Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ARCHIVO DE PROYECTOS.
- V. TABLA
- REGULACIÓN DE CONTRATOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Mario Bertolino Rendic
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- DEBATE
- NUEVA POLÍTICA DE PERSONAL PARA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Mario Bertolino Rendic
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Julio Dittborn Cordua
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Rodolfo Seguel Molina
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- DEBATE
- CONTROL Y TRANSPARENCIA DEL GASTO ELECTORAL. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Claudio Alvarado Andrade
- INTERVENCIÓN : Roberto Delmastro Naso
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Exequiel Silva Ortiz
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Mario Bertolino Rendic
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Sergio Correa De La Cerda
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- INTERVENCIÓN : Fernando Meza Moncada
- DEBATE
- DEBATE
- REGULACIÓN DE CONTRATOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 348ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 80ª, en viernes 16 de mayo de 2003
(Especial, de 10.41 a 15.03 horas)
Presidencia de la señora Allende Bussi, doña Isabel, y del señor Salas de la Fuente, don Edmundo.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- TABLA
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
Archivo de proyectos 9
V. Tabla.
- Regulación de contratos de suministro y prestación de servicios del sector público. Tercer trámite constitucional. (Continuación) 9
- Nueva política de personal para los funcionarios públicos. Tercer trámite constitucional 16
- Control y transparencia del gasto electoral. Segundo trámite constitucional 31
VI. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio del Senado por el cual comunica que ha aprobado, con modificaciones, el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “suma”, que establece una nueva política para los funcionarios públicos que indica (boletín Nº 3075-05) 67
2. Certificado de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “suma”, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral (boletín Nº 2745-06) (S) 71
VII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
-De la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones por el cual solicita el asentimiento de la Sala de la Corporación para remitir al archivo los proyectos que a continuación se indican por las razones que en cada caso se señalan:
a) Elimina el cobro de cargo fijo en el servicio de teléfonos y señala las obligaciones que establece a las empresas telefónicas y autoriza al usuario de servicio telefónico a optar por aquellos que considere necesarios (boletines Nºs 1793-03 y 1869-03).
b) Modifica el decreto ley Nº 799, que regula el uso y la circulación de los vehículos estatales (boletín Nº 2206-15).
c) Modifica la ley Nº 18.290, de tránsito, para establecer una multa sustitutiva de la pena de suspensión en los casos que indica (boletín Nº 2366-15).
d) Modifica la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, para regular la instalación de antenas emisoras y receptoras y el tendido de cables aéreos de suministro de señales de energía (boletín Nº 2533-15).
e) Interpreta el artículo segundo transitorio de la ley Nº 19.495, sobre licencias de conducir (boletín Nº 3113-15).
f) Interpreta el artículo segundo transitorio de la ley Nº 19.495, en materia de renovación extemporánea de licencias de conducir clases A-1 y A-2, obtenidas antes del 8 de marzo de 1997 (boletín Nº 3114-15).
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (107)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos ILC V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND-UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen IND-RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND-RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio IND-PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND-PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina ILE RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio ILC VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ILC X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Asistieron, además, los ministros del Interior , señor José Miguel Insulza; de Hacienda , señor Nicolás Eyzaguirre, don Nicolás; de la Secretaría General de Gobierno, señor Francisco Vidal, y de la Secretaría General de Gobierno, señor Francisco Huenchumilla.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.41 horas.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El acta de la sesión 75ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 76ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ) da lectura a la Cuenta.
ARCHIVO DE PROYECTOS.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones para remitir a archivo los proyectos que a continuación se indican:
a) El que elimina el cobro de cargo fijo en el servicio de teléfonos y señala las obligaciones que establece a las empresas telefónicas, y autoriza al usuario de servicio telefónico a optar por aquellos que considere necesarios.
b) El que modifica el decreto ley Nº 799, que regula el uso y la circulación de los vehículos estatales.
c) El que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, para establecer una multa sustitutiva de la pena de suspensión en los casos que indica.
d) El que modifica la ley Nº 18.168, general de Telecomunicaciones, para regular la instalación de antenas emisoras y receptoras y el tendido de cables aéreos de suministro de señales de energía. (Por haber transcurrido más de dos años sin un pronunciamiento).
e) El que interpreta el artículo segundo transitorio de la ley Nº 19.495, sobre licencias de conducir.
f) El que interpreta el artículo segundo transitorio de la ley Nº 19.495, en materia de renovación extemporánea de licencias de conducir clases A-1 y A-2, obtenidas antes del 8 de marzo de 1997. (Materia resuelta por dictamen Nº 48.753, de la Contraloría General de la República).
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. TABLA
REGULACIÓN DE CONTRATOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta )-
Corresponde continuar con la discusión de las modificaciones introducidas por el honorable Senado al proyecto sobre bases de contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín Nº 2429-05, sesión 78ª, en 15 de mayo de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 2.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señora Presidenta , quiero entregar mayor información respecto del proyecto en estudio, dado que en el primer trámite me correspondió ser diputado informante . Como ayer no teníamos la información suficiente acerca de los cambios introducidos en esta iniciativa legal por el Senado, podemos desprender del texto comparado las siguientes cuestiones.
1. Se amplía el número de organismos públicos afectos al ámbito de aplicación de la ley, es decir, se incorporan los municipios, las Fuerzas Armadas y de Orden, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud; se aplica de manera supletoria a las obras públicas y construcción de viviendas, rigiendo para estos contratos las normas de transparencia y el Tribunal de Contratación Pública.
2. Se refuerza la propuesta pública como regla general en materia de contratación pública y se restringen las causales de procedencia de trato directo.
3. Se aumenta el grado de autonomía del Tribunal de Contratación Pública y se perfecciona el procedimiento especial de reclamación.
4. Se establece la obligatoriedad en el uso de los sistemas de información y otros medios para la contratación electrónica.
5. Se perfeccionan diversas normas del proyecto, sin alterar su sentido.
En cuanto a los aspectos que fueron motivo de discusión y modificación del proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, se anotan los siguientes:
Se amplían los organismos públicos afectos al ámbito de aplicación de la ley; se incorporan los municipios; se elimina la letra g) del artículo 2º del texto aprobado por la Cámara de Diputados, y se aprueban diversos artículos para permitir una adecuada incorporación de las municipalidades.
En lo que se refiere a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, sólo se mantiene la exclusión respecto de los contratos que versen sobre material de guerra, en la forma establecida en la nueva letra f) del artículo 3º.
Además, se introdujo una serie de modificaciones a la ley Nº 18.928, que fija normas sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las Fuerzas Armadas, con el objeto de hacer aplicable la normativa de este proyecto de ley y su reglamento. Ello figura en el nuevo artículo 38.
También se establece que la suscripción de contratos marco no será obligatoria respecto de los bienes y servicios que, respectivamente, determinen el director de logística del Ejército, el director general de los Servicios de la Armada, el comandante del comando logístico de la Fuerza Aérea, el director de logística de Carabineros y el jefe de la jefatura de logística de la Policía de Investigaciones. Esto significa que las Fuerzas Armadas y de Orden fueron incorporadas al ámbito del proyecto sobre bases para contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. Sin embargo, se establecen cláusulas propias del ámbito de las Fuerzas Armadas y de Orden, a fin de lograr un equilibrio que compense adecuadamente las normas sobre materias de seguridad nacional con la necesidad de mantener la plena vigencia de las normas de este articulado.
Se incorpora la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
Se aplica la ley de manera supletoria a las obras públicas y a la contratación de viviendas, y rigen para estos contratos las normas de transparencia y del Tribunal de Contratación Pública.
En el caso de los contratos de obras públicas y construcción de viviendas, se hacen aplicables las normas relativas al Tribunal de Contratación Pública, como asimismo, en forma supletoria, el resto de las disposiciones del proyecto.
De manera importante, se refuerza la propuesta pública como regla general en materia de contratación pública y se restringen las causales de procedencia de trato directo, materia que coincide ampliamente con el debate que las fuerzas políticas tuvimos en la Cámara de Diputados.
Se reitera que la licitación pública será obligatoria cuando las contrataciones superen las 1.000 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de lo previsto en el nuevo artículo 8º, que establece que procede la licitación privada o el trato o contratación directa en aquellos casos en que, aunque se trate de un monto superior a las 1.000 unidades tributarias mensuales, concurran las circunstancias especialmente tipificadas. En todo caso, se trata de casos fundados. Las circunstancias que habilitan acceder a licitación privada o trato directo han variado con respecto al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, restringiéndose en el siguiente sentido:
a) Si en las licitaciones públicas respectivas no se hubieren presentado interesados, procederá primero la licitación privada. En caso de no haber interesados nuevamente, será procedente el trato o contratación directa.
b) Si se tratara de contratos que correspondieran a la realización o terminación de un contrato que hubiera debido resolverse o terminarse anticipadamente por falta de cumplimiento, pero sólo cuando el remanente no superara las 1.000 unidades tributarias mensuales.
c) En casos de emergencia, urgencia o imprevisto, calificados mediante resolución fundada del jefe superior de la entidad contratante. Se agrega, además, un párrafo segundo que impone una sanción, consistente en una multa a beneficio fiscal, de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales, dependiendo de la cuantía de la contratación involucrada, para el jefe superior que hubiere calificado indebidamente una situación como de emergencia, urgencia o imprevisto.
d) Si sólo existiera un proveedor del bien o servicio. Se suprime la frase final “o éstos son notoriamente escasos en el mercado”.
Las letras e) y f) no tuvieron modificaciones.
Se suprime la letra g) primitiva, referida a adquisiciones efectuadas en zonas aisladas.
La nueva letra g) recoge la actual redacción del inciso tercero de la ley Nº 18.575, pero la restringe incorporando los criterios que ha establecido la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, esto es, que se trate de circunstancias o características que hagan indispensable acudir al trato o contratación directa.
Se aumenta el grado de autonomía del Tribunal de Contratación Pública que establece la ley y se perfecciona el procedimiento especial de reclamación.
Finalmente, se establece la obligatoriedad en el uso de los sistemas de información y de otros medios para la contratación electrónica.
El proyecto, desde el punto de vista de sus contenidos, fue reforzado respecto del aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados. En consecuencia, los contenidos aprobados por el Senado son concordantes con su discusión y aprobación en el primer trámite.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Solicito el asentimiento para que ingrese a la Sala la subsecretaria de Hacienda.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Solicito el asentimiento de la Sala para votar los proyectos al termino del Orden del Día.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señora Presidenta , después de haber escuchado la relación bastante sustantiva del diputado señor Escalona, quien fue el informante en el primer trámite constitucional, quiero reiterar algunos puntos relacionados con las modificaciones. Por ejemplo, destacar que este proyecto, en el primer trámite constitucional, fue aprobado por la unanimidad de la Cámara de Diputados. Igual unanimidad hubo en el Senado, tanto en la Comisión de Hacienda como en la Sala.
Fuera de las modificaciones dadas a conocer en esta Sala por el diputado señor Escalona, quiero resaltar en forma muy sucinta otras, que han perfeccionado el texto.
En cuanto a las facultades de la administración, en la actual letra d) del artículo 13 se agrega como causal para terminar anticipadamente un contrato administrativo la seguridad nacional. Esto está estrechamente relacionado con la posibilidad de ingresar a la central de compras de las Fuerzas Armadas, lo que fue ampliamente publicitado.
En cuanto a la cesión y subcontratación, se elimina la obligación del contratante de informar su intención de subcontratar en la respectiva oferta técnica. Esto aparece en el nuevo artículo 15, como se puede ver en el comparado.
El tema del registro del contratista se discutió bastante en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados en el anterior trámite. Se autoriza a la Dirección de Compras y Contratación Pública para fijar las tarifas semestrales o anuales de incorporación que deberán pagar los contratistas, con el objeto de financiar el costo directo de la operación del registro, evitando limitar o restringir el libre e igualitario acceso de éstos al registro.
Se autoriza a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para mantener registros reservados o secretos en conformidad a su legislación vigente, de acuerdo con el tenor del nuevo artículo 16 que hoy esta Sala debe votar.
Por otro lado, se entrega la facultad a la Dirección de Compras y Contratación Pública para establecer las políticas y condiciones de uso de los sistemas de información y contratación electrónicos o digitales. Además, se la faculta para cobrar por la operación de dicho sistema.
En el nuevo artículo 39 se disminuye a treinta días el plazo para la entrada en vigencia de la ley, contados desde la fecha de su publicación.
En las disposiciones transitorias se establecen los derechos y obligaciones relativos al sistema de información y demás servicios para la contratación electrónica que licite el Ministerio de Hacienda a través de su Subsecretaría. En virtud de lo previsto en el decreto supremo Nº 1.312, de 22 de septiembre de 1999, modificado por el decreto supremo Nº 826, de 10 de octubre de 2002, del Ministerio de Hacienda, se entenderá que corresponden a la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo con lo establecido en el nuevo artículo 7º transitorio.
Votaré favorablemente todas las modificaciones del Senado, porque están en el camino correcto en cuanto a perfeccionar este proyecto de ley, que dará transparencia, especialmente a todo lo que se refiere a compras en el sector público.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señora Presidenta , el diputado informante y el colega señor Ortiz me han despejado definitivamente una serie de dudas. Pero me queda una, y me gustaría ver si el Ejecutivo me la puede aclarar. Es una cuestión menor; pero es importante mantener cierta lógica legislativa impuesta por los señores diputados, tanto en el período anterior como en éste.
En cuanto a las adquisiciones exceptuadas, en el inciso primero de la letra f) del nuevo artículo 3º, el Senado exceptúa todas las compras que tienen que ver con cuestiones bélicas, amparadas en las leyes Nºs 7.144 y 13.196, esta última ley reservada del cobre.
En el segundo párrafo, se establece: “Asimismo, se exceptuarán las contrataciones sobre bienes y servicios necesarios para prevenir riesgos excepcionales a la seguridad nacional” -a mi juicio, el concepto “seguridad nacional” es más bien de los años 70 u 80, y vinculado a un tema militar- “o a la seguridad pública, calificados por decreto supremo expedido por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional a proposición del Comandante en Jefe que corresponde, o, en su caso, del General Director de Carabineros o del Director de Investigaciones ”.
No habría costado nada especificar que el decreto relativo a la seguridad pública debe ser firmado, en conjunto, por los ministros de Defensa y del Interior.
Creo que hemos avanzado en muchos temas, y, más allá del tema constitucional, en materias de seguridad pública y de seguridad ciudadana, el ministro del Interior es la única autoridad política responsable. Por tanto, lo menos que debe saber es qué se compra a través de un decreto dictado y firmado por ese propio ministerio.
La agregación del Senado induce a error y, a mi juicio, debería ser modificada. Por tanto, sugiero votar separadamente esa modificación.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Espinoza.
El señor ESPINOZA .-
Señora Presidenta , este proyecto es muy importante porque, de una u otra manera -como lo han reiterado los señores diputados-, viene a transparentar todo lo relacionado con la suscripción de contratos administrativos en el suministro y prestación de servicios, lo cual era muy necesario. Todos sabemos que por no existir este tipo de procedimientos, muchas veces se generan situaciones anómalas. Desde ese punto de vista, comparto las modificaciones del Senado.
Es positivo ampliar los organismos públicos afectos al ámbito de aplicación de la ley. Es bueno que incorporemos a los municipios porque, si bien son corporaciones autónomas, según la ley orgánica constitucional de Municipalidades, deben estar adscritos a la futura ley. Asimismo, a las Fuerzas Armadas, a la Central Nacional de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y, de manera supletoria, a las instituciones relacionadas con obras públicas y construcción de viviendas. Todas estas cosas tienen enorme relevancia y nos permiten decir que estamos avanzando como país y modernizándonos en el ámbito de la administración financiera del Estado -aunque los países desarrollados, que muchas veces sirven de modelo en muchos aspectos, en este caso nos llevan una ventaja muy grande-. Estoy convencido de que la Sala aprobará en forma unánime esta iniciativa, con lo cual estaremos dando un paso muy importante -repito- para transparentar la función pública en todo lo que dice relación con el suministro y la prestación de servicios.
Por lo tanto, los diputados socialistas vamos a aprobar unánimemente las modificaciones.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señora Presidenta , ayer los integrantes de la Comisión de Hacienda nos propusimos revisar si las Fuerzas Armadas estaban incorporadas en el sistema de compras. Lo hicimos y hemos quedado muy satisfechos, porque claramente se mencionan y se hace una correcta exclusión de todo lo que dice relación con el material de guerra. La incorporación que hizo el Senado, a juicio de nuestra bancada, es absolutamente correcta, porque tiende a beneficiar mucho más la disposición con que se adquieren los materiales.
Por otra parte, la incorporación a este sistema de los municipios, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de los Servicios de Salud, resulta no sólo razonable, sino indispensable, por cuanto nosotros y el país hemos sido testigos de numerosas fallas -por llamarlo de alguna manera; no quiero decir si hubo eficiencia o no- en algunas compras que se hicieron sin tener los cuidados pertinentes.
Sin duda, en relación con Defensa Nacional, es precisamente el concepto de maquinaria bélica lo que hace que se mantenga la exclusión. En ese sentido, también es muy importante destacar que, de alguna forma, este proyecto calza perfectamente con otro, sobre pertrechos, que trataremos en esta misma Sala dentro de las próximas semanas.
Consideramos necesario que una iniciativa como ésta deba seguir contando con la participación de las entidades involucradas en el sistema. En ese sentido, creemos que se ha cumplido satisfactoriamente con ese requisito y, por lo tanto, le daremos nuestra aprobación.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino .
El señor BERTOLINO .-
Señora Presidenta , en representación de la bancada de Renovación Nacional, anuncio que vamos a votar favorablemente las modificaciones del honorable Senado al proyecto de ley sobre regulación de contratos de suministro y prestación de servicios del sector público, dado que van en la línea correcta y que a nosotros nos interesa, transparentar y hacer lo más eficiente posible el tema relacionado con todas las compras del Estado.
Así como valoramos lo expresado por algunos parlamentarios que me han antecedido en el uso de la palabra respecto de la incorporación de nuevos servicios que deberán someterse a la futura ley, también consideramos muy importante la modificación al artículo 8º, que establece que cuando una licitación pública se declare desierta se podrá llamar a una licitación privada, y, en último caso, se recurrirá al trato o contratación directa. Actualmente, se puede proceder inmediatamente a la contratación directa después de declarada desierta la licitación pública.
Como decía, de esta forma se avanza en la transparencia de las compras públicas y en la igualdad de oportunidades para los proveedores. Creemos que esto será un gran aliciente para que las pequeñas y medianas empresas se conviertan en proveedoras permanentes del Estado.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Álvarez .
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta, sólo para reiterar la posición de nuestra bancada, en cuanto a que votará favorablemente las modificaciones.
Asimismo, quiero resaltar que este proyecto es uno de los que nos propusimos aprobar antes del 21 de mayo. De ahí que no sólo por las razones de fondo a que se han referido los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, sino también en cumplimiento de los compromisos políticos pactados entre el Gobierno y la Oposición, estamos aprobando un proyecto más de la Agenda Pro Probidad, que fuera tan aplaudida en enero recién pasado, cuando se dio a conocer.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señora Presidenta , sólo para hacer un alcance. Un colega se refirió a la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud . Al respecto, puedo informar a los honorables colegas que desde hace aproximadamente tres meses esa institución tiene una página web en la cual se puede obtener una información detallada de todas las compras que hace.
Es bueno darlo a conocer, para que no queden ideas que no corresponden a la realidad.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Terminada la discusión del proyecto.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este asunto en los siguientes términos:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación las modificaciones del Senado al proyecto de ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con excepción de la recaída en el inciso segundo de la letra f) del artículo que pasa a ser tercero, respecto de la cual se ha solicitado votación separada.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobadas.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación el inciso segundo de la letra f) del artículo tercero.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
NUEVA POLÍTICA DE PERSONAL PARA LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Tercer trámite constitucional.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
A continuación, corresponde tratar las modificaciones del Senado al proyecto de ley que establece una nueva política de personal para los funcionarios públicos.
Recuerdo a los honorables colegas que ayer acordamos solicitar al diputado Camilo Escalona que tuviera la gentileza de informarnos brevemente sobre la materia.
Antecedentes:
-Modificación del Senado, boletín Nº 3075-05. Documentos de la Cuenta Nº 1, de esta sesión.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señora Presidenta , las modificaciones del Senado tienen distinto carácter: algunas dicen relación con temas que quedaron pendientes durante la tramitación del proyecto en la Cámara, y otras son de redacción o de técnica legislativa, respecto de lo cual los honorables senadores siempre son muy cuidadosos.
En la letra a) del número 4), que sustituye el artículo 7º de la ley Nº 19.553, ha reemplazado los vocablos “Este último” por las palabras “El parámetro territorial”, de modo que en vez de decir: “Este último podrá establecerse a nivel nacional,...”, ahora dice: “El parámetro territorial podrá establecerse a nivel nacional,...”. Sin duda, esto refleja el celo del honorable Senado en lo que se refiere a técnica legislativa.
En el artículo 7º, que ha pasado a ser Artículo Séptimo, reemplaza la expresión “artículo 8º” por “artículo octavo” y la expresión “artículo 11” por artículo undécimo”.
En este caso, también se trata de una modificación que busca mejorar la técnica legislativa.
El artículo 11 ha pasado a ser Artículo Undécimo.
En su inciso primero, ha reemplazado las palabras “el aporte” por la expresión “un aporte”, también en la misma dirección.
El artículo 15 ha pasado a ser Artículo Decimoquinto.
En su inciso segundo, ha reemplazado la expresión “artículo 13” por “artículo decimotercero”.
En el artículo primero transitorio hace una precisión importante desde el punto de vista constitucional, al intercalar, después de la expresión “presente ley”, la frase “mediante un decreto con fuerza de ley,”. Esto constituye una incorporación necesaria desde el punto de vista del ejercicio de la atribución presidencial que establece la norma.
A continuación, reemplaza su inciso segundo por el siguiente:
“En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República deberá dictar todas las normas necesarias para la adecuada estructuración y operación de las plantas que fije. De igual forma fijará la fecha de vigencia de las plantas, así como la dotación máxima de personal.”
Esta modificación también tiene por finalidad resolver cualquier problema de inconstitucionalidad relacionado con el ejercicio de las atribuciones que se le conceden al Presidente de la República .
El artículo 27 ha pasado a ser Artículo Vigésimo Séptimo, y corresponde a una simple precisión de estilo.
En el inciso tercero del artículo 48, que se propone por el numeral 16), ha introducido una importante modificación, que resuelve una de las materias que quedaron pendientes durante la discusión del proyecto en la Cámara. Para tal efecto, ha reemplazado las palabras “un representante del personal elegido” por “dos representantes del personal elegidos”. De manera que el comité de selección que se establece estará integrado también por dos representantes del personal.
En la letra c) del inciso quinto de dicho artículo reemplaza el vocablo “cuatro” por “tres” y “cinco” por “cuatro”, respectivamente, de manera que el funcionario deberá encontrarse nombrado en los tres grados inferiores al de la vacante convocada. En caso de que el número de cargos provistos ubicados en grados inferiores de la misma planta de la vacante convocada sea menor de veinte, podrán participar en el concurso los funcionarios nombrados en ella hasta en los cuatro grados inferiores a aquel del cargo a proveer. Con esto se recoge la preocupación expresada durante el debate del proyecto en la Cámara.
Por último, en el inciso final hace una precisión de redacción, al intercalar el vocablo “que” entre la preposición “en” y la palabra “quede”, quedando de la siguiente manera: “La promoción por concurso interno regirá a partir de la fecha en que quede totalmente tramitado el acto administrativo que la dispone”.
El artículo 40 ha pasado a ser Artículo Cuadragésimo.
En el inciso primero, ha reemplazado la expresión “artículos 61 y siguientes” por “artículos sexagésimo primero y siguientes”.
En el inciso tercero hace una precisión importante, al reemplazar la expresión “10 semestres” por “8 semestres”, en relación con el título universitario que se exigirá para postular a altos cargos de dirección pública.
El artículo 44 ha pasado a ser Artículo Cuadragésimo Cuarto.
En su inciso segundo hace una precisión relacionada con un tema de constitucionalidad, para lo cual se reemplaza la expresión “la mayoría de 4/7” por “los cuatro séptimos”. Esto se refiere al quórum que necesita el Senado para aprobar los cuatro consejeros designados por el Presidente de la República y ratificados por aquél.
El artículo 45 ha pasado a ser Artículo Cuadragésimo Quinto.
En la letra e) también introduce una modificación en el sentido antes indicado, al reemplazar su punto final(.) por una coma (,), y agregar la frase “así calificadas por el Senado, por los cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio, a proposición del Presidente de la República ”.
En este caso se busca mayor precisión desde el punto de vista constitucional.
El artículo 51 ha pasado a ser Artículo Quincuagésimo Primero.
Además, ha reemplazado la frase “hasta en dos oportunidad sucesivas” por “caso en el cual se realizará un nuevo proceso de selección”. Esto también tiene que ver con una preocupación de constitucionalidad, en el sentido de que no se puede limitar al Presidente de la República en el ejercicio de las atribuciones que son propias de su cargo. La modificación corresponde, más bien, a redacción, atendiendo un eventual riesgo de inconstitucionalidad.
En el inciso segundo del artículo 52, ha reemplazado la frase “hasta dos veces sucesivas” por “caso en el cual se realizará un nuevo proceso de selección”, precedida de una coma. Su objetivo es evitar que se generen incongruencias que afecten el adecuado ejercicio de las facultades del Presidente a partir de la plena vigencia de la ley.
En el artículo 59, ha reemplazado la expresión “artículos 48 y siguientes” por “artículos cuadragésimo octavo y siguientes”.
En el inciso primero del artículo 67, ha intercalado, a continuación de los términos “artículo 1º”, la frase “y del inciso primero del artículo 22”, y ha agregado, después de su punto final (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “En este último caso las promociones de los cargos de las plantas de directivos y profesionales se efectuarán por concursos de promoción internos.”. La modificación tiende a precisar más ese aspecto.
En el artículo 70, ha modificado su redacción, en consonancia con el acuerdo político que se logró en el Senado para aprobar el proyecto con el quórum que exige la Constitución, en lo que se refiere al término de la planta adscrita.
Ha establecido que la planta adscrita de todas maneras se extingue. Sin embargo, ha modificado los plazos a partir de los cuales los funcionarios que están en ella puedan retirarse. Le entrega la facultad al jefe de servicio para que, dentro del plazo de 60 días, pueda hacer ejercicio de esta facultad con el fin de incorporar estos cargos a las plantas definitivas.
En el caso de los funcionarios que quieran permanecer en el servicio, ha extendido los plazos hasta el 30 de junio de 2006. Es claro que la planta llega a su término en esa fecha.
En el artículo tercero transitorio, ha reemplazado las referencias al “artículo 9º”, “artículo 7º” y “artículo 8º“ por “artículo noveno”, “artículo séptimo” y “artículo octavo”. Algo similar ocurre en el artículo cuarto transitorio.
En el artículo decimoquinto transitorio, ha eliminado su oración final: “El Presidente de la República dispondrá de amplias atribuciones para establecer específicamente los cargos que tendrán este carácter”. La modificación tiende a evitar cualquier riesgo de inconstitucionalidad.
En materia de concursabilidad, la incorporación de dos representantes de los gremios a los comités de selección y a la planta adscrita, obedece a un acuerdo político que se logró con posterioridad al primer trámite constitucional del proyecto.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Gracias, diputado Escalona, por su informe sobre las modificaciones del Senado. De todos modos, la Mesa comparte su apreciación de que algunas son de precisión legislativa, y otras, de adición, porque determinadas disposiciones no fueron incluidas en la Cámara.
Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino por cinco minutos.
El señor BERTOLINO.-
Señora Presidenta, en nombre de la bancada de Renovación Nacional, anuncio nuestro voto favorable a las modificaciones propuestas por el honorable Senado al proyecto que establece una nueva política para los funcionarios públicos que indica, ya que, según lo informó el diputado Escalona , mejoran el proyecto; safisfacen demandas de los representantes de los funcionarios públicos que habían quedado pendientes; mantienen el respeto por la carrera funcionaria, e incentivan a los trabajadores a perfeccionarse para dar una mejor atención a la ciudadanía.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal hasta por tres minutos.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señora Presidenta , luego de que los trabajadores adscritos a la Anef vinieron a la Cámara a defender sus derechos, las modificaciones del Senado constituyen un profundo cambio hacia su eficiencia y capacitación, sin afectar la seguridad en su carrera.
El proyecto, en sí, es políticamente importante, porque apunta a una nueva administración pública, dando así una respuesta satisfactoria a los ciudadanos sobre esta materia. Asimismo, el país dejará de sufrir por una transición entre el pasado y el futuro.
Aprobaremos esta legislación interpretando el sentimiento ciudadano, que desea nuevas formas de hacer política, nuevas formas de gestión pública.
El cambio, en general, produce desasosiego, pero tal acción es indispensable para superar, entre todos, problemas que se arrastran desde hace mucho tiempo. La inamovilidad no es productiva ni es creativa; tampoco es una respuesta positiva a los nuevos requerimientos de la ciudadanía.
Si somos capaces, como sociedad, de dar, unidos, este tremendo salto, tendremos un país mejor, como es nuestro anhelo más profundo. Los trabajadores de la Anef son parte de este gran cambio y están conscientes de que se tienen que sumar a este esfuerzo-país.
En el tintero quedan cosas pendientes, como algunas relativas al sistema previsional, y deberá legislarse sobre ellas con la voluntad política que ha primado en esta oportunidad, como es este gran acuerdo político para sacar adelante éste y otros proyectos.
En definitiva, mi bancada aprobará las modificaciones del Senado.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra, hasta por siete minutos, el diputado señor Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta , debe dejarse establecido que el Senado, en el segundo trámite constitucional, recogió algunos aspectos concordados en la Cámara y planteados por varios diputados en su oportunidad.
El Senado estableció que los funcionarios que serán considerados para la postulación al llamado a concurso deberán encontrarse nombrados en los tres grados inferiores al de la vacante convocada, no en los cuatro grados inferiores, como dispuso la iniciativa aprobada por la Cámara, o en cinco, como fue el planteamiento original del Ejecutivo.
El Senado amplió a dos los representantes elegidos por el personal para participar en el comité de selección, y mantuvo en uno el delegado de la asociación de funcionarios con mayor representatividad en la planta, el que sólo tendrá derecho a voz.
Dichas modificaciones, que fueron comprometidas en la Cámara, han mejorado el proyecto, pues establecen condiciones más favorables para los trabajadores de la administración pública. No obstante, aún quedan varios puntos pendientes, como los referidos a las condiciones de trabajo, al trato y a la modernización.
No puedo dejar de señalar que no se menciona un protocolo que se habría concordado en el Senado de la República, que los diputados deberíamos conocer, ya que es de importancia para la modernización de la administración pública y para las perspectivas futuras de miles de trabajadores que hoy no pueden pensionarse porque se cambiaron de sistema previsional. Al estar en el sistema de administradoras de fondos de pensiones no pueden pensionarse porque su pensión sería sustancialmente inferior a la que obtendrían en el sistema administrado por el Instituto de Normalización Previsional, que reúne a las antiguas cajas de previsión.
Es esencial resolver ese problema, porque impide que miles de trabajadores se pensionen, incluso cumpliendo el requisito de sesenta años, en el caso de las mujeres, y de 65, en el de los hombres. De hecho, si se pensionan en las AFP, obtienen un cuarenta por ciento menos de lo que percibirían en el INP, aun cuando no opten por la modalidad de renta vitalicia, sino por la de retiro programado. Esto ha sido denominado “daño previsional”, porque es gente que jamás debió haberse cambiado de sistema.
No es bueno sostener que ello obedeció a un acto de voluntariedad, porque todos sabemos las condiciones que imperaban en 1981 y en los años siguientes, época en que se implementó el nuevo sistema previsional. Se utilizó el anzuelo de que el cambio mejoraría la remuneración líquida, lo que hizo que muchos trabajadores, derechamente presionados por las circunstancias, se cambiaran de sistema. Eso significó quedar con un bono de reconocimiento bajísimo, porque no se cotizaba por el total de haberes, sino sólo por la remuneración base, lo que ciertamente incide en la pensión.
Por eso, este problema debe ser incluido en las negociaciones futuras sobre el sector público, porque está en íntima relación con su modernización. Si no cambian las condiciones, se va a envejecer la planta de trabajadores ante la imposibilidad de pensionarse.
Mi bancada comparte esta apreciación, así como varios parlamentarios de otros partidos políticos. En la Comisión de Hacienda han estado permanentemente preocupados del tema el diputado José Miguel Ortiz -especialmente- y los colegas Pablo Lorenzini y Exequiel Silva . Lo mismo ha ocurrido en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Julio Dittborn.
El señor DITTBORN.-
Señora Presidenta, antes de referirme a las modificaciones del Senado, no puedo dejar de comentar las últimas palabras del diputado Riveros, relativas a un tema enteramente distinto, pero que, a mi juicio, contienen algo de demagogia que me preocupa.
Se quiere desprestigiar el sistema de pensiones de capitalización individual -que puede tener defectos, evidentemente- con argumentos inexactos. Se dice que este sistema no estaría dando pensiones adecuadas a los servidores públicos y que, por lo tanto, deberían volver éstos al sistema antiguo, de reparto. Sin embargo, en esa comparación se olvidan dos hechos que el diputado Riveros no menciona.
En primer lugar, durante largos años los servidores públicos, por una muy mala práctica de los ministros de la época, cotizaron por salarios sustancialmente inferiores a los reales. Es decir, gran parte de las remuneraciones públicas, las asignaciones de responsabilidad profesional y otras, no eran imponibles. Ésa fue una manera barata mediante la cual los ministros de la época aumentaron las remuneraciones de los funcionarios públicos sin aumentar asimismo sus cotizaciones previsionales. Esto ha significado pensiones bajas para esos funcionarios.
En segundo lugar, se olvida -tampoco lo menciona el diputado Riveros - que a los trabajadores que se cambiaron al sistema de pensiones de las AFP, les significó una disminución de su cotización previsional de 30 por ciento, que era el promedio de las antiguas cajas, a 10 por ciento, con el consiguiente aumento de 20 por ciento de su remuneración líquida.
Entonces, cuando se dice que el sistema de capitalización ha fracasado y no se mencionan estos hechos, se comete un acto injusto y demagógico, porque, para com-parar ambos sistemas, hay que hacerlo con iguales tasas de cotización -que no es el caso- y sueldos imponibles de igual nivel.
Pero ése no es el tema de hoy.
En el escaso tiempo de que dispongo, quiero decir que nuestra bancada va a votar favorablemente los cambios que el Senado introdujo a este proyecto.
El señor RIVEROS.-
¿Me permite una interrupción?
El señor DITTBORN .-
No, porque no corresponde abrir debate sobre ese tema. Ya habrá otra oportunidad.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Ruego a su Señoría referirse a la materia en discusión.
El señor DITTBORN .-
Pero, señora Presidenta , llámele la atención al diputado Riveros , dado que fue el primero en cambiar el tema.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
De acuerdo. Ambos estaban refiriéndose a una materia distinta.
El señor DITTBORN .-
Señora Presidenta , yo respondí al diputado Riveros , quien cambió el tema inicialmente. No tenía intención de cambiarlo, pero ante tamañas inexactitudes, me pareció justo hacerlo.
La Unión Demócrata Independiente va a votar favorablemente las modificaciones, porque nos parece que, si bien no son sustanciales, mejoran la redacción y la comprensión del texto. Además, este proyecto forma parte del acuerdo político que nuestro partido suscribió con el Presidente de la República ; por lo tanto, lo honraremos.
Concordamos en que este proyecto es importante y, al igual que el Presidente Lagos , creemos que la gran mayoría de los chilenos valora un servicio público más ligado a la eficiencia que a la antigüedad de los funcionarios. Es decir, debemos modernizar nuestro servicio público y que los cargos estén más bien sujetos a la eficiencia, a la concursabilidad, que al sólo hecho de subir grados en función de los años de servicio. Nos parece fundamental disminuir el cuoteo político; su práctica debe desaparecer de nuestro escenario, y el proyecto apunta en esa dirección.
Finalmente, no podemos dejar de valorar y felicitar la intervención del ministro Eyzaguirre en el tratamiento del proyecto, que ha sido muy valiente y decidida ante los ataques de los gremios. Vaya un reconocimiento de nuestra parte a su gestión.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Patricio Walker.
El señor WALKER.-
Señora Presidenta , me alegro de que estemos trabajando un viernes en la Cámara; no porque los viernes no trabajemos, porque lo hacemos en nuestros distritos. Todas las bancadas se lo propusimos al ministro Huenchumilla en la primera reunión de coordinación. Su Señoría está facultada para citar a sesión, pero, obviamente, el acuerdo político ayuda a que dicha citación se cumpla.
Además, quiero decir, a raíz de que los proyectos de transparencia y modernización han sido aprobados por unanimidad, y, en el caso de la Democracia Cristiana, por absoluta unanimidad, lo que significa que también estamos dando gobernabilidad al Presidente Lagos . El Presidente no está solo, y no es cierto que el Gobierno haya debido recurrir a la Oposición porque nosotros no le hemos otorgado gobernabilidad, porque, insisto, todos los proyectos de ley han sido aprobados en forma unánime por la Democracia Cristiana.
Valoro positivamente este proyecto, en tercer trámite constitucional, y vamos a aprobar las modificaciones. Es un proyecto de país que va a permitir movilidad, tiraje en la chimenea, y que los funcionarios públicos sean ascendidos por mérito, por productividad, por eficiencia, y no sólo por antigüedad. Eso, obviamente, aumenta la dignidad de los funcionarios y mejora los servicios públicos para los ciudadanos, gran objetivo de este proyecto de ley.
Lamento muy sinceramente que la Anef no haya suscrito un acuerdo, no obstante que, en una reunión privada, sus dirigentes dijeron a parlamentarios de la Concertación que consideraban positivos los tres cambios que hoy estamos ratificando en esta Cámara. Dichas modificaciones nacieron de un compromiso de las bancadas de la Cámara de Diputados con el ministro Eyzaguirre , presente en la Sala, y que el Senado aprobó.
Por lo tanto, reitero, lamento profundamente la actitud conservadora, reaccionaria, de no querer avanzar, de no querer ningún cambio y sólo mantenerse como un estanco, sin apreciar la dignidad de los funcionarios públicos, quienes, obviamente, son productivos y pueden ser más eficientes.
En estos minutos se ve el liderazgo del Gobierno del Presidente Lagos, porque, si se tratara de quedar bien con los gremios, el país estaría inmovilizado. En estos momentos se prueban los liderazgos, la capacidad de hacer cambios.
Asimismo, valoramos profundamente, no obstante que no es materia del debate, los cambios en la alta dirección pública. Como democratacristianos, nos sentimos orgullosos, porque fue Claudio Orrego , secretario ejecutivo de la Comisión de Modernización, durante el gobierno del Presidente Frei, quien tuvo a su cargo hacer una propuesta para modernizar la alta dirección pública. También nos alegramos de que el ministro de Hacienda y el director de Presupuestos hayan tenido el liderazgo para presentar este proyecto, que permitirá que los funcionarios públicos superiores sean elegidos por méritos, por currículo, por compromiso social, por profesión o por estudios, y no por cuoteo político, que significa, simplemente, mediocridad.
Quiero hacer una reflexión que, a mi juicio, para los parlamentarios en general es importante. En varios de los doce proyectos de ley en trámite debimos sacrificar puntos de vista; en varios quisimos introducir modificaciones que, en la práctica, no hemos hecho. Podríamos dar ejemplos respecto de este proyecto y de otros. Por ejemplo, después vamos a discutir el tema de la transparencia en el funcionamiento de las campañas electorales y de los partidos políticos, donde hay materias muy difíciles de aprobar, como las exenciones tributarias. También pretendimos introducir modificaciones a los límites, establecer mayor transparencia en cuanto a las donaciones y no fijar la reserva. Pero, repito, hemos debido renunciar, como legisladores, a muchos de nuestros puntos de vista; y lo hicimos con sacrificio, con renuncia, pero con gusto y sentido de país, porque, después del 21 de mayo, la ciudadanía va a ganar mucho con la modernización, la transparencia y la probidad del Estado.
Por eso, señora Presidenta , a través de su Señoría queremos expresarle al Gobierno, en las personas de los ministros Insulza y Eyzaguirre, presentes en la Sala, que para nosotros es importante participar más en la otra agenda comprometida por los partidos políticos, en cuanto a proponer indicaciones, modificaciones y agregados. No somos buzones y tenemos mucho que aportar. No obstante que debe existir un acuerdo político básico sobre puntos esenciales, queremos reivindicar nuestro derecho de hacer aportes en los proyectos de ley.
El Congreso Nacional es colegislador y, en ese sentido, los parlamentarios queremos reivindicar nuestras funciones y coordinarnos más para que en el futuro podamos enriquecer los proyectos de ley.
Con su venia, señora Presidenta, el minuto y medio que me queda se lo cedo al diputado Edgardo Riveros.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta, es cuestión esencial que entre nosotros nos escuchemos bien.
En mi intervención anterior hice mención a un solo hecho que es pertinente a esta discusión, porque, además, se ha establecido un protocolo en el cual echo de menos un tema que, a mi juicio, es esencial, cual es el daño previsional que objetivamente afecta a algunos funcionarios públicos, quienes no pueden pensionarse por el sistema de las AFP porque sus pensiones serían considerablemente inferiores a las del régimen administrado por el INP. También señalé las causas.
En esta oportunidad no he hecho ninguna mención crítica respecto del sistema previsional en su conjunto, a pesar de que las tengo, y reiteradamente las he hecho presente -desgraciadamente, la situación que se vive me da la razón-. Basta ver los niveles de cobertura y de costos; la cantidad de gente que no cotiza y un sinnúmero de otros hechos para poder demostrar la situación del régimen previsional. Pero como ése no es el tema, no lo voy a tocar en esta oportunidad; sólo deseaba referirme al hecho objetivo que ocurre con miles de trabajadores que no se pueden pensionar en las actuales circunstancias.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Ha terminado el tiempo de la Democracia Cristiana.
Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señora Presidenta, si bien, como dijo el diputado Riveros, el tema previsional está ligado, no es el que debe tratarse hoy.
Apoyo el informe verbal de la Comisión de Hacienda que presido, y felicito a su relator, diputado Camilo Escalona, por su especial estilo.
La bancada del PPD va a apoyar las modificaciones del Senado al proyecto de ley de nuevo trato laboral. Han sido posibles gracias a la voluntad del ministro de Hacienda, en cuanto a mantener incólumes los ofrecimientos que oportunamente se hicieron en la Corporación, y a los cuales la Anef, por distintas razones -comprensibles, en todo caso-, no estuvo en condiciones de aceptar.
La participación de los representantes de los trabajadores en los comités de selección, por ejemplo, que se crean con los procesos concursables para ascensos en los cargos, fue un gran logro.
El tercer grado de la concursabilidad y la rebaja de la exigencia de estudios para ocupar cargos de alta dirección pública -desde el título profesional aprobado por esta Cámara-, de una carrera de diez semestres de duración a una de ocho semestres, sin duda abre un abanico de posibilidades a muchos funcionarios públicos que han cursado carreras profesionales de ese rango, como las ingenierías en ejecución, tal como veíamos algunos días atrás. Por lo tanto, en la administración pública se producirá una mejora sustantiva.
Decía el diputado Walker que, en días anteriores a las discusiones, se habría logrado un acuerdo entre parlamentarios y el Ejecutivo . En efecto, se ampliaron las propuestas, pero, lamentablemente, al final no se alcanzó dicho acuerdo. Sin embargo, apoyaremos las modificaciones del Senado, porque reflejan nuestro pensamiento original.
Por otra parte, quiero reafirmar el compromiso de estar junto a los servidores públicos, que día a día operan en el aparato estatal. Son ellos quienes materializan la posibilidad de ser instrumentos al servicio de la promoción de las personas. Por eso, expreso nuestro apoyo, en forma simbólica, en la persona de su líder mártir, don Tucapel Jiménez , un hombre comprometido con su tiempo y con la lucha por la libertad y la democracia. A lo mejor, su memoria fue esencial en lo que hoy está sucediendo. Ojalá su señera figura sea comprendida como corresponde.
La lucha de los trabajadores debe ser siempre apoyada, porque siempre es justa. Podrá haber errores y situaciones que muchas veces no entenderemos; pero, por qué no decirlo, es el derecho que ellos tienen.
Los trabajadores y el Congreso Nacional hemos llegado a un acuerdo en casi el 90 por ciento de los temas que hemos abordado conjuntamente. Me han dicho que, en lo sustancial, el proyecto favorece a los trabajadores del sector público, aunque la forma y la premura con que se han tratado algunas materias y la mezcla de contenidos que se ha hecho han redundado, a lo mejor, en las dificultades que hoy enfrentamos y que han sido penosas en la tramitación de esta iniciativa.
Lamentamos estos oscuros momentos vividos, pero estamos conscientes de que llegará el minuto de la claridad y de la luz para los dirigentes y trabajadores del servicio público.
Con mucha fuerza, apoyaremos las modificaciones del Senado, que las hacemos nuestras, porque conceptualmente se plasmaron acá.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES .-
Señora Presidenta , el proyecto de nuevo trato laboral interesa a todos quienes son y han sido funcionarios públicos. Indudablemente, implica una mirada distinta de la función pública. Pero hay cosas que es importante cautelar. Es fundamental salvaguardar algunos elementos que ha tenido la carrera funcionaria desde que se estableció.
Para un trabajador existen dos opciones: laborar en el mundo privado y acatar sus reglas, o postular al sector público, una de cuyas principales ventajas es la seguridad, en términos de que el funcionario no es discriminado en su trabajo ni tampoco despedido si no existen motivos plausibles para ello, además de desarrollar una carrera funcionaria.
Nos parece importante modernizar la carrera funcionaria, pero ello no puede ir en contra de los derechos adquiridos. Por eso, concordamos con los trabajadores en que el nuevo y moderno ejercicio de la carrera funcionaria que se está proponiendo no debe atentar en contra del gradual y armónico desarrollo de esta carrera.
Asimismo, cuando se habla del mérito y se da un porcentaje para evaluar el desempeño de los funcionarios en razón de aquel, si este concepto no es objetivo y en el reglamento no queda claramente establecida la manera como se medirá, ello permitirá arbitrariedades de los jefes. Eso es lo que se debe cautelar con mayor celo en el sector público. En el sector privado, los jefes disponen de herramientas para despedir a un funcionario -ello forma parte de las reglas del juego en ese ámbito- y se paga más. Por el contrario, en el sector público las remuneraciones son menores, acotadas, se regulan por ley, son discutidas en el Congreso Nacional y consensuadas con el Ministerio de Hacienda. Es decir, hay una serie de factores que incidan para que un funcionario público aumente sus remuneraciones; pero un jefe no puede postergar arbitrariamente la carrera de un funcionario público por razones personales y no objetivas.
Es importante destacar el parecer de los funcionarios públicos respecto del acuerdo alcanzado con el Gobierno. Muchos de ellos ya han trabajado a honorarios durante más de tres años, por lo que su labor se ha vuelto continua y permanente. Si esos mismos trabajadores se desempeñaran en el sistema privado, ya tendrían contrato indefinido. Sin embargo, como se trata de un empleado público contratado a honorarios y no es relevante la cantidad de años que lleva sirviendo bajo esa modalidad, no tiene posibilidad alguna de obtener un contrato indefinido. Estimamos que ese problema debe ser solucionado. De ese modo, muchos trabajadores que llevan largo tiempo en esa situación pasarían a formar parte de la planta funcionaria y obtendrían los beneficios de salud y educación inherentes a esa condición.
Anuncio que votaré favorablemente las modificaciones del Senado. Sin embargo, quiero dejar en claro que algunas disposiciones deben ser revisadas con más cuidado.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señora Presidenta , quiero fijar nuestra posición en los tres minutos que restan a nuestro Comité, más allá de la información que entregamos al comienzo de la sesión con el objeto de informar respecto de los cambios que introdujo el Senado.
Nuestra posición se funda en un principio general: es indispensable modernizar el Estado a fin de que pueda cumplir en forma eficiente con sus tareas de atención a la ciudadanía, en particular a los sectores más humildes y desposeídos que acuden a los diferentes servicios estatales -como se sabe, las personas de mayores recursos tienen la posibilidad de atenderse en los servicios privados-, para, de ese modo, actuar con capacidad y rapidez ante los requerimientos de una economía que ha sufrido cambios considerables en el último tiempo.
El Estado debe contar con funcionarios que, además de gozar de alta probidad, honradez y espíritu de servicio público, posean los conocimientos técnicos y profesionales que les permitan ponerse a cubierto de la complejidad de los nuevos delitos. Basta recordar el muy desafortunado caso de Corfo-Inverlink, donde una mezcla de inescrupulosidad y acción delincuencial generó al fisco un enorme costo. Estamos hablando de un funcionario público que, hoy, debe tener un alto grado de capacitación y profesionalización, así como aptitudes técnicas considerablemente superiores al funcionario de antaño. Si nuestra sociedad no está dispuesta a invertir en ese ámbito y nuestro país no avanza en ese sentido, difícilmente podremos enfrentar los problemas que plantea el desarrollo en nuestra nación. Naturalmente, ello debe hacerse con la participación de los trabajadores, sin violar sus derechos y ateniéndose a las normas que existen en democracia, las que se fundan en un estado de derecho. ¿Cuál es la base de funcionamiento de éste? El hecho de que el Congreso Nacional aprueba o rechaza las normativas legales que dicen relación con el funcionamiento de la economía, del Estado.
En consecuencia, en este caso hacemos uso de lo que nos parece un particular mérito del proceso democrático: que en el Congreso se discutan y aprueben estas normas legales.
El estatuto que estamos comentando introduce modificaciones a un decreto ley dictado en el año 1975. Sin duda, en aquel entonces no había ninguna posibilidad de un ejercicio democrático. En el régimen democrático, el proyecto fue ingresado en octubre del 2002. Hubo un proceso previo de aproximadamente medio año de conversaciones con la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, quedando áreas de divergencias, las que finalmente debían ser resueltas de acuerdo con lo que el proceso legal establece. ¿Dónde se resuelven esas divergencias? En el Congreso Nacional, elegido por la ciudadanía para resolver estos temas. Cuando se trata de diferencias y de intereses contrapuestos legítimos, corresponde dirimirlos a una institución nacional, y por excelencia el ente llamado a hacerlo en democracia es el Congreso Nacional.
Por lo tanto, lo que ha ocurrido en esta semana es parte de un ejercicio democrático. Sin duda que, para los dirigentes de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, el proyecto no resulta enteramente satisfactorio; pero debemos decirles que hay que mirar la situación en su conjunto, así como la necesidad indispensable de modernizar el Estado y de que las nuevas generaciones tengan mayores espacios.
No se puede condenar a un funcionario público que ingresa al servicio a los 25 años y que posee formación universitaria, a tener que esperar 20, 25 ó 30 años para ascender en la administración pública de acuerdo con las normas exclusivas de antigüedad. En consecuencia, necesariamente debemos incorporar modificaciones que atiendan a la urgencia de la modernización en el más amplio sentido de la palabra, y esa modernización incluye el que la nueva generación tenga un mayor espacio en las responsabilidades del servicio público.
Cabe precisar que las normas que estamos aprobando no significan pasar por encima de los trabajadores más antiguos, porque la concursabilidad establece que las decisiones que se tomen atenderán, en un 25 por ciento, a la experiencia; en un 25 por ciento, a la capacitación; en un 25 por ciento, al desempeño, y en un 25 por ciento, a la aptitud; es decir, las normas que estamos aprobando también otorgan preeminencia a la labor que ha desempeñado el trabajador a lo largo de su carrera funcionaria. En consecuencia, no viola ni atropella dicha carrera. La pone en un sitial que permite abrir un espacio a los jóvenes profesionales que quieren entregar un nuevo y mayor aporte a la gestión de los servicios públicos del país.
Por esas razones, asumiendo y conociendo el punto de vista de la Anef, entendemos que estas disposiciones no violan la carrera funcionaria, sino que la dejan en el sitial necesario para abrir espacios a fin de mejorar el funcionamiento de los servicios públicos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Longueira. Dispone de 13 minutos.
El señor SEGUEL.-
Señora Presidenta, pido hacer uso de la palabra.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Disculpe, diputado Longueira. Quiero hacer una aclaración al diputado Seguel.
Se informó que respecto de este proyecto habría hasta una hora de discusión, y de su bancada ocuparon siete minutos el diputado Riveros y cinco minutos el diputado Walker. Por lo tanto, se cumplió el tiempo de ella. Aquello fue acuerdo unánime de todos los Comités en el día de ayer.
Por lo tanto, en este momento sólo le queda tiempo a la Unión Demócrata Independiente.
El señor SEGUEL.-
Señora Presidenta, necesito responder al presidente de la Anef. Por eso pido tiempo.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Diputado Seguel, el diputado Longueira le concede un par de minutos de su tiempo.
Puede hacer uso de la palabra.
El señor SEGUEL.-
Gracias, diputado Longueira.
Señora Presidenta , lo que ocurrió hace algunos días en las tribunas me violentó profundamente, porque ni siquiera pudimos exponer el trabajo realizado para llevar adelante el proyecto, fruto de un acuerdo político de todos los partidos con representación en el Congreso.
A la vez, parlamentarios de la Concertación y de la Oposición conversamos con los dirigentes de la Anef, encabezados por don Raúl de la Puente, para buscar una solución al problema. Cuando le informamos, que de parte del Ejecutivo, existía la intención de solucionar el conflicto en el numeral 16 y en la letra c) del artículo 48, él nos dijo lo siguiente -esto es lo que quería señalar-: “Estoy de acuerdo con lo que han conseguido ustedes. No me pidan que firme un protocolo de acuerdo, pero, apenas se vote esto, voy a ser el primero en decir públicamente que los diputados han conseguido algo mejor para los trabajadores de la Anef”.
Lamentablemente, no lo pudimos expresar en la discusión. Y como el proyecto se votó en bloque, a los parlamentarios que habíamos participado en ese encuentro se nos privó de decir cuál era la verdad. En las tribunas, el señor De la Puente azuzó a la gente para que lanzara las monedas y los papeles. Él mintió; no tuvo la hombría suficiente de reconocer ante los medios de comunicación nacional y ante sus propias bases que había acordado con nosotros que era bueno lo que se había conseguido, y que, en lo posible, trataría de mejorarse en el Senado.
Cuando el señor De la Puente miente de esa forma, solamente le digo que no hay que llorar como mujer lo que no sabe defender como hombre.
Gracias.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Recupera el uso de la palabra el diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señora Presidenta, en primer lugar, quisiera señalar que vamos a votar afirmativamente las modificaciones del Senado.
En ellas hay tres tipos de materias distintas que, de alguna forma, dieron origen a este tercer trámite. Existe un conjunto de normas que son adecuaciones y perfeccionamientos para una mejor redacción, y no tiene ningún sentido pronunciarse sobre ellas. Sólo hay que confirmarlas y ratificarlas. Pero hay dos que perfeccionan el proyecto.
Tres de ellas fueron acordadas en el trámite anterior. Lo señalo porque estuvieron fuera del acuerdo político, pero, dado el acuerdo de la Cámara de Diputados de tramitar la iniciativa como se hizo durante la semana pasada, se acordó incorporarlas en el Senado. Es muy importante que se sepa que estas tres materias -que se refieren a extinguir la planta adscrita en tres años, a incorporar a un segundo representante del personal a las instancias de calificación y a bajar en un grado la concursabilidad, desde el cuarto al tercer grado, inmediatamente inferior al cargo que se postula, con veinte concursantes- fueron acordadas por todos los parlamentarios en el trámite anterior. Por lo tanto, se han acogido, y en este trámite votaremos favorablemente incorporar estas tres materias que, de alguna forma, habían sido planteadas por representantes de la Anef y que, fruto de ese acuerdo y por la velocidad con que se tramitaron en la Cámara, no se incluyeron en el trámite anterior.
Una última materia de este tercer trámite es la eliminación de un punto que podría tener algún vicio de inconstitucionalidad -así se planteó en el Senado-, en el sentido de que al Presidente de la República se lo obligaba a elegir en la tercera terna. Como son cargos que técnicamente son de la exclusiva confianza, finalmente las ternas para las gerencias públicas tendrán que ser tantas como sea necesario, hasta que el Presidente confirme a una de estas personas, porque es él quien finalmente nomina. Algunos estimaron que esa restricción podría ser inconstitucional. Para la UDI, en el resto de las materias de este proyecto no hay ninguna norma inconstitucional. Algunos que pretendieron parar el proyecto empezaron a argumentar la inconstitucionalidad, precisamente para torpedearlo. Pero, en términos generales, no hay ninguna norma -salvo la ya señalada, que se discutió en el Senado y se perfeccionó, y que vamos a votar también afirmativamente- que adolezca de algún vicio de inconstitucionalidad. Por lo tanto, todas las modificaciones serán ratificadas, y será honrada la palabra, como ha ocurrido durante el trámite de estos proyectos, antes del 21 de mayo.
Como presidente de la UDI y como un diputado que lleva 13 años en su cargo, debo destacar que nunca hemos tramitado un proyecto más trascendental para el país que éste. Debemos sentirnos orgullosos de exhibir una modernización en la Administración Pública, que será un ejemplo en Latinoamérica. Me atrevería a decir que no habrá una nación latinoamericana que pueda aspirar a contar con una administración como la nuestra, por cuanto ha incorporado en ella las gerencias públicas y el mérito, ha terminado con el cuoteo político y los cargos de exclusiva confianza del Presidente de la República serán de una magnitud coherente, y no 5 mil o 7 mil, como hemos tenido históricamente.
Esta iniciativa ha prestigiado a la Cámara de Diputados y al Senado, al Gobierno y especialmente al ministro de Hacienda , cuya labor, frente a los sinsabores o impopularidades que puede estar viviendo, será reconocida por las próximas generaciones. Las transformaciones de esta envergadura son las que finalmente hacen a los hombres trascendentes. Creo que él podrá incorporar en su historia haber tenido la valentía de modernizar el Estado chileno, para poner a nuestro país al servicio y a la competencia de un mundo cada vez más globalizado.
Tenemos el deber de legislar para el bien común. Hay 15 millones de chilenos representados por nosotros en el Congreso Nacional. Es a ellos a quienes debemos un Estado moderno. Los miles de funcionarios públicos de este país, honestos y honrados, como creo que son la infinita mayoría, podrán tener la confianza y la tranquilidad de que pertenecerán a un aparato público cuya labor será evaluada en función del mérito, de la trayectoria y de la honradez, y de que no llegarán los políticos por la ventana a ocupar los cargos, como ha ocurrido históricamente.
Nunca habíamos legislado con dos paros nacionales de los empleados públicos como ahora.
En lo personal, es un honor y un orgullo haber colaborado, en este momento tan especial para nuestro país, a fin de transformar la Administración Pública.
También quiero dejar testimonio de la seriedad de los asesores y de los técnicos del Ministerio de Hacienda, quienes trabajaron junto a nuestros técnicos para elaborar este proyecto. Ojalá el país hubiese visto el grado de consenso que hubo en muchas materias. Asimismo, todos tuvimos que ceder. Hubiésemos querido un consejo mucho más autónomo del Ejecutivo ; sin embargo, todos renunciamos para avanzar en aspiraciones. Ojalá la Anef y los dirigentes también piensen en esos miles de chilenos que aspiran a tener un aparato público que finalmente esté al servicio de la gente.
Todos quienes trabajan honestamente pueden tener la confianza no sólo de que estarán recibiendo beneficios económicos importantes con esta futura ley, sino de que podrán trabajar en un clima de profesionalismo, en que se evaluará el mérito y la idoneidad para el cargo.
Valoro la labor de la Cámara de Diputados. Ayer presencié la sesión final del Senado, que, para ser honesto, era una vergüenza. Cada vez que se votaba, había menos senadores y estuvieron en riesgo aspectos relevantes de este proyecto. Es muy fácil hacer demagogia en este tema. Como lo acordamos con el Presidente en enero, se trata de materias impopulares, y así lo conversé con él; pero debemos enfrentarlas juntos. Si hubiésemos enfrentado muchas materias impopulares en el pasado, tal vez no habrían ocurrido los hechos de corrupción que el país ha conocido hoy.
Por ello, los líderes y los representantes públicos, los diputados, debemos sentirnos orgullosos de que este 21 de mayo podremos exhibir al país una modernización vital, que será un ejemplo para muchas naciones, que vendrán a imitar el esquema de funcionamiento de nuestro sector público.
No tengo dudas de que después de las impopularidades y de las incomprensiones, vendrá el respeto y volverán las popularidades. Considero que tanto la Cámara de Diputados como el Gobierno y especialmente el ministro de Hacienda han dado un ejemplo, el cual quiero transmitir en este minuto desagradable, pues no fue fácil lo que ocurrió ayer, ya que, al término de la sesión -cuando se levantó-, una vez más se tiraran panfletos y monedas, y se hicieran descalificaciones y ataques por personas que, creo, ni siquiera han leído el proyecto.
Esta iniciativa no solamente beneficiará a los 15 millones de chilenos que tendrán un Estado al servicio de ellos, sino que, además, favorecerá a todos los funcionarios de la Administración Pública. Los que trabajan honestamente no tienen nada que temer; sólo deben sentir inquietud quienes están en cargos fruto del cuoteo, los que no tienen la capacidad, la experiencia, la historia o el mérito para estar ahí. Eso es lo que los chilenos nos piden: que terminemos alguna vez con el cuoteo político. Afortunadamente, se dio un momento muy especial, antes del 21 de mayo, para que sacáramos adelante un proyecto que pienso que no lo hubiéramos tratado ahora ni en un futuro gobierno nuestro. Por lo tanto, estamos orgullosos de votar finalmente, en su último trámite, una iniciativa vital y trascendente para nuestro país.
He dicho.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el ministro de Hacienda , don Nicolás Eyzaguirre.
El señor EYZAGUIRRE ( Ministro de Hacienda ).-
Señora Presidenta , creo que lo que se acaba de discutir -que esperamos sea ratificado con la mayor votación posible- constituye un hecho histórico y demuestra la fortaleza del Congreso Nacional, como en sus mejores ocasiones.
Hemos enfrentado la disyuntiva entre dar un paso adelante o seguir con la inercia de la historia, que, desgraciadamente, estaba conspirando en contra nuestra.
En el fondo, como señalé ayer en el Senado, el proyecto trata básicamente dos cosas:
Primero, introducir definitivamente el mérito, la productividad, el esfuerzo como parte importante de la carrera funcionaria. Sin duda, es una revolución respecto de lo que ha sido la práctica en nuestro país desde la formación del servicio público, porque, como ustedes saben, en la actualidad el ascenso está enteramente determinado por la antigüedad.
También debemos ser abiertos para entender que éste ha sido un cambio sumamente difícil para la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, porque, a pesar de que la antigüedad es probablemente uno de los peores indicadores o el más inexacto para medir la eficiencia, tiene un gran mérito: es objetivo. Cuando optamos por indicadores de capacitación o mérito para un cargo, entramos en el plano de la subjetividad, lo que produce legítimas dudas en los trabajadores de si esos indicadores subjetivos podrán ser usados en su contra.
Por eso y por sugerencia del Congreso, hemos reforzado la presencia de los trabajadores en los comités de concursos, con dos de sus representantes y uno de la Anef, los dos primeros con derecho a voz y a voto, mientras que el último sólo con derecho a voz.
Sin embargo, las dificultades que aquejan a nuestro sector público, incluido las planteadas por el diputado señor Riveros y otros, esto es la precariedad de los honorarios, de la contrata y los problemas para jubilar de los más antiguos, no pueden ser solucionados en el marco de una carrera pública completamente congelada. ¿Qué sacamos con tratar de tapar el sol con un dedo? ¿Qué sacamos con regularizar las contratas o los honorarios si lo hacemos en un sistema completamente detenido? Sin tiraje de la chimenea, sin movilidad, no hay solución de fondo para los problemas de precariedad de nuestra administración pública.
Lo anterior implica que, como lo hemos recogido en un protocolo, gracias a vuestro debate y al de las señoras senadoras y de los señores senadores, podremos abocarnos a los temas faltantes una vez que sus Señorías aprueben el proyecto.
Lo que ustedes han aprobado y que ratificarán hoy, que también ha sido cuestionado, es el que una comisión del más alto nivel, formada por nuestros mejores especialistas, deberá recomendar al Presidente de la República , sin inhibición alguna de sus facultades exclusivas, a las personas más idóneas para ocupar los cargos de la alta dirección pública. Esto no significa, de modo alguno, que la militancia o la afinidad política afectarán al postulante. Al contrario, en muchas oportunidades eso implicará una mayor afinidad de éste con la administración de turno, pero no será el elemento decisivo, porque primero tiene que pasar por un cedazo de idoneidad técnica, pues manejará recursos públicos de todos los chilenos, para lo cual deberá ser muy competente.
Tengo la obligación de decir que ustedes han demostrado un tremendo coraje ante el país, porque no es fácil aprobar un proyecto de ley cuando el gremio respectivo se opone tenazmente a través de la prensa, de las movilizaciones y de las manifestaciones en las graderías de la Cámara. En la medida en que sigamos actuando de este modo, el futuro será nuestro.
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este asunto en los siguientes términos:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
En votación las modificaciones del Senado al proyecto que establece una nueva política de personal para los funcionarios públicos.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobadas.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
CONTROL Y TRANSPARENCIA DEL GASTO ELECTORAL. Segundo trámite constitucional.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Finalmente, corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley sobre transparencia, límite y control del gasto electoral.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Rodrigo Álvarez.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 2745-06 (S), sesión 78ª, en 15 de mayo de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 2, de esta sesión.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , en nombre de la Comisión de Hacienda informo respecto del proyecto de ley sobre transparencia, límite y control de gasto electoral.
Debido a la premura en su despacho por la Comisión -fue votado en el día de ayer-, no hay un informe escrito. Por lo tanto, me referiré a aquellos aspectos que personalmente considero esenciales.
En primer lugar, este proyecto, aprobado unánimemente, tanto en general como en particular, establece normas por las cuales se regirán el financiamiento, los límites, el control y las medidas de publicidad de los gastos electorales que realicen tanto los partidos políticos como los candidatos que participan en los actos eleccionarios contemplados en nuestras distintas disposiciones constitucionales y legales.
En segundo lugar, señala el concepto de gasto electoral, entendiendo como tal, para los efectos de esta ley, todo desembolso en que se incurra para el financiamiento de los equipos, oficinas y servicios de los partidos políticos y candidatos, con ocasión y a propósito de los distintos actos electorales, estimando, por ejemplo, los gastos electorales, de propaganda y de publicidad, las encuestas, el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, los pagos efectuados a personas que presten servicios a las candidaturas, etcétera.
Además, este gasto será determinado en un período de campaña que también es prefijado, de acuerdo con el artículo 3º. Se entenderá que es aquel comprendido entre el día que venza el plazo para declarar candidaturas y el día de la elección respectiva.
Dicho esto como normas generales, el proyecto establece límites al gasto electoral que pueden desarrollar tanto los partidos políticos como los candidatos en los procesos electorales antes citados.
Así, el artículo 4° establece:
”Ninguna candidatura a Presidente de la República , senador, diputado , alcalde o concejal podrá sobrepasar, por concepto de gastos electorales, los límites que se indican en los incisos siguientes.
“Tratándose de candidaturas a senador, el límite de gasto no podrá exceder de la suma de tres mil unidades de fomento, más aquella que resulte de multiplicar por cuatro centésimos de unidad de fomento los primeros doscientos mil inscritos, por tres centésimos de unidad de fomento los siguientes doscientos mil inscritos y por dos centésimos de unidad de fomento los restantes inscritos en la respectiva circunscripción”.
La base de este límite se considerará en relación con los inscritos en cada una de las circunscripciones y distritos que forman parte de las distintas candidaturas en un proceso electoral.
“Los candidatos a diputado no podrán exceder de la suma de mil quinientas unidades de fomento, más aquella que resulte de multiplicar por tres centésimos de unidad de fomento el número de inscritos en los registros electorales en el respectivo distrito.
“El límite de gasto de los candidatos a alcalde no podrá exceder de la suma de ciento veinte unidades de fomento, más aquella que resulte de multiplicar por tres centésimas de unidad de fomento el número de inscritos en los registros electorales en la respectiva comuna. Cada candidato a concejal podrá gastar una suma no superior a la mitad de aquella que se permita al correspondiente candidato a alcalde”.
En el caso de las candidaturas a Presidente de la República , se establece un límite para los eventos de una primera, y otro para los de la segunda vuelta electoral. El primero resulta de multiplicar por tres centésimos de unidad de fomento el número de inscritos en los registros electorales del país y, el segundo, por un centésimo.
El proyecto también dispone límites al gasto que puedan hacer los partidos. El artículo 5º establece que el límite de gastos electorales que podrá efectuar cada partido político será equivalente a un tercio de la suma total de los gastos electorales permitidos a sus candidatos, incluidos los independientes que vayan en pacto o subpacto con él, según lo establecido en el artículo anterior.
A modo de ejemplo -y esta información fue entregada por el ministro del Interior , José Miguel Insulza -, daré a conocer los montos máximos de gastos de distintas candidaturas. Para senador, en la Primera Región habrá un límite máximo de 197 millones de pesos. En la Octava Región sur será de 300 millones de pesos. Para diputado , en el distrito de Santiago, tendrá un margen de 99 millones de pesos, y en el de Curicó, de 94 millones de pesos.
Reitero que se establece un tope parejo para todas las candidaturas, tratando de lograr el objetivo señalado por el ministro del Interior , de que sean campañas razonables tanto para quien está postulando a una reelección como para aquel que lo intenta por primera vez, y una cantidad variable, de acuerdo con el número de electores que tenga cada circunscripción o distrito.
El artículo 6º dispone sanciones para los candidatos o los partidos políticos que excedan el límite de gastos electorales. Éstas, de manera adecuada, a juicio de la Comisión, han sido propuestas para que sean progresiva. Es decir, las sanciones tendrán un valor más alto en la medida en que el exceso superior al límite aceptado para cada candidato sea mayor.
Del mismo modo, se crean sistemas de reclamo si hay infracciones al límite de este tipo de gastos, tanto para los partidos políticos como para los candidatos independientes que hayan participado en la respectiva elección.
El Título II trata del financiamiento de las campañas, que puede ser privado o público.
El artículo 9º preceptúa que constituirá financiamiento privado toda contribución en dinero, o estimable en dinero, que se efectúe a un candidato o partido político, sea que se materialice bajo la forma de mutuo, donación, comodato o cualquier acto o contrato a título gratuito destinado al financiamiento de gastos electorales.
El artículo 10 establece que ninguna persona podrá aportar a un mismo candidato, y en una misma campaña electoral, una suma que exceda al equivalente en pesos de mil unidades de fomento. En todo caso, el total de aportes que una misma persona podrá hacer a distintos candidatos o a un partido político no podrá exceder del equivalente en pesos de diez mil unidades de fomento, existiendo la posibilidad de que cualquier candidato de algún partido político pueda rechazar un aporte determinado en materia de campañas electorales.
Junto con las normas de financiamiento privado, que puede ser hecho tanto por personas naturales como jurídicas, se establece un marco -que constituye uno de los puntos más relevantes del proyecto- de financiamiento público de las campañas. Durante la campaña electoral, el Estado financiará y reembolsará los gastos electorales en que incurran los candidatos y los partidos, en las cantidades, proporciones y formas que se establecen en la ley. Asimismo, se regula la posibilidad de, al inicio del período de campaña electoral, anticipar para cada partido inscrito que presente candidatos a la respectiva elección de senadores, diputados y concejales una cantidad de dinero equivalente a una proporción del número de sufragios obtenidos en la última elección de igual naturaleza, incluidos los independientes que hubiesen ido en pacto o subpacto con él, multiplicado por el equivalente en pesos a diez milésimos de una unidad de fomento.
Sólo será procedente imputar a las sumas de aporte público a que los partidos tengan derecho, los gastos en que éstos incurran, para sí o para sus candidatos, por los conceptos a que se refieren las letras a) y b) del artículo 2º -es decir, lo que se entiende por campaña electoral-.
Este tipo de financiamiento va a estar reflejado en lo que ocurra al final del proceso electoral. Así, el artículo 15 dispone:
“Finalizado el proceso electoral, y rendidas las cuentas a que se refiere el Título III de esta ley, el Fisco reembolsará a los candidatos, a los candidatos independientes que no estuvieren incluidos en un pacto o subpacto y a los partidos, los gastos electorales en que hubieren incurrido durante la campaña, de conformidad con las reglas que se indican a continuación.
“Dentro a los diez días siguientes a la resolución del Director del Servicio Electoral que tiene por aprobada la cuenta de ingresos y gastos que presente el Administrador Electoral o el candidato, en su caso, el Servicio Electoral autorizará la devolución de los gastos en que hubieren incurrido los candidatos, por una suma que no podrá exceder del equivalente en pesos a tres centésimos de unidad de fomento, multiplicado por el número de sufragios obtenidos por ellos en la respectiva elección. Esta devolución se hará a las personas o entidades que hubieren contratado con los respectivos candidatos, mediante el pago de las facturas o boletas emitidas por ellas, según el orden de su presentación al Servicio Electoral”.
Así como en los límites del gasto electoral la base de cálculo era el número de inscritos en la respectiva circunscripción o distrito, en la devolución, obviamente, la base de cálculo va a estar en los votos que obtuvo esta persona.
Luego, el precepto dispone:
“Si el total de los gastos rendidos por el Administrador Electoral, o el candidato en su caso, fuere inferior a la suma que resulte de la aplicación de la regla indicada en el inciso anterior, la devolución de gastos se ajustará a los efectivamente gastados.
“Antes de procederse a la devolución a que se refiere el inciso primero, el Servicio Electoral determinará si la suma recibida por los partidos políticos o los candidatos independientes que no hubieren integrado un pacto o subpacto, de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, excedió de la cantidad que resulte de multiplicar por quince milésimos de unidad de fomento el número de sufragios obtenidos por ellos en la respectiva elección.
“Si la suma a que se refiere el inciso anterior hubiere sido inferior a la que en definitiva le correspondiere, el partido o el candidato independiente tendrá derecho a que se le pague la diferencia que resulte a su favor, hasta alcanzar los referidos quince milésimos de unidad de fomento por cada voto efectivamente obtenido”.
La iniciativa, junto con establecer los límites al gasto en las distintas candidaturas, el financiamiento y las formas en que debe hacerse, tanto desde el punto de vista privado, con sus restricciones, como desde el público, establece normas sobre transparencia al respecto, creando tres categorías de aportes.
El artículo 16 dispone:
“Los aportes de campaña electoral serán anónimos, reservados o públicos, de conformidad con lo que se señala en los artículos siguientes.
“Artículo 17.- Podrán ser anónimos todos los aportes privados en dinero cuyo importe no supere el equivalente en pesos a veinte unidades de fomento. No obstante, cualquier aportante podrá solicitar se consigne su identidad y el monto de su contribución.
“En todo caso, durante el período de campaña electoral, ningún candidato o partido político” -éste es el segundo límite- “podrá recibir, por concepto de aportes anónimos, más del veinte por ciento del límite de gastos electorales definido en esta ley”.
Junto con estos aportes anónimos, que, como hemos visto, tienen un doble marco: cuánto se puede aportar y cuánto se puede recibir, existe la categoría de gastos reservados establecida en el artículo 18, que señala:
“Todo aporte que supere el monto indicado en el artículo anterior y que represente menos del diez por ciento del total de gastos que la ley autoriza a un candidato o partido político, tendrá el carácter de reservado, siempre y cuando” -segundo límite- “no exceda de seiscientas unidades de fomento para un candidato o de tres mil unidades de fomento para un partido político o el conjunto de sus candidatos”.
Además, se establece en el artículo 20 que “Los aportes que no tengan el carácter de anónimos o reservados de conformidad con lo establecido por los artículos 17 y 18, serán públicos”.
Todos los aportes reservados se realizarán directamente en una cuenta única que deberá mantener al efecto el Servicio Electoral. El donante recibirá del Servicio Electoral, una vez que los fondos hayan quedado acreditados en la referida cuenta corriente, un certificado electrónico de la donación, que sólo acreditará el monto total donado para los efectos tributarios respectivos.
Se regulan los aportes a partidos políticos fuera de los períodos de campañas electorales y se norma la forma en que éstos acreditarán los distintos aportes ante el Servicio Electoral.
Serán públicos los aportes mensuales que reciban los partidos políticos fuera del período señalado en el artículo 3º, y siempre que excedan de cien unidades de fomento por cada aportante.
Junto con establecer el límite al gasto, la forma de financiamiento, las normas de aportes privados y públicos, el proyecto establece una serie de prohibiciones.
Así, se prohiben los aportes de campaña electoral provenientes de personas naturales o jurídicas extranjeras, con excepción de los efectuados por extranjeros habilitados legalmente para ejercer en Chile el derecho de sufragio, norma que tiene rango constitucional en nuestro ordenamiento jurídico.
También se establecen prohibiciones -una de ellas fruto de una indicación- para los aportes de campaña electoral provenientes de toda persona jurídica que reciba subvenciones o aportes del Estado, siempre que dichas subvenciones o aportes representen más del quince por ciento de sus ingresos en cualquiera de los dos últimos años calendario, como también de aquellas que contraten con él o sus órganos la provisión de bienes, la prestación de servicios o la realización de obras, si los montos a que ascendieren los contratos respectivos representaran un porcentaje superior al cuarenta por ciento del total de su facturación anual en el respectivo año calendario, o en alguno de los dos años calendario precedentes.
En el artículo 26 se dispone que no podrán efectuar aportes de campaña electoral las personas jurídicas de derecho público, o privado sin fines de lucro, con excepción de los partidos políticos.
Junto con estas prohibiciones, se establece un conjunto de sanciones, más allá de la que habíamos comentado como una multa progresiva.
Se señala que las infracciones a las normas de los párrafos 1º, 3º, 4º y 5º del Título II, cometidas tanto por particulares o entidades aportantes como por candidatos o partidos políticos, serán sancionadas con multas a beneficio fiscal, que tendrán carácter progresivo.
A través del Título III se establece un sistema de control de ingresos y gastos electorales, creándose para ello los administradores electorales y los administradores generales electorales.
Así, el artículo 32 establece:
“Todo candidato a Presidente de la República , a Senador o a Diputado , deberá nombrar un Administrador Electoral, el que actuará como mandatario respecto de las funciones de control de los ingresos y gastos electorales que esta ley le asigna. Igual obligación pesará en el caso de candidatos a alcalde o a concejal”.
Algunas de las funciones del administrador electoral serán las siguientes: llevar la contabilidad simplificada de los ingresos y gastos electorales de la candidatura, conservar la importación relativa a los gastos electorales, remitir al administrador general electoral del respectivo partido político la documentación contable y la documentación relativa a los ingresos y gastos electorales de la candidatura a su cargo, y mantener reserva de los antecedentes que, en tal carácter, reciba en el ejercicio de su cargo.
Los tesoreros de los partidos políticos, en las elecciones de Presidente de la República , de senadores, de diputados y de alcaldes y concejales, ejercerán, además, el cargo de administrador electoral general.
Entre las funciones de este administrador electoral general estarán las siguientes: llevar la contabilidad simplificada de los ingresos y gastos electorales del partido, conservar la documentación relacionada con estos gastos, remitir al director del Servicio Electoral, en la forma y plazos que se establecen, la información contable necesaria en estas materias.
Por su parte, el Párrafo 2º del Título III trata sobre la contabilidad electoral que, en materia de ingresos y gastos electorales, deberán llevar tanto los partidos políticos como los distintos candidatos, según los diferentes tipos de elección.
En el Párrafo 3º se establecen normas de control a esa contabilidad; otras, que prescriben la forma y plazos en que debe presentarse esa contabilidad, y las que señalan las acciones que podrá tomar el Servicio Electoral si considera que la presentación adolece de defectos, pudiendo rechazar la misma o pedir su revisión.
Además, el artículo 48 establece que ”Si el Director del Servicio Electoral advirtiere indicios de haberse cometido algún delito en la presentación de las cuentas de ingresos y gastos electorales, deberá efectuar la denuncia o querella correspondiente ante los tribunales de justicia”.
Paralelamente a estas cuentas electorales, a estas normas de contabilidad que son revisadas por el Servicio Electoral, se establecen normas de publicidad, entre las que está la del artículo 50, que dispone que “Las cuentas de los ingresos y gastos electorales presentadas ante el Director del Servicio Electoral serán públicas y cualquier persona podrá obtener, a su costa, copia de ellas”.
Por su parte, el Título V contiene una serie de disposiciones generales relativas, por ejemplo, a los procesos electorales y a los plazos de días que se consideran en el proyecto.
Finalmente, hay un título especial, que fue agregado en el Senado, sobre modificaciones a distintos aspectos de la ley Nº 19.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, relacionados con los plazos, con las declaraciones de candidaturas y con las formas en que se puede desarrollar la campaña desde el punto de vista publicitario.
Estas son las normas que he considerado más importantes. Seguramente, el señor ministro del Interior -que ayer expuso brillantemente ante la Comisión de Hacienda- podrá agregar algunos antecedentes que yo haya olvidado y que él considere relevante mencionar en esta Sala.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado Rodrigo Álvarez , quien desea ampliar su informe.
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , como me lo ha hecho ver adecuadamente el diputado señor Bertolino , complementaré el informe que entregué, ya que sólo me referí a dos de las indicaciones aprobadas ayer por unanimidad. El Ejecutivo tuvo a bien entregar hoy la versión definitiva.
Una de las indicaciones a que me referí -no quiero explicarla nuevamente- es la relacionada con el límite o las prohibiciones que tienen las personas jurídicas que perciben aportes del Estado.
La otra, presentada por el diputado Burgos, dice relación con la posibilidad de que el director del Servicio Electoral se querelle en determinados casos.
Sin embargo, faltaba una norma de cierre para el caso en que un candidato no pudiera utilizar los aportes recibidos, porque superaban el límite máximo de gasto electoral autorizado.
Basados en esta hipótesis, que algunos diputados sostienen que puede darse, hemos querido que se norme un sistema de cierre. ¿Cuál es ese sistema? Que en aquellos casos en que se pueda identificar al donante, se le devolverá el dinero; pero si ello no es posible por el carácter de reservado, estos fondos irán al partido político que presentó a ese candidato. Si el partido hubiera superado su límite, esos recursos serán destinados a gastos generales. Al respecto recordemos que el Estado debe entregar una importante cantidad de dinero para el financiamiento de la política; por lo tanto, estos fondos podrán ser utilizados también para esos efectos.
En el caso de los independientes, como no tienen una organización partidaria, estos dineros pasarán directamente al Estado.
Esa era la última indicación sobre la cual faltaba informar. En todo caso, reitero que el proyecto y estas tres indicaciones fueron aprobados en forma unánime por todos los parlamentarios de la Comisión de Hacienda.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor ministro del Interior.
El señor INSULZA ( Ministro del Interior ).-
Señora Presidenta , muy brevemente haré algunos comentarios de carácter general sobre este proyecto, que ha sido expuesto de manera bastante precisa por el diputado informante .
En realidad, tuvo su origen -a pesar de todas las vicisitudes que hemos vivido en los últimos tres o cuatro años- en esta Cámara, donde se inició como un proyecto sobre límite y transparencia en el gasto electoral, aunque no incluía normas sobre financiamiento público.
Desgraciadamente, por razones políticas que no es del caso comentar ahora, fue aprobado por la Cámara, pero luego, en particular, los artículos que lo requerían no alcanzaron el quórum necesario. Fue menester, entonces, reiniciar su tramitación por el Senado. Pero los señores diputados que participaron en ese primer esfuerzo podrán reconocerlo en muchos artículos de este proyecto.
Esta iniciativa supuso dirimir una cantidad de dilemas que existían respecto de cada uno de sus temas centrales: ¿Cuál es el límite de una campaña? ¿De qué manera es posible fijar un límite al gasto electoral que, como lo dice el informe de la Comisión de Probidad y Transparencia que presidía don Luis Bates, se ciña al principio de austeridad y, al mismo tiempo, signifique un límite dentro del cual sea posible hacer política y no obligue a los candidatos a buscar otras formas de financiar sus campañas? Además, dicho límite debe respetar el derecho de aquellas personas que no están en la política, de presentarse y tener la posibilidad de gastar una cantidad razonable de recursos.
Eso es lo que hemos conseguido, con un cierto equilibrio que, como en todo proyecto de compromiso, consensual, para algunos será mucho, y para otros, poco; pero, a nuestro juicio y según estudios de instituciones especializadas, se reduce sustantivamente el gasto electoral en el país.
El segundo dilema que se planteó dice relación con el financiamiento privado y qué es lo que se quiere proteger. Estamos a favor -entiendo que todos-, también, de un financiamiento privado de las campañas. Es decir, que quienes quieran dar dinero para la política, lo hagan. Asimismo, estamos por la transparencia de ese financiamiento. Pero lo que queremos proteger fundamentalmente es que quien financie la política no influya en ella. De allí la razón por la cual una compleja cantidad de normas fijan cuánto puede donar una persona, natural o jurídica; cuánto se puede aportar a un candidato y a todos los candidatos; hasta qué monto una donación pequeña puede ser anónima, y cuándo, por su magnitud, se considera necesario darla a conocer a la opinión pública.
También en este tema chocan valores distintos. Algunos quieren tener un listado completo de todos los que dieron algo para la campaña -desde la cantidad más alta hasta la más baja-; otros preferirían que no hubiera registros. Se optó por una combinación de distintos factores que asegure, por una parte, una adecuada transparencia y privacidad, y por otra, que apunte al objetivo fundamental de poner obstáculos efectivos a la influencia indebida del dinero en la política.
Por último, a mi juicio lo más novedoso -casi increíble, si se tiene en cuenta la discusión política de hace más o menos ocho meses- es el financiamiento público de las campañas, lo cual, en alguna medida, siempre ha existido en el país. De hecho, la franja electoral es una forma de financiamiento público de las campañas políticas; es el único acceso que todos los candidatos tienen a la televisión. Con ello se crea cierta igualdad de oportunidades para los candidatos que no tienen acceso a la televisión. Pero en otros ámbitos, nunca se había aceptado el principio de que, por ser la política una actividad social, resulta razonable otorgarle algún tipo de financiamiento.
Si los parlamentarios comparan el texto del proyecto con su experiencia personal, podrán concluir que el financiamiento público que se le proporciona no es suficiente para cubrir toda su campaña, pero tampoco es una cantidad menor, en cuanto a la posibilidad de cumplir sus objetivos.
Nunca son suficientes los resguardos cuando se habla de dineros públicos, de manera que hemos tenido especial cuidado por que los pagos con ese tipo de recursos no se hagan directamente a personas o a administradores, sino a proveedores de servicios electorales, de manera de mantener la más absoluta transparencia.
Se establecen, además, una serie de normas respecto de la forma de administración, del control, de las sanciones, etcétera, a las cuales no me referiré en esta oportunidad.
En todo caso, estimo que el proyecto abre un camino. De acuerdo con la experiencia de países que han legislado sobre el particular, muchas veces los textos deben ser revisados después de algunas elecciones. Seguramente, en la elección municipal del próximo año y en la de parlamentarios, en el siguiente, le encontraremos muchos defectos a esta normativa, pero hemos iniciado un camino. Esta será la primera legislación que se dicte en Chile sobre financiamiento de la política. Pensamos que en eso está la importancia de este asunto.
Hasta la fecha, el país financiaba las campañas políticas sin norma alguna, pero con esta iniciativa existirán reglas claras respecto de cómo financiarlas, de cómo gastar el dinero, de cómo rendir cuenta, de quién puede aportar, etcétera.
Al momento de evaluar este proyecto, nos parece necesario poner el acento en este hecho señero, en la esperanza de que sirva a la transparencia de la política en Chile y, a nosotros, como una experiencia, como algo que con el tiempo podremos evaluar, desarrollar y perfeccionar.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
En primer lugar, agradezco el tiempo que me cedieron mis colegas de la Democracia Cristiana.
Al igual como el diputado señor Longueira , presidente de la Unión Demócrata Independiente , felicitó al ministro de Hacienda por su contribución a estos proyectos, quiero felicitar al ministro del Interior por el importante logro de contar con una iniciativa de esta naturaleza, la cual, como señaló el diputado informante y el propio ministro , permitirá enfrentar los procesos eleccionarios con mayor transparencia, pues establece límites al gasto electoral, aspecto que todos considerábamos indispensable, porque para la ciudadanía resulta difícil entender la cantidad de dinero que se gasta en campañas electorales.
El financiamiento público de las campañas electorales otorgará una importante cuota de igualdad de oportunidades a quienes tienen más dificultades para conseguir financiamiento privado. Desconocer que este proyecto constituye un avance, no sólo en el ámbito de la modernización, sino de la institucionalidad democrática, sería una actitud pequeña y egoísta.
Las felicitaciones al Gobierno, en particular al ministro del Interior, son absolutamente justas por la agilización y el impulso dado a la tramitación de un proyecto que, por diversas razones, se encontraba trabado desde mucho tiempo en el Senado.
El ministro del Interior señaló, con razón, que en este tipo de iniciativas es muy difícil alcanzar la totalidad o gran parte de lo que se aspira como proyecto ideal. Para que tengan la condición de transversales se deben efectuar concesiones mutuas, aspecto que jamás debemos dejar de tener presente al analizarlos.
Probablemente, quienes habrían preferido mayor transparencia echarán de menos algún articulado que haga un distingo entre donaciones anónimas, reservadas y públicas. En cambio, a quienes creen que los dinero públicos jamás deben ser invertidos en una campaña electoral les habría gustado que estuviera absolutamente cerrada la puerta del financiamiento público. Las concesiones hechas permitirán que este proyecto llegue a ser ley de la República, enfrentar las próximas elecciones con un estatuto más claro y evitar las graves consecuencias de la oscura relación entre el dinero y la política.
No obstante, hay un artículo que me preocupa, porque tal vez no se ha leído con la profundidad necesaria al aprobarlo en las distintas instancias reglamentarias. No es mi intención retrasar la tramitación del proyecto por las observaciones que me merece, pero es importante que tengamos la oportunidad de analizarlo.
El proyecto establece cuáles son los gastos electorales por los que se debe rendir cuenta una vez que finalice la campaña. La letra letra g) del artículo 2º señala lo siguiente: “Las erogaciones o donaciones realizadas por los candidatos a organizaciones o a personas naturales o jurídicas, mediante el patrocinio de actos culturales, deportivos o de cualquier otro tipo a celebrarse dentro del ámbito territorial respectivo”. En consecuencia, para los efectos de las campañas, es gasto cualquier donación a cualquier persona natural respecto de, prácticamente, cualquier cosa.
Ayer pregunté en la Comisión si por esa vía era posible que un candidato, por ejemplo, pagara las cuentas de consumo de los electores. La respuesta fue que podía ser y se me argumentó por qué era bueno y legítimo.
Sin embargo, creo que el tema es más profundo. Más allá de cualquier consideración política o partidaria, no estimo legítimo que constituya gasto de campaña un pago de esa naturaleza. No puede ser, por razones de fondo, pero también porque los candidatos a parlamentarios serán, tal vez, los únicos chilenos que podrán obtener beneficios al demostrar, como gastos de campaña, una donación de una persona natural a otra persona natural.
Si alguien cree legítimo hacerlo, cuestión que puede ser válida, que lo haga con su propio peculio y no con platas de otros, que pueden ser privadas y también públicas. Al respecto, debemos reflexionar. No pretendo, ni con mucho, detener la tramitación de un proyecto de esta envergadura por esa consideración. Sólo quiero hacerlo presente para el establecimiento de la historia fidedigna de la ley.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , me quiero sumar a la valoración de esta idea de contar con un conjunto de acuerdos políticos sobre proyectos modernizadores del Estado, pero también quiero reclamar, nuevamente, por el hecho de que no haya habido el debate necesario. Es probable que el margen de errores sea mayor y el rol del Congreso quede bastante desperfilado en la medida en que no exista la posibilidad de profundizar en los contenidos. Los tiempos asignados para el debate fueron escasos.
Valoro que haya habido acuerdo y que hayamos avanzado de manera significativa en materias que, por distintas razones, estaban bloqueadas hace mucho tiempo. Dentro de ellas, un tema fundamental es el financiamiento de la política.
Con el proyecto en debate estamos dando un paso muy importante para perfeccionar nuestro sistema democrático, ya que las platas tendrán ciertos límites, habrá una regulación al respecto y un cierto nivel de transparencia. Se trata de un paso de mucha importancia que quiero valorar, aunque hubiese querido que muchos aspectos se plantearan de otra manera, pero, globalmente, quedaron así.
El proyecto establece un financiamiento público, lo cual es una novedad, como lo dijo el ministro del Interior, con un piso para todos, que se estima en alrededor de 10 mil millones de pesos.
También hay un proyecto de donaciones para fines políticos. Resulta difícil comprender por qué esas normas no están dentro de este proyecto. Lo lógico, lo que le daría mayor coherencia -al parecer hubo un problema de calendario-, es que se hubiesen presentado como indicación a este proyecto. Quizás, en el trámite que viene del Senado se pueda hacer.
El proyecto de ley de donaciones considera un techo potencial máximo de 17 mil 380 millones de pesos, de recursos públicos, los cuales serían transferidos a las campañas y a la política, además de los 60 ó 70 mil millones de pesos de los privados.
Es bien alta la suma a poner. Entiendo que el requisito para que hubiera proyecto de ley de donaciones para fines políticos fue puesto por la Oposición. Es bastante alto el límite, significa más plata que el financiamiento público; en fin, tiene un conjunto de cosas.
Por otro lado, las donaciones públicas no serán redistribuidas, o sea, quedarán en quien las recibe, pues no hay un mecanismo de redistribución.
Además, la concentración de recursos será muy alta y los candidatos no tendrán una situación similar. Habrá bastante desigualdad: sectores con gran cantidad de recursos y otros con pocos recursos. El argumento que se da es que esto ha existido siempre, que no es novedad. Lo que pasa es que ahora será legal la manera de consagrar este nivel de desigualdad entre los candidatos.
En fin, es lo que hubo que hacer para lograr lo global, que es tener una ley de financiamiento, salir de la situación oscura y avanzar en estas materias.
Me preocupan los contratos fraudulentos. Todos sabemos que una de las principales formas de transferir recursos son los contratos fraudulentos. No hablo de donación, sino de contrato fraudulento. Esto no puede ser considerado sólo un delito tributario, como sucede hoy. Aquí el delito es intervenir en política con plata privada, inadecuada. Ese aspecto hay que corregirlo, porque hasta ahora es sólo un delito tributario, sin otras connotaciones, o sea, puede ser tratado como evasión u otra forma de delito y corregido de esa manera.
Considero que aprobar todo lo anterior implica un costo muy alto, pero lo acepto como parte del acuerdo político. Creo que hay que decirlo: esto es parte del precio del acuerdo político. Aquí hubo un “peaje” o algo fuerte que pagar para lograr este acuerdo. Lo que no me parece posible de compartir es que esto no sea completa y plenamente transparente. No podemos aprobar un proyecto en el que no esté claro quién dona, cuánto dona, a quién le dona, cuánto recibe cada uno de los candidatos antes de la respectiva elección. Son cuestiones elementales de transparencia.
Pregunté en qué país del mundo las donaciones y los recursos destinados a campañas políticas no son transparentes y se me puso como ejemplo a México, porque, al parecer, en ese país hay algún nivel de reserva. A lo mejor, existen otros países en los cuales ocurre lo mismo, lo desconozco, aunque he preguntado bastante al respecto.
Tengo claro que esto forma parte del acuerdo político, pero quiero dejar establecido que así como ayer no voté a favor de la indicación al artículo 8º del proyecto relativo a la reserva en el manejo de las donaciones, hoy tampoco votaré a favor esa materia. Por eso, pido votación separada para los artículos 18 y 19, que consagran esta modalidad, porque tengo un problema de conciencia. Creo que estas disposiciones condicionan, a largo plazo, la manera en que se manejarán los recursos en la política. La transparencia es un requisito de control, porque si una empresa le hace una donación a un candidato a parlamentario y luego éste termina defendiendo esa empresa, quedará bien clara la relación entre ambos.
Lo mejor es la transparencia, saber a quiénes les dan ciertos grupos económicos y a quiénes no les dan. Lo no transparente es inadecuado. El proyecto plantea que las donaciones entre 20 y 600 unidades de fomento, es decir, entre 300 y tantos mil pesos y diez millones de pesos, más o menos, sean reservadas.
Además, es necesario que las donaciones se conozcan antes de las elecciones y, en las próximas, evaluar cómo operó este sistema, para ver los ajustes que es necesario introducir a futuro.
Pido que los artículos 18 y 19 se voten por separado. Sé que estas normas están en el acuerdo político, pero para mí constituyen un problema, fundamentalmente, de conciencia.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO .-
Señora Presidenta , estamos ante un proyecto respecto del cual, tiempo atrás, difícilmente había disposición o ánimo de discutir., Para quienes estamos en este hemiciclo, no es un proyecto fácil de presentar ante la opinión pública, pero debemos ser capaces de superar la crítica oportunista, de salir adelante y legislar por el bien del país en forma constructiva.
En ese sentido, hoy estamos dando un ejemplo de seriedad y responsabilidad, pues estamos legislando para que en las campañas políticas exista austeridad, con un límite claro del gasto máximo; transparencia, con un mecanismo preciso sobre la forma de efectuar las donaciones a los partidos y a las candidaturas; cierta igualdad de oportunidades entre los candidatos y un sistema de control de los gastos. Todo esto es positivo. Se trata de normas que evitarán a futuro todo tipo de especulaciones, de situaciones que motiven dudas.
En esa perspectiva, insisto en que estamos haciendo un trabajo que debemos valorar y reconocer.
En la tramitación del proyecto han participado todos los sectores políticos; fuimos capaces de llegar a un acuerdo, en el cual, sin lugar a dudas, quedarán reflejados nuestra disposición, nuestro ánimo y nuestra voluntad de hacer las cosas en forma transparente y de cara a la opinión pública.
Muchos dirán que estamos legislando a favor de los políticos, que una vez más se están “arreglando” en circunstancias de que existen otros sectores a los cuales es más necesario destinar recursos; pero, no cabe duda, el paso del tiempo nos dará la razón de que este proyecto era total y absolutamente necesario y quedará demostrado ante la opinión pública que se cumplirán todos sus objetivos de austeridad, de transparencia, de igualdad de oportunidades y de control de los gastos en campañas electorales.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro.
El señor DELMASTRO.-
Señora Presidenta , desde hace cinco años y dos meses tengo el alto honor de pertenecer al Congreso Nacional, y creo que este es un buen momento para reflexionar, al margen de la política contingente.
Desde hace un tiempo me ha tocado ver y escuchar tantas cosas, que más de una vez he deseado dejar este cargo e irme a mi casa, a mi querida ciudad de Valdivia. Lamentablemente, no es renunciable, por lo menos en este momento.
En el transcurso de estos cinco años -los que me conocen bien pueden dar fe de ello-, nunca he tenido el afán de figurar ni de destacar sobre mis colegas diputados, menos aún, causar una polémica que signifique menoscabo a nuestra institución. La Cámara de Diputados es la institución más preciada -esa es la impresión que tengo en este momento-, razón por la cual es mi deber decir las cosas con franqueza. No quiero una interpretación mañosa de mi intervención, sino sólo lo que estoy señalando en este momento.
El pequeño patrimonio político que hoy tengo se lo debo al partido que en algún momento me honró al llevarme como candidato por primera vez en 1997. Es lo primero que debo consignar. Soy y seré siempre leal a Renovación Nacional, a su presidente , a su mesa, a la Alianza por Chile y al proyecto país que todos queremos.
Nunca me había sentido tan molesto conmigo mismo como me ocurrió en estos días, al punto de sentir una cierta irresponsabilidad como parlamentario por tener que -o estar obligado- aprobar proyectos de ley de los cuales sólo alcancé a conocer su título y quizás entender su idea matriz. ¿En qué mundo estamos? ¿Cómo es posible que el Congreso Nacional apruebe transcendentales proyectos de ley, acordados entre cuatro paredes por cúpulas, compuestas por seis o siete personas? ¿Para qué estamos? ¿No hubiera sido mejor votar por internet o por teléfono desde nuestros distritos, en lugar de venir a perder el tiempo en Valparaíso? Nunca había visto que proyectos de ley tan importantes y conflictivos fueran aprobados por la Derecha y la Izquierda unidas, y con una votación tal alta. No obstante, algunos lo hicieron a regañadientes diciendo que no, pero sí, entre los cuales me incluyo.
Para nadie es ajeno -todos estamos conscientes- que las ideas centrales de estos proyectos son necesarias y útiles para el país, pero a lo mejor vamos a causar un daño mayor que la enfermedad al aprobarlos sin conocerlos y sin discutirlos adecuadamente, como se ha hecho siempre en todo sistema democrático. ¿Es una nueva forma de legislar al dictar leyes sobre la marcha para superar alguna crisis tapando el sol con un dedo? ¿Quiénes realmente conocen y comprenden cabalmente los textos de cada uno de estos proyectos y han escuchado la opinión de expertos y asesores de la misma forma en que siempre se ha hecho incluso en proyectos más nimios e intranscendentes?
Hace unos días se aprobó un proyecto relacionado con la protección de los animales, cuya discusión duró ocho años en el Congreso Nacional, el cual contó con la participación de muchos expertos y parlamentarios. Sin embargo, hoy, en pocas horas estamos aprobando proyectos de ley que involucran el futuro y la vida de millones de chilenos. ¿Qué nos sucede? En mi modesto entender, esto nos debe llamar a una profunda reflexión. Debemos discutir el tema antes de seguir con este verdadero genocidio legislativo en que estamos embarcados.
Por un acuerdo político, debemos aprobar en pocos días y a como dé lugar, en la fecha determinada, el 21 de mayo próximo, una serie de proyectos sin mayor análisis, sin discusión, sin aportar nada, sin escuchar ni ser escuchado, en aras de cumplir un pacto hecho a la sombra y al fragor de una crisis nacional, causada por pocos chilenos irresponsables y que, sin duda, afectará a todo el país y ciertamente su futuro.
En consecuencia, en forma responsable y consciente, anuncio que me abstendré de votar en todos los proyectos que se tramiten en esta Sala bajo las condiciones mencionadas. Con ello, creo interpretar el sentir de las personas que me eligieron, para que piense y reflexione por ellos frente a los problemas del país. Así como recuerdo haber discutido el tema con muchos colegas de mi bancada y de otras, y creo que es un sentimiento compartido por muchos de ellos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señora Presidenta , sin duda, el debate ha sido la prueba de fuego de la agenda de transparencia y modernización.
A lo mejor, los tristes hechos que hemos conocido nos han llevado a tratar con urgencia estos proyectos, y no me arrepiento de ello, porque de la manera que sea hay que tratarlos y enfrentarlos. Indudablemente, han marcado la agenda de los asuntos públicos. Precisamente, dicen relación con la forma en que la política se relaciona con el dinero. Entonces, si no nos abocamos ahora, ¿cómo vamos a enfrentar los abultados gastos que soportan los períodos de campaña electoral y que nos hacen sentir mal? ¿Qué control tenemos sobre ellos? Ninguno, salvo el artículo 19, número 15, de la Constitución Política, que establece un control mínimo del gasto electoral de origen extranjero. Esa es la única manera de configurar un sistema de control y transparencia de todo el gasto electoral.
En cuanto a los candidatos, la actividad política encuentra los recursos económicos necesarios en el mundo privado, lo que supone la existencia de una compleja relación entre la política y el dinero. A juicio del Gobierno, la forma en que se materializa esta relación no es una cuestión intrascendente -para mí tampoco- que pueda ser entregada exclusivamente a la libertad del mercado o a la conciencia de los ciudadanos. El financiamiento de la actividad política se ha consolidado como la principal fuente de corrupción de los sistemas políticos, que obliga a regular la injerencia del dinero en la generación del poder político, de manera de evitar el avance de figuras típicas de extorsión o soborno, que degradan en forma definitiva la democracia y la legitimidad de sus instituciones.
Es indispensable procurar las condiciones que permitan mantener relaciones aceptables entre la riqueza privada y el poder político, porque de ellas depende la forma en que se desenvolverá la actividad política y la manera en que se resguardará la integridad del sistema político mismo.
Este debate debe ser ilustrado y conocido. Tenemos pocas horas para trabajarlo y entenderlo. Tampoco se puede decir que estamos votando a fardo cerrado, porque no es así. La Comisión de Hacienda ha trabajado hasta avanzadas horas de la noche. Conozco el proyecto, por eso lo apoyo con énfasis. Todos queremos que haya un acuerdo unánime para legislar sobre este punto.
A partir de antecedentes históricos que demuestran la directiva vinculación que existe entre el dinero y la corrupción política, a lo mejor, es que queremos evitar ello y lo que nos duele.
A la luz de estos antecedentes, resulta claro que mientras mayores sean los recursos disponibles, más altas serán las posibilidades de un candidato de influir en la conducta del electorado. Por lo mismo, mientras mayor sea el gasto electoral, mayores serán las posibilidades de exponer a la corrupción el sistema político en conjunto. Aun, con proyecciones conservadoras, se estima que el gasto total de las campañas parlamentarias de 1993 fue de 38 millones de dólares de la época. Y en las últimas elecciones parlamentarias alcanzaron aproximadamente a 84 millones de dólares.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado . Le ruego redondear la idea.
El señor JARAMILLO .-
El propósito específico es fijar montos máximos de gastos en campañas electorales y regular el financiamiento privado de ellas, con el objeto de conocer los orígenes de esos recursos; encargar la administración de los recursos y los gastos electorales a las personas que designen los candidatos y los partidos políticos; crear un sistema de control externo para conocer el origen de los recursos empleados en las campañas electorales y de los gastos de propaganda, de modo de consagrar un mecanismo de publicidad respecto de ellos.
En consideración al origen de esta gran iniciativa, votaré favorablemente el proyecto.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
tiene la palabra el diputado señor Exequiel Silva.
El señor SILVA .-
Señora Presidenta , uno puede compartir las prevenciones del diputado Montes en torno de la transparencia y de avanzar más en el articulado del proyecto. Asimismo, quizá habría sido preferible que, además de las provisiones que se entregan a las empresas del Estado, ello se hubiera extendido a los bancos, las AFP, las isapres y las mutuales que manejan fondos de terceros.
También es cierto lo que señala mi amigo y colega, señor Roberto Delmastro , acerca de la forma en que se trataron los proyectos. Sin embargo, más allá de estas prevenciones y de situaciones que nos pueden tener molestos, prefiero legislar hoy sobre este tema. Por lo demás, no es la primera vez que se discute. Hace algunos años, los ex diputados señores Andrés Aylwin y Sergio Elgueta presentaron una iniciativa para limitar y transparentar el gasto electoral, la que fue rechazada por la Cámara. Por ello, más allá de las molestias que eventualmente podría compartir con los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra y de las condiciones que generaron la oportunidad de plantear el proyecto, creo que me sentiría aún peor si dejara pasar la oportunidad de legislar sobre un tema que considero clave.
Hemos debatido durante largo tiempo el tema de la corrupción, la que tiene su origen en la relación entre la política y el mundo del dinero. Hoy, estamos limitando el gasto de las campañas, muchas de las cuales constituyen una ofensa para la opinión pública -en Valdivia, junto con el diputado señor Delmastro , hemos “sufrido” con esa situación, pues se han llevado a cabo campañas millonarias-, y las donaciones a las campañas. De este modo, se creará un control y se exigirá a los partidos políticos que profesionalicen sus áreas contables a fin de que puedan entregar información ordenada a los organismos públicos.
Repito, más allá de las legítimas aprensiones respecto de la iniciativa, sus disposiciones constituyen un avance sustancial y vienen a solucionar un problema respecto del cual no habíamos sido capaces de alcanzar un acuerdo para abordarlo. Quizá, cada uno de los presentes quiere incluir algún aspecto adicional al proyecto. Sin embargo, estamos frente a un acuerdo político y debemos ser capaces de ceder respecto de nuestras legítimas aspiraciones y aprovechar la oportunidad que se nos presenta.
Alguien señaló que estábamos legislando de esta manera debido a las situaciones problemáticas que había vivido el país. Si debemos sacar una enseñanza positiva de estos malos momentos, celebro ésta, que nos da la posibilidad de alcanzar acuerdos que no habíamos logrado por más de diez años. Reitero, más allá de las prevenciones que pueden hacer sentir mal a muchos diputados, me sentiría aún peor si dejáramos pasar la oportunidad, por las circunstancias generadas, de legislar sobre una materia tan vital para el país.
He dicho.
-Aplausos.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Gastón Von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLEMBROCK.-
Señora Presidenta , el proyecto en debate, de transparencia, límite y control de gasto electoral, tiene por objeto entregar una definición precisa de lo que entendemos por gasto electoral. Además, se regula el financiamiento público y privado de las campañas electorales.
Otro aspecto importante es que en materia de financiamiento público de las campañas hace una distinción entre el que hace el Estado al inicio de la campaña electoral, y los recursos que reembolsa después de finalizado el acto electoral.
Para lo anterior establece que al inicio de la campaña cada partido tiene derecho a un financiamiento público correspondiente a 0,015 unidades de fomento por cada sufragio obtenido en la última elección de igual naturaleza, para lo cual se dispone el cumplimiento de una serie de requisitos. El subsidio se paga contra la presentación de boletas o facturas que den cuenta fidedigna de la obligación, sólo se reembolsan gastos por concepto de publicidad y encuestas de opinión y las empresas que quieran recibir pagos imputables a aportes públicos deben acreditarse previamente ante el Servicio Electoral.
El proyecto también regula la transparencia del financiamiento de las campañas políticas, haciendo una distinción entre aportes anónimos, reservados y públicos, según el monto involucrado.
Asimismo, se establece prohibiciones fundamentales referidas a los órganos de la administración del Estado y sanciones por infracciones a la ley.
Por último, se regula de manera detallada un sistema de control de ingresos y gastos electorales, al establecer la figura de los administradores electorales y de los administradores generales electorales y señalar de manera pormenorizada la forma en que se debe llevar y presentar la contabilidad electoral, otorgando un importante número de atribuciones al Servicio Electoral.
Es de los proyectos que apuntan a perfeccionar la política y, por ende, nuestra democracia. Tiene como objetivos básicos lograr, primero, austeridad en el gasto electoral, fijando sus límites, y, segundo, transparencia financiera, a través de la transparencia de los recursos y de la política. Un tercer aspecto básico y medular es la igualdad de oportunidades a los candidatos electorales, al entregar financiamiento público a los candidatos que no tienen como costear una campaña.
Por último, otro aspecto medular es la neutralidad estatal, lo que significa que no habrá participación del Estado o de funcionarios públicos en las campañas electorales. De modo que tenemos austeridad en el gasto electoral, transparencia financiera, igualdad de oportunidades y neutralidad estatal.
Es cierto que todos los proyectos son perfectibles; pero lo excelente es enemigo de lo bueno, y la política es el arte de lo posible y, como decía Aristóteles , la más sublime de las artes.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Guido Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señora Presidenta , por fin la Cámara de Diputados y el Congreso Nacional tienen el coraje de debatir sobre algo que en el pasado no se quería discutir.
En el último tiempo hemos vivido muchas situaciones que, evidentemente, se deben a responsabilidades individuales. Creo que no basta, como a veces se piensa, con sacar la manzana podrida del cajón para resolver los problemas, porque hay muchas situaciones que se han originado en nuestras responsabilidades políticas por no haber hecho lo adecuado a tiempo, por no haber modernizado a tiempo, por no haber implementado a tiempo los instrumentos que permitan que en Chile haya una democracia más sana, más transparente, donde los ciudadanos no sean meros espectadores, sino que puedan ejercer control y fiscalización.
Hemos conocido y sabido de muchas situaciones: sobresueldos, Estado anacrónico y, en el último tiempo, situaciones vinculadas con la relación que existe entre dinero y política. Como lo hacen todas las democracias modernas, sin dobles discursos y sin ambigüedades, es necesario resolver, de una vez por todas, algo que nos afecta a todos y que tiene que ver con nuestra credibilidad y con nuestro prestigio. ¿De qué le sirve al país una política y un Congreso Nacional, que puede tener buenas ideas, pero al que nadie le cree, que aparece entre las instituciones peor evaluadas y que, además, es visto como una institución gris, que tiene una agenda que no interesa a la gente y que sólo busca resolver sus propios problemas y no los de la ciudadanía?
Siento que, en parte, por demagogia, por populismo y por no querer comprometernos con situaciones conflictivas o impopulares, no hemos resuelto problemas esenciales de la sociedad chilena. Hay que terminar con situaciones de opacidad, con áreas grises que son, precisamente, las que nos alejan de los ciudadanos.
Aquí no se puede tener un doble discurso; todos los presidentes de la Concertación y de la Oposición hemos concurrido a apoyar este proyecto. Por eso, no entiendo que algunos hagan caso omiso de este hecho. He visto a todos los presidentes de los partidos aparecer en los medios de comunicación destacando la importancia de este proyecto y afirmando que es bueno que se haya avanzado. Espero que todos sean coherentes, que no haya algunos que quieran sacar pequeñas ventajas, porque esas pequeñas ventajas, finalmente, no rinden. El país se da cuenta de que aquí valen los acuerdos -a veces, efectivamente, son impopulares- y que no rinde sacar pequeños dividendos de algo que estamos haciendo en grande.
Hay que tener cuidado con los dobles discursos. A quienes no les guste esta iniciativa que hemos acordado con la participación de todos -es muy importante que la Oposición y el Gobierno lleguen a acuerdos fundamentales y sustantivos para apoyar iniciativas relevantes-, quiero preguntarles cómo financian sus campañas, si pagan impuestos por los recursos que reciben para sus campañas o si son platas “negras”. ¿Acaso eso no es más ilícito que lo que estamos haciendo? Después de hacer un cálculo, llegamos a la conclusión de que lo que pierde el país por concepto de las platas “negras” que no pagan impuestos es muy superior a lo que se gastaría si se entregara financiamiento público a las campañas.
¿No es bueno que la política no esté cautiva de los intereses económicos? ¿No es bueno que cada uno de los diputados de Gobierno y de Oposición sea libre? ¿No es bueno que nos liberemos de las ataduras que puede generar el dinero? ¿A quién sirve la política, al que financia o a los intereses de los ciudadanos que todos decimos que queremos defender y hacer respetar? ¿No es bueno que en Chile exista equidad? ¿O solamente pueden ser representantes populares quienes tienen dinero o acceso al dinero?
Aquí estamos planteando un tema fundamental para una verdadera democracia, y podríamos ir mucho más allá. La transparencia permite que haya ciudadanía, que los ciudadanos puedan escrutar y evaluar, que haya acción ciudadana, que la gente sepa a quién y cuánto le dieron, sobre todo si son montos significativos que pueden, en cierta forma, doblegar las convicciones de parlamentarios, alcaldes, concejales o presidentes, quienes deben defender de verdad el interés común y no necesariamente los intereses de quienes ponen el dinero.
¡Cómo no va a ser importante fijar un techo al gasto de las campañas! Así se evitará que en una campaña, que debería caracterizarse por un debate de ideas y de proyectos, el dinero termine siendo el factor que haga ganar las elecciones, y no las ideas, los sueños, los proyectos o, por último, el talento de los candidatos, sean de derecha, de izquierda, independientes o que tengan visión particular sobre la sociedad chilena.
Este es un gran proyecto y por ello no puede ser tratado con ambigüedades ni se puede pretender sacar de él pequeñas ventajas, porque eso empequeñece; ello no habla bien de quienes, mientras sus presidentes están negociando y buscando acuerdos importantes para el país, tratan de sacar las castañas con la mano del gato. Eso no corresponde. Es muy importante que, de una vez por todas, avancemos no sólo en esta materia, sino que también en proyectos que tienen que ver con el lobby y con otro tipo de situaciones.
Por eso, creo que este proyecto contribuye a que exista transparencia y equidad, lo que equivale a levantar una verdadera muralla china entre el poder del dinero y la política; y eso es muy importante.
Quiero decirles a los colegas que aquí ha habido una gran colaboración y que valoro el esfuerzo de la Oposición, sin lo cual este proyecto no habría sido posible. Creo que esta iniciativa será de gran utilidad para el país, para la democracia y para la credibilidad en nuestra labor, porque de nada sirven los discursos ni las grandes iniciativas si ella no existe.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez .
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , cuando uno revisa la historia de nuestro país se encuentra con que son muy escasas las ocasiones en que todas las fuerzas políticas han sido capaces de ponerse de acuerdo sobre proyectos importantes para el país, tal como lo manifestaron -concuerdo con ellos- los diputados Girardi y Silva .
La gente se ríe y dice que éstos son acuerdos cupulares, ¡Por favor! ¿de qué acuerdos cupulares hablan, cuando aquí estamos los representantes de todo el país? Podemos preguntarle a cualquiera, ¿quién representa a más personas que quienes estamos reunidos en la Cámara y en el Senado? Nosotros representamos a todo el país.
Pues bien, en estas escasas ocasiones en que logramos ponernos de acuerdo sobre ciertos proyectos, debemos darnos cuenta de que la única forma de hacerlo es transando legítimas posiciones y resolviendo legítimas discusiones. Es evidente que, respecto de este proyecto, podríamos decir que siempre, por razones especiales, nos hemos opuesto a que el Estado ponga siquiera un peso en política; por lo tanto, como ayer ya se aprobó el relativo a las donaciones, que es lo que nos interesa a nosotros, ahora rechazamos éste o nos abstenemos. Esa sería la mayor irresponsabilidad con el país, porque estaríamos faltando al acuerdo de palabra a que llegaron nuestros presidentes con el Gobierno, y eso es inaceptable para la bancada de la UDI.
Por eso, como ha ocurrido con todos los proyectos de esta agenda de probidad, todos los votos de la bancada de la UDI serán favorables a esta iniciativa, a pesar de que hay algo que nos molesta y que siempre nos ha molestado: la entrega de fondos públicos para el financiamiento de la actividad política. Sin embargo, entendemos que en el marco de un acuerdo, esto pasa a ser razonable y bueno para el país. Por lo tanto, tenemos la capacidad de decir con mucho orgullo que en este proyecto, como en cualquiera otro que forme parte de la agenda de probidad, que lleva más de cuatro meses en discusión, todos los votos de la bancada de la UDI serán favorables, como siempre lo han sido para las materias que sirven al país.
Uno podría decir que lo óptimo habría sido haber discutido el proyecto durante más tiempo. Pero, ¡por favor! si lleva varios años de discusión; más de un año en el Senado. Las ideas matrices que estamos analizando hoy se han debatido por más de quince días en el Senado, y ayer, como lo señaló el presidente de la Comisión de Hacienda , tuvimos todo el tiempo del mundo para discutirlo en esa Comisión. Los colegas que consideran que no lo conocieron suficientemente podrían haber participado en la discusión, en la que el ministro del Interior hizo una amplia exposición sobre la materia.
De manera que me parece inadecuado, sobre todo cuando sabemos que estos proyectos serán aprobados, tratar de sacar ventaja o adoptar posiciones que no están de acuerdo con el espíritu general. ¿Y cuál fue ese espíritu general? Un acuerdo adoptado hace más de cuatro meses, en el que tuvieron una destacadísima participación la diputada Carolina Tohá y los diputados Escalona , Girardi y Longueira . Algunos partidos políticos entregaron toda la responsabilidad a sus presidentes; quizás eso fue un tanto inadecuado, pero legítimo.
Por eso, mi impresión es que deben honrar los acuerdos a que se llegó. ¿Y cómo se honran esos acuerdos? Entendiendo que en estos proyectos hay cosas que les molestan a ustedes, los diputados de Gobierno, y cosas que nos molestan a nosotros, los de Oposición. Pero habría sido imposible llegar a un acuerdo sobre todas estas materias de ley, si no hubiéramos estado dispuestos a ello. Creo que lo mejor que le puede ocurrir al país es que en ciertas ocasiones, raras en nuestra historia política y aún más rara en el siglo XXI, el Gobierno y la Oposición se hayan puesto de acuerdo y dictaran -con gran cantidad de votos, que representan a todo el país y, por lo tanto, no son un acuerdo popular- iniciativas que son buenas y que resuelven materias que requieren una solución.
Los que son abogados, muchas veces, han debido participar en distintas negociaciones y discusiones. Saben que en todas las escuelas de derecho, habitualmente, se enseña que cuando ambas partes no salen suficientemente contentas de un acuerdo, es porque es un buen acuerdo, pues ambas han tenido que ceder, transar y aceptar legítimas posiciones de la parte contraria.
Por eso, sin ninguna duda y con mucho orgullo por el bien del país, los votos de la UDI van a estar para este proyecto, como estuvieron para el proyecto del nuevo trato, el proyecto de las donaciones, el proyecto de las compras públicas, el proyecto de la consolidación financiera y como estarán para cualquier proyecto en el que conjuntamente el Gobierno y la Oposición lleguen a acuerdo por el bien de nuestro país.
Todos los votos de la UDI por el bien de Chile.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Bertolino.
El señor BERTOLINO .-
Señora Presidenta , reconocemos el valor del proyecto, dado que va en beneficio de la transparencia, de la actividad política y, particularmente, de las campañas para que las personas accedan al poder y representen a la ciudadanía.
Sin embargo, también compartimos el sentimiento de los colegas que obviamente les hubiese gustado que el trato fuese distinto. Tal vez, a todos nos hubiera gustado eso, pero los parlamentarios hemos estado dispuestos a entregar las horas necesarias, incluso más de las que habitualmente se entregan, para sacar una serie de proyectos que integran el paquete que se ha denominado agenda corta.
Efectivamente, son proyectos que van en la línea correcta para favorecer el desarrollo del país. Por eso, éste, en particular, que tiene que ver con el límite máximo a las campañas políticas, conlleva muchas virtudes.
La primera de ellas es que refleja un principio de austeridad propio de nuestra sociedad. Los chilenos somos un grupo de personas austeras. Esto rescata ese valor tan importante, que desgraciadamente en los últimos tiempos se ha transgredido y sobrepasado, situación que habla mal de quienes estamos dispuestos a entregar mucho más allá de todo lo aconsejable para acceder a un cupo de poder.
Por eso, valoramos el límite al gasto de las campañas, pues enaltece las condiciones, las propuestas y las trayectorias de quienes aspiran a servir un cargo de representación popular y contradice el poder del dinero que en los últimos tiempos, de una u otra forma, campea.
Por lo tanto, reitero que compartimos el límite al gasto, aún cuando personalmente pienso que todavía es alto, ya que podría ser menor; pero es importante en cuanto significa una base consensuada.
En segundo lugar, con el financiamiento público electoral no se va a financiar el gasto corriente de los partidos políticos, sino que solamente será un aporte en época de campañas que permitirá, por ejemplo, financiar una franja política, cuyo costo es significativo.
Es importante el límite a los aportes privados, tanto a colectividades como a personas que representen los ideales que cada uno tiene derecho a tener, ya que con él se evitará que se manifieste el chantaje, hecho de singular significación si se considera que otros países han sido invadidos por actividades ilícitas manejadas por el crimen organizado.
También es importante la transparencia con que se deben hacer los aportes. Como se ha señalado, habrá aportes anónimos, hasta una cantidad de 20 UF; aportes reservados, de entre 20 y 600 UF, y aportes públicos, que van más allá de esa cantidad. El límite máximo por donante es del 20 por ciento del tope total. Por lo tanto, se sabrá quiénes, cómo y cuánto donan.
Por ultimo, valoro el beneficio tributario establecido en un proyecto que ayer fue aprobado por la Cámara. Si a través de donaciones particulares un candidato completa su cuota de gasto de campaña, va a haber un ahorro para el Estado, para el erario nacional, más aún con una indicación del Ejecutivo para que los excedentes sean utilizados en el futuro como aporte a las campañas políticas.
Por ello, vamos a apoyar el proyecto, más allá del escaso tiempo para su discusión.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni , por tres minutos.
El señor CERONI .-
Señora Presidenta , no hay duda de que el proyecto es importante, a pesar de que no hayamos tenido la oportunidad de discutirlo por más tiempo, pues ha sido consensuado con la participación de los presidentes de los partidos y en las comisiones, en las cuales ha habido una discusión muy seria y todos hemos estado representados. Desde ese punto de vista, los proyectos del último tiempo son muy positivos para el país, y si tienen defectos, se deberán solucionar en el futuro.
No hay duda de que el financiamiento del Estado de las campañas políticas es muy impopular, pero debemos enfrentarlo con mucha dignidad, especialmente porque va a ayudar a impedir la influencia del dinero en la política; va a ayudar a impedir que algunos empresarios capturen a algunos parlamentarios para ejercer su influencia. En definitiva, la gente elegirá a sus representantes y, mientras ellos estén en el Congreso, se evitará la influencia perniciosa del dinero en la política.
Éste es un punto que hay que explicar a la ciudadanía, porque creemos que va a ser un gran avance en nuestro país.
Hubiera querido que las infracciones a los límites en los gastos electorales hubiesen tenido una sanción más dura. Sólo se sancionarán con multas. Quien infrinja el límite del gasto electoral debiera ser inhabilitado para ocupar el cargo respectivo. Eso habría inhibido más.
Es un paso importante sancionar con una multa, aunque -insisto- considero que el infractor debería ser merecedor de una sanción más dura.
La forma como está concebido el financiamiento estatal significa, en el fondo, que quien tiene más recursos va a tener más publicidad y, por consiguiente, más votos. Al obtener más votos va a tener más financiamiento estatal. Allí se deja un poco desprotegido al que se inicia, al que por primera vez se enfrenta en una campaña política, al que es poco conocido, porque va a tener menos subsidio estatal y, obviamente, menos posibilidad de obtener votos.
En definitiva, el proyecto es un gran paso y me alegro que lo hayamos hecho con el acuerdo de todos los sectores políticos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA .-
Señora Presidenta , al contrario de otros diputados que han señalado su desacuerdo con el proyecto, creo que es una gran oportunidad para pronunciarse sobre una situación a la que el país se ve expuesto cada vez que hay procesos eleccionarios.
Según se enseña en las escuelas de leyes, uno de los elementos del estado de derecho es la generación periódica de las autoridades elegidas y que las elecciones deben ser libres, secretas e informadas. Sin embargo, nunca se dice que deben tener también un cuarto elemento: que sean objetivas, en el sentido que deben desarrollarse de una manera imparcial, que dé seguridades.
El hecho de que el proyecto de ley establezca tres elementos fundamentales, como son la limitación de los gastos electorales, el financiamiento y, sobre todo, la transparencia, me llena de gozo, señora Presidenta, porque cada vez que uno conversa sobre la materia piensa que ésa es la solución.
El proyecto va a materializar el principio de la igualdad ante la ley, porque todas las personas podrán competir en las mismas condiciones. Se terminará la competencia desleal y desigual que siempre ha existido, porque cuando hay mucho dinero no siempre ganan los más capaces, sino los que tienen más. Además, se puede terminar con la dependencia, con el compromiso que a veces adquieren los diputados con los grandes consorcios, con las grandes empresas, cuando sus campañas son financiadas por ellos. No queremos que los cargos electivos se compren, sino que sean efectivamente elegidos.
Con el proyecto se posibilitará que quienes no tienen recursos suficientes puedan acceder a ciertos cargos. Hay personas muy capaces, muy inteligentes, de mucha consecuencia, con un gran espíritu de servicio público que no pueden participar en una elección porque, sencillamente, no tienen recursos.
Señora Presidenta , esperamos que los recursos económicos, los financiamientos que hoy día existen sin limitación ni transparencia no alteren ni desvíen el verdadero objetivo y la finalidad intrínseca que tiene una elección y que este proyecto de ley efectivamente ponga en su lugar lo que corresponde en una elección. No puede el libre mercado invadir espacios e instancias tan sagradas y tan relevantes, como lo es una elección, en la cual el elector se ve impulsado a votar por quien más le da.
Las crisis económicas por las que pasa un país llevan a veces a la gente a votar por quienes le ayudan a pagar la luz, el agua, los dividendos, etcétera, lo que constituye un abuso y una humillación para aquellos que, por sus problemas, son vulnerables y ceden ante las proposiciones de los candidatos.
Por ello me pronuncio a favor de este proyecto de ley, porque es una necesidad de país y porque va a purificar, a dar trasparencia y objetividad, a una democracia como la nuestra que cada día tratamos de fortalecer más.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra al diputado Sergio Correa .
El señor CORREA.-
Señora Presidenta , prácticamente, está todo dicho. Sin embargo, quiero reafirmar algunos conceptos que se han emitido.
Nuestro jefe de bancada ha señalado que estamos ante un gran proyecto y que la UDI lo va a votar favorablemente. Comparto esa posición, pero quiero hacer algunas observaciones que me parecen necesarias.
Estamos ante un financiamiento privado y público. El diputado que me antecedió habló de la discriminación del dinero y yo quiero referirme a la discriminación que supone la intervención electoral del gobierno de turno.
Revisando el proyecto, me encontré con el artículo 55 que señala que durante el período de campaña electoral los ministerios, las intendencias, las gobernaciones, los órganos y los servicios públicos que integran la Administración del Estado, las empresas y las municipalidades, no podrán incurrir en gastos por concepto de publicidad y difusión que los necesarios, sin que esto pueda ser concebido como un grado intervención electoral.
Quizá aquí faltó agregar la participación de los parlamentarios oficialistas, puesto que muchas veces, en vísperas de campañas políticas, se entregan recursos del Estado que inciden fuertemente en la opinión de los votantes.
Debimos haber sido más explícitos y referirnos a ese punto.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señora Presidenta , si uno, con motivo de este proyecto de ley tan complejo, quisiera ser la excepción entre ciento veinte diputados, por distintas consideraciones, podría serlo. Es lógico que dos o tres parlamentarios tengan conflictos en la votación del proyecto: algunos problemas de conciencia o éticos para votar algunos artículos; otros, votarán en contra o se abstendrán; pero lo cierto es que cada uno de nosotros tiene una responsabilidad.
Pero, con respecto a este proyecto, voy a hablar a título personal, porque tengo un problema de conciencia. Durante mis ocho años de parlamentario siempre estuve en contra de la idea matriz contenida en este proyecto de ley. Fundamentalmente, porque consideraba que la situación que vivía el país era razonablemente delicada, grave y que la prioridad era otra.
Pero hoy vemos que las circunstancias han cambiado, los escenarios han cambiado. Nos hemos dado cuenta -hay que decir las cosas como son- de que en estos años de gobierno ha habido un grado de decadencia. Las principales instituciones públicas están cuestionadas en términos de probidad y transparencia. Esta circunstancia ha hecho que tengamos que aplicar una cirugía mayor.
Pero no queremos remitirnos sólo a un aspecto del tema de la probidad y la transparencia pública, sino que a un todo. De ahí que la UDI y su presidente han encarnado un sentimiento de país en el contexto de llegar a acuerdo con una agenda modernizadora.
Por eso, a veces, los caminos fáciles dan dividendos en forma rápida; pero, finalmente, se reconoce el esfuerzo que representan los caminos difíciles, con muchos obstáculos que sortear. En el país se hace necesaria esta cirugía mayor, un cambio total que fortalezca al Estado y a sus principales instituciones, en especial a una tan importante como el mundo político, tan cuestionado en este momento.
Me cuesta votar a favor del proyecto, pero lo haré en el entendido de que es importante para Chile y que en la vida de un país existen objetivos superiores, los cuales nos hacen cambiar las prioridades. Pero eso no signifique que estamos contentos. Podemos estar contentos por el hecho de que vamos a fortalecer al Estado, a nuestras instituciones emblemáticas, con la probidad. Lo importante es que estamos legislando de cara al país con responsabilidad y seriedad.
Quizás, este proyecto de ley es demasiado impopular para la mayoría de los chilenos, pero entendemos la trascendente responsabilidad que hoy tenemos como legisladores. Estamos cumpliendo, al igual que la UDI, como lo ha descrito nuestro jefe de bancada, diputado Rodrigo Álvarez . Ésa es la UDI: responsable, seria, comprometida con el país. En los momentos difíciles, damos la cara, honramos nuestra palabra, porque somos un partido de una sola línea.
Un proyecto tan importante, quizás tan controvertido para unos y otros, nos hace tomar el camino correcto, cual es la probidad y la transparencia en el país.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra, por tres minutos, el diputado Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señora Presidenta , estamos frente a un proyecto que busca delimitar asuntos como el financiamiento, los límites, el control y las medidas de publicidad de los gastos electorales que realicen partidos políticos y candidatos como consecuencia de actos eleccionarios.
En el proyecto se contienen dos ideas-fuerza: en primer lugar, la transparencia y, en segundo lugar, el afianzamiento de la participación democrática.
El proyecto es fundamental porque siempre queda una sombra de duda acerca de los recursos utilizados en las campañas. Mientras algunos cuentan con muchos recursos, que son visibles principalmente por la propaganda, otros deben sostener sus candidaturas con modestos medios, lo que afecta sus posibilidades de ser electos.
Fijar límites al gasto electoral no significa atentar contra la libertad de nadie, sino fijar con claridad las reglas del juego del sistema democrático, las que hasta hoy no existen.
Más allá de estas declaraciones generales, quiero detenerme un instante en cada uno de los tres títulos del proyecto.
En el Título I se enumeran los gastos electorales dentro de un determinado plazo que corresponde, básicamente, a lo que tradicionalmente se conoce como las campañas parlamentarias, presidencial, de concejales y de alcaldes. Aquí no hay nada nuevo.
En relación con el Título II voy a señalar algunas preocupaciones. De antemano comparto lo señalado por el diputado Montes respecto de los artículos 10 y 18.
En el artículo 10 se establece que una sola persona puede donar -a mi juicio, una cantidad demasiado alta- hasta 1.000 UF por candidato y hasta 10.000 UF en el caso de un partido político. No se determina con claridad el tamaño del partido, en cuanto al número de candidatos que lleva.
En el artículo 18 se insiste en los aportes reservados que a mí, particularmente, no me gustan. Se establecen aportes de hasta 600 UF para un candidato y de hasta 3.000 UF para un partido político o el conjunto de sus candidatos. Tampoco se distingue el número de candidatos que lleva el partido.
Además, nos debe preocupar el artículo 25, porque en él se señalan quiénes pueden donar. Me hubiese gustado mayor precisión al respecto, porque perfectamente podrían donar empresas que hoy manejan recursos públicos que no representan más del 40 por ciento del total de su facturación anual en el respecto año calendario. Del mismo modo, esto podría dar pie a que las isapres y las AFP, que manejan fondos mutuos, plata de todos los chilenos, también participen en este juego, lo que no me parece sensato.
También es importante destacar la transformación profunda que experimenta la naturaleza del Servicio Electoral, mediante este proyecto. No digo que sea malo, puesto que ese Servicio va a tener que crecer mucho en su capacidad operativa y soportes técnicos para poder dar respuesta a las innumerables denuncias ante sus registros.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado . Puede redondear la idea.
El señor QUINTANA.-
Finalmente, quiero referirme muy brevemente a lo dicho por el ministro Insulza . Hemos iniciado un camino que se podrá corregir en su transcurso, si es necesario, pero lo importante es que ésta es la primera legislación sobre transparencia que hemos creado en el país y, por tanto, los votos del PPD van en ir en su apoyo.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señora Presidenta , uno de los aspectos de este proyecto que me parece muy interesante y agradable, además, especialmente para quienes hemos sido candidatos, dice relación con el acortamiento de los plazos.
El ahorro en materia de financiamiento de las campañas está muy relacionado con la forma en que se llevan a cabo, pero también con el tiempo que duran. Y he de destacar que en el artículo 57, Título Final -del texto del proyecto con las indicaciones de la Comisión de Hacienda-, se reemplazan en los incisos primero y segundo del artículo 6º, en el sentido de cambiar en las candidaturas a senadores y diputados, el plazo de ciento cincuenta días, desde el momento de su declaración hasta la elección, a noventa días, y en las candidaturas a Presidente de la República , el plazo de ciento veinte días desde su declaración hasta la elección, a noventa días.
Tener una campaña de sólo tres meses, desde la declaración de la candidatura hasta la elección, es realmente un aporte sustancial. Sabemos que la campaña oficial es de treinta días. Durante ese tiempo debemos sacar a la calle nuestros elementos de información y de propaganda. Pero sabemos también que esto, en múltiples distritos y circunscripciones, no se cumple y que todo empieza desde el momento en que se inscribe la campaña.
Otro punto importante de destacar es la obligación de contar con administradores electorales -uno electoral para candidatos y uno general para los partidos-, quienes actuarán como mandatarios respecto de las funciones de control de los ingresos y gastos electorales que la ley asigna. Esto es básico, porque uno de los grandes problemas de los candidatos es no quedar con deudas. Ello implica que uno no saque la plata directamente y pague directamente. Ello ocurre cuando aquél se pone nervioso y entrega recursos propios para determinada actividad. El hecho de que exista obligatoriamente un administrador y sea posible saber de cuántos recursos dispone el candidato y cuánto puede gastar, hará reducir los gastos y será de gran ayuda para el candidato y para el país, por cuanto se profesionalizarán las campañas.
Otro aspecto que no tiene que ver con el financiamiento, sino con la campaña propiamente tal, se refiere al material que se utiliza durante el transcurso de la campaña electoral.
Durante doce años hemos observado la enorme cantidad de material que queda diseminado en las calles al terminar una campaña electoral. Nadie lo ve, los automóviles pasan por encima, o bien termina en los basureros, todo lo cual constituye una pérdida realmente importantísima de recursos que se gastaron en adquirir un material que después deja de utilizarse, se bota o se cuelga en el tendido telefónico o eléctrico, lo cual, a veces, origina cortes en el suministro de luz en las viviendas y que además no se retira cuando queda botado en la calle.
El inciso primero del artículo 32 de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, que se propone reemplazar mediante el número 3) del artículo 57, dispone expresamente que “Tampoco podrá realizarse propaganda mediante elementos que cuelguen sobre la calzada o que se adhieran de cualquier modo al tendido eléctrico, telefónico, de televisión u otros de similar naturaleza”. ¿Cuántos problemas ha originado este tipo de situaciones? ¿Cuántas personas han resultado víctimas? Sé de lo ocurrido a candidatos de Renovación Nacional durante una campaña electoral: dos personas murieron quemadas por estar poniendo robapostes en un cable eléctrico.
¿A qué actividades se va a reducir la propaganda electoral? Bueno, vamos a necesitar de mucha creatividad porque, en definitiva, la propaganda queda reducida casi exclusivamente a elementos móviles; es decir, vamos a tener que disponer de material que se pueda ir cambiando, dependiendo del lugar de donde provenga nuestro mercado electoral. Resulta obvio que ello implicará ahorrar y, además, será muchísimo más seguro para las personas que trabajan en las campañas.
La facultad que entrega el artículo 35 de la ley Nº 18.700 a Carabineros para retirar la propaganda ilegal y mandarla al juzgado de policía local correspondiente, se traspasa directamente a las municipalidades, las cuales quedan autorizadas para, de oficio o a petición de parte, retirar la propaganda electoral y cursar las infracciones del caso.
Al respecto, el inciso segundo, nuevo, que se incorpora al artículo 32 del cuerpo legal anteriormente mencionado, en virtud del artículo 57 del proyecto, después del punto seguido (.) señala: “Los candidatos y los partidos políticos estarán obligados a reembolsar los gastos en que incurran las municipalidades en el retiro de dicha propaganda”. Además, podrá determinar qué tipo de móviles se podrán usar y dónde colgar los avisos luminosos. Ello, porque en ocasiones ha ocurrido que cuando se han puesto pequeñas carpas en ciertas esquinas más de un automóvil ha chocado con ellas.
En definitiva, repito, las enmiendas introducidas a la ley de Votaciones Populares y Escrutinios van a exigir mayor ingenio a los candidatos, pero para eso estamos aquí. Tendremos que actuar en una forma muchísima más mancomunada con las municipalidades, a fin de encauzar bien nuestros pasos como candidatos.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta , sin duda, debemos hacer el mayor esfuerzo posible para transparentar los gastos que se efectúan en las campañas electorales y en materia política, en especial debido a los últimos acontecimientos que han remecido y puesto en tela de juicio al conjunto del sistema político, por lo cual, en mi opinión, ningún partido político ha dejado de verse afectado por estos casos.
El proyecto en debate, que viene a subsanar una carencia profunda de nuestro sistema político, ha sido fruto de un acuerdo político. Sin embargo, ello no nos priva del derecho de que podamos formular observaciones sobre aquellos aspectos que, sin duda alguna, no compartimos. Tal como lo planteó el diputado señor Montes, quiero reiterar que los artículos 18 y 19 establecen una clara contradicción con lo que preceptúa el Párrafo 3º de la iniciativa, sobre la transparencia del financiamiento. Sin embargo, los artículos siguientes desmienten aquello, al establecer el anonimato y, particularmente, al asegurar la reserva de la identidad del donante hasta montos cercanos a los diez millones de pesos. Dichas disposiciones pueden representar, a futuro, un elemento de cuestionamiento de la ley.
Si la idea era transparentar, se debería haber implementado un mecanismo para hacer que la ley funcione, con el objeto de que quienes efectúen una donación lo hagan libremente, sin necesidad de dar a conocer su identidad.
No obstante, el estigma con que se califica a la clase política seguirá existiendo, dado que con este proyecto el anonimato va a continuar, más aún si se considera que el artículo 28 dispone la aplicación de multas para el candidato, partido o donante que exceda el límite establecido, las cuales pueden alcanzar un monto de hasta cinco veces el máximo permitido.
Una legislación que pretende ser eficaz debería establecer la anulación de la elección del candidato que ha utilizado un método ilícito para ser electo, porque no es justo que alguien que haya recurrido al método de gastar mucho más para ganar la elección con posterioridad simplemente pague la multa correspondiente y ocupe el cargo de senador o diputado . Eso va a llevar a que el candidato que tenga dinero gaste todo lo que quiera en su campaña, porque cuenta con el dinero suficiente para pagar la multa respectiva.
Un elemento clave para evitar eso habría sido establecer que, una vez comprobado, fehacientemente, que un candidato ha excedido el límite de gasto permitido, es decir, que ha violado la ley, con posterioridad no pueda formar parte de aquellos que van a trabajar en la elaboración y discusión de las leyes. Por lo tanto, debería haberse previsto la nulidad absoluta de su cargo.
Eso llevaría a que muchos de nosotros nos preocupáramos de tener una contabilidad adecuada o de preguntar cada vez que alguien va a hacer una donación, porque, de lo contrario, la norma será transgredida permanente y flagrantemente, no obstante la aplicación de las respectivas multas.
Muchas veces he precisado que las multas no son eficientes para impedir la comisión de delitos en materia medioambiental, porque el que puede pagar lo hace. Con eso, por decirlo de alguna manera, el infractor gana el cielo, es decir, queda libre de polvo y paja.
Tal como señalé al ministro del Interior , señor José Miguel Insulza , y al ministro Secretario General de la Presidencia , señor Francisco Huenchumilla , no sacamos nada con establecer el anonimato para las donaciones que alcancen una cifra cercana a los diez millones de pesos si no contamos con una ley que regule el lobby o cabildeo. Debemos establecer reglas del juego claras que permitan saber con quién, cuándo y cómo pueden conversar los parlamentarios con los diversos actores del sector económico, con el objeto de defender legítimos intereses sectoriales, económicos o sociales.
Hace más de un año, junto con el diputado señor Burgos , presentamos un proyecto de ley con el fin de establecer, de una vez por todas, la regulación del lobby, el cual está instalado tanto en el Poder Ejecutivo , Legislativo como Judicial. De hecho, hace poco asistimos al lobby más violento y brutal que hemos visto, con motivo de la tramitación del proyecto de ley de Pesca.
Es un secreto a voces que para que el proyecto de ley en debate se transforme en una ley eficiente, que funcione, tiene que haber lobby; porque si un particular está dispuesto a donar para mi campaña diez millones de pesos, la verdad es que no cabe duda alguna de que se sentirá con el mismo derecho para demandar, en más de una ocasión, de un diputado o senador, acciones que hoy caen en el ámbito de los explícitos o implícitos tolerados.
Mucho es el lobby que hacían -y hacen- los parlamentarios para atraer empresas hacia sus distritos y generar empleos, además de incentivar el desarrollo de nuevas industrias.
Hoy, a la luz de las investigaciones llevadas a cabo por el Poder Judicial , se puede colegir que existe tráfico de influencias y se realizan acciones que no debieran desarrollar los parlamentarios. Si ese marco de acción no se regula, viviremos en constante zozobra, y cada vez que queramos, junto al sector privado, hacer algo en favor de nuestros distritos a fin de generar empleo y riqueza, y se sepa que ese sector privado o ese empresario ha donado recursos para la campaña, vamos a quedar con el cuestionamiento o duda permanente de los electores de que, en definitiva, aquello se hace para apoyar la campaña.
Por lo tanto, el conjunto de donaciones debería tener un marco de transparencia mayor. Si alguien se atreve a donar, y lo hace de buena fe, no debería temer que su nombre se conozca. Si lo hace con la intencionalidad de permanecer anónimo para utilizar al parlamentario más adelante y generar influencias y persuadirlo de votar determinadas leyes en favor de determinados intereses, como ocurre y como seguirá aconteciendo en el Congreso Nacional, no estamos contribuyendo a la transparencia. En consecuencia, pido -no sé si también lo hará mi colega Montes- votación separada para los artículos 18 y 19, y, también, para los artículos 28 y 29, que dicen relación con las multas, las cuales considero insuficientes e ineficaces.
Si hubiera habido un poco más de voluntad mutua -no responsabilizo de ello sólo a la Oposición-, habríamos podido afinar este proyecto de ley a fin de garantizar los derechos de todos los parlamentarios, sin distinción, porque tampoco pretendemos levantarnos con la bandera de la probidad o establecer acciones para diferenciarnos. En esto está comprometido el conjunto de la clase política. A todos nos hace mal que la situación continúe así; nos hará un poco menos mal si esos artículos no varían porque, a futuro, tendremos que modificarlos de todas maneras.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señora Presidenta , como lo señalaron mis colegas que me han antecedido en el uso de la palabra, este proyecto lleva largos años en el Parlamento. Hoy ve la luz, producto de un proyecto político. Eso es muy bueno. Estoy convencida -y creo que también la gran mayoría de los parlamentarios- de que, sin este acuerdo, este proyecto, que fija transparencia en el financiamiento de la política, no habría sido posible, y nuestro país habría tenido que seguir esperando durante muchos años que se dictara esta normativa.
Me gustaría que, en otros aspectos, lográramos acuerdos políticos para acelerar la tramitación de temas y materias relevantes para el país. Por ejemplo, me encantaría que se lograra consenso sobre la ley de divorcio, respecto de la cual creo excesivo que el país lleve casi diez años esperando contar con una legislación sobre la materia.
¡Qué duda cabe de que el proyecto de ley que estamos discutiendo consagra normas de transparencia en nuestro país, algo mejor que la oscuridad que tenemos en relación con el financiamiento de la política! Sin embargo, casi tímidamente, verteré algunas opiniones sobre este proyecto, sin que ello signifique que los presidentes de nuestros partidos nos vuelvan a recordar que éste es un acuerdo político e, incluso, a señalar que estamos buscando algunas ventajas pequeñas al tener visiones muchas veces divergentes con lo planteado por este proyecto; porque debemos decirle al país, con claridad meridiana, que la transparencia en el financiamiento de la política sólo ha sido posible por un acuerdo político. Pero también hemos de decirle que esto es lo único que la clase política chilena puede ofrecerle a la ciudadanía en materia de financiamiento de la política. Este ha sido un paso inicial.
Quiero dejar constancia en la historia fidedigna del establecimiento de la ley que nuestra participación en este debate fue muy breve y marginal, y que hemos logrado lo único factible, porque hoy, en el mundo entero, se tiene una transparencia activa en todas las materias, no solamente en lo relacionado con el financiamiento de la política.
Nuestra participación ha sido limitada porque el objetivo central de este proyecto, que es transparentar el financiamiento de las campañas electorales, porque el objetivo central del proyecto, de transparentar el financiamiento de las campañas electorales, no se cumple, porque los procedimientos destinados a que los aportes sean anónimos o reservados son demasiado amplios, y las donaciones públicas se restringen a casos muy especiales e improbables.
Particular reparo me merece que los aportes reservados sean de hasta diez millones de pesos para los candidatos al Parlamento y de hasta 50 millones de pesos para los partidos. Es factible pensar que constituyen y constituirán el grueso de las donaciones y, por tanto, que la ciudadanía, en definitiva, no logrará saber quiénes financian la actividad política, manteniéndose el actual manto de dudas y cuestionamiento que cae sobre esta actividad.
En la tendencia actual de transparencia la excepción es la reserva; la tendencia es hacer público lo más posible. Por eso, quiero dejar consignada, para la historia fidedigna de la ley, esta observación. No se trata de que me oponga y vote en contra. La responsabilidad debe ser hasta que duela, y, en este caso, me duele mucho ser responsable, pero debo serlo, y comparto los sentimientos del diputado señor Delmastro ; comparto plenamente la sensación de dejación que ha tenido el Parlamento en el tratamiento de estos proyectos de tanta relevancia para el país, pero cumpliré mi responsabilidad y creo que lo mismo hará el resto de los parlamentarios, hasta que nos duela. Eso debería ser reconocido por los presidentes de nuestros partidos, y que no vengan a retarnos, a tratarnos prácticamente de irresponsables porque hacemos observaciones. Los 120 diputadas y diputados que vamos a votar el proyecto seremos responsables ante el país de la ley que estamos aprobando y del tipo de transparencia que estableceremos. Hay que decirle a Chile que la clase política, todos los partidos que tienen representación en el Parlamento...
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Diputada señora Adriana Muñoz, hace rato terminó su tiempo. Sólo le estoy dando un tiempo extra de la bancada socialista. Le pido que redondee su idea.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Concluyo, señora Presidenta , proponiendo, ya que nuestro planteamiento ha sido muy marginal, que las próximas elecciones municipales de 2004 sirvan de prueba para saber si en verdad es factible transparentar el financiamiento de las campañas electorales si los resultados no fuesen satisfactorios, entonces, inmediatamente, con decisión y valentía, deberíamos comprometernos a revisar la ley con miras a las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias.
Duele mucho ser responsable, pero hay que reconocer que la Cámara de Diputados hoy va a aprobar un proyecto con una transparencia limitada; es lo único que ha podido conseguir la clase política de nuestro país.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el señor ministro del Interior.
El señor INSULZA ( Ministro del Interior ).-
Señora Presidenta , voy a intervenir al final de la sesión respecto de todos los temas planteados, pero quiero señalar un error de hecho, de lectura del proyecto, que ha sido repetido por varios diputados. Lo dijo el diputado señor Montes, lo repitió el diputado señor Navarro y se lo acabo de escuchar a la diputada señora Adriana Muñoz.
Ellos han puesto mucho énfasis en el límite de 600 unidades de fomento al aporte reservado; sin embargo, no han puesto ningún énfasis en que ese aporte reservado no puede superar el diez por ciento del límite total de gastos. Esto es muy importante. Si tomamos como ejemplo las comunas de la Cuarta Región, encontramos que el límite máximo de gastos para un alcalde, en Ovalle, será de 26 millones 760 mil pesos; por lo tanto, el límite máximo que se le podrá donar reservadamente será de 2 millones 676 mil pesos; en Combarbalá, el límite máximo para un candidato a alcalde será de 6 millones 390 mil pesos, por lo tanto, el límite máximo de aporte reservado será de 639 mil pesos. En realidad, las 600 unidades de fomento se alcanzarán sólo en las elecciones de senadores y en algunas de diputados, porque no debemos olvidar que en la mayor parte de estas últimas el límite máximo será de menos de cien millones de pesos. En consecuencia, en todas ellas el límite máximo que se les podrá donar como reservado es de menos de diez millones de pesos.
Más adelante me referiré a la lógica de esto, pero me parece muy importante que en la argumentación se tenga en cuenta que la iniciativa real y no lo que se ha dicho.
Gracias, señora Presidenta.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Longueira.
El señor LONGUEIRA .-
Señora Presidenta , al igual que en el proyecto anterior, a lo más relevante del acuerdo político suscrito por todos los partidos políticos se pone término en esta votación: al financiamiento de la actividad política.
Con la otra iniciativa, profesionalizamos la Administración Pública y damos un golpe definitivo al cuoteo y al clientelismo político, cualquiera sea el gobierno de turno. Con este proyecto, transparentamos el aporte a la política y eliminamos la influencia del dinero en ella. Los parlamentarios debemos tener claro que esa influencia existirá siempre. Si un mafioso que quiere influir, no lo hará durante la campaña; comprará la autoridad cuando la esté ejerciendo. Los presidentes de los partidos políticos que tuvimos la oportunidad de suscribir el acuerdo y trabajar durante dos meses completos, con técnicos de nuestras propias colectividades, sabemos que la ciudadanía fue observando en La Moneda estas reuniones cada semana, en la cual todos los partidos debían entregar sus puntos de vista. Perdónenme, pocas ocasiones han existido para efectuar una discusión más seria y profunda a fin de enfrentar un problema tan importante para Chile, como es la tramitación de este proyecto de ley y el que despachamos hace algunos minutos. Ahora vamos a votar las indicaciones a la Alta Gerencia Pública.
Al escuchar el debate queda la sensación de que todo lo que estamos haciendo está mal, pero es al revés. En este minuto, no podemos gozar de mayor desprestigio; sería más popular no legislar, porque no faltaran los medios de comunicación que dirán: “Miren, están legislando para ellos”. Se ha dado un gran salto en materia de transparencia y muchos han tenido que ceder. En mi mundo, y en el de la propia UDI, mucha gente estimaba, en conciencia, que no debía haber financiamiento público. Desde enero hay una discusión pendiente para avanzar en un tema que para ustedes es importante. Siempre pensé que era justo porque el financiamiento público genera igualdad de oportunidades para la gente que no tiene dinero o la misma posibilidad para acceder a la política. También lo vamos a votar favorablemente, porque no es un problema de conciencia. Podemos estar de acuerdo o no, pero no nos refugiemos en que todo el financiamiento de la política chilena ha sido reservado desde que existe la República. Ahora todos los partidos hemos definido tres categorías de candidatos: anónimo, reservado y público. Si alguien excede cierto límite, los chilenos tenemos derecho a saberlo. Eso es lo importante y lo estamos resguardando. Podrá recibir una donación, pero queremos saber si esa persona, según la sociedad chilena, ha perdido independencia. Queremos que el aporte sea reservado. ¿En estos días estamos viviendo situaciones complejas porque algunos pueden estar siendo extorsionados porque recibieron platas en las campañas? Eso se acabó, amigos. Este es un golpe a los extorsionadores, por cuanto no quedará registrado en ninguna parte lo que se donó. Es mejor no saber quién le donó a uno. La persona va al computador, al Servicio Electoral, y señala ahí en qué cuenta deposita. Nosotros, no sabremos quién fue; no habrá un papel para extorsionar. Aún más, aquí se dice que en todo el mundo los países tienen transparencia. No hay ningún país en el mundo en que -como dijo el ministro del Interior en esas reuniones- todos terminan diciendo que ésta es la única ley que no se cumple.
Se puede tener leyes muy bonitas, a las cuales todo deba ser público, pero nadie las cumple. Sin embargo, aquí estamos obligados a cumplirlas. Por eso, de aquí en adelante cambiarán las condiciones, porque existe un marco regulatorio para financiar la política. Igual que en el caso anterior, nos debemos sentir orgullosos de ser capaces de enfrentar la impopularidad y de legislar en un momento en que era desagradable hacerlo.
Tengan claro, amigos, que lo más probable es que en el futuro no haya más desaforados; si los hubiera, sería porque efectivamente cometieron delito. Todos hemos avanzado y nadie se puede refugiar en un problema de conciencia. Por eso, la gente de la UDI ha preferido optar por el concepto de igualdad de oportunidades.
En Chile, la franja política es gratuita, básicamente para generar igualdad de oportunidades en los medios más importantes en materia de comunicación. Ahora, también hay financiamiento público. ¿Para quién? Para aquellos que no tienen igualdad de oportunidades. Todos tendrán la garantía de que el Estado les pondrá un piso para ser candidatos.
Insisto, todo está garantizado. Recibimos las opiniones de la Comisión Bates y del SEP, las que fueron muy importantes, con acuerdos transversales, en los que participaron técnicos de todos los partidos políticos. Finalmente, se optó por un mecanismo de reserva, el cual efectivamente, por el bien del país y de los candidatos, garantiza más transparencia, reserva y, lo más relevante, menos influencia del dinero en la política. Eso es lo que buscamos y por eso nos hemos atrevido a avanzar en esta materia.
Esta iniciativa, que despacharemos antes del 21 de mayo, es un complemento. Igual como lo hice en el proyecto anterior, quiero felicitar al ministro del Interior, no con la efusividad que lo hice con el de Hacienda, quien tuvo que enfrentar la impopularidad y las descalificaciones. Pero él y sus asesores fueron recogiendo lo que los presidentes de sus propios partidos iban planteando durante estas reuniones.
Hemos sacado adelante un importante proyecto y no tengo dudas de que muchos gobiernos vendrán a visitar el servicio electoral chileno para informarse cómo se financia la política y cómo nos pusimos de acuerdo para legislar en forma tan moderna sobr ela materia para reducir, en lo que se pueda, la influencia del dinero.
Amigos, con las leyes no conseguiremos impedir la influencia del dinero, pero debemos hacer que la gente honesta, proba y más capaz de nuestro país postule al servicio público. Eso es lo importante. Para ello, hemos creado un marco regulatorio para financiar la política, el cual también permitirá que la gente más proba, más capaz y más talentosa acepte integrarse al servicio público como una opción de vida. De lo contrario, lo único que conseguiremos con estas leyes es que nadie las cumpla y que la gente decente diga que no se dedicará a la política, como ocurre en muchas naciones de Latinoamérica, que están manejadas por corruptos.
Por eso, es importante legislar en la forma en que se está haciendo. Para ello, tuvimos largas discusiones en La Moneda, de semanas enteras, para llegar a este acuerdo. Pero hemos logrado hacer una gran ley para el país.
La UDI va a honrar su palabra, porque ha estado plenamente informada. Muchos, como señalé, no compartían el financiamiento público. Aquí no se trata de votar a favor de lo que nos gusta y en contra de lo que nos disgusta, o decir que lo que no me agrada es un problema de conciencia. Aquí no hay problema de conciencia, sino un avance histórico a fin de que la actividad política tenga un marco regulatorio como el acordado en esta agenda, firmada y suscrita por todos los presidentes de los partidos.
Finalmente, debo señalar que los objetivos más importantes de esta iniciativa son tres. En primer lugar, poner límites, pues había mucha gente que no quería hacerlo, pero al final se efectuó. Por lo tanto, hay candidaturas, de ustedes y de nosotros, que tendrán que sujetarse a estos límites. Seamos sinceros. Al país le hace bien poner ciertos límites. Por lo demás, es importante avanzar en esta materia.
En segundo lugar, se establece un financiamiento que permitirá a muchas personas que no tienen acceso al dinero poder obtenerlo a través de un proceso público, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades para acceder a los cargos de elección popular.
Reitero, creo que la iniciativa será una gran ley que, como todas, se podrá perfeccionar a través del tiempo.
Hemos debatido dos proyectos extraordinarios con los cuales estamos cerrando un período histórico, en un momento -reitero- en que lo más cómodo hubiera sido no hacer nada. En lo personal, habría sido mucho más fácil haberme dejado llevar por las cartas enviadas a los diarios por gente contraria al financiamiento público de los partidos políticos que invocaba, para sostener su postura, los niveles de pobreza con que debe convivir nuestro país. De aplicar ese criterio, no avanzaríamos nunca. Por eso creo que cada uno debe enfrentar en su propio mundo la impopularidad emanada de la decisión que tomará, en particular quienes no desean avanzar en estas materias. Así como fuimos capaces todos juntos de avanzar en la modernización del Estado, sin recoger determinadas demandas, pues las estimábamos las menos adecuadas para la sociedad chilena, en particular en el caso de la Alta Gerencia Pública, creo que también, a contrario sensu, se han recogido muchos puntos de vista para construir una gran ley. No tengo ninguna duda de que no se cumplen ninguna de las leyes “transparentes” que algunos señalan que existen en muchas partes del mundo. Todos participamos en foros internacionales. Pregunten ustedes en qué país del mundo se cumplen las leyes para financiar la política.
Hemos sido realistas, hemos avanzado y el país puede mirar con orgullo a una clase política que hoy, en lugar de refugiarse en el momento que estamos viviendo, ha dado la cara, ha actuado con transparencia, ha legislado y ha sacado el país adelante en un momento difícil.
La UDI va a honrar su palabra y votará a favor tanto los artículos que nos gustan como los que nos disgustan, tal como se hizo en el Senado respecto de todas las materias relativas a la agenda de modernización del Estado.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra, hasta por dos minutos, el diputado señor Fernando Meza .
El señor MEZA.-
Señora Presidenta, la bancada Radical, al igual que el resto de las que integran este hemiciclo, tiene derecho a expresar su opinión. Dos minutos son suficientes para dejar en claro algunas cosas.
En primer lugar, hubiéramos querido que existiera transparencia en todos los niveles, no sólo a respecto de los 340 mil pesos o de las 600 unidades de fomento que han sido fruto de debate. Entendemos que los altos desafíos que el país nos impone tienen que ver también con una actitud responsable a la hora de asistir a este parto -difícil, pero parto al fin- de una ley que viene, de alguna manera, a dignificar la actividad parlamentaria, pero, por sobre todas las cosas, a sentar las bases políticas para que en el futuro la actividad política sea lo mas transparente posible.
La conciencia de cada uno, al igual que ayer, castigará o premiará el voto que se emita. Esta “criatura” imperfecta que nace hoy tiene el derecho, en el futuro, a ser bien tratada por cada uno de nosotros y a corregir sus imperfecciones.
El compromiso del Partido Radical -no me cabe duda de que también será el de todos ustedes-, tiene que manifestarse en las próximas elecciones cuando veamos dónde hemos cometido los errores que el escaso tiempo con que cuento no me permite señalar.
Anuncio el voto favorable de la bancada radical a la iniciativa, dejando bien en claro que los artículos 18 y 19 forman parte de ese “peaje” que deberemos pagar -ayer sucedió lo propio con el artículo 8°- para que esta materia vea la luz y la ciudadanía pueda tener tranquilidad en cuanto al manejo de las platas públicas y de la política.
He dicho.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el ministro señor José Miguel Insulza.
El señor INSULZA ( Ministro del Interior ).-
Señora Presidenta , en primer lugar quiero ofrecer mis excusas formalmente al diputado Jorge Burgos por el error que cometí ayer en la Comisión al interpretar la letra g) del artículo 2º, que dice: “Las erogaciones o donaciones realizadas por los candidatos a organizaciones o a personas naturales o jurídicas, mediante el patrocinio de actos culturales, deportivos o de cualquier otro tipo a celebrarse dentro del ámbito territorial respectivo.”, al señalar que podía referirse a personas que pagaban cuentas individuales de otras personas.
Esto estuvo en un borrador original pero, con posterioridad, fue restringido solamente al financiamiento de actos de carácter cultural o deportivo, porque se consideró, tal como lo estima el diputado Burgos, que incluir una conducta que raya en el cohecho, como es el pago de cuentas individuales, era impropio de un proyecto de este tipo. Por lo tanto, la única razón para referirse a personas naturales es para evitar lo que llamaríamos “donaciones indirectas”. Es decir, que una persona entregue a otra persona natural una determinada cantidad de dinero para que ésta financie el acto, no apareciendo así el candidato financiándolo.
En segundo lugar, se ha planteado algo muy importante por algunos diputados. Recuerdo al diputado Quintana, en concreto, y a otros más, respecto de que el proyecto de ley exige un Servicio Electoral mucho más grande y mejor financiado que el actual.
Contamos con un Servicio Electoral que es orgullo del país, pero también lo es de éste en el extranjero. Cuando uno asiste a reuniones internacionales, por su transparencia y otras situaciones, las expresiones de todas las personas que han dedicado su vida al trabajo electoral son para llenar de satisfacción a cualquier chileno.
Por la misma razón, si el Servicio Electoral tendrá que hacerse cargo ni más ni menos de la revisión de cuentas, de su aprobación o rechazo, del manejo de cuentas de pagos a los candidatos semana a semana, de la aplicación de multas, etcétera, tenemos que preocuparnos -espero que sea contemplado en el proyecto ley de Presupuestos del próximo año- de una ampliación muy sustantiva del Servicio para que pueda cumplir sus funciones.
En tercer lugar, me hago cargo del tema de las sanciones. Efectivamente, se discutió mucho. Desde luego, había un punto que tenía una dificultad básica, que el Congreso podrá discutir más adelante, cuando analice la reforma constitucional. Nadie puede ser privado de su cargo sino en virtud de las disposiciones de la Constitución Política del Estado. Por lo tanto, no correspondía establecer en el proyecto ninguna sanción relacionada con la suspensión o pérdida del cargo para un parlamentario que se hubiera excedido en gastos electorales.
Al mismo tiempo, se consideró impropio introducir sanciones penales que signifiquen pérdida de libertad por exceso de gasto. No creemos que sean temas que están dentro de las mismas coordenadas.
Si alguien adultera su contabilidad, si falsifica documentos, etcétera, es obligación -lo estamos aprobando en una de las indicaciones presentadas ayer por el diputado Burgos- del Servicio Electoral querellarse contra esa persona.
Ahora, las multas no son pequeñas. Hace algunos días alguien ponía el ejemplo de una persona que gastó mil millones de pesos en su campaña anterior y ahora tiene un límite de doscientos. Entonces planteaba que ahora va a poder gastar cuatrocientos y con los otros seiscientos paga la multa, que es equivalente al triple del límite, y gasta los mismos mil millones que antes. Es cierto que gasta lo mismo, pero ahora en la campaña electoral sólo dispondrá de cuatrocientos.
Al que se exceda en más del 50 por ciento en su gasto electoral lo estamos multando en cinco veces la cantidad excedida, lo que no es poco.
Reconozco que en otras legislaciones existen algunas disposiciones más draconianas, pero la verdad es que en nuestra primera ley sobre la materia nos parece muy importante la forma en que estamos enfrentando la sanción.
Finalmente, quiero referirme al tema más debatido, relacionado con el tipo de donaciones. Sostenemos que la donación anónima es una ventaja y un beneficio para el ciudadano anónimo, tanto o más importante que la plena transparencia. El ciudadano anónimo generalmente es una persona que trabaja en una empresa por su salario, sea un profesional que dé 300 mil o sea un modesto trabajador que contribuya con 30 mil. El conocimiento público, registrado, de las donaciones lo expone a represalias. Esa persona no tiene defensa. Pongo los dos ejemplos: el de una persona que trabaja en una empresa privada y dona al candidato que no es del gusto de su gerente o de su patrón, o de una persona que trabaja en un servicio público y dona a un candidato de oposición una parte de su sueldo.
Por eso nos parece una protección razonable indicar que una donación de veinte UF hacia abajo no debe ser de conocimiento público. Al mismo tiempo, ponemos un límite ante la posibilidad de que alguien fraccione un monto en muchos aportes anónimos. Por lo tanto, todos esos aportes anónimos no podrán constituir más del 20 por ciento del total a gastar autorizado.
Luego viene el aporte público. Éste puede influir seriamente en la conducta del candidato, cuando sea elegido. El Servicio Electoral está obligado a hacer público ese aporte; a darlo a conocer por los medios que arbitre.
Y tenemos una categoría intermedia, que es el aporte reservado. Ya se ha dicho aquí que este aporte es variable. En la medida en que sea un aporte sustantivo, podrá llegar hasta 10 millones de pesos. Pero al mismo tiempo tiene una segunda característica: no podrá financiar, en caso alguno, más del 10 por ciento de la campaña de un candidato. Por lo tanto, es una persona que, si bien tiene una influencia, no va a incidir desmedidamente en la elección.
Se optó por evitar que la persona, sobre la base de su donación, pueda ejercer presión sobre un determinado candidato. Por lo tanto, el énfasis está puesto en la forma en que concreta su aporte: irá a un banco y depositará en la cuenta única del Servicio Electoral una determinada cantidad de dinero y comunicará para qué candidato es. Por eso no recibirá un certificado que luego le permita ejercer ninguna forma de presión.
No más de treinta candidatos a alcaldes podrán recibir el total. Ni siquiera la tercera parte de los candidatos a alcaldes podrá recibir como aporte reservado más de un millón de pesos. Ningún candidato a alcalde llegará a recibir como aporte reservado 10 millones de pesos, como aquí se ha dicho. ¡Ni uno¡ porque ninguno de ellos llega al límite máximo. Se entiende que en una determinada comuna, en que el total del gasto electoral de un candidato a concejal es de 4 millones de pesos, naturalmente darle esa cantidad significa que uno se compra un concejal y lo tiene en el bolsillo. Por eso, ese candidato solamente podrá recibir 400 mil pesos como aporte reservado. Al mismo tiempo, si el límite del gasto electoral de un senador es de 300 millones, en ese caso podrá recibir hasta 600 UF -que equivalen a casi 10 millones- como aporte reservado.
Digo estas cosas solamente para aclarar que no es efectivo que no se hayan alcanzado niveles importantes de transparencia. Si examinan cuánto le tocará como límite a cada candidato, cuestión que está calculada y que ha sido puesta a disposición de los partidos políticos a través de su representante en la Comisión de Hacienda, verán que la mayor parte de los aportes a candidatos a concejales, a alcaldes y a parlamentarios, si son cuantiosos y pueden incidir en la conducta posterior de ese candidato, van a tener que ser públicos, porque el 10 por ciento es el límite máximo que se podrá donar a un candidato, sea cual sea la suma.
Hemos llegado a un acuerdo. Algunos habrían preferido que fuera menos; varios, que fuera totalmente transparente; otros, que fuera totalmente privado. Pero el compromiso que hemos logrado garantiza, por una parte, la privacidad, la protección de los débiles y de los candidatos respecto de las presiones que puedan sufrir y, por otra, grados importantes de transparencia para la ciudadanía.
Estas iniciativas son perfectibles. Ciertamente, después de la elección municipal de 2004 y de la parlamentaria de 2005 -la presidencial no tiene este tipo de aporte público- vamos a querer modificarlas. Estoy seguro de que lo haremos de buena voluntad y llegando a un consenso. Pero como han dicho muchos diputados de Gobierno y de Oposición, en este país, en materia transparencia, límite y financiamiento -título del proyecto- del gasto electoral, no existe regulación alguna, lo que no quiere decir que ésta es una normativa más o menos. Será una buena ley, que evitará la absoluta falta de transparencia y de límites en el financiamiento electoral, lo que ha imperado en la historia política del país durante muchos años.
Por ello, creo que no es el momento de restarse a esta iniciativa. Lo digo para todos, pero especialmente para los diputados de la Concertación, que no pueden olvidar que planteamos este tema por primera vez hace trece años. En 1990 dijimos que necesitábamos de esta iniciativa. No nos pronunciemos sobre ella a regañadientes. Hagámoslo con orgullo y alegría por ser esta la primera legislación sobre la materia. En algunos años más evaluaremos sus errores o dificultades, frente a lo cual, sin duda, contaremos con el consenso para corregirlos.
Muchas gracias.
-Aplausos.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde votar el proyecto que establece normas sobre transparencia, límite y control del gasto electoral.
Este proyecto contiene disposiciones de ley orgánica constitucional y requiere para su aprobación del voto afirmativo de 65 diputados en ejercicio.
En votación general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 97 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Se abstuvo el diputado señor
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Corresponde votar en particular y en un solo acto, la totalidad de los artículos del proyecto por ser materias propias de ley orgánica constitucional, con excepción, si les parece a los señores diputados, de los artículos 18, 19, 28 y 29 en los cuales se nos ha solicitado votación separada.
Tiene la palabra el diputado señor Álvarez.
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , tengo una duda reglamentaria. Entiendo que este proyecto fue calificado con suma urgencia, por lo tanto, con el resultado de la votación general deberían entenderse aprobados todos los artículos. No proceden las votaciones separadas, como nos ocurrió junto con otras bancadas en el despacho del Plan Auge, cuando pudimos votar sólo las indicaciones.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Señor diputado, esto fue solicitado desde el inicio del debate.
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , se puede solicitar, pero no corresponde concederlo, porque el proyecto que se vota fue calificado con suma urgencia. Lo mismo nos ocurrió, como recordarán los diputados de la Democracia Cristiana, con el subsidio maternal en la votación del Plan Auge. No corresponde.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , entiendo que tienen derecho a solicitar la votación separada. Son todas normas de ley orgánica, por lo tanto, en lugar de continuar con esta discusión, perfectamente podemos dar curso a la votación.
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , quiero que la Mesa dé una explicación respecto de por qué en un proyecto específico, también calificado con suma urgencia, no se acogió nuestra petición de votación separada.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , la Mesa lo único que puede señalar es que en esa oportunidad la petición no fue solicitada antes del cierre del debate, lo que sí ha ocurrido en esta ocasión.
El señor ÁLVAREZ .-
Señora Presidenta , en su momento, fue solicitado en reunión de Comité. En esa oportunidad se sostuvo -por el diputado señor Aguiló y por la diputada señora Saa - que no correspondía. Sólo eran indicaciones. En este caso me parece que, incluso, se encuentran aprobadas todas las normas, pues con la votación general, se entiende aprobada la votación particular.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Señores diputados, voy a citar a reunión de Comité.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
Continúa la sesión.
Corresponde votar en particular y en un solo acto todos los artículos del proyecto, por ser materias propias de ley orgánica constitucional, con excepción de los artículos 28 y 29.
El diputado señor Montes y otros, que habían pedido votación separada para otros artículos, han retirado esa solicitud.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta , retiro mi petición de votación separada.
La señora ALLENDE, doña Isabel ( Presidenta ).-
El señor Navarro acaba de retirar su petición de votación separada. Por lo tanto, votaremos de una vez, en particular, la totalidad de los artículos.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Aprobado en particular el proyecto.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Se abstuvo el diputado señor
La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 15.03 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Nº 22.249
Valparaíso, 15 de Mayo de 2003.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de esa honorable Cámara que establece una nueva política para los funcionarios públicos que indica, correspondiente al boletín Nº 3075-05, con las siguientes modificaciones:
-o-
Ha reemplazado el articulado del proyecto por palabras mayúsculas.
-o-
Artículo 1º
Ha pasado a ser ARTÍCULO PRIMERO.
Número 4), letra a)
Ha reemplazado los vocablos “Este último” por las palabras “El parámetro territorial”.
Artículo 7º
Ha pasado a ser ARTÍCULO SÉPTIMO.
En su inciso primero, ha sustituido las referencias al “artículo 8º” por otra al “artículo octavo” y al “artículo 11” por “artículo undécimo”, contenidas en su inciso primero y en la letra b) de su inciso quinto, respectivamente.
Artículo 11
Ha pasado a ser ARTÍCULO UNDÉCIMO.
En su inciso primero, ha reemplazado las palabras “el aporte” por “un aporte”.
Artículo 15
Ha pasado a ser ARTÍCULO DÉCIMOQUINTO.
En su inciso segundo, ha reemplazado la referencia al “artículo 13” por otra al “artículo decimotercero”.
Artículo 26
Ha pasado a ser ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO.
Ha modificado el Artículo Primero Transitorio de este Título de la siguiente forma:
En su inciso primero ha intercalado, después de la expresión “presente ley,” las palabras “mediante un decreto con fuerza de ley,”.
Ha reemplazado su inciso segundo por el siguiente:
“En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República deberá dictar todas las normas necesarias para la adecuada estructuración y operación de las plantas que fije. De igual forma fijará la fecha de vigencia de las plantas, así como la dotación máxima de personal.”.
Artículo 27
Ha pasado a ser ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO.
Número 13)
Ha sustituido su encabezamiento por lo siguiente:
“13) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 30:
a) En sus incisos cuarto y quinto, antes de sus respectivos punto aparte (.), intercálanse las palabras “según el estamento a calificar”.
b) agrégase el siguiente inciso séptimo:”.
Número 16)
En el artículo 48 que se propone mediante este numeral, ha efectuado las siguientes modificaciones:
En su inciso tercero ha reemplazado las palabras “un representante del personal elegido” por “dos representantes del personal elegidos”, y ha suprimido la oración que sigue al punto seguido (.), pasando éste a ser punto aparte (.);
En la letra c) del inciso quinto ha sustituido los vocablos “cuatro” por “tres” y “cinco” por “cuatro”, respectivamente, y
En el inciso final del artículo propuesto ha intercalado el vocablo “que” entre la preposición “en” y la palabra “quede”.
Artículo 31
Ha pasado a ser ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO.
En su inciso segundo ha sustituido la referencia a “la letra c)” por otra a “el número 3)”.
Artículo 40
Ha pasado a ser ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO.
En su inciso primero ha reemplazado la expresión “artículos 61 y siguientes” por “artículos sexagésimo primero y siguientes”.
En su inciso tercero ha sustituido “10 semestres” por “8 semestres”.
Artículo 44
Ha pasado a ser ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO CUARTO.
En su inciso segundo ha reemplazado “la mayoría de 4/7” por la expresión “los cuatro séptimos”.
Artículo 45
Ha pasado a ser ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO QUINTO.
En su letra e) ha reemplazado su punto final (.) por una coma (,) y ha agregado las frases “así calificadas por el Senado, por los cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio, a proposición del Presidente de la República .”.
Artículo 50
Ha pasado a ser ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO.
Ha sustituido la referencia al “artículo 53” por al “artículo quincuagésimo tercero”.
Artículo 51
Ha pasado a ser ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO PRIMERO.
Ha reemplazado la frase ”hasta en dos oportunidades sucesivas” por “caso en el cual se realizará un nuevo proceso de selección”.
Artículo 52
Ha pasado a ser ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO.
En su inciso segundo ha reemplazado la frase “hasta dos veces sucesivas” por “caso en el cual se realizará un nuevo proceso de selección”, precedida de una coma (,).
Artículo 59
Ha pasado a ser ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO NOVENO.
Ha reemplazado la expresión “artículos 48 y siguientes” por “artículos cuadragésimo octavo y siguientes”.
Artículo 65
Ha pasado a ser ARTÍCULO SEXAGÉSIMO QUINTO.
Ha suprimido su inciso décimo.
Artículo 67
Ha pasado a ser ARTÍCULO SEXAGÉSIMO SÉPTIMO.
En su inciso primero ha intercalado, a continuación de los términos “artículo 1º”, la frase “y del inciso primero del artículo 22”, y ha agregado, después de su punto final (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “"En este último caso las promociones de los cargos de las plantas de directivos y profesionales se efectuarán por concursos de promoción internos.”.
Artículo 70
Ha pasado a ser ARTÍCULO SEPTUAGÉSIMO.
Ha sustituido sus incisos segundo y tercero por los siguientes:
“Los funcionarios afectos a los artículos señalados en el inciso anterior, que hayan optado por continuar desempeñándose en un cargo adscrito y que presenten la renuncia voluntaria al mismo, tendrán derecho a recibir una indemnización equivalente a un mes del promedio mensual del total de sus remuneraciones imponibles devengadas en los 12 meses anteriores, actualizadas según el índice de precios al consumidor, por cada dos años de servicios en la administración del Estado, de conformidad con la siguiente tabla:
Para quienes presenten la renuncia hasta el 30 de junio de 2004, la indemnización será de hasta 11 meses;
Para quienes presenten la renuncia entre el 1 de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005, la indemnización será de hasta 9 meses; y
Para quienes presenten la renuncia entre el 1 de julio de 2005 y el 30 de junio de 2006, la indemnización será de hasta 7 meses.
Los cargos o empleos adscritos cuyos titulares no se hayan acogido a lo dispuesto en el inciso anterior, se suprimirán por el solo ministerio de la ley a contar del 1 de julio de 2006, y percibirán la indemnización establecida en el artículo 148 de la ley Nº 18.834.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los dos incisos anteriores, los jefes superiores del servicio, dentro del plazo de 60 días contados desde la publicación de la presente ley, podrán resolver la incorporación de los funcionarios que estén sirviendo un cargo adscrito en virtud de haber optado por continuar desempeñándose en uno de esa naturaleza, a un cargo en la planta del respectivo servicio, que sea homologable a las funciones que desempeñan. Para este efecto, el Presidente de la República , dentro de los 60 días siguientes al vencimiento del plazo anterior, podrá a través de uno o más Decretos con Fuerza de Ley, crear un cargo directivo de carrera, de profesional o de fiscalizador en la planta del órgano correspondiente, al que accederá el funcionario. La aplicación de esta norma no podrá significar disminución de las remuneraciones del funcionario, y en caso de producirse, éste tendrá derecho a una planilla suplementaria compensatoria de la diferencia, la que será reajustable en la misma forma y montos que lo sean las remuneraciones del sector público. La dotación máxima del servicio se incrementará en el número de cargos que se creen. Estos funcionarios no tendrán derecho a las indemnizaciones establecidas en los incisos anteriores y continuarán desempeñando los cargos de que son titulares conforme las normas generales.”.
Artículo tercero transitorio
Ha reemplazado las referencias al “artículo 9º”, “artículo 7º” y “artículo 8º” por otras al “artículo noveno”, “artículo séptimo” y “artículo octavo”, contenidas en su incisos segundo, cuarto y quinto, respectivamente.
Artículo cuarto transitorio
Ha reemplazado la referencia al “artículo 9º” por otra al “artículo noveno”.
Artículo séptimo transitorio
En su inciso tercero ha reemplazado la palabra “anterior” por el vocablo “primero”.
Artículo noveno transitorio
Ha reemplazado la referencia al “artículo 6º” por otra al “artículo sexto”.
Artículo undécimo transitorio
Ha sustituido la referencia al “artículo 27” por otra al “artículo vigésimo séptimo”.
Artículo decimoquinto transitorio
Ha eliminado su oración final que dice ”El Presidente de la República dispondrá de amplias atribuciones para establecer específicamente los cargos que tendrán este carácter.”.
Artículo decimonoveno transitorio
Ha intercalado, después de la coma (,) que sigue a las palabras “presente ley”, la frase “mediante uno o más decretos con fuerza de ley,”.
-o-
Hago presente a Vuestra Excelencia que el proyecto fue aprobado en general por 40 señores Senadores de un total de 48 en ejercicio, en tanto que en particular, y en el carácter de ley orgánica constitucional, las normas de los artículos 4º e inciso segundo del artículo 5º, incorporados por el artículo 26 fueron aprobadas con el voto conforme de 28 señores Senadores, y las letras a), b) y c) del artículo 7º bis, incorporado en el artículo 27, así como los artículos 41, 42 y 43 fueron aprobadas con el voto conforme de 29 señores Senadores, en todos los casos de un total de 48 en ejercicio, dándose cumplimiento, de esta forma, a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 63 de la Carta Fundamental.
Cabe hacer presente, además, que los artículos 18 y 22, fueron aprobadas, en el carácter de normas de quórum calificado, con el voto conforme de 29 señores Senadores de un total de 48 en ejercicio, dándose cumplimiento, de esta forma, a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 63 de la Carta Fundamental.
Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 4300, de 8 de Mayo de 2.003.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a vuestra Excelencia.
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario General del Senado ”.
2. Certificado de la Comisión de Hacienda.
“Valparaíso, 16 de mayo de 2003.-
El Secretario de Comisiones que suscribe, certifica:
Que el texto que se acompaña, debidamente autenticado, contiene el articulado íntegro del proyecto de ley, originado en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República , sobre transparencia en el financiamiento de campañas electorales y de los partidos políticos (boletín 2745-06), con urgencia calificada de “suma”, tal como fue aprobado en general por esta Comisión, por unanimidad, con la asistencia de los diputados señores Jaramillo, don Enrique ( Presidente ), Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Cardemil, don Alberto ; Dittborn, don Julio ; Escalona, don Camilo ; Ortiz, don José Miguel ; Pérez, don José ; Silva, don Exequiel ; Tuma, don Eugenio y Von Mühlenbrock, don Gastón . También concurrieron a la Comisión los Diputados Bertolino, don Mario ; Burgos, don Jorge , Longueira, don Pablo y Saffirio, don Eduardo .
Concurrieron, además a la Comisión, durante el estudio de la iniciativa, los señores José Miguel Insulza , ministro del Interior y Jorge Claissac , Jefe de la División Jurídica , la señora Ximena Gattas , Jefa de Gabinete , ambos de la mencionada Cartera y el señor Jaime Crispi , Jefe de la División de Estudio de la Dirección de Presupuestos .
El señor José Miguel Insulza hizo una detallada exposición respecto a las principales disposiciones de la iniciativa.
Como consecuencia del debate habido en la Comisión, el Ejecutivo recogió las observaciones de diversos parlamentarios en orden a perfeccionar el proyecto, para lo cual, formuló las siguientes indicaciones:
1. Para agregar el siguiente artículo 12 bis, nuevo:
“Artículo 12 bis.- Los aportes que reciban los candidatos de los partidos que excedan los gastos en que hubieren incurrido serán devueltos a los aportantes, si éstos pudieren ser identificables, en la oportunidad a que se refiere la letra c) del artículo 33. En caso contrario dichos excesos deberán ser entregados por los Administradores Electorales, en la misma oportunidad, a los respectivos Administradores Generales Electorales, y se considerarán hechos a los partidos políticos, en cuanto no superen el monto de los gastos que éstos hubieren efectuado.
Si una vez aplicada la regla establecida en el inciso anterior quedare aún un remanente, este deberá entregarse, por los Administradores Generales Electorales respectivos, al momento de la presentación de las correspondientes cuentas de ingresos y gastos, al Servicio Electoral, a favor del Fisco.
Las mismas reglas se aplicarán, en lo que corresponda, tratándose de los excedentes que se produzcan a los candidatos independientes.”.
2. Para sustituir el inciso segundo del artículo 25, por el siguiente:
“Se prohiben, también, los aportes de campaña electoral proveniente de toda persona jurídica que reciba subvenciones o aportes del Estado, siempre que dichos subvenciones o aportes representen más del quince por ciento de sus ingresos en cualquiera de los dos últimos años calendarios, como también de aquellas que contraten con él o sus órganos la provisión de bienes, la prestación de servicios o la realización de obras, si los montos a que ascendieren los contratos respectivos representan un porcentaje superior al cuarenta por ciento del total de su facturación anual en el respectivo año calendario o en alguno de los dos años calendarios precedentes.”.
3. Para intercalar, en el artículo 48, a continuación de la expresión “la denuncia”, la expresión “o querella”.
Puesto en votación el articulado del proyecto, con las indicaciones precedentes, se aprobó por unanimidad.
Se acompaña al presente certificado el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos.
La Comisión estimó que los artículos 1º al 59 y transitorio, corresponden a normas con carácter orgánico constitucional.
En consecuencia, se propone la aprobación del siguiente texto:
PROYECTO DE LEY:
“TÍTULO I
DEL GASTO ELECTORAL
Párrafo 1º
Del objeto de la ley y de la definición de gasto electoral
Artículo 1º.- El financiamiento, los límites, el control y las medidas de publicidad de los gastos electorales que realicen los partidos políticos y candidatos, como consecuencia de los actos eleccionarios contemplados en la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, y en la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, se regirán por las disposiciones de la presente ley.
Asimismo, esta ley contiene normas aplicables a los órganos de la Administración del Estado, entendiendo por tales los mencionados en el artículo 1º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de otras regulaciones que afecten la responsabilidad civil, penal o administrativa de los funcionarios públicos dispuestas en la legislación.
Artículo 2º.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por gasto electoral todo desembolso en que se incurra para el financiamiento de los equipos, oficinas y servicios de los partidos políticos y candidatos, con ocasión y a propósito de actos electorales.
Se considerarán gastos electorales los que se efectúen por los siguientes conceptos:
a) Propaganda y publicidad dirigida, directa o indirectamente, a promover el voto para un candidato o candidatos determinados, cualquiera sea el lugar, la forma y medio que se utilice. Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en las normas del Párrafo 6º del Título I de la ley Nº 18.700.
b) Las encuestas sobre materias electorales o sociales que encarguen los candidatos o los partidos políticos, durante la campaña electoral.
c) Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles destinados al funcionamiento de los equipos de campaña o a la celebración de actos de proselitismo electoral.
d) Pagos efectuados a personas que presten servicios a las candidaturas.
e) Gastos realizados para el desplazamiento de los candidatos, de los dirigentes de los partidos y de las personas que presten servicios a las candidaturas, como asimismo para el transporte de implementos de propaganda y para la movilización de personas con motivo de actos de campaña.
f) Intereses de los créditos recibidos para la campaña electoral, devengados hasta la fecha en que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 30.
g) Las erogaciones o donaciones realizadas por los candidatos a organizaciones o a personas naturales o jurídicas, mediante el patrocinio de actos culturales, deportivos o de cualquier otro tipo a celebrarse dentro del ámbito territorial respectivo.
Artículo 3º.- Para la determinación de los gastos electorales, se entenderá por período de campaña electoral aquél comprendido entre el día que venza el plazo para declarar candidaturas y el día de la elección respectiva.
Para este efecto, se considerarán gastos electorales los efectuados en dicho período, independientemente de la fecha de contratación o pago efectivo de dicho gasto, y aun cuando se encuentren pendientes de pago.
Los candidatos no podrán realizar gastos electorales de propaganda y publicidad dirigida directamente a promover el voto, antes del plazo que esta ley establece. Si así fuere comprobado por el Servicio Electoral después de investigar denuncias fundadas, dichos gastos se computarán dentro del monto establecido como límite en el artículo 4º de esta ley. Sin perjuicio de lo anterior, toda infracción o falta de cumplimiento a las disposiciones de esta ley que no tenga una pena especial, se sancionará con multa de cinco a cincuenta unidades tributarias mensuales.
Párrafo 2º
De los límites al gasto electoral
Artículo 4º.- Ninguna candidatura a Presidente de la República , senador, diputado , alcalde o concejal podrá sobrepasar, por concepto de gastos electorales, los límites que se indican en los incisos siguientes.
Tratándose de candidaturas a senador, el límite de gasto no podrá exceder de la suma de tres mil unidades de fomento, más aquélla que resulte de multiplicar por cuatro centésimos de unidad de fomento los primeros doscientos mil inscritos, por tres centésimos de unidad de fomento los siguientes doscientos mil inscritos y por dos centésimos de unidad de fomento los restantes inscritos en la respectiva circunscripción.
Los candidatos a diputado no podrán exceder de la suma de mil quinientas unidades de fomento, más aquélla que resulte de multiplicar por tres centésimos de unidad de fomento el número de inscritos en los registros electorales en el respectivo distrito.
El límite de gasto de los candidatos a alcalde no podrá exceder de la suma de ciento veinte unidades de fomento, más aquélla que resulte de multiplicar por tres centésimos de unidad de fomento el número de inscritos en los registros electorales en la respectiva comuna. Cada candidato a concejal podrá gastar una suma no superior a la mitad de aquélla que se permita al correspondiente candidato a alcalde.
En el caso de las candidaturas a Presidente de la República , el límite de gasto será equivalente a la cantidad que resulte de multiplicar por tres centésimos de unidad de fomento el número de inscritos en los registros electorales del país. No obstante, tratándose de la situación prevista en el inciso segundo del artículo 26 de la Constitución Política, dicho límite se calculará considerando como factor multiplicador un centésimo de unidad de fomento.
Para los efectos de lo dispuesto en el presente artículo, el Director del Servicio Electoral establecerá por resolución que se publicará en el Diario Oficial, con ciento veinte días de anticipación a la respectiva elección, los máximos de gastos electorales permitidos.
Asimismo, para todos los efectos de esta ley, el valor de la unidad de fomento será el vigente a la fecha de la resolución a que se refiere el inciso precedente.
Artículo 5º.- El límite de gastos electorales que podrá efectuar cada partido político será el equivalente a un tercio de la suma total de los gastos electorales permitidos a sus candidatos, incluidos los independientes que vayan en pacto o subpacto con él, según lo establecido en el artículo anterior.
En el evento que dos o más partidos políticos celebren un pacto o subpacto electoral, el tercio de gastos a que se refiere el inciso precedente se distribuirá a prorrata de los candidatos respectivos, incluidos los independientes, entre los partidos que integran el pacto o, en su caso, el subpacto.
En todo caso, se presumirá gasto electoral de un partido político el efectuado dentro del período indicado en el artículo 3º, en aquella parte que exceda al promedio de gastos incurridos por el respectivo partido durante los seis meses anteriores a dicho período, cualquiera sea la fecha de contratación o pago efectivo de dichos gastos, y aun cuando se encuentren pendientes de pago.
Artículo 6º.- El candidato o partido político que exceda el límite de gastos electorales, calculado de conformidad con lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionado con multa, a beneficio fiscal, de acuerdo a la siguiente escala:
a) El doble del exceso en la parte que no supere el 30%;
b) El triple del exceso en la parte que supere el 30% y sea inferior al 50%, y
c) El quíntuple del exceso en que hubiere incurrido, en la parte que supere el 50%.
Dicha multa se expresará en unidades de fomento.
La multa será aplicada por el Director del Servicio Electoral, siendo reclamable de acuerdo al procedimiento regulado en el artículo 47.
Artículo 7º.- Los partidos políticos y los candidatos independientes que hayan participado en la respectiva elección, que estén en conocimiento de hechos que puedan constituir infracción al límite de gastos electorales establecidos en esta ley, podrán, dentro de los quince días siguientes a la presentación de la cuenta a que se refiere el artículo 43, poner los antecedentes en conocimiento del Servicio Electoral para que éste, en ejercicio de sus facultades legales, realice las investigaciones que resulten pertinentes.
Si el denunciante tuviere domicilio en una Región distinta a la de la sede del despacho del Director del Servicio Electoral , la denuncia se deducirá ante el Director Regional del Servicio Electoral que corresponda, quien la remitirá a aquél dentro de quinto día de recibida.
TÍTULO II
DEL FINANCIAMIENTO DE LAS CAMPAÑAS
Artículo 8º.- El financiamiento de los gastos que autoriza esta ley durante la campaña electoral, se sujetará a las disposiciones del presente Título.
Párrafo 1º
Del financiamiento privado
Artículo 9º.- Constituye financiamiento privado de campaña electoral toda contribución en dinero, o estimable en dinero, que se efectúe a un candidato o partido político, sea que se materialice bajo la forma de mutuo, donación, comodato o cualquier acto o contrato a título gratuito, destinado al financiamiento de gastos electorales.
Artículo 10.- Ninguna persona podrá aportar a un mismo candidato, y en una misma campaña electoral, una suma que exceda al equivalente en pesos de mil unidades de fomento. En todo caso, el total de aportes que una misma persona podrá hacer a distintos candidatos o a un partido político no podrá exceder del equivalente en pesos de diez mil unidades de fomento.
Para los efectos de este artículo, se presumirá que el pago de los gastos electorales a que se refiere el Título I, efectuado directa o indirectamente a través de terceras personas, constituye aporte de campaña electoral sujeto a las mismas restricciones señaladas en los incisos precedentes.
Los candidatos podrán destinar al financiamiento de los gastos electorales en que incurran su propio patrimonio, así como los sueldos, asignaciones u honorarios que perciban en el ejercicio de cualquier actividad lícita, sin sobrepasar lo establecido como límite de gasto electoral por esta ley.
Los candidatos y los partidos políticos podrán rechazar cualquier aporte de campaña electoral.
Artículo 11.- Los aportes de campaña electoral que efectúen personas jurídicas con fines de lucro requerirán decisión expresa de quienes tengan las facultades de administración, de conformidad con los acuerdos que sobre esta materia haya adoptado previamente el órgano social competente.
Si el órgano de administración resuelve que los aportes deban efectuarse bajo la forma de reserva establecida en el artículo 19, le estará prohibido a los administradores o representantes de la persona jurídica, divulgar la identidad del partido o candidato donatario.
Artículo 12.- Las donaciones que se efectúen con arreglo a este Párrafo estarán liberadas del trámite de insinuación y exentas del pago del impuesto a las herencias y donaciones establecido por la ley Nº 16.271.
Los aportes que reciban los candidatos en virtud de las disposiciones de esta ley, no constituirán renta para todos los efectos legales.
Artículo 12 bis.- Los aportes que reciban los candidatos de los partidos que excedan los gastos en que hubieren incurrido serán devueltos a los aportantes, si éstos pudieren ser identificables, en la oportunidad a que se refiere la letra c) del artículo 33. En caso contrario dichos excesos deberán ser entregados por los Administradores Electorales, en la misma oportunidad, a los respectivos Administradores Generales Electorales, y se considerarán hechos a los partidos políticos, en cuanto no superen el monto de los gastos que éstos hubieren efectuado.
Si una vez aplicada la regla establecida en el inciso anterior quedare aún un remanente, este deberá entregarse, por los Administradores Generales Electorales respectivos, al momento de la presentación de las correspondientes cuentas de ingresos y gastos, al Servicio Electoral, a favor del Fisco.
Las mismas reglas se aplicarán, en lo que corresponda, tratándose de los excedentes que se produzcan a los candidatos independientes.
Párrafo 2º
Del financiamiento público
Artículo 13.- Durante la campaña electoral, el Estado financiará y reembolsará los gastos electorales en que incurran los candidatos y los partidos, en las cantidades, proporciones y formas que establecen los artículos siguientes. Quedarán excluidas de las normas de este Párrafo las candidaturas a Presidente de la República .
Artículo 14.- Al inicio del período de campaña electoral, cada partido inscrito que presente candidatos a la respectiva elección de senadores, diputados y concejales, tendrá derecho a que el Estado pague en su favor una cantidad de dinero equivalente al número de sufragios obtenidos en la última elección de igual naturaleza, incluidos los independientes que hubieren ido en pacto o subpacto con él, multiplicado por el equivalente en pesos a diez milésimos de unidad de fomento. Aquellos partidos que no hubieren participado en la elección de igual naturaleza anterior tendrán derecho a recibir una cantidad igual a la que corresponda al partido político que hubiere obtenido en ella el menor número de sufragios. Tratándose de candidatos independientes, se prorrateará entre todos ellos un monto similar al que le corresponda al partido que hubiere obtenido en esa elección el menor número de votos.
Se entenderá por elección de igual naturaleza, aquélla en que corresponda elegir los mismos cargos, y en las mismas circunscripciones, distritos o comunas.
Las cantidades a que se refiere el inciso primero serán pagadas directamente por el Fisco, hasta el monto máximo que le corresponda a cada partido o candidato independiente, contra la presentación de boletas o facturas que den cuenta fidedigna de la obligación, y siempre y cuando se dé cumplimiento a lo dispuesto en los incisos siguientes.
Sólo será procedente imputar a las sumas de aporte público a que los partidos políticos tengan derecho los gastos en que éstos incurran, para sí o para sus candidatos, por los conceptos a que se refieren las letras a) y b) del artículo 2º.
Las imprentas, radios, periódicos, revistas u otras empresas de naturaleza similar que quieran recibir pagos imputables a aportes públicos deberán acreditarse ante el Servicio Electoral, señalando las tarifas que cobrarán por sus servicios, la que no podrá hacer diferencias entre candidatos de distintos partidos o independientes.
Para los efectos de la contratación de los servicios a que se refiere este artículo, el Director del Servicio Electoral certificará a los partidos políticos y a los candidatos independientes el monto máximo de aporte público que de acuerdo con las reglas señaladas en este artículo les corresponda.
Las empresas acreditadas ante el Servicio Electoral podrán requerir siempre que éste certifique, antes de contratar sus servicios con los partidos o candidatos independientes, los saldos de aporte público que les restaren.
Artículo 15.- Finalizado el proceso electoral, y rendidas las cuentas a que se refiere el Título III de esta ley, el Fisco reembolsará a los candidatos, a los candidatos independientes que no estuvieren incluidos en un pacto o subpacto y a los partidos, los gastos electorales en que hubieren incurrido durante la campaña, de conformidad con las reglas que se indican a continuación.
Dentro de los diez días siguientes a la resolución del Director del Servicio Electoral que tiene por aprobada la cuenta de ingresos y gastos que presente el Administrador Electoral o el candidato, en su caso, el Servicio Electoral autorizará la devolución de los gastos en que hubieren incurrido los candidatos, por una suma que no podrá exceder del equivalente en pesos a tres centésimos de unidad de fomento, multiplicado por el número de sufragios obtenidos por ellos en la respectiva elección. Esta devolución se hará a las personas o entidades que hubieren contratado con los respectivos candidatos, mediante el pago de las facturas o boletas emitidas por ellas, según el orden de su presentación al Servicio Electoral.
Si el total de los gastos rendidos por el Administrador Electoral, o el candidato en su caso, fuere inferior a la suma que resulte de la aplicación de la regla indicada en el inciso anterior, la devolución de gastos se ajustará a los efectivamente gastados.
Antes de procederse a la devolución a que se refiere el inciso primero, el Servicio Electoral determinará si la suma recibida por los partidos políticos o los candidatos independientes que no hubieren integrado un pacto o subpacto, de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, excedió de la cantidad que resulte de multiplicar por quince milésimos de unidad de fomento el número de sufragios obtenidos por ellos en la respectiva elección.
Si la suma a que se refiere el inciso anterior hubiere sido inferior a la que en definitiva le correspondiere, el partido o el candidato independiente tendrá derecho a que se le pague la diferencia que resulte a su favor, hasta alcanzar los referidos quince milésimos de unidad de fomento por cada voto efectivamente obtenido.
Párrafo 3º
De la transparencia del financiamiento
Artículo 16.- Los aportes de campaña electoral serán anónimos, reservados o públicos, de conformidad con lo que se señala en los artículos siguientes.
Artículo 17.- Podrán ser anónimos todos los aportes privados en dinero cuyo importe no supere el equivalente en pesos a veinte unidades de fomento. No obstante, cualquier aportante podrá solicitar se consigne su identidad y el monto de su contribución.
En todo caso, durante el período de campaña electoral, ningún candidato o partido político podrá recibir, por concepto de aportes anónimos, más del veinte por ciento del límite de gastos electorales definido en esta ley.
Artículo 18.- Todo aporte que supere el monto indicado en el artículo anterior y que represente menos del diez por ciento del total de gastos que la ley autoriza a un candidato o partido político, tendrá el carácter de reservado, siempre y cuando no exceda de seiscientas unidades de fomento para un candidato o de tres mil unidades de fomento para un partido político o el conjunto de sus candidatos.
Artículo 19.- Los aportes a que se refiere el artículo anterior se realizarán directamente en una cuenta única que deberá mantener al efecto el Servicio Electoral. El donante recibirá del servicio Electoral, una vez que los fondos hayan quedado acreditados en la referida cuenta corriente, un certificado, que a solicitud del donante deberá ser electrónico, de la donación que sólo acreditará el monto total donado. El Servicio establecerá un sistema electrónico mediante el cual el donante pueda destinar su aporte a uno o más candidatos o partidos, dentro de los límites establecidos en la presente ley y hasta el monto de su donación. Dicho sistema deberá además asegurar tanto la reserva de la identidad del donante, como garantizar que éste no obtendrá documento alguno que permita identificar su donación ante el donatario o terceros. El Servicio Electoral deberá transferir electrónicamente, el primer día hábil de cada semana, a la cuenta designada por el respectivo Administrador Electoral, la suma de todos los aportes que haya recibido en la semana anterior.
Las normas sobre secreto bancario contenidas en el artículo 154 de la Ley General de Bancos, le serán aplicables a los funcionarios del Servicio Electoral.
Artículo 20.- Los aportes que no tengan el carácter de anónimos o reservados de conformidad con lo establecido por los artículos 17 y 18, serán públicos.
Para los efectos de determinar si las donaciones hechas a los candidatos o a los partidos o al conjunto de los candidatos de un partido deban ser públicas, deberán sumarse todas las donaciones hechas por el mismo donante al mismo candidato o partido o conjunto de candidatos de un mismo partido, en la misma elección.
El servicio Electoral determinará la forma en que las donaciones se harán públicas.
Artículo 21.- Serán públicos los aportes mensuales que reciban los partidos políticos fuera del período señalado en el artículo 3º, y siempre que excedan de cien unidades de fomento por cada aportante.
Para los efectos de la recaudación de aportes, en el período indicado en el inciso anterior, los partidos políticos podrán formar entidades recaudadoras, cuyo único giro será el de la recaudación de donaciones y cotizaciones, con el objeto de ponerlas a disposición del partido que las hubiere formado, para el pago de sus gastos normales de funcionamiento.
Estas entidades se constituirán por el solo hecho de inscribirse en el Servicio Electoral por el partido correspondiente, su vigencia será indefinida, y en todo caso se extinguirá conjuntamente con la resolución que disponga la cancelación de la inscripción del partido en el Registro de Partidos Políticos . En todo caso, el partido respectivo deberá hacer publicar en el Diario Oficial un certificado emitido por el Director del Servicio Electoral en que conste la fecha de su constitución.
El tesorero del respectivo partido tendrá, por el solo ministerio de la ley, la representación de la entidad recaudadora, con las facultades de administración que le acuerde la directiva central del partido.
La recaudación de los aportes a que se refiere este artículo se hará directamente al partido o a la entidad recaudadora, si la hubiera, dando recibo de ellos. Los recibos se otorgarán en formularios timbrados por el Servicio Electoral, de acuerdo con el formato que éste, por resolución que se publicará en el Diario Oficial, determine.
Los partidos políticos, o la entidad recaudadora, en su caso, deberán informar mensualmente al Servicio Electoral, acerca de las donaciones que hubieren recibido y que deban ser públicas. La infracción de esta prohibición será sancionada con multa a beneficio fiscal del triple de las cantidades no informadas, aplicándose a su respecto lo señalado en el artículo 47.
Artículo 22.- Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 20 y 21, los aportes que deban ser públicos constarán por escrito, consignándose la identidad del aportante.
Se entenderá que hay constancia escrita cuando el aporte aparezca consignado en una boleta, factura, comprobante de depósito en cuenta corriente, recibo de dinero o cualquier otro documento de similar naturaleza.
Artículo 23.- A requerimiento del donante, el Director del Servicio Electoral deberá emitir los certificados que den cuenta de las donaciones que hubiere realizado de conformidad con las normas de esta ley.
Párrafo 4º
De las prohibiciones
Artículo 24.- Prohíbense los aportes de campaña electoral provenientes de personas naturales o jurídicas extranjeras, con excepción de los efectuados por extranjeros habilitados legalmente para ejercer en Chile el derecho a sufragio.
Artículo 25.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Párrafo 2º de este Título, los candidatos y partidos políticos no podrán recibir, directa o indirectamente, aportes de campaña electoral de los Órganos de la Administración del Estado, de las empresas del Estado, ni de aquéllas en que éste, sus empresas, sociedades o instituciones tengan participación.
Se prohiben, también, los aportes de campaña electoral proveniente de toda persona jurídica que reciba subvenciones o aportes del Estado, siempre que dichos subvenciones o aportes representen más del quince por ciento de sus ingresos en cualquiera de los dos últimos años calendarios, como también de aquellas que contraten con él o sus órganos la provisión de bienes, la prestación de servicios o la realización de obras, si los montos a que ascendieren los contratos respectivos representan un porcentaje superior al cuarenta por ciento del total de su facturación anual en el respectivo año calendario o en alguno de los dos años calendarios precedentes.
Dicha prohibición afectará también a las personas jurídicas que, durante la campaña electoral, se encuentren postulando a licitaciones públicas o privadas con algunos de los organismos a que se refieren los incisos precedentes, siempre y cuando el monto de la licitación represente un porcentaje superior al cuarenta por ciento del total de su facturación anual en cualquiera de los dos años calendario inmediatamente anteriores. Su incumplimiento significará su eliminación del proceso licitatorio que esté en curso o la terminación anticipada del contrato que se encuentre vigente, según corresponda.
Artículo 26.- No podrán efectuar aportes de campaña electoral las personas jurídicas de derecho público, o privado sin fines de lucro, con excepción de los partidos políticos.
Artículo 27.- Los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado, ni usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones.
Párrafo 5º
De las sanciones
Artículo 28.- las infracciones a las normas de los Párrafos 1º, 3º, 4º y 5º del presente Título, cometidas tanto por particulares o entidades aportantes como por candidatos o partidos políticos, serán sancionadas con multa a beneficio fiscal, de acuerdo con la siguiente escala:
a) El doble del exceso en la parte que no supere el 30%;
b) El triple del exceso en la parte que supere el 30% y sea inferior al 50%, y
c) El quíntuple del exceso en que hubiere incurrido, en la parte que supere el 50%.
Dicha multa se expresará en unidades de fomento.
La multa será aplicada por el Director del Servicio Electoral, siendo reclamable de acuerdo al procedimiento regulado en el artículo 47.
Artículo 29.- Las infracciones a las normas del Párrafo 2º que cometan los candidatos o partidos políticos, serán sancionadas con multa a beneficio fiscal equivalente al triple de las sumas indebidamente recibidas, sin perjuicio de las sanciones que les correspondan a ellos o sus representantes por delitos en que hubieren incurrido.
Artículo 30.- La responsabilidad administrativa de funcionarios de la Administración del Estado, que pudiere resultar como consecuencia de infracciones a las disposiciones de la presente ley, se hará efectiva directa y exclusivamente por procedimiento disciplinario que llevará a efecto la Contraloría General de la República.
Cualquier persona podrá deducir la correspondiente denuncia directamente a la Contraloría General de la República, acompañando los antecedentes en que se funde.
Sin perjuicio de lo anterior, las autoridades superiores de la Administración del Estado que conocieren de hechos que pudieren configurar las infracciones a que se refiere el inciso primero de este artículo y que afectaren a funcionarios de su dependencia, pondrán los antecedentes a disposición de dicho organismo contralor dentro del plazo de cinco días hábiles desde que tomen conocimiento de tales hechos.
Las investigaciones y sumarios administrativos que al efecto instruya la Contraloría General de la República se regirán por la ley Nº 10.336 y sus normas complementarias.
Sin perjuicio de los recursos administrativos o acciones judiciales que les asistan a los funcionarios infractores, la medida disciplinaria propuesta por la Contraloría General de la República será comunicada al afectado, a la autoridad superior del servicio y a la autoridad competente para aplicar la sanción respectiva.
La autoridad no podrá modificar la sanción administrativa propuesta por el órgano contralor, sino a través de una resolución fundada sujeta al trámite de toma de razón.
TÍTULO III
DEL CONTROL DE LOS INGRESOS Y GASTOS ELECTORALES
Artículo 31.- Las normas de este Título serán aplicables a las elecciones presidenciales, parlamentarias y municipales.
Párrafo 1º
De los Administradores Electorales y de los Administradores Generales Electorales
Artículo 32.- Todo candidato a Presidente de la República , a Senador o a Diputado , deberá nombrar un Administrador Electoral, el que actuará como mandatario respecto de las funciones de control de los ingresos y gastos electorales que esta ley le asigna. Igual obligación pesará en el caso de candidatos a alcalde o a concejal.
Una misma persona podrá ejercer como Administrador Electoral para más de un candidato, siempre que las respectivas candidaturas hayan sido declaradas por un mismo partido político.
El nombramiento de éste deberá efectuarse ante el Director del Servicio Electoral , al momento de la declaración de la correspondiente candidatura. La designación se formalizará por escrito, indicándose el nombre, cédula de identidad y domicilio del respectivo Administrador, el que deberá también suscribir este documento en señal de aceptación del cargo. Este nombramiento podrá ser dejado sin efecto en cualquier momento, mediante comunicación del candidato correspondiente al Director del Servicio Electoral , sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 39.
Artículo 33.- Corresponderán especialmente al Administrador Electoral las siguientes obligaciones:
a) Llevar contabilidad simplificada de los ingresos y gastos electorales de la candidatura a su cargo, cualquiera sea la fecha de contratación o pago efectivo de dichos gastos, y aun cuando se encuentren pendientes de pago, de conformidad con las disposiciones de la presente ley.
b) Conservar la documentación relativa a los gastos electorales de la candidatura a su cargo y los comprobantes de los aportes privados, cuando corresponda.
c) Remitir al Administrador General Electoral del respectivo partido político la información contable y la documentación relativa a los ingresos y gastos electorales de la candidatura a su cargo, dentro del plazo de diez días contado desde la fecha de la elección correspondiente.
d) Mantener reserva de los antecedentes que, en tal carácter, reciba en el ejercicio de su cargo.
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en este articulo serán sancionadas con multa a beneficio fiscal de 10 a 30 unidades tributarias mensuales. Dicha multa será aplicada por el Servicio Electoral, y a su respecto se estará a lo señalado en el artículo 47.
Artículo 34.- Los tesoreros de los partidos políticos, en las elecciones de Presidente de la República , de senadores, de diputados y de alcaldes y concejales, ejercerán, además, el cargo de Administrador Electoral General.
Artículo 35.- Corresponderán especialmente al Administrador General Electoral las siguientes obligaciones:
a) Llevar contabilidad simplificada de los ingresos y gastos electorales del respectivo partido político, cualquiera sea la fecha de contratación o pago efectivo de dichos gastos, y aun cuando se encuentren pendientes de pago, de conformidad con las disposiciones de la presente ley.
b) Conservar, por el plazo de un año, la documentación relativa a los gastos electorales del partido político y los comprobantes de los aportes privados, cuando proceda, y requerir de los Administradores Electorales la información y documentación que corresponda a cada candidatura a su cargo.
c) Remitir al Director del Servicio Electoral , en la forma y plazo establecidos en la presente ley, la información contable y la documentación relativa a los ingresos y gastos electorales del respectivo partido político, como asimismo las correspondientes a la totalidad de las candidaturas inscritas en representación del partido.
d) Mantener reserva de los antecedentes que, en tal carácter, reciba en el ejercicio de su cargo.
Artículo 36.- Sólo podrán ser Administradores Electorales y Administradores Generales Electorales los ciudadanos inscritos en los Registros Electorales. No obstante, no podrán ejercer ninguno de estos cargos quienes sean candidatos en una misma elección o en elecciones distintas pero efectuadas en un mismo acto eleccionario.
Tampoco podrán ejercer estos cargos los directores, gerentes y ejecutivos superiores de empresas del Estado o de aquéllas en que éste tenga participación mayoritaria, las autoridades de la Administración del Estado, los funcionarios públicos ni los alcaldes.
Artículo 37.- Los Administradores Electorales y los Administradores Generales Electorales cesarán por el solo ministerio de la ley en su calidad de tales al nonagésimo día posterior al de la fecha de la respectiva presentación de las cuentas de la campaña electoral.
No obstante, si el Director del Servicio Electoral realiza observaciones a las cuentas presentadas por el Administrador Electoral o el Administrador General Electoral, las calidades de tales se entenderán prorrogadas mientras no sean aprobadas las cuentas respectivas.
Artículo 38.- Las nóminas de los Administradores Electorales y de los Administradores Generales Electorales serán exhibidas al público en las oficinas del Servicio Electoral y en sus direcciones regionales. Igual publicidad deberá darse a los reemplazos que se produzcan en dichos cargos.
Artículo 39.- En caso de fallecimiento, renuncia o remoción de un Administrador Electoral, el candidato deberá nombrar a otro en su reemplazo, en la forma establecida para el nombramiento original. Respecto del Administrador General Electoral, en los casos previstos en este inciso, se estará a lo dispuesto en la ley Nº 18.603.
Si el candidato no formalizare el reemplazo dentro de quinto día desde la fecha en que tuvo conocimiento de su fallecimiento o renuncia, o desde que lo removió de su cargo, las funciones de Administrador Electoral serán ejercidas de pleno derecho por el Administrador General Electoral del Partido. Tratándose de candidatos independientes no incluidos en un pacto o, en su caso, en un subpacto de partidos políticos, la falta de reemplazo hará recaer la responsabilidad de las funciones de Administrador Electoral en el propio candidato.
Párrafo 2º
De la contabilidad electoral
Artículo 40.- Los Administradores Electorales y los Administradores Generales Electorales deberán llevar, en la forma que se establece en este Párrafo, contabilidad de los ingresos y gastos electorales, para cada uno de los candidatos y partidos políticos que respectivamente representen.
Artículo 41.- Serán aplicables a los Administradores Electorales y a los Administradores Generales Electorales, en su caso, las prohibiciones establecidas en el artículo 31 del Código de Comercio.
Artículo 42.- Los Administradores Electorales y los Administradores Generales Electorales, en su caso, deberán registrar todos los aportes en dinero, especies o servicios que se destinen a una campaña electoral o se reciban para el financiamiento de los gastos electorales, debidamente valorizados.
Párrafo 3º
De la presentación y control de la contabilidad electoral
Artículo 43.- Dentro de los treinta días siguientes a una elección presidencial, parlamentaria o municipal, los Administradores Generales Electorales deberán presentar al Director del Servicio Electoral una cuenta general de los ingresos y gastos electorales directamente recibidos y efectuados por el respectivo partido político.
Asimismo, y conjuntamente, deberán presentar una cuenta general de los ingresos y gastos electorales de la totalidad de los candidatos inscritos en representación del partido político correspondiente, que hubieren sido enviados por los Administradores Electorales.
La cuenta general de ingresos y gastos electorales deberá, además, precisar el origen de la totalidad de los ingresos y el destino de todos los gastos del partido político y candidatos respectivos, de conformidad con las anotaciones consignadas, cualquiera sea la fecha de contratación o pago efectivo de dichos gastos, y aun cuando se encuentren pendientes de pago.
Cuando resulte inaplicable lo establecido en el inciso primero por tratarse de candidatos independientes, corresponderá a sus Administradores Electorales presentar la cuenta general de ingresos y gastos electorales.
Artículo 44.- El Director del Servicio Electoral deberá pronunciarse respecto de la cuenta de ingresos y gastos dentro de los treinta días siguientes de expirado el plazo a que se refiere el inciso primero del artículo anterior. Si el Director del Servicio estimare necesario un examen más acabado de los antecedentes presentados, podrá prorrogar dicho plazo, una vez, y hasta por un máximo de quince días. Vencidos estos plazos, sin que el Director del Servicio se hubiere pronunciado sobre la cuenta, ésta se entenderá aprobada.
En los casos en que se establezca la existencia de gastos electorales no declarados, corresponderá al Director del Servicio Electoral determinar la cuantía de los mismos. Lo anterior no obstará a la aplicación, si procediere, de lo dispuesto en los artículos siguientes del presente Párrafo.
Artículo 45.- Si el Director del Servicio Electoral estimare del caso observar la cuenta presentada, requerirá del Administrador Electoral o Administrador General Electoral, según corresponda, las aclaraciones, antecedentes o correcciones pertinentes, quien deberá evacuar su respuesta dentro del plazo de quinto día de ser requerido.
Artículo 46.- El Director del Servicio Electoral rechazará la cuenta que, no obstante lo dispuesto en el artículo anterior, finalmente no se ajustare a los documentos y comprobantes acompañados o contuviere errores u omisiones graves.
La resolución del Director del Servicio Electoral que rechace una cuenta de ingresos y gastos electorales se notificará, mediante carta certificada, al Administrador General Electoral correspondiente o al Administrador Electoral, según el caso, y al partido político y candidatos respectivos.
El rechazo de la cuenta será sancionado con multa a beneficio fiscal, equivalente al duplo de la parte de los gastos electorales que se haya rechazado o que no haya sido justificada. El Director del Servicio Electoral aplicará esta multa al Administrador General Electoral o al Administrador Electoral, según el caso.
Artículo 47.- Las resoluciones del Servicio Electoral que rechacen una cuenta de ingresos y gastos electorales, las que se pronuncien en los casos a que se refiere el artículo 7º y las que apliquen las multas establecidas en el artículo precedente y en los artículos 6º, 28 y 29, serán reclamables ante el Tribunal Calificador de Elecciones, dentro de quinto día hábil de su notificación. La reclamación deberá ser fundada, y el Tribunal fallará dentro del término de diez días contado desde la interposición del reclamo.
La resolución del Tribunal Calificador de Elecciones será inapelable y se notificará por el estado diario a los interesados y al Director del Servicio Electoral.
Artículo 48.- Si el Director del Servicio Electoral advirtiere indicios de haberse cometido algún delito en la presentación de las cuentas de ingresos y gastos electorales, deberá efectuar la denuncia o querella correspondiente ante los tribunales de justicia.
Artículo 49.- El Director del Servicio Electoral tendrá la facultad de requerir, mediante oficio, la información que estime necesaria a los organismos públicos competentes, para aclarar algún antecedente de las cuentas presentadas por el Administrador Electoral y el Administrador General Electoral.
TÍTULO IV
DE LA PUBLICIDAD
Artículo 50.- Las cuentas de los ingresos y gastos electorales presentadas ante el Director del Servicio Electoral serán públicas y cualquier persona podrá obtener, a su costa, copia de ellas.
Durante el examen de las cuentas, el Director del Servicio Electoral velará porque el ejercicio del derecho establecido en el inciso anterior se compatibilice con sus labores propias.
Artículo 51.- Los partidos políticos que hubieren efectuado gastos electorales en las elecciones presidenciales, parlamentarias o municipales deberán incluir en el balance a que se refiere el artículo 35 de la ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, los siguientes antecedentes:
a) El monto total de los gastos electorales en que hubiere incurrido directamente el partido político;
b) El monto total de los ingresos para el financiamiento de gastos electorales percibidos por el partido, y
c) El gasto electoral realizado por cada candidato del partido y por cada candidato independiente incluido en un pacto o subpacto del cual el partido forme parte.
Lo dispuesto en los incisos precedentes, en lo que corresponda, se aplicará también a los candidatos independientes en las elecciones presidenciales.
TÍTULO V
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 52.- Tratándose de la segunda votación contemplada en el inciso segundo del artículo 26 de la Constitución Política, las disposiciones sobre plazos y procedimientos establecidos en la presente ley se aplicarán, en la forma que corresponda, considerando la fecha de verificación de dicha segunda votación.
Para los efectos del artículo 3º de esta ley, se entenderá que el período de campaña electoral, en el caso de este artículo, se inicia al día siguiente del de la publicación en el Diario Oficial de la declaración del Tribunal Calificador de Elecciones que indique los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas.
Artículo 53.- El Tribunal Calificador de Elecciones, mediante autos acordados, podrá complementar las normas de procedimiento a que se refiere esta ley respecto de los asuntos que se tramiten ante el Director del Servicio Electoral y ante el propio Tribunal.
Artículo 54.- Los plazos de días establecidos en esta ley serán de días hábiles.
Artículo 55.- Durante el período de campaña electoral, los ministerios, las intendencias, las gobernaciones, los órganos y servicios públicos que integran la Administración del Estado, las empresas públicas y las municipalidades, no podrán incurrir en otros gastos por concepto de publicidad y difusión que los necesarios para el cumplimiento de sus funciones y en aquellos que tengan por objeto informar a los usuarios sobre la forma de acceder a las prestaciones que otorgan.
Artículo 56.- Las faltas o infracciones a que se refiere la presente ley, prescribirán en el plazo de un año contado desde la fecha de la elección.
TÍTULO FINAL
Artículo 57.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:
1) Reemplázase el artículo 6º por el siguiente:
“Artículo 6º.- Las declaraciones de candidaturas a senadores y diputados sólo podrán hacerse hasta las veinticuatro horas del nonagésimo día anterior a la fecha de la elección correspondiente.
Tratándose de las declaraciones de candidaturas a Presidente de la República , éstas sólo podrán hacerse hasta las veinticuatro horas del nonagésimo día anterior a aquél en que deba realizarse la primera o única votación, o del décimo día siguiente al acuerdo del Senado a que se refiere el inciso segundo del artículo 28, o a la convocatoria del Vicepresidente en el caso del inciso cuarto del artículo 29, ambos de la Constitución Política, que den lugar a una elección extraordinaria.”.
2) Incorpórase en el artículo 7º, el siguiente inciso segundo, nuevo:
“Asimismo, en las declaraciones se indicarán los nombres, la cédula de identidad y domicilio del Administrador Electoral y del Administrador General Electoral, en su caso.”.
3) Modifícase el artículo 32, de la siguiente manera:
a) Reemplázase el inciso primero, por el siguiente:
“Artículo 32.- No podrá realizarse propaganda electoral con pintura, carteles y afiches adheridos en los muros exteriores y cierros, sean éstos públicos o privados, salvo que en este último caso, medie autorización del propietario, poseedor o mero tenedor; como asimismo en los componentes y equipamiento urbanos, tales como calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, escaños, semáforos y quioscos. Tampoco podrá realizarse propaganda mediante elementos que cuelguen sobre la calzada o que se adhieran de cualquier modo al tendido eléctrico, telefónico, de televisión u otros de similar naturaleza.”.
b) Incorpórase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:
“Las municipalidades deberán, de oficio o a petición de parte, retirar u ordenar el retiro de toda la propaganda electoral que se realice con infracción a lo dispuesto en este artículo. Los candidatos y los partidos políticos estarán obligados a reembolsar los gastos en que incurran las municipalidades en el retiro de dicha propaganda.”.
c) Reemplázanse, en el inciso segundo que ha pasado a ser tercero, las expresiones “con elementos colgantes” por “con elementos móviles”, y la forma verbal “pudiendo” por la frase “estando facultadas para”.
d) Agrégase el siguiente inciso final, nuevo:
“Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, corresponderá al concejo municipal de cada comuna determinar aquellas vías públicas en que, excepcionalmente, la propaganda electoral por medio de elementos móviles o por avisos luminosos o proyectados, no podrá desarrollarse bajo ningún concepto, por estimarse que ella pudiere afectar o interferir el normal desarrollo de las actividades cotidianas de la comuna.”.
4) Reemplázase el inciso primero del artículo 126, por el siguiente:
“Artículo 126.- El que hiciere propaganda electoral con infracción a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 32, será sancionado con multa a beneficio municipal de una a veinte unidades tributarias mensuales.”.
5) Agrégase el siguiente artículo 153 A, nuevo:
“Art. 153 A. El plazo de prescripción para las faltas, infracciones o delitos establecidos en esta ley, incluidos los delitos conexos a ellos, será de un año contado desde la fecha de la elección correspondiente.".
Artículo 58.- Modifícase el inciso segundo del artículo 107 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, de la siguiente forma:
a) Intercálase a continuación del punto (.) que sigue al guarismo 74, la siguiente nueva oración: “Además, dicha declaración consignará el nombre, cédula de identidad y domicilio del Administrador Electoral y del Administrador Electoral General, en su caso.”.
b) Intercálanse en la oración final, a continuación del vocablo “declaración”, la primera vez que aparece, las palabras “o su omisión.”.
Artículo 59.- Reemplázase el artículo 54 de la ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, por el siguiente:
“Artículo 54.- El plazo de prescripción para las faltas o infracciones establecidas en esta ley, incluidos los delitos conexos a ellas, será de un año contado desde la fecha de la elección.".
Artículo 60.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el Servicio Electoral se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en el presupuesto del año respectivo. Si tales recursos no fueren suficientes, el Ministerio de Hacienda podrá suplementarlos con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del presupuesto del sector público del mismo año.
Artículo transitorio.- Los partidos políticos tendrán el plazo de seis meses, contado desde la vigencia de la presente ley, para adecuar su funcionamiento a las disposiciones sobre contabilidad, balances, límites y publicidad que ésta establece. Dentro del mismo plazo deberán adecuar a las normas del artículo 21 cualquier entidad que haya cumplido las funciones señaladas en dicho artículo o disolverlas, traspasando sus bienes al partido, a la entidad recaudadora que se forme de conformidad a lo dispuesto en esta ley o a un instituto de formación que se registre en el Servicio Electoral. Los traspasos de bienes que se produzcan de conformidad a esta norma quedarán exentos de toda clase de impuestos.
Los plazos a que se refieren los artículos 56 de la presente ley y 54 y 153 A que esta ley introduce a las leyes Nº 18.603 y Nº 18.700, respectivamente, se aplicarán a todas las elecciones verificadas con anterioridad a su entrada en vigencia.”.
La Comisión de Hacienda acordó, además, que el informe se emitiera en forma verbal directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado Informante al señor Rodrigo Álvarez .
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Secretario de la Comisión ”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY SOBRE TRANSPARENCIA, LÍMITE
Y CONTROL DEL GASTO ELECTORAL
Mensaje Nº 560-348
Millones $
1. Gastos permanentes Servicio:
-Gastos en personal 64
-Bienes y Servicios de Consumo 19
TOTAL 83
2. Gastos del Servicio por Evento Electoral:
-Gastos en Personal 106
-Bienes y Servicios de Consumo 71
-Inversión Real 35
TOTAL 212
3. Estimación Gasto correspondiente al financiamiento público señalado en el artículo 13 del proyecto para:
a) Elección de alcaldes y concejales 6.590
b) Elección de diputados y senadores 9.860
(incluye regiones pares y metropolitana)
c) Elección de diputados y senadores 7.401
(incluye regiones impares)
4. Los montos señalados distinguen entre gastos permanentes para el Servicio, los referidos a costos para cada evento electoral y los de financiamiento público correspondientes a los distintos tipos de elección, sobre la base de los votos válidamente emitidos en la última y considerando un crecimiento, entre cada elección, del 3% en el número de inscritos.
(Fdo.): SERGIO GRANADOS AGUILAR , Subdirector de Presupuestos?.
ANEXO Nº 1
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
Incremento y asignación de modernización y otras análogas
17.474
30.811
30.811
30.811
30.811
30.811
30.811
30.811
Bonificación a zonas extremas funcionarios XI y XII
937
674
674
674
674
674
674
674
Bono de escolaridad prebásica
124
124
Programa de 400 becas concursables
85
166
162
162
81
Incremento de viático de faena
398
507
507
507
507
507
507
507
Premio Anual por Excelencia Institucional
347
385
342
342
342
342
342
342
Bonificación por retiro
6.677
6.879
6.879
6.879
6.879
6.879
6.879
Dirección Nacional de Servicio Civil
532
1.530
1.530
1.530
1.530
1.530
1.530
1.530
Incentivo personal profesional y técnico Junji
139
139
139
139
Consejo Alta Dirección Pública
43
102
102
102
102
102
102
102
Asignación de alta dirección pública
134
180
303
360
389
418
451
Extensión asignación de Dirección Superior gobernadores
281
482
482
482
482
482
482
482
Asignación por funciones críticas
370
370
370
370
370
370
370
Bono Servicio de Registro Civil e Identificación
68
Mayor Gasto Fiscal Consolidado
20.343
42.021
42.183
42.302
42.220
42.168
42.116
42.149