Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
CREACIÓN DE DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Marcos Aurelio Aburto Ochoa
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera Gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Jovino Novoa Vasquez
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Hamilton Depassier, Juan
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- DEBATE
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Gabriel Valdes Subercaseaux
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
-
LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA PESQUERA POR ARMADOR Y REGULARIZACIÓN DE REGISTRO ARTESANAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
- INTERVENCIÓN : Carmen Frei Ruiz Tagle
- INTERVENCIÓN : Ramon Vega Hidalgo
- INTERVENCIÓN : Alejandro Foxley Rioseco
- INTERVENCIÓN : Sergio Bitar Chacra
- INTERVENCIÓN : Miguel Adolfo Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Rafael Moreno
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Gabriel Valdes Subercaseaux
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Rodolfo Stange Oelckers
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Sergio Paez Verdugo
- DEBATE
-
CREACIÓN DE DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- PETICIÓN DE OFICIO : Hamilton Depassier, Juan
- PETICIÓN DE OFICIO : Julio Lagos Cosgrove
- PETICIÓN DE OFICIO : Julio Lagos Cosgrove
- PETICIÓN DE OFICIO : Rafael Moreno
- PETICIÓN DE OFICIO : Rafael Moreno
- PETICIÓN DE OFICIO : Francisco Prat Alemparte
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
- PETICIÓN DE OFICIO : Rodolfo Stange Oelckers
-
RECONOCIMIENTO DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
-
FALLECIMIENTO DE DON EUGENIO VELASCO LETELIER
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
-
DERECHOS HUMANOS Y MESA DE DIÁLOGO
- INTERVENCIÓN : Carlos Ominami Pascual
-
RÉPLICA A SENADORES SEÑORES MUÑOZ BARRA Y OMINAMI
- INTERVENCIÓN : Fernando Cordero Rusque
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RELATIVO AL DIAGNÓSTICO DE LA DISCAPACIDAD EN CHILE
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- Carlos Bombal Otaegui
- Mario Enrique Rios Santander
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- Enrique Zurita Camps
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RELATIVO AL DIAGNÓSTICO DE LA DISCAPACIDAD EN CHILE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 343ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 21ª, en martes 9 de enero de 2001
Ordinaria
(De 16:23 a 20:18)
PRESIDENCIA DEL SEÑOR ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE
SECRETARIOS, LOS SEÑORES CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR, Y SERGIO SEPÚLVEDA GUMUCIO, SUBROGANTE
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS............................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités.............................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite, que crea la Defensoría Penal Pública (2365-07) (se aprueba en particular.............................................................
Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece normas sobre límite máximo de captura por armador y regulariza registro pesquero artesanal (2578-01) (se aprueba en general)................................................................
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)...............
Reconocimiento de violaciones a derechos humanos (observaciones del señor Muñoz Barra).
Fallecimiento de don Eugenio Velasco Letelier (intervención del señor Muñoz Barra)..............................................................................................
Derechos humanos y Mesa de Diálogo (observaciones del señor Ominami)....................................................................................................
Réplica a Senadores señores Muñoz Barra y Ominami (observaciones del señor Cordero).............................................................................................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Cordero Rusque, Fernando
--Chadwick Piñera, Andrés
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Frei Ruiz-Tagle, Eduardo
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larraín Fernández, Hernán
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pérez Walker, Ignacio
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros Secretario General de la Presidencia ; Secretario General de Gobierno; de Economía , Fomento y Re construcción, de Minería, y Presidente de la Comisión Nacional de Energía; de Justicia y del Trabajo y Previsión Social, y los señores Subsecretario de Pesca y Director del Servicio Nacional de Pesca.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Sergio Sepúlveda Gumucio.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:23, en presencia de 24 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).- Se da por aprobada el acta de la sesión 19ª, ordinaria, en 19 de diciembre de 2000, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 20ª, ordinaria, en 3 del mes en curso, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SEPÚLVEDA ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Tres de Su Excelencia el Presidente de la República:
Con los dos primeros hace presente la urgencia, en el carácter de "simple", respecto de los siguientes proyectos de ley:
1) El que regula la constitución y organización de equipos de fútbol profesional y establece normas especiales que los rigen (boletín Nº 2.148-02), y
2) El que modifica la Ley General de Cooperativas (boletín Nº 855-03).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Con el último retira la urgencia y la hace presente, nuevamente, en el carácter de "simple", respecto del proyecto de ley que modifica el Código de Aguas. (Boletín Nº 876-09).
--Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
De la Honorable Cámara de Diputados, con el que comunica que ha dado su aprobación al proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo de 1992 que enmienda el Convenio Internacional sobre la Constitución de un Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos, adoptado en Londres el 27 de noviembre de 1992. (Boletín Nº 2.569-10).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
De la Excelentísima Corte Suprema, con el que emite su opinión acerca del proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, en lo relativo a las nuevas modalidades de contratación, al derecho de sindicación, a los derechos fundamentales del trabajador y a otras materias que indica. (Boletín Nº 2.626-13).
--Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Del señor Ministro de Hacienda, con el que responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, referente al Instituto Forestal.
Seis del señor Ministro Secretario General de la Presidencia :
Con los tres primeros contesta sendos oficios enviados en nombre del Senador señor Andrés Zaldívar, relativos a dos mociones que indica presentadas por éste; a la Fundación Bosque Pumalín, y a la protección de los denunciantes de hechos de corrupción.
Con el cuarto responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Lavandero, concerniente al subsidio a la contratación de mano de obra en zonas extremas.
Con el quinto contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Bitar, tocante al impuesto a las zonas francas.
Con el último responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Ruiz-Esquide, atinente a la presentación realizada por la Corporación Mutual de Ex Funcionarios de Ferrocarriles del Estado, en la que se exponen los problemas que los aquejan.
Del señor Ministro de Obras Públicas, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Moreno, respecto de la Escuela G-414.
Dos de la señora Ministra de Salud:
Con el primero responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, sobre la capa de ozono.
Con el segundo contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Bombal, relativo al problema que afecta a los vecinos de las poblaciones que indica.
Del señor Subsecretario de Economía , Fomento y Reconstrucción, con el que responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, referente al Camino Longitudinal Austral.
Del señor Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Stange, atinente a la obligación de que las naves pesqueras cuenten con un sistema de posicionamiento automático.
De la señora Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, con el que responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, tocante al daño ambiental que genera la circulación de vehículos motorizados en las playas.
Del señor Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath, acerca de la explotación del bosque nativo.
De la señora Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Energía , con el que responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, concerniente a la posible integración energética entre la Región de Aisén y las provincias argentinas de Chubut y Santa Cruz.
Del señor Intendente de la Sexta Región , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Chadwick, sobre el desborde del río Tinguiririca.
Del señor Presidente del Banco del Estado, con el que responde un oficio enviado en nombre del Honorable señor Romero, relativo a la necesidad de instalar una sucursal de dicho banco en la comuna de Santa María, provincia de San Felipe.
--Quedan a disposición de los señores Senadores.
Comunicaciones
De la Comisión de Relaciones Exteriores, con la que comunica que en sesión del día de hoy acordó, a solicitud del Senador señor Horvath, constituirse como Grupo Interparlamentario de Amistad Chileno-Noruego, invitando a los señores Senadores que deseen integrarlo para que lo hagan en la Secretaría de la Comisión, antes del 30 de enero en curso.
--Se toma conocimiento.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con la que solicita eximir del trámite de segundo informe por dicha Comisión al proyecto de ley que autoriza a las municipalidades para otorgar prestaciones de bienestar a sus funcionarios (boletín Nº 2.566-06), respecto del cual la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización ya evacuó su segundo informe. Agrega que la referida iniciativa fue eximida, en su oportunidad, del primer informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y que, además, no contiene materias netamente laborales o de seguridad social.
--Se accede.
Informes
Uno de la Comisión de Relaciones Exteriores y otro de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, recaídos en el proyecto de acuerdo que aprueba las rectificaciones al texto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático, adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992. (Boletín Nº 2.519-10).
Segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que prohíbe el ingreso al territorio nacional de desechos provenientes de terceros países. (Boletín Nº 150-11)
Informe de la Comisión de Salud, relativo al Diagnóstico de la Discapacidad en Chile.
Cinco de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaídos en las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía de los señores Hugo Alfonso Sepúlveda Díaz, Moisés Antonio Rodríguez Gazaue, Ángel Habner Estrada Manríquez, Bernardo San Martín Bello y Gastón Mario Torres Márquez. (Boletines Nºs. S 370-04, S 496-04, S 508-04, S 526-04 y S 527-04, respectivamente).
--Quedan para tabla.
Solicitud
Del señor Víctor Segundo Hoffer Broca-Lavié, con la que pide la rehabilitación de su ciudadanía. (Boletín Nº S 530-04).
--Pasa a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la Cuenta.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Secretario .
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Los Comités, en sesión de hoy, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
1.- Ampliar hasta el jueves 11 de enero, a las 12, el plazo para formular indicaciones al proyecto sobre seguro de desempleo.
2.- Facultar al señor Presidente para incluir en el segundo lugar de la tabla de hoy el proyecto que establece, como medida de administración, el límite de captura por armador a las principales pesquerías industriales y la regularización del registro pesquero artesanal, con informe verbal de la Comisión de Hacienda, a fin de despacharlo en general.
3.- Suprimir los Incidentes de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 10.
4.- Proponer a la Sala la aprobación del siguiente proyecto de acuerdo, que se incorporará en la Cuenta de la presente sesión:
"Ante las informaciones dadas a conocer al país como resultado de la Mesa de Diálogo impulsada por el Gobierno del Presidente Ricardo Lagos, el Senado acuerda:
"1.- Valorar el esfuerzo realizado por las distintas instituciones y personas que acogieron el llamado hecho por la Mesa de Diálogo sobre los Derechos Humanos, en especial de las Fuerzas Armadas y entidades religiosas y morales, en orden a proporcionar los antecedentes necesarios para conocer el destino de los detenidos desaparecidos.
"2.- Expresar la esperanza del Senado en que este importante paso sirva para incentivar a quienes, teniendo información y que no la han entregado, puedan tomar conciencia acerca de la necesidad que tienen los familiares de las víctimas y el conjunto del país de poder aclarar de manera definitiva la suerte corrida por las demás personas que se encuentran desaparecidas.
"3.- Manifestar su esperanza en que la nueva etapa que se abre tras los resultados arrojados por la Mesa de Diálogo permita avanzar hacia un auténtico reencuentro de todos los chilenos que sirva para superar las heridas y divisiones del pasado.
"4.- Declarar su permanente disposición a prestar toda la cooperación que se requiera con el fin de asegurar la paz y la armonía entre nuestros compatriotas.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto de acuerdo.
--Se aprueba.
V. ORDEN DEL DÍA
CREACIÓN DE DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que crea la Defensoría Penal Pública, con segundos informes de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y de Hacienda.
2365-07
Creación de defensoría penal pública
--Los antecedentes sobre el proyecto (2365-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 35ª, en 10 de mayo de 2000.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 9ª, en 11 de julio de 2000.
Constitución (segundo), sesión 20ª, en 3 de enero de 2001.
Hacienda (segundo), sesión 20ª, en 3 de enero de 2001.
Discusión:
Sesión 10ª, en 12 de julio de 2000 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN (Secretario).-
El Ejecutivo hizo presente la "simple urgencia" para este proyecto, que fue aprobado en general por el Senado en sesión de 12 de julio pasado.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento deja constancia en su informe, para los efectos reglamentarios, de que todos los artículos fueron objeto de indicaciones o de modificaciones, y consigna las restantes materias a que alude el artículo 124 del Reglamento.
Con todo, los artículos 35 y 41 del texto propuesto deben darse por aprobados al no haber sido objeto de modificaciones en el segundo informe, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero de la norma reglamentaria recién citada. Ambos son de quórum simple
--Se aprueban los artículos 35 y 41.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Secretaría ha elaborado un boletín comparado dividido en tres columnas: la primera contempla el texto aprobado en general por el Senado; la segunda, las modificaciones propuestas en el segundo informe por la Comisión de Constitución, y la tercera, la redacción final.
Todas las modificaciones propuestas por la Comisión a las distintas normas fueron aprobadas por unanimidad, con excepción de las relativas al artículo 7º. Éste en definitiva fue rechazado, con los votos negativos de los Senadores señores Chadwick, Díez y Silva. Se pronunció a favor el Honorable señor Aburto.
Por su parte la Comisión de Hacienda, por la unanimidad de sus miembros -Senadores señora Matthei y señores Boeninger, Foxley, Ominami y Prat-, acogió sin enmiendas el texto despachado por la Comisión de Constitución.
Finalmente, cabe hacer presente que los artículos 4º, 5º, 8º, 9º, 11, 12, 21, 23, 30, 45, 73 y 75 tienen carácter orgánico constitucional y su aprobación requiere el pronunciamiento favorable de los cuatro séptimos de los señores Senadores en ejercicio, es decir, 27 votos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión particular.
Tiene la palabra el señor Senador informante.
El señor ABURTO .-
Señor Presidente , dentro del conjunto de proyectos que integran la reforma procesal penal -algunos de los cuales ya son ley de la República-, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento presenta en esta oportunidad su segundo informe sobre aquel que crea la Defensoría Penal Pública.
La urgencia con que el Ejecutivo calificó la iniciativa se justifica plenamente, porque, como bien saben Sus Señorías, el nuevo Código Procesal Penal rige desde el 16 de diciembre pasado en las Regiones de Coquimbo y de la Araucanía. Ello ha obligado al Ministerio de Justicia a diseñar un sistema provisorio para proveer de defensa jurídica a los imputados, el cual se explica en la primera parte del informe referido.
Las modificaciones que la Comisión propone introducir al proyecto aprobado en general mantienen las líneas globales del texto despachado por la Cámara de Diputados y, dentro de ese esquema, constituyen mejoramientos técnicos que han sido aprobados por unanimidad y cuentan con el respaldo del Ejecutivo.
Me referiré solamente a los cuatro aspectos de mayor relevancia:
1) Naturaleza jurídica de la Defensoría Penal Pública
La Cámara de Diputados intentó asimilar la Defensoría Penal Pública al Ministerio Público, declarando que sería un organismo autónomo; que el Defensor Nacional sería nombrado por el Presidente de la República pero duraría diez años en el cargo; que su remoción debería ser determinada con acuerdo del Senado y que debería rendir cuenta pública anual de su gestión, lo que también correspondería hacer a los Defensores Regionales.
La Comisión, en cambio, concordó con el señor Ministro de Justicia en que la diferente fuente constitucional de ambos organismos conduce a establecer a la Defensoría como un servicio público descentralizado y, en esa medida, inserto en la Administración del Estado.
Por lo mismo, se hallará sujeto a las reglas generales en la materia, como en lo relacionado con la calidad del Defensor Nacional de funcionario de exclusiva confianza del Primer Mandatario y la eliminación de la cuenta pública. Esto último, sin perjuicio de la obligación de mantener actualizados y disponibles para el público los principales antecedentes de su gestión y de hacerlos llegar al Senado, a la Cámara de Diputados, a la Corte Suprema y a los Ministerios de Justicia y de Hacienda.
2) Sistema para la prestación del servicio de defensa penal
La iniciativa instaura un sistema conforme al cual la defensa penal pública será prestada en un primer momento por los abogados de la Defensoría, llamados Defensores Locales, sobre los cuales descansa en general la carga de la Defensa Penal Pública en el territorio, y luego, por los abogados particulares o pertenecientes a personas jurídicas, públicas o privadas, que hayan sido seleccionadas en un proceso de licitación.
La Comisión recibió sendas indicaciones en dos sentidos: por una parte, se pretende restringir la licitación sólo a las personas jurídicas privadas, y por otra, eliminarla sustituyéndola por la celebración de convenios con abogados particulares o con personas jurídicas, especialmente las Corporaciones de Asistencia Judicial, en lo referente a la prestación de la defensa.
Después de un análisis exhaustivo, donde se escuchó a los Directores Generales de las cuatro Corporaciones de Asistencia Judicial y al señor Ministro de Justicia , la Comisión optó por mantener el sistema elaborado por el Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Diputados.
3. Reforzamiento de la relación entre el cliente y el abogado.
El referido órgano técnico se hizo cargo de varias inquietudes planteadas durante el primer informe por el Consejo General del Colegio de Abogados de Chile, destinadas a fortalecer la relación personal entre el abogado defensor y la persona a quien defiende. Por ejemplo, se aclara que el derecho del imputado o acusado a elegir su defensor no se refiere a una persona jurídica -si hubiese sido ésta la que ganó la licitación-, sino que siempre se relaciona con una persona natural, que en este caso será alguno de los abogados que pertenezca a esa persona jurídica y que se encuentre disponible. Habrá una nómina de profesionales para este efecto.
Por lo mismo, las reclamaciones que puedan presentarse afectarán prioritariamente al abogado que preste el servicio -sin perjuicio de ponerse ello en conocimiento de la persona jurídica a la cual pertenezca-, el cual incurrirá en la responsabilidad que corresponda.
Además, se mantienen los sistemas de fiscalización sobre quienes prestan la defensa penal, pero con varias precisiones. Entre ellas, por una parte, se dispone que las auditorías externas no tendrán por objeto controlar la administración de los recursos, sino los estándares básicos que deben cumplirse en el procedimiento penal, fijados por el Defensor Nacional. Y por otro lado, se señala que, dentro de las informaciones que se deben proporcionar, no quedarán incluidas las que se encuentren amparadas por el secreto profesional, lo que se agrega a la confidencialidad de todo antecedente relativo a casos particulares donde se esté prestando defensa penal pública.
Lo anterior, en realidad, había sido objetado por el Colegio de Abogados, pero, con motivo de la redacción de las disposiciones concernientes a ese punto, se tomaron todas las medidas tendientes a evitar que se viole precisamente el secreto profesional.
4. La práctica profesional.
Hay un último aspecto que conviene destacar, el cual, aunque podría estimarse menor, tiene importancia considerable para la profesión de abogado. Se refiere a la solución del problema que podría presentarse en el futuro a los postulantes a abogados en el desarrollo de su práctica profesional en materia penal. Ello, como consecuencia de que la defensa penal sólo podrán realizarla quienes tengan ese título, a diferencia de la situación actual, donde también participan los estudiantes habilitados o los egresados de Derecho.
Lo anterior obedece a que, como se ha cambiado hoy el procedimiento penal conforme al nuevo Código Procesal Penal y será muy compleja la actividad que deberá llevarse a cabo, resulta necesario -esto no ocurre en el actual sistema- que los postulantes a abogados cuenten con título profesional para cumplir dicha finalidad.
Al respecto, convinimos, con el respaldo del Ejecutivo, en facultar a las Corporaciones de Asistencia Judicial para celebrar convenios con el Ministerio Público y con la Defensoría Penal Pública, a fin de que los postulantes realicen su práctica penal en dichos organismos.
De acuerdo a los términos reseñados, la Comisión recomienda a la Sala aprobar en su integridad las enmiendas planteadas, incluyendo la modificación del artículo 27 que sugerirá el Ejecutivo , consistente en elevar de 57 a 80 el número de las Defensorías Locales, y que corresponde a una de las peticiones que formulamos expresamente a los Ministerios de Hacienda y de Justicia.
En resumen, señor Presidente, se trata de un proyecto bien constituido, muy estudiado y comprende todos los aspectos que pueden resultar necesarios para cumplir con la finalidad de la defensoría penal de los imputados.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , con esta iniciativa se pone término a la reforma procesal penal, materia cuya importancia justifica el formular algunas consideraciones de orden general.
La verdad es que el sistema que, de común acuerdo y después de no pocos debates, hemos diseñado, presenta algunos problemas que, en mi opinión, conviene resaltar esta tarde en el Senado.
En primer lugar, se mantiene cierta asimetría entre el poder de la Fiscalía, por una parte, y el de la Defensoría Penal Pública, por otra. Nadie podría sostener en esta Sala que hay perfecta igualdad entre ambos organismos, como habría sido nuestro mayor interés. Sin embargo, pasar de un sistema acusatorio, como el que existe actualmente, donde el juez investiga, acusa y sentencia, a otro perfectamente equilibrado de acusación del fiscal y de defensa penal pública, era tal vez excesivo. En todo caso, hemos dado un paso importante al establecer un sistema de Defensoría Penal Pública muy superior al existente, aun cuando no es el ideal al que muchos aspirábamos.
En segundo lugar, nos habría agradado que la Defensoría Penal Pública hubiera tenido carácter autónomo, análogo al que posee la Fiscalía Nacional, porque el hecho de depender directamente del Presidente de la República significará, primero, cierta injerencia del Gobierno de turno en el manejo de la Defensoría Penal -lo cual no ocurre, por ejemplo, con la acusación ni con el fiscal-, y segundo, que la Oposición podrá acusar al Gobierno cuando la Defensoría no esté acorde con las exigencias del debido proceso.
Podrá aducirse que muchos servicios o ministerios importantes dependen directamente del Presidente de la República o que integran el Gobierno, como el de Salud o el de Educación, y que ese hecho no les reporta mayor dificultad. Sin embargo, en lo referente al proceso penal existe cierta anomalía -por así decirlo-, ya que mientras la Fiscalía es una entidad autónoma, la Defensoría depende del Gobierno.
El señor SILVA .-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor VIERA-GALLO.-
Con mucho agrado, señor Senador, con la venía de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Silva .
El señor SILVA .-
Señor Presidente , con el mayor respeto intentaré rectificar la afirmación tan categórica del Honorable colega.
No es efectivo que la Defensoría Penal Pública vaya a tener tal dependencia, por cuanto el artículo 1º, específicamente, lo crea como un Servicio funcionalmente descentralizado y territorialmente desconcentrado, lo que, desde el punto de vista jurídico, le significa autonomía y sólo supervigilancia por parte del Presidente de la República . De tal manera que el temor de una dependencia -se lo digo muy respetuosamente al Senador señor Viera-Gallo - no existe.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , el Honorable señor Silva tiene toda la razón. Ha hecho una muy buena precisión desde el punto de vista del Derecho Administrativo, pero, en mi opinión, el problema subsiste desde el punto de vista de su sustancia. En efecto, mientras el Fiscal es nombrado con acuerdo del Senado y no puede ser removido por el Presidente de la República , el jefe del Servicio es designado por el Primer Mandatario y, por tanto, es un funcionario de su exclusiva confianza. Admito que, como Su Señoría indica, la Defensoría gozará de autonomía por ser un organismo descentralizado, pero, obviamente, esa autonomía será menor a la que tendrá la Fiscalía.
Hechas estas consideraciones previas de carácter general, me parece que el proyecto constituye un avance muy sustancial respecto de lo que existe hoy día. Hemos establecido un servicio público descentralizado, con un director que depende del Presidente de la República . Y se ha precisado mejor la naturaleza del Consejo, el que pasa a denominarse "Consejo de Licitaciones".
Este punto representa una innovación enorme en materia de modernización de los servicios públicos. Dudo que exista otro donde se liciten las prestaciones hacia los privados. A lo mejor estamos dando un paso muy sustancial para la modernización del Estado, que puede servir de ejemplo en otros ámbitos de la Administración Pública.
En cuanto a la licitación misma, hubo muchas dudas. Después de largas discusiones, el asunto quedó bien establecido. En ese sentido, resulta conveniente resaltar lo preceptuado por los incisos segundo y tercero del artículo 25, que señalan:
"Los defensores locales asumirán la defensa de los imputados que carezcan de abogado en la primera actuación del procedimiento dirigido en su contra y, en todo caso, con anterioridad a la realización de la primera audiencia judicial a que fuere citado.
"Asimismo, la asumirán siempre que, de conformidad al Código Procesal Penal, falte abogado defensor, por cualquier causa, en cualquier etapa del procedimiento."
En consecuencia, cuando se inicie un proceso, siempre deberá haber un funcionario público que asuma la defensoría, la cual se podrá ejercer en cualquier etapa de aquél si falta el abogado correspondiente. Pero la filosofía central es que el Servicio funcione a través de licitaciones hacia el sector privado, hacia entes privados, que pueden ser corporaciones de asistencia judicial, bufetes de abogados, abogados particulares, facultades de Derecho, municipalidades, que participen directamente en las licitaciones y que asuman el deber de, como quien dijera, ejercer la potestad pública, en este caso de defensoría, en nombre del Estado, sin perder su carácter privado.
Ésa es, a mi modo de ver, la mayor innovación, que despertó dudas en un comienzo en muchos de nosotros y que hoy damos el paso de aprobar, con la conciencia de que se trata de una reforma muy trascendente dentro de la Administración Pública.
Otro aspecto relevante es el contenido en el artículo 49, que se refiere a las licitaciones declaradas desiertas. La disposición señala que, en tal evento, el Servicio también deberá asumir la defensa de los imputados, pero agrega que además podrá celebrar convenios directos, por plazo fijo, con abogados o personas jurídicas, públicas o privadas, que se encuentren en condiciones de asumir la defensa penal de aquéllos, hasta que se resuelva la nueva licitación. O sea, producida la deserción de la licitación, el Servicio, o asume directamente la defensa en ese momento, o bien celebra un convenio con algún ente privado o público para esos efectos. Lo importante es que la persona en ningún caso va a quedar sin defensa.
Otro punto digno de destacar es la ubicación de las Defensorías Locales, la cual quedó entregada a lo que determine la autoridad regional del Servicio, de tal manera de adecuarlas a la cantidad de población, al índice de crímenes del lugar, a la distancia, a fin de que operen con la mayor eficacia posible.
Existe un tema que deseo consultar al señor Ministro , porque no estoy seguro de si se resolvió o no. A mí me parecería lógico que los funcionarios de las corporaciones de asistencia judicial hoy existentes tuvieran algún grado de preferencia si deciden concursar a las plantas de la Defensoría Penal Pública. Sería una lástima que no quedara establecido en el proyecto, pero podría agregarse en algún trámite posterior, si hubiera voluntad por parte del Ejecutivo.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra, que es el penúltimo Senador inscrito.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , formulé un alto número de indicaciones, que en general fueron rechazadas. No las voy a renovar ahora, pues entiendo que existe urgencia para el despacho de esta iniciativa, en momentos en que la reforma procesal penal ya ha iniciado su aplicación práctica en las dos regiones piloto.
Sin embargo, quiero dejar constancia de tres cosas. Primero, de que desde el comienzo tuve reservas respecto a la necesidad de crear un servicio especial, como en definitiva ocurrió. Las corporaciones de asistencia judicial que existen en el país, en el marco del procedimiento histórico que ahora se reemplaza, han proveído, en forma adecuada, de defensa jurídica a los imputados o acusados en los distintos procesos penales. En ese sentido, quiero levantar el cargo ligero que se les ha hecho en diversas instancias. Sólo hoy el editorial de un diario de circulación nacional se refiere al tema, calificando de manera peyorativa e injusta el trabajo de las corporaciones de asistencia judicial. Ellas son, por el contrario, un servicio instalado entre nosotros, que va a seguir funcionando y otorgando representación y defensa jurídica en otros ámbitos diferentes al penal. Son instituciones que han desempeñado su labor en un marco extraordinariamente restrictivo desde el punto de vista financiero y de las facultades de que están dotadas. Numerosos colegas abogados, con generosidad y con un alto sentido y compromiso social, han otorgado a través de los años un servicio que es, en general, altamente satisfactorio.
En consecuencia, el desprenderse de la labor de las corporaciones en el campo penal, salvo en cuanto a la representación de víctimas y querellantes que puedan tomar el día de mañana, no obedece, como se pretende, a la falta de capacidad y eficacia de esas instituciones, sino a la especificidad de la defensa penal en el marco de la reforma procesal penal, que -debemos aceptarlo- justifica, en definitiva, el que exista el servicio que ahora se está instaurando.
En segundo lugar, tuve y tengo reservas en cuanto al mecanismo de licitaciones y de utilización de servicios externos que crea la ley. Es cierto que constituye una oportunidad para que la Defensoría disponga de mayor número de elementos y cumpla adecuadamente sus funciones, pero la verdad, señor Presidente , es que hemos ido más lejos que lo que la Constitución impone al Estado en su artículo 19, Nº 3. Esta norma exige que los imputados y acusados cuenten con defensa jurídica y tengan adecuada representación en los procesos a que sean sometidos. Sin embargo, la iniciativa de ley que ahora estamos sancionando establece una especie de libertad de elección, para cuyo efecto es fundamental contar con una dotación de abogados que estén, unos, en el Servicio que se crea, y otros, a través del mecanismo de licitación, en sus bufetes privados, disponibles para que el imputado elija o para que cambie, con razones fundadas, cuantas veces quiera.
En mi opinión, esto nos ha llevado a una opción extraordinariamente cara. El costo del servicio que se crea quintuplica el de las actuales Corporaciones de Asistencia Judicial. Y, por la misma razón, no puedo dejar de hacer presentes mis reservas sobre el particular.
Yo no quiero que el día de mañana, por opción de los imputados, quienes asuman las defensas sean los abogados que hayan licitado cupos, conforme a lo que establece la norma pertinente, y tengamos un servicio de elevado costo y subutilizado, simplemente por abrir la posibilidad de la libre elección.
Por último, señor Presidente , deseo hacer constar que tiene enorme importancia el que se haya acogido la indicación que formulamos a fin de regular lo atinente a las prácticas que deben realizar los egresados de Derecho como requisito para obtener el título de abogado.
La verdad es que, en los términos en que la Cámara de Diputados despachó el proyecto, la práctica profesional en el campo de la defensa penal se hacía imposible. La reforma introducida al Código Orgánico de Tribunales abre la posibilidad de que esa práctica se efectúe, y de manera muy completa, porque los egresados de Derecho podrán adscribirse a los fiscales adjuntos o a los defensores locales para, desde una u otra perspectiva, compartir la responsabilidad de la acusación o de la defensa penal y, de esa manera, no sólo devolver a la sociedad el bien que de ella han recibido, sino además completar adecuadamente su formación.
No insistiré en las indicaciones que formulé. Expreso mi satisfacción por el paso que se está dando, así como también mi esperanza en que muy pronto sea despachado el último eslabón de esta cadena legislativa originada en la reforma procesal penal, que es la ley adecuatoria, de la que ahora está conociendo la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, haré breves comentarios sobre el proyecto que estamos debatiendo.
Opino que esta iniciativa no sólo viene a cumplir una exigencia esencial del nuevo sistema de procedimiento penal que el país está implementando, sino que, al mismo tiempo, busca generar lo que señaló el Honorable señor Viera-Gallo : en la mayor medida posible, un adecuado equilibrio entre lo que son el Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública, en términos de la defensa jurídica de los imputados.
Sin embargo, quiero destacar un tercer elemento.
A mi juicio, el proyecto también tiene como objetivo mejorar en una de las materias en las que quizás nuestro sistema judicial ha tenido más debilidades: prestar eficaz asesoría jurídica a los sectores que carecen de recursos para disponer de un abogado particular.
Uno de los problemas sociales más fuertes que existen para el acceso a la justicia tal vez radica en el hecho de que las personas de menores recursos no son iguales ante la ley porque, a los efectos de su defensa ante los tribunales, carecen de la posibilidad de contar con un profesional con experiencia y preparación adecuadas para representarlas y defender sus derechos, por lo cual en innumerables ocasiones se ven enfrentadas a gente que sí dispone de los medios necesarios para tales objetivos. Ello, obviamente, genera a veces una brutal desigualdad en la defensa de los derechos ante los tribunales de justicia. Y ésa es una realidad social nuestra, una falencia sobremanera importante, que quienes representamos a Regiones vivimos día a día.
Ahora, quiero destacar que la iniciativa en análisis, junto con establecer las exigencias doctrinarias y jurídicas del nuevo sistema, también debe apuntar en esa dirección. Y creo que por ello se han combinado dos elementos muy nuevos: la existencia de un servicio público directo, claro y preciso, y la posibilidad de incorporar, a través de licitaciones, al sector privado en la defensa de las personas carentes de recursos.
¿Por qué un servicio público?
Durante el debate en la Comisión me fui convenciendo de la necesidad -y creo que la compartimos allí- de que el ente por crearse tuviera ese carácter. Y no deben confundirse las cosas. Porque si bien la Defensoría Penal Pública reviste extraordinaria importancia y tiene igual relevancia que el Ministerio Público, la naturaleza de ambos organismos es diferente.
El Ministerio Público tiene como función fundamental ejercer la acción penal y desarrollar labores de jurisdicción. Por consiguiente, quien ha de desempeñar el cargo de Fiscal Nacional requiere para su designación un amplio consenso -político, social-, que dé plenas garantías, por las funciones que va a cumplir. Pero la Defensoría Penal Pública -y ello en ningún caso le resta importancia- es un servicio que principalmente presta atención social; es un servicio de carácter asistencial.
En esa perspectiva, pienso que al crear un ente descentralizado, desconcentrado -como son los servicios públicos modernos-, estamos dando una herramienta administrativa de mayor eficacia para la prestación de servicios, en especial por el hecho de tener una clara responsabilidad quien lo dirige en su nivel superior: el Presidente de la República , a través del Ministerio de Justicia.
Prefiero un servicio público con responsabilidades claras en lo concerniente a la prestación de atenciones, en vez de un organismo donde aquéllas se diluyan, en que, cuando las cosas no se hagan correctamente, no haya alguien que asuma la responsabilidad directa.
Estimo que la fórmula de servicio público es más transparente, más nítida, más directa, por la naturaleza de ente asistencial que tiene la Defensoría Penal Pública.
Si a lo anterior agregamos la posibilidad de que el servicio sea prestado por el sector privado a través de abogados -sean personas naturales o jurídicas- que ganen ese derecho en un proceso de licitación, estamos introduciendo el elemento más novedoso, que apunta precisamente a generar una mayor eficacia.
¿Y por qué, señor Presidente ? Porque se busca permitir a la gente de menores recursos relacionarse con quien le prestará un servicio profesional. O sea, se procura que haya un abogado particular directo para la persona que requiera ser defendida, en un vínculo contractual abogado-cliente. Porque, lamentablemente los servicios, como existen hasta hoy, se diluyen muchas veces por ser voluntarios o de carácter estatal, con participación de funcionarios.
Considero muy relevante que el Estado recree esa relación, para que no sólo dispongan de tal posibilidad quienes tienen recursos, sino además aquellos que, sin contar con los medios adecuados para solventar el gasto, precisen una defensa profesional del mayor nivel.
Por eso, la incorporación de la prestación de servicios a través de abogados particulares provenientes de procesos de licitación me parece sobremanera relevante para dar mayor eficacia a la defensa jurídica de los sectores más necesitados, lo que hoy lamentablemente no ocurre.
Concluiré mi exposición, señor Presidente , planteando una situación que estimo necesario dejar consignada esta tarde.
A lo menos según el espíritu de la Comisión -como lo señaló el señor Ministro de Justicia -, el sistema tiene como principal objetivo que la prestación de servicios mediante abogados particulares sea la regla general, no la excepción. Ésa es la esencia del sistema que estamos creando.
Por consiguiente, es indispensable que ello quede consignado en el debate de hoy, para que en lo futuro el Consejo, que deberá determinar la cantidad de licitaciones y las bases y condiciones para realizarlas, como asimismo, fundamentalmente, los recursos disponibles, considere que el espíritu del legislador es que efectúen la prestación de servicios, por regla general, los abogados particulares provenientes de los procesos de licitación, pero no los funcionarios de la Defensoría Penal Pública, quienes estarán en otro tipo de tareas.
Ciertamente, estamos en una fase experimental. Empero, nos parece que para la primera etapa los fondos son insuficientes. Obviamente, tan sólo 29 por ciento del presupuesto de la nueva Defensoría Penal Pública para las licitaciones conducentes a asignar al sector privado la prestación de servicios es una cantidad muy baja.
Entiendo que el espíritu del nuevo proyecto es que esa cifra vaya en aumento, para que se cumpla el objetivo de que la Defensoría Penal Pública preste sus servicios, por regla general y en forma extendida, mediante abogados particulares y no a través de sus funcionarios.
Por eso, concurriré con mi voto favorable.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente que estamos en la discusión particular. Por lo tanto, corresponde referirse específicamente a algún artículo y no repetir lo expresado en el debate general.
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra me evita referirme con extensión al proyecto.
Considero que, por la naturaleza de la Defensoría Penal Pública, su estructuración como servicio público es adecuada.
El Ministerio Público ejerce funciones jurisdiccionales y representa el interés del Estado. La Defensoría Penal Pública suple, en los casos necesarios, la defensa a que todo ciudadano tiene derecho. Quien pueda costear un abogado lo contratará y se defenderá; quien no lo pueda hacer va a contar con un servicio público que le prestará la atención pertinente.
Me parece que la licitación de los servicios es la fórmula más adecuada.
Ahora bien, las Corporaciones de Asistencia Judicial quedarán facultadas para presentarse a las licitaciones respectivas y, en la medida en que otorguen buenos servicios, podrán ganar muchas de ellas, máxime si su personal cumple funciones en forma gratuita a través de los egresados de Derecho en práctica y los abogados de turno.
Pienso que habrá un adecuado equilibrio entre las prestaciones de los abogados particulares o las sociedades profesionales y las que se hagan a través de las referidas Corporaciones, que de esta manera verán fortalecida su acción.
Gracias, señor Presidente.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Interrumpiré momentáneamente el debate para anunciar que en estos momentos se han incorporado a las tribunas el Ministro de Agricultura y Desarrollo Regional de Hungría , señor Jozsef Torgyan; su cónyuge, la Diputada señora De Torgyan; el Jefe de Gabinete , señor Belc Beres; el Presidente de Agroinvest , señor Imre David; los Consejeros y Directores del citado Ministerio señores Joseph Nyeki, Arpad Sipos y Susanna Varge, y el Embajador de Hungría en Chile, señor Tomás Toth.
Saludamos a todos ellos y agradecemos su presencia en esta Alta Corporación.
--(Aplausos en la Sala).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , como bien se ha dicho en la Sala, este proyecto viene a ser el complemento indispensable para la reforma procesal penal en que todos estamos empeñados y que ha comenzado a operar, tal como se había previsto, en dos Regiones del país.
Con relación al sistema elegido -crear un servicio público funcionalmente descentralizado y desconcentrado territorialmente, incorporado a la Administración del Estado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio y sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia-, no existe ningún reparo, pues parece ser el modo más adecuado, por las razones expresadas en el informe.
Yo abrigo dudas, sí, con respecto a la conveniencia de permitir a las Corporaciones de Asistencia Judicial participar en las licitaciones a que llamará la Defensoría Penal Pública. Ello, debido a que visualizo una doble subvención que favorecerá a esas Corporaciones, en desmedro de otros postulantes al servicio licitado, lo cual, en los hechos, importará una participación que rompe con el principio de igualdad ante la ley, que en todas las licitaciones públicas se concreta en el tratamiento igualitario a los postulantes y en la sujeción estricta a sus bases.
Pese a lo anterior, no deseo entrabar el trámite de este proyecto, ya que, atendida la estructura de servicio público que se le da, la Defensoría Penal quedará sujeta a la fiscalización del Órgano Contralor y, frente al caso específico de discriminaciones, ellas serán resueltas por aquél o por los tribunales de justicia, que evitarán cualquier diferenciación arbitraria que pueda originarse a partir de la norma comentada.
Desde luego, contribuiré con mi voto positivo y reitero mi ánimo de no entrabar la tramitación del proyecto.
Hago esta declaración expresa, señor Presidente , porque el problema a que me referiré en seguida, aparentemente, no tendría solución, salvo que se contara con el asentimiento unánime de la Sala, que desde ya solicito a la Mesa recabar.
Lo primero que hicimos cuando se obtuvo la voluntad política de todos los actores sociales en orden a llevar a buen término la reforma procesal penal fue crear en la Constitución Política de la República un nuevo Capítulo, signado VI-A y denominado "Ministerio Público".
Las disposiciones constitucionales respectivas fueron complementadas con normas transitorias en el mismo texto de la Carta Fundamental. Una de ellas tiene por objeto permitir la puesta en marcha gradual del sistema, de lo que hoy somos testigos.
En efecto, la disposición transitoria Trigesimasexta preceptúa en su inciso primero que "Las normas del capítulo VI-A "Ministerio Público", regirán al momento de entrar en vigencia la ley orgánica constitucional del Ministro Público . Esta ley podrá establecer fechas diferentes para la entrada en vigor de sus disposiciones, como también determinar su aplicación gradual en las diversas materias y regiones del país.".
Señor Presidente , al decir "Esta ley", la Carta autorizó a la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público para generar salvedades a fin de que el sistema pudiera entrar territorialmente en vigencia de modo gradual, exceptuando con ello, obviamente, de las exigencias fundamentales relativas a la igualdad ante la ley.
Ocurre que ahora se pretende que la ley en proyecto, coherente con el sistema, entre en vigencia también de manera gradual. Para eso, a partir del artículo 3º transitorio, se propone un cronograma para la provisión de los cargos de planta del servicio, que comenzó a funcionar el primer año en las Regiones Cuarta y Novena. Ello, a la luz de la ya referida norma transitoria de la Constitución, no es posible, pues toda excepción a la vigencia temporal material o territorial del sistema sólo debe constar en la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público. De suerte que lo que se nos presenta hoy resultaría inconstitucional en los hechos.
Entiendo que el sistema debe funcionar y que la gradualidad propuesta es coherente con la totalidad de él. Sin embargo, eso no autoriza ni a pasar por sobre la norma constitucional ni a que nosotros obviemos la situación.
Por esa razón, propongo una solución inmediata, cuya aprobación exige únicamente la unanimidad del Senado: dejar como artículos transitorios del proyecto que crea la Defensoría Penal Pública los consignados en el informe como 1º y 2º permanentes, y, al mismo tiempo, incorporar a aquél un artículo final en virtud del cual sus artículos 3º, 4º, 5º y 6º transitorios pasen a ser 8º, 9º, 10 y 11 transitorios de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, a fin de salvar cualquier posible inconstitucionalidad de que pudiere adolecer esta iniciativa, a la luz de lo que he planteado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , yo no quería hacer uso de la palabra, pues el informe que entregó el Honorable señor Aburto fue bastante completo, al igual que las intervenciones de otros señores Senadores que le sucedieron.
Como advirtió la Mesa, estamos en la discusión particular. Por tanto, no corresponde repetir un debate que ya realizó la Sala al aprobar el proyecto en general.
Ahora bien, considerando que los diversos artículos fueron aprobados por la unanimidad de los miembros de la Comisión; que sólo uno se aprobó por 4 votos contra uno, y que quien se opuso, el Senador señor Martínez , está dispuesto a renunciar a su rechazo, en mérito de la brevedad y del pronto despacho del proyecto, pido que demos por aprobado el articulado, aplicando el Reglamento.
A estas alturas, no corresponde hacer sugerencias ni solicitar la unanimidad de la Sala para formular nuevas observaciones o introducir disposiciones que alteren una iniciativa tan detalladamente estudiada, con la participación de muchas personas que asesoraron a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La Sala escuchó la proposición del Senador señor Hamilton.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín, quien es el último inscrito.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , me sumo a los comentarios -que son favorables- hechos respecto al proyecto en debate. Por lo demás, con los antecedentes que acaba de señalar el Senador señor Hamilton , estoy cierto de que será aprobado por la unanimidad de la Sala.
Sin embargo, quiero efectuar una observación desde el punto de vista de la política que debemos seguir hacia el futuro.
El servicio público que se crea, la Defensoría Penal Pública, tiene, de acuerdo con los antecedentes recibidos, una planta de 453 funcionarios, de los cuales 145 corresponden a defensores locales. Vale decir, se trata de un organismo público nuevo razonablemente grande, pero quizás pequeño para lo que se requiere, que se agrega a lo que ya hemos creado con el Ministerio Público y que se halla relacionado con el cambio en el sistema judicial, a propósito de la reforma procesal penal. Aquí hay una expansión muy significativa en el ámbito público.
Empero, lo más importante -y ésa ha sido siempre la filosofía de este sistema de Defensoría- estriba en que el grueso del trabajo lo desempeñarán abogados en forma particular, bajo licitación y dentro de los sistemas que se estimen más adecuados. Eso, probablemente, le dará mayor fluidez y menos burocracia al funcionamiento del servicio.
En ese sentido, y lo considero muy esencial, particularmente en relación con algunas inquietudes planteadas respecto de los futuros recursos de que se disponga, el éxito del nuevo servicio dependerá de los fondos con que cuente.
Pero deseo entender que la política con que el Gobierno y el Parlamento están aprobando la iniciativa apunta a que su desarrollo no sea a través de modificaciones de la planta- que, como señalé, ya es bastante abultada-, sino, fundamentalmente, a través de contrataciones de abogados para que lleven adelante el servicio.
El esquema que se nos presenta, con la estructura que hemos conocido, es suficientemente amplio y refleja uno semejante que se tuvo en cuenta para la constitución del Ministerio Público y, por lo tanto, no parece necesario que hacia el futuro hagamos crecer este servicio, sino que pensemos, para la eficacia del mismo, en desarrollarlo a través de recursos que se liciten para que los abogados a lo largo del país puedan atender a quienes no poseen defensoría, y lo hagan cumpliendo una función pública.
En ese entendido, también votaré a favor de esta iniciativa.
El señor MORENO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Está cerrado el debate, señor Senador.
El señor MORENO.-
Quiero fundar mi voto, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Su Señoría tiene derecho a ello. Pero antes debo advertir que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, corresponde votar sin debate todas aquellas modificaciones que fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión.
En el informe se consigna un solo artículo aprobado por tres votos a favor y uno en contra. El voto de minoría no corresponde al Senador señor Martínez , sino al Honorable señor Aburto , quien ha señalado a la Mesa su acuerdo para proceder conforme a la misma disposición reglamentaria, con el objeto de facilitar el despacho del proyecto.
¿Habría acuerdo de la Sala para aprobar todas las modificaciones?
--Se aprueban, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que se pronunciaron favorablemente 31 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Moreno.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , quiero dejar constancia en la Versión Taquigráfica de que uno de los elementos centrales de las indicaciones que algunos de los Senadores presentamos estaban en directa relación con la posibilidad de acercar este nuevo sistema judicial a poblaciones y localidades que, sin necesariamente cumplir el requisito de tener como mínimo 50 mil habitantes, requieren una administración de justicia eficiente.
La Región que represento en el Senado...
El señor VIERA-GALLO .-
Eso se sustituyó mediante una indicación, señor Senador.
El señor MORENO.-
Sí, pero ese reemplazo no fue completo.
Quiero dejar constancia de este hecho, pues quedó consignado un número fijo de defensorías. En la práctica cualquiera entiende que las ciudades pequeñas, particularmente las que represento en el Senado, no serán beneficiadas en una fecha relativamente cercana por el establecimiento de este sistema.
Por lo tanto, dejo de manifiesto que ciudades como Santa Cruz y otras similares, que obviamente tienen necesidades en materia de justicia, quedan marginadas de esta posibilidad.
Como Senador de esa Región, deseo expresar que continuaré luchando para que tales derechos se extiendan a la población rural que, no obstante ser modesta, no queda beneficiada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Con respecto a lo señalado por Su Señoría, debo hacer presente que ha llegado a la Mesa una indicación del Ejecutivo , que en parte puede responder a su inquietud.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La indicación presentada por Su Excelencia el Presidente de la República recae sobre el artículo 24 del proyecto, y es para reemplazar, en su inciso segundo, la expresión "cincuenta y siete" por "ochenta".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Esto significa que se eleva el número de Defensorías Locales de 57 a 80.
Si le parece a la Sala, se aprobaría.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , a ello sólo agregaría la rebaja en el número habitantes (cincuenta mil), que es la otra parte del cepo en el cual las pequeñas localidades quedan atrapadas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Espero que las disposiciones se apliquen con buen criterio, señor Senador.
¿Habría acuerdo para aprobar la indicación del Ejecutivo?
--Se aprueba (31 votos favorables).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se aprueba el proyecto, y queda despachado en este trámite.
Conforme al acuerdo de Comités, correspondería...
El señor BOMBAL.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , cuando intervine formulé una petición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hubo unanimidad para acogerla.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , quiero consultar si sobre el punto se puede conocer la opinión del señor Ministro . Al tenor de lo dispuesto por la Carta Fundamental en cuanto a la fijación de plantas, al establecerse la gradualidad en la aplicación de estas normas, podría darse -y de hecho se plantea- una cuestión de inconstitucionalidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hay inconveniente para que el señor Ministro responda a su inquietud, señor Senador.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , se trata de lo siguiente. Justamente, lo que propuse era que se incorporara un artículo final al proyecto que introdujera los artículos transitorios 3º, 4º 5º y 6º como artículos 8º, 9º 10 y 11 transitorios de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, para cumplir con la norma constitucional.
Sobre este punto quisiera escuchar la opinión del señor Ministro .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Repito que no hay inconveniente para ello, señor Senador.
En todo caso, el proyecto ya está aprobado.
Además, la proposición que formuló Su Señoría requería la unanimidad de los señores Senadores, lo que no ocurrió.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , hice presente un posible problema de constitucionalidad. Desgraciadamente, cuando me referí a ello alguien me interrumpió. Solicité que se pronunciara la Sala respecto de mi planteamiento, lo que ni siquiera ocurrió.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hubo un pronunciamiento expreso del Senador señor Hamilton , que rechazó su proposición. Y se requería de la unanimidad de la Sala para aprobarla.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , hay una cuestión de constitucionalidad de por medio, que perfectamente podría subsanarse ahora. No es mi intención -y lo señalé en todo momento- objetar u obstaculizar la tramitación del proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pero no puedo obviar el Reglamento, señor Senador.
El señor BOMBAL.-
Entonces, tengamos claro que podemos estar despachando un proyecto inconstitucional, por una mala voluntad en el sentido de no querer abocarse a un problema cuando hay una solución planteada por un señor Senador que está clarísima: trasladar artículos del proyecto a la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Espero que no tenga ese alcance, porque sería grave.
El señor BOMBAL.-
En todo caso, dejo constancia del posible problema de constitucionalidad, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Ministro para aclarar lo planteado por Su Señoría.
El señor GÓMEZ ( Ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , no nos parece que se produzca el vicio de constitucionalidad planteado por el Senador señor Bombal , por cuanto la Ley Orgánica del Ministerio Público se refiere a las normas que tienen que ver con la globalidad del sistema. Acá hablamos de la presentación de un proyecto relativo a la planta o a los funcionarios que desempeñarán una función respecto de la defensoría penal pública, no en cuanto al sistema. No hablamos de que gradualmente se establecerá un sistema distinto. Simplemente, estamos fijando un sistema en el cual se consigna la posibilidad de que gradualmente se vaya contratando el personal y creando el procedimiento de la defensa. Pero el funcionamiento del sistema en su globalidad- con sus juzgados de garantías orales, la fiscalía- está dispuesto gradualmente de acuerdo con la modificación constitucional señalada con anterioridad.
Señor Presidente , a nuestro juicio, no es necesario introducir la enmienda propuesta.
Para terminar, quiero manifestar claramente que con el despacho de este proyecto termina una etapa importante de la reforma procesal penal, desde la perspectiva -algo que ya han señalado los señores Senadores- de las personas que en este momento son objeto de alguna investigación por parte del Ministerio Público y requieren necesariamente una defensa.
El proyecto, que esperamos que también sea aprobado en forma unánime, o por mayoría, en la Cámara de Diputados, nos permite incorporar al sistema alrededor de 20 mil millones de pesos, situación que mejorará sustancialmente la actual defensa en materia penal.
Respecto de las prevenciones señaladas y los problemas que eventualmente puedan producirse, quiero decir a los señores Senadores que, por los antecedentes de que disponemos, el sistema está funcionando en perfectas condiciones en las Regiones Cuarta y Novena: los defensores están actuando en el momento oportuno, también los fiscales, y hay una coordinación importante entre los distintos actores.
Para apreciar el trabajo que Sus Señorías han desarrollado, quiero señalarles, a título ilustrativo, que con el nuevo sistema se obtuvo una sentencia en el lapso de diez días, situación absolutamente inédita en el país. Hubo un problema, las partes llegaron a las 24 horas al tribunal de garantía, donde estaban presentes el fiscal, el defensor y el inculpado, y acordaron que la persona que cometió el delito debe someterse a un tratamiento antialcohólico y está impedida de acercarse al lugar físico donde se produjo el hecho delictual, estableciéndose el pago de una indemnización, la que deberá hacerse efectiva en cuotas.
Reitero: la sentencia se dictó en el lapso de diez días. Con el procedimiento aún vigente habría demorado dos años y terminado en sobreseimiento definitivo o temporal de la causa, sin ningún resultado. En verdad, el procedimiento que el Parlamento aprobó ha sido exitoso hasta el momento.
Otro elemento que preocupaba al Honorable señor Bombal y a otros señores Senadores presentes en la Sala se refiere a la relación del sistema con Gendarmería. Respecto del procedimiento antiguo, se ha reducido en alrededor de 30 por ciento el ingreso a los recintos penales y, en el mismo porcentaje, los traslados a las distintas dependencias.
Son éxitos que debemos compartir con los señores Parlamentarios, puesto que han participado en una larga y ardua discusión para hacerlos posibles.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-El señor Secretario dará cuenta de un documento que ha llegado a la Mesa. El señor HOFFMANN ( Secretario ).-Se trata de una solicitud del Honorable señor Valdés--Se accede.
)------------------(
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Antes de tratar el siguiente asunto, solicito autorización de la Sala para que ingresen a ella el Subsecretario de Pesca , don Daniel Albarrán, y el Director del Servicio Nacional de Pesca , señor Sergio Mujica.
Acordado.
LÍMITE MÁXIMO DE CAPTURA PESQUERA POR ARMADOR Y REGULARIZACIÓN DE REGISTRO ARTESANAL
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
De acuerdo con lo resuelto por los Comités, corresponde ocuparse a continuación en el proyecto, en segundo trámite constitucional, sobre establecimiento como medida de administración de un límite máximo de captura por armador a las principales pesquerías industriales nacionales y la regularización del registro pesquero artesanal, con informe de las Comisiones de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, y de Hacienda (esta última autorizada a dar un informe verbal), con urgencia calificada de "suma".
2578-01
--Los antecedentes sobre el proyecto (2578-01) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 12 de diciembre de 2000.
Informes de Comisión:
Pesca y Acuicultura, sesión 21ª, en 9 de enero de 2001.
Medio Ambiente, sesión 21ª, en 9 de enero de 2001.
Hacienda (verbal), sesión 21ª, en 9 de enero de 2001.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Los principales objetivos de la iniciativa son: primero, dotar a la autoridad administrativa pesquera de la atribución de establecer, entre la fecha de publicación de esta ley y el 31 de diciembre del año próximo, como medida de administración extraordinaria, el denominado "límite máximo de captura por armador" en determinadas pesquerías sujetas al régimen de plena explotación; segundo, regularizar el denominado registro pesquero artesanal, y tercero, introducir modificaciones a la Ley General de Pesca y al artículo 28, letra a), del DFL Nº 5, de 1983.
La Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura dio su aprobación en general al proyecto por mayoría de votos. Se pronunciaron a favor los Honorables señores Horvath, Martínez y Zaldívar (don Adolfo), y en contra lo hicieron los Senadores señores Ruiz De Giorgio y Stange.
Por su parte, la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales aprobó en general la iniciativa por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Horvath, Moreno, Stange y Vega.
A su turno, la Comisión de Hacienda, según me informó verbalmente su Secretario , también la acogió sin modificaciones.
En síntesis, los tres organismos técnicos precedentemente citados proponen a la Sala aprobar en general el proyecto en los mismos términos que lo hizo la Cámara de Diputados.
Cabe tener presente que los artículos 1º a 7º deben aprobarse con quórum calificado, o sea, con el voto conforme de la mayoría absoluta de los Senadores en ejercicio (24 votos favorables). Y el inciso quinto del artículo 11 requiere para su aprobación quórum de ley orgánica constitucional, es decir, el pronunciamiento afirmativo de los cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio (27 votos).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general el proyecto.
Hago presente a la Sala que los Comités acordaron despacharlo en esta sesión. De manera que al término del Orden del Día, a las 18:30, se dará inicio a la votación general del mismo.
De aprobarse la idea de legislar, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura y la de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, unidas, se harán cargo de las indicaciones que se le formulen, debiendo volver a la Sala para su discusión particular, lo que debería ocurrir el día de mañana. En caso contrario, habría que citar a sesión especial para cumplir con lo solicitado por el Ejecutivo , pues el plazo vence el día 13 del presente.
Las indicaciones deben presentarse en la Comisión y serán analizadas conforme al procedimiento reglamentario de rigor.
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , estamos en presencia de un proyecto que viene a corregir una situación de hecho ocurrida en las pesquerías chilenas, especialmente en las que han aportado en los últimos diez años la mayor actividad, tanto financiera y económica como industrial y laboral, en la explotación de los productos del mar.
El problema presentado en los últimos años se origina, primero, en el notable aumento de la capacidad de bodega de los buques pesqueros, en el perfeccionamiento técnico de las redes y elementos de pesca, y en las condiciones ambientales que han afectado a la biomasa en el litoral chileno, produciendo un impacto socioeconómico notable, sobre todo en las regiones cuya actividad económica está centrada en la pesca, especialmente en la industrial.
La iniciativa del Ejecutivo se aboca fundamentalmente a resolver el problema de la pesca industrial de las especies declaradas en plena explotación, es decir, en las que no aceptan que ingrese mayor número de actores pesqueros a su captura ni que exista mayor capacidad de bodega y nuevas técnicas de extracción, porque, de ocurrir, se perdería la continuidad de la biomasa y, por lo tanto, colocaríamos en serio peligro la reproducción de las especies, produciéndose una ruptura económica y social de un impacto extraordinario en la sociedad chilena.
El Gobierno ha expresado en determinado documento que la actividad pesquera nacional atraviesa por una severa crisis económica y social, que se explica por lo señalado: el aumento de la capacidad de bodega, el perfeccionamiento técnico de la actividad, y los aspectos ambientales, entre otros, la alteración climática por efectos de la corriente de "El Niño", que alejó una enorme cantidad de especies cuya biología todavía no se conoce con exactitud.
En verdad, el proyecto que se somete al Senado está compuesto de tres títulos y 21 artículos. Para tratar de administrar esta situación de crisis, se establece por dos años lo que se ha denominado "límite máximo de captura por armador", caracterizado por distribuir anualmente la cuota global de captura asignada al sector industrial para una unidad de pesquería en especial, o sea, para cada especie. Esto es muy importante, pues a veces se confunde y se cree que los permisos de pesca se otorgan para capturar todas las especies, en circunstancias de que son para cada una de ellas. Entonces, se trata de distribuir la cuota global entre los armadores que tengan naves con autorización de pesca vigente para esa actividad en particular, a la fecha de publicación de la resolución indicada en la norma respectiva.
Ahora, ¿qué especies fueron aprobadas hasta este momento por la Honorable Cámara de Diputados en el proyecto en discusión? Sólo se incluyen en esta nueva modalidad de administración ("límite máximo de captura por armador") las siguientes pesquerías: del jurel (entre las Regiones Tercera y Décima); de la sardina sagax (en las Regiones Tercera y Cuarta); de la sardina común (en las Regiones Quinta a Décima), y de la anchoveta (entre las Regiones Tercera a Décima).
¿Qué se dispone respecto de la fijación de cuotas de captura en cada una de las Regiones citadas anteriormente? Se establece un procedimiento para poner en práctica la medida extraordinaria de administración.
En cuanto al valor de la cuota máxima de captura por armador, hay dos criterios en juego: trabajar sobre la base de capturas históricas, o en función de la capacidad de bodega de cada uno de los armadores industriales respectivos.
Pero, además, en el articulado se determina una serie de medidas para perfeccionar el control que debe ejercer la autoridad a fin de respetar las cuotas máximas de captura asignadas, ya sea colocando observadores a bordo de las naves; estableciendo sanciones de tipo administrativo, y facultando, en calidad de ministros de fe, a determinados funcionarios públicos que deben controlar el cumplimiento de las disposiciones fijadas por el SERNAP.
Uno de los más asuntos más interesantes de la iniciativa fue tratar de regularizar la situación de los pescadores artesanales a lo largo de la costa chilena en tres aspectos. Primero, como existe gran cantidad de pescadores en lista de espera para inscribirse en los registros que los autorizan a pescar aquellas especies declaradas en plena explotación y que no lo han podido hacer por encontrarse aquéllos cerrados, la ley en proyecto faculta a la autoridad para manejar tales inscripciones en el sentido de que los registros, cuando se hayan producido vacíos, puedan ser llenados por los que están en las listas de espera.
El segundo aspecto tendiente a facilitar la labor de los pescadores artesanales (muchos de ellos han llegado a otras Regiones para desarrollar dicha actividad, o está el caso de personas que se han debido dedicar a la pesca producto de otras situaciones de la economía nacional) es el que permite abrir el registro para los que no se encuentren inscritos, ya que hoy están incidiendo en la seguridad y en la extracción de peces, con lo cual no existe un control exacto de la productividad biológica de las especies.
Y el tercero se refiere a legalizar la inscripción de las embarcaciones destinadas a estas actividades, con lo que se tendría un registro actualizado de los pescadores artesanales y podría dimensionarse su impacto económico, su seguridad y -lo más importante- cómo afectará esto la disponibilidad de la pesca como elemento básico de su quehacer.
Hay dos materias más en esta iniciativa sobre las cuales desearía llamar la atención -si me lo permiten Sus Señorías-, pues son muy importantes. La primera se refiere a la prohibición de vulnerar la zona exclusiva para pescadores artesanales en aquellas Regiones donde al 7 de noviembre del año 2000 no estuvieren autorizadas operaciones pesqueras; es decir, las que cuentan con autorización serán mantenidas, pero las que carecen de ella no podrán tenerla, pues la autoridad administrativa se encuentra impedida de realizarlo ya que no figura dentro de las facultades concedidas por la actual normativa.
Por último, deseo señalar dos asuntos de gran relevancia: primero, la obligación de los armadores industriales de recibir a bordo de sus naves a observadores para recopilar información biológica pesquera, y segundo, el aumento de la función fiscalizadora del Servicio Nacional de Pesca en el sentido de que, siendo ministro de fe -en caso de que se apruebe-, estará facultado para registrar bodegas y centros de distribución, de manera de poder tener una noción exacta de la cantidad de peces extraídos.
No hay duda de que la protección de la biomasa se encuentra presente como concepto de fondo en este proyecto, y ésa es la idea general que se somete a la consideración del Honorable Senado de la República en la iniciativa que nos ocupa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , me corresponde informar en calidad de Presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, ya que, por razones de conservación del recurso natural y de aspectos ambientales, la Sala pidió a dicho organismo estudiar el proyecto.
Para el análisis de la iniciativa, complementariamente a lo señalado por la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura desde el punto de vista de los distintos agentes pesqueros, la Comisión de Medio Ambiente recibió a una serie de organizaciones, las cuales figuran en el respectivo informe entregado en la Sala.
Quiero destacar la participación de don Marcel Claude , de la Fundación Terram, quien, desde el punto de vista económico-ambiental, hizo notar la necesidad de salvaguardar el aspecto sustentable del recurso pesquero, fundamentalmente para el sector artesanal, de manera de lograr una buena distribución de la actividad en cada rincón del litoral de nuestro país. También hizo presente que se debían definir mecanismos para la renta del recurso, por cuanto la apropiación de éste se realiza a través de las fórmulas establecidas en la ley, y sin embargo prácticamente se entrega en forma gratuita. Y además se refirió a otro punto muy importante en cuanto al establecimiento de un sistema de libertad de información, la que es muy difícil de obtener para poder evaluar los recursos pesqueros, la transparencia con que se asignan y las fórmulas para ir recuperándolos hacia el futuro.
Los representantes de la FAO (Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación), señores Constantino Tapias y Andrés Mena , manifestaron el apoyo institucional para este Senado y el compromiso de seguir trabajando en conjunto hacia adelante. Además, entregaron importantes informes, fundamentalmente referidos a la génesis del descarte en el proyecto en análisis.
Me referiré brevemente al descarte. Si se determina una cuota por armador, existe la tentación de parte de los pesqueros de extraer los productos de mayor tamaño, mejor calidad y, en definitiva, el de mejor precio, y el que no cumple con esa norma lo devuelven al mar, obviamente, muerto. Este descarte es histórico, incluso se menciona en la Biblia. Con tal procedimiento se pierden de 18 mil a 40 mil toneladas de peces en todo el planeta. Naturalmente, el sistema de cuota individual promueve esas acciones, y por ello presentaremos algunas indicaciones para evitar al máximo el descarte y llevarlo al mínimo posible.
La Fundación Greenpeace señaló su desacuerdo con la cuota individual transferible, que fue rechazada en la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura -donde concurrí con mi voto en contra-, por ser prácticamente un regalo a perpetuidad a los empresarios y, además, transferible. También hizo presente su interés por la sobrevivencia del sector artesanal y la necesidad de establecer buenas cuotas de conservación.
La CONAPACH (Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile) se manifestó claramente en contra de la cuota individual transferible y quiere seguridad de que se evitarán las perforaciones. Es obvio que visualiza en este proyecto -con legítimo temor- un paso para ir a la cuota individual transferible.
También la Comisión recibió a todas las universidades que cuentan con escuelas de ciencias del mar. Don Siegfried Ziller , de la Universidad del Mar, señaló las dificultades e incertidumbres para definir las cuotas globales de captura; el inconveniente para establecer los factores de ponderación en las asignaciones primarias, y para ello nos dio a conocer incluso algunos modelos.
Don Patricio Pavez , de la Universidad Católica de Valparaíso, entregó importantes trabajos y antecedentes de las características de cada unidad de pesquería. Expresó que el sistema es muy claro para las especies pelágicas, como sardina, anchoveta y jurel, pero presenta ciertas dificultades para las otras especies. También manifestó la necesidad de reforzar el control, la fiscalización, y de volver a instituir alguna fórmula para evitar el descarte. Y en cuanto a la asignación primaria, hizo ver que es mucho mejor -lo cual compartimos- la que representa la eficiencia, como las históricas, porque administrativamente basta que un buque salga a darse una vuelta una vez al año y mantiene su permiso vigente sin haber efectuado captura. Entonces es más real y mucho más justo establecer una fórmula histórica, cuando ella es verdadera y no ha existido una intervención administrativa de por medio.
Don Hugo Tejeda, de la Universidad de Los Lagos, planteó diversas consideraciones con respecto a lo mucho que cuesta asegurar el excedente pesquero y en cuanto a la fauna acompañante. También formularemos indicaciones en ese sentido.
Don Renato Westermaier , de la Universidad Austral de Chile, hizo presente la necesidad de mejor control y mayor participación de la Armada.
El Centro Ecocéano claramente está en contra de esta medida. Indicó que hay que preocuparse por la seguridad alimentaria; salvaguardar las cinco millas y los mares interiores para la pesca artesanal; que esta fórmula no dio resultado con el recurso del loco (totalmente colapsado), y advirtió, con relación al artículo 7º, que las naves no inscritas dejarán de pagar patente y, por lo tanto, se producirá una reducción del Fondo de Investigación Pesquera, antecedentes que el señor Subsecretario nos ha ido aclarando y que sería bueno entregarlos en la Sala.
También participó un representante de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), quien señaló la importancia de respetar las cinco millas y de asegurar una mejor fiscalización.
Finalmente, dos representantes de los Consejos Zonales de Pesca, de la pesca demersal sur austral, don Juan Laine Mayorga y don Isaías Obando Bello , entregaron relevantes antecedentes desde el punto de vista de los tripulantes de naves especiales y de los trabajadores de planta. En ellos se manifiesta que esta fórmula les permite claramente asegurar una mejor condición laboral en el sentido de que las empresas, al conocer sus cuotas anuales de captura, pueden distribuirlas en forma sana y armónica, evitando una competencia que redunda en malas condiciones laborales y en un daño bastante profundo al recurso. Esto, obviamente, les indica que desde el punto de vista laboral les conviene establecer la medida.
El proyecto establece un límite máximo de captura por armador, que no presenta las desventajas de la cuota individual transferible. En primer lugar, es reversible, no constituye propiedad ni nuevas formas de transferencia. En el caso de los pescadores artesanales, permite ajustar y reactualizar su registro y mejorar su representación en el Consejo Nacional de Pesca y en los Consejos Zonales de Pesca, lo cual -a nuestro juicio- es bastante importante.
Ahora, esto se complementaría con las indicaciones que estudiarán en conjunto el Ejecutivo y las dos Comisiones del Senado especializadas en la materia, en el sentido de instituir un mejor equilibrio entre la fórmula original de asignación histórica o administrativa; para evitar o restringir el descarte y el daño a la fauna acompañante, mejorar la condición del área costera marítima a la que, por lo demás, tienen derecho histórico los pescadores artesanales y, también, establecer mejores condiciones para la existencia de Consejos Zonales de Pesca en cada una de las Regiones. Ello, porque la actividad industrial y artesanal, la pesca deportiva, la acuicultura y todo lo referente a las áreas protegidas que deben instaurarse, como parques y reservas marinas, permiten, a través de esta desconcentración y con agentes verdaderamente regionales, administrar y cuidar en mejor forma nuestro patrimonio.
Por estas razones, señor Presidente , en esta etapa y dada la situación de crisis que se vive debido a la aplicación de la Ley de Pesca desde 1991, la Comisión propone, por unanimidad, aprobar la idea de legislar, para discutir en particular lo relativo a todas las pesquerías, y no solamente las mencionadas en el proyecto despachado por la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , daré a conocer a la Sala el informe de la Comisión de Hacienda.
Deseo dejar constancia de que la Comisión no discutió el proyecto en su conjunto y de que por la premura del tiempo se concentró básicamente en el artículo 7º, materia específica de su competencia. Este precepto, en su inciso segundo, señala que "Las naves no inscritas quedarán exoneradas de la obligación de pago de la patente única pesquera y de la obligación de efectuar operación pesquera extractiva".
Esta norma se aprobó en votación dividida por tres votos contra dos. Más allá de esto, me parece que hubo unanimidad en cuanto a plantear la necesidad de introducir en la normativa legal incentivos que permitan resolver los problemas de fondo que afectan al sector pesquero. Ellos tienen que ver fundamentalmente con la existencia de sobreinversión, de un esfuerzo pesquero y capacidad de flota total y abiertamente sobredimensionado respecto de la disponibilidad de recursos. Ése es el principal problema que enfrenta el sector pesquero nacional y que debe ser atacado más directamente.
También existió consenso en la discusión llevada a cabo en la Comisión respecto de que el proyecto no establece incentivos que apunten en esa dirección. Más aún, se hizo presente el riesgo en que se incurre en cuanto a que la normativa propuesta, planteada como transitoria por un período de dos años, pueda transformarse en permanente, caso en el cual resultaría muy difícil encontrar solución a los problemas de fondo existentes en el sector. De cualquier manera, la disposición que compete a la Comisión de Hacienda -como señalé- fue aprobada en votación dividida, y se hizo presente al Ejecutivo que, en el breve plazo que tenemos para discutir el proyecto, contemple la posibilidad de introducir algún incentivo en la disposición transitoria que evite el peligro de transformarse en una que rija de manera permanente el sector pesquero, con todas las dificultades que ello implica.
El punto básico subrayado en la discusión fue que, si bien en virtud del artículo 7º se exceptúa del pago de la patente única pesquera a las embarcaciones que no se inscriban, de todas maneras se permite a sus titulares presentarlas a fin de contabilizar su tamaño de bodega para los efectos de la atribución de los derechos históricos correspondientes. Según se argumentó en el seno de la Comisión, ello podría constituir un incentivo contraproducente con el objetivo de ir disminuyendo el esfuerzo pesquero.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Economía .
El señor DE GREGORIO ( Ministro de Economía ).-
Señor Presidente , agradezco la oportunidad de plantear ante el Senado las principales razones que impulsan al Gobierno a proponer este proyecto de ley transitorio.
Deseo comenzar reconociendo, tal cual lo expresa el mensaje que originó esta iniciativa, que la actual legislación pesquera requiere una revisión profunda. En efecto, tras diez años de aplicación, resulta evidente la necesidad de efectuar una modificación integral de la Ley General de Pesca y Acuicultura, con el objeto de propiciar un entorno adecuado para el desarrollo de la actividad pesquera y su potencial.
Sin embargo, mientras se realizan los análisis que implica este desafío, es necesario enfrentar de manera urgente la actual situación de crisis de la industria y sus consecuencias sociales en las principales pesquerías del país.
Resulta indispensable ordenar la actividad pesquera industrial y evitar en el corto plazo su destrucción operacional y financiera. Por ello, el proyecto de ley que hoy nos convoca busca generar mecanismos de operación que, sin introducir modificaciones de fondo a la Ley General de Pesca y Acuicultura de 1991, otorguen facultades indispensables para aprovechar de mejor forma los recursos pesqueros, dar estabilidad al empleo y potenciar el valor agregado.
El texto propuesto y las indicaciones que suscribe el Gobierno son producto de la reflexión conjunta con los diversos actores de la actividad pesquera nacional, tanto de la industria y sus trabajadores, como de las organizaciones de pescadores artesanales existentes en el país.
Como resultado de ese proceso de reflexión, se propone la medida de administración denominada "Límite Máximo de Captura por Armador". Esta medida está basada en la existencia de una cuota global de captura para los recursos en estado de plena explotación. Sin embargo, a diferencia de la normativa vigente desde 1991, se ordena la operación de captura entre los distintos armadores con autorización de pesca a través de la distribución de la Cuota Global Industrial de 2001 y 2002.
Por lo tanto, no se cambia la naturaleza de las actuales autorizaciones de pesca industrial ni se otorgan nuevos derechos. Esto significa que la medida de administración propuesta es aplicable sólo al sector industrial y en nada afecta la actividad pesquera artesanal.
La experiencia recogida en el curso de los últimos años ha permitido conocer las enormes limitaciones que la actual legislación impone para una adecuada administración de las pesquerías, lo cual genera ineficiencia operativa, económica y social a los distintos agentes involucrados en la actividad pesquera.
Como consecuencia de lo anterior, en los últimos años se ha venido produciendo una carrera compulsiva entre los armadores por lograr individualmente un volumen de pesca lo más cercano posible a la totalidad de la cuota global. De esta manera, la cuota industrial otorgada para todo el año se consume cada vez más rápido.
Ante esa situación, el incentivo para los participantes del sistema pesquero es aumentar la inversión en las naves para otorgar mayor velocidad a la extracción, en vez de privilegiar un aumento del valor económico que se obtiene de sus capturas.
El sistema es altamente ineficiente y con estímulos perversos desde una perspectiva económica y social, pues no propicia una operación regular durante la temporada anual de pesca, incentiva la sobreinversión y genera capacidad ociosa e inestabilidad en el empleo. En este sentido, los trabajadores asociados a la actividad, entre otros los tripulantes de las naves pesqueras y quienes laboran en las plantas de proceso, se convierten en "temporeros de la pesca".
Señor Presidente , resulta indispensable contar con esta medida de administración para todas las pesquerías industriales originalmente incluidas en el proyecto. En efecto, no se puede esperar a que una de ellas entre en crisis para regularla adecuadamente. Si la medida se limita al jurel, la sardina y la anchoveta, el esfuerzo pesquero, como resultado de la ordenación esperada, se trasladará inevitablemente a otras pesquerías, provocando una crisis similar a la que hoy se enfrenta con el jurel.
Así, por ejemplo, debido a la "carrera olímpica" entre los armadores durante el año 2000, la pesca de la merluza común debió detenerse a mediados de julio, al agotarse anticipadamente la cuota establecida hasta fines de septiembre. Eso obligó a otorgar una cuota adicional de 4 mil toneladas, en contra de la conservación del recurso, y a dividirla en cuatro cuotas mensuales, que sólo sirvieron para operar dos o tres días cada mes. Una situación parecida se había producido ya en 1999 en el mismo caso.
La pesquería industrial de los crustáceos es otro ejemplo de carrera olímpica, ya que durante el 2000 se agotaron en forma anticipada las cuotas periódicas que se fijaron. Por otra parte, las naves autorizadas en dicha pesquería también lo están para la merluza común, lo que obliga a considerar en conjunto la medida de administración propuesta.
Otro ejemplo muy gráfico de la urgente necesidad de ordenar las pesquerías industriales mediante el Límite Máximo de Captura es la unidad de pesquería de la merluza de cola. Durante 1999 se extrajeron 200 mil toneladas en sólo 35 días, y, como consecuencia de esa carrera irracional, el producto sólo sirvió para fabricar harina de pescado.
El año pasado, mediante un modelo de pesca de investigación similar al del jurel, se distribuyó la cuota entre los armadores ordenando una captura total de 75 mil toneladas durante 60 días. Adicionalmente, parte sustancial de ese volumen se destinó a consumo humano, lo que implicó dar empleo a gran cantidad de trabajadores en su elaboración y un significativo mayor retorno en exportaciones.
Por argumentos similares, y fundamentalmente debido al exceso de flota con permiso para operar en la pesquería demersal sur austral, es necesario que la medida de administración también se extienda a los recursos de la llamada "PDA", que incluye la merluza austral, merluza de cola, merluza de tres aletas y congrio dorado.
A continuación me referiré a la pesca del jurel, la sardina y la anchoveta, pesquerías aprobadas por amplio margen en la Cámara de Diputados.
En mayo de 2000, fruto de una mesa de diálogo convocada por el Gobierno, se acordó no superar un millón 200 mil toneladas de captura de jurel. Hasta ese momento, y sólo en cinco meses, ya se habían pescado alrededor de 580 mil toneladas, en una actividad limitada y desordenada. Como resultado de la mesa de diálogo, se estableció una veda hasta el 31 de diciembre, realizándose pescas de investigación con participación limitada por armador. Gracias a lo anterior existió una actividad continua, con mano de obra estable y operación ordenada en el resto del año.
Sin embargo, una vez terminado ese modelo y superadas las condiciones de composición del stock que motivaron la veda, la pesquería del jurel volvió a controlarse sólo a través del instrumento incluido en la ley de 1991. Como consecuencia, la cuota de 92 mil toneladas fijada para todo enero del 2001 se consumió en sólo cuatro días, generando innumerables problemas de control a la autoridad fiscalizadora y de estabilidad de empleo.
Por similares razones, el proyecto también incluye las pesquerías de sardina y anchoveta en la zona centro sur. Esto se debe a que las naves con autorización de pesca para tales recursos son las mismas autorizadas con relación al jurel y la merluza de cola.
En definitiva, y como es de amplio conocimiento, las dificultades asociadas al fenómeno de la carrera olímpica demandan una respuesta legislativa urgente en todas las unidades de pesquería que el proyecto contempla.
Pero no sólo el sector industrial tiene problemas urgentes. Por eso, el proyecto también contiene importantes medidas que benefician directamente al sector pesquero artesanal, con el objeto de dar sustentabilidad a la actividad y generar un clima propicio para que los pescadores artesanales puedan trabajar sobre una base sólida, proyectando su estabilidad laboral, económica y familiar.
Consecuentemente, se propone regularizar el Registro Pesquero Artesanal, tanto respecto de los pescadores como de las embarcaciones artesanales, mediante su actualización por una sola vez y por un período acotado. Del mismo modo, se plantea la regularización de todos aquellos pescadores y embarcaciones que, aunque operan en la actividad, por diversas razones han quedado en lista de espera o fuera del Registro.
Otro aspecto relevante que se aborda es el gran anhelo del sector pesquero artesanal de aumentar su representatividad en los organismos creados en la Ley de Pesca de 1991: el Consejo Nacional y los Consejos Zonales de Pesca. Por ello, su participación se iguala con la del sector laboral de la industria pesquera, elevándose de uno a tres el número de consejeros artesanales.
Este proyecto de emergencia y transitorio se hace cargo, asimismo, de la defensa del área de reserva de la pesca artesanal. Con esa finalidad, se ha considerado suspender, durante su vigencia como ley, las autorizaciones para desarrollar actividades pesqueras industriales en el área de reserva artesanal desde la Quinta Región al sur.
No obstante, de poco sirve establecer un área de reserva si no existen sanciones rigurosas y de rápida aplicación para el caso de perforaciones ilegales. La iniciativa establece como sanción administrativa la reducción de 10 por ciento de la cuota para los armadores industriales que violen el área de reserva de la pesca artesanal.
Por último, quiero referirme a las nuevas facultades de fiscalización y control de las capturas, consignadas en el texto. Para facilitar la función fiscalizadora del Servicio Nacional de Pesca, se incorpora la obligación de que una entidad certificadora externa, acreditada por dicho organismo, verifique la autenticidad de la información entregada por los armadores industriales. Cabe precisar que la certificación en ningún caso implica delegación de facultades fiscalizadoras, funciones que, de acuerdo a la ley, corresponden exclusivamente al Servicio, a la Armada y a Carabineros.
Además, se establecen otras facultades tendientes a reforzar la capacidad fiscalizadora del Servicio Nacional de Pesca, otorgándose a sus funcionarios la calidad de ministros de fe.
Estamos conscientes de que el gran desafío por delante es una modificación integral a la Ley General de Pesca y Acuicultura. Sin embargo, existen aspectos de la normativa que rige los sectores industrial y artesanal que simplemente no pueden esperar. Por tal motivo, el Gobierno envió este proyecto, urgente y transitorio, asumiendo el compromiso de invitar a todos los actores del ámbito pesquero a participar en un proceso de revisión profunda de la legislación vigente y, en un plazo máximo de dos años, sentar las bases para el desarrollo de la actividad y su potencial.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Senadora señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , en primer lugar, lamento mucho que por razones de salud no se encuentre presente el Honorable señor Ruiz . Tengo entendido que se halla pareado, porque se disponía a votar en contra de la idea de legislar.
A mi juicio, el proyecto se originó en la crisis que afecta al sector pesquero, atribuible no sólo a fenómenos naturales, sino también a la responsabilidad de los empresarios, del Gobierno y de los Parlamentarios. Porque desde 1990 nos ocupamos en una serie de proyectos que permitieron sobredimensionar la flota industrial con una capacidad de captura mayor que la posibilidad de mantener recursos sustentables.
Por ello, la transitoriedad que con el proyecto se pretende dar al límite máximo de captura se puede transformar, con el correr del tiempo, en un mecanismo permanente que no solucionará la crisis por la que atraviesa la actividad extractiva.
Creo, también, que la iniciativa, como un efecto previsible -ojalá me equivoque-, generará mayor cesantía, pues las empresas, al subordinar sus faenas al límite máximo, deberán disminuir sus medios de producción, para adecuarlos a la nueva cuota, lo que incluirá, obviamente, una reducción de empleados y obreros.
Además, se puede provocar un reordenamiento en el sector industrial, permitiéndole planificar su actividad, lo que no necesariamente redundará en beneficio para los trabajadores.
Desgraciadamente, la solución adecuada para enfrentar la crisis pesquera habría sido -dos años atrás, cuando se inició la discusión de las cuotas individuales transferibles- modificar el mecanismo de la Ley de Pesca y Acuicultura, que permite licitar anualmente sólo 5 por ciento de la cuota global, elevándose dicho porcentaje, opción que se desechó. Y, al mismo tiempo, no se adoptaron las medidas para prever el problema que hoy afecta a la pesquería del jurel.
En relación con algunas pesquerías demersales, como la merluza del sur, me parece conveniente suprimir la participación de naves industriales en ellas, pues en la actualidad el sector artesanal cuenta con suficiente capacidad y esfuerzo pesquero como para administrar eficientemente. Sólo se debería autorizar la operación de esas naves cuando el volumen de los recursos disponibles permita razonablemente que coexistan ambos sectores, sin riesgo para la sustentabilidad de las especies.
Los aspectos descritos no están presentes ni resueltos en la iniciativa en discusión, que tampoco propone soluciones para otros vacíos que se advierten en la legislación pesquera.
A mi juicio, el proyecto presentado por el Ejecutivo -reitero: ojalá me equivoque- puede generar más daño que beneficio. Dentro de dos años será muy difícil una evaluación real de sus resultados y la presión empresarial lo hará irreversible. En efecto, la recuperación de la biomasa del jurel, que ya se aprecia, ha permitido que el Consejo Nacional de Pesca aumente la propuesta de la Subsecretaría de 800 mil a un millón 200 mil toneladas la cuota global, aparte los anuncios del propio señor Subsecretario en el sentido de que en los próximos años se puede llegar a 2 millones 500 mil toneladas. Esto constituye un incentivo especial para los grandes grupos económicos que dominan el sector, en orden a forzar el establecimiento de las cuotas individuales transferibles en la forma como las contemplaba el proyecto anterior, es decir, gratuitas y a perpetuidad.
Y, si a la larga no funciona el sistema de cuotas individuales, no podrá deshacerse lo obrado y deberán asumirse millonarias indemnizaciones.
En tal virtud, cabe utilizar los instrumentos de la ley actual -se trata de un sistema paulatino y que otorga derechos que se extinguen en diez años, por lo que es reversible- e iniciar la licitación de cuotas individuales de acuerdo con sus artículos 27 y 28. Y, si se estima que el procedimiento es lento, se puede modificar la normativa aumentando el porcentaje anual de 5 a 20 ó 25 por ciento, para recuperar el tiempo perdido por el no uso de este instrumento.
Por lo anterior, señor Presidente , formularé indicaciones. Sin embargo, como no deseo que se repitan los errores observados durante estos años y para no dar nuevamente mi voto favorable respecto de aquellos que no se arreglarán con esta iniciativa, además de tener presente que el señor Ministro ha dicho que se trata de algo transitorio -más valdría elaborar una buena ley de una vez por todas, pues llevamos diez años discutiendo estos temas-, creo que mi obligación es rechazar el proyecto.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Vega.
El señor VEGA .-
Señor Presidente , tuve la oportunidad de participar en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales y de escuchar la opinión de una quincena de profesionales, de distintas instituciones, que han dedicado su vida al desarrollo y perfeccionamiento del manejo de un recurso nacional tan importante. Como me surgieron algunas reflexiones con motivo de ello, deseo expresarlas en esta Sala.
Se trata realmente de un problema muy de fondo. Y lo genera -como aquí se ha manifestado- una flota pesquera sobredimensionada en lo que respecta a un recurso que se encuentra en un ciclo de baja disponibilidad, ante la sobreexplotación por empresas industriales que desarrollan sus faenas sin limitación ni racionalidad.
Por esa razón, la autoridad administrativa intenta implementar un ordenamiento a través de este proyecto, asignando un porcentaje conforme a límites máximos de captura. Esta solución, por el momento, me parece razonable. Sin embargo, creo que de todas maneras el punto de fondo es estudiar la Ley de Pesca y Acuicultura con mayor detenimiento y sobre la base de un objetivo más estratégico.
Al proyectar la aplicación de una normativa transitoria, por dos años, respecto de la cual hay posiciones bastante distintas, me parece que inevitablemente surgirá un efecto negativo en los pequeños y medianos armadores -representan 14 por ciento del sistema, pero su capacidad de empleo es igual o superior a la de las grandes empresas-, con la agravante de que podría ser permanente.
Sin embargo, uno de los factores que afectan la implementación del límite máximo de captura radica en que las asignaciones se realizan a partir de una cuota global, sin que para el cálculo se disponga, debido a la falta de una adecuada investigación u otras circunstancias, de los indicadores de captura biológicamente aceptados. En consecuencia, si no fue posible obtenerlos antes, estimo que tampoco será posible contar con ellos en el futuro cercano, de modo que la distorsión permanecerá afectando un cálculo básico para la fijación de las cuotas.
Con respecto a la información que debe entregar la Subsecretaría de Pesca, comparto la opinión de quienes se han referido al asunto en el sentido de que, por definición, debe ser pública, por lo que todos los que participan en la industria pesquera deben tener acceso directo a ella. Sobre el particular, hubo expositores que manifestaron que los modelos en general podían ser notablemente perfeccionados si se contaba con una información técnica oportuna.
En cuanto al exceso de la flota pesquera, es interesante tener como referencia el problema de Canadá, cuyas características son similares a las nuestras. Allá se trabajó con los niveles máximos del potencial reproductivo, lo que también se estuvo realizando en Chile. Vale decir, se desarrolló una flota de pesca en función de los puntos máximos, en circunstancias de que debería estar dimensionada en cuanto a los puntos medios. Cabe recordar que se trata de algo bastante cíclico y no se conoce exactamente cuál es la base del cambio de dimensión.
El concepto de dimensionar la flota a los puntos medios de la capacidad de la biomasa fue adoptado por Chile en la reunión de Ministros de Relaciones Exteriores celebrada en Roma. Constituye una importante medida de manejo pesquero moderno, que se rige por conceptos de equidad social y sustentabilidad ecológica.
Por el contrario, si se continúa con la aplicación de los límites máximos, se camina hacia una lenta pero inevitable depredación del recurso, siguiendo la experiencia canadiense, que en 1992, luego de una década de uso extensivo de cuotas individuales, por primera vez en su historia experimentó un colapso masivo y múltiple de biomasas de peces demersales, que es el caso de la merluza en el sur. La recuperación de los "stocks"ha sido muy lenta para Canadá y muchas de estas pesquerías continúan hoy cerradas, con más de 40 mil trabajos perdidos, que es lo que inevitablemente nos puede ocurrir.
Cabe señalar que la sobredimensión no la produce la actual normativa legal por sí misma, sino la no aplicación de las medidas establecidas en la Ley de Pesca, como las referidas a planes de manejo o al exceso de flexibilidad al implementar los reglamentos de sustituciones, lo que ha derivado en un desarrollo no funcional del sistema cercano a 80 por ciento.
La pesca artesanal -es decir, la pesca blanca- captura entre 45 mil y 57 mil toneladas métricas, lo cual parece desproporcionado en términos de tonelaje en comparación con la pesca industrial. Sin embargo, tiene una importancia mayor en el ámbito social, ya que es parte fundamental de la comida diaria de nuestra población y es lo que vemos diariamente en el comercio, por lo que sus efectos en la cadena de empleo tiene repercusiones muy directas y superiores a las que puede causar la pesca industrial.
El fundamento de los pescadores artesanales para oponerse a que los armadores industriales operen en las 5 millas es un tema sobre el cual creo conveniente hacer algunas precisiones.
El concepto de las 5 millas se originó en el mundo a partir del Convenio de la Melanesia, a raíz de los problemas que tenían los pescadores artesanales de esa región con pescadores industriales extranjeros japoneses y taiwaneses, que es lo que nos puede ocurrir también en nuestro mar territorial.
Estos conceptos fueron adoptados en Chile en los momentos en que se estudiaba la elaboración de una normativa pesquera en 1983 en la Primera Comisión Legislativa, presidida por el Almirante don José Toribio Merino Castro.
Ante esta situación que se analiza, tales fundamentos son válidos hoy y nuestro país debe continuar manteniéndolos, con el propósito de preservar nuestras costas en términos de sustentabilidad ecológica y conservacionista. Según los estándares internacionales, la definición de pescador artesanal está dada por el valor de su componente de trabajo, que es mayor que los medios productivos o de operación que emplea. Nuestro sector artesanal, sin embargo, es más bien una mezcla de pescadores de distintos niveles -algunos casi industriales menores-, quienes también deben tener normativas técnicas muy estrictas para mantener este concepto de sustentabilidad ecológica, como asimismo un registro formal.
Cada pesquería, como se ha dicho, tiene distintos tipos de problemas, lo que agrega más dificultades a la normativa de la cuota global, cada cual con sus respectivas debilidades. No obstante, por la información existente, me parece que la del jurel es la única con problemas de baja disponibilidad, razón por la cual no considero oportuno que esta ley transitoria incorpore pesquerías distintas.
Otras alternativas de solución, como la cuota individual transferible u otras que perfeccionen el sistema, deberán ser debatidas en su oportunidad, cuando se efectúe el análisis de fondo que demanda la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura.
Estoy de acuerdo en legislar sobre esta tan importante materia. Los aspectos particulares los haré presentes a través de las respectivas indicaciones.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Como falta poco para las 18:30, hora en que termina el Orden del Día, quiero pedir al señor Secretario que anuncie la tabla de fácil despacho de mañana.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El señor Presidente del Senado propone, para ser tratados en Fácil Despacho en la sesión ordinaria de mañana miércoles, los informes de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recaídos en las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía de los señores Hugo Sepúlveda, Moisés Rodríguez, Ángel Estrada, Bernardo San Martín y Gastón Torres.
--Se aprueba la proposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley. Después de la intervención de Su Señoría comenzará la votación del proyecto.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , luego de escuchar al señor Ministro y al señor Subsecretario de Pesca en las varias discusiones que ha habido, creo que se ha construido un buen argumento respecto de por qué resulta necesario legislar en esta materia. Por la descripción de la situación actual del sector pesquero -bastante crítica, sin duda-, se hace indispensable, efectivamente, establecer un límite máximo de captura por armador, lo cual traería, como una de sus consecuencias beneficiosas -y en esto discrepo de lo que decía recién la Senadora señora Carmen Frei -, un impacto social positivo. Ello permitiría distribuir mejor el trabajo de captura a lo largo del año y mejorar la calidad del producto que se elabora por parte de la industria pesquera.
Por otro lado, también me parece necesario -estoy destacando los puntos positivos sobresalientes- regularizar la situación de la pesca artesanal, establecer el registro a que se refiere el proyecto, proteger la zona de pesca artesanal desde la Cuarta Región hacia el sur, y aumentar la participación de los pescadores artesanales en las instancias de decisión, como son los Consejos Zonales de Pesca y el Consejo Nacional de Pesca.
Asimismo, estoy de acuerdo en que es imprescindible fortalecer la capacidad fiscalizadora con el objeto de que se cumplan las cuotas que se determinen como producto de los mecanismos contemplados en la iniciativa. Particular mención merecen las nuevas atribuciones que se dan a los organismos fiscalizadores para revisar bodegas y libros, poner sellos, etcétera.
Dicho todo esto, que explica las razones por las cuales voy a votar a favor del proyecto, me parece importante aprender y considerar la lección de los últimos 10 años, la cual muestra, primero, la enorme dificultad que ha habido para legislar sobre la materia. La discusión de la anterior Ley de Pesca tomó un tiempo muy largo, y rápidamente se demostró que esa normativa, en algunos aspectos relevantes, o no era aplicable, o la autoridad no tenía las facultades o la voluntad de aplicarla.
Por lo tanto, mirando más allá de la situación crítica del sector pesquero, resulta indispensable recoger la observación de la Honorable señora Carmen Frei en cuanto a que estamos legislando de emergencia y para dos años. Se han asignado cuotas por ese lapso a empresas establecidas en el ramo, pero hay que generar condiciones reales para avanzar de verdad hacia una legislación permanente. Hay que establecer en el Congreso criterios y acuerdos en tal sentido, y tener la voluntad necesaria para enfrentar las fuerzas que seguramente, a su término, van a pedir la prórroga de esta ley transitoria por dos años, y así sucesivamente.
Debemos recoger la experiencia, que globalmente no ha sido buena, por la demora en la dictación de la primera Ley de Pesca, por las dificultades para implementarla, por la debilidad de la autoridad para llevar adelante algunas de sus disposiciones. Por lo tanto, me parece válida la prevención.
Recojo lo que decía el señor Ministro al comienzo. Es fundamental, a mi juicio, que la aprobación de esta iniciativa quede sujeta al claro compromiso político del Gobierno de presentar, en el plazo de dos años, un proyecto de ley de carácter más permanente y de buscar los apoyos políticos necesarios para sacarlo adelante.
¿Cuáles son las materias que no se hallan adecuadamente planteadas en el texto que tenemos al frente y que debieran ser incorporadas en una legislación más definitiva?
A mi juicio, son cuatro.
En primer término, es importante que la ley en proyecto no se entienda como una consagración del statu quo en lo referente a cuotas de pesca. En este aspecto debe recogerse la idea de la licitación de cuotas gradualmente transferibles a través del tiempo, de tal manera que a futuro haya cierto libre acceso al sector y éste quede abierto a la competencia.
En segundo lugar -lo dijo ya el Senador señor Ominami y fue discutido en la Comisión de Hacienda-, no veo en este proyecto incentivos para reducir el exceso de capacidad instalada que existe hoy en materia de buques y de extracción de especies.
En realidad, los incentivos no existen, porque -como acaba de expresarlo el Honorable colega-, en el caso del jurel, la sardina y la anchoveta, las cuotas están determinadas por el esfuerzo de pesca. Es decir, por la capacidad instalada en bodegaje de los barcos hoy existentes. Y esa situación se congela -aunque los barcos no salgan a pescar-, pero cuenta para determinar la cuota de los armadores. Asimismo, no hay ningún mecanismo que incentive a quienes poseen un número excesivo de barcos para venderlos, transferirlos o destinarlos a otros objetivos.
Más aún, el proyecto otorga al armador el beneficio adicional -a mi juicio, contradictorio y perverso- de no pagar patente cuando, por el hecho de no utilizarla, deja una nave varada en la playa.
En mi opinión, cualquier legislación transitoria -que, por este carácter, aborda situaciones de emergencia y, por lo tanto, no incluye todos los aspectos del caso- debería, por lo menos, introducir algunos incentivos que, en el mediano y largo plazo, apunten en la dirección correcta para solucionar el problema económico y social de fondo del sector pesquero: el exceso de capacidad instalada hoy existente. Esta iniciativa debiera haber considerado algunos incentivos en este aspecto, pero no ha ocurrido así.
El tercer punto es, por lo demás, bastante obvio. Evidentemente, constituye un avance elaborar un registro de los pescadores artesanales, porque de alguna manera permite poner al día una necesaria información en este sentido. Tal vez no es el propósito del proyecto, pero es indispensable ir reduciendo en el tiempo la enorme heterogeneidad de productividad, de condiciones de producción, de capitalización, etcétera, que existe hoy entre la pesca industrial y la artesanal.
Asimismo, se echa de menos el atisbo de una efectiva política de fomento, de organización del sector, tendiente a su capitalización, a darle acceso a embarcaciones de mayor capacidad y a otorgarle asistencia técnica para el mercadeo de sus productos. Hay que pensar también en la posibilidad de una organización, como cooperativa u otro sistema que le permita competir en el negocio de la exportación de productos pesqueros.
Se trata de un proceso necesario para que el desarrollo del sector pesquero tenga como contraparte el fomento de condiciones sociales y económicas menos diferenciadas en un rubro que es, tal vez, el más heterogéneo que hay en el país.
Por último, si bien es positivo entregar atribuciones para fiscalizar mejor lo que ocurre en materia de capturas y cumplimiento estricto de las normas que la ley establece, lo cierto es que estamos aquí, como en otros sectores, en presencia de un fenómeno bastante recurrente: organismos fiscalizadores que tienen una tremenda precariedad de personal para fiscalizar, así como de recursos materiales para llevar adelante esa tarea.
Me preocupa el hecho de que aquí vamos a ensayar y experimentar con un mecanismo de control del cumplimiento de las cuotas pesqueras a cargo de entidades auditoras privadas, respecto de las cuales no tenemos certeza si van a funcionar adecuadamente o no, si van a ser susceptibles de presiones económicas o de otro tipo, que pudieran distorsionar el cumplimiento de los objetivos de la ley.
Por lo tanto, si estos mecanismos externos de fiscalización no dieran resultado, sería conveniente disponer de un resguardo en el sentido de contar con organismos fiscalizadores públicos que puedan cumplir esa labor y fiscalizar adecuadamente a los auditores.
Se trata de un sector demasiado importante, con cuantiosos recursos económicos. Por ello, es fundamental que esta normativa legal que va a ser aprobada hoy en general en el Senado, al revés de lo que ocurrió con la Ley de Pesca anterior, sea aplicada integralmente, a fin de que las metas que aquí se proponen sean cumplidas rigurosamente. Para eso se requiere que el sector público tenga la capacidad real de constituirse en contrapeso para que la ley no quede sólo en el papel, sino que efectivamente tenga garra, fuerza y resulte un instrumento eficaz.
Quiero concluir reiterando algo que considero esencial: el compromiso de la autoridad, del Ministerio respectivo, en cuanto a que la aprobación de la iniciativa constituye un primer paso, el inicio de la discusión y elaboración de un proyecto de ley más permanente, en el que todos estos problemas estén debidamente considerados.
Voto favorablemente.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Debo advertir a las personas que se encuentran en las tribunas que, de acuerdo con el Reglamento, están prohibidas las manifestaciones, ya sean en favor o en contra. Me interesa mucho que ustedes concurran al debate, pero en caso de repetirse me veré obligado a ordenar su desalojo.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor BITAR.-
Señor Presidente , votaré a favor del proyecto enviado por el Ejecutivo porque contribuye a ordenar la precaria situación que afronta en la actualidad el sector pesquero en el país.
Ahora bien, al argumentar favorablemente no puedo dejar de referirme a ciertas observaciones de otros señores Senadores, y quiero detenerme en tres de ellas, para ver ver la posibilidad de perfeccionarlas en la discusión particular.
La primera dice relación con la distribución de las cuotas entre las distintas empresas. Sobre esa materia tenemos, por una parte, la propuesta que viene en el proyecto, referente a la capacidad de bodega, pero también he escuchado las opiniones que en este sentido han formulado algunos empresarios -a veces más pequeños- que disponen de menor capacidad, pero que la emplean de mejor manera para medir lo que efectivamente han extraído en un determinado tiempo. De manera que aquí hay un primer tema: ¿cómo se hace esa distribución, de ésta o en aquella forma, o mediante una combinación de ambas?
El segundo aspecto es la inclusión de otras especies. Me inclino por incluir otras, más allá de las que aprobó la Cámara de Diputados. Y lo hago también por estimar sólido el argumento del "rebalse depredatorio". En tal sentido, si la vigencia es temporal, extendámosla a todas las especies y no restringida a algunas.
El tercer tema es el concerniente a la transitoriedad. Y debo admitir que es el que más me preocupa, porque, como ya lo han señalado otros señores Senadores, aquí pueden existir presiones para dilatar el proceso más allá de los dos años, con lo cual en la práctica estaríamos entregando gratuitamente a una empresa derechos sobre recursos que son de todos los chilenos, sin mediar siquiera licitación. En mi opinión, esta situación no puede darse bajo ninguna circunstancia.
Por eso, me sumo a la petición de que, a la brevedad posible, el Gobierno envíe una iniciativa de carácter permanente. No puede esperar dos años para hacerlo, porque la situación podría alargarse más allá de la cuenta. Personalmente, conversaré con otros señores Senadores sobre la posibilidad de que sea un año en lugar de dos, otorgando al Presidente de la República la facultad de extenderlo por otro año, pero haciéndolo responsable al respecto. De esa manera estaríamos presionando, como Senado, para que la nueva iniciativa llegue lo antes posible. De lo contrario, muchas empresas, con razón, van a mantener sus instalaciones, su exceso de capacidad, pensando que si la ley no se aprueba después de dos años, o no se cambia, tendrían que volver a utilizar su sobrecapacidad para extraer en el menor plazo la mayor cantidad de pesca, con lo cual no habremos dado ningún paso positivo. De allí entonces que esto guarda relación con lo anterior.
Por eso, al votar favorablemente en general el proyecto, señalo también los otros puntos, que benefician a la pesca chilena -desde la Primera Región hasta la Duodécima-, que debemos cuidar a toda costa, preocupándonos asimismo de los trabajadores y del futuro de ese sector.
Voto que sí.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo) .-
Señor Presidente , en las Comisiones unidas entregué mi respaldo a esta iniciativa legal porque cualquier persona que conozca la realidad actual de la actividad pesquera no puede sino comenzar a tomar medidas para mejorarla.
Uno escucha muchas voces. Por ejemplo, aquí se ha dicho que, de aprobarse este proyecto, habrá cesantía en el sector pesquero. Pero el problema es al revés: si no se aprueba, existirá desempleo en el sector, y dentro de un año o dos él puede ser total en algunas plantas y Regiones del país.
En consecuencia, la situación no da para más. Y, cualesquiera que sean las razones, a estas alturas debemos corregir una ley que no provocó buenos resultados -sea a causa de ella misma o porque las autoridades no cautelaron apropiadamente el esfuerzo pesquero- y que, por tanto, no puede permanecer inalterable.
Tocante al texto de la Cámara de Diputados, difiero en algo muy central, que también fue señalado por diversos señores Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra.
En mi concepto, señor Presidente , las normas de la ley en proyecto deben aplicarse a todas las pesquerías incluidas en el texto original del Gobierno. No pueden referirse sólo a la pesca pelágica. También -y con mayor razón- tiene que agregarse la pesca demersal austral, por las razones que aduciré a continuación.
Si no se procede así, se producirán conflictos, pues pesquerías que están funcionando en determinadas Regiones quedarán expuestas a ser penetradas por otras de Regiones diferentes, lo cual causará un daño mayor.
Por eso, señor Presidente, las disposiciones del proyecto deben hacerse extensivas a todas las pesquerías.
Si esta situación es clara en general, lo es todavía más, a mi juicio, en lo atinente a la pesca demersal austral. Y me refiero específicamente a las Regiones Décima, Undécima y Duodécima.
Esa pesquería -para que los señores Senadores se formen una idea- es prácticamente insignificante en cuanto a los volúmenes de extracción, porque no supera el 1 a 1,5 por ciento de la pesca total. Sólo se sacan 80 mil toneladas, cuyo precio en playa es 12 por ciento del valor de la pesca completa; y tratándose de exportaciones, debe multiplicarse por 2,5 a 3,5 por ciento. Es decir, esa pesquería tiene un valor -porque es para el consumo humano- muy superior al del resto de la pesca nacional.
Por ello, sería un error tremendamente grave no cautelar debidamente la pesquería demersal austral y sacarla de la protección de la ley en proyecto.
En la Región que represento, dicha pesca proporciona los trabajos más estables y serios: del orden de los 3 mil puestos, cifra que ninguna otra actividad ofrece. Y, si colapsara ese sector, dentro de muy corto plazo nos encontraríamos con 3 mil cesantes.
Por otro lado, allí hay 1.800 pescadores artesanales -y entiéndase bien- que no tienen conflicto alguno con los armadores industriales, a quienes venden su producción, la cual es exportada. Se ha vivido y se vive, más allá de cualesquiera diferencias, una comunidad de intereses.
Una de nuestras mayores preocupaciones es lograr que, mediante una ley o por decisiones gubernamentales, se proteja y fortalezca a los pescadores artesanales, permitiéndoles que, a través de cooperativas u otras agrupaciones, ellos mismos procesen y exporten su producción, la que de ese modo adquirirá más valor.
La pesquería demersal austral es básica para las tres Regiones australes. Se trata de una palanca de desarrollo a la cual, si no se la protege en forma adecuada mediante las disposiciones del proyecto que nos ocupa, se le infligirá un daño que puede ser irreversible.
La Undécima Región tiene en la pesca su gran perspectiva de desarrollo futuro. Y lo hago presente con toda responsabilidad, porque espero que se corrija el texto que llegó de la Cámara de Diputados, para que las pesquerías en referencia queden debidamente incluidas en el proyecto.
Hay dos Regiones de Chile que, curiosamente, no fueron incorporadas (un señor Senador habló aquí acerca del problema pesquero pretendiendo darle carácter general): la Primera y la Segunda. ¿Por qué? Porque en ellas ya se hizo un ajuste.
Ojalá que ahora, a través de la ley en proyecto, con las modificaciones anunciadas, se pueda lograr que el sector pesquero en general, que es fundamental para el progreso del país, encuentre una solución que le permita alcanzar el desenvolvimiento que le corresponde.
Por todo lo expuesto, voto que sí.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , tal como lo indicaron en las Comisiones los representantes del Ejecutivo , este proyecto busca remediar una situación a la que todo el sistema de pesquería se ha visto enfrentado en los últimos años.
Aquí se han dado argumentos bastante sólidos acerca de lo que representa uno de los recursos naturales renovables que proporcionan ingresos al país y trabajo a un grupo importante de personas que viven de la actividad en comento.
Pero, al igual que en otras naciones del mundo, esta labor no puede hallarse sometida al libre ejercicio de la oferta y la demanda, porque hay situaciones que van más allá de la inteligencia del ser humano, como los procesos biológicos, donde resulta muy difícil intervenir si no se dispone del conocimiento adecuado ni se controlan los elementos que muchas veces influyen sobre la reproducción o el desarrollo de los recursos naturales.
Con esta iniciativa se pretende enfrentar una situación de emergencia. En esa virtud, debemos pronunciarnos.
Comparto lo manifestado aquí por el Honorable señor Foxley en cuanto a la necesidad de elaborar una legislación completa. Y, tal como lo expresaron Su Señoría y otros señores Senadores, colaboraremos haciendo todos los esfuerzos para que el Gobierno envíe al Parlamento, en una fecha cercana (antes de que termine el plazo operativo que fija la ley en proyecto), una proposición que permita mirar al sector en cuestión con una perspectiva futura de Estado, de 20 a 30 años, y asegurar el respaldo que todos deberíamos otorgarle.
Al votar este proyecto, señor Presidente, deseo referirme a dos aspectos específicos que tienen vinculación directa con la zona que represento en el Senado.
La Sexta Región, que no cuenta con pesquerías ni con industrias del rubro, tiene un número importante de pescadores artesanales y deportivos. Nuestras playas y caletas poseen una gran variedad de especies. Incluso, el lago Rapel es connotado, pues constituye una fuente de ingresos que permite vivir a muchas personas, sobre todo a gente modesta de la zona.
Señor Presidente , conforme al artículo 17 del proyecto -y lo preciso para que conste en la Versión Taquigráfica- la perforación en las cinco millas, que antes se autorizaba, queda excluida en la Sexta y Séptima Regiones .
Quiero poner de manifiesto que dicho límite impide que los pescadores artesanales sean penetrados territorialmente; evita la destrucción de sus aparejos; no permite la generación de situaciones que muchas veces bordean la violencia al obligar a aquéllos a competir en condiciones absolutamente adversas con naves que de manera permanente vulneran esa regulación, establecida en otras zonas del país.
En tal sentido, pediremos al Servicio Nacional de Pesca y a las autoridades respectivas que fiscalicen estrictamente el posicionador satelital, de uso obligatorio en las naves de pesca, pero que, dada la habilidad de algunos chilenos, muchas veces no se halla debidamente sellado en los barcos y es colocado transitoriamente en la panga que los acompaña, la cual permanece fuera del límite de las cinco millas, lo que permite a dichas naves penetrar la franja de reserva, dañando a los pescadores artesanales.
Como en Chile todos nos conocemos, es bueno dejar de manifiesto que ya se sabe de esa práctica. Por lo tanto, exigiremos el debido resguardo para ese sector de pescadores, que son los más modestos de Chile y constituyen toda una cultura en nuestro país.
Finalmente, deseo referirme a la pesca deportiva.
Algunos señores Senadores no consideran importante este punto, pese a que suman miles los inscritos en los clubes de pesca y caza. Hoy día, muchos de ellos ven cercenado su acceso al litoral precisamente por la existencia de consorcios inmobiliarios o de otra naturaleza que les coartan las posibilidades de practicar la pesca deportiva.
Por consiguiente, fomularemos indicaciones para, primero, dejar establecida la defensa del límite de las cinco millas no perforables en las Regiones Sexta y Séptima, y segundo, facilitar el acceso a las playas a los pescadores deportivos, porque no es admisible impedirles ejercer el derecho constitucional a usar libremente nuestro mar.
Voto a favor.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , me alegra mucho lo que está ocurriendo esta tarde en el Senado, por la confluencia de posiciones sobre un proyecto muy trascendente para una industria clave de nuestro país.
Hay que lamentar, sí, que eso no se haya logrado hace muchos años, cuando con los Senadores señores Sabag y Boeninger presentamos la misma iniciativa, con igual filosofía e inspiración, la cual, por el contrario, sufrió entorpecimientos en su tramitación y despacho.
Asimismo, lamento que la Cámara de Diputados haya demorado tanto la aprobación del proyecto que hoy nos ocupa, al punto de que, en los pocos días que van corridos de este año, en la Octava Región, especialmente en el puerto de Talcahuano, se ha producido la famosa "carrera olímpica", que ha implicado extraer sin criterios de racionalidad económica una cantidad muy considerable de jurel.
Empero, más vale tarde que nunca. Y, a mi juicio, con esta iniciativa por lo menos se aliviarán en parte la inquietud empresarial y la angustia y zozobra de los trabajadores, quienes ven amenazados sus puestos laborales por la explotación irracional de un recurso que se ha hecho cada vez más escaso.
En segundo término, ya que se están haciendo recomendaciones al Gobierno y al señor Ministro acerca de cómo debería enfrentarse este problema en una legislación más de fondo, lo lógico sería, para que todo tuviera un perfecto orden y coherencia en el sistema jurídico, incorporar a la Constitución Política un párrafo especial sobre el tratamiento de los recursos marítimos desde el punto de vista del derecho de propiedad. Porque, así como existe uno respecto de los recursos mineros, debería haber otro sobre los pesqueros, vista la importancia que han adquirido en la economía nacional.
Deseo recordar que nuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia evacuó un informe donde sostiene que una legislación análoga a ésa se ajusta perfectamente a la Carta. Pero no cabe duda de que alguien -como ocurrió con connotados juristas- podría elaborar informes para intentar demostrar que ello no se aviene perfectamente con el derecho de propiedad ni con la libertad de desarrollar cualquier actividad económica, establecidos en la Constitución.
Por eso, si se trata de hacer recomendaciones al Gobierno, estimo que debería haber un tratamiento constitucional de los recursos pesqueros, para que toda la legislación tuviera perfecta coherencia.
En tercer lugar, pienso que la oposición al proyecto se debe, por una parte, quizá a intereses que se ven lesionados por este tipo de legislación, los cuales son absolutamente minoritarios; y por la otra, a que esta normativa de alguna manera introduce preceptos que se contradicen con ciertos principios que tenemos los Parlamentarios para enfrentar las materias económicas.
Para quien cree muy firmemente en el libre mercado, por ejemplo, no cabe duda de que una legislación como ésta, que reglamenta al máximo las cuotas de pesca, es una forma de terminar con el mercado. Resulta paradójico, entonces, que sobre todo los Parlamentarios de Derecha, que son muy partidarios del libre mercado -y con muy buenas razones-, se manifiesten tan a favor de reglamentar al extremo, como se está haciendo en esta oportunidad.
Y a los Senadores de la Concertación nos parece -lo manifestó (entiendo) la Honorable señora Frei - muy extraño que el Estado llegue a atribuir -como algunos señalan, entre comillas- propiedad a un bien que, por naturaleza, es de todos. Eso también produce perturbación ideológica.
Sin embargo, quiero puntualizar que las razones prácticas a veces son más fuertes que las doctrinarias y que tanto la Derecha como la Concertación están coincidiendo porque ven el bien del país, de la industria...
La señora MATTHEI .-
La Derecha no, señor Senador : ¡La Alianza por Chile!
El señor VIERA-GALLO .-
Bueno: ¡La Alianza por Chile,...
El señor GAZMURI .-
¡La Alianza de Derecha!
El señor VIERA-GALLO .-
...de Centro-derecha!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ruego a Sus Señorías evitar los diálogos.
Puede continuar, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO .-
Y no se trata, señor Presidente , de recordar a Nicanor Parra -nuestro gran candidato actual al Premio Nobel de Literatura-, quien dice que "La Izquierda y la Derecha unidas, jamás serán vencidas". Porque aquí están la Izquierda, la Derecha y el Centro.
Voto que sí.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , votaré a favor, pero sin que ello implique para nada renunciar a conceptos tradicionales de la economía libre, entre ellos el del mercado como asignador de recursos. Porque el señor Senador socialista que acaba de usar de la palabra no entiende que el mercado no es un dogma de fe y, por tanto, debe ceñirse a la realidad. Y cuando se trata de recursos escasos, como los pesqueros, obviamente hay que introducir ajustes en la asignación del mercado.
De ahí que en principio seamos partidarios de la ley en proyecto, que es transitoria, temporal, y que, en consecuencia, estará sujeta a evaluación.
Durante el largo tiempo en que se ha discutido cuál debe ser el régimen de pesca, sólo ha habido absoluto acuerdo en que la "carrera olímpica" que se ha producido causa un enorme daño al régimen pesquero chileno y a las posibilidades de que subsista y mantenga el relieve internacional consolidado en los últimos años.
Por eso mismo, las distintas alternativas siempre han merecido, por un motivo u otro, objeciones. En particular, se recordó que la ley que establecía con claridad las cuotas individuales transferibles generó una seria discusión, incluso de constitucionalidad. Y si bien la Comisión de Constitución, en votación mayoritaria, consideró que el proyecto pertinente se ajustaba a la Carta, asumió tal posición sobre la base de que tales cuotas y la propiedad sobre ella se reglamentaran de tal modo que fuera necesario redactar un texto distinto del que en ese minuto se discutía.
En lo fundamental, señor Presidente , concordamos con esta fórmula porque se consagra un sistema de administración pesquera extraordinario, de carácter transitorio, que permitirá, según su funcionamiento, una evaluación dentro de la cual se podrá definir un régimen permanente.
A nuestro entender, no es admisible continuar con la actual situación de explotación de la pesca. Debemos, por ende, explorar nuevas alternativas.
El plazo de dos años me parece razonable. No concuerdo con la reducción planteada por algunos señores Senadores, pues además hay que darse tiempo para preparar, redactar y discutir una nueva iniciativa, a la luz de la experiencia. Y ésta de ninguna manera será menor a una temporada. Luego, la segunda temporada coincidirá con el momento de la discusión del proyecto, una vez que se hayan conocido los resultados.
También quiero manifestar mi acuerdo con la inquietud de que el proyecto, al final, se circunscriba a resolver el problema transitorio que afecta a la industria de la harina de pescado y que involucra a las especies destinadas a producirla, tales como el jurel, la sardina y la anchoveta, dejando fuera a la merluza, lo que pareciera no tener mucho sentido. Si se va a establecer un régimen de administración provisional, lo conveniente sería que el experimento fuera total. Por lo demás, hemos escuchado decir a algunos técnicos con quienes hemos consultado esta materia que, a veces, resulta difícil evitar la pesca de una especie o de otra, porque están juntas. A modo de ejemplo, la anchoveta convive con la merluza, y si una está en un régimen y la otra en uno distinto pueden producirse consecuencias negativas para la pesca.
Por lo tanto, parece razonable abrirse a la idea de incorporar a todas las especies en esta experimentación que se hará por dos años.
Concluyo señalando mi conformidad con la forma como se ha solucionado la situación de la pesca artesanal, que requiere regularización y una serie de elementos que considero muy positivos. Pero, particularmente por la experiencia que he podido conocer en la Séptima Región, que represento en el Senado, en las comunas de Chanco y Pelluhue hemos advertido con demasiada frecuencia la intrusión de flotas pesqueras en las cinco millas reservadas a la pesca artesanal. Tan así es que presenté una iniciativa de ley destinada a sancionar en forma más drástica y lograr mayor eficacia en la prohibición a quienes hagan uso de estas cinco millas marinas sin tener derecho a ellas.
El proyecto, de alguna manera, resuelve ese problema -de modo distinto, pero lo hace-, al impedir que entre la Cuarta y la Décima Regiones haya posibilidad de perforación y al establecer sanciones más graves para los infractores, distintas de las que había imaginado, pero suficientemente fuertes y que van a lograr el objetivo.
Se podrá discutir si en algunos lugares donde no hay pesca artesanal sería conveniente permitir que opere la pesca industrial, o como se la quiera llamar; pero lo más importante es el principio que se establece: que no pueda haber perforación, para defender la actividad pesquera artesanal, que representa el derecho de muchos pescadores pequeños que no tienen otra forma de subsistencia ni capacidad para competir con naves de mayor tonelaje.
Por ese motivo, nos alegramos de esta situación. Y, de aprobarse un proyecto que impida el abuso de las cinco millas marinas y que sancione fuertemente a quien lo haga, estaremos en condiciones de retirar el nuestro.
Por todas estas consideraciones, votaré a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , en primer lugar, deseo plantear algunas preguntas al señor Ministro , por su intermedio.
Los artículos 13, 14 y 15 establecen diferentes normas para regularizar los registros artesanales, lo que es realmente muy importante. En algunos casos, al morir un pescador, su viuda queda absolutamente indefensa, sin posibilidad de trabajo, sola, y ni siquiera hereda estos permisos, como tampoco sus hijos. De manera que deseo saber si a futuro se piensa ver manera de traspasar derechos de padres a hijos, sobre todo cuando suceden tragedias en el mar.
Por la forma como viene propuesto el proyecto, quiero consultar cómo se va a regularizar: si le van a dar inscripción a todo el que la solicite, o solamente hasta que se llenen los cupos o vacancias producidas en diez años, o si se otorgarán por orden de llegada a los que primero la pidieron. ¿Quién decidirá? Porque, en realidad, en las normas precedentemente citadas se dice que pueden solicitar inscripción, pero no queda claro cómo se hará, a quién se va a otorgar, ni quién va a decidir.
Por lo tanto, deseo una respuesta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Debo advertir a Su Señoría que estamos en votación.
La señora MATTHEI.-
Lo sé, señor Presidente . Pero sucede que no hemos tenido tiempo de analizarlo en Comisiones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Esa respuesta tendrá que darla el señor Ministro después de la votación, no durante el transcurso de ella.
La señora MATTHEI.-
En otras ocasiones hemos hecho excepciones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Mi obligación es aplicar el Reglamento.
La señora MATTHEI.-
Pedí la palabra antes de que terminara el Orden del Día. No es culpa mía que haya concluido. Entonces, sigamos mañana y pido segunda discusión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Estamos en votación.
La señora MATTHEI.-
No puede ser que estemos legislando de esta forma, señor Presidente. Yo había pedido la palabra mucho antes.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
No se trata de eso, sino de. aplicar estrictamente el Reglamento, salvo que la Sala, por unanimidad, me levante la norma reglamentaria.
El señor GAZMURI.-
No, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si la señora Senadora lo desea, pido el acuerdo de la Sala; pero se requiere la unanimidad. En esto debo ser muy estricto. Si no, no puedo manejar el debate.
La señora MATTHEI.-
Decida usted, señor Presidente .
El señor LARRAÍN .-
Pero el señor Ministro puede intervenir en medio de la votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Siempre que haya sido interpelado -no en materia de preguntas-, agredido u ofendido. No es el caso.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , ni siquiera voy a pedir la unanimidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Por lo tanto, recabaré el asentimiento de la Sala para que el señor Ministro responda las preguntas formuladas por la Honorable señora Matthei.
¿Habría acuerdo en tal sentido?
El señor BITAR.-
Yo doy la unanimidad para que mi Honorable colega tenga la respuesta que pide.
La señora MATTHEI.-
Gracias, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si hay acuerdo y la Sala así lo resuelve, concedería la palabra al señor Ministro .
No hay unanimidad.
La señora MATTHEI.-
El Honorable señor Gazmuri , con una sonrisa, no la da.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar, Su Señoría.
La señora MATTHEI.-
Esto habla pésimo de la forma como legislamos en el Senado. Muchas veces los proyectos llegan tarde, incompletos y no hay siquiera posibilidad de hacer preguntas, como hemos visto hoy, en que no se ha dispuesto de un informe escrito de la Comisión de Hacienda. Entonces, cada vez que damos la unanimidad y autorización para que las cosas se traten en forma rápida, para ayudar, finalmente un Senador socialista o del PPD se opone a que legislemos bien.
En todo caso, debería otorgarse algún tipo de incentivo, porque todos deseamos que se reduzca el número de embarcaciones. Sin embargo, dado que se trata de un régimen transitorio y todo el mundo espera el definitivo, habrá muchos millones de dólares paralizados en barcos que probablemente se echarán a perder, pero que realmente nadie querrá vender, pues de hacerlo se desprenderían de los derechos históricos que van junto con la embarcación, o perderían la capacidad de bodegaje que les permite acceder finalmente a un mayor número de cuotas en el régimen definitivo, o así por lo menos se lo imaginan.
Entonces, solicito nuevamente que se nos señale si es posible estudiar -tendría que ser para mañana- la posibilidad de vender una embarcación, sea al extranjero o para ser usada en otros fines, y que la capacidad de bodega o los derechos históricos puedan traspasarse a otras embarcaciones, o al menos parte de ellos. Porque es realmente absurdo, desde el punto de vista del país, mantener millones de dólares inmovilizados a la espera de la ley definitiva. Eso es malo para Chile, para los armadores y para todo el mundo. Perfectamente bien podría solucionarse diciéndose que quienes vendan los buques retendrán parte o todos los derechos que tenían.
Por último, se requiere abordar con urgencia el tema de la fiscalización y penalización por irrumpir en las cinco millas reservadas a la pesca artesanal. En la Región que represento, no sólo los industriales, sino también lanchas artesanales, que ni siquiera tienen permiso para operar, hacen pesca de arrastre cerca de la playa, incluso en áreas concesionadas como de manejo, produciendo un daño incalculable. Y cada vez que se avisa a la Armada para que vaya a patrullar, apenas sus embarcaciones encienden los motores, alguien les avisa y rápidamente salen de la zona.
El daño que se está haciendo es enorme. Los pescadores artesanales cuidan esos lugares por tratarse de áreas de manejo, donde se supone que se están reproduciendo las especies, y llegan estas lanchas artesanales y destruyen todo.
Respecto de lo planteado por la Senadora señora Frei en relación con el empleo, creo que es una materia que realmente nos preocupa a todos.
Quiero señalar que, en el caso de San Antonio, el hecho de tener que pescar todo lo más rápidamente posible, porque si no otro embarcador lo hace, lleva a procesar velozmente todo lo extraído, y la única forma de realizarlo es transformándolo en harina de pescado. Entonces, en la medida en que sea posible se graduará la captura a lo largo del año para que -ojalá Dios así lo quiera-, en vez de elaborar sólo harina de pescado, también empiecen a introducirse productos para consumo humano, ya sea congelados o enlatados, lo cual, obviamente, genera muchísima más mano de obra.
En todo caso, agradezco a la Mesa por tratar de hacer posible que formulara algunas preguntas. A pesar de todo, voto a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Gracias, señora Senadora . No fue mala voluntad. Simplemente se trata de aplicar el Reglamento. En ese sentido, debo ser estricto con todos.
La señora MATTHEI.-
La del señor Gazmuri sí fue mala voluntad, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , no di la unanimidad con una sonrisa, como dijo la señora Senadora . No existió animosidad en ello, sino sólo un mínimo apego a las normas que nos rigen. Ya habrá tiempo para que la Honorable señora Matthei formule las preguntas que desee en la discusión particular. Pero cuando hay disposiciones reglamentarias, creo que debemos atenernos a ellas. Eso se vincula con dos cosas que los socialistas respetamos mucho: una, la igualdad de derechos entre todos nosotros y entre los hombres en general y, otra, el apego al Derecho.
El señor BOMBAL .-
Hágalo siempre, señor Senador.
El señor GAZMURI .-
Sí, Su Señoría. En materia reglamentaria y de derechos igualitarios siempre lo hacemos.
Repito: no ha existido animosidad, ni tampoco se ha pretendido no dar oportunidad para aclarar materias, porque mañana habrá tiempo para hacer todas las preguntas que se desee, y el señor Ministro dará respuesta a todas ellas cuando entremos a la discusión particular.
Señor Presidente , votaré a favor del proyecto, y sólo quiero fundamentar mi voto señalando que, como representante de la Región del Maule, que tiene un extenso litoral y que, por las circunstancias de carecer de puertos, la actividad pesquera regional es básicamente de tipo artesanal, me parecen particularmente positivas algunas de las medidas de la iniciativa en debate que van en resguardo de la zona exclusiva de cinco millas para la pesca artesanal de la Quinta Región al sur.
A mi juicio, la práctica demostró que la figura de que podían efectuarse legalmente perforaciones por la vía de los Consejos Regionales de Pesca significó que en ciertas Regiones -como la que represento en el Senado- la mayoría del litoral estaba legalmente perforado y, por tanto, el desarrollo de la pesca artesanal en muchas zonas del país se vio severamente limitado, a pesar de que el espíritu de la Ley de Pesca original era que esas áreas se consideraran como reservas de biomasa exclusiva para el desarrollo de la pesca artesanal. No se debe olvidar que hay más de 40 mil pescadores en el país, y ejercen una gran actividad económica y social que sustenta a muchas familias.
La otra normativa que nos costó tanto sacar en el período legislativo anterior fue la del posicionador satelital -algunos Senadores recordarán cuánta oposición hubo para incorporar dicho sistema en los buques pertenecientes al sector industrial-, que va a permitir un efectivo control de las perforaciones ilegales.
También quiero relevar aquí que la sanción establecida en el proyecto sobre el descuento de la cuota asignada a aquellos armadores que violen las cinco millas exclusivas para la pesca artesanal me parece muy efectiva, suficiente y dura. Quiero entender además que ella se aplicará a cada nave que sea sorprendida pescando en la zona de reserva exclusiva.
Por tanto, creo que por primera vez se dispone de un método moderno de fiscalización (el posicionador satelital) y de un sistema de sanciones que efectivamente significa un castigo real. Dichos procedimientos, junto a la apertura del registro, corresponden a demandas muy antiguas del sector pesquero artesanal que se ven satisfechas con este proyecto. Me alegro mucho por eso, y es una de las razones principales que me lleva a votarlo favorablemente.
No olvido, sin embargo, que el objetivo principal de la iniciativa es resolver la crisis generada en el sector industrial pesquero, la cual tiene que ver básicamente a mi juicio -y es la reflexión que quiero hacer al fundamentar mi voto- con que la ley, tan trabajosamente discutida y aprobada en el Congreso destinada a regular el sector, no funcionó. El problema es que, después de diez años de aplicación, tal cuerpo legal recordarán Sus Señorías que en ese período hubo una discusión muy amplia, en la que participó el Honorable señor Ominami , en ese entonces Ministro de Economía , además de todos los sectores interesados-, finalmente, no resultó. Ése es el punto. Y sobre eso se debe realizar un debate a fondo.
Algunos señalan que la normativa fracasó porque era insuficiente; o sea, se basaba en una concepción equivocada: la de la cuota global. En esa época ya se discutió la asignación de cuotas individuales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminó su tiempo, señor Senador.
El señor GAZMURI .-
Mi apego al Reglamento me obliga a terminar aquí,...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Le solicito a Su Señoría que cumpla el Reglamento.
El señor GAZMURI .-
...así es que el resto de mi argumento lo termino mañana.
Voto a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , en aras de colaborar modestamente al despacho más rápido posible del proyecto, que tiene carácter de emergencia y cuya promulgación la Subsecretaría de Pesca necesita en forma bastante angustiosa -ojalá antes del 31 de enero- para que no se produzcan en febrero y marzo las llamadas carreras olímpicas de las pesquerías (no sólo del jurel, sino también de aquellas que no fueron incluidas en la Cámara y que se van a reponer), me voy a abstener de contribuir al debate con unas cuantas "cabezas de pescado" que podría haber enunciado, y simplemente me limitaré a votar que sí.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tienen la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, no cabe duda de que el proyecto es muy importante y necesita ser aprobado con la urgencia ya señalada.
Quiero manifestar que la iniciativa corrige los errores de la Ley de Pesca de 1991, mediante la cual se autorizaron en forma discriminada los esfuerzos pesqueros. Como dicha normativa permitía renovar y modernizar las naves, es evidente que hoy la capacidad de pesca de los industriales es enorme con relación a la cantidad autorizada en 1991, y la única manera de regularla en la actualidad es a través de esta normativa.
Ya lo señaló el Honorable señor Viera-Gallo : junto con los Senadores señores Boeninger y el que habla, presentó un proyecto sobre la materia, pero, como no era de iniciativa parlamentaria, solicitamos el patrocinio del Gobierno. El Consejo Nacional de Pesca, por unanimidad, lo acogió. Sin embargo, el Subsecretario de la época no le dio el apoyo correspondiente. El sistema continuó operando como estaba, y hoy se encuentra colapsado. Por eso, nos alegra mucho que este proyecto se haya elaborado sobre la base del que nosotros presentamos, y cuente con el apoyo completo del Consejo Nacional de Pesca y de los técnicos más capacitados en el país en esta materia.
Por lo tanto, creo que el texto legal que se nos propone es altamente conveniente, pues a través de él se regulará la capacidad de pesca de cada armador.
Alguien dijo que aquí estamos privatizando el mar. ¡Eso ya se efectuó en 1991! Lo que ahora se hace es regular la actividad para que no ocurra lo mismo que sucedió con la cuota de captura del mes de enero, que se completó sólo en cuatro días.
¿Cuál es nuestro interés? Claro, alguien puede pretender acusarnos de que estamos defendiendo los intereses de los grandes empresarios. Yo represento a la Octava Región, y en la zona de Talcahuano, Coronel y Tomé hay 36 plantas que procesan harina y aceite de pescado, conservas, congelados y surimi. Pero lo más importante es que dan trabajo a más de 8 mil personas en forma permanente y a 16 mil en forma indirecta. Y toda la pesquería del país genera recursos por casi 2 mil millones de dólares en exportación y proporciona empleo a más de 100 mil trabajadores. Por lo tanto, esta regulación es de interés económico para nuestra patria y sus trabajadores.
Ahora bien, aquí surgieron algunas voces de los pescadores artesanales, en cuanto a que ciertos grupos estarían en contra. Jamás hemos pretendido perjudicarlos. Muy por el contrario, a través del proyecto justamente se pretende regularizar el Registro Artesanal con una serie de disposiciones, algunas de las cuales señaló la Senadora señora Matthei hace poco rato. A todos nos interesa seguir protegiendo a los pescadores artesanales, y ojalá que se les continúe prestando apoyo, para que puedan formar una cooperativa con el objeto de procesar los productos capturados para el consumo humano.
Por supuesto, para cumplir las diversas disposiciones también es necesario que exista real fiscalización. Pienso que el número de funcionarios de que hoy día disponen los organismos fiscalizadores es mínimo, con relación a la cantidad de naves y a lo que está en juego en cada una de estas materias.
Por eso, considero que el proyecto es una especie de parche por dos años -el que presentamos originalmente era por un año-; pero se entiende como una forma de empezar a trabajar inmediatamente en una legislación definitiva en la cual, con la experiencia de esta iniciativa y de lo que hemos vivido durante estos años, realmente se den garantías y seguridades a todos, porque esta explotación es de gran interés para todo el país.
En consecuencia, señor Presidente , me pronunciaré favorablemente respecto de la iniciativa, por estimarla altamente conveniente para los intereses del país y de los trabajadores, y por cuanto, como Senadores, debemos velar por el interés nacional por sobre los de pequeños grupos que puedan resultar perjudicados, pero que no lo serán.
Voto a favor.
El señor VALDÉS .-
Ya se han expresado las opiniones que pretendía exponer esta tarde. A mi juicio, el problema no puede eludirse y el país no lo ha afrontado como corresponde en las últimas décadas.
En Chile y en el mundo entero existe sobrecapacidad de pesca. Esto sucede en Noruega, en Estados Unidos y en todas partes. En nuestro país, esta actividad, que ha tenido enorme éxito y compromete parte muy importante de nuestros esfuerzos económicos, de empleo y de exportaciones, se excedió, como en otros lugares. La biomasa no responde a la capacidad instalada. Lo observamos hace mucho tiempo y pienso que todos fallamos en encontrar una solución que combine la necesidad de respetar la biomasa, tener una industria moderna, capaz de recoger la riqueza que poseen estos mares y de mantenerla en el tiempo. Esta ecuación no se ha logrado. La ley anterior pretendió hacerlo, pero no fue así.
Carecemos de una respuesta total en la materia. No se trata de un problema de derecho de propiedad, ni de mercado, sino de subsistencia de una riqueza que pasa por encima de cualquiera consideración de tipo ideológico o político. De ello depende en gran parte la posibilidad de que Chile tenga un desarrollo sustentable. Al mismo tiempo, este proyecto es una voz de alarma y una especie de paréntesis. No me satisface del todo, porque deja la situación igual que antes, aunque distribuyendo y ordenando la capacidad de pesca, lo cual beneficia a los que actualmente están trabajando, y no puede ser de otra manera.
Se ha demostrado que, de no aprobarse este proyecto, se produciría una situación muy catastrófica. Por eso lo votaré a favor, debido a su carácter de urgencia.
Considero interesante lo que contempla la iniciativa en cuanto a los pescadores artesanales. Como ya se ha manifestado y lo repito, me alegro de que se consoliden los Registros y de que se exija mayor rigor en el respeto de las cinco millas, las que son vulneradas, presionadas y perforadas permanentemente con toda clase de artimañas, como aquí se ha demostrado. Tal condición es fundamental, porque la pesca artesanal no solamente tiene valor para los pescadores, como quien dice para la gente que trabaja cerca de la costa, sino también uno fundamental desde el punto de vista del alimento, que le agrega un valor superior al que poseen otros productos de la pesca. Además, en una costa tan extensa como la chilena constituye una fuente de sustento, y debería aumentarse el consumo de este recurso, que en Chile es muy bajo comparado con otros países europeos.
Pues bien, en este punto se ha mejorado y los pescadores artesanales podrán participar en los Consejos Regionales, lo cual es un avance muy importante porque se encontraban excluidos de ellos.
Con relación a la pregunta formulada por la Honorable señora Matthei al señor Ministro , no quiero reemplazar su contestación, que quedó pendiente, pero, según entiendo, los pescadores artesanales que pueden optar hoy día a incorporarse en los Registros son los matriculados y que no han tenido oportunidad de hacerlo. En segundo lugar, se consideran en el Registro los inscritos al 31 de julio de 2000 y, en tercer término, también se controlan las naves. Es decir, se normaliza la situación de los pescadores artesanales, incluyendo la posibilidad de que aquellos inscritos en una Región puedan hacerlo en otra. En el caso del derecho de la persona que fallece, entiendo que permanece en poder de la sucesión -si no es así, lo aclararemos en la sesión de mañana-, la cual designará a quien lo va a reemplazar.
Por último, aquí nos encontramos ante un problema de muy difícil solución. En Chile existe capacidad excesiva de almacenaje y de captura. Eso deberá afrontarse en algún momento, porque significa capitales que no podrán obtener una rentabilidad adecuada, y en definitiva será la eficiencia la que domine esta situación.
Hay que tomar en cuenta que el proyecto determina algunas restricciones que no estimo convenientes. Por ejemplo, el hecho de que sólo cuatro especies queden sometidas a la ley no es razonable, porque el resto recibirá toda la carga de la pesca. Por lo tanto, deberían incluirse todas las especies existentes. Entiendo que así lo consultaba la iniciativa original.
Por último, si bien se establecen normas generales desde la Sexta Región al sur, creo que en la práctica ha quedado demostrado que cada Región tiene su propia pesca, y no debería existir una ley que abarque, por ejemplo, tanto lo que pasa en Magallanes, donde la pesca es muy escasa y no hay gran capacidad y, por consiguiente, debe estar restringida, como lo que ocurre donde la pesca está mayormente destinada al consumo humano, o lo que sucede en otros lugares en que hay abundancia de anchoveta (pesca pelágica), elemento fundamental para elaborar harina de pescado
En consecuencia, el Gobierno debería tomar en consideración que necesitamos leyes razonablemente adaptadas, no digo a las caletas, pero sí a las Regiones, a las zonas, al tipo de pesca y de mar y al empleo que esto significa.
Por lo tanto, voto que sí, con las claras alarmas que mencioné respecto del éxito que la ley en proyecto pueda tener.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Habiéndose terminado la lista de Senadores inscritos para fundamentar el voto, corresponde seguir la votación por orden reglamentario.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , me pronunciaré a favor de la idea de legislar, en primer término, por tratarse de un proyecto urgente, que sustituye temporalmente el empleo de normas de carácter excepcional de la Ley de Pesca, de resorte administrativo o de los órganos establecidos en ella, cuya aplicación, en consecuencia, genera incertidumbre e inestabilidad en el sector, con los efectos que por desgracia conocimos con crudeza en estos últimos años, particularmente en materia de desocupación laboral.
En segundo lugar, porque la aprobación de este sistema transitorio implica el reconocimiento del fracaso de la Ley de Pesca vigente, basada en una concepción equivocada de la propiedad de los recursos del mar y en una libertad económica exacerbada que llevó a la sobreexplotación, lo que ha impedido la oportuna regeneración de las especies y la sustentabilidad del desarrollo del sector en el tiempo.
En tercer término, en el entendido de que el plazo de dos años que se establece como vigencia de esta normativa transitoria nos obliga también a nosotros; no es un límite para que el Gobierno presente un nuevo proyecto de ley, sino una fecha tope para que el país cuente con una ley de pesca adecuada.
Por lo expuesto, voto que sí.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , a los Parlamentarios este tema nos ha significado persistentemente -no sólo en esta ocasión o en la presente legislatura- conflictos de apreciación bastante serios respecto de la forma como debe tratarse lo relativo a la pesca.
Hace mucho tiempo, en los últimos años de funcionamiento del Congreso antes de 1973, quienes éramos Diputados por zonas pesqueras ya conocíamos las dificultades que surgían de un mal enfoque para enfrentar el problema de la pesca en Chile.
Con mucha modestia, pero también con gran claridad, debo manifestar que no asumo los errores de la Ley de Pesca dictada en 1991. Entonces advertí en todos los tonos lo que sucedería. No fui escuchado. Por lo tanto -reitero-, no asumo esos errores y me siento en condiciones de señalar algunas cosas.
La forma de enfocar lo atinente a la pesca en Chile no tiene que ver sólo con los empresarios, con los pescadores artesanales o con determinado cuerpo legal. Es un problema de país, porque no ha habido recurso más mal tratado que éste. Hemos abusado de la pesca; la hemos tratado de manera inapropiada y se ha producido lo que jamás debió ocurrir.
Cualquier normativa que se dicte -sabemos que para ello surgen innumerables impedimentos, como los que tuvimos que enfrentar al despachar la ley en vigor, en que los Senadores sufrimos inmensas presiones de todos los sectores- debe garantizar lo siguiente:
Primero, el resguardo del recurso natural. El producto de la pesca en los mares chilenos pertenece al país. No es de propiedad de ninguna persona en particular. La ley podrá otorgar ciertos derechos sobre ella pero por tiempo limitado, no de modo permanente. En ese entendido participo en la discusión de la presente iniciativa y así lo he deducido después de conversar con el señor Ministro .
Segundo, el derecho de los pescadores artesanales. Debemos reconocer que el Estado ha sido tremendamente ineficiente para evitar lo acontecido durante años: que las grandes empresas, que los grandes barcos perforaran -como se ha dicho aquí- el límite de las 5 millas, lo cual, lisa y llanamente, constituía una transgresión a la ley y un robo a los encargados de administrar la pesquería.
Tercero, el derecho de los trabajadores de las empresas industriales. Al respecto, como desde hace muchísimos años conozco el área en la Región que represento, no tengo escrúpulo alguno en expresar que este aspecto ha sido uno de los más lamentables. Desde tiempos inmemoriales, los derechos de las personas que laboran en el sector han sido agredidos y tratados en forma absolutamente inconveniente.
Por lo tanto, es preciso reconocer que en esta materia existen intereses muy fuertes que han actuado en distintas instancias.
Votaré favorablemente el proyecto sobre tres bases:
Una, que será una ley transitoria destinada a resolver problemas sobre los cuales debe legislarse a fin de subsanar los errores anteriores y no crear nuevas complicaciones.
Dos, que cuando se presente el proyecto para la legislación definitiva no terminemos trabajando con premura por vencimiento del plazo. A través de la Mesa, solicito al señor Ministro que ojalá el Congreso se aboque a discutir con tranquilidad esa normativa.
Tres, que en la iniciativa anunciada por el Ejecutivo no se contemplen de manera alguna cuotas personales transferibles -como se planteó en algún instante-, que signifiquen transferir el derecho al hijo, al nieto, al bisnieto, al tataranieto o al chozno.
Entiendo que ésos son los compromisos que se adquieren para lograr la aprobación del proyecto.
Voto que sí.
El señor STANGE.-
Señor Presidente , en la Comisión voté negativamente. Sin embargo, luego de escuchar las intervenciones de los diversos señores Senadores he llegado a la convicción de que el texto propuesto puede ser perfectible.
Me agrada sobremanera, ante todo, lo señalado respecto de que se pretende evitar definitivamente la perforación de las 5 millas reservadas a los pescadores artesanales de norte a sur del país, porque además de encontrarse destinadas a la pesca artesanal constituyen una zona de reproducción de la biomasa.
Me alegro también de que el Registro Artesanal sea debidamente regulado. En mi opinión, debería darse preferencia a quienes se hallan domiciliados en el lugar de la pesquería.
Concuerdo con el Senador señor Valdés en que debe regionalizarse el tipo de pesca. Es necesario efectuar una división pero no de carácter geográfico o administrativo, sino según la calidad de la biomasa.
Igualmente, coincido en que se debe estudiar la disminución de la flota pesquera, en que exista mayor control y en que la ley en proyecto será transitoria. Por lo tanto, cuando la Comisión analice las indicaciones me preocuparé especialmente de este aspecto.
Ahora me pronuncio favorablemente.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , es indudable que la pesca reviste enorme importancia en Chile, tanto desde el punto de vista económico como laboral. Y es evidente también que nos hallamos ante un problema real y que si no tomamos medidas puede suceder lo que ha pasado en otros países.
Al respecto, quiero aliviar de algún modo la responsabilidad que a los Parlamentarios nos cabe en lo relativo a la actual Ley de Pesca y a la forma en que ha sido aplicada por la autoridad. Lamentablemente, en todas partes del mundo los problemas de la pesca han ido desembocando en la extinción del recurso. Por fortuna, nuestra larga costa y la presencia de Chile en el Pacífico nos permiten constituirnos en una de las grandes reservas de la humanidad.
Considero que debemos aprobar el proyecto porque las circunstancias conducen a lo que se ha llamado "carrera olímpica", producto de un exceso de capacidad de pesca ya que el sistema tiende a completar la cuota de captura en el menor tiempo posible. Este hecho, además de todas las perturbaciones laborales y de otro orden, tiene un efecto que acá no se ha analizado: la calidad de la pesca. La circunstancia ocurrida a principios del presente mes, cuando en cuatro o cinco días se pescó la cuota que normalmente se captura en dos o tres meses, conduce a una mala calidad del producto, lo que disminuye la posibilidad de consumo humano y hace que se obtenga una harina de pescado de inferior calidad.
En consecuencia, nos hallamos frente a una situación que no podemos dejar pasar y respecto de la cual debemos adoptar estas medidas, aunque no sean perfectas.
No debe asustarnos el hecho de que la ley será transitoria. Acá se ha dicho que por tener ese carácter deberá ser renovada. Pero existe una normativa que imperará nuevamente si dentro de dos años no hemos sido capaces de modificarla o alterarla, y no necesariamente continuará rigiendo la que hoy estamos discutiendo.
Por lo tanto, estimo conveniente la aprobación del proyecto. Lo han considerado así no sólo los empresarios -como algunos creen-, sino también la mayoría de los trabajadores.
Ahora bien, sin entrar en demasiados detalles, coincido con el señor Ministro y con lo expresado en la Sala en orden a que se deben incluir la merluza y las demás especies, porque, de lo contrario, el peso de la capacidad instalada simplemente se desviará y surgirán efectos negativos.
Al mismo tiempo, coincido con la necesidad de defender la zona de cinco millas para los pescadores artesanales, que es gente modesta, de modo que la idea del Almirante Merino se traduzca efectivamente en una fuente de riqueza, sustento y bienestar para muchos chilenos y, también, de defensa de un producto.
Sin embargo, deseo hacer un alcance. Según se me ha expresado, hay sectores donde, dentro de las cinco millas, existen tipos de peces en cantidades abundantes que los pescadores artesanales no pueden capturar por sí mismos. En consecuencia, se plantea la extracción por grandes empresas, las que a su vez alimentan la industria de la harina de pescado y dan trabajo a muchas personas.
En tal virtud, es conveniente analizar la posibilidad de lograr algún tipo de acuerdo o convenio -no se trata de la perforación artificial o el abuso con respecto a los derechos de los pescadores artesanales- que permita una mejor utilización de recursos de gran importancia económica.
Por ello, señor Presidente , en la confianza de que dentro de dos años seremos capaces de mejorar nuestra legislación y política al respecto, voto que sí.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente, deseo expresar unas brevísimas palabras. Y espero que no sean calificadas de "cabezas de pescado"...
El debate ha resultado interesantísimo, pero me ha provocado un efecto paradójico: no lo entiendo. Y me llena de dudas. He llegado a pensar que quienes desean rechazar la iniciativa no lo hacen porque le encuentran virtudes y que quienes pretenden aprobarla lo hacen con desconfianza, porque le encuentran defectos.
Como los argumentos de diestra y de siniestra habrían llevado a un consenso, me sumo a ello dando mi aprobación.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , sin perjuicio del informe que rendimos como Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, deseo referirme a ciertas dudas que genera la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Dicha normativa establece cuatro procedimientos para acceder a los recursos del mar, así como a los que se encuentran en aguas interiores: una cuota global, que se determina anualmente y se denomina "cuota de conservación" -es el excedente que produce el recurso natural-; la capacidad de extracción, y la fijación de cuotas individuales para dos casos, las cuales son licitadas, correspondientes a las pesquerías en recuperación, que por algún motivo han sido sobreexplotadas, y a las pesquerías incipientes, que son los nuevos recursos encontrados en el mar.
La iniciativa propuesta contempla un quinto sistema, de carácter administrativo, que es un límite máximo de captura por armador. Es decir, se fija un porcentaje en cuanto a la función histórica y se considera la autorización de capacidad de bodega corregida, que se expresa en metros cúbicos.
La Ley General de Pesca y Acuicultura no es la única culpable de la crisis que se vive hoy. En el Senado y el Congreso Nacional existen antecedentes sobre el particular. Recuerdo que en su oportunidad se vino a señalar que era posible seguir otorgando autorizaciones y permisos con respecto a determinadas pesquerías porque sobraban los recursos. Y, francamente, debo manifestar que, sobre la base de muchos argumentos técnicos, se le metió al Parlamento "un gol de media cancha". Esto repercutió en un sobreesfuerzo que llevó a la crisis que afecta a la pesquería del jurel, por ejemplo.
Ésa es la verdad.
Ahora bien, reconociendo esa realidad, lo que han hecho otros países es sencillamente comprar el sobreesfuerzo pesquero, para regular en buena forma y llegar a una armonía. Esa condición, por algún motivo, todavía no se da en nuestro país, no obstante que, a mi juicio, sería la más transparente. La fórmula que se pretende establecer acá limita el esfuerzo pesquero fijando un porcentaje a cada armador.
No estamos defendiendo los intereses de ningún agente pesquero en particular. Se debe tener mucho cuidado al respecto. Si se revisa la participación de cada uno de nosotros en la discusión de iniciativas anteriores, de la propia Ley General de Pesca y Acuicultura, y de la aprobación o no del posicionador satelital, así como el rechazo de la cuota individual transferible en la Comisión de Pesca y el estudio de otros proyectos pendientes bastantes necesarios, según se ha mencionado acá, como el de la pesca deportiva, podrá concluirse que la idea es buscar una fórmula que permita armonizar el sistema y hacer la actividad pesquera lo más transparente posible para cada uno de los sectores.
En resumen, ésa es la situación que se vive. Por eso, pensamos que, en virtud de las indicaciones que se formularán, se logrará un buen proyecto para el período futuro.
Por tales razones, voto a favor.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , deseo fundamentar mi voto en cinco aspectos.
Primero, es preciso dejar en claro que el límite máximo de captura por armador no constituye un derecho, ni tampoco podrá invocarse como antecedente para solicitar que se integre posteriormente como parte del patrimonio de los que opten por el sistema. Esto es sumamente importante, porque aleja uno de los principales problemas que presentaba el concepto de los permisos de captura anteriores.
Segundo, la ley tiene carácter transitorio, lo cual resulta clave en el sentido de que su aplicación no debiera extenderse más allá de dos años, pero tampoco menos de uno, que no es suficiente. Dos años es un plazo prudente para ver los efectos del quinto concepto de administración que se agrega al sistema. Por eso, a mi juicio, el término establecido es muy importante para analizar después los resultados, pulirlos y avanzar en perfeccionamientos que permitan administrar de mejor manera nuestras pesquerías, como también protegerlas de la extinción.
Tercero, con respecto a la inclusión total de las especies que originalmente había considerado el Ejecutivo , me parece absolutamente necesario volver a esa idea, por cuanto así se impediría continuar con la "carrera olímpica". Cabe recordar que la mayoría de los armadores industriales, cualquiera que sea su tamaño, tiene permiso para pescar varias especies. Por consiguiente, si dejamos fuera aquellas respecto de las cuales cuentan con autorización y no se aplica el límite máximo de captura, la "carrera" seguirá manteniéndose en otros casos. Esto significará que no se habrá alcanzado lo que se ha pretendido.
Cuarto, la protección de las cinco millas es básica. Pero, tal como lo manifestó un señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, tampoco se puede cerrar la posibilidad de que, previo el consentimiento entre armadores artesanales organizados e industriales, se llegue a un acuerdo negociado de las partes para acceder a los excedentes que se producen en las 5 millas y que no son pescados por nadie. Por lo tanto, parece conveniente no cerrarse en cuanto a dejar en libertad a ambas partes para que, si lo estiman pertinente, negocien un convenio en pro de una mejor explotación, dentro de las cuotas o valores establecidos.
Quinto, normalmente difiero -lo voy a decir con nombre- de la posición, que respeto, del Senador señor Viera-Gallo . En este caso, sin embargo, tengo que decir, con especial agrado, que ello no es así. Pese a que Chile es un país marítimo, nuestra Carta Fundamental -en la cual, al parecer, primó un concepto continental y terrestre y no un concepto marítimo- no se refirió a la actividad pesquera, la que, por tanto, carece de rango constitucional.
Por eso, quiero dejar constancia de que estoy plenamente de acuerdo con Su Señoría -lo he estado en varias ocasiones, pero esta vez quiero decirlo de manera clara y precisa- en el sentido de que es necesario aprobar una reforma que eleve la pesca a nivel constitucional, que es el que le corresponde, igual que la minería. Chile es un país marítimo y esa actividad merece estar a esa altura.
Por todas estas razones, mi voto es afirmativo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Si me lo permite la Sala, voy a hacer dos o tres reflexiones desde la testera.
En primer lugar, pienso que la actual crisis pesquera se debe a que la ley dictada en 1991, si bien representó un esfuerzo por tratar de controlar la actividad, no estuvo acompañada de ningún control. Si vemos las estadísticas, nos encontramos con la gran sorpresa de que, en el caso de la pesca industrial -no es la situación de la pesca artesanal-, casi se han triplicado los permisos desde ese año. Lo hicimos ver en el debate de esa oportunidad, pese a que éramos minoría. Lo anterior ha traído como consecuencia algo bastante natural, cual es que la biomasa, recurso limitado, termine en lo que hoy observamos. De tener una importante cantidad de jurel en la zona sur, hemos pasado a una situación de crisis casi absoluta.
Sin embargo, creo que no sacamos nada con dictar leyes si no tomamos conciencia de que el sector pesquero industrial debe ser sometido a una reestructuración. Es lo que tuvo que hacer la CORFO con fondos estatales en 1967-1968, cuando se produjo una inversión "boom" y una sobreinstalación de plantas pesqueras en el norte, con el fin de limitar los esfuerzos de explotación en el rubro. Hubo que limitar, refundir y consolidar plantas para poder volver a hacer rentable la actividad. Resulta inútil dictar leyes si los empresarios industriales no son capaces de reestructurar su sector y limitar sus esfuerzos, cada uno con la cuota que le corresponda según la reducción. De lo contrario, vamos a seguir con el problema, creyendo que podemos solucionarlo por la vía de establecer un límite a los días de pesca, en circunstancias de que, sea que se fijen 5, 6 u 8 días, con "carrera olímpica" o sin ella, la cuestión no quedará resuelta.
Espero que cuando se plantee una nueva normativa podamos ir al fondo del asunto y regular el esfuerzo pesquero en función de la biomasa existente.
Respecto al sector artesanal -que ha sido objeto de preocupación durante la discusión-, creo que el proyecto realiza avances bastante importantes. Se establece con claridad la no perforación, por lo menos desde la Quinta Región al sur. En seguida, tiene lugar algo que también debiera hacerse respecto de los industriales: al determinarse el registro de pescadores artesanales, se está limitando su esfuerzo pesquero con gran visión de futuro.
Otros avances son el aumento de la fiscalización y el dar participación en los Consejos Zonales de Pesca a los pescadores artesanales, pues les permitirá una mejor posibilidad de hacer valer sus derechos.
Por último -y con esto fundamento mi voto-, hay que insistir en un Consejo Zonal de Pesca por Región. Y ojalá que la próxima normativa venga en esos términos. Esto, porque se produjo un abuso de unas Regiones con otras. Los pescadores de la Octava, por ejemplo, iban a pescar a la Quinta, la Sexta, la Séptima, la Novena o la Décima. En consecuencia, se debe establecer un mecanismo de regionalización claro y definido. Si no, nunca vamos a tener una pesca ordenada.
Por todas estas razones, me parece que el proyecto, si bien representa un avance, no es la solución. Creo que el problema no se va a resolver sólo con leyes.
Voto que sí.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PÁEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Honorable señor Páez.
El señor PÁEZ.-
Señor Presidente , entendiendo que ésta es una normativa transitoria y que damos nuestra opinión respecto de un proyecto que se halla en su fase de discusión general, voy a votar afirmativamente, reservándome el derecho de hacer algunas indicaciones durante el debate en particular, con el propósito de interpretar la posición de los pescadores artesanales de la Región que represento, que tienen algunas discrepancias -solamente de forma, no de fondo- en algunos de los puntos que toca la normativa sobre la cual nos estamos pronunciando.
Voto a favor de la idea de legislar, sin perjuicio de que formularé las indicaciones que sean pertinentes.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún otro señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (38 votos por la afirmativa, 2 por la negativa y un pareo).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Bombal, Canessa, Cantero, Cariola, Cordero, Chadwick, Foxley, Frei (don Eduardo), Gazmuri, Horvath, Lagos, Larraín, Martínez, Matta, Matthei, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Ominami, Páez, Parra, Pizarro, Romero, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Urenda, Valdés, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Votaron por la negativa la señora Frei (doña Carmen) y el señor Hamilton.
No votó, por estar pareado, el señor Fernández.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Me permito recordar a Sus Señorías que el proyecto pasa a Comisiones unidas para su discusión en particular y que las indicaciones deben ser presentadas en la Secretaría.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Las que han llegado a la Mesa serán enviadas allí a la brevedad.
Las indicaciones deben hacerse al momento de discutir cada artículo. Una vez que la norma deja de ser tratada ya no se pueden formular.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor CHADWICK:
Al señor Subsecretario de Telecomunicaciones , concerniente a REVISIÓN DE DECLARACIÓN DE ZONA RURAL DE COMUNAS DE COLTAUCO Y DOÑIHUE PARA EFECTOS DE RED TELEFÓNICA.
Del señor HAMILTON:
Al señor Ministro Secretario General de la Presidencia , relativo a REITERACIÓN DE OFICIO PARA ENVÍO DE PROYECTO DE LEY SOBRE ELIMINACIÓN DE DESCUENTO PREVISIONAL DE 4% A PENSIONES DE INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL.
Del señor LAGOS:
A la señora Ministra de Educación y al señor Intendente de Tarapacá , sobre CIERRE DE CURSOS MUNICIPALIZADOS POR CORPORACIÓN MUNICIPAL DE IQUIQUE.
Al señor Ministro de Agricultura y al señor Intendente de Tarapacá , acerca de COMBATE A MOSCA BLANCA EN PICA.
Del señor MORENO:
Al señor Ministro de Obras Públicas y al señor Intendente de la Sexta Región , referente a CONSTRUCCIÓN DE PASARELA SOBRE CARRETERA A MIRAVALLE (Sexta Región), y a CONSTRUCCIÓN DE PASARELA SOBRE CARRETERA 5 SUR, SECTOR PUENTE TINGUIRIRICA (Sexta Región).
Al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo y al señor Intendente de la Sexta Región , respecto de REVISIÓN DE MULTICANCHA DE POBLACIÓN 18 DE SEPTIEMBRE, SAN FERNANDO.
Del señor PRAT:
A Su Excelencia el Presidente de la República , en cuanto a CREACIÓN DE JUZGADO DE POLICÍA LOCAL EN LONQUIMAY (Novena Región).
Del señor STANGE:
A la señora Ministra de Educación , tocante a REPOSICIÓN DE ESCUELA BÁSICA E-489, DE ENTRE LAGOS (Décima Región).
A la señora Ministra de Salud , atinente a AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DE CONSULTORIO DE PUYEHUE (Décima Región).
Al señor Intendente de la Región de Los Lagos , con relación a ELECTRIFICACIÓN PARA SECTOR EL ENCANTO-PULELFU, PUYEHUE
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En el turno del Comité Mixto, tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
RECONOCIMIENTO DE VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , en los últimos días, a través de declaraciones de instituciones beneméritas de todos los ámbitos y, por supuesto, en los medios de comunicación, se ha estado entregando, finalmente, el reconocimiento de una historia triste y trágica para el país, que esperamos que con esta nueva actitud podamos borrar, sentando un precedente para que nunca más se repita.
Me refiero a la situación de los derechos humanos. Este tema ha determinado dos hechos que en el Senado debemos subrayar y reconocer, los cuales nos recuerdan que Chile todavía no logra -ésa es la verdad- salir del profundo drama que significó el problema de las violaciones de los derechos humanos cometidas durante el Gobierno Militar, especialmente respecto de los detenidos desaparecidos.
Por un lado, el país ha conocido, casi con incredulidad, el resultado de la Mesa de Diálogo, cuyo número de soluciones -estamos de acuerdo- puede no ser extraordinario. Pero ello no quita la trascendencia de lo ocurrido, principalmente desde el punto de vista de las Fuerzas Armadas y en particular del Ejército.
La admisión de lo acontecido, especialmente dramático en el caso de los cadáveres arrojados a las aguas de ríos, mares y lagos, es un gesto que debemos reconocer a las actuales generaciones militares y particularmente a su Comandante en Jefe, el General Izurieta, así como a quienes lo han acompañado al hacerlo.
Qué duda cabe, señores Senadores, de que la que vivimos fue una hora trágica de la historia patria, en que hubo algunos que creyeron que era simplemente cuestión de dejarla al tiempo. Por distintas razones, que no es del caso analizar, no ocurrió así, y el tema ha tenido una permanencia sorprendente, quizás si por ser tan ajeno a nuestra tradición o por los errores que se han cometido al respecto.
Puede que al final no se sepa toda la verdad y que sea cada vez más difícil avanzar en el conocimiento de los 600 casos que faltan. Pero cada vez es más notorio que en el país se van imponiendo las posiciones que buscan llegar a dar por terminado el conflicto. Sin embargo, hay una pequeña minoría empecinada en aquella vieja estrategia que fue dejada de mano en la Mesa de Diálogo y en el espíritu de sus participantes. Me refiero a la incomprensible actitud de la defensa jurídica del general Pinochet .
Todos entendemos que el proceso en su contra puede terminar porque no esté en condiciones de enfrentarlo. Gran Bretaña lo estimó así, y resulta que si no podía ser juzgado en Inglaterra a lo mejor tampoco podrá serlo en ninguna otra parte.
Es cierto que nuestras normas procesales no son tan claras y categóricas y que en las batallas ante los tribunales los abogados hacen uso de una batería de alegaciones y argumentos en el legítimo derecho de defender a su representado de acuerdo a la mejor estimación que ellos tengan.
No es ahí donde está la crítica, sino en el tono de ciertas declaraciones que aparecen como un claro desafío a la autoridad de la justicia.
Cuando Pinochet estaba detenido en Inglaterra, se dijo en los términos más categóricos que los únicos tribunales llamados a juzgarlo eran los chilenos. Sin embargo, la impresión que le queda al país es que, en definitiva, ha habido una tenaz resistencia a la tarea del juez Guzmán , que en cuanto al proceso mismo, ha sido respaldada por sus superiores jerárquicos: la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema.
En otros aspectos, el juez, como todo ser humano, puede haber cometido errores, ya que además le ha correspondido actuar en un proceso con enorme difusión en los medios de información. No debe olvidarse que ante esto incluso la justicia inglesa, con tan larga tradición, también tuvo actitudes y cambios que nos resultaron incomprensibles.
Pareciera que en torno a este proceso más se estuviera peleando por la historia, que no por lo justicia.
Al final el proceso terminará de una u otra forma porque el general Pinochet tal vez no está en condiciones de enfrentarlo. Sin embargo, la actitud de algunos de sus partidarios más acérrimos, en vez de mejorar su imagen, lo muestran como una persona que hasta el final hace que el país viva en torno de él, sin ninguna colaboración ni reconocimiento al terrible sufrimiento de las víctimas de aquella época de nuestra historia.
El contraste de actitudes no puede ser más agudo. Mientras el país es presa de la congoja al confirmarse las peores sospechas sobre el destino final de algunos detenidos desaparecidos, en otros sigue campeando la soberbia e indiferencia al dolor humano, que tanto ha contribuido a aquella desgracia y, sobre todo, a su permanencia en el tiempo.
Hoy día en la prensa aparece una declaración que la entiendo por provenir de un ser querido del general Pinochet. Pero no puedo aceptar los términos de ese amor, cuando dice textualmente que "El Ejército debe tomar una decisión más enérgica y fuerte, porque mi padre fue su comandante en jefe y esta situación puede traer una mala imagen para todas las Fuerzas Armadas". Advirtió que en las filas de la institución se está acumulando mucho odio y que Izurieta, a quien calificó como de bajo perfil, sólo representa a la plana mayor del Ejército. Pero en la parte final, más lapidaria e incomprensible, dice que los muertos y los familiares de las víctimas sólo buscan plata y algunas indemnizaciones.
Por eso, señor Presidente , a pesar de que no tenía simpatías ni cercanía con el general en retiro señor Cortés Villa , me quedo con la entrevista que anoche le hizo un canal de televisión nacional, en donde era claramente perceptible la congoja, la amargura y la desesperación de nada menos que del director ejecutivo de la Fundación Pinochet, quien dijo textualmente que él, como hombre de honor, había jurado ante sus hijos que todas estas informaciones que se entregaban sobre estos crímenes eran falsas. Y el país escuchó que lamentaba que sus subalternos hayan creído que él había entregado una información torcida y que debía reconocer con dolor de su conciencia y sentido de su ética que había tenido compañeros de armas que habían cometido esos atropellos a los derechos humanos. Y quiero señalar la actitud de ese general en retiro, porque revela pasos concretos para que, de una vez por todas, el país conozca la verdad
FALLECIMIENTO DE DON EUGENIO VELASCO LETELIER
El señor MUÑOZ BARRA.-
Finalmente, señor Presidente , y justo en los momentos cúspides del desenlace del tema de los derechos humanos, permítame recordar que en este mismo minuto se está llevando al sueño final y eterno a un hombre que falleció luchando contra el Gobierno Militar. Me estoy refiriendo a mi amigo don Eugenio Velasco Letelier . Un hombre que pagó con un injustificado destierro su abnegada y esforzada lucha por defender a las víctimas. Pero al irse de este mundo, a sus familiares, amigos y compañeros de partido, nos queda el consuelo de saber que su sacrificio contribuyó a salvar a mucha gente y a dejar el testimonio que hoy día permite ir conociendo esta triste verdad.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde el turno al Comité Demócrata Cristiano, que no hará uso de él.
El señor OMINAMI.-
Yo pedí el tiempo al Comité Demócrata Cristiano.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En ese caso, puede hacer uso de la palabra el Honorable señor Ominami.
DERECHOS HUMANOS Y MESA DE DIÁLOGO
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , el país y la opinión pública internacional han sido impactados por los resultados de la investigación que en particular las Fuerzas Armadas comprometieran en la Mesa de Diálogo acerca de la suerte corrida por cerca de un millar de personas detenidas desaparecidas y que entregaron al Presidente de la República el viernes recién pasado.
Son, en realidad, días extraños y difíciles los que estamos viviendo.
El recuerdo de tanto horror nuevamente nos sobrecoge. Personalmente, he vivido muchos años con la sensación de ser un sobreviviente, y eso me impone también ciertas responsabilidades que hoy día vuelvo a ejercer.
Quisiera, en primer lugar, reconocer el valioso aporte que han hecho al país los representantes de las Fuerzas Armadas, de las iglesias, los abogados de derechos de humanos y altas personalidades morales para recorrer un difícil camino de diálogo y reencuentro en torno a hechos dolorosos y traumáticos de nuestro pasado reciente, comprometiendo sus esfuerzos institucionales y personales para acercar una verdad largamente buscada por el país y anhelada por los familiares de las víctimas. En este sentido, hay que destacar que más allá de sus limitaciones, ausencias o incluso errores en la información entregada, la Mesa de Diálogo ha cumplido sus objetivos y ha ido mucho más lejos de lo que algunos escépticos pronosticaban.
Estamos conscientes de que no se han obtenido en esta búsqueda todos los resultados que hubiésemos querido, pero se trata de un número de casos relevantes, pese a que en estas materias de poco sirven las estadísticas o los porcentajes. En todo caso, esta tarea no estará concluida hasta que alcancemos una verdad plena y convincente para la totalidad de los casos de detenidos desaparecidos cuya mayoría todavía permanece sin aclarar.
Estoy plenamente consciente de las dificultades, incomprensiones y problemas que han debido enfrentar los actuales mandos para asumir estos hechos trágicos del pasado y reconocer la responsabilidad de algunos de sus filas por el asesinato y desaparición de personas, así como por el ocultamiento de sus cuerpos. Entiendo muy especialmente lo difícil que ha sido para las Fuerzas Armadas asumir su responsabilidad en el hecho más atroz y secreto del régimen militar: el haber lanzado cuerpos de decenas de detenidos al mar, a los lagos y a los ríos.
También estoy consciente de las presiones políticas que han debido resistir los actuales Comandantes en Jefe de las Instituciones de la Defensa para cumplir su compromiso y entregar esa información en forma incondicional, sin la pretensión de recibir nada a cambio, que no sea el reconocimiento nacional e internacional y el de los propios familiares que durante más de un cuarto de siglo han buscado incansablemente la verdad que cruelmente se les negara en su momento.
Permítame, señor Presidente , destacar la figura del señor Comandante en Jefe del Ejército , General Ricardo Izurieta , y del Alto Mando del Ejército , quienes cumplieron, a mi juicio, con la palabra empeñada al entregar esta información que hoy estremece al país y, al mismo tiempo, asumieron una verdad histórica que, en su oportunidad, otros debieran haber asumido. Tal como lo dijo el Presidente de la República : "los uniformados de hoy han debido responder por los de ayer", recuperando, con ello, ante la gran mayoría de sus compatriotas, el sentido del honor, inherente a la vocación militar.
No se puede excluir de este reconocimiento el destacado papel que ha desempeñado el Primer Mandatario para llegar a este resultado.
El Jefe de Estado sostuvo que se sentía orgulloso de Chile. Yo quiero agregar que me he sentido orgulloso de tener un Presidente de la República capaz de conmoverse con la historia, proyectando al mismo tiempo un gran sentido de futuro.
Señor Presidente , la necesidad de conocer la verdad está nuevamente en el centro de las preocupaciones nacionales. Y no se trata solamente de una verdad arqueológica. Para vivir tranquilos, debemos ser capaces de entender lo que ocurrió. ¿Qué conductas promovieron, facilitaron o simplemente hicieron posible que estos hechos tuvieran lugar?
Soy de las personas que tempranamente supieron lo que estaba sucediendo. Por esa razón, salí del país como exiliado político e hice lo que estuvo a mi alcance para denunciar estos hechos en distintas instancias internacionales.
Estimo que, muy especialmente, quienes encarnamos la soberanía popular debemos dar cuenta de nuestras actuaciones. Yo así lo he hecho. Pero quienes fueron parte del Gobierno militar y reivindican todavía su legado, deben explicarse también frente al país.
Son en verdad demasiadas las preguntas que surgen y que no encuentran respuesta.
Muchos de los actuales Senadores y Diputados fueron funcionarios del régimen: ministros, subsecretarios, embajadores, jefes de servicios, altos oficiales. ¿Qué hicieron durante esos años? ¿Trataban de averiguar si esto era cierto? ¿Tomaron contacto con los tribunales para conocer los fundamentos de los centenares de recursos de amparo presentados?
Me pregunto por qué Parlamentarios que son mayoritariamente católicos no hacían fe de las denuncias formuladas por la más alta jerarquía de la Iglesia. ¿Cómo pudo creerse que cientos de familiares se prestaron para hacer denuncias falsas, presentando como desaparecidos a quienes supuestamente se habían fugado al exterior? ¿Por qué en vez de investigar se aceptó que se hablara de presuntos desaparecidos y se negó su existencia frente a los organismos internacionales?
Yo me pregunto si un ex Ministro del Interior podía alegar desconocimiento absoluto de estos hechos y decir al país que sus oficios a los Tribunales de Justicia -en los que se negaba la existencia de detenidos desaparecidos- eran simplemente la expresión de un abuso de confianza de funcionarios bajo su responsabilidad.
Es difícil creer que no se sabía.
Me consta que algunos ex funcionarios del régimen intervinieron para ayudar a personas que habían sido detenidas. Me consta, incluso, que alguien tan importante para los Senadores y Diputados de la Oposición, como Jaime Guzmán , intervino para rescatar a detenidos a manos de la DINA. Pero esas intervenciones son también la demostración de que se sabía lo que estaba ocurriendo y que justamente había que rescatar a esos amigos de esta máquina de matar y hacer desaparecer gente que estaba funcionando.
Señor Presidente , al finalizar mi intervención, quiero señalar mi convencimiento de que estamos, hoy más cerca que ayer, del camino de la superación de los dolores, por duro y penoso que esto sea. Digo "el camino de la superación", porque estoy absolutamente convencido de que la solución de este lacerante problema no constituye un acto único, sino un proceso en el cual todos debemos comprometernos y aportar.
Junto con valorar nuevamente el gesto y la información entregada por las Fuerzas Armadas, sostengo que ello no las excluye de continuar trabajando en esta tarea, así como pienso que el Gobierno, el Parlamento, las iglesias, los familiares, debemos también continuar trabajando para establecer la verdad, toda la verdad y determinar, con coraje y sabiduría, la forma de seguir avanzando.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde el turno al Comité UDI e Independientes.
No hará uso de la palabra.
Tampoco el Comité Renovación Nacional.
En el tiempo del Comité Institucional 1, tiene la palabra el Senador señor Cordero.
RÉPLICA A SENADORES SEÑORES MUÑOZ BARRA Y OMINAMI
El señor CORDERO.-
Señor Presidente , muy breve, para hacer una pequeña reflexión respecto de lo expresado en la Sala por los Honorables señores Muñoz Barra y Ominami .
En primer lugar, lo que siempre se dijo cuando el Senador señor Pinochet estaba secuestrado en Londres, no fue que había que traerlo a Chile para ser juzgado, sino que los tribunales de justicia, tanto de España como de Inglaterra, no tenía jurisdicción para juzgarlo. Y eso es diferente de lo que se sostiene y se quiere que permanezca en el tiempo. No fue así.
En segundo término, estoy de acuerdo con casi todas las expresiones vertidas por Sus Señorías. Pienso que lo que vivió el país fue terrible, pero a ninguno de ellos le he escuchado alguna expresión, ni siquiera de condolencias, para tanto carabinero asesinado.
Estimo conveniente recordar a los señores Senadores que hubo épocas en nuestro país en que todos los días moría un carabinero. ¡Todos los días!
El 11 de septiembre de 1973, señor Presidente , yo era un modesto Teniente de Carabineros . Pero llegué a ser Director General de esa Institución . Y si bien es cierto que traté de averiguar si era verdad lo señalado -estoy contestando la pregunta del Senador señor Ominami -, más me dediqué a intentar investigar quién ordenó matar a los carabineros. Y siempre me encontré ante una coraza que no pude penetrar. Nunca pude saber quién emitió esa orden.
Y nuevamente lanzo al país esa pregunta desde este Hemiciclo, para que, en alguna oportunidad, alguien dé a conocer quién ordenó asesinar a los carabineros.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Como el Comité Socialista y el Institucionales 2 no usarán su tiempo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 20:18.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción.
ANEXO SESIÓN
INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RELATIVO AL DIAGNÓSTICO DE LA DISCAPACIDAD EN CHILE
HONORABLE SENADO:
Por acuerdo de sala adoptado en sesión de fecha 14 de marzo de 2000, encomendasteis a esta Comisión realizar un diagnóstico de la situación actual de la discapacidad en nuestro país y formular las proposiciones concretas que de él se siguieren.
El informe que sometemos a vuestra elevada consideración contiene el resultado de los trabajos realizados sobre el particular, al que concurrieron con su aporte numerosos señores Senadores, además de quienes integran la Comisión de Salud, así como altos funcionarios y representantes de diversas asociaciones vinculadas con el tema de la discapacidad.
ANTECEDENTES
La Comisión recibió a la señora Ministra de Salud, Dra. Michelle Bachelet y su asesora legal señora Danae Frings; al Jefe de la División Salud de las Personas de dicho Ministerio, Dr. Rodrigo Salinas; a la Jefa de la Unidad de Rehabilitación, Diálisis y Trasplantes del mismo Ministerio, Dra. Alejandra Faulbaum; a la Secretaria Ejecutiva Del Fondo Nacional de la Discapacidad, FONADIS, señora Andrea Zondek y a la abogada del mismo Fondo, señora Rommy Schmidt; a la directora Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, señora Alejandra Sepúlveda; a la abogada no vidente señora María Soledad Cisternas; al Presidente de la COMPIN del Servicio de Salud Metropolitano SurOriente, Dr. Ladislao Estay; al Presidente Nacional de la Unión de Padres y Amigos de Niños Deficientes Mentales, UNPADE, señor Enrique Norambuena; a la Presidenta Nacional de la Asociación de Padres de Niños Autistas, ASPAUT, señora Magdalena Avalos y su asesora de prensa doña Verónica Aguilera; a las directoras de la fundación Complementa, señoras Magdalena Cruzat y Carmen Bunster; a la señorita Paula Cifuentes, estudiante universitaria afectada por una discapacidad; al Secretario General de la Corporación Effeta, señor Juan Alberto Muñoz y la representante de la misma entidad señora Marta Jaramillo, y a la señora Pamela Padilla, secretaria administrativa en las Comisiones del Senado.
La Secretaria Ejecutiva del Fondo Nacional de la Discapacidad, señora Andrea Zondek, manifestó que hasta 1990 el Estado enfrentó el tema de la discapacidad con un criterio asistencial, prestando protección a los afectados por la vía de la seguridad social y de escuelas especiales segregadas. A partir de la fecha señalada, el Estado asume un rol activo e integrador, con participación de los ministerios del área social y de las organizaciones sociales privadas.
Como existía la percepción de que la ley Nº 18.600, sobre deficientes mentales, daba margen a discriminaciones, se creó la Comisión Nacional de la Discapacidad, que dio origen a la ley Nº 19.284, sobre integración social de las personas discapacitadas, uno de cuyos componentes es el Fonadis.
Con la dictación de este último cuerpo legal se pretendió asignar al Estado un rol activo e integrador en el tema de la discapacidad. El enfoque asumido desde entonces ha sido multisectorial, en el sentido de convocar a participar a diversos ministerios del área social y a los actores organizados de la sociedad civil. Además, se ha acometido simultáneamente los frentes educación, salud y trabajo.
Agregó que hace falta un catastro completo y actualizado de la discapacidad, que suministre una base real y objetiva para evaluarla y permita enfocar mejor los recursos públicos que se le asignan.
Hizo presente que la intervención de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez es una traba del sistema, por su lentitud y por la carencia de criterios uniformes. Teniendo en cuenta que ellas están encargadas también de certificar la invalidez laboral, acotó que sería conveniente separar en órganos diferentes estas acreditaciones, las que en todo caso deberían hacerse por equipos multidisciplinarios. Explicó que no obstante que la ley Nº 19.284 permite que la certificación de la discapacidad se haga por otras instituciones públicas o privadas acreditadas ante el Ministerio de Salud, en la práctica ello no ha ocurrido.
La política de financiamiento de ayudas técnicas se dirige a las personas con discapacidad de escasos recursos y a personas jurídicas sin fines de lucro.
La dirección del Fonadis estudia la modernización del enfoque de su política de comunicaciones y de las campañas de difusión, de modo de interesar e involucrar en el tema a los medios de comunicación social y a la opinión pública en forma propositiva y sin estridencia. Para ello se vale de un programa radial denominado "Atrévete", de una revista mensual del mismo nombre y de avisos cortos en televisión.
La percepción de que en la práctica el Fonadis va mucho más allá de su papel de asignar recursos para proyectos y ayudas técnicas, y de que en realidad actúa como un servicio público, deja de manifiesto que su marco legal lo limita. Es necesario y oportuno abordar este tema en forma global, integradora, multisectorial y transversal, señaló la señora Zondek.
La doctora Alejandra Faulbaum, Jefa de la Unidad de Rehabilitación, Diálisis y Transplantes del Ministerio de Salud, expresó que la ley Nº 19.284 atribuyó a esa cartera nuevas responsabilidades, sin otorgarle los recursos presupuestarios ni humanos necesarios. De allí entonces que se haya puesto énfasis en la prevención, como un modo de impedir que el problema crezca, incorporando esta función como una variable más en numerosos programas que lleva a cabo el Ministerio de Salud.
Se manifestó partidaria de eliminar el Registro Nacional de la Discapacidad, que nada aporta a la solución del problema; por el contrario, suele agudizarlo, desde que añade engorrosos trámites burocráticos que deben cumplir personas a las que generalmente la más sencilla de las actividades les resulta difícil, por el impedimento que las afecta. Además, estigmatiza a quienes se inscriben en él.
Se refirió también a la carencia de médicos especializados en neurofisiatría: en todo el país hay 80 de estos profesionales, 30 de los cuales están concentrados en la Región Metropolitana. La Universidad de Chile posee un virtual monopolio en la formación de tales facultativos. Otras especialidades vinculadas a la discapacidad, como son oftalmología y otorrinolaringología, no incluyen en su curriculum una especialización al respecto. La especialidad de fonoaudiología es deficitaria. En términos generales todas estas especialidades se concentran en hospitales y clínicas privadas, que ofrecen mejores incentivos remuneratorios.
Fonasa restringe las prestaciones de rehabilitación a un máximo de 20 sesiones anuales, con lo que es imposible recuperar a alguien. Baste señalar que hay tratamientos que duran 2 años, con sesiones semanales. Los aranceles en estos aspectos son demasiado bajos, pues no toman en cuenta que la atención a un discapacitado toma más tiempo que el de una simple consulta médica.
Por último, la doctora Faulbaum hizo referencia a la modalidad de Rehabilitación Basada en la Comunidad (RBC), que es fomentada por la OMS. En ella participan en el proceso rehabilitador los pacientes, sus familias, la comunidad organizada, los hospitales y los municipios. Trata a dos de los grupos de personas discapacitadas: aquellas con disfunciones leves y muy severas, con el objetivo de obtener la aceptación e integración social.
La Comisión, debidamente autorizada por el Senado, se trasladó a la ciudad de Concepción, que se caracteriza por la fortaleza de su organización asociativa y por el interés demostrado por sus autoridades comunales, ocasión en la que recogió la visión crítica y los aportes de una veintena de corporaciones que orientan su quehacer a la ejecución de acciones de acogida, capacitación e inserción de personas afectadas por una discapacidad, en los ámbitos social, educacional y laboral. Sus propuestas y comentarios críticos han sido recogidos en el capítulo pertinente de este informe.
La reunión fue inaugurada por el alcalde de la ciudad, señor Ariel Ulloa. Concurrieron también a ella, además de cerca de un centenar de dirigentes e integrantes de organizaciones sociales vinculadas al problema de la discapacidad, el Director de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad, señor Lionel Zúñiga y la Jefa del Departamento de la Discapacidad de la misma, señora Marta Caamaño. La Comisión se hace un deber en destacar y agradecer las facilidades otorgadas por las autoridades comunales de Concepción para la celebración de ese encuentro.
La Comisión, por último, dirigió a los 341 Alcaldes del país una consulta relativa a los siguientes puntos: organizaciones sociales vinculadas a la discapacidad existentes en la comuna; acciones desarrolladas por la municipalidad en el ámbito de la discapacidad y recursos asignados a ellas; infraestructura física destinada en la comuna a las organizaciones de la discapacidad, y modalidades con que se aborda la integración de los discapacitados en el campo educacional: si están incorporados a la educación regular o asisten a establecimientos especiales.
Los resultados que arroja la tabulación de las 114 respuestas recibidas están contenidos en el documento "Aproximación diagnóstica en torno a las acciones realizadas frente a la discapacidad a nivel nacional", de octubre de 2000, que se adiciona al final de este informe. Sus conclusiones y propuestas se resumen como sigue.
Para elaborar una política nacional es fundamental disponer de un diagnóstico sobre la magnitud del problema y que levante el catastro de las instituciones que trabajan en relación con la discapacidad, pormenorizando el tipo de acciones que realizan, la discapacidad que atienden, sus relaciones con el Estado, los recursos de que disponen y las redes de colaboración que tejen.
No existe a nivel comunal un diagnóstico de la discapacidad. Los municipios destinan a este problema recursos financieros exiguos, que en promedio no sobrepasan de $ 1.500.000 al año. Sería necesario que cada uno de ellos estableciera en su presupuesto anual un fondo para la discapacidad, destinado al financiamiento de programas municipales permanentes a ejecutar con las organizaciones comunitarias.
En gran parte de las comunas del país existen organizaciones sociales relacionadas con la discapacidad y la mayoría de ellas goza de personalidad jurídica. Con todo, en la generalidad de las comunas pequeñas no las hay, lo que podría revelar una escasa relevancia del problema en esos ámbitos, o falta de voluntad de las autoridades locales, o de sensibilidad de la población frente al problema, o simplemente desinformación respecto de las posibilidades existentes para enfrentarlo.
En muy pocos municipios hay un presupuesto anual para el tema discapacidad. Sin embargo, más importante que el apoyo económico es el rol que aquéllos pueden jugar en el respaldo y sustento de la formación y administración de las organizaciones sociales.
Las principales contribuciones de las municipalidades son la entrega de ayudas técnicas, la colaboración para obtener beneficios financiados por Fonadis, tanto bajo la forma de asesoría como de coaportes y la coordinación de la participación de la comunidad frente a los problemas de la discapacidad. Los Consejos Comunales de la Discapacidad proporcionan un escenario privilegiado para dicha coordinación.
El financiamiento de Fonadis a proyectos para ejecutar acciones de rehabilitación e inserción tiene un componente perverso, cual es la limitación en el tiempo: en efecto, los proyectos tienen una duración determinada, en tanto que la atención a los discapacitados debe ser permanente.
La mayoría de las personas que se desempeñan con discapacitados carece de la preparación especializada requerida, aspecto que debiera ser asumido y financiado por el Ministerio de Educación, a través de los municipios.
Se hace necesaria una campaña de concientización de la población centrada en la dignificación de las personas con discapacidad, en la discriminación positiva en el campo laboral y en la adecuación arquitectónica y urbana permanente.
No es posible omitir el hecho de que al requerimiento de información de la Comisión sólo contestó un tercio de los municipios del país, lo que podría significar que los Consejos Comunales de la Discapacidad a que nos referiremos más adelante no han logrado posicionarse adecuadamente al interior de los municipios, o que estos últimos no han tomado aún cabal comprensión del rol que les compete en la integración de las personas con discapacidad.
GLOSARIO MÍNIMO Y HECHOS RELEVANTES [1]
Se define como deficiencia toda pérdida o anormalidad de una estructura o función sicológica, fisiológica o anatómica.
Discapacidad es toda restricción o ausencia, debido a una deficiencia física, síquica o sensorial, congénita o adquirida, de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano. La ley cuantifica la limitación y exige que el obstáculo afecte a lo menos un tercio de la capacidad respectiva.
Minusvalía, por último, es una situación desventajosa para un individuo determinado, consecuencia de una deficiencia o de una discapacidad, que limita o impide el desempeño de un papel que es normal en su caso, habida consideración de la edad, sexo y factores sociales y culturales.
Son ayudas técnicas los elementos y aparatos que permiten superar, paliar, compensar o detener una deficiencia y posibilitan la integración al medio social, educacional o laboral en condiciones de normalidad.
Las principales discapacidades son auditiva, vocal, visual, mental, mental, física y siquiátrica.
La OMS estima que en los países en vías de desarrollo entre el 7,5% y el 10% de la población presenta algún grado de discapacidad. En el caso de Chile eso representaría un universo del orden de 1.400.000 personas.
El Instituto Nacional de Estadísticas informó a la Comisión que según los datos recogidos en el Censo de 1992, había en Chile 283.888 personas con discapacidad. El INE clasifica los datos por tramos de edad, sexo y tipo de discapacidad, en la forma que ilustra el anexo que se agrega al final. Su sistematización diferencia entre ceguera total, sordera total, mudez, parálisislisiado y deficiencia total. El informe respectivo se anexa al final.
La encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional (CASEN) de 1996 detectó 616.434 casos de discapacidad, que representa un 4,3% de la población del país, distribuidos en la forma que ilustra el cuadro siguiente:
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La encuesta CASEN presenta datos separados por Región, por tipo de discapacidad, por sexo y por edad. Los cuadros respectivos se insertan a continuación. Un resumen más detallado de la encuesta se agrega al final, como anexo.
Población total y población con discapacidad por región
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Población según tipos de discapacidad
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Población con discapacidad por sexo
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Población según discapacidad y por tramos de edad (porcentajes)
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La doctora Alejandra Faulbaum, del Ministerio de Salud, expresó que las cifras oficiales del censo entregan una cifra muy por debajo de los estándares porque la pregunta con que se pretendió medir el problema de la discapacidad estuvo mal enfocada excluía varias formas de insuficiencia y porque no se ha logrado vencer el temor a reconocer este tipo de hechos. Se considera que esa medición sólo detectó los casos de discapacidad severa, que constituyen aproximadamente un tercio del total; hay otro tercio de discapacidades moderadas y otro de leves.
Informó que la Sociedad de Fomento Fabril ha constituido una comisión bisectorial, que agrupa representantes de los sectores público y privado, la que ha realizado un trabajo de catastro de la discapacidad en comunidades pequeñas. Extrapolando las conclusiones de esos estudios se puede estimar que a nivel nacional la población con discapacidad es del orden de un millón de individuos, lo que representa un 7% del total.
El Servicio de Registro Civil e Identificación, por su parte, informó a la Comisión que en el Registro de la Discapacidad a su cargo hay a la fecha 36.143 personas naturales inscritas; se desglosan los datos por Región, por tipo de discapacidad, por sexo y por año. Los cuadros respectivos se agregan como anexos al final.
NORMATIVA DE LA DISCAPACIDAD
1. La ley Nº 18.600, que establece normas sobre deficientes mentales.
Esta ley dispone que el deficiente mental tiene derecho a la protección, tratamiento, educación, capacitación, desarrollo físico recreación y seguridad social, los cuales dan lugar a las correspondientes obligaciones para su familia y el Estado. A este último le incumbe crear un sistema mixto, público y privado, que apoye a las familias en la satisfacción de tales cargas, así como otorgar subsidios directos e indirectos a los deficientes mentales, o a sus familias si son de escasos recursos, de manera de que los derechos que se les garantizan puedan hacerse efectivos.
Este cuerpo legal define como deficiente mental a la persona que tiene una evolución incompleta o detenida de lamente, iniciada durante del período de desarrollo psicomotor, caracterizada por una subnormalidad de la inteligencia y un déficit concurrente en sus conductas adaptativas. Clasifica la deficiencia en discreta, moderada, grave, profunda y no especificada. Hace periódicas las evaluaciones que dan acceso a los beneficios de la ley.
El diagnóstico debe hacerse conjuntamente por un médico especializado en siquiatría, neurología o neurocirugía y por un sicólogo, ambos inscritos en un Registro que lleva la COMPIN, entidad que debe visarlo.
La ley contiene normas sobre detección de la deficiencia, integración de las personas afectadas en la educación común o especial, cuando su discapacidad lo permita, no discriminación en el acceso de deficientes mentales a cargos en la Administración en funciones o labores compatibles con su condición, y diversos beneficios asistenciales y tributarios con que el Estado contribuye a la integración de estas personas y les asegura el acceso efectivo a sus derechos.
Establece una subvención educacional especial para deficientes mentales discretos, moderados y graves, igual a la que el D.L. Nº 3.476, de 1980 [2], instaura para la educación general básica especial diferenciada. Permite a quienes tengan deficientes mentales a cargo postular al subsidio familiar de la ley Nº 18.020 [3], y al deficiente mismo impetrar la pensión asistencial del D.L. Nº 869, de 1975 [4]. Otorga a las instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores derecho a la subvención del D.F.L. Nº 1.385, de 1980, del Ministerio de Justicia, por menores deficientes mentales que estén bajo su tuición.
Permite que no se apliquen las normas sobre ingreso mínimo en contratos de trabajo que celebre un deficiente mental y establece la incompatibilidad entre los subsidios y las pensiones asistenciales antes aludidos.
2. El D.S. Nº 94, de 1991, del Ministerio de Planificación y Cooperación, creó un Consejo Nacional sobre la Discapacidad, asesor del Presidente de la República, que, entre otras funciones, elaboró el proyecto que se concretó en la ley Nº 19.284.
3. La ley Nº 19.284, establece normas para la integración social de las personas con discapacidad, crea el Registro Nacional de la discapacidad y el Fondo Nacional de la Discapacidad.
Este cuerpo legal, publicado el 14 de enero de 1994, está conformado por 65 artículos permanentes, agrupados en ocho títulos, y 4 artículos transitorios. En lo educacional, propende a la integración escolar; en el ámbito de la salud, promueve la prevención y rehabilitación, y en lo tocante al trabajo, impulsa la capacitación e inserción laboral.
El Título I contiene normas preliminares, tales como el objetivo de la ley y la definición de persona con discapacidad.
La ley Nº 19.284 procura establecer la forma y condiciones que permitan obtener la plena integración en la sociedad de las personas con discapacidad y velar por el pleno ejercicio de los derechos constitucionales y legales de todos.
Ella define como persona con discapacidad aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, síquicas o sensoriales, sean éstas congénitas o adquiridas, vea impedida su aptitud educativa, laboral o de integración social en al menos un tercio. Se exige además que la limitación sea previsiblemente de carácter permanente. La norma prescinde expresamente de la causa que hubiere originado la carencia y entrega al reglamento la forma de determinar la existencia, calificación y cuantía de las deficiencias constitutivas de discapacidad.
El Título II regula lo concerniente a la calificación, evaluación y declaración de la condición de persona con discapacidad, funciones que asigna a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), establecidas en el D.S. Nº 42, de 1986, del Ministerio de Salud, amén de a otras instituciones públicas o privadas reconocidas al efecto por el Ministerio. Sin embargo, la certificación de la discapacidad corresponde exclusivamente al COMPIN.
Estos preceptos incluyen entre las menciones o acápites que obligadamente debe contener el informe del COMPIN la reevaluación periódica de las personas con discapacidad. Además, sancionan el incumplimiento reiterado e injustificado del proceso de rehabilitación con la caducidad de pleno derecho del reconocimiento de la discapacidad, e impiden por seis meses reanudar el trámite de una solicitud si la persona en proceso de calificación y diagnóstico se muestra renuente a concurrir a los exámenes y entrevistas a los que se le cite.
El Título III se ocupa de la prevención y la rehabilitación.
La primera se privilegiará en las áreas de salud, educación, trabajo y comunicación.
La segunda tiene por finalidad permitir el acceso a prestaciones y servicios oportunos y necesarios para desarrollar o compensar las destrezas deficitarias.
El Título IV, sobre la equiparación de oportunidades, se subdivide en cuatro capítulos
El Capítulo I se refiere al acceso a la cultura, la información, las comunicaciones y el espacio físico.
Ordena adecuar los mecanismos de selección de los establecimientos y organismos educacionales y de capacitación, y los procesos de reclutamiento de trabajadores, de modo de garantizar igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad; incorporar en los noticiarios de televisión medios de comunicación audiovisual para personas con discapacidad auditiva; incorporar a las bibliotecas públicas material para no videntes; facilitar a personas que se desplacen en silla de ruedas el acceso y uso de construcciones a las que tenga acceso el público, vías, espacios públicos y medios de transporte, y otorgar subsidios para la vivienda a personas discapacitadas o en cuyo grupo familiar haya una persona afectada por alguna limitación de las que se ocupa esta ley.
El Capítulo II, del acceso a la educación, estipula que habrá establecimientos especiales diferenciados y que los regulares deberán adecuarse para integrar personas con discapacidad en todos los niveles: desde los jardines infantiles hasta la educación superior. El Estado debe modificar el sistema de subvenciones educacionales para permitir el acceso a la educación a dichas personas.
El Capítulo III, relativo a la capacitación e inserción laborales de personas con discapacidad, impone a los organismos del Estado el deber de promover aquellas acciones e incluye en la primera a la orientación laboral según las reales capacidades del beneficiario.
El Capítulo IV regula la exención arancelaria a la importación de vehículos para personas con discapacidad y establece el reintegro de los gravámenes aduaneros por la importación de ayudas técnicas.
En el Título V se crea el Registro Nacional de la Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, en el cual se podrán inscribir las personas con discapacidad y las personas naturales y las organizaciones sociales, educacionales, gremiales y demás que se relacionen con la discapacidad, y se registrarán las sanciones impuestas por infracciones a la ley Nº 19.284. El Registro otorgará las credenciales de inscripción y las certificaciones que señala el reglamento.
El Título VI sanciona con multa de una a tres unidades tributarias mensuales [5] los actos y omisiones arbitrarios o ilegales que importen una discriminación en contra de una persona con discapacidad o constituyan una amenaza al ejercicio de sus derechos o beneficios y hace aplicable al efecto el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local de la ley Nº 18.287. Este recurso ante los referidos juzgados permite demandar providencias inmediatas en resguardo del derecho afectado o amenazado por una discriminación.
El Título VII crea el Fondo Nacional de la Discapacidad, FONADIS, persona jurídica de derecho público que se relaciona con el Estado a través del Ministerio de Planificación y Cooperación. Administra los recursos a favor de las personas con discapacidad, principalmente los que destina la propia ley Nº 19.284 y los asignados en la Ley Anual de Presupuestos, con la finalidad de contribuir a la integración social de sus beneficiarios y asegurarles igualdad de oportunidades.
Los recursos se destinan a financiar la adquisición de ayudas técnicas a través de convenios con entidades estatales o privadas sin fines de lucro y planes, programas y proyectos orientados a la prevención, diagnóstico, rehabilitación e integración social de las personas con discapacidad asignados mediante concursos públicos.
Existe un Consejo que dirige el Fondo y un Secretario Ejecutivo que lo administra, el cual es de exclusiva confianza del Presidente de la República.
El Título VIII, Disposiciones Generales, reúne diversas modificaciones legales y aumenta las Plantas de Directivos y Profesionales del Ministerio de Planificación y Cooperación.
Los artículos transitorios regulan la entrada en vigencia de las diversas partes de la ley Nº 19.284 y conforma el patrimonio inicial del FONADIS mediante la asignación de $ 600 millones de la Partida Tesoro Público.
El Tribunal Constitucional confirmó que los artículos 48, 57, 62 y 63 de la ley tienen carácter orgánico constitucional.
4. El D.S. Nº 1.137, de 1994, del Ministerio de Justicia, aprueba el Reglamento del Registro Nacional de la Discapacidad.
Este regula los procedimientos para efectuar, complementar y rectificar las inscripciones y las menciones que éstas deben tener. Llama la atención que se exige consignar una fecha de próxima evaluación, sin vincular esta exigencia con otra de las referencias de la inscripción, como es el grado de discapacidad expresado en porcentaje.
El Reglamento estipula también que el Servicio de Registro Civil e Identificación emitirá credenciales de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad, la que sólo tiene validez junto con la cédula de identidad, así como certificados de discapacidad que permiten aprovechar los beneficios de la ley Nº 19.284. Sin embargo, estos certificados tienen una validez limitada en el tiempo: 180 días y su costo debe ser pagado por el interesado.
5. El D.S. Nº 2.505, de 1995, del Ministerio de Salud, aprueba el Reglamento para la Evaluación y Calificación de la Discapacidad.
El Título I contiene definiciones que fijan un marco conceptual de la discapacidad. Primeramente define el criterio básico para juzgar la existencia de discapacidad, cual es la comparación del sujeto con otro de igual edad, sexo, capacitación, condición social y familiar y de la misma localidad geográfica, pero que no sufra discapacidad.
Define como discapacidad educativa aquella que afecta a una persona que por sus características particulares tiene necesidades especiales para el aprendizaje que exigen adecuaciones curriculares que le garanticen reales posibilidades de educación.
La discapacidad laboral es la incapacidad para obtener o ejecutar un trabajo acorde con el sexo, edad, formación y capacitación del sujeto, que le permita obtener una remuneración equivalente a la que obtendría un trabajador no discapacitado en condiciones análogas.
Discapacidad para la integración social es la que sufre una persona que a consecuencia de una deficiencia síquica o mental, física y/o sensorial presenta un menoscabo de su capacidad de insertarse en la sociedad, en la familia y/o en los grupos organizados, la cual determina una posibilidad menor de realización material y espiritual que la que tendría una persona no discapacitada en condiciones análogas.
Este Reglamento especifica además los criterios que permiten evaluar si la capacidad de una persona en el orden educativo, laboral o de integración social se encuentra disminuida en un tercio. Para ello define lo que se entenderá por deficiencia síquica o mental, sensorial y física.
El Título II contiene el procedimiento para el diagnóstico de la discapacidad, determinación que podrán hacer las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez de los Servicios de Salud COMPIN y las instituciones públicas y privadas que reconozca para estos efectos el Ministerio de Salud. A ellas compete evaluar, constatar, calificar, declarar y reevaluarlas discapacidades.
Con todo, el artículo 6º del mismo cuerpo normativo faculta únicamente a las COMPIN para certificar la discapacidad. Este certificado permite la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad. Pero para acceder a los beneficios y franquicias legales, los interesados deben presentar ambos documentos.
El acceso de personas discapacitadas a la educación especial, en establecimientos segregados o regulares, la elección de la modalidad y del establecimiento y la permanencia en él, dependen de lo que decidan los equipos multiprofesionales del Ministerio de Educación.
La caducidad de pleno derecho del reconocimiento de la discapacidad se aplica como sanción administrativa a quienes reiterada e injustificadamente incumplan las acciones de rehabilitación y a quienes sin motivo no acudan a las reevaluaciones.
El pago de las prestaciones de salud otorgadas en el proceso de certificación de la discapacidad se rige por la ley Nº 18.469, que regula el ejercicio del derecho constitucional a la protección de la salud y crea un régimen de prestaciones de salud a cargo del Fonasa y los Servicios de Salud.
6. El D.S. Nº 2.542, de 1996, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Reconocimiento de Entidades Calificadoras de Discapacidad.
Este Reglamento enuncia las condiciones a cumplir por la entidad que solicite reconocimiento: inexistencia de barreras arquitectónicas en el local en que funcionará, disposición de instrumental y elementos técnicos para las actividades que desarrollará, contar con la dotación de médicos de las especialidades que atenderá, experiencia no menor a 5 años en evaluación y calificación clínica de discapacidad y disponer de un médico cirujano experimentado como director técnico responsable.
7. La Resolución Nº 570, de 8 de mayo de 1995, del Ministerio de Salud, delega la facultad ministerial de reconocer entidades calificadores de discapacidad, en los Secretarios Regionales Ministeriales de Salud.
8. El D.S. Nº 17, de 1994, del Ministerio de Planificación y Cooperación, reglamenta el procedimiento para elegir a los consejeros del FONADIS en representación de las organizaciones de personas con discapacidad que no persigan fines de lucro, del sector empresarial, de los trabajadores y de las instituciones privadas de beneficencia que atienden personas con discapacidad.
9. El D.S. Nº 1, de 1998, del Ministerio de Educación, reglamenta el Capítulo II del Título IV de la ley Nº 19.284, sobre integración social de las personas con discapacidad.
Este Reglamento dispone que el sistema escolar nacional deberá ofrecer alternativas educacionales a quienes presenten necesidades especiales, a través de establecimientos comunes, establecimientos comunes con proyectos de integración y establecimientos especiales. Desarrolla con mayor latitud estos dos últimos. La evaluación y decisión acerca de cuál es la modalidad indicada en cada caso corresponde a los equipos multiprofesionales del Ministerio o a profesionales competentes inscritos en la Secretaría Regional Ministerial respectiva. La permanencia de personas con necesidades especiales en el sistema se evalúa en conjunto con la familia.
Además, el Reglamento consulta normas sobre inserción laboral de las personas con discapacidad.
Para los establecimientos comunes se dispone que deben incorporar las innovaciones y adecuaciones curriculares necesarias para permitir y facilitar a las personas con necesidades educacionales especiales el acceso a los diferentes niveles de enseñanza y brindarles la instrucción complementaria que asegure su permanencia y progreso en el sistema.
La modalidad de enseñanza integrada consiste en educar a niños, jóvenes y adultos con y sin discapacidad, durante una parte o la totalidad de la jornada; debe ofrecerse en todos los niveles: desde prebásico hasta superior. Para financiar los recursos humanos y materiales adicionales que exija la integración, se puede optar a una subvención [6], respaldada por un "Proyecto de Integración Escolar". Los establecimientos de un comuna o de una región pueden coordinarse para elaborar y ejecutar uno de estos Proyectos.
Por último, las escuelas especiales son aquellos establecimientos que cuentan con un grupo de profesionales especialistas en enseñanza diferencial o especial y atienden alumnos con una o más de las siguientes insuficiencias: deficiencia mental, déficit visual, déficit auditivo, trastorno o déficit motor, autismo, déficit psíquico de la afectividad, el intelecto o el comportamiento, disfasia severa (alteración de la comprensión y expresión básica) y trastorno de la comunicación oral.
En lo tocante a integración laboral, este Reglamento dispone que las instituciones de educación superior deberán adecuarse para facilitar el acceso, permanencia y progreso de personas con discapacidad a las carreras que aquéllas impartan.
Para los establecimientos que imparten formación laboral, es facultativo crear cursos, niveles y etapas para personas discapacitadas; así como cursos de capacitación para mayores de 26 años que no hubieren tenido acceso a la educación especial, o hubieren adquirido la discapacidad tardíamente, o sólo hubieren cursado el nivel básico, o no hubieren podido finalizar cursos laborales.
10. La ley Nº 19.598, de 9 de enero de 1999, que otorga un mejoramiento especial para los profesionales de la educación que indica.
Este cuerpo legal, en su artículo 13, introdujo reformas al decreto con fuerza de ley Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación, en dos aspectos relacionados con la materia en informe.
En primer término, el literal a) del artículo 13 modificó el artículo 9 del referido decreto con fuerza de ley, estableciendo que los sostenedores de establecimientos educacionales que cuenten con proyectos de integración aprobados por el Ministerio de Educación y que integren alumnos en cursos de enseñanza media, que de acuerdo con el reglamento fueren considerados de educación especial diferencial, podrán obtener el pago de la subvención general básica especial diferencial, por dichos estudiantes.
Para percibir el pago los sostenedores deberán postular ante la Secretaría Regional Ministerial respectiva, organismo que determinará la entrega del beneficio.
En segundo lugar, el literal b) del artículo 13 incorporó un artículo 9º bis, estableciendo un incremento de la subvención contemplada por el artículo 9º del mismo cuerpo legal, para aquellos alumnos con discapacidad visual, auditiva o con multidéficit que, de acuerdo a sus necesidades educativas especiales, deban ser atendidos en cursos de no más de ocho alumnos.
La citada disposición agrega que, para percibir dicho pago, los sostenedores de los establecimientos educacionales subvencionados deberán postular ante la respectiva Secretaría Regional Ministerial, quedando la resolución sobre el particular entregada a la División de Educación General.
En ambos casos se establece que a través de decreto anual del Ministerio de Educación, se determinará el número máximo de alumnos beneficiados, la distribución regional, el plazo de postulación y antecedentes que deban acompañar para justificar la solicitud, de acuerdo con las normas técnicas y administrativas vigentes para la educación especial diferencial.
Cabe señalar que, en cumplimiento de la obligación señalada precedentemente, con fecha 31 de enero de 2000 se dictaron los D.S. Nºs 047 y 048 que reglamentan el pago de la subvención general básica especial diferencial a los alumnos integrados en cursos de enseñanza media y el pago de la subvención establecida en el artículo 9º bis del decreto con fuerza de ley Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación, respectivamente.
11. El D.S. Nº 62, de 1984, que reglamenta el sistema de postulación, asignación y venta de viviendas destinadas a atender situaciones de marginalidad habitacional; el D.S. Nº 167, de 1986, que reglamenta el sistema de subsidio habitacional para la atención del sector rural; el D.S. Nº 44, de 1988, que reglamenta el sistema general unificado de subsidio habitacional, y el D.S. Nº 140, de 1990, que reglamenta los programas de viviendas progresivas, todos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
La discapacidad del postulante, de su cónyuge o de algún miembro del grupo familiar no altera las condiciones generales de la obtención de subsidio habitacional.
No obstante, la legislación vigente sobre la materia ha consagrado ciertos beneficios a favor de personas con discapacidad, a saber: puntaje adicional o mayor en la ponderación del factor grupo familiar, el que incide en la determinación del orden de prelación entre los postulantes y el establecimiento a su favor de eventuales procesos de selección de acceso restringido.
Respecto del primero de los beneficios citados, cabe señalar que para realizar la selección de postulantes a subsidio habitacional se establece un orden de prelación entre la totalidad de los interesados, fundado en el puntaje obtenido en una serie de factores establecidos por la ley, entre los cuales se encuentra el grupo familiar.
Los precitados D.S. Nºs 62, 167 y 140, en sus artículos 11 letra b), 15 Nº3 y 12 letra c), respectivamente, disponen que si el postulante, su cónyuge o uno o más miembros del grupo familiar acreditado, estuvieren inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad, le corresponderán 10 puntos adicionales como postulante.
A su turno, el D.S. Nº 44, en su artículo 16 Nº4 otorga una ponderación de 15 puntos si el postulante o su cónyuge, o uno o más miembros integrantes del grupo familiar acreditado estuvieren inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad, agregando que se otorgarán 15 puntos adicionales si se acredita que concurren copulativamente los siguientes requisitos: que la incapacidad afecte al postulante o a su cónyuge y que el grupo familiar acreditado conste de uno o más hijos menores de quince años.
En todos los casos anteriores la discapacidad deberá acreditarse con la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad o mediante certificado computacional otorgado por el Registro Civil e Identificación, al que alude el artículo 8º del D.S. Nº1.137, del Ministerio de Justicia, de 1994, que aprueba el Reglamento de dicho Registro.
El segundo de los beneficios reconocidos a las personas con discapacidad se encuentra consagrado positivamente por el D.S. Nº62, que en su artículo 9º inciso cuarto señala entre las excepciones a la regla general sobre proceso de selección de postulantes contemplada en los incisos anteriores de la misma disposición que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo podrá limitar la participación de postulantes en el proceso de selección de una comuna o de una agrupación de comunas, entre otras causas, para la atención de aquellos postulantes en cuyo grupo familiar acreditado haya uno o más miembros inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad, que requieran para su desplazamiento de la utilización de sillas de rueda, circunstancia esta última que deberá acreditarse ante el SERVIU.
12. El D.S. Nº 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece la Ordenanza General de la ley General de Urbanismo y Construcciones.
El D.S. Nº40, de 1995, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo introdujo diversas modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones destinadas a evitar la creación de barreras arquitectónicas y urbanísticas en las ciudades que limiten las posibilidades de desplazamiento de las personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas y, en general, de quienes tengan dificultades para trasladarse de un lugar a otro.
Dicha normativa protectora de la accesibilidad al medio por parte de las personas con discapacidad, impone adecuaciones en espacios de uso público e inmuebles acogidos a la ley Nº19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria o que consultan atención de público, respecto de aceras, dispositivos de control de semáforos, mobiliario urbano, estacionamientos, servicios higiénicos, accesos, desniveles, rampas antideslizantes, superficies de pisos, ancho de pasillos, ascensores y teléfonos.
Asimismo, impone a determinados edificios de asistencia hospitalaria; locales escolares; teatros y otros locales destinados a reuniones públicas, y baños, piscinas públicas y lugares destinados a cultura física, obligaciones tales como la de contar con un recinto independiente destinado a servicio higiénico para personas con discapacidad que permita el ingreso y circulación de una silla de ruedas y de áreas especialmente destinadas para personas en sillas de ruedas.
Respecto de los hoteles, requiere que aquellos cuya capacidad supere las 50 camas cuenten con al menos un dormitorio con acceso a un baño habilitado para el uso de personas con discapacidad.
Finalmente, prescribe que los centros comerciales, las estaciones de servicio automotor y los establecimientos industriales deberán considerar espacios e instalaciones para personas con discapacidad en los estacionamientos, circulaciones y servicios higiénicos.
Cabe señalar que la Dirección de Obras Municipales es el organismo competente para conocer los proyectos de edificación que se desarrollen en el ámbito de la respectiva comuna, debiendo verificar el adecuado cumplimiento de las normas de accesibilidad como requisito sine qua non del otorgamiento del permiso de edificación y de la posterior recepción municipal.
13. El D.S. Nº 201, de 1999, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija plazo para cumplir requisitos que indica.
El citado D.S. Nº201, de 1999, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo reguló la situación de los inmuebles construidos antes del 20 de junio de 1995, fecha de la entrada en vigencia del D.S. Nº40.
Al efecto fijó un plazo de tres años, contados desde su publicación, el 2 de febrero de 1999, para que aquellos inmuebles que cuenten con permiso de edificación y recepción definitiva, destinados a un uso que implique la concurrencia de público, especialmente atención de salud o procesos de enseñanza-aprendizaje, adecuen sus instalaciones a las normas de accesibilidad que indica entre las que se cuentan las relativas a accesos, rampas, superficies de pisos, ascensores, servicios higiénicos y teléfonos y que se encuentran contempladas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Excepcionalmente, la obligación de efectuar adecuaciones se subroga por la de plantear una solución alternativa a la Dirección de Obras correspondiente, respecto de aquellas edificaciones que deban alterar su estructura y de aquellas relativas a pasillos que conduzcan a recintos de uso o atención de público, puertas de ascensores y áreas que enfrentan un ascensor tratándose de inmuebles acogidos a la ley de Copropiedad Inmobiliaria o que consultan atención de público.
Asimismo, en aquellos casos en que no sea posible dar cumplimiento a los requisitos relativos a accesos a los citados inmuebles desde el espacio público, se deberá implementar la colocación de elementos removibles durante las horas de atención al público.
Transcurrido el plazo legal, el 2 de febrero de 2002, el incumplimiento constituirá una infracción susceptible de ser denunciada por el Director de Obras Municipales ante el Juez de Policía Local competente.
14. Ley Nº 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Esta ley contiene también disposiciones sobre incapacidad e invalidez derivadas de las causas que ella regula: accidentes y enfermedades laborales. La analizaremos en lo que tiene similitud con la normativa sobre discapacidad.
Clasifica las insuficiencias en incapacidad temporal, invalidez parcial, invalidez total y gran invalidez, sin distinguir si su causa es un accidente o una enfermedad.
La incapacidad temporal es la privación por un determinado lapso de la aptitud para desempeñar el trabajo que se tiene al momento de producirse el riesgo. Si vencido el plazo no hay curación y rehabilitación, se considera a la víctima como inválida.
Invalidez parcial es la disminución presumiblemente permanente de la capacidad de ganancia de un trabajador igual o superior a 15% e inferior a 70%. Es inválido total quien ha sufrido una disminución presumiblemente permanente de su capacidad de ganancia igual o superior a 70%. Gran inválido es la persona que requiere el auxilio de otra para realizar los actos elementales de la vida.
Los beneficios acordados a las personas afectadas por tales contingencias están financiados por cotizaciones mensuales que pagan los empleadores. Comprenden el derecho a atención médica, quirúrgica y dental, hospitalización, medicamentos, prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación, rehabilitación física y reeducación profesional y gastos de traslado.
La incapacidad temporal da derecho a un subsidio que puede otorgarse hasta por 52 semanas, prorrogable hasta completar 104 semanas. La invalidez parcial, a la que se asimila el caso de quienes sufren una mutilación importante o una deformación notoria, da derecho a una indemnización global y, si la disminución es igual o excede el 40%, a una pensión mensual vitalicia. La invalidez total de derecho a una pensión mayor, y la gran invalidez a un suplemento de la misma. Estas pensiones son incompatibles con las otorgadas por los sistemas provisionales.
La declaración, evaluación, reevaluación y revisión de las incapacidades a que alude la ley Nº 16.744 corresponde a los Servicios de Salud, salvo respecto de trabajadores afiliados a alguna Mutual de Empleadores, caso en el cual aquellas acciones serán de competencia de estas entidades. Durante los primeros 8 años el inválido debe someterse a examen cada dos.
La incapacidad se clasifica y gradúa en función de la pérdida de la aptitud para procurarse, mediante un trabajo proporcionado a las fuerzas actuales, capacidad y formación del trabajador, una remuneración equivalente a la que obtiene una persona sana en condiciones análogas y en la misma localidad.
ORGANICA DE LA DISCAPACIDAD
1. El Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS)
El Fondo Nacional de la Discapacidad es una entidad estatal autónoma creada por la ley Nº 19.284, que se relaciona con el Ejecutivo a través del Ministerio de Planificación y Cooperación.
Su misión es contribuir a la integración social y a la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad.
La cumple asignando sus recursos para financiar total o parcialmente planes, programas y proyectos a favor de dichas personas, orientados a la prevención, diagnóstico, rehabilitación, capacitación e inserción laboral, ejecutados por terceros seleccionados mediante concursos públicos. Del mismo modo concurre a subvencionar la adquisición de ayudas técnicas para las mismas personas o para entidades sin fines de lucro que les presten atención.
El patrimonio del FONADIS está constituido por los recursos aportados anualmente en la Ley de Presupuestos del Sector Público [7], por los que puedan asignarle otras leyes, por aportes internacionales que se pongan a su disposición, por herencias, legados y donaciones que acepte, por los fondos que aporten los sistemas de juegos de azar autorizados y por los frutos de estos bienes.
Su personal es contratado conforme a las normas del Código del Trabajo
La dirección superior del organismo está entregada a un Consejo en que tienen representación el Poder Ejecutivo a través de los ministerios del área social, los empresarios y los trabajadores, las organizaciones de personas con discapacidad y las instituciones no lucrativas que se dedican a atenderlas.
La administración del Fondo es ejercida por una Secretaria Ejecutiva de confianza del Presidente de la República, que tiene la representación judicial y extrajudicial de la entidad.
Además de los Programas de Financiamiento de Proyectos y de Ayudas Técnicas, el Fondo está desarrollando en el presente año 2000 los Programas de Coordinación Intersectorial y Territorial, de Difusión y Sensibilización, de Estudios de Base y de Becas. El primero postula relacionar y concertar a los distintos sectores e instituciones públicas y privadas que trabajan en el tema de la discapacidad, para diseñar planes y programas de acción y avanzar en los compromisos de desconcentración de los servicios públicos. El segundo procura satisfacer la necesidad de difundir en el sector público y en la sociedad en general los contenidos de la ley
Nº 19.284 y a crear en el país una nueva sensibilidad respecto de la discapacidad. El tercero financia la ejecución de estudios sobre el impacto de las actividades del Fonadis y acerca de metodologías que contribuyan a mejorar la realización de los proyectos, obteniendo de este modo indicadores objetivos para orientar los recursos asignados a proyectos y ayudas técnicas. El último programa ofrece becas para acceder a la educación superior a personas con discapacidad que hayan cumplido con la enseñanza media, el que se espera empiece a operar el año 2001.
2. Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN)
Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez son organismos creados en cada uno de los Servicios de Salud del país por el artículo 217 del D.S. Nº 42, de Salud, de 1986, Reglamento Orgánico de dichos Servicios, tienen competencia en el territorio de cada uno de ellos y dependen del Director respectivo. Su actividad es reservada y gozan de autonomía en la emisión de sus informes y dictámenes.
No existe entre ellas coordinación de modo de aplicar criterios uniformes a situaciones análogas. Si bien en lo administrativo dependen del director del Servicio de Salud correspondiente, sus decisiones pueden ser reclamadas ante la Superintendencia de Seguridad Social, la cual sólo revisa y pondera las consideraciones jurídicas de los casos que le son sometidos, sin entrar jamás a analizar y juzgar acerca de los fundamentos y decisiones propiamente médicos. Por lo mismo, no se ha producido una jurisprudencia uniformadora en el ámbito en que actúan las COMPIN y cada una de ellas aplica sus propios criterios, que dependen además de las variaciones que experimente su composición.
El papel que la ley Nº 19.284 ha agregado a las COMPIN viene a sumarse sus numerosas otras obligaciones. La insuficiencia de recursos para especialistas y de equipos multidisciplinarios son obstáculos para el correcto desempeño de la función de evaluar y certificar la discapacidad.
3. El Servicio de Registro Civil e Identificación.
El Servicio de Registro Civil e Identificación tiene a su cargo, por imperativo del artículo 46 de la ley Nº 19.284, el Registro Nacional de la Discapacidad, en que pueden inscribirse las personas con discapacidad y las personas naturales y las organizaciones sociales, educacionales, gremiales y demás que se relacionen con la discapacidad, y en el que se registran las sanciones impuestas por infracciones a la misma ley.
Como se ha dicho, al 30 de junio del año en curso figuran inscritas 36.143 personas de todo el país.
4. Las organizaciones sociales de la discapacidad.
En ejercicio de la libertad de asociación que garantiza el Nº 15 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, se han formado numerosas entidades, con y sin personalidad jurídica, que operan en el ámbito de la discapacidad. Unas agrupan a las personas afectadas o a sus familiares y otras tienen por finalidad ejecutar determinadas acciones y realizar prestaciones específicas en beneficio de las personas con discapacidad. Todas ellas propenden a una mayor integración social, educacional y laboral de los discapacitados y bregan por superar barreras culturales, administrativas y normativas que tienden a mantener a dichas personas en situación de marginalidad y de discriminación.
A continuación se inserta un cuadro resumen de las asociaciones y entidades que actúan en este campo. Los datos han sido obtenidos del Directorio de la Discapacidad 2000, elaborado por el Servicio de Salud Bío-Bío dentro del programa "Rehabilitación Basada en la Comunidad" (RBC).
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Hay que tener presente que varias de las instituciones censadas en dicha guía tienen cobertura nacional, por lo que figuran en cada una de las ciudades en que tienen presencia. Se hallan en ese listado corporaciones y fundaciones sin fines de lucro dedicadas específicamente a una o más formas de la discapacidad, clubes sociales, culturales y deportivos, establecimientos educacionales comunes, especiales y diferenciales, oficinas municipales, consejos comunales, sindicatos, centros de capacitación, hogares para menores, talleres laborales, Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), Instituto de Normalización Previsional (INP), Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), establecimientos hospitalarios, Centros de Diagnóstico del Ministerio de Educación, asociaciones de padres, apoderados, familiares y amigos de discapacitados, Fonadis y Unicef.
5. Los Consejos Comunales de la Discapacidad.
Formados bajo el alero de una alianza entre el Ministerio de Salud y la SOFOFA, y contando con el apoyo de las municipalidades, en ejercicio de las funciones que en materia de salud pública, asistencia social, capacitación y promoción del empleo les otorga su ley orgánica constitucional [8], los Consejos Comunales aglutinan bajo la dirección de funcionarios edilicios a las personas, asociaciones y otras organizaciones que intervienen en la esfera de la discapacidad en la respectiva comuna.
Estos Consejos celebraron recientemente, los días 12 y 13 de julio del año en curso, en la ciudad de Los Ángeles, su Séptimo Encuentro Nacional. Ellos hicieron llegar a la Comisión las resoluciones y conclusiones de las catorce comisiones formadas para el tratamiento de los temas de la convocatoria, las cuales han sido debidamente ponderadas y tomadas en cuenta en las proposiciones que a nuestro turno hacemos al Senado en la parte final de este informe.
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES RELATIVOS A LA DISCAPACIDAD
Las organizaciones internacionales han sido prolíficas en cuanto a declaraciones, resoluciones y acuerdos referentes a las discapacidades en general y a algunas de ellas en particular. Nos referiremos aquí sólo a las de alcance más genérico.
1. Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Impedidos, adoptada por Resolución Nº 3.447 de la Asamblea General el 9 de diciembre de 1975.
El término impedido designa a toda persona incapacitada de subvenir por sí misma, en todo o parte, a las necesidades de una vida individual o social normal a consecuencia de una deficiencia, congénita o no, de sus facultades físicas o mentales.
La Declaración proclama que el impedido debe gozar de los derechos enunciados en ella, sin excepción ni discriminación alguna.
Tales derechos son, en primer lugar, el respeto a su dignidad humana. El impedido tiene los mismos derechos fundamentales, civiles y políticos que sus conciudadanos, lo que incluye el disfrutar de una vida decorosa y lo más normal y plena posible; tiene derecho a recibir atención médica, psicológica y funcional, incluidos aparatos de prótesis y ortopedia; a la readaptación, a la educación, a la formación profesional, a la seguridad económica y social, a una ocupación útil, productiva y remunerativa, a formar parte de organizaciones sindicales, a vivir en el seno de su familia o de un hogar sustituto, a participar en actividades sociales, creativas y recreativas, a disponer de asistencia letrada si lo precisare y a un procedimiento justo atendida su condición. Si es preciso internarlo, sus condiciones de vida deben ser lo más semejantes posible a las de la vida normal de las demás personas. Debe ser protegido contra toda explotación, discriminación y trato abusivo o degradante. Tiene derecho, él y su familia, a ser informado plenamente del contenido de esta Declaración.
2. Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad aprobado por Resolución Nº 37/52 de la Asamblea General de Naciones Unidas el 3 de diciembre de 1982.
El objetivo declarado de este Programa es promover medidas efectivas para prevenir la discapacidad, la rehabilitación de las personas con discapacidad, la plena participación y la obtención de condiciones de igualdad de trato por parte de las mismas. Contiene también algunas definiciones básicas, un diagnóstico de la situación mundial en materia de discapacidad a la época de la aprobación del Programa por la Asamblea General y un conjunto de proposiciones para implementarlo.
Para sus efectos el Programa postula que deterioro o menoscabo "impairment" es cualquier pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica; que incapacidad o invalidez "disability" es cualquier restricción o ausencia, como resultado de un deterioro, de la habilidad para realizar una actividad de la manera o dentro del rango considerado normal para un ser humano, y que impedimento
"handicap" es la desventaja de un individuo determinado, como resultado de un deterioro o invalidez, que le limita o impide el cumplimiento de un rol normal, dependiendo de la edad, sexo y factores sociales y culturales de dicho individuo.
En el mismo sentido de precisar conceptos, el Programa entiende por prevención las medidas que apuntan a precaver o combatir un deterioro mental, físico o sensorial, o sus consecuencias físicas, sicológicas y sociales negativas.
Rehabilitación es un proceso orientado a objetivos y limitado en el tiempo que permite a una persona impedida alcanzar el óptimo nivel funcional mental, físico y social que le faculte para cambiar su propia vida.
Igualdad de oportunidades es el proceso que hace accesibles a todos los sistemas sociales, el entorno físico y el transporte, los servicios sociales y de salud, la educación, las oportunidades de trabajo, la vida social y cultural, incluyendo el deporte y la recreación.
Las personas con discapacidad no conforman un grupo homogéneo y los modos de enfrentar sus limitaciones deben ser adecuados a cada una de las formas o manifestaciones que ellas presentan. Los asuntos concernientes a las personas con discapacidad deben ser tratados en un contexto general apropiado y no de manera separada. Los organismos públicos y privados de todos los niveles geográficos deben asumir la responsabilidad por las cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad que caen dentro de sus respectivas esferas de competencia.
Corresponde especialmente a los Estados planificar, organizar y financiar actividades dentro de cada nivel de acción; crear bases legales y conferir atribuciones para alcanzar los objetivos propuestos en las políticas pertinentes; eliminar las barreras para la plena participación; proveer servicios de rehabilitación y ayuda social, nutricional, médica, educacional y vocacional a las personas con discapacidad; establecer y movilizar entidades públicas y privadas relevantes; apoyar el establecimiento y crecimiento de organizaciones de personas con discapacidad; preparar y diseminar información relativa a los tópicos envueltos en el Programa de Acción Mundial y promover del entendimiento de los aspectos clave del mismo; facilitar la investigación en materias vinculadas con dicho Programa; promover la asistencia técnica y la cooperación a su respecto, y facilitar la participación de personas con discapacidad y sus organizaciones en las decisiones relacionadas con todas estas acciones.
3. Normas Uniformes sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, aprobadas por Resolución Nº 48/96 de la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de diciembre de 1993.
Este documento reconoce que las Normas Uniformes no son jurídicamente obligatorias y aspira que su adopción por un gran número de Estados las dote de una fuerza moral que las convierta en normas internacionales consuetudinarias. La finalidad de las mismas es garantizar que todas las personas con discapacidad gocen y ejerzan los mismos derechos y obligaciones que las demás y eliminar los obstáculos a la plena participación de aquéllas en las actividades sociales.
Las Normas Uniformes puntualizan que discapacidad es una deficiencia física, intelectual o sensorial, una dolencia que requiera atención médica o una enfermedad mental, que pueden ser permanentes o transitorias y que imponen al afectado diferentes limitaciones funcionales.
Minusvalía es la pérdida o limitación de oportunidades de participar en la vida social en condiciones de igualdad con los demás, provenientes de deficiencias en el diseño del entorno físico o en las actividades organizadas de la sociedad, tales como información, comunicación y educación.
Por prevención se entiende la adopción de medidas tendientes a impedir un deterioro físico, intelectual, siquiátrico o sensorial
prevención primaria o a impedir que ese deterioro cause una discapacidad o limitación funcional permanente prevención secundaria.
La rehabilitación es un proceso encaminado a que las personas con discapacidad alcancen y mantengan un estado funcional óptimo en los aspectos físico, sensorial, intelectual, síquico y social, de manera que puedan modificar su propia vida y ser más independientes.
Para proveer la igualdad de oportunidades, la sociedad, el entorno físico, las actividades, la información y la documentación deben estar efectivamente a disposición de todos, el empleo de los recursos debe garantizar a las personas, sin distinción, iguales oportunidades de participar. Las personas con discapacidad integran la sociedad y tienen derecho a permanecer en sus comunidades locales y recibir apoyo de las estructuras de educación, salud, empleo y servicios sociales. A medida que esas personas alcancen una auténtica igualdad de derechos deben asumir también las obligaciones y responsabilidades correspondientes a todo miembro de la sociedad.
Los requisitos que señalan estas Normas Uniformes para la igualdad de participación son una mayor toma de conciencia por la sociedad de los derechos, necesidades, posibilidades y contribución que pueden brindar las personas con discapacidad; la prestación de atención médica eficaz a estas últimas para la detección precoz, evaluación, tratamiento, medicación y rehabilitación de las deficiencias por equipos multidisciplinarios de profesionales y colaboradores locales, todos ellos debidamente capacitados, y la prestación de servicios de apoyo a personas con discapacidad tales como asistencia personal, intérpretes, fabricación y distribución de ayudas técnicas, incluso en condiciones de gratuidad.
La igualdad de participación debe lograrse en las esferas del acceso al entorno físico, a la información y a la comunicación; de la educación en los niveles primario, secundario y superior en el sistema de enseñanza general, sin desconocer que hay situaciones que requieren un sistema especial; del empleo y la capacitación, asegurando condiciones equitativas, incentivos, exenciones, subsidios y cupos reservados a personas con discapacidad en los sectores público y privado; de la seguridad social y el subsidio para el mantenimiento del ingreso para personas con discapacidad y para quienes se ocupen de ellas; de la vida en familia y la experiencia de la sexualidad, el matrimonio y la procreación y de la integridad personal, en el sentido de precaver el abuso y la discriminación; de las actividades culturales, recreativas y deportivas, y en el ámbito de la religión.
Para la ejecución de las Normas Uniformes los Estados deben reunir y difundir información y fomentar la investigación acerca de las condiciones de vida de las personas con discapacidad; crear las bases jurídicas y económicas para alcanzar la plena participación y la igualdad de ellas; organizar entidades nacionales centralizadas que se ocupen de las cuestiones relacionadas con la discapacidad; reconocer la representatividad de las organizaciones sociales de personas con discapacidad en los planos nacional, regional y local; asegurar la adecuada formación del personal que actúa en la planificación y suministro de servicios y programas para personas con discapacidad y supervisarlos y evaluarlos permanentemente, y cooperar en los planos técnico y económico, así como en el internacional, para mejorar las condiciones de vida y la efectiva igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad.
4. Convenio Nº 159 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre readaptación profesional y el empleo de personas inválidas, adoptado el 20 de junio de 1983.
Chile lo ratificó y fue promulgado por D.S. Nº 1.907, de 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado el 3 de marzo de 1999.
Para los efectos de este Convenio se entiende por persona inválida aquella cuya posibilidad de obtener y conservar un empleo adecuado y de progresar en él quede sustancialmente reducida a causa de una deficiencia de carácter físico o mental debidamente reconocida.
Los principios rectores y principales obligaciones que asumen los Estados miembros están contenidos en los artículos 1º, 3º, 4º y 8º.
De conformidad con ellos, la finalidad de la readaptación profesional es permitir que la persona inválida obtenga y conserve un empleo adecuado y progrese en el mismo. La política nacional que se adopte a este respecto debe asegurar que existan medidas adecuadas de readaptación profesional al alcance de todas las personas inválidas y promover el empleo de las mismas; ella debe estar basada en el principio de igualdad de oportunidades y de trato. Se debe promover el establecimiento de servicios de readaptación en zonas rurales y comunas apartadas.
5. Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, adoptado por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos el 6 de julio de 1999.
Los objetivos de esta Convención, que no ha sido ratificada por Chile, son la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad.
Define los términos discapacidad y discriminación. Entiende por discapacidad una deficiencia física, mental o sensorial, permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. Discriminación es toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, que tenga por efecto o propósito impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de derechos humanos o libertades fundamentales de personas con discapacidad.
Entre las obligaciones que asumen los Estados parte se enuncia la adopción de medidas para eliminar la discriminación y promover la integración en la prestación o suministro de bienes, servicios y actividades relativos al empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios policiales y las actividades políticas y administrativas; para facilitar el acceso y uso de edificios, vehículos e instalaciones por personas con discapacidad, y para eliminar la barreras arquitectónicas.
Además, se les insta a proveer a las personas con discapacidad un nivel óptimo de independencia, autosuficiencia y calidad de vida; a realizar campañas para eliminar prejuicios, estereotipos y actitudes contrarias a la igualdad de las personas; a colaborar en la investigación científica y tecnológica para la prevención y tratamiento de discapacidades y para la rehabilitación e integración de las personas afectadas, y a promover la participación de organizaciones sociales y personas con discapacidad en la elaboración, ejecución y evaluación de medidas y políticas tendientes a aplicar la Convención.
PROYECTOS DE LEY DE INICIATIVA PARLAMENTARIA SOBRE DISCAPACIDAD
Boletín Nº 1.715-06
Moción del H. Senador señor José Ruiz de Giorgio, ingresada en octubre de 1995, que modifica el Estatuto Administrativo para facilitar la inserción laboral de personas con discapacidad.
Modifica la letra c) del artículo 11 de la ley Nº 18.834, para asentar que las personas con discapacidad cumplen el requisito de ingreso a la Administración del Estado de tener salud compatible con el desempeño del cargo, si su deficiencia no les impide el ejercicio del mismo. La incompatibilidad laboral deberá acreditarse mediante informe del COMPIN.
Además, estipula que el Registro Nacional de la Discapacidad deberá clasificar a las personas naturales allí inscritas de acuerdo a la naturaleza y grado de su discapacidad, edad, sexo, nivel de escolaridad y aptitudes laborales actuales y susceptibles de desarrollarse.
Aprobada en primer trámite constitucional por el Senado, se encuentra pendiente en la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización Planificación y Desarrollo Social de la Cámara de Diputados desde octubre de 1998.
Boletín Nº 1.909-07
Moción de los HH. Senadores señores Manuel Antonio Matta y Mariano RuizEsquide, que modifica el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil y la Ley de Matrimonio Civil, poniendo fin a la incapacidad jurídica de los sordomudos que no puedan darse a entender por escrito.
Refundida con otra iniciativa de origen parlamentario sobre lenguaje por señas, a la que nos referiremos enseguida, fue aprobada por el Senado en agosto de 1997. Desde septiembre de ese año está pendiente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.
Boletín Nº 2.026-07
Moción de los HH. Senadores señores Mariano Ruiz-Esquide, Manuel Antonio Matta, Sergio Páez y Andrés Zaldívar, ingresada en mayo de 1997, que otorga reconocimiento oficial al lenguaje de señas como modo de comunicación para la población con discapacidad auditiva, norma vigente en 15 países a la época de presentación de esta iniciativa.
Fue aprobada por el Senado en agosto de 1997, refundida con la moción sobre plena capacidad de los sordomudos que no se pueden dar a entender por escrito a que ya hemos hecho referencia. Pendiente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, a la que ingresó en septiembre del año indicado.
Boletín Nº 2.192-11
Moción de los HH. Senadores señores Enrique Silva Cimma, Carlos Bombal e Ignacio Pérez, que modifica la ley Nº 18.600, sobre deficientes mentales, en relación con el objetivo de la ley, la inserción educacional y laboral de las personas que padezcan esta limitación, que define esta condición como una discapacidad, y que otorga curador legal provisional a personas con discapacidad mental que no lo tengan y que carezcan además de padre o madre que ejerza sobre ellos la patria potestad.
Aprobada por el Senado en marzo de este año, se encuentra para informe en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.
Boletín Nº 2.553-11
Moción del H. Diputado señor Carlos Olivares que modifica el artículo 41 de la ley Nº 19.284 para eliminar una limitación no deseada del beneficio de reintegro de gravámenes aduaneros por la importación de ayudas técnicas. La norma, en su texto actual, lo reconoce en el caso de importación de dichos implementos para personas con discapacidad que sean atendidas por asociaciones sin fines de lucro que se desempeñen en el ámbito de la discapacidad. La modificación persigue ampliar la franquicia a cualquier persona con discapacidad, sea o no atendida por las referidas asociaciones.
El proyecto se halla en la Comisión de Salud cumpliendo el primer trámite constitucional, desde julio del año en curso.
Boletín Nº 2.595-11
La H. Senadora señora Evelyn Matthei presentó a tramitación recientemente una moción que agrega un Capítulo I bis al Título IV de la ley Nº 19.284 e introduce otras enmiendas al referido cuerpo legal, con el objeto de regular el uso de perros guía para ciegos, velando especialmente por facilitar el acceso de los discapacitados visuales a lugares públicos mediante la ayuda de esos animales.
El proyecto sanciona cualquier traba, discriminación o amenaza que impida a los discapacitados el ejercicio de sus derechos y el acceso a beneficios, el daño causado a un perro guía y la asunción de la calidad de entrenador de tales perros sin contar con la acreditación respectiva.
Fue tramitada a la Comisión de Salud y acaba de ser incluida en la convocatoria a la presente legislatura extraordinaria.
Boletín Nº 2.616-11
Moción de los HH. Diputados señores Carlos Olivares y Víctor Reyes que sustituye el artículo 19 de la ley Nº 19.284 para imponer a los canales de televisión la obligación de incluir al menos en un noticiario diario sistemas de comunicación para personas con discapacidad auditiva.
En la Comisión de Salud desde noviembre pasado, debe ser incluida en la convocatoria a legislatura extraordinaria para poder ser tratada.
Boletín Nº 2.619-07
Moción del H. Diputado señor Arturo Longton que reconoce el lenguaje de señas como forma de comunicación de personas con discapacidad auditiva y vocal y modifica el artículo 1447 del Código Civil para precisar que la incapacidad absoluta afecta sólo a los sordomudos que no pueden expresarse ni manifestar su voluntad de modo inequívoco.
Pendiente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia desde el mes pasado, no podrá ser tratada si no es incluida en la convocatoria a legislatura extraordinaria.
Boletín Nº 2.620-07
Moción de los HH. Diputados señores Pérez (Aníbal), Longton, Encina y Elgueta, para que se reconozca plena capacidad civil a los sordomudos que puedan darse a entender de alguna manera, y no sólo por escrito. Ello incide en la posibilidad de celebrar actos y contratos, de testar y de contraer matrimonio, así como en el instituto de la prescripción.
Ingresado a la Cámara de Diputados en noviembre recién pasado, se encuentra en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para primer informe.
RECURSOS PUBLICOS DESTINADOS A PROGRAMAS PARA PERSONAS DISCAPACITADAS [9]
El principal desafío para identificar los montos destinados por el Sector Público a programas focalizados para personas discapacitadas lo constituye que la mayoría de los servicios públicos no disponen de un desglose presupuestario más detallado por programas o centros de costo. Considerando esta limitante, el presente informe indica a nivel cuantitativo la información disponible y a nivel cualitativo cuando no existen los antecedentes contables que permitan discriminar entre los recursos aportados a los usuarios/beneficiarios generales de los que están destinados a los discapacitados.
Para fines analíticos, se presenta la información por Ministerio o institución privada.
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La inversión total de $ 115.000 millones equivale al 2,0% de los Gastos en “Funciones Sociales” del Gobierno Central durante 1999 Salud + Vivienda + Previsión + Educación + Progr. Empleo). En comparación a los Gastos Operativos anuales de la Fundación Teletón ($ 5.500 millones), los recursos del Gobierno Central equivalen a 21 veces ese monto.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Las intendencias y gobernaciones administran en forma descentralizada la ORESMI, Organización Regional de Acción Social del Ministerio del Interior, que en 1999 entregó aportes sociales a individuos y organizaciones por un monto de $ 364 millones. Entre estos aportes se cuentan ayudas destinadas a la adquisición de sillas de ruedas y otros implementos de rehabilitación, así como la subvención de medicamentos de alto costo. No existe una cuantificación exacta del monto destinado a personas discapacitadas.
Por otra parte, el Fondo Social del Ministerio entrega aportes para programas o proyectos. En 1999 no se otorgaron recursos para infraestructura de discapacitados, pero para el año 2000 se contempla un aporte por $ 150 millones a la construcción de la sede de la Teletón en Temuco. Igual monto está comprometido para el año 2001.
La inversión de decisión regional contempla en los FNDR, IRAL e ISAR proyectos que afectan directa o indirectamente a la población discapacitada. A modo de ejemplo, la Región de Los Lagos en 1998 reportó una inversión en infraestructura para Educación Diferencial y Especial de $ 204 millones (1,85% del total de $ 11.043 millones de inversión ejecutada en Educación y Cultura).
Dado que la matrícula en educación especial representa un 1,5% de la matrícula subvencionada total, se puede realizar un supuesto que de los $ 55.853 millones asignados en 1999 al FNDR de Infraestructura Educacional y al Fondo de Infraestructura Educativa (FIE), al menos $ 840 millones se destinaron a escuelas especiales a nivel nacional.
Fundación Integra inició en 1999 la integración de niños con necesidades educativas especiales, logrando una cobertura de 463 niños. Esta cantidad representa un 0,77% de la matrícula total de 60.000 niños atendidos por Integra. El 51% de los 463 niños corresponden a niños con trastornos de lenguaje.
De acuerdo a los costos unitarios directos promedio registrados por Integra en 1999, que alcanzaron a los $ 344.544 por niño atendido, el aporte al Programa de Niños con necesidades educativas asciende a $ 159,5 millones.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
El Ministerio de Educación cuenta con un conjunto de programas que apoyan en forma directa a la educación especial o para programas de integración educativa de estudiantes con discapacidad. Durante 1999 los recursos brutos para estos programas alcanzaron a $ 35.211 millones. Para el año 1999 se ejecutaron los siguientes recursos:
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Por su parte, la Junta Nacional de Jardines Infantiles en 1999 ha incorporado cerca de 1.500 párvulos con necesidades educativas especiales (NEE). Esta cifra representa un 1,5% de la matrícula total de la JUNJI. Las regiones con mayor cantidad de párvulos integrados corresponden a la de Atacama (4,49%) y Magallanes (4,43%), mientras que la de menor integración corresponde a la de la Araucanía (0,88%) y del Bío-Bío (1,01%).
Según lo informado por la JUNJI, en 1999 el gasto anual por niño del Programa “Jardín Infantil Clásico” ascendió a $ 484.549, por lo que el Programa de Párvulos con Necesidades Educativas Especiales equivaldría aproximadamente a $ 726,8 millones.
MINISTERIO DE HACIENDA
1. Exenciones Arancelarias para la Importación de Vehículos
El D.S. Nº 940, del Ministerio de Hacienda, de 1994, modificó el decreto que reglamenta la importación de vehículos para personas lisiadas. A la fecha no se han recibido los informes con el detalle de las exenciones arancelarias otorgadas durante 1999. El promedio de exenciones arancelarias otorgadas para vehículos importados para personas con discapacidad durante los años 1995, 1996 y 1997 ascendió a 75 vehículos por año. Con los límites de exención arancelaria existentes se puede proyectar un aprovechamiento anual de la exención arancelaria cercana a los US$ 40.000, equivalente a $ 20,4 millones.
2. Reintegro de gravámenes por importación de ayudas técnicas
El artículo 40 de la Ley para la Plena Integración de Personas con Discapacidad (Nº 19.284) establece un sistema de reintegro de gravámenes por importación de ayudas técnicas tales como prótesis auditivas, visuales y físicas, equipos y medicamentos para rehabilitación, equipos y material pedagógico especial para educación, capacitación y recreación de las personas con discapacidad, entre otros. La franquicia se comenzó a utilizar en 1995 y su demanda ha sido irregular a través del tiempo. El promedio entre los años 1995 a 1997 ascendió a $ 2,6 millones por año. Se podría estimar que en 1999 su uso creció debido a una mayor utilización, llegando a $ 3 millones.
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL INP
1. Pensiones Asistenciales de Invalidez (PASIS)
El D.L. Nº 869, de 1975, establece la pensión asistencial de invalidez como una ayuda económica que se otorga a las personas con deficiencia mental de cualquier edad y a las personas con invalidez mayores de 18 años, inhabilitadas para acogerse a pensión en algún sistema formal de previsión. Dado que los beneficiarios de las PASIS-Invalidez deben contar con una declaración de discapacidad por parte de la COMPIN y que el artículo 3º de la Ley para la Plena Integración de Personas con Discapacidad (Nº 19.284) considera discapacitada a aquellas personas cuya deficiencia física o síquica obstaculiza en al menos un tercio su capacidad educativa o laboral, se puede concluir que la totalidad del gasto por este concepto se asigna a personas discapacitadas.
El año 1999 se otorgaron 187.407 pensiones asistenciales de invalidez. De las cuales un 91% corresponden a declaraciones de invalidez (170.404) y 17.003 a personas con deficiencia mental. El gasto estimado en PASIS por invalidez ascendería a $ 67.014,8 millones y por deficiencia mental a $ 6.686,8 millones.
2. Subsidio Unico Familiar (SUF)
El SUF consiste en una ayuda económica por parte del Estado a las madres, padres, guardadores o tutores de niños y adultos con deficiencia mental o invalidez que no sean a la vez beneficiarios de una PASIS. Este subsidio asciende actualmente a $ 6.310 por mes y en 1999 se registraron 662 beneficiarios. El gasto estimado en 1999 ascendería a $ 50,1 millones.
3. Garantía Estatal para Pensiones Mínimas
El artículo 73 del D.L. 3.500 de 1980 establece que el Estado garantizará una pensión mínima de invalidez, a los afiliados al nuevo Sistema de Pensiones. En Diciembre de 1999 la pensión mínima para menores de 70 años ascendía a $ 67.068, en tanto que el número total de afiliados al sistema de AFP declarados inválidos llega a los 49.808. Existiría un número significativo de pensionados por invalidez cuya pensión de referencia podría ser inferior al monto actual de la pensión mínima, demandando del Estado una cantidad de recursos para cubrir la diferencia. No existen estimaciones del costo de este efecto.
MINISTERIO DE SALUD
El Ministerio de Salud ha desarrollado una serie de programas específicos que se aplican en forma descentralizada para la rehabilitación y reinserción social de personas con discapacidad física o psíquica. Desgraciadamente, al implementarse en forma descentralizada estos recursos no pueden identificarse claramente.
A nivel de Campañas Sanitarias, cuya identificación presupuestaria está claramente definida, se puede destacar el Programa de Afecciones Congénitas Perinatales que tuvo una ejecución presupuestaria en 1999 de $ 33,5 millones y el Programa de Fortalecimiento de la Comisión Médica de Reclamos y de Gestión de Prevención e Invalidez por un monto de $ 34 millones.
MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO
El MINVU incluye la variable “integrante del grupo familiar con discapacidad” en su índice de nivel socioeconómico para la asignación de viviendas básicas. Este beneficio otorga un puntaje adicional de 10 puntos para postular a una vivienda. Este programa presenta una muy baja cobertura que no tiene relación con la representatividad de personas discapacitadas, debido probablemente al desconocimiento por parte de los usuarios. En el año 1999 el Programa otorgó 261 subsidios básicos o progresivos a grupos familiares que incluían uno o más miembros acreditados con algún tipo de discapacidad. Sobre el universo total de subsidios básicos y progresivos esta cantidad representa menos del 1%.
Metodológicamente no sería correcto contabilizar la totalidad del subsidio como aporte a la discapacidad, pues los 10 puntos de beneficio de todas maneras exigen contar con puntaje por las demás variables. Los puntajes de corte para la asignación del subsidio varían según región y comuna, pero en promedio son superiores a los 150 puntos. Por lo tanto, se puede cuantificar el aporte de los 10 puntos en su equivalencia al ahorro previo que el grupo familiar debe dejar de acumular para obtener el subsidio. Este monto es de 10 UF por grupo familiar, con lo que el aporte realizado en 1999 equivale a $ 38,8 millones.
Adicionalmente, el Ministerio realiza llamados a postulación con ofertas para discapacitados que usan silla de ruedas, pero no se dispone de una estimación exacta de los montos adicionales destinados para las viviendas especialmente habilitadas que se ofrecen en dichos llamados. Según lo informado por la División de Política Habitacional entre 1997 y 2000 se realizaron sólo 25 de esos llamados. Las regiones con más población, V, VIII y Metropolitana no tuvieron llamados especiales durante ese período.
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
El artículo 19 de la Ley la Ley para la Plena Integración de Personas con Discapacidad (Nº 19.284) establece que el Consejo Nacional de Televisión dictará normas para que el sistema de televisión proporcione en sus noticiarios información para las personas con discapacidad auditiva. Para este efecto, el CNTV dispone de un fondo para financiar estos resúmenes. Durante 1999 se invirtieron $ 14,3 millones para actividades relacionadas con este Fondo.
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN FONADIS
Durante 1999 el Fondo Nacional de la Discapacidad destinó $ 2.181,8 millones para financiar sus distintas líneas programáticas que favorecen a personas discapacitadas e instituciones que trabajan con estas en su prevención, diagnóstico, rehabilitación e integración social. Las Transferencias al Sector Privado y Público alcanzaron al 89% del presupuesto ejecutado, orientándose fundamentalmente a los 82 proyectos aprobados y a las 3.041 ayudas técnicas entregadas.
Transferencias y Subvenciones a la Fundación de Ayuda al Niño Limitado, COANIL.
COANIL recibió en 1999 aportes del Estado por un monto de $3.431 millones, lo que representa un 84% de sus ingresos totales. La Fundación atiende a 3.500 niños y jóvenes que reciben atención educativa y asistencial en 23 escuelas diferenciales y 16 hogares. El desglose por Ministerio es el siguiente:
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Si se descuentan los aportes ya detallados en otros ministerios, tales como las Subvenciones del Ministerio de Educación, proyectos MECE, proyectos FONADIS, los aportes netos para el año 1999 que se señalan en el cuadro resumen alcanzan a $ 1.706,7.
Se agrega al final, como anexo, la bibliografía y fuentes estadísticas de este estudio.
ALGUNOS ASPECTOS TRIBUTARIOS
La Comisión consideró algunas ideas sobre fuentes de financiamiento de las acciones para prevención, atención y rehabilitación de personas con discapacidad.
Según un informe técnico preparado por la Oficina de Informaciones del Senado a petición de esta Comisión, los ingresos brutos por ventas de las apuestas hípicas alcanzan a $ 110.000 millones anuales y muestran una tendencia creciente: a octubre del presente año representan el 54,4% del conjunto del mercado de juegos de azar y apuestas.
En ese orden de cosas se tuvo presente que el número 6º del artículo 20 del D.L. Nº 824, de 1974, Ley de Impuesto a la Renta, grava con impuesto de Primera Categoría y una tasa de 15% los premios de lotería. En cambio, las apuestas hípicas están afectas a un impuesto fiscal único con tasa de 3%, por disposición de la letra a) del artículo 1º del D.L. Nº 2.437, de 1978. Cabe hacer notar que hasta que entró en vigor el nuevo sistema previsional los hipódromos estaban además gravados con una cotización de 3,88%, que fue derogada por el artículo 32 del D.L. Nº 3.501, de 1980.
Según el informe técnico ya mencionado, elevar la imposición fiscal en un porcentaje similar a la referida cotización para previsión social proveería recursos frescos del orden de $ 4.000 millones. Si se gravara las apuestas hípicas con una tasa igual a la de las loterías, 15%, la mayor recaudación ascendería a $ 11.000 millones.
PLANTEAMIENTOS FORMULADOS EN EL SENO DE LA COMISION POR LAS PERSONAS Y ENTIDADES RECIBIDAS EN AUDIENCIA
EL CAMBIO CULTURAL
- El mecanismo auténticamente eficaz para promover la plena integración educacional, laboral y social de las personas con discapacidad es el cambio cultural, el tránsito desde la visión en boga a aquella que se postula como objetivo.
- El enfoque actual es asistencial, paternalista y centrado en los aspectos biomédicos. Se requiere modificar la actitud de la sociedad ante el fenómeno discapacidad. Esto es más importante que cualquier cambio normativo. La discapacidad y la respuesta de la sociedad se enmarcan en la esfera de los derechos de las minorías. El cambio debe traducirse en educar para la tolerancia, el respeto por las diferencias, la integración y la no discriminación, reconociendo en el discapacitado su condición primaria de persona y de ciudadano y asegurándole la oportunidad de ejercer en plenitud sus derechos y deberes.
- Por otra parte, se debe reconocer que la discapacidad es una realidad social que impacta a la familia y a la comunidad, lo que genera la necesidad de definir políticas públicas a nivel nacional y comunal.
- Es necesario divulgar los derechos, acciones y medios existentes para la plena integración de los discapacitados y los recursos judiciales y administrativos disponibles, particularmente el recurso especial de protección ante los Juzgados de Policía Local del artículo 48 de la ley Nº 19.248, y difundir casos que sensibilicen a la opinión pública, sin violar el respeto a la privacidad de los afectados.
- Hay que hacer el catastro de entidades que financian acciones integradoras y difundir sus respectivos manuales de procedimiento.
INTEGRACIÓN EDUCACIONAL
- El principio rector en esta materia debe ser más integración y menos segregación. Habrá que decidir rangos de edad y límites de permanencia, para cada curso.
- Se postula desincentivar las escuelas diferenciales para alumnos con trastornos del habla y reforzar el apoyo para que ellos se integren a la educación común.
- Aumentar los cupos para personas con discapacidad en la educación común, en todos los niveles.
- Cuando la integración no sea posible, reconocer la educación especial para personas con discapacidad como una categoría específica, distinta de la educación general básica.
- Dotar de accesos y mobiliario adecuado a los establecimientos.
- Las subvenciones son insuficientes; no deben caducar por alcanzar el educando una edad determinada, sino cuando éste haya completado sus estudios; debe asegurarse que con ellas se financien profesores de educación diferencial y material didáctico apropiado.
- Es apremiante establecer subvenciones y becas para la educación superior de personas cuya discapacidad no incide en las funciones intelectuales.
- Subvencionar a los educandos de la enseñanza parvularia, a los que permanecen hospitalizados por más de 3 meses, a los que deben permanecer en sus hogares y al transporte escolar de personas con discapacidad.
- Formar equipos multiprofesionales de apoyo a la integración educacional a nivel local, integrados por asistente social, kinesiólogo, fonoaudiólogo, psicólogo, psicopedagogo y terapeuta ocupacional; su actual ubicación a nivel provincial o regional no basta y no hay financiamiento para que exista uno en cada establecimiento. Si se opta por mantener los actuales equipos multiprofesionales del Ministerio de Educación que deciden sobre el acceso y permanencia en la educación básica diferenciada, incorporar en ellos a los profesores y demás profesionales que trabajan directamente con los menores en los establecimientos.
- Flexibilizar el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza para alumnos con discapacidad, porque de otro modo no pueden ser promovidos de un curso a otro.
- Eximir a los niños fisurados de los cursos de idiomas extranjeros.
INTEGRACIÓN LABORAL
- Subvencionar la capacitación, contratación de mano de obra y adecuación del lugar de trabajo, u otorgar franquicias tributarias a dichas actividades.
- Asegurar la continuidad entre capacitación e inserción laboral.
- Formar equipos multiprofesionales de apoyo a la capacitación laboral a nivel local.
- Canalizar la oferta de trabajo de acuerdo con las capacidades, nivel educacional del sujeto y las necesidades del mercado de trabajo y no únicamente hacia labores menores.
- La inserción laboral del discapacitado requiere seguimiento y apoyo.
- Establecer la discriminación positiva en empleos proporcionados por el Estado, asegurando un mínimo de cupos para personas con discapacidad.
- Asociar los incentivos tales como subsidio o franquicias tributarias progresivas, al número de personas con discapacidad contratadas por un mismo empleador.
- Establecer la jornada de trabajo flexible para personas con discapacidad, medida que podría extrapolarse a mujeres, estudiantes y personas de la tercera edad; reconocerles la posibilidad de jubilar anticipadamente.
- Crear un fondo para dar financiamiento a microempresas de personas con discapacidad.
- Consagrar la licencia laboral para los padres o guardadores de la persona con discapacidad, por enfermedad de ésta.
- Otorgar franquicias aduaneras y tributarias a computadores personales destinados a personas con discapacidad.
- Subsidiar talleres protegidos para adultos discapacitados.
INTEGRACIÓN SOCIAL
- Fomentar mediante cofinanciamiento y asesoría la constitución y gestión de organizaciones sociales dedicadas a la integración de personas con discapacidad.
- Participación de esas organizaciones sociales y de discapacitados en la elaboración de políticas, planes y programas relativos a la discapacidad y en la evaluación de su ejecución.
- Convocar al sector privado para que apoye y concurra a financiar iniciativas de integración.
- Crear casas de acogida para asegurar una residencia digna a personas con discapacidad que no puedan procurársela.
- Incentivar a las municipalidades para que aceleren la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanas y reducir los plazos para llevar esto a la práctica. Ellas deben asumir también su deber de instalar semáforos audibles, con tiempos adecuados para las personas con discapacidad, señalética en braille, elevadores o rampas para el uso de pasarelas peatonales.
- Imponer a los medios de comunicación social televisivos la obligación de incluir en sus noticiarios un recuadro con lenguaje de señas y la verbalización de informaciones que aparecen escritas en pantalla, como la hora, la temperatura, los servicios ofrecidos, los nombres de quienes son entrevistados y otros subtítulos.
- El transporte público es inadecuado para las personas con discapacidad: los accesos no están adaptados con pasamanos, rampas o elevadores y los cobradores automáticos son un estorbo adicional; es preciso proporcionar en ellos indicaciones e instrucciones escritas, en lenguaje de señas, en braille y sonoras; se puede invertir la circulación interna en los buses, de modo que el descenso pueda hacerse por la puerta delantera, a la vista del conductor.
- Asegurar la atención prioritaria a las personas con discapacidad en entidades públicas y privadas que atienden público. Además, se debe habilitar en todos los servicios públicos accesos, lugares y funcionarios para la atención de personas con discapacidad, así como indicaciones e instrucciones en lenguaje de señas, en braille y sonoras; la readecuación de los locales de servicios públicos es demasiado lenta: imponer a sus responsables plazos precisos y sanciones por incumplimiento.
- Elevar el puntaje que otorga la discapacidad para obtener subsidio habitacional y no exigirles ahorro previo o pago de una cuota inicial o de enganche en los créditos hipotecarios con fines habitacionales.
PREVENCIÓN
- Aumentar el número de profesionales en especialidades vinculadas a la discapacidad, la mayoría de las cuales son deficitarias.
- Poner fin al monopolio universitario en la formación y certificación de especialidades médicas.
- La formación de profesionales del área de la salud y de profesores que trabajan con personas con discapacidad debe incorporar técnicas de relaciones interpersonales con éstas, basadas en el respeto; ofrecer incentivos en materia de capacitación y perfeccionamiento a estos profesionales.
- Fomentar la investigación científica en el área de la discapacidad y de las enfermedades que generan discapacidad, incluyéndola en el artículo 13 de la ley Nº 19.284.
- Combate a la drogadicción y el alcoholismo, que son antesala de discapacidades adquiridas.
- Prohibir el uso de pesticidas que generan discapacidades y fiscalizar el acatamiento a la prohibición.
EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA DISCAPACIDAD
- Traspasar o extender las funciones de evaluar y certificar la discapacidad a otros organismos, públicos y privados, además de las Compin; entre otros, Fonasa. Alternativa: modificar los artículos 6º y 7º de la ley Nº 19.284 para que se pueda hacer la evaluación y certificación mediante certificado médico. Simplificar los procedimientos, que son lentos y engorrosos. Diferenciar entre discapacidades congénitas y adquiridas. Suprimir la exigencia de reevaluar las discapacidades irreversibles e irrecuperables (artículo 10 de la ley Nº 19.284).
- La discapacidad debe ser evaluada después del tratamiento y el suministro de ayudas técnicas; la evaluación previa mide el déficit anatómico.
- Sustituir el parámetro porcentual de las limitaciones o disfunciones que permiten calificar la discapacidad, por otro conceptual, tal como "sensible", "importante" o "determinante".
- Incorporar en el diagnóstico de la discapacidad mental a los educadores que trabajan con la persona evaluada.
- Estudiar el impacto de la calificación de la discapacidad en el afectado, su familia y la sociedad.
ATENCIÓN DE SALUD
- Incluir en el sistema de la ley Nº 19.284 enfermedades discapacitantes como autismo, fibrosis quística, esclerosis múltiple, hemofilia, espina bífida y enfermedades metabólicas.
- Discernir e implementar medidas de apoyo a la madre del recién nacido discapacitado.
- Extender los programas de salud escolar por sobre la edad de 15 años cuando se trate de personas con discapacidad.
- Eliminar el copago de prestaciones directamente asociadas a la discapacidad del cotizante o beneficiario.
- Modificar los planes de salud de las Instituciones de Salud Previsional y del Fonasa, para hacer excepción a las limitaciones en el número de prestaciones sicológicas y siquiátricas en el caso de personas con discapacidad, y para financiar prestaciones, ayudas técnicas, medicamentos y alimentos especiales requeridos por ellas.
- Fiscalizar eficazmente que las Instituciones de Salud Previsional no discriminen a las personas con discapacidad por la vía de ofrecerles planes más gravosos o entrabando su ingreso o permanencia en el sistema.
- Fomentar la fabricación de ayudas técnicas en Chile y ejercer un control de calidad sobre ellas, cualquiera sea su procedencia; no privilegiar el factor costo por sobre la calidad a la hora de otorgar financiamiento.
- Considerar ayudas técnicas los beepers, computadores, teléfonos y fax adaptados a personas con discapacidad, así como las prótesis peneanas para parapléjicos. Financiar la actualización de ayudas técnicas, tales como anteojos y audífonos, cuya eficacia en el tiempo varía.
- Prohibición de encarcelar enfermos mentales y del electroshock. Modernizar la ley de salud mental.
- Control de natalidad o esterilización de personas con discapacidad incapaces de adquirir hábitos.
REHABILITACIÓN
- El Estado debe asumir la parte que le toca en esta materia, que está entregada casi exclusivamente al sector privado.
- Paliar la escasez de centros de rehabilitación para adultos.
- Reconocer el deporte competitivo y de alto rendimiento de las personas con discapacidad, para que puedan acceder a los beneficios de la ley respectiva.
- Fiscalizar a las entidades que otorgan prestaciones de rehabilitación
- Eliminar la exigencia de presentar 3 cotizaciones para adquirir ayudas técnicas, así como los coaportes exigidos por Fonadis, cuando se trate de personas de escasos recursos.
EL MARCO JURÍDICO GENERAL
- La ley Nº 19.284 en gran medida permanece incumplida: no basta con imponer obligaciones al Estado, sino que debe especificarse a cuál de sus órganos se grava y los parámetros para verificar su cumplimiento.
- La eficacia de las normas sobre integración en los campos educacional, laboral y social debe ser evaluada periódicamente.
- Se debe estudiar la creación del Defensor del Pueblo para discapacitados.
- La falta de respeto a los derechos de las personas con discapacidad, a quienes las discriminen y a los funcionarios que dejan de aplicar normas que las protegen o benefician deben ser sancionadas; por ejemplo, los Directores de Obras Municipales que muestren lenidad en la supresión de barreras arquitectónicas; se debe dar acción pública para denunciar estos hechos.
- La acción posesoria de denuncia de obra nueva debe extenderse a aquellas que no den cumplimiento a la supresión de barreras arquitectónicas, sancionando pecuniariamente al propietario y al funcionario municipal que corresponda.
- Se debe poner fin a la incapacidad absoluta de los sordomudos que no pueden darse a entender por escrito.
- Chile debiera ratificar la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, aprobada por la Asamblea General de la OEA en 1999.
- Corresponde aplicar las Normas Uniformes para la plena integración social de Personas con discapacidad, de las Naciones Unidas.
- Se propone elevar a la categoría de norma constitucional los derechos que la legislación reconoce a las personas con discapacidad.
- El congreso debe apoyar e impulsar las iniciativas parlamentarias en trámite en el Congreso Nacional, especialmente la que da curador a las personas con discapacidad que no los tengan.
EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL ESTADO
- Modificar la estructura y marco jurídico del Fonadis para convertirlo en un servicio autónomo y descentralizado, dotado de cuadros profesionales con competencia en las diversas formas de la discapacidad, con fuerte presencia en las regiones y mayor presupuesto. Entre sus roles, debe estar la evaluación periódica de la eficacia de la normativa vigente y el control de los prestadores de acciones de prevención, atención y rehabilitación, facultándolo para imponer administrativamente multas. Simplificar la forma y los procedimientos para presentar proyectos al Fonadis y extender el apoyo de ese organismo y de Mideplan a la formulación misma de tales proyectos. Mantener en el tiempo los proyectos que demuestren ser exitosos. En la selección de proyectos ponderar más la eficacia de la respuesta que dan a problemas reales, que las exigencias para su formulación y los coaportes. El rechazo de proyectos por el Fonadis debe ser fundamentado.
- Suprimir el Registro Nacional de la Discapacidad (derogar el artículo 12 de la ley Nº 19.284). La reticencia a inscribirse en el Registro Nacional de la Discapacidad obedece a que los beneficios a que se accede por esa vía no condicen con las expectativas de las personas y a que muchas de ellas ven en este trámite una suerte de confesión que limita a las personas con discapacidad o va en su desmedro.
- Eliminar las trabas a la contratación de personas con discapacidad en la administración pública, acotando el concepto de salud compatible con el servicio; revisar en esta perspectiva el artículo 11 de la ley Nº 18.834 y el artículo 10 de la ley Nº 18.883.
EN RELACION CON LA ACCIÓN DEL ESTADO
- Redefinir criterios para la asignación de recursos: todas las subvenciones resultan insuficientes.
- Estudiar el régimen tributario de las apuestas hípicas, para allegar nuevos recursos que financien las acciones de prevención, asistencia y rehabilitación de las personas con discapacidad, así como las encaminadas a lograr su plena integración educacional, laboral y social.
- Hacer cesar la incompatibilidad entre subvenciones asistenciales y remuneraciones, lo que impide la inserción laboral, o darle carácter transitorio; a este efecto, corregir el D.L. Nº 869.
- Dar carácter permanente a las subvenciones a personas con discapacidad igualmente permanente.
- Eliminar las barreras para el uso de franquicias aduaneras para vehículos. Reemplazar el mecanismo de reintegro de tributos, que impone un desembolso previo al discapacitado, por el de exención pura y simple. Eliminar exigencia de que el vehículo internado sea conducido solamente por los discapacitados, así como los impedimentos para que éstos obtengan licencia de conducir; el espíritu de la ley es que el discapacitado disponga de facilidades para su desplazamiento personal y no necesariamente que deba conducir un medio de transporte.
- Otorgar franquicias aduaneras y tributarias a medicamentos, alimentos especiales y ayudas técnicas; el elevado costo de algunas de éstas es oneroso para cualquier persona, no sólo para las de escasos recursos.
- Crear un Banco de ayudas técnicas, medicamentos y alimentos especiales, incluidos los de avanzada y los prescritos para tratamientos neurológicos, destinados a personas de escasos recursos.
- Levantar un catastro auténtico y actualizado de la población con discapacidad, desagregado a nivel comunal. Para ello será imprescindible concordar los parámetros de la variable discapacidad que utilizan el INE, Mideplan y Fonadis, antes del censo de 2002.
- El de la discapacidad es un ámbito privilegiado para que las municipalidades ejerzan su rol coordinador de los servicios públicos establecido por el artículo 107 de la Constitución Política de la República y para que desarrollen políticas comunales de cambio cultural e integración plena.
- Los municipios deben dar cumplimiento a las directrices aprobadas por la Asociación Nacional de Municipalidades en La Serena, en 1998, en cuanto a la plena integración de las personas con discapacidad.
- Eliminar el límite de edad para la asignación familiar causada por personas con discapacidad; reconocer dos períodos de feriado anual a quienes se ocupen de personas con discapacidad.
CONCLUSION
La Comisión de Salud ha consignado sistematizadamente todas las recomendaciones y propuestas recibidas de las personas, organizaciones y servicios escuchados en estos meses y cumple con entregarlas al Senado para que, si lo tiene a bien, las ponga en conocimiento de los Ministerios Secretaría General de Gobierno, de Salud, de Educación, del Trabajo y Previsión Social, de Planificación y Cooperación, de Vivienda y Urbanismo, de Transportes y Telecomunicaciones y de Hacienda, del Fondo Nacional de la Discapacidad y el Fondo Nacional de Salud y de la Asociación de Municipalidades de Chile.
Asimismo, se permite recomendar que el presente informe sea puesto en conocimiento de las organizaciones sociales de la discapacidad y de la opinión pública en general, difundiéndolo mediante el sitio del Senado en la red Internet y del canal de televisión de la Corporación.
De la relación enunciada en el capítulo que precede, la Comisión de Salud estima que las siguientes medidas merecen ser abordadas y ejecutadas con prioridad:
1. Recomendar la incorporación de la idea de cambio cultural en las políticas, planes, programas y acciones de los organismos del sector público y entidades del sector privado, incluidos los medios de comunicación social.
2. Dar participación a las personas con discapacidad y a las organizaciones sociales de discapacitados en la elaboración de políticas, planes y programas relativos a la discapacidad y en la evaluación de su ejecución.
3. Levantar un catastro auténtico y actualizado de la población con discapacidad, desagregado a nivel comunal. Para ello será imprescindible concordar los parámetros de la variable discapacidad que utilizan el INE, Mideplan y Fonadis, antes del censo de 2002.
4. El principio rector en materia educacional debe ser más integración a la educación común y menos segregación. Corresponde fijar rangos de edad y límites de permanencia para cada curso y flexibilizar el cumplimiento de los objetivos fundamentales y contenidos mínimos de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza para alumnos con discapacidad.
5. Instituir programas de capacitación de docentes para el trabajo con la discapacidad y de incentivos a establecimientos que destaquen en el esfuerzo integrador.
6. Establecer subvenciones y becas para la educación superior, a favor de personas cuya discapacidad no incide en las funciones intelectuales.
7. Crear un fondo para financiar medidas especiales en materia de recursos humanos, técnicos y de infraestructura que se destinen a la integración educacional.
8. Subvencionar la capacitación, la contratación de mano de obra y la adecuación del lugar de trabajo, u otorgar franquicias tributarias a dichas actividades.
9. Consagrar la discriminación positiva en empleos proporcionados por el Estado, asegurando un mínimo de cupos para personas con discapacidad. A tal efecto, se debe eliminar las trabas a la contratación de personas con discapacidad en la administración pública, acotando el concepto de salud compatible con el servicio; revisar en esta perspectiva el artículo 11 de la ley Nº 18.834 y el artículo 10 de la ley Nº 18.883.
10. Permitir la jornada de trabajo flexible para personas con discapacidad, sumada a la posibilidad de jubilar anticipadamente; estas medidas podrían extrapolarse a mujeres, estudiantes y personas de la tercera edad, en su caso.
11. Crear un fondo para dar financiamiento a microempresas de personas con discapacidad, con recursos nuevos provenientes de la tributación a las apuestas hípicas.
12. Otorgar franquicias aduaneras y tributarias a medicamentos, alimentos especiales y ayudas técnicas. Dar preferencia al mecanismo de exención pura y simple por sobre el mecanismo de pago y reintegro de tributos.
13. Poner fin a la incompatibilidad entre subvenciones asistenciales y remuneraciones, que impide la inserción laboral, o darle carácter transitorio; a este efecto, corregir el D.L. Nº 869.
14. Dar carácter permanente a las subvenciones a personas con discapacidad igualmente permanente.
15. Estudiar las modificaciones necesarias a los subsistemas público y privado de salud, con la finalidad de mejorar la cobertura de los planes a favor de las personas con discapacidad y evitar prácticas discriminatorias.
16. Aumentar el número de profesionales en especialidades médicas vinculadas a la discapacidad, la mayoría de las cuales son deficitarias. Extender la facultad de formar y certificar especialidades médicas a los Servicios de Salud o al Ministerio del ramo.
17. Fomentar la investigación científica en el área de la discapacidad y de las enfermedades que generan discapacidad, incluyéndola en el artículo 13 de la ley Nº 19.284.
18. Acentuar el combate y prevención de la drogadicción, el alcoholismo, los accidentes del trabajo y del tránsito, todos los cuales son antesala de discapacidades adquiridas.
19. Prohibir el encarcelamiento de enfermos mentales y el electroshock. Modernizar la ley de salud mental.
20. Traspasar o extender las funciones de evaluar y certificar la discapacidad a otros organismos, públicos y privados. Simplificar los procedimientos, que son lentos y engorrosos. Diferenciar entre discapacidades congénitas y adquiridas. Suprimir la exigencia de reevaluar las discapacidades irreversibles e irrecuperables (artículo 10 de la ley Nº 19.284).
21. Implementar un programa de rehabilitación que incluya la creación de centros especializados.
22. Modificar la estructura y marco jurídico del Fonadis para convertirlo en un servicio autónomo y descentralizado, con fuerte presencia en las regiones y mayor presupuesto. Simplificar la forma y los procedimientos para presentar proyectos al Fonadis y extender el apoyo de ese organismo y de Mideplan a la formulación misma de tales proyectos. Mantener en el tiempo los proyectos que demuestren ser exitosos. En la selección de proyectos ponderar más la eficacia de la respuesta que dan a problemas reales, que las exigencias para su formulación y los coaportes. El rechazo de proyectos por el Fonadis debe ser fundamentado.
23. Reestudiar los programas de apoyo a personas con discapacidad y a sus familias y ampliarlos en lo relativo a cobertura, financiamiento y duración.
24. Asegurar la atención prioritaria a las personas con discapacidad en entidades públicas y privadas que atienden público. Además, habilitar en todos los servicios públicos accesos, lugares y funcionarios para la atención de personas con discapacidad, así como indicaciones e instrucciones en lenguaje de señas, en braille y sonoras; apresurar la adecuación de los locales de servicios públicos e imponer a sus responsables plazos precisos y sanciones en caso de incumplimiento.
25. Exhortar al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y a las municipalidades para que aceleren la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanas y reducir los plazos para llevar esto a la práctica, castigando a los funcionarios que omitan deberes en perjuicio de los derechos de las personas con discapacidad.
26. Animar a los organismos, servicios y oficios que atienden público, especialmente a las municipalidades, para que resuelvan a la mayor brevedad los problemas de acceso a sus propios edificios e instalaciones.
27. Reconocer el deporte competitivo y de alto rendimiento de personas con discapacidad, para que puedan acceder a los beneficios de la ley respectiva.
28. Apoyar e impulsar las iniciativas parlamentarias en trámite en el Congreso Nacional.
Por último, se deja constancia que hay algunas materias que requieren ley, las menos, que no están reservadas a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
Acordado en sesiones celebradas los días 19 de abril, 3 de mayo, 14 y 21 de junio, 12 y 19 de julio, 2 de agosto, 13 de septiembre, 11 de octubre, 8 de noviembre y 13 de diciembre de 2000, y 3 de enero de 2001, con asistencia de los HH. Senadores señores Carlos Bombal Otaegui (Presidente), Mario Ríos Santander, Mariano Ruiz-Esquide Jara, José Antonio Viera-Gallo Quesney y Enrique Zurita Camps.
Sala de la Comisión, a 4 de enero de 2001.
(FDO.): Fernando Soffia Contreras,Secretario
RECURSOS PUBLICOS PARA LA DISCAPACIDAD
ANEXO BIBLIOGRAFÍA y FUENTES ESTADÍSTICAS
- Contraloría General de la República, “Estados de la Situación Presupuestaria del Sector Público: Analítico General EneroDiciembre 1999”, Marzo 2000.
- Dirección de Presupuestos, “Balance de Gestión Integral del Año 1999” Ministerios de Interior, Educación, Salud, Vivienda, SEGEGOB y MIDEPLAN, Abril 2000.
- Dirección de Presupuestos, “Estadísticas de las Finanzas Públicas 19901999”, Marzo 2000.
- Dirección de Presupuestos, “Información de Ejecución Presupuestaria del Sector Público Segundo Semestre 1999”, Febrero 2000.
- Dirección de Presupuestos, “Ley Nº 19.651 de Presupuestos del Sector Público 2000”, Enero 2000.
- Fundación COANIL, “Memoria, Estados Financieros y Balance 1999”, Abril 2000.
- Fundación Integra, “Informe de Atención y Cobertura”, preparado para el Ministerio de Hacienda, Mayo 2000.
- Fundación Integra, “Memoria, Estados Financieros y Balance 1999”, Abril 2000.
- Fundación Nacional para la Superación de la Pobreza, “Archivador Discapacidad”, Enero 2000.
- Instituto de Normalización Previsional, “Anuario Estadístico 1999 y 1998”.
- Ministerio de Planificación y Cooperación, “Balance Económico y Social 19901999”, 1999.
- Ministerio de Planificación y Cooperación, “Caracterización de la Población con Discapacidad Diagnosticada por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez en Chile”, Septiembre de 1999.
- Minoletti, Alberto y López, Carmen, “Las Enfermedades Mentales en Chile: Magnitud y Consecuencias”, Ministerio de Salud, Departamento Programa de las Personas, 1999.
- Superintendencia de AFP, “Boletín Estadístico Nº 153”, Diciembre 1999
- Superintendencia de Seguridad Social, “Estadísticas de Seguridad Social 1998”, 1999.