Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III.
CUENTA
- DEBATE
- MOCIÓN INADMISIBLE
- Carlos Bombal Otaegui
- MOCIÓN INADMISIBLE
- DEBATE
- IV.
FÁCIL DESPACHO
-
NOMBRAMIENTO ADELANTADO DE FISCALES REGIONALES DE REGIÓN METROPOLITANA Y DETERMINACIÓN DE TRIBUNAL COMPETENTE PARA COMUNA DE CURACAVÍ
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Alejandro Foxley Rioseco
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
-
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA FABRICACIÓN Y TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y MATERIALES RELACIONADOS
- ANTECEDENTE
- DEBATE
-
CONVENCIÓN SOBRE PROHIBICIONES O RESTRICCIONES DE USO DE ARMAS CONVENCIONALES EXCESIVAMENTE NOCIVAS O DE EFECTOS INDISCRIMINADOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Carmen Frei Ruiz Tagle
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Gabriel Valdes Subercaseaux
- DEBATE
-
NOMBRAMIENTO ADELANTADO DE FISCALES REGIONALES DE REGIÓN METROPOLITANA Y DETERMINACIÓN DE TRIBUNAL COMPETENTE PARA COMUNA DE CURACAVÍ
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
REFORMA DE CAPÍTULOS I, II, III, IV, V, VI, VI A, VII, IX, X, XI, XII, XIII Y XIV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Carmen Frei Ruiz Tagle
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jorge Pizarro Soto
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Carlos Cantero Ojeda
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Jorge Pizarro Soto
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- CIERRE DE LA SESIÓN
-
REFORMA DE CAPÍTULOS I, II, III, IV, V, VI, VI A, VII, IX, X, XI, XII, XIII Y XIV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 349ª, ORDINARIA
Sesión 14ª, en miércoles 16 de julio de 2003
Ordinaria
(De 16:19 a 18:58)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. CUENTA...........................................................................................................¿.
IV. FÁCIL DESPACHO:
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que adelanta plazos de procedimiento para nombrar fiscales regionales del Ministerio Público en Región Metropolitana de Santiago y determina tribunal competente para comuna de Curacaví (3265-07) (se aprueba en general y particular)......................................
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la "Convención Interamericana Contra Fabricación y Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados" (2855-10) (se aprueba en general y particular)........................................................................................
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados" (2856-10) (se aprueba en general y particular)......................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, que introduce diversas enmiendas a la Carta Fundamental (2526-07) y (2534-07) (queda pendiente su discusión particular)....
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior subrogante , Secretario General de la Presidencia y de Justicia , y el señor Fiscal Nacional del Ministerio Público.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:19, en presencia de 18 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Dos de Su Excelencia el Vicepresidente de la República:
Con el primero, retira la urgencia que hizo presente para el despacho del proyecto de ley sobre solvencia de Instituciones de Salud Previsional, Administradoras de Fondos de Pensiones y Compañías de Seguros y protección de personas incorporadas a ellas (Boletín Nº 3.263-11).
--Queda retirada la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el segundo, hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", respecto del proyecto de ley sobre fomento de la música chilena (Boletín Nº 2.287-04).
--Se tiene presente la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
Dos de Su Excelencia el Vicepresidente de la República, por medio de los cuales solicita el acuerdo del Senado para autorizar la salida de tropas nacionales a territorio extranjero respecto de las siguientes misiones:
1) Integrarse a la Fuerza Multinacional de Estabilización (SFOR), que cumple funciones de operaciones de paz en la misión de Bosnia-Herzegovina (Boletín Nº S 683-05), y
2) Integrarse a la Fuerza de Tarea II de Naciones Unidas, que cumple funciones de operaciones de paz en la República Democrática de El Congo (Boletín Nº S 684-05).
En ambos casos, y en uso de la facultad que le confiere el inciso segundo del número 5) del artículo 49 de la Carta Fundamental, hace presente la urgencia en el despacho del acuerdo que recaba.
--Pasan a la Comisión de Defensa Nacional.
Informes
De la Comisión Mixta, constituida en conformidad a lo dispuesto en el artículo 68 de la Carta Fundamental, por medio del cual propone la forma y el modo de resolver las divergencias surgidas durante la tramitación del proyecto de ley que autoriza la liberación de cauciones constituidas por personas naturales para garantizar créditos otorgados por el Instituto de Desarrollo Agropecuario (Boletín Nº 3.145-01).
De la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Flores, Valdés, Ruiz-Esquide y Viera-Gallo, en primer trámite constitucional, que concede beneficios a los condenados o procesados por infracciones a las disposiciones penales relativas a la violencia con móviles políticos (Boletín Nº 3.134-07).
--Quedan para tabla.
Declaración de inadmisibilidad
Moción del Senador señor Bombal, por medio de la cual inicia un proyecto de ley relativo a los procedimientos de publicidad para gestiones administrativas relacionadas con la construcción.
--Se declara inadmisible por referirse a una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República , de conformidad con lo establecido en el Nº 2º del inciso cuarto del artículo 62 de la Carta Fundamental.
El señor BOMBAL.- Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).- Para referirse a la Cuenta, tiene la palabra el Honorable señor Bombal .
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , solicito que la moción de que se acaba de dar cuenta se remita, en mi nombre, a Su Excelencia el Presidente de la República , con el objeto de que, si lo tiene a bien, le otorgue su patrocinio. Se trata de una normativa que en su momento se discutió en la Comisión de Vivienda del Senado. Incluso, se presentaron indicaciones que no fueron acogidas. Dada la actualidad del problema, el Ejecutivo podría aprovechar la oportunidad de resolver materias de mucho interés para el sector de la construcción.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado.
Acordado.
---------------
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Solicito el asentimiento del Senado para que ingrese a la Sala el señor Guillermo Piedrabuena Richard, Fiscal Nacional del Ministerio Público .
--Se accede.
IV. FÁCIL DESPACHO
NOMBRAMIENTO ADELANTADO DE FISCALES REGIONALES DE REGIÓN METROPOLITANA Y DETERMINACIÓN DE TRIBUNAL COMPETENTE PARA COMUNA DE CURACAVÍ
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que adelanta los plazos del procedimiento para nombrar fiscales regionales del Ministerio Público en la Región Metropolitana de Santiago y determina el tribunal competente para la comuna de Curacaví, con informes de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (3265-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 9ª, en 8 de julio de 2003.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 13ª, en 16 de julio de 2003.
Hacienda, sesión 13ª, en 16 de julio de 2003.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento fue autorizada por la Sala, en sesión de 9 de julio en curso, para discutirlo en general y particular en el primer informe.
Los objetivos principales de la iniciativa en discusión son:
a) Adelantar desde el 16 de diciembre de 2003 al 1 de julio de 2003 el inicio del procedimiento para designar a los fiscales regionales del Ministerio Público en la Región Metropolitana y facultar al Fiscal Nacional para convocar a concursos para la primera designación de los fiscales adjuntos en la misma Región, y
b) Declarar competente al Juzgado de Letras de Casablanca para conocer de las causas que se originen en la comuna de Curacaví, y a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, como tribunal superior.
La Comisión aprobó en general el proyecto por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Chadwick, Espina, Fernández y Silva.
En cuanto a la discusión en particular, dicho órgano técnico, también unánimemente, aprobó el articulado en los mismos términos en que lo despachó la Cámara de Diputados.
La Comisión de Hacienda, por su parte, en conformidad a su competencia, conoció los artículos 1º permanente y 2º transitorio y los aprobó de manera unánime -con los votos de los Honorables señora Matthei y señores Boeninger, Foxley, García y Ominami-, en la misma forma como los acogió la Comisión de Constitución.
Finalmente, cabe destacar que los artículos 1º, 2º y 3º permanentes y 1º transitorio tienen carácter orgánico constitucional y requieren para su aprobación el voto conforme de 27 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular el proyecto.
El señor CHADWICK.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , paso a fundamentar el pronunciamiento unánime de la Comisión de Constitución respecto de la iniciativa, cuya aprobación recomienda a la Sala.
El proyecto contempla dos materias distintas. La primera -quizás la más importante- dice relación al enorme desafío que involucra la implementación del nuevo sistema procesal penal en la Región Metropolitana. La actual legislación establece que las ternas para la designación de los Fiscales Regionales deberán elaborarse con doce meses de anticipación a la fecha de entrada en vigencia de aquél.
Las explicaciones entregadas en la Comisión por el señor Ministro de Justicia y la experiencia recogida por el señor Fiscal Nacional en el resto del país indican que, en el caso de la Región Metropolitana, es indispensable contar con mayor plazo que el contemplado en la norma general.
Por eso, se plantea que el Fiscal Nacional solicite la designación de los Fiscales Regionales de la Región Metropolitana de Santiago hasta con dieciocho meses de anticipación a la entrada en vigor de la reforma procesal penal. Asimismo, se otorga a dicho personero la facultad -también muy importante- de adelantar el llamado a concurso para la primera designación de fiscales adjuntos, sin esperar el nombramiento de los fiscales regionales.
En consecuencia, los integrantes de la Comisión -atendidos los argumentos del Ejecutivo y nuestro compromiso de que la reforma procesal resulte lo más eficaz posible- aprobamos unánimemente la idea de anticipar los plazos mencionados y conceder esa atribución al señor Fiscal Nacional.
La segunda materia contenida en la iniciativa se refiere a un problema de interpretación por efecto de la ley Nº 19.861, que modificó el artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales. Se trata de un asunto de carácter local, pero de gran trascendencia para quienes viven allí.
De acuerdo con una resolución de la Corte Suprema, los hechos que sucedan en la comuna de Curacaví deberán ser conocidos por el juzgado de letras de Melipilla, y como tribunal de alzada, por la Corte de Apelaciones de San Miguel (Santiago).
Esa situación resulta muy incómoda para los habitantes de Curacaví, quienes históricamente han tenido como tribunal competente el juzgado de letras de Casablanca. En el futuro les corresponderá el de Melipilla, que se encuentra ubicado mucho más lejos.
La Corte Suprema señaló en su informe que fijó los territorios jurisdiccionales conforme a criterios de regionalización. Sin embargo, a nuestro juicio, en el caso de localidades limítrofes en términos regionales debe procurarse que las competencias respondan al quehacer real de la gente más que a una estructura administrativa determinada.
Por esa razón aprobamos la propuesta del Ejecutivo , en orden a que las causas originadas en Curacaví serán de competencia del juzgado de letras de Casablanca y que el tribunal de alzada correspondiente sea la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Con ello se facilitará también la aplicación del nuevo mecanismo procesal penal en la Quinta Región a fines de este año.
Durante el debate en la Comisión hicimos notar, junto con el Senador señor Moreno , un problema similar existente en la comuna de Navidad, de la Sexta Región, cuyos asuntos deben ser conocidos por los juzgados de letras de Santa Cruz o de San Fernando y, como tribunal de alzada, por la Corte de Apelaciones de Rancagua, en circunstancias de que, por motivos de distancia, corresponderían los de San Antonio.
El Ejecutivo , en el contexto de la reforma procesal penal, se comprometió a instalar -lo señalo aquí a fin de que así se cumpla-, en diciembre de 2003, un juzgado de letras en Litueche, con lo cual se solucionará el problema en términos más satisfactorios.
Como dije, lo que sucede con Navidad lo hicimos notar en la Comisión, a fin de que se le dé una solución similar a la de Curacaví.
Por lo expuesto, la Comisión de Constitución aprobó unánimemente el proyecto y recomienda a la Sala proceder en igual forma.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , esta mañana la Comisión de Hacienda estudió el proyecto y aprobó por unanimidad sus aspectos financieros. El adelanto en la designación de los fiscales de la Región Metropolitana se financiará con el presupuesto de la propia Fiscalía Nacional.
En la Comisión surgió una inquietud respecto de la necesidad de hacer ya una evaluación, lo más abierta posible, sobre el funcionamiento de la modalidad de juicios orales y de la reforma procesal en las Regiones donde se halla en plena operación.
Algunos Parlamentarios, particularmente de las Regiones Cuarta y Novena, recogiendo lo que a su vez emana de la opinión pública zonal, señalaron que, debido a diversas dificultades en los procedimientos, en algunos casos se está generando una reacción adversa al nuevo sistema penal de administración de justicia.
No es el momento de entrar en detalles. Simplemente, basta decir que en la Comisión se acordó, por unanimidad, solicitar al Presidente del Senado que convoque a una sesión especial para analizar el tema. Sería conveniente invitar al Ministro de Justicia , al Fiscal Nacional, a personeros a quienes les ha tocado implementar la reforma en Regiones, a miembros de los Colegios de Abogados, para conocer pormenorizadamente el proceso de rodaje de ella, sus puntos positivos y negativos, etcétera. Esta mañana, al menos, se hizo una especie de inventario de algunas deficiencias.
Se destacó la importancia de realizar ese análisis por cuanto pronto la reforma se aplicará en zonas de mayor densidad de población, como las Regiones Quinta y Metropolitana. Si los defectos observados, por ejemplo, en la Cuarta y Novena Región, no se corrigen a tiempo, podría producirse un serio problema de aceptación, legitimación y aplicación del nuevo sistema de justicia penal.
Por eso planteamos al señor Presidente la necesidad de citar a esa sesión especial en su momento.
El señor MORENO .-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor FOXLEY .-
¡Cómo no!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MORENO .-
Señor Presidente , apoyo la petición formulada por el Senador señor Foxley .
La semana pasada, se realizó en Rancagua, capital de la Sexta Región, un interesante seminario al cual asistieron el Ministro de Justicia , el Fiscal Nacional, el Presidente de la Corte Suprema , el Defensor Público y otras autoridades que tienen que ver con la reforma procesal penal. Una de las conclusiones a que se llegó fue precisamente la de que debía procederse a difundir los avances alcanzados y la forma como se está llevando a cabo, lo cual hasta ahora sólo es conocido por las personas cercanas al sistema.
Con el Senador señor Chadwick visitamos recientemente a los funcionarios de Investigaciones de la Sexta Región. Ellos acaban de terminar un curso; pero son especialistas en el tema y están vinculados a él. Pero los Parlamentarios y otras personas que tienen alguna representación no están al tanto de lo que ocurre en su zona, ni en qué forma está operando el nuevo mecanismo de enjuiciamiento criminal.
Por lo tanto, respaldo plenamente la solicitud mencionada y, al mismo tiempo, hago mías las expresiones del Presidente de la Comisión de Constitución , Honorable señor Chadwick , en el sentido de que lo tocante a Curacaví y Casablanca tiene gran analogía con lo relativo a Navidad y San Antonio .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en la Sala para aprobar el proyecto?
--Se aprueba en general y particular a la vez, y el proyecto queda despachado en este trámite, dejándose constancia de que emitieron voto favorable 34 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Ministro .
El señor BATES ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , en primer lugar debo agradecer al Honorable Senado su buena disposición para despachar esta iniciativa, inserta dentro de los esfuerzos que se realizan para implementar efectivamente la reforma en la Región Metropolitana.
En segundo término, respecto de la sugerencia de los Senadores señores Foxley y Moreno, y desde el punto de vista del Ministerio de Justicia, con el mayor agrado vendremos en la oportunidad que se estime conveniente con el objeto de informar sobre el avance de la reforma procesal penal, porque efectivamente creo que responde a una necesidad.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor OMINAMI.-
¿Me permite, señor Presidente?
Sólo quiero complementar lo expresado por el Senador señor Foxley en el sentido de que el que se pueda desarrollar una sesión especial para tratar esta materia se debió a una petición formal y unánime de la Comisión de Hacienda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Así lo entendemos, señor Senador .
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , brevemente, y aprovechando la presencia del señor Ministro y del señor Fiscal Nacional en la Sala, deseo agregar que lo planteado por el Honorable señor Foxley responde a una inquietud de varios Parlamentarios en lo que se refiere a la implementación y funcionamiento del sistema.
Entiendo que existe una Comisión Nacional que verifica el estado de avance de la reforma procesal, integrada por el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial . Me parece que también sería conveniente la participación del Poder Legislativo, que durante el trámite de la reforma desempeñó una actuación directa, ardua y bastante significativa. Ello permitiría al Parlamento disponer de una comunicación más directa acerca de cuáles serán los problemas que se irán presentando, las modificaciones que sean factibles y mantener también al Congreso Nacional más comprometido no tan sólo en lo referente a la parte legislativa de la reforma, sino también a su aplicación.
Me enteré el otro día de que existía esa Comisión Nacional, lo que me hizo reparar en la circunstancia de que faltaba un Poder del Estado cuya representación en ella podría resultar importante.
He dicho, señor Presidente.
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA FABRICACIÓN Y TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y MATERIALES RELACIONADOS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, sobre la Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícito de Armas de Fuego, Municiones y otros Materiales Relacionados, informado por la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2855-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 7ª, en 18 de junio de 2002.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 12ª, en 15 de julio de 2003.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
El objetivo inicial de la Convención es combatir el tráfico de armas.
La Comisión de Relaciones Exteriores dio su aprobación al proyecto de acuerdo, en general y en particular, por tres votos a favor (de los Honorables señores Martínez, Núñez y Valdés) y con la abstención del Senador señor Cariola.
En el informe se deja constancia de la reserva de constitucionalidad formulada por el Senador señor Cariola respecto del artículo V, Nº 3, puesto que establece la denominada "jurisdicción universal", que no sería compatible con nuestro ordenamiento constitucional.
Finalmente, debe indicarse que la Comisión de Relaciones Exteriores, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 de nuestro Reglamento, propone al señor Presidente que el proyecto de acuerdo se discuta en general y en particular a la vez.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si hubiera asentimiento en la Sala, se daría por despachado el proyecto.
--Se aprueba en general y en particular, y queda despachado en este trámite.
CONVENCIÓN SOBRE PROHIBICIONES O RESTRICCIONES DE USO DE ARMAS CONVENCIONALES EXCESIVAMENTE NOCIVAS O DE EFECTOS INDISCRIMINADOS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
A continuación se someterá a la Sala el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, informado por la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2856-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 30 de julio de 2002.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 12ª, en 15 de julio de 2003.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El objetivo principal de la Convención, adoptada en Ginebra en 1980, y sus Protocolos anexos números I, II, III y IV, es restringir, o prohibir en algunos casos, el uso de ciertas armas que causan daño excesivo e indiscriminado a la población civil.
La Comisión de Relaciones Exteriores dio su aprobación en general y en particular al proyecto de acuerdo por la unanimidad de sus miembros presentes (Honorables señores Cariola, Martínez, Núñez y Valdés) en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Corresponde señalar, finalmente, que la Comisión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 de nuestro Reglamento, propone al señor Presidente que el proyecto de acuerdo se discuta en general y en particular a la vez.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , sobre esta materia me parece conveniente complementar lo señalado por el señor Secretario en el sentido de que la Convención tiene cuatro Protocolos, los que son particularmente importantes para que los señores Senadores conozcan que nuestro país, al aprobarla el Parlamento, va a suscribir algo que tiene una intencionalidad fundamental. Ella es tratar de humanizar la guerra; de hacer posible que no se usen armas de destrucción indiscriminada que puedan afectar a la población civil.
En tal sentido, los Protocolos que se propone suscribir con este acuerdo dicen relación, el I, a las armas de fragmentación no localizables, que afectan fundamentalmente a la población civil y destruyen vidas humanas -obviamente, también bienes materiales-, cuyo uso es bastante frecuente en guerras irregulares, como nos fue informado por los expertos, entre ellos la propia Ministra de Defensa Nacional , que asistió a la sesión de la Comisión de Relaciones Exteriores.
El Protocolo II versa sobre algo que el Senado ya vio en su oportunidad, relacionado con la prohibición o restricción del empleo de minas, armas o trampas y otros artefactos que también se utilizan particularmente en guerras informales y en aquellas que lamentablemente ya hemos conocido en los últimos días.
El Protocolo III se refiere a la prohibición o restricción de empleo de armas incendiarias.
Y el último, el IV, a las armas láser cegadoras. Éstas existen; están destinadas exclusivamente a cegar al enemigo. El láser en sí mismo no lleva a ese resultado, sino que se trata de armas que se han perfeccionado para causar ceguera, cosa que no puede ser más atroz e inhumana.
Lo importante es que, además, el Protocolo relativo al empleo de minas, trampas u otros artefactos fue enmendado en la medida en que Chile ya suscribió el tratado o convención de Ottawa, en 1997, que ya está en ejecución por nuestra parte. Ello nos fue informado por la señora Ministra de Defensa Nacional en el sentido de que la operación respectiva implica un alto costo para el país, y de que estamos haciendo todo lo posible por cumplir dentro de los plazos convenidos con el desmantelamiento de minas, básicamente instaladas en la frontera en algún momento en que talvez su ubicación estuvo justificada.
En consecuencia, el Protocolo II está relacionado con la Convención de Ottawa de 1997, que nuestro país ya suscribió y se encuentra implementando.
Es lo que quería agregar, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , en verdad, suscribimos el Protocolo sobre minas antipersonales hace mucho tiempo, cuya ejecución es costosísima. Deseo saber si la señora Ministra de Defensa Nacional trató en su momento ese aspecto. Si se le pudiera preguntar, sería importante conocer su respuesta, porque en el norte todavía quedan muchas de ellas, y no se están retirando. Por eso quiero saber si el Protocolo aquí mencionado, o el anterior, significa comprometer recursos tanto chilenos como internacionales para efectuar el trabajo; o si, como ahora en el norte se están construyendo algunas instalaciones -por ejemplo, la de radioastronomía-, el retiro de minas estará incluido en las obras respectivas. Las compañías mineras lo hacen en los lugares donde ellas realizan su trabajo, pero eso sería una gota de agua en comparación con lo que será necesario hacer para dejar el territorio limpio de minas. Por eso, quisiera saber cómo se afrontará la obligación.
En segundo lugar, también sería conveniente conocer si aquí existe alguna prohibición expresa en cuanto al uso de productos químicos, que Chile empleó en alguna oportunidad; y si se ha considerado averiguar si nuestro país ha retirado las armas químicas, las ha vendido, o qué se hizo con ellas, y si el asunto se trató en la Comisión. Porque no basta con decir "firmamos un tratado". Si se mantienen las armas químicas, es necesario decidir cómo se procederá al respecto.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , en lo atinente a las armas químicas, debo señalar que esta Convención, con sus cuatro protocolos, no tiene relación alguna con ellas, y sólo se refiere, en el segundo protocolo, a las denominadas minas antipersonales, trampas o artefactos similares. Sin embargo, y bajo estricta reserva, la señora Ministra de Defensa Nacional nos proporcionó abundante información sobre lo que se está haciendo en este aspecto. En consecuencia, pienso que sería inconveniente que me refiriera a ellas en esta oportunidad.
Solamente un dato: el país, para cumplir con el compromiso asumido con la Convención de Ottawa, ha implementado un programa cuya primera etapa culmina el año 2005, con un costo de a lo menos cien millones de dólares. Y, como dijo la Senadora señora Frei , cubre únicamente parte de lo que Chile debiera desmantelar. El programa, en definitiva, se extenderá mucho más allá del año 2005, por las dificultades que provoca en el norte lo que se conoce como el invierno boliviano.
La mayor parte de esas minas no se encuentra ahora en los lugares estratégicos donde fueron colocadas. Como todos sabemos, una de ellas cuesta, por decirlo de una manera, un dólar; pero sacarla, diez dólares.
Sin embargo, el país se ha comprometido en tal sentido y así lo está haciendo. Proporcionaré mayores informaciones en forma directa a la Honorable señora Frei , pues, como dije, algunos datos no es posible darlos a conocer en esta oportunidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés.
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente , deseo agregar lo siguiente a la cuenta que ha dado el señor Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores .
En el curso del debate habido en la Comisión, la Senadora señora Matthei hizo presente -para los efectos de que constara como acuerdo del Senado- la conveniencia de una disposición que aclare los términos del Convenio, en cuanto a que sus normas pudieran afectar de alguna manera la capacidad del Gobierno de Chile para adquirir las armas que estimara oportuno.
Esa petición de la señora Senadora fue enviada, en nombre de la Comisión, al Ministerio de Defensa Nacional. Con ocasión del debate que antecedió a la aprobación del instrumento internacional, tanto la señora Ministra del ramo como los abogados que la acompañaron precisaron que, por la naturaleza del Convenio, no era posible consignar en él disposiciones aclaratorias. Asimismo, que del texto y de su contexto se deduce que se refiere sólo al tráfico ilícito, y en ningún caso al lícito, que queda abierto y a disposición de los Estados soberanos y que no puede ser interrumpido u obstruido por otros países.
Por lo demás, este instrumento se ocupa únicamente de las armas ligeras. De modo que la Comisión, la señora Ministra y los demás participantes concordamos en que no hacía falta insistir en la aclaración porque el tratado de por sí es suficientemente claro.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobar el Tratado?
--Se aprueba el proyecto de acuerdo en general y particular a la vez, y queda despachado en este trámite.
V. ORDEN DEL DÍA
REFORMA DE CAPÍTULOS I, II, III, IV, V, VI, VI A, VII, IX, X, XI, XII, XIII Y XIV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde continuar la discusión en particular del proyecto de reforma constitucional, iniciado en mociones de los Honorables señores Chadwick, Larraín y Romero, y del ex Senador señor Díez, y de los Senadores señores Silva y Viera-Gallo, y de los ex Senadores señores Bitar y Hamilton, en primer trámite constitucional, que introduce diversas reformas a la Carta Fundamental, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre los proyectos (2526-07 y 2534-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyectos de reforma constitucional: (mociones de los señores Chadwick, Díez, Larraín y Romero y de los señores Bitar, Hamilton, Silva y Viera-Gallo).
En primer trámite, sesión 7ª, en 4 de julio de 2000.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 12ª, en 6 de noviembre de 2001.
Constitución (complementario), sesión 22ª, en 9 de enero de 2002.
Constitución (segundo), sesión 36ª, en 26 de marzo de 2003.
Discusión:
Sesiones 16ª, en 14 de noviembre y 18ª, en 18 de diciembre de 2001(queda pendiente su discusión); 19ª, en 19 de diciembre de 2001 (vuelve a Comisión para informe complementario); 23ª, en 15 de enero de 2002 (se aprueba en general); 42ª, 44ª, en 29 y 30 de abril; 4ª, 5ª y 6ª , en 11, 17 y 18 de junio de 2003, respectivamente y 7ª y 11ª, en 1º y 9 de julio de 2003, (queda pendiente su discusión particular).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión propone reemplazar el Nº 7 por el siguiente:
"7. Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 17:
"a) Agréganse en el número 3º, a continuación de la expresión terrorista", las palabras "y los relativos al tráfico de estupefacientes", y
"b) Reemplázase el inciso segundo por el siguiente:
"Los que hubieren perdido la ciudadanía por la causal indicada en el número 2º, la recuperarán en conformidad a la ley, una vez extinguida su responsabilidad penal. Los que la hubieren perdido por las causales previstas en el número 3º podrán solicitar su rehabilitación al Senado una vez cumplida la condena".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , esta modificación perfecciona a nuestro juicio el actual artículo 17 de la Constitución y fue aprobada, según recuerdo, por la unanimidad de los miembros de la Comisión.
Dicho artículo establece tres causales de pérdida de la ciudadanía. Dos de ellas, para los efectos de la rehabilitación, disponen los siguientes procedimientos. Cuando se trata de una persona condenada por delito que merezca pena aflictiva -esto es, que tenga una pena superior a tres años y un día-, se requiere que la petición se formule al Senado y es éste el que, por votación secreta, puede rehabilitarla. Así se procede habitualmente en las sesiones donde la Mesa somete a la Sala las peticiones respectivas.
Luego establece una situación distinta respecto de quienes están condenados por un delito calificado de conducta terrorista. En este caso no es el Senado el que procede a su rehabilitación. La ley es extraordinariamente exigente, y señala que sólo puede lograrse mediante una ley de quórum calificado, una vez cumplida la condena.
Pues bien, la Comisión de Constitución establece el siguiente procedimiento. En cuanto a los sancionados con pena aflictiva -es decir, desde tres años y un día hacia arriba-, consigna que por el solo hecho de haberse dado cumplimiento a la pena la persona recupera inmediatamente su ciudadanía. Ello resulta razonable, porque ha pagado su deuda con la sociedad; por lo tanto, no requiere un trámite adicional y está en condiciones de reinsertarse en la vida social.
En el segundo caso, la enmienda consiste en lo siguiente. A las personas que hayan sido condenadas por delitos que se califiquen como conducta terrorista se agregan los sancionados por el delito de tráfico de drogas. En este caso, su rehabilitación debe ser otorgada por el Senado, y no, como sucede actualmente respecto de las primeras, por una ley de quórum calificado.
En síntesis, quienes han sido condenados a pena aflictiva quedan inmediatamente rehabilitados por el hecho de cumplir su condena. Tratándose de personas que incurran en conductas que constituyen un reproche social de mayor envergadura -que han motivado incluso la dictación de leyes especiales, como la de conductas terroristas y la que sanciona el tráfico ilícito de drogas-, será el Senado el que deberá resolver sobre su rehabilitación.
La indicación pertinente, según recuerdo, provenía en su esencia del primer informe, que se aprobó en general; fue perfeccionada durante el segundo informe y acogida por unanimidad, por lo cual la Comisión, por supuesto, solicita que la Sala adopte igual criterio.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , no voy a repetir los argumentos del Honorable señor Espina . Creo que está claro el alcance de la modificación. La única duda que podría existir se relaciona con las personas penalizadas por microtráfico. Esta condena se justifica en el caso del gran traficante, pero no parece lógica tratándose de microtraficantes.
Desconozco la forma como la Comisión de Constitución está abordando ese aspecto, pero la solución podría estar en una norma que dijera, por ejemplo: "Y lo relativo al tráfico de estupefacientes, cuando hubieren merecido pena aflictiva". Tal vez, no lo sé.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , en la misma línea señalada por el Senador señor Viera-Gallo , comparto plenamente el informe que dio el Honorable señor Espina acerca de las razones para modificar este artículo. Pero en la Comisión no se analizó el problema que se hace presente ahora, porque precisamente se está estudiando una nueva enmienda a la Ley de Drogas, que establece el microtráfico como un delito autónomo, con penalidad propia.
En mi opinión, la norma sobre ciudadanía no puede ser tan amplia si cualquiera que sea la penalidad, se debe a recurrir al Senado para la rehabilitación. En tal caso, lo propuesto por el Honorable señor Viera-Gallo me parece más acertado, en el sentido de que los condenados a pena aflictiva por tráfico de drogas tengan que pedir su rehabilitación a esta Corporación, y que en el caso de aquellos que estén por debajo de la misma la suspensión de su ciudadanía se extinga con el cumplimiento de la condena. En mi concepto, tal procedimiento es más preciso y acotado. Con lo otro podemos enfrentarnos después a una elevada cantidad de solicitudes de rehabilitación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En todo caso, hago presente a la Sala que no puede efectuarse ninguna enmienda, a menos que se presente una indicación precisa.
Tiene la palabra el Senador señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , concuerdo con lo expresado por el Honorable señor Espina en cuanto a que, si la persona pagó su deuda con la sociedad al cumplir la pena asignada, no hay razón alguna para que no recobre todos sus derechos, incluido el de votar.
Respecto del tema específico que se discute, mi sugerencia concreta es que en el número 2º del artículo 17 de la Constitución, donde dice que la calidad de ciudadano se pierde "Por condena a pena aflictiva", debiera agregarse: "incluidos los que provengan de condenas por tráfico de estupefacientes". Así se liga la idea del tráfico con la pena aflictiva, que es el razonamiento que se ha estado haciendo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Insisto en que la Sala no puede actuar como Comisión. Si hay una indicación concreta, pido que se haga llegar a la Mesa por escrito; y tiene que ser aceptada por unanimidad.
El señor BOENINGER.-
De acuerdo, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Senadora señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , deseo consultar por qué se considera sólo a las personas condenadas por tráfico de estupefacientes y no a quienes cometieron otro tipo de delitos. Por ejemplo, si un violador o alguien que comete abusos deshonestos es sentenciado a menos de tres años, quedará libre al cabo de ese lapso sin que lo aflija la pérdida de ciudadanía.
En mi concepto, no debiéramos fijarnos sólo en lo relativo al tráfico de drogas, sino también en otros aspectos. No veo por qué, luego de tres años de cometido un delito, el narcotraficante recobre la ciudadanía sin el pronunciamiento del Senado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , el espíritu de esta modificación es uno solo: que, cumplida la condena privativa de libertad impuesta por la sentencia, el sujeto quede enteramente liberado de otras penas. Por consiguiente, no podemos hacer distinción entre un delito más grave y otro menos grave.
Quienes creen que mientras más grave sea la pena menor será el número de delitos están equivocados medio a medio. Los delitos se producen por muchas razones; entre ellas, en el caso del tráfico de drogas, por la adicción de los compradores y por la enorme utilidad que obtienen los vendedores.
Ello explica que algunos legisladores, cuya idea no comparto, estimen que hay que abandonar la persecución del narcotráfico y dejar que el adicto se envenene solo y termine como los fumadores.
Por eso, hablar de mantener como permanentes los efectos de una condena no viene al caso.
Pensemos en un sujeto sentenciado a cinco años y un día por homicidio -no por narcotráfico- y que, cumplida la condena, solicita su rehabilitación. Pero puede darse la situación de que en el balotaje no recupere la calidad de ciudadano, pese a que cumplió con la sociedad al permanecer recluido durante esa cantidad de tiempo. Por lo tanto, al quedar en libertad no se le puede decir que es un ciudadano de segunda categoría y que no puede votar en las elecciones. Es un castigo salvaje e insocial.
Por eso, en mi opinión, no se debe hacer distinciones una vez cumplida la condena, porque ya no rigen las penas accesorias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , a mi juicio, la idea de trasladar lo relativo al tráfico de estupefacientes del número 3º al número 2º del artículo 17, como se ha propuesto, generaría una contradicción con lo que se agrega a continuación en el inciso segundo, que habla de la recuperación automática de la ciudadanía.
Por lo tanto, advierto que se produciría un desarme de la idea central de la propuesta de la Comisión.
El señor VIERA-GALLO.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede usar de ella el señor Senador.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, hemos hecho llegar a la Mesa una indicación que recoge la idea debatida en la Sala.
Para explicarla brevemente, diré que, si la persona condenada por tráfico de estupefacientes tiene una sanción menor que pena aflictiva, recuperará la ciudadanía por el simple cumplimiento de la condena, como lo expresó el Senador señor Zurita . En cambio, si recibe pena aflictiva, deberá requerir la autorización del Senado para recobrarla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Entonces, corresponde que nos pronunciemos sobre la letra a) del Nº 7 agregándole la indicación que se ha señalado.
¿Habría acuerdo?
La Secretaría dará lectura a la proposición final.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La letra a) dice: "Agréganse en el número 3º, a continuación de la expresión "terrorista", las palabras "y los relativos al tráfico de estupefacientes"". Los Honorables señores Boeninger y Viera-Gallo proponen agregar, luego de esa última frase, lo siguiente: "y que hubiere merecido además pena aflictiva".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobar lo indicado?
El señor ÁVILA.-
Yo no estoy de acuerdo, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Entonces, se aprobaría la indicación con el voto en contra del Senador señor Ávila , siempre que hubiera el quórum respectivo.
El señor PIZARRO .-
Con mi abstención.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , ¿por qué no se vota en forma económica?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Así se procederá.
Quedaría aprobado con el voto en contra del Senador señor Ávila y las abstenciones de los Senadores señores Pizarro y Zurita .
La señora FREI (doña Carmen) .-
Yo también me abstengo, señor Presidente .
El señor ÁVILA.-
¿Es posible fundamentar el voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Mejor se votará nominalmente la letra a) del Nº 7, agregando la indicación de los Senadores señores Boeninger y Viera-Gallo.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ABURTO.-
Señor Presidente , me voy a abstener, porque me genera muchas dudas la frase "y que hubieren merecido además pena aflictiva" que se pretende agregar a la letra a) del número 7, después de la oración "y los relativos al tráfico de estupefacientes". Porque lo relacionado con la pena aflictiva ya está en el número 2º del artículo 17 de la Constitución. ¿Para qué repetirlo? Daría lo mismo si se tratase de una conducta terrorista.
Por lo tanto, me abstengo.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , lamento que el Senado con su decisión termine contagiando la Carta Fundamental de la República con la neurosis antidrogas. ¡El narcotráfico debe estar de pláceme!
Mientras más medidas represivas se adopten y mayor sea el nivel de las mismas, más se fortalecen las mafias, más dinero ganan y mayor es el peligro al que someten a la ciudadanía, debido a las luchas que se producen entre ellas al competir por territorios o mercados.
No entiendo cómo todavía no son suficiente lección las experiencias que constatamos todos los días a nivel mundial respecto de lo absurdo que significa seguir la lógica estúpida de la llamada "guerra contra las drogas".
Estados Unidos, ciertamente, posee el mayor mercado del planeta y hace pagar los costos de esa estrategia a países como el nuestro, y en particular Bolivia, Perú y Colombia, sumidos en un baño de sangre sin que hasta ahora tengan logro alguno en materia de disminución del consumo.
El hecho de convertir la Constitución en algo parecido a un código penal es completamente absurdo. Porque -lo señaló muy bien la Senadora señora Frei -, así como se inscribe hoy el tráfico de estupefacientes, -por qué no agregar otros delitos de similar envergadura y gravedad que quedan al margen de una sanción con rango constitucional? De hecho, se observa una discriminación en tal sentido.
En fin, hay una suerte de tendencia mundial a la estupidez. Y, por lo tanto, parece insoslayable marchar en el rumbo que marca la manada planetaria.
Voto en contra.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban la letra a) del Nº 7 del artículo único y la indicación que agrega la frase "y que hubieren merecido además pena aflictiva" (31 votos a favor, 3 en contra y 7 abstenciones), dejándose constancia de que se cumplió con el quórum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia, Boeninger, Bombal, Canessa, Cariola, Cordero, Chadwick, Espina, Fernández, Foxley, Frei (don Eduardo), García, Horvath, Larraín, Lavandero, Martínez, Moreno, Ominami, Orpis, Páez, Parra, Prokurica, Ríos, Romero, Sabag, Stange, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Votaron por la negativa los señores Ávila, Gazmuri y Valdés.
Se abstuvieron los señores Aburto, Frei (doña Carmen), Naranjo, Núñez, Pizarro, Ruiz y Silva.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Propongo a la Sala aprobar la letra b) con la misma votación, ya que es consecuencia de lo anterior.
¿Habría acuerdo?
--Se aprueba, con la misma votación anterior, la letra b) del Nº 7 del artículo único, dejándose constancia de que se cumplió con el quórum constitucional requerido.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Corresponde ocuparse en la indicación renovada número 69, suscrita por los Senadores señores Orpis , Horvath , Espina , Stange , Boeninger , Cordero , Zurita , Sabag , Ruiz-Esquide y Vega , cuyo objetivo es agregar, a continuación del número 7, el siguiente número nuevo:
"Intercálase el siguiente inciso a continuación del inciso primero del artículo 18:
"La ley orgánica constitucional señalada en el inciso precedente contemplará un sistema de registro electoral al que se incorporarán, por el solo ministerio de la ley, los ciudadanos que cumplan los requisitos que establece el inciso primero del artículo 13.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Moreno.
El señor MORENO .-
Señor Presidente , lo propuesto es concordante con lo que ya votó el Senado en sesión anterior. Por lo tanto, sugiero que, con la misma votación, se dé por rechazado.
El señor CHADWICK .-
De acuerdo.
El señor VIERA-GALLO .-
O que retiren la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La Mesa no tendría inconveniente.
El señor ESPINA .-
Sí, señor Presidente . Porque, obviamente, la indicación era concordante con la anterior. Si aquélla se rechazó, no tiene sentido insistir en ésta.
--Se retira la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En cuanto al número 8 que se intercala a continuación del Nº 7 y que agrega un inciso tercero nuevo al artículo 18 de la Constitución, se me ha pedido que se vote conjuntamente con todas las disposiciones relativas al sistema electoral.
No sé si habrá acuerdo en la Sala para posponer esta votación. Se presentó una indicación en ese sentido, y tengo que someterla a la consideración del Senado, que debe decidir al respecto.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , entiendo que para la votación particular del proyecto acordamos seguir el orden en que viene su articulado. De modo que, al revés, creo que habría que alterar ese acuerdo por la unanimidad del Senado, porque de lo contrario...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No, señor Senador. Se trata de una norma reglamentaria...
El señor LARRAÍN.-
...cualquiera podría modificar lo que se resolvió antes de empezar la votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No, Su Señoría. Cualquier indicación que se haga para posponer una votación debo acogerla y someterla a la consideración de la Sala.
El señor CHADWICK .-
¡No puede continuar con los otros artículos!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hay ningún acuerdo en el sentido de que no pueda aplicarse el Reglamento. Por supuesto, se dijo que se iba a seguir el orden del proyecto. Es una norma ordinaria, ni siquiera debiera haber acuerdo sobre el particular.
Pero cualquier Senador puede pedir a la Mesa, conforme al Reglamento, posponer la votación de un artículo, materia o acuerdo. Por lo tanto, si existe una solicitud en tal sentido, tengo que someterla a la Sala. Y propuse que se acogiera por acuerdo unánime. Si no lo hay, se debe votar.
Tiene la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , la idea de posponer la votación de este número no es para retrasar el proyecto ni cosa que se le parezca. Es justamente para avanzar más rápido, porque, sin duda, la cuestión electoral, con toda su complejidad, se tratará en el momento oportuno, esto es, cuando se debata la composición del Senado. Entonces, parece lógico que, según cual sea la decisión que se tome en esa ocasión, se pueda discutir esta norma. Hay que recordar que fue aprobada por tres votos contra dos. Alguien puede perfectamente sostener que el sistema binominal asegura una adecuada proporcionalidad. Así lo han señalado quienes son partidarios de él.
Entonces, esto es del todo inocuo; da lo mismo. Aquí se podrá discutir toda la tarde, y el sistema electoral puede ser binominal, mayoritario, proporcional. Lo lógico...
El señor CHADWICK.-
Por eso no se entiende la presentación de esta materia, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Aquí no hay discusión sobre el tema, sino una indicación concreta, que someteré a la consideración de la Sala...
El señor CHADWICK .-
Sólo si es inocua...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ella tiene por objeto postergar la votación del número 8, que agrega al artículo 18 un inciso tercero nuevo, para cuando se traten todas las disposiciones relacionadas con el sistema electoral.
En votación.
El señor LAVANDERO.-
Votemos económicamente, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No habría problema, señor Senador.
El señor MORENO.-
En forma económica, señor Presidente.
El señor CHADWICK .-
¿Por qué no posponemos el proyecto entero, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Su Señoría también puede proponerlo.
El señor GAZMURI .-
¡No sea extremista, señor Senador ...!
--En votación a mano alzada, se aprueba posponer la votación del número 8, que agrega al artículo 18 de la Carta Fundamental un nuevo inciso tercero (20 votos contra 17).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En consecuencia, queda pospuesta la votación, para ser efectuada en conjunto con todas las disposiciones relativas al sistema electoral.
El señor CHADWICK .-
¿Cómo, señor Presidente , con todo lo relativo...?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Al momento de empezar a tratar lo tocante al sistema electoral.
El señor CHADWICK .-
¡Pero si el sistema electoral no está tratado en la Constitución como algo...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Cuando corresponda votar los temas relacionados con aquél, señor Senador.
El señor CHADWICK .-
¿Como cuáles?
El señor VIERA-GALLO.-
¡La composición del Senado!
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , las cuestiones electorales no tienen un tratamiento como capítulo en la Constitución Política, sino que están distribuidas a través de distintos artículos. Por eso, las posposiciones que Su Señoría señala son tremendamente complejas para efectos de la tramitación del proyecto.
El señor VIERA-GALLO .-
Si me perdona, señor Presidente , no es complejo. Es sólo la composición del Senado.
El señor ORPIS .-
¿Me permite, señor Presidente ?.
El señor CHADWICK .-
¿Y la de la Cámara de Diputados? ¿Y la atribución del Presidente para designar Senadores? ¿Cuándo lo vamos a tratar?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La norma en cuestión se verá cuando votemos la composición del Senado, pues se trata de una posposición relacionada con el sistema electoral.
El señor CHADWICK .-
¡Pero no es ésa la única!
El señor ORPIS .-
Deseo plantear una cuestión reglamentaria, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Y se pedirá a la Secretaría que la ubique en el lugar correspondiente.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , estuve presente cuando se adoptó el acuerdo de Comités para tratar las reformas constitucionales, y ahí se estableció expresamente que se iría votando artículo por artículo.
Por lo tanto, si hoy día se quiere posponer la votación de dicha norma, sólo podría hacerse por esta sesión y correspondería continuar su análisis en la siguiente, porque de lo contrario el tratamiento del proyecto se habría abordado por materia, criterio que se descartó absolutamente en la reunión de Comités.
En consecuencia, si se pospone ahora, tendrá que votarse en la próxima sesión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Muy atendible su argumentación, señor Senador. Pero la Mesa ya resolvió y sometió a votación esta materia. El pronunciamiento acerca del referido precepto será pospuesto hasta que se discuta el sistema electoral en lo relativo a la composición del Senado.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , deseo preguntar -porque no soy Comité ni tampoco lo era cuando se resolvió al respecto- si hubo o no hubo acuerdo de Comités en cuanto a la forma como se trataría el proyecto de reforma constitucional. Porque si hubo acuerdo, se requiere unanimidad para modificarlo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El acuerdo que se tomó fue no tratar el proyecto por materias, sino artículo por artículo. Y ahí entra a aplicarse el Reglamento, en el sentido de que cualquier Senador puede pedir -si así lo desea- posponer todo el proyecto -como insinuó el Honorable señor Chadwick- en este momento. Conforme a las normas reglamentarias, ello es factible. O también puede solicitar posponer para una posterior oportunidad cualquier votación que esté por verificarse.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , pero si usted lo liga...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ése fue el acuerdo de Comités: tratar el proyecto, no por materias, sino artículo por artículo, pero sin la obligación de seguir absolutamente el orden correlativo.
El señor CHADWICK.-
De eso se trata, señor Presidente : artículo por artículo. No hay otra forma.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Artículo por artículo, señor Senador. Pero también entra a operar el Reglamento.
El señor ORPIS.-
¡Pero si usted lo liga a la composición del Senado, sería por materia!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Queda terminada la discusión sobre el particular.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , ¿sería tan amable de señalar en qué artículo del Reglamento se consigna lo relativo a la posposición?
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente , ¿por qué no avisa lo que usted quiere que se vote?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La norma reglamentaria dispone: "Para aplazar temporalmente la consideración del asunto. En caso de aprobarse esta indicación, la Sala deberá fijar el plazo durante el cual se suspenderá el debate del asunto.".
Y yo he pedido que se suspenda hasta el momento en que tratemos lo tocante a la composición del Senado.
El señor ORPIS- Por ende, señor Presidente, lo está ligando a materias, lo que cambia radicalmente el criterio.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No puedo seguir la discusión en ese sentido. Ya se tomó el acuerdo.
Continúa la discusión particular.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Corresponde tratar el número 8, que pasa a ser 9, que mantiene la modificación introducida en el primer informe y que dice:
"9. Derógase el párrafo segundo del número 4.º del artículo 19.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , se trata de una modificación aprobada unánimemente por la Comisión. Corresponde a una iniciativa de reforma constitucional que presenté en su oportunidad en el Senado y que fue incorporada al proyecto que ahora nos ocupa.
Es preciso señalar que el párrafo segundo del número 4º del artículo 19 de la Carta contiene dos tipos penales que se han planteado como constitutivos del delito de difamación, que nuestro ordenamiento jurídico no ha recogido. Vale decir, la norma fundamental no tiene una ley que tipifique y desarrolle estas figuras.
La primera de ellas consiste en la imputación de un hecho o acto falso a través de un medio de comunicación. El medio acusado de incurrir en la infracción puede excepcionarse probando ante el tribunal competente la verdad de la imputación. Este tipo penal resulta innecesario, porque para asegurar, desde tal perspectiva, el respeto y protección a la vida privada -que es el valor establecido como derecho constitucional-, la ley contempla los delitos de injuria y de calumnia, como ocurre en todas partes. La injuria y la calumnia son tipos penales clásicos, con sus respectivas sanciones. Por lo tanto, el que se consagra en el artículo 19, en mi opinión, no tiene sentido, salvo que la idea sea imponer una nueva limitación a la libertad de expresión e información.
La segunda figura consiste en informar de un acto o hecho que no sea falso -o sea, debe ser verdadero-, pero que cause injustificadamente daño o descrédito a una persona o a su familia. Esta formulación resulta incluso más riesgosa que la anterior.
Pensamos que ambas son consecuencia de reminiscencias existentes a la época de dictación de la Constitución de 1980, y fundamentalmente, a la fecha en que la Comisión de Estudios comenzó a analizar la nueva Carta, cuando se recogió la experiencia de cierta clase de prensa que hoy no se da en nuestro país y que obligó a establecer estas figuras no desarrolladas por la ley penal.
En consecuencia, consideramos perfectamente posible y conveniente eliminarlas de la Carta.
El señor PIZARRO.-
¿Puedo hacer una consulta, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez, y luego, el Honorable señor Pizarro.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , me parece que la supresión del párrafo segundo no ha sido bien evaluada y podría dejar indefensos a los ciudadanos frente a la prensa y los medios de comunicación, que poseen un poder imposible de igualar, incluso con los mecanismos previstos en los códigos. El párrafo segundo por lo menos consagra una manera de protegerse ante la difamación. En ese sentido, creo que su eliminación puede resultar bastante más grave que el hecho de que exista o no exista una ley que desarrolle las figuras que contempla.
El problema es cómo se defiende el ciudadano, el hombre común y corriente, que no puede igualar -es imposible- el poder de la prensa, ni siquiera con los instrumentos legales consagrados en nuestros códigos. Sabemos muy bien que cuando a una persona se le imputa determinado hecho y esta información aparece en la página tanto, a la altura tanto, en la línea tanto, la rectificación, si el medio de comunicación acepta el reclamo, sale publicada, no en el mismo lugar, con iguales titulares, idéntico realce y similares dibujos, sino en un rinconcito, con caracteres muy pequeños.
Es un problema que Sus Señorías deben meditar.
Es cierto que en nuestro ordenamiento no existe una ley que desarrolle las figuras pertinentes; pero, ¿en qué quedan la honra del ciudadano común y corriente y las posibilidades de éste para defenderse?
El párrafo segundo debe ser analizado en esa perspectiva, no tanto desde el punto de vista jurídico, porque es un hecho que la difamación no tiene una ley que la desarrolle, como muy bien lo expresó el distinguido Senador que me precedió en el uso de la palabra. Pero yo pregunto a mis Honorables colegas: ¿cómo se defiende el ciudadano común y corriente de esta situación?
Invito a Sus Señorías a examinar el asunto en la práctica. Cuando se acoge un reclamo -quiero insistir en esta idea-, la prensa no publica la aclaración con los mismos titulares, ni con igual tipo de letra, ni en idéntica posición, sino en una ubicación donde no moleste ni interfiera, como ocultando el error cometido, cuando lo natural es que, si se comete un error, sea reconocido.
Por eso, señor Presidente, creo que la supresión del párrafo segundo debe ser revisada.
El señor FERNÁNDEZ .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor MARTÍNEZ .-
Cómo no.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández .
El señor FERNÁNDEZ.-
Deseo aclarar la duda que se ha planteado.
Para la situación que menciona el Senador señor Martínez existen los delitos de injuria y calumnia, contemplados en nuestro Código Penal. Las figuras establecidas en el artículo 19, Nº 4º, son adicionales a ellos. Sin embargo, consideramos que la defensa de la honra ya se halla suficientemente resguardada con los tipos penales existentes. Además, la Ley de Prensa contiene normas que, si bien no configuran ilícitos, imponen a los medios de comunicación la obligación de publicar los desmentidos en los mismos términos en que lo hicieron para la información original, situación que no cambiaría con la eliminación de esta tercera figura que eventualmente sería el delito de difamación.
Por lo tanto, consideramos que la legislación existente sobre el particular (la injuria y la calumnia, que son los delitos típicos a los cuales están sometidos todos los ciudadanos) es suficiente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar el Senador señor Martínez .
El señor MARTÍNEZ .-
Ya terminé, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Entonces, tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , deseo hacer una consulta, que puede responder el autor de la modificación o algún miembro de la Comisión.
Entiendo la argumentación del Senador señor Fernández en cuanto a la eliminación de las figuras contenidas en el párrafo segundo del Nº 4º, pero no me queda claro si también es necesario suprimir la parte final, que establece la solidaridad para los efectos de la indemnización por los delitos cometidos y que dice: "Además, los propietarios, editores, directores y administradores del medio de comunicación social respectivo serán solidariamente responsables de las indemnizaciones que procedan".
En mi opinión, esa última parte es muy importante, porque tiene que ver con el cumplimiento de la sanción que establezca el tribunal. No creo que sea conveniente eliminar todo el párrafo.
El señor FERNÁNDEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Le corresponde intervenir al Honorable señor Viera-Gallo. No sé si Su Señoría le puede conceder una interrupción al Senador señor Fernández.
El señor VIERA-GALLO.-
Por cierto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , creo que la eliminación del párrafo segundo constituye un paso muy importante en favor de la libertad de expresión.
No debemos olvidar que todos los resguardos que se puedan tomar al respecto ya están contemplados, al menos teóricamente, en la Ley de Prensa, que el Parlamento, y por consiguiente el Senado, aprobaron. Ahora, si en los hechos no se cumplen -que es el temor del Honorable señor Martínez -, habrá que acudir a los tribunales y reclamar ahí esos derechos. Pero el párrafo segundo del Nº 4º del artículo 19 de la Constitución no tiene ningún efecto práctico.
Por otro lado, hay que recordar que en esa misma normativa -me parece que a iniciativa del Senador señor Fernández - se derogó el delito de difamación establecido en la Ley de Seguridad del Estado, que era el único cuerpo legal que hacía efectiva la norma constitucional en cuestión. De tal forma que, derogado el delito de difamación en esa preceptiva, lo lógico es que demos este paso y lo eliminemos también en la Carta Fundamental.
Además, si el Nº 4º del artículo 19 tuviera aplicación práctica, la situación sería bastante grave para la libertad de expresión, porque, de acuerdo con su párrafo segundo, no se podría imputar a una persona ni siquiera un hecho verdadero. Por ejemplo, si una autoridad cometiera desfalco o fraude, no se podría informar al respecto, porque eso la deshonraría en su vida pública. Es evidente que la prensa quedaría en una posición bastante desmejorada.
El Honorable señor Martínez me está solicitando una interrupción, señor Presidente , que no tengo inconveniente en conceder, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , el problema radica en que el párrafo segundo está unido nada menos que con el respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia. Su sentido es declarativo, de protección, a un nivel máximo de la delicadeza con que hay que tratar estos temas.
La prensa, que tiene amplia libertad, cuando informa imputando un hecho falso o que cause descrédito a una persona o a su familia, debe rendir pruebas sobre su veracidad. De eso habla la norma. No constriñe la libertad de opinar e informar.
Entonces, ¿de qué se trata? Y vuelvo a plantearlo: ¿cómo se defiende el ciudadano común y corriente?
Hemos visto en la prensa noticias sobre escándalos o situaciones de la vida privada. ¿Y qué pueden hacer los afectados? Si recurren a los tribunales, el hecho falso imputado, aparte deteriorar las relaciones, permanece por todo el tiempo que dure el proceso, sin que aquéllos puedan hacer nada.
Por lo tanto -insisto en esto, porque es sobremanera delicado-, debe haber un modo de equilibrar el enorme poder de los medios de comunicación, que normalmente es usado en forma correcta, aunque también se conocen excesos.
Es bueno, entonces, plantear esta situación como una voz de alerta, a fin de mantener la idea central: proteger al individuo y a su familia.
Gracias, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , comparto la inquietud del Senador señor Martínez : se trata de un problema de cultura política, de responsabilidad en el ejercicio de la libertad.
Empero, debo señalar a Su Señoría que la disposición en comento es bastante más extensiva, porque, primero, se refiere a la protección y al respeto a la vida privada y pública (no sólo privada), y segundo, establece que no se puede imputar "un hecho o acto falso" -y aquí viene la frase complicada- "o que cause injustificadamente daño o descrédito a una persona...". O sea, el hecho puede ser verdadero, pero es posible estimar que provoca daño de manera injustificada. Y no mencionaré casos específicos. Sin embargo, querría decir que eso es lo contrario de la transparencia, porque basta que cualquier persona sostenga, por ejemplo, "Usted me está acusando de algo que puede no ser falso, pero ello nos causa a mí y a mi familia un daño especial. Por tanto, no puede informar que en esta repartición pública ha habido robos, problemas" para que todo quede en absoluto silencio.
Tal es la filosofía existente aquí. Eso se encuentra en las antípodas de la libertad de expresión.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , en primer lugar, al igual que el Senador señor Fernández , debo puntualizar que, en cuanto a la norma constitucional en comento, hasta la fecha no se ha dictado la ley que tipifique y sancione en el Código Penal el delito de difamación. De manera que estamos hablando de algo que hoy no rige en Chile.
En segundo término, respecto del honor y la honra de las personas, en dicho Código existen desde hace muchos años claras disposiciones que castigan los delitos de injuria y calumnia.
El delito de calumnia se consuma esencialmente cuando a una persona se le imputa la perpetración de un ilícito, la autoría de él, y eso resulta falso. Si quien acusa es objeto de una querella criminal por el delito de calumnia, tiene derecho a probar que esa persona efectivamente cometió el ilícito cuya comisión se le atribuye.
De otro lado, cuando se afecta el honor de alguien imputándole de palabra o por escrito hechos que resultan injuriosos, el acusado está tan protegido por el ordenamiento que, aun cuando el acusador pruebe que aquéllos son verdaderos, la injuria se mantiene exactamente igual, porque se ha afectado el honor y la honra de aquél.
Por lo tanto, el Código Penal tiene regulada de sobra esta materia.
En el caso de la injuria, la ley exige que exista el ánimo de injuriar. De manera que si una persona es objeto de un ataque artero contra su honor y su honra mediante una acción realizada de palabra o por escrito que le significa descrédito, puede recurrir a los tribunales de justicia e interponer una querella por injuria. Si el juez prueba que el hecho es injurioso para su honra y honor y, además, que había ánimo de injuriar, condenará al autor.
A mi juicio, la legislación actual regula claramente los delitos de injuria y calumnia, y permite a la persona afectada defenderse.
El problema estriba en que, con toda razón, los tribunales de justicia no califican como tales todas las expresiones que impliquen afectar en teoría la honra de la gente. Por ejemplo, cuando emanan de una discusión entre dos personas del ámbito político, donde se ha accionado y reaccionado mutuamente, el magistrado dice: "Aquí no hubo intención de injuriar, sino que se trató de un debate subido de tono, en el que se usaron expresiones descalificadoras, pero producto de la necesidad de retrucar lo que el otro había expresado antes".
La jurisprudencia chilena ha ordenado muy adecuadamente lo que se entiende por "ánimo de injuriar". Creo que hay una buena regulación en el Código Penal, cuya normativa es suficiente para proteger el derecho constitucional del respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.
En tal virtud, me parece correcto derogar la disposición del párrafo segundo del número 4º del artículo 19 de la Carta. Primero, porque nunca se ha cumplido; segundo, porque no se ha cumplido nunca a raíz de no haberse legislado sobre el delito específico de la difamación; tercero, porque hoy nuestro Código Penal regula esas materias.
Si los procesos en tal ámbito se dilatan muchas veces, no es distinto de lo que ocurre con cualquier acción judicial que se interpone, como consecuencia precisamente de todo lo que motivó la reforma procesal penal: la sobrecarga de trabajo y, en fin, una serie de factores que no es del caso analizar ahora.
Insisto: la regulación del Código Penal a ese respecto es adecuada; existe suficiente jurisprudencia y las personas están debidamente protegidas.
Por lo tanto, una norma de tal naturaleza, atendida la realidad actual, desde el punto de vista de lo que ocurre a diario, no quita ni pone nada.
Como señalé, lo que sucede es que no se ha dictado la ley a que se refiere el párrafo que se plantea derogar. Entonces, ¿para qué mantener una norma cuya aplicación está sujeta a una ley que no se piensa dictar?
Por otra parte, el Senador señor Pizarro planteó un punto vinculado con las responsabilidades. Eso, señor Presidente , también se halla regulado en el Código Penal. Éste dispone que de un hecho se desprenden responsabilidades civiles y penales. De manera que, si alguien injuria a otra persona, ese acto derivará para el injuriador en una sanción penal y en una indemnización de perjuicios por el daño civil causado. Y tratándose del director de un medio de comunicación, será parte del proceso probar si tuvo participación directa o indirecta en los hechos; y de tenerla, se le imputará la responsabilidad penal correspondiente, y al medio, la responsabilidad civil del caso.
En consecuencia, me parece que la derogación sugerida es correcta, procedente, tanto más cuanto que la honra y el honor de las personas están debidamente cautelados en el Código Penal.
Anuncio que votaré a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , deseo precisar por qué se propone la derogación.
En primer lugar, no se abroga ni se modifica el párrafo primero del Nº 4º del artículo 19 de la Carta Fundamental, que expresa: "El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.".
Además, esa garantía constitucional puede ser objeto de recurso de protección ante los tribunales de justicia si alguien siente que le está siendo vulnerada.
¿Qué se está haciendo? Se está derogando el párrafo siguiente, donde de algún modo hay cierta impropiedad al haberse consagrado con rango constitucional elementos del tipo penal conocido como "delito de difamación". En estricto rigor, por mandato de la Carta, ello obligaría al legislador a dictar una ley, con las sanciones pertinentes, que contemplara tales elementos en la tipificación del delito.
De ahí la necesidad de la derogación, porque los elementos del tipo penal que el constituyente establece impiden el ejercicio libre del derecho a informar; envuelven una protección exagerada a la vida privada, e implican, en definitiva, que un hecho verdadero y no injurioso pueda ser constitutivo de delito, lo cual, obviamente, representa una limitación muy severa al ejercicio de la libertad de prensa. Y al señalarlos el Texto Fundamental como elementos de un tipo penal constitutivo de delito en que la ley sólo debe establecer su sanción, en estricto rigor debería dictarse ésta para que la norma se aplicara.
De ahí la necesidad de derogar el párrafo en comento y dejar a la potestad de la ley la regulación de lo concerniente a la libertad de prensa sin mediar un mandato constitucional imperativo con respecto a los elementos que han de ser parte del delito que se debe contemplar.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , después de las últimas intervenciones, sólo quiero subrayar que la materia en debate está bien regulada en nuestro ordenamiento. Y si no fuera así, se podría corregir, modificar y mejorar simplemente cambiando la legislación. Es una cuestión típica de ley común.
El señor ZURITA .-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor LARRAÍN.-
Por supuesto, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor ZURITA .-
Si alguna duda hay, opino que está salvada en el Código Penal moderno, cuyo artículo 161-A -agregado mediante la ley Nº 19.423 con posterioridad a la entrada en vigor de la Constitución- establece que se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa -la expresa en unidades tributarias- al que a través de un medio de comunicación cometa el delito señalado por la Carta.
Nada más.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Creo que, por lo mismo, esta disposición es absolutamente prescindible e inútil; más bien, complica.
Pero, además, pienso que tiene un valor suprimirla: el reforzamiento de la libertad de expresión, de la libertad de prensa.
Ése es un dato muy importante. Porque, en definitiva, el gran progreso habido hoy en el ámbito de la transparencia, en particular de la acción de las autoridades en todos los niveles públicos conocidos, no se ha debido tanto al funcionamiento de las instituciones. Por ejemplo, en el caso de la Cámara de Diputados, la fiscalización que hace está excesivamente politizada, en mi opinión, lo cual impide la existencia de una acción que permita la transparencia del funcionamiento de las distintas autoridades, porque priman los intereses político-partidistas en un sentido u otro.
Pienso, pues, que es necesario fortalecer y potenciar al máximo la libertad de prensa, porque en la situación que nos toca vivir es el mejor camino para fiscalizar la acción de los gobernantes, de los legisladores, de los alcaldes y de las autoridades en general.
Siempre habrá conflicto entre la libertad de prensa y la privacidad y la honra de las personas. No obstante, eso está resguardado de diversas formas. Entonces, demos la señal correcta: la mayor libertad para la mayor transparencia y, así, la mayor fiscalización de los distintos agentes públicos.
Por lo expuesto, se debe votar que sí.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para derogar el párrafo segundo del número 4º del artículo 19, con el voto en contra de los Senadores señores Martínez y Stange?
El señor MORENO.-
Sí, señor Presidente.
El señor MARTÍNEZ .-
Yo deseo fundamentar mi voto, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Entonces, tomaremos votación nominal.
El señor MARTÍNEZ .-
Bien.
El señor MORENO .-
Que el Senador señor Martínez funde su voto; los demás estamos de acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No habría inconveniente. Y desde ya se recogerían votos en la Secretaría.
En votación nominal.
--(Durante la votación).
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , el marco de esta disposición va más allá de los hechos establecidos por el Código Penal, en el sentido de que, cuando injuria un medio de comunicación social -no la persona-, que es un ente que circula y tiene alcances totales en la sociedad y en la nación, hay un poder desproporcionado.
Por suerte -y haré una salvedad con mucha delicadeza-, aquí nuestros medios son en general respetuosos. Sin embargo, hay algunos que a veces hacen gala de la insinuación de situaciones y hechos falsos que afectan finalmente el prestigio de las personas. Lo hemos visto a diario. Y lo estamos viendo incluso en el mismo Senado.
Entonces, lo que planteo es que hacer desaparecer la figura de la difamación implica disminuir a la persona frente a un poder que en general es bien ejercido, pero que en ocasiones se sale de ese cauce y provoca problemas tremendos, pues el afectado no tiene una fuerza equivalente para impedirlos.
En tal sentido, el honor y la honra de la persona y de su familia son muy claros. Hemos visto que la prensa ha estado en inmensas situaciones de ese tipo.
En consecuencia, quiero plantear este hecho real de la vida diaria en Chile.
Por eso, me parece altamente inconveniente para la defensa del honor y el prestigio de la persona y su familia que suprimamos el párrafo en comento. Ésa es la razón. Va más allá del delito cometido por una persona: se refiere a un medio de comunicación.
Y tampoco se afecta a la libertad de prensa. Porque si el medio de comunicación está seguro, lanzará la noticia; de lo contrario, no lo va a hacer, porque difundir aquélla implicará afectar injustificadamente la honra de una persona o de una familia, provocando una situación que cuesta mucho deshacer.
Eso es lo que estoy planteando.
Mi voto es en contra.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la enmienda que deroga el párrafo segundo del número 4º del artículo 19 (36 votos contra 4 y una abstención).
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia, Ávila, Boeninger, Bombal, Cantero, Cariola, Chadwick, Espina, Fernández, Flores, Foxley, Frei (doña Carmen), García, Gazmuri, Horvath, Larraín, Lavandero, Moreno, Naranjo, Núñez, Ominami, Orpis, Páez, Parra, Pizarro, Prokurica, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Valdés, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Votaron por la negativa los señores Canessa, Cordero, Martínez y Stange.
Se abstuvo el señor Ríos.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, se propone intercalar, a continuación del Nº 8, que pasa a ser Nº 9, el siguiente, nuevo:
"10. Sustitúyese la frase final del párrafo cuarto del número 16º del artículo 19, por el siguiente:
"La ley determinará las profesiones que requieren grado o título universitario, las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, así como los controles éticos a que quedarán sometidas con intervención de los respectivos Colegios Profesionales.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA.-
Señor Presidente, el objetivo de esta reforma es asegurar el control ético en el ejercicio de las profesiones.
A partir de la libertad de asociación y de la libertad de trabajo consagradas en la Constitución, el decreto ley Nº 3.621, de 1981, privó de personalidad jurídica de derecho público a los colegios profesionales que ejercían ese control ético. Los transformó en asociaciones gremiales y dispuso en su artículo 4º que en adelante dicho control quedaba radicado en los tribunales ordinarios de justicia. Para esos efectos, dio a la denuncia por infracción a la ética el carácter de asunto contencioso civil, a fin de justificar la competencia que entregó a esos tribunales.
Este sistema, Honorable Senado, ha sido un fracaso. Hoy en día no hay efectivo control ético en el ejercicio de las profesiones en Chile. Contrasta esta situación con lo que ocurre en otros sectores de la vida nacional. Las dos ramas del Congreso Nacional han desarrollado mecanismos de autorregulación ética, como también lo ha hecho el Poder Judicial . Y en días pasados aprobamos la reforma que introduce un nuevo artículo 8º en la Carta, elevando a rango constitucional el principio de probidad, así como los de publicidad y transparencia.
La sensibilidad frente al tema ético en el campo del ejercicio de las profesiones debiera tener una expresión clara y urgente en nuestro medio. En primer lugar, porque el desarrollo del sistema de educación superior y la libertad de que gozan las instituciones que han ganado la autonomía en ese campo están produciendo un crecimiento sostenido en el número de profesionales en Chile, los más de los cuales, al amparo de la libertad de asociación, se mantienen al margen de las asociaciones gremiales que dieron continuidad a sus colegios.
Algunos datos relacionados con la profesión de abogado, la primera respecto de la cual se dictó una ley que creaba un colegio profesional investido de la facultad de control ético: en 1999, la Excelentísima Corte Suprema otorgó 1.078 títulos de abogado; el año 2000, 1.002; el 2001, 1.225; el 2002, 1.332, y en los seis primeros meses de este año, 607, lo que ya nos está indicando que de nuevo la cifra se vuelve a superar.
La reforma entrega a la ley, no sólo la definición de las profesiones cuyo ejercicio requiere título profesional, como lo establece hasta ahora el número 16° del artículo 19 de la Constitución, sino también los controles éticos a que quedarán sometidas, con intervención de los respectivos colegios profesionales.
Será responsabilidad del legislador, una vez sancionada esta reforma, dictar la ley que cree un sistema eficaz de control ético. Pero es claro que la asimilación de esta materia a lo contencioso civil es del todo impropia y que la fe pública y la importancia del ejercicio de las profesiones, cuyo título según la ley debe ser otorgado por universidades o institutos profesionales, justifican sobradamente dar este paso.
Señor Presidente , hay demasiadas evidencias en nuestro medio de que ésta es una reforma en verdad urgente y de que fue realmente desafortunada la dictación, en 1981, del decreto ley Nº 3.621.
Reconocer, por otra parte, los colegios profesionales que hoy existen con el carácter de asociaciones gremiales no es sino honrar la tradición del país y una forma de organización que ha aportado enormemente al funcionamiento de la sociedad civil y a la vida colectiva, devolviéndoles la majestad que les corresponde y que les ha correspondido a través de la historia.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Como se trata de una materia cuya aprobación requiere quórum alto, parece del caso que desde ya los señores Senadores que lo deseen puedan dejar su voto en la Mesa.
Si le parece a la Sala, se procederá en esos términos.
Acordado.
El señor CHADWICK .-
¿Y si después la votación se pospone?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Depende. En ese caso, hablamos los dos...
El señor MORENO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor MORENO.-
Le ruego inscribirme.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , lo que estamos votando ahora ha sido objeto de varios proyectos de ley, de intentos de reformas constitucionales y de planteamientos públicos de muchos señores Senadores -entre los cuales me incluyo-, desde que volvió la democracia, en 1990.
En su momento se plantearon, algunas veces en forma independiente y otras concatenadamente, dos maneras de resolver el problema: por una parte, la afiliación obligatoria para ejercer las profesiones, y por otra, el control ético de un modo distinto del señalado en la legislación vigente, en cuanto a que correspondía a los tribunales solucionar este tipo de materias.
¿Cuál es la razón para que se registrara una preocupación permanente al respecto? Creo que no sólo la sensación, sino también la ratificación, en los hechos, de que uno de los temas más complicados hoy en nuestra sociedad, al igual que en muchas partes, es la pérdida de la noción ética en el ejercicio profesional. Y ello asimismo se extiende a otras acciones en la sociedad chilena.
Respecto del ejercicio profesional -y como lo expresó un señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra-, la fórmula actual ha fracasado, en cuanto a la búsqueda de la satisfacción de tres elementos que se deben proteger. El primero de ellos es el resguardo de los usuarios, beneficiarios, pacientes, clientes, o como quiera que se llamen, de un determinado profesional, con relación a la capacidad de éste y a las prestaciones que otorga, para que no tenga lugar lo que tan dramáticamente significa en algunas actividades la llamada "mal praxis". Es decir, se trata de que no se actúe de una manera inadecuada por insuficiencia de conocimientos o por ineptitud para hacerlo como corresponde, lo que termina por atentar, en algunos casos específicos, contra la vida de las personas.
El segundo es el valor corporativo de las profesiones, en orden a que, por un desprestigio constante, no resulten igualadas en el ejercicio personas sin capacidad técnica. Ello ocurre porque llega un momento en que se comete un cúmulo de errores por insuficiencia, por incapacidad, por falta de estudios, por despreocupación, todo lo cual constituye lo que se llama "mal praxis".
Y el tercero dice relación a ese afán de crear en nuestra sociedad la seguridad de que cada uno cumple con su deber de una manera adecuada, porque, de otra forma, se termina en una desconfianza generalizada, como está sucediendo hoy.
Por ello, desde hace mucho tiempo -incluso antes de llegar al Senado, cuando tuvimos la oportunidad de dirigir el Colegio Médico- nos hemos opuesto tajantemente a la legislación que transformó a las entidades de que se trata en instituciones de carácter privado y les quitó el control ético.
En virtud de lo anterior, aprobaré la fórmula en análisis, en el entendido de que la frase "con intervención de los respectivos Colegios Profesionales" apunta exactamente a entregarles, de la manera en que lo señale la ley, dicho control.
Ahora bien, una de las razones que se dan para no aceptar la reforma en estudio ha sido que parece inadecuado que los pares juzguen a colegas de profesión. Sin embargo, la experiencia anterior a 1973 en ese aspecto, en el caso de quienes ejercimos muchas veces el control ético en una orden profesional, como parte de la institucionalidad de entonces, demostró que tal sistema es altamente superior al actual, en que los afectados prácticamente no logran una satisfacción apropiada por la vía de recurrir a la justicia.
En consecuencia, señor Presidente , me encuentro muy confiado en que la disposición que nos ocupa permitirá mejorar la situación vigente, de modo que la votaré favorablemente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , quisiera invitar a que se considere el asunto desde el punto de vista de la acción de las profesiones en la vida ciudadana.
El control ético es una cuestión que nace fundamentalmente de la educación y la formación de los profesionales, pero, por desgracia, como la sociedad está abandonando algunos valores y se despreocupa de aspectos como los mencionados, hoy sencillamente se acepta cualquier conducta, en cualquier rama y actividad, de quienes obtienen un título en universidades y otros planteles.
La dificultad reside en que dicho control no tiene por qué ser exclusivo de los colegios profesionales, que regresarían en gloria y majestad. Y lo anterior lleva a preguntar en qué caso se encontrará el profesional que no desee quedar sometido a esa función. ¿Qué pasará con su libertad de ingresar o no a cierto Colegio, a cierta orden profesional?
Por otra parte, se enfrenta un problema sumamente delicado ante el hecho de que, a poco andar, las directivas de esas entidades, como es lógico, caerán dentro de las actitudes y preferencias de determinada filosofía política o ciertos partidos políticos. Y sin que ello sea malo. Pero, lamentablemente, también a poco andar principia una lucha por el poder y por los puestos. Y la amarga experiencia que viví escuchando a profesionales hace treinta años fue que, al final, los que piensan diferente de la directiva son sometidos a ciertas presiones -y, por favor, ésa es una realidad- que los amarran y afectan.
Entonces, el tema es de mucha más envergadura que el deseo de contar con profesionales responsables de sus acciones. La cuestión radica en que repetimos los mismos errores, en circunstancias de que la enfermedad fundamental tiene que ver con la formación que se recibe en la universidad. Y creo que ése es un punto para meditar.
Cabe plantearse si será obligatorio ingresar a un colegio...
El señor PARRA .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor MARTÍNEZ .-
Sólo deseo terminar la idea, Su Señoría .
¿O existirán profesionales independientes del control ético?
Como ciudadano que recurre muchas veces a especialistas, me formulo preguntas de esa índole y deseo expresar mi legítimo temor al respecto.
Entiendo que se apunta a lograr -y es lógico- la mayor seriedad y perfección en la acción profesional. Perfecto. Estamos todos de acuerdo. ¿Pero será ése el verdadero camino? Ésa es la consulta.
Concedo la interrupción, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , no se ha comprendido bien el sentido de la reforma propuesta. Lo que la modificación expresa es que la ley -la misma que define qué profesiones requieren título universitario- regulará la forma en que se efectúe el control ético. Y ello consultará la intervención de los colegios profesionales.
No se cambia nada respecto de la libertad de asociación existente. Y corresponderá a la norma legal la determinación, precisamente, del rol de los colegios profesionales en el sistema de control ético que deberá organizar y desarrollar.
El señor CHADWICK.-
Ése es el punto.
El señor PARRA .-
Por tal motivo, será nuestra responsabilidad -lo dije en mi intervención anterior-, una vez que la reforma haya sido aprobada, presentar un proyecto de ley que le dé vida y la concrete. Pero no se encuentra en juego el tema de la libertad de asociación, ni quedan al margen del control ético aquellas personas que se sustraigan, ejerciendo su derecho, a formar parte de algún colegio profesional.
He dicho.
El señor CHADWICK .-
¿Quedarían al margen?
El señor ESPINA .-
No.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , desde que se suprimió el control de los colegios profesionales, quienes vivimos muy de cerca la actividad de estas entidades -fui consejero del Colegio de Abogados durante largos años- comprobamos cómo no sólo ellos, sino también otros organismos en Chile ejercitaban una labor extraordinariamente importante, en función de mantener algo de tanta jerarquía como la ética de los profesionales.
Hasta la fecha, tengo conocimiento de que sólo en dos oportunidades ha tenido lugar el contencioso civil a que se refirió el Senador señor Parra para recurrir ante los tribunales ordinarios a fin de reclamar contra la falta de ética de un profesional. ¿Por qué? Porque, desde luego, la acción ante los colegios profesionales era gratuita y éstos inclusive podían actuar de oficio. Actualmente, ha menester toda una cuestión de tipo contencioso, a lo cual, como es obvio, gran parte de los particulares afectados por la acción ominosa de un profesional no pueden recurrir por carecer de los medios para hacerlo.
En verdad, es sorprendente que hoy día todos los colegios profesionales, sin excepción, en presencia de lo que visualizan en la gestión de sus respectivos colegas, requieran en todos los medios vinculados con la materia que se busque una solución a la situación actual.
Aquí no se trata de decir simplemente que se deja sin efecto la libertad en el ejercicio profesional, como han planteado algunos distinguidos colegas Senadores. Con fundamento, el Honorable señor Parra señaló que habrá que dictar una ley que regule esta materia y que evite caer en circunstancias abusivas desde ese punto de vista.
Pero, viendo la realidad de las cosas, ruego y suplico a Sus Señorías que observen que tal vez estamos en presencia de una de las modificaciones de mayor relevancia desde la perspectiva moral. Se trata de recuperar algo que se ha perdido, deplorablemente, no sólo en la actividad profesional chilena, sino también en la privada y en la pública. Creo que todos hemos oído el clamor, la reclamación, de los jóvenes que, cuando se manifiestan ante estas cosas y expresan su desorientación, plantean que una de sus grandes inquietudes es la gravedad que entraña la pérdida de la ética o la probidad en todas las gestiones fundamentales del país.
Por eso, señor Presidente , termino rogando a mis distinguidos colegas Senadores que meditemos sobre la importancia de una norma de esta índole. Estamos viendo la falencia que ha provocado derogar, por una vía distinta y para establecer una declaración sobre la libertad de trabajo, algo que en su oportunidad fue muy relevante. Y aquí, simplemente, se desea estudiar la fórmula más adecuada para reponerlo.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.
El señor MORENO .-
Señor Presidente , en el trabajo de la Comisión de Constitución se escucharon los testimonios de los presidentes de los colegios profesionales de mayor relevancia, así como también los del Presidente de la Corte Suprema . Y todos, sin excepción, manifestaron que era indispensable establecer un control de la naturaleza del que se propone en la modificación en debate.
Estimo innecesario repetir los argumentos que aquí se han dado. Hoy día hay una proliferación de títulos profesionales y, también, de institutos superiores y universidades que los otorgan. Estamos realizando un enorme esfuerzo para que la mayor cantidad de personas acceda a esos títulos, muchos de los cuales tienen directa relación con la forma como se desenvuelve la vida de las personas.
Alguien podría decir que esto es sólo la defensa de una categoría profesional y que se desea crear un mecanismo de autorregulación o fijar condiciones para limitar eventualmente el ejercicio de una profesión.
Ello no es así y nunca lo ha sido. Quienes hemos participado en los colegios profesionales a lo largo de toda nuestra vida hemos visto cómo se cometieron -y se cometen hoy en día- abusos contra la gente más modesta. Algunos manifiestan que si alguien es objeto de abuso por un profesional, debe concurrir a los tribunales de justicia. Sin embargo, a una persona modesta que ha vivido esa experiencia por actuaciones de un profesional de cualquier índole -arquitecto, abogado, ingeniero, lo que sea- le resulta imposible interponer la demanda correspondiente en los tribunales. No tiene cómo, ni está en condiciones de hacerlo y nadie la va a socorrer.
Por lo tanto, surge la necesidad de que exista en el colegio profesional incluso una modalidad como la planteada por el Presidente del Colegio de Ingenieros , quien hizo una distinción entre los que poseen la voluntad de adscribirse al colegio y, en consecuencia, hacerse parte del mismo, y la nómina que podría prepararse de aquellos profesionales que, sin querer inscribirse en el colegio ni pagar cuotas, estuvieran dispuestos a someterse al llamado control ético del ejercicio de su profesión.
Si un ingeniero realiza un proyecto equivocado a alguien y eso termina en un daño personal, familiar o económico, el Colegio de Ingenieros podría admitir el reclamo, sin necesidad de recurrir a abogados, a personas que lo patrocinen ni a gastos en expedientes, y el afectado recibiría la satisfacción a lo menos del castigo del profesional de que se tratare.
Señor Presidente , créame que no es mi ánimo polemizar. Pero no comprendo ni sigo la lógica de quienes se oponen en el Senado a que exista un control ético del ejercicio de una profesión en la cual cada uno de nosotros ha desarrollado muchas actividades personales y -valga la redundancia- profesionales.
El señor ÁVILA .-
¡Es increíble!
El señor MORENO .-
¿A qué se le tiene miedo? ¿A que se produzca una discriminación en el ejercicio profesional?
No es así. La libertad de asociación al colegio queda de manifiesto. Pero, obviamente, si un médico falla en el cumplimiento de la norma de respeto al paciente y en la manera como actúa, debe tener un control de su propia categoría profesional, no de un juez. Porque si no, vamos a judicializar todas las acciones. Y no se trata de eso.
Por consiguiente, llamo a reflexionar a quienes en la Comisión y en su representación en la Sala no apoyaron lo que se sugiere modificar. Esto es una necesidad no sólo jurídica, en la Constitución, sino además moral, desde el punto de vista de lo que significa la defensa de los más desposeídos del país. El control ético de las profesiones ayuda a la gente más modesta, no a los profesionales.
En virtud de ello, reiteramos nuestros votos favorables a lo propuesto por la Comisión.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , pienso que todos en esta Sala compartimos que es indispensable que un ordenamiento jurídico contemple mecanismos eficaces para el control ético del ejercicio de una profesión. Y también participo en parte de lo manifestado por el Senador señor Parra en cuanto a que el actual sistema, entregado única y exclusivamente a los tribunales ordinarios de justicia, se encuentra sujeto a todas las dificultades y debilidades de una acción ante estos organismos: lentitud y, muchas veces, postergación. Porque, obviamente, puede haber situaciones más preferentes en el orden judicial que las relacionadas con la ética, o dificultades de acceso a los tribunales de justicia.
Eso es cierto. Y opino que hoy día el control ético del ejercicio profesional está sujeto a una debilidad, por hallarse entregado única y exclusivamente a los tribunales ordinarios. Sin embargo, dar tal atribución a los llamados colegios profesionales, como ocurrió en el pasado, también presenta -y presentó- una serie de dificultades. Porque no es adecuado, ni tampoco la mejor garantía de obtener un control ético, el que los propios profesionales se controlen a sí mismos, y menos aún si ello se efectúa a través de organismos de carácter gremial que, obviamente, están sujetos a todo tipo de disputas y conflictos en torno a situaciones de poder, de política, en fin, que son naturales y legítimas.
Cuando en el pasado las asociaciones gremiales tenían a su cargo la facultad de sancionar o de fiscalizar, ocurría una de estas dos cosas: o no se hacía, porque cuesta mucho castigar a un colega que además pertenece a la misma organización; o bien, se sancionaba drásticamente a aquel que podía representar alguna dificultad o con quien se tenía cierta distancia en el ámbito político, cultural o social.
Por lo tanto, estamos enfrentados a un tema respecto del cual es necesario dar un paso adelante, pero las fórmulas propuestas no me parecen convenientes.
En la Comisión rechacé la indicación, por estimar que presenta un problema extraordinariamente complejo: faculta a la ley -y la Constitución manda a la ley- para entregar el ejercicio de una potestad pública -en este caso, el control ético de una profesión- que involucra sanciones. Y, por supuesto, éstas pueden comprender desde una simple amonestación o multa, hasta suspensión o pérdida del ejercicio profesional o del título correspondiente. Se trata de sanciones sumamente importantes.
La Carta Fundamental mandata a la ley para entregar el ejercicio de una potestad pública como el control ético y la consiguiente sanción a la intervención obligatoria de colegios profesionales. Y éstos pueden ejercer esa tutela, no tan sólo sobre sus afiliados, sino también sobre todos aquellos que ejerzan la profesión respectiva, se encuentren o no se encuentren colegiados.
Entonces, no me parece que una potestad pública de tal entidad quede en manos de un organismo privado, de naturaleza gremial, particular, que, aparte emplearla respecto de sus asociados -lo que sin duda puede hacer en el día de hoy-, la haga extensiva a personas que no pertenecen a él.
A mi modo de ver, esa solución no es compatible con principios constitucionales, con normas de ordenamiento jurídico, porque estamos en presencia de una facultad muy importante: la de aplicar sanciones que pueden llegar, incluso, a la suspensión o pérdida del ejercicio de una profesión,
Se deben explorar alternativas distintas. No creo que el manejo por parte de los tribunales ordinarios sea más eficaz. Yo me inclinaría por la creación de un tribunal de carácter especial, con participación de profesionales que se hallen interiorizados del ejercicio de su especialidad, pero que no estén vinculados a organizaciones gremiales, sino a universidades, sociedades científicas, institutos nacionales sobre la materia, etcétera.
En síntesis, es preciso desvincular la potestad del que se encuentra bajo el control gremial de quien deberá controlar o sancionar a un profesional; constituir un tribunal especial para juzgar su situación, con participación de miembros del Poder Judicial y de personas que posean la especialización suficiente, pero que no provengan del mundo gremial profesional, sino del ámbito académico pertinente.
Ese camino podría ser más eficiente para aplicar mecanismos de control ético y resguardar principios constitucionales tan fundamentales como la concesión de este tipo de prerrogativas.
Señor Presidente, el Senador señor Viera-Gallo me solicita una interrupción. Encantado se la concedo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente,...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El Honorable señor Chadwick ya agotó su tiempo, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO.-
Bien.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor VIERA-GALLO.-
Pido una interrupción muy breve, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿La concede, Su Señoría?
El señor ESPINA.-
Sí, señor Presidente . Pero antes quiero hacer una pequeña observación. De lo contrario, conociendo a mi estimado y querido amigo,
El señor VIERA-GALLO.-
Es sólo un minuto.
El señor ESPINA.-
Como Su Señoría dice que es un minuto, se la otorgo ahora.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
La modificación en debate no establece que los controles éticos correspondan a los colegios profesionales. Dice: "así como los controles éticos" -no señala cuáles son- "a que quedarán sometidas con intervención" -¡con intervención!- "de los respectivos Colegios Profesionales.".
Nada excluiría que la idea del Senador señor Chadwick de crear tribunales especiales se concretara en la ley, por ejemplo, escuchando al colegio profesional respectivo.
Agradezco la interrupción.
El señor CHADWICK .-
Tendríamos que redactar la disposición de otra manera.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , solicito que se postergue la votación de esta norma propuesta por la Comisión porque, pese a ser una buena iniciativa, su redacción no resulta adecuada.
En primer lugar, es esencial que haya un control ético respecto del ejercicio de las profesiones. Los hechos demuestran que han existido, particularmente durante los últimos años, numerosísimos casos de personas que han roto su juramento de ejercer en forma ética y honesta la profesión para la cual obtuvieron un título.
Más aún, hace poco los miembros de la Comisión de Constitución sostuvimos una reunión con ministros de la Corte Suprema, quienes plantearon que veían con enorme preocupación cómo muchos abogados no ejercían apropiadamente su profesión. Incluso, señalaron que eran partidarios de que el título de abogado no lo siguiera otorgando ese Alto Tribunal, precisamente por los reparos que les merece la forma como hoy se ejerce tal actividad y el hecho de que los títulos se confieran a personas que no se encuentran calificadas para trabajar en ese ámbito.
Comparto plenamente la finalidad de la propuesta, pero pido al Senado no cometer el error de forzar una votación que impida llegar a un acuerdo, que es uno de los roles que históricamente ha cumplido el Senado.
La redacción de la norma plantea varias dudas. Por ejemplo, ¿se aplicará sólo a quienes pertenecen a un colegio profesional o a todos, aun cuando no estén afiliados a él? En caso de que haya más de dos colegios profesionales -actualmente existe libertad de asociación-, ¿cuál de ellos aplicará la disposición? ¿El más antiguo?
El señor ÁVILA .-
¡Todos!
El señor ESPINA.-
¿El que tenga mayor número de afiliados?
Creo que existe la posibilidad de redactar mejor la norma y buscar un consenso que permita resolver el tema de fondo.
Adicionalmente, ¿qué pasa hoy? ¿Pueden los colegios profesionales aplicar sanciones? Entiendo que sí; pero, ¿hasta qué nivel? ¿Cómo? ¿A través de meras observaciones, publicaciones de sentencias?
El señor ÁVILA .-
¡No pasa nada!
El señor ESPINA.-
¿Pueden inhibir o prohibir el ejercicio de la profesión? ¿Qué criterios existen sobre el particular?
Señor Presidente , en atención a que hay el ánimo de elaborar una norma para resolver el problema, pido proceder como se hizo en la disposición anterior, que se prorrogó para examinarla junto con todos los temas vinculados a la composición del Senado. No cometamos el error de votar la que estamos discutiendo, porque, como requiere quórum especial, podría ser rechazada y desperdiciaríamos la oportunidad de redactarla bien.
Los Senadores de Renovación Nacional tenemos el mejor espíritu de construir una disposición que posibilite, objetivamente, un control ético de los profesionales. De ese modo podría sacarse parte importante de los tribunales. Porque los propios miembros de la Corte Suprema nos señalaron que el actual mecanismo no funciona como corresponde. Y los presidentes de los colegios profesionales también nos han dado una opinión similar.
En consecuencia, puesto que todos queremos mejorar la situación actual, insisto en que no perdamos la ocasión de elaborar una norma que permita llegar a un acuerdo sobre la materia y acerca de criterios básicos en cuanto al contenido de la respectiva ley.
El señor MORENO .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador, con la venia de la Mesa?
El señor ESPINA.-
Sí
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Treinta segundos.
El señor MORENO .-
Señor Presidente , los Senadores democratacristianos concordamos con lo propuesto por el Honorable señor Espina y estaremos disponibles para buscar una buena redacción.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Lo consideraremos en su momento, Su Señoría.
El señor MORENO .-
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Pero ahora prefiero avanzar un poco en el debate y otorgar la palabra a otros oradores que se encuentran inscritos.
Desde ya, recogemos la proposición que se ha hecho.
Puede continuar el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Terminé, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Cantero.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , una moción de orden.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se requiere la venia del Honorable señor Cantero.
¿Su Señoría concede una interrupción?
El señor CANTERO.-
Sí.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , ¿en qué quedó la solicitud de postergar la votación?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se resolverá una vez que intervengan los oradores inscritos. Restan cuatro y no quiero coartar su derecho.
El señor NARANJO.-
Muy bien.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Cantero.
El señor CANTERO.-
Señor Presidente , esta norma incluye cuatro conceptos muy básicos: Primero, definir las profesiones que requieren grado o título universitario; las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas; los controles éticos a que quedarán sometidas, y, entre otros planteamientos, la intervención de los colegios profesionales en esta tarea de control ético.
Expreso mi entusiasmo por esta norma. Me parece muy importante y necesaria. Más aún, a mi juicio, es urgente que la autoridad legislativa pueda avanzar en esta línea y recuperar el control ético en una fase entre el acto contractual celebrado por un cliente y un profesional y aquella otra instancia extrema representada por el tribunal de justicia. Me parece que un trámite intermedio resulta del todo conveniente a fin de tener efectivo control en el ámbito ético del ejercicio profesional.
Quiero hacer algunas precisiones en el siguiente sentido. Una cosa es el grado académico, y otra distinta, el título profesional. En lo referente al Derecho, el grado académico es Licenciado en Ciencias Jurídicas y Administrativas. Quien lo obtiene no está habilitado para el ejercicio profesional. Sólo lo está el que ostenta el título de abogado, que se logra en una instancia diferente.
En lo referente a los médicos se produce una situación tremendamente delicada: la persona logra el grado académico, pero no tiene acreditación ni habilitación de competencia para el ejercicio profesional. En Chile, eso no se da. Pero lo peor es que tampoco existe una norma, una medición o un estándar para acreditar la práctica legalizada de tal actividad.
En Estados Unidos y España -he estudiado las normas existentes en ambos países-, se requiere un mínimo estándar para todas aquellas personas que quieran ejercer la profesión de médico. Me parece muy importante destacar esto, porque en algún momento tendremos que avanzar en esa línea.
Ello tiene particular relevancia si uno se percata de que en Chile los grandes centros paradigmáticos en la formación de los médicos, por ejemplo, ya no son tres, pues vamos llegando a las veinte escuelas de medicina. Ha habido un cambio muy notable al respecto. Porque antes el título obtenido por los egresados de medicina era el de médico general; debían ejercer durante un tiempo para poder acceder a la especialidad. Hoy en día no es así. El joven recién titulado en Chile o en el extranjero pasa de una universidad a la especialización con una lógica y un perfil profesional completamente distintos.
Lo anterior -que ya es preocupante- tiene un correlato aún peor: en nuestro país la persona sale de la universidad con su título de médico y al día siguiente se anuncia, por ejemplo, como cirujano cardiovascular. ¡Y todo el mundo da fe de que tiene esa especialidad! ¡Que alguien lo ponga en duda! ¿Quién podría hacerlo?
Por consiguiente, el problema de la acreditación para el ejercicio profesional no es menor. Por el contrario, reviste suma importancia.
Dado el enfoque académico versus el profesional, parece del todo razonable hacer converger al respecto un control ético por parte de las instancias que resulten más pertinentes ni sólo en el ámbito gremial, ni sólo en el campo académico, menos en la actualidad, cuando en Chile se ha producido un verdadero supermercado de títulos profesionales, muchos de ellos sin la adecuada acreditación de las competencias necesarias. Es decir, se entregan sólo por cuestiones de mercado y, fundamentalmente, por rentabilidad o financiamiento para el respectivo plantel universitario.
Lo anterior viene a justificar la necesidad de convergencia tanto de la instancia académica como de la de acreditación profesional.
Me parece muy necesario lograr acuerdo en la materia, porque, al final de cuentas, a quienes se beneficiará es a los grandes sectores mayoritarios de la clase media y a los más pobres que no pueden recurrir a los tribunales o que tienen serias dificultades, por lo cual necesitan esta instancia intermedia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Antes de que haya un problema de quórum, deseo solicitar un pronunciamiento sobre la petición formulada en el sentido de que la votación del artículo en debate se realice en la próxima sesión, con el objeto de dar tiempo a quienes han manifestado que podrían encontrar una fórmula. Ello, sin perjuicio de escuchar al resto de los señores Senadores inscritos.
¿Habría acuerdo para votar en la próxima sesión?
--Así se acuerda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , empezaré por decir que apoyo la propuesta del Senador señor Espina , porque veo que, en lo esencial, existe acuerdo entre quienes aquí han hablado.
En mi opinión, hay un acuerdo básico en cuanto a que el control ético es necesario, tanto por la enorme cantidad de profesionales universitarios existentes en el país -lo que es una circunstancia feliz para el desarrollo- cuanto por las frecuentes conductas observadas, que no corresponden a un desempeño aceptable.
De otro lado, me parece que la peor de todas las soluciones es la de manejar la situación por vía judicial, porque la judicialización de ello -fuera de recargar el trabajo de los tribunales de manera inadecuada para las prioridades que deben tratar- implica un costo.
El caso más grave se da en el desempeño de la profesión médica. Sin duda, es el más criticado. Y la verdad es que el aumento del costo, expresado en el seguro que los profesionales toman por la amenaza de denuncia judicial por error o negligencia médica, hoy día en Estados Unidos llega a niveles exorbitantes. En mi concepto, estamos a las puertas de que eso también ocurra en Chile de no encontrarse una solución al problema ético.
En cuanto a la substancia misma del problema -sin perjuicio de que nos hemos dado ya un tiempo para precisar una solución-, deseo manifestar mi acuerdo con la indicación presentada, por creer que la intervención de los colegios profesionales, no obligadamente exclusiva, resulta necesaria. El gran reparo es que en vez de una comisión de ética actúe un comité de defensa gremial. Esto último debe evitarse. Hay muchas maneras de lograrlo, como el rigidizar los requisitos que deben cumplir quienes postulan a ser miembros de la comisión.
Me parece indispensable la participación de los profesionales respectivos en una instancia de control ético, porque los únicos que realmente entienden bien lo sustantivo en el desempeño de cada actividad son los pares. A mi juicio, en una comisión de ética que asume una responsabilidad fundamental, uno tiene que suponer que, si las condiciones de la ley son suficientemente claras, la designación va a recaer en personas honorables, para quienes, más que pensar en la defensa gremial, será de su propio interés conservar el prestigio de la profesión, porque de ello en definitiva dependen su fuente de ingresos y, sobre todo, su dignidad. De manera que, sin perjuicio de buscar una solución, en la línea de lo aprobado en la Comisión, yo concuerdo con la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , me parece que la discusión ha ido ayudando a encontrar un posible acuerdo frente a la necesidad de un control ético en el ejercicio profesional.
Por lo que han manifestado los Honorables colegas, queda claro que, para la cuestión ética o para las diversas situaciones que afectan a diario a gente común y corriente, la alternativa o la instancia del tribunal judicial no es eficiente, no sirve, y resulta difícil recurrir a ella.
Supongo que a los señores Senadores les habrá sucedido lo mismo que me pasa a mí prácticamente todas las semanas: algunas personas reclaman porque ciertos profesionales no cumplen cabalmente con lo que es el objetivo de su actividad; citan los casos de médicos que practican cesáreas más allá de lo necesario por una razón de carácter económico o por un problema estético, lo cual significa que detrás puede haber una motivación distinta a la de salud o de eficacia médica, sin considerar las consecuencias que eso podría ocasionar en el futuro a esa mujer o a esa madre. Todos sabemos que entre los propios médicos se da una discusión ética sobre la materia.
También hay abogados que no tramitan las causas de personas modestas que acuden a ellos solicitando sus servicios y por los cuales exigen sumas de dinero que aquéllas no tienen y que, a la postre, no agilizan los juicios correspondientes. No actúan con el debido empeño o no dan cumplimiento a las instancias oportunamente. Inclusive, denuncian que en algunos casos se ponen de acuerdo con la contraparte en desmedro o en perjuicio de sus clientes.
Esas personas, por ignorancia, por falta de oportunidades o por carencia de recursos económicos, nunca van a poder acudir a un tribunal. Su única alternativa es recurrir al colegio correspondiente, o donde se supone que los propios pares podrán sancionar éticamente a ese mal profesional. Las zonas rurales se encuentran saturadas de reclamos. Muchos comités de allegados contratan los servicios de consultoras y de empresas constructoras que, para obtener los subsidios, se comprometen a levantar determinado tipo de viviendas, con ciertos materiales. Posteriormente, con el objeto de abaratar costos, lisa y llanamente no cumplen lo pactado y emplean otros elementos. En la mayoría de los casos, las denuncias no se formalizan ante los tribunales porque los posibles denunciantes han gastado hasta lo que no tienen para tratar de obtener una vivienda digna.
Entonces, ¿qué les va quedando en definitiva? No hay una instancia donde ellos puedan acudir con facilidad y con la confianza de que sus reclamos e inquietudes van a ser acogidos y se corregirán los abusos, las ineficiencias y el aprovechamiento de que son objeto.
Algunos señores Senadores se referían al prestigio de la propia profesión. En la práctica, como no se presentan ante los tribunales, sólo les resta la denuncia pública a través de los medios de comunicación, como la prensa, para dar cuenta de las acciones de un médico, de un abogado o de una empresa constructora, etcétera, lo que, a la larga, constituye un problema para los propios profesionales, para el ejercicio de las respectivas actividades o para el prestigio de los mismos.
Me parece que daremos un paso importante al aprobar la indicación, la cual se podrá corregir y mejorar, pues no cabe duda de que se pueden buscar fórmulas que permitan que en la ley queden solucionados los problemas planteados durante el debate o para que ellos no se produzcan, como el abuso gremial o que los respectivos comités de ética no estén en condiciones de juzgar a sus pares.
A propósito de juzgar a sus pares, me parece que el Senador señor Chadwick hacía referencia a lo ilógico que resulta que quienes tienen una misma profesión puedan enjuiciarse a sí mismos. En mi opinión, debería ser al revés: cuando se trata de problemas éticos, hay mayor comprensión entre los pares de quienes el día de mañana pueden ser juzgados. En el mismo Senado existe la voluntad -entiendo que ya se encuentra aprobada la formación de una Comisión de Ética- de buscar un sentido moral a nuestra actividad, velar por el buen funcionamiento de la Corporación y cumplir con los propósitos declarados al momento de prestar juramento y dar protección a la gente que puede ser objeto de abusos, de aprovechamiento o de ineficiencia en el ejercicio de alguna profesión.
En mi opinión, en el plazo de una semana o de quince o veinte días los colegas de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia podrían hacer el esfuerzo de acotar la indicación, de manera de dar el paso adelante para la existencia de un control ético, con los resguardos aquí planteados.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , aun cuando considero inoficioso intervenir a esta altura del debate, por cuanto ya se acordó posponer la votación, y sin conocerse además el artículo o indicación que vamos a discutir, quiero simplemente subrayar que, en mi concepto, la historia demuestra que, cuando el control ético estuvo radicado en los colegios profesionales, dada la evolución que éstos tuvieron en su momento, se perdió el sentido de esa misión y el cambio -dejarlo en manos de los tribunales de justicia- tampoco parece haber sido satisfactorio. Pero no por ello ahora vamos a volver a entregar el monopolio del control ético del ejercicio de las profesiones a un colegio, aun cuando las personas que eventualmente pueden ser sometidas a regulación no pertenezcan a él. Si la situación quedara circunscrita a la decisión de quienes forman parte de un colegio profesional, lo consideraría razonable; pero no estimo adecuado que debiera ejercer tuición sobre las personas que no forman parte de la institución. Algunos aducen que eso podría presentar el problema de un vacío en este aspecto.
Por tales consideraciones, no podemos entregar el monopolio del control ético de una profesión al respectivo colegio. Por ello, debemos buscar una solución. El Senador señor Chadwick planteaba una fórmula: una instancia independiente, pero con carácter de tribunal y no profesional. Debe pensarse que los colegios profesionales, a pesar de su condición gremial, tienen inclinaciones políticas. Entonces, no podemos entregar la tuición del ejercicio de toda una profesión a quienes ganen democráticamente una elección -en el Colegio de Abogados se ha elegido a personas vinculadas a la Alianza por Chile-, máxime si existen fundados prejuicios de que se pueda hacer mal uso de ella.
Se decía que la Cámara Alta también tiene su control de ética. Pero ello no implica que algún Senador vaya a perder su condición de tal. De manera que las determinaciones que adopte nuestra Comisión de Ética no podrían llegar a las mismas conclusiones que puedan afectar a quienes están sometidos a un colegio profesional.
Por otro lado, existe otro problema. El Honorable señor Pizarro señalaba que los comités de allegados que han sido estafados -lo que ha ocurrido efectivamente- no acuden a los tribunales de justicia. Pero, ¿se presentarán a un colegio profesional, cuya sede se encuentra en Santiago normalmente? Mucho menos recurrirán a esta instancia. Por lo tanto, tampoco la solución es el colegio profesional.
Personalmente, no estaré disponible para ninguna fórmula que le dé a aquél el control ético, cosa que permitirá la indicación, dada su ambigüedad. Yo la rechazaría, si ése fuese su propósito. Si se propone otro texto, conforme al cual se diga que un colegio profesional podrá tener el control ético respecto de sus miembros, sin perjuicio de la intervención de los tribunales de justicia, me parecería bien. Si se crea una instancia nueva que sea satisfactoria, objetiva, imparcial e independiente, también lo consideraría adecuado.
Pero la indicación propuesta, por las razones dadas, no la encuentro conveniente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , me resulta completamente incomprensible el hecho de que algunos señores Senadores se opongan a legislar sobre la materia en debate.
En primer término, no puedo entender que desoigan el verdadero clamor que emana precisamente de los diversos campos profesionales, que se ven en la impotencia de no tener ningún instrumento para sancionar las faltas a la ética por parte de quienes ejercen determinadas profesiones y que se sienten absolutamente libres para actuar como les da la gana, muchas veces pasando por encima de los derechos de personas muy modestas.
Todos los días los Parlamentarios estamos recibiendo reclamos, fundamentalmente por actos en que incurren los abogados, quienes, libres de cualquier tutela en su ámbito, sencillamente cometen gravísimos atentados a la ética en el desempeño de su labor y, con ello, por supuesto, perjudican siempre a personas de escasos recursos, quienes carecen de posibilidad de reclamar ante los tribunales de justicia sencillamente por no disponer de medios económicos e ignorar los mecanismos que les permitan exigir el respeto de sus legítimos derechos.
Estamos en presencia de una verdadera fábrica de profesionales que lanza al mercado cientos de ellos, particularmente en el caso de los abogados. Inclusive, se sabe de una que estaría formando abogados tipo "marmicoc", con sólo dos años de estudios, que ignoro de qué naturaleza serán. Es probable que les concedan títulos.
Entonces, esa gente se va a sentir habilitada para el desempeño profesional y, desde luego, rechazará estar sometida al control de un colegio, porque actúa mucho mejor por la libre, sin sujeción de ningún tipo.
La idea de poder conformar un cuadro a nivel profesional que dé garantías a los ciudadanos de un mínimo espíritu de respeto a normas éticas es algo que se está dejando sentir con mucha fuerza.
Por lo tanto, me parece saludable el hecho de que, a la luz del debate, se haya abierto la posibilidad de acomodar mejor -si fuere necesario- la redacción de la norma propuesta. Pero todo ello, en el entendido de que no se pierda en esta ocasión la oportunidad de legislar acerca de una materia que constituye una aspiración muy sentida de muchas personas que se consideran afectadas por la actuación de ciertos profesionales.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
A continuación, deberíamos proceder...
El señor HORVATH .-
¿A votar?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No, señor Senador. Se acordó votar la norma en debate en la próxima sesión.
Por lo tanto, como no hay quórum para tomar acuerdos, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:58.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción.