Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- Í N D I C E
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- DEBATE
- ACUERDO DE COMITÉS
- DEBATE
- V.
ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LEY Nº 17.105, EN LO RELATIVO A CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y EBRIEDAD EN VÍA PÚBLICA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Fernando Cordero Rusque
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Rodolfo Stange Oelckers
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Sergio Fernandez Fernandez
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Jaime Naranjo Ortiz
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Antonio Horvath Kiss
- Sergio Romero Pizarro
- Mario Enrique Rios Santander
- Baldo Prokurica Prokurica
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Alberto Espina Otero
- Antonio Horvath Kiss
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Alberto Espina Otero
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Antonio Horvath Kiss
- Sergio Romero Pizarro
- Baldo Prokurica Prokurica
- Mario Enrique Rios Santander
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN
- Jose Antonio Viera Gallo Quesney
- INTERVENCIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Antonio Horvath Kiss
- Sergio Romero Pizarro
- Baldo Prokurica Prokurica
- Mario Enrique Rios Santander
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Jaime Gazmuri Mujica
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Fernando Cordero Rusque
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Antonio Horvath Kiss
- Alberto Espina Otero
- Mario Enrique Rios Santander
- Sergio Romero Pizarro
- Baldo Prokurica Prokurica
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Rodolfo Stange Oelckers
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Rodolfo Stange Oelckers
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Antonio Horvath Kiss
- Alberto Espina Otero
- Mario Enrique Rios Santander
- Sergio Romero Pizarro
- Baldo Prokurica Prokurica
- INDICACIÓN
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LEY Nº 17.105, EN LO RELATIVO A CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y EBRIEDAD EN VÍA PÚBLICA
- DEBATE
- VII.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Hernan Larrain Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Hernan Larrain Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Jaime Naranjo Ortiz
- PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Romero Pizarro
- PETICIÓN DE OFICIO : Jose Ruiz De Giorgio
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
-
SOLUCIÓN PARA ENDEUDAMIENTO DE EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA. OFICIO
- ADHESION
- Baldo Prokurica Prokurica
- ADHESION
- REACTIVACIÓN DE ESTUDIO DE CONVENIO ENTRE CHILE Y VIETNAM. OFICIO
-
DESTRUCCIÓN DE PEQUEÑA Y MEDIANA MINERÍAS. OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO
- Antonio Horvath Kiss
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO
- SITUACIÓN DE RELLENO SANITARIO SANTA MARTA. OFICIOS
- CONSTRUCCIÓN DE CENTRAL HIDROELÉCTRICA LAGO ATRAVESADO: EXIGENCIAS MEDIOAMBIENTALES, VARIACIÓN DE NIVEL DE AGUAS Y SITUACIÓN DE POBLADORES ALEDAÑOS. OFICIOS
- RESPUESTA INSATISFACTORIA DEL GOBIERNO A INQUIETUDES POR REEMPLAZO DE EMBLEMAS NACIONALES. OFICIO
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES HORVATH Y PROKURICA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE ETIQUETAR PRODUCTOS ALIMENTICIOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS, INDICANDO SU CALIDAD DE TALES (2967-11)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Baldo Prokurica Prokurica
- Antonio Horvath Kiss
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES PROKURICA, GARCÍA, ORPIS Y RÍOS, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE ACUERDO QUE SUPRIME LOS INCISOS SEGUNDOS Y TERCEROS DEL ARTÍCULO 38 DEL REGLAMENTO DEL SENADO, EN LO RELATIVO AL LUGAR DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES (S 615-09)
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Baldo Prokurica Prokurica
- Jose Garcia Ruminot
- Jaime Orpis Bouchon
- Mario Enrique Rios Santander
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES HORVATH Y PROKURICA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE ETIQUETAR PRODUCTOS ALIMENTICIOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS, INDICANDO SU CALIDAD DE TALES (2967-11)
Notas aclaratorias
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- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 347ª, ORDINARIA
Sesión 5ª, en martes 11 de junio de 2002
Ordinaria
(De 16:20 a 19:25)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR CARLOS CANTERO, VICEPRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y SERGIO SEPÚLVEDA GUMUCIO, SUBROGANTE
Í N D I C E
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités.................................¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿.
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en primer trámite, que modifica la ley Nº 17.105, en lo relativo al consumo de bebidas alcohólicas y ebriedad en la vía pública (2948-07) (se aprueba en general y particular).....................................
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)................................................................
Solución para endeudamiento de Empresa Nacional de Minería. Oficio (observaciones del señor Lavandero)....................................................................
Reactivación de estudio de Convenio entre Chile y Vietnam. Oficio (observaciones del señor Martínez).......................................................................
Destrucción de pequeña y mediana minerías. Oficio (observaciones de los señores Prokurica, Lavandero y Horvath)..........................................................................
Situación de relleno sanitario Santa Marta. Oficios (observaciones del señor Horvath)................................................................................................................
Construcción de Central Hidroeléctrica Lago Atravesado: exigencias medio ambientales, variación de nivel de aguas y situación de pobladores aledaños. Oficios (observaciones del señor Horvath)..........................................................
Respuesta insatisfactoria del Gobierno a inquietudes por reemplazo de emblemas nacionales. Oficio (observaciones del señor Canessa).........................................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior , Secretario General de la Presidencia , de Justicia y de Obras Públicas y Transportes y Telecomunicaciones, y el señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:20, en presencia de 23 señores Senadores.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Las actas de las sesiones 3ª, ordinaria, en sus partes pública y secreta, y 4ª, ordinaria, en 4 y 5 de junio del año en curso, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Cinco de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con el primero inicia un proyecto de ley que establece nuevas normas para la reprogramación de deudas provenientes del crédito solidario de la educación superior (Boletín Nº 2.964-04).
--Pasa a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y a la de Hacienda, en su caso.
Con el segundo retira la urgencia y la hace presente nuevamente, con el carácter de "discusión inmediata", al proyecto de ley que otorga beneficios a la salud primaria (Boletín Nº 2.931-11).
--Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Con el tercero hace presente la urgencia, con el carácter de "discusión inmediata", al proyecto que modifica la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, en lo relativo al consumo y la ebriedad en la vía pública (Boletín Nº 2.948-07).
Con el cuarto hace presente la urgencia, con el carácter de "suma", al proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo referente a la operación de los equipos de registro y detección de infracciones relativas a velocidad y luz roja. (Boletín Nº 2.904-06).
Con el quinto hace presente la urgencia, con el carácter de "simple", al proyecto que modifica el decreto ley Nº 1.399, de 1977, en lo que respecta al sistema de concesiones fiscales (Boletín Nº 2.821-12).
--Se toma conocimiento y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Tres de la Honorable Cámara de Diputados:
Con los dos primeros comunica que ha otorgado su aprobación a los asuntos que se indican:
1.- Proyecto de ley que modifica el decreto ley Nº3.063, de 1.979, sobre Rentas Municipales, en materia de recaudación de derechos por transferencias de vehículos motorizados (Con urgencia calificada de "suma"). (Boletín Nº 2.932-06).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
2.- Proyecto de ley sobre acoso sexual (Boletín Nº 1419-07).
--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Con el tercero hace presente que ha otorgado su aprobación a las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto que modifica la ley Nº 19.628, sobre protección a la vida privada para favorecer la reinserción laboral de las personas desempleadas (Boletín Nº 2.735-05).
--Se toma conocimiento y el documento se manda archivar junto a sus antecedentes.
De la Excelentísima Corte Suprema, mediante el cual emite su opinión acerca del proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, en lo concerniente al consumo y la ebriedad en la vía pública (Con urgencia calificada de "discusión inmediata"). (Boletín Nº 2.948-07).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
De la señora Ministra de Relaciones Exteriores , con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, acerca de la forma como la prensa chilena trató el tema de la conmemoración de la guerra de las Malvinas.
Del señor Ministro Secretario General de la Presidencia , en virtud del cual da respuesta a un oficio enviado en nombre de la Honorable señora Frei, relativo a la incorporación del proyecto de ley que individualiza en la Convocatoria a la recién pasada Legislatura Extraordinaria de Sesiones del Congreso Nacional .
Dos de la señora Ministra de Planificación y Cooperación:
Con el primero responde un oficio enviado en nombre del Senador señor García, referido a la entrega de subsidios permanentes al consumo de electricidad de hogares modestos de zonas rurales.
Con el segundo da respuesta a un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, sobre la eventual garantía que otorgaría el Estado de Chile al proyecto denominado Conservación y Manejo del Bosque Nativo Chileno.
De la señora Ministra de Educación , mediante el cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Romero, relacionado con el costo que tendrá para los postulantes el nuevo Sistema de Ingreso a la Educación Superior.
Del señor Ministro de Salud, por cuyo intermedio contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relativo a los antecedentes que fundamentan el traspaso de las postas de salud rural a los hospitales tipo 4.
Del señor Ministro de Agricultura , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Gazmuri, acerca de la necesidad de lograr una visión común sobre una estrategia de desarrollo para la agricultura y la economía nacionales.
Del señor Ministro de Minería , mediante el cual da respuesta a un oficio enviado en nombre de los Senadores señores Horvath y Prokurica, en cuanto a los efectos ambientales que podrían ocasionar los proyectos mineros "Pascua Lama" y "Aldebarán", en cursos de agua, cultivos agrícolas y zonas turísticas.
Del señor Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario , a través del cual contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Larraín, sobre la situación de la empresa Golden Berries S.A., como asimismo acerca de la participación que este organismo habría tenido en ciertas decisiones adoptadas por la empresa.
Del señor Intendente de la Sexta Región , en virtud del cual responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Moreno, relativo al estado de avance en la ejecución del proyecto "Ampliación y Mejoramiento Gimnasio Municipal de Graneros".
Del señor Director de la Corporación Nacional Forestal de la Región de Aisén , por medio del cual contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, acerca de la instalación de refugios para guardaparques en los ventisqueros Montt y O'Higgins.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
Segundos informes de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y de la de Hacienda, recaídos en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo relativo a la operación de los equipos de registros y detección de infracciones relativas a velocidad y luz roja (Con urgencia calificada de "suma"). (Boletín Nº 2.904-06).
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el artículo 3º transitorio de la ley Nº 19.759, en lo referido a la entrada en vigencia de la norma que incorpora los tiempos de espera a la jornada de trabajo de los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana (Con urgencia calificada de "simple") (Boletín Nº 2.934-13).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Honorables señores Horvath y Prokurica, mediante la cual inician un proyecto de ley que establece la obligación de etiquetar los productos alimenticios genéticamente modificados, indicando su calidad de tales (Boletín Nº 2.967-11).
--Pasa a la Comisión de Salud.
De los Honorables señores Prokurica, García, Orpis y Ríos, en virtud de la cual inician un proyecto de acuerdo que suprime los incisos segundo y tercero del artículo 38 del Reglamento del Senado, en lo relativo al lugar de funcionamiento de las Comisiones (Boletín Nº S 615-09).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra sobre la Cuenta, señor Presidente.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, solicito a la Mesa recabar el acuerdo de la Sala para incluir en el segundo lugar de la tabla de esta sesión el proyecto sobre fotorradares.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Para acceder a su petición, se requiere acuerdo unánime de la Sala, señor Senador.
¿Habría acuerdo?
El señor HORVATH.-
Los Comités acordaron ver ese proyecto en la sesión de mañana.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se está solicitando el asentimiento unánime para tratarlo ahora.
El señor HORVATH.-
La idea es debatirlo mañana. No tenemos antecedentes adicionales.
El señor PIZARRO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
La tiene, señor Senador.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , en realidad, se consideró la posibilidad de analizar la iniciativa el miércoles pasado. De hecho, tanto la Comisión de Transportes como la de Hacienda se abocaron a su despacho con bastante prontitud y eficiencia. En consecuencia, parecía lógico que fuera despachada en esta sesión para que, a su vez, cumpliera su tercer trámite en la Cámara de Diputados. De más está reiterar que los plazos están vencidos. Y, por decir lo menos, nos encontramos en una posición extraña: mientras ella se encuentra en tramitación, continúa en vigencia la ley anterior. Asimismo, se acabó el plazo de suspensión y, en la práctica, después de tanta discusión habida al respecto, se ha producido un acuerdo bastante amplio sobre la materia. Por lo tanto, me parece raro seguir retardando su despacho, que significaría que sólo la próxima semana podría considerarla la Cámara de Diputados.
En consecuencia, pediría al Honorable señor Horvath y al Comité Renovación Nacional que no se opusieran a su inclusión en la tabla de hoy día y dieran la unanimidad.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Qué opina al respecto, Honorable señor Horvath?
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , quiero ser muy franco, dado mi planteamiento expuesto en la reunión de Comités. Si mañana no hay sesión ordinaria, se producirá un círculo pernicioso en cuanto a que la labor de las Comisiones se verán afectadas, retardando el envío de los proyectos a la Sala. Pero no tendría inconveniente alguno para contribuir al acuerdo si hay asuntos en tabla para la sesión de mañana
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Los hay, señor Senador.
El señor HORVATH.-
Entonces, no habría problema.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En ese caso, el proyecto relativo a la operación de equipos de registro y detección de infracciones a velocidad y luz roja será incluido en el Orden del Día de esta sesión.
El señor PIZARRO.-
Para despacharlo hoy, señor Presidente , a fin de que la Cámara quede en condiciones de considerarlo mañana.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, habría acuerdo en ese sentido.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , distintos señores Senadores han hecho ver su molestia -y con razón- ante el hecho de que cuando llegan a la Sala se enteran de la incorporación de proyectos en la tabla.
En este caso, dimos nuestro acuerdo para tratar ahora el proyecto mencionado, y en esto no tenemos ningún problema. Y es posible -sería bueno que los señores Senadores lo supieran- que mañana podría ocurrir lo mismo y que incluso se dé cuenta en forma oral -ni siquiera por escrito- de una iniciativa referente a la salud primaria. Sería muy conveniente que se informara sobre cuáles son los proyectos en los que existe la posibilidad de que acontezca lo mismo. Si bien hoy día, y en las condiciones señaladas, se ha dado unanimidad para tratar una iniciativa, a mi juicio no es la forma razonable de proceder.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo para incorporar al proyecto sobre fotorradares en el segundo lugar de la tabla de hoy?
Acordado.
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El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Quiero informar que se encuentra en las tribunas una delegación de funcionarios del Senado de Paraguay, que está realizando una pasantía en nuestra Corporación. Esperamos que su estadía haya sido provechosa y que hayan pasado gratos momentos junto a nuestro tan calificado personal.
Tiene la palabra el señor Secretario.
ACUERDO DE COMITÉS
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
El señor Secretario dará cuenta de un acuerdo de Comités.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
En sesión de hoy, los Comités del Senado, por unanimidad, resolvieron lo siguiente:
Respecto del proyecto sobre salud primaria, y siempre que esté informado unánimemente por la Comisión, tratarlo con informe verbal en la sesión de mañana.
--------------
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Solicito autorización de la Sala para que ingrese el señor Francisco Vidal , Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo .
--Se accede.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LEY Nº 17.105, EN LO RELATIVO A CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y EBRIEDAD EN VÍA PÚBLICA
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, en lo relativo al consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2948-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 3ª, en 4 de junio de 2002.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 4ª, en 5 de junio de 2002.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para el despacho del proyecto, calificándola de "discusión inmediata".
Tuvo su origen en una moción de los Honorables señores Chadwick y Coloma.
La Comisión señala en su informe que el proyecto tiene como objetivo establecer la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en lugares de libre acceso público, así como encontrarse en dichos lugares en manifiesto estado de ebriedad, penalizando su contravención, permitiendo a la justicia de policía local recurrir a una serie de sanciones alternativas, sin perjuicio de que, si una persona las comete más de tres veces en un año, los tribunales de policía local ordenen medidas tendientes a rehabilitarla.
Cabe recordar que Sus Señorías tomaron conocimiento, en la Cuenta recién leída, de que la Corte Suprema emitió su opinión sobre el contenido del proyecto en discusión, manifestando no tener observaciones al respecto.
La Comisión aprobó esta iniciativa en general por la unanimidad de sus miembros, Honorables señores Aburto, Chadwick, Espina, Moreno y Silva.
En cuanto a la discusión particular, la Comisión aprobó, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Chadwick, Espina, Moreno y Silva, los artículos que conforman el proyecto de ley consignado en el informe.
Cabe destacar que los números 1), 2) y 5) del artículo 1º, y los artículos 2º, 3º y 5º, tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, requiriendo para su aprobación el voto conforme de 27 señores Senadores.
Por último, es dable señalar que el proyecto, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento, debe ser discutido en general y particular a la vez, por tener urgencia calificada de "discusión inmediata".
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente, para efectos de informar sobre este proyecto de ley, quiero explicar previamente el fundamento que nos llevó a presentar la moción, toda vez que hace pocos meses el Congreso Nacional aprobó una modificación respecto de esta materia al despacharse las normas adecuatorias del sistema legal a la reforma procesal penal.
La antigua legislación castigaba el consumo de alcohol y el estado de embriaguez en la vía pública mediante una sanción de carácter penal. Carabineros tenía la atribución de detener a una persona hasta por un máximo de veinticuatro horas; y el juez del crimen, de condenar con uno a cuatro días de trabajos sin remuneración, en las ocupaciones señaladas por los reglamentos de los lugares de detención, o bien la pena se podía conmutar por una multa.
Cuando revisamos la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, a raíz de las normas adecuatorias para poner en funcionamiento el nuevo sistema procesal penal, el Ministerio Público, con mucha razón, señaló al Senado el gran problema que este tipo de causas acarreaba a la justicia del crimen: su gran número generaba gran atochamiento en sus juzgados, lo que, además, podía resultar inconveniente para la implementación del nuevo sistema, ya que los nuevos juzgados de garantía deberían conocer este tipo de causas, que son menores, con despliegue de gran cantidad de recursos.
Dado que aún no se veía la posibilidad de establecer la competencia de los juzgados de policía local en esta materia, en el Senado, cuando se estudiaba la referidas normas adecuatorias, se despenalizó tanto el consumo de alcohol como el encontrarse en estado de embriaguez en la vía pública, radicando la competencia sobre este tipo de conductas fuera de la justicia del crimen, para no afectar su funcionamiento con gran número de causas. Entonces, si alguien era sorprendido consumiendo alcohol en la vía pública o en estado de embriaguez, siempre y cuando existiera perturbación del orden público o riesgo para la salud del infractor, Carabineros estaba facultado para conducirlo a su domicilio, a un servicio de salud o al cuartel policial, según resultare conveniente para fines de protección. En caso de ser llevado a la comisaría, su permanencia no podía exceder de cuatro horas y, en casos excepcionales, de seis, para luego ser dejado en total libertad sin ningún tipo de sanción.
Una vez promulgada la ley sobre normas adecuatorias, se produjo un fuerte debate en la opinión pública -a nuestro modo de ver, con justificada razón- sobre una aparente contradicción: por una parte, el Congreso Nacional se encontraba legislando sobre una nueva ley de alcoholes que pretendía ser más drástica con el fin de evitar el excesivo consumo de alcohol y, por otra, ya había aprobado normas que implicaban la despenalización de estas conductas, con la agravante de que permitían o posibilitaban el consumo de alcohol o el estado de embriaguez en la vía pública, en las calles, en los parques, en los lugares de entretención, que son muy pocos.
En virtud del fuerte efecto social que se produjo y, además, ante la posibilidad de que se restase la competencia a la justicia del crimen para ser trasladada a los juzgados de policía local, surgió la necesidad de rectificar los criterios dispuestos anteriormente por el Congreso Nacional y de presentar una moción -que contó con el respaldo del Ejecutivo , calificándola de "discusión inmediata"-, con el propósito de poder reparar la situación actual, en que la legislación vigente no contempla ningún tipo de sanción tanto al consumo de alcohol como al manifiesto estado de embriaguez en la vía pública.
De ahí el fundamento de la moción presentada.
¿Cuáles son sus principales objetivos? En primer término, prohíbe expresamente el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en lugares de libre acceso al público, así como encontrarse en dichos lugares en manifiesto estado de ebriedad.
Al prohibirse estas dos conductas, se entregan nuevas atribuciones a Carabineros. ¿En qué sentido? Las personas que sean sorprendidas en una de estas conductas deberán ser conducidas por Carabineros al recinto policial correspondiente. Se establece como un deber imperativo trasladar a estos individuos al cuartel policial más próximo. Obviamente, como quedó constancia en las actas de la Comisión, si alguien se resiste a la medida, puede ser conducido por la vía de la fuerza. De lo contrario la persona incurriría en una nueva conducta ilícita, esto es, resistirse al cumplimiento de una orden policial.
Por lo tanto, el infractor debe ser llevado al cuartel policial que corresponda y permanecer allí hasta que recupere el control de sus actos. Pero ese tiempo no puede ser superior a seis horas. En caso de que la persona corra riesgo en su salud, Carabineros deberá trasladarla de inmediato a un recinto médico, teniendo, además, que hacer todo lo posible para comunicar tal situación a su familia o facilitar que el propio infractor le avise. Además, Carabineros podrá entregarlo, antes del cumplimiento del plazo mínimo, cuando sea requerido por una persona bajo su responsabilidad.
Cumplido el lapso de seis horas o encontrándose en alguna de las situaciones que permitan el retiro antes de tiempo, Carabineros debe citar a la persona al juzgado de policía local correspondiente. Al respecto, quizás la principal innovación de la iniciativa es que ya no será la justicia del crimen la que conocerá de estas causas, sino los juzgados de policía local, pues tales conductas pasarán a ser una falta menor, una infracción de carácter administrativo.
En algún momento del debate se mencionó que estos tribunales no estarían preparados o no dispondrían de los medios para abordar esta situación. Invitamos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento al Presidente del Instituto de Jueces de Policía Local , quien señaló que tal planteamiento no es efectivo, ya que dichos juzgados se encuentran en disposición de tener esa competencia. De hecho, les parece una competencia propia. Ello, sin perjuicio de hacer importantes aportes, los cuales fueron recogidos en el proyecto para su perfección.
Una vez que la persona es citada al juzgado de policía local, viene la aplicación de las respectivas sanciones. ¿Qué dice el proyecto sobre el particular? Que el juez tendrá dos alternativas para castigar.
En primer lugar, se establece una multa de hasta una unidad tributaria mensual, que equivale aproximadamente a 28 mil pesos. Se entrega una escala muy amplia -de 0 a 28 mil pesos- para ponderar la situación del infractor y aplicar la sanción correspondiente.
Pero el juez contará con la facultad de conmutar el pago de esa multa por trabajos comunitarios. Dichas tareas pueden realizarse en municipalidades -si éstas disponen de elementos para efectuarlas-, en cualquier servicio público o -ésta es otra innovación de la iniciativa- en organismos de carácter privado, siempre y cuando sean sin fines de lucro.
Las opciones para el cumplimiento de la pena son, entonces, el pago de la multa y el trabajo comunitario. Esto último siempre, obviamente, a petición del infractor o con su acuerdo, con el objeto de respetar los tratados internacionales sobre la materia que señalan que esas sanciones requieren de tal consentimiento.
En consecuencia, las tres alternativas con que cuenta el magistrado para aplicar la pena de trabajos a la comunidad son: municipios, servicios públicos y entidades privadas sin fines de lucro.
En segundo término, el juez de policía local puede sancionar con una amonestación, pena obviamente inferior a la multa, para el efecto de que exista algún tipo de atenuante o antecedente que beneficie al infractor, seguramente a aquellos que cometen la falta por primera vez.
Asimismo, se establecen en el proyecto opciones para el pago de la multa, que evitan la citación o concurrencia al tribunal. La primera de ellas es ofrecer la posibilidad de pagar la multa una vez conducido el infractor al recinto policial. Si la persona cancela hasta 25 por ciento del total máximo de ella, no es citada al juzgado de policía local. Carabineros deberá entregar la cantidad pagada a la tesorería comunal respectiva. De igual forma, la otra alternativa es que dentro de los cinco días siguientes a la citación la persona entere el 50 por ciento del total máximo de la multa en la tesorería municipal. Se facilita de este modo el pago de la multa y se obvia la concurrencia al juzgado, descargándose al mismo tiempo la labor de los jueces.
Estas normas son similares a las que regulan hoy las infracciones automovilísticas, según se contempla en la Ley del Tránsito.
Por otra parte, se agregan al proyecto disposiciones sobre la reincidencia. Si el infractor reincide -entendiéndose por esto el incurrir en tal tipo de conductas más de tres veces en un mismo año-, Carabineros deberá comunicarlo al juez de policía local. Luego, éste podrá imponer alguna de las siguientes medidas de rehabilitación: ordenar que la persona se someta a un tratamiento médico o psicológico, o disponer su internación en un recinto hospitalario o en una comunidad terapéutica. Ambas alternativas tienen el propósito de lograr la rehabilitación del afectado.
Las medidas descritas precedentemente no podrán exceder el plazo de 90 días y sólo serán renovables por una vez. Esta resolución del juez será susceptible de apelación a fin de que el infractor no se vea sometido a una situación abusiva o arbitraria. Siempre existe la posibilidad de apelar ante una decisión de esta naturaleza.
Señor Presidente, el proyecto también se hace cargo de la situación de los menores de edad.
Carabineros podrá adoptar, como mecanismo de protección al menor -aquí salimos completamente del ámbito punitivo-, o sea, aquellos con menos de 18 años que sean sorprendidos consumiendo bebidas alcohólicas en la vía pública o bajo estado de manifiesta embriaguez, dos procedimientos distintos: trasladarlo al recinto policial correspondiente sólo para devolverlo a sus padres, por lo cual -como expresamente señala el proyecto- deberá dar todas las posibilidades para lograr la comunicación con la familia, o, bien. conducirlo, si resulta más fácil y expedito, directamente a su domicilio para entregarlo a sus padres.
En caso de que el menor se encuentre en situación de reincidencia -reitero: incurrir en falta más de tres veces en un mismo año-, Carabineros podrá hacer llegar esos antecedentes al Servicio Nacional de Menores (SENAME) para que este organismo, dentro de sus atribuciones, tome las medidas pertinentes para protegerlo. Ante esa posibilidad, Carabineros deberá apercibir por escrito a los padres acerca de los riesgos que corre el menor si es sorprendido por tercera vez en tal situación.
Por último, señor Presidente , en las normas transitorias de la iniciativa hay dos tipos de medidas diferentes. Primero, la llamada a establecer las adecuaciones formales para los efectos de trasladar la competencia a los juzgados de policía local. Habría que hacer las modificaciones necesarias en las normas adecuatorias para que las disposiciones transitorias sean posibles. La segunda es que en el artículo 4º transitorio, letra b), se consigna que son inapelables las sentencias que han recaído sobre infracciones a los artículos 113 y 114. Ello para no poner en marcha la actuación del Poder Judicial en conductas que son faltas menores y no susceptibles de apelación, pues traerían un recargo en la acción de los tribunales de justicia.
Ésta es la razón fundamental por la cual se presenta el proyecto, señor Presidente . Su propósito es restablecer legalmente que el consumo de bebidas alcohólicas y el manifiesto estado de embriaguez en la vía pública constituyen faltas susceptibles de sanción, con las medidas de rehabilitación que correspondan, con el objeto de dar una señal social y de entregar a la policía y a los tribunales el encargo de velar por tal situación.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Recuerdo a los señores Senadores que la iniciativa está calificada de "discusión inmediata". Por tanto, debe ser discutida en general y particular.
El señor Ministro tiene la palabra.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , no repetiré el informe dado por el Senador señor Chadwick . Sin embargo, quiero señalar que efectivamente éste es un proyecto que cuenta con el patrocinio del Ejecutivo. A consecuencia de las modificaciones realizadas en las normas adecuatorias con relación a la reforma procesal penal, se despenalizó la ebriedad simple y el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, en el sentido de que los infractores serían llevados posteriormente a los juzgados de garantía, pero sólo para los efectos de rehabilitación.
Es importante destacar que en la moción se consideran todas las situaciones que se producen en cuanto a la ebriedad simple, al consumo de alcohol y también en lo concerniente a la situación de los menores.
El proyecto contiene los componentes necesarios para evitar lo que sucedió cuando se publicaron las normas adecuatorias, donde quedaron sin ningún tipo de sanción o prevención las personas que consumen alcohol en la vía pública o, bien, se encuentran en estado de ebriedad. Es una situación que ha afectado fuertemente a la opinión pública. Los alcaldes han hecho varias menciones respecto de ese punto. Así que, a nuestro juicio, señor Presidente , es indispensable poder salir adelante con el proyecto con la misma rapidez con que fue tratado en la Comisión de Constitución.
Gracias.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Cordero.
El señor CORDERO.-
Señor Presidente , en un país como el nuestro, en donde un millón 800 mil personas beben en exceso, de las cuales 500 mil son clínicamente alcohólicas, según diversos estudios efectuados por el Instituto Médico Legal, la Universidad de Chile y Carabineros; en donde, además, existe 15 por ciento de bebedores excesivos jóvenes, de entre 9 y 15 años de edad, y 30 por ciento de bebedores excesivos en la masa laboral activa; en donde 25 por ciento de los suicidios y 52 por ciento de los actos criminales se cometen en estado de ebriedad; en donde la ingestión descontrolada de bebidas alcohólicas constituye la causa principal de siete de cada diez accidentes del tránsito, lo que, considerando nuestro récord internacional en la ocurrencia de esos hechos, se traduce en cifras abismantes; en un país como el nuestro, reitero, la reprobación pública de las conductas asociadas al consumo excesivo de bebidas alcohólicas debe ser impulsada sin tregua en todos los estamentos de la sociedad.
Esas cifras, que, lamentablemente, representan mucho más que simples datos estadísticos, dan cuenta de un fenómeno social endémico, que se ha arrastrado prácticamente desde el nacimiento de la República. Porque, por desgracia, el alcoholismo es un síndrome que, en el aspecto familiar, presenta una fatídica tendencia a transmitirse de generación en generación, creando una interminable cadena de anónimas tragedias que repercuten en cada uno de los miembros de las familias de enfermos alcohólicos, quienes sufren toda clase de disfunciones, emocionales, educacionales, laborales y sociales, y se encuentran rodeados de todas las influencias propicias para perpetuar el mal entre los suyos.
Cabe deplorar que no sea posible cuantificar el daño que ello provoca en las expectativas de desarrollo sano y armónico de la comunidad nacional, entre otras razones porque son muchas las áreas afectadas. Así, por ejemplo, no merece dudas la estrecha vinculación entre el alcoholismo y la delincuencia, los accidentes, la violencia intrafamiliar, el ausentismo escolar y laboral, el carácter de puerta de entrada en la drogadicción. Y es posible extenderse indefinidamente.
Todas esas razones llevan necesariamente a esclarecer la posición de los legisladores acerca del asunto, luego de una señal tan criticada como la despenalización de la ebriedad, inserta dentro de las normas adecuatorias a la reforma del procedimiento penal. Al respecto, me parece que el proyecto que nos ocupa representa un retorno a la correcta doctrina: la ebriedad y el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública deben ser sancionados. Por tal motivo, celebro que se restituya el criterio que realmente representa el sentir de la comunidad.
Y aunque considero que la legislación sobre un punto de tanta importancia como el tema del alcohol no debiera desarrollarse de un modo inorgánico, fraccionado y casuista, reservaré mi crítica, en homenaje a la finalidad de la moción, tendiente a impedir la vigencia de las normas que despenalizan las conductas referidas.
Todo lo expuesto hace destacar los méritos de la iniciativa impulsada por la Diputada señora María Angélica Cristi , quien se adelantó varios años en advertir la necesidad e importancia de los afanes a los que hoy dedicamos tanta atención y que forman parte del proyecto de ley sobre alcoholes, cuya tramitación aún se encuentra pendiente.
En cuanto a las disposiciones propuestas en el presente texto, se resuelve favorablemente, a mi parecer, la desnaturalización de las funciones policiales que se ha pretendido imponer a Carabineros de Chile al entregarle laborales de "guardería y tutela" sobre los ebrios, asignándole la obligación de conducirlos a unidades policiales sin que se contara con dependencias apropiadas para ello y, lo que todavía es más grave, sin tratarse de conductas sancionadas por la ley como delitos o faltas, sino considerándolas como un simple estorbo público.
Distinto es el caso si el sistema tipifica dichas conductas como ilícitos sancionables, aun cuando lo sean únicamente en el particular y ambiguo concepto de contravención que no es falta, al que se aludió en el seno de la Comisión.
Pero, en fin, dejando de lado los tecnicismos, el proyecto viene a solucionar dicha inconsecuencia, ya que no impone a Carabineros labores de retención y custodia de individuos que hayan incurrido en conductas que el ordenamiento jurídico no considera que deben ser sancionadas, sino que regula de modo bastante flexible la actuación que en cada caso le corresponde, lo que le permitirá seguir dedicando sus recursos humanos y materiales a otros fines prioritarios, más acordes con su naturaleza y con las funciones que le entregan la Constitución y las leyes.
Una de las buenas medidas de la iniciativa radica en haber dejado de lado las antiguas exigencias de comprobación de domicilio, como medida posterior a la recuperación de la persona conducida al cuartel policial. Esa exigencia se convertía, en muchas oportunidades, en un obstáculo para la obtención de la libertad del infractor antes de ser puesto a disposición del tribunal competente.
Asimismo, considero beneficioso para los fines perseguidos con la normativa en estudio la sugerencia de la Comisión de poner la multa en el primer lugar de la enumeración de las sanciones, ya que ella constituirá la regla general, de acuerdo con el procedimiento propuesto. Es algo que da más coherencia al futuro cuerpo legal y se previenen, de esa forma, errores en la aplicación de las sanciones.
Por otra parte, la obligación de Carabineros de dar cuenta al juzgado de policía local, especificando las multas pagadas, el dinero recaudado y las citaciones efectuadas, así como la indicación expresa de la reincidencia, se encuentra dentro de las formas habituales de acción de los organismos policiales; de manera que esas disposiciones resultan compatibles con los medios empleados por la Institución para el cumplimiento de las funciones que le encomiendan las leyes.
Una virtud destacable de las normas contenidas en el proyecto reside en su gran flexibilidad, lo que permite adoptar diversos caminos según se presenten las circunstancias en cada caso. Me parece un gran avance en ese sentido, ya que uno de los obstáculos de toda clase de procedimientos suele ser, precisamente, la extrema rigidez. Ello, atendida la naturaleza de las situaciones que el control de la ebriedad y el consumo de alcohol en la vía pública a menudo generan, resulta de la mayor importancia.
De esta forma, la posibilidad de conmutar la multa por trabajos en beneficio de la comunidad incorpora factores de rehabilitación de conductas, de toma de conciencia y de utilidad efectiva de la sanción impuesta, en relación con el grupo social. En ese aspecto, la proposición de la Comisión contribuye positivamente en orden a ampliar la gama de instituciones en las cuales esas labores se pueden realizar, no sólo en favor de la municipalidad respectiva. Es algo que aumenta las posibilidades de efectividad de esa medida, especialmente en las localidades rurales o más pequeñas, donde siempre es bienvenida toda colaboración.
A la vez, el procedimiento propuesto hace más expeditas las actuaciones de Carabineros en la medida en que permite entregar la persona a quien se haga responsable de ella aun antes de la recuperación y también antes de cumplido el plazo de seis horas en que, en principio, debe permanecer en la unidad policial.
La misma utilidad reviste la norma en virtud de la cual es posible allanarse a la infracción y aceptar la multa pagando 25 por ciento de su monto máximo en la unidad policial, lo que exime de la citación al tribunal competente.
En cuanto a la obligación que se impone al oficial de guardia o al suboficial, en su caso, de dar cuenta en el más breve plazo al tribunal de las multas pagadas, el dinero recaudado y las citaciones efectuadas, es una labor que se encuadra dentro de la forma de operar habitual de las unidades policiales, por lo que su aplicación no debería provocar complicaciones en la práctica.
Uno de los aspectos más complejos de resolver es, en realidad, el tratamiento que debe recibir el ebrio durante el período en que no se encuentra en uso de sus facultades. Es precisamente en esa etapa en donde suelen presentarse las mayores complicaciones, especialmente en el manejo de la persona al interior de las unidades policiales. Por tal razón, estimo que el proyecto incorpora la mayor cantidad de soluciones posibles, agiliza el procedimiento y reduce al mínimo el tiempo de permanencia de los infractores en esos recintos.
Respecto del tratamiento que se da a la reincidencia en esa clase de contravenciones y a la serie de medidas de rehabilitación que en tales casos pueden ser decretadas por el juez, me parecen absolutamente beneficiosas, ya que en cierto modo contribuirán a que se obtengan avances en el panorama planteado al inicio de esta exposición. Sin embargo, me preocupa que en la práctica ellas sean poco viables en lo que dice relación a su financiamiento.
En efecto, si bien los organismos públicos y privados están en general obligados a cumplir con las resoluciones judiciales, aquellas que afecten a las instituciones que mantienen esta clase de programas merecen también el respeto de su derecho de propiedad y de sus sistemas particulares de financiamiento; y podrían eventualmente crearse algunos problemas de aplicación de tales medidas derivados de la oposición por inoponibilidad de los fallos que las impongan.
Además, la infracción se encuentra sancionada con una multa determinada, y no sería legítimo imponer otros gastos o desembolsos al infractor que no estén previamente cuantificados y determinados en la ley como parte de la sanción.
En consecuencia, manifiesto mi parecer favorable a dichas medidas; pero hago presente que las considero de compleja aplicación, debido a que se trata de la prestación de servicios onerosos cuyo financiamiento no ha sido resuelto por el proyecto, el que señala en forma bastante ambigua a qué establecimientos se impondrá dicha carga.
En lo referente al tratamiento que se da a las infracciones de este tipo cometidas por menores de edad, cabe observar que la iniciativa permite el manejo adecuado de las situaciones particulares que se presenten en la práctica, ya que admite posibilidades que van desde la adopción de medidas para avisar a su familia, hasta la entrega a sus padres o cuidadores.
Sobre el particular, estimo importante que los menores no tengan la posibilidad de ocultar a su familia incidentes de esta naturaleza, en los cuales se vean involucrados. Muchas veces, por temor a la pérdida de sus permisos o libertades, los adolescentes escarmientan mucho más ante el temor de enfrentar a sus padres que al verse en situación de ser sorprendidos por Carabineros.
El proyecto, en general, introduce diversas opciones, tanto de procedimiento como de fondo, que son novedosas, prácticas y realistas. Y considero que con su aprobación y posterior aplicación se podrán obtener muchos beneficios.
Por último, es de esperar que esta ley pueda ser aplicada con todos sus mecanismos y posibilidades, para que las innovaciones que incorpora en nuestro sistema se conviertan en medidas concretas, reales y efectivas.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , como se ha manifestado en la Sala, se llegó a una solución que pareciera ser la mejor frente a un problema social muy complejo, pues -como ha indicado el Senador señor Cordero- la embriaguez y el alcoholismo constituyen una lacra social muy difundida en el país.
En cuanto al proyecto en sí, quiero insistir en dos puntos.
En primer lugar, el artículo 115 señala que, si una persona se encuentra embriagada, borracha, o está ingiriendo alcohol en la vía pública, "será" conducida a un cuartel policial. Sin embargo, creo que la forma verbal correcta es "podrá". Porque, por tratarse de una conducta tan masiva -especialmente en los sectores populares durante los fines de semana-, en la práctica, a Carabineros le resultará difícil conducir a una comisaría a todas las personas que estén consumiendo bebidas alcohólicas en la calle. Además, el recinto policial no daría abasto y los detenidos saldrían virtualmente por las ventanas. Vale decir, no hay capacidad humana para que el mandato pueda ser cumplido.
En todo caso, existen dos maneras de enfrentar esa realidad: una, dejar la norma como está y entender que, si bien la ley es imperativa, Carabineros la cumplirá discrecionalmente; y dos, aceptar que el hecho quede sujeto al criterio del funcionario policial. Así, cuando se dispute un partido de fútbol en una cancha ubicada en un sector popular y haya varias personas ingiriendo alcohol, aquél podrá llevar al cuartel policial a los más revoltosos o a los cabecillas, dejando en el lugar a los otros. O sea, se trata de un problema de discreción, de cómo aplicará su criterio según lo requiera el orden público, en fin.
Considero que ese punto podría ser objeto de algún análisis. Sé que el Senador señor Gazmuri ha presentado una indicación en tal sentido. Y, tal vez, merece ser discutida.
En segundo término, deseo resaltar lo que se ha dicho en esta Sala, en el sentido de que en el caso de menores de edad se entrega a Carabineros la facultad discrecional de conducirlos o a la comisaría o bien, al domicilio del infractor. Tal medida puede ser aplicada sobre la base de lo que al funcionario policial le parezca más adecuado, teniendo en cuenta que se está frente a menores de edad.
Me parece que esa disposición se encuentra bien redactada, porque recoge la realidad social del país y confía en el buen criterio de Carabineros para hacer cumplir la ley.
Por último, es necesario entender que la iniciativa se inserta en el marco de una modificación global a la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres y que, por lo tanto, ahora se ha pretendido adelantar en algunos puntos, por los motivos indicados por el señor Presidente de la Comisión .
A eso apunta el proyecto en estudio. El otro involucra diversas enmiendas importantes destinadas a restringir la oferta; por ejemplo, el horario de atención de los locales que expenden bebidas alcohólicas, el número de habitantes que se requiere para la instalación de los mismos, etcétera.
En consecuencia, al evaluar estas medidas, es necesario tener en cuenta la política general de la reforma a la Ley de Alcoholes.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Stange.
El señor STANGE.-
Señor Presidente, estoy totalmente de acuerdo con las modificaciones sugeridas.
Hemos visto que en la prensa -especialmente en la de hoy día- aparecen artículos donde se hace referencia a la libertad para beber, con las funestas consecuencias que ello implica.
Por eso, aplaudo esta iniciativa.
Concuerdo con la modificación recaída en el inciso primero del artículo 115, en el sentido de que "el infractor será conducido a un cuartel policial.". Porque la ley debe ser imperativa, y no ser interpretada por el funcionario de Carabineros que se encuentra en la calle y que puede hallarse sometido a presiones de cualquier índole. La libertad de acción de aquél radica en poder llevar a la persona a la comisaría.
Por otra parte, no comparto la norma del artículo 116, en orden a establecer como medida de protección que los menores de 18 años deberán ser conducidos a su domicilio. Esto significa transformar en una especie de taxi quizás al único vehículo policial que se encuentre cumpliendo funciones de orden y seguridad en determinado sector.
En tal virtud, estimo conveniente que esos jóvenes deben ser llevados al cuartel policial para que sus padres o apoderados, en su caso, los retiren y quede constancia de la situación. Porque si son conducidos desde la calle hasta su casa, nunca habrá la debida constancia.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , deseo formular una consulta a los "savonarolas" etílicos, pues algunos restoranes tienen mesas instaladas en la acera -vale decir, en un lugar de libre acceso al público-, y ciertamente ahí se consume alcohol: vinos, bajativos, cervezas, etcétera.
¿Cómo quedará redactada la disposición respectiva y cuál será la actitud que debe asumir la autoridad competente para el tratamiento de situaciones como la descrita?
El señor CHADWICK.-
Se lo aclaro de inmediato, señor Senador.
El señor ÁVILA.-
Antes de que Su Señoría responda, quiero manifestar lo siguiente.
Tengo la impresión de que el proyecto en estudio forma parte de una vasta ofensiva legal, que se expresa en diferentes cuerpos normativos y que apunta a reprimir todo lo relacionado con el consumo de drogas, sean legales o ilegales.
Siento que vamos muy mal por tal camino, porque está fehacientemente demostrado en el mundo el total fracaso de la represión en este campo. Precisamente, cuando se estrecha el cerco de las restricciones en esta materia, mayor favor se hace a las mafias criminales que controlan las drogas.
Próximamente el Senado se abocará al tratamiento de una disposición tendiente a restringir los horarios de funcionamiento de locales nocturnos. Entonces será la oportunidad de plantear un debate a fondo. Ojalá se haga en forma desprejuiciada, porque si se atiende a esa verdadera inercia, a la lógica represiva de que hablo, generaremos un daño enorme, no sólo desde el punto de vista de los empleos de la gente que se desempeña en esos locales, sino que daremos pie para que surja con gran fuerza todo el clandestinaje de venta de alcohol.
Señor Presidente , sólo he querido anticipar algo de la discusión que tendrá lugar con motivo del análisis de la norma pertinente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, como señaló el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, hoy en muchos países del mundo existe una polémica sobre qué se debe hacer respecto del consumo de alcohol y de droga. Yo tengo una convicción al respecto.
Si uno analiza los antecedentes de lo que ocurre en Chile con el consumo tanto de droga como de alcohol, llega a la conclusión de que es imprescindible prohibir tales conductas. No hacerlo implica mirarlas desde una perspectiva absolutamente economicista.
El argumento de quienes se oponen a la prohibición es que de ese modo bajaría el precio de la droga y, en consecuencia, los traficantes harían menos negocio. Sin embargo, el problema objetivo -cual es que en definitiva las generaciones de jóvenes ocasionan un gravísimo daño a su vida, a su integridad personal, a su libertad- no queda resuelto al formularles la pregunta correspondiente a los partidarios de liberalizar el consumo tanto de droga como de alcohol y, en el caso que nos ocupa, el de bebidas alcohólicas en la vía pública y el encontrarse en estado de ebriedad en lugares de libre acceso al público.
A continuación entregaré algunos datos.
De la información proporcionada por el Instituto Médico Legal correspondiente al año 2000, se desprende que en 40 por ciento de las muertes violentas producidas por accidentes de tránsito las víctimas presentan alcoholemia positiva. Ésta en más de la mitad de los casos fluctúa entre 1 y 2,99 gramos de alcohol por cada mil centímetros cúbicos de sangre. Es decir, un consumo elevadísimo.
En 56 por ciento de las muertes por agresiones las víctimas presentan alcoholemia positiva, la cual en 37,8 por ciento de los casos oscila entre 1 y 2,99 gramos de alcohol por litro de sangre.
De acuerdo a un estudio de consumo de drogas en consultantes de los servicios de urgencia efectuado por el CONACE en el año 2001, 20,9 por ciento de los pacientes ingresados a esos centros por sobredosis de drogas declara haber consumido alcohol en las últimas seis horas.
Según un informe denominado "Impacto Económico del Uso del Alcohol en Chile", realizado por el Ministerio de Salud junto con la Universidad de Chile, el país pierde 2 mil 969 millones de dólares al año debido a los problemas derivados del consumo de alcohol, cifra que equivale a la construcción de más de 300 mil viviendas básicas o a la de 4 mil 500 consultorios de salud equipados. De esos casi 3 mil millones de dólares, los ítem más significativos corresponden a 2 mil 83 millones que se pierden por el impacto del alcohol en la productividad laboral.
En cuanto al consumo de alcohol en los menores de edad, en el Estudio Nacional de Drogas en la Población Escolar de Chile 2001, de abril de 2002, elaborado por el CONACE, se concluye que 39,2 por ciento de los estudiantes entre 8º Básico y 4º Medio ha probado alcohol en el último mes, y 61,7 por ciento en el último año.
Respecto del consumo precoz de alcohol y su relación con el consumo de marihuana y cocaína, un análisis del CONACE de julio de 2001 señala que en el grupo etario de 12 a 18 años, 34,5 por ciento de los hombres y 20,4 por ciento de las mujeres que declaran consumo reciente de alcohol son bebedores problema, es decir, personas que directa o indirectamente tienen consecuencias negativas, ya sea individualmente o en su grupo social, a raíz de la ingesta de alcohol.
Con referencia a la vinculación del consumo de alcohol con el uso de drogas ilícitas, particularmente marihuana y pasta base, el Estudio Nacional de Drogas en la Población Escolar de 2001, de abril de 2002, del CONACE, mencionado hace algunos momentos, indica que 48,8 por ciento de aquellos escolares que consumen alcohol todos los días declara haber consumido marihuana y pasta base en el último mes.
En verdad, las cifras sobre consumo de alcohol -el que obviamente pasa por una cuestión de educación, de prevención, de enseñanza- demuestran la necesidad de prohibir por ley la ingesta de bebidas alcohólicas en las calles y la ebriedad en ellas o en recintos públicos.
A mi juicio, lo más importante y novedoso del proyecto se halla consignado en una disposición que quizás no ha sido debidamente analizada y que se refiere a los menores de edad, cuya situación me preocupa.
Cuando un menor sea sorprendido consumiendo alcohol en la vía pública o en estado de ebriedad -con esto respondo lo planteado por el Senador señor Stange - la policía tendrá dos opciones: conducirlo a la unidad policial y ponerlo a disposición de los padre; o bien, como suele ocurrir en algunas regiones, llevarlo directamente a su domicilio. En Chile no sólo existen grandes ciudades. En localidades pequeñas, por tratarse de un menor de edad, es razonable que la autoridad resuelva trasladarlo al domicilio en vez de llevarlo a la unidad policial.
Pero, ¿dónde radica la novedad? En que, dado que los padres no asumen su responsabilidad frente al problema y que si el joven paga la multa reducida en 25 por ciento queda libre, y esto se transforma en una cadena eterna, la norma mencionada establece que Carabineros, en el momento de hacer entrega del menor a sus padres, o a su curador, o a su guardador o a quien lo tenga a su cuidado, notificará a éstos por escrito, a fin de que tomen conciencia de que aquél fue sorprendido en la vía pública consumiendo alcohol o en estado de ebriedad.
Señor Presidente , el número de jóvenes que caen en la adicción a las drogas por consumo previo de alcohol es muy alto, como lo es asimismo el de accidentes de tránsito y el de conflictos, actos de violencia y ataques entre pandillas a causa del excesivo consumo de alcohol en las discotecas, donde se les vende alcohol a precios tan bajos que realmente hacen difícil cubrir los costos mínimos.
Entiendo que un país no solucionará el problema del alcoholismo ni el de la droga por vía de la represión. No hay duda de que esto cae en el ámbito educativo o de prevención. Pero eso no significa que nosotros hagamos vista gorda respecto de una realidad social evidente. La señal que a la sociedad chilena corresponde enviar es que consumir alcohol en la vía pública -sin perjuicio de que si además se provocan desmanes éstos constituyan otro hecho ilícito- o encontrarse en ella en estado de ebriedad, particularmente por parte de los jóvenes, deben ser conductas prohibidas, en aras de proteger a los menores, no de restringirles la libertad.
Señor Presidente , como consta al señor Ministro de Justicia y a los miembros de la Comisión, hemos formulado algunas indicaciones con el objeto de perfeccionar el proyecto. La primera de ellas dice relación al artículo 113 de la ley, cuyo texto modificatorio expresa: "Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en lugares de libre acceso al público.". Éste es un error, porque los restoranes también son lugares de libre acceso al público. Por lo tanto, se estaría prohibiendo la venta o el consumo de alcohol en los restoranes.
Por eso presentamos indicación para sustituir la parte de esa norma que dice "lugares de libre acceso al público", por una que lo identifique; y se sustituye el artículo 113 por otro del siguiente tenor: "Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público", lo que es distinto de "libre acceso al público".
Seguidamente, en el artículo 114, respecto de las conductas que regula la norma (se refiere en este caso a las personas en estado de ebriedad), debe sustituirse la expresión "lugares de libre acceso al público" por "lugares de libre acceso al público, como discotecas, cafés, tabernas", para marcar la distinción entre ambos casos.
Además se ha presentado una indicación al artículo 115, en lo atinente a cuál es la autoridad facultada para llevar a quien está consumiendo alcohol o que se encuentra en estado de ebriedad, a la unidad policial. En el proyecto no se señala específicamente cuál es esa autoridad. Por eso presentamos indicación para que sean sólo efectivos de Carabineros quienes puedan trasladar a la persona; y no inspectores municipales u otros que se arroguen una función que, a mi juicio, correspondería exclusivamente a aquel cuerpo policial.
También se formuló indicación para precisar que esta infracción sólo podrá ser cursada por Carabineros en la forma que señala la ley, y no por inspectores municipales u otras autoridades que pretendan arrogarse ese derecho. Creo que éste es un tema que requiere de una preparación profesional especial. Estamos ante un alto número de casos de jóvenes respecto de los cuales la policía tendrá como misión fundamental, cuando los encuentre bebiendo, conducirlos a la unidad; de igual manera procederá con los adultos, y en el caso de un menor de edad, optará entre ponerlo a disposición de sus padres, directamente en su casa, o llamar a éstos a la unidad policial, donde les informará de la infracción cometida. Si la conducta es reiterada o habitual, lo que corresponderá será que Carabineros informe al juez de policía local, con el propósito de que el joven pueda ser sometido a tratamiento de rehabilitación, pues está consumiendo habitual y normalmente alcohol, y podría estar cayendo bajo su dependencia.
Otra norma que no se ha comentado es la que dispone que estas causas serán vistas por los juzgados de policía local. Tradicionalmente eran de competencia de los juzgados del crimen, lo que significaba atocharlos (ellos deben concentrarse en los procesos de mayor reproche social, en los delitos graves) con causas que no les correspondía conocer. Lo que debemos hacer con la justicia del crimen en el juicio nuevo es concentrarla en los procesos en verdad relevantes. Y, por lo tanto, al trasladar la competencia a los juzgados de policía local, se estará permitiendo que los jueces de garantía -los fiscales en el proceso nuevo, y los jueces del crimen en el antiguo- realmente puedan concentrarse en las materias que les competen, que son los juicios de mayor reproche social, y no en estos casos que tratan de infracciones o contravenciones de carácter más bien administrativo.
Nos parece que éste es un buen proyecto, da una señal clara, no tiene carácter represivo, e involucra por primera vez a los padres en el conocimiento de los casos en que sus hijos estén consumiendo alcohol en forma desmedida. Porque es fundamental (como me hace presente el Honorable señor Prokurica) tomar conciencia de que se trata de una materia en que el papel educativo de los progenitores es sin duda el más importante para enfrentar el creciente alcoholismo que amenaza al país, particularmente a la juventud.
He dicho.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Quedan aún tres señores Senadores inscritos, y debo recordar a Sus Señorías que, para los efectos de la votación, éste es un proyecto que contiene normas de rango orgánico constitucional.
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , en general el proyecto que se nos presenta es básicamente razonable. La única duda que nos surge se refiere a la capacidad de aplicar la ley. Como lo ha señalado el Honorable señor Cordero, el alcoholismo es una suerte de plaga social en nuestro país, que provoca mucho daño a la sociedad, a las familias y a las personas. Precisamente por ser tan extendida, el problema radica en elaborar leyes que sean aplicables.
He presentado una sola indicación, que quiero fundamentar, al artículo 115. En él se señala que el infractor, es decir, aquel que transita por la vía pública en estado de ebriedad, o que consume alcohol en la vía pública, "será conducido a un cuartel policial". En la indicación propongo sustituir la expresión "será conducido" por "podrá ser conducido", con lo que se daría a Carabineros un grado de discrecionalidad. Porque obligar a sus efectivos a conducir a sus cuarteles a todas las personas que transiten por la vía pública en estado de ebriedad, es encargarles una tarea imposible de cumplir. Tendrían que dedicarse básicamente a ella. Si efectivamente, como se ha dicho, existen 500 mil alcohólicos circulando por las calles en todo el país, advertirán Sus Señorías que esa sola labor consumiría toda la capacidad de trabajo del cuerpo policial, por ejemplo, los fines de semana.
Por lo tanto, opino que no debemos hacer leyes que, pese a dar señales, en el peor de los casos pueden llegar a no cumplirse. La ley es un mandato, y el proyecto que nos ocupa constituiría uno imposible de llevar a efecto, lo que sólo conduciría a desprestigiar el valor de aquélla.
Tal es la razón por la que solicito a la Sala que acoja la mencionada indicación, pues a mi juicio así se despachará una ley a la que será posible dar cumplimiento.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , no me cabe duda de que el Honorable señor Chadwick ha explicado en detalle y adecuadamente los cinco fundamentos en que se apoya la moción, y cómo juega uno en relación con otro.
A propósito de lo planteado anteriormente por otro señor Senador al señalar qué se debe hacer, no respecto de la ingesta de alcohol, sino de su consumo excesivo, o en la vía pública, quiero resumir esta moción y agregar algunos antecedentes.
En ella se distinguen tres elementos que estimo esenciales. En primer lugar, el proporcionar una señal social. Lo que los legisladores debemos entregar son normas que manden, prohíban o permitan. Ése es el sentido de lo que estamos haciendo constantemente: mandando, prohibiendo o permitiendo determinadas conductas, en distintos ámbitos: en el social, en el económico, en el cultural, en la defensa.
En lo referente al consumo excesivo de alcohol y de su ingesta en la vía pública, obviamente debemos dar una señal social, consistente en que se trata de una conducta indeseada por la sociedad que debe ser castigada, no en términos penales, sino a través de dos vías: una, la multa, que resulta bastante más alta (es importante destacarlo) que la casi simbólica anterior, y la amonestación en caso de existir algún antecedente favorable para el infractor, que la amerite; y otra, la conducción a un cuartel policial.
Respecto de lo expuesto por el Senador señor Gazmuri , creo que es un planteamiento razonable. Ocurre que se debe tener en consideración, primeramente, el hecho de que hasta el pasado mes de enero la norma señalaba "será detenido". Es decir, si Carabineros usó durante cincuenta años, o más, la expresión "será detenido", que es más fuerte que "será conducido", obviamente eso no significaba que la policía anduviera todo el día buscando al millón quinientas mil personas que incurrían en determinado tipo de conducta, sino que actuaba con criterio, considerando razonable que una situación puede ser distinta de la otra.
De modo que, más allá de entender la filosofía presente en esa indicación, me parece que la expresión "será conducido" es suficientemente explícita y garantiza que se actuará con criterio. Por lo demás, la autoridad tiene también el imperio de hacerlo. La expresión "podrá conducir", naturalmente, va a generar una diferencia enojosa. ¿Por qué a unos los conducen y a otros no, en circunstancias de que lo que se pretende es que, con criterio, se actúe en forma igualitaria?
En segundo lugar -y es un punto que considero importante-, al señalarse lo que se debe hacer, no solamente se da una señal social. Se va más allá y se dice: "Asumamos que la reincidencia de por sí es un problema social que es necesario enfrentar". Por ello, la moción faculta al juez de policía local para imponer, en caso de reincidencia, alguna de las siguientes medidas, que conviene destacar: que la persona siga un tratamiento médico, psicológico o de otra naturaleza destinado a la rehabilitación, cuestión esencial en una norma como ésta, que no solamente tiene carácter prohibitivo, porque obliga a la rehabilitación del sujeto, tema al cual debemos apuntar cada vez con mayor fuerza en la legislación; y, alternativamente, que se interne en un establecimiento hospitalario o comunidad terapéutica abierta que prevenga o ayude a tratar el alcoholismo.
Me parece que este segundo elemento de la moción es destacable, porque no solamente se remite a sancionar tal conducta; también da, ante la reincidencia, una opción distinta, a fin de que la persona se pueda rehabilitar o seguir un tratamiento que le permita enfrentar de mejor modo el problema del alcoholismo.
Por último, esta norma innova también -lo ha dicho el Senador señor Espina- importantemente con relación al tema de la familia y de los menores, básicamente, en la obligación de apercibir por escrito que si el joven incurre en las contravenciones a la ley más de tres veces, se harán llegar sus antecedentes al Servicio Nacional de Menores. Aquí hay una doble preocupación por el menor y le da un tratamiento especial. No es lo mismo que un adulto incurra en alguna de estas conductas a que lo haga un menor. Por ello, la iniciativa dispone que se apercibirá adicionalmente a la familia -y esto es esencial- de que el menor está incurriendo en algún comportamiento claramente indeseado y que, de reiterarse sin rectificación, puede terminar haciéndose parte el Servicio Nacional de Menores.
En esencia, el proyecto busca mejorar un sistema cuya derogación sería dramática. Me parece importante entender que aquí se juntan los tres elementos: se sanciona una conducta, se tiende a la rehabilitación del sujeto y se da tratamiento especial a los menores, por la vía de un procedimiento determinado o mediante apercibimiento por escrito en caso de reincidencia de conducta.
He dicho.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , quiero felicitar a los autores de la iniciativa porque da una señal muy humanizada respecto de un tema que tiene un profundo contenido social, lo cual es positivo. Y deseo afirmar ese planteamiento recordando estadísticas.
En efecto, de cada 10 niños, dos o tres se han embriagado antes de los 13 años en más de una oportunidad; como promedio, una vez. ¿Por qué planteo esto? Porque la persona que no puede controlar su adicción al alcohol en un porcentaje muy alto es un enfermo. Para muchos, el alcoholismo es una enfermedad, no algo espontáneo, simple. Hay muchas tragedias en numerosas familias chilenas. Hay jóvenes que a muy temprana edad ya están condenados al alcoholismo, de modo que, de no mediar una acción rehabilitadora, evidentemente esa cruz se va a convertir en una pesadilla para la familia.
A la inversa de lo que planteaba un señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, veo con gran positivismo el que un menor de 18 años que esté consumiendo bebidas alcohólicas sea devuelto a su familia, a sus padres o a sus guardadores. Eso es deseable, máxime si le agregamos lo que se plantea en el proyecto, en términos de que el funcionario, que también es un padre y es sensible al tema, va a notificar a la familia una, dos o tres veces, porque ésta obviamente debe tener una responsabilidad en torno de lo que está pasando con sus hijos. En nuestra sociedad de consumo, muchas veces los padres están brevemente en sus hogares, y eso determina un espacio muy reducido de conversación, de intercambio de realidades, de vivencias, con sus hijos. En numerosas ocasiones es esa soledad la que empuja al alcohol y a la droga. Por eso lo considero positivo.
No obstante, quiero agregar lo siguiente. Si partimos de la base de que un porcentaje muy grande de los alcohólicos son enfermos, la verdad es que faltó en esta iniciativa el disponer la creación de programas de recuperación de estas personas, para que no se traduzca todo exclusivamente en algo de tipo testimonial. Para ninguno de los señores Senadores presentes es un misterio que los programas de rehabilitación de alcohólicos o drogadictos en los servicios públicos prácticamente no existen. Los hospitales, adonde llega la gran mayoría de los chilenos, no tienen ni las dependencias ni los especialistas ni los recursos para tratar el problema de las personas que tienen la desgracia de caer en la adicción al alcohol. De tal manera que esta es una interrogante que queda abierta, y creo que es también un camino que debemos ir auscultando, para que proyectos como éste, bien intencionado, humanizado, con una buena señal, sean completos en el sentido de entregar todos los elementos y recursos necesarios para tratar a las personas en cuestión.
Señor Presidente , vuelvo a expresar mis felicitaciones a los autores de la moción, y en lo personal me quedo con esta intención de no penalizar ni rebajar la dignidad de la persona que en un momento dado es detenida por ebriedad. Ahora se le da la posibilidad de rehabilitarse; no como antes, cuando a la sanción se sumaba incluso una anotación en el certificado de antecedentes, lo que podía llegar a constituir un impedimento para acceder a determinadas fuentes de trabajo.
He dicho.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor SABAG.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , la supresión del pago de una multa por la infracción de consumir alcohol y por ebriedad en la vía pública generó en la ciudadanía un desconcierto, muy legítimo por lo demás. El presente proyecto, que por supuesto apoyo, repone el carácter infraccional de estas conductas, con la finalidad de fortalecer la señal de reprobación pública de las mismas.
Deseo recordar que teóricamente el alcohol y el tabaco se inscriben en el ámbito de las llamadas "drogas blandas", lo que autoriza su libre consumo. Todos conocemos los resultados de su ingesta: una enorme secuela de problemas en la salud de estos consumidores y graves efectos sociales.
El proyecto prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en lugares de libre acceso al público. La contravención a esta norma será sancionada con una multa de hasta 1 UTM, cuyo pago puede hacerse directamente ante Carabineros, y por parcialidades, bajo un mínimo del 25 por ciento. Si se desea evitar la audiencia con el juez, se podrá pagar directamente en la tesorería municipal correspondiente o una entidad recaudadora señalada por el municipio.
Es obligación de Carabineros dar cuenta al juzgado de policía local sobre las multas pagadas, el dinero recaudado y las citaciones cursadas. La reincidencia por tercera vez en un año determina la comparecencia del infractor ante el tribunal, el que puede proceder a aplicar medidas especiales. Tras el procedimiento policial, el infractor será retenido en el cuartel por un máximo de 6 horas. Puede ser conducido a su domicilio o llevado a un servicio de salud. Los procedimientos deberán ser expeditos y factibles, ya que a veces se establecen unos poco practicables en la realidad, haciendo difícil su aplicación y creándose, así, una norma inútil.
El proyecto enfrenta el problema del menor de edad en estado de ebriedad, y contempla su detención y conducción al cuartel policial como medida de protección. Desde dicho recinto se informará a su familia, o bien, se facilitará al inculpado el uso de teléfono para tal efecto.
También se contempla la situación de reincidencia por tres o más veces en un año. En este caso, la autoridad podrá enviar los antecedentes al Servicio Nacional de Menores si constata poco interés en los adultos a cargo del joven.
Asimismo, es necesario conocer las dimensiones que el consumo de alcohol tiene entre los sectores urbanos. Una reciente encuesta reveló que 31,8 por ciento de los entrevistados de entre 12 y 18 años consumió alcohol en los treinta días previos a ella. Y en ese mismo segmento se observó el mayor aumento del consumo: 59 por ciento en un período de dos años.
Estimo del caso apuntar que, según diversos estudios, el precio de las bebidas alcohólicas influye en el nivel de consumo; esto es, el aumento del costo de aquéllas provoca una disminución en las ventas. A mayor precio, menor consumo. Investigaciones recientes han demostrado que políticas de precios más rígidas y la consecuente alza de impuestos pueden, no sólo limitar el consumo, sino también incrementar los ingresos del Estado.
Nuestra responsabilidad como legisladores debe estar profundamente comprometida con el problema del alcoholismo en todas sus facetas, pero en particular en lo referente a la protección de la juventud. Es evidente que también resulta indispensable contar con la especial preocupación de la familia y de los profesores, para advertir a los jóvenes sobre los peligros del consumo.
Por último, considero necesario reflexionar acerca de las millonarias campañas publicitarias que incitan permanentemente a la ingesta de alcohol.
Me parece que este proyecto es muy pertinente -felicito a los autores de la moción que le dio origen-, razón por la cual lo votaré a favor.
Gracias, señor Presidente.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
El último inscrito es el Honorable señor Fernández. Luego se procederá a la votación.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente, vamos a concurrir con nuestros votos a la aprobación de esta iniciativa, que, respondiendo a una necesidad muy sentida, tiene como propósito la corrección de un error cometido en las normas adecuatorias a la reforma procesal penal.
Sin embargo, conviene tener presente que todo el gran debate producido en la ciudadanía por la despenalización de la ebriedad y el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública es también motivo de inquietud para el legislador -éste debe mirar los altos intereses del país-, por cuanto la opinión pública se ha preocupado más de la penalización de tales conductas -aunque sea con un grado distinto: como simples faltas y no como delitos-, de la represión, que de la prevención. Y me parece que a este respecto deberíamos poner especial cuidado.
En el problema del alcoholismo, la represión o sanción no es un elemento determinante; por el contrario, muchos estudios demuestran que no es lo más eficaz.
Por eso, independientemente de la aprobación de este proyecto, que corrige un error, en la iniciativa que modifica la Ley de Alcoholes -su estudio también se halla radicado en el Senado- habremos de preocuparnos de todos los medios existentes para la prevención del alcoholismo, la cual es mucho más importante que la represión o el castigo.
La reacción de la ciudadanía es inquietante, pues cree que lo del alcoholismo se va a corregir mediante la ley en proyecto -ésta lo penaliza en otra forma-, en circunstancias de que estamos frente a un asunto mucho más serio. En alguna medida, la sociedad nos está pidiendo que escondamos el problema: que las personas que se encuentran en estado de ebriedad en las calles sean llevadas a los cuarteles policiales, como una manera de ocultar la realidad.
Debemos estar muy atentos y no olvidar tal realidad, para que en definitiva, cuando el Senado legisle sobre el proyecto modificatorio de la Ley de Alcoholes, nos preocupemos de lo principal: todos los elementos que contribuyen a la prevención del alcoholismo y a la educación de los chilenos, con miras a evitar ese mal. De nada nos sirve tener un sistema muy eficaz que saque de las calles a quienes se encuentran en estado de ebriedad y a quienes consumen alcohol si no atacamos el problema de fondo.
Gracias, señor Presidente.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
No hay más Senadores inscritos.
Si le pareciera a la Sala, se aprobaría en general el proyecto.
Pido al señor Secretario que verifique el quórum.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , me voy a abstener de votar y me gustaría indicar las razones.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, señor Senador, para fundamentar su abstención.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , sé que el tema es extraordinariamente complejo y complicado. Creo que todos estamos conscientes de que en Chile el alcoholismo es un serio problema. Pero también lo es dónde se halla radicado con exactitud.
La mayor parte de los indicadores señala que el sector social más afectado es el de personas -sobre todo jóvenes- que hoy no tienen otra posibilidad que beber en lugares públicos debido a que normalmente viven en casas de no más de 25 metros cuadrados y son objeto de represión en sus propios hogares, cuando no echadas de ellos. Se trata de gente con dificultades que ve en el alcohol, que forma parte de la cultura nacional, un mecanismo de interlocución o de interrelación activa con sus pares.
La ley en proyecto va a significar un enorme recargo para todas las fuerzas policiales, que deberán reprimir el consumo y la ebriedad en la vía pública. Estamos entregando a Carabineros la responsabilidad de determinar el tipo de alcoholismo que sufren los habitantes de nuestro país, en circunstancias de que no se halla en condiciones ni tiene medios para establecer con exactitud el grado de adicción al alcohol que existe en Chile.
Es más, la iniciativa nada dice con respecto al consumo de bebidas alcohólicas puertas adentro. Y, según los datos existentes, superan el 45 por ciento las personas que toman al interior de sus casas y padecen altos niveles de alcoholismo.
Eso no significa que debamos invadir la vida privada. Todos los habitantes tienen derecho a la privacidad, y nos parece absolutamente correcto que ello sea respetado, incluso en el ámbito de la ley en proyecto. Pero si en verdad queremos enfrentar el alcoholismo como plaga social, como pandemia, debemos preocuparnos, no sólo de quienes beben en la vía pública, sino también de aquellos que por distintas razones lo hacen puertas adentro. Y la iniciativa que nos ocupa no da cuenta de esa realidad.
Son muchas las materias vinculadas con la problemática planteada en esta discusión. Y como este proyecto no abarca las diversas situaciones que a nuestro entender deben abordarse si realmente queremos una ley que combata el alcoholismo no únicamente a través de la represión, me abstengo.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Solicito al señor Secretario verificar el quórum.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Existen 33 votos a favor y una abstención, señor Presidente .
El señor GAZMURI.-
Sumo mi abstención a la del Senador señor Núñez.
El señor PIZARRO.-
Yo también me abstengo.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , ¿podría agregar mi voto favorable?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Para mayor claridad, la votación será tomada nominalmente.
En votación nominal.
--(Durante la votación).
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , por razones similares a las que planteó el Honorable señor Núñez en el sentido de que estamos frente a una normativa de muy difícil aplicación y que puede generar más problemas que los que intenta resolver, me abstengo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , prefiero abstenerme, pues temo que tengamos con los jóvenes una experiencia parecida a la derivada de la detención por sospecha. Porque, en definitiva -como muy bien señalaron los Honorables señores Gazmuri y Núñez -, serán ellos quienes sufrirán las consecuencias de la ley represiva que surgirá de esta iniciativa.
Por tanto, me abstengo.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , hemos escuchado un amplísimo debate y presenciado una votación donde las abstenciones me sorprenden.
Este proyecto, que no requería una discusión tan lata, se gesta en el hecho de que la reforma procesal penal provoca problemas con ciertas leyes que no admiten el juicio oral o lo hacen muy difícil. Y la ebriedad callejera, especialmente, obliga a abrir miles de juicios de esa índole.
Entonces, se pretendió corregir ese error, pero mediante una iniciativa que incurrió en otro al, sin decirlo, generar la despenalización de la ebriedad y el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
Los señores Senadores autores de la moción se propusieron remediar el vacío producido. Por tanto, la abstención deja ese vacío. O sea, aquí se vota "sí" o "no". Pero se vota "sí" para corregir un error y no para dictar una nueva ley.
Se ha hecho una verdadera enciclopedia sobre cómo elaborar una buena ley de alcoholes. Empero, no es ésta la oportunidad para ello.
Este proyecto pudo haberse aprobado en un cuarto de hora. Y perdónenme, Sus Señorías, por haber contribuido yo también, con esta fundamentación, a retrasar su despacho.
Voto a favor.
El señor ÁVILA.-
Me abstengo, señor Presidente , porque prefiero el vacío a que aludió el Senador señor Zurita antes que el mazazo mal dado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (35 votos por la afirmativa y 7 abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Arancibia, Bombal, Canessa, Cantero, Coloma, Cordero, Chadwick, Espina, Fernández, Flores, Foxley, Frei (doña Carmen), Frei (don Eduardo), García, Horvath, Larraín, Lavandero, Martínez, Matthei, Muñoz Barra, Orpis, Páez, Parra, Prokurica, Ríos, Romero, Ruiz (don José), Sabag, Silva, Stange, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo) y Zurita.
Se abstuvieron los señores Ávila, Boeninger, Gazmuri, Naranjo, Núñez, Ominami y Pizarro.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar las indicaciones, algunas de las cuales son de quórum orgánico constitucional.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Señores Senadores, el número 1) del artículo 1º del proyecto sustituye el artículo 113 por otro.
El primer inciso del precepto de reemplazo dice: "Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en lugares de libre acceso al público.".
Llegó a la Mesa una indicación, suscrita por los Honorables señores Horvath, Espina, Romero, Ríos y Prokurica, para sustituir el inciso primero recién leído por el siguiente: "Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público.".
El señor NÚÑEZ.-
¿También en las canchas de fútbol?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le pareciera a la Sala, se daría por aprobada la indicación.
El señor NÚÑEZ.-
¿Debo entender que en las canchas de fútbol también?
El señor GAZMURI.-
¡En la Región del Maule se va a tener que detener a 7 mil personas todos los domingos!
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Señor Senador, le ruego respetar el orden en la Sala.
El señor NÚÑEZ.-
Me gustaría que los autores de la indicación nos dijeran si las canchas de fútbol están incluidas en la disposición.
El señor CHADWICK.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , como a lo largo del debate ha habido una reiteración sobre el punto, debo aclarar que la norma que perdió vigencia hace tres semanas facultaba a Carabineros para "detener" a los infractores y que nosotros estamos planteando dar atribución a la policía uniformada para "trasladarlos" a recintos policiales.
Si durante los más de 50 años que rigió aquella disposición Carabineros no actuó con el descriterio que ahora se supone, fue porque asumió la facultad en comento con sentido común. Y nunca entró a las canchas de fútbol de zonas rurales, como la señalada, para detener a toda la gente. ¿Por qué? Porque aplicó dicha norma con cordura.
El señor GAZMURI .-
Pero la ley...
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Le ruego evitar los diálogos, Honorable señor Gazmuri .
Está con la palabra el Senador señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente...
El señor GAZMURI .-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor CHADWICK.-
Por supuesto, con la venia de la Mesa.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
El problema, a mi entender, radica en que estamos haciendo una ley donde -y por eso la indicación que viene en seguida- se da un mandato a Carabineros...
El señor CHADWICK.-
El mismo que tiene, señor Senador.
El señor GAZMURI .-
De acuerdo. Pero se trata de mejorar la normativa.
Insisto: se da a Carabineros un mandato para detener a quienes beban en los lugares que se mencionan.
Represento, Honorable colega, a una Región rural como la suya,...
El señor CHADWICK .-
Así es.
El señor GAZMURI .-
...donde la gran entretención popular de sábados y domingos es el fútbol...
El señor CHADWICK .-
Así es.
El señor GAZMURI.-
...y en que por regla general, terminados los partidos, tiene lugar lo que comúnmente se conoce como "vituperio".
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Hay una indicación en ese sentido, señor Senador.
El señor GAZMURI.-
De acuerdo con la indicación, Carabineros tendría que detener a toda esa gente.
¡Me parece una ley aberrante!
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Le reitero, señor Senador, que existe una indicación en ese sentido.
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , quiero explicar al Honorable señor Gazmuri -porque es importante para la historia fidedigna del establecimiento de la ley- que Carabineros tuvo por decenas de años atribución para detener a las personas que se encontraban en esa situación y no actuó con descriterio. En consecuencia, no sé por qué ahora se desconfía de su cordura.
En cuanto al ejercicio de la facultad en comento, la forma imperativa es la única que permite usar la fuerza en caso de resistencia.
Carabineros no actuó con descriterio a ese respecto durante decenas de años y no se ve ninguna razón para que lo vaya a hacer ahora, señor Senador.
El señor GAZMURI .-
El problema estriba en nuestro criterio como legisladores. Respecto del criterio de Carabineros, tengo perfectamente claro que lo aplica con mucha discreción.
El señor CHADWICK .-
Es el mismo criterio que tuvieron sus antecesores en el Senado, y no ha habido problemas.
El señor GAZMURI .-
Yo apelo al criterio de Su Señoría.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Señor Senador , le ruego mantener el orden.
El señor CHADWICK .-
No sé por qué Su Señoría va a tener mejor criterio que sus antecesores en el ejercicio legislativo.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Senador señor Chadwick ...
El señor PIZARRO .-
¡Amonéstelo de una vez por todas, señor Presidente ...!
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, la indicación sustituye la expresión "de libre acceso al público" porque con ella se comprende, por ejemplo, a los restoranes y bares, donde, de mantenerse el precepto que propuso la Comisión, quedará prohibido el consumo de bebidas alcohólicas.
Al reemplazar la expresión "de libre acceso al público" en el artículo 113 para identificar -al igual como lo hacía la norma que perdió vigencia- los lugares donde se prohíbe expresamente el referido consumo, estamos evitando la existencia de una disposición que sería muy confusa. Y por eso se dice "calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público.", que no es lo mismo que "de acceso público".
El señor VIERA-GALLO .-
¿Podría leer la indicación completa, Honorable colega?
El señor ESPINA.-
"Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público", que es, por lo demás, la norma actualmente en vigencia.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor ESPINA.-
Se la daré después que me haya referido a lo siguiente
Me parece increíble que aquí se festine esta situación y se la considere divertida. Yo represento una zona rural donde también se consumen bebidas alcohólicas, y me parece muy malo que ese consumo se mezcle con actividades deportivas, porque produce incidentes. Estimo inadecuado que se considere parte del folclor popular hacer deporte y simultáneamente embriagarse. A mí, por lo menos, no me parece correcto. No creo que el Senado de la República sea el lugar apropiado para que esa situación, por el hecho de que es así y de que seguirá siendo así, se aborde en la forma descrita. Ojalá ello no ocurriera. De ahí surge la violencia intrafamiliar, que después las bancadas de enfrente critican. El consumo excesivo de alcohol genera conflictos y una serie de daños muy perniciosos para la sociedad chilena.
Por lo tanto, la norma propuesta no establece sino dos opciones frente a la hipótesis de que aquélla se contravenga: o Carabineros cita a la persona sorprendida consumiendo alcohol en la vía pública o en estado de ebriedad para que comparezca ante el juez de policía local -ello significará que los tribunales se llenarán con cientos de miles de citaciones y deberán despachar las respectivas órdenes de detención, porque las personas no van a comparecer-; o bien, se lleva a cabo un procedimiento que, como bien se dijo, es equilibrado en cuanto al infractor, en virtud del cual el policía, con criterio -que no se forma por ley, sino en las unidades policiales-, sabrá distinguir cuando la persona se halla en manifiesto estado de ebriedad, cuando está consumiendo en la vía pública o lo está haciendo al interior de un restaurante, y la conducirá al cuartel policial -si se trata de un menor de edad, se hará como medida de protección, y luego, será entregado a la persona responsable de su conducta- donde podrá pagar el 25 por ciento del monto máximo de la multa, y si no lo hiciere, quedará citada al juzgado de policía local respectivo.
En el fondo, el precepto tiene por objeto, como lo pretende cualquier país, que no siga aumentando el consumo excesivo de drogas, que se reclama en esta Sala y que es la causa principal de la violencia intrafamiliar, de la delincuencia, de los delitos y de una serie de males a los cuales se hace referencia con mucho entusiasmo, pero no cuando se trata de abordarlos de raíz.
El señor NÚÑEZ .-
No estamos hablando de drogas, señor Senador.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Ruego a Sus Señorías mantener el orden.
El señor ESPINA.-
Por lo tanto, señor Presidente, la norma propuesta es la más adecuada y certera.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , en verdad, resulta curioso el debate de este momento, dado que el proyecto en discusión constituye un paso importante en cuanto a prevención.
Actualmente, tanto Carabineros como la Policía de Investigaciones tienen facultades para detener o llevar a un cuartel policial y posteriormente a la cárcel a personas en estado de embriaguez en la vía pública y que cometen actos que molestan al resto de la comunidad, o que alteran el orden público o no cumplen con las órdenes de la policía. Así se halla establecido en la ley.
Por lo tanto, la moción tiene por finalidad regular un tema fundamental: la cantidad de jóvenes que en nuestro país -sin tocar lo referente a la droga- consumen alcohol y los problemas de seguridad que les genera. Aludo no sólo a terceras personas, sino a niñas de 12, 14, 15 años. En tal sentido, esta normativa permitirá a sus padres tener una certificación -por lo menos, en un país con policía, donde hay democracia y en que se realizan bien las cosas- acerca de qué pasa con sus hijos cuando están en las calles. Se establecen medidas precisas no para penalizar, sino para, de una u otra manera, prevenir situaciones conflictivas.
Y es efectivo: esta moción no trata los problemas en forma global, sino únicamente el consumo de alcohol y la embriaguez simple. El resto de las materias se van a discutir con motivo de la modificación de la Ley de Alcoholes.
Por lo tanto, lo que debe aprobarse es un proyecto que otorga facultades precisas para proteger a los menores, para evitar, sin lugar a dudas, las situaciones conflictivas que se producen en las poblaciones. Todos los señores Senadores saben donde, en las Regiones, ellas ocurren. No se trata sólo de Las Condes y otros lugares.
La gente necesita certeza, señales claras sobre el particular. Y el proyecto cumple con ese objetivo. Por lo menos, yo considero que lo que hemos hecho, analizado y revisado, en modo alguno es represivo. Por el contrario, hay una etapa intermedia que podría no ser utilizada por la policía, si así lo quisiera. Sin embargo, ella se encuentra establecida.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría la indicación con el mismo número de abstenciones.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente, la cuestión en análisis no se relaciona con este debate, sino con la opción entre dos redacciones posibles de una norma, para saber dónde debería prohibirse el consumo de bebidas alcohólicas.
Me parece más claro el texto aprobado por la Comisión. Creo que la interpretación del Senador señor Espina, en el sentido de que cuando se dice "en lugares de libre acceso al público" puede entenderse "bares, restaurantes", es demasiado excesiva. Tengo entendido que así lo señala la ley actual.
Pido al señor Secretario que lea la normativa vigente. Porque, tal como se propone el texto, pueden surgir dificultades, ya que dice "y demás lugares de uso público".
El señor LARRAÍN.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor VIERA-GALLO.-
Por supuesto, con la venia de la Mesa.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , tengo en mis manos el texto de la actual ley, que establece exactamente lo que plantea la indicación en debate.
El artículo 154 señala: "Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en calles, plazas, paseos y demás lugares de uso público." ¿Qué busca la indicación correctamente? Evitar el problema derivado de la generalización contenida en la norma aprobada por la Comisión. Al señalar que "Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en lugares de libre acceso al público.", se generaliza de tal modo que podría prestarse para respaldar algunas interpretaciones planteadas en la Sala; en cambio, la indicación que se propone vuelve a lo que es la historia de la ley, que circunscribe la medida a un tipo de lugares, con lo cual los ejemplifica y permite generalizarlos a cualquier otro semejante.
Por lo tanto, se mantiene la línea de décadas de la aplicación de dicho precepto, que no ha generado dificultades en esta materia, y evita el problema provocado por la generalidad introducida por la norma aprobada en la Comisión.
Me parece correcta la indicación al tenor del texto de la actual ley a que di lectura.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Terminó su intervención, Senador señor Viera-Gallo?
El señor VIERA-GALLO.-
Sí, señor Presidente . Me parece clara la explicación.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , a los redactores de la indicación les pregunto qué quieren decir con la expresión "caminos plazas".
El señor LARRAÍN .-
Falta intercalar una coma.
El señor ÁVILA.-
Entonces, querría decir que una vez aprobada la indicación se podría beber en senderos, pasajes y aceras.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría la indicación con el mismo quórum y número de abstenciones que la votación anterior.
Acordado.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , en esta ocasión no me abstengo, sino que voto a favor de la indicación.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Se modificará su voto, señor Senador.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Indicación de los Honorables señores Espina y Horvath, para reemplazar, en el inciso del artículo 113 que comienza diciendo "En caso de", las palabras "no lo hiciere" por los vocablos "el infractor no consigne".
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría con la misma votación anterior.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Indicación del Senador señor Aburto para sustituir, en la última frase del inciso del artículo 113 que empieza diciendo "En todo caso", la expresión "sin fines de lucro" por "con fines de beneficencia".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , el problema es que este tipo de instituciones pueden ser con o sin fines de lucro. Conversé con el Senador señor Aburto , y podría decirse "sin fines de lucro y con fines de beneficencia".
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , tal vez sería mejor señalar: "de beneficencia sin fines de lucro".
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Entonces, se diría: "de beneficencia sin fines de lucro".
¿Habría acuerdo?
El señor ABURTO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ABURTO.-
Señor Presidente , estimo conveniente aprobar la indicación tal como la presenté, porque al incluir ambos términos -"sin fines de lucro" y "con fines de beneficencia"- se incurre en redundancia.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobar la indicación según la fórmula propuesta por el Senador señor Larraín?
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , se puede acoger esa redacción; pero si, según el Honorable señor Aburto , da lo mismo decir "de beneficencia" o "sin fines de lucro", entonces no sería necesario introducir esa modificación.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Un club deportivo puede ser sin fines de lucro y no ser de beneficencia.
El señor LARRAÍN.-
Por eso es más amplio "sin fines de lucro". Desde ese punto de vista, sería más conveniente mantener el criterio de la Comisión, porque también la persona jurídica puede ser de beneficencia.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , me parece que lo común en la legislación vigente es hablar de "organizaciones con o sin fines de lucro". Ahora bien, unas u otras podrían ser de beneficencia o no.
Desconozco la diferencia que se desea destacar.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si le parece bien a la Sala, se aprobaría el artículo original, luego de rechazar la indicación. Sin embargo, si su autor lo prefiere, podría retirarla.
Tiene la palabra el Honorable señor Aburto.
El señor ABURTO .-
Señor Presidente, la indicación claramente pretende evitar que se realicen trabajos en beneficio de personas jurídicas sin fines de lucro que tengan como finalidad, por ejemplo, la satisfacción personal de sus socios. Me refiero a los trabajos a favor de un club social, por ejemplo, y cuyo objeto sea la satisfacción de sus miembros. Pienso que en este caso la persona jurídica debe perseguir fines de beneficencia. Eso es lo principal. De manera que, en esa forma, los trabajos apuntarían a esa misma finalidad.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , ¿por qué no se unen ambas proposiciones y se dice "personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro que se dediquen a la beneficencia"? La Secretaría puede redactar la norma como corresponde. Creo que todos estamos de acuerdo en ello.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , el señor Larraín señaló la redacción correcta: "de beneficencia sin fines de lucro".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría la indicación con una redacción elaborada por la Secretaría, que contemple los conceptos expresados.
--Se aprueba, con el quórum constitucional requerido.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Indicación de los Honorables señores Prokurica, Espina, Romero, Ríos y Horvath para reemplazar el inciso primero del artículo 114 del Nº 2) del artículo 1º, que establece: "Lo dispuesto en el artículo precedente también tendrá lugar respecto de quienes fueren sorprendidos en la vía pública o en lugares de libre acceso al público en manifiesto estado de ebriedad.", por el siguiente: "Lo dispuesto en el artículo precedente también tendrá lugar respecto de quienes fueren sorprendidos en manifiesto estado de ebriedad en los sitios allí indicados o en lugares de libre acceso al público, como discotecas, cafés, tabernas.".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , no entiendo el sentido de la proposición. ¿Significa que en las discotecas no se podría beber?
El señor LARRAÍN.-
Lo que no se puede hacer, señor Senador, es permanecer en ellas en estado de ebriedad.
La señora MATTHEI.-
¡Eso es!
El señor VIERA-GALLO .-
Estamos en presencia de una diferencia bastante grande, porque el proyecto considera al ebrio que se halla en un lugar público y no en el interior de una discoteca, bar o restaurante. Eso es completamente distinto. Se trata de recintos privados y la disposición regula la situación cuando el ebrio está en un lugar público. Si se aplica esta norma a lugares privados, se producirá una gran discusión y, a mi juicio, terminará el consenso hasta ahora logrado.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , tiene razón al Senador señor Viera-Gallo .
El objetivo de la iniciativa guarda estricta relación con lugares públicos y no privados. La materia contenida en la indicación forma parte del proyecto sobre la Ley de Alcoholes, que todavía se estudia en Comisión, y no del que ahora estamos debatiendo.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazaría la indicación.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , no tengo inconvenientes en que se proceda de esa manera, pero cabe destacar que la legislación vigente sanciona la ebriedad en calles, caminos, plazas, teatros, hoteles, cafés, tabernas, despachos y demás lugares públicos o abiertos al público.
La indicación ha seguido el criterio de distinguir entre lugares donde se encuentren individuos en estado de ebriedad y lugares donde haya consumo de alcohol. El consumo quedó prohibido -tal como ya se aprobó- en calles, plazas, paseos y demás lugares de uso público. En cuanto a la ebriedad, esta indicación restringe lo que hoy establece la ley vigente, haciéndola aplicable a calles, caminos, plazas, teatros, hoteles, cafés, tabernas, etcétera.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor ESPINA.-
Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , lo que ocurre es que la idea de la nueva Ley de Alcoholes apunta, justamente, a modificarla con un criterio, en algunos aspectos, más restrictivo y, en otros, más liberal.
Si mañana hay un borracho en el interior de determinado hotel -por ejemplo, en el Sheraton o en el Hyatt-, no corresponde que Carabineros ingrese al recinto y lo saque a la fuerza. Lo pertinente, en ese caso, es que el personal del hotel se ocupe de la situación. Este punto nunca se discutió en la Comisión, ni nadie lo planteó. Por esto mismo, como no se trata de un tema secundario, el proyecto debería volver a Comisión. En su defecto, sería recomendable discutirlo cuando se analice la Ley de Alcoholes, porque aquí estamos ocupándonos de la ebriedad en lugares públicos.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, el señor Ministro desea agregar algo.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , efectivamente esta materia se está discutiendo en la Ley de Alcoholes global. Entonces, creo que es mejor dejarlo adscrito a ese ámbito, porque aquí se está tratando de evitar la ebriedad en lugares de uso público. Por lo tanto, convendría debatirlo al momento de considerar la Ley de Alcoholes definitiva.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Los autores de la de la indicación estarían dispuestos a retirarla?
El señor ESPINA.-
Sí, señor Presidente. Pero, obviamente, discutiremos el tema cuando despachemos el otro proyecto de ley.
Advertimos -para constancia en la historia fidedigna de la ley- que, al no aprobarse la indicación, la norma vigente se aplica respecto de calles, caminos, plazas, teatros, hoteles, cafés, tabernas, despachos y demás lugares de uso público. Sólo eso deseaba hacer presente.
--Queda retirada la indicación, y se aprueba (30 votos) el inciso primero del artículo 114.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Indicación presentada por el Senador señor Espina para sustituir, en el inciso del artículo 114 que empieza diciendo "En su resolución", la frase final: "La primera vez que se disponga la medida de internación deberá decretarse con carácter parcial, y en las demás ocasiones podrá disponerse bajo régimen de residencia total.", por la siguiente: "La primera vez que se disponga la medida de internación deberá decretarse con carácter ambulatorio, y en las demás ocasiones podrá disponerse bajo régimen de residencia total.".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
La explicación es la siguiente, señor Presidente .
La medida puede ser parcial en régimen cerrado. La idea es que, en el caso de la primera sanción, deba ser internado en un establecimiento hospitalario o en algún centro de atención abierto. Y sólo en la segunda oportunidad, si el tribunal así lo determina, sea en régimen cerrado.
Por eso, se cambia el término "parcial" por "ambulatorio".
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Parece clara la explicación.
Si le parece a la Sala, podría aprobarse de esa manera.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , la verdad es que ninguna de las dos soluciones es buena, porque si estamos en presencia de una persona adicta al alcohol, ni el juez ni la ley son los encargados de determinar el grado de alcoholismo que le afecta. Eso deberán hacerlo personas especializadas, las que decidirán si requiere una internación completa o parcial. Pero no me parece que corresponda a la ley determinar el grado de tratamiento a que debe someterse una persona adicta al alcohol.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Señor Senador , lo dice precisamente el inciso anterior. "Para resolver, el juez de policía local podrá requerir los informes y diligencias que estime convenientes, a efectos de determinar el diagnóstico de habitualidad...".
Si le parece a la Sala, se aprobaría la indicación, con la misma votación anterior.
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, el número 3) propuesto por la Comisión dice:
" Agrégase el siguiente artículo 115:
"En los casos a que se refieren los dos incisos precedentes, el infractor será conducido a un cuartel policial".Al respecto, los Honorables señores Espina, Horvath, Romero, Prokurica y Ríos "En los casos a que se refieren los dos artículos precedentes, el infractor será conducido por Carabineros a un cuartel policial para dar cumplimiento a los trámites que se indican en dichos artículos, y para proteger su salud e integridad en conformidad a los incisos que siguen".
La señora MATTHEI.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Si Su Señoría me lo permite, me gustaría referirme a la indicación anterior que acabamos de aprobar. Porque lo que sostuvo el Senador señor Orpis respecto del inciso que establece en su encabezamiento que "En su resolución, el juez precisará la duración de la medida,...", es que, obviamente, tratándose de una persona que incurre por primera vez en la infracción y que, en realidad, no es un alcohólico habitual, la medida deberá ser de carácter ambulatorio. Pero puede suceder que caiga por primera vez, pero que sea un alcohólico empedernido y que la familia esté al tanto de su condición y que el especialista, el médico, también lo considere. Por lo tanto, estaría mal usada la expresión "la primera vez", porque estaba hablando de la primera vez...
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite una interrupción, señora Senadora?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Esa materia ya fue despachada.
La señora MATTHEI.-
Se puede reabrir el debate al respecto.
El señor VIERA-GALLO .-
Sólo quiero decir a la señora Senadora que tiene razón, por lo siguiente. Por cuanto para que esa primera vez haya ocurrido tiene que haber sido detenido tres veces antes. O sea, esa primera vez se refiere al momento en que el juez la decreta, pero ya ha sido detenido tres veces. O sea, es válido el argumento de Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Su Señoría podría pedir la unanimidad y buscar una redacción alternativa, o eliminar lo referente a que la primera vez tenga que ser con carácter ambulatorio, y poner nada más que "el juez decidirá".
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , si hubiese unanimidad para ver nuevamente el tema, quizá lo correcto sería eliminar la frase y dejar que el juez, con la asistencia de los técnicos y especialistas en la materia, disponga la forma del tratamiento.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Al parecer, hay unanimidad en la Sala para proceder en tal sentido.
En consecuencia, la norma se aprobaría de la manera propuesta por la Honorable señora Matthei y el Senador señor Chadwick.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Secretaría entiende entonces que en el párrafo que comienza "En su resolución, el juez...", se eliminaría la frase final, que dice: "La primera vez que se disponga la medida", hasta el punto aparte.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, así se acordaría.
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, corresponde ocuparse en la indicación de los Honorables señores Espina, Horvath, Romero, Prokurica y Ríos, que reemplaza el inciso primero del número 3) propuesto por la Comisión, y que dice:
"En los casos a que se refieren los dos artículos precedentes, el infractor será conducido por Carabineros a un cuartel policial para dar cumplimiento a los trámites que se indican en dichos artículos, y para proteger su salud e integridad en conformidad a los incisos que siguen".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En discusión la indicación.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , muy breve. La razón es que en el actual artículo 115 que estamos aprobando no se señala quién está autorizado para trasladar al infractor al cuartel policial. A mí me parece que lo razonable es que se especifique que sólo lo puede hacer Carabineros, y que además se precise que las normas que se van a dictar estarán siempre orientadas a la protección de la salud e integridad de las personas.
Por lo tanto, creo que es una precisión que permite terminar con un punto que puede ser ambiguo o constituir un vacío legal.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría en esa forma la indicación que sustituye el inciso primero.
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Ha llegado a la Mesa una indicación del Honorable señor Gazmuri que, si bien incidía en la redacción original, también es aplicable a la nueva, y propone reemplazar la expresión "el infractor será conducido" por "el infractor podrá ser conducido".
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , es una indicación complementaria que pretende lo que se ha argumentado aquí con un poco de buen espíritu y buen humor. Espero que se apruebe.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo al respecto?
Al parecer, no lo hay.
El señor VIERA-GALLO .-
En ese caso, señor Presidente , debo hacer algunas observaciones por cuanto tenía la impresión de que todos estaban de acuerdo.
El argumento es muy simple. Es lo que han repetido los Honorables señores Gazmuri y Núñez muchas veces. Es decir, que se confía en el criterio de Carabineros para que proceda en la misma forma como hoy día lo hace: que cuando estime que hay grave peligro para el orden público o para la salud de la persona, proceda a su detención. Y cuando no lo considere así, no lo haga. Porque actualmente hay una desproporción entre la cantidad de gente que incurre en esta contravención y la capacidad policial para reprimirla.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En votación la indicación.
--(Durante la votación).
El señor STANGE.-
Señor Presidente , Carabineros actúa en la vía pública ante la presencia de innumerables personas. Por lo tanto, darle atribuciones que adolecen de cierta vaguedad se prestará para muchos problemas posteriores, para muchas influencias, digámoslo así. Por eso, pienso que la norma debe ser taxativa: "será conducido".
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , hay otro problema. Yo entiendo cuál es el objetivo que pretende el Honorable señor Viera-Gallo , pero apliquemos esta medida en la práctica. Lo que ocurre es que Carabineros, cuando conduzca a la persona a la unidad policial, debe darle la oportunidad de que ésta pague la multa. En esa ocasión el afectado puede cancelar el 25 por ciento de ella, e inmediatamente termina el proceso. Si la persona es reincidente, empiezan a regir las normas que hemos analizado anteriormente en el sentido de que puede ser internada para un proceso de rehabilitación. Si Carabineros no la lleva, le está impidiendo la posibilidad de pagar la multa y, por lo tanto, quedará siempre expuesta a ser citada al tribunal, ante el cual deberá acudir para los efectos de cancelarla.
El señor VIERA-GALLO .-
No, señor Senador, porque hoy día ni siquiera la citan. Simplemente, pasa "colada", como se dice.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , si Carabineros decide que la persona no reúne los requisitos para ser detenida, no lo va a hacer. A mi juicio, no es correcto facultarlos para proceder de manera contraria a la ley. Si Carabineros considera que no es necesario conducirla al cuartel policial, las expresiones "será" o "puede" no tendrán importancia alguna, porque sencillamente no la llevará. Al hacerlo, permitirá que el afectado pague la multa.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor ESPINA.-
Sí, señor Senador, con la venia de la Mesa.
El señor VIERA-GALLO .-
El artículo 113 tiene carácter genérico. Dice: "Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas...". Y más adelante agrega que la contravención será sancionada con las medidas que indica, pero en ninguna parte dice que Carabineros, ante esa prohibición, debe actuar en cada uno de los casos, situación que queda entregada a su criterio.
En el segundo caso, es lo mismo. Por lo tanto, Carabineros puede citar o no citar, y aquí lo ha dicho muy bien el Honorable señor Cordero. Los Senadores de Oposición han recalcado hasta la saciedad que se ha actuado con buen criterio, porque hay demasiada gente que comete esta infracción. En cambio, con esta norma vamos a obligar a Carabineros a no cumplir la ley...
El señor ESPINA.-
¡Eso no ocurrirá, señor Senador !
El señor VIERA-GALLO .-
...porque en muchos casos tendrán que decir: "Bueno, mala suerte". O si un carabinero se pone rígido y cumplidor de la normativa, será muy descriteriado. Y como sabemos, la suma justicia lleva a la injusticia. Porque resultará imposible cumplir cabalmente con la norma, ya que no habrá comisaría ni aparato de juzgado de policía local que dé abasto.
He dicho.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , aquí se señala lo siguiente.
Hay dos infracciones cometidas: el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, o la ebriedad. Por lo tanto, no existe en este caso una facultad, desde el punto de vista de la gestión de la policía. Una cosa distinta es la calificación que se realice del hecho. Pero el tema no está en determinar si podrá o no podrá llevar a la persona al cuartel policial, ya que aquí se cometió la infracción.
Una situación diferente es que a alguien que ha consumido cierta cantidad de alcohol y camina por la calle no se le considere como ebrio para los efectos de la sanción y, por consiguiente, no lo conducirán a una unidad policial. Ése es el criterio que todos en esta Sala han señalado que utiliza la policía.
Por tal razón la norma está redactada de esa manera, puesto que se trata de que se cometió la infracción.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , considero indispensable dar un margen de discrecionalidad en la ley. Porque se verán afectadas muchas situaciones que son aceptadas por la costumbre y que no violan ningún principio. Y señalo un ejemplo práctico.
En Curicó, el Dieciocho de Septiembre se celebra en familia en el gran paseo de la ciudad: el cerro Condell . Y acuden allí miles de ciudadanos, hacen asados y se toman unas copas de vino. No sé cuántos ebrios habrá en ese lugar, pero no se produce desorden.
Este proyecto prohíbe aquello. Es decir, en la próxima celebración de las Fiestas Patrias el alcalde o la autoridad pertinente deberían señalar a todos los curicanos que van a este paseo en familia -en donde nunca hay algún desorden ni problemas de orden público- que no se podrá llevar a cabo esta fiesta tradicional en el lugar señalado y de esa manera, porque de hacerlo Carabineros tendría que detener a todas las personas que -reitero- están en familia celebrando el Dieciocho de Septiembre.
Es lo que señala el artículo: "No se podrá consumir" -y no me refiero a la embriaguez, sino al consumo- "en lugares públicos". El cerro Condell es lugar público. Si a Carabineros se le dice que en la situación en comento la persona "será conducida a un cuartel policial", tendrá que hacerlo.
Aclaro que estoy por condenar el consumo público por parte de las pandillas, de quienes provocan desorden. No defiendo lo que amenaza al orden público. Sin embargo, aprobaremos una normativa en donde actividades normales, sanas, buenas, se están declarando al margen de la ley.
¡Eso es lo que estamos haciendo, señor Presidente ! Y puse el ejemplo para que Sus Señorías lo vieran claramente.
No sé qué va a hacer el Senador señor Coloma -porque se trata de gente a la que representamos en el Parlamento- cuando les impidamos, mediante la ley, celebrar como históricamente lo han hecho. Me parece algo absurdo. Pero, en fin, los señores Senadores ya aprobaron la norma.
Entonces, lo que pretendemos es que por lo menos Carabineros no tenga la orden perentoria de llevar a la comisaría a las familias del cerro Condell.
Ése es el tema que pongo en el tapete para debatir en el Senado. Creo que hay miles de ejemplos como el que señalé.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Señores Senadores, como ha terminado el tiempo del Orden del Día, debemos decidir si lo prorrogamos hasta despachar el proyecto, o simplemente continuaremos mañana con el debate.
Si le parece a la Sala, prorrogaremos el Orden del Día hasta el completo despacho de la iniciativa.
--Se acuerda.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , a mi entender no es tan dramática la diferencia que se hace, ya que, en definitiva, sólo se reduce a saber si la amplitud o la flexibilidad de criterio que debe tener Carabineros queda expresada en la normativa, o la dejamos en los hechos.
Si sucede lo primero, me preocupa que el criterio llegue a ser extraordinariamente flexible.
Por eso, prefiero que quede el imperio en la ley y que el criterio se manifieste en los hechos para garantizar que este último, cuando se utilice, sea el adecuado, pero no excesivamente flexible.
Es muy difícil que nos pongamos de acuerdo, porque el fondo está en dónde queremos dar la flexibilidad a Carabineros, en la normativa o en los hechos. Prefiero lo segundo, para evitar una excesiva flexibilidad en la aplicación de este artículo.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , siento que aquí existe coincidencia respecto del objetivo, pero hay una discrepancia en cuanto a cómo resolverlo. Porque el punto es el siguiente.
No hay discusión cuando se está en presencia de una persona que se halla consumiendo bebidas alcohólicas en la vía pública. Por regla general, la gente no las consume en la vía pública. Y respecto de quienes lo hagan, Carabineros habrá de cursarles una infracción y conducirlos a la unidad policial.
El problema se producirá cuando alguien fuere sorprendido en manifiesto estado de ebriedad. Y aquí se habla de las decisiones que se pueden adoptar el 18 de septiembre, durante las Fiestas Patrias.
Señor Presidente , no podemos dar a Carabineros un mandato ambiguo. Porque, explíquenme, señores Senadores, qué ocurrirá cuando Carabineros sorprenda a una persona cometiendo esta infracción y se pregunte si puede o no llevarla detenida. Una autoridad policial que no tiene un mandato claro, no lo puede ejercer. Sería como decir al carabinero que cuando sorprenda a una persona cometiendo un delito flagrante, puede, si quiere, detenerla; pero que si evalúa que las circunstancias no son tan graves, no lo haga. ¡No se puede!
Ahora, aquí pretendemos resolver cómo se va a aplicar la norma.
Sus Señorías comprenderán que el 18 de septiembre, si Carabineros comienza a detener y llevar a la unidad policial a cuanta persona viene saliendo de una fonda, es obvio que ésa será una decisión que durará muy poco. Por lo tanto, la ley no puede dejar de dar un mandato. ¡Tiene que hacerlo!
Y, de hecho, quien resolverá el cumplimiento de ese mandato de acuerdo a las circunstancias es el policía. Sería un caso -me atrevería a decir- bastante insólito que dictemos, no un mandato, sino un derecho optativo. Eso es totalmente contrario a la función que corresponde a la policía. Por consiguiente, el criterio del carabinero no lo validará el "podrá" o el "será". El "será" da un mandato claro. Ahora, si el policía estima que, dadas las circunstancias, el estado manifiesto de ebriedad no amerita conducirlo a un cuartel policial por ser la celebración de una fiesta popular, es evidente que el funcionario policial no aplicará la norma con la misma rigurosidad con que lo haría si se tratara de una persona que transitara por el Paseo Ahumada o por una calle principal, en pleno día de trabajo, provocando desórdenes.
Entonces, desde el punto de vista de la técnica legislativa, no podemos dar a las autoridades policiales mandatos relativos. Éstos deben ser claros.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Señores Senadores, nos encontramos ante la siguiente situación.
Tenemos el quórum exacto para aprobar la indicación.
El señor CORDERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CORDERO.-
Señor Presidente , deseo hacer una pequeña aclaración.
El Senador señor Espina tiene toda la razón: Carabineros siempre ha tenido un mandato claro, y no anda deteniendo ebrios. Siempre ha aplicado el criterio exacto para actuar correctamente en estos casos.
Ahora, pienso -y excúsenme que insista- que hay cierto desconocimiento del procedimiento policial. Y ello a lo mejor se ha debido justamente al amplio criterio que la policía utiliza.
Recién conversé con dos señores Senadores quienes me preguntaron si, en una situación dada, yo creía que Carabineros entraría al Sheraton.
¡Por Dios, Honorables colegas, escúchenme! Todos los establecimientos que pagan patente de alcoholes en Chile -¡todos!- son controlados por Carabineros. Lo que sucede es que eso se lleva a cabo con suficiente criterio. No va a ingresar un patrullero allí metiendo bulla. La que controla es la denominada Comisión de Alcoholes.
Entonces, están equivocados quienes han planteado así las cosas.
El señor LARRAÍN.-
¿Qué se está votando, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
La indicación presentada por el Senador señor Gazmuri.
El señor VIERA-GALLO.-
Haga votación económica, señor Presidente .
--En votación económica, se rechaza la indicación (18 votos en contra y 8 a favor).
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente, cómo queda finalmente la norma, porque había dos indicaciones.
¿Se aprobó la indicación anterior a la que se acaba de rechazar?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Sí, señor Senador.
El señor NÚÑEZ.-
¿Con qué quórum si había 26 señores Senadores presentes?
La señora MATTHEI .-
Señor Presidente , ya se aprobó la indicación sustitutiva que señalaba que "el infractor será conducido...".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Esa indicación se acogió con el quórum requerido. Ahora tenemos algunas dificultades en ese sentido.
El señor NÚÑEZ.-
En definitiva, ¿se aprobó con el quórum necesario?
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Sí, señor Senador, aun cuando no lo necesitaba, porque sólo los números 1), 2) y 5) del artículo 1º, y los artículos 2º, 3º y 5º tienen quórum especial de aprobación.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Continúe, señor Secretario .
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El inciso primero del artículo 116 propuesto señala: "Si un menor de dieciocho años de edad fuere sorprendido realizando alguna de las conductas prohibidas en los artículos 113, inciso primero y 114, inciso primero, como medida de protección será conducido al cuartel policial o a su domicilio, con la finalidad de devolverlo a sus padres o a la persona encargada de su cuidado, siempre que ésta fuere mayor de edad.".
Ha llegado a la Mesa una indicación suscrita por los Senadores señores Horvath, Espina, Ríos, Romero y Prokurica que propone sustituir dicho inciso por el siguiente: "Si un menor de dieciocho años de edad fuere sorprendido realizando alguna de las conductas prohibidas en los artículos 113, inciso primero y 114, inciso primero, como medida de protección será conducido por Carabineros al cuartel policial o a su domicilio, con la finalidad de devolverlo a sus padres o a la persona encargada de su cuidado, siempre que ésta fuere mayor de edad.".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En discusión.
¿Habría acuerdo para aprobarla?
El señor STANGE.-
Yo también presenté una indicación sobre el particular.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación se tratará la formulada por Su Señoría. Primero debe votarse la indicación más amplia.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la indicación a la cual se ha dado lectura.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Indicación del Honorable señor Stange que propone eliminar en el inciso primero que se acaba de reemplazar, del artículo 116, la expresión "o a su domicilio" y, en el inciso segundo, la frase inicial "Si el menor fuere conducido al cuartel policial,"
El señor CANTERO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , estoy en desacuerdo con la indicación por una razón de fondo. A mi juicio -particularmente en la realidad de las regiones-, cuando se trate de menores de edad sorprendidos en la vía pública en manifiesto estado de ebriedad, como dice la ley, o bebiendo en la vía pública, muchas veces Carabineros, en vez de conducirlos al cuartel policial -porque la norma no es un imperativa- y esperar allí por 4 ó 5 horas, podrá llevarlos voluntariamente a las casas de los infractores -es una decisión de la autoridad policial, porque nadie se la está imponiendo-, donde notificará a los padres que han cometido determinada conducta infraccional.
Por lo tanto, me parece que Carabineros de cada lugar debe decidir libre y optativamente si lleva a los jóvenes a la unidad policial o, en algunos casos, los irá a dejar directamente a sus casas.
Ésa es una realidad que se da particularmente en las comunas pequeñas, razón por la cual propusimos su incorporación.
En consecuencia, la indicación en debate elimina esa posibilidad, la cual va a permitir que muchos jóvenes sean llevados a sus casas y no a los cuarteles, y será el propio funcionario policial quien ha de tomar la determinación. Dependerá de la situación de que se trate.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Stange.
El señor STANGE.-
Señor Presidente , la indicación tiene por objeto dar reglas claras a la policía. No podemos dejar entregada a la voluntad del funcionario policial si lleva a los jóvenes al domicilio de sus padres o no los lleva.
Vuelvo a insistir: las presiones que recibirán de todas partes los policías serán tremendas. "¡Cómo van a conducir a mi hijo al cuartel; llévelo a mi casa!", podría decir el alcalde o el compadre.
Además, ¿cómo va a demostrar a los padres que el menor se encontraba en determinadas condiciones? ¿Cómo Carabineros va a testimoniar el hecho si de él no ha quedado constancia en el cuartel policial?
Por eso, creo que en la práctica no es admisible llevar al menor a su domicilio. Se distraerá personal del servicio preventivo al tener que conducir a su domicilio a menores que no están en condiciones normales.
--En votación económica, se rechaza la indicación (12 votos en contra, 9 a favor y 2 abstenciones).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Por último, la letra a) del artículo 4º -al final hay que votar todas las normas que no fueron objeto de indicaciones- señala: "Suprímese el inciso primero del artículo 2º".
Ha llegado a la Mesa una indicación suscrita por los Honorables señores Horvath, Espina, Ríos, Romero y Prokurica que propone agregar una letra b), nueva, pasando la actual letra b) a ser c). Su texto dice: "b) Agrégase al inciso primero del artículo 3º la siguiente oración final: "Asimismo, las contravenciones a los artículos 113, inciso primero, y 114, inciso primero, de la Ley de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres serán denunciadas exclusivamente por Carabineros, en la forma que señala dicha ley.".
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , la razón es evidente, de lo contrario cualquier ciudadano podría estar permanentemente denunciando esos hechos, y obligar a Carabineros a constituirse en cada uno de los lugares. Por lo tanto, la idea es dejar esa acción restringida a dicha institución.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la indicación.
--Se aprueba.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Las normas siguientes son de quórum especial.
El señor HOFFMANN ( secretario ).-
Como no queda ninguna indicación que votar, y para dar cumplimiento a la ley orgánica constitucional respectiva, corresponde aprobar con el quórum necesario las demás normas que no fueron objeto de indicaciones.
En este momento, se encuentran presentes en la Sala 29 señores Senadores.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobarían las disposiciones restantes.
--Se aprueban, dejándose constancia para los efectos del quórum constitucional exigido, de que se pronunciaron favorablemente 29 señores Senadores.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Terminado el Orden del día.
La señora FREI (doña Carmen).-
Pido la palabra.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de ella, su Señoría.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , en marzo del año pasado la Sala resolvió que el proyecto sobre procedimiento administrativo fuera estudiado en su trámite reglamentario por las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Dicha iniciativa fue informada en general por ambos organismos en octubre del año pasado. Posteriormente se dispuso un plazo para indicaciones que ya expiró. Sobre el tema, conversé con el Presidente de la Comisión de Constitución , quien me expresó que la agenda de trabajo de ella se encuentra muy recargada.
Por lo tanto, en mi calidad de Presidente de la Comisión de Gobierno , Descentralización y Regionalización, solicito que se recabe el acuerdo de la Sala para que el referido proyecto sea informado en particular sólo por la Comisión que represento.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente , como Presidente de la Comisión de Constitución no tengo inconveniente en acceder a lo solicitado, pues, por estar sobrecargados de trabajo, ha sido imposible analizar el citado proyecto.
En consecuencia, tratándose de un tema de suma importancia, sería muy bueno que lo estudiara la Comisión de Gobierno.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se acogerá la solicitud de la Honorable señora Frei.
Acordado.
La señora FREI (doña Carmen).-
Segundo punto: se ha dado cuenta hoy del proyecto de ley, con urgencia calificada de "Suma", sobre recaudación de derechos por transferencia de vehículos motorizados. Como la Comisión de Gobierno fue citada para mañana a las 15, pido que se pueda informar después en la sesión y votarlo en general y en particular.
La iniciativa es sumamente simple y fue aprobada en la Cámara de Diputados por 86 votos a favor y cero en contra.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
No hay acuerdo al respecto.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , me da mucha pena el tener que oponernos; pero, en realidad, para nosotros no es un tema tan fácil lo referente al registro, por lo cual preferimos que sea visto la semana próxima.
VII. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor LARRAÍN:
Al señor Ministro de Obras Públicas, respecto de OBRA PARA PARCELEROS DE SECTOR CERRILLOS HASTA SECTOR BODEGA, COMUNA DE LONGAVÍ, y ENROLAMIENTO DE CAMINO SECTOR BODEGA (SÉPTIMA REGIÓN).
Al señor Ministro de Salud , tocante a SISTEMA DE MÉDICOS DE TURNO EN HOSPITAL DE CAUQUENES (SÉPTIMA REGION).
Del señor NARANJO:
Al señor Ministro de Salud , en cuanto a BONO PARA FUNCIONARIOS DE SALUD NO CONSIDERADOS EN LEY Nº 19.809 y REGLAMENTO SOBRE PUBLICIDAD DEL TABACO.
Del señor ROMERO:
Al señor Superintendente de Servicios Sanitarios , relativo a AGUA POTABLE PARA COMITÉ HABITACIONAL "PADRE HURTADO", COMUNA DE SAN FELIPE (QUINTA REGIÓN).
Del señor RUIZ:
A Su Excelencia el Presidente de la República , sobre INSTALACIÓN DE UNIDAD DE DIÁLISIS EN HOSPITAL DE PUERTO NATALES Y AMPLIACIÓN DEL MISMO.
Del señor STANGE:
Al señor Ministro de Obras Públicas , acerca de PAVIMENTACIÓN DE RUTA CRUCE LONGITUDINAL, PUMANZANO, LINAO, QUEMCHI (DÉCIMA REGIÓN).
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El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
SOLUCIÓN PARA ENDEUDAMIENTO DE EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA. OFICIO
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , algunos Senadores nos encontramos muy preocupados por el funcionamiento de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI), el cual, por cierto, se ha visto entrabado por algunas circunstancias especiales derivadas de un endeudamiento ajeno incluso al funcionamiento mismo de la entidad y que estuvo determinado por dos elementos básicos. Uno de ellos fue el saneamiento ambiental efectuado en Ventanas y en Polpaico, que significó obligaciones por 240 millones de dólares. El otro factor lo constituyó la entrega anticipada de utilidades al Estado, las cuales en definitiva no se produjeron.
Por tal motivo, señor Presidente , pido que se envíe un oficio en mi nombre al Ministerio de Minería, para que con la mayor rapidez pueda dar a conocer una decisión al respecto.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, conforme al Reglamento, en nombre del Honorable señor Lavandero, con la adhesión del Senador señor Prokurica .
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, el Honorable señor Prokurica ha pedido que le ceda el tiempo restante de la Democracia Cristiana, lo que hago con el mayor gusto.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Lo acumulará al de su Comité, Senador señor Prokurica, o lo va a ocupar inmediatamente?
El señor PROKURICA.-
De inmediato, señor Presidente, si es posible.
El señor MARTÍNEZ.-
¿Me permite, señor Senador, con la venia de la Mesa?
El señor PROKURICA.-
Por supuesto.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Quisiera intervenir ahora, en el tiempo del Comité Institucionales 1, para formular una petición muy breve.
El señor PROKURICA.-
No tengo objeciones.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Martínez.
REACTIVACIÓN DE ESTUDIO DE CONVENIO ENTRE CHILE Y VIETNAM. OFICIO
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , solicito enviar un oficio a la señora Ministra de Relaciones Exteriores en el sentido de que se active, a través de quien corresponda, la discusión sobre el acuerdo entre las Repúblicas de Chile y la Socialista de Vietnam para la promoción y protección recíproca de inversiones, que se encuentra detenido desde hace ya tres años. Dado el incremento del comercio bilateral y la actividad del comercio exportador chileno al Asia Pacífico, sería altamente recomendable que así ocurriese.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del Honorable señor Martínez , conforme al Reglamento.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
DESTRUCCIÓN DE PEQUEÑA Y MEDIANA MINERÍAS. OFICIO
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , agradezco al Honorable señor Lavandero el permitirme intervenir en el tiempo de la Democracia Cristiana.
El documento que quiero leer hoy dice relación a lo que a mi juicio es la destrucción, en el último tiempo, de la pequeña y mediana minería, lo que constituye un crimen de lesa patria por sus efectos, desde el punto de vista socioeconómico, en muchas comunas del norte y del centro de Chile, que han sido condenadas a la cesantía y a la pobreza.
Señor Presidente, Honorable Senado, deseo referirme en esta ocasión a lo ocurrido en dicho sector.
Durante los doce años que he ejercido como parlamentario, he denunciado a las autoridades y al país las distintas medidas que han ido dañando a esa importante actividad y que, como lo demostraré más adelante, han generado un cuadro económico social insostenible sobre todo en regiones como la de Atacama. En muchas localidades del norte y del centro, la pequeña y mediana minería constituye un factor indispensable en la generación de puestos de trabajo, por lo que su destrucción ha condenado a más de veinte comunas a encabezar por años los más altos índices de cesantía.
Ésa es la dramática realidad de ciudades como Vallenar, a la que represento en el Congreso, la cual, según los índices entregados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), alcanza a 22 por ciento de cesantía, la más elevada del país ya por largos años. Y es, también, la de Chañaral, Diego de Almagro , Freirina, Taltal , Domeyko , La Higuera , Illapel , Puchuncaví, Catemu, Cabildo , Petorca , Ovalle y de tantas otras ciudades cuyos habitantes carecen de otras alternativas de desarrollo o posibilidades de empleo.
En reiteradas ocasiones he sostenido que los gobiernos centralistas desconocen la situación de las regiones; o bien que, conociéndola, actúan como si no les importara el drama que miles de familias viven desde hace años en ellas.
En su oportunidad advertimos a las autoridades los efectos que las políticas de destrucción de la actividad económica que nos ocupa iban a provocar en las comunas a que aludí. En 1999 envié una carta abierta al entonces Primer Mandatario señor Eduardo Frei , y posteriormente dirigí otra al Presidente Lagos , en 2000, en las que no sólo se explicaban las necesidades de reactivar el sector, sino que además se advertía que los recursos que se negaran para el fomento de la pequeña y mediana minería tarde o temprano deberían ser aportados a través de las municipalidades, como ayuda social a quienes desde hace años no cuentan con un trabajo digno para mantener a sus familias.
Sostener que un gobierno, o varios, han destruido una actividad económica en la conciencia de los efectos que ello puede traer para los habitantes de las zonas respectivas es sin duda un cargo muy grave y que debe ser probado, como a continuación pretendo hacerlo.
En la última década ha existido un doble discurso. Por una parte, todos los mensajes de las autoridades destacan la importancia del sector para el desarrollo económico. Sin embargo, en la práctica, las medidas que se adoptan apuntan en sentido contrario. Mencionaré sólo algunas de ellas por la vía del ejemplo.
En primer lugar, se ha registrado en el último tiempo una reducción permanente de los recursos destinados en la Ley de Presupuestos al fomento de la pequeña y mediana minería. Entregaré algunos cuadros demostrativos de que desde los años noventa ellos bajaron desde casi 20 millones de dólares a siete millones el año pasado. Para éste, alcanzan a doce, producto de la presión de los parlamentarios de todos los colores políticos representados en la Comisión de Minería.
Segundo, ha mediado un tratamiento discriminatorio por parte del Gobierno, respecto del que da a otras áreas productivas.
Tercero, ha tenido lugar un endeudamiento artificial de ENAMI mediante la aplicación abusiva del decreto ley Nº 1.263.
Cabe consignar, en seguida, las millonarias indemnizaciones pagadas a ejecutivos de esa empresa en 1997.
Se observa, además, la inexistencia de una política de Estado para el sector, innumerables veces prometida en las Comisiones de Minería.
Igualmente, ha influido, diría, el nombramiento de autoridades que fueron francamente las "liquidadoras" en ese ámbito, como el del señor Arteagoitía en la Vicepresidencia de la Empresa Nacional de Minería.
Estimo que no es necesario probar, señor Presidente , que Chile es y era -y creo que lo será por mucho tiempo más- un país minero. Ya lo era antes de la llegada de los españoles, de los conquistadores, quienes también vinieron, precisamente, en busca de metales preciosos, y no a cultivar la tierra. Pero, a pesar de lo evidente que todo ello resulta, parece que las máximas autoridades no lo han advertido, ya que en reiteradas oportunidades se ha puesto a la cabeza del Ministerio del ramo a una persona que nada entiende de la actividad.
Ello me trae el recuerdo de un modesto minero de la comuna de Freirina, quien me dijo en una oportunidad, en una reunión: "¡Cómo es posible, Diputado ," -el que habla lo era en esa época- "que en este país, que es minero, se nombre a gente que no tiene nada que ver con la minería! ¡Sería como que en Israel, que ha vivido por cientos de años en guerra, se pusiera de Ministro de Defensa a un boy scout!".
Creo que esa persona describió perfectamente lo hecho en todo este período. En Chile se ha designado a la cabeza de la Cartera respectiva a personas muy honorables, connotados abogados, destacados profesionales en otras áreas, pero que no entendían nada en la materia. Este hecho no hace más que reflejar cuál es la percepción y cuál la importancia que los Gobiernos dan al sector.
Debo destacar que constituye una excepción el actual Ministro de Minería, de quien todos esperamos cambios de forma y de fondo para enfrentar los diversos problemas actuales de la actividad.
Creo pertinente señalar también que el Estado de Chile entrega año tras año recursos para fomentar diversas actividades que considera necesarias, por no decir indispensables o prioritarias para la actividad económica, en materia de desarrollo social, empleo y superación de la pobreza. Es aquí donde una vez más queda en evidencia la discriminación inaceptable que hacen las autoridades con la minería de Chile.
Si comparamos los montos, la forma y el origen de los recursos, es posible señalar que, mientras en la Ley de Presupuestos de 2001 el Gobierno asignó 8 millones de dólares para la pequeña y mediana minería del país, los fondos para el sector agrícola superaron los 80 millones de dólares. Como si esto fuera poco, los recursos destinados al fomento de la minería, a diferencia de lo que ocurre en otros ámbitos, deben ser devueltos al Estado una vez que el precio internacional del metal supera el dólar, lo cual no ocurre en las demás áreas.
A lo anterior se agrega otra gran diferencia, y dice relación al origen de los recursos destinados al fomento. En la minería, éstos se generaron por los negocios que hace la ENAMI con los propios mineros y no proceden de impuestos cobrados a todos los chilenos.
Señor Presidente , no estoy haciendo una crítica a las políticas aplicadas por el Estado respecto del sector agrícola. Por el contrario, me parece bien que se le brinde ayuda, porque significa evitar el desarraigo de las regiones y mantener las posibilidades y expectativas para miles de familias chilenas que viven en zonas alejadas. Lo que me molesta -y por ello hago presión- es el doble estándar y el tratamiento discriminatorio hacia la pequeña y mediana minería en comparación a otros sectores económicos del país.
Cabe recordar que en diversas circunstancias me ha tocado discutir el asunto con autoridades de Gobierno, las que porfiadamente sostienen haber sido exitosas en los programas de ayuda a ese sector. Pero las cifras dicen lo contrario. El cuadro que daré a conocer muestra con claridad que en los años 90 había más de 4 mil productores en todo el país; es decir, 4 mil pequeños y medianos mineros que, a su vez, contrataban a veinte, treinta o cien trabajadores. En cambio, en el 2002, apenas superan los 400.
Entonces, más que de una gestión exitosa, es posible hablar de una actividad que se encuentra literalmente en peligro de desaparecer.
Por otra parte, debo expresar que no es válido el argumento de que ello obedece al bajo precio internacional del cobre, porque hasta 1996 fue uno de los más altos de la historia. Sin embargo, la caída del número de productores que entregaban mineral a la ENAMI fue vertical.
Si a dichas cifras se agregan índices de cesantía y pobreza tales como los existentes en Vallenar, que llega al 22 por ciento; Chañaral , que en una encuesta realizada hace un tiempo marcaba 30 por ciento; Diego de Almagro , Taltal , Freirina, Domeyko , La Higuera , Puchuncaví, Catemu, San Felipe , Cabildo , Petorca , como también los que hay en otras comunas relacionadas directamente con la pequeña y mediana minería, nos daremos cuenta de que algunas de ellas superan el 20 por ciento desde hace largos años.
Tal como se lo advertimos -y no sólo en una oportunidad- a Presidentes de la República y Ministros del Interior y de Minería, existen miles de personas que hoy día se encuentran condenadas a la pobreza y al hambre debido a la porfiada y obstinada política destructiva de hacer desaparecer a un sector tan importante para la economía, especialmente del norte y centro del país.
Pero eso no es todo. En 1995 y 1996, a varios integrantes de la Comisión de Minería de la Cámara de Diputados se filtró el denominado "Informe Interministerial", que fue el resultado del trabajo realizado por un grupo técnico conformado por representantes de los Ministerios de Minería, de Hacienda y Secretaría General de la Presidencia, cuyo objetivo es perfeccionar la política de administración para la pequeña y mediana minería.
En dicho documento, se expone con claridad lo que en la práctica se ha ido materializando hasta la fecha. Esto consiste en un programa de desguace de la Empresa Nacional de Minería, mediante la venta de sus plantas, el cierre de sus poderes compradores y la adopción de medidas destinadas claramente a hacer desaparecer al sector, desentendiéndose tanto del rol que le compete al Estado en el futuro de la actividad como de los efectos que tales medidas conllevan.
A lo anterior, se suma otra estrategia que, a mi juicio, fue ideada para destruir al sector: el endeudamiento.
En efecto, en todos los medios de comunicación, artículos periodísticos y discursos de las autoridades se dice que la ENAMI debe 486 millones de dólares, y que, por lo tanto, es necesario vender un porcentaje de ella para que se recupere de la crisis que está viviendo. Sobre el particular, debo manifestar que esto constituye sólo una parte del plan para destruirla y deshacerse del sector.
El endeudamiento de esta empresa obedece al mecanismo al que fue sometida sistemáticamente a través del uso perverso del decreto ley Nº 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado. ¿Por qué digo esto? Porque en virtud de ese cuerpo legal, la ENAMI fue obligada a entregar recursos al Ministerio de Hacienda como adelantos de utilidades que nunca existieron. Es así como por este concepto ella entregó 170 millones de dólares al Fisco.
Además de lo anterior, la empresa tuvo que endeudarse, debiendo pagar todos los años -escúchenme bien Sus Señorías, porque duele el alma hablar de esto- 30 millones de dólares a bancos extranjeros, como intereses de una deuda generada artificialmente.
No puede haber existido en aquella oportunidad sino la intención positiva de inferir un daño a la entidad y al sector, al obligarla a adelantar utilidades que nunca obtuvo. Porque el otro paso habría sido el que las autoridades plantean hoy como una supuesta solución y que se presenta como un remedio a una enfermedad que fue causada voluntariamente.
Ése es el tema que nos ocupa ahora, pues -reitero- se ha causado artificialmente una enfermedad y como remedio se propone la muerte del enfermo.
¡No, señor Presidente , no acepto eso ni daré mi voto para que ese plan fatídico se pueda cumplir!
En efecto, ante la pseudocrisis financiera de la ENAMI, se sugiere vender parte de su patrimonio como una forma de salvar el endeudamiento que la afecta. Aceptar esta propuesta significaría, ni más ni menos, permitir que se cumpla a cabalidad el plan diseñado para terminar con el sector.
Al parecer, quienes diseñaron tales políticas -y pido a los señores Senadores que pongan atención en lo que diré- olvidaron el espíritu del decreto ley Nº 1.263, cuyo artículo 29 establece que las utilidades que adelanten las empresas deben corresponder a los balances del año tributario respectivo. Esto es de toda lógica porque, de lo contrario, nadie podría entender la existencia de una norma que permita lo que se ha hecho con la ENAMI. Mediante ese mecanismo se podría igualmente hacer quebrar hasta la empresa más boyante.
Por eso, el artículo 29 dispone en su inciso segundo -a mi juicio, aquí está la clave de la solución- que si los adelantos por concepto de utilidades terminan siendo superiores a los que realmente resulten de los balances, la empresa adquirirá un crédito contra el Fisco, como se deriva de toda lógica contable. De hecho, si uno analiza los balances de la empresa, podrá observar que aparecen créditos de esa naturaleza.
Eso último es lo que, a mi juicio, debe hacerse frente al endeudamiento de la ENAMI. Por lo tanto, lo que corresponde es aplicar la legislación vigente y permitir a la empresa que el crédito de casi 160 millones de dólares que tiene contra el Fisco pueda endosarlo a sus acreedores, a los bancos extranjeros. Esto solucionaría gran parte de su deuda.
Aún estamos a tiempo de revertir la situación. Aún estamos a tiempo de terminar con una política de Estado que por años, lejos de fomentar la actividad minera, ha ido destruyéndola paulatinamente dejando sumidas en la pobreza y la desesperación a localidades del norte y centro del país, las que además no tienen otra alternativa de subsistencia. Aún estamos a tiempo de reactivar y dar vuelta este proceso para revivir a la pequeña y mediana minería haciendo que la ENAMI cumpla de verdad con el rol de fomento para el que fue creada.
Señor Presidente , pido que se oficie, en mi nombre, a los presidentes de las asociaciones mineras del país, acompañando esta intervención.
Hago presente que me han pedido adherir a ellos los Honorables señores Lavandero , Romero , Horvath , Cantero y Ríos.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador , en conformidad al Reglamento, con la adhesión de los Honorables señores Lavandero , Romero , Horvath , Cantero y Ríos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Lavandero.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , apoyo los planteamientos del Honorable señor Prokurica y, ya que pertenezco a un grupo de Senadores que defiende las riquezas de nuestro suelo, pido que, además de los oficios referidos, se envíe uno al señor Ministro de Minería invitándolo a una sesión especial, a efectuarse en la fecha que él y algunos Senadores concordemos, a fin de analizar la política minera del Gobierno respecto de la pequeña, mediana y gran minería del país, particularmente del cobre, y para que dicho Secretario de Estado nos dé a conocer el criterio del Ejecutivo sobre estos aspectos en el más breve plazo posible.
Nos preocupa este tema tan relevante, que ha puesto de actualidad nuevamente el Honorable colega: la situación de la pequeña y mediana minería, y también -¡por qué no destacarlo con fuerza y claridad!- la de la gran minería del cobre. Así lo hemos manifestado, junto con muchos otros señores Senadores, en diversas intervenciones, en las cuales hemos expresado nuestra inquietud por la falta de una política minera. Esperamos que esto se revierta ahora que finalmente, después de varios años, hemos logrado que se designe a un Ministro de Minería dedicado exclusivamente a esta Cartera. Queremos que venga al Senado a exponer acerca de estos asuntos, que revisten gran importancia para el desarrollo de distintas Regiones y sobre todo para los pequeños y medianos mineros.
Como señaló el orador que me antecedió, si no hay una política minera aplicable a la pequeña y mediana minería; si no se realizan esfuerzos para conservar la fuente a que ellos acuden: la ENAMI, e igualmente Ventanas y Polpaico , se producirá la desaparición no sólo de gran cantidad de pequeños mineros y pirquineros de la actividad laboral, sino también de villorrios y pueblos completos en la zona norte del país.
Por eso, y reiterando mi adhesión a lo expuesto por el Senador señor Prokurica , pido remitir el oficio mencionado.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , junto con adherir también a las observaciones del Senador señor Prokurica , quiero señalar, en forma muy clara, que sin pequeña y mediana minería no puede haber actividad productiva sustentable en el tiempo. Es indispensable una suerte de gradualidad y movilidad. La verdad es que la presencia del pequeño y mediano minero a lo largo y ancho del territorio posibilita una minería en gran escala hacia el futuro.
Cada uno cumple su rol en diversidad. En la actividad pesquera existen los pescadores artesanales; en la agrícola, los pequeños propietarios forestales y los pequeños, medianos y grandes agricultores; en la de la construcción, las empresas constructoras y los contratistas. Sin esa amplia diversidad no hay movilidad social ni actividad económica.
Lo que se ha denunciado aquí es bastante grave y amerita todos los planteamientos que se han hecho.
Señor Presidente, en seguida deseo referirme a la acotación del mismo Honorable colega sobre el caso hipotético de que en Israel se designara como Ministro de Defensa a un boy scout.
Para salvaguardar el prestigio de los boy scouts, debo recordar que el escultismo fue creado por Robert Baden-Powell justamente para ganar una guerra en África. Por eso, creo que un Ministro de Defensa scout lo haría muy bien en Israel porque de hecho garantizaría la paz, que es la manera más clara de ganar una guerra.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
El turno siguiente corresponde al Comité Mixto Unión Demócrata Independiente e Independientes, que no hará uso de él.
En el tiempo del Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
SITUACIÓN DE RELLENO SANITARIO SANTA MARTA. OFICIOS
El señor HORVATH.- Señor Presidente , quiero señalar algo que quedó de manifiesto con ocasión de los últimos temporales y la catástrofe generada en los rellenos sanitarios en las cuencas afectadas por la lluvia y en especial con lo ocurrido en el vertedero Santa Marta .
El relleno Santa Marta , aledaño a Lonquén, en el valle del río Maipo, fue avisado de cierre a raíz de la gran cantidad de líquidos percolados que se estaban filtrando.
El líquido percolado es una de las sustancias más corrosivas derivadas de los residuos de basura y, por lo tanto, constituye un punto clave de control. El Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente verificó técnicamente el hecho y amenazó con el cierre del vertedero, advirtiendo incluso sobre la posibilidad de decretar emergencia sanitaria si no se activaban otros lugares para recepcionar los desechos de la Capital.
Si uno revisa los antecedentes del caso, comprueba que, curiosamente, se efectuó una rápida reunión -más bien de carácter político-, en la cual se llegó a una negociación en el sentido de disminuir la recepción de basura en el recinto hasta que entraran en funcionamiento la piscina de acumulación y las instalaciones para el tratamiento de elementos percolados.
Llama la atención el que, pese a la situación descrita, sobre la cual debería haberse realizado una evaluación de impacto ambiental, se haya otorgado el permiso para que dicho vertedero siguiera operando. El propietario de Santa Marta reconoció que "el relleno entró en operaciones antes de estar listo a causa de presiones políticas para cerrar el vertedero de Lepanto, en San Bernardo," ya que el Intendente señor Trivelli "había dicho que renunciaría si Lepanto no se cerraba antes del 30 de abril.".
A mi juicio, lo anterior necesita ser aclarado. No es admisible que por razones políticas corramos el riesgo de enfrentar emergencias ambientales graves y, lo que es peor, que todo el valle del río Maipo, que da una denominación de origen a los productos agrícolas y vitivinícolas provenientes de él, se vea afectado por esa situación.
Por las razones expuestas pido oficiar, solicitando los antecedentes del caso, al señor Superintendente de Servicios Sanitarios , a la Dirección General de Aguas, al Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y a la Comisión Nacional del Medio Ambiente, y, por cierto, al señor Intendente de la Región Metropolitana , a fin de que tenga la ocasión de defender su postura sobre la materia.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
CONSTRUCCIÓN DE CENTRAL HIDROELÉCTRICA LAGO ATRAVESADO: EXIGENCIAS MEDIOAMBIENTALES, VARIACIÓN DE NIVEL DE AGUAS Y SITUACIÓN DE POBLADORES ALEDAÑOS. OFICIOS
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , la semana pasada visité las obras de construcción de la Central Hidroeléctrica Lago Atravesado, que está ejecutando la Empresa Eléctrica de Aysén a través de contratistas particulares, con un muy eficiente desarrollo técnico del proyecto. Por eso, no deja de llamar la atención el, a nuestro juicio, exagerado control ambiental a que lo ha sometido la Comisión Regional del Medio Ambiente.
Soy tal vez más ecologista que cualquiera, pero creo que los excesos perjudican no sólo la actividad sino también el propio medio ambiente. El que en una faena se prohíba tener un campamento donde se pueda cocinar -para alimentar a los trabajadores se debe llevar la comida por bus desde Coihaique y después cruzar un lago para llegar-, aduciendo la "contaminación" que produciría una cocina en el lugar, es absolutamente desproporcionada. Y no es la única, como se desprende de los letreros colocados en el sector: "Prohibido lavarse las manos en los ríos y en los lagos", "Prohibido fumar", "Prohibido tomar mate".
Tales restricciones han llegado incluso a romper la identidad del lugar. Con este tipo de protección del medio ambiente pareciera pretenderse formar un paisaje bajo una cápsula, sin relación alguna con la realidad. Con ello, repito, se atenta contra la identidad de la Región y su sano desarrollo económico.
Por lo tanto, solicito oficiar, por un lado, a la Empresa Eléctrica de Aysén felicitándola por el desarrollo del proyecto, y, por otro, a la Comisión Nacional del Medio Ambiente requiriéndole los antecedentes tenidos en vista para elaborar el largo listado de exigencias que está aplicando allí y que, en mi concepto, no guarda relación con la zona.
Por otra parte, tuve oportunidad de visitar al Presidente de la Junta de Vecinos de los propietarios de predios aledaños al Lago Atravesado, quien me informó que hay una discusión con respecto a los niveles en los cuales se peraltará ese curso de agua y las hectáreas que se verán afectadas. No han logrado una negociación directa con la empresa, de modo que las expropiaciones se regirán por la ley general vigente, que contempla la formación de una comisión de hombres buenos para realizar las tasaciones comerciales y escuchar las peticiones de los interesados. Si esto no fuere aceptado por alguna de las partes, el procedimiento seguirá en los tribunales, sin perjuicio de la continuación de los trabajos, por tratarse de una obra de carácter público.
Señor Presidente , la construcción de la Central Hidroeléctrica Lago Atravesado, más la Central Eólica en el sector de Alto Baguales -la más grande de su tipo en Chile- y el reposicionamiento de una ampliación de la Central Hidroeléctrica de Ciro Redondo, en Puerto Aisén, posibilitan que toda la energía existente en este momento en Aisén sea renovable y evitan persistir en la decisión errada, de 1990 ó 1991, que implicó que en la Región con más potencial hidroeléctrico de nuestro país se empezara a construir centrales térmicas a petróleo a sabiendas de que éste es un recurso escaso y que va haciendo cada vez más oneroso el costo de generación.
A consecuencia de todas esas inversiones, se espera que la tarifa de la energía eléctrica en la Región de Aisén a precio de nudo baje sustancialmente.
En consecuencia, solicito que la Comisión Nacional de Energía y la Dirección General de Aguas nos den a conocer las variaciones de nivel que tendrá el Lago Atravesado, para saber en qué medida se podría estar perjudicando a los pobladores aledaños.
He dicho.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Socialista, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el turno del Comité Institucionales 1, tiene la palabra el Honorable señor Canessa.
RESPUESTA INSATISFACTORIA DEL GOBIERNO A INQUIETUDES POR REEMPLAZO DE EMBLEMAS NACIONALES. OFICIO
El señor CANESSA.-
Señor Presidente , durante la sesión del 2 de abril último solicité oficiar al señor Ministro del Interior para que informara a esta Corporación sobre los motivos que justifican el reemplazo de los tradicionales emblemas nacionales por parte del Gobierno de la República, petición a la que adhirió el Senador señor José García Ruminot .
Con fecha 28 de mayo próximo pasado, el señor Ministro Secretario General de Gobierno tuvo a bien dar respuesta al oficio pertinente, en representación del Poder Ejecutivo .
En lo sustancial, sostiene el señor Ministro que en ningún caso y de ninguna manera el escudo de armas de la República ha sido reemplazado, sustituido o transformado. Lo que ocurre es que -y cito textualmente sus palabras- "En la actualidad el Gobierno de Chile usa una imagen distintiva de los organismos que ejercen funciones de Gobierno y administración que resultan ser cubos tricolores, logotipo que no reviste el carácter de emblema, sino de mera distinción de los organismos gubernamentales.".
A lo anterior añade que la expresión "Gobierno" se utiliza en un sentido orgánico para referirse en general al Poder Ejecutivo ; que al Primer Mandatario corresponden el gobierno y la administración del Estado, y que los servicios públicos se encuentran sometidos a él por vínculos de dependencia y supervigilancia, por lo cual -vuelvo a citar literalmente sus expresiones- "la Contraloría ha dictaminado que no existe objeción jurídica alguna para que el Presidente de la República establezca una imagen distintiva del Gobierno que incluya la frase "Gobierno de Chile" y que esta imagen sea adoptada por los órganos administrativos.".
"Todo ello" -concluye el señor Ministro - "avala el hecho que exista un signo distintivo del Gobierno de Chile", lo cual "de ningún modo "reemplaza", "modifica", "sustituye" o "extingue" los emblemas nacionales que representan a la Nación toda y no poderes de Estado con funciones específicas, particularizado o limitado a un órgano individual del Estado.".
Señor Presidente , con el debido respeto, debo hacer presente a la Sala que esa respuesta no satisface en absoluto las inquietudes que la originaron. Para mí, los símbolos nacionales son algo muy serio, muy digno de respeto, y no me parece conveniente ni necesario que cada Administración, para su uso particular, se sienta autorizada a distinguirse mediante una suerte de bandera privada.
Además, lo que el Senado solicitó fue el fundamento legal de aquella situación de hecho, que es pública y notoria. No basta, a mi juicio, con sostener que la Contraloría dictaminó que no existe objeción jurídica al respecto.
Como una medida de mínima prudencia, antes de seguir adelante con el análisis de este asunto, solicito al señor Presidente que se oficie al señor Contralor General de la República a fin de que haga llegar al Senado la resolución y los antecedentes en virtud de los cuales resolvió autorizando al actual Gobierno el uso de una imagen distintiva propia.
Agradeceré a Su Señoría así disponerlo.
He dicho.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En el turno del Comité Institucionales 2, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité Mixto, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Habiéndose cumplido su propósito, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:25.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES HORVATH Y PROKURICA, MEDIANTE LA CUAL INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE ETIQUETAR PRODUCTOS ALIMENTICIOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS, INDICANDO SU CALIDAD DE TALES (2967-11)
Honorable Senado:
Considerando:
1.- Que hay una gran cantidad de organismos, alimentos o materias primas alimentarías que son o contienen organismos o parte de los mismos a los que se haya introducido material genético, de una manera que no se produce en la naturaleza por multiplicación o combinación natural, y que se encuentran en el mercado nacional e internacional (ver listado adjunto de algunos ejemplos)
2.- Que el desarrollo de las investigaciones y aplicaciones de la biotecnología ha adquirido un poder efectivo como para cambiar la diversidad de las especies vivas en el planeta obtenidas por largos procesos de selección natural, o dirigida entre las mismas especies para fines productivos.
3.- La conveniencia de valorar las distintas especies vivas de la naturaleza y las relaciones entre ellas y su medio ambiente y el que las personas puedan distinguirlas.
4.- Que Chile es Estado Parte del Convenio Internacional sobre Biodiversidad aprobado por el Decreto 1963 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado el 6 de Mayo de 1995
5.- La conveniencia de cuidar que las especies vinculadas a las actividades productivas agrícolas, ganaderas, forestales y piscícolas, realizadas en modalidad de producción limpia, orgánica o natural, no se vean expuestas en sus ciclos y procesos reproductivos con organismos genéticamente modificados y se puedan distinguir y discriminar por parte de los consumidores.
6.- Que los Organismos Genéticamente Modificados utilizados en alimentación tienen riesgos de ocasionar daños a la salud pública como son baja en el sistema inmunológico, producción de alergias, toxicidad y enfermedades crónicas a largo plazo aún desconocidas (informe Ministerio de Salud adjunto)
7.- Que existen en Chile extensas zonas aisladas, rodeadas de montañas, fiordos y canales que pueden constituir áreas de protección ecológica, así como de los sistemas productivos tradicionales y naturales que se realizan en ellas y que tienen un alto valor por el creciente mercado de productos de tipo orgánico y natural (Oficio Nº 150, 26-11-2001 del Ministro de Agricultura y conclusiones Seminario-Taller Aysén Por Una Producción Limpia, una Iniciativa para Las Regiones de Chile, Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado y Ministerio de Agricultura XIª Región, que se adjuntan).
8.- La certificación de validez nacional e internacional de productos naturales u orgánicos requiere que no haya riesgos de intervenciones que afecten su condición o de que se incorporen organismos genéticamente modificados y que se tenga la información pertinente.
g- El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el deber del Estado de velar porque este derecho no sea afectado y de tutelar la preservación de la naturaleza, según señala el número 8 del art. 19 de la Constitución Política de la República de Chile
10.- El derecho a saber y a informarse de todas las personas, a fin de decidir por sí mismos.
Es que venimos en presentar la siguiente:
MOCIÓN
HACE OBLIGATORIO EL ETIQUETADO DE LOS PRODUCTOS TRANSGÉNICOS
Artículo 1.-
Por Organismo Genéticamente Modificado, OGM o transgénico se entiende para los efectos de esta ley todo alimento o materia prima alimentarla que sea o contenga organismos o parte de los mismos a los que se les haya introducido material genético de una manera en que no se produce en la naturaleza por multiplicación, selección o combinación natural.
Artículo 2.-
Todos los productos alimentarlos que sean o que en su elaboración se hayan empleado elementos, ingredientes o aditivos genéticamente modificados o transgénicos, deberán llevar en un lugar destacado de su envase una leyenda impresa que establezca claramente este origen, y el de sus ingredientes si correspondiera. La leyenda debe señalar en forma destacada lo siguiente: "Transgénico u OGM".
Artículo 3.-
Los alimentos transgénicos que se expendan a granel sin envase deben incorporar una indicación claramente visible para el público consumidor que señale "Transgénico u OGM",
Artículo 4.-
La contravención a esta norma deberá penalizarse con el retiro de los productos de¡ mercado, en caso de reiteración con multa de 1 a 50 Unidades Tributarias mensuales y si reincidiere en la infracción, se condenará al productor o fabricante con pena de presidio menor en su grado mínimo.
Artículo Transitorio.-
Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia 180 días después de publicada en el Diario Oficial.
(FDO):Baldo Prokurica Prokurica.- Antonio Horvath Kiss
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES PROKURICA, GARCÍA, ORPIS Y RÍOS, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE ACUERDO QUE SUPRIME LOS INCISOS SEGUNDOS Y TERCEROS DEL ARTÍCULO 38 DEL REGLAMENTO DEL SENADO, EN LO RELATIVO AL LUGAR DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES (S 615-09)
Honorable Senado:
Recientemente el Reglamento del Senado de la República fue objeto de una importante modificación. Originalmente el art. 38 de ese Reglamento establecía en un inciso único que "Las Comisiones reunirán los antecedentes y estudiarán los hechos que estimen necesarios para informar al Senado. Podrán solicitar de las autoridades correspondientes la comparecencia de aquellos funcionarios que estén en situación de ilustrar sus debates; hacerse asesorar de cualquier especialista en la materia en estudio, y oir a las instituciones y personas que estimen conveniente". En la modificación que comentamos, a ese artículo se le agregaron dos incisos del siguiente tenor:
"Por acuerdo de la mayoría de sus miembros, las Comisiones podrán constituirse y adoptar acuerdos en cualquier parte del territorio nacional, debiendo dar cuenta trimestralmente de la realización de estas sesiones a la Comisión de Régimen Interior.
Con todo, podrán sesionar en una ciudad distinta de aquélla en que la Sala celebre sus sesiones, sólo los días en que ésta no se reúna".
A partir de ese momento las Comisiones han podido aparentemente funcionar, tener sesiones, conocer proyectos de ley y adoptar los respectivos acuerdos fuera del lugar donde tiene su sede el Congreso Nacional.
Es nuestro parecer que dicha modificación constituye una grave infracción a claras disposiciones legales y constitucionales, por lo que los acuerdos que se adopten en esas reuniones fuera de la sede del Congreso Nacional y los informes que se emitan adolecen de vicios que los hacen nulos y sin valor, nulidad que se proyecta, después, a los proyectos de ley en los cuales inciden esos acuerdos e informes. Además, en dichas reuniones los senadores no son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan.
Las razones que sustentan nuestra posición son las siguientes:
1.- La Constitución Política del Estado dispone en su art. 60 que "Sólo son materias de ley:
17) Las que señalen la ciudad en que debe celebrar sus sesiones el Congreso Nacional.
...”. Como se sabe, en virtud de la ley Nº 18.678 esa ciudad es la de Valparaíso.
2.- El concepto de sesión a que se refiere dicha disposición claramente abarca tanto las sesiones de Sala como de Comisión según queda de manifiesto en el art. 58 inc.1º de la misma Constitución: "Los diputados y senadores sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o comisión”.
3.- Luego las reuniones que se realicen fuera del lugar donde por disposición de la ley debe tener sus sesiones el Congreso Nacional, no constituyen sesión ni de sala ni de Comisión para los efectos de1 art. 58 inc.1º. Es decir, en ellas los diputados y senadores no desempeñan sus cargos ni gozan de inviolabilidad por las opiniones que en ellas manifiesten o por los votos que emitan. Y, por consiguiente, en esas reuniones no se cumplen los fines para los cuales están establecidas las Comisiones.
4.- Es así que mal puede darse por cumplido lo que dispone el art. 21 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional: "Los proyectos que se hallen en primer o segundo trámite constitucional y las observaciones del Presidente de la República a un proyecto aprobado por el Congreso, deberán ser informados por la respectiva comisión permanente. . ."
5.- Al carecer el respectivo proyecto de un trámite calificado de esencial en la formación de la ley, mal puede constituirse definitivamente en ley, pues viola de manera manifiesta lo dispuesto en el art. 6º inc. lº de la Constitución: "Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella.". Asimismo viola lo dispuesto en el art. 7º inc. 1º: "Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley". Como esa forma incluye, por mandato constitucional el lugar donde debe tener sus sesiones el Congreso Nacional, y como ese lugar es la ciudad de Valparaíso, las reuniones a que hacemos mención, en cuanto pretenden ser una sesión de Comisión, contravienen derechamente lo dispuesto en este art. 7', por lo cual a ellos se les hace aplicable lo dispuesto en el inciso final de esta disposición: "Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale".
6.- Es así que los proyectos de ley tramitados en dicha forma irregular adolecen de una causal de insanable nulidad y no pueden constituirse en Ley de la República.
El Senado, como parte esencial de un Poder del Estado como es el Congreso Nacional tiene el deber de dar un ejemplo máximo de respeto a nuestra institucionalidad expresada, para estos efectos, en las disposiciones constitucionales y legales ya citadas.
Por tal motivo, venimos en proponer el siguiente proyecto de modificación del Reglamento del Senado:
Artículo único: suprímense los incisos segundo y tercero del artículo 38
(Fdo.) Baldo Prokurica Prokurica.- José García Ruminot.- Jaime Orpis Bouchón.- Mario Ríos Santander.