Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. TABLA
- NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Eduardo Saffirio Suarez
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Anibal Perez Lobos
- INTERVENCIÓN : Mario Bertolino Rendic
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Carlos Hidalgo Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Boris Tapia Martinez
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Kast Rist
- INTERVENCIÓN : Patricio Alejandro Hales Dib
- INTERVENCIÓN : Ramon Segundo Perez Opazo
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Eduardo Diaz Del Rio
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Gonzalez Torres
- INTERVENCIÓN : Andres Antonio Egana Respaldiza
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Uriarte Herrera
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 350ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 57ª, en miércoles 10 de marzo de 2004
(Especial, de 16.07 a 19.23 horas)
Presidencia de la señora Allende Bussi, doña Isabel, y del señor Hales Dib, don Patricio.
Presidencia accidental del señor Jarpa Wevar, don Carlos Abel
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- TABLA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 4
II. Apertura de la sesión 7
III. Actas 7
IV. Cuenta.
- No hay Cuenta 7
V. Tabla.
- Nueva ley de Matrimonio Civil. Tercer trámite constitucional. (Continuación) 7
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (107)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca, Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa de la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Asistieron, además, los ministros de Justicia , señor Luis Bates; de la Secretaría General de la Presidencia, señor Francisco Huenchumilla, y Directora del Sernam , señora Cecilia Pérez.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 16.07 horas.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El acta de la sesión 51ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 52ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
No hay Cuenta.
V. TABLA
NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Corresponde continuar la discusión de las modificaciones del Senado al proyecto que establece una nueva ley de Matrimonio Civil.
Antes de ofrecer la palabra, reitero la conveniencia de hacer llegar a la Mesa las peticiones de votaciones separadas, a fin de votar ordenadamente mañana.
Cito a reunión de Comités.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señora Presidenta, objetivamente, este tema atraviesa muy frontalmente las distintas visiones partidarias, y corresponde, más bien, a visiones personales. Todas son muy respetables; pero no por ello dejaremos de insistir en algunos puntos de vista que hice valer al iniciarse esta discusión, hace algunos años, al declararme derechamente en contra de legislar sobre esta materia. Ha llegado el instante en que debemos expresar nuestra posición frente a un proyecto que llega completamente modificado desde el Senado.
¿Cuál es el gran tema? En primer lugar, quienes nos hemos opuesto a que se legisle al respecto, hemos fundado nuestra posición en razones de carácter personal.
El matrimonio no fue inventado por el Congreso, ni por Andrés Bello, ni por los políticos. El matrimonio es una costumbre social adquirida desde los comienzos de la historia y ha sobrevivido al paso del tiempo. Hoy se pretende, en Chile, cambiar la naturaleza de esta institución, que en nuestra legislación es un contrato, pues se le impide establecer, por ejemplo, la cláusula de indisolubilidad.
El matrimonio es una realidad social contractual, como lo es, entre otras, el contrato de compraventa. La legislación faculta al Estado para intervenir en el reconocimiento del derecho que tiene una parte en un contrato para recibir, a cambio de cierta prestación, una determinada contraprestación de la otra parte. Sin embargo, así como este proyecto cambia la naturaleza del contrato de matrimonio, es dable pensar que al legislador se le puede ocurrir mañana modificar la naturaleza del contrato de compraventa, de manera que deje de ser tal y se convierta, por decisión unilateral, en contrato de arrendamiento.
En consecuencia, reiteramos que, en este caso, el Estado, como lo han reconocido todos quienes han intervenido, se está entrometiendo en una decisión privativa de dos personas, al impedir el establecimiento de la cláusula de indisolubilidad del matrimonio cuando la voluntad de las partes así lo quiere decidir, lo que cambia el objeto y la naturaleza de la institución-contrato.
¿Cuáles son los grandes argumentos que se han planteado en la Sala para establecer el divorcio como una opción irrenunciable, disposición que hace que me rebele contra esta iniciativa?
El primer argumento es la modernidad, y el segundo, el derecho a rehacer la vida; otros hablan de la situación económica del cónyuge más débil. Respecto de esto último, creo que el cónyuge débil queda en situación económica aún más desmedrada, desde el momento en que el proyecto acepta la voluntad unilateral para que se produzca la ruptura matrimonial. Decir que la iniciativa será una solución para las mujeres no es efectivo. Con la posibilidad del divorcio unilateral, ocurrirá lo contrario.
No me corresponde entrar a descalificar a ninguno de los partidarios del proyecto de ley de divorcio, ya que es una decisión que tiene que nacer del corazón y del pensamiento de cada uno, de su convicción y de su valoración personal sobre el tema. En mi caso, está influida por una corriente religiosa que no tengo por qué negar. En mi condición de católico, no puedo sino rechazar la opción del divorcio, por un mandato que no aparece en cualquier parte, sino en la Biblia. Precisamente Dios, hecho hombre, y venido a la Tierra para salvarnos, es quien nos ordena que cuando un hombre y una mujer se convierten en uno solo, ese lazo es indisoluble. Desde esa perspectiva, la opción de generar un contrato distinto del matrimonio puede ser muy razonable; pero debemos tener claridad acerca del sentido con el cual se establece el matrimonio, es decir, su carácter de indisoluble. Si esta “modernidad” obliga a buscar un nuevo tipo de contrato, cuestión muy explicable, por cierto, es legítimo. Entonces, llamémoslo emparejamiento o como se quiera llamar; entonces, es legítimo darle cualquier otro nombre. Pero no llamemos matrimonio a algo que no lo es.
Termino señalando que, como se ha comprobado, la cantidad de divorcios se ha disparado fuertemente en todos los países donde se ha establecido. A diferencia de lo que se decía hace algunos años, de que los porcentajes tenderían a regularse y a bajar, en verdad en ninguno de los países donde se ha aplicado en los últimos años ha bajado. Eso nos debe llamar la atención.
¿El divorcio constituye una solución tolerante o pluralista? Siento que la respuesta es negativa.
Establecer, como lo hace el artículo 57, que la acción de divorcio es irrenunciable, lesiona los derechos de las personas, en especial el de establecer en un contrato las regulaciones que estimen pertinentes y que no vayan en contra de la ley. Además, violenta a un grupo muy importante de chilenos.
Por esa razón, no votaré el proyecto. En primer lugar, porque rechacé el texto propuesto por la Cámara de Diputados, y, en segundo lugar, porque lo que hizo el Senado no me satisface debido a que establece el divorcio como una materia que tiende a salvar un problema, pero que, por el contrario, desde mi perspectiva, tiende a agravarlo. Por eso, no avalaré con mi voto una posición que considero completamente equivocada.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Saffirio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente , como el proyecto en debate se encuentra en su tercer trámite constitucional, y éste es mi primer período como diputado , obviamente no he participado en su discusión anterior. Por lo tanto, aunque sé que reglamentariamente lo que corresponde es pronunciarse sobre las modificaciones introducidas por el Senado, como la materia es particularmente
importante, porque hay un bien cívico comprometido, que es la familia, junto con hacer observaciones a determinados artículos, haré también una intervención de carácter general. Reitero que el proyecto lo amerita y, en consecuencia, me siento obligado a referirme a cuestiones que, reglamentariamente, no son motivo del debate. Entiendo que la lógica del acuerdo de los Comités, de hacer el debate en cuatro sesiones, dando a las bancadas suficiente tiempo, fue permitir a los cuarenta diputados que estamos ejerciendo nuestro primer período parlamentario hacer observaciones generales sobre una materia de la más alta importancia cívica para la marcha de la sociedad.
De la lectura del proyecto y de los debates más técnicos realizados en Comisiones y en la Sala, se desprende que su objetivo es mejorar la regulación legal del matrimonio. Sin embargo, el grueso de la atención pública ha estado puesto en las rupturas matrimoniales, básicamente en cómo regularlas. Por eso, no ha habido mención alguna a cuestiones fundamentales, como ayudar a resolver eventuales problemas matrimoniales para que no terminen en ruptura.
No se ha hecho mención alguna, por ejemplo, al hecho de que una autoridad profana, el oficial del Registro Civil esté obligado a representar a los futuros contrayentes el hecho de que existan cursos de preparación para el matrimonio. No es titular en los diarios ni motivo de polémica la figura de la conciliación y de la mediación.
En síntesis, lamentablemente durante gran parte de los años en que se ha debatido la iniciativa, desde el punto de vista comunicacional el énfasis ha estado, más que en hacer pedagogía cívica de alto nivel en torno de un debate trascendental para la marcha de una buena sociedad, en enfoques ideológicos en el sentido que le daba Carlos Marx a este concepto, de falsa conciencia, de simplismo.
Entonces, el tema ha sido polarizar la discusión en torno de cuñas. De pronto, uno siente que hemos quedado atrapados en posturas que, desde el punto de vista doctrinario, rechazo: en el integrismo más brutal y rigorista o en el relativismo más ramplón y simplista.
Del análisis del proyecto queda claro que no discutimos un profundo avance hacia la modernidad, que nos pondría en la punta, cual tigres culturales, en una explosión de la subjetividad, o una ampliación de las libertades, ni menos el establecimiento de un peregrino derecho al divorcio, inventado sólo por algunos.
En verdad, el centro del debate y la solución que se busca son muy distintos. Por razones complejas y que varían -de orden cultural, sociológico y económico-, hay matrimonios que fracasan ahora y que fracasaban antes. Es probable que ello no esté en la voluntad de ninguno de los contrayentes, pero ocurre. El tema es cómo resolver, en derecho, en una sociedad democrática y pluralista, una situación de hecho que, por razones muy complejas y variadas, que obliga a establecer formas de regulación, dada la importancia de la institución del matrimonio y de la familia.
Nuestro derecho, a través de una norma jurídica decimonónica, resuelve la situación por la vía de establecer distintos regímenes de separación, básicamente a través de un divorcio no vincular y, en la práctica, por la nulidad del matrimonio.
La solución masiva que se ha dado durante casi cien años, ha sido la jurisprudencial, del llamado divorcio a la chilena. En términos más claros, el uso abusivo y fraudulento de la causal de nulidad por incompetencia del oficial del Registro Civil, es decir, porque dicho matrimonio no se habría celebrado ante el oficial correspondiente al domicilio de uno de los contrayentes, como lo establece el artículo 31 de la actual ley de matrimonio civil.
Obviamente, esta creación jurisprudencial, diseñada como una salida de emergencia frente al hecho de que en los siglos XIX y XX, y en los años que van corridos del XXI, algunos matrimonios fracasan, no podía establecer la figura de la conciliación de la mediación, ni hacer mucho por proteger al cónyuge débil, ni a los hijos, porque fue una salida inventada sobre la marcha, en los tribunales, para hacerse cargo de la inadecuación entre muchas de las normas jurídicas establecidas y la situación social. El asunto ha funcionado durante mucho tiempo. Todo el mundo sabe que esto es fraudulento, que hay testigos falsos, que normalmente el cónyuge débil, la mujer, y los hijos no están bien defendidos; pero se ha puesto término a una situación infernal por el deterioro definitivo de la convivencia entre los cónyuges. Eso es lo que se busca corregir. Dado que, lamentablemente, hay matrimonios que fracasan, la ley debe regularlos de la mejor manera posible.
A estas alturas del debate es bueno dejar en claro que el fracaso matrimonial es un mal. Nadie puede decir que está a favor del fracaso matrimonial o del divorcio; sería lo mismo que decir que se está a favor del delito o de la pobreza. Son males sociales, hechos que ocurren. Como a través de las normas y de la política no podemos tener la pretensión de eliminar el pecado del mundo, porque lleva a las peores formas de totalitarismo, lo que debemos hacer, simplemente, desde el punto de vista de la prudencia política y de la búsqueda del bien común, es minimizar ese mal que se ha producido, regulándolo a través del derecho.
El proyecto también deja en claro, junto con la importancia de la estabilidad matrimonial, de la familia, que el Estado no es neutral frente a los fracasos, a la familia. Ni siquiera el más individualista liberal de la Cámara se ha atrevido a señalar una cuestión distinta, porque la neutralidad del Estado es una falacia. Hay bienes que siempre el Estado busca promover y males que siempre busca evitar. Por eso se crearán los tribunales de familia -el ministro se ha comprometido y ha sido muy claro al respecto- y se establece la instancia de la conciliación y de la mediación.
La institución del matrimonio no es cualquier figura jurídica, como un contrato, una compraventa, un arriendo, un préstamo en dinero, etcétera. Por eso, debe haber tribunales especiales, procedimientos y normas de derecho civil, de orden público.
Esto se podría haber solucionado por la vía de un cambio en la ley de nulidades. Lamentablemente, existe una cuestión práctica insalvable. Podemos mejorar las causales de nulidades y, probablemente, el grueso de los fracasos matrimoniales sería resuelto por la vía de interpretaciones más modernas y amplias con la figura del error o de la fuerza. Pero ¿qué ocurre con las causas sobrevinientes? La nulidad significa decir que al momento de contraer el matrimonio no se cumplía con determinados requisitos. Por lo tanto, no es válido y se tiene como no celebrado, salvo para determinados efectos, vinculados normalmente a la filiación.
Por lo anterior, el régimen de nulidades no resolverá el problema de las causas sobrevinientes. Ante el hecho del pluralismo que se nos impone, que es fáctico, en una sociedad cada vez más compleja, por prudencia política, incluso en el caso de aquellos diputados que queremos hacer política sobre la base de una inspiración filosófica o doctrinaria cristiana, tenemos que abrirnos frente a aquellos chilenos que no tienen nuestras convicciones y que fracasan en su relación matrimonial. La tolerancia se practica frente al que no piensa como nosotros. Ser tolerante con el igual, con el similar, con el compañero, con el camarada, con el correligionario, con el feligrés de la misma iglesia, no tiene mayor gracia. El asunto está en ser tolerante con aquellos con los cuales incluso no estamos de acuerdo.
El proyecto contiene una legislación de divorcio moderada que salva lo esencial: deja clara la importancia de la familia y la estabilidad del matrimonio, y el Estado actúa -hasta donde sea posible- para evitar las rupturas matrimoniales.
Está en la línea, desde el punto de vista de la prudencia política y del contexto cultural, de lo que se puede pensar como política pública.
Pero, atención: el pluralismo nos obliga a todos -a mí como católico- a reconocer y a respetar al ciudadano que es protestante, judío, musulmán o agnóstico. Por eso, a los amigos del Partido Socialista les digo que lo que hace el artículo 20 es simplemente reconocer otra faceta del pluralismo, el carácter religioso de la mayoría del pueblo chileno.
Así como los creyentes debemos abrirnos a la realidad de que hay gente que no piensa como nosotros, lo razonable en políticos cultos y humanistas es abrirse al hecho de la religiosidad del grueso del pueblo chileno y reconocer que las iglesias son una fuente muy potente de decencia y de ayuda en la construcción de una sociedad más justa.
Hay que tener tolerancia frente al hecho religioso y no tratar de imponer el secularismo, que es una forma decimonónica, también totalitaria -al igual que el fideísmo-, que se expresa a través del laicismo. O sea, tratar de conseguir, a través del Estado y de las normas, que se consagre la muerte de Dios y la pérdida de la importancia de los religiosos en la sociedad civil. Eso no lo ha conseguido nadie. Los profetas de la muerte de Dios han fracasado, y vemos cómo hoy las religiones, en general, adquieren cada vez más importancia en el mundo.
¿Por qué es lógico que el artículo 20 establezca determinados requisitos? Citaré a dos autores de manuales de Derecho de Familia a los cuales todos quienes hemos estudiado leyes conocemos. Escribe don Manuel Somarriva que en la organización familiar están en juego no sólo los intereses individuales, sino también los intereses de la sociedad toda. En el derecho civil hay que distinguir siempre entre el derecho patrimonial y el derecho de familia. Por eso la necesidad de actos solemnes en la mayoría de los actos vinculados al derecho de familia; por eso las leyes son normalmente imperativas en el derecho de familia, y no permisivas, como en el derecho patrimonial; por eso los efectos de los actos vinculados al derecho de familia son absolutos, pueden oponerse a cualquier persona; por eso los actos vinculados al derecho de familia no pueden someterse, por lo general, a modalidades, sea condición, plazo, modo o gravamen; por eso están fuera del comercio jurídico.
El profesor Meza Barros , autor de un popular manual entre los estudiantes de Derecho, destaca el carácter de orden público del Derecho de Familia, así como el de imperativo, inderogable y limitativo de la autonomía de la voluntad.
En síntesis, en este derecho prima el interés de la familia y de la sociedad por sobre el interés individual. No hay discriminación alguna en contra de las entidades religiosas. Simplemente, por la importancia de la institución del matrimonio se piden formalidades y se hacen exigencias, incluso menores que otras legislaciones, como la española.
Por lo demás, en el registro de entidades religiosas de derecho público existen inscritas las siguientes familias religiosas: la iglesia católica, apostólica y romana; la iglesia de las comunidades ortodoxas orientales de la tradición apostólica, griegas y eslavas; las iglesias protestantes históricas nacionales: luteranos, anglicanos, presbiterianos, evangélicos, etcétera; otras iglesias protestantes históricas, como los bautistas, los aliancistas, los metodistas; las iglesias evangélicas del movimiento pentecostal chileno, la comunidad islámica sunita, la comunidad judía, las iglesias de la tradición reformada americana, representada en vertientes ecuménicas, como la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, conocidos como mormones; la fe Bahá’í, comunidades religiosas de origen budista; incluso cultos mineralistas y sincréticos.
De modo que nadie puede decir que estemos estableciendo discriminaciones odiosas, sino que, en una institución donde hay normas fundamentales de orden público, estamos pidiendo requisitos que son absolutamente razonables.
Aprobaré esa norma por prudencia política; porque creo que es el mal menor; porque, en mi condición de político democrático, represento a ciudadanos que son creyentes, y también, a quienes no lo son, y porque creo en la virtud de la tolerancia como un elemento positivo, sobre todo frente a aquellos que no piensan como yo.
Dejo en claro que no votaré favorablemente el artículo 55, dado que, en el caso de cese de la convivencia, es necesario distinguir, en cuanto al otorgamiento de los plazos, cuándo hay hijos menores y cuándo no los hay. Los argumentos los han entregado los diputados Burgos y Riveros .
Me tranquiliza mucho el compromiso adquirido por el ministro de Justicia en torno de los tribunales de familia. Sin embargo, no votaré favorablemente ese artículo, porque, como se ha señalado, el objetivo de la ley de proyecto es poner énfasis en el interés superior de los hijos y del cónyuge más débil, y ello no se resguarda debidamente en ese artículo.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señora Presidenta , deseo hacer una precisión inicial y recordar lo que señala el libro del Eclesiastés 3, en el sentido de que hay un tiempo para todo. Hoy tenemos tiempo para analizar las modificaciones propuestas por el Senado a un proyecto ya aprobado por la Cámara de Diputados.
He escuchado a muchos honorables colegas afirmar reiteradamente a que van a rechazar, o bien, a apoyar el proyecto. Ha habido largas argumentaciones generales en relación con un proyecto que ya ha sido aprobado en general. Pero hoy estamos estudiando la iniciativa en su tercer trámite constitucional, y, por lo tanto, debemos referirnos a las modificaciones del honorable Senado.
Me referiré concretamente a tres puntos que me preocupan mucho. El primero dice relación con el artículo 4º del proyecto aprobado en la Cámara de Diputados -5º del Senado- y con la condicionante de tener dieciséis años de edad para contraer matrimonio.
Lamentablemente, esto fue consignado así por esta Cámara y el Senado no lo modificó. Por lo tanto, no le podemos introducir ninguna modificación a este artículo, que ya fue aprobado por nosotros y por el Senado. Considero lamentable este hecho, porque estimo que es una falta de concordancia, desde el punto de vista etario, que un acto como el de contraer matrimonio no se condiga con la exigencia de dieciocho años para que las personas obtengan su licencia de conducir o, incluso, para votar. Son tres actos muy importantes en la vida de una persona, de los cuales, según mi opinión, el más importante es el de contraer matrimonio.
Sé que la Cámara no puede modificar esta situación; pero, para efectos de la historia fidedigna del establecimiento de la ley, me permito dejar constancia de este hecho para eventualidades futuras.
El segundo punto, muy importante y delicado, según mi opinión, y respecto del cual no he escuchado que mis distinguidos colegas se refieran, dice relación con la eliminación, por el Senado, del número 4º del artículo 4º del proyecto aprobado por la Cámara, que expresaba claramente que no podrán contraer matrimonio los que sufrieren de impotencia perpetua e incurable. De esa forma, se elimina como cualidad personal y como fin legal del matrimonio, la procreación. Insistiré en este hecho: así se elimina lo que algunos estimamos como una cualidad personal y un fin legal del matrimonio: la procreación.
Con ello se abre la puerta, y muy amplia, de concepciones y de matrimonios entre personas del mismo sexo. En efecto, si desaparece este principio elemental para muchos, de estimar el matrimonio como una materia para procrear y proyectarse hacia el futuro, su eliminación -reitero- abre la puerta a un matrimonio entre personas del mismo sexo. Personalmente, no me gustaría ser testigo el día de mañana de un proyecto de esa naturaleza.
Además, al eliminar esta finalidad como causal para no casarse, también la dejamos de considerar como causal de divorcio unilateral. Como médico, tengo la posibilidad de asegurar que la impotencia perpetua e incurable es un tremendo problema que genera graves conflictos familiares.
El tercer punto que me preocupa está relacionado con el artículo 25, donde se establece como fecha cierta para pedir el divorcio unilateral la que se plantea cuando se demanda por alimentos. Cualquier mujer, para no verse enfrentada a una eventual ruptura de su matrimonio, va a prescindir de hacer la demanda por alimentos. No es ético relacionar, por la vía de la demanda de alimentos, una acción con otra, porque lo que busca esta legislación es asegurar la supervivencia de los hijos producto del matrimonio.
Señora Presidenta, esos tres puntos me preocupan, y quiero dejar constancia expresa de ellos, porque no tuve la suerte de haber participado del debate en general, cuando este proyecto fue visto por la Cámara en su primer trámite constitucional.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA .-
Señora Presidenta , entre ayer y hoy ha habido un largo debate sobre una materia respecto de la cual nuestra sociedad chilena ha dado, en reiteradas ocasiones, un veredicto popular: el 80 por ciento de los chilenos dice sí a una ley de divorcio, porque existe en nuestro país más de un millón y medio de chilenos y chilenas que hoy se encuentran en una “situación irregular”, con hijos y con nuevas familias. A lo mejor por falta de recursos, no usaron el subterfugio legal de la nulidad, con el fin de dar un hogar legal a su nueva familia.
Es por eso que Chile necesita una ley de divorcio, y las intervenciones, unas más y otras menos profundas respecto del tema, parecen coincidir en esta materia.
Ayer, el diputado Escalona daba un ejemplo concreto de una señora de 75 años. En mi caso, quiero dar el ejemplo de un dirigente social proveniente de Purranque. Don Rudy Soto , presidente por 10 años de un comité de vivienda, comenzó en 1992 a trabajar y a luchar por la casa propia tanto para él como para otras 60 familias de esa comuna de la provincia de Osorno. Fue un incansable dirigente social, dedicado a alcanzar el sueño de la casa propia para estas familias. Sin embargo, cuando en 2002, después de esta incesante lucha, su comité completo fue favorecido con la entrega de viviendas, la única persona que tuvo que ser eliminada del listado del Serviu fue justamente su presidente , don Rudy Soto . El motivo fue que, a pesar de vivir con su nueva familia durante treinta y cinco años, aún se encuentra casado, y su cónyuge había obtenido el subsidio para la vivienda, lo cual lo imposibilita para acceder a ese beneficio. Hay miles de ejemplos como el de don Rudy Soto .
Por eso, siempre hemos dicho que estamos en presencia de un proyecto que se requiere con urgencia, pues permitirá rehacer sus vidas a quienes, lamentablemente, fracasaron en sus matrimonios y conformaron nuevos hogares. ¿Por qué debemos aceptar una farsa como la de la nulidad de matrimonio, que sólo resuelve el problema de quienes tienen dinero para pagar un abogado?
Queremos una buena ley de divorcio. Mienten los que han querido aterrorizar a la ciudadanía, al señalar que una ley de divorcio es perjudicial para la sociedad. Mienten, no sé si premeditadamente o por desconocimiento; mienten, porque han querido hacer creer que el divorcio conduce a la reproducción de la pobreza. ¿En qué país viven aquellos que pretenden tapar el sol con un dedo y no quieren entender que más del 80 por ciento de los chilenos aspira a tener una ley de divorcio efectiva?
Mención aparte merece el artículo 20. Los socialistas no lo compartimos. Aquí la conclusión es una sola: establecer el matrimonio religioso antes que el civil, con un plazo de reconocimiento civil, implicará cientos de fraudes y engaños. Establecer, primero, el matrimonio religioso, y dar un plazo de ocho días para inscribirlo ante el oficial del Registro Civil , dará lugar a que muchas mujeres sean engañadas, lo que originará un nuevo problema social que tendremos que deducir. Puede ocurrir que, en la práctica, haya personas que no ratifiquen el matrimonio religioso ante el oficial del Registro Civil . ¿Quién va a responder por esas familias? Ésa es la gran preocupación que tenemos sobre la materia.
Por todo lo dicho, ojalá nuestro país pueda contar, dentro de poco, con una ley de divorcio efectiva, igualitaria y que no discrimine ni a personas ni a sectores religiosos o políticos.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Aníbal Pérez.
El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-
Señora Presidenta , este debate supera con creces nuestra expectativa parlamentaria, pues el proyecto de ley de divorcio también ha sido discutido por la sociedad chilena y sus principales instituciones. Me parece bien que cualquier ciudadano chileno tenga una opinión formada sobre los contenidos y alcances de esta iniciativa. Ello da cuenta de una ciudadanía madura, que ha tomado parte en un debate importante para el país.
Este proyecto responde a una gran demanda de la sociedad chilena. Un país moderno, democrático, pluralista y progresista debe contar con una legislación que norme respecto de las rupturas matrimoniales y no una ley que promueva el divorcio.
Los chilenos no quieren seguir sustentando y aceptando un fraude jurídico como la nulidad de matrimonio, que, además, es una solución discriminatoria, pues sólo permite acogerse a él a quienes tienen recursos para pagar un abogado.
Las personas que sufren la separación no quieren seguir en una situación de inseguridad respecto de los hijos que procrearon y de los bienes que adquirieron. En consecuencia, a partir de este proyecto, hemos asistido a un debate valórico y de principios que le ha hecho muy bien al país.
Por eso, llama la atención que aún haya legisladores que persistan en mantener una situación aberrante y la peor que existe, como es el llamado “divorcio a la chilena”. Hay que terminar con esta aberración.
Reconozco el avance sustantivo y el mejoramiento que tuvo el proyecto en el Senado, pero deseo referirme a dos de sus aspectos polémicos. El primero dice relación con la ampliación de las causales de nulidad, con lo cual se puede correr el riesgo de fomentarlas más que terminar con ellas.
Por otra parte, algunas causales de divorcio son bastante restrictivas, compleja su procedencia, y cuesta mucho probarlas. Por ejemplo, ¿cómo se probará que uno de los cónyuges tiene una conducta homosexual? ¿Será con fotografías o testigos? Es difícil probar una causal de esa naturaleza.
Con respecto al artículo 20, que ha sido tan discutido, creo que tiene argumentos a favor y en contra. Es cierto que establece el derecho a la libertad de conciencia de las personas y determina el principio de igualdad ante la ley.
Sin embargo, también existen razones en contra. Indudablemente, un artículo de esta naturaleza implica un retroceso histórico de más de un siglo de vigencia del Estado laico y su consecuente separación de la Iglesia.
Por otro lado, su aplicación material acarreará problemas. El plazo de ocho días entre la realización del matrimonio celebrado ante entidades religiosas y la inscripción ante el Registro Civil , obviamente se prestará para el uso de mala fe y puede provocar dificultades en su aplicación práctica. ¿Qué pasará si uno de los cónyuges fallece o hay un embarazo en ese lapso? ¿Qué pasará si una persona de mala fe se casa dos o tres veces en ese período? Esas situaciones producen un vacío jurídico. El plazo de ocho días generará una incerteza jurídica a los contrayentes. Ése es un punto importante por tener en consideración.
Por último, este artículo, más que favorecer a la Iglesia Católica, la limita y la perjudica. ¿Con qué fundamento un sacerdote hablará de matrimonio indisoluble si él sabe que, después de ocho días, esa ceremonia religiosa estará unida a un aspecto civil que va a permitir la disolución del vínculo matrimonial? Uno podría decir que lo que habló el cura en la iglesia es paja molida.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , redondee su idea, pues ha terminado el tiempo que le asignó su bancada.
El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-
Por eso, creo que este artículo, más que favorecer a la Iglesia Católica, la perjudica.
En consecuencia, más allá de los artículos polémicos, por un hecho de responsabilidad política y social, vamos a votar favorablemente las modificaciones del Senado, porque son muchos los chilenos que esperan una solución a su problema matrimonial.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Mario Bertolino .
El señor BERTOLINO .-
Señora Presidenta , no me voy a referir a temas técnicos que han sido analizados profundamente es estos dos días de discusión. A mi juicio, es necesario que nuestro país tenga una nueva ley de matrimonio civil, más aun cuando esta iniciativa recoge todos los principios que, a quienes somos partidarios del matrimonio, nos permiten tener tranquilidad, porque se está protegiendo tanto a los cónyuges como a los hijos y, por lo tanto, a la familia. Así lo dice su artículo 1°.
Es importante que consideremos que los seres humanos no somos perfectos y, desde ese punto de vista, podemos equivocarnos. Todas las personas se casan por amor, con ilusión, y aspiran a formar una familia para ser felices toda la vida. Pero, así como creo profundamente en eso y soy uno de los que ha tenido la suerte de que ello me suceda, debo reconocer que hay seres humanos que no tienen esa misma suerte, y no podemos ser ciegos: debemos darles una segunda oportunidad. ¿Por qué lo digo? Porque quienes infringen la ley al cometer un delito, tienen una segunda oportunidad; quienes comercialmente fracasan, tienen muchas nuevas posibilidades. Entonces, por qué no darles una oportunidad a esas personas que,
con los mismos principios de quienes algún día llegamos a contraer matrimonio, por motivos y razones que no nos corresponde analizar, sufrieron la desventura del quiebre. Lo digo porque, incluso, la propia Iglesia Católica, dentro de sus normas, considera la nulidad. Ésta es una de las instituciones que más conoce respecto del hombre, del ser humano, de cómo somos y de lo que somos.
Por lo tanto, es de justicia tener una solución legal para este problema.
Hay un viejo dicho que señala que el matrimonio es el único estado en el que quienes están afuera quieren entrar y quienes están adentro quieren salir. Con esto no quiero decir que el matrimonio es malo. Lo señalo porque hoy, desgraciadamente, la libertad de decisión sólo la tienen quienes quieren entrar; pero quienes están adentro y han sufrido la desventura, como expresa un bolero, “de haberte tenido y perdido a la vez”, quedan de manos atadas, lo que trae un problema inmenso a quienes queremos defender a la familia, piedra fundamental de nuestra sociedad. ¡Qué momento más triste es el que viven aquellas familias que no se entienden y que, incluso, pueden llegar a la violencia síquica, física o verbal! ¡Qué ejemplo les estamos dando a esos hijos que no han elegido, no han podido decidir ni tienen ninguna culpa en los problemas que puedan tener los mayores! Más aun hoy, cuando día que pasa y siglo que avanzamos, por el desarrollo de la técnica, aparecen nuevas patologías y situaciones que, obviamente, también llevan a que existan trastornos síquicos y físicos que antes no se conocían o que no afectaban al ser humano.
Por eso, debemos apoyar este proyecto, y yo lo votaré favorablemente.
Con esto no estoy favoreciendo el casarse, descasarse y volver a casarse. Creo que con ley o sin ella, el amor siempre existirá; pero necesitamos contar con una válvula de escape legal, y no con una farsa o un fraude como el que tenemos hoy, en el que mienten los testigos y los cónyuges, del que también se hace parte un juez, y que nuestra sociedad acepta como “mentira legal”. En bien de la transparencia, tan necesaria en los últimos tiempos, este proyecto viene a solucionar esa situación.
Por otra parte, no comparto el artículo 20. Lo votaré en contra, porque creo que todo chileno y toda chilena debe ser igual ante la ley. Para mí, la ley es la que se hace acá. Por lo tanto, no debemos discriminar. Todo chileno tiene derecho a manifestar su decisión de celebrar su matrimonio ante una institución civil, ante un juez. Posteriormente, también tiene todo el derecho, si cumple las normas y las exigencias de su propio credo, a validarlo ante su iglesia. El artículo 20 va en contra de dos principios: primero, favorece que la gente utilice el matrimonio como un elemento de relación, y que después, transcurrido un plazo de ocho días -nadie sabe por qué se estableció ese número de días, porque podrían ser siete o veinte-, olvide inscribirlo y no sea válido, con lo cual estaremos creando una situación aún más perversa que la actual.
En segundo lugar, ¿cómo podrán comprobar los pastores, los obispos, los sacerdotes y las personas encargadas de impartir el matrimonio en cada iglesia, que los futuros cónyuges no se han casado anteriormente? Seguramente, se producirán casos de bigamia o de poligamia. Considero que no corresponde facilitar una práctica que puede ser nociva para nuestra sociedad y para todos quienes, de una u otra manera, desean cumplir con el anhelo de dar una oportunidad a sus sentimientos.
Pero lo más importante es que el artículo 33 señala que “La separación judicial deja subsistentes todos los derechos y obligaciones personales que existen entre los cónyuges,...”. Por lo tanto, no estamos permitiendo que quien adopte esta decisión se desligue de todas y cada una de sus obligaciones, ni mucho menos de su paternidad. Tampoco se ve afectado lo establecido en la ley de filiación y las obligaciones que de ella emanan.
Por eso, votaré a favor del proyecto.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Gastón von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señora Presidenta , resulta difícil abstraerse de la discusión y votación de esta trascendental iniciativa legal.
Sería muy fácil no expresar mi opinión respecto de lo que hoy votamos, toda vez que, en mi calidad de parlamentario que se incorporó a la Cámara en este último período legislativo y que, por lo tanto, no participó en la discusión del proyecto en su primer trámite constitucional, no podría hacer cambios a lo ya aprobado por ambas cámaras. No obstante, tengo el deber de señalar a mis electores cuál es mi posición frente al matrimonio, a los hijos y a los cónyuges, que forman parte de ese núcleo fundamental de la sociedad llamado familia.
En efecto, por razones de tiempo, sólo precisaré un par de elementos de análisis de esta materia.
¿Qué entienden por matrimonio las personas que contraen ese vínculo? Tal como lo repite el oficial del Registro Civil , el matrimonio es un contrato solemne, por el cual un hombre y una mujer se unen, actual e indisolublemente, por toda la vida, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida. Gracias a Dios, el contrato de matrimonio que firmé con mi mujer lo hemos cumplido hasta el momento. No puedo dejar de mencionar que muchas veces hemos tenido grandes dificultades; pero hemos respondido, primero, al compromiso de amor que existe entre nosotros, y, segundo, al compromiso legal que asumimos al firmar el contrato más importante de nuestras vidas.
Sin embargo, conozco realidades distintas a la mía, como los casos de muchas parejas de mi distrito que no han podido cumplir en plenitud este proyecto legal y moral por causas muy dolorosas y, muchas veces, justificadas, que no es del caso señalar. Es precisamente por ellas y, además -yo también podría caer en esa situación tan dolorosa-, por el amor que les profeso a mis hijos y a mi mujer, es decir, a mi familia, que intervengo en esta sesión y expreso mis sentimientos en esta materia.
Lamentablemente, el proyecto que hoy votamos es insuficiente y poco tolerante. ¿Por qué? En mi concepto, porque no existe ninguna posibilidad de que los futuros cónyuges, por convicción personal, opten por un matrimonio indisoluble. Lo que hace esta iniciativa es imponer un criterio inverso del que existe en la actualidad. Antes de esta iniciativa, el matrimonio era indisoluble, posición para muchos intolerable, arcaica, conservadora y poco realista. En cambio, ahora será disoluble. Le pregunto al ministro , ¿es esta una posición tolerante, liberal, novedosa y que fortalece a la familia? Le digo al señor ministro que estoy seguro de que el proyecto de ley que hoy discutimos no representa a la sociedad en su conjunto. Lamentablemente, en esta Sala algunos sentirán que han perdido una batalla valórica importante, porque la decisión ya está tomada, no por mí, sino por los legisladores que me antecedieron.
¿Por qué encuentro insuficiente el proyecto? Porque creo firmemente que no regula de manera adecuada las uniones de hecho, que, en la práctica, son una realidad en nuestra sociedad. Creo firmemente que se está haciendo un triste favor a nuestras mujeres, que quedarán en la más absoluta indefensión ante el abandono de sus maridos. Asimismo, creo firmemente que los hijos de ese matrimonio disuelto no tendrán la debida protección legal, patrimonial ni moral.
Considero que estamos aprobando un proyecto de consecuencias insospechadas para las futuras generaciones y más aún no estamos regulando de manera eficaz lo que se pretende solucionar. Creo firmemente que este proyecto debería haber sido aprobado conjuntamente con el de los tribunales de familia, de manera que un organismo técnico hubiere mediado de manera eficaz en el drama de miles de mujeres y de sus hijos, cuando son abandonados por sus maridos y no tienen los recursos económicos para subsistir.
¿Acaso le diremos a la mujer abandonada: “Señora, no se preocupe, vaya al juzgado de menores, o bien espere un par de años hasta que se creen los tribunales de familia y pueda solucionar su problema; pero váyase contenta, porque tenemos una ley tolerante y moderna”? Soy partidario de legislar respecto de esta materia, pero soy aún más partidario de legislar bien en función de la mujer, de los hijos y de la familia.
Finalmente, quiero decirles a todas las mujeres de mi distrito que desde esta tribuna siempre velaré por ellas, por sus hijos y por la familia, que siempre será el núcleo fundamental de nuestra sociedad.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Señores diputados, quiero recordarles que, por acuerdo de Comités, la Comisión de Régimen Interno celebrará una reunión a las 17.30 horas.
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señora Presidenta, quiero reiterar mi posición contraria al divorcio, que ya manifesté en el primer trámite constitucional del proyecto.
Siempre he sostenido que el matrimonio es entre dos personas que deben batallar por el éxito del mismo. Si bien la tarea es difícil, debe existir mística para defender a la familia, que es el sostén de la sociedad. Sin embargo, siempre se producen separaciones. Por ejemplo, uno de mis hijos se separó; luego se volvió a casar y, afortunadamente, tiene un buen matrimonio. Pero sabemos que no todas las personas que se separan tienen posteriormente una experiencia positiva.
No soy abogado y pido que me disculpen si no he comprendido algunas cosas, a pesar de ser simples. Por ejemplo, tengo dudas respecto del N° 2 del artículo 5°, que señala que no podrán contraer matrimonio los menores de dieciséis años. Se supone que deben tener autorización de sus padres o de sus tutores legales, pero ello no se señala dentro del articulado del proyecto. No sé si habrá algún artículo relacionado con esa materia.
Tampoco me convence mucho el artículo 20 del Senado, que señala: “Los matrimonios celebrados ante entidades religiosas que gocen de personalidad jurídica de derecho público...”, porque pienso que el matrimonio debería ser informado al Registro Civil por la misma iglesia en la cual se celebra y no obligar a los contrayentes a ratificar el vínculo ante el oficial del Registro Civil .
Por costumbre, la mayor parte de los matrimonios se celebran los fines de semana y, por lo general, después de la ceremonia los contrayentes viajan a otras ciudades del país o al extranjero. De acuerdo con este artículo, estarán obligados a quedarse hasta el lunes de la semana siguiente para ratificar el matrimonio, ante el riesgo de sobrepasar los ochos días, porque el matrimonio quedará nulo. Sé que algunas iglesias evangélicas no están de acuerdo con esta posibilidad, pero podría ser una alternativa.
En conversaciones con otros parlamentarios, hemos coincidido en que lo ideal sería que estas materias no fueran a comisión mixta, por temor a que algunos de nuestros planteamientos no sean considerados y quede un vacío en la ley. Por lo tanto, le sugiero al ministro que se resuelva a través del veto aditivo.
También tengo dudas acerca del termino del matrimonio por muerte presunta. El colega Exequiel Silva señaló que en algunas regiones apartadas, las personas piden que se declare la muerte presunta del cónyuge. Al quedar viudos o viudas, según el caso, pueden volver a casarse. Por eso, la muerte presunta debe quedar registrada en el Registro Civil , ya que estas personas no podrían volver a casarse, toda vez que fueron declaradas fallecidas.
Me hace fuerza la consideración del colega Espinoza , relativa a los subsidios habitacionales. Es frecuente que algunas personas separadas de hecho quieran acceder a ellos para obtener una vivienda, que ya tenían como matrimonio. Si la ley no considerara esta situación, podría quedar un vacío. Se trata de que cuando dos personas se divorcien, de acuerdo con la nueva ley, no se otorgue el subsidio al que se queda con la propiedad.
Asimismo, tengo dudas respecto del artículo 46, en cuanto a que si por el solo hecho de casarse, los menores de 18 años pasan a ser adultos. El colega Bayo también se refirió al punto. ¿Qué pasaría con la administración de sus bienes, con la apertura de cuentas bancarias, etcétera? Dicho artículo establece la posibilidad de una demanda en contra de los contrayentes que no tengan cumplidos los 16 años. Pero si ello se produce antes de que cumplan los 18 años, se estaría incoando una acción legal en contra de un menor de edad. Eso también debe quedar claramente definido. Ahora, el problema es que los menores de 18 años también podrían ser influidos en sus actos, antes o después del matrimonio, por personas mayores, por sus propios padres u otros familiares.
El artículo 80 se refiere al matrimonio que se haya contraído en el extranjero sin el consentimiento libre y espontáneo de los contrayentes. ¿Cómo se puede verificar si existió tal consentimiento? Se supone que uno de los contrayentes va a reclamar eso; pero ¿cómo se comprobará? En Estados Unidos de América se producen situaciones que son para la risa, especialmente en la ciudad de Reno: un día dos personas se casan; se separan al siguiente, y al subsiguiente se vuelven a casar.
En cuanto a la competencia del tribunal, el proyecto señala que será competente el juez del domicilio del demandado. Ahora, ¿cómo se notificará al demandado si deliberadamente o por razones de trabajo cambia su domicilio? Ello puede acarrear dificultades y una demora que no podemos cuantificar.
Por otra parte, si la aplicación de la iniciativa queda supeditada a la existencia de los tribunales de familia y ellos no se crean en todo el país, como es lo lógico, también se pueden producir problemas. Al respecto, hay que tener presente la postergación de la aplicación de la reforma procesal penal en la Región Metropolitana.
Sobre el artículo 20 del Senado, que es el que ha provocado mayor polémica, espero que se llegue a algún acuerdo. En este sentido, la posible salida puede lograrse con un veto sustitutivo.
En definitiva, no obstante las aprensiones que acabo de expresar, votaré a favor del proyecto.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señora Presidenta , me parece necesario hacer un par de aclaraciones. En primer lugar, estamos legislando para el conjunto de los chilenos, independientemente de sus concepciones de carácter filosófico, religioso o de otra naturaleza. En segundo lugar, esta iniciativa no dispone la “obligación” de divorciarse, impresión que puede quedar al escuchar algunas de las intervención de quienes me han antecedido en el uso de la palabra.
Lo que estamos haciendo es establecer un instrumento legal para resolver un conjunto de problemas sociales y regular una situación de hecho que afecta a cientos de miles de personas o parejas que viven un verdadero drama cuando se separan y no tienen recursos para obtener la nulidad de su matrimonio o cuando quieren formar una nueva familia. Al no estar reguladas, las separaciones de hecho pueden provocar daños e injusticias.
La iniciativa que nos ocupa importa no sólo por sus aspectos de carácter valórico -por cierto muy respetables-, sino también porque aborda temas como la convivencia social, las libertades, la autonomía de las personas, los derechos que han sido violados, la salud mental, los derechos de los niños y muchos otros.
Subrayo esto, porque si bien el elemento valórico es significativo para cada uno de nosotros, la ley de matrimonio civil debe recoger lo que ocurre en la sociedad de inicios del siglo XXI, sus valores, los modos de vida predominantes y lo que está ocurriendo en el resto del mundo, trascurridos 120 años desde que se aprobó la ley de matrimonio civil que tratamos de sustituir.
Contrariamente a lo que aquí se ha expresado, en una encuesta reciente realizada por Flacso, se entregan datos muy interesantes en cuanto a la percepción que tiene la opinión pública respecto de esta materia. En efecto, según dicha encuesta, que es de carácter nacional, el 80 por ciento del país, el 88 de los jóvenes y el 82 por ciento de los sectores económicos altos y medios son partidarios de una ley de divorcio. En el mismo sentido se manifestó el 92,3 por ciento de las personas que no tienen apego a una religión, el 80,3 por ciento de quienes se identifican con la religión católica y el 70,5 por ciento de quienes profesan otras religiones.
¿Qué nos dice esto? Que en la sociedad chilena, más allá de la opinión respetable de algunos colegas de la UDI, ha habido un cambio cultural muy profundo y la gente admite que tiene derecho a buscar su felicidad personal, a perseverar en sus valores; a contraer matrimonio, pero, también, en reconocer que cuando ya no existe amor, sino diferencias profundas, es posible rehacer la vida y casarse nuevamente. Esto se ha transformado en un fenómeno extendido en la sociedad chilena.
Votaré favorablemente el proyecto. Tengo observaciones respecto del artículo 20 introducido por el Senado, pues no me gusta que se mezcle la cuestión religiosa con una ley de matrimonio civil. El hecho de que los matrimonios se inscriban y sean disolubles, naturalmente impide que pueda haber consideraciones de tipo confesional, cualquiera sea su procedencia.
Por otra parte, me hubiera gustado que los plazos fijados en el proyecto fueran menores. Con todo, reitero, votaré favorablemente la iniciativa, pues significa un paso adelante desde el punto de vista de la civilización de la sociedad chilena, de su desarrollo cultural y de la convivencia democrática.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Hidalgo.
El señor HIDALGO .-
Señora Presidenta , tal como lo señaló el ministro de Justicia esta mañana, el proyecto es perfectible, en particular algunos artículos, como los que enuncio a continuación: 5°, 20, 25, 27, 61, 62, 65 y 66. No me extenderé sobre su contenido, pues no participé en la discusión, durante su primer trámite constitucional, cuando se aprobó este proyecto en 1997. Por lo tanto, me gustaría hablar en términos más generales sobre el significado de esta iniciativa para los chilenos.
Se ha estigmatizado el proyecto al sostenerse que, de aprobarse, provocará más divorcios. No estoy de acuerdo con eso. Se han hecho comparaciones con la legislación extranjera y con lo ocurrido en otros países. Sin embargo, cuando en esta materia se tiene una base cero, como ocurre en Chile, no puede haber comparaciones. En la mañana intervino un colega que puso como ejemplo a los alemanes y señaló que si hubieran sabido que iban a tener tantos divorcios, no habrían aprobado la ley de divorcio. ¿Esto quiere decir que los alemanes no se separaban antes de aprobarse esa ley? Voy a hacer una analogía para que se me entienda mejor. Si no contáramos con las leyes que penalizan la criminalidad, ¿querría decir que no tendríamos criminalidad? ¿Es posible hacer una comparación a ese nivel? Parece un poco burdo lo que digo, pero creo que hay que ser razonables: una iniciativa como ésta no necesariamente provocará más divorcios. Y quiero detenerme un par de minutos para ahondar sobre esto.
Tengo en mi poder un cuadro estadístico, comparativo de divorcios por país. En él se hace un seguimiento del fenómeno desde 1960 hasta 2000, es decir, durante un lapso de cuarenta años. De acuerdo con esas estadísticas -esto no se ha dicho-, en los últimos cuatro años, el número de divorcios en Alemania, como también en Australia, prácticamente se ha mantenido. En Bélgica, ha disminuido; en Estados Unidos se registran 40 mil divorcios menos que en años anteriores; en el Reino Unido han bajado, y en Francia la cifra se mantenido. Algunos pueden decir que las estadísticas son como las parrilladas -y lo digo con todo respeto-: uno saca lo que más le gusta, y el resto no se toca. Pero si nos llega esta información a cada uno de los diputados es para estudiarla e interpretarla como corresponde, no para aprovecharla para el gusto de cada uno.
Aquí hay datos objetivos. Insisto, no comparto el temor de que, por aprobar una ley de divorcio, tendremos más divorcios. Es necesario corregir, ayudar y cooperar en esta materia. Muchos chilenos, hombres y mujeres, casados y separados de hecho, o anulados en forma casi fraudulenta, y los hijos de todos esos matrimonios, necesitan, quieren y desean ser ayudados. Nosotros estamos para cumplir esa tarea.
Las encuestas que recién citó el diputado señor Leal no son las mismas que manejo, pero son igual de contundentes. Ellas señalan que el 70 por ciento de los chilenos necesita, quiere y desea una ley de divorcio. Esta iniciativa de ley no solamente habla de divorcio, y lo han dicho todos los diputados. En efecto, también protege a la familia, por lo menos económicamente; se plantea la obligación de conciliar y de preservar el matrimonio; la patria potestad sobre los hijos prescrita en el Código Civil se mantiene. Hay plazos que me parecen adecuados. En suma, nuestra obligación es satisfacer esa tremenda necesidad de ayuda que tienen muchos chilenos.
No podemos cerrar los ojos. Cuando uno tiene las cifras de verdad, reales, las duras cifras, sabe de la cantidad de gente a la que debemos ayudar a solucionar sus problemas.
La dinámica de las relaciones humanas -si no pregúntenme a mí, que represento a la bancada de Renovación Nacional, donde hemos tenido problemas- siempre es tremendamente conflictiva. Habrá problemas, pero la gran virtud de los seres humanos es tratar de resolverlos. A veces las soluciones no llegan y las posiciones son irreconciliables. Exactamente lo mismo sucede en un matrimonio. Nadie se casa pensando en que se va a separar mañana, en dos, en cinco o en veinte años. Nadie lo hace pensando en que lo que le falta por hacer hoy, lo hará estando casado. ¡Eso es mentira! El que se sube a un auto y conduce, nunca va a pensar que tendrá un accidente. Es exactamente igual en el matrimonio.
No estigmaticemos el proyecto. La gente necesita soluciones. Yo soy católico y creo en Dios; pero, asimismo, creo que hay muchos chilenos que necesitan una solución real.
No es necesario corregir todo el proyecto. Hay algunos artículos perfectibles; pero no digamos que estamos ad portas de la modernidad, porque la separación y la nulidad han existido siempre. Ciertamente, hace cuarenta años esas instituciones no eran tan bien vistas. Hoy muchos chilenos necesitan reinsertarse socialmente, porque un separado o una separada siempre son mirados de otra forma, y a sus hijos, para qué decir los problemas psicopatológicos que les pueden afectar. Eso es perjudicial para el país. Un niño enfermo será un adolescente enfermo y un hombre maduro eventualmente enfermo o con complicaciones, por lo que, emocionalmente, no será del todo productivo para el país.
Se necesita integración social para muchos chilenos que hoy tienen problemas; posteriormente vendrá la regularización de su situación y podrán rehacer sus vidas ante Dios.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señora Presidenta , quiero destacar la relevancia histórica del despacho de este proyecto, en primer lugar, porque los legisladores estamos poniendo término a más de 120 años de resistencia política, religiosa y cultural a incorporar en nuestra legislación el divorcio vincular.
En segundo lugar, porque al aprobarlo vamos a modificar sustancialmente el Código Civil, que rige a las familias chilenas casi sin modificaciones desde 1855.
En tercer lugar, porque Chile abandonará, definitivamente, la incómoda posición de ser el único país de cultura occidental que aún no tiene divorcio vincular.
Dada la importancia histórica de este debate, quiero plantear mi preocupación en relación con algunas modificaciones del Senado. La primera dice relación con el artículo 1º; otra, con el artículo 20, al que ya han aludido varios colegas, artículos aprobados por el Senado, y la última, al anuncio de algunos colegas de rechazar el artículo 55.
En la modificación del Senado al artículo 1º, resulta realmente curiosa la definición de que “El matrimonio es la base principal de la familia”. En verdad, aprobar una norma de esa naturaleza significaría que donde no hay matrimonio, no hay familia, en circunstancias de que el 30 por ciento de los hogares está dirigido por mujeres jefas de hogar solas y abandonadas, sin cónyuges. ¿Habría que declarar que en ellos no existe una familia? Por eso, el artículo 1° refleja y plasma parcialmente la realidad de nuestro país.
Por otro lado, es preocupante que en el artículo 20, de alguna manera, se consagre un sacramento de la religión católica en una ley de matrimonio civil. Como legisladores, no debemos hacernos cargo de un sacramento de una iglesia, por muy importante que sea.
Quiero creer que existe una preocupación de la jerarquía católica por recordar a sus feligreses que lo más importante es el matrimonio por la Iglesia y su indisolubilidad, y que posteriormente van las normas civiles.
En ese sentido, cuesta aprobar una norma así, porque conlleva el mito de que el divorcio es un peligro para la familia.
Esta argumentación choca contra nuestra realidad. Se da una gran cantidad de convivencias y de separaciones; hay un cambio constante en las familias. Pero no podemos atribuir esta situación a una ley de divorcio, porque no existe.
En la historia, el mito de que el divorcio destruye el matrimonio circula desde el año 1700 a.C. En el Código de Hammurabi figura el divorcio; también en las leyes asirias y en el Deuteronomio. Sólo en el concilio de Trento, la iglesia católica lo condenó.
Esta materia va más allá de una visión sesgada de la realidad, por creencias, mitos e ideologías sumamente respetables; pero nuestra tarea es legislar por sobre ellos.
No podemos, en pleno siglo XXI, aceptar que el matrimonio es la base fundamental de la familia. Son diversas las formas que la constituyen: una mujer sola con sus hijos, abuelos con sus nietos, etcétera. La familia se constituye sobre la base de un núcleo de sociabilización distinto del de los siglos anteriores. Por eso, me parece una aberración legislativa aprobar el artículo 1°, al igual que incorporar un sacramento en una ley civil.
Por último, el rechazo del artículo 55 significaría judicializar el divorcio, lo que equivaldría, nada más y nada menos, a someter a la familia, a los hijos, al marido y a la mujer a la tramitación de los tribunales, porque tendrían que ir a litigar, a deducir demandas y a pelear. Prácticamente, significaría disolver la familia.
De lo que se trata es de un proceso breve que posibilite resguardar, si se disuelve el vínculo matrimonial, la familia. El hombre y la mujer que se separan por una relación conyugal irresistible, siguen siendo responsables de sus hijos.
Me preocupa el artículo 55, porque judicializar el divorcio, repito, significaría alargar los plazos, en general, y sencillamente disolver la familia.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Boris Tapia.
El señor TAPIA.-
Señor Presidente , el proyecto que conoce la Cámara constituye un hito histórico en el desarrollo de nuestra legislación. No se trata de una materia como muchas otras, sino de un instrumento social y cultural que marcará la vida de los chilenos durante las siguiente décadas.
El arduo debate surgido en nuestra sociedad sobre la conveniencia o inconveniencia de contar con un cuerpo legislativo que regule el régimen de separación vincular en el matrimonio civil, ha atravesado transversalmente todos los segmentos culturales, sociales y económicos de nuestro país.
Al respecto, me ha parecido necesario dividir este debate en dos niveles de análisis. El primero de ellos se refiere a que en este cuerpo legal, algunos han visto la intención de legislar sobre aspectos valóricos de orden interno y llevados por la libertad de nuestra conciencia más íntima. Si bien es cierto que una modificación de la ley de matrimonio civil tendrá efecto en los hechos y circunstancias que rodean una decisión que se toma en el terreno moral, como es el del matrimonio, es necesario no perder de vista el real alcance de esta normativa, pues la mayoría de sus disposiciones apuntan a dar solución a un proceso de separación terminal que hoy está conformado por un conjunto de actuaciones dolosas y ficticias que se esconden detrás del procedimiento de nulidad, en el que se invoca la causal de incompetencia del oficial del Servicio de Registro Civil.
En eso quiero ser enfático: ni los jueces, ni los abogados, ni los cónyuges, y menos las iglesias católica, evangélica u otras, pueden razonablemente sostener que el actual sistema de las nulidades matrimoniales, que se basan en la ficción, en la mentira, en el perjurio y en el engaño, es mejor o menos dañoso que una buena ley de matrimonio civil que dé cuenta en forma ordenada y razonada de los quiebres a los que la naturaleza de las relaciones humanas está expuesta. Porque bien sabemos que los quiebres en una relación de pareja no son culpa de una u otra ley de divorcio. Se trata, en su origen, de la madurez para tomar decisiones en la vida y asumir los compromisos existenciales que dan forma a nuestra vida afectiva.
En ello, no podemos perder el norte. Es absolutamente necesario dejar en claro que nuestra sociedad es cada vez más compleja, y hombres y mujeres enfrentan cada día angustias y problemas que no hacen más fácil el tomar decisiones radicales, como el matrimonio.
¿Qué madurez y compromiso se le puede pedir a un joven que enfrenta la vida con pocas herramientas y que ha sido discriminado en materia de educación, empleo y oportunidades? ¿Cómo enfrenta una relación para toda la vida quien vive resolviendo día a día las angustias más básicas sin contar con tiempo, espacio y disposición para entender al otro y conectarse con su afectividad e intimidad?
Quien no tiene vivienda digna o empleo o educación para sus hijos, no tiene la libertad suficiente para comprometerse. ¡Cuántos estudios nos muestran que la falta de espacio en las viviendas provoca la expulsión de sus miembros a la calle y no da lugar a la intimidad necesaria en la pareja!
Puedo afirmar que tenemos la sociedad que hemos construido, y no otra; no una ideal. En este sentido, debemos asumir que formamos parte de una sociedad que discrimina y segrega, que no cuida a los débiles, que excluye a los viejos y que desconfía de los jóvenes, cerrando puertas más que dando oportunidades.
En este contexto, ¿de qué forma podemos cerrar los ojos a las rupturas matrimoniales gatilladas por la estructura de la misma sociedad que hemos creado? Para nosotros es, entonces, un deber social aprobar una buena ley, como la que significará el proyecto. Pero este compromiso no nos exime del otro compromiso más importante, que es construir una sociedad mejor y más solidaria. Sólo ahí podremos pensar y constatar que las uniones matrimoniales puedan contar con mayores rasgos de estabilidad.
Un segundo nivel de análisis es el referido a la norma concreta que otorga efectos civiles al matrimonio religioso, en tanto éste se ratifique ante el oficial del Servicio de Registro Civil.
Es necesario analizar esta norma desde la perspectiva de la eficacia real que pueda tener. En este sentido, debemos dar cuenta de los peligros que rodean el hecho de que efectivamente el matrimonio no sea ratificado dentro de un plazo tan breve, como lo son los ocho días propuestos.
En efecto, ¿qué ocurrirá si el matrimonio no es ratificado dentro del plazo establecido? Se nos ha dicho que no produce efectos civiles. Pero ¿cómo evitar, entonces, la proliferación de uniones celebradas en el marco de la ambigüedad jurídica que pueda radicar en la ignorancia, incluso en el engaño, con el objeto de tener varias uniones paralelas? Por otra parte, ¿qué diferencia existe entre ratificar una unión, como el matrimonio, en ocho, quince o noventa días?
Creo que estamos en presencia de una institución atípica en nuestro ordenamiento jurídico. Pero lo más grave es que presenta peligros potenciales frente a la masificación de uniones irregulares no ratificadas y que tengan como consecuencia el perjuicio de uno de los cónyuges y, principalmente, de los hijos.
La importancia de la futura ley y de sus consecuencias para todos los chilenos, exige aclarar este y otros puntos oscuros que puedan debatirse en una eventual comisión mixta, instancia que no debe interpretarse como una demora excesiva en el despacho de la iniciativa, pues la entidad de lo legislado en esta ocasión así lo exige.
Las actuales generaciones, y las venideras, estarán atentas a lo que la Cámara legisle sobre el matrimonio.
Sin perjuicio de éste y otros perfeccionamientos que, repito, pueden dar lugar a la formación de una comisión mixta, la votación de esta iniciativa debe ser por la afirmativa, en el entendido de que estamos enfrentando un problema social de proporciones incalculables, que se enraiza en nuestro sistema desde hace décadas y décadas.
Finalmente, es necesario hacer un reconocimiento a las diversas autoridades y parlamentarios que, a lo largo de estos siete u ocho años, han participado en este debate, así como a decenas de técnicos y expertos que han enriquecido la discusión sobre un tema de suyo difícil y complejo, por las enormes repercusiones que conlleva. Enfrentar este debate en Chile requiere de una buena dosis de valentía, la cual agradecerán las generaciones venideras.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Muñoz.
El señor MUÑOZ (don Pedro) .-
Señor Presidente , la Cámara de Diputados aprobó, hace ya varios años, el primer trámite del proyecto de nueva ley de matrimonio civil, cuyo aspecto más publicitado es la introducción en el país del divorcio vincular.
Tras muchos años de incertidumbre, la situación en que debatimos esta iniciativa es diametralmente distinta de la que existía al momento de nuestro debate anterior. Hoy nos asiste la certeza de que tendremos una ley de matrimonio civil que permitirá el divorcio vincular, lo que dará a miles de hombres y mujeres chilenos la posibilidad de regularizar su situación y poner fin al fraude de las nulidades que perturba nuestro sistema judicial, pero al que debemos reconocer la virtud de haber servido de válvula de escape para una realidad que excedía largamento el marco de las normas.
Sin embargo, no basta con esta conformidad. Necesitamos una ley de matrimonio civil que permita el divorcio. Pero, más aún, necesitamos una buena ley; no una engorrosa e inoperante que haga más complejas las cosas y que, a la larga, reemplace las actuales por nuevas triquiñuelas jurídicas; no una ley que, al tiempo de solucionar los problemas resultantes de los miles de parejas impedidas de contraer matrimonio, genere nuevas dificultades y no se haga cargo de las uniones de hecho, que seguramente persistirán.
Tengo tres aspectos principales de discrepancia con el proyecto del Senado. El primero dice relación con el artículo 20, que contempla la posibilidad de que, primero, se lleva a efecto el matrimonio religioso, el que, posteriormente, deberá ser inscrito ante el registro civil. Aparentemente, se trata de una discusión doctrinaria cuyos efectos prácticos no pasarían más allá de dar a los contrayentes la opción de invertir el orden de la ceremonia con que tradicionalmente se celebran los matrimonios. Sin embargo, a mi juicio, sus efectos son más graves.
Esta discusión se suscitó hace más de un siglo y motivó serias dificultades, las cuales fueron superadas mediante enmiendas legales que incluso impusieron penas por la negativa a practicar con posterioridad la inscripción civil de los matrimonios religiosos. No basta considerar -y este es un punto fundamental- que el matrimonio religioso no inscrito no tendrá validez civil, para minimizar los efectos de la nueva disposición sobre nuestra sociedad. Ése es el problema.
Si una o más confesiones religiosas llamaran a no realizar estas inscripciones, o bien la simple desidia de los contrayentes la provocara, al cabo de algunos años tendríamos miles de familias aparentemente bien constituidas, pero donde no existiría vínculo civil entre sus miembros, con las consiguientes repercusiones en materia de derechos personales, patrimoniales y de sucesión.
¿Qué seguirá después? Una ley especial que, en aras de evitar estas situaciones, otorgue validez civil a los matrimonios religiosos no inscritos, celebrados antes de la vigencia de la ley y de la fecha en que se suscite el problema.
Adicionalmente, tenemos las ya suficientemente analizadas complejidades derivadas de los diversos estatutos jurídicos de las confesiones religiosas existentes en el país.
Por ello, considero que la norma del artículo 20 no aporta nada significativo, constituye un retroceso histórico que ya ocasionó graves problemas en el pasado y, más aún, será, sin duda, fuente de problemas e inconvenientes para nuestra sociedad.
En segundo lugar, mi discrepancia fundamental radica en lo engorroso del mecanismo de divorcio creado.
La positiva reducción de plazos introducida en el Senado puede transformarse en letra muerta con disposiciones que entraben la determinación de la fecha cierta del cese de la convivencia. No contemplar constancias más simples para acreditar este hecho o, incluso, su prueba según los mecanismos generales que establece nuestra legislación, si bien evita los fraudes, entorpece innecesariamente el proceso de divorcio. Las constancias a las que se refiere el proyecto escapan absolutamente a la idiosincrasia de los chilenos y a las prácticas habituales de las parejas. Así las cosas, de no incorporarse medios más simples, introduciremos en el país una nueva mentira o fraude organizado, cual es declarar la nulidad por falta de madurez de los contrayentes, lo que, en realidad, constituye un divorcio en el que la fecha de separación de los cónyuges no ha podido ser acreditada.
Por último, me preocupa la omisión respecto de la regulación de la situación de las uniones de hecho, materia que sería mejor abordarla en un proyecto posterior.
Por tales razones, no sin expresar mi satisfacción por estar en la etapa postrera del trámite de uno de los proyectos de ley más esperados por nuestra sociedad, soy partidario de que en la comisión mixta se realice un último esfuerzo respecto de las materias indicadas y, eventualmente, de otras, a fin de contar con una nueva ley de matrimonio civil que se ajuste a las exigencias de nuestra sociedad y no que genere nuevas dificultades o problemas.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor José Antonio Kast.
El señor KAST.-
Señor Presidente, estamos llegando a un punto culminante en la discusión del proyecto que sustituye la ley de matrimonio civil.
Tengo la convicción de que todos quienes han participado en la elaboración de esta iniciativa han obrado de buena fe, buscando desde distintos puntos de vista lo mejor para Chile, muchas veces a partir de experiencias personales dolorosas que encierran uno de los más complejos sentimientos del hombre: el amor. Lamentablemente, como se señala en el libro “El Principito”, lo esencial es invisible a los ojos. Hoy podemos decir que este proyecto de ley es uno de aquellos en que lo esencial es invisible a los ojos de los hombres. Es invisible para muchos parlamentarios que no son capaces de advertir en él el hecho de que fraguará el futuro de miles de familias de nuestro querido país.
El tema del matrimonio y la familia es tan importante que debemos dejar de lado todos nuestros prejuicios anteriores para deliberar de manera madura, serena y constructiva, sin descalificaciones -como hemos sido objeto algunos diputados en esta Sala-, pensando, sobre todo, que estamos legislando en esta materia pensando no tanto en nuestra generación, sino en la de nuestros hijos.
En ese sentido, estimo que lo primero que debemos considerar es que no se puede perder la fe en la ley. Muchos colegas piensan, erradamente a mi juicio, que la ley no ayuda a señalar a la sociedad las virtudes humanas ni a distinguir lo bueno de lo malo. Pero en Chile se da una situación distinta, ya que a sus ciudadanos sí les importan las leyes, a diferencia de los de otros países que consideran en menor medida lo que dicta la ley. Este capital humano, que tenemos como país, debemos considerarlo a la hora de legislar para alcanzar el bien común, que en caso alguno se obtiene por medio de este proyecto. Éste, sin lugar a dudas, al igual que en muchos países modernos y democráticos -como se ha dicho aquí- donde es una realidad desde hace años, sólo nos traerá más fracasos matrimoniales, más pobreza para las mujeres jefas de hogar y muchos más niños con problemas de toda índole.
Nosotros no estamos llamados a dictar leyes que se limiten a regular una realidad -como hemos escuchado aquí- y menos a ser reflejo de determinadas encuestas, que muchas veces sólo revelan lo que los mismos encuestadores quieren que se diga.
Un gran amigo, que ya no está entre nosotros, Jaime Guzmán , nos decía que hay dos maneras de abordar la acción política. Una, la predilecta para muchos, busca halagar al electorado identificándose con las consignas dominantes y cediendo demagógicamente a sus pasiones y caprichos. Otra, mucho más difícil, que es intentar guiar a las personas, librando, con valentía moral y de cara a ellas, un combate rectificador frente a consignas falsas, vacías o torcidas, como sin duda son aquellas que afirman que un proyecto de ley como éste va en defensa de la familia.
Nosotros, como bien decía Jaime , estamos llamados a dictar leyes que iluminen como un faro el camino; que, junto con regular las conductas sociales, permitan orientarlas a la luz de las exigencias y necesidades del bien común que, sin lugar a dudas, en un proyecto de ley como éste, debiera señalar claramente el rumbo hacia un matrimonio para toda la vida, hacia el valor de la libertad, hacia el valor del compromiso verdadero y, por qué no decirlo, en ocasiones hacia el valor del sacrificio y la renuncia. En resumen, debiera señalar el camino hacia el amor verdadero que, sin lugar a dudas, se logra en un matrimonio indisoluble.
Qué duda cabe de que los seres humanos somos muy débiles y tenemos el corazón lleno de pasiones desordenadas que nuestra razón no siempre logra controlar. Es ahí donde está la raíz de muchos de los problemas que hoy afectan al matrimonio. Por eso, se necesitan compromisos duraderos, estables y permanentes, mediante los cuales un hombre y una mujer se unan para toda la vida.
Desde siempre el ser humano ha tendido a ser feliz y a mirar siempre hacia lo más alto. Muchas veces escuchamos que hoy los jóvenes no quieren participar en lo público, porque sienten que nadie se juega por sus principios. Es aquí y ahora donde debemos mostrar que los grandes ideales, por los cuales muchos de nosotros decidimos dedicar nuestra vida al servicio público, no han quedado en el baúl de los recuerdos.
Hoy, el mundo, en lugar de la felicidad plena a que podría aspirar, está sumido en una gran depresión. Vemos a la vieja Europa sumergida en la oscuridad. Muchos jóvenes han perdido las ganas de vivir. Ya casi no se casan. No están dispuestos a tener hijos por temor a no poder tener una familia como sueñan. Y lo que ha pasado en Europa no es casualidad: es consecuencia de leyes que han ido destruyendo el corazón de la humanidad, que es la familia y el matrimonio.
Seguramente, todos quienes estamos hoy en este hemiciclo hemos experimentado la maravilla del amor humano entre un hombre y una mujer y quisiéramos que esa experiencia hubiese quedado congelada en un cubo de hielo para no perderla jamás. Muchos dirán que esto es imposible, pero la buena noticia es que sí se puede, ya que la libertad humana, bien llevada y comprometida, nos permite construir empresas de alegría y amor humano para toda la vida, como son el matrimonio y la familia.
El azar no existe; sólo existe un plan en la humanidad que está escrito desde siempre y que debemos descubrir. La mala noticia es que en las facultades de la libertad humana podemos elegir un camino distinto del de ese plan. Por eso, necesitamos seguros. En este caso, deben tomar la forma de compromisos permanentes que permitan a las futuras generaciones tener una familia que los acoja, que les dé cariño, que los forme y prepare para la vida.
Nuevamente la libertad humana nos podrá jugar en contra. Eso no lo podemos evitar ni con la mejor de las leyes de matrimonio del mundo. Pero, lo que sí podemos hacer, y a eso estamos llamados, es a construir un matrimonio que le permita al mayor número de parejas llegar a la meta y al ideal de un compromiso para toda la vida.
Por último, quiero dejar asentado el hecho de que, a partir de esta eventual ley, comenzaremos a vivir en Chile una lucha permanente en el campo de los valores morales y será necesario, ahora más que nunca, que aquellos que se dicen cristianos se atrevan a defender sus principios e ideales. Si no, como decía Jaime Guzmán , iremos entregando cobardemente terreno a quienes piensan la vida y el mundo al margen de Dios. Y, como dice el Papa Juan Pablo II , cuando el hombre construye un mundo sin Dios, termina construyendo un mundo contra el hombre.
Por todo lo señalado, llamo a todos aquellos que votarán, al igual que yo, en contra de esta iniciativa a que no pierdan las esperanzas, a que no renuncien a sus convicciones, porque ya vendrán tiempos mejores para las familias de nuestra Patria.
La familia jamás le ha hecho daño a ninguna sociedad en el mundo; no podemos decir lo mismo del divorcio.
He dicho.
(Aplausos).
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , estamos asistiendo a un momento histórico, puesto que vamos a votar y aprobar para Chile y los chilenos la nueva ley de Matrimonio Civil.
En esta discusión hemos pasado años y el país ha esperado su derecho a elegir.
Un señor diputado hizo una interesante reflexión entre la distinción de elegir, a partir de las decisiones humanas, y el camino trazado del universo, dentro del cual estamos los seres humanos.
Hay reflexiones de dos mundos distintos: el de la religión y el de la legalidad. El derecho no está obligado a regirse por lo que ordenan las religiones, pero, no siendo mundos antagónicos, el proyecto es capaz de establecer armonía entre ambos.
Me alegro y felicito al Gobierno, al Presidente Lagos , al actual ministro de Justicia , a quienes lo precedieron y, sobre todo, a las diputadas y diputados que dieron origen a esta iniciativa: a las señoras Isabel Allende , María Antonieta Saa y Mariana Aylwin , a los señores Barrueto , Longton , Munizaga , Viera-Gallo , Cantero Elgueta e Ignacio Walker .
Asimismo, felicito al Senado que nos envió un proyecto con modificaciones que votaré a favor, a pesar de mis diferencias en algunos aspectos.
Estoy convencido de que en la magnitud del universo es probable que existan caminos trazados para los seres humanos. “Mektub”, “Está escrito”, dicen en el islam. Es probable y es una discusión difícil sobre el particular, dada la insignificancia de los seres humanos ante la maravilla del universo y su armonía. Pero no puedo sino decir que, en vez de ser una mala noticia, es una gran felicidad el hecho de que hoy los chilenos podremos elegir un camino. No puedo creer que nuestro estado de derecho esté basado en la idea de que, dentro de la armonía del universo, la capacidad del ser humano de elegir un camino es algo malo. Esto es bueno. Es lo que quieren los chilenos.
Hemos conversado con los pastores evangélicos y he tenido una especial preocupación por lo que ha pasado con ellos. A lo mejor, no hubo delicadeza o hubo falta de cuidado en toda la discusión legislativa sostenida con la masonería, la Iglesia Católica y las distintas iglesias evangélicas, para haber dejado en claro lo que hoy aparece en la prensa -que hemos analizado con ellos-, en el sentido de que se sienten especialmente agredidos y que habría discriminación en su contra. Hemos consultado en qué consiste dicha discriminación y parece que es más bien conceptual. En fin, lo concreto es que estamos inspirados en un cierto laicismo en armonía con las religiones que se practican en nuestro país.
El proyecto refleja armonía social. Es lo que pudimos hacer. Me hubiese gustado que el procedimiento fuese inverso, es decir, que una pareja, en vez de casarse primero por la religión y después inscribir su matrimonio, se casara primero en el Registro Civil y luego en la ceremonia religiosa que quiera. Nosotros tampoco hacemos las leyes que queremos sino aquellas que podemos, las que somos capaces de hacer. Ahora, si de este debate surge una ley de divorcio, ésa es una felicidad para Chile, porque da a sus ciudadanos la posibilidad de elegir. No es una felicidad divorciarse; es una pena; pero es una opción con la que es necesario contar, porque el amor y el desamor aparecen y desaparecen, más allá de las capacidades del estado de derecho, el cual ha funcionado con las hipocresías que todos conocemos.
Es posible que se produzca confusión si alguien dice que su matrimonio es indisoluble, porque así lo ordena su religión. Sin embargo, no hay confusión alguna, porque está claro que quien manda es la ley. Se puede hacer la ceremonia que quiera.
Entonces, esta ley no es coercitiva; constituye un acto de libertad no sólo en cuanto a la posibilidad de elegir, sino también en cuanto a las religiones. Se establece que el matrimonio se celebre en la religión que los contrayentes quieran, siempre y cuando la iglesia tenga personalidad jurídica de derecho público. Ese acto -insisto- es libertario y después, simplemente, los contrayentes, deberán inscribir el acta correspondiente en el Registro Civil .
Ahora, si hay confusiones y contradicciones, quiero mencionar sólo un caso a título de ejemplo. Imaginemos que en el acto del matrimonio religioso a los contrayentes les dicen que no se puede disolver su matrimonio. Pues bien, pueden decirles lo que quieran; pero lo que vale, en definitiva, para el estado de derecho -porque lo anterior es válido para su religión y lo respeto-, es lo que consagra el proyecto en su artículo 20, inciso final -por eso también lo voy a votar a favor, que dice: “Los efectos del matrimonio así inscrito se regirán, en todo, por lo prescrito en esta ley y en los demás cuerpos legales que se refieren a la materia.” No cabe aquí confusión alguna.
Respeto y comparto lo expresado por mi bancada, en el sentido de que hay muchos aspectos que aparecen, no como nos gustaría a nosotros, dentro de nuestros principios, sino como en un cambio que más parece un retroceso, porque, primero, se celebra el matrimonio religioso y, después, se inscribe en el Registro Civil. Pero lo correcto radica en que, al final de todo, se dice que es válido sólo si se respeta todo lo prescrito en esta ley y en los demás cuerpos legales que se refieren a esta materia y sólo podrá denegarse la inscripción si resulta evidente que no cumple con los requisitos exigidos por la ley.
De estos mundos distantes y distintos como son la religión y el derecho ha nacido una armonía para el Chile de hoy, por cuanto el proyecto establece, por fin, a pesar del dolor de divorciarse, el derecho a elegir. Establece, con toda claridad, que usted puede divorciarse, sea inmediatamente -porque ha habido faltas graves, como drogadicción, alcoholismo-, de común acuerdo o, porque así lo decide uno de los cónyuges bajo las condiciones que se establecen.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la señora Cecilia Pérez.
La señora PÉREZ, doña Cecilia ( ministra del Servicio Nacional de la Mujer ).-
Señor Presidente , quiero reiterar con mucha fuerza que en el articulado de esta iniciativa se han tenido presentes el bien común, la protección de los derechos de las mujeres y de las familias chilenas y, por qué no decirlo, también, como se ha insistido en esta Sala ayer y hoy, el derecho a ser felices, a consagrar el amor, no el amor del hombre con mayúscula, sino el de hombres y mujeres. Como un derecho ciudadano más es por lo que el Gobierno de Chile ha querido, después de muchos años, que el debate de una nueva ley de matrimonio se cristalice a comienzos del siglo XXI.
Este proyecto de ley se suma a esfuerzos hechos, en otros momentos, en conjunto con el Congreso Nacional; por ejemplo, cuando se legisló por primera vez en materia de violencia intrafamiliar o para terminar con la odiosa y discriminatoria diferencia entre los hijos e hijas nacidos dentro del matrimonio y los nacidos fuera de él. También lo estamos haciendo en materia de tribunales como lo queremos seguir haciendo con la legislación que permitirá reformar el régimen de bienes en el matrimonio.
Esta iniciativa establece las medidas adecuadas para reducir el natural efecto o efectos patrimoniales que sufrirán las familias en los casos de ruptura. Es así como, si hay acuerdo para el divorcio o para la separación, los cónyuges deberán hacer una presentación completa y suficiente ante el tribunal. Por primera vez, en nuestra legislación de familia, ante una ruptura conyugal, deberán quedar regulados todos los aspectos vinculados a los derechos de familia, como son la pensión de alimentos, que, dicho sea de paso, es un derecho que sigue siendo garantizado para los hijos, aun cuando se rompa la relación conyugal; o el régimen de cuidado personal, la relación regular y directa de los hijos con sus padres, el régimen patrimonial de las parejas, etcétera.
Hoy, ni la separación de hecho, ni la nulidad, ni el divorcio actual, sin disolución de vínculo, imponen estas exigencias. Eso constituye un primer aspecto importante de recordar y destacar.
Asimismo, las sentencias de los juicios de nulidad, de separación, de divorcio, deben pronunciarse sobre todas las materias vinculadas a la futura relación entre los cónyuges y entre estos y sus hijos. La idea es que no se resientan ni se impacten las relaciones entre los padres y los hijos. Incluso, en el caso del divorcio unilateral, se establece que el juez podrá no dar lugar a la demanda si el demandante no ha cumplido cabalmente con sus obligaciones.
También se introduce una figura nueva que habla de una transformación en la sociedad: la compensación económica. Ella procederá cuando uno de los cónyuges se ha dedicado exclusiva o mayoritariamente al cuidado de los hijos o del hogar común. Como sociedad, debemos aspirar a que, incluso esa figura, en algún momento, no se aplique más en Chile, porque la situación entre los cónyuges debería llegar a ser igualitaria en oportunidades de desarrollo y de autonomía económica. Pero hoy es necesario contemplarlas.
Por otra parte, este proyecto de ley permite que miles de mujeres actualmente separadas de hecho, ya sea por decisión propia o de su pareja, podrán, por ejemplo, postular a subsidios habitacionales, situación que hoy está vedada en el caso de que su marido sea el titular o beneficiario; podrán iniciar actividades económicas sin que las entidades financieras y bancarias les soliciten la comparecencia de su cónyuge, a quien probablemente hace mucho tiempo no ven; en caso de muerte, se evitará que los bienes adquiridos producto de su esfuerzo sean heredados por el cónyuge que no han visto por años y que, incluso, puede no haber cumplido jamás con sus obligaciones conyugales o parentales o haber sido, por qué no, un agresor durante el tiempo que duró la convivencia conyugal. En caso de estar casada en régimen de sociedad conyugal, podrá disponer de sus bienes propios sin requerir de la autorización de un marido ausente por años.
En síntesis, cuando insistentemente se plantea la supuesta o eventual vinculación de estos hechos al tema de la pobreza de las mujeres y el divorcio, simplemente propongo mirar esa relación al revés, porque lo que hemos visto en los últimos años es que los esfuerzos y los logros obtenidos en materia de superación de la pobreza han sido justa y mayoritariamente vinculados a la participación productiva y económica de la mujer en la vida laboral. Si en la década pasada pudimos reducir las cifras a la mitad fue porque la mujer comenzó a incorporarse masivamente al trabajo, y si aumentáramos todavía más su participación, podríamos reducir aún más los niveles de pobreza en nuestro país.
Materias que trascienden y superan el alcance de este proyecto de ley de matrimonio civil también debieran concentrar nuestra preocupación cuando hablamos de la mujer y de la pobreza.
Por último, si es la pobreza la que nos interesa cuando debatimos sobre el tema, quiero hacer una reflexión acerca de cómo deberíamos preocuparnos más de la miseria humana, que implica someter a las parejas, a los padres, a los hijos y particularmente a las mujeres a vivir situaciones que son simplemente insoportables y que en algún momento se pueden convertir en hechos de violencia psicológica y moral.
Esta ley de matrimonio civil conlleva la posibilidad amplia y voluntaria de ejercer el derecho a la libertad de tomar esas opciones; y el Estado, en su conjunto, tiene la obligación ética y política de proveer las condiciones necesarias para ello.
Reitero que la voluntad del Gobierno es que pronto podamos ver cristalizado el esfuerzo que nos ha llevado tantos años y que plasma la aspiración de una gran parte de nuestra sociedad. Lo digo en mi calidad de ministra de la mujer, porque, efectivamente, esta es una aspiración de las mujeres más pobres de nuestro país.
He dicho.
El señor JARPA ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado señor Ramón Pérez .
El señor PÉREZ ( don Ramón) .-
Señor Presidente , hay una cifra que desde ya es preocupante: un 50 por ciento de los niños nacen fuera del matrimonio, lo que nos hace suponer que provienen de un porcentaje similar de parejas separadas que, a su vez, han formado dos nuevas familias, en forma irregular. Esto es lo que se quiere solucionar con este proyecto, a través de los juicios de separación judicial, nulidad o divorcio, que no son más que una solución jurídica para un problema social: la ruptura del matrimonio.
El tema central de la discusión es si una persona que ya se ha casado puede volver a contraer matrimonio con otra estando con vida su primer consorte. Éste es el problema jurídico del divorcio; la cuestión de las rupturas matrimoniales nada tiene que ver con él, salvo el de servir de elemento justificante para conceder el derecho a una nueva unión. Deben existir aquellos mecanismos jurídicos que, con las debidas consideraciones de tan delicada situación y con los resguardos correspondientes respecto de la descendencia, permitan a una pareja rehacer independientemente su existencia.
Los acontecimientos previos a la ruptura matrimonial son muy dolorosos y generan sentimientos de pesar y rabia entre sus miembros. Pesar, por la pérdida, y rabia, por no haber sido capaces de mantener la unión.
De todos modos, y a pesar de lo penoso de la situación, el divorcio vincular resulta ser un alivio cuando la convivencia entre las partes resulta intolerable. No es bueno para los hijos vivir en medio de un permanente conflicto sin solución. De ahí que tomar la decisión de separarse y, posteriormente, divorciarse, tenga un costo para los hijos, pero dada la situación, éste es menor que sufrir la agresión permanente entre los padres.
Siempre pensé que, para apoyar un proyecto de esta naturaleza, antes debía cerciorarme de que en él se contemplara una verdadera protección para la mujer y los hijos. Estimo que este proyecto cumple con ese requisito por varias razones. Primero, elimina el fraude hipócrita de la nulidad y, por lo mismo, es de aplicación general y no el privilegio de una clase social.
Paralelamente, se estudia un proyecto que crea los tribunales de familia, que abordarán en forma moderna y completa todos los problemas familiares al regular las tres instituciones que inciden en la ruptura de la pareja: la separación judicial, la nulidad y el divorcio. Para los tres exige que, antes de ser aceptados por el juez, se resuelvan todos los temas que inciden en el problema: la situación futura de los bienes de la pareja, alimentos, tuición, patria potestad, etcétera.
Además, establece la mediación para tratar de remediar el quiebre y contempla una reparación para el cónyuge que sufre menoscabo por la separación. En tal sentido, es una legislación protectora de la familia.
Queda muy claro en los artículos 21, 23, 53, 74 y 85, entre otros, que la protección de los hijos es una preocupación prioritaria. El ideal es que la separación no se produzca, pero ante lo inevitable se entrega la protección para los más débiles.
Muchas son las personas que a diario claman solución para sus problemas a causa de la separación por muchos años y que, por falta de recursos o de voluntad de uno de los cónyuges, deben seguir viviendo en situación irregular. Con este proyecto estamos ayudando a muchas familias y personas que esperan ansiosos la solución de este problema.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, el proyecto de la ley que estamos revisando hoy en su tercer trámite constitucional suple una deficiencia muy importante en nuestra sociedad.
La naturaleza humana hace que los hombres y mujeres tendamos a vivir en comunidad, unos con los otros, y que el hombre busque a la mujer y la mujer busque al hombre, para poder realizarse, formarse y desarrollarse en plenitud y constituir una familia. Las emociones y sentimientos humanos, como el amor, permiten que un hombre busque a una mujer para vivir con ella. Las sociedades han tratado de regular esta unión con la realización de un compromiso, un convenio, un vínculo que permita que ambos, al vivir en pareja, lo hagan amparados desde el punto de vista social y bajo las normas de un matrimonio.
Sin embargo, dado que la libertad es parte de la naturaleza humana, cuando una pareja no se lleva bien, cuando uno de los cónyuges afecta al otro o cuando cesa el amor, se produce la separación. No lo puede impedir ni favorecer la ley. La naturaleza humana busca sus caminos propios.
Por eso nos parece tremendamente importante que, de una vez por todas, nos pongamos en el camino de buscar soluciones a favor de las personas, del ser humano, del hombre y de la mujer, en vez de sólo hacer leyes, que son letra muerta si no se practican. Cuando el ser humano toma la decisión de casarse, lo hace en libertad, y cuando adopta la determinación de separarse, lo hace con dolor, pero también en libertad. Debemos entender que esta condición humana es natural, real y se manifiesta efectivamente.
Desde siempre las parejas se separan sin importarles si existe o no ley de divorcio. Desde que el hombre es hombre y la mujer es mujer, las parejas se juntan y se separan. Si son capaces de convivir, lo hacen para toda la vida; pero si no es así, se separan y buscan su felicidad por otros caminos.
Por eso considero que el proyecto en comento sólo se acerca y regula a la naturaleza humana.
La ley debe regular efectivamente la relación en sociedad y, por lo tanto, debe proteger especialmente a los hijos de la unión matrimonial; pero también debe proteger, como lo hace nuestra legislación, a los niños que nacen fuera de él, porque la ley no debe distinguir indiscriminadamente.
En este caso, el proyecto de ley protege al cónyuge más débil, a la persona que ha quedado en condición de minusvalía en relación con su cónyuge, sobre todo, en países como el nuestro, en vías de desarrollo. Lo que busca el proyecto es ponerse a tono con lo que la sociedad ya practica.
Conozco muchos casos de personas, hombres y mujeres, que han decidido vivir en pareja sólo por amor y formar su familia sin concurrir al Registro Civil ni a ninguna iglesia. Simplemente unen sus vidas, forman familia y lo hacen de por vida. También conozco muchos casos de personas que se amaban y se casaron para siempre por el Registro Civil y por la Iglesia, pero las circunstancias de la vida y de la condición humana hicieron que ese amor desapareciera y que se separaran. Esas personas hoy han formado nuevas familias o tienen nuevas parejas. Esas personas necesitan regular su situación para satisfacer sus necesidades emocionales, económicas y sociales.
Por eso, el proyecto de ley de matrimonio civil en comento es muy importante. Celebro que el Senado, después de cinco años, lo haya despachado en segundo trámite constitucional y lo haya enviado a la Cámara. Asimismo, celebro que la Cámara de Diputados y su Presidenta hayan dado celeridad a su tercer trámite constitucional, lo cual nos permitirá votarlo esta semana.
Estimo muy importante que el proyecto también regule situaciones de la vida cotidiana, como son las separaciones de hecho, cautelando los derechos de los hijos y del cónyuge más débil.
También considero muy importante que la iniciativa incorpore dentro de las causales de terminación del matrimonio, además de la muerte natural y de la muerte presunta de uno de los cónyuges, la sentencia firme de nulidad, cuyas causales son modificadas, y el divorcio vincular. Es un paso adelante el hecho de que esto ocurra en el país, tal vez el único que todavía no contaba con una ley de esta naturaleza. Es muy importante que un matrimonio tenga la posibilidad real de disolverse, si ambos cónyuges lo desean.
Hay una sola disposición que nos preocupa, cual es el artículo 20. Por primera vez se antepone el matrimonio religioso al civil. Nos parece grave y complicado. Incluso, diría que atenta contra un elemento constitucional de las iglesias en Chile.
Por lo expuesto, anuncio que votaremos favorablemente esta iniciativa, con excepción del artículo 20.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Díaz.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , ésta es la única oportunidad que tenemos de pronunciarnos sobre el proyecto quienes asumimos con posterioridad al anterior pronunciamiento de la Cámara de Diputados.
No quiero ahondar en los muchos temas que aquí ya se han expuesto. Quiero pronunciarme desde mi posición de cristiano y representando a gran parte de La Araucanía que profesa la fe cristiana, ya sea evangélica o católica. Quiero representar el espíritu y las esperanzas de las miles de iglesias y parroquias de mi zona.
Esta regulación afecta el corazón de nuestras familias, que son la base y el futuro con que se construye Chile.
Quiero responder al diputado señor Hales que es posible separar ley y fe; pero el matrimonio es una institución del derecho natural, anterior al derecho positivo; existen iusnaturalistas que no profesan religión alguna.
Deseo señalar -con esto entro en un tema de mi fe personal y de la de muchos otros cristianos- lo que Jesús nos dice respecto del divorcio en el Evangelio según San Marcos, capítulo 10, versículos 1 al 9, de acuerdo con la versión Reina-Valera, que es de uso frecuente en la iglesia evangélica.
“Jesús se pronuncia sobre el matrimonio y el divorcio.
2. Y se acercaron los fariseos y le preguntaron, para tentarle, si era lícito al marido repudiar a su mujer.
3. Él, respondiendo, les dijo: ¿Qué os mandó Moisés?
4. Ellos dijeron: Moisés permitió dar carta de divorcio y repudiarla.
5. Y respondiendo Jesús, les dijo: Por la dureza de vuestro corazón os escribió este mandamiento;
6. pero al principio de la creación, varón y hembra los hizo Dios.
7. Por esto dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer,
8. y los dos serán una sola carne; así que no son ya más dos, sino uno.
9. Por tanto, lo que Dios juntó, no lo separe el hombre.”
Queda claro en las palabras de Jesús que por la dureza de nuestro corazón estamos por derogar de una plumada la incondicionalidad de un compromiso de amor en su sentido más profundo. Lo peor es que se pretende hacerlo con un muy mal proyecto de ley, de pésima forma.
Citaré al padre Alberto Hurtado , fundador del Hogar de Cristo , quien señaló lo siguiente en un discurso que pronunció en el teatro Caupolicán, en 1943: “Por eso siente uno en su pecho como católico y como chileno una oleada de indignación al saber que hay quienes traman en el secreto de las logias cómo descristianizar más aún nuestra Patria, cómo deshacer la formación de la familia por el divorcio, cómo suprimir la instrucción religiosa -la poquísima que se da en las escuelas-, cómo poner trabas a la formación cristiana en los colegios. Hasta ahora hemos tenido respeto y tolerancia y nos alienta la firme esperanza que nuestros gobernantes no se dejarán seducir por esas maniobras seductoras y permanecerán fieles al juramento de servir a Chile y a Dios. Criminal sería pretender en estos instantes dividir a la familia chilena que más que nunca requiere unión en torno a los que la dirigen para laborar por la grandeza de la Patria.”
El padre Alberto Hurtado también dice: “La familia tiene derecho a la estabilidad. Exigida por la dignidad de un amor sincero que se entrega en un compromiso irrevocable por naturaleza, la estabilidad del hogar es necesaria para la educación de los hijos, para su felicidad y aún para su misma subsistencia. La indisolubilidad del matrimonio es la garantía de la fidelidad de los esposos y de su constancia al deber. Ya no es la Iglesia la única en defenderlo. Juristas, sociólogos, celosos de la grandeza de la nación han denunciado en el divorcio una causa de ruina mortal para la familia y la sociedad. La historia demuestra que la facilidad y la frecuencia del divorcio son la señal de la decadencia de un pueblo”.
Por último, el mismo padre Alberto Hurtado , en un documento denominado “Chile, lejano desconocido”, denunció que hay una “estrategia jurídica”, que es la disolución del matrimonio civil por incompetencia del oficial que autorizó el matrimonio. Él señala, por cierto, que es un campo abierto a la mentira y al perjurio.
Me hubiera gustado aprobar una buena ley en pro de la familia, que se hiciera cargo de las reales situaciones de crisis matrimonial, que efectivamente las hay, pero sin desproteger, como hoy, a la mujer y a los hijos. Estoy de acuerdo en terminar con lo que Alberto Hurtado llama una “estrategia jurídica que permite la disolución del matrimonio civil por incompetencia del oficial que lo autorizó”. Él señala, cuestión que comparto, que éste es un campo abierto a la mentira y al perjurio.
Votaré en contra del artículo 20 porque, como dijeron Iván Moreira y otros diputados, afecta, a mi juicio, la igualdad entre las distintas iglesias cristianas y de otros cultos. Para ser consecuente con mi aprobación a la ley de cultos, que no hace distinciones, y porque creo en la libre competencia entre las distintas iglesias cristianas para ver quién acerca mejor el evangelio a las personas, votaré en contra de este artículo.
Por último, aunque los desintegradores nos llamen siempre integristas, no estoy dispuesto a transformar el matrimonio en algo desechable, cual hamburguesa de un Mc Donald‘s.
Porque me hubiera gustado aprobar un proyecto distinto, votaré en contra de la iniciativa.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Rodrigo González.
El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo) .-
Señor Presidente , tal como lo manifestó la ministra Cecilia Pérez y muchos otros parlamentarios, el proyecto que discutimos es histórico y trascendente para nuestro país, porque después de la aprobación de esta iniciativa, Chile será un país culturalmente más rico, más diverso y habrá superado vacíos en su legislación que lo pondrán a la altura de los países más avanzados del mundo en aspectos de tolerancia y de convivencia entre sus miembros.
Después de varios años de debate, contaremos con una ley de matrimonio civil, perfeccionada por el Senado, que asegura y combina, adecuadamente, la protección de la libertad y responsabilidad de los individuos en lo que se refiere a sus opciones valóricas, religiosas y a las decisiones sobre su propia vida, con la protección de la familia como uno de los pilares fundamentales de la sociedad. Ésa es la principal razón por la cual votaré a favor del proyecto.
Éste mantiene, en lo fundamental, con las salvedades a que me referiré respecto del artículo 20, los principios básicos de separación de la iglesia y el Estado; se aseguran plazos adecuados para la materialización del divorcio vincular en las diferentes situaciones que consagra, sin prolongar los plazos en exceso, pero permitiendo que, en forma responsable, se tomen todos los resguardos que implica la protección de los hijos, la preservación de la intimidad y la cautela de la igualdad de derechos de ambos cónyuges. Nos habrían gustado plazos más breves, pero la iniciativa es suficiente en esta materia.
El proyecto garantiza una mayor igualdad y la protección de los derechos de la mujer que, dadas las características de la sociedad chilena y la discriminación y falta de igualdad de oportunidades para ésta, son fundamentales.
Su aprobación significará un gran paso en la modernización y consagración de los valores de libertad, igualdad y democracia, junto a valores de tolerancia y amplitud que requiere nuestra sociedad.
En tal sentido, debemos un gran reconocimiento a los parlamentarios que presentaron el proyecto, pero también al Senado, porque durante su larga discusión en esa Corporación lo perfeccionó y, con ello, contribuyó a su materialización.
Los chilenos y chilenas podrán, responsablemente, contraer matrimonio y construir una familia sustentada y protegida por una legislación que les permitirá desarrollar su convivencia en pro de su bienestar, de sus hijos y el de toda la sociedad, y que les permitirá, si el azar o la falla en el entendimiento y la comunicación los llevan a un quiebre, rehacer su vida matrimonial, si así lo consintieran los cónyuges o alguno de ellos lo solicitara, de acuerdo con las normas que prescribe la iniciativa.
Varios artículos requieren y merecen correcciones y precisiones, tanto en lo conceptual como en aspectos específicos, en los cuales se verifican insuficiencias, que permitirían mejorar el proyecto. Por ejemplo, el artículo 1°, que asimila, inadecuadamente, familia y matrimonio; los artículos 2° y 67, que entregan al juez la facultad de preservar y recomponer la vida en común de los cónyuges, tarea, sin duda, encomiable, pero que no corresponde propiamente a la judicatura; los artículos 71 y 73, sobre la mediación, y la letra f) del artículo 3° transitorio, que introduce una flagrante discriminación a los derechos de los cónyuges.
Sin embargo, privilegio la aprobación del proyecto a las correcciones, porque asegura, en lo fundamental, los bienes de los chilenos y su derecho a construir una familia.
Para terminar, quiero objetar el artículo 20, por tres razones fundamentales.
En primer lugar, porque hay una confusión conceptual entre la esencial libertad religiosa y el rol u obligación del Estado al regular el matrimonio civil.
En segundo lugar, porque discrimina entre entidades religiosas de derecho público y otras de derecho privado que, al no tener ese carácter, quedarían privadas de la posibilidad de que los matrimonios celebrados conforme a sus ritos y procedimientos, puedan tener los mismos efectos del matrimonio civil.
Y, en tercer lugar, porque el plazo existente entre la celebración del matrimonio religioso y la inscripción ante el oficial civil, para reunir las exigencias que prescribe esta normativa, puede ser utilizado para engaños o abusos e, incluso, para actos delictuales, o prestarse para olvidos y negligencias. En tal sentido, la ley no puede permitirse inducir ni permitir esas posibilidades.
Por lo tanto, votaré a favor el proyecto, pero en contra el artículo 20. A la vez, expreso mi preocupación porque algunos diputados han planteado en la Sala la necesidad de reformular los plazos establecidos en el artículo 55, cosa que sería muy negativa para todos los chilenos y los efectos de este proyecto.
He dicho.
El señor JARPA ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña .
El señor EGAÑA.-
Señor Presidente , durante varias horas hemos escuchado distintas posiciones respecto del proyecto que establece una nueva ley de matrimonio civil. Lo que estamos haciendo -los parlamentarios que asumimos en 2002 no participamos en su discusión- es analizar las modificaciones introducidas por el honorable Senado.
Este proyecto establece que el matrimonio no es para toda la vida. Me resulta absolutamente violento el hecho de que a una pareja se le diga que contrae un matrimonio que no es para toda la vida.
Casi todos han declarado su aspiración de que el matrimonio sea para toda la vida. Por una parte, postulamos que la unión sea para toda la vida y, por otra, establecemos un estatuto jurídico, en el cual expresamos a los contrayentes que no creemos que su consentimiento implique que es algo para siempre. Esto violenta a la sociedad, porque no parece cristiano ni nada que se le parezca.
¿Qué sensación queda? De que siempre nos colocamos en la situación de conflicto. Es cierto que a la persona que ha jurado amor para toda la vida y cree en el matrimonio indisoluble le pueden sobrevenir circunstancias adversas. Pero eso no obsta a que lo manifestado por ella en su momento no sea una voluntad resuelta y clara, adoptada con entera libertad. ¿Por qué, como legisladores, no nos hacemos cargo de que el individuo que oportunamente asumió, en plenitud y con madurez, un amor para toda la vida actúe en forma positiva y que con tal consentimiento dé cumplimiento a la finalidad última de toda sociedad: que los matrimonios sean para siempre? No partamos del supuesto de que jamás se ha de cumplir la promesa de que el vínculo matrimonial es permanente.
En la iniciativa echo de menos, fundamentalmente, los tribunales de familia. Como siempre, nos hemos puesto en la hipótesis del conflicto y hacia allá apuntan los caminos de solución. No pensamos en si verdaderamente queremos una finalidad para el matrimonio, incluidos los hijos -poco se ha hablado de ellos-, porque desde el instante en que se asume un consentimiento y hay descendencia, existe una responsabilidad y una corresponsabilidad muy importantes. Sólo se conjetura que los jóvenes actuarán en forma fraudulenta y se desconfía de su compromiso. ¿Dónde está la confianza en la juventud, la cual ha de mostrar el camino futuro a nuestra sociedad? Aquí hemos analizado muchas encuestas. Aparentemente, todo está basado en los números.
Estamos extremando las cosas a tal punto del problema, como si fuera lo único por resolver, y no otorgamos la debida relevancia a esta importante cantidad de consentimientos entregados, batallados y luchados día tras día, manteniéndose la fidelidad con mucho esfuerzo, durante todo el camino de la vida y soportando innumerables adversidades. Por ello, se deberían haber buscado vías de solución, con mucha bondad y aceptación de las realidades.
Si es un acto voluntario, ¿por qué impedirlo? Ya bajamos el contrato de la institución del matrimonio y lo transformamos en un contrato puramente tal. Pero en éste no permitimos la existencia de un pacto voluntario. ¿Por qué no creemos en ese consentimiento? ¿Por qué agraviamos tan brutalmente a los jóvenes al decirles que no aceptamos que su consentimiento sea para toda la vida; que no lo reconocemos, y que se están involucrando en una hipótesis falsa? Por favor, ¿cuántos matrimonios hay en nuestra sociedad que empezaron en la juventud y han continuado hasta la vejez, soportando una vida con penurias, con alegrías, con dolores y con todo lo que constituye la existencia misma? Se nos está cerrando la opción de que el matrimonio ha de mantenerse para toda la vida. ¿Por qué siempre nos colocamos en la hipótesis negativa y nos esforzamos en legislar para resolver una situación de fracaso? Hagámoslo, pero no neguemos la posibilidad de optar a las personas que creen que el matrimonio no debe terminar y que soportan las múltiples adversidades del diario vivir.
Por lo tanto, por razones personales y de bien común, no soy partidario de este proyecto, porque no fortalece a la familia.
He dicho.
El señor JARPA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señor Presidente , durante el receso parlamentario de este año, tuve la oportunidad de disfrutar de la lectura de una obra que de verdad me atrevo a recomendar. Se trata de las memorias escritas por un destacado poeta, abogado y ex embajador del gobierno de don Salvador Allende ante la República Popular China. Me refiero a don Armando Uribe Arce . Se trata de una clase magistral de historia de la segunda mitad del siglo XX y también de una sabia experiencia de vida, por cuanto demuestra cómo una persona, a pesar de todos los problemas que pudo tener, incluido el exilio, con el cariño de los hijos y el de su amada Cecilia , a quien le dedica su obra, se pudo sobreponer. Sin duda, es una lección para muchos. Me siento uno de los llamados a seguir el testimonio de vida del autor de esta obra. Y no es fácil hacerlo, porque estamos llenos de prejuicios, a ratos de tentaciones, de ganas de descalificar a quien piensa distinto y lleno de imágenes algo maniqueas de nuestra realidad. Sin embargo, hoy tenemos el mandato de hacerlo y de entender que es un tema crucial para la sociedad chilena.
Sin perjuicio de lo anterior y antes de entrar al tema de fondo, quiero señalar que inicié mi período parlamentario el 11 de marzo de 2002 y que no participé en ninguno de los tramites anteriores de la iniciativa. Como miembro de la Cámara de Diputados, y siendo solidario con sus decisiones, quiero protestar porque no es posible que un proyecto tan importante como el que nos convoca se discuta en tres días y que nos felicitemos por habernos dado la posibilidad de realizar dos sesiones ayer y dos hoy. No entiendo esa urgencia.
El proyecto ingresó a la Cámara de Diputados en 1995 y se despachó al Senado en 1997. Allá estuvo exactamente seis años y cuatro meses. Ahora vuelve con un informe de 1.123 páginas y 334 indicaciones, que debemos conocerlas y tomar posiciones respecto de ellas en dos días. No me parece adecuada la urgencia. Además, creo que eso nos coloca como un buzón del Senado.
Protesto porque no hay razón alguna que justifique legislar con este apuro. Perfectamente, como se ha procedido en proyectos como el de defensa de los derechos del consumidor, de normas adecuatorias de la reforma procesal penal o del Código Procesal Penal, se pudo solicitar que antes de llegar a la Sala fueran analizados por la comisión especializada.
En este caso, todos muy apurados, asumimos que esta iniciativa había que despacharla en dos días. Sin embargo, la culpa no es sólo nuestra, sino compartida. La culpa también es del Ejecutivo. No quiero personificarlo, porque tendría que hacerlo en la persona del ministro de Justicia , presente en la Sala. En mis dos años como parlamentario nunca había visto a un ministro permanecer en la Sala durante toda la discusión de un proyecto, incluso después de su intervención. No quiero pecar de injusto, pero sí decir las cosas como son: el Gobierno nos ha mal acostumbrado, ha desnaturalizado el sistema y el instrumento de las urgencias. El Gobierno cree, y está convencido, de que las urgencias sirven para dar señales políticas, para crear efectos y hechos políticos.
Me queda claro que en este caso la urgencia está marcada por el discurso del Presidente de la República el 21 de mayo.
En verdad, en materias de derecho pensar rápido equivale a no pensar. Muchas veces vale la pena apresurarse, pero en forma detenida, pausada.
Respecto de las ideas matrices del proyecto y de sus aplicaciones prácticas, no hay razón para dudar de la buena fe de los autores de la moción, ni de las ganas por arreglar los problemas que todos conocemos en nuestros distritos. Sin embargo, aun cuando podemos hacernos cargo de la realidad, no lo hacemos y desvestimos un santo para vestir otro y este último también queda mal vestido. El error está en creer que la ley lo puede todo. En este arranque positivista se cree que con las leyes se cambia el mundo, pero la realidad está muy lejos de eso.
El célebre filósofo Tácito, en su obra sobre la Germania, se preguntaba cómo era posible que un pueblo se portara tan bien si no tenía leyes tan estrictas que los obligaran a hacerlo. Bueno, la ley no lo es todo. Pero si queremos legislar, debemos fijar bien la mirada y el proyecto no lo hace bien. Por eso no me gusta.
Sin embargo, los que fijaron muy bien la mirada fueron los constituyentes de la Carta Fundamental del 1980, los comisionados señores Evans de la Cuadra, Ovalle y Diez, quienes, al momento de discutir qué había que mirar y defender, señalaron que el matrimonio estaba en juego. Cito textualmente: “La familia que debe protegerse es aquella que se origina o cuyo fundamento descansa en el matrimonio”. Eso es lo que debemos defender.
De hecho, don Alejandro Silva Bascuñán , tal vez uno de los constitucionalistas más destacados del siglo XX -profusamente citado en esta Cámara a la hora de debatir acusaciones constitucionales-, expresó que, dentro del espíritu y de la letra de la Constitución, la familia -que en primer término el ordenamiento jurídico debe proteger y propender a su fortalecimiento- es aquella que se basa en el matrimonio indisoluble, debiendo, por lo tanto, discurrirse todos los medios que se encaminen a objetivos tan trascendentales. Sin embargo, el proyecto no va en esa línea.
Tanto es así, que su artículo 55, consagra lo que se llama el divorcio unilateral. Y para eso se da el trabajo de dictar una tremenda, una farragosa legislación, para establecer el término unilateral del contrato de matrimonio. A mi juicio, ése es el propósito de la iniciativa.
El contrato, como el de arrendamiento, en que una de las partes tiene una dominación respecto de la otra porque es dueña de la propiedad, puede terminarse en forma unilateral. El diputado Tuma , junto a otros diputados presentaron una moción para fortalecer todavía más los derechos del arrendador, porque se entiende que tiene un derecho que prima por sobre el del arrendatario. Como digo, es un derecho, una relación dominante. Pero no es el caso del matrimonio. Aquí se le ha dado un carácter demasiado mercantilista a una institución que está muy lejos de eso.
Para graficar esa inconsistencia, ese absurdo, vale la pena preguntarse, por ejemplo, si un contribuyente podría dejar de pagar un tributo por sí y ante sí, o si el Estado podría desprenderse de sus facultades punitivas o sancionadoras por no haber cobrado un impuesto durante un año desde que ello se haya hecho exigible, o si un deudor podría dejar de pagar un deuda hipotecaria porque sí. Nada de eso es posible, puesto que existen normas de carácter constitucional, legal y principios que, a mi juicio, no se están respetando en el proyecto.
Tal vez, el más claro de esos principios es el de la intangibilidad, que protege los derechos de todos los contratantes, grandes o pequeños, extranjeros o chilenos, ricos o pobres. Se protege, de la misma forma, a un inversionista extranjero que ingresa sus capitales al país a través del decreto ley N° 600, como también a un contratante de mediería en el campo. Se entiende que estos contratos son ley para las partes y no es cosa de modificarlos porque a una de ellas se le ocurre.
Dejo en claro que, por razones de estricta prudencia política, no daré más ejemplos de cómo se puede aplicar el principio de la intangibilidad en materias, por ejemplo, de derecho internacional público, sobre todo en lo que se refiere a los tratados limítrofes. Pero el principio de la intangibilidad, del que el proyecto se aparta mucho, tiene amplia aplicación en nuestra legislación.
Da la impresión de que en esta relación contractual, casi mercantil, lo que importa es la ley del más fuerte, del más poderoso. Lo único que falta en este apuro modernizador es autorizar, por ejemplo, a que nuestros hijos elijan nuevos padres, porque también ellos pueden aburrirse de nosotros. Si la modernidad así lo indica, habrá que hacerlo.
En beneficio del tiempo, sólo me referiré a algunas normas que no puedo dejar pasar.
La conciliación, artículo 67 del proyecto. Se nos dice que ésta es una novedad extraordinaria, que se va a aplicar de la mejor manera, que va a resolver muchos conflictos y que evitará otros. Pero la verdad es que será una norma inaplicable, tanto como la que hoy existe en el Código de Procedimiento Civil, introducida a través de una reforma aprobada por este Congreso.
Todos sabemos que nadie llega a conciliación en un tribunal. Cuando el juez o el funcionario que provee llama a conciliación, le pregunta a los abogados: ¿hay acuerdo o no hay acuerdo? Eso se hace una vez que termina la discusión y antes de que se reciba la causa a prueba. Pero lo cierto es que nunca se llega a acuerdo por esa vía. Acá va a pasar exactamente lo mismo.
La separación judicial, artículo 34 del proyecto. Este precepto dispone que, por la separación judicial, termina la sociedad conyugal o el régimen de participación en los gananciales que hubiere existido entre los cónyuges. ¿Qué importancia tiene esto? La respuesta es muy simple: se va a desatar una guerra entre los cónyuges.
La separación judicial será un proceso para el cual habrá que prepararse. Entonces, ¿qué van a recomendar los abogados especialista al cónyuge que se quiera separar? Que primero prepare el proceso; es decir, que se deshaga de todos los bienes, que los transfiera y, luego, termine con la sociedad conyugal. Así sus clientes van a salir lo mejor parados posible.
¿Quién pierde con eso? Las mujeres, especialmente las más pobres, aquellas que viven en una vivienda adquirida a través de un subsidio PET o en una vivienda social dinámica. Ellas no van a tener plata para contratar un abogado y la Corporación de Asistencia Judicial no les prestará asesoría.
Las compensaciones, artículo 61. Digamos las cosas como son: esto no va a ser más que una pensión alimenticia. Más de los mismo, pero con varios agregados.
Ocurre que en vez de separar, de desvincular legalmente a los cónyuges, porque se han peleado, con la compensación los vamos a unir, a vincular. Es decir, provocaremos el efecto exactamente contrario al que se busca con esta iniciativa: resolver un conflicto.
Pero eso no es todo. El proyecto va más allá. El artículo 62 dice que para determinar la existencia del menoscabo económico y la cuantía de la compensación, se considerará, entre otros antecedentes, la situación patrimonial de ambos cónyuges, su cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral, y la colaboración que hubiere prestado a las actividades lucrativas del otro cónyuge. O sea, lo que se hará es medir cuán sierva de su marido fue la mujer.
A mí me parece repugnante tener que medir la compensación en función de ese tipo de criterios. Es una especie de derecho de usufructo personal que el marido tuvo respecto de la mujer. En verdad, me parece inconcebible tener que llegar a eso.
¡Para qué pronunciarnos sobre las normas de procedimiento! A mi juicio, esto no es más que un juicio ordinario amputado e híbrido. No es ni sumario ni ordinario, no conserva nada bueno de ambos y no va a funcionar en nuestra realidad cotidiana.
¿Qué podemos decir de la retroactividad? Ocurre que además de todo lo dicho, el artículo 2° transitorio señala que la ley se va a aplicar a todos los matrimonios celebrados con anterioridad a su entrada en vigencia. ¿Qué va a pasar con los efectos patrimoniales del matrimonio? ¡Se van a alterar! Por eso, no puedo dejar de hacer cuestión de constitucionalidad, porque claramente se infringe, viola, altera y afecta la garantía constitucional establecida en el numeral 24) del artículo 19 de la Constitución Política.
Luego de examinar todo esto en forma tan apurada y de escuchar las valiosas opiniones vertidas en las sesiones de ayer y hoy, me hago una sola pregunta: ¿Qué pensarían hoy los forjadores de la República? ¿Qué pensarían de nuestras posiciones Jaime Guzmán , Francisco Bulnes , Enrique Mac-Iver , Bernardo Leigthon o Eduardo Frei Montalva ? Cuando uno estudia la trayectoria de estos personajes de la historia, concluye que la clave de todo estadista no está en fijar la vista en las próximas elecciones municipales, ni en el próximo discurso del 21 de mayo, sino en las próximas generaciones, en los próximos veinte, treinta o cincuenta años, y actuar conforme a ello.
“Defendemos la unidad y la estabilidad de la familia, célula básica de toda la sociedad organizada. Rechazamos el divorcio y todo lo que la debilite y la destruya”. Esta cita forma parte de la declaración de principios de la Falange Nacional, pronunciada en 1940.
Por eso y por todo lo dicho, por mi responsabilidad ciudadana de tratar de hacer buenas leyes; por mi responsabilidad política de salvar al matrimonio y a la familia, y por qué no decirlo, por mi responsabilidad como católico, no puedo dejar de rechazar el proyecto.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez.
El señor SÁNCHEZ.-
Señora Presidenta , en los últimos veinte años, Chile ha vivido un proceso de cambios muy profundos que han afectado su estructura social, su economía, su sistema político. Asimismo, se han generado cambios culturales enormes en la sociabilidad de los chilenos, en la forma de relacionarnos, de ver el mundo y en nuestra relación con las instituciones.
Este proceso de cambios, acelerado por la democratización del país y el proceso de globalización, nos obliga a repensar muchas de nuestras leyes y regulaciones que, como en el caso de la ley de matrimonio civil, datan del siglo XIX. Hoy, la realidad sociológica del país nos indica que la familia extendida, es decir, padres, hijos, nietos, abuelos, etcétera, e incluso la familia nuclear, constituida principalmente por el padre, la madre y los hijos, manteniendo su importancia y prevalencia, no es la única forma de organizar nuestras vidas. Existen miles de familias monoparentales, en las cuales un hombre o una mujer deben ser capaces de conducir sus vidas. Hay muchos casos de personas jóvenes que, libremente, optan por retrasar sus relaciones formales de pareja y otras que eligen postergar la paternidad. Estas situaciones nos obligan a admitir que Chile es un país plural y que esa pluralidad debe desarrollarse en un plano de respeto y no de pura tolerancia.
Los cambios introducidos por el proyecto en debate se relacionan con la creación de espacios de libertad mayores, con flexibilizaciones en la forma jurídica que adoptan las uniones matrimoniales de las personas, admitiendo que en ellas existen conflictos, algunos de los cuales, en casos extremos, hacen imposible la vida en común de los esposos.
Como representantes de la ciudadanía y miembros de partidos políticos debemos ser capaces de sopesar de qué forma nuestros proyectos políticos se conjugan con los deseos y necesidades ciudadanas.
No cabe, en consecuencia, actuar por puro ideologismo ni tampoco populismo. Hay que buscar un equilibrio entre lo que quiere la gente y lo que nos dictan nuestros ideales políticos, nuestra conciencia moral individual o nuestra fe religiosa. Afortunadamente, en mi caso creo haber podido conciliar mi condición de hombre laico y libre pensador y las demandas y necesidades de las personas de mi distrito, de parte importante del corazón de la Patagonia, a quienes represento en este hemiciclo. Al recorrer Coihaique, Puerto Aisén o las comunas apartadas de la Undécima Región, uno percibe la necesidad social urgente de adecuar nuestra legislación para dar espacios reales a la solución de los conflictos conyugales que se viven en esas tierras, como en todas partes del país. Miles de parejas en el extremo sur, en el norte y en el centro del país no pueden formalizar largas uniones de hecho porque no han podido, en su oportunidad, terminar sus vínculos conyugales previos, con las consecuencias sociales y económicas perniciosas que para las nuevas familias se generan.
Sé que para algunas personas o partidos que tienen una mirada integrista y conservadora, que confunden los planos del ser y del deber ser, de la fe y del Estado, la tolerancia es vista como un exceso y la libertad personal como un obstáculo para la realización moral de las personas, la familia y la Patria. Con sus mentalidades de cruzados, con la cruz y la espada, tratan de evangelizar forzadamente a los infieles, que somos la mayor parte de los chilenos normales, que sufrimos y gozamos la vida tratando de conservar nuestros afectos y placeres, evitando el dolor y los disvalores de una vida estereotipada y formal, estructurada a partir de un discurso único sobre cómo uno debe comportarse en la vida social y familiar.
No hay una sola forma de hacer y construir futuro en pareja, no hay una sola forma de conducir la educación de los hijos, no hay una sola forma de ser en el mundo. En una sociedad democrática y liberal el Estado debe ser capaz, en estas materias, de dejar que cada uno tome sus propias decisiones. Eso ha sido imposible con la actual normativa, que confío que reemplacemos con el proyecto en análisis.
Quiero respaldar esta iniciativa, fruto de un trabajo arduo. Hay muchas horas de estudio y de debate en este proyecto de ley. Creo que realmente en lo medular va a ser capaz de dar cuenta de las necesidades sociales y de los valores de una sociedad moderna, democrática y plural que estamos comprometidos en construir la inmensa mayoría de los chilenos.
El debate legislativo, el concurso de ideas, nos obligan a renunciar muchas veces a nuestras pretensiones. Así es en la democracia y no sólo lo aceptamos, sino que estamos profundamente comprometidos con que siga siendo así, porque al menos en esta parte del hemiciclo estamos convencidos de que lo óptimo es la obtención de consensos amplios y que la verdad se construye entre todos, con el concurso de la voluntad de personas que provenimos de distintas corrientes de pensamiento filosófico, ético o religioso.
Votaré afirmativamente las propuestas y modificaciones introducidas por el Senado; no obstante, me reservo mi derecho a disentir en aquellas disposiciones que de verdad creo que socialmente no son útiles y que pueden significar un detrimento de algunos valores republicanos sustantivos, como es la separación entre la Iglesia y el Estado. Me refiero particularmente al artículo 20, pero en general votaré a favor de este proyecto, porque es un gran aporte a la sociedad chilena.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , llevo un año como Presidenta de esta Cámara , lapso en el cual no he intervenido en ningún debate porque me parece que es más propio de dicho cargo dirigir las sesiones, como lo he hecho a conciencia durante un año. Sin embargo, he querido manifestar mi opinión por lo siguiente.
Soy una de las autoras de la moción que partió en 1995, pero su estudio se inició antes, porque fue más de un año de trabajo de diversos diputados y diputadas. No fue un camino fácil ni partió ahí. Habían antecedentes previos. Inés Enríquez fue la primera mujer que llegó al Congreso Nacional y habló del divorcio. La diputada Laura Rodríguez , en su momento, también presentó una moción sobre el tema, que no prosperó. Luego, la diputada Adriana Muñoz y los diputados Sergio Aguiló y Carlos Montes también presentaron una moción que tampoco prosperó. Por eso, fue un hecho histórico el haber logrado, en 1999, debatir un nuevo proyecto sobre matrimonio civil y, en concreto, la posibilidad del divorcio con disolución de vínculo. Quiero recordar los aportes de aquellos diputados que hoy no están, entre ellos, Mariana Aylwin, Ignacio Walker y Eugenio Munizaga ¡Cuánto trabajamos por lograr que fuera posible!
Hago este recuerdo porque sigo creyendo -como en aquel entonces- que esta iniciativa era tan necesaria en ese momento para el país como lo es hoy. Recuerdo que en aquel momento tuvimos una atmósfera muy negativa que, afortunadamente, hoy se advierte en menor grado. Incluso, en 1997, hubo intentos y no faltaron las voces -incluidos los dos días de discusión en esta Cámara- que trataron de presentar al país a un sector divorcistas, que no quería defender a la familia y aquel sector que salió en su defensa.
A mi juicio, se extremaron las opiniones y me pareció muy deshonesto calificar el debate en uno u otro sentido, sobre todo, porque mañana vamos a votar esta iniciativa y puede ocurrir algo similar. Por eso es muy importante tener la capacidad y la tolerancia para entender que hay distintas visiones respecto del tema. Sin ir más lejos, el lunes estaba con la ministra del Servicio Nacional de la Mujer y con más de 350 dirigentas sociales de la comuna de La Pintana -que represento con mucho orgullo en esta Cámara, porque es una comuna discriminada-, lo cual es un honor para mí. Pasadas las 11 de la noche, les dije que debía retirarme, porque al día siguiente debía viajar muy temprano a Valparaíso, ya que la semana iba a ser bastante intensa por cuanto se acordó tratar este proyecto durante tres días a fin de que fuera debatido en profundidad. La reacción de aquellas mujeres fue un aplauso cerrado, lo que para mí fue una sorpresa. Ello, porque son mujeres que sientan en carne propia los problemas que todos los seres humanos tenemos, ya que deben salir adelante con grandes dificultades económicas; muchas de ellas son jefas de hogar porque están separadas de hecho, han sido abandonadas y no tienen ninguna posibilidad de rehacer su vida. Además, por esa sola situación han quedado marginadas de poder postular al subsidio habitacional y lo peor es que en nuestro sistema legislativo no existe ninguna norma que regule esta situación, porque tampoco tienen acceso a crédito. Son mujeres que han vivido en carne propia ese drama. Por lo tanto, no es posible sostener que algunos somos partidarios de la familia y otros no. Ese análisis no lo resiste.
Este proyecto tiene la particularidad de que los autores de la moción siempre lo tuvimos presente, el Senado lo afinó aún más, sobre todo en la regulación del quiebre. Es decir, poner el bien común mayor, que se llama niño, familia disuelta, por encima de todo. ¿Qué quiere decir esto? Los vínculos deben permanecer en el lado afectivo, en la garantía de la relación con los hijos, en lo que significa un patrimonio familiar. Por tanto, es indispensable, particularmente en el caso de las mujeres, establecer la compensación. O sea, asignarle por ley lo que esa mujer ha aportado, ya sea trabajando en su hogar o complementando un ingreso en su hogar. Esto es muy importante, como lo es asegurar la pensión de los hijos.
Estamos en presencia de un proyecto que no sólo intenta regular situaciones de hecho. Los vínculos deben permanecer en el lado afectivo, en la garantía de la relación con los hijos, en lo que significa un patrimonio familiar.
Por lo tanto, es indispensable, particularmente en el caso de las mujeres, establecer la compensación. O sea, asignarle por ley lo que esa mujer ha aportado, ya sea trabajando en su hogar o complementando los ingresos de éste. Esto es tan importante como asegurar la pensión de los hijos.
Estamos en presencia de un proyecto que intenta no sólo regular situaciones de hecho, sino dar una mirada integral hacia la familia.
Señores diputados, mañana las parejas se podrán divorciar no sólo porque va a haber una ley, sino porque no fue posible mantener esa convivencia, ese proyecto, ese amor, esa solidaridad, ese respeto, porque se quebró. Es muy importante que entendamos de una vez que la gente se separa porque fracasó esa relación íntima, tan importante y trascendente.
En 1995, durante el estudio de este proyecto -está en las actas de las sesiones-, tuvimos a la vista un estudio realizado por el Colegio de Psicólogos de Chile en 1992, cuyas cifras no dejaban de sorprenderme. Preocupados por aportar al debate que se iniciaba en ese momento, hicieron un estudio y publicaron datos bien concretos, los cuales sería importante actualizar.
Sin embargo, en el debate del proyecto también he escuchado algunas expresiones que causan dolor, como que los hijos de divorciados son verdaderos delincuentes. Según el estudio realizado por el Colegio de Psicólogos, a la familia la afecta más un hogar mal avenido que una separación. Es muy difícil mantener buenas relaciones donde existe violencia.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Señora Presidente , ¿me permite una interrupción?
Como terminó su tiempo, el Partido Unión Demócrata Independiente le cede los siete minutos que le quedan a su bancada.
Por lo tanto, con la venia de la Mesa, puede hacer uso del tiempo cedido por la UDI.
La señora ALLENDE ( doña Isabel).-
Agradezco a la bancada de la UDI por el tiempo que me han cedido. Me alegro mucho, porque hubiera sido el colmo no poder concluir mi intervención en circunstancias de que ha sido la única vez que he intervenido en el debate de un proyecto, más aún, cuando soy una de las autoras de la moción, por lo que siento un compromiso. Es una clara demostración de tolerancia de la bancada de la UDI, ya que, probablemente, muchos no piensan como yo, sin embargo, han estado dispuestos a entregarme su tiempo para que pueda expresar mi sentir. Creo que habla muy bien de nosotros el tener la capacidad de escucharnos y de dar facilidades para que otros puedan hablar. Es un tema no menor en una sociedad como la nuestra. Así es que les agradezco mucho.
Dicho estudio permitió desmitificar un poco la situación, porque cuando hablamos de estadísticas y de números, las cifras son altas. Recuerdo que en la discusión habida en 1997 se entregó la estadística de los divorcios en Estados Unidos, lo que, por cierto, fue golpeante. Nadie podrá creer que la cantidad de divorciados asciende por sobre el 50 por ciento. También hay estadísticas de España, Italia, Uruguay y de países donde existe el divorcio desde el siglo pasado, pero no se dan a conocer.
Volviendo a la idea central, la gente sólo llega a romper el vínculo matrimonial cuando éste se hace imposible de sostener. Lo importante es dejar protegidos a los hijos, a la familia.
No sé qué ejemplo les puede quedar a esos hijos, pero tengo claro que todos los estudios demuestran que en hogares donde hay maltrato, esos hijos serán futuros maltratador. El hecho de que en los hogares no haya respeto produce el peor daño a la psiquis y a la formación de los niños. Entonces, es importante tener claro que, si existe esa ruptura, no podemos desconocerla y, pensando en los hijos, debemos regularla a fin de garantizarles mejor relación entre los ex cónyuges para que mantengan el vínculo con ellos. Es lo que hemos hecho quienes hemos pasado por esa experiencia, tan dolorosa. Si hay algo a lo que jamás renunciaremos es a nuestros hijos y, por eso, es poco todo lo que hagamos por mejorar la atmófera en que deben vivir. Es una realidad que no se debe desconocer.
No es justo -así se ha dicho- afirmar que los hijos de personas separadas son los peores delincuentes y los más agresivos. Repito que no es así, no es lo que dicen las estadísticas.
Sólo me referiré a un par de cosas más.
Entiendo y me doy cuenta de que pueden existir distintas visiones acerca del tema. Sé que el proyecto podría ser objeto de algunos afinamientos y que deja algunas cosas pendientes. Por ejemplo -aprovecho la presencia en la Sala de la ministra del Sernam -, se habla de que el Servicio de Registro Civil impartirá cursos. Pues bien, espero que sean gratuitos, pues no sería justo que, además de asistir a ellos, la gente tuviera que pagar. Espero que ese punto quede definido oportunamente.
Por otra parte, a través del mecanismo de las urgencias, el Ejecutivo podría apurar en la Comisión de Constitución del Senado la tramitación del proyecto que crea los tribunales de familia, porque no sería sano que estas situaciones culminaran en los juzgados civiles. Considero que se necesitan tribunales competentes, con jueces formados especialmente y asesores técnicos capaces de dirimir todos los temas relacionados con la familia, particularmente si se trata de un quiebre matrimonial. Es decir, estamos hablando de la pensión alimenticia, de la compensación económica, de la regulación de la relación con los hijos, etcétera.
En el proyecto hay una primera afirmación que no me satisface. Si bien en las actas de la Comisión de Estudio de la Nueva Constitución quedó claramente establecido que la comisión era respetuosa del objetivo a que se pretendía llegar, no se hizo una definición concreta de familia por entender que hay diversas definiciones; es un concepto que ha ido evolucionando con el tiempo. Entonces, si esa comisión rechazó hacer una definición específica, ¿por qué el artículo 1° establece que el matrimonio es la base principal de la familia? En mi opinión, de alguna manera, se está discriminando a las personas que no han podido casarse porque hay de por medio una separación de hecho que no han podido regularizar.
No era ni es necesaria tal definición; ojalá no se hubiera incluido, porque desmerece el sentido y el propósito del proyecto. Es muy importante entender que hay muchos tipos de familias a las cuales debemos respetar. Siento mucho respeto por las jefas de hogar que solas defienden a sus hijos y siento mucho respeto por los abuelos que se hacen cargo de sus nietos porque sus hijos, por alguna circunstancia, no han asumido su paternidad o maternidad.
Además, creo que es muy importante el aspecto educativo, pero es un tema de larga discusión. Si algo está fallando, a lo mejor se debe a que deberíamos actuar con más eficiencia. Y no sólo me refiero al Estado, a sus políticas públicas y a las familias, sino que también a las distintas entidades religiosas, porque considero que particularmente aquellas que se encargan de dictar los cursos de preparación para el matrimonio tal vez no están siendo muy eficientes para contrarrestar lo que hoy ocurre en las relaciones de las parejas jóvenes. El tema no es menor y queda como un desafío pendiente, pero es necesario que sean honestas y autocríticas al analizar cómo se están formando a los futuros contrayentes.
Tampoco me gusta lo que establece el inciso segundo del artículo 3°, porque creo que puede confundir al hacer creer que los jueces podrían negarse a otorgar el divorcio si estiman que las circunstancias así lo ameritan.
También mencioné la necesidad de establecer la gratuidad de los cursos de preparación matrimonial. Hay otras disposiciones a las cuales me gustaría referirme, pero no lo haré para no abusar del tiempo.
El artículo 20 ha sido ampliamente discutido. Al respecto, aunque no se señala de manera explícita, vivimos en una sociedad y en un Estado laico, que nos costó muchas dificultades. Ojalá el artículo 20 no hubiera quedado redactado en la forma como está, pero creo sinceramente que no es el más importante. Respeto las opiniones de todas las iglesias que manifestaron su crítica a dicho artículo. Mi bancada se comprometió con las que nos visitaron a no aprobarlo.
Para mí lo más importante es contar con una ley que posibilite la disolución del vínculo matrimonial, que permita regularizar las situaciones de hecho, de manera que las
parejas que han fracasado puedan rehacer su vida, protegiendo de manera efectiva sobre todo a la parte más débil. Digo esto porque no creo que las mujeres de La Pintana hayan estado tan equivocadas la noche del lunes, cuando celebraron el “Día Internacional de la Mujer” de la forma en que lo hicieron.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
Recuerdo a la Sala que en la sesión de mañana corresponde votar las modificaciones del Senado.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 19.23 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.