Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Patricio Walker Prieto
- Boris Tapia Martinez
- Maria Eugenia Mella Gajardo
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ARCHIVO DE PROYECTOS
- ACUERDO PARA VOTAR PROYECTOS DEL ORDEN DEL DÍA
- V. ORDEN DEL DÍA
- SANCIÓN AL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. Modificación de la ley Nº 18.314. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Marcelo Forni Lobos
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Jaime Quintana Leal
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Jorge Burgos Varela
- Marcelo Forni Lobos
- Edgardo Riveros Marin
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Maria Pia Guzman Mena
- Laura Soto Gonzalez
- Marcelo Forni Lobos
- Jorge Burgos Varela
- INDICACIÓN
- DEBATE
- TIPIFICACIÓN DE NUEVAS FIGURAS DELICTIVAS RELACIONADAS CON LA INFORMÁTICA. Modificación del Código Penal. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Dario Paya Mira
- INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Dario Paya Mira
- Jorge Burgos Varela
- Maria Pia Guzman Mena
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Zarko Luksic Sandoval
- INDICACIÓN
- DEBATE
- SANCIÓN AL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. Modificación de la ley Nº 18.314. Primer trámite constitucional.
- VI. INCIDENTES
- CONSTRUCCIÓN DE ATRAVIESOS EN SECTOR TALCA-CHILLÁN DE LA RUTA 5 SUR. Oficio.
- INVESTIGACIÓN DE DENUNCIAS SOBRE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LA MUNICIPALIDAD DE PELLUHUE. Oficio.
- REFLEXIONES SOBRE ACTIVIDAD PARLAMENTARIA Y POLÍTICA DURANTE EL PERÍODO 2002-2003
- INFORMACIÓN SOBRE EFECTIVIDAD DE BROTE DE CÓLERA EN SAN ANTONIO Y COMUNAS DE LA QUINTA REGIÓN. Oficio.
- OPERATIVO POLICIAL EN DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
- SUGERENCIA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Oficio.
- TRANSGRESIÓN DE NORMAS ESTATUTARIAS Y LABORALES EN PERJUICIO DE PROFESORES DE IQUIQUE. Oficios.
- DETERMINACIÓN DE RIESGO VITAL PARA INGRESO DE ENFERMOS EN CENTROS HOSPITALARIOS. Oficio.
- SOLUCIÓN A DEUDORES SERVIU DE SECTOR FRANKE EN OSORNO. Oficio.
- ADOPCIÓN DE MEDIDAS ANTE RESULTADOS DE FISCALIZACIÓN DE PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN DE ADULTOS. Oficio.
- RECHAZO A ACUSACIONES EN CONTRA DE ALCALDE DE SAN PEDRO DE LA PAZ. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 348ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 54ª, en martes 11 de marzo de 2003
(Ordinaria, de 11.06 a 13.45 horas)
Presidencia de la señora Muñoz D’Albora, doña Adriana, y del señor Jarpa Wevar, don Carlos Abel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- INCIDENTES
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Archivo de proyectos 11
- Acuerdo para votar proyectos del Orden del Día 11
V. Orden del Día.
- Sanción al financiamiento del terrorismo. Modificación de la ley Nº 18.314. Primer trámite constitucional 11
- Tipificación de nuevas figuras delictivas relacionadas con la informática. Modificación del Código Penal. Primer trámite constitucional 24
VI. Incidentes.
- Construcción de atraviesos en sector Talca-Chillán de la ruta 5 Sur. Oficio 34
- Investigación de denuncias sobre presuntas irregularidades en la Municipalidad de Pelluhue. Oficio 35
- Reflexiones sobre actividad parlamentaria y política durante el período 2002-2003 35
- Información sobre efectividad de brote de cólera en San Antonio y comunas de la Quinta Región. Oficio 36
- Operativo policial en Décima Región. Oficios 36
- Sugerencia al Presidente de la República. Oficio 37
- Transgresión de normas estatutarias y laborales en perjuicio de profesores de Iquique. Oficios 37
- Determinación de riesgo vital para ingreso de enfermos en centros hospitalarios. Oficio 38
- Solución a deudores Serviu de sector Franke de Osorno. Oficio 39
- Adopción de medidas ante resultados de fiscalización de Programa Nacional de Educación de Adultos. Oficio 41
- Rechazo de acusaciones en contra de alcalde de San Pedro de La Paz. Oficio 42
Pág.
VII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S. E. el Presidente de la República mediante el cual incluye en la Convocatoria a la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones del Congreso Nacional el proyecto que establece nueva agravante en el artículo 12 del Código Penal para quienes cometan delitos en el ejercicio de la libertad provisional. (boletín Nº 3202-07) 46
VIII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
-De la diputada señora Adriana Muñoz mediante la cual informa que presenta la renuncia al cargo de Presidenta de la Cámara de Diputados y agradece en forma muy especial el respaldo y confianza que todos le otorgaron en el desempeño de su cargo.
-Del Jefe de Bancada del Partido Demócrata Cristiano por la cual informa que han sido electos, como Jefe de Bancada el diputado señor Walker, como Sub Jefe el diputado señor Tapia, y en calidad de Primer Comité , la diputada señora Mella.
2. Oficios:
-De la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación por el cual solicita el asentimiento de la Sala de la Corporación para remitir al archivo el proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 19 Nº 10 de la Carta Fundamental en orden de hacer obligatoria la educación media, por haber transcurrido mas de dos años sin que se emita un pronunciamiento sobre la materia (boletín Nº 1907-04.
Contraloría General de la República
-Del diputado señor García-Huidobro, investigación de los pagos por concepto de subvenciones del Programa Nacional de Adultos del Ministerio de Educación
Ministerio de Relaciones Exteriores
-De la Corporación, apoyo a diversas medidas para la solución del conflicto Israel-Palestina; cumplimiento de formativa legal vigente en materias medioambientales y laborales, por parte de las empresas exportadoras
Ministerio de Hacienda
-De la Corporación, eliminación del impuesto adicional del art. 46 a todos los vehículos motorizados
Ministerio de Educación
-Del diputado señor Navarro, extintores dentro de los establecimientos educacionales.
-De la Corporación, inclusión en las próximas licitaciones del Programa de Alimentación Escolar a Manipuladoras de Alimentos, mediante contratos de duración indefinida.
Ministerio de Justicia
-Del diputado señor Masferrer, reparos a la gestión de Alcalde de San Fernando.
Ministerio de Defensa Nacional
-Del diputado señor Navarro, inversiones Amanecer del Sur; accidentes de tránsito que provocan incendio de los vehículos motorizados; muerte por inmersión de menor.
-Del diputado señor Araya, resolución a tema relativo a la seguridad privada.
-Del diputado señor Espinoza, muertes por inmersión.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-Del diputado señor Ojeda, licitación para terminar la construcción de algunos conjuntos habitacionales en la comuna de Osorno.
-Del diputado señor Jarpa, regularización de dominio de sede social Villa El Nevado de Chillán.
-De la Corporación, puesta en práctica de programa de subsidios que permita a los sectores rurales y urbanos de más bajos ingresos de la población reparar sus viviendas.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
-De la Corporación, ampliación del giro de la Empresa de Correos de Chile.
Intendencia Región Metropolitana
-De la diputada señora Caraball, conflicto Persa Los Morros.
Intendencia de Coquimbo
-Del diputado señor Encina, medidas tomadas en relación al colapso de relave minero de Quebrada de Marquesa.
Intendencia del Bío Bío
-Del diputado señor Navarro, electrificación de camino situado entre Lirquén y Tomé, sector Fundo San José.
Intendencia de Los Lagos
-Del diputado señor Jaramillo, acceso a playas de lagos.
Municipalidades de Puerto Montt, Puerto Octay; Corral, Río Bueno, La Unión y Palena
-Del diputado señor Kuschel, evolución anual del número de personas inscritas en la Oficina de Colocaciones, durante los últimos cuatro años.
Municipalidad de La Serena
-Del diputado señor Robles, privatización de las empresas sanitarias.
Municipalidades de Hualqui y Talcahuano
-Del diputado señor Navarro, adecuaciones al Nuevo Plan Regulador; antecedentes de “piratas” que asaltan buques pesqueros en alta mar.
Municipalidad de San Juan de la Costa
-Del diputado señor Kuschel, avance de la complementación de la Jornada Escolar Completa en los establecimientos educacionales de su dependencia.
Municipalidad de Chillán
-Del diputado señor Martínez, sumario administrativo en contra del Director de Obras.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (110)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Escobar Urbina, Mario UDI II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos ILC V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND-UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen IND-RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND-RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio IND-PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND-PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina ILE RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio ILC VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ILC X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Asistió, además, el ministro de Justicia , señor Luis Bates.-
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abre la sesión a las 11.06 horas.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
El acta de la sesión 49ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 50ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
ARCHIVO DE PROYECTOS
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de archivo del proyecto de reforma constitucional que modifica el número 10º del artículo 19 de la Carta Fundamental, que hace obligatoria la educación media, formulada por la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de archivo del proyecto que modifica el artículo 58 de la ley Nº 18.575, para compatibilizar la actividad docente y profesional de los funcionarios públicos, formulada por su Excelencia el Presidente de la República .
¿Habría acuerdo?
Acordado.
ACUERDO PARA VOTAR PROYECTOS DEL ORDEN DEL DÍA
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que votemos los proyectos al final del Orden del Día.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
SANCIÓN AL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. Modificación de la ley Nº 18.314. Primer trámite constitucional.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
En el Orden del Día, corresponde ocuparse, en primer trámite constitucional, del proyecto que modifica la ley Nº 18.314, sobre conductas terroristas, con el objeto de sancionar más eficazmente el financiamiento del terrorismo, en conformidad con lo dispuesto por el Convenio Internacional para la represión de la financiación del terrorismo.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Burgos.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 3123-07, sesión 18ª, en 12 de noviembre de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 6.
-Informe de la Comisión de Construcción, sesión 50ª, en 4 de marzo de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 11.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos .
El señora BURGOS .-
Señora Presidenta , el proyecto que modifica la ley Nº 18.314, originado en un mensaje del Presidente de la República , que tipifica y sanciona las conductas terroristas, fue conocido por la totalidad de los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, la cual, para su estudio, contó, además, con la colaboración de personeros del Ministerio de Justicia, en particular del asesor de esa cartera, abogado señor Fernando Londoño Martínez .
El proyecto encuentra su fundamento directo en el Convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo, adoptado por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1999, antes del hecho que, de alguna manera, cambió la visión del mundo respecto del terrorismo. Es decir, al 11 de septiembre de 2001 la Asamblea General de la ONU ya había establecido dicha Convención sobre tipificación y sanción de delitos en general, pero, particularmente, respecto de la financiación del terrorismo, o sea, sobre cómo, en definitiva, los grupos terroristas logran crear condiciones de operatividad y logística a partir de actos preparatorios muy anteriores.
Los antecedentes del acto terrorista que ha causado mayor impresión en los últimos años, el atentado de las torres gemelas de Nueva York, demuestra que quienes prepararon dicha acción, ocuparon durante varios años buena parte de su tiempo en conseguir los medios económicos destinados a dotar de la logística necesaria para la realización de un hecho de esa envergadura.
Para entender la lógica de la Convención se debe tener presente que la financiación del terrorismo no sólo puede lograrse mediante aquellas formas históricas y muy comunes en los grupos u organizaciones criminales: robos, hurtos o asaltos, sino que, muchas veces, se recurre a modus operandi plenamente lícitos, aunque su objetivo es eminentemente delictual. Por ejemplo, es de conocimiento público que para financiar el atentado del 11 de septiembre de 2001, el grupo terrorista que lo cometió usó reiteradamente cuentas bancarias e hizo que quienes tenían contactos o familiares en diferentes partes del mundo mandaran dinero a determinados parientes, que, con posterioridad, era entregado a otras personas. En consecuencia, existía una red destinada a crear las condiciones de operatividad para la realización de ese acto terrorista.
El Convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo establece, entre otras, la obligación de cada Estado parte de tipificar y sancionar el delito de financiamiento del terrorismo, de acuerdo con su legislación interna.
El proyecto tiene su origen tanto en el Convenio como en la resolución Nº 1373 del Consejo de Seguridad de la ONU, de 20 de septiembre de 2001.
Subyace la convicción de que el terrorismo representa un camino de violencia que, como tal, jamás podrá conducir a la solución de los conflictos políticos y sociales que afectan a la humanidad. El terrorismo degrada al hombre, tanto a las víctimas como a los victimarios, y constituye un atentado muy severo contra la paz, condición imprescindible para la vida en sociedad.
En ese contexto, se observa con preocupación que el número y gravedad de los actos terroristas dependen, muchas veces, de su financiación. Por lo tanto, generalmente su preparación constituye el elemento central de la envergadura del acto definitivo: a mayor financiación, a más facilidad e impunidad en su logro, probablemente el atentado y sus consecuencias sean mayores. Por ello, todo parece indicar que las legislaciones internacional e interna deben ser capaces de tipificar ciertos hechos antijurídicos para adelantarse a la comisión de estos ilícitos, más allá de que en un país el terrorismo, en determinado momento -como ocurre en Chile-, se bata en retirada, aunque nunca es bueno declararlo fenecido.
En consecuencia, es el mejor momento para pensar, sin el agobio del terrorismo en acción, en normativas que prevengan futuras acciones, cuyas tipificaciones y sanciones consideren actos preparatorios, como ocurre en la especie. Nuestra legislación fundamental contra el terrorismo, la ley Nº 18.314, contiene hipótesis de actividades antijurídicas relacionadas con el financiamiento. Por ejemplo, aparecen como punibles, en cuanto al financiamiento de la ejecución de un delito terrorista determinado, aquellas que prescribe y establece de manera casuística el artículo 2º de la citada ley. Según las circunstancias del hecho, tal conducta podría castigarse como autoría o, al menos, como complicidad en el respectivo delito terrorista, en conformidad con las reglas generales de participación previstas en el numeral 3º del artículo 15 y en el artículo 16 del Código Penal.
Esta configuración trata sobre la posibilidad de sancionar el financiamiento de una conducta sólo en cuanto a que la ejecución del delito alcance al menos el grado de tentativa.
Con todo, podría considerarse que, en conformidad con la ley Nº 18.314, la mera conspiración está sancionada, analogándose su castigo a las formas típicas de tentativa.
Es, entonces, la primera posibilidad de sanción del financiamiento del terrorismo en la legislación vigente.
En un segundo ámbito de financiamiento de conductas punibles se ubica, perfectamente, el delito de asociación ilícita, contenido no sólo en el Código Penal como norma general, sino también en el artículo 2º de la ley Nº 18.314, que señala que, en este caso -y sin perjuicio de la eventual responsabilidad que pueda caberle por algún delito terrorista específico-, el financista es sancionable en cuanto partícipe en el delito de asociación ilícita terrorista.
En consecuencia, se advierte que el financiamiento terrorista resulta punible sólo cuando la provisión de fondos pueda vincularse a un delito terrorista específico consumado, en tentativa, a título de conspiración o en una asociación ilícita.
Por lo tanto, tenía razón el Ejecutivo en el sentido de que para dar aplicación práctica a la Convención internacional suscrita por Chile, en el plano interno era necesario agregar una hipótesis punible en nuestra legislación, puesto que para ambas hipótesis se requiere el financiamiento efectivo, esto es, la provisión o entrega de fondos. La mera recolección o recaudación de fondos no pareciera estar claramente sancionada en el catálogo de conductas típicas de nuestra legislación común o especial, razón por la cual se hace indispensable no sólo la suscripción de este convenio internacional, sino la adopción de las medidas legislativas internas para concretarlo.
Al comparar nuestra legislación actual con la obligación internacional de tipificación, la ley chilena cubriría con dificultades la provisión de fondos no vinculables a la asociación ilícita terrorista ni a los delitos terroristas determinados. En consecuencia, es necesario introducir los cambios que hoy estudiamos.
Para resolver este silencio, se propuso un tipo autónomo de provisión de fondos, distinto de las demás figuras, con la intención o finalidad de que dichos fondos se utilicen para cometer delitos terroristas.
De esta forma, mediante un elemento subjetivo especial, transcendente, distinto del dolo, se desvincula el financiamiento de la efectiva realización de un delito terrorista específico, adelantándose la barrera de protección de los bienes jurídicos que pueden verse vulnerados por él. Se adelanta la tipificación de una conducta ilícita al hecho mismo y a la mera financiación.
Ese adelantamiento debe, en todo caso, concordar con la eventual vinculación, en el caso concreto de financiamiento de delitos terroristas determinados o de una asociación ilícita, a terroristas, siempre y cuando esté vinculado a la consecución definitiva de un fin, que puede ser perseguido por un tercero; pero, a sabiendas de que éste lo financió, se la sanciona por la conducta única y exclusiva del financiamiento con la penalidad que corresponde.
La pena que para estos efectos se asigna al delito es la de presidio menor en su grado mínimo a medio, que, al entender del Ejecutivo y de la Comisión, aparece justificada, en cuanto no debe superar las penas que pueden imponerse por el financiamiento del delito terrorista concreto, ya que en abstracto debe descartarse que la falta de vinculación con un delito concreto permita la imposición de una pena mayor a la que procedía de existir tal vinculación. Así, no es justificable que aquél quien ignora el delito terrorista que financia, reciba una pena superior a la de presidio menor en su grado medio, la que podría corresponder, por ejemplo, al que financia actos terroristas que producen lesiones menos graves o la destrucción de vías férreas, para citar dos ejemplos de la ley antiterrorista.
En consecuencia, en la discusión a que se sometió el proyecto en la Comisión, en la que hubo participación de todos sus miembros, en particular de las diputadas señoras Laura Soto y Pía Guzmán , y del diputado señor Juan Bustos , tuvimos a la vista la necesidad de hacer alguna modificación al proyecto original enviado por el Ejecutivo , sobre todo de limitarlo al primer inciso y suprimir el segundo. El primer párrafo señalaba: “El que por cualquier medio, directa o indirectamente, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de delitos de los señalados en el artículo 2º, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio”. Hasta ahí lo aprobó la Comisión.
El Ejecutivo agregaba, en su propuesta original: “a menos que en virtud de la provisión de fondos le quepa responsabilidad en un delito determinado, caso en el cual sólo se le sancionará por este último título, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 294 bis del Código Penal.”
En cuanto a las razones para suprimir esta segunda oración, la diputada señora Pía Guzmán señaló que era innecesaria, toda vez que si el hechor comete un delito terrorista para el cual recaudó dinero, es evidente que se le aplicará la pena correspondiente a ese delito. A su juicio, en esta figura habría concurso de delitos.
Secundó esta posición la diputada señora Laura Soto , quien recordó la necesaria exigencia del dolo como conocimiento del hecho específico de que se trata.
Por su parte, el diputado señor Bustos señaló estar de acuerdo con la primera parte del artículo, toda vez que se refiere a la cooperación genérica, excluyendo toda participación, pero no entendía la razón de ser de la segunda parte, por cuanto pretende establecer una norma especial de absorción que, en definitiva, es la misma que correspondería si se aplicaran las reglas generales del Código Penal.
Agregó que dicha cláusula era innecesaria puesto que se aplicaba la regla general.
En definitiva, la discusión, aceptada en la Comisión por el propio Ejecutivo , determinó suprimir esa segunda parte del artículo único del proyecto y dejar la que señala que “El que por cualquier medio, directa o indirectamente, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de delitos de los señalados en el artículo 2º”, -de la ley Nº 18.314, que es el glosario de delitos terroristas- “será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio”.
Por acuerdo unánime de la Comisión, se dejó hasta ahí la redacción de la norma.
Con la aplicación de una ley de esta naturaleza, el país se pone al día en cuanto a tener una estructura legal de lucha frente a las organizaciones terroristas lo más moderna posible. Con ello, no sólo damos cumplimiento a una convención que suscribimos, sino que entregamos a nuestros jueces un arma concreta -legal, por cierto- de lucha contra una parte esencial del terrorismo, como es el financiamiento y los actos preparatorios, que, muchas veces, tienen que ver con el resultado final, con la envergadura y con el daño que los actos de terrorismo provocan a la humanidad.
Entiendo que, con posterioridad a la discusión, algunos diputados de la Comisión han pensado que es necesario agregar un verbo al término del inciso, cuestión que hará ver el diputado Forni . Si de la discusión se desprende que tiene razón -como me pareció en una primera conversación-, sería bueno intentar aprobarlo con la respectiva indicación, a fin de acelerar el trámite de un proyecto de esta naturaleza e importancia para nuestra legislación.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
A petición del ministro de Justicia , señor Luis Bates, recabo el acuerdo de los señores diputados para que puedan ingresar a la Sala el subsecretario del ramo y el asesor del ministro .
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Forni.
El señor FORNI.-
Señora Presidenta , como muy bien lo señaló el diputado informante , el proyecto en debate pretende dar cumplimiento a un compromiso asumido por el país, en virtud del Convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 1999, suscrito por nuestro país en mayo de 2001 y reforzado por los hechos del 11 de septiembre de 2001 y la resolución Nº 1.373 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
¿Cuál es el compromiso asumido por nuestro país? Muy simple: tipificar y sancionar en nuestra legislación penal el delito de financiamiento de actos terroristas. Para ello, lo que hoy se somete a consideración de la Sala es la incorporación de un nuevo inciso al artículo 7º de la ley Nº 18.314, para sancionar al que, por cualquier medio, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de delitos terroristas.
Para nadie es un misterio que el terrorismo existe y lo seguirá haciendo. Sí es importante reconocer que la frecuencia y gravedad de los actos que cometen las organizaciones terroristas depende de su mayor o menor posibilidad de financiamiento. Paralelamente, sería necesario que la comunidad internacional, a través de sus organismos, cuya efectividad es tan cuestionada en estos días, fuera más rigurosa en la fiscalización de fuentes de financiamiento distintas a las de las personas naturales, que son las que se sancionan mediante la modificación en estudio. Me refiero a los países que tradicionalmente financian, protegen y amparan a los terroristas y a sus organizaciones.
El proyecto en discusión es importante, porque hasta la fecha de esta convención, los instrumentos jurídicos multilaterales vigentes no se referían explícitamente a la financiación del terrorismo. Es fundamental aprobarlo, para reforzar nuestra legislación e incorporar nuevos tipos penales que impidan que, frente a un acto terrorista, queden impunes quienes recauden o provean fondos para su ejecución.
Como el objetivo es que nuestra legislación penal cubra todo el espectro de conductas asimilables al delito de financiamiento del terrorismo, hay que sancionar al que recauda, ampliando el tipo penal para comprenderlo, pues, de aplicarse las normas generales, fluye que al que solamente recaude, pero no provea fondos de ninguna especie, puede no caberle responsabilidad en el delito terrorista. Hay que ampliarlo, además, estableciendo un tipo autónomo de provisión de fondos, en que se desvincule el financiamiento de la efectiva realización de un delito terrorista específico.
Como el objetivo también es que el tipo comprenda todas las alternativas posibles, junto con algunos diputados de la Comisión, entre ellos el señor Burgos , hemos creído conveniente proponer una modificación al artículo único. Creemos que conviene incluir, como conducta sancionable, el hecho de solicitar financiamiento para la comisión de delitos terroristas, por cuanto es posible que quien recaude no sea el mismo que solicite los fondos. No está de más señalar que la conducta de quien solicita el financiamiento para actividades terroristas es tan reprochable como las otras que el proyecto propone sancionar.
La otra indicación la retiraré en atención a las explicaciones que me dieron los asesores del Ministerio de Justicia. Considerábamos conveniente no limitar el objeto de recaudación a la expresión “fondos”, porque, eventualmente, podría existir otro tipo de bienes, pues también colabora en el financiamiento de la actividad terrorista quien preste un auto o una casa que sea utilizada en delitos u otras actividades.
Por eso, para los efectos de la historia fidedigna de la ley, es importante dejar constancia de que cuando el artículo 1º de la Convención habla de fondos, se refiere a que se entenderán como tales los bienes de cualquier tipo, tangibles o intangibles, muebles o inmuebles, independientemente de cómo se hubieran obtenido, y los documentos o instrumentos legales, sea cual fuere su forma, incluida la forma electrónica o digital, que acrediten la propiedad u otros derechos sobre dichos bienes incluidos, sin que la numeración sea exhaustiva: créditos bancarios, cheques de viajero, cheques bancarios, giros, acciones, títulos, obligaciones, letras de cambio y cartas de crédito.
Por lo tanto, entendiéndose por fondos lo que señala la Convención, consideramos que no es necesario presentar la indicación pertinente, y sólo mantendremos la primera, de manera que se sancione no solamente a quien recaude o provea fondos, sino también a quien los solicite.
Por las razones expuestas, la bancada de la UDI considera que se trata de un proyecto fundamental, porque no sólo refuerza nuestra legislación, sino que, además, da cumplimiento a tratados internacionales celebrados por Chile, y esperamos que sea aprobado en esta sesión. Asimismo, solicito la unanimidad de la Sala, a fin de que nuestra indicación sea votada ahora, de manera que el proyecto no deba volver a Comisión.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señora Presidenta , después de la excelente presentación del diputado informante queda poco por decir; sin embargo, siempre hay algo que aportar.
Está claro que esta pequeña modificación, que consiste en agregar un inciso final al artículo 7º de la ley Nº 18.314, tiene su origen en el Convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo, cuyo preámbulo recuerda que los miembros de las Naciones Unidas reafirman solemnemente que condenan en términos inequívocos todos los actos y prácticas terroristas, por considerarlos criminales e injustificables. Dicho párrafo cobra especial importancia en los días que estamos viviendo. Asimismo, alienta a los Estados a que examinen con urgencia el alcance de las disposiciones jurídicas internacionales vigentes sobre prevención, represión y eliminación del terrorismo, recordando que la Asamblea exhortó a todos los Estados a que adoptaran medidas para prevenir y contrarrestar, mediante medidas internas apropiadas, la financiación de terroristas y de organizaciones terroristas, ya sea que lo hagan en forma directa o indirecta.
Este preámbulo del Convenio nos dio todos los elementos de juicio para el trabajo realizado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. En efecto, se recogen casi todos los tipos que figuran en su artículo 2º. El inciso empieza señalando expresamente que puede ser cualquier medio: instrumentos financieros, un vehículo, una casa de resguardo o cualquier elemento que permita que se cometa un acto terrorista. Después dice que puede ser en forma directa o indirecta. Es decir, si se trata, por ejemplo, de proveer armamentos, la persona puede hacerlo directamente o por interpósita persona. A continuación, se refiere a recaudar o proveer fondos, y, según lo manifestado por el diputado señor Forni , se le da toda la amplitud necesaria al concepto “fondos”, de manera que quepa en él todo lo que he señalado. Por último, se refiere a los fondos que se utilicen en la comisión de los delitos señalados en la ley Nº 18.314, cuyo artículo 2º sanciona las distintas figuras penales relacionadas con los delitos terroristas. Sin embargo, parece absolutamente lógico y necesario agregar el verbo solicitar, porque quien recauda o provee, lo hace voluntariamente; pero quien lo solicita, está pidiendo que se le entregue dinero, armas o lo que sea necesario para cumplir su objetivo.
Ahora, esta figura se incorpora a través de un inciso final al artículo 7º, que -si pudiéramos llamarlo así- es una norma multiuso porque, primero, se refiere a la tentativa de comisión de alguno de los delitos contemplados en la ley; a continuación, a la amenaza seria y verosímil de cometer alguno de los mencionados delitos, y, por último a la conspiración respecto de los mismos.
A mi juicio, habría sido mejor incorporar esta materia en un artículo aparte. Para tal efecto, presentaré una indicación -espero que cuente con la aprobación unánime de la Sala-, a fin de que esta figura, que se refiere a un tipo legal muy específico, sea incorporada en un artículo 7º bis y no en el artículo 7º, que, como he señalado, se refiere a diversas materias.
Uno de los aspectos más discutidos la primera vez que tratamos esta figura sobre financiamiento de la actividad terrorista fue si aquí habría o no asociación ilícita entre quien provee o recauda fondos y la persona que comete el delito terrorista. Pues bien, llegamos a la conclusión de que no era necesario agregar esa materia, por cuanto el número 5 del artículo 2º de la ley Nº 18.314 señala expresamente que la asociación ilícita constituirá delito terrorista cuando ella tenga por objeto la comisión de delitos que deban calificarse como tales.
Por lo tanto, en representación de Renovación Nacional, anuncio nuestro voto favorable a este proyecto, que agrega un inciso final al artículo 7º de la ley Nº 18.314, a fin de hacer mucho más efectiva la lucha contra el terrorismo, en especial contra quienes entregan los elementos básicos o la materia prima para la comisión de actos terroristas.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Solicito nuevamente el asentimiento de la Sala, a fin de que puedan ingresar a ella el subsecretario de Justicia y el asesor del ministro.
Acordado.
Tiene la palabra el ministro de Justicia , señor Luis Bates.
El señor BATES ( ministro de Justicia ).-
Señora Presidenta , constituye ésta la primera oportunidad en que, como ministro de Justicia , me dirijo a esta Corporación.
Antes de referirme al proyecto en debate, quiero hacer llegar a todos ustedes, depositarios de la soberanía popular, mi cordial y fraterno saludo y mi intención de que esta relación de trabajo que hoy iniciamos nos permita, en un esfuerzo mancomunado, avanzar para que la justicia sea, cada vez más, un bien de disfrute cotidiano para los chilenos y las chilenas.
Estoy consciente de que se trata de una enorme responsabilidad. La justicia, uno de los bienes a los que con más fuerza aspiran el hombre y la mujer, es hoy centro de las preocupaciones públicas.
Nuestro sistema de justicia -subrayo esta frase- es protagonista, quizás, de la más importante de las reformas emprendidas en esta área: la implementación de un nuevo proceso penal. Queremos avanzar en este proyecto; pero queremos también que este enorme esfuerzo de país se proyecte más allá, y aspiramos al mejoramiento global del sistema de justicia, con vistas al bicentenario de la República .
Hago votos, entonces, para que esta relación de mutua colaboración que hoy comienza, en miras del bien común y en beneficio de toda la ciudadanía, pueda dar los frutos esperados. Agradezco, desde ya, a cada uno de ustedes su acogida.
A continuación, paso a referirme al proyecto que nos ocupa.
Esta iniciativa encuentra su fundamento directo -como ya se dijo aquí- en el Convenio Internacional para la represión de la financiación del terrorismo, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1999, y suscrito por Chile el 2 de mayo de 2001, el cual establece, entre otras obligaciones, el deber de cada Estado parte de tipificar y sancionar el delito de financiamiento terrorista en él descrito, todo ello de acuerdo con la legislación nacional respectiva.
Quiero agregar que este mecanismo se ha usado también en relación con otros temas, como, por ejemplo, los relativos a las drogas y al lavado de dinero.
El deber anterior se vio reforzado por la Resolución Nº 1.373, de 20 de septiembre de 2001, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la cual fue acordada, principalmente, con motivo de los atentados terroristas ocurridos en Estados Unidos el 11 de septiembre de 2001, que conmovieron al mundo.
Cabe hacer presente, además, que con fecha 2 de octubre de 2001, el Ejecutivo presentó un proyecto de acuerdo para ratificar el citado Convenio, el cual fue aprobado por el Congreso Nacional, procediéndose a su promulgación el 3 de julio de 2002, y a su publicación en el Diario Oficial el pasado 13 de septiembre.
Tanto en el presente proyecto como en el convenio y en la resolución aludidos, subyace la convicción de que el terrorismo representa un camino de violencia que, como tal, jamás podrá conducir a solución alguna de los conflictos políticos y sociales que afectan a los hombres. Antes bien, el terrorismo -agregaría también la delincuencia y la corrupción- degrada al hombre, tanto a las víctimas como a los victimarios. Constituye, en fin, una atentando severo contra la paz, condición imprescindible para la vida en sociedad.
En este contexto, se observa con preocupación que el número y la gravedad de los actos terroristas dependen de su financiación. Esta actividad constituye un factor determinante de los caracteres y consecuencias del terrorismo.
Se comprende, entonces, la importancia de reforzar nuestra actual legislación penal mediante la incorporación de un tipo penal que cubra las hipótesis de financiación que, de otra forma, podrían quedar impunes.
Sin perjuicio de lo anterior y considerando el clima jurídico cultural contemporáneo, conforme al cual se ve en el sistema penal la fuente primera, si no exclusiva, de solución de los conflictos sociales, es deseable traslucir algunas ideas tendientes a desmitificar la referida aserción y, en consecuencia, a dimensionar el verdadero alcance de una iniciativa como la presente: un alcance austero.
Según señalan expertos en política criminal, entendida ésta como un sistema represivo, es el dispositivo más inadecuado que pueda concebirse para la modificación de la sociedad. Quien pretende modificar la sociedad desde la justicia criminal se asemeja a quien pretende elaborar un programa pedagógico a partir del castigo. No puede, pues, pensarse que la sola creación de figuras penales pueda garantizar la ausencia de conductas terroristas o ilícitas en general. La normativa penal constituye sólo un modesto refuerzo de extrema ratio que, en todo caso, sería estéril sin el sostén otorgado por una sociedad responsable, cohesionada y, sobre todo, democrática.
Por ello, nos parece que una correcta política criminal no puede reducirse sólo a su aspecto represivo-negativo. Antes bien, debe comprometer la interacción de políticas públicas positivas, como educación, trabajo, distribución más igualitaria de los recursos y urbanismo equilibrado. En último término, se trata ésta de una responsabilidad que compete a todos.
Con todo, la certeza de que la moderación del fenómeno criminal provendrá, en definitiva, no tanto de la aplicación de castigos penales, sino más bien del acontecimiento de nuevas realidades valóricamente positivas, no puede implicar una completa renuncia a la necesidad de penalizar aquellas conductas que aparecen como intolerables para la convivencia humana. Esta convicción, es decir, que el terrorismo es una conducta de dicho género, constituye el fundamento de la presente iniciativa.
La propuesta de tipo penal contenida en el proyecto que se somete a vuestra consideración señala: “El que...” -cualquier persona- “...por cualquier medio, directa o indirectamente, recaude...” -las conductas o verbos rectores- “...o provea fondos con la finalidad...” -elemento subjetivo- “...de que se utilicen en la comisión de delitos de los señalados en el artículo 2º, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio”.
Al respecto, ha de considerarse:
1. Que del estudio de la ley Nº 18.314, antiterrorista, se concluye que buena parte de los casos de financiación resultarían ya punibles en la actualidad, por dos vías:
-Como forma de participación, complicidad a lo menos, en un delito terrorista concreto de aquellos contenidos en los números 1 a 4 del artículo 2º. Así, quien financia un atentado contra una embajada, por ejemplo, es sancionado como cómplice del delito de colocación de artefactos explosivos.
-En cuanto miembro de una asociación ilícita terrorista, debiendo considerarse que, comúnmente, la existencia de redes de financiamiento es indiciaria de asociación ilícita terrorista
2. En propiedad, sólo en dos hipótesis, que deberían tender a ser marginales, los acusados podrían quedar libres de sanción penal, conforme a la ley actual, siempre en la medida en que el autor no sea miembro de la asociación ilícita, pues, de otra forma, se le sanciona con mayor pena por ella, a saber:
-Los casos de mera recaudación de fondos. En rigor, no hay aún aporte de fondos, de manera que difícilmente podrá imputarse complicidad o participación en un delito terrorista concreto.
-Los casos de financiamiento genérico, es decir, no a un delito terrorista específico y concreto, aunque si los fondos son destinados a una asociación, que será lo común, el hecho será punible de todas formas, en cuanto cooperación de medios, de acuerdo con el artículo 294 del Código Procesal.
3. En consecuencia, se decidió proponer un tipo penal que se hiciera cargo exclusivamente de estas dos hipótesis, asumiendo que si se dieren los presupuestos de participación en un delito terrorista concreto o en una asociación ilícita terrorista, debería sancionarse sólo por estos últimos.
4. En cuanto a la pena, debía encontrarse una que no rebasara aquellas que se imponen por delitos terroristas concretos -sucede que en los casos de lesiones terroristas puede llegarse a penas cercanas-, pues se entiende que no puede corresponder mayor pena a quien financia un delito terrorista genérico, que no conoce, que a quien participa en un delito terrorista concreto, que sí conoce.
Lo anterior, asumiendo que normalmente los financistas de envergadura serán cabecillas o miembros de una asociación ilícita terrorista, y les corresponderán fuertes sanciones en virtud de ello.
Concretamente, se propone una pena que alcanza hasta los tres años de cárcel.
En suma, el tipo penal está pensado para sancionar hipótesis que podrían calificarse de livianas -si se me permite la expresión- en cuanto a su financiamiento, pues las mayores serán comúnmente sancionadas a título de asociación ilícita o en virtud del delito específico a que sirvieron.
En definitiva, con la aprobación de esta iniciativa legal se da un paso más en la criminalización del terrorismo. Lo interesante de esto, en tiempos en los que el rechazo a estas conductas parece adoptar formas reñidas con la categoría y principios tradicionales del derecho, es que la iniciativa, a la vez de penalizar, hace suya soluciones a tono con el más respetuoso derecho penal de actos, fruto de nuestra probada cultura jurídica.
Muchas gracias, señora Presidenta .
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta , quiero resaltar un hecho que me parece significativo en lo que se refiere al proceso legislativo del país, en concreto al cumplimiento y adaptación de nuestra legislación a los acuerdos internacionales.
Este punto fue destacado de manera muy clara por el diputado informante , colega Jorge Burgos . Pero son dos los instrumentos por considerar: uno es el Convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, y el otro, la resolución Nº 1.373, de 20 de septiembre de 2001, del Consejo de Seguridad de la citada organización internacional.
¿Por qué digo esto? Porque las resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas tienen carácter vinculante para los Estados y, a veces, incidencia en su proceso legislativo, lo que es especialmente importante en el marco de discusión de estos días.
Pero lo básico y esencial es el Convenio internacional, respecto del cual las normas jurídicas internas muestran algunos vacíos, aun cuando las destinadas a combatir el terrorismo han sido desarrolladas desde hace algún tiempo. Por lo tanto, en esta materia, nuestro país no se encuentra indefenso, pues tiene la ley antiterrorista.
Como lo dicen el mensaje y el informe, no sólo debemos tener en consideración el ámbito punitivo para actuar frente al terrorismo, sino también las acciones preventivas, de manera que la sociedad esté en condiciones de prevenir y evitar actos terroristas. Por eso, se trata de actuar no tan sólo frente a la acción del financiamiento, sino también en la recolección de recursos para estos efectos.
Por estas razones, comparto la idea de sancionar a quien solicite financiamiento, en la perspectiva de que tanto la norma penal como el cuerpo social tengan presente el ámbito preventivo, inmerso en las obligaciones internacionales derivadas del desarrollo del derecho, específicamente del derecho penal, que ha tenido una dinámica muy importante. Basta mirar lo que pasa con la protección del medio ambiente: hay toda una evolución internacional que obliga a los Estados a adaptar sus normas internas.
En conclusión, concurriré con mi voto favorable al proyecto de ley.
He dicho.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , el mensaje de su Excelencia el Presidente de la República con el que se inicia el proyecto para modificar la ley Nº 18.314, sobre conductas terroristas, en orden a sancionar más eficazmente el financiamiento del terrorismo, en conformidad con lo dispuesto por el Convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo, pone de manifiesto ante la Cámara y la opinión pública la determinación del Gobierno y de la comunidad, en general, de la institucionalidad democrática y del Estado de derecho, de enfrentar con toda fuerza el terrorismo en cualquiera de sus manifestaciones.
Al formular esta propuesta, se pone en la mesa de discusión y en el debate parlamentario un tema de la más alta importancia y actualidad, toda vez que el terrorismo se presenta en la sociedad globalizada como una amenaza seria, real y efectiva, y que en gran medida persiste porque cuenta con los medios de financiamiento para su ejecución. Por ello, de manera pragmática y realista cabe realizar las modificaciones a la ley Nº 18.314, a fin de sancionar con la mayor celeridad el financiamiento del terrorismo.
Con este proyecto no se propicia la idea de que la creación de figuras penales, por sí sola, puede garantizar la ausencia de conductas terroristas o ilícitas en general. En su espíritu está presente la convicción de desarrollar, con mucha determinación, políticas públicas positivas, como lo señalaba el ministro , tales como educación, oportunidades de trabajo, distribución igualitaria de recursos y, en fin, el desarrollo equilibrado e integral de la sociedad, con mayor responsabilidad ciudadana y participación efectiva. En definitiva, se debe buscar el equilibrio entre las sanciones penales y la formulación de valores positivos para la sociedad, a fin de que no se den dentro de ella factores desintegradores, como las acciones de los grupos terroristas.
Igualmente, necesitamos dar cumplimiento a la obligación internacional de tipificación, en cuyo caso la actual legislación chilena cubriría con dificultades algunos aspectos que es preciso actualizar. El terrorismo se nos presenta como una forma contestataria, asistémica y cobarde de lucha, porque no objetiviza a su enemigo, sino que convierte en víctima a cualquier persona inocente, como sucede en los atentados que conocemos por los medios de comunicación.
Muchas veces, la motivación terrorista tiene raíces ideológicas, culturales o religiosas. En cualquiera de ellas prima una visión absolutista de la realidad, una intolerancia extrema y, sobre todo, una profunda falta de respeto por la persona humana y la voluntad de la mayoría. Se trata de acciones que hablan por sí mismas, las que necesariamente son difundidas de manera casi instantánea por los medios de comunicación, convirtiendo un hecho, casi siempre sangriento, en el tema obligado de los programas noticiosos. En cierto modo, el terrorista hace realidad el antiguo proverbio chino que dice “mata a uno y espantarás a diez mil”, sólo que sus víctimas y esos diez mil son ajenos a las motivaciones de quien provoca tan gravísimos hechos.
Al sancionar el financiamiento, se pone atajo a un proceso que, por sus características, puede crecer como una red invisible, muy difícil de enfrentar cuando se ha estructurado, que puede persistir por años, como en los casos de País Vasco y Libertad, ETA, y del Ejército Republicano Irlandés, IRA, por citar dos ejemplos recurrentes en los noticiarios.
El pensador canadiense Marshall McLuhan creó el concepto de “aldea global” para referirse a nuestro mundo, cada vez más cercano por la creciente ola informativa y de comunicaciones. Esta realidad hace que el terrorismo sea conocido por todos en plazos cada vez más breves, lo que constituye también una ganancia para ellos. Mientras el asesinato de Abraham Lincoln , en 1865, tardó semanas y aun meses en saberse, el magnicidio de John F. Kennedy , en 1963, fue conocido por el 70 por ciento de los norteamericanos antes de media hora. Hoy, un acto terrorista o los pormenores de un frente de batalla se pueden ver en el televisor en el mismo instante en que suceden. Esta diferencia cualitativa obliga a tener mucho más voluntad y claridad para enfrentar al terrorismo, agotando todos los medios posibles que le resten eficacia.
En esta línea de argumentación se inscribe el proyecto que se somete a discusión por parte del Gobierno. Espero que pueda ser aprobado por unanimidad, porque en el país hay consenso respecto del valor de la paz, de la solución pacífica de las controversias y en el respeto irrestricto a la institucionalidad democrática, que construimos todos los chilenos. El terrorismo rompe radicalmente esos conceptos y esa voluntad de paz.
He dicho.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , después de muchos años, hoy existe una visión completa y absoluta respecto del daño que causa el terrorismo a cualquier sociedad. En esa perspectiva debemos entender este proyecto, que precisa los alcances de la ley Nº 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad.
Pero este proyecto, que determina que los actos terroristas, en la práctica, degradan al ser humano y constituyen un atentado a la paz de toda la sociedad, no es el único; también debemos recordar que, como complemento del mismo, la iniciativa aprobada el martes recién pasado, que crea el Sistema de Inteligencia del Estado y, al interior de éste, la Agencia Nacional de Inteligencia, uno de cuyos efectos operativos consistirá en detectar y combatir el terrorismo.
Me parece necesario destacar que este proyecto es perfectamente compatible con la función que asignamos a la Agencia Nacional de Inteligencia, en cuanto a poner a disposición de los tribunales de justicia a quienes, por cualquier medio, directa o indirectamente, provean o recauden fondos con la finalidad de que sean utilizados en la comisión de los delitos señalados. Sólo agentes operativos de las Fuerzas Armadas o de Orden podrán trabajar en esta materia. El proyecto constituye un instrumento que tiende a precisar la forma de trabajo para descubrir e intentar terminar con esta lacra que representa el terrorismo.
El terrorismo no conoce de fronteras ni de ideologías, sino que obedece a la malsana intención de terminar con la vida de personas que piensen distinto de quienes planifican y cometen actos de esa naturaleza.
Me alegra mucho que el conglomerado oficialista, la Concertación, hoy reconozca que es necesario combatir el terrorismo firmemente y sin claudicar.
Sobre esta materia, también es necesario destacar los altos niveles de consenso a los cuales hemos llegado hoy después de las graves crisis institucionales por las que ha pasado el país desde hace muchos años.
Espero que con este proyecto podamos emprender, juntos, un trabajo como sociedad. Como representantes de la misma, con visiones distintas, aspiramos a que el terrorismo -de cualquier signo- sea erradicado definitivamente.
Desde esa perspectiva, entonces, comprendo la intención de una iniciativa como ésta y estoy por aprobarla con mucho entusiasmo. A mi juicio, importa un período de paz y todo lo que ello signifique va a ser muy importante para la posibilidad de desarrollo y crecimiento de nuestra sociedad.
Por esa razón -reitero-, vamos a apoyarla con mucho entusiasmo.
He dicho.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , es indudable la importancia del proyecto en análisis, en el sentido de perfeccionar la lucha que hoy se lleva a cabo en todo el mundo contra la lacra del terrorismo. Pero también es un hecho conocido de todos que ésta no va a tener éxito si no existe coordinación y cooperación internacional. Es igual a la lucha contra la droga: no se saca nada con realizar esfuerzos aislados.
En esta iniciativa, respecto de la cual existe unanimidad para aprobarla, se encuentra presente la necesidad de integración y de cooperación.
Sin embargo, hoy no puedo dejar de recordar que en Chile aún gozan de libertad muchos autores de actos terroristas -que, sin duda, pertenecen a todos los colores políticos-, quienes se pasean tranquilamente por nuestro país o por el extranjero. Quiero subrayar que hoy no sacamos absolutamente nada con legislar o perfeccionar disposiciones legales si no las hacemos cumplir a cabalidad. No sólo se debe legislar sobre la materia, sino que hay que hacer cumplir, en forma íntegra, los instrumentos legales como el que hoy vamos a aprobar.
He dicho.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
En votación el proyecto que modifica la ley Nº 18.314 sobre conductas terroristas, en orden a sancionar más eficazmente la financiación del terrorismo.
Se han presentado a la Mesa dos indicaciones, sobre las cuales se ha señalado que existe unanimidad para votarlas en esta sesión y despachar en general y en particular el proyecto.
¿Habría acuerdo para proceder en esos términos?
Acordado.
En votación en general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Aprobado en general el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
A continuación, el Secretario va a dar lectura a las indicaciones.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La primera indicación corresponde a los diputados Jorge Burgos, Marcelo Forni y Edgardo Riveros, y tiene por finalidad intercalar, en el inciso final del artículo 7º, que agrega al artículo único del proyecto, lo siguiente: entre las palabras “indirectamente” y “recaude”, la expresión “solicite”.
La segunda indicación es de las diputadas señoras Guzmán y Soto, y de los diputados señores Forni y Burgos, para agregar un inciso final al artículo 7º de la ley Nº 18.314, con el objeto de que sea contemplado como una figura autónoma en un artículo 7º bis.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
En votación las dos indicaciones.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Aprobadas.
Despachado en general y en particular el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
TIPIFICACIÓN DE NUEVAS FIGURAS DELICTIVAS RELACIONADAS CON LA INFORMÁTICA. Modificación del Código Penal. Primer trámite constitucional.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
Corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objeto de tipificar, en las figuras penales tradicionales, nuevas formas delictivas surgidas a partir del desarrollo de la informática.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Darío Paya.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión de Constitución, boletín Nº 3083-07, sesión 50ª, en 4 de marzo de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 10.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor PAYA.-
Señor Presidente , como recordará la Sala, en enero me correspondió informar sobre esta iniciativa en nombre de la Comisión de Ciencias y Tecnología.
En la Sala, miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia solicitaron que este proyecto se remitiera a dicha Comisión, a fin de revisar algunos aspectos, lo cual era muy comprensible y natural, puesto que, en su totalidad, modifica e incorpora normas en el Código Penal.
Corresponde, por tanto, informar sobre las observaciones planteadas por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia a este proyecto.
Al igual como sucedió en la Comisión de Ciencias y Tecnología, los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia aprobaron, por unanimidad, en general, la idea de legislar. Asimismo, en el debate en particular, aprobaron todas sus normas, salvo tres excepciones que explicaré a continuación.
En primer lugar, se aprobó modificar el número 2 en el sentido de establecer que la falsificación de ciertos medios de pago será sancionada penalmente, sin necesidad de acreditarse perjuicio patrimonial de la víctima.
Ésta es una innovación en nuestra legislación que, a juicio de los autores, tiene una justificación bastante obvia, puesto que, con la misma lógica, de hace cientos de años, con que se ha entendido que hay que proteger ciertos documentos públicos -debido a la necesidad de que exista confianza- y se ha sancionado su falsificación sin necesidad de esperar que se produzca perjuicio a terceros, nos parece que hoy, en circunstancias modernas, es necesario sancionar la falsificación de algunos instrumentos privados. Por ejemplo, si una persona se encuentra con un contenedor lleno de cheques o de tarjetas de crédito falsas, que son documentos privados, ¿acaso tenemos que esperar que se utilicen en un delito y haya perjuicio patrimonial para aplicar una sanción?
La idea aprobada por la Comisión es no esperar, sino sancionar la falsificación de medios de pagos, aunque sean privados.
A esto, el Ejecutivo insistió en un reparo muy atendible en la Comisión de Constitución -ya lo había hecho en la Comisión de Ciencias y Tecnología-, el cual también planteó con bastante elocuencia el diputado Bustos , en el sentido de que esta innovación podía ser demasiado amplia y dar origen a excesos derivados, fundamentalmente, de la amplitud con que los tribunales entiendan la expresión “falsificar”. En ellos, falsificar tiene un sentido bastante más extenso que en el uso común. Cuando pensamos en un cheque falso, el sentido común nos dice que se trata de un documento elaborado en una imprenta clandestina a fin de simular un cheque verdadero. Pero nuestra legislación entiende que un dato falso en un cheque verdadero también constituye falsificación.
Por consiguiente, se producía una innovación de alcances demasiado amplia y, probablemente, inconveniente.
No obstante que -esto es importante que la Sala lo tenga en cuenta- se aprobó en la Comisión una norma -aparece propuesta en el informe-, concluido el trámite y haciéndonos cargo de la necesidad de sancionar ciertas hipótesis de falsificación de medios de pago, como también de los peligros que involucraban -manifestados por el Ejecutivo y el diputado Bustos en la Comisión-, discutimos y acordamos sugerir hoy a la Sala una indicación al proyecto, suscrita por quien habla, la diputada señora Pía Guzmán y el diputado señor Jorge Burgos . Aunque aquí no aparece la firma del diputado señor Luksic , puedo decir, responsablemente, que la chequeó y le pareció perfectamente atendible, en su calidad de presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Ella, por lo demás, ha contado con el apoyo directo del Ejecutivo ; su redacción soluciona el problema por la vía de restringir esta hipótesis, nueva, de sancionar la falsificación de algunos medios de pago privados, sólo a dos casos: tarjetas de crédito y cheques. Ahora bien, no a cualquier tarjeta de crédito o cualquier cheque; es aún más restringido, puesto que se limita a las tarjetas de crédito o cheques emitidos por entidades sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Es decir, las tarjetas de crédito emitidas por una casa comercial u otra institución privada no están comprendidas en esta protección, como tampoco lo están muchos otros instrumentos privados que pueden cumplir el rol de medio de pago.
Por lo tanto, vamos a hacer llegar a la Mesa una indicación que cumple dos finalidades: en primer lugar, suprime la norma que había sido aprobada en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y, en segundo lugar, propone modificar el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, que contiene el texto concordado de la ley general de Bancos.
El segundo cambio introducido por la Comisión al proyecto recibido de la Comisión de Ciencias y Tecnología podría parecer una simple modificación de redacción -casi una cuestión literaria-, puesto que el artículo 468 bis, nuevo, del proyecto, reemplaza la frase “manipulación informática o artificio semejante”, por una parecida, que dice: “manipulación o artificio semejante, informático o no, aplicado sobre el referido sistema”.
Esto, que pareciera no ser más que una enmienda semántica, tiene un alcance jurídico. En su esencia, la característica del fraude informático es que las manipulaciones o el engaño en que consiste el mismo tienen como víctima a una máquina. Eso es lo que lo diferencia del fraude tradicional, sancionado en nuestra legislación penal, en el que la víctima de los engaños es una persona a la que se le hace creer algo. Se monta una “mise en scène”, se le simula una situación que la induce a error y sufre un daño patrimonial.
Lo propio del fraude informático es que las manipulaciones son sufridas por una máquina. Por eso es mucho más apropiada la redacción propuesta.
Si la manipulación fue física o de otro tipo, ello es indiferente. Voy a dar un par de ejemplos. Si una persona manipuló y modificó los programas, eso está bien, está comprendido. Pero hacia adelante uno puede concebir engaños de muy distinta naturaleza. Hoy, por ejemplo, hay medios de identificación que pueden cumplir el rol de medios de pago, consistentes en escáneres retinales, por ejemplo. Una persona podría ir y modificar el escáner, la máquina; o bien alguien podría llegar con un iris falso. Da lo mismo cuál es el medio; lo importante es que la manipulación se efectuó, se ejecutó, y tuvo como víctima a una máquina. Eso es lo propio que recoge esta segunda modificación. No altera en nada el fondo de lo aprobado por la Comisión de Ciencias y Tecnología, pero lo hace jurídicamente más preciso.
El tercer cambio se refiere a un tema distinto que abordaba el proyecto, que, entre otras cosas, sancionaba la obtención indebida de telecomunicaciones. Específicamente, el caso que nos ocupaba y que fue objeto de modificaciones, era la sanción a quienes obtienen, por la vía de “colgarse”, señal de televisión por cable. Nos parecía que la sanción que contenía el proyecto era aplicable a las personas que se cuelgan, pero no con la intención de hacer una industria de este ilícito. Hoy nos encontramos con que hay dos tipos de conductas: personas que hacen una instalación fraudulenta y, en seguida, comienzan a vender a terceros el servicio de cable y, así, hacen un verdadero negocio con lo ajeno.
Respecto de la necesidad de aplicar una sanción drástica a esas personas, no hay discusión. Sí nos parecía que la sanción era elevada para el caso del individuo que se cuelga y obtiene señal de cable ilícitamente, para quien, por supuesto debe haber una sanción. Pero el margen que se contemplaba, en el proyecto, de multas que podían llegar a seis millones de pesos, nos parecía exagerado, y su monto se ha restringido al rango de entre dos a diez unidades tributarias mensuales.
La redacción nueva sugerida por el Ejecutivo para la norma del artículo 470 bis -que sanciona la obtención indebida de servicios de telecomunicaciones, mediante conexiones fraudulentas o clandestinas- no modifica el fondo, sino que dice relación con el monto de la multa.
Finalmente, me ha parecido prudente -en el contexto del informe- aclarar una duda manifestada por tres parlamentarios, originada en el episodio, de pública connotación, en que la secretaria del presidente del Banco Central habría accedido indebidamente a información y entregado ésta a gente de Inverlink. En efecto, parlamentarios han consultado si no sería conveniente hacerse cargo y enfrentar legislativamente ese problema en el proyecto. Ello no es necesario por dos razones. En primer lugar, porque hay una ley en la materia. De hecho, la persona que incurrió en esta conducta está siendo procesada. En concreto, la norma vigente es el artículo 2º de la ley Nº 19.223, el cual sanciona al que, “con ánimo de apoderarse, usar o conocer indebidamente de la información contenida en un sistema de tratamiento de la misma, la intercepte, interfiera o acceda a él, será castigado con presidio menor en su grado mínimo a medio”.
A mayor abundamiento, la Cámara, por unanimidad, aprobó en agosto un proyecto, que se encuentra en el Senado, que contiene una modificación a esta norma -a nuestro juicio, la perfecciona, la hace más amplia. Incluso, después la Cámara ha legislado en la materia-; en concreto, se sugirió sustituir el actual artículo 146 del Código Penal por el siguiente:
“El que por cualquier medio abriere o registrare la correspondencia o los papeles de otro sin su voluntad o de igual forma -aquí es donde se hace cargo del tema del ejemplo que colocamos- accediera a la información de otro, contenida en redes, soportes lógicos o sistemas de tratamiento automatizado de información, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo a medio”. Agrega: “Si el autor divulgare o se aprovechare de los secretos que ellos contienen, sufrirá una pena de presidio menor en su grado medio a máximo”. Por tanto, a propósito de las inquietudes manifestadas, es prudente recordar que en la materia hay una ley, y la Cámara, por unanimidad, ha sugerido y mandado al Senado un proyecto que también aborda el punto.
Concluyo el informe invitando a la Cámara a aprobar el proyecto.
Pido a la Mesa que recabe el acuerdo de la Sala para votar en esta sesión la indicación, que cuenta con el concurso del Ejecutivo y de parlamentarios de todos los sectores. Ella perfecciona de manera razonable y apropiada la discusión originada a propósito de la posibilidad de sancionar la falsificación de instrumentos privados, y la voy a hacer llegar a la Mesa.
He dicho.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el señor Luis Bates, ministro de Justicia .
El señor BATES ( ministro de Justicia ).-
Explosión del desarrollo tecnológico y nuevos peligros.
El creciente desarrollo de tecnologías que permiten el almacenamiento, procesamiento y transmisión de grandes cantidades de información virtual, no sólo ha revolucionado los hábitos de trabajo y comunicación de las personas, sino que ha traído consigo importantes desafíos de adaptación jurídica. Así sucedió, por ejemplo, en el ámbito del reconocimiento jurídico de los documentos electrónicos, a partir del siempre mayor desarrollo del comercio electrónico a través de internet.
En el ámbito específico del derecho penal, la experiencia ha demostrado que el avance tecnológico trae consigo también nuevos peligros, nuevas formas de ataques contra bienes jurídicos relevantes. Así, por ejemplo, conductas como el fraude informático, la distracción de fondos desde cuentas corrientes mediante medios informáticos, la obtención indebida de suministros de telecomunicaciones, la clonación de teléfonos celulares, o la obtención indebida de señales de televisión por cable y la falsificación de documentos electrónicos y de tarjetas de créditos, son algunas de las nuevas formas delictivas que han ido surgiendo como consecuencia del explosivo fenómeno tecnológico referido. Estas nuevas formas delictivas han sido denominadas, en general, delitos informáticos.
En el derecho comparado se ha impuesto un modelo de penalización del ámbito informático, sobre la base de modificaciones a los delitos tradicionales incorporados en el Código Penal. Esto garantiza una tipificación sobre la base de bienes jurídicos. De esta manera, se logra una legislación más coherente, comprensiva y de fácil acceso para los usuarios y operadores del sistema. Así lo han hecho países como España, Italia o Alemania.
La propuesta del Gobierno. Proyecto de ley por votar.
El Ministerio de Justicia y la Subsecretaría de Telecomunicaciones han trabajado en un proyecto que subsana los vacíos detectados por la vía de introducir ajustes a los delitos comunes del Código Penal. Es decir, usar como marco los tipos penales tradicionales, ya que son conocidos por los jueces y por el foro y goza de gran aplicación. Se introduce sanción para las nuevas o modernas formas comisivas de corte tecnológico.
De esta manera, se penalizan los principales delitos de naturaleza informática, con impacto tanto en el patrimonio de las personas como en la seguridad del tráfico jurídico. A saber, la falsificación de documentos electrónicos (artículos 193 y 197 del Código Penal. La clonación y adulteración de tarjetas de créditos y otros medios electrónicos de crédito, débito y pago; por ejemplo, las nuevas tarjetas de acceso a servicios de transporte y carreteras artículo 197); los fraudes cometidos por medios informáticos (artículo 468), y la obtención ilegítima de servicios de telecomunicaciones (se introduce un nuevo artículo 470 bis).
En este contexto, cabe destacar que en un trabajo previo, efectuado junto a la Comisión de Ciencias y Tecnologías de esta honorable Cámara y con motivo de la presentación de una moción de los honorables diputados señores Paya y Walker, entre otros, el Ejecutivo propició el establecimiento de una mejor regulación, dentro del Código Penal, de los delitos de mero acceso a información contenida en sistemas computacionales, más conocido como “hacking”, y de daños a los datos contenidos en sistemas computacionales o a los sistemas mismos.
La iniciativa fue aprobada por la Cámara. En la actualidad se encuentra en el Senado, cumpliendo el segundo trámite constitucional.
Hecha esta prevención, paso a exponer brevemente la propuesta en detalle.
1. Falsificación de documentos electrónicos y de tarjetas de crédito.
Conforme al texto que se somete a vuestra aprobación, se castiga, en primer lugar, al empleado público que, abusando de su oficio, forja o falsifica un documento público electrónico. En estos casos se aplica la misma pena del delito común de falsificación de instrumentos públicos, es decir, presidio de tres años y un día a diez años.
2. Se castigan dos hipótesis de falsificación de instrumentos privados de naturaleza electrónica con resultado de perjuicio para terceros:
a) El forjamiento o alteración de tarjetas u otros instrumentos similares de crédito, débito o pago provistas de banda magnética u otro dispositivo técnico de almacenamiento de datos. En este caso, la pena corresponde a presidio de tres años y un día a cinco años, además de multa de dieciséis a veinte unidades tributarias mensuales, esto es, de 460.000 a 580.000 pesos. Permitirá sancionar, incluso, la falsificación de los modernos medios de pago para acceso a servicio de transporte y carreteras.
b) El forjamiento o alteración de un documento privado electrónico suscrito por medio de firma electrónica. La pena variará según si se trata o no de documentos de naturaleza mercantil. Si lo fuere, se aplicará la misma pena indicada precedentemente para los casos de falsificación de tarjetas de crédito. De lo contrario, la pena será de 61 días a cinco años, además de multa de 11 a 15 unidades tributarias mensuales.
Fraude informático (modificación del artículo 468 del Código Penal).
Bajo el título de fraude informático se castiga a quien, valiéndose de cualquier manipulación informática o dirigida a atacar un sistema de tratamiento automatizado de la información, por ejemplo, alterando indebidamente el funcionamiento de un sistema informático o los datos contenidos en el mismo, modifica una situación patrimonial en perjuicio de otro. Esta conducta es sancionada con la pena de los delitos comunes de estafa, la que varía según el monto de lo defraudado. En concreto, ello significa pena de 61 días a cinco años de presidio, además de multa de 5 a 30 unidades tributarias mensuales.
Esta figura permitirá sancionar conductas como la apropiación de fondos de cuentas corrientes por medios informáticos, la compra simulada mediante la utilización de claves de acceso ajenas, la inclusión de acreedores en listas de créditos, etcétera.
Obtención indebida de suministros de telecomunicaciones.
Lo sancionado aquí es la obtención indebida de servicios de telecomunicaciones mediante conexiones clandestinas o fraudulentas o mediante cualquier maniobra técnica que permita neutralizar, eludir o burlar los mecanismos de control del legítimo acceso al servicio.
Aquí quedan comprendidas hipótesis como la clonación de celulares, la decodificación de señales satelitales o el colgarse al cable. Las penas varían según si la conducta se realiza o no con carácter organizado o empresarial. Para ello se recurre a elementos como el beneficio de terceros y el título oneroso. Esto significa, en concreto, penalidad diferenciada según el grado de organización de que está dotado el autor, de manera de favorecer una más eficaz política criminal. De esta manera, serán sancionados más drásticamente, con las mismas penas previstas para el fraude informático -hasta cinco años de presidio-, quienes hagan de la obtención indebida de telecomunicaciones un lucro, ofreciendo dicho suministro a terceros. En cambio, para el simple beneficiado o quien obtiene la telecomunicación sólo para sí, la pena es bastante menor, correspondiendo multa de dos a diez unidades tributarias mensuales. En ambos casos procede, además, el comiso de los equipos o instrumentos utilizados.
Consideraciones en torno del trámite legislativo y agradecimientos.
El presente proyecto fue, en primer lugar, objeto de estudio por la Comisión de Ciencias y Tecnología de la Corporación. Quiero aprovechar la ocasión para agradecer el entusiasmo con que fue recibido en el seno de dicha Comisión, lo que dio pie a un intenso y ágil trabajo de revisión. Considero justo que reciba particular mención su presidente , el diputado señor Paya.
En lo fundamental, el proyecto se aprobó por unanimidad.
Con posterioridad, y según correspondía, tratándose de un proyecto esencialmente penal, fue objeto de análisis por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara. Igual dedicación y celeridad favoreció allí a nuestro proyecto. La instancia fue propicia, además, para introducir sensibles mejoras en el tipo de fraude informático, así como en la obtención indebida de suministros.
En cuanto al primero, cabe señalar que los nuevos ajustes, destinados a otorgar mayor neutralidad tecnológica al tipo, a la vez que permitir la ampliación de su alcance, garantizan su pervivencia en el tiempo, considerando los avances de la ciencia y de la tecnología.
En cuanto al segundo tipo, es decir, obtención indebida de telecomunicaciones, los ajustes introducidos favorecen su claridad, amén de posibilitar un mayor grado de eficacia en la aplicación de la ley, materia que consideramos particularmente importante.
En lo fundamental, el proyecto fue también aprobado por unanimidad en la Comisión. Debo agradecer la valiosa colaboración del honorable diputado señor Bustos, así como la disponibilidad del presidente de la Comisión , diputado señor Luksic, y de los demás miembros de la misma.
Estamos ciertos de que la aprobación de este importante proyecto de ley representa un paso más en la modernización de nuestro país, en tiempos en que la tecnología se encuentra directamente asociada al comercio, así como a los medios de producción y telecomunicación. Reforzar la confianza en aquélla es también reforzar la confianza en éstos.
Muchas gracias.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , el proyecto en estudio tiene bastante actualidad, porque se ha dado a conocer la detención de la banda que, aprovechándose de medios sofisticados, logró retirar dinero de diversos bancos e instituciones financieras mediante el uso de sistemas muy simples. Siempre se le está recomendando a la gente que posee tarjetas de crédito que no usen claves comunes, como la fecha de nacimiento, o cosas por el estilo, porque, por las informaciones que tenemos, las bandas se aprovechan de esa simpleza para efectuar retiros de dinero. Lo que llamó mucho la atención en el caso que comento, y que todavía no se ha divulgado, es que lo habrían hecho a través de medios no tan especiales.
De tal manera que el resguardo que se está tomando con este proyecto, el cual analizamos en varias sesiones y audiencias, a las cuales asistieron personas muy técnicas y conocedoras de la materia, permite augurar que estas situaciones ilegales de aprovechamiento o de uso indebido de medios ilícitos para obtener beneficios patrimoniales van a ser debidamente castigadas en el futuro.
Espero que con la indicación que se dará a conocer se logre el proyecto moderno y actualizado.
Quiero destacar la buena disposición de los invitados que asistieron a las diversas sesiones, así como la presencia de los funcionarios del Ministerio de Justicia, quienes nos ayudaron a aclarar situaciones totalmente modernas, que, como dije, sobrepasan incluso lo que uno cree que se puede producir o que se estaba produciendo en esos momentos.
La Democracia Cristiana votará a favor del proyecto, porque actualiza la legislación penal ante la concurrencia u ocurrencia de delitos, infracciones o manipulaciones que pueden perjudicar enormemente a los usuarios de estos sistemas.
Al respecto, llama la atención que, a pesar del monto límite establecido para los retiros en efectivo a través de las tarjetas de crédito bancarias, esta banda, recientemente detenida, prácticamente en un solo día y en una forma mucho más fácil de lo que uno pudiera creer, lograba sacar cantidades superiores a un millón de pesos, lo que, lógicamente, está restando la confianza pública en el uso de esas tarjetas.
Es preciso volver a insistir en que las personas que tengan este tipo de documentos busquen fórmulas más concretas y seguras a fin de no divulgar la clave secreta, porque, de lo contrario, están dando la oportunidad para que sus rentas se vean mermadas. Lamentablemente, en la mayor parte de los casos relacionados con la banda que fue detenida, han resultado afectadas personas modestas, a quienes los montos retirados en forma fraudulenta les han significado un gran daño patrimonial.
He dicho.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Juan Bustos .
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , ciertamente estamos ante un proyecto que significa un salto cualitativo en relación con la legislación vigente. La ley sobre delito informático planteaba no sólo dudas de carácter doctrinario, ya que no dejaba en claro cuál era lo protegido. Ese aspecto promovió una larga discusión, no sólo desde el punto de vista de la doctrina, sino también desde el punto de vista práctico, porque la forma vaga y amplia en que estaban configurados los diferentes delitos informáticos en dicha ley no permitía a los tribunales llevar a cabo las investigaciones y constataciones correspondientes, con el objeto de sancionar los hechos que producían afecciones a diferentes bienes jurídicos de nuestro Código, con la utilización de los medios informáticos.
Por eso, las diferentes críticas surgidas tanto desde el punto de vista de los tribunales como también de la doctrina, obligaban necesariamente dictar la nueva iniciativa, que va señalando en cada caso particular nuevas formas de pago, entre ellos los medios electrónicos y las tarjetas de crédito, en cuya operatividad se puede afectar la fe pública.
La modificación que se introduce al artículo 284 del Código Penal se refiere también a las formas en que se puede afectar el derecho de autor, los derechos industriales, etcétera.
Se establecen tipos legales que permiten una investigación eficiente por parte de los tribunales y la aplicación de sanciones a aquellas personas que utilizan estos nuevos medios para afectar diferentes bienes jurídicos protegidos.
Por eso, la iniciativa significa un aporte esencial desde el punto de vista de la persecución de la delincuencia, sumamente específica y relevante dentro del país, que actúa en el ámbito socioeconómico.
Por otra parte -y al respecto estamos de acuerdo con el diputado Paya-, resulta necesario darle una protección especial a estas distintas formas de pago modernos, como ocurre con las tarjetas de crédito y el cheque, toda vez que ello está debidamente regulado y controlado a través de la Superintendencia de Bancos. Se establece un tipo de pena especial en la legislación de bancos respecto de este sistema de pago, de uso común dentro de nuestro país, aun cuando no haya perjuicio, con el objeto de lograr su debida protección.
Por estas razones la bancada socialista va a apoyar el proyecto de ley.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Corresponde votar el proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objeto de recepcionar, en los tipos penales tradicionales, nuevas formas delictivas surgidas a partir del desarrollo de la informática.
En votación en general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
El señor Secretario va a dar lectura a las indicaciones, también consensuadas, según se ha informado a la Mesa.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Indicaciones de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en primer lugar, para reemplazar el inciso tercero, propuesto por el número 2) del artículo único, por el siguiente:
“Del mismo modo se castigará al que forjare o alterare tarjetas u otros instrumentos similares de crédito, débito o pago, provistos de banda magnética u otro dispositivo técnico de almacenamiento de datos”.
En segundo lugar, para substituir en el nuevo artículo 468 bis que se propone por el número 3), las expresiones finales “manipulación informática o artificio semejante” por las siguientes: “manipulación o artificio semejante, informático o no, aplicado sobre el referido sistema”.
Por último, para reemplazar el nuevo artículo 470 bis que se propone por el número 4) del artículo único para el Código Penal, por el siguiente:
“Artículo 470 bis.- Las penas del artículo 467 se aplicarán también a los que en perjuicio de otro obtuvieren indebidamente, para terceros y a cambio de un beneficio económico, servicios de telecomunicaciones mediante conexiones clandestinas o fraudulentas o mediante cualquier maniobra técnica que permita neutralizar, eludir o burlar los mecanismos de control del legítimo acceso al servicio. En caso de reiteración, los hechos se considerarán como un solo delito, y la regulación de la pena se hará tomando por base el monto total de lo defraudado.
“Sin perjuicio de lo anterior, si los servicios de telecomunicaciones se obtuvieren en todo o en parte para sí, y de ello no se reportare ningún beneficio económico distinto de la obtención misma del servicio, la pena será sólo de multa de dos a diez unidades tributarias mensuales, además del comiso de los equipos o instrumentos utilizados”.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
En votación las indicaciones de la Comisión de Constitución.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Aprobadas.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Se va a dar lectura a la siguiente indicación.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Indicación de los diputados señores Darío Paya, Jorge Burgos, señora Pía Guzmán, y señores Juan Bustos y Zarko Luksic, en primer lugar, para suprimir el nuevo inciso cuarto que se propone por el numeral 2 del artículo único del proyecto de la Comisión de Ciencias y Tecnología, que es del siguiente tenor: “Cuando en los casos de falsedades a que se refiere el inciso anterior no concurriere perjuicio de tercero, se aplicará la pena prevista en el inciso primero de este artículo”.
En segundo lugar, para agregar el siguiente artículo segundo, pasando el actual artículo único a ser primero: “Agrégase el siguiente artículo 161, nuevo, al DFL Nº 3 de 1997, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la ley General de Bancos:
“El que cometiere falsedad forjando cheques o tarjetas de crédito emitidos por entidades sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, será sancionado con pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de once a quince unidades tributarias mensuales, salvo que por aplicación del artículo 197 del Código Penal le correspondiere mayor pena”.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Aprobada.
Aprobado en general y en particular.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VI. INCIDENTES
CONSTRUCCIÓN DE ATRAVIESOS EN SECTOR TALCA-CHILLÁN DE LA RUTA 5 SUR. Oficio.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
No hay proyectos de acuerdo.
En Incidentes, en el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI .-
Señora Presidenta , quiero pedir, por su intermedio, que se oficie al ministro de Obras Públicas para darle cuenta de una situación que preocupa a los habitantes de las comunas que conforman el distrito Nº 40, que represento en esta Sala. Tiene que ver con la reparación y construcción de la nueva ruta 5 Sur y, posteriormente, la concesión a una empresa del tramo Talca-Chillán.
Como esta concesión fue una de las primeras, los alcaldes pagaron el noviciado, como quien dice, y no tuvieron la precaución de ponerse de acuerdo con la empresa concesionaria para construir, cada cierto número de kilómetros, pasos peatonales o de vehículos, con el objeto de dejar comunicadas las localidades que quedaron separadas por la carretera.
Las comunas de Longaví, Retiro y Parral , todas de mi distrito, han resultado ser las más perjudicadas por esta falta de previsión. En el cruce de Parral existe el atravieso correspondiente para vehículos y peatones, pero de allí hacia el sur, en una distancia de doce kilómetros, no encontramos ninguna obra de esta naturaleza.
En este último tiempo, los habitantes del sector de Santa Mónica, comuna de Parral, han realizado manifestaciones para pedir que, al menos en el kilómetro 346,6, se construya un cruce, como corresponde, para peatones y vehículos.
Por lo expuesto, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas , con carácter de urgente, para que ponga especial atención con lo ocurrido en el tramo que va de Talca a Chillán de la ruta 5 Sur, con el objeto de que en las próximas licitaciones se consideren, al menos cada seis kilómetros, las obras necesarias para que peatones y vehículos puedan cruzar la carretera.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
INVESTIGACIÓN DE DENUNCIAS SOBRE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN LA MUNICIPALIDAD DE PELLUHUE. Oficio.
El señor CERONI .-
Señora Presidenta , la totalidad de los concejales de la comuna de Pelluhue habrían presentado una denuncia al contralor de la Región del Maule , porque en la municipalidad de Pelluhue se estaría cometiendo una serie de irregularidades por parte de sus autoridades y, probablemente, de algunos funcionarios.
Por lo señalado, pido, por intermedio de la Mesa, que se oficie al contralor de la Región del Maule, con el objeto de que arbitre las medidas para que se efectúen las investigaciones que procedan a fin de determinar posibles responsabilidades y aclarar si son efectivas las denuncias de irregularidades formuladas por el concejo en contra del municipio.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
REFLEXIONES SOBRE ACTIVIDAD PARLAMENTARIA Y POLÍTICA DURANTE EL PERÍODO 2002-2003
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra, por cinco minutos y veinte segundos, la diputada señora Vidal.
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señora Presidenta , hace exactamente un año, el 11 de marzo de 2002, comenzó el período legislativo que termina el 2006, en el cual los parlamentarios que fuimos elegidos por primera vez tenemos, a mi entender, una responsabilidad mayor, ya que debemos responder adecuadamente a la confianza entregada por el electorado.
En la campaña electoral recogimos los valores y características que la ciudadanía espera de sus representantes. Ella quiere que sean responsables, trabajadores, honestos e inteligentes.
Además, captamos los principales problemas y conflictos que afectan a las personas, en mi caso de las comunas de Macul, San Joaquín y La Granja, los que, de alguna manera, se proyectan a todo el país, como la falta de trabajo y la inequidad social que afecta a la educación, la salud y la vivienda, por nombrar sólo algunos aspectos significativos.
Consecuente con el llamado de la ciudadanía, he participado en las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social, y de Familia, en el estudio de materias propias de su competencia, pero sin dejar de lado los asuntos culturales, como llaman algunos a la cultura. Lo he hecho desde una parte de ella, el arte, donde he desarrollado mi labor profesional y mi larga trayectoria como actriz.
Éste ha sido un año muy ingrato para quienes llegamos al Congreso Nacional por primera vez. Lo hicimos con la intención de aportar un granito de arena, con la mirada siempre puesta en la mayoría de la población, para construir unidos una sociedad más justa, libre y democrática; sin embargo, no hemos podido sacar adelante la reforma constitucional necesaria para hablar de democracia con mayúscula en el país. Ha sido ingrato, además, porque no hemos podido avanzar, por ejemplo, en una legislación laboral más profunda, que proteja mucho mejor a los trabajadores y les permita contar con sistemas de fondos de pensiones e isapres que respondan a los casos especiales o graves de manera coherente con la modernización.
En cambio, hemos tenido el destape de la corrupción, que nos duele a diario, porque, a pesar de que los escándalos financieros han sido parte de nuestra historia y del mundo a través de los años, ahora estamos más sensibles que nunca a ellos, pues nos tocan muy de cerca y cruzan todas las instituciones públicas y privadas.
Sin embargo, como dice la canción, “A pesar de todo”, más que nunca debemos hacer extensivo y compartir de verdad el compromiso político por hacer de nuestro país un lugar mejor para vivir, en el contacto directo con las personas que día a día sueñan y trabajan por sus familias, sus vecinos y su comunidad, porque la mayoría creemos que unidos podemos hacer una gestión política como la gente lo pide.
He dicho.
INFORMACIÓN SOBRE EFECTIVIDAD DE BROTE DE CÓLERA EN SAN ANTONIO Y COMUNAS DE LA QUINTA REGIÓN. Oficio.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
En el tiempo del Comité Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Hidalgo .
El señor HIDALGO .-
Señora Presidenta , durante el verano recién pasado en el distrito que represento, específicamente en San Antonio, se habría producido un brote de cólera.
Independientemente de la gravedad de esa bacteria para la salud de la población, dicha situación afectó notablemente la actividad turística del distrito y la de muchos de los pescadores artesanales, lo que provocó una enorme confusión.
Hoy, a un mes de haberse hablado de la existencia de la bacteria del cólera, no existe ningún antecedente serio entregado por las autoridades de salud de que haya sido así.
Mi intervención tiene dos motivos: primero, señalar que cuando se encuentra algún indicio de brote de este tipo de bacteria que afecta a la población, se deben tomar las providencias del caso, y, segundo, que debemos ser serios, desde todo punto de vista, a fin de no perjudicar la única oportunidad de una las zonas más deprimidas -como San Antonio, que tiene la más alta cesantía del país- de recibir a la población de Santiago.
Solicito que se oficie a las autoridades del Ministerio de Salud de la Quinta Región para que nos aclaren los hechos, y nos informen respecto de cuán real fue la magnitud de la amenaza de esta bacteria, en conformidad con lo que se dio a conocer en los medios nacionales, que afectó notablemente la actividad turística, pues la noticia se entregó en el momento en que San Antonio tiene para resarcirse un poco de sus problemas, por cuanto el verano dura muy poco y los diez u once meses restantes la actividad turística decae bastante.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
OPERATIVO POLICIAL EN DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Kuschel .
El señor KUSCHEL.-
Señora Presidenta , solicito que se oficie al intendente regional de la Décima Región , al alcalde de Puerto Montt , a la gobernadora de la provincia de Llanquihue y a Carabineros de Chile para expresarles nuestra satisfacción por el operativo policial realizado la semana pasada, que permitió detener y controlar a algunas de las tantas pandillas que se han desarrollado en Puerto Montt gracias a la impunidad con que podían operar.
Espero que este tipo de operativos se repita, y que las pandillas no ganen la calle, como lo habían hecho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
SUGERENCIA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Oficio.
El señor KUSCHEL.-
Señora Presidenta , solicito que se oficie a su Excelencia el Presidente de la República para que considere la conveniencia de tomar vacaciones y descansar -si es necesario-, para que no incurra en declaraciones tan contraproducentes para la economía nacional, en particular, para el mercado de capitales.
Muchas gracias.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
TRANSGRESIÓN DE NORMAS ESTATUTARIAS Y LABORALES EN PERJUICIO DE PROFESORES DE IQUIQUE. Oficios.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor Fulvio Rossi por seis minutos.
El señor ROSSI.-
Señora Presidenta , por todos es conocida la grave situación educacional que afecta a Iquique, lo que se comprueba con los resultados del Sistema de Mediciones de la Calidad de la Educación, Simce , que muestran claramente un abismo muy grande entre la educación privada y la municipal.
Junto con el despido, arbitrario e ilegal de ciento o ciento cincuenta profesores en esa comuna, se evidencian graves deficiencias en los sistemas sanitario y eléctrico y en la infraestructura de los establecimientos educacionales para impulsar la jornada escolar completa.
Todos los 15 de noviembre se constituye una comisión para evaluar, de acuerdo con el número de matrículas, los ajustes horarios, los cambios en las plantas de profesores, los eventuales traslados y otras modificaciones.
Así comienza el problema que hoy aflige a los profesores, el que reviste carácter de bastante dramatismo, puesto que no se hace ese ajuste horario, es decir, todo lo que ocurre con posterioridad es absolutamente ilegal. Despedir profesores titulares, no ofrecerles la posibilidad de renuncia voluntaria a los que están en edad para jubilar y obtener la indemnización que les corresponde; trasladar docentes, por ejemplo, desde cuarto medio a educación básica, después de cuarenta años de servicios, lo que constituye un evidente menoscabo en su situación laboral, me parecen situaciones de extraordinaria gravedad. Es más, ya ha señalado la Dirección del Trabajo, que lamentablemente tiene muy pocas facultades, salvo la de sancionar administrativamente a la Corporación, que, de acuerdo con la normativa vigente, un contrato de trabajo no se debe modificar unilateralmente, sino en forma consensuada, y cuando se autoriza la modificación unilateral, consagrada por el artículo 12, se señala claramente que no se deben suprimir horas de trabajo ni bajar los ingresos del trabajador.
Por otro lado, el Estatuto Docente dispone que un profesor de educación media no debe ser asignado a educación básica, porque ello significa claramente un menoscabo laboral e, incluso, humano.
Lamentablemente, aquí hay una sensación de dejar hacer, de poco control.
Por eso, solicito que se oficie al ministro de Educación y a la Dirección del Trabajo, a fin de que tomen cartas en el asunto, porque con esto también se está comprometiendo la jornada escolar completa, que es un programa muy importante para el Gobierno. Recordemos que para su implementación en los establecimientos educacionales en que se aplicó fue necesario aumentar la dotación de profesores, en muchos casos con una extensión horaria de 14 horas.
Lo que ocurre es que se está eliminando la extensión horaria, por lo que va a ser imposible que dichos establecimientos cumplan con los requerimientos de la jornada escolar completa. Eso, finalmente, va a redundar en un empeoramiento de la calidad de la enseñanza, mayor del que existe en la actualidad en la región.
En ese sentido, el Ministerio de Educación debe cautelar que el establecimiento educacional que ingresa al régimen de jornada escolar completa y que desee impetrar subvención, cuente con el personal docente idóneo necesario para cumplir con los requerimientos que se exige. Eso hoy, en la práctica, no está ocurriendo en la comuna de Iquique.
Me parece que la situación es grave y no sólo está en juego la dignidad de los trabajadores -muchos de los cuales han entregado toda su vida a la actividad docente y hoy reciben un trato arbitrario, vejatorio e indigno-, sino que también está en juego la calidad de la enseñanza de los jóvenes de más escasos recursos, que no pueden acceder a la educación privada, lo que constituye una evidente discriminación.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de la bancada del Partido Socialista.
DETERMINACIÓN DE RIESGO VITAL PARA INGRESO DE ENFERMOS EN CENTROS HOSPITALARIOS. Oficio.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señora Presidenta , solicito que se oficie al Ministerio de Salud, específicamente al director del Fondo Nacional de Salud , Fonasa , a fin de que nos informe de la situación que afectó a la señora María Catalina Guzmán Sáez , quien trabaja en la Octava Región y hace un tiempo debió ser internada de urgencia en el hospital del Trabajador.
Allí, la médico que la examinó dio la orden de ingreso a la UCI, donde estuvo doce días, hasta lograr su estabilización. El diagnóstico fue un preinfarto, lo que la obligó a permanecer en la UCI. El trato brindado por el hospital -según cuenta su hija- le salvó la vida a doña María Catalina Guzmán . Sin embargo, al momento de pagar, Fonasa le señaló que la atención no había sido de urgencia, sino que se trataba de una de libre elección.
Situaciones como esa se han venido repitiendo: cuando una persona enferma se agrava, sufre una crisis, acude al establecimiento más cercano; en este caso, al hospital del Trabajador, donde se le diagnostica un riesgo vital, razón por la cual debe quedar hospitalizada en la UCI. En este sentido, no puede haber dualidad de información ni errores administrativos para catalogar cuando hay riesgo vital, no por el dinero, sino por la vida.
Por lo tanto, pido que se oficie al director del Fonasa, a fin de que precise cuáles son las condiciones exactas de este caso.
Las cartas de respuesta que se me han hecho llegar dicen que el hospital del Trabajador no habría establecido un registro de la condición de riesgo vital de la paciente en el contexto de los programas de atención de emergencia. No considerada tal condición, la modalidad es de libre elección y, por lo tanto, ella debe pagar todos los días de hospitalización, lo que llega a un monto que dicha familia no puede solventar.
Los antecedentes clínicos de cómo se establece el registro en el cual se especifica si un paciente está o no en riesgo vital y la determinación de si la atención se hace bajo la modalidad de libre elección o de urgencia hospitalaria son temas que es necesario clarificar y advertir.
No puede ser que una persona se hospitalice en un centro privado, como el hospital del Trabajador, y después quede en cuestión si el caso es o no de riesgo vital. Este es un punto que el Ministerio de Salud y el Fonasa deben aclarar.
A su vez, solicito un completo informe del Fonasa, que también pueda hacer llegar al hospital del Trabajador, a fin de que el caso pueda ser subsanado. Este hecho ha causado preocupación. En particular, interpreto profundamente el sentido de la familia, y creo que el asunto debe ser aclarado, pues no está en condiciones de pagar la atención.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
SOLUCIÓN A DEUDORES SERVIU DE SECTOR FRANKE EN OSORNO. Oficio.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández .
El señor HERNÁNDEZ .-
Señora Presidenta , solicito que se oficie al Ministerio de la Vivienda y Bienes Nacionales a fin de que esa cartera dé solución a un problema que afecta a deudores del Serviu del sector Franke en Osorno.
Quiero mencionar algunos casos de familias osorninas con graves problemas de atraso en el pago de sus dividendos y, por ende, enfrentadas a la posibilidad de que sus viviendas sean rematadas. Por ejemplo, Misael Alderete Sanhueza , cesante, su esposa hace siste años quedó inválida, luego de sufrir un derrame cerebral; María Ester Valdeavellano sufre depresión severa y su esposo se encuentra cesante; Evelyn Martínez Noriega debe someterse a diálisis día por medio y sufre de cáncer pulmonar en estado terminal; Norma Ortiz tiene un hijo enfermo de por vida y su esposo está cesante.
Expongo estos casos porque no se trata de hechos aislados, sino de algo bastante más generalizado de lo que todos quisiéramos.
Hace un par de semanas le remataron la vivienda a una familia cuyo jefe de hogar se encuentra cesante: sufrió un grave accidente automovilístico, y la esposa tiene cáncer.
El jueves recién pasado asistí a una reunión en el sector de Franke, en Osorno, donde conocí el caso de algunas personas con graves problemas de atraso en el pago de sus dividendos. Grande fue mi sorpresa al llegar al lugar y encontrarme con más de 300 personas. Ese es el botón de muestra de lo que está sucediendo.
Antes de cualquier consideración que se pueda tener al respecto, hay que partir de una base importante: los asistentes me manifestaron que quieren pagar, pero que no pueden hacerlo.
Los chilenos, en una inmensa mayoría, somos gente trabajadora, honesta y cumplidora. Los sinvergüenzas son muy pocos. Eso está claro.
Las poblaciones Parque Norte, El Bosque, Orlando Munchmayer y Las Quilas , en el sector de Franke, en Osorno, son el mejor ejemplo de lo que decía: gente honesta, que quiere pagar, pero que no está ajena a lo que vive un país golpeado por la cesantía como el nuestro.
Lo que sucede a esta gente es grave. Llevan varios meses de atraso en el pago de sus dividendos y las facilidades para ponerse al día no siempre son las óptimas. Ni siquiera se les permite realizar abonos o pagos parciales, y viven todos los días bajo constantes amenazas de que sus casas, fruto del esfuerzo de toda una vida, serán rematadas en cualquier minuto.
Tanto el Serviu como el Banco del Estado han sido incapaces de entregar respuestas medianamente satisfactorias a esas cientos de familias osorninas, las que deben entenderse con una empresa de cobranza externa llamada Inverca. Para acceder a una repactación, la empresa les pide a los deudores el pago de una parte importante de la deuda. ¿Cómo van a pagar 150 ó 200 mil pesos cuando no tienen ni para pagar un dividendo mensual de 20 mil?
Lo que cabe es brindar reales facilidades a esas familias para que puedan repactar sin que ello les signifique pagar de inmediato parte importante de la deuda; que se les permita renegociar a quienes ya habían repactado y no han podido cumplir, y que se acepten abonos y pagos parciales.
Considero tan importante como lo anterior que se acaben las amenazas y la presión psicológica indebida para esas familias que, aparte de sufrir el flagelo de la cesantía, deben vivir bajo la amenaza constante de que en cualquier momento pueden ser desalojados y sus casas rematadas.
En resumen, en esa reunión se dio cuenta de una gran morosidad por falta de trabajo, personas enfermas, de la tercera edad y con bajas pensiones; cartas amenazantes de remates por parte de Inverca y exigencia del 50 por ciento de la deuda para reprogramar el pago de altos intereses, de gastos de cobranza y notariales; no aceptación de abonos parciales a la deuda ni a los dividendos, envío de información a Dicom con sólo dos dividendos impagos; casas mal construidas (viviendas PET); falta de sensibilidad, interés y compromiso de los servicios para ayudarlos a solucionar los problemas sociales y económicos que los aquejan.
Entendiendo las dificultades por las cuales se encuentran estos vecinos, vengo en transmitir dichos planteamientos y solicitar que se me informe acerca de lo siguiente:
a) En relación con la deudas, el índice de morosidad de deudores Serviu de Osorno, total de personas que tienen deudas en el Serviu, monto total adeudado, personas con más de tres dividendos en mora, monto de la deuda morosa al Serviu y número de personas actualmente en cobranza judicial.
b) Factibilidad de recibir abonos parciales a las deudas y a los dividendos.
c) Acciones implementadas por ese servicio para que los deudores puedan acogerse a renegociación de sus deudas y facilidades e incentivos otorgados.
d) Envío de información sobre morosidad a Dicom.
e) Acciones ejecutadas y por ejecutar ante los desperfectos de construcción planteadas por habitantes beneficiarios de viviendas PET (población Parque Norte).
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con copia de su intervención.
ADOPCIÓN DE MEDIDAS ANTE RESULTADOS DE FISCALIZACIÓN DE PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN DE ADULTOS. Oficio.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señora Presidenta , hoy recibí un informe de la Contraloría General de la República respecto de irregularidades detectadas en la ejecución del Programa Nacional de Educación de Adultos, que realiza el Ministerio de Educación en la Región Metropolitana.
Esta fiscalización se realizó a fines de 2002 y consideró una serie de situaciones irregulares y delictivas detectadas en distintas regiones, como el pago de subvención a alumnos que nunca han concurrido a clases o a personas que han fallecido.
En el caso de la Región Metropolitana, el informe de la contraloría es bastante concluyente. De él se desprende que la situación que se vive es bastante similar a lo que ocurre en otras regiones. La supervisión realizada por inspectores arrojó como resultado la existencia de registros de matrículas incompletas en veinte establecimientos; en 17 de ellos figuran profesores con licencia médica o permisos superiores a cinco días, no obstante que los cursos aparecen como realizándose; 16 exhiben falta de información en los libros de clase y registro de materias; en 15 se constataron libros de clase incompletos; en diez se encontraron diferencias de asistencia entre lo que figura en los libros de clase y los boletines mensuales de subvención; en ocho aparecen alumnos sin certificado de nacimiento; en ocho no se registra asistencia los días anteriores a la visita de los inspectores de la Contraloría General de la República; en siete establecimientos de la Región Metropolitana no se registra asistencia por asignatura y en siete figuran como presentes alumnos que se encuentran ausentes.
En el caso de otros colegios que imparten educación de adultos, siete no cuentan con el certificado de recepción definitiva; seis exhibieron libros de clases con enmiendas en la asistencia, en materias y otros; seis no cumplen con los planes de estudio; en cinco establecimientos no se había tomado asistencia luego de la segunda hora de clases, y en cinco se detecta que el personal docente no está titulado y no tiene autorización para ejercer esa función.
En los establecimientos ubicados en el sector poniente se validó la asistencia en ocho de ellos, los que congregan a 43 cursos, con un total de 1.452 alumnos. La visita realizada por los inspectores de la contraloría a esos establecimientos arrojó los siguientes resultados:
De una muestra tomada por los fiscalizadores, 27 alumnos registraron asistencia de un ciento por ciento en los meses anteriores a la visita de los inspectores, incluido el día anterior. Sin embargo, en el momento en que estos efectuaban la fiscalización, los alumnos se encontraban ausentes.
En 14 cursos hay una diferencia considerable entre la asistencia tomada el día de la visita y la registrada durante los días anteriores, la que se encuentra consignada en los libros de clase. En efecto, contrastados ambos parámetros, la disminución promedio de asistencia alcanzó a 32 por ciento.
En el caso de los programas EFA y Etea, alumnos que registraban un ciento por ciento de asistencia durante el año, incluido el día anterior a la visita de los fiscalizadores de la contraloría, se encontraban ausentes al momento de la inspección. Además, se consignó el caso de alumnos que no cuentan con fichas personales y otros que no se encuentran respaldados con los correspondientes certificados de nacimiento y de notas.
En consideración a que se ha nombrado un nuevo ministro de Educación , el señor Sergio Bitar , y hay una nueva subsecretaria, es muy importante corregir la falta de fiscalización detectada durante 2001 y 2002 por el ministerio del ramo respecto de los cursos orientados a la educación de adultos. Supuestamente, se han realizado, pero, en la práctica, muchos han sido fraudulentos, como quedará de manifiesto en el informe que entregaré en los próximos días.
En el caso de la Región Metropolitana es necesario que se efectúe una exhaustiva investigación, de manera que este tipo de fraudes no sigan ocurriendo, especialmente porque se trata de recursos que todos los chilenos entregan al Estado para la educación de aquellos chilenos adultos que no tuvieron la oportunidad de recibirla en su momento.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Educación , a fin de hacerle presente nuestra preocupación, porque el país no puede seguir tolerando este tipo de situaciones. Los fraudes que se producen día a día siguen ocurriendo a vista y paciencia de las autoridades de gobierno.
En el caso de la educación de adultos, queremos que haya una señal potente y clara, que el Consejo de Defensa del Estado y el ministro de Educación fiscalicen y se hagan parte en los procesos judiciales que existen, de manera que estos casos no vuelvan a ocurrir, porque el país no lo puede seguir resistiendo.
He dicho.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con copia de su intervención.
RECHAZO A ACUSACIONES EN CONTRA DE ALCALDE DE SAN PEDRO DE LA PAZ. Oficios.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , ante todo, quiero felicitar a los colegas parlamentarios que hoy día cumplen un año como tales. Por mi parte, hoy cumplo trece años representando a las comunas de Concepción, San Pedro de La Paz y Chiguayante.
Cuando el 11 de marzo de 1990 asumimos nuestros cargos, los penquistas, quienes hemos pasado toda nuestra existencia en esa gran ciudad, nos comprometimos a solicitar al Presidente de la época, don Patricio Aylwin, su patrocinio a un proyecto de ley que creara las comunas de Chiguayante y San Pedro de La Paz. Al iniciar nuestra labor como parlamentarios, existía una gran comuna: Concepción, de la cual también formaban parte Chiguayante y San Pedro de La Paz. Y cumplimos, puesto que, con mucha constancia y perseverancia, logramos la creación de esas dos comunas, argumentando que ello significaría mejorar el nivel y la calidad de vida de sus habitantes.
Los hechos están a la vista, y no es por casualidad que Tomás Solís , alcalde de Chiguayante , y Jaime Soto -especialmente este último-, alcalde de San Pedro de La Paz , aumentaran en forma significativa su votación en las últimas elecciones municipales.
Debido a eso, creo un deber y una obligación plantear en esta instancia, a la cual hemos llegado gracias al voto popular, mi posición, frente a las denuncias injustas e irresponsables formuladas por algunos colegas de la zona pertenecientes a la UDI y a la inquietud expresada por cinco vecinos del sector Andalué.
Con el fin de respaldar esta exposición, fui a visitar al alcalde y a todos los concejales de San Pedro de La Paz, y tengo en mis manos los antecedentes que solicité, porque siempre trato de hacer las cosas con mucha seriedad. Creo que hay una campaña en contra de Jaime Soto, quien es un hombre respetado que ha liderado el gran adelanto experimentado por la comuna de San Pedro de La Paz.
Por eso, quiero dar a conocer aquí los antecedentes que he recabado sobre el tema, ante las declaraciones formuladas en medios de comunicación locales por un señor abogado que representa a cinco vecinos del sector Andalué y por parlamentarios de la UDI, con lo cual pretenden poner en duda la transparencia del proceso de venta de un predio municipal, sugiriendo la existencia de una defraudación en perjuicio del patrimonio municipal.
Como parlamentario de esa comuna, que pertenece a mi distrito 44, tengo el deber y la responsabilidad de transparentar esa infundada denuncia, por lo que rechazo categóricamente las malintencionadas e infundadas declaraciones de esas personas, cuyo único propósito es enlodar la imagen pública de un excelente alcalde, y de su cuerpo de concejales, y de figurar en los medios de comunicación.
En 1996, la inmobiliaria Andalué entregó un terreno a la municipalidad de Concepción, a título de equipamiento municipal. En su calidad de empresa loteadora y urbanizadora, estaba obligada, de acuerdo con la ley, a cederlo a ese municipio, cuando aún no existía la comuna de San Pedro de La Paz. El lote en comento, ubicado precisamente en el loteo Andalué , representaba una superficie total de 12 mil metros cuadrados, formados por una ladera semi plana y una quebrada de cerro.
Con motivo de la creación, por ley, de la comuna de San Pedro de La Paz y la posterior instalación de su municipio, en virtud del proyecto aprobado por el Poder Legislativo, en 1997, con el acuerdo de su concejo, la municipalidad de Concepción cedió el mencionado terreno al municipio de San Pedro de La Paz en 1997.
Como podrá comprenderse fácilmente, como el proyecto inmobiliario Andalué contaba con equipamiento propio, no se justificaba que el municipio construyera allí una escuela municipal, una sede social, un consultorio u otra infraestructura social equivalente, y considerando que la ley autoriza la venta de dicho terreno para invertir en otros sectores más necesitados de la comuna, durante 1998 el concejo de San Pedro de La Paz aprobó la enajenación de ese predio, con el objeto de construir obras de equipamiento en otro lugar.
Para llevar adelante la enajenación, como lo exige la ley -y así se hizo-, se contó con la aprobación del concejo -consta en actas, de las cuales tengo copias-, y se realizó el procedimiento de licitación pública en varias oportunidades. Finalmente, se adjudicó y enajenó a una empresa inmobiliaria por un monto superior al avalúo fiscal, condiciones que terminaron en la enajenación “dudosa” que plantean los colegas de la UDI, a lo cual se refirieron livianamente esas personas.
En efecto, el primer llamado a licitación pública para la venta de dos predios se hizo en 1998, mediante avisos publicados en el diario “EL Sur”, el sábado 25 y el domingo 26 de abril. Sólo se vendió el de Michimalonco y no hubo interés por el sitio ubicado en Andalué. El segundo llamado a licitación pública se hizo en agosto de 1999, la que fue declarada desierta porque no hubo interesados en adquirir las bases. El aviso fue publicado en el diario “El Sur” del 7 de agosto de 1999.
Posteriormente, durante el mes de octubre de 1999 el municipio dispuso un llamado a licitación privada, a la que invitó a participar a 13 empresas inmobiliarias de la zona, incluida la inmobiliaria Andalué . La licitación se declaró desierta, por cuanto la única oferta recibida fue de 25 millones de pesos por un sector específico del predio, la que obviamente no era conveniente para los intereses municipales.
En abril de 2000, nuevamente se llamó a licitación pública, anunciada mediante aviso del 14 de abril del mismo año en el suplemento de Vivienda y Construcción del diario “El Sur”. La licitación nuevamente se declaró desierta porque no se presentaron interesados en adquirir las bases.
Finalmente, durante el año 2002 y ante la imperiosa necesidad de obtener recursos para construir instalaciones para el juzgado de Policía Local -creado por ley-, para la Dirección del Tránsito, para la Unidad de Avalúos y para la Sala de Sesiones, el concejo acordó nuevamente, en forma unánime, llamar a licitación pública para la enajenación del tantas veces referido terreno. Dicho aviso fue publicado en el diario “Crónica” de fecha 28 de marzo de 2002. En esa ocasión hubo una sola oferta, correspondiente a la Sociedad de Inversiones Maravilla Limitada, por un valor de 5 mil 880 unidades de fomento, monto claramente superior al avalúo fiscal. De esa forma, se enajenó definitivamente el predio.
Las informaciones y declaraciones emitidas por el mencionado señor abogado y por los parlamentarios de la UDI no sólo han puesto, injusta y maliciosamente, en tela de juicio el quehacer del alcalde, del concejo y de los profesionales de la municipalidad de San Pedro de La Paz, sino que, además, tratan de involucrar a la empresa privada que, finalmente, adquirió el terreno para el desarrollo de un proyecto inmobiliario, ocasionándole con ello un grave perjuicio económico aún no cuantificable y, desde luego, daño al quehacer empresarial de nuestra zona.
Pero, aparte de sostenerse que la municipalidad de San Pedro de La Paz recurrió a un mecanismo de licitación de escasísima publicidad semiclandestina, también pone en tela de juicio la efectividad de los diario “El Sur” y “Crónica” en la publicación de los respectivos avisos. Se ve que en el fondo de esta artificial e interesada polémica está la intención de manchar la imagen pública del alcalde y de los concejales.
Por eso, debo informar que nuevamente se publicó una entrevista al concejal Mario Delannays , en el diario “El Sur”, bajo el titulo “Los Concejales no aprobaron la venta del predio”.
Puedo señalar que poseo los argumentos jurídicos y administrativos que avalan la legalidad de la venta. Este señor concejal estaba en conocimiento de ello, puesto que pertenece a la comisión de hacienda del concejo. Es más, está el acta de la sesión de concejo en la cual se aprobó la venta del terreno. Tal como se señala en el acuerdo Nº 131, de 13 de mayo de 2002, el concejo en pleno aprobó la modificación del presupuesto de ingresos y gastos y la venta del terreno ubicado en el fundo Miramar . Estos antecedentes avalan la transparencia y la legalidad de la venta.
Estaba obligado a dar a conocer estos hechos, porque durante estos 13 años no me he caracterizado por jugar con la honra de las personas; al contrario, he tratado de ser muy serio. Estoy con el alcalde Jaime Soto, con el cuerpo de concejales de San Pedro de La Paz y con los distinguidos profesionales de esa municipalidad, porque el progreso experimentado por esa gran comuna está a la vista.
Por lo tanto, solicito que se haga llegar copia íntegra de mi intervención al alcalde, don Jaime Soto, al cuerpo de concejales, al intendente y al contralor regional de la Octava Región.
He dicho.
El señor JARPA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.45 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 52 de la Constitución Política de la República, vengo en incluir, entre los asuntos legislativos de los que podrá ocuparse el honorable Congreso Nacional durante la actual 332ª Legislatura, Extraordinaria, de Sesiones, el proyecto de ley que establece nueva agravante en el artículo 12 del Código Penal para quienes cometen delitos en el ejercicio de la libertad provisional. (Boletín Nº 3202-07).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República ; FRANCISCO HUENCHUMILLA JARAMILLO , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.