Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Mario Enrique Rios Santander
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ENVÍO DE PROYECTO A COMISIONES UNIDAS.
- ARCHIVO DE PROYECTOS.
- INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL DE PRESUPUESTOS.
- INTEGRACIÓN
- Claudio Alvarado Andrade
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Julio Dittborn Cordua
- Camilo Escalona Medina
- Carlos Hidalgo Gonzalez
- Enrique Jaramillo Becker
- Eduardo Lagos Herrera
- Pablo Lorenzini Basso
- Exequiel Silva Ortiz
- Carolina Toha Morales
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTEGRACIÓN
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN ESPECIAL PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- RÉPLICA A ALUSIÓN PERSONAL. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
- INTERVENCIÓN : Patricio Alejandro Hales Dib
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Patricio Alejandro Hales Dib
- V. ORDEN DEL DÍA
- AGILIZACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LOS PROYECTOS Y TRANSPARENCIA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA. Modificación del Reglamento de la Cámara.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Eduardo Saffirio Suarez
- INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Ivan Paredes Fierro
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Eduardo Saffirio Suarez
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Eduardo Saffirio Suarez
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Eduardo Saffirio Suarez
- INDICACIÓN
- DECLARACIÓN DE FERIADO LEGAL EL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2002. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
- INTERVENCIÓN : Anibal Perez Lobos
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Palma Flores
- INTERVENCIÓN : Eliana Caraball Martinez
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Waldo Mora Longa
- INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
- INTERVENCIÓN : Esteban Valenzuela Van Treek
- INTERVENCIÓN : Mario Bertolino Rendic
- INTERVENCIÓN : Zarko Luksic Sandoval
- INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
- DEBATE
- AGILIZACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LOS PROYECTOS Y TRANSPARENCIA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA. Modificación del Reglamento de la Cámara.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- ESTABLECIMIENTO DE ZONAS AGRÍCOLAS PROTEGIDAS O DE PRESERVACIÓN AGRÍCOLA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Alfonso Vargas Lyng
- Jose Ramon Barros Montero
- Osvaldo Palma Flores
- Eugenio Bauer Jouanne
- Carlos Hidalgo Gonzalez
- Mario Bertolino Rendic
- Francisco Leandro Bayo Veloso
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Eugenio Bauer Jouanne
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA DE CONSULTAS PREVIO A PRONUNCIAMIENTO DEL CONGRESO NACIONAL SOBRE TRATADOS INTERNACIONALES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Javier Hernandez Hernandez
- Carlos Recondo Lavanderos
- Patricio Melero Abaroa
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Pablo Longueira Montes
- Camilo Escalona Medina
- Jose Antonio Kast Rist
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ESTABLECIMIENTO DE ZONAS AGRÍCOLAS PROTEGIDAS O DE PRESERVACIÓN AGRÍCOLA.
- VII. INCIDENTES
- LICITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SOLUCIONES HABITACIONALES EN LOMAS COLORADAS, COMUNA DE SAN PEDRO DE LA PAZ. Oficio.
- IRREGULARIDADES EN EMPRESA CMS, DE CALAMA. Oficios.
- DESTINO DE MEDIAGUAS ENTREGADAS EN LAS PROVINCIAS DE LOS ANDES Y DE SAN FELIPE. Oficios.
- CRITERIOS DEL GOBIERNO FRENTE A CONCESIONES EN LA SEGUNDA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Maria Eugenia Mella Gajardo
- Eliana Caraball Martinez
- Zarko Luksic Sandoval
- Enrique Jaramillo Becker
- Edmundo Salas De La Fuente
- ADHESION
- PRECISIONES SOBRE ÍNDICES DE DESOCUPACIÓN DADOS A CONOCER POR PARLAMENTARIOS DE LA UNIÓN DEMÓCRATA INDEPENDIENTE. Oficio.
- HECHO DELICTUAL EN COMUNA DE EL BOSQUE. MAYOR PRESENCIA POLICIAL Y AGILIZACIÓN DE PROCESOS. Oficio.
- ADHESION
- Maria Eugenia Mella Gajardo
- Pedro Araya Guerrero
- Zarko Luksic Sandoval
- Sergio Ojeda Uribe
- Enrique Jaramillo Becker
- Felipe Letelier Norambuena
- Sergio Aguilo Melo
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Jaime Quintana Leal
- Jorge Burgos Varela
- Edmundo Salas De La Fuente
- ADHESION
- INTERROGANTES RELACIONADAS CON SUMARIO EN HOSPITAL SAN JOSÉ. Oficios.
- ADHESION
- Sergio Aguilo Melo
- Felipe Letelier Norambuena
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- ADHESION
- ESTABLECIMIENTO DE ZONAS AGRÍCOLAS PROTEGIDAS. Oficio.
- ADHESION
- Sergio Aguilo Melo
- Edmundo Salas De La Fuente
- ADHESION
- FALTA DE ÉTICA PROFESIONAL A RAÍZ DE COMPRA DE PARCELA COLINDANTE CON MINA DISPUTADA DE LAS CONDES. Oficios.
- ACLARACIÓN DE GASTO EFECTUADO POR LA CORPORACIÓN.
- INFORMACIÓN SOBRE OBRAS PÚBLICAS Y MATERIAS RELACIONADAS CON SALUD Y EDUCACIÓN EN LA DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
- CENTÉSIMO ANIVERSARIO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE CALBUCO. Oficio.
- FISCALIZACIÓN DE DERECHOS LABORALES DE JUGADORES PROFESIONALES DE FÚTBOL. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- Informe de la Comisión especial investigadora encargada de analizar las posibles irregularidades en el proceso de licitación de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A. (Emos).
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- Maria Isabel Allende Bussi
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Juan Antonio Coloma Correa
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Patricio Alejandro Hales Dib
- Jaime Enrique Jimenez Villavicencio
- Felipe Letelier Norambuena
- Pablo Lorenzini Basso
- Patricio Melero Abaroa
- Carlos Montes Cisternas
- Cristian Pareto Vergara
- Rodolfo Seguel Molina
- AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
- Informe de la Comisión especial investigadora encargada de analizar las posibles irregularidades en el proceso de licitación de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A. (Emos).
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 347ª, ORDINARIA
Sesión 36ª, en martes 3 de septiembre de 2002
(Ordinaria, de 11.05 a 14.26 horas)
Presidencia de la señora Muñoz D’Albora, doña Adriana,
y de los señores Salas De la Fuente, don Edmundo,
y Letelier Morel, don Juan Pablo.
Secretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 8
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Envío de proyecto a Comisiones unidas 11
- Archivo de proyectos 11
- Integración de Comisión especial de Presupuestos 12
- Autorización a Comisión especial para sesionar simultáneamente con la Sala 12
- Réplica a alusión personal. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento) 12
V. Orden del Día.
- Agilización de la tramitación de los proyectos y transparencia de la función legislativa. Modificación del Reglamento de la Cámara 14
- Declaración de feriado legal el 20 de septiembre de 2002. Primer trámite constitucional 24
VI. Proyectos de acuerdo.
- Establecimiento de zonas agrícolas protegidas o de preservación agrícola 38
- Establecimiento de sistema de consultas previo a pronunciamiento del Congreso Nacional sobre tratados internacionales 39
VII. Incidentes.
- Licitación para la construcción de soluciones habitacionales en Lomas Coloradas, comuna de San Pedro de la Paz. Oficio 43
- Irregularidades en Empresa CMS, de Calama. Oficios 44
- Destino de mediaguas entregadas en las provincias de Los Andes y de San Felipe. Oficios 45
- Criterios del Gobierno frente a concesiones en la Segunda Región. Oficios 46
- Precisiones sobre índices de desocupación dados a conocer por parlamentarios de la Unión Demócrata Independiente. Oficio 47
- Hecho delictual en comuna de El Bosque. Mayor presencia policial y agilización de procesos. Oficio 48
- Interrogantes relacionadas con sumario en hospital San José. Oficios 49
- Establecimiento de zonas agrícolas protegidas. Oficio 50
- Falta de ética profesional a raíz de compra de parcela colindante con mina Disputada de Las Condes. Oficios 51
Pág.
- Aclaración de gasto efectuado por la Corporación 52
- Información sobre obras públicas y materias relacionadas con salud y educación en la Décima Región. Oficios 53
- Centésimo aniversario del cuerpo de bomberos de Calbuco. Oficio 54
- Fiscalización de derechos laborales de jugadores profesionales de fútbol. Oficio 55
VIII. Documentos de la Cuenta.
- Mensajes de S.E. el Presidente de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
1. Modifica la ley Nº 19.479, que dicta normas sobre gestión y personal del Servicio Nacional de Aduanas. (boletín Nº 3034-05) 56
2. Modifica el Convenio de Seguridad Social de 1993 entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federativa del Brasil, suscrito en Arica el 20 de marzo del año 2002. (boletín Nº 3035-10) 63
3. Reforma constitucional que establece la obligatoriedad y gratuidad de la educación media (boletín Nº 3039-07) 74
4. Oficio de S.E. el Presidente de la República mediante el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “simple”, para el despacho del proyecto que prorroga la vigencia de concesiones de radiodifusión sonora que indica (boletín Nº 2923-15) 79
5. Oficio del Senado, por el cual comunica que ha accedido a la proposición de archivo de la Cámara de Diputados respecto de los siguientes proyectos: 79
a) Crea nueva figura penal, de acción pública, destinada a sancionar a miembros, colaboradores y propagandistas de grupos terroristas (boletín Nº 342-07)
b) Establece normas sobre las corporaciones y fundaciones (boletín Nº 473-07)
c) Modifica el artículo 25 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional (boletín Nº 659-07)
d) Modifica el artículo 49 de la ley Nº 18.603, orgánica constitucional de los Partidos Políticos (boletín Nº 873-07)
e) Modifica la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios (boletín Nº 946-07)
f) Aumenta la edad mínima para contraer matrimonio (boletín Nº 1345-07)
g) Deroga el artículo 12 y modifica otras disposiciones de la ley Nº 17.322, que establece normas sobre cobranza judicial de deudas previsionales (boletín Nº 1436-07)
h) Introduce modificaciones al Código Orgánico de Tribunales, estableciendo la obligación de hacer públicos los informes y actas de las visitas ordinarias que en el ejercicio de la jurisdicción disciplinaria, efectúan los ministros y visitadores (boletín Nº 1555-07)
Pág.
i) Modifica los artículos 1754, 1755, 1756 y 1757 del Código Civil, respecto a la administración de los bienes de la sociedad conyugal (boletín Nº 1719-07)
j) Modifica el inciso segundo del artículo 66 de la ley Nº 18.840, orgánica constitucional del Banco Central de Chile, autorizando al organismo para proporcionar antecedentes al Consejo de Defensa del Estado, cuando investigue delitos relacionados con el narcotráfico (boletín Nº 1868-07)
k) Modifica la letra k) del artículo 3º de la ley Nº 19.325, sobre violencia intrafamiliar, estableciendo que el recurso de apelación se conceda en ambos efectos (boletín Nº 2046-07)
l) Agrega inciso al artículo 591 del Código Orgánico de Tribunales, estableciendo obligaciones para los funcionarios judiciales y auxiliares de la administración de justicia que intervengan en procesos en que una de las partes goza del privilegio de pobreza (boletín Nº 2047-07)
m) Jueces árbitros y procedimiento arbitral (boletín Nº 857-07)
n) Crea las Corporaciones Regionales de Asistencia judicial (boletín Nº 861-07)
o) Deroga disposiciones de las leyes Nº 18.287 sobre procedimiento ante los juzgados de policía local, y Nº 18.290, de Tránsito, y concede amnistía por contravenciones basadas en pruebas provenientes de equipos de registro de infracciones (boletín Nº 2817-07)
Por último, comunica que tomó conocimiento del archivo acordado por la Cámara de Diputados respecto del proyecto que modifica el inciso segundo del artículo 20 de la Carta Fundamental, eliminando limitación al recurso de protección para la garantía constitucional del medio ambiente libre de contaminación (boletín Nº 110-07).
6. Oficio del Senado, por el cual solicita el pronunciamiento de la Cámara de Diputados respecto del archivo de los siguientes proyectos: 81
a) Dispone erigir, en la ciudad de Santiago, un monumento a la memoria de las víctimas de las violaciones de los derechos humanos (boletín Nº 326-04)
b) Autoriza erigir un monumento, en la ciudad de Temuco, en memoria de las personas detenidas desaparecidas y ejecutados políticos pertenecientes a la Región de La Araucanía (boletín Nº 1860-17)
c) Modifica la ley Nº 18.340, sobre arancel consular (boletín Nº 842-10)
d) Acuerdo de sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Unión Latina, suscrito en París, el 15 de febrero de 1994 (boletín Nº 1229-10)
e) Aprueba las enmiendas al artículo XIII del Convenio Constitutivo de la Unión Latina, adoptado por la Resolución Nº 11, del XVI Congreso de la Organización, reunido en París, entre los días 6 y 7 de diciembre de 1994 (boletín Nº 1679-10)
Pág.
f) Modifica la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza, con el objeto de promover el conocimiento de los derechos humanos (boletín Nº 1238-04, y
g) Sobre cobro de prestaciones de salud y normativa de las Instituciones de Salud Previsional (boletín Nº 1692-11 y 2276-11, refundidos)
7. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “simple”, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego y salas de bingo (boletín Nº 2361-23) 82
8. Informe de la Comisión especial para el desarrollo del Turismo, recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “simple”, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego y salas de bingo. (boletín Nº 2361-23) 124
9. Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto, iniciado en mensaje y con urgencia “simple”, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego y salas de bingo. (boletín Nº 2361-23) 178
10. Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, que prorroga la vigencia de concesiones de radiodifusión sonora que indica. (boletín Nº 2923-15). (La Comisión acordó tramitar este proyecto junto con la moción) (boletín Nº 2551-15) 188
11. Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recaído en el proyecto que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote Bruno Predonzani Pitacco. (boletín Nº 2801-07) (S) 194
12. Informe de la Comisión investigadora encargada de analizar las posibles irregularidades en el proceso de licitación de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A. (Emos) 197
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
Ministerio del Interior
-Del diputado señor Rebolledo, diversas materias relacionadas con el uso y asignación de casas fiscales.
-Del diputado señor José Pérez, sanciones por infracción a las normas del tránsito.
-Del diputado señor Dittborn, incumplimiento de entrega de pensiones asistenciales.
-Del diputado señor Masferrer, protesta por el aumento de pensiones asistenciales.
-De la Corporación, creación de unidades especializadas dedicadas a la solución de casos de desaparición y tráfico de menores.
Ministerio de Hacienda
-Del diputado señor Pedro Muñoz, factibilidad de cambiar moneda argentina por parte del Banco Estado en la localidad de Puerto Natales.
-Del diputado señor Leal, cumplimiento de la ley sobre protección a la vida privada por parte del Banco Estado.
-Del diputado señor Jaramillo, venta de empresa Masisa.
Ministerio de Justicia
-Del diputado señor Ortiz, desórdenes administrativos e irregularidades en mecanismo de asignaciones en Conadi.
Ministerio de Obras Públicas
-Del diputado señor René García, pagos a contratistas por concepto de indemnizaciones.
-Del diputado señor Navarro, revisión de obras viales, concesionaria Ruta del Itata en Penco.
-De la diputada señora Caraball, plan regularizador que contemple medidas como evacuación de aguas lluvias en la Región Metropolitana.
-Del diputado señor Vargas, puente San Pedro, camino troncal entre San Pedro y Quillota.
-Del diputado señor Pedro Muñoz, concesión paso Kirke y muelle para cruceros, Duodécima Región.
-Del diputado señor Encina, estado de avance de las obras de “mejoramiento de calidad de agua potable” en la Tercera Región.
-Del diputado señor Díaz, construcción de un puente en la localidad de Piuche, comuna de Nueva Imperial.
Ministerio de Agricultura
-Del diputado señor Navarro, programa de empleo sector Paredones comuna de Florida, Región del Bíobio.
-Del diputado señor Pedro Muñoz, cronograma ejecución Indap, Duodécima Región.
-Del diputado señor Kuschel, fuentes de empleo Décima Región; precios de costos de producción de remolacha.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
-Del diputado señor Meza, presuntas irregularidades en el sistema de adquisiciones en la Empresa de Ferrocarriles del Estado.
Municipalidad de Graneros
-Del diputado señor Navarro, autorizaciones municipales para acopio de residuos industriales, forestales, pesqueros, etc.; listado de organizaciones territoriales y funcionales, y morosidad por concepto de extracción de basura domiciliaria.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (116)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Becker Alvear, Germán RN IX 50
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Escobar Urbina, Mario UDI II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa UDI I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Hidalgo González, Carlos ILC V 15
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND-UDI V 14
Ibáñez Soto, Carmen IND-RN V 13
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Kast Rist, José Antonio UDI RM 30
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Lagos Herrera, Eduardo PRSD X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 17
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND-RN VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Pareto Vergara, Cristián PDC RM 20
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Rebolledo González, Víctor Manuel PPD IV 7
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio IND-PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND-PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 13
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina ILE RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio ILC VII 40
Valenzuela Van Treek, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ILC X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señores Enrique Accorsi y Alejandro Navarro.
-Asistieron, además, el senador señor Mario Ríos y el ministro del Interior , señor José Miguel Insulza.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.05 horas.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
El acta de la sesión 31ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 32ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
ENVÍO DE PROYECTO A COMISIONES UNIDAS.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, pido la palabra sobre la Cuenta.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , en la letra c) del número 1 de la Cuenta se comunica el envío a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del proyecto sobre reforma constitucional que establece la obligatoriedad y gratuidad de la educación media.
Como esta materia también es de la competencia de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, propongo que la iniciativa sea tratada en forma conjunta por ambas comisiones.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , sólo para manifestar que me parece prudente la proposición del diputado señor Montes.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo para enviar el proyecto a las Comisiones unidas de Educación, Cultura, Deportes y Recreación y de Constitución, Legislación y Justicia?
Acordado.
ARCHIVO DE PROYECTOS.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de archivo formulada por el honorable Senado de los siguientes proyectos, consignados en el número 4 de la Cuenta.
a) Dispone erigir, en la ciudad de Santiago, un monumento a la memoria de las víctimas de las violaciones de los derechos humanos. Boletín Nº 326-04;
b) Autoriza erigir un monumento, en la ciudad de Temuco, en memoria de las personas detenidas desaparecidas y ejecutados políticos pertenecientes a la Región de La Araucanía. Boletín Nº 1860-17;
c) Modifica la ley Nº 18.340, sobre arancel consular. Boletín Nº 842-10;
d) Acuerdo de sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Unión Latina, suscrito en París, el 15 de febrero de 1994. Boletín Nº 1229-10;
e) Aprueba las enmiendas al artículo XIII del Convenio Constitutivo de la Unión Latina, adoptado por la Resolución Nº 11, del XVI Congreso de la Organización, reunido en París, entre los días 6 y 7 de diciembre de 1994. Boletín Nº 1679-10.
f) Modifica la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza, con el objeto de promover el conocimiento de los derechos humanos. Boletín Nº 1238-04, y
g) Sobre cobro de prestaciones de salud y normativa de las instituciones de salud previsional. Boletín Nº 1692-11 y 2276-11, refundidos.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, pido la palabra por un asunto reglamentario.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, deseo hacer un alcance sobre la Cuenta, a pesar de que la Sala ya se pronunció a ese respecto.
En la letra b) del número 4, el Senado solicita archivar el proyecto, aprobado por la Cámara, que autoriza erigir un monumento, en la ciudad de Temuco, en memoria de las personas detenidas desaparecidas y ejecutados políticos pertenecientes a la Región de La Araucanía.
Es del caso señalar que dicho monumento ya está construido, razón por la cual el Senado pidió su archivo.
La agrupación que patrocina la erección del monumento solicita que se le dé un respaldo legal, aun cuando ya está construido.
Por esa circunstancia, solicito que recabe la unanimidad de la Sala para rechazar el archivo del proyecto y solicitar al Senado su aprobación.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Señor diputado, la Sala ya se pronunció al respecto.
Para acceder a su solicitud se necesita la unanimidad de la Sala.
¿Habría acuerdo para acceder a la petición del diputado señor Eugenio Tuma?
No hay acuerdo.
INTEGRACIÓN DE COMISIÓN ESPECIAL DE PRESUPUESTOS.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Me permito proponer a la Sala la siguiente nómina de señoras diputadas y señores diputados para que integren la Comisión especial que deberá informar a la Sala sobre el proyecto de ley de Presupuestos para el año 2003: Claudio Alvarado Andrade, Rodrigo Álvarez Zenteno, Alberto Cardemil Herrera, Julio Dittborn Cordua, Camilo Escalona Medina, Carlos Hidalgo González, Enrique Jaramillo Becker, Eduardo Lagos Herrera, Pablo Lorenzini Basso, José Miguel Ortiz Novoa, Exequiel Silva Ortiz, Carolina Tohá Morales y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN ESPECIAL PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
El diputado Sergio Ojeda, presidente de la Comisión encargada de conocer el caso Jorge Matute Johns, solicita autorización para que ella pueda sesionar mañana, simultáneamente con la Sala, de 11.30 a 13.00 horas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
RÉPLICA A ALUSIÓN PERSONAL. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
El señor SALAS (Vicepresidente).-
En conformidad con el artículo 34 del Reglamento, tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado señor Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , he dejado pasar cuatro meses, en espera de los resultados del sumario, que han confirmado la veracidad de las denuncias que formulé a través de la prensa, las cuales fueron desmentidas por el diputado Patricio Cornejo , mediante declaraciones del 26 de abril pasado, quien, con posterioridad, me ofreció sus disculpas.
Pues bien, respecto de mis denuncias, relacionadas con deficiencias en los ductos del hospital San José -además, fue motivo de una querella y de un sumario que acaba de determinar que existen culpables, lo que ha comprobado la veracidad de los hechos que denuncié y que seguí con mucho interés durante más de seis meses-, el diputado manifestó en esa oportunidad “que se debía haber impedido que el diputado Patricio Hales hiciera las denuncias, porque eran carentes de todo fundamento”. Además, en el mismo diario en que formuló esas declaraciones reclamaba en contra del subsecretario de Salud , señor Gonzalo Navarrete , por el hecho de haberme entregado antecedentes.
El diputado señor Cornejo me ofreció sus disculpas -yo lo perdono-, y me aseguró que se referiría a ello en el mismo diario. Pero lo que me interesa dejar establecido -en virtud del artículo 34 del Reglamento Interno- es que todo lo que dije era absolutamente cierto, que el resultado del sumario demuestra que yo tenía razón y que he sido responsable en las denuncias que formulé. Por lo mismo, nunca más un diputado debería pedir, ni pública ni privadamente, que no se proporcionen antecedentes a otro diputado , pues la posibilidad de hacerlo es parte de nuestras menguadas atribuciones constitucionales, y así poder formular denuncias y fiscalizar. No se puede llevar a cabo un acto colectivo de fiscalización de la Cámara, sin el acto previo de fiscalización individual.
Por lo tanto, en lugar de las disculpas que el colega manifestó que publicaría a través de la prensa, preferiría que él, como presidente de la Comisión de Salud , invitara a sus integrantes a vigilar que las medidas que el Gobierno deberá adoptar apunten a establecer todas las responsabilidades en un hecho que conmovió a la opinión pública; tanto es así que hasta hoy existe alerta sobre la cama 8 del hospital San José , lo que constituye un paradigma de fiscalización deficiente, de mala ejecución de obras y de administración inadecuada, situaciones que fueron denunciadas oportunamente por el doctor José Luis Contreras , director del hospital San José .
Lamento que un diputado haya pedido que no se me entregaran antecedentes. El día de mañana deberemos defender la petición de cualquier diputado en ese sentido, para que la verdad siempre salga a la luz.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente, pido la palabra para referirme a un asunto de Reglamento.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor ÁLVAREZ .-
Señor Presidente , sin perjuicio de no pronunciarme sobre el fondo de lo que ha expresado, quiero preguntarle al diputado señor Hales en virtud de qué fundamento ha hecho uso del artículo 34. Lo digo porque durante los últimos meses se ha abusado de esta disposición reglamentaria.
Considero que el tema planteado por el diputado Hales sería más propio de Incidentes, puesto que, tal como él mismo lo afirmó, ya han transcurrido cuatro meses.
Por eso, por intermedio de la Mesa, me gustaría que el diputado señor Hales nos dijera por qué ha utilizado dicho artículo, que establece que un diputado podrá vindicarse en la sesión siguiente.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , no quise responder en la oportunidad en que fui atacado en la prensa, porque el artículo 34 establece que un diputado puede vindicarse de las aseveraciones públicas que se formulen en su contra. Como ello ocurrió el 26 de abril, pude haber contestado el 27 o durante el transcurso del mes. Pero preferí no hacerlo, porque el Reglamento no establece un plazo perentorio de 24 horas para contestar.
Por eso quise hacerlo ahora, cuando se ha comprobado totalmente la verdad. Si lo hubiera hecho en el mismo instante, habría parecido simplemente que estaba polemizando con el diputado Cornejo sobre hechos que podrían ser interpretados o discutidos. Esperé con calma y pacientemente durante cuatro meses hasta que se supo la verdad, después de terminado el sumario respectivo. De manera que mi decisión se atiene a lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento.
He dicho.
-o-
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
La Mesa desea hacer presente su solidaridad con el diputado Alfonso Vargas por el ataque artero de que fue objeto hace pocos días. Creemos representar el sentir de todos los colegas, quienes ya le expresaron su solidaridad y cariño al inicio de la sesión.
Esperamos que hechos de esta naturaleza no afecten nunca más no sólo a un parlamentario, sino que a ninguna persona.
Asimismo, en nombre de la Cámara, hacemos extensiva nuestra solidaridad con el carabinero José Luis Pezo, que defendió valientemente la vida del diputado Alfonso Vargas e impidió su secuestro.
Hacemos llegar a su familia nuestro respeto y le comunicamos que, como cristianos, estamos orando por su pronta recuperación
-Aplausos en la Sala y en las tribunas.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , junto con hacer un reconocimiento a ese funcionario policial gravemente herido -esperamos que Dios mediante, tenga una pronta mejoría, aunque según los médicos se encuentra en una situación muy difícil-, también solicito que sea ascendido por haber arriesgado su vida en un acto de servicio.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
El general director de Carabineros manifestó que existe gran preocupación por su estado de salud.
Su Señoría puede estar tranquilo porque la Mesa también se preocupará por él y por su familia y hará gestiones ante el Gobierno y Carabineros de Chile. Al respecto, tanto el ministro del Interior como el general director de Carabineros han expresado que se le entregará toda la ayuda posible.
-o-
V. ORDEN DEL DÍA
AGILIZACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LOS PROYECTOS Y TRANSPARENCIA DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA. Modificación del Reglamento de la Cámara.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Corresponde conocer los proyectos de acuerdo que modifican los artículos 17, 38, 263 y 268 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Diputada informante de la Comisión de Régimen Interno , Administración y Reglamento es la diputada señora Adriana Muñoz.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 2930-16, sesión 20ª, en 9 de mayo de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 5.
-Mociones, boletines Nºs 2990-16 y 2991-16, sesión 14ª, en 9 de julio de 2002. Documentos de la Cuenta Nºs 16 y 17, respectivamente.
-Informe de la Comisión de Régimen Interno, sesión 17ª, en 16 de julio de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 12.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento paso a informar sobre los proyectos de acuerdo, originados en mociones de la diputada señora Adriana Muñoz D’Albora, y refundidos en uno solo, que tienen por finalidad introducir enmiendas a los artículos 17, 38, 263 y 268 del Reglamento interno de la Corporación.
El proyecto se originó en un hecho constatado en marzo de este año, cuando la Mesa asumió la conducción de la Corporación, relacionado con la confección de la Tabla, básicamente con los proyectos que pueden ser informados y tratados por la Sala.
Como sabemos, las fuentes generadoras de proyectos de ley que sirven para elaborar las tablas que debe tratar la Sala son tres: los estudiados por nuestras comisiones, los enviados por el Gobierno y los remitidos por el Senado.
El 11 de marzo se hizo una evaluación que resultó muy inquietante, puesto que existían alrededor de 400 proyectos de ley empozados en nuestras Comisiones, en distinto estado de tramitación. Hasta ese momento, el Gobierno había enviado aproximadamente la mitad de los proyectos remitidos, en igual período, por el gobierno de don Eduardo Frei, y en el Senado existían unos 90 proyectos en segundo trámite constitucional que aún no eran enviados a nuestra Corporación.
Frente a ese diagnóstico, decidí proponer a la honorable Comisión de Régimen Interno la modificación de los artículos que paso a detallar.
La primera modificación incide en el inciso segundo del artículo 17, que se refiere al archivo de los proyectos de ley, el cual actualmente procede previa consulta a la Sala, cuando la Comisión no ha emitido ningún pronunciamiento sobre el asunto, después de dos años de su presentación, cualquiera que sea el trámite en que se halle.
En la actualidad, como lo hemos comprobado en la Cuenta que se acaba de entregar a la Sala, es necesario que transcurran dos años para que los proyectos sean incluidos en ésta y, previo acuerdo de la Sala, pasen a archivo.
La reforma que se propone consiste en establecer que, una vez transcurridos los dos años que establece la norma en vigencia, se procederá al archivo automático de los proyectos, sin que sea necesaria la aprobación de la Sala.
Cabe puntualizar que la enmienda tiene por finalidad evitar la acumulación en Comisiones de proyectos que no motivan la atención parlamentaria y que contribuyen a la formación de una opinión negativa de la ciudadanía sobre la labor legislativa, en cuanto a una aparente carencia de celeridad y dinamismo en la tramitación de los proyectos de ley. Hay que consignar que en esta propuesta se exceptúan los proyectos del Senado y los originados en mensaje.
Ésta es la primera propuesta relacionada con el archivo de proyectos, y la modificación consiste en establecer un sistema automático, transcurridos dos años de estar empozados en comisiones.
La segunda modificación tiene por objeto reemplazar el inciso cuarto del artículo 38, que se refiere a la obligación de rendir cuenta a la Sala que tienen los diputados y las diputadas que presidan una delegación o que individualmente viajen al exterior en representación de la Cámara.
El cambio sugerido prescribe que los diputados y las diputadas que se encuentren en la situación descrita en el párrafo anterior, estarán obligados a informar de su misión a la Comisión de Relaciones Exteriores, en el plazo de diez días, desde que reasuman sus funciones, debiendo esta Comisión dar cuenta a la Cámara de los resultados del viaje.
Se sostiene que la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana ha hecho presente a la Mesa la necesidad de que se le faculte para llevar adelante una evaluación global y plena de los cometidos oficiales que se encargan a los diputados en el extranjero.
De aprobarse esta enmienda, la Sala estará en condiciones de conocer cabalmente los resultados de las misiones que se envían al extranjero y de efectuar un debate sobre los mismos, permitiendo de esa forma que la opinión pública conozca las tareas que se confían a diputados y diputadas en el plano internacional.
La tercera modificación dice relación con el artículo 263, que ordena a los secretarios y secretarias de comisiones elaborar una minuta de los proyectos antes de iniciar su discusión.
La proposición consiste, en la eventualidad de que la minuta contenga reparos de constitucionalidad de una moción y de que la Comisión comparta tales objeciones, en proponer a la Sala el rechazo en general del proyecto, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 82, número 2º, de la Carta Fundamental, sobre atribuciones del Tribunal Constitucional, para resolver las cuestiones de esta naturaleza que se susciten durante la tramitación de las iniciativas de ley. Cabe hacer presente que durante los últimos meses hemos vivido algunas de estas situaciones.
Esta proposición se fundamenta en la conveniencia de hacer más rápida y expedita la vista de las mociones en las comisiones, cuando ellas adolezcan de vicios de constitucionalidad no detectados al momento de dar la Cuenta de ellas a la Sala, por no contarse con los antecedentes suficientes.
Finalmente, las últimas modificaciones sugeridas recaen en los incisos primero y segundo del artículo 268.
Como se indicara en su oportunidad, esta norma precisa el cometido de la Comisión cuando el proyecto ha sido aprobado en general por la Sala y es devuelto a aquélla con todas las indicaciones presentadas para segundo informe.
Las reformas propuestas consisten, primero, en establecer que ni por acuerdo unánime podrá reabrirse la discusión general llevada a cabo durante el análisis del primer informe, y segundo, en disponer que la Comisión se pronunciará en el plazo que la Cámara le señale, el que, una vez vencido, producirá la devolución automática del proyecto a la Sala para su discusión particular, incluso sin informe.
En ese sentido, la enmienda que se propone encuentra su base en reuniones de los jefes de los Comités parlamentarios y en otras instancias interiores de la Cámara, donde se han detectado hechos que retrasan inútilmente la tramitación de los asuntos sometidos al análisis de las Comisiones.
Constituye una mala práctica que, en el segundo trámite reglamentario, por asentimiento unánime de la Comisión, se repita el debate en general, en circunstancias de que ya ha sido aprobada por la Sala la idea de legislar.
Además, para desentrabar los proyectos que se encuentran en este trámite, se consulta la posibilidad de que la Corporación fije un plazo a la Comisión para que emita el segundo informe.
Las modificaciones en análisis darán un fuerte impulso a la tramitación legislativa, y la opinión pública, a la que muchas veces se malinforma sin fundamento a través de los medios de comunicación, verá que damos respuesta con mayor rapidez a sus problemas.
En términos generales, la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento concordó con los fundamentos de la iniciativa y con la redacción dada a su parte dispositiva.
Consideró que existe perfecta armonía en las modificaciones que se introducen en los artículos 17, 263 y 268, por cuanto sólo persiguen impedir que se dilate innecesariamente el trámite de los proyectos en Comisiones.
Asimismo, estuvo plenamente de acuerdo en consagrar el archivo automático de los asuntos sometidos al conocimiento de una Comisión si pasados dos años no se hubiere pronunciado sobre los mismos.
De igual forma, estimó conveniente los objetivos que se pretenden alcanzar con la enmienda a la minuta que deben elaborar los secretarios de Comisiones, en el sentido de que si se hace presente un reparo fundado sobre la constitucionalidad de una moción se proponga su rechazo a la Sala sin mayor dilación.
En todo caso, en las actas de la Comisión de Régimen Interno se dejó constancia de que, tratándose del archivo, las señoras diputadas y los señores diputados pueden pedir el desarchivo de un proyecto en cualquier instante o iniciar la tramitación de una nueva iniciativa.
Respecto de las inconstitucionalidades, hubo acuerdo en que el proyecto establece un mecanismo adecuado para solucionar este problema, el que, en cualquier circunstancia, debe resolver la Sala.
La Comisión también estimó conveniente impedir que las comisiones, por unanimidad, puedan reabrir el debate cuando un proyecto se encuentre aprobado en general por la Cámara, ya que ello conlleva una dilación innecesaria en su trámite.
Por último, la Comisión juzgó altamente positiva la propuesta de que las diputadas y los diputados que viajen al extranjero en representación de la Cámara, ya sea presidiendo una delegación o en forma individual, informen a la Comisión de Relaciones Exteriores y ésta, a su vez, a la Corporación, lo que dará transparencia a los viajes al permitir que la ciudadanía sepa qué misión llevaron a cabo sus representantes en el exterior.
Cerrado el debate y puesto en votación el proyecto, se aprobó por unanimidad en general y en particular.
Por las razones expuestas, solicito a la Sala dar su aprobación al proyecto.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Saffirio.
El señor SAFFIRIO .-
Señor Presidente , aunque comparto el espíritu de la iniciativa, cuyo propósito es agilizar la tramitación legislativa de los proyectos e impedir una mala imagen de la Corporación ante la opinión pública, debo formular reparos a dos modificaciones en las cuales he presentado indicaciones que obran en poder de la Mesa.
En primer lugar, respecto de la modificación al artículo 17, me parece importante que cuando transcurra el plazo de dos años sin que la Comisión se hubiere pronunciado acerca de un proyecto y decida archivarlo, se remita el listado correspondiente a la Sala para su conocimiento.
En segundo lugar, respecto del mismo artículo, es pertinente normar también la posibilidad del desarchivo de un proyecto, tanto a petición del Presidente de la República , tratándose de asuntos de su iniciativa, o de cualquier diputado o diputada , en el caso de las mociones.
Por último, en relación con la modificación al artículo 268, establecer una excepción a la norma de la unanimidad para discutir un proyecto, significa rigidizar innecesariamente su tramitación legislativa.
Debemos considerar los cambios en las circunstancias y en una serie de aspectos. Recuerdo, por ejemplo, cuando en abril discutimos el proyecto sobre el interés máximo convencional de los préstamos. Dicha iniciativa pretendía derogar la prohibición del máximo. Sin embargo, las circunstancias económicas cambiaron mucho desde que el proyecto había ingresado a tramitación parlamentaria.
Entonces, no parece prudente consagrar una excepción a la regla de la unanimidad con la cual operamos en la tramitación legislativa.
Hay una serie de materias en políticas públicas que son susceptibles de cambiar durante la tramitación de un proyecto, lo que haría justificable su nueva discusión en general.
En la línea de la modificación propuesta, sugiero un nuevo artículo 268 que no dilate la tramitación, pero que tampoco nos haga caer en un pie forzado, como ocurre con la propuesta del proyecto.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , el proyecto en análisis, que modifica el Reglamento de la Cámara, es fruto de la experiencia recogida durante el último tiempo en relación con algunos atrasos, especialmente cuando se remite un proyecto a la Comisión en segundo informe y ésta demora en exceso, de manera de agilizar su tramitación.
Del mismo modo, la cuenta que deberán dar a la Comisión de Relaciones Exteriores los parlamentarios que presidan una delegación o que viajen al exterior en forma individual, también es necesaria para que se conozca el sentido de las salidas del país.
Por otro lado, el hecho de que después de ser despachado en general un proyecto vuelva a Comisión en segundo informe y se vea latamente de nuevo en general, en definitiva, lo único que hace es dilatar su tratamiento.
Sin embargo, echo de menos -no sé si la colega señora Adriana Muñoz estaría de acuerdo- algo que debería establecerse: la necesidad de informar de la situación del proyecto a los diputados autores de la moción, cumplidos o antes de cumplirse los dos años.
Me ha tocado recibir la petición de firmar una moción, y en algunos casos me he negado por considerarla inconstitucional o porque no tiene asidero.
Sería conveniente agregar algún inciso que dijera: “al o los diputados autores de la moción respectiva se les avisará dos meses antes de que venza el plazo de los dos años”. Algunas mociones pueden ser interesantes. Incluso, algún autor podría dejar de pertenecer a la Cámara y los otros firmantes desligarse de seguir los pasos de la moción respectiva.
Es lo único que puedo sugerir para favorecer en buena parte el hecho de que las mociones y los proyectos, en general, tengan un tratamiento mucho más activo y rápido.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ojeda.
El señor OJEDA .-
Señor Presidente , desde luego, mi bancada apoya la moción presentada por la Presidenta de la Corporación para modificar determinados artículos de su Reglamento, pues está dirigida a corregir o subsanar ciertos vicios o defectos que entraban el trabajo parlamentario.
En primer lugar, la modificación al inciso segundo del artículo 17 permitirá el archivo automático de los proyectos de ley una vez transcurridos dos años desde su presentación sin que hubiere habido pronunciamiento alguno, con lo que se evitará la congestión en las distintas comisiones de la Cámara, situación que ha dado una mala imagen hacia el exterior y que obedece, a veces, a su pérdida de actualidad o inconstitucionalidad.
En segundo lugar, la modificación que reemplaza el inciso cuarto del artículo 38 tiene por objeto que la Comisión de Relaciones Exteriores reciba la cuenta que hoy se entrega en la Sala, por los diputados que presidan una delegación o que individualmente viajen al exterior en representación de la Cámara.
En tercer lugar, con la modificación al artículo 263 se terminará con las grandes y latosas discusiones respecto de los reparos de constitucionalidad de un proyecto, que conducen, desde luego, a una falta de interés o de preocupación y a una tibieza en el debate.
Por ello, voy a votar favorablemente, al igual como lo hará mi bancada, porque las modificaciones al Reglamento de la Cámara persiguen hacer más fluido y transparente el trabajo parlamentario.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente , las modificaciones al Reglamento de la Corporación están en la línea correcta, pero tengo dudas sobre la que incide en el artículo 268, inciso primero, a la cual se refirió el colega Eduardo Saffirio y que podría rigidizar el sistema.
Un caso concreto. Cuando un proyecto de ley no se alcanza a despachar en determinado período legislativo y vuelve a la Comisión con indicaciones, la Sala y la Comisión, por cierto, tienen nuevos componentes, personas que no participaron anteriormente en el debate. En ese caso, algunas situaciones pueden ser resueltas por la vía de la unanimidad, la que, según la experiencia, se utiliza con bastante criterio.
De tal manera que las modificaciones al artículo 268 del Reglamento, a sus incisos primero y segundo, no van a contar con mi voto favorable.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , las cuatro modificaciones al Reglamento de la Corporación son para hacer más eficiente el trabajo legislativo.
De origen en una moción de la Presidenta de la Cámara , señora Adriana Muñoz , están en el camino correcto, especialmente frente a las críticas del último tiempo a nuestro trabajo de legisladores.
Por ejemplo, se ha difundido la imagen de que si la Cámara de Diputados o el Senado no aprueban un número importante de proyectos, su trabajo es ineficiente, en circunstancias de que hay una equivocación muy grande en esto, porque la productividad del trabajo legislativo no está en la cantidad, sino en la calidad de los beneficios para las personas, las instituciones y la comunidad.
La primera modificación incide en el inciso segundo del artículo 17 del Reglamento de la Corporación e implica un cambio sustancial que quiero destacar.
La norma se relaciona con el archivo automático de proyectos que cumplan dos años en la Cámara y respecto de los cuales no haya pronunciamiento alguno. Eso es muy importante, ya que cada vez que llega un listado de proyectos para su archivo, se duda respecto de casi la mitad de ellos. Incluso, hace un instante, el diputado señor Tuma solicitó no archivar un proyecto relacionado con su región.
Por ello, el archivo automático es necesario, más aún si hay parlamentarios que no se preocupan de hacer un seguimiento del proyecto que les interesa. Incluso, si se trata de una iniciativa del Gobierno los respectivos ministros y subsecretarios deben velar por que ella no pierda vigencia.
Es muy positivo que un proyecto que ingresó a la Cámara se archive automáticamente a los dos años, si transcurrido ese lapso no ha habido un pronunciamiento al respecto.
La segunda modificación al Reglamento tiene por objeto reemplazar el inciso cuarto de su artículo 38. La persona que presida una delegación oficial de la Cámara de Diputados o que individualmente viaje al exterior en su representación, estará obligada a dar cuenta de su misión a la Comisión de Relaciones Exteriores -la Comisión técnica- y no a la Sala, lo que, a mi juicio, es lógico y va por el camino correcto.
La tercera modificación se relaciona con el artículo 263 del Reglamento de la Corporación, respecto de la cual tengo serias dudas.
La proposición consiste, en la eventualidad que haya reparos fundados de constitucionalidad de una moción y la Comisión comparta tales objeciones, en proponer a la Sala su rechazo. Sin embargo, hay una situación bastante entre líneas, ya que se señala que es sin perjuicio de lo establecido en el número 2 del artículo 82 de la Carta Fundamental y en el artículo 38 de la ley Nº 17.997, orgánica constitucional del Tribunal Constitucional. Es decir, a través de esta modificación se cambia la unanimidad de la Sala por un acuerdo de la Comisión técnica, pero de todas maneras la votaré favorablemente.
La cuarta modificación recae en los incisos primero y segundo del artículo 268 del Reglamento de la Corporación. Establece que ni por acuerdo unánime podrá reabrirse la discusión general de un proyecto cuando se devuelve para el segundo informe de la Comisión.
Además, a la Comisión se le pone un plazo para tratar un proyecto en particular, y si al término del mismo no ha terminado su trabajo, el proyecto ingresa a la Sala incluso sin el informe de la Comisión. Ello le dará más agilidad al trabajo legislativo y permitirá priorizar en forma real y efectiva los proyectos que más le interesan a la ciudadanía, sin perjuicio de perfeccionar el Reglamento de la Cámara de Diputados.
Por lo expuesto, votaré favorablemente las cuatro modificaciones al Reglamento de la Corporación.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Iván Paredes.
El señor PAREDES.-
Señor Presidente , además de compartir la intención de fondo que implica la propuesta -la que obviamente me comprometo a respaldar-, quiero hacer una reflexión respecto de algo que se ha mencionado.
La impresión que tiene la ciudadanía, en general -equivocada o no; con más o menos razón-, es que muchas veces se dilata innecesariamente la tramitación de los proyectos. Por lo tanto, toda iniciativa que busque agilizar los trámites en la Cámara de Diputados -que es lo que nos corresponde- será bien acogida.
Hay casos particulares que reflejan -a veces con justicia y otras no con tanta- la impresión de la gente ante ciertas situaciones, como ocurrió con el lamentable accidente de hace unos días donde perdió la vida una menor, drama que probablemente se hubiera evitado de haberse despachado a tiempo un proyecto que descansa hace varios años en el Senado.
A propósito de la gran cantidad de diputados nuevos -sobre cuarenta-, me gustaría que algún colega diera una razón técnica que justifique, por ejemplo, que la Tabla con los proyectos que se debatirán en la Sala nos llegue un día antes.
Eso se puede corregir con una especie de carta Gant e iniciar el proceso una semana antes, a fin de que los parlamentarios puedan conocer las materias que se estudiarán, lo que permitirá recoger mayor información y antecedentes y tener un debate más profundo y fructífero.
Además, con ello se evitaría que lo que sucede hoy se convierta en una constante, en cuanto a que la falta de información, porque la Tabla le llega al parlamentario sólo un día antes, impida hacer un análisis profundo y se atosigue y atasque el trabajo de las Comisiones con proyectos que muchas veces son devueltos a ellas por carecer de antecedentes.
Creo representar el sentir de una gran cantidad de diputados, fundamentalmente de los nuevos, que consideramos que la Tabla se reparte pocas horas antes de la sesión y, por tanto, no tenemos la suficiente información para analizar los proyectos en profundidad.
Por eso, aun cuando se deben hacer los esfuerzos del caso para anticipar el envío de la Tabla a los parlamentarios, anuncio que daré mi respaldo a la iniciativa, que, en mi opinión, es un reflejo de la preocupación de los diputados en relación, por un lado, con la imagen que la ciudadanía tiene sobre la labor legislativa y, por otro, con la tramitación de los proyectos de ley que es necesario aprobar en forma urgente a fin de mejorar la calidad de vida de los chilenos.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Sólo queda inscrito para hacer uso de la palabra el diputado Rodrigo Álvarez .
Tiene la palabra su Señoría.
El señor ÁLVAREZ .-
Señor Presidente , quiero anunciar nuestro acuerdo, como bancada, con las cuatro modificaciones reglamentarias que se han planteado, por cuanto apuntan en el sentido de agilizar todo lo referente a la tramitación legislativa y a dar mayor transparencia e información sobre algunas decisiones que deba tomar la Cámara, en materias de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Confirmo nuestro apoyo a esta iniciativa, presentada por la Presidenta , señora Adriana Muñoz , que -insisto- agilizará y mejorará nuestro Reglamento.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la Presidenta de la Cámara de Diputados, señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , considero sumamente importantes las observaciones de los colegas que han intervenido, fundamentalmente en la línea que señaló recién el diputado Rodrigo Álvarez .
Estamos haciendo, como Corporación, un esfuerzo en el sentido de transparentar al máximo toda nuestra gestión legislativa y administrativa, y generar sistemas, tanto en nuestra normativa interna como en los procedimientos administrativos, con mayores niveles de control y de eficiencia.
Esta iniciativa busca agilizar e informar, de mejor manera, a los ciudadanos que nos han elegido sus representantes, acerca de la capacidad de producción de leyes de nuestra Corporación. Quiero apuntar al procedimiento de archivo de proyectos que fue traído a colación por algunos colegas.
Si hoy hacemos una evaluación y sacamos cuentas, podríamos ver que la Cámara de Diputados tiene en sus comisiones un taco de 380 proyectos de ley, entre mociones y mensajes. Pero lo que contribuye más a esta voluminosa cantidad de proyectos apozados son justamente las mociones. Al 30 de agosto pasado, de esos 380 proyectos, 332 eran mociones parlamentarias y 48, mensajes. Esto significa que en nuestra producción legislativa hay un proceso en que, por distintas razones, ya sea porque perdió vigencia el tema o el Ejecutivo se hizo cargo de nuestras iniciativas, como muchas veces sucede -sin siquiera nombrarnos en los antecedentes del proyecto, en algunas ocasiones- una moción queda estancada y se propone -lo planteó también el diputado José Miguel Ortiz - que las propias diputadas y diputados, quienes hemos generado la moción, nos ocupemos de ella. Siento -creo que sus Señorías también- que una moción es como un hijo al cual se quiere, se sigue, se cuida y se preocupa de que sea realidad. Entonces, en ese sentido debemos acompañar el proceso de indagación de una moción parlamentaria hasta que concluya o nosotros mismos nos demos cuenta de que perdió vigencia.
Por eso, esta propuesta es para producir el archivo automático de una moción, sin perjuicio de que en cualquier momento un señor o una señora parlamentaria pueda pedir su desarchivo.
Es importante insistir también en la proposición contenida en el proyecto, revisada por el diputado Riveros, en cuanto a que otra causa de estancamiento de proyectos son los mensajes y las mociones en segundo trámite reglamentario. Cuando un mensaje o una moción, aprobada en particular y en general en la Comisión, va a la Sala, si a ésta le merece observaciones vuelve a la Comisión. Y allí, muchas veces, diputados y diputadas, por unanimidad, acuerdan revisar nuevamente todo el proyecto, desde su inicio.
El diputado Riveros tiene razón cuando señala que esto puede rigidizar un proceso. Sin embargo, cuando nos hemos propuesto despejar este tema, lo hemos hecho. En las dos reuniones que hemos sostenido con los presidentes de las Comisiones permanentes de esta Cámara, les hemos informado, como Mesa, acerca del taco que están produciendo las mociones y mensajes en segundo trámite reglamentario y el 11 de marzo, cuando asumimos este período legislativo, teníamos 37 proyectos en Comisiones; en cambio, hoy no tenemos ninguno en esa situación. O sea, es un tema de voluntad política.
Por eso, cuando en nuestras reuniones mensuales con los presidentes de las comisiones, sobre evaluación del trabajo legislativo, hemos tomado la decisión de desentrabar dichos proyectos, que muchas veces tienen observaciones de carácter técnico o político, hoy es importante agradecer el esfuerzo que todos han realizado para despejar esa situación y enviar los proyectos a la Sala.
Por último, quiero hacer hincapié en la observación del diputado Paredes , por cuanto dice relación con este último punto. Ojalá pudiésemos dirigir la Corporación con una carta Gant . Desgraciadamente, somos una Cámara política y la Tabla expresa un objetivo, una estrategia o el acuerdo político de los Comités.
Considero pertinente la aprobación de este proyecto, porque en varias oportunidades, como hoy, hemos tenido sequía de proyectos de ley. El senador señor Andrés Zaldívar , Presidente del Senado , también señalaba que están sin proyectos. Nosotros estamos haciendo muchos esfuerzos para tener proyectos en Tabla mañana, el jueves y la próxima semana. Felizmente, hemos cubierto esta sequía legislativa con esta gran producción de mociones que hemos puesto en Tabla y que hoy hayan sido despachadas con mucha rapidez por la Sala, varias al Senado y otras, definitivamente, a la Presidencia .
Si tuviésemos abundancia legislativa no sería complicado elaborar una Tabla; pero eso también significa muchas conversaciones con los presidentes de las Comisiones permanentes y las distintas bancadas, a fin de determinar la actualidad de las materias. Asimismo, con el Ejecutivo , cuando son de su iniciativa, o con los autores de las mociones. La Tabla, muchas veces, diputado Paredes , por su intermedio señor Presidente, no podemos hacerla con rapidez. Ojalá pudiéramos entregar una para todas las sesiones del mes y tener así los debates mucho mejor preparados y con escenarios políticos de excelencia legislativa también resueltos. Sin embargo, eso no es así y espero que estas modificaciones al Reglamento nos permitan ser más eficientes, más actuales, más vinculados a las necesidades de la gente, en la esperanza de que muchos de los contenidos que tratamos a nivel de proyectos de ley y de leyes de la República traigan una respuesta a las múltiples necesidades de nuestros compatriotas.
Por eso insisto en la necesidad de aprobar esta iniciativa que permitirá agilizar la tramitación de proyectos y construir voluntades políticas a fin de que nuestra eficiencia productiva sea mayor y la ciudadanía tenga claridad respecto de donde radican los nudos que dificultan dicha tramitación.
He dicho.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
En votación general el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Por haber sido objeto de indicaciones, vuelve a la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-El proyecto de acuerdo fue objeto de las siguientes indicaciones:
Número 1
1. Del señor Saffirio para agregar en el nuevo inciso segundo del artículo 17, la siguiente oración final, precedida de coma (,):
“, debiendo la Comisión remitir el listado correspondiente a la Sala de la Corporación para su conocimiento”.
2. Del señor Saffirio para agregar en el artículo 17, el siguiente inciso tercero:
“El desarchivo procederá a petición del Presidente de la República , tratándose de asuntos de su iniciativa, o de cualquier Diputado , en el caso de mociones. Desarchivando un proyecto, éste volverá al estado en que se encontraba al momento de archivarse.”.
Número 4
3. Del señor Saffirio para sustituirlo por el siguiente:
“4. Sustitúyese el artículo 268, por el siguiente:
“Artículo 268.- Aprobado en general el proyecto por la Cámara, volverá a la Comisión competente con el fin de que emita su segundo informe, con todas las indicaciones admitidas a tramitación durante la discusión general o dentro del plazo prudencial que la Sala haya acordado, de las que se dejará testimonio en la respectiva hoja de tramitación que elaborará la Secretaría de la Corporación, la que se agregará como anexo del informe.
La Comisión deberá presentar el segundo informe dentro del plazo prudencial que la Cámara le fije, a menos que se trate de un proyecto calificado de simple urgencia, en que deberá hacerlo dentro del plazo reglamentario correspondiente.
En su segundo informe, la Comisión podrá proponer la aprobación o el rechazo de las indicaciones o su modificación o aprobación parcial. Podrá, asimismo, proponer otras enmiendas en relación con las indicaciones aprobadas. En todo caso, las indicaciones presentadas en la Comisión y rechazadas por ésta no podrá renovarse en la Sala. Por tal razón, en el informe no se hará mención de ellas.”.”.
DECLARACIÓN DE FERIADO LEGAL EL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2002. Primer trámite constitucional.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que declara feriado legal el 20 de septiembre del presente año.
Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social es el señor Juan Pablo Letelier.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 3032-06, sesión 32ª, en 21 de agosto de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 2.
-Informe de la Comisión de Gobierno Interior, sesión 34ª, en 21 de agosto de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 1.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor LETELIER (don Juan Pablo) .-
Señor Presidente , en nuestro país, en materia de feriados, resulta pertinente recordar que la ley Nº 2.977, de 1915, estableció los siguientes: los domingos de todo el año; los festivos correspondientes al 1 de enero, 15 de agosto, 1 de noviembre, 8 y 25 de diciembre; los días viernes y sábado de Semana Santa, el 18 y 19 de septiembre y el 21 de mayo.
Posteriormente, la ley N° 19.668 trasladó los feriados -establecidos previamente en distintos cuerpos legales- correspondientes al 29 de junio, día de San Pedro y San Pablo ; 12 de octubre, día del Descubrimiento de Dos Mundos, y el día de la fiesta de Corpus Christi, a los lunes de la semana en que ocurren, en caso de corresponder a martes, miércoles o jueves, o a los lunes de la semana siguiente, en el evento de que coincidan con un viernes.
Hace poco se sustituyó el feriado del 11 de septiembre, instaurado por la ley N° 18.026, y se estableció, en cambio, el Día de la Unidad Nacional, el 2 de septiembre, fecha que recientemente fue eliminada, no obstante aparecer en los calendarios como feriado.
Además, la ley general de bancos declara feriado bancario los sábados y el 31 de diciembre de cada año.
Finalmente, el Estatuto Administrativo dispone que los funcionarios públicos no estarán obligados a trabajar las tardes de los días 17 de septiembre, como tampoco las del 24 y del 31 de diciembre, sin perjuicio de la facultad que confiere a los jefes superiores.
En este contexto, un grupo de parlamentarios hemos planteado la necesidad de hacernos cargo de lo siguiente:
El 20 de septiembre próximo, no porque alguien lo haya querido así, sino porque el calendario lo dispone, corresponde a lo que popularmente se denomina día sandwich, que este año suman cuatro.
Se ha planteado sobre el particular que en un día sandwich normal, o en un interferiado -como algunos lo han llamado-, el país pierde recursos económicos porque deja de producir. En ese sentido, se ha entregado información desde modestas hasta estratosféricas cifras. Lo que no cambia es el hecho de que en los interferiados se produce un fenómeno que, desde que tengo uso de razón, se repite todos los años: la producción baja en forma significativa -en promedio, 50 por ciento-, y cuando éstos caen después del 18 y 19 de septiembre, dicha baja de producción, según todas las estadísticas, bordea el 70 por ciento.
Pero hay otra circunstancia, que para algunos es de la causa, cual es que mucha gente, en otros interferiados, se “toma el día” -así se dice popularmente-, puesto que tienen la posibilidad de hacer uso de permiso administrativo o utilizan argucias como presentar permisos de otro tipo, fundados en problemas médicos.
Sobre la base de estos hechos, hemos presentado esta iniciativa con el objeto de declarar feriado, por una sola vez, el 20 de septiembre del año en curso. Asimismo, nuestro planteamiento implica la voluntad de tener un debate más a fondo respecto del ordenamiento del calendario de feriados. Hace algún tiempo, la Cámara propuso modificarlo en el sentido de suprimir los interferiados o días sandwich, pero la iniciativa fue rechazada en el Senado. Por desgracia, esa iniciativa prosperó en forma parcial, por cuanto hay fechas que generan interferiados y continúan vigentes. Por ejemplo, este año, se propuso correr el feriado correspondiente al 15 de agosto, pero no fue posible.
En esta ocasión, hemos planteado declarar feriado el 20 de septiembre por las siguientes razones:
En primer lugar -ya lo mencioné-, muchas personas no trabajarán ese día precisamente por el hecho de que es interferiado. De acuerdo con las estadísticas entregadas por las agencias de turismo que hemos consultado, es impresionante la cantidad de pasajes que han comprado en las capitales regionales a fin de dirigirse fuera del país o a lugares de Chile que constituyen una atracción turística permanente. Eso indica -a todas luces es evidente- que aquellas personas afortunadas que poseen un nivel de ingreso mayor tendrán la posibilidad de tomarse libre ese día de la semana.
Hay un segundo antecedente. El sistema escolar del país, público y privado, reconoce que en esa semana hay un hecho especial, el 20, precisamente, y lo ha declarado feriado escolar en todo el territorio nacional. Ningún niño, universitario y profesor irá al colegio ese día, precisamente porque se asume esa circunstancia especial.
En consecuencia, queda en evidencia que el 20 de septiembre no es un día cualquiera en el calendario del país. Los días 18 y 19 caen miércoles y jueves, respectivamente, y el 20 es un día anormal, porque después viene el fin de semana, a lo que se agrega el hecho de que el sistema escolar, en su conjunto, lo ha declarado feriado escolar.
A partir de esos dos hechos, a un grupo de parlamentarios nos ha parecido absolutamente razonable plantear esta situación y discutirla en la Sala, en el entendido de que lo óptimo sería revisar todo el calendario del año. De todas maneras, no podemos negar la importancia de un debate, que hubiésemos deseado que fuera más consensual, respecto de cómo abordar el 20 de septiembre.
Reconocemos que, en cualquier interferiado, la productividad del país baja en más del 50 por ciento, y que en días posteriores al 18 y 19 de septiembre en los interferiados, baja aún más. Además, es un dato significativo que un gran porcentaje de chilenos se toman el día, en particular quienes tienen mayores posibilidades económicas. Eso, a los autores de la iniciativa, no nos parece criticable sino correcto, más aún con todas las ventajas que representa para las familias.
Frente a estas circunstancias y al hecho -y aquí queremos despejar un primer mito- de que algunos han dicho que hay que trabajar más, este mismo Congreso ha señalado que el exceso de trabajo en el país ha sido la causa de múltiples enfermedades mentales, del aumento del estrés y de variados problemas médicos. Por nuestra parte, con el ánimo de generar un espacio para establecer una mejor relación entre el trabajo y la familia, hemos querido potenciar el día 20 de septiembre como de la familia. Entendemos que hay también otras externalidades muy positivas para declararlo feriado. Por ejemplo, permitiría estimular el turismo interno el transporte interprovincial, así como las actividades gastronómicas y las propias de dicho mes.
Con ese fin, la Comisión de Gobierno Interior aprobó, por unanimidad, la iniciativa de declarar feriado el 20 de septiembre.
Quiero agregar dos elementos adicionales que han estado en la palestra del debate nacional: uno respecto al comercio y otro, a la necesidad de sincerarnos.
Es curioso, pero al comercio nacional le va mejor durante los días festivos y feriados. En los malls, donde está concentrada gran parte de la actividad comercial, las mayores ventas se realizan los fines de semana y en días festivos y feriados.
Según el presidente de la Confederación Nacional de Trabajadores del Comercio y Servicios, las ventas aumentan en cerca del 25 al 30 por ciento durante los feriados y festivos. Ésa fue la razón por la cual la Cámara de Diputados, cuando se discutió la reforma al Código del Trabajo, accedió a establecer un criterio especial para los trabajadores del comercio. Los empresarios del comercio siempre plantearon que era importante que se trabajara en esos días, y nosotros accedimos a establecer solamente dos feriados obligatorios para los trabajadores, en el entendido de que, posteriormente, los empresarios les devolverían sus días de descanso.
En el país está demostrado que el comercio no pierde en esos días; que la suma de la actividad económica es positiva, y quienes saben más de esto son precisamente los trabajadores, quienes, en abrumadora mayoría, trabajan a comisión y son los primeros en reconocer que sus ventas aumentan significativamente.
Por último, con ley o sin ley, con feriado o sin feriado, está a la vista que el 20 de septiembre será un día anormal para nuestra economía. Con ley o sin ley es un hecho que ningún empresario contratará a un cesante en un día interferiado. Con ley o sin ley es un hecho que los calendarios son conocidos previamente por los sectores y los agentes económicos, y lo que no hagamos ese día no incidirá en la toma de decisiones económicas del país ni en las políticas de inversión de un proyecto rentable para la economía nacional.
Indico esto porque lo que hemos hecho un grupo de parlamentarios, de todos los sectores, es formular un llamado a sincerarnos, a reconocer que el 20 de septiembre es un día anormal. Entonces, si lo justo sería que los sectores de mayores ingresos podrán tomarse ese día, también lo puedan hacer los de menores ingresos. Ese día se pedirán muchos permisos administrativos. Uno puede preguntar en las reparticiones públicas, por ejemplo, aquí, en el Congreso Nacional, ¿qué pasará el 20 de septiembre? Al igual que en la mayoría de la Administración Pública, la actividad disminuirá ostensiblemente.
En ese espíritu, un grupo de parlamentarios hemos formulado una propuesta para sincerarnos en relación con ese día. No nos oponemos a buscar mecanismos de compensación o de traslado, sino que, en vez de hacer como el avestruz y no darnos cuenta de que existe un tema real al respecto, hemos considerado más justo, más parejo, declarar feriado legal ese día, para que los trabajadores y la gente de esfuerzo, pueda descansar con sus familias, tal como lo harán otros chilenos.
En ese sentido, la Comisión de Gobierno Interior aprobó el artículo único del proyecto, que declara feriado legal el 20 de septiembre de 2002, y recomienda su aprobación a la Sala.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señora Presidenta , ¡qué triste es debatir un proyecto de esta naturaleza, en circunstancias de que los parlamentarios siempre estamos hablando de cómo mejorar la imagen de nuestra institución! Si sus autores quisieron generar polémica con la iniciativa, indudablemente lo han conseguido; pero no es una señal pública de las mejores.
Coincido con lo que señala el señor Letelier , en el sentido de que uno de los diputados patrocinadores del proyecto afirmó que mucha gente no trabajará el viernes 20; pero debo agregar que millares de compatriotas no trabajarán ese día ni ningún otro, porque hay más de 600 mil cesantes en nuestro país.
Chile necesita levantar su autoestima; es un país que debe dar señales positivas, pero proyectos de esta naturaleza van en contra de eso. Actualmente, tenemos un país chato, con hambre, con necesidad de trabajar, por lo que el Congreso Nacional debe dar señales positivas.
Lo anterior no sólo lo dice un parlamentario de la Oposición, pues el propio Presidente de la República sostuvo ayer que los chilenos deben trabajar el viernes 20 y que él ha citado a un consejo de gabinete para ese día.
No deseo compararme con el Presidente de la República ; pero me comprometo a recibir gente de mi distrito -La Cisterna, El Bosque y San Ramón -, donde hay necesidad de trabajar, el viernes 20. Esto no es demagogia ni cálculo electoral, porque no hay elecciones, sino que responde a nuestra responsabilidad, como parlamentarios, de dar buenas señales al país.
Vamos a votar en contra del proyecto, porque no contribuye ni al progreso ni al desarrollo de nuestro país, sino que propende a bajar aún más la autoestima de los chilenos, quienes necesitan que se la levantemos con proyectos de ley concretos.
¿En qué debiéramos estar trabajando ahora? No estamos debatiendo sobre feriados por falta de proyectos. Evidentemente, nuestro país puede tener distintos feriados; pero lo más importante es levantar el alma, tener la fuerza suficiente para enseñar a muchos chilenos que, por sobre las diferencias políticas con el Gobierno, existe voluntad de ayudar a engrandecer a nuestra nación.
No quiero salirme del tema, pero quienes debieran estar más al lado del Presidente son los diputados de la Concertación. Sin embargo, son los que más se alejan de él, quienes más le hacen zancadillas a su propio Gobierno. Aquí se dará la paradoja de que los chilenos que formamos parte de la Oposición, que representamos el 50 por ciento del país, estamos dispuestos a trabajar con el Presidente Lagos para que termine bien su Gobierno; de que la UDI va a apoyarlo, en beneficio de todos los chilenos.
Por eso, señora Presidenta , y por múltiples otras razones, la UDI le da una señal al país, como partido popular y como partido serio, de que el viernes 20 se trabajará.
Por esa razón, vamos a votar en contra del proyecto.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Aníbal Pérez.
El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-
Señora Presidenta , en primer lugar, quiero hacer una reflexión sobre un argumento entregado por uno de los diputados autores del proyecto respecto de este tema. Él ha dicho que quienes votamos en contra del proyecto estamos protegiendo a la gente de mayores recursos y a los ricos, porque ellos no trabajarán ese día, y que estamos perjudicando a los pobres, porque ellos tendrán que hacerlo.
¡Qué argumento más falaz y más contumaz, señora Presidenta ! El Presidente de la República , respecto de quien nadie puede negar que es un hombre con vocación hacia los pobres, señaló ayer que el viernes 20 se debe trabajar, porque ésa es la manera como defendemos a la gente de escasos recursos del país y no con el establecimiento de un día feriado. ¿Defendemos a los pobres cuando establecemos un feriado que significa para el país una pérdida de 200 millones de dólares? No lo efectuamos cuando el país pierde esa cantidad. Lo realizamos cuando los diputados de todas las bancadas decimos que se debe producir más, que debemos dinamizar la economía y crear más trabajo. Así se defiende a los pobres y no estableciendo un día feriado, señora Presidenta .
Por eso, ese argumento es poco serio e, incluso, malintencionado, porque pone a unos diputados junto a los ricos, y a otros, al lado de los pobres. La mayoría de los diputados presentes en la Sala siempre hemos tenido como vocación estar con la gente de escasos recursos.
En segundo lugar, señora Presidenta , me llama la atención que, a pesar de que la Cámara de Diputados creó una Comisión especial sobre la micro y la pequeña empresa y de que hacemos gárgaras al apoyarlas, se patrocine una moción que perjudica a los microempresarios y a los pequeños comerciantes. No me importa cómo les va a Falabella, a Ripley, a Michaely o a Almacenes París, ya que no pierden nada si no trabajan un día. Quienes pierden son los pequeños comerciantes de mi distrito -de Santa Cruz, Pichilemu, Marchihue, Lolol , San Fernando -, y los pequeños comerciantes de todo el país, ya que el cierre de sus negocios un día les puede significar que les falten 30 mil o 40 mil pesos para cubrir la letra de fin de mes.
Estamos en contra del proyecto, porque perjudica a los micro y pequeños empresarios, a los comerciantes. Aún más, muchos pequeños comerciantes no tienen empleados en sus tiendas, ya que trabajan ellos, sus mujeres y sus hijos. En consecuencia, ¿a quién perjudicaremos con el proyecto?
Comparto la idea de que la Cámara de Diputados, que es un organismo público, no puede dar señales irresponsables, sino entregar señales positivas al país. ¿Cómo la Corporación va a establecer otro día feriado para que los chilenos no trabajemos? Seríamos el hazmerreír de la opinión pública, señora Presidenta , más aún cuando ayer, como dije, quien dirige el país fue claro, certero y firme al afirmar que el viernes 20 se trabajará e, incluso, ha citado, para ese día, a una reunión de gabinete. A lo mejor, sería bueno que la Presidenta de la Cámara de Diputados citara a trabajar ese día para que seamos consecuentes con lo que postulamos; porque, de lo contrario, se nos dirá que no lo somos. Seamos consecuentes: si la Cámara lo aprueba, vengamos ese día a trabajar aquí, para que demos una señal clara de lo que quiere la Cámara de Diputados.
Por eso, considero que el proyecto apunta en sentido contrario al que el país espera hoy de sus parlamentarios, porque no están dadas las condiciones económicas para farrearnos un día más. Todo el país reclamó cuando se produjo el paro de los microbuseros, porque significó una pérdida de más de 60 millones de dólares para la Región Metropolitana. No obstante, hoy estamos tratando de paralizar a todo el país con este proyecto, lo que, a mi juicio, no es lo más adecuado ni lo más prudente.
Por eso, señora Presidenta, la gran mayoría de diputados del PPD votará en contra del proyecto.
He dicho.
-Aplausos.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Palma.
El señor PALMA.-
Señora Presidenta , resulta muy rara esta proposición de aumentar los días no trabajados en este Chile. Es remar contra la corriente, es estar en contra de toda lógica, es estar en contra de la gente, especialmente de la más necesitada, pues, como se ha dicho, baja la recaudación estatal que irá más tarde en su ayuda social y disminuye a la mitad, en el peor de los casos, la creación de recursos del país, lo que significa muchos millones de dólares menos para Chile.
Esto no puede aceptarse, menos aún ante la grave situación económica en que nos encontramos. Los empresarios, sobre todo los pequeños y medianos, que hoy se encuentran en una grave crisis de sobrevivencia y son los que sustentan mayoritariamente el empleo, soportan con dificultad el que hoy dan a miles de compatriotas. Se debe colaborar con los empresarios, y no terminar con ellos.
La situación en América Latina afronta terribles problemas, y países como Argentina y Uruguay ya están colapsados; Brasil , herido gravemente, y el resto, con problemas gravísimos. Pienso que Chile debe evitar caer en las mismas situaciones económicas que afectan a nuestros vecinos. Pero la medida propuesta atornilla exactamente al revés: daña al país y a la gente. Ésta es una muy mala señal. Los pobres y la clase media, con su grave estado financiero, están más preocupados de pagar los colegios en que estudian sus hijos, las cuentas de la luz y los dividendos de sus viviendas, que de hacer turismo.
Hay que legislar en serio, en favor del país y no en contra de la gente. La iniciativa en debate no pasa de ser una medida populista. Quienes integramos la Cámara de Diputados no estamos aquí para ganar votos. Nos eligieron para legislar seriamente en favor de lo que resulte más positivo para el país. No hay que tener miedo a decir la verdad. Nunca. Y esta medida no es buena. Aun cuando a algún sector pueda convenirle no trabajar, no es así para la gran mayoría de los chilenos. Hay días de más para descansar, y dos bastan para celebrar nuestras Fiestas Patrias. Todos queremos efectuar dichas fiestas como corresponde, pero también deseamos ayudar a Chile. Esta medida es dañina para el país. Aunque algunos no lo entiendan y pueda ser impopular, debemos votar en contra de este proyecto porque así lo estaremos haciendo en favor de nuestro país.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra la diputada señora Caraball.
La señora CARABALL (doña Eliana).-
Señora Presidenta , cuando uno escucha los argumentos con que se defiende o ataca este proyecto, pareciera que estamos ante una verdad absoluta y discutiendo principios en que se nos va la vida, en circunstancias de que la única intención de quienes firmamos este proyecto fue transparentar una situación que vamos a vivir, querámoslo o no.
Como bien lo señalaba el diputado informante , señor Juan Pablo Letelier , este 20 de septiembre es bastante excepcional por cuanto cae viernes, a continuación de dos días que corresponden a la celebración de Fiestas Patrias, habida cuenta de que el 17 -también por ley- sólo se trabaja medio día.
Entonces, se argumenta que el pequeño comerciante, por cerrar su negocio, no tendrá ingresos para pagar su deuda de 30 mil pesos a fin de mes, lo que puede ser muy válido. Pero ello no es así, porque estoy convencida de que él se instalará con un puesto en una fonda para vender empanadas y el vaso de vino, con lo cual realizará no sólo una actividad económica necesaria, sino que también colaborará al éxito de una celebración que es más que tradicional en nuestro país.
Por tanto, al margen de consideraciones un poco rebuscadas y no sé si demagógicas -como alguien dijo aquí-, estamos absolutamente convencidos, desde el punto de vista económico, de que con esta ley o sin ella la producción bajará considerablemente el 20 de septiembre. Durante muchísimos años dicho día fue feriado. Después se estimó que destinar tres días para celebrar Fiestas Patrias era demasiado y se redujo a dos.
Esta discusión sobre los días feriados es algo que nos ha preocupado por muchos años. Por ello, a raíz de la presentación de este proyecto -que por supuesto votaré favorablemente, ya que por algo lo suscribí-, creo que le hace bien al país transparentar situaciones que nos encanta hacerlas aparecer ambiguas: que no trabajamos, pero formalmente sí lo estamos haciendo. Y eso nos hace mucho más daño que tener esta discusión, aunque la encuentro muy sana.
También sería bueno, como planteó el Presidente del Senado , don Andrés Zaldívar , aprovechar esta oportunidad para discutir a fondo qué sucede con los feriados en general, que existen en estas circunstancias, y cómo facilitamos la tarea a la empresa privada, a la industria y al comercio para que puedan discutir libremente con sus empleados si esos días pueden declararse feriados y, posteriormente, compensarse para que no se consideren perdidos.
Ésa es una muy buena política, pero sería aconsejable discutirla a futuro. No creo que con el apuro de hoy podamos resolver esa situación, pero de lo que sí estoy convencida es que solucionaremos un problema real que se ha generado de hecho para este día 20.
Contrariamente a lo que aseveró el diputado señor Moreira -representamos al mismo distrito- quiero aducir que mucha gente de La Cisterna, El Bosque y San Ramón me ha planteado la necesidad de que dicho día se declare feriado, por cuanto ellos, como trabajan en el pequeño comercio, lo convertirían en gran oportunidad para servir y ayudar tanto en las fondas como en los puestos que se instalan con motivo de estas fiestas; incluso algunos viajan fuera de Santiago para hacerse de un capital extraordinario y poder subsistir.
Por tanto, hay opiniones para los dos lados. Hay personas a quienes les serviría muchísimo que ese día se declarara feriado y, en cambio, a otras las perjudicaría, daño que lamentaríamos profundamente, ya que ése no es nuestro espíritu, sino -insisto- transparentar una situación en un país donde nos encanta la ambigüedad y decir lo contrario de lo que hacemos. En mi opinión, es bueno que exista este día feriado, pues será provechoso desde muchos puntos de vista, y lo más importante es discutir este punto -transparentemente también-, para saber cómo enfrentar a futuro los probables feriados al volver a presentársenos estos días sandwichs por cambios que se producen en el calendario y obligarnos a poner nuevamente el tema sobre el tapete.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Muñoz.
El señor MUÑOZ (don Pedro) .-
Señora Presidenta , la discusión de este proyecto de ley ha generado características que no las esperaba: ha habido descalificaciones personales y aseveraciones de que no estamos prestigiando la institucionalidad de la Cámara de Diputados, lo cual me parece un despropósito de quien así lo señaló, porque no es la persona más adecuada para referirse al prestigio o desprestigio del Parlamento; otros han hablado de falacia, contumacia y de una serie de descalificaciones que ninguno de los autores de este proyecto nos merecemos porque lo hemos propuesto con la mejor de las intenciones, más aún cuando sabemos que hay mucha gente que ese día 20 no trabajará, con lo cual tanto la productividad como el crecimiento se verán afectados de todas maneras.
Ahora bien, se ha señalado, a través de los medios de comunicación, la posibilidad de que el empresario pierda entre 80 a 120 millones de dólares ese día por no trabajar.
Si este proyecto no es aprobado, espero que el empresariado -que debe más de 600 millones de dólares por concepto de imposiciones previsionales-, con lo que obtenga ese día, disminuya esa tremenda deuda que tiene con los trabajadores chilenos.
Señalar, por ejemplo, que el no trabajar afecta el crecimiento, la productividad y también a los trabajadores, es un argumento que no tiene ningún asidero ni validez. Además, hay algunos que han expresado que esto afecta en mayor medida al microempresario y al pequeño empresario.
Al respecto, quiero recomendar a los diputados que están tan preocupados por estas personas que se den una vuelta por el persa Biobío y el persa del Parque de los Reyes para que comprueben que los mejores días para vender sus productos son los sábados, domingos y festivos. Ellos son los que se beneficiarán en caso de aprobarse la iniciativa. Sin embargo, hoy se ha hablado de que proponer el día 20 como feriado afecta no sólo al crecimiento y a la productividad, sino también al empleo. Entonces, algunos señores sugieren que, para generarlo, se aplique flexibilidad laboral, y al respecto proponen disminuir el ingreso mínimo a los mayores de 18 años y menores de 24. Se aprovecharon de esta circunstancia para iniciar una discusión que no estaba en el ánimo de los autores del proyecto.
Por otro lado, Chile, con 16 días, ocupa el tercer lugar en el ranking latinoamericano de días feriados; Japón , el país más desarrollado del mundo, tiene 15 días de ese carácter. Ello constituye una prueba palpable de que este feriado, que se propone, por única vez, para el 20 de septiembre, no afectará ni la productividad ni el crecimiento del país.
Por otra parte, nos han hecho saber que 600 mil trabajadores del comercio están de acuerdo con que ese día se decrete feriado nacional. Las razones son muy obvias: con esa medida mejoran sus ingresos, sus posibilidades de trabajo, sus ventas. Entonces, algunos tendrán mayores ingresos por la actividad que desarrollarán, y otros, por el pago de las horas extraordinarias trabajadas.
Como lo ha expresado mi querido colega Juan Pablo Letelier , el objetivo de la iniciativa es sincerar de una vez por todas lo que siempre ocurre en estos días sandwich: fijar un día feriado a fin de que no se utilicen licencias médicas en forma fraudulenta o para que no se recurra de manera tan seguida a permisos administrativos.
Ésa es la realidad del país que deseamos concretar en un día feriado.
Alguien dijo que tal vez no éramos leales a nuestro Presidente Ricardo Lagos . Aclaro que los socialistas lo somos, que nuestra lealtad ha sido permanente y consciente. Respetamos la opinión del Presidente de la República , quien debe velar por los intereses de todos los chilenos. Sin embargo, cualquier imputación acerca de deslealtad o falta de respaldo para con él, es una falacia, que ningún socialista aceptará, porque siempre le hemos prestado nuestro apoyo.
Por último, quiero manifestar que el pueblo ya se pronunció sobre la materia. Una gran mayoría del país clama por que ese día se declare feriado: son aquellos que no saldrán a veranear a Cancún en toda esa semana, que no irán a Miami, que buscarán esparcimiento en las ramadas, en las fondas o en paseos campestres.
Por eso, llamo a los colegas a respaldar el proyecto. Es más, les digo que estamos disponibles para discutir los feriados restantes del calendario. Tal vez podríamos terminar con ellos si afectan la productividad, el empleo y el crecimiento del país.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Waldo Mora.
El señor MORA .-
Señora Presidenta , hemos escuchado distintos planteamientos sobre lo que puede significar el posible feriado del 20 de septiembre. Parto de la base de que, a lo mejor, los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra pueden tener argumentos o razones valederas; algunos manifiestan que es un problema de lealtad. No creo que lo sea; es un asunto de seriedad y de responsabilidad respecto de lo que estamos enfrentando. Ante esta recesión, que comenzó hace cinco años, me parece grave entrar a legislar para meternos en los bolsillos de los particulares.
Ni la Cámara ni el Senado pueden legislar para obligar a los particulares a tomar decisiones que irán contra sus intereses; más aún, cuando afirmamos que queremos hacer justicia a los más pobres, en circunstancias de que las pequeñas y medianas empresas están viviendo una profunda crisis, esta medida lo único que hace es encarecer sus costos. Claro, porque quienes no pueden paralizar sus labores y deben continuar trabajando por contrato o por producción, están obligados a aumentar sus costos por laborar.
Asimismo, me referiré a algo que nadie ha planteado: muchos pequeños y medianos comerciantes -también particulares- tienen vencimientos bancarios; y cuando les decimos que el 20 de septiembre será feriado bancario, les expresamos que los costos de las deudas aumentarán, porque tendrán que pagar más intereses, no sólo por los días de Fiestas Patrias, sino por el viernes, sábado, domingo y lunes.
Entonces, ¿qué estamos haciendo? ¿Les estamos dando plata a los que tienen o vamos a defender a los que no la poseen? ¿Vamos a obligar a la pequeña o mediana empresa a pagar horas extraordinarias por convenios especiales o de otra naturaleza? ¿O creen que las grandes empresas tienen alguna dificultad para pagar un feriado como éste? La Administración Pública representa otro problema.
A mi juicio, este feriado debe ser tratado de manera directa entre los empresarios y los trabajadores. Diariamente, se puede anticipar una hora laboral; quienes puedan hacerlo darán libre el viernes, y dejarán turnos de emergencia. En el caso de la Administración Pública, se puede trabajar medio día, como siempre se ha hecho para el feriado de Navidad, de Año Nuevo, y dejar turnos especiales de atención al público para los asuntos serios.
Pueden ser muy buenas las intenciones de declarar feriado el 20 de septiembre; pero ¿para celebrar qué? ¿para salir de vacaciones al patio de la casa?
En el fondo, también puede ser una tomadura de pelo, y pensar que la gente puede creer que estamos legislando por afanes electorales, por aparecer más populistas frente a la opinión pública. Por eso, creo que el análisis de este problema requiere más seriedad y responsabilidad. Respetando las diferentes opiniones emitidas, el país, en recesión desde hace cinco años, necesita trabajar, producir. No puede estar regalando impuestos, tan necesarios para ir en ayuda de los más pobres.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Ruego a los colegas ser breves, porque hay diecinueve señores diputados inscritos, y el Orden del Día finaliza a las 13.15 horas. En caso contrario, la discusión del proyecto continuará en la sesión de mañana.
El señor MASFERRER .-
¿Se vota hoy, señora Presidenta ?
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Esa decisión depende de la Sala, señor diputado . En su momento, será consultada.
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia.
El señor URRUTIA .-
Señora Presidenta , después de la brillante intervención del diputado señor Moreira , no es mucho lo que puedo decir.
Quiero hacer unas preguntas, ya que soy nuevo en el Parlamento. ¿Cuántas veces en el pasado el 18 y el 19 de septiembre han caído en martes o miércoles? ¿Qué pasó anteriormente? ¿Todos los años han estado con esta misma función de legislar sobre si se declara o no feriado un día hábil que se encuentre entre esa festividad y el fin de semana? ¿Qué haremos el próximo año? Ojalá que las Fiestas Patrias caigan en días jueves y viernes para no estar nuevamente con este mismo problema.
Hay aquí también una cuestión muy de fondo. Cuando uno representa un distrito de una región que tiene 15,8 por ciento de cesantía, donde hay gente que hace más de un año no consigue empleo y daría cualquier cosa por tener trabajo un día al año, tendría que ser muy irresponsable para votar a favor el proyecto. Tal vez, sus patrocinantes pudieron proponer declarar feriado el 20 de septiembre para la gente que trabaja y así dar “pega” a los miles de cesantes que existen actualmente en el país.
Considero que votar a favor el proyecto, con la tremenda cesantía que vive el país, es una verdadera irresponsabilidad.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA .-
Señora Presidenta , quiero decir al señor Urrutia que los diputados patrocinantes del proyecto no actuamos con liviandad y frivolidad y que, de acuerdo con las estadísticas, países que en la década del ’90 disminuyeron sus jornadas de trabajo provocaron efectos virtuosos desde el punto de vista de generación de empleo.
Según la Organización Internacional del Trabajo, Chile tiene las jornadas laborales más extensas del mundo, lo cual genera situaciones de poca sinceridad. Espero que el diputado Urrutia tenga abierta su oficina distrital el día 20.
Normalmente, algunas empresas y servicios llegan a acuerdo con los trabajadores y pactan compensaciones. Se ha dicho, además, que los microempresarios resultarán afectados, pero es habitual que éstos lleguen a acuerdo con sus pocos dependientes para que se tomen estos días laborales que quedan aislados un fin o un comienzo de semana. Esta es una situación excepcional que se da cada ciertos años.
Se ha dicho que el alcalde de Coquimbo tiene asegurada en La Pampilla una fiesta popular que ofrece empleo a muchos cesantes. En las fiestas largas se generan muchos oficios temporales que reactivan también la economía, como transportes, gastronomía, juegos, cuidadores de auto y otros.
Esto me recuerda la dos almas que tiene Chile: la sincera y la formal. El puritanismo anglosajón de quienes quieren ser los ingleses de América o, como dice un profesor de la Universidad Católica, Pedro Morandé , “el valor de encontrarse con el barroco latinoamericano”, que también recoge las fiestas y la posibilidad de encontrarse y de recrearse con una actividad que es parte de la cultura y también de la reactivación económica.
Hay quienes fundamentan su intervención diciendo que ese día se van a perder 80 millones de dólares, pero no he visto ninguna cifra en la que se fundamente con seriedad ese tipo de indicadores. Lo que sí puedo decir es que el día 20 se va a trabajar poco en el país, y, como dijo el diputado Pedro Muñoz , el pueblo va a disfrutar de una fiesta larga, que se merece y que reactivará muchas áreas de nuestra economía.
Por lo tanto, vamos a votar a favor el proyecto.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino .
El señor BERTOLINO .-
Señora Presidenta , en primer lugar, en los últimos dos años, la Cámara ha estado legislando para eliminar feriados en mitad de la semana, los cuales han sido traspasados a viernes o lunes. Por lo tanto, en principio, el proyecto en estudio estaría yendo en contra de nuestra lógica legislativa de los últimos años.
En segundo lugar, me gustaría saber si la gente ha pensado en cuántos chilenos trabajan en sábado. En mi opinión, una gran mayoría. Por lo tanto, lo que hoy se pretende hacer con el viernes 20 sería un feriado doble, porque afectaría directamente al sábado 21.
En tercer lugar -ya se dijo aquí y no quiero ahondar en el tema-, está el perjuicio que esta medida significaría para la pequeña y mediana empresa. Algunos han planteado que en nuestro país se trabaja mucho. Tal vez deberíamos corregir esa expresión y decir que es donde se permanece mucho tiempo en el lugar de trabajo, pero nuestra productividad ni siquiera alcanza a un quinto de la de los países desarrollados. En ellos, una hora de trabajo significa una producción de, más o menos, 62 dólares, mientras que en Chile es sólo de 14 dólares.
No es forma de ayudar al desarrollo del país, primero, ir en contra de lo que hemos legislado, y segundo, crear un nuevo feriado que, aunque se dice que será por única vez, sabemos qué pasa en Chile en estas circunstancias: se crea el precedente y pasa a ser habitual.
Creo que ésta es la mejor oportunidad de demostrar lo que significa la flexibilidad laboral. Cada unidad productiva, cada trabajador y cada empleador han podido, con tiempo, establecer un sistema de recuperación del día 20. Unos lo harán con posterioridad a ese día; otros tendrán que trabajar en forma obligatoria dadas sus realidades y necesidades, y algunos no trabajarán, como lo han hecho siempre. Eso ocurre con la gente de la Cuarta Región, uno de cuyos distritos represento, a la cual el diputado Valenzuela hacía mención con la fiesta de La Pampilla.
Por lo tanto, creo que sería una actitud totalitaria establecer, por ley, que no se debe trabajar ese día.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Tiene la palabra el diputado señor Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señora Presidenta , estimo muy laudable -también popular- la iniciativa de mis colegas en torno de declarar feriado el 20 de septiembre. Sin embargo, manifiesto mi rechazo categórico a dicha moción.
Las razones las he dividido en tres ámbitos.
En primer lugar, el ordenamiento jurídico vigente contempla situaciones excepcionales para otorgar mayor flexibilidad en la jornada laboral, de tal manera que se podría impetrar, por ejemplo, un día administrativo, un día de vacaciones o, quizás, un día sin goce de sueldo, o simplemente llegar a un acuerdo con el empleador a fin de reemplazar ese día, ya sea estableciendo turnos posteriores o ampliando la jornada de trabajo.
Aquí se ha hablado de que debemos sincerarnos con el país. Estoy de acuerdo; pero también debemos terminar con los proyectos para la galería.
En segundo lugar, no podemos legislar de acuerdo a temas coyunturales, a circunstancias del momento. El país nos pide que hagamos leyes permanentes, estables y generales, tal como se define la norma jurídica.
No es bueno para el país establecer feriados de acuerdo con las circunstancias del momento. ¿Qué hubiera pasado, como planteaba el diputado señor Seguel , si el 18 y 19 de septiembre hubieran caído martes y miércoles? ¿Deberíamos haber legislado para que el lunes 17 fuese feriado?
Reitero: por nuestro prestigio como poder del Estado no podemos legislar para situaciones coyunturales.
Durante el año 2001, el producto interno bruto, aquel que mide el flujo de producción de bienes y servicios generados en la economía a lo largo de un determinado período -por lo general, anualmente-, fue de 66.450 millones de dólares. Si esa cifra se desglosa por el número de días trabajados, que aproximadamente son 251, llegamos a la conclusión de que el costo por día es de casi 265 millones de dólares. No estamos en las mejores condiciones como país para seguir soportando pérdidas económicas.
Algunos sostienen que es muy probable que ese día no se trabaje de manera normal. Precisamente lo que se quiere evitar es que ese día deje de ser improductivo. ¿Cómo se puede compensar? Aumentando las jornadas de trabajo en los días posteriores a través del sistema de turnos.
Sin embargo, sería muy difícil de argumentar el establecimiento de un día más de feriado sobre la base de los ejemplos que aquí se han dado. Se señaló que sería un mal negocio para el microempresario. ¡Claro que lo sería! De hecho, si ese día fuese feriado, tendría que pagar horas extraordinarias a sus empleados. Por lo tanto, no es buen negocio para el microempresario ni para quienes pertenecen al comercio detallista, porque también deberían pagar a sus trabajadores horas extraordinarias.
Por eso, creo que, al final, el argumento principal dado por los autores de la moción corre en contra de la iniciativa. Al final les saldría más caro a los microempresarios y a los comerciantes detallistas, porque tendrían que pagar horas extraordinarias a sus empleados por trabajar un día feriado.
Ésas son las razones por las cuales la mayoría de los diputados democratacristianos con los que he conversado votarán en contra del proyecto.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Ha terminado el Orden del Día.
La discusión del proyecto queda pendiente para la sesión de mañana.
Hago presente que se encuentran varios diputados inscritos para hacer uso de la palabra.
-Hablan varios diputados a la vez.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
¿Habría unanimidad para votar el proyecto ahora e insertar en la versión los discursos de los diputados inscritos?
Acordado.
El señor PALMA.-
Señora Presidenta , ¿qué proyecto vamos a votar?
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
El que declara feriado el 20 de septiembre de 2002.
El señor PALMA.-
No hay unanimidad para votar, porque los diputados de mi bancada queremos seguir hablando.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Ya se adoptó el acuerdo de votar, y de insertar los discursos de los diputados inscritos.
La lista de las diputadas y de los diputados inscritos, quienes podrán insertar sus discursos, es la siguiente: Patricio Melero, Sergio Correa, Edmundo Villouta, Jaime Jiménez, Sergio Ojeda, Rodolfo Seguel, Edgardo Riveros, Lily Pérez, Pía Guzmán, Pedro Álvarez-Salamanca, René Manuel García, Ximena Vidal, Eugenio Tuma, Guillermo Ceroni, Fernando Meza y Camilo Escalona.
-En virtud del acuerdo anterior, se inserta la siguiente intervención no pronunciada en la Sala:
La señora VIDAL (doña Ximena).-
Señora Presidenta , en la última semana distrital tuvimos la oportunidad de conversar con las personas a las cuales representamos en nuestros distritos. Compartí con dirigentes de la comuna de La Granja, visité organizaciones femeninas y participé en un encuentro municipal; cerré la semana con mi presencia el día sábado 31 de agosto, celebrando San Ramón , en el festival de tango y música tropical de los adultos mayores de la Región Metropolitana.
Los temas que les interesan a los vecinos y vecinas del distrito 25 no pasan por el feriado del 20 de septiembre, y, a decir verdad, hablamos de la ley de divorcio, de la falta de trabajo, de la violencia y de la inseguridad ciudadana; pero hablamos del tema con algunos profesionales y trabajadores, pensando en los más de dos millones de personas que se verían beneficiadas con este feriado. Por lo tanto, no puedo restarme a este debate.
Es verdad, todos los días hay catástrofes, no sólo económicas, sino naturales, humanas, culturales y sociales. Pero estas realidades no nos deberían tapar el sol. Manejamos las cifras de millones de dólares de pérdida por un día no trabajado y nos preocupa muchísimo. Estamos hablando, según los datos, de 240 millones de dólares, y no sólo nos preocupa: sabemos que afecta directamente a la economía del país, y, si esto sucede, incide en nuestros presupuestos y en nuestra realidad, aunque no lo percibamos inmediatamente. Por lo tanto, la mayoría de las personas tratamos de ser responsables y trabajamos todo lo que podemos para obtener más desarrollo, más crecimiento y mejores oportunidades para todos, y le dedicamos mucho tiempo a ese trabajo.
Es triste sentir que la mirada economicista nos impida ver con los ojos de la familia, del merecido descanso, del derecho a festejar un día más las fiestas patrias, porque apareció la oportunidad en el calendario, y dos diputados que anticiparon esa posibilidad la pusieron sobre la mesa. Por supuesto que hay iniciativas más importantes que deberían llamar nuestra atención. Pero este proyecto no es menor, sobre todo cuando se lo acusa de populista; parece que cualquier proyecto que vaya en beneficio de los trabajadores es acusado de populista. Se habla del costo para el país; claro que tiene un costo. Pero también es un terrible costo el de los días sandwich que se hacen varias veces al año, y no tenemos las cifras al día de esos varios millones de pérdidas y lo dejamos pasar; no somos capaces de mirar ese día como una oportunidad para que más de dos millones de chilenos y de chilenas que trabajan por sus familias y por el país cuenten con un feriado legal. ¿Por qué no somos capaces de ver las ganancias posibles en otros rubros económicos, como el turismo y la cultura, y sobre todo en la inversión que significa pagar un feriado a los trabajadores, y, por otro lado, disponer de tiempo libre, una inversión no tradicional que es muy necesaria en nuestros días, cuando vemos violencia y abandono en nuestras familias? Por eso es bueno atreverse a poner en discusión la posibilidad de que el 20 sea feriado. Así que felicito a los señores diputados autores de la moción por esta oportunidad de poner el tema en debate.
Por último, al no estar de acuerdo con los argumentos que se han planteado para votar en contra de este proyecto, y pensando en los valores de responsabilidad social, como la necesidad de atender al difícil momento económico, pero sobre todo atendiendo a una realidad que no queremos ver, el feriado, aunque ilegal, de todas maneras va, a pesar de que no le demos los votos en este hemiciclo.
No es un tema para rasgar vestiduras, pero por ser ciudadanos responsables, que seguimos produciendo y que nos preocupamos en avanzar consecuentemente, voto a favor del feriado del 20 de septiembre.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Cerrado el debate.
En votación el proyecto.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 76 votos. Hubo 2 abstenciones.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
Norambuena y Paya.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
ESTABLECIMIENTO DE ZONAS AGRÍCOLAS PROTEGIDAS O DE PRESERVACIÓN AGRÍCOLA.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
El señor Secretario va a dar lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 93, de los diputados señores Álvarez-Salamanca, Vargas, Barros, Palma, Bauer, Hidalgo, Bertolino y Bayo.
“Considerando:
Que Chile compite con países que preservan sus zonas agrícolas prioritarias destinadas al cultivo o elaboración de productos de gran calidad.
Que otros han establecido las llamadas “zonas agrícolas protegidas”, cuya preservación representa un interés general nacional, debido tanto a la alta calidad de sus productos como también a su especial ubicación geográfica.
Que, igualmente, existen países que han establecido el concepto de “distritos de preservación agrícola”, con el objeto de que los valles fértiles tengan un uso predominantemente agrícola.
Que, para el logro de tales objetivos, se excluye, mediante normas estrictas, la construcción y explotación de centrales de energía termoeléctrica u otras instalaciones de características análogas.
Que la instalación de centrales termoeléctricas tiene impacto negativo en la agricultura, por las pérdidas de productividad del sector y ambientales, asociadas a efectos de altas concentraciones de ozono y emisiones de vapor.
Que, además del daño a la imagen de los productos exportados, que arriesgan perder la alta acreditación otorgada internacionalmente por la certificación de calidad de los productos chilenos, ello provoca la pérdida de empleos en el sector agrícola y agroindustrial, como, asimismo, un daño irreparable a la actividad turística.
Que tales circunstancias se han manifestado en las localidades donde actualmente se encuentran centrales termoeléctricas, como, por ejemplo, Nahuenco, San Isidro o Charrúa e incluso podría presentarse en el megaproyecto de centrales termoeléctricas en Totihue, que se pretende ejecutar en una zona agrícola y de desarrollo turístico.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su Excelencia el Presidente de la República el envío al Congreso Nacional de un proyecto de ley que establezca, como política de Estado , “zonas agrícolas protegidas” o de “preservación agrícola”, las que serán determinantes al momento de evaluar la instalación de centrales termoeléctricas en el país, con el objeto de proteger el medio ambiente, la salud de las personas y precaver cualquier situación que perjudique al sector agrícola o agroindustrial.”
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Bauer .
El señor BAUER .-
Señora Presidenta , una vez más nos referiremos al tema del ordenamiento territorial.
Día a día vemos cómo se ve afectado el territorio agrícola por actividades productivas industriales que atentan contra él, ya sea por sus emisiones, que producen polución, o por la contaminación visual. Lo anterior resulta vital para la producción vinífera, industria en gran desarrollo en nuestra patria, que da trabajo a miles de personas y genera grandes ingresos de divisas al país.
Por otro lado, también son muy necesarias las producciones industriales para el desarrollo de Chile; pero debemos ser capaces de ordenar el territorio, de tal manera que ambas actividades puedan convivir en armonía, sin perjudicarse una con la otra.
Por lo expuesto, quiero proponer que legislemos al respecto, para no seguir viendo cómo se afectan unas con otras.
Sólo en la Sexta Región se han postulado a la Corema seis proyectos eléctricos y uno de vertedero, todos ubicados en territorios agrícolas, con gran deterioro para esta actividad.
Imitemos a los países desarrollados y legislemos al respecto.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto.
Ofrezco la palabra.
En votación.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA DE CONSULTAS PREVIO A PRONUNCIAMIENTO DEL CONGRESO NACIONAL SOBRE TRATADOS INTERNACIONALES.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
El señor Secretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo Nº 94.
El señor ÁLVAREZ ( Secretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 94, de los diputados señores Von Mühlenbrock, Hernández, Recondo, Melero, Cardemil, Longueira, Escalona, Kast, García, y de la diputada señora Sepúlveda, doña Alejandra.
“Considerando:
Que, la aprobación del trade promotion authority (TPA), antes conocido como fast track o “vía rápida” por parte del Congreso de Estados Unidos de Norteamérica abre perspectivas promisorias para la firma de un tratado de libre comercio con nuestro país, del cual cabe esperar en el futuro enormes beneficios económicos, sociales y culturales, entre otros.
Que la autorización del Congreso de Estados Unidos a su Presidente tiene el mérito de conjugar la necesaria libertad, reserva y consistencia que debe tener la negociación, que garantiza el pronunciamiento del Congreso respecto al tratado como un todo, con el establecimiento de un marco de negociación que fija los máximos y mínimos que el Ejecutivo de ese país puede conceder o aceptar en la negociación y el establecimiento de un plazo para el pronunciamiento por parte del Congreso norteamericano. Esto significa, además, una señal clara para las autoridades y para el sector privado, que puede así anticipar los escenarios futuros que se pueden presentar.
Que, en el caso chileno, nuestro ordenamiento constitucional no contiene un marco adecuado para abordar este tipo de tratados.
Que, en efecto, nuestro ordenamiento constitucional regula el procedimiento de discusión y aprobación de los tratados de una forma que parecía la apropiada cuando estos acuerdos son referidos exclusivamente a materias políticas, territoriales y diplomáticas.
Que, por ello, la Constitución Política de la República le confiere al Presidente de la República facultades amplias para negociar tratados en todas las materias y luego presentarlos para su aprobación por parte del Congreso Nacional, el que, conforme al artículo 50, N°1, de la Carta Fundamental, sólo puede aprobar o desechar la propuesta presidencial, sin introducirle modificaciones.
Que si bien parece adecuada la definición del constituyente chileno en orden a otorgar facultades al Presidente de la República para conducir las relaciones internacionales de manera coordinada y eficaz, no cabe duda de que nuestro ordenamiento requiere adecuar sus disposiciones a la naturaleza de las materias sobre las que puede versar el ejercicio de estas facultades.
Que los precedentes de numerosos tratados de libre comercio que han abordado derechos tan esenciales como el derecho de propiedad, el derecho a desarrollar una actividad económica y el derecho al trabajo, constituyen una muestra de cómo quedan encomendadas a una negociación global importantes materias vinculadas a los derechos de las personas. En definitiva, los tratados se convierten en un conjunto de regulaciones económicas, tributarias, ambientales y laborales que el Congreso debe aprobar como un todo, generándose un conflicto entre el apoyo a los tratados con la necesaria revisión que debe efectuarse de su contenido.
Que, por otro lado, es necesario agregar que el Congreso carece de la facultad de efectuar reservas con respecto de los tratados que se presenten para su ratificación, situación que muchas veces fuerza en un sentido u otro su decisión. En efecto, las facultades del Congreso se limitan exclusivamente a aprobar o desechar el proyecto de acuerdo. El Legislativo no está facultado para modificar o alterar de ningún modo el texto del tratado. Menos aun, está facultado para devolver el Ejecutivo un tratado con enmiendas u otras observaciones, pues estaría invadiendo la esfera de otro Poder Público. A lo más, podría el Congreso aconsejar al Ejecutivo la formulación de reservas o declaraciones interpretativas, pero esta proposición no es vinculante para el Jefe de Estado . Ni siquiera se encuentra obligado el Ejecutivo a informar al Congreso Nacional sobre su intención de formular reservas. Dado que la formulación de reservas puede limitar o alterar el alcance de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado chileno, las reservas y declaraciones interpretativas debieran ser sometidas a conocimiento y aprobación del Congreso.
Que por todo lo expuesto, y encontrándose aún en tramitación las reformas constitucionales que deberían perfeccionar este procedimiento, resulta indispensable que el Presidente de la República establezca un mecanismo de consultas con el Congreso Nacional, a fin de que se determinen los ámbitos en que realizará la negociación del tratado con los Estados Unidos y el marco general de nuestra posición.
Que, junto a lo anterior, se reafirma la necesidad de perfeccionar nuestro régimen constitucional, para que se establezca un sistema diferente para la tramitación de los tratados.
La Cámara de Diputados acuerda:
1° Solicitar a su Excelencia el Presidente de la República que establezca con el Congreso Nacional un sistema de consultas para determinar el marco general de temas por abordar y el marco de las pretensiones chilenas, debido a que la próxima negociación del tratado de libre comercio con los Estados Unidos de Norteamérica lo hace necesario.
2° El establecimiento del referido mecanismo de consultas es una necesidad impostergable desde un punto de vista institucional, de manera que, respetando las facultades que adecuadamente concede la Constitución Política al Presidente de la República , se cautele el apoyo transversal que una iniciativa de esta importancia requiere.
3° Las importantes consecuencias que este tratado traerá para todos los sectores de la vida nacional justifica, además, que exista un conocimiento razonable del marco de negociación.
4° Se estima indispensable que, en la reforma constitucional que se discute actualmente en el Senado, se incluya una revisión y estudio general del tema de la celebración de los tratados y otras normas internacionales, así como de las atribuciones que deben tener el Ejecutivo , el Legislativo y el Tribunal Constitucional en todo lo relativo al régimen de los tratados internacionales.”
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Gastón von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señora Presidenta , el proyecto de acuerdo tiene por finalidad que la Cámara de Diputados conozca los acuerdos internacionales que nuestro Gobierno está hoy ratificando.
El Congreso de los Estados Unidos de América otorgó la facultad al Presidente Bush para negociar, dentro de un determinado marco, un tratado de libre comercio con Chile. O sea, el mismo Congreso le exige al Presidente Bush , a través de la International Trade Comission, un informe sobre el impacto económico y financiero que el acuerdo puede generar. En caso de que implique modificaciones a las leyes de protección comercial de los Estados Unidos, le pide que en un plazo de no más de noventa días notifique, por escrito, a los comités de finanzas respectivos.
El artículo 50, número 1º, de la Constitución, que trata sobre las atribuciones exclusivas del Congreso, dispone que una de ellas es la de aprobar o desechar los tratados internacionales que presente el Presidente de la República antes de su ratificación.
Muy pronto el Congreso Nacional deberá pronunciarse sobre el tratado con la Unión Europea, que contiene cinco mil quinientas páginas, respecto sólo de su aprobación o rechazo. Las consecuencias del esquema vigente se advierten con el Mercosur.
En el proyecto de acuerdo pedimos que el Senado, en el ámbito de la reforma a la Constitución que analiza, estudie una nueva forma de enfrentar los tratados acorde con el nuevo derecho internacional, que ha evolucionado enormemente. De esa manera, previo a su aprobación, se debería saber cuáles son los impactos de la firma, tanto desde el punto de vista económico como social, en que se pueden ver envueltas determinadas regiones o comunas.
Diputados de distintas bancadas solicitamos, entonces, establecer un mecanismo de consulta para que no tengamos, en un plazo de dos o tres meses, solamente que aprobar o desechar los tratados, sin siquiera cambiarles un punto o una coma.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Para hablar a favor del proyecto, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra) .-
Señora Presidenta , con el proyecto de acuerdo queremos obtener mayores atribuciones para la Cámara de Diputados. Hoy, con ocasión de la reforma constitucional que estudia el Senado, se podría discutir una modificación que permitiera a diputados de distintos sectores y a la gran mayoría de los chilenos velar por sus intereses y por el bien común del país.
Cada diputado tiene algo que decir frente a los tratados internacionales. ¿Qué le vamos a decir al pequeño minero, al comerciante o al agricultor cuando nos exija una explicación sobre los tratados internacionales que ratifique nuestro país?
Con el proyecto de acuerdo estamos demostrando que a los diputados que representamos a los distintos distritos de la República nos interesa opinar respecto de los tratados internacionales.
Por eso, algunos diputados de nuestra bancada van a votar a favor del proyecto de acuerdo.
He dicho.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta , entiendo el sentido de la presentación, pero la considero inconducente e, incluso, puede significar una lesión a lo que se ha estado efectuando por este Congreso frente a tratados de esta naturaleza.
La Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara, que es la Comisión técnica para estos efectos, es muy activa en el intercambio de opiniones con el Ejecutivo y está permanentemente siendo informada frente a las negociaciones que se están efectuando, particularmente de tratados de libre comercio y de complementación económica.
Por otra parte, quiero señalar que cuando ha sido necesario, incluso previo al ingreso formal de un tratado, como es el caso del que se lleva a cabo con la Unión Europea, la propia Corporación ha creado una Comisión especial. Por lo tanto, de esa manera se cubren los objetivos que aparentemente pretende alcanzar el proyecto de acuerdo.
Reitero: un proyecto de acuerdo se presenta para pedir o exigir determinado tipo de comportamiento cuando se estima que no se está cumpliendo una determinada forma de actuar. Podemos demostrar, con muchos ejemplos, que este tipo de relaciones las tenemos bastante fluidas con el Ejecutivo.
Por otra parte, un proyecto de acuerdo no es el mecanismo adecuado para discutir una reforma constitucional. En este momento, el Senado trata un proyecto de reforma constitucional, en primer trámite constitucional, relacionado con las disposiciones contenidas en el Nº 1 del artículo 50 de la Constitución Política y con otras materias relativas a las relaciones exteriores de nuestro país. Todo ello, sobre la base, muy importante y significativa, de que la conducción de las relaciones exteriores del país es de responsabilidad del Presidente de la República , y mientras exista un régimen político de esta naturaleza no podemos, por la vía de parches u otros mecanismos, contradecir su esencia. Reitero: la conducción de las relaciones exteriores del país le corresponde al Presidente de la República , y en esta materia debemos poner especial atención a lo establecido taxativamente por el Nº 17º del artículo 32 de la Constitución Política, que se relaciona íntimamente con el mencionado Nº 1 del artículo 50 de la Carta Fundamental.
Por eso votaré en contra del proyecto de acuerdo.
He dicho.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
En votación.
La señora MUÑOZ, doña Adriana ( Presidenta ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Burgos,
-Se abstuvieron los diputados señores:
VII. INCIDENTES
LICITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SOLUCIONES HABITACIONALES EN LOMAS COLORADAS, COMUNA DE SAN PEDRO DE LA PAZ. Oficio.
La señora MUÑOZ , doña Adriana ( Presidenta ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde a la Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña.
El señor EGAÑA .-
Señora Presidenta , en días pasados se procedió a la apertura de los sobres con las proposiciones presentadas al llamado a licitación para concretar una vieja aspiración de los habitantes de la comuna de San Pedro de la Paz: la construcción de 286 casetas sanitarias completas y 611 soluciones intermedias para la zona de Lomas Coloradas.
Esa licitación se enmarca dentro del proyecto de mejoramiento de barrios, cuyos fondos son proporcionados por el Ministerio del Interior.
En esta oportunidad, quiero dar a conocer algunos antecedentes sobre la licitación a la que me he referido, dado que ha sido nuestra preocupación la transparencia de ese tipo de operaciones.
En esta licitación, las proposiciones de dos firmas fueron prácticamente iguales. Diferían sólo en el plazo de ejecución de las obras. La empresa que se la adjudicó proponía su realización en un período superior en medio año al que propuso la otra, que ofrecía hacerlos a menor valor.
La razón para no adjudicarle la licitación a esta última fue un error de digitación del banco encargado de la operación: uno de los certificados requeridos estaba fechado en el año 2002 y no en el 2001, como correspondía, situación que fue corregida de inmediato por la institución causante del error, hecho que no fue considerado a la hora de decidir la licitación.
Junto con los diputados señores Ulloa y Norambuena hemos estado al tanto de las situaciones ocurridas en esas licitaciones. Estamos conscientes de que en nuestra región se han invertido muchos recursos en la construcción de viviendas, pero también estamos conscientes de que se ha tenido que invertir mucho dinero en reparaciones.
Lo más lamentable es que si hacemos un catastro, de acuerdo con las últimas informaciones que nos entregó la Contraloría Regional, nos daremos cuenta de que un gran porcentaje de las empresas que han hecho los trabajos en los últimos cinco o seis años ha quebrado.
En esas circunstancias, no se sabe sobre quién recae la responsabilidad de las reparaciones por deficiencias de construcción en las viviendas.
Por ello, solicito que se oficie al ministro del Interior -dado que el proyecto de mejoramiento de barrios corresponde a esa cartera- para que nos informe si aprobó y dio el visto bueno a la licitación y a la adjudicación para la construcción de 286 casetas sanitarias y 611 soluciones intermedias en Lomas Coloradas.
Si bien los montos presentados por las empresas postulantes a la licitación son parecidos, la diferencia de medio año en el tiempo de ejecución de las obras es muy significativa, sobre todo porque deben hacerse en los mismos terrenos en los que están viviendo los pobladores, y es evidente que medio año sin maestros ni los trastornos que ello acarrea, es un tiempo muy importante.
No es posible que por una tinterillada, por una equivocación de fecha en un documento -cosa que a todas luces no tiene ninguna trascendencia- se haya tomado una decisión contraria a los intereses de la gente.
En este caso no se trata de montos menores, sino de tres mil trescientos millones de pesos.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
IRREGULARIDADES EN EMPRESA CMS, DE CALAMA. Oficios.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Escobar.
El señor ESCOBAR.-
Señor Presidente, la empresa CMS fue creada con el amparo del Gobierno y de Codelco, y reemplaza a los talleres que había en El Teniente.
De acuerdo con versiones entregadas en la Comisión de Minería por el presidente ejecutivo de Codelco , señor Juan Villarzú , se llamó a licitación para adjudicar esa obra, proceso que fue declarado desierto, pero se entiende que es una empresa asumida por Codelco para que sea licitada porque no sería producto de su propio negocio.
Cuando se informó de esto a la opinión pública de Calama hubo una fuerte reacción de los trabajadores, porque la situación por la que atraviesa CMS es realmente grave. Por diferentes razones, entre 350 y 400 trabajadores han dejado de prestar servicios en ella, pero lo más serio son las irregularidades en que han incurrido los ejecutivos de CMS en Calama:
Hay dobles contratos, con diferentes fechas de caducidad. Otros se han pactado para una sola faena; sin embargo, los trabajadores deben desempeñarse en varias. Hay turnos excesivamente largos; a los trabajadores se les descuentan préstamos de las cajas cuando se les caduca el contrato, y al no estar pagados por la empresa los aportes correspondientes, no pueden acceder a los beneficios. Se presiona a los trabajadores para ocultar accidentes laborales y, lo que es peor, se les ofrece dinero para que se atiendan en forma privada y luego no se les entrega nada.
Para despedirlos se invoca la causal de término de faena, establecida en el artículo 159 del Código del Trabajo, en circunstancias de que la faena continúa; también se aplica la causal de necesidades de la empresa, contemplada en el artículo 161 del mismo cuerpo legal, aduciendo que el mandante caducó el contrato, pero el mandante es Codelco.
Esta serie de irregularidades han incidido en que el propio sindicato quede desarmado. Las prácticas antisindicales y antilaborales se contradicen con la política de Gobierno, que precisamente debe tratar de favorecer, no sólo a los trabajadores en general, sino con mayor razón a los públicos. Esta empresa aún es del Estado. Por lo tanto, obviamente requiere de los impuestos de todos los chilenos; sin embargo, comienza a ocurrir este tipo de situaciones altamente irregulares.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Minería y al presidente ejecutivo de Codelco , con copia de mi intervención, con el fin de que informen cuál es el plan concreto relacionado con esa empresa, y si acaso están al tanto de las irregularidades cometidas.
También solicito que se envíe oficio al ministro del Trabajo para que informe si de la Inspección del Trabajo respectiva ha efectuado la necesaria fiscalización.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
DESTINO DE MEDIAGUAS ENTREGADAS EN LAS PROVINCIAS DE LOS ANDES Y DE SAN FELIPE. Oficios.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Forni.
El señor FORNI.-
Señor Presidente , a raíz de una denuncia formulada por particulares, la mañana del 28 de agosto pasado el consejero regional de la Quinta Región , Guillermo Hurtado, concurrió a la gobernación de Los Andes para verificar si era o no efectivo que en los terrenos que ocupa el Servicio Agrícola y Ganadero en esa provincia, se había levantado una mediagua que originalmente estaba destinada a atender las necesidades de techo de personas afectadas por los temporales que han azotado durante el presente año a la zona.
Ante la ausencia del gobernador, quien había asistido a una reunión en San Felipe, el consejero regional hizo las consultas pertinentes, y funcionarios de la gobernación le confirmaron que efectivamente había una mediagua levantada en el SAG para uso del personal de ese servicio. Por ello, el citado consejero regional se dirigió a las oficinas del SAG, donde constató que esas mediaguas, destinadas a personas de escasos recursos, eran ocupadas para dar mayor comodidad a sus funcionarios.
El consejero regional decidió hacer pública esta denuncia. El señor gobernador le respondió que efectivamente se habían levantado dichas mediaguas, pero que cuando alguien las necesitara, serían desarmadas y entregadas.
Nos parece bastante extraño que sobren las mediaguas destinadas a las familias que quedaron sin techo a raíz de los temporales. Ello no sucede en ninguna comuna. Entonces, nos preguntamos: ¿Qué pasará con las frazadas y con los alimentos perecibles? ¿También serán ocupados y después devueltos por los funcionarios?
Por esa razón, consideramos fundamental que se aclare cuál fue el verdadero uso que se les dio a las mediaguas.
Pido que se oficie al director de la Oficina Regional de Emergencia , señor Guillermo de la Maza ; al intendente de la Quinta Región , al director regional del SAG y al contralor general de la República , a fin de que nos informen cuántas mediaguas se entregaron en las provincias de Los Andes y de San Felipe, a quiénes, cómo fueron repartidas y si es efectivo que actualmente están siendo utilizadas por algunos organismos públicos de la zona para mejorar las comodidades de sus funcionarios y no han sido entregadas a la gente que efectivamente las necesita.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
CRITERIOS DEL GOBIERNO FRENTE A CONCESIONES EN LA SEGUNDA REGIÓN. Oficios.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente , primero, quiero manifestar mi alegría por el anuncio que hiciera el Gobierno, por intermedio del Ministerio de Hacienda, en el sentido de que no se van a privatizar las empresas del Estado y no está en estudio el tema. Soy un convencido de que las empresas del Estado pueden rendir tanto o más que las privadas.
En ese sentido, quiero compartir la preocupación que existe en la comunidad antofagastina por el anuncio de concesionar la Empresa de Servicios Sanitarios de Antofagasta, Essan , que tiene un carácter netamente estatal y que ha sido capaz, en diez años de administración por el régimen de gobiernos democráticos, de llegar a ser altamente rentable, de cumplir con la normativa sanitaria y financiera para entregar una atención de calidad a los usuarios y generar importantes ingresos al fisco.
Prueba de ello es que en los últimos cinco años ha logrado duplicar su nivel de ganancia y ha conseguido utilidades líquidas para el fisco del orden de los diez mil millones de pesos.
Asimismo, el año pasado realizó importantes inversiones en obras, que duplicarán su valor en los próximos dos a tres años. Por ejemplo, aproximadamente 50 millones de dólares se destinaron a la construcción de una planta desaladora que permitirá abastecer de agua a la Segunda Región y surtir a la empresa minera, que hoy tiene algunos proyectos parados por el bajo precio del cobre.
Hay que agregar que ha causado mucha preocupación -lo que se planteó en una reunión sostenida con los sindicatos de la empresa en días pasados- que alrededor del 30 por ciento de los trabajadores de la empresa quedarán cesantes como consecuencia del alto grado de especialización que han adquirido en sus funciones y por el hecho de que no existe otra empresa donde desempeñar las labores que realizan día a día.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Hacienda , así como al gerente del SEP, Sistema de Empresas Públicas , para que informen, por un lado, cuál es el alcance de la decisión del Gobierno de no privatizar las empresas. ¿Se refiere, también, a concesiones? En caso de que se haya optado por concesionar empresas públicas, como el caso de la sanitaria de la Segunda Región, ¿cuál va a ser el criterio por utilizar y el plazo que se pactará?
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de las diputadas señoras María Eugenia Mella y Eliana Caraball , y de los diputados señores Luksic , Jaramillo y Salas.
PRECISIONES SOBRE ÍNDICES DE DESOCUPACIÓN DADOS A CONOCER POR PARLAMENTARIOS DE LA UNIÓN DEMÓCRATA INDEPENDIENTE. Oficio.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , en “La Segunda” del 30 de agosto de 2002, aparece una información pequeña, pero grave. Dice: “UDI: Desempleo real llega al 17 por ciento”.
Obviamente, ésta es una manera de dañar al país. Sin duda, señalarle al mundo, a través de los medios de comunicación, que el desempleo llega al 17 por ciento, afecta nuestra economía, sobre todo cuando la forma en que se hace es poco rigurosa.
El senador Novoa y el diputado Dittborn acusan al Instituto Nacional de Estadísticas de maquillar las cifras de desempleo. Señalan: “Si toda la gente que teniendo edad de trabajar hoy día saliera a buscar trabajo, la cesantía en el país sería del 17 por ciento”.
En realidad, el maquillaje lo hacen nuestros amigos de la UDI y no el INE. Argumentan que si todos quienes están en edad de trabajar fueran considerados como buscando trabajo, el número de desempleados aumentaría en 191 mil personas, entre mayo y julio de 2002, y la desocupación sería, en consecuencia, de un 17 y no de un 9,4 por ciento, como anunció hace pocos días el INE.
En realidad, el juego de cifras es burdo e inaplicable conceptualmente, porque supone que todos los que están en edad de trabajar son activos. Eso es categóricamente falso.
En Chile, aun en años de gran auge económico -como hasta 1998-, sólo alrededor del 54 por ciento de los que estaban en edad de trabajar buscaban empleo. Es cierto que en el último trimestre dicho porcentaje fue de 52 por ciento -dos puntos menos-, menor que en los años anteriores. Si se acepta esta corrección, habría que considerar no el aumento total, sino la diferencia entre el 52 y el 52,65 por ciento vigente hace doce meses atrás, esto es, apenas un 0,65 por ciento adicional para agregar, tanto a la fuerza de trabajo como al desempleo.
También se denuncia que durante la gestión del actual Gobierno se han perdido 230 mil puestos de trabajo. Se llega a esa cantidad sumando los desocupados que se registran en la actualidad, los 160 mil empleos de emergencia, menos los desempleados existentes en marzo de 2000.
Los diputados y senadores de la UDI parecen desconocer la estacionalidad del tema empleo. Toman un mes de alta y un mes de baja. ¡Grave error de falta de rigor!
La comparación debe hacerse entre marzo de 2002 y marzo de 2000, o bien entre julio de 2002 y julio de 2000. En el primer caso, los desempleados aumentaron en cuarenta mil; en el segundo, disminuyeron en cuarenta mil.
También caen en graves conclusiones respecto de los empleos de emergencia.
El problema del desempleo es suficientemente serio y debe ser tratado en forma adecuada, no como lo hicieron los diputados y senadores de la UDI que nombré, quienes ignoraron cifras y conceptos y, de paso, trataron de socavar con argumentos faltos de rigor, el prestigio internacional reconocido a nuestro Instituto Nacional de Estadísticas.
En Chile, los desocupados ascienden a un 9,4 por ciento. Por cierto, esa cifra no satisface a nadie y tendremos que hacer lo posible para que sea menor. Sabemos que hay trabajadoras y trabajadores desalentados, que en el futuro reingresarán al mercado del trabajo, y habrá que utilizar los recursos fiscales para incentivar a las empresas para que los contraten en esta coyuntura internacional poco favorable.
El alarmismo infundado del senador Novoa y del diputado Dittborn no contribuye a nada; por el contrario, confunde y causa grave daño a nuestra economía.
En consecuencia, solicito oficiar al director del Instituto Nacional de Estadísticas , a fin de que dicha entidad, públicamente -en la misma forma usada para el manejo mañoso de las cifras-, haga un comunicado claro y preciso de cómo, sin rigor, se trata un tema tan grave.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
HECHO DELICTUAL EN COMUNA DE EL BOSQUE. MAYOR PRESENCIA POLICIAL Y AGILIZACIÓN DE PROCESOS. Oficio.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Eliana Caraball.
La señora CARABALL (doña Eliana).-
Señor Presidente , el sábado recién pasado realizamos un operativo social en la sede de la unidad vecinal 9 A de la comuna de El Bosque.
Cerca de las 10.00 horas, en el local de la junta de vecinos se recibió a un numeroso grupo de pobladores que acudió a ese lugar para ser atendido por diversos profesionales. De pronto, irrumpió un sujeto, quien, luego de apoderarse del aparato telefónico, agredió a la presidenta de la junta de vecinos, señora Zoila Valdés . Al no poder pegarle, ya que todos los vecinos salieron en su defensa, estrelló el teléfono contra la muralla, destrozándolo.
No contento con eso, y sabiendo donde vive la presidenta de la junta de vecinos, se dirigió a su casa provisto de un palo, y le rompió la cabeza al marido. En la posta, los médicos que lo atendieron certificaron el daño físico que le provocó dicho sujeto, quien, en reiteradas ocasiones ha actuado en contra de la comunidad. Incluso, hace poco más de dos meses incendió la casa de una vecina de la señora Zoila Valdés con una bomba molotov.
El hombre está sometido a proceso en un juzgado del crimen de San Miguel. Sin embargo, se encuentra en libertad, lo que le permite causar todos los perjuicios que he detallado. Es un conocido traficante y consumidor de drogas del barrio, y no sé cómo logra su libertad; quizás, argumentando algún daño mental, como esquizofrenia, ya que no se trata de un sujeto normal, dada la violencia con que procede.
Inmediatamente de ocurridos los hechos, informé al subsecretario del Interior, don Jorge Correa , quien, a las pocas horas, me contestó a través de un email. Me señaló que se hizo cargo del tema e instruyó al general de Carabineros encargado del orden y seguridad de la Región Metropolitana, a fin de que se constituyera o pidiera la información a la subcomisaría Lo Lillo. Además, me expresó que le iban a dar apoyo y seguridad a dichos vecinos.
Por tanto, solicito oficiar al subsecretario del Interior , a fin de agradecer su excelente disposición y rapidez para contestar y actuar, puesto que el hecho ocurrió un día sábado, cuando estaba en terreno atendiendo otras situaciones bastante complejas. Insisto en que no se trata de un hecho aislado de la comuna de El Bosque, ya que, desgraciadamente, dicha situación se da muy seguido, lo cual provoca una gran inquietud en los vecinos, porque se sienten indefensos frente a este tipo de sujetos, a los que pareciera que no hay fuerza ni orden suficientes para ponerlos en su lugar; sobre todo cuando las víctimas son personas inocentes que tratan de hacer una labor social.
Por tanto, junto con agradecer la buena disposición del señor Correa, reitero la necesidad de una mayor presencia policial y de la agilización de los procesos relacionados con dichos sujetos, a fin de que se resuelva si constituyen o no un peligro para la sociedad y, en definitiva, se les envíe a la cárcel o a algún lugar de rehabilitación para que no sigan causando daño a la comunidad.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de la diputada señora María Eugenia Mella y de los diputados señores Pedro Araya , Zarko Luksic , Sergio Ojeda , Enrique Jaramillo , Felipe Letelier , Sergio Aguiló , Maximiano Errázuriz , Jaime Quintana , Jorge Burgos y Edmundo Salas .
INTERROGANTES RELACIONADAS CON SUMARIO EN HOSPITAL SAN JOSÉ. Oficios.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra, por seis minutos, el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , solicito oficiar al ministro y al subsecretario de Salud , al director de Salud del área norte de Santiago , al ministro secretario general de la Presidencia y al contralor general de la República para que respondan algunas preguntas relacionadas con el fin del sumario seguido por el escándalo de la cama ocho, falla paradigmática dentro de los errores que se pueden cometer en las construcciones hospitalarias.
Me alegro de que las autoridades me hayan dado la razón. Estoy contento de que, finalmente, se haya confirmado la veracidad de mis denuncias, a pesar de los esfuerzos de distintas personas para impedir que se dieran a conocer los antecedentes. Incluso, hice uso del artículo 34 del Reglamento para referirme a la petición formulada por el diputado señor Cornejo a través de la prensa -quien posteriormente se disculpó-, en orden a que se debía impedir que el diputado señor Hales hiciera tales denuncias. Además, espero que los diputados de la Comisión de Salud presenten una iniciativa con el objeto de investigar en profundidad preguntas pendientes.
Frente a los hechos y puesto que el sumario aún no ha dado a conocer si existe respuesta, sobre todo cuando el comunicado público fue demasiado escueto y reservado, desproporcionado en relación con el escándalo público producido en los últimos meses, solicito que me contesten las siguientes preguntas:
1. ¿Por qué nunca llamó la unidad de operaciones o alguna autoridad a la empresa constructora Huarte San José , ex Huarte Andina, para exigir la reparación de las fallas en la instalación de la red de oxígeno. Con mis propios ojos vi la falla y su posterior reparación.
2. ¿Por qué la unidad hospitalaria hizo las reparaciones por su cuenta? Cualquier ciudadano sabe que si alguien realiza una mala construcción o se equivoca, lo cual es posible, porque todos nos podemos equivocar -me he equivocado muchas veces en mi vida-, lo llaman para que responda. ¿Por qué no llamaron a la empresa para que respondiera? En este caso, el cliente, el Estado chileno, que había pagado 35 millones de dólares, hizo la reparación por su cuenta.
3. ¿Por qué no llamaron a la empresa Indura, encargada de la instalación de la red de oxígeno, para que hiciera las reparaciones con las órdenes de la unidad de operaciones? En cambio, las efectuaron ellos directamente. ¿Por qué lo hicieron en la sombra?
4. ¿Por qué no se ha informado si se le cobró a la empresa constructora por la reparación de los daños? Si se trata de una reparación de emergencia, entiendo que se lleve a cabo, pero después se cobra. Me reuní con el presidente de la empresa constructora y sus abogados, aquí, en el Congreso, quienes trajeron una carta en la cual solicitaban entrar al hospital, pero nunca fueron autorizados para ello.
5. ¿Quiénes son los responsables?
6. ¿Cuáles son las sanciones? ¿Por qué el país no conoce esto? ¿Por qué está tapado? ¿Por qué no se informa a la ciudadanía? ¿Por qué no se transparenta para tranquilizar a la población sobre el sistema hospitalario, que tanto queremos y cuidamos?
7. ¿En qué estado se encuentra el proceso que inició el Ministerio de Salud el 11 de abril en el juzgado del crimen? No era una querella, sino una investigación.
¿Por qué el subsecretario del ramo, señor Navarrete , dice en la prensa que no tiene idea respecto del proceso en los tribunales? ¿Cómo no va a tener idea si él mismo lo presentó y firmó, y declaró ante la prensa la necesidad de hacer una investigación judicial? ¿Por qué no tiene interés en el caso?
8. ¿Cuál es el nuevo modelo de fiscalización de construcción de obras hospitalarias que existirá ahora para prevenir estos casos?
9. ¿Por qué se despidió al director del hospital, quien solicitó la instrucción del sumario? Él no tenía nada que ver con la construcción del hospital, pues asumió sus funciones dos años después. No tenía relación alguna con la falla. Una vez que entró al servicio, en el mismo mes de febrero, a cuatro o cinco días de conocerse la denuncia, solicitó al área norte efectuar un sumario. ¿Por qué es expulsado el director del hospital antes de que termine el sumario? No lo entiendo. ¿Por qué no se espera a terminar el sumario y ahí decir si está entre los sancionados? Queda la sensación de que esto intimida a los directores de Servicios para denunciar fallas en las construcciones hospitalarias. Muchos de ellos deben sentir que el director del hospital San José , señor José Luis Contreras , se metió en las patas de los caballos al presentar la denuncia, y le fue mal.
10. Por último, ¿por qué no se realizó un peritaje externo para saber qué sucedió?
El cariño que tenemos por el sistema hospitalario amerita que esto se aclare. El país puede tener la certeza de que después de esta denuncia y de su investigación serena, acuciosa, profesional, el sistema hospitalario estará más alerta. Creo que eso es bueno, porque están comprometidas platas de los chilenos, de la banca extranjera, a través de convenios, y la credibilidad del sistema hospitalario en cuanto a la seriedad de sus construcciones.
Que vaya la población a sus centros hospitalarios; que esté tranquila. Pero su tranquilidad aumentará con el esclarecimiento pleno de estos hechos, no sobre la base de comunicados de prensa escuetos que dicen que se terminó el sumario y que hay sancionados. Ésa no es la transparencia que queremos. Todas las áreas del Estado necesitan transparencia, en especial la de la salud.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Sergio Aguiló , Felipe Letelier , Carlos Kuschel y Maximiano Errázuriz .
ESTABLECIMIENTO DE ZONAS AGRÍCOLAS PROTEGIDAS. Oficio.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe) .-
Señor Presidente , hoy aprobamos un proyecto de acuerdo muy importante, en el cual se solicita a su Excelencia el Presidente de la República que, como política de Estado, establezca zonas agrícolas protegidas o de preservación agrícola. El proyecto es relevante, porque un informe de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, señala que cada día quedan menos suelos agrícolas en el mundo. En África, en Asia y en Europa hay un agotamiento de esos suelos. En Chile aún no hemos tomado conciencia de este problema, y los pocos terrenos o suelos eminentemente agrícolas los estamos avasallando por distintas vías. Por ejemplo, por la construcción horizontal, porque no existe una política de construcción vertical, cuestión que, al parecer, tiene que ver con nuestra idiosincrasia.
Por otra parte, las empresas forestales han invadido en forma violenta los suelos eminentemente agrícolas con plantaciones de coníferas, pinos y eucaliptos. Además, de repente aparecen proyectos, como el de la celulosa en el Itata, en medio de un hermoso valle de nuestra región, uno de cuyos distritos también representa el señor Presidente , o el de una planta termoeléctrica en la Sexta Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
Como el proyecto que aprobamos es muy importante, solicito que se oficie a su Excelencia el Presidente de la República a fin de que tenga a bien considerar esos argumentos y fundamentos para establecer una política de Estado sobre el particular. Necesitamos una política de ordenamiento territorial; pero si no tenemos la capacidad de ordenar el territorio y de decir dónde construir, sembrar, plantar o poner la basura, por lo menos que se establezca una política para proteger y preservar el suelo agrícola.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Aguiló y de quien preside.
FALTA DE ÉTICA PROFESIONAL A RAÍZ DE COMPRA DE PARCELA COLINDANTE CON MINA DISPUTADA DE LAS CONDES. Oficios.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Maximiano Errázuriz.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , en primer lugar quiero agradecer a los colegas parlamentarios y a quienes se preocuparon por mi estado de salud, a raíz de una operación de hernia cervical que me tuvo durante un mes alejado de esta Corporación.
Agradezco especialmente al señor Julio Mundaca , de “Las Últimas Noticias”; al señor Constantino Muñoz , del diario “La Cuarta”, y, en general, a todas las personas que se preocuparon por mi estado de salud.
Señor Presidente , quiero denunciar la maniobra de un asiático, coludido con un abogado chileno, quien pretendió quedarse con la mina Disputada de Las Condes en 53 millones de pesos, en circunstancias de que tiene un valor de 1.300 millones de dólares.
Los hechos que denuncio comenzaron a producirse el año 2001. Doña María Antoinette Font , cónyuge de un asiático de apellido Takamiya, dueño del restorán Azul Profundo, ubicado en el barrio Bellavista de Santiago, compró en 53 millones de pesos la parcela ocho, de la parcelación que se encuentra en Lo Barnechea, junto a la mina de propiedad de la Disputada de Las Condes.
El contrato se celebró en la notaría de don Raúl Undurraga Laso . Por un error, se inscribió en el conservador de bienes raíces de Santiago la totalidad de la mina a nombre del señor Takamiya. En otras palabras, Takamiya aparecía comprando en 53 millones de pesos, a través de su cónyuge -es ella quien figura en el contrato-, una mina que vale más de 1.300 millones de dólares.
Cuando el Banco Santander llamó al comprador para que concurriera a firmar una escritura rectificatoria, la semana antepasada, el asiático respondió que consultaría con su abogado. Fue así como apareció en escena el abogado don Víctor Opazo González , quien señaló al banco que no tenía problema en hacer la rectificación siempre que le dieran a su cliente 200 millones de dólares. ¡Doscientos millones de dólares!
Afortunadamente, el banco utilizó el mandato que le otorgan todos quienes celebran contratos por su intermedio. En uso de ese mandato, el pasado jueves 29 de agosto se hizo la escritura rectificatoria sin necesidad de que concurriera el comprador.
Al día siguiente, viernes 30 de agosto, el conservador de bienes raíces inscribió correctamente sólo la parcela ocho a nombre del comprador. Hoy, martes 3 de septiembre, a esta hora -dos y cuarto de la tarde-, el asiático aún no sabe que ya no es dueño de la mina Disputada de Las Condes, sino sólo de la parcela que compró, la número ocho.
Señor Presidente , denuncio al comprador que quiso aprovecharse de un error para obtener lucro, pretendiendo estafar a la Disputada de las Condes. Pero denuncio en especial al abogado señor Víctor Opazo González , quien, a sabiendas del error cometido, quiso obtener 200 millones de dólares, los que, sin duda, compartiría con su cliente. Yo me pregunto en qué universidad estudió Derecho este señor; quién fue su profesor de ética profesional, si cursó ese ramo. Con razón el presidente de la Corte Suprema , al inaugurar, en marzo, el año judicial, denunció la falta de moral de muchos abogados. El señor Víctor Opazo González es una muestra: inescrupuloso, sinvergüenza y estafador, afortunadamente frustrado. Si quiso estafar a una gran empresa como la Disputada de Las Condes, ¿cuántas personas de escasos recursos y sin mayor preparación habrán sufrido las exacciones del señor Víctor Opazo González ? Este señor denigra la profesión de abogado.
Presentaré un proyecto -ojalá me acompañen parlamentarios de todas las bancadas- para que los egresados de derecho, además de rendir su examen de grado en la universidad en la que estudiaron, antes de jurar, den un examen ante la Corte Suprema.
Si el señor Víctor Opazo González alega que no hubo mala fe en su acción -lo que resulta muy discutible, pues no puede ignorar que la mina Disputada de Las Condes vale más de 53 millones de pesos, y pedía 200 millones de dólares para rectificar-, significaría un grado tal de ignorancia que no merece ejercer la profesión de abogado.
Solicito que se oficie al jefe del departamento de Extranjería del Ministerio del Interior , a fin de que informe en qué calidad se encuentra en nuestro país el señor Takamiya.
Asimismo, pido que se envíe copia de mi intervención al presidente del Colegio de Abogados de Santiago , asociación gremial, señor Sergio Urrejola Monckeberg , a fin de que se sancione a don Víctor Opazo González e informe a la Cámara de Diputados sobre la medida adoptada.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
ACLARACIÓN DE GASTO EFECTUADO POR LA CORPORACIÓN.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente , por último quiero denunciar que se nos hizo llegar una fotografía enmarcada en la que aparecen los miembros de la Mesa de la Cámara, trabajo que, según entiendo, tuvo un costo de alrededor de dos millones de pesos. Este año, la Mesa cambiará en cuatro oportunidades, de modo que recibiremos igual cantidad de cuadros.
A pesar del aprecio que tengo a algunos miembros de la Mesa, como ocurre con su Señoría, prefiero colocar en mi oficina el retrato de mi mujer.
La Comisión de Régimen Interno debería averiguar quién autorizó ese gasto.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Su Señoría tiene toda la razón. Ignoro qué ocurrió, pero se corregirá la situación, porque no corresponde.
INFORMACIÓN SOBRE OBRAS PÚBLICAS Y MATERIAS RELACIONADAS CON SALUD Y EDUCACIÓN EN LA DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Kuschel.
El señor KUSCHEL.-
Señor Presidente, solicito que se envíen los siguientes oficios:
A la secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de Energía y al ministro de Economía y Energía , a fin de que informen sobre el avance de las gestiones públicas y privadas para llegar con el gas de cañería a Puerto Montt.
A la ministra de Educación y a los cuarenta y dos alcaldes de la Décima Región, con el objeto de que informen sobre el financiamiento de los compromisos del Estatuto Docente y su eventual adecuación, dado que su aplicación significa un desembolso creciente para los municipios, pues, al no llegar recursos, se acumulan las deudas.
A la ministra de Educación , al alcalde de Puerto Montt y al intendente de la Décima Región, para que informen sobre el estado de avance del proyecto de reposición de la escuela N° 4, Bellavista, que acaba de cumplir ochenta años.
Al ministro de Salud , con el objeto de que informe sobre el avance del saneamiento de la deuda hospitalaria, la cual, como se nos dijo aquí hace un año y medio, se resolvería eliminando el dos por ciento de subsidio a las isapres. Sin embargo, nos hemos enterado de que la deuda hospitalaria no sólo no se eliminó, sino que se triplicó. Además, no sabemos cómo se ha aplicado el fondo de dos por ciento que se restó a las isapres.
Al ministro de Salud, para que informe sobre las listas de espera para distintas atenciones en el hospital de Puerto Montt y en los 14 hospitales de Llanchipal. Tengo información de que, lamentablemente, de nuevo se están empezando a producir listas de espera.
Al ministro de Obras Públicas , para que informe del avance en la reparación del camino de Angelmó a Chinquihue, que se encuentra en muy mal estado, y la proyección de pavimentación desde Chinquihue a Huito, Putenío y Calbuco , cuya ejecución se había anunciado hace cuatro años y todavía no se concreta.
También solicito que se informe sobre el avance del proyecto de pavimentación del camino Las Quemas al cruce del camino de Maullín, que se anunció para 1994 y se encuentra atrasado en ocho años. Tengo en mi poder los oficios con las respuestas sobre el tema.
Al ministro de Obras Públicas , al alcalde de Puerto Montt y al intendente de la Décima Región, para que informen sobre la reposición del sistema de agua potable rural en las localidades de Lenca y Chaica, que afecta a 172 familias, porque la crecida del río se llevó todo el sistema de agua potable de esas localidades, que cuentan con escuelas, postas, etcétera. El subsecretario de Obras Públicas visitó la zona y anunció que el problema se resolvería rápidamente. Sin embargo, ha transcurrido casi un mes y la gente sigue sin agua potable.
Al ministro de Vivienda y Urbanismo y al alcalde de Puerto Montt , a fin de que informen sobre el estado de avance del proceso de saneamiento de títulos de la calle Eugenio Schmidt . Se trata de propiedades municipales cuyos títulos fueron saneados hace casi diez años. Sin embargo, hay gente que reclama porque ese proceso no se ha concretado; se habría hipotecado la propiedad entera, incluidas las de quienes poseen títulos saneados.
Finalmente, a la ministra de Mideplan, a fin de que informe sobre el avance del proceso de readecuación del sistema de ficha CAS II y su aplicación. Hemos reclamado en reiteradas oportunidades porque esta ficha deja en desventaja, respecto de la gente de la zona central, a quienes viven en el sur y requieren beneficios sociales, debido al tipo de construcción de la zona sur.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
CENTÉSIMO ANIVERSARIO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE CALBUCO. Oficio.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
En el turno del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor Eduardo Lagos.
El señor LAGOS .-
Señor Presidente , el sábado 31 de agosto último se celebró el centésimo aniversario del Cuerpo de Bomberos de Calbuco, conmemoración que se traduce en una rica experiencia histórica y con muchos desafíos para enfrentar el siglo XXI.
La génesis de esta centuria se remonta al año 1902, cuando la ciudad de las aguas azules era una isla en cierne, y sus vecinos comenzaron a exigir la presencia de un cuerpo de bomberos, ya que el más cercano se hallaba en el sector de Punta Blanca: se trataba de un grupo de socorro de incendios, de escalas y baldes, formado por el vecino Francisco Villarroel.
En la noche del 28 de agosto de 1902 se produjo un incendio de magnitud, que amenazó con expandirse a varias viviendas e, incluso, a un establecimiento educacional. Gracias a la valentía de los calbucanos, el siniestro no pasó a mayores. Sin embargo, esa misma noche quedó impregnado en el colectivo de la gente la necesidad de contar con un cuerpo de bomberos que acudiera a socorrer a las indefensas personas al momento de ocurrir un siniestro.
El 9 de noviembre de 1902 se crearon tres compañías: dos de bombas -la primera, con 35, y la segunda, con 28 voluntarios- y la tercera, de hachas y escalas.
A medida que transcurrieron los años se formó el Cuerpo de Bomberos de Calbuco, y en 1980, la Quinta Compañía de Bomberos en el sector de Pargua, límite del continente con la isla Grande de Chiloé. De esa manera, el Cuerpo de Bomberos de Calbuco está muy arraigado en la tradición, cultura y desarrollo de la comuna, transformándose ésta en una ciudad con enorme potencial turístico y en una de las zonas más pujantes del sur de Chile.
Los cuerpos de bomberos se organizan de acuerdo con criterios que, a mi juicio, son fundamentales, como la democracia. Todos los cargos directivos tienen su origen en votaciones de los voluntarios. Hay jerarquías para cumplir con las duras exigencias del servicio de emergencia, y debe existir una sólida disciplina y total respeto hacia las autoridades. Una larga experiencia demuestra la eficiencia de esta organización, tan diferente a la de cualquier otra institución.
Por las razones expuestas, desde este hemiciclo quiero enviar un saludo a todos los voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Calbuco, quienes recientemente cumplieron cien años de vida, llenos de sacrificios, esfuerzo personal y familiar, lo cual es reconocido por la comunidad toda y por sus autoridades.
La sociedad tiene, desde siempre, una deuda pendiente con los cuerpos de bomberos de todo el país, y los voluntarios calbucanos no están exentos de ello. Sin embargo, suplen todas las carencias existentes con mucho tesón y amor propio, convencidos de que la ayuda desinteresada que brindan a la comunidad, aun a costa de sus propias vidas, es el camino por el que juraron transitar un día cuando quisieron formar parte de esta extensa legión de caballeros del fuego, cuyo norte es hacer el bien sin importar a quien.
Por eso, el sábado 31 de agosto fue un día de jolgorio en Calbuco. La comunidad rindió tributo a estas personas que día a día se esmeran por ayudar al prójimo con un espíritu de servicio y solidaridad a toda prueba.
Solicito que esta intervención sea remitida al Cuerpo de Bomberos de Calbuco, como una forma de hacer público el gran aprecio que tenemos por esta institución que tanto servicio presta a la sociedad, sin importar condición social, cultural, política, de raza o de credo.
Además, solicito que en la comunicación se haga sentir el aprecio por el señor Alberto Vásquez Gómez , superintendente del Cuerpo de Bomberos de Calbuco, quien ha tenido una notable participación y activa conducta de líder para organizar todos los actos de conmemoración, así como el destino del Cuerpo de Bomberos de Calbuco.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se procederá en la forma solicitada por su Señoría.
FISCALIZACIÓN DE DERECHOS LABORALES DE JUGADORES PROFESIONALES DE FÚTBOL. Oficio.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Sergio Aguiló .
El señor AGUILÓ .-
Señor Presidente , la prensa de ayer y de hoy informa que, a raíz del conflicto suscitado en el fútbol profesional, el club deportivo Rangers tomó la decisión de despedir a todo el plantel profesional, con excepción de dos jugadores, y al cuerpo técnico, vulnerando de esta manera los derechos laborales de los trabajadores y del personal técnico que labora en dicho club.
Sin perjuicio de reconocer que detrás de este conflicto existe una grave crisis del fútbol profesional, y que, además, hay temas que, por fortuna, el Instituto Nacional del Deporte y el propio Gobierno están interesados en resolver a través de iniciativas legales, lo cierto es que los jugadores, trabajadores del fútbol, tienen derecho a que se les respeten, al igual que al resto de los trabajadores, las conquistas laborales consagradas en la Constitución y en la ley.
Por esta razón, pido que se oficie a la directora nacional del Trabajo, a fin de que informe a esta Cámara de qué forma está fiscalizando el cumplimiento de las leyes laborales en el caso de los jugadores de fútbol de los distintos clubes, quienes, pese a tener contratos vigentes, están siendo despedidos sin que se respeten sus derechos. En particular, me interesa el caso del club deportivo Rangers, donde fueron despedidos todos los jugadores y el cuerpo técnico, justo, además -por desgracia-, en este año en que cumple cien años de vida, ya que es el cuarto club más antiguo del fútbol profesional chileno.
He dicho.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Mario Escobar y de quien preside.
Por haber cumplido con su objetivo, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.26 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Informe de la Comisión especial investigadora encargada de analizar las posibles irregularidades en el proceso de licitación de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A. (Emos).
“Honorable Cámara:
La Comisión investigadora encargada de analizar las posibles irregularidades en el proceso de licitación de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A. Emos, pasa a informar a la honorable Cámara de Diputados acerca del cometido que ella tuvo a bien encomendarle.
I. INTRODUCCIÓN.
1. Origen de la Comisión.
En la sesión 1ª de la Legislatura Ordinaria de Sesiones, celebrada el día 6 de junio de 2000, la honorable Cámara, después de un debate e intercambio de opiniones en el que participaron diputados y diputadas de todas las bancadas políticas representadas en la Corporación, aprobó un proyecto de acuerdo suscrito por los diputados señores Lorenzini Basso, don Pablo ; Jiménez Villavicencio, don Jaime , y Pareto González, don Luis , por el cual se proponía la creación de una Comisión investigadora encargada de analizar las posibles irregularidades en el proceso de licitación de la Empresa de Obras Sanitarias S.A. Emos.
2. Proyecto de Acuerdo.
El tenor literal del proyecto de acuerdo es el que se transcribe a continuación:
PROYECTO DE ACUERDO
“Considerando:
Que la Contraloría General de la República, por dictamen de fecha 5 de enero del año en curso, ante la solicitud de un pronunciamiento realizado el día 6 de agosto de 1999, por los diputados señores Pablo Lorenzini Basso , Jaime Jiménez Villavicencio y Luis Pareto González , relativo a la licitación y adjudicación de un paquete accionario que la Corporación de Fomento de la Producción poseía en la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A., resolvió que: “de acuerdo con los antecedentes y certificaciones tenidos a la vista al tomar razón de la Resolución Nº 69, de la Corporación de Fomento de la Producción, es posible afirmar que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica S.A. Endesa España , no es controladora ni ejerce influencia decisiva en la propiedad de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, no produciéndose transgresión al artículo 65 de la ley general de Servicios Sanitarios”.
Que se ha tomado conocimiento que el día 15 de diciembre de 1999, esto es, antes del ya referido dictamen de la Contraloría General de la República, el Fiscal Nacional Económico ofició mediante el Ordinario Nº 543 a la Comisión Resolutiva, comunicándole que de acuerdo con la información que había recopilado existe una alianza estratégica entre Endesa España , empresa que controla Enersis S.A., (matriz a su vez de las empresas distribuidoras Chilectra y Río Maipo que operan en la Región Metropolitana) y la Sociedad de Aguas de Barcelona Agbar, sociedad que tiene influencia decisiva en la administración de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A., empresa que también opera en esa misma región.
Que la conclusión del informe del Fiscal Nacional Económico se fundamenta, entre otros antecedentes, en que Agbar ni sus empresas relacionadas con asiento en Chile han informado del acuerdo que consta en el formulario Nº 20-F, ingresado por Endesa, con fecha 30 de junio de 1999, en la “Securities and Exchange Commissions”, SEC, de los Estados Unidos de América. Por su parte, tampoco Enersis S.A., filial de Endesa España, informó respecto a la alianza estratégica con Agbar.
Que también el informe del Fiscal Nacional Económico concluye que la Comisión Resolutiva ha resuelto que la integración horizontal entre concesiones de diferentes servicios de utilidad pública afecta la libre competencia, según las normas contenidas en el decreto ley Nº 211, de 1973, y por lo tanto se debe evitar que las empresas concesionarias de servicios públicos participen y/o controlen la propiedad, gestión y explotación de las empresas sanitarias que tengan un territorio común de concesión con aquéllas. Además, expresa que las disposiciones que contiene la ley general de Servicios Sanitarios que establecen límites a la concentración de propiedad en el mercado sanitario no obsta, de modo alguno, al ejercicio de las facultades privativas de la honorable Comisión Resolutiva para conocer y resolver las materias que en esta causa se ventilan.
Que las conclusiones del Fiscal Nacional Económico no se pudieron conocer debido a que la Comisión Resolutiva Antimonopolios calificó con el carácter de secreto el informe, y por ello los antecedentes que obraban en poder de la Fiscalía Nacional Económica no fueron puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República, por esa entidad ni por las empresas interesadas, lo que llevó a que ese organismo contralor emitiera su dictamen, de fecha 5 de enero del año en curso, sobre la base de hechos y antecedentes incompletos. Esta situación demuestra la existencia de una notoria irregularidad que compromete seriamente el funcionamiento de los organismos fiscalizadores de nuestro país, que tienen la obligación fundamental de colaborar con todo aquello que pueda ser necesario y útil para la adecuada resolución de los órganos del Estado. El carácter de reservado o secreto asignado al referido informe no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 1º, número 7, de la ley Nº 19.653. sobre probidad administrativa, que incorpora un artículo 11 bis a la ley de Bases Generales de la Administración del Estado.
Que la Superintendencia de Servicios Sanitarios, mediante oficio Nº 858, del 10 de abril del año en curso, señaló que “es un hecho evidente que este organismo no contó oportunamente con dicha información” y que “resulta también ostensible de su sola lectura que estamos en presencia de una acto que puede conducir a un hecho que es contrario o prohibido por la ley sanitaria chilena”.
Que de haber conocido oportunamente la totalidad de los antecedentes de que dispuso la Fiscalía Nacional Económica, no se habrían dictado las resoluciones Nº 28 y 69 por la Corporación de Fomento de la Producción, y obviamente, la Contraloría General de la República habría dictaminado que tales resoluciones no se ajustan a derecho.
Que sobre la base de las consideraciones precedentes, y dado que el ocultamiento de información puede constituir ilícitos administrativos, civiles y, eventualmente, penales, se hace necesario investigar en profundidad esta irregularidad.
La Cámara de Diputados acuerda:
Constituir de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Reglamento de la Corporación, una comisión investigadora que, en el plazo de 60 días, se aboque a:
a) Conocer en profundidad el alcance de la alianza estratégica entre Endesa España y Agbar , pues, según la información indicada, en estas empresas operan conjuntamente numerosas compañías, determinando las consecuencias y significado de que Agbar esté comprendida en el balance consolidado de Endesa España.
b) Conocer las posibles irregularidades y examinar las razones por las cuales la información no fue proporcionada a la Contraloría General de la República.
c) Conocer los motivos por los cuales los organismos antimonopólicos no hicieron llegar dicha información oportunamente a la Contraloría General de la República.
d) Analizar los efectos que esta omisión puede haber producido en la validez y existencia de las resoluciones Nº 28 y 69, de la Corporación de Fomento de la Producción, y en el consiguiente proceso de licitación.
e) Pronunciarse sobre la transparencia del proceso de licitación y la forma y condiciones en que la misma se realizó, y los motivos por los cuales la Corporación de Fomento de la Producción no indagó en los antecedentes públicos de la denominada “Securities and Excheange Commissions ”, SEC, de los Estados Unidos de América, ni recabó antecedentes de Interaguas S.A.”.
3. Integración de la Comisión.
Reglamentariamente, la Comisión se constituyó el día 5 de julio de 2000, eligiendo como su Presidente al diputado don Jaime Jiménez Villavicencio . Fue integrada por la diputada Allende Bussi , doña Isabel, y por los diputados señores Álvarez-Salamanca Buchi, don Pedro Pablo ; Coloma Correa, don Juan Antonio ; Errázuriz Eguiguren, don Maximiano ; García García, don René Manuel ; Hales Dib, don Patricio ; Jiménez Villavicencio, don Jaime ; Letelier Norambuena, don Felipe ; Lorenzini Basso, don Pablo ; Melero Abaroa, don Patricio ; Montes Cisternas, don Carlos ; Pareto González, don Luis , y Seguel Molina, don Rodolfo .
En el transcurso de su labor se produjeron las siguientes sustituciones transitorias: el diputado Bustos Ramírez, don Juan , reemplazó al diputado Montes Cisternas, don Carlos ; el diputado Velasco de la Cerda, don Sergio , reemplazó al diputado Seguel Molina, don Rodolfo ; el diputado Tuma Zedan, don Eugenio , reemplazó al diputado Letelier Norambuena, don Felipe ; el diputado Olivares Zepeda, don Carlos , reemplazó al diputado Lorenzini Baso, don Pablo , y los señores diputados Mora Longa, don Waldo , Palma Irarrázaval, don Joaquín ; Arratia Valdebenito, don Rafael ; Salas de la Fuente, don Edmundo ; Nuñez Valenzuela, don Juan ; Silva Ortiz, don Exequiel , y Gutiérrez Román, don Homero , reemplazaron al diputado , Pareto González, don Luis .
Una vez constituida, la Comisión se abocó a la elaboración de un programa de trabajo, el que se formuló, en definitiva, considerando el Acuerdo mismo de la Corporación, según el cual el ámbito de su competencia se encontraba delimitado por el tenor literal de dicho Acuerdo.
4. Trabajo desarrollado.
a) Sesiones y asistencia.
La Comisión celebró 10 sesiones ordinarias, además de una sesión constitutiva, las que contabilizan un total de 11 sesiones desde que comenzó su trabajo, el día 5 de julio de 2000.
Su plazo de duración que, originalmente, era de 60 días fue ampliado en dos oportunidades por un total de 120 días más.
El total de horas de sesión alcanzó a 16 horas y 50 minutos, con un promedio de duración de cada sesión de 1 hora y 50 minutos.
b) Personas invitadas.
En el marco del plan de trabajo ya citado, la Comisión invitó a diversas personas y entidades vinculadas al tema en cuestión, que podían aportar mayores antecedentes al conocimiento del problema.
Para tal efecto, contó con la asistencia de las siguientes personas: el ex presidente del Sistema Administrador de Empresas (SAE), señor Felipe Sandoval ; el gerente del Sistema Administrador de Empresas (SAE), señor Víctor Selman ; el abogado jefe del Sistema Administrador de Empresas (SAE), señor Luis Manuel Rodríguez ; el director ejecutivo del Sistema Administrador de Empresas (SAE), señor Manuel Rivera ; el superintendente de Servicios Sanitarios , señor Juan Eduardo Saldivia Medina ; el fiscal de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, señor David Peralta ; el ex fiscal nacional económico, señor Rodrigo Asenjo Zegers ; el fiscal nacional económico, señor Francisco Javier Fernández ; el ex presidente del Sistema Administrador de Empresas (SAE), señor Eduardo Arriagada Moreno ; el abogado señor Ramón Briones Espinosa ; el fiscal de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), señor Bernardo Espinosa Bancalri ; el contralor general de la República , señor Arturo Aylwin Azócar ; el jefe de la División Jurídica de la Contraloría General de la República , señor Gastón Astorquiza ; el subjefe de la División Jurídica de la Contraloría, señor Mario Reveco ; el gerente general de Biwater , señor Francisco José Kohmann y el abogado de Biwater , señor José Antonio Ramírez .
c) Documentos solicitados por la Comisión.
Con la intención de recabar el máximo de documentos y antecedentes que pudieran servir para un mejor conocimiento de la materia objeto de la investigación, los diputados integrantes de la Comisión resolvieron oficiar a:
1. La Comisión Resolutiva Central para que acompañara a la Comisión copia del informe que le hiciera llegar el fiscal nacional económico con fecha 15 de diciembre de 1999, sobre la alianza estratégica entre Agbar y Endesa España registrado en la SEC de los Estados Unidos de Norteamérica.
2. Al presidente del Sistema Administrador de Empresas del Estado SAE, con el objeto de que remitiera a la Comisión todos los antecedentes que obraran en su poder acerca del proceso de licitación y venta del paquete accionario que Corfo poseía en Emos S.A.
3. Al fiscal nacional económico, con el objeto de que remitiera a la Comisión todos los antecedentes que obraran en su poder acerca del proceso de licitación y venta del paquete accionario que Corfo poseía en Emos S.A., en especial el Informe contenido en el oficio Nº 543, de fecha 15 de diciembre de 1999, dirigido a la honorable Comisión Resolutiva Central.
4. Al contralor general de la República, con el objeto de que remitiera a la Comisión todos los antecedentes que obraran en su poder acerca del proceso de licitación y venta del paquete accionario que Corfo poseía en Emos S.A., en especial el oficio Nº 279, de la División Jurídica de fecha 5 de enero de 2000, dirigido al Presidente de la Cámara de Diputados .
5. Al superintendente de Servicios Sanitarios, con el objeto de que remitiera a la Comisión todos los antecedentes que obraran en su poder acerca del proceso de licitación y venta del paquete accionario que Corfo poseía en Emos S.A
6. Al presidente de la Comisión Resolutiva Central, para que remitiera a la Comisión los formularios F-20 y K-6 de la SEC de Estados Unidos de América, y la certificación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España, en que declaró que el acuerdo entre Endesa España y Aguas Barcelona ( Agbar ) se contrae o limita a la sociedad Interaguas S.A.
7. Al contralor general de la República, para que remitiera a la Comisión los formularios F-20 y K-6 de la S.E.C. de Estados Unidos de América, y la certificación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España, en que declaró que el acuerdo entre Endesa España y Aguas Barcelona ( Agbar ) se contrae o limita a la sociedad Interaguas S.A.
8. Al presidente del Sistema Administrador de Empresas del Estado , para que informara acerca del monto de las remuneraciones y los sistemas de indemnización acordados para los ejecutivos y directores de todas las empresas públicas que administra el SAE; para que entregara el listado de las indemnizaciones pagadas por dichas empresas públicas a los ejecutivos y directores durante los últimos diez años; para que informara acerca de la composición del Directorio de Emos S.A. y su representatividad y el monto de sus remuneraciones y demás beneficios de ellos y de los ejecutivos de dicha empresa privada, y
9. Al presidente del Sistema Administrador de Empresas del Estado , para que informara acerca de los nombres, cargos y gastos del Comité o Comisión del SAE que viajó a Europa y otros países, con el objeto de promover la venta de parte del paquete accionario público en la empresa Emos S.A.
III. ANTECEDENTES GENERALES.
1. Reseña histórica de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias.
La empresa de servicios sanitarios Emos S.A., hoy Aguas Andinas, es una sociedad anónima que produce, distribuye, recolecta y trata aguas en la Región Metropolitana.
El Estado, tradicionalmente, fue propietario de la mayoría de las empresas sanitarias de tamaño grande o mediano hasta los años 1999 y 2000, en que procedió a privatizar mediante licitación pública internacional un porcentaje del dominio de las sociedades de giro similar, Esval , Essbío , Essal y Essel .
Los orígenes de esta empresa se remontan a 1861, con la creación de una empresa encargada de proveer de agua potable a la ciudad de Santiago, mediante la construcción de estanques de almacenamiento. El desarrollo de obras de alcantarillado y redes de agua potable se realiza progresivamente durante las décadas comprendidas entre 1880 y 1980. A partir de este punto y durante la década de los 90, la empresa se aboca, además, a trabajar en un plan de saneamiento de aguas servidas, generadas por la población de la cuenca de Santiago.
Jurídicamente, la empresa Emos inicia su giro a partir del año 1977 como empresa autónoma del Estado, sobre la base de la Empresa de Agua Potable de Santiago y la administración del Alcantarillado de Santiago. En 1989, se transforma en Sociedad Anónima Abierta, filial de la Corfo y concesionaria de los servicios de agua de la región.
Finalmente, en 1999, luego de un proceso de licitación internacional conducido por el Gobierno de Chile, la Sociedad Inversiones Aguas Metropolitanas Ltda., conformada por Aguas de Barcelona (50%), y Suez (50%), adquiere el 51,202% de la propiedad de Emos S.A.. Esta operación se efectuó a través de la compra de un paquete de acciones Corfo por US$ 694 milllones y la suscripción de un aumento de capital por US$ 453 millones, totalizando US$ 1.147 millones.
2. Proceso de Licitación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la ley Nº 19.082 el procedimiento de incorporación de capital privado en Emos Sociedad Anónima se efectuó mediante licitación pública.
Las bases de licitación preparadas por el SAE, con asesoría nacional e internacional, fueron aprobadas por la resolución Nº 28, de 1999, del vicepresidente ejecutivo de la Corfo .
La adjudicación de la licitación a la mejor oferta, presentada por Inversiones Aguas Metropolitanas Limitada, compuesta por Agbar y Suez Lyonnais des Eaux , se efectuó por Resolución Nº 69, de 2 de junio de 1999, del Vicepresidente Ejecutivo de la Corfo . De ambas resoluciones tomó razón la Contraloría General de la República.
Parte integrante de este proceso, lo constituyen aquellas medidas preventivas de resguardo de la fe y patrimonio público, como son, entre otros, la creación de acciones serie B, o privilegiadas, que conserva la Corfo y cuyo voto conforme es necesario en todo lo relacionado con las concesiones sanitarias y derechos de agua de la Emos S.A.; el pacto de accionistas, a través del cual se establece una protección a la sociedad, a sus accionistas y a la gestión sanitaria. Se exigió, adicionalmente, la garantía o fianza de las sociedades matrices del adjudicatario, esto es, de Agbar y Suez Lyonnais des Eaux , empresas propietarias de Aguas Andina, ganadora del proceso; y el traspaso a Corfo de importantes extensiones de terreno, constituidas por bienes inmuebles ubicados en el sector cordillerano de Santiago.
Por su parte, los artículos 63 y 65 de la ley General de Servicios Sanitarios, contempla resguardos específicos vinculados fundamentalmente a este proceso de licitación, como la obligación para todos los interesados de entregar una declaración jurada, en el sentido de que no tenían impedimento legal alguno para adquirir acciones en Emos S.A., en relación con las restricciones previstas en el DFL Nº 382. (Título III, Nº 5 de las Bases de Licitación Pública de Acciones de la Corfo en Emos S.A.). Asimismo, en el número 7 de la Cláusula Novena del Pacto de Accionistas, el socio estratégico se obliga a no producir y velar para que no se produzcan cambios de cualquier naturaleza que puedan importar, entre otros, un incumplimiento de las normas de los artículos 63 y siguientes del DFL Nº 382.
Finalmente, cabe señalar que este proceso ha estado conformado por las siguientes etapas: 1) la fecha de entrega de la información, en abril-mayo de 1999, 2) la fecha de presentación de la oferta, en junio del mismo año y 3) la fecha del cierre, el 14 de septiembre del año 1999.
3. Opiniones recibidas.
Durante el desarrollo de su trabajo la Comisión recibió las opiniones y exposiciones de las siguientes personas, cuyo tenor, se expresa a continuación:
El señor Felipe Sandoval (ex presidente del Sistema Administrador de Empresas SAE) señaló que la privatización de Emos está enmarcada dentro de la política que se definió para el sector sanitario en su momento, a fin de resolver sus necesidades de inversión y cumplir con los planes de desarrollo de las tres empresas en las cuales Corfo tenía mayoría en ese momento.
A raíz de las evaluaciones que se hicieron a comienzos del gobierno anterior, había otras empresas privadas que requerían una inversión por sobre los 1.500 millones de dólares, con un énfasis muy fuerte en el tratamiento de las aguas servidas, que era el mayor déficit.
En función de ello, para resolver ese problema y dar solución a un tema que no sólo era demandado por la población, sino que también era necesario solucionar para seguir avanzando exitosamente, como se había hecho en los últimos años en el sector sanitario, se reformuló la política para el sector sanitario, que consistió en la incorporación de capitales privados y la búsqueda de socios estratégicos para las distintas empresas en función de cada una de sus realidades, con el fin de suplir los déficit de financiamiento que tenían éstas para realizar sus inversiones, que no eran producto de una mala gestión de las empresas, (puesto que ellas estaban bastante bien gestionadas tanto en la actualidad como anteriormente), sino que de las prioridades que tenía el Estado en materia de orden social. De esta manera, se debían destinar los recursos disponibles hacia estas áreas y no hacia las inversiones en las empresas, lo que podían hacer otros, duplicando de esa manera las posibilidades económicas del Estado en la materia.
Hizo presente que para poder llevar adelante ese proceso, el Gobierno estimó necesario readecuar el marco legal existente, de manera que, por ser éste un sector de monopolio natural, existieran suficientes garantías al incorporar capitales privados en empresas sanitarias importantes en el país, de que iba a haber una buena regulación del sector, lo cual, en el fondo, significaba mejorar el sistema que existía hasta ese momento, teniendo, por una parte, un organismo regulador como la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que debía supervigilar el cumplimiento de los planes de desarrollo, la existencia de una adecuada calidad del servicio, la fijación de tarifas a través de un procedimiento establecido por la ley, el establecimiento de una normativa adecuada al respecto, la existencia de las empresas que operaban y que hubiera un subsidio focalizado hacia las personas de bajos ingresos o que gastaban más del 5 por ciento de sus ingresos en consumo de hasta 15 metros cúbicos, lo que después varió hasta 20 metros cúbicos, de manera que fuera un subsidio no generalizado en la tarifa, sino que estuviera destinado a quienes tenían problemas para pagar la cuenta del agua. Esta situación, que se arrastraba con anterioridad, se mejoró con la ley que se promulgó en su momento, y que, además, permitió mejorar o evitar la concentración que se había producido en otras áreas de la economía, cuando se habían privatizado otros sectores que también se podían catalogar de cuasimonopolios naturales.
Comentó que la ley, que fue discutida durante mucho tiempo, modificó la forma de fijación tarifaria, mejoró la posibilidad de regulación por parte de la Superintendencia, limitó la capacidad que tenía el Estado para vender acciones en algunas empresas, tales como Emos y Esval , ya que el Estado, antes de publicada la nueva ley, podía deshacerse del cien por ciento de las acciones de ellas; pero en la ley se contempló que no podía deshacerse de más del 65 por ciento y amplió la posibilidad de venta del resto de las empresas sanitarias en manos del Estado a través de la Corfo, posibilitando que se vendiera no sólo hasta el 49 por ciento, como se contemplaba hasta ese momento por las empresas, sino que hasta el 65 por ciento. En virtud de ello, se inició el proceso de incorporación de capitales privados para solucionar los problemas mayores que existían. Así, hasta este momento se ha vendido Esval , Emos, Essel , en la Sexta Región; Essal , en la Décima Región, y para este año se ha contemplado la venta de Essbío, en la Octava Región. En cada una de las ventas, a pesar de que han tenido diferencias unas con otras, en general, se vende un paquete controlador y, por otro lado, se hace un aumento de capital a fin de desarrollar algunas inversiones, que asume el mismo controlador y al mismo precio que paga por el control. Posteriormente, se vende un 10 por ciento diluido en la bolsa, con un mínimo del 80 por ciento del precio que paga el controlador y, si no hay interesados, el controlador tiene que comprar lo que falta para llegar a ese 10 por ciento.
Asimismo, expresó que la ley estableció ofrecer hasta un 10 por ciento de las acciones a los trabajadores, a un precio y condiciones preferenciales de compra de acciones. El resto queda en manos del Estado, el cual firma a través de la Corfo, administrando las acciones por el Sistema Administrador de Empresas. Por lo que se firma el pacto de accionistas entre el socio controlador y el Sistema Administrador de Empresas, representando a la Corfo, de manera que queden protegidos ciertos derechos establecidos tanto en la ley como en los criterios que había para vender las empresas y que son derechos establecidos por tener el Sistema Administrador de Empresas el 35 por ciento. Esos derechos los conservan hasta que tengan un porcentaje mayor al 10 por ciento. Si bien es cierto que no se puede vender más allá del 65 por ciento de las acciones, si hay aumentos de capital, el Estado puede bajar su porcentaje más allá del 35 por ciento; cuando baja del 10, o se cumplen cinco años del pacto de accionistas, se liberan las partes de los compromisos asumidos, en uno de esos dos casos.
Señaló también que Emos es una de las cuatro empresas vendidas, en donde porcentajes más y porcentajes menos, entran dentro del esquema que se ha diseñado y que el valor de venta de Emos supera con creces lo que el Estado habría percibido -en valor presente- por las utilidades que generó Emos en los últimos años, si se construye un flujo de veinte años a una tasa de descuento del 10 por ciento anual y suponiendo un 6 por ciento de crecimiento de las ventas al año.
Asimismo, comenta que se han realizado comparaciones y el Fisco ha podido anticipar recursos por un equivalente a un valor y medio, más o menos, de lo que podrían haber sido los ingresos por el flujo de las utilidades futuras. O sea, desde el punto de vista del Estado, mirado en términos monetarios, la venta de Emos -y también de las otras empresas- ha significado una mayor cantidad de recursos por tenerlas ahora y no en los años siguientes. Además, con esos recursos se hicieron inversiones que no se podrían haber hecho en otras áreas, junto con encontrar a alguien que pudiera hacer las inversiones que necesitan las empresas, como empresa privada, sin que afecte los indicadores del Estado y que la población pueda satisfacer sus necesidades, tanto en servicios de agua potable, alcantarillado, como en el tratamiento de aguas servidas.
Concluye que éstas son inversiones grandes que requieren de un tiempo para su maduración, que están avanzando, pero no están terminadas, porque las empresas recién han sido entregadas al control de los controladores. En el caso particular de Emos, en 2003 habrá una gran proporción de las aguas servidas de Santiago que estarán tratadas y limpias, ya que la venta de esa empresa permitió adelantar el tratamiento de las aguas servidas; en caso contrario, al Estado le habría sido difícil poder implementar las grandes inversiones que tenía la empresa.
El señor Juan Eduardo Saldivia Medina , (superintendente de Servicios Sanitarios) señaló que es necesario hacer una distinción de cuáles son los roles o competencia de la Superintendencia en el proceso llamado privatización de Emos o de cualquier sanitaria. Indicó que la ley establece la competencia de la Superintendencia de Servicios Sanitarios como aquella entidad que tiene por misión regular y fiscalizar a las empresas sanitarias; es decir, fijar normas técnicas, proponer normativas a distintos organismos como la Comisión Nacional del Medio Ambiente, el Instituto Nacional de Normalización, etcétera, y a los mismos ministerios para reglamentar la actuación de las empresas sanitarias. En conjunto, son el ente técnico que prepara el informe para que el Ministerio de Obras Públicas otorgue las concesiones sanitarias, ya que, para prestar el servicio sanitario, se requiere contar con una concesión otorgada por aquél. Asimismo, es el organismo técnico encargado de hacer los estudios que derivan en el decreto tarifario que fija las tarifas por cinco años de acuerdo con los mecanismos establecidos en la ley, es decir, poseen una serie de competencias destinadas a regular el mercado sanitario. Asociadas a esas competencias y como particularidad del sector sanitario, tiene la obligación de fiscalizar el cumplimiento por parte de las empresas del conjunto de obligaciones que la ley o las normas de distinta naturaleza les imponen. Por lo mismo, tiene amplias facultades de investigación y de fiscalización para determinar la responsabilidad de las empresas en el cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones y la posibilidad de aplicar sanciones directamente a ellas.
Para dotar a la Superintendencia de la capacidad de regular adecuadamente este mercado, el legislador le ha entregado una facultad bastante particular, que es la interpretación de la legislación sanitaria y que, a raíz de ello, llega a tener alguna participación en el proceso de licitación de las mismas. Por lo tanto, las empresas sanitarias que atienden en las distintas regiones del país hasta el año pasado eran mayoritariamente estatales, agrupadas bajo un organismo denominado sistema de administración de empresas, organismo dependiente de Corfo, que es el encargado de la administración y gestión de ellas. Dentro de esa perspectiva fue el organismo definido por el Ejecutivo que llevaría a cabo el proceso de licitación de los paquetes accionarios que se traducirían, en consecuencia, en la incorporación de capital privado a las sanitarias. Es decir, quien ha diseñado, implementado, negociado y contratado en el proceso de incorporación de privados al sector sanitario es el Sistema de Administración de Empresas. Por lo que no le corresponde, por ley, a la Superintendencia intervenir en ese proceso, aunque pudiera haber tenido algún papel de otra naturaleza.
Expresó que uno de los roles de la Superintendencia es fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones legales e interpretar la legislación, de ahí su participación en ese proceso. Al respecto, señala que en el proceso de incorporación de capital privado a la empresa Emos S.A., quien hizo la mejor oferta por el paquete accionario y por el control de dicha empresa sanitaria fue el grupo constituido por la empresa Agbar , Aguas de Barcelona, y la empresa Suez Lyonnaise des Eaux . Ellos sólo intervinieron al tener conocimiento de que en la propiedad accionaria de Agbar participaba Endesa España , situación en torno a la cual, recientemente, la ley general de servicios sanitarios, (modificada en 1998), incorporó una restricción y una prohibición para que determinados actores pudieran ejercer el control de la empresa encargada de distribuir el agua potable y de recolectar las aguas servidas.
Aquella restricción consiste en que quien ejerza el control de una empresa que presta los servicios de distribución eléctrica, de distribución de gas o de telefonía local, no puede ejercer el control de una empresa encargada de la distribución de agua potable o de la recolección de aguas servidas, en la misma zona de concesión, siempre y cuando se tuviera el control de más del 50 por ciento del total de los clientes. Esa prohibición está claramente establecida en el artículo 63 de la ley general de Servicios Sanitarios. También establece otra prohibición: que un mismo grupo empresarial no puede controlar más del 50 por ciento del total de los clientes de las empresas sanitarias que operan como servicios públicos de producción y distribución de agua potable, y de recolección y disposición de aguas servidas, en el total del país. Además, establece una categorización de empresas, es decir, distingue entre empresas mayores, medianas y pequeñas, y dispone que ningún grupo empresarial podrá controlar más del 50 por ciento de las empresas del respectivo grupo.
Agregó que, en ese momento, fue preocupante la noticia de que Agbar se había adjudicado -o estaba en camino de adjudicarse- la propiedad y el control de la Emos, por cuanto, dada la participación accionaria de Endesa España en Agbar, podían darse las dos situaciones ya descritas. Se debe tener presente que, a esa fecha, ya Esval había sido licitada y que el grupo controlador de Esval era, en definitiva, Enersis , Endesa-España. De esta forma, era necesario dar claridad sobre dos situaciones: una, que el conjunto de empresas que controlaban a Esval y a Emos no sumaran el 50 por ciento, cualquiera que fuera la forma de control, y, dos, que no existiera por parte de Endesa España lo que la ley define como “situación de control”. Se debe recordar que la ley sanitaria se remite a la ley del mercado de valores, para tener claro qué se entiende por “control de una sociedad” o “participación en el control”. En ese sentido, su deber era velar por que no se violaran ninguna de esas dos normas.
Al tener conocimiento del proceso de adjudicación a Agbar, solicitaron a Emos todos los antecedentes en virtud de los cuales se permitió la participación de Aguas de Barcelona en el proceso de licitación. En ese momento, ni Agbar, ni Endesa España , ni mucho menos el SAE, eran empresas controladas por la Superintendencia. La Emos, bajo el régimen de administración del Estado, fue la que proporcionó los antecedentes, en virtud de los cuales junto al Servicio de Administración de Empresas, permitieron la participación de Agbar en el proceso de licitación.
Con la información que tuvieron en ese momento, se hizo un análisis que concluyó en que no se daba la situación de superposición de concesiones, sin entrar siquiera al análisis de la propiedad de las empresas o de los controladores de las empresas, por cuanto es bastante concreto el hecho de que Esval, más la Emos, más las otras empresas que uno pudiera haber sumado a este grupo, es decir, Aguas Décima, Aguas Quinta e, incluso, Aguas Cordillera, no sumaban el 50 por ciento de los clientes. Por lo tanto, no había incumplimiento de la prohibición de controlar más del 50 por ciento de los clientes.
Asimismo, analizaron el tema de la concentración de la propiedad. El punto era determinar si se daban los supuestos del artículo 63 y 65 de la ley General de Mercado de Valores respecto de lo que se entiende por acuerdo de actuación conjunta. A su vez, el artículo 63 determina que para los efectos de dicho artículo y del 65, se entiende que una persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta, participa de la propiedad o usufructo de acciones -que está prohibido- de una empresa prestadora cuando, directamente o por intermedio de otra persona natural o jurídica, tengan poder de voto suficiente para elegir más de un director o controlar más del 10 por ciento del capital con derecho a voto de la respectiva sociedad. Entonces, la pregunta era si la participación accionaria que tiene Endesa España en Agbar le permitía elegir un director en la Emos o controlar directa o indirectamente el 10 por ciento o más del capital. Para resolver esa pregunta, se atendieron tres conceptos que contempla la ley Nº 18.045:
1) “Acuerdo de actuación conjunta”. Sobre el particular, el artículo 98 de la ley de Mercado de Valores señala:
“Acuerdo de actuación conjunta es la convención entre dos o más personas que participan simultáneamente en la propiedad de una sociedad, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas controladas, mediante la cual se comprometen a participar con idéntico interés en la gestión de la sociedad y obtener el control de la misma”. La norma requiere para el acuerdo de actuación conjunta que las personas participen simultáneamente en la propiedad. En este caso en la propiedad de Emos participa Agbar y Suez Lyonnaise des Eaux que no tienen acuerdo de actuación conjunta con Endesa España , por lo tanto, no hay participación simultánea. En consecuencia, no se da el primer requisito que exige la ley.
2) “Que sean controladoras de empresas concesionarias de distribución eléctrica”. De acuerdo con el artículo 97 de la ley de Mercado de Valores: “Es controlador de una sociedad toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participan en su propiedad y tiene poder para realizar alguna de las siguientes actuaciones:
a) Asegurar la mayoría de votos en las juntas de accionistas y elegir a la mayoría de los directores, tratándose de sociedades anónimas o asegurar la mayoría de votos en las asambleas o reuniones de sus miembros y designar al administrador o representante legal o a la mayoría de ellos en otro tipo de sociedades”. En realidad, este tipo de acciones es capaz de hacerlo Agbar por sí sola, en virtud del pacto de accionistas con Corfo y en virtud del pacto de accionistas que tiene en Aguas Metropolitanas con Suez Lyonnaise des Eaux. En este principio tampoco interviene Endesa España .
“b) Influir decisivamente en la administración de la sociedad”.
Cuando un grupo de personas tiene acuerdo de actuación conjunta para ejercer alguno de los poderes señalados en las letras anteriores, cada una de ellas se denominará miembro controlador.
3) “Que tiene influencia decisiva en la administración de las empresas eléctricas”. El artículo 99 señala:
“Se entenderá que influye decisivamente en la administración o en la gestión de una sociedad toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, controla, al menos, un 25 por ciento del capital con derecho a voto de la sociedad o, al menos, un 25 por ciento del capital con derecho a voto de la sociedad o del capital de ella si no se tratare de una sociedad por acciones”.
Agbar S.A. Chile y Slde S.A. son socios en partes iguales en Aguas Metropolitanas sobre el paquete accionario de Emos S.A. y de acuerdo con la ley de Mercado de Valores, existiría acuerdo de actuación conjunta.
Por su parte, agrega que Agbar S.A. es socio con Endesa España que, a su vez, participa en el sector eléctrico en Chilectra S.A. y Río Maipo S.A. No existe acuerdo de actuación conjunta entre Agbar y Endesa-España. A la vez, no existe control o influencia decisiva de Endesa España sobre Agbar S.A.
Al respecto, señala que, en efecto, en el caso de Agbar S.A., y con los antecedentes disponibles, Endesa España no sería controlador ni tendría influencia decisiva en su administración, al tenor de lo dispuesto en los artículos 97 y 99 de la ley de Mercado de Valores chilena. Es decir, no tiene la posibilidad de “asegurar la mayoría de votos en las juntas de accionistas y elegir a la mayoría de los directores ni influye decisivamente en la administración de la sociedad”, que son las tres condiciones en las cuales se podría entender que ejerce control o influencia en Agbar o en Emos. Lo anterior, resulta del hecho de que su participación sólo alcanza el 11,640 por ciento del capital de Agbar y, además, del hecho que existe un controlador, Hisusa, holding controlado por Suez Lyonnaise des Eaux , que no tiene acuerdo de actuación conjunta con Endesa España. Además, no influye decisivamente, ya que “ni sola ni con acuerdo de actuación conjunta, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, controla el 25 por ciento o más del capital con derecho a voto”, según el requisito del artículo 99 de la ley Nº 18.045, de Agbar, debiendo tenerse en cuenta que hay otra persona, Suez Lyonnaise des Eaux que controla, a través de otra persona jurídica, Hisusa, un porcentaje del 46,78% de Agbar y que el de Endesa España ni siquiera alcanza al 25%. A lo anterior, debe agregarse que Lyonnaise, por sí sola, controla directamente en Agbar S.A., además, un 1,46%. Entre Hisusa y su control directo Suez Lyonnaise des Eaux tiene cerca del 49% de Agbar. En definitiva, quien controla Agbar S.A. es Seuz Lyonnaise des Eaux .
En síntesis, de acuerdo con los antecedentes que obran en poder de la Siss, se ha señalado:
a) Que Agbar y Slde controlan por partes iguales el 51,2 por ciento de Emos S.A.
b) Endesa España , que controla el 11,64 por ciento de Agbar S.A, es a la vez controlador de Endesa Diversificación S.A., que participa a través de Enersis S.A. en Chilectra S.A. y Río Maipo S.A., concesión de distribución eléctrica que cubre gran parte de la Región Metropolitana. Este hecho es relevante y de darse los supuestos previstos por la ley podrían constituir una infracción a lo prescrito en el artículo 65 ya citado.
Reiteró, que de los antecedentes acumulados hasta ahora, se deduce que Endesa España no controla ni influye decisivamente en la administración de Agbar S.A., sea directamente o a través de acuerdo de administración conjunta y que, además, con los antecedentes proporcionados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España, no aparece un grado de influencia o control que ejerza Endesa sobre Agbar S.A. Tampoco aparece un pacto de administración conjunta entre ambas sociedades.
En este sentido, ésa fue la conclusión a que llegó la Siss con los antecedentes obtenidos a raíz del proceso de licitación. Sin embargo, con posterioridad, se tuvo conocimiento de que Endesa España había acompañado a la Superintendencia de Valores Americana un documento que daba cuenta de la existencia de un pacto o acuerdo de actuación en España y Latinoamérica entre Endesa España y Aguas Barcelona . Al tener conocimiento de aquello, la Superintendencia, requirió una vez más a Emos -ya privatizada- la totalidad de los antecedentes que tuvieran relación con ese pacto o la existencia de esa sociedad denominada Interaguas, porque, como se hizo ver en una resolución y era un hecho de la causa indiscutible, no habían tenido conocimiento de la existencia de ese pacto al momento de pronunciarse respecto del cumplimiento de los artículos 63 y 65 ya referidos. Por lo tanto, les pareció un hecho nuevo que debería analizarse y que, en virtud de ese análisis, podían ser aplicables la prohibición y, por consiguiente, los mecanismos que establece la ley, cual es la licitación de las acciones ya sea de Chilectra S.A. o de Emos. La licitación de Emos fue a mediados de 1999; sus dictámenes fueron aproximadamente de septiembre de ese mismo año, y se tuvo conocimiento del pacto denominado Interaguas en diciembre de 1999, por lo que, solicitaron la nueva información y procedieron a hacer un nuevo análisis del conjunto de documentos.
En su conclusión, por oficio Nº 858, de 10 de abril de 2000, señala que se está en presencia de un acto que puede conducir a un hecho contrario a la ley sanitaria, por lo cual consideraron que no concurrían las prohibiciones aludidas en esta minuta, sin perjuicio de volver sobre el particular si la situación así lo exigía. Dicho de otra forma, el análisis del conjunto de antecedentes que forman el pacto Interaguas les permitió concluir que era un acuerdo entre Endesa España y Aguas Barcelona para efectuar inversiones en el sector sanitario de América Latina y España, el cual no se había materializado ni había producido efectos en Chile; que por el momento no había ningún antecedente que permitiera decir que entre Endesa España y Aguas Barcelona habría operado el pacto Interaguas, sin perjuicio de hacer presente en ese oficio que se estaba en una situación que podía cambiar en cualquier momento. Es decir, concluye, desde la perspectiva de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, antes del conocimiento del pacto Interaguas, tenían el convencimiento, y así lo han señalado en distintas resoluciones, de que no se daban los supuestos de los artículos 63 y 65, por todas las razones ya manifestadas, en cuanto a que el 11 por ciento de Endesa España en Aguas Barcelona se traduciría hoy, si se aplicaran las normas de la liquidación de sociedades del Código Civil, en cerca de un 2 por ciento y no el 10 por ciento que exige la ley.
El señor Rodrigo Asenjo , ex fiscal nacional económico, explicó que dentro de los fundamentos del proyecto de acuerdo, que dio origen a la Comisión, hay una situación, al parecer, contradictoria, en los dos últimos párrafos de sus considerandos, que dicen: “Que de haberse conocido oportunamente la totalidad de los antecedentes de que dispuso la Fiscalía Nacional Económica, no se habrían dictado las resoluciones 28 y 69 por la Corfo, y, obviamente, la Contraloría General de la República habría dictaminado que tales resoluciones no se ajustaban a derecho”. Asimismo, lo que considera particularmente grave, “Que sobre la base de las consideraciones precedentes y dado que la ocultación de información puede constituir ilícito administrativo, civil y, eventualmente, penal, se hace necesario investigar con profundidad esta irregularidad”, ya que dentro de los considerandos del proyecto de acuerdo, está bien relatada la actuación de la Fiscalía Nacional Económica, que en ese momento se encontraba bajo su responsabilidad y está muy bien relatado el hecho de que su informe, de 15 de diciembre de 1999 y que lleva el Nº de oficio 543, fue declarado secreto por la Comisión Resolutiva y no a petición de esa Fiscalía. Del propio texto del oficio 543 se desprende que no solicitó, como sí lo ha hecho en muchas oportunidades durante el período que ejerció dicha responsabilidad, ninguna reserva respecto de él. Incluso se hizo presente a los miembros de la Comisión Resolutiva de que fuera hecho público cuanto antes. Sin embargo, se está supeditado absolutamente a lo que resuelva la Comisión Resolutiva.
En cuanto al contenido del informe 543, manifestó que la parte más relevante se refiere al formulario F-20, presentado ante la SEC de Estados Unidos por Endesa España a mediados de 1999, ya que había un párrafo que hacía alusión a una alianza estratégica entre Endesa España y Aguas de Barcelona -Agbar- información que recibió a fines de noviembre de 1999, procediendo de inmediato a verificar la efectividad de esa información, toda vez que de acuerdo con las investigaciones que ya se estaban haciendo desde hace algunos meses en la Fiscalía, producto de una instrucción que en ese sentido impartió la Comisión Preventiva Central, nada de eso había aparecido en ningún momento. Para ello se contactó con la bolsa de valores de Nueva York, donde fue posible conseguir el formulario F-20. Con posterioridad, fue preciso intentar acreditar si era primera vez que se estaba en presencia de una declaración en ese sentido o si en años anteriores Endesa también había declarado esa alianza estratégica, lo que se corroboró al tener acceso a los formularios F-20 de años anteriores en los que esa declaración aparecía desde hace cuatro años. Es decir, no era una circunstancia nueva. Esa alianza estratégica se suscribió en 1994. Desde el año siguiente, Endesa declaró dicha alianza, que dio origen a la sociedad Interaguas, con el objeto de operar en algunas ciudades de España y de Latinoamérica. Solicitaron algunos antecedentes, pero no lograron aclarar la situación de esa alianza estratégica. Por ello, adoptó, personalmente, la decisión de traducir aquella información en el informe que se contiene en el oficio 543, y hacer presente esa circunstancia a la Comisión Resolutiva. Así, en virtud de sus facultades y medios, pudieron llegar hasta ese instante de la investigación, que por la gravedad del indicio que se tenía a la vista era preciso que la Comisión Resolutiva hiciera uso de las facultades que le otorga el decreto ley Nº 211, a fin de obtener la ratificación de la existencia de esa alianza estratégica y lo que significaba, en términos jurídicos, en España, y las repercusiones que ello tiene, a la luz de los artículos 63 y 65 de la ley de servicios sanitarios.
La Comisión Resolutiva declaró reservado ese informe y su anexo, que estaba constituido por el formulario F-20, que dio origen a esa información, y los formularios denominados 6-K que tienen por objeto, dentro de la normativa de valores de Estados Unidos, introducir modificaciones al F-20. Después de la fecha de presentación del F-20, hay varios formularios 6-K, presentados por Endesa España y que tienen fecha 20 y 30 de julio, 20 y 28 de septiembre, 4 y 13 de octubre y 5 y 10 de noviembre. Todos esos formularios fueron acompañados por el fiscal y en ellos no hay ninguna mención a la alianza estratégica, de manera que no se modificó en nada en relación con el texto que figura en el formulario F-20. Posteriormente, la Comisión Resolutiva declaró reservada esa información y ordenó notificar a Enersis, con el objeto de que esa empresa acompañara el texto de la alianza estratégica a que se hace referencia en el formulario F-20, pero sin exhibirlo, sino manteniéndolo en la custodia personal del abogado secretario de la Comisión Resolutiva.
Dentro del formulario F-20, en sus páginas finales, se deja constancia de que Endesa presenta, dentro de su balance consolidado, los resultados de Agbar, hecho que no se puede descuidar, porque en ese momento constituía un antecedente extraordinariamente importante.
Explicó que hizo una presentación a la Comisión Resolutiva, que en uso de sus facultades de carácter jurisdiccional actuó en esa materia de acuerdo con el criterio que le pareció a la mayoría de sus miembros, por tratarse de un tribunal colegiado. Con posterioridad, y hasta el 31 de marzo, cuando se procedió a entregar el servicio a don Francisco Fernández , a su juicio, no hubo entrega de antecedentes que permitieran afirmar la existencia de la alianza estratégica en los términos que señala el artículo 65 de la ley de Servicios Sanitarios ni tampoco antecedentes que permitieran descartar la existencia de dicha alianza o cualquier situación destinada a probar fehacientemente cuál era la situación de ella. Ahora bien, los informes que se presentaron con posterioridad los realizó la persona que lo sucedió en el cargo, en conformidad con los antecedentes que fue recibiendo luego de esa resolución de fecha 22 de diciembre, donde la Comisión ordena que Enersis acompañe estos antecedentes, que se tardó mucho en hacerlo.
Finalmente, con posterioridad a marzo, fueron acompañados los antecedentes solicitados con las formalidades legales que un procedimiento judicial de esa naturaleza requiere. Como consecuencia, la Comisión Resolutiva, resolvió sobre la medida precautoria que había suspendido el remate o licitación privada que Enersis había llamado respecto de aguas Cordillera y representó severamente a la empresa la demora en la entrega de los antecedentes que estaba forzada a entregar por la resolución de ese tribunal.
El señor Francisco Javier Fernández , fiscal nacional económico, explicó que a la fecha del traspaso de responsabilidades al frente de la Fiscalía, el proceso de Emos se encontraba totalmente afinado y lo que estaba en desarrollo ante la Comisión Resolutiva era el proceso de consulta a la cual esa honorable Comisión había sometido la adjudicación que hiciera la empresa Enersis de la propiedad de su empresa filial Aguas Cordillera, con motivo de aplicarse la medida precautoria que ese propio tribunal había adoptado para exigir que este proceso, que inicialmente fue concebido como remate o subasta privada, se transformara en un proceso de licitación pública abierta y como resultado de la cual la adjudicación que tuviere lugar fuera sometida a la aprobación previa antes de su perfeccionamiento por parte de esa propia Comisión Resolutiva Antimonopolios.
Agregó que la Fiscalía, dando continuidad a ese proceso de indagación y de corroboración de antecedentes acerca del alcance de la alianza estratégica de que daba cuenta el formulario F-20 ante la Security and Exchange Commission de los Estados Unidos, recabó, tanto de Endesa España como de la empresa Emos, las certificaciones y declaraciones auténticas pertinentes que delimitaran el alcance de esa alianza estratégica, cuestión que, tardó varios meses en cumplirse por parte de Enersis y de Endesa España, a tal punto que la dilación que tuvo el procedimiento, como bien lo recoge la resolución expedida al término de ese proceso que dio origen a la medida precautoria, es enteramente atribuible a la tardanza con que la empresa requerida hizo entrega de esta información. Por ello es que el punto resolutivo 3º de la resolución Nº 581, de fecha 19 de julio de 1999, por la cual la Comisión dio su aprobación a la adjudicación de la propiedad de Aguas Cordillera a la empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, dice que formula una prevención a Enersis S.A, en cuanto se le representa severamente la injustificada demora en la entrega de la información requerida con fecha 22 de diciembre de 1999 y que recién se cumplió con fecha 6 de julio de 2000, lo que obligó a una dilación innecesaria de ese tribunal para resolver una materia sometida a su conocimiento. Con todo, y no obstante dejar constancia de esta dilación en la entrega de la información recabada, la Fiscalía y consecuentemente la propia Comisión, no pudieron menos que constatar que de la información acopiada, de las certificaciones acompañadas y de las declaraciones juradas que se hicieron de conocimiento de la Fiscalía y de la Comisión, no cabía concluir que se dieran respecto de esta adjudicación de la propiedad del ciento por ciento de las acciones de Aguas Cordillera S.A. a Emos S.A. los presupuestos que establece la legislación chilena vigente, para configurar una hipótesis de concentración de propiedad o de superposición de concesiones de servicios eléctricos en condición de monopolio natural de distribución con respecto de una empresa de servicios sanitarios, en los términos en que lo prevé la ley general de Servicios Sanitarios, artículos 63 y 65, que para estos efectos, son normas de regulación de estructura de mercado. Siendo esto así y teniendo en cuenta ese marco legal, la conclusión a la que arribó la Comisión en la resolución 581, de 19 de julio, era que cabía aprobar la operación consultada y declarar que la empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A. podía proceder a la adquisición de las acciones de Aguas Cordillera S.A., que les fueron adjudicadas con ocasión de la licitación pública convocada por Enersis S.A., por no existir antecedentes que constituyeran un impedimento legal para su perfeccionamiento. Había que cumplir con ello, pues la misión propia de un órgano de control jurisdiccional es constatar si en la especie que es sometida a su conocimiento y decisión, se dan o no los presupuestos que la norma legal específica establece para reprochar una determinada conducta como atentatoria o no atentatoria contra la competencia.
Agregó que, en el último punto resolutivo de la sentencia, la Comisión señaló que Emos S.A. deberá en lo sucesivo comunicar en forma oportuna a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, autoridad de fiscalización sectorial, cualquier información relevante relacionada con eventuales cambios de propiedad o con pactos o alianzas que sus controladores celebren con otras empresas y que pudieran incidir en las materias a que se refieren los artículos 63 y 65 de la ley general de Servicios Sanitarios, lo cual se apoyó en distintas declaraciones juradas formuladas por los máximos responsables de esas transnacionales que participan en la propiedad de Emos y concretamente en un instrumento público suscrito por el secretario general de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España, organismo homólogo a nuestra Superintendencia de Valores y Seguros, en el que certifica que en la información que obra en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en virtud de lo dispuesto en los artículos 82, 89 y 92 de la ley Nº 24, de 1988, no figura comunicado ningún acuerdo o pacto entre Endesa S.A. y Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. al margen de Interaguas, Servicios Integrales del Agua S.A.
Indica que en lo que atañe a la labor que le cabe desarrollar a los organismos de control antimonopolios, no era posible llegar sino a la conclusión a que se arribó, al menos de acuerdo con la información acopiada hasta el momento y que ni a la Fiscalía ni a los tribunales antimonopolios les compete participación alguna en la definición de cuestiones de política económica. Por ello es que su informe, en relación con la enajenación de Aguas Cordillera, se dio en los términos en que aparece recogido en el respectivo oficio que firmó como fiscal y que sirvió de antecedente para la resolución de la Comisión Resolutiva ya mencionada.
El señor Eduardo Arriagada Moreno , ex presidente del Sistema Administrador de Empresas (SAE), señaló que el Sistema Administrador de Empresas debía administrar el conjunto de empresas estatales, las cuales eran sociedades anónimas, lo que se hacía mediante el nombramiento de un directorio en cada una de ellas, el cual es responsable de su administración. Se nombraba a un directorio compuesto por cinco o siete personas, dependiendo del tamaño de la empresa, las cuales respondían a la dirección de la administración de la empresa, según lo establece la ley. Estos directores, como en el caso de cualquier directorio de una sociedad anónima, responden como personas del desempeño de su labor y no dependen de lo que el Sistema Administrador de Empresas pueda instruir.
Manifestó que la empresa Emos tenía que invertir un monto de 1.538 millones de dólares en los próximos 10 años, con el objeto de cumplir los programas de desarrollo que la Superintendencia de Servicios Sanitarios le exigía, especialmente programas que tenían que ver con el tratamiento de aguas. Ante esta situación y en vista de que la política del Estado era que no habría aportes estatales a esas empresas, que no se les permitía endeudamiento y que no podían guardar sus utilidades para invertirlas, es decir, que el ciento por ciento de sus utilidades debían pasar al Estado, la empresa no tenía otra alternativa para cumplir la ley sanitaria, (esto es, que no le quitaran la concesión por no cumplirla), de ir a la búsqueda de capital privado, de incorporar capital privado a la empresa, lo que es el llamado mecanismo de privatización, que se diseñó cuidadosamente en los distintos pasos que había que dar hasta conseguir llevar adelante un proceso de privatización que partió por definir un equipo de gente, el PSP, que eran los encargados de llevar adelante el proceso privatizador.
Ese grupo estaba formado por un representante del Ministerio de Hacienda, un representante del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el presidente de la empresa, en este caso el presidente de Emos , y un representante del SAE. El 31 de julio de 1998 la Corfo tomó el acuerdo de incorporar capital privado en Emos. Se contrató a un banco asesor, a fin de que llevara adelante la venta y búsqueda de clientes para colocar las acciones, y, al mismo tiempo, determinara todos los aspectos económicos necesarios para definir los precios, las acciones, las condiciones de venta, etcétera. La licitación se hizo entre un conjunto de bancos y, finalmente, por darse las condiciones más adecuadas, se contrató al banco inglés Rothshield, que trabajaba en Chile en conjunto con el Bice. A fines de diciembre de 1998, el banco comenzó a trabajar y lo primero que hizo fue preparar las bases de las licitaciones. El 22 de marzo, comenzaron a venderse y, desde ese período hasta que se presentaron las ofertas, hubo un trabajo de dirigirse hacia los interesados, el que contempló visitas a distintas empresas. Con ese objeto fueron a Londres y a España, a fin de interesar a inversionistas para que invirtieran en acciones de Emos. El 11 de junio se abrieron las ofertas y, finalmente, la empresa se traspasó al sector privado el 15 de septiembre de 1999, fecha en que terminó el proceso.
Este proceso no sólo tenía como finalidad elaborar buenas bases de licitación, buscar interesados y llegar a buenos acuerdos con ellos, sino, además, llevar a cabo una serie de acciones con el objeto de preparar a la empresa para su óptima venta. Por eso, primero procedieron a retirar las utilidades retenidas, que sumaban 105 millones de dólares, ya que no correspondía dejar esos dineros en la caja de la nueva empresa; después fue necesario que determinados activos de la empresa no quedaran en poder de la nueva, sino que continuaran siendo estatales, como el embalse El Yeso, Laguna Negra, la Quebrada de Ramón, algunos activos de APR y un conjunto de bienes prescindibles, los que Corfo compró en 17 millones de dólares.
Explicó que se siguieron los pasos para efectuar la privatización. Lo más importante fue conseguir una modificación a los estatutos de Emos, creando acciones privilegiadas, a fin de defender los derechos de agua, ya que si se privatizaba, se entregaban al sector privado los derechos de agua y todas las fuentes de agua potable de Santiago, que podían ser objeto de venta o de negocio, por cualquier transacción por parte de Emos. Luego se firmó un pacto de accionistas previamente a la licitación. En las bases de licitación estaban los acuerdos de accionistas que se debían tomar, en los cuales quien compraba las acciones, ni podía hacer aumento de capital sin autorización, ni podía enajenar, ceder o gravar los derechos de agua; ni podía tampoco traspasar sus acciones a otra entidad sin la aprobación del SAE. El día de la licitación se presentaron cuatro proponentes, de los cuales el que pagó el precio más alto fue la Empresa Aguas Cordillera, que es una combinación de un 50 por ciento entre Aguas de Barcelona y Suez Lyonnaise des Eaux , la empresa sanitaria más grande del mundo.
Señaló que este proceso significó, en ingresos netos para el Fisco, un total de 721 millones de dólares, que equivalen a más de 37 años de las utilidades que puedan tener estas acciones, considerando los últimos cinco años como promedio de las acciones.
En consecuencia, la empresa se vendió en 721 millones de dólares, los cuales entran al patrimonio fiscal. Adicionalmente, se sacaron 100 millones de dólares de Emos, que también entraron al Fisco. En total son 821 millones, y 400 millones que quedaron dentro de la empresa, que son los recursos con los cuales la empresa está construyendo las plantas de aguas servidas y ampliaciones.
Agregó que en cada una de las etapas que se fueron dando en la incorporación de capital a Emos, se requirió el estudio de la Contraloría; las bases de licitación, la adjudicación, el contrato, etc. Siempre hubo toma de razón de la Contraloría, y en cada una de las etapas se tomaron determinadas precauciones, esto es, al inicio, al presentarse los proponentes a la licitación, tenían que entregar una declaración jurada en que se señalara que no tenían ningún impedimento para poder ser controladores de la empresa Emos, y una carta en la cual aseguraban no transgredir ninguna de esas disposiciones, ya que corrían el riesgo de ser sancionados con una multa muy fuerte. La primera era de 25 millones de dólares. Después, una fianza sobre el total de la inversión, con el fin de asegurar que no se produjera una transgresión a las bases del proceso. Explicó que cuando se presentaron los distintos proponentes que entregaron todos sus antecedentes, no apareció que en España la empresa Endesa España fuera accionista en un once por ciento de las acciones de Aguas de Barcelona y, por lo tanto, eso podría implicar una transgresión al artículo 63 de la ley pertinente, de tal modo que se consultó e hicieron investigaciones en la Bolsa de España, en la SEC de Estados Unidos, en Chile, y se le entregó la información a estudios jurídicos para que analizaran la situación, los que concluyeron que ese porcentaje que tenía Endesa España de Aguas de Barcelona no implicaba alguna limitación para participar también en Emos. Además, se entregaron todos estos antecedentes tanto a la Superintendencia de Servicios Sanitarios como a la Contraloría. Ambos los estudiaron y la decisión fue que no había tal diferencia. De esta forma, la empresa se adjudicó la licitación, después de superarse el problema sobre una posible interferencia, por el hecho de la presencia de Endesa España en las acciones de Aguas de Barcelona.
Hizo presente que, con posterioridad a ese momento, se presenta una nueva situación, cual es que la empresa Emos, ya en poder de los españoles -Agbar-, aspira a comprar la empresa Aguas Cordillera. En la Comisión Antimonopolios se entrega el antecedente de que existe un pacto de actuación conjunta entre Endesa España y Aguas de Barcelona, a través de una sociedad llamada Interaguas. Por lo tanto, al existir este pacto, Aguas de Barcelona no podría comprar la empresa Aguas Cordillera a Endesa España , ya que Endesa España , a través de Enersis, era el propietario de Aguas Cordillera. En ese caso sí había una incompatibilidad absoluta. Obviamente, dijimos que esto era muy grave, porque si existía esa incompatibilidad para comprar las otras sanitarias, también debía haber existido una situación similar que impidiera aspirar a comprar las acciones de la Emos. Por lo tanto, en ese momento, se iniciaron una serie de investigaciones. Se pidió a estudios de abogados que entregaran antecedentes. Preguntamos por qué no nos informaron de esta situación. La razón que nos dieron fue que se trataba de un hecho irrelevante, ya que Interaguas, que es la empresa que, en teoría, habría actuado, no actuó nunca en Chile, porque no podía hacerlo, de acuerdo con la ley chilena. Se investigó en España y en Estados Unidos, y el resultado de la investigación fue que no existía este impedimento. La Comisión Antimonopolios determinó que la Emos podía comprar Aguas Cordillera, y la Contraloría y la Superintendencia de Servicios Sanitarios determinaron que esto no implicaba una limitación para que Aguas de Barcelona participara en la licitación de la Emos.
Manifestó que se le ha dicho que conocían de antes el pacto que se hizo a través de Interaguas. Habría sido muy grave si lo hubiesen sabido antes. Por lo demás, habría sido muy torpe, porque si lo hubiesen conocido antes, por qué no lo iban a investigar, si habían investigado el otro caso. ¿Qué sentido tenía no haberlo investigado? Su posición, agregó, es que nuestras autoridades tuvieron conocimiento de este hecho con posterioridad a la licitación, y aun con posterioridad a la fecha en que se traspasó el control de la Emos.
Señaló, asimismo, que el documento dice: “Para su presentación a la licitación de las acciones de la Emos, los participantes presentaron una declaración jurada sobre el hecho de que directa o indirectamente no tenían impedimento alguno para adquirir acciones de la Emos, considerando, entre otras, las restricciones establecidas en la ley general de Servicios Sanitarios, según modificaciones introducidas por la ley Nº 19.549”. El presentar una declaración falsa era gravísimo y afectaba una garantía de 25 millones de dólares, que debía entregarse con la propuesta.
Antes de efectuarse la licitación, y por el hecho de que Endesa tenía participación accionaria en Agbar, se hicieron averiguaciones adicionales, y se requirieron las certificaciones e informes necesarios para tener certeza en cuanto a la no existencia de las restricciones establecidas en la ley sanitaria. Así, se obtuvo la información pertinente de la Comisión del Mercado de Valores de España sobre la no existencia de pactos de acción concertadas entre Agbar y Endesa . También se recibieron informes legales de un conjunto de abogados.
En relación con este mismo asunto, el 5 de enero de 2000, la Contraloría General de la República respondió una presentación de los diputados Pablo Lorenzini y Jaime Jiménez , que señalaban la infracción que se habría producido en el artículo 65 de la ley. En su contestación, la Contraloría establece que según los antecedentes en su poder, Endesa España no es controlador ni ejerce influencia decisiva en la propiedad o usufructo de la Emos, y que las diferentes resoluciones de la Corfo en relación con la adjudicación de las acciones de la Emos se han ajustado a derecho.
En conocimiento del hecho, en enero de 2000, la Corfo pidió los antecedentes a la Emos, y encargó un estudio a la oficina Morales, Noguera y Valdivieso . De la información recibida y de los estudios realizados se concluyó que la existencia de esta alianza, que no operaba en Chile, no constituye una infracción a la ley general de Servicios Sanitarios. Así también lo estableció la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que señaló el 10 de abril que esto no constituía una infracción a la ley sanitaria y, por lo tanto, no había ningún impedimento para que esta empresa hubiera participado. También lo determinó la comisión preventiva, al rechazar el recurso y permitir a la Emos participar en la licitación de Aguas Cordillera.
Reitera lo que ha expresado en el sentido de que 721 millones de dólares entraron a las arcas del Estado y están transformados en obras y en actividades que el Estado tuvo en distintos tipos de inversiones sociales; que existe una ley sanitaria aprobada por la mayor parte de los parlamentarios y sobre esa ley se ha actuado. Por lo tanto, no le incumbe ni preocupan las razones por las cuales se expresa que estas empresas deban o no ser estatales. Respecto del tema de las tarifas, nunca se dijo que éstas iban a bajar; por el contrario, se planteó que en razón del tratamiento de las aguas las tarifas iban a tener aumentos. Las actuales tarifas de la empresa Emos no han sido determinadas por la empresa nueva, sino que fueron estudiadas por el SAE cuando él era parte de esa institución. El 19 de febrero del año 1999 se iniciaron los estudios de las tarifas de Emos, que fueron concluidos cuando ya la empresa había sido traspasada. Pero los análisis básicos fueron realizados por la empresa, que tiene la obligación de cobrar de acuerdo con lo que la Superintendencia de Servicios Sanitarios estipula. Además, existe un subsidio directo del Estado que va en beneficio de los más pobres. Es cierto que las tarifas de Emos subieron, no en el 30 por ciento como se ha señalado, pero sí en un máximo de 26 por ciento para aquellas tarifas por un consumo de más de 40 metros cúbicos; las de menos de 10 metros cúbicos subieron un 6,7 por ciento, y las de 15 metros cúbicos, un 14 por ciento. En la anterior negociación tarifaria, en la cual todas las empresas sanitarias subieron alrededor de un 20 por ciento, Emos no subió sus tarifas. O sea, Emos subsidió en la anterior fijación tarifaria y todos los chilenos subsidiamos la tarifa de Emos. Ahora, las tarifas han subido en forma razonable, lo cual no tiene que ver con el hecho de si es privada o pública. Eso lo fija la Superintendencia a cada una de las empresas que se han privatizado.
Por último, concluye, los organismos responsables como la Comisión Antimonopolios, la Superintendencia de Seguridad Social, la Contraloría General y la Superintendencia de Valores y Seguros determinaron que no había impedimento de algo que evidentemente no supieron.
El señor Ramón Briones Espinosa , abogado, señaló que el proceso de la Emos, como el de las otras empresas, fue producto de un gran acuerdo político del gobierno anterior, que terminó en un documento que se llamó Bases de la Concertación para la Privatización y Protocolo de Acuerdo, en cuya elaboración participó a fines de 1996. En ese gran acuerdo, que iba a posibilitar la generación de las normas legales para la venta de las sanitarias, quedó palmariamente establecido que debían cumplirse varios requisitos para la incorporación del capital privado con el objeto de que esta privatización pudiese prosperar. Y la piedra angular de este acuerdo consistía en el solemne compromiso de que se haría un estudio caso a caso para buscar la manera de incorporar el capital privado. Desde esa perspectiva, se incluyeron cuatro alternativas, siendo una de ellas la venta de las acciones y el control de las compañías. Además, se establecieron acuerdos sobre los derechos de aguas y el defensor del ciudadano.
En el caso de la Emos, ocurrió que, junto con el acuerdo protocolo de la Concertación, se produjo una segunda negociación, en la que participó la Oposición, y que, en su opinión, fue ocultada a los parlamentarios y a los partidos de gobierno en medida no menor. Y ese ocultamiento de los verdaderos acuerdos consistía en que, en definitiva, si bien se establecían diversas formas de captar inversión privada, pública, nacional o extranjera, en la práctica se había pactado un compromiso para vender las acciones, que sería el único camino en virtud del cual habrían sido noticiadas las autoridades de la época de que realmente había interés en invertir en esta compañía, es decir, en adquirir su control, aun cuando tuviese que compartirse el capital y los resultados de ese control con el Estado de Chile en un porcentaje que se establecía como piso mínimo en 35 por ciento. Sin embargo, un segundo acuerdo reservado se tradujo en una norma evidente que se esperaba con el crecimiento de los requerimientos de capital a futuro. Al no poder el Estado adquirir o comprar las nuevas emisiones, tendría que bajar su participación hasta llegar a desaparecer. En consecuencia, este acuerdo consistía en que el Estado desaparecía como accionista de las empresas sanitarias en un horizonte de uno o de diez años como máximo. Además, se estableció con la Oposición un acuerdo para generar la venta de las principales compañías. No se cumplió lo sostenido en el ámbito de la Concertación en orden a generar espacios entre las distintas privatizaciones para ver cómo operaban los distintos mecanismos y su funcionamiento.
Teniendo presente esto, señala que se explica bien la incapacidad para aplicar estas normas restrictivas como normas regulatorias. Éstas son de orden público y se sitúan dentro del campo del derecho público, donde sólo puede hacerse aquello para lo cual la empresa ha sido autorizada. Se han interpretado, más bien, como normas de derecho privado, como si estas normas de mínimo marco permitieran configurar muchas variables distintas. En este caso, por ejemplo, a la vista de Endesa España, que controla el sector eléctrico, con excepción de Transelec, que hoy fue vendida a una empresa estatal canadiense.
Dicho grupo, que tenía el control del sector eléctrico chileno -y que lo estaba afianzando el año recién pasado-, tiene una relación de negocios con la empresa Aguas Barcelona que es subsidiaria de una empresa estatal francesa, donde el Estado tiene un grado de control muy importante. Esta situación, que no era totalmente desconocida, o que no podía ser desconocida, significaba, en su opinión, que no podía existir la menor duda de que, aplicando las más elementales normas del derecho en materia de pruebas -la reina de las pruebas son las presunciones-, no podía sino colegirse por las autoridades que existía un pacto, una asociación comercial entre estas compañías, porque Endesa España no podía tener un capital tan grande suscrito con Aguas Barcelona -del orden del 15 por ciento- y tener tres vicepresidentes sin que significara algo más que una inversión financiera.
Manifiesta que nunca se sostuvo en Europa, ni en Chile, que Endesa España fuera financista de Aguas Barcelona por la vía de suscribir sus acciones. Se trataba de una asociación que no sólo se expresaba en el componente accionario ya indicado, sino que además se habían suscrito pactos, sociedades, entre ellas la famosa Interaguas, que era aparentemente desconocida por las autoridades de la Corfo en Chile y cuyos antecedentes nunca se recabaron en la época de precalificación de las bases.
Las altas superioridades de la Corfo y del SAE tuvieron dudas puesto que pidieron, a lo menos, cinco informes de derecho en España y en Estados Unidos sobre si existía el famoso Pacto de Actuación Conjunta. Si bien la ley sanitaria se remite a la ley de sociedades anónimas y de valores, para estos efectos, en la práctica, debieron haber sido más acuciosos, porque la actuación conjunta debe entenderse en un sentido amplio. Existen pactos de actuación conjunta con una persona cuando alguien hace negocios en común con ella, y cuando, al mismo tiempo, ella reserva espacios de decisión para operar en un determinado mercado. No cabe la menor duda de que este pacto tenía doble lectura. Y si se lee el protocolo de la sociedad Interaguas, en su número 4º, se llega a la conclusión de que existe un acuerdo de los accionistas para operar en conjunto. Cuando ninguno quiera actuar, cualquiera de los otros queda facultado para operar por su cuenta y riesgo.
Esta interpretación elemental, que no pugnaba con el espíritu de las normas de la ley sanitaria, fue objeto de un acoso muy fuerte por parte de las compañías, porque ellas tenían -la de Aguas Barcelona- el interés de distribuirse el mercado chileno.
Mientras Enersis , que era Endesa España , iba a Esval sin la competencia de Aguas Barcelona, Endesa España no competía para que Aguas Barcelona pudiera comprar Emos. Posteriormente, facilitaba las cosas, para consolidar en la Región Metropolitana este monopolio natural, ampliando la posición de Emos, adquiriendo o permitiéndole adquirir Aguas Cordillera, que era la empresa de agua potable Lo Castillo que, si bien es una empresa pequeña, tiene altos estándares de eficiencia y atiende al sector de más alto consumo de la población, lo cual la obliga a ser un muy buen referente de lo que debe ser la empresa modelo, para los efectos comparativos en las tarifas.
Sin embargo, en la práctica, se produce este otro fenómeno: se generan grandes concentraciones en la Quinta Región a partir de esta empresa, que es Endesa España , y viceversa, en el caso de Emos. No se busca la interpretación adecuada a las disposiciones de la ley sanitaria nueva, y se actúa con manga ancha.
Las leyes siempre permiten un cierto grado discrecional de interpretación. Estos artículos están concebidos de manera que una mente muy inteligente deje los suficientes corredores, porque son resquicios adicionales para permitir cosas como éstas. Por eso, más que hacer una evaluación jurídica del tema, hay que hacer una evaluación política, porque revela completa incapacidad de discernir cuando se hacen estas leyes que se aprueban en la Cámara de Diputados y en el Senado.
La Comisión Resolutiva Antimonopolios estima que la norma que establece que se puede tener hasta el 50 por ciento de un segmento del mercado en materia sanitaria, en el fondo ha significado que el legislador ha establecido un límite del cual no puede salirse sin violar la ley. Por la forma de interpretar una situación parecida a la que permite el artículo 5º del decreto ley Nº 211, antimonopolios, se permite que, por la vía de un decreto, en ciertos casos, se establezcan monopolios por el Estado. En consecuencia, si la ley dispuso que se puede tener hasta el 50 por ciento de un segmento en materia sanitaria, está todo permitido mientras no se sobrepase ese porcentaje.
Señala que ni en el más grande de los delirios del mundo político jamás estuvo en mente tener en Chile concentraciones de dos empresas hasta el 50 por ciento de los mercados, producto de una norma legal que venía a crear el más grande monopolio que existe en el país. Se comprenderá que si mañana se dictase una norma en materia bancaria que dijera que en una determinada área del país se podrá tener hasta el 50 por ciento de los créditos, de las colocaciones o de las tarjetas de crédito, no cabe la menor duda de que los órganos antimonopólicos chilenos dirían que no es posible mantenerse bajo esos límites. Ésa es la situación que se ha producido en este asunto.
Cuando se discute en los órganos antimonopólicos si existía o no esta actuación conjunta, primero, aparece de manifiesto lo que llamaría la curiosidad o irregularidad fundamental. Una empresa extranjera, sometida al estatuto de una ley chilena, que firma un pacto con el Estado de Chile, que es un contrato ley, que se compromete a cumplir la ley chilena, oculta la información de su empresa Interaguas, no lo hace por un descuido, sino porque desea que eso no se descubra. Esa empresa logra su objetivo, puesto que sólo después de la denuncia en que participaron y a consecuencia de una investigación que hace el fiscal Asenjo , él se hace de este documento y hace una determinada interpretación del mismo, que es muy categórica en los órdenes que ha señalado. Este documento, sin embargo, queda guardado por orden del tribunal monopólico, cuestión que no tiene ninguna lógica. Incluso, en su opinión, exorbita las normas de la Comisión Resolutiva. Cree, agregó, que en Chile los cuadernos secretos están reservados en un proceso sólo a los casos específicos de la ley de Drogas y Antiterrorista. En consecuencia, no existe opción que haya juicios económicos con documentos secretos. Esto se ha transformado en una práctica de la Comisión Resolutiva que suele tener justificación dudosa en que hay información reservada que no puede conocerse por la competencia. A pesar de ello, debe primar el factor transparencia en el sector público y las magnitudes de los problemas económicos y los llamados secretos industriales, comerciales es un tema en el que tendrán que ocuparse los legisladores en su momento, pero, en este caso, no se justifica lo que ocurrió.
Recalcó que sólo el 15 de diciembre del año pasado se pudo conocer el documento. Sin embargo, la empresa Emos y sus coligadas habían tenido desde el 15 de diciembre hasta el 15 de abril de este año para preparar un conjunto de documentos que trataban de justificar que la empresa Interaguas no era una compañía que permitiera configurar una actuación conjunta. Generaron una serie de documentos en España, muy ad hoc, para justificar su postura y, junto con ello y en el mismo tiempo, presionaron muy fuerte a las autoridades para que se les permitiera hacerse de la compañía que quedaba en esta tierra de nadie, que era esta filial de aguas de la empresa eléctrica. Obviamente, Emos debía formar parte de ese gran pacto y no de la empresa eléctrica. Porque una cosa era cómo ellos diseñaron el negocio -y, en esto, obviamente, nunca habrá prueba; tendrían que venir personas a testificar cosas que nunca van a decir- y otra, que era obvio que ellos compitieron separados, uno por la Quinta Región y otro por Santiago, luego de lo cual ordenaron sus activos. Eso lo hicieron a vista y paciencia de nuestras autoridades, y la Comisión Resolutiva aceptó finalmente, en un fallo, la tesis de que no existe violación de la ley sanitaria. Entre otras cosas, el propio superintendente de Servicios Sanitarios -la propia Comisión Resolutiva entiende que es la persona encargada de velar por el cumplimiento estricto de estas normas- señaló desde siempre y colaborando con esta situación que no había una actuación conjunta y que, en consecuencia, la limitación máxima para Chile de concentración en el sector sanitario es la barbaridad del 50 por ciento por cada segmento.
Hace presente que, en consecuencia, hoy se tiene como producto de esta circunstancia, nada menos que la concentración de mercado más grande que existe en Chile por ley: el 50 por ciento de un mercado en el que uno puede ser dueño teniendo el monopolio natural del agua y todos los elementos asociados.
Señala que eso es, en síntesis, lo que puede aportar desde un punto de vista político. Los hechos hoy han dado prueba de que esto se planificó -en su opinión- con una colaboración a lo menos implícita de las autoridades. Nunca dijeron que a ellos les parecía bien que la situación llegara a esto. Pero no lo dijeron en esta forma, porque siempre se les dijo a las personas que fiscalizaron estos actos, como ciudadanos o como consejeros del Partido Demócrata Cristiano en las múltiples reuniones que hubo, que de lo único que se trataba era de aumentar la eficiencia y la competencia incorporando capital privado. Aseguró que no va a haber ningún cambio de eficiencia importante. Estas empresas, como lo demuestra un artículo de una de las personas más preparadas, el señor Madrid , en un estudio entregado en la Universidad Católica, tienen un manejo impecable desde el punto de vista de su desarrollo y de sus estándares.
En consecuencia, y teniendo en consideración que en otros países estas empresas son estatales y municipales con buenos resultados, señala que la única razón que existía era la incapacidad técnica del Estado para asumir un mayor endeudamiento por razones que tienen que ver con la macroeconomía. Pero estos razonamientos no van a traducirse en mayor eficiencia. Significó no haber dicho la verdad a las personas que en su oportunidad requirieron esta información y se hizo un diseño exactamente igual antes y después del protocolo, antes y después de las normas iniciales que se mandaron con un único objetivo: traspasar la gestión de estas empresas a grupos del sector privado, fundamentalmente extranjeros, como ha ocurrido, sin ninguna excepción en todas las empresas de aguas. Es un país que tiene todos sus sistemas sanitarios en manos extranjeras, las que tienen como principal preocupación dar servicio para obtener la mayor rentabilidad posible y entregar a sus accionistas, en libras esterlinas y dólares, las utilidades del negocio. Eso es la consecuencia de haber hecho esta ley, y de que la Corfo y la superintendencia hayan entendido de esta manera su aplicación. Esta es la forma como las autoridades centrales del gobierno del Presidente Frei indujeron a los parlamentarios a votar una norma que tendría que haber sido absolutamente distinta.
Dada la complejidad de estos temas, la forma como se tramitan las leyes, la completa falta de prolijidad de cómo se hace el análisis de los resultados prácticos de la aplicación de una norma tan compleja como ésta, argumentó que en las décadas pasadas, en otro Estado y en otro Chile, estas normas normalmente eran decretos con fuerza de ley, en que los parlamentarios delegaban una facultad en el Gobierno y éste, a su vez, asumía completamente la responsabilidad de lo que hacía. Así se hizo el DFL eléctrico, el DFL de la vivienda y muchos otros, vigas maestras de la economía chilena y que fueron de responsabilidad del Presidente de turno que las dictó.
Agrega que hoy, estas normas que se hacen en el Congreso, se elaboran con el aval explícito de los congresales que, si las votan, supuestamente discuten cada uno de los aspectos. En consecuencia, la responsabilidad de esto es enorme, porque los parlamentarios creyeron que estaban legislando de una manera, pero el resultado práctico es completamente distinto. Ése es el juicio político que pide que tenga en consideración esta honorable Comisión.
Recuerda que cuando se discutió esta ley, el señor Villarzú expresó que entendía que se iba a hacer un esfuerzo para incorporar concesiones, que estaban tan de moda en el sector caminero, y que eran perfectamente posibles de utilizar acá.
Recuerda que don Sergio Saavedra , presidente de Emos , le comentó en una conversación telefónica que la primera instrucción que él recibió, cuando fue nombrado en el Directorio, fue buscar la fórmula para incorporar capital privado sin que el Estado se desprendiera patrimonialmente del control y la gestión de la compañía y que después, a los tres meses, recibió una orden distinta.
En consecuencia, señala, aquí hubo un cambio. Existió un discurso para aprobar la ley y otro para aplicarla. Y eso atenta contra la ética política y contra la forma de hacer las cosas. Porque con este mismo criterio, el nivel de desconfianza que se producirá mañana entre las personas que legislan -los que tienen que votar y responder ante sus electorados- y los técnicos que les entregan las normas, que no responden sino hasta el día en que se termina el cargo para el cual han sido designados, puede producir un efecto sumamente grave no sólo a nivel de gobiernos de la Concertación, sino también de otro signo.
Manifiesta que ha sentido una enorme frustración por este tema. Ha sido una persona que ha luchado con las cartas sobre la mesa. Ha ocupado muchas horas de su vida en tratar de convencer, en buena lid, que otros sistemas eran mejores. Hoy se han jugado por un solo sistema, cuyos resultados prácticos han sido desoír la opinión de los parlamentarios que ahora, incluso, tratan de decir que no dijeron lo que en definitiva algunos entienden que dijeron, como ha pasado con Essbío, o simplemente que algunos todavía sigan creyendo que no existía pacto de actuación conjunta entre Endesa España y Aguas Barcelona para distribuirse el mercado chileno, que tiene que haber sido diseñado desde el momento mismo en que se firmó esta sociedad en 1994. Porque ya en esa fecha se estaba hablando de la venta de las empresas sanitarias en Chile, y en 1996, cuando se discutía el protocolo, obviamente ellos ya tenían sus antenas, sus lobbies y sus negociantes dispuestos para entrar en el camino que les fijaran.
Concluye diciendo que, en definitiva, ellos tuvieron perfecta noticia de que el sistema que se estaba creando no iba a ser óbice para que lograran su objetivo, que era una meta fantástica. Se llega a una situación que, al final, es la peor de todas las posibles. Se tiene una empresa donde existe un socio controlador extranjero, que reporta utilidades al exterior, y un socio minoritario transitoriamente chileno, del orden del 30, 35 ó 40 y tantos por ciento, que actúa como soporte necesario para una negociación tarifaria.
Cuando Aguas Barcelona negocia sus tarifas, obviamente el Estado de Chile va a tener siempre presente que también va en el negocio. “Soy socio de lo que estoy regulando y, al mismo tiempo, estoy regulando”. Esa esquizofrenia económica no resiste el menor análisis. Es imposible que no se mezcle con una decisión política que, en definitiva, va a significar casi una forma de conseguir impuestos por una vía indirecta.
En la medida en que en estas empresas ponen tarifas más altas para el agua, obtienen un retorno por la vía de sus acciones. Incluso, se produce el absurdo de que cuando esta empresa toma la decisión de comprarle a su asociada su matriz de aguas en Chile -Aguas Cordillera-, el Estado termina contribuyendo a pagar ese precio con un 41 por ciento, lo que es completamente ridículo. Mientras por un lado privatizamos, por otro estatizamos.
Señaló que aquí existe tan poca claridad conceptual que mientras antes privatizaban la electricidad en la época de Pinochet, hoy estatizan la transmisión, pues la compra una empresa de Quebec que es estatal. Sostuvo que se ha actuado con mucha ingenuidad, lo que ha quedado de manifiesto en el hecho de que ni siquiera se dieron el trabajo de tener ese mínimo de claridad en las bases de licitación. Podrían haber dicho: “Miren, aquí está esta empresa Interaguas...”. Si hubieran acompañado ese documento a las bases de licitación antes de comprar, antes de abrir el sobre con el dinero, probablemente habrían quedado fuera de carrera.
Observa un conjunto de elementos que ya no son aislados -en su opinión-, porque los ha visto en muchas partes. Ha observado los hechos consumados en estas situaciones, en la compra de las acciones de Endesa y en el Banco de Santiago, etcétera. Afirma que hay un modus operandi en el país que es altamente preocupante.
El señor Bernardo Espinosa (fiscal de la Corporación de Fomento de la Producción) señaló que el proceso de privatización de Emos concluyó el 14 de septiembre de 1999, durante el cual se desempeñaba como fiscal de la Corfo, cargo que continúa ejerciendo. Una vez privatizada o incorporado capital privado en Emos y asumido el control de la misma por quienes se la adjudicaron, fue designado por la Corfo como director de la compañía. Expresó que el procedimiento de licitación que utilizó la corporación, fue el siguiente:
I. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.
El procedimiento de incorporación de capital privado en Emos Sociedad Anónima se efectuó mediante licitación pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la ley Nº 19.082, una de las normas orgánicas de la Corfo. Las bases de licitación preparadas por el SAE, con asesoría nacional e internacional, fueron aprobadas por la resolución Nº 28, de 1999, del Vicepresidente Ejecutivo de la Corfo . La adjudicación de la licitación a la mejor oferta, presentada por Inversiones Aguas Metropolitanas Limitada, compuesta por Agbar y Suez Lyonnais des Eaux , se efectuó por Resolución Nº 69, de 2 de junio de 1999, del vicepresidente ejecutivo de la Corfo . De ambas resoluciones tomó razón la Contraloría General de la República.
II. PROTECCIONES O RESGUARDOS GENERALES.
2. La incorporación de capital privado previó el establecimiento de determinados resguardos y protecciones, entre los cuales cabe destacar los más importantes:
2.1. La creación de acciones serie B, o privilegiadas. Éstas corresponden a las que conserva la Corfo y cuyo voto conforme es necesario en todo lo relacionado con las concesiones sanitarias y derechos de agua de la Emos S.A.
2.2. Pacto de accionistas. A través de él se establece una protección a la sociedad, a sus accionistas y a la gestión sanitaria. Se exigió la garantía o fianza de las sociedades matrices del adjudicatario, esto es, de Agbar y Suez Lyonnais des Eaux .
2.3. Se traspasaron a Corfo importantes extensiones de terreno, constituidas por bienes inmuebles ubicados en el sector cordillerano de Santiago.
III. LOS ARTÍCULOS 63 Y 65 DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS SANITARIOS. RESGUARDOS ESPECÍFICOS.
3. En particular, se establecieron un conjunto de resguardos de carácter específico, vinculados fundamentalmente en este proceso de licitación, a lo que previenen los artículos 63 y 65 de la ley general de Servicios Sanitarios, DFL Nº 382. En efecto, con motivo del proceso de incorporación de capital privado en Emos S.A., una de las mayores y prioritarias preocupaciones de la Corfo y del SAE fue velar por el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 63 y 65 del DFL Nº 382, del Ministerio de Obras Públicas (ley general de Servicios Sanitarios). Para tal efecto, se contemplaron los siguientes resguardos en las bases y en el pacto de accionistas.
3.1. Todos los interesados y, desde luego, tanto Agbar Chile S.A. como Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. entregaron declaración jurada, en el sentido de que no tenían impedimento legal alguno para adquirir acciones en Emos S.A., en relación con las restricciones previstas en el DFL Nº 382. (Título III, Nº 5 de las Bases de Licitación Pública de Acciones de la Corfo en Emos S.A.)
3.2. Además, en la Cláusula Quinta, letra c), del Pacto de Accionistas, que se suscribió entre la Corfo y el adjudicatario con ocasión de esta licitación, Inversiones Aguas Metropolitanas Limitada declaró que la adquisición de una participación estratégica en Emos S.A., no contravenía las disposiciones contenidas en las leyes de mercado de valores, de sociedades anónimas y de servicios sanitarios.
3.3. Luego, en la misma cláusula de dicho pacto, letra d), Aguas Metropolitana Limitadas declaró que, directa e indirectamente, cumplía con todos los requisitos para participar en esta licitación, incluyendo el hecho de no estar afecta a las restricciones contempladas en los artículos 63 y siguientes del DFL Nº 382.
3.4. Por otra parte, en la letra i) de la misma cláusula, declaró que toda la información y todas las declaraciones y seguridades entregadas durante el proceso de licitación son verdaderas y fidedignas a la fecha de su entrega, a la de presentación de la oferta y lo serán también a la fecha de cierre.
Están hablando de tres épocas: la fecha de entrega de la información, en abril-mayo de 1999; la fecha de presentación de la oferta, en junio, y la fecha del cierre, el 14 de septiembre del mismo año.
3.5. Adicionalmente, en el número 7 de la Cláusula Novena del Pacto de Accionistas, el socio estratégico se obliga a no producir y velar para que no se produzcan cambios de cualquier naturaleza que puedan importar, entre otros, un incumplimiento de las normas de los artículos 63 y siguientes del DFL Nº 382.
3.6. Por último, la Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. se obligó en forma directa e irrevocable ante la Corfo a no realizar actos o suscribir contrato alguno que pueda suponer una infracción a las normas referidas del DFL Nº 382, entre éstos, documentos de fianza y obligación irrevocable, suscrito por dicha sociedad matriz con ocasión de la licitación.
Ésos fueron los resguardos, prosiguió, contenidos tanto en las bases de licitación como en el pacto de accionistas que debía suscribir cualquiera fuera el adjudicatario, en este caso, el pacto que debió suscribir con la Corfo el consorcio adjudicatario Aguas Metropolitanas Limitada, entre los cuales está Aguas de Barcelona.
4. La corporación, teniendo en consideración que Endesa S.A. (España) tenía participación accionaria en Sociedad General Aguas de Barcelona S.A. y a pesar de que trasladada esa participación accionaria a Inversiones Aguas Metropolitanas Limitada representaba indirectamente en esta última un interés equivalente a menos de 10 por ciento, hizo averiguaciones adicionales y requirió las certificaciones e informes necesarios para obtener mayor certeza en cuanto a la no existencia de las restricciones establecidas en la normativa citada.
4.1. En primer término, se obtuvo de la Comisión Nacional de Mercado de Valores de España, certificación oficial sobre la participación de Endesa S.A. (España) en el capital de Sociedad General Aguas de Barcelona S.A., así como sobre la existencia de pactos de acción concertada entre ambas. Tanto Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. como Endesa S.A. (España) cotizan sus acciones en bolsa, en España, y de conformidad con la ley de ese país deben registrar ante dicha comisión participaciones accionarias equivalentes a un 5 por ciento, o más, en sociedades de igual cotización, así como pactos de acción concertada.
El certificado expedido al 10 de mayo de 1999 por el secretario general de la comisión indicaba que Endesa Diversificación S.A. tenía, a esa fecha, una participación directa en Sociedad General Aguas de Barcelona S.A. de 11,64 por ciento, lo que representa una participación indirecta de Endesa S.A. (España) de ese mismo porcentaje, dado el carácter de filial de la primera respecto de la última. El mismo certificado señala que, de sus registros de participaciones y accionistas -entre los que figuran, además, Suez Lyonnais des Eaux S.A. y su filial Hisusa S.A., accionista mayoritaria de Sociedad General Aguas de Barcelona S.A.- no consta participación significativa que determine acción concertada en el capital de la sociedad.
Con lo recién indicado, la participación indirecta de Endesa S.A. (España) en Inversiones Aguas Metropolitana Limitada debería cifrarse en 5,82 por ciento, y en Emos S.A. en 2,98 por ciento, esto último considerando que Inversiones Aguas Metropolitanas Limitada es dueña, como resultado del proceso de licitación, del 51,202 por ciento de las acciones de la Emos S.A..
4.2. Por otra parte y también con la finalidad de despejar el tema, en lo correspondiente a eventuales pactos de actuación conjunta, la corporación solicitó y recibió informes legales de estudios de abogados españoles, norteamericanos y chilenos. Entre ellos se destacan los estudios Garrigues y Andersen, de Barcelona, España,; Alzaga, Caro, Marañón, Sánchez Terán y Asociados, de Madrid, España; White & Case, con oficinas en Miami, Nueva York y otras ciudades, y los informes obtenidos del estudio Prieto y Compañía como, a su vez, el estudio emanado de la oficina de abogados Morales, Noguera, Valdivieso y Besa, que eran los asesores externos de la Corfo en el proceso de licitación.
Entre estos informes cabe destacar aquel que se señala emitido por el estudio de White & Case, por cuanto la Corfo encomendó a esa oficina de abogados de Estados Unidos practicar una revisión enfocada a la posible existencia de los pactos del caso, en los archivos de la Securities & Exchange Commission, entidad federal de los Estados Unidos de América que supervigila el mercado de títulos y valores de ese país y ante quien deben registrar sus antecedentes relevantes las sociedades que transan títulos en ese país, entre las cuales figura Endesa S.A. (España). La revisión arrojó resultados negativos.
Sobre el particular, manifestó que ha habido informes o resoluciones emitidas o dictadas por otros organismos. Hizo la siguiente reseña de algunos de ellos. Durante el proceso de licitación, esto es, antes del cierre de la operación, se llevaron a cabo acciones tendientes a paralizar o a anular la licitación. Se presentaron recursos ante la Fiscalía Nacional Económica, que rechazó uno presentado en contra del proceso de incorporación de capital privado en Emos S.A y otro ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó un recurso de protección presentado en el mismo sentido que el anterior. Con posterioridad al cierre, esto es, al 14 de septiembre de 1999, la Contraloría General de la República, atendiendo la presentación formulada por los honorables diputados señores Lorenzini y Jiménez , mediante dictamen Nº 279 de fecha 5 de enero de 2000, reitera que las resoluciones Nºs 28 y 69, de 1999, de la Corfo, relativas a licitación y adjudicación de un paquete accionario en Emos S.A. se han ajustado a derecho. Asimismo, la Comisión Resolutiva Antimonopolios, conociendo de la venta de Aguas Cordillera S.A. tomó conocimiento, a través de la Fiscalía Nacional Económica, de la existencia de una alianza estratégica informada a la SEC de los Estados Unidos de América, de 30 de junio de 1999, por Endesa S.A., de España, entre dicha empresa y la sociedad matriz de Agbar Chile S.A. la Sociedad General Aguas de Barcelona S.A. también de España.
Indicó que la Superintendencia de Servicios Sanitarios, por oficio Nº 858, informa a la Comisión y a su solicitud de 10 de abril de 2000, que no se aprecia infracción a los artículos 63 y 65 de la ley sanitaria. La Comisión Resolutiva, por su parte, de acuerdo con resolución definitiva pronunciada en el iniciado proceso sobre Aguas Cordillera Nº 586, de 25 de octubre recién pasado, conjuntamente con resolver que la venta de Aguas Cordillera a Emos no ha infringido las disposiciones del decreto ley Nº 211, de 1973, sobre defensa de la competencia, agrega en lo pertinente sobre la alianza estratégica: “En síntesis, tales acuerdos, de conformidad con los antecedentes aportados, no aparecen como ilegales ni constitutivos de convenciones que pudieren tipificar alguna de las prohibiciones establecidas para el mercado sanitario chileno en la ley general de servicios sanitarios”.
La Corfo, con información extraoficial de un eventual pacto o alianza registrado en Estados Unidos, solicitó de sus abogados nuevas revisiones ante la SEC, y requirió formalmente de Aguas Metropolitanas información y que acompañara, en su caso, antecedentes acerca de la existencia de cualquier pacto o alianza que pudiere tener Agbar con Endesa España . Recibida la documentación registrada el 30 de junio de 1999 ante la SEC que mencionaba la existencia de una alianza estratégica registrada el 30 de junio de 1999 ante la SEC, y acompañada por Aguas Metropolitanas la documentación que daba cuenta de la misma, se solicitó un inmediato análisis jurídico tanto interno como al estudio jurídico que asesoró a Corfo en el proceso de licitación. Ambos análisis, por separado, concluyeron que la alianza no importaba infracción a los artículos 63 y 65 de la ley sanitaria. Además, recabaron otro informe jurídico de los abogados externos Morales Noguera , Valdivieso y Besa , junto con informes internos propios.
El resultado emanado de ambos informes señaló que tal alianza estratégica no importaba infracción a los artículos 63 y 65 de la ley sanitaria.
Dentro del proceso de licitación había dos etapas. En una se precalificaba a los interesados, fundamentado en el hecho de que reunían un conjunto de requisitos que las bases de licitación exigían, entre los cuales estaba -aparte de las comisiones técnicas, los requisitos financieros con que debían contar, etcétera- el no incurrir en una eventual infracción a las normas.
¿Qué hicieron cuando descubrieron que una de estas empresas -el consorcio Aguas de Barcelona- tenía entre sus accionistas a Endesa España ? Primero verificaron si se producían problemas por la existencia de esta participación accionaria. Analizaron, por ejemplo, si se generaba o no influencia decisiva. Luego buscaron la existencia de pactos de accionistas.
Si en ese momento hubiesen tenido conocimiento de este hecho, tendrían que haber evaluado si ese pacto o esa alianza estratégica importaba o no infracción a los artículos 63 y 65. Podrían haberse dado dos situaciones: que hubiesen estimado que efectivamente importaba una infracción, y no los habrían calificado, o que hubieran dicho: “Este caso no importa una infracción a los artículos 63 y 65”. Por lo tanto, los habrían calificado, habrían podido postular y, eventualmente, habrían podido adjudicarse la empresa.
Una vez adjudicado, el negocio está cerrado; pero en nuestro ordenamiento jurídico existen los organismos que deben velar por el cumplimiento de las normas. A pesar de que alguien podría decir que el vendedor puede no tener mayor preocupación, señala que la tuvieron. Agrega que a juicio de algunos fueron excesivamente rigurosos a la hora de exigir un conjunto de antecedentes, que probablemente otro vendedor no habría exigido.
Argumenta que después de la adjudicación, la superintendencia de Servicios Sanitarios podría haberse preocupado. De hecho, el Superintendente de Servicios Sanitarios ha señalado que están averiguando si este eventual pacto o alianza estratégica importa una infracción a esas normas, lo cual haría que Agbar debiera retirarse de la Emos y vender su participación accionaria. Tiene facultad para ello. La Comisión Antimonopolios también podría haber resuelto de otra manera y haber dicho que se producía esa concentración y disponer alguna de las medidas que el propio decreto ley 211 autoriza.
Los informes u opiniones legales que hubo, no fueron sólo las del estudio Prieto . El estudio fue hecho por los abogados del consorcio que se lo adjudicó. Todos los consorcios que participaron tuvieron una opinión legal; la que dio el consorcio Aguas Metropolitanas la emitió a través del estudio Prieto . Ahora, no cree que la Superintendencia resolvió sobre la base del informe del estudio Prieto .
Durante el proceso existía la posibilidad de no calificar, si se estimaba que había una infracción. Además, con posterioridad a la licitación están los mecanismos para velar por el cumplimiento de las normas. Chile es un Estado de Derecho, y existen los mecanismos y los resguardos para sancionar situaciones de infracción.
Respecto de que no advirtieron lo que, a juicio de la Comisión, deberían haber advertido con suma facilidad, la explicación, lamentablemente, tiene una razón estrictamente cronológica. En el proceso de licitación, la resolución que adjudica es de fecha 2 de junio de 1999. El informe de White & Case es de mayo de 1999, y como ustedes y nosotros sabemos, Endesa España registró su informe anual el 30 de junio de 1999.
La opinión legal de los abogados en Estados Unidos es que a esa fecha no está registrado el informe. Ahora, si se pregunta acerca de si el Consorcio Aguas Metropolitana y, particularmente, Agbar debió o no informar de la existencia o no de este pacto, dentro de la información que proporcionó y a propósito de los requerimientos que se le hicieron en su oportunidad, la respuesta es sí. Comparte plenamente la idea de que debieron haberlo hecho presente. Distinta es la evaluación que se haga respecto de los efectos y consecuencias que tenga este informe.
Las afirmaciones que hacen y las que le fueron requeridas fueron si a juicio de ellos había algún pacto que pudiera infringir esas disposiciones, lo que no significa que pudiera haber algún tipo de alianza, pacto o acuerdo de actuación conjunta, pero que, a juicio de ellos, no importaban las infracciones a esas normas. Eso también es posible, pues aceptamos que ésa sea su opinión, pero no necesariamente se les pedía que acompañaran cualquier pacto que tuviesen, infringieran o no las normas de los artículos 63 y 65.
Efectivamente, esta información no existía en la época en que se tuvieron los informes, de manera que cuando dictaron la resolución de adjudicación, con fecha 2 de junio, no había ningún antecedente. No disponían de ellos. Tiempo después empezó a surgir información de los propios señores parlamentarios y de la fiscalía. Entonces, comenzaron a tener información de ese orden sobre la eventual existencia de este pacto y ocurrió lo que mencionó antes, en términos de requerir al estudio de manera más precisa y con alguna información que ubicara en algún lugar una señal de este tipo.
La Contraloría se pronunció teniendo a la vista los informes legales y un conjunto de antecedentes que al momento de la adjudicación se acompañaron a la resolución. El contralor también recabó una opinión de la Corfo en relación con la presentación que se le había formulado. En consecuencia, a la hora que el contralor se pronuncia, no lo hace sobre el tema del pacto o alianza estratégica, ya que en esa fecha ese antecedente no lo tenía ni él ni la Corfo. El informe del contralor es de comienzos de enero de 2000. Obviamente, para esa fecha ya existían indicios, pero ese antecedente no lo tenía el contralor.
Ahora, respecto de la consulta que se hizo sobre la presentación, más bien decía relación con las infracciones a los artículos 63 y 65, pero acotada a la participación de 10 u 11 por ciento de Endesa España en Agbar, pero no por la existencia del pacto de alianza estratégica. Sobre ese aspecto no opina, pues, afirma, ni la Contraloría ni ellos tenían antecedentes.
Lo que entiende de la investigación que hace la Comisión y de los aspectos que se discuten, es que tiene que ver más con elementos de cumplimiento y eventuales infracciones tanto a ciertas normas jurídicas, de concentración económica, de infracción a la ley Antimonopolios o de libre competencia, que con aspectos patrimoniales.
Entiende que han venido el presidente y ex presidente del SAE y que habrán dado cuenta detallada de un elemento que maneja mucho menos que ellos y que, a todas luces, tuvo un muy buen resultado desde el punto de vista económico para el Estado, en este caso, para la Corfo. De manera que no generó ningún detrimento ni daño desde el punto de vista económico.
Señaló que no quiere entrar en el terreno de calificar si la operación fue o no exitosa; es sólo un dato para decir que para los efectos del tema económico eso no importa. Si los aspectos cuestionables son la existencia de este pacto, sostiene que efectivamente este es un antecedente que no se tuvo a la vista y que debió haberse proporcionado. Dentro del marco de nuestro ordenamiento jurídico actuaron los organismos compatibles con el tema.
Sobre el juicio respecto de si esta alianza importa infracción a los artículos 63 y 65 o a la ley de defensa de la libre competencia, se debe reconocer que habiendo actuado nuestro estado de derecho y los organismos competentes, la Superintendencia de Servicios Sanitarios sostiene que no hay infracción a los artículos 63 y 65.
Si la Comisión Resolutiva se pronuncia en los mismos términos y con todos los antecedentes en contra del fallo, ésta recurre ante la Corte Suprema, la que se pronuncia. Entonces, pareciera ser que en este caso han actuado todos los organismos posibles respecto de una operación: la Contraloría, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, el tribunal especial que es la Comisión Resolutiva, la Excelentísima Corte Suprema. Todos ellos han estado contestes, hasta esta fecha, en que este acto no importa infracción a esas normas. La opinión legal interna que tuvieran cuando conocieran esto es coincidente, muy avanzado el proceso y afinada la venta, con la de los abogados externos. Cree que en este ámbito han operado todos los organismos. No imagino que aquí haya una suerte de colusión sistémica de un conjunto de órganos tan diversos, para todos ponerse de acuerdo y sostener que esto es de una manera distinta de la que verdaderamente es.
Va a eso, porque, efectivamente, es el único organismo no seguro en este punto. Pero los otros, o sea, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la Comisión Resolutiva y la Corte Suprema, cuando se pronunciaron, lo hicieron con el conjunto de los antecedentes.
Reitera que el antecedente referido al pacto o protocolo de acuerdo en la constitución de la sociedad Interaguas lo tuvo a la vista el superintendente para emitir el ordinario 858, que dice que no hay infracción. Ese pacto no importa infracción. El antecedente que se menciona, el de Interaguas, lo tuvo a la vista la Comisión Resolutiva y adoptó una decisión en ese mismo sentido. También lo tuvo a la vista la Corte Suprema, porque obviamente resolvió sobre el fallo de la Comisión Resolutiva. De modo que los antecedentes estuvieron a la vista de los tres organismos. En consecuencia, no es que después tuvieran que pronunciarse sobre un nuevo antecedente, porque lo tuvieron a la vista, lo conocieron y de allí nació su opinión independiente.
Por último, señala que la opinión de la Corfo sobre este tema, no vale mucho. Sí vale la opinión de los órganos regulares que tienen a su cargo este tema. Ellos se pronunciaron en el sentido que se conoce, con todos los antecedentes a la vista. La Corfo, cuando resolvió esta cuestión, no tuvo todos los antecedentes al momento de la adjudicación.
Aparentemente, el fallo de la Corte Suprema, que se pronunció sobre el de la Comisión Resolutiva, no estaría afinado o plenamente ejecutoriado, toda vez que existiría este recurso excepcional de reconsideración o de reposición. Agrega que no está en condiciones de decir si habría otras acciones a ejercer, pero en este momento, a su juicio, han operado los organismos más regulares sobre este punto.
El señor Arturo Aylwin Azócar , (contralor general de la República) señala que siguiendo una vieja tradición de la Contraloría, su idea es proporcionar toda la información de que disponen en relación con este tema.
Le interesa explicar someramente su intervención, la que incidió, fundamentalmente, en la toma de razón de los distintos actos administrativos que se tradujeron en resoluciones y decretos que la Contraloría tuvo que analizar de acuerdo con la Constitución Política, la ley y el resto del ordenamiento jurídico.
Explica que la gestión de este organismo cubre distintas etapas: el momento en que se llama a licitación; la aprobación de las bases, que fueron también objeto de toma de razón por la Contraloría y, por último, el proceso mismo de licitación, que incluía obviamente la adjudicación correspondiente.
Sin embargo, desea insistir en tres puntos que, a su juicio, son muy importantes de aclarar:
Primero, que cuando la Contraloría toma razón de un decreto o resolución de un jefe de servicio, lo hace sobre la base de todos los antecedentes de hecho que obran en ese momento en su poder como también de las respectivas normas legales que le corresponde interpretar. Todo esto se hace con la más absoluta objetividad e imparcialidad.
La toma de razón no significa necesariamente que se produce una especie de cosa juzgada, sino que sólo implica ratificar un principio de legalidad del acto administrativo. Una vez que la Contraloría toma razón del decreto acota su competencia. Es decir, no podría dejar sin efecto una toma de razón que, a juicio de ésta, se ha ajustado al ordenamiento jurídico.
Segundo, que hay otra figura jurídica, la de la invalidación, o sea, si un acto administrativo tomado razón por la Contraloría fuera contrario a este ordenamiento jurídico, podría ser perfectamente invalidado por la Administración y anulado por los tribunales de justicia. Lo que a veces ha ocurrido es que la Contraloría, frente a antecedentes que demuestran que hay un acto ilegítimo, puede plantear la conveniencia o la obligación que tiene la administración pública de invalidar el acto, porque no se encuentra ajustado a derecho.
Tercero, que la Contraloría estudió en su oportunidad todos los antecedentes. Lo hizo con mucha seriedad y dentro de los términos poco usuales con que ésta despacha estos asuntos. En este sentido, quiere desmentir categóricamente que la Contraloría se hubiera precipitado en la tramitación de estos documentos.
Finalmente, señala que ha venido a esta Comisión con el fin de colaborar y proporcionar toda la información que corresponda, y no en calidad de acusado. La idea no es entrar en una especie de discusión, en el sentido de si fue correcta o incorrecta la interpretación que dio la Contraloría. Ésta es una reunión de trabajo para contestar todas las dudas y preguntas que quieran formular los señores diputados en relación con las normas que están vigentes y con los antecedentes de hecho que tuvieron en consideración.
El señor Gastón Astorquiza , ( jefe de la División Jurídica de la Contraloría General de la República ) expresó que la Contraloría tiene una visión bastante clara de lo que ha sido este proceso de privatización, al menos, desde el punto de vista de la actividad de control preventivo que ella ejerce con motivo de la toma de razón.
Para aportar antecedentes acerca de la labor que le ha correspondido y que le correspondió a la Contraloría en su oportunidad, hace mención de algunos antecedentes preliminares y de otros que ya entran en el fondo de los cuestionamientos o dudas que han tenido algunos señores diputados, específicamente respecto de algunas vulneraciones de la legislación sobre servicios sanitarios.
Para tal efecto, señala que la actividad administrativa que ha permitido esta enajenación de acciones se fundamenta en un cúmulo de disposiciones legislativas, entre las que se encuentra la ley general de Servicios Sanitarios, dictadas con el objeto de cautelar el patrimonio del Estado y el interés colectivo comprometido en el traspaso de la Empresa Metropolitana de Servicios Sanitarios al sector privado. Dicho conjunto de normas legales, al establecer precisos requisitos y limitaciones a la Administración en esta materia, hace que sus posibilidades de acción discrecional sean bastante limitadas, pues desarrolla su actividad en un ámbito regulado estrictamente por el legislador.
Por otra parte, en el estudio del ordenamiento jurídico aplicable hay que distinguir entre las disposiciones legales que regulan propiamente la actuación de la Corfo en el proceso de privatización, cuyo cumplimiento le corresponde vigilar a la Contraloría General con motivo de su función constitucional de control de los actos administrativos, y las demás regulaciones, cuya vigilancia la ley ha encomendado privativamente a entidades fiscalizadoras y reguladoras especiales que ejercen funciones normativas de la actividad económica privada; en este caso, las que se desarrollan por sociedades anónimas en el ámbito de la provisión de servicios de agua potable y alcantarillado. Basta examinar las cláusulas de las bases de la licitación para comprender que hay muchas normas de esa índole que han sido aplicables en este proceso de enajenación de acciones con respecto a los oferentes y al adjudicatario. Han debido cumplirse en este proceso las normas contenidas en las leyes sobre Mercado de Valores y sobre sociedades anónimas, cuya fiscalización no corresponde a la Contraloría General de la República, sino que a la Superintendencia de Valores y Seguros, que de alguna manera han importado también las normas que aseguran la libre competencia, cuya vigilancia ha entregado la ley a la Comisión Resolutiva, creada por el D.L. Nº 211, de 1973, y existe una normativa especial contenida en la ley que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios y en la ley general de Servicios Sanitarios para hacer lo propio respecto del cumplimiento de esa legislación en el sector de las empresas sanitarias.
Así, junto a la competencia de la Contraloría General de la República, orientada a verificar que los órganos del Estado se ajusten a la Constitución y a la ley -a los requisitos de fondo y de forma- existen competencias fiscalizadoras y reguladoras específicas con respecto al sector privado que interviene en las actividades empresariales de agua potable y alcantarillado. Este alcance es muy importante, dada la índole de los reparos que se han formulado en esta situación, para precisar la naturaleza de la intervención de la Contraloría en el momento de la toma de razón.
Las disposiciones que la Contraloría ha debido considerar para los efectos de verificar la regularidad de este proceso se fundamentan en lo dispuesto en el artículo 19, Nº 21, de la Constitución Política -que exige una ley de quórum calificado para que el Estado realice actividades empresariales-, y la ley Nº 18.777, que lo autorizó precisamente para desarrollar actividades empresariales en materia de agua potable y alcantarillado. Porque esas funciones antes las realizaba a través de servicios públicos descentralizados. La ley lo autorizó para realizar estas mismas funciones a través de empresas. Y ordenó al Fisco y a la Corfo constituir la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias S.A., entre otras muchas empresas, sometiéndola al régimen de las sociedades anónimas abiertas y a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros.
De acuerdo con el artículo 4º de esa ley, en la constitución de esta sociedad -Emos S.A.-, inicialmente correspondía al Fisco una participación del 35 por ciento y a la Corporación de Fomento, un 65 por ciento.
No se descarta, sin embargo, la participación de particulares, y es por tal motivo que las disposiciones pertinentes aseguran porcentajes mínimos de participación del Fisco y de la Corfo en la empresa. Con todo, esa participación mínima de ambos, que originalmente se fijó en un 65 por ciento, luego, en virtud del artículo 5º de la ley Nº 19.549, se redujo a un 35 por ciento. Esta ley dispuso que en esta sociedad anónima el Fisco y la Corfo debían tener, a lo menos, un 35 por ciento de participación, lo cual -como se comprenderá- es un primer paso que abre las puertas para pensar en una posible intervención mayoritaria del sector privado, en el futuro.
Agrega que, complementariamente, es necesario considerar que la Corfo cuenta con atribuciones para enajenar los bienes que formen parte de su patrimonio, cualquiera que fuere su naturaleza. El texto legal que invoca la Corfo es el artículo 2º de la ley Nº 19.085, que exige que las enajenaciones pertinentes sean, en primer lugar, a título oneroso, que se realicen por subasta o propuesta pública, previa autorización del consejo de la Corporación, advirtiéndose ya alguna suerte de exigencia: la de la licitación o propuesta pública.
Estas leyes son las que han establecido las bases del proceso de privatización de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias. Ellas han permitido que se haya podido producir el traspaso a la empresa Inversiones Aguas Metropolitanas Limitada de un número suficiente de acciones para acceder al control de la empresa.
En cuanto al procedimiento de enajenación de las acciones, puede señalar que, de acuerdo con las disposiciones mencionadas, se desarrolla un proceso de privatización extremadamente regulado, que dura alrededor de dos años y que avanza a medida que el Consejo de la Corporación dicta los acuerdos pertinentes, y que el comité, en el cual la Corporación ha delegado la administración de sus empresas -el llamado Sistema Administrador de Empresas-, y la vicepresidencia ejecutiva de la entidad disponen las resoluciones pertinentes.
El consejo, junto con ordenar al Sistema que prepare la enajenación, autoriza, conforme al artículo 2º de la Nº 19.085, la venta de las acciones necesarias para el traspaso de la empresa al control de inversionistas privados. Ello ocurre por un acuerdo del 1 de julio de 1998.
El Sistema Administrador de Empresas, luego de un proceso de propuesta pública, dispone la contratación de un asesor financiero que lo guíe en el proceso de búsqueda del mejor adjudicatario posible. Ese asesor financiero es una firma inglesa, N.M. Rothschild & Sons Ltd.
Con fundamentos en los resultados de esta asesoría técnico-financiera, la Vicepresidencia Ejecutiva opta, conforme lo prevé la normativa sobre el particular, por el procedimiento de la licitación pública y, junto con llamar a propuesta, aprueba las bases del proceso de licitación, que han sido realizadas con la asesoría directa del asesor financiero. En esas bases están las condiciones de la negociación que se va a realizar, las exigencias que se van a demandar a los interesados, a los oferentes, y las obligaciones que, en definitiva, va a tener que cumplir el adjudicatario.
Estas bases contemplan un procedimiento y requerimientos particularmente rigurosos para asegurar que los resultados de la privatización sean económicamente convenientes para el Estado y que los oferentes se ajusten a las disposiciones del ordenamiento jurídico con incidencia en la materia. Es necesario decir, desde luego, que las bases contemplan -según se verá luego con mayor detenimiento- severos resguardos para garantizar específicamente el cumplimiento de las normas de la ley general de Servicios Sanitarios que establecen restricciones en relación con la propiedad o explotación de las empresas del sector, específicamente con las de los artículos 63 y 65.
El control preventivo de las resoluciones del Sistema Administrador de Empresas y de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Corfo , relacionadas con la contratación de la asesoría financiera, con la aprobación de las bases, con la adjudicación a Inversiones Aguas Metropolitana Limitada, ha permitido a la Contraloría General advertir los diversos resguardos adoptados por el ente licitador, Corfo , para que el proceso de privatización no vulnere el ordenamiento jurídico aplicable, especialmente en los aspectos referidos a las limitaciones relacionadas con la integración horizontal y con la superposición de servicios públicos en el ámbito sanitario. En este sentido, las bases de la licitación -esto lo ha verificado la Contraloría- consultan la existencia de un registro de oferentes, en el cual sólo se podían incorporar interesados que reunieran los requisitos exigidos por las bases y que específicamente no estuvieran en situación de vulnerar las normas aludidas. En efecto, sólo tiene la calidad de oferente, es decir, sólo puede estar en condiciones de adjudicarse la licitación, “todo aquel interesado que, habiendo presentado sus antecedentes y habiendo sido éstos considerados suficientes por el licitador, esté inscrito en el registro a que se refiere el título IV de las bases”. De acuerdo con el título IV, no serían incluidos por el licitador en el registro de oferentes aquellos interesados que directa o indirectamente no puedan participar en la propiedad o usufructo de acciones de Emos o en la explotación de sus concesiones, en virtud de lo establecido en los artículos 63, 65 y demás disposiciones pertinentes de la ley de servicios sanitarios. O sea, para los efectos de la incorporación en el registro de oferentes, las personas tienen que acreditar que no están en la situación de los artículos 63 y 65 de la ley de servicios sanitarios.
Asimismo, argumenta, una garantía bastante importante consiste en una declaración jurada que deben hacer los interesados para ser considerados oferentes registrados. En esa declaración dan fe, entre otros aspectos, de no producirse respecto de ellos las situaciones a que se refieren los mencionados artículos de la ley general de Servicios Sanitarios. Esa declaración jurada debe asegurar que directa o indirectamente no tienen impedimento alguno para adquirir acciones en Emos, considerando, entre otras, las restricciones establecidas en la ley general de Servicios Sanitarios, modificada por la ley Nº 19.549”.
Señala que hay otro tema importante, el de las garantías. Los oferentes tienen la obligación de garantizar la seriedad de las ofertas, mediante una o más boletas de garantías, por la cantidad de 25 millones de dólares. Para garantizar en todas sus partes la seriedad de la oferta de compra, los oferentes debieron caucionarla mediante sendas boletas de garantía, susceptibles de ser hechas efectivas y cobradas por la Corporación de Fomento de la Producción, sin más trámite y ante su sola presentación o cobro.
De acuerdo con las bases, corresponde hacer efectiva la garantía si por cualquier causa, motivo o razón, el oferente, a quien se le hubiere adjudicado la licitación, se retractare de su oferta o no diere cumplimiento a los documentos, contratos y procedimientos contemplados en estas bases, sin perjuicio de que proceda también, en tal caso, demandar adicionalmente indemnizaciones por la vía ordinaria y de otros derechos que le correspondan al licitador. Se le exigía al oferente, en forma muy determinante, veracidad y responsabilidad, con motivo de la declaración que debe efectuar, a propósito de las situaciones que contemplan específicamente los artículos 63 y 65. El riesgo de que se le hiciera efectiva la garantía de 25 millones de dólares no era un asunto menor.
Pero, a juicio de ellos, la Corfo ha adoptado resguardos adicionales en esta materia, que, comparándolos con otros procesos, se puede estimar que han ido más allá de lo que normalmente se ha hecho en otros procesos de privatización. La Corfo ha pedido diversos informes en Derecho, que también se tuvieron a la vista en el momento de la toma de razón. Agrega que tiene en su poder cinco informes en Derecho de asesores jurídicos, de estudios jurídicos chilenos, españoles y estadounidenses, con respecto a si la participación indirecta de Endesa-España, a través de la Sociedad General de Aguas Barcelona, en la empresa eventualmente adjudicataria, colocaría a ésta en la situación del artículo 65, letra a), de la ley general de Servicios Sanitarios, que es el punto más específico que interesa a los señores diputados. Todos esos informes son absolutamente coincidentes en señalar que, a la fecha de los mismos, esto es, en el momento anterior a la adjudicación, no existían antecedentes que pudieran indicar que con motivo de la adjudicación, la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias pudiera pasar a ser controlada en los términos a que se refiere esa norma, esto es, mediante acuerdos de actuación conjunta, por empresas concesionarias que sean monopolios naturales de distribución eléctrica o de telefonía local, y cuyo número de clientes exceda del 50 por ciento del total de usuarios en uno o más de estos servicios, en las áreas bajo concesión de la empresa prestadora.
Además, la Corfo obtiene información sobre la materia, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España, que es equivalente a la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, y de una entidad norteamericana U.S. Securities and Exchange Commision. La opinión de estos órganos resulta coincidente con la de los estudios en Derecho y con los demás antecedentes a que se ha referido.
La asesoría técnica especializada que ha sido contratada, también constituye un resguardo, dada la categoría de la empresa, que está “poniendo en juego su pellejo”, si da un consejo equivocado o una asesoría errónea.
Por último, la toma de razón de la Contraloría también constituye un resguardo, en relación con la seriedad de la oferta. Las bases se ponen en conocimiento de los interesados. Se hace hincapié en que, de conformidad con la normativa aplicable al licitador, la adjudicación de la oferta se encuentra afecta al trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República y que, “por consiguiente, la totalidad de la operación queda sujeta y condicionada al cumplimiento de dicho trámite”. Lo que queda en claro es que, a juicio de la Contraloría, sólo después de acreditar el cumplimiento de todos estos requisitos, específicamente en esa materia y en las demás a que se refieren las bases, la Corfo procede a adjudicar la licitación a la empresa Inversiones Aguas Metropolitana Limitada, lo que hace por resolución Nº 69, de 2 de julio de 1999, que es objeto de toma de razón poco más de un mes después.
Señala que la Contraloría General ha intervenido en este caso por la vía del control preventivo para los efectos de verificar la regularidad jurídica de los actos emitidos por un órgano del Estado -Corfo- que culminan con la enajenación que efectúa, previa propuesta pública, de parte de las acciones que tenía en la sociedad anónima Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias. Dichos actos se materializan en las dos resoluciones del SAE relacionadas con la contratación del asesor financiero y luego, principalmente, con las resoluciones de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Corfo que aprobaron las bases de la licitación, llamaron a propuesta pública y procedieron, en definitiva, a la adjudicación.
En lo que se refiere específicamente a la resolución que adjudica la propuesta pública a la Empresa Aguas Metropolitana S.A., la Contraloría General verificó que la Corfo contaba con atribuciones para realizar la enajenación; que se cumplía con los requisitos previstos por el artículo 2º de la ley Nº 19.085 -subasta o licitación pública, previo acuerdo del Consejo de la Corporación- y con las exigencias previstas por el ordenamiento jurídico sobre participación del Estado en la sociedad anónima Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, ley Nº 18.777; particularmente, que la propuesta se asignaba con estricta sujeción a las bases, y, más especialmente todavía, que se habían adoptado todos los resguardos para impedir una eventual transgresión del artículo 65, letra a), de la ley general de Servicios Sanitarios.
Hace presente que se ha visto cuán variadas y estrictas fueron esas seguridades, relacionadas, por ejemplo, con los requisitos de incorporación al registro de oferentes, con la declaración jurada, con la garantía de 25.000.000 de dólares y los resguardos adicionales -informes en Derecho, certificaciones de órganos técnicos especializados- que fueron también verificados. Por tal motivo, habiéndose acreditado, además, el cumplimiento de las demás condiciones previstas por las bases, la Contraloría General tomó razón de la correspondiente resolución.
Agrega que hay que dejar en claro que sólo con motivo de la toma de razón la Contraloría General tiene oportunidad de conocer, en situaciones como la presente, y para los efectos de verificar el cumplimiento de las pertinentes cláusulas de las bases, aspectos relacionados con la eventual vulneración de las aludidas normas de la ley general de Servicios Sanitarios.
Ello es así, porque las atribuciones específicas relacionadas con la vigilancia del mercado sanitario para iniciar investigaciones y para adoptar medidas en relación con la vulneración de las restricciones que la ley establece en relación con la participación en la propiedad o explotación de empresas sanitarias, han sido entregadas por la ley a dicha Superintendencia, órgano al cual corresponde, de acuerdo con su ley orgánica, la fiscalización de los prestadores de servicios sanitarios. La ley Nº 18.902 le otorga potestades para aplicar multas a los prestadores de servicios sanitarios que infringieren la normativa pertinente, multas que proceden específicamente en caso de falta de cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Nº 65 de la ley de Servicios Sanitarios. El artículo Nº 71 de esta última ley, junto con entregarle específicamente la fiscalización del cumplimiento de esa norma, consulta la posibilidad de que la Superintendencia requiera a la de Valores y Seguros ordenar la enajenación de las acciones que causen la contravención al artículo 65, además de permitirle eximir de sanciones y otorgar plazos para ajustarse a dichas normas a los accionistas que las contravengan por causas que no les sean atribuibles.
La Superintendencia es el organismo competente para fiscalizar al sector empresarial sanitario en los aspectos que han sido controvertidos. A ella le corresponde, según se ha visto, verificar si se ha producido una vulneración o ésta se produce o deja de producirse en el futuro y adoptar las medidas regularizadoras que el ordenamiento jurídico, privativamente, le otorga en un ambiente tan sensible y cambiante como es el de las transacciones accionarias. En esta materia es útil tener presente que si un día una empresa se encuentra en una situación de contravención, al siguiente puede dejar de estarlo por la vía que se compren o se enajenen acciones de las respectivas empresas.
Recuerda, por lo demás, que la impugnación planteada dice relación con el adecuado funcionamiento de una actividad económica -la relacionada con la explotación de servicios de agua potable y alcantarillado- y con la correcta participación de los agentes económicos privados -sociedades anónimas- que prestan ese servicio. La fiscalización que ejercen las autoridades reguladoras del sector se ejerce, por lo tanto, sobre entidades sometidas preferentemente al derecho privado, en cuya actividad impera el principio de autonomía de la voluntad. La Contraloría General, salvo en casos especiales y para los efectos de cautelar el patrimonio público comprometido en aquellas sociedades en que el Estado tiene aportes, participación o representación mayoritaria -en casos muy especiales-, carece de atribuciones en ese ámbito. Además, fiscaliza a entidades públicas regidas por el principio de legalidad y sujetas al derecho público.
Finalmente, explica que en el momento de la toma de razón, dicha entidad ha fiscalizado la actividad de la Corfo y se ha preocupado adicionalmente de verificar que el adjudicatario de la licitación cumpla con las bases y con el ordenamiento jurídico a que esas bases lo obligan. Para verificar o sancionar transgresiones normativas por parte de las personas privadas, la Contraloría General no tiene potestades, por lo cual debe recurrirse a los órganos reguladores del respectivo sector, en este caso, a la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
El señor Mario Reveco , (abogado de la División Jurídica del Organismo contralor) reiteró lo expresado por el señor Astorquiza , jefe de la División Jurídica , en cuanto a que la Contraloría, al hacer el examen de legalidad de las resoluciones de la Corfo que perfeccionaron la enajenación de las acciones de su propiedad, estudió la totalidad de los antecedentes que se pusieron a su disposición.
Al respecto, señala que la situación a que se ha referido el diputado señor Jiménez , en el sentido de que se habría proporcionado información falsa, es un asunto que escapa a la responsabilidad de la Contraloría. Acota que quiere dejar eso absolutamente establecido, porque la Contraloría al hacer el estudio de las bases pudo verificar que en ellas se estableció en forma expresa la obligación de que los postulantes a esa propuesta debían cumplir estrictamente con las disposiciones de la ley sanitaria. De modo que dichas bases se ajustaron plenamente al ordenamiento jurídico, y muy particularmente a lo que establece la ley sanitaria. Por lo tanto, el hecho de que los postulantes hayan acompañado algún antecedente equivocado o falso, no es responsabilidad del organismo contralor, pues tuvieron especial preocupación en que éstos se ajustaran exactamente a las bases.
También aclaró algunos aspectos que dicen relación con el proceso de privatización. Al respecto, se debe considerar que en la actualidad la Contraloría no ejerce fiscalización alguna en las empresas que tienen a su cargo la prestación de servicios sanitarios, ni siquiera en el caso de Emos, porque al establecerse en la ley la privatización de las empresas sanitarias la participación accionaria que tenía el Estado fue traspasada a empresas privadas. Además, cuando se constituyeron las sociedades sanitarias lo hicieron como sociedades anónimas, que no pertenecen a la administración del Estado, y es sabido que la Contraloría sólo ejerce su fiscalización sobre los organismos que integran la administración del Estado.
Destaca que la Contraloría tiene limitaciones en cuanto a su fiscalización, porque por la naturaleza que tienen las sanitarias éstas son empresas privadas, tanto aquellas en que el Estado tiene participación como las que en la actualidad está comprando acciones en el sector.
Finalmente, la Contraloría tiene la limitación a la que se refirió el señor Astorquiza , en el sentido de que hay una serie de organismos, como la Superintendencia de Valores y Seguros, la Comisión Resolutiva y la propia Superintendencia de Servicios Sanitarios, que tienen facultades específicas en la materia, ya que son los encargados de regular la actividad de estas sociedades y de que ellas cumplan exactamente con las limitaciones y restricciones que impone la ley sanitaria.
El señor José Antonio Ramírez , (abogado de Biwater) explica que su empresa es un holding de naturaleza inglesa fusionada recientemente con Nuon, compañía holandesa cuyos antecedentes se entregarán a la Comisión. Esta empresa anglo-holandesa no participó en la compra o licitación pública de Emos propiamente tal por razones comerciales, pero sí participó posteriormente en la licitación pública de Aguas Cordillera y también postuló a la adquisición de la empresa Aguas Manquehue .
En estos procesos, así como en otras concesiones sanitarias y otras actividades como el tratamiento de los riles, la empresa se ha visto perjudicada por el abuso de la posición monopólica que ha desarrollado Emos.
Señala que el punto es que la única empresa del sector del Gran Santiago que sobrevive a la influencia de Emos es Biwater, vale decir que si ella desaparece del mercado, Emos va a tener prácticamente el control total de Santiago.
Agrega que lo que se ha visto, que se puede demostrar técnicamente, es que donde Emos participa, las tarifas tienen un valor y cuando participa Biwater las tarifas tienen un valor mucho menor que aquellas ocasiones en que Emos participa sin otro competidor.
Cuando Biwater debe enfrentarse a la compra de una compañía, como fue en el caso de Aguas Cordillera y Aguas Manquehue, o presentar tarifas para las concesiones sanitarias que están aledañas a las concesiones ya adquiridas, siempre encuentran un abuso de posición monopólica, una infracción a las normas de regulación o tarifas que son mucho más baratas porque Biwater está participando.
Reiteró que en un área contigua a otra área hay una tarifa mucho más alta cuando participa solamente Emos, porque cuando participa Biwater rebajan esa tarifa.
A su vez, la compra de Aguas Cordillera se hizo por licitación pública en un proceso que Biwater reclamó a la Comisión Antimonopolios y que actualmente está en la Corte Suprema, porque a su entender, y por los informes jurídicos en Derecho que se han presentado -del profesor José Luis Cea , que acompañará a la Comisión-, se estableció que la adquisición de Aguas Cordillera era ilegal porque infringía el artículo 65 de la legislación sanitaria, que esta misma Corporación, junto con el Senado, aprobaron como ley de la República modificando el sistema regulatorio, que prohibió lo que se denomina superposición de empresas eléctricas con empresas sanitarias.
Manifiesta que lo que ha ocurrido es que Aguas Barcelona con Endesa España se han fusionado, se han ligado, se han relacionado a través de un holding de empresas y estas empresas, nacional e internacionalmente reunidas, adquieren Emos y a su vez Aguas Cordillera y Aguas Manquehue , infringiendo el artículo 65 de la legislación sanitaria que establece la prohibición de superposiciones entre compañías eléctricas y sanitarias.
Agrega que esta Corporación discutió si era bueno o malo que una misma empresa tuviera compañías eléctricas y sanitarias, y se estableció que cuando la misma compañía controla la luz y el agua, obviamente controla hacia dónde crece el Gran Santiago. Se discutió largamente en la Cámara de Diputados y en el Senado y finalmente se estableció que no era bueno que hubiera superposición.
Señala que posee las citas de diversos parlamentarios, de todas las corrientes ideológicas, cuando se llegó a ese acuerdo y se aprobó como ley de la República. Se estableció expresamente que no podía haber control ni influencia excesiva. Por señalar un ejemplo, argumenta que está acreditado en el expediente de la Comisión Antimonopolios que un ciudadano español, muy respetable, ocupa dos cargos en la dirección de empresas que están relacionadas, vale decir, es presidente ejecutivo de una empresa, Endesa , y a su vez vicepresidente de otra empresa, Aguas Barcelona. O sea, hay una vinculación entre los directivos de una empresa con los otros.
Manifiesta que se ha señalado al respecto que el porcentaje accionario es inferior al 10 por ciento entre las compañías, pero, agrega, en el mundo del Derecho todos dicen que no importa cuánto es el porcentaje accionario, lo importante es la influencia excesiva, o la información que se tiene para tomar decisiones. Este elemento ha sido profusamente publicado en la prensa.
Acota que Endesa tiene vigente alianza con Agbar para el negocio sanitario en América Latina, no solamente en Chile, sino en Brasil y en otros países, lo cual seguramente es positivo para el mercado que así sea. Es un tema comercial y técnico, pero en algunos países se admite la alianza estratégica entre compañías sanitarias y eléctricas y en otros no.
Hace presente que esto es importante porque en el caso de Nuon, que es una compañía eléctrica, en su momento optó por no tener eléctricas en Chile y solamente está en el mercado sanitario.
Si eso es lo que se desea, que compañías multinacionales sanitarias y energéticas actúen conjuntamente, debe modificarse la ley, pero lo que está ocurriendo en Chile es que hay un abuso de posición monopólica porque no está regulado. Se está infringiendo la ley porque el legislador supone que esta alianza no se puede hacer. Si se permite, hay mecanismos de regulación.
El punto está en que se podría decir que el efecto práctico no se produce, pero son múltiples las concesiones en que ha ocurrido desde que se toma el control de Aguas Barcelona con Endesa.
Señaló que posee un personal aprecio por el contralor y por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, por la gente que trabaja ahí, pero que “todos saben que hoy día hay una franca infracción del artículo 65 por el abuso de posición monopólica”.
En su opinión, existe una confusión entre lo que es una empresa del Estado y una privada con participación accionaria. Emos es una empresa privada con participación accionaria del Estado, lo mismo que las demás empresas sanitarias, pero, al parecer, los organismos contralores apoyan una interpretación menos celosa desde el punto de vista de la fiscalización, que no es una fiscalización menor porque se está hablando de tarifas y servicio. O sea, hay barreras de entrada porque cualquier empresa que no sea de aquellas en que hay participación accionaria del Estado y privados, no va a entrar en las próximas licitaciones y no sólo en el mercado sanitario, sino que también en otros procesos de privatizaciones y concesiones.
El punto central, que observa a través de la minuta y del informe en Derecho que posee, de investigaciones de la Comisión Resolutiva y del recurso de queja de la Corte Suprema, que está pendiente, es que se está vulnerando la modificación legal del artículo 65 y otros, establecida por la Cámara de Diputados y que, como dice el profesor José Luis Cea , y en otros informes que se han presentado, son normas de orden público, nulidad de derecho público que, incluso, darían la posibilidad, a la empresa que representa, de perseguir acciones de indemnización al Estado de Chile, porque estas inversiones entraron a través del decreto ley Nº 600 de Inversión Extranjera y no se está cumpliendo el orden público económico que obligó al Estado de Chile.
El señor Francisco José Kottmann (gerente de Biwater) señaló que su interés como compañía es cumplir con la totalidad de las normas vigentes; que lo importante es que exista un marco regulatorio y que sea cumplido por todos, tanto por las empresas grandes como por las pequeñas.
Informó que en Santiago poseen una pequeña representación en comparación con la Emos. Sin embargo, consideran que tienen los mismos derechos que ellos para poder expandirse, y creen ser una alternativa para hacer funcionar bastante bien el sistema sanitario, en razón de que éste contempla, principalmente, un mecanismo de competencia en la entrada a las concesiones. En la medida en que no exista ese mecanismo de competencia, esto se traduce en un monopolio completo que no es adecuado para el sistema.
Sobre lo mismo, señala que existe una normativa de riles recientemente aprobada, en la cual las empresas sanitarias tienen derecho o pueden contratar con las empresas ciertos parámetros, fósforos, nitratos, DVO. Existen pronunciamientos claros y precisos de la Superintendencia, que no recomiendan o hacen valer que las empresas sanitarias no tienen servicio de riles, porque así lo decidió una normativa, una ley.
Ésos son los problemas que por lo menos les han afectado en una serie de puntos y sectores, en donde son competencia real con la Emos, independientemente de los otros temas en los cuales tuvieron un fuerte interés, como ocurrió con Aguas Manquehue y otras.
IV. CONSIDERACIONES FINALES.
Como consecuencia de lo precedentemente expuesto en este informe, de los documentos acompañados en el transcurso de su cometido, y de las indagaciones y testimonios aportados por su invitados, vuestra Comisión ha desarrollado las siguientes consideraciones que le sirven de base a sus conclusiones y proposiciones finales:
1. Que los antecedentes recopilados y ya reseñados por vuestra Comisión dan cuenta que Agbar forma parte de la sociedad Aguas Metropolitana, consorcio que ha tomado el control de Emos S.A., empresa sanitaria que opera en la Región Metropolitana, y que también ha participado en el proceso de licitación de Aguas Cordillera, que también opera en esa Región.
2. Que ha quedado de manifiesto que Agbar tiene influencia decisiva en la administración de Emos S.A., por cuanto su contraparte y socio en el consorcio Aguas Metropolitanas, es Slde, empresa que por intermedio de la sociedad Holding Hisusa, es controladora de Agbar, lo que revela una comunidad de intereses que impiden considerar la existencia de decisiones de administración contrapuestas en un consorcio formado por una matriz, Slde, y su filial Agbar.
3. Que los antecedentes de la SEC, agregados a este Informe, dan cuenta de una alianza estratégica entre Endesa España , empresa que controla Enersis , matriz a su vez de las empresas distribuidoras Chilectra y Río Maipo, que operan en la Región Metropolitana, y Agbar , empresa que tiene influencia decisiva en la administración de Emos, empresa sanitaria que opera en la misma Región.
4. Que la alianza estratégica en cuestión, considerando la información contenida en los documentos ingresados a la SEC por Endesa España y demás antecedentes recopilados, constituye un acuerdo que permite un grado de influencia del operador eléctrico ( Endesa España , a través de Enersis) en la gestión y explotación de las empresas sanitarias Emos y Aguas Cordillera, que no es conciliable con las normas sobre libre competencia contenidas en el D.L. Nº 211, de 1973, y la ley Nº 19.549, que modifica el régimen jurídico aplicable al sector de los servicios sanitarios.
5. Que los documentos ingresados a la Securities and Exchange Commission (SEC) de los Estados Unidos de América, informados por Endesa España , contienen información relevante sobre acuerdos entre la Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. (Agbar) y Endesa España , que dan cuenta de la existencia de una alianza estratégica entre esta empresa y Agbar para incursionar en el mercado de distribución de aguas en ciudades españolas y en Latinoamérica.
6. Que, con fecha 4 de febrero de 1998, se publicó un nuevo marco regulatorio, consistente en un conjunto de disposiciones legales que permitieran la incorporación de capital privado en las empresas sanitarias del Estado. En virtud de esa ley, la Nº 19.549, que modifica el régimen jurídico aplicable al sector de los servicios sanitarios, su artículo 65 estableció una prohibición para que operaran en el sector sanitario las personas o grupos de personas con acuerdo de actuación conjunta, que sean controladoras o tengan influencia decisiva en la administración de empresas concesionarias de servicios públicos que sean monopolios naturales de distribución eléctrica o de telefonía local.
7. Que los hechos conocidos por vuestra Comisión ponen en evidencia que en la venta de Emos se habrían infringido el texto y el espíritu de varios artículos aprobados en este Congreso Nacional para impedir la concentración económica en los servicios de utilidad pública.
Por las consideraciones anteriores, vuestra Comisión ha llegado a las siguientes conclusiones, formulando como producto de ellas, las proposiciones de que da cuenta el presente informe.
V. CONCLUSIONES Y PROPOSICIONES.
Al término de su cometido, la Comisión acordó dejar constancia de que su trabajo se ha centrado en recoger antecedentes para determinar las eventuales irregularidades que se hubiesen podido producir en el proceso de licitación de Emos S.A.
En función de ese objetivo y como resultado de las entrevistas, antecedentes y análisis de que da cuenta el presente informe, propone a la consideración de la honorable Cámara las siguientes conclusiones y proposiciones:
1. Que resulta evidente que en la licitación de acciones de Emos S.A., por el oferente Aguas Metropolitana S.A., se ocultó la circunstancia de que, además de ser accionista importante de Endesa-España en Aguas Barcelona, existía entre ambas una empresa, Interaguas S.A., para desarrollar negocios de agua en Latinoamérica.
Este ocultamiento, develado por la Fiscalía Nacional Económica, no tiene justificación alguna y privó a otros participantes del conocimiento de un hecho que pudo haber sido contradicho, con lo cual se afectó la transparencia de la venta de las acciones de Emos S.A. en la licitación de 1999.
2. Que lo anterior no obsta a señalar que todos los servicios públicos, empresas y la Contraloría General de la República, carecieron del debido cuidado para cautelar en forma estricta y oportuna la ley sanitaria, en relación con las normas que limitan el control de la propiedad por otras empresas públicas.
Una interpretación privatista de normas de regulación resulta a todas luces alejada de la visión que los legisladores tuvieron en vista al dictar la ley.
3. Que reviste particular relevancia la circunstancia de que la Comisión Resolutiva del D.L. Nº 211 haya mantenido en secreto la información sobre la existencia de la sociedad entre Endesa España y Aguas Barcelona más de 4 meses, incluyendo en tal secreto al contralor general de la República .
4. Que para estas consideraciones no obstan las consultas legales que por la Corfo-SAE, se hicieron a estudios de abogados externos de Chile, España y EE.UU., los que ejecutaron una labor deficiente y claramente prejuiciada a favor de interpretar la ley sanitaria en forma tan amplia, que se traduce en letra muerta.
5. Que había claros antecedentes de que una relación societaria estrecha entre Endesa España y Aguas Barcelona , era un fuerte indicio de una actuación comercial conjunta, sancionada por la ley sanitaria, que habría impedido la adjudicación que hizo el Estado.
Esta opinión tiene en consideración que se agrava la conducta de las autoridades por haber consultado, además de sus asesores internos, a los asesores externos que menciona, lo que significó un gasto inútil de dineros fiscales.
6. Que se ha establecido, como producto de la investigación, que no están cautelados los derechos de agua que se han transferido a la empresa privatizada, por la mera circunstancia de que las acciones del Estado que en ella subsisten le dan derecho a integrar, aunque en proporción minoritaria, el Directorio de dicha sociedad anónima, porque, primero, la venta de acciones ya realizada contempla la parte alícuota de los derechos de agua que dichas acciones representan y, segundo, porque esa representación minoritaria podría fácilmente perderse con los aumentos de capital y venta de acciones que se realicen en el futuro, ya que pueden llevar al Estado a dejar de ser accionista en magnitudes inferiores al 10%, que le privarían, eventualmente, en el marco del pacto de accionistas a que hizo referencia el Presidente del SAE , de toda posibilidad de oposición a determinadas acciones del controlador, configurándose sin pago alguno una transferencia definitiva y encubierta de los derechos de agua, que pertenecen a todos los chilenos.
7. Que resulta esclarecedor, para los efectos de estimar que la adjudicación de la señalada empresa sanitaria no significó para el Estado el ingreso en arcas fiscales de la totalidad de los dineros que se han publicitado, el hecho de que, efectivamente, el Fisco chileno recibió US$ 721.000.000 por concepto de pago directo de la venta accionaria de la referida empresa, invirtiéndose, además, en la misma, algo más de US$ 400.000.000, que formaban parte del precio, dineros que, consecuencialmente, no ingresaron al Fisco.
Por lo tanto, esta Comisión recomienda a la honorable Cámara de Diputados:
a) Oficiar a S.E. el Presidente de la República para que el Estado no se desprenda de ninguna de sus acciones en Emos, y mantenga su calidad de accionista en forma inalterable, como una mínima medida en resguardo del patrimonio de las aguas.
b) Introducir enmiendas a la ley sanitaria para evitar en el futuro las dudas de interpretación que han permitido el resquicio utilizado, que aquí se denuncia y detalla.
c) Remitir estos antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para que presente las acciones civiles y penales que sean procedentes.
-Sometidas a votación las conclusiones y proposiciones precedentes fueron aprobadas por la unanimidad de los señores diputados presentes en la sesión respectiva, de fecha 23 de enero del año en curso.
Votaron a favor de ellas, los honorables diputados señores Jiménez, don Jaime ( Presidente ); Lorenzini, don Pablo ; Salas, don Edmundo , y el ex diputado señor Pareto, don Luis .
Se designó diputado informante a don Jaime Jiménez Villavicencio .
Sala de la Comisión, a 23 de enero de 2002.
Acordado en sesión de fecha 23 de enero de 2002, con la asistencia de los honorable diputados señores Jiménez, don Jaime ( Presidente ), Lorenzini, don Pablo , y Salas, don Edmundo , y del ex diputado señor Pareto, don Luis .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado-Secretario de la Comisión”.