solo ministerio de la ley, en condiciones de desempeño difícil, de modo que no debe ser necesario que postulen, año tras año, a la asignación que se otorga a dichas escuelas por tal concepto.”
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , este proyecto de acuerdo ha concitado el interés de muchos colegas, pues corrige una situación que afecta a los profesores que laboran en las escuelas especiales, que deben postular cada año a la asignación por desempeño en condiciones difíciles, pese a ser un hecho público que trabajan en condiciones extremas. Aunque son personas con vocación de servicio, perciben remuneraciones muy bajas, que sólo se incrementan a través de la asignación por desempeño en condiciones difíciles. Por ello, el proyecto tiene por finalidad solicitar a los ministros de Educación y de Hacienda que a tales profesores se les otorgue dicha asignación sin que deban postular a ella cada año.
Ésa es la posición de los diputados Maximiano Errázuriz , Zarko Luksic y de quien habla.
Por lo expuesto, sugiero a la Sala que vote a favor.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para impugnarlo, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
No se alcanzó el quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
De nuevo no se alcanzó el quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor SALAS (Presidente accidental).-
En votación.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
No se alcanzó el quórum.
El proyecto de acuerdo se votará por última vez en la sesión de mañana.
IX. INCIDENTES
PARTICIPACIÓN EN PRIMERA CONFERENCIA INTERPARLAMENTARIA DE CULTURA DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO. Oficios.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , en los últimos días de octubre tuve la oportunidad de participar, en mi calidad de miembro permanente de la Comisión de Asuntos Culturales, Educación, Ciencia y Tecnología, del Parlatino, en la Primera Conferencia Interparlamentaria de Cultura del Parlamento Latinoamericano , en su sede central, ubicada en Sao Paulo , Brasil.
A la cita concurrieron cerca de cien parlamentarios de América Latina y del Caribe, además de representantes de organismos culturales, miembros de las comisiones de cultura de los Estados Unidos y de la Unión Europea y artistas de distintas disciplinas.
Organizó esta conferencia el Parlamento Latinoamericano y la Unesco.
En extensas jornadas de debates, durante dos días pudimos conocer los nuevos enfoques de Unesco sobre políticas culturales para América Latina, todos resultados de la evaluación del Foro Cultural Mundial, realizado en junio en la misma cuidad.
Debatimos sobre el proyecto de convención internacional sobre la protección de la diversidad de los contenidos culturales y de las expresiones artísticas y concluimos que es fundamental trabajar en nuevas convenciones que permitan salvaguardar la diversidad cultural, principalmente de los pueblos originarios.
Uno de los datos más alarmantes que arrojó este debate es que cerca del 50 por ciento de las lenguas originarias habladas en el mundo pueden desaparecer por efectos de la globalización.
Las nuevas estrategias de políticas para la cultura de los países se definieron en base a las tres “d”: diversidad, diálogo y desarrollo. Según representantes de la Unesco, no es posible pensar en cultura apenas como manifestaciones artísticas. Las artes, valores y creencias son principios culturales que sólo pueden ser preservados con desarrollo sostenido. Es ahí donde van especialmente dirigidas mis palabras.
Aparte de notar las desigualdades legislativas y políticas, que son importantes en nuestra región, estoy convencida que con mayores esfuerzos de integración encontraremos la unidad necesaria para soñar con una América Latina que logre, como la Comunidad Económica Europea, mejorar la vida de las personas.
Es urgente promover y fomentar el desarrollo de las artes. En este sentido, hemos continuado con las tareas internas de potenciar nuestro avance para que sea más equitativo y de fortalecer lazos regionales, con el objetivo de lograr un continente con más y mejor educación para todos y mejor distribución del ingreso, que definitivamente son nuestro tope.
Por eso, solicito que se oficie al ministro del Consejo Regional del Arte y la Cultura, a fin de que se le informe de las principales política de acción desarrolladas para velar por la protección del patrimonio cultural inmaterial de nuestro país, al presidente del Parlatino y al vicepresidente de esa institución en Chile, con copia de mi intervención.
Es indispensable comparar las legislaciones de nuestro continente para avanzar en el tema del patrimonio cultural inmaterial, que tiene que ver con la identidad.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados las bancadas del PPD y de la Democracia Cristiana que lo hacen presente.
PRONTITUD Y EFICIENCIA DEL SERVICIO ELECTORAL. Oficio.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe) .-
Señor Presidente , como diputado de la república, solicito oficiar al ministro del Interior para expresarle mi reconocimiento por la eficiencia y puntualidad del Servicio Electoral en la fiesta cívica para elegir a alcaldes y concejales que acaba de tenerse.
Por lo menos, en las provincias de Ñuble y del Biobío, en la Octava Región, la entrega de los resultados fue puntual y eficiente.
Permanentemente se critica a los servidores públicos y pocas veces se reconoce su buena gestión. Es el caso del director del Servicio Electoral, el señor Juan Ignacio García , que cuenta con un personal técnico y administrativo de primera.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados que la expresan.
INFORMACIÓN SOBRE CORREDOR COMERCIAL CON ARGENTINA EN LA PROVINCIA DE ÑUBLE. Oficios.
El señor LETELIER (don Felipe) .-
Señor Presidente , en segundo lugar, pido que se oficie a los ministros de Obras Públicas y de Relaciones Exteriores para que nos informen sobre los estudios prometidos hace tres años para generar un corredor comercial entre la comuna de San Fabián de Alico y la de Ovejería, en Argentina, entre las que hace 30 ó 50 años se dio un intercambio comercial o trueque. Creo que hay excelentes condiciones para trasladar mercancías desde Argentina hacia Chile y viceversa. Por eso, sería bueno analizar esta materia, sobre todo hoy, que estamos de cara a la conferencia de la Apec. Además, la región cuenta con los puertos necesarios para ello, como el de Talcahuano y otros.
Por lo tanto, pido que se oficie en el sentido que he expresado.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que la manifiestan.
SOBREEXPLOTACIÓN DEL RECURSO ERIZO Y SUS CONSECUENCIAS. Oficios.
El señor SALAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Leopoldo Sánchez.
El señor SÁNCHEZ.-
Señor Presidente , una delicada situación está ocurriendo en la Undécima y Décima regiones, específicamente en el sector pesquero, la cual perjudica gravemente la sustentabilidad del recurso erizo, tema que se está discutiendo en Santiago.
Al respecto, los principales bancos naturales del recurso erizo se encuentran en Chile, sobre todo en Aisén.
Durante los últimos años en que se ha aplicado el sistema de zonas contiguas, en el que los pescadores pasan de una zona de pesca a otra, autorizados por la autoridad pesquera, el efecto ha sido tremendamente depredador, lo que ha hecho poco sustentable el recurso. En este caso, el recurso erizo ha sido sobreexplotado y cada vez se hace más difícil cumplir con la talla mínima, que la autoridad ha fijado en siete centímetros.
Los buzos de la Décima Región, que son alrededor de ochocientos, venden los erizos en su propia región, es decir, los extraen en la undécima, pero los venden en la décima, ya que en ésta la fiscalización es deficiente y permisiva, porque no se fiscaliza la talla mínima, entre otras cuestiones. Por la misma razón, los buzos mariscadores de Aisén, que principalmente son de la isla de Melinka -archipiélago de las Guaitecas-, prefieren llevar el erizo a la Décima Región y vulnerar la normativa que fija la talla mínima. Con esta acción evitan la planta Nippon, que es la industria ericera más grande del mundo y que tiene una tremenda capacidad ociosa, situación que impide darle trabajo a más gente para disminuir la cesantía de Aisén.
Por otro lado, los empresarios de Quellón han amenazado a los buzos de Melinka, quienes temen que su actividad colapse por falta de recursos y por la presión ilegítima de que son víctimas por parte de los empresarios de Quellón. La situación se ha tornado cada vez más grave. Por eso, la autoridad del sector debe hacer cumplir la ley en Aisén y en la Décima Región.
La realidad es que en Aisén la ley se cumple, porque los funcionarios del Sernapesca son estrictos. Sin embargo, los de la Décima Región hacen la vista gorda, lo cual daña gravemente la sustentabilidad del recurso y la economía de los buzos locales.
Todo pescador de la Décima Región que entre en la zona contigua, que es Aisén, tiene el deber de informar a la capitanía de puerto de Melinka y al Sernapesca que entró en esa zona; pero, extrañamente, no se le exige el mismo trámite a su salida, cuando lleva la embarcación llena de erizos con un alto porcentaje que está por debajo de la talla mínima.
Para algunos pescadores demersales de la región de Aisén, principalmente de merluza, aceptar esta situación anómala ha sido moneda de cambio para obtener más merluza, pero esto también es irregular y poco transparente.
Hoy existe plena conciencia y, me atrevería a decir, consenso absoluto entre los pescadores y buzos de Aisén, en que la autorización del sistema de zonas contiguas sólo perjudica a la región. Por lo tanto, no debe concederse nuevamente ya que sólo es un instrumento que se maneja por decisión política para beneficiar a determinadas personas o grupos que, seguramente, ya están pensando en la próxima elección parlamentaria a costa de recursos ajenos.
Los diputados de la zona -hablo en nombre de la mayoría- no vamos a aceptar eso y nos sumamos al esfuerzo que en estos momentos está haciendo el intendente de la región de Aisén frente a la autoridad política. Así constituiremos una fuerza regional en defensa de nuestros recursos. Es hora de que Aisén sea respetado, al margen de cuántos votos representa en relación con otras regiones, como la Décima.
Insisto en que Aisén no va a aceptar este año, nuevamente, la incursión de pescadores que deterioran su ya dañado ecosistema, sobre todo la especie erizo.
Solicito que se envíe copia de mi intervención al subsecretario de Pesca , señor Felipe Sandoval ; al ministro de Economía , señor Jorge Rodríguez , y al director nacional de Sernapesca , señor Sergio Mujica .
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la bancada del Partido por la Democracia.
IRREGULARIDADES EN COLEGIO SUBVENCIONADO DE PUENTE ALTO. Oficios.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , tengo el más alto concepto de los sostenedores de la educación particular subvencionada. Son personas que, además del legítimo lucro a que aspiran, en su mayoría, tienen una clara vocación de servicio público y de educadores. Sin embargo, unos pocos están actuando de manera indebida y creo que se deben tomar medidas drásticas para no perjudicar un sistema que ha contribuido de manera eficiente a la educación en el país, por cuanto sería imposible que el Estado pudiera hacerse cargo de todos aquellos que no tienen acceso a la educación particular pagada.
Me refiero concretamente al caso de la escuela Nueva Florencia, de Puente Alto, ubicada en la avenida Gabriela , entre Vicuña Mackenna y Santa Rosa , a la que asisten a doscientos treinta y dos niños de muy escasos recursos, de primero a octavo básicos, y en la que trabajan diecinueve personas como profesores y no docentes.
Durante cuatro años, el Ministerio de Educación pagó una subvención mensual de primero a octavo años básicos; no obstante, en junio de este año descubrió que el segundo ciclo básico no tenía reconocimiento, por lo que la suspendió.
Cuando la sostenedora, doña Patricia Jofré , se dio cuenta de que estaba recibiendo menos dinero por concepto de subvención, optó por no pagar los sueldos a sus empleados, por lo que en agosto se le suspendió definitivamente la subvención. Así, a partir de esa fecha, ella dejó de pagar, además de las remuneraciones, otros compromisos. Aún más, para recibir la subvención, la sostenedora falsificó planillas de pago con un timbre que decía “Banco Santiago”. El Ministerio de Educación descubrió el fraude -ahora el timbre debe decir “Banco Santender-Santiago”-, y entabló un juicio en su contra. También está siendo demandada por el propietario del inmueble donde funciona el establecimiento por no pago del arriendo.
La semana pasada, me reuní con los diecinueve funcionarios -quienes siguen impartiendo clases para no dejar desamparados a los niños-, con el secretario regional ministerial de Educación de la región Metropolitana, señor Alejandro Traverso , y con el director de la Corporación de Educación Provincial, provincia Cordillera, señor Gastón Arqueros . Finalmente, se acordó que la sostenedora me daría un mandato notarial para que yo recibiera la subvención del Ministerio y pagara a los profesores y no docentes.
Debo reconocer que, desde el punto de vista personal, fue motivo de mucho orgullo y honor la circunstancia de que el Ministerio de Educación, la sostenedora y el personal del establecimiento tuvieran la confianza de entregarme esta responsabilidad.
Esta mañana me reuní con el director de la Corporación de Educación Provincial, fui al ministerio, recibí los cheques, fui con el poder notarial al banco, cobré los cheques y, finalmente, los entregué al funcionario del ministerio que en este momento está reunido con una persona de mi confianza y los contadores de la escuela a fin de pagar los sueldos y las cotizaciones previsionales impagas de los profesores y auxiliares.
Pero quiero plantear un asunto que me parece de la mayor gravedad. No puede ser que los padres y apoderados, y a veces ni siquiera los profesores, no sepan si el colegio donde estudian sus hijos tiene o no reconocimiento del ministerio.
Pido al señor ministro de Educación que disponga que todos los establecimientos cuyos cursos no se encuentren reconocidos, total o parcialmente, por el ministerio, pongan un letrero en un lugar visible que señale que ese reconocimiento se encuentra en trámite ministerial, de manera que los padres sepan de antemano, cuando quieran matricular a sus hijos, si existe tal reconocimiento, a fin de que asuman en forma responsable la decisión de matricularlo. En este caso, la sostenedora me expresó que para obtener dicho reconocimiento se requieren hacer ciertas modificaciones estructurales y que el arquitecto cobra alrededor de 400 mil pesos para que el proyecto sea aprobado por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Puente Alto. Gracias a Dios, en este hemiciclo tenemos a un arquitecto, Patricio Hales , quien, además de ser un excelente diputado , es un hombre bueno, generoso. Me dijo que me ayudará, sin cobrarme nada, para que, con su firma, se autoricen los planos en la referida Dirección de Obras. Sin embargo, hasta hoy los padres y apoderados no sabían que los cursos de quinto a octavo años básicos de esa escuela no tenían reconocimiento por parte del ministerio. Esta situación no puede volver a repetirse. El ministerio adoptará las medidas para que los alumnos puedan rendir sus exámenes válidamente y terminar sus estudios. Pero aquí hay un problema de información. Además, una persona que no paga la luz, el agua, el arriendo, las remuneraciones de los profesores y falsifica planillas para seguir recibiendo la subvención, no puede continuar como sostenedora, aun cuando solucione sus problemas.
Por eso, solicito que se oficie al señor ministro de Educación para que inicie las acciones legales para recuperar el dinero que dio a la sostenedora y que no le correspondía. Aquí, no es cuestión de que exista una obligación natural, hay un pago de lo no debido, porque se pagó una subvención por cursos que no están reconocidos por el Ministerio de Educación. A lo mejor, esta situación podría repetirse en algún otro establecimiento. Espero que no. Comprendo lo difícil que es manejar el número gigantesco de establecimientos educacionales subvencionados que existen en todo el país. Errar es humano. Entiendo que puede haber habido algún error. Sin embargo, algunas cosas se pueden evitar -reitero-, como la entrega de información a aquellos padres y profesores de colegios que no están reconocidos por el Ministerio.
Por eso, junto con agradecer la confianza que han depositado en mí el Ministerio de Educación, la sostenedora, los profesores y auxiliares, al otorgarme la responsabilidad de pagar la subvención de la escuela Nueva Florencia, de Puente Alto, solicito, en primer lugar, que el ministro de Educación imparta instrucciones para que en lugares visibles se instalen letreros que señalen los cursos que no están reconocidos por dicho Ministerio, de modo que los padres y apoderados y profesores lo sepan con anticipación.
En segundo lugar, solicito que se envíe copia de esta intervención a los señores Sergio Bitar , ministro de Educación ; Alejandro Traverso , secretario regional ministerial de Educación de la Región Metropolitana ; Gastón Arqueros , director de la Corporación de Educación provincial, provincia Cordillera y Walter Oliva , presidente de la Corporación Nacional de Colegios Particulares .
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la diputada Eliana Caraball y del diputado Jorge Burgos .
ANTECEDENTE SOBRE PUBLICIDAD ELECTORAL EFECTUADA EN LA COMUNA DE PROVIDENCIA. Oficios.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos .
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , el miércoles 13 de octubre, solicité que se enviara un oficio al contralor general de la República y al director del Servicio Electoral , respectivamente, a fin de que investigaran la forma o modo en que el alcalde electo de la comuna de Providencia, ex coronel Cristián Labbé , efectuó los gastos de su campaña municipal recientemente terminada.
Tengo constancia de que la Contraloría General de la República inició una investigación preliminar respecto de las cuestiones planteadas. En esta oportunidad, deseo agregar un antecedente que puede servir a esa Contraloría y al Servicio Electoral en relación con la materia.
Mi cuestionamiento se refiere a que parte importante del avisaje de la empresa internacional concesionaria de las paletas publicitarias en la comuna de Providencia, Heres S.A., fue destinada a la candidatura del señor Labbé . Anteriormente, pregunté en qué momento se realizó la propaganda y a qué costo. Ahora, quiero añadir también que, a través de una consulta telefónica, averigüe que el precio de lista de cada una de las paletas publicitarias, que se ubicaron en los paraderos de buses de la comuna, es de 400 mil pesos mensuales. Si, de manera conservadora, se considera que se dispusieron cien de ellas, se gastaron 40 millones de pesos mensuales; pero si se instalaron doscientas, como algunas personas me señalaron -número que podrá deducirse en la investigación- el costo ascendió a 80 millones de pesos mensuales.
Recuerdo que el máximo de gasto en que puede incurrir un candidato a alcalde por Providencia, según la ley de financiamiento electoral, es de 50 millones de pesos. En consecuencia, si la investigación arroja que el gasto fue menor, porque se le privilegió con un precio especial, estamos frente a una situación muy compleja desde el punto de vista de la negociación. Si, por el contrario, se le cobró lo que establece el mercado, por ese sólo concepto se habría superado el máximo que permite la ley.
Tanto la Contraloría General de la República como el Servicio Electoral, a la hora de aplicar lo que dispone la ley sobre esta materia, deben acelerar al máximo posible esta investigación.
Los datos de costos de la empresa Heres S.A. se pueden encontrar en su página Web que, incluso, ofrece combos publicitarios de 15 millones de pesos por quince días, que incluyen sólo siete en la comuna de Providencia.
Esta información, fácil de conseguir, permitirá determinar cuándo, cuánto y cómo se gastó.
Por consiguiente, junto con entregar este antecedente a los organismos señalados, solicito que se reiteren los oficios anteriores y se adjunte copia del texto de mi intervención.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría y se adjuntará copia del texto de su intervención.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.29 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
X. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que establece facultades para la Tesorería General de la República y modifica la ley N° 19.848 sobre reprogramación de deudas a los fondos de crédito solidario. (boletín Nº 3712-04)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que establece facultades para la Tesorería General de la República y se modifica la Ley N° 19.848 sobre Reprogramación de Deudas a los Fondos de Crédito Solidario.
I. ANTECEDENTES.
En la última década se ha producido en Chile una profunda transformación de la Educación Superior, reflejada en el desarrollo de un conjunto complejo y diversificado de instituciones y una muy significativa expansión de la cobertura, duplicándose en los últimos diez años la matrícula en este segmento.
Específicamente, en el grupo constituido por las universidades del Consejo de Rectores, se ha incrementado la matrícula desde 114.591 estudiantes en el año 1990 a 230.174 alumnos en el 2003.
Si bien el aumento de cobertura es muy positivo para el país, ya que permite el incremento del número de personas calificadas capaces de contribuir al desarrollo económico y social de Chile, constituye un desafío considerable para el Estado, que es responsable de garantizar a todos los jóvenes con talento el acceso a la educación superior.
Sin perjuicio de lo anterior, es necesario considerar que la Educación Superior constituye también una importante inversión personal y, por ello, los jóvenes deben contribuir a pagar su costo.
En Chile, el salario de los trabajadores con educación universitaria completa es, en promedio, cuatro veces superior al de los egresados de la educación secundaria. El sistema de crédito solidario permite a los estudiantes que no tienen recursos para financiar sus aranceles recibir el apoyo necesario para estudiar. Con el producto de su desempeño profesional deben devolver al Estado los recursos que se le prestaron para estudiar, para contribuir a que nuevas generaciones de jóvenes con talento y necesidades socioeconómicas puedan, a su vez, cursar estudios superiores.
El sistema de crédito solidario establecido por la ley Nº 19.287 se sustenta en la responsabilidad personal y social de los profesionales de cumplir con su obligación de pagar el préstamo recibido.
El crédito solidario es contingente al ingreso, esto es, nadie paga más del 5% de su renta por este concepto. Por ello, deben establecerse todos los mecanismos necesarios para asegurar el pago efectivo de ese 5%.
Si bien la Ley N° 19.287 contempla mecanismos de cobranza de los créditos, éstos han demostrado ser insuficientes para cumplir los objetivos de recuperación de los créditos entregados.
En razón de lo anterior el Ministerio de Educación ha venido impulsando un conjunto de medidas tendientes a superar las deficiencias que se han observado durante los 10 años de funcionamiento del sistema de crédito solidario. En este sentido, en el año 2003 se promulgó la Ley Nº 19.848 sobre Reprogramación de Deudas a los Fondos de Crédito Solidario.
Sin perjuicio de lo anterior, existen medidas tendientes a mejorar la recuperación de los créditos, que es posible y necesario implementar a la brevedad, y que fueron objeto de análisis durante la discusión parlamentaria de la ley antes mencionada.
Uno de dichos mecanismos es la retención de créditos de impuestos por parte de la Tesorería General de la República. De acuerdo a la información proporcionada por dicha institución, del total de deudores de crédito solidario que actualmente se encuentran morosos en el sistema, y que no acudieron al proceso de reprogramación de dichas deudas, 20.895 obtuvieron devolución de impuestos a la renta en el año 2004. Por tanto, la estimación realizada indica que de haber existido un mecanismo que permitiera a la Tesorería General de la República retener las devoluciones e imputarlas al pago del crédito moroso, habría sido posible recuperar una suma aproximada de $ 4.057.770.619.
Otro de los mecanismos propuestos es el de otorgar al Servicio de Impuestos Internos la facultad expresa de informar a los administradores de fondos de crédito acerca de los ingresos efectivos declarados cada año por el contribuyente deudor de crédito, de manera de evitar que una subdeclaración de rentas afecte el cálculo de la cuota contingente al ingreso que debe pagar al año siguiente.
II. OBJETIVO DEL PROYECTO.
Mejorar la recuperación de los fondos entregados por concepto de crédito solidario universitario es esencial en nuestro país.
En la actualidad, los incrementos en la demanda por crédito se transforman en problemas fiscales para el Gobierno. Ello resulta contradictorio en un sistema en el que el financiamiento para la Educación Superior reside, en última instancia, en sus beneficiarios.
En la actualidad la recuperación de crédito solidario alcanza una cifra de $ 26.000 millones, lo que representa una tasa promedio de recuperación de un 50% en el sistema. Si consideramos que el promedio de los créditos que se asignan a los actuales alumnos de las universidades del Consejo de Rectores alcanza a los $900.000, podemos concluir que cada $ 1.000 millones que son recuperados es posible entregar más de 1000 nuevos créditos. En consecuencia, un incremento en las tasas de recuperación de los créditos beneficia al conjunto de alumnos que se incorporan a la educación superior que requieren financiamiento para sus aranceles.
Con tal propósito, el actual proyecto se propone extender los mecanismos que introdujo la Ley Nº 19.848 sobre reprogramación de deudas de créditos Solidarios al conjunto del sistema, haciéndolos aplicables a todos los deudores de dichos fondos y no tan sólo a los han acudido a la reprogramación ofrecida por la ley citada.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO.
1. Facultades para la Tesorería General de la República.
El presente proyecto, en su artículo 1º, faculta a la Tesorería General de la República para retener de la devolución anual de impuestos a la renta que correspondiere a los deudores del crédito solidario universitario regulado por la ley N° 19.287, los montos de dicho crédito que se encontraren morosos.
Asimismo, se regula la forma en que la Tesorería debe enterar los dineros recaudados a las entidades acreedoras.
2. Modificación del artículo 12º de la Ley Nº 19.848.
Por otra parte, el artículo 2º del presente proyecto modifica el artículo 12º de la Ley N° 19.848, en el sentido de aclarar, a través de una mejor redacción, la excepción contenida en esta norma, al deber de reserva o secreto tributario, de modo de posibilitar su aplicación al fin del presente proyecto.
De esta manera, se faculta expresamente al Servicio de Impuestos Internos para proporcionar a los Administradores de Fondo de Crédito Solidario aquellos antecedentes relativos a los ingresos declarados anualmente por los deudores del Crédito, a objeto de poder contrastarlos por la información proporcionada por los propios deudores.
Mediante esta modificación también se especifica a quienes se considera como deudores de los fondos de crédito solidario, extendiendo la aplicación de dichos instrumentos a todos los deudores de estos fondos y no tan solo a los que han reprogramado de acuerdo a la Ley Nº 19.848.
En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a vuestra consideración, para ser tratado en la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones del honorable Congreso Nacional, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1º.- Facúltase a la Tesorería General de la República para retener de la devolución anual de impuestos a la renta que correspondiere a los deudores del crédito solidario universitario regulado por la ley N° 19.287 y sus modificaciones, los montos de dicho crédito que se encontraren impagos según lo informado por la entidad acreedora, en la forma que establezca el reglamento, e imputar dicho monto al pago de la mencionada deuda.
La Tesorería General de la República deberá enterar los dineros retenidos por este concepto al administrador del fondo solidario de crédito universitario respectivo, en el plazo de 30 días contados desde la fecha en que debiera haberse verificado la devolución, a menos que el deudor acredite que ha solucionado el monto vencido y no pagado por concepto de crédito universitario, mediante certificado otorgado por el respectivo administrador.
Si el monto de la devolución de impuestos fuere inferior a la cantidad adeudada, subsistirá la obligación del deudor por el saldo insoluto.
Artículo 2º.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.848, que establece nuevas normas para la reprogramación de deudas provenientes del Crédito Solidarios de la Educación Superior:
1. Modifíquese el inciso primero del artículo 12º, sustituyendo la frase “lo dispuesto en el artículo 35º” por la oración “el deber de secreto o reserva de los antecedentes tributarios, contenido en el artículo 35º”.
2. Incorpórese al artículo 12º el siguiente inciso final:
“Son considerados deudores de los créditos solidarios todos aquellos que resulten de la aplicación de las leyes Nº 18.591, Nº 19.287, y Nº 19.848”.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República ; SERGIO BITAR CHACRA , Ministro de Educación ; NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN , Ministro de Hacienda ”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY ESTABLECE FACULTADES PARA LA TESORERÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA Y MODIFICA LA LEY Nº 19.484 SOBRE
REPROGRAMACIÓN DE DEUDAS A LOS FONDOS DE CRÉDITO SOLIDARIO
(Mensaje Nº 78-352)
1. El proyecto de ley faculta a la Tesorería General de la República para retener, de la devolución anual de impuestos a la renta, los montos adeudados de crédito solidario universitario, a beneficiarios de la ley Nº 19.287 y sus modificaciones.
2. Asimismo, introduce algunas modificaciones al artículo 12 de la ley Nº 19.848, que estableció normas para reprogramar deudas del crédito solidario universitario, sólo para perfeccionar su redacción.
3. En relación a este proyecto de ley se puede señalar que no representa mayor gasto fiscal, tanto en el presente año como en el futuro.
(Fdo.): SERGIO GRANADOS AGUILAR , Director de Presupuestos (S)?.
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo establecido en el Título III de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, vengo en formular las siguientes observaciones al proyecto de ley del rubro.
ARTÍCULO 16, NUEVO
1) Para incorporar en el Párrafo 1° del Título IV, el siguiente artículo 16, nuevo, pasando los actuales artículos 16 y siguientes a ser artículos 17 y siguientes:
“Artículo 16.- Podrán autorizarse y funcionar sólo hasta 24 casinos de juego en el territorio nacional, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que establece la presente ley; uno en cada una de las regiones del país y el resto a ser distribuidos a nivel nacional, no pudiendo autorizarse la instalación de más de tres casinos de juegos en una misma región. Con todo, en la Región Metropolitana no se podrá autorizar la instalación de casinos de juegos.
Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, no podrá autorizarse la instalación de nuevos casinos de juegos a una distancia vial inferior a 70 kilómetros, sea entre ellos o respecto de otros en actual funcionamiento.”.
ARTÍCULO 38, NUEVO
2) Para incorporar en el Párrafo 1° del Título V, a continuación del actual artículo 36, que pasó a ser artículo 37, el siguiente artículo 38, nuevo, pasando los artículos 37 y siguientes a ser artículos 39 y siguientes:
“Artículo 38.- La Superintendencia de Casinos de Juego contará con un Consejo Resolutivo, al que le corresponderá la atribución exclusiva de otorgar, denegar, renovar y revocar los permisos de operación de casinos de juego en el país, como asimismo las licencias de juego y servicios anexos, de conformidad con las disposiciones de la presente ley, y sobre la base de la proposición que al efecto le formule el Superintendente .
El Consejo Resolutivo estará integrado por:
-El Subsecretario de Hacienda , quien lo presidirá.
-El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
-El Superintendente de Valores y Seguros.
-El Director Nacional del Servicio Nacional de Turismo .
-El Intendente Regional respectivo, según la región de localización del casino de juego respecto de cuyo permiso de operación el Consejo deba pronunciarse.
-Dos representantes del Presidente de la República nombrados con acuerdo del Senado.
El Superintendente de Casinos de Juego ejercerá la secretaría ejecutiva y actuará además como relator del Consejo.
El Consejo adoptará sus decisiones por la mayoría de sus miembros, en sesión formalmente convocada al efecto, y en caso de empate resolverá su Presidente . Con todo, el quórum para sesionar será de cinco integrantes.
Un reglamento, expedido por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, establecerá las normas necesarias para el funcionamiento del Consejo y para el adecuado ejercicio de las funciones que le encomienda la ley.”.
ARTÍCULO 53, ACTUAL
3) Para introducir las siguientes innovaciones al actual artículo 53, que pasó a ser 55:
a) Incorporar el siguiente inciso primero, nuevo, pasando sus actuales incisos a ser incisos segundo a cuarto, respectivamente:
“Artículo 55.- Los procedimientos administrativos para la aplicación de las sanciones administrativas previstas en esta ley, se sujetarán a las siguientes reglas:
a) Los procedimientos podrán iniciarse de oficio por la Superintendencia, o por denuncia presentada ante ella.
b) En caso de instrucción de oficio, el procedimiento se iniciará con una formulación precisa de los cargos, que se notificará al presunto infractor por carta certificada en el domicilio que tenga registrado ante la Superintendencia.
La formulación de cargos señalará una descripción de los hechos que se estimen constitutivos de infracción y la fecha de su verificación, la norma eventualmente infringida y la disposición que establece la infracción, la sanción asignada y el plazo para formular descargos.
c) La denuncia que dé inicio a un procedimiento se formulará por escrito a la Superintendencia, señalando lugar y fecha de presentación y la individualización completa del denunciante, quien deberá suscribirla personalmente o por su mandatario o representante habilitado. Asimismo, deberá contener una descripción de los hechos concretos que se estiman constitutivos de infracción, precisando lugar y fecha de su comisión y, de ser posible, identificando al presunto infractor.
La denuncia originará un procedimiento sancionatorio sólo si a juicio de la Superintendencia está revestida de seriedad y tiene mérito suficiente. En caso contrario, se podrá disponer la realización de acciones de fiscalización sobre el presunto infractor y si ni siquiera existiere mérito para ello, se ordenará el archivo de la misma por resolución fundada, notificando de ello al interesado.
Declarada admisible, la denuncia será puesta en conocimiento del presunto infractor.
d) Las notificaciones se harán por escrito mediante carta certificada dirigida al domicilio del presunto infractor registrado en la Superintendencia.
e) El acusado o el denunciado tendrán un plazo de diez días hábiles, contados desde la notificación, para contestar los cargos o la denuncia.
f) Recibidos los descargos o transcurrido el plazo otorgado para ello, la Superintendencia resolverá de plano cuando pueda fundar su decisión en hechos que consten en el proceso o sean de pública notoriedad. En caso contrario, abrirá un término de prueba de ocho días.
El Servicio dará lugar a las medidas o diligencias probatorias que solicite el presunto infractor en sus descargos, siempre que resulten pertinentes y conducentes. En caso contrario, las rechazará mediante resolución motivada.
g) Los hechos investigados y las responsabilidades de los infractores podrán acreditarse mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho, los que se apreciarán en conciencia.
h) La resolución que ponga fin al procedimiento sancionatorio será fundada y resolverá todas las cuestiones planteadas en el expediente, pronunciándose sobre cada una de las alegaciones y defensas del imputado, y contendrá la declaración de la sanción que se imponga al infractor o su absolución. Esta resolución deberá dictarse dentro de los diez días siguientes a aquél en que se haya evacuado la última diligencia ordenada en el expediente.”.
b) Sustituir, en el actual inciso primero, que pasó a ser segundo, la palabra “multa”, por “sanción”.
ARTÍCULO 60, NUEVO
4) Para incorporar al Título VII, a continuación del actual artículo 57, que pasó a ser 59, el siguiente artículo 60, nuevo, pasando los artículos 58 y siguientes a ser artículos 61 y siguientes:
“Artículo 60.- Los recursos que se recauden por aplicación del impuesto establecido en el artículo anterior se distribuirán de la siguiente forma:
a) Un 50% se incorporará al patrimonio de la municipalidad correspondiente a la comuna en que se encuentre ubicado el respectivo casino de juego, para ser aplicado por la autoridad comunal al financiamiento de obras de desarrollo.
b) Un 50% se incorporará al patrimonio del gobierno regional correspondiente a la región en que se encuentre ubicado el respectivo casino de juego, de conformidad a lo establecido en la letra f) del artículo 69 de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, para ser aplicado por la autoridad regional al financiamiento de obras de desarrollo.
El Servicio de Tesorerías recaudará el referido impuesto y pondrá a disposición de los respectivos gobiernos regionales y municipalidades los recursos correspondientes, dentro del mes subsiguiente al de su recaudación.”.
ARTÍCULO 60, ACTUAL
4) Para intercalar, en el inciso primero del actual artículo 60, que pasó a ser artículo 63, a continuación de la expresión “lo dispuesto”, la frase: “en el artículo 16”.
ARTÍCULO 64, NUEVO
5) Para agregar, a continuación del actual artículo 60, que pasó a ser artículo 63, el siguiente artículo 64, nuevo:
“Artículo 64.- La autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego en la comuna de Arica se regirán por el artículo 36 de la Ley N° 19.420, incorporado a ésta por el artículo 4°, N° 9, de la Ley N° 19.669, y en todo lo no regulado por dicha normativa, serán aplicables las disposiciones de la presente ley, con las siguientes precisiones:
a) No se aplicarán a la comuna de Arica, las condiciones limitantes establecidas en el artículo 16, referidas a la cantidad nacional y regional de casinos de juegos, y a la distancia vial mínima que debe existir entre distintos establecimientos, y
b) Los permisos de operación se otorgarán, en todo caso, por el plazo de quince años.
Derógase el artículo 37 de la citada Ley N° 19.420.”.
AL ARTICULO 4° TRANSITORIO
6) Para sustituir, en el inciso final del artículo 4° transitorio, la expresión “2006” por “2007”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República ; JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Ministro del Interior ; NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN , Ministro de Hacienda ”.
3. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego y salas de bingo. (boletín Nº 2361-23).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República ; EDUARDO DOCKENDORFF VALLEJOS , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
4. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 20 de octubre de 2004.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a una copia de la factura, correspondiente al Boletín Nº 3.245-03.
Hago presente a vuestra Excelencia que la referida proposición ha sido aprobada con el voto favorable de 34 señores Senadores, de un total de 48 en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 63 de la Carta Fundamental.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 5208, de 19 de octubre de 2004.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
5. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 20 de octubre de 2004.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha rechazado, por no haberse reunido el quórum constitucional necesario, la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley sobre el establecimiento de las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego, correspondiente al Boletín Nº 2.361-23.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 5212, de 19 de octubre de 2004.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
6. Segundo Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaido en el proyecto de ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales, en lo relativo a la designación de notario alterno o adjunto. (boletín N° 3259-07) (S)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de la referencia, iniciado en una moción de los Senadores señores Aburto , Chadwick , Espina , Moreno y Silva .
-o-
La Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el día 7 de octubre de 2004, aprobó en general el proyecto de ley de la referencia.
De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, el proyecto de ley con la indicación cursada durante su tramitación, fue remitido a esta Comisión para segundo informe reglamentario, el que fue discutido durante la sesión celebrada el día 20 de octubre del presente año, en trámite de fácil despacho.
Durante el análisis de esta iniciativa, en este trámite reglamentario, la Comisión contó con la asistencia del Subsecretario de Justicia, don Jaime Arellano Quintana y del asesor del Ministerio de Justicia, don Mauricio Decap Fernández .
-o-
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 290 del Reglamento de la Corporación, en este informe se debe dejar constancia de lo siguiente:
I. ARTÍCULOS QUE NO HAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES.
No existen en el presente proyecto artículos que se encuentren en esta situación, atendido que el artículo único del proyecto de ley fue objeto de dos indicaciones.
II. ARTÍCULOS QUE DEBEN DARSE POR APROBADOS REGLAMENTARIAMENTE, CON INDICACIÓN DE AQUELLOS QUE CONTIENEN NORMAS QUE REQUIEREN QUÓRUM ESPECIAL.
No hay artículos que deban darse por aprobados reglamentariamente.
III. DE LOS ARTÍCULOS QUE EL SENADO HA CALIFICADO COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO Y LA DE AQUELLOS A LOS CUALES LA COMISIÓN OTORGUE IGUAL CARÁCTER.
No hay.
IV. ARTÍCULOS SUPRIMIDOS E INDICACIONES RECHAZADAS.
No hubo disposiciones suprimidas ni indicaciones rechazadas.
V. ARTÍCULOS MODIFICADOS.
El artículo único fue objeto de dos modificaciones:
-Se incorporó un numeral 2, nuevo.
-Se modificó el numeral 3 (que ha pasado a ser numeral 4).
Numeral 2, nuevo.-
Se agregó un numeral 2, nuevo, mediante una indicación de la Diputada señora Cubillos y de los Diputados señores Forni y Pérez Varela , para incorporar en el párrafo segundo de la letra a) del artículo 287 del Código Orgánico de Tribunales, pasando el punto y coma (;) a ser punto seguido (.), la siguiente oración:
“Si no se manifestare interés en postular dentro del plazo que establece dicha disposición, se incluirá en su lugar un notario, conservador o archivero de primera o segunda categoría del escalafón secundario, cualquiera que sea su antigüedad, o un abogado ajeno al escalafón secundario que hubiere ejercido la profesión por lo menos quince años y que acredite haberse destacado en el ámbito profesional, académico o científico.”.
Se explicó, por los autores, que la indicación pretende solucionar un problema que se produce en la actualidad cuando, en aplicación del párrafo segundo de la letra a) del artículo 287, en relación con el articulo 284 del Código Orgánico de Tribunales, no se ejerce, dentro del plazo de diez días, el derecho preferente por antigüedad que tiene un notario de la segunda categoría, para integrar una terna para cargos de primera categoría. En tal situación, de acuerdo a la norma aprobada en primer informe, la terna sólo sería integrada con dos nombres y, por tanto, se perdería un lugar a llenar.
Se recalcó que la idea propuesta sólo implica llenar un vacío legal y resolver la situación que se produce cuando nadie –con derecho preferente para integrar terna- expresa interés en el cargo, lo cual no está resuelto, y se soluciona mediante interpretaciones jurisprudenciales, muchas de las cuales son contradictorias entre sí.
A mayor abundamiento, se señaló que no es extraño incorporar una solución como la descrita pues, de acuerdo a la Constitución Política de la República, la Corte Suprema también es integrada por personas ajenas al Poder Judicial , por lo cual, no hay razón para impedir que un notario de primera categoría sea un abogado que cumpla con los requisitos exigidos, como haber ejercido la profesión durante quince años y haberse destacado en el ámbito profesional, académico o científico.
La modificación propuesta, en ningún caso significa que se pase a llevar el lugar de los demás, pues este tercer nombre integrará la terna, pero sin orden de prelación en relación a los otros dos integrantes de la terna. Para el nombramiento definitivo, se estará al mérito de cada postulante, de acuerdo a las normas generales.
Se aprobó la indicación, por unanimidad.
Numeral 3 (que ha pasado a ser numeral 4).-
Se presentó una indicación de los Diputados señores Bustos , Ceroni y Pérez Varela , para eliminar –en el inciso tercero del artículo 402 bis nuevo que se agrega al Código Orgánico de Tribunales- la siguiente frase aprobada en el primer informe: “y exclusivamente en caso de ausencia temporal del notario de su oficio por el cumplimiento de funciones propias del cargo.”, pasando, la coma que le antecede (,) a ser punto seguido (.).
El inciso tercero de la referida norma, aprobado en el primer trámite reglamentario, es del siguiente tenor: “El oficial primero sólo podrá ejercer las funciones señaladas en los números 6, 8, 9 y 10 del artículo 401, y exclusivamente en caso de ausencia temporal del notario de su oficio por el cumplimiento de funciones propias del cargo. El ejercicio de estas funciones se realizará bajo la responsabilidad del notario. En todas estas actuaciones deberá dejar constancia de que actúa en calidad de oficial primero.”
El diputado Pérez Varela , uno de los autores de la indicación, explicó que el propósito de eliminar la frase señalada es evitar que se genere, eventualmente, incertidumbre en los usuarios de las notarías cuando concurran para la obtención de servicios, en el sentido que frente a la existencia de algún problema posterior en los trámites diligenciados en éstas, no se alegue por alguna de las partes que el notario se encontraba ausente del oficio pero no cumpliendo alguna función propia del cargo, todo lo cual podría judicializar el sistema, debiendo probar que si se encontraba fuera del despacho por estar cumpliendo alguna función propia de su cargo.
Se aprobó la indicación, por asentimiento unánime.
VI. ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.
No existen en el presente proyecto artículos que se encuentren en esta situación.
VII- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
Ninguna disposición se encuentra en esta situación.
VIII. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS AL TEXTO APROBADO POR EL SENADO.
Al numeral 1.-
-Se intercala, en el epígrafe del numeral 1), a continuación de la palabra “Sustitúyese” la frase “el párrafo primero de”.
-Se elimina, en el párrafo primero de la letra a) del artículo 287 del Código Orgánico de Tribunales, la frase “cualquiera sea su antigüedad,”.
Numeral 2, nuevo.-
-Se agrega en el párrafo segundo de la letra a) del artículo 287 del Código Orgánico de Tribunales, pasando el punto y coma (;) a ser punto seguido (.), la siguiente oración:
“Si no se manifestare interés en postular dentro del plazo que establece dicha disposición, se incluirá en su lugar un notario, conservador o archivero de primera o segunda categoría del escalafón secundario, cualquiera que sea su antigüedad, o un abogado ajeno al escalafón secundario que hubiere ejercido la profesión por lo menos quince años y que acredite haberse destacado en el ámbito profesional, académico o científico.”.
Al numeral 2 (que ha pasado a ser numeral 3).-
A la letra a) del numeral 2), que modifica el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales:
-Se reemplaza, en el inciso primero, la expresión “cinco años” por la expresión “un año”.
-Se incorpora en el mismo inciso primero, a continuación del punto aparte (.), la oración “En el caso de notarías de tercera categoría, la subrogación podrá hacerse por un funcionario no abogado de la misma notaría, si cuenta con al menos un año de servicio en ella”.
-Se reemplaza, en el inciso segundo, la frase “del abogado” por la frase “de la persona”.
Al numeral 3 (que ha pasado a ser numeral 4).-
-Se reemplaza, en el inciso primero del artículo 402 bis, la expresión “un abogado”, por los vocablos “una persona”.
-Se reemplaza el inciso segundo del artículo 402 bis, por el siguiente:
“El nombramiento deberá recaer en un abogado con al menos un año de ejercicio profesional. Tratándose de notarías de la tercera categoría, el nombramiento podrá recaer en un funcionario que no sea abogado, si cuenta al menos con un año de servicio en la notaría de que se trate. El nombrado no podrá tener con el notario titular ninguna de las relaciones de parentesco señaladas en el artículo 258 de este Código, y deberá ser empleado del notario. La persona designada deberá ser juramentada en conformidad al artículo 471”.
-Se reemplaza el inciso tercero del artículo 402 bis, por el siguiente:
“El oficial primero sólo podrá ejercer las funciones señaladas en los números 6, 8, 9 y 10 del artículo 401. El ejercicio de estas funciones se realizará bajo la responsabilidad del notario. En todas estas actuaciones deberá dejar constancia de que actúa en calidad de oficial primero.”.
Numeral nuevo (que ha pasado a ser numeral 7).
-Se incorpora el siguiente inciso final al artículo 456 del Código Orgánico de Tribunales:
“Se aplicará a los archiveros lo señalado en los artículos 402 y 402 bis.”.
Al numeral 6 (que ha pasado a ser numeral 8).-
-Se deroga el inciso final del artículo 478 del Código Orgánico de Tribunales.
Numeral 7 (que ha pasado a ser numeral 9).-
-Se elimina.
IX. TEXTO DEL PROYECTO TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales:
1. Sustitúyese el párrafo primero de la letra a) del artículo 287 por la siguiente:
“a) Para integrantes de la primera categoría del Escalafón Secundario, con el notario, conservador o archivero más antiguo de la segunda categoría que figure en lista de méritos y que exprese su interés en el cargo. Los otros dos lugares serán ocupados con los notarios, conservadores o archiveros de la primera o segunda categoría, y con los de tercera categoría que tengan a lo menos diez años en la misma, que se opongan al concurso, elegidos de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 281.”.
2. Agrégase en el párrafo segundo de la letra a) del artículo 287 del Código Orgánico de Tribunales, pasando el punto y coma (;) a ser punto seguido (.), la siguiente oración:
“Si éste no manifestare su interés en postular dentro del plazo que establece dicha disposición, se incluirá en su lugar un notario, conservador o archivero de primera o segunda categoría del escalafón secundario, cualquiera que sea su antigüedad, o un abogado ajeno al escalafón secundario que hubiere ejercido la profesión por lo menos 15 años y que acredite haberse destacado en el ámbito profesional, académico o científico.”.
3. Modifícase el artículo 402 de la siguiente manera:
a) Reemplázanse los incisos primero, segundo y tercero, por los siguientes incisos primero, segundo, tercero y cuarto, pasando el actual inciso cuarto a ser quinto:
“Artículo 402.- Si el notario se encontrase impedido de desempeñar su cargo por cualquier causa, lo subrogará un abogado con al menos un año de ejercicio profesional, en conformidad a los incisos siguientes. En el caso de notarías de tercera categoría, la subrogación podrá hacerse por un funcionario no abogado de la misma notaría, si cuenta con al menos un año de servicio en ella.
La designación del subrogante se hará una vez asumido un notario en calidad de titular, debiendo éste proponer al juez de turno o, en los lugares asiento de Corte de Apelaciones, al presidente de ésta, el nombre de la persona que deba reemplazarlo bajo su responsabilidad.
El notario titular podrá asimismo proponer en cualquier momento la sustitución de quien fuere designado subrogante.
La persona que fuere designada deberá ser juramentada en conformidad al artículo 471.”.
b) Introdúcese el siguiente inciso final, nuevo:
“Si por cualquier causa legítima el abogado designado no pudiere asumir las funciones del notario, se deberá solicitar una designación especial.”.
4. Agrégase el siguiente artículo 402 bis, nuevo:
“Artículo 402 bis.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los notarios podrán proponer al juez de turno o, en los lugares asiento de Corte de Apelaciones, al presidente de ésta , la designación de una persona para que se desempeñe como oficial primero de su oficio.
El nombramiento deberá recaer en un abogado con al menos un año de ejercicio profesional. Tratándose de notarías de la tercera categoría, el nombramiento podrá recaer en un funcionario que no sea abogado, si cuenta al menos con un año de servicio en la notaría de que se trate. El nombrado no podrá tener con el notario titular ninguna de las relaciones de parentesco señaladas en el artículo 258 de este Código, y deberá ser empleado del notario. La persona designada deberá ser juramentada en conformidad al artículo 471.
El oficial primero sólo podrá ejercer las funciones señaladas en los números 6, 8, 9 y 10 del artículo 401. El ejercicio de estas funciones se realizará bajo la responsabilidad del notario. En todas estas actuaciones deberá dejar constancia de que actúa en calidad de oficial primero.
Lo dispuesto en el presente artículo no libera en modo alguno al notario de cumplir con la obligación de asistencia al oficio regularmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 478 de este Código.”.
5. Reemplázase el artículo 421 por el siguiente:
“Artículo 421.- Sólo podrá dar copias autorizadas de escrituras públicas o documentos protocolizados el notario ante quien se otorgó el instrumento, el que lo subroga o sucede, el que ejerza el cargo de oficial primero, o el archivero a cuyo cargo esté el protocolo respectivo.”.
6. Sustitúyese el artículo 425 por el siguiente:
“Artículo 425.- Los notarios y sus oficiales primeros podrán autorizar las firmas que se estampen en documentos privados, siempre que den fe del conocimiento o de la identidad de los firmantes y dejen constancia de la fecha en que se firman.
Para ello, podrán recurrir a todos los medios de prueba que estimen necesarios para llegar al convencimiento de que la firma es de la persona que en el documento se indica y que fue firmada por ella el día que aparece señalado en el documento.
Los testimonios autorizados por el notario o su oficial primero, como copias, fotocopias o reproducciones fieles de documentos públicos o privados, tendrán valor en conformidad a las reglas generales.”.
7. Incorpórase el siguiente inciso final al artículo 456:
“Se aplicará a los archiveros lo señalado en los artículos 402 y 402 bis.”.
8. Derógase el inciso final del artículo 478.”.
-o-
Se designó diputado informante al señor Víctor Pérez Varela .
Sala de la Comisión, a 20 de octubre de 2004.
Tratado y acordado según consta en el acta correspondiente a la sesión de 20 de octubre de 2004, con la asistencia de los diputados señor Juan Bustos Ramírez ( Presidente ), señora Laura Soto González y señores Gabriel Ascencio Mansilla , Guillermo Ceroni Fuentes , Víctor Pérez Varela y Gonzalo Uriarte Herrera .
(Fdo.): ANA MARÍA SKOKNIC DEFILIPPIS , Abogada Secretaria de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Navarro , Encina , García , García-Huidobro , Montes , Olivares , Robles , Silva , Valenzuela y la diputada señora Eliana Caraball .
Proyecto de ley que establece normas de calidad, seguridad y fiscalización del Transporte Vertical. (boletín Nº 3710-15)
FUNDAMENTOS
1. Normas y Leyes
En Chile no existen leyes ni decretos que contemplen reglas concretas relacionadas con la seguridad en torno a los distintos medios de Transporte Vertical. No existen registros de cuántos ascensores hay en el país, cuántas escaleras mecánicas, funiculares, ni menos hablar de cuántos parques de juegos mecánicos itinerantes hay en el país, pues ellos obtienen autorización mediante la compra de patentes en las respectivas municipalidades. No existe registro alguno en los Departamentos de Obras Municipales respecto de las cifras de los artefactos antes mencionados, sólo puede “suponerse” si se estudian los archivos y se cuenta la cantidad de edificios que tengan más de cuatro pisos, relativizando enormemente los datos. Nadie controla ni fiscaliza que tengan las correctas medidas de seguridad, ni que sea gente capacitada la que realice su mantención, ni se sabe a ciencia cierta cada cuánto tiempo se realizan, y menos se conoce la antigüedad de los aparatos.
Si de legislación en cuanto a ascensores se trata, el Decreto 47, es decir, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, contempla como únicos responsables, en cuanto a la calidad de la construcción, a los proyectistas, revisores independientes, constructores, etc., pero sólo hasta que se hace la recepción municipal, con una garantía de cinco años en cuanto a desperfectos de la construcción, lo que no tiene ninguna relación con la instalación de los ascensores que quedan, supuestamente, en manos de los instaladores de éstos. Pero ¿Quién fiscaliza posteriormente que realmente hayan quedado operativos?
Para ser más específicos, hay que señalar que el Decreto 47, en su texto del 16 de Abril de 1992 artículo 5.5, otorga a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la exigencia de un certificado de revisión técnica válido durante un año. Sin embargo, esta iniciativa fue impracticable porque la Superintendencia de Electricidad y Combustibles no cuenta ni con los recursos ni con el personal -menos con el entrenamiento que se requiere para estos fines- como para cumplir con responsabilidad y seriedad la tarea encomendada, que por lo demás otorga muy poco tiempo de seguridad. Tanto es así, que en la reformulación que se hizo de este decreto el año 2003, este punto no fue ni por asomo considerado. Además los montacargas, escaleras, ramplas mecánicas o similares, sólo deben cumplir con las especificaciones técnicas que determina el fabricante para su instalación, lo que no implica fiscalización posterior de ningún tipo.
La legislación nacional, no entrega a ningún organismo estatal la facultad, el conocimiento o entrenamiento necesario, requisito sine quanon, para fiscalizar el cumplimiento de las dos normas vigentes creadas en el Instituto Nacional de Normalización, relacionadas en todo caso sólo con ascensores y montacargas, pues tampoco existe normativa técnica en cuanto a todos los demás medios de transporte vertical.
A pesar de todos los accidentes que se han producido, sólo el 12 de Enero de 2001 el Instituto Nacional de Normalización entrega la Primera Norma Oficial Chilena sobre Ascensores Nch 440/ 2001 of 2000, y es publicada en el diario oficial el 2 de Febrero de 2001. Tiende a mejorar la seguridad en todo el desarrollo de la instalación de los ascensores y montacargas eléctricos. Se habla además de las medidas de seguridad que deben existir en las escotillas con más de un ascensor, donde se contempla una separación entre los elementos en movimiento (cabina y contrapeso) pertenecientes a ascensores y montacargas. Sin embargo, su implementación y cumplimiento es de carácter voluntario.
El día 25 de Septiembre de 2001, el comité “Ascensores” de la División Normas del Instituto Nacional de Normalización, habla sobre el Manual para inspectores de ascensores eléctricos, (Asme A17.2.1). Abren su sesión discutiendo el accidente ocurrido en la sucursal del Banco de Santiago de Valparaíso, donde un trabajador de una empresa de mantenimiento de ascensores fue atrapado por el contrapeso del ascensor contrario donde estaba trabajando, aprisionando su cabeza y posteriormente decapitándolo. Se hacen reparos a la especificación de separación entre un ascensor y un elemento móvil de un ascensor o montacarga adyacente, indicada en la Nch 440/1 puntos 5.6.1 y 5.6.2, pues debería ser mayor a lo estipulado. Además, la caja de elevadores debería tener una protección, de manera que fuese imposible que un elemento móvil del ascensor adyacente pase a llevar la persona que está sobre el ascensor en mantenimiento.
Es así como el 1º de octubre de 2001, la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Ascensores y Afines, (Fenatrasa) escribe una carta al Subsecretario del Trabajo ( Yerko Ljubetic Godoy ) a raíz del accidente anteriormente descrito. En la misiva reconoce el valor de la nueva normativa, pero señala que es importante crear un Organismo Fiscalizador que controle el cumplimiento de la norma, y que luego ésta sea incluida en la Ley General de Urbanismo y Construcción, que todavía se rige por la antigua norma que data de 1953, que no establece medidas claras respecto de la instalación, funcionamiento y mantención de los ascensores y dejando la responsabilidad al Ministerio de Vivienda, en la idea de que los ascensores se entregan para su servicio junto con la habilitación de los edificios, responsabilidad que termina con la recepción municipal de la obra (en Dirección de Obras), sin establecer responsabilidades posteriores, por lo tanto, generando una incapacidad municipal para fiscalizar.
Tampoco esta labor puede corresponder, al menos del todo en cuanto a su funcionamiento, al Ministerio de Vivienda o a la SEC, porque en ninguna de esas reparticiones existe suficiente disponibilidad de inspectores y técnicos, como ya se señalaba anteriormente. Este es uno de los argumentos para incorporar el concepto de “Transporte Vertical” y que su tuición pase al Ministerio de Transportes, el que sí domina los criterios técnicos relacionados con la frecuencia de uso de los ascensores, la estimación de su vida útil, las características que debe poseer en relación a la ubicación, altura y uso de las construcciones. Además, debe exigirse un sello de seguridad que certifique la misma.
Dentro del estudio realizado para la creación de este proyecto de ley, se tuvo el obstáculo de convertir en ley las normas originadas en el Instituto Nacional de Normalización, que al ser en su origen un ente público-privado, con un fuerte marca de financiamiento en la segunda área, resulta un hecho contradictorio convertir sus estudios en Ley. Sin embargo, en Chile, es la única entidad que se dedica a estos trabajos de origen técnico, que tiene los conocimientos, y que por lo demás, agrupa a todos los especialistas del área. A estas insoslayables características, se suma el hecho de ser miembros del grupo a cargo de la creación de las normas ISO, respetadas y utilizadas a nivel internacional.
Dadas las circunstancias, se les señala como el “organismo representativo de la creación de normas en Chile”, como la única forma de garantizar la seguridad y el profesionalismo en la materia, siempre que se cumplan a cabalidad, y no sólo por artículos específicos, como puede comprobarse al mirar las distintas materias que se refieren en el contenido del Decreto 47. Este acápite no es un mero capricho. Las normas han sido hechas con la participación de todos los expertos en la materia existentes en el país, tomando como base normas internacionales preexistentes, no sólo como una forma de homologación, sino que como una forma de aprender y utilizar mayores conocimientos y experiencias en las distintas materias. Cada artículo tiene su razón de ser y, al igual que un cuerpo humano, funcionan bien siempre que todas sus partes sean correctamente mantenidas y se utilicen las piezas correctas con un adecuado nivel de exigencia, de lo contrario, son medidas parche que pueden dejar los mecanismos incompletos y ,por lo tanto, inseguros. Negarlo es decir que todo el contenido de las normas, excepto lo que se exige por ley, es accesorio e innecesario. Si es así, ¿con qué finalidad fueron creadas?.
Al hablar de normativa técnica, las sugerencias provenientes de todos los ámbitos señalan que debería existir un Decreto que regulara el vacío legal que ha permitido que todos los incidentes y accidentes en los que se han visto involucrados usuarios y trabajadores queden impunes, porque las empresas, de una u otra forma, logran evadir su responsabilidad, debido a que no hay ningún tipo de legislación que ampare a las víctimas.
Es evidente que es un tema específico que, por todo lo anterior, debiera ser legislado mediante decreto, sin embargo, las autoridades pertinentes no han tomado cartas en el asunto, a pesar de conocer la realidad ampliamente descrita en este documento.
Hacer un decreto, no se encuentra dentro de las atribuciones de un Diputado de la República , sin embargo esta situación -que bien puede llamarse oportunidad- presenta una ambivalencia no despreciable: que no haya ninguna legislación al respecto, abre la ventana para comenzar a presentar conceptos, hasta ahora, inexistes en nuestro país
El más relevante de los conceptos para dar inicio al debate es el de Transporte Vertical que puede encontrarse en el libro español titulado simplemente “Transporte Vertical”, cuya primera edición se publicó en el año 1996 por Antonio Miravete y Emilio Larrodé , ambos profesores e ingenieros de la Universidad de Zaragoza. En su estudio incluyen dentro del concepto de Transporte Vertical tanto a ascensores, funiculares como escaleras mecánicas, montacargas y andenes móviles (como los que suelen encontrarse para los carros de supermercado).
Estos expertos españoles, con más de 15 años de experiencia, hacen una subdivisión bastante cuestionada a la hora de conversar el tema con expertos chilenos, que en este caso me parece más científica, porque no discuten la extrema diferencia entre ascensores o escaleras mecánicas, sino que consideran dos temas ampliamente relacionados dentro de cada uno de estos aparatos, ya sean mecánicos o eléctricos: la ingeniería mecánica aplicada a cada uno de los sistemas y el tráfico vertical. Señalan: “ambos temas son esenciales y están relacionados entre sí ya que para poder calcular y diseñar un elevador desde el punto de vista mecánico, es preciso, evaluar el tráfico en el edificio y optimizar la instalación para que los tiempos de espera entren dentro de los márgenes admisibles con el mismo coste. Una vez que se ha precisado la instalación óptima, es decir, el número de elevadores, su velocidad y cargas nominales, ya puede iniciarse el proceso de cálculo y diseño”.
Si bien dentro de su estudio no se incluyeron los juegos mecánicos ni andariveles, la intención es incluirlos dentro de este tipo de Transporte Vertical, porque no tienen cabida dentro del tipo de transporte tradicional de vehículos, sin embargo, trasladan personas, tienen una frecuencia de uso determinada, cuentan básicamente con los mismos sistemas de mecánica, y lo más importante de todo: cuentan con los mismos sistemas de seguridad y piezas en general (motores, frenos, limitadores de seguridad, circuitos de maniobras, etc.). Los ingenieros mecánicos y técnicos que trabajan con estos medios de transporte, deben contar con los mismos conocimientos sobre montaje y mantención. Es una generalización que va en directo beneficio de los usuarios. Es parte de la concientización de poner en práctica la prevención de riesgos.
Acuñar conceptos nos permite abrir nuestras mentes y expandirnos intelectualmente. Es otra forma de pensar que enriquece, en este caso, la cultura de la prevención de riesgos y nos equipara al nivel europeo que, reconozcamos, tiene años luz de ventaja en muchas materias. Esta es sólo una de las oportunidades que tiene nuestro país para alcanzar ese tipo de civilización. Es nuestra responsabilidad como parlamentarios tener ese horizonte.
Legislatura Comparada
Dar una mirada a la legislación internacional, siempre es un aporte cuando se trata de establecer bases dentro de la realidad nacional como una forma de aprendizaje de su experiencia: La legislación española, que esta en mancomunión con la Comunidad Económica Europea en su calidad de Estado miembro, no permite que ingrese al país ni siquiera una pieza que no esté previamente autorizada y probada por ellos u otro miembro de la Comunidad. La autorización técnica conlleva un sello de autorización para cada pieza que se encuentra a la venta. Quien utilice piezas que no cuenten con los sellos, o la empresa a la que se le comprueben accidentes que sean de su responsabilidad, a la tercera oportunidad quedan fuera del mercado. Ese empresario nunca más puede ser parte del rubro. No sólo eso, debe indemnizar a las víctimas. Los trabajos y piezas que haya reemplazado, deben ser garantizadas durante diez años.
Si bien la realidad chilena, por el momento no permite exigir sello para cada una de las piezas que se utilizan, puede establecerse la obligatoriedad de un sello de seguridad que deberá tener todo ascensor del país en el que exhiba claramente la aprobación o denegación de autorización para trasladar personas. De esta forma se sentará la evidencia del estado del vehículo de transporte de personas en cuestión, y los usuarios tendrán pleno conocimiento de las condiciones del aparato mecánico del que están haciendo uso.
Una ardua reflexión de los distintos actores involucrados en el tema del transporte vertical se ha desarrollado a lo largo de los últimos años, y el más difícil de los consensos es concluir finalmente quién debe ser el “organismo fiscalizador” del cumplimiento riguroso de las normas creadas por el Instituto de Nacional de Normalización, y de la legislación vigente. No es una decisión fácil, pues el tema atraviesa varias instancias en la que distintos actores tienen diferentes responsabilidades.
Por una parte, se encuentra el Ministerio de Vivienda y Urbanismo que responsabiliza, como se aludió con anterioridad, tanto a proyectistas como a constructores y gente relacionada con la realización del proyecto a construir, sin embargo, la empresa constructora asume responsabilidad y asegura daños estructurales hasta cinco años después, sólo respecto a lo que concierne al edificio, a la construcción, lo que no incluye los ascensores. Tanto edificaciones como ascensores deben ser aprobados mediante la recepción municipal que sólo certifica que, en el momento de ser examinado, el ascensor o medio de transporte vertical funciona y cumple con lo expresamente señalado en el Decreto 47, es decir, medidas de la cabina, la separación entre el piso de la cabina del ascensor y el piso de la edificación, ancho y largo mínimo en la puerta de ascensor, altura de los botones de comando, etc.
Nada de lo anterior implica seguridad en cuanto a calidades mínimas de los materiales utilizados, dispositivos de seguridad, o que simplemente los ascensores sean mantenidos por los profesionales idóneos porque ninguna entidad tiene la certificación que comprueba sus conocimientos. No hay que dar examen, ni se da un sello que asevere la seguridad, como sí ocurre con los demás medios de transporte que existen en la ciudad como micros o automóviles.
Si se hace el ejercicio de comparar legislaciones, lo primero que surge como ejemplo es el caso español, el que indica que el organismo a cargo de la fiscalización de los medios de transporte vertical, es el Ministerio de Industria y Energía, que cuenta con un centro directivo a cargo de la supervigilancia del cumplimiento de la normativa y tiene representantes en cada uno de los países miembros de la Unión Europea. En Chile no tenemos un ministerio que sea equivalente al mencionado, pero considero menester que Ministerio de Transportes tome el tema a su cargo, pues es el único que tiene, a través de sus respectivos secretarios regionales ministeriales, la representación y autoridad para llevar a cabo esta fiscalización. Es el único estamento con el nivel de desarrollo físico y el conocimiento para asumir este compromiso.
No sólo en España, sino que en toda la Unión Europea está prohibido que circule cualquier modelo de ascensor que no sea aprobado previamente, según las exigencias de toda la comunidad mediante un modelo representativo. Cualquier variación del modelo especificado debe constar en el expediente técnico.
Si nos remitimos a la responsabilidad de los instaladores -tan cuestionada en nuestro país- la UE señala que “es la persona física o jurídica que asume la responsabilidad del diseño, fabricación, instalación y comercialización del ascensor, que entrega el marcado Comunidad Europea (CE) y que extiende la declaración CE de conformidad, tarea que también asume el fabricante de piezas, asumiendo la responsabilidad del diseño y fabricación de los componentes de seguridad. Para mayor seguridad, los ascensores sólo pueden comercializarse y ponerse en servicio cuando, estando instalados y mantenidos adecuadamente y siendo utilizados para el fin previsto, no presenten riesgo para la seguridad o la salud de las personas o la salud de las personas y, en su caso, la seguridad de los bienes”.
Para tener certeza que las piezas cumplen a cabalidad las expectativas de su diseño, deben ser sometidas a un examen tipo realizado por un organismo notificado (equivalente a los laboratorios de certificación autorizados por el Instituto Nacional de Normalización en Chile) [1]. Además, el instalador debe conservar una copia de esta certificación durante un período mínimo de 10 años. Todo esto, en busca del concepto “seguridad total”.
Cuando se comprueba que el marcado CE ha sido puesto indebidamente, la responsabilidad recae en el instalador del ascensor, el fabricante del componente de seguridad o su representante legal ante la Comunidad Europea, con la responsabilidad de reemplazar el producto por uno que cumpla con las exigencias necesarias para obtener el sello y toda la legislación vigente. En caso de persistir la no conformidad, la comunidad autónoma correspondiente -en nuestro caso su símil sería una Región- adoptará las medidas necesarias para restringir, prohibir la comercialización o retirar del mercado el componente de seguridad de que se trate y prohibir la utilización del ascensor.
Los organismos de control, en nuestro caso equivalentes a las Secretarías Ministeriales de Transportes , de acuerdo al planteamiento de entregar la tuición del Transporte Vertical al Ministerio de Transportes y telecomunicaciones, deben remitir al Ministerio de Industria y Energía una copia de la autorización concedida a los organismos de control (laboratorios) que pretendan tener la autorización para certificar, así como las tareas específicas para los que dichos organismos hayan sido designados, a efectos de su difusión y eventual comunicación a las restantes administraciones competentes (Seremis a nivel nacional) previa asignación de los correspondientes números de identificación por parte de la Comunidad Económica Europea. Los laboratorios son inspeccionados, además, de manera periódica para comprobar que cumplen fielmente con la aplicación del decreto. Si de alguna manera no se cumple satisfactoriamente con todo lo antes descrito, simplemente se retira la autorización y el Ministerio a cargo informa a todos los demás países miembros, a efecto de cancelar la notificación.
Todas las empresas de venta y/o mantención de ascensores o sus piezas, deben contar además, con un representante técnico que haya demostrado sus conocimientos, junto con su respectivo título ante la CE para poder desempeñarse en esta labor, con todas las responsabilidades que puedan desprenderse de su trabajo. Nadie que no sea expresamente autorizado puede trabajar en el área de los ascensores.
No hay que ir muy lejos para observar el desarrollo en cuanto a Transporte Vertical en América Latina. Argentina entrega la responsabilidad de la fiscalización a los Municipios, en donde este concepto se utiliza naturalmente en los negocios del rubro y donde la actualización y perfeccionamiento de su trabajo fiscalizador es constante. Basta para eso ver el Decreto N° 952, que crea un registro de profesionales verificadores de ascensores y demás instalaciones de transporte vertical en el ámbito de la fiscalización de obras y catastro, publicado el 11 de julio de 2003 por la secretaría de gobierno y control comunal.
En primera instancia, entregar esta responsabilidad a los municipios parece una buena idea, pero en un sondeo a municipios de distintas regiones, se pudo constatar una situación evidente: no en todas las regiones -incluyendo los municipios del distrito que represento- existen ascensores, y por lo tanto, tampoco existe el conocimiento necesario para saber qué se debe fiscalizar, pues es un departamento técnico por excelencia.
Es evidente que siempre hay adaptar las experiencias extrajeras a la realidad nacional, para que puedan surtir efecto dentro de los parámetros que nos ofrece el propio sistema. Es en aras de esa adaptación, que considero que los departamentos de Obras municipales deben crear un catastro de los ascensores existentes en sus jurisdicciones, que sirva como registro base de la fiscalización a realizar, por medio del Ministerio de Transportes, luego que la obra ha sido recepcionada y aprobada por la municipalidad.
Una situación anecdótica dentro de este estudio, fue llamar a los Departamentos de Obras de varios municipios, donde nadie tenía idea de la cantidad de ascensores existentes en su ciudad, sólo pensaban que se podía inferir de alguna forma al contabilizar los archivos de los edificios con recepción municipal aprobada que tuvieran más de tres pisos, contabilizando dos ascensores por edificio, lo que significa un dato bastante relativo, pues hay muchas construcciones que cuentan con más de dos ascensores y otros que, en la práctica, tienen menos de uno. Tampoco existe un registro de cuántos edificios hay en la ciudad. Dado que era imposible contabilizar todos los archivos de todos los municipios, hubo que acudir a las empresas para saber a cuántos ascensores les hacían mantenciones cada uno y cuántos habían instalado. Si bien se obtuvo una cifra de aproximadamente 12 mil ascensores en todo el país, es una cifra relativa, pues hay muchos de estos aparatos de transporte vertical que son mantenidos por empresas informales, además, no hay que menospreciar los elevadores que han sido dados de baja de otros edificios y que son reutilizados en otras construcciones.
La legislación de la ciudad de Buenos Aires sobre Transporte Vertical, se encuentra contenida en el Decreto Nº 578, que deroga la vigencia de todos los “permisos del conservador” por un nuevo “registro de conservadores” desde el 7 de mayo de 2001, donde se especifica que es menester disponer de información básica de las instalaciones que están siendo conservadas por las distintas empresas, y al mismo tiempo, conocer los representantes técnicos que están a cargo de aquellas. Que para administrar y conocer en tiempo y forma estos datos, se deben crear los instrumentos necesarios para mantener permanentemente actualizado el registro, e identificar a los responsables y las condiciones de conservación de las distintas instalaciones. Que es concordante con la política de protección y defensa de la comunidad que viene instrumentando el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incorporar normas básicas de higiene y seguridad industrial en la prestación del servicio de conservación, para mejorar las condiciones de seguridad operativa de las instalaciones de elevadores, tanto para los agentes a cargo del servicio de conservación como para los propietarios, inquilinos y usuarios de las mismas.
El artículo 4° señala que el propietario, su representante, o quien resulte legalmente responsable de las instalaciones existentes que, por cualquier causa, no posean el correspondiente “Libro de Inspección”, y de aquellas instalaciones nuevas que se incorporen a fin de dar cumplimiento a la rubricación de dicho “Libro de Inspección”, deberá concurrir a las dependencias de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro (equivalente al Departamento de Obras de Chile y sus municipios).
El artículo 6° expresa que a fin de dar cumplimiento a lo establecido el propietario, su representante, o quien resulte legalmente responsable de la instalación a que hace referencia la normativa, deberá presentar en tiempo y forma la documentación que se detalla en el presente artículo. Dicha documentación formará parte del “Expediente de Conservación”, el que se ajustará a las siguientes pautas:
Se formará un expediente por cada inmueble.
b) El “Expediente de Conservación” servirá no solo para el trámite inicial de presentación, sino para toda gestión que en el futuro deba hacerse respecto de las instalaciones presentadas en dicho expediente.
g) Junto con la solicitud de presentación se deberá agregar una fotocopia simple de la póliza de seguro de responsabilidad civil o en su defecto, certificado de cobertura con actualización en función de la forma de pago. La cobertura mínima será de trescientos mil pesos ($ 300.000) para el caso de ascensor único y por accidente, con una vigencia mínima de un (1) año. Esta cobertura se incrementará en cincuenta mil pesos ($ 50.000) por cada ascensor adicional instalado en la misma propiedad.
Se consideran incumplimientos y, por ende, objeto de aplicación de sanciones al Conservador y su Representante Técnico los siguientes ítems:
a) No respetar los períodos y alcances de las revisiones técnicas establecidas.
b) Emplear repuestos y accesorios no homologados por la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro.
c) No comunicar por medio fehaciente (Nota o Expediente) a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, la necesidad de efectuar reparaciones y/o modificaciones en la instalación, cuando la seguridad de la misma se encuentre comprometida.
d) No interrumpir el servicio del elevador cuando se aprecie riesgo de accidente hasta que se efectúen las reparaciones necesarias.
e) No notificar antes de las 24 horas hábiles de ocurrido, los casos de siniestro o desperfecto grave.
f) No informar a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro el cambio o reemplazo de representante técnico a cargo de la instalación.
g) Cuando el “Libro de Inspección” esté rubricado por personal de la empresa no autorizado expresamente en el “Expediente de Conservación”.
h) Recomendar la necesidad de realizar reparaciones o trabajos no necesarios, o por el contrario, no recomendar reparaciones de una instalación cuando estas se hacen imprescindibles para su seguridad y/o buen funcionamiento.
k) No cumplir con el censo anual de características técnicas, informáticas y administrativas.
La mayoría de estas características se encuentran contenidas de una u otra forma en el presente Proyecto de Ley, con las adaptaciones necesarias para que sean aplicables en nuestro país de forma práctica y siempre con el espíritu de resaltar la prevención de riesgos, la seguridad de las personas y la responsabilidad concreta quienes manejan y se encuentran a cargo, en sus distintos niveles, del cumplimiento de las características anteriores.
Cabe destacar que se ha detallado en esta ocasión, y con mayor fortaleza, la experiencia de Argentina, que es el país más cercano en cuanto a la realidad latinoamericana, aun cuando Estados Unidos y Europa cuentan con la realidad más “ideal” para la búsqueda de la seguridad y prevención de riesgos. La comparación servirá para entender que el tema no es tan descabellado como puede pensarse al plantear una iniciativa como esta. Sólo hace falta convencer al poder Ejecutivo para que entregue los fondos para la creación de un departamento de Transporte Vertical en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con profesionales expertos en los municipios con mayor existencia de ascensores y con los respectivos inspectores. Los catastros pueden ser realizados por los departamentos de obras de los Municipios.
Si bien esto requiere invertir presupuesto y hacer crecer de forma práctica un aparato estatal que tiende a disminuir cada vez más, la experiencia de otras naciones demuestra que no es una inversión banal que, por lo demás, permitirá el ahorro de gastos en atenciones médicas y evitará la pérdida de más vidas humanas.
2. Ascensores en Chile
En Chile hay aproximadamente 12 mil ascensores instalados oficialmente, sin embargo, hay más de 4.000 que son “reciclados” y utilizados en otros edificios, sin autorización ni fiscalización. La cifra real asciende a unos 20 mil. Las cifras de la Cámara Chilena de la Construcción, señalan que en Chile se movieron 4.500 millones de dólares en el último quinquenio en el rubro de ascensores.
Entre 1995 y 2003 hubo alrededor de 30 muertos y 17 heridos, tomando como base sólo las informaciones publicadas en los medios escritos de circulación nacional. Las cifras reales son muy superiores. Éstas nunca estarán en nuestro conocimiento, pues las grandes empresas llegan a acuerdos financieros con las familias a cambio de su silencio. Las inversiones se destinan de esta forma a acallar y borrar las cifras de accidentes, y no a mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, ni tampoco disminuir los riesgos para los usuarios.
De vuelta en la cifras, expertos en el tema señalan que un 40% de los ascensores son de tráfico alto, es decir, corresponden a edificios públicos, hospitales, clínicas, edificios corporativos, etc; los que pueden llegar a hacer 1.800 viajes en un sólo día. Son más de 250 millones de viajes mensuales, contabilizando a todos los ascensores de este tipo en el país.
Se calcula que en los ascensores se trasladan entre 5 y 10 millones de personas al día, sin embargo, no existe la conciencia de que éste es un medio de transporte como cualquier otro. Bomberos, sólo en Santiago, recibe entre 5 y 9 llamadas de rescate relacionadas con estos aparatos diariamente, aumentando de esta forma este tipo de emergencias en un 400%, contabilizando los datos hasta el año 2000.
Se calcula que en los ascensores se trasladan entre 5 y 10 millones de personas al día, sin embargo, no existe la conciencia de que éste es un medio de transporte como cualquier otro. Bomberos, sólo en Santiago, recibe entre 5 y 9 llamadas de rescate relacionadas con estos aparatos diariamente, aumentando de esta forma este tipo de emergencias en un 400%, contabilizando los datos hasta el año 2000.
2.1 Ascensores en la administración pública chilena:
Como parte de este estudio, incluyo las respuestas más decidoras, obtenidas en algunos de los oficios enviados para adquirir conocimiento sobre el estado de los ascensores que se encuentran dentro de la administración de nuestro país:
-11 de Agosto de 2003, el vicepresidente de la Corporación de Fomento Fabril (Corfo), Óscar Landerretche , señala que, sólo en el edificio institucional de Santiago se cuenta con seis ascensores de pasajeros y 1 de carga. No han tenido accidentes graves, sin embargo, señalan tener “aproximadamente 6 incidentes al año relacionados con personas encerradas por puertas que no abren por corte general de energía u otra falla derivada del mal uso o fatiga de algún material”, eso a pesar de tener una mantención preventiva mensual.
-12 de septiembre de 2003, se recibe oficio de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), donde se adjunta copia del contrato de trabajo con la empresa de ascensores que realiza su mantención, el que especifica en su párrafo séptimo: “Queda expresamente convenido que Altron, no contrae responsabilidad alguna por accidentes, personas o bienes, o fallas mecánicas en las instalaciones o por daños causados por fuerza mayor, sin perjuicios de las obligaciones que pudieran emanar en contra de ella por hechos o culpas imputable a alguno de sus dependientes, todo de conformidad con los artículos 2314 y siguientes del Código Civil. El cliente toma en consecuencia por su exclusiva cuenta todos los riesgos y se hace cargo de cualquiera reclamación de terceros de acuerdo con lo expresado”. Es decir, no hay derecho a reclamo alguno ni responsabilidad de la empresa por los trabajos que ellos mismos emprenden.
Esta respuesta es algo natural para los empresarios de ascensores. Este ejemplo es una prueba fehaciente de que existe la conciencia de que estos accidentes son más comunes de lo que se señala. Pues, de otro modo, ¿tendrían que ponerlo expresamente dentro del mismo contrato?
En cualquier área laboral la gente es responsable del trabajo que realiza. Debe reparar los daños causados. Si se va a un supermercado y se descubre que están vendiendo un producto vencido, o ropa en mal estado en una tienda; o si un médico realiza un mal tratamiento, o un abogado realiza una mala defensa. En todas estas situaciones los culpables deben reparar el error de alguna forma.
Si hablamos de tránsito, se deben pagar partes, multas, se retienen licencias, se rechazan revisiones técnicas, se realizan exámenes para demostrar que se está capacitado para conducir, que se tiene el conocimiento teórico y práctico, adquirido en un lugar establecido y autorizado para realizar dicha capacitación. ¿Cómo es posible que los ascensores y los demás medios de transporte vertical se encuentren en el más absoluto vacío legal, a tal grado de responsabilizar a otros por lo que ellos deben hacer correctamente?. Grandes ganancias. Ninguna responsabilidad. Ni ante autoridades, usuarios, trabajadores, ni siquiera ante las víctimas...
Las demás respuestas, aproximadamente 20, de distintos ministerios y otros estamentos, señalan, en su mayoría, que desconocen las empresas que realizan las mantenciones de sus ascensores, pues esta tarea se encuentra a cargo de la administración de los edificios, lo que muestra una clara apatía por saber en manos de quiénes se encuentra la seguridad en este tema.
Llama a atención que dentro de las respuestas se expresa que se han habido contrariedades, denominadas “normales”, como son atascamientos de puertas o atrapamiento de personas a causa de cortes de luz, es decir, se demuestra un absoluto desconocimiento de la prevención de riesgos, de la forma de funcionamiento y de cuáles son las exigencias que se deben hacer a una empresa a cargo de la mantención de un ascensor. No hay una cultura de seguridad , y al ver los accidentes ocurridos en ascensores, simplemente, se encogen de hombros.
3. Prevención
“Advertir, informar con anticipación. Preparación y disposición que se hace para evitar un riesgo o para otro fin” reza la definición de un diccionario de la editorial Sopena del año 1954.
Los prevencionistas de riesgos y expertos en ascensores en general, tal vez puedan contar con definiciones más complejas de acuerdo a las áreas donde se refiera el peligro. Sin embargo, todos pueden concordar en que el espíritu de esta especialidad se encuentra contenido en esta antigua definición.
Pero existen otros términos que no se encuentran en el diccionario y son conceptos que deben acuñarse también, uno de ellos es el de “política de seguridad”, que tiene como fundamentos dos puntos: “Que todos los accidentes son evitables” y “Que las causas que generan los accidentes pueden ser eliminadas o controladas”.
Para tener una correcta aplicación de la prevención de riesgos, hay que atender y cumplir las normas de seguridad y prácticas operativas vigentes. Asumir actitudes seguras en toda circunstancia. Participar en programas relacionados con la prevención de accidentes.
La filosofía de la prevención de riesgos resulta casi de perogrullo: Invierta en seguridad, ahorrará dinero y salvará una vida. También puede servir “más vale prevenir que curar” y también sirven otros refranes populares similares a éste.
La verdad es que estos principios no son tan sencillos cuando de seguridad se trata, es por ello que los usuarios no saben lo que es normal o anormal dentro de un ascensor, y la misma gente de la administración no sabe nada del mantenimiento, y esa es la causa por la cual se deja la mantención de los ascensores en manos de personas que dicen ser expertos, pero que en realidad no tienen el conocimiento ni la capacidad requerida.
Como medidas básicas para los ascensores hay que señalar que es absolutamente imprescindible que haya un sensor de movimiento para que las puertas no se cierren cuando haya una persona u objeto traspasando el umbral. Que se señalice en todos los ascensores la capacidad de personas que se pueden trasladar sin inconvenientes y que no funcione cuando se sobrepase esta regla, además es necesario un generador de electricidad de emergencia para que los ascensores eléctricos sigan en marcha hasta el piso siguiente para evitar atrapamientos en caso de cortes de luz
Si bien la Revista Técnica de la Construcción (Bit) de Chile, en el artículo “Ascensores: sube la tecnología”, señala que “También existen elementos de seguridad que se activan en caso de corte de energía eléctrica. Si el edificio cuenta con un equipo electrógeno de baja potencia que impide el normal funcionando de los ascensores, existe un nuevo dispositivo que permite moverlos en forma individual. Si hay tres ascensores con un equipo electrógeno insuficiente, primero se conecta un elevador al generador para desplazarlo al piso más cercano, detenerlo y abrir la puerta. Luego el sistema transfiere automáticamente la energía eléctrica al segundo ascensor y repite la operación. Posteriormente, ocurre lo mismo con el tercero. Al final, sólo una cabina sigue funcionando”...... de poco sirve si el sistema no es implementado, incluso en los ascensores que ya existen.
Los principios que deben aplicarse para incrementar la seguridad son, como base, los paracaídas y limitador de velocidad (que en la actualidad resultan un tanto obsoletos si se piensa que, al caer un ascensor, muchas veces no funciona el limitador de velocidad y eso redunda en fracturas e incluso en accidentes invalidantes); también es importante tener cerraduras de puertas, conexión de tierra de la instalación eléctrica, señalización en cabinas y cuartos de máquinas, límites de seguridad en los extremos, alarma de emergencia. Se requiere instalar un dispositivo que impida los movimientos incontrolados hacia la parte superior de la cabina, colocar en éstas un sistema de alumbrado de emergencia que funcione cuando se produzca un fallo en la alimentación eléctrica principal, con un poder de funcionamiento de tiempo suficiente para que se lleve a cabo la intervención normal de auxilio y que a su vez permita el trabajo del sistema de alarma, interruptor de seguridad, entre otros, de acuerdo a los distintos modelos de ascensores. Todos estos sistemas deberían ser parte de cualquier ascensor.
Para que estos sistemas sean eficientes, deben darse ciertas condiciones como que, en primera instancia, los reglamentos deben especificar claramente la calidad y confiabilidad de los elementos de seguridad, lo que no siempre se cumple, según prevencionistas de riesgos, hay ascensores que ingresan a Chile, con piezas faltantes y sin los manuales reglamentarios de especificaciones técnicas.
En segundo lugar, los fabricantes deben certificar en laboratorios reconocidos el cumplimiento de las normas para cada dispositivo.
En tercera instancia, las empresas de mantenimiento deben llevar una ficha técnica de cada ascensor, donde entre otras cosas, se debe dejar constancia de los ensayos periódicos de los sistemas de seguridad requeridos y de toda reparación o reemplazo de partes, lo que en nuestro país queda registrado en un libro que queda a cargo de la administración del edificio.
El cuarto punto es fundamental para el funcionamiento correcto de todo el sistema, y es la necesidad de que un organismo de control supervise con eficacia, en forma aleatoria o programada, que los puntos anteriores se cumplan cabalmente.
En cuanto a la mantención se refiere, existen tres tipos que pueden realizarse:
3.1) Correctivo: Que básicamente consiste en reemplazar los elementos cuando se rompen -que es lo que comúnmente se hace en este momento - como ocurre con una cerradura, que se reemplaza cuando ésta se deteriora, lo que podría originar, en algunos casos, que la puerta se abra sin estar el ascensor en el piso.
3.2) Preventivo: Es decir, verificando en forma permanente y sistemática todos los elementos de seguridad, para detectar el momento estimado en que el desgaste de los mismos indique su reemplazo, antes de producirse su total avería. Esto trae aparejado un mayor costo de mantenimiento, pero garantiza seguridad a los usuarios al disminuir los accidentes y mejorar la calidad del servicio.
3.3) Predictivo: Que es el ideal y al cual debemos anhelar se llegue a la brevedad. Es el caso del ejemplo de la cerradura y sus quinientas mil operaciones, es decir la vida útil de cada elemento. Para ello será necesario aplicar normas reconocidas, como la principal exigencia para la fabricación de partes que hagan un todo: proyecto, fabricación, instalación y mantenimiento, la máxima garantía para la seguridad de las personas y los bienes materiales.
4. Accidentes en ascensores: Falta de Ética y Profesionalismo
Hace unos meses, el accidente de un padre y su hija en los juegos mecánicos Mampato , ubicado en la Región Metropolitana, provocó conmoción pública, debido a que la pequeña cayó de cabeza de un barco pirata, cuando éste se encontraba en altura y su padre se lanzó para rescatarla sufriendo diversas lesiones. La niña corrió peor suerte y además de estar hospitalizada por largo tiempo, deberá ser sometida a diversas operaciones. Hasta el momento se desconocen las secuelas que tendrá que enfrentar.
Una vez decantado el horror que produce saber de gente decapitada o muerta por aplastamiento en un ascensor u otro medio de transporte vertical, lo primero que cabe preguntarse es de quién es la responsabilidad de que estos hechos acontezcan. Como suele suceder, no es unitaria, sin embargo, no se puede desconocer que la mayoría corresponde a daños en los ascensores, más que a irresponsabilidades de los usuarios: daños en piernas o brazos con las puertas del ascensor; excesiva distancia entre la puerta de la cabina y el piso; exceder la capacidad de transporte; fallas en el sistema de seguridad; daños por tratar de salir del ascensor que no está al nivel del piso; deterioros provocados al manipular la instalación, desgaste, corrosión. Todas finalmente redundan en situaciones que afectan la seguridad de las personas, y no necesariamente en todas hay negligencia a nivel usuario.
Ejemplos de lo que se menciona anteriormente, pueden encontrarse por doquier: Uno de ellos es el caso de la señora María Díaz , de 87 años, que murió al subirse al ascensor del consultorio médico Congregación de las Siervas de Jesús de la Caridad, ubicado en Chillán, pues éste se desplomó momentos después de comenzar su trayecto. El aparato se encontraba en uso, a pesar de que el personal sabía que no se encontraba en buen estado, tal como se constata en la querella criminal que se presentó en el segundo juzgado del crimen de esa localidad: Problemas de mantención adecuada.
O lo ocurrido a la joven de 15 años que murió aplastada por un funicular en un hotel de Reñaca, Viña del Mar. Quedó atrapada entre la puerta y el muro del ascensor. Su aplastamiento ocurrió cuando otra persona llamó al servicio desde otro piso.
Otro caso es el del ingeniero Reinhard Krall Boettcher , que cayó siete metros al vacío cuando se devolvió a buscar unos papeles que se le habían quedado en una oficina, y no se percató que la caja no se encontraba en su lugar. Es cierto, no murió. Quedó discapacitado por el resto de su vida. Sin embargo, tuvieron que pasar 6 años para que - luego de presentado el informe pericial - el tribunal determinara someter a proceso a tres representantes de la empresa Otis, a cargo de la mantención del ascensor en cuestión.
Esta no ha sido la única oportunidad donde personas caen al vacío. Lo mismo le ocurrió a Hernán Rojas, anciano conserje de un edificio de Valparaíso, que cayó muriendo instantáneamente. Su viuda, de más de 70 años, fue presionada por la administración para que no demandara. Le dijeron que si no lo hacía, podría seguir viviendo en el edificio y quedarse con el trabajo que su marido mantuvo por más de 24 años, es decir, podía quedarse en el único lugar que fue su hogar durante su vida de casada. Lamentablemente, esa no es la única irregularidad: en el certificado de defunción se señala que el anciano murió en casa por causas naturales.
Si hay que destacar uno de los muchos espeluznantes casos consignados en la prensa, es el del trabajador de una empresa subcontratista de Schindler, quien murió decapitado por el contrapeso del ascensor ubicado en la sucursal de Valparaíso del Banco de Santiago. Al pertenecer a una empresa subcontratista, no contaba con ninguna de las garantías que otorga la mutual de seguridad en caso de accidentes, ni tampoco con la preparación necesaria para desempeñar el trabajo asignado. Al no estar protegido, su accidente no es parte de los registros de nadie. Simplemente no cuenta. Es lo que sucede con las empresas subcontratistas. Hacen los trabajos pesados, sin el suficiente conocimiento. Sin protección. Sin indemnización. Sin estar en la conciencia de ningún empresario.
Cito el proceso de este caso en particular: “ este perito considera de suma importancia para la presente investigación, la acción negligente de la empresa Schindler , responsable de la mantención que contrata para desarrollar labores de riesgo a personal externo, que no posee la preparación completa y certificada para realizar mantención de ascensores, con un evidente riesgo, tanto para éstos, como para sus clientes, porque quién puede asegurar que las tareas de mantención quedan bien ejecutadas, si no existe la adecuada supervisión de la empresa que fabrica los ascensores Schindler ; qué certificación y seriedad existen siendo que esta empresa que - por medio de un contrato - debería dar garantías al cliente, Banco de Santiago ”.
Según el Departamento de estadísticas e Información de Salud del Ministerio de Salud, no existen cifras exactas de cuántos accidentes y cuántas muertes se han registrado en circunstancias similares. En parte, por falta de fondos para poder realizar estadísticas confiables; peor aun es que reconocen que entre los colegas del Servicio Médico Legal o de los hospitales, no existe la disciplina de especificar las causas de las lesiones.
5. Accidentes en Aparatos elevadores
Entre 1995 y el año 2003, se registraron aproximadamente 15 accidentes, 9 muertos, 9 heridos y una cantidad indeterminada de personas atrapadas. Todos son casos relacionados con algún tipo de transporte vertical. A continuación se detallan más accidentes de la misma naturaleza. Se puede ver que la situación no ha cambiado.
7 de Noviembre de 2003: 6 personas atrapadas en ascensor funicular Espíritu Santo de Valparaíso al producirse el corte de energía. Bomberos tuvo que recurrir al rescate de estas personas que estuvieron encerradas por más de cuatro horas. Esta situación se repitió en todo el país, pues fue un corte de energía a nivel nacional. Bomberos colapsó y estuvo rescatando personas por más de 10 horas seguidas en esa jornada.
17 de noviembre de 2003: A la una de la mañana dos Consejeros Regionales quedaron atrapados en ascensor del Hotel O’Higgins entre 3er y 4to piso. Botón de emergencia no funcionó. Un funcionario se percató de la situación media hora después.
31 de octubre de 2003: Mujer voluntaria dama de rojo murió al precipitarse al vacío desde quinto piso través de la fosa del ascensor del Hospital van Buren de Valparaíso, según los antecedentes señalados en el diario, no es la primera vez que ocurre un accidente en el hospital. Resulta un contrasentido que esto ocurra en un lugar en donde debería haber mayor seguridad que en cualquier otro. Ni pensar en el riesgo que corren los pacientes.
2 de junio de 2003: Mujer murió al caer por la fosa de ascensor en edifico de 8 norte. Este tipo de accidente se considera dentro de los “normales”; la puerta se encuentra abierta y la gente ingresa sin saber que no hay cabina y cae al vacío: muerte instantánea.
8 de diciembre de 2002: Accidente ocurrido en edificio “Terrazas de Sausalito”. Rolando Mardones Echeverría , que se encontraba limpiando los vidrios fue aplastado cuando vecinos llamaron un ascensor (tipo funicular), que no fue bloqueado oportunamente. Otro accidente ocurrió en la calle Edwards de Valparaíso el mismo día, donde un anciano a cargo del aseo de un edificio cayó al vacío al no ver que la cabina no se encontraba en su lugar. El ascensor continúa en las mismas condiciones. Su viuda aceptó hablar porque había encontrado otro lugar donde vivir. Antes le habían asegurado que podía continuar viviendo en el edificio que fue su hogar por más de 20 años, tomando el lugar de su marido, siempre que no tomara medidas legales en contra de la administración del edificio.
23 de septiembre de 2002 Ascensor del Liceo Polivalente A-78 “ Guillermo Labarca Humberston ”, de Quinta Normal, cae desde el tercer piso al primero, durante un recreo y con dos alumnas en su interior. El ascensor había sido inaugurado el 28 de Agosto del mismo año. Según una profesora, la máquina había presentado desperfectos desde un comienzo porque no se cerraban bien las puertas y luego costaba abrirlas.
3 de abril de 2002: La Sra. María Díaz Contreras , de 87 años, concurre a realizarse unos exámenes a un consultorio médico en Chillán. El ascensor al que se subió se desplomó. Esta caída le causó lesiones que luego le provocaron la muerte. Su hija presentó una querella en el Segundo Juzgado del Crimen el 16 de mayo del 2002 por cuasidelito de homicidios contra la directora de la Congregación a cargo del consultorio o de aquellas personas que resulten responsables; al pago de las indemnizaciones de perjuicios de carácter civil y al pago de las costas de la causa.
Octubre de 2001: Mueren dos mineros en caída de ascensor. Ambos pertenecían a una empresa contratista encargada de las obras previas a la faena.
Octubre de 2001 Directiva de RN sufre un accidente, sin consecuencias graves, por caída de un ascensor desde el cuarto piso de un edificio de un medio informativo.
Octubre de 2001: Menor de un año y ocho meses murió aplastado por ascensor del hotel en Santiago, luego de quedar atrapado. No hubo mayor información del accidente en los medios de comunicación a pesar de la gravedad del hecho.
11 de enero de 2001 Elevador cayó desde el 4to piso al primero al cortarse los tres cables de sustentación del aparato en el condominio “La Cañada” de Alameda 42 72. Dos adultos y dos menores resultaron con lesiones de diversa gravedad. La última revisión del elevador se había hecho un mes antes, y todavía se encontraba en marcha blanca, pues habían hecho “una reparación y modernización”, pero los vecinos no se encontraban conformes con el trabajo.
Diciembre de 2001: La Asociación Chilena de Seguridad realizó una convención sobre la seguridad de los ascensores, donde se constató que sólo un 31% de los elevadores y montacargas cuenta con sistema de alarma de sobrepeso. El 48% de ellos indica capacidad máxima. Un 10% cuenta con botón de emergencia que detiene el cubículo en caso de desperfecto, y un 53% de ellos no posee intercomunicador necesario para casos de encierro.
29 de octubre 2001 Cartero cayó desde el primer piso al subterráneo por el foso de un ascensor ubicado en la Av Libertad N° 448. Herido de mediana gravedad. El hecho fue considerado como algo “casual”; a pesar que se sabía que el ascensor funcionaba con desperfectos no había ningún tipo de señalización puesta por la administración.
21 de septiembre de 2001 Ángel Contreras, de 30 años, murió decapitado luego que el ascensor que reparaba comenzó a andar inesperadamente. Debido al movimiento, uno de los contrapesos golpeó la cabeza de Contreras, que se encontraba en el techo, por lo que falleció en el lugar. El accidente ocurrió en la sucursal Valparaíso del Banco de Santiago . Los abogados a cargo de la defensa del banco, pretendieron usar como argumento que el trabajador se había suicidado, aunque más tarde se retractaron.
2 de agosto de 2001: 9 jóvenes cayeron en ascensor desde el 13vo piso de un edificio con 10 años de antigüedad.
6. Historia de los Ascensores
6.1 La Antigüedad:
Si bien en la antigüedad los primeros dispositivos de elevación y transporte utilizados fueron palancas, poleas, rodillos y planos inclinados para la realización de grandes trabajos, como fue la construcción de las pirámides de Egipto, es probable que la utilización del principio del ascensor haya sido utilizado por primera vez en Mesopotamia, donde utilizaban una máquina accionada por fuerza muscular de ruedas huecas de varios metros de diámetro, en cuyo interior o sobre cuya superficie externa corre una persona. La fuerza generada por las ruedas se emplea para accionar dispositivos de extracción de agua.
Desde que el hombre ha ocupado más de un piso en un edificio, ha tomado en consideración de alguna manera el transporte vertical. Las formas más primitivas fueron por supuesto escaleras comunes, grúas movidas por tracción animal o tornos accionados manualmente. Ruinas de la Antigua Roma muestran signos de guías por las que se desplazaban plataformas de elevación. De hecho, se dispone de una descripción detallada del ascensor instalado en el Palacio de Nerón. Según la documentación hallada, la cabina estaba construida con madera de sándalo oloroso, estaba suspendida de un cable de cáñamo y guiada por cuatro carriles de madera dura. Un cojín de cuero de un metro de espesor unido al suelo de la cabina servía de dispositivo de seguridad. El foso del hueco estaba construido en forma de cono, de forma que el cojín se enclavaba en él en caso de rotura del cable, amortiguando así el efecto de la caída. Los esclavos movían la cabina por medio de un torno que era accionado después de haber recibido una orden de marcha, por medio de una campana. Las marcas de colores en el cable, indicaban la posición de la cabina. La altura de elevación alcanzaba los 40 metros.
6.2 La Edad Media:
Ya en la edad Media, Leonardo da Vinci crea una grúa móvil para facilitar las labores de construcción en las que había que elevar cargas pesadas. La grúa iba montada sobre un vehículo y se gobernaba desde arriba mediante un cable tensado. El gancho del cable podía accionarse con una manivela dotada de transmisión por ruedas dentadas. Gracias a ello era posible elevar una carga. El gancho que sujeta la carga disponía de un dispositivo automático accionado a distancia para soltarla.
En 1677 en el campanario del Kremlim de Moscú, valiéndose de palancas de madera, aparejos y tornos, se levantó la Gran Campana Uspenski de 130 toneladas de peso. Para simplificar el levantamiento de la campana se le unieron las cadenas con contrapesos.
En 1687, el matemático Erhardt Weigel inventa una “silla de ascenso” que se mueve con rapidez y sin esfuerzo entre dos pisos. Este aparato semejante a una silla, sobre la que se sienta una persona, va montado en un nicho construido en la pared sobre guías y era tirado con un contrapeso. Es el propio usuario que acciona manualmente el mecanismo, tirando de una palanca.
6.3 El vapor como sistema de tracción:
Solo cuando James Watt inventó la máquina de vapor comenzó a considerarse la posibilidad de utilizar esta forma de energía en los dispositivos de elevación, haciéndose uso de ella por primera vez para subir el mineral desde el fondo de una mina de carbón hacia el año 1800.
A principios del siglo XIX, hicieron su aparición grúas movidas por máquinas de vapor que se usaban básicamente para el transporte vertical de cargas, sólo ocasionalmente de personas.
6.4 Principio de Seguridad:
Fue Elisha Graves Otis quien diseñó e instaló lo que llamó el ascensor seguro, que fue el primer elevador con un dispositivo automático de seguridad que evitaba la caída del artefacto cuando el cable se rompía. Su ascensor hidráulico disponía de un sistema de seguridad consistente en una cabina con trinquetes que unos resortes obligaban a engranar con incisiones dispuestas a los dos lados del foso del ascensor en el momento que rompía el cable. Pero sólo fue el 23 de Marzo de 1857 que se instaló el primer ascensor para personas en los Grandes almacenes E.V. Hauhwout & Co. en la cuidad de Nueva York. Era movido por una máquina de vapor, el edificio tenía cinco pisos e iba dotado con un equipo de elevación apto para 450 Kgs a 0.20 metros/segundo.
De gran ayuda al desarrollo técnico del ascensor, se pueden citar los cables metálicos y los rápidos avances en la máquina de vapor para la elevación. Este primitivo tipo de ascensor accionado por un tambor estaba limitado a bajas velocidades y alturas.
6.5 El ascensor hidráulico:
Lentamente se evolucionó hacia un ascensor hidráulico compuesto por un cilindro que accionaba directamente la plataforma. Por aquel tiempo, la arquitectura pedía a gritos nuevas soluciones para ocupar de forma eficiente el reducido espacio de los centros de las grandes ciudades. El ascensor hidráulico fue la clave para concebir edificios elevados donde el acceso de los pisos superiores era simple y cómodo. Este tipo de ascensores permitió desde 1870 hasta 1880, que las grandes ciudades comenzaran a crecer hasta un tamaño como el que tenemos hoy en nuestros días.
Entre 1880 a 1900 es cuando se incorporan muchos de los aspectos que tenemos en los ascensores hoy día. Se comenzaron a instalar puertas en cada piso. Hasta entonces sólo había un agujero sin cerrar en cada piso. Se registraban las llamadas de los pisos mediante campanas o bocinas. Se instalaron grupos de ascensores, el primero fue el Boreel Building en Nueva York y el “mayordomo del ascensor” hizo su aparición para dirigir las maniobras de la máquina.
Los ascensores hidráulicos tenían un funcionamiento silencioso y bastante seguro, con arranques y paradas suaves y una precisión de parada relativamente alta. Sin embargo, pesaban en su contra su complicado y voluminoso equipo de bombeo de agua, su elevado costo de instalación y el gran consumo de agua que necesitaban, cuyo precio empezó a resultar prohibitivo para esta aplicación.
Así, a finales del siglo pasado, éstas razones le hicieron perder rápidamente la popularidad a favor del ascensor eléctrico que, en pocos años, sustituyó definitivamente al ascensor hidráulico en los edificios de viviendas, aunque en la actualidad se utiliza una versión modernizada.
6.6 El ascensor eléctrico:
El primer ascensor eléctrico hizo su aparición el 1889 en el Demarest Builiding en Nueva York. Fue una modificación directa del primitivo ascensor con tambor accionado a vapor, pero sustituyendo esta fuente de energía por la eléctrica mediante un motor de corriente continua. Esta ascensor continuó en servicio hasta 1920, año en que se demolió el edifico. El primer ascensor con pulsador automático de llamada se instaló en 1894.
Con la tremenda actividad arquitectónica que caracterizó los comienzos del siglo XX y el creciente tamaño y altura de los edificios construidos en aquellos años, aspectos tales como cantidad, tamaño, velocidad y localización de los ascensores comenzaron a plantearse. Es así como nació la tecnología del tráfico vertical.
Analizando la historia de la elevación vertical, se observa que se desarrollan en paralelo dos tecnologías. Por un lado la del control de señal que requiere de un operador y está indicada para edificios grandes y con gran tráfico y la de sistemas operativos colectivos, que no requiere de operador, pero que se utilizaba en edificios residenciales y en general de bajo tráfico. En 1949 se introduce en un edificio de oficinas de Texas el ascensor completamente automático, sin operador, y que respondía a demandas muy exigentes de tráfico. El responsable técnico fue el ingeniero jefe de desarrollos de la Otis Elevator Company, William Burns . Mediante circuitos electrónicos y automáticos era posible programar maniobras eficientes desde el punto de vista del tráfico vertical.
6.7 Tecnología de los años setenta: Los circuitos integrados
En la década de los setenta se desarrolla el primer sistema de control con microprocesador integrado para grupos de ascensores, iniciando con ello la gestación de un nuevo sistema que, basado en la electrónica y los sofisticados controles espaciales, alcanza un grado de eficiencia, rendimiento y disponibilidad jamás alcanzado. La pesada y cara electromecánica era sustituida por el circuito integrado. Sus principales ventajas: el reducido tamaño y su menor costo energético. Tuvo en contra una importante barrera psicológica que sería vencida a lo largo de la década.
6.8 Los años ochenta y la tecnología del microprocesador:
Los circuitos de maniobra fueron progresivamente evolucionando desde los relés o la electrónica (lógica cableada), hasta un minúsculo computador que ejecutaba un programa donde se establecía en un lenguaje informático la maniobra a realizar. A la disminución del tamaño y del consumo, se unía la notable ventaja de la flexibilidad y capacidad funcional que un programa computacional podía ejercer.
A mitad de la década de los ochenta, se introduce el Remote Elevator Monitoring , un telesistema para la verificación del funcionamiento de diversos componentes del ascensor a distancia. Optativamente el sistema permite la comunicación oral de una persona en cabina (atrapada accidentalmente) con un centro de servicio, también permite corregir un incipiente defecto que posteriormente pudiera dar lugar a un fallo en el ascensor.
En el año 1986 se introduce el sistema de frecuencia variable para el control de ascensores de alta velocidad, con una avanzada tecnología que permite un importante ahorro energético. Dos años más tarde, se implanta el motor lineal para ascensores, que al estar acoplado al contrapeso, elimina la necesidad de un cuarto de máquinas, con el siguiente ahorro económico y de espacio. No obstante, aún quedan una serie de prestaciones que exigir a una instalación moderna: mayores velocidades de marcha, viajes suaves y sin sacudidas, nivelaciones más exactas e independientes de la carga, disminución de los tiempos de espera en los pisos, con el desarrollo de maniobras flexibles que optimicen el tráfico, que den una máxima seguridad de uso y funcionamiento y una alta flexibilidad de respuesta en las demandas de servicio.
7. Conclusiones
La ampliación y globalización de los mercados, y el crecimiento imparable de la movilidad motorizada son las dos caras de una misma moneda. El modelo productivo, las estructuras territoriales y los procesos de urbanización que todo ello genera, tienen en el sistema de transporte uno de los elementos centrales que garantiza su funcionamiento. Y al mismo tiempo, la creación de dicho sistema de transporte incentiva los procesos de globalización, urbanización y extensión de la movilidad motorizada. “El actual proceso de globalización de las economías, crea lejanía de modo continuo, reclamando crecientes desplazamientos motorizados de personas y mercancías [cada vez a más] larga distancia y a velocidades también en aumento” [Estevan y Sanz , 1996]. “De La Contaminación del Tiempo”, de John Whitelegg .
Es innegable que estamos insertos en la realidad de un mundo moderno, dependemos en muchas ocasiones de la ayuda que la tecnología nos puede brindar. La existencia de esta tecnología nos exige, a su vez, mayores alcances de eficiencia, rapidez y continuidad en un tiempo y espacio que hace pocas décadas atrás parecían imposibles. La tecnología está en nuestras manos y no nosotros en manos de la tecnología.
Esta reflexión se justifica cada vez que se cuestiona el actuar de una empresa, tanto instaladora como de mantención de un ascensor. Enfrentados a los accidentes, los empresarios se encogen de hombros y deslindan responsabilidades tanto en usuarios como en empresas “piratas” que no cuentan con el conocimiento necesario para realizar las mantenciones de estos vehículos de transporte vertical, como son los ascensores. Pueden tener parte de razón, pero no resulta lógico ni justificable pensar que ellos no tienen ninguna responsabilidad, ni menos conformarse con la realidad de que cada cierto tiempo estos accidentes se presenten con la regularidad de una ruleta rusa y nadie proteja el derecho constitucional de las personas comunes y corrientes a la seguridad de su integridad física.
Si bien el Estado no se encuentra en condiciones de invertir dinero en crear nuevos organismos fiscalizadores, con la consabida inversión de recursos en burocracia y entrenamiento de personal, puede crear las instancias para que exista una auto exigencia en el cumplimiento de las normas y leyes vigentes. El “dejar hacer” no es suficiente cuando la seguridad de las personas está en juego. La vida no es una responsabilidad que se pueda regular mediante el “mercado”.
En el caso del Transporte vertical existe un vacío legal en el que no existe protección especial para el personal que realiza labores peligrosas. Los operarios de mantención y público usuario, mueren aplastados, caen al vacío, incluso se han presentado casos de decapitación y nadie ha hecho nada. Ninguna garantía de protección. Ni la administración del edificio, ni la empresa a cargo de la mantención, ni los constructores. Nadie es responsable. En la actualidad, la única forma en que las personas pueden hacer valer sus derechos evidentes es mediante querellas criminales, con una defensa en la que en el fondo debe demostrar que ellos, las víctimas, no fueron negligentes cuando la lógica dice que son la empresas, administradores, etc, las deberían comprobar su inocencia. Es por lo engorroso de la situación que las víctimas en muchas ocasiones desisten de tomar acciones legales. Y a eso hay que sumarle la conmoción emocional de quedar discapacitado, en el mejor de los casos; cuando el resultado es la muerte de un ser querido es más difícil aún pensar en la posibilidad legal. Pues bien, esto no es una posibilidad, es una responsabilidad del Estado proteger y defender a sus ciudadanos.
Uno de los intentos más burdos de deslindar responsabilidades es la común advertencia de “ existiendo la posibilidad de uso de escalas, la administración no se hace responsable de posibles daños”. Pues la administración debe hacerse responsable. También el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y el Ministerio de Transportes, los empresarios que deben contar con seguros por daños a terceros, las Municipalidades también deben tener una participación. No puede ser posible que en los departamentos de obras públicas desconozcan cuántos ascensores existen en sus respectivas jurisdicciones. Cada una de estas entidades tienen una responsabilidad de acuerdo a la etapa de desarrollo en la que se encuentre.
Y los ascensores no son los únicos medios de transporte vertical que se deben incluir en esta ley. Escalas mecánicas, funiculares, ascensores patrimoniales de Valparaíso y juegos mecánicos de centros de entretención son también fundamentales.
Como una forma de asirse a las herramientas con las que ya se cuentan, y conseguir que la nueva legislación no pase a ser “letra muerta” por la inaplicabilidad de sus exigencias, es pertinente que el Ministerio de Transportes se haga cargo de la evaluación final y del control de estos medios de Transporte Vertical. El número de personas que viajan a diario en ellos basta como justificación para pedir que tome cartas en el asunto. Tal como lo hacen en cualquier otro medio de transporte, tanto público como privado.
El Ministerio de Transporte debe crear un Departamento de Fiscalización, en el que se lleve un registro de empresas instaladoras y de mantención. Las que no ingresen en este registro, serán consideradas ilegales. Asimismo, debe crearse un registro nacional con todos los aparatos de Transporte Vertical que existan en el país.
En la clara conciencia que, por la complejidad del tema, es difícil que la responsabilidad quede sólo en manos de un ministerio, considero que las municipalidades son quienes deberán tener y compartir los primeros registros de los vehículos de Transporte Vertical, pues son los respectivos departamentos de Obras Públicas en donde se hacen las recepciones municipales, quienes tienen conocimiento en primera instancia, los primeros en autorizar las instalaciones. El siguiente paso deberá quedar en manos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, - en los casos en que se use electricidad - quien tendrá la injerencia de fiscalizar y autorizar toda la parte eléctrica de las instalaciones. Una vez que se pueda comprobar que esta etapa se cumple, será el Ministerio de Transportes quien realice fiscalizaciones periódicas, con el fin de constatar que se practica la presente ley.
Es deber del Estado proteger a las personas. Así lo dice el artículo 19 de la Constitución Nacional en su Capítulo III “De los derechos y Deberes Constitucionales” que señala: “La Constitución asegura a todas las personas: El derecho a la vida y a la integridad física y síquica de las personas”. En muchas ocasiones, un ascensor más que un lujo constituye una necesidad, sobre todo en aquellos edificios en los que viven personas con impedimentos físicos –donde también es obligatorio– o ancianos. Sabido es que nuestra población envejece día con día y de alguna forma debemos ir preparando el terreno para que nuestros ancianos puedan llevar una vida cómoda dentro de las limitaciones físicas propias de la edad que deberán enfrentar: caídas, fracturas, accidentes y los consabidos gastos médicos y el sufrimiento de estos accidentes pueden ser evitados con ascensores adecuados en muchas ocasiones.
Lo anterior, en tanto usuario de un servicio. Más aún, en tanto trabajador de una labor de alto riesgo, ya sea de mantención de ascensores o de cualquier otra área. Así lo especifica el Código del Trabajo en el Libro II “De la protección de los trabajadores”, donde el artículo 184 señala en su primer inciso: “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”.
Art. 185. El reglamento señalará las industrias o trabajos peligrosos o insalubres y fijará las normas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 184.
Art. 186. Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud.
Art. 187. No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas, o que puedan comprometer su salud o seguridad.
La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.
Art. 190. Los Servicios de Salud fijarán en cada caso las reformas o medidas mínimas de higiene y seguridad que los trabajos y la salud de los trabajadores aconsejen. Para este efecto podrán disponer que funcionarios competentes visiten los establecimientos respectivos en las horas y oportunidades que estimen conveniente, y fijarán el plazo dentro del cual deben efectuarse esas reformas o medidas.
Todos estos artículos, de una forma u otra, fijan obligaciones para los empleadores. Pero deben ser más que palabras de buena crianza. En este ámbito las empresas subcontratistas son un medio común para que las empresas de renombre puedan abarcar más mercado. Es lo que ocurrió con el caso del operario de Adecco, subcontratista de Schindler, que murió decapitado en la sucursal Valparaíso del Banco de Santiago.
Las leyes, en este caso y en todos en donde evidentemente se vea en juego la seguridad de las personas, deben ser obligatorias. No puede ser de carácter voluntario el que la gente cumpla con su deber. En la actualidad los ascensores dan garantía de un año, -lo mismo que cualquier otro artículo eléctrico menor-, y cuatro años más compartidos con la empresa constructora del inmueble donde el ascensor se encuentra instalado. Esto, si y sólo si la administración del edificio mantiene el contrato vigente. Supuestamente dejan un ascensor bien instalado, pero si hay un desperfecto debe subsanarlo la comunidad de edificio. En realidad el problema no es quién paga la mantención, sino quién paga las consecuencias de esa mantención.
Mientras el Estado no cumpla, no siente bases y organice este vacío legal, se encuentra en deuda con los trabajadores y usuarios del país.
Como afirmaba un informe encargado por la CE: “El transporte afecta al corazón mismo de la sociedad [...] El funcionamiento de ésta, de hecho su misma naturaleza, dependen ampliamente de la calidad y el diseño de su sistema de transporte” [G.T. 2000 Plus , 1990].
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS DE CALIDAD,
SEGURIDAD Y FISCALIZACIÓN EN EL TRANSPORTE VERTICAL
TÍTULO I
Alcance y campo de aplicación
Artículo 1°: La presente ley tiene por objeto establecer los requisitos de calidad, seguridad, rotulación y fiscalización en la fabricación, armado, importación, exportación, distribución y mantención de los medios de Transporte Vertical existentes en todo el territorio nacional, cualquiera sea su procedencia u origen. En cuanto a los ya existentes en el país, éstos deberán adecuarse a la presente normativa, y si tal adecuación no fuera técnicamente posible, deberán ser reemplazados en un plazo no superior a 1 año a contar de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.-
Artículo 2°: Se incluirá dentro del concepto de Transporte Vertical, aquella maquinaria que se encuentra en edificios públicos ya construidos funcionando de manera permanente, y en los componentes de seguridad utilizados en dichos ascensores; además de funiculares, ascensores patrimoniales, escaleras mecánicas, montacargas, monta autos, andariveles y juegos mecánicos en general que impliquen el traslado de individuos de un punto a otro, donde las personas pongan su seguridad en función de dicho traslado.
Artículo 3°: Las empresas de instalación y mantención deberán contar con un seguro de daños contra terceros, autorizado legalmente, previa aprobación de la autoridad competente para desempeñarse en esta labor, además de cumplir con todas las normas relativas al tema creadas por el organismo representativo en Chile.
Artículo 4°: La autoridad competente respectiva, deberá otorgar un sello de certificación, previa aprobación de las instalaciones eléctricas. Cada instalación debe ser correctamente integrada al sistema de registro del correspondiente organismo regional, quienes realizarán inspecciones y ensayos sin anuncio, como mínimo una vez al año, para verificar que se mantienen las condiciones de funcionamiento que dieron origen a la certificación del equipo.
Artículo 5°: Un medio de Transporte Vertical es un vehículo, o aparato de elevación, que sirve para trasladar personas y/o mercaderías de un punto a otro, incluyendo los ascensores para personas, y montacargas, diseñados especialmente para el transporte de mercaderías acompañadas por personal, montacamillas para el transporte de camas y camillas en hospitales o clínicas y residencias de ancianos, y los juegos mecánicos de parques de diversiones.
Los medios de Transporte Vertical deben cumplir con las normas chilenas oficiales, en cuanto a su fabricación, armado, distribución, rotulación y ensayos de calidad, en todos aquellos que comprendan una cabina cuyas dimensiones y formas de construcción permitan el acceso a personas que circula entre niveles.
TÍTULO II
Requisitos generales para servicios técnicos
Artículo 6°: Las normas técnicas y los requisitos de rotulación establecidos en esta ley, se aplicarán a todos los Medios de Transporte Vertical, excepto: Los montacargas que no puedan ser destinados al traslado de personas, siempre que no arriesguen la seguridad de quienes los pongan en operación; los elevadores de tramoya teatral; ascensores instalados en una residencia privada en un edificio, si este ascensor es inaccesible a los otros ocupantes del inmueble y al público en general; ascensores especialmente destinados al transporte de minusválidos, que sirvan solamente dos niveles de parada, que tengan un recorrido no superior a 4 metros, que su velocidad no sea superior a 0,1 m/s y que el desplazamiento de la cabina requiera de la presión permanente de un botón.
Artículo 7°: Se entenderá por Servicio Técnico aquel que realiza la inspección y mantención, según el manual proporcionado por el departamento técnico del fabricante o importador, de acuerdo a quien corresponda.
El servicio técnico deberá realizar inspecciones y mantenciones, sólo en el caso de contar con la autorización mediante contrato establecido con el fabricante o importador del equipo respectivo. El medio de Transporte Vertical, para los efectos de la responsabilidad, deberá disponer de una etiqueta numerada a un costado, el que contendrá la siguiente información mínima:
Nombre del fabricante o importador que autoriza el Servicio Técnico.
Dirección de la entidad que realizó el trabajo.
Fecha de inspección y mantención de servicio.
TITULO III
Requisitos generales sobre rotulación
Artículo 8°: En cuanto a los requisitos de rotulación, se deberá cumplir con lo siguiente:
Los medios de Transporte Vertical se deben rotular en idioma español y caracteres fácilmente legibles e indelebles: la información mínima contenida en marcas, rótulos o etiquetas, debe ser la que se indica en el presente artículo. La rotulación de los medios de Transporte Vertical debe incluir información concerniente a sus características e instrucciones en cuanto a su uso.
TITULO IV
Información contenida en los componentes de seguridad relativa a la instalación
Artículo 9°: Previa a la instalación de cualquier sistema de Transporte Vertical, se realizará un estudio completo del medio de Transporte Vertical, en donde se generalice y explique a todos los sistemas, según un estudio técnico de seguridad del medio de Transporte Vertical, de acuerdo a la siguiente definición: “Estudio de seguridad”: evaluación de las condiciones de seguridad que ofrece una construcción o un proyecto de construcción a sus posibles ocupantes, suscrito por un profesional competente, que deberá servir como base a entregar a la autoridad competente que lo requiera.
Artículo 10: Los componentes de seguridad deberán contener los siguientes elementos:
Dispositivo de bloqueo de las puertas en cada una de las paradas.
Dispositivos para prevenir la caída de la cabina o movimientos ascendentes incontrolados.
Dispositivos de limitación del exceso de velocidad.
Amortiguadores de disipación de energía.
Componentes de seguridad sobre gatos de los circuitos hidráulicos de potencia, cuando se utilizan como dispositivos para prevenir la caída.
Dispositivos eléctricos de seguridad en forma de interruptores que contengan componentes eléctricos.
Artículo 11: Un ascensor y cualquier otro medio de Transporte Vertical, se instalará y ensayará aplicando lo establecido en las Normas Chilenas Oficiales que han sido preparadas por el organismo a cargo de esta labor en Chile.
Artículo 12: No podrá ingresar al país ningún medio de Transporte Vertical que no cuente con la documentación completa sobre diseño, instalación y forma de mantención de la totalidad de las partes componentes.
Las obligaciones establecidas por los requisitos esenciales de seguridad, se aplicarán en los casos en que el medio de Transporte Vertical, o el componente de seguridad, exista el riesgo de no ser utilizados en las condiciones previstas por el instalador o el fabricante de los componentes de seguridad.
El instalador del medio de Transporte Vertical deberá realizar una declaración de responsabilidad de la instalación con una cláusula de garantía, a partir de la fecha en que se realiza la recepción municipal al Ministerio de Vivienda, con el fin de efectuar el mencionado trámite; y otra al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que pasará a ser parte del registro que será utilizado para los controles y fiscalizaciones del Departamento de Fiscalización que el citado organismo considere pertinentes. Además, el informe deberá contener los resultados de las pruebas de ensayo.
En caso de que al momento de la recepción municipal el funcionario correspondiente encontrase algún inconveniente, se le dará un plazo para reparar la irregularidad, que no excederá la recepción del resto de la obra en construcción.
Artículo 13: El instalador de cualquier medio de Transporte Vertical, antes de ser puesto en marcha, deberá someter el modelo a un examen de tipo y a control de su efectividad y dejarlo explícitamente informado a los organismos fiscalizadores correspondientes.
Es de responsabilidad del instalador que los componentes de seguridad sean los correctos, más adecuados y eficientes para el modelo de Transporte Vertical que se esté instalando.
Todos los medios de Transporte Vertical que cuenten con puertas deberán tener sensores de movimiento, que no permitan que sus puertas se cierren mientras haya una persona u objeto que se encuentre traspasando el umbral.
Todos los medios de Transporte Vertical deberán poseer sensores de control de peso de carga, evitando que las máquinas entren en movimiento si el peso es excesivo.
Todos los ascensores, funiculares, andariveles, juegos eléctricos de parque de diversiones y ascensores patrimoniales, deberán contar con generadores eléctricos de emergencia que permitan a estos medios llegar a destino en caso de un corte de energía central.
TÍTULO V
Sobre los laboratorios de ensayo
Artículo 14: Los medios de Transporte Vertical deberán ser certificados. La concordancia entre la información proporcionada en los medios de Transporte Vertical por los fabricantes, importadores o servicios técnicos y sus características, será certificada por el organismo de certificación competente y los ensayos deben ser realizados por los laboratorios debidamente acreditados.
Para obtener la respectiva certificación de los medios de Transporte Vertical, los fabricantes e importadores deberán entregar informes de muestras representativas, aleatoriamente elegidas por los funcionarios de la autoridad competente. El proceso de verificación de concordancia deberá efectuarse conforme a los requisitos establecidos en las normas chilenas oficiales .
Sólo si la verificación de calidad que realice la entidad de ensayo competente cumple con los requisitos establecidos en las normas, se procederá a certificar este hecho mediante un rótulo indeleble, firmemente adherido a un costado y debidamente registrado por el fabricante o importador ante el organismo competente. De no cumplirse los requisitos exigidos en la presente ley, se negará la certificación.
TÍTULO VI
Sobre áreas de trabajo
Artículo 15: Todas las medidas de seguridad deben ser contempladas, tanto para trabajadores como para los usuarios de cualquier medio de Transporte Vertical, incluyendo a quienes se desempeñan como subcontratistas de una empresa mayor, quienes deberán contar con el mismo respaldo en cuanto a reparaciones e indemnizaciones causadas por accidentes laborales.
Artículo 16: Deberán existir las condiciones necesarias para un buen acceso a la sala de máquinas, de tal manera que no signifique un peligro para los instaladores o quienes realizan la mantención. En los casos que se encuentren escaleras adosadas a los muros, deberá contemplarse una protección a su respaldo, si ésta supera los dos metros de altura, con una reja metálica o rejilla, que evite su caída desde la altura. Esta medida deberá implementarse incluso en los ascensores ya construidos que tengan estas características.
TÍTULO VII
Sobre la Fiscalización en el Transporte Vertical
Artículo 17: El instalador y/o mantenedor permitirá la entrada de la autoridad que corresponda a sus talleres y/o lugares en los que se encuentre desarrollando su trabajo, y proporcionará toda la información requerida, en especial la documentación sobre el sistema de aseguramiento de calidad, como son los informes técnicos, datos sobre ensayos de calibrados, y sobre la calificación del personal.
En primera instancia, la autoridad competente realizará una visita de aceptación de la obra que ingresa en el registro nacional, y efectuará inspecciones periódicas, no siempre programadas, a fin de asegurarse que el instalador y/o mantenedor aplique el sistema de higiene y seguridad, informando los resultados de dicha inspección.
Luego que la autoridad competente haya autorizado el funcionamiento del medio de Transporte Vertical, en los casos que sea necesario, ésta realizará una visita técnica inspectiva, solicitando una copia de cualquier documento relacionado con la instalación.
TÍTULO VIII
Término de obra y sobre el incumplimiento
Artículo 18: El instalador del medio de Transporte Vertical se cerciorará e informará que el vehículo cumple con todos los requisitos de la presente ley, disponiendo que dicho medio se encuentra en estado de ser utilizado por los usuarios.
El instalador del ascensor tomará todas las medidas necesarias para el buen funcionamiento y uso, cumpliendo efectivamente con todas las normas, y aplicándolas en el desempeño del medio de Transporte Vertical para su uso y mantención.
El instalador del ascensor conservará una copia de la autorización entregada por la correspondiente Municipalidad y por el Ministerio de Transportes.
Junto con la entrega de la obra, el instalador comunicará a la administración del edificio, mediante un libro, las características del modelo del ascensor en uso, y lugar en el que se pueda llevar un registro fechado de los desperfectos y arreglos realizados en forma detallada. Cada uno de estos puntos deberán ser registrados por la empresa que haya hecho el trabajo, quienes tendrán una copia de cada informe.
Debe extenderse un seguro contra accidentes, mientras el medio de Transporte Vertical esté siendo instalado y/o en mantención, renovable cada vez que se realicen trabajos en estos artefactos. En caso de ser juegos mecánicos itinerantes, cada vez que éstos sean instalados, deberán contratar un seguro, válido mientras permanezcan en el lugar.
Artículo 19: Los fabricantes, instaladores, importadores, servicios técnicos autorizados, y otros que trabajen directamente con estos artefactos, que no cumplan con alguno de estos requisitos, serán multados con un monto entre 50 y 100 UTM por persona accidentada, ya sea ésta usuario o trabajador.
La responsabilidad civil recaerá en el propietario o responsable legal, en cuanto a su incumplimiento o negligencia de esta normativa, debiendo ajustarse a las disposiciones de esta ley. No obstante lo anterior, en un plazo de 1 año desde la fecha de la publicación de esta ley, las bases de licitación para la adquisición, inspección, mantención y control de los medios de Transporte Vertical, deberán cumplir con esta disposición.
8. Oficio del Tribunal Constitucional.
?Santiago, octubre 21 de 2004.
Oficio Nº 2.148
Excelentísimo señor Presidente
de la Cámara de Diputados:
Remito a vuestra Excelencia copia autorizada de la sentencia dictada por este Tribunal, en los autos rol Nº 425, relativos al proyecto de ley sobre fomento audiovisual, el que fue enviado a este Tribunal para su control de constitucionalidad, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política de la República.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JUAN COLOMBO CAMPBELL , Presidente ; JAIME SILVA MAC-IVER , Secretrario (S).
“Santiago, veinte de octubre de dos mil cuatro.
Vistos y considerando:
PRIMERO.- Que por oficio Nº 5.179, de 7 de octubre de 2004, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, sobre fomento audiovisual, a fin de que este Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los artículos 4º, 5º y 7º del mismo;
SEGUNDO.- Que el artículo 82, Nº 1º, de la Constitución, establece que es atribución de este Tribunal “Ejercer el control de la constitucionalidad de las leyes orgánicas constitucionales antes de su promulgación y de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución”;
TERCERO.- Que el artículo 38, inciso primero, de la Ley Fundamental, establece:
“Una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la Administración Pública, garantizará la carrera funcionaria y los principios de carácter técnico y profesional en que deba fundarse, y asegurará tanto la igualdad de oportunidades de ingreso a ella como la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes.”;
CUARTO.- Que las normas sometidas a control preventivo de constitucionalidad son las que se indican a continuación:
“Artículo 4º.- Créase, en el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, en adelante el Consejo.”
“Artículo 5º.- El Consejo se reunirá periódicamente, y estará integrado por:
a) El Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, o su representante, quien lo presidirá;
b) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores;
c) Un representante del Ministerio de Educación, que ejerza sus funciones en una Región distinta de la Metropolitana;
d) Un representante de la Corporación de Fomento de la Producción;
e) Un representante del Consejo Nacional de Televisión;
f) Un representante de los directores de largometraje de ficción, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe, en la forma que determine el reglamento, el cual será nombrado mediante resolución firmada por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
g) Un representante de los directores de otros formatos audiovisuales, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe, en la forma que determine el reglamento, el cual será nombrado mediante resolución firmada por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
h) Un representante de los directores y productores de documentales, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe, en la forma que determine el reglamento, el cual será nombrado mediante resolución firmada por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
i) Un representante de los productores de audiovisuales, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe, en la forma que determine el reglamento, el cual será nombrado mediante resolución firmada por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
j) Un representante de los actores o actrices de audiovisuales, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe, en la forma que determine el reglamento, el cual será nombrado mediante resolución firmada por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
k) Un representante de los técnicos de la producción audiovisual, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe, en la forma que determine el reglamento, el cual será nombrado mediante resolución firmada por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
l) Tres representantes de la actividad audiovisual regional, los que deberán desarrollarla y residir en Regiones distintas a la Metropolitana, designados por las organizaciones regionales más representativas, en la forma que determine el reglamento, los cuales serán nombrados mediante resolución firmada por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
m) Un representante de los guionistas, designado por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en la forma que determine el reglamento, y
n) Dos académicos de reconocido prestigio profesional en materias audiovisuales, propuestos por entidades de educación superior que gocen de autonomía y que impartan formación profesional audiovisual, designados por el Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, debiendo uno de ellos pertenecer a una entidad de una región distinta a la Metropolitana.
Los integrantes del Consejo señalados en las letras f), g), h), i), j), k), l), m) y n) durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser designados hasta por un nuevo período consecutivo y no percibirán remuneración por el ejercicio de sus funciones.”
“Artículo 7°.- Serán facultades del Consejo, las siguientes:
1) Asesorar al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en la formulación y elaboración de la política de desarrollo estratégico nacional del audiovisual.
Para tal efecto, el Consejo podrá solicitar información de datos y estadísticas de la actividad audiovisual que realicen tanto personas naturales como jurídicas, públicas o privadas;
2) Definir los procedimientos para la asignación de los recursos públicos especiales para la actividad audiovisual, a través del Fondo de Fomento Audiovisual a que se refiere el artículo 8°, en adelante el Fondo, sin perjuicio de los recursos e instrumentos de fomento y apoyo que destinan a la actividad audiovisual otros organismos públicos;
3) Otorgar, con cargo al Fondo, de conformidad a lo establecido en el reglamento, la entrega de premios anuales a las obras audiovisuales, a los autores, a los artistas, a los técnicos, a los productores, y a las actividades de difusión y de preservación patrimonial de la producción audiovisual nacional;
4) Fomentar, a través de programas y subvenciones, con cargo a los recursos del Fondo, la promoción, la distribución y la exhibición de obras audiovisuales nacionales y de países con los cuales se mantengan acuerdos de coproducción, integración y cooperación;
5) Estimular, a través de becas, pasantías, tutorías y residencias con cargo a los recursos del Fondo, acciones orientadas al desarrollo de la educación artística y profesional audiovisual, al perfeccionamiento docente, a la producción de obras de interés académico, así como al desarrollo de programas de investigación y difusión de las nuevas tendencias creativas y de innovación tecnológica;
6) Proponer, a través de programas y subvenciones, con cargo a los recursos del Fondo, el desarrollo de acciones orientadas a participar y a colaborar en la preservación y difusión del patrimonio audiovisual, así como a fomentar la difusión cultural audiovisual, tales como cine clubes, cine arte y salas culturales audiovisuales, en todo el país, y, especialmente en zonas rurales, populares y localidades de población mediana y pequeña;
7) Proponer medidas de fomento tendientes a desarrollar la producción audiovisual chilena, atendiendo a la especificidad de cada tipo de producción, en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, así como la realización de festivales y muestras cinematográficas;
8) Proponer las modificaciones legales y administrativas necesarias para el desarrollo de la actividad audiovisual; la efectiva protección de los derechos de autor y propiedad intelectual de los productores, directores, actores y demás personas que participen en la creación de una obra audiovisual y la celebración de acuerdos de coproducción, integración y colaboración, así como la homologación de legislaciones con los países o asociación de países con los que se celebren dichos acuerdos;
9) Fomentar, a través de programas y subvenciones, con cargo al Fondo, la promoción de la producción audiovisual nacional, así como su comercialización nacional e internacional;
10) Proponer acciones orientadas al fomento de la formación de talentos, así como a la ormación permanente y al perfeccionamiento de profesionales y técnicos de las distintas especialidades audiovisuales, a través de becas, pasantías, tutorías y residencias con cargo al Fondo;
11) Establecer programas y subvenciones, con cargo al Fondo, que promuevan la innovación en las técnicas de creación audiovisual y la experimentación y desarrollo de nuevos lenguajes, formatos y géneros audiovisuales;
12) Colaborar con el Ministerio de Educación en la incorporación del tema audiovisual en la educación formal;
13) Promover medidas para el desarrollo de la producción, la capacitación y la implementación de equipamiento audiovisual en las regiones del país, distintas a la región metropolitana;
14) Mantener con organismos e instituciones gubernamentales de países extranjeros con competencia en materia audiovisual, vínculos permanentes de comunicación e información;
15) Convocar a concursos públicos para el cumplimiento de lo establecido en las letras a), b), c), d), f), k) y l) del artículo 9º y designar a los especialistas que integrarán los comités que evaluarán los proyectos que postulen;
16) Asignar directamente los fondos para el cumplimiento de lo establecido en las letras e), g), h) e i) del artículo 9º, hasta un máximo del 20% del Fondo;
17) Designar a los jurados que discernirán los premios anuales señalados en el numeral 3) de este artículo, y
18) Las demás que le asignen las leyes.”;
QUINTO.- Que, de acuerdo al considerando segundo, corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre las normas del proyecto remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el Constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional;
SEXTO.- Que, los artículos 4º, 5º y 7º del proyecto en análisis, son propios de la Ley Nº 18. 575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, porque a través de ellos se crea, dentro del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, un órgano colegiado no contemplado en la estructura propia de los servicios públicos establecida en los artículos 31 y 32 de dicho cuerpo legal, lo que sólo puede hacerse, como lo ha expresado reiteradamente este Tribunal, por medio de normas de carácter orgánico constitucional;
SÉPTIMO.- Que el artículo 6º del proyecto dispone:
“Artículo 6º.- El Consejo sesionará, a lo menos, tres veces en el año a citación del Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y cada vez que así lo soliciten la mitad de sus miembros.
El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes será el encargado de ejecutar los acuerdos del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual.”
OCTAVO.- Que el artículo 8º de la iniciativa establece:
“Artículo 8º.- Créase el Fondo de Fomento Audiovisual, en adelante el Fondo, administrado por el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, destinado a otorgar ayudas para el financiamiento de proyectos, programas y acciones de fomento de la actividad audiovisual nacional.
El patrimonio del Fondo estará integrado por:
a) Los recursos que para este efecto consulte anualmente la Ley de Presupuesto de la Nación;
b) Los recursos provenientes de la cooperación internacional, y
c) Las donaciones, herencias y legados que reciba. Estas donaciones estarán exentas del trámite de insinuación a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil.”;
NOVENO.- Que, en sentencia de 1º de julio de 2003, recaída en el proyecto de ley que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, este Tribunal declaró que los artículos tercero y noveno del mismo, que consagran las funciones de dicha institución y las atribuciones de su Presidente respectivamente, forman parte de la ley orgánica constitucional a que se refiere el artículo 38, inciso primero, de la Constitución Política;
DÉCIMO.- Que, los preceptos del proyecto remitido transcritos en los considerandos séptimo y octavo, al otorgarle nuevas facultades tanto al servicio público antes mencionado como a su jefe superior, modifican, en consecuencia, dicho cuerpo legal;
DÉCIMO PRIMERO.- Que, de la misma forma como lo ha resuelto en oportunidades anteriores, como es el caso de la sentencia de 25 de agosto de 2004, esta Magistratura estima, en conformidad con lo expuesto en el razonamiento precedente, que debe pronunciarse sobre esas disposiciones, en atención a que, por el motivo antes indicado, tienen naturaleza orgánica constitucional;
DÉCIMO SEGUNDO.- Que, el artículo 7º al indicar las facultades del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, en su numeral 18 dispone que tendrá: “Las demás que le asignen las leyes”;
DÉCIMO TERCERO.- Que las atribuciones del Consejo son propias de la ley orgánica constitucional a que alude el artículo 38, inciso primero, de la Carta Fundamental, según ya se ha expresado. En consecuencia, la referencia que en el numeral 18 del artículo 7º se hace a las “demás” que le otorguen “las leyes” debe entenderse que es a normas legales de carácter orgánico constitucional como se indicara por este Tribunal, en una situación similar, en sentencia de 18 de diciembre de 2003;
DÉCIMO CUARTO.- Que, consta de los antecedentes, que los preceptos a que se ha hecho referencia en esta sentencia han sido aprobados en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por el inciso segundo, del artículo 63, de la Constitución, y que sobre ellos no se ha suscitado cuestión de constitucionalidad;
DÉCIMO QUINTO.- Que las normas contempladas en los artículos 4º, 5º, 6º, 7º y 8º del proyecto remitido no son contrarias a la Carta Fundamental.
Y, visto, lo prescrito en los artículos 38, inciso primero, 63, inciso segundo, y 82, Nº 1º e inciso tercero, de la Constitución Política de la República, y lo dispuesto en los artículos 34 al 37 de la Ley Nº 17.997, de 19 de mayo de 1981,
Se declara:
Que los artículos 4º, 5º y 7º -sin perjuicio de lo que se resuelve en la decisión 3ª de esta sentencia-, del proyecto remitido son constitucionales.
Que los artículos 6º y 8º del proyecto remitido son igualmente constitucionales.
Que el artículo 7º, numeral 18, del proyecto remitido es constitucional en el entendido precisado en el considerando décimo tercero de esta sentencia.
Redactaron la sentencia los Ministros y Abogado Integrante que la suscriben.
Devuélvase el proyecto a la Cámara de Diputados, rubricado en cada una de sus hojas por el Secretario del Tribunal, oficiándose.
Regístrese, déjese fotocopia del proyecto y archívese.
Rol Nº 425.-
Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente don Juan Colombo Campbell y los ministros señores Eugenio Valenzuela Somarriva , Marcos Libedinsky Tschorne , Eleodoro Ortíz Sepúlveda y el Abogado Integrante señor Raúl Bertelsen Repetto .
Autoriza el Secretario subrogante del Tribunal Constitucional , señor Jaime Silva Mac-Iver .
AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR PRESIDENTE
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DON PABLO LORENZINI BASSO
PRESENTE”.