Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
ACUERDO ENTRE CHILE Y NICARAGUA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES Y SU PROTOCOLO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- DEBATE
- ACUERDO ENTRE CHILE Y HONDURAS SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES Y SU PROTOCOLO
-
ACUERDO ENTRE CHILE Y GUATEMALA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES Y SU PROTOCOLO
- ANTECEDENTE
-
ENMIENDAS A ANEXO DE PROTOCOLO RELATIVO A INTERVENCIÓN EN ALTA MAR POR CONTAMINACIÓN DEL MAR POR SUSTANCIAS DISTINTAS DE HIDROCARBUROS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- DEBATE
-
ENMIENDAS A CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR CONTAMINACIÓN POR BUQUES
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- DEBATE
- SEMINARIO SOBRE "CHILE Y SU APORTE AL DERECHO DEL MAR" Y RATIFICACIÓN DE ACUERDO DE GALÁPAGOS
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
-
ACUERDO ENTRE CHILE Y NICARAGUA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES Y SU PROTOCOLO
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Fernando Cordero Rusque
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
-
POSICIÓN DE LA DEMOCRACIA CRISTIANA EN POLÍTICA FORESTAL
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rafael Moreno
- ADHESION
- Hosain Sabag Castillo
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rafael Moreno
-
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO HALES JAMARNE
- HOMENAJE : Gabriel Valdes Subercaseaux
- HOMENAJE : Sergio Bitar Chacra
- HOMENAJE : Ricardo Nunez Munoz
- HOMENAJE : Carlos Bombal Otaegui
- HOMENAJE : Ignacio Perez Walker
-
SOBERANÍA ANTÁRTICA. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Ramon Vega Hidalgo
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA MATTHEI Y SEÑORES CHADWICK, NOVOA Y STANGE, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE INTRODUCE DIVERSAS MODIFICACIONES A LA LEY Nº 18.287, SOBRE PROCEDIMIENTO ANTE LOS JUZGADOS DE POLICÍA LOCAL, Y A LEY Nº 18.290, DE TRÁNSITO (2776-15)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Evelyn Matthei Fornet
- Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- Jovino Novoa Vasquez
- Rodolfo Stange Oelckers
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES FREI (DON EDUARDO), Y PÁEZ, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 17.288, SOBRE MONUMENTOS NACIONALES, Y LA LEY Nº 19.300, SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE, CON EL FIN DE REGULAR LA EXTENSIÓN MÁXIMA DE PARQUES PRIVADOS DESTINADOS A PRESERVACIÓN DE LA NATURALEZA (2778-12)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Eduardo Frei Ruiz-tagle
- Sergio Paez Verdugo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLE SENADORES SEÑORES BITAR, LAGOS Y ZALDÍVAR (DON ANDRÉS), CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.713, QUE ESTABLECE COMO MEDIDA DE ADMINISTRACIÓN EL LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA POR ARMADOR, A FIN DE INCORPORAR A UNIDADES DE PESQUERÍA QUE INDICA, EN ZONAS QUE SEÑALA, AL CITADO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN (2777-03)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sergio Bitar Chacra
- Julio Lagos Cosgrove
- Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA MATTHEI Y SEÑORES CHADWICK, NOVOA Y STANGE, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE INTRODUCE DIVERSAS MODIFICACIONES A LA LEY Nº 18.287, SOBRE PROCEDIMIENTO ANTE LOS JUZGADOS DE POLICÍA LOCAL, Y A LEY Nº 18.290, DE TRÁNSITO (2776-15)
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 344ª, ORDINARIA
Sesión 26ª, en martes 4 de septiembre de 2001
Ordinaria
(De 16:23 a 19:7)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y SERGIO SEPÚLVEDA GUMUCIO, SUBROGANTE
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
I. ASISTENCIA
II. APERTURA DE LA SESIÓN
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
IV. CUENTA
Acuerdos de Comités
V. ORDEN DEL DÍA:
Sesión secreta: Se adopta resolución sobre solicitudes de rehabilitación de ciudadanía (boletines Nºs. S 450-04, S 498-04, S 502-04, S 549-04 y S 572-04)
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Acuerdo entre Chile y Nicaragua para Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (2681-10) (se aprueba en general y particular)
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Acuerdo entre Chile y Honduras para Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (2682-10) (se aprueba en general y particular)
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Acuerdo entre Chile y Guatemala para Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (2683-10) (se aprueba en general y particular)
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba enmiendas de 1991 y 1999 al Anexo del Protocolo relativo a intervención en alta mar en caso de contaminación del mar por sustancias distintas de los hidrocarburos, 1973 (2714-10) (se aprueba en general y particular)
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba diversas enmiendas al Convenio Internacional para Prevenir Contaminación por Buques, en su forma modificada por Protocolo de 1978, MARPOL 73-78 (2716-10) (se aprueba en general y particular)
Seminario sobre "Chile y su aporte al Derecho del Mar" y ratificación del Acuerdo de Galápagos (intervención del señor Romero)
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)
Posición de la Democracia Cristiana en política forestal (observaciones del señor Moreno)
Homenaje en memoria de Don Alejandro Hales Jamarne (se rinde)
Soberanía antártica. Oficios (observaciones del señor Vega)
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cordero Rusque, Fernando
--Chadwick Piñera, Andrés
--Díez Urzúa, Sergio
--Fernández Fernández, Sergio
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Cosgrove, Julio
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pérez Walker, Ignacio
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los señores Ministros de Relaciones Exteriores , Secretario General de la Presidencia , Secretario General de Gobierno y de Justicia .
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:23, en presencia de 24 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Las actas de las sesiones 24ª, ordinaria, en sus partes pública y secreta, y 25ª, ordinaria, en 21 y 22 de agosto del presente año, respectivamente, se encuentran en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Cinco de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con los cuatro primeros retira la urgencia y la hace presente, nuevamente, en el carácter de "suma", respecto de los siguientes proyectos:
1) El que otorga gratuidad en las atenciones de salud que requieran funcionarios de la atención primaria afiliados al sistema público de salud (Boletín Nº 2.756-11);
2) El que introduce adecuaciones de índole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario (Boletín Nº 2.720-05);
3) El que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, en materia de inversiones de los fondos de pensiones (Boletín Nº 2.628-13), y
4) El que crea juzgados de policía local en las comunas que indica (Boletín Nº 1.789-06).
--Quedan retiradas las urgencias, se tienen presentes las nuevas calificaciones y se manda agregar los documentos a sus respectivos antecedentes.
Con el quinto hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", respecto del proyecto de ley que extiende el derecho de las madres trabajadoras a amamantar a sus hijos aun cuando no exista sala cuna (Boletín Nº 1.758-13).
--Se tiene presente la urgencia y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
Dos de la Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha dado su aprobación a las enmiendas propuestas por el Senado al proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en memoria de los payadores de Chile, en la comuna de Casablanca (Boletín Nº 2.690-04).
--Se toma conocimiento, y se manda archivar junto a sus antecedentes.
Con el segundo informa que acordó designar a los miembros de la Comisión de Hacienda de esa Corporación, para que integren la Comisión Especial que deberá informar el proyecto de Ley de Presupuestos para el año 2002, sin perjuicio de los reemplazos a que haya lugar, en conformidad con el acuerdo general adoptado sobre la materia, en sesión del 6 de junio de 1991.
--Se toma conocimiento.
De la Excelentísima Corte Suprema, con el que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 74 de la Carta Fundamental, en relación con el artículo 16 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, emite su opinión respecto del proyecto de ley que crea juzgados de policía local en las comunas que indica, con urgencia calificada de "suma" (Boletín Nº 1.789-06).
--Se toma conocimiento, y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional, con el que remite copia autorizada de la sentencia dictada en el requerimiento formulado en contra del literal b) del Nº 5, del artículo 1º, y del Nº 6, del mismo artículo 1º, del proyecto de ley que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, que establece normas relativas al otorgamiento de pensiones a través de la modalidad de rentas vitalicias (Boletín Nº 1.148-05).
--Se toma conocimiento.
Tres de la señora Ministra de Relaciones Exteriores:
Con el primero responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Fernández, relativo a situaciones que afectan a transportistas nacionales en su paso por territorio argentino.
Con el segundo contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Canessa, referido a una sentencia de la Corte Europea de Derechos Humanos recaída en la materia que señala.
Con el tercero da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, acerca del anuncio de la finalización de actividades de la Fuerza Aérea en Villa Las Estrellas, Territorio Antártico Chileno.
Tres del señor Ministro de Obras Públicas:
Con el primero adjunta resumen de los oficios dirigidos durante el mes de julio del presente año a los señores Parlamentarios, relacionados con consultas formuladas sobre materias propias de la Secretaría de Estado a su cargo.
Con el segundo, responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Núñez, referente a la situación del embalse Santa Juana, ubicado en la Tercera Región.
Con el tercero contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Chadwick, relativo a obras de defensas fluviales en el estero Rigolemu, Sexta Región.
De la señora Ministra de Planificación y Cooperación, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Cariola, sobre situación surgida entre los vecinos de Llifén, Décima Región, por discusión referida a la propiedad de la tierra.
Del señor Ministro de Vivienda y Urbanismo, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, relativo al tratamiento impositivo de las regiones y de la capital del país.
Del señor Director General de la Policía de Investigaciones , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, referente a los resultados de la investigación de diversos casos de desaparición de personas ocurridos en la Undécima Región en los últimos años.
Del señor Director del Servicio de Impuestos Internos , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Cantero, sobre el documento denominado "Proposición de una Política Nacional: Sistema Nacional de Información Territorial".
Del señor Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Chilena del Cobre, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Lavandero, concerniente a la situación del cobre en nuestro país.
Dos de la señora Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente:
Con el primero, envía un ejemplar de la publicación "Estadísticas del Medio Ambiente 1995-1999".
Con el segundo, contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Zaldívar, don Andrés, sobre la instalación de una planta de concentrados polimetálicos en Curacaví, Región Metropolitana.
Del señor Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Stange, en relación con la calidad del servicio prestado por la oficina de INDAP de Los Muermos.
Del señor Intendente de la Sexta Región, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Moreno, referido a la posibilidad de destinar financiamiento para ejecutar un proyecto presentado por el Consejo Municipal de Litueche.
De la señora Intendenta de la Décima Región , con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Stange, relativo al avance del proyecto para dotar de energía eléctrica al sector Peñasmó Oeste, de la comuna de Calbuco, Décima Región.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
De la titular del Tercer Juzgado Civil de Valparaíso, con la que solicita copia del diario de sesiones correspondiente a la sesión 8ª ordinaria, de 18 de junio de 1996.
--Se mandó remitir los antecedentes solicitados.
Oficio reservado
Del señor Director de la Policía de Investigaciones , con el que contesta un oficio enviado en nombre de la Senadora señora Frei, doña Carmen, referido a la posibilidad de aumentar la dotación de personal en el área fronteriza de Calama, considerando, además, la reubicación del control policial existente en la comuna de San Pedro de Atacama.
--Queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría del Senado.
Comunicación
De los Senadores señores Aburto, Chadwick, Díez, Hamilton y Parra, con la que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 36 del Reglamento de la Corporación, solicitan el acuerdo de la Sala para que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en su primer informe, se pronuncie en general y particular sobre el proyecto de ley que crea juzgados de policía local en las comunas que indica, con urgencia calificada de "suma" (Boletín Nº 1789-06).
--Se accede a lo solicitado.
Informes
De la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaídos en las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía de los señores Froilán Carvallo Osorio, Juan Reginaldo Contreras Becerra, Luis Alberto Díaz Bórquez, Amador Paine Tranamil y Tomás Rodrigo Villavicencio Pizarro (Boletines Nºs. S 450-04, S 498-04, S 502-04, S 549-04 y S 572-04, respectivamente).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señora Matthei y señores Chadwick, Novoa y Stange, con la que inician un proyecto que introduce diversas modificaciones a la ley Nº 18.287, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, y a la ley Nº 18.290, de Tránsito (Boletín Nº 2776-15).
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y a la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los Senadores señores Frei, don Eduardo, y Páez, con la que inician un proyecto que modifica la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente , con el fin de regular la extensión máxima de los parques privados destinados a la preservación de la naturaleza (Boletín Nº 2778-12).
--Pasa a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
De los Senadores señores Bitar, Lagos y Zaldívar, don Andrés, con la que inician un proyecto que modifica la ley Nº 19.713, que establece como medida de administración el límite máximo de captura por armador, incorporando a las unidades de pesquería que indica en las zonas que señala al citado régimen de administración (Boletín Nº 2777-03).
--Pasa a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
Solicitud
Del señor René Fuentes Flores, con la que pide la rehabilitación de su ciudadanía (Boletín Nº S 583-04).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Proyecto de acuerdo
De los Senadores señores Zaldívar, don Andrés, Ríos y Martínez, relativo al proceso de pacificación en la Península de Corea (Boletín Nº S 584-12).
--Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En reunión de hoy los Comités, por unanimidad, acordaron lo siguiente:
1.- Agregar, en los primeros lugares de la tabla de esta sesión las rehabilitaciones de ciudadanía, respecto de las cuales se acaba de dar cuenta de los respectivos informes.
2.- Reabrir el debate del proyecto sobre el silencio administrativo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
3.- Fijar las 18 de hoy como nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto sobre mercado de capitales.
4.- Declarar, respecto del homenaje rendido por el Honorable señor Cantero a don Bernardo OHiggins en la sesión del 21 de agosto, que el Senado adhiere a sus palabras.
V. ORDEN DEL DÍA
--Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 16:35, y adoptó resolución acerca de las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía de los señores Froilán Carvallo Osorio, Juan Reginaldo Contreras Becerra, Luis Alberto Díaz Bórquez, Amador Marcelino Paine Tranamil y Tomás Rodrigo Villavicencio Pizarro.
--Se reanudó la sesión pública a las 16:53.
______________
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Continúa la sesión pública.
ACUERDO ENTRE CHILE Y NICARAGUA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES Y SU PROTOCOLO
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados que aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Nicaragua para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, y su Protocolo, suscritos en Santiago el 8 de noviembre de 1996, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2681-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 31 de julio de 2001.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25ª, en 22 de agosto de 2001.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Este instrumento internacional tiene por objetivo principal establecer un adecuado marco jurídico que regule los derechos y obligaciones del Estado receptor de los capitales y los de los inversionistas extranjeros, favoreciéndose de ese modo la transferencia y movilidad de capitales.
La iniciativa se encuentra informada por la Comisión de Relaciones Exteriores, la que propone a la Sala, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Bombal, Martínez, Romero y Valdés, la aprobación del proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados.
Cabe señalar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión de Relaciones Exteriores propone a la Sala que la iniciativa se discuta en general y particular, a la vez.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
En discusión.
El señor ROMERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ROMERO.-
Es para solicitar que tratemos en conjunto los proyectos de acuerdo correspondientes a los convenios suscritos con Nicaragua, Honduras y Guatemala, por ser del mismo tenor.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, estaba pidiendo la palabra para sugerir lo mismo.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
En atención a lo solicitado, y si la Sala lo tiene a bien, trataremos en conjunto estas iniciativas.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , los proyectos de acuerdo referidos a los convenios suscritos por Chile con las Repúblicas de Nicaragua, Honduras y Guatemala, que cumplen su segundo trámite constitucional, tuvieron su origen en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República .
Se trata de los Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, y sus respectivos Protocolos, suscritos por nuestro país con las mencionadas repúblicas en el marco de la VI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, efectuada en Santiago, en 1996. Dichos convenios encierran un compromiso entre las Partes en orden a estimular la efectiva transferencia de capitales y su adecuada protección, en conformidad a lo establecido por las respectivas legislaciones nacionales.
Por consiguiente, el propósito fundamental de tales Acuerdos, así como de los instrumentos internacionales suscritos con otros países sobre la misma materia, es establecer un adecuado marco jurídico que regule los derechos y obligaciones entre el Estado receptor de los capitales y el inversionista extranjero. Dichos estatutos compatibilizan el legítimo interés de los inversionistas con el del Estado receptor de las inversiones, favoreciéndose de ese modo la transferencia y movilidad de los capitales.
Cada uno de los instrumentos internacionales en análisis consta de once artículos, en los cuales se abordan, entre otras, las siguientes materias:
En cuanto al ámbito de aplicación, se establece que los referidos Convenios se aplicarán a las inversiones efectuadas antes o después de la entrada en vigencia de los mismos por inversionistas de una Parte Contratante, conforme a la legislación de la otra, en el territorio de esta última. Sin embargo, no se aplicarán a las divergencias o controversias surgidas con anterioridad a su vigencia o que se relacionen directamente con acontecimientos producidos antes de su entrada en vigor.
Asimismo, se establece el compromiso de cada Parte Contratante en orden a promover, admitir y proteger las inversiones de la otra, sin perjudicarla con medidas injustificadas o discriminatorias.
Posteriormente, se regula el tratamiento que ha de darse a las inversiones de la otra Parte Contratante, el que ha de ser justo y equitativo, incluyéndose lo que se conoce como "trato nacional" y "cláusula de la nación más favorecida".
Se garantiza a los inversionistas de la otra Parte la transferencia de los fondos relacionados con las inversiones en moneda de libre convertibilidad y sin demora.
Se contempla la obligación de las Partes de abstenerse de tomar medida alguna que prive directa o indirectamente de su inversión a un inversionista de la otra Parte Contratante, a menos que se adopten por causa de utilidad pública o de interés nacional y de conformidad con las leyes de la Parte Contratante que tome tales medidas, siempre que no sean discriminatorias y vayan acompañadas de disposiciones para el pago de una compensación inmediata, adecuada y efectiva.
En materia de solución de controversias que surjan en el ámbito de los Acuerdos en estudio, se distingue entre aquellas que pueden originarse entre una Parte y un inversionista de la otra, y las que puedan producirse entre ambas Partes Contratantes.
Respecto de las primeras, se dispone que si no pueden solucionarse mediante consultas amistosas, dentro del plazo de tres meses contado desde la fecha de la solicitud de arreglo, el inversionista, a su arbitrio, podrá remitir la controversia a los tribunales competentes de la Parte Contratante en cuyo territorio se efectuó la inversión, o al arbitraje internacional del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), creado por el Convenio de Washington, de 18 de marzo de 1965. La elección de uno u otro procedimiento será definitiva.
A su vez, tratándose de diferencias entre las Partes Contratantes, se señala que si éstas no pueden ser resueltas por medio de negociaciones amistosas dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha de notificación de la controversia, podrán ser sometidas a solicitud de cualquiera de ellas a un Tribunal Arbitral ad hoc, estableciéndose así un arbitraje obligatorio.
Finalmente, cabe señalar que conjuntamente con la suscripción de los referidos Acuerdos, las Partes firmaron, en cada caso, un Protocolo Anexo, que constituye parte integrante del respectivo Convenio, mediante el cual se complementa el artículo V de cada uno de dichos Acuerdos.
Sometidos a votación, los proyectos en análisis fueron aprobados en general y en particular por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión.
Es cuanto puedo informar.
El señor ZALDÍVAR (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , con la suscripción del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica se completa la red de acuerdos comerciales bilaterales firmados por Chile con los países de América Latina. El acuerdo comercial con Costa Rica fue el primero suscrito por los países centroamericanos y fue aprobado hace sólo unas semanas por el Senado de Chile.
Uno de los atractivos del Mercado Común Centroamericano es que constituye una plataforma para los inversionistas extranjeros y eventualmente para los chilenos. En efecto, Centroamérica es beneficiaria de la iniciativa de Estados Unidos para la Cuenca del Caribe y de un Sistema de Preferencia Generalizado. Dichos programas garantizan el acceso al mercado de Estados Unidos, libre de arancel para un número importante de productos, y han jugado un papel fundamental para impulsar en Centroamérica un proceso de diversificación de sus exportaciones y aumentar el comercio en ambos sentidos.
Los tres proyectos de acuerdo mantienen la misma estructura y constan de once artículos.
En el artículo 1 se establecen las definiciones para los efectos de los respectivos acuerdos. Las definiciones se refieren a los conceptos "inversionista", "inversión" y "territorio". En el caso de Guatemala, se agrega el concepto "retorno", que no figura en los otros dos.
El artículo 8, 2., b), que se refiere a la solución de las controversias en lo concerniente al arbitraje internacional, dispone: "Con este fin, cada Parte Contratante da su consentimiento anticipado e irrevocable para que toda diferencia pueda ser sometida a este arbitraje.".
Este párrafo aparece en los Acuerdos de Nicaragua y Guatemala y es omitido en el de Honduras. Deseo que la señora Ministra de Relaciones Exteriores o el Senador informante aclaren estos términos que aparecen en algunos tratados y en otros no.
Anuncio que votaré a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores .
El señor ROMERO.-
Ello se debe simplemente a un sistema de redacción distinto, pero en el fondo los tres proyectos de acuerdo de inversiones recíprocas dicen exactamente lo mismo en lo sustantivo. Probablemente usan términos diferentes, pero en la práctica tienen el mismo sentido.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la señora Ministra .
La señora ALVEAR ( Ministra de Relaciones Exteriores ).-
Señor Presidente , sólo quiero agregar que estos acuerdos de promoción y protección recíproca de inversiones obedecen a un mismo formato ya suscrito por nuestro país con diferentes naciones. Cada uno de ellos contempla contenidos básicos: el tratamiento dado a las inversiones, temas relativos a subrogación, solución de controversias, consultas y protocolos específicos. De manera tal que si bien pueden tener diferencias de lenguaje, en su esencia contienen exactamente los mismos términos, no sólo los tres acuerdos de protección de inversiones en discusión, sino también los votados con anterioridad en el Congreso Nacional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo por 24 votos a favor.
Votaron por la afirmativa los Senadores señores Aburto, Bitar, Boeninger, Canessa, Cantero, Cordero, Chadwick, Díez, Fernández, Frei (don Eduardo), Lavandero, Martínez, Moreno, Núñez, Parra, Pizarro, Romero, Ruiz (don José), Sabag, Silva, Valdés, Vega, Zaldívar (don Adolfo) y Zaldívar (don Andrés).
ACUERDO ENTRE CHILE Y HONDURAS SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES Y SU PROTOCOLO
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados que aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Honduras para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, y su Protocolo, suscrito en Santiago, el 11 de noviembre de 1996, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2682-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 31 de julio de 2001.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25ª, en 22 de agosto de 2001.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El principal objetivo del convenio mencionado es establecer un adecuado marco jurídico que regule los derechos y obligaciones del Estado receptor de los capitales, con el del inversionista extranjero, de modo de compatibilizar el legítimo interés de los inversionistas con el Estado receptor de las inversiones.
La Comisión de Relaciones Exteriores propone, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Romero, Bombal, Martínez y Valdés, que el proyecto de acuerdo sea aprobado en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de artículo único, de conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión sugiere al señor Presidente que sea discutido en general y en particular a la vez.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo con la misma votación anterior y con el pronunciamiento favorable de los mismos señores Senadores.
ACUERDO ENTRE CHILE Y GUATEMALA SOBRE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES Y SU PROTOCOLO
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados que aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Guatemala para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, y su Protocolo, suscrito en Santiago, el 8 de noviembre de 1996, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2683-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 31 de julio de 2001.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25ª, en 22 de agosto de 2001.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El principal objetivo del convenio citado es establecer un adecuado marco jurídico que regule los derechos y obligaciones del Estado receptor de los capitales, con el del inversionista extranjero, de modo de compatibilizar el legítimo interés de los inversionistas con el Estado receptor de las inversiones.
La Comisión de Relaciones Exteriores propone, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Romero, Bombal, Martínez y Valdés, que el proyecto de acuerdo sea aprobado en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de artículo único, de conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión sugiere al señor Presidente que sea discutido en general y particular a la vez.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo con la misma votación anterior y con el pronunciamiento favorable de los mismos señores Senadores.
______________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que luego de terminada la discusión de los proyectos de acuerdo signados con los números 4 y 5 del Orden del Día, el señor Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores , Honorable señor Romero, informe sobre el Seminario Chile y su Aporte al Derecho del Mar, realizado en la Corporación y el denominado "Acuerdo de Galápagos", suscrito en el Senado.
Si le parece a la Sala, así se acordaría.
Acordado.
ENMIENDAS A ANEXO DE PROTOCOLO RELATIVO A INTERVENCIÓN EN ALTA MAR POR CONTAMINACIÓN DEL MAR POR SUSTANCIAS DISTINTAS DE HIDROCARBUROS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba las enmiendas de 1991 y 1996 al Anexo del Protocolo relativo a la intervención en alta mar en casos de contaminación del mar por sustancias distintas de los hidrocarburos, 1973, aprobadas por el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional, mediante las resoluciones MEPC. 49 (31), de 4 de julio de 1991, y MEPC. 72 (38), de 10 de julio de 1996, respectivamente, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2714-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 18ª, en 7 de agosto de 2001.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25ª, en 22 de agosto de 2001.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa se encuentra informada por la Comisión de Relaciones Exteriores, la que propone a la Sala, por la unanimidad de sus miembros, Honorables señores Bombal, Martínez, Ominami, Romero y Valdés, la aprobación del proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
La Comisión informante, por tratarse de un proyecto de artículo único, sugiere al señor Presidente que se discuta en general y en particular a la vez.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En la discusión general y particular, tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , el proyecto de acuerdo que nos corresponde analizar y que cumple su segundo trámite constitucional en la Corporación, tuvo su origen en mensaje.
Se trata de la aprobación de las enmiendas de 1991 y 1996 al Anexo del Protocolo de 1973, relativo a la intervención en alta mar en casos de contaminación del mar por sustancias distintas de los hidrocarburos, aprobadas por el Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional.
Las enmiendas de 1991 entraron en vigor internacional el 24 de julio de 1992, y tienen por objeto efectuar una revisión de la lista de sustancias que se incluyen como Anexo del Protocolo de 1973.
Esta revisión se llevó a cabo con la asesoría del Grupo Mixto de Expertos en los Aspectos Científicos de la Contaminación de las Aguas del Mar, en cuanto a la evaluación de los riesgos que entrañan las sustancias perjudiciales para el medio marino. Esta lista se encuentra permanentemente sometida a examen, con la cooperación de los organismos pertinentes.
Por su parte, la enmiendas de 1996 entraron en vigor internacional el 19 de diciembre de 1997, y tienen por objeto modificar la lista de sustancias contempladas en el Anexo del Protocolo, de 1973, de conformidad con los criterios de selección aprobados en el 35º Período de Sesiones del Comité de Protección del Medio Marino.
Cabe señalar que los Apéndices 2, sobre "Sustancias nocivas líquidas transportadas a granel" y 3, relativo a "Sustancias perjudiciales transportadas en bultos", son actualizados a fin de compatibilizarlos con el listado de sustancias perjudiciales y nocivas que componen el Código Internacional para el transporte en bulto de mercancías peligrosas, y con el listado de sustancias perjudiciales que contempla dicho cuerpo legal para la construcción y el equipamiento de buques que transportan, a granel, productos químicos peligrosos.
Es del caso destacar que los listados de los Apéndices 2 y 3 son de julio de 1991 y que, con posterioridad a esa fecha, se ha elaborado una serie de nuevos productos que se transportan en bultos y a granel por vía marítima. Éstos son los que se incorporan al listado del Anexo en los referidos Apéndices 2 y 3.
Sometido a votación el proyecto de acuerdo en análisis, fue aprobado en general y particular por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, la propuesta fundamental del proyecto de acuerdo en análisis apunta a la intervención en alta mar en caso de contaminación por sustancias distintas de los hidrocarburos.
Se trata de revisar la lista de sustancias nocivas que se consigna en el Anexo del Protocolo de 1973. Además se refiere específicamente a "sustancias nocivas líquidas transportadas a granel" y de "sustancias perjudiciales transportadas en buques".
El presente convenio persigue un claro objetivo: afirmar el derecho del Estado ribereño para adoptar las medidas que sean necesarias en alta mar, a fin de prevenir, mitigar o eliminar todo peligro provocado por una contaminación que atente contra sus intereses.
Las enmiendas propuestas son fundamentales para una mejor aplicación de los instrumentos internacionales, lo que incrementará la seguridad de las naves y la calidad del medio ambiente marino.
Como se expresó en la Comisión, el cumplimiento de los convenios marítimos fortalece nuestra imagen de país. En la actualidad 75 naciones son parte de dicho acuerdo.
Desde la elaboración de los primeros tratados sobre estas materias, quedó de manifiesto hasta qué punto el ingenio tecnológico y la capacidad científica del hombre superan su previsión política y su aptitud para adaptar su conducta moral, política y jurídica a las transformaciones tecnológicas que han revolucionado a la sociedad contemporánea.
Hugo Grocio, "El padre del Derecho Internacional", al publicar su obra "Libertad de los Mares", en noviembre de 1608, estableció la doctrina de la libertad del mar. "El mar" -sostuvo- "no puede en modo alguno convertirse en propiedad privada de alguien, porque la naturaleza no sólo permite su uso común, sino lo exige".
Sin embargo, el advenimiento de la tecnología moderna y la posibilidad de explotar los minerales en el mar profundo han tornado cada vez más obsoleto el concepto de "libertad de alta mar". Para enfrentar con éxito estas nuevas posibilidades, la comunidad internacional emprendió la redefinición del Derecho Marítimo, con el objeto de preservar los antiguos beneficios teniendo en cuenta las nuevas realidades.
El principal objetivo del proyecto de acuerdo es modificar la lista de sustancias contempladas en el Anexo del Protocolo de 1973 y que entraron en vigencia internacional en diciembre de 1997. En lo referente a la lista de sustancias nocivas líquidas transportadas a granel y sustancias perjudiciales transportadas en bulto, ella se encuentra actualizada. Además, establece normas para la construcción y el equipamiento de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel.
Señor Presidente , desde ya, anuncio mi voto favorable al proyecto de acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , el convenio, que en estos momentos se encuentra en proceso de aprobación, reviste una importancia extraordinaria para el Océano Pacífico, que está frente a Chile.
Constantemente, se están trasladando cargas altamente contaminantes y peligrosas por vía marítima, como es el plutonio, y con mucha más frecuencia los buques que transportan estas sustancias utilizan el Cabo de Hornos como paso.
El problema fundamental de este tipo de transporte -y por eso estos convenios abren la puerta para que se pueda intervenir en dichos casos- es que por lo general las potencias que efectúan esos traslados no informan oportunamente a los países ribereños ni coordinan las debidas medidas de protección con ellos. Al respecto, argumentan que sólo tienen la capacidad para realizar con seguridad el transporte, desconociendo así lo que para mí es un principio básico del Derecho Internacional Marítimo: cautelar la limpieza y pureza de las aguas frente a las costas por las que ellos transitan.
Por lo tanto, a mi juicio, estos convenios abren un camino en orden a establecer claramente una forma de proporcionar información a los Estados, previo a lo que significa el traslado de sustancias. Así, los países pueden establecer o coordinar medidas adicionales de protección y, sobre todo, dar respuesta en caso de que ocurran accidentes y se produzcan contaminaciones, las cuales a la larga afectan la riqueza de la biomasa existente frente a sus costas.
En consecuencia, este proyecto de acuerdo facilita una serie de situaciones que en el pasado se resolvían mediante una aplicación extensiva -correcta, a mi juicio- de los deberes que asisten a un Estado ribereño tanto respecto de los espacios de la zona económica exclusiva como de los adyacentes, como es la zona de alta mar.
En mi opinión, es sumamente importante que quede establecida en la historia de la ley la necesidad absoluta de establecer un proceso de comunicación mundial para coordinar las medidas de protección en caso de que por desgracia ocurran situaciones que pongan en peligro las cargas que se transportan, lo cual genera un efecto para el desarrollo de los países ribereños.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
--Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo (22 votos).
Votaron por la afirmativa los señores Bitar, Boeninger, Canessa, Cordero, Díez, Fernández, Frei (don Eduardo), Horvath, Lagos, Lavandero, Martínez, Moreno, Núñez, Parra, Pérez, Pizarro, Romero, Ruiz (don José), Sabag, Valdés, Vega y Zaldívar (don Andrés).
ENMIENDAS A CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR CONTAMINACIÓN POR BUQUES
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo de la Cámara de Diputados que aprueba diversas enmiendas al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, en su forma modificada por el Protocolo de 1978, MARPOL 73-78, adoptadas mediante resoluciones del Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional y por la Conferencia de las Partes de MARPOL 73-78. Cuenta con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2716-10) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 18ª, en 7 de agosto de 2001.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 25ª, en 22 de agosto de 2001.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
El objetivo principal del proyecto de acuerdo es introducir diversas enmiendas al convenio internacional señalado, en lo relativo a prevenir la contaminación del mar, la tierra y el aire que puedan generar los buques.
La iniciativa cuenta con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, la que, por la unanimidad de sus miembros -Senadores señores Bombal, Martínez, Ominami, Romero y Valdés-, propone aprobarla en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados. Además, por constar de artículo único, sugiere discutirla en general y particular a la vez.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
El señor MARTÍNEZ.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , mediante la modificación del Convenio MARPOL -complementario del que aprobamos hace algunos momentos- se introduce una profunda corrección en el diseño de los buques de transporte de carga, clasificada según el listado que establece. Ese diseño es sumamente importante porque tiene por objeto evitar sucesos de contaminación por falta de cumplimiento de las reglas.
El tratado dispone que los buques podrán ser objeto de inspección por otras Partes, de bandera diferente, para conocer las condiciones de transporte de carga altamente contaminante. Esto es relevante para Chile, puesto que gran parte de la riqueza pesquera nacional se basa en la calidad de las aguas marinas. De manera que el grado de contaminación es un elemento directamente relacionado con la productividad de la masa de agua y, por lo tanto, incide en la calidad de los peces que viven en ella y que luego se extraen.
Por esa razón, estas medidas suplementarias son extraordinariamente positivas, ya que implican una profunda transformación en los aspectos de diseño para el transporte de las cargas clasificadas en conformidad a los anexos que componen el Convenio.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, la necesidad de prevenir la contaminación por los buques en la forma prevista en el instrumento internacional en discusión tiene enorme relevancia, por la gran cantidad de operaciones marítimas, que aumentan cada día y que constituyen un peligro potencial.
El Convenio se ocupa no sólo de los hidrocarburos, sino de toda clase de contaminación marítima, con excepción de la causada por el vertimiento en el mar de desechos de origen terrestre.
Conforme a los conceptos del Derecho del Mar publicados por las Naciones Unidas, el vertimiento en los océanos puede definirse como la evacuación deliberada en el mar de determinados materiales y sustancias tóxicas perjudiciales o no degradables -en este caso por o desde buques-, constituyendo una de las fuentes principales de la contaminación del medio marino.
El concepto de acto deliberado es el elemento esencial que diferencia el vertimiento de otras fuentes de contaminación. El vertimiento plantea una grave amenaza para el medio marino y por ello es imperioso tomar medidas para resolver este problema.
Debe considerarse que, dada la complejidad de las relaciones recíprocas entre los intereses económicos, políticos y ambientales involucrados, resulta particularmente difícil llegar a un consenso sobre las medidas para alcanzar esa meta. Los problemas que plantea esta cuestión son principalmente de dos categorías: la primera, el establecimiento de las normas, que son las que hoy tenemos a la vista; y la segunda, su aplicación.
En cuanto a la aplicación, como se indica en el mensaje, debe asegurarse que las sanciones "sean suficientemente severas para disuadir de toda transgresión". Por ello, es fundamental que los buques puedan ser objeto de inspección por otras Partes, para verificar si han ejecutado descargas contaminantes conforme a la lista de sustancias señaladas en los anexos y desarrolladas en el contenido de las enmiendas.
La vida terrestre depende de la existencia de un sistema ecológico marino viable. Los océanos proporcionan el oxígeno, el agua, los climas templados y los alimentos. Sin ellos la tierra sería un erial.
Toda actividad humana influye en el equilibrio de la vida marina. El efecto acumulativo de cada interferencia, por insignificante que ésta sea, suele tener consecuencias nefastas. Por consiguiente, no debe tomarse ninguna decisión relevante sin tener en cuenta que la totalidad de los factores del medio oceánico dependen entre sí, lo que impone la necesidad de prever los mayores efectos posibles.
En esencia, se trata de un problema de percepción: comunicar la necesidad de combatir la contaminación marina es tan importante como elaborar los medios indispensables para ello. El presente Convenio fue ratificado por Chile en 1994 y en la actualidad 114 países son Partes de él.
Finalmente, cabe destacar que dicho instrumento internacional impone restricciones a las operaciones de los buques, a fin de evitar al máximo la contaminación del mar, la tierra y el aire que ellas puedan generar.
Anuncio que votaré favorablemente el proyecto de acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo (23 votos).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Bombal, Canessa, Cordero, Chadwick, Díez, Fernández, Frei (don Eduardo), Horvath, Lagos, Lavandero, Martínez, Moreno, Parra, Pérez, Romero, Ruiz (don José), Sabag, Valdés, Vega y Zaldívar (don Andrés).
______________
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa el segundo informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y uno de la Comisión de Hacienda, recaídos en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.518, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo. (Boletín Nº 2627-13).
--Quedan para tabla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, hasta por diez minutos, el Honorable señor Romero, para referirse al seminario llevado a cabo recientemente por la Comisión de Relaciones Exteriores.
SEMINARIO SOBRE "CHILE Y SU APORTE AL DERECHO DEL MAR" Y RATIFICACIÓN DE ACUERDO DE GALÁPAGOS
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , como es de conocimiento de la Sala, la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado ha venido organizando, a partir del año pasado, un ciclo de seminarios destinado al análisis de los temas que forman parte de su quehacer, con la participación de autoridades y representantes de los distintos sectores.
En esta oportunidad tomamos la iniciativa de realizar un seminario sobre "Chile y su aporte al Derecho del Mar". Durante su desarrollo se pasó revista a la que, en el ámbito internacional, ha constituido la posición chilena respecto de la defensa de su patrimonio marítimo y derechos soberanos relativos a la incorporación de dicho territorio y su extensión hacia los recursos productivos que lo circundan.
Como se ha recordado más de una vez en la Sala, Chile ha sido líder en la estructuración del Derecho del Mar en nuestro continente y, diría, que en el mundo entero. Originariamente, a través de una declaración oficial hecha en 1947, el Gobierno del entonces Presidente don Gabriel González Videla , con el propósito de defender la industria ballenera de la caza del cetáceo por parte de flotas extranjeras, proclamó la soberanía nacional y la protección de la planicie continental adyacente a sus costas y, además, manifestó su intención de crear una zona de protección hasta las 200 millas.
Esta iniciativa, que fue pionera en 1947, fue materializada cinco años más tarde cuando, el 18 de agosto de 1952, Chile, Ecuador y Perú suscribieron el documento denominado Declaración de Santiago sobre Zona Marítima, más conocido como el Convenio del Pacífico Sur. En ese instrumento se proclamó la soberanía y jurisdicción exclusiva sobre el suelo y subsuelo que a cada uno de los mencionados países corresponde sobre sus costas, hasta un límite de 200 millas marinas.
El Convenio estableció asimismo el propósito de esas tres naciones de adherir en el futuro a nuevos acuerdos o convenciones para la aplicación de los principios indicados en la mencionada Declaración de Santiago, con el propósito explícito de elaborar posteriormente las normas generales destinadas a concretar y proteger la soberanía y jurisdicciones proclamadas y coordinar la explotación de sus recursos.
En la misma oportunidad, y con la participación de los tres países, se creó la "Comisión Permanente del Pacífico Sur", que ha desarrollado una notable actividad de coordinación entre ellos -a los que se sumó Colombia a fines de la década de los 70-, y que persiste hasta nuestros días.
Chile, que ya se había destacado históricamente por su posición relativa a la necesidad de contar con normas jurídicas de protección de su entorno marítimo, se convirtió así en pionero de una iniciativa que treinta años más tarde sería la base de un acuerdo mayor, esta vez de carácter mundial, denominado Convención sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), suscrito en 1982, y que a la postre se transformaría en el más completo tratado existente para regular bajo normas convenidas la convivencia marítima. Fue justamente a un destacado y distinguido diplomático chileno el Embajador don Fernando Zegers Santa Cruz , al que correspondió desempeñar un rol muy importante en dicha iniciativa, y quien, en el seminario del que estoy dando cuenta, nos ilustró en su tesis y en el desarrollo experimentado por el Derecho del Mar en aquella época.
Como lo señalamos, la Comisión Permanente del Pacífico Sur ha desarrollado sus actividades con gran dedicación y eficiencia, habiendo logrado, en agosto de 1997, en Bogotá, el acuerdo para impulsar un convenio tendiente a promover la conservación de los recursos pesqueros existentes en el Pacífico Sudeste, a fin de abordar adecuadamente el problema originado por la explotación de ciertas especies que se desplazan entre esa área y sus respectivas aguas jurisdiccionales.
Debo hacer presente que hay tres especies que son transmigratorias y que se desplazan entre la zona de las 200 millas y la de alta mar: el jurel, la albacora o pez espada y el atún. Como todos sabemos, se ha creado una situación extraordinariamente seria sobre esta materia, considerando que hay flotas pesqueras de gran envergadura -casi de carácter internacional- que están al acecho, por así decirlo, de esas especies, y que se ubican justamente en el límite de las 200 millas del mar territorial. Frente a tal situación, los países del Pacífico Sudeste, es decir Colombia, Perú, Ecuador y Chile, convinieron en un Acuerdo Marco para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos en la alta mar del Pacífico Sudeste, que se denominó "Acuerdo de Galápagos". Como bien saben Sus Señorías, el Acuerdo fue ratificado por el Senado hace dos o tres sesiones.
La importancia del Acuerdo de Galápagos fue expuesta por la Ministra de Relaciones Exteriores , señora Soledad Alvear , quien, en una clara y sólida explicación sobre su contenido y proyección, puso de relieve los alcances jurídicos de esa normativa.
En el seminario sobre el Derecho del Mar, la Comisión solicitó al Senador señor Martínez hacer una exposición acerca de la teoría del mar presencial y sus consecuencias en la vida económica y defensa de la soberanía nacional. Lo cierto es que las palabras del señor Senador constituyen la continuación de la trayectoria que ha seguido Chile en la materia: primero, mar territorial; luego, acuerdo de conservación, como el de Galápagos, y, en seguida, el mar presencial, de gran connotación.
El Senador señor Martínez se encargó de precisar tanto los alcances históricos como futuros del mar presencial, resaltando, entre otras materias, la importancia que ha revestido la definición legislativa de este nuevo concepto. Ella se ha dado particular y específicamente en la ley Nº 19.080, de 1991, en donde se establece una cierta definición del concepto de mar presencial, así como de otros aspectos, para culminar con una normativa respecto del procedimiento penal y su competencia en los distintos tribunales, desde Arica a Puerto Williams. Ésta precisa de manera muy clara la jurisdicción de los tribunales chilenos sobre el mar presencial de que estamos hablando, más allá de las 200 millas.
Nos parece que este aporte del Senado es una continuación del que ha venido proporcionando durante muchos años, porque hoy en la mañana congregamos en esta Sala un número muy destacado e importante de personeros de todos los sectores, tanto de la pesca industrial como de la artesanal. Se contó con la presencia de la totalidad de las organizaciones gremiales del rubro, pequeña, mediana y gran industria. Igualmente, se hicieron representar los Institutos de Fomento Pesquero, las asociaciones de Derecho Internacional, y el propio señor Francisco Orrego Vicuña , a quien se rindió un homenaje por haber sido nominado al Premio de la Academia de Ciencias Sociales , correspondiente al presente año.
Me alegro de tener la oportunidad de agradecer a los señores miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, a la señora Ministra de Relaciones Exteriores , por la notable contribución prestada al Seminario; al Senador señor Martínez , y a don Fernando Zegers Santa Cruz , por referirse a materias tan trascendentes e interesantes, porque el Derecho del Mar se va configurando a partir de iniciativas como el Acuerdo de Galápagos, o el atinente al Mar Territorial, todo lo cual está demostrando que Chile continuará siendo pionero y autor de grandes iniciativas en este campo.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La Mesa agradece igualmente la importante información que nos ha entregado el señor Senador.
En conformidad a lo acordado, daremos inicio a la hora de Incidentes, que se suspenderá a las 18 para dar lugar al Homenaje del Senado en memoria del ex Ministro de Estado señor Alejando Hales, luego de lo cual continuará la hora de Incidentes.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
______________
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor HORVATH:
Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes , al señor Director Nacional de Vialidad y al señor Director Regional de Vialidad de la Undécima Región , respecto de REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE PUENTES COLGANTES Y PASARELA "EL QUINTO" (UNDÉCIMA REGIÓN).
Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo , con relación a OBTENCIÓN DE TÍTULOS DE DOMINIO, REPOSICIÓN DE VIVIENDAS EN "LAS JUNTAS" Y ALCANTARILLADO EN ÁREA DE CAMINO LONGITUDINAL AUSTRAL (UNDÉCIMA REGIÓN).
A los señores Ministros de Vivienda y Urbanismo y de Bienes Nacionales, acerca de ACTIVACIÓN DE PROGRAMAS DE VIVIENDA Y OTROS PROYECTOS EN PUYUHUAPI (UNDÉCIMA REGIÓN).
Al señor General Director de Carabineros de Chile , al señor Subsecretario de Pesca , al señor Director de SERNAPESCA , a la señora Intendenta de la Undécima Región y al señor Gobernador de la provincia Lago General Carrera , respecto de MATANZA INDISCRIMINADA DE PECES EN RÍOS Y LAGOS DE AISÉN (UNDÉCIMA REGIÓN).
Del señor CORDERO:
Al señor Ministro de Defensa Nacional, concerniente a AUMENTO DE PLAZAS MÉDICAS Y PARAMÉDICAS ANTE MAYOR DEMANDA DE PRESTACIONES A DIPRECA.
Del señor STANGE:
A los señores Ministros del Interior y de Defensa Nacional y al señor Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo , respecto de FONDOS PARA CONSTRUCCIÓN DE UNIDADES POLICIALES EN DÉCIMA REGIÓN.
Al señor Ministro Secretario General de la Presidencia , sobre EQUIPOS DENTALES PARA MÓDULOS DE OSORNO Y PUYEHUE (DÉCIMA REGIÓN).
A la señora Ministra de Educación , atinente a MEJORAMIENTO DE LOCALES ESCOLARES EN CHILOÉ (DÉCIMA REGIÓN).
Al señor Ministro de Obras Públicas , con referencia a PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA EN RUTA 5-LINAO, Y PROVISIÓN DE AGUA POTABLE A PUMANZANO (DÉCIMA REGIÓN).
Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo respecto a OBLIGACIONES PENDIENTES CON SERVIU DE POBLADORES DE VILLA RÍO PUDETO.
Al señor Intendente de la Décima Región de Los Lagos , atinente a CARENCIA DE LUZ ELÉCTRICA EN COMUNA DE COCHAMÓ (DÉCIMA REGIÓN).
______________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En el turno del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Senador señor Moreno.
POSICIÓN DE LA DEMOCRACIA CRISTIANA EN POLÍTICA FORESTAL
El señor MORENO.-
Señor Presidente , expongo esta tarde ante el Senado chileno un tema que tiene gran importancia para el presente y futuro del país, cual es el criterio y la forma en que debe enfrentarse nuestra política forestal.
La posición que daré a conocer es el fruto del trabajo de un numeroso grupo de profesionales y técnicos que, convocados por la Comisión Político-Técnica-Forestal de la Democracia Cristiana, ha contribuido a elaborar el conjunto de proposiciones que sometemos públicamente a la consideración de nuestro país.
Los democratacristianos afirmamos que el desarrollo de las personas y de la sociedad debe ser integral, de tal forma que la modificación de las condiciones que afectan a la persona humana deben permitirle pasar de las condiciones menos humanas a condiciones más humanas, en el sentido de lograr un fin trascendente. Desde tal perspectiva, el desarrollo sustentable nos ofrece una oportunidad para poner en práctica las enseñanzas de nuestra doctrina.
En ese contexto, la naturaleza y el medio ambiente están incluidos en nuestra visión, ya que forman parte sustantiva de las condiciones que fijan las posibilidades de desarrollo de las personas, determinando fuertemente la calidad de vida de los ciudadanos.
Considerando también los resultados y recomendaciones de la Cumbre de la Tierra, realizada en Río de Janeiro en 1992, entendemos que el desarrollo forestal debe estar dirigido a satisfacer un conjunto de aspectos relacionados con bosques y zonas arboladas, entre los que se encuentran la producción de madera; de alimentos tales como hongos, frutos y carne silvestre; y de servicios ambientales como generación de agua, protección y recuperación de suelos, mantención de la biodiversidad existente en bosques, zonas arboladas y áreas silvestres, y de humedales en las cuencas que los contienen.
En nuestro país, el bosque y sus productos han experimentado una expansión muy fuerte en los últimos años, positiva en algunos casos, y compleja, en otros. Queremos enfrentar este proceso orientados por el paradigma que representa el desarrollo sustentable, promoviendo lo positivo y encarando los problemas que se han presentado.
En esa línea, señalamos que la propuesta de política forestal que sustentamos debe ser:
1º Nacional, es decir, debe cubrir todo el territorio y considerar las necesidades, aspiraciones e intereses de la sociedad en su conjunto;
2º Moderna, dando cuenta de los principales avances producidos en el último tiempo y que la globalización ofrece como oportunidad para superar las restricciones y problemas que nos afectan;
3º Profundamente participativa, para dar cuenta de las demandas que efectúan al sector forestal los distintos sectores de la sociedad, a nivel tanto nacional como regional y comunal;
4º Orientada a los diversos segmentos de la cadena de valor de la producción forestal, y
5º Capaz de dar respuesta a las aspiraciones y necesidades de las poblaciones tanto rurales como urbanas.
Una de las características fundamentales del sector forestal es la perspectiva de largo plazo que guía su accionar, la que se sustenta en que los resultados de las acciones realizadas se materializan, generalmente, en períodos de tiempo más o menos amplios. Por esta razón, es importante tener una visión histórica de las decisiones tomadas en dicha área, buscando los hilos conductores que orienten las medidas que resulta indispensable llevar a cabo hacia el futuro, elementos que hoy nos permiten reconocer lo que ha ocurrido en el sector y constatar que el avance logrado en él se ha detenido.
Es necesario señalar que, hasta 1960, la sociedad chilena no otorgaba un rol específico al sector forestal, que a esa fecha contaba con algunas plantaciones forestales, áreas silvestres protegidas, determinadas industrias de pulpa y papel, explotaciones de bosque nativo con fines madereros o domésticos, y se habían realizado acciones de recuperación de suelos y control de dunas. Toda esta labor estaba regida por una institucionalidad pública tenue y dispersa.
En la década de los 60 se iniciaron diversas actividades que dieron al sector forestal cada vez mayor importancia, sobre todo en el ámbito de la acción del Estado a través de la creación de la Corporación de Reforestación, institución que con posterioridad dio origen a la Corporación Nacional Forestal (CONAF), en la que se agruparon la mayor parte de las funciones públicas existentes a esa fecha relacionadas con el área forestal.
Entre 1974 y 1990, por las características del modelo económico impuesto por el régimen de la época, los instrumentos que la COREF utilizaba para efectuar plantaciones fueron traspasados al sector privado, quedando contenidos en el decreto ley 701, cuerpo normativo dirigido a la creación de plantaciones industriales por grandes empresas, las que, en definitiva, emplearon las especies pino radiata y eucalipto para su desarrollo. A partir de 1990, los Gobiernos de la Concertación han ido incorporando paulatinamente criterios sociales y ambientales en los instrumentos de política forestal, pero es necesario reconocer que no ha habido mayores avances en este ámbito dado que se han frenado muchos de los proyectos presentados.
En la actualidad, el sector forestal chileno debe lograr una adecuada ecuación política en la relación Estado-sector privado-sociedad civil, en el marco de un desarrollo sustentable. La democratización del país ha significado que sectores antes debilitados han tomado fuerza y son capaces de poner sus demandas en el seno de la sociedad, las que necesariamente deben ser consideradas por el Gobierno a la hora de fijar su agenda. Nos referimos, de manera específica, a organizaciones campesinas, grupos étnicos, grupos ambientalistas, organizaciones no gubernamentales, universidades, gobiernos regionales, municipios, organizaciones de pequeños y medianos empresarios forestales. En consecuencia, cada vez es más importante incorporar elementos de participación en la definición de las políticas forestales.
Hoy, el desafío es dar buena cuenta de las demandas que hace al sector forestal chileno el conjunto de la sociedad, cuestión que implica profundizar cada vez más la utilización de criterios de equidad en la formulación y aplicación de la política forestal de nuestro país.
Al igual que los visionarios de mediados del siglo pasado, entre ellos don Eduardo Frei Montalva , quienes intuyeron la posibilidad de crear una gran base de recursos forestales -iniciativa que dio origen a las más de 2 millones de hectáreas de plantaciones exóticas que en la actualidad constituyen la base de una dinámica industria-, hoy debemos ser capaces de proyectarnos nuevamente hacia el futuro, en un horizonte de 20 a 30 años, y enfrentar los siguientes desafíos.
I. Es necesario manejar el bosque nativo. El cobre no se renueva, se extingue; el bosque, bien manejado, estará por siempre allí. Si manejamos, en promedio, 200 mil hectáreas al año, en el período indicado tendremos más de 4 millones de hectáreas de bosque nativo adicionales, en plena producción de bienes y servicios ambientales.
II. Resulta esencial impulsar definitivamente el concepto "Chile, País Forestal", incorporando a toda la pequeña propiedad, sin restricciones de residencia o económicas, como un componente importante de la lucha contra la desertificación que afecta al territorio nacional. De esta forma lograremos efectivamente la reforestación del país.
III. La industria del turismo relacionada con áreas silvestres protegidas constituye en otros países una actividad millonaria. Debemos generar las condiciones adecuadas a los objetivos de manejo de aquéllas, en conjunto con el sector privado y las comunidades locales, para permitir que la sociedad toda tenga la oportunidad de disfrutar de los beneficios que entrega el contacto con la naturaleza y las bellezas escénicas. Para ello, es necesario legalizar y reforzar el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), que hoy no tiene validez jurídica.
IV. Es fundamental incorporar definitivamente el árbol como un elemento cultural dentro de las ciudades, para que sus habitantes, a través del disfrute de los múltiples beneficios que aquéllos aportan, obtengan una mejor calidad de vida. Resulta indispensable incrementar en calidad y cantidad la presencia del árbol, zonas arboladas y bosques en las ciudades, tal como se hace en muchas capitales del mundo.
V. También se requiere generar las condiciones necesarias para que las industrias y las empresas que otorgarán valor agregado a la materia prima forestal puedan desarrollarse. En esta línea, deben tomarse medidas conducentes a conocer, acompañar y apoyar, en toda la cadena de valor forestal, a la pequeña y mediana empresa del sector.
Estos propósitos no serán alcanzados si no incorporamos desde ya a los representantes de la sociedad y a las organizaciones que en ella se encuentran en el debate de las políticas que se requieren. Debemos ampliar los actores en la discusión en los distintos niveles en que el Estado administra el país, como señalé anteriormente.
Para enfrentar estas tareas -reitero-, es preciso involucrar al sector forestal en su conjunto, generando las coordinaciones intra e interinstitucionales indispensables. En esta perspectiva, resulta conveniente introducir aún más los aspectos específicos de cinco temáticas que a continuación detallo.
1. Participación
En el resto del mundo y en nuestro país existe un cambio de enfoque respecto de los recursos forestales, el cual ha transitado desde una visión centrada en la producción de madera hacia una perspectiva orientada a la valorización de la producción simultánea de un conjunto de bienes y servicios asociados que generan los ecosistemas forestales. Este nuevo enfoque proviene de una mayor participación de la ciudadanía en la definición de los objetivos de las políticas forestales.
En ese sentido, señor Presidente, valoramos los esfuerzos realizados por el señor Ministro de Agricultura en concordar puntos de vista con distintos sectores nacionales en lo que respecta al avance de la Ley del Bosque Nativo, pendiente para su despacho en el Congreso Nacional.
2. Gestión de recursos forestales
La gestión de los recursos forestales debe tener un carácter nacional. La política forestal debe cubrir todo el territorio que comprende dicha área: 13,9 millones de hectáreas de bosque nativo; 14 millones adicionales de hectáreas del SNASPE; 2,1 millones de hectáreas que se encuentran en plantaciones artificiales; 17 millones de hectáreas sin cobertura y, dentro de estas últimas, 6 millones de hectáreas susceptibles de ser forestadas con el instrumental adecuado, y, además, las áreas verdes y bosques urbanos existentes en las ciudades. Asimismo, es necesario mencionar que de los 13,9 millones de hectáreas de bosque nativo existentes en el país, sólo 3,9 millones se hallan dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado (SNASPE).
3. Desarrollo productivo con criterio social
Luego de décadas de gobiernos orientados a las grandes empresas, donde el Estado ha sido reforzado para atender a ese segmento de la actividad económica, debilitando a los organismos que están o estaban dirigidos a las pequeñas y medianas empresas, se hace urgente retomar el sentido social de la actividad económica, sobre todo, en el ámbito de la pequeña y de la mediana empresa forestal, que da valor agregado a la producción de materia prima forestal y a los servicios ambientales.
4. Diseño de instrumentos legales, institucionales y financieros
Uno de los instrumentos que requiere el sector forestal para asegurar su contribución al país es la creación de una Subsecretaría Forestal, instancia del más alto nivel político dentro del Ministerio de Agricultura, para formular, coordinar la implementación, dar seguimiento y evaluar la política forestal. Esta propuesta se ve fortalecida en el contexto de un Ministerio de Agricultura y Recursos Naturales, reforma que requiere también que el Instituto Forestal y el Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN) queden bajo la dependencia de esa Subsecretaría Forestal.
5. Necesidad de investigación y educación adecuadas
Finalmente, dentro esos criterios generales, cabe señalar la necesidad de contar con un sistema investigación y educación adecuados. Las investigaciones que requiere el sector se hallan determinadas en la actualidad por el corto plazo y demás características de los fondos concursables disponibles para el financiamiento de esta actividad. La política forestal debe orientar ésta, fortaleciendo y creando nuevos instrumentos para que provea del conocimiento necesario de largo plazo que necesitan las áreas prioritarias del desarrollo forestal.
En virtud de los criterios antes enunciados, formulamos un conjunto de propuestas concretas de política forestal para nuestro país.
PROPUESTAS CONCRETAS DE POLÍTICA FORESTAL
Defensa del patrimonio forestal
La Democracia Cristiana prioriza la defensa del patrimonio forestal de Chile, el que en conjunto cubre 45 millones de hectáreas, sin considerar las áreas urbanas cubiertas por árboles. Estos recursos no están siendo incorporados al desarrollo sustentable del país y corren el peligro de ser eliminados o sustituidos, en especial el bosque nativo. Declaramos que estamos por la defensa del patrimonio forestal y promoveremos las medidas que a continuación se señalan para asegurar su recuperación y uso sustentable.
Para lograr este objetivo debe avanzarse en el fomento del conjunto de actividades que se desarrollan en torno al bosque nativo, las plantaciones forestales y el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE). Los recursos forestales, por la riqueza que contienen, pueden llegar a representar para los habitantes rurales una importante fuente de ingresos, a través de la comercialización de diversos bienes y servicios. El desarrollo de un componente forestal en las actividades campesinas aporta en el mediano plazo mejoras sustantivas de sus economías, al mismo tiempo que protege los cultivos, el suelo y las aguas.
Defensa integral del bosque nativo
Por ello, nos oponemos a la sustitución del bosque nativo. Con esta medida se hace posible incorporar al desarrollo sustentable 13,4 millones de hectáreas de bosques de esa naturaleza existentes en Chile. Para ello proponemos lo siguiente:
1) Incorporar al manejo forestal 5,13 millones de hectáreas en propiedad de privados para la producción de bienes y servicios ambientales de distinta forma, de las cuales 4,29 millones tienen alto potencial, y 840 mil hectáreas de bosques degradados para enriquecimiento con especies nativas, para lo cual demandamos que el Gobierno apruebe la entrega por 30 años de los financiamientos necesarios y suficientes, conducentes a fomentar la elaboración de planes de manejo y, al menos, las actividades silvícolas iniciales, incentivos que deben ser incluidos en la Ley de Fomento al Bosque Nativo actualmente en el Parlamento.
2) Preservar los bosques nativos en mejor estado de conservación, de altas copas y grandes troncos -llamados bosques "prístinos" o "catedrales"-, que por sus características son únicos en el mundo. Con el objeto de conservar esta riqueza para las futuras generaciones proponemos que el Estado adquiera 2,77 millones de hectáreas de bosque adulto denso, actualmente en propiedad privada, incorporándolo al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado en una nueva categoría de manejo denominada "Bosques Públicos". Actualmente existen -como dije-, conforme al SNASPE, sólo 3,87 millones de hectáreas de este tipo de bosque nativo.
3) Estudiar las opciones de manejo sustentable de los bosques achaparrados en poder de privados, que constituyen gran parte de la masa susceptible de forestarse en la zona central y en el secano costero, y que alcanzan una superficie de 1,63 millones de hectáreas.
4) Impulsar definitivamente la forestación en el país. Para ello es necesario modificar la ley Nº 19.561, más conocida como la "continuidad del D.L. 701", la que, no obstante estar dirigida a pequeños y medianos propietarios, sigue con la lógica administrativa creada para grandes propietarios. Proponemos ampliar el universo de destinatarios a los que está dirigido, ampliando la definición de pequeño propietario; posibilitar que las organizaciones y operadores puedan mantenerse en el sistema, participando en licitaciones de propietarios captados y no de montos de subsidios, e incorporar cortinas cortavientos para ser utilizadas en la protección contra la erosión hídrica y contra la desecación de los cultivos agrícolas. Complementariamente, sugerimos el desarrollo de la componente forestal en comunas rurales a través de un Plan de Desarrollo Forestal Comunal -esto no existe hoy en nuestro país- como una componente importante que integre los Planes de Desarrollo Forestal Comunal (PLADECOS) como parte del ordenamiento territorial.
5) Las referidas propuestas deben ser acompañadas por un fuerte impulso a la pequeña y mediana empresas forestales, que dan mayor precio a la materia prima forestal en la perspectiva de la cadena de valor, permitiendo a los propietarios de bosques obtener precios razonables. Es indispensable que las instituciones del Estado se reenfoquen, incorporándose a los esfuerzos que se realizan en la actualidad para dar instrumentos específicos en el apoyo a la mediana y pequeña empresas forestales, en especial el INFOR, el CIREN, la CONAF y generar las coordinaciones necesarias e imprescindibles con la CORFO, CIREN , SERCOTEC, PROCHILE , universidades, sector privado y sociedad civil.
Incorporación de los ciudadanos en el logro de su propio desarrollo
La participación ciudadana -como señalé- es fundamental para lograr el desarrollo sustentable, razón por la cual se requiere implementar las instancias donde dicho proceso debe darse, para incorporar a los actores en la formación y evaluación de las políticas forestales. Por estas razones, estimamos de vital importancia la creación de instrumentos que permitan la participación de etnias y campesinos de nuestro país junto con los municipios en los cuales se integran. No obstante, es necesario resaltar que el desarrollo sólo se logrará si en este proceso se incorpora la sustentabilidad cultural, aspecto fundamental para el progreso del mundo indígena, y que debe orientar la utilización de los distintos instrumentos de política forestal y de los proyectos y actividades que se realicen.
6) Las propuestas forestales dirigidas al mundo indígena deben ser identificadas participativamente, alejándose de los modelos industriales y adoptando las que se adecuen realmente a las visiones de esas etnias, así como a su cultura y formas de vida, para lo cual proponemos dar sustentabilidad cultural a la gestión forestal que realizan los destinatarios de origen étnico, creando y fortaleciendo los denominados "Bosques Modelo" en los lugares donde ellos estén presentes, para promover diversos proyectos y actividades de pequeña escala y de gran impacto, priorizados participativamente por los propios representantes del mundo indígena.
7) La Áreas Silvestres Protegidas del Estado contienen un alto potencial para el desarrollo del turismo sustentable, el que debe ser impulsado claramente en nuestro país. Para lograr este propósito, proponemos incorporar las actividades de turismo en estas Áreas Silvestres Protegidas en estrategias de desarrollo local que permitan la participación de etnias, comunidades rurales y organizaciones locales, en conjunto con los municipios en la implementación de dichas opciones de desarrollo.
Incorporar el árbol como un elemento cultural dentro de la sociedad chilena
8) Para luchar contra la contaminación y mejorar la calidad de vida de la población urbana, proponemos introducir en las zonas urbanas, como elemento cultural, más allá de la presencia de árboles aislados, plazas o parques, la existencia de bosques que cumplan objetivos múltiples para la comunidad circundante, tales como recreación, educación ambiental, belleza escénica, disminución de la contaminación acústica y atmosférica, producción de agua potable en cantidad y calidad y la protección de áreas con riesgos potenciales de aludes de barro y de otros elementos en los sectores urbanos. Complementariamente proponemos la creación de un Programa Nacional de Educación Ambiental Forestal que coordine al conjunto del accionar de la CONAF, en estrecha colaboración con las autoridades del Ministerio de Educación.
Para avanzar en el desarrollo sustentable el país necesita que se fortalezca la institucionalidad forestal pública
La importancia económica de este sector, desde el punto de vista del empleo, indica que el valor de las exportaciones forestales, las inversiones en nuevas industrias, la relevancia de la superficie del país que abarca el sector forestal, requieren realmente enfrentar los desafíos a través de una nueva institucionalidad.
9) Proponemos, por lo tanto -como lo hemos dicho anteriormente-, la creación de la Subsecretaría Forestal y el reforzamiento de la CONAF como organismo central de la política forestal del país.
10) En el mismo sentido, el conjunto de propuestas que se presenta en este documento requiere del fortalecimiento de la Corporación Nacional Forestal, pero muy en particular que le entreguemos un mejoramiento de las remuneraciones de sus funcionarios, quienes durante largos años han esperado el cumplimiento de compromisos suscritos y que no se han llevado a la práctica. Las personas que trabajan en la CONAF son la parte más importante de la institucionalidad pública forestal.
11) A fin de enfrentar adecuadamente estos desafíos, es necesario también reorientar y fortalecer la conservación de ecosistemas naturales a través del SNASPE, para lo cual proponemos iniciar los estudios con el objeto de sistematizar la legislación que rige los sectores eléctrico, minero, cuerpos de agua y urbanismo que se superponen a la ley que teóricamente debía regir el SNASPE, con el propósito de evitar los impactos negativos que estas actividades están produciendo.
12) Para asegurar la mantención en el tiempo de los recursos forestales, se requiere protegerlos adecuadamente. Para ello, es indispensable considerar que el país pierde anualmente el equivalente a 50 millones de dólares por causa de los incendios forestales. No obstante, el financiamiento dirigido en esta actividad ha caído permanentemente, llegando a disminuir en cerca de 40 por ciento el que se disponía a fines de la década de los ochenta. Proponemos que se destine al Programa Nacional de Combate contra Incendios Forestales de CONAF los recursos financieros necesarios para evitar el daño producido por los incendios forestales, recuperando su capacidad de control, esfuerzo que es necesario complementar con el desarrollo de un adecuado sistema de detención integrada de tales incendios.
Concluyo, señor Presidente , solicitando que el texto completo de mi intervención se transcriba a Su Excelencia el Presidente de la República , a los señores Ministros del Interior , Secretario General de la Presidencia y de Agricultura , a las Comisiones de Agricultura y de Medio Ambiente del Senado y de la Cámara de Diputados, a la Comisión del Senado que estudia la reestructuración del Estado, al señor Director Ejecutivo de la CONAF , a los colegios profesionales, a los sindicatos que operan en el sector forestal, a las organizaciones campesinas como el MUCECH, a las organizaciones empresariales organizadas bajo la CORMA, a las universidades y a los institutos de investigación.
He dicho.
--Se anuncia el envió de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador, en conformidad al Reglamento.
El señor SABAG .-
Señor Presidente , adhiero a la exposición del Honorable señor Moreno en todos sus términos.
Me habría gustado intervenir, pero ahora hay otra materia que tratar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se dejará constancia de su adhesión, señor Senador.
En conformidad al acuerdo unánime de los Comités, a continuación, corresponde rendir homenaje en memoria del ex Ministro de Estado y querido amigo Alejandro Hales Jamarne.
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés.
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON ALEJANDRO HALES JAMARNE
El señor VALDÉS .-
Señor Presidente , en nombre de los Senadores de la Democracia Cristiana, envío desde aquí un saludo lleno de afecto a doña Adela Dib viuda de Hales, a sus hijos, a sus nietos y a sus familiares presentes en las tribunas, y a su hijo Jaime, a la distancia.
Rendimos homenaje en memoria de Alejandro Hales , amigo y camarada de tantas luchas, alegrías y penas.
Nació en Temuco en 1923. Allí estudió humanidades y, posteriormente, Derecho en la Universidad de Chile, donde demostró su condición de líder en la dirección de la FECH.
En 1942, ingresó al Partido Agrario Laborista en su tierra de Cautín y, al poco tiempo, asume cargos nacionales en dicha colectividad. Fue Secretario General de la campaña presidencial de don Carlos Ibáñez . En 1953, con sólo 30 años, es nombrado Ministro de Agricultura y de Tierras y Colonización. Al año siguiente, asume la cartera de Minería, conservando la de Agricultura.
En ambos Ministerios su obra fue notable: reorganizó la cartera de Agricultura; creó el Consejo de Inversiones Agrícolas; emprendió planes de desarrollo y, bajo su período, se construyeron ocho tranques; se rehabilitaron suelos en Valdivia, Osorno y Llanquihue. En 1954, inauguró la primera fábrica de azúcar de remolacha en Los Angeles, preparando las plantas de Llanquihue, Cautín y Linares; redactó, entre otras, la Ley de Fomento Ganadero y desarrolló los primeros planes frutícolas.
Desde agosto de 1957 hasta julio de 1958, fue Embajador de Chile en Bolivia. Allí lo conocí por haber sido encargado de una gestión gubernamental y pude comprobar, durante mi larga estada en La Paz, la amistad que había logrado con el Presidente Víctor Paz Estenssoro , con políticos, dirigentes económicos, intelectuales y culturales de ese país. Vi cómo la personalidad, la simpatía, la audacia imaginativa y la transparencia de Alejandro Hales como Embajador eran las cualidades que hacían respetar, admirar a Chile y superar toda diferencia.
El Embajador pudo desarrollar esas notables cualidades en plenitud, porque el Presidente Ibáñez tenía el talento de comprender que las relaciones de confianza, de solidaridad y de cooperación con los países vecinos eran y serán siempre, la primera garantía de la seguridad, la paz y, por tanto, del desarrollo del país.
Por ello, el recuerdo del Embajador Hales en Bolivia es legendario. No sólo logró la aprobación y ratificación del Tratado de Complementación, suscrito en enero de 1955, sino que organizó la histórica visita del Presidente Ibáñez a ese país.
A raíz de la división que sufriera el Partido Agrario Laborista, Alejandro Hales se incorporó -con la decisión fervorosa con que asumía sus causas- al inolvidable movimiento de independientes que logró la Presidencia de la República para Eduardo Frei Montalva , en 1964. Años después ingresaría oficialmente a nuestro Partido.
Después de desempeñar cargos en el Banco del Estado y en el Consejo de la CORFO, fue nombrado Ministro de Minería en un momento conflictivo de esa área.
Su fuerte personalidad y su arraigado nacionalismo se volcaron en el proceso histórico que dio solución de fondo a la pésima relación que se había creado entre el Estado chileno y las compañías extranjeras del cobre. El Ministro Hales cumplió con la compleja, exitosa y -diría- histórica decisión del Presidente Frei Montalva de chilenizar el cobre, a través de laboriosas negociaciones con satisfacción para todas las partes comprometidas.
El Ministro redactó la nueva ley sobre esta industria. Organizó la operación que trajo a Chile al Presidente Kaunda de Zambia , con quien creó el Consejo Intergubernamental de Países Exportadores de Cobre (CIPEC), a semejanza de su similar del petróleo, que con Perú y otros países dio vida a un sistema de defensa de los precios de este metal, los que durante la Segunda Guerra Mundial y la de Corea habían estado extremadamente deprimidos, en forma injusta porque Estados Unidos los fijaba, con pérdidas gigantescas para nuestro país.
Como colega de Gabinete, cooperé entonces estrechamente con el Ministro Hales y admiré su fuerza tranquila, su humor agudo y su sutileza para comprender que el sentido de un gobierno es convencer y no aplastar. Era indudablemente un hombre de Estado.
Durante el Régimen militar fue un ferviente y valiente defensor de los derechos humanos. Como Presidente del Colegio de Abogados , fue el primero en denunciar que el Poder Judicial había acogido sólo una docena de más de siete mil recursos de amparo interpuestos por los familiares de las víctimas. Se incorporó a la lucha pacífica por recuperar la democracia, enfrentando todos sus riesgos. De hecho, su familia fue objeto de esos abusos cuando su hija fue secuestrada por agentes de seguridad del Estado.
No buscó nunca figuración ni aceptó excesos. Por el contrario, con sus convicciones invariables mantuvo amistades y conversaciones con todo el mundo, que fueron muy útiles en difíciles momentos y le granjearon el mayor respeto en todos los sectores. Redactaba peticiones y recibía abiertamente a los que se sentían perseguidos. Su generosidad y modestia personal eran más fuertes que toda ambición política.
El Presidente Patricio Aylwin lo designó Ministro de Minería , área que él conocía muy bien. Creó una profunda confianza en los inversionistas, que comenzaban un dinámico proceso de trabajo, y dedicó grandes esfuerzos a fomentar y proteger la pequeña minería.
Su último cargo público fue el de concejal de la Municipalidad de Ñuñoa, que dejó por problemas de salud.
Alejandro fue un chileno que ejemplariza las virtudes que han adornado nuestra historia y que tan abundantemente han llegado desde las provincias a ocupar cargos de relieve nacional. Fueron ellos el magnífico producto de una educación pública de muy alta calidad. Con su inteligencia y vastas amistades pudo ejercer legítimamente su profesión para adquirir una posición social y un sólido patrimonio; pero prefirió el servicio público, porque sus convicciones éticas y su amor por Chile lo obligaban a servir al país. Era realmente un idealista que tenía un proyecto de libertad y de futuro para los chilenos: un proyecto de solidaridad social.
Lo animaba una voluntad de hierro y una generosidad sin límites. Después de tantos años de vida pública, puedo decir que fue difícil superar a Alejandro en bondad y transparencia.
No se quedaba nunca quieto. Al encontrarse con él, no se detenía; seguía caminando tomado del brazo, agitado, pero acompasadamente con la fuerza de un viento de primavera.
Lo quisimos con admiración y lo admiramos sobre todo por su ejemplo de modestia y alegría.
Con esos sentimientos, recordamos al amigo y reiteramos nuestra solidaridad con su familia.
He dicho.
--(Aplausos en la Sala y tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.
El señor BITAR.-
Señor Presidente; Honorables colegas; señora Adela Dib de Hales ; Honorable Diputado don Patricio Hales; hermanos y demás familiares de don Alejandro que nos acompañan:
La Patria tiene sentido de justicia y de reconocimiento para aquellos hijos que por sus grandes valores han destacado en diversos ámbitos del acontecer nacional. Por ello, hoy el Senado rinde un merecido homenaje a un hombre de méritos extraordinarios, quien fuera por sobre todo un gran servidor público por una vida entera, un gran demócrata, un amante esposo y padre de familia y un hombre leal y bueno con sus congéneres. Este hombre superior fue Alejandro Hales Jamarne .
Su patriotismo, honradez, compromiso responsable y entusiasta con proyectos e ideales, que muchos hemos compartido, tuvieron como norte un Chile mejor y relaciones leales entre los seres humanos con respeto a la dignidad y solidaridad. Ésa fue su misión en la vida.
Hoy deseo destacar de ella aquellos rasgos que marcan su carácter e importante contribución al desarrollo nacional.
Resalto primero su carácter íntegro, convicciones a toda prueba, hechas realidad durante toda su existencia. Lo movieron sus convicciones y no sus intereses personales.
Quiero señalar tres áreas donde su contribución al país es imperecedera: la defensa de los derechos humanos; el importante apoyo al desarrollo minero de Chile y su gran aporte a las relaciones internacionales, en particular con Bolivia.
Su defensa de los derechos humanos
Como ya lo expresó el Senador señor Valdés , Alejandro Hales estudió Derecho en la Universidad de Chile, recibiéndose de abogado con una tesis altamente valorada que tituló "El cooperativismo en el pasado y en el presente".
Este compromiso por el Derecho y la justicia le llevó a cumplir roles notables en favor de aquellos cuyos derechos esenciales fueron atropellados en un momento trágico de nuestra historia, cuando no existió democracia ni libertades y campeó la represión. Su actitud valiente le llevó a denunciar violaciones a los derechos humanos y a comprometerse en la defensa de quienes eran objeto de represión, manteniendo una postura crítica ante los tribunales de justicia, por considerar que no cumplían con su función. Siendo Presidente del Colegio de Abogados , en 1987, llamó a los tribunales a atreverse a hacer justicia.
Sus actitudes le significaron amenazas y, entre ellas, una de gran felonía -recién recordada-, como fue el plagio de una de sus hijas, lo que le hizo vivir momentos de profunda amargura junto a su familia, la que enfrentó con su fortaleza de hombre de bien, seguro de sus actos y de su fe cristiana.
Además de comprometerse en la defensa de las víctimas, asumió un rol activo en la campaña contra la aprobación de la Constitución de 1980, por no compartir su contenido ni su forma de gestación y aprobación.
Denunció, asimismo, la venta de empresas del Estado en bajas sumas de dinero que dañaron el patrimonio nacional.
Desde mediados de la década del 80 se comprometió con iniciativas opositoras unitarias, colaborando en la creación de la Alianza Nacional y, finalmente, de la Concertación de Partidos por la Democracia. Participó, entre otras actividades, en el Comité pro retorno de Andrés Zaldívar, hoy Presidente del Senado .
En 1988, se comprometió activamente en la "Campaña por el No". Su destacado papel como articulador de las fuerzas democráticas llevaron a muchos a proponerlo como candidato a la Presidencia de la República , iniciativa que depuso para apoyar al ex Presidente Patricio Aylwin , de quien fue, además, un valioso Ministro de Minería .
Su gran contribución a la minería
En 1953, a los 30 años, fue designado Ministro de Agricultura y de Tierras y Colonización por el Presidente Carlos Ibáñez del Campo, quien más tarde lo nombraría Ministro de Minería . Desde esta última función tuvo un papel fundamental en la creación del Departamento del Cobre, antecedente inmediato de CODELCO, la empresa chilena que hoy es la mayor entidad productora de cobre en el mundo.
Posteriormente, en 1966, el Presidente Eduardo Frei Montalva lo invitó a ejercer la Cartera de Minería, correspondiéndole completar la denominada "Chilenización del Cobre" -como bien recordó el Senador señor Valdés -, iniciativa que convirtió a Chile en copropietario de las grandes empresas explotadoras de ese mineral, participando, además, en la elaboración de la nueva Ley del Cobre. Se involucró, como Ministro de Minería , en los acuerdos de Lusaka, instrumento que permitió a Chile ser verdadero actor de la comercialización mundial del cobre, con la creación del CIPEC para defender los precios.
También trabajó durante el Gobierno de don Eduardo Frei Montalva en la creación de la Sociedad Química y Minera de Chile, resolviendo, con una nueva institucionalidad, la crisis de la industria salitrera.
Cuando me correspondió ejercer como Ministro de Minería , pude aquilatar la magnitud de la tarea anteriormente emprendida por Alejandro Hales desde esa Secretaría de Estado y valorar su capacidad e inteligencia.
Su aporte a las relaciones con Bolivia
Hay otra dimensión de la actividad política de Alejandro Hales como embajador en Bolivia entre los años 1954 y 1958. Logró un alto nivel de entendimiento entre ambos Gobiernos, que concretó en el Tratado de Complementación Económica, firmado por los Presidentes Carlos Ibáñez del Campo y Víctor Paz Estenssoro . Este logro se sustentó en su gran capacidad de diálogo, de comprensión de una situación diplomática compleja y de búsqueda de una alternativa compartida que apartara los niveles de conflictividad para sustituirlos por entendimientos que beneficiaran a ambos países.
Esta tarea que él impulsó sigue vigente. Como Senador por Tarapacá, aprecio en toda su magnitud la necesidad de la integración para sostener el desarrollo económico conjunto y arribar a un entendimiento histórico con esa nación hermana.
Su origen de inmigrantes árabes
Por último, quiero referirme a su aporte como hijo de inmigrantes árabes. Creo que existe un rasgo particular entre los descendientes de quienes se ven obligados a apartarse de sus raíces originarias buscando otras sociedades para continuar sus vidas. Este rasgo se manifiesta en un espíritu de esfuerzo, un sentimiento de gratitud y una actitud de responsabilidad con la Patria que los acoge. Alejandro Hales fue heredero privilegiado de esta amalgama de sentimientos. Desde temprano manifestó ese compromiso con sus orígenes al asumir como Presidente de la Asociación de Universitarios de Ascendencia Árabe .
Hoy, su memoria también impregna el sentimiento solidario de muchos chilenos ante el sufrimiento del pueblo palestino, que embarga a tantos en todo el mundo.
Los grandes hombres no alcanzan a presenciar en vida la plena realización de sus esfuerzos e ideales. En su caso, vio los frutos de su extensa obra. Es ahora nuestra responsabilidad continuarla, como homenaje a quienes, como él, entregaron su vida para construir una nueva sociedad, una mejor democracia, reemplazando la cultura del egoísmo por una de la solidaridad.
En nombre del Partido Por la Democracia y del Partido Radical Social Demócrata, saludo a su viuda, la señora Adela Dib , a sus hijos Patricio , Jaime , Cecilia y Carmen Andrea , y a sus demás familiares, quienes tuvieron el privilegio de contar con un esposo, un padre y un abuelo de excepción.
He dicho.
--(Aplausos).
El señor ZALDÍVAR ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , Honorables colegas, señora Adela , estimado Jaime , y demás hijos y parientes de don Alejandro:
En nombre de la bancada de Senadores socialistas, hago uso de la palabra para rendir un sincero homenaje en memoria de una de las figuras públicas más relevantes de la historia reciente de nuestro país. Me refiero a don Alejandro Hales.
No ha sido sólo su extensa carrera, en la que desempeñó numerosos cargos en tres Gobiernos chilenos, en los que dejó su impronta y su sello particular, lo que me ha llevado a manifestarme públicamente, sino las numerosas acciones que protagonizó para enfrentar los constantes desafíos que impone la labor pública, tema que siempre nos invita a reflexionar a todos quienes hemos decidido entregarnos al servicio de nuestros compatriotas.
Durante los numerosos actos realizados en el país por el sensible fallecimiento de don Alejandro , hubo un testimonio que me marcó profundamente. Su hijo Patricio, presente en la tribuna -como todos sabemos, ocupa un cargo público, como miembro de la Cámara de Diputados-, relató una historia que, desde mi punto de vista, representa las diversas dimensiones en las que se debe desenvolver nuestra labor de servicio.
Don Alejandro , según narró Patricio , guardaba en una caja fuerte de su residencia particular un pequeño tesoro: una carta de amor (la primera que le escribiera su esposa), y un sobre amarillento que contenía una nota de agradecimiento firmada por el ex Presidente Eduardo Frei Montalva , en la que le manifestaba su reconocimiento por el destacado aporte que realizara durante el proceso de nacionalización del cobre en nuestro país.
Estas dos misivas retratan, a mi juicio, la vida de don Alejandro. Son dos elementos cuyo significado no podemos soslayar: uno, el amor de su familia, que se materializa, como en el caso de muchos de nosotros, en el apoyo que ella permanentemente nos presta en nuestra labor. Gran parte de la responsabilidad de hombres entregados al servicio público recae fundamentalmente en su familia, pues su comprensión nos permite cumplir mejor nuestro compromiso con el país.
El otro tesoro que guardaba celosamente don Alejandro , testimonio del reconocimiento del ex Presidente Frei Montalva , refleja el papel que aquél jugó en nuestra historia con motivo de la definitiva chilenización del cobre y su posterior nacionalización.
Figuras como don Alejandro dejan en nuestros anales, como ya se ha dicho, un ejemplo imperecedero a toda la comunidad nacional; nos imponen nuevos desafíos y nos permiten darnos cuenta del respeto que debemos tener por nuestras riquezas, tanto personales como las que alberga nuestro territorio.
Don Alejandro , como ya se señaló, estudió en el Instituto de Humanidades San José, de Temuco, y posteriormente Derecho en la Universidad de Chile, donde iniciaría su extensa y exitosa carrera política.
Su compromiso con la candidatura del ex Presidente don Carlos Ibáñez del Campo , sumado a su capacidad y calidad humana, le harían ganarse el respeto de quien, como sabemos, lo haría parte de su gabinete cuando sólo contaba con 30 años, al nombrarlo su Ministro de Agricultura y de Tierras y Colonización. Luego sería elegido para encabezar el Ministerio de Minería, cartera que lo volvería a recibir en las Administraciones de Eduardo Frei Montalva y de Patricio Aylwin.
En el mismo Gobierno de Ibáñez fue nombrado Embajador de Chile en Bolivia, cargo que desempeñó durante cuatro años. En dicha representación demostró gran profesionalismo y capacidad. Se ha llegado a sostener que nuestras relaciones con el país vecino alcanzaron uno de los niveles más importantes de cercanía en el período en que don Alejandro fue nuestro representante en esa nación. Muestra de ello es que en esa época se alcanzaron acuerdos históricos, como la aprobación y ratificación del Tratado de Complementación Económica entre Chile y Bolivia, y que se registró la primera visita de un Presidente chileno a ese país.
En 1964 trabajó en la campaña de don Eduardo Frei Montalva , quien, una vez alcanzada la Primera Magistratura, lo nombró Presidente de la Comisión Nacional del Trigo; luego, Director del Banco del Estado , y posteriormente Consejero de la CORFO. Sin embargo, un instante culminante de su carrera fue al ocupar el cargo de Ministro de Minería , en un momento particularmente difícil en ese ámbito productivo. Fue entonces cuando el Ministro Hales cumplió con el papel histórico que acabo de reseñar, al participar en la redacción de la nueva Ley del Cobre.
En una Región como la Tercera, que represento en esta Corporación, donde la minería es una de las principales actividades productivas, resulta aún más importante, desde mi punto de vista, destacar la labor de don Alejandro Hales . Su participación en la tarea de modernizar e impulsar el desarrollo de la actividad extractiva en nuestro país fue clave, afirmación que materializó mediante el apoyo a la creación del Centro de Investigaciones Mineras y Metalúrgicas, del Departamento del Cobre, así como en el logro de acuerdos tan relevantes como el de Lusaka, que pondría a Chile en un lugar destacado en el mercado internacional del metal, además de su compromiso con el proceso de nacionalización ya señalado.
En el Gobierno de don Patricio Aylwin tendría nuevamente un desempeño admirable en materia minera, al defender a la pequeña y mediana minería. Con ella aplicó una premisa que se repetiría prácticamente durante toda su vida política. Decía: "Hay que llenar de pequeños esfuerzos la rutina de todos los días para lograr construir un Chile mejor". Su espíritu, en mi opinión, se refleja muy cabalmente entre los pequeños y medianos mineros de nuestra patria.
Aparte su rol de hombre público, don Alejandro ejerció otro que, en mi concepto, lo habrá de destacar definitivamente. Ante este aspecto de su vida, somos nosotros quienes debemos atesorar su ejemplo con el mismo ahínco que él demostrara. Hablo de su defensa de los valores democráticos y de los derechos humanos. Su intervención fue gravitante durante los años más difíciles que le haya tocado enfrentar a nuestra nación en esta materia, lo que lo convirtió en un comprometido opositor a la dictadura militar.
Durante mucho tiempo, él representó gran parte de los valores y fuerzas que lucharon contra los abusos en los que se incurrió durante ese régimen. La voz de don Alejandro se mantuvo fuerte, como la de muchos de los que hoy estamos en esta Sala, para denunciar los excesos en contra de los derechos humanos. Una lucha que, sin embargo, se inició mucho antes de que se instaurara una dictadura en nuestro país.
Fue en la década del cincuenta, cuando se desempeñaba en la Embajada de Bolivia, donde mucha gente de derecha del país vecino era perseguida por el Gobierno, que su espíritu de demócrata lo llevó a proteger a ese grupo asilándolo en la Embajada. A lo anterior se sumaron sus esfuerzos por sacar de las cárceles y de centros de tortura a numerosas figuras bolivianas de aquel entonces.
Su razón para ayudar a esas personas fue que eran perseguidas por pensar distinto. Razonamiento igualmente gravitante de don Alejandro en el caso de nuestro país, cuando compatriotas mataban a otros chilenos sólo por ese hecho.
En 1986 se vinculó activamente con el movimiento de oposición al Gobierno militar. Fue uno de los creadores de la Alianza Nacional y coordinador de la "Campaña por el No", en 1988. Una lucha democrática en la que demostró igual compromiso que con el patrimonio de los chilenos, al oponerse decididamente al traspaso de empresas públicas al sector privado durante el Régimen militar.
Fueron su tesón y su coraje los que llevaron a agentes de la dictadura a acallar su verdad. Por ello, incluso, se vio sometido a un capítulo de terror -como se recordó en esta Sala- cuando secuestraron a una de sus hijas. Tal ofensa en contra de su familia no lo atemorizó. Por el contrario, lo hizo continuar con nuevos bríos su lucha por el bienestar del país y el restablecimiento de la democracia. Ese hecho, en vez de amilanar su convicción de lucha por la justicia, la libertad y el respeto de los derechos civiles y políticos de los ciudadanos, la robusteció. Un compromiso y una consecuencia que fueron reconocidos a fines de la década de los ochenta, cuando muchos postularon a don Alejandro como precandidato presidencial en nuestro país.
En esa ocasión nuevamente demostró que una figura pública verdadera es aquella que sabe asumir el bienestar de los demás como superior al propio. Decidió entonces ceder su lugar como candidato presidencial de la Concertación a don Patricio Aylwin Azócar , quien -como todos sabemos- se encargaría de dirigir los primeros pasos de la democracia en Chile, luego de 17 años.
Este homenaje rendido por todos reconoce, por lo tanto, la gran tarea desarrollada por don Alejandro Hales en distintos aspectos de la vida política nacional, lo que se condice con los aportes que realizó desde sus cargos públicos en el Chile del siglo XX y con el país que estamos construyendo hoy.
Muchas gracias, don Alejandro , gracias a su viuda la señora Adela Dib , quien lo acompañó y ayudó a dar al país una de sus más señeras figuras. Por lo tanto, en nombre del Partido Socialista y de nuestra bancada, deseo transmitirle a ella y a sus hijos nuestro agradecimiento por haber apoyado a este hombre para que diera gran parte de sus esfuerzos en la construcción de un Chile mejor, más justo y democrático.
El marcado sentido de la libertad que pudo dejar a sus hijos, logró transmitirlo también a nosotros, que recordaremos su ejemplo no sólo desde la reflexión, sino desde la exigencia diaria que nos imponen la vida pública y el trabajo político. Un ejemplo de democracia y de humanismo que nos impulsa a esforzarnos aún más.
Alejandro Hales es un ejemplo de compromiso con la gente, con la vocación de servicio a toda prueba y con la libertad, aun en momentos en que resulta duro y hasta peligroso defenderla.
He dicho.
--(Aplausos).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , distinguida familia de don Alejandro Hales , con profunda emoción y sentida gratitud adherimos al homenaje con que el Senado ha querido recordar esta tarde la brillante trayectoria pública de un hombre notable, de un ilustre servidor de la nación.
La figura de don Alejandro Hales sobresale por sus cualidades excepcionales como hombre, como padre, como esposo; sobresale por esa gran simpatía y caballerosidad con que siempre abordó la cosa pública, pero también por la forma con que invariablemente acogió a todos quienes se le acercaban.
Hombre de convicciones, no era de aquellos que buscan imponer sus ideas. Antes, prefería convencer, amistosa y armoniosamente, a quienes pensaban de un modo diferente al suyo.
Destacado en cada responsabilidad que le fue confiada por las más altas magistraturas de la nación. Trabajador serio y responsable en las elevadas misiones que sucesivos Gobiernos confiaron a su singular talento. Cálido, gentil y generoso, supo estar en las pequeñas y en las grandes batallas con el mismo temple de su inagotable juventud y con esa fuerza propia de un hombre que experimentó con pasión todo lo que aconteció en su fecunda vida.
Se ha destacado con justicia esta tarde su brillante trayectoria como dirigente político, como dirigente gremial, como Ministro de Estado y como Embajador de la República . Justo y merecido homenaje a un hombre de excepción, a un realizador, a un infatigable creador.
Doy testimonio en esta ocasión de su profunda y generosa amistad, con la que me distinguió. Cada vez que tuve oportunidad de compartir con él determinados momentos en la cosa pública -algunos muy dolorosos para su persona-, me sentí profundamente acogido. Era muy difícil no recoger su consejo, aun cuando estuviésemos en posiciones encontradas. Tenía don Alejandro esa sabiduría propia de los hombres buenos; en su caso, esa sabiduría ancestral que lo hacía mirar y sentir la vida con pasión, mas sin apasionamientos estériles o infecundos.
En don Alejandro Hales la sociedad chilena puede encontrar un modelo de padre, de esposo, de político y de servidor público.
Al adherir a este sentido homenaje, los Senadores de la UDI e Independientes -la Honorable señora Matthei - reconocemos en don Alejandro Hales Jamarne a un hombre de excepción, a un hombre ejemplar. Agradecemos todo el aporte que entregó a Chile y, en particular, a su pueblo. Reconocemos su valor y su temple. Admiramos su obra, sin que las diferencias políticas resten ni un ápice a los profundos sentimientos que nos despierta recordar su insigne memoria.
Señora Adela , Patricio , Jaime y cada una de sus hijas, reciban esta tarde el testimonio de nuestro cariño y admiración hacia ese esposo y padre ejemplar, por ese amigo encantador a quien Chile distingue hoy y siempre distinguirá como un ciudadano al que la patria mucho le debe y deberá eternamente.
He dicho.
--(Aplausos).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez.
El señor PÉREZ .-
Señor Presidente , Honorables Senadores, señora Adela , Carmen y Cecilia , querido Patricio y, en la distancia, también Jaime:
Recuerdo con singular memoria una conversación sostenida hace 36 años con el entonces Presidente del CELAM y Obispo de Talca , Monseñor Manuel Larraín Errázuriz , en la cual, formando parte de un grupo de estudiantes de sexto año de humanidades de la época (actual cuarto medio), le pedimos que nos dijera en nuestro lenguaje el sentido más profundo de la vida católica, cómo los hombres en la tierra teníamos que conquistar el reino de Dios y cuál era la mejor forma de asimilar el mensaje del Evangelio.
Don Manuel nos señaló que, después de muchos años de vida y de experiencia, había resumido en una oración -que rezaba tres o cuatro veces al día- lo que para él constituía lo más simbólico y profundo de la vida cristiana. Ella decía, en pocas palabras: "Señor, haz que los malos sean buenos, y haz que los buenos sean simpáticos".
Evoco esa frase de don Manuel porque creo que pocas personas simbolizan y ejemplifican de mejor forma la sentencia del Obispo de Talca .
Don Alejandro Hales tuvo una vida brillante y muy variada -así se ha reseñado en esta Sala-, con una gloriosa hoja de vida al servicio del país, pues realizó obras bastante disímiles: en el trigo, el azúcar y la minería. Pero todo lo hizo con pasión, con corazón, con entusiasmo, con bondad y con simpatía.
Sin duda, todos quienes en algún momento de la vida pudimos conocerlo nos sentimos tocados por su gigantesco corazón, su gran bondad, y su enorme simpatía.
Era un hombre que pensaba a Chile en grande. Recuerdo haber conversado con ciertos dirigentes de la entonces Falange Nacional -algunos presentes en esta Sala- acerca de lo que ocurría en nuestro país en 1952, y previo a ese año, cuando los conservadores socialcristianos apoyaban a don Pedro Enrique Alfonso , y don Alejandro Hales era uno de los generalísimos de la campaña de Carlos Ibáñez del Campo. En ese momento, les decía a los líderes de la Falange, a los líderes conservadores: "Vengan para acá; sumémonos. Se requiere una gran nueva fuerza de centro para gobernar a Chile".
Él miraba con muchos años de anticipación lo que iba a ser la línea conductora de la política chilena. Y señalaba: "El Gobierno debe tener un cimiento de ideas, un cimiento doctrinario, que ustedes pueden aportar".
Alejandro Hales fue un hombre independiente. Sin embargo, siempre tuvo una línea constructiva, la que durante toda su vida lo llevó a sostener causas nobles.
También recuerdo cuando él fue Ministro de Minería durante el Gobierno del Presidente Aylwin, en un momento en que la empresa extranjera Candelaria , que pretendía invertir 500 millones de dólares en el país, vio interrumpida su inversión, porque en el puerto de Caldera había surgido un movimiento para frenar dicho proyecto, por razones ecológicas y de otra índole y no por motivos legítimos o legales.
En esa oportunidad, como miembro de la Comisión de Minería y como Senador por la Región de Atacama, fui llamado a conversar con los ejecutivos de esa empresa, quienes habían venido especialmente a Chile para que se intercediera ante las autoridades comunales y regionales. Llamé a don Alejandro por teléfono, y él inmediatamente nos invitó a una reunión. Se comunicó con el Intendente, con el Alcalde y con los Concejales de la época.
Don Alejandro no sólo tenía bondad, sino que también sabía mandar. Y solucionó el problema en una hora.
Antes de que esos ejecutivos americanos se fueran del país, él les dijo: "Miren, la próxima vez que tengan un problema no vengan a Chile. Llámenme". A continuación, sacó una tarjeta del Ministerio del Interior, en cuyo reverso anotó el teléfono de su casa, y se las entregó manifestándoles: "Por si no me encuentran en la oficina".
Don Alejandro tiene en su hoja de vida -la cual ha sido reseñada en esta Sala- una notoriedad tremenda. Le asistían, además, grandes preocupaciones. Recuerdo la última vez que estuve con él, hace menos de dos años, cuando ya estaba enfermo, pero con su cabeza perfecta. Lo acompañaba una enfermera en el recorrido que en las tardes hacía por la recta de Reñaca. Conversé más de una hora con él. Mostró preocupación por la política. Creía -lo cual, obviamente, era propio de su carácter- que en la política se estaba gestando mucha confrontación. Y me dijo: "Tenemos que hacer una política más amable, porque, si no, seremos un país más ingrato".
Don Alejandro destaca por la obra que realizó durante su vida, por los cargos que en forma tan brillante ejerció, por la familia que formó. El año pasado a algunos Senadores nos tocó conocer parte de su familia en Amán, Jordania , donde un primo suyo es Director de Protocolo -el Embajador Hales , quien también sirvió en Chile-, y pudimos ver cómo era querido más allá de las fronteras. En América Latina le dieron el premio como el descendiente árabe más distinguido del Continente.
Por su obra -por "los hechos te juzgarán"-, creo que don Alejandro no sólo pertenece a su familia, no sólo a su partido, sino también a todos los chilenos.
En este momento solemne, en esta hora de despedida, le decimos adiós y pedimos que el Todopoderoso dé paz a él y consuelo a los suyos.
He dicho.
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Deseo hacer una breve reflexión.
En mi calidad de Presidente de la Corporación y como amigo y compañero de ideas de Alejandro, no puedo dejar de adherir al homenaje que le han rendido algunos integrantes de esta Cámara. Dicho homenaje, por supuesto, quedará inscrito en las páginas de la historia del Senado.
Al mismo tiempo, quiero agradecer a su familia; a Adela, su mujer; a Jaime, que no se encuentra presente; a Patricio , a Carmen Andrea y a Cecilia, y también dar gracias a Dios por habernos permitido tener la presencia y vida de Alejandro entre nosotros. Indiscutiblemente, su trayectoria corresponde a la de un insigne ciudadano, cuyo recuerdo siempre quedará junto a nosotros.
Habiéndose terminado el homenaje, se suspende la sesión.
______________
--Se suspendió a las 18:47.
--Se reanudó a las 18:56.
______________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
Corresponde proseguir la hora de Incidentes.
Los Comités UDI e Independientes, Renovación Nacional, Socialista, Institucionales 2 y Mixto no harán uso de sus tiempos.
En el turno del Comité Institucionales 1, tiene la palabra el Honorable señor Vega.
SOBERANÍA ANTÁRTICA. OFICIOS
El señor VEGA .-
Señor Presidente , quiero expresar mi parecer sobre un asunto que ha estado en la noticia en el último tiempo: la Antártida. Como sabemos, la Fuerza Aérea de Chile ha dado una opinión bastante puntual en este aspecto, y creo que el país tendría mucho que perder si no atendiéramos a esos razonamientos.
El desarrollo antártico chileno ha sido único y vale la pena hacer una reflexión al respecto. Durante la presente sesión hice algunos alcances con relación al mar presencial y varias otras observaciones acerca de los acuerdos internacionales que se trataron. Ahora deseo abundar más sobre la Antártida.
El tema antártico es de muy larga generación en lo geológico, pero relativamente breve en la historia de los seres humanos, y más aún en la política internacional. Desde sus primeros descubrimientos y posterior exploración y explotación, en el siglo XVIII, ese territorio se convierte, en forma muy espontánea, en un centro de convivencia pacífica y solidaria, donde se hace abstracción de pertenencia o jurisdicción, por necesidades estrictamente ambientales, ya que es un lugar bastante inhóspito.
Durante el siglo recién pasado los países más desarrollados fueron tomando conciencia del valor que él tiene en términos económicos, científicos y estratégicos. Eso llevó también a las naciones ribereñas a buscar soberanía en esa lejana zona austral del mundo, en función de derechos de orden jurídico, histórico y geográfico. El interés de la comunidad internacional por la Antártida y el reconocimiento de soberanía planteado por algunos países se congelan en virtud del Tratado Antártico, suscrito en 1959 por doce países -entre ellos Chile-, mediante el cual se crea un modelo nuevo de administración multinacional del último territorio disponible en el planeta que no ha sido conquistado por el hombre.
Estamos inmersos, como parte activa, en esa reserva natural ecológica consagrada a la paz y a la ciencia, donde se encuentra el mayor volumen de agua dulce del mundo.
Su Santidad el Papa Juan Pablo II, durante su visita a Punta Arenas, en abril de 1987, expresó: "Desde este cono sur del continente americano, y frente a los ilimitados espacios de la Antártica, lanzo un llamado a todos los responsables de nuestro planeta para proteger y conservar la naturaleza creada por Dios".
Desde 1904 a 1942, sólo Argentina, Chile, el Reino Unido, Noruega , Australia, Francia y Nueva Zelanda han proclamado su soberanía en distintos sectores del Continente Helado. Estados Unidos y Rusia no reconocen las pretensiones de esas siete naciones. Ya en 1924 el Secretario de Estado norteamericano Evans Herghe , manifestaba: "La antártica no es habitable por el hombre, por lo que no es un territorio conquistable, pertenece a la humanidad". Por esa razón, ellos se reservan el derecho de una eventual reclamación cuando lo estimen conveniente. Esta condición ha sido uno de los grandes fundamentos del tratado y de la situación actual en esa región del mundo.
A este respecto, nuestro país ha demostrado con creces el principio de la ocupación efectiva, considerado el más significativo y legítimo, por cuanto implica la presencia y voluntad de permanecer en el territorio blanco.
El primer y mejor fundamento de Chile para su pretensión territorial antártica está dado por los títulos heredados de España, desde donde los conquistadores trajeron autorizaciones oficiales para extender la jurisdicción del imperio hispano. En efecto, los derechos antárticos de España recayeron en los sucesivos Gobernadores de Chile.
El segundo fundamento se encuentra en el artículo 4º del Tratado Antártico, que si bien congeló las pretensiones de soberanía y las respectivas disputas al respecto, no prohibió la reclamación en sí. De ahí que a Chile, al no existir otra mejor fórmula para solucionar su pretensión antártica, le conviene continuar en el tratado, como lo ha hecho hasta hoy. Por ningún motivo debe retirarse de él, y menos aún disminuir sus presentes actividades en las bases instaladas en el Continente Helado , lo cual implica permanentes programas de investigación y de desarrollo, eficientes y racionales, como los que ha estado realizando la FACH hasta la fecha.
Un tercer fundamento lo constituye el perfeccionamiento por Chile de los títulos heredados de España, por cuanto además del derecho de prioridad posee el título de la vecindad, procediendo -de acuerdo con el Derecho Internacional-, a ejercer un real dominio mediante la ocupación efectiva y la voluntad de permanencia, con el desarrollo de actividades antárticas y la dictación de medidas administrativas y legislativas de sucesivos Gobiernos desde la Colonia.
Uno de los hitos más importantes fue la promulgación del decreto Nº 1.747, de 6 de noviembre de 1940, que fijó los límites del territorio antártico, luego de lo cual se creó una infraestructura con la presencia de las Fuerzas Armadas y científicos de nuestro país. Sin embargo, es oportuno recordar que con ocasión del Segundo Año Polar, en 1931, se crea la Organización Meteorológica Mundial, en el marco de la cooperación científica internacional, y se asigna a Chile la responsabilidad meteorológica en esa vasta zona austral del mundo.
Sin renunciar a su legítimo derecho soberano, nuestro país debe acomodarse al entorno político-jurídico imperante, creando condiciones sustentadas en sus ventajas comparativas para lograr una jurisdicción real que beneficie los intereses políticos, económicos, científicos, estratégicos y ecológicos del futuro. Ello implica una permanente presencia y poblamiento en la Antártida, junto con una infraestructura adecuada en el eje Punta Arenas-Base Presidente Frei-Polo Sur.
A lo anterior se agrega la notable experiencia de operación y oferta de servicios de exploración, investigación científica y académica, turismo y prevención de daño ecológico que tiene Chile en su condición de "potencia antártica" en la zona, situación que le garantiza ejercer un dominio en el continente blanco, lo que trae consigo una dependencia obligada de las demás naciones, por ser el operador más calificado en esas latitudes.
Existen allí, bajo nuestro control, intereses de gran relevancia para el futuro de la humanidad, como la explotación de recursos minerales, asignación de santuarios ecológicos, zonas turísticas o lugares históricos; habilitación de nuevos asentamientos humanos (Chile es precursor, con Villa Las Estrellas); intereses en el mar chileno antártico; la determinación de la Zona Económica Exclusiva y el aprovechamiento del hielo marino, además de numerosos y bien fundamentados programas de exploración e investigación científica de la Fuerza Aérea; el Instituto Antártico, y el mundo académico nacional e internacional.
En un futuro cercano gran parte de las rutas aeronáuticas circularán por el Polo Sur. Nuestro país debe mantener el control asignado por la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) proporcionando los servicios de meteorología, información y rescate que requerirán las aerovías internas del Continente Helado, incluyendo la única pista de aterrizaje de tierra en la isla Rey Jorge, donde existen once bases antárticas de diversos países que requieren de la infraestructura que Chile ha desarrollado con mucho esfuerzo en el lugar.
Nuestro país, en consecuencia, debe mantener y optimizar su política antártica, potenciándola como una tarea nacional, con el adecuado recurso económico asociado para posesionar y mantenerse como "potencia antártica" en su sector, con presencia efectiva que se materializa a través de este notable desarrollo logrado por las instituciones de la Defensa y el Instituto Antártico Chileno, desarrollo que, lamentablemente, se verá debilitado por falta de un adecuado presupuesto.
Esto implica asegurar recursos económicos a los únicos cuatro operadores antárticos, priorizando su accionar en la realización de actividades de desarrollo, de perfeccionamiento y de investigación científica.
Me parece que es tarea de todos los chilenos preservar la integridad territorial. Nuestros derechos soberanos en la Antártica, basados en legítimos antecedentes históricos, geográficos y políticos, difícilmente serán reconocidos por la comunidad internacional si nuestro propio país no genera una política de Estado pragmática, que defina como objetivo nacional el desarrollo y perfeccionamiento de nuestra presencia en ese complejo territorio, que se constituirá en el gran patrimonio de nuestras futuras generaciones.
Solicito oficiar en mi nombre a la señora Ministra de Relaciones Exteriores y a los señores Ministros de Defensa Nacional y al de Hacienda , con el objeto de que en el Presupuesto de la Nación, que próximamente se analizará en el Congreso, se considere en su totalidad la provisión de gastos que estos únicos operadores antárticos -Ejército, Armada, Fuerza Aérea e Instituto Antártico Chileno- solicitan para sus respectivos programas de desarrollo correspondientes a 2002.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Cantero .
El señor CANTERO .-
Señor Presidente , en mi calidad de Comité Renovación Nacional, adhiero a la petición formulada por el Honorable señor Vega , sugiriendo que su intervención sea remitida igualmente al Instituto Antártico.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del señor Senador , en conformidad al Reglamento, con la adhesión y la sugerencia del Comité Renovación Nacional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Por haber cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:7.
Osvaldo Palominos Tolosa,
Jefe de la Redacción
subrogante
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORA MATTHEI Y SEÑORES CHADWICK, NOVOA Y STANGE, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE INTRODUCE DIVERSAS MODIFICACIONES A LA LEY Nº 18.287, SOBRE PROCEDIMIENTO ANTE LOS JUZGADOS DE POLICÍA LOCAL, Y A LEY Nº 18.290, DE TRÁNSITO (2776-15)
Honorable Senado:
1. INTRODUCCION
Con fecha 29 de mayo de 2000 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 19.676, que introdujo modificaciones a la ley N° 18.287, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local y a la ley N° 18.290, Ley de Tránsito.
Las modificaciones, son esencialmente las siguientes:
-Se creó un procedimiento que permite en las denuncias por simples infracciones de tránsito en que el infractor que es citado personalmente, (con retención de licencia), puede pagar la multa, dentro del plazo de 5 días desde ocurrido el hecho y con un 25% de descuento respecto de la multa que establece la ley, produciendo el efecto de extinguir su responsabilidad infraccional. Constituye, en consecuencia, un trámite administrativo en que no debe intervenir el Juez de Policía Local ni existe causa.
-Se modifica el sistema de denuncias por escrito no encontrándose el infractor presente (empadronados), en las siguientes materias:
-Se sustituye el sistema de emplazamiento, que se reemplaza por la forma de notificación por la de carta certificada. Asimismo, ella se dirige al domicilio del propietario que consta en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.
-Si la carta certificada enviada no es devuelta por correos, sea que el propietario concurra a la audiencia y no oponga excepciones, sea que no concurra, el juez dicta sentencia, la que también se notifica por carta certificada.
-Si el condenado no pagare la multa, transcurridos 60 días, el Secretario del Tribunal debe comunicar la sentencia impaga al denominado Registro de Multas No Pagadas que la ley N º 19.676 creó, estableciendo que debía llevarlo una persona jurídica constituida como sociedad.
-Si el propietario no pagare la multa, de la forma y términos que la ley señala, su sanción es que no podrá pagar el permiso de circulación y consecuencialmente su automóvil - teóricamente - no puede circular.
-Se eliminan las penas alternativas al pago de la multa que contemplaba la ley, de manera que los condenados no pueden acogerse a la pena alternativa de reclusión nocturna o de trabajos en favor de la comunidad.
-Se estableció un sistema legal que reconoció el empleo de elementos electrónicos para la detección de infracciones de velocidad y luces rojas (fotorradares).
PROBLEMAS QUE HA PRESENTADO LA LEY 19.676:
A.- Respecto de los incisos 3° y 4° del artículo 22 de la Ley N° 18.287, introducidos por la Ley N° 19.676, que establece el procedimiento administrativo de pago de la multa, adolece de los siguientes defectos:
1.- Establece un sistema inicialmente administrativo (que si el infractor no elige, se transforma jurisdiccional) en que el denunciado debe efectuar múltiples trámites para recuperar su licencia retenida, de manera que si bien, teóricamente, no requiere concurrir a la presencia judicial, en todos los casos implica que ejecute mayor cantidad de actuaciones en lugares distintos, situación que con la ley antigua no ocurría. Asimismo, en este aspecto, la ley no contempla la situación del conductor que es denunciado lejos de su domicilio, en circunstancias que va en viaje de vacaciones, de negocios o es un conductor profesional de transporte, pues la ley exige que deba pagarse en la Tesorería de la Municipalidad que corresponde al Juez de Policía Local que debe conocer de la infracción y ello en el plazo de 5 días.
2.- Al excluir la ley toda participación del Juez de Policía Local en el procedimiento administrativo, pues pagada la multa no existe causa, produce situaciones que determinan que la ley no sea igualitaria para todos los denunciados, en especial, con grave perjuicio para el sistema de eliminación del mal conductor por la vía de la suspensión y acumulación de infracciones, pues no se registra la infracción grave o menos grave de la que es autor el infractor que paga anticipadamente la multa.
Es un hecho comprobado que un porcentaje no menor del 96 % de los accidentes del tránsito tienen su origen en fallas humanas.- Es también un hecho comprobado que el autor de las infracciones causales de estos accidentes son conductores reincidentes en infracciones gravísimas, graves y menos graves, a la ley N ° 18.290.-
En este punto, la ley establece una discriminación que, al fundarse sólo en la posibilidad de pagar la multa anticipadamente, produce una distinción que frente a la finalidad de ordenar el tránsito por la vía de suspender o cancelar la licencia, se aparta del principio que exige suspender o eliminar al mal conductor que completa un determinado puntaje o un determinado número de infracciones. En otros términos, la discriminación no es razonable, porque no lo es excluir a un grupo de conductores por un motivo que nada tienen que ver con el ser o no autor de infracciones y con ello, pasa a ser arbitraria.
Tal principio, por otra parte, es uno de los factores que preocupa el Ministerio de Transporte si se observa que en el Diario el Mercurio del día Lunes 18 de Junio de 2001, aparece una información de primera página, que expresa que se establecerá un sistema de puntaje por infracciones destinado a hacer efectiva la suspensión de licencia y, finalmente, que puede llegar a su cancelación.
3.- La aplicación práctica del artículo 22 de la Ley por Carabineros, no distingue entre denuncias pagadas dentro de los 5 primeros días o aquellas no pagadas, pues todas las denuncias las hace llegar al tribunal a las 24 horas de producido el hecho denunciado y el hecho que el Juez no tenga información de quienes pagaron la multa o no - en especial en aquellos tribunales en que la licencia se encuentra materialmente en una oficina o departamento separada por corresponder a varios juzgados – puede provocar situaciones de errores en el tribunal por el envío de notificaciones de sentencia dictadas en rebeldía de quien pagó la multa y no requería ir al tribunal o podría dictarse una orden de arresto indebida, por error en la comunicación de Tesorería al Tribunal y finalmente, problemas con las devoluciones de vehículos retenidos que solo deben ponerse a disposición del tribunal cuando exista causa, al no pagar la multa el infractor dentro de quinto día.
B.- En relación con las modificaciones del artículo 3 ° y 23 de la Ley N° 18.287, reemplazados por la Ley N° 19.676:
Objeciones jurídicas a las nuevas normas de procedimiento:
Resulta irrefutable que la ley N° 19.676, al reemplazar los artículos 3 y 23 de la Ley de Procedimiento ante los JPL, ha establecido un sistema que se inicia como jurisdiccional, pues entrega el conocimiento de la denuncia a un Tribunal, que debe dictar sentencia escuchando al denunciado, o en su rebeldía, lo que, además, aparece claro por el hecho que la ley señala para la notificación por carta certificada, la posibilidad de solicitar al Tribunal la nulidad por falta de emplazamiento.
1.- Inconstitucionalidad de la norma por infracción al art. 73 de la Constitución Política de la República de Chile
El precepto citado es claro en radicar en el Poder Judicial , incluso en los tribunales especiales no integrantes del Poder Judicial – según se infiere de su inciso tercero que regula el requerimiento de la Fuerza Pública para hacer cumplir sus resoluciones, - la facultad de juzgar las causas civiles y criminales, resolverlas y ejecutar lo juzgado.
Sin embargo, las modificaciones de la ley N ° 19.676 desarrollan un procedimiento judicial sólo hasta la sentencia que se dicta, pues con posterioridad el Juez carece de toda atribución o facultad para hacer cumplir lo juzgado, toda vez que se saca de la esfera jurisdiccional para encargarse a un ente administrativo – en la especie una entidad particular con fin de lucro - el llevar un Registro de Multas no pagadas. Tan claro es lo dicho, que ni siquiera el Juez ordena la comunicación a dicho Registro, pues se radica en el Secretario del Juzgado de Policía Local.
2.- Infracción del numerando 26 del artículo 19 de la Constitución Política de la República:
Resulta de todo punto evidente que al establecer un sistema de notificación fundado exclusivamente en ficciones, se desnaturaliza lo esencial de la norma del debido proceso y que consiste que la persona a quien se imputa una infracción o delito, tenga conocimiento real de la existencia del juicio. Estas ficciones son las siguientes:
a.- Utilización de un sistema de emplazamiento del denunciado que carece de seguridad jurídica:
En el caso de las denuncias efectuadas por escrito al infractor que no se encuentra presente (empadronados), debe ser emplazado el propietario - quien es responsable de la infracción, según lo dispone el artículo 175 de la Ley N º 18.290 -, a menos que éste acredite quien era el conductor o que la tenencia del vehículo era de un tercero, en virtud de cualquier acto jurídico idóneo para ello.
Ahora bien, una de las modificaciones establecidas por el nuevo sistema es reemplazar la notificación personal o por cédula por la notificación por carta certificada dirigida al domicilio registrado por el propietario al momento de inscribir la adquisición de su vehículo en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.-
Tal sistema de notificación para efectuar el emplazamiento se funda solamente en ficciones:
- La primera ficción radica en el hecho que la carta certificada se dirige a un domicilio registrado por el propietario, al momento de adquirir el vehículo, sin que tenga obligación alguna de actualizarlo.
Además, en los casos de transferencia de vehículos - especialmente a través de establecimientos de compraventa de vehículos- no existe seguridad jurídica alguna que se hubiere inscrito la adquisición del vehículo por el nuevo propietario, sea porque el vehículo es recibido en pago de otro y se demora su venta, sea porque el nuevo comprador no inscribe o se demora en hacerlo.
- La segunda ficción radica en el hecho que no existe seguridad jurídica que correos hubiere entregado la carta en el domicilio correspondiente, lo que determina que no se cumpla la garantía constitucional de dar a conocer la existencia del juicio a quien se le imputa una infracción, para que pueda hacer efectivo su derecho a ser escuchado .En otros términos, la ley al establecer este sistema ficto, desnaturaliza la esencia de la garantía constitucional que exige el conocimiento real del imputado de la existencia del juicio con el objeto de que pueda hacer valer su derecho a ser escuchado, lo que vulnera el numerando 26 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
C.- En relación al artículo 24 de la Ley N° 18.287, modificado, que crea el Registro de Multas no pagadas:
La creación de este Registro presenta los siguientes defectos:
1.- La inscripción en el Registro de Multas no pagada se efectúa respecto del vehículo.-:
La inscripción en el Registro de Multas No Pagadas pretende radicar en el vehículo , no en la persona, la responsabilidad infraccional y carece de efectividad- atendido el sistema de responsabilidad infraccional que establece nuestro ordenamiento jurídico - si se observa que desde el punto de vista sustantivo, - de acuerdo a la responsabilidad infraccional establecida en el artículo 175 de la Ley N º 19.290 - podrá no coincidir el responsable jurídico de la infracción con el propietario del vehículo . Tal situación se produce en casos en que existan contratos de arrendamiento del vehículo, de leasing, contratos de trabajo de conductores y cualquier acto jurídico que otorgue la tenencia de un vehículo V.GR: contrato de promesa de compraventa que entrega de inmediato la tenencia del vehículo y posteriormente la compraventa no se perfecciona.
En estos casos, - mediante la utilización de contratos, reales o simulados -, se puede eludir la responsabilidad infraccional y provocará respecto de la inscripción en el Registro de Multas No Pagadas (trámite administrativo y no jurisdiccional) recursos de protección y de nulidad de la inscripción, pues el efecto de esa inscripción es impedir el pago del permiso de circulación, privando al dueño del uso de su vehículo.
D.- Objeciones prácticas del sistema de notificación por carta certificada incorporado a los artículos 3° y 18 de la ley N° 18.287 por la ley N° 19.676:
El nuevo sistema creado provoca la impunidad al establecer el emplazamiento por carta certificada y al mismo tiempo eliminar las facultades del juez de decretar por vía de sustitución y apremio la reclusión nocturna para el infractor.
En efecto, consta de las estadísticas del 4º Juzgado de P.L de Santiago que durante los meses de abril y mayo del presente año se devolvió un porcentaje promedio diario de 35 % de las cartas certificadas enviadas que citan al denunciado para ese mismo día, porcentaje que en algunos días supero el 60 % de las cartas enviadas.
Ello determina que no existiendo emplazamiento del denunciado ni otorgándose la posibilidad de notificar en forma real, personalmente o por cédula, deba dictarse sobreseimiento en la causa por falta de emplazamiento.
Ninguna fiscalización puede sustentarse en un procedimiento que provoque - por el sistema de notificación,- que tal porcentaje de denunciados queden en la impunidad.
Si a ello se agrega el hecho que un porcentaje de cartas certificadas entregadas en el domicilio de quien figura como propietario inscrito, no corresponde a quien es el actual dueño del vehículo por haberlo vendido quien figura como propietario inscrito, se producirá el que se dicte una sentencia en rebeldía y posteriormente se notifique, en contra de quien no es la persona que debió se emplazada, lo que provocará la posterior solicitud de nulidad procesal por falta de emplazamiento pedida por el nuevo propietario.-
2°.- Necesidad de reponer la notificación por cédula en la primera notificación del infractor en las denuncias por escrito (empadronadas).-
Es un hecho comprobado que el nuevo procedimiento es de tal modo ineficaz por fundarse en ficciones que carecen de seguridad y a los defectos de la ley procesal frente a las normas sustantivas que establecen la responsabilidad infraccional, que provocará un claro desprestigio del sistema, pues la fiscalización no dará resultados que permita ordenar el tránsito al permitir alegar diversos resquicios en materias tales como estacionamientos, parquímetros, respeto de señalizaciones y, en general, todas aquellas que se denuncian por el sistema de "empadronados".
Tal situación se producirá, además, porque el Juez que dictó la sentencia carece de imperio para exigir el cumplimiento de ella.
Todo lo anterior, lleva a la necesidad de reponer la notificación personal o por cédula al propietario o al tenedor del vehículo, en su domicilio comprobado, sujeta a los siguientes requisitos:
a.- Debe efectuarse por funcionarios municipales designados por el Juez a quienes les será aplicable lo establecido en el inciso final del articulo 8 ° de la ley N 18.287, y si la municipalidad respectiva proporcionara la movilización los derechos establecidos en dicho inciso no podrán ser superiores al 30 % del Arancel de los Receptores Judiciales. En los lugares rurales apartados, por Carabineros de Chile.
b.- Para efectuar la notificación no habrán días inhábiles y la hora hábil será desde las 07,00 horas hasta las 21 horas.
c.- La notificación se efectuará una vez comprobado por el Ministro de Fe que el domicilio en que es buscado el notificado corresponde al establecido en el proceso.
3 °.- Reponer las penas alternativas de reclusión nocturna y de trabajos en beneficio de la comunidad solo para el caso que la notificación de la citación al propietario o a quien este hubiere individualizado como conductor o tenedor del vehículo, sea efectuada por cédula o cuando efectuada la notificación por carta certificada existe en el proceso acreditado el domicilio del denunciado.
Esta comprobado por la práctica que sólo un porcentaje del 20 % de los denunciados por partes empadronados concurre a la audiencia cuando es notificado, considerando la notificación por cédula que en el procedimiento antiguo efectuaba el tribunal.
Asimismo, está comprobado por la práctica que debidamente emplazado un propietario en el caso de denuncias empadronadas, dictada la sentencia en su rebeldía y notificada, sólo paga frente al despacho de una orden de arresto para reclusión nocturna.
Creemos que para corregir los vacíos de la Ley N ° 19.676 es necesario reponer la orden de arresto solamente en aquellos casos en que el propietario, conductor o tenedor del vehículo haya sido debidamente emplazado.-
4° Establecer la responsabilidad solidaria del propietario y del tenedor del vehículo en el pago de la multa.
Teniendo en cuenta que el propietario inscrito de un vehículo tiene respecto de su adecuado uso responsabilidades con la comunidad y que, en todo caso, crea un riesgo para la integridad y bienes de las personas y que, además, debe emplearse cumpliendo con las normas que establece la Ley de Tránsito, en razón de la necesidad del adecuado uso de las vías, constituye un principio ético aceptado que , el legislador puede , en todo caso, establecer que exista responsabilidad solidaria del propietario inscrito con el tenedor del vehículo, respecto de las infracciones que este último cometa.
Por otra parte hay organizaciones y personas que utilizan uno o más vehículos para desarrollar sus actividades comerciales o de prestación de servicios que les otorgan utilidades y beneficios, quienes, con el objeto de obtener mayores utilidades, se organizan de manera de eludir la responsabilidad infraccional por la vía de establecer una estructura que permite el uso real o aparente de terceros que tienen la calidad de tenedores de vehículos.
En la hora actual cada vez es mayor la simulación de contratos de promesa de compraventa de vehículos con entrega del mismo, de arrendamiento, de contratos de trabajo, destinados a eludir la responsabilidad infraccional. Constituye, una necesidad real el consagrar tal responsabilidad solidaria para el caso de las denuncias por el sistema escrito o empadronado de simples infracciones de tránsito.
E.- En relación al artículo 2° de la ley N° 19.676, que modifica el artículo 4° de la ley N° 18.290, en materia de detección electrónica, (fotorradares):
La ley vigente legalizó el uso de sistemas electrónicos de detección de infracciones, para los casos en que se utiliza en el sistema de denuncias por escrito no encontrándose presente el infractor (empadronados), por las municipalidades a través de inspectores municipales.
Es un hecho notorio - que ha aparecido en la prensa - que tal sistema sólo se ha utilizado para recaudar recursos para las municipalidades y sin ningún interés real de ordenar el tránsito y prevenir accidentes. Asimismo, las empresas que intervienen como contratistas del sistema han llegado a ofrecer y a ejecutar en determinados juzgados de policía local casi la totalidad de las labores que son propias del tribunal, tales como las resoluciones que dicta el juez, las cartas certificadas que se envían.
Existen municipalidades en que se han enviado al tribunal hasta 500 denuncias diarias, lo que ningún Juzgado con medios propios y aún computarizados, puede procesar y notificar dentro del plazo de 45 días que la ley establece.
Por otra parte, se ha publicado en la prensa que las empresas que ofrecen servicios de sistemas electrónicos de control de infracciones del tránsito, se encontrarían de acuerdo para repartirse el mercado y denuncias de corrupción, al menos en un Juzgado determinado de la Región Metropolitana, que el juez titular debió denunciar.
LA MOCIÓN TIENE LAS SIGUIENTES FINALIDADES:
1.- Perfeccionar el sistema de pago anticipado en las denuncias efectuadas personalmente al infractor (faltas graves, menos graves y leves con retención de licencia, manteniendo la rebaja del 25% del monto de la multa) sujetándose a los siguientes principios:
a.- Establecer un procedimiento que sea simple, expedito para todos los que intervienen en él y que facilite el pago al infractor, con la ejecución de prácticamente un único trámite y sin dejar su domicilio.
b.- Un procedimiento que esté bajo el control del juez de policía local a fin de que sea justo, igualitario y permita la fiscalización real de la denuncia y de los funcionarios que intervienen en el sistema, para corregir los errores que se comenten .-
El juez de policía local al tener el control del procedimiento, permite:
-que se revise si la multa pagada corresponde a los hechos denunciados y a la suma que la ley fija como multa, de manera que puedan corregirse los errores de pago en exceso o menores.
-Permite que se comunique al Registro de Conductores de Vehículos Motorizados la infracción, para inscribirla en dicho registro, a fin que el sistema de suspender o eliminar al mal conductor sea igualitario para todos los chilenos.
-Permite que los vehículos retenidos por Carabineros puedan ser puestos a disposición del juez y efectuado el pago, el juez podrá ordenar su devolución, de acuerdo a las normas legales correspondientes.
Para desarrollar este procedimiento, se propone sustituir la norma en vigencia estableciéndose los siguientes elementos:
a.- No se retira la licencia al conductor infractor en los casos de infracciones graves, menos graves y leves, exceptuados los casos de conductores titulares de licencia clase A.-.
b.- Se permite el pago de la multa rebajada en un 25% entregando en el Tribunal o remitiendo un vale vista o cheque nominativo personal del infractor a nombre del Tesorero Municipal que corresponde al Juez de Policía Local que conoce de la infracción. Si se encontrare el infractor en una ciudad distinta, podrá enviar el documento de pago mediante carta certificada dirigida al juzgado de policía local respectivo o mediante exhorto entregado al juzgado de policía local de la localidad de su domicilio.
c.- El plazo para este pago será hasta el día anterior al de la citación al Juzgado de Policía Local y respecto de los conductores con licencia clase A, hasta el día de la audiencia.
d.- Este procedimiento - que se propone en el texto de la moción – constituye un avance de modernización que a la fecha de la dictación de la ley N ° 18.287 era imposible de implementar, debido a que los sistemas informáticos no se encontraban desarrollados en Chile y hoy en día resulta de toda facilidad, sin un gran costo, ubicar a las personas si el domicilio registrado en su licencia de conducir o en su cédula de identidad no correspondiera al último domicilio.
Tales finalidades se cumplen con las letras a) y b) del artículo 1° del proyecto.
2.- Modificar el procedimiento de las denuncias escritas, no encontrándose presente el infractor (empadronados), en los siguientes puntos:
a.- Reponer el sistema de notificación por cédula al propietario del vehículo en que se cometió la infracción, utilizando a funcionarios municipales designados por el Juez, que en calidad de receptores actúen cumpliendo los requisitos que el texto legal señala. Sólo en aquellas zonas rurales, apartadas del juzgado de policía local respectivo, podrá utilizarse a Carabineros de Chile.
b.- Reponer las penas alternativas del pago de la multa, tanto por el contenido social de las mismas, como por la necesidad de establecer un procedimiento que sea realmente efectivo.
c.- Mantener el Registro de Multas no pagadas sólo respecto de aquellas sentencias que se comuniquen por no haber sido posible la aplicación de las penas alternativas que la presente moción reponen.
Tal finalidad se cumple con las letras c) y d) del proyecto.
MODIFICACIONES QUE SE PROPONEN A LA LEY N° 18.290, LEY DE TRÁNSITO:
Esta moción propone, en su artículo 3º diversas modificaciones a la ley N° 18.290, que pueden agruparse de la siguiente forma:
1.- Modificar el sistema de denuncias en que la infracción se detecta por medios electrónicos, radicando esta atribución exclusivamente en Carabineros de Chile en la forma y con los medios que se señalan.
2.- Modificaciones que tienen por objeto establecer el cumplimiento de la obligación de mantener el domicilio del propietario actualizado en el Registro de Vehículos Motorizados.
3.- Establecer nuevos límites de velocidad máxima y,
4.- Modificar la calificación de las infracciones de velocidad, atendiendo a los márgenes de exceso en relación a la máxima permitida.
Las modificaciones señaladas, en lo que respecto al primer grupo, tienen por objeto resolver definitivamente el problema de manera que sólo se admita que Carabineros de Chile y con medios de detección electrónica que sean solamente de su propiedad plena y no sujeta a condición, puedan detectar y denunciar las infracciones de velocidad y otras, con dichos instrumentos, como hasta la fecha lo hace, denuncias que deberán tener el carácter de denuncias personales del conductor infractor presente.
La ventaja de adoptar esta solución radica en el hecho que existirá una sola clase de denuncias por velocidades y luces rojas, de manera que la ley se aplica igualitariamente para todos los infractores, pues en el sistema actual que se modifica, aquellas personas que como propietarios responden de la infracción, no son inscritos en el Registro Nacional de Conductores.
Por otra parte, se cumple a cabalidad con la norma constitucional y la legislación vigente que dispone que el orden y la seguridad en la vía pública corresponde esencialmente a Carabineros de Chile y, obviamente, la prevención de accidentes por a través de la fiscalización y mantención del orden del tránsito para velar por el adecuado uso de las vías, debe corresponder a Carabineros y no, en este caso, a inspectores municipales que inicialmente se crearon para velar por el cumplimiento de las ordenanzas locales.
Además, las modificaciones señaladas tienen, por objeto el perfeccionar el sistema del Registro de Vehículos Motorizados, con el propósito de facilitar el emplazamiento del propietario del vehículo cuando la denuncia corresponde a un conductor que se desconoce por no encontrarse presente (empadronados).
Las modificación propuesta en el número 2, para aumentar el límite de velocidad, tiene su fundamento en el hecho que constituye una necesidad que impone el bien común, tanto para facilitar el mejor uso de las vías como para combatir la contaminación en Santiago, el que los márgenes de velocidad se aumenten.
En efecto, el precepto base que regula la velocidad es el concepto de una velocidad razonable y prudente, atendida las condiciones del momento, que señala el artículo 149 de la ley N° 18.290 y los límites máximos de velocidad se fijan en razón de que el legislador está interesado en establecerlos atendidas las condiciones generales, objetivas de la infraestructura vial y de los elementos de seguridad de los vehículos, entregando al conductor una norma que este debe aceptar.
Sin embargo, constituye un elemento esencial para el respeto de la ley, que ésta contenga normas que sean aceptadas como racionales por los obligados a cumplirlas, lo que no ocurre con los límites máximos que actualmente contiene la ley, pues ellos están obsoletos.
En efecto, dichos límites se establecieron en el año 1983, cuando se discutió y aprobó la ley N° 18.290, que entró a regir en el año 1985, época en que la infraestructura vial chilena no disponía de ninguna autopista y la infraestructura urbana era deficiente en materia de señalización, semaforización y demás elementos que integran el complejo vial.
Asimismo, los vehículos no contaban con las medidas de seguridad y los elementos técnicos con que ahora están equipados, lo que determina que el límite máximo de 100 km/hr para zona rural sea en el concepto general de los usuarios de las vías, difícil de aceptar, por no corresponder a la realidad actual. Asimismo, tampoco de aceptación general el límite máximo de 50 km/hr en vías urbanas con un único sentido de tránsito.
Por otra parte, no constituye justificación alguna la persistencia inexplicable con que algunos organismos técnicos insisten en mantener tales límites obsoletos fundados en la seguridad para evitar accidentes, toda vez que en las estadísticas de Carabineros, de la causa basal del accidente, la velocidad ocupa el 6° lugar de importancia.
3.- En lo concerniente al punto 3°, teniendo en cuenta que si bien la velocidad está en 6° lugar de causalidad de accidentes del tránsito, es preciso reconocer que los efectos de los mismos están en relación directa con el peso de los vehículos y la velocidad con que ellos transitan, pues a mayor peso y mayor velocidad, el accidente causa mayores estragos. Ello obliga a que en los límites de velocidad, deba establecerse una diferencia atendida la categoría o peso del vehículo y en la calificación de la infracción, establecer la mayor o menor gravedad de la misma, de acuerdo con el exceso de velocidad en que se incurra.
PROYECTO
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 18.287:
a) Agrégase al inciso segundo del artículo 3° de la Ley N ° 18.287, el siguiente párrafo: “En el caso de infracciones graves, menos graves y leves a las normas de tránsito o de transporte terrestre cuando la citación fuere hecha por escrito al infractor presente, el Carabinero no retendrá la licencia de conducir, con exclusión de los casos de conductores titulares de licencia clase A Profesional, debiendo indicarse, además de las menciones señaladas en el artículo siguiente, claramente los hechos y si fueren varias las infracciones, aquellos que correspondan a la más grave.“;
b) Reemplázanse los incisos tercero y cuarto del artículo 22 de la Ley N° 18.287, por los siguientes:
“Todo conductor, con exclusión del titular de la licencia clase A, Profesional, que fuere denunciado personalmente a un Juzgado de Policía Local en la forma establecida en el artículo 3°, como autor de infracción o contravención grave, menos grave o leve a la Ley de Tránsito, cuando en el hecho no existieren lesiones o daños, podrá eximirse de concurrir al tribunal en cumplimiento de la citación que se le hubiere practicado, si acepta la infracción y la imposición de la multa.
“Se entenderá que el denunciado la acepta por el sólo hecho de pagar la multa, rebajada en un 25 % del monto que establece la ley para la categoría de infracción cometida. La multa deberá pagarse a más tardar el día anterior al de la citación, mediante vale vista bancario, cheque de una cuenta personal del denunciado, ambos emitidos nominativamente al Tesorero de la Municipalidad que corresponda al Juzgado de Policía Local de la citación, que podrá ser enviado a este tribunal por carta certificada, exhorto de Juzgado de Policía Local del domicilio del denunciado, o entregado en la Secretaría del Juzgado, en todos los casos junto a la boleta de citación respectiva. El Juez deberá emitir la orden de ingreso de la multa y enviar el documento de pago al Tesorero Municipal de inmediato y archivará la causa, a menos que exista un pago indebido por error notorio del denunciado o de la calificación de la infracción. En cuyo caso podrá citar al infractor a fin que efectué el pago íntegro. Asimismo, el Juez comunicará al Registro Nacional de Conductores la infracción para los efectos de su anotación.
“Los conductores titulares de licencia clase A Profesional, tendrán derecho a la rebaja del 25 % señalada en el inciso anterior, si pagaren la multa hasta el día de la citación al Juzgado competente o por exhorto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5°.".
c) Intercálanse los siguientes incisos cuarto y quinto al artículo 3° de la Ley 18.287, pasando los actuales incisos cuarto, quinto y sexto a ser sexto, séptimo y octavo, respectivamente:
“Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, en los casos de denuncia por escrito cuando el infractor no estuviere presente, el juez podrá decretar que la primera notificación al propietario o al conductor o tenedor, que el propietario individualizare oportunamente, se efectúe por cédula, diligencia que será practicada por un funcionario municipal que el respectivo Juez designe. La notificación podrá efectuarse en el domicilio que conste en el proceso y sólo cuando el Ministro de Fe verifique, por cualquier medio, que el domicilio señalado en el proceso corresponde al notificado, lo que deberá constar en el acta de notificación. Cuando el domicilio en que deba practicarse la diligencia se encuentre en sectores rurales el Juez podrá decretar que la citación sea practicada por Carabineros de Chile.
“Será aplicable al Ministro de Fe que designe el Juez para la notificación señalada en el inciso anterior, lo establecido en el inciso final del artículo 8° de esta ley y si la municipalidad respectiva proporcionare los medios de movilización, los derechos, que serán de cargo de la municipalidad, no podrán exceder del 25 %del Arancel de los Receptores Judiciales.”.
d) Reemplazase el inciso quinto del artículo 23, por el siguiente:
“En las denuncias señaladas en el inciso tercero del artículo 3°, el tribunal podrá decretar las medidas de apremio que señala el inciso primero, sólo cuando la citación hubiere sido notificada por cédula al propietario inscrito o a quien éste hubiere individualizado en la oportunidad legal correspondiente, como conductor, comprador o tenedor del vehículo o cuando habiéndosele notificado por carta certificada, existan antecedentes suficientes en el proceso que permitan presumir fundamente que el domicilio del notificado es aquel al que se envió la carta certificada, lo que certificará el Secretario del Tribunal en el proceso. Con todo, si no se hubiere cumplido la orden de arresto, deberá el Juez decretar que se comunique la sentencia al Registro de Multas No Pagadas.".
Artículo 2°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 18.290.-
A) En el artículo 4°:
1.- Sustitúyese el inciso segundo por el siguiente:
“Para efectos del inciso anterior, solamente Carabineros de Chile podrá utilizar, actuando en tiempo real, equipos de su propiedad para registrar las infracciones a las normas de tránsito y transporte público... Dichos equipos se ajustarán a lo dispuesto en los incisos siguientes.";
2.- Sustitúyese el inciso cuarto, por el siguiente:
"Corresponderá al Instituto Nacional de Normalización dictar las normas técnicas a las que deberán ajustarse los equipos a que se refiere el inciso anterior, para que cumplan adecuadamente sus fines.";
3.- Sustitúyese el inciso quinto por el siguiente:
"En todo caso, será condición esencial para operar dichos equipos, que se señalice reglamentariamente, la existencia de los controles de velocidad.";
4°.- Deróganse los incisos sexto, séptimo y octavo
B) Agrégase al artículo 36 el siguiente inciso quinto:
El propietario de un vehículo deberá mantener actualizado su domicilio en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados y, si fuere persona jurídica, se deberá señalar y mantener actualizada la individualización y número de la cédula de identidad de quien sea su representante legal.";
C) Sustitúyese el artículo 150 por el siguiente:
“Artículo 150.- Cuando no existan los riesgos o circunstancias señaladas en los artículos anteriores, serán límites máximos de velocidad los siguientes:
1.- En zonas urbanas:
a) Vehículos de menos de 2.500 kilogramos de pesos total y motocicletas: 60 kilómetros por hora. No obstante, tratándose de vías que según el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones integren la red vial básica de una ciudad, las municipalidades deberán establecer señalizándolos debidamente, límites de velocidad conforme a las normas de mismo Ministerio. En todo caso, no podrán establecerse límites de velocidad máxima superiores a 70 kilómetros por hora;
b) Vehículos con más de 17 plazas incluido el conductor, buses, camiones de 2.500 kilogramos o más de peso total, y vehículos de transporte escolar: 50 kilómetros por hora.
c) En los lugares que existan entradas o salidas de establecimientos escolares, ningún vehículo podrá circular a una velocidad superior a 30 kilómetros por hora, durante los períodos de ingreso o salida de escolares. El reglamento establecerá la forma en que será obligatorio señalizar estas zonas durante dicho período.
2.- En zonas rurales:
a) Se establece como velocidad máxima general 100 kilómetros por hora;
b) En caminos pavimentados que dispongan de dos o más pistas en el mismo sentido, la velocidad máxima será de 120 kilómetros por hora; no obstante, si no existiera berma, lo que deberá estar señalizado, la velocidad máxima será de 100 kilómetros por hora;
c) En todo caso, los buses no podrán circular a una velocidad superior a 90 kilómetros por hora;
d) Asimismo, los camiones de 2.500 kilogramos o más de peso total, y vehículos de transporte escolar no podrán superar los 80 kilómetros por hora.
D) En el artículo 175, inciso tercero, agrégase, sustituyendo el punto final por un punto seguido, la siguiente oración: "Sin embargo, si el conductor o tenedor oportunamente individualizado por el propietario, no fuere habido o no pagare la multa por cualquier causa, se dictará sentencia en contra del propietario.".
F) Derógase el N° 3 del artículo 197, y
G) Intercálase, a continuación del artículo 200, el siguiente artículo 200 bis:
"Artículo 200 bis.- Para los efectos de la calificación y penalidad de las infracciones relativas a la velocidad, se establece un rango de tolerancia general de 5 kilómetros por hora, que deberá sumarse a los límites de velocidad del artículo 150.
Constituirá infracción leve, exceder en 10 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad del artículo 150.
Constituirá infracción menos grave, exceder de 11 a 20 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad del artículo 150.
Constituirá infracción grave, exceder de 21 a 30 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad del artículo 150 y que será sancionada con una multa de $50.000.
Constituirá infracción gravísima, exceder en más de 30 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad del artículo 150 y que será sancionada con una multa de $75.000.", e
H) Sustitúyese el inciso segundo del artículo 201 por el siguiente:
"El propietario de un vehículo que no cumpliere las obligaciones establecidas en los incisos cuarto y quinto del artículo 36 será sancionado con una multa de dos a cincuenta unidades tributarias mensuales. Esta infracción también podrá ser denunciada por el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, fundado en cualquier información oficial que recibiere.".
(FDO.): Evelyn Matthei Fornet.- Andrés Chadwick Piñera.- Jovino Novoa Vásquez.- Rodolfo Stange Oelckers
MOCIÓN DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES FREI (DON EDUARDO), Y PÁEZ, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 17.288, SOBRE MONUMENTOS NACIONALES, Y LA LEY Nº 19.300, SOBRE BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE, CON EL FIN DE REGULAR LA EXTENSIÓN MÁXIMA DE PARQUES PRIVADOS DESTINADOS A PRESERVACIÓN DE LA NATURALEZA (2778-12)
El país ha tomado conocimiento del interés de un extranjero de crear en la Región de Los Lagos un espacio orientado a la preservación de la naturaleza, razón por la que ya habría adquirido 270.000 hectáreas que abarcarían un territorio que se extendería desde el sur de Hornopirén hasta casi 30 kilómetros al sur de Caleta Gonzalo, en la provincia de Palena.
De concretarse esta iniciativa, que se denominaría " Parque Pumalín", ella se convertiría en una de las más grandes extensiones dedicadas a la protección de la naturaleza que existen en el país, sólo superada por tres parques nacionales y tres reservas naturales, de las 92 que administra el Estado.
Desde luego, nadie puede oponerse de manera absoluta a que la iniciativa privada se sume a los esfuerzos que realiza el sector público por preservar zonas protegidas. Este esfuerzo del Estado en la Región de los Lagos ya se ha manifestado en la creación de los Parques Nacionales de Puyehue, Vicente Pérez Rosales, Alerce Andino y Hornopirén.
A estos espacios públicos la iniciativa privada desea agregar otras extensiones de ese territorio. Sin embargo, este tipo de proyectos, por muy loables que sean, no pueden llevar al absurdo que a través de ellos se termine despoblando una parte importante de una región o se afecten otros legítimos derechos de los connacionales que habitan esa zona.
Para evitar el mal uso de una idea atendible, consideramos necesario modificar la legislación vigente con el fin de establecer limitaciones territoriales a la extensión máxima que pueden alcanzar los parques privados, sea que ellos pertenezcan a una persona natural o jurídica, chilena o extranjera, de manera que estas zonas .no superen el veinte por ciento de la superficie terrestre de una comuna ni el quince por ciento del de una provincia. Una norma de este tipo permite la creación de parques privados pero evita llegar al extremo de que, a través de ellos, se atente contra las políticas públicas de colonización que, desarrolla el Estado. Asimismo, las enmiendas legislativas que se sugieren en este Proyecto son concordantes con el mandato del artículo 19, Nº 24, de la Constitución Política, que faculta al legislador para imponer limitaciones al de ella, que en este caso se expresa en el interés general por poblar todo el territorio nacional y así contribuir al desarrollo del país.
Es necesario, también, disponer que los planes de manejo de esos parques se ajusten en todo a la normativa nacional que regula las áreas silvestres protegidas por el Estado y se garanticen los derechos de todos los chilenos de acceder a ellos.
Por estas razones, es necesario adecuar la Ley de Monumentos Nacionales y la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con el fin de regular la extensión máxima que pueden alcanzar los parques privados que se destinan a la preservación de la naturaleza, no con el propósito de desincentivar tales iniciativas, sino para armonizarlas con otros intereses públicos y proteger los derechos de los habitantes de las zonas donde se quiere que estos parques privados se establezcan.
Finalmente, se consigna una disposición transitoria que permite que las actuales áreas silvestres protegidas o santuarios de la naturaleza que se creen a partir de propiedades privadas, mantengan sus cabidas aun cuando superen las extensiones máximas que se establecen en este proyecto de ley.
Por las razones antes expresadas, proponemos a la consideración del Congreso Nacional el siguiente:
Proyecto de ley:
"Artículo lº.- Sustitúyese el artículo 31 de la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, por el siguiente:
"Artículo 31.- Son santuarios de la naturaleza todos aquellos sitios terrestres o marítimos que ofrezcan posibilidades especiales para estudios e investigaciones geológicas, paleontológicas, zoológicas, botánicas o de ecología, o que posean formaciones naturales, cuyas conservaciones sean de interés para la ciencia o para el Estado.
Los sitios mencionados que fueren declarados santuarios de la naturaleza quedarán bajo la custodia del Consejo de Monumentos Nacionales, el cual será asesorado por el organismo administrador del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado. Sobre estas zonas mantendrán sus facultades los demás organismos públicos, en lo que les corresponda.
No se podrá, sin autorización previa del Consejo, iniciar en ellos trabajos de construcción o excavación, ni desarrollar actividades como pesca, caza, explotación rural o cualquiera otra actividad que pudiere alterar su estado natural.
Si estuvieron situados en terrenos particulares, los santuarios no podrán exceder del veinte por ciento de la superficie terrestre de una comuna, ni el quince por ciento del de una provincia en el evento de que estén ubicados dentro de los límites de ésta. Los santuarios estarán afectos a igual tratamiento, obligaciones y cargas que las pertenecientes al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado y sus dueños deberán velar por su debida protección, denunciando ante el Consejo los daños que por causas ajenas a su voluntad se hubiere producido en ellos.
La declaración de una zona como santuario de la naturaleza deberá someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental que establece la ley Nº 19.300 y sus reglamentos.".
Artículo 2º.- Reemplázase el incisos tercero del artículo 35 de la ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, por el siguiente:
"La afectación a estas áreas será voluntaria y no podrá superar el veinte por ciento de la superficie terrestre de una comuna, ni el quince por ciento de la de una provincia en el evento de que estas áreas estén ubicadas dentro de los límites de ésta. Esta afectación se perfeccionará, previo estudio de impacto ambiental favorable, mediante resolución, dictada por el organismo señalado en el inciso anterior, que acoge, la respectiva solicitud de su propietario. Dicha resolución contendrá la enumeración de las obligaciones a las que se somete su propietario; se reducirá a escritura pública, y se inscribirá para efectos de publicidad en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces competentes.".
".Artículo Transitorio.- Los santuarios y áreas silvestres protegidas privados cuyas cabidas excedan de los porcentajes de superficie a que se refieren los artículos lo y 2' esta ley, respectivamente, podrán mantener sus actuales extensiones territoriales, pero sus superficies se computarán para el efecto de determinar dichos porcentajes.
(FDO.): Eduardo Frei Ruíz-Tagle.- Sergio Páez Verdugo
MOCIÓN DE LOS HONORABLE SENADORES SEÑORES BITAR, LAGOS Y ZALDÍVAR (DON ANDRÉS), CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.713, QUE ESTABLECE COMO MEDIDA DE ADMINISTRACIÓN EL LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA POR ARMADOR, A FIN DE INCORPORAR A UNIDADES DE PESQUERÍA QUE INDICA, EN ZONAS QUE SEÑALA, AL CITADO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN (2777-03)
CONSIDERANDO
l)Que la medida de administración pesquera establecida en la ley 19.713, de 25 de enero de 2001, estableció límites máximos de captura por armador pesquero industrial, ha tenido un adecuado funcionamiento, tendiente al desarrollo sustentable de las unidades de pesquería sujetas a su normativa;
2) Que esta medida de administración pesquera resulta conveniente extenderla a las unidades de pesquerías pelágicas de la anchoveta sardina y jurel en el área marítima correspondiente a la I y II Región, que son las únicas pesquerías en plena explotación que no están sujetas a esta medida de administración; y
3) Que la aplicación de las medidas de administración de la ley 19.713 permitirá a la Industria Pesquera reducir costo, aumentar la competitividad, dar mayor regularidad a las actividades laborales, todo ello de acuerdo a la experiencia lograda en la Industria Pesquera de la Zona Sur donde ha aplicado este régimen.
Por estas consideraciones, se propone el siguiente proyecto de ley:
ARTÍCULO ÚNICO: Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley 19.713:
Agréguese al final del artículo 2º las siguientes letras:
q) Sardina (Sardinops sagax) y anchoveta (Engraulis ringens), en el área marítima correspondiente a la 1 y 11 Región.
r) Jurel (Trachurus murphyi), en el área marítima correspondiente a la I y II Región.
2) Enel artículo cuarto, inciso 2, entre las letras e) y f), suprímese la conjunción "y", reemplazándola por una coma (,) y a continuación de la letra f) agrégese las letras "q) y r)".
3) Agréguese el siguiente Artículo Transitorio.
Artículo 4º.- Para la primera asignación, la publicación de la resolución a que se refiere el artículo 6º de la ley 19.713, respecto de las unidades de pesquería señaladas en el artículo 2º, letras q) y r), se efectuará dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la presente ley. En la primera asignación de límite máximo de captura por armador, se considerarán las autorizaciones de pesca vigentes para cada unidad de pesquería, a la fecha del decreto supremo a que se refiere el artículo 6º de la ley 19.713.
(Fdo.): Sergio Bitar Chacra.- Julio Lagos Cosgrove.- Andrés Zaldívar Larraín.-