Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Edgardo Riveros Marin
- Alejandro Navarro Brain
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ARCHIVO DE PROYECTOS.
- AMPLIACIÓN DE PLAZO A COMISIÓN
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA.
- INTEGRACIÓN
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Exequiel Silva Ortiz
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Pablo Galilea Carrillo
- Samuel Venegas Rubio
- INTEGRACIÓN
- V. ORDEN DEL DÍA
- PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS Y DE SALDO DE REMUNERACIONES DE TRABAJADORES TEMPOREROS. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Boris Tapia Martinez
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTERVENCIÓN : Rodolfo Seguel Molina
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Felipe Salaberry Soto
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Nicolas Monckeberg Diaz
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- MODIFICACIÓN DE LA LEY DE PESCA EN LO RELATIVO A EXIGENCIAS PARA PESCADORES ARTESANALES. Tercer trámite constitucional.
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES EN LO RELATIVO A LA DESIGNACIÓN DE NOTARIO ALTERNO O ADJUNTO. Segundo trámite constitucional. (Votación)
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Marcela Cubillos Sigall
- Marcelo Forni Lobos
- Victor Perez Varela
- INDICACIÓN
- CREACIÓN DE NUEVA FIGURA PENAL EN LA LEY Nº 17.288, SOBRE MONUMENTOS NACIONALES Y SUSTITUCIÓN DE LA UNIDAD EN QUE SE EXPRESAN SUS MULTAS. Segundo trámite constitucional. (Votación).
- DEBATE
- PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS Y DE SALDO DE REMUNERACIONES DE TRABAJADORES TEMPOREROS. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- PETICIÓN DE LIBERTAD PARA EL AJEDRECISTA ESTADOUNIDENSE BOBBY FISCHER. (Votación).
- DEBATE
- MEDIDAS SOBRE CUOTAS DE CAPTURA DE RECURSOS MARINOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Rodrigo Gonzalez Torres
- Fulvio Rossi Ciocca
- Jaime Quintana Leal
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Enrique Accorsi Opazo
- Guido Girardi Lavin
- Jose Perez Arriagada
- Esteban Valenzuela Van Treek
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PETICIÓN DE LIBERTAD PARA EL AJEDRECISTA ESTADOUNIDENSE BOBBY FISCHER. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- EXIGENCIA DE PERMISO PARA INSTALAR ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVIL. Oficio.
- ADHESION
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Waldo Mora Longa
- Alejandro Navarro Brain
- Enrique Jaramillo Becker
- ADHESION
- PERFECCIONAMIENTO DE LA MODALIDAD DE LLAMADO A LICITACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Oficio.
- ADHESION
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Waldo Mora Longa
- Alejandro Navarro Brain
- Enrique Jaramillo Becker
- ADHESION
- ANTECEDENTES SOBRE RESULTADOS DE PROYECTOS DEL FONDO “PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA”. Oficio.
- ADHESION
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Julio Dittborn Cordua
- ADHESION
- ANTECEDENTES SOBRE RESULTADOS DE PROYECTOS DEL FONDO “PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA”. Oficio.
- ADHESION
- Enrique Jaramillo Becker
- ADHESION
- AUDITORÍA SOBRE ESTUDIOS DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN DE RAMPA PARA PESCADORES ARTESANALES EN CARELMAPU. Oficios.
- ADHESION
- Enrique Jaramillo Becker
- ADHESION
- MEDIDAS EN FAVOR DE AGRICULTORES TRIGUEROS. Oficio.
- ADHESION
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Sergio Ojeda Uribe
- ADHESION
- INFORMACIÓN DE TRASPASO DE BIENES FISCALES A LA FUNDACIÓN CEMA-CHILE. Oficio.
- FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA SOBRE EXTINTORES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS. Oficios.
- TRANSBORDADOR PARA ISLAS MOCHA Y SANTA MARÍA Y SUBSIDIO PARA REPARACIÓN DE LANCHA “CARDENAL”. Oficios.
- LIMITACIÓN DE PLAZO A NAVES INDUSTRIALES PARA PERFORAR ZONA EXCLUSIVA DE PESCADORES ARTESANALES DE LA CUARTA REGIÓN. Oficio.
- ADHESION
- Alejandro Navarro Brain
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Alberto Robles Pantoja
- Waldo Mora Longa
- ADHESION
- INFORMACIÓN SOBRE MULTAS APLICADAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE PESCA. Oficio.
- ALCANCES A ANUNCIOS DEL MINISTRO DE HACIENDA EN RELACIÓN CON PRÓXIMA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO. Oficio.
- ADHESION
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Waldo Mora Longa
- ADHESION
- ADHESIÓN A INTERVECIONES DE DIPUTADOS DITTBORN, JARAMILLO Y KUSCHEL. INFORMACIÓN SOBRE FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Oficio.
- ANTECEDENTES SOBRE ASIGNACIÒN DE RECURSOS A PROYECTOS AUDIOVISUALES. Oficio.
- ADHESION
- Julio Dittborn Cordua
- ADHESION
- REPARACIÓN DE CAMINO QUE UNE CHUQUICAMATA CON TOCOPILLA. Oficio.
- ADHESION
- Eliana Caraball Martinez
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- COBRO EXCESIVO DE CONTRIBUCIONES DE BIENES RAICES EN COMUNA DE TOCOPILLA. Oficios.
- ADHESION
- Eliana Caraball Martinez
- Andres Antonio Egana Respaldiza
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- ADHESION
- APLICACIÓN DE PLAN INTEGRAL DE SAN PEDRO DE LA COSTA. Oficios.
- ADHESION
- Eliana Caraball Martinez
- Waldo Mora Longa
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- ADHESION
- EXIGENCIA DE PERMISO PARA INSTALAR ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVIL. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- III. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Eugenio Tuma Zedan
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Fernando Meza Moncada
- Pedro Hector Munoz Aburto
- Eduardo Saffirio Suarez
- Gonzalo Uriarte Herrera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Mario Bertolino Rendic
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Antonio Leal Labrin
- Jose Perez Arriagada
- Ivan Norambuena Farias
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Quintana Leal
- Enrique Accorsi Opazo
- Guido Girardi Lavin
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Quintana Leal
- Enrique Accorsi Opazo
- Guido Girardi Lavin
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Quintana Leal
- Enrique Accorsi Opazo
- Guido Girardi Lavin
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 352ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 3ª, en miércoles 6 de octubre de 2004
(Ordinaria, de 10.40 a 13.41 horas)
Presidencia del señor Ojeda Uribe, don Sergio.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 9
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Archivo de proyectos 11
- Ampliación de plazo a Comisión 11
- Integración de Comisión Mixta 11
V. Orden del Día.
- Pago de horas extraordinarias y de saldo de remuneraciones de trabajadores temporeros. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional 11
- Modificación de la ley de Pesca en lo relativo a exigencias para pescadores artesanales. Tercer trámite constitucional 29
- Modificación del Código Orgánico de Tribunales en lo relativo a la designación de notario alterno o adjunto. Segundo trámite constitucional. (Votación) 30
- Creación de nueva figura penal en la ley N° 17.288, sobre monumentos nacionales y sustitución de la unidad en que se expresan sus multas. Segundo trámite constitucional. (Votación) 31
VI. Proyectos de acuerdo.
- Petición de libertad para el ajedrecista estadounidense Bobby Fischer. (Votación) 31
- Medidas sobre cuotas de captura de recursos marinos 31
VII. Incidentes.
- Exigencia de permiso para instalar antenas de telefonía móvil. Oficio 34
- Perfeccionamiento de la modalidad de llamado a licitación de obras públicas. Oficio 35
- Antecedentes sobre resultados de proyectos del fondo “Presidente de la República”. Oficio 37
- Auditoría sobre estudios de ingeniería y construcción de rampa para pescadores artesanales en Carelmapu. Oficios 38
- Medidas a favor de agricultores trigueros. Oficio 38
- Información de traspaso de bienes fiscales a la fundación Cema-Chile. Oficio 39
Pág.
- Fiscalización del cumplimiento de normativa sobre extintores de vehículos motorizados. Oficios 39
- Transbordador para islas Mocha y Santa María y subsidio para reparación de lancha “Cardenal”. Oficios 40
- Limitación de plazo a naves industriales para perforar zona exclusiva de pescadores artesanales de la Cuarta Región. Oficio 40
- Información sobre multas aplicadas por el Servicio Nacional de Pesca. Oficio 41
- Alcances a anuncios del ministro de Hacienda en relación con próxima ley de Presupuestos del sector público. Oficio 41
- Adhesión a intervenciones de diputados Dittborn, Jaramillo y Kuschel. Información sobre fondo social Presidente de la República. Oficio 43
- Antecedentes sobre asignación de recursos a proyectos audiovisuales. Oficio 43
- Reparación de camino que une Chuquicamata con Tocopilla. Oficio 44
- Cobro excesivo de contribuciones de bienes raíces en comuna de Tocopilla. Oficios 45
- Aplicación de plan integral de San Pedro de la Costa. Oficios 45
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 70, de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto sobre fomento audiovisual. (boletín N° 2802-04) 48
2. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que tomó conocimiento del rechazo de la Cámara de Diputados a algunas modificaciones propuestas al proyecto sobre sustitución de la ley N° 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y del nombre de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá constituirse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política de la República. (boletín N° 2439-20) 48
3. Primer informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “suma”, que modifica el Código del Trabajo en materia de remuneraciones por jornada extraordinaria y de trabajadores temporeros agrícolas. (boletín N° 3696-13) 49
4. Moción de los diputados señores Tuma, Galilea, Hales, Meza, Muñoz, Saffirio y Uriarte que modifica la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas en relación a la venta de bebidas alcohólicas en supermercados, salas de exposición de vinos y piscos y restaurantes. (boletín N° 3700-03) 53
5. Moción de los diputados señores Álvarez, Bertolino, Cardemil, Encina, Leal, Pérez, don José; Norambuena y Ulloa, que modifica el Reglamento de la Corporación con el objeto de crear una Comisión Permanente sobre control del sistema de Inteligencia del Estado. (boletín N° 3699-16) 59
Pág.
6. Moción de los diputados señores Quintana, Accorsi y Girardi, que reforma la Constitución Política de la República estableciendo el derecho a la salud. (boletín N° 3701-07) 62
7. Moción de los diputados señores Quintana, Accorsi y Girardi por el cual reforma la Constitución Política de la República con el objeto de establecer una nueva garantía constitucional en materia de derechos sexuales y reproductivos. (boletín N° 3702-07) 63
8. Moción de los diputados señores Quintana, Accorsi y Girardi que crea el delito especial de agresiones contra menores. (boletín N° 3703-07) 65
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
- De la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación por el cual solicita el archivo de los proyectos iniciados en moción que a continuación se indican, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de la Corporación:
a) Facilita la participación de los deportistas seleccionados nacionales en las competencias que se realicen en Chile y en extranjero (boletín N° 2021-04).
b) Crea el Premio Nacional del Deporte (boletín N° 2409-04).
c) Modifica la ley del Deporte para eliminar la prohibición de registrar organizaciones deportivas con el mismo nombre (boletín N° 2731-04).
d) Modifica el decreto ley N° 679, de 1974, que establece normas sobre calificación cinematográfica y la ley N° 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión (boletín N° 2473-04).
e) Modifica el decreto ley N° 679, de 1974, que establece normas sobre calificación cinematográfica (boletín N° 2482-04).
f) Modifica el funcionamiento y estructura del Consejo de Calificación Cinematográfica y pone término a sus facultades para censurar (boletín N° 2547-07).
- De la Comisión de Minería y Energía por el cual solicita el asentimiento de la Sala de la Corporación para prorrogar en 30 días el plazo para emitir el informe respecto del proyecto de acuerdo N° 414, que propone una nueva política energética.
De la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana por los cuales comunica que los Grupos Interparlamentarios Chileno-Helénico y Chileno Neocelandés han procedido a elegir su nueva directiva, quedando en calidad de Presidente los diputados señores Riveros y Navarro, respectivamente.
Contraloría General de la República
- Señor Alvarado, presuntas irregularidades cometidas en contra de enfermeros del Hospital de Ancud.
- Señor Prieto, gastos administrativos girados al MOP Séptima Región.
- Señor Rojas, uso de terrenos portuarios en la ciudad de Antofagasta.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 447-B, apoyo al Convenio “Marco” de la OMS para el control del tabaco y la adopción de acciones contra su consumo.
Ministerio del Interior
- Señor García, proyectos aprobados por Consejo Regional para distrito 52.
- Señor Burgos, solicitud de índices de denuncias y aprehensiones.
- Señor Pedro Muñoz, cumplimiento de normas destinadas a facilitar el accionar de las personas discapacitadas.
- Señor Von Mühlenbrock, damnificados por aluvión que afectó la comuna de Futrono.
Ministerio de Relaciones Exteriores
- Señor Mora, antecedentes sobre información aparecida en Diario Financiero.
- Señor Felipe Letelier, información sobre eventual acuerdo económico con Argentina.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
- Señor Navarro, recicladores de basura ante cierre de vertedero de Cosmito.
- Señor Egaña, montos aportados para subvención de contratación de mano de obra.
- Señor Kuschel, construcción de un edificio tecnológico en Puerto Montt.
- Señor Jaramillo, aplicación de programas de empleo en Décima Región.
- Señor Jaramillo, cambios en la evaluación de proyectos de electrificación rural.
Ministerio de Hacienda
- Señor Hernández, retención del IVA establecida a los mataderos y otros establecimientos.
- Señor Hidalgo, exportaciones de productos frescos, en particular, merluza austral.
- Señor Navarro, licitación para compras de chalecos antibalas para Gendarmería.
- Señor García, otorgamiento de asignación de zona a funcionarios de la aduana de Puesco, Novena Región.
- Señor Kuschel, cortes de energía eléctrica en la zona de Los Angeles a Quellón.
- Señor Pedro Muñoz, destino de ingresos provenientes de la enajenación de la Planta Faenadoras de carnes de Sacor Ltda.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 434, transparencia en la información respecto de los costos de administración de las AFP.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 442, regular con transparencia los procedimientos de traslado de fondos bancarios, con el objeto de proteger a los usuarios.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 447, apoyo al Convenio “Marco” de la OMS para el control del tabaco y la adopción de acciones contra su consumo.
Ministerio de Justicia
- Señora Saa, investigación sumaria sobre violación de niña.
Ministerio de Educación
- Señor Bayo, priorización de festivales folklóricos.
- Señor Hidalgo, designación de Quillota como capital cultural regional.
- Señor Navarro, información sobre atraso en entrega de escuela en comuna de Florida, Octava Región.
Ministerio de Defensa Nacional
- Señor Navarro, condiciones de seguridad en aeródromos y aeropuertos del país.
- Señor Navarro, información de la unidad policial de Santa Juana en la Octava región.
- Señor Seguel, sumario administrativo a guardaespalda de Manuel Contreras e información sobre personal del Ejército destinado a esas funciones.
- Señor José Antonio Galilea, vehículo policial para el retén de Carabineros de Cherquenco.
- Señor Ojeda, estadísticas de accidentes de tránsito con fuga.
Ministerio de Obras Públicas
- Señor Jaramillo, medidas en favor de zonas afectadas por temporales.
- Señor Delmastro, obras viales en la comuna de Lanco.
- Señor Delmastro, construcción de terraplenes en el puente Formio en la comuna de Máfil.
- Señor Jaramillo, reparación de puente Malihue de la comuna de Los Lagos.
- Señor Bayo, construcción de puente sobre el vado Valdivia.
- Señor Jaranillo, daños ocasionados por el paso de camiones madereros en caminos de Temuco.
- Señor Prieto, programa de agua potable rural.
- Señor F. Letelier, situación de caminos de la provincia de Ñuble.
- Señor Kuschel, pavimentación y reparación de caminos en Puerto Montt.
- Señor Kuschel, construcción de rampa para transbordadores en Máchil, Isla de Puluquí.
- Señor García, asfaltado de camino entre Curarrehue y nueva aduana de Puesco.
- Señor Egaña, información sobre financiamiento de Empresa de Transportes de Pasajeros Metro S.A.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 431, sistema de cobro que se aplicará en las autopistas urbanas a los vehículos de emergencia y motocicletas.
- Señor Hernández, recursos para mantención de caminos en provincia de Osorno.
Ministerio de Agricultura
- Señor Bertolino, contaminación del Río Elqui.
- Señor Felipe Letelier, pozos de noria en el sector de La Gloria y otros.
- Señor Hidalgo, avances camino vecinal de acercamiento al mar.
- Señor Delmastro, santuario de la Naturaleza Río Cruces.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 435, Adopción de medidas sobre recuperación de suelos degradados.
Ministerio de Bienes Nacionales
- Señor Navarro, asignación de títulos de dominio en la isla Santa María, Octava Región.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- Señor Navarro, informe sobre empresa Crossville Fabric Chile S.A.
- Señor Escalona, adopción de medidas para paliar cesantía en provincia de Arauco.
- Señor José Antonio Galilea, fundamento legal para no incluir en el cálculo de pensiones la asignación de zona.
- Señor Mora, informe sobre propiedad de acciones de directores de AFP en CTC Chile.
- Respuesta a proyecto de acuerdo 376, proyecto de ley para que excedentes del cobre se destinen a reajustar u otorgar un bono a las pensiones mínimas.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Señor Jaramillo, viviendas construidas en la provincia de Valdivia durante 2004.
- Señor Tuma, asignación de recursos para reparación de casas adquiridas a través de subsidios del Estado, en Novena Región.
- Señor Correa, situación que deriva del no pago de subsidios habitacionales.
Ministerio de Salud
- Señor Navarro, sanciones aplicadas en Concepción y Talcahuano en relación con el medio ambiente.
Ministerio de Minería
- Señor Dittborn, observaciones y críticas al tratamiento del proyecto de ley que establece un royalty a la minería.
Ministerio Secretaría de la Presidencia
- Señor J. Pérez, tratamiento de aguas servidas en la localidad de Nacimiento.
- Señor Ortiz, urgencia para el proyecto de ley sobre participación ciudadana.
- Señor Villouta, urgencia para proyectos de ley sobre Código de Aguas y bosque nativo.
Consejo de Defensa del Estado
- Hace presente situación que indica.
- Señor Juan Pablo Letelier, usurpación de cerros comunitarios.
- Señor Burgos, contratación de abogados extranjeros.
Superintendencia de AFP
- Señor Burgos, contratación de abogados extranjeros.
Municipalidades de Arica y Lota
- Señor Navarro, tenencia, cuidado y control de perros vagos.
Municipalidades de Maipú, Lebu, San Pedro de la Paz, Angol, Calama, La Higuera, Concón, Aisén, Petorca y Pedro Aguirre Cerda
- Señor Navarro, clases de religión evangélica en colegios del país.
Municipalidad de Rancagua
- Señor Valenzuela, ejecución de calle de servicio para supermercado Líder de Rancagua.
Segundo juzgado de Policía Local de Antofagasta
- Señor Araya, número de denuncias cursadas por infracción a la ley de alcoholes en la ciudad de Antofagasta.
Dirección General de Carabineros
- Señor Araya, partes de alcoholes cursados en la ciudad de Antofagasta.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (71)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional no estuvieron presentes los diputados señores Patricio Cornejo y Pablo Lorenzini.
-Asistió, además, el ministro del Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.40 horas.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
El acta de la sesión 42ª de la legislatura ordinaria 351ª, se declara aprobada.
El acta de la sesión 43ª de la misma legislatura, queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ) da lectura a la Cuenta.
ARCHIVO DE PROYECTOS.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación para archivar los seis proyectos que figuran en el punto 4 de la Cuenta.
Acordado.
AMPLIACIÓN DE PLAZO A COMISIÓN
.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión de Minería y Energía para prorrogar en 30 días el plazo para emitir el informe del proyecto de acuerdo Nº 414, que propone una nueva política energética.
Acordado.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Propongo a la Sala integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas durante la tramitación del proyecto que regula la propiedad de las embarcaciones destinadas a la pesca artesanal con los diputados señores Jorge Ulloa, Exequiel Silva, Leopoldo Sánchez, Pablo Galilea y Samuel Venegas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS Y DE SALDO DE REMUNERACIONES DE TRABAJADORES TEMPOREROS. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el Orden del Día, corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de remuneraciones por jornada extraordinaria y de trabajadores temporeros agrícolas.
Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Pablo Prieto.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 3696-13, sesxión 1ª, en 5 de octubre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 5.
-Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Documentos de la Cuenta Nº 3, de esta sesión.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Solicito el acuerdo de los señores diputados para permitir el ingreso a la Sala del jefe del área legislativa del Ministerio del Trabajo, señor Francisco del Río.
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Boris Tapia, quien rendirá el informe en esta oportunidad.
El señor TAPIA.-
Señor Presidente , paso a informar a la Sala sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, originado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República , que modifica el Código del Trabajo en materia de remuneraciones por concepto de jornada extraordinaria y de trabajadores temporeros agrícolas.
El Ejecutivo inició el trámite de la iniciativa con urgencia calificada de “suma”.
El proyecto fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.
A la sesión respectiva asistieron el ministro del Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari , su asesor legislativo, don Francisco del Río , y el jefe de gabinete de la Subsecretaría del Trabajo , don Felipe Sáez .
El proyecto consta de un artículo único y modifica el Código del Trabajo de la siguiente forma:
Por su letra A), se modifica el artículo 32 en orden a establecer que para los efectos del cálculo de los recargos que corresponden a un trabajador para remunerar las horas de sobretiempo u horas extraordinarias, se debe considerar como piso el ingreso mínimo mensual que fija la ley.
La remuneración de cada trabajador puede ser fija, mixta o enteramente variable, conforme sean las condiciones acordadas en el contrato. Sin embargo, los recargos del 50 por ciento sobre el valor de la hora ordinaria que corresponden a los pagos legales por trabajo en sobretiempo, tienen su base de cálculo en el componente fijo de la remuneración del trabajador, es decir, en el sueldo base pactado en el contrato. Ello ha implicado que en algunos sectores, principalmente del comercio comisionista, se establezcan salarios fijos artificialmente bajos, a fin de que los recargos por horas extra sean irrelevantes desde el punto de vista de los costos.
En los hechos, esto ha implicado que el valor de la hora ordinaria sea superior a la hora extra, lo que no guarda relación con el espíritu de la reglamentación de la jornada extraordinaria, que considera el esfuerzo del trabajador por sus obligaciones ordinarias.
De esa forma, la iniciativa propuesta por el Ejecutivo establece una base mínima de cálculo para el recargo de la jornada extraordinaria al situarla en el salario mínimo que establece la ley para la jornada ordinaria de trabajo. Esta norma fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, junto a una pequeña precisión que hace más explícita la referencia al ingreso mínimo como base de cálculo para el pago de la jornada extraordinaria de trabajo.
En su letra B) el proyecto hace aplicable la misma norma a los trabajadores que laboran en jornada parcial, ya que ellos también pueden pactar jornadas extraordinarias.
El objeto de esta norma es que el cálculo de los recargos tenga como base el ingreso mínimo mensual, aunque éste sea proporcional a la cantidad de horas por las que fue contratado el trabajador a jornada parcial.
Finalmente, el proyecto considera una norma que modifica el artículo 94 del Código del Trabajo, a fin de establecer un mecanismo de resguardo para las remuneraciones adeudadas a los trabajadores temporeros agrícolas, en el caso de que éste no alcance a cobrar, total o parcialmente, su última remuneración por haber emigrado a otra zona del país, lo que es habitual en esta actividad. Este mecanismo consiste en la obligación del empleador de enterar dicho saldo de remuneración en la cuenta del seguro de desempleo que corresponde al trabajador.
Por su parte, los diputados integrantes de la Comisión expresaron, unánimemente, su conformidad con la iniciativa legal propuesta y manifestaron su interés de terminar con la práctica generalizada en parte del sector servicios de fijar sueldos base de montos irrisorios o que no reflejan el nivel real de ingreso de sus trabajadores.
Asimismo, manifestaron su conformidad con la solución propuesta para los trabajadores temporeros agrícolas, en cuanto garantiza que recibirán los saldos impagos de remuneraciones.
De esta forma, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recomienda la aprobación de esta iniciativa legal por tratarse de normas que apuntan en forma directa a la protección de las remuneraciones de los trabajadores y al establecimiento de un criterio elemental de justicia, por cuanto se determina que las horas que el trabajador entrega a la empresa fuera de su jornada ordinaria sea remunerada adecuadamente en conformidad con el espíritu de la ley laboral.
Es cuanto puedo informar sobre esta iniciativa, la cual llamo fervientemente a aprobar, ya que se trata de un gran avance en materia de justicia y equidad en el empleo.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente, el proyecto tiene por objeto focalizar las remuneraciones que por jornadas extraordinarias que reciben muchos trabajadores y resolver situaciones que se encontraban pendientes.
El proyecto favorece al trabajador agrícola puesto que, atendida la precariedad del medio en materia contractual, el pago de horas extraordinarias es injusto o casi inexistente. Por ello, en caso de que el sueldo convenido fuere inferior al ingreso mínimo mensual, éste constituirá la base de cálculo para el respectivo recargo.
Por último, otro aspecto relevante del proyecto es que en caso de existir saldos de remuneración que no hayan sido pagados al trabajador, las empresas agrícolas deberán depositarlos en la cuenta individual del seguro de desempleo creado por la ley Nº 19.728 y los mandantes responderán de estos pagos de conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 64 bis.
Es decir, si se deben sueldos sobresueldos, participaciones, gratificaciones o comisiones, todas formas de remuneración, el empleador deberá depositarlos en la cuenta individual del seguro de desempleo. Además, los dueños de las empresas deberán responder de las obligaciones de los contratistas que hubieren proporcionado el personal.
El proyecto mejora ostensiblemente las remuneraciones de muchos trabajadores que perciben sueldos inferiores al sueldo mínimo.
¡Increíble pero cierto!, porque todavía se encontraba pendiente ese cálculo justo que faltaba para mejorar la situación de muchos trabajadores, de modo que sólo me resta invitar a los diputados y diputadas a votarlo favorablemente.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado Carlos Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , el proyecto en debate, cuya urgencia fue calificada de “suma”, modifica algunos artículos del Código del Trabajo, con el objeto de establecer una base mínima de cálculo para la ponderación de los recargos a que haya lugar al pagar horas extraordinarias y un sistema de pago de saldos de remuneraciones adeudadas a trabajadores temporeros agrícolas.
La iniciativa, originada en mensaje del Ejecutivo, propone una modificación que está en la línea correcta, pues implica una respuesta efectiva a una situación que desde hace años ha afectado a muchos trabajadores.
Como consecuencia de las reformas laborales, el artículo 32 del Código del Trabajo dispone que las horas extraordinarias deberán pactarse por escrito en el contrato de trabajo o en un acto posterior. Sin embargo, es sabido que en las distintas áreas de la economía hay trabajadores que en muchos casos no pueden cumplir con las faenas que les solicitan porque no tienen pactadas horas extraordinarias, aunque en muchos casos se pasa a llevar dicha normativa legal. La iniciativa es una respuesta a ese problema, pues flexibiliza la norma, lo que favorecerá a miles de trabajadores cuya remuneración por jornada ordinaria de trabajo en muchos casos ni siquiera alcanza el sueldo mínimo. El proyecto corrige esa situación, pues establece una base mínima de cálculo para la jornada extraordinaria, al situarla en el salario mínimo que establece la ley para la jornada ordinaria de trabajo. Lo anterior evitará lo que actualmente sucede en el mundo laboral, es decir, que haya sueldos base de 30 ó 40 mil pesos y que el resto de las remuneraciones de algunos trabajadores esté compuesto de asignaciones o comisiones.
La iniciativa está en la línea correcta, porque corrige la deficiencia que se genera en la relación entre trabajadores y empresarios.
Por otra parte, también soluciona otra situación que se viene arrastrando durante mucho tiempo, relacionada con los pagos o bonos pendientes a los trabajadores temporeros cuando finaliza la faena. Por ejemplo, en los packing se suscriben contratos por trato para hacer más eficiente el trabajo. A pesar de que con ese sistema se logra empaquetar más cajas, en muchas ocasiones la liquidación de los sueldos de los trabajadores queda pendiente. La iniciativa viene a corregir esta situación, pues establece que las remuneraciones que se paguen con posterioridad a la fecha de despido del trabajador deberán ser ingresadas a su cuenta individual de seguro de desempleo. Creo que esta es una norma inteligente, pues permite resolver un problema que se les presenta a los empresarios, además que posibilita que los trabajadores reciban íntegramente lo convenido una vez que han cumplido con su faena.
En consecuencia, solicito a la Sala que apruebe la iniciativa, a fin de que pueda ser despachada en el más breve plazo por el Congreso Nacional.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , ante todo, me sumo a la opinión de los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra respecto de la importancia de esta iniciativa del Gobierno del Presidente Lagos, materializada a través del ministro del Trabajo y Previsión Social , señor Ricardo Solari . Este proyecto se enmarca en los esfuerzos que viene haciendo el Gobierno para mejorar las condiciones de nuestros trabajadores y trabajadoras.
Para los legisladores, en especial para quienes integramos la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, muchas veces resulta frustrante ver cómo disposiciones que cuesta tanto trabajo incorporar en nuestra legislación laboral, muy pronto dejan de ser respetadas por algunos empresarios. Y digo por algunos empresarios, porque no todos desconocen derechos ni abusan con sus trabajadores.
De manera que, tal como lo dijeron el diputado Carlos Vilches y el diputado informante Boris Tapia , este proyecto corrige la base de cálculo de las horas extraordinarias, porque la forma en que los empresarios disponen del tiempo de trabajo de sus trabajadores y trabajadoras ha llegado a niveles casi de esclavitud. Es así como especialmente en el sector del comercio y a pesar de que nuestra legislación establece que las horas extraordinarias deben ser pactadas, por lo menos, con tres meses de anticipación, los empleadores suelen avisar repentinamente a sus trabajadores que al día siguiente deben realizar una jornada de trabajo más extensa. Esto sucede en importantes redes de farmacias, como Farmacias Ahumada, que ofrece 24 horas de servicios a costa de trabajadores y trabajadoras.
Lo que ha venido sucediendo es que la base de cálculo de las horas extraordinarias no es su sueldo ni el salario mínimo, sino lo que se considera como su remuneración. Incluso, en la Comisión investigadora de la aplicación y evaluación de las leyes del Trabajo hemos recibido denuncias en cuanto a que a algunos trabajadores se les paga un sueldo mínimo de un peso para calcular las horas extra que se acumulan, lo que resulta irrisorio. Todos sabemos que las horas extraordinarias corresponden a tiempo de trabajo adicional en una determinada empresa, y significan un 50 por ciento por sobre el sueldo base. Entonces, para abaratarlas, a algunos trabajadores -así nos lo han dicho- se les paga un sueldo base de un peso.
Esta situación que resulta irrisoria y que afecta en particular a trabajadores y trabajadoras de temporada es corregida por el proyecto. Se trata de uno de los sectores más activos de nuestra economía y del cual nos sentimos orgullosos por los niveles que han alcanzado las exportaciones y por la buena reputación que ha alcanzado nuestra economía en el mundo globalizado de hoy. Sin embargo, todo esto es a costa del trabajo de hombres y mujeres, aspecto al cual se le ha ido dando cada vez menos importancia, porque el crecimiento de nuestra capacidad exportadora y la instalación económica en el mercado internacional no se ven reflejados en sus ingresos o en mejores condiciones laborales.
Por eso, es muy importante que el Ejecutivo haya enviado esta iniciativa que establece que, aunque un trabajador o trabajadora tenga un sueldo menor al salario mínimo, la hora extraordinaria deberá calcularse sobre la base de éste. Y esto es muy importante, en particular para los trabajadores del comercio y de temporada.
En la Comisión investigadora hemos aprendido mucho sobre la forma en que la legislación laboral puede ser burlada. Como legisladores hemos podido hacer un seguimiento de la aplicación de la ley que aprobamos. Existen irregularidades en el comercio; incluso, en grandes tiendas como Falabella.
Por eso apoyé la indicación presentada por el diputado Pedro Muñoz en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social -fue rechazada, porque sólo votamos a favor el diputado Muñoz y quien habla- y que repondremos en la Sala, la cual apunta a que el beneficio que se concede a través de este proyecto también se entregue a los trabajadores del comercio, sobre todo de grandes tiendas como Falabella, Almacenes Paris y otras, donde los contratos no se pactan sobre la base de un sueldo, puesto que su remuneración está constituida por comisiones por ventas, etcétera.
Por eso, reitero que respaldo la indicación del diputado Pedro Muñoz , que será sometida a la consideración de la Sala, que dispone que el beneficio consignado en el proyecto también se otorgue a los trabajadores que contractualmente no tengan un sueldo base y cuyos ingresos están conformados por las comisiones que reciben proporcionalmente a las ventas que realizan.
Por lo tanto, anuncio en forma muy entusiasta que la bancada del Partido por la Democracia dará su aprobación a esta iniciativa, porque avanza en el otorgamiento de más derechos y en la construcción de una cultura de respeto hacia nuestros trabajadores, al considerarlos un capital humano y no un desecho a disposición de los vaivenes del mercado y de los intereses de concentración de la riqueza que lamentablemente hoy observamos en el país.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señor Presidente , me alegro de participar en esta discusión.
Quiero referirme en particular a los trabajadores temporeros del sector agrícola, que han ido aumentando con el tiempo. Pero es como para lamentarlo, porque con la apertura de los mercados y la capacidad empresarial de los grandes agricultores, los pequeños agricultores se han ido transformando en trabajadores agrícolas. Antiguos agricultores parceleros de la reforma agraria que generaban una importante cantidad de puestos de trabajo en el sector agrícola, hoy se han convertido, junto con sus hijos, en trabajadores de temporada.
Quiero dar el ejemplo de San Fernando, que represento en la Cámara de Diputados. La mayoría de sus pobladores vive de la agricultura, del trabajo de temporada, que en el año les significa recibir sólo seis meses de sueldo; el resto del año, como decimos en la zona, son “meses rojos”, en los cuales no reciben ningún tipo de salario, pues no existen fuentes laborales que les permitan trabajar con dignidad.
Para nosotros es fundamental continuar legislando para proteger los derechos de los trabajadores agrícolas, porque los seis meses que trabajan constituyen el único sustento que les permite sobrevivir junto a sus familias el resto del año.
Este proyecto se enmarca en la discusión del salario mínimo para los años 2004 y 2005. Con esta iniciativa, el Gobierno cumple un compromiso adquirido con los trabajadores temporeros. Nos alegra participar en este debate, a pesar de que, sin duda, introduce una reforma bastante pequeña, pero que nos permite seguir avanzando.
Me interesa, sobre todo, lo relativo al seguro de cesantía, que aprobamos en la Cámara, y la cuenta individual de cada trabajador. Es muy importante depositar los saldos de remuneración que no hayan sido pagados en la cuenta individual del seguro de desempleo. Asimismo, es necesario regularizar el cálculo de las horas extraordinarias sobre la base del sueldo mínimo.
Por eso, por los trabajadores de los distintos sectores agrícolas que me honro en representar, votaremos favorablemente. Ojalá que el Gobierno, haciendo uso de sus atribuciones, siga trabajando para proteger a los trabajadores agrícolas que son el sustento de muchas familias, sobre todo de nuestra zona central.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , quiero expresar mi satisfacción por este proyecto enviado por el Gobierno y estudiado por la Comisión del Trabajo, que tiene por objeto buscar una solución a un problema que ha provocado tanta preocupación a los trabajadores, en particular a los agrícolas.
Me parece muy importante establecer un cálculo de las horas extraordinarias sobre la base del sueldo mínimo, así como también se debe depositar en la cuenta individual del seguro de desempleo los saldos de remuneración.
Sin embargo, aprovechando la presencia del ministro del Trabajo , quiero manifestar una preocupación que le hice notar en la Comisión Mixta de Presupuestos y que le había hecho presente mediante oficio en el verano pasado, en el sentido de que para que esto no sea letra muerta es necesario que los funcionarios de la Inspección del Trabajo realicen una fiscalización preventiva, especialmente en los sectores agrícolas, que están viviendo una situación muy compleja y que, seguramente, se repite en San Fernando y Colchagua , tal como lo manifestó la colega Alejandra Sepúlveda .
Como estos trabajos tienen una duración sólo de seis meses, muchas veces, los temporeros prefieren que no les hagan imposiciones, a pesar de que algunos empresarios quieren pagarlas. Esto da lugar a una competencia desleal. Por eso, reitero, para que el proyecto sea verdaderamente eficiente y no letra muerta, es necesario entregar facultades a los inspectores del Trabajo, a fin de que puedan realizar una labor preventiva que permita no sólo el pago de las remuneraciones, sino también una mejor coordinación y trato entre trabajadores y empresarios.
Como dije, lo hice presente mediante oficio en la temporada pasada y lo reiteré en la Comisión Mixta de Presupuestos, porque en un informe se indicó que esto se había hecho el año pasado en las regiones Sexta y Séptima, pero no en la Región del Biobío.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , quiero valorar este proyecto que va en la dirección correcta. En el caso de los temporeros agrícolas, recién conversaba con el ministro y le manifestaba que se considerara la posibilidad de otorgar este beneficio a todos los trabajadores. ¿Qué ocurre, por ejemplo, con los trabajadores de empresas contratistas de la construcción y de la minería? ¿Acaso sólo los trabajadores agrícolas tendrán la posibilidad de que sus saldos de remuneración sean depositados en la cuenta individual del seguro de cesantía? ¿Por qué no el resto de los trabajadores? Por eso, debiéramos estudiar una solución a este problema. Es un error el título del proyecto. A mi juicio, no debe ser exclusivo para los trabajadores agrícolas, Además hay muchas personas con trabajo fijo, pero respecto de los cuales también se está eludiendo el pago de las horas extraordinarias sobre la base del salario mínimo. Ojalá se estudie por parte del ministerio una norma que se aplique a todos los trabajadores.
En general, creo que la iniciativa apunta en la dirección correcta. Espero que se siga perfeccionando el Código del Trabajo, de manera que sea lo más completo posible, igual para todos los chilenos, independientemente de la actividad que desarrollen.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente , cuando discutimos el proyecto en la Comisión, lo primero que le manifesté al señor ministro fue que da vergüenza tener que legislar sobre esta materia, considerando que en el Código del Trabajo esta situación ya se encuentra contemplada en un artículo que trata sobre la jornada laboral y las horas extraordinarias, el cual es bien claro respecto de cómo deben pagarse estas últimas.
Uno supone la buena fe del empleador a la hora de respetar lo que se encuentra establecido en el Código del Trabajo y en las leyes relacionadas con esta materia. Dicho código es bien claro y bien preciso respecto de cómo deben pagarse las horas extraordinarias.
Cuando el legislador discutió la norma respectiva, lo hizo pensando en la buena fe del empleador, de manera que no consideró necesario entrar en tanto detalle minucioso para que pagara lo que corresponde por concepto de horas extraordinarias.
Por eso, reitero, le dije al señor ministro que da vergüenza la actitud de algunos empleadores -no todos, por supuesto; a mi juicio, es la minoría- que han aprovechado un subterfugio, sobre la base de una omisión en que se incurre en el Código del Trabajo, para -como muy bien decían la diputada señora Muñoz y otros colegas- establecer contratos de trabajo por montos tan bajos como un peso, 500 pesos, mil pesos, 5 mil pesos. Así, es claro que lo que establece el Código, en cuanto a que la hora extraordinaria se pagará con 50 por ciento de recargo, en la práctica no se lleva a efecto.
Un caso que contó el Presidente de la República : a un trabajador de determinada tienda -situación que se da mucho en el comercio, sobre todo en las grandes empresas- le fijaron como sueldo base 1 peso; el resto de su remuneración lo obtiene sobre la base de comisiones. Si, por ejemplo, en una semana ese trabajador cumplió seis horas extraordinarias, ¿saben los colegas cuánto vale cada una de ellas? Si el sueldo es de un peso al mes, para efectuar el cálculo debe dividirse ese monto por el número de días hábiles que trabajó al mes, que, para nuestro caso, lo fijaremos en 24; es decir, un peso dividido por 24 días. Después, ese resultado debe dividirse por ocho para saber cuánto vale la hora trabajada. A este último monto debe recargársele el 50 por ciento. Así, si ese trabajador gana como sueldo base un peso al mes, la hora extraordinaria debe ser de alrededor de una diez milésima de peso.
Reitero: cuando el legislador dictó la ley, lo hizo pensando en la buena fe de los empleadores. Sin embargo, no todos han obrado sobre la base de ese principio; sólo algunos comenzaron a celebrar este tipo de contratos. Por eso, da vergüenza legislar sobre esta materia para decirles a esos: “Una manzana más otra manzana suman dos manzanas. Una pera más otra pera son dos peras”, porque buscan la forma de hacer que una pera más otra pera sume una manzana -o un cuarto de manzana, como dice el diputado Ascencio -. Ese tipo de empleadores da vergüenza.
Lo anterior lo afirmo con propiedad, porque en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social hemos conocido varios casos. En la Comisión investigadora encargada de analizar la situación de los derechos de los trabajadores, como consecuencia de las modificaciones introducidas por la ley Nº 19.759, que preside el diputado Juan Pablo Letelier , se han entregado muchos antecedentes de situaciones como las que he dado a conocer.
Voy a afirmar algo más grave. Aunque no lo crean, uno de los empleadores que utiliza este recurso con los trabajadores es una gran tienda: Almacenes París. Publica propaganda, da regalos, baja los precios, ofrece las mejores garantías, pero es la que trata de la peor forma a sus trabajadores.
Por lo tanto, debemos elaborar este tipo de leyes, para que los empleadores paguen lo que corresponde por concepto de horas extraordinarias.
El proyecto y una indicación presentada fueron aprobados por unanimidad.
La norma que dispone la agregación de los saldos de la remuneración en la cuenta individual del seguro de cesantía está muy bien planteada y no corresponde que se aplique a todos los trabajadores, porque atañe sólo a los de temporada, debido a que éstos, normalmente, trabajan un tiempo en un lugar y después se cambian a otro, razón por la cual le quedan pendientes uno o dos días que no les alcanzan a pagar. A fin de mes y al final del año tributario, esos días le provocan problemas contables al empleador, pero no al trabajador.
Es necesario encontrar una rápida solución a este problema, porque los empleadores deben demostrar que han pagado ese dinero. Pero, a veces, eso no es posible, debido a que el trabajador se cambia de trabajo y se va a otra ciudad y, por lo tanto, no vuelve al fundo o al packing a cobrar esos días adeudados. Por ejemplo, supongamos que un trabajador labora en Talca. Si anteriormente trabajó en Rancagua, para cobrar esos días deberá viajar a esta última ciudad, pero en pasajes gastará más de lo que cobrará por los días trabajados que le deben. Por lo tanto, al empleador le es más fácil depositarlo en la cuenta individual del seguro de desempleo del trabajador y a éste le conviene que ese monto se agregue a dicha cuenta, para no tener que viajar a cobrarlo.
Concedo una interrupción al diputado Jorge Ulloa .
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , sólo quería señalar que al diputado Seguel no se le entendió muy bien la última parte de su intervención.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Recupera la palabra el diputado Rodolfo Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente , pensé que estábamos tratando el tema en serio.
En una oportunidad anterior, cometí un exabrupto con el diputado Ulloa , pero con posterioridad le ofrecí mis disculpas. Sin embargo, él está cometiendo el mismo error conmigo. Sinceramente, no pensé que pudiera actuar así y lamento que haya llegado a este nivel de molestia.
Vuelvo al tema en debate. Repito que no es necesario hacer extensiva la aplicación de la norma que establece que los saldos de remuneración adeudados se depositarán en la cuenta individual del seguro de desempleo a todos los trabajadores, porque, en general, no se cambian permanentemente de lugar de trabajo, sino que, por el contrario, tienden a permanecer en el mismo.
El Ministerio del Trabajo ha cumplido lo que prometió hace unos cuantos meses, en el sentido de solucionar este problema.
El diputado Pedro Muñoz presentó una indicación a la letra A) del artículo único, a la cual me opuse en su momento porque no tenía antecedentes sobre su contenido. Tengo entendido que la renovará, pero no sé si habrá tiempo para verla hoy, porque si el proyecto vuelve a la Comisión de Trabajo perderemos innecesariamente dos semanas. Ahora, si su texto es claro, preciso y se explica bien en la Sala -el diputado señor Montes también sabe algo al respecto-, la podríamos votar e incluir en la proposición de la Cámara al Senado, ya que pronto llegará el verano y se activarán los trabajos de temporada, razón por la cual hay que buscar una solución muy pronto para este problema.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , como muy bien decía la diputada señora Alejandra Sepúlveda , el proyecto conlleva una reforma pequeña, pero de un gran impacto.
Creo que está muy bien todo lo que vaya en la línea de terminar con las farsas en nuestra legislación -digámoslo claramente-, y este paso de justicia social con los trabajadores se agrega al acuerdo de ayer en el Senado, que provocará cambios muy importantes en nuestra institucionalidad y perfeccionará la democracia.
Como se ha señalado, en múltiples sectores de la economía, en especial con el trabajador comisionista, los contratos se firman por montos irrisorios. Al caso de un peso como sueldo base que se puso de ejemplo, podemos añadir uno más frecuente: un sueldo base de 20 mil pesos tiene una hora extraordinaria de 145 pesos. Ahora, si se establece como base mínima de cálculo un componente fijo, con un sueldo mínimo de 120 mil pesos, esa hora costará 785 pesos, que es lo que corresponde, y no al revés. En la actualidad, en muchos casos vale más que la ordinaria. Por lo tanto, la modificación al artículo 32 del Código del Trabajo va en la dirección de otorgar justicia social con los trabajadores.
Además, el inciso tercero que es agrega al artículo 94 del Código del Trabajo tiene que ver con los trabajadores temporeros. En caso de que existan saldos de remuneración que no hayan sido pagados, las empresas agrícolas deberán depositarlos en la cuenta individual de seguro de desempleo.
En consecuencia, las modificaciones a los artículos 32 y 94 del Código del Trabajo implican un paso importante en la perspectiva de hacer justicia con los trabajadores, especialmente cuando los indicadores de desempleo cuesta un poco creerlos, particularmente del mundo de la agricultura. A veces, un trabajador que cumple labores parciales, incluso que está casi de visita en un predio agrícola, al momento de la encuesta se le considera con ocupación.
Por eso, votaré a favor del proyecto.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Muñoz.
El señor MUÑOZ .-
Señor Presidente , considero, al igual que algunos diputados que me han antecedido en el uso de la palabra, que este proyecto viene a solucionar un grave problema que afecta a miles de trabajadores chilenos, especialmente del sector comercio que, lamentablemente, no ha podido ser completamente erradicado, pese a la vasta jurisprudencia administrativa emanada de la Dirección del Trabajo.
La existencia de una fórmula de cálculo de las horas extraordinarias, que depende de la hora normal de trabajo, valorada según el sueldo, agudizó el ingenio a muchos empleadores, quienes entendieron que fijando éste a niveles irrisorios, prácticamente, las horas adicionales no serían pagadas o tendrían un valor ínfimo.
Quiero reiterar los casos que aquí se han señalado. Hay sueldos base de 2.500 pesos que se pagan en algunas tiendas de Falabella, o de 4.000 pesos, en una gran multinacional de comida chatarra, y hasta de un peso. Estos ejemplos son abundantes y los cito para hacerlos más gráficos y reveladores. También hay muchos sueldos de 20 mil o de 30 mil pesos que, aunque superiores a los señalados, han sido fijados de manera manifiestamente malintencionada. De esa forma, se pagan horas extras con sumas no sólo miserables, sino indignas, ello si se puede hablar de pagar.
La solución que se plantea en el proyecto es fijar como piso para este cómputo el equivalente al ingreso mínimo mensual. Así, el valor de la hora extraordinaria de trabajo para una jornada ordinaria se acercará a los mil pesos, incluyendo el valor de la hora normal, más el recargo que impone la ley. Me parece un avance importante.
Sin embargo, quiero aprovechar el debate de este proyecto para hacer presentes otros problemas graves que afectan a los trabajadores del comercio y que estimo necesario atender a la brevedad. Uno de ellos es el denominado derecho a la semana corrida. Se trata de una antigua conquista de los trabajadores contratados por día que también les permite obtener remuneración por su descanso o un valor promedio de lo obtenido en los restantes días de la semana. Pero algunas empresas intentan vulnerar este derecho por dos vías:
La primera, argumentando que los trabajadores están contratados por semana y no por día, lo que la jurisprudencia administrativa ha rechazado, fundado en el hecho de que el pago al cabo de siete días no obsta a que la remuneración se haya devengado por cada jornada.
La segunda, pretendiendo que la comisión por venta que reciben esos trabajadores, quienes, además, carecen de un sueldo base, comprende todas las remuneraciones a que tienen derecho, como asimismo la denominada semana corrida e, incluso, las horas extraordinarias, lo que también ha sido rechazado por la Dirección del Trabajo.
Señor Presidente , por su intermedio, quiero responder a una petición del diputado Seguel . La indicación que presentamos con la diputada Adriana Muñoz , que fue rechazada en la Comisión de Trabajo, señalaba que en el caso de no existir sueldo convenido, cuando el monto de la remuneración fuere inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, éste constituirá la base de cálculo para el respectivo recargo. Hay casos, particularmente en Falabella, donde los trabajadores no tienen sueldo base, sino que sólo ganan la remuneración por comisiones por ventas y a ella se incorporan todos los estipendios de la semana, incluso las horas extraordinarias. Por eso, queríamos presentar esa indicación para resolver lo que, a nuestro juicio, consideramos injusto. Ha habido trabajadores que interpusieron acciones ante los tribunales e, incluso, obtuvieron fallos favorables de la Corte Suprema. También la Dirección del Trabajo ha cursado infracciones a algunos empleadores por no consignar en los contratos de trabajo de cada trabajador el sueldo que debiera percibir. El problema es que ello no es imperativo y, en el caso de grandes empresas, puede que no paguen, que asuman el juicio posterior, soporten largos procesos y que ganen por aburrimiento o deserción de los trabajadores. A mi juicio, la solución sería modificar el artículo 45 para dejar en claro que este derecho no es sólo para quienes laboran por día, sino también por cualquier período inferior a un mes.
Otro problema importante se refiere a la indemnización por años de servicio. Los trabajadores con renta variable reciben un promedio de sus últimas remuneraciones mensuales. ¿Qué ocurre realmente? Trabajadores que laboran durante años en multitiendas, por ejemplo, bajo cualquiera de las razones sociales con que éstas contratan, son destinados, poco antes de sus despidos, a áreas o secciones de ventas extremadamente bajas o, simplemente, donde no las hay. El objetivo es minimizar las indemnizaciones. Por eso, en este sentido, debiéramos extender el plazo del cómputo de las rentas para efectos de determinar la indemnización.
Por último, me parece que es necesario abordar el tema de los trabajadores comisionistas. Es una modalidad que se extiende dramáticamente en el país y respecto de la cual no existe certeza alguna acerca de las remuneraciones que perciben. Se ha pasado de un sueldo base normal, completado con diversas asignaciones que estimulan la productividad, a un sistema donde el sueldo base prácticamente no existe y la casi totalidad de las remuneraciones proviene de ítemes variables.
Si bien es entendible que existan mecanismos de pago que establezcan incentivos para los trabajadores asociados a la producción o venta, según el caso, ello debe ser regulado, fijando algunos mínimos y topes que permitan al trabajador contar con cierta seguridad para planificar su gasto doméstico, asumir compromisos financieros y enfrentar períodos de enfermedad o invalidez cuando dicho estímulo no exista.
Asimismo, como consecuencia de la intervención del diputado Seguel , quiero hacer una reflexión relacionada con los trabajadores agrícolas. Efectivamente, cuando uno legisla, se presume que hay buena fe y que los empleadores van a cumplir con lo que señalan las normas que se aprueban. Sin embargo, estimo que, en unos seis o siete meses, vamos a estar debatiendo el mismo problema, pues no creo, por ejemplo, que un empleador agrícola, de buena voluntad, que no ha pagado ciertos emolumentos, los deposite en una cuenta individual del trabajador para el seguro de desempleo. Ésa es una utopía. Si no existe sanción, es muy difícil que los empleadores cumplan con esta obligación que se les impone a través del proyecto.
Por todo lo expuesto, quiero expresar mi pleno apoyo al proyecto, pero me gustaría que, en un futuro próximo, enfrentáramos estos graves problemas que afectan a miles de trabajadores chilenos que, pese a tener un trabajo relativamente estable y formal, laboran en una completa incertidumbre y precariedad.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.-
Señor Presidente, quiero manifestar nuestra complacencia por este proyecto que, tal como lo han señalado quienes me han antecedido en el uso de la palabra, corrige una serie de distorsiones que se produce en el mercado laboral a la hora de definir las remuneraciones de un importante grupo de trabajadores.
El proyecto presenta dos grandes objetivos claramente distintos.
El primero es hacer justicia a los trabajadores en el cálculo de la hora extraordinaria. No es -justo es reconocerlo- una acción generalizada en la actividad económica nacional. Fundamentalmente, está referida a aquellos trabajadores del comercio, de la venta al detalle, respecto de los que, debido a la naturaleza de este tipo de ocupación, sus remuneraciones, generalmente, están compuestas por un porcentaje fijo y otro -el más importante- variable.
Lamentablemente, nos encontramos con una práctica que, reitero, aunque no es generalizada, no es menos importante y requiere de una justa interpretación. A muchos trabajadores, cuya remuneración total es bastante mayor que el sueldo mínimo, se le calcula la hora extraordinaria sobre la base de un sueldo base inferior al mínimo, y, en algunos casos, de hasta de un peso. La Comisión de Trabajo conoció, durante los últimos meses, varias denuncias al respecto; pero, como no tenemos iniciativa legislativa para introducir modificaciones al Código del Trabajo a través de mociones, el Ejecutivo acogió nuestra opinión y presentó este proyecto de ley. Por lo tanto, el primer objetivo del proyecto se cumple, por cuanto, tal como se acordó y votó en forma unánime en dicha Comisión, cualquiera sea la remuneración convenida, el cálculo de la hora extraordinaria no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual que establece la ley.
El segundo objetivo está referido principalmente a los trabajadores temporeros agrícolas, no obstante existir otros trabajadores en situación similar, si bien son casos marginales, en faenas mineras y de la construcción. La iniciativa contempla un mecanismo de resguardo a las remuneraciones adeudadas a un trabajador temporero agrícola en el caso de que éste no alcance a cobrar total o parcialmente su último salario por haber emigrado a otra zona del país -frecuentemente, el costo de su traslado para cobrarlo es mucho mayor-. El empleador, la empresa agrícola -aunque muchas veces las empresas agrícolas contratan a sus empleados a través de terceros, de contratistas- estará obligado a enterar ese saldo en la cuenta del seguro de desempleo correspondiente al trabajador.
Aquí hablamos de dineros de propiedad del trabajador, que éste puede retirar en el evento de que quede cesante. Pero ¿por qué no darle la posibilidad de que decida qué hacer con esos fondos? Si él no manifiesta decisión en contrario, por ejemplo, que sean depositados en una cuenta personal o de ahorro, que opere lo establecido en el proyecto, cual es que sean depositados en su cuenta de seguro de desempleo.
Entonces -insisto-, la alternativa -ojalá la acoja el Ejecutivo - es que si el trabajador no manifiesta su decisión contraria, como sería la indicación que el depósito se efectúe en una cuenta personal, esos dineros se depositarán en su cuenta de seguro de desempleo. Es decir, que estos saldos de remuneración sean, por decirlo de alguna forma, de libre disposición.
Anuncio que la bancada de la UDI votará favorablemente el proyecto.
Por último, entiendo que se presentaron tres indicaciones. Tengo la impresión -como lo planteaba el diputado Muñoz - de que no tenemos iniciativa para legislar sobre la materia de que tratan, ya que es una facultad exclusiva del Ejecutivo , en tanto el proyecto apunta a modificar la base de cálculo de las remuneraciones. En consecuencia, en el minuto que corresponda, pediré un pronunciamiento de la Mesa sobre el particular.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , hoy estamos pronunciándonos sobre un proyecto presentado por el Ejecutivo , aprobado en forma unánime en la Comisión de Trabajo, que se enmarca en la política de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores cuyas remuneraciones se componen principalmente de elementos variables.
Creo que la opinión pública se sintió bastante golpeada cuando el propio Presidente de la República dio a conocer el caso de trabajadores que para los efectos de horas extraordinarias se les consideraba un sueldo base al mes de un peso, realidad que, por desgracia, se da en muchas de las grandes multitiendas. Con ello se impide que ese trabajador comisionista perciba, por concepto de horas extraordinarias, una remuneración mayor. El ejemplo entregado por el Presidente de la República grafica una práctica y el espíritu en que ella se sustenta, que ojalá desterremos para siempre.
El éxito de un país que crece debe ir acompañado de una relación armónica y equitativa y, por cierto, tal como lo expresa la Organización Internacional del Trabajo, de un trabajo digno, es decir, con condiciones dignas. Prácticas laborales como la descrita no debieran existir. Comparto con el diputado Seguel que ojalá ni siquiera tuviéramos que discutir este tipo de situaciones que afectan a muchísimos trabajadores del comercio, pero también a los temporeros agrícolas.
La bancada del Partido Socialista aprobará el proyecto porque así, al situar una base mínima de cálculo para el recargo de la jornada extraordinaria en el salario mínimo, se evitarán los abusos que actualmente se cometen.
Por otro lado, la iniciativa tiene un segundo objetivo cual es el de resguardar los saldos de remuneraciones adeudados a los trabajadores temporeros agrícolas, a través de obligar al empleador a depositarlos en las cuentas individuales del seguro de desempleo.
En esta Cámara tuvimos que crear una comisión investigadora, presidida por el diputado Juan Pablo Letelier , para analizar la situación de los derechos de los trabajadores después de las modificaciones introducidas al Código del Trabajo por la ley Nº 19.759. En ella se escuchó el testimonio de diversos trabajadores de cómo, en empresas de diferentes rubros -no en su totalidad, sino de un grupo de empresarios- todavía subsiste interés en llevar a cabo prácticas para burlar el Código del Trabajo, al impedir que los trabajadores puedan ejercer los derechos que les son consagrados en dicha normativa legal. Es lamentable que cada vez que tratamos de hacer alguna reforma laboral, nos encontramos con muchos tropiezos y, en general, con muy poco entusiasmo y apoyo de parte de nuestros colegas de la Oposición.
Por otra parte, y es lamentable que así sea, los inspectores de la Dirección del Trabajo hoy se encuentran en huelga. Al respecto, la bancada del Partido Socialista ha manifestado públicamente su preocupación por esos funcionarios, los que desempeñan un rol fundamental para los trabajadores al ser ellos quienes deben velar por el respeto de los derechos laborales. Consideramos bastante legítima la aspiración que esos funcionarios han representado a través de sus asociaciones, cuando piden ser homologados con otras entidades fiscalizadoras, como el Servicio de Impuestos Internos, la Tesorería General o la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Hemos dado nuestro respaldo a sus inquietudes, porque es necesario contar con una entidad fiscalizadora eficiente que evite que la legislación laboral, que se dicta con el mejor espíritu y disposición, continúe siendo burlada. Es fundamental entregar los instrumentos necesarios para que la Dirección del Trabajo ejerza su rol fiscalizador a través de sus inspectores, pero lamentablemente no existe suficiente apoyo para ello. En este caso, se trata de reivindicar los derechos de esos trabajadores a través de una legislación que les resuelva el tema de una vez por todas, lo cual, por lo demás, hemos venido conversado durante mucho tiempo, sin que hayamos llegado a una solución definitiva. Ojalá que la normativa laboral fuera cumplida, pero en caso de que ello no sea así, será menester proveer los instrumentos necesarios para fiscalizar.
Pienso que el ejemplo del sueldo base de un peso que el Presidente de la República destacó a través de los medios de comunicación, sirvió para tomar mayor conciencia respecto de una práctica indeseable que, ojalá, fuera desterrada, de una vez por todas, para siempre.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG.-
Señor Presidente, estamos de acuerdo con tres principios fundamentales del proyecto.
En primer lugar, en este Congreso nadie duda de que se debe hacer una distinción entre las horas ordinarias y las extraordinarias. Nadie puede pensar que el tiempo trabajado en una jornada ordinaria vale lo mismo que el de una extraordinaria y que estas últimas, las que exceden el tiempo ordinario de trabajo, deben pagarse en forma especial.
En segundo lugar, hay consenso, no sólo en Chile sino a nivel mundial, en que el sobrecargo debe ser de 50 por ciento. Todas las legislaciones laborales que tuvimos a la vista en la Comisión apuntan a un incremento de las horas extraordinarias en 40, 50 ó 60 por ciento. Por lo tanto, esto tampoco es motivo de discusión.
En tercer lugar, nos preguntamos qué mecanismo nos garantiza de mejor manera que el trabajador pueda recibir ese recargo de 50 por ciento por las horas extraordinarias trabajadas.
Hoy existe uno que no satisface a nadie, además de prestarse para abusos. Y consiste en calcular las horas extraordinarias en función de un sueldo base irrisorio. Por ello, el Ejecutivo ha enviado al Congreso un proyecto con urgencia calificada de “suma”, mediante el cual sitúa la base mínima de cálculo en el salario mínimo.
Si bien respaldamos el proyecto, pues constituye un avance importante en la materia, debemos apuntar más alto.
La iniciativa mejora la situación de los trabajadores con remuneraciones cuyo monto, total o parcialmente se basan en comisiones, en un porcentaje de las ventas o de lo que negoció con su empleador. Por lo tanto, muchas veces el valor de la hora extraordinaria puede ser inferior, aun cuando se reajuste en un 50 por ciento, de lo que suele ganar por concepto de comisiones. Por ejemplo, si un trabajador decide laborar un domingo, porque ese día puede vender mucho más, podría ser más conveniente para él que la comisión se aumentara en 50 por ciento en lugar de aumentarle en el mismo porcentaje las horas extraordinarias. Una verdadera legislación debe conocer la realidad del trabajador e ir más allá. Si queremos favorecer la flexibilidad laboral en el caso del trabajador remunerado sobre la base de comisiones por venta, las horas extraordinarias deberían pagarse sobre la base de lo que efectivamente produce ese día y no sólo por las horas mismas. Insisto, pagarle el adicional por hora puede ser un pésimo negocio para el trabajador si se compara con pagarle el adicional por lo que efectivamente produjo en comisiones ese día.
En materia laboral podemos aprobar mil leyes diarias, pero si ellas no se interpretan ni se les da cumplimiento de manera adecuada, pueden prestarse para abusos. Es importante que la ley sea correctamente aplicada por los empleadores y empleados e interpretada correctamente por la jurisprudencia administrativa, porque muchas veces lo que se aprueba en el Congreso Nacional, la Dirección del Trabajo lo borra con dictámenes confusos que sólo perjudican la relación laboral.
Por último, anuncio el voto favorable de la bancada de Renovación Nacional a este proyecto, porque pone fin a los abusos.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero referirme al conflicto suscitado en la Dirección del Trabajo, que tiene directa relación con este tema. Se trata de un organismo fundamental del Estado, pero que requiere ser modernizado, contar con funcionarios motivados y con capacidad para enfrentar los conflictos y sancionar las violaciones a las normas laborales, además de interpretarlas de manera adecuada. Hace años se encuentra pendiente un plan de modernización, que incluye un reajuste de remuneraciones y una discusión sobre su planta. Aprovecho esta oportunidad para señalar al Gobierno que la bancada Socialista hizo ver al ministro de Hacienda la necesidad de que esta situación se resuelva pronto, a fin de que la Dirección del Trabajo funcione bien.
La fiscalización en áreas económicas tiene una remuneración que es dos o tres veces superior a la del área social laboral. Las superintendencias de Bancos, de Administradores de Fondos de Pensiones e, incluso, la de Aduanas tienen otro nivel de remuneraciones, y los fiscalizadores del área social laboral deberían ser tratados de igual manera.
En segundo lugar, la importancia de este proyecto radica en que subsana una situación que se transformó en hábito y que se debió corregir mucho antes. Como señaló el Presidente de la República hay gente que tiene contratos por sueldos muy bajos, cuyo efecto práctico es que la hora extraordinaria no tiene valor. Se trabaja horas extraordinarias sin ningún incentivo económico adicional.
¿Cuál es el significado que tiene esto para las empresas? Ellas hacen sus utilidades sobre las ventas y las horas extraordinarias no les significan ningún costo. Por lo tanto, suelen cometerse abusos con las horas extraordinarias. Muchos malls y centros comerciales han adoptado la práctica de avisar al trabajador durante la tarde que la jornada de ese día se extenderá hasta las once de la noche. Ello no representa un problema para los empleadores, pues no hay mayores costos en personal. Es cierto que al trabajador se le ofrece la posibilidad de no quedarse, pero el que no se queda, posteriormente es reubicado en lugares de menor venta o sancionado de alguna otra manera.
Lamentablemente, esta práctica ha tenido un efecto de demostración y se está extendiendo con mucha rapidez al resto de la economía, de modo que el proyecto está en lo correcto al regular la forma de pagar las horas extraordinarias.
Hemos presentado algunas indicaciones.
La primera se funda en el hecho de que el artículo pertinente del proyecto no considera a los trabajadores con remuneración variable, sino fija. Estimamos que se debe tomar como base, a lo menos, el ingreso mínimo para así poder comprender a los trabajadores de remuneración variable.
En mi poder obran copias de contratos de trabajo y liquidaciones de sueldo de la tienda Falabella que demuestran que hay trabajadores que no reciben sueldo fijo. Estos contratos de trabajo establecen que el trabajador tendrá derecho a los siguientes valores: comisión por venta, movilización diaria y asignación de caja. Además, dispone que la comisión se calculará sobre las ventas netas, es decir, descontado el impuesto al valor agregado, y sólo sobre negocios totalmente cerrados y efectuados por el trabajador. Asimismo, señala que en el caso de devolución de mercaderías el trabajador deberá devolver la comisión respectiva.
Más adelante, establece: “El sistema de ventas será un sistema integrado, de acuerdo a instrucciones que imparta Segevalpo Limitada,...” -que es la empresa subcontratista o de papel- “o la empresa a la cual el trabajador fuere destinado. Se entiende por sistema integrado el que el trabajador, además de efectuar la venta, debe, en los casos en que sea necesario, cobrar, empaquetar y entregar la mercadería al cliente, de acuerdo a las instrucciones antes mencionadas.” Inicialmente, estos trabajadores recibían comisión sólo por vender, pero, como se puede apreciar, ahora se les aplica el llamado sistema integrado, el cual los obliga a realizar todo el proceso, incluso cumplir las fusiones de cajero, razón por la cual se les paga asignación de caja. No obstante, reciben cero peso de sueldo fijo. El Presidente de la República habló de contratos por un peso, de los que también tengo copias, pero aquí estamos hablando de contratos con cero peso de sueldo fijo, y son hartos. La información que tenemos indica que hay muchos trabajadores en esta situación, es decir, con cero peso como remuneración de sueldo fijo. Nuestra indicación tiene por objeto incluir en el beneficio a los trabajadores que sólo reciben remuneración variable.
En segundo lugar, hemos presentado una indicación que considera la jurisprudencia establecida por los tribunales en relación con la forma de calcular la semana corrida, también llamada “séptimo día”. Hasta ahora, los juzgados han determinado que un trabajador con cinco mil o diez mil pesos de sueldo base mensual no tiene derecho al pago de séptimo día. Por ello, a través de nuestra indicación pretendemos que, para esos efectos, se considere como base del cálculo el sueldo mínimo o el proporcional, de manera de solucionar el problema que ha generado la interpretación de los tribunales.
Por otra parte, el diputado Nicolás Monckeberg señaló que le parece mejor que en vez de calcular el pago de las horas extraordinarias tomando como base sueldo mínimo, se haga con base en las comisiones. No obstante que eso supone algunos inconvenientes, estoy plenamente dispuesto a legislar en esos términos. Sería espectacular que la comisión no fuese de dos, sino de tres, con un 50 por ciento adicional los domingo, por ejemplo, que es uno de los días en los que se producen más ventas, por lo cual el trabajador sacaría una remuneración mayor. Sin embargo, es muy posible que las empresas reaccionen, porque eso significaría un costo mayor para ellas. En resumen, esa propuesta significa una remuneración mucho mayor que la que considera el proyecto, pero si él está dispuesto a sostenerla, deberíamos seguir trabajando en ella. Además, la considero muy justa y bien fundamentada. El sueldo fijo es poco significativo en las remuneraciones de los trabajadores que tienen renta variable.
Señor Presidente , en virtud del artículo 111 del Reglamento, pido que el proyecto vuelva a Comisión sin que se cambie la suma urgencia, porque ésta tiene como plazo hasta el día 15. Por lo tanto, si vuelve a Comisión, se vería el día 12, y como tiene suma urgencia, se podría sesionar simultáneamente con la Sala, lo que nos permitirá estudiarla, junto con otra presentada, y, quizás, podríamos considerar lo que ha dicho el diputado señor Nicolás Monckeberg , que me parece de gran interés. Esto supone el acuerdo de la Sala.
Estoy de acuerdo en que la realidad no la hacen las leyes, y que la interpretación es fundamental, pero también es importante lo que dijo el diputado Seguel hace un rato. Es primordial elevar la cultura de respeto a los trabajadores y al trabajo. No puede ser que se estén buscando todos los días resquicios. Aquí tiene que haber una cultura básica de respeto. Lo que está operando aquí es nada más que un resquicio legal, que partió en los centros comerciales y se extendió al resto de la economía. Mediante ese resquicio, a los trabajadores no les pagan ni un peso adicional; en otros casos, 200 pesos por hora extraordinaria, lo que se debe a que se calcula el 50 por ciento sobre el sueldo base contractual y no sobre el sueldo mínimo, que es lo que vamos a incorporar con esta ley.
Señor Presidente , pido que recabe el pronunciamiento de la Sala sobre mi petición. El fundamento es que el proyecto no se vio de manera normal, porque la Comisión de Trabajo no sesionó el martes sino el miércoles, a las 12 horas, lo que impidió que llegaran las indicaciones ni que se analizaran con calma las presentadas por algunos miembros.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Masferrer.
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , quiero sumarme a la propuesta del diputado Montes , porque es de justicia mejorar las rentas de los trabajadores de la Inspección del Trabajo; pero habría que hacer lo mismo con los sueldos de los funcionarios de la Contraloría General de la República y de los sectores público y municipal, en general. Creo que el Gobierno de la Concertación ha sido mezquino con ellos.
Pasando al tema que hoy nos convoca, el proyecto tiene por objeto, en primer lugar, establecer una base de cálculo para determinar el valor de las horas extraordinarias de los trabajadores que laboran en régimen de jornada completa cuando el sueldo base es inferior a un ingreso mínimo mensual.
En segundo lugar, imponer la obligación de la empresa contratista empleadora del trabajador agrícola o del mandante de la obra, en su caso, de depositar los saldos de remuneraciones adeudados en la cuenta individual del seguro de desempleo creado por la ley Nº 19.728.
Los fundamentos del proyecto son, primero, evitar que se establezcan sueldos bases sustancialmente bajos, con el fin de que los recargos por horas extraordinarias sean irrelevantes. De acuerdo con el mensaje, por esta vía se llega al absurdo de que el valor de la hora extraordinaria de trabajo supera en algunos casos a la hora del sobretiempo.
Segundo, facilitar a los trabajadores agrícolas el cobro de las cantidades adeudadas al final de una temporada, evitando que, por razones de distancia y costo, no se pague la totalidad que les corresponde por concepto de remuneraciones. Según el proyecto, en caso de existir saldos de remuneración que no hayan sido pagados al trabajador, las empresas deberán depositarlos en la cuenta individual del seguro de desempleo. Sin embargo, me sumo a la propuesta del diputado señor Felipe Salaberry , porque estos saldos debieran ir directamente al bolsillo del trabajador, y en caso de que él no lo solicitase, depositarse en su cuenta individual del seguro de desempleo.
Creo que el proyecto corrige y mejora en algo la situación actual de los trabajadores, especialmente de los temporeros. Por ello, nuestra bancada, la Unión Demócrata Independiente, va a votarlo favorablemente. Esperamos que hoy se vote para dar una señal a los temporeros de que queremos que se les paguen esos saldos y que a los trabajadores se les cancelen las horas extraordinarias en la forma propuesta.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Le concedo la interrupción al diputado señor Vilches .
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , quiero recoger a la intervención del diputado señor Carlos Montes relacionada con la Dirección del Trabajo. Aunque no tiene directa relación con las ideas matrices del proyecto, quiero aprovechar que se encuentra presente el ministro del Trabajo .
Como deben saber todos los señores diputados, los funcionarios de la Dirección del Trabajo están realizando una movilización a nivel nacional. Considero pertinente realizar alguna gestión, dentro de nuestras facultades -porque no podemos intervenir en petitorios laborales-, ante el propio ministro de Hacienda , porque no ha habido avances en la modificación de la planta debido a un problema de recursos. Aunque el proyecto está elaborado, aún no ha ingresado al Congreso.
Algunos funcionarios llevan doce años a contrata, lo que los imposibilita de acceder a muchos derechos que tienen los demás funcionarios públicos.
Por ello, adhiero al planteamiento del diputado señor Carlos Montes, en cuanto a intervenir ante el propio ministro de Hacienda o el ministro del Trabajo, aquí presente.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , el proyecto en sí, según lo han dicho algunos colegas, es un avance. Yo diría que es una corrección a lo mejor que tuvieron los trabajadores en su momento. Estamos en el siglo XXI. Sin embargo, curiosamente, en el siglo XX se hizo más justicia sobre los temas remuneracional y de horas extraordinarias. Hoy estamos entrando a corregir en forma mínima lo que ayer se dio en justicia.
Chile, por los tratados internacionales de comercio, está obligado a tener una legislación laboral mínima. Como expresaron algunos colegas, desde el mismo Estados Unidos se levantan voces advirtiendo sobre el posible dumping social, el cual está ocurriendo en Chile en la actualidad. El libre comercio es un bien precioso logrado en base a muchas dificultades. Por lo tanto, esta oportunidad no se puede perder por el abuso de algunos malos empresarios.
Como digo, el proyecto trata de corregir -según mi opinión, no es avance- la situación que se ha explicitado en el cálculo de la jornada extraordinaria, que corresponde al recargo del 50 por ciento sobre horas trabajadas en forma ordinaria, la que artificialmente se ven reducidas en el sueldo, como se ha mencionado tanto en la discusión del proyecto como en el caso denunciado por su excelencia el Presidente de la República , en que hacía a un contrato de trabajo de un peso.
La modificación del cálculo de las horas extraordinarias en base al sueldo mínimo es una reacción normativa del Estado ante los abusos patronales; es una respuesta a las malas prácticas empresariales, es el respeto del derecho al trabajo.
Eso es lo preocupante. ¿Cómo es posible que en pleno siglo XXI, con una economía que crece al 5,5 por ciento, se distancien cada vez más, día a día, los muchos que ganan un salario mínimo y aquellos pocos que ganan tanto? ¿Cómo puede haber tan gran diferencia entre los ingresos de unos y otros? Por eso no ha crecido el empleo, a pesar de que dicen que se está practicando la flexibilidad laboral. ¡Profundo error! Al parecer, cuando se pagan bajos sueldos, menos oportunidades hay de obtener un empleo.
Estoy de acuerdo en que la iniciativa implica una corrección, aunque ésta es mínima. El abuso cometido, por supuesto que más allá de la conciencia misma del propio empresariado abusador, ha sido lo que hoy, a raíz de los tratados internacionales, se nos está exigiendo eliminar: el dumping social.
Por eso, no puedo decir más que vamos por buen camino, a pesar de que nos falta mucho.
Por otra parte, estoy tratando de entender la posición del colega Juan Masferrer , quien dice que, en el caso de existir remuneración para el trabajador agrícola, deberá ser depositada en la cuenta individual del seguro de desempleo.
Al respecto, quiero formular una consulta a quienes han tratado más en profundidad el proyecto. A mi parecer, eso plantea un tema burocrático mayor, en especial para el campesinado, para la gente que muchas veces no entiende qué significan los artículos 64 y 64 bis de la ley Nº 19.728, que les permite contar con un seguro de desempleo. ¿Qué van a saber de su cuenta personal para tomar conciencia de lo que les quedó debiendo el empleador?
Es la duda que me plantea este artículo. Deseo saber si el proyecto volverá a comisión para presentar una indicación al respecto.
He dicho.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
Se han hecho llegar a la Mesa tres indicaciones, las cuales, por ser muy complejas, requieren de mayor estudio. Por su parte, el diputado Carlos Montes ha solicitado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de la Cámara, que el proyecto pase a comisión para mayor conocimiento y comprensión de los diputados.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE PESCA EN LO RELATIVO A EXIGENCIAS PARA PESCADORES ARTESANALES. Tercer trámite constitucional.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Corresponde votar, sin debate, las modificaciones del Senado al proyecto que modifica la ley de pesca respecto de exigencias para pescadores artesanales.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES EN LO RELATIVO A LA DESIGNACIÓN DE NOTARIO ALTERNO O ADJUNTO. Segundo trámite constitucional. (Votación)
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se encuentra pendiente la votación en general del proyecto que modifica el Código Orgánico de Tribunales en lo relativo a la designación de notario alterno o adjunto.
El señor GALILEA (don José Antonio) .-
Señor Presidente , me inhabilito para votar.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En votación en general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 1 votos. No hubo abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
El proyecto ha sido objeto de indicación, de manera que vuelve a Comisión para segundo informe.
-El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Artículo único De la señora Cubillos y de los señores Forni y Pérez Varela “Si éste no manifestare su interés en postular dentro del plazo que establece dicha disposición, se incluirá en su lugar un notario, conservador o archivero de primera o segunda categoría del escalafón secundario, cualquiera que sea su antigüedad, o un abogado ajeno al escalafón secundario que hubiere ejercido la profesión por lo menos 15 años y que acredite haberse destacado en el ámbito profesional, académico o científico.”.
CREACIÓN DE NUEVA FIGURA PENAL EN LA LEY Nº 17.288, SOBRE MONUMENTOS NACIONALES Y SUSTITUCIÓN DE LA UNIDAD EN QUE SE EXPRESAN SUS MULTAS. Segundo trámite constitucional. (Votación).
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Se encuentra pendiente la votación del proyecto de ley que modifica la ley Nº 17.288, sobre monumentos nacionales, con el objeto de crear una nueva figura penal y sustituir la unidad en que se expresan sus multas.
¿Habría acuerdo para votarlo de inmediato?
Acordado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
PETICIÓN DE LIBERTAD PARA EL AJEDRECISTA ESTADOUNIDENSE BOBBY FISCHER. (Votación).
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 468.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Rechazado por falta de quórum.
MEDIDAS SOBRE CUOTAS DE CAPTURA DE RECURSOS MARINOS.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 471, de los diputados señores Navarro, González, don Rodrigo; Rossi, Quintana, Ascencio, Accorsi, Girardi, Pérez, don José; Valenzuela y Espinoza.
“Considerando:
Que, para determinar cuál es la cuota anual de cualquier recurso, la Subsecretaría de Pesca, por intermedio del Fondo de Investigación Pesquera (FIP), solicita una investigación del estado del o de los recursos en cuestión. Lo anterior, puede realizarse por concurso entre las distintas entidades dedicadas a la investigación pesquera o por asignación directa de la Subsecretaría de Pesca.
Que, posteriormente, el informe proveniente de esta entidad, que contiene una Cuota Total Permisible (CTP), aconseja una cuota para ser extraída con rangos de riesgo para los distintos niveles de captura. El tercer paso en este proceso es el informe técnico de la Subsecretaría de Pesca, la cual emite un informe sobre el conocimiento obtenido del proyecto FIP, además de integrar otras variables, como el impacto económico y social de las medidas que se recomiendan. Este informe técnico es el que utiliza el Consejo Nacional de Pesca (CNP) para tomar la decisión sobre el monto de la cuota anual de captura.
Que, en el caso de la pesquería de la merluza, de acuerdo con lo informado por la propia Subsecretaría de Pesca , comenzó a ser regulada a través de cuotas globales de captura a partir de 1983, año en el cual se fijó una cuota de cuarenta y cinco mil toneladas entre 19° LS ( Primera Región , de Tarapacá) y 43° LS (Décima Región, de Los Lagos). Esta cuota anual se mantuvo, para la misma zona, hasta 1991. Con posterioridad, entre 1992 y 1993, para el área comprendida entre la Cuarta Región, de Coquimbo, y 41° 28,6' LS, se fijó una cuota global anual de cincuenta y cuatro mil toneladas.
Que, a contar de 1994, la cuota global anual (sesenta y cinco mil toneladas) se comenzó a fraccionar, asignándose una porción a la flota artesanal y otra a la industrial. Al mismo tiempo, para la flota industrial, la cuota comenzó a ser parcializada temporalmente. Desde 2001, en la asignación de la cuota global anual, se comenzaron a considerar reservas con fines de investigación y para ser extraídas como fauna acompañante de otras pesquerías.
Que, finalmente, a partir de febrero de 2001, la actividad industrial ha estado sometida al esquema de límite máximo de captura (LMC) por armador, con lo que la tasa de captura mensual ha disminuido levemente y se ha eliminado la carrera por pescar. Entre tanto, desde 2002, la flota artesanal ha estado sometida a un esquema de asignación por zonas en el interior de cada región, lo que ha permitido la eliminación de la ‘carrera olímpica’ entre regiones y zonas.
Que la pesquería de la merluza común se inició a fines de la década de los años 30’. La evolución histórica de los desembarques indica un período de desarrollo entre 1938 y 1945, en el cual alcanzó niveles cercanos a las diez mil toneladas; un crecimiento sostenido entre 1945 y 1955, años durante los cuales se lograron noventa mil toneladas; un lapso de estabilidad entre 1956 y 1961, con un promedio de setenta y seis mil toneladas anuales; grandes fluctuaciones entre 1961 y 1968; una notable disminución a contar de 1969 (año en que se desembarcaron oficialmente ciento treinta mil toneladas) hasta 1976 (con treinta mil toneladas), y una relativa estabilización entre 1976 y 1986. A partir de 1988, se observa un aumento constante de los desembarques, los cuales han llegado a poco más de ciento veintidós mil toneladas en 2001.
Que 2003 fue un año atípico en la determinación de la cuota de captura de la merluza común para 2004. Esto, debido a que no se realizó investigación alguna para constatar el estado del recurso luego de capturar, que la misma Subsecretaría de Pesca estimó en unas ciento treinta y nueve mil quinientas toneladas. El número por sí sólo no dice nada; pero si se analiza el comportamiento de este recurso en el tiempo, se advierte que, a finales de los 60’, luego de capturas que superaron las ciento treinta mil toneladas, el recurso colapsó repentinamente.
Que, durante los años anteriores, el Instituto de Fomento Pesquero fue el encargado de realizar anualmente el proyecto FIP ’Evaluación Hidroacústica de Merluza Común’, el que sin explicación alguna, no se ejecutó durante 2003. Por lo anterior, la cuota de captura para 2004 fue propuesta sobre la base de la Evaluación de 2002, asumiendo que la mortalidad por pesca, es decir, la cantidad de peces que fueron extraídos por los pescadores fue igual a la cuota, sin considerar descarte, subreportes y diferencias en la operación de las embarcaciones industriales, como efecto de los límites máximos de captura.
Que según informaciones y videos filmados en las capturas industriales con arrastre, el descarte de pescado es alto, pudiendo estar entre el 20% y el 30%. Es decir, cuando la Subsecretaría utiliza la cuota de 2003 como la mortalidad por pesca de 2003 -ciento treinta y nueve mil quinientas toneladas-, la cifra debería realmente fluctuar entre ciento sesenta y siete mil cuatrocientas y ciento ochenta y un mil quinientas toneladas.
Que, desde el momento en que se asigna un límite máximo de captura o cuota individual a una empresa, ésta trata de llegar a puerto con el pescado de mejor calidad y tamaño posible, a efectos de que sólo éste sea contabilizado para el cumplimiento de su cuota. Por lo anterior, todo el pescado que no cumple con el tamaño requerido por la empresa o que se encuentra bajo la talla mínima es botado en alta mar.
Que, con la implementación de los límites máximos de captura (LMC), paralelamente comenzó un sistema de certificación externa pagada por los armadores, el cual determina que los desembarques informados son los valores reales entregados. Con este sistema, en términos prácticos, se dejó a una policía particular para que fiscalice a quienes le pagan, lo que deja un espacio para dudas sobre si el sistema cumple su objetivo.
Que la aplicación de los LMC llevó a una fuerte concentración de las cuotas, disminuyendo el número de embarcaciones. Esto, que a primera vista puede verse como mayor eficiencia por parte de las empresas, trajo otro problema. Además de la disminución del empleo, se originó una deficiencia en la capacidad para encontrar caladeros o lugares de pesca.
Que la mortalidad por pesca asumida por la Subsecretaría de Pesca durante 2003 es igual a la cuota de extracción de ese año. Sin embargo, hay otros factores que no han sido considerados en el cálculo de 2004, que están en el informe técnico que dio origen a la cuota 2004 y que muestra que el solo incremento de la mortalidad por pesca por concepto de descarte estaría poniendo en riesgo la sustentabilidad del recurso. A ello se deben sumar el efecto del subreporte y el daño a las zonas de resguardo.
Que el reclutamiento es definido como la entrada de nuevos individuos -peces- a la pesquería. Respecto de este punto, el informe de la Subsecretaría señala: ‘La biomasa total del ‘stock’ se mantiene en niveles altos, lo que refleja el buen estado del recurso. Se estima que este incremento fue producto de fenómenos ambientales que favorecieron buenos reclutamientos, debido a las adecuadas tasas de explotación que se observaron a partir del mismo año, y que son inferiores al 10%. Se estima que estos exitosos reclutamientos no podrán ser persistentes en el tiempo y, particularmente, existen dudas razonables de que los reclutamientos de los años 2000 a 2002 no son tan altos’.
Que el mismo informe indica que ‘para los últimos años, los modelos manifiestan un favorable período de reclutamiento, aunque la incerteza de estas estimaciones es alta. Particularmente, la información auxiliar analizada indica que es poco probable que en 2002 se haya producido un reclutamiento tan exitoso como el informado por el modelo’.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción que, en función de los objetivos de regulación y conservación de las pesquerías, establecidos en la ley de Pesca, que fija un límite máximo de captura por armador, considere las siguientes medidas para ser implementadas a través de la Subsecretaría de Pesca:
a) Que se establezca de manera expresa la imposibilidad de asignar alguna cuota para la pesquería de cualquier recurso cuando el Fondo de Investigación Pesquera (FIP) no haya efectuado los estudios e investigaciones previstos en la ley, es decir, cuando las cuotas no puedan ser asignadas sobre la base de estudios de años anteriores.
b) Que en la asignación de cuotas de captura se estime el impacto del descarte, los subreportes, los daños a las zonas de resguardo y los niveles efectivos de reclutamiento de nuevos individuos en la biomasa.
c) Que, en el caso particular de la merluza común, se realice una investigación científica que permita dimensionar, de manera efectiva, el impacto producido sobre esta pesquería, debido a la captura efectuada durante este año sobre la base de la asignación de cuota realizada para 2003, especialmente en lo concerniente a los efectos producidos por el descarte, los subreportes y los daños a las zonas de resguardo.”
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Nuevamente no hay quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Continúa la sesión.
En votación el proyecto de acuerdo.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Queda pendiente la votación para la próxima sesión.
VII. INCIDENTES
EXIGENCIA DE PERMISO PARA INSTALAR ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVIL. Oficio.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Partido por la Democracia.
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , junto con los diputados señores Rodrigo González y Gonzalo Ibáñez , entre otros, hemos planteado la necesidad de obligar a las empresas de telefonía a solicitar permiso para instalar antenas celulares en zonas urbanas.
Llevo alrededor de seis años de alegatos en relación con el tema, en especial con motivo de la discusión de proyectos sobre materias de salud, de vivienda, de arquitectura. Felizmente, se formó un comité que trabajó con la Comisión de Obras Públicas, los autores de los proyectos y el Ministerio de Vivienda para modificar la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, a fin de establecer una serie de exigencias para la instalación de antenas celulares en zonas donde puedan provocar perturbaciones a las viviendas. Hasta la fecha no se ha logrado normar esta exigencia.
Si alguien quiere subir la pandereta de su casa en veinte centímetros debe pedir permiso a la dirección de obras de la respectiva municipalidad; pero, si se quiere instalar una antena de veinte, treinta o setenta metros -tal como lo hemos denunciado públicamente con el diputado Carlos Olivares - no es necesario ningún permiso.
Para hacer lo que exijo no se requiere una ley. Conmino al Ministerio de la Vivienda a que establezca en la Ordenanza el requisito del permiso de edificación. Si la Subsecretaría de Telecomunicaciones verifica que esto es oneroso para las empresas de telefonía y que la gente verá recargado el costo de hablar por celular con motivo de derechos municipales, que no se les cobren tales derechos. Pero quiero que la responsabilidad de otorgar el permiso quede en manos de las municipalidades, de los gobiernos locales.
En la comuna de Recoleta, en Raúl Montt 1046, al lado de un jardín infantil, se instaló una antena para celulares. Este domingo me reuní con los pobladores y los dirigentes de los pasajes Kosterlezt, Alejandro Gálvez , Félix Ovalle , Raúl Montt , Luz del Alba, Resplandor, Tanelboro , todo un territorio donde las propiedades se desvalorizarán, donde las casas tendrán un menor valor.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Vivienda para que de una vez por todas se establezca en la normativa la exigencia del mencionado permiso.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Egaña , Kuschel , Mora , Navarro y Jaramillo .
PERFECCIONAMIENTO DE LA MODALIDAD DE LLAMADO A LICITACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS. Oficio.
El señor HALES .-
Señor Presidente , hasta la fecha, a pesar de la intervención del presidente de la Comisión de Defensa , diputado Jorge Ulloa ; de los diputados de la Comisión de Salud, señores Alberto Robles y Enrique Accorsi ; de la diputada de la Comisión de Defensa , señora Carmen Ibáñez , no se ha resuelto la petición relacionada con el llamado a licitación para la construcción de las grandes obras públicas.
No es posible que vuelva a pasar lo que ocurrió con el hospital Militar, oportunidad en que la Dirección de Arquitectura fracasó en el llamado a licitación para decidir, en una propuesta pública, a quién se le entregaría su construcción. Es lamentable que este llamado haya fracasado por haber sido declarado fuera de bases. La Contraloría declaró mal hecha la propuesta.
No tenemos por qué exponer al Ejército a una situación como ésa. Ha sido la licitación más larga de la historia de Chile, en un proceso que ha demorado tres años. Por eso, con el diputado Ulloa y los parlamentarios enviamos una carta pública a la Dirección de Arquitectura en la cual lamentábamos este hecho. Se llamó a una segunda licitación, pero también fracasó.
En vista de las dificultades, considerando que habían pasado tres años y la Dirección de Arquitectura no lograba lo que se había propuesto, que finalmente debió entregar la construcción de la obra en trato directo. Ello dentro de la ley, ajustado a derecho, con todas las normas pertinentes.
Hay algo malo que se debe cambiar. No me interesa seguir discutiendo que tan mal lo hizo la Dirección de Arquitectura, cuánto se equivocó, en qué fallaron, quiénes lo hicieron mal, porque tengo un alto respeto por los funcionarios de carrera de esa repartición, que han ayudado a construir nuestro país y que, en algunos casos, llevan muchos años trabajando allí.
Solicito el envío de oficio para sugerir un cambio y no para llorar sobre la leche derramada. Propongo al Ministerio de Obras Públicas, formalmente, que a la hora de llamar a licitaciones para este tipo de construcciones, tenga la posibilidad de actuar con flexibilidad, de manera que cuando se presenten problemas formales, puedan ser corregidos. En el último llamado, por ejemplo, si alguien no contaba con respaldo digital o su presentación no coincidía con la forma planteada, se entendía que no cumplía las bases y quedaba fuera de la licitación.
Finalmente, la construcción del hospital Militar se encargó por trato directo.
Insto al Ministerio de Obras Públicas y a su Subsecretaría a generar una nueva manera o modalidad de llamar a las licitaciones para este tipo de obras.
¿Qué cosas quedaron pendientes para la historia? Primero, ¿por qué los errores tuvo que descubrirlos la Contraloría y luego dárselos a conocer a la Dirección de Arquitectura?
Segundo, ¿por qué, después de haber fracasado en el primer intento, no se actuó con la máxima acuciosidad, de manera que la licitación de la construcción del hospital Militar, por un monto de 118 millones de dólares -no es una obrita, es la obra de edificación más gigantesca que se haya licitado, al menos en materia de construcción habitable de un servicio-, no hubiese fracasado nuevamente? A mí me hubiese gustado que al menos en el segundo intento hubiera resultado. Entonces, mi pregunta es por qué volvió a fracasar en el segundo intento.
Tercero, ¿con qué errores se llamó a la nueva licitación? Se llegó al extremo de que no sólo un participante quedó fuera, sino todos ellos. ¿Qué significa esto? Que expertos y empresas internacionales en construcción, asociadas con chilenas, quedaron todos fuera de la licitación. O sea, se equivocaron todos, menos la Dirección de Arquitectura.
Algo está mal hecho y por eso invito a estudiar una nueva manera de llamar a este tipo de licitaciones.
Cuarto, ¿por qué, después de tres años de este proceso de licitación -no conozco otro llamado del Estado de Chile en que, para construir un edificio, el proceso de licitación haya demorado tres años; sé de construcciones que han demorado tres años, incluso cuatro o cinco-, no ha habido resultado? Reitero: una demora de tres años en un llamado a licitación no está en la experiencia que tengo en materia de construcción, al menos cuando he participado en ellas para ganar las propuestas o bien para elaborar sus bases.
En definitiva, ¿por qué, después de todo este esfuerzo, se termina entregando la obra, en trato directo, a la empresa que salió en segundo lugar? Entiendo que le hayan entregado la obra a alguien en trato directo y que esa forma se encuentra ajustada a derecho; pero ¿por qué fue entregada a quien ocupó el segundo lugar? ¿Qué pasó, que después de todo este fracaso, no se pudo ni siquiera dialogar de buena manera con la empresa que ocupó el primer lugar y decirle: “Mire, por lo menos para que quedemos tranquilos, se la entregaremos al oferente más barato”. No entiendo por qué se la entregaron a la que ocupó el segundo lugar, que ofreció un precio más caro. Ni el país ni nuestro Ejército se merecen esto.
Nuestro acto de fiscalización -o, al menos, este acto preparatorio, expresado a través de las consultas que he formulado- va acompañado de la propuesta que acabo de hacer y que ya comencé a trabajar con el señor subsecretario de Obras Públicas . Él ha tenido una actitud receptiva, abierta para escuchar. De hecho, se ha reunido con quien habla en dos oportunidades y hemos conversado e intercambiado correos electrónicos respecto de esta idea, a fin de buscar una modalidad distinta, de manera que cuando nos encontremos ante una licitación para la ejecución de una obra de tanta envergadura como la mencionada, los detalles formales que se objeten puedan ser subsanados entre el proponente, quien solicita la propuesta y el mandante, y no desperdiciar el tiempo.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados señores Egaña , Kuschel , Mora , Navarro y Jaramillo .
ANTECEDENTES SOBRE RESULTADOS DE PROYECTOS DEL FONDO “PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA”. Oficio.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , pido oficiar al ministro del Interior a fin de consultar sobre el parámetro con que se miden los resultados de los proyectos realizados a través del fondo “ Presidente de la República ” y si se lleva un archivo de los proyectos solicitados y asignados.
Ha sido lamentable comprobar, en distintas municipalidades, que funcionarios autorizados por el Ministerio del Interior han manifestado falsedades sobre los proyectos materializados en algunas comunas, lo cual ha provocado daño irreversible a las distintas instituciones beneficiadas con ellos. En efecto, pese a haber rendido cuentas satisfactoriamente de los montos invertidos, son objeto de querellas criminales por algunas municipalidades debido a errores garrafales del Ministerio del Interior. Denuncio la deficiente administración de fondos de todos los chilenos y hago notar que no se acepta rendición de cuentas, en circunstancias de que los recursos han sido invertidos oportunamente. Con mucho dolor, debo reconocer que éste es un hecho que ha ocurrido en la comuna de La Unión.
El Ministerio del Interior debe responder ante la opinión pública y ante este hemiciclo por sus descomunales errores, que hoy permiten que personas inocentes sean objeto de querellas criminales presentadas por algunas municipalidades.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados señores Carlos Ignacio Kuschel, Andrés Egaña y Julio Dittborn .
ANTECEDENTES SOBRE RESULTADOS DE PROYECTOS DEL FONDO “PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA”. Oficio.
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado Carlos Kuschel.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , me adhiero al oficio del diputado señor Jaramillo . Además, pido oficiar al ministro del Interior a fin de que nos envíe el listado de los proyectos realizados con este fondo en los últimos cinco años en cada una de las 42 comunas de la Décima Región.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión del diputado Enrique Jaramillo .
AUDITORÍA SOBRE ESTUDIOS DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN DE RAMPA PARA PESCADORES ARTESANALES EN CARELMAPU. Oficios.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , solicito oficiar al ministro de Obras Públicas para que disponga una auditoría de la forma en que se desarrollaron los estudios de ingeniería y posterior construcción de la rampa que facilita las labores de los pescadores artesanales de Carelmapu. Ésta se encuentra parcialmente embancada, a mi juicio, por fallas en los estudios de ingeniería y de construcción. Al respecto, sería conveniente que el ministro conozca una carta del seremi de Obras Públicas publicada el lunes pasado en el diario “El Llanquihue”, de Puerto Montt.
Por último, solicito de la Contraloría General de la República un estudio de esta obra en los mismos términos de la auditoría solicitada al Ministerio de Obras Públicas, para que los errores en que se incurrió no se repitan en la rampa que se está comenzando a construir en Calbuco y en otras obras, como, por ejemplo, en la construcción del puente Bicentenario, en el canal de Chacao.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del diputado señor Enrique Jaramillo .
MEDIDAS EN FAVOR DE AGRICULTORES TRIGUEROS. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra, por dos minutos, el diputado señor Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG.-
Señor Presidente , pasan los días y nuestros trigueros siguen sufriendo las consecuencias, especialmente aquellos que no vendieron, de la falta de apoyo ante la competencia desleal de los exportadores argentinos. Se están haciendo algunas gestiones, pero a través de la Cámara quiero pedir más firmeza a las autoridades en las negociaciones diplomáticas para que cuanto antes se les dé solución a los afectados. La vía diplomática es la mejor para resolver este conflicto, pero se requiere de una solución urgente.
Me llama profundamente la atención que en la Comisión de Agricultura el Gobierno haya rechazado y descartado de plano la denuncia ante la OMC, sobre todo porque Chile habitualmente ha sido víctima de acusaciones en este organismo internacional, entre otros países, por Colombia y Argentina. Ahora, cuando estamos sufriendo las consecuencias de una competencia desleal, nos cuestionamos y, finalmente, rechazamos la posibilidad de acusar a los países que la han generado. Nada puede ser más evidente que esta situación que está afectando a los trigueros, y no queremos que se siga perjudicando a nuestra agricultura tradicional.
En consecuencia, solicito que se oficie al ministro de Agricultura para que, en primer lugar, aplique máxima urgencia a los tiempos de las negociaciones diplomáticas. En segundo lugar, para que la Comisión Antidistorsiones, ante la cual se presentó la denuncia sobre la materia, use todos los medios que le permita la ley para agilizar su pronunciamiento, el que se requiere antes de que comience la temporada de cosecha.
Entendemos que esta Comisión Antidistorsiones dará una respuesta que solucionará transitoriamente el problema, por lo que la vía diplomática y eventualmente un recurso ante la OMC es fundamental para lograr una decisión definitiva.
Pero no debemos ser ingenuos en la defensa de nuestros agricultores, porque muchas veces algunos países nos acusan, en circunstancias de que abusan en la exportación de productos hacia Chile. Llegó la hora de priorizar la defensa de nuestros agricultores, especialmente los tradicionales, que hoy están afectados por esta competencia desleal.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Andrés Egaña , Carlos Kuschel y quien habla.
INFORMACIÓN DE TRASPASO DE BIENES FISCALES A LA FUNDACIÓN CEMA-CHILE. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , en primer lugar, pido que se oficie al ministro de Vivienda y Bienes Nacionales a fin de que nos envíe un detallado informe sobre el traspaso de bienes desde el Estado a la fundación Cema-Chile, desde su creación, con el objeto de conocer el patrimonio de esa institución. De acuerdo con los balances que nos ha entregado el Ministerio de Justicia, su patrimonio alcanza casi a los 7 mil millones de pesos, con un flujo de caja anual superior a los 2 mil millones pesos, lo cual implica un presupuesto superior al de cualquier servicio público dedicado a la mujer, como Prodemu u otros.
La razón de este oficio es saber si esos bienes, que fueron traspasados desde el Fisco, el Ejército y otras instituciones, tanto durante el gobierno militar, como en democracia, puedan tener un buen recaudo. Cabe advertir que los estatutos de esa institución han sido cambiados y el destinatario de los bienes, en caso de disolución, es otra entidad, cuyo alcance todavía no conocemos. Me interesa saber qué tipo de bienes fueron traspasados a lo largo del país, en qué época y cuál es su avalúo fiscal y comercial.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA SOBRE EXTINTORES DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS. Oficios.
El señor NAVARRO.-
En segundo lugar, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones a fin de que disponga una exhaustiva fiscalización del cumplimiento de la normativa de extintores en todos los vehículos del parque automotor nacional. He presentado un proyecto de ley, respecto del cual hemos conversado con el ministro de Transportes y con el subsecretario, cuya finalidad es establecer que los extintores cumplan con las 22 normas y no sólo con 5, como actualmente lo hacen. Ello redundaría en un ahorro sustantivo para las arcas fiscales.
En Chile se venden 50 mil equipos al año y se invierten mensualmente más de 36 mil millones de pesos. Si tuviéramos extintores que no deban ser recargados año a año, sino cada cinco o seis años, como sucede en Europa, tendríamos un ahorro para el sector público de 16 mil millones de pesos al año, y para el sector privado de más de 25 mil millones de pesos al año. Más del 80 por ciento de los extintores en el país no están certificados y se recargan en la más completa ilegalidad y discrecionalidad.
Por ello, pido al ministro de Obras Públicas , Transportes y Telecomunicaciones que disponga la fiscalización de la calidad de los extintores no sólo en las plantas de revisión técnica sino donde corresponda, de acuerdo con las facultades que la ley le entrega.
Asimismo, pido que se oficie al ministro de Defensa Nacional a fin de que instruya a Carabineros de Chile para que advierta a los conductores de vehículos motorizados que los extintores deben estar certificados por un laboratorio autorizado por la ley, de modo de crear conciencia sobre la necesidad de contar con extintores de calidad.
Espero que la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones dé luz a la discusión del proyecto que hemos presentado sobre esta materia.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
TRANSBORDADOR PARA ISLAS MOCHA Y SANTA MARÍA Y SUBSIDIO PARA REPARACIÓN DE LANCHA “CARDENAL”. Oficios.
El señor NAVARRO.-
En tercer lugar, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones a fin de que dé cuenta de la situación del subsidio para el transporte de pasajeros desde Coronel y Lota a la isla Santa María, en la Octava Región. Esta isla tiene tres mil habitantes y pertenece a la comuna de Coronel.
Desde hace un mes, el valor del pasaje subió de 2 mil 500 pesos a 3 mil 600 pesos. La lancha “Cardenal”, que estaba en pésimo estado, ha sido reparada, pero ello trajo consigo un aumento en el costo de los pasajes.
Asimismo, se requiere un transbordador permanente para unir las islas Santa María y Mocha , para lo cual hemos presentado un proyecto al gobierno regional.
Por ello, pido que se oficie al gobierno regional de la Octava Región para que nos informe sobre la factibilidad de adquirir un transbordador que pueda brindar apoyo permanente a los habitantes de las islas Mocha y Santa María . También al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones a fin de que nos informe sobre el monto del subsidio para la reparación de la lancha “Cardenal”. Esta situación es complicada, porque se trata de zonas cuyos habitantes tienen muy bajos ingresos.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
LIMITACIÓN DE PLAZO A NAVES INDUSTRIALES PARA PERFORAR ZONA EXCLUSIVA DE PESCADORES ARTESANALES DE LA CUARTA REGIÓN. Oficio.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado Samuel Venegas.
El señor VENEGAS .-
Señor Presidente , una vez más, alzo la voz para plantear la gran preocupación que me asiste como miembro de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos de la Cámara de Diputados, por las acciones que día tras día lleva a cabo el subsecretario de Pesca , con distintas medidas y subterfugios destinados a beneficiar a los industriales de la pesca y en perjuicio de los pescadores artesanales.
El 23 de septiembre de 2004, dicho subsecretario firmó una resolución que permite, por cinco años, la perforación de las cinco millas de reserva exclusiva para la pesca artesanal en la Cuarta Región, es decir, para que las naves industriales puedan extraer en esa zona las especies individualizadas en el decreto. Lo más grave es que actualmente está en trámite en el Senado la denominada “ley larga de pesca”, cuyo texto puede aceptar o impedir la perforación, como ocurrió hace dos años. Por ello, lo que se pretende es entregar a estas naves industriales la autorización anticipada para perforar la zona exclusiva de los pescadores artesanales por cinco años más, lo que me parece una acción desmedida en favor de un sector y en perjuicio de otro. Esta resolución es un atropello a lo que significa el pronunciamiento tanto de la Cámara de Diputados como del Senado que están legislando sobre esa materia.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Economía , superior jerárquico del funcionario cuestionado, para que anule este decreto realmente ilícito, que incita a la rebelión a la comunidad de pescadores artesanales. Porque la medida puede terminar en una confrontación. Es necesario proteger a los pescadores artesanales. Para ello, es preciso que el ministro de Economía reponga lo anteriormente establecido, vale decir, la autorización de perforación de naves industriales en el área de reserva de la pesca artesanal de la Cuarta Región sólo por dos años y no por cinco años más.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión de los diputados señores Alejandro Navarro , Carlos Abel Jarpa , Alberto Robles y Waldo Mora .
INFORMACIÓN SOBRE MULTAS APLICADAS POR EL SERVICIO NACIONAL DE PESCA. Oficio.
El señor OJEDA (Vicepresidente).-
En los 48 segundos restantes del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , pido que se oficie al ministro de Economía a fin de que nos informe sobre las multas que ha aplicado el Servicio Nacional de Pesca durante los últimos diez años, cuáles han sido pagadas, cuáles están en ejecución y nos detalle en qué lugares de Chile las empresas industriales no las han pagado. Además, que nos informe sobre el número de abogados que tiene trabajando en el cobro de las multas cursadas al sector industrial. De igual manera, que nos informe si el 50 por ciento de las multas cobradas han sido incorporadas a los fondos municipales, como establece la ley, y qué municipios han sido beneficiados con esta medida.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán el oficio solicitado por su señoría.
ALCANCES A ANUNCIOS DEL MINISTRO DE HACIENDA EN RELACIÓN CON PRÓXIMA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN .-
Señor Presidente , quiero referirme a las palabras pronunciadas por el ministro Eyzaguirre , quien, ayer, en el Senado, y, posteriormente, en la noche, a través de cadena voluntaria de radio y televisión, en relación a la futura ley de Presupuestos del sector público.
Llama la atención la cantidad de aplausos que el ministro se confiere a sí mismo y cómo en la Concertación se genera una especie de coro de aplausos mutuos respecto de la situación económica nacional. Tanto es así que el ministro calificó a Chile como top ten en materia económica a nivel mundial. Sin embargo, cuando uno ve la cantidad de problemas pendientes, como son las seiscientas mil personas que hace más de cinco años están sin trabajo, los jóvenes que estudian y que no encuentran empleo cuando salen de los institutos, de las universidades o de los centros de formación técnica, el nivel de las pensiones, etcétera, nos damos cuenta de que estamos muy lejos de ser top ten. O bien, dicho de otra manera, la definición que se hace de este concepto es demasiado restringida. No se qué indicador se está considerando, pero cuando miro la realidad de nuestro país mi sensación es que aún tenemos demasiados problemas como para tener la actitud autocomplaciente extrema que uno observa en las autoridades económicas.
Más que congraciarnos o felicitarnos de lo bien que estamos -aún cuando reconozco que hay aspectos de nuestra realidad económica que son dignos de alabar; no quiero negar la sal y el agua- debemos poner énfasis, con mucha fuerza, en los discursos públicos como el que hizo ayer el ministro de Hacienda , no en lo que nos ha ido bien -si este año nos ha ido bien en crecimiento económico, control de la inflación, la balanza de pagos, cuenta corriente y en otros aspectos macroeconómicos, lo celebro-, sino en aquello que nos falta por hacer, en lo que nos ha ido mal. De otra manera, se genera un rechazo en la gente que le está yendo mal, ya que dicen: “Pero,¡en qué mundo viven los políticos! ¡Quién le pone el cable a tierra a estos señores!”. Eso me preocupa.
Me parece que el Gobierno debe poner el acento -porque entiendo que el ministro no habla por sí mismo sino en representación del Gobierno- en aquellas cosas que faltan por hacer.
Y quiero mencionar dos aspectos que, a mi juicio, en el Presupuesto de este año no están considerados en forma adecuada.
En primer lugar, el empleo. El ministro dice que el próximo año se crearán noventa mil nuevos empleos en promedio por mes, y en algunos meses de invierno hasta 180 mil. Entonces, empecé a investigar. ¿Estos noventa mil nuevos empleos son los del Ministerio del Trabajo, de cuatro meses y con un salario mínimo? ¿Son adicionales a los cincuenta mil que se están entregando? Todo es muy poco transparente, pero logré averiguar lo siguiente.
Primero, estos noventa mil empleos incluyen los que ya se están otorgando a través del Ministerio de Trabajo. Es decir, no son nuevos. Segundo, ¡oh, sorpresa!, incluyen, además, los empleos que generarán las obras públicas contempladas en el Presupuesto de 2005. ¡No puede ser! Entonces, ¿cuáles son los empleos nuevos, los de la emergencia para las seiscientas mil personas que no tienen trabajo? Yo pido transparencia.
Por eso, solicito que se oficie al ministro de Hacienda para que nos informe respecto de los noventa mil empleos, promedio, anuales y los ciento ochenta mil en invierno. Que nos diga de qué empleos se trata, cuántos se están entregando a través del Ministerio del Trabajo, cuáles corresponden a las obras públicas que se realizarán, cuáles son realmente nuevos empleos de emergencia y cuáles son de otro tipo.
En segundo lugar, el proyecto de ley de Presupuestos para el próximo año debe contemplar el financiamiento del proyecto que hace imputable penalmente a los menores de edad. La iniciativa fue aprobada unánimemente por esta Sala y hace dos meses que está en el Senado. Entiendo -ojalá me equivoque- que en el Presupuesto del próximo año no se contemplan los 40 mil millones de pesos necesarios para la implementación de dicho proyecto.
Por eso, quiero que el ministro de Hacienda también nos informe al respecto.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados señores Andrés Egaña y Waldo Mora .
ADHESIÓN A INTERVECIONES DE DIPUTADOS DITTBORN, JARAMILLO Y KUSCHEL. INFORMACIÓN SOBRE FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña .
El señor EGAÑA .-
Señor Presidente , ante todo, me sumo a las palabras de mi colega Julio Dittborn , porque su intervención servirá para que se aclaren las cifras relacionadas con el empleo.
Cuándo recorremos las distintas poblaciones de nuestros distritos la gente se queja ante nosotros, diciéndonos: “¡Qué importa que crezcamos al 5, 6 ó 7 por ciento, que tengamos grandes carreteras pavimentadas, que suscribamos grandes convenios comerciales, si llevamos tres años sin pega y el 15 por ciento de nuestras familias está sin trabajo!”
Por eso, es importante conocer las cifras, porque esos dos temas: el desempleo y la seguridad, aún siguen pendientes.
Asimismo, quiero adherir al oficio solicitado por el diputado señor Jaramillo , complementado posteriormente por el diputado Kuschel , por el cual pidió una información detallada de la distribución de los recursos del fondo social “ Presidente de la República ”.
Hemos escuchado reclamos y dudas de todos los sectores respecto de su manejo y, por eso, solicito que se oficie a su excelencia el Presidente de la República a fin de que nos informe sobre la distribución de dicho fondo durante los últimos cinco años, en particular, en las comunas de Concepción, San Pedro de La Paz y Chiguayante de mi distrito.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
ANTECEDENTES SOBRE ASIGNACIÒN DE RECURSOS A PROYECTOS AUDIOVISUALES. Oficio.
El señor EGAÑA .-
A continuación, quiero referirme a un proyecto que hace poco aprobamos en esta Cámara: el relativo al fomento audiovisual. Se hicieron grandes discursos y, al final, lo aprobamos después de una larga tramitación. Pero, nuevamente, tengo que hacer presente la preocupación existente en las regiones.
El año pasado, cuando aún no habíamos aprobado dicho proyecto de ley, señalé aquí la falta de equidad en la asignación de recursos a los distintos proyectos audiovisuales. No quiero referirme al aspecto político, porque ello daría pie para una larga discusión, sino sólo a la forma en que han sido asignados los recursos. Y expresé mi preocupación porque de los 232 millones 728 mil pesos que entregó la Corfo durante 2002, sólo 14 millones 500 mil pesos fueron sido asignados a dos proyectos de regiones, específicamente de la Octava y Décima. Además, de los 216 millones de pesos adicionales, sólo se destinaron 6 millones 800 mil pesos a las regiones. A pesar de ello dimos nuestra aprobación al proyecto y el Senado acogió nuestra proposición de aumentar el número de representantes en el comité que manejará los fondos destinados al fomento audiovisual.
Pero mi preocupación es aún mayor, porque hace pocos días se informó -la ley aún no entra en vigor- que la Corfo no entregó todos los fondos contemplados para este año. Es así como, aprovechando el Festival de Cine de Valdivia como escenario, nos informamos de que fueron entregaron los resultados de la primera parte del ciclo. En la versión 2004 del concurso, el fondo favoreció a 34 proyectos audiovisuales, 20 largometrajes y 14 series de televisión, con un monto de 205 millones de pesos, es decir, 35 millones más que el año pasado. A pesar de este incremento, la comisión encargada de administrar el fondo objetó la excelencia de los proyectos que concursaron y, en lugar de entregar todos los recursos, se reservó 250 millones de pesos.
Sería interesante conocer los proyectos beneficiados y a quiénes pertenecen. Asimismo, me gustaría saber en detalle las fechas en que los productores recibieron los fondos y los proyectos de regiones que resultaron beneficiados en los distintos ámbitos televisivo, documental y cinematográfico.
Creo que nuevamente estamos frente a una situación en que los recursos sólo llegan a los productores audiovisuales de la Región Metropolitana y no a los de regiones, que con mucho esfuerzo han estudiado comunicación audiovisual y que ven frustrada la posibilidad de contar con los recursos necesarios para llevara adelante sus proyectos.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Economía para que, por su intermedio, el vicepresidente ejecutivo de la Corfo nos informe sobre los recursos asignados a los proyectos audiovisuales durante 2004, cuáles fueron beneficiados y a qué regiones pertenecen y cuál fue el criterio utilizado por la comisión, presidida por el señor Ordoñez , para determinar que una parte importante de los recursos no se entregó por falta de excelencia de los proyectos presentados.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión del diputado señor Julio Dittborn .
REPARACIÓN DE CAMINO QUE UNE CHUQUICAMATA CON TOCOPILLA. Oficio.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Waldo Mora.
El señor MORA .-
Señor Presidente , a comienzos de este año solicité mediante oficio al Ministerio de Obras Públicas la reparación y mantención de la Ruta 45, que une Chuquicamata con Tocopilla. Ese camino tiene un tránsito internacional muy fluido, especialmente de camiones que vienen de Paraguay, Bolivia y Argentina hacia la zona franca de Iquique. Como se encuentra en pésimas condiciones, solicité su reparación y mantención que, en esa época, tenía un costo de aproximadamente 80 millones de pesos.
Hace algunos días recibí una respuesta del Ministerio de Obras Públicas que me causó indignación, pues se me señala que a raíz de que en el camino que une Chuquicamata con Calama se encuentra el yacimiento “La Mansa Mina”, que forma parte del proyecto Codelco Norte y que comenzará a explotarse en los próximos años, Codelco ha decidido estudiar el tema en un tiempo más.
Al parecer no me entendieron, pues no me refería al camino que une Chuquicamata con Calama, sino al que une Chuquicamata con Tocopilla, que no entorpece para nada la explotación del yacimiento antes mencionado. Lo más grave es que desde marzo, cuando envié el oficio, han ocurrido tres accidentes con resultado de muerte en esa carretera.
En el último, falleció una niña de once años y su padre quedó con graves secuelas. Anteriormente, un camión que se volcó aplastó a un automóvil.
Entonces, sólo ahora, después de estos hechos y gracias a la reiteración de mis reclamos, me señalan que se preocuparán de pavimentar la ruta, pero que el costo subió a cerca de 300 millones de pesos. Es una vergüenza que haya sido necesario que ocurrieran desgracias humanas para tomar la decisión de reparar ese camino, cuyo costo, por la demora en ejecutar las obras, ha subido de 80 a 300 millones de pesos. Además, se involucró a Codelco en un asunto en el que no tenía nada que ver.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas a fin de hacerle presente mi indignación por la falta de conciencia frente a problemas que son de fácil solución, pero que, a raíz de la burocracia, no se resuelven y producen graves consecuencias, como las que he mencionado.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Eliana Caraball y de los diputados señores Andrés Egaña , Carlos Abel Jarpa y José Miguel Ortiz .
COBRO EXCESIVO DE CONTRIBUCIONES DE BIENES RAICES EN COMUNA DE TOCOPILLA. Oficios.
El señor MORA .-
Señor Presidente , en segundo lugar, quiero referirme a una situación que afecta a mi tierra, Tocopilla , comuna en la que existen varias caletas que en su origen eran pesqueras, pero que se han ido transformando en lugares de veraneo y descanso para la gente que vive en la pampa, de María Elena , Calama o Chuquicamata, la que ha construido modestas cabañas.
Esas caletas se encuentran ubicadas en el litoral, entre Tocopilla e Iquique. Las cabañas construidas en ellas no deben costar más de un millón o un millón y medio de pesos, pues se trata de pequeñas viviendas de madera, similares a las mediaguas que regala el Hogar de Cristo, a las que se les han introducidos mejoras para dotarlas de algún confort. Algunas fueron construidas hace treinta o cuarenta años.
Lamentablemente, a raíz de la nueva tasación de los bienes raíces, el pago por concepto de contribuciones aumentó de tal forma que, por ejemplo, si por una de estas modestas casas hace un par de años se pagaban aproximadamente 15 mil pesos cada tres meses, hoy se deben pagar alrededor de 180 mil pesos. Hay quienes sostienen que esto es responsabilidad del Servicio de Impuesto Internos, pero hay otros que responsabilizan a la Subsecretaría de Marina .
En consecuencia, pido que se oficie para que el Servicio de Impuestos Internos no considere a viviendas de esas modestas caletas pesqueras, ubicadas en comunas pobres, como Tocopilla, con el mismo criterio con que trata a las de Viña del Mar, La Serena u otros lugares de veraneo, que son de otra magnitud.
Pido que a la gente que se sacrifica en la pampa se la trate con conciencia social, porque está pagando más contribuciones por sus modestas cabañas en la playa que por sus casas en el desierto. Por ello, pido que en el oficio se solicite, además, que Impuesto Internos revise los criterios con que se tasan ese tipo de propiedades.
Asimismo, pido que se oficie para que la Subsecretaría de Marina coordine con el Servicio de Impuestos Internos la aplicación de un criterio social en casos como estos, cuando corresponda.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Eliana Caraball y de los diputados señores Andrés Egaña , Carlos Abel Jarpa y José Miguel Ortiz .
APLICACIÓN DE PLAN INTEGRAL DE SAN PEDRO DE LA COSTA. Oficios.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , hace alrededor de cuatro meses, en este hemiciclo, me referí a la importancia de que el ministro de Vivienda y Urbanismo , en ese instante Jaime Ravinet , y el Presidente de la República hubieran anunciado, aproximadamente un año y medio antes, que se erradicarían todos los campamentos existentes en la región del Biobío.
En la ocasión también hice un reconocimiento muy especial al equipo de profesionales que estuvo a cargo de la ejecución del llamado “Plan integral de San Pedro de la Costa”.
Hace unos tres meses, me correspondió participar en la ceremonia de inauguración de las obras consideradas por dicho plan en San Pedro de la Paz y en Chiguayante, esto es, la construcción de 3.188 casas a través del Programa Viviendas Sociales Dinámicas sin Deuda.
Cuando el Presidente de la República anunció la erradicación de los campamentos en la Octava Región, seguramente la Oposición pensó que eso era una ilusión, algo en el aire, pero es una realidad.
Hace menos de diez días estuvimos presente cuando se entregaron 500 viviendas en la villa Los Presidentes, de Chiguayante. Casas de 46 y 52 metros cuadrados, de dos pisos, completamente terminadas, en el primer caso, y con una mansarda, con espacio para dos dormitorios, que deberán ser habilitados por el beneficiario, en el segundo caso.
Las viviendas tienen una distribución especial, dispuesta en grupos de catorce, conformando un micro barrio que garantiza aspectos sustanciales como la seguridad ciudadana, un conocimiento mutuo entre los vecinos y una mejor vecindad.
Además, el plan integral del Ministerio de Vivienda y Urbanismo va a beneficiar también a todas las familias de 68 asentamientos y comités de las comunas de Concepción, Talcahuano, Chiguayante y San Pedro de la Paz.
¿Qué se ha hecho con los vecinos? Desde hace varios meses se han realizado jornadas de capacitación y de planificación para habilitar los nuevos barrios, apoyados por los profesionales del Minvu.
En la ceremonia en que se entregó la villa “Los Presidentes”, en Chiguayante, una dirigente señaló públicamente: “No tenemos nada que envidiar a los barrios del sector privado, porque hemos podido participar en todo el proceso y, además, hemos recibido un gran apoyo para mejorar nuestro futuro. Sin duda, esto es verdadera participación ciudadana”.
¿Por qué expreso estos hechos? Porque la pasión política impide ver las realidades. Por ejemplo, en mi distrito, Concepción, Chiguayante y San Pedro de la Paz, ha habido una gran inversión del aparato estatal.
¡Qué hermosa fue la noche del 10 al 11 de septiembre! Las quinientas familias hicieron una vigilia para esperar el día 11 con el fin de ser trasladadas en camiones a sus nuevas viviendas.
La villa “Los Presidentes” tiene jardines, plazoletas; la habilitación justa y necesaria, porque nosotros creemos en la igualdad de las personas, sin distinción de ninguna naturaleza.
He creído conveniente hacer un reconocimiento al Presidente Lagos por haber cumplido su palabra. También hago un reconocimiento al grupo de profesionales y funcionarios del plan integral San Pedro de la Costa, que está haciendo una gran labor.
Un reconocimiento especial al alcalde de San Pedro de la Paz, don Jaime Soto , quien accedió a que se hiciera esa erradicación a su comuna, como también al alcalde de Chiguayante , don Tomás Solís . Ellos han demostrado, realmente, que creen en la justicia social, en la solidaridad y en la igualdad.
Expreso esto en la Cámara de Diputados porque las cosas se están haciendo en los plazos que corresponde.
En los próximos días estaremos inaugurando más de 500 casas, en primera instancia, hasta llegar a 2.800 casas en San Pedro de la Paz.
Por lo expuesto, pido que se oficie, para expresar mi reconocimiento, al Presidente Ricardo Lagos ; al ex ministro de Vivienda y actual ministro de Defensa , Jaime Ravinet ; al intendente, Jaime Tohá ; pero, en forma especial, al señor Aldo Ramaciotti , secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Octava Región , y a todo el equipo del plan integral de San Pedro de la Costa, con sede en nuestra ciudad de Concepción.
Gracias a todos ellos fue posible la realización del sueño de la casa propia para 500 familias, el mismo que el día de mañana será para 3.000 familias de Concepción, Chiguayante, San Pedro de la Paz y Talcahuano.
He dicho.
El señor OJEDA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la diputada señora Eliana Caraball y de los diputados señores Waldo Mora y Carlos Abel Jarpa .
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.41 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
III. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio Nº 5161, de fecha 15 de septiembre de 2004, tengo a bien manifestar a vuestra Excelencia que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto sobre fomento audiovisual. (boletín Nº 2802-04).
En consecuencia, devuelvo a vuestra Excelencia el citado oficio de esa honorable Cámara de Diputados, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Vicepresidente de la República ; RODRIGO EGAÑA BARAONA , Ministro Secretario General de la Presidencia (S)”.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 6 de Octubre de 2004.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado, en sesión del día de hoy, tomó conocimiento del rechazo de esa honorable Cámara a algunas de las modificaciones propuestas por esta Corporación al proyecto de ley sobre sustitución de la ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, correspondiente al boletín Nº 2439-20, y del nombre de los señores Diputados que integrarán la Comisión Mixta que deberá formarse en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política de la República.
Al respecto, el Senado acordó que los Honorables Senadores miembros de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, concurran a la formación de la aludida Comisión Mixta.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 5175, de 5 de Octubre de 2004.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
3. Informe de la Comision de Trabajo y Seguridad Social, recaido en el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de remuneraciones por jornada extraordinaria y de trabajadores temporeros agrícolas. (boletin N° 3696-13-1)
?Honorable Camara:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informaros, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, originado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República , que modifica el Código del Trabajo en materia de remuneraciones por jornada extraordinaria y de trabajadores temporeros agrícolas, Boletín Nº 3696-13.
Cabe hacer presente que S.E. el Presidente de la República hizo presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el Senado- de este proyecto de ley, la que fue calificada de “suma”.
A la sesión que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió el Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari Saavedra , el señor Jefe de Gabinete del Subsecretario del Trabajo , Felipe Saez Carlier , y el Asesor Legislativo de esa cartera, don Francisco Del Río Correa .
I. ANTECEDENTES GENERALES.
La presente iniciativa, se enmarca dentro de un proceso de mejoramiento de las condiciones de trabajo de los trabajadores cuyas remuneraciones se componen principalmente de elementos variables.
La remuneración de cada trabajador puede ser fija, mixta o enteramente variable, conforme sean las condiciones acordadas en el contrato. Sin embargo, los recargos del 50% sobre el valor de la hora ordinaria, que corresponden a los pagos legales por trabajo en sobretiempo, tienen su base de cálculo en el componente fijo de la remuneración del trabajador. Ello ha implicado que en algunos sectores, principalmente del comercio comisionista, se establezcan salarios fijos artificialmente bajos, a fin de que los recargos por horas extras sean irrelevantes desde el punto de vista de los costos.
De esta forma, la iniciativa propuesta por el Ejecutivo establece una base mínima de cálculo para el recargo de la jornada extraordinaria, al situarla en el salario mínimo que establece la ley para la jornada ordinaria de trabajo.
Cabe hacer presente que, además, esta iniciativa contempla un mecanismo de resguardo a las remuneraciones adeudadas a los trabajadores temporeros agrícolas, en el caso de que éste no alcance a cobrar total o parcialmente su última remuneración, por haber emigrado a otra zona del país. Este mecanismo consiste en la obligación del empleador de enterar dicho saldo de remuneración en la cuenta del seguro de desempleo que corresponde al trabajador.
II. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalaros que la idea matriz o fundamental del proyecto es establecer una base mínima de cálculo para la ponderación de los recargos a que haya lugar al pagar horas extraordinarias, y, además, establecer un sistema de pago de saldos de remuneraciones adeudadas a trabajadores temporeros agrícolas.
Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto en un artículo permanente.
III. ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGANICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.
En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, el artículo único del proyecto de ley en informe no es de quórum calificado ni de rango orgánico constitucional.
IV. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISION.
Vuestra Comisión recibió al Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari Saavedra ; al señor Jefe de Gabinete del Subsecretario del Trabajo , Felipe Saez Carlier , y al Asesor Legislativo de esa cartera, don Francisco Del Río Correa .
V. ARTICULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISION QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA.
A juicio de vuestra Comisión, el proyecto en informe no debe ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda de esta Corporación.
VI. DISCUSION GENERAL.
El proyecto de ley en informe fue aprobado, en general, por vuestra Comisión en sesión especial de fecha 6 de octubre de 2004, por la unanimidad de los Diputados presentes en la Sala.
Durante su discusión general, el Ministro del Trabajo y Previsión Social, señaló que este proyecto constituye la materialización de un compromiso adquirido por el Gobierno en el marco de la discusión de la ley del salario mínimo, correspondiente a los años 2004-2005 y sobre un diagnóstico que arroja preocupantes datos acerca de la falta de compensación adecuada al trabajo de horas extraordinarias realizado por los trabajadores ligados al sector comercial y de comisionistas, principalmente.
En efecto, afirmó, que existen numerosos contratos en los que se pactan salarios base de cantidades insignificantes de 5, 10 o 20 mil pesos a fin de que baje sustancialmente el recargo legal en el evento de que se requiera que el trabajador labore sobretiempo. Esto se aleja del espíritu que adquiere el salario mínimo, ya que no parece razonable que una hora extra pase a costar prácticamente menos que una hora ordinaria.
Por otra parte, este proyecto consigna un mecanismo de resguardo a las remuneraciones de trabajadores temporeros, por el que la última remuneración, que muchas veces el trabajador no alcanza a cobrar total o parcialmente, sea ingresada a la cuenta por cesantía del trabajador, en el evento de que no sea retirada por éste. Este mecanismo permite engrosar los recursos de dicha cuenta, al tiempo de resguardar el patrimonio de los trabajadores, ya que es una medida de fácil fiscalización por la Dirección del Trabajo.
Por su parte, los señores Diputados integrantes de esta Comisión y presentes en la sesión respectiva expresaron, unanimemente, su parecer conforme con la iniciativa legal que se propone, manifestando el interés de terminar con la práctica generalizada en parte del sector servicios de fijar sueldos base de montos irrisorios o que no reflejan el nivel real de ingresos de sus trabajadores.
Asimismo, manifestaron su conformidad con la solución propuesta para los trabajadores temporeros agrícolas en cuanto garantiza que recibirán los saldos impagos de remuneraciones.
VII. SINTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACION EN GENERAL.
No hubo en vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.
VIII. DISCUSION PARTICULAR.
Vuestra Comisión, en la misma sesión especial, sometió a discusión particular el proyecto, cuyo texto se reproduce, seguido de una breve explicación para su mejor comprensión, adoptándose los acuerdos que se indican respecto de sus disposiciones:
“Artículo Único.- Modifícase el Código del Trabajo, en la siguiente forma:
A) Agrégase en su artículo 32, la siguiente oración en su inciso tercero, pasando su punto aparte (.) a ser seguido:
“En caso de que el sueldo convenido fuere inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, éste constituirá la base de cálculo para el respectivo recargo.”.
El principio implícito es el de garantizar una remuneración justa de las horas extraordinarias para quienes laboran en un sistema de remuneración variable, cuyo componente principal depende de comisiones, asignaciones o bonos, ya que la base actual de cálculo es sólo el componente fijo de la remuneración o sueldo base.
-La Comisión por unanimidad de sus miembros presto aprobación a esta letra, agregándole, después de la palabra “éste”, la expresión “último”.
B) Agrégase en su artículo 40 bis A, el siguiente inciso segundo nuevo, pasando su actual inciso segundo a ser tercero:
“La base de cálculo para el pago de dichas horas extraordinarias, no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, calculado proporcionalmente a la cantidad de horas pactadas como jornada ordinaria.”.
En base al mismo criterio anterior pero en forma proporcional, este artículo tiene por objeto garantizar el pago de una justa remuneración para las horas extraordinarias de los trabajadores de jornada parcial. Se trata de una norma de necesaria concordancia para trabajadores que laboran contratados por una remuneración inferior a los montos nominales de la remuneración mínima.
-La Comisión por unanimidad de sus miembros presto aprobación a esta letra.
C) Agrégase al artículo 94 ubicado en el párrafo 2º del Título II del Libro I, del Código del Trabajo, el siguiente inciso tercero nuevo:
“En el caso de existir saldos de remuneración que no hayan sido pagados al trabajador, las empresas agrícolas, deberán depositarlos en la cuenta individual del seguro de desempleo creado por la ley N° 19.728. Los mandantes responderán de éstos pagos de conformidad a lo establecido en los artículos 64 y 64 bis”.”.
El principio implícito es evitar traslados onerosos para trabajadores temporeros agrícolas a quienes se les adeuden saldos de remuneraciones al término de su relación laboral con la empresa contratista o el mandante de la obra, puesto que generalmente registran domicilio en lugares geográficos distintos.
-La Comisión por unanimidad de sus miembros presto aprobación a esta letra.
IX. ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISION.
Con ocasión del debate habido en la discusión en particular del proyecto, los Diputados señora Adriana Muñoz D’Albora y señor Pedro Muñoz Aburto presentaron indicación a la letra A) del artículo único del proyecto, del siguiente tenor:
“En caso de no existir sueldo convenido o cuando fuere inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, éste constituirá la base de cálculo para el respectivo recargo.”
-Sometida a votación fue rechazada por seis votos en contra, dos a favor y ninguno en contra.
-o-
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo Único.- Modifícase el Código del Trabajo, en la siguiente forma:
A) Agrégase en su artículo 32, la siguiente oración en su inciso tercero, pasando su punto aparte (.) a ser seguido:
“En caso de que el sueldo convenido fuere inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, éste último, constituirá la base de cálculo para el respectivo recargo.”.
B) Agrégase en su artículo 40 bis A, el siguiente inciso segundo nuevo, pasando su actual inciso segundo a ser tercero:
“La base de cálculo para el pago de dichas horas extraordinarias, no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, calculado proporcionalmente a la cantidad de horas pactadas como jornada ordinaria.”.
C) Agrégase al artículo 94 ubicado en el párrafo 2º del Título II del Libro I, del Código del Trabajo, el siguiente inciso tercero nuevo:
“En el caso de existir saldos de remuneración que no hayan sido pagados al trabajador, las empresas agrícolas, deberán depositarlos en la cuenta individual del seguro de desempleo creado por la ley N°19.728. Los mandantes responderán de éstos pagos de conformidad a lo establecido en los artículos 64 y 64 bis”.”.
-o-
Se designó diputado informante a don Pablo Prieto Lorca.
Sala de la Comision, a 6 de octubre de 2004.
Acordado en sesión especial de fecha 6 de octubre del año en curso, con asistencia de los señores Diputados Muñoz, don Pedro ; Muñoz , doña Adriana ; Prieto, don Pablo ; Salaberry, don Felipe ; Seguel, don Rodolfo ; Tapia, don Boris ; Vidal , doña Ximena ( Presidenta ) y Vilches, don Carlos .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Tuma , José Antonio Galilea , Hales , Meza , Muñoz , Saffirio y Uriarte .
Proyecto de ley que interpreta el artículo 3° de la ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcoholicas en relación a la venta de bebidas alcohólicas en supermercados, en salas de exposición de vinos y piscos y de restaurantes. (boletín Nº 3700-03)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 60 y 62 de la Constitución Política de la República y lo preceptuado en la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la honorable Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que se aprobó hace pocos meses la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, la cual se encuentra inspirada esencialmente en limitar la oferta de bebidas alcohólicas, de manera tal de generar un desincentivo o dificultad para el consumo excesivo de las mismas.
Sabemos que en Chile, la ingesta abusiva de alcohol es un problema social y de salud pública severo. Las altas tasas de alcoholismo, con sus nefastas consecuencias para la vida personal y familiar. A las patologías directamente relacionadas con el consumo de alcohol, que van desde daños al sistema hepático hasta patologías siquiátricas graves, hay que agregar los efectos familiares y sociales del mismo, como son la violencia intrafamiliar, el ausentismo y aumentos en la accidentabilidad laboral, cuando no, derechamente, incapacidad para el trabajo, con las secuelas de empobrecimiento y marginalidad para las familias chilenas.
2° Que sin embargo, esta aproximación al tema que ha realizado el legislador, pese a estar bien inspirada, tiene el grave defecto de ser parcial y unilateral en la forma de afrontar un tema tan complejo, como es el del consumo excesivo del alcohol. A nuestro entender la solución al problema no pasa exclusivamente por limitar la oferta del producto, sino en cómo se combaten las secuelas negativas del abuso. Más aún, teniendo como un hecho, el que las bebidas alcohólicas son bienes que circulan en el mercado y que representan el puntal de una buena cantidad de actividades agrícolas, industriales y comerciales.
Lo que debemos hacer es contribuir con normas que permitan ir poco a poco construyendo una nueva cultura etílica en Chile. Algo de eso lo ha hecho el sector privado, al desarrollar la vitivinicultura de alto estándar, mejorando cepas, procesos productivos y mecanismos de comercialización tanto para los mercados internos como internacionales. Esta realidad no la podemos obviar, pues de lo contrario estamos aproximándonos a la realidad, sólo a partir del consumo excesivo, lo cual es un error de concepto, que sólo estimula la estigmatización del consumidor, igualando al bebedor moderado con el alcohólico e identificando una actividad económica lícita y legítima con la causa de los males de la ingesta excesiva.
3° Que fruto de esta mirada parcial empleada por los autores de esta iniciativa primera, han quedado vacíos que a nuestro juicio es necesario corregir, como es el caso de la limitación al otorgamiento de las patentes de expendio de bebidas alcohólicas. A este respecto, es menester dejar establecido que existen una serie de actividades comerciales y de servicios en las cuales el expendido de alcohol es una actividad complementaria, y aún necesaria para el desarrollo de una actividad o giro central o que deben incorporarse a su giro. Eso sucede con los restaurantes, los cuales deben tener la posibilidad de expender bebidas alcohólicas, ya que sin esta posibilidad se hace imposible el desarrollo del negocio. No se debe concebir que se paralicen inversiones en el rubro gastronómico, por no existir cupos de patentes de alcoholes; más aún cuando la gastronomía es uno de los servicios comerciales puntales del turismo, que es lejos una de las actividades económicas con mayor valor agregado y que en el caso de las regiones del país, promete ser la industria más relevante en el mediano y largo plazo y respecto de las cuales el Estado y el sector privado están haciendo fuertes apuestas de futuro.
Esta razón justifica plenamente flexibilizar las normas vigentes, de forma tal que las restricciones al número de patentes no importe respecto de los proyectos gastronómicos un obstáculo imposible de superar, o genere la posibilidad de un mercado negro de patentes de restaurante, que sólo generan especulación y ganancia ilegítima para los titulares de las patentes.
Otra actividad comercial, en la cual el expendio de alcoholes si bien no es esencial al giro, aunque sí se integra a él como complemento, es la de los supermercados. No parece razonable que se limite el expedido de alcohol en los supermercados, sean estos grandes o pequeños, cuando en realidad la venta de alcohol es un agregado natural de la venta de abarrotes. Las familias chilenas tienen el derecho a planificar ordenadamente su consumo de bienes para el mes o la semana. Cuando el alcohol se compra junto al pedido para el consumo familiar estamos incorporando al alcohol en la canasta de productos, limitando en el fondo el gasto que se produce con su adquisición al presupuesto de una familia con lo cual se ordena, no se estigmatiza el consumo y se generan condiciones para el desarrollo de una cultura del consumo de productos alcohólicos prudente y razonable.
Pero además, estas limitaciones actualmente vigentes, terminan por dañar a los nuevos emprendimientos, a los proyectos nuevos que se ven en desventaja frente a competidores que ya se han instalado y que si han podido acceder a patentes para el expendio de alcohol para el consumo fuera del local. Más dañino es esta situación aún para los pequeños comerciantes que a nivel local o regional desarrollan proyectos comerciales de estas características, los cuales ya deben enfrentar una dura competencia con las grandes cadenas de supermercados y que al no contar con la posibilidad de ofertar vinos y licores, quedan en situación de mayor desmedro para el desenvolvimiento de sus negocios. Creemos que con una fiscalización adecuada, excluyendo, por cierto a los mini markets, que muchas veces han sido utilizados como botillerías encubiertas, al ser los vinos y licores la mayor parte de los bienes expendidos en esos establecimientos, siendo marginal la venta de abarrotes para el consumo familiar.
Por lo expuesto, es que proponemos, interpretando el texto del Artículo 5° de la Ley N° 19.925 que las limitaciones indicadas para los establecidos regulados en las A, E, F y H del Artículo 3° no se aplicarán tratándose de establecimientos que vendan en forma exclusiva vino o pisco nacional embotellado para ser consumidas fuera del local de venta o sus dependencias y que estos locales funcionen y tengan como objetivo principal servir de salones de exhibición, promoción o boutique de estos alcoholes. También, interpretando la norma queremos esclarecer su contenido en relación a los supermercados señalados en la letra h) de la misma disposición legal, los cuales cuando operen bajo la modalidad de autoservicio, cuenten con más de tres cajas registradoras de salida, una superficie mínima de 200 metros cuadrados construidos de salón de venta y que los productos de bebidas alcohólicas ofrecidos a la venta no supere el 15% del total de los productos del establecimiento, tampoco quedarán sujetos a tales restricciones.
Creemos que estas modificaciones, de ser aprobadas, permitirán poner fin a la unilateralidad de miradas que hay en la ley vigente, incorporando esta variable esencial, como es que las bebidas alcohólicas, forman parte hoy día en Chile de la canasta de productos de consumo masivo por parte de las familias, que en sí mismas, no son ni perversas ni malignas para la salud. Sólo vinculando el consumo a la actividad familiar, generaremos las condiciones para que sea la propia familia la que actúe como primera instancia de control y limitación de la ingesta excesiva. Cuando condenamos el consumo de alcohol a la soledad de los bares, sacándolo del consumo familiar, desperdiciamos la posibilidad del empleo de los más valiosos dispositivos de control, como son los controles familiares.
4° Que asimismo, es necesario introducir otras correcciones que hagan razonable la aplicación de esta ley una de las cuales dice relación con la precisión en relación a la forma en que ha de computarse la distancia mínima de 100 metros que debe existir entre los establecimientos de expendios de bebidas alcohólicas y ciertos establecimientos, como son los de educación, de salud, los penitenciarios, los recintos militares o policiales y los terminales y garitas de la movilización colectiva. La ley aprobada por el Congreso Nacional señala que esa distancia debe ser de 100 metros, pero la forma de cómputo es ambigua. Por lo expuesto, proponemos en el texto de la moción, en su Artículo 2°, que se modifique el inciso quinto del Artículo 8° para precisar que esa distancia debe ser medida acorde con lo dispuesto en la Ley del Tránsito, esto es, en relación a las direcciones del tránsito peatonal y vehicular y no a partir solamente del radio circundante al local de expendio de bebidas alcohólicas, pues naturalmente lo que se persigue es dificultar el acceso en consideración a la distancia, y esta última es la que razonablemente se emplea para llegar de un punto a otro por las vías normales de circulación peatonal.
Por su parte, tampoco parece razonable disponer el cierre de un establecimiento de expendio de bebidas alcohólicas, por causa de la instalación posterior, a menos de 100 metros, de los establecimientos especiales incompatibles que ya se han expuesto. Lo adecuado, además de justo y respetuoso de los derechos adquiridos, es que no pueda funcionar uno de estos establecimientos incompatibles, en la medida que exista, con anterioridad, un establecimiento de expendio de bebidas alcohólicas. En otras palabras, respetar los derechos de aquella persona natural o jurídica que, con anterioridad se ha establecido con su comercio.
5° Que otra norma que es menester corregir, por la vía de su supresión es la del artículo 44 inciso 5° y final que prescribe que “con el objeto de facilitar la fiscalización de la presente ley, los fabricantes de bebidas analcohólicas o de fantasía deberán expender sus productos en envases transparentes, que cumplan con las características que señale el reglamento. Igual obligación regirá para los fabricantes de cervezas en cualquiera de sus tipos. El incumplimiento de esta norma será sancionado con una multa de diez a veinte unidades tributarias mensuales.”
Esta norma, en la práctica es impracticable y atenta severamente en contra de la industria, por cuanto desde hace muchos años en Chile y en el mundo, se expenden vinos, licores y cervezas en envases que no son trasparentes, como sucede con las latas y los envases de tetrapack. Entendemos que para facilitar la fiscalización sobre rotulados sea recomendable la transparencia de los envases, pero con ese mismo criterio, tendríamos que corregir toda la normativa sobre envases de productos alimenticios en el país. El control de la calidad de los alcoholes, no pasa por ver la transparencia o el color de sus líquidos contenidos en los envases sino que por otro tipo de controles, de laboratorio. Esta norma, no es indispensable para fiscalizar el cumplimiento de la ley y al contrario importa un severo daño a la economía de las empresas y a los comerciantes, que de mantener su vigencia, debieran devolver o al menos retirar toda esa mercadería que se contenga en esa clase de envases.
6° Que otra disposición que es menester corregir en su actual redacción es la referida a la forma de determinar el número limitado de patentes de alcoholes que podrá existir en cada comuna del país. De conformidad al texto de la ley vigente (artículo 7°), éstas nunca podrán ser más que una patente por cada 600 habitantes de la respectiva comuna, debiendo además procederse a repartir las patentes que se otorguen dentro de las distintas categorías de patentes que establece el mismo cuerpo legal. Esta función es encomendada por la nueva ley al Intendente Regional , previo informe del alcalde respectivo, informe que debe ser despachado con acuerdo del concejo municipal. La ley permite, que incluso el Intendente Regional pueda prescindir del informe municipal, cuando la autoridad edilicia no lo hubiere despachado en tiempo oportuno.
Creemos absolutamente errado, encomendar esta función de ordenamiento económico de las comunas y de seguridad pública a nivel comunal, a los intendentes regionales. Esta es claramente una función de clara incidencia local, que en consecuencia debiera quedar sometida a la competencia de la autoridad comunal. Involucrar al Intendente Regional en esta clase de asuntos, importa vulnerar los principios de autonomía municipal y lo que es más grave generar un proceso de centralización de la toma de decisiones que importa un claro retroceso en el proceso creciente y sostenido de descentralización administrativa del país.
La labor del Intendente Regional, es otra, sus competencias de planificación regional, de coordinación de los procesos de toma de decisiones, hacen inexplicable, que la verdad sea dicha, esta entrega de competencias que ha realizado el legislador. Si hay objeción a los criterios, al mérito y a la oportunidad de las decisiones que puedan en el pasado haber adoptado los alcaldes, será resorte de la ciudadanía criticarlo. Los alcaldes son políticamente responsables, al igual que los concejales por las decisiones de buen o mal gobierno y administración que adopten y es el pueblo soberano el que hace exigible esa responsabilidad en cada comicio electoral. Proceder sin más, a elevar las competencias a un órgano de rango administrativo superior, alejado de la realidad local es un contrasentido.
En mérito de lo anterior, propugnamos que estas atribuciones queden en manos de los alcaldes, quienes ejerzan esta competencia con acuerdo del Concejo Municipal y previa consulta a las cámaras de comercio locales. De esta forma, se asegura -a nuestro juicio- un mayor nivel de participación política y social también en la toma de decisiones que siempre son complejas y que obligan a sopesar tanto los objetivos de seguridad y salubridad públicas, como también aspectos relativos a libertades individuales y al derecho a desarrollar emprendimientos económicos lícitos y legítimos.
Finalmente, mediante esta iniciativa proponemos terminar con la prohibición establecida en el inciso tercero del Artículo Transitorio de la Ley, la que establece la prohibición de transferir y renovar patentes ya concedidas cuando el número de patentes limitadas que se hubiere otorgado excediere la nueva proporción de patentes a que se dará lugar con la entrada en vigencia de esta ley y los nuevos límites máximos que se creen a partir de la acción de las administraciones públicas llamadas a establecerlas. Esta medida, que en los hechos, ni siquiera queda claro cómo se va a implementar, pues no se determina con precisión que clases de patentes serán las que quedarán inmovilizadas, impedidas de transferirse, atenta contra los derechos adquiridos por sus propietarios, vulnerando claramente derechos garantidos por la Carta Fundamental, como el derecho de propiedad y el derecho a desarrollar actividades lícitas de índole económica. Sí podemos estar de acuerdo en mantener las limitaciones referidas a las patentes de locales o expendidos clausurados, pero en ningún caso respecto a patentes que estando vigentes, en el fondo son inmovilizadas por el sólo ministerio de la ley. El derecho a disponer de un bien, es un atributo esencial del dominio; a quien se priva de él, se le está expropiando, y en este caso, esa expropiación es ilegítima pues no se sustenta en el pago de indemnizaciones previas de carácter compensatorias.
7° Que existen infracciones diferenciadas, ya se trate de dueños o administradores y de trabajadores de establecimientos de expendio de alcoholes, lo que, además de dificultar la individualización del sujeto infractor se convierte en un incentivo perverso para que el dueño de un establecimiento opte por responsabilizar al trabajador con el fin de pagar una multa menor. Proponemos, en consecuencia, que sólo exista un responsable y que éste no sea otra que el dueño, ya que es por lo demás, suponiendo que el trabajador fuere quien incurriere en infracción, un caso típico de responsabilidad por el hecho de un tercero, que ya hace mucho nuestra legislación civil contempla entre sus normas.
8° Que el valor de las patentes expresado en UTM al momento del pago efectivo, cuando estas se pagan en forma extemporánea genera una situación injusta para el contribuyente, ya que existirían dos formas de reajustabilidad distintas para una misma patente, por el efecto del valor de capital propio. La idea es que, de no pagarse dentro de plazo, se calcule en el valor de la UTM a la fecha del ingreso devengado, sin perjuicio de la reajustabilidad, intereses y multas establecidas en la Ley de Rentas Municipales.
9° Que actualmente, para los efectos del remate de las patentes de alcoholes, se establece como uno de los valores a considerar el de “inspección”, concepto que se encuentra derogado, y por lo tanto no se puede aplicar, por su parte tampoco existen los “mínimos de clasificación” ya que también se derogaron. Por lo anterior proponemos que el valor mínimo del remate sea igual al valor anual de la patente, debiendo cancelarse además el valor del semestre respectivo por el ejercicio de la actividad. En relación con este mismo punto, y en cuanto la publicidad de los remates conforme a la ley se debe publicar en tres oportunidades en el medio de comunicación local de mayor difusión, lo que en nuestra opinión debe ser clarificado en el sentido de que las publicaciones se realicen en el diario de mayor circulación además de un medio radial, como una forma de transparentar la difusión.
10° Que el artículo 8° establece en forma taxativa que el municipio no concederá patentes para el funcionamiento de establecimientos en conjuntos habitacionales, lo que desde luego es una prohibición extrema, si se considera que el término conjuntos habitacionales es vago e impreciso, lo que podría generar inequidades en las diversas comunas del país al no existir un criterio común. Al mismo tiempo se genera un efecto perverso al obligar a los consumidores a tener que desplazarse de un lugar a otro para efectos de adquirir bebidas alcohólicas. Proponemos, junto con definir qué debe entenderse como conjunto habitacional a los efectos de esta ley, convertir la norma en potestativa para la autoridad municipal, de modo que, dependiendo de las circunstancias que en cada caso se presenten, otorgue o no una determinada patente. Asimismo, y en relación con los horarios de funcionamiento y la facultad que de los alcaldes, con acuerdo del concejo para establecer horarios diferenciados de acuerdo con las características y necesidades de las distintas zonas, se circunscribe a los márgenes de la ley, que es un margen desde luego muy amplio y poco preciso. No se entiende que deba solicitarse el acuerdo del concejo atendida la materia. Proponemos que sea el alcalde quien fije los horarios, en consideración a las características de su comuna.
11° Finalmente, y en materia de límites de edad, nos parece que fijar la edad mínima para el ingreso de jóvenes a cantinas, bares, cabaret y tabernas a los 18 no es -por lo menos- coherente con el resto del ordenamiento jurídico patrio. En efecto, existe en trámite legislativo una ley que establece normas respecto de la responsabilidad penal de adolescentes, y que fija la edad para ser sujeto de penas a los 14 años. Esto significa que una persona de 14 años, según la ley, tendrá capacidad de discernimiento entre lo que es correcto y lo que no, pues de otra forma no podría se imputable penalmente. Es decir, se le otorgará el tratamiento de adulto; pero, de otro punto de vista, se le tratará como incapaz, al no permitirse el ingreso a los establecimientos de que se viene hablando. Ahora bien, nos parecería obviamente insensato y excesivo fijar el límite de edad a los 14, pero tratando de armonizar nuestro ordenamiento jurídico, y las distintas normas que se refieren a los adolescentes, nos parece que 16 años es una edad adecuada para fijarla como límite para el ingreso a cantinas, bares, cabaret y tabernas.
Por tanto,
Los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO PRIMERO: Interpretando lo dispuesto en el Artículo 3° de la ley Nº 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, declárase:
“Que sin perjuicio de la limitación al número de patentes indicadas para los casos de las letras A, E, F y H las municipalidades podrán entregar nuevas patentes de alcoholes sin la restricción establecida, cumpliendo con los demás requisitos que la ley señala en los siguientes casos:
A. Respecto de establecimientos indicados en la letra a del artículo 3°, que vendan en forma exclusiva vino o pisco nacional embotellado para ser consumidas fuera del local de venta o sus dependencias y que estos locales funcionen y tengan como objetivo principal servir de salones de exhibición, promoción o boutique de estos alcoholes.
B. Respecto de supermercados señalados en la letra h que operen bajo la modalidad de autoservicio, cuenten con más de tres cajas registradoras de salida, una superficie mínima de 200 mts.² construidos de salón de venta y que los productos de bebidas alcohólicas ofrecidos a la venta no supere el 15% del total de los productos del establecimiento.”
ARTÍCULO SEGUNDO.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la ley N° 19.925 “Sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas”:
1. Reemplázase, en el inciso final del Artículo 3°, la última frase, a continuación de las palabras “a la fecha” por la siguiente “en que se devengue el pago, sin perjuicio de los intereses moratorios que correspondan de acuerdo con las normas relativas a las rentas municipales.”
2. Reemplázase el inciso segundo del artículo 7° por el siguiente:
“El número de patentes limitadas en cada comuna, distribuidas dentro de las diversas categorías señaladas en el inciso anterior, será fijado cada tres años por el alcalde de la municipalidad respectiva, con acuerdo del Concejo Municipal, previa audiencia pública a las cámaras de comercio existentes en la comuna, tomando como base el número de habitantes que señale el Instituto Nacional de Estadísticas. Si, convocada la audiencia pública a las cámaras de comercio, ésta no se verificare por ausencia de las mismas a la citación respectiva se procederá sin ella. El incumplimiento de la obligación de citar a audiencia previa, hará anulable el acto alcaldicio de determinación del número de patentes limitadas.”
3. Reemplázase, en el inciso cuarto del artículo 7° la frase “al mínimo de su clasificación, más los derechos de inspección y reajuste que correspondan” por “al valor anual de la respectiva patente, sin perjuicio del pago que corresponda por el semestre”
4. Intercálase, en el inciso quinto del artículo 7°, entre las local y que, la frase “escrito y radial”.
5. Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 8°, la expresión “no concederá” por la expresión “podrá conceder”
6. Agréguese en el inciso quinto del artículo 8° la frase:
“Esta medición se regirá según las reglas establecidas para el desplazamiento de personas de acuerdo a la Ley del Tránsito. Con todo, no podrán afectarse, por causa sobreviniente, los derechos de aquellas personas que, con anterioridad, hubieren obtenido la respectiva autorización para el expendio de bebidas alcohólicas “.
7. Suprímase el inciso 5° del artículo 44.
8. Elimínese en el inciso tercero del artículo 1° transitorio, la frase: “no podrán transferirse ni se renovarán, y”:
9. Reemplázase en el inciso primero del artículo 29 la palabra “dieciocho” por “dieciséis”
Moción de los diputados señores Álvarez , Bertolino , Cardemil , Encina , Leal , José Pérez , Norambuena y Ulloa .
Modifica el Reglamento de la Corporación con el objeto de crear una comisión permanente sobre control del sistema de inteligencia del Estado. (boletín N° 3699-16)
“Considerando:
Que ley N° 19.974, de 2 de octubre de 2004, establece un conjunto de normas sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y crea la Agencia Nacional de Inteligencia.
Que el Sistema de Inteligencia del Estado está conformado por un conjunto de organismos de inteligencia, independientes entre sí, funcionalmente coordinados, que dirigen y ejecutan actividades específicas de inteligencia y contrainteligencia, para asesorar al Presidente de la República y a los diversos niveles superiores de conducción de¡ Estado, con el objetivo de proteger la soberanía nacional y preservar el orden constitucional, y que, además, formulan apreciaciones de inteligencia útiles para la consecución de los objetivos nacionales.
Que el mencionado Sistema está integrado por la Agencia Nacional de inteligencia; la Dirección de Inteligencia de Defensa del Estado Mayor de la Defensa Nacional; las Direcciones de inteligencia de las Fuerzas Armadas, y las Direcciones o Jefaturas de Inteligencia de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
Que la Agencia Nacional de inteligencia es un servicio público centralizado, de carácter técnico y especializado, que está sometido a la dependencia del Presidente de la República a través del ministro del Interior , cuyo objetivo es producir inteligencia para asesorar al Presidente de la República y a los diversos niveles superiores de conducción del Estado.
Que corresponden a la mencionada Agencia las siguientes funciones:
a) Recolectar y procesar información de todos los ámbitos del nivel nacional e internacional, con el fin de producir inteligencia y de efectuar apreciaciones globales y sectoriales, de acuerdo con los requerimientos efectuados por el Presidente de la República.
b) Elaborar informes periódicos de inteligencia, de carácter secreto, que se remitirán al Presidente de la República y a los ministerios u organismos que él determine.
c) Proponer normas y procedimientos de protección de los sistemas de información crítica del Estado.
d) Requerir de los organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como de la Dirección Nacional de Gendarmería, la información que sea del ámbito de responsabilidad de estas instituciones y que sea de competencia de la Agencia, a través del canal técnico correspondiente. Los mencionados organismos estarán obligados a suministrar los antecedentes e informes en los mismos términos en que les sean solicitados.
e) Requerir de los servicios de la Administración del Estado comprendidos en el artículo 1° de la ley N° 18.575, los antecedentes e informes que estime necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, como asimismo, de las empresas o instituciones en que el Estado tenga aportes, participación o representación mayoritarios. Los mencionados organismos estarán obligados a suministrar los antecedentes e informes en los mismos términos en que les sean solicitados, a través de la respectiva jefatura superior u órgano de dirección, según corresponda.
f) Disponer la aplicación de medidas de inteligencia, con objeto de detectar, neutralizar y contrarrestar las acciones de grupos terroristas, nacionales o internacionales, y de organizaciones criminales transnacionales.
g) Disponer la aplicación de medidas de contrainteligencia, con el propósito de detectar, neutralizar y contrarrestar las actividades de inteligencia desarrolladas por grupos nacionales o extranjeros, o sus agentes, excluyendo las del inciso segundo del artículo 20.
Que la dirección superior de la Agencia corresponderá a un Director, quien será de la exclusiva confianza del Presidente de la República .
Que el control externo corresponde a la Contraloría General de la República, a los Tribunales de Justicia y a la Cámara de Diputados, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la ley precitada, corresponde que la Cámara de Diputados, en el ámbito de sus atribuciones fiscalizadoras, constituya, en conformidad a su Reglamento, una Comisión Especial que tendrá como competencia conocer los informes y antecedentes relativos a las actividades de los servicios y organismos que integran el Sistema de Inteligencia del Estado.
La Cámara de Diputados acuerda:
Modificar el Reglamento de la Corporación con la finalidad de intercalar, en el Libro III, el siguiente Título III, nuevo, pasando el actual a ser cuarto:
“Título III
De la Comisión Especial del control del Sistema de Inteligencia del Estado
Artículo 297 bis.- Habrá una Comisión Especial del control del Sistema de inteligencia del Estado, que tendrá como competencia conocer los informes y antecedentes relativos a las actividades de los servicios y organismos que integran el Sistema de inteligencia del Estado.
Esta comisión estará constituida por siete Diputados, quienes serán elegidos por todo el período legislativo y no podrán ser reemplazados, a menos que renuncien a su calidad de integrantes o que incurran en inhabilidades, incompatibilidades o causales de cesación en sus cargos.
Las sesiones de dicha comisión serán siempre secretas y sus integrantes prestarán juramento de guardar secreto respecto de todas las informaciones y documentos de que tomen conocimiento o que reciban en su calidad de tales.
El Director de la Agencia Nacional de inteligencia presentará anualmente a dicha Comisión Especial, un informe secreto sobre la labor realizada por la Agencia y respecto del funcionamiento del Sistema
Artículo 297 ter.- Especialmente corresponderán a la señalada Comisión las siguientes funciones:
a) Conocer los informes anuales que le remita el Director de la Agencia sobre la labor realizada por dicho organismo y sobre el funcionamiento del Sistema, sin perjuicio de otros informes que aquélla pueda solicitarle;
b) Formular recomendaciones al Presidente de la República relacionadas con el funcionamiento, la eficiencia u otros aspectos del Sistema, dentro de los treinta días de recibidos dichos informes;
c) Requerir, en cualquier momento, de los directores o jefes de los organismos de inteligencia del Sistema, informes o antecedentes relativos a las actividades realizadas por éstos y sobre el cumplimiento de la normativa que regula el desempeño de sus funciones, como asimismo, la comparecencia de los ministros del interior y de Defensa Nacional, del Director de la Agencia y de los demás directores o jefes de los servicios de inteligencia del Sistema;
d) Solicitar toda aquella información necesaria para evaluar y formarse una opinión fundada acerca del grado de cumplimiento de los planes de inteligencia;
e) Hacer presente a los Ministros del Interior o de Defensa Nacional, según corresponda, cualquier acto que, a su juicio, vulnere la normativa que regula la actividad de inteligencia, y
f) Velar por que las actividades de inteligencia sean concordantes con la seguridad del Estado y la defensa nacional, y con pleno respeto a los derechos y garantías individuales.
Moción de los diputados señores Quintana , Accorsi y Girardi.
Reforma constitucional en cuanto al derecho a la salud. (boletín N° 3701-07)
"Honorable Camara de Diputados
Considerando:
Chile aún presenta imperfecciones importantes en su sistema democrático, tales como las que derivan de una inadecuada e insuficiente protección del derecho a la salud.
En efecto, la Constitución Política de 1980, sólo garantiza el derecho de toda persona a elegir el sistema de salud que escoja y no el derecho a la salud propiamente tal. Esto se explica de la siguiente manera:
El constituyente en su art. 19 N° 9, consagró el derecho de todas las personas a la protección de la salud. Asimismo, incluyó en el marco de este derecho la obligación del Estado de proteger el igualitario y libre acceso a las acciones de salud. Se estableció que e1 Estado tiene como deberes preferentes en esta materia coordinar y controlar las acciones de salud que presten las instituciones. Se consagró como deber preferente del Estado el garantizar la ejecución de las acciones de salud y finalmente se garantizó el libre acciones a los sistemas de salud público o privado.
De estas prescripciones dirigidas fundamentalmente al Estado, sólo la ultima relativa a la libertad de elección del sistema se garantizó efectivamente por cuanto sólo ella se incorporó entre las derechos garantizados por medio del recurso de protección. En efecto, la acción de amparo constitucional es aplicable al listado de los derechos que el art. 20 señala entre los que no figura íntegramente el derecho a la protección de la salud. Ello es así por cuanto expresamente el constituyente ampara el numeral 9 relativo a la salud sólo respecto a su inciso final, dejando fuera a todos los demás incisos.
En términos prácticos esto implica que en Chile el derecho a la protección de la salud sólo tiene una existencia nominal para todos los chilenos dado que ante una emergencia de salud o la necesidad de una prestación de salud destinada a mantener o recuperarla no es posible invocar el deber del Estado de entregar la acción o prestación correspondiente por cuanto dicha situación no esta garantizada por medio del recurso de protección. Un individuo que requiera determinadas prestaciones de salud no puede hoy en consecuencia recurrir a una Corte para exigir del Estado que se le ampare y garantice la ejecución de las acciones necesarias para proteger y recuperar su salud. Sólo por la vía indirecta y extrema del peligro inminente de su vida puede apelar al resguardo de este último derecho, situación ciertamente excepcional y que no cubre las infinitas otras necesidades y situaciones en que se requiere amparo de la salud y no de la vida misma.
Concientes en la necesidad de corregir esta grave falencia constitucional es que creemos necesario incorporar plenamente el derecho a la salud como derecho constitucional básico asegurado y garantizado para todas las personas, por medio de la reforma de los arts. 19 N°9 y 20 de la Constitución.
En relación al primero debe quedar absolutamente claro que lo que se protege es el derecho a la salud incluyendo como correlato el deber del Estado de proporcionar las prestaciones básicas de salud para ese fin. En cuanto al segundo debe eliminarse la expresión “inciso final” que limita la protección constitucional del derecho a la salud sólo a él, dejando así a todo el numeral 9° bajo el amparo de la acción de protección.
Por estas consideraciones es que sometemos a vuestra consideración el siguiente,
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único : Introdúcense las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República.
1. En el art. 19 N° 9 :
a) Elimínase en el inciso primero la frase “protección de la”.
b) En el inciso segundo agrégase la siguiente frase final, sustituyéndose su punto final (.) por una coma (,) : “ y a todas las acciones necesarias para asegurar la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación del individuo”.
c) En el inciso final agrégase la siguiente frase, sustituyéndose el punto y coma final (;) por una coma (,) : “garantizándose en ambos la ejecución de las acciones necesarias para la conservación y recuperación de la salud. “
2. En el art.20 Elimínase la frase “inciso final” consignada a continuación del numeral 9° en el inciso primero.
Moción de los diputados señores Quintana , Accorsi y Girardi.
Reforma constitucional para el establecimiento de una nueva garantía constitucional en materia de derechos sexuales y reproductivos. (boletín N° 3702-07)
"Honorable Camara de Diputados
Considerandos
La protección de la vida del que está por nacer forma parte de la garantía constitucional del derecho a la vida consagrado en el art. 19 N°1 de la Constitución. Sin embargo el tema del comienzo de la vida nunca ha sido un tema pacífico ni en la ciencia ni a nivel de los tratadistas del derecho; es así como “mientras en Mezger Blei se fija el comienzo de la calidad de feto en el momento en que el huevo femenino es fecundado por el semen, Maurach , Welzel y Antolisei fijan ese momento en la anidación del huevo fecundado en el útero.” ( Juan Bustos , Derecho Penal Chileno, parte especial, pag. 142). Por descontado está señalar que nuestro derecho ni ha abordado el tema ni menos ha resuelto el tema.
Nuestra legislación civil no contempla un estatuto jurídico de protección del embrión ni tampoco respecto de las técnicas de manipulación génica aplicadas sobre el producto de la concepción. Tan sólo a nivel de la doctrina penal sobre la vida en gestación y el aborto se ha estimado que “la especial labilidad del huevo no implantado, que con mucha frecuencia por razones puramente metabólicas o naturales no está en condiciones de anidarse, justifica la opinión mayoritaria de excluirlo como objeto de tutela del aborto.” ( Juan Bustos , Derecho Penal Chileno, parte especial, pag. 143), aun cuando el tema no está ni cercanamente resuelto.
Solamente, desde el punto de vista del derecho civil y para efectos patrimoniales -esto es para diferir los derechos del futuro ser humano-persona- se ha establecido que la vida del que está por nacer comienza con la concepción, calculada arbitrariamente por medio de una ficción legal que establece que de la época del nacimiento se colige el de la concepción, presumiéndose de derecho que ésta ha precedido al nacimiento no menos de 180 ni más de 300 días contados hacia atrás desde el día del nacimiento. (art.76 Código Civil).
Lógicamente esta regla no resuelve el problema del momento del inicio de la vida, ni ha pretendido hacerlo, aunque sirva para efectos patrimoniales.
Finalmente, la Constitución Política de la República tan sólo se limita a señalar en su art. 19 N° 1 que la Constitución asegura a “todas las personas” el derecho a la vida y que “La ley protege la vida del que está por nacer” (art.19 N° 1 inciso 2° y art. 75 Código Civil)
Desde el punto de vista científicomédico, se han adoptado diversas políticas de salud pública de planificación familiar y prevención del embarazo, a la luz de la información científica disponible sanitarias, en cuyo marco se ha aprobado la comercialización del producto farmacéutico levonorgestrel conocido como “pastilla del día después”, progestágeno (hormona) con propiedades anticonceptivas, es decir, un fármaco que puede artificialmente impedir un embarazo.
La autoridad sanitaria ha concluido que por medio de la implementación de este método anticonceptivo se previene el embarazo en las siguientes situaciones:
-Casos de Violación.
-Uso incorrecto de métodos anticonceptivos tradicionales.
-Relación sexual no planificada.
Ante estas situaciones la mujer que estime encontrarse en una situación de riesgo de un embarazo no deseado puede recurrir a esta pastilla, dentro de las 72 horas siguientes al coito y así evitar el embarazo. Los datos científicos señalan también que luego de este tiempo o una vez comprobado el embarazo, la pastilla no surte efecto.
Finalmente, hay que agregar que el principio activo levonorgestrel se encuentra registrado y autorizado para su venta y comercialización en nuestro país, bajo 56 productos diferentes a disposición de cualquier persona en el mercado.
Sin embargo, y a pesar de toda la evidencia científica existente la utilización de este fármaco ha sido resistido por ciertos sectores conservadores de la sociedad chilena quienes han recurrido a los tribunales de justicia para impedir su comercialización y utilización. Lamentablemente nuestros tribunales sin entrar a un procedimiento sumarísimo, extraordinario y de carácter cautelar como lo es el recurso de protección han fallado por votación dividida en contra de lo resuelto por la autoridad sanitaria, pasando por alto la discusión científica sobre la materia y sobre todo pasando por sobre la opinión, libertad y autodeterminación de los sujetos a quienes alcanzan los efectos del veredicto judicial: las mujeres chilenas en edad fértil.
Ciertamente que esta situación plantea una cuestión jurídica constitucional de fondo cual es la existencia y vigencia de los derechos de la mujer para decidir autónomamente acerca de sus derechos reproductivos y sexuales. Conforme a la decisión judicial, sería el Estado por medio del Poder Judicial quien decidiría sobre los mecanismos de prevención del embarazo y más genéricamente sobre los derechos sexuales de la mujer.
Una doctrina de esta naturaleza da la espalda al principio y derecho básico y fundamental a la libertad y a la autodeterminación que corresponde a todo individuo perteneciente a una sociedad democrática y pone en tela de juicio la potestad soberana radicada fundamental y primariamente en todos y cada unos de los miembros de la especie humana que la componen.
Observando que el principio de libertad individual no es suficiente en este orden de cosas, es que se hace necesario especificar aún más esta garantía llevándola y aplicándola al plano de los derechos sexuales y reproductivos, con el objeto de dejar en claro que corresponde a las personas y no al Estado la decisión y autodeterminación sobre su ejercicio.
En virtud de ello es que formulamos el presente proyecto de ley con el objeto de introducir una nueva garantía constitucional consistente en garantizar a todas las personas y en particular a la mujer, el derecho a la libertad sexual y reproductiva, estableciendo además que ella comprende la libertad y autoderminación del individuo para determinar y elegir el método anticonceptivo que sea más apropiado de acuerdo a la legislación sanitaria vigente, agregando que al Estado sólo le corresponde cautelar y garantizar el libre ejercicio de este derecho.
Por estas consideraciones es que sometemos a vuestra consideración el siguiente,
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Artículo Único: Introdúcese la siguiente modificación a la Constitución Política de la República.
Agrégase a continuación del numeral 1 del art. 19 un numeral 2 nuevo bajo el siguiente tenor, pasando el actual numeral 2 a ser numero 3 correlacionando en consecuencia los restantes numerales de igual artículo
“2° El derecho a la libertad sexual y reproductiva.
Este derecho corresponde especialmente a la mujer y comprende la libertad y autodeterminación para elegir los métodos cientificamente mas apropiados para la prevención y planificación del embarazo.
Al Estado le corresponde garantizar, promover, informar y orientar acerca del ejercicio de este derecho.
Moción de los diputados señores Quintana , Accorsi y Girardi.
Crea delito especial de agresiones contra menores. (boletín N° 3703-07)
“Honorable Cámara de Diputados
Considerandos
El derecho penal chileno no sanciona de manera especial las conductas de lesiones o daños cometidos en contra de la salud o integridad corporal de menores. De hecho, el título relativo a los crímenes y delitos contra las personas ha permanecido prácticamente invariable desde la dictación misma del Código Penal hace ya más de un siglo.
Entre los tipos penales de lesiones corporales sólo existe una referencia indirecta tratándose de una víctima menor, cual es la contemplada en el art. 400 que entre sus hipótesis establece, como figura agravada, las lesiones ejecutadas contra parientes y entre ellos contra el hijo o descendientes.
El mencionado art. 400 no satisface, sin embargo, las necesidades de tutela penal que se persiguen por medio de este proyecto cual es la protección penal de todo menor respecto de la conducta abusiva de cualquier tercero, sino que sólo se circunscribe o acota la punición al ámbito familiar.
Por otra parte el delito de violación recientemente modificado, sí contempla una protección penal especial para los menores de 12 años por medio de la tipificación de un delito especial de violación consagrado en el art. 362 que sanciona el acceso carnal a menores de esa edad. Además sanciona de manera especial y con una elevada pena el homicidio causado con ocasión de violación en el art. 372 bis. Sin embargo, tampoco acá se han contemplado las situaciones de grave maltrato o lesiones corporales a menores por tratarse obviamente de figuras penales sexuales.
Queda de manifiesto, por tanto, la necesidad de tipificar y sancionar penalmente todas aquellas conductas de atentado contra la integridad física o corporal cometidas en contra de niños o menores, sustrayéndolas de las figuras tradicionales de las lesiones corporales por medio de la creación de una figura especial agravada.
Por medio de una iniciativa de este tipo se persigue entregar a la sociedad una señal muy clara de que las conductas delictivas en contra de los menores son calificadas con un mayor reproche social y en consecuencia serán más severamente castigadas por la ley penal.
En efecto, el presente proyecto de ley que sometemos a vuestra consideración ha tenido como motivación central los innumerables casos de menores víctimas de cruentos y brutales crímenes, cometidos de maneras atroces, muchas veces por sus propios padres y que fruto de la deficiente legislación penal existente, entre muchas otras causas, quedan la mayoría de las veces impunes.
Atendido ello es que se propone establecer una figura penal que tenga una hipótesis amplia consistente en herir, golpear, maltratar, abandonar y administrar bebidas o sustancias nocivas o peligrosas para la salud a un menor.
De tal modo, la propuesta legislativa que se presenta castiga penalmente las siguientes conductas:
-Maltrato de obra a menores.
-Golpes, esto es, agresión física a menores.
-Heridas provocadas a menores.
-Abandono de menores.
-Administración de sustancias peligrosas.
Especial consideración se ha tenido al contemplar la última hipótesis referida a los casos de intoxicación por medio de la ingesta, inhalación u otra forma de administración de bebidas o sustanciastóxicas o peligrosas tales como alcohol, drogas o cualquier otra sustancia apta para generar grave daño a la salud de una persona, por tratarse de una forma de agresión al menor que no queda cubierta de un modo claro por las demás normas de sanción penal y que lamentablemente constituye una práctica delictual que se ha manifestado en nuestra sociedad.
En seguida se ha individualizado el sujeto pasivo como todo menor de 12 años utilizando este límite de edad para mantener la congruencia establecida por el propio Código Penal en otros delitos contra menores como acontece con los delitos sexuales, situación que aparece además justificada por la inmadurez e indefensión indiscutible de esta categoría de menores.
Se mantiene la coherencia con el resto del estatuto de los tipos penales de lesiones a través de la remisión al delito de lesiones de que se trate en cada caso y asignando las mismas penas establecidas para ellas pero aumentadas en un grado.
El proyecto hace una referencia especial al caso de aquellas lesiones proferidas a un menor de 12 años causándole la muerte en cuyo caso la pena asignada va de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, pena mayor que la violación cometida a un menor de la misma edad y equivalente a la violación con homicidio.
Por último, no resulta baladí el número y ubicación del delito que se quiere crear por cuanto de esta forma le es aplicable la disposición del artículo siguiente que lleva el número 400 y que dispone que si los hechos a que se refieren los artículos anteriores se ejecutaren contra alguna de las personas que menciona el art. 390, entre los que se encuentran los hijos y descendientes, o con cualquiera de las circunstancias segunda (premio o promesa remuneratoria), tercera (veneno) y cuarta (ensañamiento) del número 1° del 391 las penas se aumentarán en un grado. De tal suerte que si tenemos una lesión menos grave castigada ordinariamente con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) proferida a un menor en conformidad al art. 399 bis propuesto, la pena debiera ser presidio menor en su grado medio (540 días a 3 años), pero si dicho menor resulta ser hijo o descendiente del delincuente la pena se agravará aun más en un grado quedando en presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años). Igual criterio se aplica a quienes tienen bajo su cuidado a un menor, a cualquier título.
De esta manera el mayor reproche que el Código Penal asigna a las conductas criminales de quienes tienen a su cuidado a un menor, como es el caso de sus padres o ascendientes se hace extensiva también a la hipótesis penal propuesta.
Finalmente se hace necesario derogar los tipos de los arts. 348 y 351 tanto por su obsolescencia como por ser ahora tratados de manera refundida en la nueva disposición penal propuesta.
Por estas razones es que proponemos la creación de este nuevo delito especial cuyo objeto es precisamente sancionar los atentados contra la integridad física de menores para lo cual sometemos a vuestra consideración el siguiente,
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero: Introdúcense en el Código Penal las siguientes modificaciones:
1. Agrégase el siguiente artículo 399 bis nuevo
“Art. 399 bis. El que hiriere, golpeare, maltratare, abandonare o administrare bebidas o sustancias nocivas o peligrosas para la salud, a un menor de 12 años, sufrirá las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados.
Si por medio de las acciones anteriores se ocasionaren, además, lesiones al menor las penas serán las asignadas al delito de lesiones, según el caso, aumentadas en un grado.
Si de las conductas anteriores se produjere la muerte del menor la pena será de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo.
Si el delito es, además, cometido por cualquier individuo que tenga a su cuidado al menor, a cualquier título, las penas serán igualmente aumentadas en un grado.”
2. Deróganse los artículos 348 y 351 del Código Penal.