Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PERMISO CONSTITUCIONAL.
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- INTEGRACIÓN DE COMISIONES DE PÓRTICO Y DE REJA CON MOTIVO DE LA VISITA DEL REY JUAN CARLOS I DE BORBÓN.
- INTEGRACIÓN
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Ximena Vidal Lazaro
- Mario Varela Herrera
- Eugenio Bauer Jouanne
- Jorge Burgos Varela
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTEGRACIÓN
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Jorge Tarud Daccarett
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Fulvio Rossi Ciocca
- INTEGRACIÓN
- PERMISO CONSTITUCIONAL.
- V. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Exequiel Silva Ortiz
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- ACUERDO APROBATORIO DE TRATADO ENTRE CHILE Y ARGENTINA SOBRE TRASLADO DE NACIONALES CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS PENALES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE USO Y PORTE DE ARMAS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Zarko Luksic Sandoval
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Uriarte Herrera
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Uriarte Herrera
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Gonzalo Uriarte Herrera
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Zarko Luksic Sandoval
- Jorge Burgos Varela
- INDICACIÓN
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. (Continuación).
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- COMISIÓN INVESTIGADORA DE CRÉDITOS DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN FINANCIERA CON ALEMANIA. (Votación).
- DEBATE
- COMISIÓN INVESTIGADORA DE CRÉDITOS DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN FINANCIERA CON ALEMANIA. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- CIERRE DE OFICINAS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DE EMPRESAS DE SERVICIOS EN ZONAS RURALES. Oficios.
- RESULTADOS DE ENSAYOS DE APLICACIÓN DE LA FICHA CAS 2. Oficio.
- IMPLEMENTACIÓN DEL PRIMERO MEDIO EN ESCUELA FRONTERIZA DE COCHAMÓ. Oficio.
- OBRAS VIALES, CONSTITUCIÓN DE JUNTA ELECTORAL Y CREACIÓN DE COMUNA DE ALERCE EN LA DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Fernando Meza Moncada
- ADHESION
- FESTIVAL FOLCLÓRICO “BROTES DE CHILE”, EN ANGOL. Oficios.
- ADHESION
- Edmundo Villouta Concha
- ADHESION
- HOMENAJE AL CANTANTE Y COMPOSITOR POPULAR RAMÓN AGUILERA. Nota de condolencia.
- AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DE LA FRUTA. Oficios.
- FISCALIZACIÓN Y AGILIZACIÓN DE OBRAS VIALES EN LA RUTA DE OSORNO A PUERTO OCTAY. Oficio.
- INSTALACIÓN DE SECCIÓN DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES EN EL TRÁNSITO EN OSORNO. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE DEUDA DEL FÚTBOL PROFESIONAL. Oficios.
- DIFUSIÓN DE LA POLÍTICA EXTERIOR. Oficio.
- ANTECEDENTES SOBRE PERMANENCIA E INVERSIONES DE DOUGLAS TOMPKINS EN CHILE. Oficios.
- ADHESION
- Jorge Burgos Varela
- Waldo Mora Longa
- ADHESION
- RESPUESTA A PLANTEAMIENTO DE ALMACENEROS DE SANTIAGO. Oficio.
- ADHESION
- Enrique Jaramillo Becker
- Waldo Mora Longa
- ADHESION
- MEDIDAS DE RESGUARDO SANITARIO DE LA PAPA EN LA DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 350ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 41ª, en jueves 8 de enero de 2004
(Ordinaria, de 10.37 a 13.09 horas)
Presidencia de la señora Allende Bussi, doña Isabel, y del señor Silva Ortiz, don Exequiel.
Presidencia accidental del señor Mora Longa, don Waldo.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
- Permiso constitucional 9
- Integración de Comisiones de pórtico y de reja con motivo de la visita del rey Juan Carlos I de Borbón 9
V. Orden del Día.
- Modificación del Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados. (Continuación) 9
- Acuerdo aprobatorio de tratado entre Chile y Argentina sobre traslado de nacionales condenados y cumplimiento de sentencias penales. Primer trámite constitucional 12
- Modificación del Código Penal en materia de uso y porte de armas. Primer trámite constitucional 16
VI. Proyectos de acuerdo.
- Comisión investigadora de créditos del programa de cooperación financiera con Alemania. (Votación) 28
VII. Incidentes.
- Cierre de oficinas de atención al público de empresas de servicios en zonas rurales. Oficios 29
- Resultado de ensayos de aplicación de la ficha Cas 2. Oficio 29
- Implementación del primero medio en escuela fronteriza de Cochamó. Oficio 29
- Obras viales, constitución de junta electoral y creación de comuna de Alerce en la Décima Región. Oficios 29
- Festival folclórico “Brotes de Chile”, en Angol. Oficios 30
- Homenaje al cantante y compositor popular Ramón Aguilera. Nota de condolencia 31
- Ampliación y mejoramiento de la Carretera de la Fruta. Oficios 31
- Fiscalización y agilización de obras viales en la ruta de Osorno a Puerto Octay. Oficio 32
- Instalación de sección de investigación de accidentes en el tránsito en Osorno. Oficio 32
Pág.
- Información sobre deuda del fútbol profesional. Oficios 33
- Difusión de la política exterior. Oficio 33
- Antecedentes sobre permanencia e inversiones de Douglas Tompkins en Chile. Oficios 34
- Respuesta a planteamiento de almaceneros de Santiago. Oficio 36
- Medidas de resguardo sanitario de la papa en la Décima Región. Oficios 37
VIII. Documentos de la Cuenta.
- Oficios del honorable Senado por los cuales comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, los siguientes proyectos:
1. Establece beneficios para concesionarios y ocupantes de borde costero de la isla Robinson Crusoe, de la comuna de Juan Fernández (boletín Nº 3047-02) 39
2. Aprueba la “Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares” (boletín Nº 1256-10) 39
3. Informe Complementario de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, recaído en la moción que modifica el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados con el propósito de incorporar los concursos internos de selección y de promoción y adecuar otras disposiciones. (boletín N° 3421-16) 40
4. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “simple”, que modifica la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de precisar o corregir normas sobre el proceso electoral municipal (boletín N° 3417-06) 49
IX. Otros Documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
- Del diputado señor Espinoza por la cual solicita autorización de la Sala para ausentarse del país, por un plazo superior a 30 días, a contar del 9 de enero próximo, para dirigirse a la República Popular China.
Contraloría General de la República
- Señor Errázuriz, investigación de denuncia relativa a venta ilegal de vehículos en Puente Alto.
Ministerio de Relaciones Exteriores
- Señor Navarro, antecedentes respecto de las reuniones sostenidas el 13 y 14 de octubre pasado entre representante de Chile y la Unión Europea para revisar el acuerdo de captura de pez espada.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
- Señor José Antonio Galilea, metodología de cálculo que utiliza el INE para medir los índices de desempleo en el país.
Ministerio de Hacienda
- Señor Villouta, incorporación de funcionarios a honorarios en la plata del ministerio del Interior.
Ministerio de Defensa Nacional
- Señor Rossi, accidente en la empresa Explonor.
Ministerio de Obras Públicas
- Señor Jaramillo, reparación puente Cullaima.
- Señor Recondo, construcción y habilitación de camino en el sector La Picada, X Región.
- Señor Jaramillo, construcción de asfalto en camino de Panguipulli- Chauquén.
- Señor Jaramillo, reparación de asfalto camino a Puerto Nuevo Ruta T 75
- Señor Monckeberg, apertura de oficina para organización de los agricultores en comuna de Bulnes.
- Señor Espinoza, eventual contaminación de borde costero en Puerto Montt.
- Señor Delmastro, construcción de la segunda calzada by bass lanco.
- Señor Monckeberg, reparación de puentes en la VIII Región.
- Señor Monckeberg, autorización de tránsito en ambos sentidos en camino de la comuna de San Carlos.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
- Señor Navarro, destino de los fondos de rezago del sistema de pensiones.
Ministerio de Salud
- Señor Cornejo, seguros comprometidos en materia de incendios y de robos.
- Señor Prieto, presentación de la señora Mariluz Aravena Canales.
- Señor Navarro, convenios de cooperación, intercambio o reciprocidad suscritos con la República de Cuba, entre 1990 a 2003.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Señor Rossi, comodato de terreno de Alto Hospicio.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
- Señor Norambuena, licitación de plantas de revisiones técnicas.
- Señor Díaz, licitaciones de concesiones para planta revisoras de la Novena Región.
- Señor Jaramillo, licitación plantas revisiones.
- Señor Pablo Galilea, transporte de combustible de la Undécima Región.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Señor Espinoza, contaminación en la Bahía de puerto Montt.
- Señor Navarro, objetivos y resultados del viaje efectuado por funcionarios de Conama y representantes de otros servicios a Alemania y Bélgica.
Municipalidad de Bulnes
- Señor Monckeberg, estado actual del proyecto de alcantarillado en Villa Las Aralias, Bulnes.
Municipalidad de Osorno
- Señor Kuschel, postaciones de maderas en la electrificación rural.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (85)
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca, Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Correa de la Cerda, Sergio UDI VII 36
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
-Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputado señores Eduardo Díaz, Rodrigo González y Rodolfo Seguel.
-Asitieron, además, los ministros Directora del Sernam , señora Cecilia Pérez y del Interior (S), señor Jorge Correa.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.37 horas.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El acta de la sesión 35ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 36ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
PERMISO CONSTITUCIONAL.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, se accederá al permiso constitucional solicitado por el diputado señor Espinoza para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 9 de enero, para dirigirse a la República Popular China.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
INTEGRACIÓN DE COMISIONES DE PÓRTICO Y DE REJA CON MOTIVO DE LA VISITA DEL REY JUAN CARLOS I DE BORBÓN.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Propongo a la Sala la siguiente nómina de señoras diputadas y señores diputados, a fin de integrar las comisiones de pórtico y de reja para recibir, el próximo 14 del presente, a su majestad el rey de España, don Juan Carlos I de Borbón:
Comisión de pórtico: las diputadas señoras María Antonieta Saa y Ximena Vidal, y los diputados señores Mario Varela, Eugenio Bauer, Jorge Burgos, Carlos Vilches y Carlos Abel Jarpa.
Comisión de reja: la diputada señora Alejandra Sepúlveda y los diputados señores Gonzalo Uriarte, Rodrigo Álvarez, José Miguel Ortiz, Jorge Tarud, Carlos Kuschel y Fulvio Rossi.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. (Continuación).
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde tratar el informe complementario recaído en el proyecto de acuerdo que modifica el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados, con el objeto de incorporar los concursos internos de selección y de promoción, y de adecuar otras disposiciones.
Antecedentes:
-Informe complementario de la Comisión de Régimen Interno, boletín Nº 3421-16. Documentos de la Cuenta Nº 3.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Antes de ofrecer la palabra, quiero señalar que un Comité solicitó, de manera verbal, que este informe no se viera en la sesión de hoy, por cuanto su texto no alcanzó a estar a tiempo a disposición de los señores diputados. Al respecto, la Mesa señala que, por razones de trabajo, cuyo ritmo ha sido muy intenso, efectivamente dicho informe no estuvo listo ayer. Sin embargo, deja constancia de que la única diferencia entre el primero y éste radica en una indicación presentada por el diputado Robles , que se encuentra en la página número cuatro, para mayor información y claridad de las señoras diputadas y de los señores diputados.
Tiene la palabra el diputado Exequiel Silva.
El señor SILVA .-
Señora Presidenta , no quiero hacer cuestión del tema reglamentario, por cuanto su señoría ha dicho cuáles fueron las razones por las cuales el informe no fuera totalmente distribuido ayer.
En cuanto a su tratamiento hoy, no usemos excusas reglamentarias y planteemos cuáles son los temas de fondo para no hacerlo. Se trata de un proyecto que, al igual que cualquier otro, se debe estudiar, primero, en una Comisión, en este caso en la de Régimen Interno, Administración y Reglamento, donde fue aprobado por unanimidad. Por eso, no me parece correcto que, por segunda vez, se venga a torpedear. Los parlamentarios o los Comités deberían plantear sus diferencias en la Comisión que corresponde y, posteriormente, cumplir con el deber de informar a sus bancadas en qué consiste, por cuanto hubo algunas críticas al respecto.
Por último, deseo señalar que sólo se trata de una modificación y que el resto del Estatuto permanece exactamente igual. Por ejemplo, los temas de discriminación que fueron planteados. La iniciativa establece cómo se regulan los ascensos internos, a través de concursos de selección y de promoción de los cargos, pero como aún no la hemos aprobado, se encuentran estancadas las promociones y ascensos de muchos funcionarios.
Ahora, es lícito si alguien se opone; pero, en definitiva, introduce modificaciones que la propia Cámara aprobó para los demás funcionarios públicos. En este nuevo informe, se exime del requisito de los cinco años en el cargo a los taquígrafos 1° para postular a un concurso, porque si se exigiera, sólo dos podrían hacerlo. Se rebaja a tres años, para que más personas puedan hacerlo. Ésa es la única modificación en relación con el informe anterior. De modo que la verdadera razón para no discutirlo en esta sesión no es que no estuviera listo el informe.
Por el bien de los propios funcionarios y del buen funcionamiento de la Cámara de Diputados, pido que se resuelva sobre el particular a la brevedad posible, porque los ascensos están detenidos. No voy a hacer cuestión del aspecto reglamentario, pero espero que se discuta el proyecto la próxima semana hasta su total despacho.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señora Presidenta , a propósito de la intervención del colega Exequiel Silva , nadie intenta torpedear el proyecto. El Comité del partido por la Democracia ha pedido, una vez más, al igual que la anterior, más tiempo para conocerlo.
Por cierto, tiene toda la razón en el sentido de que esta materia se ve en la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, y que los Comités participan en ella. Sin embargo, la proposición tiene que ver con el destino y la orientación de nuestra Corporación, y no creo que signifique torpedear el proyecto el hecho de que parlamentarios que no participan en aquella instancia quieran dar su opinión sobre él.
Cuando participé en la Mesa de la Cámara de Diputados, el 2002 -no sé si estarán presentes señores parlamentarios que fueron miembros de la Comisión de Régimen Interno en ese período-, se debatió en detalle la orientación de los procesos de modernización y transformación de la Corporación, que tienen mucha pertinencia con el proyecto. Por eso, a quienes sostienen que se trata de una mera adecuación a la ley que se aprobó al respecto, les pregunto qué cambios reales se han hecho en la Cámara para llevar a sus funcionarios a una relación de nuevo trato.
Un profundo proceso de modernización se inició en 1990; se profundizó en 1994, y se ha seguido intensificando hasta hoy. Se ha llamado la modernización del Estado, cuya meta es modernizar la gestión del Estado, con las dificultades y los problemas del último tiempo, como el caso Gate.
En la Cámara no ha habido un proceso de modernización definido, y los 120 parlamentarios que la conformamos tenemos la responsabilidad institucional de orientar todo proceso de transformación.
Por eso, colega Silva, no creo que el hecho de que a mí y a otros colegas nos interese participar intensamente en el debate signifique torpedear el proyecto. No hay una nueva ley de plantas en la Corporación y no sé si es compatible intervenir el Estatuto del Personal sin pronunciarnos antes sobre ella.
En segundo lugar, ¿para qué se quiere un personal más calificado? ¿Para qué se quiere concursos? ¿Para qué se quiere rendimiento en torno de productividad? ¿Para qué? ¿Para dónde va hoy el departamento de informática? ¿Saben cuántos funcionarios tiene hoy el departamento de informática? Once, y sobre ellos recae toda la responsabilidad del sistema informático. Se dice que el siglo XXI es la era de las comunicaciones y de la sociedad de la informática, pero la Corporación, que tiene una gran inversión en infraestructura de informática, apenas tiene once funcionarios en esa área.
Sobre la modificación que se propone y los concursos internos o externos, desde el punto de vista técnico, no tengo nada que replicar, pero no sé para qué servirán. No sé para qué se va a calificar a los funcionarios ni para qué se los va a someter a concursos internos. ¿Para qué se quiere mejores funcionarios en Informática o en comedores? ¿Tenemos una visión de nuestra Corporación? ¿Tenemos metas?
En el 2002, cuando presidí la Corporación, la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, también por unanimidad, definió cinco objetivos estratégicos por implementar al año siguiente, que apuntaban, fundamentalmente, a articular la base de informática, porque está totalmente desarticulada. La consultora Procesac entregó un informe y los diputados lo pueden leer.
Se requiere un departamento de Informática mucho más articulado; que no sea estanco; que cada sector tenga su propio sistema de comunicaciones y de informática, y un mejor servicio en materia de fiscalización, de representación y de legislación.
¿Para qué se quiere mejores funcionarios? Los funcionarios deben servir bien a los 120 parlamentarios, para que nosotros, a su vez, sirvamos bien a la ciudadanía que nos eligió. Esta es una visión y una meta. Si no se tiene clara, entonces ¿para qué se quieren concursos internos? ¿Para qué? ¿Qué se va a solicitar a la gente que postule, por ejemplo, a informática o a comedores de la Corporación? ¿Tienen idea de lo que se les va a solicitar? ¿Cuáles serán los criterios de la comisión evaluadora de los concursos?
Si no hay un debate previo, ¿de qué modernización para la Corporación se trata? ¿Cómo se va a modernizar su gestión? No tiene sentido el proyecto si no se proponen mecanismos de concursabilidad, siempre y cuando se sepa hacia adónde se va. Si eso no está claro, nos puede pasar lo mismo que le sucedió a Alicia en el País de las Maravillas: cayó a un pozo profundo y le preguntó a un conejo hacia adónde iba. Éste le preguntó: “Bueno, ¿adónde quiere ir usted?”, y ella le contestó: “No sé adónde voy”. En esas condiciones me siento para el tratamiento de esta materia.
He dicho.
El señor GALILEA (don José Antonio) .-
Señora Presidenta , pido la palabra.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , ¿quiere apelar al Reglamento o a una moción de orden?
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Señora Presidenta, encuentro muy interesante el debate, pero es indispensable que la Sala resuelva sobre el particular para inscribirnos y participar.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
La Mesa está de acuerdo en ese sentido. Como precisamente el Comité del PPD se había opuesto a discutir, por razones reglamentarias, el informe complementario, pensé que la diputada Adriana Muñoz iba a aludir a ello, pero su intervención ha ido mucho más lejos.
En atención a lo señalado, la Mesa propone -sin perjuicio de pedir a los diputados y a las diputadas que tienen tanto interés en el proyecto, que asistan a la Comisión de Régimen Interno, pues, de lo contrario, con posterioridad se generan problemas en la Sala- que este asunto no se vea ahora y se trate hasta su total despacho el próximo miércoles.
De todas formas, quiero precisar que antes del receso de fin de año se acordó discutir el informe complementario ahora. Por eso, basándome estrictamente en tal predicamento y considerando que algunos diputados desean participar en el debate, se trataría el proyecto -insisto-, hasta su total despacho, el próximo miércoles. Así, habría tiempo para que quienes tuvieran interés participaran el martes en la Comisión de Régimen Interno.
Tiene la palabra el diputado señor Silva.
El señor SILVA.-
Señora Presidenta, se ha dicho que no hay ley de plantas, pero eso no es efectivo. Sólo se quiere modificar. Por lo tanto, quiero que se corrija y se precise el punto.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señora Presidenta , no he dicho semejante aberración. He dicho que no hay una nueva ley de plantas, lo que se ha venido postergando desde hace tiempo.
ACUERDO APROBATORIO DE TRATADO ENTRE CHILE Y ARGENTINA SOBRE TRASLADO DE NACIONALES CONDENADOS Y CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS PENALES. Primer trámite constitucional.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado entre la República de Chile y la República de Argentina sobre traslado de nacionales condenados y cumplimiento de sentencias penales, suscrito en Santiago el 29 de octubre de 2002.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Carlos Abel Jarpa.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 3373-10, sesión 4ª, en 7 de octubre de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informe de la Comisión de RR.EE., sesión 40ª, en 7 de enero de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 2.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor JARPA .-
Señora Presidenta , el proyecto tiene por finalidad permitir que personas condenadas en Argentina o en Chile puedan cumplir su pena en el país de su nacionalidad.
El tratado fue suscrito el 29 de octubre de 2002 e ingresó a la Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, el 3 de octubre de 2003.
La política de nuestro país en esta materia es procurar una vinculación basada en los instrumentos multilaterales, como el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, de 1966, y la Convención Americana de Derechos Humanos, de 1969.
A dichos tratados multilaterales, cabe agregar la Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales, de 1993, suscrita por nuestro país, pero no por Argentina. Por ello, el objetivo de aprobar este tratado es que exista un acuerdo bilateral con ese país, cuyo gobierno no tiene intención de incorporarse a la citada Convención.
El tratado tiene por objeto -insisto- permitir que las personas condenadas puedan trasladarse a su país de origen para cumplir en él su pena. Chile ha suscrito tratados de este tipo con Brasil, ya incorporado al orden jurídico interno, y con Bolivia, que actualmente se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado.
El tratado consta de un preámbulo en el que las partes contratantes expresan su interés en desarrollar una política de reinserción social de las personas condenadas. Asimismo, cuenta con dieciséis artículos, en los cuales se regulan los procedimientos y condiciones exigibles para el traslado de nacionales condenados en el país contraparte en este tratado.
Para que la persona condenada pueda solicitar el traslado a su país de origen, es necesario que el saldo de la pena por cumplir sea de por lo menos seis meses. Asimismo, debe haber cumplido con el pago de multas, gastos de justicia, reparación civil, etcétera.
Los otros artículos señalan la forma en que las personas serán trasladadas.
El Estado receptor será responsable de los gastos correspondientes al traslado internacional de la persona condenada.
Si el traslado no ha sido solicitado por el condenado, debe contar con su aprobación.
En la Comisión de Relaciones Exteriores escuchamos al asesor jurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores, don Claudio Troncoso Repetto , quien señaló que este proyecto de acuerdo favorecerá a aproximadamente trescientos chilenos que hoy cumplen condena en Argentina, y a unos noventa argentinos que cumplen condena en nuestro país.
Los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, después de escuchar los antecedentes entregados por don Claudio Troncoso , que indican la armonía existente entre la iniciativa en estudio y la legislación chilena, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, y de considerar el beneficio que este acuerdo va a significar tanto a chilenos como a argentinos que se encuentran privados de libertad, pues les dará la posibilidad de estar cerca de sus familiares -son personas a las que, a lo menos, les quedan seis meses para cumplir su pena, y respecto de las cuales ya se han utilizado todos los requerimientos legales y han cumplido las multas y gastos de justicia-, por unanimidad, aprobaron este proyecto de acuerdo entre Chile y Argentina, que contempla las condiciones para que dichas personas puedan cumplir su condena en el país de origen.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señora Presidenta , este proyecto es sumamente importante dentro de la línea que todos los países están siguiendo en la actualidad para los efectos de humanizar las penas. Es evidente que el traslado de un nacional a su país implica la posibilidad de ser visitado por sus familiares -padres, hijos, etcétera-, y, a su vez, contar con un entorno que, respecto de la pena privativa de libertad, no le signifique cercenamiento absoluto de otros derechos, como el de visita, de estar en contacto con sus hijos, con su mujer y familiares. Por eso, desde una perspectiva humanitaria, hoy en todos los países se recomienda trasladar las personas condenadas a su país de origen.
También resulta conveniente dicho traslado desde la perspectiva de la reinserción social, porque permite llevar a cabo una serie de acciones, a fin de que esas personas, una vez cumplida su pena, puedan insertarse sin mayores problemas en la sociedad. Con ello se pretende que no reincidan.
Este proyecto es importante y, como Comité Socialista y Radical Social Demócrata, le vamos a dar plena aprobación.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señora Presidenta , como dijo el diputado Bustos , el proyecto se enmarca en la línea de la globalización, de la apertura y de la integración que buscamos con todas las sociedades. Así como se habla de tratados de libre comercio y de intercambios, de una u otra forma también es válido pensar en un sentido humanitario o social hacia quienes han cometido algún delito, más aun cuando deben cumplir condenas en otro país, donde, muchas veces, deben sufrir un trato vejatorio, según me han contado. Con este proyecto daremos un paso gigantesco en la solución de ese problema de índole social. Ojalá, al aprobarlo y en su tramitación siguiente, se pudiera informar a la comunidad acerca de este acuerdo, sobre todo a quienes de alguna forma estén afectados.
Quizás mucha gente no conozca las leyes ni los tratados que esta Corporación ha aprobado sobre el particular. Sería interesante que, a través de Gendarmería de Chile, pudiéramos revisar los casos de alrededor de trescientos conciudadanos que se encuentran recluidos en cárceles de Argentina, quienes podrían acceder a esta información y, en consecuencia, al beneficio.
Por lo tanto, nuestra bancada, sin perjuicio de la opinión de otros diputados, anuncia su voto favorable.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señora Presidenta , como integrante de la Comisión de Relaciones Exteriores, quiero decir que este proyecto de acuerdo fue largamente analizado. Se hicieron las consultas respecto del número de personas privadas de libertad que desearían beneficiarse con la iniciativa y se consideró el gasto que significaría su traslado al país de su origen. Lo cierto es que, sumadas las de ambos países, no son muchas, de modo que el gasto no sería excesivo, pero sí se resuelve un problema social, humano y familiar de dichas personas.
Precisamente la semana pasada, en Traiguén, conocí el caso de un argentino que fue condenado aquí; ha cumplido gran parte de su sentencia, y, en consecuencia, desea recibir algún beneficio.
Por lo tanto, este proyecto de acuerdo cuenta con todo el apoyo de la Democracia Cristiana.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Gabriel Ascencio .
El señor ASCENCIO .-
Señor Presidente , este proyecto reviste mucha importancia desde el punto de vista humanitario, por la posibilidad de trasladar a los condenados a cumplir sus sentencias en los países de origen, siempre que aquellos así lo soliciten. De no hacerlo, las partes pueden acordar su traslado de un país a otro, pero para ello se requiere el consentimiento del afectado; porque podría ocurrir que a un condenado no le interesara cumplir sentencia en el país de su nacionalidad, por tener, por ejemplo, a toda su familia en el país en que la cumple.
Por lo tanto, concurriremos con nuestros votos favorables.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , es muy importante lo que ha indicado el diputado Ascencio , en el sentido de que, para proceder al traslado, previamente deberá contarse con la autorización del condenado.
Además, quiero reiterar lo señalado por el diputado Rojas en cuanto a dar a conocer esta información a los trescientos condenados chilenos que hoy están recluidos en cárceles de Argentina, como asimismo hacer notar que ese trámite se hará a través del Ministerio de Justicia.
He dicho.
-De conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala:
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , el tratado celebrado con Argentina para permitir el traslado de nacionales condenados de ambos países y facilitar el cumplimiento de sentencias penales, suscrito en octubre de 2002, responde a principios internacionales que tienden a favorecer la rehabilitación de las personas privadas de libertad, al permitirles cumplir sus condenas en recintos carcelarios más cercanos a su entorno familiar, conforme lo postulan diversos tratados internacionales que ha señalado el honorable diputado informante y que han servido de base a otros tratados bilaterales que nuestro país ha celebrado, tanto con Brasil, ya incorporado al orden jurídico interno, como con Bolivia, en actual segundo trámite constitucional en el Senado.
Las principales disposiciones del articulado indican que el traslado al país de su nacionalidad puede ser solicitado por la persona condenada o por el estado nacional. En todo caso, ambos estados, Chile y Argentina, tendrán absoluta discreción para proceder o no a satisfacer dicha petición.
En cuanto a las condiciones para el traslado, podemos salar que ellas son seis:
Primero, que el delito que ha dado lugar a la sentencia penal sea también punible en el estado receptor, aunque no exista identidad en la tipificación;
Segundo, que la sentencia sea firme y ejecutoriada, es decir, que no esté pendiente de recurso legal alguno, incluso de procedimientos extraordinarios de apelación o revisión;
Tercero, que la persona condenada sea nacional del estado receptor;
Cuarto, que el saldo de la pena por cumplir sea de por lo menos seis meses;
Quinto, que la persona condenada haya cumplido con el pago de multas, gastos de justicia, reparación civil o condena pecuniaria de toda índole o que garantice su pago, a satisfacción del estado sentenciador, y
Sexto, que la persona condenada preste su consentimiento escrito para el traslado. Este consentimiento es irrevocable una vez aceptado el traslado por los dos estados partes.
Es importante destacar que la persona condenada trasladada no podrá ser nuevamente enjuiciada en el estado receptor por el delito que motivó la condena impuesta por el estado sentenciador y su posterior traslado, en virtud del principio non bis in ídem, y que la ejecución de la pena de la persona condenada trasladada se cumplirá de acuerdo con las normas del régimen penitenciario del estado receptor, incluso respecto de las condiciones para el otorgamiento y la revocación de la libertad condicional, anticipada o vigilada o para la aplicación o levantamiento de medidas de seguridad. En ningún caso podrá agravarse la pena privativa de libertad o las medidas de seguridad pronunciadas por el estado sentenciador.
También es importante señalar que este tratado se aplicará a los menores bajo tratamiento especial conforme a las leyes de las partes y que ninguna disposición se interpretará en el sentido de limitar la facultad de las partes para conceder o aceptar el traslado de un menor de edad infractor.
Señor Presidente , la celebración de este tipo de tratados entre países vecinos que registran un constante movimiento de nacionales a través de sus fronteras, como el que nuestro país mantiene con la hermana República Argentina, es importante para facilitar la rehabilitación de las personas condenadas en su país de origen, de manera que los diputados de la UDI votaremos favorablemente esta iniciativa.
He dicho, señor Presidente.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció de la siguiente manera sobre el proyecto:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde votar el proyecto que aprueba el tratado entre la República de Chile y la República de Argentina, sobre traslado de nacionales condenados y cumplimiento de sentencias penales.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE USO Y PORTE DE ARMAS. Primer trámite constitucional.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Corresponde conocer el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, que modifica el Código Penal en materia de uso y porte de armas.
Diputado informante de la Comisión especial de Seguridad Ciudadana es el señor Jorge Burgos.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana, boletín Nº 3389-07, sesión 34ª, en 16 de diciembre de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 18.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , corresponde conocer el segundo informe de la Comisión especial de Seguridad Ciudadana recaído en el proyecto que modifica el Código Penal en tres aspectos.
Los principios centrales del proyecto ya fueron suficientemente expuestos. Consecuentemente mi informe será breve y sólo respecto de aquellas indicaciones presentadas a la Sala y analizadas por los diputados integrantes de la Comisión y por el Ejecutivo.
Cabe recordar que esta iniciativa es atingente a la seguridad ciudadana y se inserta en la denominada “agenda privilegiada o corta de seguridad ciudadana”, debidamente consensuada por todos los partidos políticos y cuyos proyectos ha despachado poco a poco esta Sala. Anteayer aprobamos el proyecto de aumento de la carrera funcionaria en Carabineros, que significa, en términos concretos, tres mil nuevos funcionarios en los próximos tres años.
Hace algunas semanas aprobamos las modificaciones a los Códigos de Procedimiento Penal y Procesal Penal en lo que dice relación con la posibilidad de controlar la identidad y dar más instrumentos a las fuerzas policiales en esas materias.
Probablemente, la próxima semana veremos las modificaciones a la ley sobre control de armas, ya despachadas por las Comisiones de Defensa y de Hacienda.
Con ocasión del primer informe, se presentaron varias indicaciones en la Sala, la mayor parte de las cuales recayó en uno de los tipos penales que se incorpora en el Código Penal, particularmente un nuevo artículo 288 bis que trataré en su momento. Empezaré por el orden en que se encuentra establecido el proyecto.
La primera enmienda es la introducción, en el Código Penal, de una nueva circunstancia agravante de carácter general en el artículo 12, relativa al porte de armas.
En la discusión del primer informe hubo unanimidad en cuanto a considerar que era positivo incorporar esa nueva agravante; pero hubo algunas consideraciones sobre su texto que fueron recogidas por la Comisión, particularmente una indicación patrocinada por la diputada Pía Guzmán y los diputados Bertolino , Pablo Galilea , García y Kuschel para mejorarlo. Dicha propuesta de modificación, acogida en forma unánime por la Comisión, consiste en agregar, en el artículo 12 del Código Penal, una nueva circunstancia agravante, la número 20ª, que puede concurrir en el hecho ilícito -la cual deberá ser probada por el juez-, y, en consecuencia, se aumenta la pena para el delincuente que lo comete. La agravante número 20º quedaría redactada de la siguiente manera: “Ejecutarlo portando armas de fuego o de aquellas referidas al artículo 132”. Es decir, se amplía al porte de todo tipo de armas, no sólo a las de fuego, y se hace mención explícita a lo que señala el artículo 132 del Código Penal, en cuanto a que, con ocasión de establecer los delitos que atentan contra la seguridad interior del Estado, entrega un listado de las que se consideran armas de fuego. En esa denominación, se considera a toda máquina, instrumento, utensilio u objeto cortante, punzante o contundente que se haya utilizado para matar, herir o golpear, aun cuando no se haya hecho uso de él.
Se trata de una buena indicación, que fue aprobada de manera unánime en la Comisión, y, por tanto, proponemos su aprobación a la Sala.
Para ello fue necesario modificar la redacción de la circunstancia 6ª del artículo 12 del Código Penal, que actualmente es la siguiente:
“Artículo 12.- Son circunstancias agravantes:
6ª. Abusar el delincuente de la superioridad de su sexo, de sus fuerzas o de las armas, en términos que el ofendido no pudiera defenderse con probabilidades de repeler la ofensa,”.
Se propone eliminar la expresión “o de las armas” y dejar sólo la condición de superioridad de su sexo y de sus fuerzas. Ello, por la indicación propuesta por los diputados mencionados, en el sentido de agregar una nueva circunstancia agravante, la 20ª, en el artículo 12, que hace más simétrico el artículo propuesto.
El otro aspecto que se trató en el segundo informe fue el porte de ciertas armas en un delito de peligro, pero no de resultados. Se sanciona la tenencia de determinadas armas, más allá del resultado de la acción, ya que podría causarse un homicidio o una lesión, pues en ese caso el hecho repudiable, el motivo de la sanción, sería el delito específico cometido con dicha arma.
Tal como se señaló en la discusión del primer informe, se busca evitar la proliferación de armas blancas en las zonas urbanas y ser claros respecto de la punición de su porte en determinadas circunstancias, como forma de prevenir que se utilicen como instrumentos para cometer delitos mayores.
Diversos diputados presentaron una serie de indicaciones que tenían por objeto clarificar la norma original. Con el Ejecutivo realizamos un esfuerzo de redacción para recoger las ideas centrales de muchas indicaciones.
Atendida la magnitud de las armas contundentes y lo complejo que sería incorporarlas en un delito de mero peligro, el artículo 288 bis, nuevo, quedó de la siguiente manera:
“Artículo 288 bis.- El que portare armas cortantes o punzantes, cuando por su profesión, oficio o actividad no pueda presumirse que las lleva con un fin legítimo, sufrirá la pena de presidio menor en su grado mínimo”.
De esta manera se descarta la preocupación de muchas personas que portan armas de esta naturaleza por razones de profesión, oficio o actividad. Por lo tanto, hay una primera presunción en la ley que establece que ese porte no es motivo de sanción o reproche penal, y sólo será aplicable cuando no pueda presumirse que su porte es para un fin legítimo.
Se agrega un segundo inciso en este artículo que recoge las indicaciones de los diputados Zarko Luksic, Pedro Muñoz y otros, que señala:
“Para los efectos de la aplicación de la pena, se considerará circunstancia agravante el encontrarse reunidas dos o más personas portando las armas a que se refiere el inciso anterior -es decir, las cortantes o punzantes-, siempre que existiere concierto entre ellas.”.
Se agrega el requisito de haberse concertado para esa reunión donde hay tenencia de esas armas.
Con ello se recoge la preocupación por el fenómeno de las bandas que operan en varias ciudades y que transitan y se reúnen portando este tipo de armas, lo que muchas veces constituye un primer paso hacia una cadena delictual muy fuerte que se forma con posterioridad.
Entiendo que el ministro del Interior está realizando gestiones a fin de que se presente una indicación para mejorar aún más la redacción del inciso primero del artículo 288 bis, que se incorpora. Espero que antes de votar el proyecto podamos tener conocimiento de ella, siempre y cuando sea presentada con las formalidades que se exigen en este trámite.
El número 3) del artículo único del proyecto, que sustituye el inciso segundo del artículo 450 del Código Penal, no sufrió modificaciones.
Sin embargo, debo aclarar que fue objeto de una indicación, la cual fue rechazada, por entender que no modificaba en nada el sentido del artículo propuesto. Además, el objetivo específico que buscaba la indicación se alcanzó con la modificación relacionada con la incorporación de la 20ª circunstancia agravante en el artículo 12 del Código Penal.
El numeral 3) del artículo único del proyecto dice :
“En los delitos de robo y hurto, la pena correspondiente será elevada en un grado cuando los culpables hagan uso de armas o sean portadores de ellas.”.
Con esto se quiere poner como condición del tipo y no como una agravante, el porte o uso de armas en los delitos de robo y hurto, cuestión que hoy está establecida en el Código Penal; pero se establece un aumento de pena razonable y no imposible, como ha resultado la aplicación del inciso segundo del artículo 450 del Código Penal, ya que, aparentemente, nunca se ha ocupado esa condición del tipo de agravación, producto de lo elevado de sus penas.
En este momento -y lo incorporo en el informe- se me señala que está por llegar la indicación al artículo 288 bis, nuevo, del Código Penal, incorporado en el numeral 2) del artículo único del proyecto.
En su momento daremos a conocer a esta Sala el nuevo texto que se propone.
Eso es, en términos generales, lo que tengo que informar a esta Sala respecto de las modificaciones del Código Penal, tanto por la vía de crear una circunstancia agravante general como por la vía de crear un nuevo delito de porte de determinadas armas y por la vía de establecer una penalidad diversa a la circunstancia del tipo del robo o hurto, cuando el autor de dicho delito usa o porta armas de fuego.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente , sólo quiero resaltar lo que establece el inciso segundo del artículo 288 bis, nuevo, del Código Penal, donde se da cuenta de una conducta que es bastante recurrente no sólo en la Región Metropolitana, sino en todas las regiones del territorio nacional, que es el uso y el porte de arma blanca por parte de pandillas o bandas. Por lo general, estas bandas cometen delitos al establecer territorio dentro de sus barrios o localidades y al enfrentarse entre ellas. Permanentemente, escuchamos que en alguna población, barrio o villa, hay bandas y pandillas que, para ganar territorio, para enseñorearse en ese espacio, para tener el dominio -obviamente, de carácter ilícito-, recurren a la agresión y a la fuerza, generalmente con el empleo de armas blancas. Estas bandas son las que van a las discotecas, a los pubs y a las quintas de recreo en las zonas rurales, y, permanentemente, cometen delitos y usan armas blancas. Asimismo, asociadas al consumo de drogas y alcohol, cometen delitos de robo y hurto y asaltos para financiar su adquisición.
Por eso, me alegro de que el Ejecutivo haya acogido una indicación que presenté para establecer esta circunstancia agravante. Obviamente, no se empleó el vocablo “banda” o “pandilla”, porque no existe una definición legal de ella. En una ocasión anterior expresé que en Estados Unidos hay jurisprudencia sobre la materia y definiciones legales que permiten conceptualizar mucho mejor la figura de banda o pandilla. En Chile sólo existe la definición de otra figura que, lamentablemente, no estaría dentro del mismo ámbito, cual es la asociación ilícita. De manera que cuando hablamos de la reunión de dos o más personas que portan armas blancas o cortopunzantes, nos estamos refiriendo, precisamente, a las bandas o pandillas.
Ahora, me gustaría que el diputado señor Burgos -informante y presidente de la Comisión especial de Seguridad Ciudadana- me clarificara el término “concierto”, porque la agravante opera cuando hay una reunión de dos o más personas que portan tales armas, siempre que existiere concierto entre ellas. Es decir, aquí estamos frente a una condición. Sería bueno precisar si el concierto se refiere al uso de armas blancas o a la comisión de un delito, es decir, si estas personas se reúnen para cometer un delito. Yo soy partidario de que el concierto se dé sólo respecto del uso de armas blancas por parte del grupo. El diputado señor Burgos me aclara que no está referido a la intención de cometer delitos, es decir, que se pongan de acuerdo para cometerlos; bastaría el porte de armas blancas.
Los demás aspectos fueron muy bien explicados por el diputado informante, y, por ello, sólo quería referirme a la agravante mencionada.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Urrutia.
El señor URRUTIA .-
Señor Presidente , me alegra el cambio introducido en el artículo 288 bis, nuevo, porque en el mundo agrícola existía gran inquietud respecto de este proyecto de ley, por cuanto muchos agricultores y campesinos, a diario, portan cortaplumas, y, según la redacción original de dicho artículo, no podrían hacerlo.
Me parece muy buena la modificación, porque al incluirse la frase “cuando por su profesión, oficio o actividad”, los agricultores y campesinos que usan este tipo de herramientas podrán seguir portándolas sin ningún problema.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que ingrese el subsecretario del Interior don Jorge Correa Sutil.
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , es sabido que el porte de armas es siempre materia de un debate extraordinariamente importante, particularmente cuando se trata de armas de fuego. En los Estados Unidos existen millones de armas, porque su venta es masiva y de fácil adquisición. En Chile, en cambio, no es tan fácil adquirir un arma de fuego. Los delincuentes las consiguen mediante el robo, el mercado negro o el tráfico.
El proyecto establece sanciones penales mayores a quienes usen armas de fuego en la comisión de delitos. Además, tal como lo ha planteado el diputado Luksic, dispone sanciones cuando se utilicen armas blancas para la comisión de un delito o por el simple hecho de portarlas.
Al respecto, deseo formular algunas preguntas, por su intermedio, señor Presidente , al diputado informante o a los miembros de la Comisión, porque estimo que el debate debió considerar también un elemento clave a la hora de enfrentar la delincuencia, cual es la prevención del delito. En Chile existen restricciones para la compra de armas de fuego, ya que no cualquier persona puede adquirirlas; además, tienen que estar debidamente inscritas; se debe advertir a los adquirentes sobre su uso y manejo, y estos deben estar autorizados para poder utilizarlas.
Por lo tanto, si estamos equiparando la tenencia de armas blancas en posesión de los ciudadanos con la de las armas de fuego, parece del todo razonable que quien venda este tipo de armas blancas también debe estar sometido a regulaciones y a sanciones. Es decir, si la tenencia de un arma blanca es un ilícito, ¿alguien podría vender un cortaplumas o un puñal a un menor de 14 años? ¿Para qué un muchacho de 16 años va a portar un cortaplumas de 15 centímetros? ¿Para qué un adulto de 30 años va a comprar un puñal y cuál es la advertencia que se le debe hacer al momento de adquirirlo?
Como queremos equiparar el porte de armas blancas al de las armas de fuego, por su intermedio, señor Presidente, quiero consultar a los miembros de la Comisión si se debatió el tema de que su venta y las advertencias al momento de adquirirlas, deben estar reguladas del mismo modo.
Existe una demanda ciudadana claramente legítima para enfrentar la delincuencia; pero estimo que falta realizar un debate sobre la prevención, lo que es un tema recurrente, ya que aquí sólo se habla de penalizar, castigar, encarcelar. No están presente los elementos de prevención y de regulación para evitar estas situaciones.
Quiero advertir que la tasa de crecimiento de la población penal en Chile oscila entre el 13 y el 15 por ciento anual. En consecuencia, la población penal habrá aumentado en 60, 70 u 80 por ciento para el 2008. El promedio de edad de los 2 mil 150 detenidos de la cárcel de El Manzano es de 23 años, y la tasa de reincidencia es del 75 por ciento.
La pregunta que nos hicimos en el debate de la Comisión de Seguridad Ciudadana es si más cárceles y penas más altas son medidas suficientemente efectivas para evitar la comisión de estos delitos. Efectivamente, hemos fracasado; ha fracasado la política carcelaria y la de penalidad a la hora de enfrentar el crimen, la delincuencia. Ella sigue creciendo; la población penal nacional es una de las más altas del mundo. Proporcionalmente, más alta que la de Estados Unidos, que tiene dos millones de presos, y, sin duda, que la de Argentina, que tiene 27 mil, contra 37 mil de Chile, y sigue subiendo. Por lo tanto, quien porte arma blanca -como dice el diputado Luksic - para llevarla a una discoteca, por voluntad propia, no para un fin utilitario, sino para la comisión de un delito o autodefensa, ha de ser sancionado.
Pero, en definitiva, la venta de las mismas debe ser regulada. O sea, ningún adolescente podrá ni debe comprar un cortaplumas con posibilidades de convertirla en un arma mortal sin que haya una advertencia y una regulación. Debemos decirle que puede comprar libremente un arma en un quiosco de la calle San Diego , en Santiago, o en cualquier ferretería; pero que si en el trayecto hacia la casa lo detiene la policía y no puede explicar por qué la porta, será detenido y sancionado. La venta de este tipo de armas, equiparadas a las de fuego, debe tener una regulación, restricción y advertencia.
En ese sentido, es propicio introducir el tema en el debate y, en particular, respecto de una normativa que, sin duda, no está en el cuerpo legal en discusión, respecto de la venta; más aun, no es parte del proyecto -así lo entiendo-: la prevención. Esta disposición requerirá un gran debate a nivel de la enseñanza de los jóvenes en las escuelas y los liceos.
Lo paradójico radica en que personas pueden ser detenidas y encarceladas por el porte de objetos que no están definidos. He preguntado a los colegas abogados penalistas, ¿qué se entiende por arma blanca?, ¿de cuántos centímetros debe ser el cortaplumas? O ¿qué se entiende por arma contundente, punzante o cortante, como me señala el diputado Bustos ? Esta situación puede suscitar arbitrariedad respecto del criterio que emplee la autoridad policial a la hora de considerar que el porte de ese elemento contundente, punzante o cortante es sancionable, según la normativa que hoy estamos dictando.
Por lo tanto, pido a los diputados interiorizados en el tema que expliquen, básicamente, esa temática; porque, en definitiva, lo que se hace es dar condiciones para una mayor prevención mediante la detención. En la práctica, si un joven o un adulto es detenido -se ha hablado de los campesinos; es así- portando este tipo de elementos, se configurará un acto que será penalizado; pero se puede terminar contrariando el objetivo que se busca: contener el delito.
Por lo tanto, se trata de advertir a los jóvenes que no pueden ir a una discoteca o a otros lugares con una arma cortante o punzante; ni siquiera pueden portarla en la calle. Muchos justifican su porte en la autodefensa, así como en Estados Unidos la tenencia masiva de armas en los hogares. La argumentación es que se tiene un arma para defenderse de otro, que también la tiene. Hoy, muchos jóvenes se autojustifican, en mi opinión de manera errada, en que portan armas porque otros lo hacen. Algunos las llevan al colegio, hecho que, lamentablemente, hemos podido comprobar.
Tal como lo ha dicho el diputado Bustos , la bancada socialista tiene voluntad para aprobar el proyecto, pero, en lo personal, me asisten las dudas planteadas. Es legítimo que sean aclaradas, y si ello no sucede en esta normativa, estamos en la obligación de introducirle las modificaciones que permitan que lo que he señalado -sucederá en la práctica- no ocurra. Si no, se terminará tergiversando el objetivo de la ley. Además, terminaremos sancionando, sin duda, a ciudadanos inocentes y no a quienes promuevan la venta de estos objetos.
Señora Presidenta , si el diputado Burgos o algún otro miembro de la Comisión nos pudiera ilustrar mejor sobre el tema, nos daría más tranquilidad al momento de votar esta importante iniciativa.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Más adelante, sin duda alguna, el diputado informante o algún miembro de la Comisión absolverá sus dudas, señor diputado .
Tiene la palabra el diputado Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señora Presidenta , estamos en presencia de una iniciativa bien inspirada y que va en el camino que todo el mundo quiere: combatir, de mejor manera, el porte de arma blanca, que, sin duda, se ha transformado en un problema importante. Sin embargo, de la forma como está aprobada la norma, presenta una serie de problemas de orden práctico, dogmático y de técnica legislativa. Tal vez, sea ésta la oportunidad para corregirlos.
En primer lugar, digo de “orden dogmático”, porque en el inciso primero del artículo 288 bis, nuevo, se señala: “El que portare armas cortantes o punzantes, cuando por su profesión, oficio o actividad no pueda presumirse que las lleva con un fin legítimo, sufrirá la pena de presidio menor en su grado mínimo”. En el fondo, le estamos entregando la calificación del porte del arma al aprehensor, es decir, al carabinero, inspector o funcionario de Investigaciones. Pienso que es inconveniente entregar esa calificación a una persona distinta del juez. Hay que buscar una fórmula más autónoma o más completa para que no tengamos que entregar un elemento tan importante como es presumir o no la intención con la que se está portando el arma.
Lo otro que me preocupa de la redacción propuesta es que esta norma ya está contenida en el artículo 10 de la ley de Seguridad del Estado. Dice: “Prohíbese, salvo permiso de la autoridad competente, el uso de armas cortantes, punzantes y contundentes a todos los que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas, al Cuerpo de Carabineros, al Servicio de Investigaciones, al Servicio de Vigilancia de Prisiones o a los demás organismos estatales autorizados por la ley”.
Más adelante, en su inciso segundo, señala: “La infracción a esta disposición será penada con presidio en su grado mínimo y multa”. En el fondo, es lo mismo que se pretende en la norma en comento. En consecuencia, estamos duplicando esfuerzos para tipificar algo que ya está en nuestra legislación.
Finalmente, hay un problema de orden práctico en el artículo 288 bis, por cuanto resulta difícil entender por qué cuando dos personas están reunidas portando armas blancas se configurará una agravante especial, en circunstancias de que estando una sola persona con esa misma arma blanca ello no acontecería. Por eso pienso que el problema es de orden práctico, especialmente en las zonas rurales, las que están fuera del radio urbano, donde es común ver a una persona portando, por ejemplo, un cortaplumas. En un rodeo o en cualquier fiesta costumbrista es común ver a alguien portando un arma blanca o un cuchillo, y no por eso va a estar cometiendo un delito.
Por esa razón, hay que buscar una fórmula que regule convenientemente el peligro que significa portar un arma blanca, y combatir de manera eficaz este hecho con una correcta y adecuada técnica legislativa. Para ese cometido, con los demás diputados que integran la Comisión de Seguridad Ciudadana y a proposición del Ejecutivo , estamos viendo la posibilidad de presentar una indicación, a fin de resolver estos problemas y para que el artículo 288 bis, nuevo, se transforme en un verdadero instrumento que combata en forma eficaz lo que queremos: el porte de armas blancas.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, no pude escuchar bien la interesante exposición del colega Uriarte, que planteaba algo que me importa de este proyecto.
Estamos sancionando el porte de armas. Sin embargo, para mí la manera es totalmente confusa, debido a que en el mundo rural, por ejemplo, es normal el porte de cuchillo, especialmente por el campesino, porque es parte de sus instrumentos de trabajo. Lo mismo ocurre con el machete, porque en el sur se usa mucho, aunque no en las comunas del centro del país. Entonces, estamos sancionando el porte de armas y estamos estableciendo un delito de peligro abstracto. Si estoy equivocado, espero que me corrijan los colegas abogados. En fin, estamos sancionando lo que no corresponde.
Entiendo que el artículo 288 bis, nuevo, es de presunción, porque castiga a alguien que porta armas presumiendo una intención; pero en el mundo rural la mayoría de los trabajadores porta cuchillo, que es un arma blanca. Por lo tanto, solicito que dicho artículo sea votado en forma separada.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Juan Bustos.
El señor BUSTOS.-
Señora Presidenta, como ya se ha dicho, especialmente por el diputado Uriarte, en relación con este proyecto hay varios temas que es necesario abordar.
En primer lugar, la ley de Seguridad Interior del Estado, en su artículo 10, establece, en forma general, la prohibición de portar armas en el sentido señalado en el artículo 132 del Código Penal. Esto es, que sean instrumentos cortantes, punzantes o contundentes, cuando no se tenga la autorización competente y no se pertenezca a uno de los cuerpos del Estado a los cuales, por su función, les está permitido hacerlo. De manera que habría que derogar ese artículo 10 de la ley de Seguridad Interior del Estado, que establece una prohibición de carácter amplio.
En segundo lugar, en nuestra sociedad es cada vez de mayor ocurrencia una serie de hechos delictivos en las poblaciones, no con armas de fuego, sino con armas cortantes y punzantes.
El llamado “sable” es hoy muy utilizado en los robos con violencia o intimidación o, en general, dentro de los diferentes hechos de carácter delictivo en nuestras poblaciones, que, ciertamente, provocan un grave problema desde el punto de vista de la seguridad ciudadana.
De ahí que se hace necesaria una regulación no sólo de las armas de fuego, materia que ha analizado en el último tiempo la Comisión de Defensa, después que ya lo hicieran las comisiones de Seguridad Ciudadana y de Constitución, Legislación y Justicia.
En consecuencia, se complementa esa regulación incorporando las armas cortantes o punzantes, tal como lo señala el artículo 132 del Código Penal.
En ese sentido, creo que la circunstancia agravatoria nueva, la 20ª, que se señala en el artículo 12, resulta adecuada, porque es evidente que faltaba una disposición en que la agravación estuviese solamente en el hecho de portar armas de fuego o punzantes, cortantes o contundentes, modificando la del numeral 6, que exigía, junto con el porte, otro tipo de circunstancia que no consideraba el solo hecho del porte.
Diferente es el caso de la incorporación de un artículo 288 bis, nuevo. Su redacción implica una serie de problemas. En primer lugar, por su amplitud. Dice simplemente “el que portare armas cortantes o punzantes”, por lo que podría ser incluso en el patio, en el jardín o en cualquier lugar de la casa o dentro de una propia parcela. Al no describirse específicamente la situación en la cual se porten armas, ello ocasionaría una serie de problemas. Es por eso que se debe señalar los lugares a que se está refiriendo la norma, que deben ser vías o espacios públicos, de manera de circunscribir el tipo legal.
Desde otra perspectiva, está el hecho de que, como elemento del tipo legal, no pueda presumirse. Es evidente, como lo señalaba el diputado Uriarte , que el texto fija una gran ambigüedad desde el punto de vista de su consideración, porque lo deja totalmente al arbitrio del aprehensor, lo cual podría producir graves problemas de carácter arbitrario en la ejecución práctica de este tipo legal, porque siempre el primer “juez” es justamente el carabinero o la gente de Investigaciones. Es por eso que también habría que sustituir la expresión por otra en que también aparezca una interacción entre el sujeto que porta el arma y el aprehensor. Es decir, como en otras disposiciones, una buena fórmula es que no pueda justificar legítimamente el porte del arma, de manera tal que haya también una consideración con respecto a la persona que la porta.
El inciso segundo del nuevo artículo me parece redundante. En primer lugar, y como muy bien decía el diputado señor Luksic , no se sabe para qué se establece el concierto de personas. Habría que eliminar el término, pero si eso se hace, por el solo hecho de haber dos o más personas que portan armas, se plantea una contravención al principio del non bis in ídem, porque lo que se está castigando es el porte de armas.
Si dos o más personas portan armas, cada una de ellas ya está considerada en lo preceptuado en el inciso primero del artículo 288 bis, con lo cual el inciso segundo plantearía una agravante, pues la persona aparecería portando nuevamente un arma. Por ello, esta norma debería suprimirse.
Creo necesario hacer esa modificación al artículo 288 bis a fin de adecuarlo desde un punto de vista jurídico y de la aplicación que debe tener.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Después de que haga uso de la palabra el diputado Pedro Muñoz, pido al diputado informante , señor Jorge Burgos , que haga algunas aclaraciones a petición del diputado Alejandro Navarro .
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Muñoz.
El señor MUÑOZ .-
Señora Presidenta , sólo quiero hacer algunas precisiones. El proyecto viene discutiéndose desde hace bastante tiempo en la Comisión de Defensa. En 2001, en conjunto con el diputado señor Encina , presentamos un proyecto, que se incorporó, como indicación, a las modificaciones que se estaban discutiendo a la ley de control de armas y explosivos. Posteriormente, el Ejecutivo recogió esa iniciativa y presentó un proyecto que se debatió en la Comisión de Seguridad Ciudadana. Quiero hacer esta precisión, porque no ha sido la falta de debate lo que ha provocado que haya diferentes opiniones. Si bien es cierto, ellas no se han manifestado en contra del proyecto, hay ciertas aprensiones respecto de cómo podría sancionarse el uso y porte de armas blancas.
Me tocó conocer las aprensiones legítimas que han manifestado algunos diputados de distritos rurales, quienes señalan que es de común ocurrencia que en encuentros que se realizan en sectores rurales, los trabajadores campesinos utilicen y porten armas blancas.
Sin embargo, el proyecto enviado por el Ejecutivo va en la senda correcta, pues penaliza una situación de mayor riesgo, que se presenta en todas las regiones, como es el uso indiscriminado de armas blancas, que ha provocado, incluso, el aumentado de delitos.
Por ello, al penalizar el porte de armas blancas en la vía pública y en lugares públicos de reunión, con la intención de cometer hechos delictivos, se crean y enmiendan ciertas agravantes generales y se establece un tipo calificado más adecuado y razonable para los delitos de robo y hurto cometidos con ellas.
Pero después de éstas y otras discusiones se han formulado indicaciones que recogen las aprensiones en ese sentido y no veo el problema de aprobar el proyecto para dar una señal a aquellos que cometen delitos con armas blancas.
La definición de arma blanca está en el artículo 132 del Código Penal. Ahora, puede que no sea lo suficientemente precisa, pero hay una definición genérica. Entonces, no busquemos subterfugios para demorar el despacho del proyecto, cuya aprobación dará a la sociedad un instrumento legal para defenderse de aquellos que han cambiado el uso de armas de fuego por armas blancas.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Antes de ceder la palabra al diputado Jorge Burgos , quiero preguntar al diputado Navarro si tiene otra duda.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta , a partir de esta iniciativa, que pretendemos aprobar ahora, el porte de armas cortopunzante pasa a ser un delito. Sin embargo, debe explicitarse la advertencia sobre la penalidad e ilegalidad de su venta. En mi opinión, si ello no ocurre, no se desincentivará.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señora Presidenta , a mi juicio, el objetivo central del proyecto está en la modificación a las circunstancias agravantes del Código Penal, pues señala que el porte -no sólo el uso- de armas con ocasión de la comisión de cualquier delito, constituirá una circunstancia agravante. ¿Qué mejor señal de reproche para los delincuentes que agravar la penalidad, la cual puede ser muy alta si concurre otra circunstancia agravante?
Lo que pasa es que el Ejecutivo creyó que en materia de armas blancas era necesario un tipo especial de delito, porque varios diputados lo creían y recogió las diferentes mociones.
Ahora, los delitos de mero peligro tienen una gran dificultad. Como decía el diputado Jaramillo , siempre existe el riesgo que una autoridad sea poco clara a la hora de calificar una actividad u oficio. Por eso, hemos analizado la indicación del Ejecutivo para mejorar el artículo 288 bis, de manera que pueda votarse.
Por otra parte, el diputado Navarro tiene toda la razón en cuanto a la venta de armas. La venta de armas de fuego está suficiente-
mente reglada y será mejorada con la modificación que vamos a conocer en pocos días más, producto de la moción original de los diputados señores Montes, Letelier y Bustos . Pero sobre la venta de las armas blancas, bueno, hay normas de policía y reconozco que es perfectamente plausible estudiar una iniciativa que indique la forma y modo en que se puedan expender legalmente en los distintos lugares, sobre la base de aplicar ciertas y determinadas multas cuando ello se haga a menores de edad, por ejemplo.
Sin perjuicio de reconocer la lógica de la aseveración sobre la venta de armas blancas, me parece que ésta no es la oportunidad procesal para legislar sobre ella.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Gonzalo Uriarte.
El señor URIARTE.-
Señora Presidenta , en primer lugar, por técnica legislativa, hemos propuesto derogar el artículo 10 de la ley N° 12.927, de Seguridad Interior del Estado, que apunta a lo mismo, porque no es razonable legislar sobre una materia tratada por otra ley.
En segundo lugar, con el Ejecutivo también acordamos sancionar el porte de armas en vías o espacios públicos, en recintos de expendio de bebidas alcohólicas y en lugares donde se realicen espectáculos públicos, que es donde ocurre la mayor cantidad de delitos a la integridad física de las personas, siempre y cuando el porte no pueda ser justificado razonablemente.
De esta manera, dejamos fuera a todas las personas que en los sectores rurales o localidades apartadas de zonas urbanas normalmente portan elementos cortopunzantes por razones de orden costumbrista o de otro tipo, a quienes de otra manera también se sancionaría con penas de presidio menor en su grado mínimo.
Entonces, dejamos a salvo la agravante general establecida en el número 1) del proyecto. Con ello acotamos y regulamos convenientemente el artículo 288 bis.
Para esos efectos, en este momento presentaremos una indicación, por lo que nos gustaría contar con la unanimidad de la Sala, para aprobarla ahora, porque se trata de una nueva, no de la renovación de la presentada con anterioridad.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el ministro Jorge Correa Sutil.
El señor CORREA ( ministro del Interior subrogante ).-
Señora Presidenta , en primer lugar, quiero agradecer y hacer un reconocimiento a la Cámara por la celeridad y seriedad con que ha tratado un proyecto que se encamina en la dirección correcta respecto de la seguridad ciudadana, una materia de tanta preocupación.
Si bien su discusión, como es natural, se ha centrado en las armas blancas, quiero destacar los otros dos aspectos que aborda el proyecto, que representan un progreso jurídico indudable, por cuanto aclaran y perfeccionan la comisión de delito mediante armas, de fuego, cortantes o punzantes, cuya actual regulación -como han señalado el diputado informante y otros diputados- es tan defectuosa.
En este sentido, espero que las modificaciones al Código Penal se aprueben porque significarán un gran progreso.
En cuanto al uso de armas blancas, como se ha señalado, estamos en presencia de un delito de peligro, que siempre tiene un doble riesgo. El primero, que se cometan injusticias por una aplicación excesivamente severa, y el segundo, que su castigo caiga en desuso, por cuanto es tan severo y tan de común ocurrencia el tipo penal que, en definitiva, no se impone. Prueba de ello es la disposición sobre porte de armas blancas que existe en la ley de Seguridad Interior del Estado.
Entonces, me alegro muchísimo del consenso que se ha producido entre los diputados para reducir el delito de peligro a aquellas situaciones en que el porte de un arma blanca represente realmente un peligro. Sin duda, la persona que ingresa con un arma blanca a lugares de espectáculos públicos crea una situación peligrosa para el resto. Lo mismo en el caso de quien entra a un lugar donde se consume alcohol. La gente debe dejar las armas fuera de los bares, porque con ellas se termina en riñas de lesiones y homicidios.
Respecto de las vías públicas, el Ejecutivo , si bien hubiere preferido que sólo se sancionare en caso de que la persona se encontrare bajo los efectos del alcohol y las drogas, estima que la indicación que acaba de leer el diputado Uriarte mejora ostensiblemente la redacción actual, en la cual incluso la persona que portara un cuchillo en su casa o en el campo podría ser objeto de sanción.
Por lo tanto, en nombre del Ejecutivo , agradezco el tratamiento que se ha dado al proyecto. Insto a los señores diputados a la aprobación de su artículo único, la indicación respecto de las armas blancas que se acaba de formular.
Muchas gracias.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra la diputada Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señora Presidenta, el debate ha sido clarificador. Sin embargo, tengo una duda que quiero que aclare el diputado informante.
En la discusión del primer informe se hizo mención a que entre los delitos de robo y hurto hay una tremenda diferencia y no entiendo por qué se va elevar la pena correspondiente al hurto en un grado cuando los culpables hagan uso de armas, porque en ese caso el delito se debe tipificar de robo con violencia y no de hurto. Entonces, ¿cómo se va a elevar la pena? Porque el juez va a tipificar el delito de robo con violencia y, además, va a aplicar una agravante. Esto no puede ser aceptado.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor BURGOS .-
Señora Presidenta , es una cuestión opinable.
A mi juicio, la modificación al artículo 450 del Código Penal busca agravar el porte de armas. Obviamente, cuando se trata de un delito contra la propiedad con violencia deja de ser hurto y pasa a ser robo, con alguna de sus características, como violencia a las personas o con intimidación. Si es mero hurto, se probará de acuerdo con otras reglas. Pero si en el hurto la persona portaba arma, me parece absolutamente razonable una agravación de la pena.
Puede haber opiniones en contrario, pero, desde el punto de vista de la política criminal, me parece absolutamente posible que así sea.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Para efectos prácticos, la Mesa ha recibido la indicación, que ya ha sido explicada. Luego se dará a conocer.
El señor Secretario va a dar lectura a indicaciones que se han presentado.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Indicaciones de los diputados señores Uriarte, Bustos, Luksic y Burgos, en primer lugar, para incorporar un artículo 1° que deroga el artículo 10 de la ley N° 12.927.
En segundo lugar, para reemplazar el número 2 del artículo único del proyecto de la comisión por el siguiente artículo 288 bis, nuevo:
“Artículo 288 bis, nuevo.- El que en vías o espacios públicos, de espectáculo público o en recintos de expendio de bebidas alcohólicas portare armas cortantes o punzantes y no pudiere justificar razonablemente su porte, sufrirá la pena de presidio menor en su grado mínimo”.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Solicito la unanimidad de la Sala para votar el proyecto con las indicaciones.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Aprobado el proyecto con las indicaciones.
Aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
COMISIÓN INVESTIGADORA DE CRÉDITOS DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN FINANCIERA CON ALEMANIA. (Votación).
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 345.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VII. INCIDENTES
CIERRE DE OFICINAS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DE EMPRESAS DE SERVICIOS EN ZONAS RURALES. Oficios.
El señor HALES (Vicepresidente).-
En incidentes, el primer turno corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Tiene la palabra el diputado Delmastro .
El señor DELMASTRO .-
Señor Presidente , en los últimos meses, se han cerrado varias oficinas de compañías de servicios públicos, tales como electricidad, agua potable, etcétera, especialmente en pequeñas localidades rurales.
Esa medida, adoptada seguramente con el objeto de reducir costos, ha provocado un serio trastorno a los clientes, especialmente de las áreas rurales, quienes tienen que trasladarse a las grandes ciudades para pagar sus cuentas de servicios.
Por tanto, solicito oficiar al superintendente de Electricidad y Combustible a fin de que informe a esta Cámara sobre las normas de regulación y control de dicha superintendencia respecto de las empresas de distribución, en cuanto a la atención al público.
Del mismo modo, oficiar al superintendente de Servicios Sanitarios para que informe sobre la normativa que deben cumplir las empresas de servicio respecto de la atención oportuna, eficaz y de bajo costo que deben brindar al público.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así le indican a la Mesa.
RESULTADOS DE ENSAYOS DE APLICACIÓN DE LA FICHA CAS 2. Oficio.
El señor DELMASTRO .-
Señor Presidente , solicito oficiar al ministro de Mideplán a fin de que indique sobre los resultados de los ensayos de aplicación de la ficha CAS 2.
El año pasado recibí una información del ministro respecto de la modificación de las pruebas y de los test que se están haciendo de la ficha CAS 2.
Por tanto, me gustaría saber cuál es el programa para la aplicación masiva de esta ficha CAS 2 que, sin duda, va a contribuir a mejorar el diagnóstico de la extrema pobreza y del programa de ayuda social del Gobierno.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los señores diputados que así le indican a la Mesa.
IMPLEMENTACIÓN DEL PRIMERO MEDIO EN ESCUELA FRONTERIZA DE COCHAMÓ. Oficio.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Kuschel.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , solicito oficiar al alcalde de Cochamó y al secretario regional ministerial de Educación de la Décima Región , expresándole nuestra satisfacción porque este año se implementa el primero medio en la escuela fronteriza de Cochamó, aspiración muy antigua que va a traer muchos beneficios a toda la población de esta comuna.
El señor HALES ( Vicrepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
OBRAS VIALES, CONSTITUCIÓN DE JUNTA ELECTORAL Y CREACIÓN DE COMUNA DE ALERCE EN LA DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente , también solicito oficiar al ministro de Obras Públicas a fin de que estudie la posibilidad de realizar un programa especial de mejoramiento y recargue de caminos, en particular, el que va de Quillaipe a La Arena, el tramo de Ralún, Cochamó y Puelo y el de Las Marcas, Río Chico y Chamiza .
En tercer lugar, que se oficie al director del Servicio Electoral expresándole nuestra satisfacción porque el 5 de abril del año en curso se constituirá la Junta Electoral de la localidad de Alerce.
Por último, que se oficie una vez más al ministro del Interior a fin de que nos informe sobre la posibilidad de crear la comuna de Alerce, que es una de las grandes urbes de nuestra zona, ubicada entre Puerto Montt y Puerto Varas.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del Comité de Renovación Nacional y del honorable diputado Fernando Meza .
FESTIVAL FOLCLÓRICO “BROTES DE CHILE”, EN ANGOL. Oficios.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , quiero referirme a un sencillo hecho local, pero de gran importancia, por lo menos, para mi distrito.
El subsiguiente fin de semana se realizará en la ciudad de Angol la 21ª versión del festival folclórico Brotes de Chile, que, según los especialistas en folclor nacional, es el más auténtico de los eventos de este tipo que se realizan en el país.
Lamentablemente, en ninguna publicación de circulación nacional reciente aparece entre las actividades que se realizarán a lo largo del país, a pesar de ser -reitero- el más puro de nuestros festivales folclóricos. Además, forma parte de la semana de actividades en que la capital de la provincia de Malleco se transforma en la verdadera capital de nuestro folclor; también se realizan rodeos a la chilena, ferias gastronómicas y artesanales, con presencia de personas de todo el país.
Por lo tanto, el hecho de que los medios hayan omitido la celebración de ese festival y de que en los listados se incluyan eventos de menor importancia me llevan a pedir que se oficie al ministro de Educación a fin de que los correspondientes departamentos establezcan una especie de priorización de estos festivales, de modo que todos sepan que en la capital de la provincia de Malleco se realiza una actividad artística y cultural que nos prestigia y que hasta el día de hoy no ha salido fuera de sus fronteras, en circunstancias de que su calidad así lo amerita.
Ya hemos conseguido que las canciones finalistas de esta versión sean difundidas a todo el país a través del noticiero central de Televisión Nacional. Queremos que todo el país sepa que en la provincia de Malleco y en La Araucanía, tan vapuleada por otros motivos, se siguen viviendo nuestras tradiciones y nuestra cultura.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Si le parece a su señoría, también se enviará al director del Servicio Nacional de Turismo , Sernatur.
El señor BAYO .-
Agradezco y comparto absolutamente su sugerencia, señor Presidente .
El señor HALES (Vicepresidente).-
Entonces, se enviarán los dos oficios, con la adhesión del honorable diputado Edmundo Villouta.
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
HOMENAJE AL CANTANTE Y COMPOSITOR POPULAR RAMÓN AGUILERA. Nota de condolencia.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
El turno siguiente corresponde al Comité Socialista y Radical.
Tiene la palabra el honorable diputado Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , quiero sumarme al homenaje rendido en esta Sala por otros diputados en memoria del recientemente fallecido cantante y compositor popular Ramón Aguilera , quien con su trova supo interpretar los sentimientos de hombres y mujeres humildes de nuestro país.
El distrito que represento, la comuna de Lota y la provincia de Arauco, contaron con la presencia de Ramón Aguilera en innumerables ocasiones.
Nacido en lo más profundo y auténtico del ser nacional, hizo vibrar, reir y llorar a la gente de nuestra tierra, especialmente cuando cantaba a las madres de nuestro país, quienes, en el sentimiento de cada chileno y chilena, constituyen una base esencial de lo que somos como personas y como comunidad.
Ramón Aguilera, a través de su canto, consagró su vida a reflejar los sentimientos de los hombres humildes del campo y de la ciudad, del alma nacional.
Por eso, quiero que la Cámara de Diputados haga llegar sus condolencias a sus familiares y seres queridos.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión del Comité de la Unión Demócrata Independiente, de la honorables diputada señora Eliana Caraball , de los honorables diputados señores José Miguel Ortiz , Edmundo Villouta , Fernando Meza , Enrique Jaramillo y Waldo Mora .
AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DE LA FRUTA. Oficios.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el honorable diputado señor Juan Masferrer.
El señor MASFERRER .-
Señor Presidente , intervengo hoy para recordar que en el mensaje del 21 de mayo de hace un par de años, su excelencia del Presidente de la República anunció que la Carretera de la Fruta , de la Sexta Región, se iba a ampliar, a mejorar y a licitar. No obstante, no hubo mayores interesados en realizar esas obras.
Desde esa fecha, no se hizo nada más, por lo que no fue cumplida la palabra del Presidente empeñada ante la ciudadanía en un Congreso Pleno. No sé si eso se debió a sus asesores o a instrucciones del Primer Mandatario.
Esa carretera, hoy más que nunca, tiene una gran importancia, debido a los tratados de libre comercio que ha suscrito Chile, porque por ella se traslada toda la fruta que exporta el país.
Lo anterior ha aumentado el tránsito de esa ruta en forma considerable, lo que provocado una serie de accidentes.
Ayer, alguien denunció uno en la Sexta Región, en la Ruta 5 o Panamericana.
Pero en ese camino lateral, que no tiene doble vía, construido con mucho esfuerzo durante el gobierno de las fuerzas armadas y de orden, y con gran espectacularidad, que conecta las regiones Sexta y Séptima con el puerto de San Antonio, hoy ocurren accidentes a diario. Son decenas y decenas las personas que son atropelladas por vehículos que, a veces, por motivos de tiempo en la entrega de la carga a los barcos pasan a altas velocidades.
El 30 de diciembre recién pasado, un minibús que transportaba una delegación que iba a un encuentro deportivo, compuesto por veinte niños, de entre diez y doce años, acompañados por sus padres y apoderados, fue arrollado por un camión. Como consecuencia, falleció una de las mamás y seis niños quedaron lesionados, y actualmente se recuperan en los hospitales de Peumo y de Rancagua.
Pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones a fin de que, de una vez por todas, la Carretera de La Fruta, que pasa por Malloa, San Vicente de Tagua Tagua, Peumo, Pichidegua y la querida comuna de Las Cabras, para terminar en el puerto de San Antonio, sea mejorada, de manera de contar con una vía como la de Santiago-Valparaíso.
Asimismo, que esta intervención se envíe al intendente de la Sexta Región , señor Bravo, (quien de bravo sólo tiene el apellido, porque, no es bravo para corregir errores ni para su pega). Es el momento de que esas autoridades, representantes del Presidente de la República en la región, levanten su voz, y no sólo sean decorativas. Un intendente, nombrado en Santiago, de Vitacura, una de las comunas más ricas, se va a la Sexta Región, del Libertador Bernardo O`Higgins, que está siendo atropellada y sobrepasada porque no se toman las medidas adecuadas.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
FISCALIZACIÓN Y AGILIZACIÓN DE OBRAS VIALES EN LA RUTA DE OSORNO A PUERTO OCTAY. Oficio.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Javier Hernández .
El señor HERNÁNDEZ .-
Señor Presidente , en la ruta de Osorno a Puerto Octay, provincia de Osorno, se están realizando obras de reparación y mantención. Hemos recibido críticas de los productores agrícolas y de leche de la zona porque, al parecer, la empresa encargada no está efectuando los trabajos como corresponde. Efectuamos una visita a esas faenas, junto con el gobernador y el jefe provincial de Vialidad , y comprobamos que los trabajos no se ejecutan con la rapidez que se requiere y que el tipo de material que están utilizando no es el apropiado.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones para que fiscalice dichas faenas y vea la forma de agilizarlas, puesto que, quienes entendemos acerca de turismo, sabemos que en esta época del año se producen atochamientos.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INSTALACIÓN DE SECCIÓN DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES EN EL TRÁNSITO EN OSORNO. Oficio.
El señor HERNÁNDEZ .-
Señor Presidente , en días previos al año nuevo ocurrió un accidente en Osorno que terminó con la vida de una persona. En esa ciudad, lamentablemente, no existe una Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito, Siat, de Carabineros, debiendo concurrir a atender los accidentes que allí ocurren las unidades de Valdivia o de Puerto Montt.
El fallecido permaneció tendido en la calle alrededor de tres horas, mientras llegaba al lugar personal de la Siat más cercana que en ese momento estuviera desocupado.
Por lo tanto, solicito que se oficie al director general de Carabineros a fin de que estudie la forma de instalar una Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito en la ciudad de Osorno.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE DEUDA DEL FÚTBOL PROFESIONAL. Oficios.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , hoy, la comunidad deportiva es testigo de las situaciones complicadas que están viviendo algunos equipos de fútbol profesional; específicamente la Universidad de Chile y el Club de Deportes Cobreloa, que representa a mi región de Antofagasta. Sin duda, los montos que se adeudan por concepto de impuestos son bastante altos. Por ejemplo, tengo antecedentes de que, en el caso de Cobreloa, su deuda podría llegar a 2 mil 900 millones de pesos.
Por lo tanto, es de suma importancia que, quienes amamos el deporte, y hemos asumido una responsabilidad frente a su actividad, busquemos los mecanismos que ayuden a acelerar el proyecto sobre las sociedades anónimas. Ello no significa blanquear la deuda; al contrario.
Solicito que se oficie al ministro secretario general de Gobierno y al director de Chiledeportes a fin de que realicen las acciones pertinentes para agilizar esa iniciativa. Asimismo, al tesorero general de la República para que me informe sobre cuál es la deuda general del fútbol profesional, por cada equipo que representa las series A y B, y cuáles son los mecanismos que se han estudiado para buscar una solución a ese problema.
Reitero que no se trata de blanquear las deudas, sino de buscar la fórmula adecuada para que el deporte rey, como es el fútbol, no muera en el país.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de la bancada de la UDI.
DIFUSIÓN DE LA POLÍTICA EXTERIOR. Oficio.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Andrés Egaña.
El señor EGAÑA .-
Señor Presidente , ayer tuvimos una interesante y extensa sesión secreta analizar nuestras relaciones con Bolivia. A ella asistieron las ministras de Relaciones Exteriores y de Defensa. Además, debatimos distintas materias relacionados con el manejo de las relaciones exteriores y los problemas de defensa. Pero, se reconoció -no estoy cometiendo ninguna infidencia en cuanto a las características de esa sesión secreta- que había existido debilidad respecto de la parte comunicacional para difundir, apoyar y dar a conocer la real posición chilena. Hubo unanimidad en el sentido de que había que poner más de cuidado en los comunicados de lo que estábamos haciendo en nuestras relaciones exteriores.
¿Por qué señalo esto? Porque, lamentablemente, en relación con una situación anterior al problema que tenemos con Bolivia, el Presidente Lagos , por cumplir un compromiso adquirido hacía algunos meses en la localidad de Chañaral, se bañó en las aguas de esa playa que había recibido durante muchos años los relaves de la industria del cobre, imagen que fue difundida profusamente por toda la televisión norteamericana y europea como una respuesta de Chile al Presidente Chávez , quien ha hecho su campaña diciendo que quiere bañarse en una playa del litoral boliviano.
¿Qué quiero decir con esto? Que un detalle que parece menor y natural en nuestro país es mostrado profusamente por los medios de comunicación internacionales, como la CNN. Es en estas situaciones cuando uno estima que falta preocupación en la parte comunicacional, porque en ese hecho particular aparece nuestro Presidente de la República en una especie de respuesta realizada en los mismos términos.
Obviamente, tal hecho se presta para decir que le estamos dando más importancia de la que corresponde al Presidente Chávez, que más que presidente parece un payaso.
Tal apreciación la confirmé hoy en la mañana, cuando el Presidente Lagos era entrevistado en directo por un periodista de un canal de televisión, quien le señaló que él en ese momento estaba en Estados Unidos y el hecho le pareció bastante raro y lo tenía muy confundido. Y el Presidente le explicó que había una confusión muy grande, porque su actitud de bañarse allí correspondía a otra situación. Pero, a nivel internacional, aparecemos dando una respuesta en los mismos términos en que lo ha hecho el Presidente Chávez , quien, así, ha tratado de tapar sus problemas internos.
Por eso, como una colaboración, pido que se haga llegar mi intervención a la señora ministra de Relaciones Exteriores , como un ejemplo concreto de falla en nuestro trabajo comunicacional exterior.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría y se adjuntará copia de su intervención.
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
ANTECEDENTES SOBRE PERMANENCIA E INVERSIONES DE DOUGLAS TOMPKINS EN CHILE. Oficios.
El señor HALES (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente , en conjunto con el diputado Jorge Burgos y en uso de las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados, de acuerdo con el artículo 48, Nº 1, de la Constitución Política, pido oficiar a su Excelencia el Presidente de la República para que, por intermedio de los señores ministros del Interior; de Economía , Fomento y Reconstrucción; Secretario General de la Presidencia; de Hacienda; de Justicia; de Vivienda , Urbanismo y Bienes Nacionales, y de Defensa, tenga a bien contestar, en el plazo establecido en la normativa antes señalada, los siguientes oficios:
Al ministro del Interior para que se sirva informar sobre la situación jurídica relacionada con la permanencia del señor Douglas Tompkins en el territorio nacional, especialmente en lo que se refiere a algunas de las calidades de residencia señaladas en el decreto ley Nº 1.094, que establece normas sobre extranjeros en Chile o, por el contrario, si su situación es de turista. En este último evento, que nos informe sobre las veces que se ha prorrogado dicha condición a la luz del artículo 44 y normas pendientes del mencionado decreto ley Nº 1.094.
A lo anterior, agregamos la petición solicitud de que se nos informe, pormenorizadamente, sobre los ingresos y reingresos del señor Tompkins al territorio nacional en los últimos diez años.
En segundo lugar, al ministro de Economía para que el Comité de Inversiones Extranjeras informe sobre los contratos de inversión extranjera, amparados por el decreto ley Nº 600, que el señor Douglas Tompkins, fundaciones o sociedades de cualquier naturaleza en que éste tenga algún tipo de participación, hayan suscrito con el Estado de Chile. De darse el supuesto anterior, solicitamos que se nos envíe copia de todos los instrumentos en que consten dichas inversiones.
En tercer lugar, al ministro Secretario General de la Presidencia para que se sirva remitir copia de los acuerdos suscritos con Douglas Tompkins o persona jurídica de la que forma parte. De igual forma, solicitamos que se nos envíe copia de todos los antecedentes que justificaron la decisión del gobierno de Chile de suscribir dicho acuerdo.
En cuarto lugar, al ministro de Hacienda para que se sirva informar sobre si el señor Douglas Tompkins o sociedad en que tenga participación han realizado trámites de iniciación de actividades.
En quinto lugar, al ministro de Justicia para que nos informe si el señor Douglas Tompkins forma parte de fundaciones o corporaciones registradas en la División de Personas Jurídicas que lleva esa cartera de Estado.
En sexto lugar, al ministro de Vivienda y Urbanismo y Bienes Nacionales para que informe sobre el catastro de propiedades y la cantidad de hectáreas que tiene el señor Douglas Tompkins, personalmente, o a través de sociedades, fundaciones y corporaciones donde él participa. Asimismo, solicitamos que nos informe sobre si el señor Tompkins, personalmente o a través de sociedades, fundaciones y corporaciones, ha adquirido propiedades fiscales durante estos últimos diez años.
Por último, a la ministra de Defensa para que nos remita información sobre opiniones relativas a la adquisición de inmuebles efectuados por el señor Tompkins o sociedades, fundaciones y corporaciones donde tenga participación. De igual forma, le solicitamos que nos envíe informes u opiniones de las Fuerzas Armadas, sujetas a su dependencia, relativas al impacto que provocaría en nuestra soberanía territorial la adquisición de los terrenos por el señor Tompkins.
Señor Presidente , además, quiero agregar en esta petición de oficios al diputado señor Waldo Mora .
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , sus oficios serán remitidos en función del artículo 294 del Reglamento, y los solicitados en virtud del Nº 48, Nº 1, de la Constitución, se enviarán en su momento.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente , no le entendí su comentario.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , usted solicitó enviar los oficios en función del artículo 48, número 1, de la Constitución. De acuerdo con ese artículo, debo decirle que para solicitar los antecedentes al Gobierno, su proposición necesita del voto favorable de un tercio de los miembros presentes. Entonces, como quiero asegurar el envío de esos oficios, le estoy ofreciendo enviarlos en función del artículo 294 del Reglamento. Ahora, si en otro momento quiere agregar una solicitud mediante el artículo 48, puede hacerlo.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente, acepto su sugerencia en orden a aplicar el Reglamento y no el artículo 48 de la Carta Fundamental.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
Tiene la palabra el señor Mora.
El señor MORA .-
Señor Presidente , pido que se oficie al presidente del Banco Central para que nos informe sobre la inversión que ha hecho el señor Tompkins para la adquisición de terrenos en la zona sur, asilándose en el decreto ley N° 600, sobre inversión extranjera. Quiero saber en qué condiciones y con qué objeto ha hecho la inversión. Asimismo, quiero saber si el señor Tompkins cumplió con el objetivo de su inversión o si ésta fue hecha con otros fines.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
En el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
RESPUESTA A PLANTEAMIENTO DE ALMACENEROS DE SANTIAGO. Oficio.
El señor MORA (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , pido que se oficie al ministro del Mideplan , señor Andrés Palma , a fin de solicitarle -sin que sea necesario invocar preceptos constitucionales- que responda respecto de los problemas que afectan a un grupo de almaceneros de la zona norte de Santiago. En sesión del martes 18 de noviembre, intervine en defensa de estos pequeños comerciantes, quienes viven una situación difícil.
Los almaceneros conforman micros, pequeñas y medianas empresas. Los diputados hemos dicho que los debemos apoyar, la gente los quiere apoyar y el Gobierno y el Fosis dicen apoyar. Queremos que sus problemas tengan una buena solución.
Los almaceneros recurrieron al Fosis y le presentaron un proyecto. La entidad gubernamental aportó dineros para su implementación a través de una organización llamada Desarrollo Integral, la cual dice haber cumplido plenamente su mandanto.
Dirigimos una carta al director del Fosis, señor Mario Ossandon, haciéndole presente, entre otras cosas, los millones de pesos que invirtió el Gobierno para asesorar a los almaceneros. Sin embargo, la respuesta que recibimos es muy formal, escueta y francamente insuficiente.
Tengo en mis manos una carpeta que contiene cartas de esas personas. Ya no estamos hablando de cifras, de números, de estadísticas, ni de datos de pobreza ni de datos abstractos. Detrás de cada uno de estos proyectos hay seres humanos. A veces, se trata de una sola persona o de un grupo familiar que se organiza en torno a los almacenes que tratan con dificultades de sobrevivir.
Actualmente, existen los supermercados, que dependen de grandes cadenas comerciales, las cuales no necesitan hacer un estudio de factibilidad para saber en qué punto del país instalarse. Cuentan los almacenes que existen en un área determinada, y si hay muchos saben que hay poder comprador. Después de eso, podemos saber cuántos almaceneros van a quebrar el día en que se instalen en esa zona.
Alguien podría decir que esto lo regula el mercado. No lo acepto, pero lo entiendo, porque los supermercados tienen derecho a instalarse, aunque inevitablemente quiebren a los pequeños almaceneros. Pero no puedo entender cómo el Gobierno hace un programa para ayudar a los almaceneros, conscientes de que están los supermercados, les prometa ayudar, aporte dineros para un proyecto, y después simplemente les diga que el mercado no funcionó y que por eso quebraron.
Entonces digamos claramente para qué existió el programa. ¿Era un velorio anticipado? ¿Se había entregado la plata para ayudar a los almaceneros o para prepararles la quiebra? Hoy se contesta simplemente que el negocio no resultó. Aquí tendría que haberse dado, por parte del Fosis, una debida planificación para entregar el dinero a Desarrollo Integral. Si existía ese interés, entonces tendrían que haberse preocupado de las personas a que están ayudando.
Le digo al ministro y a don Mario Ossandón , director del Fosis , que no me pueden contestar desde el Gobierno: “Nosotros ayudamos a quien nos pide”. Si le resulta, bien, y si no le resulta, bien también. ¿Qué sucede si yo propongo un mal negocio al Gobierno y éste me entrega una ayuda para salir de la pobreza y progresar? Parto de la base que cuando me entregan los dineros y me ponen una asesoría es porque han estudiado y pensado previamente que el negocio para el cual me van a entregar la plata tiene algún destino.
Aquí tengo la carta de Ana Molina, en la que dice: “Queremos que los organismos gubernamentales nos respondan”. Aquí esta la carta de Nadia Troncoso , en la que dice: “Quiero saber qué pasó con los computadores que el Fosis me prometió”. Aquí está la carta de Elías Jaque, en la pregunta dice: “Qué pasó con los 40 mil pesos que cada almacenero aportó para la promoción de esta sociedad?”. Aquí tengo la carta de Laura Sánchez , quien pregunta: “¿Qué pasó con la ayuda que nos prometió el Fosis para capacitación?”. Aquí está la carta de Guillermo Candia, quien escribió: “Quiero saber qué pasó con los dineros que con nuestro esfuerzo juntamos para invertir en la compra de mercaderías”. Además, tengo las cartas de Eduardo Carrillo , que quiere saber qué sucedió con los computadores; de Rosa Muñoz , de Matilde Pérez , de Isabel Escarate , que preguntan: “¿Qué va a pasar con el dinero de la sociedad?” También están las cartas de Luis Godoy y Norberto López .
En fin, esta es una carpeta llena de nombres de seres humanos. Detrás de los números están las caras y nosotros somos los representantes de esa gente. Quiero una respuesta seria, no formal en que el Fosis me vuelva a contestar, en mi tercera intervención sobre el tema: “En la actualidad, no nos es posible seguir apoyándolo, ya que cada vez más se ha ido focalizando el presupuesto de nuestra institución en el apoyo de las familias pobres e indigentes, sobre todo de aquellas participantes del programa Chile Solidario”. Por lo tanto, a estos almaceneros no se les va a apoyar. ¿Por qué no lo pensaron antes?
Pido que se adjunte al oficio una copia de esta intervención y de la que efectué en la sesión N° 21 del martes 18 de noviembre de 2003.
He dicho.
El señor MORA ( Presidente accidental ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión del diputado Enrique Jaramillo y de quien habla.
MEDIDAS DE RESGUARDO SANITARIO DE LA PAPA EN LA DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
El señor MORA (Presidente accidental).-
En el tiempo del PPD, tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , el sur de Chile, desde hace más de 100 años, se ha constituido en el granero del país. De sus fértiles tierras proviene gran parte de la producción agropecuaria nacional de la que se alimenta la mesa de las familias chilenas. Los productos cárneos, lácteos, el trigo, la remolacha, que forman parte esencial de la dieta alimentaria, provienen de esa tierra que tan orgullosamente represento en esta Sala.
Una de las potencialidades de nuestro sur, y muy especialmente de la Décima Región de Los Lagos, es el cultivo de la papa, ese tubérculo de origen andino que se ha integrado desde los tiempos de la Colonia al catálogo culinario, ya no sólo de América Latina, sino que del mundo entero.
Chile, a través del Instituto de Investigaciones Agropecuarias, especialmente el de Remehue, en la Décima Región de los Lagos, dirigido por el señor Julio Kalasich , asesorado por el señor Francisco Lanuza , ha generado un verdadero patrimonio genético de esta especie, salvaguardando el control, la calidad y la seguridad de su producción, lo cual ha permitido que la producción papera en la Décima Región de Los Lagos no se encuentre afectada por plagas propias de la especie, tales como el nematodo dorado, el carbón de la papa y la marchites bacteriana, plagas que sí se encuentran presentes en el extranjero y en otras regiones de nuestro país.
Mediante barreras sanitarias, el SAG, por ley, debe impedir la llegada de papas o sus semillas, desde la zona central sur hacia la Décima Región, justamente para protegerla.
A nivel internacional el tema es más relevante, pues la Décima Región tiene un potencial exportador enorme que serviría para potenciar la agricultura tradicional que, como sabemos, también necesita volcarse al comercio internacional para sobrevivir en medio de la liberalización del comercio y la globalización de los mercados.
En mi región, por sus características ambientales, como el suelo y el clima, tenemos elevados potenciales de rendimiento, lo cual hace competitivo este producto en mercados tan importantes como el de Brasil, ya que sólo éste representa un mercado potencial superior a las 50 mil toneladas. En agroindustria, al año 2000, Brasil importaba 100 mil toneladas de papa prefritas congeladas,
que equivalen a 200 mil toneladas de papas frescas.
Si decimos lo anterior es porque nuestros productores, la gran mayoría minifundistas, pequeños y modestos productores agrícolas, han visto en la papa un motor de desarrollo que hay que cuidar. Pero para eso es fundamental controlar dos amenazas a la calidad de nuestros productos, fruto del contagio por plagas.
La primera es interna y dice relación con la llegada de papas de la zona central hacia la Décima Región. La segunda es externa, cual es la masiva importación de papas desde la república Argentina, que no es un tubérculo que dé garantías de calidad sanitaria.
Por lo tanto, pido oficiar al ministro de Agricultura a fin de que nos informe respecto de la forma en que el SAG está resguardando la sanidad de esta especie cuando proviene de Argentina u otros países, y también respecto de la que procede del norte y centro del país hacia la Décima Región de Los Lagos.
Además, pido que se envíe copia de mi intervención al director del Instituto de Investigaciones Agropecuarias .
He dicho.
El señor MORA ( Presidente accidental ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría..-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.09 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 7 de enero de 2004.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que establece beneficios para concesionarios y ocupantes del borde costero de la isla Robinson Crusoe, de la comuna de Juan Fernández, correspondiente al Boletín Nº 3.047-02.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 4496, de 14 de agosto de 2003.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): ANDRES ZALDIVAR LARRAIN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ?.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 7 de enero de 2004.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo aprobatorio de la “Convención internacional sobre protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares”, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 1990, y suscrita por el Gobierno de la República de Chile el 24 de septiembre de 1993, correspondiente al Boletín Nº 1.256-10.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 1782, de 16 de diciembre de 1997.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
3. Informe Complementario de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, recaído en la moción que modifica el estatuto del personal de la Cámara de Diputados con el propósito de incorporar los concursos internos de selección y de promoción y adecuar otras disposiciones. (boletín N° 3421-16)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento pasa a complementar su informe recaído en el proyecto de acuerdo, iniciado en una moción de la diputada señora Isabel Allende Bussi y de los Diputados señores Exequiel Silva Ortiz y Carlos Abel Jarpa , cuyo propósito es incorporar en el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados el procedimiento de concursos internos de selección y de promoción para proveer cargos de planta e introducir algunas adecuaciones en otras disposiciones del mismo cuerpo normativo.
Cabe destacar que el valioso intercambio de ideas y puntos de vistas realizado en la sesión de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, de fecha 13 de enero de 2004, ha hecho necesario incorporar en este informe complementario un nuevo capítulo, no considerado en su versión original, dedicado a explicar y aportar mayores antecedentes sobre el proceso de modernización que lleva adelante la Cámara de Diputados y que será un importante elemento de juicio para la decisión final que adopte el pleno de la Corporación.
I. ANTECEDENTES RELATIVOS A LA DISCUSIÓN DEL PROYECTO EN EL PLENO DE LA CORPORACIÓN.
El proyecto en informe fue analizado por la Sala de la Cámara de Diputados en la sesión 37ª, celebrada el 18 de diciembre de 2003. Durante la discusión, si bien se valoró esta iniciativa, se plantearon diversas inquietudes respecto a las razones tenidas en vista para incorporar solamente estas enmiendas en el Estatuto del personal y no otras, básicamente referidas a la dependencia y naturaleza jurídica de algunos cargos, al sistema de evaluación del desempeño y al resguardo de la debida igualdad de oportunidades que corresponde observar en el ingreso a un cargo de planta, en particular, a la no discriminación en razón de edad, sexo o creencia religiosa.
También se argumentó la necesidad de conocer con mayor detalle algunas de las modificaciones sugeridas, sobre todo por tratarse de procedimientos innovadores respecto de lo que ha sido la tradicional provisión de empleos en esta rama del Congreso Nacional. Se buscaba no entorpecer su aprobación, sino, por el contrario, aquilatar cada cambio propuesto en su justa medida y dimensión. Frente a lo anterior y con objeto de efectuar una nueva revisión de las materias tratadas en este informe, especialmente a efectos de abrir la posibilidad de recoger algunas de las inquietudes planteadas, se acordó por unanimidad someter el proyecto a un informe complementario de la Comisión técnica.
II. AVANCES EN MATERIA DE MODERNIZACIÓN.
La Cámara de Diputados se encuentra adoptando una serie de medidas encaminadas a modernizar y hacer más eficiente el funcionamiento de los servicios y para dar mayor transparencia e información en los procesos de toma de decisión en diversos ámbitos. Adicionalmente, se han materializado o están por hacerlo variadas iniciativas que persiguen el mejoramiento de los mecanismos de control y fiscalización interno; el incremento de las fuentes de conocimiento para legislar, fiscalizar y representar; el fortalecimiento de las funciones de algunos órganos internos, como la Contraloría; el perfeccionamiento de la tecnología de información; el reforzamiento de la relación con la ciudadanía, entre otros.
En cuanto al perfeccionamiento de los mecanismos de control y de fiscalización, es posible destacar que se han revisado e implementado nuevos procesos administrativos relativos a adquisiciones, determinación de centros de costo, modernización de los programas computacionales del Departamento de Finanzas y mejoramiento de las herramientas para auditar tales operaciones. Dichos progresos se plasmaron en el denominado Sistema Integrado Contable (SIC) que se encuentra en operación.
En lo concerniente a los incrementos de las fuentes de conocimiento para legislar, fiscalizar y representar y sin perjuicio de las modificaciones y perfeccionamientos de los instrumentos constitucionales, legales y reglamentarios que deberán adoptarse sobre las facultades del Congreso en estos ámbitos (como por ejemplo, la reciente aprobación por parte del Senado de la ampliación de facultades de la Cámara de Diputados), es dable señalar que se está en un proceso de estudio para robustecer el desempeño de algunas dependencias que apoyan estas importantes tareas de los Diputados. Del mismo modo, se han firmado acuerdos de colaboración con la Biblioteca y el Senado tendientes a mejor utilizar los servicios que cada uno mantiene y a la coordinación en diversas áreas del conocimiento, lo cual ha permitido un relanzamiento del Sistema de Información Legislativa y una modernización de las bases de datos y programas asociados a los registros de votaciones, de asistencia y del sistema de oficios de fiscalización que durante este año estarán técnicamente disponibles para su uso por intranet.
En el plano del fortalecimiento de las funciones contraloras y de auditoria interna, mediante resolución interna de 23 de junio de 2003, se fijó la estructura orgánica, los cometidos básicos y los procedimientos que competen a la Contraloría Interna de la Corporación, dotándola de la autonomía necesaria para el cumplimento de las tareas asignadas y del personal profesional idóneo para realizarlas con éxito. De esta decisión se informó profusamente a los medios de comunicación y a través de nuestra página en internet.
Para implementar estas medidas de modernización el mejoramiento de la tecnología de información ha sido un pilar fundamental. Existe un programa permanente de desarrollo y adquisición de nuevas tecnologías en el campo de la informática. De continuo se evalúa la adopción de tales herramientas si la relación precio-eficiencia lo aconsejan y existe una fuerte inversión en la capacitación y perfeccionamiento del personal que labora en dicho departamento.
Los esfuerzos para reforzar la relación de esta rama del Congreso Nacional con la ciudadanía no son de menor importancia. El principal vínculo de esta institución con los ciudadanos se canaliza a través de la labor que realizan los representantes populares, lo que se evalúa por el electorado en forma periódica. No obstante, la Corporación tiene prácticamente acabado un estudio para establecer una Dirección de Comunicaciones que permitirá centralizar muchas de las tareas que en esa materia se ejecutan, racionalizar los recursos existentes y entregar un mejor servicio e información a la comunidad.
Por otra parte, existen una serie de iniciativas que apuntan a una mejor complementación de la actividad de la Cámara de Diputados con otras entidades del Estado. En particular, se ha suscrito una declaración de intención con los Ministerios de Hacienda, de Economía, Fomento y Reconstrucción y con la Contraloría General de la República, para incorporar a la Cámara de Diputados a los sistemas de Chilecompras, firma electrónica y sistema integrado de fiscalización, las cuales se encuentran en diferentes fases de ejecución.
En lo que corresponde a Chilecompras, como es de conocimiento público, el 30 de julio del año pasado se publicó la ley N° 19.886, que permite acceder a esta Corporación y al Senado a los beneficios que significará la compra centralizada de servicios y bienes de consumo. Recién el 30 de diciembre de 2003 se dictó el reglamento del Tribunal de Compras y se está a la espera de otras normas reglamentarias que pondrán en plena ejecución este valioso instrumento.
Asimismo, la tarea de impulsar el sistema de firma electrónica, no sólo para la Cámara de Diputados, sino que para el conjunto de los organismos públicos, lo ha asumido la Comisión de Ciencia y Tecnología, la que se encuentra abocada a solucionar los inconvenientes reglamentarios que se han detectado para su materialización.
A su turno, la publicación de la ley N° 19.896, en septiembre pasado, posibilitó que la Cámara de Diputados y el Senado puedan acceder al Sistema integrado de fiscalización (Sigfe). Al efecto, se ha estado en contacto con los encargados de dicho programa y se han adoptado los procedimientos internos que permitan, en la medida de lo posible, adecuarnos a su funcionamiento.
Es bueno destacar que todas las medidas para optimizar los mecanismos existentes se han asumido con la valiosa y abnegada participación de los servicios internos, los que a través de metas de gestión de corto, mediano y largo plazo han ido abordando cada una de las tareas previamente señaladas, lo cual ha permitido ahorrar los elevadísimos costos que procesos de esta naturaleza demandan.
Por último, siempre resulta conveniente aclarar que la dotación de funcionarios de la Corporación se encuentra fijada en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional y en el estatuto del personal correspondiente y es el necesario para cumplir con las tareas que se les han asignado. Lo anterior, no significa que no se esté en un constante proceso de racionalización y estudio de funciones y cometidos, labor que actualmente ha sido asumida en conjunto por la autoridad política y la administrativa. Lo anterior ha hecho necesaria la modificación contenida en este proyecto y que importa un fuerte impulso a la modernización de los servicios.
III. DISCUSIÓN GENERADA EN LA COMISIÓN PARA ESTE INFORME COMPLEMENTARIO.
La Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento efectuó un minucioso análisis de cada una de las inquietudes surgidas en el debate del pleno de la Corporación, con el propósito de hacerse cargo de ellas de manera rigurosa.
Como primer antecedente digno de mencionar, resulta evidente que varias de las interrogantes relativas a la naturaleza jurídica y dependencia jerárquica de algunos cargos quedaban excluidas de ser tratadas en este proyecto, sea por no estar consideradas en las ideas matrices del mismo, sea porque se trata de cuestiones sólo abordables en una modificación legal ajena a la intención de esta iniciativa. Lo anterior, sin embargo, no puede entenderse como una negativa a revisar cada una de las cuestiones planteadas durante el debate en la Sala. Muy por el contrario, existe la voluntad de avanzar en dar un marco adecuado a las estructuras administrativas de la Corporación, para lo cual se están efectuando los estudios que requerirán la colaboración de todos los involucrados.
Otra proposición, como el destierro de toda discriminación en la realización de los concursos es una materia que ya se encuentra inserta en el Estatuto del Personal y que en esta propuesta se refuerza con diversos mecanismos y recursos administrativos que podrán ser impetrados por quienes crean que han sido afectados en sus derechos.
Tampoco está ajena la Comisión a considerar modificaciones de otros cuerpos estatutarios, como el Reglamento de Evaluación del Desempeño, para hacerlo más compatible con las nuevas exigencias a las que está sometido el personal de la Corporación, sobre todo en el caso de quienes sirven ciertos cargos donde la responsabilidad y el conocimiento o la falta de los mismos enaltecen o entorpecen los resultados del trabajo de la Corporación o de sus órganos internos. Empero, tal tarea debe quedar circunscrita a las autoridades competentes para hacer tales cambios con participación de los propios afectados, a través de sus organizaciones, y adoptando medidas que no entraben la buena y correcta marcha de los servicios internos ni enturbie la imparcialidad que debe demostrar en todo momento el personal de la Corporación.
Finalmente, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Corporación, la Comisión efectuó un nuevo estudio del contenido del proyecto con objeto de perfeccionar algunas de sus disposiciones. Así es como, a propuesta del Diputado señor Alberto Robles , se aprobó una indicación relativa al número 15 del artículo único, cuyo propósito es disminuir de cinco a tres años el período exigido en el grado de Taquígrafo 1º, para que las personas que señala dicho precepto puedan optar a los cargos de Redactor 3º. Se adujo que con la actual exigencia se impedía que la mayor parte de los funcionarios que poseen esa calidad participasen en los concursos de promoción, quedando muy restringido el universo de postulantes, sobre todo en el primer llamado a concurso.
Sometida a votación, la enmienda señalada fue aprobada en forma unánime.
Las demás disposiciones de este proyecto no fueron objeto de modificaciones o enmiendas.
-o-
En consecuencia, en mérito de las razones expuestas y de los demás antecedentes que dará a conocer el señor Diputado informante , vuestra Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento recomienda aprobar el siguiente:
Proyecto de Acuerdo
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputados:
1. Reemplázanse los artículos 9º, 10 y 11 por los siguientes:
“Artículo 9º.- La carrera funcionaria consiste en un sistema de regulación del empleo aplicable al personal titular de planta, fundado en principios jerárquicos, profesionales y técnicos que garantizan la dignidad de la función; la estabilidad en el empleo; la objetividad en las calificaciones y la igualdad de oportunidades para el ascenso, promoción, selección, capacitación y perfeccionamiento, sobre la base del mérito y la antigüedad.
Artículo 10.- La carrera funcionaria se inicia con el ingreso a un cargo en alguno de los escalafones de la planta en calidad de titular, y se extiende hasta los cargos del nivel superior jerárquico del mismo que no sean de confianza de la Cámara o de la Comisión de Régimen.
El personal de planta gozará de estabilidad en el empleo, sin perjuicio de las causales de cesación en el cargo que puedan afectarle.
Artículo 11.- La provisión de los cargos de planta se efectuará mediante nombramiento, ascenso, promoción o selección, conforme a las normas del presente estatuto.”.
2. Sustitúyese el epígrafe del párrafo tercero del Título Primero, por el siguiente:
“PÁRRAFO 3º
DEL INGRESO AL SERVICIO”.
3. Reemplázase el artículo 22 por el siguiente:
“Artículo 22.- El ingreso a la Planta de Personall Servicio se efectuará siempre por concurso público y mediante nombramiento resuelto por la Comisión de Régimen, a propuesta del Secretario , en un cargo de la última categoría del escalafón respectivo o en uno de categoría superior a aquélla que no pudo proveerse por ascenso o por concurso interno, con excepción de lo establecido en el artículo 7º.”.
4. Suprímese el inciso final del artículo 23.
5. Reemplánzase los artículos 24, 25, 26, 27 y 28, por los siguientes:
“Artículo 24.- El concurso público consiste en un procedimiento técnico y objetivo que se utilizará a los efectos de seleccionar a los postulantes que el Secretario propondrá a la Comisión de Régimen para su nombramiento, debiéndose evaluar los antecedentes que ellos presenten y las pruebas que rindan de acuerdo con las características de los cargos que se proveerán.
Los llamados a dichos concursos serán hechos por el Secretario mediante avisos publicados en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional los días primero o quince de cada mes, o el primer día hábil siguiente, si aquellos fueren feriados, con una anticipación de a lo menos quince días, sin perjuicio de las demás medidas de difusión que estime pertinentes.
Los avisos deberán contener la denominación del cargo a proveer;las características del cargo a proveer; los requisitos específicos para su desempeño; la especificación de los antecedentes requeridos; la calidad jurídica en que se proveerá el cargo; plazo y lugar de recepción de los antecedentes; la fecha, hora y lugar de recepción de éstos, y la fecha y lugar donde se tomarán las pruebas que procedieren.
Todas las personas que acrediten cumplir los requisitos generales y específicos del caso tendrán derecho a postular a estos concursos.
Artículo 25.- La elaboración de las bases y la realización de tales concursos corresponderán a una Comisión que en cada caso designará el Secretario , integrada por cuatro funcionarios de planta, uno de los cuales será el jefe del escalafón donde exista la vacante. Actuará de secretario, con derecho a voto, el Jefe de Personal .
En las bases se considerarán a lo menos los siguientes factores: antecedentes personales; prueba y exámenes pertinentes; estudios y cursos de formación, de capacitación y de perfeccionamiento; experiencia laboral y aptitudes específicas para el desempeño de la función, estableciéndose la forma en que los mismos se acreditarán y ponderarán. La evaluación de estos factores y el puntaje mínimo para ser estimado postulante idóneo serán determinados previamente. En las bases de los concursos se dará preferencia a los funcionarios que se desempeñen en la Corporación.
No podrán participar en concursos públicos los funcionarios que se encuentren calificados en lista condicional o hayan sido sancionados con medida disciplinaria no considerada en la última evaluación del desempeño o aplicada con posterioridad a ésta.
Los concursantes deberán someterse a las pruebas de conocimientos y exámenes técnicos que la Comisión estime necesarios y convenientes, conforme a las reglas que fija este estatuto.
La Comisión comunicará el resultado del concurso al Secretario , quien podrá declararlo total o parcialmente desierto sólo por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia, en el primer caso, cuando ningún concursante alcance el puntaje mínimo definido en las bases, y en el segundo, cuando el número de los que lo obtengan sea inferior al número total de cargos por proveer.
El Secretario someterá a la Comisión de Régimen una terna con los nombres de los candidatos que alcancen los mejores puntajes, en orden decreciente. En caso de tratarse de más de un cargo de la misma naturaleza,, la propuesta incluirá conun máximo de dos candidatos adicionales al número total de cargos por proveer.”.
6. Sustitúyense los artículos 29 y 30 por el siguiente:
“Artículo 26.- La Comisión de Régimen seleccionará a uno de los concursantes propuestos por el Secretario, mediante acuerdo que indicará el cargo y la fecha en que deberá asumir sus funciones.
El Secretario notificará por carta certificada el nombramiento al interesado, quien deberá manifestar su aceptación del cargo dentro del plazo que se le señale. Si así no lo hiciere, la Comisión de Régimen nominará a alguno de los otros postulantes propuestos.
Manifestada la aceptación, el Secretario dictará una resolución en virtud de la cual designará al seleccionado en carácter de interino. Dicha nominación tendrá una duración de seis meses, y a su término, previo informe favorable del Secretario , la Comisión de Régimen ratificará el nombramiento. Si el informe fuere negativo, se podrá designar en carácter de interino, conforme a lo dispuesto en los incisos precedentes, a otro de los candidatos a que alude el inciso final del artículo 25 o declarar desierto el concurso.
Ratificado el nombramiento por la Comisión de Régimen, el Secretario dictará la resolución respectiva para su registro en la Contraloría General de la República y en los correspondientes servicios de la Cámara.”.
7. Reenumérese el artículo 31 como artículo 27.
8. Introdúcese en el Título Primero el siguiente párrafo 5º y los artículos 28 y 29, nuevos:
“PÁRRAFO 5º
DE LA PROVISIÓN DE CARGOS POR CONCURSO INTERNO
Artículo 28.- El Secretario deberá llamar a concurso interno de selección para proveer todo cargo vacante de la última categoría de cualquier escalafón o de categoría superior que no haya podido llenarse mediante ascenso o concurso interno de promoción. En él podrán participar todos los funcionarios de planta. También podrán hacerlo los funcionarios a contrata que hubieren ingresado a la Cámara mediante concurso público. En ambos casos deberá cumplirse la totalidad de los requisitos exigidos para el cargo vacante, con excepción del concerniente a desempeño anterior en el escalafón.
El llamado a concurso interno de selección se efectuará por el Secretario mediante avisos que se publicarán en lugares visibles de los edificios de la Corporación, con una anticipación de a lo menos 1530 días a la fecha de la recepción de los antecedentes. Los avisos deberán contener los requisitos y características del cargo por proveer, la especificación de los antecedentes requeridos, la fecha y lugar de recepción de éstos y la fecha y lugar donde se realizarán las pruebas que se determinen.
No podrán participar en concursos internos de selección los funcionarios que se encuentren calificados en lista condicional o hayan sido sancionados con medida disciplinaria no considerada en la última evaluación del desempeño o aplicada con posterioridad a ésta.
Tales concursos serán efectuados por una Comisión que integrarán, según corresponda, el Prosecretario o el Subsecretario Administrativo , quien la presidirá; el jefe del escalafón respectivo; un funcionario elegido por los integrantes del escalafón donde existe la vacante, y; un representante de la asociación de funcionarios con mayor número de afiliados de dicho escalafón, y un funcionario designado por el Secretario de la Cámara. En caso de que el cargo a llenarse sea el de jefe de escalafón, ocupará el lugar de éste el funcionario de igual nivel jerárquico que nomine el Secretario . Actuará como secretario de la Comisión, sicon derecho a voto, el Jefe de Personal . Las deliberaciones y opiniones que emitan los miembros de la comisión tendrán el carácter de reservadas.
Artículo 29.- En dichos concursos se evaluará a los postulantes mediante un sistema de puntaje que ponderará en 50% una prueba de conocimientos, en 30% la última evaluación del desempeño y en 20% la antigüedad en el Servicio.
La prueba de conocimientos se ponderará a través de un procedimiento que asigne el total del puntaje a la nota máxima de la escala de evaluación, otorgándose al resto de las notas un valor proporcional. El mismo mecanismo se utilizará para ponderar la última evaluación del desempeño.
La antigüedad será valorada asignándose el total del puntaje a quien tenga la mayor cantidad de tiempo en el Servicio. Al resto de los postulantes corresponderá un puntaje proporcional.
La última evaluación del desempeño será el promedio de las notas de elos últimos dos períodos de calificación precedentes, incluido el vigente a la fecha del concurso.
La prueba de conocimientos considerará un procedimiento que asegure el anonimato de los participantes y la imparcialidad de su corrección, debiendo informarse a los postulantes, al menos tres días antes de la realización de la misma, el puntaje obtenido en los restantes factores evaluados.
Las evaluaciones que se realicen a los postulantes en forma anónima se develarán frente a ellos reunidos para tal efecto y en un solo acto.
El puntaje de cada postulante se determinará multiplicando el porcentaje del respectivo factor por la nota obtenida en él. La suma de todos los puntajes dará el resultado final del concurso.
En caso de empate se preferirá al funcionario con la nota más alta en la prueba de conocimientos; de persistir la igualdad, se consultará la última evaluación; si aquélla continúa, se dirimirá por la antigüedad de los funcionarios en el Servicio; y si se mantiene el empate, decidirá la Comisión por mayoría de votos.
Se declarará desierto un concurso interno de selección si ninguno de los postulantes obtiene al menos 70% de la evaluación.
En los concursos internos se nombrará al funcionario que obtenga el puntaje más alto.”.
9. Sustituye el párrafo 5º del Título Primero, por el siguiente:
“PÁRRAFO 6º
DEL ASCENSO”.
10. Reemplázase el artículo 32 por el siguiente:
“Artículo 30.- El ascenso es el derecho de todo funcionario a acceder a un cargo vacante de categoría superior en la línea jerárquica del escalafón correspondiente, según el orden de preferencia que determinen los antecedentes de mérito y de antigüedad del funcionario, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32. El mérito se determinará conforme a la evaluación del desempeño. En caso de igualdad en el mérito, se preferirá al más antiguo en el grado; si aquélla persiste, a quien lo sea en el escalafón; y si se mantiene, al más antiguo en la Cámara, cualquiera que haya sido su calidad jurídica.”.
11. Sustitúyense los artículos 33 y 34, por el siguiente:
“Artículo 31.- Para que el ascenso sea procedente, el funcionario deberá cumplir los requisitos del cargo vacante. De no concurrir esta circunstancia ascenderá quien siga en el escalafón, siempre que reúna aquellos, y así sucesivamente.
El ascenso regirá a partir de la fecha en que se produjo la vacante o desde la que determine la resolución respectiva.
Cuando no sea posible aplicar las normas del ascenso por falta de funcionarios que cumplan los requisitos exigidos para ocupar el cargo vacante, el Secretario estará facultado para llamar a concurso interno de selección. De subsistir la vacancia, podrá llamar a concurso público o dejar el cargo vacante temporalmente.
Con todo, no ascenderán y permanecerán en su categoría los funcionarios que así lo soliciten por escrito y aquellos que estén calificados en lista condicional o hayan sido sancionados con medida disciplinaria no considerada en la última evaluación del desempeño o aplicada con posterioridad a ésta, quienes podrán hacerlo en la oportunidad siguiente.”.
12. Agréganse en el Título Primero el siguiente párrafo 7º y artículos 32, 33 y 34, nuevos:
“PÁRRAFO 7º
DE LA PROMOCION POR CONCURSO INTERNO
Artículo 32.- Los cargos vacantes correspondientes a las dos primeras categorías de cada escalafón se proveerán mediante concurso interno de promoción. Se exceptúan de este procedimiento los cargos de confianza de la Cámara o de la Comisión de Régimen y los escalafones de secretarias, administrativo y de servicios Tratándose del escalafón profesional de Secretaría el concurso se limitará al cargo de abogado secretario de comisiones y en el caso del escalafón técnico de la Redacción de Sesiones también será concursable el cargo de Redactor 3º. Se exceptúan de este procedimiento los cargos de confianza de la Cámara o de la Comisión de Régimen y el escalafón de secretarias.
Artículo 33.- En los concursos internos de promoción sólo podrán participar los funcionarios de planta que se encuentren encasillados en cargos de las dos categorías inmediatamente precedensiguientes del mismo escalafón y que cumplan la totalidad de los requisitos exigidos para el cargo vacante.
No podrán participar en concursos internos de promoción los funcionarios que se encuentren calificados en lista condicional o hayan sido sancionados con medida disciplinaria no considerada en la última evaluación del desempeño o aplicada con posterioridad a ésta.
El llamado a concurso interno de promoción se efectuará por el Secretario mediante avisos que se publicarán en lugares visibles en los edificios de la Corporación con una anticipación de a lo menos 1530 días hábiles a la fecha de su realización. En ellos se deberán señalar los requisitos y características del cargo a concursar; los antecedentes requeridos y la fecha y lugar de recepción; y la fecha y lugar donde se efectuarán las pruebas que se determinen.
Corresponderá la realización de estos concursos a una Comisión integrada, según corresponda, por el Prosecretario o el Subsecretario Administrativo , quien la presidirá; el jefe del escalafón respectivo; un funcionario elegido por los integrantes del escalafón donde existe la vacante, y; un representante de la asociación de funcionarios con mayor número de afiliados de dicho escalafón, y un funcionario designado por el Secretario de la Cámara. En caso de que el cargo a llenar sea el de jefe de escalafón, ocupará el lugar de éste el funcionario de igual nivel jerárquico que nomine el Secretario . Actuará como secretario de la Comisión, sicon derecho a voto, el Jefe de Personal . Las deliberaciones y opiniones que emitan los miembros de la comisión tendrán el carácter de reservadas.
Artículo 34.- En los concursos internos de promoción se evaluará a los funcionarios mediante un sistema de puntaje que ponderará en 40% una prueba de conocimientos; en 25% la antigüedad en el escalafón; en 25% la última evaluación del desempeño, y en 10% la categoría o grado del funcionario.
La ponderación de la prueba de conocimientos se efectuará mediante un procedimiento que asigne el total del puntaje a la nota máxima de la escala de evaluación, otorgándose al resto de las notas un valor proporcional. El mismo mecanismo se utilizará para ponderar la última evaluación del desempeño.
La antigüedad será valorada asignando el total del puntaje a quien tenga la mayor cantidad de tiempo en el escalafón, correspondiendo al resto de los postulantes un puntaje proporcional.
Los funcionarios de categoría o grado superior obtendrán el puntaje máximo, y los otros, la mitad de dicho factor.
Se declarará desierto un concurso interno de promoción si ninguno de los postulantes obtiene al menos 70% de la evaluación.
La evaluación del desempeño corresponderá a la promedio de las notas de los últimos tres períodos de calificación precedentes, incluido el vigentevigente a la fecha del concurso.
La prueba de conocimientos considerará un procedimiento que asegure el anonimato de los participantes y la imparcialidad de su corrección, debiendo informarse a los postulantes, al menos tres días antes de la realización de la misma, el puntaje obtenido en los restantes factores evaluados.
Las evaluaciones que se realicen a los postulantes en forma anónima se develarán frente a ellos reunidos para tal efecto y en un solo acto.
El puntaje de cada funcionario se determinará multiplicando el porcentaje del respectivo factor por la nota obtenida en él. La suma de todos los puntajes dará el resultado final del concurso. Se promoverá al funcionario que obtenga el puntaje más alto.
En caso de empate se preferirá al funcionario de categoría superior; de persistir la igualdad, se consultará la antigüedad; primero en el escalafón y luego en la Cámara, cualquiera que haya sido su calidad jurídica.”.
13. Renúmerese en el Título Primero los párrafos 6º y 7º como 8º y 9º, respectivamente.
14. Reemplázase el artículo 98 por el siguiente:
“Artículo 98.- Cuando un cargo de la planta deba proveerse por concurso público, no será exigible el requisito de desempeño anterior en otros cargos o en el respectivo escalafón.
En el caso de los ascensos, el Secretario , mediante resolución fundada, podrá eximir a los funcionarios del cumplimiento de los requisitos de antigüedad en el escalafón que señale este estatuto.
Todo funcionario que sea lesionado en sus derechos en concursos de selección o de promoción podrá apelar del resultado ante el Secretario de la Cámara en el plazo de diez días hábiles, contado desde la fecha en que haya sido notificado. El secretario resolverá breve y sumariamente con los antecedentes aportados y con el informe que deberá evacuar la comisión de concurso recurrida. Podrá anular el resultado del mismo u ordenar que se subsanen los vicios reclamados, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que correspondan.”.
15. Incorpórase el siguiente artículo transitorio, nuevo:
“Artículo cuarto.- No regirá para los taquígrafos 1º que hayan desempeñado el cargo por 3 años y calificados en igual período en lista de distinción, lo dispuesto en el artículo 13, cuando postulen a concursos de promoción para el cargo de redactor 3º.”.”.
Se designó diputado informante al señor Álvarez, don Rodrigo .
Sala de la Comisión, a 13 de enero de 2004.
Acordado en sesiones celebradas los días 6 de enero de 2004, con la asistencia de la señora Allende Bussi , doña Isabel ( Presidenta ) y los señores Silva Ortiz , Exequiel (Primer Vicepresidente ); Hales Did , Patricio (Segundo Vicepresidente ); Álvarez Zenteno, Rodrigo ; Bertolino Rendic, Mario ; Galilea Carrillo, Pablo ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Recondo Lavanderos , Carlos , Robles Pantoja, Alberto ; Salaberry Soto, Felipe ; Tapia Martínez, Boris ; Tuma Zedan , Eugenio y Walker Prieto , Patricio , y 13 de enero de 2004, con la asistencia de la señora Allende Bussi , doña Isabel ( Presidenta ) y los señores Silva Ortiz , Exequiel (Primer Vicepresidente ); Álvarez Zenteno, Rodrigo ; Bertolino Rendic, Mario ; Muñoz Aburto, Pedro ; Recondo Lavanderos , Carlos , Robles Pantoja, Alberto ; Salaberry Soto, Felipe ; Tapia Martínez, Boris ; Tuma Zedan , Eugenio y Walker Prieto , Patricio .
Además, concurrieron a esta última sesión los Diputados Muñoz D’Albora , doña Adriana y Vilches Guzmán, don Carlos .
(Fdo.): CARLOS LOYOLA OPAZO, Secretario General de la Cámara de Diputados”.
4. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo social recaído en el proyecto que modifica la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de precisar o corregir normas sobre el proceso electoral municipal. (boletín Nº 3417-06-1).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en un Mensaje, en primer trámite constitucional y con urgencia calificada de “simple”, hecha presente el día 6 de enero en curso.
El proyecto de ley tiene por finalidad corregir, con vistas a los comicios de octubre de 2004, ciertas imperfecciones que evidencia la normativa orgánica constitucional de municipalidades en materias tales como las declaraciones de candidaturas y las cédulas electorales.
Los cinco numerales del artículo único del proyecto en informe son de rango orgánico constitucional, conforme al artículo 108 de la Carta Fundamental.
La iniciativa legal no requiere trámite de Hacienda.
Con motivo del estudio de ésta, la Comisión contó con la asistencia y participación del director del Servicio Electoral, don Juan Ignacio García ; de la subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, doña Adriana Delpiano , y de los asesores de ese organismo, señores Rodrigo Cabello y Eduardo Pérez .
I. ANTECEDENTES
I. El Mensaje.
La ley N° 19.737, de 6 de julio de 2001, estableció el sistema de elección separada de alcaldes y concejales, que se aplicará por primera vez en los comicios municipales de octubre de 2004.
Fruto del debate que generó el tema en el Parlamento, se aprobó una legislación que satisface ampliamente el espíritu democrático y de participación que orientaba al proyecto. Con posterioridad, sin embargo, el organismo encargado de la aplicación de las disposiciones de esa ley, vale decir, el Servicio Electoral, constató que la normativa evidencia ciertas imprecisiones o errores que cabría tener resueltos antes de las aludidas elecciones.
Los puntos que se busca precisar con este proyecto de ley son los siguientes:
1) Acreditación de los requisitos para ser candidato en elecciones municipales.
A este respecto, el artículo 107 de la L.O.C. de Municipalidades establece que la acreditación del cumplimiento de los requisitos que contemplan los artículos 73 y 74, para ser candidato a alcalde o concejal, se hará mediante declaración jurada ante el notario público de la comuna respectiva o, en su defecto, ante el oficial del registro civil correspondiente.
Según expresa el Mensaje, esta norma ya ha generado, en procesos electorales anteriores, ciertas dificultades que resulta recomendable resolver. La cuestión específica que se plantea es la inexistencia de notarios públicos u oficiales de registro civil en localidades apartadas o de difícil comunicación, lo que en ciertas oportunidades ha hecho imposible la declaración en comento.
De ahí que se proponga suprimir la exigencia de “territorialidad” del ministro de fe, permitiendo que la declaración jurada se efectúe ante cualquier notario público u oficial de registro civil, a falta del primero.
2. Declaración de candidaturas y patrocinio.
En segundo lugar, se busca aclarar una confusión terminológica derivada del artículo 107 bis de la misma ley, que utiliza en sus dos incisos la expresión “patrocinadas”, para referirse a la declaración de candidaturas a alcaldes, como sinónimo de “declaradas”.
El equívoco semántico estriba en que en nuestro sistema electoral ambas expresiones tienen significados diferentes y precisos. En efecto, la ley electoral reserva la expresión “patrocinio” para el acto a través del cual el número de ciudadanos que para cada caso se requiera, “declaran” la candidatura de un ciudadano que no se encuentra afiliado a un partido político. La “declaración”, en cambio, es el acto formal mediante el cual los partidos políticos, los pactos o los ciudadanos patrocinantes, solicitan que, previo el examen de los antecedentes respectivos, se inscriba la candidatura pertinente.
A la luz de esta distinción, es evidente que el trámite a que se refiere el artículo 107 bis corresponde legalmente a la “declaración”, y en tal sentido se propone la modificación pertinente.
3. Cédulas electorales separadas.
Finalmente, el Mensaje hace notar que el artículo 110 de la ley vigente, que regula la forma en que se identifican los pactos en las cédulas electorales que se emplearán en las respectivas elecciones, parece encontrarse en antinomia con el sistema electoral establecido en el ordenamiento jurídico.
Dicha contradicción aflora al cotejar los artículos 57 y 110 de la ley. El primero expresa que “el alcalde será elegido por sufragio universal, en votación conjunta y cédula separada de la de concejales”. A su vez, el artículo 110 dispone, al describir la cédula de votación, que “a los pactos y subpactos se les individualizará sólo con su nombre, y a cada uno de los partidos políticos suscriptores, con su nombre y símbolo, indicándose a continuación los nombres completos del candidato a alcalde y de los candidatos a concejales afiliados al respectivo partido”, dando así a entender que todo ello se hace en una misma cédula.
Refuerza esta impresión el inciso final de la misma norma, al señalar que “las declaraciones de candidaturas a alcalde y concejales de una misma lista o pacto deberán señalar expresamente el cargo al cual postulan los respectivos candidatos”.
Por ello, se propone una enmienda que corrija la situación descrita, evitando la ocurrencia de hechos que podrían alterar de alguna manera el proceso electoral del año 2004.
II. Normativa constitucional y legal relacionada con el proyecto en informe.
El Capítulo XIII de la Constitución Política, que abarca desde el artículo 99 al 115, regula el Gobierno y Administración Interior del Estado, que comprende el nivel regional, provincial y comunal.
El proyecto en estudio se circunscribe al ámbito municipal y, en concreto, al sistema electoral municipal. Al respecto, el artículo 108 inciso primero de la Constitución Política -en armonía con el artículo 18 de la misma- encomienda en forma amplia a la ley orgánica constitucional de municipalidades la regulación del mecanismo de elección de los concejales, respetando eso sí el principio de que sea por sufragio universal. Agrega la norma que a la misma ley corresponde determinar la forma de elegir al alcalde.
Desarrollando la preceptiva constitucional, el Título V de la L.O.C. de municipalidades (artículo 105 a 126) aborda en detalle el tópico de las elecciones municipales. Particular atingencia con este proyecto tienen las normas del párrafo 1° del referido Título, que regulan el trámite de presentación de candidaturas. El alcance específico de las modificaciones propuestas a su respecto se verá más adelante.
II. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL.
El proyecto de ley tiene por finalidad resolver, con vistas a los comicios de octubre de 2004, ciertas imperfecciones conceptuales y de orden práctico que evidencia la normativa orgánica constitucional de municipalidades en materias tales como las declaraciones de candidaturas y las cédulas electorales.
III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN.
A) DISCUSIÓN.
Atendida la inclusión del proyecto en la Tabla de Fácil Despacho, y según lo dispuesto en el artículo 253 del reglamento de la Cámara, la Comisión discutió en general y en particular, a la vez, la iniciativa en informe.
B) VOTACIÓN
i) En General
La Comisión compartió los fundamentos de la iniciativa en informe contenidos en el Mensaje, y aprobó la idea de legislar con el voto unánime de la señora Caraball doña Eliana ( Presidenta ) y de los señores Ascencio , Becker , Egaña , Jarpa , Longton , Pérez (don Víctor) , Quintana , Valenzuela y Varela .
ii) En Particular
Durante este trámite, la Comisión adoptó los acuerdos que pasan a consignarse. En forma previa, se hace presente que para facilitar la comprensión de las enmiendas incorporadas a la L.O.C. de Municipalidades se inserta, en la medida que fuere necesario, un comentario explicativo.
Artículo único
Introduce modificaciones a diversas disposiciones de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.704, de 2002, del Ministerio del Interior:
N° 1 (Nuevo)
Éste corresponde a una indicación de la señora Caraball doña Eliana y de los señores Becker y Quintana, que reemplaza el inciso segundo del artículo 57 de la citada ley que, en concordancia con el artículo 73, fija los requisitos para ser candidato a alcalde: ser ciudadano con derecho a sufragio, saber leer y escribir, etc.
La norma de reemplazo, aprobada por 7 votos a favor y 2 en contra, innova en relación al texto en vigor en cuanto a incorporar el requisito de haber cursado la enseñanza media o su equivalente, manteniendo las demás exigencias.
Se argumentó a favor de dicha disposición la circunstancia de que recientemente entró en vigor la reforma constitucional que hace obligatoria y gratuita la enseñanza media. Se dijo, además, que las crecientes responsabilidades y de otra índole sobre complejas materias que tienen que asumir los alcaldes requieren una mayor preparación de su parte. Por último, al operar el mecanismo de elección separada de alcaldes y concejales parece lógico exigir más requisitos a quienes postulan al primer cargo referido.
N° 2 (Nuevo)
Este numeral se originó en una indicación de los parlamentarios arriba individualizados, y que introduce una enmienda en la letra a) del artículo 79 de la ley, que consigna la atribución del concejo de elegir al alcalde en caso de vacancia.
La modificación, en armonía con la establecida al artículo 57, señala que el concejal que reemplace al alcalde que generó la vacante debe demostrar que cumple con los requisitos que expresa tal precepto, y fue aprobada también por 7 votos contra 2.
N° 3 (Antiguo 1)
Éste reemplaza el inciso segundo del artículo 107, que estatuye que cada declaración ha de ir acompañada de un testimonio jurado del respectivo candidato, en el cual éste afirme cumplir con todos los requisitos exigidos por los artículos 73 y 74; agregando que dicha declaración jurada consignará el nombre y demás antecedentes que especifica del Administrador Electoral y del Administrador Electoral general, en su caso; que aquélla será hecha ante notario público de la comuna respectiva o, en su defecto, ante el oficial del Registro Civil , señalando finalmente que la falsedad de cualquiera de los hechos aseverados en la declaración o su omisión produce la nulidad de la declaración de candidatura de ese candidato, incluyendo sus efectos legales posteriores.
La norma de reemplazo propuesta en el Mensaje, que, manteniendo el principio de que la declaración debe ir acompañada de un testimonio jurado del respectivo candidato, y que agrega que la declaración podrá ser hecha ante notario público o, en su defecto, ante oficial del Registro Civil (eliminando el requisito de territorialidad en uno y otro caso), fue objeto a su vez de una indicación sustitutiva del Ejecutivo -que consta de tres letras-, sin perjuicio de otra indicación parlamentaria sobre el mismo artículo, las que recibieron el siguiente trato por parte de la Comisión:
-La letra a) de la indicación del Ejecutivo , que sustituye la oración final del primer inciso del artículo precitado, según la cual un mismo candidato no podrá postular simultáneamente a los cargos de alcalde y concejal, sea en la misma comuna o en comunas diversas, por una disposición similar que refuerza el carácter excluyente de ambas candidaturas y destaca que puede postularse a uno de dichos cargos en una sola comuna, fue aprobada por unanimidad.
-La letra b), nueva, del numeral, que obedece a una indicación de la señora Caraball doña Eliana y de los señores Becker y Quintana , y que fue aprobada por 5 votos a favor y 3 abstenciones, incorpora un inciso segundo, nuevo, al artículo 107, con arreglo al cual no podrán postular en una misma comuna, y en forma simultánea, a los cargos de alcalde y de concejal dentro de un mismo pacto o lista, las personas que estén relacionadas entre sí por el vínculo de parentesco que se detalla.
La aprobación de esta norma respondió al sentir mayoritario de la Comisión, en cuanto a que la prohibición de que trata constituye una positiva señal de transparencia en la provisión de los cargos municipales de elección popular.
-La letra c) -que corresponde a la antigua letra b) de la indicación del Ejecutivo-, que reemplaza el inciso segundo (que pasa a ser tercero) del artículo 107, en términos similares a los propuestos en la norma original del Mensaje -que ya se analizó-, pero agrega dentro de los requisitos de la declaración el nombre y domicilio del Administrador Electoral y del Administrador Electoral General, según el caso, como asimismo incluye dentro de la sanción de nulidad de la declaración la circunstancia de que se omitan los datos que han de constar en ella, fue aprobada por unanimidad. Conjuntamente, y por análogo quórum, se aprobó una indicación de la señora Caraball doña Eliana y de los señores Egaña , Pérez don Víctor y Varela , que elimina la frase que autoriza extender la declaración en comento ante un oficial del Registro Civil en defecto del notario.
Se expresó, en cuanto a este último punto, que la inclusión del oficial del Registro Civil sería redundante, en la medida que la nueva norma otorga competencia a todos los notarios de Chile sobre la materia en examen.
-La letra d) -que corresponde a la antigua letra c) de la indicación del Ejecutivo-, que modifica el inciso tercero (que pasa a ser cuarto) del mismo artículo, en orden a establecer que el alcalde que postula a la reelección o a su elección como concejal en la misma comuna mantendrá el derecho a percibir la remuneración correspondiente durante el período de suspensión de treinta días en el cargo a que alude el precepto, fue aprobada también por asentimiento unánime.
N° 4 (Antiguo 2)
Este numeral introduce dos modificaciones al artículo 107 bis de la ley en referencia, cuyo inciso primero especifica quiénes pueden patrocinar las candidaturas a alcalde, y acota en el inciso segundo que cuando tales candidaturas son patrocinadas por independientes deben sujetarse a los porcentajes y formalidades que consigna.
a) En virtud de la primera modificación, aprobada por asentimiento unánime, se reemplaza el texto del inciso en cuestión por una norma con arreglo a la cual -y en virtud de las consideraciones expuestas en una parte anterior de este informe- se establece quiénes pueden declarar las candidaturas a alcalde, incorporando además una hipótesis que no contempla la legislación en vigor, a saber, la declaración por iniciativa de un pacto existente entre un partido político e independientes.
b) La otra adecuación, relativa al inciso segundo de la disposición y que, en armonía con lo señalado precedentemente, sustituye el vocablo “patrocinadas” por la palabra “declaradas”, fue aprobada por análogo quórum.
N° 5 (Antiguo 3)
Éste modifica el artículo 110 de la ley de municipalidades en dos aspectos:
-Su letra a) sustituye el inciso primero del citado artículo, que al describir la cédula de votación expresa que a los pactos y subpactos se les individualizará sólo con su nombre, y a cada uno de los partidos políticos suscriptores con su nombre y símbolo, indicándose a continuación los nombres completos del candidato a alcalde y de los candidatos a concejales afiliados al respectivo partido.
El nuevo texto propuesto para este inciso, aprobado por unanimidad, si bien presenta una redacción muy similar a la disposición vigente, incorpora una innovación importante en la parte que trata de la individualización del candidato a alcalde “y” de los candidatos a concejales, pues sustituye la conjunción “y” por la frase “o, en su caso”, estableciendo de este modo una diferenciación acorde con el mecanismo de elección de alcaldes y concejales en cédulas separadas, que consagra el artículo 57 de la ley.
-La letra b), que corresponde a una indicación de la señora Caraball doña Eliana y de los señores Ascencio , Becker , Egaña , Jarpa , Quintana , Tuma , Valenzuela y Varela , reemplaza el inciso segundo del artículo en comento, que en su texto vigente señala que respecto de los independientes que formen parte de un pacto se expresará en la cédula su nombre y su calidad de tales (independientes), individualizándolos al final del correspondiente pacto bajo la denominación “independientes”, y agrega que los independientes que formen parte de un subpacto se individualizarán al final del respectivo subpacto.
La norma sustitutiva, aprobada por asentimiento unánime, establece en síntesis un procedimiento más simple de individualización de los independientes que van en pactos o subpactos.
La disposición supra obedeció al sentir compartido de que la norma legal vigente incurre en reiteraciones innecesarias en lo que atañe a la individualización de los candidatos independientes en la cédula correspondiente.
Artículo Transitorio
Este precepto, que obedece a una indicación de la señora Caraball doña Eliana y de los señores Becker y Quintana , aprobada por 7 votos a favor y 2 en contra, establece que lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo único del proyecto (concernientes a los requisitos para ser alcalde) entrarán en vigor con motivo de los comicios municipales del año 2008.
IV. NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO
El artículo único del proyecto debe ser aprobado con quórum orgánico constitucional, al tenor del artículo 108 de la Constitución Política.
V. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 287 N° 4 del reglamento, la señora Presidenta de la Comisión determinó que el artículo único del proyecto no requiere trámite de Hacienda.
VI. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS
Se encuentran en tal situación las siguientes indicaciones:
Del Ejecutivo, por unanimidad, y que proponía reemplazar la letra m) del artículo 63 de la ley en comento, por la siguiente:
“m) Convocar y presidir el concejo sin derecho a voto, salvo el caso del voto dirigente regulado en el inciso final del artículo 86. Le corresponde asimismo convocar y presidir el consejo económico y social comunal.”.
2) De la señora Caraball doña Eliana y de los señores Becker y Quintana , por unanimidad, y que proponía suprimir la oración final del inciso primero del artículo 107 de la ley.
VII. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLE.
No hay normas que se encuentren en dicha situación.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que dará a conocer el señor diputado Informante , la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.704, de 2002, del Ministerio del Interior:
1. Reemplázase el inciso segundo del artículo 57 por el siguiente:
“Para ser candidato a alcalde se deberá acreditar haber cursado la enseñanza media o su equivalente y cumplir con los demás requisitos señalados en el artículo 73 de la presente ley.”.
2. Incorpórase en la letra a) del artículo 79, a continuación del punto y coma (;), que pasa a ser coma (,), la siguiente oración: “para este efecto el concejal deberá acreditar cumplir con los requisitos especificados en el inciso segundo del artículo 57;”.
3. Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 107:
Reemplázase la oración final del inciso primero, que viene después del segundo punto seguido, por las siguientes: “Las candidaturas a alcalde y concejal son excluyentes entre sí. Una misma persona sólo podrá postular al cargo de alcalde o de concejal en una sola comuna.”.
Incorpórase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y siguientes a ser incisos tercero y siguientes:
“Asimismo, no podrán postular en una misma comuna y en forma simultánea a los cargos de alcalde y de concejal, dentro de un mismo pacto o lista, las personas que estén relacionadas entre sí por vínculo de matrimonio o de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o por adopción.”.
c) Sustitúyese el inciso segundo, que pasa a ser tercero, por el siguiente:
“Cada declaración debe ir acompañada de un testimonio jurado del respectivo candidato, en el cual éste afirme cumplir con todos los requisitos exigidos por los artículos 73 y 74. Dicha declaración consignará, además, el nombre, cédula de identidad y domicilio del Administrador Electoral y del Administrador Electoral General, en su caso. Esta declaración jurada será hecha ante notario público. La falsedad de cualquiera de los hechos aseverados en la declaración, o su omisión, producen la nulidad de la declaración de ese candidato y la de todos sus efectos legales posteriores, incluyendo su elección.”.
d) Intercálase en el inciso tercero, que pasa a ser cuarto, a continuación de la palabra “cargo” con la que finaliza su primera oración y el punto (.) que le sigue, la siguiente frase: “y el derecho a percibir la remuneración correspondiente durante dicho período.”.
4. Modifícase el artículo 107 bis de la siguiente manera:
a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:
“Las candidaturas a alcalde podrán ser declaradas por un partido político, por un pacto de partidos, por un pacto entre un partido político e independientes, por un pacto de partidos e independientes, y por independientes.”.
b) Sustitúyese, en su inciso segundo, la expresión “patrocinadas” por “declaradas”.
5. Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 110:
a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:
“A los pactos y subpactos se les individualizará sólo con su nombre y a cada uno de los partidos políticos suscriptores con su nombre y símbolo, indicándose a continuación los nombres completos del candidato a alcalde o, en su caso, de los candidatos a concejales afiliados al respectivo partido. En el caso de declaraciones de partidos políticos, éstos se individualizarán con su nombre y símbolo.”.
b) Sustitúyese el inciso segundo por el siguiente:
“ En el caso de los independientes que forman parte de un pacto se les individualizará al final del respectivo pacto, bajo la denominación “independientes”. Los independientes que, a su vez, formen parte de un subpacto, se les individualizará de la misma forma al final del respectivo subpacto.”.
Artículo Transitorio.- Lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo único de la presente ley regirá a partir de las elecciones municipales que se verificarán en el año 2008.”.”.
-o-
Se designó diputado informante al señor Becker, don Germán .
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión del día 6 de enero de 2004, con la asistencia de la señora Caraball , doña Eliana ( Presidenta ); señores Ascencio, don Gabriel ; Becker, don Germán ; Egaña, don Andrés ; Jarpa, don Carlos Abel ; Montes, don Carlos ; Pérez, don Víctor ; Quintana, don Jaime ; Valenzuela, don Esteban ; y Varela, don Mario .
Sala de la Comisión, a 7 de enero de 2004.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ”.