Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Felipe Salaberry Soto
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV . CUENTA
- ENVÍO DE PROYECTO A COMISIÓN ESPECIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.
- V. ACUERDOS DE COMITÉS
- VI. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Proyecto de acuerdo. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Exequiel Silva Ortiz
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Andres Antonio Egana Respaldiza
- DEBATE
- MEJORAMIENTO ECONÓMICO ESPECIAL PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Maria Eugenia Mella Gajardo
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Sergio Correa De La Cerda
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Rosauro Martinez Labbe
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Kast Rist
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : German Becker Alvear
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- INTERVENCIÓN : Carolina Toha Morales
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Carolina Toha Morales
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Maria Eugenia Mella Gajardo
- Carlos Montes Cisternas
- INDICACIÓN
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Proyecto de acuerdo. (Continuación).
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 350ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 45ª, en jueves 15 de enero de 2004
(Ordinaria, de 10.41 a 14.40 horas)
Presidencia de la señora Allende Bussi, doña Isabel, y del señor Silva Ortiz, don Exequiel,
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ACUERDOS DE COMITÉS
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
- Envío de proyecto a Comisión Especial de Seguridad Ciudadana 9
V. Acuerdos de Comités.
VI. Orden del Día.
- Modificación del Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados. Proyecto de acuerdo. (Continuación) 9
- Mejoramiento económico especial para profesionales de la educación. Primer trámite constitucional 23
VII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual comunica que ha resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto sobre bonos de descontaminación. (boletín N° 3290-12) 59
2. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto que crea la comuna de Hualpencillo, en la Provincia de Concepción (23.353). (boletín N° 1764-06) 59
3. Informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en lo relativo al contrato de promesa de compraventa de determinados bienes raíces y criminaliza conducta constitutiva de estafa en el artículo 470 del Código Penal. (boletín N° 2694-07) 68
4. Certificado de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica. (boletín N° 3446-04) 76
5. Certificado de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica. (boletín N° 3446-04) 90
VIII. Otros Documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
- Del Grupo Interparlamentario Chileno-Checo en la cual precisa que debe entenderse comprendido entre sus integrantes al diputado señor Salaberry.
2 Oficio:
- De la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia por el cual solicita autorización de la Sala para remitir a la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana el proyecto que sanciona con mayor rigor el abigeato y facilita su investigación -boletín N° 3038-07-, dado que es a ése órgano especializado a quien corresponde su conocimiento en atención a la materia que trata.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (89)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca, Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Correa de la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional no estuvieron presentes los diputados señores Eduardo Díaz, Maximiano Errázuriz, Fidel Espinoza, Rodrigo González y Rodolfo Seguel.
-Asistieron, además, el senador señor José Antonio Viera-Gallo, y la ministra de Educación Pública (S), señora María Ariadna Hornkohl.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.41 horas.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El acta de la sesión 39ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 40ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
ENVÍO DE PROYECTO A COMISIÓN ESPECIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para remitir a la Comisión Especial de Seguridad Ciudadana el proyecto que sanciona con mayor rigor el abigeato y facilita su investigación, debido a que es materia propia de su competencia.
Acordado.
Cito a reunión de Comités.
Se suspende la sesión por diez minutos.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
V. ACUERDOS DE COMITÉS
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Se reanuda la sesión.
El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos adoptados por los Comités.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Reunidos los jefes de los Comités parlamentarios, bajo la presidencia de la señora Allende, doña Isabel, adoptaron los siguientes acuerdos en relación con el proyecto de mejoramiento especial a profesionales de la educación:
1. Suspender Incidentes y la hora de los proyectos de acuerdo de la presente sesión.
2. Los diputados informantes dispondrán de un plazo de 15 minutos cada uno para rendir sus respectivos informes.
3. Se otorgarán dos horas de debate, distribuidas proporcionalmente entre los distintos Comités, y
4. La hora de votación del proyecto será entre las 14.30 y las 14.45 horas.
VI. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Proyecto de acuerdo. (Continuación).
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Hago presente a la Sala que se ha invertido el orden de tratamiento de los proyectos que figuran en la Tabla del Orden del Día para que las comisiones terminen de analizar el proyecto, calificado con urgencia de “discusión inmediata”, que otorga un mejoramiento económico especial para profesionales de la educación.
Por lo tanto, corresponde conocer el informe complementario de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento recaído en el proyecto de acuerdo que modifica el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados con el objeto de incorporar los concursos internos de selección y de promoción, y de adecuar otras disposiciones.
Diputado informante de la Comisión de Régimen Interno , Administración y Reglamento es el señor Rodrigo Álvarez.
Antecedentes:
Informe Complementario de la Comisión de Régimen Interno, Boletín N° 3421-16, sesión 41ª, en 8 de enero de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 3.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , en nombre de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, paso a informar sobre el proyecto de acuerdo, iniciado en moción de la diputada señora Isabel Allende y de los diputados señores Exequiel Silva y Carlos Abel Jarpa , cuyo objetivo es incorporar en el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados el procedimiento de concursos internos de selección y de promoción para proveer cargos de planta e introducir algunas adecuaciones en otras disposiciones del mismo cuerpo normativo.
En la primera oportunidad en que discutimos esta iniciativa, la Sala acordó enviarla nuevamente a Comisión, a fin de complementar algunos aspectos, a través de la incorporación de un nuevo capítulo, dedicado a explicar y aportar mayores antecedentes sobre el proceso de modernización impulsado por los Presidentes de la Corporación de los últimos años. Para dicho efecto, se incluye un capítulo que resume adecuadamente dicho proceso.
El proyecto fue analizado por la Sala en sesión la 37ª, celebrada el 18 de diciembre de 2003. Si bien durante la discusión se valoró la iniciativa, se plantearon diversas inquietudes respecto de las razones tenidas en consideración para incorporar en el Estatuto del Personal solamente éstas enmiendas y no otras, básicamente referidas a la dependencia y naturaleza jurídica de algunos cargos, al sistema de evaluación del desempeño y al resguardo de la debida igualdad de oportunidades que corresponde observar en el ingreso a un cargo de planta, en particular, a la no discriminación en razón de edad, sexo o creencia religiosa.
También se argumentó sobre la necesidad de conocer con mayor detalle algunas de las modificaciones sugeridas, sobre todo por tratarse de procedimientos innovadores respecto de lo que ha sido la tradicional provisión de empleos en esta rama del Congreso Nacional. Se buscaba no entorpecer su aprobación, sino, por el contrario, aquilatar cada cambio propuesto en su justa medida y dimensión de acuerdo con lo solicitado y planteado en esta Sala, entre otros, por la diputada señora Adriana Muñoz y los diputados señores Carlos Montes y Enrique Jaramillo . Frente a ello, se decidió hacer una nueva revisión de las materias tratadas en ese informe, enviándolas, como acuerdo, a la Comisión de Régimen Interno, para que ésta estudiara las indicaciones que se habían anunciado y las diferencias sobre las cuales se habían pronunciado algunos diputados.
Lo anterior lleva a una nueva discusión en la Comisión de Régimen Interno, a fin de incluir, como lo hemos señalado, un capítulo completo sobre los avances en materia de modernización establecidos por esta Cámara, como consta en el informe que todos los diputados tienen en su poder.
La Comisión efectuó un nuevo y minucioso análisis de cada una de las inquietudes surgidas en el debate de la Sala, a fin de hacerse cargo de ellas de manera rigurosa.
Como primer antecedente digno de mencionar, resulta evidente que varias de las interrogantes relativas a la naturaleza jurídica y dependencia jerárquica de algunos cargos, quedaban excluidas de ser tratadas en este proyecto, sea por no estar consideradas en las ideas matrices del mismo, sea porque se trata de cuestiones sólo abordables en una modificación legal ajena a la intención de esta iniciativa. Es decir, varias de las materias planteadas por los diputados -se dijo en el debate en la Sala- excedían el alcance de este proyecto, su idea matriz o lo que única y exclusivamente se estaba buscando en esta moción presentada por la diputada señora Allende y los diputados señores Silva y Jarpa .
Lo anterior, sin embargo, no debe entenderse como una negativa a revisar cada una de las cuestiones planteadas durante el debate en la Sala por la diputada señora Adriana Muñoz y por los diputados señores Carlos Montes y Enrique Jaramillo . Muy por el contrario, se debe destacar que existe la voluntad de avanzar en dar un marco adecuado a las estructuras administrativas de la Corporación, para lo cual se están efectuando los estudios que requerirán la colaboración de todos los involucrados.
Otra proposición, relacionada con el destierro de toda discriminación en la realización de los concursos, es una materia que ya se encuentra inserta en el Estatuto del Personal y que en esta propuesta se refuerza con diversos mecanismos y recursos administrativos que podrán ser impetrados por quienes crean que han sido afectados en sus derechos.
Tampoco está ajena la Comisión a considerar modificaciones de otros cuerpos estatutarios, como el Reglamento de Evaluación del Desempeño, para hacerlo más compatible con las nuevas exigencias a las que está sometido el personal de la Corporación, sobre todo en el caso de quienes sirven ciertos cargos en que la responsabilidad y el conocimiento o la falta de los mismos enaltecen o entorpecen los resultados del trabajo de la Corporación o de sus órganos internos. Tal tarea, empero, debe quedar circunscrita a las autoridades competentes para hacer tales cambios, con participación de los propios afectados a través de sus organizaciones, y con la adopción de medidas que no entraben la buena y correcta marcha de los servicios internos ni enturbien la imparcialidad que debe demostrar en todo momento el personal de la Corporación.
Finalmente, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Corporación, la Comisión efectuó un nuevo estudio del contenido del proyecto, con el objeto de perfeccionar algunas de sus disposiciones si existían indicaciones.
A propuesta del diputado Alberto Robles , se aprobó una indicación, relativa al número 15 del artículo único, cuya finalidad es disminuir de cinco a tres años el período exigido en el grado de taquígrafo 1º, para que las personas que señala dicho precepto puedan optar a los cargos de redactor 3º. Se adujo que con la actual exigencia se impedía que la mayor parte de los funcionarios que poseen esa calidad participasen en los concursos de promoción, quedando muy restringido el universo de postulantes, sobre todo en el primer llamado a concurso. Sometida a votación la única indicación que iba dentro de la línea de lo que pretendía el proyecto, fue aprobada unánimemente.
Las demás disposiciones de este proyecto no fueron objeto de modificaciones o enmiendas. Por lo tanto, nos remitimos al informe tratado en la sesión del 18 de diciembre de 2003.
En consecuencia, la Comisión de Régimen Interno, por la unanimidad de los Comités integrantes de la misma, recomienda la aprobación completa de este proyecto de acuerdo que busca mejorar aspectos administrativos de la actividad de nuestra Corporación y de sus funcionarios, y que tiene su origen en una moción de la Presidenta , señora Isabel Allende , y de los diputados señores Exequiel Silva , Primer Vicepresidente , y Carlos Abel Jarpa .
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señora Presidenta , como lo ha señalado el diputado informante , don Rodrigo Álvarez , efectivamente ha habido un debate respecto de esta materia, y los diputados y diputadas que mencionó planteamos exactamente las observaciones a que se ha referido.
En la última reunión de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, celebrada el martes 13 recién pasado y a la cual fui invitada por la Mesa y la Comisión, explicité más en profundidad la intervención que hice en la Sala en la primera ocasión en que se trató el proyecto. Agradezco la gentileza de la Mesa, de la Presidenta de la Cámara , diputada señora Isabel Allende , y del Secretario , señor Carlos Loyola , por haber incorporado en los fundamentos de la iniciativa la descripción del proceso de modernización que se está llevando a cabo en la Corporación.
Eso es muy importante, porque, a raíz de mi intervención anterior, la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento entendió que yo habría hecho afirmaciones que no corresponden a la realidad, en el sentido de que los objetivos estratégicos del proceso de modernización de la gestión interna de la Corporación no habían sido aprobados por ella.
Lamento que situaciones como ésta ocurran respecto de materias tan trascendentes para el desarrollo de esta rama del Poder Legislativo.
En la oportunidad anterior, señalé que la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, en reunión sostenida en diciembre de 2002, había acordado, por unanimidad, definir un plan de desarrollo y de modernización de la gestión interna de la Corporación, como un instrumento fundamental para prestar servicios de excelencia y calidad a los 120 diputados, de manera que sirvamos con excelencia a la ciudadanía, que nos ha elegido.
Desgraciadamente existían dos versiones en Secretaría. Una, que respaldó las apreciaciones de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, elaborada por el Prosecretario , don Adrián Álvarez , que señalaba que los objetivos de desarrollo y modernización propuestos no habían sido aprobados por la Comisión. La otra, oficial, narrada por la Mesa de la época, que establece que los cinco objetivos estratégicos fueron aprobados por la unanimidad de las diputadas y de los diputados que a esa fecha formábamos parte de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento.
Me alegro de que en los considerandos del proyecto ello haya sido incorporado, porque de ese modo queda demostrado que los cambios y transformaciones que estamos haciendo no provienen del aire.
Por lo tanto, solicito incorporar al texto del proyecto una frase que diga que los cinco objetivos estratégicos que se están llevando a cabo en la Corporación son el resultado de un acuerdo unánime adoptado por la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento en 2002.
Vistas así las cosas, cobra sentido hablar de una modificación importante en el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados como una forma de adecuar los cambios en la gestión, en los procedimientos y en la organización interna de la Corporación, con exigencias de calidad, calificación y perfeccionamiento de sus funcionarios. De ese modo se asocia una visión, una meta de modernización y cambios en la gestión de la Corporación con las exigencias a sus funcionarios.
Reitero mi solicitud en orden a incorporar la mención de que las decisiones que tomamos son institucionales y emanan de la voluntad política de las diputadas y los diputados.
En cuanto a la iniciativa, quiero expresar mis dudas respecto de varios aspectos planteados en el proyecto de modificación del Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados.
En primer lugar, la diferencia en los distintos escalafones en relación con establecer una dualidad de modalidades de ascenso y promoción de sus funcionarios.
La propuesta fundamental del proyecto introduce la realización de un concurso interno -cosa que me parece interesante- para la promoción de los funcionarios y para la provisión de los cargos. Sin embargo, permanece una dualidad de sistemas, en la medida en que el ascenso se mantiene sin concurso interno para algunos escalafones.
Entiendo los fundamentos esgrimidos en torno de que en el escalafón de secretarias administrativas no se aplicará la modalidad del concurso de promoción interna, atendida su función y falta de jefatura. Tampoco se aplicará en el escalafón de Secretaría sino sólo respecto del cargo de abogado secretario de Comisiones , ni en el escalafón técnico de la Redacción de Sesiones, salvo para el cargo de redactor 3º.
En esas circunstancias, surge espacio de duda. Quiero saber qué pasa en otros escalafones -en el de Comedores, por ejemplo- si queda vacante el cargo de la letra K) y hay tres funcionarios de planta que podrían tener derecho a ocupar ese puesto: ¿Tendrán que participar en un concurso interno y no habrá promoción por ascenso? Hay escalafones que sí deberán someterse a la modalidad del concurso interno.
Esa es una duda en relación con el fondo de la propuesta. Si hacemos un cambio -que me parece interesante-, y, sobre todo, si lo vinculamos a las modalidades de modernización que aparecen en los considerandos del proyecto, que fueron aprobadas en diciembre de 2002, cabe discutir cuál es el perfil de los funcionarios, por ejemplo, respecto del objetivo fundamental de mejorar el servicio que se nos entrega en materia de generación de conocimientos, de insumos para el trabajo legislativo. Entiendo que eso está radicado en el escalafón de la Secretaría Legislativa, donde hay abogados y funcionarios de excelencia. Si pensamos que un objetivo estratégico para servir mejor a la ciudadanía es que contemos con más conocimientos e insumos, se requiere ordenar las fuentes de información de que disponemos: la Biblioteca, la Oficina de Informaciones, la Secretaría de Comisiones. Entonces, es importante discutir si va a haber concursos internos en la Secretaría de Comisiones, saber qué perfil deben tener los funcionarios que se someterán a concurso para ocupar esos cargos de primer nivel. Me gustaría que se explicitara la razón de estas diferencias entre unos y otros escalafones y la mantención de esta dualidad de sistemas.
Entendía que lo novedoso del proyecto era que se eliminaba el sistema de ascenso y sólo se mantenían los concursos de promoción.
Lo otro: es importante despejar el tema de la comisión de concurso. Ella es muy importante para terminar con resabios -se dice en los considerandos del proyecto- que restan nitidez en la selección, promoción y ascenso de los funcionarios. Por cierto, si estamos cambiando esa modalidad para adecuarnos a los nuevos tiempos y a la modernización que se lleva a cabo en la Corporación, tendríamos que tener una comisión que resguardara la total imparcialidad y objetividad de los concursos.
En la Corporación tenemos un día a día, una cotidianeidad de relación permanente de los funcionarios con las jefaturas, de los funcionarios entre ellos y de los funcionarios con los parlamentarios. Por lo tanto, es muy importante lograr que estos concursos de promoción internos sustituyan con efectividad el sistema de ascenso. He formulado algunas indicaciones, por ejemplo, respecto de los concursos de promoción internos, para que la respectiva comisión que tenga a su cargo la resolución de esta materia no la integren los jefes de escalafones. Ellos ya tienen bastante voz cuando califican a los funcionarios; incluso, hay una disposición reglamentaria que establece que si un funcionario está mal calificado no puede participar en los concursos de promoción y de selección. Me parece bien. Ahí ya está recogida la voz del jefe de escalafón. En suma, a través de esta indicación se propone que en la comisión no participe el jefe de escalafón del funcionario que concursa.
Por otro lado, en la sociedad de la información y en la cultura de la transparencia que estamos tratando de construir, es muy importante contar -también formulé indicación sobre el tema- con instrumentos claros, transparentes, de acceso expedito, para conocer en primer lugar, los bases de los concursos -otro tema que me preocupa- y definir el perfil de funcionarios que se requiere.
Concretamente, ¿qué objetivos se persiguen con los concursos? Ahora, ¿esos concursos se harán con los principios invocados en el proyecto, es decir, imparcialidad y transparencia?
Insisto en la necesidad de saber el perfil de funcionario por seleccionar vía concurso o ascenso y su vinculación o sintonía en relación con los cinco objetivos estratégicos y fundamentales que se definieron en 2003.
Por último, me alegro de que los funcionarios hayan formulado propuestas, pese a que en el informe del Prosecretario se señala que no fueron aprobadas en la Comisión de Régimen Interno, y estén en pleno desarrollo en la Corporación.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Exequiel Silva.
El señor SILVA .-
Señora Presidenta , en mi opinión, la naturaleza del proyecto es muy simple. No persigue otro objetivo que definir tanto el ingreso de los funcionarios como su ascenso y promoción por concurso.
Se ha dicho que habría aparecido del aire, porque se estaría cambiando el Estatuto del Personal sin encuadrarse en la visión general del proceso de modernización. En el informe que cada uno de los señores y de las señoras diputadas tiene en su escritorio se señalan los avances en materia de modernización, control y fiscalización interna; el incremento de las fuentes de conocimiento para legislar, fiscalizar y representar; el fortalecimiento de las funciones de algunos órganos internos, como la contraloría; el perfeccionamiento de la tecnología y la información, el reforzamiento de la relación con ciudadanos, etcétera.
Por otra parte, tal como lo dije en la sesión pasada, estamos conscientes de que debe hacerse una modificación, por ejemplo, a la ley de plantas; pero eso requiere más tiempo.
Ahora, obviamente, se entiende que el perfil del funcionario debe ser acorde con las fuentes de conocimiento, de fiscalización y de legislación; con el fortalecimiento de las funciones de algunos órganos internos -como la contraloría- o con el perfeccionamiento de la tecnología de la información.
Sin perjuicio de algunas indicaciones que tengan que ver con la conformación de la comisión de concursos, el proyecto recoge lo que se ha hecho el resto de la Administración Pública. Por ejemplo, en el proyecto del “nuevo trato” se establecen, en los distintos servicios públicos, los concursos internos para acceder a cargos superiores en cada escalafón, como una manera de incentivar a los funcionarios a capacitarse y a perfeccionarse para ser cada día mejores.
La conformación de la comisión de concursos no amerita mayores reparos. Primero, se establecen requisitos claros en cuanto a la promoción. Por lo tanto, no habrá arbitrariedad. Además, se realizarán pruebas para tal efecto.
La comisión estará integrada por el prosecretario o el subsecretario administrativo, quien la presidirá; el jefe del escalafón respectivo, a quien, tal como señalaba la diputada Adriana Muñoz , le corresponde calificar a los funcionarios de su estamento. Asimismo, sólo podrán postular a los concursos quienes estén bien calificados. Difícilmente alguien podría esgrimir que el jefe le tiene animosidad, porque su buena calificación le permite acceder a los concursos. De lo contrario, no podría hacerlo.
La comisión estará integrada, también, por un funcionario elegido por los integrantes del escalafón en que exista la vacante -o sea, también estará presente la contraparte, por cuanto además del jefe del escalafón habrá un funcionario del mismo- y un representante de la asociación de funcionarios con mayor número de afiliados en el escalafón respectivo.
Por lo tanto, la comisión de concursos está bien conformada y es bastante equilibrada, salvo que consideramos aceptable lo propuesto en una indicación, en relación al derecho a voto del jefe de personal.
Podría accederse a medios externos para que asesoraran a la Cámara de Diputados en la evaluación del personal y en los concursos, pero no corresponde que nos obliguemos a que en cada uno se deba contratar a una empresa externa, lo cual, además, significaría un alto costo. En este sentido, respecto de la indicación presentada, que dice que la Cámara “deberá”, cambiaría tal forma verbal por “podrá”, para que exista la posibilidad de contratar una empresa externa cuando se estime conveniente.
Finalmente, me parece muy importante destacar que en esta materia siempre se da la posibilidad de apelar a la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, que es integrada por los miembros de la Mesa -elegidos por los propios diputados- y por todos los Comités parlamentarios, y tiene la responsabilidad de la administración de la Cámara.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señora Presidenta , al igual que el diputado Silva , uno siempre piensa que estos proyectos serán sencillos; pero van apareciendo problemas de fondo que significan mayor discusión, por ejemplo, cómo modernizar la línea de producción legislativa. Todos tenemos claro que se está legislando de una manera precaria y sin los apoyos requeridos. Muchas veces, cada parlamentario debe estudiar por su cuenta las materias e improvisar, porque carecemos de respaldo.
Se dice que es un problema de recursos; pero, por ejemplo, en el caso de la Biblioteca del Congreso, que, supuestamente, está al servicio del trabajo legislativo, con un presupuesto anual de 4 mil millones de pesos, ¿hasta qué punto responde a las necesidades de la línea de producción legislativa? ¿Nos pone al día de la realidad latinoamericana y mundial en esa materia? ¿Hasta qué punto sólo acumula conocimiento e información y anticipa temas más o menos obvios?
Por ejemplo, una materia como la seguridad ciudadana se debate en todo el mundo, con distintas corrientes, procedimientos y experiencias; pero pareciera que nosotros estuviésemos legislando sin ningún apoyo en ese sentido. Entonces, ¿para qué sirve la Biblioteca del Congreso? Para refrescarnos la memoria y no para otra cosa. ¿Para qué esos 4 mil millones de pesos? Creo que ella es clave en nuestra línea de producción legislativa.
Por otra parte, está el sistema de la secretaría de comisiones. Hay muchos secretarios, abogados y ayudantes. Cada año la Corporación destina bastantes recursos en ese escalafón. Sin embargo, desde hace un tiempo se discute la idea de un rediseño institucional, puesto que el trabajo de estos funcionarios es clave en cada Comisión. No son actuarios de la Comisión ni están en ella sólo para registrar los acuerdos, sino para proporcionar informaciones. En realidad, los parlamentarios no podemos manejar toda la que requerimos. Por eso, necesitamos una línea de producción legislativa que nos facilite un poco el trabajo para legislar con más fundamento. La institución debe tenerla. Otra cosa son las adopciones políticas e ideológicas, materia que cada sector político verá.
Sé que esta materia tiene que ver indirectamente con el proyecto. Sé también que hay personas en la Corporación con muchas capacidades, pero que ya no tienen una edad acorde para desempeñarse adecuadamente en sus puestos de trabajo. ¡Y hay que decirlo! A lo mejor, no cumplen una función apropiada para lo que se requiere. Por esa razón, en los concursos hay que ver si los cargos son considerados para asegurar que las personas que entren no reproducirán el sistema actual y generarán una modalidad nueva en la línea de producción legislativa.
No se trata de torpedear el proyecto, como se dijo en la sesión pasada. Ese es un error. Se trata de aprovechar la discusión de un tema muy específico, porque sé que para quien ejerce la presidencia de la Cámara es muy difícil poner estas materias en tabla, pues en la Corporación no hay suficiente eco para su discusión. Me refiero a las de fondo.
En concreto, la diputada señora Adriana Muñoz ha hecho un gran aporte al generar un debate en torno de la línea de producción legislativa. A lo mejor, ahora no se sacará nada en limpio, pero, por lo menos, se acordará un procedimiento para que, dentro de un plazo breve, tomemos una decisión con respecto a la Biblioteca y al sistema de Secretaría.
También podría mencionarse el sistema de administración. No es lógico que debajo del secretario haya dos o tres cargos que deban evaluarse periódicamente para ver si siguen o no. ¡No! Por lo menos, deben ser de confianza de los miembros de la Comisión de Régimen Interno.
Sé que lo que diré no es muy bueno, pero debo hacerlo: en una oportunidad contratamos a un gerente. ¿Adónde está? En definitiva, nuestra forma de organización llevó a que ese cargo quedara totalmente enredado en la maraña, por decirlo de la manera más elegante.
No quiero echarme más enemigos encima, pero debemos asumir en serio la responsabilidad, en los dos años que nos quedan de este período legislativo, de tratar de hacer los cambios que permitan dar un impulso a la capacidad de legislar.
La diputada señora Adriana Muñoz ha hecho preguntas muy importantes, como, por ejemplo, por qué hay dos sistemas distintos, de promociones, uno para los de más abajo y otro para los de más arriba. Si la función es una sola, ¿por qué deben concursar sólo los abogados de las comisiones y no los secretarios? En fin, sería bueno que esos puntos se aclararan más para tomar mejores decisiones.
Insisto, hay personas interesadas en hacer el debate y ojalá se hiciera en marzo.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez .
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , quiero hacer dos o tres consideraciones generales que no buscan responder necesariamente algunas de las preguntas.
Tal como señalé en la sesión del 18 de diciembre, esta iniciativa fue presentada por tres diputados: la diputada señora Allende y los diputados señores Silva y Jarpa , y tiene un objetivo específico. No es la reforma más completa que pueda hacerse en la Corporación para contar con un mejor nivel de funcionamiento. Su finalidad es limitada, pero absolutamente necesaria. La iniciativa fue conversada con todas las organizaciones y analizada con bastante extensión en la Comisión de Régimen Interno. Al menos, le dedicamos cerca de cuatro o cinco sesiones.
Esa es la perspectiva en que hay que analizar este proyecto, sin perjuicio -como dije en la sesión del 18 de diciembre- de que haya otras materias adicionales que debatir, como la planta del personal -que está en discusión- y la planteada por el diputado Montes en relación con la Biblioteca, respecto de la cual a muchos nos preocupa que sea un real instrumento, no sólo para el país, sino fundamentalmente para el trabajo parlamentario.
Entonces, debemos circunscribir la discusión al mencionado objetivo. Hay una serie de modificaciones que los firmantes de la iniciativa, con el apoyo unánime de los Comités, consideraron necesarias. Pero, insisto, ello no obsta a poder abordar otros asuntos, como los relacionados con la Biblioteca o la planta del personal.
Quiero reiterar, como dijo la diputada Adriana Muñoz , que este proyecto no viene del aire. Es el resultado del esfuerzo de varias presidencias anteriores, apoyadas por los Comités. Durante los años en que, como jefe de bandada, he integrado la Comisión de Régimen Interno, reconozco el esfuerzo del diputado Carlos Montes , como Presidente , en cuanto a evaluar de manera amplia el funcionamiento de la Corporación. Asimismo, el de la diputada Adriana Muñoz , como Presidenta , quien, tomando muchos de los elementos de la evaluación que realizó el diputado Montes , elaboró una serie de propuestas en el sentido, incluso, de evaluar el funcionamiento general de la Comisión, que fue lo que hicimos a finales del año pasado. Si se quiere revisar la historia de este proyecto, es necesario hacer notar esos hechos.
Si no leí el capítulo II del informe, sobre “Avances en materia de modernización”, es porque me pareció más relevante entrar en la discusión de las ideas específicas. Pero sí debe quedar en la historia fidedigna del establecimiento de la ley que la Cámara de Diputados lleva adelante este proceso de modernización desde hace bastante tiempo.
Debemos tomar una decisión en torno de esta materia. Podemos seguir debatiendo este proyecto y, como se pidió en su momento, enviarlo nuevamente a la Comisión de Régimen Interno. Pero a las sesiones anteriores de esa Comisión no concurrieron todos los diputados que aquí manifestaron su interés en participar en el debate. Además, esperábamos la presentación de muchas más indicaciones y, al final, sólo llegó una, de menor entidad, del diputado Robles , importante sólo para cierto escalafón.
Entonces, propongo que la discusión, por ejemplo, sobre el nivel de amplitud del proyecto o respecto de la Biblioteca, la realicemos nuevamente en la Comisión de Régimen Interno, pero con posterioridad a la aprobación de la iniciativa. Podemos citar a una nueva sesión de la Comisión para evaluar esos temas.
Por el objetivo específico y limitado del proyecto, respecto de solucionar situaciones administrativas de la Cámara, es necesaria su aprobación.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Recuerdo a los señores diputados que en la última reunión de la Comisión de Régimen Interno, volvió a quedar en claro que este proyecto es sumamente acotado, con un objetivo muy específico y concreto, y que, de no ser aprobado, postergará, incluso, las posibilidades de algunos ascensos y promociones. Debemos tener reglas claras y transparentes, necesarias para el buen funcionamiento de la Cámara.
Esta discusión de fondo se arrastra desde hace años y ha sido abordada por varios presidentes anteriores, entre ellos, la diputada Adriana Muñoz y el diputado Carlos Montes. Incluso, otros temas, son anteriores. El trabajo realizado constituye una sucesión de preocupaciones que han permitido avanzar en algunas líneas.
Pero quiero recordarle al diputado Montes , quien no es miembro de la Comisión de Régimen Interno -por eso, a lo mejor, no está en su conocimiento-, que dicha instancia acordó, por unanimidad, que el contenido de este proyecto es acotado, específico y concreto, y que, a fin de no mezclar los temas, no complicarnos y no iniciar ahora una discusión sobre aspectos que no considera esta iniciativa, la discusión mayor se llevará a cabo en marzo. Entiendo la importancia de discutir, por ejemplo, sobre el papel, el sentido, el funcionamiento y la eficiencia de la Biblioteca, que antes de todo, debe ser parlamentaria; si lo está haciendo bien o mal, etcétera. Pero no es ése el objetivo de este proyecto. Por lo tanto -repito-, en la Comisión Régimen Interno acordamos, de manera unánime, que, a partir de marzo, cada bancada nombrara a una persona específica para constituir una Comisión que analizará una serie de temas, documentos, evaluaciones, sobre lo que ya existe y lo que se ha planteado, con el objeto de efectuar una propuesta más global. Pero, insisto, éste no es el minuto para discutir sobre la Biblioteca, en un sentido que va más allá de lo que se pretende ahora. Insisto, una vez más, en que este proyecto sólo determina algunas reglas. Todas las otras preocupaciones que, por cierto, compartimos, como falta de apoyo en ciertos temas, lentitud en otros, o ser más eficaces y mejorar nuestro propio sistema legislativo, evidentemente son de mucha trascendencia, pero nunca se pretendió abordarlas en esta iniciativa.
Hago esta aclaración, porque, finalmente, la opinión de los diputados debe enmarcarse dentro del objetivo del proyecto. Naturalmente, existe una serie de otros objetivos muy trascendentes, pero deben analizarse con más calma, porque son más amplios, complejos y abarcan también otros temas -incluso, todo lo que actualmente se hace respecto de la modernización y lo que está en perspectiva- que exceden los alcances del proyecto.
Entonces, ojalá nos concentráramos en lo que unánimemente, en tres ocasiones, propuso la Comisión de Régimen Interno, que ha venido manejando este asunto desde hace tiempo, y respecto del cual no ha habido hasta ahora ninguna otra indicación.
Si los señores diputados están de acuerdo, podríamos pasar al siguiente punto de la tabla. Pero, repito, ojalá pudiéramos restringirnos a lo que he solicitado. Si no hay voluntad en ese sentido, el proyecto volverá a la Comisión de Régimen Interno. La decisión que se tomó en ella fue precisamente acotar la discusión para no desviarnos ni obstaculizar la decisión respecto de una propuesta muy concreta y específica.
Tiene la palabra el diputado Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señora Presidenta , todos entendemos que discutimos un asunto acotado: pero ese asunto se vincula con otros temas, y nuestro debate es justamente para ponerlos en evidencia. Si usted me dice que habrá un procedimiento determinado para seleccionar a los nuevos secretarios si los actuales renuncian, eso está ligado a este tema. A diferencia de lo que usted cree, quiero apoyar lo que está haciendo la Mesa, la presidencia, en el sentido de que hay que solucionar estos problemas inmediatos, puntuales; pero también hay que asumir los otros. Porque no se trata de discutir sobre la Biblioteca en abstracto, sino de establecer cómo, a corto plazo, tenemos una Biblioteca que responda a los objetivos legislativos. Asimismo, debemos acordar cómo rediseñamos la manera en que los secretarios y sus ayudantes trabajen, no en calidad de actuarios para nuestros acuerdos, sino como un factor dinámico en relación con lo que tenemos que hacer, es decir, más proactivamente, para lo cual se requiere modificar la forma de hacerlo. Este tipo de ejemplos también puede hacerse extensivo a lo que dice relación con la labor administrativa, porque va a ayudar a la gestión de la cabeza de la Cámara.
Me parece bien que esta otra discusión se deje para marzo, siempre y cuando pongamos un plazo. Porque si el informe se pondrá en tabla, por ejemplo, en la primera semana de abril, nada más que para discutir el tema, en una sesión secreta o como se quiera, me parece que eso daré la seguridad de que se cuenta con un plazo para elevar el nivel del debate sobre estas materias, que normalmente no se discuten en la Sala, a pesar de que a todos nos causan gran inquietud.
Por lo tanto, señora Presidenta , solicito que la propuesta de la Comisión la acotemos en cuanto a su plazo y procedamos de acuerdo a lo señalado por su señoría.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Diputado Montes , creo que no hay ningún inconveniente en recoger la idea de acotar un plazo a la Comisión. Es razonable que comience a operar a partir de marzo; pero también debemos considerar el hecho de que habrá una nueva Mesa, y no quiero que este tipo de compromisos y responsabilidades excedan al período de la actual Mesa.
No creo haber interpretado mal; simplemente, estamos tratando de ordenarnos en cuanto a que es mejor concretar estos puntos y dejar para después los más vastos.
Estoy de acuerdo con lo planteado por el diputado Montes , en el sentido de acotar el plazo a la Comisión de Régimen Interno, y fijar, por ejemplo, uno de sesenta días para que entregue su propuesta a la Sala. Ello, porque normalmente, como en este caso, son los jefes de Comités quienes concurren a la Comisión de Régimen Interno, no los diputados interesados en el tema. Por eso, después es difícil transmitir a la Sala el espíritu de una reflexión originada en la Comisión.
Por lo tanto, si le parece a la Sala, de acuerdo con la sugerencia del diputado Montes , podríamos establecer un plazo prudente de sesenta días a la Comisión para que presente sus propuestas a la Sala. Eso garantizaría la satisfacción delas inquietudes que han expresado algunos colegas y nos permitiría avanzar en el proyecto.
Tiene la palabra la diputada Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señora Presidenta , desde mi punto de vista, la propuesta del diputado Montes resuelve el problema de departamentos estancos con que se intenta legislar sobre esta materia. No creo que exista ningún proceso humano ni institucional separado uno del otro. Disiento de la afirmación de que esto no dice relación con las materias de mayor profundidad que se han planteado. Doy mi opinión, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, en el sentido de que esto tiene absolutamente que ver con un diseño o estrategia de modernización de la gestión de esta Corporación; es más, considero que está totalmente encadenado a las decisiones de mayor profundidad que podamos tomar. Pero como no hay mayoría para legislar en esta forma, propongo, en primer lugar, aprobar hoy la constitución de la Comisión que tratará aquellos temas de más largo plazo, y, en segundo lugar, que los Comités, dentro de la próxima semana, designen a sus integrantes.
Podría existir el ánimo de aprobar en general el proyecto, pero hay un conjunto de indicaciones que ameritan una discusión en particular.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Exequiel Silva.
El señor SILVA .-
Señora Presidenta , no creo que se esté legislando sobre departamentos estancos, porque los considerandos del proyecto reflejan que ésta es una etapa de modernización. En la Comisión de Régimen Interno señalé que estaría dispuesto a entender ese argumento, haciendo una analogía, fuera a pavimentar una calle en circunstancias de que en seis meses debiera destruirla para construir el alcantarillado. Pero ésa no es la situación. Este concurso es interno. Las decisiones que señala el diputado Montes , que yo comparto, no son incompatibles con lo aquí expuesto.
Por lo tanto, no creo que a esta Sala le corresponda pronunciarse y votar sobre la conformación de una Comisión, porque esa tarea le corresponde a la Comisión de Régimen Interno. La Sala fue convocada para debatir y votar este proyecto. Ayer, la mayoría de los integrantes de la Comisión de Régimen Interno demostraron absoluta buena voluntad para formar esta Comisión y establecer plazos, porque, en definitiva, es un tema cuya importancia todos compartimos.
Reitero: hay dos maneras distintas de hacer lo que persigue el proyecto: una, a través del ascenso, y otra, por la promoción mediante concursos internos. Hubo acuerdo en que las dos primeras categorías de cada escalafón fueran concursadas internamente, lo cual no es un tema nuevo. En efecto, según la ley de Nuevo Trato, en la Administración del Estado sólo algunos cargos entran a concurso interno, y el resto se llena por el sistema de ascensos consagrado en el Estatuto Administrativo. Desde ese punto de vista, no es extraño lo que aquí se ha dispuesto.
Por lo tanto, sugiero que votemos el proyecto. No sé cuántas indicaciones se han presentado. Por lo demás, considero que ellas no son tan sustantivas, pues la gran mayoría apunta a la conformación de las comisiones evaluadoras de concursos. A lo mejor, podemos aprobar el proyecto en esta sesión, tanto en general como en particular.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señora Presidenta , los Comités tienen sus representantes en la Comisión de Régimen Interno. Si la iniciativa ha sido consensuada entre todos los partidos políticos y los funcionarios que han concurrido a la Comisión, lo que menos se puede esperar es confiar en los jefes de Comités que están en dicha Comisión. Lo digo porque me ha tocado formar parte de la Comisión de Régimen Interno.
En consecuencia, en vez de darle tantas vueltas al asunto, a pesar de haber un acuerdo de Comités para votar el proyecto hoy, el ánimo es postergar su votación hasta marzo. Lo único que pido es precisar la fecha exacta, porque los funcionarios llevan catorce años esperando, y van a seguir postergados. Me llama la atención que haya tanta discrepancia en algo respecto de lo cual los funcionarios están absolutamente de acuerdo. En este momento, hay posiciones contrapuestas en su análisis en la Sala. La verdad es que, al parecer, nadie confía en su jefe de Comité , en la Comisión de Régimen Interno ni en la Presidenta . ¿O acaso es más importante con qué presidente se aprueba la modificación estatutaria? A los presidentes les da lo mismo, porque lo que interesa es que los funcionarios tengan estabilidad laboral. Por eso, no tengamos cuestiones de piel en un proyecto en el que todos concordamos.
Por lo tanto, pido formalmente que se fije la fecha de votación del proyecto, a fin de discutirlo en general y conocer las indicaciones.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
La Mesa desea aclarar que en la Comisión de Régimen Interno se aprobó la idea de que el proyecto fuera despachado en el día de hoy. Por lo tanto, teóricamente -este fue un acuerdo unánime en general y en particular-, si en este momento hay seis indicaciones y va pasando el tiempo, por lo menos, obviamente, debemos aprobarlo en general, aunque habíamos acordado discutirlo hoy hasta su total despacho. Ése era el ánimo y el acuerdo unánime de todos los Comités.
Entonces, por lo menos, si hoy no existen condiciones para incorporar y aprobar las indicaciones y este proyecto se aprueba en general, deberá volver a la Comisión para que ésta revise las indicaciones. De todas formas, lo pondré en tabla la próxima semana, porque no podemos seguir postergando su votación. Además, desgraciadamente, hemos sido objeto de ciertas incomprensiones, a fin de que hemos tratado de explicar la situación ocurrida.
Tiene la palabra la diputada Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señora Presidenta , no se trata de que no tengamos confianza en nuestros Comités, porque la tenemos. De alguna manera, el tema tiene que ver con la discusión de fondo que aquí se ha dado.
La reingeniería política, que es urgente analizar en esta Corporación, es una materia que todos tenemos absolutamente clara. A lo largo de la historia de la Cámara, sus presidentes han hecho todos los esfuerzos posibles para avanzar en ese sentido. Por eso importan tanto proyectos de esta naturaleza.
Aunque esta iniciativa no resuelve todo el problema de la reingeniería política que necesitamos, aporta algo nuevo: “incorpora normas en el Estatuto del personal de la Cámara de Diputados a efectos de regular de mejor forma el ingreso por concurso público, a la vez que introduce dos nuevas figuras administrativas: los concursos internos de selección y de promoción”.
Como miembro de la Comisión de Trabajo, puedo señalar que la modernización del Estado y el cambio asociado a los nuevos tiempos que se viven, producen miedo y preocupación entre los funcionarios. Pero al revisar los artículos que podrían provocarlos, debo señalar que ello es infundado, porque existen las instancias necesarias para evitar la generación de hechos inadecuados en los concursos internos de selección y de promoción. Es importante recordar que uno de los fundamentos del proyecto es asegurar la calidad y la eficiencia del personal que se desempeña en la Cámara de Diputados, en especial de aquellos que sirven en cargos de relevancia, tales como jefaturas y subjefaturas, así como brindar al personal las oportunidades de desarrollo y crecimiento personal, con criterios de imparcialidad y ecuanimidad. Como eso hay que tenerlo presente, quise participar en el debate.
Ahora bien, tal como señalaron la diputada Adriana Muñoz y el diputado Carlos Montes , es un tema de fondo que tenemos que enfrentar, analizar y discutir in extenso para avanzar en la reingeniería política que necesitamos como Corporación, así como lo han hecho el Estado y otras instituciones.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Egaña.
El señor EGAÑA .-
Señora Presidenta , siempre es importante perfeccionar al personal. Los concursos deben ser absolutamente transparentes para que los funcionarios se sientan respaldados y, si tienen la capacidad suficiente, tengan la posibilidad de ascender. Eso debe suceder en cualquier institución y más aún en el Congreso Nacional.
Confío en el buen criterio, responsabilidad, tiempo y experiencia de nuestros representantes.
Quiero entregar mi testimonio como parlamentario nuevo. Cuando se habla respecto del apoyo que deben tener los parlamentarios para legislar, lo cierto es que el Congreso Nacional lo otorga a los diputados. Como autocrítica, debemos preguntarnos: ¿cuánto de ese apoyo utilizamos?, ¿cuánto pedimos realmente a la Cámara de Diputados?
Existe mucha información disponible, que podemos obtener por intranet, en el sitio Camdip, donde tenemos a nuestra disposición las leyes, las intervenciones de los diputados en la Sala y detalles de la vida de cada uno de nosotros.
Además, si uno solicita información a las comisiones o a la Biblioteca del Congreso Nacional, la recibe. Por eso, es importante que nos hagamos un examen. Debo confesar que en el corto tiempo que llevo como diputado , toda la información que he pedido se me ha proporcionado. Incluso, he recibido información que no he tenido el tiempo suficiente para procesar; porque tampoco se trata de pedir información para juntar una cantidad enorme de papeles y de carpetas. Me parece bien que permanentemente revisemos nuestra infraestructura y los procedimientos para mejorar la calidad del personal, para que las personas más capacitadas ocupen los cargos más importantes, y contemos con un apoyo humano y tecnológico; pero también debemos preguntarnos si éste lo utilizamos de la mejor forma. En muchos casos, no es así. La solución de este problema no pasa por un buen proyecto, acuerdos o grandes discusiones, sino por el interés de cada uno de los parlamentarios.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Álvarez .
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , en primer lugar y a fin de responder al diputado señor René Manuel García , cabe precisar que los jefes de Comités sentimos un total respaldo de nuestras bancadas. En mi caso, cuento con el apoyo de los 35 diputados de la UDI.
En segundo lugar, propongo despachar el proyecto en general, y estudiar, el próximo martes, en la Comisión de Régimen Interno, las indicaciones propuestas.
Con todo, es necesario tomar el compromiso de despachar el proyecto en su totalidad el próximo miércoles o jueves, según disponga la Mesa. La conformación de una nueva comisión debe ser debatida donde corresponde, es decir, en la Comisión de Régimen Interno.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
La Mesa considera apropiado lo que se acaba de sugerir. La idea es aprobar el proyecto en general y, la próxima semana, una vez estudiadas las indicaciones en la Comisión de Régimen Interno, tratarlo en particular hasta su total despacho.
La constitución de la comisión y los plazos de funcionamiento no son materias que deba resolver la Sala, sino la Comisión de Régimen Interno durante la próxima semana. Una vez constituida, se procederá estudiar la propuesta.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde votar en general el proyecto que modifica el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados con el propósito de incorporar los concursos internos de selección y de promoción y adecuar otras disposiciones.
El señor Secretario va a dar lectura a los pareos.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Se encuentran registrados en la Secretaría de la Corporación los siguientes pareos: de las honorables diputadas señoras Rosa González e Isabel Allende; don Rodolfo Seguel con don Darío Paya; don Leopoldo Sánchez con don Pablo Galilea; don Carlos Hidalgo con don Patricio Cornejo; don Eugenio Tuma con don René Manuel García; don Pablo Lorenzini con don José Antonio Galilea, y la señora Eliana Caraball con don Osvaldo Palma.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Recuerdo a los señores diputados que el proyecto se vota en general y vuelve a la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento para un nuevo estudio. Existe el compromiso de que se discutirá hasta su total despacho la próxima semana.
En votación en general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 75 votos; por la negativa, cero votos. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
MEJORAMIENTO ECONÓMICO ESPECIAL PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN. Primer trámite constitucional.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica.
Diputados informantes de las Comisiones de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, y de Hacienda, son la diputada señora María Eugenia Mella y el diputado señor José Miguel Ortiz, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 3446-04, sesión 42ª, en 13 de enero de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 2.
-Certificados de las Comisiones de Educación y de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nºs 4 y 5, respectivamente.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación.
La señora MELLA (doña María Eugenia) .
- Señora Presidenta , en nombre de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, paso a informar, en primer trámite constitucional, sobre el proyecto, iniciado en mensaje, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales que indica.
La iniciativa ha calificado con urgencia de “discusión inmediata”, y, para su aprobación por la Comisión, se contó con la colaboración de la ministra de Educación subrogante, señora María Ariadna Hornkohl , y de asesores del Ministerio de Educación y de la Dirección de Presupuestos.
A pesar del poco tiempo de que dispusimos, escuchamos al presidente del Colegio de Profesores , señor Jorge Pavez ; a la asesora de la misma agrupación, señora Jenny Assael; a los señores Walter Oliva y Rodrigo Bosch , presidente y tesorero, respectivamente, de la Corporación Nacional de Colegios Particulares, Conacep , y a los señores Carlos Beas y Rodrigo Díaz , secretario y abogado, respectivamente, de la Federación de Instituciones de Educación Particular, Fide.
El mensaje destaca que el proyecto se enmarca en la necesidad de seguir desarrollando iniciativas para mejorar la calidad de la educación y el reconocimiento del rol fundamental de los docentes que se desempeñan en la enseñanza en aula. De allí que resulta indispensable asegurarles las mejores condiciones de trabajo y de profesionalización, espíritu que queda plasmado claramente en el mensaje. Agrega que es parte del desarrollo de una política coherente al respecto, implementada a partir del proceso de reforma educacional en marcha. Destaca la preocupación especial por el fortalecimiento de los docentes que laboran en establecimientos subvencionados por el Estado, en los que se educa a más del 90 por ciento de los niños, niñas y jóvenes, entre ellos, los pertenecientes a las familias de más bajos ingresos y alta vulnerabilidad social.
Se subraya el aporte que, respecto de los logros alcanzados, han hecho las organizaciones gremiales, como el Colegio de Profesores de Chile, e importantes sectores de sostenedores de la educación municipal y particular subvencionada.
La Comisión aprobó el proyecto en general por mayoría de votos.
En relación con el análisis en particular, la iniciativa incluye un incremento escalonado de la remuneración básica mínima nacional, en un compromiso a tres años, a partir del 1° de febrero de 2004, con un 3 por ciento de incremento total, incluido como fijo el incremento de 2,7 por ciento del sector público y 0,3 por ciento como variable; el 2005, con un 5,5 por ciento total, con un 1,5 por ciento como variable, y el 2006, con un 6,5 por ciento total, con un 2 por ciento de variable.
Dichos incrementos, contenidos en los artículos 4º y 5º, y que fueron aprobados por la Comisión, no se absorberán por planilla suplementaria, para evitar que dejen de recibir el total del reajuste aquellos que tienen remuneraciones superiores a las que establece la ley.
Los artículos 1°, 2° y 3°, que fueron aprobados por mayoría de votos, tienen por objeto solucionar la dificultad planteada hasta el momento para aquellos a quienes se les pagaba a través de planilla suplementaria.
Además, se considera un aumento de la denominada subvención especial, que, desde el 1° de febrero de 2004, según una tabla que estará expresada en unidades de subvención escolar, se fijará por decreto del Ministerio de Educación, el cual deberá incluir la firma del ministro de Hacienda . Esta disposición está contenida en los artículos 6° y 7° aprobados por la Comisión.
Dicha subvención sólo podrá estar destinada a financiar el incremento de remuneraciones que dispone esta iniciativa, lo cual se establece en los artículos 8º y 9º aprobados por la Comisión.
El artículo 10 fija el valor mínimo de horas cronológicas e incrementa el valor-hora. Fue aprobado por la Comisión.
El artículo 11, también aprobado por la Comisión, dispone que el financiamiento se entregará a los sostenedores en razón de un aporte por alumno, sólo utilizable para este incremento del valor-hora.
El artículo 12 determina, en primer lugar, el aumento de los concursos, con la publicidad adecuada, incluso, en diarios de circulación nacional.
En segundo lugar, prorroga los contratos, por los meses de enero y febrero, a aquellos profesores que pertenecen a los establecimientos municipalizados o pertenecientes a corporaciones municipales y que no contaban con dichos contratos. Es decir, se hace extensivo lo que tenían los particulares subvencionados, siempre que a diciembre del año correspondiente haya prestado servicios continuos por más de seis meses para el mismo sostenedor.
En tercer lugar, se fija una asignación de responsabilidad directiva y de responsabilidad técnico-pedagógica. Los porcentajes máximos por entregar son: 25 por ciento a los directores que cumplan los requisitos, 20 por ciento a otros directivos y 15 por ciento al personal de apoyo de las unidades técnico-pedagógicas.
La letra d) del mismo artículo establece un marco general para un sistema de evaluación formativa de los profesionales de educación que se desempeñen en funciones de docencia de aula.
Es importante destacar que en este artículo fueron aprobados los incisos primero, cuarto y quinto, que establecen dicho marco general. Sin embargo, se rechazaron los incisos segundo, tercero y sexto, en consideración a que el desarrollo del sistema debe estar incluido en otro proyecto.
Hago el alcance correspondiente, porque se encuentra en análisis en la Comisión de Educación el proyecto de evaluación docente, que fijará todos los pormenores referidos a este tema, que aquí se considera en términos generales.
El artículo 13 planteaba la retención de 3 por ciento de la subvención mensual a los departamentos de administración municipal y corporaciones municipales, cuando, en el mes anterior, hubieren excedido el porcentaje de horas contratadas.
Con este artículo se pretendía reforzar la obligación de mantener la relación 80/20, es decir, 80 por ciento de profesionales de planta y 20 por ciento, como máximo, a contrata.
Esta norma fue rechazada en la Comisión de Educación por mayoría de votos.
El artículo 14 (actual 8º) modifica la bonificación para el sector rural, y la remuneración de los profesores aumentará proporcionalmente, con lo cual corrige una situación que alteraba el espíritu de la norma que la otorgó.
Ahora la bonificación será inherente al cargo y no a la persona, como sucede en la actualidad, causando todas las dificultades del caso.
Este artículo también fue aprobado por mayoría de votos.
Los artículos 15, 16, 17, 18 y 19, incluidos en el proyecto presentado por el Ejecutivo , conforman un conjunto de incentivos variables para los profesionales de la educación, y su forma de financiamiento. Entre ellos, las asignaciones de desempeño individual para docentes de aula evaluados como destacados o competentes, y que hayan aprobado una prueba de conocimientos disciplinarios y pedagógicos.
La recepción de esta asignación tendrá una duración de cuatro años, haciéndola coincidente con la evaluación. Los recursos respectivos se transferirán a través del Ministerio de Educación, porque será de cargo fiscal, o sea, no se entregarán a través de algún tipo de subvención.
Se establece la asignación de desempeño colectivo, se incrementa el bono de excelencia de la ley Nº 19.410 y se aumenta la proporción de establecimientos que pueden percibirlo a nivel regional. Es decir, habrá mayor cantidad de fondos que recibirán los establecimientos regionales. Esto es un premio a la excelencia del establecimiento, y lo recibirán todos sus profesores.
También se consagra una nueva asignación para los equipos directivos, en función del grado de cumplimiento de metas anuales convenidas entre los sostenedores municipales o particulares subvencionados y los equipos directivos de los establecimientos, con la condición de que sean difundidos en forma adecuada para el conocimiento de toda la comunidad escolar.
El artículo 1º transitorio establece un bono docente por un monto de 50 mil pesos para quienes perciben una remuneración bruta igual o inferior a 500 mil pesos mensuales, y de 25 mil pesos para quienes tengan una renta superior a dicha cantidad.
Este bono será pagado en el mes subsiguiente al de publicación de la ley en tramitación y beneficiará a todos los profesionales de la educación que estén en servicio al 31 de diciembre de 2003.
El artículo 2º transitorio establece una bonificación sólo para los docentes de aula, que se pagará en enero de 2006, por un monto de 50 mil pesos y de 25 mil pesos, en las mismas condiciones que se señalan en el artículo 1º transitorio
Aquellos docentes de aula que desempeñen funciones para más de un empleador, sólo tendrán derecho a percibir este bono en el establecimiento donde tengan designación o contrato por más horas de clases.
El artículo 3º transitorio establecía un concurso interno para los profesionales a contrata de los establecimientos que, al 31 de marzo de 2004, tuvieran más del veinte por ciento de sus profesionales en dicha condición. Este concurso debía estar definido, a más tardar, el 30 de abril de 2004, y podrían participar en él quienes tuvieran tres años continuos de trabajo o cuatro discontinuos a contrata en un mismo establecimiento o para un mismo sostenedor.
Este artículo fue rechazado en la Comisión.
El artículo 4º transitorio original (actual 3º transitorio) permite dar calidad de titularidad al incremento de horas para los contratados por el sistema de jornada escolar completa en planes de formación general, formación diferenciada o que hayan ocupado las horas de libre disposición en los planes de formación general o diferenciada y, a su vez, sean titulares de veinte o más horas cronológicas en un establecimiento educacional. Al producirse el incremento de horas, llegan a treinta o más.
Para estos efectos, se considerará la titularidad en las horas incrementadas.
Este artículo fue aprobado en la Comisión.
El artículo 5º transitorio (actual 4º transitorio) fija los valores de subvención incrementada para los efectos de financiar las asignaciones que incluye el proyecto y la entrada en vigencia de diferentes normas que apuntan a fijar los momentos en que se transferirán estos recursos.
Este artículo fue aprobado en la Comisión.
El artículo 6º transitorio (actual 5º transitorio) establece una bonificación por retiro voluntario para los profesionales de la educación que, a la fecha de publicación de la ley, tengan 65 o más años de edad, si son hombres, y 60 o más años de edad, si son mujeres, y comuniquen su decisión de renunciar voluntariamente en los doce meses siguientes a la fecha de publicación del reglamento de este artículo.
Los beneficiarios tendrán derecho a percibir el equivalente a un mes de remuneración por año de servicios, con un tope de once meses.
La renuncia voluntaria deberá hacerse efectiva, a más tardar, en los sesenta días siguientes al de la notificación realizada por su empleador, y no puede pasar de enero de 2006, porque se otorga sólo por única vez y por dicho período de tiempo.
Por último, el artículo 7º transitorio (actual 6º transitorio) establece que los municipios que no cuenten con los recursos suficientes, podrán solicitar anticipos de subvenciones estatales por escolaridad, de acuerdo con el artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, de Educación.
El pago de este adelanto debe iniciarse al mes siguiente de ser percibido, en cuotas iguales y sucesivas que se descontarán de la subvención correspondiente. Dichos descuentos mensuales no podrán sobrepasar, para un mismo municipio, el 3 por ciento de la subvención.
Además, se dispone que la devolución no deberá hacerse en menos de 24 meses ni en más de 36 meses, con la salvedad de que los municipios pueden solicitar -tienen esa facultad- expresamente al ministro de Educación hacer esta devolución, sobre la base de sus capacidades económicas, en menos del tiempo establecido en la ley.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda , señor José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ .-
Señora Presidenta , nuevamente estamos en presencia de un proyecto que se encuadra en un amplio consenso nacional, sobre la necesidad de seguir desarrollando iniciativas que mejoren la calidad de la educación y una política de fortalecimiento de la profesión docente, lo que conforma uno de los pilares centrales de la reforma educativa en marcha, caracterizada por la permanente búsqueda de acuerdos con el gremio docente, y que, en esta ocasión, se ha materializado en el reciente protocolo de acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores, que regirá por los próximos tres años, suscrito el 9 de diciembre de 2003 y ratificado por la directiva nacional del Colegio de Profesores, por la consulta a los docentes efectuada el 18 de diciembre pasado, oportunidad en que el 81,62 por ciento de ellos aprobó dicho acuerdo.
En nombre de la Comisión de Hacienda, debo informar que hoy hemos funcionado desde las 9.30 de la mañana para analizar los 19 artículos permanentes y 7 transitorios.
Para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, de las normas permanentes, 16 fueron ratificadas en forma unánime, y de las transitorias, 6 fueron aprobados en la Comisión de Hacienda por unanimidad. En el resto de los artículos hubo una abstención.
El proyecto establece beneficios remuneracionales para todos los profesores municipales y de colegios particulares subvencionados, regidos por el decreto ley Nº 3.166, entre ellos alrededor de 73 establecimientos técnicos profesionales administrados por corporaciones de origen empresarial, por un monto general de 3 por ciento, para el 2004; 5,5 por ciento, para el 2005, y un 6,5 por ciento para el 2006. O sea, se beneficiará a 135 mil colegas profesores del sistema educacional.
Estos incrementos se explican tanto por el mejoramiento de remuneraciones comunes a todos los profesores, expresadas a través de incrementos de la remuneración básica mínima nacional, creada en la ley Nº 19.070, Estatuto Docente, y de la bonificación proporcional que tienen derecho a percibir, así como a través del fortalecimiento de un cuerpo de asignaciones vinculadas al desempeño profesional de los docentes.
Asimismo, la iniciativa amplía los montos y la cobertura de la actual bonificación de excelencia, que desde 1996 perciben los equipos docentes de las escuelas de mejor desempeño, conforme a las mediciones objetivas del sistema nacional de desempeño de los establecimientos de educación subvencionada.
Se crean dos nuevas asignaciones vinculadas al desempeño de los docentes y también de los equipos directivos. Para los docentes municipales, se crea la asignación variable de desempeño individual, que se otorgará a quienes hayan obtenido los niveles de desempeño de “destacado” y “competente” en la evaluación docente en aplicación y que tengan éxito en una prueba escrita adicional, que apruebe sus conocimientos disciplinarios y pedagógicos. Percibirán una asignación de 25 por ciento de la remuneración básica mínima nacional los docentes destacados y 15 por ciento los docentes que ratifiquen su evaluación de competentes por el lapso de los siguientes cuatro años. Esta asignación puede ser posteriormente renovada, siguiendo los mismos procedimientos contemplados en este cuerpo legal.
Para los equipos directivos de los colegios subvencionados con más de 250 alumnos matriculados, se crea un incentivo colectivo vinculado a la gestión. Para estos efectos, los docentes directivos de cada establecimiento educacional constituirán un equipo de trabajo. Ese beneficio se concederá anualmente en relación con el grado de cumplimiento de las metas anuales fijadas para el equipo de trabajo de cada establecimiento educacional, a través de un convenio de desempeño colectivo, suscrito anualmente entre los respectivos sostenedores y dicho personal docente directivo, durante el primer trimestre de cada año.
El cumplimiento del convenio de desempeño colectivo dará derecho a los profesionales mencionados a percibir un 15 por ciento de la remuneración básica mínima nacional.
Como diputado informante , mi rol es dar a conocer, en forma muy sucinta, lo que pasó en la Comisión de Hacienda. Al respecto, quiero recordar que los diputados señores Tuma , Escalona , Jaramillo , Saffirio , Von Mühlenbrock y Villouta plantearon una inquietud, en el sentido de que, en la práctica, las escuelas rurales con 250 alumnos eran muy pocas. El planteamiento fue recogido por la ministra subrogante, quien quedó de estudiar el tema para ver en qué forma no discriminar a esas escuelas unidocentes o bidocentes.
Conjuntamente con estos beneficios, la iniciativa da cumplimiento total a cada uno de los puntos establecidos en el protocolo de acuerdo firmado por el Colegio de Profesores.
Como soy diputado informante de la Comisión de Hacienda , tengo que dar las cifras de lo que el proyecto significa para el erario nacional. Este conjunto de beneficios, tanto de remuneraciones generales como de incentivos económicos por buen desempeño, significará una inversión pública en régimen, al año 2006, de más de 137 mil millones de pesos.
En los hechos, el Ejecutivo sigue demostrando su preocupación por este sector, la que se viene expresando desde que asumió el primer gobierno de la Concertación, con don Patricio Aylwin ; no en vano, en ese período se presentó el primer proyecto que benefició al magisterio, que se concretó a través de la publicación de la ley Nº 19.070, que aprobó el Estatotu Docente.
A esta Cámara ingresó, posteriormente, un proyecto, patrocinado por los diputados Carlos Montes , Camilo Escalona , Enrique Jaramillo, José Miguel Ortiz , Eduardo Saffirio , María Eugenia Mella y otros colegas, cuya finalidad es hacer justicia a los cientos o miles de profesores a contrata que, después de tres años continuados o cuatro años discontinuados, veían cómo, cada 31 de diciembre, la espada de Damocles pendía sobre sus cabezas, porque se les podía caducar el contrato.
Al final, se llegó al acuerdo de que el tema fuera parte de los acuerdos adoptados entre el Colegio de Profesores y el Gobierno. De esta manera, en el articulado del proyecto está absolutamente claro que los 341 municipios del país tienen la obligación de contar con un 80 por ciento de profesores de planta y no más de un 20 por ciento a contrata, y que se deben hacer los respectivos llamados a concurso para los colegas que se encuentren en la condición antes mencionada, es decir, prestando servicios a contratar por tres años continuos o cuatro años discontinuos. De esta manera, en el próximo año deberá regularizarse definitivamente la situación de los profesores a contrata. Destaco el punto, porque muchos de los colegas que nombré han estado vinculados a este tema.
Respecto de los beneficios concretos, en primer lugar, el artículo 1º del proyecto incrementa la bonificación proporcional vigente, establecida en el artículo 8º de la ley Nº 19.410, modificada por el artículo 1º de la ley Nº 19.715, para los profesionales de la educación que trabajan en los establecimientos educacionales particulares subvencionados.
El artículo 8º incrementa, a contar de febrero de 2004, el valor de la subvención mínima de los establecimientos educacionales rurales establecido por el artículo 7º de la ley Nº 19.715.
El artículo 10 incrementa, para los años 2004, 2005, 2006 y siguientes, el valor mínimo de la hora cronológica para los profesionales de la educación.
En la letra c) del artículo 12, se incrementa el porcentaje de las asignaciones de responsabilidad directiva y de responsabilidad técnico-pedagógica establecidas en el inciso primero del artículo 51 del DFL Nº 1, de Educación, de 1996, y en el estatuto de profesionales de la educación.
En el artículo 11 se establece qué beneficios de los dispuestos en el proyecto de ley se extenderán también a quienes trabajan en los establecimientos regidos por el DFL Nº 3.166, de 1980, de Educación. Para dicho efecto, se autoriza al fisco para incrementar los aportes que, por convenio, corresponden a las instituciones administradoras de dichos establecimientos a fin de contribuir a financiar los mencionados beneficios.
Con el objeto de cumplir lo señalado, en el artículo 6º se aumentan los factores de todas las subvenciones, lo que significará un incremento estimado del gasto fiscal de 2 mil 143 millones de pesos, el 2004; 44 mil 348 millones de pesos, el 2005, y 50 mil 864 millones de pesos, el 2006.
Además de ello, está el tema de la asignación variable por desempeño individual para los docentes de aula del sector municipal. El Ministerio de Educación traspasará los recursos necesarios a las municipalidades. Esto significará un gasto fiscal, en 2004, de 2.546 millones de pesos, y en 2006, de 6 mil 153 millones.
El artículo 18 (17 en el proyecto aprobado por la Comisión técnica) crea un incentivo colectivo para los docentes directivos de los establecimientos educacionales subvencionados de más de 250 alumnos matriculados.
El artículo 1º transitorio establece un bono de 50 mil pesos para aquellos profesionales de la educación que tengan, a diciembre de 2003, una remuneración bruta de hasta 500 mil pesos, y de 25 mil pesos para quienes tengan una remuneración superior a dicho monto. Esto beneficiará a todos los profesionales que forman parte del sistema educacional chileno. Representa, para el 2004, un gasto fiscal de 5 mil 100 millones de pesos.
El artículo 2º transitorio establece un bono para los docentes de aula en el año 2006 de similares montos y características explicadas en el punto anterior. Ello representará un mayor gasto fiscal estimado en 4.590 millones de pesos.
El artículo 10 transitorio (5º transitorio en el proyecto de la comisión técnica), uno de los más importantes, especialmente para alrededor de los 3 mil 500 docentes que tienen todos los requisitos para impetrar el beneficio de la jubilación. En dicha norma se establece una bonificación de 11 meses extraordinarios a quienes soliciten impetrar dicho beneficio que, entre paréntesis, es voluntario. Actualmente el proyecto establece la posibilidad de que hagan uso de este derecho hasta mil docentes. La Comisión de Hacienda aprobó la indicación que autoriza a los municipios que tienen recursos propios para llegar, en este caso, a un acuerdo con sus docentes y que puedan retirarse después de toda una vida entregada a la educación.
En nombre de la casi unanimidad de los miembros de la Comisión de Hacienda, quiero expresar que ésta es una gran iniciativa; es un reconocimiento que se le da, una vez más, a nuestros colegas profesores, camino correcto para mejorar la calidad de la educación.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Correa.
El señor CORREA .-
Señora Presidenta , el proyecto es de real importancia por el proceso que está viviendo nuestro país, de salir poco a poco del subdesarrollo; por los temas contenidos en la propuesta que hoy conocemos; por el futuro que podría significar para los profesores y para los educandos el reajuste que estaríamos aprobando y, en definitiva, para mejorar la calidad de la educación.
A mi juicio, el proyecto ha sido tratado en forma inadecuada, pues recién ingresó a la Cámara de Diputados el martes en la tarde, con urgencia calificada de “suma”. La Comisión inició su análisis recién ese día, continuó todo el día de ayer, y tengo entendido que todavía se está analizando en la Comisión de Hacienda. Creemos que no es un tratamiento adecuado para un proyecto de estas características e importancia. Sólo estaba contemplado escuchar al Colegio de Profesores, lo que se hizo el martes. Con gran esfuerzo logramos que concurrieran a la Comisión, en forma urgente, las personas vinculadas con la Corporación Nacional de Colegios Particulares y con el Fide, quienes fueron escuchadas sólo durante diez minutos. Hasta el momento, no se ha escuchado a los representantes de la Asociación Nacional de Municipalidades, pese a que los municipios y sus corporaciones deberán asumir la administración y el costo del proyecto.
Generalmente se nos critica de que legislamos mal; incluso, muchas veces de no conocer el texto de los proyectos. El problema es que estamos tratando en muy breve tiempo, proyectos de mucha importancia, como éste, que se puede comparar con el Estatuto Docente o con el proyecto sobre acreditación de la calidad de la educación, que analizamos durante casi cuatro meses. El Gobierno nos fuerza a tramitar este proyecto en un par de días, porque llegó a un acuerdo con el Colegio de Profesores en orden a otorgar el reajuste consignado en la iniciativa a contar del próximo 1º de febrero. Creemos que es una medida de justicia que los profesores reciban un mayor sueldo a la brevedad posible. No obstante, el trámite que se le está dando al proyecto no se compadece con su importancia, porque el acuerdo con el Colegio de Profesores fue realizado a principios de diciembre, y, en consecuencia, perfectamente bien podríamos haber destinado todo diciembre al análisis de esta iniciativa, lo cual nos habría permitido tratarla con más dedicación y detención.
En cuanto a su contenido, sin duda el aumento de remuneraciones generales para los docentes, tanto de colegios municipales como de particulares subvencionados, el compromiso adoptado por tres años, la entrega de bonos pactada entre 2004 y 2006, y -lo más importante- la vinculación entre el mejoramiento de la remuneración y el desempeño docente, son avances positivos. El hecho de vincular la remuneración con la evaluación de los profesores, y que esto previamente haya sido aceptado por el Colegio de Profesores, también es un avance en el sentido correcto, pues redunda en una mejor calidad de la educación.
Sin embargo, en ninguna parte del proyecto se considera, para efectos del mejoramiento de la remuneración, el resultado de la educación, por ejemplo, desde el punto de vista de la prueba Simce . Creo que ello también debiera considerarse para los efectos de ligar el aumento de la remuneración con la evaluación del docente. Deberían medirse los resultados de la educación en quienes constituyen la preocupación de todos, como son los educandos.
En segundo lugar, el proyecto habla sobre los incentivos colectivos vinculados a la calidad de los equipos docentes. Creo que es un paso positivo premiar el trabajo de los profesionales por una gestión de calidad. Ello hace que cobre mayor fuerza y que tenga una importancia estratégica el rol del director y de los técnicos pedagógicos desde el punto de vista de los resultados generales.
Con respecto al tercer punto, en cuanto al llamado a concurso, se faculta al Ministerio para retener parte de la subvención de los sostenedores que tengan más de un 20 por ciento de profesores a contrata. Sin duda, es discriminatorio que haya profesores de planta y profesores a contrata de plazo fijo. Es injusto que los profesores a contrata estén todos los años sujetos a que se les renueve el contrato, lo que es angustiante para ellos. Es normal que se me acerquen profesores a decirme que, realmente, no saben si les van a renovar su contrato para el año siguiente. Me han dicho que eso, incluso, les dificulta contratar créditos para financiar la educación de sus hijos. Pero, por otra parte, dada la rigidez del Estatuto Docente, la única forma de los sostenedores para defenderse de una baja en sus ingresos o en las matriculas es tener profesores a contrata. Por ello, es imprescindible abordar de una vez la modificación del Estatuto Docente para flexibilizarlo y solucionar estos problemas, de frecuente ocurrencia.
Respecto del cuarto punto, relacionado con la bonificación para los profesores de las escuelas rurales, creemos que es una norma que de alguna manera fomenta la educación rural. Es una norma correctiva de la disposición que otorgaba una bonificación especial a los profesores encargados de escuelas rurales unidocentes o bidocentes, a fin de asegurar que la reciban todos los que desempeñan esa función.
El proyecto también establece un aumento de la subvención para los establecimientos rurales, de 4,95 unidades de subvención de educación, U.S.E., para los establecimientos que tienen doble jornada, y de 6,13 U.S.E. para los que están con jornada escolar completa. En los sectores rurales hay muchas escuelas uni, bi y tridocentes, que no se financian, pero ello no es motivo suficiente para que sean cerradas. En una comuna de la provincia que represento han cerrado tres escuelas, porque no se financian. Ello es negativo, porque más allá de la educación que entregan, cumplen otra función, ya que es el lugar donde los alumnos y toda la comunidad pueden reunirse y realizar diversas actividades. Por ello, es una buena medida aumentar la U.S.E. para los sectores rurales y otorgar una bonificación a sus profesores.
Un quinto punto tiene que ver con la bonificación por retiro, equivalente a once meses de remuneraciones para los profesores en edad de jubilar, lo que constituye un incentivo para docentes que llevan muchos años trabajando. Lógicamente, el nivel de desgaste que tiene un profesor es mayor al que puede tener otro profesional, y por ello necesita descansar. Sin embargo, muchos no jubilan porque les significa un desmedro bastante importante de sus ingresos, ya que las pensiones a que pueden aspirar son de muy escaso monto.
En consecuencia, es una buena medida que puedan recibir una bonificación como la mencionada, proporcional a los años trabajados, una vez que se acojan a retiro. Ello, de paso, permitirá dar tiraje a la chimenea para que nuevas generaciones de profesionales se incorporen a la educación.
Para concluir, creo que como el proyecto es de gran relevancia, no debe tramitarse con la urgencia dada por el Ejecutivo. A nuestro juicio, ello demuestra una ligereza que acentuará la mala evaluación, por parte de la ciudadanía, respecto de quienes nos dedicamos a legislar.
Aprobaremos el proyecto en general; pero, en particular, algunas cuestiones tendrán nuestra aprobación, y respecto de otras, nos abstendremos.
En general, creemos que es un buen proyecto porque introduce incentivos a la calidad de la educación.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
Señora Presidenta , en primer lugar, es muy importante constatar el acuerdo al que han llegado el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores, no sólo en términos de remuneraciones, sino también en muchos aspectos relacionados con el mejoramiento de la educación. Esto habla muy bien de la capacidad de diálogo que se da en democracia, entre los representantes del Colegio de Profesores -que no sólo se han centrado en reivindicaciones económicas, sino que también han participado activamente en el mejoramiento de la educación y en la reforma de ésta- y las autoridades del Ministerio de Educación -porque durante el transcurso de un año han mantenido este diálogo, que ha terminado en el proyecto que hoy analizamos-.
Aprovecho la oportunidad para felicitar a la subsecretaria, hoy ministra subrogante, porque trabajó directamente en el acuerdo, lo cual habla bien de nuestra democracia y de la posibilidad de dialogar constructivamente, evitando los elementos confrontacionales.
Como señalé, el proyecto es tremendamente importante, no sólo en el aspecto económico, por haber logrado el 15 por ciento de reajuste en tres años y dos bonos proporcionales al monto de los sueldos, sino también porque recoge los anhelos de profesores que tienen la intención de acogerse a retiro. En este sentido, el acuerdo considera un plan de retiro que significará un alivio para muchos docentes que no han podido hacerlo porque las condiciones para jubilar no han sido las más convenientes. Al respecto, un número cercano a los mil profesores -mayores de sesenta, en el caso de las mujeres, y mayores de sesenta y cinco, en el de los hombres- podrán pedir su retiro voluntario, que considera una indemnización consistente en once meses de sus sueldos, lo cual garantizará una jubilación en mejores condiciones. Ciertamente, este proceso de retiros implicará la apertura del magisterio a los profesionales jóvenes, lo cual es fundamental para los procesos educativos en marcha.
Otra reivindicación muy sentida que se recoge tiene que ver con la administración y la gestión educacional de los municipios, que están autorizados para tener sólo un 20 por ciento de profesores a contrata. Sin embargo, muchas veces ese porcentaje es mayor, ya sea por descuido o bien porque no se realizan concursos para completar la planta docente. Con la modificación propuesta, de alguna manera se está obligando a que pasen a ser titulares los profesores contratados por tres años continuos o cuatro discontinuos.
Otra cosa importante son los elementos relacionados con la educación y el desempeño del profesor: se introduce un mecanismo muy novedoso e importante, ligado a la evaluación de los docentes. Así, los profesores de los grados superiores que demuestren haber tenido un desempeño destacado y competente durante el proceso de evaluación, obtendrán una bonificación realmente importante, que será un premio al esfuerzo que realizan los buenos maestros y un incentivo para su perfeccionamiento. Su labor se debe ver recompensada no sólo de manera intangible, por los triunfos académicos que obtengan sus alumnos; por eso, ahora tendrán derecho a un bono, que será un estímulo económico y un premio por su desempeño destacado.
También se establece una subvención especial para las escuelas rurales, que me parece muy justa e importante, por cuanto incentiva a esos establecimientos para que sigan impartiendo educación. Pero hay aspectos que echamos de menos en la Comisión; por ejemplo, el caso de los colegios vulnerables, respecto de los cuales se requiere mayor especificidad.
En general, se trata de un muy buen acuerdo, plebiscitado y aprobado por el 80 por ciento de los profesores, y, por lo tanto, la Cámara debería respaldar ese diálogo que dio como resultado esta buena solución para los profesores de Chile.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señora Presidenta , tal como lo hice en la Comisión de Educación, considero oportuno dejar establecido que la urgencia hecha presente por el Ejecutivo para el despacho de este proyecto constituye una falta de respeto a este poder del Estado, porque nuestra función es elaborar buenas disposiciones legales.
¿Podemos legislar en uno o dos días sobre una materia tan compleja e importante para el país como es la educación? El Ejecutivo , en uso de sus atribuciones, ingresó el proyecto el martes; lo analizamos en la Comisión el miércoles, y prácticamente en 48 horas nos vemos obligados a despachar, en la Sala, una iniciativa que, en mi opinión, requiere un estudio más profundo, pues no es sólo un cuerpo normativo que contiene aspectos de mejoramiento económico, sino, además, materias relativas a evaluación, concursos, desempeño y otras.
Se ha dicho que es la resultante de un protocolo de acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores, respecto del cual más del 80 por ciento de los docentes se pronunció favorablemente, lo que es efectivo; pero, por cierto, no sustituye de modo alguno nuestro deber y responsabilidad de legislar, porque, en caso contrario, resolvemos estos problemas mediante este expediente.
El protocolo se firmó el 9 de diciembre de 2003, y recién ahora, treinta y tantos días después, se envía este proyecto que lo materializa, el cual es calificado de “discusión inmediata”. Así es difícil dictar buenas leyes, y la responsabilidad de ello recae sobre nosotros, en circunstancias de que nos estamos transformando en buzones del Ejecutivo. Lamentablemente, la opinión pública desconoce esta situación y, cuando hay deficiencias, las consecuencias las paga el Congreso Nacional.
Hecho este alcance que, como dije, me pareció pertinente, me referiré a los puntos centrales de la iniciativa.
Comparto, por cierto, los fundamentos del proyecto. Me parece correcto destacar el consenso existente sobre la necesidad de seguir desarrollando iniciativas destinadas a mejorar la calidad de la educación. Ésta es una idea fuerza extraordinariamente importante, pues constituye un objetivo que debe ser permanente, especialmente cuando los resultados académicos, considerados por la comunidad para evaluar la educación que reciben sus hijos, son malos, particularmente en el ámbito municipal. Tenemos un ejemplo reciente en los resultados de la Prueba de Selección Universitaria.
Si nuestra educación, sobre todo la que reciben los hijos de los hogares más modestos, no mejora y en determinados casos se estanca o derechamente retrocede, hay que hacer cirugía mayor inmediata, porque el daño ocasionado es irreversible y determinante para generaciones de niños y jóvenes que aspiran legítimamente a un mejor futuro. Sin embargo, muchas veces se ven frustrados por razones de oportunidades o porque sus padres no tuvieron los recursos necesarios para acceder a una educación diferente. Cuesta decirlo, pero si queremos mejorar y tener una educación municipal o pública de buena calidad, debemos tener la fuerza necesaria para decir las cosas tal como son y no quedarnos en explicaciones y estadísticas alambicadas, que no solucionan el problema de ese joven que hoy no encuentra el camino para mejorar su calidad de vida.
De ahí que valore que en la exposición de motivos de la iniciativa se exprese textualmente: “Existe un fuerte consenso respecto del rol estratégico que en el esfuerzo nacional de mejoramiento de la calidad de la educación tienen los docentes y, particularmente, su desempeño directo en la enseñanza en el aula” Y se agrega: “Es indispensable asegurar a quienes laboran en la docencia escolar las mejores condiciones de trabajo y de profesionalización.”
Este reconocimiento, que no es ninguna novedad para quienes conocemos el trabajo de los profesores, resulta trascendente que forme parte de la doctrina educacional chilena, pues hacia allá hay que dirigir todos los esfuerzos para hacer de la institución que educa, escuela o liceo, el centro de todo el quehacer educativo. Allí es donde se construyen los aprendizajes; es en la escuela y, particularmente, en el aula donde se juega el partido más importante. Y si es allí donde ocurre, la obligación de todos, desde el Ministerio de Educación hasta los departamentos de educación y las corporaciones municipales, es transformarse en facilitadores de la labor que desempeña la unidad educativa y, en particular, el profesor, liberándolo de toda esa carga administrativa que lleva sobre sus hombros y dejándolo libre para que desarrolle su arte, que es enseñar. Ganaremos el partido de la calidad educacional sólo si reducimos la burocracia y cambiamos el enfoque. Las municipalidades y los Daem, departamentos de administración de la educación municipal, tienen una responsabilidad enorme: comprender que son colaboradores y facilitadores. Los recursos, los esfuerzos y la prioridad está en la escuela; no en la estructura ni en la burocracia.
Respecto de los contenidos del proyecto, es merecido, aunque no suficiente, el incremento escalonado de la remuneración básica nacional, de 2004 a 2006, y que alcanza al 15 por ciento, incluido en ese guarismo, por cierto, el reajuste general de remuneraciones del sector público. De manera que no es un 15 por ciento más, puesto que, por ejemplo, este año habría que sumarle el 2,7 por ciento de reajuste de diciembre pasado. Es importante incluir en este beneficio a los profesores del sector particular subvencionado y a los regidos por el decreto ley Nº 3.166. Un punto central -tímido todavía; hay que profundizar en ello- es el porcentaje de incremento que se otorga por desempeño. Otorgar más a los mejores es una señal que apunta en la dirección correcta. Aquí entra todo el tema de la evaluación docente, proyecto que recién estamos discutiendo en la Comisión de Educación y que valoramos como muy importante; sin embargo, tenemos diferencias, por ejemplo, respecto de la cantidad de años que se establece y del acento en las características y competencias del profesor y no en los resultados académicos de los alumnos. Hay, pues, diferencias importantes que tenemos que salvar para llegar al sistema de evaluación moderno y efectivo que deseamos. Por esta razón, me parece prematuro abordar en este proyecto una materia como ésta, en circunstancias de que no tenemos zanjado el tema de la evaluación.
Distinto es el caso de la nueva asignación que se establece y que se relaciona con el desempeño colectivo del personal directivo de los establecimientos educacionales, pues se otorgará según el grado de cumplimiento de las metas anuales consignadas en convenios entre los sostenedores municipales, los particulares subvencionados y los equipos directivos, debiendo estar suscrito el primero de ellos el 30 de junio de este año. Esta asignación dará derecho a que estos profesionales reciban un 15 por ciento de la remuneración básica mínima nacional, si el logro de las metas es igual o superior al 90 por ciento, y un 7,5 por ciento si es inferior a esa cifra, pero no bajo el 75 por ciento. Si bien la modalidad y condiciones en que se efectuará quedará consignada en el reglamento que deberá dictarse, su sola enunciación es un avance, aunque me preocupa que sólo podrán acceder a ella los establecimientos educacionales que tengan más de 250 alumnos matriculados al mes de marzo de cada año. Esta disposición no se condice con lo que se desea y es una fuerte discriminación para las unidades educativas de comunas pequeñas y sectores periféricos. Si queremos calidad, privilegiemos esa condición, pero no mezclemos esos objetivos con factores ajenos.
En el caso del conjunto de materias que el proyecto denomina “perfeccionamiento de la profesión docente”, si bien están orientadas a perfeccionar la normativa que rige la relación laboral, requieren un análisis más acabado por las implicancias que pudieran originar. Primero, obligar a las municipalidades a llamar a concurso para que cumplan la norma vigente de no exceder el 20 por ciento de la dotación docente en calidad de contratadas, a través de la retención de parte de la subvención, es una muy mala señal, porque significa que cada vez que una autoridad transgreda la ley, vamos a tener que dictar otra. Apliquemos lo que existe. Lo que debiéramos tener es una información sobre los municipios que están en esa situación y las razones de ello. No perdamos de vista que existe un porcentaje no menor de horas que son consecuencia de la jornada escolar completa.
Para enfrentar esto durante el presente año se incluye una disposición transitoria que señala que los municipios y las corporaciones que al 31 de marzo de 2004 tengan en su dotación docente un porcentaje superior al 20 por ciento deberán llamar a un concurso interno para incorporar a la dotación docentes en calidad de titulares, el que deberá estar resuelto, a más tardar, el 30 de abril próximo. Agrega que podrán participar los profesionales que pertenezcan a la dotación docente en calidad de contratados a febrero de 2004 y que hayan servido durante tres años continuos o cuatro discontinuos. Prohíbe expresamente participar a los profesionales que han cumplido actividades docentes en calidad de reemplazantes.
Esta disposición transitoria me merece reparos. Primero, parece un traje a la medida; segundo, ¿qué ocurre si, por ejemplo, las personas a las que la ley les permite participar en el concurso interno no reúnen las condiciones técnicas de idoneidad profesional para cumplir su labor? Digámoslo con franqueza, en muchas municipalidades las contrataciones de estos profesionales se hacen de manera automática el 1° de marzo de cada año, sin evaluación alguna sino sólo por la decisión de la autoridad administrativa y, lo que es peor, sin la participación del establecimiento educacional precisamente al que le estamos exigiendo rendimiento.
Podría suceder que, con tantas trabas, especialmente la cantidad de años, reduzcamos de tal manera la población susceptible de participar, que dejemos sin derecho a concursar a personas de calidad, debido a que no tuvieron la oportunidad de trabajar determinada cantidad de años. Me parece que aquí hay una colisión con los derechos y garantías constitucionales.
Para resolver esta situación hay varios caminos. Primero, soy partidario de un concurso público anual donde participe cualquier docente; segundo, si se desea una suerte de protección para quienes están desempeñando labores docentes, convengamos en una ley tal como la que otorgó la titularidad a los profesores a contrata, proyecto que en su oportunidad presentamos con el diputado Montes , pero no fue acogido.
Si excepcionalmente queremos un concurso interno, ampliemos la oferta a todos los profesionales que se hayan desempeñado en el municipio respectivo, sin detenernos en la cantidad de tiempo que puede dar origen a un puntaje mayor dentro de los criterios establecidos en la ley: excelencia en el desempeño profesional, años de servicios y perfeccionamiento, situación que es materia privativa de las comisiones calificadoras y que debe estar consignada en la pauta de evaluación respectiva.
En igual sentido preocupa la norma contenida en el artículo 4° transitorio, que pretende dar titularidad a las horas de profesionales derivadas de la aplicación de la jornada completa.
Sabemos que producto de la jornada escolar completa, las horas de atención de alumnos aumentan, lo que implica un incremento de las horas contratadas a los profesores, pero no a todos ni en igual cantidad, sino cuando se necesite para atender la oferta que se ofrece al estudiante.
La mayoría de los profesores tienen nombramiento por treinta horas cronológicas para atender el plan común de estudios. Como la jornada escolar completa se aumenta a 38 horas, se requieren ocho horas más en determinados niveles, generalmente en el primer ciclo básico, en el cual el quinto y octavo año tienen sólo 33 horas. Así, el aumento sería solo de 5 horas. La Unidad Educativa del Ministerio de Educación, que postula a la jornada escolar completa en el proyecto pedagógico, debiera consignar a todos los profesores con las 38 horas de jornada escolar completa.
Me parece positiva la prórroga de los contratos de los docentes del sector municipal por los meses de verano para que se les remunere los meses de enero y febrero; como asimismo, la modificación introducida al artículo 13 de la ley N° 19.715, destinada a asegurar a los profesores de las escuelas uni, bi y tridocentes una asignación de bonificación especial, al radicarla en el cargo y no en las personas.
Por último, me parece bien la bonificación por retiro voluntario cuya entrega dispone el artículo 5° transitorio a los docentes de la educación que “presten servicios en los establecimientos educacionales del sector municipal, administrados ya sea directamente por las municipalidades o a través de corporaciones municipales y que a la fecha de publicación de la presente ley tengan 65 o más años de edad, si son hombres y 60 o más años de edad, si son mujeres”, que se acojan a retiro, equivalente a un máximo de 11 meses y de hasta 50 por ciento para quienes padezcan alguna enfermedad invalidante. En lo personal, habría preferido que este beneficio se hubiese entregado a todos aquellos que estuvieran en esa condición.
En definitiva, debieron desagregarse del proyecto los aspectos que son materia de incremento, para ser aprobados inmediatamente. El resto de las disposiciones, junto a otras materias, están en el protocolo de acuerdo.
Votaré favorablemente, por cuanto la iniciativa implica un aumento en las remuneraciones y beneficios para los docentes del sector particular subvencionado y personal a contrata del sector municipal con una continuidad de seis meses.
Antes de terminar, cedo una interrupción al diputado Bayo, señora Presidenta .
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , le pedí que redondeara su discurso porque estaba sobrepasado en su tiempo y hay otros diputados inscritos.
El señor BAYO .-
Señora Presidenta , agradezco al diputado señor Martínez que me haya concedido una interrupción, pero sólo haré uso de la palabra si luego de la intervención del diputado señor Becker aún resta tiempo de mi Comité.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señora Presidente , en nombre de la bancada socialista, valoro el acuerdo entre el Colegio de Profesores y el Ministerio de Educación, tanto por el espíritu de esas conversaciones como por el afán de buscar consensos que contribuyan a mejorar la calidad de la educación.
Saludo el esfuerzo realizado por el Presidente del Colegio de Profesores , señor Jorge Pavez , quien, a pesar de la oposición que podía encontrar en sus representados, buscó una línea constructiva para mejorar la situación de los profesores, compatible con una mejoría en la calidad de la educación, enfrentando los problemas que los educadores creían centrales. Esto es imposible de analizar desligado del proyecto de evaluación docente, el cual, luego de un trabajo de varios años, también fue resultado de un acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores.
En ninguna parte de América Latina se ha elaborado un proyecto de evaluación docente que cuente con el respaldo del Colegio de Profesores, gremio que, además, contribuyó decisivamente a su diseño. Me parece imposible discutir el proyecto en debate sin este marco.
Los profesores y su gremio representan un actor trascendente en la calidad de la educación. El ministerio del ramo así lo ha entendido y trabajó minuciosa y seriamente junto al magisterio.
Sin embargo, otra cosa es la forma en que la iniciativa fue enviada al Congreso Nacional. No recuerdo otro proyecto con urgencia calificada de “discusión inmediata” en la que al menos ocho de sus diecinueve artículos permanentes y cuatro de los siete transitorios se refieran a temas sobre los que no habíamos legislado.
El acuerdo entre el Colegio de Profesores y el Ministerio de Educación se firmó el 9 de diciembre, y entiendo que esa cartera envió su propuesta sobre el proyecto antes de Navidad. Por eso, comparto la sensación de que no se respeta suficientemente al Poder Legislativo cuando se impide que dispongamos de más tiempo -podríamos haber contado con una semana adicional- para analizarlo con mayor detención.
La razón de lo anterior no es muy clara, por lo que no me voy a referir a eso. Quizás la Constitución Política de 1925 era muy sabia, porque en situaciones como ésta facultaba al Presidente de la República para emitir un decreto con fuerza de ley, disposición que no contempla nuestra actual Carta Fundamental.
Sin duda, nos resulta muy complicado pronunciarnos sobre cada uno de los artículos sin haber contado con el tiempo suficiente para estudiar con rigor sus contenidos. Compadezco a la Comisión de Hacienda por haber tenido que tratar en tan solo una hora y media un proyecto tan complejo como éste. Además, en el informe financiero aparecen cuestiones no consistentes, a las que me voy a referir con posterioridad.
Estoy de acuerdo con los once artículos permanentes y con los tres artículos transitorios que establecen la reajustabilidad de las remuneraciones para profesionales de la educación que indica el proyecto, el cual aborda muy bien la situación.
En cuanto a los artículos relacionados con el sistema variable de incentivo, cabe recordar que cuando establecimos el sistema variable de excelencia por colegio la Comisión de Hacienda demoró seis o siete meses en analizar el tema. Sin embargo, ahora se propone un sistema distinto sin haber llevado a cabo una reflexión previa al respecto. Puede que lo que establece el proyecto sea mejor y más elaborado, pero hubiese sido mucho mejor disponer de más tiempo para analizarlo con más profundidad. Pero sé que éste no es sólo problema del Ejecutivo , sino también nuestro, hasta qué punto negociamos la forma de legislar con el Gobierno.
Comparto que es positivo el reajuste que establece la iniciativa. Es un proyecto de gran envergadura, pues destina 148 mil millones de pesos para educación. Sin embargo, hay ciertos temas que nos preocupan, algunos de los cuales la Comisión acordó por unanimidad dárselos a conocer al Ejecutivo .
En primer lugar, creemos que no está suficientemente presente el problema de los colegios que atienden a niños más vulnerables.
En 2003 la Comisión de Educación estuvo todo el año analizando este tema. Creemos que es un factor decisivo de por qué la educación tiene problemas que impiden que la reforma avance más.
Uno de los problemas se refiere a los profesores que trabajan en colegios más vulnerables, los cuales deben tener estímulos económicos adicionales. Es distinto trabajar en un colegio de esas características, por lo que es necesario generar incentivos. Queremos que los mejores profesores estén donde haya niños que los requieran. Eso supone otorgar incentivos adicionales. El proyecto contempla este incentivo para los profesores de colegios rurales, pero no para los urbanos de zonas con mayores problemas. Lamentamos que no se incluya en el proyecto ningún mecanismo en esa dirección.
Esto no es lo mismo que la asignación por desempeño difícil, que se va a corregir porque hubo mucha irracionalidad en la forma de concebirse. A veces se definía por la distancia respecto de las calles de determinado ancho.
Lamentablemente, ese punto no está presente en la iniciativa, a pesar de que hay un título del acuerdo entre el Colegio y el Ministerio que dice: Apoyo especial a docentes de establecimientos en condiciones de vulnerabilidad social.
En segundo lugar -y que está en el acuerdo- no figura una norma para disminuir el número de alumnos por curso.
Para los diputados que no lo saben, les digo que hay un acuerdo para que en los colegios con más de 60 por ciento de vulnerabilidad, según los criterios de la Junaeb, no pueda haber más de 40 alumnos por curso. Es tremendamente importante lo acordado. No logro entender por qué no figura en el proyecto.
¿Por qué no se incorpora en el proyecto algo tan decisivo y de tanta importancia, como establecer la disminución del tamaño de los cursos, especialmente en los que hay niños más vulnerables -aspecto que todo profesor reconoce como un problema que afecta a su capacidad de educar- y se fija un techo menor, en definitiva, bajar de 47 a 40 niños por curso?
Ayer, toda la Comisión le pidió al Ejecutivo que incorporara ese punto. Ojalá lo haga en el Senado. Al menos, una declaración básica en este sentido.
Desde el punto de vista político, es un tremendo paso para la Concertación y para el Parlamento.
Entonces, no se entiende por qué no se contempla en el proyecto de ley y sólo queda sujeto a un reglamento, el cual es variable y cambiable en cualquier momento.
Además del tema de la vulnerabilidad social, que no está suficientemente acogido, como señalaba, está el problema de los profesores a contrata y la titularidad.
Quiero decir, simplemente, que aquí tenemos un problema. Hace cinco años había trescientos y tantos municipios que no respetaban la ley y no llamaban a concurso cuando correspondía. ¿Qué hizo el Congreso Nacional? Aprobó una iniciativa para obligarlos a que se cumpliera lo establecido y los profesores a contrata pasaran a ser de planta. Esto ocurrió hace varios años.
Ahora, la situación se repite, pero no en los trescientos y tantos municipios, sino en un con poco más de cien.
En una indicación, diputados de todas las bancadas pedimos que los profesores a contrata pasaran automáticamente a la planta, porque han sido en esa condición mantenidos prestando servicios durante varios años, a pesar de haber paticipado en sucesivos concursos. La firmaban los diputados Ulloa , Becker y otros. Es decir, en distintas bancadas vimos la conveniencia de proceder así, especialmente, porque estamos pronto a tener elecciones, y al acercarse la fecha de su realización, los concursos tienen un sentido más electoral, y alcaldes de distintos signos tienden a preferir los profesores que tienen más que ver con ellos. Era una manera de hacerlo.
El Colegio de Profesores insistió en el tema en la mesa de negociaciones. Esto retrasó el acuerdo, porque era muy decisivo.
Finalmente, el Gobierno no estuvo dispuesto a abrirse a la idea y planteó un concurso preferente para estos profesores.
Pero ahora el Colegio de Profesores dice que podría haber concurso preferente para los que estaban al 28 de febrero; pero los concursos se realizan por ley en enero. ¿Qué ocurre? Que han llamado a concurso antes de que se despache este proyecto de ley, y en muchos municipios ni siquiera se ha hecho.
Por lo tanto, los concursos de planta se han hecho con profesores que no son de esta modalidad. Además, algunos han sido despedidos antes del 28 de febrero para que queden excluidos de la norma correspondiente. El Ministerio de Hacienda ha repuesto esta disposición sin la indicación planteada en la Comisión de Educación que disponía que la fecha a considerar era el 31 de diciembre y no el 28 de febrero.
Entonces, por su intermedio, señora Presidenta , quiero decirle al diputado Ortiz que no es lo mismo que se presentó como indicación de todas bancadas. Esta es una cosa distinta, que responde a criterios diferentes y se incluye para resolver una injusticia: municipio que actuó ilegalmente, deberá hacerlo de esta manera. Al final, se está imponiendo esta modalidad que no necesariamente es la más justa, y en todos los municipios en los que hubo concursos no podrán entrar los profesores que correspondía ni todos los que fueron despedidos, salvo que ello se cambie mediante una indicación que acabamos de presentar junto con otros señores diputados.
En cuanto al bono de estímulo al retiro, éste se otorga sólo por edad, por haber cumplido 60 o más años las mujeres y 65 o más años los hombres.
En la Comisión planteamos que algunos profesores que aún no cumplen la edad requerida para jubilar están aquejados de graves enfermedades, de cáncer avanzado; incluso en condiciones de jubilar por enfermedad. Entonces, ¿por qué no se extiende el otorgamiento del bono a quienes se encuentran enfermos, al menos con cuarenta o cincuenta por ciento de incapacidad laboral?
Un profesor enfermo, en malas condiciones físicas, no puede ejercer bien su profesión. Por lo tanto, desde el punto de vista de la educación, es conveniente que se extienda este beneficio.
Cuando los parlamentarios vamos a los colegios, muchos profesores nos plantean lo positivo que sería que se otorgara un bono de estímulo al retiro a quienes tienen 60 y 65 años de edad, pero también nos dicen que hay profesores enfermos, en algunos casos de cáncer. Entonces, ¿por qué no extender este beneficio a esos profesores? ¿No es posible establecer alguna otra modalidad?
El proyecto significa una gran cantidad de recursos, más de 140 mil millones de pesos en tres años. Es imposible que alguien se oponga a él desde el punto de vista general. Desgraciadamente, al no haber equilibrio entre los órganos del Estado y al hecho de que se nos ha impuesto una modalidad de trabajo innecesaria, ayer trabajamos todo el día para evacuar el informe. En consecuencia, no ha habido tiempo para una discusión más detallada.
Reitero mi preocupación de que sería bueno que el Ejecutivo otorgue un incentivo especial a los profesores de colegios urbanos, de alumnos con cero vulnerabilidad. Espero que en el Senado se incorpore esta modificación, tal como se solicitó en la Comisión. Asimismo, que se extienda el bono de estímulo al retiro a los profesores que por enfermedad o incapacidad no puedan seguir desempeñando sus labores.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta , comparto el propósito del proyecto, cual es aportar al mejoramiento de la calidad de la educación en nuestro país, al que se liga, sin duda, el de retribuir en forma adecuada a los profesores, profesionales que históricamente han sido retribuidos de modo precario, aun cuando sus remuneraciones han sido mejoradas en parte en los últimos años.
El proyecto ha sido elaborado mediante la metodología de diálogo y acuerdos entre personeros de Gobierno y dirigentes gremiales del magisterio. Debemos valorar eso, porque a través del diálogo se han obtenido buenos resultados y se puede concluir que los conflictos no son necesarios para la solución de los problemas, sin perjuicio de felicitar a las autoridades del Ministerio de Educación, en particular al ministro y a la subsecretaria, que hoy, en calidad de ministra subrogante, se encuentra en la Sala; a los equipos asesores y a los dirigentes gremiales, por su responsabilidad.
El diálogo no ha sido fácil. Siempre existen tensiones por demandas que resultan populares y que no se ajustan a la realidad del país. Por eso, con mayor razón debe valorarse el esfuerzo que se hizo.
Es importante rescatar el sistema gradual que se propone de manera de utilizarlo en otros ámbitos y negociar las remuneraciones cada tres, cuatro o cinco años.
Sin perjuicio de adherir a algunos de los planteamientos sobre la forma en que ha llegado el proyecto, me centraré en sus contenidos, cuya base está en la ley Nº 19.715, que el Congreso Nacional aprobó hace tres años luego de un acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores.
Al 15 por ciento de reajuste de la remuneración básica nacional se asocian otros beneficios, como la asignación variable por desempeño profesional, que constituye un premio a aquellos que realicen mayores esfuerzos en cuanto a su competencia.
También es importante el incentivo a los equipos directivos, pues va asociado al compromiso de mejoramiento de la gestión pedagógica y administrativa.
Por otra parte, el sistema de concursabilidad pública está en la línea del perfeccionamiento de las normas laborales y de la planificación de las tareas a más largo plazo. Aquellos municipios o corporaciones que al 31 de marzo de 2004 tengan en su dotación docente un porcentaje superior al 20 por ciento de docentes en calidad de contratados deberán llamar a un concurso interno para incorporar a docentes en calidad de titulares. Con esto se elimina en parte la incertidumbre.
También es significativa la titularidad de las horas adicionales obtenidas por efecto de la jornada escolar completa. Los profesores que las tengan lograrán la titularidad automática por las extensiones horarias.
También quiero poner énfasis en la prórroga de los contratos en el sector municipal y la bonificación para los profesores encargados de escuelas rurales.
En la Cámara represento a un distrito rural y conozco la realidad. La bonificación rural reafirma a los docentes que realizan su labor en ese ámbito. Además, con el diputado Gabriel Ascencio conversamos sobre la situación especial que se vive en la provincia de Chiloé, que se da a lo largo del país.
Por último, no obstante la bonificación de retiro voluntario para los profesionales de la educación que presten servicios en establecimientos del sector municipal y que a la fecha de publicación de la ley tengan 65 o más años, en el caso de los hombres, y 60 o más años, en el caso de las mujeres, continúa pendiente el gran problema ocasionado por el denominado daño provisional, que en gran medida afecta a trabajadores de la educación, salud, Contraloría General de la República; de las universidades y otros ámbitos del sector público. Si se pensionaran por el sistema de administradoras de fondos de pensiones, obtendrían pensiones sensiblemente inferiores a las que les otorgaría el INP.
Expuse este problema a la ministra subrogante y no puedo dejar de reiterar la necesidad de resolverlo de manera definitiva, porque, indudablemente, estos trabajadores no van a pensionarse sin la posibilidad de obtener un porcentaje real de la remuneración en actividad.
De todos modos, comprometo mi voto favorable, tanto en general como en particular.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado José Antonio Kast .
El señor KAST .-
Señora Presidenta , hoy nos enfrentamos nuevamente al tema de la educación. Si hubiera que ponerle una nota al Gobierno por lo que hizo con este proyecto, reprueba. Y si hubiera que ponerle una nota global por lo que ha pasado en la educación en los últimos años de gobiernos de la Concertación, también reprueba, porque es abismante la mala calidad de la enseñanza que se le entrega a nuestros niños.
Tenemos resultados de las pruebas Simce y vemos lo que ha pasado últimamente con la PSU y en las pruebas internacionales, en los cuales Chile reprueba en todas. Muchos de nuestros jóvenes no saben leer, escribir bien, sumar y restar correctamente; a los quince años, no entienden lo que leen.
¿Y por qué reprueba el Gobierno en estas materias? ¿Por falta de recursos? No. Como bien dijo el diputado Ortiz , a la educación se le ha inyectado una cantidad enorme de recursos y los resultados siguen siendo negativos. ¿Por qué? Porque en los gobiernos de la Concertación hemos vivido en la improvisación y con la educación no se improvisa. Por ejemplo, la jornada escolar completa, fue una improvisación. Alguna autoridad dijo que ya no valía la pena tener media jornada y había que llevar a efecto la jornada completa. Fue una muy buena idea, pero mal implementada. Miles de niños no tienen qué almorzar durante la jornada escolar completa, porque no se previeron los almuerzos.
Hoy, cientos de municipios no pueden ampliarse porque no se previó que no existían recursos para terrenos; solamente para infraestructura. Eso es improvisación.
¿Qué pasó con la Prueba de Selección Universitaria? Nuevamente, improvisación. Significó estrés para los jóvenes durante un año completo. Les dijimos hasta el cansancio que aplicaran un sistema alternativo que se probara en el tiempo. Pero nos respondieron que no había tiempo, porque estaban apurados. Igual que en esta oportunidad.
¿Qué pasó con la acreditación? La respuesta fue la misma: que no había tiempo, que estaban apurados. Todo ha sido improvisación. ¿Qué pasó con la evaluación docente? Que también estaban apurados. Hemos estado años así, con recursos -sí, lo reconocemos-, pero con cero resultado, como consecuencia de esta improvisación permanente.
¿Qué ha pasado con este proyecto? Según todos, es un gran proyecto, pero sólo se le ha dedicado un día de discusión en esta Cámara. Y después nos quejamos de que el Congreso está desprestigiado. ¿Cómo no va a estar desprestigiado cuando un proyecto de diecinueve artículos permanentes y seis transitorios, de gran complejidad -como lo reconocieron algunos diputados de la Concertación-, que contiene temas que se discutieron durante seis meses, aquí sólo se discuten algunas horas? No podemos hacernos cargo de un proyecto que viene con errores de redacción o de relación de normas. Ayer mismo, en la Comisión de Educación, hubo que hacer correcciones a las normas que se citaban, porque estaban mal redactadas. Había normas inconstitucionales que habrían frenado su tramitación durante meses en el Tribunal Constitucional, porque a través de un reglamento se constituían nuevos órganos públicos. Eso es improvisación.
Según las autoridades, el Gobierno trabajó en el proyecto durante meses, pero a nosotros -reitero- nos dan un solo día para analizarlo, en circunstancias de que es el más importante -como dicen algunos diputados- en materia de educación, puesto que aumenta bonificaciones y la remuneración total mínima; incrementa las subvenciones, el valor mínimo de horas cronológicas y las remuneraciones para las instituciones regidas por el decreto ley Nº 3.166; modifica las normas laborales para los docentes; da facultades nuevas a los seremis; otorga incentivos variables y fija reajustes hasta el año 2006; acrecienta los recursos para los colegios que participan en el Sistema Nacional de Educación de Desempeño de los Establecimientos de la Educación Subvencionada, Sned; incorpora asignaciones por desempeño colectivo; fija bonos para 2004 y 2005; establece bonificaciones por retiro voluntario, etcétera, etcétera. ¿Se pueden analizar todos esos temas en un solo día?
Valdría la pena preguntarles a los miembros de la Comisión de Hacienda si se sienten responsables, si saben lo que hicieron, si leyeron y entendieron todos los artículos. Si les preguntará cuáles son las normas que se citan en el proyecto de ley, no tendrían noción de ellas. ¿Es serio legislar así? No.
¿Venía bien el informe financiero? No. Hubo que corregirlo y hacer observaciones a las sumas calculadas en la Comisión de Hacienda. El Gobierno siempre afirmó que las medidas significaban 120 mil millones de pesos; hoy son 150 mil millones. O sea, 30 mil millones de pesos más de diferencia en un solo día. ¿Eso es seriedad? Es improvisación. ¿Consecuencia de qué es esta improvisación? De un acuerdo político. Lo reconocemos. Hay incentivos correctos para los profesores. Reconozcámoslo. Pero es porque el Gobierno quiere tranquilidad durante tres años con un gremio. ¿Hará lo mismo con la salud? ¿Va a fijar ahora un acuerdo por tres años para tener tranquilidad antes de la elección presidencial? ¿Va a hacer lo mismo con los otros gremios que están en conflicto permanente con él? Habría que preguntárselo. Como también preguntar a los otros gremios si van a pedir lo mismo, porque aquí se fijaron reajustes por tres años. Bueno, hay que decirles a esos gremios lo que está pasando aquí, porque a lo mejor también van a tener ganas de participar en un convenio como éste y el Gobierno estará dispuesto a legislar una vez más en forma improvisada.
¿Se les preguntó a los municipios? No. ¿Se le preguntó a la Asociación de Corporaciones Municipales? No. ¿Se consultó a la Conacep y a la Fide? Tuvieron diez minutos para exponer su cuestionamiento frente a este proyecto que les afecta a todos. ¿Por qué? Porque están apurados en legislar en educación y los resultados serán tal cual se legisla: malos.
Esta iniciativa contiene temas tan trascendentes como el de los concursos anuales. En la actualidad, los concursos se hacen en enero y se adelantan para diciembre. Rigidización para los municipios. Se impone una distribución distinta a los ingresos de los municipios por concepto de educación, pero no se aumentan las subvenciones correspondientes. Rigidización para los municipios.
Se dan nuevas facultades a los seremis. Podrán retener hasta el tres por ciento de la subvención si los alcaldes no cumplen con la normativa que aquí se establece.
Se contemplan reajustes hasta el año 2006 y se dice que éste es un gran avance, porque se introduce la variabilidad de remuneración. Efectivamente, es bueno que se introduzca, pero el incentivo -o la sanción para quien lo haga mal-, en el mejor de los casos, será de mil pesos, de los 400 ó 500 mil pesos que ganará un profesor.
Se introduce la fuerza al sistema de evaluación docente. Durante un par de meses, discutimos seriamente un proyecto sobre evaluación docente y ahora todo se resumió en un artículo. Pero, se resumió mal, pues hubo que borrar tres incisos a un artículo que contenía como seis, porque venía mal presentado. ¿Cómo se hará dicha evaluación? Con parejas de evaluadores y con un sistema único. Nuevamente estamos unificando todo y no dejamos libertad para que haya diversos modelos de evaluación. Quizás, las realidades en las localidades son diferentes y hay que legislar también para que tengan posibilidades de evaluar de una manera distinta.
Se da más recursos a las escuelas que tengan mejor puntaje en el Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño de los Establecimientos de la Educación Subvencionada, Sned. Muy bien; pero, ¿se hizo una evaluación? No, solamente se aumentó el porcentaje de 25 a 35.
Hay asignación por desempeño colectivo. Es muy positivo, pero es un desempeño sobre la base de metas fijadas al interior de la misma escuela. ¿Quién va a fiscalizar eso? En la Comisión de Educación hubo que poner que, al menos, tenían que ser públicas las metas que se iban a fijar.
Hay incentivos para la jubilación. Me parecen muy bien, pero se obvía algo que dijo el diputado señor Carlos Montes , en el sentido de que no siempre las personas llegan bien a los 60 ó 65 años. Aquí también debiera haber otras fórmulas.
En conclusión, una vez más se está improvisando en Educación. Una vez más, al Congreso se le ha puesto en pie forzado y no se le ha dado la oportunidad de estudiar en detalle un proyecto de tal envergadura como éste. Una vez más, no se ha escuchado a todas las partes implicadas, como la Asociación de Municipios, la Asociación de Sostenedores y la Asociación de Corporaciones Municipales. Una vez más, el Gobierno ha privilegiado una negociación política con un sector determinado. No nos oponemos si esta negociación incluye a todos y es positiva para los profesores -creemos que ellos se merecen más-, pero hay maneras y maneras de hacer las cosas. Sólo queda esperar y, sobre todo, rogar para que, una vez más, no tengamos que lamentar, en unos pocos años más, la mala calidad de educación que reciben miles de niños en Chile. Hoy, el Gobierno se esfuerza por vender la imagen de que la educación está muy bien, de que vamos avanzando a paso firme, pero, lamentablemente, todos los que estamos aquí vemos como la mala calidad de la educación es una realidad en todas nuestras comunas y distritos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señora Presidente , no me voy a referir a los tantos méritos de este proyecto, por los cuales nuestra bancada lo va a votar favorablemente. Es consecuencia de un acuerdo con el gremio de profesores y se viene debatiendo en el mundo de la docencia desde hace años. Ahora estamos materializando no sólo una aspiración de los profesores sino también de toda la sociedad, en orden a mejorar la calidad de la educación.
Quiero saludar a las autoridades del Ministerio de Educación, quienes se han puesto como meta mejorar la calidad de la educación. No comparto las expresiones del diputado que me antecedió en la palabra, en cuanto a que aquí no se ha hecho ningún esfuerzo. Por primera vez hacemos esfuerzos crecientes y éste es uno de los proyectos más importantes en ese sentido.
Repito que no me voy a referir a los méritos de esta iniciativa, sino a un vacío que, a mi juicio, contiene por la necesidad de mejorar cuanto antes la situación del profesorado. Eso está bien, pero vamos a quedar en deuda con otro proyecto de ley que dé cuenta del límite inferior en la calidad de la educación. Aquí estamos premiando a los mejores profesores, a quienes obtengan los mayores puntajes o promedios por rendimiento en el conjunto del sistema educacional, en que participan todos los sectores, padres y apoderados, se promueve el perfeccionamiento docente y se mejora la calidad de la gestión educacional. Es uno de los méritos del proyecto. Sin embargo, todo eso no sirve en aquellas localidades rurales apartadas donde hay escuelitas con quince alumnos y un solo profesor, y que no cuentan con un sistema de evaluación que permita medir el mejoramiento de la calidad de la educación. Por ello, no podemos esperar que estén dentro del 35 por ciento de las mejor evaluadas del país.
Quiero expresar mi preocupación en el sentido de que aquí falta una “pata” para mejorar de verdad la calidad de la educación, cual es establecer, en esas escuelas unidocentes, por una parte, perfeccionamientos y, por otra, castigos para que no baje el piso de la calidad de la educación para esos niños que, muchas veces, por su falta de preparación, no pueden llegar ni siquiera a la educación media.
Estoy manifestando no sólo mi preocupación por las comunas de mi distrito, sino también por la de varias comunas rurales donde hay escuelas unidocentes que aún no alcanzan un mínimo nivel básico de calidad de educación como la que deseamos.
Espero que el ministerio -fue la expresión de la subsecretaria en la Comisión de Hacienda- nos convoque a trabajar en una iniciativa especial para el mundo de la educación tan vulnerable.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Germán Becker.
El señor BECKER.-
Señora Presidenta , no me voy a referir a la celeridad con que tuvimos que analizar este proyecto. Es difícil legislar seriamente con tanta premura. Sólo ayer tratamos esta iniciativa que contiene cerca de veinticinco artículos.
Pero, en general, es un buen proyecto y representa un avance en el sentido de mejorar la calidad de la educación, por varias razones.
En primer lugar, el aumento de las remuneraciones de los profesores, que se acordó por tres años, por primera vez está ligado a la calidad de los docentes. Es decir, a partir de ahora, los buenos profesores van a ganar más que quienes sean mal calificados. En el futuro, el incremento real de los sueldos de los profesores debería estar ciento por ciento ligado a la calificación que éstos obtengan.
En segundo lugar, este proyecto propone un reforzamiento y ampliación del bono preexistente de estímulo a la excelencia de los colectivos docentes, discernidos según el Sistema Nacional de Evaluación de Desempeño de los Establecimientos de la Educación Subvencionada, Sned. Se aumenta el monto del bono de excelencia docente, creado en la ley N° 19.410, y se amplía la proporción de establecimientos que pueden percibirlo. De este modo se premiará salarialmente el compromiso de todos los profesionales con una gestión de calidad en su propio establecimiento.
En tercer lugar, en el país hay creciente consenso sobre la importancia estratégica del rol de los directores de los colegios, así como del papel cumplido por los otros directivos, particularmente por aquellos de las unidades técnico-pedagógicas. La actual estructura de remuneraciones del sector municipal estimula de modo comparativamente insuficiente a todo este personal. Este proyecto incluye un importante incremento en la asignación de responsabilidad que los beneficia. Así se logrará un nuevo avance en la convergencia entre el modo de remunerar a los docentes y los requerimientos de la calidad educativa. Complementariamente, en el orden de los incentivos ligados a desempeño y calidad educativa, y reforzando la voluntad de premiar la excelencia de la gestión de los establecimientos, se propone la creación de otra asignación por desempeño colectivo destinada exclusivamente al personal docente directivo de la educación subvencionada. Ello me parece muy positivo.
Por último, me parece de extraordinaria importancia la bonificación de once meses de sueldo para los profesores -hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60-, que deseen acogerse a jubilación. Con esto, se crearán nuevos puestos de trabajo para profesionales jóvenes que, seguramente, incorporarán nuevas energías al servicio de la calidad de la educación.
Hoy conversé con personeros de la Asociación Chilena de Municipalidades y tenían dos aprensiones. La primera, respecto de cómo se iba a pagar al profesor que reemplazará al que quede fuera por la evaluación docente a la que se hace referencia en este proyecto. En verdad, esta aprensión me parece infundada, porque esto se va a generar solamente el segundo año que el profesor sea mal evaluado. Por lo tanto, en el primer año no se requieren recursos para esto.
La otra duda era quién pagará la bonificación por el retiro voluntario de los profesores de más de 65 años. Para estos efectos, el ministerio prestará los recursos a las municipalidades, las cuales los devolverán en 36 meses. El ahorro que los municipios hacen al contratar a un profesor más joven, durante ese período, es de aproximadamente 21 millones de pesos, y el costo de que el profesor se vaya será de sólo 11 millones. Por lo tanto, para los municipios es un muy buen negocio que muchos profesores se acojan a retiro y, así, contratar nuevos profesores.
Renovación Nacional votará en contra de algunos artículos que no van al fondo del proyecto. Sin embargo, en general, lo votaremos favorablemente, porque él es bueno para mejorar la calidad de la educación y para Chile.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Sergio Aguiló.
El señor AGUILÓ .-
Señora Presidenta , seré muy breve, porque las intervenciones de los diputados del Partido Socialista y de otros distinguidos colegas de la Concertación me ahorraron buena parte de la intervención que tenía pensado realizar hoy.
En primer lugar, este proyecto de ley, como se ha recordado durante la mañana, expresa jurídicamente un acuerdo de largo trámite y gestación entre el Colegio de Profesores y el Ministerio de Educación. Hacía mucho tiempo que en el Congreso Nacional no teníamos conocimiento de que conversaciones tan de fondo, como las que tienen que ver con la evaluación del trabajo docente y su relación directa con el mejoramiento de la calidad de la educación y el tema de las remuneraciones, se plasmaran en acuerdos que después se tradujeran en disposiciones legales como las que aquí estamos tra-
mitando. Desafortunadamente, durante los últimos años, diversos gremios han mantenido negociaciones con el Gobierno que no siempre han terminado en acuerdos, y hemos tenido que tramitar proyectos de ley con discrepancia manifiesta entre quienes tienen que traducirlos, en la práctica, en las diversas áreas de la acción estatal, y quienes han planteado la iniciativa legal en nombre del Ejecutivo. Es el caso de lo sucedido con la Anef, con el sector Salud, etcétera.
Pero, por fortuna, éste ha sido un gran acuerdo porque, fundamentalmente, involucra a uno de los gremios más importantes, desde el punto de vista del número de asociados, pero también porque mejora las condiciones de trabajo y remuneracionales del profesorado, respecto del cual todos estamos contestes en que aún se desempeña en precarias condiciones en lo que a sueldos se refiere. Asimismo, es importante porque considera, en lo que respecta a las mejoras remuneracionales y laborales, el desempeño del profesorado, es decir, resultados versus mejoramiento de la educación.
Entonces, es particularmente grato, relevante y estimulante para el Congreso Nacional aprobar proyectos que, simultáneamente, incidirán en el mejoramiento de la calidad y condiciones de vida de un segmento tan importante de la sociedad, como lo es el magisterio. Ciertamente, esta iniciativa incidirá, como aporte adicional, en el mejoramiento de la calidad de la educación.
El proyecto de ley considera aspectos incorporados a una iniciativa legal que seguramente en marzo llegará a la Comisión de Educación y que analizaremos en profundidad, iniciativa que presenta un completo diseño de evaluación de la actividad docente. Pero algunos de esos aspectos, en la medida en que relacionamos remuneración -sobre todo la parte variable de ésta- con desempeño en las aulas, nos han permitido ordenar el proyecto de ley que hoy analizamos. Por eso resulta significativo haber establecido una remuneración fija, una remuneración mínima nacional, y otra variable, vinculada al desempeño y a la calidad de la educación.
En nombre de la bancada socialista, expreso nuestras congratulaciones al ministro de Educación y a la subsecretaria de la cartera, quien hoy nos acompaña en carácter de ministra subrogante. Creemos que el desempeño del Ministerio de Educación en estas materias ha sido impecable y constituye una lección para todos quienes nos desempeñamos en política. Es mil veces preferible un acuerdo a mantener discrepancias que, en esta misma Sala, hemos experimentado con las tribunas llenas de trabajadores o miembros de organizaciones que, con justa razón, se han expresado, algunas veces con violencia, en contra de quienes hemos aprobado proyectos de ley cuando estos son resultado de un desacuerdo sustantivo.
En este caso, es particularmente grato referirse a un proyecto que es expresión, exactamente, de lo contrario, de lo que en democracia deberíamos procurar siempre: los acuerdos y los consensos.
Idealmente, una idea técnica, estudiada en algún posgrado de alguna universidad relevante del mundo, hubiese sido expresada en alguna indicación o artículo, y reflejada, finalmente, en un proyecto de ley. Pero el Ministerio de Educación prefirió dialogar sistemáticamente durante seis meses para que esas ideas técnicas de mejoramiento de la educación pudieran ser, al mismo tiempo, convicción profunda para quienes las aplicarán posteriormente en las aulas. No sacamos nada con aprobar proyectos brillantes y con ideas muy innovadoras entre el Ejecutivo y el Legislativo, olvidando que quienes aplican esas ideas y realizan actividades en las aulas son los propios docentes. Me parece muy importante que su directiva nacional haya asumido en plenitud no sólo estos acuerdos que se traducen en el proyecto que hoy estamos aprobando, sino también sus dos aspectos principales: el mejoramiento de la remuneración y el sistema de evaluación al que se someterán los docentes, materias aprobadas en sendas consultas en las que participaron mayoritariamente los profesores del país. O sea, este proyecto traduce la voluntad de los profesores y del Gobierno, y esperamos que también exprese la voluntad mayoritaria y unánime de la Cámara de Diputados.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señora Presidenta , sin duda alguna, quienes de una u otra forma hemos abrazado la carrera de profesor entendemos el proyecto como algo muy positivo. La búsqueda de soluciones e incentivos establecida en el proyecto está en la senda correcta. Pero, aunque reconozco la prudencia con que el diputado Kast ha dicho que el Gobierno actuó con improvisación, quiero ser aún más claro en afirmar que lo ha hecho irresponsablemente. Más vale perder un año de discusión que diez años de educación, porque todas las soluciones a los problemas que en este sentido queramos darle al proceso educativo las veremos reflejadas en una generación posterior. Por eso, debemos actuar con mucha responsabilidad en el tema.
Hoy debemos aprovechar de la mejor manera posible el acuerdo, que valoramos, firmado entre el Ejecutivo y el Colegio de Profesores, porque dará tranquilidad a un sector que en algún minuto ha estado convulsionado por los paros y los hechos acaecidos recientemente. En estos acuerdos, cuando se buscan soluciones a estos problemas, hay que poner en la discusión a todos los actores comprometidos en un tema determinado.
En el proceso de educación, el Ejecutivo debe entender definitivamente que no sólo está actuando con el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores, sino también con actores como la Asociación Chilena de Municipalidades, la Federación de Instituciones de Educación Particular, Fide; la Corporación Nacional de Colegios Particulares, Conacep , etcétera. Son instituciones que, de una u otra forma, deben elevar su voz para estar a favor o en contra del desarrollo y de la generación de un proyecto de esta magnitud. Aunque el Gobierno da una respuesta más bien política que inspirada en buscar acciones que solucionen definitivamente los problemas, el proyecto asegura un incentivo que todos valoramos. En ese sentido, tal como lo establece el acuerdo suscrito entre el Colegio de Profesores y el Ministerio de Educación -esperamos que a todos dé tranquilidad-, quisiéramos que hubiesen participado las otras entidades que hoy nos reclaman esa participación.
Este proyecto establece, sin duda alguna, incentivos muy positivos vinculados con el desempeño docente y la evaluación. En la seria discusión que sobre la materia hemos llevado adelante por más de dos meses, hoy quiere incluirse toda una problemática en un solo articulado. Ciertamente, eso es una irresponsabilidad. Si estamos discutiendo un proyecto con altura de miras en audiencias públicas, es valedero seguir por esa senda y no meter una cuchufleta en este proyecto.
Por otro lado, si bien el proyecto calificará a los profesores según su desempeño en destacados, competentes, básicos o insatisfactorios, hay que tener mucho cuidado, como dije en la Comisión, con el manejo de la información de los docentes evaluados negativamente para que no llegue a conocimiento público, pues podrían ser estigmatizados por los padres, apoderados o alumnos.
Existen colegios rurales y fronterizos, como ocurre en mi región, que sólo cuentan con un profesor, por lo que sería conveniente que esos colegios pudieran constituirse en una entidad colectiva para acceder a los beneficios del proyecto. Si bien se sube la subvención por alumno para la educación rural, también debemos considerar ciertas realidades, por lo que debemos incentivar a todos por igual y no sólo a algunos.
Me parece positivo el planteamiento del Colegio de Profesores respecto de las horas que la jornada escolar completa agregó, ya que un profesor no puede tener diez, o veinte horas como titular y el resto a contrata. Si bien esto puede rigidizar la situación laboral, el reclamo se debe al mayor costo que significa, cuestión que tendrán que hacerlo saber los municipios. Es positivo el espíritu que anima a quienes desean ver a los profesores correctamente contratados con sus horas de titular.
Por otra parte, son importantes los llamados concursos, pues hay municipios, como en mi región, que sobrepasan el 20 por ciento de horas docente a contrata. Actualmente, la ley castiga con la retención del 3 por ciento de la subvención, la mantención de profesores a contrata, pero ahora se considera una mayor fiscalización de las secretarías ministeriales respecto al cumplimiento de la norma.
Me parece interesante el establecimiento de la bonificación por retiro, porque permitirá dar “tiraje a la chimenea” y tener un cambio generacional en materia educativa.
Sin embargo, los profesores reclaman la diferencia de pensiones que se genera al momento de jubilar entre quienes cotizan en el INP y los que lo hacen en las aefepés. El Colegio de Profesores desea regularizar la situación, porque hay muchos profesores que quieren jubilar, pero no les conviene por la diferencia de pensiones que se produce entre uno y otro sistema. Esperamos que este bono motive a los profesores para que se acojan a jubilación y obtengan su merecido descanso. Ojalá esta bonificación la puedan disfrutar todos en corto tiempo, porque en el proyecto no se contempla este beneficio para los profesores de colegios particulares subvencionados.
Repito: sería bueno estudiar la posibilidad de que este beneficio, que figura en un artículo transitorio se transforme en una bonificación de estímulo para todos los profesores que cumplan la edad para acogerse a jubilación.
También está el problema de enfermedad en los profesores, tema que no se puede dejar pasar. Ojalá este punto encuentre solución en las discusiones de los proyectos que se están estudiando. Asimismo y en pro de la calidad de la educación, es necesario bajar la cantidad máxima de alumnos por curso de 45 a 40 o menos.
En el espíritu de acoger el proyecto, anuncio mi voto favorable, pero pediré en su oportunidad que algunos artículos se voten en forma separada.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, por dos minutos, el diputado señor Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , contrariamente a lo señalado por el colega Kast , me parece muy importante que el Gobierno -saludo a la ministra subrogante por este hecho- haya llegado a un acuerdo con la organización nacional de los docentes respecto de un tema que se viene discutiendo en la sociedad chilena desde hace muchos años, en particular con el Colegio de Profesores. No es malo establecer un reajuste escalonado para los años 2004, 2005 y 2006, porque da estabilidad y fija un compromiso de los profesores -he sido docente por muchos años- con temas que no aceptaban: la calidad y la competencia en la educación.
Cuando se incrementaron las remuneraciones de los docentes de la educación municipal, particular subvencionada y de establecimientos regidos por la ley N° 3.366, entramos en una fase distinta, pues las variaciones en este campo comenzaron a relacionarse con el desempeño docente y la excelencia demostrada por la escuela o liceo. Asimismo, los incentivos colectivos comenzaron a vincularse con la calidad de los equipos docentes y a la gestión de los docentes directivos. Se trata de un tema muy importante que, como principio, es completamente acorde con la reforma educacional. Si no comprometemos a los docentes con ese programa, no habrá reforma educacional. Uno de los mecanismos para fortalecer ese vínculo consiste precisamente en mejorar las remuneraciones sobre la base de la calidad y de la excelencia educacional.
Aquí -lamento que no se encuentre presente el diputado Rojas - no hay cuchufleta, porque el contenido de la evaluación se seguirá discutiendo con ocasión del proyecto que votará pronto la Comisión de Educación. Aquí estamos discutiendo el marco de la iniciativa, afirmando que habrá evaluación y que, en virtud de ella, se incrementarán las remuneraciones.
Por último, es muy importante el aire fresco que circulará cuando los profesores que cumplan con la edad para jubilar opten por el estímulo al retiro, al que no se acogieron porque las pensiones que obtendrían luego de jubilar serían muy bajas. Esto permitirá el ingreso a la enseñanza media de docentes jóvenes con mayor formación, lo que es muy importante para la reforma educacional.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , como presidente de la Comisión de Hacienda , debo señalar que esa instancia ha realizado un ejercicio más en el ámbito de su competencia. Estamos acostumbrados a trabajar duro y con urgencia, lo que, por lo demás, es propio de la tarea legislativa. Por eso, no deseo escuchar comentarios tan adversos, como que estamos siendo irresponsables a la hora de legislar.
Por otra parte, hemos constatado cómo representantes del Ejecutivo , luego de concluidas las sesiones, se han quedado trabajando hasta altas horas de la noche a fin de discutir los puntos conflictivos con los diputados que así querían hacerlo, ya fueran de Oposición o de Gobierno. Por eso, quiero eliminar la imagen de que hemos actuado en forma irresponsable. Todos somos irresponsables en nuestra vida, pero en nuestro quehacer legislativo, respondemos a la confianza de quienes nos han elegido.
Insisto: como presidente de la Comisión de Hacienda , reafirmo que allí no se actúa en forma irresponsable. Sus miembros trabajan bien, pero es indudable que surgen diferencias durante la discusión, pero no es lo que aquí han dicho colegas, quienes interpretan esto de otra forma.
Entre las modificaciones más importantes del proyecto, cabe destacar la prórroga automática de los contratos de trabajo que vencen en diciembre, algo que hemos discutido mucho y que tanto han pedido el magisterio y los gremios de nuestros respectivas distritos, en fin. Eso es ir nutriéndose de las dificultades que se ven en los distintos gremios. Por eso digo que no estamos actuando con irresponsabilidad. Al contrario, me siento muy feliz de que se haya alcanzado este logro después de tantos años. Recuerdo con mucho dolor cuando los maestros recibían mensualmente 17 mil pesos.
Esta evaluación de docentes representa el triunfo de la comisión tripartita, conformada por el Mineduc, el Colegio de Profesores y la Asociación Chilena de Municipalidades, que trabajó este tema durante muchos años.
Por lo tanto, es fundamental decir a la Cámara de Diputados que es tremendamente importante para quienes entregan educación en Chile lo que hoy, con toda seguridad, aprobaremos por unanimidad.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, lamento discrepar con el diputado Jaramillo, presidente de la Comisión de Hacienda, a la cual pertenezco.
Tal como dije en la Comisión en la mañana hoy, no estoy dispuesto a legislar y a votar proyectos que no he leído. Estoy seguro de que ningún miembro de la Comisión de Hacienda lo había leído en la mañana de hoy, cuando se discutió y votó, lo que no se debió a falta de diligencia de los señores diputados, sino a que el informe de la Comisión de Educación, comisión técnica encargada de su análisis, sólo llegó hoy en la mañana a la Comisión de Hacienda.
Me parece que esa forma de proceder pone a los diputados en una posición terriblemente incómoda, porque, por un lado, uno no puede negarse a legislar sobre un proyecto que otorga tantos beneficios al gremio de los profesores; pero, por otro lado, uno se ve obligado a votar artículos y normas que no ha leído o, en caso de haberlo hecho, no ha madurado ni ha tenido la posibilidad de ver sus consecuencias e implicancias, por lo que reprocho al Gobierno que nos haya puesto en esta situación.
Entiendo que lo hace de buena fe, porque se trata de aprobar el proyecto antes del 31 de enero en curso a fin de que el reajuste se aplique en febrero; pero pido respeto para nuestra labor; que nos den, a lo menos, algunas horas, ni siquiera solicito días, para tener la certeza de que entendemos lo que estamos votando y lo podemos explicar y justificar ante cualquier auditorio.
Esas son las razones por las cuales no estuve dispuesto a votar el proyecto en la Comisión y tampoco lo haré en la Sala, ni haré un discurso acerca del fondo, por cuanto no lo conozco; pero sí quiero hacer un comentario respecto de algo que se ha dicho en la Sala en muchas oportunidades, lo cual quiero que reflexionemos.
Se afirma que el proyecto es bueno, básicamente porque tiene el aval del Colegio de Profesores. Como ellos educan, es deseable que un proyecto de esta naturaleza tenga su aprobación.
Comparto ese punto de vista. No obstante, en mi opinión y de acuerdo con lo que he aprendido a lo largo de la vida, no todo lo que acuerda el Gobierno con los gremios es necesariamente positivo para el interés general.
Lamento que durante la discusión del proyecto nadie se haya referido a la calidad de la educación de los jóvenes. ¿Estamos seguros de que mejora la calidad de la educación de nuestros jóvenes y de que establece incentivos adecuados para los profesores a fin de que en las salas de clases se entregue a los jóvenes más modestos una educación de calidad que contribuya a mejorar la distribución del ingreso?
No conozco el sistema, pero lo que alcancé a percibir anoche, luego de leer el proyecto, es que establece una evaluación de profesores hacia profesores, lo que me recuerda las comisiones de ética de los colegios profesionales. No creo que dentro de esos cuerpos colegiados las comisiones de ética juzguen imparcialmente a sus pares. De hecho, los antiguos colegios que tenían esa facultad en muy pocas oportunidades la ejercieron. Por lo tanto, resulta muy difícil pedir a los profesores que juzguen a sus colegas en alguna localidad del país.
La experiencia me demuestra que no siempre los acuerdos con los gremios favorecen el interés general. A modo de ejemplo, en 1974, cuando comenzó la apertura de nuestra economía a la competencia internacional, participé en el estudio de la rebaja de los aranceles aduaneros. Los grandes opositores a esa política fueron los empresarios, agrupados en la Sofofa y en la Confederación de la Producción y del Comercio. Si en ese momento los hubiésemos escuchado, nunca se habría iniciado la apertura de Chile al mundo, como ocurrió durante los años 1974 y 1975. Hoy todos estamos de acuerdo en que dicha política es razonable. De hecho, este Gobierno la ha profundizado, mediante la suscripción de tratados de libre comercio que son muy valiosos, pero en un comienzo resultó muy duro romper la oposición de los gremios a la política de apertura, pero lo hicimos en pos del bienestar general de la población, como de hecho ha ocurrido con tales políticas.
Personalmente observo con admiración la pelea que está dando el Presidente Lagos en los temas relacionados con la salud pública, porque el Gobierno no ha cedido en todos sus puntos de vista en favor de los gremios de la salud, sino que los ha defendido, y todavía hay un conflicto en ese ámbito, porque no siempre el interés de los gremios representa el interés general del país.
Muchos han alabado el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores, pero no vaya a ser cosa que no se haya tomado en cuenta el interés de los niños chilenos, de las familias más modestas y la calidad de la educación pública, que es lo que realmente debe preocuparnos.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Carolina Tohá.
La señora TOHÁ (doña Carolina).-
Señor Presidente , creo que la discusión del proyecto se debe situar en su debido contexto.
Se ha transformado en una especie de lugar común referirse a los gremios como grupos que se dedican a defender intereses corporativos de manera mezquina, pero que son refractarios a los cambios y que constituyen una especie de lastre para el país; es decir, hay que soportarlos porque existen, pero ojalá no existieran.
Lo valioso de este proyecto, creo que es una ceguera no apreciarlo, es que nos permitió llegar a acuerdo con un gremio que tiene una actitud profundamente distinta.
El valor del proyecto no sólo radica en lograr un acuerdo, sino en que el Colegio de Profesores ha sido tremendamente valiente, ha tenido sentido de país, de compromiso con la calidad de la educación, y no sólo con sus intereses, actitud que ojalá viéramos más a menudo en otros grupos y en otros gremios.
El Colegio de Profesores ha tenido el valor de apoyar y de ser parte en un proceso que establece un sistema de evaluación de docentes.
¿Qué sector de Chile, aparte del mencionado, se la ha jugado por participar en un sistema en el que lo evalúen? ¿Qué gremio ha aceptado un sistema de incentivos crecientes?
Esto empezó hace varios años, pero hoy culmina con la creación de nuevos incentivos de tipo individual, que se entregarán a los profesores bien evaluados. Eso es lo fundamental del proyecto.
Todos estamos molestos porque no nos gusta votar en forma apresurada. La Comisión de Educación planteó ese reclamo al Ejecutivo .
Sin embargo, deducir que en esto hay improvisación, implica no entender lo sustantivo. El proyecto se empezó a estudiar hace mucho tiempo, cuando era ministra de Educación la señora Aylwin , y subsecretario, el señor Weinstein . Ellos iniciaron el proceso de diálogo con los profesores, cuyos frutos se ven ahora. Los resultados de la gestión del ministro Bitar y de la subsecretaria Hornkohl están a la vista: profesores que respaldan un sistema de evaluación y de remuneraciones que conlleva incentivos.
Por lo tanto, no sólo no hay improvisación, sino un trabajo arduo, serio, sostenido y mutuo entre el Colegio de Profesores y el Gobierno para avanzar en el diseño de este sistema y observar con seriedad cómo está la calidad de la educación, cómo lo están haciendo nuestros profesores, cómo incentivamos a los que lo hacen bien y ayudamos a los que lo hacen mal.
Este proyecto se relaciona con el que establece las reglas básicas de funcionamiento de la evaluación docente.
En la Comisión de Educación rechazamos parte del artículo 12, que definía cómo funcionará la evaluación, porque decidimos discutirlo con más calma y con la detención que merece el otro proyecto.
Además, ayer nos dimos el trabajo de votar en general dicha iniciativa, como una señal de que no nos quedaremos solamente con premiar a los profesores que les va bien, sino que también analizaremos a fondo qué haremos con los que les va mal.
El sistema de evaluación docente establece un mecanismo para apoyar y reforzar la preparación de los profesores, pero si no son capaces de superarse deberemos sacarlos del sistema, porque queremos garantizar a los niños de Chile que todos sus profesores son de calidad.
Por lo tanto, no podemos cerrar los ojos, confundirnos y pensar que la langosta que nos estamos sirviendo es un mal plato porque una de las arvejitas no tiene el color adecuado.
Este proyecto es emblemático, fundamental, y significa un salto enorme a favor de la educación.
Hay algunos temas pendientes que, ojalá, los podamos discutir próximamente.
La Comisión de Educación pidió por unanimidad al Gobierno que estudie mecanismos especiales para dar apoyos e incentivos adicionales a los profesores que se desenvuelven en establecimientos urbanos vulnerables.
Hay un serie de mecanismos especiales para los colegios rurales, pero los colegios urbanos, liceos y escuelas con estudiantes vulnerables por su situación socioeconómica, por el capital cultural de sus familias, por la situación de descomposición social de sus hogares y barrios, requieren que los profesores tengan incentivos extraordinarios.
Hemos pedido al Gobierno que presente iniciativas en ese sentido y que las discutamos.
Cómo no va a ser bueno que el incentivo a los profesores con mejor desempeño en los colegios vulnerables sea el doble, de manera que a los que les vaya mejor en la evaluación docente estén en los colegios más pobres y sean premiados por ello. Ese es el nivel de metas que debemos ponernos si queremos eliminar las enormes desigualdades del sistema educacional.
El debate no ha concluido y debemos seguir trabajando. El proyecto que hoy discutimos implica un salto enorme y, por cierto, lo apoyaremos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Se ha cumplido el tiempo acordado por los Comités para la discusión del proyecto.
En votación en general el proyecto que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Se declara aprobado en particular el proyecto, con excepción del artículo 12 permanente y de los artículos 1º, 2º, 4º, 5º y 6º transitorios, para los cuales se pidió votación separada o fueron objeto de indicaciones.
Se ha solicitado votación separada de las letras del artículo 12 del proyecto.
El señor ROBLES.-
Señora Presidenta , ¿quién solicitó votación separada?
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , muy temprano se hizo llegar a la Mesa, por escrito, la petición de votación separada.
En votación la letra a) del artículo 12.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos; por la negativa, 30 votos. Hubo 2 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
Bayo y
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la letra b) del artículo 12.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 49 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 22 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
Barros, Bayo,
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la letra c) del artículo 12.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor Bayo.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta , hay un señor que está sobre la baranda de la tribuna insinuando a los señores diputados la forma en cómo votar. Eso es grave, por lo cual pido que se respete el Reglamento.
-Manifestaciones en las tribunas.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Ruego a las personas ubicadas en las tribunas no hacer manifestaciones.
En votación la letra d) del artículo 12.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 31 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
Aprobado el artículo 12.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación de la Comisión de Hacienda, que tiene por objeto agregar un artículo 13, nuevo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos; por la negativa, 32 votos. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor Bayo.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 1º transitorio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor Bayo.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 2º transitorio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 19 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
Barros, Bayo,
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El señor Secretario dará lectura de la indicación presentada al artículo 3º transitorio, nuevo.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La indicación, de las diputadas señoras Tohá, Saa y Mella, y del diputado señor Montes, modifica el nuevo artículo 3º transitorio, que propone la Comisión de Hacienda. Dice relación con la fecha respecto de la cual los profesionales podrán concursar. Se propone sustituir 28 de febrero de 2004 por 31 de diciembre de 2003.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 3º transitorio con la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 30 votos. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado el artículo con la indicación.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor Bayo.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 4º transitorio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 12 votos. Hubo 3 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 5º transitorio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
Bayo e
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El señor Secretario dará lectura a la indicación presentada al artículo 6º transitorio.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La indicación aprobada por la Comisión de Hacienda es para reemplazar el inciso sexto del artículo 6º transitorio por el siguiente:
Durante el año 2004 el monto de los anticipos de las subvenciones a que se refiere el artículo 7º transitorio siguiente sólo podrán hacerse hasta por el equivalente a mil profesionales de la educación.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 6º transitorio con la indicación presentada por el Ejecutivo .
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado el artículo con la indicación.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
Bayo y
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.40 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley sobre bonos de descontaminación. (Boletín Nº 3290-12).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República ; RODRIGO EGAÑA BARAONA , Ministro Secretario General de la Presidencia (S)”.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 14 de enero de 2004.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que crea la comuna de Hualpencillo, en la Provincia de Concepción, Región del Biobío, correspondiente al Boletín Nº 1764-06.
Hago presente a Vuestra Excelencia que el referido informe fue aprobado con el voto conforme de 39 señores senadores de un total de 47 en ejercicio, dándose cumplimiento de este modo a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 63 de la Carta Fundamental.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 1.143, de 18 de junio de 1996.
Acompaño la totalidad de los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
Informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que crea la comuna de Hualpencillo, en la Provincia de Concepción, Región del Biobío. (boletín Nº 1764-06)
?Honorable Senado:
Honorable Cámara De diputados:
Por oficio Nº 5-350, de 24 de septiembre del año 2003, S.E. el Presidente de la República solicitó el desarchivo del proyecto de ley señalado en el epígrafe, con el fin de incluirlo entre los asuntos de que podrá ocuparse el Congreso Nacional durante la actual legislatura extraordinaria de sesiones.
El referido proyecto tuvo su origen en un mensaje del Ejecutivo , de fecha 28 de noviembre de 1995, y fue aprobado por el honorable Senado en sesión de 4 de junio de 1996, oportunidad en que se remitió a la honorable Cámara de Diputados para su segundo trámite constitucional, según da cuenta el oficio Nº 9.859, de la fecha señalada.
Mediante oficio Nº 1.143, de 18 de junio de 1996, la honorable Cámara de Diputados comunicó al honorable Senado que había desechado el proyecto de ley en informe, por lo que de conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política correspondía formar una Comisión Mixta para que se ocupara de proponer a ambas Cámaras la forma de resolver la controversia producida.
Posteriormente, mediante oficio Nº 20-338, de 1º de junio de 1998, el Ejecutivo solicitó el archivo de este proyecto de ley.
Cual se señaló al inicio de este informe, el Ejecutivo solicitó el desarchivo de este proyecto, petición que fue acogida por el Senado, designándose por la honorable Cámara, mediante oficio Nº 4.653 de 19 de noviembre de 2003, a sus nuevos representantes en la Comisión Mixta, que lo son los honorables diputados señores Víctor Barrueto , Germán Becker , Camilo Escalona , José Miguel Ortiz y Jorge Ulloa .
Por su parte, el honorable Senado nominó a los miembros de su Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización para que integraran la referida Comisión.
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Convocada por el señor Presidente del Senado , en sesión de 16 de diciembre pasado y con asistencia de los honorables senadores señora Frei y señores Coloma , Ríos, Sabag y Viera-Gallo y honorables diputados señores Barrueto , Escalona y Ulloa , la Comisión Mixta eligió como su Presidenta a la honorable senadora señora Carmen Frei .
Posteriormente, la Comisión Mixta celebró una segunda sesión el día 6 de enero de 2004 bajo la presidencia accidental del honorable senador señor Sabag , con la asistencia de los honorables senadores señores Cantero , Coloma y Viera-Gallo y los honorables diputados señores Barrueto , Becker , Escalona , Ortiz y Ulloa .
Hacemos presente que a las sesiones de la Comisión Mixta asistieron, además de sus miembros, el Ministro del Interior , señor José Miguel Insulza ; la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, señora Adriana Delpiano , y los asesores del Ministerio del Interior señores Rodrigo Cabello , Eduardo Pérez y Benjamin Valle . Asimismo, la Comisión Mixta escuchó la opinión del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Talcahuano , señor Leocán Portus , y los concejales de esa comuna señoras Sonia Becerra y Gudelia Segura y señores Abel Contreras , Hernán Pino , Marcelo Rivera , Gastón Saavedra y Erick Vergara . Igualmente, concurrieron el Secretario de la Alcaldía , señor Pablo Alfonso Marcó ; el Jefe de Gabinete Municipal , señor Carlos Saldaña , y el Administrador Municipal, señor Samuel Venegas .
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QUÓRUM CALIFICADO Y URGENCIA
Prevenimos que de conformidad con el artículo 99 de la Constitución Política, el proyecto de ley que informamos, de aprobarse, debe serlo con quórum calificado, en atención a que la mencionada disposición exige tal rango a las leyes que crean nuevas comunas. Además, informamos que la iniciativa tiene urgencia calificada de “simple”.
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DEBATE DE LA COMISIÓN MIXTA
En su primera sesión, la Comisión Mixta se ocupó de una indicación sustitutiva del Ejecutivo que difiere del texto aprobado por el Senado en aspectos propios de la nueva institucionalidad que rige a los municipios y, principalmente, en que denomina a la nueva comuna que se propone crear con el nombre de “Hualpén”, y establece límites distintos de los consignados en el texto primitivo para la comuna proyectada.
En la referida sesión se analizaron los antecedentes que habitualmente se ponderan para la creación de nuevas comunas. En primer término, el factor geográfico, que considera la posición del territorio comunal dentro del país y de la región. Este factor atiende a la importancia de la cabecera comunal propuesta como futuro centro prestador de servicios; la extensión territorial en relación con las demás comunas de la región, y el impacto en la comuna madre.
Enseguida, se examinó el factor económico-financiero, variable que tiene en cuenta la relevancia de las actividades productivas del territorio propuesto, la estimación de sus recursos propios y el impacto sobre las finanzas de la comuna madre.
El tercer factor toma nota del equipamiento e infraestructura del nuevo territorio comunal tales como la accesibilidad, comunicaciones y conectividad, y el nivel de servicios básicos respecto de las otras zonas del territorio comunal de origen, comparación esta última que se estima importante toda vez que la falta de servicios es un elemento fundamental al estudiar la creación de una nueva comuna.
Otro factor que ha de tenerse presente en la creación de una comuna es el socio-cultural y organizativo que considera el grado de identidad socioterritorial, el respaldo ciudadano para crear una comuna y las sugerencias sobre la modificación de la división política-administrativa, aspecto este último que evalúa los planteamientos de los ciudadanos.
Finalmente, se ponderó como elemento de creación de una comuna el factor demográfico que estudia, entre otros, la tendencia de crecimiento de la población (ha de favorecerse los territorios que experimentan un crecimiento superior al promedio regional); el tamaño demográfico de la nueva comuna en relación al promedio de población de las otras comunas de la provincia y el efecto sobre la comuna madre, esto es, el impacto que genera la desagregación de una parte del territorio comunal y la población remanente que queda en la comuna madre.
Según se explicó por los representantes del Ejecutivo, que la nueva comuna que el proyecto propone crear se ajusta a los criterios precedentes.
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Tras el análisis descrito, la Comisión Mixta, para un mejor acuerdo respecto del asunto que la convoca, estimó de importancia conocer la opinión del Alcalde y del Concejo de la Municipalidad de Talcahuano, que es la comuna madre de la que se desprende el municipio que el proyecto crea.
En sesión de 6 de enero pasado el alcalde de la Ilustre Municipalidad de Talcahuano , señor Leocán Portus , expresó que el proyecto en análisis no cuenta con el respaldo unánime de la comunidad, lo que está avalado por antecedentes que han hecho llegar los propios vecinos que no quieren pertenecer a la comuna de Hualpén.
La comuna de Talcahuano presenta con su actual territorio un conjunto definido e identificable dentro del contexto intercomunal, conformado por distintos subsistemas, como el puerto de Talcahuano y San Vicente , los complejos industriales y de servicios, sus sectores habitacionales y áreas ecológico-ambientales de las terrazas bajas de Rocuant, Lenga , Penínsulas de Hualpén y Tumbes . La división del territorio comunal producirá un desequilibrio en estos subsistemas urbano-naturales que están claramente definidos y, también, significará complejizar la planificación y materialización de proyectos que ya están en vías de ejecución.
Talcahuano es una de las ciudades puerto más importantes de Chile. Los grandes complejos petroquímicos y las empresas que aportan recursos a la economía nacional están ahí. Es un pequeño territorio de 148,2 km², disminuido además, en casi 34 km², por el emplazamiento de la Base Naval sobre la Península de Tumbes, instalaciones que configuran un umbral físico espacial que limita su desarrollo al no integrarse al quehacer urbano por su rol de defensa nacional.
Señaló que Talcahuano tendría mejores posibilidades de desarrollo si permaneciera como es hoy: una ciudad puerto con 250.000 mil habitantes, 2 hermosas bahías y 2 importantes puertos para la actividad portuaria comercial, actividad que hoy juega un papel predominante en la economía nacional. Los últimos tratados y convenios firmados por Chile traerán un auge inesperado para nuestros puertos. Ellos permitirán a Talcahuano ser el líder del sistema integrado de puertos de la VIII Región y el principal polo de desarrollo del Asia-Pacífico a través del Corredor Bioceánico Bahía Blanca-Talcahuano.
El deseo de no ser divididos, continuó el señor Alcalde , no es capricho, y todos los estudios realizados por técnicos y por universidades como la del Bío Bío, por el EULA de la Universidad de Concepción y por la CONAMA así lo han demostrado, siendo de esperar que la división comunal no desequilibre el conjunto al restarle a ambos lados áreas importantes a la necesaria expansión de sus múltiples actividades.
Ahora bien, manifestó, si se crea la comuna de Hualpén, sus límites deberían ser los mismos considerados en el proyecto inicial, que fue desestimado y que definen como límite norte a la Avenida Las Golondrinas como la arteria vial que separaría ambos territorios.
Como fundamento de su sugerencia adujo la falta de identificación del límite norte expresada en el texto de la indicación sustitutiva. Consideró más propio definir un límite sencillo y entendible por todos cual sería una línea recta como lo es la Avda. Las Golondrinas.
Además, ha de tenerse presente el tamaño disminuido con que quedaría Talcahuano. Si a la superficie actual de 148,2 km², se le resta el territorio de la Base Naval que ocupa 33,47 km², Talcahuano quedaría apenas con 114,73 km², privándosele de áreas de expansión habitacional, de modo que Hualpén lo superaría en número de habitantes por ser allí donde se encuentran proyectos inmobiliarios en desarrollo y los terrenos de expansión habitacional más factibles.
En lo que se refiere a la atención de Salud Municipalizada, advirtió que el 95% de la población que reside en el tramo entre Las Golondrinas y el Eje Perales se atiende en el Consultorio Higueras y no en los Consultorios de Hualpencillo como han mencionado algunas autoridades.
Otra variable importante es el aspecto financiero del sistema de salud municipalizada, ya que actualmente el municipio aporta 1.200 millones de pesos de los cuales 750 millones, es decir un 60%, se deriva al sector Hualpencillo por el alto número de atenciones que allí se presta. Esto significa que el nuevo municipio deberá entregar un aporte considerable para mantener el sistema de atención por lo menos en iguales condiciones.
Enseguida, señaló que dentro del contexto regional, Talcahuano es hoy la comuna más poblada con 250.348 habitantes, superior incluso a Concepción (216.061), Los Angeles (166.556) y Chillán (161.953), que son capitales provinciales.
Dicha población se distribuye en un territorio comunal, como ya se ha señalado, (de 148,2 km²), que es uno de los más pequeños dentro de la región (lugar 47 de un total de 52 comunas).
Si se crea la nueva comuna considerando el límite en Las Golondrinas, Hualpén tendría una población de 86.720 habitantes y con el límite en el eje Perales alcanzaría a los 112.337 habitantes, es decir, existe una diferencia de 25.617 habitantes que a muy corto plazo serían recuperados.
En otro orden, hizo presente que los sectores poblacionales que se ubican entre el Puente Perales y Avda. Las Golondrinas, sector que se conoce como “Medio Camino”, corresponden a poblaciones de antigua data cuyos habitantes siempre se han considerado de Talcahuano, y de acuerdo a lo que han manifestado públicamente y por escrito a las autoridades y representación parlamentaria, no desean dejar de pertenecer a esta comuna.
Se refirió, a continuación, a la importancia medio ambiental de los Cerros Islas ( Cerro San Miguel , Cerro San Martín y Cerro la U).
Es sabido que la contaminación generada por las actividades productivas se expanden hacia sectores alejados de las fuentes emisoras, la topografía y los vientos llevan los efectos de ésta hacia barrios lejanos, de allí la importancia de los cerros islas que se constituyen en una barrera natural entre el sector habitacional y el industrial.
Terminó expresando la inconveniencia de que parte de los cerros islas que protegen ambientalmente a los sectores habitacionales como son Higueras, Denavi Sur , Villa San Martín , etc., del sector industrial, pertenezcan a comunas distintas y que por divergencia de intereses que cambien los usos actuales y pierdan su condición de pulmón natural, todo lo cual hace necesario que se mantenga como un conjunto, permitiendo optimizar su rol.
Tras la intervención del señor Alcalde , los señores concejales de la comuna expusieron sus puntos de vista orientados especialmente a los hitos que deben servir de límite a la nueva comuna que se crea, privilegiándose por algunos los accidentes naturales del territorio y, por otros, referencias urbanas como ejes de calles o la existencia de avenidas de mayor relevancia, y en todo caso observándose la inclusión de establecimientos productivos y complejos comerciales que podrían quedar en uno u otro territorio comunal creando zonas de influencia socioeconómica, y la lejanía o cercanía de centros prestadores de servicios.
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ACUERDO DE LA COMISIÓN MIXTA
Una vez concluida las audiencias la Comisión Mixta se abocó a la controversia producida, lográndose, en primer lugar, un acuerdo respecto de la creación de la comuna de “Hualpén” y perfilándose después dos criterios en lo relativo a sus límites; esto es, optar por la delimitación propuesta en el proyecto primitivo aprobado por el honorable Senado, en junio de 1996, con las adecuaciones necesarias para ajustarlo a la realidad urbana actual, o bien preferir la proposición formulada por el Ejecutivo en su indicación sustitutiva.
La Comisión Mixta, por la unanimidad de sus miembros presentes, se decantó por respetar en este proyecto de ley los límites propuestos en el mensaje -los de la idea original-, para lo cual el Ejecutivo formuló la pertinente modificación a la indicación sustitutiva, toda que vez que incide en una materia que corresponde a su exclusiva iniciativa de ley.
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Conformaron el voto unánime de este acuerdo los honorables senadores señores Cantero , Coloma , Sabag y Viera-Gallo y los honorables diputados señores Barrueto , Becker , Escalona , Ortiz y Ulloa .
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Consignamos a continuación una breve descripción general de la indicación sustitutiva, enmendada según quedó dicho en lo que respecta a los límites de la comuna que se crea, que es el texto que esta Comisión Mixta someterá a ambas Cámaras como forma y modo de resolver la controversia producida.
El texto de dicha indicación está estructurado en dos artículos permanentes y seis disposiciones transitorias.
Mediante el artículo 1º permanente se crea la comuna de Hualpén y se fijan sus deslindes (durante el debate se precisó que el término nativo “Hualpén” significa roble vigilante o el que mira de lo alto).
El artículo 2º preceptúa que para los efectos del Fondo Común Municipal y la ley de Rentas Municipales la nueva comuna se entenderá incluida en los coeficientes de distribución del Fondo a partir del 1º de enero de 2004.
Las disposiciones transitorias regulan el funcionamiento de la comuna desde su creación, prescribiendo normas para agruparse con la comuna de Talcahuano en tanto no esté instalada su municipalidad; los recursos para financiar la administración transitoria y la instalación del municipio; la determinación del porcentaje de los cargos de planta de la Municipalidad de Talcahuano que deberán ser traspasados; los derechos y normas de protección del personal que estará en esa condición; la autorización para transferir muebles e inmuebles desde la comuna madre a la nueva que esta normativa crea; los créditos y obligaciones que incidan en el patrimonio de la nueva comuna; las normas sobre donaciones e inscripciones en los registros conservatorios y del registro civil que procedan, así como la exención de impuestos (artículos 1º a 3º transitorios).
Los artículos 4º a 6º transitorios imponen a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo el deber de coordinar los traspasos precedentemente señalados así como la inversión que se efectúe en el nuevo territorio comunal; la declaración de que en tanto no se modifiquen los distritos electorales y circunscripciones senatoriales continuarán vigentes sus actuales conformaciones territoriales y el reconocimiento de que lo dispuesto en esta ley es sin perjuicio de la normativa sobre instalación de nuevas comunas prevista en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
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INFORME FINANCIERO
Prevenimos, finalmente, que durante el debate habido en la Comisión Mixta se tuvo a la vista un informe financiero del señor Director de Presupuestos que expresa que la aprobación de esta iniciativa no significa mayor gasto fiscal.
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PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA
En consecuencia y como forma y modo de resolver la divergencia producida entre ambas Cámaras, esta Comisión Mixta tiene a honra sugerir al honorable Senado y a la honorable Cámara de Diputados acoger la indicación sustitutiva formulada por el Ejecutivo al proyecto aprobado en primer trámite constitucional por el Senado, con las enmiendas de que hemos dado cuenta precedentemente. Acompañamos al presente informe un comparado que contiene el proyecto aprobado en primer trámite, rechazado por la Cámara de Diputados, y la redacción de la indicación sustitutiva propuesta por la Comisión Mixta. El texto de esta última es el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1º.- Créase la comuna de Hualpén, en la provincia de Concepción, Región del Biobío. Comprende la parte de la actual comuna de Talcahuano ubicada al sur del siguiente límite:
El bandejón central de la autopista de Concepción a Talcahuano, desde su intersección por la avenida Jorge Alessandri Rodriguez hasta su intersección por la prolongación de la avenida Bernardo O’Higgins ; la avenida Bernardo O’Higgins , desde la autopista de Concepción a Talcahuano hasta la avenida Las Golondrinas; la avenida Las Golondrinas, desde la avenida Bernardo O`Higgins hasta el camino a Lenga; y, el camino a Lenga y su prolongación en línea recta, desde la avenida Las Golondrinas hasta el Mar Chileno.
Artículo 2°.- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y las disposiciones pertinentes del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, entiéndase incluida la nueva comuna de Hualpén en los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal, a contar del 1 de enero de 2004.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1° transitorio.- Durante el período en que la comuna de Hualpén, creada por esta ley, no tenga instalada su respectiva Municipalidad, se agrupará con la comuna de Talcahuano, para los fines que establece el artículo 107 de la Constitución Política de la República. Para efectos de la administración de la comuna de Hualpén, la Municipalidad de Talcahuano, en la que recaerá transitoriamente esta función, deberá llevar presupuesto y contabilidad únicos, sin perjuicio de que internamente se consagre un procedimiento que permita llevar en forma separada y por comuna, ambas actividades, a partir de los treinta días siguientes a la publicación de la presente ley, con el propósito de preparar la futura administración de la nueva comuna.
Para los efectos señalados en el inciso precedente, la municipalidad de Talcahuano deberá recabar la asesoría permanente y durante todo el proceso, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, asesoría que ésta podrá ejercer directamente o con la colaboración del Intendente Regional, con el propósito de velar por una equitativa y adecuada administración de la nueva comuna.
La referida Subsecretaría y la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, en coordinación con el Intendente Regional del Biobío, efectuarán un estudio del costo total que implicará la instalación de la nueva municipalidad, cuyos resultados deberán remitirse al Presidente de la República .
Autorízase al Presidente de la República para que, una vez evacuado el estudio mencionado, destine parte de los recursos del Fondo Común Municipal que correspondan a la comuna de Hualpén, para financiar la instalación de su municipalidad. Esta destinación de recursos deberá efectuarse de forma tal de no afectar el regular funcionamiento y financiamiento de los servicios que se prestan a la agrupación de comunas.
Artículo 2° transitorio.- Facúltase al Presidente de la República para que en el plazo de un año contado desde la vigencia de esta ley, mediante decreto con fuerza de ley, expedido por intermedio del Ministerio del Interior, el que deberá ser suscrito además por el Ministro de Hacienda , determine el porcentaje de los cargos de la planta de la Municipalidad de Talcahuano que deberá ser adscrito a la planta de la Municipalidad de Hualpén, ponderando, para este efecto, la proporción de la población aportada a la nueva comuna por la comuna originaria. La citada proporción deberá determinarse, cuando sea procedente, respecto de cada una de las plantas reguladas en la Ley N° 18.883.
En ejercicio de la señalada facultad, el Presidente de la República fijará, asimismo, la planta de personal de la Municipalidad de Hualpén y los requisitos de ingreso y promoción de los cargos.
El alcalde de la Municipalidad de Talcahuano , mediante decreto alcaldicio, identificará los funcionarios titulares que se traspasan a la Municipalidad de Hualpén, en cuya planta deberá nombrarlos el alcalde de esta última comuna, a contar de la instalación del nuevo municipio, a fin de proveer los cargos según la proporción establecida precedentemente. El nombramiento de este personal se hará sin sujeción a las normas sobre concurso de la ley N° 18.883, debiendo, en todo caso, cumplir con los requisitos de ingreso correspondientes.
Los cargos de los funcionarios que se traspasen se entenderán suprimidos en la planta de la Municipalidad de Talcahuano, una vez efectuado el nombramiento a que se refiere el inciso anterior.
Los traspasos de personal referidos se efectuarán sin solución de continuidad y sin que puedan ser disminuidas las remuneraciones que percibían. Si el nuevo cargo fuere de menor grado, los respectivos servidores percibirán la diferencia por planilla suplementaria, imponible y reajustable en la misma oportunidad y porcentaje que las remuneraciones del sector municipal.
Artículo 3° transitorio.- Autorízase a la Municipalidad de Talcahuano para transferir el dominio, a título gratuito, a la Municipalidad de Hualpén, de los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva comuna. Asimismo, se autoriza a la Municipalidad de Talcahuano para transferir a la Municipalidad de Hualpén, también a título gratuito, los bienes muebles que guarnecen dichos inmuebles y los demás que convengan los respectivos alcaldes.
El traspaso de los créditos y obligaciones de la Municipalidad de Talcahuano, que correspondan o incidieren en el patrimonio o en la administración de la nueva comuna, se efectuarán de común acuerdo por ambos alcaldes y sus respectivos concejos.
Las donaciones efectuadas a la Municipalidad de Hualpén, por aplicación de lo dispuesto en los incisos precedentes, no requerirán del trámite de insinuación judicial a que se refiere el artículo 1.401 del Código Civil y estarán exentas del impuesto a las donaciones establecido en la ley N° 16.271.
Por su parte, los Conservadores de Bienes Raíces y el Servicio de Registro Civil e Identificación, procederán a inscribir, respectivamente, los inmuebles y vehículos a nombre de la Municipalidad de Hualpén, en virtud de requerimiento escrito del alcalde. La transferencia de los bienes indicados estará exenta de impuesto y de los derechos que procedan por tales inscripciones.
Artículo 4° transitorio.- Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, durante el período de administración transitoria, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, con la colaboración del Intendente Regional, deberá coordinar, entre otras materias, los traspasos a que se refiere el artículo precedente, como asimismo, la inversión que se efectúe en el territorio de la comuna de Hualpén, con el propósito de velar por una equitativa y adecuada instalación de la nueva comuna.
Artículo 5° transitorio.- En tanto no se efectúe la modificación correspondiente al Título Final de la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, sobre distritos electorales y circunscripciones senatoriales, continuará vigente para todos los efectos legales su actual conformación territorial.
Artículo 6° transitorio.- Lo dispuesto en la presente ley, se entiende sin perjuicio de las normas sobre instalación de nuevas municipalidades, establecidas en la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.”.
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Acordado en sesiones celebradas el 16 de diciembre de 2003, con asistencia de los honorables senadores señora Frei ( Presidenta ) y señores Coloma , Ríos, Sabag y Viera-Gallo , y de los honorables diputados señores Barrueto , Escalona y Ulloa ; y 6 de enero del año 2004, con asistencia de los honorables senadores señores Sabag ( Presidente accidental ), Cantero , Coloma y Viera-Gallo; y de los honorables diputados señores Barrueto , Becker , Escalona , Ortiz y Ulloa .
Sala de la Comisión, a 9 de enero de 2004.
(Fdo.): MARIO TAPIA GUERRERO , Secretario de la Comisión ”.
3. Informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en lo relativo al contrato de promesa de compraventa de determinados bienes raíces y criminaliza conducta constitutiva de estafa en el artículo 470 del Código Penal. (boletín N° 2694-07)
“Honorable Cámara de Diputados,
Honorable Senado:
Vuestra Comisión Mixta, constituida en conformidad con el artículo 68 de la Constitución Política, tiene el honor de proponeros la forma y modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras durante la tramitación del proyecto de ley de la referencia.
La honorable Cámara de Diputados, en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2003, designó como integrantes de esta Comisión a los honorables diputados señores Jorge Burgos Varela , Juan Bustos Ramírez , Patricio Hales Dib , Nicolás Monckeberg Díaz y Víctor Pérez Varela .
El Senado, por su parte, en sesión de fecha 16 de diciembre de 2003, nombró para este efecto a los miembros de su Comisión de Vivienda y Urbanismo, honorables senadores señores Jorge Arancibia Reyes , Fernando Cordero Rusque , Jaime Gazmuri Mujica , Baldo Prokurica Prokurica y Hosain Sabag Castillo .
Previa citación del señor Presidente del Senado , la Comisión Mixta se constituyó el día 14 de enero de 2004, eligiendo por unanimidad como Presidente al honorable senador señor Hosain Sabag Castillo . Hecho lo anterior, se abocó al cumplimiento de su cometido.
Cabe señalar que, en esa oportunidad, el honorable senador señor Jorge Arancibia Reyes fue reemplazado por el honorable senador señor Marco Cariola Barroilhet .
A la mencionada sesión, asistieron el señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, don Jaime Ravinet , y sus asesores, señora Jeannette Tapia y Jaime Silva . Participaron, asimismo, los señores Fernando Londoño y Fernando Dazarola , abogados del Ministerio de Justicia.
Concurrieron, además, los honorables diputados señora María Angélica Cristi Marfil y señor Francisco Encina Moriamez .
OBJETIVOS DEL PROYECTO
Como objetivo central, el proyecto de ley en estudio establece la obligación de caucionar los contratos de promesa de compraventa de bienes raíces ofrecidos por personas naturales o jurídicas que tengan por giro la actividad inmobiliaria.
Cabe recordar que esta iniciativa tuvo origen en una Moción de los honorables diputados señores Juan Bustos y Patricio Hales y del ex diputado señor Sergio Elgueta . Con ella, sus autores atendían los daños que a menudo sufren los promitentes compradores de las llamadas “obras en verde”, cuando, habiendo adelantado parte del precio, la empresa constructora no entrega el inmueble a tiempo, construye una obra con condiciones diferentes a las pactadas o, simplemente, quiebra, perdiéndose, de este modo, la posibilidad de recuperar el dinero pagado.
El proyecto aprobado en primer trámite estableció, en consecuencia, que, al momento de celebrarse la promesa de compraventa, la empresa constructora o inmobiliaria debía constituir una garantía que asegurara al promitente comprador la recuperación del dinero pagado por concepto de precio de la vivienda en caso de que la promesa de compraventa no pudiera cumplirse.
Para este efecto, se agregó un artículo 138 bis a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, mediante el cual se obligaba a las inmobiliarias a caucionar, mediante póliza u otra garantía similar, el cumplimiento de los contratos de promesa de compraventa.
Por otra parte, el proyecto consagraba en el Código Penal, como una nueva hipótesis de estafa, la circunstancia de no constituirse la referida garantía cuando se celebrara un contrato de promesa de compraventa. En este punto, se proponía enmendar el artículo 470 del Código Penal.
Durante el segundo trámite, el Senado introdujo a la iniciativa diversas modificaciones.
En lo sustancial, dichas enmiendas dijeron relación con:
a) Disponer que los contratos de promesa de compraventa de bienes raíces deberían otorgarse mediante escritura pública.
b) Impedir que los notarios autorizaran las correspondientes escrituras públicas de promesa de compraventa si no se había constituido la garantía a favor del promitente comprador.
c) Establecer que, en caso de no otorgarse la referida escritura pública, se presumiría que las estipulaciones de la promesa serían las que señalara el promitente comprador.
Por otra parte, el Senado estimó innecesario incorporar una modificación al Código Penal, teniendo en consideración que dicho ordenamiento sería igualmente aplicable en estos casos y que si lo que se pretende es reforzar la posición del promitente comprador que se encuentra en riesgo de perder el dinero adelantado, las modificaciones recién mencionadas resultarían más útiles y efectivas.
En consecuencia, las modificaciones introducidas por el Senado consistieron, fundamentalmente, en incorporar la exigencia de una escritura de carácter público para este tipo de contratos, prescribiéndose que, de no tener este instrumento ese carácter, valdrían las estipulaciones que el promitente comprador señalara, y en suprimir la figura penal propuesta en primer trámite.
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DISCREPANCIAS SOMETIDAS A LA CONSIDERACIÓN DE LA
COMISIÓN MIXTA
Las divergencias suscitadas entre ambas Corporaciones derivan del rechazo por parte de la honorable Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, de las modificaciones introducidas por el Senado en segundo trámite.
A continuación, se consignan las disposiciones que originaron las mencionadas discrepancias, se deja constancia del debate que estas divergencias produjeron en el seno de vuestra Comisión Mixta y de los acuerdos adoptados a su respecto.
Enseguida, se formula la proposición mediante la cual vuestra Comisión Mixta estima que pueden solucionarse las discrepancias en estudio.
ARTÍCULO 1º DEL PROYECTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Y DEL SENADO
Esta disposición es del siguiente tenor:
“Artículo 1°.- Agrégase el siguiente artículo 138 bis en la Ley General de Urbanismo y Construcciones:
“Artículo 138 bis.- Las personas naturales o jurídicas que tengan por giro la actividad inmobiliaria o aquellas que construyan o encarguen construir bienes raíces destinados a viviendas, locales comerciales u oficinas, y que celebren contratos de promesa de compraventa, deberán caucionarlos mediante póliza u otra garantía similar, aceptada por el promitente comprador. Esta garantía, debidamente identificada, se incorporará al contrato a favor del promitente comprador, en un valor igual a la parte del precio del bien raíz entregado por éste y establecido en el contrato de promesa respectivo, para el evento que el contrato no se cumpla dentro del plazo o al cumplimiento de la condición, establecidos por la promitente vendedora, o bien, que las obras realizadas no se ciñan a las especificaciones convenidas. La garantía permanecerá vigente mientras el inmueble se encuentre sujeto a cualquier gravamen o prohibición emanado de obligaciones pendientes e imputables al promitente vendedor y hasta la inscripción del dominio en el registro de propiedad del respectivo conservador de bienes raíces, a favor del promitente comprador.
Lo anterior es sin perjuicio de la responsabilidad penal, de quien, con o sin representación de la persona natural o jurídica, hubiere suscrito o hiciese suscribir el contrato de promesa de compraventa, sin haber cumplido con la obligación de garantía establecida en el inciso precedente.”.
En segundo trámite constitucional, el Senado introdujo, en el inciso primero de esta norma, la exigencia de otorgar los referidos contratos mediante escritura pública.
El inciso segundo lo reemplazó por otro, cuyo texto es el siguiente:
“Los notarios públicos no autorizarán las escrituras públicas de promesa de compraventa a que se refiere el inciso anterior si no se ha constituido la garantía a favor del promitente comprador. En caso de no otorgarse la escritura pública, se presumirá que las estipulaciones de la promesa son las que señale el promitente comprador.”.
DEBATE
En relación a la exigencia del Senado de establecer este contrato mediante escritura pública, el honorable diputado señor Monckeberg señaló que, si bien esta fórmula permite al promitente comprador disponer de un título ejecutivo, en la práctica ello no se traduce en una mayor utilidad por cuanto, tratándose de una obligación de hacer, esta parte podría reclamar la entrega de la propiedad o encargar a un tercero la construcción de la obra por cuenta del deudor. Sin embargo, indicó que si éste no ha cumplido directamente, será porque se encuentra en imposibilidad de hacerlo, de manera que tampoco podrá responder por las vías que el título ejecutivo ofrece.
Adicionalmente, dijo, la escritura pública implica mayores costos y severas restricciones al ejercicio de la autonomía de la voluntad.
En otro orden de consideraciones, connotó que la vigencia de la garantía debía vincularse a la existencia de gravámenes o prohibiciones emanadas directamente de obligaciones pendientes imputables al promitente vendedor. Afirmó que pueden existir diversas limitaciones al derecho de dominio que derivan de la ley, como es el caso de ciertas servidumbres, o de la existencia de una comunidad, como serían los reglamentos de copropiedad. Por esto, propuso intercalar el adverbio “directamente” en la última oración del inciso primero.
El honorable diputado señor Bustos recalcó que las personas de menores ingresos resentirán la mayor carga que significa extender una escritura pública, instrumento que no agrega efectividad práctica para alcanzar la prestación que se le adeuda.
Por su parte, el honorable diputado señor Burgos indicó que, desde el punto de vista del Derecho Civil, el artículo 1554 del Código del ramo no vincula la existencia del contrato de promesa al otorgamiento de una escritura pública, sino que enumera los requisitos de validez de ese contrato y manda, simplemente, que él conste por escrito. Consideró que dichos requisitos son suficientes y, por lo tanto, le parece inconveniente alterar esta norma general.
El honorable diputado señor Hales expresó que, en este aspecto, prefería la redacción de la Cámara de Diputados que deja abierta la posibilidad de otorgar instrumentos públicos o privados. Si lo que interesa, argumentó, es evitar los abusos de algunas empresas, lo esencial es contemplar una garantía a favor del promitente comprador.
El señor ministro de Vivienda y Urbanismo advirtió que el proyecto en análisis se refiere a un universo acotado de transacciones: aquéllas en que el promitente vendedor es una empresa constructora o inmobiliaria. Hizo presente que, en muchos casos, éstas, virtualmente, imponen a los interesados -a menudo personas de bajo nivel socioeconómico- verdaderos contratos de adhesión. No se trata, precisó, de alterar la regla general del Código Civil, sino de regular un segmento muy preciso de promesas de compraventas en base a las razones ya explicadas.
Propuso, sin embargo, que si la escritura pública se estima una exigencia desproporcionada, al menos se exija un instrumento privado autorizado ante notario, funcionario que deberá constatar, en ese momento, la existencia de la correspondiente garantía.
En caso de procederse de esta forma, agregó, cabría modificar el inciso segundo, eliminando la referencia a las escrituras públicas y la segunda oración.
Sostuvo que, en su opinión, lo fundamental y lo que asegura el objetivo de esta iniciativa, radica en que se cautele la existencia de la garantía. En este sentido, la intervención del notario previene los abusos en que las empresas pueden incurrir ante compradores que, de otro modo, a menudo quedan en la indefensión.
En cuanto al tipo de garantía, planteó que los instrumentos más adecuados, efectivos y menos onerosos son la póliza de seguro y la boleta bancaria, proponiendo establecer estas dos fórmulas de manera taxativa.
Finalmente, sugirió la supresión en el texto de este artículo de la mención a las especificaciones técnicas convenidas, toda vez que esta materia se encuentra regulada en la denominada Ley de Calidad de la Construcción.
El honorable diputado señor Pérez, don Víctor , coincidió en que la finalidad principal del proyecto es proteger al promitente comprador de las diversas vicisitudes que pueden afectar al vendedor. En este sentido, acotó, lo que interesa es consagrar garantías que puedan hacerse efectivas en forma expedita, adhiriendo a las fórmulas propuestas por el señor Secretario de Estado .
El honorable senador señor Cariola advirtió que en el texto aprobado por el Senado en segundo trámite, confluyen dos figuras contractuales distintas: la promesa, que se otorgaría mediante escritura pública, y la caución, que le accedería. Ello, dijo, podría generar cierta confusión frente al objetivo de asegurar al promitente comprador que, ante un incumplimiento del promitente vendedor, recuperará las sumas que le haya adelantado. En estas circunstancias, concluyó, lo primordial es consagrar garantías sencillas y eficaces, concordando en que las ya mencionadas son las más idóneas.
Finalizado el debate en relación al artículo 1º, aprobaron las siguientes modificaciones:
a) Establecer que la promesa de compraventa se otorgará por instrumento privado autorizado ante notario, el cual deberá verificar que se ha otorgado la correspondiente garantía;
b) Prescribir que la garantía podrá consistir en una póliza de seguro o en una boleta bancaria;
c) Eliminar la referencia a las especificaciones técnicas como causal para hacer efectiva la garantía;
d) Intercalar el adverbio “directamente” en la última oración del inciso primero, y
e) Suprimir la presunción contenida en la frase final del inciso segundo del texto aprobado por el Senado.
Votaron a favor de estas propuestas los honorables senadores señores Cariola , Cordero , Gazmuri y Sabag y los honorables diputados señores Bustos , Hales , Monckeberg y Pérez, don Víctor . El honorable diputado señor Burgos votó en contra de las proposiciones contenidas en las letras a), c) y e), se abstuvo en relación a la de la letra b) y aprobó la contenida en la letra d).
ARTÍCULO 2º DEL PROYECTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
(Suprimido por el Senado)
En esta disposición, la Cámara de Diputados agregó al artículo 470 del Código Penal el siguiente número 9.º:
“9.° Al que, con o sin representación de persona natural o jurídica dedicada al rubro inmobiliario o de la construcción, suscribiere o hiciere suscribir contrato de promesa de compraventa de inmueble dedicado a la vivienda, local comercial u oficina, sin cumplir con la exigencia establecida por el artículo 138 bis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, siempre que se produzca un perjuicio patrimonial.”.
El Senado, como ya se señaló, suprimió este artículo 2º.
DEBATE
El honorable diputado señor Bustos insistió en la conveniencia de reincorporar esta norma al proyecto. Fundó su planteamiento en la utilidad e importancia del precepto por cuanto precave los riesgos que puede sufrir el promitente comprador, por una parte, y, por otro lado, la interposición de acciones penales injustificadas. En efecto, explicó, en la redacción de la disposición se contiene una condición objetiva de punibilidad, que es la existencia de un perjuicio patrimonial.
El señor Ministro de Vivienda y Urbanismo , en cambio, apoyó la supresión acordada por el Senado. Sostuvo que en este caso se trata de un negocio de orden civil, en el cual los intereses del consumidor o promitente comprador se encontrarían suficientemente asegurados mediante la garantía consagrada en el artículo 1º.
Complementando al señor Secretario de Estado , el abogado del Ministerio de Justicia, don Fernando Londoño , afirmó que en la norma aprobada por la Cámara de Diputados el fundamento de la punición radica en el mero incumplimiento de la obligación de constituir una caución. A ello se suma una condición objetiva de punibilidad que consiste en el daño patrimonial que sufre el consumidor. Agregó que, en consecuencia, bastaría con el mero incumplimiento formal de no otorgar la garantía y la producción del perjuicio para que tenga lugar la sanción penal.
Sin embargo, aclaró, si lo que se pretende es alcanzar seriedad y dar efectiva protección a los promitentes compradores mediante la obligación de otorgar garantía, la norma penal no es enteramente satisfactoria por cuanto no precave la ocurrencia del daño.
Por último, expresó que las hipótesis imaginables de fraude por engaño que se pueden llevar a cabo mediante la celebración de promesas de compraventa quedan cubiertas por la tipología penal actualmente en vigor.
El honorable diputado señor Burgos advirtió que los términos del artículo 2º aprobado en primer trámite muestran una excesiva amplitud, de manera que si se pretendiera reincorporar dicho precepto al texto de la iniciativa, sería conveniente fijar un concepto de dolo más preciso o directo.
El honorable diputado señor Bustos coincidió con esta apreciación y propuso, entonces, incluir una mención al ánimo de defraudar por parte del promitente vendedor que suscribe una promesa de compraventa sin otorgar la garantía que se establece en el artículo anterior.
El honorable diputado señor Monckeberg sugirió especificar que el daño patrimonial exigido por la norma afectará al promitente comprador.
Finalizado el debate, la Comisión adoptó respecto de este precepto los siguientes acuerdos:
a) Reincorporar el artículo 2º aprobado por la Cámara de Diputados;
b) Incorporar el ánimo de defraudar como elemento de intencionalidad en el tipo penal que se crea, y
c) Precisar que el daño patrimonial a que se refiere la disposición es el que sufre el promitente comprador.
Estos acuerdos fueron adoptados por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, honorables senadores señores Cariola , Cordero , Gazmuri y Sabag y los honorables diputados señores Burgos , Bustos , Hales , Monckeberg y Pérez, don Víctor .
PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA
En mérito de los acuerdos consignados precedentemente, para salvar las divergencias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional, vuestra Comisión Mixta os propone aprobar la totalidad del proyecto de ley en los términos que se consignan a continuación. No obstante que algunas partes de sus disposiciones no dieron lugar a discrepancias, la proposición se presenta en esta forma, es decir, como texto completo y acabado, con el objetivo de darle la necesaria organicidad y facilitar su comprensión.
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES EN LO RELATIVO AL CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE DETERMINADOS BIENES RAÍCES Y CRIMINALIZA CONDUCTA CONSTITUTIVA DE ESTAFA EN EL
ARTÍCULO 470 DEL CÓDIGO PENAL.
“Artículo 1º.- Agrégase el siguiente artículo 138 bis en la Ley General de Urbanismo y Construcciones:
“Artículo 138 bis.- Las personas naturales o jurídicas que tengan por giro la actividad inmobiliaria o aquellas que construyan o encarguen construir bienes raíces destinados a viviendas, locales comerciales u oficinas, y que celebren contratos de promesa de compraventa, deberán otorgarlos mediante instrumentos privados autorizados ante notario y caucionarlos mediante póliza de seguro o boleta bancaria, aceptada por el promitente comprador. Esta garantía, debidamente identificada, se incorporará al contrato a favor del promitente comprador, en un valor igual a la parte del precio del bien raíz entregado por éste y establecido en el contrato de promesa respectivo, para el evento de que éste no se cumpla dentro del plazo o al cumplimiento de la condición establecidos por el promitente vendedor. La garantía permanecerá vigente mientras el inmueble se encuentre sujeto a cualquier gravamen o prohibición emanado directamente de obligaciones pendientes e imputables al promitente vendedor y hasta la inscripción del dominio en el registro de propiedad del respectivo conservador de bienes raíces, a favor del promitente comprador.
Los notarios públicos no autorizarán los contratos de promesa de compraventa a que se refiere el inciso anterior si no se ha constituido la garantía a favor del promitente comprador.”.
Artículo 2°.- Agrégase, en el artículo 470 del Código Penal, el siguiente número 9.º:
“9.° Al que, con ánimo de defraudar, con o sin representación de persona natural o jurídica dedicada al rubro inmobiliario o de la construcción, suscribiere o hiciere suscribir contrato de promesa de compraventa de inmueble dedicado a la vivienda, local comercial u oficina, sin cumplir con las exigencias establecidas por el artículo 138 bis de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, siempre que se produzca un perjuicio patrimonial para el promitente comprador.”.”.
-o-
Acordado en sesión celebrada el día 13 de enero de 2004, con asistencia de los honorables senadores señores Hosain Sabag Castillo ( Presidente ), Fernando Cordero Rusque , Jaime Gazmuri Mujica y Marco Cariola Borroilhet , y de los honorables diputados señores Jorge Burgos Varela , Juan Bustos Ramírez , Patricio Hales Dib , Nicolás Monckeberg Díaz y Víctor Pérez Varela .
Sala de la Comisión Mixta, a 14 de enero de 2004.
(Fdo.): NORA VILLAVICENCIO GONZÁLEZ , Abogado Secretario de la Comisión ”.
RESUMEN EJECUTIVO
INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA ENCARGADA DE PROPONER LA FORMA Y MODO DE RESOLVER LAS DIVERGENCIAS SUSCITADAS ENTRE AMBAS CÁMARAS DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE LEY QUE
MODIFICA LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
EN LO RELATIVO AL CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA
DE DETERMINADOS BIENES RAÍCES Y CRIMINALIZA CONDUCTA
CONSTITUTIVA DE ESTAFA EN EL ARTÍCULO 470 DEL
CÓDIGO PENAL
Boletín N° 2694-07
I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO:
El proyecto tiene por finalidad cautelar los intereses de las personas que celebren contratos de promesa de compraventa de bienes inmuebles, estableciendo la obligación de las empresas inmobiliarias o constructoras promitentes vendedoras, de tomar una póliza de seguro o boleta bancaria de garantía en favor de los promitentes compradores, para el evento de no cumplirse por los promitentes vendedores el contrato prometido dentro del plazo o condición fijados. Asimismo, se sanciona como estafa la omisión de la garantía antes referida.
II. ACUERDOS: En relación al artículo 1º, se adoptaron los siguientes acuerdos:
a) Establecer que la promesa de compraventa se otorgará por instrumento privado autorizado ante notario, el cual deberá verificar que se ha otorgado la correspondiente garantía. Este acuerdo se aprobó por 8 votos a favor y 1 voto en contra.
b) Prescribir que la garantía podrá consistir en una póliza de seguro o en una boleta bancaria. Este acuerdo se aprobó por 8 votos a favor y 1 abstención.
c) Eliminar la referencia a las especificaciones técnicas como causal para hacer efectiva la garantía. Este acuerdo se aprobó por 8 votos a favor y 1 voto en contra.
d) Intercalar el adverbio “directamente” en la última oración del inciso primero. Este acuerdo se aprobó por unanimidad.
e) Suprimir la presunción contenida en la frase final del inciso segundo del texto aprobado por el Senado. Este acuerdo se aprobó por 8 votos a favor y 1 voto en contra.
Las enmiendas introducidas al artículo 2º fueron aprobadas por unanimidad (9 x 0).
III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO: Consta de dos artículos permanentes.
IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No hay.
V. URGENCIA: A la fecha de este informe, no tiene.
VI. ORIGEN INICIATIVA: Moción.
VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Comisión Mixta.
VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS EN PRIMER TRÁMITE: 5 de junio de 2003.
IX. APROBACIÓN POR EL SENADO EN SEGUNDO TRÁMITE: 3 de diciembre de 2003.
X. RECHAZO POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS, EN TERCER TRÁMITE, DE LAS ENMIENDAS INTRODUCIDAS POR EL SENADO: 10 de diciembre de 2003.
XI. TRÁMITE REGLAMENTARIO: el informe de la Comisión Mixta debe pasar a la Cámara de Diputados y, posteriormente, al Senado.
XII. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:
1. D.F.L. Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
2. Artículos 1554 y siguientes del Código Civil.
3. Artículo 467 y siguientes del Código Penal.
Valparaíso, 14 de enero de 2004.
(Fdo.): NORA VILLAVICENCIO GONZÁLEZ , Abogado Secretario de la Comisión ”.
4. Certificado de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación. (boletín Nº 3446-04)
El Secretario de la Comisión de Educación , Cultura, Deportes y Recreación que suscribe, certifica: Que el texto que ha sido sometido a conocimiento de la Comisión, por Mensaje de S.E. el Presidente de la República N° 395-350, que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica, (Boletín N° 3446-04), al que se le ha hecho presente la urgencia con calificación de “discusión inmediata”, fue aprobado por esta Comisión, con la colaboración de la señora Ministra de Educación Subrogante , doña María Ariadna Hornkohl , el Jefe del Departamento Jurídico, don Rodrigo González ; los asesores señores Hugo Montaldo y Rodolfo Bonifaz , todos del Ministerio de Educación y los asesores de la Dirección de Presupuestos señores José Espinoza , Carlos Pardo y señora Patricia Orellana .
Asimismo, fueron escuchados el Presidente del Colegio de Profesores , don Jorge Pavez y la señora Jenny Assael, asesora de la misma agrupación; los señores Walter Oliva y Rodrigo Bosch , Presidente y Tesorero de la Corporación Nacional de Colegios Particulares (Conacep) y los señores Carlos Beas y Rodrigo Díaz , Secretario y abogado, respectivamente de la Federación de Instituciones de Educación Particular (Fide).
Se deja constancia que las siguientes disposiciones del Mensaje fueron rechazadas por la Comisión, cuyo textos son los siguientes:
Incisos segundo, tercero y sexto de la letra d) del artículo 12.
Corresponderá al Ministerio de Educación la coordinación técnica para la adecuada aplicación de los procesos de evaluación y la fijación de los dominios, criterios e instrumentos de evaluación. Además, existirán Comisiones Comunales de Evaluación Docente con la responsabilidad de aplicar localmente el sistema de evaluación.
La evaluación estará a cargo de evaluadores pares. Se entiende por tales a los profesores de aula que se desempeñen en el mismo nivel escolar, sector del currículo y modalidad del docente evaluado, aunque en distintos establecimientos educacionales que los docentes evaluados.
Un reglamento establecerá la composición y funciones de las Comisiones Comunales de Evaluación Docente, las que, a lo menos, estarán integradas por el Jefe del Departamento de Administración Municipal de la Educación respectivo y los evaluadores pares de la comuna respectiva; las condiciones de excelencia que deberán reunir los evaluadores pares, como asimismo, la forma de selección y nombramiento, los requisitos, inhabilidades, incompatibilidades y obligaciones a que estarán sujetos en el ejercicio de esa función ; fijará los criterios de evaluación y los procedimientos que aseguren la objetividad e imparcialidad de la evaluación docente; la periodicidad, los plazos y los demás aspectos técnicos del sistema de evaluación docente; el procedimiento de reclamo que le permita al profesional de la educación ejercer su derecho a recurrir respecto del resultado de su evaluación; y las normas objetivas que permitan a los profesionales de la educación, a los municipios respectivos y a los equipos de gestión de los establecimientos educacionales tomar conocimiento pormenorizado de la evaluación”.
“Artículo 13.- Agrégase el siguiente artículo 54 bis nuevo al DFL Nº 2, de 1998, de Educación, Ley sobre Subvenciones del Estado a los Establecimientos Educacionales:
“Los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación retendrán el 3% de los recursos que les corresponda percibir por subvención mensual y sus correspondientes incrementos a los Departamentos de Administración Municipales y a las Corporaciones Municipales, cuando hayan excedido, en el mes inmediatamente anterior, el porcentaje de las horas contratadas de la dotación docente que les permite el artículo 26 del DFL Nº 1, de 1996, de Educación.
La cantidad retenida será integrada al sostenedor cuando éste ajuste su dotación docente a lo prescrito en el artículo 26 del DFL Nº 1, de 1996, de Educación.
Los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación reiterarán esta medida en los meses siguientes si no se ha dado cumplimiento a la proporcionalidad establecida entre horas de titularidad y horas de contrato en las respectivas dotaciones docentes o si la situación de incumplimiento se vuelve a producir.
Las retenciones quedarán sin efecto si el concurso se declara desierto por no haberse presentado profesores titulados.”.
“Artículo 3º Transitorio.- Aquellos Municipios o Corporaciones de Educación Municipal que al 31 de marzo de 2004 tengan en su dotación docente un porcentaje superior al 20% de docentes en calidad de contratados, deberán llamar a un concurso interno para incorporar a docentes en calidad de titulares a la dotación para ajustarse a lo estipulado en el artículo 26 del DFL Nº 1, de 1996, de Educación. Este concurso deberá quedar resuelto a más tardar el 30 de abril de 2004.
Podrán participar en este concurso interno los profesionales de la educación titulados, que hayan pertenecido a la dotación docente del respectivo Municipio o Corporación de Educación Municipal en calidad de contratados al 28 de febrero del 2004 y que hayan servido en ésta durante tres años continuos o cuatro discontinuos, contados desde esa fecha. No tendrán derecho a concursar los contratados para ejercer funciones de reemplazo.”
Los incisos tercero y cuarto del artículo 5º Transitorio.
“El reglamento señalado en el inciso final del nuevo artículo 70 del DFL Nº 1, de 1996, de Educación, contenido en letra d) del artículo 12 de esta ley, deberá dictarse en el plazo de 180 días contados desde la publicación de la presente Ley.
Las retenciones dispuestas en el artículo 13 de esta ley regirán a contar del 1º de mayo de 2005”.
El texto aprobado por la Comisión es el siguiente:
“PROYECTO DE LEY:
“TITULO I
INCREMENTO DE LAS REMUNERACIONES DOCENTES
CAPITULO I
AUMENTO DE LA BONIFICACION PROPORCIONAL
Artículo 1°.- Sustitúyese, a partir del 1 de febrero de 2004, para los profesionales de la educación de los establecimientos educacionales del sector particular subvencionado la bonificación proporcional establecida en el artículo 8° de la ley Nº 19.410, que fue reemplazada de acuerdo al artículo 1° de la Ley Nº 19.715, vigente al 31 de enero de 2004, por la que resulte de aplicar los recursos dispuestos por dichas leyes y los que dispone esta ley, en todo lo que sea concerniente, y en la misma forma, condiciones y procedimientos señalados en los artículos 8° al 11 de la Ley Nº 19.410. En todo caso, con los mayores recursos que se entregarán a los sostenedores de estos establecimientos por aplicación de esta ley, y antes de la determinación de la bonificación aquí señalada, los sostenedores de establecimientos educacionales particulares subvencionados deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 83 del DFL N° 1, de 1996, de Educación, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.070.
En ningún caso, el nuevo monto de la bonificación proporcional resultante podrá ser inferior al que perciben actualmente.
Los montos de la bonificación proporcional vigente al 31 de enero de 2005 y al 31 de enero de 2006, serán sustituidos, a partir del 1 de febrero de 2005 y del 1 de febrero de 2006, respectivamente, conforme al procedimiento que se establece en el inciso primero de este artículo.
Artículo 2°.- Para los efectos de la aplicación del beneficio establecido en la letra c) del artículo 10 de la Ley Nº 19.410, modificado por el artículo 2° de la Ley Nº 19.598, por los sostenedores del sector particular subvencionado, deberá considerarse, además, el aumento de la subvención dispuesta por esta ley.
Artículo 3º.- Los aumentos de las remuneraciones de los profesionales de la educación del sector municipal que se produzcan como consecuencia de la aplicación de la presente ley no se absorberán por la planilla suplementaria de que trata el inciso 2º del artículo 4º transitorio de la Ley Nº 19.410.
CAPITULO II
REMUNERACION TOTAL MINIMA
Artículo 4º.- Las actuales remuneraciones totales mínimas de los profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales del sector municipal o particular subvencionado, establecidas en el artículo 3º de la Ley Nº 19.873, para una designación o contrato de 44 horas cronológicas semanales, aumentarán, a partir del 1 de febrero de 2004, del 1 de febrero de 2005 y del 1 de febrero de 2006, en la variación que experimente el Indice de Precios al Consumidor, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, entre los meses de enero a diciembre de 2003, enero a diciembre de 2004 y enero a diciembre de 2005, respectivamente.
Las nuevas remuneraciones totales mínimas, resultantes de la aplicación del inciso anterior, se fijarán mediante decretos supremos del Ministerio de Educación, firmados asimismo por el Ministro de Hacienda . El primero de ellos se dictará dentro de los 30 días siguientes a la publicación de esta ley y los dos restantes en los meses de enero del año en que deban entrar en vigencia. Estos decretos regirán desde el 1 de febrero de 2004, el 1 de febrero de 2005 y el 1 de febrero de 2006, según corresponda, y sustituirán a las remuneraciones totales mínimas que estableció la Ley Nº 19.873.
Para aquellos profesionales de la educación que tengan una designación o contrato inferior a 44 horas cronológicas semanales, lo dispuesto en el inciso primero se aplicará en proporción a las horas establecidas en las respectivas designaciones o contratos.
Artículo 5º.- Para la determinación de la remuneración total mínima, que deberán realizar los respectivos sostenedores, se considerarán: la hora cronológica actualizada a su valor al 1 de febrero de 2004, al 1 de febrero de 2005 o al 1 de febrero de 2006, según corresponda; la Unidad de Mejoramiento Profesional; la bonificación proporcional; el complemento de zona, en su caso, y cualquier otra asignación o remuneración que pudieren estar percibiendo en los montos que estuvieren vigentes al 31 de enero de 2004, al 31 de enero de 2005 y al 31 de enero de 2006, según sea el caso, excluyéndose solamente la bonificación de excelencia del artículo 15 de la Ley Nº 19.410, la asignación de excelencia pedagógica de los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 19.715, la asignación variable por desempeño individual creada por el artículo 17 de esta ley, la asignación de desempeño colectivo creada por el artículo 18 de esta ley, la asignación por concepto de desempeño en condiciones difíciles y las horas extraordinarias, aplicándose íntegramente las normas sobre planilla complementaria, definición de remuneración y excepciones, establecidas en los artículos 7° al 10 de la Ley Nº 19.410 y 3° de la Ley Nº 19.504, cuando corresponda.
Si, aplicándose todas las remuneraciones indicadas, resultare una suma total inferior a la nueva remuneración total mínima que se establece en el artículo precedente, la diferencia se pagará por planilla complementaria, la que sustituirá a la que pudiere estar percibiendo el profesional de la educación en su caso.
CAPITULO III
Párrafo 1º
INCREMENTOS DE LA SUBVENCION
Artículo 6º.- Desde el 1 de febrero de 2004 se pagará a los sostenedores de establecimientos educacionales subvencionados, regidos por el DFL Nº 2 de 1998 del Ministerio de Educación, un aumento de la subvención del artículo 9° de dicho cuerpo legal, incrementado por lo dispuesto en la Ley Nº 19.662 y la Ley Nº 19.808, de acuerdo a la siguiente tabla, expresada en unidades de subvención educacional (U.S.E.):
NIVEL Y MODALIDAD DE ENSEÑANZA QUE IMPARTE EL
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
Aumento Subvención en U.S.E.
SIN JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA
Educación Parvularia (2º Nivel de transición)
0,1715
^@#@^Educación General Básica (1º,2º,3º,4º,5º y 6º)
0,1719
^@#@^Educación General Básica (7º y 8º)
0,1867
^@#@^Educación General Básica de Adultos
0,1272
^@#@^Educación General Básica Especial Diferencial
0,5705
^@#@^Educación Media Humanístico Científica
0,2084
^@#@^Educación Media Técnico-Profesional Agrícola y Marítima
0,3095
^@#@^Educación Media Técnico-Profesional Industrial
0,2412
^@#@^Educación Media Técnico-Profesional Comercial y Técnica
0,2162
^@#@^Educación Media Humanístico Científica y Técnico Profesional de Adultos (con a lo menos 20 horas y no más de 25 horas semanales presenciales de clases)
0,1445
^@#@^Educación Media Humanístico Científica y Técnico Profesional de Adultos (con a lo menos 26 horas semanales presenciales de clases)
0,1754
CON JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA
^@#@^Educación General Básica (3º a 8º)
0,2355
^@#@^Educación Media Humanístico Científica
0,2816
^@#@^Educación Media Técnico-Profesional Agrícola y Marítima
0,3822
^@#@^Educación Media Técnico-Profesional Industrial
0,2978
^@#@^Educación Media Técnico-Profesional Comercia y Técnica
0,2816
^@#@^Educación General Básica Especial Diferencial
0,7163
Los valores de aumento de la subvención precedentemente señalados reemplazan a los que fueron fijados a partir del 1 de febrero de 2002 en conformidad a Ley Nº 19.715.
Artículo 7º.- Los valores de incremento a la subvención fijados en el artículo 9º del DFL Nº 2, de 1998, de Educación, a que se refiere el artículo anterior, expresados en unidades de subvención educacional (U.S.E.), que regirán a contar del 1 de febrero de 2005 y 1 de febrero de 2006, se formalizarán mediante decretos del Ministerio de Educación, que serán suscritos asimismo por el Ministro de Hacienda , los cuales serán dictados en el mes de enero de dichos años.
Los nuevos valores de incremento de la subvención a que se refiere este artículo reemplazarán a los fijados en el artículo precedente y serán destinados a financiar los aumentos de remuneraciones dispuestos por esta ley a contar del 1 de febrero de 2005 y del 1 de febrero de 2006.
Artículo 8º.- Desde el 1 de febrero de 2004 se pagará a los sostenedores de establecimientos educacionales rurales, a que se refieren los incisos cuarto y quinto del artículo 12 del DFL Nº 2, de 1998, de Educación, el aumento de la subvención mínima que éste establece, expresada en unidades de subvención educacional (U.S.E.).
Este aumento de la subvención será de un valor de 4,9510 unidades de subvención educacional (U.S.E.) para aquéllos que estén en régimen de doble jornada y de un valor de 6,1369 unidades de subvención educacional (U.S.E.) para los que operen bajo el régimen de jornada escolar completa diurna.
El aumento señalado precedentemente reemplazará al dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 19.715, en el monto que esté vigente al 31 de enero de 2004.
Los valores de incremento de la subvención mínima de los incisos cuarto y quinto del artículo 12 del DFL Nº 2, de 1998, de Educación, a que se refiere el inciso primero de este artículo, expresados en unidades de subvención educacional (U.S.E.), que regirán a contar del 1 de febrero de 2005 y del 1 de febrero de 2006, se formalizarán mediante decretos del Ministerio de Educación, suscritos además por el Ministro de Hacienda , los cuales serán dictados en el mes de enero de cada uno de estos años.
Los nuevos valores de incremento de la subvención mínima a que se refiere el inciso anterior, reemplazarán a los fijados en el inciso segundo de este mismo artículo y serán destinados a financiar los aumentos de remuneraciones dispuestos por esta ley a contar del 1 de febrero de 2005 y 1 de febrero de 2006.
Párrafo 2º
DESTINACION EXCLUSIVA DEL INCREMENTO DE LA SUBVENCION
Artículo 9º.- Los recursos que obtengan los sostenedores de los establecimientos educacionales del sector municipal, del sector particular subvencionado y del regido por el Decreto Ley Nº 3.166 de 1980 en razón de esta ley, por concepto de aumento de subvención o de aporte en su caso, serán destinados exclusivamente al pago de remuneraciones docentes.
Los recursos que reciban los sostenedores de los establecimientos particulares subvencionados derivados de esta ley, por concepto de aumento de subvención, serán destinados exclusivamente al pago de los siguientes beneficios: incremento del valor hora vigente al 31 de enero de 2004; así como de los incrementos del valor hora para los años 2005 y 2006 dispuestos en el artículo 10 de esta ley y nuevo valor de la bonificación proporcional, del bono extraordinario y, cuando corresponda, planilla complementaria, establecidos en los artículos 83 del DFL Nº 1, de 1996, de Educación, y artículos 8°, 9° y 10 de la Ley Nº 19.410.
El incumplimiento de lo dispuesto en los incisos anteriores será considerado infracción grave, para los efectos de lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, de Educación.
CAPITULO IV
VALOR MINIMO DE LAS HORAS CRONOLOGICAS
Artículo 10.- Los valores de las horas cronológicas para los profesionales de la educación de la enseñanza prebásica, básica y especial y para los de enseñanza media humanístico-científica y técnico-profesional, a que se refiere el artículo 5° transitorio del DFL N° 1, de 1996, de Educación, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.070, serán:
a) A partir del 1 de febrero de 2004 de $ 6.809 mensuales para los profesionales de enseñanza pre-básica, básica y especial y de $ 7.166 mensuales para los de enseñanza media humanístico - científica y técnico profesional.
b) A partir del 1 de febrero de 2005 de $ 7.081 mensuales para los profesionales de enseñanza pre-básica, básica y especial y de $ 7.453 mensuales para los de enseñanza media humanístico - científica y técnico profesional.
c) A partir del 1 de febrero de 2006 de $ 7.400 mensuales para los profesionales de enseñanza pre-básica, básica y especial y de $ 7.788 mensuales para los de enseñanza media humanístico - científica y técnico profesional.
En los valores fijados para los años 2005 y 2006 está incluido el eventual reajuste de remuneraciones que se otorgue al sector público en los años 2004 y 2005, siendo aplicable en los años 2004 y 2005 lo dispuesto en el inciso 4º del artículo quinto transitorio del DFL Nº 1, de 1996, de Educación, hasta los montos establecidos en letras b) y c) del inciso precedente.
En ningún caso los aumentos señalados en este artículo incrementaran la remuneración establecida en el artículo 3° transitorio del DFL Nº 1, de 1996, de Educación.
Los profesionales de la educación que se desempeñan en establecimientos particulares subvencionados o en los establecimientos regidos por el Decreto Ley Nº 3.166, de 1980, no podrán ver disminuida su remuneración total por la aplicación de esta norma.
CAPITULO V
AUMENTO DE REMUNERACIONES PARA LOS PROFESIONALES DE LA
EDUCACION DE LOS ESTABLECIMIENTOS ADMINISTRADOS SEGUN EL
DECRETO LEY Nº 3.166, DE 1980
Artículo 11.- Los profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales regidos por el Decreto Ley Nº 3.166, de 1980, tendrán derecho a los beneficios establecidos en los artículos 1°, 2º, 4° y 5º de esta ley.
Para estos efectos, durante los años 2004, 2005 y 2006 se entregará a las entidades administradoras un aporte por alumno equivalente al aumento de la subvención resultante de aplicar los artículos 6° y 7° de esta ley.
El procedimiento de cálculo del aporte correspondiente se efectuará en la forma establecida en el artículo 11º de la Ley Nº 19.598, tomando en cuenta la matrícula anual 2003, 2004 ó 2005, según corresponda, y el promedio nacional de asistencia media de los años 2003, 2004 ó 2005, según corresponda, de los establecimientos de educación media técnico-profesional regidos por el DFL Nº 2, de 1998, de Educación.
Los procedimientos de entrega de los recursos a las entidades administradoras de estos establecimientos, destinados a financiar el mayor aporte, serán fijados por el Ministerio de Educación y serán transferidos por la Subsecretaría de Educación, a contar desde febrero de 2004, febrero de 2005 y febrero de 2006, según corresponda, incrementando los montos permanentes establecidos en los convenios respectivos.
El mayor aporte que reciban los administradores de estas instituciones deberá destinarse exclusivamente al pago de los incrementos del valor hora, de la bonificación proporcional, del bono extraordinario y de la planilla complementaria, cuando proceda.
TITULO II
PERFECCIONAMIENTO DE LAS NORMAS LABORALES PARA
LOS DOCENTES
Artículo 12.- Modifícase el DFL Nº 1 de 1996, de Educación de la siguiente manera:
a) Sustitúyese el inciso 1º del artículo 28 por el siguiente:
“Los concursos a que se refiere el artículo anterior, deberán ser publicitados, a lo menos, en un diario de circulación nacional. Las convocatorias se efectuarán dos veces al año y tendrán el carácter de nacionales, debiendo efectuarse la convocatoria de una de ellas antes del 15 de diciembre del año en que se produjo la vacante a fin de dar cumplimiento al artículo 26. Asimismo, podrá convocarse a concurso cada vez que sea imprescindible llenar la vacante producida y no fuere posible contratar a un profesional de la educación en los términos del artículo 25”.
b) Agrégase el siguiente artículo 41 bis nuevo:
“Artículo 41 bis.- Los profesionales de la educación con contrato vigente al mes de diciembre, tendrán derecho a que éste se prorrogue por los meses de enero y febrero o por el período que medie entre dicho mes y el día anterior al inicio del año escolar siguiente, siempre que el profesional de la educación tenga más de seis meses continuos de servicios para el mismo Municipio o Corporación Educacional Municipal”.
c) Sustitúyese el inciso 1º del artículo 51 por el siguiente:
“Las asignaciones de responsabilidad directiva y de responsabilidad técnico-pedagógica corresponderán a los profesionales de la educación que sirvan funciones superiores y alcanzarán hasta los siguientes porcentajes máximos calculados sobre la remuneración básica mínima nacional: a un 25% en el caso de los directores de establecimientos educacionales, a un 20% en el caso de otros directivos y de los jefes de unidades técnico-pedagógicas y a un 15% en el caso de otro personal de las unidades técnico-pedagógicas”.
d) Sustitúyese el artículo 70 por el siguiente:
“Artículo 70.- Establécese un sistema de evaluación de los profesionales de la educación que se desempeñen en funciones de docencia de aula, de carácter formativo.
La evaluación de cada docente se realizará cada cuatro años y su resultado final corresponderá a uno de los siguientes niveles de desempeño: destacado, competente, básico o insatisfactorio.
Los resultados finales de la evaluación de cada profesional de la educación se considerarán como antecedente para los concursos públicos estipulados en este Título. Además, tratándose de docentes cuyos niveles de desempeño sean destacado o competente, éstos se considerarán para rendir la prueba de conocimientos disciplinarios y pedagógicos habilitante para acceder a la asignación variable por desempeño individual. Del mismo modo, se considerarán para optar a cupos o becas en actividades de perfeccionamiento o estudios de post-grado, para financiar proyectos individuales de innovación y, en general, en todas las decisiones que se tomen para seleccionar profesionales.
Artículo 13.- Modifícase el artículo 13 de la Ley Nº 19.715, de la siguiente manera:
a) Intercálase, a continuación del inciso 6º, el siguiente inciso, nuevo, que pasa a ser 7º:
“Será obligación de los Departamentos de Administración Municipal, de las Corporaciones Educacionales Municipales y de los sostenedores de establecimientos educacionales particulares subvencionados, referidos en los dos incisos anteriores, mantener actualizados los antecedentes sobre dichas escuelas y de los docentes que cumplen la función de profesor encargado en éstas”.
b) Agrégase en el inciso 8, que pasó a ser 9º, después de la expresión “profesor encargado” la frase “o quien lo sustituya”, seguida de una coma(,)”.
TITULO III
INCENTIVOS VARIABLES PARA LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACION
Artículo 14.-Modifícase el valor actual del factor de la subvención por desempeño de excelencia establecido en el inciso 2º artículo 40 del DFL Nº 2, de 1998, de Educación, y fijado actualmente mediante el Decreto Supremo de Educación Nº 551, de 1999, en los factores de subvención que se indican desde las fechas que se señalan:
0,0958 a partir del 1 de enero de 2004;
0,1481 a partir del 1 de enero de 2005; y
0,1829 a partir del 1 de enero de 2006.
Artículo 15.- Reemplázase el inciso 4º del artículo 15 de la Ley Nº 19.410 por el siguiente:
“Los establecimientos educacionales beneficiarios de esta subvención, serán seleccionados cada dos años sobre la base del sistema establecido en el artículo siguiente; representarán, a lo más, el 35% de la matrícula regional y el monto que se reciba será destinado integralmente a los profesionales de la educación que se desempeñan en dichos establecimientos en la siguiente forma:
a) A los establecimientos con mayores puntajes, que representen hasta el 25% de la matrícula regional, les corresponderá por subvención de desempeño de excelencia el equivalente al 100% de su valor.
b) Los establecimientos con mayores puntajes, que representen hasta el 35% de la matrícula regional y que no se encuentren incluidos en el tramo anterior, tendrán derecho a una subvención por desempeño de excelencia equivalente al 60% de su valor.”.
Artículo 16.- Créase, para los docentes de aula del sector municipal, una Asignación Variable por Desempeño Individual para fortalecer la calidad en la educación y con el objeto de reconocer los méritos de aquellos que hayan sido evaluados como destacados o competentes. Esta asignación se regirá por las normas que a continuación se indican:
a) Para tener derecho a percibir esta asignación los docentes de aula deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) Que hubiesen obtenido niveles de desempeño destacado o competente en la evaluación del desempeño profesional correspondiente a su nivel y subsector de aprendizaje, de conformidad al artículo 70 del DFL Nº 1, de 1996, de Educación; y
2) Que aprobaren una prueba de conocimientos disciplinarios y pedagógicos, que deberá rendirse dentro de los 12 meses siguientes a la publicación de los resultados de la evaluación señalada en el numeral anterior y obtengan un nivel de logro de destacado o competente en ella.
b) La asignación variable de desempeño individual tendrá los siguientes valores mensuales, calculados sobre la Remuneración Básica Mínima Nacional, que el docente esté percibiendo a la fecha de pago:
1) De un 25% de la Remuneración Básica Mínima Nacional, para los docentes de aula que, habiendo alcanzado un nivel de desempeño de destacado en su evaluación de desempeño, obtuvieren en la prueba de conocimientos disciplinarios y pedagógicos un nivel de logro también equivalente a destacado.
2) De un 15% de la Remuneración Básica Mínima Nacional, para los docentes de aula que, habiendo alcanzado un nivel de desempeño de destacado o competente en su evaluación de desempeño, obtuvieren en la prueba de conocimientos disciplinarios y pedagógicos un nivel de logro equivalente, a lo menos, a competente.
c) La asignación variable de desempeño individual será tributable e imponible para efectos de salud y pensiones, se devengará mensualmente y se pagará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, a través de los sostenedores municipales de quienes dependan los docentes beneficiados. Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que sumada a las respectivas remuneraciones mensuales no exceda del límite máximo de imponibilidad.
La percepción de esta asignación tendrá una duración de 4 años y se pagará desde el año siguiente a la fecha de rendición y aprobación de la prueba, por el sostenedor municipal donde se desempeñe el docente.
d) Un reglamento dictado a través del Ministerio de Educación, que deberá ser firmado además por el Ministro de Hacienda , establecerá los mecanismos para encomendar el diseño y administración de la prueba establecida en el presente articulo y los criterios para establecer el punto de corte de los puntajes que corresponderán a las categorías de destacado, competente y básico.
El Ministerio de Educación fijará internamente los procedimientos de entrega de los recursos a los sostenedores municipales y los mecanismos de resguardo de su aplicación en el pago de la asignación que otorga este artículo. Dichos recursos se transferirán a través de la Subsecretaría de Educación.
Artículo 17.- Establécese una asignación de desempeño colectivo para los profesionales de la educación que se encuentren designados o contratados para ejercer funciones docentes directivas en los establecimientos educacionales del sector municipal, administrados ya sea directamente por el municipio o por corporaciones municipales, y particulares subvencionados, que tengan más de 250 alumnos matriculados al mes de marzo de cada año. Para estos efectos, los docentes directivos de cada establecimiento educacional constituirán un equipo de trabajo. Esta asignación se concederá anualmente en relación con el grado de cumplimiento de las metas anuales fijadas para el equipo de trabajo de cada establecimiento educacional, a través de un convenio de desempeño colectivo suscrito anualmente entre los respectivos sostenedores y dicho personal docente-directivo durante el primer trimestre de cada año. El convenio contendrá, a lo menos, las metas anuales de cada equipo de trabajo con sus correspondientes indicadores, ponderadores y mecanismos de verificación y deberá exponerse ante la comunidad escolar, padres, apoderados y profesores.
El cumplimiento del convenio de desempeño colectivo del año precedente, dará derecho a los profesionales de la educación señalados en el inciso anterior a percibir un 15% de la Remuneración Básica Mínima Nacional cuando el nivel de cumplimiento de las metas prefijadas sea igual o superior al 90%, y un 7,5% de la Remuneración Básica Mínima Nacional si dicho nivel fuere inferior al 90% pero igual o superior al 75%. Esta asignación será pagada a dichos profesionales de la educación en servicio a la fecha de pago, en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo, como resultado de la aplicación mensual de esta asignación.
Esta asignación será de cargo fiscal, tributable e imponible para efectos de salud y pensiones. Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.
Un reglamento, que será aprobado por decreto supremo emanado del Ministerio de Educación y que será suscrito además por el Ministro de Hacienda , establecerá los requisitos mínimos que deberán cumplir los convenios de desempeño en conformidad al sistema de aseguramiento de la calidad de los establecimientos educacionales; el procedimiento de suscripción de los convenios de desempeño; los mecanismo de control y evaluación de las metas fijadas en el convenio de desempeño; la forma de medir y ponderar los respectivos indicadores; la manera de determinar los porcentajes de cumplimiento de este incentivo; los procedimientos y calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas anuales y demás regulaciones necesarias para su concesión.
El Ministerio de Educación fijará internamente los procedimientos de entrega de los recursos a los sostenedores o representantes legales de los establecimientos educacionales y de resguardo de su aplicación en el pago de la asignación que otorga este artículo. Dichos recursos se transferirán a través de la Subsecretaría de Educación.
Artículo 18.- El mayor gasto fiscal que signifique esta ley se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, y en lo que no fuere posible para el año 2004, con cargo al ítem 50-01-03-25-33-104, de la Partida Presupuestaria Tesoro Público.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1º Transitorio.- Los profesionales de la educación de los establecimientos educacionales regidos por el DFL Nº 2, de 1998, de Educación, designados o contratados y los regidos por el Decreto Ley Nº 3.166, de 1980, tendrán derecho a percibir, por una sola vez en el año 2004, un bono docente no imponible ni tributable, por un monto de $ 50.000 para quienes percibieron, al mes de diciembre de 2003 una remuneración bruta igual o inferior a $ 500.000 mensuales y $ 25.000 para quienes, a la misma fecha, perciban una remuneración bruta superior a $ 500.000 mensuales.
Este bono será pagado en el mes subsiguiente al de la publicación de esta ley y beneficiará a todos los profesionales de la educación, cualquiera sea el número de horas que desempeñen, que estén en servicio al 31 de diciembre de 2003.
Aquellos profesionales de la educación que desempeñen funciones para más de un empleador, sólo tendrán derecho a percibir este bono en el establecimiento donde tengan designación o contrato por más horas de clases.
Quienes perciban maliciosamente este bono, deberán restituir quintuplicada la cantidad percibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.
La Subsecretaría de Educación traspasará los recursos necesarios para el pago de este beneficio, fijando internamente los procedimientos de entrega de los recursos a los sostenedores de los establecimientos subvencionados o a los representantes legales, según corresponda, y de resguardo de su aplicación al pago del beneficio que otorga este artículo.
Artículo 2º Transitorio.- Los docentes de aula de los establecimientos educacionales regidos por el DFL Nº 2, de 1998, de Educación y los regidos por el Decreto Ley Nº 3.166, de 1980, tendrán derecho a percibir, por una sola vez en el año 2006, un bono docente no imponible ni tributable, por un monto de $50.000 para quienes perciba, al mes diciembre de 2005, una remuneración bruta igual o inferior a $500.000 mensuales y $25.000 para quienes, a esa misma fecha, perciban una remuneración bruta superior a $500.000 mensuales.
Este bono será pagado en el mes de enero de 2006 y beneficiará a todos los docentes de aula, cualquiera sea el número de horas que desempeñen, que estén en servicio al 31 de diciembre de 2005.
Aquellos docentes de aula que desempeñen funciones para más de un empleador, sólo tendrán derecho a percibir este bono en el establecimiento donde tengan designación o contrato por más horas de clases.
Quienes perciban maliciosamente este bono, deberán restituir quintuplicada la cantidad percibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.
La Subsecretaría de Educación traspasará los recursos necesarios para el pago de este beneficio, fijando internamente los procedimientos de entrega de los recursos a los sostenedores de los establecimientos subvencionados o a los representantes legales, según corresponda, y de resguardo de su aplicación al pago del beneficio que otorga este artículo.
Artículo 3º Transitorio.- Los profesionales de la educación que a la fecha de publicación de la presente ley, tengan una designación en calidad titulares de 20 o más horas cronológicas y que en virtud de que el establecimiento educacional haya ingresado al régimen de Jornada Escolar Completa Diurna se les haya extendido su jornada completando más de 30 horas cronológicas, tendrán derecho a que las horas adicionales en calidad de contratados incrementen su designación en calidad de titulares en los siguientes casos:
a) Si se trata de horas que forman parte del Plan de Formación General;
b) Si se trata de horas que forman parte del Plan de Formación Diferenciada; o
c) Si se trata de horas de libre disposición que han pasado a formar parte del Plan de Estudio de Formación General o del Plan de Formación Diferenciada.
En todo caso, las horas respectivas deberán formar parte de los planes de estudio del respectivo establecimiento educacional.
Artículo 4º Transitorio.- La modificación establecida en la letra c) del artículo 12 de la presente ley, regirá a partir del 1 de febrero de 2005.
Los valores de la subvención a que se refiere el artículo 9º del DFL N° 2, de 1998, de Educación, sobre Subvenciones del Estado a los Establecimientos Educacionales, y formalizará el incremento mediante decreto supremo de educación, firmado además por el Ministro de Hacienda , a partir del 1 de febrero de 2005, con el objeto de contribuir al financiamiento de las asignaciones de responsabilidad directiva y de responsabilidad técnico-pedagógica, establecidas en el nuevo inciso primero del artículo 51 del DFL N° 1, de 1996, de Educación, contenido en la letra c) del artículo 12 de la presente ley.
La modificación a que hace referencia la letra b) del nuevo inciso cuarto del artículo 15 de la ley Nº 19.410, contenido en el artículo 16 de esta ley comenzará a regir en la selección de los establecimientos educacionales que serán beneficiarios de la subvención por desempeño de excelencia en el período 2006-2007.
Declárase válida, para todos los efectos, la evaluación docente realizada durante el año 2003 y 2004 en las comunas que voluntariamente se incorporaron a ella en dichos años, las que serán identificadas mediante resolución del Ministerio de Educación.
Durante el año 2005 la asignación del artículo 18 de la presente ley se pagará en relación con el cumplimiento de las metas que se definan para el segundo semestre de 2004, para cuyo efecto el convenio de desempeño colectivo que las fije podrá suscribirse hasta el 30 de junio de 2004.
Durante el año 2005 los porcentajes señalados en el inciso segundo del artículo 18 de la presente ley serán los siguientes: de un 7,5% de la Remuneración Básica Mínima Nacional cuando el cumplimiento de las metas prefijadas para el año 2004 sea igual o superior al 90%, y de 3,7% de la Remuneración Básica Mínima Nacional si dicho nivel fuere inferior al 90% pero igual o superior al 75%.
Artículo 5º Transitorio.- Establécese una bonificación por retiro voluntario, en adelante “la bonificación”, para los profesionales de la educación que presten servicios en los establecimientos educacionales del sector municipal, administrados ya sea directamente por las municipalidades o a través de corporaciones municipales, que a la fecha de publicación de la presente ley tengan 65 o más años de edad, si son hombres y 60 o más años de edad, si son mujeres, y comuniquen su decisión de renunciar voluntariamente a una dotación docente del sector municipal, respecto del total de horas que sirvan, en los 12 meses siguientes a aquel de la fecha de publicación del reglamento de este artículo.
Los beneficiarios de la bonificación tendrán derecho a percibir el equivalente a un mes de remuneración imponible por cada año de servicios prestados a la respectiva municipalidad o corporación municipal, con un máximo de 11 meses. La remuneración que servirá de base para el cálculo de la bonificación, será la que resulte del promedio de las remuneraciones mensuales imponibles que le hayan correspondido al profesional de la educación durante los 12 meses inmediatamente anteriores al retiro, actualizadas según el índice de precios al consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
Si el profesional de la educación proviniere de otra municipalidad o corporación municipal, sin solución de continuidad, tendrá derecho a que le sea considerado todo el tiempo servido como tal en dichas instituciones, no pudiendo exceder del máximo fijado en el inciso anterior de este artículo.
El profesional de la educación deberá hacer efectiva su renuncia voluntaria a la dotación docente del sector municipal, respecto del total de horas que sirva, a más tardar en los 60 días siguientes al de la notificación realizada por su empleador, en la que éste le comunique que cumple con los requisitos para acceder a la bonificación. En caso que el profesional de la educación no formalice ni haga efectiva la renuncia voluntaria dentro del plazo señalado, se entenderá desistido de su postulación a la bonificación.
Con todo, la formalización de la renuncia voluntaria y el término de la relación laboral sólo se producirá cuando el empleador ponga la totalidad de la bonificación que corresponda a disposición del profesional de la educación que deje de pertenecer voluntariamente a una dotación docente municipal, respecto del total de horas que sirva. No obstante, el profesional de la educación beneficiario de la bonificación no podrá hacer efectiva su renuncia voluntaria más allá del 1 de enero de 2006.
Durante el año 2004, el beneficio que trata este artículo sólo podrá pagarse hasta a 1.000 profesionales de la educación. Mediante decreto supremo del Ministerio de Educación, el que será además suscrito por el Ministro de Hacienda , se establecerán las normas de precedencia basadas, entre otros, en criterios de edad y remuneración; los períodos de postulación en relación a la época en que profesionales de la educación deseen hacer efectiva su renuncia voluntaria al total de horas que sirvan en una dotación docente municipal; y el procedimiento y modalidad para conceder esta bonificación.
Esta bonificación será de cargo del empleador y no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal. Además, la bonificación será incompatible con toda indemnización que, por concepto de término de relación laboral o de los años de servicios en el sector municipal, pudiere corresponder al profesional de la educación, cualquiera que sea su origen y a cuyo pago concurra el empleador, especialmente a las que se refieren los artículos 73 y 2º transitorio del decreto con fuerza de Ley Nº 1, de 1996, de Educación, y con las que se hubieren obtenido por aplicación de lo dispuesto en los artículos 7º y 9º transitorios de la Ley Nº 19.410, o de la ley Nº 19.504 o en el artículo 3º transitorio de la Ley Nº 19.715.
Los profesionales de la educación que cesen en sus empleos por aplicación de lo dispuesto en este artículo, no podrán incorporarse a una dotación docente de los establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades o las corporaciones municipales durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que previamente devuelvan la totalidad de la bonificación percibida, expresado en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables.
Artículo 6° Transitorio.- Aquellas municipalidades o corporaciones municipales que no tengan disponibilidad financiera inmediata para solventar íntegramente las bonificaciones que corresponda pagar por la aplicación del artículo anterior, podrán solicitar, para estos efectos, anticipos de las subvenciones estatales por escolaridad a que se refiere el artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 2 de 1998, de Educación. El monto máximo del anticipo no podrá exceder del monto total de las bonificaciones a pagar y el reintegro de los recursos anticipados deberá efectuarse a partir del mes siguiente al de su percepción, en cuotas iguales, mensuales y sucesivas, que se descontarán de la subvención de escolaridad a que se refiere ese artículo.
Dichos descuentos mensuales no podrán exceder, en conjunto, para una misma municipalidad o corporación municipal, de un 3% del monto de la subvención que percibió en el mes de publicación de esta ley, hasta completar el pago del total anticipado.
Por resolución exenta dictada por el Ministerio de Educación, visada por el Ministerio de Hacienda, se fijará el monto del anticipo solicitado, el valor y el número de cuotas mensuales en las que deberá ser devuelto, el cual no podrá ser inferior a 24 meses ni superior a 36 meses, sin perjuicio que las municipalidades o corporaciones municipales podrán solicitar al Ministro de Educación que la devolución del anticipo que se les haya otorgado pueda efectuarse en un plazo menor que el mínimo señalado.”.
-o-
La Comisión acordó, además, designar diputada informante a la señora María Eugenia Mella Gajardo
Acordado en sesiones de fecha 13 y 14 de enero de 2004 y aprobado en general, por mayoría de votos, con la asistencia de los diputados señoras Tohá , doña Carolina ( Presidenta ), Mella , doña María Eugenia ; Saa, doña María Antonieta , y los diputados señores Aguiló, don Sergio ; Bauer, don Eugenio ; Becker, don Germán ; Correa, don Sergio ; Kast, don José Antonio ; Letelier, don Felipe ; Montes, don Carlos ; Martínez, don Rosauro ; Olivares, don Carlos y Rojas, don Manuel .
Sala de la Comisión, 14 de enero de 2004.-
(Fdo.): JOSE VICENCIO FRIAS , Secretario de la Comisión ”.
5. Certificado de la Comisión de Hacienda.
“Valparaíso, 15 de enero de 2004.
El Secretario de Comisiones que suscribe, certifica:
Que el proyecto de ley, originado en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República , que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica (boletín N° 3.446-04), con urgencia calificada de “discusión inmediata”, fue analizado conforme al texto propuesto por la Comisión Técnica, siendo aprobado por unanimidad su articulado, salvo el artículo 9° que se aprobó por 10 votos a favor y una abstención, el artículo 12 que se aprobó por 6 votos a favor y una abstención, y el artículo 3° transitorio que se aprobó por 6 votos a favor y una abstención, con las siguientes indicaciones del Ejecutivo , que fueron aprobadas como se señala en cada caso, con la adecuación de los respectivos numerales.
1) Para agregar el siguiente artículo 13 nuevo:
“Artículo 13.- Agrégase el siguiente artículo 54 bis nuevo al DFL N° 2, de 1998, de Educación, Ley sobre Subvenciones del Estado a los Establecimientos Educacionales:
“Los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación retendrán el 3% de los recursos que les corresponda percibir por subvención mensual y sus correspondientes incrementos a los Departamentos de Administración Municipales y a las Corporaciones Municipales, cuando hayan excedido, en el mes inmediatamente anterior, el porcentaje de las horas contratadas de la dotación docente que les permite el artículo 26 del DFL N° 1, de 1996, de Educación.
La cantidad retenida será integrada al sostenedor cuando éste ajuste su dotación docente a lo prescrito en el artículo 26 del DFL N° 1, de 1996, de Educación.
Los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación reiterarán esta medida en los meses siguientes si no se ha dado cumplimiento a la proporcionalidad establecida entre horas de titularidad y horas de contrato en las respectivas dotaciones docentes o si la situación de incumplimiento se vuelve a producir.
Las retenciones quedarán sin efecto si el concurso se declara desierto por no haberse presentado profesores titulados.”.
Esta indicación fue aprobada por 6 votos a favor y 1 voto en contra.
2) Para agregar el siguiente artículo 3º transitorio, nuevo:
“Artículo 3º Transitorio.- Aquellos Municipios o Corporaciones de Educación Municipal que al 31 de marzo de 2004 tengan en su dotación docente un porcentaje superior al 20% de docentes en calidad de contratados, deberán llamar a un concurso interno para incorporar a docentes en calidad de titulares a la dotación para ajustarse a lo estipulado en el artículo 26 del DFL Nº 1, de 1996, de Educación. Este concurso deberá quedar resuelto a más tardar el 30 de abril de 2004.
Podrán participar en este concurso interno los profesionales de la educación titulados, que hayan pertenecido a la dotación docente del respectivo Municipio o Corporación de Educación Municipal en calidad de contratados al 28 de febrero del 2004 y que hayan servido en ésta durante tres años continuos o cuatro discontinuos, contados desde esa fecha. No tendrán derecho a concursar los contratados para ejercer funciones de reemplazo.”.
Esta indicación fue aprobada por 6 votos a favor y una abstención.
3) Para agregar el siguiente inciso cuarto, en el artículo quinto transitorio:
“Las retenciones dispuestas en el artículo 13 de esta ley regirán a contar del 1° de mayo de 2005.”.
Esta indicación fue rechazada por 1 voto a favor y 6 votos en contra.
4) Para sustituir el inciso sexto del artículo 6° transitorio, por el siguiente:
“Durante el año 2004, el monto de los anticipos de la subvención a que se refiere el artículo 7° transitorio siguiente, sólo podrán hacerse hasta por el equivalente a 1.000 profesionales de la educación.”.
Esta indicación fue aprobada por unanimidad.
Concurrieron durante el estudio de la iniciativa la señora María Ariadna Hornkohl , Ministra de Educación Subrogante y los señores Rodrigo González , Jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y Julio Valladares, Asesor del Ministerio de Hacienda.
La Comisión de Hacienda acordó, además, que el informe se emitiera en forma verbal directamente en la Sala, para lo cual designó diputado Informante al señor Ortiz, don José Miguel .
Al presente certificado se adjunta el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos.
Adoptaron los acuerdos precedentes los diputados señores Jaramillo, don Enrique ( Presidente ); Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Escalona, don Camilo ; Ortiz, don José Miguel ; Pérez, don José ; Saffirio, don Eduardo ; Tuma, don Eugenio ; Villouta, don Edmundo , y Von Mühlenbrock, don Gastón .
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Secretario de la Comisión ”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE OTORGA UN MEJORAMIENTO ESPECIAL DE
REMUNERACIONES A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN
Mensaje Nº 395-350
1. En primer lugar, el proyecto de ley en comento establece los siguientes beneficios para los profesionales de la educación:
a) El artículo 1º del proyecto incrementa la bonificación proporcional vigente, establecida en el artículo 8º de la ley Nº 19.410 y modificada por el artículo 1º de la ley Nº 19.175, para los profesionales de la educación que trabajan en los establecimientos educacionales particulares subvencionados.
b) El artículo 8º incrementa a contar de febrero del año 2004, el valor de la subvención mínima de los establecimientos educacionales rurales, establecida por el artículo 7º de la ley Nº 19.715.
c) El artículo 10 establece nuevos valores que incrementan para los años 2004, 2005, 2006 y siguientes, el valor mínimo de la hora cronológica para los profesionales de la educación.
d) En la letra c) del Artículo 12 del proyecto, se incrementa el porcentaje de las asignaciones de responsabilidad directiva y responsabilidad técnico-pedagógica, establecidas en inciso primero del artículo 51, del DFL Nº 1, de Educación, de 1996, Estatuto de los Profesionales de la Educación.
e) En el artículo 11º se establece qué beneficios de los establecidos en el proyecto de ley, se extenderán también a quienes trabajan en los establecimientos regidos por el DFL Nº 3.166, de Educación, de 1980. Allí se autoriza al fisco a incrementar los aportes que por convenio corresponden a las instituciones administradoras de dichos establecimientos, para contribuir a financiar los mencionados beneficios.
2. Con el objeto de contribuir al financiamiento de beneficios señalados en el punto anterior, en el artículo 6º del proyecto, se establecen aumentos de los factores de la subvención escolar establecidos en el artículo 5º de la ley Nº 19.715 y de la subvención mínima establecida en el artículo 7º de dicha ley. Asimismo, como se señaló, será necesario incrementar los aportes a los establecimientos regidos por el DL 3166/80.
Ello significa un incremento estimado del gasto fiscal de $ 2.143 millones de 2004, de $ 44.348 millones en 2005 y $ 50.864 millones en 2006.
3. El actual inciso cuarto del artículo 15, de la ley Nº 19.410, establece una subvención por desempeño de excelencia que se paga por hasta el 25% de la matrícula de cada región, y que beneficia a los profesores de los establecimientos educacionales seleccionados. El presente proyecto de ley, en su artículo 16, incrementa dicho porcentaje de la matrícula a 35%.
Para contribuir al mayor gasto que representa esta modificación, el artículo 15 del proyecto incrementa gradualmente la subvención por desempeño de excelencia, entre los años 2004 y 2006.
Ello representa un mayor gasto fiscal estimado de $ 1.246 millones en 2004, $ 7.187 millones en 2005 y $ 11.742 millones en 2006.
4. El artículo 17 crea una asignación variable por desempeño individual, para los docentes de aula del sector municipal. El Ministerio de Educación traspasará los recursos necesarios para el pago de esta asignación a las municipalidades.
El mayor gasto fiscal que representa esta asignación y los gastos requeridos para la evaluación correspondiente, es del orden de $ 2.546 millones en 2005 y de $ 6.153 millones en 2006.
5. El artículo 18 crea un incentivo colectivo para los docentes directivos de los establecimientos educacionales subvencionados de más de 250 alumnos matriculados, que se pagará en función al cumplimiento de determinadas metas convenidas entre dichos directivos y el respectivo sostenedor, y cuyo valor alcanzará hasta un 15% de la remuneración básica mínima nacional.
El Ministerio de Educación traspasará los recursos necesarios para el pago de esta asignación a los sostenedores. El mayor gasto fiscal anual estimado para este incentivo es de $ 3.308 millones en 2005 y $ 3.308 en 2006.
6. El artículo 1º transitorio establece un bono de $ 50.000 para aquellos profesionales de la educación que tengan a diciembre de 2003 una remuneración bruta de hasta $ 500.000 y de $ 25.000 para quienes tengan una remuneración superior a dicho monto. Ella beneficiará a todos los profesionales de la educación de establecimientos subvencionados y de aquellos regidos el DL 3166/80.
Esto representa un mayor gasto fiscal en 2004 del orden de $ 5.100 millones.
7. El artículo 2º transitorio establece un bono para los docentes de aula en 2006, de similares montos y características a las del punto anterior. Ello representa un mayor gasto fiscal estimado de $ 4.590 millones.
8. El artículo 10 transitorio, faculta al fisco para anticipar hasta un 3% de la subvención de escolaridad a las municipalidades que así lo requieran, para pagar la bonificación por retiro a que se refiere el artículo 6º transitorio. Estos anticipos serán descontados hasta en 36 mensualidades de la subvención. Ello puede significar un mayor gasto fiscal en 2004 de aproximadamente $ 6.400 millones y de $ 15.360 millones en 2005, los que serán recuperados por el fisco en los meses siguientes.
9. En resumen, el mayor gasto estimado que representa el proyecto de ley es el siguiente:
Millones $
INCREMENTO GASTO CADA AÑO
Artículos
2004
2005
2006
Factores subvención escolar y DL 3166-80
6º, 7º, 11
2.143
44.348
50.864
Subvención por desempeño excelencia
12, 15
1.246
7.187
11.742
Asignación variable de desempeño individual
17
2.546
6.153
Asignación por desempeño colectivo
18
3.308
3.308
Asignación responsabilidad directiva
12c)
3.162
302
Bono docente año 2004
1º T
5.100
Bono docente año 2006
2º T
4.590
Total
8.489
60.551
79.959
Nota: En este cuadro no se incluye el mayor gasto por anticipos de subvención de escolaridad para pago de la bonificación de retiro, que luego se recuperan. Tal como se señaló los montos estimados son $ 6.400 millones en 2004 y $ 15.360 millones en 2005.
(Fdo.): ALBERTO ARENAS DE MESA, Director de Prespuestos (S).