Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- CELEBRACIÓN DE DÍA DEL PERIODISTA. COMUNICACIÓN
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
NUEVO SISTEMA PARA CALIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Evelyn Matthei Fornet
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- Juan Antonio Coloma Correa
- Rodolfo Stange Oelckers
- Jorge Patricio Arancibia Reyes
- Carlos Bombal Otaegui
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Hernan Larrain Fernandez
- Jaime Orpis Bouchon
- Jose Garcia Ruminot
- Francisco Fernandez
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Gabriel Valdes Subercaseaux
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Gabriel Valdes Subercaseaux
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
-
NUEVO SISTEMA PARA CALIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Espina Otero
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
-
PROBLEMAS DE AGUA POTABLE RURAL EN SÉPTIMA REGIÓN POR PRIVATIZACIÓN DE EMPRESAS SANITARIAS. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rafael Moreno
-
EVENTUALES PROBLEMAS EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTE SOBRE CANAL DE CHACAO. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
-
IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE EMPLEO Y ABSORCIÓN DE CESANTÍA. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Naranjo Ortiz
-
CORTE PENAL INTERNACIONAL. URGENCIA PARA PROYECTO DE REFORMA DE CONSTITUCIÓN. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXOS DE SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES LARRAÍN Y ROMERO, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE ACUERDO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL SENADO CON LA FINALIDAD DE CREAR EL COMITÉ DE NORMAS DE ACCIÓN PARLAMENTARIA (S 620-09)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Hernan Larrain Fernandez
- Sergio Romero Pizarro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES LARRAÍN Y ROMERO, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE ACUERDO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL SENADO CON LA FINALIDAD DE CREAR EL COMITÉ DE NORMAS DE ACCIÓN PARLAMENTARIA (S 620-09)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 347ª, ORDINARIA
Sesión 13ª, en miércoles 10 de julio de 2002
Ordinaria
(De 16:22 a 19:27)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE ,
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y SERGIO SEPÚLVEDA GUMUCIO, SUBROGANTE
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..............................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
Celebración del Día del Periodista. Comunicación.
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite, sobre calificación de producción cinematográfica (2675-04). (Se aprueba en particular)..
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)................................................................
Problemas de agua potable rural en Séptima Región por privatización de empresas sanitarias. Oficio (observaciones del señor Moreno)
Eventuales problemas en construcción de puente sobre Canal de Chacao. Oficios (observaciones del señor Stange)
Implementación de programas de empleo y absorción de cesantía. Oficio (observaciones del señor Naranjo)
Corte Penal Internacional. Urgencia para proyecto de reforma constitucional. Oficio (observaciones del señor Viera-Gallo)
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros Secretario General de Gobierno y de Vivienda y Urbanismo y Bienes Nacionales.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:22, en presencia de 16 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 10ª y 11ª, ordinarias, en sus partes pública y secreta, en 2 y 3 de julio del año en curso, respectivamente, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Del señor Alcalde de Victoria, por medio del cual responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Espina, sobre programas de empleo municipal previstos para este año en esa comuna.
Del señor Alcalde de Purén , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Espina, relativo a la postulación a programas sociales por parte de vecinos de la población Ignacio Carrera Pinto.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización e informe de la Comisión de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor como servicio público, con urgencia calificada de "simple" (boletín Nº 2.296-18).
De la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, recaído en el proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República y en primer trámite constitucional, que establece nuevas normas para la reprogramación de deudas provenientes del crédito solidario de la educación superior, con urgencia calificada de "simple" (boletín Nº 2.964-04).
--Quedan para tabla.
Moción
De los Honorables señores Larraín y Romero, mediante la cual inician un proyecto de acuerdo que modifica el Reglamento del Senado con la finalidad de crear el Comité de Normas de Acción Parlamentaria (boletín Nº S 620-09).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la Cuenta
CELEBRACIÓN DE DÍA DEL PERIODISTA. COMUNICACIÓN
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Solicito el asentimiento de la Sala para enviar una comunicación al Colegio de Periodistas de Chile, en nombre del Senado, con motivo de celebrarse mañana el Día del Periodista.
--Así se acuerda.
V. ORDEN DEL DÍA
NUEVO SISTEMA PARA CALIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre calificación de la producción cinematográfica, con segundo informe de las Comisiones unidas de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, e informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2675-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 22ª, en 9 de enero de 2002.
Informes de Comisión:
Constitución y Educación, unidas, sesión 25ª, en 22 de enero de 2002.
Constitución y Educación, unidas (segundo), sesión 12ª, en 9 de julio de 2002.
Hacienda, sesión 12ª, en 9 de julio de 2002.
Discusión:
Sesión 27ª, en 23 de enero de 2002 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN (Secretario).-
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para el despacho del proyecto, calificándola de "suma".
Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 23 de enero del año en curso.
Cabe destacar que la Comisión de Hacienda se pronunció respecto de los artículos 3º, 4º, 6º, 10, 11, 19, 20, 21 (inciso primero), 22, 23, 27 y 28 permanentes y primero y cuarto transitorios.
El informe de las Comisiones unidas describe las constancias reglamentarias, especificando que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos primero y cuarto transitorios.
En este punto corresponde señalar que en la Comisión de Hacienda no fue objeto de modificaciones ni de indicaciones el artículo cuarto transitorio, referido al financiamiento del mayor gasto que irrogue la ley en proyecto. De manera que, conforme a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 124 del Reglamento, debe darse por aprobado.
--Se aprueba reglamentariamente el artículo cuarto transitorio.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Las enmiendas introducidas por las Comisiones unidas al proyecto aprobado en general fueron acordadas por unanimidad, con excepción de las referidas al reemplazo de la letra e) y a la incorporación de las letras f) y g), nuevas, del artículo 2º; a la eliminación de la letra e) del inciso tercero del artículo 4º; al reemplazo del artículo 9º; a la inclusión del número 5 del inciso segundo del artículo 12; a la sustitución del artículo 25; al reemplazo del artículo 26; a la sustitución del inciso segundo del artículo 28, y a la adición del artículo 32, nuevo.
Por su parte, la Comisión de Hacienda aprobó el texto despachado por las Comisiones unidas, con las modificaciones que constan en su informe. Dichas enmiendas se proponen por unanimidad, con excepción de las atinentes a la supresión de la letra h) del inciso primero del artículo 4º y a la incorporación del artículo 24, nuevo.
Cabe recordar que las modificaciones acordadas por unanimidad en las Comisiones unidas y que no fueron objeto de enmiendas en la Comisión de Hacienda deben ser votadas sin debate, en conformidad a lo dispuesto por el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, salvo que algún señor Senador solicite discutir lo que se propone respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.
En todo caso, también debieran ser votadas sin debate las modificaciones sugeridas unánimemente por la Comisión de Hacienda respecto de la letra d) del inciso primero del artículo 4º y de los artículos 10 y 11, como asimismo del artículo primero transitorio, que fueron modificados por unanimidad en las Comisiones unidas de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, salvo que algún señor Senador solicite discutir la proposición de la Comisión acerca de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.
La Secretaría elaboró un boletín comparado, dividido en cuatro columnas, que contemplan el texto aprobado en general; las modificaciones propuestas por las Comisiones unidas; las enmiendas que sugiere la Comisión de Hacienda, y el texto definitivo despachado por ésta.
Finalmente, es del caso destacar que el número 6 del inciso segundo del artículo 12 y el artículo 33 (32 del texto de las Comisiones unidas) tienen rango orgánico constitucional, por lo que requieren para ser aprobados el voto conforme de 26 señores Senadores; y que el artículo 31 (30 del texto de las Comisiones unidas) es de quórum calificado, por lo cual necesita para su aprobación el voto conforme de 24 señores Senadores.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Pido discutir el artículo 7º antes de su votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Muy bien, señor Senador. Secretaría tomará nota de su solicitud.
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, quiero plantear un problema que se presenta con el informe de la Comisión de Hacienda.
Aunque esté de más recordarlo, la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional establece que la Comisión de Hacienda debe informar los proyectos conocidos por otras Comisiones sólo en lo relativo a su financiamiento e incidencia presupuestaria. Sin embargo, a propósito de esta iniciativa, que fue estudiada por las Comisiones unidas de Constitución y de Educación en materias que les son propias, la Comisión de Hacienda se pronunció sobre asuntos que ninguna relación dicen al tema del financiamiento (ni más ni menos, la integración del Consejo, las modalidades de la calificación cinematográfica, las normas penales aplicables), modificando por completo y en aspectos sustantivos el texto que despacharon aquéllas.
Eso no le corresponde a la Comisión de Hacienda, señor Presidente, y vulnera la Ley Orgánica del Congreso.
Por tal motivo, pido a la Mesa pronunciarse sobre la forma de proceder respecto de las disposiciones en que dicho organismo técnico excedió su ámbito.
En este caso cabe preguntarse para qué funcionan Comisiones unidas si la voluntad de diez Senadores puede ser modificada por la voluntad de cinco.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , no se trata en absoluto de que la voluntad de cinco Senadores modifique la de diez, porque, en cualquier situación, las diferentes materias deben ser resueltas aquí, en la Sala, por el conjunto de los Senadores.
La Comisión de Hacienda, junto con analizar los aspectos más directamente vinculados con la dimensión financiera del proyecto -porque hay un problema relativo a las remuneraciones de los miembros del Consejo de Calificación Cinematográfica-, introdujo dos ajustes bastante menores.
El primero tiene que ver con la reducción del número de miembros del referido Consejo. Las Comisiones unidas plantearon la incorporación de un analista de temas militares. Francamente, nos pareció que no tenía sentido. En consecuencia, por la unanimidad de sus cinco integrantes -lo recalco-, la Comisión de Hacienda acordó proponer a la Sala rebajar de 22 a 21 el número de personas que formarán parte de ese organismo calificador.
Dicho tema tiene significación financiera: resulta más barato un Consejo con 21 miembros que otro con 22. Por tanto, se trata de una materia que compete directamente a la Comisión de Hacienda.
El señor MARTÍNEZ .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador, con la venia de la Mesa?
El señor OMINAMI.-
Por cierto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez .
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , quiero manifestar a mi Honorable colega que, por desgracia, la economía apunta derechamente, con un marcado y señalado carácter discriminatorio, a la capacidad cultural de los miembros de nuestra Defensa Nacional.
Pido dejar constancia de ello.
Gracias, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Continúa con la palabra el Honorable señor Ominami .
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , deseo dejar en claro que de ninguna manera el ánimo de los cinco integrantes de la Comisión de Hacienda -lo reitero- fue menoscabar la condición del personal de la Defensa. Por lo demás, el miembro que se eliminó no era representativo de ella, pues se trataba de un analista con capacidades en la dimensión estratégica. Nos pareció que, si bien ello es muy importante como disciplina, no hace al caso para la constitución del Consejo de Calificación Cinematográfica. Con el mismo criterio, muchas otras ramas del saber deberían estar representadas también en una entidad de tal naturaleza.
Ésa fue una de las modificaciones que introdujo la Comisión de Hacienda.
La segunda constituye un ajuste menor a las categorías planteadas para los efectos de la calificación cinematográfica.
Y la tercera emana de una indicación que propuso el Senador señor Boeninger.
Ahora bien, cuando ciertos cambios cuentan con tan alto grado de consenso entre los integrantes de una Comisión y, también, con el acuerdo de los representantes del Ejecutivo, parece razonable que sean conocidos por la Sala, que es soberana para acogerlos o desecharlos.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , no estoy planteando discutir el fondo de los criterios que la Comisión de Hacienda utilizó para aprobar o rechazar determinados preceptos, sino que se respete la ley.
Con la lógica del Senador señor Ominami en el sentido de que a la Sala corresponde la resolución definitiva de todas las materias, habría que eliminar los procedimientos que regulan el accionar de las Comisiones y discutir la globalidad de los temas en este Hemiciclo.
Empero, la Ley Orgánica del Congreso Nacional dispone la forma como los proyectos de ley deben ser tramitados. En virtud de ella, cada iniciativa tiene que ser examinada por la Comisión especializada, y en lo relativo al financiamiento e incidencia presupuestaria, verificada o revisada por la de Hacienda, organismo que no es competente para analizar asuntos de otra índole.
Hay que aplicar, pues, la ley y no los criterios subjetivos o el parecer de dos o tres Senadores de la Comisión de Hacienda, por importante que sea.
En consecuencia, solicito a la Mesa no entrar a discutir si la integración del Consejo de Calificación Cinematográfica debe ser A, B o C; o si una enmienda en el número de miembros de ese órgano es -como opina el Senador señor Ominami - un tema relacionado con el aspecto financiero; o si la rebaja de 18 a 16 años para efectos de la calificación de películas con violencia excesiva constituye una cuestión menor -creo que no lo es-; o si se aplican o no las normas del Código Penal -informo al Senador señor Ominami que estas materias fueron largamente debatidas en las Comisiones unidas-, sino, haciendo abstracción de criterios subjetivos, dar debida y correcta aplicación a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional en lo que respecta a la tramitación de los proyectos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
Pido a Sus Señorías acotar sus intervenciones, porque estamos ante una cuestión procedimental.
El señor LARRAÍN.-
Seré breve, señor Presidente .
Creo que el Senador señor Chadwick interpretó el pensamiento de muchos de nosotros.
El asunto es muy simple. Aquí debemos guiarnos por el segundo informe de las Comisiones de Constitución y de Educación, unidas, y considerar la opinión de Hacienda exclusivamente en los aspectos en que sea pertinente. De lo contrario, no sólo se cometería una ilegalidad, sino que se cambiaría la razón de ser de las demás Comisiones técnicas del Senado.
Si la Comisión de Hacienda se siente con autoridad para revisar cada materia, enviémosle todos los proyectos y los Senadores que no integramos ese organismo veremos qué hacemos después. ¡Sería una alternativa...! Porque, bajo ese concepto, cualquier asunto podría ser analizado desde una perspectiva económica. Pero, si somos racionales y entendemos la estructura y el funcionamiento del Senado, debemos concluir que la forma como ha procedido la referida Comisión -y no es la primera vez que lo hace- resulta inadecuada.
Por lo tanto, solicito que la discusión particular del proyecto se realice sobre la base del segundo informe de las Comisiones unidas de Constitución y de Educación, salvo en las materias propias de la Comisión de Hacienda. Así pondríamos orden y evitaríamos que esta situación se repitiera en el futuro.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pido a los señores Senadores agotar el debate. Si no, entraremos en la resolución del problema procedimental, la cual corresponde a la Mesa por la vía de interpretar y aplicar el Reglamento.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , me parece que el punto planteado no es baladí. Resulta evidente que el Reglamento está para ser cumplido. Pero también es obvio que se requiere la flexibilidad necesaria para aplicarlo con buen criterio y justa razón.
Considero que ni a la Comisión de Hacienda ni a ninguna otra se le pasaría por la cabeza adoptar acuerdos relacionados, por ejemplo, con la interpretación de normas constitucionales o con el sentido o significado de determinada ley sin antes pedir la opinión de la Comisión técnica, pues ésas son materias especializadas.
Sin embargo, cuando se trata de asuntos de orden general, en los que tanto puede aportar un miembro de la Comisión de Constitución como uno de la de Salud o uno de la de Hacienda -si a éstas les corresponde analizar también el proyecto pertinente-, lo más razonable es que exista libertad para sugerir los cambios que se estimen necesarios.
Fue lo que hicimos, a propósito de este proyecto, quienes pertenecemos a la Comisión de Hacienda. Porque, ciertamente, las categorías de edad (mayores de 14 y de 18 años, o mayores de 12 y de 16, conforme a la modificación introducida por dicho organismo) constituyen un problema de criterio respecto de lo que es bueno o no para el funcionamiento de la vida en sociedad.
En cuanto a la integración al Consejo de Calificación Cinematográfica de un analista de temas militares, no se trata de algo que tenga incidencia presupuestaria, como dijo en forma un poco jocosa el Presidente de la Comisión de Hacienda , sino del criterio que sirve para determinar quiénes deben formar parte de aquel organismo. Asistí a las reuniones de las Comisiones unidas, en las que hubo opiniones divididas sobre la materia. Evidentemente, es un problema de criterio relativo a quiénes se incluye expresamente. Pero no discrimina respecto de los que están excluidos, sino de quienes deben estar ahí forzosamente y de quienes no tienen razón específica para estarlo.
Por último, la modificación que probablemente podría generar más dudas es la atinente a la no aplicación de los artículos 373 y 374 del Código Penal a películas no pornográficas autorizadas por el Consejo de Calificación Cinematográfica. Nuevamente es un asunto de sentido común y de buen funcionamiento. La razón para efectuar ese cambio apunta a evitar -lo que nos parecía absurdo; la Sala deberá pronunciarse sobre ello- que una película no calificada como pornográfica, y que, en consecuencia, ni siquiera se puede exhibir en salas especiales, pueda ser prohibida mediante un recurso judicial, apelando a los mencionados preceptos del Código Penal.
O sea, en mi opinión, todos son casos de criterio o de sentido común, respecto de los que los Senadores tienen igual capacidad para juzgarlos. En ese sentido, creo que el Reglamento debería aplicarse con un criterio de flexibilidad correspondiente a la justa razón.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Debo hacer presente que vamos a iniciar un debate en el cual intervendrán todos los señores Senadores, en circunstancias de que se trata de un asunto que debe definir la Mesa. Por lo tanto, voy a proceder a fijar criterios, y si después alguien se interesa, podrá hacer uso de la palabra.
De conformidad con el Reglamento y la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, la Comisión de Hacienda no puede inmiscuirse en materias propias de la especialidad de la Comisión correspondiente.
El señor MORENO.-
Estamos de acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El artículo 27 del Reglamento dice:
"La Comisión de Hacienda deberá informar los proyectos en lo relativo a su incidencia en materia presupuestaria y financiera del Estado, de sus organismos o empresas.
"En todo caso, la Comisión de Hacienda deberá indicar en su informe la fuente de los recursos reales y efectivos con que se propone atender el gasto".
Por lo tanto, por muy buenas razones que se den y por muy buena intención que se tenga, lo cierto es que, si algún señor Senador quiere formular observaciones en la Comisión técnica sobre temas propios de la competencia de ésta, tiene derecho a hacerlo por la vía de dar a conocer su opinión o de la presentación de indicaciones. Y tanto la Comisión de Hacienda como la especializada tienen definido su campo de acción.
Por otra parte, el artículo 41 del Reglamento establece el tratamiento de un proyecto cuando sea enviado a diversas Comisiones: el informe de la primera de ellas debe conocerlo la Comisión que la siga en su estudio. Es decir, la segunda Comisión debe pronunciarse sobre el informe emitido por la anterior. Por último, si se remite a la Comisión de Hacienda, ésta debe informar los artículos que fueren pertinentes.
Efectivamente, la experiencia indica que la situación se ha planteado en otras oportunidades. Sin embargo, la norma que se aplica es la de votar el último informe, en el entendido de que se hayan cumplido todas las normas reglamentarias. Si no es así, o habiéndose introducido modificaciones a dos o tres artículos aquí mencionados, deseo proponer a la Sala que se voten separadamente, que se conozca tanto lo informado por la Comisión técnica como lo propuesto por la de Hacienda y que se resuelva si hay acuerdo o no respecto de lo decidido por una u otra. En ese sentido, la Sala es autónoma para aprobar o rechazar.
El señor CHADWICK.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN.-
Hay que aplicar las normas reglamentarias que existen.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Estoy aplicándolas estrictamente.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La interpretación del Reglamento le corresponde a la Presidencia .
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor LARRAÍN.-
Perdón, señor Presidente. Hay una cosa que debe tenerse presente: aquí no estamos enjuiciando el buen criterio de los señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señor Senador, en primer lugar, debe pedir la palabra. Después se la daré, porque ya se la concedí al Honorable señor Espina.
El señor LARRAÍN.-
Aplique el Reglamento como quiera...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Voy a interpretar el Reglamento como corresponde, de acuerdo con mi entender y con lo que indica mi experiencia en el Senado; es decir, tratando de buscar la mejor forma de solucionar la situación planteada.
El señor LARRAÍN.-
Sucede que no es la primera vez que ocurre, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor LARRAÍN.-
¡Es hora de poner orden en esta materia!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, la realidad de las cosas es que no compartimos su criterio, por una simple razón: no puede transformarse en indicación una decisión adoptada por una Comisión sin competencia en la materia sobre la cual se ha pronunciado.
También quiero hacer presente al señor Presidente que este asunto no sólo lo regula el Reglamento, sino también la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cuyo artículo 17 establece claramente que la Comisión de Hacienda es la "encargada de informar los proyectos en lo relativo a su incidencia en materia presupuestaria y financiera del Estado, de sus organismos o empresas. En todo caso, la comisión de hacienda deberá indicar en su informe la fuente de los recursos reales y efectivos con que se propone atender el gasto que signifique el respectivo proyecto, y la incidencia de sus normas sobre la economía del país.".
Pues bien, esta disposición debe hacerse concordar con la parte final del artículo 41 del Reglamento, que, como bien lo ha expresado Su Señoría, señala que las Comisiones, entre ellas la de Hacienda, "solamente deberán informar las disposiciones que fueren pertinentes.". Por lo tanto -más allá de este proyecto y conforme a una cuestión de correcta tramitación de la ley-, no corresponde transformar en indicación la proposición de una Comisión especializada en conocer materias presupuestarias. Sin perjuicio de ello, los señores Senadores que rechacen lo resuelto por las Comisiones unidas podrán votar en contra, y tienen la posibilidad, en la instancia que corresponda, de presentar la indicación pertinente. De lo contrario, por la vía de la interpretación del señor Presidente -que yo respeto, pero no comparto-, se comenzaría a transformar en indicaciones materias que no son propias de ser abordadas por una Comisión especializada.
Por lo expuesto, solicito al señor Presidente que, respecto de las normas mencionadas, ponga en votación las proposiciones de las Comisiones unidas de Constitución y de Educación. Si alguien estima que no corresponden o no lo interpretan, puede votarlas en contra; si se presenta una indicación alternativa dentro de plazo, puede pronunciarse sobre ella; y si se requiere unanimidad para presentar una indicación que no se formuló en su momento, puede solicitarla. Pero el procedimiento señalado por el señor Presidente en la práctica transformará en indicaciones las proposiciones de una Comisión especializada que carece de competencia para tal efecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , no es un hecho menor que este caso se aborde en dos artículos diferentes del Reglamento. El Honorable señor Espina aludió al artículo 41. Por su parte, el penúltimo inciso del artículo 27, que el señor Presidente no leyó, dice textualmente:
"Cuando un asunto sea enviado a la Comisión de Hacienda para el solo efecto de lo previsto en el inciso cuarto," -y éste es exactamente el caso- "ésta circunscribirá su estudio e informe solamente a aquellas disposiciones que digan relación con las materias a que se refiere el mencionado inciso."
Es bastante curioso que dos disposiciones reglamentarias distintas se refieran al mismo asunto: es evidente que debieron diseñarse para prever este tipo de conflictos.
Colocar en igualdad de condiciones lo obrado por una y otra Comisión constituiría un mal precedente para la adecuada tramitación de las leyes en el Parlamento.
Por eso, no obstante entender su buena disposición, solicitamos al señor Presidente que cambie su criterio, zanjando definitivamente una situación que me parece absolutamente clara.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Voy a aplicar lo que ha sido tradicional en el Senado: votar según el último informe, como me dice la Secretaría. De lo contrario, deberá devolverse el proyecto a Comisión para aclarar la situación y la Sala pueda pronunciarse sobre un informe final.
El señor OMINAMI.-
No tenemos inconvenientes, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si no, habrá que proceder a votar de acuerdo con el último informe.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Independientemente de la discusión reglamentaria, para los efectos prácticos no hay ningún problema que el señor Presidente adopte uno u otro criterio, porque se va a renovar la indicación relativa a los artículos 373 y 374 del Código Penal con la firma de diez señores Senadores.
En cuanto a la composición del Consejo de Calificación Cinematográfica, habrá que votar letra por letra, y quien no esté de acuerdo con alguna, puede rechazarla.
La única materia en la que la Comisión de Hacienda introdujo un cambio que no se podría tratar como quieren sus integrantes -si se aplica el criterio que está planteando la Oposición- guarda relación con las edades, porque el informe de las Comisiones unidas de Constitución y de Educación habla de 14 y 18 años, y la de Hacienda, de 12 y 16 años. De modo que esa materia no se puede renovar como indicación y tampoco se puede plantear como una parte del informe de las Comisiones unidas, porque no existe. Pero los otros dos asuntos se pueden tratar perfectamente, y la Sala podrá decidir libremente. Entonces, la discusión me parece un poco bizantina.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , siguiendo un poco en la misma línea, creo que usted ha despejado la cuestión reglamentaria. Está claro.
Ahora bien, lo que quiero consignar es que no se procedió por algún afán súbito de autonomía y de predominio de la Comisión de Hacienda, sino por existir una cantidad significativa de precedentes.
El señor CHADWICK .-
¿Me da una interrupción, señor Senador ?
El señor BOENINGER.-
Deseo terminar la idea, nada más.
Nosotros consultamos en ese momento a la Secretaría. Y ha habido más de un caso en que esa Comisión ha aprobado modificaciones en aspectos que no son estrictamente de financiamiento de determinados proyectos de ley. De manera que...
El señor CHADWICK .-
Su Señoría puede observar...
El señor BOENINGER.-
Lo que sea. Bien o mal hecho, el punto concreto es que el precedente hacía suponer que efectivamente mediaba flexibilidad reglamentaria. Se halla zanjado, entonces, lo atinente al Reglamento.
Creo que vale la pena un reestudio e intentaré sugerir algún cambio, en lo personal, pero, como dice el Honorable colega Viera-Gallo, la cuestión inmediata se puede resolver sin necesidad de demasiada deliberación.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si no se registra acuerdo unánime para dar una salida a la interpretación que nos ocupa, propongo devolver el proyecto a la Comisión de Hacienda, con el objeto de que el informe se atenga a lo que corresponde.
El señor CHADWICK .-
De acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me hacen presente que la urgencia vence pasado mañana.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor MUÑOZ ( Ministro Secretario General de Gobierno ).-
Señor Presidente , no sé si su planteamiento sea factible, dado que el proyecto ha sido calificado de "suma" urgencia. Consulto a Su Señoría en ese sentido.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Acabo de puntualizar que ella vence pasado mañana.
Tiene la palabra el Senador señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , comparto el criterio de que, si la Mesa optará porque el informe que se conozca sea el de la última Comisión, se dé esa oportunidad al órgano técnico especializado, constituido, además, por Comisiones unidas. Y, si el Gobierno no se halla dispuesto a retirar la urgencia, trabajaremos con miras a cumplir dentro del plazo respectivo. Pero que la iniciativa vuelva a la Comisión especializada, repito, para el último informe.
Y quisiera agregar dos aspectos. Independientemente de los efectos prácticos, que sí se originan, cabe dejar establecido que los reglamentos están para ser observados y que no se deben generar precedentes que pueden resultar inconvenientes el día de mañana. Pero, además, se provocan efectos prácticos, en efecto, porque se obliga a mayorías expresadas en las Comisiones unidas a restablecer una norma por la vía de la indicación, con la firma de diez Senadores, a fin de lograr el objetivo que ya se había manifestado en esa instancia.
Y deseo poner un ejemplo, señor Presidente , para que se vea que es preciso ceñirse en forma rigurosa a los conceptos expuestos. Uno de los temas restablecidos en la Comisión de Hacienda y que no dice relación alguna a cuestiones presupuestarias, como es la aplicación o no de los artículos 373 y 374 del Código Penal, fue dos veces votado en las Comisiones unidas y dos veces rechazado. Y se lleva como indicación a la Comisión de Hacienda, se obtiene la mayoría necesaria y se vulneran los dos pronunciamientos anteriores.
Entonces, tienen lugar efectos prácticos importantes. Por algo, los reglamentos están hechos para ser cumplidos. Y coincido con el punto de vista de la Mesa: al no mediar unanimidad, que el proyecto vuelva a las Comisiones de Constitución y de Educación, unidas, para que sea el último informe del órgano técnico especializado el que se debata en la Sala.
He dicho.
El señor VIERA-GALLO.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, señor Senador .
El señor VIERA-GALLO .-
No es necesario que el texto vuelva a las Comisiones, señor Presidente . Es lo que quise explicar. Nosotros renovaremos la indicación respectiva, con diez firmas, y la Sala se podrá pronunciar. Y también podrá hacerlo respecto de los asuntos conflictivos. El único punto de discrepancia que quedaría es lo atinente a las edades. Entonces, bastaría con seguir el informe de las Comisiones unidas y no habría mayor dificultad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , estimo oportuno zanjar un asunto de la naturaleza del que se ha tratado. Y pedimos la aplicación de los reglamentos y de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, como corresponde.
Si ello no se hace, formulo reserva de constitucionalidad por una infracción a la tramitación de las leyes, por una inconstitucionalidad de forma, de manera que resuelva el Tribunal Constitucional. Y, en todo caso, aunque ese órgano se pronunciará por ser la materia de ley orgánica constitucional, si mal no recuerdo, creo pertinente que también considere ese otro aspecto.
Por lo anterior, me parece que lo correcto es la aplicación aludida, independientemente de cuáles sean las consecuencias en el trabajo del Senado. Si la iniciativa debe volver a las Comisiones, que así sea. Y juzgo que adonde debería volver es a la de Hacienda, para que emita el informe que le corresponde, en lo propio de su competencia, y sin extender ésta producto de un resquicio o una mala práctica. A mi juicio, es hora de ordenar el trabajo del Senado.
Pido al Gobierno que tenga a bien retirar la urgencia, si acaso ella complica. Es una cuestión de pocos días. Pero, si no lo hace, igual se puede celebrar una sesión más.
Y la demora sobrevendrá de todas maneras, porque si se insiste en el procedimiento recurriremos al Tribunal Constitucional, lo que retardará más todavía la tramitación del proyecto.
Insisto en que lo pertinente y prudente es que el texto vuelva a la Comisión de Hacienda, para que ese órgano técnico prepare el informe que le corresponde, y que luego lo discuta la Sala, con lo cual se resolverá la situación.
Aquí no es cuestión de quién tiene la razón en un aspecto determinado. Tampoco es algo que se vincule con el buen criterio que puede haber asistido o no a los miembros de la Comisión de Hacienda. Porque, a lo mejor, se hallan en lo cierto en lo que han planteado. De lo que se trata es de que se apliquen las normas. Porque, de lo contrario, en realidad lo obrado carece de sentido. El esfuerzo realizado en este caso por las Comisiones unidas de Constitución y Educación resultaría absolutamente sobrepasado, porque simplemente otros señores Senadores, a propósito de un efecto distinto, habrían hecho uso de un derecho que ni la ley ni el Reglamento les han otorgado.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Formularé algunas proposiciones, porque se halla de por medio lo relativo a la urgencia. Se trata de considerar cómo se sale del tema.
Pienso que puede haber argumentaciones en un sentido o en otro, pero Secretaría me señala que cuando se han registrado estas situaciones se ha optado por votar el informe de las Comisiones técnicas, entendiéndose que, si ha existido indicación en la Comisión de Hacienda, ella puede ser renovada en relación con los artículos pertinentes de ese primer texto. O sea, la idea es que se vote no por el último informe, sino por el que emana de las Comisiones unidas, y que los señores Senadores que lo deseen puedan renovar indicaciones formuladas en la Comisión de Hacienda.
¿Habría acuerdo?
Por la unanimidad de la Sala, se puede acordar ese procedimiento, para aclarar la situación. Por lo tanto, ...
El señor NÚÑEZ .-
¿Se requerirán las firmas, señor Presidente , como ocurre normalmente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se necesitan las de diez señores Senadores.
El señor NÚÑEZ .-
Entonces, no constituye una excepción. Se aplicarán las normas...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La excepción consiste en que se votará de acuerdo con el informe de las Comisiones unidas y no con el de Hacienda.
El señor NÚÑEZ .-
Correcto. Pero, de todas maneras, fueron indicaciones formales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Deben ser planteadas en su momento. Así no tendrá lugar ninguna sorpresa.
Si le parece a la Sala, se acogería lo sugerido por la Mesa.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La enmienda propuesta por las Comisiones unidas respecto del artículo 1º obedece a una unanimidad de diez votos contra cero.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En cuanto al artículo 2º, las letras a), b), c) y d) también fueron despachadas por unanimidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobarían.
--Se aprueban.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Parte de la letra e) fue acogida por cinco votos contra tres.
La proposición de las Comisiones unidas consiste en reemplazarla por la siguiente:
"e) Contenido excesivamente violento: aquel en que se ejerce fuerza física o psicológica desmesurada y con ensañamiento sobre seres vivos o en que se produce la aplicación de tormentos o comportamientos que exaltan la violencia o incitan conductas agresivas que lesionan la dignidad humana, sin encontrar fundamento bastante en el contexto en que se producen o rebasando las causas que los hubieren motivado.".
Al respecto, la indicación Nº 3 fue aprobada por unanimidad de nueve por cero, en tanto que la indicación Nº 4 obtuvo cinco votos a favor y tres en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en aprobar la letra e) con las enmiendas señaladas?
El señor VIERA-GALLO.-
Sí, señor Presidente.
--Se aprueba la letra e).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Las letras f) y g), nuevas, fueron aprobadas por 8 votos contra uno y son del siguiente tenor:
"f) Exhibición pública: exposición de material cinematográfico a que tenga acceso el público, cualquiera sea el lugar en que se efectúe.".
"g) Exhibición privada: exposición de material cinematográfico a personas determinadas, sin que el público general pueda acceder a ella.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
El señor VIERA-GALLO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, solicito postergar la discusión de la letra g) hasta que se analice el artículo 7º, con el cual está relacionada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en dejar pendiente la letra g)?
Acordado.
--Se aprueba la letra f).
El señor NOVOA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, el proyecto tiene normas de ley orgánica constitucional. Entonces, debe consignarse el quórum.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hay dos artículos que requieren quórum especial para su aprobación, y lo haré presente en su momento.
El señor NOVOA.-
¿Son sólo dos?
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Son dos o tres.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Cuando lleguemos a ellos dejaremos constancia del quórum correspondiente.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El artículo 3º fue aprobado por unanimidad.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Artículo 4º, aprobado por unanimidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
El señor HOFFMANN ( Secretario ). -
Hay una indicación renovada respecto de una de sus letras.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en aprobar la letra b)?
--Se aprueba.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Letra c).
--Se aprueba.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, hasta la letra g) estamos todos de acuerdo.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Letra d).
Aquí nos encontramos con la situación a que aludió el señor Presidente . Hay una proposición de las Comisiones unidas y otra de la Comisión de Hacienda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Procederemos a votar la norma presentada por las Comisiones unidas. Si ésta se aprueba, se daría por rechazada la otra.
El señor LARRAÍN.-
No, señor Presidente.
Había entendido que la Mesa sugirió renovar la proposición de la Comisión de Hacienda para poder votarla.
El señor BOENINGER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN.-
¿Se renovó esa proposición?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Debemos pronunciarnos sobre la letra d).
El señor LARRAÍN.-
No, señor Presidente. La letra d) fue aprobada por unanimidad en las Comisiones unidas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pero me han pedido votación.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, yo entendí -reitero- que la Mesa planteó que si algún señor Senador prefería lo propuesto por la Comisión de Hacienda debía renovar la indicación.
Si así ha sucedido, procede votarla.
El señor BOENINGER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En conformidad a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, correspondería dar por aprobada sin discusión la letra d), pero si alguien pide votarla, debemos hacerlo.
Por lo tanto, consulto a la Sala si se vota o no.
El señor LARRAÍN.-
Correcto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Repito la pregunta: ¿procedemos a votar o no la letra d) propuesta por las Comisiones unidas?
El señor BOENINGER.-
¿Me permite una explicación, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente, en realidad, se trata de una modificación de redacción que no tiene ninguna implicancia sustantiva.
Estamos en el proceso de renovar la indicación. Por lo tanto, recurro a la buena voluntad de la Sala a fin de que acepte votarla al final, lo cual facilitaría su despacho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, ¿estamos hablando de la letra d)?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Así es, Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
El tema es el mismo en ambas proposiciones, sólo que a mi juicio la redacción de la Comisión de Hacienda es mejor que la de las Comisiones unidas.
El señor BOENINGER.-
¡A eso me refiero yo! ¡Así es!
La señora MATTHEI.-
Repito que en ambos textos es exactamente el mismo tema.
En la redacción propuesta por las Comisiones unidas no queda claro que se trata de un representante de cada una de las asociaciones gremiales de profesores, médicos, etcétera. Podría decir: un representante de todos ellos. Lo cierto es que la redacción no está clara. Sin embargo, la letra d) de la Comisión de Hacienda señala exactamente lo mismo, mejor redactado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, ¿qué ocurriría si mañana existieren dos asociaciones gremiales de médicos o dos de periodistas?
La señora MATTHEI.-
La modificación dice que designa representante la que cuente con mayor número de afiliados.
El señor NARANJO.-
Exactamente. Por eso, el problema está resuelto en el texto de la Comisión de Hacienda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, deseo intervenir en el mismo sentido en que lo hizo la Honorable señora Matthei.
Cuando leímos la letra d), pensamos que se hacía alusión a un representante nombrado por los profesores, los médicos, los periodistas y los sicólogos. Ciertamente, todos entendimos lo mismo. Por eso, se redactó nuevamente para precisar que es un representante de cada asociación gremial.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en la Sala para aprobar la letra d) propuesta por la Comisión de Hacienda, en conformidad a las explicaciones entregadas?
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, la aprobaríamos, pero no por las razones dadas. Porque si se lee bien la indicación aprobada por las Comisiones unidas, la frase final dice: "designados por éstas". Es decir, se entiende que se trata de un representante de cada asociación gremial. En consecuencia, la redacción es adecuada.
Siempre es posible construir mejor una norma, sin que ello signifique que la redacción es mala.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se están dando opiniones cruzadas.
Estoy preguntando si hay acuerdo respecto de esta letra.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, ¡éste es el aporte técnico en cuanto al cálculo económico!
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, entiendo las razones de la Comisión de Hacienda y, quizás, la norma quede más clara como ella la propone. Sin embargo, no le corresponde a dicha Comisión, al abocarse al estudio de un proyecto, corregir permanentemente la redacción realizada por otros órganos técnicos, a menos que presente las indicaciones correspondientes.
Esto constituirá un precedente respecto de la forma como se trabajará. De manera que no tengo ninguna objeción y, probablemente, quede más claro como lo ha redactado la Comisión de Hacienda. Pero quiero señalar que, con este criterio, surgirán permanentes correcciones a lo que efectúe determinada Comisión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Quiero aclarar que si hay unanimidad en la Sala podemos darle una redacción diferente, incluso, sin necesidad de indicación. Es decir, si se logra el consenso -es lo que estoy requiriendo- para recoger la redacción sugerida por la Comisión de Hacienda porque se estima que es mejor, yo la propongo. De lo contrario, me ciño al acuerdo que tenemos en el sentido de votar por el texto de las Comisiones unidas.
Por eso pregunté si hay unanimidad para aprobar la letra d) propuesta por la Comisión de Hacienda. Como no la hubo, procederemos a votar la letra d) redactada por las Comisiones unidas.
¿Habría acuerdo en aprobarla?
--Se aprueba la letra d).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Letra f): las Comisiones unidas proponen, por unanimidad, eliminar la expresión "representativos".
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
También por unanimidad se sugiere iniciar con minúscula el sustantivo "Asociaciones".
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Letra g).
--Se aprueba.
EL señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Respecto de la letra h), hay una indicación renovada, suscrita por los Senadores señora Matthei y señores Cariola, Coloma, Stange, Arancibia, Bombal, Chadwick, Larraín, Orpis, García y Fernández, que propone agregar una letra h), nueva, al artículo 4º.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, ya existe la letra h) que propusieron las Comisiones unidas.
Se produjo un conflicto en la opinión pública y también en la Comisión de Hacienda en cuanto al egresado de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE), nombrado por el Ministro de Defensa Nacional .
Por eso, quienes estén en contra de ese representante pueden pedir que se someta a votación esta letra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Exactamente.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Señores Senadores, las Comisiones unidas aprobaron por unanimidad la letra h), nueva. A su vez, como consta en la tercera columna del boletín comparado, la Comisión de Hacienda...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Nos estamos pronunciando sobre el informe de las Comisiones unidas.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, hay que votar la letra h).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Está en votación la letra h) propuesta por las Comisiones unidas.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Las Comisiones unidas proponen incorporar en el primer inciso del artículo 4º la siguiente letra h), nueva:
"h) Un egresado de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos nombrado por el Ministro de Defensa Nacional.".
Fue aprobada por 9 votos contra 0.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde votarla.
El señor NÚÑEZ.-
¡Votación económica, señor Presidente!
El señor ÁVILA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Estamos en votación, señor Senador.
El señor ÁVILA.-
¡Pero, cómo, señor Presidente! Aunque sea un absurdo, ¿no puede decirse nada al respecto? Resulta del todo pertinente que se haya puesto el tema en la letra h).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En todo caso, Su Señoría puede fundamentar el voto.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, aquí se ha negado competencia a la Comisión de Hacienda, en circunstancias de que la incorporación de un miembro más al Consejo implica un gasto presupuestario.
El señor COLOMA.-
Está disminuyendo, señor Senador.
El señor ÁVILA.-
¡Disminuye en términos de calidad, pero aumenta en cantidad, señor Senador!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Existe acuerdo unánime de la Sala en el sentido de que votaremos lo propuesto por el informe de las Comisiones unidas. Por lo tanto, tenemos que aprobar o rechazar.
El señor LARRAÍN.-
¡Votación económica, señor Presidente!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación económica la letra h), nueva, del inciso primero del artículo 4º del proyecto.
--Se aprueba (20 votos contra 10, y 2 abstenciones).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Respecto del inciso segundo del artículo 4º, se propone eliminar la coma antes de la conjunción "y". (Aprobado por unanimidad).
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, en la letra d) del mismo inciso se propone sustituir la palabra "calificación" por "apreciación". (Acordado por unanimidad).
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, se propone suprimir la letra e).
El señor LARRAÍN.-
Hay una indicación renovada relativa a la incorporación de un nuevo integrante, la que debe votarse antes, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene razón Su Señoría.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Era a la que había aludido, y es para agregar al inciso primero del artículo 4º la siguiente letra h), nueva:
"h) Tres representantes de los Centros de Padres y Apoderados provenientes respectivamente de Colegios Municipalizados, Colegios Particulares Subvencionados y de Colegios Particulares, designados por el Ministro de Educación de entre los establecimientos de Santiago, a propuesta en terna de las respectivas Asociaciones Comunales.".
El señor NÚÑEZ.-
¿Es de la comuna de Santiago o de la Región Metropolitana?
El señor COLOMA.-
Se refiere al Consejo, señor Senador.
El señor NÚÑEZ.-
Entonces, es comuna de Santiago. La Región es la Metropolitana, y lo único que existe en Santiago es la comuna.
¿Se podría leer la indicación, señor Presidente?
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Quienes la firmaron, señor Presidente?
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La indicación viene suscrita por la Honorable señora Matthei y por los Senadores señores Cariola, Coloma, Stange, Arancibia, Bombal, Chadwick, Larraín, Orpis, García y Fernández "h) Tres representantes de los Centros de Padres y Apoderados provenientes respectivamente de Colegios Municipalizados, Colegios Particulares Subvencionados y de Colegios Particulares, designados por el Ministro de Educación de entre los establecimientos de Santiago, a propuesta en terna de las respectivas Asociaciones Comunales.".
Corresponde a la indicación 17, que fue renovada.
El señor MORENO.-
Estamos en desacuerdo con la indicación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación económica la indicación renovada.
--Se rechaza (20 votos contra 13 y una abstención).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, las Comisiones unidas proponen eliminar la letra e) del inciso tercero del artículo 4º. Esta modificación se aprobó por 7 votos contra 2.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La norma propone eliminar el cumplimiento de 75 años de edad como causal para que los consejeros cesen en sus cargos.
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA.-
Señor Presidente, sólo deseo recordar que en la Segunda Asamblea Mundial sobre Envejecimiento, realizada en Madrid, se aprobó por unanimidad abolir todas las discriminaciones en materia de edad. Y, como es de suponer, la delegación de Chile estuvo de acuerdo con esa determinación.
El señor NÚÑEZ.-
Sugiero que, por el momento, sólo eliminemos ésta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobar lo propuesto, con el voto en contra del Senador señor Silva?
El señor NOVOA.-
No, señor Presidente, el Honorable señor Silva está a favor.
El señor LARRAÍN.-
Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Entonces, si le parece a la Sala, aprobaremos la proposición de las Comisiones unidas.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, respecto del inciso cuarto del mismo artículo las Comisiones, por unanimidad, proponen reemplazarlo por el texto que se señala en el informe.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Sobre el mismo artículo, las Comisiones, por unanimidad, proponen sustituir, en su inciso quinto, el vocablo "función" por "labor".
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Con relación al artículo 5º, las Comisiones unidas acordaron su reemplazo por el que se consigna en el informe.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, por unanimidad, se propone sustituir el texto del artículo 6º por el que se consigna en el informe de las Comisiones unidas. Correspondería aprobar la proposición, pero el Honorable señor Viera-Gallo solicitó que se votara.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, solicité votar el artículo 7º.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En ese caso, reitero que la decisión de reemplazar el artículo 6º fue unánime.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobar lo propuesto?
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Respecto del artículo 7º, las Comisiones unidas, por unanimidad, proponen eliminarlo.
Como ya se hizo presente, el Senador señor Viera-Gallo pidió votar este artículo.
El señor VIERA-GALLO.-
En realidad, el artículo a que me refiero es el 8º, que en el informe de las Comisiones unidas ha pasado a ser 7º. Su texto comienza con la frase "No serán objeto de calificación por parte del Consejo:".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Entonces, si le parece a la Sala, se aprobaría la proposición de las Comisiones unidas para eliminar el artículo 7º.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Ahora corresponde abocarse al artículo 8º que, como consta en el informe, ha pasado a ser artículo 7º, con las enmiendas que se indican.
Como ya se señaló, el Honorable señor Viera-Gallo solicitó votar lo propuesto por las Comisiones.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite explicar esta petición, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente, deseo señalar a los señores Senadores que en esta norma se establece aquello que no será objeto de calificación por parte del Consejo. Esto es obvio en lo que dice relación con los noticiarios y las producciones publicitarias, letras a) y b) del artículo.
Sin embargo, tengo muchas dudas respecto de las letras c) y e). La primera de ellas señala: "Las películas producidas especialmente para la televisión.".
Lo que se pretende señalar en este caso es que existen una serie de películas que realmente sólo son para la televisión y que no deberían exhibirse en cine. Pero también es cierto que en la actualidad hay gran cantidad de filmes que se producen para la televisión, pero, en el fondo, se proyectan en salas normales de cine.
Según la letra c), esas producciones solamente quedarían sujetas a las disposiciones de la ley Nº 18.838, que creó el Consejo Nacional de Televisión. Tengo a la mano dicha normativa legal y entre las facultades de ese organismo ninguna se asemeja a las del Consejo de Calificación Cinematográfica. En otros países, hay un solo organismo que regula estas cosas. En el caso de Francia, se llama Consejo Superior del Audiovisual.
Entonces, podría darse el absurdo de que un filme, visto una sola vez en televisión, después, sin calificación alguna, podría ser fácilmente exhibido en los cines. Ello a menos que se deje constancia en la historia de la ley de que los señores Senadores aprueban la letra en el entendido de que, si una película producida para la televisión se pasa en una sala cinematográfica, deberá ser calificada.
Si es así, no habría problemas respecto de la letra c) del artículo 8º; pero quiero saber si ése es el criterio del Senado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente al señor Senador que, por desgracia, la referida disposición no puede modificarse, salvo por acuerdo unánime de la Sala, pues no fue objeto de indicaciones y, por lo tanto, se entiende aprobada.
¿Habría unanimidad para revisarla?
Tiene la palabra el Senador señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente, la interpretación final planteada por el Honorable señor Viera-Gallo es la que corresponde.
Las películas producidas especialmente para la televisión se rigen por el Consejo Nacional de Televisión. Si después son exhibidas en un lugar distinto, como un recinto de cine, pasan a ser calificadas por el Consejo de Calificación Cinematográfica. Obviamente esto puede expresarse de mejor forma en la ley, pero así se aprobó en las Comisiones unidas. Se dejó constancia precisamente de tal observación en el acta y para la historia fidedigna de la ley, pues ésa es la correcta interpretación.
El señor NÚÑEZ.-
Pido la palabra, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente, con el afán de clarificar la materia en la ley, por unanimidad podríamos agregar, luego de la frase: "Las películas producidas especialmente para la televisión", la expresión: "siempre que no se exhiban a través de otros medios", con lo cual quedaría en el texto el criterio que se aplica.
En mi opinión, si existe una jurisprudencia y una aplicación clara de la norma, no sería necesario. Pero podríamos salvar la inquietud del Senador señor Viera-Gallo con la aprobación unánime del agregado que indiqué.
El señor NÚNEZ.-
Señor Presidente, no estoy de acuerdo con esa proposición, porque en nuestro país casi el 80 por ciento de la producción cinematográfica se hace para la televisión. Vale decir, estaríamos estableciendo una gran restricción al trabajo de nuestros cineastas, quienes hacen filmes dedicados fundamentalmente, por razones presupuestarias, a la pantalla chica.
Posteriormente, por la calificación, se exhiben en cines solamente los de muy alta calidad. Si lleváramos todas las películas de nuestros realizadores al cine, tendríamos una producción cinematográfica espectacular, pues son muchos los que producen. Sin embargo, lo hacen principalmente para el ámbito televisivo.
En consecuencia, estoy de acuerdo con la interpretación del Honorable señor Chadwick , sin agregar nada. Se califica un filme sólo cuando llega a las salas de cine; pero no es conveniente poner una restricción previa, ya que sería particularmente nocivo para los productores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo en dejar constancia, para los efectos de la historia de la ley, de lo señalado por los Senadores señores Viera-Gallo, Chadwick, Novoa y Núñez?
El señor NOVOA.-
Estoy de acuerdo, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Hay acuerdo?
El señor ÁVILA .-
No es necesario, a mi juicio, dejar esa constancia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Yo soy partidario de dejar registro del sentido de la norma.
Entonces, se acordaría dejar constancia, con el voto en contra del Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA .-
¡La única constancia que debería quedar es que me opongo!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se toma nota de su oposición.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, en el mismo artículo, observo otro problema respecto de la letra e), porque no van a ser...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señor Senador, le solicito hacer su planteamiento cuando el señor Secretario llegue a esa parte.
El Senador señor Zurita tiene la palabra.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente, las Comisiones unidas analizaron a fondo los conceptos "audiovisual" y "cinematográfica", proponiendo finalmente este último, porque resulta más comprensible para todo el mundo y se refiere mejor a la materia que se trata de calificar.
Así que, a mi juicio, hemos estado realizando un debate inútil y sobrepasando lo acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En consecuencia, se dan por aprobadas las modificaciones propuestas por las Comisiones unidas al artículo 8º, que pasa a ser 7º, con excepción de la letra e), pues el Honorable señor Viera-Gallo propone una indicación a la misma.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente, en mi opinión, si esta disposición no es clarificada, habrá que eliminarla.
Si el sentido de esta norma es que una persona puede importar una película para verla en su casa, considero que no hay dificultad, pues los filmes de alguna manera estarán previamente calificados en el país de origen.
Pero, ¿qué pasa si el día de mañana un grupo de personas organiza una exhibición privada, lo que está definido en el proyecto como "exposición de material cinematográfico a personas determinadas" -podrían ser quinientas-, a pesar de ser una película restringida, no abierta al público? No estará sujeta a ninguna calificación. Por lo tanto, podría ser vista por menores. Tal situación quedaría fuera de esta ley. Estamos hablando de quinientas o mil personas, porque, según la definición, exhibición privada es aquella no abierta al público
A mi juicio, debe hacerse una distinción entre la película que una persona ve en su casa, incluso hasta con un grupo de amigos, y la que queda fuera de la calificación cinematográfica, pudiendo ser vista por un número significativo de individuos. Mañana yo podría organizar un festival de cine "snuff", por ejemplo, con cintas sin calificar.
Ello me parece excesivo e inadecuado. O se establece una definición de "exhibición privada" más rigurosa de la que tenemos, precisando que se trata de algo que no va más allá del hogar, de la vida familiar, o esta ley será burlada muy fácilmente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Esta norma, en el primer informe, fue aprobada como aparece en el texto que nos ocupa; o sea, no sufrió modificaciones. Por lo tanto, para innovar, nuevamente se requiere el acuerdo unánime de la Sala.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor MUÑOZ ( Ministro Secretario General de Gobierno ).-
Señor Presidente, la inquietud del Honorable señor Viera-Gallo queda salvada en el artículo 1º, el cual zanja cualquier duda, pues dice: "Establécese un sistema para la calificación de la producción cinematográfica destinada a la comercialización, exhibición y distribución públicas de ésta.". Obviamente una exhibición a quinientas personas no es privada. Luego, agrega: "La calificación" -dado que la preocupación es sobre la infancia- "se realizará por edades, considerando el contenido de las producciones cinematográficas y propendiendo siempre a la protección de la infancia y la adolescencia y a su desarrollo psicológico y social.".
Me parece que ahí está la respuesta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente, comparto la inquietud del Honorable señor Viera-Gallo , más aún cuando se pueden señalar ejemplos donde los temores de ciertas situaciones son realmente una posibilidad cierta.
Pero, si uno combina las definiciones de exhibición pública con la de exhibición privada, en mi opinión, el margen para los efectos negativos manifestados por el señor Senador disminuye mucho. Porque exhibición pública es la exposición de material cinematográfico a que tenga acceso el público; en consecuencia, es una exhibición abierta. Y exhibición privada es exposición de material cinematográfico a personas determinadas, o sea, con nombres y apellidos
Entonces, obviamente siempre hay una zona donde la ley no puede solucionar hasta el mínimo detalle.
Sin embargo, en mi opinión, si se entiende bien la definición de exhibición pública y la de exhibición privada, el riesgo acotado es muy pequeño, el cual -reitero- resulta imposible resolver en la ley en proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, el asunto planteado por el Senador señor Viera-Gallo, a mi juicio, no tiene solución desde el punto de vista legislativo. Porque, si uno se pone a imaginar fórmulas para burlar esa norma, llega a la conclusión de que si un individuo exhibe doscientas veces una misma película en su casa a grupos de cinco personas, va a quedar siempre amparado.
Me parece que debe entenderse como espíritu de la ley el que las exhibiciones privadas son las que -como se señaló- se realizan ante determinadas personas, sin que el público en general pueda acceder a ellas. Pero no veo cómo objetivamente podemos regular esta materia, pues no es posible pretender aplicar una especie de calificación a una exhibición privada de películas importadas. No diviso cómo se puede solucionar. Tengo la impresión de que serán casos muy inusuales. Y si se involucra a menores habrá que incorporar otras figuras penales como la inducción a éstos a la comisión de delitos, la exhibición de material pornográfico en presencia de menores; o, eventualmente, aplicar las normas que se establecerán sobre la pedofilia u otras similares.
Sin embargo, no creo que por la vía de un proyecto de calificación cinematográfica podamos regular conductas que tienen por objeto cometer otros ilícitos, los cuales no tengo claro si ya están penalizados o si es necesario sancionarlos en la ley en proyecto como una figura penal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, el tema lo analizamos en las Comisiones unidas, y no tiene solución. Siempre será susceptible de que la ley sea burlada, aun cuando establezcamos una u otra norma, o ninguna. De manera que sugiero dejar la disposición como viene propuesta. Me parece que debe imperar también la buena fe y el buen espíritu en la aplicación de las normas; de lo contrario, se aplicarán las reglas generales del Código Penal o de otros textos legales atinentes a la materia en debate.
Sin embargo, una película que entra al país sólo para exhibición privada no tiene cómo ser controlada, ni aun cuando se pretendiera hacerlo por ley.
Por lo tanto, creo que estamos debatiendo sobre un caso hipotético que incluso puede ser muy grave, pero incontrolable a priori por la ley en esta norma.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , estoy conforme con las explicaciones dadas: que ello quede para los efectos de la historia de la ley. Sin embargo, conforme a la definición de exhibición privada, por ejemplo, los miembros de un club equis, son personas determinadas. Por lo tanto, ¿qué pasa si en el ámbito de ese club, y por ende en forma privada, se dan películas fuera de toda calificación? Sus Señorías me dirán que no nos podemos poner en todas las hipótesis. Pero uno debe ponerse en las hipótesis en que las leyes se violan, porque éstas se elaboran para regular todas las situaciones; de lo contrario, no sería necesario dictarlas.
El ideal habría sido establecer una definición más precisa de exhibición privada. No lo logramos. Pero yo me conformo con el debate habido aquí. O sea, que quede en la historia de la aprobación de esta disposición que se entiende por exhibición privada básicamente la exposición de material cinematográfico en el ámbito de la familia o de grupos de amistades y no donde acuden mil personas, aunque todas se hallen individualizadas por el hecho de figurar en una lista, como podría ser el caso de los socios de un determinado club.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente, el artículo en análisis señala que no serán objeto de calificación por parte del Consejo "las producciones cinematográficas ingresadas al país para exhibición privada.". Y, ¿qué pasa con las producidas en el país? ¿Quiere decir que están sujetas a calificación? Porque, conforme a dicha disposición, las importadas no se califican y las producidas en Chile, sí, aun cuando sean para efectos privados.
Me parece que hay un error. Debería existir la misma norma para ambos casos.
El señor ÁVILA .-
Hay un deseo explícito de proteger la industria nacional, señor Presidente .
El señor FERNÁNDEZ.-
Tal vez habría que eliminar de la letra e) la expresión "ingresadas al país" y dejar "Las producciones cinematográficas para exhibición privada", si queremos incluirlas a todas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Claro; sería razonable.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, deseo volver al tema planteado por el Senador señor Viera-Gallo.
Por lo menos, lo relativo a la exposición de material pornográfico que pudiera hacerse en exhibiciones privadas, está resuelto en el artículo 366 quater del Código Penal, que sanciona con distintas gradualidades de pena (dependiendo de la edad del ofendido, si es menor de 12 años o si la edad de la persona fluctúa entre los 12 y 18 años) a quienes, entre otras cosas, sin realizar una acción sexual, procuren excitación sexual -hay una serie de definiciones-, haciendo ver o escuchar material pornográfico a menores de edad.
En algún momento, el Senado deberá perfeccionar dicha norma. Son disposiciones bastante complejas. En las Comisiones unidas las analizamos. Viene un proyecto de ley sobre el particular desde la Cámara de Diputados, y será la oportunidad de adecuar esa figura.
Sin embargo -insisto-, no me parece conveniente mezclar este proyecto de calificación cinematográfica con normas que dicen relación a ilícitos penales con otra significación y distinta manera de resguardo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente, si pusiéramos una restricción de la naturaleza que se insinúa, ciertamente que a nadie que le interesen películas de otras partes que no llegan comercialmente al país -de la producción mundial de cine ingresa a Chile no más de 30 por ciento y tal vez menos- podría traerlas.
En consecuencia, si uno quisiera traer una película de Turquía, que es de muy alta calidad -tal país se caracteriza por ser uno de los grandes productores cinematográficos en este momento-, no podríamos hacerlo, o tendríamos que traerla personalmente para exhibirla en el ámbito de nuestra familia. Es absolutamente absurdo. Porque el 70 por ciento de la producción no es material pornográfico como lo señaló el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra. Obviamente, la exhibición de pornografía tiene que estar penalizada en otros artículos y debemos hacerlo. Pero estamos hablando de producción cinematográfica, de arte, de otro tipo de cosa, no de pornografía.
Por lo tanto, nos veríamos enfrentados al absurdo de no poder traer una película de alta calidad italiana que en Chile nunca se exhibirá.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente, creo que no existe un error en la redacción de la letra e). Ocurre que, si se realizase una película en Chile para exhibición privada, no debería ser calificada, porque nunca va a ir a una sala. Nadie va a saber ni siquiera que existe.
La introducción de la letra e) obedece a que cuando se importa un DVD, hasta un simple video de ejercicio tiene que pasar por la censura. El objetivo de la norma es que las producciones importadas por personas naturales para ser vistas en sus casas no deben cumplir ese trámite.
Por lo tanto, considero que la norma está perfectamente bien redactada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Conforme al debate habido, veo que no hay unanimidad para modificar la letra e). Por lo tanto, queda aprobado el artículo en los mismos términos en que ya se pronunció la Sala.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Señor Presidente, me parece que habría que retomar lo sugerido por el Senador señor Viera-Gallo , en el sentido de dejar pendiente la modificación propuesta por las Comisiones unidas respecto de la letra g), que se refiere a la exhibición privada, y analizarla más adelante.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría.
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Entonces, estaría aprobado el número 2, que dice: "Reemplazar su inciso segundo por el siguiente:", y acordado unánimemente por las Comisiones unidas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, el artículo 9º, que pasó a ser 8º, fue acordado también por unanimidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, el artículo 10, que pasó a ser 9º, fue reemplazado por el siguiente: "Cada sala podrá requerir antecedentes del distribuidor o productor cuando lo estime conveniente.". Se aprobó por cuatro votos contra tres.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Luego, el artículo 11, pasó a ser artículo 10, eliminándose ¿en el inciso segundo- la coma (,) que precede a la forma verbal "será".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Acordado.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, se ha renovado una indicación sobre ese precepto.
La señora MATTHEI .-
Así es, y apunta al artículo 11, que ha pasado a ser 10.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No existe ninguna indicación, Sus Señorías.
La señora MATTHEI .-
Señor Presidente , acabamos de suscribirla y fue remitida a la Mesa.
El señor OMINAMI .-
La entregué personalmente.
El señor VIERA-GALLO .-
La indicación apunta al establecimiento de categorías para mayores de 14 y 18 años, o bien, para mayores de 12 y 16 años, respecto de la cual la Sala debe pronunciarse.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Efectivamente, la indicación a que aluden los señores Senadores y que me fue entregada por el señor Presidente , de lo cual no me había percatado, incide en la letra b) del artículo 11. Su objetivo es reemplazar el guarismo "14" por "12". Sin embargo, por no corresponder a ninguna indicación anterior, no puede ser renovada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Debo aclarar que, según el acuerdo adoptado, las modificaciones propuestas por la Comisión de Hacienda pueden ser renovadas.
Por lo tanto, corresponde someter a votación la que se ha planteado.
El señor ESPINA.-
¿Me permite, señor Presidente? No tengo claro lo que está haciendo la Mesa, ni tampoco si consideró como renovada esa indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se dio por renovada, Su Señoría, porque así se acordó.
El señor ESPINA.-
Entonces, sugiero abrir debate para que por lo menos los señores Senadores partidarios de rebajar la edad expliquen sus razones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hay ningún problema, Su Señoría. De acuerdo con el Reglamento, le asiste el derecho a formular tal solicitud.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, hago el planteamiento porque la Senadora señora Matthei había pedido la palabra para referirse a la materia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En su momento le será concedida, Su Señoría. La Mesa está precisando cuál es la indicación pertinente, para después someterla a debate y votarla.
El señor Secretario la dará a conocer y explicará el alcance de la misma.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La indicación corresponde a una proposición recaída en la letra b), inciso segundo, del artículo 10, cuyo objetivo es sustituir el guarismo "14" por "12".
Esa norma fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda y acaba de ser renovada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , me da la impresión de que, a lo mejor, sería pertinente que los Parlamentarios nos diéramos una vuelta por los colegios para saber realmente lo que es un joven de 14 años. Los adolescentes de esta edad, en general, ya tienen barba, y las niñitas están pololeando hace rato. Hoy día, ellos son mucho más maduros que hace treinta años.
En la actualidad, los jóvenes de 13 años, que prácticamente ya son adultos, pueden ver casi exclusivamente películas de monitos animados. Esta gama va -diría- desde los 10 hasta los 14 años. Las películas calificadas para mayores de 14 son una lata para ellos y, además, no tienen acceso a otras, por razones obvias.
En consecuencia, me parece que existe un desfase entre lo que imaginamos que puede ser una persona de 14 años y lo que en verdad es, pues a esa edad mis hijos ya tenían barba larga. Por lo demás, el hecho de que sólo puedan ver películas de Walt Disney significará, finalmente, que en lugar de acudir al cine harán otras cosas en la calle.
Los niños de 14 años hace rato ya que beben en público, que acuden a los "Pronto Copec" a comprar bebidas alcohólicas, etcétera.
Por eso, me da la impresión de que el establecimiento de ciertas edades está como un poquito pasado de moda.
Sobre el particular, deseo manifestar que estamos elaborando un proyecto de ley para hacer responsables de delitos a los jóvenes mayores de 14 años. Esto, en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño. La mayoría de los países que han adecuado a ese instrumento internacional sus normas legales y disposiciones relacionadas con delitos hacen penalmente responsables de sus actos, si bien no los sancionan con cárcel, a los adolescentes a partir de los 11 ó 12 años.
En tal virtud, no me parece pertinente, por ejemplo, negar a jóvenes de 17 años que vean una película calificada para mayores de 18. Por eso, es bueno conocer las actitudes de esas personas y lo que están haciendo.
En definitiva, lo que pretendemos con la indicación es establecer una categoría más, vale decir, que haya películas para mayores de 12 y de 16, restringiendo las de contenido pornográfico sólo a los que tienen más de 18 años.
Eventualmente, se podría también considerar dentro de las producciones para este último grupo las que tengan un alto contenido de violencia. Esto fue algo que debatimos, pero finalmente quedó fuera de la norma. En todo caso, nos parece factible incorporar ese elemento en la letra d) del artículo 11.
Por último, como dije al comienzo, si cualquiera de nosotros da una vuelta por los colegios, se dará cuenta de que las películas para mayores de 14 años ya no corresponden a lo que son los jóvenes de hoy.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente, el hecho de que las producciones correspondan o no a esa edad dependerá del criterio del Consejo de Calificación Cinematográfica, porque aquí se están estableciendo categorías. Y si ahora los jóvenes de 14 años tienen un mayor desarrollo, significará que dicho órgano deberá calificar más películas para mayores de esa edad que antes.
Tal vez el temor de bajar las categorías a los 12 y 16 años radica en que muchas películas actualmente calificadas para mayores de 14 lo serán para mayores de 16 si el criterio del Consejo no cambia, lo cual, a mi juicio, será muy difícil. Esto no dependerá de una ley, sino de la forma como vaya evolucionando la sociedad.
Por lo tanto, en cuanto a niveles de edad, me parece que los 14 y 18 años son acertados.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señor Senador, ¿le concedería una interrupción a la Honorable señora Matthei, que la está pidiendo?
El señor NOVOA.-
Por supuesto, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
La señora MATTHEI .-
Pienso que no se trata sólo de un problema de criterio, porque en realidad lo que hoy se califica para mayores de 14 puede ser visto también por niños de 8 años.
El señor VALDÉS .-
Así es.
La señora MATTHEI .-
En consecuencia, el Consejo nunca podrá aplicar un criterio demasiado amplio, pues siempre deberá recordar que lo permitido sólo para menores de 14 años es posible que sea visto también por niños de 6, 7 u 8 años.
Por eso, estimamos que la categoría debería fijarse hasta los 12, ya que a partir de esa edad los niños empiezan con otro tipo de intereses, que son muy distintos de los que motivan a los de 8 años.
Gracias por la interrupción.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Novoa .
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , en todo caso, estimo que al bajar el límite y establecer como categoría máxima los 16 años implica involucrar en la calificación de películas para adultos a personas que aún no tienen esa condición. En mi opinión, no es un parámetro considerar como adulto al que tiene más de esa edad.
Ahora bien, con respecto al tema de los mayores de 18 años, en lo referente a producciones de contenido pornográfico -a lo cual aludió la Senadora señora Matthei -, me parece que la violencia excesiva es casi más peligrosa, pues esta última, a veces, tiene una influencia bastante grande en la mentalidad de los jóvenes en formación.
En consecuencia, no considero que asociar los 18 años única y exclusivamente a la pornografía sea el criterio más adecuado, porque la violencia excesiva puede ser incluso más nociva.
En todo caso, el punto medular acá es si, para los efectos de establecer un umbral, se considera adulta a una persona a los 16 años en lo referente a su capacidad para ver producción cinematográfica. En mi opinión, los 18 años son el umbral más cercano a la definición de persona adulta, incluso reconociendo que, obviamente, ha habido una evolución social permanente; pero no entre 16 y 18. Para calificar a qué edad alguien es adulto, me inclino por los 18.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente, la Senadora señora Matthei expuso muy bien los términos del problema. Creo que hay una evolución en la sociedad, generada por las condiciones de la vida contemporánea, que hacen que la madurez de una persona de determinada edad sea mucho mayor que antes. De manera que, en el fondo, los jóvenes se acercan al estado de adultos a una edad más temprana.
Respecto de lo cinematográfico, los suscriptores de la indicación renovada consideramos que 16 años es una edad más que suficiente para ver todo tipo de producciones, con excepción de aquellas de contenido pornográfico. Y estoy de acuerdo en agregar las que muestren violencia excesiva.
A propósito de lo señalado por el Senador señor Novoa , el problema es que hay prácticamente tres fases. En primer lugar, la sociedad cambia porque varían las circunstancias en que se vive y los factores que van determinando la madurez. En segundo término, cambia la norma porque al fin y al cabo el legislador tiene la obligación de ajustarse a las realidades de una sociedad en un momento dado. En tercer lugar, se produce el cambio cultural y quienes tengan que aplicar la norma de partida posiblemente harán lo que sugería el Honorable colega: mantener el criterio antiguo y aplicar la calificación a edades diferentes. Pero creo que deberán reconocer el hecho de que hay una madurez mucho más temprana.
En consecuencia, las modificaciones deben ir en el sentido de las posibilidades y oportunidades de maduración que se les van presentando a las personas. Si no se innova a tiempo, sólo se conseguirá fomentar las conductas ilegales, o sea, la violación de la ley. La gente fuerza las cosas cuando siente que en definitiva las prohibiciones no corresponden a la situación que vive o a las capacidades que tiene para juzgar con criterio suficientemente formado una realidad, en este caso una película que se le exhiba.
A mi juicio, para lograr el máximo respeto a la prohibición legal, es conveniente que ésta se adapte a las cambiantes situaciones sociales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, soy partidario de mantener la norma aprobada por las Comisiones unidas, por razones de coherencia legislativa con disposiciones sobre otras materias.
En Chile la mayoría de edad está fijada a los 18 años. Por consiguiente, debe conservarse también en la presente normativa no obstante ser un elemento subjetivo: antes era a los 21; ahora a los 18; más adelante tal vez sea a los 16. Lo concreto es que hoy es a los 18. Y allí hizo el corte nuestra legislación -puede considerársele justo o injusto, dependiendo de cada persona- para determinar que un individuo es mayor de edad y posee la madurez necesaria para ver todo tipo de películas.
Rebajar de 18 a 16 años la edad consignada en la categoría c) implicaría alterar la disposición aludida, que se concibió para señalar que un individuo es mayor de edad a contar de los 18 años. Resulta inadmisible considerar que para algunas cosas alguien es mayor de edad a los 18 y para otras a los 16. Por esta vía lo único que se consigue es no tener claridad respecto de cuándo las personas adquieren plena responsabilidad frente a la sociedad civil.
En consecuencia, lo correcto sería considerar -como lo establece el proyecto- que los mayores de 18 años se encuentran habilitados para ver toda clase de películas, en una sala especializada o no, sean de contenido pornográfico o de violencia excesiva.
En cuanto a la calificación para mayores de 14 años propuesta por las Comisiones unidas, cabe señalar que aquí también, como en todas estas normas, se hizo un corte arbitrario, aunque no en el sentido de fijar una edad cualquiera. En la legislación civil chilena -bien o mal- se establece que los individuos de hasta 7 años son infantes o niños; entre 7 y 14 impúberes, y entre 14 y 18 adultos mayores.
El señor OMINAMI.-
Adultos mayores son los que tienen sobre 60 años, señor Senador.
El señor ESPINA.-
Doy excusas. Obviamente me equivoqué. Los jóvenes de entre 14 y 18 años son adultos menores.
Según el Código Civil, entre 14 y 18 años la persona es un adulto menor. En consecuencia, se encuentra calificada para ver películas que no son para menores, pero tampoco para mayores.
En mi opinión, deben mantenerse las normas de dicho Código que establecen responsabilidades, derechos y obligaciones de acuerdo a las edades. Ahora, si en un momento determinado esta Alta Corporación decide cambiar tales disposiciones permanentes, que lo haga. Y entonces se adecuará el resto de la legislación. Pero cada vez que consignamos edades distintas para diversas materias, lo único que logramos es una confusión que no nos permite saber exactamente cuándo los jóvenes deben asumir sus propias responsabilidades, derechos y obligaciones.
Por lo tanto, soy partidario de mantener lo propuesto por las Comisiones unidas, con una observación: la calificación para mayores o menores de 14 años dependerá del criterio con que ella se realice. Es cierto que hay películas para mayores de 14 años realmente fuertes y otras que se califican equivocadamente, pero no cambiemos la edad de los distintos tramos sino que exijamos un criterio común para calificar. Y si hubiere una calificación errada -porque quizás se incluyan películas para todo espectador en la categoría para mayores de 14-, será cuestión de a quiénes elija la autoridad como miembros del Consejo, no de la edad que nosotros fijemos.
En síntesis, considero que no deben alterarse las normas existentes, a fin de mantener la coherencia entre lo definido por el Código Civil sobre la materia y la legislación general, y no crear confusiones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Ominami.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente, hay tres razones para producir este ajuste en las edades. La primera (y creo que es el argumento fundamental) tiene que ver con las prácticas sociales, a que hacía referencia la Senadora señora Matthei ; la segunda, con las normas internacionales, porque en la mayoría de los países la edad tope en la calificación cinematográfica es 16 años; y la tercera, con la compatibilidad de las normas.
Con relación a la última, quiero insistir en lo planteado también por la Honorable colega y aludir a lo publicado hoy en un periódico en el sentido de que existe un movimiento -y tengo la impresión de que cuenta con bastante apoyo- destinado a rebajar a 14 años la edad de la imputabilidad penal en Chile.
Me parece un contrasentido que se pueda "secar" en la cárcel a un joven de 15 años y no se lo autorice para ver una película no calificada como pornográfica. Éste es un argumento elemental de compatibilidad entre una cosa y la otra. Si alguien debe responder frente a los tribunales por ser declarado plenamente imputable desde el punto de vista penal, es de toda lógica que se encuentra capacitado para ver una película de contenido fuerte pero que no ha sido calificada como pornográfica.
Repito: hay razones desde el punto de vista de las prácticas sociales, de las normas internacionales y de lo que seguramente será una evolución en nuestro Derecho para efectuar este ajuste en las normas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente, indudablemente es muy difícil establecerlas como normas objetivas; es lo más prudencial y de criterio que pueda existir. Tal vez el mejor sistema de calificación sería uno en que los tramos de edad fueran lo más cortos posible, porque se pueden hacer distinciones aun más precisas que las planteadas.
Tiendo a encontrar razón a la Senadora señora Matthei cuando sostiene que el tramo hasta 14 años puede ser muy extenso, ya que hay diferencias de madurez, de apreciación psicológica, entre un niño de 8 ó 9 años y otro de 12, 13 ó 14.
Por eso, estaría dispuesto a apoyar la introducción de una nueva categoría para mayores de 12 años, pero no la indicación para rebajar de 18 a 16 años la contemplada en la letra c).
No juzgo muy válida la comparación con las normas jurídicas relativas a otras materias. El caso de la responsabilidad penal -en el que se pretende rebajar la imputabilidad a 14 años- es distinto porque hay un juez y un tribunal que evaluará si la persona actuó con conciencia o sin conciencia de lo que estaba haciendo; si hubo dolo o no lo hubo. Eso se refiere a situaciones particulares. Aquí estamos hablando de cuestiones de carácter general.
Uno también podría preguntar cómo permitir a alguien de 16 años ver cualquier cosa y no darle derecho a voto, a tomar decisiones de la vida política. Aparecería asimismo como incoherencia.
Creo que son materias distintas. Y, así como el tramo hasta los 14 años me parece extenso y me inclino por colocar el de 12, tengo la impresión de que los 16 años son todavía una edad en que, por lo general, hay vida escolar y donde el proceso de formación psicológica, de maduración, se encuentra en pleno desarrollo. Entonces, no considero del caso permitir a una persona de 16 años ver material pensado para adultos; ahí nos queda corto el tramo.
En consecuencia, me inclino más bien por rebajar el límite a 12 años, pero manteniendo los 18, pues creo que ahí alcanzamos un mayor equilibrio frente a los procesos de maduración de los jóvenes.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, es complicado que convirtamos a la Sala en Comisión, porque estamos ante una materia esencialmente discutible. Todas las clasificaciones tienen riesgo, pues hay buenas razones para que los que se hallan en el límite pasen a la otra categoría. Y eso no lo vamos a resolver aquí.
En seguida, también está el problema de las prácticas sociales. Decían la Senadora señora Matthei y el Senador señor Ominami que ha cambiado la realidad de los jóvenes, quienes hoy día parecen más maduros.
En todo caso, quiero recordar cómo han variado las producciones cinematográficas. Las películas que antes eran para mayores de 21 años ahora lo son para mayores de 14. La producción es otra. Y eso, por lo tanto, también está incorporado dentro de los criterios de calificación. En consecuencia, cambiarlo hoy me parece extremadamente delicado.
Por otra parte, aquí hay todo un tema que tiene que ver con el tiempo de formación de juicio en los adolescentes y en los jóvenes adultos. Entre los 12 y los 14 años, la persona se halla en plena adolescencia, en pleno despertar, en la etapa en que está empezando a formarse juicio. Por ende, no es menor la diferenciación. Y si bien exterior y físicamente hay un desarrollo muy fuerte, eso no significa necesariamente que, desde el punto de vista de la madurez psicológica, los adolescentes están en situación de comenzar a ver cuestiones de mayor complejidad.
Lo mismo ocurre cuando se trata de los 18 años, que marcan la adultez. Y para la persona de esa edad todo quedará abierto, salvo la pornografía y la violencia excesiva, que se podrán ver sólo en salas especiales.
Obviamente, el discernimiento ahí nuevamente requiere exigencias muy mayores. Bajar de 18 a 16 años y, por lo tanto, considerar adulto para todo efecto práctico en cuestiones que son las que inducen a la acción, sin duda alguna, sería extremadamente delicado.
Obrando con cierta improvisación ante la falta de los antecedentes que permitirían fundamentar una decisión, sobre todo desde el punto de vista de la formación de juicio en un nivel más psicológico, considero que no hay justificación para innovar.
Por consiguiente, creo que deberíamos continuar con las categorías establecidas, de 14 y 18 años, de acuerdo con el proyecto de las Comisiones unidas.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, para justificar la rebaja a 12 años, aquí se ha señalado, entre otros argumentos, lo que manifiesta el señor Ministro hoy día, en el sentido de bajar la edad para ser imputable. Pero ése es precisamente el argumento que me inclina por mantener los 14 años, pues se trata de un signo de la enfermedad muy grande constituida por la violencia y muchos otros problemas que están ocurriendo con la gente joven. O sea, se ha llegado al punto de plantear esa rebaja para proteger a la sociedad.
No sé si estamos ante signos de madurez o de una descomposición tremenda. Tiendo a pensar esto último. Considero que la juventud y la sociedad están viviendo momentos de mucha descomposición, de violencia, etcétera.
Por eso, estimo que rebajar las edades -porque cualquier reducción en este sentido significa mayores grados de flexibilidad, mayor acceso, en fin-, lejos de solucionar el problema, lo profundizará. No por constatar realidades vamos a tener que reconocerlas en determinado instante. Al revés, esas realidades pueden ser buenas o pueden ser malas. Y me inclino a pensar que no son las mejores.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés.
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente, esta discusión es de la más alta importancia y de efectos profundos para la sociedad.
Tiendo a inclinarme por el planteamiento del Senador señor Espina en el sentido de que hay una calificación rígida.
Para mí, cualquier clasificación de niños o de adultos en cuanto a criterio falla. Porque se presume que el hijo de tanta edad para arriba es tal cosa, en fin. Todos los niños son distintos. Y quien ha tenido o tiene una familia numerosa -no es mi caso- sabe que el hijo mayor demora mucho más en madurar que el más chico; es una ley de la naturaleza. Entonces, puede estar consciente el niño de 8 años, menor de una familia de 8 ó 7 hijos, y no consciente un muchacho de 18 años.
Por consiguiente, esto de las edades me parece demasiado peligroso.
En mi concepto, aquí hay que estudiar -y supongo que lo habrán hecho- el problema del Consejo, que es de criterio. Existen películas y películas y niños y niños. No se puede saber a qué niño le va a corresponder.
Hay estudios sobre la materia. Y pienso particularmente en los realizados por un eminente médico chileno, el doctor Otto Dörr , sobre el impacto de la televisión en los niños en Chile y en el resto del mundo. Allí se concluye que la violencia produce mucho más daño que la pornografía. La violencia destruye y lesiona el cerebro. Incluso -él lo dice, y a mi entender con razón-, la violencia de algunos dibujos animados y, sobre todo, de los efectos especiales arrebata la imaginación del niño y crea a éste expectativas y horizontes absolutamente inconciliables con la realidad.
Señor Presidente , la violencia de los efectos especiales provoca un daño enorme a los pequeños. Y ello, en un siglo que está siendo considerado de la violencia, no de las grandes guerras, sino personal. Así, vemos en Estados Unidos casos de niños de 6 ó 7 años que asesinan a sus compañeros.
O sea, existe un fenómeno de violencia que los sociólogos y los psicólogos atribuyen a la televisión, que es su propagadora máxima. En Chile se ve un promedio de casi dos horas de televisión al día. Y en las poblaciones obreras de mi circunscripción, por ejemplo, desde las 5 de la tarde, mientras llueve, los niños están clavados frente al televisor y no pueden acostarse sin observar tres o cuatro asesinatos. Porque las películas son así: violentas. Y uno mismo espera que en Estados Unidos el detective gane y mate a los otros. En Europa es distinto: quien muere muchas veces es el representante de la autoridad. Pero uno empieza a acostumbrarse a una violencia que me parece muy dañina.
Por eso, a mi juicio, la edad puede ser rebajada para muchos efectos. Pero aquí debería mantenerse la existente y, además, acentuarse la responsabilidad del Consejo en función más del tipo de película que se va a estrenar que de la edad de los espectadores.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, creo que debemos tratar de legislar para producir efectos reales y prácticos. Si es por la violencia, los niños la tienen a muy temprana edad en sus propios hogares, en la calle, en el colegio; si es por desnudos, basta que se acerquen a un quiosco o vean las noticias y los tendrán masivos, con genitales expuestos, en fin.
Es absolutamente irreal fijar límites de edad artificiales, que no van a tener ninguna posibilidad de provocar efecto en los muchachos a quienes se pretende proteger. Ello, porque son parte de una sociedad que ha evolucionado en un sentido en que las cosas que intentamos sustraer de su conocimiento les llegan por los más diversos medios; incluso, hoy en día, por la vía de Internet. Es imposible evitar que accedan al conocimiento de situaciones muchas veces repugnantes.
Ahí tenemos un mecanismo de generación de una cultura que en estos momentos se hace incontrolable. Y la ley debe ser mínimamente coherente con la realidad del Chile actual.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente, yo habría preferido que el tema de discusión en la Sala hubiese sido el que analizamos largamente en las Comisiones unidas.
No resulta fácil definir cuándo un niño es consciente, cuándo es responsable y cuándo es factible darle ciertas facultades. Es, como se ha señalado aquí hasta la saciedad, una cuestión de grandes promedios que no pueden ser asumidos como situación objetiva frente a cada menor.
Ahora bien, el tema que estamos tratando lleva a la pregunta esencial: ¿Adecuamos la ley a la pura realidad o procuramos elaborar una legislación que de alguna manera oriente a lo que deseamos para la sociedad chilena?
En esas condiciones, pienso en general que la ley debe apuntar de algún modo hacia lo que queremos hacer.
Por ejemplo, aquí se ha argumentado que lo más probable es que haya una fuerte tendencia a rebajar la imputabilidad penal a los 14 años y que por lo tanto, concretado ese propósito, no parece lógico impedir ver una película de cualquier naturaleza, violenta o pornográfica, a quienes tengan esa edad, máxime si deberán responder de sus hechos, incluso con cárcel.
He sido permanentemente contrario a un planteamiento de esa índole. No considero adecuado hacer imputables a niños de 14 años. Es factible que en algunos casos sí lo sea. Pero argumentar que quienes tienen esa edad roban y asesinan y por eso deben ser imputables es una petición de principios, pues se parte de una premisa falsa: pensar que todos los niños de 14 años son imputables, para luego asentar una propuesta en el mismo sentido. Es la clásica petición de principios.
Entonces, no estaré de acuerdo a ese respecto. Y, por consiguiente, tal argumento no me hace fuerza para introducir un cambio en el sentido expuesto.
El Senador señor Valdés también planteó un tema de mucha profundidad.
Se dice -un poco relacionándolo con lo manifestado por el Honorable señor Ávila -: aquí existe una realidad objetiva, que da cuenta de una violencia brutal, una violencia institucionalizada, que se aprecia en todos los hechos, que se observa en la televisión y que, en definitiva, significa asentar como bueno, como lógico, como habitual, como normal, que el poder, la violencia (ésta no es otra cosa que el abuso del poder), pueden ser ejercidos desde el más fuerte hacia el más débil sin ningún contrapeso.
Ésa es la tesis: la tesis de la literatura; la tesis de películas donde el poder, ejercido en exceso hasta por las autoridades, se legitima por el resultado, en fin.
En ese escenario, creo que estamos haciendo las cosas al revés. Y por eso me manifiesto partidario -no daré más argumentaciones- de mantener lo aprobado por las Comisiones unidas.
Ahora, señor Presidente , también es verdad que uno se pregunta cómo adecuar la televisión, los filmes, a la realidad.
Fíjense Sus Señorías que esa argumentación, llevada al absurdo y al exceso, significa decir (abro comillas) que porque en la sociedad hay violencia, grosería y abuso de poder, se debe empezar a transmitir eso para que llegue al niño, a quien le entra por la televisión, como algo normal (cierro comillas). Entonces, en vez de tratar de cambiar la realidad, estamos haciendo esfuerzos por transmitir claramente que ella sí puede ser incorporada sin alteraciones al niño.
En cuanto a la imputabilidad -y la traigo a colación de nuevo porque la resolución que se tome al respecto será clave para determinar por dónde enfocamos la situación-, debemos preguntarnos en definitiva por qué establecerla en los 14 años, si hay niños de 11 que, probablemente, son razonables y por tanto están aptos para recibir castigo o sanción. ¿Y por qué no en los 8 años? Porque en Inglaterra se ha sancionado a niños de esta edad.
En mi opinión -y con esto termino, señor Presidente -, el asunto tiene dos puntas: cómo legislamos para proteger al espectador y cómo hacemos que las resoluciones del Consejo sean suficientemente criteriosas para salvar las situaciones aquí planteadas.
Porque no me parece razonable cambiarlo, me quedo con lo aprobado por las Comisiones unidas. Pero el debate de fondo es otro. No lo hemos abordado, y tal vez cuando se discuta el tema de la imputabilidad sea el momento de hacerlo.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Cerrado el debate.
Vamos a votar.
¿Votación económica?
La señora MATTHEI.-
Perdón, señor Presidente. Quiero hacer una proposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Si en la letra d) quitáramos todo lo que figura después de la coma y reemplazáramos ésta por un punto, quedarían más categorías: todo espectador, mayores de 12 años, mayores de 16 y mayores de 18.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Creo que no existe unanimidad para realizar ese cambio.
El señor VIERA-GALLO .-
Que haya una u otra opción. No me parecen adecuadas tantas categorías.
La señora MATTHEI.-
Lo que sucede, señor Presidente...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hay unanimidad, señora Senadora .
La señora MATTHEI.-
Lo sé, señor Presidente . Sólo quiero decir que me encantaría que los señores Senadores, muchos de los cuales quizás ya no se encuentran muy ligados con la juventud de hoy, se dieran una vuelta por las salas de clases y observaran lo que significa obligar a un joven de 13 años a ver una película apta para un niño de 8.
Eso es lo que estamos haciendo con la ley en proyecto, y me parece absurdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación económica lo sugerido por las Comisiones unidas en lo relativo a las edades y categorías de calificación, materia que fue objeto de una indicación de la Comisión de Hacienda, la cual fue renovada.
--Se aprueba la proposición de las Comisiones unidas (18 votos contra 12), dándose por rechazada la indicación presentada sobre la materia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Por lo tanto, las categorías serán "Todo espectador", "Mayores de 14 años" y "Mayores de 18 años".
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Así es, señor Presidente .
El señor VIERA-GALLO.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
Consultados varios Comités, habría acuerdo para dar por aprobado el resto del proyecto, salvo en aquello que ha sido objeto de indicaciones renovadas.
Creo que, de seguir ese camino, podríamos ahorrar bastante discusión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Efectivamente, existen indicaciones renovadas. Y, además, debemos verificar los quórum de algunas normas.
Veamos primero las indicaciones.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En la página 11 del comparado, el artículo 12, que pasó a ser 11, fue aprobado en sus tres letras por unanimidad. No se renovó ninguna indicación.
En la página 12...
El señor VIERA-GALLO.-
Pero el proyecto estaría aprobado hasta el final.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Señor Senador, en la página 12 figura el número 6 del artículo 13 (éste pasó a ser 12), norma que debe ser votada porque tiene rango orgánico constitucional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Propongo votar en conjunto todas las disposiciones cuya aprobación requiere quórum especial.
Acordado.
Si le pareciera a la Sala, con 29 votos, se acogerían las tres normas que se hallan en esa situación.
--Se aprueban.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Todas las modificaciones que figuran en las páginas 13, 14, 15, 16, 17, 18 del boletín comparado se despacharon por unanimidad.
--Se aprueban.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, hay una indicación renovada que propone un artículo sin número, que correspondería a la indicación 57 original, pero que no es exactamente igual.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Secretario , hay acuerdo en las Comisiones en cuanto a que la indicación que se presentó es la renovada. Allí se votó de esa manera, y ya expliqué a su ayudante cómo se gestó. No creo que ayude replantear el problema en la Sala.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se dará lectura a la indicación renovada.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Dice:
"Artículo...- Sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder por las infracciones señaladas precedentemente, no serán aplicables a las producciones cinematográficas que se exhiban en conformidad a esta ley, las disposiciones de los artículos 373 y 374 del Código Penal.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Su autor procederá a explicarla.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente, como manifestó el Presidente de las Comisiones unidas, esta indicación se votó dos veces y en ambas oportunidades hubo empate. Por lo tanto, se dio por rechazada y ahora se ha renovado.
Simplemente, consiste en lo siguiente. Debido a que los artículos 373 y 374 del Código Penal son extremadamente amplios, alguien, por estimar que una película calificada por el Consejo atenta contra el pudor o las buenas costumbres, podría pedir al juez del crimen que la retire. Como es evidente, en las Comisiones unidas se expresó que ello no se puede aplicar a las películas pornográficas, porque su exhibición en determinadas salas ya ha sido autorizada. O sea, respecto de estas producciones cinematográficas no se podría recurrir a la justicia penal, porque ya no habría antijuridicidad. Pero, entonces, se da la paradoja de que un ciudadano podría solicitar al juez del crimen que instruya un proceso para prohibir la exhibición de películas catalogadas como normales y calificadas para mayores de 18 años por estimarlas atentatorias contra las buenas costumbres.
Sin duda, lo anterior es considerado por la ciudadanía como censura, aun cuando técnicamente no lo sea, porque no es previa a la exhibición, sino posterior a ella. Y esto ha ocurrido en países como Italia y Francia con una serie de películas (no tengo por qué dar aquí la lista completa).
Entonces, para evitar lo descrito, y confiando en el criterio de los veintiún miembros del Consejo de Calificación Cinematográfica, se ha pensado por parte de quienes sustentamos la indicación que, en aras de la libertad de expresión, debería estarse al fallo del Consejo, del cual se puede apelar ante ese mismo organismo, pero sin recurrir al juez del crimen.
La indicación se planteó dos veces y en ambas oportunidades se registró un empate. Como no se pudo aprobar, se ha renovado ahora.
Ése es el fundamento en términos simples.
Para terminar, quiero dar lectura al artículo 373 del Código Penal. Es importante conocer hasta qué punto es amplio: el juez podría mañana enmendar un acto administrativo soberano del Consejo. Empieza diciendo:
"Los que de cualquier modo ofendieren el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia,". ¡Más amplio que esto no puede ser!
Mañana alguien puede considerar, por ejemplo, que la película "El último tango en París", de Bertolucci, atenta contra el pudor y las buenas costumbres, como ocurrió en Italia, donde durante ocho años no se pudo exhibir y había que cruzar la frontera con Francia para verla, porque el juez la estimó impropia, etcétera. En nuestro caso, primaría el criterio de un magistrado por sobre la opinión de los veintiún miembros del Consejo de Calificación Cinematográfica.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , me gustaría que se leyeran los artículos completos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Solicito el asentimiento de la Sala para prorrogar el Orden del Día hasta el despacho del proyecto.
--Así se acuerda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick; después, el Senador señor Novoa .
El señor NOVOA .-
Pido que el Honorable señor Viera-Gallo lea íntegramente los artículos 373 y 374 del Código Penal.
El señor VIERA-GALLO .-
El artículo 374 dice: "El que vendiere, distribuyere o exhibiere canciones, folletos u otros escritos, impresos o no, figuras o estampas contrarios a las buenas costumbres,". De modo que comprende las figuras contrarias a las buenas costumbres.
En el fondo, se está en presencia de lo que se llamarían normas penales residuales, porque, después de todo lo no sancionado por los artículos anteriores del Código Penal, hay un Párrafo 8, "De los ultrajes públicos a las buenas costumbres", referente a las ofensas al pudor y las buenas costumbres, cuya imputabilidad, al final, corresponde determinar al juez del crimen.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente, para quienes nos opusimos a la indicación que ha fundamentado el Honorable señor Viera-Gallo, no se trata de hacer primar el criterio de un juez por sobre el juicio de veintiún integrantes de un Consejo, sino de que siempre prevalezca el derecho de los ciudadanos de recurrir ante los tribunales de justicia para que se pronuncien acerca de si las autoridades administrativas o los miembros de un Consejo están dando fiel cumplimiento a la ley.
¿Qué puede ocurrir, señor Presidente? Que este Consejo -que en cumplimiento de la ley debe calificar las películas como "para todo espectador", para "mayores de determinada edad" o de "contenido pornográfico"- puede resolver, por ejemplo, que un filme es apto para "todo espectador", en circunstancias de que a juicio de un ciudadano debió calificarse como de "contenido pornográfico". Entonces, ¿por qué privar a esa persona del derecho de reclamar ante los tribunales de justicia por la decisión de un Consejo o de una autoridad administrativa, que a su parecer no están cumpliendo en debida forma con las normas legales?
Por ejemplo -todo nuestro ordenamiento jurídico se halla establecido sobre esas bases-, la legislación actual otorga al Director del Servicio de Impuestos Internos plenas atribuciones para determinar el monto del impuesto que debe pagar determinada persona. Pero ésta, obviamente, tiene el derecho de acudir ante los tribunales de justicia en caso de que el Director de ese organismo no haya aplicado la ley como corresponde al fijar una cuantía superior.
¿Por qué sujetamos al Director del Servicio de Impuestos Internos o a cualquier autoridad a los tribunales de justicia y no lo hacemos con el Consejo de Calificación Cinematográfica?
Lo único que se pretende con la mantención de los artículos 373 y 374 del Código Penal es permitir que las personas puedan acceder a los órganos jurisdiccionales cuando estimen que el referido Consejo no ha dado cumplimiento a la ley en esta materia específica, para los efectos de que se vele siempre por su correcta aplicación por parte de las autoridades.
Simplemente, la intención es mantener el derecho de reclamar ante la justicia de decisiones de autoridades -da lo mismo que sean una, diez, quince o veinte-, a fin de que siempre cumplan con la correcta aplicación de la ley.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente, el Código Penal establece la protección de ciertos valores e incorpora el párrafo "De los ultrajes públicos a las buenas costumbres".
Ahora bien, respecto de la posibilidad de que se incurra en ultrajes públicos a las buenas costumbres mediante la exhibición de películas, la ley determina un procedimiento distinto: la calificación cinematográfica.
Entonces, me parecería contradictorio con el sentido de la normativa en discusión el exhibir una cinta, porque esta legislación lo permite, y que este mismo hecho pueda ser constitutivo de delito. Creo que no es consistente una cosa con la otra.
Más inconsistente sería que la norma de ultrajes públicos a las buenas costumbres se pudiera aplicar a las películas no pornográficas. O sea, se entraría, por definición, en una contradicción.
Por lo tanto, si se trata de optar por regular el tema o defender tal valor mediante el proceso de la calificación cinematográfica, me parece que ése es el camino por el cual no se ha ido.
El anterior es un punto. El otro: si se quisiera establecer una acción para un particular que estime que el Consejo actúa mal y para pedir una revisión ante otro organismo, sería preciso disponerlo en la ley. No estimo que el instrumento adecuado sea abrir el procedimiento que nos ocupa.
Por lo tanto, lamento mucho discrepar de mi Honorable colega, pero pienso que se entraría en una contradicción de tipo jurídico, en una contradicción estructural, sobre la base de que se regula la exhibición de películas mediante un sistema determinado. Se podrá estar de acuerdo o en desacuerdo, pero, si se ha resuelto que ello no se puede prohibir, significa que tal actividad, si se cumple con el procedimiento legal, no puede ser constitutiva de delito.
Eso es todo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¡Se observan ciertas fisuras en ese sector! ¡Hay que tener cuidado...!
El señor CHADWICK.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde el uso de la palabra al Honorable señor Valdés. ¿Su Señoría da una interrupción al Senador señor Chadwick?
El señor VALDÉS.-
Dejo constancia, primero, con una satisfacción razonable, de que ha habido una diferencia de opinión dentro de la Unión Demócrata Independiente, a la que hasta ahora considerábamos una composición humana sólo comparable con las falanges macedónicas.
El señor CHADWICK .-
¡O la Falange Nacional...!
El señor NOVOA .-
En los temas políticos, seguimos como la falange macedónica, Honorable señor Valdés . No se preocupe.
El señor VALDÉS.-
Pero es un hecho que habla muy bien de los participantes en esta Corporación.
Lo que quiero decir es que estoy muy de acuerdo con lo expresado por el Senador señor Novoa , dado que se está instituyendo un Consejo que fallará en función de criterios y no de leyes. Y ahí distingo lo expuesto por el Honorable colega Chadwick . No puedo comparar el concepto de decencia, de moralidad o de violencia con las pautas de Impuestos Internos, porque ese organismo falla de acuerdo con la ley. Y se puede reclamar de una resolución por estar en contra de ella; pero en el caso que nos ocupa se acusaría ante el juez una falla de criterio de un órgano creado para aplicarlo. Entonces, un magistrado no puede ser superior a un cuerpo colegiado al cual se da esa norma. Porque, si no, se terminaría siempre con un proceso que paralizaría la función del Consejo.
En consecuencia, pienso que el asunto es extremadamente delicado. Porque, además, si se sale de los procesos cinematográficos, de televisión o de cine, se llega muy cerca de otro tema, también vinculado con el que se trata: la distinción entre el arte y el cine, entre el arte y la indecencia, o entre el arte y otras posibles situaciones, como la observada en Santiago cuando se calificó de arte la actividad de una señorita que exhibía sus necesidades dentro de una jaula de vidrio. Ahí es donde se percibe que hay un momento muy difícil para la justicia y otro para la cultura.
Entonces, si se crea un Consejo de personas responsables, que representan puntos de vista distintos, edades diferentes, haría confianza en ellas, porque es la única forma de mantener la frontera tan gris respecto de lo que es violencia, lo que es indecencia, lo que es legítimo, lo que es arte. Es un ámbito en que debe aplicarse criterio por gente madura y experta y no por un juez del crimen.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Deseo puntualizar dos cosas, señor Presidente . No se debe confundir lo que se hará a través del proyecto. La reforma constitucional y la iniciativa en debate apuntan a terminar con la censura previa. Ello no significa que no se puede prohibir la difusión de algo: implica que ninguna autoridad administrativa, en términos previos a la exhibición, puede impedirla. Pero, obviamente, autorizada esta última, se puede reclamar para el efecto de obtener la prohibición de la difusión.
Y pongo un ejemplo. No hay libertad más amplia que la de expresión. Y la Constitución prohíbe toda forma de censura previa al respecto. Pero, una vez difundida una opinión, por cierto que puedo reclamar a los tribunales de justicia si me afecta alguna situación de delito por esa causa, como puede ser precisamente la injuria o la calumnia.
Si lo anterior se plantea acerca de la libertad de expresión, no veo por qué, en cuanto a la producción cinematográfica, no existirá la posibilidad -y apunto a lo expresado por el Senador señor Novoa en relación con cuál es el tema de fondo- de reclamar ante una instancia jurisdiccional por una decisión que adopte el Consejo. Si ese organismo autoriza para todo espectador una película que, conforme a mi criterio y mi juicio, es pornografía, puedo concluir que no cumple con la ley. Porque la norma legal le señala que a ese material le corresponde una exhibición determinada y específica en salas de triple equis, bajo determinados requisitos.
El señor VALDÉS .-
¿Qué es pornográfico?
El señor CHADWICK .-
¿Qué es pornográfico? Aquello que decidirá el Consejo o que, en definitiva, como ocurre siempre dentro del orden jurídico, determinan los tribunales, si mantengo una discrepancia. Si puedo disentir del Director de Impuestos Internos sobre lo que éste considera el monto que me debe aplicar como impuesto. ¿Quién resolverá en último término? El tribunal. Si puedo diferir, respecto de la difusión de una noticia, con relación a lo que es calumnia. ¿Quién lo define? El tribunal.
Entonces, si el Consejo de Calificación Cinematográfica, según el criterio de un ciudadano, no aplica la ley porque permite exhibir a todo espectador un material pornográfico, ¿ante quién se puede reclamar?
El señor ZALDÍVAR .-
Termina su tiempo, señor Senador.
El señor CHADWICK .-
Y ello es lo que se busca, quizás no con toda la perfección técnica, con el artículo 373 o el 374 del Código Penal. Y, en ese sentido, coincido con el Honorable señor Novoa -y lo dijimos en la Comisión- en que sería mejor contar con una acción propia y específica para reclamar al respecto. La Comisión sólo estuvo dispuesta a que existiera un derecho sobre el particular ante la misma autoridad. Eso no es acción. Eso no es capacidad de poder rectificar.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Aburto.
El señor ABURTO.-
Señor Presidente, me causa verdadero asombro que a través de una iniciativa de ley de naturaleza absolutamente diferente de lo penal se trate de despenalizar conductas que pueden ser horrorosamente aberrantes a través de la exhibición de películas, de escenas que provoquen verdadero pavor. Cabe llamar la atención hacia la norma del proyecto que pretende no aplicar la ley penal a casos de películas calificadas para todo espectador, por ejemplo, cuando ello no proceda, en circunstancias de que dentro de una sociedad civilizada -y así se contempla en nuestro ordenamiento penal- cualquier persona puede recurrir en defensa de sus derechos en el orden temporal o de los que asisten a la sociedad cuando se sienta menoscabada, agredida, por determinadas conductas que queden comprendidas dentro del ámbito penal.
Por ello, en la Comisión me opuse tenazmente a esta norma en proyecto, que pretende no aplicar determinadas disposiciones penales que sancionan la infracción al pudor, a las buenas costumbres.
Los tribunales tienen la obligación de actuar a requerimiento de cualquier persona, cuando se trate de problemas que están dentro del ámbito del orden temporal. La ley exige a los tribunales intervenir, aun cuando en ciertos casos falte una norma legal que permita resolver una controversia. Hay principios generales que los obligan. Y mediante el proyecto se pretende evitar que ellos puedan actuar ante un conflicto de esta naturaleza, en donde se defienden valores tan altos, de carácter moral, dentro de la sociedad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, pienso que se ha dicho lo sustancial y que deberíamos votar.
Sólo quiero señalar que, a mi juicio, la competencia del Consejo no es la misma que la del juez del crimen. La del primero está circunscrita a la calificación.
El artículo 7º del proyecto, dice: "Corresponderá especialmente al Consejo:
"a) Calificar las producciones cinematográficas en conformidad a esta ley.".
Lo anterior implica ubicar las producciones en las categorías de edad que antes se mencionaron, o si, por su contenido -de violencia excesiva o pornográfico-, deben ser exhibidas en una sala especial. Eso no significa que el Consejo tenga competencia para calificar los delitos que se puedan cometer a través de esas exhibiciones cinematográficas.
Por consiguiente, el quitar la competencia al juez en dicha materia me parece extremadamente peligroso. Se trata de asuntos y competencias distintas. Y por esta vía, efectivamente, se podrían despenalizar otras conductas y comportamientos.
Como éste no es el objetivo del proyecto, tampoco es válida la indicación presentada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, me da la impresión de que, como debatimos la indicación en la Comisión de Constitución, sus autores tienen una percepción equivocada acerca de la forma como ella se aplica en la práctica legal.
En primer lugar, hoy día, hemos creado un estatuto legal de calificación cinematográfica. Se trata de una norma especial que primará sobre las de orden general existentes en el país. Por lo tanto, la regla general es que cuando alguien pretenda recurrir a la justicia para impugnar la calificación realizada por el Consejo de Calificación Cinematográfica, el tribunal le dirá: "¡No ha lugar!", porque preferirá la norma especial.
Por lo tanto, lo primero que se debe tener en cuenta es que al juez le corresponde aplicar un principio de interpretación de la ley. Y si un ciudadano, por una conducta del referido organismo, decide recurrir ante la justicia sosteniendo: "No me gustó la calificación que hizo el Consejo", el tribunal le responderá: "Señor, como primera cuestión le digo que éste es un cuerpo legal especial que prima por sobre la norma general a que usted se acoge para reclamar". Por consiguiente, va a aceptar esa calificación.
Esta materia, señor Presidente , se consultó a los abogados que asistieron a la Comisión, y absolutamente ninguno sostuvo que ese criterio no sería aplicado por los tribunales. Y si alguno no actuare así, cometería falta grave y abuso en el cumplimiento de su función jurisdiccional y se podría ir de recurso de queja en su contra.
En consecuencia, pienso que se debe despejar ese tema. El juez siempre habrá de preferir la norma especial del estatuto jurídico de calificación, por sobre la establecida en los artículos 373 y 374 del Código Penal.
¿Por qué soy contrario a aceptar esta indicación? Porque una cosa es la calificación cinematográfica, y otra distinta es que se pretenda inhibir a un ciudadano para recurrir a los tribunales de justicia cuando piensa que a raíz de una decisión tomada se está cometiendo un delito.
Y aquí estamos frente al único caso de este tipo en la legislación chilena. ¡El único caso; no hay otro! Esta situación no se produjo cuando se reguló lo relativo a la televisión. ¡No, para nada! Ahora se le señala a un ciudadano: "¡Señor, usted no tiene derecho a recurrir a los tribunales de justicia! Desde luego, esa norma está en contradicción con el artículo 73 de la Constitución Política, que prescribe: "Reclamada su intervención" -de los tribunales- "en forma legal y en negocios de su competencia, no podrán excusarse de ejercer su autoridad, ni aun por falta de ley que resuelva la contienda o asunto sometidos a su decisión.".
Un Estado de Derecho se caracteriza porque la gente siempre puede recurrir a los tribunales. La diferencia esencial entre los Estados de Derecho democráticos y las dictaduras radica en que en democracia no se impide a las personas recurrir a la justicia.
El día de mañana alguien podría considerar que estamos en presencia de una decisión que constituye delito, como, por ejemplo, que una película pornográfica sea calificada apta para menores de edad y se permita exhibirla en cualquier cine. Imaginemos que esa hipótesis absurda ocurriera. En tal caso, el Consejo ya no está realizando una acción de calificación, sino que comete un delito.
Porque la autoridad del Consejo es similar a la del Presidente de la Corporación, que le permite ejercer acciones que se enmarcan dentro de la ley, las cuales se conocen como "el mandato", "la orden". Asimismo, cuando un policía toma una decisión que se halla dentro del marco de sus atribuciones, decimos que está actuando bien; pero si las excede, comete un delito.
Entonces, en esta hipótesis, ¿por qué vamos a eximir a un ciudadano de recurrir a los tribunales de justicia? Me parece que la norma es absolutamente arbitraria, pues pretende inhibir, frente a casos excepcionalísimos, la opción de que una persona acuda a dichos tribunales por estimar que el Consejo ha cometido un delito, y ante lo cual se le responda: "¡Mire, respecto de lo que usted acusa, no hay delito!". O sea, para todos los ciudadanos se trata de un delito; sin embargo, se impide a una persona denunciar como tal una acción tipificada como exhibición pornográfica a menores de edad.
Señor Presidente, repito, tengo la impresión de que es una norma absolutamente arbitraria, excepcional en la legislación chilena, que nada tiene que ver -lo quiero aclarar- con los fallos de los tribunales. Porque ningún juzgado aceptará, ante un error de calificación del Consejo, que se sancione como una falta al pudor, pues constituiría un absurdo. Si la propia norma legal establece que no es falta al pudor. Por algo se dictó una ley de calificación cinematográfica.
Para concluir, señor Presidente, estimo que esta indicación es absolutamente innecesaria, improcedente y vulnera el derecho de todo ciudadano en democracia, frente a una situación que es delito -¡que es delito!-, de recurrir a los tribunales.
Por esa razón, soy contrario a la indicación presentada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente, esta discusión tan extensa que se ha llevado a cabo en la Sala también se realizó en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Y en su oportunidad, al votar la norma, el resultado fue un empate. Se repitió la votación y se mantuvo dicho empate.
La verdad es que quienes estuvimos de acuerdo con la indicación en los términos en que se ha renovado en la Sala, pensamos que no existe este proceso tan sutil planteado por algunos distinguidos señores Senadores. En el fondo, aquí estamos en presencia de un Consejo -un órgano de administración- que efectúa un acto administrativo, el cual es reclamable ante el mismo. Y si por casualidad, hipotética o eventual, se produjere un descontento que dé origen a una reclamación, ella no se niega. Pero tal reclamación no está contenida en los artículos del Código Penal -que aquí se pretende excusar de su aplicación, razonablemente-, sino en el artículo 38 de la Constitución Política.
Cabe recordar que dicho precepto constitucional establece que "Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la Administración del Estado, de sus organismos o de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley,". Actualmente y mientras no se establezcan los tribunales administrativos, éstos son los tribunales ordinarios. Pero no los de competencia penal, sino los de competencia civil. De tal suerte que aquí no se produce lo que se está diciendo.
El señor ABURTO .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor SILVA .-
Deseo terminar la idea, señor Senador. Después le concedo la interrupción.
Lo que aquí se propone es excusar una competencia penal, porque el acto de que se trata no da origen a una cuestión penal, sino a un asunto administrativo o de carácter civil.
Por lo demás, partamos de la base de que se trata de una película cuya producción está permitida en la norma, puesto que lo que aquí se está consagrando es simplemente su calificación, pero no que ésta haya de ser prohibida.
Por lo tanto, no alcanzo a ver dónde puede colegirse, a partir de la aplicación de estas disposiciones, la existencia de un ilícito penal. Considero que éste es consecuencia de una sutileza en extremo. En ningún caso se está planteando acá una excepción -como señalaron algunos señores Senadores-, porque hay una acción recurrible ante los tribunales, pero que es de competencia distinta, y no de aquella que se está invocando.
Con la venia de la Mesa, concedo una interrupción al Honorable señor Aburto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ABURTO.-
Señor Presidente, deseo preguntar al Senador señor Silva si todo lo que ha expuesto acerca del derecho que tiene un ciudadano a recurrir a una instancia superior está referido a que ésta es de carácter administrativo. Lo digo porque el señor Senador no se ha salido de ese tema. Pero resulta que la situación en debate es de aspecto netamente penal. Por consiguiente, tratándose de una cuestión ubicada dentro del ámbito penal, no hay opción alguna de reclamar ante nadie.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador Zurita.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, había solicitado la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Su Señoría debe pedir una interrupción, pues ya intervino.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente, a mi entender, se está haciendo un monumento de un poco de tierra.
No se trata de que se haya despenalizado todo el Código Penal, sino que para este caso sólo se despenalizó una disposición, que tiene su origen en 1870. Ésta señala -casi como una ley penal "en blanco"-: "Los que de cualquier modo ofendieren el pudor o las buenas costumbres".
¿Cuáles son las buenas costumbres? ¿Las de hoy, las de ayer? ¿Qué habrían dicho los jueces en la década del 70 respecto de la minifalda? ¡Estarían todas las mujeres presas!
El señor NOVOA .-
Señor Senador, ¿me permite una pequeña interrupción?
El señor ZURITA.-
Con la venia de la Mesa, con gusto se la concedo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa .
El señor NOVOA .-
Señor Presidente, seré muy breve.
No cabe la menor duda de que, a través de una producción cinematográfica, se pueden cometer delitos. Por ejemplo, incitar a la violencia, injuriar a determinado individuo, atentar en contra de una raza, un credo o un grupo de personas.
Todos esos hechos, si ocurren, serán materia de conocimiento de los tribunales del crimen. ¿Por qué se pretende exceptuar, única y exclusivamente, los delitos que están bajo el título "De los ultrajes públicos a las buenas costumbres"? Porque se decide proteger de otra manera ese bien jurídico, que ya está resguardado; es decir, mediante la calificación cinematográfica.
Por esa razón, creo que el tema merece ser eliminado de esta normativa, para no hacer chocar dos leyes que estarían protegiendo el mismo bien jurídico.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente, estoy plenamente de acuerdo con el señor Senador.
El Honorable señor Chadwick preguntó: "¿Y si me calumnian?". No le quepa la menor duda de que si una película es calumniosa e injuriosa, tiene derecho a recurrir a los tribunales. Pero lo que se pretende es no aplicar a este caso los artículos 373 y 374 del Código Penal.
¡No convirtamos a los jueces en los críticos de las películas!
Sobre el particular, existe una mala experiencia. Porque nunca se ha dicho nada acerca de por qué dos jueces -muy admirados ahora por la Concertación- prohibieron cierta película. Siempre afirmamos -yo era miembro de la Corte Suprema en la época- que ese fallo no fue jurídico, sino teológico.
Insisto en que no convirtamos a los jueces en críticos cinematográficos.
En este proyecto se determina cómo se califican las películas y cómo se exhibirán. Si no establecemos esta prohibición, llenarán de recursos de protección a los exhibidores de filmes, con el fin de evitar su proyección.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ruego a los señores Senadores evitar los diálogos.
El señor CHADWICK.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Su Señoría puede solicitar una interrupción al Honorable señor Coloma, quien tiene la palabra.
El señor ÁVILA.-
Está bueno, ya, señor Presidente , esto se está volviendo reiterativo.
El señor COLOMA.-
No tengo objeción, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Senador señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Sólo quiero referirme a lo planteado por el Senador Zurita .
Hoy día, en Chile es delito la exhibición de material pornográfico a menores. ¿Sí o no? Sí, señores Senadores.
Supongamos que el Consejo de Calificación Cinematográfica autoriza para proyectar a todo espectador una película pornográfica, de excesiva violencia, que recurra a la pedofilia.
El señor RUIZ (don José ).-
¡Serían unos descriteriados!
El señor CHADWICK .-
No cabe duda, señores Senadores.
Cometieron un delito. Mi inquietud se basa en que, si se produce esa situación, o sea, algo que es delito, estoy impedido de recurrir a los tribunales de justicia. Entonces, cómo reclamo al Consejo que su calificación generó una acción delictual, al permitir que material pornográfico se exhibiera a menores.
El señor VIERA-GALLO.-
Eso está consignado en otro artículo del Código Penal, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, simplemente quiero manifestar mi preocupación por dos puntos.
Primero, me inquieta cómo respecto de esta materia, cuyo debate surgió hace más o menos diez años en el Parlamento, se va cambiando de enfoque.
Recuerdo cuando el Senador señor Viera-Gallo -en aquella época Diputado - intentó, con éxito, terminar con la censura cinematográfica. Su Señoría planteó la posibilidad de que existiera un Consejo cuyos criterios fueran revisables judicialmente. Ésa era la fórmula por la cual señalaba que era adecuado acabar con la institución de la censura.
Entonces, no me parece consistente el hecho de que con tal argumento se hubiera avanzado en ese tono y, después, mediante la vía de la ley, se termine con una de las bases que fueron claves para lograr lo primero. Creo que es bueno recordar lo que uno argumentó en su momento y lo que sostiene a continuación.
En seguida, me preocupa lo que señaló el Senador señor Valdés, que merece un especial reconocimiento, respecto de si se puede o no juzgar judicialmente criterios, que es la pregunta de fondo.
He estado revisando algunos antecedentes, y puedo señalar que permanentemente los jueces se refieren a criterios. Voy a poner un ejemplo.
En el Consejo Nacional de Televisión hay instancias para que judicialmente puedan revisarse los criterios para otorgar determinadas concesiones; o, respecto de las normativas del medio ambiente, constantemente se dan facultades específicas para que los tribunales revisen los criterios con que se tomaron ciertas decisiones. Entonces, aquí no es tan cierto que judicialmente ello no pueda realizarse respecto de medidas aconsejadas por personas especializadas.
Justamente lo que se busca, por la gravedad, por la seriedad y por la historia, es tratar de generar una instancia especial respecto de la misma normativa con el objeto de evitar errores de criterio. Porque, evidentemente, el hecho de que haya un consejo o una comisión no impide que esas personas puedan equivocarse y afectar gravemente valores que la misma ley trata de cautelar.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación económica la indicación renovada Nº 57.
--Se aprueba (18 votos contra 9).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se ha retirado la totalidad de las indicaciones renovadas. Entonces, de conformidad a lo acordado por la Sala, se entendería despachado el proyecto.
--Se aprueba en particular el proyecto, y queda despachado en este trámite.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor ESPINA:
A la señora Ministra de Educación , sobre CONTENIDOS TEÓRICOS Y PRÁCTICOS DE PRUEBA SIES.
Al señor Ministro de Salud y a la señora Directora del Hospital de Angol , acerca de SITUACIÓN QUE AFECTÓ A DOÑA ALEJANDRA MARIELA REYES UNDA EN HOSPITAL DE ANGOL.
Al señor Intendente de la Novena Región , tocante a CONSTRUCCIÓN DE CASETAS SANITARIAS EN MITRAUQUÉN Y MITRAUQUÉN ALTO, COMUNA DE LONQUIMAY; COBERTURA DE TELEFONÍA RURAL EN LONQUIMAY Y COMUNIDADES "PEDRO CALBUQUEO" Y "PICHIPEHUENCO", y ELECTRIFICACIÓN RURAL EN VILLA "EL TROYO", COMUNA DE LONQUIMAY.
Al señor Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Novena Región y al señor Alcalde de la Municipalidad de Angol , relativo a PROHIBICIÓN DE ESTACIONAR VEHÍCULOS EN AVENIDA O'HIGGINS DE ANGOL.
Al señor Administrador Zonal de la Novena Región de la Empresa Eléctrica de la Frontera S.A., para que informe sobre PROBLEMA DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN "EL NARANJO" Y "MALLÍN DEL TREILE", COMUNA DE LONQUIMAY. (Todos de la Novena Región).
Del señor STANGE:
A los señores Ministros de Economía , Fomento y Reconstrucción y de Obras Públicas, en cuanto a PROYECTOS DE ELECTRICIDAD Y AGUA POTABLE EN CHUYAQUÉN, COMUNA DE MAULLÍN.
Al señor Ministro de Obras Públicas , tocante a TÉRMINO DE TRAZADO DE CAMINO COCHAMÓ-PASO EL LEÓN y CONSTRUCCIÓN DE RUTA COSTERA ENTRE BAHÍA MANSA Y MAULLÍN Y MAULLÍN Y PARGUA.
Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo , respecto de REPARACIÓN DE VIVIENDAS BÁSICAS EN PUERTO MONTT Y CALBUCO Y REPAVIMENTACIÓN DE CAMINO PUERTO MONTT-CHINQUIHUE (todos de la Décima Región).
A los señores Ministro de Minería y Director Ejecutivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, con relación a DERRAMES DE PETRÓLEO EN REFINERÍA DE CONCÓN (QUINTA REGIÓN).
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(El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ) En Incidentes, en el turno del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Honorable señor Moreno.
PROBLEMAS DE AGUA POTABLE RURAL EN SÉPTIMA REGIÓN POR PRIVATIZACIÓN DE EMPRESAS SANITARIAS. OFICIO
El señor MORENO .-
Señor Presidente , deseo plantear en esta oportunidad un problema que he detectado en la región que represento en el Senado -tengo la certeza de que también se produce en otras zonas-, derivado de las privatizaciones de empresas sanitarias, las cuales han solicitado derechos de agua sobre territorios que ya se encuentran en poder de cooperativas o de comités de agua potable rural del área, y que ya están en operación.
La acción de dichos comités -creados durante el Gobierno de don Eduardo Frei Montalva- ha afectado a más de un millón y medio de personas pertenecientes a las cooperativas. En la zona que represento, más de 140 mil personas se encuentran agrupadas en aproximadamente 200 cooperativas y comités, los cuales han realizado esfuerzos económicos y han apoyado los programas de desarrollo llevados a cabo particularmente por los Gobiernos de la Concertación, con el objeto de dotar del servicio de agua potable a las poblaciones que no estaban dentro de los denominados cascos urbanos.
Pues bien, de un tiempo a esta parte, se han hecho reclamaciones o peticiones de derechos de agua por parte de la misma empresa que en el pasado actuó como unidad técnica del Estado, en convenio con el Ministerio de Obras Públicas, a fin de poder ampliar la cobertura de agua potable rural en las distintas comunidades del país.
En la actualidad, en mi zona se da la paradoja que la empresa sanitaria ESSEL -perteneciente a capitales ingleses- ha formulado una petición de derechos de agua en esos territorios. ¿En qué se ampara para hacer tal solicitud? En la legislación vigente, pues conforme a ella, dentro de los territorios declarados urbanos, se podrían solicitar concesiones; también se podrían solicitar en los terrenos no declarados urbanos, pero donde exista una concentración teórica de 500 viviendas, aun cuando no estén dentro de la zona comprendida en los planes reguladores urbanos.
Tal situación ha generado gran inquietud e inestabilidad en estas cooperativas y comités, que tienen una muy buena historia y administración. Además de proveer un servicio de calidad, sus tarifas son sensiblemente menores a las cobradas por ESSEL.
En consecuencia, señor Presidente , estamos ante una situación que está provocando creciente alarma entre la gente, sobre todo porque se ha visto que en los últimos meses las tarifas de agua potable asociadas al cobro de alcantarillado han subido sistemática y sensiblemente, en particular en las poblaciones más modestas que antes recibían un subsidio y al que ahora no tienen acceso en las mismas condiciones que en el pasado.
Por lo tanto, planteo esta materia en el Senado, pues considero que involucra una responsabilidad tanto de parte del Estado, a través de los marcos regulatorios, como de las empresas que actúan como unidades técnicas junto a Obras Públicas.
Sobre el particular, creo necesario formular algunas precisiones.
El mecanismo existente consistía en que, junto con los recursos públicos destinados al efecto, los dineros que la gente acumulaba para tener agua potable eran entregados a unidades técnicas, las cuales actuaban dentro de las empresas sanitarias estatales como ejecutoras de las obras y como unidades técnicas asesoras. Con posterioridad al término de la obra, esas empresas sanitarias debían restituir los recursos adelantados por el Ministerio de Obras Públicas para la ejecución de la red de agua potable rural.
Hoy en día, nos encontramos con la paradoja de que una empresa privada sigue actuando como organismo técnico asesor de esos comités o cooperativas de agua potable rural, pero, al mismo tiempo, solicita derechos de agua en nombre de esas mismas cooperativas, conforme al mecanismo existente.
Por consiguiente, aquí ya no sólo existe una contradicción, sino un conflicto de intereses, el cual creo necesario despejar definitivamente.
En consecuencia, señor Presidente , aparte de exponer esta preocupación, solicito oficiar, en mi nombre, al señor Ministro de Obras Públicas , con el objeto de que, a través de la Dirección de Obras Hidráulicas de la respectiva Cartera, informe al Senado cuántas son las cooperativas o los comités de agua potable rural existentes en Chile; cuál es su antigüedad; qué derechos tienen sobre las aguas que hoy día utilizan; qué empresas privatizadas continúan actuando como unidades técnicas asesoras del Ministerio de Obras Públicas respecto de los comités de agua potable rural, y cuáles son las condiciones jurídicas en las que se pueden pedir concesiones de agua sobre territorios que ya están reclamados y en operación por parte de cooperativas o comités de agua potable rural.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado en nombre del señor Senador, de conformidad con el Reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En el tiempo del Comité Mixto Unión Demócrata Independiente e Independientes, tiene la palabra el Honorable señor Stange.
EVENTUALES PROBLEMAS EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTE SOBRE CANAL DE CHACAO. OFICIOS
El señor STANGE.-
Señor Presidente , con reiterada publicidad y presencia del señor Presidente de la República se ha dado a conocer a la opinión pública el proyecto sobre construcción de un puente sobre el canal de Chacao, con el objeto de unir a la Isla Grande de Chiloé con el continente, entre los puertos de Pargua y Chacao en la Región de Los Lagos.
En esta ocasión, no opinaré ni a favor ni en contra de este emblemático proyecto del Gobierno.
Las informaciones que se reciben a menudo a nivel de la ciudadanía son confusas, pues mientras por una parte se ha afirmado que el puente se encuentra próximo a ser licitado para entregarlo en concesión, por otra se reciben antecedentes de problemas que estarían retrasando o quizás impidiendo este gran proyecto.
Dicho puente, según cálculos ingenieriles, tendría un largo de 2 mil 300 metros y se situaría en la parte más angosta del canal.
El proyecto -que tiene un costo aproximado a los 308 millones de dólares- contempla utilizar como base para una de las torres soportantes del puente la denominada "roca remolino", ubicada a mil 280 metros-norte de la Isla de Chiloé.
Hasta ahora, dicha roca es pilar fundamental para el proyecto. Sin embargo, se están recibiendo noticias a nivel público en el sentido de que la denominada roca no sería tal, sino que se trataría de una piedra de origen glaciar formada por roca blanda, conocida en la zona como "cancagua", que tiene capas de grava y arena. Se caracteriza por estar formada por depósitos cuaternarios no consolidados; es decir, no se trataría de una roca, sino más bien de materiales como morrena, arenosos o con ripios.
No obstante, según informaciones de hace dos años, se habían efectuado estudios geotécnicos suficientes para tener la seguridad de que se trataba de roca, y que en ellos se habría invertido una considerable suma de dinero.
Por otra parte, tampoco hay claridad en cuanto a si el Consejo de Monumentos Nacionales estaría dispuesto a autorizar los trabajos en los alrededores de esta roca, pues, según antecedentes recibidos por la opinión pública, en dicho lugar habría naufragado un galeón español. Al parecer, los estudios geotécnicos nada han dicho respecto del tema.
Asimismo, es necesario saber si hay alguna exactitud acerca del cálculo o proyección de las posibles "pasadas" de vehículos en uno y otro sentido, porque, a mi juicio, tal dato será decisivo en cuanto al interés que podrían tener las empresas para optar al concurso de la concesión.
Es preciso saber también el trato que se dará a la flora y fauna del sector, pues, aun cuando es efectivo que un puente no necesita ser sometido a estudios de medio ambiente, por tratarse de una obra de la referida magnitud, el Ministerio ha sometido voluntariamente el proyecto a un estudio para determinar su impacto ambiental. Sin embargo, el sector donde se pretende instalar el puente, sus accesos y las playas de construcción, así como las perforaciones y extracciones de material del fondo del lecho del mar, sin duda alguna, va a ser alterado, pese a que hace dos años fue declarado zona de protección a la vida silvestre.
Empero, mientras se reestudian o se solucionan esos problemas -que, al parecer, son graves- transcurre el tiempo y seguramente el proyecto no va a estar listo antes de los cinco años programados en un principio.
Y en espera de la concreción de dicho proyecto, los habitantes de las provincias de Chiloé y de Palena, continúan con los problemas de salud y dificultades de los medios de transportes. Seguirán, por lo tanto, las peticiones de estos ciudadanos por un hospital de mayor categoría, que supla al hospital base de Puerto Montt y continuarán las esperanzas justificadas de contar con un aeropuerto que pueda ser operable comercialmente.
Por otra parte, la utilización de los transbordadores continúa siendo deficitaria en la atención a los usuarios, pues falta construir otra rampa y un camino de acceso en el sector de Pargua. Esto fue solicitado por el Senador que habla mediante oficio Nº 19.522, de 20 de marzo de 2002, al señor Ministro de Obras Públicas . En él se hace mención de que las actuales empresas de transbordadores estarían dispuestas a aportar 250 millones de pesos para ese efecto. Sin embargo, este ofrecimiento no tuvo acogida, pues el Gobierno estima que la empresa que se adjudique la concesión será la operadora de los transbordadores y, por lo tanto, si ésta lo estima necesario, construirá la otra rampa.
Dado que aún no se finiquitan los estudios previos al ofrecimiento de la concesión y el sistema que propone el Gobierno entrará a regir desde el comienzo de las obras, se mantiene el déficit de rampas en el sector de Pargua y, por ende, se producen demoras en el embarque y desembarque de vehículos.
Como consecuencia de la campaña de información del Gobierno, es de conocimiento público el futuro trazado de las vías de acceso y a qué propietario de terrenos afectaría una futura expropiación.
Es lógico, entonces, que haya personas interesadas en adquirir los entornos de esas futuras vías o que ya se encuentren finiquitados los traspasos de propiedad. Y cuanto más se demore la licitación, lógicamente, mayor será el valor que adquieran esos terrenos.
Por todo lo anterior, solicito al señor Presidente que se remitan oficios, en mi nombre, a las siguientes autoridades. Primero, al Ministro de Obras Públicas , don Javier Etcheberry , para recabar información acerca del estado actual del proyecto y de cuántas empresas han adquirido antecedentes para la futura licitación. Respecto del costo estimativo que tendrá el proyecto finalizado, a cuántos años se otorgaría la concesión, cuántos fondos fiscales serán aportados antes o durante la construcción y, una vez entregado el puente, cuáles serán las obligaciones del Estado y especialmente el costo de ellas. Asimismo, en cuanto a si es efectivo que la "roca remolino" es de "cancagua" y no de piedra, y si esto afectará la ejecución del proyecto o su costo. También que se sirva informar cuántos fondos fiscales se han invertido hasta hoy en el proyecto y con cargo a qué ítem y de cuáles Ministerios.
Segundo, al Ministro de Justicia , don José Antonio Gómez Urrutia , para tener antecedentes sobre si hay registrada alguna transferencia de propiedad en las respectivas oficinas de Conservadores de Bienes Raíces del sector, que corresponda a parte de las fajas de terrenos por expropiar para las vías de acceso al puente.
Tercero, al Ministro de Obras Públicas , don Javier Etcheberry Celhay , para recabar información en lo relativo a las posibles inversiones en obras públicas (aeropuertos, hospitales, caminos) en el próximo tiempo, en la provincia de Chiloé. Igualmente, al señor Ministro del Interior , para que el Subsecretario de Desarrollo Regional, don Francisco Vidal Salinas , informe si existen estudios presupuestarios para algunas de esas obras.
Cuarto, a la Presidenta del Consejo de Monumentos Nacionales , Ministra de Educación señora Mariana Aylwin Oyarzún , para que nos verifique las noticias -que son de conocimiento público- sobre el probable impedimento de construcción del puente, por encontrarse próximo a la "roca remolino" los restos de un navío español naufragado hace tres siglos.
Quinto, otro oficio al señor Ministro de Obras Públicas , a fin de que remita un extracto del contenido de las bases y especificaciones que se estudian, para invitar a empresas nacionales y extranjeras a participar en la licitación de la concesión del puente Pargua-Chacao.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En el turno del Comité Socialista, tiene la palabra el Honorable señor Naranjo.
IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE EMPLEO Y ABSORCIÓN DE CESANTÍA. OFICIO
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , a propósito de los programas de empleo y absorción de cesantía que el Gobierno se encuentra impulsando, me parece de mucha relevancia fiscalizar y observar claramente cómo aquéllos se están implementando.
Por eso, a raíz de algunas situaciones generadas de manera irregular, estimé pertinente una acción en favor de que aquéllos se lleven a cabo con la mayor transparencia posible.
En tal virtud, por la transparencia de cómo se están desarrollando esos programas, solicito oficiar al Ministerio del Interior, a fin de que consulte a la Gobernación de Cauquenes y se haga un detalle muy preciso, comuna por comuna, acerca de las empresas involucradas en dichos programas y las personas que han sido beneficiadas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se enviará el oficio en carácter informativo y no fiscalizador.
El señor NARANJO.-
En carácter de información, señor Presidente .
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
CORTE PENAL INTERNACIONAL. URGENCIA PARA PROYECTO DE REFORMA DE CONSTITUCIÓN. OFICIO
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , hace poco tiempo, llegué de una reunión en el Senado de España sobre la Corte Penal Internacional, donde concurrieron parlamentarios de América Latina y de Europa. Fue un evento de gran trascendencia, dado que terminó un día viernes y ya el día lunes siguiente entró en vigencia el tratado que crea tan importante organismo.
En este momento, hay ocho funcionarios en La Haya que comienzan a recibir las denuncias respecto de posibles crímenes, cometidos a partir del 1º de julio de este año en adelante.
Deseo señalar que no ha resultado cómodo hablar en el evento en cuestión cuando todos los países de América del Sur han ratificado el tratado -¡todos!- y Chile no. El nuestro es el único país de América del Sur que no ha ratificado tal convenio. Lo han hecho todos los demás.
¿Cuál es la naturaleza básica de ese tribunal? Conocer los genocidios, los crímenes contra la humanidad y los cometidos en guerra. Ellos están perfectamente delimitados en el tratado, en subsidio de cuando no ejerzan la jurisdicción los Estados nacionales, a los cuales correspondería sancionar esos delitos.
Se ha suscitado una controversia internacional con algunos países que no han ratificado el tratado, especialmente Estados Unidos, China, India , Israel , muchos países árabes -salvo Jordania - y Rusia. Pero el problema mayor se ha suscitado con el Gobierno de los Estados Unidos, el cual ha querido que sus conciudadanos queden al margen de cualquier eventual acusación ante este tribunal. Eso ha llevado incluso a una controversia dura en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que ha enfrentado al País del Norte con las naciones que han suscrito el tratado, básicamente las de la Unión Europea.
Sin embargo, ese tema escapa a nuestra intervención. Lo que sí parece muy importante es tener en cuenta que la existencia de este tribunal es una garantía para un país como Chile, pequeño; y no al contrario, como algunos piensan, en el sentido de que el país quedaría al margen o a merced de vaivenes políticos en la esfera internacional. ¿Por qué digo que es una garantía? En primer lugar, porque hoy día se pueden crear tribunales especiales por una decisión política del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, como ha ocurrido con Yugoslavia y Ruanda.
En segundo término, porque la jurisdicción universal está siendo ejercida, en la práctica, por tribunales extranjeros (en España, Bélgica, Suiza y Francia), invocando -no diré si con razón o sin ella- tratados que nuestro país ha suscrito, los cuales establecen que ciertos delitos pueden ser juzgados en forma universal, como son la Convención Contra la Tortura y la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.
Si bien la existencia de la Corte Penal Internacional no excluye el ejercicio de la jurisdicción universal por parte de otros tratados -o sea, el tribunal no tiene el monopolio de esa jurisdicción-, sin duda, marca una tendencia para que, por una parte, no haya nuevos tribunales ad hoc como los de Yugoslavia o Ruanda, y por otra, para que materias que hoy día corresponden a la competencia de jueces de determinados Estados puedan, conforme a una aplicación extraterritorial de la ley, ser conocidas por la Corte Penal Internacional, con normas claras para la acusación y la defensa, para el debido proceso, y con mayores garantías para las personas imputadas.
Por eso, es de toda conveniencia para Chile formar parte de dicho organismo.
Desgraciadamente, en nuestro país se ha suscitado una controversia, más política que jurídica, que ha impedido hasta ahora que el Tratado cumpla los trámites y los plazos correspondientes. Frente a esta situación, algunos señores Diputados recurrieron al Tribunal Constitucional, el cual sostuvo que era preciso reformar la Carta Fundamental como requisito previo a la aprobación del mencionado instrumento internacional.
Lo anterior no tiene nada de particular, por cuanto muchos países han cambiado su Constitución para tal efecto, como Portugal y Francia. El problema radica en que se ha producido un entrampamiento en la tramitación de la reforma. Al respecto, cabe señalar que el Gobierno envió el proyecto respectivo en los mismos términos en que lo hicieron los de Francia y Portugal. Sin embargo, hasta ahora ha sido obstruido y criticado por la Oposición, sin haber podido tramitarse.
Señor Presidente , en mi opinión, es necesario esperar que se logre un acuerdo por parte de todas las fuerzas políticas -como ocurrió, por ejemplo, en Argentina o en Uruguay, que han vivido situaciones de derechos humanos similares a la chilena- para que el Tratado pueda ser suscrito y ratificado.
¿Por qué digo eso? Porque, de no ser así, Chile sería el único país de América del Sur que quedaría marginado de esta Convención. Y, sin embargo, sus propios nacionales podrían igualmente ser sometidos a la Corte Penal Internacional en determinadas circunstancias.
Por tales razones, a mi juicio, habría que insistir ante el Gobierno -particularmente a la señora Ministra de Relaciones Exteriores- que impulse la reforma constitucional, con todas las negociaciones que sea necesario llevar a cabo en el Parlamento, a fin de que Chile pueda ratificar el Tratado antes del 3 de enero de 2003, que es el día en que se celebrará la asamblea de los Estados fundadores, los cuales van a contribuir a la elección de los dieciocho jueces de la Corte, del Fiscal y de todo el personal administrativo y de consulta de dicho tribunal.
En consecuencia, no estoy hablando de una institución que hipotéticamente puede entrar a operar, sino de un organismo ya vigente y que se instalará después de celebrarse la sesión el 3 de enero del próximo año y del cual Chile quedaría marginado.
Si alguien argumenta que nuestro país con su postura está siguiendo la misma senda de Estados Unidos, estimo que comete el gravísimo error de hacer abstracción del hecho de que esa nación es una superpotencia mundial y que tiene un peso en la vida internacional, del que carecemos. Por lo tanto, su relación con el tribunal internacional siempre será muy distinta de la que puede lograr un Estado como el nuestro.
Señor Presidente , adherir a la Corte Penal Internacional no significa otra cosa que contraer un compromiso solemne de todas las fuerzas políticas para que, en caso de cometerse genocidio y crímenes de lesa humanidad o de guerra, que están perfectamente establecidos en el Tratado, el Estado de Chile juzgaría y sancionaría a sus responsables. Si no lo hiciere -por ejemplo, debido a un colapso de la justicia nacional o a que ésta pudiese encontrarse sometida a un poder omnímodo de facto-, existe el compromiso de que tales acciones pueden ser llevadas ante la Corte Penal Internacional para que zanje el problema.
O sea, la ratificación del Tratado por parte del Congreso Nacional constituye una adhesión a los valores de los derechos humanos.
Por lo anterior, señor Presidente , pido que, en mi nombre, se oficie a la señora Ministra de Relaciones Exteriores , transcribiéndole el texto de mi intervención y requiriéndole que el Gobierno ponga urgencia al proyecto de reforma constitucional, con el objeto de analizar en el Parlamento si existen o no acuerdos suficientes sobre el particular. De no haberlos, nada impide que a la ciudadanía le quede meridianamente claro quiénes están o no a favor de los valores de los derechos humanos, y de que se sancionen, conforme a Derecho, los graves crímenes internacionales.
Ahora bien, en caso de que no prospere esa reforma constitucional, no existe impedimento alguno para que el día de mañana se vuelva a replantear. Lo que no me parece adecuado es que, teniendo en cuenta los cálculos de mayorías y minorías existentes en el Parlamento, pudiera quedar la sensación de que la Concertación no ha impulsado con la debida convicción, fuerza y prontitud la ratificación del Tratado.
Estoy cierto de que tanto el Presidente Lagos como la Ministra de Relaciones Exteriores, doña Soledad Alvear, y todos los Senadores y Diputados de la Concertación estamos comprometidos en esto.
Por lo tanto, debemos impulsarla y efectuar las negociaciones que sean necesarias en el Parlamento. Si no llegamos a acuerdo, debemos realizar un debate de manera tal que la opinión pública sepa a qué atenerse.
Por último, a raíz de la discusión generada en la sesión de ayer, debo precisar que la Corte Penal Internacional no tiene efecto retroactivo, lo cual debe quedar meridianamente claro. No estoy diciendo si esto es bueno o malo; pero lo cierto es que ella entró en vigor el 1º de julio recién pasado.
Por eso, creo que todos deberíamos comprometernos para que crímenes tan atroces no se vuelvan a repetir.
Gracias, señor Presidente.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No habiendo otros asuntos que tratar, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:27.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXOS DE SESIÓN
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES LARRAÍN Y ROMERO, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE ACUERDO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL SENADO CON LA FINALIDAD DE CREAR EL COMITÉ DE NORMAS DE ACCIÓN PARLAMENTARIA (S 620-09)
Honorable Senado:
Nos permitimos presentar a la consideración de¡ H. Senado un Proyecto de Acuerdo que agregue un Titulo XVI nuevo al Reglamento de la Corporación, para crear un Comité de Normas de Acción Parlamentaria, para establecer su composición, determinar sus atribuciones, fijar el quórum para sesionar y adoptar los acuerdos y recomendaciones que correspondan.
La idea central de esta Moción descansa en la necesidad que exista la mayor transparencia y la mas eficaz participación de todos los integrantes del H. Senado, contando con un Comité que pueda estudiar y proponer las iniciativas o cambios normativos necesarios para el mejor trabajo interno de la Corporación, dándole mas eficiencia a la actividad que se desarrolla, aprovechando del mejor modo las capacidades de que se disponen y por otra, que vele por el prestigio y la imagen pública de la Corporación.
A lo largo de estos años se han ido planteando y recogiendo diversas iniciativas para mejorar el trabajo del Senado y es así como en los últimos tiempos se han venido perfeccionando procedimientos para el mejor desarrollo del mismo a través de la incorporación de modernas tecnologías que han mejorado ostensiblemente la transparencia en el trabajo legislativo, facilitando la presentación de indicaciones, permitiendo una mejor participación, además de conocer las distintas alternativas y desarrollo del trabajo que se ejecuta , lo que sin duda ha mejorado el conocimiento que se debe tener sobre nuestra actividad.
Es indispensable, al mismo tiempo, mejorar el procedimiento, tanto en Comisiones, como en la Sala y en particular respecto del mejor aprovechamiento del potencial de trabajo con que se cuenta, a fin de evitar que solo en algunas instancias el trabajo se concentre en algunas Comisiones y en unos pocos integrantes, posibilitando de este modo que haya un mejor aprovechamiento de las capacidades, tanto de los Parlamentarios, como de sus asesores. En este último aspecto, parece importante, tal vez examinar una mejor participación de los
asesores en especial en las Comisiones.
Igualmente, se hace cada vez mas necesario que la imagen de la Corporación sea adecuadamente proyectada por los medios de comunicación social y que ellos tengan a su vez la posibilidad de conocer de su acción, sin que aparezca la idea que no existe la debida claridad y transparencia en la estructura de trabajo de nuestra Corporación.
A su vez es muy importante apoyar la acción de las Mesas de la Corporación, a través de una instancia esencialmente asesora de éstas, por medio de la creación de una Comisión regular y permanente del Senado, que tenga a su cargo revisar periódicamente la imagen publica que se proyecte, a fin de posibilitar una contribución continua, renovada y auténtica, tal como lo exige la adecuada percepción de la ciudadanía hacia nuestra Corporación.
La Constitución Política de la República contiene normas sobre inhabilidades, incompatibilidades o causases de cesaciones del cargo, para lo cual el Tribunal
Constitucional tiene plena competencia. Sin embargo existen situaciones que no se encuentran necesariamente reguladas por la Constitución, ni por las leyes.
En la práctica, hemos legislado recientemente, respecto de las declaraciones de intereses patrimoniales en Registros Públicos, de parte de todos los parlamentarios, lo que sin duda ha sido un avance, pero a nuestro juicio debería haber una mejor ejecución de estas declaraciones, lo que podría facilitarse a través de la acción de este Comité mediante la elaboración de procedimientos mas adecuados y específicos para que tal declaración se realice con mayor claridad y precisión.
La norma fundamental del accionar parlamentario se basa en la honorabilidad de los servidores públicos y esta, ha sido la tradición y la norma que se ha practicado en el H.
Senado de la República, y del cual nos sentimos sinceramente orgullosos.
Sin embargo, existen algunas situaciones que ha conocido la opinión publica y que han colocado indebidamente un manto de duda, respecto de los ingresos y el adecuado uso de las asignaciones que se perciben de la Corporación y que estamos ciertos, son y han sido aplicados con la mayor corrección y celo en su ejecución. No obstante siempre se hace necesario tener la mayor claridad y transparencia ante la opinión pública, ya que estamos ciertos que quienes han asumido estas responsabilidades también han aceptado la carga y el examen publico de sus actuaciones, que implica su ejercicio en todo el sentido de su acepción.
En este aspecto creemos importante que el Comité que estamos proponiendo, pueda plantearle a la Sala del H. Senado, a través de la Presidencia de la Corporación, una recomendación que permita expresar todos estos aspectos con la mayor transparencia, así como, también contar con una Carta de Principios que reafirme la orientación y conducta que el H. Senado a tenido en su accionar y en particular para que también sirva de guía a una opinión publica que a veces está desinformada de nuestra realidad.
Por esta y otras consideraciones es oportuno que el H. Senado se pronuncie acerca de la necesidad de crear un Comité de Normas de Acción Parlamentaría que permita desarrollar las ideas antes expuestas.
TITULO XVI COMITÉ DE NORMAS DE ACCION PARLAMENTARIA
Art. 218: Un Comité formado por 5 Senadores, será la instancia interna destinada a velar por la eficacia del trabajo legislativo y las normas de conducta y preservación de la imagen de la Corporación.
Los miembros del Comité durarán 4 años en sus cargos y podrán ser reelegidos.
No podrán ser miembros del Comité, los miembros de la Mesa Directiva Art. 219. Solo serán atribuciones del Comité de Normas de Acción Parlamentaria, las siguientes:
(A) Estudiar y proponer acciones encaminadas a mejorar la transparencia, eficiencia y eficacia del trabajo legislativo, tanto en Sala como en Comisiones.
(B) Analizar las actuaciones públicas de la Corporación cuando de oficio o a solicitud del Presidente del Senado, o de dos Comités de Senadores, merezcan ser observadas por estimarse que afectan la dignidad del Senado o transparencia de sus actos.
(C) Informar a la Sala del Senado cuando éste o el Presidente del Senado, lo solicite, acerca de temas o asuntos de interés general de la Corporación en el ámbito propio de la Comisión y entregar su opinión ante consultas.
Elaborar y proponer una Carta de Normas de Conductas que oriente la
actuación del H. Senado y sus integrantes.
(E) Revisar, ordenar e informar los procedimientos sobre el uso y control de las diferentes asignaciones de los distintos estamentos que componen la Corporación.
Art. 220 Las actas y acuerdos de la Comisión serán reservadas y sus decisiones se comunicarán exclusivamente a la Mesa de la Corporación, a quien se le podrá sugerir las medidas que sean a su juicio útiles para mejorar el trabajo legislativo de la Sala y las Comisiones; prevenir un deterioro de la dignidad o imagen del Senado, o establecer nuevos procedimientos en el control del gasto de las asignaciones.
Art. 221: el Comité de Normas y Etica, deberá sesionar y tomar acuerdos con a lo menos 4 de sus miembros. Respecto de los asuntos tratados en la Comisión ningún miembro podrá formular declaraciones al respecto, ni ser materia de debate o publicidad, salvo por el propio Presidente del Senado
(Fdo.): Hernán Larraín Fernández.- Sergio Romero Pízarro.-