Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- DEBATE
- HOMENAJE A GRAN LOGIA DE CHILE EN SU 140º ANIVERSARIO
- HOMENAJE : Carlos Cantero Ojeda
- DEBATE
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
OPERACIÓN DE EQUIPOS DE REGISTRO Y DETECCIÓN DE INFRACCIONES RELATIVAS A VELOCIDAD Y LUZ ROJA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Carmen Frei Ruiz Tagle
- DEBATE
-
MODIFICACIONES A LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN
- Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN
- Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Mario Enrique Rios Santander
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN
- Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- CREACIÓN DE REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE DE CARGA TERRESTRE
-
OPERACIÓN DE EQUIPOS DE REGISTRO Y DETECCIÓN DE INFRACCIONES RELATIVAS A VELOCIDAD Y LUZ ROJA
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Cantero Ojeda
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- CONSTRUCCIÓN DE NUEVO HOSPITAL EN VALLENAR. OFICIO
- ANULACIÓN POR SENADO ESTADOUNIDENSE DE FACULTADES PRESIDENCIALES PARA NEGOCIACIÓN DE ACUERDOS DE LIBRE COMERCIO. OFICIO
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 346ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 16ª, en miércoles 15 de mayo de 2002
Ordinaria
(De 16:18 a 18:30)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR CARLOS CANTERO, VICEPRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y SERGIO SEPÚLVEDA GUMUCIO, SUBROGANTE
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..........................................................................¿.
IV. CUENTA...............................................................................................................
Homenaje a Gran Logia de Chile en su 140º aniversario
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo concerniente a operación de equipos de registro y detección de infracciones por velocidad y luz roja (2904-06) (se aprueba en general)
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (2610-07) (se aprueba en particular)
Proyecto de ley, en segundo trámite, que crea el Registro Nacional de Transporte de Carga Terrestre (2590-15) (queda para segunda discusión)
VI.. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)....
Construcción de nuevo hospital en Vallenar. Oficio (observaciones del señor Prokurica)................................................................................................
Anulación por Senado Estadounidense de facultades presidenciales para negociación de acuerdos de libre comercio. Oficio (observaciones del señor Viera-Gallo)...........................................................................................................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Arancibia Reyes, Jorge
--Ávila Contreras, Nelson
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cordero Rusque, Fernando
--Espina Otero, Alberto
--Fernández Fernández, Sergio
--Flores Labra, Fernando
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--García Ruminot, José
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros del Interior subrogante y de Obras Públicas y Transportes y Telecomunicaciones, y los señores Subsecretario de Transportes y Jefe de la Dirección Jurídica de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:18, en presencia de 16 señores Senadores.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 12ª, ordinaria, en 7 de mayo; 13ª, especial, y 14ª, ordinaria, ambas en 8 de mayo, todas del año en curso, que no han sido observadas.
IV. CUENTA
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Dos de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha dado su aprobación al proyecto de ley sobre otorgamiento de beneficios a la salud primaria, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata". (Boletín Nº 2.931-11).
--Pasa a la Comisión de Salud y a la de Hacienda, en su caso.
Con el segundo da a conocer la nómina de los señores Diputados que, en representación de esa Corporación, integrarán las Comisiones de Reja y de Pórtico que recibirán a Su Excelencia el Presidente de la República el martes 21 de mayo, a las 10.
--Se toma conocimiento.
De la Excelentísima Corte Suprema, mediante el cual emite su opinión acerca del proyecto de ley, en primer trámite e iniciado en moción de los Senadores señores Horvath y Prokurica, sobre modificación del decreto ley Nº 2.222, de 1978, Ley de Navegación, en relación con los tribunales competentes para conocer las causas por contaminación. (Boletín Nº 2.928-12).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Del señor Ministro Secretario General de la Presidencia , con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantero, relativo a la declaración de la fibrosis quística como enfermedad catastrófica y la adopción de medidas para su adecuado tratamiento.
Del señor Subsecretario de Pesca , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referido a las concesiones acuícolas para fines de cultivo en la zona austral, y la relación armónica de éstas con otras actividades como las turísticas y deportivas.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, recaído en el proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República , en primer trámite constitucional, relativo al perfeccionamiento de normas sobre concursos de cargos de director de establecimientos educacionales del sector municipal. (Boletín Nº 2.867-04).
De la Comisión de Obras Públicas, recaído en el proyecto, en segundo trámite constitucional, sobre modificación de la ley Nº 18.902, que creó la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y deroga la ley Nº 3.133, relativa a neutralización de los residuos provenientes de establecimientos industriales. (Boletín Nº 2.570-09).
--Quedan para tabla.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Terminada la Cuenta.
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El señor OMINAMI.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor OMINAMI.-
Solicito a la Mesa que recabe el asentimiento de los señores Senadores para que el proyecto sobre beneficios a la salud primaria sea analizado por las Comisiones de Salud y de Hacienda, unidas.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo para ello?
Acordado.
HOMENAJE A GRAN LOGIA DE CHILE EN SU 140º ANIVERSARIO
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Honorables colegas, distinguidos visitantes, en nombre del Senado de la República de Chile, saludo en forma muy especial al Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, señor Jorge Carvajal Muñoz ; al Soberano Gran Comendador, señor Floreal Toledo Villarín ; al ex Gran Maestro señor Marino Pizarro Pizarro ; a los Altos Dignatarios; a los Altos Oficiales, y a todos los miembros de la Gran Logia de Chile.
Con ocasión de cumplir 140 años de existencia, el Senado de la República, que encarna la amplia diversidad y pluralismo del país, acordó rendir homenaje a la obra y trascendencia histórica de la Orden Masónica, que en Chile inició sus actividades regulares en la ciudad de Valparaíso, el 24 de mayo de 1862, a través de la Gran Logia de Chile.
Algunos rasgos históricos
La historia de la Masonería arranca desde la bruma del tiempo y del pasado de la humanidad, siempre intentando descubrir el orden del universo y de construirlo en la sociedad.
La Masonería universal reconoce dos etapas de desarrollo: la esotérica, que nació con la acumulación de cosmovisiones en las primeras civilizaciones, y luego, la Masonería especulativa o moderna.
En la Baja Edad Media, los gremios guardaban el conocimiento del arte. Al lado del sitio de construcción de las grandes catedrales se erigía una habitación provisoria, que servía de lugar de trabajo para trazar planos y tareas administrativas, como también para que comieran y durmieran sus miembros, con la observancia de normas de seguridad. Esas habitaciones se llamaron "logias", nombre que ha perdurado y con el que se denomina actualmente al lugar de reunión y al conjunto de los miembros de un taller.
Con la difusión del conocimiento en el Renacimiento, se atrajo a la seguridad de las logias un amplio espectro de individuos de espíritu inquieto, para trabajar cubiertos de las corrientes de intolerancia remanentes de la Edad Media que amenazaban su seguridad.
En ese contexto, el 24 de junio de 1717, masones especulativos formaron la primera Gran Logia de Londres. Y desde allí la Masonería se extendió al mundo entero, irradiando su acción hacia toda la sociedad.
En la convergencia de los movimientos racionalistas en el siglo XVII destacan Descartes, con la formulación de su método, su moral provisional, la metafísica y la física; Spinoza , con la reforma del entendimiento, de la religión y la política; Leibniz, que trabaja la idea de la armonía. Su método es educativo-matemático, su pensamiento, ecléctico. Otra vertiente es el empirismo, en que la gnosis pasa a ser conocimiento de ideas y abarca finalidades prácticas al preocuparse de problemas éticos, políticos, religiosos, etcétera. Entre sus representantes destacan Hobbes , Locke , Berkeley , Newton , Hume, Kant.
La ilustración postuló, entre otros, el derecho a la libertad, a la igualdad, a la propiedad, a la vida, a la solidaridad. Entre sus más preclaros exponentes cabe mencionar a Voltaire, Montesquieu , Rousseau, Diderot ; y en la época contemporánea, el positivismo fundado por Augusto Comte , o el existencialismo, cuyo precursor fue Sören Kierkegaard .
La Francmasonería
Se la define como una institución universal esencialmente ética, filosófica e iniciática, fundada en el sentimiento de la fraternidad.
Como institución docente, tiene por objeto el perfeccionamiento del hombre en el medio en que vive y convive, y el de la humanidad en general. Promueve entre sus adeptos la búsqueda incesante de la verdad, el conocimiento de sí mismos y de la persona, proponiéndose alcanzar la fraternidad universal del género humano.
Ya nadie mira a la Masonería como una secta o como una sociedad secreta. Por el contrario, sus dirigentes y direcciones son de conocimiento público en nuestro país. Y hoy, sus más altos dignatarios nos acompañan desde las tribunas del hemiciclo.
Tampoco puede considerarse como un partido o movimiento político, ya que aleja de sus templos las discusiones de política partidista y, además, todo sectarismo. Exalta la virtud de la tolerancia, el rechazo de toda afirmación dogmática y todo fanatismo. Renuncia a imponer a sus miembros una determinada creencia o convicción partidaria o religiosa, respetando la decisión soberana de cada cual y su derecho y libertad para expresarla y defenderla.
En sus escritos y declaraciones propugna los postulados de Libertad, Igualdad y Fraternidad. En consecuencia, combate la intolerancia, los privilegios y toda forma de tiranía y discriminación. La libertad que promueve no es sólo la externa, sino también la interna, en que el ser humano conquista su propio albedrío a través de la educación, el aumento de su cultura y su autonomía para compartirla con las demás personas. Aspira a construir una patria cada vez mejor, en que imperen la democracia, la justicia, la razón y el amor a la humanidad; la igualdad de oportunidades, para ser cada vez mejores en el sentido y contenido de la doctrina filosófica meliorista, según la cual el mundo no es ni radicalmente malo ni absolutamente bueno, sino que puede superarse. Por consiguiente, a este ser humano le corresponde mejorarse, para que de ese modo pueda perfeccionar el mundo en que vive y convive, el cual es susceptible, a su vez, de ser perfeccionado indefinidamente.
La fraternidad, de la mano con la solidaridad, fundamentalmente consiste en dar, más que en recibir. La Orden Masónica se concibe a sí misma como un centro de unión para los hombres de espíritu libre, de todas las razas, nacionalidades y creencias religiosas, propugnando con especial énfasis el respeto a la libertad de conciencia, dejando a cada cual decidir sobre su concepción de Dios y sosteniendo una ética desligada de lo sobrenatural, que identifica con el laicismo, exigiendo la neutralidad del Estado frente a las opciones religiosas.
La Masonería, a través de sus miembros, aspira a proyectar sobre la sociedad la acción beneficiosa de los valores e ideales que sustenta, y en la historia de América no han sido pocos sus aportes. Cabe recordar, entre ellos, a grandes luchadores por la independencia de los distintos países del continente, como George Washington , Benjamín Franklin , el marqués de La Fayette, Francisco Miranda, José de San Martín , Simón Bolívar , Antonio Sucre .
En Chile se reconoce la patriótica acción de otros que, habiendo sido iniciados en Europa -donde se educaban- o en Argentina, contribuyeron al esfuerzo común del proceso emancipador, como Bernardo O'Higgins, José Miguel Carrera, José Ignacio Zenteno, Juan Gregorio Las Heras, Fray Camilo Henríquez , todos miembros de la Logia Lautarina.
La Masonería en Chile
En nuestro país, la Masonería tiene su primera expresión en "Filantropía de Chile". Abrió sus puertas en marzo de 1827 y su primer Venerable Maestro fue don Manuel Blanco Encalada . Con posterioridad, con el Movimiento de 1842, surgieron la Sociedad Demócrata, la Sociedad Caupolicán, el Club de la Reforma y la Sociedad de la Igualdad (esta última liderada por Santiago Arcos y Francisco Bilbao ), que estimularon la soberanía de la razón. Aunque estas agrupaciones no actuaron como logias regulares, estuvieron inspiradas en principios y valores masónicos.
Aun cuando la Masonería es universalista, cada Gran Logia es independiente y soberana en su respectivo territorio jurisdiccional. De allí que el 24 de mayo de 1862 se fundara la Gran Logia de Chile, que deriva, por filiación directa, de la Gran Logia de Londres.
La Masonería chilena se ha sentido indisolublemente ligada a la historia de la República, ya que concibe la democracia como connatural al espíritu masónico, por lo que muchos de sus miembros han ejercido la representación soberana del pueblo como destacados parlamentarios. Otros han gobernado el país. Entre éstos destacan: José Miguel Carrera , Bernardo O'Higgins , Manuel Blanco Encalada , Ramón Freire , Aníbal Pinto, Juan Esteban Montero , Arturo Alessandri Palma , Carlos Ibáñez del Campo, Pedro Aguirre Cerda, Juan Antonio Ríos Morales, Gabriel González Videla y Salvador Allende Gossens .
A lo largo de la historia nacional han concurrido a los talleres de la Orden destacadas personalidades del país, tales como Eduardo de la Barra , Juan de Dios Arlegui , Guillermo y Manuel Antonio Matta , Angel Custodio y Pedro León Gallo , Diego Barros Arana, Ramón Allende, José Francisco Vergara , Enrique Mac-Iver , Aníbal Pinto, Juan Williams Rebolledo, José Tomás Urmeneta , Estanislao del Canto, Juan José Latorre Benavente , los hermanos Luis y Patricio Lynch , Manuel Tomás Thompson , Emilio Sotomayor , Arturo Merino Benítez , entre muchos otros que sería largo enumerar.
Miles de masones han hecho y hacen su aporte al país desde distintos campos de acción, contribuyendo significativamente a la construcción y desarrollo de nuestra República. La Orden Masónica enseña a sus miembros que su deber es mantenerse en un lugar de avanzada en el proceso integrador y evolutivo del ser humano. Así también, promueve en ellos el amor a la patria, el respeto a la ley y a la autoridad legítima del país en que viven, contribuyendo al progreso social, económico, moral e intelectual de la sociedad. Les advierte el deber de respetar la opinión ajena y defender la libertad de expresión, y los compromete en el anhelo de unir a todos los seres humanos en la práctica de una moral universal que promueva la paz y el entendimiento y elimine los prejuicios de toda índole.
Destacados miembros de la Orden Masónica en Chile sumaron sus esfuerzos a numerosas obras de bien público y contribuyeron visionariamente a su creación u organización. Entre otras, cabe mencionar la creación de los colegios laicos, el Cuerpo de Bomberos, la Cruz Roja, la Asistencia Pública, los Boy Scouts, los Clubes Rotarios, etcétera.
También han dejado su impronta en la adopción de las leyes de cementerios laicos, de Registro Civil, de Matrimonio Civil, de Instrucción Primaria Obligatoria , de jubilación.
En la Constitución de 1925 impulsaron la separación de la Iglesia y del Estado. Sus esfuerzos se volcaron en la Ley de Libertad de Culto, del Seguro Obrero, del voto femenino; en la fundación de las Universidades de Chile, Técnica del Estado, de Concepción, de la República , entre otras. Hoy ocupan puestos de avanzada en la perfección de las leyes de Matrimonio Civil, la supresión de la censura, los derechos humanos, los derechos reproductivos, etcétera.
Los grandes desafíos del nuevo siglo
Enfrentamos hoy un mundo de crecientes incertidumbres, con cambios vertiginosos y profundos de alcance global. Emerge la sociedad del conocimiento, con su revolución en las tecnologías de la información y las comunicaciones. El ser humano desarrolla competencias insospechadas al manipular el átomo; intervenir en el cosmos; alterar el ecosistema mundial; invadir el genotipo, área que pensábamos privativa de Dios.
La sociedad que emerge nos presenta un exacerbado sentido de la individualidad de las personas; se extiende un sentido mercantilista a diversas dimensiones del quehacer humano; se propagan las desigualdades sociales y territoriales; resurgen expresiones de intolerancia y violencia.
Se presentan inquietantes amenazas para la humanidad; pero al mismo tiempo surgen grandes oportunidades. Para su aprovechamiento se requiere una adecuada decodificación del sentido de los tiempos y de los cambios en la sociedad. Es preciso comprender los requerimientos y transformaciones que debemos emprender, tarea a la que todos estamos llamados, y ninguna institución o grupo puede sentirse exento de esta responsabilidad.
El actual no es tiempo de sospechas o exclusiones. La magnitud de los desafíos que enfrentamos demanda una visión nacional, moderna y renovadora que, superando antiguos prejuicios, forje una acción mancomunada y generosa tras el objetivo común de aprovechar para Chile y su pueblo las oportunidades que esta nueva era nos ofrece.
Junto a las demás instituciones de la República, como en el pasado, la masonería puede reclamar su lugar en este desafío, y aportar su visión de una sociedad antropocéntrica, inspirada en el humanismo, la libertad, la justicia, la solidaridad, la tolerancia y el laicismo, para la construcción de la paz entre las personas y entre los pueblos, para alcanzar un mundo en que se imponga la fraternidad, el respeto, en que todos seamos más humanos y más hermanos.
Exhortación final
El mundo que emerge ante nuestros ojos y la nueva sociedad demanda de todos los hombres y mujeres de buena voluntad la formación de una sólida cadena, en la que cada cual desbaste la piedra para construir el templo vivo y trascendente. Deberemos continuar todos juntos la senda trazada por quienes nos precedieron en la consolidación de la República, en el afianzamiento de las instituciones democráticas, en el respeto de todas las ideas y credos.
Al finalizar estas palabras, quizá innecesariamente extensas, pero motivadas por el común sentimiento de hermandad, deseo a la Orden Masónica , vuestra, nuestra y de Chile, que la salud, la fuerza y la unión sean la amalgama que le oriente hacia objetivos comunes y de grandeza para Chile y su pueblo.
He dicho.
--(Aplausos en las tribunas y en la Sala).
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se suspende la sesión por cinco minutos, para despedir a nuestros invitados.
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--Se suspendió a las 16:39.
--Se reanudó a las 16:44.
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El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Continúa la sesión.
V. ORDEN DEL DÍA
OPERACIÓN DE EQUIPOS DE REGISTRO Y DETECCIÓN DE INFRACCIONES RELATIVAS A VELOCIDAD Y LUZ ROJA
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, en lo concerniente a la operación de los equipos de registro y detección de infracciones relativas a velocidad y luz roja, con informe de las Comisiones de Transportes y Telecomunicaciones y de Hacienda, y cuya urgencia ha sido calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2904-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 12ª, en 7 de mayo de 2002.
Informes de Comisión:
Transportes, sesión 15ª, en 14 de mayo de 2002.
Hacienda, sesión 15ª, en 14 de mayo de 2002.
Discusión:
Sesión 15ª, en 14 de mayo de 2002 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En la discusión particular del proyecto, corresponde votar en primer lugar...
El señor ESPINA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, deseo hacer una consulta. Hace exactamente cinco minutos me llegó una citación de las Comisiones unidas de Hacienda y de Salud, para sesionar hoy, a las 17.
Quiero que la Mesa señale si eso es reglamentario, pues, a mi juicio, las citaciones deben efectuarse con cuatro horas de anticipación, a lo menos. Además, en estos momentos, estamos discutiendo un proyecto en la Sala.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Terminada la Cuenta se acordó autorizar a las Comisiones de Hacienda y de Salud para sesionar unidas, pero no se precisó la hora.
¿Tiene alguna objeción Su Señoría?
La señora MATTHEI.-
Sí, varias.
El señor ESPINA.-
Por supuesto. En primer lugar, nunca hemos puesto obstáculos para la tramitación de un proyecto de ley, pero me parece del todo inconveniente que, con quince minutos de antelación y en medio de una sesión de Sala, en que se está discutiendo el proyecto relativo a los fotorradares, se convoque a reunión de Comisiones.
Eso hace absolutamente inoperante el trabajo que estamos realizando.
Pido que se cite por lo menos para cuando termine la sesión de Sala. Porque si no, será imposible participar en el estudio del proyecto que nos ocupa, cuyo debate se suspendió ayer precisamente para votarlo hoy día, y, simultáneamente, asistir a la reunión de Comisiones unidas de Hacienda y de Salud.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Existen dos opciones: citar a las Comisiones unidas con las cuatro horas de anticipación correspondientes, o adoptar el acuerdo de convocar a sesión de Sala para mañana.
El señor OMINAMI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , entiendo que se acordó que las Comisiones de Hacienda y de Salud sesionaran unidas. Ahora, en vista de que la urgencia del proyecto que veremos a continuación fue calificada de "discusión inmediata" y de que tenemos delante dos semanas de receso legislativo, pienso que sería importante autorizar a aquéllas para reunirse paralelamente con la Sala y fijar hora de votación para dicha iniciativa, a fin de despacharla hoy día.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Hay que considerar que el proyecto que corresponde tratar a continuación es de quórum de ley orgánica constitucional.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , ¿no puede citarse a las Comisiones unidas para después de que termine la sesión de Sala?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Perfectamente.
El señor ESPINA.-
Eso es lo que deseo pedir, señor Presidente . Porque es absolutamente imposible participar en el debate del proyecto -que ha sido objeto de indicaciones y se votará artículo por artículo-, y simultáneamente concurrir a las Comisiones unidas de Hacienda y de Salud. Ello implicaría que diez Senadores tendrían que ausentarse de la sesión de Comisiones cada tres minutos para votar en la Sala. Me parece que ésa no es la manera como debemos trabajar.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Propongo a la Sala que al término del tratamiento del proyecto de fotorradares, sesionen las Comisiones unidas de Hacienda y de Salud.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , que se reúnan después de finalizar la sesión de Sala, porque también me interesan los otros asuntos que se debatirán en ella.
Ahora, no sé si la idea de que las Comisiones unidas sesionen a las cinco de la tarde tiene por objeto alcanzar a discutir hoy en la Sala el proyecto que ellas deben tratar. Si es así, me parece una falta de respeto absoluta y pido a la Mesa que solicite al Ejecutivo cambiar la urgencia con que calificó esa iniciativa.
No es posible pedir al Senado que se pronuncie respecto de un proyecto que esta mañana ni siquiera se sabía que existía, se cite a reunión de Comisiones con cinco minutos de anticipación y se pretenda despacharlo en la Sala el mismo día.
En consecuencia, señor Presidente, por favor, solicite la modificación de la urgencia del proyecto.
--(Aplausos en las tribunas).
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Hago presente al público que se halla en las tribunas que está prohibido hacer manifestaciones, así que les ruego guardar silencio.
La Mesa hará las gestiones pertinentes. Entre tanto, se inicia la discusión en particular del proyecto concerniente a la operación de los equipos de registro y detección de infracciones relativas a velocidad y luz roja.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Corresponde votar el artículo 1º, hasta el numeral 2.2 de la letra d), que no ha sido objeto de indicación.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
El señor NOVOA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, pido que se lea el artículo que vamos a votar.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Perdón, señor Senador, pero antes debo solicitar autorización para que ingresen los señores Francisco Vidal, Ministro del Interior subrogante ; Patricio Tombolini, Subsecretario de Transportes , y Eduardo Pérez, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo subrogante.
Si le parece a la Sala, se accederá.
--Se accede.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Señores Senadores, el texto que debe utilizarse es el de la Comisión de Hacienda.
Corresponde iniciar la discusión particular con el artículo 1º de la iniciativa, hasta el punto 2.2 del artículo 150 de la Ley de Tránsito, norma que se reemplaza mediante la letra d), el cual hasta esa parte no fue objeto de indicaciones.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , el Reglamento de Estándares Técnicos y de Uso para los Equipos de Registro de Infracciones distingue en su artículo 1º entre "Equipos con Registro de Imágenes " y "Equipos sin Registro de Imágenes". Y el Ejecutivo plantea ahora una modificación legal donde se habla de "equipos de registro y detección de infracciones", concepto diferente de los empleados por dicho reglamento.
Sobre este punto, que fue abordado en la Cámara de Diputados, deseo una explicación del señor Subsecretario o del señor Ministro .
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ETCHEBERRY ( Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
Señor Presidente , existen dos tipos de aparatos: los que detectan infracciones y los que registran infracciones. Por ejemplo, las pistolas láser detectan; el funcionario policial debe estar mirándolas para comprobar que se violó la velocidad máxima. En cambio, los equipos que registran, tal como la palabra lo dice, dejan como prueba una foto del auto y su patente, más la velocidad a que transitaba.
La ley contempla los aparatos que registran violaciones de luces rojas y velocidades, pero no los que detectan, que sólo figuran en un reglamento. Entonces, nos pareció conveniente aprovechar este proyecto para regularizar tal situación en el sentido de que ambos tipos de instrumento queden comprendidos en la ley.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, deseo complementar lo dicho por el Senador señor Romero, que me parece muy relevante.
Tenemos a mano el Reglamento de Estándares Técnicos y de Uso para los Equipos de Registro de Infracciones , que distingue con claridad entre equipos con registro de imágenes -precisamente, los fotorradares- y equipos sin registro de imágenes (o sea, la denominada "pistola").
El artículo 1º del proyecto en debate cambia la denominación.
¿Cuál es el grave efecto de eso? Que existen leyes de amnistía dictadas para quienes hayan incurrido en infracciones en un sentido u otro, y al cambiarse la denominación se va a armar una confusión enorme respecto a cuál de los dos equipos se está aludiendo.
Porque, en primer lugar, las objeciones que hemos puesto aquí no dicen relación al uso de la pistola como elemento de control del tránsito (¡me refiero, obviamente, a la que se usa para captar las velocidades...!).
Y, en segundo término, cosa distinta son los fotorradares, que dejan una fotografía.
Por lo tanto, presentaremos una indicación con el fin de hacer el distingo, que consideramos fundamental para la tramitación completa de la ley en proyecto.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Pido a Su Señoría que haga llegar su indicación a la Mesa.
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, quiero contribuir a despejar la inquietud formulada, pues el punto fue discutido en la Comisión de Transportes.
En ese organismo quedó claramente establecido que hay equipos que registran la infracción y dejan constancia de ella en algún elemento -una fotografía, un video o una cinta-, y equipos de detección, que, a diferencia de los anteriores, sólo permiten al usuario detectar una infracción para iniciar el procedimiento.
A partir de que la ley en proyecto sea aprobada, se uniformará una terminología a mi modo de ver bastante clara.
El reglamento del Ministerio de Transportes a que se hizo referencia fue dictado en conformidad a la ley vigente. Por lo tanto, tendrá que ser adecuado en su terminología, de manera que refleje exactamente la diferencia entre equipos de registro y equipos de detección. Esa adecuación, obviamente, sólo podrá llevarse a cabo una vez que la ley en proyecto sea aprobada.
No creo que se produzca ningún efecto sobre una ley de amnistía dictada anteriormente, porque es evidente que ella debe regir respecto de situaciones debidamente tipificadas en su momento. La ley en proyecto, que entrará en vigor sólo si es aprobada, no podrá afectar los alcances de una ley de amnistía dictada hace tres meses.
Por lo tanto, no me parece necesario alterar la redacción aprobada en la Comisión, donde -reitero- quedó meridianamente claro que se trata de dos instrumentos distintos y que es suficiente caracterizarlos como equipos de registro y equipos de detección.
Gracias, señor Presidente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , pido que se vote separadamente lo concerniente a equipos de registro y equipos de detección. En subsidio, presentaré una indicación para eliminar uno de ellos.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , tengo información fidedigna sobre la confusión que se ha producido en los tribunales -particularmente en los juzgados de policía local- respecto de la ley de amnistía en esta materia.
Con la modificación propuesta se introduce un nuevo elemento de confusión, pues se utilizan términos diferentes de los que existen en el reglamento sobre equipos de registro de infracciones, que no es antiguo, sino reciente: fue promulgado el 7 de julio de 2000.
Entiendo que quizás, conforme a la lengua española, sea mejor hablar de "equipos de registro y detección" en lugar de "equipos con registro de imágenes" y "equipos sin registro de imágenes". Sin embargo, me parece que estamos obligados a evitar cualquier confusión, sobre todo si consideramos que hoy se está provocando un perjuicio evidente a quienes usan sus vehículos como herramientas de trabajo y, prácticamente, están siendo perseguidos por los juzgados.
Pienso que esta situación es extraordinariamente delicada. En tal sentido, adhiero a la solicitud de división de la votación planteada por el Senador señor Horvath , y anuncio desde ya que votaré en contra de los sistemas de registro con imágenes.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Moreno.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , reitero lo que manifestamos en la sesión de ayer al pedir votación separada del nuevo inciso sexto que, mediante la letra b) del artículo 1º, se propone para el artículo 4º de la Ley de Tránsito, en la parte que dice: "y, para el cumplimiento de sus funciones específicas por inspectores fiscales designados por el Ministerio de Obras Públicas o por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.".
Nosotros estamos disponibles para aprobar la incorporación de un aparato que detecte en un peaje la infracción de la persona que lo cruza sin pagar, así como para que haya un sistema que en los túneles detecte las infracciones contra las normas que deben cumplirse en su interior.
No estamos disponibles para que en distintos caminos de Chile -sobre todo en zonas rurales- se instalen aparatos operados con discrecionalidad por funcionarios fiscales, por muy respetables que sean.
Por lo tanto, esperamos que el precepto -conversamos sobre el particular con el señor Ministro- se plantee en otros términos, para posibilitar que el texto pertinente sea aprobado de la manera que estoy indicando.
Reitero la solicitud de votación separada, en la forma expuesta.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Ruego a Su Señoría comunicar por escrito a la Mesa el punto específico donde desea votación separada.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Está lista la indicación.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Frei.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , ¿me permite hacer una consulta al señor Ministro?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si la Honorable señora Frei le concede una interrupción, señor Senador.
La señora FREI (doña Carmen).-
Por supuesto.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Gracias, Honorable colega.
Quiero preguntar al señor Ministro si los fotorradares tienen alguna relación con el sistema de telepeaje, que en un futuro muy cercano va a operar en Chile, tal como sucede en muchos países de América Latina y en naciones desarrolladas. Porque si una persona no pagara peaje y no hubiera un equipo que permitiera hacer llegar la prueba al juzgado respectivo, las empresas concesionarias de las vías que han construido deberían iniciar una acción ante un juzgado de policía local, la que sería inoperante si no existiera ese moderno método de prueba para posibilitar la sanción. En el fondo, en el punto que estoy planteando, los fotorradares, al generar imágenes, serían los aparatos que en la práctica detectarían las infracciones consistentes en eludir el pago de peaje.
En consecuencia, por su intermedio, señor Presidente , dada la atención "traumática" que se está brindando a mi pregunta, solicito trasladarla al señor Ministro .
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Recupera la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen).-
Quizá sería conveniente que primero se diera respuesta a la interrogante del Honorable señor Muñoz Barra.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ETCHEBERRY ( Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
¿Me puede precisar la pregunta, señor Presidente?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
El Honorable señor Muñoz Barra preguntó si para efecto de los peajes se tiene previsto en el futuro el empleo de los fotorradares.
El señor ETCHEBERRY (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
No, señor Presidente. Para los peajes y para las carreteras concesionadas, nunca se ha pensado en el uso de fotorradares por inspectores fiscales.
Tal cual existen equipos, como los fotorradares, para registrar la velocidad, que, de acuerdo con la proposición hecha, van a ser operados por Carabineros, hay otros que, mediante censores, detectan a los vehículos que pasan sin pagar peaje en una carretera concesionada y dejan una foto de ellos. A estos últimos equipos -no a los fotorradares- se refiere la facultad que se procura otorgar a los inspectores fiscales.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Recupera la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , en la sesión de ayer pedí votación separada de la norma en comento, y ahora el Honorable señor Moreno está enviando la solicitud pertinente por escrito.
A lo mejor me estoy adelantando un poco, pero nos acaba de llegar una información en el sentido de que el Gobierno formuló tres indicaciones para suprimir los artículos 2º, 3º y 4º, letra b).
Consulto, entonces, si se abrirá plazo para formular indicaciones y si se dará cabida a las recién mencionadas.
Quisiera que se explicara la situación, porque confunde mucho que el Ejecutivo retire tres artículos de un proyecto que tiene cinco.
He conversado con el señor Ministro, pero no entiendo qué ha pasado.
Creíamos que una de las finalidades de la iniciativa era destinar el producto de las multas al Fondo Común Municipal, pero ahora, al parecer, se quiere canalizarlo a los municipios. O sea, todo es una marcha atrás.
No tengo muy claro qué está ocurriendo.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Señora Senadora, el proyecto tiene urgencia calificada de "discusión inmediata". En consecuencia, hay que tratarlo.
En todo caso, planteé al señor Ministro de Transportes que considere la conveniencia de que la iniciativa vuelva a Comisión, a fin de revisarla en fecha próxima. Él está haciendo las consultas del caso y en seguida nos informará.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ETCHEBERRY ( Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
En vista de las opiniones de los distintos señores Senadores, el Ejecutivo considera mejor que salga de esta Corporación un texto bien consensuado. En tal sentido, retira la urgencia al proyecto, para que pueda volver a Comisión.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Muchas gracias, señor Ministro .
El señor LAVANDERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Entonces, se suspende el tratamiento del proyecto.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor NOVOA.-
Pido la palabra.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , de enviarse el proyecto a Comisión, se va a generar un problema, porque el uso de los fotorradares está suspendido hasta el 1º de junio. Entonces, si procedemos de aquella manera, entrará a regir a contar de esa fecha la ley que autoriza el funcionamiento de tales aparatos.
Por lo tanto, pido al Gobierno meditar bien la decisión que acaba de tomar.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , quiero precisar lo que señaló el Honorable señor Lavandero : el proyecto en debate tiene por objeto regular una situación que se halla suspendida hasta el 6 de junio.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Así es.
El señor NOVOA.-
De dilatarse la tramitación de esta iniciativa, tendremos los fotorradares en gloria y majestad a partir del 6 de junio.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ETCHEBERRY ( Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).-
Señor Presidente , el decreto 86, de 12 de noviembre de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, regula en forma bastante fina dónde se puede o no se puede poner fotorradares. Así que pensamos que eso será una gran ayuda.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En consecuencia, el proyecto vuelve a Comisión para segundo informe.
El señor NÚÑEZ.-
Pido la palabra.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
La tiene, Su Señoría.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente no entiendo por qué el proyecto vuelve a Comisión. Si Su Señoría no abre la posibilidad de presentar indicaciones, ahí se justifica aquella medida. Pero mientras esté cerrado el período para formularlas, la única alternativa que tenemos es poner nuevamente la iniciativa en discusión en la Sala.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
El señor Secretario informará al respecto.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Su Señoría, se han recibido siete indicaciones, formuladas por el Ejecutivo y por diversos señores Senadores.
El señor NÚÑEZ.-
Entonces, ¿hasta cuándo podremos presentar indicaciones?
Fijemos plazo.
El señor NOVOA.-
Fijemos plazo, señor Presidente. Porque, en cuanto al proyecto, la Comisión estaba muy clara.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Tiene alguna proposición al respecto, señor Senador ?
El señor NOVOA.-
Una semana, señor Presidente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
¿Le parece bien a la Sala el 4 de junio, al mediodía?
El señor NÚÑEZ.-
Muy bien.
El señor NOVOA.-
De acuerdo.
--Se fija el 4 de junio, a las 12, como plazo para presentar indicaciones.
MODIFICACIONES A LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En seguida, corresponde ocuparse del proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento e informe de la Comisión de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2610-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 1ª, en 5 de junio de 2001.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 10ª, en 4 de julio de 2001.
Constitución (segundo), sesión 11ª, en 30 de abril de 2002.
Hacienda, sesión 11ª, en 30 de abril de 2002.
Discusión:
Sesión 12ª, en 10 de julio de 2001 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Este proyecto fue aprobado en general en sesión de 10 de julio de 2001.
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que el artículo 1º, número 1, letra b), y números 5, 6, 20 (que pasa a ser 22) y 21 (que pasa a ser 23), y el artículo 2º transitorio (que pasa a ser 3º transitorio), no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones. En consecuencia, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 124 del Reglamento de la Corporación, deben darse por aprobados, salvo que algún señor Senador, con acuerdo unánime de los presentes en la Sala, solicite someter a discusión uno o más de dichos artículos.
Cabe señalar que los mencionados números del artículo 1º requieren para su aprobación el voto conforme de 27 señores Senadores.
--Se aprueban (31 votos a favor).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Por su parte, en el informe también se consigna que fue aprobada la indicación número 14; que se aprobaron con modificaciones las indicaciones números 1, 2, 4, 10 y 13, y que se rechazaron las números 3, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12 y 15.
Las enmiendas introducidas por la Comisión de Constitución al proyecto aprobado en general constan en las páginas 36 a 41 del informe, y fueron acordadas por la unanimidad de la Comisión.
Por lo tanto, de acuerdo con lo prescrito en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, estas modificaciones deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite discutir lo que propone la Comisión respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, entiendo la aplicación rigurosa del Reglamento y que la Mesa desee que el proyecto se despache rápidamente, pero, como incorpora algunas materias muy trascendentes para el funcionamiento de la Contraloría General de la República, y además está pendiente una proposición legal que modifica sus funciones de manera general, estimo inadecuado que, dada la aprobación unánime de sus normas en la Comisión, no haya oportunidad en esta Sala para -no digo debatirlas- reflexionar mínimamente a su respecto o para recibir alguna información.
No con ánimo de oponerme a la iniciativa -por el contrario, estoy a favor-, solicito que se discuta el número 4 del artículo 1º.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Señor Senador, una vez terminada la relación del señor Secretario , se abrirá debate sobre los puntos que se estimen pertinentes.
Continúa con el uso de la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Las modificaciones que propone la Comisión de Constitución, entre otras, dicen relación a mantener la reducción del plazo máximo para tomar razón de 30 a 15 días, pero permitiendo su prórroga si existen motivos graves y calificados; mantener la posibilidad de que se cumplan, antes de la toma de razón, ciertos decretos y resoluciones, siempre que no afecten derechos esenciales de las personas; precisar que la Contraloría, con motivo del control de legalidad o de las auditorías, no puede evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas; y, finalmente, contemplar una Cuenta Pública anual por parte de los Contralores Regionales.
La Comisión de Hacienda, por su parte, pronunciándose sobre las disposiciones de su competencia, las aprobó, efectuando una sola enmienda al inciso cuarto del Nº 4 del artículo 1º, aprobada por la unanimidad de sus miembros Honorables señores Boeninger, Foxley, García, Larraín y Ominami. La modificación introducida al texto despachado por la Comisión de Constitución se consigna en la página 7 del boletín comparado.
Para los efectos del tratamiento del proyecto, la Secretaría ha elaborado un boletín comparado -que Sus Señorías tienen en su poder-, dividido en cinco columnas que contemplan: el texto de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República; el proyecto de ley; las modificaciones propuestas por la Comisión de Constitución; el texto despachado por la misma Comisión, y, por último, la modificación hecha por la Comisión de Hacienda.
Finalmente, cabe hacer presente que el proyecto, excepto el artículo 3º transitorio, debe ser aprobado con quórum de ley orgánica; es decir, en esta sesión con el voto favorable de 27 señores Senadores.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
En discusión particular.
Tiene la palabra el Honorable señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , entiendo que cuento con la anuencia del señor Presidente de la Comisión de Constitución para hacer una relación general de las materias que se discutieron en ella, dado que me tocó presidir accidentalmente la primera de las dos sesiones efectuadas.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Nadie mejor que el Senador señor Silva para hacer dicha relación general, señor Presidente .
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Puede continuar, Su Señoría.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , se trata de una reforma sólo parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
Como Sus Señorías saben, este asunto se halla pendiente desde hace muchos años. Ignoro las razones por las cuales, presentado durante el período del Presidente Aylwin , quedó retenido y en definitiva se retiró. Contenía -como podrá comprobarse- una serie materias de singular importancia para los efectos, primero, de modernizar el control de la legalidad; y segundo, de agilizar una serie de trámites que han quedado un tanto obsoletos como consecuencia del tiempo transcurrido. Obviamente, la Contraloría, ha venido planteando la necesidad de que algunas de estas disposiciones se pongan al día.
Como consecuencia de ello, el Gobierno resolvió enviar este proyecto que, de las iniciativas presentadas para modificar la citada ley orgánica, extracta, por así decir, sólo aquellos puntos de mayor trascendencia. Al referirme a ellos, de inmediato Sus Señorías se podrán dar cuenta de que se trata de materias de singular relevancia.
En primer lugar -como se sabe -, desde "illo tempore" -es decir, del momento en que se creó la Contraloría y, más aún, a partir de los inicios de nuestra República- existe el control previo de legalidad sobre los actos de administración del Estado. Quiero hacer presente que ello ha sido motivo de orgullo para la legislación chilena: nuestro país es el único en el mundo donde existe control preventivo de legalidad. Más de una vez se han hecho intentos por transformar este control previo o preventivo en control a posteriori. Pero la verdad es que esta institución ha funcionado bien.
En este caso específico, la Contraloría acordó con el Supremo Gobierno que el plazo para la toma de razón de los decretos y resoluciones, que su normativa vigente establece en 30 días -no es un plazo fatal, a pesar de que la ley emplea la expresión "dentro de"-, se reduzca a 15, por estimarse que ello agilizaría enormemente la administración. Afortunadamente, en la Comisión hubo un acuerdo para que una norma de esta índole prospere, con una sola excepción, en atención a una cuestión importante: hay materias de relevancia relativa, especialmente decretos reglamentarios, a los cuales, a menudo, se le plantean requerimientos de terceros aduciendo la ilegalidad de sus disposiciones. En esos casos, resulta prácticamente imposible cumplir el plazo de 30 días. Entonces, se rebaja en general a quince días, pero se habilita al Contralor General de la República para que en casos calificados -al igual como lo hace el Tribunal Constitucional respecto de sus sentencias- pueda prorrogar dicho período.
Cabe hacer presente que, como informó el señor Secretario , todas estas normas fueron aprobadas por la unanimidad de la Comisión de Constitución en las dos sesiones que celebró para debatir esta materia.
En segundo término, también se resolvió enmendar el inciso relativo a la comunicación que envía el Contralor cuando se trata de decretos de insistencia, la que -como Sus Señorías saben- debe dirigirse a la Cámara de Diputados, para los efectos hipotéticos de alguna reclamación de índole constitucional por un eventual notable abandono de deberes. En ese sentido, se propone reemplazar la frase "al Congreso Nacional" por "a la Cámara de Diputados", que es lo adecuado.
De la misma manera, se acogió una disposición, que ha estado aplicándose en forma parcial, en orden a facultar al Contralor para suspender, por así decir, la toma de razón -o sea, el control preventivo de legalidad- en los casos vinculados con terremotos u otras circunstancias de esa índole que requieran la dictación de decretos supremos, o cuando se refieran a temas no esenciales. Esto no quiere decir que desaparece el control de legalidad, sino que, sencillamente, se transforma de control preventivo a control a posteriori.
Como digo, todas estas proposiciones se aprobaron por unanimidad después de un intenso debate.
Cabe destacar que la Comisión tuvo la cautela de pedir informes en derecho tanto a las organizaciones jurídicas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile como a las de otros planteles de educación superior, documentos que fueron analizados con profundidad y extensión en la Comisión, la que no siempre concordó con ellos.
En seguida, otro tema de importancia, al que quiero referirme con cierta latitud, es la facultad que se otorga explícitamente a la Contraloría para ejercer o ejercitar auditorías. En verdad, la auditoría significa reafirmación o análisis en el terreno de las materias que están sometidas a la fiscalización del organismo contralor, tanto en el orden legal como financiero, patrimonial, o de reparación o revisión de los inmuebles. Por su singular importancia, hoy en día esta atribución ha sido establecida en todas las Contralorías del mundo. No obstante, la nuestra carecía de una información de esta relevancia. El asunto fue detenidamente analizado, y en definitiva la Comisión estuvo de acuerdo con realizar auditorías en terreno, con la sola salvedad -también aprobada por unanimidad en la Comisión-, de que no puedan evaluar cuestiones de mérito o de conveniencia de actos políticos o administrativos. Me explico: a primera vista, el Ejecutivo , con fundamento, tuvo la duda de que por esta vía la Contraloría podría entrar a coadministrar en materias de competencia específica del Ejecutivo. Comprendiéndolo así, la Comisión elaboró especialmente una indicación, aceptada por unanimidad, en el sentido de las auditorías no evaluarán aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas. Con todo, a pesar de esta salvedad, la facultad se mantiene en los términos reseñados, y me parece que será de indiscutible beneficio para el futuro de la labor fiscalizadora.
Se planteó, en seguida, por primera vez en Chile, que la segunda instancia respecto del Tribunal de Cuentas existente dentro de la Contraloría -que tiene dos instancias: subcontralor, en primera instancia, y contralor general, en segunda-, se transformase de un tribunal unipersonal -el Contralor- en un tribunal colegiado, presidido por el Contralor e integrado por dos juristas designados por el Presidente de la República a proposición del Contralor. De esta manera se cumple con el debido proceso, ya que en la actualidad en cierta medida el Fisco actúa como juez y parte a la vez. Esta disposición, que modifica las normas del procedimiento del juicio de cuentas, se analizó pormenorizadamente en la Comisión y se llegó al buen acuerdo, unánime, de incorporarla como única posibilidad de ajustarse al debido proceso en una materia de tanta relevancia.
En suma, creo que estas enmiendas son las fundamentales.
Hay otras que sólo quiero mencionar para no pecar de omisión. Por ejemplo, se elimina la facultad de aceptar y resolver sobre las cauciones que deban recibir o emitir los funcionarios que tengan a su cargo fondos o bienes públicos. La verdad es que se trata de una función que no se ve por qué debe desempeñar la Contraloría, porque obviamente todos los órganos estatales saben perfectamente que los funcionarios que tienen a su cargo fondos o bienes públicos están obligados a rendir caución en términos que están preestablecidos y regulados en las normas administrativas. Esta supresión también se aprobó por la unanimidad de la Comisión.
Hoy día el Contralor debe intervenir imperativamente en la destrucción e incineración de los documentos que se refieren a deudas del Estado. Es una materia ya realmente obsoleta vinculada con la trascendencia que esto tenía cuando había deuda pública en términos de caja de amortización. Pero ahora esa facultad prácticamente es enervante de la marcha de la Administración. La Comisión estuvo de acuerdo en modificarla manteniendo la intervención del Contralor como facultad eventual.
También la Comisión estuvo por que el Contralor General facultativamente designe algunos de sus funcionarios como delegados en determinados organismos autónomos del Estado para ejercer funciones eventuales o aleatorias. La Contraloría había pensado que era más útil suprimir tal facultad, pero la Comisión la mantuvo pero como una potestad simplemente facultativa.
Tales son, en términos generales, las disposiciones más importantes que se plantean. Lo cierto es que falta mucho todavía para estar ante cambios integrales a la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Creemos que, con el propósito de colocarla a tono con la modernidad, el texto que la modifica integralmente deberá someterse a nuestra consideración a la mayor brevedad, y pienso que habrá que hacer los requerimientos del caso para que se apruebe una ley de esta índole.
Quiero terminar diciendo que la Comisión de Hacienda introdujo una enmienda -creo que de manera alguna puede objetarse por ser complementaria de las demás proposiciones- que permite que, sin perjuicio de que el organismo contralor pueda realizar auditorías en todos los organismos del Estado, cuando se trate de entidades fundamentalmente autónomas, sus jefes o administradores puedan contratar auditorías privadas, atribución perfectamente razonable y lógica.
Por lo tanto, considero que, en estas condiciones, el Senado, ratificando la unanimidad de pareceres de la Comisión, debe aprobar en particular el proyecto.
Muchas gracias.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor NOVOA.-
¿Me permite una interrupción, con la venia de la Mesa?
El señor VIERA-GALLO.-
Con todo gusto, señor Senador.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , deseo hacer dos pequeñas consultas al Honorable señor Silva .
Está claro que las auditorías del organismo contralor exceden en su ámbito a la típica auditoría financiera. Concretamente, ¿existe alguna definición legal del concepto "auditoría", de manera que quede claro cuál es su extensión?
En segundo lugar, ¿la Contraloría tiene alguna atribución para hacer efectiva la auditoría, como poder ir a terreno, entrevistar a las personas; vale decir, algún tipo de atribución para cumplir eficazmente este cometido?
El señor SILVA.-
Con sumo agrado respondo, señor Presidente, la inquietud planteada por el Honorable señor Novoa.
En la actualidad, la función de auditoría en el mundo se ha generalizado en los términos que ya expresé. La pregunta de Su Señoría se refiere a si la Contraloría específicamente tiene posibilidad de realizarla.
En primer lugar, creo que hoy día la palabra "auditoría" está generalizada no sólo en el sentido de ser una revisión en lo financiero, sino también, hipotéticamente, en el de analizar la conveniencia o el mérito del acto. Por ejemplo, en la organización de la Contraloría venezolana se faculta al Contralor para determinar si es justo y conveniente el precio de los contratos que el Ejecutivo aprueba. Naturalmente que, en el Derecho chileno, eso sería llegar demasiado lejos, y también lo sería que, a pretexto de la auditoría, se examinara la conveniencia del acto administrativo o la del acto político. Por eso, la Comisión introdujo la salvedad explícita de que en ningún caso la función de auditoría podrá evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas.
En lo demás, no nos cabe la menor duda de que en verdad está en condiciones de realizar esa labor. Y es más: en el último tiempo la Contraloría la ha venido haciendo sobre la base de una interpretación finalista de las normas.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , a mi juicio, esta materia -que muy bien expuso el Senador señor Silva - es muy importante, en especial para los Senadores que se interesan más en la fiscalización. Entonces, no es una cuestión que pueda dejarse pasar tan fácilmente.
El Senador señor Novoa formuló una pregunta, que fue muy bien contestada por el Honorable señor Silva , pero que quizás merecería mayor reflexión y debate por la Sala.
En el informe se halla muy bien relatada la difícil discusión que hubo en la Comisión para aprobar el concepto de auditoría de la Contraloría. Porque puede haber la idea de restringir su función fiscalizadora básicamente al uso de los recursos, pero -como señaló el Senador señor Silva - desde hace tiempo el órgano contralor ya ha venido realizando de hecho auditorías que van más allá de la simple fiscalización de los recursos, y que tienen que ver con la probidad y con la legalidad de los actos administrativos.
La legalidad, obviamente, no es un concepto de formalidad. No basta con decir formalmente que tal resolución municipal se adoptó con el número de concejales que correspondía, que se fundó en el artículo tanto y que, por consiguiente, es legal; sino que la Contraloría entra a determinar el buen funcionamiento del servicio respecto de las finalidades propias de él.
Por ejemplo -esta situación se mencionó en la Comisión, no quedó en el informe, por cierto, y tampoco quisiera que se consignara en la Versión Taquigráfica, pero fue un ejemplo gráfico y no deseo que el Senador señor Cordero se sienta de alguna manera ofendido al plantearlo-, no podría ocurrir que determinados fondos de Carabineros, respecto de los cuales su Dirección tiene criterio amplio para usarlos, se gastaran el día de mañana en una forma que no correspondiera al objetivo de la Institución.
Ahora, el peligro que el Ministro señor Fernández advirtió en la Comisión es que el Contralor, al efectuar la auditoría, incurra en la evaluación de la decisión política o administrativa que da origen al acto de fiscalización. Porque una cosa es querer saber si el acto es legal y se aviene a la finalidad del Servicio (o sea, un criterio finalista de la fiscalización), y otra muy distinta es querer fiscalizar si el acto es conveniente, es prudente, útil, eficiente, porque obviamente ahí el Contralor General invadiría un ámbito que es muy propio de la discrecionalidad de la decisión del Poder Administrativo , lo que no puede hacer. Con el objeto de que eso quedara claro, el artículo 21 B del proyecto...
El señor ZURITA .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor VIERA-GALLO.-
Con la venia de la Mesa, por supuesto, señor Senador. Pero antes quiero terminar la idea.
Decía que el punto queda muy claro en el artículo 21 B del proyecto puesto que señala: "La Contraloría General, con motivo del control de legalidad o de las auditorías, no podrá evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas.".
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente, deseo preguntar al Senador señor Viera-Gallo si no teme que, tratando de establecer una ley que contemple todo, caigamos en lo que acabamos de ver respecto del primer proyecto que discutimos.
El debate de esa iniciativa me dejó la peor de las impresiones: un Senado desordenado; un Ministro a quien una señora Senadora le formula una consulta y le responde si se la puede repetir. Eso me hace pensar en dos cosas: o no entendió la pregunta, lo cual es grave, o no estaba atendiendo, lo que sería una falta de respeto para con la señora Senadora .
Entonces, no me gustaría que ahora cayéramos en lo mismo.
Excúsenme, Sus Señorías, que por ser el más viejo de mis pares les llame la atención. Pero debo señalar que en ocasiones el Senado se desordena; hay coloquios, gente que va y viene, lo cual constituye una falta de respeto para el Senador que habla.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Gracias, Honorable señor Zurita .
Señor Presidente, deseo insistir en la importancia de la materia que nos ocupa. Estos debates constituyen la historia de la ley y, por tanto, sirven para resolver posibles conflictos que se presenten.
Entonces, lo que la Comisión unánimemente pretendió es establecer la posibilidad de que la Contraloría fiscalice mediante auditorías, en un sentido amplio, la legalidad del acto, el uso de los recursos y la probidad, conforme lo establece la Constitución.
Si Sus Señorías revisan el artículo 21º A, se darán cuenta de que el inciso primero distingue lo que señalo; y el segundo se refiere básicamente a la evaluación de los sistemas de control interno de los servicios y entidades; a fiscalizar la aplicación de las disposiciones relativas a la administración financiera del Estado, etcétera.
Por lo tanto, el inciso primero de esa norma comprende lo amplio; el segundo, lo relativo a los recursos. Y, finalmente, el artículo 21º B señala que la Contraloría General no podrá evaluar los aspectos de mérito.
Señor Presidente , mencionaré un ejemplo que expuse en la Comisión. Cuando la Contraloría emitió un informe respecto de los manejos de los recursos de ENACAR, en la Octava Región, el Contralor Regional -con muy buena intención, sin duda- emitió juicios de mérito. Entre otras cosas, expresó: "Se vendió mal el bosque tanto"; "No se debió haber hecho tal inversión"; "Se debió haber hecho tal cosa"...
El señor MORENO.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor VIERA-GALLO.-
Por supuesto, señor Senador, con la venia de la Mesa.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , solicito que se realice la votación del proyecto, dado que se requiere de cierto quórum, y en este momento se cumple. Lo señalo porque algunos señores Senadores deben ausentarse de la Sala para cumplir con otros compromisos, y el ánimo de Sus Señorías es aprobar la iniciativa.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
¿Su Señoría plantea votar de inmediato el proyecto, para no tener después problemas con el quórum?
El señor MORENO.-
Así es, señor Presidente.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará en particular el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional exigido, de que concurrieron con su voto favorable 29 señores Senadores.
--Se aprueba, y queda despachado el proyecto en este trámite.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Puede continuar, Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Resulta curioso el sistema aplicado para aprobar la iniciativa, señor Presidente. Seguramente se procede así motivado sólo para que quede consignado en la historia de la ley. Esta situación ya la vivimos esta mañana en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
En todo caso, quiero continuar mi intervención haciendo notar que no resultará fácil, cuando se aplique la fiscalización de la Contraloría, determinar el límite exacto entre el control de legalidad y el no control del mérito u oportunidad de las decisiones del Poder Político y Administrativo.
Evidentemente, esto sólo puede quedar en el terreno de la prudencia del señor Contralor. Podría dar origen a algún tipo de controversia, y si la situación llegara a una invasión de atribuciones de parte de él respecto de las funciones propias del Gobierno, el ordenamiento constitucional prevé la acusación constitucional del Contralor General por notable abandono de sus deberes.
Sin embargo, obviamente, el problema radica en que pueden ocurrir -si se quiere- imprudencias menores del Contralor que no constituyan razones suficientes para acusarlo constitucionalmente, pero que produzcan un entrabamiento de la Administración. En ese caso, al final, el único control es el de la opinión pública. Pero en nuestro sistema, por regla general, ella está siempre a favor de quien fiscaliza. Es muy raro que se ponga de parte del fiscalizado, del evaluado. Ello explica, como dijo el Senador señor Silva -y el informe lo recoge muy bien-, el debate habido en la Comisión entre el Ministro Secretario General de la Presidencia y el Contralor señor Arturo Aylwin respecto de este punto específico.
En mi concepto, al reconocerse en la ley en proyecto la facultad que de hecho la Contraloría se atribuye, sin mayor controversia, pero ya con plena legitimidad legal, hemos dado un paso muy importante en la modernización del organismo.
Lo único sobre lo cual deseo llamar la atención de Sus Señorías es acerca de la dificultad que el Contralor tendrá para mantener el justo equilibro entre el control de legalidad, de modo que no sea formal y, por tanto, vacío, y al mismo tiempo la no invasión del ámbito de decisión prudencial del Gobierno.
Es cuanto quería decir, aunque ya se haya votado y todos estemos de acuerdo. Pero es para dejar constancia de que hubo un debate, pues una modificación de esta trascendencia no merece que simplemente se dé por aprobada, sin mayor discusión, por mucho que se haya acogido por unanimidad en la Comisión.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Estaba inscrito previamente el Honorable señor Novoa.
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, seré muy breve. Comparto las inquietudes planteadas en cuanto a la forma como muchas veces analizamos y votamos proyectos importantes, sobre todo considerando que no todos los Senadores somos miembros de las Comisiones que estudiaron el proyecto.
He quedado muy satisfecho con las explicaciones dadas por quienes participaron en el organismo técnico especializado. No obstante, entiendo que el artículo 21º B, al establecer que la Contraloría no podrá evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia, es una norma excepcional con relación al artículo 21º, que dispone una amplitud de atribuciones.
Lo único que echo de menos en ella es el haber dicho en forma expresa que el organismo contralor, en sus auditorías, podía de alguna forma verificar la conformidad del acto administrativo con la finalidad del organismo. Porque ahí, obviamente, no estamos frente al mérito o a la conveniencia, pero sí creo que la Contraloría tiene perfecto derecho a revisar si determinado acto se ajusta a la finalidad propia de la entidad que lo realiza. Esto es particularmente importante en materia de gastos reservados, pues uno los entiende en la medida en que tales desembolsos se realicen en el marco de la finalidad o de las atribuciones muy específicas de las distintas autoridades.
Con todo, creo que lo más importante para la historia de la ley es que quede claro que el artículo 21º B consagra una excepción a una norma unánimemente respaldada por el Senado.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me concede una interrupción, señor Senador ?
El señor NOVOA.-
Con todo gusto, con la venia de la Mesa.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Más que como una excepción, debe entenderse como un límite del artículo anterior, señor Senador.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA.-
El Honorable señor Silva me solicita una interrupción, y se la concedo, con la venia de la Mesa.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de ella, señor Senador.
El señor SILVA.-
Señor Presidente , deseo hacer presente al Honorable señor Novoa que, efectivamente, fue así. En el debate habido en la Comisión quedó constancia, precisamente, de lo que Su Señoría ha planteado.
Evidentemente, una cosa es el sentido finalista del acto que la Contraloría puede en un momento dado reparar, y otra es que vaya a reparar el acto político propiamente tal. Y está perfectamente acordado en esos términos.
Gracias, señor Senador.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Agradezco a Su Señoría la aclaración.
Por último, deseo dejar constancia de que comparto plenamente los términos del proyecto, con las explicaciones dadas, que me parecen muy clarificadoras.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , lamentablemente tuve que ausentarme de la Sala por no más de 45 segundos, y cuando me reincorporé ya estaba aprobado el proyecto, con una velocidad que constituye una sorpresa más del Senado.
No obstante compartir en lo fundamental los términos del proyecto -participé en diversas instancias de su discusión-, hay un aspecto que deseo abordar, pues tal cual está redactado puede presentar alguna duda, incluso de carácter constitucional.
Me refiero al artículo 133º bis, relativo a los sumarios que puede llevar adelante la Contraloría en el ámbito municipal. Y tratando de cambiar un poco la doctrina imperante en ella, se quiso -y fue modificado en la Comisión- que cuando el Contralor acordaba determinada sanción para un funcionario que hubiera cometido una irregularidad administrativa, el alcalde simplemente la aplicara. Vale decir, en el fondo, quien estaba determinando la sanción era el Contralor y no el alcalde, lo que generó un problema de autonomía municipal que derivó en la redacción actual del precepto.
El inciso primero del citado artículo que se propone está bien, pero el segundo contiene un aspecto que todavía puede dar lugar a duda u objeción, y es lo que deseo aclarar.
Dice: "En el caso de que esta autoridad administrativa" -se refiere al alcalde- "imponga una sanción distinta," (de la del Contralor) "deberá hacerlo mediante resolución fundada, sujeta al trámite de toma de razón por la Contraloría.".
¿Qué significa esto último? Lo considero una cuestión discutible, porque si quien adopta la sanción es finalmente el alcalde, y ella es distinta de la que propone la Contraloría, me parece bien que lo haga por resolución fundada. Hasta ahí no tengo objeción. Pero si acaso la sujetamos al trámite de toma de razón, ¿quién adoptará la resolución? ¿Podría el Contralor mediante dicho trámite objetar esa resolución fundada, o es simplemente para dejar registro, para ver que se ha hecho en la forma como corresponde, dentro de las atribuciones propias del alcalde? Esto último, porque de lo contrario el alcalde no será autónomo al adoptar su decisión, lo cual contradice el espíritu de la Corporación, al tenor de la Carta Fundamental, al consagrar una corporación autónoma. Es el alcalde quien toma la decisión.
En ese sentido, quería proponer, salvo que haya una explicación mejor, suprimir la expresión "sujeta al trámite de toma de razón por la Contraloría". Si el alcalde adopta una decisión diferente de la propuesta por el organismo contralor, que lo haga por resolución fundada. Con ello termina ahí el proceso, sin necesidad de que vuelva al trámite de toma de razón, por el simple motivo de que cabría entender que el Contralor podría evitar o corregir la decisión que tome la autoridad municipal.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , comprendo la duda planteada por el Senador señor Larraín . En verdad, fue uno de los asuntos más debatidos en la Comisión. Y lo fue precisamente porque, inclusive en los informes en derecho que se acompañaron, se tachaba de contraria a la autonomía reconocida por la Constitución a los municipios la proposición que venía primigeniamente en la ley, que sencillamente establecía que el Contralor aplicaría la sanción, y punto.
Por otra parte, sin embargo, la realidad demostró que, en infinidad de casos, sanciones perfectamente justificadas con arreglo a los respectivos sumarios, en la práctica, por razones de índole más política que de otra naturaleza -si se quiere-, quedaban sin aplicarse. Y nos abocamos, entonces, a buscar una solución al problema.
Debo reconocer que quien nos dio luz sobre la materia y nos permitió hallar la solución consignada en la norma fue el Honorable señor Horvath . En la indicación que presentó decía que, tratándose de una contradicción entre la posición jurídica, materializada en la sugerencia del Contralor de aplicar una medida disciplinaria consistente en la destitución, y la posición del alcalde, que no quiere hacer nada, cuando éste desee disentir del criterio del Contralor se vea obligado a decir que lo hace por resolución fundada.
Ahora, viene el problema a que se refiere específicamente el señor Senador.
Se partió de la base de que la Contraloría General de la República actualmente no toma razón de las resoluciones de los municipios, porque la ley no incluye a estas instituciones dentro de las sujetas a dicho trámite. Hipotéticamente, podría hacerse por medio de una ley; pero no se quiso hacerlo en términos generales, porque significaría, de alguna manera, quebrar la autonomía municipal.
Entonces, para este caso, a fin de que el asunto no quedara sin sanción, se aceptó la fórmula propuesta por el Senador señor Horvath , que figura en el numeral 21 del proyecto, en especial el inciso segundo del artículo 133º bis, que permitirá que el órgano contralor, por la vía del pronunciamiento de toma de razón de la resolución fundada del alcalde, compruebe una de dos cosas: o que el alcalde tiene la razón, por lo que corresponde cursar el decreto respectivo, o que no la tiene, rechazando simplemente tal decreto y haciendo prevalecer el pronunciamiento de legalidad en la toma de razón.
Ése fue el camino que se acordó, el cual, en el fondo, nos pareció una muy hábil sugerencia del Senador señor Horvath para solucionar el problema.
Claro que se podía seguir el camino señalado por el Honorable señor Larraín : que el alcalde dicte una resolución fundada aplicando su criterio. Sin embargo, en tal caso, nunca quedará constancia de si se actuó realmente con sentido de justicia o obedeciendo motivos de otra índole.
En todo caso, cualesquiera de las dos posibilidades -la contenida en el proyecto en los términos referidos por la Comisión, a proposición del Senador señor Horvath , o la sugerida por el Senador señor Larraín - serían perfectamente válidas, desde el punto de vista legal.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , ha sido interesante el debate, y comparto los planteamientos e inquietudes manifestados por los señores Senadores. Pero quiero hacer una advertencia a la Mesa.
Esta iniciativa dice relación a la Administración del Estado. Representa la acción de un ente público que tiene importancia y trascendencia sobre otros organismos estatales. En mi opinión -la Presidencia verá si lo acepta como eventual procedimiento- este proyecto debió ser conocido por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización. Ella es la que tiene en sus manos la responsabilidad en materias propias de la Administración del Estado. Éste no es un asunto constitucional. Como lo he señalado anteriormente, corresponde a áreas de acción de distintas entidades de nuestra institucionalidad.
Eso quería manifestar, señor Presidente, porque creo que no puede marginarse del proceso general a una de las distintas instituciones que forman parte de la Administración estatal.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , agradezco la explicación dada por el Senador señor Silva sobre el particular.
Quiero saber, por lo tanto, si es posible dejar establecido, para la historia de la ley -si no se quiere modificar el texto actual-, que el Contralor, al momento de tomar razón de una resolución fundada del alcalde, no puede objetarla bajo el pretexto de no compartir el criterio de la autoridad municipal. Si ése fuese el motivo por el cual el Contralor rechaza una resolución, entonces, estaríamos haciendo una burla a través de este camino y, en tal caso, mejor dejarle a él la facultad de adoptar y aplicar la sanción correspondiente.
Por el contrario, si se quiere obligar al alcalde a tomar una sanción dentro de los parámetros sugeridos por la Contraloría, pero permitiéndole cambiar tal pena, si lo estima necesario, mediante resolución fundada, démosle a éste la última instancia.
Si ésa es la interpretación correcta, a fin de que mi planteamiento quede como historia de la ley y no como una opinión personal, sugiero que el Senado acuerde que la idea de la toma de razón es para garantizar que cuando el alcalde adopta una sanción diferente de la propuesta por la Contraloría existe un fundamento riguroso, serio y objetivo, el cual queda plasmado en el documento que cambia la proposición del organismo contralor. La verificación de esa determinación me parecería plausible.
Estoy de acuerdo con el Senador señor Silva respecto de lo que pasa en la realidad. Yo he solicitado informes de la Contraloría en cuanto a irregularidades municipales, donde el Contralor ha hecho proposición de determinadas sanciones, sobre las cuales, al final, no ha pasado nada.
Entiendo que la Contraloría pueda hacer más exigencias. No procuro facilitar la impunidad, sino por el contrario. Lo que quiero es respetar el principio de otorgar la responsabilidad final al alcalde , porque así lo entiende la Constitución. Es la autoridad administrativa competente y si tiene una razón fundada que acredita ante la Contraloría, ésta debe tomar razón.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, daríamos por cerrado el debate.
La señora MATTHEI.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , quiero preguntar al Senador señor Silva ¿por qué sencillamente no se permite que sea el Contralor quien tome la determinación de la sanción en el caso de las municipalidades...
El señor CHADWICK .-
Por la autonomía.
La señora MATTHEI.-
Da lo mismo la autonomía municipal para estos aspectos.
En verdad, cuando hay robos o...
El señor LARRAÍN .-
Pero también pasa en los servicios públicos.
La señora MATTHEI.-
¡Claro que pasa en los servicios públicos!
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se ruega evitar los diálogos, señores Senadores.
La señora MATTHEI.-
Ésa es la pregunta: ¿por qué, en general, no se da la facultad al Contralor? Si al sancionado no le parece, podrá recurrir a los tribunales. Hay recursos de protección y otros. Yo no soy abogado, sino economista.
El asunto es que he visto en demasiadas ocasiones que la Contraloría propone una sanción grave y después simplemente no se adopta ninguna resolución; no se hace nada.
El señor SILVA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA.-
La duda que la señora Senadora plantea es razonable.
Respecto de la Administración Pública central, en realidad el Contralor tiene la facultad de tomar razón del decreto por expresa disposición de la norma constitucional. En cambio, en cuanto a los municipios, no hay tal posibilidad. Como no existe y prevalece la autonomía a que se refería el Honorable señor Larraín , en estos casos, el Contralor no puede pronunciarse por la vía de la toma de razón previa.
En consecuencia, en la administración central no se corre el peligro a que queda sujeta la administración descentralizada territorial.
De allí que se buscó la fórmula propuesta.
Aprovecho la oportunidad de estar con la palabra para confirmar que la interpretación indicada por el Senador señor Larraín es la correcta. Quedó constancia de ello durante el debate. De manera que, sin duda, ésa es la forma adecuada de interpretar la disposición.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , ¿me permite complementar la información? La señora Senadora dijo algo muy importante y quiero dar una explicación muy breve.
Cuando la Contraloría propone una sanción en cualquier servicio público, es el jefe del servicio quien, en definitiva, adopta la resolución. Si sigue un camino distinto del propuesto, debe hacerlo por resolución fundada. Entonces, con la fórmula planteada, ahora se iguala a los municipios.
Si se quiere que la Contraloría adopte la sanción directamente y no el jefe del servicio, estaríamos hablando de una modificación mayor distinta de la que nos ocupa.
Lo que objeto es que precisamente aquí se estuvo tratando de aplicar una norma distinta para las municipalidades que la que rige para el resto de la Administración Pública, en circunstancias de que aquéllas son los únicos entes autónomos.
Si queremos mayor probidad y eficacia en las determinaciones, entonces demos a la Contraloría atribuciones completas.
Pero, para ello, se debe estudiar una iniciativa diferente. En la que nos ocupa no se puede discutir tal asunto.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor LARRAÍN.-
Si se presenta ese otro proyecto, yo me avengo encantado a analizar la materia, pues no me parece adecuado establecer una discriminación respecto de los municipios, siendo éstos los únicos autónomos desde el punto de vista constitucional.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si les parece...
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una interrupción, señor Presidente?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Como lo señaló el Senador señor Ríos, este asunto se refiere a aspectos propios del ámbito de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, porque se habla de facultades y atribuciones del alcalde.
En consecuencia, ello debería ser tratado en su oportunidad.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , quiero hacer un poco de historia y referirme al origen del proyecto en esta materia.
La iniciativa, al principio, estaba redactada como dijo el Senador señor Larraín . Efectivamente, el Contralor directamente podía aplicar la sanción. Pero hubo una protesta de los empleados municipales, que están agrupados en el país. Nos llegó un sinnúmero infinito de cartas. Asistieron a la Comisión. No lo hizo la Asociación Nacional de Municipalidades.
Por tal motivo, al final tuvimos que cambiar la norma, determinándose dejarla como aparece actualmente, lo que muy bien se ha explicado en la Sala.
Pero el criterio primitivo del proyecto era que el Contralor actuara directamente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Quiero dar por terminado el tratamiento de la iniciativa.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, señor Senador.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , ya que se está hablando para la historia, no quiero que pase impunemente la apreciación que se acaba de formular. No basta, en mi concepto, que la resolución sea fundada, sino que todo depende del tipo de argumentación que contenga. Y alguien ha de poder pronunciarse acerca del mérito. Porque cualquier aberración, incluso, se puede fundar.
La señora MATTHEI .-
Así es.
El señor ÁVILA.-
Y eso sólo bastaría para inhibir la acción de una norma cuya finalidad es el saneamiento de los actos administrativos. Entonces, creo que se debe ir con cuidado en ese tema.
Y, por cierto, no ha de quedar por ningún concepto en la historia de la ley que el Senado se suma a un punto de vista que me parece que resultará perjudicial en lo relativo a la probidad pública.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , pregunté por qué no tomaba la resolución final directamente el Contralor por haber conocido en los últimos días el siguiente caso: la Contraloría General de la República propuso una sanción respecto de un funcionario. El jefe del organismo donde la persona trabaja decidió -y así lo hizo ver- aceptar exactamente tal medida, pero sin fundarla, suponiendo que ello se comprendía en lo concluido por la Contraloría. Esta última, en esas situaciones, expone una larga relación de los hechos. El funcionario afectado recurrió, entonces, a la justicia y señaló que su superior no había ejercido bien sus funciones por no haber fundamentado su resolución. Y por esa sola circunstancia la Corte Suprema dejó sin efecto lo dispuesto.
Por lo tanto, hoy en día existe una vía de escape muy clara para los jefes de servicio que no quieren imponer las sanciones. Basta con que digan: "Acepto lo mismo que ha propuesto la Contraloría", pero sin fundamentar por qué, y después los funcionarios van a la justicia y la medida queda en cero. Es algo que está ocurriendo. Y puedo traer los antecedentes al Senado.
Por mi parte, me alegro del desenlace de la situación a que he hecho referencia, ya que se trataba de un funcionario menor del Instituto de Desarrollo Agropecuario, quien seguía órdenes al intervenir en los créditos irregulares otorgados por dicha entidad. A mi juicio, esa persona debía salvarse, pero la forma en que lo logró no es razonable. Porque ello se podría empezar a dar en todos los municipios y organismos públicos. Insisto en que, si no se quiere imponer una sanción, sencillamente se repite lo expresado por la Contraloría, sin agregar ningún fundamento. Al recurrirse después a la justicia, ésta echa abajo toda la labor de la primera.
Entonces, reitero que debiera ser efectivamente la Contraloría la que imponga la sanción. Y, si el funcionario no se conforma con ello, puede ir a la justicia. Pero no estimo adecuado que primero juzgue el organismo contralor y después deba hacer lo mismo, desde el principio, el jefe del servicio.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Corresponde dar por cerrado el debate.
La señora MATTHEI .-
No hemos terminado, señor Presidente .
El señor GAZMURI .-
Estoy pidiendo la palabra hace rato.
El señor LARRAÍN .-
¿Por qué cerrar el debate, cuando todavía se desea intervenir sobre un tema importante?
El señor GAZMURI .-
No hay razón para el apuro.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
El proyecto ha sido aprobado. Y me parece que se están haciendo disquisiciones.
El señor GAZMURI .-
La Mesa ordena la discusión, señor Presidente , pero no la debe calificar.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Su Señoría puede hacer uso de la palabra sobre el punto que le parezca.
El señor GAZMURI.-
Exactamente.
Deseo exponer un argumento -básicamente, ello me interesa en lo relativo a la historia de la ley-, a fin de que quede claro que el artículo 21 B no es, como ha sostenido el Senador señor Novoa , el establecimiento de una excepción, sino que resulta esencial para la debida comprensión del rol de la Contraloría.
Se amplía, en efecto, el papel de ese organismo, con lo cual estoy de acuerdo, pero la disposición citada no constituye una excepción, sino una especificación, un límite, como bien lo ha aseverado el Honorable señor Viera-Gallo . Esa norma es esencial para que quede claro que la Contraloría no debe evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones político-administrativas, porque ello, obviamente, corresponde a la Administración. Tales elementos dicen relación al atributo esencial de la dirección política y administrativa del Estado. Y, por lo tanto, no se trata de establecer una excepción, sino de que los artículos 21 A y 21 B se encuentran vinculados orgánicamente, en el sentido de que el primero determina el ámbito de atribuciones de la Contraloría y el segundo consigna cuál es el ámbito de atribuciones que no son de ella, sino de la Administración. Y, para la adecuada comprensión de la ley, me parece que se trata de un asunto central.
Hago la aclaración, porque, como se ha afirmado lo contrario en la Sala y ello no ha sido suficientemente rebatido, la cuestión pudiera ser objeto a posteriori de una interpretación legal que no tiene que ver, a mi juicio, con lo expresado en el texto.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Seré muy breve, señor Presidente . Sólo deseo precisar el alcance del término "excepción".
Lo que sucede es que el artículo 21 A hace referencia a efectuar auditorías para "velar por el cumplimiento de las normas jurídicas, el resguardo del patrimonio público y la probidad administrativa.". Y se explicó acá que el concepto de auditoría, en general, según se aplica en el mundo, prácticamente va cubriendo todos los aspectos e, incluso, en algunos países, hasta el mérito. Entonces, no me importa si la disposición se considera excepción o límite, pero deseo que quede clara cuál es la norma general. Y esta última es la del artículo 21 A, con límite o con excepción.
Creo que estamos de acuerdo. Pero se excluye del ámbito de la Contraloría algo muy específico y cuya interpretación no puede prestarse a dudas. Se trata de que los aspectos de mérito o de conveniencia no se comprenden en la auditoría. Todo lo demás sí.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , lamento las discusiones cruzadas, ya que algunos Honorables colegas se refieren al artículo 21 y otros al artículo 133 bis.
Personalmente, no quiero que quede para ninguna interpretación posterior -por lo menos, en lo que he estado planteando- la idea de que el asunto tiene que ver con favorecer la impunidad o la no sanción de las irregularidades administrativas. Simplemente, deseo que seamos coherentes con nuestro ordenamiento jurídico.
Si se apunta a convertir a la Contraloría en un tribunal que aplique sanciones, entonces cabe cambiar su naturaleza o crear tribunales administrativos -quizás, podría ser un camino más corto-, para concretar un debido proceso y lograr aquel otro propósito. Y estoy disponible para tal efecto, porque me parece que cualquier cosa que se haga para evitar la corrupción o terminar con las irregularidades debe contar con todo nuestro respaldo. Ello, como postulado general.
Aclaro, además, que para modificar la sanción propuesta por el organismo contralor se requiere una resolución fundada. De manera que si el alcalde no lo hace de esa manera, obviamente no tiene más que aplicar la que viene de la Contraloría. Y, en tal sentido, esa situación se mantiene.
Sólo he querido evitar un problema de constitucionalidad. Porque el punto se podría prestar para que cualquier aplicación de sanción terminara con un recurso de inaplicabilidad si acaso no mediase una aclaración en la forma contemplada. Y quedo conforme y satisfecho con ello y disponible para el estudio de la mayor eficacia de la Contraloría o del organismo que corresponda en la persecución de la corrupción y de toda irregularidad administrativa.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , sin otro ánimo que el de intentar poner término a la discusión, creo que mis Honorables colegas están de acuerdo en el fondo. Y trataré de precisar lo anterior específicamente en cuanto a la intervención del Senador señor Gazmuri , frente al planteamiento del Senador señor Novoa .
El debate se planteó en la Comisión justamente en esos términos. Y me permitiré leer en el informe de la Comisión de Constitución un párrafo de pocas líneas, redactado así:
"Aceptada esa propuesta," -o sea, la de que la Contraloría no puede intervenir en cuestiones políticas o administrativas- "la Comisión reflexionó en que, por su alcance, no era propio sentar este principio en un artículo llamado a regular sólo las auditorías, por lo que decidió contemplarlo en un artículo separado. En consecuencia, signando el artículo 21 bis como 21 A, manifestó en su nuevo artículo 21 B" -vale decir, en esta norma específica- "que la Contraloría General, con motivo del control de legalidad o de las auditorías, no podrá evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas.".
Ésa fue la conclusión de un largo debate y respecto de lo cual -como Sus Señorías podrán apreciar- queda, a mi juicio, clara constancia en el informe, para los efectos de la historia de la ley, de que en el fondo los dos señores Senadores están concluyendo razonablemente.
Ahora bien, en cuanto al otro punto suscitado y que se refiere a la toma de razón de las sanciones determinadas por el alcalde, creo que el Honorable señor Larraín ha interpretado bien la norma.
¿Por qué no se produce la misma situación -y aquí estoy aludiendo al comentario de la Senadora señora Matthei - con respecto a otros servicios del Estado? Sobre el particular, conviene precisar que hay dos disposiciones legales muy distintas.
Efectivamente, cuando el Contralor General propone una sanción y pide la destitución de un funcionario en el caso de un ministerio, éste puede no aplicar la sanción, sea porque el jerarca no cree pertinente hacerlo o porque decide rebajarla. Sin embargo, esto necesariamente debe materializarse en un decreto que va a trámite de toma de razón. En ese momento el Contralor General podrá decir: "La rebaja de la sanción que propuse y la aplicación de una medida menor se ajustan a mi juicio a la ley y, por tanto, tomo razón del decreto". O puede decir lo contrario: "El Gobierno está aplicando mal esta materia". Entonces, ¿qué hará el organismo contralor? Rechazará el decreto. Vale decir, podría resolver de cualquiera de las dos maneras.
La señora MATTHEI.-
¡Perdón, señor Senador ! ¿De cuánto tiempo se dispone para ello? Porque conozco un caso en el que la Contraloría formuló una proposición hace más de un año y todavía no pasa nada.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Ruego a Sus Señorías evitar los diálogos.
El señor SILVA .-
Desgraciadamente, la señora Senadora tiene razón. ¿Por qué? Porque aún se encuentra pendiente el proyecto de ley que establece plazos para los procedimientos administrativos, que no ha podido ser despachado pues necesita el acuerdo de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, unidas.
Dicha iniciativa fue aprobada en general por la Sala, se presentaron las indicaciones correspondientes y en este momento falta que las Comisiones unidas se pronuncien sobre aquéllas.
A través de ese proyecto se soluciona el punto planteado por la Honorable señora Matthei .
Ahora bien, el caso de los municipios es distinto, porque el alcalde no envía decretos para la toma de razón. Y en esto cabe la explicación dada por el Senador señor Larraín . La verdad es que si el alcalde, mediante resolución fundada, dice que no hará efectiva la destitución propuesta por el Contralor, sino que aplicará una sanción menor, este último analizará esa resolución.
Tenga la certeza, Su Señoría, de que si prueba que la resolución es ilegal la rechazará. A la inversa, la aprobará cuando el alcalde fundadamente ha aplicado una sanción menor, pudiendo hacerlo.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite, Señor Presidente?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Corresponde hacer uso de la palabra al Honorable señor Ávila. No sé si Su Señoría desea conceder una interrupción al Senador señor Muñoz Barra.
El señor ÁVILA.-
Aun cuando ni siquiera empiezo a intervenir, no tengo inconveniente en que haga uso de ella, señor Presidente.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Agradezco la generosidad del señor Senador .
Señor Presidente , sólo deseo pedir como Comité que el tercer proyecto que figura en tabla quede para segunda discusión.
El señor LARRAÍN.-
¡Todavía no hemos comenzado a tratarlo, señor Presidente!
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Su Señoría está en su derecho de pedir segunda discusión...
El señor NOVOA.-
Efectivamente. Pero aún no se ha puesto en debate esa iniciativa.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , considero oportuno expresar mi rechazo a la modificación propuesta por la Comisión de Hacienda con respecto al inciso final del artículo 21ºA, que faculta a los servicios públicos para contratar libremente auditorías externas. A mi juicio, eso constituye un error, pues se abre gratuitamente un campo litigioso y de controversias interminables entre determinado servicio y la Contraloría General de la República, toda vez que una auditoría se opondrá a la otra. Y Sus Señorías bien saben que "el que contrata la orquesta, pone la música".
Por lo tanto, no es raro -y ha ocurrido en nuestro país- que muchas instancias, y algunas públicas, contraten expresamente auditorías a ciertas empresas para resguardarse de los cuestionamientos serios y fundados de que son objeto por parte de organismos como la Contraloría.
En virtud de lo anterior, me parece necesario revisar esa norma y dejarla en los mismos términos en que fue aprobada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Por lo demás, creo que la Comisión de Hacienda está incursionando en un campo que, desde luego, no es de su especialidad.
El señor HORVATH.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
La tiene, Su Señoría. Y espero que sea la última intervención.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , sólo deseo manifestar que lo ocurrido en esta oportunidad no se transforme en un precedente a futuro. Porque si hay problema de quórum en la Sala, ciertamente se puede abrir la votación para que los señores Senadores que deseen pronunciarse lo hagan. Pero no debe impedirse el debate, ya que éste puede incluso hacer cambiar la votación de un Parlamentario y, por ejemplo, no reunirse el quórum correspondiente.
Eso cabe dentro de nuestras atribuciones.
Por otra parte, en lo que dice relación al proyecto mismo, debo señalar que la fórmula propuesta por la Cámara de Diputados respecto del artículo 133º bis -así lo expresa el informe- es en el fondo inconstitucional en varios de sus aspectos, como se desprende claramente del debate habido en la Comisión y en el que participó la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
Esta última sostuvo que "la potestad disciplinaria es uno de los atributos consustanciales a la jerarquía", la cual queda radicada en la jefatura superior. Y agregó que el artículo 107 de la Constitución Política "atribuye al alcalde el carácter de máxima autoridad de la municipalidad". Si esto se erradicara -sostiene más adelante- "vulneraría el precepto constitucional toda disposición que reconozca el ejercicio de la potestad disciplinaria sobre los empleados municipales a una autoridad distinta del alcalde.".
Sin embargo, la propuesta formulada por la Comisión, hecha sobre la base de una indicación, apunta a que la Contraloría deberá efectuar la investigación, realizar el sumario respectivo, determinar responsabilidades y proponer al alcalde las sanciones que corresponda. En caso de que éste no las aplique, tendrá que justificarlo mediante resolución fundada sujeta al trámite de toma de razón. Y, como bien explicó el Senador señor Silva , si a la Contraloría le parece que ello no corresponde, no toma razón. Además, el alcalde queda expuesto a una sanción.
Por lo tanto, creo que vamos por buen camino, señor Presidente.
La señora MATTHEI.-
Pido la palabra.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
La tiene, Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , sólo quiero señalar que el alcalde podría no tomar ninguna decisión y sencillamente esperar dos, cuatro, seis o diez años, que es lo que ocurre hoy día. Y, sin embargo, no se estableció un plazo.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se da por terminado el debate y queda despachado el proyecto en este trámite.
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El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Informo a la Sala que, aun cuando no ha llegado el documento respectivo, el señor Ministro me ha anunciado que el Ejecutivo retirará la urgencia al proyecto de ley que otorga beneficios a la salud primaria. De tal manera que la iniciativa deberá ser tratada en la sesión del martes 21 o miércoles 22 de mayo en curso, según corresponda.
El señor COLOMA.-
¿Según corresponda qué, señor Presidente?
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Según la convocatoria que corresponda, señor Senador. La Mesa tendrá que evaluar si cita a sesión para el 21 o el 22. Entiendo que la mayoría de los Comités ha solicitado discutirla el martes 21 en la tarde, para así otorgar tiempo a la Comisión y pueda estudiarla durante la mañana.
CREACIÓN DE REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE DE CARGA TERRESTRE
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea el Registro Nacional de Transporte de Carga Terrestre, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2590-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 28ª, en 5 de marzo de 2002.
Informe de Comisión:
Transportes, sesión 11ª, en 30 de abril de 2002.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión deja constancia en su informe de que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 36 del Reglamento del Senado, la iniciativa sólo fue discutida en general.
Sus objetivos son los siguientes:
1. Crear el Registro Nacional de Transporte de Carga Terrestre, en el que deberán inscribirse todos los vehículos, motorizados o no, que transporten carga.
2. Entregar al Servicio de Registro Civil e Identificación la responsabilidad de formar y mantener actualizado el Registro .
3. Disponer que la inscripción en el Registro será requisito habilitante para la prestación de servicios de transporte de carga terrestre, pero que el Registro estará permanentemente abierto a la inscripción de vehículos y no podrá, en modo alguno, ser objeto de suspensiones que impidan el libre ejercicio de la actividad económica de transporte de carga terrestre.
El proyecto fue aprobado en general por cuatro votos, de los Senadores señores Cantero, Muñoz Barra, Pizarro y Vega. Se abstuvo el Honorable señor Novoa.
El texto propuesto por la Comisión figura en el informe.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
El Senador señor Muñoz Barra ha solicitado segunda discusión.
En la primera discusión, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
--El proyecto queda para segunda discusión.
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El señor CANTERO (Vicepresidente).-
El señor Secretario dará cuenta de un documento que se acaba de recibir.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Ha llegado un oficio de Su Excelencia el Vicepresidente de la República, mediante el cual retira la urgencia que hizo presente respecto del proyecto sobre fotorradares.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se incluirá en la Cuenta de la presente sesión.
Acordado.
Ha concluido el Orden del Día.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor CANTERO (Vicepresidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor CANTERO:
Al señor Director del Servicio de Impuestos Internos , sobre NUEVO PLAZO A PYMES PARA PRESENTACIÓN DE FORMULARIO SOBRE CAPACITACIÓN LABORAL.
Del señor HORVATH:
A los señores Subsecretarios de Marina y de Pesca, relativos a CONCESIONES DE ACUICULTURA PENDIENTES EN UNDÉCIMA REGIÓN.
Del señor PROKURICA:
A la señora Ministra de Defensa Nacional , respecto de AGILIZACIÓN DE CONCESIONES ACUÍCOLAS EN TRAMITACIÓN (TERCERA REGIÓN).
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El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, como los Comités Institucionales 2, Mixto (Partido Por la Democracia), Demócrata Cristiano y Mixto Unión Demócrata Independiente e Independientes no harán uso de sus tiempos, el turno siguiente corresponde al Comité Renovación Nacional.
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
CONSTRUCCIÓN DE NUEVO HOSPITAL EN VALLENAR. OFICIO
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , durante la campaña parlamentaria de diciembre último, se adquirieron numerosos compromisos que hasta hoy no se han cumplido, lo que deja en evidencia que su objetivo sólo era fortalecer la elección de los diferentes candidatos.
Uno de esos compromisos fue la construcción -tan necesaria- de un nuevo hospital en Vallenar, dado que el actual tiene 40 años de antigüedad, carece de las condiciones mínimas para atender a los casi 80 mil habitantes de la provincia de Huasco y ni siquiera se le han hecho reparaciones para suplir algunas deficiencias.
De acuerdo con los anuncios realizados por el Ministro respectivo, se disponía de los recursos, el proyecto se encontraba adelantado y las obras empezarían el segundo semestre de 2002. Ya estamos a fines del primer semestre y no hay indicios de ello.
A mi juicio, se debe actuar con seriedad y no jugar con la credibilidad de la gente. La comunidad de la zona no cuenta con la infraestructura necesaria para recibir las atenciones de salud y cuando demanda que se efectúen arreglos se le contesta en forma negativa aduciendo que se levantará un nuevo establecimiento. Sin embargo, todavía nada se sabe al respecto.
Pido oficiar al señor Ministro de Salud a fin de que informe en qué etapa se halla el proyecto de construcción del nuevo hospital de Vallenar y en qué fecha se iniciarán los trabajos, para tener una opinión oficial.
--Se anuncia el envío del oficio solicitado, en nombre del señor Senador, conforme al Reglamento.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
El Comité Renovación Nacional no hará uso del resto de su tiempo.
En el turno del Comité Socialista, tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
ANULACIÓN POR SENADO ESTADOUNIDENSE DE FACULTADES PRESIDENCIALES PARA NEGOCIACIÓN DE ACUERDOS DE LIBRE COMERCIO. OFICIO
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , hoy conocimos una noticia de gran importancia para nuestra política exterior y que merecería ser analizada en esta Sala o en la Comisión de Relaciones Exteriores: el Senado de los Estados Unidos anuló las atribuciones del Presidente Bush para negociar tratados de libre comercio no sólo con Chile, sino con el mundo en general.
Evidentemente, ése es un traspié de grandes proporciones para nuestra ya antigua pretensión -desde el período del Presidente Aylwin - de suscribir un instrumento de esa naturaleza con el país del norte.
La exigencia del Senado norteamericano de que el Parlamento revise los acuerdos comerciales a que llegue el Gobierno con terceros países hace extremadamente difícil la negociación. Es cierto que podría buscarse un camino para llevarla a cabo sin esa autorización especial, sabiendo de antemano que el Congreso la revisará; pero ése no es el camino que nosotros hemos postulado. Nuestras autoridades siempre han pretendido que el Gobierno estadounidense cuente con una autorización general para negociar.
La política exterior de Chile tenía entre sus más mediatos e importantes objetivos el Acuerdo de asociación con la Unión Europea y el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos. El primero se halla bien encaminado: se firmará dentro de pocos días en Madrid. Y el segundo, según entiendo (puedo haber entendido mal), enfrenta una dificultad mayor.
Considerando que lo expuesto es algo que no puede dejar indiferente a esta Corporación, solicito oficiar a la señora Ministra de Relaciones Exteriores adjuntando esta intervención.
En seguida, pido al señor Presidente que se estudie la posibilidad de convocar a una sesión especial, sea del Senado o de la Comisión especializada (a la cual, en este último caso, pudiéramos asistir todos quienes tengamos interés), para tratar la materia.
Son demasiadas las veces en que las negociaciones para llegar a un Tratado han sufrido traspiés. Recuerdo cuando el Presidente Frei fue invitado como el cuarto miembro del Tratado del ALCA de Libre Comercio de América del Norte y después eso quedó en nada en la Cumbre de Miami. Y ahora, salvo que hubiera un cambio en la política del Parlamento de los Estados Unidos, la negociación se ve muy difícil.
Si a lo anterior se agregan los subsidios agrícolas que el Gobierno de Estados Unidos acaba de aprobar en beneficio de sus productores, uno se pregunta: "Bueno, qué libre comercio se está buscando".
Señor Presidente , quiero ser muy claro. Con esto no pretendo, bajo ningún respecto, culpar a la política exterior chilena de lo que está ocurriendo. Pienso que tanto el Presidente Lagos como la Ministra señora Alvear y todos quienes participan en las conversaciones han hecho lo humanamente posible por alcanzar el Tratado.
Se trata de un problema de política interna de los Estados Unidos que repercute en contra de Chile. En la decisión aludida hay involucrada una defensa de la economía norteamericana frente a una situación de crisis; cierta desconfianza, por parte de sectores muy vastos de la Administración y de la sociedad norteamericana, en el multilateralismo, en el rol que el país del norte debe tener en la Organización Mundial de Comercio (OMC) y en el proceso de globalización; y una tendencia a proteger sus productos (como quedó demostrado con la sobretasa al acero) y a aislarse en materia económica.
Es indudable que el Senado norteamericano no tomó esa decisión pensando en castigar a nuestro país, sino sobre la base de razones internas y de relaciones con otros grandes conglomerados. Chile es una nación pequeña y, naturalmente, no tiene la trascendencia necesaria como para que la resolución adoptada por aquél estuviera condicionada por nuestra situación.
En síntesis, señor Presidente , como la decisión en comento provoca una dificultad, una traba, un problema mayor a uno de los objetivos más importantes de nuestra política exterior, creo que valdría la pena una discusión más a fondo.
He dicho.
El señor CANTERO ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría, conforme al Reglamento.
En cuanto a la petición de convocar a una sesión especial, oportunamente se someterá a consideración de los Comités.
En el tiempo que queda al Comité Socialista, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El Comité Institucionales 1 no usará su tiempo.
Habiéndose cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:30.
Manuel Ocaña Vergara
Jefe de la Redacción