Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. OBJETO DE LA SESIÓN
- ANTECEDENTES Y HECHOS EN TORNO DEL PROCESO DE FIJACIÓN DE TARIFAS PARA LA TELEFONÍA FIJA. Proyectos de acuerdo.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Zarko Luksic Sandoval
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Felipe Salaberry Soto
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Nicolas Monckeberg Diaz
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- INTERVENCIÓN : Jose Perez Arriagada
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Patricio Alejandro Hales Dib
- INTERVENCIÓN : Jose Francisco Encina Moriamez
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Maria Isabel Allende Bussi
- Laura Soto Gonzalez
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Eugenio Tuma Zedan
- Camilo Escalona Medina
- Enrique Jaramillo Becker
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Nicolas Monckeberg Diaz
- Alfonso Vargas Lyng
- Pablo Galilea Carrillo
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Julio Dittborn Cordua
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Felipe Salaberry Soto
- Victor Perez Varela
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Maria Isabel Allende Bussi
- Waldo Mora Longa
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Zarko Luksic Sandoval
- Sergio Aguilo Melo
- Edmundo Salas De La Fuente
- Fernando Meza Moncada
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Exequiel Silva Ortiz
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- ANTECEDENTES Y HECHOS EN TORNO DEL PROCESO DE FIJACIÓN DE TARIFAS PARA LA TELEFONÍA FIJA. Proyectos de acuerdo.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 350ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 6ª, en miércoles 8 de octubre de 2003
(Especial, de 16.00 a 18.11 horas)
Presidencia de la señora Allende Bussi, doña Isabel y
del señor Silva Ortiz, don Exequiel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- OBJETO DE LA SESIÓN
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 4
II. Apertura de la sesión 7
III. Actas 7
IV. Objeto de la sesión.
- Antecedentes y hechos en torno del proceso de fijación de tarifas para la telefonía fija. Proyectos de acuerdo 7
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (101)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Correa de la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, Marí Angélica IND-UDI RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos IND-RN V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas de la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Asistieron, además, los ministros de Economía , Fomento y Desarrollo, señor Jorge Rodríguez, y de Obras Públicas (S), señor Christian Nicolai.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 16.00 horas.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El acta de la sesión 1ª de la legislatura 350ª, se declara aprobada.
El acta de la sesión 2ª de la misma legislatura queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. OBJETO DE LA SESIÓN
ANTECEDENTES Y HECHOS EN TORNO DEL PROCESO DE FIJACIÓN DE TARIFAS PARA LA TELEFONÍA FIJA. Proyectos de acuerdo.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde considerar “los últimos antecedentes y hechos conocidos por la opinión pública en torno del proceso de fijación de tarifas para la telefonía fija en nuestro país y analizar en profundidad este tema, atendida la importancia que reviste al representar un mercado altamente sensible que afecta directamente a millones de consumidores”.
El señor ORTIZ.-
Señora Presidenta, pido la palabra.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor ORTIZ .-
Señora Presidenta , los diputados que solicitamos esta sesión especial pedimos que asistieran a ella los ministros de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Está presente en la Sala el ministro de Economía , señor Jorge Rodríguez , y el subsecretario de Telecomunicaciones , señor Christian Nicolai . Sin embargo, no está el ministro de Transportes y Telecomunicaciones. En esas circunstancias, deseo saber qué pasa con él.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , aunque en la convocatoria a la sesión de hoy se solicitó la presencia de los ministros de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción, el subsecretario Telecomunicaciones, señor Christian Nicolai, está subrogando al ministro Javier Etcheberry. Por lo tanto, está presente en su condición de ministro subrogante. Por ello, ni siquiera hubo necesidad de requerir el asentimiento unánime para que él ingresara a la Sala.
Además, el propio ministro Etcheberry envió una nota en la cual se excusa por no asistir a la sesión. Se encuentra en el extranjero y, por lo tanto, es evidente que a quien le corresponde estar presente es al ministro subrogante.
Asimismo, hay acuerdo unánime de los Comités para que ingrese a la Sala el fiscal nacional económico, señor Pedro Mattar.
Hecha esta aclaración, debo agregar que los quince minutos previos corresponden al Comité de la Democracia Cristiana.
Tiene la palabra el diputado Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señora Presidenta , quiero iniciar mi intervención solicitando que la Corporación envíe un oficio a su Excelencia el Presidente de la República , a fin de expresar nuestra disconformidad y preocupación por la ausencia del ministro de Transportes y Telecomunicaciones , señor Javier Etcheberry . Su ausencia es una descortesía, y espero que no afecte nuestro trabajo como colegisladores.
Entrando al fondo del asunto que motiva esta sesión especial, pedida por la bancada de la Democracia Cristiana, quiero resaltar, en primer lugar, que la política del Gobierno de la Concertación en materia de telecomunicaciones, trazada en la década pasada y que se expresa en la dictación de los decretos tarifarios, en 1998, ha sido tremendamente exitosa. Más de seis millones de chilenos hoy acceden a un teléfono celular; más de tres millones tienen teléfono fijo, y cerca de 500 mil están conectados a internet.
En los últimos cinco años, el aumento en el acceso a estos productos, que antes eran un lujo, no refleja los elogios que ha recibido nuestro país por estos resultados.
Por otra parte, resulta a todas luces evidente que la empresa CTC Telefónica era y es dominante en la telefonía fija. En el año 2002, su participación en el mercado nacional fue de alrededor de 78 por ciento, mientras que la empresa que le sigue representa cerca de un 7 por ciento.
Quiero decir, también, que tres años antes CTC tenía el 81 por ciento del mercado y la segunda empresa que le seguía no representaba más de un 4 por ciento.
En los últimos tres o cuatro años, la dominancia de CTC Telefónica, que era de un 81 por ciento, se ha reducido a un 78 por ciento. La nada misma.
Los expertos en materia de monopolio y dominancia señalan que toda empresa, dentro de una actividad que logre concentrar un 70 por ciento, se define como monopólica.
Además, esa ha sido la opinión reiterada de la Comisión Resolutiva, que en mayo último resolvió que CTC era una empresa dominante. Por lo tanto, con su resolución se opuso a la solicitud de libertad tarifaria en todo el país o en aquellas comunas donde existen competidores.
Siento -es una sensación, no una convicción- que una parte del Ejecutivo no ha sido clara en defender las decisiones, desde mi punto de vista acertadas, que tomó el gobierno anterior de la Concertación, al establecer que ante la presencia en el mercado de una empresa dominante debían regularse las tarifas a través de un decreto tarifario.
Hemos escuchado opiniones desafortunadas de un ex ministro de Estado , quien en España anunció que ese decreto era atroz y que su dictación no había sido una buena decisión; hemos sabido de la decisión de los ministros de Economía y de Obras Públicas que enviaron a la Contraloría General de la República una solicitud para modificar ese decreto -reitero- tan exitoso. También hemos conocido la idea de dictar una ley para echar por tierra la regulación efectuada.
Son señales equívocas para el mercado, pero, sobre todo -en esto quiero ser claro-, para ciudadanos, consumidores, usuarios, quienes se han visto beneficiados con este proceso.
Como dice el profesor Engel , chileno, quien dicta clases en la Universidad de Yale, en un artículo publicado en “La Tercera”: en materia económica, las imágenes importan, las percepciones influyen tanto en política como en el mercado. Pero no sólo es el mercado el que se puede ver debilitado, confundido, sino que también en otros ámbitos existe una percepción equívoca; incluso, favorable a una de las empresas, en este caso, CTC.
Ello podría resultar tremendamente perjudicial a los intereses económicos del fisco. Así, esa empresa, en abril de 2002, presentó una demanda en contra del Estado chileno por 270 millones de dólares. Su alegato lo funda en el hecho de que el decreto tarifario dictado durante la administración del Presidente Frei ha sido perjudicial para ella.
Pues bien, por esa demanda, tan onerosa, que trata de cuestionar un decreto tarifario dictado de conformidad con todas las normas establecidas por la ley, no es bueno que autoridades de Gobierno opinen en contra de su dictación, porque con ello avalan la pretensión de CTC, de cambiarlo. Al final, es peligroso para la defensa que debe llevar a cabo el Consejo de Defensa del Estado frente a dicha demanda.
¿Por qué he señalado que no es bueno opinar o cambiar este proceso, que -reitero-, con cifras concretas, ha sido exitoso para todos los chilenos? Simplemente, porque la ley de Telecomunicaciones, de 1982, modificada en 1994, con la participación de varios colegas nuestros, dispone, claramente, que en el mercado de la telefonía habrá libertad tarifaria, salvo en dos casos. Primero, en el caso de una de las empresas dominantes. Precisamente, la que está llamada a declarar esto último es la honorable Comisión Resolutiva, que -como señalé-, en reiterados fallos, ha dicho que existe una dominancia por parte de una de las empresas.
Por eso, nos resulta tremendamente sorprendente que, una vez más, CTC, en mayo de este año, presentara un requerimiento ante la misma Comisión Resolutiva. ¿Qué pide? Primero, libertad tarifaria para todo el país o en aquellas comunas en las que existen competidores. Segundo, en subsidio, que se le permita al público optar entre las tarifas reguladas y planes ofrecidos por la compañía que no estén obligados a respetar el carácter de máximo de las tarifas reguladas.
Pues bien, especialmente la segunda opción fue apoyada por los Ministerios de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y de Economía. Sería bueno conocer la opinión del subsecretario y del ministro de Economía al respecto.
La Comisión Resolutiva falló en contra de las dos peticiones, la principal y la subsidiaria, en virtud de que existe una dominancia y una conducta monopólica por parte de una de las empresas, que es CTC.
Por eso, nos vuelve a llamar la atención y nos genera preocupación el hecho de que, no obstante aquel fallo contundente, nuevamente CTC presente una solicitud, con el expediente eufemístico, desde mi punto de vista, de una aclaración del fallo, que es lo que solicita; cuestión que, por lo demás, es absolutamente improcedente, según mi opinión, desde el momento en que no se presentan hechos o datos nuevos que fundamenten una revisión del fallo.
Asimismo, el decreto ley que regula el funcionamiento y procedimiento de las comisiones resolutiva y preventiva antimonopolio establece que, frente a una decisión, sólo puede proceder un recurso de reclamación ante la Corte Suprema o bien, el recurso de queja, que puede ser siempre interpuesto.
Pero esto no termina ahí. Lo más increíble y sorprendente de todo es que pocos días antes de la presentación de esta “aclaración”, uno de los integrantes, nombrado por el Gobierno, el actual superintendente de Combustible y Energía, don Sergio Espejo , quien votó rechazando la petición de CTC, es reemplazado por otro personero de Gobierno, no obstante que al señor Espejo le quedaban siete meses de duración en su cargo. Lógicamente, esto ha generado revuelos, preocupación y, por qué no decirlo, un manto de sospechas.
Un artículo de la revista “The Economist”, publicado este año, hace una interesante reflexión. Dice que algunos comentaristas británicos alegan que las compañías han asumido el rol del gobierno, creando un Estado cautivo, o, dicen otros expertos, han hecho una compra silenciosa de soberanía.
Sé que son frases, expresiones y opiniones que no se compadecen con lo que ocurre en nuestro país, pero sí ocurre en países desarrollados. Se ha generado un cuestionamiento, un debate acerca de la influencia de las empresas privadas en la conducción de los gobiernos, especialmente en materia económica.
Más adelante, dicha publicación señala que los lazos cerrados entre las empresas y los gobiernos son perjudiciales para la democracia y para la confianza pública, especialmente en gobiernos democráticos.
También cita a un escritor de Rauch, quien, en 1999, en su libro “El fin del gobierno”, dice que, para evitar este Estado cautivo y carente de soberanía, es necesario tomar una serie de medidas. Entre otras afirmaciones, dicho escritor manifiesta que no puede haber en el mercado una política antimonopólica en que algunas empresas tengan dominancia respecto de otras, y ése, por lo demás, ha sido el gran acierto de las políticas públicas en Estados Unidos, Inglaterra y la Unión Europea.
Nuestro fundamento principal es la convicción absoluta de que la empresa monopólica y dominante es perjudicial para el mercado, puesto que ejerce presión no sólo en el Gobierno, sino también en otras instituciones públicas, como el Congreso. Es fundamental que nuestros consumidores y usuarios tengan la oportunidad de elegir su mejor producto.
En último término, el objeto final de esta sesión especial es escuchar al Ejecutivo para que nos diga cómo puede responder a lo que, desde mi punto de vista, es una contradicción. Por un lado, propendemos a crear tribunales de defensa de la libre competencia, pero, por otro, escuchamos señales de que, al parecer, se favorece a una empresa dominante. Eso es preocupante no solamente para nosotros, como diputados, sino también para el mercado, los inversionistas y los usuarios, quienes, en definitiva, son nuestros representados.
Por eso, nos parece desafortunado que se aceptara la renuncia al señor Espejo, porque él tenía una posición determinada. Y parece que su salida fue aprovechada por quienes tuvieron un fallo desfavorable para presentar, eufemísticamente, una aclaración que, en la práctica, es una reposición o revisión del fallo anterior.
A mayor abundamiento, el señor fiscal nacional económico, presente en esta Sala, apoyó el fallo de mayoría -no como integrante, sino en cuanto a su argumentación, a su posición- de la Comisión Resolutiva, lo que nos parece correcto, lógico, porque va precisamente en la línea de la defensa de la libre competencia.
Reitero que nuestro único interés es que en Chile no existan empresas monopólicas, como Lan Chile, que controla el tráfico aéreo nacional, porque ellas causan daño a todos los consumidores. Es nuestra obligación preocuparnos de esta materia, y, por ello, las autoridades de Gobierno y del Congreso debemos promover y defender la libre competencia, que constituye una garantía para todos los chilenos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Patricio Walker.
El señor WALKER.-
Señora Presidenta, no soy partidario de cuestionar el derecho de algunas empresas a manifestar sus puntos de vista o de presentar los recursos que quieran. A ellas les corresponde esa decisión.
Tampoco me voy a pronunciar respecto de la pugna de intereses que hoy existe entre las empresas. Sería francamente impropio y hasta sospechoso.
Pero sí cabe pronunciarse respecto de la defensa de los usuarios y de los consumidores; sí cabe pronunciarse en relación con el respeto del estado de derecho y el ordenamiento jurídico vigente. Ése es el tema de fondo.
No me quiero detener en los hechos que han acaecido y que originan, muchas veces, suspicacias, dudas y aprensiones; pero sí es muy importante respetar la legalidad vigente, particularmente cuando este Congreso Nacional ha aprobado los tribunales de defensa de la libre competencia, los cuales están conformados por técnicos altamente calificados, y, por supuesto, en los cuales se debe respetar la imparcialidad de cada uno de ellos.
Por eso, me parece importante referirme a cómo establecer una regulación respecto de un sector en el cual hay enormes intereses económicos en cuestión y en el que se juega abiertamente la defensa de los consumidores y de los usuarios. La gran pregunta que cabe hacerse es cómo se hace esto. En primer lugar, con un debate abierto, transparente, de cara a la gente, al país. Por eso, no tenemos miedo de estar presentes en esta sesión, no obstante ser diputados de Gobierno.
En segundo lugar, con reglas del juego claras, predeterminadas, respetadas y observadas por todos; que ellas no se cambien de acuerdo con el transcurso de los hechos.
En tercer lugar, con la intervención de las autoridades del Estado sólo para velar y cautelar el respeto de la legalidad vigente; sólo para defender a los usuarios, absteniéndose de incurrir en otro tipo de conductas.
¿Por qué el Congreso quiso tener una legislación sobre esta materia? ¿Por qué la Comisión Resolutiva -y no otras- está llamada a definir si existen condiciones para la libre competencia? Primero, porque no es conveniente que en este sector, en el que hay asimetría en la información, desprotección de los usuarios, exista un actor monopólico dominante que haga lo que quiera, sin importar si perjudica y abusa del consumidor. Esto no sólo ocurre en Chile, sino en Estados Unidos de América y en las economías más liberales del mundo. Por eso tenemos esta discusión.
Señora Presidenta, quiero decir dos cosas más.
En primer lugar, desde el punto de vista técnico, llama la atención que el concepto de tarifa referencial, en un mercado regulado como el de la telefonía fija, planteado por Telefónica, consista en fijar tarifas reguladas sólo con valor referencial; no son máximas. De este modo, los consumidores pueden optar entre la tarifa referencial regulada o los planes que ofrezca esa compañía, los cuales no están obligados a respetar el carácter de tarifas máximas que la ley de Telecomunicaciones establece o concede.
Los problemas prácticos que se hicieron presente en la tarificación máxima tienen solución mediante la regulación de tarifas máximas por tráfico en distintos tipos de espacio temporal. Me explico, en palabras simples, con un ejemplo concreto. Se menciona que a una persona le puede convenir la tarifa plana anual; pero con una regulación máxima no se la ofrecerían, porque sólo en diez meses estaría bajo el máximo permitido por tráfico mensual, y, en los otros dos meses, más bajo aún, por lo que la compañía le debería cobrar menos. Resultado: no se ofrecen servicios y todos pierden. Hasta ahí es correcto. Sin embargo, la solución no es establecer tarifas referenciales, sino tarifas máximas por períodos de tiempo más largo, por ejemplo, de un año. ¿Por qué no tarifas referenciales? Si se ofrecen dichas tarifas, las empresas tendrán todos los incentivos para cobrar siempre por sobre ellas. Las razones económicas están en las asimetrías de la información y en el hecho de que, en un sistema como éste, se le impone al usuario el costo asociado de volver a la tarifa referencial.
Si hoy la mayoría de la gente tiene dificultad para leer y entender las cuentas, el hecho de generar sólo una referencia es, en la práctica, hacer la vista gorda sobre la referida asimetría y permitir que la empresa rente con ella.
Si los costos de reclamar son mayores que el beneficio del reclamo, la empresa, obviamente, tiene todos los incentivos para cobrar más que la referencia. Los costos del reclamo son la llamada telefónica, la carta, el tiempo que se ocupa y el control para verificar, por primera vez, si se resolvió o no el problema, por ejemplo, en la Subtel o en el Sernac.
En síntesis, estoy convencido de que un régimen de tarificación por referencia, en que se permite a la empresa cobrar por sobre ella, implica cobrar más a los usuarios, porque éstos no reclamarán o lo harán en forma limitada, por los dos efectos señalados.
En segundo lugar -lo más importante-, existe el riesgo de predación en la medida en que el dominante ofrece precios bajos, lo cual es muy conveniente en lugares donde hay competencia. Esta situación se financia con ganancias de otras zonas o con cargo a ganancias futuras. No tendría nada de malo si el beneficio fuera finalmente para el usuario, objeto de la libre competencia moderna; pero es riesgosa si significa que desaparezca la competencia y que el dominante, a la larga, suba nuevamente las tarifas.
Lo que estoy diciendo no tiene ninguna relevancia, porque lo que importa es lo que dispone la ley y lo que dice la Comisión Resolutiva Antimonopolios, que es la que nos rige y a la que debemos respetar. Ella señala que el operador local dominante -la CTC-, actualmente sujeto a regulación de tarifas en todas las regiones, excepto en la Décima, en la Undécima y en la isla de Pascua, tuvo una participación de 79,7 por ciento, en términos agregados del país, y de 76 por ciento respecto del servicio de líneas telefónicas locales a nivel nacional, en diciembre de 2000 y de 2001, respectivamente.
¿A cuánto asciende la participación de Telefónica, de acuerdo con el fallo de la Comisión Resolutiva Antimonopolios? La respuesta es la que acabo de señalar. ¿Cuánto es lo que representa el resto de las compañías? VTR, el 6 por ciento; Telefónica del Sur, el 4 por ciento, y así sucesivamente. En algunas regiones, la participación de Telefónica supera el 80 por ciento y en otras alcanza el ciento por ciento. Ello ocurre, por ejemplo, en mi región, en localidades como Ovalle y La Serena, y también en otras regiones.
Pero ¿qué pasa con la discusión acerca de la existencia de servicios sustitutos? La Comisión Resolutiva Antimonopolios dice lo siguiente: si bien es cierto que en diciembre de 2000, por primera vez, la telefonía móvil superó levemente a la telefonía fija en número de suscriptores, el tráfico mensual promedio por línea, originado en redes de telefonía fija, es aún sustancialmente mayor que el tráfico mensual por abonado originado en redes de telefonía móvil. En junio de 2002, la relación entre telefonía fija-telefonía móvil alcanzó una diferencia de 6,2 veces. Este comportamiento se explica principalmente por el mayor costo de las comunicaciones móviles, lo que imposibilita un mayor grado de sustitución.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado .
El señor WALKER.-
Señora Presidenta , termino diciendo que nos parece muy importante que se tenga presente el fallo de la Comisión Resolutiva Antimonopolios. Algunos dicen que la empresa quiere eliminar los cargos fijos y bajar las tarifas. Hay que ser muy iluso para pensar que una empresa no va a cobrar el cargo fijo y que éste no se va a traspasar a la tarifa, sobre todo -como señala el fallo- porque las tarifas que se fijen tendrán el carácter de máximas, por lo que las empresas que enfrenten competencia en un área específica podrán aplicar tarifas inferiores a las reguladas, en términos no discriminatorios. Por lo tanto, ahí hay una falacia que es importante hacer notar.
Nuestra posición, simplemente, es que se respete la legalidad vigente y se defienda a los consumidores. Ése es el único sentido de esta sesión especial que hemos querido llevar a cabo con mucha transparencia y sin tomar partido por una u otra empresa -lo que sería impropio-, sino defendiendo a los consumidores y el ordenamiento jurídico vigente.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Felipe Salaberry.
El señor SALABERRY.-
Señora Presidenta , parece políticamente correcto opinar sobre estos temas pegándole a quien aparece como el explotador, esto es, a la empresa más grande.
Comparto gran parte de las palabras del diputado Walker acerca de cuál es el sentido profundo de esta sesión especial; pero quiero hacer algo de historia y recordar por qué hoy estamos convocados. La convocatoria de esta sesión habla de “considerar los últimos antecedentes y hechos conocidos por la opinión pública en torno del proceso de fijación de tarifas...” y, luego, se habla de la “defensa de los consumidores”.
Reconozco que muchas veces caí en la tentación de hablar de presiones indebidas y que había mano mora. Incluso, la Comisión de Obras Públicas, a petición de quien habla, invitó al subsecretario Christian Nicolai -hoy ministro subrogante- para resolver una serie de inquietudes que teníamos algunos parlamentarios respecto del proceso de fijación de tarifas de una de las empresas. Ello es una prueba de cuánto apasiona el mundo de las telecomunicaciones. Ya no está esa señora que recibía una llamada y la trasladaba de un cable a otro. Hoy son miles las señoras que, automáticamente, trasladan llamadas de un lugar a otro, y eso requiere regulación.
Los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra partieron diciendo que no hay que caer en la tentación de hablar, específicamente, de una de las empresas involucradas -no nos corresponde-, y finalmente sí lo hacen. En este caso en particular, se termina comentando los fundamentos de tal o cual decisión de la autoridad o de la Comisión Resolutiva.
Debo reconocer que muchos de los parlamentarios de mi bancada tuvimos reuniones informativas con todas las empresas del rubro a propósito de esta sesión especial y escuchamos, y ponderamos en su mérito, cada una de sus aprensiones. Obviamente, algunos dijeron “no”, porque tienen una participación de mercado artificial; otros respondieron: “No, porque ellos nos quieren hacer desaparecer”.
Me pregunto si nos corresponde, como Cámara de Diputados, debatir problemas de particulares y de una industria que está regulada, o si nos corresponde debatir en qué medida el marco regulatorio que el país y el Poder Legislativo se han dado es el adecuado. Prefiero quedarme con lo segundo.
Insisto, es fácil opinar e imaginarse qué presiones hay detrás de todo esto. Es cosa de ver la prensa de los últimos días. “El Mercurio” publicó supuestas arremetidas ante la Comisión Resolutiva por una de las empresas para sacar a uno de sus integrantes. Siempre en la prensa se ha hablado de estas presiones.
Alguien podría señalar que, incluso, existirían presiones y pugnas al interior de la propia Concertación. Vayamos al fondo del asunto. Hoy estamos regidos por una ley general de telecomunicaciones que ha tenido ciertas adecuaciones durante los últimos años. En su artículo 29, define los precios y tarifas de los servicios públicos de telecomunicaciones, de los servicios intermedios, y se hace siempre sobre la base de que es un mercado perfecto y de que hay libre competencia, tanto de entrada como de salida de sus participantes, salvo aquellos que la Comisión Resolutiva Antimonopolios, creada por el decreto ley Nº 211, de 1973, resuelva en contrario.
¿Qué ha hecho la Comisión Resolutiva en el mercado de la telefonía fija mediante varias resoluciones? Recordemos que ella puede operar de oficio o a petición de parte.
Este marco -lo ha señalado el profesor Fernando Coloma en un estudio realizado por el Instituto de Economía de la Universidad Católica- es una regulación asimétrica, que permite que nuevos entrantes operen de manera competitiva con una empresa, supuestamente, de características dominantes.
A propósito de eso y de cómo a partir del monopolio se avanza hacia una competencia cada vez más perfecta -a eso deberíamos llegar en una industria como ésta-, la Comisión Resolutiva, actuando de oficio o a petición de la autoridad ministerial respectiva o de algunas de las empresas involucradas, dicta una resolución. Por ejemplo, mediante las últimas cuatro, para ser exactos, resolvió que estamos ante un mercado imperfecto, que tiene determinadas características, y que ello requiere la regulación y fijación de las tarifas mediante un proceso que involucra el conocimiento de una nomenclatura compleja, que, para mí, es difícil de explicar.
En 1993, por resolución Nº 394, dicha comisión define que este mercado es imperfecto y que tiene determinadas características.
A raíz de nueva petición, en 1998, la Comisión, mediante la resolución Nº 515, señala que la situación se mantiene. Si bien se avanza en grados de competencia con nuevos entrantes a la industria, aún la competencia es incipiente.
En julio de 2001, ante otra petición, la Comisión señala que aún no hay cambios, no obstante avanzar en una competencia en la cual existen nuevos actores. Pero expresa que hay una empresa que domina el mercado en un porcentaje que bordea el 80 ó 90 por ciento.
Punto no menor es que la Comisión Resolutiva le encomienda a la Fiscalía Nacional Económica, por resolución Nº 611, vigilar la evolución del mercado de las telecomunicaciones con el objeto de promover la libre competencia y detectar, oportunamente, cambios en las condiciones del mercado que ameriten establecer el régimen de libertad tarifaria en ciertas áreas geográficas de la industria.
De manera que ya el 2001, la Comisión -según colijo de esto-, solicitó a la Fiscalía Nacional Económica supervigilar el avance de la competencia en este mercado.
Finalmente, este año, a raíz de una nueva solicitud de una de las empresas, la Comisión vuelve a precisar que las condiciones no cambian, si bien ya se está cerca del 74 ó 78 por ciento.
Ante la legítima petición de las empresas involucradas y de la autoridad, ¿qué hace el Gobierno?, ¿qué opina el Gobierno?, ¿hemos avanzado en perfeccionar el mercado?, ¿están dadas las condiciones para avanzar en esa línea?
Consulto a las autoridades presentes en la Sala si era necesario destituir a un funcionario de Gobierno que supuestamente opinó de manera distinta de como lo hizo la autoridad. Si se piensa que este es un mercado que ha avanzado en la competencia, que se ha flexibilizado y que determinada empresa no es tan dominante, es algo que debemos discutir de cara al país. Discutamos si vamos a modificar el marco regulatorio o cuál será la actitud de la autoridad cuando los tribunales de libre competencia estén funcionando.
Para terminar, no nos corresponde pronunciarnos sobre un problema entre particulares. Lo que hace la Comisión Resolutiva es resolver problemas entre particulares que puedan afectar la libre competencia. A esta Cámara de Diputados no le corresponde pronunciarse respecto de ello; sí acerca de las supuestas o aparentes malas actuaciones de la autoridad en esta materia. Independientemente del derecho que tienen las empresas de hacer las presentaciones -las veces que quieran- ante dicha Comisión o donde lo estimen conveniente, la autoridad no le puede torcer la nariz a la ley ni ejercer mano mora para cambiar algo que no le gusta, sin esperar que discutamos aquí un cambio del marco regulatorio. Exijo que el Gobierno responda por qué no presenta el proyecto de ley que apunta a esto mismo, que debe estar desde noviembre del año pasado, seguramente, en el escritorio de alguno de los ministerios involucrados. Discutamos en esta Sala, de cara al país, si vamos a modificar o no el marco regulatorio, y a defender verdaderamente la libre competencia, y, con ello, a los consumidores.
He dicho.
El señor SILVA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , el motivo central de esta sesión especial es debatir acerca de lo adecuado o no del marco regulatorio en materia de telefonía fija.
Desde hace tres o cuatro años, ha venido cambiando el mercado de la telefonía fija, al cual, en determinados sectores de nuestro país, han ingresado otros actores a prestar dicho servicio, y no sólo la empresa dominante.
Ante todo, debemos defender la institucionalidad regulatoria, la legitimidad de los fallos de los tribunales, que, en este caso, corresponde al de la Comisión Resolutiva, fallos que no son apelables. Se ha señalado categóricamente que la empresa dominante en el mercado tiene carácter monopólico.
Como he manifestado, en algunos sectores del país, especialmente en los de más altos ingresos, donde a las empresas les conviene prestar el servicio, han entrado a hacer inversiones otras empresas que compiten con la dominante. En la mayor parte del país hay sectores de escasos recursos que sólo están atendidos por esa empresa dominante, que está regulada y debe seguir siéndolo.
Por lo tanto, defiendo y hago mía la decisión de la Comisión Resolutiva de que no puede haber libertad tarifaria cuando existe una empresa dominante en el mercado. Más aún, cuando existen 2 millones 200 mil usuarios cautivos de ella, porque no tienen la posibilidad de elegir a otra empresa que sea capaz de hacer inversiones donde está instalada la dominante. Ellos no tienen la posibilidad de elegir a otra empresa, pero, curiosamente, tampoco tienen la posibilidad de elegir otro plan que no sea el establecido en la legislación.
Celebro la decisión de la Subtel en cuanto a analizar este marco regulatorio desde el punto de vista del consumidor o del usuario.
Hay dos valores que debemos proteger. En primer lugar, que el mercado sea transparente y cree condiciones para la competitividad, y en segundo lugar, que el consumidor o usuario tenga la opción de elegir entre diversas empresas. Cuando el usuario carece de esa posibilidad, la autoridad tiene la obligación de crear las condiciones para que él pueda elegir entre los programas de ese mercado.
Se da el caso de que la mayoría de los sectores donde atiende exclusivamente la empresa dominante es de escasos recursos y paga un cargo fijo extremadamente alto, muchas veces desproporcionado para los ingresos de sus componentes.
Por lo tanto, lo mejor es respaldar la decisión de la Subtel de permitir que existan planes alternativos para que el usuario pueda elegir si se queda con el plan de protección que le da la ley u opta por un plan sin cargo fijo y con un servicio local medido más alto. Allí está presente la decisión del usuario.
Quiero defender la decisión de los consumidores, y observar el marco regulatorio desde el punto de vista de los consumidores, especialmente de los cautivos y de los más modestos. Por eso, no me parece adecuado instalar un manto de duda respecto del accionar de la Subtel, del Gobierno y menos de lo que hace la Cámara de Diputados.
Confío en que nuestras intervenciones están orientadas a proteger valores tales como la existencia de un mercado competitivo y que los usuarios, sobre todo en el caso de los cautivos, puedan elegir entre planes diferentes.
Junto con otros parlamentarios, he presentado un proyecto de acuerdo que resume las ideas que he señalado en mi intervención.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG.-
Señor Presidente , la Cámara de Diputados ha sido citada para “considerar los últimos antecedentes y hechos conocidos por la opinión pública en torno del proceso de fijación de tarifas para la telefonía fija...”.
Nadie puede discutir lo legítimo que resulta que una empresa defienda cada uno de sus intereses; tampoco se discute la legitimidad de que cada uno exprese sus posiciones. Pero resulta inaceptable que autoridades públicas llamadas a ejercer su función en forma imparcial y a ceñirse a las normas jurídicas, ejerzan o, aparentemente, actúen para beneficiar la posición concreta de una empresa, cualquiera sea ésta.
Estamos reunidos para conocer ciertos hechos que nos inquietan y que afectan la independencia de un órgano de la máxima importancia como es la honorable Comisión Resolutiva. De comprobarse estos hechos no sólo serían graves, sino que requerirían una profunda investigación.
Resulta preocupante que en diversos medios de comunicación, en los que incluso miembros de esta Cámara han emitido su opinión, se haya informado profusamente sobre las presiones que el Gobierno está ejerciendo en los últimos meses sobre sus funcionarios que son miembros de la honorable Comisión Resolutiva, para que favorezcan la posición de una empresa en particular, aun en contra de lo que esos funcionarios opinan desde el punto de vista técnico. En particular, esta presión se habría enfocado en el funcionario de Gobierno señor Sergio Espejo para que votara a favor de la flexibilización de tarifas de una empresa en particular, aun cuando este mismo funcionario era de opinión, como quedó demostrado en su fallo, de que dicha flexibilización no correspondía.
Más grave aún, tres meses después de ocurrido ese episodio, el mismo señor Espejo fue destituido de su cargo y reemplazado por otro funcionario de Gobierno, sólo horas antes de que, coincidentemente, la empresa en comento presentara una solicitud ante la honorable Comisión Resolutiva, a fin de que fuese reconsiderado el mismo fallo que le había negado su petición de flexibilidad tarifaria.
Existen antecedentes inquietantes respecto de la actuación del Gobierno en esta materia. Obran en poder de la Fiscalía Nacional Económica y de la subsecretaría estudios especialmente encargados por esos organismos a expertos en temas de competencia y monopolio. Así, por ejemplo, recientemente apareció en la prensa que el vicepresidente de la Corfo, señor Óscar Landerretche , en su calidad de consultor privado, habría realizado hace poco tiempo un informe para la Fiscalía Nacional Económica, en el que señalaría justamente lo antes mencionado: que la empresa CTC Chile no debería ser objeto de libertad tarifaria. ¿Por qué no se incluyeron dichas conclusiones en el informe que la Fiscalía Nacional Económica preparó para la honorable Comisión Resolutiva?
Retomemos la pregunta que hoy nos convoca. ¿Se han ejercido presiones indebidas sobre la honorable Comisión Resolutiva? ¿Se está intentando torcerle el juicio para que no resuelva de acuerdo con los antecedentes técnicos, con los procedimientos previamente establecidos? Desgraciadamente, soy de la opinión de que los hechos conocidos públicamente apuntan en una dirección precisa: se intentó manipular la votación al interior de dicha Comisión para aprobar una resolución contraria a los procedimientos y a la ley vigentes. Así de claro. Cuesta creer que todos esos hechos se deban a una mera coincidencia.
Es de la mayor importancia que los ministros y las autoridades presentes en esta sesión especial, entreguen todos los antecedentes que nos permitan llegar a una conclusión tranquilizadora. De otra manera, estaríamos frente a una situación tremendamente grave, que comprometería la fe pública, pues se vería afectada la independencia de un órgano que debe regular un sector de la economía que, literalmente, atrae miles de millones de dólares en inversión extranjera y que genera miles de empleos. En definitiva, ello constituiría una burla y una falta de respeto inaceptables para quienes legislamos de buena fe para sacar al país de la crisis que vivió hace algunos meses, a raíz de los bullados casos de corrupción.
Como se ha dicho, la ley vigente no contempla los procedimientos con que se ha operado actualmente. Es necesario insistir en ello. El punto en debate no es si sería bueno abrir una discusión sobre cuál es la mejor forma de regular el sector telecomunicaciones con una visión de siglo XXI, como tampoco lo es si la actual ley de Telecomunicaciones puede ser mejorada o enmendada; ni siquiera importa en esta discusión si Telefónica CTC es o no dominante, o si sería bueno aplicar flexibilidad tarifaria. Si se estima necesario traer a esta Sala esas discusiones, esperemos el momento, y lo haremos de acuerdo con los procesos legislativos.
Todo lo anterior se menciona sólo para contextualizar lo que verdaderamente debe discutirse. Los hechos ocurridos al interior de la Comisión Resolutiva, conocidos públicamente, están poniendo o podrían poner en jaque -para decirlo más precisamente- la transparencia, la honorabilidad y la independencia de un organismo que requiere altos estándares de probidad, ya que regula actividades de tremenda importancia para nuestro país.
Se nos viene una era digital y, con ella, como todos sabemos, enormes desafíos. El actual marco regulatorio y, sobre todo, el prestigio que Chile se ha ganado por años en materia regulatoria y de inversión extranjera, han sido la base para que muchas empresas internacionales hayan decidido invertir en el país en las áreas de la ciencia y de la tecnología.
Aun cuando es indiscutible que Chile haya experimentado un verdadero salto adelante en materia de desarrollo de cada una de sus etapas de infraestructura digital, existen indicadores que nos plantean nuevos desafíos. Debemos incrementar mucho más la confianza y traer muchas más inversiones al país. Sabemos que para atraer a nuevos inversionistas es fundamental mantener intacta nuestra imagen de transparencia y de respeto de la legalidad. Chile ha ganado su credibilidad durante años, por lo que erosionarla mediante estas peticiones de renuncia, estas formas casi ocultas, estas acciones sin explicación aparente, puede significar un grave retroceso para su desarrollo y su avance tecnológico.
Hemos presentado un proyecto de acuerdo que tiene por objeto solicitar que la autoridad aclare cuanto antes estos hechos, que han inundado las páginas de los diarios, y que, de una vez por todas, se abstenga de participar y de opinar en decisiones que sólo están entregadas a la honorable Comisión Resolutiva, para que los inversionistas extranjeros crean y confíen en la independencia de las instituciones encargadas de hacer respetar nuestro marco regulatorio.
He dicho.
El señor SILVA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , el 10 de marzo de 1994, el Presidente Patricio Aylwin promulgó la ley de Telecomunicaciones 3 A, la última de su mandato.
La discusión de dicha iniciativa duró casi cuatro años, hasta que ocho diputados, varios de los cuales se encuentran hoy en la Sala, hicimos posible que se llegara a un acuerdo mediante la presentación de una indicación.
Ese acuerdo fue lo mejor que le pudo ocurrir al país, a los usuarios, y significó un adelanto desde el punto de vista legislativo. Además, dio acceso a millones de chilenas y chilenos a la telefonía fija y, más adelante, a la telefonía móvil. En resumen, fue la mejor legislación posible para la época.
La ley de Telecomunicaciones señala que en nuestro país hay libertad tarifaria, salvo dos excepciones: la fijación de las tarifas de interconexión y la de tarifas a público, en los casos en que, según la honorable Comisión Resolutiva, no existan condiciones de competencia en el mercado. Las empresas declaradas dominantes están sujetas a fijación tarifaria, de manera que sus precios son fijados en carácter de máximos y no pueden ser discriminatorios entre distintos clientes en una misma área tarifaria.
La ley también fija claramente el tiempo de duración de los decretos tarifarios en cinco años. La última vez que la autoridad dictó un decreto tarifario para la telefonía fija y móvil fue en 1999. Se dictó porque la Comisión Resolutiva, mediante resolución Nº 515, de 28 de abril de 1998, declaró que las condiciones del mercado de servicio público telefónico local no eran suficientes para garantizar un régimen de libertad tarifaria y que debía procederse a fijar las tarifas, entre otras, a la empresa Telefónica CTC, en todo el país, con excepción de las regiones Décima y Undécima , y de isla de Pascua, y estableció los correspondientes servicios regulados.
Por su entrega al servicio público, guardo gran respeto profesional por el ministro de Economía y por el subsecretario de Telecomunicaciones. En esta Sala, además de la ley de Telecomunicaciones 3 A, hemos discutido otros temas que tienen que ver con las telecomunicaciones. En una actividad como es el de las telecomunicaciones, tan grande desde el punto de las inversiones, resulta lógico que se manifiesten las pasiones humanas. En este caso se ha actuado en conformidad a la ley, y no valen, al menos desde mi punto de vista, interpretaciones subjetivas que no llevan a ninguna salida.
Tal como lo expresaron prácticamente todos los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, lo que interesa es que los usuarios tengan precios razonables y que se pueda mantener el hecho de que 3 millones de chilenas y de chilenos tengan telefonía fija, y más de 7 millones cuenten con telefonía móvil. Se trata de un acceso importante para los ciudadanos del país.
Sin embargo, es importante clarificar lo que sucede desde el punto de vista legal.
En el marco de la fijación de tarifas telefónicas, no hay país en el que no se califique de monopólica a una compañía que tenga más del 75 por ciento de las líneas telefónicas. Por lo mismo, no es posible calificar de tal a una empresa que administra menos del 10 por ciento de ellas. Esto se encuentra contemplado en el artículo 29 de la ley general de Telecomunicaciones, y es el criterio seguido en forma sistemática, reiterada y uniforme por la Comisión Resolutiva durante los últimos años, lo cual consta en las siguientes resoluciones: Nº 515, de 22 de abril de 1998, pronunciada por Mario Garrido Montt -actual presidente de la Corte Suprema-, Enrique Fanta , Eduardo Moyano y Tomás Menchaca ; Nº 611, de 11 de julio de 2001, pronunciada por José Luis Pérez Zañartu , ministro de la excelentísima Corte Suprema , y por Alberto Undurraga Vicuña , Cristián Palma , Arnaldo Gorsiglia y Patricio Rojas Ramos -este último, decano de la Facultad de Economía de la Universidad Finis Terrae-, y Nº 686, de 20 de mayo de 2003, aprobada por mayoría de votos y pronunciada por los señores Domingo Kokisch Mourgues , ministro de la excelentísima Corte Suprema ; Sergio Espejo Yaksic , superintendente de Electricidad y Combustibles, y Patricio Valdés Aldunate , subrogante del decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Por su parte, los señores Hernán López , subrogante del superintendente de Valores y Seguros , y Patricio Rojas Ramos, decano de la facultad de Economía de la Universidad Finis Terrae, estimaron que deben fijarse tarifas al dominante, pero contemplando una mayor flexibilidad en ellas.
Aquí se busca, con el expediente de la interposición de un recurso, la aclaración de la resolución Nº 686, dictada el 20 de mayo de este año, lo que a mi juicio es improcedente, puesto que con ello se pretende modificar el criterio permanente y reiterado de la Comisión Resolutiva.
Quien habla fue uno de los patrocinantes de uno de los proyectos de acuerdo. Con él buscamos impedir que, mediante la dictación de una nueva resolución, se alcen las tarifas de telefonía, lo que perjudicará a millones de chilenos.
He dicho.
(Aplausos).
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn.
El señor DITTBORN .-
Señora Presidenta , no soy experto en temas de telecomunicaciones, sector complejo y muy regulado. Sin embargo, siento la necesidad de participar en este debate, pues, si existiera una ley del lobby, estaría obligado a señalar que fui invitado por casi todas las empresas que participan en el sector -VTR, CTC y Chilesat - a fin de escuchar sus argumentos, en especial en lo que se refiere al decreto regulatorio de 1998.
Todo lo dicho debe convencernos de la necesidad de cambiar la ley sobre tribunales económicos. Me queda muy claro, después de este incidente, que no pueden ser miembros de la Comisión Resolutiva, de la cual también fui integrante, funcionarios públicos dependientes o nombrados por los ministros que hacen las regulaciones. La pregunta es obvia: ¿Qué independencia va a tener un miembro del tribunal nominado, de entre funcionarios de menor rango del mismo ministerio, por el titular de Economía, quien es el que hace la regulación? Evidentemente, eso no puede ser.
Peor es lo que ocurre en la actualidad en la Comisión Resolutiva Antimonopolios, que es integrada por dos funcionarios públicos. A mi juicio, eso habría que cambiarlo. Entiendo que hay en proceso un proyecto. El ministro me indica que está listo. Además, se suben las remuneraciones de los integrantes de dicha Comisión. Es gente que trabaja tiempo completo, etcétera. Me parece muy bien.
Estamos frente a un tema muy complejo. Hay un juicio de la CTC contra el Estado de Chile por un monto considerable de dinero. Además, hay otro juicio en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, Ciadi. Si Chile llega a perder en ese tribunal internacional, nuestro prestigio como país que regula en forma seria y transparente los monopolios, estará en entredicho.
Aquí hay una empresa extranjera muy importante, que compró la compañía más grande en el área de las telecomunicaciones, y, según su visión, en 1998 se aprobó un sistema regulatorio que la perjudica abiertamente. No voy a pronunciarme sobre eso, porque no conozco y no soy experto en temas regulatorios; pero me hacen mucha fuerza algunos argumentos que escuché de todas las partes, y quiero compartirlos con ustedes.
Se habla de que la CTC desea libertad tarifaria. Evidentemente, no puede tenerla una empresa monopólica, que, obviamente, debe ser regulada en forma técnica, como entiendo que trata de hacerlo la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Pero lo que yo entendí de esas conversaciones es que CTC no quiere una libertad tarifaria en todo el país; no podría tenerla. Lo que ocurre es que a partir de la regulación de 1998 -estamos hablando siempre de telefonía fija-, se permitió la superposición de redes. Entonces, entraron compañías nuevas, más chicas, que obviamente buscaron los mercados más atractivos. Entonces, una se instala en el barrio de Vitacura, superpone una red nueva sobre la de CTC, y cobra -aquí está el problema- una tarifa más baja. Hasta ahí no hay ningún problema. Sería ideal que CTC también pudiera bajar sus precios y compitiera donde hay dos redes, pero está impedida de hacerlo.
El señor VILCHES .-
Señor diputado , ¿me concede una interrupción?
El señor DITTBORN .-
Después me corrige, señor diputado . De esto es lo que fui informado. Prefiero terminar y después usted pide la palabra.
Entiendo que CTC -si estoy equivocado es clave aclarar el punto- tiene que cobrar la misma tarifa para las cuatro zonas telefónicas que hay en Chile. Por lo tanto, no puede bajarla en lugares de altos ingresos, donde usualmente la compañía chica tiene una red superpuesta.
Si esto es así, me parece absurdo. O sea, es obvio que la regulación debiera contemplar, donde hay superposición de redes, la posibilidad de que las empresas pudieran competir.
Quiero hacer otra aseveración importante. Antes de que hubiera superposición de redes, la tarifa de CTC se fijaba en términos de promedios. Voy a decirlo bien francamente: un teléfono de red fija de Vitacura es mucho más rentable que uno de La Pintana, porque tiene mucho más uso. Entonces, la tarifa promedio que se ponía para CTC, que era tarifa única para toda la Región Metropolitana, incluidas todas las comunas, era un promedio. Es decir, había un subsidio implícito desde el teléfono de Vitacura al de La Pintana. Pero ahora, al permitir que se instalen compañías en sectores de más altos ingresos, CTC ha ido perdiendo fuerza en ellos, porque no puede bajar las tarifas, lo cual hará que todo el sistema de promedios se verá tremendamente perjudicado en el futuro.
Entiendo -aquí quiero que me corrijan las personas que saben más que yo- que la CTC no está invirtiendo más en telefonía fija en los sectores “económicamente malos”, porque, al no permitírsele competir en los sectores buenos, le restan recursos para hacerlo.
Hemos amarrado de manos a la empresa dominante, la CTC, al no dejarla competir en los lugares donde se le han instalado redes paralelas. A mi juicio, debiera poder hacerlo, porque hay al menos dos opciones. De no ser así, se impedirá fijar la tarifa promedio redistributiva que estaba en el concepto regulatorio antes de 1998.
No soy el más apropiado para dictar una clase sobre la materia, pero la regulación de 1998 es lo que está en tela de juicio. Todo lo que viene después, como el Tribunal de la Libre Competencia; el señor que vota de una manera y lo sacan; que los ministros no deben nombrar, a mi juicio, a los miembros de un tribunal, es posterior.
Pienso que la subsecretaría debe evaluar la calidad de la regulación de 1998, obviamente, defendiendo los intereses de los consumidores. Se debe permitir a la CTC competir donde sea posible hacerlo, para lo cual se debe modificar el concepto redistributivo, porque en el futuro no existirá. Abordar de manera seria el sistema regulatorio del 98 es una tarea pendiente del Gobierno.
La pregunta es simple: ¿La Subsecretaría de Telecomunicaciones está convencida de que lo que se hizo en 1998, en cuanto a regulación del sector, es lo apropiado? ¿Estamos convencidos de que estuvo bien hecho? Creo que lo peor aquí es mantenerse en el error. Si realmente existe el convencimiento de que eso hay que corregirlo, hay que hacerlo teniendo en mente siempre a los consumidores y el bien del país.
No creo que debamos amarrar de manos al gigante, que es lo que hemos hecho al no permitirle bajar precios, para equipararse con sus competidores. La CTC plantea: “déjenme bajar mis precios donde tengo redes superpuestas”. Algunos contraargumentan diciendo que si esa compañía tiene esa posibilidad, aumentará las tarifas en otras partes de Chile para subsidiar el sector donde las bajará. ¡No puede, porque tiene tarifas fijas en todo Chile! En Arica, por ejemplo, donde no hay superposición de redes, no puede aumentar los precios.
El señor MORA.-
Porque es tarifa máxima.
El señor DITTBORN .-
Es tarifa máxima, además; pero tampoco puede bajarlas.
¿Estamos convencidos como país de que el decreto regulatorio está bien hecho o hay que cambiarlo? En todo lo posterior hay cosas muy mal hechas, que se deben corregir; pero el tema de fondo es -repito- la calidad en la regulación del sector desde 1998.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado José Pérez.
El señor PÉREZ ( don José ).-
Señora Presidenta , estamos en una sesión especial a fin de analizar lo que es realmente la empresa CTC, dominante en el país y con clara conducta monopólica, la que actúa sin piedad en el trato hacia sus usuarios.
¿Cuántas veces hemos visto que esa empresa, que ha crecido en forma vertiginosa en los últimos años, ha incluido en las cuentas mensuales de sus usuarios cobros indebidos, como instalaciones de alarma, cobros por concepto de facturación de los distintos carriers, los que se incluyen en un mismo documento, y llamadas brujas de larga distancia que nunca se sabe quien las hizo, que generalmente son de alto costo. También hay una serie de irregularidades y de altos valores por llamadas locales. Como el cliente se encuentra indefenso ante tales situaciones, debería existir un controlador de tiempo de llamadas en cada teléfono de red fija. Sin embargo, como no es así, la empresa ha encontrado un terreno propicio para abusar de sus clientes.
Quiero mencionar -y me llama la atención que el tema no haya sido citado por los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra- que la empresa CTC envió una comunicación a prácticamente todos los usuarios del país, titulada: “Una comunicación transparente es parte de nuestra relación”. Ojalá fuera de ese modo.
Tengo en mi poder algunas boletas de la facturación que dicha empresa efectuó a algunos usuarios por concepto de uso de la red de telefonía fija el mes pasado, en las que se observa que la fecha de facturación es 24 de septiembre y se dice que se puede pagar hasta el 9 de octubre. De ellas se desprende que la empresa se ha dado el lujo de cobrar anticipadamente 19 por ciento de IVA, en circunstancias de que es un gasto hecho en septiembre. Ése es un cobro abusivo que, lamentablemente, se ha aplicado a todos los chilenos.
Por lo tanto, solicito que la Mesa recabe el asentimiento de la Sala a fin de que se oficie al director nacional del Servicio de Impuestos Internos para que emita un dictamen acerca de la irregularidad a la que me he referido, la que, a mi juicio, es gravísima, porque se ha metido la mano al bolsillo de los usuarios. Asimismo, solicito que se oficie al director nacional del Sernac y al ministro de Economía y Energía , con el objeto de que nos entreguen su opinión acerca de esta situación, la que debe ser corregida, porque las demás empresas de servicios, tal como lo establece la ley, no han cobrado a los usuarios en las tarifas del mes de septiembre el uno por ciento del alza del IVA, ya que dicho incremento comenzó a regir a partir del 1 de octubre.
He dicho.
-Aplausos.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señora Presidenta , todos queremos que haya absoluta transparencia en el tema que estamos discutiendo, porque nuestra finalidad es defender a los usuarios. Por eso, con la misma fuerza, se debe tener presente que el Gobierno y la empresa respectiva son los que fijan las tarifas de la telefonía fija, no el Congreso Nacional. Lo digo porque mucha gente cree que esta sesión especial servirá para que las tarifas de los teléfonos bajen. Eso no es así, por lo que no debemos crear falsas expectativas al celebrar sesiones como ésta.
Es bueno que la gente sepa que las tarifas de la luz, del agua y de la telefonía fija las determina el Gobierno con las empresas respectivas. Ése es el primer punto que quería aclarar.
En segundo lugar, quiero corregir lo señalado por el diputado señor Dittborn en cuanto a la superposición de las redes. Él está absolutamente equivocado, pues la empresa no puede bajar la tarifa en un punto específico, pero sí en toda el área, lo que está contemplado en la ley. Cuando a una empresa la sitúan en un lugar del denominado descreme del mercado, que es donde más se gana, le ponen otra red. Ésta podría bajar sus tarifas para quebrar a las nuevas empresas y así eliminar a la competencia, lo que es claramente ilegal.
Cuando se fijan las tarifas se establece el techo de ellas, y para conservar a las empresas de la competencia también tendría que fijarse un piso. Es decir, el mínimo tendría que estar resguardado. Por ejemplo, si una llamada tiene un costo de veinte pesos, nadie debería cobrar más de esa cantidad, porque la empresa mayor, al tener un diez por ciento de la otra, podría fijar una tarifa que pudiera hacerla quebrar. En consecuencia, la ley tendría que fijar tanto un techo como un piso, a fin de que la empresa mayoritaria no puediera hacer quebrar a la competencia. Eso es de toda justicia, porque los problemas relacionados con esta materia los comprobamos a cada rato.
También se habla de lo que sucede con las empresas de transporte. Algunas tienen mil buses y cuando otra pequeña ingresas al mercado, bajan el precio y la quiebran.
Mantengo la idea de que es bueno el techo y debería haber un piso llamado precio de sustentación. Para mí es clave y fundamental, pero aquí nadie lo ha dicho.
Me parece increíble que en las comunas que represento todavía haya gente con teléfonos fijos. En Cunco, Curarrehue, Pucón , Villarrica , Loncoche , Gorbea y Toltén , por tener el teléfono, los usuarios tienen que pagar 15 mil pesos de costo fijo. Es una aberración, sobre todo porque pueden cambiarse a un plan.
Digámoslo claramente para que la gente lo entienda: cuando uno quiere contratar una línea telefónica le dicen que tiene un costo de 500 ó 600 mil pesos, porque están escasas. Inventan cualquier cosa. Así, los usuarios van quedando desprotegidos ante gente que lo único que le interesa es ganar y ganar. Después, comienza la competencia entre las empresas, que al final se coluden para cobrar lo mismo. Es preocupante lo que está pasando.
Por otra parte, todos hablan de la ley Antimonopolios. Pido al ministro que recorra las regiones y compruebe los precios de venta de los combustibles. Hace poco comprobé que en veinte servicentros se mantenía el mismo precio. Para que no se considere monopolio, uno de ellos pone un precio de 410,5 pesos por litro; el otro, 410,4 pesos por litro y el que sigue, 410,6 pesos por litro.
En definitiva, se usan subterfugios en desmedro del consumidor. Con los teléfonos pasa lo mismo.
¿Qué queremos? Que cuando la Comisión Resolutiva dicte un fallo, no se pretenda modificarlo. Ya se fijaron las tarifas. En consecuencia, la pregunta que habría que hacer a los ministros y al subsecretario presente es si al Gobierno le interesa defender al usuario o a la empresa. Ése es el fondo del problema. A lo mejor, hay algunos compromisos detrás. No quiero ser suspicaz.
Se dice que habrá competencia porque la flexibilidad de tarifas permite que cuando hay dos empresas, una podría bajarlos pero no hasta que quiebre la otra, porque ahí se acaba la competencia.
Tenemos que resguardar al usuario, lo que se logra mediante tarifas de sustentación y techo máximo. Ésa es la verdad.
Si estuviéramos hablando de cereales, deberíamos fijar el precio máximo, sin perjuicio de que se venda a precios más bajos.
Quiero saber cómo están los subsidios. ¿Cuántas empresas grandes tienen que subsidiar en las ciudades más chicas? Las tarifas en estas últimas son extremadamente caras.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , le pido que redondee la idea porque terminó su tiempo.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señora Presidenta , termino señalando que la gente debe saber que las tarifas de agua potable, luz y teléfono las fija el Gobierno con las empresas, y solicito que se establezca una tarifa de sustentación para así poner un freno a los monopolios despiadados con la competencia más chica.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señora Presidenta , el Partido por la Democracia tiene la convicción -quiere expresarla- de que nuestra función no es dirimir como árbitros en favor de una u otra empresa telefónica. Nuestro papel es velar por el cumplimiento de la ley y defender a los usuarios. La ley se hizo para proteger a los consumidores. Por eso existen tarifas reguladas. No vamos a aceptar ningún abuso de las empresas, porque las pequeñas también cometen sus propios abusos. Aquí hay una empresa dominante. Al respecto, no hay discusión.
El Partido por la Democracia -lo menciona el proyecto de acuerdo- sostiene que no corresponde otorgar libertad tarifaria a las CTC, no porque no nos guste sino porque está establecido y porque la Comisión Resolutiva así lo determinó. Y si hay voces miserables que tratan de enlodar al ministro Jorge Rodríguez -tengo en mi poder prensa, que no inventó, porque es fácil echarle la culpa a la prensa: “el diario mintió”, “el diario de no sé quién miente”-, les digo: “No, señores”. Se le dicen rumores a los diarios. Incluso, se llegó a insinuar que el Presidente de la República estaría influyendo sobre el ministro de Economía , señor Jorge Rodríguez , y sobre el subsecretario, señor Christian Nicolai , para que alteren las normas establecidas en la ley.
Nosotros no queremos que se altere ninguna regla. Si el 20 de mayo la Comisión Resolutiva falló en forma definitiva y clara, en el sentido de que no hay condiciones de libertad tarifaria y que hay una empresa dominante, pues ése es el fallo. Si la CTC pide una aclaración, bien, démosle una aclaración; para mí, aclarar significa iluminar lo dicho, hacerlo más enfático, más claro, más entendible, no rectificarlo. Si la CTC pide rectificar, está equivocada, pero también lo están las otras empresas cuando quieren que la ley se haga a su propio gusto.
Les decimos a las otras empresas que deben estar contentas de que nosotros defendamos el cumplimiento de la ley. Si la empresa es dominante, seguiremos diciendo que es dominante.
Adicionalmente, debemos considerar que en decreto supremo de julio de 2002 se dice que puede haber planes alternativos a las tarifas fijadas. Eso ya está establecido.
Entonces, ¿qué revuelo es éste? ¿Qué significan estas declaraciones de la prensa en las cuales se intenta decir que el ministro hizo esto, que el Presidente dijo otra cosa o el subsecretario una cuestión diferente? ¿Quieren que les diga algo? No he visto nunca proceso tarifario más limpio que el que han dirigido el ministro Rodríguez y el subsecretario Nicolai , y lo mismo digo del actual proceso, de todo lo que se está haciendo, todo transparente, la más grande transparencia.
¿Qué se dice aquí? Que el ministro Rodríguez “estaría recibiendo -y aceptando, por lo tanto- las presiones políticas que tendrían origen en el propio Presidente de la República , para que fuesen aprobadas, en definitiva, las nuevas peticiones de la CTC”.
No tengo dudas de que la Comisión Resolutiva deberá resolver y aclarar lo que ya dijo. Hoy, tanto una empresa como otra, están abusando.
A la CTC le gustaría libertad tarifaria, poder cobrar lo que quiera, y dicen que no son tan dominantes. Como no son tan dominantes, incluso llegaron a presentar una demanda de indemnización de perjuicios; le piden al fisco chileno 275 millones de dólares para que los compense porque está rigiendo el estado de Derecho. Nunca había escuchado algo como eso, pero, bueno, cada uno pide lo suyo.
Me referiré a otra empresa, no dominante. Veamos cómo le gusta la ley a la empresa chica. A ésta le gusta que la CTC atienda en Conchalí a todos los sectores populares. Pero si la autorizaran a ella, seguro que atendería sólo en la esquina comercial. ¿Qué les parece? Ésa es buena ley, es ley a la pinta de la empresa chica.
Entonces, la empresa grande quiere dominar completamente el mercado, y la empresa chica quiere descremar el mercado.
Entonces, digamos la firme: aquí debemos ponernos, todos juntos, detrás del usuario, de los consumidores. Quiero ver a los señores diputados firmando un proyecto de acuerdo que diga que valora la transparencia de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, Subtel , que rechaza todos los términos insultantes y ofensivos que están ejerciendo presiones indebidas en contra de un tribunal, en contra de la Comisión Resolutiva, en contra del ministro , incluso, en contra el Presidente de la República .
No nombramos al Presidente de la República en el proyecto de acuerdo, porque el prestigio del Presidente de la República se defiende solo, pero hay que decir que es inadecuado iniciar una campaña de desprestigio de nuestras instituciones para defender los intereses de algunos.
No quiero escuchar aquí en la Sala a abogados de una y otra empresa, aquí somos abogados del pueblo que nos eligió. Eso es lo que somos.
Si ven el mapa de la plaza Ñuñoa , verán cómo les gusta atender ahí. A todos los sectores populares que los atienda la empresa dominante, y en los alrededores de la plaza Ñuñoa y de Irarrázaval, los otras cinco empresas competidoras.
En definitiva, la CTC quiere abusar de los chicos y éstos quieren abusar de la ley, en consecuencia, del consumidor. Al final, tampoco les gusta a las empresas chicas que se aplique la resolución de la, Subtel , que permite eliminar el cargo fijo. Además, de la minuta de 2002, existe una autorización de la Subtel para que a las compañías dominantes por prepago, incluida CTC, no se les pague el cargo fijo y, además, la posibilidad de exigir la aplicación de la tarifa fijada por ley. Pero, claro, esa ventaja que se le da al usuario podría dejar en desmedro al competidor de la CTC. En ese caso, la Subtel favorece al usuario y, a lo mejor, perjudica la pelea entre unos y otros.
Por eso, nuestra tarea es defender que los usuarios no paguen cargo fijo.
La resolución de la Subtel se hizo justamente para permitir al cliente no pagar cargo fijo en el caso de prepago. Pero la CTC está haciendo peticiones adicionales. Eso es otro cuento. La Comisión Resolutiva tendrá que contestar sobre lo que resolvió.
A las empresas no les gusta sólo eso. También vinculan teléfono a televisión. Eso no lo puede hacer la dominante, pero, en este caso, lo hacen. Asimismo, vinculan la compra del teléfono a la condición de proveer ellos mismos de internet. O sea, usted queda obligado. Si una persona contrata el teléfono con una empresa pequeña, debe contratar por otro lado internet. Otras empresas dicen: “No, a las chicas, que las atienda la dominante”. Estoy de acuerdo con que los atienda la dominante; pero, ¿por qué esa empresa chica no quiere entrar a competir en el mercado en la atención de personas? Existe una empresa -no la voy a nombrar, competidora de la CTC- que dice que no le gusta atender personas y que sólo atiende a corporaciones.
Por otro lado, la CTC dice que no está dominando el mercado, pero tiene el 80 por ciento del mercado.
Además, existen situaciones impresentables. Por ejemplo, cuando un miembro del tribunal que resuelve y que vota a favor de la petición de la CTC, renuncia o lo cambian, la CTC lo nombra en su comité de peritos para la fijación de tarifas -me refiero al señor Rojas-. No es una buena presentación. No tengo por qué suponer que él actuó deshonestamente, pero no queda en una buena posición. Él era miembro de la Comisión Resolutiva que falló en contra de la CTC, pero fue uno de los votos de minorías a favor de la CTC. Terminada su función, la CTC lo nombra miembro y representante de la CTC en el comité de peritos para la fijación de tarifas. Eso no se hace, no es una buena presentación. Yo quiero sólo defender a los usuarios.
A la CTC no le importa dominar el mercado. Además, prefiere y exige, en lugar de recursos de aclaración, verdaderos recursos de revisión.
A los competidores no les importa ni quieren que se revisen fórmulas alternativas. En consecuencia, ¿qué proponemos? En primer lugar, que se aplique la ley, que haya una sola ventanilla; no queremos ventanillas en la sombra, en la oscuridad, en el pasillo, ni para la CTC ni para ninguna de las empresas.
Un diputado señaló que el punto cuarto del proyecto de acuerdo favorecerá a la CTC, porque, en virtud de ello, se pueden aceptar planes regulados alternativos. No estamos pidiendo nada de lo que hoy pide la CTC, sino que se respete lo que en el año 2002 se estableció por ley, tanto para las empresas chicas como para la CTC, en la minuta de los planes regulados alternativos para eliminar el cargo fijo. Esa es nuestra tarea. Ponerse en favor de un tipo de empresa u otro desde nuestra propia función es incorrecto. Si han existido procedimientos inadecuados en los cambios de la Comisión Resolutiva, que se presenten acusaciones concretas, pero no se pueden disfrazar las palabras culpando a la empresa, porque no nos atrevemos a decir las cosas por su nombre. Quiero un debate franco transparente y abierto.
Nuestra bancada apoyará el proceso tarifario, valora y exige que se cumpla el fallo de la Comisión Resolutiva y rechaza todas las presiones. Las empresas no tendrían derecho a enojarse, más bien tendrían que agradecer que los legisladores tengamos esa actitud de limpieza y de transparencia.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Francisco Encina.
El señor ENCINA .-
Señora Presidenta , estamos frente a una larga historia de los procesos tarifarios, que normalmente tienen las compañías monopólicas.
Concretamente, se inicia en mayo de 2002 con una demanda que la CTC entabla contra el fisco por la suma de 274 millones de dólares. Es decir, casi dos planes Auge y un Chile Solidario.
Coincido en que el tema es regulatorio. ¿Cómo nuestra institucionalidad regulatoria da cuenta de este tipo de fenómenos? Por la misma razón que hoy la CTC quiere flexibilizar sus tarifas y plantea que ha tenido pérdidas en el período tarifario correspondiente al año 2004, podríamos preguntar por qué los usuarios no podrían demandar a la CTC en el período anterior, entre 1994 y 1999, en el cual obviamente, la empresa pudo haber obtenido sobreganancias. ¿Quién defiende al usuario en este sentido? El sistema regulatorio debe fijar ese tipo de situaciones y no el Gobierno. Las tarifas se fijan por ley y con un proceso tarifario en el cual participan las empresas, los peritos y el Gobierno, mediante un decreto que, incluso, puede ser cuestionado por la Corte Suprema, como sucedió con este decreto tarifario. Por lo tanto, existe una institucionalidad que fija los procesos tarifarios.
Tampoco pasa por el Congreso porque la institucionalidad indica otra cosa, pero existe la posibilidad de que las empresas den a conocer su opinión respecto de los procesos tarifarios. Eso está estipulado en la ley.
No es la primera vez que la CTC intenta realizar un proceso discriminatorio. Por ejemplo, ha tratado de discriminar a los clientes, en el sentido de que aquellos que pagan una tarifa menor reciben una atención distinta de los que pagan una mayor, lo que también está en conocimiento del subsecretario. Al respecto, hicimos una presentación del tema con varios otros parlamentarios, y la CTC aún no nos responde. Lógicamente, estamos frente a una empresa dominante que debe regularse, pues las tarifas se fijan por ley.
Reafirmamos nuestra confianza en el sistema regulatorio; reafirmamos nuestra confianza en las instituciones para defender la libre competencia; confiamos en que se continuará respetando la resolución que ha tomado la Comisión Resolutiva y no se revise el fallo, porque la CTC quiere flexibilizar el tema de las tarifas para que el proceso tarifario que se empezará a discutir en 2004 tenga una situación privilegiada.
En definitiva, la empresa tiene todas las posibilidades de hacer valer sus opiniones en el próximo proceso tarifario. Por lo tanto, no puede cambiar las reglas del juego en la mitad del proceso, menos si se tiene una demanda en contra del fisco.
Esperamos que se respete la resolución y que en el proceso tarifario correspondiente al período 2004-2008 se hagan las presentaciones que la CTC estime conveniente respecto del tema de la libre competencia, a fin de establecer nuevamente una tarifa adecuada y que sea respetada por todos.
Creo que el camino usado no corresponde a la institucionalidad. Espero que estos problemas se solucionen cuando entren en vigencia los tribunales de defensa de la libre competencia y así evitar este tipo de situaciones. Confío en la institucionalidad y en las instancias que tenemos para resolver mejor los temas, y así evitar cualquier suspicacia sobre un tema tan delicado, porque, por supuesto, se involucra a todo el país.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Carlos Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidenta , el sistema de servicio telefónico está regulado por una ley que permite que, realmente, las empresas tengan que enmarcarse dentro de un pliego tarifario que se calcula cada cinco años. Ésta es una de las leyes que han permitido garantizar a los usuarios tener una tarifa decente.
En reiteradas oportunidades, empresas dominantes y empresas monopólicas del sector han querido hacer cambios para realizar un mejor negocio. Lo han hecho en el período en que querían tener líneas por las que pudieran cobrar el cargo de acceso más caro para la competencia. Dentro del sistema tarifario, querían tener una facultad que les permitiera utilizar a los clientes que hacen más llamadas telefónicas. A eso se le llama el descreme del mercado, recurso utilizado para eliminar a toda la competencia.
En esta oportunidad, reconozco que las autoridades de Gobierno han cumplido el papel que les corresponde, porque han garantizado el uso de una tarifa regulada que ha beneficiado a todas las personas. Esto nos ha dado prestigio porque fuimos capaces de legislar sobre el multicarrier. Países más desarrollados todavía no han podido resolver el tema de la competencia en servicios de larga distancia. Sin embargo, nosotros lo hicimos. Los diputados hemos podido legislar responsablemente sobre esa materia. Por eso quise hacer uso de la palabra. Cuando las cosas se hacen bien, hay que reconocerlo.
Creo que las empresas que han querido hacer estos cambios sólo han hecho uso del monopolio, lo que posiblemente perjudicaría los precios en el mercado. El último recurso que utilizaron fue el de incrementar los precios con el servicio local medido. En Chile existía una tarifa única para los usuarios; sin embargo, con esa variable estas compañías han logrado un mayor ingreso. Por eso se han realizado estas demandas contra el Gobierno chileno, por mala confección del pliego tarifario de 1998. Creo que tendrá que ser modificado, y la demanda no prosperará, porque, de acuerdo con la legislación vigente, ha sido cumplido fielmente.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Fernando Meza.
El señor MEZA .-
Señora Presidenta , estimados colegas, quiero recordar que, hace algún tiempo, la Comisión de Obras Publicas, Transportes y Telecomunicaciones analizó la situación que acontece con la ley de Telecomunicaciones, debido a que en nuestro país hay libertad tarifaria, salvo dos excepciones: la fijación de las tarifas de interconexión y la tarifa a público en los casos en que, de acuerdo con la Comisión Resolutiva, no existan condiciones de competencia en el mercado.
Las empresas declaradas dominantes están sujetas a fijación tarifaria, de tal manera que sus precios son fijados en carácter de máximos y no pueden ser discriminatorios entre distintos clientes al interior de una misma área tarifaria. Asimismo, la ley señala que el tiempo de duración de estos decretos es de cinco años, lo cual da como resultado que el año 2004 se deberá dictar un nuevo decreto para fijar las tarifas.
En enero del presente año, la empresa dominante en el mercado, Telefónica CTC Chile, solicitó a la Comisión Resolutiva que se le concediera libertad tarifaria en todo el país o en aquellas comunas donde existan competidores. En subsidio, al público se le permitiría optar entre tarifas reguladas y planes ofrecidos por la compañía, que no estén obligados a respetar el carácter de máximas de las tarifas reguladas. Esta última opción considera a las tarifas reguladas máximas como meramente referenciales. A esto se le conoce como postular a la flexibilidad tarifaría.
La solicitud de la CTC de considerar las tarifas reguladas máximas como referenciales fue apoyada, a mi juicio, sin explicación convincente hasta la fecha, por los Ministerios de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y de Economía.
Quiero citar algunos datos para aclarar por qué afirmo que estamos hablando de una empresa dominante. Más del 78 por ciento de las líneas telefónicas locales del país pertenecen a la CTC, mientras que la empresa que le sigue representa cerca de un 7 por ciento. Las otras siete empresas restantes suman, en total, el otro 15 por ciento.
A diciembre de 2002, en 227 comunas existía una sola empresa proveedora de servicios telefónicos. En el 80 por ciento de las comunas atendidas, la participación en el mercado de la empresa dominante supera el 90 por ciento de las líneas en servicio.
El mercado de la telefonía local se caracteriza por economía de escala y densidad, así como por grandes costos hundidos, lo que genera significativas barreras de entradas. Estas barreras, sumadas a la existencia de costos por cambio de portador, como consecuencia de la inexistencia de portabilidad del número telefónico, permiten establecer que el mercado aún no es competitivo. Al liberalizar el mercado sólo en algunas comunas la empresa dominante, CTC, tendrá incentivos, tarifas para embarcarse en prácticas predatorias -tarifas a muy bajo costo-, financiadas sobre la base de subsidios cruzados desde el mercado regulado, lo cual elimina a sus competidores.
Las tarifas referenciales ofrecen a las empresas todos los incentivos para que siempre cobren por sobre ellas. Las razones económicas de ello son las asimetrías de información que afectan a los usuarios. En un sistema como éste se imponen a los consumidores los costos asociados.
Como diputado integrante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, me ha resultado sorprendente que pocos días antes de la última presentación de la CTC a la honorable Comisión Resolutiva, sorpresivamente, fuera cambiado uno de sus integrantes, lo cual pone un manto de dudas en una situación que afecta a más de seis millones de chilenos que disponen de teléfonos móviles, y a más de tres millones de usuarios de teléfonos de red fija a nivel nacional. Esto ha significado que si la Comisión Resolutiva cambia el fallo de primera instancia, todos los chilenos nos veremos afectados, ya que en las telecomunicaciones no imperará un mercado de libre competencia y el único perjudicado será el consumidor.
Como radical y legislador mi obligación es promover y proteger la libertad de competencia en los mercados, especialmente cuando éstos tienen incidencia en millones de chilenos; éstos deben ser protegidos con un techo tarifario que impida el abuso que hoy sufren miles de chilenos, por ejemplo, el cargo fijo exagerado que cobran las telefónicas. No hay confianza en la honestidad de los cobros; los ciudadanos y las amas de casas deben vivir revisando los recibos de agua potable, de la luz, del teléfono, de los bancos, sin considerar el abuso que significa, por ejemplo, cobrar el 19 por ciento de IVA, es decir, un punto más, por los servicios prestados en agosto y septiembre por la CTC, aunque un resquicio legal así se lo permita. No es ético llevarse millones de pesos a costa de los sufridos ciudadanos.
Termino solicitando a la honorable Comisión Resolutiva que mantenga la resolución de primera instancia, que ya falló en mayo del presente año. Asimismo, solicito a las diversas autoridades que han opinado sobre la materia que no interfieran, ya que, de acuerdo con la ley, este problema compete a la Subsecretaría de Telecomunicaciones; es ella la que debe intervenir en el proceso de fijación tarifaria de la telefonía fija y móvil que termina en el 2004.
He dicho.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra, por un minuto, el diputado señor Aguiló.
El señor AGUILÓ .-
Señora Presidenta , tenía preparada una intervención de fondo que, naturalmente, no alcanzo a realizar. Es tanto el interés de esta honorable Corporación por tratar el tema que nos ha convocado a esta sesión especial, que se han presentado tres proyectos de acuerdo que coinciden en algunos aspectos. Algunos parlamentarios hemos hecho grandes esfuerzos por tratar de compatibilizarlos, llegando a la conclusión de que la única persona que podría hacerlo es usted, señora Presidenta , porque ha firmado dos de ellos.
Muchas gracias, señora Presidenta .
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el ministro de Economía y Energía .
El señor RODRÍGUEZ ( ministro de Economía y Energía).-
Señora Presidenta , en primer lugar, quiero señalar con mucho orgullo el premio que una de las más grandes consultoras en telecomunicaciones del mundo, Pyramid Research, está entregando hoy al Gobierno de Chile, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, como el mejor regulador de telecomunicaciones de América Latina. Este premio es el reflejo de la calidad de nuestra regulación en telecomunicaciones y de la transparencia con que se aplica -más allá de todas las críticas que, legítima o ilegí
timamente, se formulen-, lo que la convierte en la mejor de toda América Latina.
En segundo lugar, la ley Antimonopolios tiene ya treinta años de vigencia -desde octubre de 1973- y ha sido muy útil para el desarrollo de los mercados en Chile. Sin embargo, requería un nuevo diseño y nuevas herramientas, porque establecía -y lo establece mientras no se promulgue la nueva ley- el desempeño gratuito de sus cinco miembros y que dos de ellos fueran designados por los ministros de Hacienda y de Economía, de entre su personal de confianza, esto es, de entre los jefes de servicio del Gobierno. Claramente, es una disposición que debe cumplirse, pero que conduce a situaciones incómodas, una de las cuales ha dado motivo a la celebración de esta sesión extraordinaria.
Por estas razones, hemos propuesto al Congreso Nacional -hemos obtenido un enorme apoyo en tal sentido- que modifique la ley mencionada y que cree el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que estará integrado por miembros seleccionados en forma independiente, a través de concurso público, y que serán debidamente remunerados, a fin de que puedan dedicar el tiempo suficiente a resolver los problemas de competencia que se van acumulando. En condiciones de gratuidad, el tribunal no está dispuesto a abocarse a esa tarea.
En tercer lugar, quiero referirme a los aspectos técnicos del tema que estamos tratando. El objetivo de regular ciertos sectores, cuyos costos se ven reducidos en la medida en que aumenta el volumen de producción -es decir, los monopolios naturales-, apunta a fijar los precios que existirían si hubiera una competencia perfecta. En otras palabras, el objetivo de la regulación es emular al mercado en aquellos sectores en que, por razones tecnológicas, hay un solo oferente, lo que le daría la posibilidad de cobrar precios monopólicos en ausencia de regulación.
En ciertos sectores, como el sanitario o el de transmisión eléctrica, en que la competencia es prácticamente imposible, cumplir con el objetivo de emular la competencia es relativamente sencillo, pues es un caso de monopolio natural puro.
En el caso de la telefonía, el problema se complica, ya que los bienvenidos cambios tecnológicos han ido introduciendo más competencia real en el mercado. Específicamente, la telefonía celular, los cambios tecnológicos en el sector fijo tradicional, con centrales más pequeñas, las nuevas tecnologías de televisión por cable, que hoy se pueden usar para telefonía y para internet, y el uso que el día de mañana se podrá dar a los cables eléctricos a través del sistema power line, para hacer comunicación y transferencia de datos, han ido creando una competencia importante para este sector que antes era un monopolio natural.
Estos fantásticos desarrollos de la tecnología plantean un enorme desafío para el ente regulador, porque las normas regulatorias comienzan a quedar obsoletas. Tal desafío proviene de tener que conducir regulatoriamente un sector que, por avance tecnológico, está transitando hacia la competencia sin haberla alcanzado aún. Así, se deben balancear los objetivos de eficiencia -esto es, de minimización de costos para el consumidor-, de bienestar del consumidor -es decir, que pueda adaptar su gasto en telecomunicaciones a sus patrones de consumo- y de limitar el poder monopólico de la empresa tradicional.
De ahí que es importante regular el monopolio para que no cobre en exceso y sea capaz de competir efectivamente con las nuevas tecnologías y con empresas nuevas que no están reguladas y que, por lo tanto, pueden atacar cada nicho de la demanda con ofertas que se ajustan a sus requerimientos.
En resumen, no queremos que el monopolio abuse, pero tampoco que se dupliquen las inversiones por culpa de regulaciones que restringen los servicios que la empresa dominante puede ofrecer en forma eficiente. La competencia es un medio para alcanzar la eficiencia, pero no es un fin en sí misma.
Así, lo que hemos tratado de hacer como Gobierno, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y de los ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, es diseñar una transición hacia la competencia que sea factible en el mediano plazo y que permita a la empresa dominante ofrecer tantos productos como pueda ofrecer su competencia, aunque con restricciones mayores para que su posición dominante no le permita cobrar precios abusivos o predatorios. Si se concediera hoy la libertad tarifaria, probablemente la empresa dominante aumentaría su participación y cobraría precios abusivos o predatorios para sacar a la competencia del camino.
Lo que propusimos como gobierno a la Comisión Resolutiva es que siga regulando a la empresa dominante. El plan regulado sería asequible a todos los consumidores que, además, podrían acceder a otros planes, tal como lo hacen si son clientes de otra empresa fija o móvil; pero siempre podrían volver al plan regulado, cuestión que no pueden hacer si son clientes de otra empresa. Además, propusimos restricciones a la posibilidad de que la empresa dominante cambie o caduque el plan al cliente. Esas restricciones no existen para el resto de las compañías telefónicas.
Esta propuesta, presentada en dos ocasiones a la honorable Comisión Resolutiva, no tuvo plena acogida, pero creemos que se ha hecho un trabajo técnico serio y, sin duda, es la mejor solución técnica para el sector.
La dificultad de decidir cuál es el mejor camino regulatorio para el desarrollo eficiente de este sector demanda un debate entre expertos que hasta ahora no ha estado garantizado. En efecto, en estos temas no hay fórmulas aplicadas en otros países que se puedan copiar y se requiere de lo mejor de nuestros profesionales para acordar una fórmula lo más cercana a lo óptimo posible.
Con este objetivo, nuestro Gobierno se ha preocupado de ampliar el debate experto a través de fomentar la transparencia durante los procesos tarifarios, de manera que éstos puedan ser seguidos de cerca por cualquier empresa, por académicos o por quienes lo deseen, a fin de que hagan sus aportes para lograr un mejor resultado. Sin embargo, la ley establece que las empresas pueden determinar lo que se puede o no se puede publicar, con lo cual tienen la capacidad de limitar sustantivamente la información que permite que el público pueda corroborar cómo se están fijando las tarifas.
Por último, para debatir cuál es el grado y forma óptima de regular, se requiere un tribunal de la competencia más profesional, dedicado e independiente. En ese sentido, el Gobierno ya hizo todos los esfuerzos posibles, y celebramos que el Congreso Nacional haya aprobado con celeridad la ley que crea el Tribunal de Defensa de la Competencia que va a cumplir, sin duda, con los requisitos mencionados.
Muchas gracias.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tal como lo señaló el diputado señor Aguiló, se han presentado tres proyectos de acuerdo. La Mesa estima que es posible votarlos porque no son antagónicos.
Por lo tanto, el señor Secretario dará lectura al primero de ellos.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 307, suscrito por las diputadas señoras Isabel Allende y Laura Soto y los diputados señores Patricio Hales, Eugenio Tuma, Camilo Escalona y Enrique Jaramillo:
“Considerando:
1º Que en estos momentos, y de conformidad a lo dispuesto en la ley General de Telecomunicaciones, se está desarrollando el proceso de fijación tarifaria del servicio de telefonía fija, el cual encuentra su fundamento en la declaración efectuada por la Comisión Resolutiva en el sentido que la Empresa Telefónica CTC Chile es una empresa dominante en el mercado, atendida la cobertura de sus servicios y su posición privilegiada en el mercado telefónico.
2º Que en un Estado de Derecho es imprescindible que todos los órganos públicos y los agentes privados, en ejercicio de sus competencias y derechos constitucionales y legales, aseguren el normal desenvolvimiento de las competencias públicas de los entes a los cuales la ley efectivamente se los atribuye. Desde esa perspectiva es indispensable que tanto la Comisión Resolutiva como los órganos técnicos del Gobierno puedan con independencia y tranquilidad ejercer sus funciones privativas y excluyentes en la materia.
3º Que no resulta adecuado iniciar una campaña de desprestigio de nuestras instituciones y menos instalar la sospecha como principio para la actuación de los órganos públicos, de tribunales tales como la Comisión Resolutiva, menos aún por parte de esta Cámara de Diputados. Ello no sólo daña injustificadamente al prestigio de nuestras instituciones, sino que además la independencia de nuestros tribunales e importan la utilización de medios ilegítimos para obtener ventajas políticas que terminan satisfaciendo intereses subalternos.
Más aún es especialmente delicado que se cuestione la idoneidad y legalidad del proceso de integración de un órgano jurisdiccional como es la Comisión Resolutiva, el cual, en tanto Tribunal de la Libre Competencia constituyen una judicatura especializada.
4º Que analizado el mercado de las telecomunicaciones, es posible sostener, en función de defender a los usuarios, a los consumidores, especialmente a aquellos sectores que no parecen atractivos comercialmente para las empresas, como lo ha hecho la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que actualmente existe un aumento en las líneas telefónicas, hecho que sumado a la penetración del servicio y al mayor número de operadores en las distintas zonas primarias del país denotan una competencia en este mercado, que permite concluir en principio que las distintas políticas de desarrollo de la industria de las telecomunicaciones, en particular en el segmento local, han tenido un efecto positivo sobre la inversión y el desarrollo del mercado.
5º Que sin perjuicio de lo expresado precedentemente, en la actualidad son pocas las localidades geográficas en que el cliente puede optar efectivamente por más de una oferta de servicio telefónico, tanto en cuanto, en las zonas en que existe un solo operador, éste se encuentra impedido de efectuar ofertas diferenciadas de planes, con lo cual, el único que se perjudica es el usuario, cuyos intereses superiores debieran inspirar los desarrollos normativos y a los diputados sobre este servicio de utilidad pública y al mismo tiempo orientar las decisiones políticas y técnicas que se adopten en el futuro sobre la materia. Esto en ningún caso puede significar liberalizar el mercado para la empresa dominante, manteniendo condiciones de competitividad para el que quiera incorporarse a competir en este mercado.
6º Que para quienes suscribimos este proyecto de acuerdo, resulta justificado lo que ya resolvió la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el sentido de que existan alternativas reguladas para los dos millones doscientos mil usuarios del servicio de telefonía fija de la empresa dominante y que el usuario con derecho a retracto pueda tomar decisiones sobre qué plan se adecua más a sus capacidades económicas.
La existencia de marcos regulatorios protectores como los que existen en el sector telefónico no pueden generar normas que sólo terminan dañando al usuario. Esas normas, pareciera que sólo benefician a la competencia de los operadores con posición dominante, que tampoco ofrecen alternativas de servicios a los usuarios, estando habilitados por la ley para invertir y operar en estas zonas primarias.
7º Que, en consecuencia, postulamos que debiera el Supremo Gobierno adoptar decisiones urgentes con la finalidad de mejorar los marcos regulatorios, con plena independencia, teniendo en vistas la satisfacción de los intereses de los usuarios.
Que en mérito de lo antes expuesto, los diputados que suscribimos, venimos en presentar el siguiente proyecto de acuerdo.
La Cámara de Diputados acuerda:
1º Rechazar los cuestionamientos que se han efectuado a la integración e independencia de la Comisión Resolutiva y asimismo, los intentos de vulnerar el principio de la cosa juzgada que emana de sus fallos. Lo que ya se resolvió conforme a derecho no puede ser modificado empleando abusivamente los recursos procesales especiales como el de aclaración.
2º Reafirmar que el estatuto legal de la Comisión Resolutiva y la Ley General de Telecomunicaciones, son idóneos para asegurar el pleno apego a los principios de legalidad, probidad y transparencia que informan el proceso de fijación de las tarifas telefónicas, el que además prevee los dispositivos legales adecuados para que agentes privados que se sientan perjudicados por estas decisiones las puedan impugnar.
3º Expresar su convencimiento de que actualmente se dan las condiciones para asegurar la transparencia del mercado telefónico, haciendo posible el desarrollo de nuevas inversiones en el sector y la incorporación de nuevos operadores capaces de competir en la industria de las telecomunicaciones.
4º Señalar que actualmente existen las condiciones para los planes regulados alternativos que ha autorizado la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en concordancia con los actuales marcos regulatorios, lo que es indispensable para que los usuarios que se encuentran cautivos de determinados prestadores, por la no existencia de otros operadores en el territorio, tengan alternativas de elección entre planes diferenciados, pudiendo privilegiar aquellos que más convengan a sus particulares intereses, atendida su capacidad de pago y el uso que puedan hacer de los servicios de telefonía fija.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso alguno es posible aceptar las peticiones de agentes privados que, mirando sólo a su interés individual, propugnan una flexibilidad absoluta y la desregulación progresiva del mercado, recurriendo incluso a arbitrios judiciales impropios. Lo fallado legalmente debe mantenerse incólume y ser respetado por todos los actores del mercado telefónico, pues de lo contrario se atentaría contra la estabilidad de las reglas del juego que gobiernan la industria de las telecomunicaciones”.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
En votación el proyecto de acuerdo.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El señor Secretario dará lectura al segundo proyecto de acuerdo.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 308, suscrito por los diputados señores Nicolás Monckeberg, Alfonso Vargas, Pablo Galilea, Mario Bertolino, René Manuel García, Julio Dittborn, Alberto Cardemil, Felipe Salaberry y Víctor Pérez:
“Considerando:
Que el servicio de telefonía constituye, de acuerdo con la ley que lo regula y conforme a la realidad nacional, un servicio público necesario para el desarrollo de las actividades nacionales, sociales y económicas, siendo el cumplimiento del marco tarifario que la regula y la correcta actuación de las autoridades administrativas, indispensable para asegurar su apropiado funcionamiento, como, asimismo, la transparencia y equidad del sistema.
Que el impacto de las tarifas telefónicas es masivo y afecta en importantes decisiones a las personas, familias y empresas, las que, conforme a la incorporación cada vez más masiva de este medio de comunicación, deben incorporar este ítem en sus presupuestos.
Que, por el carácter de servicio público que reviste la telefonía en el país, ésta ha sido regulada para armonizar la legítima actividad privada en la oferta y en el resguardo de millones de usuarios que la utilizan, atendida la configuración monopólica que este mercado ha presentado históricamente y que hace sólo unos pocos años ha logrado, gracias a la regulación, irse abriendo lentamente hacia la competencia.
Que particular importancia tienen en esta materia los mecanismos de fijación tarifaria, ya que estos han sido establecidos precisamente para resguardar a los usuarios frente a acciones monopólicas o abusivas de las empresas que ofrecen el servicio, como también han buscado proteger a los oferentes que intentan ingresar a este mercado, al evitar, mediante este mecanismo, la imposición del poder de mercado da los agentes que ya se encuentran operando.
Que el desarrollo de la industria de telecomunicaciones en los últimos años ha implicado cifras récord de inversión, desarrollo tecnológico y crecientes grados de competencia, por lo cual no hay razones para modificar la actual legislación.
Que entre las prevenciones adoptadas en esta materia por el legislador se encuentra la facultad entregada a la Comisión Resolutiva establecida en el decreto ley N° 211, de 1974, cuyo texto refundido fue fijado mediante decreto supremo N° 511, de 1980, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, conocida como ley de Protección de la Libre Competencia, para que, respecto del mercado de la telefonía local, pueda calificar las condiciones de competencia que concurren allí y establecer, en virtud del poder de mercado de los operadores, si concurre respecto de algunos de ellas la calidad de dominante, para así someterlo a regulación tarifarla, a fin de que las tarifas que le fije la autoridad correspondan a aquellas que debería percibir si el mercado de la telefonía local presentara condiciones de competencia.
Que, en este sentido, la ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, establece como principio fundamental la libertad tarifaria de los servicios públicos de telecomunicaciones y servicios intermedios. No obstante, es facultad de la Comisión Resolutiva, previa calificación expresa de que las condiciones existentes en el mercado no son suficientes para garantizar un régimen de libertad tarifarla, establecer la obligatoriedad de fijar precios o tarifas.
Que corresponde exclusivamente a la Comisión Resolutiva, en su calidad de organismo rector del sistema de protección y defensa de la libre competencia; propender de manera independiente y ajena de toda interferencia en el desempeño de su función a esta protección y a la defensa de la libre competencia.
Que no corresponde que autoridades de Gobierno, parlamentarias, judiciales o administrativas expresen sus simpatías o disconformidad respecto de resoluciones de órganos autónomos en función del perjuicio o beneficio que obtengan determinadas personas o empresas que deben someterse a las regulaciones establecidas por la autoridad, ya que lo anterior conspira contra la impersonalidad en las decisiones como principio rector de la acción pública.
Que resulta evidente la molestia de las autoridades de Gobierno con las resoluciones adoptadas por la Comisión Resolutiva, que tras un largo análisis y estudio de los antecedentes determinan, al contrario de lo sostenido por los Ministerios de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Transportes y Telecomunicaciones, que la empresa Telefónica CTC Chile es dominante en telefonía fija y que, por tanto, corresponde fijarle, mediante decreto supremo, las tarifas máximas que podrá cobrar a los usuarios durante el período 2004-2009.
Que tanto la disconformidad del Gobierno como su posición frente al tema se ha materializado equivocadamente en hechos concretos de presión sobre algunos de los miembros de la Comisión Resolutiva, en razón del desempeño de sus cargos públicos, pero que, conforme a la institucionalidad jurídica, deben adoptar sus decisiones en esta instancia en forma autónoma y en consideraciones esencialmente económicas y jurídicas, inspirados en la defensa de la libre competencia y del beneficio de millones de chilenos.
Que el Gobierno ha reemplazado a un integrante de la Comisión Resolutiva por haber expresado públicamente su opinión contraria a la petición formulada por la empresa ‘Telefónica CTC’ Chile en el momento preciso en que esta última solicitó reconsiderar un fallo, dictado hace menos de tres meses, que le fue adverso en esta materia ya que en él se la calificó como empresa dominante en el mercado de la telefonía local.
Que los antecedentes expuestos resultan ser atentatorios, contrarios a los principios y normas que regulan el funcionamiento de esta Comisión, y tienden a vulnerar la independencia con que deben actuar los órganos públicos, particularmente aquellos que, por la naturaleza de sus funciones y facultades que la ley les han conferido, se les atribuye la calidad de Tribunales de Justicia Especiales.
La Cámara de Diputados acuerda:
1. Solicitar V.E. que se sirva hacer llegar a esta Corporación los antecedentes tenidos en consideración para reemplazar al representante de dicho ministerio en la Comisión Resolutiva, que votó en contra de la libertad tarifaría para la empresa ‘Telefónica CTC Chile’, en el preciso momento en que ésta solicitó reconsiderar tal resolución.
2. Reiterar a los ministros de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción, como asimismo, al subsecretario de Telecomunicaciones , el imperativo legal que les asiste de ceñirse estrictamente a los criterios establecidos por ley en el ejercicio de sus funciones públicas y tener presente la necesidad de evitar alteraciones en los precios que resulten discriminatorios y faciliten la práctica de conductas monopólicas que atenten contra la sana competencia, o bien establezcan barreras al crecimiento de la competencia
3. Solicitar al ministro de Transportes y Telecomunicaciones que proceda a sancionar, a la brevedad y sin mayor dilación, todas aquellas conductas de las compañías que intervienen en la provisión del servicio telefónico atentando en contra de la regulación tarifaría, sea que ésta tenga por objeto obtener mayores recaudaciones de las que expresamente establece la .autoridad en conformidad con la ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, como también proceda a sancionar todas aquellas conductas que tengan por objeto incumplir los decretos tarifarlos que en conformidad con esta ley se hayan dictado.
4. Solicitar a V.E. que inste a los funcionarios de su dependencia para que, en conformidad al principio de la legalidad y la debida autonomía e imparcialidad con que deben actuar los organismos de la administración en materia de regulaciones, se abstengan de influir o presionar a los funcionarios públicos que se desempeñan en órganos autónomos en la adopción de sus resoluciones.”
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
En votación el proyecto de acuerdo.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El señor Secretario dará lectura al tercero y último proyecto de acuerdo.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 309, de la diputada señora Allende, doña Isabel, y de los diputados señores Mora, Espinoza, Luksic, Aguiló, Salas, Meza, Ortiz, Vilches y Silva:
“Considerando:
Que la Ley General de Telecomunicaciones señala que en Chile hay libertad tarifaria, salvo dos excepciones: las fijaciones de tarifas de interconexión y de tarifas al público, en los casos que, según la Comisión Resolutiva, no existan condiciones de competencia en el mercado. Las empresas declaradas dominantes están sujetas a fjación tarifaria de tal manera que sus precios son fijados en carácter de máximos y no pueden ser discriminatorios entre distintos clientes al interior de una misma área tarifaria.
Que la ley también señala que el tiempo de duración de estos decretos es de cinco años. La última vez que la autoridad dictó un decreto tarifario en la telefonía fija y móvil fue en 1999, y se dictó porque ya en ese entonces la Comisión Resolutiva, en la Resolución N° 515, de 28 de abril de 1998, declaró que las condiciones del mercado del servicio público telefónico local no son suficientes para garantizar un régimen de libertad tarifaria y que debe procederse a fijar tarifas, entre otras compañías, a, Telefónica CTC Chile en todo el país, con la excepción de la Décima Región, de Los Lagos; Undécima Región (Aisén), del General Carlos Ibáñez del Campo, e Isla de Pascua , estableciendo los correspondientes servicios regulados.
Que, en enero de 2003, Telefónica CTC Chile solicitó a la Comisión Resolutiva que se le concediera libertad tarifaria en todo el país o en aquellas comunas en las que existen competidores y, en subsidio, que se le permita al público optar entre las tarifas reguladas y los planes ofrecidos por la compañía que no estén obligados a respetar el carácter de máximas de las tarifas reguladas. Esta última opción -considerar a las tarifas reguladas máximas como meramente ‘referenciales’- es lo que se conoce como postular flexibilidad tarifaria.
Que la solicitud de CTC de considerar las tarifas reguladas máximas como referenciales fue apoyada sin explicación técnica convincente hasta la fecha por los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción. Por otra parte, la Fiscalía Nacional Económica apoyó la tesis de la dominancia de Telefónica CTC Chile de igual manera que la Comisión Resolutiva.
Que la Comisión Resolutiva resolvió en Resolución N° 686, de 20 de mayo de 2003, rechazar la solicitud de Telefónica CTC Chile, en virtud de las siguientes consideraciones:
a) No obstante el ingreso de nuevos operadores, las condiciones del mercado de telefonía fija no han variado significativamente. Más del 78% de las líneas telefónicas locales del país pertenecen a Telefónica CTC Chile, mientras que la empresa que le siguió, representó cerca del 7%. Hay siete empresas restantes que, en total, suman el otro 15% restante. En doscientos veintisiete comunas (74% de las comunas atendidas) existió una sola empresa proveedora de servicios telefónicos a diciembre del año 2002. En el 80% de las comunas atendidas, la participación de mercado de las empresas dominantes supera el 90% de las líneas en servicio en la respectiva comuna.
b) El mercado de la telefonía local se caracteriza por economías de escala y densidad, así como por grandes costos hundidos, lo que genera significativas barreras de entrada. Estas barreras, sumadas a la existencia de costos por cambio de portador a consecuencia de la inexistencia de la portabilidad del número telefónico, permiten establecer que el mercado aún no es competitivo.
c) Al liberalizar el mercado solamente en algunas comunas, la dominante tendrá incentivos-tarifas para embarcarse en prácticas predatorias (tarifas bajo costos) financiadas con base a subsidios cruzados desde el mercado regulado, destinadas a eliminar competidores.
d) Las tarifas referenciales ofrecen a la empresa todos los incentivos para cobrar siempre por sobre ellas. Las razones económicas son las asimetrías de información que afectan a los usuarios y en las que, en un sistema como éste se imponen a los consumidores los costos asociados, para volver a la tarifa referencial.
Que es preciso señalar que no deja de llamar la atención que pocos días antes de la última presentación de Telefónica CTC Chile, sorpresivamente dos de los integrantes de la Comisión son cambiados, uno de ellos, el señor. Sergio Espejo -superintendente de Servicios Eléctricos y Combustibles- es reemplazado sorpresivamente por el Gobierno, asumiendo el señor Óscar Landerretche, actual presidente de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo).
Que, como es sabido, en un mercado en el cual no impere la libre competencia y haya casos de dominación de una empresa sobre las demás, el único perjudicado es el consumidor, especialmente el de menos recursos, por ello, es deber de estos diputados promover y protege la libertad de competencia en los mercados, especialmente cuando éstos tienen incidencia en millones de chilenos.
La Cámara de Diputados acuerda:
1. En estricto apego de la legalidad vigente, la honorable Comisión Resolutiva Antimonopolio resolvió que Telefónica CTC Chile es una empresa dominante y debe estar sujeta a la regulación tarifarla establecida en la ley, con el propósito del defender a los consumidores que son nuestra principal preocupación.
2. Solicitar a las diversas autoridades que han opinado que se abstengan de interferir ya que está materia está abocada, de acuerdo a la ley, en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, único ente estatal llamado a conducir y resolver el proceso de fijación tarifaria de la telefonía fija y móvil, que termina en mayo de 2004. Además es necesario recordar a las autoridades que han emitido opinión positiva sobre la pretensión de la Telefónica CTC Chile, que estas pueden resultar tremendamente dañosas a los intereses del Fisco, desde el momento que esa empresa presento una demanda civil solicitando que se indemnice por cerca de 279 millones de dólares.
3. Se considera un grave precedente que la Comisión Resolutiva, con el concurso de los comisionados nombrados por el Gobierno, se pronuncie sobre la nueva solicitud de una empresa respecto de una materia sobre la cual la Comisión ya falló en mayo pasado. Además, este Parlamento, por iniciativa de este Gobierno, ha despachado la ley que crea los Tribunales de Defensa de la Libre Competencia, estableciendo un procedimiento imparcial, objetivo y que se ajusta a las reglas del debido proceso, al cual esta empresa podría recurrir, en su oportunidad, si lo considera necesario.”
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Para una cuestión de Reglamento, tiene la palabra la diputada Laura Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señora Presidenta, el tercer punto se refiere a atribuciones que no nos corresponde y es absolutamente inconstitucional e improcedente.
La comisión resolutiva ya falló, puesto que es un tribunal. De acuerdo con el artículo 73 de la Constitución, el Poder Judicial es el único órgano -exclusivo- para conocer de las causas judiciales.
En consecuencia, pido que declare inconstitucional el punto tercero.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Señora diputada , la Mesa no comparte su opinión, por cuanto considera que ese punto no es inconstitucional.
Además, si usted no está de acuerdo con él, puede votar en contra.
En votación el proyecto de acuerdo.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 18.11 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.