Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Antonio Coloma Correa
- Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- Marco Antonio Cariola Barroilhet
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. HOMENAJE
- HOMENAJE EN MEMORIA DE LA ACTRIZ PREMIO NACIONAL DE ARTE SILVIA PIÑEIRO.
- HOMENAJE : Ximena Vidal Lazaro
- HOMENAJE : Maria Angelica Cristi Marfil
- HOMENAJE : Ivan Paredes Fierro
- HOMENAJE : Lily Perez San Martin
- HOMENAJE : Jose Miguel Ortiz Novoa
- HOMENAJE EN MEMORIA DE LA ACTRIZ PREMIO NACIONAL DE ARTE SILVIA PIÑEIRO.
- DEBATE
- VI. ORDEN DEL DÍA
- CREACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE FAMILIA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- INTERVENCIÓN : Marcela Cubillos Sigall
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Nicolas Monckeberg Diaz
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Maria Eugenia Mella Gajardo
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Zarko Luksic Sandoval
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- HOMENAJE AL LICEO DE HOMBRES "NARCISO TONDREAU", DE CHILLAN, CON MOTIVO DE SU 150° ANIVERSARIO.
- HOMENAJE : Carlos Abel Jarpa Wevar
- HOMENAJE : Rosauro Martinez Labbe
- CREACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE FAMILIA. Primer trámite constitucional.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carmen Ibanez Soto
- German Becker Alvear
- Sergio Aguilo Melo
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Ivan Moreira Barros
- Osvaldo Palma Flores
- Fulvio Rossi Ciocca
- Patricio Walker Prieto
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Maria Antonieta Saa Diaz
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Jorge Burgos Varela
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Ivan Paredes Fierro
- Edgardo Riveros Marin
- Fulvio Rossi Ciocca
- Eugenio Tuma Zedan
- Laura Soto Gonzalez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Eugenio Tuma Zedan
- Jorge Burgos Varela
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Eduardo Saffirio Suarez
- Exequiel Silva Ortiz
- Laura Soto Gonzalez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 349ª, ORDINARIA
Sesión 5ª, en miércoles 11 de junio de 2003
(Ordinaria, de 11.39 a 15.01 horas)
Presidencia de la señora Allende Bussi, doña Isabel,y del señor Salas de la Fuente, don Edmundo
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- HOMENAJE
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
V. Homenaje.
- Homenaje en memoria de la actriz y premio nacional de arte Silvia Piñeiro 9
VI. Orden del Día.
- Creación de Tribunales de Familia. Primer trámite constitucional 18
-o-
- Homenaje al liceo de hombres “Narciso Tondreau”, de Chillán, con motivo de su 150º aniversario 63
-o-
VII. Documentos de la Cuenta:
1. Mensaje de S. E. el Presidente de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que establece el financiamiento necesario para asegurar los objetivos sociales prioritarios del Gobierno (boletín N° 3256-05) 68
2. Oficio de S. E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia, con calificación de “suma”, para el despacho del proyecto que establece el financiamiento necesario para asegurar los objetivos sociales prioritarios del gobierno (boletín N° 3256-05) 79
3. Oficio del Senado por el cual comunica que ha aprobado, con modificaciones, el proyecto que modifica la ley N° 18490, que estableció el seguro obligatorio de accidentes personales causados por circulación de vehículos motorizados (boletín N° 2447-15) 80
4. Oficio del Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto de acuerdo sobre aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de Chile y la Organización Europea para la Investigación Astronómica en el Hemisferio Austral, relativo al establecimiento de un nuevo Centro de observación, Proyecto Alma (boletín N° 3219-10) 82
Pág.
5. Proyecto iniciado en moción de la diputada señora Ibáñez, doña Carmen; de los diputados señores Becker, Aguiló, Hales, Moreira, Palma, Rossi, Walker, y de las diputadas señoras Sepúlveda, doña Alejandra y Saa, doña María Antonieta, que modifica la ley N° 19.451, sobre trasplante y donación de órganos (boletín N° 3253-11) 82
6. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Bustos, Burgos, Encina, Espinoza, Ceroni, Paredes, Riveros, Rossi, Tuma, y de la diputada señora Soto, doña Laura, que limita la competencia de la jurisdicción militar y modifica el Código de Justicia Militar en otras materias (boletín N° 3254-07) 85
7. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Tuma, Burgos, Bustos, Ceroni, García, Saffirio, Silva, y de la diputada señora Soto, doña Laura, que modifica el trámite de la conciliación contenido en el artículo 262, del Código de Procedimiento Civil (boletín N° 3255-07) 9
VIII. Otros documentos de la Cuenta
1. Oficios:
Ministerio del Interior
- Del diputado señor Luksic, selección de la comuna de Colina para integrar el Programa Comuna Segura, Compromiso Cien.
- Del diputado señor Burgos, encuestas Programa Comuna Segura, Compromiso Cien 2001-2002.
- Del diputado señor Hales, evitar intervenciones de construcción, especialmente habitacional, autorizadas en el área rural.
- Del diputado señor Sánchez, proceso judicial para esclarecer la muerte de varios jóvenes en la región de Aisén.
- Del diputado señor Pablo Galilea, cantidad de viviendas de propiedad fiscal que existen en esa región con indicación del servicio público que las administra; estado y funcionamiento de la Microcentral Hidroeléctrica de Villa Amengual.
- Del diputado señor Alvarez, proceso de licitación de la planta de refrigeración Sacor.
- Del diputado señor García, difícil situación de los habitantes de la Novena Región con motivo de los temporales.
Ministerio de Relaciones Exteriores
- De la Corporación, protesta formal del Gobierno de Chile ante negativa del Gobierno de Cuba a otorgar visas diplomáticas solicitadas para Parlamentarios.
Ministerio de Obras Públicas
- Del diputado señor Delmastro, causas por las cuales no se han vuelto a licitar las plantas de revisión técnica de vehículos de la Décima Región.
Ministerio de Agricultura
- Del diputado señor Navarro, proyecto Inia -Universidad de Concepción.
- Del diputado señor Prieto, descentralización del Indap.
- Diputado señor Hidalgo, ingreso de carne desde la República Argentina.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Del diputado señor Ortiz, estudio de ingeniería relativo al proyecto de ensanche de la calle Paicaví de la ciudad de Concepción.
- Del diputado señor Rossi, anotación de mérito a funcionarios del programa Chile Barrio en la región de Atacama.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Del diputado señor Recondo, inversión en el proyecto del centro invernal del volcán Osorno.
Municipalidad de Lota
- Del diputado señor Norambuena, informe sobre cambio uso de suelo Villa Los Aromos.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (108)
NOMBRE (Partido Región Distrito)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND-UDI RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina PPD RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional no estuvo presente el diputado señor Boris Tapia M.
-Asistieron, también, los senadores señores Juan Antonio Coloma, Mariano Ruiz y Marco Cariola.
-Concurrieron, además, los ministros de Justicia , señor Luis Bates, de la Secretaría de la Presidencia , señor Francisco Huenchumilla y la directora del Sernam , señora Cecilia Pérez.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.39 horas.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).- El acta de la sesión 82ª de la legislatura 348ª, extraordinaria, se declara aprobada.
El acta de la sesión 1ª de la actual legislatura queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
V. HOMENAJE
HOMENAJE EN MEMORIA DE LA ACTRIZ PREMIO NACIONAL DE ARTE SILVIA PIÑEIRO.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde rendir homenaje a la destacada actriz, Premio Nacional de Arte, señora Silvia Piñeiro, recientemente fallecida.
Hago presente a la Sala que en la tribuna de honor se encuentra presente su hijo, don Leopoldo Contreras Piñeiro, acompañado de familiares y amigos, a quienes damos nuestra más cordial bienvenida.
-Aplausos.
Tiene la palabra la honorable diputada Ximena Vidal.
La señora VIDAL, doña Ximena (de pie).-
Señora Presidenta , señoras diputadas y señores diputados, familia de Silvia Piñeiro y queridos amigas actrices y amigos actores Nelly Meruane , Ramón Núñez , Blanca Mayol y Liliana Ross , que hoy nos acompañan:
Agradezco la gran oportunidad que me ha entregado la bancada de mi partido, el PPD, de rendir homenaje a Silvia Piñeiro . Estamos reunidos en esta Sala para recordar a nuestra querida Silvia .
Según una de sus acepciones, la palabra “recuerdo” significa “traer el corazón hasta aquí”. Y eso es precisamente lo que me gustaría compartir en estos momentos con ustedes.
Como actriz y diputada de la República , siento una gran emoción al pronunciar estas palabras de reconocimiento y homenaje póstumo a esa gran actriz de la escena nacional, Silvia Piñeiro .
Desde su partida definitiva la madrugada de ese miércoles 15 de mayo, los medios de comunicación han recordado su trayectoria teatral y televisiva como la de una tremenda actriz chilena, una verdadera “bestia teatral”, como también la recordamos quienes tuvimos la suerte de trabajar junto a ella.
Mi primera incursión teatral fue en 1968, en la obra “Juani se casa”, producida por la compañía de Silvia Piñeiro. A pesar de mi corta edad, realicé una temporada junto a Silvia Piñeiro , Emilio Gaete , Jorge Guerra y Osvaldo Lagos, y nunca imaginé que mi carrera en el teatro, desde entonces, quedaría definitivamente ligada al género de la comedia.
En 1982, protagonizamos la teleserie “Celos”, en Canal 13, en la cual Silvia jugó un gran rol dramático interpretando el papel de mi madre. Posteriormente, en 1991, Megavisión proyectó una producción de Chile Films llamada “Condominio”, comedia semanal que tuvo mucho éxito y en la que “la Piñeiro”, como le gustaba que la llamaran, fue una vez más mi mamá en la ficción.
Ahora, desde éste, que para mí es un nuevo escenario, el del Congreso Nacional, donde estoy jugando otro rol, dirijo mi homenaje a Silvia Piñeiro . Segura de representar no sólo a las miles de personas que me apoyaron con su voto, sino también al público que quiere y reconoce a los artistas nacionales, he solicitado a la Cámara de Diputados hacer un reconocimiento a esta actriz, invocando nuestra primera y gran misión: estar en sintonía con lo que siente la gente de nuestro país.
Queremos expresar nuestro agradecimiento a Silvia Piñeiro por los gratos momentos que nos hizo vivir a través de sus personajes. El dolor de su pérdida física no nos hace olvidar la presencia de su espíritu creador. Silvia es recordada, específicamente, por su personaje de Bebé Mackay de Möller. Hoy nos acompaña Nelly Meruane , su gran amiga, “la Cotocó”. Pero no seríamos justos si no reconociéramos y no recordáramos los otros personajes que llevó a escena magistralmente, algunos de los cuales interpretó en obras presentadas en el Teatro de la Universidad Católica de Chile, entre ellas “La invitación al castillo”, de Jean Anhouil ; “Cuando nos casemos”, de Priestley; “Martín Rivas ”, de Santiago del Campo, sobre la base de la novela homónima de Blest Gana; “Entre gallos y medianoche”, de Carlos Cariola , “¡Esta señorita Trini !” y “Versos de ciego”, de Luis Alberto Heiremans ; “Deja que los perros ladren”, de Sergio Vodanovic ; “La pérgola de las flores”, de Isidora Aguirre y Francisco Flores del Campo; “La balsa de la medusa” y “Espejismos”, de Egon Wolf , y “ Sarah Bern hardt?, de John Murrell.
Su versatilidad no sólo la demostró en el teatro, sino también en la televisión y en el cine, donde participó en producciones como “Juani en sociedad”, “Residencia de los Möller Mckay”, “Juani se casa”, “Oiga, usted”, “El show de Silvia Piñeiro ”, “De cara al mañana”, “Marrón glacé”, “Sucupira”, “Éxito”, “Nunca en domingo”, “Bellas y audaces”, etcétera.
Durante su carrera obtuvo 18 premios Caupolicán y 28 laureles de oro. Durante 15 años fue consagrada como la actriz más popular y recibió los premios Onda y Nacional de Arte, y el más importante de todos: el reconocimiento del público.
Estoy segura de que su familia debió pagar un alto costo, porque no es fácil ser mujer y actriz en un país como el nuestro, que no ha mirado con buenos ojos a las mujeres emprendedoras. Hace muy poco tiempo que estamos revirtiendo esa situación, creando políticas culturales y legislativas que den cuenta de la enorme capacidad productiva de las mujeres.
Doña Silvia superó el conservadurismo, el doble discurso y el “chaqueteo”, y formó una familia. Era una madre orgullosa de su hijo y querendona de sus nietos. En los descansos hablaba constantemente de “el Pollo”, de sus nietos y, por supuesto, de su querida acompañante, su mascota “ Sarah Bernhardt ”.
Con “el Pollo”, Leopoldo Contreras , su hijo, nos unen los afectos de haber trabajado juntos en Protab, en los comienzos de la televisión chilena. Eran los primeros tiempos de esta actividad, en los cuales se sentaron las bases de la actual producción televisiva. Con pocos recursos, grandes técnicos, creadores y productores fueron tejiendo la trama de una constante actividad que, técnicamente, hoy ha alcanzado los mejores niveles de calidad en América latina.
Mientras tanto, Silvia se convertía en una empresaria teatral. Tuvo tiempos muy buenos, pero -no alcanzamos a conversarlo- supongo que se dio cuenta de que el Estado tiene el deber de apoyar el arte y la cultura, así como también los empresarios deben compartir esa responsabilidad.
No alcanzamos a conversar sobre muchas cosas. Eso nos pasa habitualmente en la vida y, en lo personal, hago esfuerzos para que me suceda cada vez menos. Es por eso que conversamos hoy, contigo, y hablamos de ti, Silvia , porque es justo y necesario.
“La función debe continuar”. Esa expresión teatral, tan especial para nosotros, me excusa frente a ti por no haberte acompañado físicamente en tu funeral cuando te fuiste al viaje eterno. Ese 16 de mayo me encontraba legislando sobre tres proyectos de ley: el de contratos administrativos, el del nuevo trato laboral para los funcionarios de la adminstración del Estado y el de trasparencia, límite y control del gasto electoral. Silvia, estoy segura de que estarías feliz de ver a la derecha y la izquierda unidas, como diría nuestro Nicanor Parra , votando responsablemente para la innovación y la modernización de la gestión pública y política, y dando algunos primeros pasos históricos y necesarios para responder adecuadamente a las demandas de los ciudadanos y de las ciudadanas del siglo XXI.
Sabemos que tu sensibilidad política fue de derecha y que tu talento fue el don que Dios te dio. También sabemos que tu responsabilidad era intransable. Recuerdo cómo alegabas cuando los compañeros llegaban tarde. La responsabilidad y la disciplina, el trabajo sustentado en los valores permanentes, eran parte de tu éxito. Te queremos, Silvia , porque fuiste un ejemplo de vida. Soy una eterna agradecida por haber tenido la oportunidad de trabajar junto a ti.
Quisiera terminar mi homenaje para Silvia Piñeiro con unas líneas de la Obra “ Sarah Bernhardt ”, que magistralmente interpretara junto a Ramón Núñez , otro de los grandes comediantes de la escena nacional.
La divina Sarah , encarnada por Silvia Piñeiro , pide a su fiel Pitou que le lea un poema que Edmond Rostand escribió para ella. Pitou lee:
“Oh tiempo sin belleza, sólo tú nos quedas
sólo tú sabes descender las imperiales gradas
ceñirte una corona, blandir la recia espada
o portar un blanco lirio en tus manos de seda.
Reina de la actitud y princesa del gesto
en estos tiempos de sombras emerges como un faro
y el oro de tu voz alcanza el cielo.
Ansiosa de sufrir, te añades mil pesares
y hemos visto correr por tus mejillas
todo el llanto que vierten los tristes de la tierra.
Y entonces Sarah -y tú lo sabes-
que tanto dolor no ha sido en vano
porque los labios de Shakespeare, levemente
besan, emocionados, todos los anillos de tus manos.”
Silvia, con estas palabras he querido rendirte un homenaje.
Pido a todos los presentes que nos acompañen en un gran aplauso para despedirla, como despedimos a los artistas.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
A continuación, tiene la palabra la diputada María Angélica Cristi , en nombre de la Unión Demócrata Independiente.
La señora CRISTI , doña María Angélica (de pie).-
Señora Presidenta , distinguidos colegas, familiares y amigos de Silvia Piñeiro :
Es un gran honor para quien les habla rendir un homenaje, en nombre de la banca-
da de la UDI, a una gran mujer y a la mejor actriz del teatro chileno, querida y admirada por miles de compatriotas y por ciudadanos de todo el continente.
No me resulta fácil homenajear a una actriz de su trayectoria en la dimensión que ella merece sin pertenecer yo a ese mundo, que, a diferencia de otras profesiones, sólo pueden ejercer quienes han nacido con ese gran talento: la maravillosa capacidad de desdoblarse, de actuar y de ser personas a la vez.
Rindo homenaje a Silvia Piñeiro desde la perspectiva de una espectadora y gran admiradora que presenció, se emocionó y disfrutó de su notable trabajo, de su temperamento lleno de vida y de su figura pública, caracterizada siempre por un sutil sentido del humor. Debo decir que me encantaba escuchar su voz, su forma de hablar. A simple vista se confundía con la inocencia y frivolidad de sus personajes más queridos. Tuvo roles de comediante en obras como “¡Esta señorita Trini !”, que la llevó a ser elegida para el papel de Laura Larraín viuda de Valenzuela en “La Pérgola de las flores” o la Bebé Mckay de Moller de “Juani en sociedad”, pero que daban cuenta de su enorme sensibilidad para retratar rasgos muy propios de nuestra sociedad y de la época.
En una carrera que se extendió por casi 50 años, realizó 70 puestas en escena que la hicieron una de las actrices más cotizadas de su generación.
Estudió y perteneció al Teatro de ensayo de la Universidad Católica en la década de los 50. Con enorme esfuerzo fue empresaria, productora y primera actriz de su propia compañía en los años 60. Incursionó en el género de las revistas en los años 70. Enfrentó, en los años 80, el desafío de encarnar, en el teatro de la Católica, a Sarah Bernhardt , un papel calificado por los críticos como una de sus más sólidas interpretaciones. También estuvo, por supuesto, en la televisión, en la serie “Juani en sociedad” y, luego, formando parte de los elencos de varias teleseries nacionales.
Con ocasión de su muerte, me emocionó profundamente el homenaje que le rindió su gran amigo y principal compañero de actuación, Emilio Gaete , otro gran talento del teatro chileno, quien, en las páginas de espectáculos de “El Mercurio” de Santiago , el 17 de mayo pasado, decía: “Se fue mi mejor amiga y Chile perdió a su mejor actriz. La echo de menos como diablo”.
Creo, al igual que su compañero de tablas, que miles de chilenos, de varias generaciones, la estaban extrañando hace varios años, especialmente desde que enfermó.
Silvia fue ante todo una actriz, y su trayectoria siguió ordenada y exitosamente el mismo camino de las agujas de un reloj: dio la vuelta completa y ocupó prácticamente todos los espacios posibles en el teatro.
Dos hechos, desde mi punto de vista, caracterizaron la expresión artística de Silvia, y le valieron el cariño, admiración y respeto del público. Primero, su trabajo, particularmente en roles de comediante. Acercó el teatro a miles de espectadores que hasta ese entonces no se habían interesado por las tablas. Luego, un hecho que hoy cobra más relevancia que nunca -cuando nos enfrentamos a un mundo del espectáculo que muchas veces llega a la indignidad y a la vulgaridad para aumentar los ratings-, Silvia Piñeiro jamás recurrió a subterfugio alguno que arriesgara la calidad de su espectáculo para emocionar a su audiencia o para incrementarla. Por lo demás, sus actuaciones eran tan espectaculares y profesionales que jamás lo habría necesitado.
Silvia se hizo acreedora del Premio Onda a la mejor actriz iberoamericana de televisión, en 1977. Se sumaron después el Premio Nacional de Arte, en 1988, y el Premio a la Trayectoria, de la Asociación de Periodistas de Espectáculos, Apes, en 1994. Recibió otros cientos de reconocimientos, incluso uno muy modesto: el homenaje que tuve ocasión de rendirle como alcaldesa de Peñalolén , en 1986, en reconocimiento a su destacada trayectoria como mujer y actriz. Jamás pensé, entonces, que diecisiete años después tendría el honor de recordarla desde este podio en la Cámara de Diputados.
El fallecimiento de quien fuera Premio Nacional de Arte en 1988 dejó en miles de chilenos una sombra de pena y de duda, no sólo por su pérdida, sino por las circunstancias que acompañaron su homenaje póstumo. Quedó en el aire desde el día de su muerte esta pregunta: ¿Por qué, a la hora de su despedida final, no estuvieron, como correspondía a su destacada figura, los artistas nacionales en general? Sabemos que muchos la acompañaron, pero nunca tantos como hubiera sido posible. ¿Qué fue exactamente lo que pasó? ¿Fue, acaso, una censura velada a quien, consecuente y legítimamente, definió sus posiciones como ciudadana, como chilena; quien, valientemente, jamás negó su afecto y apoyo al entonces Presidente de la República , general Augusto Pinochet?
El arte, la cultura, el teatro ¿son propiedad intelectual de una determinada corriente política? Sinceramente, hay quienes nos negamos a aceptar semejante discriminación. Ello no calza con la libertad de pensamiento y el respeto a la diferencia, inherentes a cualquier expresión de arte.
Sin embargo, afortunadamente, Claudio Di Girólamo , la máxima autoridad cultural de Chile, así lo entendió. Sorprendido por la ausencia de representantes del teatro chileno en el funeral de Silvia, señaló: “Frente a la muerte, frente al trabajo de Silvia, creo que no caben esas cosas mezquinas. Incluso, pensar una cosa así nos rebaja como personas”.
Lo anterior nos debe llevar a una profunda reflexión, especialmente cuando la Cámara ha dado un gran apoyo y ha hecho un aporte al desarrollo de la cultura nacional, y reivindicarnos con todos los chilenos que han sido un gran aporte al arte y a la cultura en nuestro país, independientemente de sus ideologías y creencias.
Las palabras de la diputada Ximena Vidal reivindican nuestro pensamiento al respecto. Espero que sea para todos nuestros artistas
Nos queda la alegría del hermoso homenaje que le rindieran las floristas de la pérgola de las flores, quienes, quizás como nunca, despidieron a una de sus más fieles representantes, a quien hiciera de ellas y de su maravillosa actividad un símbolo nacional, representada en esa obra que jamás borrará el tiempo y que será interpretada y cantada por todas las generaciones: “La pérgola de las flores”.
Hoy nos acompañan sus seres queridos y su único hijo, Leopoldo , a quienes expresamos nuestras sinceras condolencias y a quienes les deseamos que les quede siempre el consuelo de ser herederos de una mujer maravillosa, una verdadera diva del arte.
Silvia Piñeiro se fue a los 80 años. Nos queda de ella su permanente alegría, su expresión artística fuera de serie y, sobre todo, el testimonio de una mujer que, decididamente, venció miles de obstáculos para realizar sus sueños.
He dicho.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Iván Paredes , quien rendirá homenaje en nombre del Partido Socialista y del Partido Radical Social Demócrata.
El señor PAREDES (de pie).-
Señora Presidenta , honorable Cámara de Diputados, estimados colega; familiares, artistas y amigos de la destacada actriz nacional Silvia Piñeiro :
Para quienes ven el mundo en blanco y negro podrá parecer extraña mi intervención de hoy.
Quiero iniciarla destacando la tremenda importancia que tiene el hecho de que el Congreso Nacional haya aprobado la ley sobre la nueva institucionalidad cultural para Chile, porque, además de potenciar el desarrollo del arte, de la cultura y de las identidades regionales, también dignifica el rol de los artistas y de los gestores culturales del país, sin ningún tipo de distinción ni discriminación.
Repito que podrá parecer extraña mi intervención, porque, en la misma dirección hacia la que apunta el espíritu de la ley, debo reconocer y dignificar a una mujer con quien no compartimos proyectos comunes de construcción de sociedad. Pero, como dice el refrán: “Al César lo que es del César”, y como dice la frase bíblica: “Por sus obras los conoceréis”, en el caso de huestra homenajeada, nada mejor que conocerla por sus obras, por su capacidad histriónica, por su larga y fructífera labor en las tablas de los escenarios teatrales.
Sí, estoy hablando de Silvia Piñeiro Rodríguez , quien en la madrugada del 15 de mayo, a los 80 años, dejó de existir tras sufrir un paro cardiorrespiratorio.
Estoy hablando de la actriz. Nos confunde la historia y la memoria porque de pronto se nos aparece con su rostro y pequeña figura, a comienzos de la década de los ’50, como profesional en el teatro de ensayo; con su personaje de “pituca” en “Juani en Sociedad”; como Laurita Larraín , la eterna novia del alcalde en la célebre obra “La pérgola de las flores”, de Isidora Aguirre y Francisco Flores del Campo; como acompañante obligada del galán de la época, Emilio Gaete ; como figura ancla en “Los Möller en su casa”, o como la solterona en “Estúpido cúpido”, perteneciente al comité de la moral y las buenas costumbres, su última incursión televisiva.
Recibió el aplauso, el reconocimiento y los galardones; pero también el olvido y la desidia, además de las sombras de la depresión y, por qué no decirlo, los problemas económicos que marcaron algunos de sus últimos días, quizá producto de ese mismo olvido y de esa misma desidia.
He manifestado los aspectos que nos podrían separar, pero, por sobre ello, me siento profundamente identificado con esa personalidad fuerte y ese amor que siempre sintió por su tierra, porque “la Piñeiro”, como le gustaba que la nombraran, nunca quiso irse del país a pesar de las interesantes ofertas que le hicieron. Tenía marcado tal compromiso con Chile, que la llevó a afirmar: “Creo que amar a la patria no es comerse una empanada, una cazuela ni gritar viva Chile; querer a la patria es desear lo mejor para ella y entregarle lo mejor de uno”. Eso es lo importante.
A pesar de las diferencias políticas, de los proyectos ideológicos de sociedad distintos, en ésta, como en situaciones similares, desde diferentes ángulos del pensamiento, se ha reconocido la importancia de Pablo Neruda, de Violeta Parra y de Ramón Vinay , por el aporte realizado en la producción y la difusión de la cultura nacional. Lo fundamental es desear lo mejor para el país y entregar lo mejor de sí mismo.
“La Piñeiro”, Silvia Piñeiro Rodríguez , puede descansar en paz; no está en deuda con nadie. Más bien, la deuda la tenemos con ella y con tantos que, a través de la expresión de su cuerpo, de sus voces y de sus manos, aspiran a construir el país que todos soñamos, el cual, obviamente, no es en blanco y negro, sino más bien en un gran mosaico de intensos colores que reflejen la tolerancia y la diversidad de una sociedad como la nuestra, que es capaz de reconocer a sus hijos más preclaros.
He dicho.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
A continuación, tiene la palabra la diputada Lily Pérez, en representación de Renovación Nacional.
La señora PÉREZ , doña Lily , (de pie).-
Señora Presidenta , familia de la señora Silvia Piñeiro Rodríguez , diputadas y diputados presentes en la Sala y estimados amigas y amigos que nos acompañan esta mañana:
La Cámara de Diputados rinde hoy un especial homenaje a la gran y reconocida actriz Silvia Piñeiro , quien, tras una ardua lucha contra la neumonía, dejó de existir hace poco tiempo, el miércoles 15 de mayo.
Es mi tarea decir, en nombre de la bancada de Renovación Nacional y, sobre todo, como mujer y como chilena, que su partida dejó un tremendo vacío en el mundo artístico, una gran pérdida para todos quienes la admiramos y jamás la olvidaremos.
Los recuerdos de Silvia siempre estarán presentes, ya que, sin duda, su gran capacidad para actuar y crear personajes se va a mantener a lo largo de nuestra historia cultural. Cómo olvidar, sobre todo quienes en esa época éramos pequeños o niños, a la querida Laurita Larraín , de “La pérgola de las flores”, que la llevó exitosamente a numerosas giras por Chile y por el extranjero.
Silvia nació un 27 de junio, en el invierno de 1922, en la comuna de Providencia. Estudió en el Liceo Nº 1 y, luego, en la Academia Teatral de la Universidad Católica concretó su vida actoral, que fue tan nutrida como exitosa, puesto que, como se ha dicho, da cuenta de más de setenta piezas teatrales, varias teleseries y, al menos, tres películas.
Silvia Piñeiro , además, fue reconocida con el Premio Nacional de Arte, mención Teatro, en 1988. También fue reconocida, en 1977, con el premio Onda a la mejor actriz Iberoamericana, y, en 1994, con el premio Apes a la trayectoria.
Fue, sin duda -como otras actrices que nos acompañan esta mañana-, una de aque-
llas mujeres que mayor entrega y trayectoria ha tenido en las tablas nacionales.
Su carrera profesional comenzó en la década de los '50. Debutó en la obra “Sombra y sustancia”, donde compartió escena con la también entonces novata Ana González , conocida como “La Desideria”.
En los años '60 creó su propia compañía y, junto al eterno Emilio Gaete , formó una de las parejas más conocidas del escenario chileno, con obras como “Cien mujeres y un playboy” y “Adán y Eva en La mayor”.
Silvia se convirtió en una especialista en comedias. También incursionó en el café concert y en teleseries. En televisión, marcó época en programas como “En su casa” y “Juani en Sociedad”. Su último rol en la pantalla chica fue en la producción de Televisión Nacional “Estúpido cupido”, como una solterona perteneciente al comité de la moral y de las buenas costumbres. Su figura quedó grabada para siempre en películas como “Nunca en domingo”, “Sonrisas de Chile” y “El cuerpo y la sangre”.
Muchos la recordamos como una diva, como una mujer dueña del glamour. Se casó sólo una vez, pero, como ella y su hijo alguna vez lo reconocieron, fue algo “enamoradiza”. Amó a los hombres con la misma pasión que amó al teatro. Medio en serio, medio en broma, siempre dijo que su gran amor fue el Presidente Jorge Alessandri Rodríguez , tal vez el solterón más empedernido de nuestra historia política. Pero, al final, la verdad es que Silvia Piñeiro amó intensamente la vida.
El telón de su vida comenzó a bajar cuando, un día de diciembre del año pasado, su salud hizo crisis y fue ingresada de urgencia al hospital San José . Llegó con muchas afecciones y los médicos estimaban que su estado de salud era de mucha preocupación. Pero sorprendió a todo el mundo, al país, a sus médicos, a nosotros, y alegró a sus admiradores, cuando salió, esa vez sonriente, del centro asistencial pocas horas
antes del Año Nuevo. Desgraciadamente, la recuperación no fue total y, finalmente, la actriz tuvo que volver al mismo establecimiento.
Sin duda, quienes mejor pueden expresar cómo era esta gran mujer no somos nosotros, sino su familia y amigos. Ellos pudieron compartir con ella los distintos episodios de su larga vida. Su familia hoy nos honra con su presencia, en especial su único hijo, Leopoldo Contreras , quien no sólo fue reconocido por el amor que entregó a su madre, sino también por la alegría que le dio al regalarle cinco nietos y dos bisnietos.
Una gran estrella de las tablas nacionales ya no está con nosotros. Sin embargo, la luz y la energía que irradió durante su vida seguirán iluminando a quienes ha dejado.
En una oportunidad, Silvia señaló lo siguiente sobre su concepto de patria: “Pienso que la patria ha recibido de mí lo que le quise dar: lo mejor de mí. Siempre permanecí en mi país, a pesar de que tuve múltiples ofrecimientos para emigrar. Creo que amar a la patria no es comerse una empanada ni siquiera comerse una cazuela o gritar viva Chile. Querer a la patria es desear lo mejor para ella y entregarle lo mejor de uno mismo”.
Así era “la Piñeiro”, nuestra Silvia Piñeiro .
He dicho.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz , para hablar en nombre de la bancada democratacristiana.
El señor ORTIZ (de pie).-
Señora Presidenta , señores vicepresidentes de la Corporación, señor ministro , señorita ministra, colegas diputadas y diputados; señor Leopoldo Contreras , hijo de la señora Silvia Piñeiro que en paz descanse; actrices y actores del teatro chileno:
El 11 de marzo de 1990 juramos, como consecuencia de la voluntad popular, ciento veinte parlamentarios. Dentro de la primera generación de diputados, después de la recuperación de la democracia, figuraba la actriz María Maluenda .
Hace un año y meses juró una nueva parlamentaria: la actriz señora Ximena Vidal , quien, como jefa de bancada, solicitó que se rindiera este justo homenaje a esta gran actriz del teatro chileno.
Expreso esto porque es habitual que en la Cámara de Diputados se rinda homenaje a personas que han destacado en diferentes actividades de la vida. No es mi papel, al menos, evaluar su posición política, porque eso significaría no respetar la autonomía e independencia de los seres humanos, más aun en un país como Chile, con sólo quince millones de habitantes, en el cual todos nos necesitamos cada día más.
En estos trece años y meses de funcionamiento de la democracia han llegado a la Cámara de Diputados hombres y mujeres provenientes de distintas actividades. Por eso es un honor que hayan sido elegidas diputadas las señoras María Maluenda y Ximena Vidal , respectivamente.
A la edad de 80 años falleció la diva de la comedia chilena, la inolvidable intérprete de Laurita Larraín, de “La pérgola de las flores”, la “novia” del alcalde que decía “sí”, dependiendo de quién tenía enfrente, actitud que formó una pésima imagen de los políticos.
La Universidad de Concepción, durante las rectorías de humanistas excepcionales, como David Stitchkin Branover , Ignacio González Ginouvés y otros, creó, en 1960, el foro abierto de dicha casa de estudio. La primera obra que, en forma gratuita, se presentó en él para los alumnos -entre quienes me contaba- fue “La pérgola de las flores”. En esa época éramos muy jóvenes; han pasado más de 40 años. Como a todos los jóvenes, nos interesaba el arte, por lo que ese foro era un lugar de encuentro de diferentes estamentos de Concepción. Vimos la obra por lo menos cuatro veces. Después la presenciamos a la orilla de la laguna de Llacolén, la laguna chica de San Pedro de la Paz. Recuerdo que Silvia Piñeiro era la misma de siempre: dinámica, activa y “enamorada” -como dijeron algunas colegas-, actitud que da cuenta de lo importante que es en la vida que los hombres y las mujeres manifestemos sentimientos y que creamos en el amor, en los afectos y en la amistad.
Formada en la Escuela de Teatro de la Universidad Católica, Silvia Piñeiro obtuvo el Premio Nacional de Arte en 1988, el premio Onda a la mejor actriz iberoamericana en 1977 y el premio Apes a su trayectoria artística en 1994. Fue una de las mujeres con mayor entrega y trayectoria en las tablas nacionales.
Su fructífero trabajo en el teatro es recordado especialmente por el personaje que representó en “La pérgola de las flores”. Su interpretación de la aristócrata Laurita Larraín será siempre una actuación señera para las actrices que han asumido y asuman ese rol en los distintos montajes del clásico de Isidora Aguirre y Francisco Flores del Campo.
Su carrera profesional comenzó en 1950 con la participación en numerosas obras; entre ellas, “Ángeles en desgracia”, “El hombre que vino a cenar”, “El aniversario” y “Aprobado en castidad”. Una de sus interpretaciones teatrales más célebres y valoradas por ella misma fue “ Sarah Bernhardt ”, junto a Ramón Núñez -presente en estos momentos en las tribunas-, montaje realizado en el teatro de la Universidad Católica.
Entre sus últimas incursiones teatrales figuran “Al que le toca, le toca”, con la dirección de Tomás Vidiella; “Los chicos de la fiesta”, “Después del postre” y “El protagonista”. En los 60 tuvo la valentía -ya que lo más difícil era lograr el autofinanciamiento- de crear su propia compañía de teatro. Junto a Emilio Gaete , hace más de 40 años, formó la pareja más conocida en el escenario, con obras como “Cien mujeres y un playboy” y “Adán y Eva en La mayor”.
Convertida en una especialista en comedias, también incursionó en el café concert y en teleseries. En televisión, Silvia Piñeiro marcó época en programas como “Los Möller”, “En su casa” y “Juani en sociedad”, serie ésta última que protagonizó durante siete años junto a Emilio Gaete , Nelly Meruane -quien se encuentra en la tribuna de honor- y Sonia Viveros . Su figura quedó grabada en el celuloide con películas como “Nunca en domingo”, “Sonrisas de Chile” y “El cuerpo y la sangre”.
Silvia Piñeiro quiso entrañablemente a nuestro país. Por eso varios colegas que me antecedieron en el uso de la palabra han recordado frases que vertió cuando fue honrada con un premio, en las que ella hacía una semblanza de la empanada y del beber un vaso de vino, y que reflejaban, muy especialmente su entrega al arte y a la cultura para los chilenos y chilenas.
Como Partido Demócrata Cristiano sentimos profundamente que la gran actriz haya terminado su vida con una enfermedad tan grave, que la dejó con tan pocos kilos de peso, imagen que pudimos captar en la televisión.
Del quehacer de las personas, con el correr del tiempo, se hace una evaluación, y no me queda la menor duda de que don Leopoldo Contreras, su hijo, y sus cinco nietos y dos bisnietos, han sentido el calor humano y el afecto de quien ahora está a la diestra de Dios Padre, luego de cumplir un gran papel en la transmisión del arte y la cultura.
Por todo lo anterior, en nombre del Partido Demócrata Cristiano, hemos rendido homenaje esta mañana a quien fue una gran actriz del teatro chileno.
He dicho.
-Aplausos.
-En la Sala se escucha la introducción de la comedia musical “La pérgola de las flores”.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
De esta forma, la Cámara de Diputados ha rendido homenaje a la señora Silvia Piñeiro, destacada actriz y premio nacional de arte, y también ha expresado afecto a su hijo.
El señor ERRÁZURIZ.-
Pido la palabra por un asunto reglamentario.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señora Presidenta , a los diputados de la Región Metropolitana nos llegó una invitación del Presidente del Senado y de la Presidenta de la Cámara de Diputados para desarrollar actividades en Santiago, a contar del 6 de junio, con presidentes de centros de alumnos. El documento del Departamento de Prevención de Riesgos figura timbrado con fecha 9 de junio y me llegó ayer. Tengo entendido que el diputado Jorge Burgos , con quien hablé, también la recibió tarde, razón por la cual no pudimos asistir. Según nos informaron en el Palacio Ariztía, la Presidencia de la Cámara se encargaría de hacer llegar oportunamente el programa de actividades a los diputados de la Región Metropolitana.
Quiero saber qué ha pasado con esto.
VI. ORDEN DEL DÍA
CREACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE FAMILIA. Primer trámite constitucional.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En el Orden del Día, corresponde ocuparse, en primer trámite constitucional, del proyecto que crea los tribunales de familia.
Diputados informantes de las Comisiones unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Familia, y de la de Hacienda, son los señores Burgos y Von Mühlenbrock, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 2118-18, sesión 13ª, en 5 de noviembre de 1997. Documentos de la Cuenta Nº 4.
-Informe de las comisiones unidas de Constitución. Legislación y Justicia y de Familia, sesión 4ª, en 10 de junio de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 7.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 4ª, en 10 de junio de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 8.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos, informante de las Comisiones unidas de Constitución y de Familia.
El señor BURGOS .-
Señora Presidenta , en nombre de las Comisiones unidas de Constitución y de Familia, vengo en informar sobre el proyecto que crea los tribunales de familia, originado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República .
El proyecto original del Ejecutivo fue estudiado previamente, por acuerdo de la Sala, por la Comisión de Familia, trámite que cumplió entre el 5 de noviembre de 1997 y el 21 de julio de 1999, fecha en que evacuó su primer informe.
A partir de la fecha señalada, conforme al acuerdo mencionado, correspondió conocer del proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, estudio que no se realizó de inmediato por cuanto se consideró que el proyecto estaba incompleto, puesto que en ese momento no contenía la creación de los nuevos juzgados de familia ni fijaba sus plantas, como tampoco reglaba el mecanismo de la mediación, situación que subsanó el Ejecutivo al enviar, el 30 de mayo de 2001, una indicación sustitutiva del proyecto.
La honorable Cámara, a fin de agilizar el estudio de la iniciativa, acordó, el 13 de junio de 2001, darle el trámite de comisiones unidas para que las dos comisiones técnicas analizaran en forma conjunta la referida indicación.
En consecuencia, habiéndose pronunciado en general la Comisión de Familia y teniendo presente que la mencionada indicación se enmarca dentro de las ideas matrices o fundamentales del proyecto, no se estimó necesario ni acorde con la normativa reglamentaria que las comisiones unidas emitieran un nuevo pronunciamiento sobre la idea de legislar y se procedió a tratar el proyecto artículo por artículo.
Durante el análisis del proyecto asistieron a las comisiones unidas el ministro de Justicia de entonces, don José Antonio Gómez Urrutia ; la ministra directora del Servicio Nacional de la Mujer , en esos meses doña Adriana Delpiano Puelma ; el subsecretario de Justicia , don Jaime Arellano ; el asesor del Ministerio de Justicia, don Francisco Maldonado ; la subdirectora del Servicio Nacional de la Mujer, cargo que ocupó doña Karen Herrera ; las abogadas asesoras del Ministerio de Justicia, señoras Consuelo Gazmuri , Paula Correa y Macarena Vargas ; el abogado asesor del Servicio Nacional de la Mujer, don Marcos Rendón ; los académicos doña María Aron, don Patricio Zapata, don Juan Vrsalovic, doña Matilde Castillo ; la jueza doña Marta Jimena Pinto Salazar y otros asesores.
Suele ocurrir que en proyectos importantes, como el relativo a la institucionalidad de la cultura o el del nuevo trato a los funcionarios públicos, las tribunas se llenen de público. Es probable que en este momento no haya nadie, en ellas, escuchando el debate de este proyecto, el cual es tanto o más fundamental que los mencionados.
Las sociedades, tal como las personas, enfrentan diariamente situaciones de la vida cotidiana, pero también puntos de inflexión, centrales en su existencia. Desde la perspectiva que uno mire la vida, un punto central es el nacimiento de un hijo, el matrimonio, la incorporación al período escolar, en fin. Las sociedades también tienen momentos centrales, puntos de inflexión. A mi juicio, el avanzar en la creación de una jurisdicción de tribunales de familia es también un punto central de nuestra sociedad.
En consecuencia, el proyecto merece no sólo la atención de las tribunas, sino particularmente la de los legisladores, pues han sido elegidos, en forma especial, para abocarse al conocimiento de este tipo de temas.
El proyecto es iniciativa del Ejecutivo , particularmente del Ministerio de Justicia y del de la Mujer. Ingresó a tramitación, por primera vez, en noviembre de 1997, durante la Presidencia de don Eduardo Frei Ruiz-Tagle . La iniciativa surge como consecuencia del diagnóstico, compartido por sectores judiciales, académicos y forenses, de la necesidad imperiosa e impostergable de dotar a la ciudadanía de una judicatura especializada, ágil y moderna en dar respuestas adecuadas a conflictos en materia de familia.
En efecto, el actual sistema procesal que se aplica a los asuntos de familia contiene -lamentablemente- graves deficiencias de diseño y operación que, en ocasiones, obstaculizan el efectivo y total cumplimiento de las garantías constitucionales procesales que conforman el derecho al debido proceso, reconocido por la Constitución Política. Aun más, no sólo lo dificultan, sino que, muchas veces, lo hacen imposible.
La excesiva duración de los procesos atenta -por cierto- contra la garantía de obtener una respuesta oportuna y la casi nula inmediación entre el juez y las partes dificulta la aplicación del principio de la bilateralidad de la audiencia, el que se encuentra en la base del derecho a la defensa. Estos ejemplos son algunos de los que dan cuenta de una situación lamentable y -a mi entender- caótica. A ello se suma la naturaleza de los conflictos de familia que llegan a tribunales de menores. Se trata de asuntos que presentan ciertas particularidades y complejidades que requieren de un tratamiento especialísimo, que considere las múltiples dimensiones involucradas en toda la problemática familiar; no sólo desde la perspectiva judeo-cristiana, sino desde la más amplia que se la quiera mirar. En este tipo de procesos judiciales, el requerimiento que se hace al tribunal para que reconozca o ampare un derecho determinado está indefectiblemente ligado a relaciones sanguíneas y afectivas entre personas que forman parte de una misma familia en ese momento, en diversos grados de conflicto. Las resoluciones judiciales que de ellos emanen tendrán, pues, un efecto permanente en la vida futura de los miembros de la familia y en los elementos centrales que se relacionan con la vida en familia. Por ejemplo, el fallo sobre la tuición de los hijos, luego de la separación -probablemente, en un tiempo más será del divorcio-, marcará de por vida las relaciones entre padres e hijos, especialmente el grado de contacto y participación del padre o madre no custodio en la crianza de sus hijos.
Por otra parte -y no por ello menos importante y trascendente-, la reforma de justicia a la familia se inscribe dentro de un gran proceso de modernización de la justicia que se está llevando a cabo en los últimos años en el país. El primer hito -tal vez, el más urgente- fue la gran reforma procesal penal, que está en plena implementación; a mi juicio, el segundo es esta gran reforma, y está presente el ministro de Justicia , quien nos podrá contar de los hitos que vendrán después (personalmente, creo que está la reforma del sistema civil de justicia).
En efecto, la reforma procesal penal, ya en curso y con éxito en varias regiones, ha puesto de manifiesto la necesidad de acercar la justicia a las personas, a través de procedimientos transparentes, breves y de participación directa por parte de los involucrados. Ambas reformas, la procesal penal y ésta, coinciden, además del tránsito de los procedimientos escritos y latos a preferentemente orales, en la modificación de la estructura de los tribunales, en la incorporación de la figura del administrador del tribunal y en la aplicación de los derechos contenidos en los tratados internacionales ratificados por nuestro país.
Ambas reformas tienen también por objeto hacer concreción real del estatuto de garantías constitucionales que establece nuestra Carta Fundamental. En una sociedad como la nuestra no será posible asegurar los derechos de las personas y las garantías constitucionales si no hay un buen resguardo judicial de ellas. Nuestros sistemas actualmente vigentes en tema de menores y, en parte, en el tema del proceso penal, todavía no resguardan buenamente esos derechos. En consecuencia, es deber de todos los que legislamos y colegislamos acelerar el trámite para crear las condiciones procesales de aseguramiento de los derechos constitucionales y de las garantías esenciales de los seres humanos.
Todas estas razones, sintetizadas brevemente, llevaron al Ejecutivo y al Legislativo a la elaboración del proyecto que crea los tribunales de familia, como un elemento central de la modernización de la justicia.
Objetivos de la iniciativa.
El proyecto crea tribunales de familia, suprime los actuales juzgados de menores y crea, en su reemplazo, juzgados de familia, con un diseño innovador de tribunal unipersonal de composición múltiple.
El proyecto plantea los siguientes cuatro objetivos esenciales: el primero, la creación de una jurisdicción especial en asuntos de familia. El segundo, que dicha jurisdicción cuente con asesoría interdisciplinaria. El tercero, que el juez de familia tenga un conocimiento inmediato y directo de los asuntos que está llamado a resolver. Y el cuarto, que a las personas se les proporcionen instancias adecuadas para llegar a soluciones cooperativas.
Brevemente, me referiré a cada uno de estos cuatro elementos esenciales. El primero dice relación con la creación de una jurisdicción especializada en asuntos de familia. El tribunal de familia estará dotado de competencia para conocer todas las materias que puedan afectar a la familia, de manera que aquellas que se encuentren en conflicto no deban iniciar varios procedimientos distintos, incluso ante tribunales diversos, para resolver los asuntos que las involucran. Dichos tribunales conocerán exclusivamente materias de familia, lográndose, así, la necesaria especialización en esta instancia jurisdiccional. En el caso de las familias es donde más se demanda una jurisdicción especializada, donde la persona que tenga que recurrir lo haga hacia gente con conocimientos técnicos especiales; donde la persona que tenga que recurrir, frente a una necesidad compleja de la vida en familia, no tenga que estar en un mismo tribunal resolviendo cuestiones que nada tienen que ver con el tema de la familia y sí con el cobro de un pagaré, lo cual hasta hoy es absurdo, por cuanto debemos someternos a reglas de esa naturaleza.
El segundo objetivo es que dicha jurisdicción cuente con asesoría interdisciplinaria. Al efecto, cada tribunal de familia tendrá un consejo técnico, que constituirá un cuerpo de asesoría especializada, multidisciplinaria, compuesto por asistentes sociales, sicólogos y orientadores familiares que asesorarán al juez en la comprensión de los hechos y situaciones que se ventilen. La integración de este cuerpo, siempre interdisciplinaria en cada tribunal de familia, estará en directa relación con el número de jueces que compongan el tribunal.
El tercer objetivo es que el juez de familia tenga un conocimiento inmediato y directo de los asuntos que está llamado a resolver. Para este fin, se prevé aumentar considerablemente el número de jueces dedicados a conocer de estos asuntos. En la actualidad existen 51 jueces de menores, y el proyecto propone la creación de un régimen definitivo de 250 cargos de jueces de familia, es decir, cinco veces más jueces que en la actualidad, distribuidos en todo el país. No se trata de un poco más, tampoco de un 10 por ciento, sino de cinco veces más.
Muchas veces, cuando discutimos en este Congreso Nacional, y con razón, la creación de una planta o su aumento en 10 u 11 por ciento, lo sometemos a una discusión profunda si es necesario. Incluso, algunos opinan que podría haber menos plantas en muchos de los casos. Pero estoy cierto de que en esta materia nadie discutirá la necesidad de crear un plantel de jueces especializado que dé seguridad y establezca un procedimiento cinco veces mayor que el anterior, tal como ocurrió en la reforma procesal penal. Que yo sepa, no hay en la historia de Chile un aumento de funcionarios públicos de la magnitud, y de una sola vez en una ley, como la que ocurrió en la reforma procesal penal. Y ésa no fue una cuestión de debate, porque no hay discusión en la creación de cargos públicos cuando éstos son indispensables; ella se produce cuando huelen a burocracia.
Por otra parte, sobre la base de estudios técnicos externos, se diseñó una estructura orgánica innovadora para los tribunales de familia. En efecto, éstos tendrán el carácter de tribunales unipersonales de composición múltiple, lo que significa que constituirán unidades jurisdiccionales compuestas por un número variable de jueces, calculado, en cada caso, según la carga de trabajo esperada, cada uno de los cuales tendrá separadamente la potestad jurisdiccional plena. Serán tribunales compuestos por jueces que tendrán potestad jurisdiccional plena, atendido el número teórico de las necesidades que indican los antecedentes históricos en materia de familia en una determinada región o ciudad, de conformidad con un ejercicio matemático que nos mostró el propio ministerio.
La presencia del juez de familia en las audiencias y diligencias de pruebas será indispensable, sancionándose con nulidad su ausencia y delegación de funciones. ¡Presencia del juez! Él tiene que estar para atender a las personas.
Con este mismo objeto, se complementan procedimientos orales flexibles, concentrados y basados en el principio de la inmediación. Se regula un procedimiento ordinario, de aplicación general, y otros especiales para obtener, en los actos de violencia intrafamiliar, la aplicación de medidas de protección, y de derechos para niños y adolescentes, en los actos no contenciosos.
El cuarto objetivo es que se proporcione a las personas instancias adecuadas para llegar a soluciones cooperativas. El proyecto de ley que crea los tribunales de familia consagra la mediación como un sistema de resolución de conflictos no adversarial, no controversial, en el que un tercero neutral -el mediador-, sin poder coercitivo, ayuda a las partes a encontrar por sí mismas la solución del conflicto. ¡Qué mejor para una sociedad que la familia en conflicto tenga la posibilidad de solucionarlo para seguir siendo eso: una familia!
La mediación de los tribunales de familia revestirá distintas modalidades, considerando la diversidad y amplitud de las materias que deben conocer. Será obligatoria en los casos de alimentos, tuición y visitas, y facultativa para todas las demás materias en que ésta no esté prohibida, como, por ejemplo, aquellas relativas al estado civil o interdicción de las personas, maltrato de menores o incapaces y adopción.
En este punto quiero hacer un alto, porque sé que en estos artículos, con legítimo derecho, la diputada Saa va a pedir votación separada, puesto que en la Comisión, por mayoría de votos, se estableció algún tipo de mediación en algunas situaciones que, a juicio de varios señoras diputadas y señores diputados, debiera ser de mediación prohibida. Ese punto merece un tratamiento distinto al momento de votar el proyecto.
Siguiendo los lineamientos reseñados, el mensaje del Ejecutivo consta de seis títulos destinados al tratamiento de la organización, competencia, procedimiento ordinario, procedimientos especiales, mediación, plantas y disposiciones adecuatorias.
Los contenidos fundamentales son los siguientes:
El Título I, artículos 1º a 7º, regula la composición de los juzgados de familia.
El Título II, artículo 8º, regula la competencia de los juzgados de familia.
El Título III, artículos 9º al 38, aborda el procedimiento ordinario por aplicar en los juzgados de familia.
El Título IV, artículos 39 al 75, regula los procedimientos especiales aplicables por los juzgados de familia. Esto sin perjuicio de otros procedimientos especiales establecidos en leyes distintas, como las de adopción.
El Título V, artículos 76 a 133, regula el sistema nacional de mediación, una de las mayores innovaciones que trae consigo el proyecto, anexo a los juzgados de familia.
Y el Título VI aborda las plantas, grados y remuneraciones del personal de los juzgados de familia.
Finalmente, se contemplan un conjunto de disposiciones varias y de artículos transitorios.
Antes de terminar, quiero manifestar que, probablemente, en esta primera revisión a fondo hecha por las comisiones especializadas de esta Cámara no se hayan acotado en su integridad todos los puntos complejos de una institucionalidad novedosa de esta naturaleza. Probablemente sea así. Quizás tengamos tercer trámite y comisión mixta. Y para ser bien franco, posiblemente haya necesidad más adelante, igual como ocurrió con la reforma procesal penal, de dictar una norma adecuatoria. Quizás ocurra eso, porque cuando se innova en instituciones que funcionan hace años o -para ser más francos- que no funcionan hace años, se corren riesgos, pero hay que correrlos. ¿Qué quiero decir con esto? Que esta es una oportunidad para lograr que el proyecto pase al Senado de la República.
Sé que hay cuestiones que se pueden plantear hoy. En mi caso, por ejemplo, como consecuencia de una segunda revisión, debido a mi condición de diputado informante , propondría cinco o seis indicaciones para enmendar algunas disposiciones; pero me parece más lógico entregarlas al Ejecutivo y ver la posibilidad de incorporarlas en los trámites posteriores, pues lo importante es dar, como se dice hoy en día, la señal definitiva para que este proyecto siga su marcha y que, relativamente luego, tengamos una nueva institucionalidad para los tribunales de familia.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señora Presidenta , la Comisión de Hacienda pasa a informar sobre el proyecto de ley que crea los tribunales de familia.
Constancias previas.
1. Origen: la iniciativa tiene su origen en un mensaje de su excelencia el Presidente de la República.
2. Disposiciones o indicaciones rechazadas. la indicación parlamentaria al artículo 118.
3. Artículos que no fueron aprobados por unanimidad: el artículo 118 del proyecto.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto el señor Jaime Arellano , subsecretario de Justicia ; la señora Paula Correa , asesora jurídica del Ministerio de Justicia; el señor Fernando Dazarola , abogado de la división jurídica del Ministerio de Justicia, y el señor Carlos Briceño , economista del Ministerio de Hacienda.
El objeto de la iniciativa es modificar la actual justicia de menores para dotar a los jueces de procedimientos y formas de actuación que les permitan dar una respuesta socialmente adecuada al contencioso familiar.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 15 de abril de 2003, señala que, en su globalidad, el proyecto implica un mayor gasto que se desglosa de la siguiente manera:
Gasto de operación en régimen, en miles de pesos de 2003:
a) De los tribunales de Familia: gastos en personal, 18.165.402; bienes y servicios de consumo, 3.269.772.
b) Del sistema de mediación: servicios de mediación, 3.113.059; unidad de medición, 90.368.
c) Fortalecimiento juzgados de letras, 709.264.
d) Unidad de coordinación de la implementación de los tribunales de familia, 91.912. Todo ello da un total de 25.439.777.
Gastos por una vez:
a) De implementación.
-Arriendos (mientras se construye la totalidad de los tribunales), 2.042.137; remodelaciones, 4.254.452.
b) Inversiones:
Capacitación inicial, 483.012; equipamiento, 327.862; informática, 997.072; infraestructura, 20.897.751. En total, 29.002.286.
Recursos que libera el actual sistema: 13.083.452.
Costo total neto: 41.358.611.
Además, se sostiene en dicho informe que la aplicación del proyecto de ley no irroga gasto fiscal para 2003. En los años posteriores se considerará en los respectivos presupuestos anuales, conforme al programa de implementación establecido para el nuevo sistema de justicia de familia y a las disponibilidades presupuestarias correspondientes.
Las Comisiones unidas de Constitución, Legislación y Justicia, y de Familia, dispusieron que los artículos 4º, 99, 111, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 134, 135, 136, 140, numerales 7 y 8, 145, 149 y 153 permanentes, y los artículos 5º, 6º, 7º, 8º, 10 y 11 transitorios aprobados por ellas, son de competencia de esta Comisión. Por su parte, la Comisión de Hacienda acordó incorporar a su conocimiento los artículos 147 y 152 permanentes, y el artículo 9º transitorio, en conformidad con lo que establece el numeral segundo del artículo 220 del Reglamento.
En el debate de la Comisión participó el señor Jaime Arellano , subsecretario de Justicia , quien señaló que el proyecto en estudio inició su tramitación en noviembre de 1997, en la Comisión de Familia, que, luego de despachar el primer informe, pasó a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en la cual se resolvió refundir el proyecto relativo al sistema de mediación y, además, se acordó que fuera estudiado por ambas comisiones en calidad de Comisiones unidas.
A título de resumen, expresó que el proyecto de ley suprime los actuales juzgados de menores, los cuales serán reemplazados por tribunales unipersonales de composición múltiple, en que cada juez actuará independientemente. Explicó que los nuevos tribunales tendrán una jurisdicción especializada y contarán con asesoría interdisciplinaria, en la que se incluirá, entre otros, a psicólogos, asistentes sociales y orientadores familiares. Agregó que en éstos se aplicará el principio de inmediación, limitándose la intermediación de funcionarios de menor rango.
Además, destacó que se propone una instancia obligatoria para lograr acuerdo entre las partes, para lo cual se implementa el sistema de mediación, lo que da cuenta de la tendencia mundial en este ámbito. Mencionó que en nuestro país existe experiencia en mecanismos de mediación, aplicados a este tipo de problemática, a partir de 1995, lo que ha resultado muy exitoso.
Indicó que el proyecto se divide en seis títulos. El Título I trata de los tribunales de familia y su organización; el Título II regula la competencia de los juzgados de familia; el Título III establece el procedimiento; el Título IV contempla procedimientos especiales; el Título V se refiere a la mediación y el Título VI establece las plantas del personal.
Señaló que en la indicación que el Ejecutivo ha presentado en este trámite se introducen modificaciones en relación con la implementación de los referidos tribunales. Al respecto, sostuvo que se considera la aplicación de este nuevo sistema judicial, en forma simultánea en todo el país, a partir de 2005.
Explicó que el mensaje proponía un mecanismo de puesta en marcha similar al del sistema de la justicia penal. Sin embargo, se evaluó que sería preferible que la gradualidad fuese en relación con las dotaciones y no con la geografía. Sobre el particular, afirmó que esto se justifica por cuanto al inicio del sistema no es necesario contar con la dotación completa, ya que estos tribunales iniciarán su trabajo “sin mochila”, por lo que se irán agregando los recursos humanos en un plazo que se ha predeterminado. Así, en 2005 se incorporarán 123 jueces, el año siguiente, 78, y en 2007, 48. Conjuntamente, los gastos en infraestructura se iniciarán a partir de este último año, a fin de no generar mayores presiones en el presupuesto, sin perjuicio de que en el primer período se proceda a remodelar los actuales inmuebles y a arrendar otros.
El diputado Carlos Hidalgo formuló las siguientes consultas: ¿Cuáles serán las exigencias de especialización de los funcionarios asesores?, ¿en qué consiste el mecanismo de determinación del valor de los servicios de mediación? y ¿cómo se aplicará la gradualidad a que se refiere el artículo quinto transitorio?
El señor Jaime Arellano explicó que los jueces serán apoyados en su trabajo por un consejo técnico, al que le corresponderá participar en las audiencias, emitir los informes que ellos les soliciten y asesorarlos directamente. Puntualizó que en cada tribunal de familia habrá uno, integrado por asistentes sociales, psicólogos y orientadores familiares, con carácter de organismo auxiliar de la administración de justicia. Su función primordial será la de asesorar a los jueces en el análisis de los hechos y situaciones relacionados con los asuntos que se conozcan y sobre cualquier otra materia de su especialidad que aquellos le soliciten. Los informes y las opiniones de los miembros de los consejos deberán ser puestos en conocimiento de las partes en las audiencias, a fin de que éstas se enteren de su contenido y los rebatan si así lo estiman necesario.
Precisó que, en cuanto a los requisitos para ser miembro del consejo técnico, el proyecto de ley exige poseer el título de asistente social, psicólogo u orientador familiar otorgado por alguna universidad o instituto profesional reconocido por el Estado.
Por otra parte, afirmó que la mediación es previa al proceso, siendo obligatorio concurrir a ella y su solución es voluntaria. Los servicios de mediación, efectuados por prestadores anexos a los juzgados de familia, serán realizados por las personas naturales o jurídicas seleccionadas a través de un proceso de licitación. Reiteró que los mediadores deberán ser, por regla general, psicólogos, abogados o asistentes sociales.
Explicó que el artículo 120 establece una fórmula para determinar el valor de los servicios de mediación, fijando el pago por tramos, para lo cual se han considerado tres elementos que están presente en todo proceso de mediación: a) gastos administrativos básicos de puesta en marcha del servicio, con un valor base, máximo, de 7.967 pesos; b) la duración del proceso, con un valor dos, el cual tendrá lugar cuando las partes concurran a dos o más sesiones con el mediador sin producirse acuerdo, caso en el que se recibirá como pago 3.65 veces el valor base, y c) el resultado del proceso, con un valor tres, en las causas en que las partes llegan a un acuerdo que sea homologado por el tribunal respectivo, independientemente del número de sesiones realizadas, en cuyo caso el costo del servicio de mediación será 8.17 veces el valor base. Argumentó que la fórmula descrita tiene por fin evitar que las mediaciones se alarguen indefinidamente.
Puso énfasis en que la puesta en marcha de los nuevos tribunales será en forma simultánea en todas las regiones. Agregó que para facilitar esta implementación, en el primer año se contará con el 50 por ciento de las dotaciones de personal, el segundo año se agregará otro 30 por ciento, y el tercero, el 20 por ciento restante.
El diputado Pablo Lorenzini consultó sobre qué iba a ocurrir con las causas en tramitación una vez transcurrido el plazo de seis meses previsto para suprimir los actuales juzgados de menores.
El señor Jaime Arellano sostuvo que el plazo de seis meses se ha estimado razonable para que estén concluidas las causas en los actuales juzgados de menores. Sin embargo, se contempla la posibilidad de que, si transcurrido dicho período los procesos no han disminuido en más de 50 por ciento del total, la respectiva corte de apelaciones autorice el funcionamiento del juzgado en cuestión por otros seis meses.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
En el artículo 4º del proyecto se crean los juzgados de familia con asiento en las comunas del territorio de la República que se indican.
El diputado Rodrigo Álvarez preguntó si se ha previsto que tribunales móviles puedan concurrir a localidades apartadas.
El señor Jaime Arellano señaló que la creación de los nuevos tribunales de familia dice relación con la cantidad de procesos vinculados a su jurisdicción en los distintos lugares del país. Por lo tanto, en aquellos sectores en que no se crea un nuevo tribunal, se dispone que los jueces de letras tengan competencia en esta materia, contando con un Consejo Técnico en cada uno.
El diputado Tuma, don Eugenio , consultó qué ocurrirá con el personal que actualmente está a contrata en los tribunales de menores.
Al respecto, leeré un oficio enviado, el 10 de junio de 2003, por el ministro de Justicia, señor Luis Bates, al presidente de la Comisión de Hacienda:
“Por medio del presente oficio doy cuenta del requerimiento que vuestra Comisión nos formulara para analizar la situación de los profesionales a contrata -asistentes sociales y psicólogos- que se verían afectados por el proyecto de ley que crea los tribunales de familia.
“Sobre el particular cabe señalar que el proyecto en cuestión considera un significativo aumento de dotación de cargos de planta en los tribunales, razón por la cual podemos afirmar que existirá un número de plazas suficiente para la incorporación de todos los profesionales de la red.
“De lo anterior se puede colegir que -de aprobar los cursos habilitantes que les serán exigidos- todos los asistentes sociales y psicólogos tienen la posibilidad de mantenerse en funciones, sin distinción de la calidad contractual que actualmente ocupen.”
Sometido a votación el artículo 4º, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 99 establece que la administración del Sistema Nacional de Mediación, anexo a los juzgados de familia, estará a cargo del Departamento de Mediación del Ministerio de Justicia.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 111 establece la selección de los mediadores.
Sometido a votación, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 118 establece que, en caso de que la licitación sea declarada desierta o de que el número de postulantes aceptados sea inferior al requerido para cubrir la totalidad de la demanda regional, el subsecretario de Justicia podrá celebrar convenios directos con personas naturales o jurídicas que figuren en el Registro , para el desempeño de las funciones de mediación en los casos comprendidos en el porcentaje no asignado en la licitación.
Los diputados señores Alvarado , Álvarez , Barros, la diputada señora Cubillos , doña Marcela ; Dittborn , Forni y Von Mühlenbrock, formularon una indicación para reemplazar el artículo 118 por el siguiente:
“En caso de que la licitación sea declarada desierta, o de que el número de postulantes aceptados sea inferior al requerido para cubrir la totalidad de la demanda regional, se llamará, a todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos para ser mediadores, nuevamente a licitación por el total de los casos o por el porcentaje no cubierto, según corresponda.”
El diputado Von Mühlenbrock manifestó que la indicación persigue otorgar mayor transparencia al sistema.
El diputado señor Hidalgo también fundamentó la indicación.
Puesta en votación, fue rechazada por 3 votos a favor y 6 votos en contra.
Sometido a votación el artículo 118, fue aprobado por 6 votos a favor y 3 abstenciones.
El artículo 119 establece que la suscripción de contratos y pagos a que dé lugar una licitación, se hará por el subsecretario de Justicia .
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 120 expresa que el valor del servicio de mediación por causa se determinará de acuerdo a los criterios que esta misma norma señala.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 121 determina que el precio base máximo establecido en el artículo anterior y la asignación establecida en el artículo 124, se reajustarán una vez al año en el porcentaje de variación que hubiere experimentado el índice de precios al consumidor en dicho período, mediante decreto supremo del Ministerio de Justicia.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 122 estipula que en cada uno de los pagos se retendrá, a título de garantía, un porcentaje del mismo, según se determine en las bases de la licitación.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 123 dispone que los prestadores del servicio de mediación tendrán derecho a una asignación de transporte si, para los efectos de ejercer sus funciones, deban trasladarse desde sus oficinas al lugar de asiento del tribunal, según lo especifique el reglamento.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 134 establece la planta de personal de los juzgados de familia que se crean por el proyecto.
Sólo enunciaré los juzgados en los que se crearán estas plantas: Juzgado de Familia de Arica, Juzgado de Familia de Iquique , Primer Juzgado de Familia de Antofagasta , Segundo Juzgado de Familia de Antofagasta , Juzgado de Familia de Calama , Juzgado de Familia de Copiapó , Juzgado de Familia de La Serena , Juzgado de Familia de Coquimbo , Juzgado de Familia de Vallenar , Juzgado de Familia de Ovalle , Juzgado de Familia de Valparaíso , Juzgado de Familia de Viña del Mar , Juzgado de Familia de San Felipe , Juzgado de Familia de Quillota , Juzgado de Familia de San Antonio , Juzgado de Familia de Limache , Juzgado de Familia de Los Andes , Juzgado de Familia de La Ligua , Juzgado de Familia de Casablanca , Juzgado de Familia de Villa Alemana , Juzgado de Familia de Quilpué , Juzgado de Familia de Rancagua , Juzgado de Familia de San Fernando , Juzgado de Familia de Santa Cruz , Juzgado de Familia de Talca , Juzgado de Familia de Curicó , Juzgado de Familia de Linares , Juzgado de Familia de Chillán , Juzgado de Familia de Los Ángeles , Juzgado de Familia de Concepción , Segundo Juzgado de Familia de Concepción , Juzgado de Familia de Talcahuano , Juzgado de Familia de Coronel , Juzgado de Familia de Yumbel , Juzgado de Familia de Temuco , Juzgado de Familia de Angol , Juzgado de Familia de Valdivia , Juzgado de Familia de Osorno , Juzgado de Familia de Puerto Montt , Juzgado de Familia de Castro , Juzgado de Familia de Ancud , Juzgado de Familia de Coihaique , Juzgado de Familia de Punta Arenas , Primer y Segundo Juzgados de Familia de Santiago, Tercer Juzgado de Familia de Santiago , Cuarto y Quinto Juzgados de Familia de Santiago, Primer y Segundo Juzgados de Familia de Pudahuel, Juzgado de Familia de Colina , Primer y Segundo Juzgados de Familia de San Miguel, Tercer Juzgado de Familia de San Miguel , Juzgado de Familia de Puente Alto , Juzgado de Familia de San Bernardo , Juzgado de Familia de Talagante , Juzgado de Familia de Melipilla , Juzgado de Familia de Peñaflor y Juzgado de Familia de Buin.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 135 fija los grados de jueces, personal directivo y auxiliares de la administración de justicia de los juzgados de familia que se crean, correspondientes a la escala de sueldos base mensuales del Poder Judicial.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 136 fija los grados del personal de empleados de los juzgados de familia que se crean, correspondientes a los grados de la escala de sueldos base mensuales del personal del Poder Judicial.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 140 introduce algunas modificaciones al Código Orgánico de Tribunales.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 145 introduce modificaciones al decreto ley Nº 3.346, de 1980, ley Orgánica del Ministerio de Justicia.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 147 suprime los cargos de asistente social en los juzgados de letras de Vallenar, Ovalle , Limache, Casablanca, La Ligua, Los Andes , Villa Alemana, Quilpué, San Fernando , Angol , Ancud, Melipilla , Buin y Talagante, a contar del momento en que entren en aplicación en la región respectiva los procedimientos que la ley establece. Asimismo, se suprime un cargo de asistente social en el juzgado de Parral , a contar del momento en que entren en aplicación los procedimientos que esta ley establece en la Séptima Región.
El inciso segundo señala que los demás cargos de asistente social creados por ley mantendrán su vigencia y dependencia del juzgado respectivo.
El Ejecutivo formuló una indicación para reemplazar, en el inciso primero del artículo 147, la expresión “del momento en que entren en aplicación en la región respectiva los procedimientos que esta ley establece”, por “de la entrada en vigencia de esta ley”.
Sometido a votación el artículo 147 con la indicación precedente, fue aprobado por unanimidad.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
¿Me permite, señor diputado ? Le ruego resumir su exposición, porque los señores diputados tienen en su poder el informe de la Comisión de Hacienda. Dado que se rindió un homenaje al inicio de la sesión y hay una lista importante de diputados inscritos, le ruego sintetizar aún más su intervención, para que podamos avanzar en la discusión del proyecto.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señora Presidenta , he resumido el informe, porque es bastante extenso. Sin embargo, trataré de sintetizarlo aún más.
El artículo 149 crea los siguientes cargos para efectos de lo establecido en el artículo anterior:
Un cargo de asistente social en los juzgados de letras que se indican
Los cargos de asistente social que en cada caso se señalan en las Cortes de Apelaciones, para que se desempeñen en los juzgados de letras que se indican. Estos cargos se crean en las Cortes de Apelaciones de La Serena, Rancagua , Talca, Chillán , Concepción, Temuco, Valdivia y Puerto Montt.
También se crea el cargo de psicólogo en diferentes juzgados de letras.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo 152 establece que el proyecto empezará a regir un año después de su publicación en el Diario Oficial.
El Ejecutivo formuló una indicación para sustituir este artículo por el siguiente:
“Artículo 152.- Entrada en vigencia de la ley.- La presente ley empezará a regir el día 1º de julio de 2005.”
Sometida a votación la indicación precedente, fue aprobada por unanimidad.
El artículo 153 señala que el mayor gasto que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos que se consignen en la partida presupuestaria Tesoro Público del primer año correspondiente a su entrada en vigencia.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
Después vienen los artículos transitorios a los cuales aludió el diputado señor Burgos .
El artículo quinto transitorio establece la gradualidad con que se aplicarán las normas de la presente ley.
El ejecutivo formuló indicación para sustituir este artículo.
Sometida a votación la indicación, fue aprobada por unanimidad.
El artículo sexto transitorio dispone que la instalación de los nuevos juzgados de familia que señala el artículo 4º, se efectuará con, a lo menos, treinta días de antelación a la fecha prevista para su funcionamiento, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo precedente. Con este objeto, la Corporación Administrativa del Poder Judicial deberá ejercer la atribución a que se refiere el artículo 26 del Código Orgánico de Tribunales y poner a disposición de las respectivas Cortes de Apelaciones los locales destinados al funcionamiento de estos juzgados.
El inciso segundo establece que la designación de los jueces que habrán de servir en dichos juzgados se regirá por las reglas comunes, en lo que no sean modificadas o complementadas por estas normas.
El Ejecutivo formuló una indicación para agregar en el numeral 2), a continuación de la expresión “sistema”, suprimiéndose el punto aparte (.) que le sigue, la frase “y lo dispuesto en el artículo anterior.”
Sometido a votación este artículo con la indicación precedente, fue aprobado por unanimidad.
El artículo séptimo transitorio señala que los asistentes sociales de planta cuyos cargos hubieren sido suprimidos por esta futura ley, ingresarán a cumplir funciones en los juzgados de familia de acuerdo a las reglas que se señalan.
El Ejecutivo formuló una indicación para reemplazar, en su numeral 1), la expresión “que señala para la correspondiente región el artículo quinto transitorio precedente,” por “de entrada en vigencia de esta ley,”; para reemplazar, en el numeral 3), la expresión “la fecha referida” por “las fechas referidas”, suprimiendo la expresión “para la región correspondiente”, y para suprimir en el numeral 6), la expresión “en cualquier región del país”.
Sometido a votación este artículo con la indicación precedente, fue aprobado por unanimidad.
El artículo octavo transitorio dispone que los empleados de secretaría de los tribunales de menores que son suprimidos por esta iniciativa legal, ingresarán a cumplir funciones en los juzgados de familia de acuerdo a las reglas que se establecen.
El Ejecutivo formuló una indicación para reemplazar, en el numeral 1), la expresión “que señala para la correspondiente región el artículo quinto transitorio precedente” por “de entrada en vigencia de esta ley”; para reemplazar en el encabezado del numeral 3), la expresión “la fecha referida” por “las fechas referidas”, y para agregar, en el número 2º del numeral 3), a continuación de la expresión “involucrados”, suprimiéndose el punto aparte (.) que le sigue, la frase “y lo dispuesto en el artículo quinto transitorio”.
Sometido a votación este artículo con la indicación precedente, fue aprobado por unanimidad.
El artículo noveno transitorio establece que la Academia Judicial deberá establecer los procedimientos necesarios para aplicar los cursos y el examen habilitante a los cuales se hace referencia en los artículos precedentes, respecto de todos los postulantes a los cargos vacantes de los juzgados de familia.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
El artículo décimo transitorio señala que la supresión de los juzgados de menores a que se refiere el artículo 146, se llevará a cabo seis meses después de la fecha en que se instalen los juzgados de familia en la respectiva región, conforme a los plazos que señala el artículo quinto transitorio precedente.
El Ejecutivo formuló una indicación para sustituir su inciso primero por el siguiente:
“Artículo décimo transitorio.- La supresión de los Juzgados de Menores a que se refiere el artículo 146, se llevará a cabo seis meses después de la entrada en vigencia de la presente ley.”
Sometido a votación este artículo con la indicación precedente, fue aprobado por unanimidad.
El artículo undécimo transitorio faculta al Presidente de la República para que, en el plazo de un año contado desde la entrada en vigencia de esta ley, dicte un decreto con fuerza de ley para reajustar, por una sola vez, el pago base del servicio de mediación, sin que pueda exceder dicho reajuste el 20 por ciento del pago base establecido en el artículo 120.
Puesto en votación este artículo, fue aprobado por unanimidad.
Todo lo anterior fue acordado en la sesión de fecha 4 de junio de 2003, con la asistencia de los diputados señores Jaramillo, don Enrique ( Presidente ); Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Hidalgo, don Carlos ; Lorenzini, don Pablo ; Ortiz, don José Miguel ; Pérez, don José ; Silva, don Exequiel ; Tuma, don Eugenio , y de quien habla.
Es cuanto puedo informar.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el ministro de Justicia , señor Luis Bates.
El señor BATES ( ministro de Justicia ).-
Señora Presidenta , nos encontramos en un momento largamente esperado por muchos, porque luego de varios años de amplio y acucioso debate en las Comisiones de Familia y de Constitución, Legislación y Justicia de esta Corporación, se llega a esta Sala con un texto revisado del proyecto de ley que crea los tribunales de familia y el sistema de mediación anexo a los mismos.
Este proyecto de ley se inserta en otros temas que dicen relación con la reforma de la justicia en nuestro país y que son, por ejemplo, la reforma procesal penal, en actual proceso de implementación en todo el país; la reforma de la ley penal sustantiva, Código Penal nuevo, que se está trabajando en el foro penal del Ministerio de Justicia; la reforma penitenciaria, en actual proceso de desarrollo; la reforma laboral, próxima a presentarse al honorable Congreso, y la reforma de la justicia tributaria. De esta manera, la creación de los tribunales de familia, que nos convoca, forma parte de esta reforma más integral a la justicia de nuestro país.
Se aborda en este caso una particular tipología de conflictos en sede jurisdiccional, desde una perspectiva nueva en relación con lo que se conoce hasta hoy en el país, con cuatro conceptos que cruzan el texto del proyecto y que operan como ejes centrales del mismo, que aquí se han recordado. Me refiero a la especialización o especialidad del tribunal de familia y del procedimiento, la inmediación y la oralidad, la asesoría técnica interdisciplinaria al juez que conoce de estas causas, y muy fundamentalmente, la mediación como sistema de resolución alternativa de conflictos, conceptos que giran -como se ha dicho- en torno de la familia y de la infancia y lo que ello significa en la estructura social y en el desarrollo del país. Asimismo, las características y las relaciones existentes entre las partes involucradas en un conflicto familiar le dan al derecho un papel específico, pero limitado, y por lo tanto una eficacia relativa en este ámbito. Se tiende a asegurar la vigencia de un derecho subjetivo, sin pretender con ello solucionar la realidad concreta que está detrás del conflicto, que depende, en definitiva, de las voluntades y afectos de quienes se encuentran comprometidos en el mismo.
Una situación de maltrato o de violencia, el abandono de un niño, los conflictos propios de la separación de la pareja y de su relación con sus hijos comunes, o el enlace de un niño con una familia que desea acogerlo por la vía de la adopción, constituyen realidades marcadas por un contenido de relación muy íntima y personal, a veces de fuerte carga emocional, frente a lo cual el derecho, como herramienta social, asume una perspectiva más bien limitada. De aquí que se haga necesario dotar a los jueces de familia de una muy especial preparación y apoyo, y promover instancias no adversariales de solución de conflictos. Esta última es una materia promovida especialmente por el ministro que habla, pues estoy convencido de que nos agobia una creciente cultura litigiosa que sobrecarga indebidamente el quehacer de los tribunales.
En efecto, la forma tradicional de resolver los conflictos vía jurisdicción y a través del sistema adversarial, especialmente en los temas de familia, es una aproximación formal y legalista al conflicto humano y una forma de exhibición de la fuerza difícil de compatibilizar con la idea de convivencia pacífica y de justicia. Es un proceso en el que hay ganadores y perdedores.
En Chile y en el resto de América latina existe conciencia unánime -lo digo con conocimiento de causa- de que la justicia estatal, como forma de solución de conflictos, es ineficiente, ineficaz, costosa en tiempo y dinero, necesariamente penalizante, y, además, generalmente no modifica las causas de los conflictos. Algunos autores afirman que hemos llegado a ser ciegos al no ver cómo se perjudica la vida de las personas cuando se lleva este tipo de conflictos humanos a la justicia.
Por ello, la solución alternativa de conflictos, entre las cuales se encuentra la mediación, incorporada a este proyecto, surge como una posibilidad nueva y esperanzadora en la justicia del tercer milenio, lo que explica la abundante literatura ya existente y los numerosos foros, seminarios, congresos y conferencias sobre este tema realizados en Chile y en el extranjero.
Se atribuye a las formas alternativas de solución de conflictos, específicamente a la mediación, mayor rapidez, menores costos, más diálogo y cooperación, decisiones mejor acatadas y más duraderas, mayor participación y compromiso de las partes y ampliación del acceso a la justicia.
Para los abogados que participan en procesos de esta naturaleza, significa un desafío cultural que consiste en pasar de la cultura del litigio a la del amigable componedor, conciliador o mediador, con salvaguardia de los recíprocos intereses de las partes y prioritarios al interés personal. Dicho desafío tiene que ver con la inclinación de la deontología forense hacia la amigable composición del litigio y el incremento de los valores éticos.
Las soluciones alternativas de conflictos, y, ciertamente, la mediación, envuelven, asimismo, una clara dimensión anticorrupción al incentivar el diálogo y disminuir la participación de intermediarios, como ha ocurrido en la reforma procesal penal, evaluada ayer como particularmente exitosa en las regiones en que está operando. Además, se introduce un componente vital en la modernización de la justicia, sin tramitaciones largas e inciertas y un refuerzo democrático, debido a que incentiva la participación ciudadana directa en la solución de sus propios conflictos.
De ahí que se haga necesario dotar a los jueces de una especial preparación y apoyo, y -como dije- promover instancias no adversariales de solución de esos conflictos.
Por ello, son importantes la creación de 250 jueces especializados en materia de familia, y la dotación, en todos los tribunales del país, de un procedimiento oral, a la manera de la reforma procesal penal que tan exitosamente está operando, y de un consejo técnico de carácter asesor que apoye de manera exclusiva e imparcial las decisiones jurisdiccionales. Ellas constituyen una base que claramente da cuenta de la necesidad de asumir la complejidad inherente a estos conflictos, materia a la cual nos hemos referido anteriormente.
Se ha realizado un esfuerzo especial que nos permitirá contar con este nuevo sistema en todo el país a partir de junio de 2005, sustituyendo la gradualidad de la instalación regional que proponía el texto originalmente presentado a este Congreso Nacional. Se trata de posibilitar e incentivar a los actores involucrados para que asuman la respuesta jurídica a su problema como propia y no sólo como una imposición de un tercero imparcial con potestad imperativa, como ocurre con el juez. En particular, insistimos en la respuesta conciliatoria y en la voluntad individual asociada a la misma, elaborada sobre la base de una responsable asunción de las obligaciones personales. Con ello, se garantiza una solución más duradera y estable en el tiempo, generando condiciones para un desarrollo más armónico en las relaciones personales.
No se trata de una iniciativa que tienda sólo a la consagración de un sistema de conocimiento judicial y especial de un área de conflictos jurídicos determinada, como el que rige en la actualidad. Muy por el contrario, consiste en una propuesta integral que da cuenta de las necesidades y particularidades de tratamiento de los conflictos familiares -algunos han dicho que no existen dos casos o conflictos iguales en la vida de los tribunales-, que altera los énfasis en las modalidades dispuestas para asumir las relaciones interpersonales, sus fuentes y las responsabilidades que de ella derivan.
Se propone una base de interacción del todo directa que una a los actores en conflicto y a las instituciones dispuestas para afrontar dicha problemática en un espacio participativo, directo y personal. Asimismo, se busca disponer a todos los actores judiciales en una perspectiva diferente que posibilite asumir la riqueza personal y social de cada caso que, en particular, haya que resolver, conciliando la perspectiva interdisciplinaria que permita darles una solución adecuada, duradera y efectiva.
Para terminar, quiero agradecer de manera muy especial la disposición a trabajar que se ha manifestado en los varios años de debate de esta iniciativa y confío en que contaremos con el apoyo de los señores parlamentarios para continuar con su tramitación legislativa.
Muchas gracias.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la ministra directora del Servicio Nacional de la Mujer , señora Cecilia Pérez.
La señora PÉREZ, doña Cecilia ( ministra directora del Servicio Nacional de la Mujer ).-
Señora Presidenta , en consideración a que se generará un debate sobre el tema que nos convoca, como ministra directora del Servicio Nacional de la Mujer quiero destacar algunas ideas relacionadas con la iniciativa.
Creemos que la transformación y adecuación del sistema de administración de justicia a los fuertes procesos de cambio que la sociedad chilena ha vivido en las últimas décadas se ha constituido en uno de los avances más importantes del sistema democrático. No cabe duda de que sin un sistema de administración de justicia equitativo, eficiente y accesible, el sistema democrático y su principio de respeto de derechos fundamentales compromete legitimidad y expectativas, en especial respecto de los sectores más carenciados de la sociedad.
La familia no ha permanecido ajena a los procesos de modernización que ha vivido la sociedad chilena: una mayor heterogeneidad en las formas familiares, nuevas dinámicas internas, requerimientos y funciones asignados a las familias, más la creciente ampliación y toma de conciencia de los derechos de las personas al interior de ella, sin duda, caracterizan de manera más compleja el espacio familiar de hoy.
Las nuevas tensiones que experimenta la familia se manifiestan en un aumento del conflicto a su interior. Durante la última década, en los gobiernos democráticos, se han introducido reformas tendientes a mejorar la condición y la situación de la mujer y de la familia, entre otras, la igualdad de los hijos, la sanción de la violencia intrafamiliar, la protección de los bienes familiares, las medidas para dar eficacia a la obligación alimenticia.
No nos cabe duda de que los tribunales de familia serán los tribunales de las mujeres de Chile. Es por todos conocido que son las mujeres las principales demandantes en materia familiar. En los servicios públicos de asistencia jurídica, prácticamente el 50 por ciento de las consultas corresponden, precisamente, a asuntos de familia, y el 71 por ciento de quienes consultan son mujeres. Más de un tercio de las demandas que ingresan a los juzgados de menores se relacionan con derecho de alimentos, y en el 98 por ciento de los casos son mujeres que lo piden para sus hijos.
Anualmente, 27 mil niños son reconocidos sólo por su madre, y los tribunales reciben alrededor de 75 mil denuncias por violencia intrafamiliar; es decir, tres veces el número de denuncias por robo con violencia recibidas por las policías. Hoy son las mujeres, en particular aquellas de las familias más pobres, quienes deben recurrir a los distintos tribunales para demandar el reconocimiento de sus derechos y de sus hijos e hijas, interponiendo múltiples demandas relacionadas con un conflicto segmentado artificialmente por la ley.
De esta forma, la respuesta integral y especializada que brindarán los tribunales de familia es un anhelo largamente esperado por las mujeres y las familias chilenas. Mención especial merece el procedimiento que aplicarán los futuros tribunales de familia a los casos de violencia intrafamiliar, el cual contempla distintos tipos de respuesta, atendida la gravedad de los hechos.
Se elimina la conciliación como mecanismo por el cual actualmente se archiva el 92 por ciento de los procesos judiciales; asimismo, se fortalecen las medidas de protección y se entregan más atribuciones a Carabineros y a la Policía de Investigaciones. Los nuevos tribunales tendrán gran relevancia y deberán enfrentar el desafío que representa resolver sobre asuntos que serán regulados en un futuro próximo por la nueva ley de matrimonio civil.
Por lo tanto, tengan la certeza de que el proyecto que hoy se somete a vuestra consideración representa un importantísimo e histórico avance que permitirá mejorar las condiciones de vida, la dignidad y las posibilidades de que las mujeres, los niños y los miembros de la familia chilena puedan ejercer plenamente sus derechos.
Muchas gracias, señora Presidenta .
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para acoger la petición de la Comisión de Salud, en cuanto a que el mensaje de su excelencia el Presidente de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que establece el financiamiento necesario para asegurar los objetivos sociales prioritarios del Gobierno, que figura en el número 1 de la Cuenta, sea visto por las Comisiones unidas de Hacienda y de Salud.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Pedro Araya.
El señor ARAYA.-
Señora Presidenta , nos convoca el estudio del proyecto de ley que crea los tribunales de familia, iniciativa largamente esperada por la comunidad jurídica y por la comunidad en general, ya que viene a solucionar los problemas que enfrenta cotidianamente nuestra sociedad y que dicen relación con el derecho de familia.
En primer lugar, el proyecto crea un importante número de jueces de familia, que suplen la actual carencia que, sobre la materia, existe en nuestra judicatura, y reconoce que deberán tener características especiales, dado los conflictos que tendrán que solucionar.
Cabe destacar que en el distrito Nº 4, que tengo el honor de representar en la Cámara y que comprende las comunas de Antofagasta, Taltal , Mejillones , Baquedano y Sierra Gorda , se crearán dos juzgados de familia, cada uno de ellos integrado por cinco jueces, lo que representa un importante aumento del número de magistrados, ya que en la plaza hoy día sólo existen dos jueces de menores.
Junto con crear tribunales especializados en derecho de familia, el proyecto también mejorará nuestra justicia civil, puesto que un importante número de causas, tales como acciones de filiación, temas relativos a las guardas, causas de interdicción, separación judicial de bienes, divorcio y nulidad de matrimonio, serán trasladadas a la competencia especializada de los jueces de familia, medida que permitirá descongestionar nuestros tribunales civiles y, a la vez, avanzar para que en nuestro país exista una justicia especializada. Así ha sucedido con la reforma procesal penal y esperamos que en un futuro cercano ocurra lo mismo con los juzgados del trabajo.
En materia de procedimiento, para los juzgados de familia se establece un proceso predominantemente oral, concentrado y no tan formal. Asimismo, se fija como criterio rector el principio de la colaboración entre las partes, para lo cual se señala que durante el procedimiento se buscarán alternativas orientadas a mitigar la confrontación, privilegiando las soluciones colaborativas acordadas por ellas.
El principio de la concentración del procedimiento se materializa en el hecho de que, iniciado éste por la presentación de la demanda, que podrá ser oral o escrita, el tribunal deberá citar a una audiencia de contestación, conciliación y prueba, lo que permitirá dar una mayor celeridad a la solución del conflicto judicial, ya que el juez, una vez terminada la audiencia, dictará sentencia en el acto, debiendo explicitar verbalmente sus fundamentos.
Mención especial merece el procedimiento especial que se establece para los casos de violencia intrafamiliar, que es sustancialmente mejor que el que nos rige. Dentro de sus puntos destacables, podemos señalar, en primer término, que el procedimiento podrá iniciarse por demanda o por denuncia. La innovación consiste en que no sólo podrán hacer la denuncia los familiares de la víctima, sino cualquiera persona que tenga conocimiento directo de los hechos que la motivan.
Por otra parte, el proyecto otorga una actuación más activa y expedita a Carabineros de Chile y a la Policía de Investigaciones, ya que en el evento de que se esté cometiendo violencia intrafamiliar o ante llamadas de auxilio de personas que se encontraren en el interior de un lugar cerrado, las policías podrán ingresar al lugar en el cual estén ocurriendo los hechos, practicar la detención del agresor, si procediere, e incautar las armas u objetos que pudieren ser utilizados para agredir a la víctima.
En el caso de que la violencia intrafamiliar denunciada revistiere caracteres de crimen o simple delito, el juez deberá remitir los antecedentes al Ministerio Público, con el objeto de que inicie el proceso penal respectivo.
También se contempla la obligación del juez de familia de cautelar y garantizar la seguridad psíquica y física del afectado, desde el momento en que se ha recibido la denuncia o demanda y durante todo el procedimiento, así como la tranquila convivencia, subsistencia económica e integridad patrimonial del grupo familiar.
De esta forma, entre otras, el juez podrá imponer las siguientes medidas: prohibir o restringir la presencia del ofensor en el hogar común o en lugar de estudios o de trabajo de la víctima; disponer el regreso al hogar común de quien se ha visto obligado a abandonarlo, o la entrega de sus efectos personales, si decidiere no regresar. Sin duda, se trata de aspectos de gran relevancia.
Es importante el hecho de que, en el evento de que se incumpla alguna de las medidas cautelares, el juez podrá ordenar, hasta por quince días, el arresto nocturno o sustitutivo del denunciado, en caso de quebrantamiento del primero, lo que le entrega mejores herramientas para prevenir la violencia intrafamiliar.
Dentro del proyecto que hoy debatimos hay que destacar el Título V, denominado “De la Mediación”. Para todos los efectos legales, se entiende por mediación aquel sistema de solución de conflictos no adversarial, en el que un tercero neutral, sin poder coercitivo, ayuda a las partes a buscar por sí mismas un punto de encuentro. El servicio de mediación anexo a los juzgados de familia será prestado por las personas naturales o jurídicas que sean seleccionadas a través del proceso de licitación.
En el procedimiento de mediación se establece una serie de principios que deberán rescatar los mediadores; por ejemplo, la igualdad de condiciones en que se encuentren los involucrados para negociar, la voluntariedad de los participantes, la obligación de confidencialidad de los mediadores, la imparcialidad y la consideración de los intereses de otras personas afectadas.
La mediación será obligatoria para presentar demandas en causas relativas al derecho de alimentos, al derecho de cuidado personal y al derecho y al deber de los padres e hijos que viven separados, de mantener una relación directa y regular. Es lo que hoy conocemos como régimen de visitas.
A su turno, la mediación será facultativa en las restantes materias de competencia de los juzgados de familia, con excepción de los asuntos relativos al estado civil o interdicción de las personas, las causas sobre maltrato de menores o incapaces, los procedimientos regulados en la ley Nº 19.620, sobre adopción de menores de edad, y las causas sobre nulidad de matrimonio y divorcio.
En lo que respecta a la mediación propiamente tal, en la primera sesión el mediador deberá informar a las partes acerca de la naturaleza y objetivos de ésta, el carácter voluntario de los acuerdos que en ella se alcanzaren y el valor jurídico de dichos acuerdos.
Asimismo, se establece que la mediación no podrá durar más de 60 días contados desde que el mediador haya recibido la comunicación del tribunal que lo designa; pero, de común acuerdo, podrá solicitarse ampliación del plazo hasta por 30 días.
El proyecto establece que durante los plazos señalados podrán celebrarse todas las sesiones que el mediador estime necesarias en las fechas que de común acuerdo se determinen, pudiendo citarse a los participantes por separado.
Si la mediación fracasa, sea cual fuere la causa, el mediador deberá levantar un acta, dejando constancia del resultado, pero sin agregar otros antecedentes. En lo posible, el acta será firmada por los participantes, debiendo remitirse copia de ella al tribunal correspondiente.
Otro de los puntos importantes de destacar es el relacionado con la planta de personal de los juzgados de familia.
Por ejemplo, en el caso de los juzgados de familia de Antofagasta se establece una planta total de diez jueces, dos administradores, seis asistentes sociales, tres psicólogos u orientadores, dos ejecutivos de sala, dos oficiales de mediación, dos oficiales administrativos grado 1º, cuatro oficiales administrativos grado 2º, cuatro oficiales administrativos grado 3º, seis encargados de toma de actas y dos auxiliares.
Quiero destacar que dentro de la planta de personal de los juzgados de familia se reconoce a los psicólogos y orientadores familiares, sin duda, los profesionales más idóneos para resolver muchos de los conflictos que se suscitan al interior de la familia, lo que constituye un gran paso para la especialización de estos tribunales.
Termino mi intervención haciendo un reconocimiento a las personas que trabajan en los dos juzgados de menores que hoy existen en Antofagasta, ya que tanto jueces como secretarios y personal administrativo que se desempeñan allí, con gran profesionalismo y dedicación atienden día a día a numerosos antofagastinos que acuden a ellos en busca de solución a sus problemas. Sin duda, ellos han sido el primer paso en la creación de los tribunales de familia.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la honorable diputada Marcela Cubillos.
La señora CUBILLOS (doña Marcela).-
Señor Presidente , este proyecto que hoy nos corresponde discutir y votar se enmarca dentro de los esfuerzos que ha veni-do haciendo el país para tener una judicatura especializada para cada área del derecho.
Por eso, me parece acertada la idea de tener tribunales especializados de familia, la que no sólo van a descongestionar los tribunales de competencia común, sino que también permitirá que tribunales especializados conozcan y resuelvan asuntos de familia, que involucran factores sociales, psicólogicos, económicos y culturales.
El proyecto contempla variadas y múltiples innovaciones de procedimiento, alejándose así de los procedimientos tradicionales que rigen nuestro ordenamiento jurídico. Incorpora también el sistema de mediación, que apoyamos como una solución judicial que implica una autocomposición voluntaria, personal y confidencial.
No obstante que los diputados de la UDI vamos a votar a favor de esta iniciativa, tenemos algunas aprensiones. Sin embargo, en atención a los años de su tramitación que lleva, nuestro interés no es retardar o entrabar su aprobación. Por eso, conversamos con el ministro de Justicia , quien se comprometió a renovar en el Senado la discusión sobre diversos temas.
Las materias que, a mi juicio, requieren una revisión, -respecto de las cuales, a pesar de que las votaré a favor mantengo ciertas aprensiones-, dicen relación, básicamente, con cuatro aspectos:
En primer lugar, la inconveniencia de tener un consejo técnico interdisciplinario en cada juzgado. Me parece que dichas funciones pueden ser realizadas por peritos.
En segundo lugar, la necesidad de limitar las amplias facultades discrecionales que se otorgan al juez para imponer medidas cautelares, definir sistemas de notificación y en relación con varios otros aspectos del procedimiento. Sería importante revisar esos aspectos para fijar marcos legales y exigir resolución fundada.
En tercer lugar, la conveniencia de no limitar la posibilidad de ser mediadores en esta instancia “sólo a quienes provengan de las universidades”. Así lo establece el proyecto, pero no se entiende que se excluya a los institutos profesionales. Muchos de ellos forman mediadores y, de conformidad con el proyecto, no podrían participar en el proceso.
También discrepo de que se consignen normas adicionales de acreditación para organismos que formen mediadores. Ya cumplen con los requisitos para ser universidad y no veo por qué repetirlos en este proyecto de ley.
En cuarto lugar, en relación con el proceso de licitación para la selección de mediadores, no compartimos el artículo 118 en cuanto a la posibilidad de celebrar convenio directo cuando la licitación sea declarada desierta. Lo razonable sería llamar a una nueva licitación para los casos de porcentajes no cubiertos.
Como se conversó, espero que éste y otros temas sean planteados en el Senado. Respecto de algunos, senadores de la UDI presentarán indicaciones. Hemos preferido no demorar más la tramitación del proyecto en la Cámara y aprobar el texto propuesto, aun teniendo discrepancias en algunas materias.
Celebramos también el hecho de que haya habido acuerdo para que los juzgados de familia entren en vigencia el 1º de julio de 2005.
Si bien en la Comisión de Constitución del Senado se terminó por no ligar la aprobación del proyecto de ley de Matrimonio Civil con la entrada en vigencia de estos tribunales, independientemente de sus opiniones personales, es importante que la nueva ley de matrimonio civil entre en vigencia cuanto antes, a fin de que los asuntos que regulará puedan ser vistos por los tribunales de familia, que son los especializados. Por lo tanto, todos compartimos la premura de que entren en vigencia ambas normativas.
Sin embargo, específicamente sobre el registro de mediadores de familia, pido votación separada. Desde ya, anuncio nuestro voto en contra.
El artículo 101 crea un registro de mediadores de familia, en el que deberán estar inscritos quienes cumplan con los requisitos que establece la ley para prestar servicios de mediación anexos a juzgados de familia. Según lo que dice el proyecto, corresponderá al departamento de mediación del Ministerio de Justicia llevar dicho registro.
Reitero, pido votación separada del artículo 101 y anuncio mi voto en contra del registro de mediadores, porque, a mi juicio, no tiene razón de ser, ya que los mediadores de cada tribunal se asignarán según un proceso de licitación. Por lo tanto, no corresponde al Ejecutivo autorizar los organismos mediadores, ya que existe y se norma un proceso de licitación.
Por último, asignar esa facultad al departamento de mediación del Ministerio de Justicia le quita transparencia al proceso y disminuye la utilidad de la licitación, ya que de alguna manera se habrán filtrado, a través del registro, las preferencias del Ejecutivo. Por lo demás, agrega un requisito, el de estar inscrito en dicho registro, lo que no tiene razón de ser. En la ley se establecen los requisitos para ser mediador y se reglamenta el proceso de licitación. Añadir etapas burocráticas complica el sistema e incorpora un factor de desconfianza al proceso. Mientras menos instancias intermedias, menos focos de corrupción y menos posibilidades de presionar y de hacer valer influencias. Por ello, pido votación separada del artículo 101.
De todas maneras, celebro que se discuta y se vote hoy el proyecto, que cuenta con el voto favorable de la bancada de la UDI, con la sola excepción del artículo 101.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
Señor Presidente , si hoy aprobamos el proyecto que crea los tribunales de familia, daremos un trascendental paso en materia de justicia. Su discusión se ha porlongado muchos años y en ella ha tenido un papel destacado la Comisión de Familia, la que logró el envío de la indicación sustitutiva presentada por el Ministerio de Justicia.
Es calculable la importancia de la labor que cumplirán los tribunales de familia, como lo han dicho varios de mis colegas. El procedimiento corto, preciso, el juez presente, el consejo técnico, los procedimientos rápidos, la mediación para no judicializar los conflictos familiares son aspectos muy importantes. Ojalá la tramitación en el Senado sea lo más rápida posible.
Con respecto al procedimiento, en la Comisión tuvimos harto cuidado para no victimizar más a los niños que han sufrido maltrato infantil. En Carabineros, la general Pérez ha hecho un experimento realmente interesante en términos de su protección y de las denuncias que se presentan. Hoy, en Santiago las interrogaciones se llevan a cabo por especialistas, en una sala adecuadamente implementada, para no victimizar al niño o a la niña y proteger su derecho a decir su verdad y a que ésta sea respetada, sin mediación de funcionarios o de interpretaciones de su cosecha. Por lo tanto, debemos procurar que los videos y otro tipo de elementos técnicos constituyan plena prueba en los tribunales de justicia. Debemos tener gran respeto por los niños, por su derecho a hablar -ellos no mienten- y a declarar de la forma más directa posible cuando han sido atropellados en sus derechos.
En cuanto a la violencia intrafamiliar, mi colega Pedro Araya se ha referido a los procedimientos, que comparto porque constituyen un avance respecto de la ley vigente.
Sin embargo, pido votación separada de los artículos 70, 71, 72, 73 y 74, pues tratan sobre la suspensión condicional de la sentencia, materia respecto de la cual manifesté mi opinión contraria.
La ministra ha entregado una estadística realmente impresionante: el 92 por ciento de los juicios ha sido archivado por la vía de la conciliación. Es decir, ha habido una impunidad realmente dramática y temo que con la suspensión condicional de la sentencia ocurrirá exactamente lo mismo.
La violencia doméstica es un fenómeno social. La ministra ha dicho que las denuncias por violencia al interior de los hogares triplican las de los robos en las calles, con la consiguiente terrible inseguridad de niños y mujeres -la parte más débil de la sociedad-, pero también de varones.
Algunos titulares de diarios de una semana de 2000: “Quemó la casa con su mujer adentro”; “Quemó la casa de su ex mujer por no darle tuición de hija”; “Mató a martillazos a su mujer”; “Veterano y aguerrido galán mató a balazos a conviviente y al supuesto amante de ella”; “La mató porque le cobró 15 lucas”; “Mujer quemada a lo bonzo por una discusión con su marido”; “Tras discutir con su esposo por supuesta infidelidad, mujer se prendió fuego. Grave.”; “Lo mató pololo de su ex amada luego de intentar hacerle una repasadita al pasado” -diario La Cuarta-; “Pereció calcinado luego de quemarle casa a hermana, donde era allegado”; “Jefe de hogar murió al incendiar su casa. Tras una pelea familiar desalojó a su hermana y tres hijos pequeños y le prendió fuego a su propiedad”.
Recibí una carta que dice lo siguiente:
“Me encuentro recluida en el centro de detención preventiva de una ciudad, por homicidio a mi conviviente.
Luego de un año de relación sin haber tenido problemas, decidimos que se fuera a vivir a mi casa. A los tres meses de convivencia me pegó por primera vez: me fracturó tres costillas, me mordió un brazo y me arrastró por toda la casa del pelo; estuvo preso cinco días. Cuando salió de la cárcel, llegó a mi casa a las doce de la noche, quebró vidrios y me volvió a pegar en represalia por haberlo tenido preso. Cada día esta situación es peor”.
Ese señor se fue de Chile, pero cuando volvió ella le dijo tajantemente que no regresara a su casa, porque no lo recibiría de nuevo por los problemas que le causaba. Sin embargo, añade: “Igual llegó, pues tenía claro que él hacía lo que quería, aun sabiendo el daño que nos haría por su extremada violencia.
Cuando volvió perdió automáticamente su trabajo. De allí en adelante siguió trabajando en un oficio libre. Yo tenía que esperar que llegara de su trabajo -perdonen la crudeza de lo que voy a describir- para poder ducharme, pues él tenía que revisarme -ustedes imaginan cómo- para comprobar si tenía restos de semen, pues él creía que yo tenía relaciones sexuales con todos los hombres de mi ciudad. Si yo me negaba me pegaba hasta dejarme inconsciente, pues sus celos siempre lo sobrepasaban. Me obligó a subir de peso; en dos meses subí 25 kilos. Estaba tan gorda que me dejó tranquila un tiempo, pues me decía que nadie me miraba. Antes de esto me pegaba con lo que tuviera a mano, tazas, muebles, televisores, sillas, hasta romperme la cabeza. Me empezó a aislar de toda la gente, pues hasta mis amigas significaban un peligro, pues todas me aconsejaban en su contra.
Durante siete años hice reiteradas denuncias a Carabineros, a la Policía de Investigaciones, a la Gobernación, Intendencia, Ministerio del Interior y en el Departamento de Extranjería. Cuando hice la denuncia en el Ministerio del Interior expuse claramente que si la vida de mis hijos y la mía corrían peligro, y si nadie me ayudaba, yo misma haría justicia. Nadie me escuchó”.
Es una de las tantas denuncias sobre violencia intrafamiliar, fenómeno cultural en que prima el “quien te quiere te aporrea”.
Hasta 1989, la ley de matrimonio civil señalaba que la mujer le debía obediencia a su marido. ¿Qué ocurría cuando dicha obediencia era transgredida? Significaba castigo.
La violencia física, según Investigaciones, está presente en el 30 por ciento de los hogares y la violencia psicológica se da en el 50 por ciento de ellos. Se debe asumir la gravedad del problema, por lo que no podemos dejar resquicio alguno para la impunidad.
¿Qué pasa con las mujeres que forman parte del 92 por ciento de casos de conciliación? Sienten que hay impunidad, que a nadie le importa su drama y que la impunidad va a continuar, porque se sabe que la violencia empieza con algunos golpes y muchas veces termina con la muerte. En el país, cincuenta mujeres al año mueren por violencia intrafamiliar; cincuenta mujeres son asesinadas por este problema. ¿Cómo no le vamos a poner coto? ¿Cómo la violencia doméstica no es una política pública? ¿Cómo no tener lugares donde las mujeres puedan refugiarse por un tiempo para recomponerse? Esto es de una gravedad tremenda. Perdonen mi pasión, pero quiero que mis colegas tomen conciencia de lo que significa. Una mujer en peligro de vida no tiene dónde refugiarse. En Chile hay una o dos casas de refugio y la experiencia de esas casas es que en tres meses de tranquilidad las mujeres y sus hijos pueden recomponer su vida, porque la violencia en contra de la mujer es una cuestión cultural: “¡Pégale a tu mujer! Si tú no sabes por qué, ella sí lo sabe”.
Por eso, pido que se vote en contra de la suspensión condicional de la sentencia para que no haya una vía de escape, impunidad, y los tribunales de familia sancionen con una multa porque la falta es leve. Esa será una señal clara de que a la sociedad le importan las agresiones y que las mujeres y los niños notarán que no hay impunidad.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Nicolás Monckeberg.
El señor MONCKEBERG.-
Señora Presidenta, todos estamos de acuerdo en que es urgente modificar nuestra legislación de familia, especialmente en lo relativo a la judicatura y procedimientos.
Muchas veces la indefensión no se produce porque las leyes no reconocen los derechos, sino porque los procedimientos o los sistemas para resguardar esos derechos son débiles, lentos e insuficientes.
El proyecto busca atacar el segundo punto, cual es resguardar aún más los derechos de la familia. A mi juicio, parte de una premisa fundamental que está en nuestra propia Constitución Política y en las conciencias de una gran mayoría de chilenos: la familia es el centro y el núcleo fundamental de la sociedad. Entonces, todas las iniciativas legales tendientes a fortalecerla, en cada uno de sus momentos, incluso en sus dificultades, tienen que ser promovidas.
El proyecto considera la creación de cuarenta y un juzgados y contempla un total de doscientos diecinueve cargos de jueces; un cambio radical, quizá mucho más de lo esperado por todos nosotros que, ciertamente, nos veremos impactados por la velocidad y la eficiencia de la atención judicial. Estos juzgados son colegiados y el número de jueces que lo integran va a depender de las necesidades concretas del lugar.
Con la finalidad de mejorar la calidad de la prestación de la justicia familiar se establece también la creación de un consejo técnico, un administrador y una planta de oficiales de secretaría. En relación con este consejo técnico, cuya labor es asesorar al juez, se señala en el proyecto que entre sus integrantes deberá haber psicólogos, asistentes sociales y orientadores familiares. Es indispensable que éste cuente con personas especializadas en temas de la familia. Y, en este sentido -creo-, en el Senado se va a reponer la indicación de que no se restrinja la integración de consejos técnicos a ciertas universidades, por cuanto hay muchas otras que forman excelentes profesionales expertos en familia, tal vez en períodos de dos, tres o cuatro años, los que, en mi opinión, perfectamente podrían colaborar al interior de este consejo técnico.
El procedimiento que se establece para los tribunales de familia va de la mano con el nuevo procedimiento penal. Es predominantemente oral, concentrado, desformalizado, lo que garantiza algo que de alguna forma todos estamos buscando: más acceso de la gente común y corriente, de la gente más modesta a la justicia. Son procedimientos mucho más sencillos, de fácil comprensión por parte de los interesados y con menos ritualidades procesales. Además, se privilegian las soluciones de común acuerdo entre las partes y así se evitan consecuencias no deseables en los juicios.
Se establece, además, un principio especial, que es la unidad de competencia. Este principio resuelve una situación práctica de mucha frecuencia. Actualmente, en los juzgados de menores se tramitan causas de alimentos, separaciones, tuición, visitas, lo que da lugar a la formación de expedientes distintos que, en definitiva, aleja a las partes de una solución que abarque todos sus conflictos. En virtud de dicha unidad de competencia, se faculta a los jueces para conocer acerca de las distintas materias que involucran a las partes, las cuales quedarán sometidas a su decisión. Esto es tremendamente importante porque permitirá que en la negociación y en los acuerdos a que lleguen se contemplen todos los aspectos y no se produzcan faltas de equivalencia cuando se resuelve, por ejemplo, respecto de tuición, de alimentos o de visitas, etcétera.
En cuanto a la publicidad, es importante proteger la intimidad de las personas y evitar que sus vidas sean expuestas a la luz pública, especialmente si se trata de menores de edad. Por ello -es muy importante- se aprobó facultar al juez para prohibir la difusión de datos o imágenes referidas al proceso o a las partes en los medios de comunicación.
En términos generales, el juicio consiste en una audiencia principal de contestación, mediación y prueba. Además, se contempla una audiencia complementaria cuyo objetivo es recibir las pruebas que las partes no pudieron presentar en la audiencia principal. Ambas audiencias se realizan en un solo acto, pudiendo el tribunal prorrogarlas para el día hábil siguiente, hasta su terminación.
Asimismo, se contemplan ciertos procedimientos especiales para la violencia intrafamiliar y la aplicación judicial de medidas de protección de los derechos de los menores de edad, que son tremendamente importantes.
Otro elemento absolutamente distinto e innovador es el proceso de mediación. Uno de los principales problemas del actual procedimiento es que está establecido en términos confrontacionales, lo que implica una ruptura muchas veces irreparable entre las partes. No se hacen esfuerzos efectivos para que dos personas, que se presentan hoy ante el tribunal, puedan solucionar amigablemente su conflicto. Con la aplicación del proyecto se da un paso y la primera prioridad es arreglar y mantener esa familia.
Como se puede apreciar, el sistema de mediación significa un cambio de enfoque en la solución de las controversias, pasando de lo adversativo a la colaboración; evitando el rompimiento apresurado de los vínculos; haciendo prevalecer el respeto mutuo y buscando una solución realmente representativa para ambas partes.
Esto se ha definido como el sistema de solución de conflictos en el que un tercero neutral, sin poder coercitivo, sólo ayuda a las partes a mejorar su comunicación y a buscar por sí mismas la solución del problema.
Para implementar este sistema se crea el Departamento de Mediación, que dependerá del Ministerio de Justicia. Además, se crea un registro de mediadores, en el que se podrán inscribir quienes cumplan con los requisitos -bastante bien explicados- establecidos en la ley. Es imprescindible que se trate de personas que tengan una verdadera vocación, acompañada de una capacitación adecuada y que se sometan a una evaluación final. Además, es necesario exigirles un test o prueba inicial antes de la capacitación para verificar la existencia de la necesaria calidad humana.
Finalmente, se crea un sistema de control de la gestión de los mediadores, el cual puede realizarse a través de las inspecciones, de los informes periódicos -que también deben realizar los prestadores de los servicios de mediación- y de las reclamaciones hechas por los usuarios del servicio.
En conclusión, se trata de un proyecto que responde a la necesidad básica, esencial, de cambiar el sistema actual de solución de conflictos relativo a la familia, creándose organismos integrados y especializados en la materia, y creándose también la posibilidad de acercamientos no confrontacionales.
El principal interés será el de velar por la solución de controversias de la manera menos agresiva y conflictiva posible, buscando puntos de acuerdo en conjunto con los interesados, esto es con los protagonistas del problema. Hay que terminar con el juicio entre las partes, ya que aumenta el drama de la ruptura familiar.
Como reflexión final, y anunciando desde ya el voto positivo de la bancada de Renovación Nacional, la iniciativa también reconoce una realidad muy importante que muchas veces se deja de lado. Es cierto que, en Chile, los matrimonios rotos o mal constituidos desde su origen o las uniones de hecho son bastante numerosas. Con este proyecto de ley se intenta justamente valorar nuevamente la estabilidad de la familia y ponerla en el plano que se merece. La familia debe ser protegida con el proyecto. Debemos reconocer que el abandono, la ausencia, la falta de cariño y de respeto y el mal ejemplo que muchas veces las familias entregan a sus hijos son puestos nuevamente sobre la mesa. El proyecto, de alguna forma, reivindica en nuestro sistema legal el valor profundo que debe otorgarse a la familia y mucho más a la educación y formación de los hijos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Llamo a reunión de Comités. La sesión continúa en forma simultánea.
Tiene la palabra el diputado Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señora Presidenta , no creo que sea del caso reiterar los reconocimientos y elogios al proyecto. Sin embargo, aprovechando la presencia en la Sala del senador de nuestra circunscripción, Mariano Ruiz Esquide , quiero llamar la atención sobre el artículo 4º, “Creación de nuevos juzgados”. En la enumeración de los lugares donde se instalan los juzgados de familia no se incluye a la provincia de Arauco. Me parece una grave omisión. Si a través del proyecto se pretende abordar el problema de la violencia intrafamiliar, de las rupturas matrimoniales, de la marginalidad y de exclusión de la infancia o niñez, resulta injusto que esa provincia en su conjunto no vaya a contar con un juzgado de familia toda vez que son numerosas en ella las situaciones de este tipo. Me parece una desafortunada omisión y, como diputado de la provincia de Arauco y de la comuna de Lota, expreso mi profundo malestar.
Antes de intervenir, señalé esa omisión al señor Luis Bates , ministro de Justicia y a la señora Cecilia Pérez , ministra del Servicio Nacional de la Mujer ( Sernam ). El ministro de Justicia , con gentileza, que agradezco, me informó que se ponderó un determinado número de causas por familias, a partir de las cuales se constituiría un juzgado de familia, pero que en el caso de la provincia de Arauco no concurría ese número de causas. Pues bien, el argumento lo podemos poner exactamente al revés. En efecto, el gran número de familias y de personas afectadas por las situaciones de que trata el proyecto no acceden al sistema judicial, precisamente, por ser inaccesible para ellas: por la pobreza, por las distancias, etcétera. La provincia de Arauco es muy extensa. Entre Lota y Tirúa hay 180 kilómetros, mucho más de la distancia que separa a Santiago de Valparaíso. Cualquiera persona sabe que la distancia entre Curicó y Santiago es de 180 kilómetros, que es la misma que hay desde Tirúa a Lota. O sea, la falta de acceso a la justicia en esa provincia explica un número tan bajo de causas.
Es necesario subsanar este problema. Es una inaceptable discriminación para la provincia de Arauco no dotarla de este tipo de tribunales. Incluso, desde el punto de vista constitucional ameritaría el recurso respectivo. Claramente, hay una ruptura del principio de igualdad ante la ley para dichos ciudadanos.
Espero, porque no se trata de alterar el curso del proceso legislativo, que los trámites ulteriores permitan resolver esta situación, por la vía de la indicación del Ejecutivo.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi .
La señora CRISTI (doña María Angélica) .-
Señor Presidente , el proyecto, cuyas ideas matrices han sido explicadas ampliamente, tiene el gran mérito de que por fin un tribunal se abocará al conocimiento de todas las materias contenciosas en relación con la familia, las que se encuentran dispersas en distintos tribunales, lo que hace casi imposible su resolución, debido a la enorme cantidad de situaciones relacionadas con aquella. De hecho, cuando se aprobó la modificación de la pensión alimentaria, procuramos que en los casos de aquellas familias que tenían más de un juicio o una demanda pendiente, pudieran resolverse todos en un tribunal de menores, para que quienes tengan hijos de mayor edad no tuvieran que recorrer todos los tribunales. Ése es un ejemplo de cómo el proyecto ayudará a que la dispersión de tantos temas en materia de familia puedan ser vistos en una sola sede judicial.
Como bien se ha dicho, a los tribunales de familia les corresponderá todo lo atingente al cuidado personal de los menores de edad, todo el derecho que les asiste a los padres y, a la vez, a sus hijos. Se trata del derecho del padre o de la madre que no tenga el cuidado personal del hijo, de mantener con él una relación directa y regular, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil, materia que constituye un gran trauma para muchas familias.
Estos tribunales deberán conocer de todas las causas relativas al derecho de alimentos, que es otra problemática que afecta a miles de familias, en especial a miles de mujeres; conocer de las causas relativas al ejercicio, suspensión o pérdida de la patria potestad; conocer de causas de adopción y procedimientos que dan lugar a leyes que las regulan; otorgar autorización para la salida de menores en los casos que corresponda de acuerdo con la ley; conocer de los disensos para contraer matrimonio, las acciones del estado civil de las personas, causas sobre guarda, interdicción, la separación judicial de bienes, autorizaciones judiciales diversas, declaración y desafectación de bienes familiares; conocer de causas sobre divorcio, cuestiones que deben ser acordadas de acuerdo con lo establecido en la ley de matrimonio civil, según corresponda; conocer de materias que tengan que ver con las sanciones relativas a la violencia intrafamiliar, al maltrato de menores, a la adopción y a la protección de los derechos de menores de edad y de los que están por nacer, y aplicar leyes generales y especiales que las preceptúen.
Ése es el gran cúmulo de causas que tendrán que ver los tribunales de familia, que como podemos apreciar son materias que afectan grave y dramáticamente a las personas que las sufren.
Los tribunales de familia, asimismo, procurarán agilizar los juicios, de manera que no se conviertan en eternos dramas familiares con todas las consecuencias que ello implica. Recordemos lo dramático que puede ser la persecución, por años, de una pensión de alimentos o el reclamo del derecho a visitar a los hijos. El principio de la oralidad y el de la concentración son dos factores que ayudarán a hacer más rápido y expedito los trámites judiciales. Pero, por sobre todo, el proyecto se concentra en la mediación, una de las materias cuya discusión, quizás, tomó más tiempo a las comisiones respectivas y que se refiere a la forma moderna y nueva de acceder a la justicia, para evitar, precisamente, los juicios que generan dramas y permanencia de los problemas.
La mediación está ampliamente regulada y se basa en los principios de la imparcialidad y también en los que tienen que ver con la igualdad, la voluntariedad, la confidencialidad y con una serie de temas que hacen que las medidas sean de gran consideración y responsabilidad por quienes sean mediadores. Consulta todas las fórmulas de cómo se deberán regular los mediadores. En esta materia, no nos gusta la fórmula de crear un registro de mediadores para las familias, porque hemos tenido denuncias de personas que, siendo expertas en mediación, como juezas, que incluso han hecho cursos de mediación en universidades extranjeras, no han sido consideradas en las etapas preliminares de preparación de los mediadores del país, simplemente, por razones políticas. Por lo tanto, la normativa que aquí se determina para llamar a licitación, por parte de los distintos futuros organismos, a las personas naturales o jurídicas para que puedan ser mediadores, será la forma más expedita.
La diputada Antonieta Saa se ha referido extensamente al procedimiento para abordar los casos de violencia intrafamiliar contemplado en la ley en tramitación.
Aprovechando la presencia del ministro de Justicia y de la ministra del Sernam , es importante mencionar que, por segunda vez, estamos discutiendo un proyecto de violencia intrafamiliar, cuya tramitación ha demorado más de un año, porque, obviamente, el primero no se despachó en óptimas condiciones y no constituyó una amplia solución para el tema. Entonces, estamos tratando otro proyecto que, además, se ha visto tremendamente entrabado por el hecho de que en la Comisión de Familia se estudian las modificaciones introducidas por las indicaciones del Ejecutivo al actual proyecto y, al mismo tiempo, en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia o en las comisiones unidas respectivas se deba tratar el procedimiento procesal, según la indicación que presentó el Gobierno al proyecto sobre tribunales de familia. Analizar un mismo tema en dos comisiones diferentes hizo muy difícil legislar, toda vez que ambas indicaciones del Ejecutivo eran contrapuestas. Por lo tanto, debemos velar para que esto no vuelva a suceder. Obviamente, esta situación demoró tanto el proyecto radicado en la Comisión de Familia como el referido a los tribunales de familia estudiado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
La diputada Saa tiene razón respecto de la gran preocupación que existe sobre la violencia intrafamiliar. Pero no podemos culpar a la falta de procedimiento judicial como causa de su mantención. Sabemos que el tema va mucho más allá, que es un problema social grave, que afecta a la sociedad. Debemos empezar a tomar muchas medidas y dar mucho apoyo a la familia, y no sólo resolver los momentos de conflicto y los problemas álgidos de violencia o de separaciones.
Se debe prevenir y lograr que el Estado se haga parte en la promoción de la familia y que, más allá de hablar de la violencia en el hogar y de promover la ley de divorcio, impulse grandes campañas destinadas a fortalecer la familia para que éstas no se divorcien, tengan buena convivencia, ayuden a sus hijos, haya más comunicación y menos soledad. Todo ello, a la larga, nos ayudaría a evitar muchos problemas en el país, que hoy son de lato conocimiento de esta Cámara.
Quiero destacar la creacaión de los tribunales de familia, aunque, desgraciadamente, no van a entrar en funcionamiento sino entre 2005 y 2007. Espero que los más de 41 mil millones que se dispondrán para el efecto en el presupuesto de la nación estén en el momento que corresponda para que los problemas intrafamiliares se resuelvan más fácil y rápidamente, ya que, por haber cercanía familiar, el tema es mucho más dramático.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Informo a la Sala del acuerdo tomado unánimemente en la reunión de Comités recién realizada.
Como el Orden del Día termina a las 13.25 horas y había un acuerdo previo, tomado unánimemente, de rendir homenaje al Liceo de Hombres de Chillán por diez minutos en el tiempo de Incidentes del Comité de Renovación Nacional y por cinco minutos del tiempo del Comité del Partido Socialista y Radical -en total, por 15 minutos-, una vez rendido este homenaje, reanudaremos la discusión del proyecto. Asimismo se acordó dejar sin efecto la hora de Incidentes y el tratamiento de los proyectos de acuerdo. Como esto nos deja disponibles exactamente 65 minutos más, todas las señoras diputadas y los señores diputados inscritos podrán hacer uso de la palabra. Les recuerdo que tienen hasta 10 minutos reglamentarios en dos discursos para luego cerrar el debate y votar aproximadamente entre las 14.30 y 14.40 horas.
Además, les hago presente que los Comités han tomado la resolución, también unánimemente, de votar hoy el proyecto en debate, conciliando así los consensos ya manifestados previamente, tanto más cuanto que están presentes la señora ministra del Sernam y el señor ministro de Justicia .
Siendo las 13.25 horas, están inscritos los siguientes diputados: María Eugenia Mella, Edgardo Riveros, Zarko Luksic, Exequiel Silva, José Miguel Ortiz, Guillermo Ceroni, Carolina Tohá, Eugenio Tuma, Ximena Vidal, Francisco Bayo, Juan Bustos y Fidel Espinoza.
Les ruego, señores diputados, que tomen en consideración el tiempo que tiene cada uno, por lo que les rogaría que hiciesen gala de su capacidad de síntesis, a fin de no abarcar más allá del tiempo reglamentario.
-Posteriormente, la Sala continuó el tratamiento de esta materia, en los siguientes términos:
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Corresponde continuar la discusión del proyecto de ley que crea los juzgados de familia.
Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , estamos ante un proyecto trascendental en la transformación de la justicia. Junto con la reforma procesal penal, no hay duda de que esta iniciativa constituye otro hito histórico en nuestro país, no sólo por los cambios judiciales que introduce, sino también por el nuevo concepto de familia que considera. Que no es restringido, como generalmente lo plantean los sectores de derecha de nuestro país, sino de carácter extendido, en el que la familia no sólo está constituida por padre y madre, sino que puede estar compuesta sólo por el padre, por la madre, por el abuelo o por algún pariente que se hace cargo de los niños.
Eso significa que en nuestra sociedad hay un concepto de familia amplia, democrática, pluralista y de diversidad que es necesario asumir, y, así lo hace esta iniciativa que propone la creación de los tribunales de familia.
Este proyecto de ley no sólo es trascendental desde el punto de vista de la justicia, sino también de la profundización democrática de lo que es la familia en nuestra sociedad.
Ahora, desde la perspectiva estrictamente jurídica, los tribunales de familia implican un acceso amplio a la justicia, que hoy es difícil por la forma en que están constituidos los juzgados de menores.
De acuerdo con la nueva concepción de la familia, los tribunales de familia serán competentes para conocer múltiples casos que hoy se tramitan en los tribunales civiles y de menores. Ello va a permitir a todos los ciudadanos de nuestro país un acceso más rápido y eficiente a la justicia.
Es necesario destacar algunos aspectos básicos y fundamentales del proyecto de ley. En primer lugar, la especialización. Los jueces a cargo de los tribunales de familia serán personas especialmente capacitadas y con los medios y el aprendizaje necesarios para encarar problemas tan importantes de la sociedad como son los de la familia, dentro de la cual se dan las relaciones humanas más relevantes. En esta especialización se considera un consejo técnico, es decir, la ayuda de sicólogos, asistentes sociales y orientadores familiares que, en los casos más complejos y difíciles, asesorrarán al juez en las materias pertinentes, como el cuidado de los niños, las cuestiones que originan las nulidades, las adopciones o bien, casos especiales como son los de violencia intrafamiliar.
Desde esta perspectiva, también hay que señalar el procedimiento moderno que se aborda en este proyecto de ley que crea los juzgados de familia. Se adopta la oralidad, totalmente ajena al actuar de nuestros tribunales civiles, pero ya incorporándose en los tribunales penales. Ella permite mayor rapidez en la tramitación de los procesos, y a su vez, da lugar a la inmediatez como principio, es decir, que el tribunal tenga a la vista a las partes, al menor; en definitiva, al conflicto en su realidad, y no como ocurre en la actualidad, donde un actuario, no el juez, es el que toma conocimiento y se contacta con las partes y con quienes están involucrados en el conflicto.
También es importante destacar la desformalización de este proceso; es decir, el juez siempre podrá determinar -naturalmen-te, ateniéndose a la ley y respetando los derechos de las partes- las formas que sean las más adecuadas en cada caso y, por lo tanto, evitar formalizaciones que vayan en contra de la eficiencia del proceso y de la protección de los derechos de los menores o de las partes.
Otro elemento fundamental del procedimiento es la confidencialidad. A menudo en los juicios el menor es expuesto a una serie de situaciones que van en contra de su intimidad, su dignidad y su vida personal. Por eso el proyecto pone especial énfasis en ese aspecto al disponer que los menores deben recibir una adecuada atención, esto es, que el tribunal considere un espacio donde el niño se sienta cómodo, alegre, de alguna manera acogido y, por tanto, no enfrente lo rudo, lo frío y lo lúgubre que a veces pueden ser nuestros tribunales, lo que evidentemente perjudica al menor en sus derechos.
Otro punto relevante del nuevo procedimiento es la forma alternativa de solución de conflictos considerada en el proyecto. Desde hace bastante tiempo -treinta, cuarenta años- en el derecho comparado se están planteando formas alternativas no adversariales de solución de conflictos. Específicamente, en los tribunales de familia es donde tiene mayor importancia lo no adversarial, de no poner de enemigo a la otra parte, de hacer entender que el problema no es de enemigos: que el antiguo o el actual marido, el padre, el hermano o la esposa son enemigos en ese conflicto.
La mediación está dentro de las formas alternativas de solución de conflictos que debe tener especial importancia en las relaciones de familia. Es un procedimiento no adversarial que pretende que las mismas partes lleguen a formas de acuerdo, de convencimiento de cuál debe ser la manera para resolver el conflicto. En definitiva, que ellas superen su conflicto de la mejor forma para que los niños no se vean afectados en este tipo de juicios que, como casi siempre ocurre, van de un lado a otro, precisamente por el tema adversarial de que el otro es el enemigo, de que quien antes fue el amante, el padre o la madre amorosa, hoy aparece como el despiadado, la persona negativa.
Por lo tanto, a través de la mediación se buscará una forma de solución diferente, no adversarial, lo cual considero será trascendental.
Por ello, desde la perspectiva del juez, se establecen diferentes formas de mediación. En ese sentido, no hay que equivocarse cuando se habla de mediación obligatoria, pues nunca tendrá ese carácter para las partes; siempre será voluntaria; deberá surgir de ellas el convencimiento de la necesidad de superar el conflicto. Por eso es un poco equívoca la denominación de mediación obligatoria, porque -repito- nunca podrá ser obligatoria para las partes, sólo puede serlo para el juez, ya que, en algunas materias, cuando las partes quieran solucionar el problema con la mediación, él estará obligado a llevarla a cabo; en otras, será facultativa, y, en ciertos casos especiales, prohibida.
Es importante señalar que entre las materias que pueden ser objeto de mediación facultativa quedó la violencia intrafamiliar. Creo que significa un paso adelante en nuestra justicia, en concordancia con lo que está ocurriendo con el derecho comparado en relación con los temas de violencia intrafamiliar, que son los más graves, en los que también puede suceder que las partes tengan la voluntad de encontrar una solución a través de la mediación.
En definitiva, estamos frente a un proyecto de suma importancia para nuestra sociedad, en primer lugar, porque considera un concepto de familia amplio, pluralista, extendido y, por lo tanto, democrático, que no discrimina a ninguna de las diferentes formas de familia que pueden darse en nuestra sociedad. En segundo lugar, porque contempla un procedimiento y tribunales que, de acuerdo con el derecho comparado, están en la ruta de una justicia moderna que permitirá a todos el acceso a ella para la protección de sus derechos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Eugenia Mella .
La señora MELLA (doña María Eugenia) .-
Señora Presidenta , nos encontramos frente a un tema respecto del que existe un consenso unánime: considerar a la familia como el núcleo fundamental de la sociedad. Por lo tanto, no hay doble discurso en el interés generalizado de todos los sectores por fortalecer, proteger y entregar herramientas para que esta instancia formadora de personas pueda surgir, fortalecerse y, por lo tanto, ayudar a construir una sociedad mejor.
Dentro de ese contexto, hoy es un día histórico para la Cámara de Diputados, porque se hace carne un proyecto muy esperado, un proyecto extenso, profundamente trabajado por las comisiones de Familia y de Constitución, Legislación y Justicia, que permitirá contar con una normativa que ayudará a concentrar en una sola unidad todas las materias que afectan a la familia, y dar una mirada integral a los problemas que se producen entre la pareja y entre los padres y sus hijos, sea que se trate de asuntos civiles, de menores, de tuición, de adopción o penales, en cuyo caso pasarán al tribunal respectivo.
Por eso, pienso que éste es un día histórico. Vemos que existe un amplio consenso para aprobar esta iniciativa que permitirá, por primera vez, dar una mirada integral a las distintas materias y problemas que afectan a este grupo tan importante, la familia, considerada en toda la amplitud de lo que hoy se entiende por tal.
Quiero destacar el compromiso del Ejecutivo respecto de la tramitación de este proyecto en el Senado. Me refiero a establecer una red completa de tribunales de familia en el país, es decir, la gradualidad estará dada por el número de componentes de los tribunales, y no porque se instalen primero en algunas regiones y luego en otras. Esto es de la mayor importancia porque resulta muy difícil explicar a una persona que un mismo problema familiar pueda ser resuelto con una mirada jurídica distinta según la región en que se viva. Eso era imposible de sostener, por lo que agradezco la disposición que siempre manifestó el Ejecutivo , en especial los asesores del Ministerio de Justicia y del Servicio Nacional de la Mujer, quienes en la tramitación del proyecto demostraron una gran capacidad para trabajar en equipo y recoger la lógica que planteamos. Hacemos fe de que este compromiso se considerará en la tramitación en el Senado.
Por otro lado, quiero enfatizar en el tema de la violencia intrafamiliar y apoyar el planteamiento hecho por la diputada Saa en cuanto a votar en forma separada los artículos referidos a esta materia. Me parece importante que la Cámara plantee su parecer respecto de un tema tan específico como éste. Si bien aplicar ese procedimiento genera cierta dificultad -existe un equilibrio en el manejo de los temas-, este sistema, que permite llegar a un acuerdo previo a la sentencia, está generalizado en otras materias. Sin perjuicio de ello, es importante, por lo específico del tema, buscar una fórmula. Si éste puede ser el camino para transformar la falta en un delito -me parece que ése es el problema de fondo-, estoy de acuerdo en apoyar esa estrategia.
Por último y respecto de la violencia intrafamiliar, problema que vemos a diario, quiero señalar que hubo un trabajo a fondo, que se acoge en el artículo 54, con el fin de ampliar el accionar de la Policía de Investigaciones y de Carabineros. Destaco este punto porque hoy, a pesar de lo que señala la ley, gran parte de la policía aún no se ha informado de las atribuciones con que cuenta y que la iniciativa en debate amplía. Dicha disposición indica que la policía podrá entrar al lugar donde estén ocurriendo los hechos, detener al agresor, retirar o requisar armas, si es necesario, y ayudar a la víctima en lo que corresponda, trasladándola a un hospital o dándole protección adecuada. Por otra parte -se trata de un aspecto no menor-, el solo hecho de detener al agresor y llevarlo al tribunal reemplaza la necesaria denuncia que, como sabemos, es tan difícil de formular en estos casos.
Sin ir al fondo de otros artículos que también me parecen importantes -algunos ya han sido destacados; otros serán abordados por quienes harán uso de la palabra-, comprometo no sólo mi voto favorable, sino el de la bancada de la Democracia Cristiana, para apoyar una iniciativa que, reitero, es histórica y da una respuesta concreta a las ideas que buscan fortalecer a la familia y darle herramientas para que funcione cada vez mejor y en equilibrio. Necesitamos familias sanas, porque, como instancias formadoras, deben preparar personas sanas para la sociedad del futuro.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señora Presidenta , respaldo todos los planteamientos hechos por el diputado señor Monckeberg , quien ha representado cabalmente lo que nuestro partido, Renovación Nacional, piensa sobre este proyecto.
No voy a repetir todos los efectos positivos que tendrá una ley destinada a tratar en mejor forma los conflictos familiares que, lamentablemente, son cada vez más numerosos. Sin embargo, deseo expresar mi inquietud frente al tratamiento dado a la región de La Araucanía.
La Novena Región, conformada por las provincias de Malleco y Cautín , se acerca al millón de habitantes, es la más pobre de país, presenta la dispersión geográfica más grande, muestra los peores índices educacionales y la menor proyección de desarrollo, y es la región donde la gente menos lee y se informa, lo cual queda demostrado a través de cifras relacionadas con el número de diarios y de revistas que lee la población. De manera que me extraña que para una población con estos indicadores sólo se consigne la creación de dos juzgados de la familia: uno en Angol y otro en Temuco. El más cercano a Angol es Temuco, a 160 kilómetros de distancia, y por el otro lado Los Ángeles, en una Octava Región que cuenta con varios juzgados de familia.
No participé en la comisión especializada dedicada al tema, pero a través del informe presentado en la Sala he conocido los parámetros que se consideraron para establecer el número de juzgados. Esa es la verdad. Ellos dicen relación, especialmente, con los antecedentes históricos y con la carga de trabajo de los juzgados de menores y civiles en la actualidad. Estoy consciente de eso, lo asimilo y lo incorporo. Mi formación me permite considerarlo así. Sin embargo, no puede dejar de extrañarme que no se hayan considerado los otros parámetros que mencioné. A lo mejor, los consideraron, pero no con la fuerza con que aquí lo expresó el diputado Escalona en relación con su distrito.
Yo lo hago en representación de los distritos 48, 49 y de La Araucanía en su totalidad, porque tenemos una población conocida por todo Chile, que no se informa y afectada por un estado de violencia que el ministro conoce perfectamente, originado por el conflicto mapuche. De manera que la violencia intrafamiliar y los conflictos que existen al interior de las familias rurales no están consignados en parte alguna.
Tengo aprensiones sobre esta materia. Por tanto, mi intervención apunta, especialmente, a solicitar a la ministra directora del Servicio Nacional de la Mujer y al ministro de Justicia , presentes en la Sala, un reestudio o replanteamiento de la situación de La Araucanía, para tratar de perfeccionar la materia en su próximo trámite en el Senado.
Confío en que así se haga por el bien de mi región que, reitero, está siendo postergada en tantas cosas. Por ejemplo, se da a Colina un trato exactamente igual al de Angol. Sin embargo, la situación geográfica, poblacional y todos los parámetros que se quieran analizar son totalmente disímiles. No quiero minimizar a Colina, pero es necesario considerar otros parámetros como los que hice presentes. Reitero a los ministros la posibilidad de reestudiar la materia en lo que respecta a la región de La Araucanía.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni .
El señor CERONI .-
Señora Presidenta , como se ha dicho, el proyecto es de extraordinaria importancia para lograr una mejor administración de justicia. En materias relacionadas con la competencia de los tribunales que se crean hoy tenemos un sistema muy defectuoso: una atención lenta, deficiente, con un promedio de demora, según estudios realizados, de 406 días por causa. Esto genera un tremendo problema y, en el fondo, una injusticia para aquellos que concurren a los tribunales a solucionar problemas diversos, como los de alimentos y de adopciones, o sea, conflictos relacionados con la familia. La iniciativa generará una mejor administración de justicia, al extremo que, se supone, su capacidad mejorará en un trescientos por ciento.
También hay que destacar el hecho de que tendremos una judicatura realmente especializada en materias de menores, de alimento, de adopción, de patria potestad, de matrimonio, de divorcio, de nulidad, de violencia intrafamiliar, en fin, en materias propias de la competencia de los tribunales que se crean, con un procedimiento mucho más ágil, porque el sistema oral, indiscutiblemente, significa mayor agilidad. Por eso lo establecimos en el sistema penal. Obviamente, es lógico adaptar un sistema nuevo como éste al procedimiento oral.
También se debe destacar el tema de la inmediatez, principio que tiene que estar establecido para la tramitación del juicio; es decir, que el juez esté directamente vinculado con las causas y su tramitación para que muchas responsabilidades no sean delegadas a funcionarios, secretarios, asistentes sociales como sucede en la actualidad. O sea, que exista un compromiso mucho más claro de los jueces con la solución de los casos, lo que nos da garantías de una mejor administración de justicia.
Asimismo, es necesario destacar la gran cantidad de medidas cautelares que se establecen en el proyecto para proteger los derechos de las familias de las víctimas o de quien acuda al tribunal, a las que se agregarán las que cree el juez por iniciativa propia. Es decir, el juez no sólo podrá aplicar las medidas cautelares que se establecen en el proyecto, sino que podrá crear las que considere adecuadas para proteger los derechos de las familias de las víctimas o de quien acude al tribunal.
Algo digno de comentar es el número de tribunales que se crean. Al respecto, escuché las intervenciones de dos señores diputados en las cuales reclamaban porque el proyecto no considera la creación de juzgados en las zonas o regiones que representan.
Soy presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, así como de las comisiones unidas de Constitución, Legislación y Justicia, y Familia.
En mi distrito también se produjo una situación que podría alegar: en una de mis comunas, Parral , no habrá un tribunal de familia, pero creo que se han dado explicaciones serias de que esto no se ha hecho en forma arbitraria. La instalación de juzgados de familia en cada zona o región se ha hecho en consideración a la cantidad de causas que existen en los actuales tribunales; es decir, se ha establecido el número de demandas que se han hecho en los tribunales de cada comuna para crear estos tribunales de familia, por lo que resulta claro que esto se ha hecho en forma objetiva. En la medida en que aumente la demanda a futuro, se implementarán nuevos tribunales. Eso es lo lógico. Debemos estar tranquilos, porque los estudios presentados en la comisión son tremendamente objetivos en ese sentido.
Se van a crear sesenta nuevos tribunales de familia, lo que permitirá que 250 jueces se dediquen a estas materias, cuestión que representa un avance extraordinario para nuestro país.
En los lugares donde no se creen estos nuevos tribunales, continuarán teniendo esta competencia los juzgados de letras, pero apoyados por todo el sistema que incorporará la futura ley, es decir, por psicólogos, por asistentes sociales, por la institución de la mediación; en definitiva, se trata de una forma mucho más eficiente de hacer justicia.
La institución de la mediación implica un gran avance, porque permitirá resolver muchos conflictos sin tener que iniciar un proceso, que muchas veces son traumáticos para las familias, ya que, como ha dicho el ministro de Justicia , tenemos una cultura litigiosa agobiante, afirmación que comparto.
Quiero destacar que la institución de la mediación es tremendamente seria, porque de la lectura del proyecto se desprende que existirán organismos, como las universidades, que formarán a los mediadores; se llevarán registros de ellos, que estarán a disposición de las cortes de apelaciones para que actúen dentro de sus jurisdicciones; además, estos mediadores no serán cualquier persona, sino profesionales que tendrán como requisito haber ejercido su profesión una cierta cantidad de años antes de postular a ese cargo, y no estar afecto a ninguna de las inhabilidades que se establecen en el proyecto, lo que permitirá determinar que se trata de personas probas y transparentes.
Por lo tanto, considero que la institución de la mediación es tremendamente potente y está muy bien planteada en el proyecto en discusión.
Un capítulo especial merece la intervención de la diputada María Antonieta Saa .
Ella ha hecho un buen planteamiento sobre la violencia intrafamiliar, sus consecuencias y la necesidad de contar con mecanismos que protejan adecuadamente a la víctima y sancionen drásticamente al hechor.
A su vez, hay que analizar a fondo la redacción del texto. Creo que no son dos aspectos incompatibles. Además, comparto lo señalado por la diputada Saa en cuanto a la protección de la víctima y la sanción del hechor. De esta manera, se evitan a futuro actos de violencia intrafamiliar, hoy de frecuente ocurrencia.
En el artículo 71, se establecen ciertas condiciones para suspender la dictación de la sentencia. Para decretar la suspensión, el denunciado o demandado deberá reconocer en el tribunal los hechos investigados; es decir, reconocer su culpabilidad. Aún más, deben haberse establecido -y las partes haber aceptado- una serie de actos reparatorios en favor de la víctima- y reglas claras en torno a la familia. Es decir, si hay aspectos de carácter pecuniario, como puede ser una pensión alimenticia, tienen que quedar resueltos; lo mismo si hay que compensar a la familia. También es importante alguna medida cautelar a fin de proteger a las víctimas. O sea, se establece una serie de condiciones para proteger adecuadamente a la víctima.
Desde ese punto de vista, estoy abierto a seguir analizando este tema, pero con la condición de establecer la suspensión sólo cuando se cumpla una serie de requisitos que no signifiquen que el hechor quede libre de polvo y paja. Es decir, si vuelve a cometer un acto semejante, se le aplicará la sanción correspondiente. Aún más, la suspensión debe operar para aquel que por primera vez comete un hecho de estas características; si es un reincidente, no se le va a aplicar esta medida.
Por ello, comparto el espíritu de la diputada María Antonieta Saa , en cuanto a destacar la necesidad de que el proyecto incida en los aspectos que ella menciona: la protección de la víctima y la sanción del delincuente.
Daré mi apoyo al proyecto y espero seguir afinando los aspectos propuestos por la diputada Saa al mismo.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta , efectivamente estamos legislando sobre un aspecto muy necesario, más aún, cuando han entrado a trámite legislativo proyectos que, de una u otra manera, van a incidir y demandar de manera más específica tribunales especializados. Me refiero a las modificaciones de la ley de Matrimonio Civil.
Comparto los objetivos planteados para la creación de estos tribunales. Desde luego, un primer gran objetivo es establecer una jurisdicción especializada, la cual va a tener incidencia, entre otras cosas, en dos aspectos de vital importancia, como son la economía procesal, y -como el nombre lo señala- una jurisdicción especializada para resolver los problemas que se planteen.
La economía procesal radica en el hecho de que un conflicto no deba iniciarse en varios procedimientos distintos o en tribunales diversos para resolver los asuntos que lo involucran. Esto es muy importante.
Por otro lado, el volumen de causas que se acumulan en la materia, debieran tener un solo circuito o flujo de tratamiento.
Asimismo, en el tratamiento interdisciplinario de los problemas que se planteen, la asesoría del juez por profesionales especializados, como asistentes sociales y sicólogos, entre otros, es un aspecto muy significativo que debiéramos considerar.
El diputado Ceroni ponía énfasis en un aspecto que también comparto. Podrán haber vacíos -la gradualidad de la implementación de la ley tal vez nos permita buscar soluciones-, pero hay un hecho específico, como es el significativo aumento de los jueces que se harán cargo de los problemas planteados en los tribunales.
Mencionaba la creación de los 250 cargos de jueces de familia distribuidos en todo el país. Y yo agrego la comparación con los jueces de menores, que son los que más se acercan a lo que hoy podría ser un tribunal de menores. ¿Cuantos jueces de menores existen distribuidos a lo largo del país? Sólo cincuenta y uno. Es necesario destacar esta diferencia, porque es importante.
Además, el diseño de tribunales unipersonales de composición múltiple; es decir, varios jueces reunidos en un mismo tribunal para conocer de las causas que allí se sitúen.
El diputado Ceroni también destacaba la obligación de presencia personal del juez. En ese sentido, quiero agregar que no se trata de una mera formulación retórica o de una norma simplemente programática, sino que mucho más que eso, ya que en caso de no cumplirse contemplen una sanción, que es la nulidad.
De manera que aquí hay un factor que asegura que el aumento de jueces y la formulación de jueces múltiples en los tribunales permitirán el conocimiento personal de las causas. Además, hay que agregar la sanción a que queda sujeto el juez si no se da la presencia personal.
Por último, deseo destacar el tema de la mediación. Se trata de evitar la alta concentración de litigios. Hay claros indicios de que se puede lograr. El sistema de la mediación nos parece idóneo para el efecto. Según se define en el proyecto de ley, el sistema de mediación debe funcionar como puerta de entrada al sistema para resolver conflictos, lo que considero un buen comienzo.
Ahora, se conjugan cosas bastante significativas en la materia, como la obligatoriedad para llevar algunos aspectos a la mediación, la facultad para llevar otros, es decir, que las propias partes determinen si ello procede en ciertos conflictos, y la prohibición respecto de determinados conflictos que nunca podrán ser llevados a la mediación, pues son aspectos que necesariamente deben ser solucionados mediante una configuración litigiosa. Dentro de estos últimos, están las causas de divorcio, de nulidad de matrimonio, las relativas al estado civil e interdicción de las personas, el maltrato de menores e incapaces y la adopción. De manera que, si bien es cierto que se consagra el sistema de mediación, ésta se regula de manera eficiente para evitar que no cumpla su objetivo, cual es, prevenir que sólo haya acciones litigiosas.
Por último, es digno de ser destacado el procedimiento para la protección de los menores.
Quiero referirme en particular a la situación del distrito que represento en la Cámara. Me parece adecuado, la creación de tribunales de familia en la provincia de Maipo, que un tribunal con asiento en la comuna de Buin tenga jurisdicción sobre las comunas de Buin y Paine y que el mismo esté compuesto por tres jueces. Ello mejorará las condiciones de funcionamiento y garantizará mayor eficiencia. Lo mismo ocurre con el tribunal con asiento en la comuna de San Bernardo, con jurisdicción sobre las comunas de San Bernardo propiamente tal y Calera de Tango, el cual estará compuesto por seis jueces. A mi juicio, es una solución adecuada para el gran número de causas acumuladas allí y para la población que existe en esa parte de la Región Metropolitana.
Por lo señalado, anuncio mi voto favorable al proyecto que crea los tribunales de familia.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señora Presidenta , como integrante de la Comisión de Familia me tocó participar activamente en el análisis del proyecto en discusión.
Podría decir que estamos frente a una iniciativa espectacular y revolucionaria, porque representa un gran avance en el sistema judicial chileno, debido principalmente a que brindará una adecuada y exclusiva atención a los casos relacionados con conflictos y derechos de la familia. Sin embargo, no es su principal característica, porque la creación de los tribunales de familia posibilitará a los habitantes de sectores de menores recursos acceder en forma más ágil a la justicia. No obstante, el beneficio es para toda la sociedad.
Todos sabemos lo que significa para una familia el deterioro de las relaciones conyugales; los más perjudicados son los hijos, más aún si consideramos que la resolución de una causa puede demorar mucho tiempo, lo que altera el bienestar y la mantención de la paz en el núcleo familiar. Mi anhelo es que esta judicatura especializada que se crea en materia de familia y de niños opere de manera tal que entregue debida protección a los integrantes del núcleo familiar, según lo dispone nuestra Carta Fundamental.
Más allá de las debilidades analizadas en esta sesión, quiero resaltar las fortalezas del proyecto, en particular, dos aspectos que considero fundamentales.
En primer lugar, los tribunales de familia estarán integrados por un órgano especializado denominado consejo técnico, que estará formado por asistentes sociales, psicólogos y orientadores familiares que darán asesoría especializada a los jueces en el análisis de los hechos y de las situaciones relacionadas con los asuntos que conozca y en cualquier otra materia de su especialidad. Ello representa la posibilidad real de que las familias tengan una atención preferencial.
En segundo lugar, quiero resaltar la competencia de los tribunales de familia, que deberán atender no sólo los casos de violencia intrafamiliar -tema que conmueve a la sociedad chilena y al cual se refirió la diputada María Antonieta Saa - sino que, además, dieciséis materias relacionadas entre sí, entre las cuales destacan el derecho de alimentos, juicios de nulidades y divorcio -iniciativa que se encuentra en trámite en el Senado y que esperamos sea aprobada-, de maltrato de menores de edad, parientes incapacitados, adopción, tuición, tutela y una serie de otras materias.
Respecto de la mediación, el proyecto establece que para todos los efectos legales, se entiende por mediación aquel sistema de resolución de conflictos no adversarial, en el que un tercero neutral, sin poder coercitivo, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución a su conflicto.
Durante la discusión del proyecto he aprendido mucho, porque los abogados que concurrieron a las comisiones unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Familia nos explicaron muy bien el contenido de cada artículo.
En síntesis, debemos estar conscientes de que la creación de los tribunales de familia implica uno de los cambios más grandes efectuados en materia procesal. Podemos decir, sin riesgo de exagerar que, junto con la reforma procesal penal, constituyen los pilares básicos sobre los cuales se asienta la modernización de la administración de la justicia en Chile.
Por lo tanto, junto con anunciar con mucha fuerza nuestro voto favorable, saludamos el trabajo coordinado de los representantes del Ejecutivo con las comisiones unidas de Constitución, Legislación y Justicias y de Familia en las que me correspondió participar.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señora Presidenta , en primer lugar, felicito al Ejecutivo por el envío de este proyecto hace ya varios años, en 1997, y, en particular, a las comisiones unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Familia por haberlo despachado.
Quiero destacar la trascendencia del proyecto, porque establece un procedimiento legal moderno, ágil y justo y crea los tribunales de familia en un país donde se habla mucho y -usando una expresión vulgar- se hacen gárgaras con la protección de la familia, pero que no se lleva a la práctica al momento de contratar a mujeres embarazadas o cuando se trata de evitar los casos de violencia intrafamiliar a que se refirió la diputada María Antonieta Saa . De manera que hacemos justicia al apoyar la creación de estos tribunales que apuntan a defender a la familia. Como digo, se trata de un tema sobre el cual se habla mucho, pero se hace poco.
Por otra parte, aquí se ha subrayado el hecho de que el proyecto establece algunos procedimientos distintos a la justicia adversarial o al litigio propiamente tal.
Asimismo, considero de la mayor importancia el establecimiento de una serie de normas relacionadas con un tema muy complejo desde el punto de vista psicológico y afectivo, como es la protección de los niños, las cuales constituyen un avance notable, ya que están destinadas a la protección de los niños cuando se genera un conflicto entre la pareja.
Respecto de la mediación, puedo asegurar que, desde ya, soy “hincha” de ese procedimiento. Como saben los colegas, existen tres tipos de mediación: la obligatoria, cuando se trata de regulación de alimentos, tuición y visitas; la prohibitiva, en los casos de divorcio, nulidad y estado civil, y la facultativa. Yo fui uno de los partidarios de que en los casos de violencia familiar sea facultativa. Entiendo la posición de la diputada María Antonieta Saa , y me parece terrible la carta que leyó y que se refería a una mujer que estaba presa por haber asesinado a su pareja. Pero eso no es violencia intrafamiliar; es un delito de homicidio.
Según informaciones de personas que han realizado talleres y planes pilotos en materia de mediación, se trata de algo muy exitoso; pero es una decisión que deben tomar las dos partes. De manera que existen garantías suficientes para que la mediación sea acordada por la pareja. Si se produce violencia intrafamiliar y la pareja desea contar con la asesoría de psicólogos y asistentes sociales y con la presencia de mediadores para solucionar sus problemas, no veo por qué el Poder Legislativo debe prohibir que utilicen ese mecanismo. Por cierto, en los casos extremos deben operar los juzgados del crimen.
Felicito al Gobierno por la decisión tomada respecto de la gradualidad, porque el proyecto original contemplaba el funcionamiento gradual de los tribunales de familia en las regiones, tal como ocurre con la reforma procesal penal. Considero una muy buena señal que empiecen a funcionar en todo el territorio nacional en una fecha única: el 1 de julio de 2005.
Quiero destacar la participación que tendrán los 212 asistentes sociales y 103 psicólogos en dichos juzgados; creo que es un avance notable, porque se otorgará a los expertos, a quienes pueden contribuir a que los jueces tomen decisiones correctas, un espacio en el ámbito jurisdiccional. Los jueces, a quienes muchas veces criticamos diciéndoles que viven en una cúpula de vidrio, contarán con la opinión de otros profesionales.
Por otra parte, me sumo a lo dicho por el diputado Ceroni , en cuanto a la suspensión condicional de la sentencia en materia de violencia intrafamiliar. Hay una serie de resguardos establecidos en los artículos 71, 72 y 73; incluso se contempla la revocación, cuando la persona demandada incurre en nuevos actos de violencia intrafamiliar. Creo que ese caso está suficientemente resguardo y es una buena decisión legislar sobre la materia.
En relación con lo manifestado por la diputada Marcela Cubillos, estoy de acuerdo en que el registro pueda ser eliminado, porque no se compadece con los requisitos que se exigen a los centros de mediación. Pero estoy en desacuerdo con que no se celebren convenios por parte de las entidades administrativas.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
¿Me permite, señor diputado ? Le ruego redondear la idea porque ha terminado el tiempo del Orden del Día.
La señora LUKSIC.-
Termino, señora Presidenta .
Como decía, una vez hecha la licitación, por una cuestión de urgencia y necesidad de buen servicio -principio del derecho administrativo-, es necesario hacer convenios.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Señores diputados, hemos llegado al término del tiempo acordado para la discusión del proyecto. Los diputados inscritos que no alcanzaron a intervenir pueden solicitar la inserción de sus discursos. Me refiero a los diputados señores Eugenio Tuma, Exequiel Silva, José Miguel Ortiz y a la diputada señora Carolina Tohá.
En votación general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 52, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 144, 146, 147, 149, 150, 151 y 152, permanentes, y primero, segundo, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo, requieren para su aprobación quórum de ley orgánica constitucional.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).- Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se aprobarán todos los artículos del proyecto, con excepción de aquellos para los cuales se ha pedido votación separada, es decir, de los artículos 71 al 74, 101, 106, 147 y 152, permanentes y quinto, sexto, séptimo, octavo y décimo, transitorios, que tienen indicaciones, dejando constancia de haberse alcanzado el quórum constitucional requerido.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señora Presidenta , le pido que se agregue mi voto, puesto que no alcancé a votar en la votación anterior.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Así se procederá, señor diputado .
En votación los artículos 71, 72, 73 y 74.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 24 votos. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los diputados señores:
-Se abstuvo el diputados señor
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 101.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 45 votos. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
}Rechazado.
-Votaron por la afirmtiva los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Votaron por la negativa los diputados señores:
-Se abstuvo el diputado señor
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el artículo 106.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 45 votos. No hubo abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Rechazado.
-Votaron por la afirmtiva los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Votaron por la negativa los diputados señores:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El artículo 147 requiere para su aprobación quórum de ley orgánica constitucional.
El señor Secretario dará lectura a una indicación.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La indicación es para reemplazar, en el inciso primero del artículo 147, la expresión “desde el momento en que entren en aplicación en la región respectiva los procedimientos que esta ley establece”, por “de la entrada en vigencia de esta ley”.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Votó por la negativa el diputado señor
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se aprobará el artículo.
Aprobado.
El señor Secretario dará lectura a una indicación al artículo 152.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Es para reemplazar el artículo 152, por el siguiente: “Entrada en vigencia de la ley. La presente ley empezará a regir el día 1º de julio de 2005”.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Votó por la negativa el diputado señor
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación al artículo quinto transitorio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 7 votos. Hubo 2 abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Votaron por la negativa los diputados señores
-Se abstuvieron los diputados señores:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se aprobará el resto del artículo.
Aprobado.
El señor Secretario dará lectura a una indicación al artículo sexto transitorio.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
El Ejecutivo formuló una indicación para agregar en el numeral 2), del artículo sexto transitorio, a continuación de la expresión: “sistema”, suprimiéndose el punto aparte (.) que le sigue, la frase: “y lo dispuesto en el artículo anterior”.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se aprobará el resto del artículo.
Aprobado.
El señor Secretario dará lectura a una indicación al artículo séptimo transitorio.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
El Ejecutivo formuló una indicación para reemplazar, en el numeral 1), la expresión “que señala para la correspondiente región el artículo quinto transitorio precedente”, por “de entrada en vigencia de esta ley”; para reemplazar en el numeral 3), la expresión “la fecha referida” por “las fechas referidas”, suprimiendo la expresión “para la región correspondiente”, y para suprimir, en el numeral 6), la expresión “en cualquier región del país”.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se aprobará el resto del artículo.
Aprobado.
El señor Secretario dará lectura a una indicación al artículo octavo transitorio.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
El Ejecutivo formuló una indicación para reemplazar, en el numeral 1), la expresión “que señala para la correspondiente región el artículo quinto transitorio precedente” por “de entrada en vigencia de esta ley”; para reemplazar, en el encabezado del numeral 3), la expresión “la fecha referida” por “las fechas referidas”, y para agregar en el número 2º del numeral 3), a continuación de la expresión “involucrados”, suprimiéndose el punto aparte (.) que le sigue, la frase “y lo dispuesto en el artículo quinto transitorio”.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se aprobará el resto del artículo.
Aprobado.
El señor Secretario dará lectura a una indicación al artículo décimo transitorio.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
El Ejecutivo formuló una indicación para reemplazar el inciso primero del artículo décimo transitorio, por el siguiente “La supresión de los Juzgados de Menores a que se refiere el artículo 146, se llevará a cabo seis meses después de la entrada en vigencia de la presente ley”.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, con la misma votación se aprobará el resto del artículo.
Aprobado.
Despachado el proyecto.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor ministro de Justicia, don Luis Bates.
El señor BATES.-
Señora Presidenta , honorable Corporación:
En más de una ocasión hemos expresado que el país vive momentos históricos en lo que dice relación con la reforma a la justicia. Éste es un hito más respecto del cual, tal vez, no estamos suficientemente conscientes, por estar inmersos en un momento histórico.
En nombre del Gobierno, agradezco de manera muy particular el esfuerzo, el trabajo y la perseverancia con que se ha cumplido este hito histórico.
Muchas gracias.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Gracias, señor ministro .
HOMENAJE AL LICEO DE HOMBRES "NARCISO TONDREAU", DE CHILLAN, CON MOTIVO DE SU 150° ANIVERSARIO.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
La Cámara de Diputados por intermedio de los señores diputados señor Carlos Abel Jarpa y Rosauro Martínez, rendirá homenaje al Liceo de Hombres Narciso Tondreau, de Chillán, con motivo de cumplirse 150 años de su creación.
Se encuentran presentes en las tribunas algunos estudiantes y su rector, don Héctor Raúl Carrasco Jara. Bienvenidos a la honorable Cámara.
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA (de pie).-
Señora Presidenta , estimados colegas, el 16 de mayo recién pasado, la comunidad de Chillán, con mucha alegría y con el reconocimiento local, provincial, regional y nacional, conmemoró los 150 años de existencia del Liceo de Hombres Narciso Tondreau.
Es difícil reseñar, en pocas palabras, la larga historia de un establecimiento educacional, en el cual se han formado miles de jóvenes en el pasado, en el presente y formarán en el futuro para ser hombres de bien. Por esta razón, me voy a referir especialmente a los inicios de este establecimiento educacional. Transcurridos pocos años desde la creación de la provincia de Ñuble, en febrero de 1848, el intendente de ese entonces, don Juan Ignacio García , envió una comunicación al Consejo de la Universidad de Chile para crear un liceo de hombres en la ciudad de Chillán. Similar petición hizo el municipio chillanejo en marzo de 1853 para que la ciudad pudiera contar con un instituto literario o un liceo que, además, favoreciera a toda la población de la provincia de Ñuble.
Es así como el 7 de marzo de 1853, mediante decreto, se creó el Liceo de Hombres de Chillán. El decreto expresaba: “...atendiendo a la necesidad de que en la provincia de Ñuble haya un establecimiento en que la juventud pueda adquirir conocimientos de un orden superior a los que dan las escuelas primarias y prepararse para seguir las carreras profesionales”. El decreto tenía cuatro considerandos y estaba firmado por el Presidente Manuel Montt y el ministro de Justicia , Culto e Instrucción Pública, don Silvestre Ochagavía .
Su primer rector fue don Pedro Matus y su funcionamiento comenzó el 16 de mayo de 1854, con una matrícula de 20 alumnos. Su personal sólo estaba conformado por su rector, el portero y el inspector don Pedro José Opazo , quien fue contratado seis meses después.
Por falta de recursos en los primeros años, el rector debió dictar los diferentes ramos, existiendo sólo un profesor auxiliar para las clases de aritmética y de historia y geografía.
Por ese motivo, en 1858, el gobierno dictó un reglamento interno para el liceo, en virtud del cual se contrató a don Roberto Loive como profesor de idioma y a don Bernardo Sepúlveda como profesor de gramática castellana. Debido a las carencias y dificultades, su matrícula había disminuido. Con la dictación del reglamento se logró revertir esa situación. Ya ese año el liceo contaba con el curso de tercer año de humanidades, compuesto por tres alumnos.
Cabe destacar que el 1 de diciembre de 1860, el Ministerio de Instrucción Pública dictó un decreto supremo que declaraba válidos los exámenes rendidos por los alumnos del liceo para optar a grados universitarios, debiendo regirse para ello por los planes de estudio del Instituto Nacional.
Ante la problemática del lugar de funcionamiento del liceo, la municipalidad donó una manzana de terreno, lo que permitió en 1868 iniciar la construcción de un nuevo establecimiento, cuya primera etapa quedó concluida en 1873. Ella comprendió la habilitación de seis salas de clases y una oficina para el rector y los profesores.
El 7 de octubre de 1897 asumió como rector don Narciso Tondrau , abogado y maestro, nacido en 1860 en La Serena, quien se había desempeñado como intendente de la provincia de Cautín y Maule . Al iniciar su rectorado, el establecimiento contaba con 16 profesores y su matrícula se acercaba a los 300 alumnos. Entre los maestros se encontraba don Enrique Molina Garmendia , quien fue su primer inspector y, posteriormente, el primer rector de la Universidad de Concepción, donde se desempeñó por más de 36 años.
Don Narciso Tondrau dotó al establecimiento de una infraestructura adecuada para la enseñanza. Es así como creó los gabinetes de ciencias naturales y en 1905 logró que se iniciara la construcción del internado y la habilitación de un salón de actos. Durante su gestión, el liceo alcanzó un merecido reconocimiento en toda la región sur de nuestro país.
En pocos minutos, he resumido los difíciles inicios de este establecimiento educacional, que influyó e influye -hasta el día de hoy-, en todos los maestros en su alumnado, en los padres y profesorado, para convertir a la juventud en hombres de bien.
Quiero recordar sólo a dos ex alumnos que formaron parte de esta Corporación. Uno del siglo pasado, don Pedro Lagos Marchant , quien, después de desempeñarse como militar, fue diputado en 1880, representando a la provincia de Ñuble; otro, a quien todos evocan: el doctor Isidoro Tohá González , quien se desempeñó como diputado entre los años 1990 y 1998.
Finalmente, quiero entregar al señor rector, al profesorado, a los trabajadores de la educación, a los paradocentes, a sus alumnos y a los padres y apoderados nuestro afecto y reconocimiento por la importante labor que desempeñan actualmente, siguiendo la ruta trazada por sus antecesores para transformar a todos los jóvenes de la ciudad de Chillán y de la provincia de Ñuble en hombres de bien comprometidos con el progreso y con nuestra sociedad.
He dicho.
-Aplausos.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , colegas parlamentarios, señor rector, señor alcalde de Chillán Viejo , estimados alumnos, señoras y señores:
Un cúmulo de ideas vivificadas por el soplo anímico de espíritus selectos hizo posible que el 16 de mayo de hace ya 150 años, pudiera cimentar sobre piedra el edificio magnífico que hoy día admiramos y que conocemos por su fecunda labor educacional, como lo es el Liceo de Hombres Narciso Tondrau, de Chillán.
A mediados del siglo XIX el acceso a la educación y a la cultura era patrimonio casi exclusivo de los vecinos más acomodados, cuyos hijos, para continuar sus estudios, debían trasladarse a la ciudad de Concepción.
Las autoridades de la época, recogiendo el sentir ciudadano, solicitaron al Presidente de la República la instalación de un establecimiento secundario que diera cobertura educacional en la ciudad a los egresados de la enseñanza primaria. Tal anhelo se vio concretado el 7 de marzo de 1853 cuando don Manuel Montt dictó el decreto de fundación respectivo. El primer paso estaba dado y había que comenzar la tarea. Para ello, era imprescindible organizar a la comunidad. Así inicia su caminar el liceo de hombres, no sin obstáculos, no sin desvelos, no sin sacrificios. Bien vale el recuerdo para aquellos que tanto bien nos depararon. Más vale un ejemplo, porque, en cierto modo y advirtiendo acaso el rumor histórico, la faena de aquellos días ha de parecernos hoy gesta de titanes, porque si bien es cosa averiguada que de todas las instituciones la más propia para formar el hombre de bien es, sin duda, la institución escolar. No es menos cierto que en medio de ambientes en nada propicios para arar surcos y sembrar mies, aquella labor hubo de ser dura y tal vez incomprendida. Más bien, es cosa comprobada que arde en los espíritus inquietos e irreductibles el anhelo tendiente a convertir en actos de perfección los sueños acunados al impulso generoso. Y así es, héroes de un día y de siempre, como don Luis Pradel, don José María Solar, don Fabio Zañartu , Santos Ojeda , y muchos otros, juntando sus manos vaciaron la mezcla sobre las primeras piedras, y no hay duda de que éstas resultaron canteadas porque no requirieron nunca de otras materias para juntar los bloques de ese edificio magnífico, al que el tiempo le ha dado una solidez tal que, a pesar de los vaivenes de nuestra tierra, tan colmada de tragedias, se ha mantenido fiel a su derrotero.
Así se gesta este establecimiento educacional que hoy recibe un sentido homenaje, señal de reconocimiento de una trayectoria fecunda en el campo educacional, que no termina allí, pues su labor incluye la integridad del quehacer humano a objeto de hacer del joven egresado una persona conceptualmente sólida, culta, de sentimientos, principios y valores propios de una cantera donde se trabaja el humanismo sin apellidos ni fronteras. Si ese era el espíritu de ayer, con mayor razón vivifica los corazones de hoy.
Se ha dicho, no sin justa y precisa razón, que la educación del hombre es un despertar humano, y el Liceo de Hombres Narciso Tondreau es, y ha sido, un símbolo de ello, que ayer otros asumieron responsablemente, y que hoy, en maravillosa conjunción de ideales, ha sido tomado por hombres y mujeres, cuyos dilectos representantes nos distinguen hoy con su presencia, liderados por su rector, don Héctor Raúl Carrasco Jara , a quien testimoniamos nuestro afecto y reconocimiento sincero, porque en su figura de maestro viene plasmado el legado de 150 años de historia que esta Cámara de Diputados ha querido homenajear en señal de gratitud a su apostólica labor de formadores de sucesivas generaciones de alumnos, cuyos destinos los encontramos diseminados en toda época, por los diferentes caminos de esta tierra generosa. Están los que ayer y hoy luchan por una mejor educación, los que resguardan la justicia, la salud, el bien común; los que unen a la comunidad a través de la información, los que laboran en la industria, el comercio y el servicio público, en fin, están todos cuantos se sintieron inspirados por el ansia suprema del saber.
Evocar aquello es mirar el rostro de un profesor e intelectual, como don Alejandro Witker , quien nos ha regalado recientemente una obra maravillosa: La Silla del Sol, Crónicas Ilustradas de Ñuble; es ver la destacada figura pública del alcalde de Chillán Viejo, don Julio San Martín , quien nos acompaña y agradecemos su presencia; es recordar los desvelos por el orden y la seguridad ciudadana de don Teobaldo Rodríguez ; es evocar la estatura intelectual de quien esperamos sea el próximo Nobel de literatura, don Nicanor Parra ; es revisar la obra del insigne profesor y poeta, don Sergio Hernández ; es reconocer la labor del ministro de Estado y embajador, don Jorge Tapia Valdés , y es tener patente entre nosotros la consecuencia ejemplarizadora del juramento hipocrático del doctor don Guillermo Parr . En ellos se refleja parte de lo que ha sido y es este establecimiento educacional.
Si la vida humana es constitutiva de historia y tiempo, ambos se convierten en sustancia de libertad y esperanza. Por ello es bueno recordar y proyectar. Y al recordar a quienes ya no están físicamente con nosotros, estamos proyectando en los jóvenes, que decoran esta tribuna, el legado hermoso al que están llamados a ser fieles herederos.
Hablar de esos hombres es encontrarse con don Juvenal Hernández Jaque , rector de la Universidad de Chile; con don Alfonso Quintana Burgos , diputado , ministro de Estado y Vicepresidente de la República ; con don Marcial Mora Miranda , diputado y ministro de Estado ; con don Alfonso Lagos Villar , director del diario “La Discusión” y Premio Nacional de Periodismo; con don José Tohá González , ministro de Estado y Vicepresidente de la República , también alumno creador y primer rector de la jornada vespertina, y con don Walterio Millar Castillo, prestigioso historiador, autor de la Historia Ilustrada de Chile, la cual es estudiada en las escuelas y liceos del país; a don Federico Puga Borne , médico, profesor, diputado , senador y ministro de Estado ; a don Armando Lira Sepúlveda , profesor, maestro de plástica, Premio Nacional de Arte en Venezuela, y con toda razón, don Sergio Gana Lagos , rector y autor de la obra Breve Historia del Liceo de Hombres, al hablarles a los alumnos, les expresaba: “Soy vosotros los llamados a mantener esa grandeza conseguida por vuestros antecesores”. Decía que volver la mirada al pasado es también parte de reconocer la huella y sentir el espíritu de esa pléyade de maestros de verdad, como don Enrique Molina Garmendia, don Adrián Soto Vivanco, don Samuel Zenteno Araya, don Claudio Rosales Yáñez, don Manuel Jesús Ortiz, don Tomás Figueroa Bravo, don Pedro Cruz Silva, don Gumercindo Oyarzo, don Raúl Castañeda Roland, don Manuel Vanegas Valdés, don Flavio Flores Contreras y doña Zoila Siderey , quienes junto a Milton Sepúlveda Jorquera , Patricio Ubal Contador, doña Zaida Toledo Astrosa , doña María Inés Rodríguez, don Héctor Otárola Rivas, don Pedro Ramos Venegas, don Jorge Petersen Davies , entre muchos otros, que hicieron y siguen haciendo liceo con su diario e infatigable laborar. Los hombres de ayer y de hoy, separados por generaciones, pero unidos por un mismo ideal: servir a Ñuble y a la patria.
En esta mirada, justo es detenerse en los conductores de este proceso educacional, desde don Pedro Matus , a quien la historia del liceo lo registra como su primer rector, hasta don Héctor Raúl Carrasco Jara , su líder actual. En esta sucesión de 150 años de vida, 27 profesionales han asumido la delicada función de dirigir su destino.
Distinguidos alumnos, llevadles, por favor, a vuestros compañeros el mensaje de este Poder del Estado y decidles que nuestro propósito ha sido reconocer -en este lugar, donde están representadas todas las ideas políticas- una trayectoria ejemplar del liceo que os cobija y educa. Decidles también de la responsabilidad que os asiste como estudiantes e hijos y recordadles que nada hay más parecido a la felicidad que saber que la soledad, la pobreza o el dolor pueden olvidarse con el ejercicio del conocimiento, el trabajo y el esfuerzo permanentes.
Estimadas visitas, al momento de acallar mis palabras de homenaje, déjenme decirles que tengo fe en el futuro, porque sé del espíritu que ha inspirado e inspira a este señero Liceo, reflejado en el proyecto educativo que guía su tesonera labor y, lo que es más relevante, porque conozco de la calidad humana y profesional de docentes, directivos, co-docentes, personal auxiliar, padres y apoderados y de la comunidad educativa en general.
¡Para ustedes, todo el afecto, felicidad y éxito!
Muchas gracias.
-Aplausos.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Quiero hacer presente que se encuentra presente en la Sala el honorable senador por esa circunscripción, don Mariano Ruiz-Esquide.
Con las intervenciones de los diputados Carlos Abel Jarpa y Rosauro Martínez, la Cámara de Diputados ha rendido homenaje al Liceo de Hombres Narciso Tondreau de Chillán, al cumplirse 150 años de su creación.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 15.01 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República que establece el financiamiento necesario para asegurar los objetivos sociales prioritarios del Gobierno.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, someto a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto establecer el financiamiento necesario para asegurar los objetivos sociales prioritarios del gobierno. Para tal efecto, se efectúan una serie de adecuaciones a la normativa tributaria del país.
I. ANTECEDENTES.
El 21 de Mayo de 2002 expuse al país la necesidad impostergable de avanzar en dos reformas sociales de gran magnitud: el sistema Chile Solidario, destinado a terminar con la miseria en que aún vive casi un millón de nuestros compatriotas, y la reforma a la salud, orientada a garantizar una atención de salud oportuna y de calidad a los chilenos, independientemente de sus medios económicos.
En esa ocasión señalé que la efectiva aplicación de estas dos iniciativas demandaría un esfuerzo compartido del Estado y de la sociedad en su conjunto, a través del sistema tributario. El costo anual de las dos iniciativas planteadas en aquella oportunidad, era de 225 mil millones de pesos y solicité financiamiento al país, a través de distintos mecanismos, por 152 mil millones, proponiendo que el Estado se hiciese cargo de 73 mil millones de pesos a través de reasignaciones presupuestarias y crecimiento económico. No obstante que la discusión de estas iniciativas sociales ha avanzado en el parlamento y se ha iniciado su implementación a través de programas aprobados en el presupuesto público, aun se encuentra pendiente su financiamiento permanente.
II. EL CRECIMIENTO: CONDICIÓN ESENCIAL DEL ESFUERZO SOCIAL.
1. El crecimiento económico como condición de profundización de política social.
El énfasis de este gobierno en la profundización de la política social se combina con la absoluta centralidad que tiene el crecimiento económico. En efecto, tanto por su impacto directo sobre la población como por los mayores recursos que provee al Estado para llevar adelante las políticas públicas, el crecimiento es condición ineludible para enfrentar de manera sostenible los problemas sociales.
2. Solvencia fiscal y regla de superávit fiscal han permitido enfrentar coyuntura adversa.
Por lo mismo, hemos trabajado incansablemente por materializar la ansiada reactivación de nuestra economía, y hemos procurado el firme cumplimiento del compromiso de solvencia fiscal inscrito en nuestra regla de superávit estructural. Esta regla nos ha permitido enfrentar la coyuntura adversa con un comportamiento contracíclico de las finanzas públicas y un marco de creciente credibilidad ante los mercados internacionales, posibilitando condiciones de financiamiento externo nunca vistas, tanto para el sector público como privado, por medio de reducciones del riesgo soberano del país a sus mínimos niveles conocidos. Este factor ha permitido, además, la materialización de una política monetaria expansiva, que se ha traducido en rebajas sin precedentes del costo de financiamiento para todos los sectores del país, en marcado contraste con las condiciones imperantes en otros países emergentes del mundo y la región.
3. Iniciativas reactivadoras.
Paralelamente, hemos actuado sobre los principales factores que pudieran retrasar la reactivación, y hemos procurado las condiciones microeconómicas necesarias para un crecimiento sostenido. Sólo por mencionar algunas iniciativas, la eliminación del impuesto de timbres y estampillas para las reprogramaciones ha permitido a miles de familias aprovechar el bajo costo de financiamiento, aumentando la demanda habitacional y dinamizando la construcción; la aprobación de la Ley de Pesca ha removido obstáculos a la inversión en ese sector; la aprobación de la Ley de Plataforma Financiera ha generado incentivos para convertir al país en un gran centro de inversión regional; la actualización de las tablas de vida útil de los activos permitirá a los empresas depreciar más rápidamente sus inversiones; y la Ley de Firma Electrónica y la factura electrónica, han puesto al país a la vanguardia de los negocios electrónicos.
Esta estrategia ha sido, sin duda, exitosa, y se ha reflejado en una gradual aceleración del producto y la demanda interna. Esta última ha alcanzado un crecimiento promedio de un 4% durante los últimos tres trimestres, lo que contrasta fuertemente con un caída promedio de casi 1% en los tres trimestres inmediatamente anteriores. Este espectacular resultado es particularmente destacable si se considera que durante el mismo período, tanto Estados Unidos como Europa y Japón han venido desacelerando su crecimiento.
III. ACUERDOS COMERCIALES CORONAN NUESTROS ESFUERZOS.
Este nuevo impulso al crecimiento se ha visto brillantemente coronado con la suscripción de acuerdos de libre comercio con zonas del mundo que representan más de un 40% de nuestro comercio exterior. Sin duda, dichos acuerdos significarán un notorio impulso al crecimiento del país en el mediano y largo plazo, en virtud del mayor acceso que tendrán nuestras exportaciones a estos mercados --del que no disfruta ninguna otra economía emergente--, la competitividad que dará a nuestra industria el menor costo de insumos importados --particularmente en lo que se refiere a bienes de capital--, y la catalización de mayor inversión extranjera que traerá consigo la mayor certeza jurídica que involucran los tratados. Esto se complementará con la firma de los 27 tratados de doble tributación que han sido y están siendo implementados.
Pero así como podemos mirar con mayor confianza el futuro y proyectar una aceleración del crecimiento en años venideros, lo que será instrumental para acomodar un esfuerzo aun mayor en nuestras políticas para luchar contra la pobreza y la inequidad social, es preciso preservar en todo instante la responsabilidad fiscal que ha estado en la base de nuestra recuperación.
En tal sentido es importante tener conciencia de que aunque los ingresos fiscales que dejarán de percibirse como producto de la menor recaudación de impuestos al comercio exterior por aplicación de los acuerdos comerciales será reemplazada gradualmente por un aumento de la recaudación de impuestos a la renta, en la medida que los acuerdos comerciales eleven la actividad de sectores exportadores, que ganan en competitividad y acceso a nuevos mercados, este último efecto se manifestará gradualmente a través del tiempo, en tanto que la pérdida directa de ingresos por efecto de la rebaja de aranceles será inmediata. En particular, se estima que, en los primeros años de vigencia de los acuerdos comerciales con la Unión Europea, Estados Unidos y Corea el estado dejará de percibir ingresos por los impuestos al comercio exterior por 430 millones de dólares anuales, equivalentes a un 0,7% del producto nacional.
Los ingresos provenientes de impuestos al comercio exterior que dejarán de percibirse hoy en día financian el gasto público, que en poco más de un 70% se destina a fines sociales. Del mismo modo, cuando hace algunos años se puso en marcha importantes reformas que requerían un incremento gradual de financiamiento fiscal a través del tiempo, como la reforma procesal penal y la reforma educacional, no se consideró la posibilidad de una merma de ingresos de estas magnitudes en el curso de su aplicación. En otras palabras, la merma transitoria de ingresos fiscales como producto de los acuerdos comerciales y la agenda social no son sino caras de un misma moneda; si la primera no tiene compensación, será el gasto social y las reformas en marcha las que sufrirán las consecuencias.
Durante los trece años de régimen democrático el gobierno, con la colaboración del sistema político ha sido capaz de anticiparse a estas disyuntivas y resolverlas de modo solidario y responsable. El prestigio de que Chile goza en materia fiscal no es producto sólo de contar con buenos técnicos, sino que mi Gobierno, los partidos políticos que me acompañan y los demás actores políticos han sido capaces de reconocer la realidad fiscal del país, asumir los desafíos que plantea el imperativo de la equidad y tomar opciones difíciles. Eso es lo que ha permitido que a lo largo de trece años Chile haya sido capaz de mantener una política fiscal responsable, crecer e incrementar sostenidamente la inversión social y en infraestructura.
Esto es lo que distingue hoy a Chile de otros países. Ninguno de los países que hoy enfrentan desequilibrios fiscales inmanejables llegó a esa situación a través de una acción premeditada de irresponsabilidad fiscal. Los desequilibrios fiscales se generan cuando los estados asumen compromisos de gasto o de reducción de impuestos creyendo que existen vías indoloras de absorber sus efectos fiscales, como la reasignación de fondos o la reducción de la evasión, descubriendo posteriormente que tales acciones no tienen un poder ilimitado. Los países que han reducido el financiamiento para programas sociales o recortan la inversión pública en los peores momentos de una crisis no lo hacen porque sea su intención elevar la inequidad o deteriorar la infraestructura, sino porque se ven forzados a hacerlo para resolver desequilibrios fiscales inmanejables.
Si Chile es hoy un país que tiene cuentas fiscales ordenadas es porque se ha resistido al voluntarismo, ha sido capaz de enfrentar la realidad y tomar decisiones a tiempo. Este es exactamente el desafío que enfrentamos hoy. El proyecto que presento a la consideración del H. Congreso Nacional es expresión de la voluntad de mi gobierno de hacer frente a ese desafío.
IV. MEDIDAS TRIBUTARIAS.
1. Necesidad de sostener esfuerzo social sin afectar las bases del crecimiento económico.
La conciliación del impulso al crecimiento con la impostergable necesidad de actuar firmemente en el campo social, hace necesario un esfuerzo compartido, destinado a proveer los recursos fiscales que se requerirán, por un tiempo acotado, para mantener el financiamiento de las políticas sociales en marcha e impulsar la reforma de la salud y el sistema de Chile Solidario. En consecuencia, propongo un esfuerzo conjunto entre el Estado y la ciudadanía que nos permita sostener el impostergable esfuerzo social durante los próximos años, sin minar las bases fundamentales de nuestro crecimiento.
2. Alzas moderadas de tributos.
Para materializar este esfuerzo, se propone un moderado incremento transitorio de un punto porcentual en la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA), escalonado en dos etapas. Un aumento de 0,5 puntos en esta tasa (de 18% a 18,5%) con efecto a partir de la aprobación legal de este paquete de medidas, y un aumento adicional de 0,5 puntos en la tasa de este impuesto (de 18,5% a 19%), a hacerse efectivo a partir de abril de 2004. El proyecto de Ley que someto a vuestra consideración consagrará explícitamente la transitoriedad del alza del IVA, definiendo el retorno de la tasa de este impuesto a su nivel actual en 2007.
Se propone también un aumento moderado de los impuestos a los alcoholes y el tabaco, para que los precios de éstos productos reflejen de mejor manera los costos sociales que involucran.
En el caso del consumo de alcoholes, factor responsable de importantes costos en salud para la población, se propone aumentar la tasa de impuesto a los vinos y cervezas de un 15% a un 19%, mientras que para los licores, pisco y whisky se propone pasar de un 27% a un 28%. En términos de los precios que pagarán los consumidores, estas alzas equivalen a un aumento de 10 pesos por una botella de pisco, 13 pesos por una botella de cerveza y 36 pesos por una botella de vino. Dado que se aplican sólo al consumo doméstico, estas alzas no afectarán el acceso privilegiado a nuevos mercados que obtienen los exportadores de estos productos por los acuerdos comerciales.
Respecto a la estructura tributaria de los tabacos, productos que también tienen consecuencias negativas conocidas para la salud, se propone emparejar en 61% la tasa de impuesto, actualmente diferenciada para los cigarrillos, cigarros puros y tabaco. Para el cigarrillo el alza es de 0,6 puntos porcentuales (de 60,4% a 61%), lo que significa un aumento aproximado de 40 pesos por cajetilla. Esta modificación es consistente con los esfuerzos que realiza la comunidad internacional, coordinada por la Organización Mundial de la Salud, para desincentivar el consumo de tabaco. Conjuntamente, se están materializando una serie de medidas legales y administrativas para combatir el contrabando y comercio ilegal de tabacos.
Adicionalmente, se proponen cambios tributarios a los combustibles para resolver una seria distorsión existente hoy. La diferencia de tasas del impuesto al diesel y la gasolina ha incentivado la utilización de diesel en lugar de gasolina como combustible para vehículos livianos, lo que ha generado una pérdida creciente de recaudación tributaria. Ello se ha debido a que durante los 90 se incrementó el impuesto específico a la gasolina desde 2,58 UTM/m3 a 6 UTM/m3 para financiar las rebajas de aranceles y los aumentos de las pensiones y las subvenciones educacionales, mientras que el impuesto al diesel se ha mantenido inalterado en 1,5 UTM/m3. Además del perjuicio fiscal, la estructura tributaria está incentivado la utilización del combustible más contaminante, lo que agrava los problemas ambientales de nuestro país.
3. Reducción neta de impuestos.
En la presentación de este conjunto de medidas, hemos sido cuidadosos en responder a la satisfacción simultanea de una serie de criterios. La propuesta es consistente, en primer lugar, con una reducción neta de impuestos, la que se encuentra particularmente concentrada en el corto plazo, de manera de potenciar la reactivación en curso de la economía. En efecto, la propuesta en su conjunto involucra una reducción neta de impuestos de 101.391 millones de pesos en 2003, 63.371 millones en 2004, y 35.172 millones de pesos en 2005 y 2006. Lo anterior responde plenamente a la necesidad de potenciar la reactivación en curso en el corto plazo.
V. EFECTO DISTRIBUTIVO.
Esta propuesta, por otra parte, está cuidadosamente diseñada para asegurar que sus beneficios sean percibidos por los sectores más vulnerables. Para evaluar este efecto es fundamental considerar el efecto conjunto de la reducción neta de impuestos que se propone y del gasto social que se financiará. La transferencia neta de recursos que el conjunto de estas medidas involucra para todos los sectores de la población se concentra particularmente, tanto en términos relativos como absolutos, en las familias más pobres del país. Así, las familias pertenecientes al 20% mas pobre del país percibirá más de la mitad de los beneficios de este conjunto de medidas y el 40% más pobre percibirá dos tercios de los beneficios. Si no se implementara esta propuesta, por otra parte, la menor recaudación en impuestos al comercio exterior produciría una ganancia de poder adquisitivo de 180 millones de dólares para el 20% más rico de la población. Este efecto se revierte con las medidas propuestas, pues el 48% de su financiamiento proviene del 20% más rico.
VI. EFICIENCIA EN EL USO DE LOS RECURSOS.
Este conjunto de medidas, por último, es también consistente con una mayor eficacia en la utilización de los recursos. Los emprendimientos sociales que posibilitan están siendo cuidadosamente discutidos en su focalización y gestión en el parlamento, y la estructura tributaria que resulta de estas medidas promueve una mayor eficiencia en la economía. En efecto, mientras se eliminan impuestos distorsionadores al comercio exterior, se gravan con mayor fuerza actividades con un costo social mas alto y se aumentan gravámenes que actúan de manera pareja y no distorsionadora. Asimismo, debe notarse que los beneficios de los acuerdos comerciales quedan intactos, manteniéndose inalterado su impulso al comercio exterior, el provechoso acceso a insumos importados que posibilitan, y la seguridad para la inversión extranjera que generan.
VII. ESFUERZO FISCAL.
1. Carácter parcial de la compensación solicitada.
Cabe, por último, enfatizar el carácter parcial de la compensación solicitada. Producto de la reducción neta de impuestos que involucra la medida, la brecha a financiar de cargo fiscal supera muy ampliamente aquella descrita en el discurso del 21 de mayo de 2002, ascendiendo a 123.391 millones de pesos en 2003, 155.371 millones en 2004, 182.172 millones en 2005 y 260.172 millones de pesos en 2006 (un promedio anual del orden de los 180 mil millones de pesos). Esta brecha transitoria será parcialmente cubierta con cargo a las ganancias de capital provenientes de la enajenación de activos públicos prescindibles, particularmente en lo que se refiere a la participación minoritaria del Estado en empresas sanitarias previamente privatizadas.
2. Reasignaciones presupuestarias.
Adicionalmente, el estado deberá efectuar un gran esfuerzo de reasignaciones dentro del presupuesto público, lo que nos obligará a redoblar nuestra esfuerzos de control de gastos no prioritarios en los próximos ejercicios presupuestarios. A este respecto es importante recordar que durante los últimos años se han aprobado leyes que involucran gastos para el erario nacional, y que las políticas sociales y de inversión en curso requieren de continuidad en el tiempo para tener un impacto efectivo. Así, generar los recursos requeridos sin afectar el gasto social estrecha al límite nuestra capacidad de control presupuestario, tarea en la que se requerirá el apoyo de todos los sectores. No lograrlo amenazaría directamente el esfuerzo social y de apoyo al empleo que hemos venido realizando o arriesgaría la credibilidad y bajo riesgo país que tanto trabajo nos ha costado lograr. Cualquier combinación de lo anterior recaería directamente en nuestros compatriotas mas pobres.
3. Recientes esfuerzos modernizadores del Estado obliga a un financiamiento sano de políticas públicas.
En un esfuerzo sin precedentes en nuestra historia, en los últimos meses hemos avanzado aceleradamente en la modernización del Estado, en nuestro proceso de integración al mundo, y en nuestra agenda de crecimiento, situando a Chile a la vanguardia de los países que aspiran al desarrollo. Estos logros, sin embargo, no completan el trabajo. Más allá de la eficiencia de nuestras instituciones y de la ventajosa posición que hemos logrado en el plano internacional, el camino hacia el desarrollo requiere de un impostergable esfuerzo en la lucha contra la pobreza y la desigualdad de oportunidades. El esfuerzo que esto involucra no es optativo. Nuestro desarrollo como nación nos obliga a financiar sanamente las políticas imprescindibles para que el crecimiento hacia el que avanzamos incluya a todos los chilenos.
VIII. CONTENIDO DEL PROYECTO.
Las modificaciones que se introducen por la presente iniciativa al sistema tributario vigente, además de asegurar el financiamiento de los programas sociales prioritarios, tienen por finalidad complementar sus objetivos, en cuanto gravan determinados bienes, cuyo uso o consumo tiene un efecto dañino en la salud de las personas o generan externalidades negativas.
1. Impuesto a las Ventas y Servicios.
Primeramente, se aumenta transitoriamente la tasa general del Impuesto al Valor Agregado de 18% a 18,5%, a contar de la publicación de esta ley, y de 18,5% a 19%, a contar del primero de abril de 2004. Dicha alza se revierte completamente a contar del primero de enero del 2007, situándose nuevamente en 18%.
En segundo lugar, se elevan las tasas de las bebidas alcohólicas de 27% a 28% para los licores, piscos y whiskys, y de 15% a 19% para el vino y la cerveza.
2. Nuevo tributo.
Se propone establecer un impuesto a la importación o la primera venta en el país del petróleo diesel.
En términos generales, este tributo tiene características similares al establecido en el artículo 6° de la Ley N° 18.502, pero se ha estimado necesario su existencia independiente, por tener un efecto y finalidad diferente.
3. Homogeneización de tasas del Impuesto a los Tabacos Manufacturados.
Se homogeneiza la tasa de impuesto a los cigarrillos, cigarros puros y tabaco en un 61%.
Cabe señalar que en el decreto ley N° 828, de 1974, sobre Impuesto a los Tabacos Manufacturados, se establece una tasa adicional de 10% a los cigarrillos y al tabaco, la cual se mantiene vigente, por lo que en el proyecto solo se aumenta la tasa actual hasta el porcentaje 51%, respecto de estos productos.
4. Mejoramiento en fiscalización del impuesto a los tabacos manufacturados.
Por otra parte, se incluyen algunas medidas de control para hacer cumplir cabalmente el pago del impuesto a los cigarrillos y tabaco manufacturado, que dicen relación con las siguientes materias:
a. Se homologa el uso de la misma guía de despacho prevista en la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios.
Asimismo, se modifican las fechas de los informes de los cultivadores de tabaco al Servicio de Impuestos Internos, para una mejor fiscalización.
b. Se asegura el pago del impuesto a los cigarrillos y tabacos, adecuando las normas que evitan la suplantación de personas y cancelación con documentos falsos o sin fondos.
c. Se propone que los locales habilitados para el depósito y bodegaje de los cigarros y tabacos, den absoluta seguridad de la permanencia e identidad de dichos productos.
i. Se plantea la exigencia de la emisión de una guía de despacho sujeta a las normas del Impuesto al Valor Agregado, cuando los cigarrillos y tabacos sean retirados de la Aduana o de las fábricas.
ii. Se establecen exigencias al tabaco importado equivalente a las que tiene el fabricante nacional, con lo cual se uniforma el tratamiento para su comercialización.
d. Se propone eliminar la venta de cigarrillos o tabaco elaborado procedente de remates, a fin de evitar una práctica muy común de adjudicarse estos productos a muy bajo costo, para revenderlos en forma ilegal y blanquear de este modo un ingreso irregular de dicha especie.
5. Impuesto especial al uso del petróleo Diesel.
Se postula establecer un impuesto anual de beneficio fiscal a los vehículos livianos y medianos que utilicen petróleo diesel.
Este nuevo tributo, tiene como propósito disminuir la pérdida fiscal, producida por el aumento de los vehículos diesel, con motivo de la menor tasa de impuesto que afecta a este combustible respecto de la gasolina.
De esta forma, se busca eliminar el incentivo tributario existente a la dieselización del parque vehicular.
Este impuesto no se aplicará a los vehículos cuya inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados haya sido solicitada antes del nueve de junio de 2003.
6. Perfeccionamiento de la fiscalización aduanera.
Se perfeccionan las normas de control y fiscalización aduaneras, estableciendo una nueva definición de perímetros fronterizos, de vigilancia especial, en las zonas secundarias.
Asimismo, se postula que el mencionado Director pueda establecer, por resolución fundada, la limitación del uso de ciertos medios de pago, con la finalidad de evitar que se pague el impuesto por importaciones de cigarrillos bajo personas suplantadas o con cheques, que después resulten ser robados, falsificados o sin fondos.
7. Permite venta de participación minoritaria en empresas sanitarias.
Permite que el Estado se desprenda de su participación accionaria en las empresas sanitarias privatizadas.
En consecuencia, en mérito de lo anteriormente expuesto, someto a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el articulo primero del decreto ley N° 825, de 1974:
1) Sustitúyese en el artículo 14, a contar desde la fecha que en cada caso se indica, el porcentaje que pasa a especificarse:
a) “18%” por “18,5%”, a contar desde el día 1° del mes siguiente al de la fecha de publicación de esta ley;
b) “18%,5%” por “19%”, a contar desde el 1° de abril de 2004;
c) “19%” por “18%”, a contar desde el 1° de enero de 2007.
2) Reemplázase, en el inciso primero del artículo 42°, en las letras a) y c), las tasas “27%” y “15%” por las tasas “28%” y “19%”, respectivamente.
Artículo 2°.- Establécese, a beneficio fiscal, un impuesto a la importación o a la primera venta en el país de petróleo diesel, que será equivalente a 0,2 Unidades Tributarias Mensuales, según su valor vigente al momento de la determinación del impuesto, por cada metro cúbico, y afectará al importador o productor de dicho producto.
Este tributo, en ningún caso formará parte de la base imponible del Impuesto al Valor Agregado y deberá enterarse en arcas fiscales, por el productor, dentro de los diez primeros días hábiles siguientes a la semana en que se efectuaron las ventas gravadas con este impuesto, y por el importador, antes del retiro de las especies de Aduana.
Será aplicable a este impuesto lo establecido en el decreto del Ministerio de Hacienda Nº 311, de fecha 16 de abril de 1986, dictado en virtud de la facultad contenida en el artículo 7º de la ley Nº 18.502.
Artículo 3°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto Ley N° 828, de 1974, que establece Normas para el cultivo, elaboración, comercialización e impuestos que afectan al Tabaco:
1) Modifíquese el artículo 1°, de la siguiente manera:
a) Sustitúyese el inciso tercero, por el siguiente:
“El tabaco en hoja no podrá ser trasladado sin una guía de despacho, que será el mismo documento a que se refiere el inciso final del artículo 55, del decreto ley N° 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.”.
b) Sustitúyense en el inciso cuarto, los vocablos “Enero” y “Agosto”, por “noviembre” y “abril”, respectivamente.
2) Reemplazase en el artículo 3°, el porcentaje “51%” por “61%”.
3) Sustitúyese en el artículo 4°, el porcentaje “50,4%” por “51%”.
4) Sustitúyese en el artículo 5°, el porcentaje “47,9%” por “51%”.
5) Reemplazase en el artículo 9°, la expresión “ingresos de dinero en Tesorerías”, por la siguiente: “vale vista u ordenes de pago a la orden de la Tesorería General de la República , en dinero efectivo o mediante otra forma de pago que cautele debidamente el interés fiscal que el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos correspondiente autorice en cada caso”.
6) Agrégase en el artículo 15°, el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando a ser cuarto el actual inciso tercero:
“Los almacenes, dependencias y depósitos indicados en el inciso primero y las bodegas y locales indicadas en el inciso anterior, deberán ser autorizados expresamente por el Servicio, para este efecto.”.
7) Modifíquese el inciso primero del artículo 17°, de la siguiente manera:
a) Sustitúyese la letra c) por la siguiente:
“c) Obtener una guía de despacho para la movilización de la mercancía, que será el mismo documento a que se refiere el inciso final del artículo 55 del decreto ley N° 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.”.
b) Agrégase la siguiente letra d), nueva:
“d) Obtener una resolución del Ministerio de Salud en que se autorice su comercialización. En el caso de las mercancías extranjeras, se presumirá que los artículos que no se encuentren comprendidos en dicha resolución, o no cumplan con las especificaciones autorizadas por ella, han sido objeto del delito de contrabando, y se procederá a su incautación y total destrucción por constituir una amenaza para la salud pública. También se procederá a la incautación y destrucción de las mercancías nacionales que no cumplan con las especificaciones autorizadas en dicha resolución.”.
8) Agrégase como artículo 22°, el siguiente, pasando a ser 23° el actual artículo 22°:
“Artículo 22.- Los cigarros, cigarrillos y tabacos que sean objeto de decomiso por infracción a lo dispuesto en los artículos 12 ó 17 de la presente ley serán destruidos en su totalidad.”.
Artículo 4°.- Establécese un impuesto a los vehículos motorizados que transiten utilizando petróleo diesel como combustible en las calles, caminos y vías públicas en general. Dicho impuesto, de declaración anual y a beneficio fiscal, será expresado en unidades tributarias mensuales, según el valor vigente al mes de su pago, debiéndose declarar y pagar por primera vez en el mes en que se inscriba el respectivo vehículo en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados que mantiene el Servicio de Registro Civil e Identificación y en los períodos siguientes, en el mes de enero de cada año.
Este impuesto se aplicará a los vehículos que utilicen petróleo diesel como combustible y cuya inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados se solicite a partir del 9 de junio de 2003, de acuerdo a las siguientes normas:
1) El monto del impuesto será el siguiente:
a) Automóviles de servicio de alquiler destinado al uso público e inscritos en el Registro Nacional de Servicio de Pasajeros del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones: 24 U.T.M.;
b) Vehículos de transporte escolar independiente de su peso, que realicen su revisión técnica como tales: 12 U.T.M.;
c) Vehículos con peso bruto vehicular inferior a 3.860 kilogramos, salvo los que se indican en la letra siguiente: 12 U.T.M.;
d) Automóviles, station wagon y vehículos similares con peso bruto vehicular inferior a 2.700 kilogramos, salvo los vehículos de transporte escolar que realicen su revisión técnica como tales: 7 U.T.M.
2) El pago del impuesto que se establece en este artículo, podrá efectuarse en doce cuotas mensuales e iguales, expresadas en unidades tributarias mensuales, la primera, dentro del mes de enero de cada año, y cada una de las restantes, dentro de los once meses siguientes.
En todo caso, será responsable del pago del impuesto establecido en este artículo, el propietario del vehículo.
3) La obligación de pagar el impuesto establecido en este artículo, recaerá sobre los propietarios de los respectivos vehículos, mientras no cuenten con un certificado otorgado de conformidad con lo establecido por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que acredite que han sido retirados de circulación en forma permanente, dentro del mes anterior al que corresponda pagar la respectiva cuota.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones determinará la forma y condiciones en que se otorgará este certificado y los requisitos que deberán cumplir los vehículos para obtenerlo.
4) Los propietarios de los vehículos que deban declarar y pagar por primera vez el impuesto establecido en este artículo, lo harán proporcionalmente por cada uno de los meses que falten para el siguiente mes de enero, pudiéndose efectuar su pago en un número de cuotas igual a la cantidad de meses, incluido el mes de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, que resten para el mes de enero del próximo año.
5) No podrá otorgarse el permiso de circulación a los vehículos señalados en este artículo mientras no se acredite el pago total del impuesto o de las correspondientes cuotas a la fecha de otorgamiento.
Las respectivas municipalidades deberán exigir que se acredite el pago de este impuesto o de las cuotas que correspondan, antes de otorgar o renovar el permiso de circulación y deberán dejar constancia del pago, consignándolo en el documento que acredite el pago del impuesto.
Ningún ministro de fe podrá autorizar los instrumentos que sirvan de título a la transferencia de vehículos motorizados afectos al impuesto establecido en este artículo, mientras no se acredite que se encuentra al día el pago del impuesto. La contravención de esta prohibición constituirá una infracción tributaria, que será sancionada con multa de un monto de hasta dos veces la cantidad del tributo adeudado.
6) El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá informar al Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación acerca de los vehículos motorizados que utilizan petróleo diesel como combustible, individualizándolos por su placa patente única. Igual información deberá proporcionar a dicho Servicio respecto de los vehículos que dejaren de estar habilitados para utilizar este tipo de combustible.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 34 de la ley N° 18.290, tratándose de vehículos habilitados para usar petróleo diesel como combustibles, el Servicio de Registro Civil e Identificación deberá incorporar, en su inscripción, la indicación del uso de dicho combustible y, en su caso, reemplazarla.
Artículo 5°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ordenanza de Aduanas, contenida en el artículo único del DFL Nº 2, de 1997, del Ministerio de Hacienda:
1) Introdúcese en el artículo 2º, el siguiente número 6 bis, nuevo,:
“6 bis.- Perímetros fronterizos de vigilancia especial: Parte de la zona secundaria en la cual se establecen prohibiciones y restricciones especiales para las existencias y tráfico de mercancías.”.
2) Agrégase en el artículo 100, el siguiente inciso tercero, nuevo,:
“El Director Nacional de Aduanas , mediante resolución fundada, podrá establecer limitaciones al uso de los medios de pago que se establecen en el presente artículo.”.
Artículo 6º.- Suprímase en el Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Aduanas, contenido en el artículo 1º, del DFL N° 329 de 1979, del Ministerio de Hacienda, en el artículo 4º, N° 22, la frase ubicada entre las expresiones “Zonas Secundarias” y “perímetros fronterizos”.
Artículo 7º.- Suprímanse el inciso segundo del artículo 4° de la Ley N° 18.777.
Artículo 8º.- Suprímanse el inciso segundo del artículo 4° de la Ley N° 18.885.
Artículo transitorio.- Lo dispuesto en los artículos 1° Nº 2), 2°, 3º N°s 2), 3) y 4), regirá a contar del día 1° del mes siguiente al de la fecha de publicación de esta ley y lo dispuesto en el artículo 4°, regirá a contar del día 1° de enero de 2004.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República . NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN , Ministro de Hacienda
INFORME FINANCIERO
Proyecto de ley que establece el financiamiento necesario
para asegurar los objetivos sociales prioritarios del Gobierno
El proyecto de ley contempla un conjunto de modificaciones a la legislación tributaria actualmente vigente, las que tienen por objeto financiar el gasto asociado a la reforma de la salud y al sistema Chile Solidario y asegurar el financiamiento para programas sociales existentes, de cara al efecto fiscal transitorio de la aplicación de los tratados de libre comercio con Unión Europea, los Estados Unidos de América y Corea.
El cuadro siguiente muestra el impacto anual de las modificaciones tributarias, para el período 2003 a 2006, en moneda del presente año y al nivel de actividad estimado para 2003.
MODIFICACIONES DE IMPUESTOS 2003-2006
(millones de $ 2003)
Artículo
2003
2004
2005
2006
1º
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
37.599
197.397
225.596
225.596
a)
IVA (0.5%).1
37.599
112.798
112.798
112.798
b)
IVA (0.5%).2
0
84.599
112.798
112.798
IMPUESTOS ESPECÍFICOS
13.094
39.282
39.282
39.282
2º
Bebidas Alcohólicas.3
4.579
13.738
13.738
13.738
3º
Petróleo Diesel 4
5.562
16.687
16.687
16.687
4º
Tabacos 5
2.952
8.857
8.857
8.857
TOTALES
50.693
236.679
264.878
264.878
NOTAS:
1 Vigencia estimada a partir del 1-9-2003
2 Vigencia a partir del 1-4-2004
3 Aumento del impuesto a los alcoholes. Entrada en vigencia el 1-9-2003
4 Establece impuesto al petróleo diesel de 0,2 UTM/m3. Entrada en vigencia el 1-9-2003
5 Aumento del impuesto a los tabacos, cigarros y cigarrillos. Entrada en vigencia el 1-9-2003.
Tasa
Vigente
Propuesta
2004
Licores y otros
27,0%
28,0%
Pisco
27,0%
28,0%
Vinos
15,0%
19,0%
Cervezas
15,0%
19,0%
Whisky
27,0%
28,0%
Tasa
Vigente
Propuesta
2003
Cigarros puros
51,0%
61,0%
Cigarrillos
60,4%
61,0%
Tabaco elaborado
47,9%
51,0%
El artículo 5º que establece una patente anual a los vehículos que transitan utilizando petróleo diesel, no produce recaudación fiscal adicional, toda vez que viene a compensar el menor ingreso fiscal por el no pago del impuesto a las gasolinas.
En cuanto al efecto fiscal de la eliminación del mínimo de participación del Estado en las empresas sanitarias, éste dependerá del precio que se obtenga en el momento que el Estado decida enajenar las acciones correspondientes. Cabe señalar que la contabilidad ha registrado como Ingresos de Operación sólo las ganancias de capital que se han producido en dichas ventas, definidas éstas como la diferencia entre valor de venta y valor libro.
(Fdo.): MARIO MARCEL CULLELL , Director de Presupuestos .
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República por medio del cual hace presente la urgencia en el despacho del proyecto de ley que indica.
Santiago , junio 10 de 2033
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que establece el financiamiento necesario para asegurar los objetivos sociales prioritarios del gobierno (presentado por Mensaje Nº 45-349, de 9 de junio del presente. Boletín Nº 3256-95).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República . FRANCISCO HUENCHUMILLA JARAMILLO , Ministro Secretario General de la Presidencia .
3. Oficio del Senado
Valparaíso, 10 de Junio de 2003.
Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de esa Honorable Cámara, que modifica la ley N° 18.490, que estableció el seguro obligatorio de accidentes personales causados por circulación de vehículos motorizados, correspondiente al Boletín N° 2.447-15, con las siguientes modificaciones:
Artículo único
N° 1
Letra b)
En el inciso propuesto por esta letra, ha intercalado los vocablos “nacionales o” entre las palabras “aseguradoras” y “extranjeras”.
Letra c)
La ha suprimido.
N° 2
Ha reemplazado su letra a), por la siguiente:
“a) En el inciso primero, introdúcense las siguientes enmiendas:
1) Agrégase, a continuación de las palabras “vehículo asegurado”, la primera vez que aparece mencionada, la frase “o sus representantes”.
2) Sustitúyense los términos “está obligado” por “estarán obligados”, y
3) Reemplázase la frase “dentro del quinto día, contado” por “dentro de treinta días, contados”.”.
-o-
Ha incorporado como N° 3, nuevo, el siguiente:
“3. Agrégase, al artículo 11, el siguiente inciso segundo, nuevo:
“Asimismo, el asegurador podrá repetir contra el propietario de un vehículo que, no contando con seguro vigente, lo hubiera hecho responsable del pago de cualquier cantidad por concepto de las indemnizaciones previstas en esta ley, sin perjuicio de la responsabilidad civil que determine, en definitiva, el tribunal competente.”.”.
-o-
N° 3
Ha pasado a ser N°4, sin enmiendas.
N° 4
Ha pasado a ser N° 5, con las siguientes modificaciones:
1) Ha suprimido su encabezamiento y la letra a).
2) Ha reemplazado el encabezamiento de la letra b), por el siguiente:
“5. Agrégase al artículo 13, el siguiente inciso segundo, nuevo:”.”.
N° 5
Ha pasado a ser N° 6, reemplazado por el siguiente:
“6. Agrégase en el inciso segundo del artículo 22, a continuación de los términos “la víctima del accidente del tránsito”, la frase “o familiar o beneficiario contemplado en esta ley”.”.
N° 6
Ha pasado a ser N° 7, sustituido por el siguiente:
“7. Agrégase, al artículo 24, el siguiente inciso tercero, nuevo:
“Para los efectos de esta ley, se considerará igualmente que son terceros afectados, las personas transportadas en un vehículo no asegurado que hubiera intervenido en un accidente con algún vehículo asegurado, con excepción del propietario del vehículo no asegurado.”.”.
N° 7
Ha pasado a ser N° 8, y, en el numeral 4. del artículo 25 que se propone, se han efectuado las siguientes modificaciones:
En su primer párrafo ha suprimido el término “psicológica” y la coma (,) que le sigue;
Ha sustituido su párrafo final por el siguiente:
“La indemnización de los gastos de atención médica, quirúrgica y hospitalización no podrá exceder de los montos que señale la póliza.”.
N° 8
Ha pasado a ser N° 9, y, en el inciso propuesto por este número, se ha suprimido la expresión “de muerte o”.
Números 9 y 10
Han pasado a ser números 10 y 11, respectivamente, sin enmiendas.
Ha incorporado como artículo transitorio, nuevo, el siguiente:
“Artículo transitorio.- Las modificaciones introducidas por esta ley, regirán a contar del año 2004, desde la fecha de inicio del período de renovación de los respectivos permisos de circulación de los distintos tipos de vehículos motorizados, sea que les corresponda su renovación a contar del 1 de abril o dentro de los meses de mayo o septiembre de ese año.
Para los vehículos motorizados que obtengan por primera vez su permiso de circulación, esta ley regirá a contar del 1 de enero del año 2004.”.
-o-
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 3578, de 13 de noviembre de 2001.
Devuelvo la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado . CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado .
4. Oficio del Senado.
Valparaíso, 10 de Junio de ? .003.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de acuerdo sobre aprobación del “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y la Organización Europea para la Investigación Astronómica en el Hemisferio Austral, relativo al establecimiento de un nuevo Centro de Observación -Proyecto Alma-”, suscrito en Santiago, el 21 de octubre de 2002, correspondiente al Boletín N° 3.219-10.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio N° 4297, de 8 de mayo de 2003.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a Vuestra Excelencia,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado . CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado .
Moción de la diputada señora Ibáñez, doña Carmen ; de los diputados señores Becker , Aguiló, Hales , Moreira , Palma, Rossi , Walker y de las diputadas señoras Sepúlveda , doña Alejandra y Saa, doña María Antonieta .
Modifica la ley N° 19.451, sobre trasplante y donación de órganos. Boletín N° 3253-11
En Chile, anualmente existen más de 1.000 personas que se encuentran en lista de espera de órganos para trasplantes. El problema se traduce en que el 20% de los pacientes que necesitan un trasplante mueren esperando un órgano. Si las cosas siguen al como están, 200 personas van a morir por falta de un donante este año. Más de la mitad necesita un riñón y alrededor de trescientos un hígado, pulmón o corazón. Además de eso, se estima que hay unos 3.000 enfermos que requieren de un potencial donante y no lo saben o no están, inscritos. Así por ejemplo, el 89 % de las personas que necesitan de un hígado mueren a los dos años del diagnóstico, mientras que un poco menos de tres cuartos de los que esperan por un corazón mueren al año. Los que tienen problemas con el riñón sobreviven a través de la diálisis, las que tienen un alto costo y repercuten mucho en la calidad de vida. Así por ejemplo, en el caso de las urgencias médicas la persona fallece si no se consigue un donante dentro de un mes.
Teniendo en cuenta el tamaño de la población en Chile, debería haber unas 450 donaciones al año. Comparando los donantes efectivos, en consideración al año 2001, existe un descenso de 9%. Mientras el año pasado se contó con sólo 116 donantes efectivos, el antepasado se alcanzaron 127 donaciones.
Ante la tendencia a la baja en los donantes en Chile, que se ha mantenido durante el primer trimestre de 2003, alcanzando sólo 21 donantes efectivos en total mientras que, en el año pasado a igual fecha se habían registrado 25. Por ello es que proponemos tina modificación a la actual Ley N°19.451 sobre Trasplante y Donación de Órganos, instaurando en Chile que toda persona al momento de cumplir 18 años pase a ser “ Donante Universal ”. Esa es una solución que en algunos países europeos, como el caso e Bélgica ha tenido alto grado de éxito, ya que sólo menos del 2 % se ha negado a ser donante.
Esta modalidad (inversa al modelo actual en Chile) consiste que al cumplir la mayoría de edad, los ciudadanos se convierten en donantes universales por el solo ministerio de la ley. S no quieren serlo, deben objetar esa decisión al momento de renovar u obtener su Cédula de Identidad, Licencia de Conducir y Pasaporte, o bien por medio de un acta ante notario. Básicamente se consagra que pasan a ser donantes universales con fines terapéuticos, todas aquellas personas mayores de 8 años que gocen de plena capacidad según las reglas del Código Civil, y que no hayan expresado su negativa de serlo. Esta negativa puede expresarse al momento de obtener o renovar su Cédula de Identidad, Licencia de conducir y Pasaporte.
Al momento de obtener o renovar la Cédula de Identidad, Licencia de Conducir o Pasaporte, toda persona con plena capacidad legal será consultada por el funcionario del Servicio de Registro Civil Identificación o el encargado de dicho trámite, en el sentido de í no quiere donar sus órganos para ser utilizados con fines de trasplantes una vez muerta, haciéndole presente que si no manifiesta su negativa se le considera por el solo ministerio de la ley como donante universal y por lo tanto, es libre de contestar afirmativa o negativamente.
En el evento que la persona no desee o no esté en condiciones para contestar, o que dé respuestas evasivas, se entenderá que niega la donación. Las personas que manifiestan su voluntad negativa recibirán al tiempo de su declaración un carné que acredite su condición de no ser donantes. Dicho instrumento será elaborado y proporcionado por el Ministerio de Salud y contendrá los datos personales. Además, la voluntad de no ser donante podrá expresarse al tiempo de internarse en un establecimiento hospitalario en un acta que se suscribirá ante el director del mismo o ante quien tenga la calidad de ministro de fe.
Sólo se podrá efectuar trasplantes de órganos de personas en estado de muerte que no hayan expresado su negativa de ser donantes, como también de las personas menores de edad o legalmente incapaces,, siempre que no sean autorizados por su cónyuge o, e subsidio, por su representante legal. A falta de ambos, la autorización deberá otorgarse por la mayoría de los parientes consanguíneos presentes de grado más próximo en la línea colateral estos últimos hasta el tercer grado inclusive.
Por las razones anteriormente expuestas es que venimos en presentar el siguiente Proyecto de Ley:
Se agregan, modifican y sustituyen los siguientes artículos de la ley N 19.451, en la forma que a continuación se indica:
1) Agrégase al actual artículo cuarto los siguientes incisos segundo y tercero:
“Toda persona legalmente capaz, de acuerdo a las reglas del Código Civil,, es donante universal al momento de cumplir 18 años para la disposición de su cuerpo o de partes de él, con el objeto de que sea utilizado para trasplantes de órganos con fines terapéuticos, a no ser de haber manifestado en vida su negativa de modo libre, expreso e informado”.
“El momento para expresar la negativa de ser donante es al obtener o renovar cualquier documento de identificación, tales como la Cédula de Identidad. Licencia de conducir y Pasaporte o bien por medio de un acta firmada ante Notario o Ministro de fe que reconozca la ley. Se deja constancia expresa de que, para estos efectos, el Director del recinto hospitalario donde haya de efectuarse I extracción tendrá dicho carácter. Podrá manifestarse la voluntad de revocar la negativa de ser donante en cualquier momento antes de la extracción”.
2) Sustitúyese el artículo 6° por el siguiente:
“Así mismo, l momento de obtener o renovar la Cédula de Identidad o Pasaporte, toda persona con plena capacidad legal será consulta a por el funcionario del Servicio de Registro Civil e Identificación o el encargado de dicho trámite, en el sentido de sí no quiere donar sus órganos para ser utilizados con fines de trasplantes una vez muerta, haciéndole presente que si no manifiesta su negativa se le considera por el solo ministerio de la ley como donante universal y por lo tanto, son libres de contestar afirmativa o negativamente. En el evento que la persona no desee o no esté en condiciones para contestar, o que dé respuestas evasivas, se entenderá que niega la donación.
Las personas que manifiestan su voluntad negativa en la forma prevista en ¡Os incisos anteriores, recibirán al tiempo de su declaración un carné que acredite su condición de no ser donantes.
Además, la voluntad de no ser donante, podrá expresarse al tiempo de internarse en un establecimiento hospitalario en un acta que se suscribirá ante el director del mismo o ante quien tenga la calidad de ministro de fe, según lo señalado en el artículo cuarto”.
3) Sustitúyese el artículo 10 por el que sigue:
“No se podrá efectuar trasplantes de órganos de personas en estado de muerte que hayan expresado su negativa de ser donantes en los términos de esta ley. Así como de las personas menores de e ,dad o legalmente incapaces, que no sea autorizado por su cónyuge o, en subsidio, por su representante legal. A falta de ambos, la (,autorización deberá otorgarse por la mayoría de los parientes consanguíneos presentes de grado más próximo en la línea colateral,, estos últimos hasta el tercer grado inclusive. `
La autorización a que se refiere el inciso anterior, se otorgará mediante la suscripción de un acta extendida en los mismos términos indicados en el inciso final del artículo sexto, debiendo además limitarse específicamente a aquellos órganos útiles para un trasplante, según la lista de prioridades que establece el Ministerio de Salud.”
Moción de los diputados señores Bustos , Burgos , Encina , Espinoza , Ceroni , Paredes, Riveros , Rossi , Tuma y de la diputada señora Soto, doña Laura .
Limita la competencia de la jurisdicción militar y modifica el Código de Justicia Militar en otras materias. Boletín N° 3254-07.
La literatura jurídica sobre la jurisdicción militar en Chile, no es profusa, más bien son excepcionales los trabajos sistemáticos de los juristas en la materia. Una manera de explicarlo es que está parcial, o deficientemente estudiado en nuestras universidades ya que en verdad no se ha hecho un ensayo totalmente dogmático de su explicación.
Pero la falta de estudios críticos en la materia no es la única falencia, pues la legislación vigente y su aplicación en la realidad caracterizan a esta rama como “una jurisdicción excesiva, que padece de una lentitud exagerada que en las últimas décadas resultó fortalecida en su poder decisorio”.
El Código de Justicia Militar tiene origen legislativo en el año 1925, mediante el Decreto ley N° 63 del 23 de diciembre de 1925, y no ha sido hasta el momento objeto de transformaciones estructurales. Así lo demuestra el hecho, que con posterioridad se han dictado sucesivas leyes modificativas, entre las cuales destacan las siguientes; ley N° 5341, sobre implicancía y recusación de los auditores del ejército; ley Nº 16.639, que introdujo reformas al procedimiento penal de tiempo de paz y amplió los derechos procésales de los inculpados y las víctimas; y la ley N° 17.266, con importantes modificaciones al Código Penal y Código de Justicia Militar relativo a la pena de muerte, entre otras modificaciones. No obstante, el golpe militar de 1973 ha contribuido a una alarmante ampliación del fuero militar, pues se dictaron numerosos decretos leyes que entregaron al conocimiento de los Tribunales Militares, delitos contenidos en leyes especiales, ampliando de esta forma su ámbito de competencia, cabe mencionar los decretos ley N° 77, que declara ilícito los partidos políticos que señala, el decreto ley N° 81 que castiga la desobediencia a los llamamientos públicos del gobierno; decreto ley N° 604 sobre prohibición de ingreso al territorio nacional de ciertas personas, entre obras modificaciones a la ley de control de armas y la ley de seguridad del Estado, entre otras reformas de fondo y al procedimiento.
La jurisdicción no es otra cosa que la facultad que corresponde a los Tribunales Militares para conocer de las materias que la ley le entrega. De esta manera, dependerá la ley la mayor o menor extensión que tenga el fuero militar. El profesor Luis Ortiz Quiroga , enseña que “en el derecho comparado pueden advertirse diversas orientaciones respecto de este punto. Así, hay países, que con un criterio restrictivo, sólo hacen aplicable la ley militar en caso de guerra (Alemania, Suecia, Dinamarca, Noruega). En estos ordenamientos la Justicia Militar no tiene aplicación en tiempo de paz aun cuando se trate de delitos que eventualmente pueden afectar intereses militares.
Hay un segundo grupo de países en los cuales la ley militar se aplica tanto en tiempo de guerra como de paz Dentro de ellos es menester distinguir, entre los que sólo permiten su aplicación cuando los responsables del hecho criminoso tienen la calidad de militares (Estados Unidos, Inglaterra) y donde jamás se juzga a civiles, y aquellos en que se tolera juzgar civiles, pero sólo en casos excepcionales (Argentina, Brasil, Perú, Uruguay , Francia, Italia y otros).
Por último, este un tercer grupo de naciones en el cuál la ley militar permite el amplio juzgamiento de militares como de civiles. Así ocurre en España y Chile”.
Sobre la jurisdicción militar la doctrina tradicional, tomando en cuenta el derecho positivo vigente a nivel comparado, distingue la siguiente tipología:
1. Fuero militar excluido en tiempo de paz. Ello implica que en tiempos de paz conocen los delitos militares los Tribunales Ordinarios. Sólo en tiempo de guerra se acepta el fuero militar. (Alemania, Austria , Grecia , Noruego, Dinamarca , Finlandia).
2. Fuero militar restringido. Ello se traduce en que el fuero militar sólo se acepta para procesar a militares que cometan delitos militares. La jurisdicción militar no alcanza a los civiles (Inglaterra, Estados Unidos).
3. Fuero militar intermedio. Por expón los tribunales Militares juzgan a civiles cuando las conductas ilícitas vulneran la Seguridad Interior o Exterior del Estado.
4. Fuero militar amplio. Este sistema permite que los Tribunales Militares conozcan como delitos militares ciertos ilícitos, que en doctrina son delitos políticos o comunes, y que pueden cometerse tanto por militares o civiles, o por ambos conjuntamente ( España Franquista) .
En los sistemas antes señalados, la jurisdicción militar se establece en razón de la materia o bien, en razón de las personas. En el primer caso es indiferente la calidad del sujeto activo del delito, pues éste puede ser civil o militar. En el segundo (razón de la persona) la calidad de militar del sujeto activo no puede faltar.
Situando la discusión sobre la opción sistemática de nuestro sistema jurídico, el profesor Astrosa señala que “nuestra jurisdicción penal militar esta determinada en el artículo 5°, y puede considerarse amplísima;
a) porque al comprender los delitos militares, considera como tales todos aquello contemplados en el Código y en otras leyes especiales que somete al conocimiento de sus infracciones a los Tribunales Militares; y es indudable que numerosísimos de estos delitos son, en doctrina, impropiamente militares ya que pueden perpetrarse por civiles;
b) porque abarca delitos comunes cometidos por militares o empleados civiles de los cuerpos armados que concurre, además, alguno de estos factores:
b.1) estado de guerra o estando en campaña (ratione temporis); b.2) en acto de servicio o con ocasión del servicio (ratione legis); y b.3) en un recinto militar (ratione loci); b.4) porque el fuero militar se extiende en los casos de los artículos 11 y 12, o sea, por codelincuencia, por conexidad o por concurso de delitos, comprendiendo dentro de la jurisdicción militar al civil que cometió un delito común conjuntamente con un militar que estaba en servicio; a civiles responsables de delitos comunes cuando alguno de éstos fuere conexo con un delito militar; y al militar por delitos del fuero común cuando Además se le imputare un delito de jurisdicción militar”.
Por su parte, el profesor Mera, en un interesante y documentado informe de investigación, sostiene que “su ámbito excesivo permite el juzgamiento de civiles por tribunales militares en múltiples supuestos y el de militares por delitos comunes cometidos en acto o con ocasión del servicio militar o en recintos militares o policiales, como podría ser el caso, por ejemplo, de las violaciones a los derechos humanos realizados por los uniformados.
De hecho, la mayoría de los procesos seguidos en los Tribunales militares alcanza a civiles, en tanto que sólo un porcentaje muy menor de los proceso en contra de militares dicen relación con delitos auténticamente castrenses”.
2. Necesidad de delimitar la jurisdicción militar. Aproximación a la teoría del delito militar y su función.
La crítica aludida no es de reciente data y tampoco es novedosa, pues, en el derecho comparado, existen comentarios críticos a la jurisdicción militar. Así en Argentina el profesor Zaffaroni, enseña que “en el derecho penal militar se han producido varios malentendidos y, en general, dado que está parcial o deficientement estudiado en las Universidades”, agregando que “se nos presenta como indispensable al tratarlo de exponerlo desde esta metodología, es su delimitación respecto de otros campos jurídicos que le están próximos y con los que muy frecuentemente aparece confundido o superpuesto”.
No hay diferencia alguna entre la función que científicamente debe cumplir la teoría del delito militar con la que cumple la teoría del delito común: ambas tienen por objeto proporcionar un concepto de delito en general caracterizándolo en forma racional para poder disponer de un instrumento útil que en cada caso concreto nos uva frente a un fenómeno determinado, para averiguar arando hay un delito y cuan n do no lo hay.
El delito militar -al igual que el común- es un fenómeno complejo, que no puede ser considerado en totalidad y simultáneamente sino que, sin perder de vista el conjunto dei mismo.
Especial relevancia tiene el bien jurídico para caracterizas el delito militar. Es por eso que d os señalar que en nuestra opinión el delito militar ha de menester tanto de la calidad militar del autor como el carácter castrense de los bienes o intereses protegidos. Es por eso que el delito militar tal como lo hemos visto, es un delito especial propio, pero que debe afectar bienes jurídicos militares.
Cobra importancia de este manera, la política criminal que adopte el legislador en la materia, pues, como se sabe, el delito no es una cuestión “ontológica” o “categorial”, como señalan las posiciones de la dogmática clásica y neoclásica en su trayectoria de casi un siglo en el ámbito del derecho penal, desde la teoría causalista naturalista, pasando por la teoría causalista valorativa, con su derivación la acción social, y terminando con la teoría finalista. El delito es una cuestión política, es parte fundamental del poder del Estado, es su facultad para imponer s y definir los presupuestos para ello, por eso, como es poder de definición, s autoconstatación del Estado. La política criminal significa siempre poder para definir los procesos criminales dentro de la sociedad y por ello mismo dirigir y organizar el sistema social en relación a la cuestión criminal.
Luego implica abarcar la cuestión criminal en toda su extensión, es decir, que se origina un sistema que va desde la policía, pasando por el proceso penal en su aspectos f ales, materiales y terminando en la aplicación de las sanciones penales. N sólo entonces es necesaria la modificación de las leyes correspondientes, sino también las instituciones respectivas y sobre todo elegir y capacitar lo operadores. En otras palabras, el delito no es algo ajeno al estado, sino que es ' escrito dentro de los fines perseguidos para la convivencia social. Es por eso que la política criminal de un estado democrático es radicalmente diferente a la de una dictadura o un estado autoritario, una característica de la materia del presente proyecto, pues su amplitud tiene origen era diversas disposiciones normativas irregulares propias del autoritarismo militar.
De modo, entonces, que una política criminal de un estado democrático debe estar presidida, e primer lugar, por los mismos principios programáticos generales que le informara. Esto es; igualdad, libertad y solidaridad.
Precisamente el reconocimiento de la dignidad de la persona significa necesariamente también reconocer los bienes jurídicos, curo titular último será siempre la persona, pues significa reconocer las necesidades elementales de las personas e sus relaciones sociales y en consecuencia la protección qué ha de dispensarle a ellas el estado.
Es por eso que el bien jurídico por una parte supone el “fundamento” para la intervención punitiva del Estado en relación a determinadas situaciones, pero al mismo tiempo una “garantía” de los ciudadanos frente a éste, pues, solo puede intervenir cuando se afecta un bien jurídico y en la medida de su afección, (principio de lesividad) y por último, que el Estado debe ceder en su intervención (deslegitimada) en cuanto el conflicto de necesidades es de las personas y éstas tienen medios o se las han de proporcionar para su superación, de ahí que siempre ha de considerarse la mediación y el “principio de oportunidad”.
4. Ideas Matrices del Proyecto.
a) Por todos es conocido el excesivo ámbito de aplicación o jurisdicción en que se desarrolla la justicia militar, como consecuencia de situaciones de facto que han afectado a nuestro país en el pasado. Sin embargo, actualmente es imperante y necesario democratizar dicha jurisdicción, rediseñando sus limites en relación con parámetros netamente jurídicos, liberales y humanos, todos los cuales traduzcan la situación real de nuestra sociedad.
b) La jurisdicción militar tiene su fundamento y razón de ser, principalmente, en lo que se denomina históricamente como “tiempo de guerra”, entendiéndose por éste, en un sentido lógico, como: “Aquél lapso durante el cual, un estado enfrenta una situación de beligerancia externa, es decir, con otro u otros estados, o una situación de convulsión interna, que no permite un funcionamiento ordinario de lo distintos entes que componen el sector denominado Fuerzas Armadas”.
c) Por ende, la labor judicial de los tribunales militares en tiempo de paz, debe ser absolutamente excepcional, y como tal, sólo debe ejercerse respecto de personas que tengan el carácter de militares en servicio activo, en lo relativo a delitos netamente militares, estos son, los que dicen relación con la actividad militar profesional.
El legislador no puede estar de espaldas a la realidad, aquí radica la misión del legislador crítico y democrático, esto es, la constante revisión de porqué se ha seleccionado tal relación social y se la ha fijado desvalorativamente de una forma determinada.
Artículo único. Se establecen las siguientes modificaciones en el Código de Justicia Militar.
1. Agréguese en !a parte final dei inciso 1º del artículo 3° la siguiente frase. “Extendiéndose esta última, sólo respecto de personas que posean la calidad de militar, según las normas que prescribe este código”.
2. Elimínese el número 4 del artículo 3°.
3. Sustitúyase el inciso 20 del artículo 11 por el siguiente: “Sólo tendrá jurisdicción para conocer de delitos que sean conexos, que estén radicados en tribunales ordinarios, en el evento de contar con la autorización de dicho tribunal”.
4. Sustitúyase el inciso 3° del artículo 11 por el siguiente: “la jurisdicción del tribunal militar se alterará, cuando el tribunal militar, al dictar fallo, califique como delito común un hecho, que se tuvo como delito militar durante la tramitación del proceso.
5. Elimínese la siguiente frase final del inciso 1° del artículo 12: “Si la aplicación de esta norma creare alguna interferencia o dificultad para la práctica de medidas o diligencias que se relacionan con el inculpado tendrán preferencia las requeridas por el Tribunal Militar.
6. Elimínense los incisos 2º y 3° del artículo 12.
7. Elimínese el inciso 2° del artículo 34.
8. Elimínese del inciso 1° del artículo 70-A la frase: “integrada por el Auditor General del Ejército o quién deba subrogarlo”.
9. Elimínese el número 2 del artículo 70-C.
10. Elimínese en el número 3 del artículo 70-C la frase: “aún antes de ser reconocida como parte”.
11. Elimínese el número 4 del articulo 70-C.
12. Agréguese el siguiente inciso 2º en el artículo 71: “En segunda instancia conocerán la Corte de Apelaciones que tenga jurisdicción según el territorio en que ejerza su competencia el tribunal de primera instancia. En el evento en que éste último ejerza jurisdicción en territorio extranjero ocupado militarmente, será competente la Corte de Apelaciones de Santiago. Las causas descritas en este inciso gozarán de preferencia para su vista en el tribunal de alzada.
13. Elimínese el inciso 2° del artículo 86.
14. Sustitúyase el artículo 88 por el siguiente: “Emitida sentencia de primer instancia, procederá en contra de ella los recursos de Apelación y casación en la forma, debiendo otorgarse siempre, la apelación, en ambos efectos.
15. Sustitúyase en el Inciso 1º del artículo 108 la frase: “ser reclamada por escrito al General en Jefe, Comandante Superior de las fuerzas o plaza o fortaleza, sin que en ningún caso se paralice la marcha de la causa”, por “ser susceptible de reposición y apelación pero sólo en subsidio de la primera”.
16. Elimínese el inciso 2 del artículo 137.
17. Deróguese el artículo 139.
18. Sustitúyase en el articulo 164 la frase: “Corte Marcial respectiva”, por “Corte de Apelaciones respectiva”.
19. Elimínese en el articulo 165 la frase: “o siendo procedente la consulta”.
20. Sustitúyase en el inciso 1º de del artículo 166 la frase: “Recibidos los autos por la Corte Marcial, sea en apelación o en consulta,” por la siguiente: “recibidos los autos por la Corte marcial, en caso de apelación, o por 1 Corte de Apelaciones, en caso de consulta.”
21. Agréguese en el artículo 167 entre las palabras “Corte Marcial” y “por” la siguiente frase: “o Corte de Apelaciones correspondiente”.
22. Agréguese en el artículo 168 entre las palabras “Corte Marcial” y “se les harán”, la siguiente frase: “o Corte de Apelaciones respectiva”.
23. Elimínese el número 6º del artículo 171.
24. Deróguese el artículo 206.
25. Elimínese el inciso 1º del artículo 208.
26. Elimínese en el inciso 2º del artículo 208 la palabra “asimismo”.
27. Deróguese el artículo 209.
28. Deróguese el artículo 210.
29. Elimínese en el inciso 2° del artículo 216 la palabra “muerte”.
30. Elimínese en el inciso 1º del artículo la frase “de muerte y las de”.
31. Elimínese en el articulo 223 la palabra “muerte”.
32. Elimínese el número 1 del artículo 235.
33. Deróguese el articulo 238.
34, Deróguese el artículo 240.
35. Elimínese el inciso 2° del artículo 241.
36. Elimínese del artículo 265 la frase: “y los no militares que están mandados por militares; que formen parte de un movimiento iniciado, sostenido o auxiliados por fuerzas del ejército; que formen partida militarmente organizada y compuesta de diez o más individuos; o que, formando partida en menor número de diez, exista en otro punto de la república otra partida o fuerza que se proponga el mismo fin”.
37. Elimínense en el artículo 274 las palabras: “individuo” y “o no”.
38. Elimínese en el artículo 276 la frase: “o individuo no militar”'.
39. Agréguese en el artículo 281 entre las palabras “El” y “que” la palabra “militar”.
40. Agréguese en el artículo 262 entre las palabras “El” y “que” . la palabra “militar”.
41. Agréguese en el artículo 282 bis entre las palabras “El” y “que” la palabra “militar”.
42. Agréguese en el artículo 283 entre las palabras “El” y “que” la palabra “militar”.
43. Agréguese en el artículo 284 entre las palabras “El” y “que” la palabra “militar”.
44. Elimínese en el número 1 del artículo 304 las palabras “a muerte”.
45: Elimínese en el articulo 324 la frase “que, sea civil o” y agréguese entre las palabras “militar” e “induzca” la palabra “que”.
46. Agréguese en el artículo 354 entre las palabras ''al” y “culpables” la palabra “militar”.
47. Deróguese el inciso 2º del artículo 355.
48. Sustitúyase en el artículo 356 la palabra “individuo” por “militar”.
49. Elimínense en el artículo 365 las palabras “civil o”.
50. Agréguese en los números 1, 2 y 3 del artículo 369 entre las palabras “El” y “que” la palabra “militar”.
51. Agréguese en el inciso 1° del artículo 371 entre las palabras “El” y “que” la palabra “militar”.
52. Agréguese en el inciso 1° del artículo 372 entre las palabras “El” y “chileno” la palabra “militar”.
53. Agréguese en el inciso 1º del artículo 373 entre las palabras “El” y “que” la palabra “militar”.
54. Elimínese en el inciso 1º del artículo 379 las palabras “a muerte”.
55. Deróguese el artículo 416.
56. Deróguese el artículo 416 bis.
57. Deróguese el artículo 417.
Moción de los diputados señores Tuma , Burgos , Bustos , Ceroni , García , Saffirio , Silva y de la diputada señora Soto, doña Laura .
Modifica el trámite de la conciliación contenido en el art. 262 del Código de Procedimiento Civil. Boletín N° 3255-07
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 60 y 62 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional y lo establecido por el Reglamento de la honorable Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que la Ley 19.334, publicada en el Diario Oficial el día 7 de octubre de 1994, estableció como obligatorio el trámite de la conciliación en todos aquellos juicios en que, por su naturaleza, es admitida la transacción, y consecuencialmente elevó dicho trámite a la categoría de esencial. En este sentido, se modificaron los artículos 262 y 795 N°2, ambos del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de otras normas pertinentes.
2° Que el tramite de la conciliación sea obligatorio, importa una obligación para el Juez que conoce del asunto, quien debe, una vez terminada la etapa de discusión, proponer a las partes bases de arreglo, de manera de lograr la solución al conflicto. Por su parte, que se trate de un trámite calificado por la ley de esencial, supone que debe verificarse, bajo sanción de nulidad si es que no se realiza.
3° Que el propósito que inspiró al legislador de 1994 para establecer un llamado a conciliación obligatorio, fue el de disminuir el tiempo de tramitación de los procesos judiciales, como también la cantidad de litigios pendientes, en cuanto se autoriza al juez para llamar, a conciliación en cualquier estado del proceso, tan pronto se haya contestado la demanda.
4° Que en la actualidad, el llamado a conciliación cumple con ser un trámite meramente formal, sin que realmente los jueces propongan bases de acuerdo. Es más, la experiencia de quienes tramitan en tribunales, es que el llamado a conciliación sirve únicamente para dilatar los procesos, en cuanto es carga de las partes hacer notificar la resolución que cita a la audiencia respectiva. De otro punto de vista, también la experiencia señala que rara vez el Juez participa de esta audiencia, quien delega su misión en un funcionario del tribunal que se limita a preguntar a las partes “si hay o no acuerdo”, y acto seguido escribe la resolución tipo que es del siguiente tenor: “llamadas las partes a conciliación esta no se produce”
5° Que lo expuesto precedentemente, da cuenta de un trámite cuyo fin no se logra, y aún más, provoca el efecto contrario, ya que a consecuencia de él los procesos se dilatan, y en muy contadas ocasiones se obtiene el efecto que el legislador pretendió. No se trata tan solo una realidad contrastada empíricamente, sino corroborada por Estudios realizados por la (información en espera)
6° Que la conciliación como trámite sea un verdadero fracaso, se debe en parte a la forma en que se reguló por el poder legislativo, y en parte al criterio de los jueces, quienes optan por dar un cumplimiento formal a la norma y no por lograr una solución al conflicto. Esto, sin embargo, no convierte a la conciliación en un trámite carente de sentido; simplemente da cuenta de la necesidad de perfeccionar la institución, con el fin de lograr el cometido que se tuvo, y aún tiene a la vista, al instaurarse como un trámite obligatorio y esencial.
7° Que al propósito antes señalado, hemos considerado necesario y prudente, como una forma de perfeccionar su regulación, establecer una norma que no pueda ser cumplida sino en la medida que el juez, real y efectivamente, realice un estudio de la cuestión debatida, de manera que, sobre la base de las acciones deducidas y excepciones puestas, como asimismo las posibilidades de probar sus posiciones, inste a las partes a lograr un acuerdo. Asimismo, pensamos que este trámite, por su naturaleza, no debe confundirse con un proyecto de sentencia, y es la razón por la que estimamos que no debe ser fundada, pues ello convertiría la solución propuesta por el juez en resolución o veredicto, que no es la idea, pues bien puede ocurrir que en el transcurso del proceso, y siempre que este continúe, se pronuncie el juez en un sentido diverso al que propuso en la conciliación al contar con todos los elementos de juicio que se requieren para emitir una sentencia definitiva.
8º Que el proyecto que hoy sometemos a la consideración del Parlamento, o altera de modo alguno la armonía de los procedimientos judiciales, muy lejos de ello, busca simplemente perfeccionar una figura que ya existe, cual es la conciliación, cuya aplicación práctica, conforme se ha expuesto, no ha sido muy feliz. Asimismo, pretende disminuir el gran número de causas pendientes ante los tribunales de justicia y, en especial ante la judicatura especializada del trabajo, cuyos tribunales por causa de la crisis económica casi no dan abasto.
9° Que por lo expuesto anteriormente, no hemos considerado necesario abrir un debate en torno a la procedencia o no de la conciliación, ni a la oportunidad de esta en tanto tramite obligatorio y esencial, sino implemente, reparar en torno a la forma, poco adecuada en nuestro entender, en cómo ha sido aplicada por nuestros tribunales, es decir, planteamos una modificación que perfecciona la actual regulación.
Por lo tanto,
El diputado que suscribe viene en someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1.- Modificase el inciso segundo del Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, cambiándose el punto seguido por coma, como asimismo la frase “Con todo, en los” por “y en aquellos”.
Artículo 2.- Agrégase al Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil un inciso a continuación del segundo, pasando el tercero a ser cuarto, cuyo tenor será: “La resolución que cite a las partes contendrá una breve enunciación de las peticiones o acciones deducidas, como asimismo de las excepciones o defensas alegadas, señalando conforme lo dispuesto en el Artículo 1698 del Código Civil a quien incumbe ¡aprueba de cada acción o excepción, y la mayor o menor dificultad que, en opinión del juez, presente cada hecho a probar. La misma resolución contendrá una solución propuesta a las partes, que no deberá ser fundada, bajo sanción de inhabilidad del juez para seguir conociendo del asunto. En los procedimientos que contemplan una audiencia para recibir la contestación, se deberá consignar por escrito todo lo expresado anteriormente.
Artículo 3.- Esta ley comenzará a regir 60 días después de su publicación en el Diario Oficial. Respecto de los procesos iniciados antes de su entrada en vigencia, siempre que no se haya citado a las partes para oír sentencia definitiva, o la causa esté en estado de sentencia, el juez deberá citar a las partes, conforme a las modificaciones que esta ley introduce en el Código de Procedimiento Civil.