Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Juan Antonio Coloma Correa
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PERMISOS CONSTITUCIONALES.
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Juan Jose Bustos Ramirez
- Anibal Perez Lobos
- Victor Barrueto
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- RÉPLICA A ALUSIONES PERSONALES. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- PERMISOS CONSTITUCIONALES.
- V. ORDEN DEL DÍA
- REGULACIÓN DE CONTRATOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Fulvio Rossi Ciocca
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Maria Eugenia Mella Gajardo
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Camilo Escalona Medina
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Esteban Valenzuela Van Treek
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Exequiel Silva Ortiz
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Mario Escobar Urbina
- INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
- INTERVENCIÓN : Pablo Longueira Montes
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- INTERVENCIÓN : Zarko Luksic Sandoval
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- DEBATE
- PREINFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA DE LOS ORÍGENES Y CAUSAS DEL AUMENTO DE LAS TARIFAS DE AGUA POTABLE.
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- COMISIONES DE REJA Y PÓRTICO PARA LA CEREMONIA DEL 21 DE MAYO.
- INTEGRACIÓN
- Jose Ramon Barros Montero
- Marcelo Forni Lobos
- Boris Tapia Martinez
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Enrique Jaramillo Becker
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Jose Perez Arriagada
- INTEGRACIÓN
- Eugenio Bauer Jouanne
- Gaston Von Muhlenbrock Zamora
- Eduardo Saffirio Suarez
- Jaime Quintana Leal
- German Becker Alvear
- Mario Bertolino Rendic
- Eduardo Lagos Herrera
- INTEGRACIÓN
- SUSPENSIÓN DEL TRATAMIENTO DE LOS PROYECTOS DE ACUERDO.
- REGULACIÓN DE CONTRATOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.
- VI. INCIDENTES
- INVESTIGACIÓN E INFORME SOBRE OBRAS VIALES Y HABITACIONALES EN COMUNA DE FUTRONO. Oficios.
- PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.776, QUE REGULARIZA POSESIÓN Y OCUPACIÓN DE INMUEBLES FISCALES. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE FINANCIAMIENTO DE PROGRAMA TELEVISIVO EN LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
- INFORMACIÓN ACERCA DE RESIDUOS TÓXICOS EN ANTOFAGASTA. Oficios.
- ANTECEDENTES SOBRE TRANSFERENCIA DE TERRENOS DE LA ARMADA DE CHILE A LAS MUNICIPALIDADES DE TOCOPILLA, TALTAL Y SAN ANTONIO. Oficio.
- INCIDENTES OCURRIDOS EN INMEDIACIONES DEL CONGRESO NACIONAL ENTRE TRABAJADORES DE LA SALUD Y CARABINEROS. Oficio.
- PETICIÓN DE ANTECEDENTES EN RELACIÓN CON LA DEFENSA CIVIL Y SUBSIDIOS OTORGADOS POR MUNICIPALIDADES. Oficios.
- HOMENAJE A LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN EN SU 83º ANIVERSARIO. Oficio.
- RECONOCIMIENTO A ALCALDE DE RECOLETA POR REMODELACIÓN DE PLAZOLETA EXTERNA DEL CEMENTERIO GENERAL. Oficio.
- MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA EVITAR DERRAMES DE PETRÓLEO EN RÍO ACONCAGUA. Oficios.
- ADHESION
- Edmundo Villouta Concha
- ADHESION
- IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE CONTULMO. Oficio.
- ADHESION
- Edmundo Villouta Concha
- ADHESION
- DEUDA HISTÓRICA CONTRAÍDA POR MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN CON PROFESORES. Oficios.
- TRATAMIENTO A PORTADORES Y A ENFERMOS DE SIDA. Oficios.
- ADHESION
- Alejandro Navarro Brain
- Edmundo Villouta Concha
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 346ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 21ª, en martes 14 de mayo de 2002
(Ordinaria, de 11.09 a 14.29 horas)
Presidencia de los señores Salas De la Fuente, don Edmundo, y Villouta Concha, don Edmundo.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- INCIDENTES
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
- Permisos constitucionales 11
- Réplica a alusiones personales. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento) 11
V. Oden del Día.
- Regulación de contratos de suministro y prestación de servicios del sector público. Primer trámite constitucional 12
- Preinforme de la Comisión especial investigadora de los orígenes y causas del aumento de las tarifas de agua potable 33
- Comisiones de Reja y Pórtico para la ceremonia del 21 de Mayo 42
- Suspensión del tratamiento de los proyectos de acuerdo 42
VI. Incidentes.
- Investigación e informe sobre obras viales y habitacionales en comuna de Futrono. Oficios. 43
- Prórroga de vigencia de la ley Nº 19.776, que regulariza posesión y ocupación de inmuebles fiscales. Oficio 44
- Información sobre financiamiento de programa televisivo en la Octava Región. Oficio 45
- Información acerca de residuos tóxicos en Antofagasta. Oficios 46
- Antecedentes sobre transferencia de terrenos de la Armada de Chile a las municipalidades de Tocopilla, Taltal y San Antonio. Oficio 47
- Incidentes ocurridos en inmediaciones del Cogreso Nacional entre trabajadores de la Salud y Carabineros. Oficio 47
- Petición de antecedentes en relación con la Defensa Civil y subsidios otorgados por municipalidades. Oficios 48
- Homenaje a la Universidad de Concepción en su 83º aniversario. Oficio 49
- Reconocimiento a alcalde de Recoleta por remodelaciones de plazoleta externa del Cementerio General. Oficio 51
- Medidas de prevención para evitar derrames de petróleo en río Aconcagua. Oficios 53
- Irregularidades en municipalidad de Contulmo. Oficio 54
Pág.
- Deuda histórica contraída por municipalidad de Concepción con profesores. Oficios 55
- Tratamiento a portadores y a enfermos de sida. Oficios 56
VII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República mediante el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que otorga beneficios a la Salud Primaria. (boletín Nº 2931-11) 57
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que modifica el decreto ley Nº 3.063, sobre rentas municipales en materia de recaudación de derechos por transferencias de vehículos motorizados. (boletín Nº 2932-06) 63
3. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual retira y hac epresente la urgencia, con calificación de “simple”, para el despacho del proyecto que adecua la legislación interna para implementar en Chile la Convención para combatir el cohecho a funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales y modifica el tipo penal de cohecho activo. (boletín Nº 2828-07) 67
4. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que otorga beneficios a la Salud Primaria. (boletín Nº 2931-11) 68
5. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recaído en el proyecto que establece normas para flexibilizar el uso del fuero maternal. (boletín Nº 1309-13) 68
6. Informe complementario del informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos recaído en el proyecto que modifica la ley Nº 19.713, que establece como medida de administración el límite máximo de captura por armador, incorporando a las unidades de pesquería que indica en las zonas que señala al citado régimen de administración. (boletín Nº 2777-03) (S) 76
VIII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
-De los diputados señores Bustos; Pérez, don Aníbal, y Jeame Barrueto, quienes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicitan autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 11 y 17 de mayo en curso para dirigirse a Alemania y España, respectivamente:
Oficios:
Tribunal Constitucional
-Del diputado señor Burgos, requerimiento por Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Contraloría General de la República
-Del diputado señor Ulloa, designaciones de intendentes y gobernadores.
Ministerio de Relaciones Exteriores
-Del diputado señor Valenzuela, Paso Internacional Las Leñas.
Ministerio de Educación
-Del diputado señor Delmastro, aumento especial en financiamiento de escuela que indica.
-Del diputado señor González, módulos de formación en competencias laborales acreditables para un título técnico de nivel superior.
Ministerio de Justicia
-Del diputado señor Delmastro, irregularidades en que estaría incurriendo una empresa denominada Caledonian Ofdshore Ltda. con sede en Canadá.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
-Del diputado señor Navarro, elaboración, dictación, objetivo y entrada en vigencia de resolución que obliga a toda persona que requiera embarcarse en algún tipo de nave, a realizar curso básico de seguridad y familirización a bordo.
-Del diputado señor González, módulos de formación en competencias laborales conducentes a títulos técnicos impartidos por los centros de formación técnica.
Ministerio de Salud
-Del diputado señor Alvarado, asignación de desempeño difícil 2002 a funcionarios de Chiloé.
Ministerio de Minería
-Del diputado señor Pareto, informes respecto de instalación de un vertedero en Maipú.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-Del diputado señor Ortiz, proyecto eje vial Paicaví de Concepción.
-Del diputado señor Hales, muro en construcción en Avda. Monseñor Escrivá de Balaguer.
Ministerio de Planificación y Cooperación
-Del diputado señor Leay, metodología programa de subsidio al consumo de agua potable y servicio de alcantarillado de aguas servidas.
-Del diputado señor Pablo Galilea, programa de subsidio al consumo de agua potable y servicio de alcantarillado de aguas servidas en la Undécima Región.
-Del diputado señor Juan Pablo Letelier, hogares con ingresos inferiores a $ 150.000.
-De la diptuada señora Vidal, antecedentes sobre estudio de mejoramiento del factor discriminatorio de la ficha Cas.
-De la Corporación, programa de apoyo a los estudiantes Rapa Nui.
Intendencia Región de Los Lagos
-Del diputado señor Kuschel, situación campamento Antonio Varas Norte.
Municipalidad de Osorno
-Del diputado señor Navarro, condonación de deudas de derechos de aseo.
Municipalidad de Chañaral
-Del diputado señor Navarro, depósito de desechos industriales, morosidad actual por concepto de derecho de aseo y número de organizaciones territoriales y funcionales.
Municipalidad de La Reina
-De la diputada señora Cristi, prolongación de Av. Vicente Pérez Rosales y construcción de la Aldea del Encuentro.
Zofri S.A.
-De la diputada señora González, antecedentes sobre actividades industriales en Arica, acogidas al sistema de Zona Franca.
Consejo de Defensa del Estado
-Del diputado señor Navarro, juicios en materia ambiental por daños causados por la instalación de antenas de telefonía móvil.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (105)
Accorsi Opazo, Enrique PPD RM 24
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60
Allende Bussi, Isabel PS IV 9
Araya Guerrero, Pedro PDC II 4
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Barros Montero, Ramón UDI VI 35
Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33
Bayo Veloso, Francisco RN IX 48
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Burgos Varela, Jorge PDC RM 21
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica IND RM 24
Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21
Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 23
Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Escalona Medina, Camilo PS VIII 46
Escobar Urbina, Mario UDI II 3
Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56
Forni Lobos, Marcelo UDI V 11
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa IND I 1
González Torres, Rodrigo PPD V 14
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Hernández, Javier UDI X 55
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Lagos Herrera, Eduardo PRSD X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 30
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10
Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Paredes Fierro, Iván IND-PS I 1
Pareto Vergara, Cristian PDC RM 20
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Opazo, Ramón IND-UDI I 2
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37
Quintana Leal, Jaime PPD IX 49
Rebolledo González, Víctor Manuel PPD IV 7
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Robles Pantoja, Alberto PRSD III 6
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Rossi Ciocca, Fulvio IND-PS I 2
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Saffirio Suárez Eduardo PDC IX 50
Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND-PDC VI 34
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 14
Tapia Martínez, Boris PDC VII 36
Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39
Tohá Morales, Carolina ILE RM 22
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31
Urrutia Bonilla, Ignacio ILC VII 40
Valenzuela Van Treck, Esteban PPD VI 32
Varela Herrera, Mario UDI RM 20
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Venegas Rubio, Samuel PRSD V 15
Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Von Mühlenbrock Zamora, Gastón ILC X 54
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señores Juan Bustos, Aníbal Pérez y Edgardo Riveros.
-Asistieron los senadores señores Juan Antonio Coloma y Jorge Lavandero.
-Asistió, además, la ministra de Hacienda (S), señora María Eugenia Wagner.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.09 horas.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
El acta de la sesión 13ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 14ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Se va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
PERMISOS CONSTITUCIONALES.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Sala, se concederán los permisos constitucionales solicitados por los diputados señores Juan Bustos , Aníbal Pérez y Víctor Jeame Barrueto , de conformidad con los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 11 de mayo, los dos primeros, y del 17 de mayo, el último, para dirigirse a Alemania y España, respectivamente.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
RÉPLICA A ALUSIONES PERSONALES. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Tuma para hacer uso de la palabra en virtud de lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , he solicitado hacer uso de mi derecho reglamentario a vindicarme a raíz de una publicación del semanario “El Periodista”, de esta semana, en la que he sido acusado por el señor Humberto Contreras de haber recibido supuestos pagos por parte de la empresa distribuidora Rabié Sociedad Anónima .
El señor Contreras , quien hasta hace algunos meses se desempeñaba como gerente contralor de la citada firma, imputa a esa empresa una serie de hechos ilícitos en los cuales él mismo habría participado, que se referirían a fraudes tributarios, más una serie de prácticas ilegales en materia de seguridad social y antisindicales, ilícitos en los cuales confiesa su participación directa e incluso como autor material.
Este señor, de paso, me acusa de haber recibido dinero de la referida firma por supuestas gestiones ante organismos públicos, cuestión que es absolutamente falsa y que, por lo mismo, amerita esta vindicación pública en virtud de lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Es mi deber señalar que el denunciante de marras está siendo investigado por cuantiosos robos que habría cometido, en los últimos veinte años, en la empresa Rabié Sociedad Anónima . Aún más, varios de los cómplices del señor Contreras ya se encuentran confesos de los delitos, por lo cual me parece inminente su procesamiento en las causas criminales que se les siguen.
Además, según antecedentes que he podido recopilar en las últimas horas, estas denuncias falsas son parte de una estrategia de defensa de este verdadero delincuente, quien pretende exonerarse de responsabilidad por sus robos multimillonarios empañando la imagen de la firma a la cual sirvió, y de quienes, como yo, hemos tenido relaciones con esa antigua y prestigiada empresa del sur del país.
Con toda claridad digo en esta Sala que mi relación con la familia Rabié , que me honra, se origina en vínculos familiares de antigua data, pues esa familia y la mía son de ascendencia árabe, las que, desde hace décadas, han compartido socialmente en el medio nacional.
Jamás he pedido a ningún servicio público el no cumplimiento de reglamentos o de leyes. Es más, he sido celoso fiscalizador para que tanto éstas como aquéllos se cumplan, lo que no impide que intervenga para acelerar las actuaciones que los organismos del Estado están obligados a cumplir. Por esta misma razón, existe un amplio consenso político para avanzar en el estudio de una norma que regule el silencio administrativo y permita dar seriedad a las decisiones de la administración pública.
Toda persona, natural o jurídica, un modesto poblador o un industrial, merece que sus asuntos sean atendidos por parte del Estado con diligencia y dedicación. Por ello, a menudo los parlamentarios realizamos acciones para que se cumplan las obligaciones legales de los organismos del Estado con la diligencia y eficiencia que manda la ley.
Cuando he debido intervenir, jamás he cobrado por ello. No sería capaz de hacerlo; por el contrario, al igual como lo hacen los colegas, en estas actuaciones siempre hemos tenido en la mira la búsqueda de un bien superior, como la generación de empleos o el desarrollo económico del país.
Señor Presidente , honorable Cámara: ustedes me conocen hace ya casi una década; saben de mi comportamiento en esta Sala; saben que, muchas veces, defendiendo los derechos de los consumidores, he debido enfrentarme a grandes intereses corporativos, y nunca he subordinado mi actuación política o parlamentaria a intereses mezquinos o subalternos. Por ello, no permitiré que un villano, un verdadero delincuente, mancille mi honra, como pretende hacer este sujeto, que quiere ocultar su rostro y su responsabilidad penal en un enorme desfalco a costa de la imagen de una firma seria y perjudicando a gente decente que jamás se prestaría para cometer esta clase de ilícitos.
Respecto de las acusaciones emitidas por el señor Contreras , presentaré ante los tribunales de justicia las acciones penales por los delitos de injuria y de calumnia. Confío en que la justicia logre esclarecer estos bochornosos hechos, que han salido a la luz pública de una manera tan liviana e injusta, por cuanto se les da carácter de escándalo. Estoy cierto de que con el correr de los días no sólo se desvanecerán estas denuncias, sino que conoceremos los resultados de la investigación que, seguramente, condenarán al propio denunciante.
Con la confianza del inocente, del que sabe que no ha cometido acto alguno reñido con la honorabilidad del cargo, he intervenido en esta Sala seguro de que estos hechos se esclarecerán, y de que quedarán desvirtuadas tan infundadas y malintencionadas acusaciones.
Termino expresando mi absoluta tranquilidad de espíritu y de conciencia.
He dicho.
V. ORDEN DEL DÍA
REGULACIÓN DE CONTRATOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
En el Orden del Día, corresponde conocer, en primer trámite constitucional y segundo informe reglamentario, el proyecto de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Escalona.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Hacienda, sesión 17ª, en 7 de mayo de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 8.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , tratándose de un proyecto que viene de la legislatura pasada -ingresó a trámite legislativo en 1999-, creo necesario hacer una relación general para la adecuada información de los señores diputados, tanto de los antiguos como de los numerosos colegas ingresados el 11 de marzo recién pasado.
La gestión de compras del gobierno funciona con normalidad en la mayoría de los servicios públicos; el abastecimiento es adecuado para la provisión de servicios públicos a la ciudadanía; la probidad y el apego a las normas es evidente, según se reconoce -más allá, naturalmente, de nuestras polémicas conyunturales- en diversos índices internacionales.
Se cuenta en Chile con un sistema presupuestario que permite controlar bien el gasto público por concepto de compras públicas. Sin embargo, desde los años 90 a la fecha se viene reconociendo que es factible perfeccionar esta gestión con el propósito de otorgar máxima transparencia y acceso a las oportunidades de contratación, mejoramiento de la calidad de los insumos y generación de ahorros, los cuales pueden ser considerados en algunos ítem de gastos de los servicios públicos.
Además, se suman nuevos desafíos, tales como la entrada en vigor de la ley de firma electrónica, que permitirá un mayor desarrollo de los negocios sobre plataformas internet. La próxima suscripción de acuerdos comerciales con la Unión Europea y la eventual suscripción de un acuerdo con los Estados Unidos en materia de libre comercio, acentúan esta necesidad.
El punto relativo a las compras públicas está incluido en el largo temario establecido en la llamada “agenda pro crecimiento”, que contempla criterios para aprobar una normativa marco y desarrollar un mercado electrónico en estas materias. Vale decir, estamos ante un tema de importancia para la probidad, la transparencia y la eficiencia del sector público.
Llamo la atención sobre los diferentes ámbitos en que el interés nacional se ve afectado, en este caso de manera positiva, con la aprobación del proyecto en estudio:
Incidencia en la generación de confianza hacia el Estado y, por lo tanto, el fortalecimiento de nuestra democracia y de la imagen país;
Aporte de insumos de calidad para garantizar un mejor gobierno, que entregue servicios de excelencia a todos los ciudadanos y empresas del país;
Por último, otro aspecto que se debe tener presente es la voluntad de transformar a Chile en un país con un alto desarrollo de tecnología digital y el impacto de lo que ello significará en el ámbito del crecimiento económico al propiciar el desarrollo del sector tecnología de información en lo que se refiere a las compras electrónicas, como también aportar con importantes ahorros en el presupuesto fiscal.
Con respecto a las tareas en la gestión de las compras estatales, el Presidente Lagos está implementando distintas iniciativas en este ámbito, entre las cuales destaca la instalación de una plataforma tecnológica en internet, denominada Chile-Compra, que permita realizar electrónicamente todas las transacciones que efectúa el Estado. Su objetivo es:
-Fortalecer la eficiencia y garantizar, como bien público, la máxima difusión e intercambio de información entre todos los agentes que participan en el mercado de las compras públicas.
-Armonizar la normativa y políticas en las compras y contrataciones de los servicios públicos, sobre la base de establecer criterios comunes que otorguen mayor certeza y facilidades a los agentes interesados en participar de los procesos de compras estatales.
-Proveer de asistencia técnica a dichos servicios a través de una unidad especializada para iniciar procesos de optimización en el ciclo de compras, y colaborar en la formación de capacidades tecnológicas y de personal en los servicios públicos para fortalecer una cultura de ahorro permanente y de maximización del valor del dinero, con lo cual se obtendrán insumos de mayor calidad y de menor costo.
-Requerir mayor planificación en las compras e iniciativas de mejoramiento para cada servicio público, en el marco de los programas de mejoramiento de la gestión que ellos han adoptado o que se están impulsando.
-Mejorar los procedimientos de reclamos e impugnación para los proveedores, a través de la creación de una entidad especializada en la revisión de los procesos de licitación y, en consecuencia, mejorar la confianza y la probidad en el país.
-Establecer un registro nacional de proveedores del Estado que facilite el acceso a la información y simplifique los procesos administrativos de los servicios y de los proveedores.
¿Por qué se requiere una ley?
Las tareas identificadas por el Gobierno en materia de compras públicas requieren, para su correcta implementación, de la creación de una ley de contrataciones públicas. El propósito de la iniciativa legal es disponer de una legislación-marco aplicable a la administración pública, que establezca principios generales y mecanismos necesarios para una gestión de compras transparentes, eficientes y eficaces.
Esta iniciativa es imprescindible para el funcionamiento de un sistema electrónico de contratación, lo que debe ir acompañado de la creación de un tribunal especializado en impugnaciones para garantizar la difusión de la información en esta materia, y de la generación de contratos marco para compras conjuntas, entre otros aspectos.
Contenidos del proyecto.
1º Crea un sistema básico y uniforme de bienes y servicios para los órganos de la administración del Estado, en lo sustancial para los ministerios y servicios públicos que regulan sus funciones en conformidad con la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de Bases de la Administración del Estado. Se exceptúan las empresas y organismos públicos que dispongan de normas expresas en contrario. El reglamento deberá considerar los aspectos que norman los procesos de adquisiciones, tales como registro, garantía, mecanismos de adjudicación, modificación, cesión de los contratos, ámbitos de aplicación de los diferentes procesos de adquisiciones, licitación pública, licitación privada y trato directo.
2º Crea, por ley, un sistema de información de las compras y contrataciones de los organismos públicos como continuador legal de aquel normado en el decreto supremo Nº 1.312, de Hacienda. En este caso, todos los organismos públicos, Poder Ejecutivo , Legislativo y Judicial; entes autónomos, como el Banco Central, Contraloría General de la República, Consejo de Defensa del Estado y municipalidades, deben informar sobre sus adquisiciones efectuadas a través de dicho sistema, con excepción de las empresas públicas creadas por ley y en el caso de aquellas contrataciones que, por disposición legal o por su naturaleza, sean secretas, reservadas o confidenciales. A dichos organismos se les obliga informar respecto de las adquisiciones que realizan en el sistema de información de compras públicas.
Por medio de dicho sistema se pretende hacer transparentes los procesos de compra, ayudar al desarrollo del mercado de proveedores a través de la entrega de información acerca de los requerimientos del sector público, de sus requisitos y normativas de operación; aumentar las posibilidades de elección en los servicios, informando acerca de los proveedores existentes, sus características, y publicar las estadísticas de las operaciones de compra.
3º Permite a los organismos públicos cotizar, licitar y contratar por medios electrónicos. Aquí estamos ante un cambio significativo, por cuanto aquéllos pasan a ser un usuario más del comercio electrónico sin que deban construir su propio sitio.
4º Crea la modalidad de contrato-marco, es decir, la negociación, por parte de la Dirección de Compras, de condiciones favorables a las que puedan adherir las entidades públicas, obtenidas en consideración al volumen, las que conservarán su facultad de compra directa cuando se les presenten condiciones más ventajosas que las obtenidas por el convenio-marco.
5º Creación de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que sustituye a la Dirección de Aprovisionamiento del Estado. Este nuevo servicio descentralizado, que se relacionará con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Hacienda, será el encargado de asesorar a los organismos públicos en sus adquisiciones y contrataciones; de elaborar normas y procedimientos, y de proveer los medios para las transacciones electrónicas; de proponer políticas y cursos de acción al gobierno central; de licitar la suscripción de convenios-marco, lo que obliga a los organismos a comprar de acuerdo con dicho convenio, salvo que directamente obtengan condiciones más ventajosas. El personal del servicio estará afecto a las disposiciones del Estatuto Administrativo de los funcionarios públicos. Se propone una planta -que consideramos pequeña- conformada por 18 personas, y sus remuneraciones corresponderán a las de las instituciones fiscalizadoras.
6º El proyecto de ley también considera el derecho de impugnación de los procesos de licitación a través de una primera instancia administrativa de reclamo, al crear el Tribunal de Contratación Pública, haciéndolo compatible con las exigencias de los acuerdos de libre comercio.
El Capítulo V del proyecto fue objeto de una indicación formulada por el Ejecutivo , por cuanto en la votación realizada en la sesión de Sala de fecha 31 de julio de 2001 no se alcanzó el quórum requerido, además de que por su naturaleza es de la más alta importancia para el funcionamiento del proyecto.
Finalmente, las disposiciones transitorias y complementarias se refieren al inicio de la ejecución de la ley en materia de provisión de los cargos de la Dirección de Compras, a los derechos de los funcionarios de la antigua DAE que se incorporan al nuevo servicio público y al traspaso de bienes del DAE a la Dirección de Compras.
Los beneficios que se esperan para las instituciones públicas con la aprobación de esta ley son los siguientes:
1. Se crean condiciones de transparencia, probidad, eficiencia y competencia en un mercado de compras del Gobierno, descentralizado y abierto;
2. Se reducen las posibilidades de eventuales irregularidades;
3. Los organismos públicos pueden obtener mejores condiciones de compra y menores costos en su gestión;
4. Por su parte, las empresas proveedoras ganan en eficiencia, logran mayores certezas y cuentan con mecanismos de reclamo conocidos y eficaces;
5. Ampliación del ámbito de aplicación del sistema de información y difusión del sistema de compras gubernamentales a través de internet, denominado Chile-Compra, con lo cual se incrementa la transparencia de su funcionamiento y su cobertura;
6. Ayuda al desarrollo del mercado de proveedores al dar a conocer información de los requerimientos del sector público, sus requisitos y normativas de operación, con lo cual permite un mejor acceso a las oportunidades de contratación pública;
7. Establece instrumentos de mayor coordinación entre los servicios públicos para lograr economías en sus compras e intercambiar información para mejorar su gestión en este ámbito, y
8. Introduce el factor de transparencia hacia la ciudadanía, haciendo públicos los procesos y estadísticas de las operaciones de compra de cada institución.
Señor Presidente , esta iniciativa legal fue aprobada en general en la sesión 21ª, del 31 de julio de 2001, con excepción de los artículos 23 al 26 del primer informe, por no reunir el quórum necesario de ley orgánica constitucional.
El análisis en particular del proyecto quedó para su segundo informe, conforme con lo acordado sobre el particular por la Comisión.
No fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos 1º, 3º, 6º, 9º, 13, 14, 16, 26, 29, 30, 32, 34, 35, 36 y 37, permanentes, y los artículos tercero a décimo, transitorios.
Deben ser aprobados con quórum especial los artículos 1º y 19, por incorporar al sistema de contratación y de información del proyecto entidades como las municipalidades y el Banco Central, entre otras, y los artículos 20 al 25, porque crean el Tribunal de Contratación.
Fueron modificados los artículos 2º, 4º, 7º, 10, 15, 17, 18, 19, 27, 28, 29, 31 y 33.
Se suprimieron los artículos 7º (refundido con el 8º), 11 (refundido con el 12), 20, 21, 22 y 1º transitorio del primer informe.
En esta discusión se introdujeron los artículos 5º, 11, 20 al 25, y los artículos 1º y 2º transitorios.
Se rechazaron la indicación parlamentaria al artículo 4º y el artículo 11 del primer informe.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Por no haber sido objeto de indicaciones ni de modificaciones, se declaran aprobados los artículos 1º, 3º, 6º, 9º, 13, 14, 16, 26, 29, 30, 32, 34, 35, 36 y 37, permanentes, y 3º a 10, transitorios.
En discusión el artículo 2º.
Tiene la palabra el diputado señor Fulvio Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , el diputado informante fue bastante claro respecto de la necesidad de legislar sobre esta materia, toda vez que se requiere perfeccionar la gestión de compra -como dijo- en el servicio público, para lo cual se establece la creación de un sistema de compras para el sector público a través de internet a fin de garantizar mayores niveles de transparencia a través del acceso de toda la población a la información que se genere de esas operaciones.
Como fundamento de este proyecto aparece, por un lado, la adecuación de la actividad de la administración pública a los procesos de modernización tecnológica, y, por otro, la necesidad de transparentar las inversiones realizadas por los organismos públicos mediante un sistema de libre acceso para todas las personas.
Quiero destacar que es muy importante optimizar la gestión del gasto público a través de la implementación de un sistema único de compras, con bases uniformes.
Al respecto, quiero hacer algunas observaciones.
Este proyecto guarda estrecha vinculación con el aprobado recientemente sobre firma electrónica o digital, ya que, a través de este mecanismo, se permitirá la validación de la información en el sistema que se pretende implementar.
El artículo 2º del proyecto excluye de su aplicación a los servicios de salud, a las municipalidades y a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública. Al respecto, el Ejecutivo señaló que estos organismos poseían sus propias centrales de abastecimiento, las cuales hasta la fecha operan adecuadamente, “por lo que no se estimó conveniente introducirles modificaciones”. Sin embargo, se precisó que no por ello quedarán exentas de la obligación de informar sobre las compras que realicen.
Al respecto, cabe precisar que las Fuerzas Armadas realizan compras no sólo de armamentos, sino también de insumos básicos -alimentos, ropas, etcétera-, bienes por los que podrían obtener un precio menor a través del sistema que se pretende crear en este proyecto. De acuerdo con esta óptica, no es entendible, entonces, que las instituciones mencionadas se exceptúen de entrar en el sistema, más aún si la finalidad última del proyecto es transparentar las operaciones comerciales de los entes públicos.
Por último, deseo agregar que el proyecto en comento señala, como mecanismo obligatorio de contratación, la licitación pública cuando los contratos que se pretenda realizar superen las 1.000 UTM (28 millones 552 mil pesos). Parece razonable rebajar este monto a 500 UTM, con el objeto de ampliar el proceso de licitación pública a un número mayor de operaciones en pro de la transparencia del sistema.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Hago presente a la Sala que el proyecto se debate artículo por artículo. Por lo tanto, los señores diputados que hagan uso de la palabra deben ceñirse al artículo en discusión.
Solicito el acuerdo de la Sala para discutir todos los artículos a la vez, y votarlos al final del Orden del Día.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , está de más repetir que éste es un proyecto muy interesante, que responde a una necesidad del sector público y que permitirá realizar las compras de bienes y servicios en otro nivel, permitiendo bajar los costos y dar mayor transparencia a este proceso.
El artículo 2º, en discusión, indica las operaciones que quedan excluidas de la aplicación de esta normativa.
Sin embargo, no entiendo las razones de lo establecido en la letra g). ¿Por qué razón los contratos que celebren las municipalidades y las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública quedan excluidos de la norma general?
En materia municipal, hemos observado bastantes dificultades, tanto para hacer contrataciones adecuadas de bienes y servicios como para que tengan la necesaria trans-parencia. En la ley orgánica municipal se estableció la obligación de los municipios de tener un reglamento para estos efectos, el que, en los hechos, no ha funcionado con la claridad y transparencia que se esperaba.
Como no se han dado los argumentos pertinentes para no aplicar estas disposiciones a los contratos que celebren las municipalidades y las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, pido que la letra g) del artículo 2º se vote separadamente. Pueden existir restricciones de otra naturaleza, quizás de nuestras facultades para pronunciarnos respecto de esta letra, que no son pertinentes. A mi juicio, el marco general de este proyecto de ley debe ser aplicable al conjunto de los servicios públicos.
Tengo entendido que los contratos de la Cámara de Diputados están incluidos en esta iniciativa, como los de todos los demás servicios -también el Banco Central-. Entonces, no veo por qué las municipalidades y las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública no lo están.
Muchas gracias.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
El señor Secretario tomó nota de su petición, señor diputado .
Respecto del artículo 2º, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , los dos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, y el diputado señor Escalona , informante de la Comisión de Hacienda, han clarificado ante el país -porque esta sesión se está televisando- la importancia de este proyecto de ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
La discusión general de esta iniciativa se efectuó en forma amplia hace alrededor de tres o cuatro meses, y nadie planteó que era mala; todo lo contrario.
Su mayor importancia reside, a mi juicio, en la materialización de aquellos principios que a todos los ciudadanos les importan respecto de las compras y contrataciones que efectúan las entidades públicas.
Se estima que cuando el proyecto se convierta en ley de la República, el ahorro para el Estado será de alrededor de 300 millones de dólares, cifra que se dio en la discusión de la Comisión de Hacienda.
Tal como expresó el diputado señor Carlos Montes , en la Comisión de Hacienda quedó absolutamente claro a qué organismos públicos se aplicará esta iniciativa.
El artículo 2º especifica las operaciones excluidas de la aplicación de la futura ley, entre las cuales se mencionan los contratos celebrados por las municipalidades y por las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad.
Al respecto, los representantes del Ejecutivo señalaron en la Comisión que los sistemas de compras en dichas instituciones funcionan bien; no obstante, no me parece malo clarificar que los organismos obligados a formar parte del sistema propuesto y a informar sobre sus adquisiciones, cuando la iniciativa entre en vigencia, son aquellos que integran los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y entes autónomos, como el Banco Central, la Contraloría General de la República y el Consejo de Defensa del Estado.
Aquí se manifiesta la voluntad real y efectiva de transparencia, pero, además, de igualdad de oportunidades para quienes deseen ser proveedores de estos organismos.
También, al igual que el señor Montes , tengo enormes dudas respecto de la letra g) del artículo 2º, razón por la cual solicito que se vote en forma separada. Ésta es la única forma en que podemos dar una señal política clara y potente, en el sentido de que ninguna institución debe quedar excluida de la aplicación de esta iniciativa, que constituye un gran avance dentro del aparato del Estado.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Señor diputado , el señor Secretario ha tomado debida nota de su petición de votar separadamente la letra g) del artículo 2º.
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , en la Comisión de Hacienda los diputados de Oposición estuvimos por hacer lo más amplia posible la aplicación del artículo 2º, precisamente basados en el argumento de que si vamos a contar con un sistema nacional de adquisición para el sector público, todos sus organismos deberían estar incluidos, con el fin de tener ventajas comparativas y una mayor capacidad de trabajo.
Ahora bien, el Gobierno nos informó en detalle acerca de las razones por las cuales se exceptúan de la aplicación del proyecto las operaciones de los organismos mencionados en el artículo 2º. Al respecto, debo hacer presente que comparto los argumentos esgrimidos por el Ejecutivo sobre la materia.
Respecto de la letra a), en la cual se señala que “los contratos a honorarios que se celebren con personas naturales para que presten servicios a los organismos públicos, cualquiera sea la fuente legal en que se sustenten;”, parece bastante evidente que la contratación a honorarios de un asesor o de un funcionario que cumplirá tareas específicas, con un propósito determinado, no debe estar sujeta a la frialdad de una propuesta pública o de un contrato administrativo después de un concurso.
En relación con la letra b), en la que se habla de “Los convenios que celebren los organismos públicos entre sí;”, también parece conveniente exceptuarlos.
En cuanto a la letra d), “Los contratos relacionados con la compraventa y la transferencia de valores negociables o de otros instrumentos financieros;”, hay servicios del Estado que realizan estas operaciones que, por definición, no deberían quedar sujetos a un sistema formal de propuestas públicas.
Respecto de la letra e), “Las contrataciones que efectúe la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud”, cuya exclusión parecía más dudosa, se nos planteó que en la actualidad funciona una central de abastecimiento para esa área, la cual cumple las tareas de adquisición, llamados a propuesta y decisión.
En lo relativo a la letra f), “Los contratos relacionados con la ejecución y concesión de obras públicas”, debo señalar que hay una ley sobre la materia, y tanto el Ministerio de Obras Públicas como los contratos para ejecución y concesión de obras se rigen por sus disposiciones.
En cuanto a la letra g), “Los contratos celebrados por las municipalidades”, se nos informó que los municipios cuentan con un sistema de definición de propuestas públicas, y que en la actualidad están estableciendo sus propias normas para llenar los vacíos existentes en lo relativo a las adquisiciones generales del Estado.
Por último, también respecto de la letra g), cabe señalar que las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública se exceptúan por una razón de seguridad nacional. Es obvio que, por definición, ciertas adquisiciones deben quedar en reserva; en resguardo del interés nacional, determinados elementos, armamentos e insumos no deben ser objeto de propuestas públicas que pueden ser conocidas por todos, porque gran parte de ellas serán internacionales.
En esas circunstancias, me parece conveniente defender la posición del Ejecutivo, en el sentido de que las excepciones que plantea son razonables y van en la línea correcta.
Asimismo, la existencia de un sistema nacional para adquirir los bienes y servicios que el Estado necesita, por ahora -no sé como evolucionará esto después-, precisa de excepciones justificadas, y, a mi juicio, lo son las que figuran entre las letras a) y g) del artículo 2º.
Por eso, los diputados de Renovación Nacional y de la Unión Demócrata Independiente votamos a favor del artículo 2º en la Comisión de Hacienda.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Walker.
El señor WALKER.-
Señor Presidente, tal como se ha señalado, es importante situar la iniciativa en un contexto objetivo.
Hace un tiempo aprobamos el proyecto de ley sobre firma digital, que tendrá un impacto muy grande.
En la actualidad, Estados Unidos representa el 80 por ciento del comercio electrónico; en cambio, América Latina, sólo el 2 por ciento.
Cifras de la Cámara de Comercio señalan que en el año 2004 llegaremos, gracias a la aplicación de la firma digital, a transacciones del orden de 7.000 millones de dólares. Eso es lo que en términos genéricos, se conoce como comercio electrónico.
En cuanto a las compras públicas del Estado, lo que se denomina técnicamente el “business to government”, representará, de los 7.000 millones de dólares ya señalados, aproximadamente entre 1.500 y dos mil millones de dólares.
Este sistema, que es bastante eficaz, eficiente y seguro -recordemos que la firma electrónica avanzada garantiza la identidad de las partes, la no repudiabilidad de las consecuencias jurídicas y la integridad del mensaje de datos, es decir, no puede ser “hackeado” o adulterado en el trayecto desde el emisor hasta el receptor- permitirá, en materia de compras públicas del Estado, no sólo que se realicen las cotizaciones por internet, sino que se perfeccionen la licitación y la adjudicación por ese medio.
El proyecto apunta, mediante la dirección pública, a cotizar, licitar, adjudicar y permitir una mayor difusión de las transacciones, de modo que los pequeños y medianos empresarios no sientan que las compras públicas son privativas de un grupo de empresas “apitutadas” con el Estado. Además, así se logrará un ahorro de aproximadamente 300 millones de dólares al año por ese concepto.
Cuando estudié derecho, me enseñaron que donde existe la misma razón, debe existir la misma disposición. Por lo tanto, no tiene sentido excluir del proyecto los contratos celebrados por las municipalidades, por los servicios de salud y por las Fuerzas Armadas. En este último caso, incluso las compras más delicadas, como las de armamentos y otros, son públicas. Pero no van en ese sentido las compras públicas, sino a alimentación, vehículos, vestuario, uniformes, géneros, etcétera.
Por lo tanto, no veo ninguna razón para que un sistema que da transparencia, accesibilidad a las pymes, y que significa un ahorro importante, excluya los contratos que celebren las Fuerzas Armadas y las municipalidades sobre la materia. Lamentablemente, existen dudas y presunciones sobre el comportamiento de algunas o de muchas municipalidades, las que harían negociados y actuarían con poca transparencia en la compra chica, en el menudeo. Por lo tanto, no veo razón alguna para excluir a los municipios de este sistema, que permite transparencia, un mayor ahorro y, sobre todo, por tratarse de uno de los ámbitos en el cual la firma digital tendrá más eficacia.
Por lo tanto, igual que algunos de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, soy partidario de que la letra g) del artículo 2º se vote separadamente.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , después de escuchar la opinión vertida por los diputados señores Montes , Ortiz y Walker , me llama la atención el resultado de la votación de este artículo en la Comisión: 6 votos a favor y 4 abstenciones.
Por eso, es preciso corregir la exclusión de ciertos organismos públicos, como es el caso de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, y de las municipalidades, del nuevo sistema de contratos. No logro entender por qué se quiere marginar a los municipios de este moderno mecanismo de contratación electrónica, como muy bien lo explicaba el diputado don Patricio Walker , gran técnico en la materia.
Hay municipios asentados en zonas rurales, algunas muy aisladas, donde ni siquiera hay capacidad para conectarse a internet -aun cuando son casos excepcionales-, pero con el ritmo al cual progresa la tecnología, sin duda, contarán con ese avance a corto plazo.
No veo justificación posible para excluir de la aplicación de esta normativa los contratos que celebren las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad respecto de alimentos, vestuario, insumos de oficina, etcétera. Este etcétera no debe tomarse como si me refiriera a elementos bélicos o estratégicos relacionados con la seguridad nacional. Eso, por supuesto, como ha dicho el diputado señor Cardemil , no está en discusión.
Por tanto, estoy de acuerdo en votar separadamente la letra g) del artículo 2º.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , concuerdo plenamente con la petición de los diputados señores Montes , Rossi y Walker , de votar separadamente la letra g), relacionada con las Fuerzas Armadas y municipios, pero también debería votarse separadamente la letra e), referida a la Central de Abastecimiento.
Este esfuerzo -que aparentemente todos apoyamos- de otorgar, desde el punto de vista legislativo, una señal clara y precisa de transparencia respecto de las adquisiciones de bienes muebles por el Estado, debe ser mayor para incluir a todos aquellos que administren caudales públicos. No existe ninguna razón para que haya centrales específicas -como es el caso de los servicios de salud-, o que, por la supuesta necesidad de reserva en ciertas adquisiciones -como es el caso de las Fuerzas Armadas-, algunos organismos se excluyan de la aplicación de esta iniciativa, que crea un sistema que, a juicio de todos parece bueno, positivo y que pone a Chile en un nuevo escalón para evitar la corrupción, sobre todo cuando se manejan importantes fondos fiscales.
Las Fuerzas Armadas, desde el punto de vista de las adquisiciones, tienen un piso anual del orden de los 180 millones de dólares. La ley del Cobre les otorga el 10 por ciento de las ventas, tripartitamente: de 60 millones a 180 millones de dólares.
Por otra parte, hemos visto la enorme cantidad de dinero que ocupa la Central de Abastecimiento en comprar bienes para los hospitales.
En consecuencia, debemos apoyar una medida de esta naturaleza a fin de que la iniciativa sea lo menos excluyente posible. Por ello es importante votar separadamente las letras a que hice alusión al comienzo.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , estoy de acuerdo con las argumentaciones de algunos colegas y con el contexto general del proyecto, porque todo lo que se pueda avanzar en modernización y en transparencia en aras de la probidad es extraordinariamente relevante para un país que, en el ámbito internacional, ha sido calificado como confiable y respecto del cual se puede decir que no existe un grado de corrupción que inquiete.
Por ello es preciso crear este instrumento para evitar cualquier atisbo o posibilidad de corrupción, que siempre puede darse. Por eso es importante aprobar el proyecto.
En cuanto al artículo 2º, me sumo a las voces que se han alzado, porque no se entiende la contradicción que se produce. Si queremos avanzar en probidad, transparencia, información, modernización y, por consiguiente, en el ahorro que implicará para el Estado, debe aplicarse un sistema mucho más eficiente en cuanto al acceso a las licitaciones, que dé transparencia y mejor información. Por eso no veo por qué la letra e) del artículo 2º excluye a las contrataciones de la Central de Abastecimiento, que, entiendo, funciona de manera autónoma, aun cuando depende del Ministerio de Salud.
Por tanto, también es preciso votar separadamente la letra e) del artículo 2º.
En cuanto a la exclusión de los contratos que celebren las municipalidades, no encuentro razón alguna que justifique una decisión de esa naturaleza. Ojalá que todas las municipalidades sean parte de esto, a fin de avanzar aún más en lo relativo a la transparencia y probidad, y así evitar cualquier discrecionalidad que pueda transformarse en abuso o, peor aún, en un atisbo de corrupción. Por el bien del país, me parece importante incluir a las municipalidades.
También me sumo a lo expresado respecto de las Fuerzas Armadas y de Orden. Me imagino que estamos hablando de todos los elementos que deben ser públicos y notorios. Por lo demás, la tendencia universal es que cada día se informe más respecto de los gastos, pertrechos, en fin. A nivel mundial, existe toda una información especializada, más aún si estamos hablando de elementos que nadie imagina que podrían ser objeto de reserva. Quizás, así se daría un paso más en términos de mayor transparencia, acercamiento a la ciudadanía y capacidad de acceder a una información relevante, porque a todos nos interesa saber cómo se están distribuyendo los fondos que, en este caso específico, se reciben de manera tripartita a través de la ley del cobre.
Por lo tanto, creo que la letra g) debería votarse por separado en aras de una mayor transparencia.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
El señor Secretario ha tomado nota de su petición de votar por separado las letras g) y e).
Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , sólo quiero señalar, a modo de defensa del proyecto, que, de acuerdo con su artículo 19, todas las instituciones nombradas en el artículo 2º tienen la obligación de informar. De manera que eso está establecido.
Si tienen la obligación de informar, se podría consultar por qué no se incorporan en este proceso. Se trata de una materia perfectamente opinable, que no afecta ni daña el sentido y el corazón del nuevo servicio público que crea.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra la diputada señora María Eugenia Mella.
La señora MELLA (doña María Eugenia) .-
Señor Presidente , lamento disentir de lo planteado, pero quiero ser la voz de la gente que cree en la descentralización y en el rol que deben cumplir las municipalidades.
No estoy de acuerdo en sacar a las municipalidades de la excepción que se establece en el artículo 2º -al final de mi intervención haré una propuesta al respecto-, por cuanto ellas son entes descentralizados, por lo que deberían seguir teniendo la capacidad de efectuar estas compras con transparencia y claridad, porque existen muchas pequeñas y medianas empresas que podrían verse favorecidas por la libertad de ejecutar en forma directa.
Los concejales, que cada vez cumplen menos roles, tienen la labor fundamental de fiscalizar. Lo que debemos enfatizar es que cumplan mejor ese rol.
Tengo la impresión de que la proposición efectuada sólo aumentará la burocracia en las tareas que deben desarrollar las municipalidades. No estoy en contra de la transparencia; por el contrario, creo que debemos hacer todo lo posible para buscar formas más transparentes y puras de mostrar a la comunidad cómo se gastan los fondos públicos, y en la municipalidad existen mecanismos para ello.
Quiero plantear la posibilidad de presentar una indicación, porque el tema no es blanco o negro, a fin de que las municipalidades decidan si trabajan a través de este nuevo servicio público o directamente de acuerdo con su planificación. Si creemos en una real regionalización y descentralización, debemos confiar en las regiones y en las municipalidades, con todos los mecanismos de control y de fiscalización que queramos establecer, a lo cual no me opongo. Creo que con esto lo único que se logrará es aumentar la burocracia y dar nuevamente un signo de centralismo.
Por eso, señor Presidente , si es factible, le ruego acoger la indicación propuesta. En caso contrario, votaré en contra de eliminar la excepción respecto de las municipalidades.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Señora diputada , sólo con la unanimidad de la Sala se pueden presentar indicaciones. Además, debe hacerla llegar por escrito a la Mesa. Al final del debate pediré el acuerdo para ello.
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , he escuchado con mucha atención el debate; parece que el proyecto es de suma importancia, ya que por primera vez veo unidos a los diputados señores Cardemil y Escalona defendiendo un mismo artículo. Creo que es un buen síntoma, pues, para lograr acuerdos importantes y sacar adelante al país, se unen los extremos. Por lo tanto, felicito a quienes estudiaron el proyecto en la Comisión.
Cuando se habla de que esta iniciativa transparentará las cosas, honestamente pienso que no será así, y lo voy a demostrar con un ejemplo. Muchos parlamentarios hemos podido comprobar que cuando una institución tiene la obligación de llamar a licitación pública, más de alguna persona se acerca para decir que perdió a pesar de ofrecer la tonelada de alimentos cinco mil o siete mil pesos más barata que la del que ganó.
¿Por qué digo que no se transparentará el sistema? Porque hay que cambiar un concepto de las licitaciones públicas: no necesariamente se adjudica al más barato, sino que al que da más confianza. En consecuencia, se puede hacer cualquier cosa, con esta ley o sin ella. Lo primero que debe respetarse es que una licitación sea adjudicada a quien ofrezca similares características de calidad y condiciones, y cuya oferta sea la más económica. Si se presentan cuatro o cinco empresas a una licitación y gana la más cara, a lo mejor se debe a que da mayor confianza.
Por eso, quiero preguntar al diputado Escalona , como informante del proyecto, cuál sería la transparencia si esto no se suprime, porque siempre la licitación la gana el que da más confianza y no necesariamente el que hace la oferta más barata. Por consiguiente, sería lo mismo, por cuanto la transparencia del sistema radicaría en el criterio y en el buen desempeño de las autoridades que califican las licitaciones para determinar cuál conviene a determinada institución.
Por eso, creo que la proposición efectuada no es la mejor manera de transparentar las cosas, porque la condición a que hice referencia aún no se ha suprimido.
Repito, para mayor claridad del diputado señor Escalona : hoy la licitación no se adjudica al más barato, sino al que da mayor confianza. Entonces, ¿qué saca con licitar? ¿Qué transparencia habrá con eso?
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , tenía entendido que el diputado señor René Manuel García era mucho más experto y hábil que yo en materia de economía de mercado, pero después de su consulta tengo mis dudas. Lo que se establece en el proyecto es un sistema público, transparente, que garantiza el acceso sin mecanismos ocultos o encubiertos. Se genera un sistema respaldado por compras electrónicas para que exista plena garantía de que la información es enteramente abierta y transparente. En los casos en que no haya acuerdo -es natural que suceda-, se establece un tribunal autónomo y transparente para que resuelva las impugnaciones que se presenten, mecanismo que hasta ahora no existía. Sin embargo, siempre habrá cierta desventaja del pequeño y del mediando respecto del más grande, porque todos sabemos que la economía de mercado no es perfecta.
No sé si el diputado señor García se quiere sumar al criterio del ex Presidente Aylwin , quien señaló que el mercado es cruel. En cuanto a la iniciativa en comento, se debe tener presente que no se generarán inmediatamente condiciones de competencia perfecta, pero sí se otorgarán condiciones para que las personas o empresas que se sientan afectadas cuenten con mecanismos de reclamación que garanticen autonomía e independencia en las decisiones finales.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , el diputado señor Escalona tiene razón en que sé más que él respecto de la empresa privada y del libre mercado.
Considero que el acceso está absolutamente garantizado, porque en una propuesta abierta pueden participar todas las personas que lo deseen. En consecuencia, lo que se establece no tiene por objeto garantizar que las personas puedan entrar en la propuesta.
Quiero decir al diputado señor Escalona que no me quedo con las palabras del ex Presidente Aylwin , en el sentido de que el mercado es cruel, sino con lo que señaló el Presidente Lagos , en cuanto a que la economía de mercado no era la mejor, pero que no había otra más perfecta, razón por la cual no la iba a cambiar.
Por lo tanto, las palabras que recojo son las del Presidente Lagos .
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Esteban Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, adhiero a los comentarios de la diputada señora Mella, en cuanto a que se debe tener cuidado con involucrar a los municipios en esta normativa.
Tal como debe recordar el diputado señor Montes , hace algunos años la Cámara aprobó una indicación que obliga a los alcaldes a entregar a cada concejal la información respecto de cualquier compra o licitación municipal, lo que ha ayudado, en gran medida, a transparentar dichos procedimientos y a contar con un sistema de petición de cuentas en este ámbito. Por lo tanto, tal como lo establece el proyecto, los municipios deben quedar excluidos de la aplicación de la presente ley.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Cerrado el debate del artículo 2º.
En discusión el artículo 4º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 5º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 7º.
Tiene la palabra el diputado señor Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , a pesar de las limitaciones reglamentarias, hemos presentado una indicación al artículo 7º, que tiene que ver con la observación realizada al artículo 2º, en el sentido de que se pidió votar en contra de que queden excluidas de la aplicación de esta futura ley las municipalidades y las Fuerzas Armadas.
El artículo 7º establece los procedimientos y las condiciones en las que puede haber contratación directa. En verdad, esta iniciativa tiene distintas perspectivas: una de ellas es modernizar, transparentar y abaratar costos mediante contratos públicos que se abren para que se presenten empresas de distinto carácter a ofrecer sus productos a través de un sistema informático moderno.
El problema radica en que puede ocurrir algo parecido a lo que sucedió con las farmacias y con las carnicerías: que al final se centraliza todo en ciertos grupos, de determinadas condiciones y características, lo que al final liquida a muchas pequeñas y medianas empresas.
Si bien no estuve presente en la discusión del segundo informe, recuerdo que este punto fue muy debatido en el primero. Por eso, proponemos incorporar una nueva letra al artículo 7º, a fin de que se permita la contratación directa en aquellos casos en que, a nivel local o regional, haya programas específicos de fomento productivo que puedan desarrollar algún grado de relación con la pequeña empresa, sostenerla e impulsarla para que se desarrolle y tenga mayor capacidad competitiva.
Puede que en muchos casos las pequeñas empresas ofrezcan sus productos o servicios más caros que las grandes, nacionales o internacionales, pero tal vez estén generando mayor cantidad de puestos de trabajo.
Los programas de fomento productivo no deben ser considerados como mecanismos de excepción arbitrarios o discrecionales, sino como parte del programa. Presentaremos la indicación al artículo 7º, de manera que el reglamento desarrolle más ese aspecto.
Además, la ley necesita un período de transición; no puede aplicarse de golpe, porque podría destruir gran parte de la pequeña y mediana empresa, sobre todo las ubicadas en localidades apartadas.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento de los señores diputados para que pueda ingresar a la Sala la subsecretaria de Hacienda, señora María Eugenia Wagner, con el objeto de que aclare las dudas planteadas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , respaldo lo señalado por el diputado señor Montes , porque en muchas regiones, como la de Atacama, se ha establecido el criterio del encadenamiento productivo, del cual forman parte las grandes, medianas y pequeñas empresas, los municipios y los organismos públicos, por el cual se tiende a que determinadas adquisiciones y servicios se lleven a cabo en las regiones para desarrollar a esas empresas -sobre todo a las pequeñas y medianas-, y así generar empleo, en particular en regiones donde aproximadamente el cuarenta por ciento de su PIB depende de la exportación de materias primas, condicionadas por los precios internacionales.
Por lo tanto, me parece esencial incorporar una indicación al artículo 7º, que flexibilice la norma, a fin de que las instituciones del Estado puedan trabajar con las pymes en la adquisición de bienes y servicios.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , quiero recordar que en la Comisión se presentó una indicación para refundir los artículos 7º y 8º, en un nuevo artículo 8º. Por lo tanto, las indicaciones deben presentarse al nuevo artículo.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).- Señor diputado, no se debe confundir el primer informe con el segundo. El procedimiento que está siguiendo la Mesa es el correcto.
Ofrezco la palabra sobre el artículo 7º.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 8º, que se refundió con el artículo 7º del primer informe.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 10.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Tiene la palabra la subsecretaria de Hacienda , señora María Eugenia Wagner, para explicar por qué, en la letra g) del artículo 2º, quedaron excluidos de la aplicación de la presente ley los contratos celebrados por las municipalidades, por las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.
La señora WAGNER, doña María Eugenia ( Subsecretaria de Hacienda ).-
Señor Presidente , el proyecto tiene por objeto cambiar totalmente la forma en que se está enfrentando el tema de compras del sector público.
El artículo mencionado excluye de la aplicación de las regulaciones establecidas en la iniciativa las contrataciones que efectúen la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, las Fuerzas Armadas y las municipalidades.
Sin embargo, tal como lo preceptúa un artículo posterior, esas tres instituciones estarán obligadas a informar sobre todas sus compras, es decir, sus adquisiciones serán totalmente transparentes, pero no estarán obligadas a seguir todas las regulaciones y procedimientos que el proyecto establece.
¿Por qué lo hicimos así? Porque es la primera etapa del cambio de procedimiento de compras. Se está cambiando la forma en que se harán las cosas en todo el sector público. No quisimos ser demasiado ambiciosos y modificar, en el corto plazo, los procedimientos a las municipalidades, a las Fuerzas Armadas y a la Cenabast. Una vez que el sistema esté funcionando en la práctica, creemos que en un par de años será posible implementar la inclusión de dichas instituciones. Sin embargo, en el corto plazo podría ocasionar que funcionen peor que hoy.
En resumen, esas tres instituciones están obligadas a informar, y creemos contraproducente aplicarles todos los procedimientos que establece el proyecto, porque será demasiado difícil implementarlos en el corto plazo.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Exequiel Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , con la misma lógica planteada por la subsecretaria, en el sentido de que, por la situación de las instituciones que se excluyen, en el corto plazo debieran permanecer como están y sólo con la obligación de informar, ¿no será posible plantear el tema al revés?: que la ley sea obligatoria para todos los organismos, y que, en el caso de aquellos respecto de los cuales tenemos dudas acerca de su funcionamiento en el corto plazo, que queden excluidos por el momento, pero que les fijemos un plazo de tres o cuatro años más para entrar en el sistema. O sea, dejar establecido en la ley que, en un plazo razonable, también deberán incorporarse al sistema que estamos aprobando. El Ejecutivo siempre tendrá la posibilidad de prorrogar el plazo si así lo estima pertinente; pero, de la manera propuesta, damos garantía a quienes han manifestado dudas en cuanto a que ciertos organismos queden fuera de la aplicación de la ley.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra la subsecretaria de Hacienda.
La señora WAGNER ( Subsecretaria de Hacienda ).-
Señor Presidente , preferimos dejar el proyecto como está planteado, por cuanto la ley empezará a funcionar en los distintos servicios en la medida en que se vaya implementando. Probablemente, habrá errores y defectos que corregir. En una segunda etapa, plantearemos al Congreso el tema de los servicios que quedaron excluidos y abordaremos todos los aspectos derivados de la implementación de la ley.
Por lo tanto, nos parece más razonable la posibilidad de enviar un segundo proyecto al Parlamento, en el cual se recoja la experiencia de la implementación del sistema en parte importante del sector público.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , apoyo la propuesta del diputado señor Silva . Efectivamente, pasar de la situación actual, desagregada y compleja en materia de adquisiciones, a un sistema nuevo de compras, abierto, informatizado, con nuevos entes que entran a competir, etcétera, es complejo, no se hace de la noche a la mañana.
Por eso, la norma general tendría que quedar clara en el artículo 2º, en el cual deberían entrar todos los organismos públicos, y en un artículo transitorio, establecer los que tendrán un período de transición más largo, y, eventualmente, otorgar otras facultades al Gobierno para que en el reglamento defina la transición. En este momento no estoy en condiciones de señalar productos, pero sabemos lo que ha costado a la Cámara, por ejemplo, la compra de computadores. Si partimos de la base de que existirá un sistema de licitación general, a lo mejor el reglamento debe establecer que los computadores no entren en la primera etapa, sino en la segunda. El Ejecutivo debería tener facultades para definir la transición, incluyendo lo que ha señalado el diputado señor Silva , en relación con las municipalidades, las Fuerzas Armadas y la Cenabast. Entiendo que en el centro de abastecimiento de los medicamentos es tremendamente complejo sólo el manejo de stock, de inventario, y que requiere un procedimiento especial. Pero la norma general debe ser aplicable a todo el sector público, y que el Ejecutivo tenga facultades para establecer una transición de acuerdo con lo que indiquen la lógica y la experiencia.
Por lo tanto, apoyo la propuesta del diputado señor Silva.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Señores diputados, la discusión del artículo 2º está agotada. Se solicitó el ingreso a la Sala de la señora subsecretaria para que explicara cuáles fueron los motivos que se tuvieron en cuenta para dejar fuera a los municipios y a las Fuerzas Armadas.
En discusión el artículo 11.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 12.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 15.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 19.
Tiene la palabra el diputado señor Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , los artículos 17, 18 y 19 constituyen uno de los dos pilares del proyecto. El otro está en el 20, a través del cual se crea un Tribunal de Contratación Pública.
En el artículo 19 se establece la obligación a todos los organismos públicos de entregar la información básica y aquella que determine el reglamento respecto de compras, ventas y licitaciones públicas para que sea registrada en el sistema nacional. Estos son los artículos substanciales del proyecto y, obviamente, marcan un avance notorio en las compras de la administración pública, las que, de aplicarse la ley, tendrán una mayor transparencia y orden, y se producirá un mayor aprovechamiento de los recursos fiscales.
Quiero dejar constancia de eso.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , tal como lo expresó el colega que me antecedió en el uso de la palabra, creo que éste es el pilar fundamental del proyecto. Si rechazamos el artículo 19, no tiene justificación seguir tratando este proyecto.
Aquí está lo que hemos planteado, primero, en la discusión en general, y ahora, en particular, respecto de la información básica. Por ejemplo, se debe indicar el organismo público contratante, el contratante adjudicado, el objeto; las condiciones, precios y plazos del contrato; el procedimiento de contratación y todos los aspectos que señale el reglamento de la ley. Además, queda claramente explicitado que todos los órganos de la administración regidos por esta ley deberán remitir a la Dirección de Compras y Contratación Pública, la información básica y aquella que determine el reglamento, relativas a contrataciones sobre adquisición de bienes y de servicios, con excepción de aquella que, por disposición legal o por su naturaleza, sea calificada como de carácter secreto, reservado o confidencial.
Por último, como la Comisión consideró que este artículo es de quórum especial, quiero hacer presente a los colegas presentes en la Sala que es vital aprobarlo; de otro modo, no tendría objeto continuar con la discusión del proyecto.
Por lo tanto, anuncio mi voto favorable al artículo 19.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
En discusión el artículo 20.
Ofrezco la palabra.
El señor CARDEMIL.-
Pido la palabra.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , este artículo es otro de los pilares del proyecto -insisto en que apunta en la dirección correcta-, puesto que crea un Tribunal de Contratación Pública, que representa una novedad importante en nuestro ordenamiento jurídico.
Los que estudiamos derecho sabemos, desde primer año, que una de las más antiguas aspiraciones ha sido el establecimiento en Chile de tribunales contencioso-adminis-trativos, de manera que exista una instancia jurisdiccional que resuelva las controversias que se susciten entre el fisco y los particulares, o entre los particulares entre sí, en relación con cuentas públicas.
Se trata de un paso muy importante, por cuanto se establece, por primera vez -espero que sea un precedente que continúe siendo recogido por nuestra legislación positiva-, un tribunal de contratación pública que resuelva acerca de las cuestiones sobre decisiones administrativas de compra, venta o contratación de bienes y servicios que los particulares sometan a su conocimiento.
¿Qué sucede hoy día? Se llama a propuestas públicas, se celebran contratos de compraventa, pero las personas que legítimamente se sienten perjudicadas no tienen a quién reclamar. Cuando se resuelve sobre una propuesta pública, toma razón de ello la Contraloría General de la República, con lo cual el punto en litigio queda zanjado, y las personas que pueden haber sido lesionadas en sus intereses por falta de equidad quedan sin poder recurrir a ninguna acción; es decir, ésta muere con la resolución de la Contraloría. Por otra parte -los abogados lo sabemos-, la Contraloría se está transformando cada vez más en un tribunal que discute las decisiones públicas y determina si ellas se ajustan a derecho.
Ésa es la novedad. Como hay un sistema público de llamado a propuestas y las resoluciones que determinan quiénes fueron adjudicados deben ser fundadas, toda persona que haya participado en una propuesta y que considere vulnerados sus derechos podrá efectuar una acción jurídica ante este tribunal de contratación pública, que deberá resolver si la propuesta fue justa o no. De manera que con el establecimiento de este tribunal de contratación pública, no puedo sino ver un gigantesco avance en cuanto a transparencia y respeto de los derechos de las personas, y a la igualdad jurídica para acceder a recursos fiscales por la vía de la contratación.
Éste un tribunal de derecho, y en la Comisión de Hacienda le introdujimos importantes mejoras por la vía de las indicaciones. ¿Quiénes lo conforman? Dos ministros de cortes de apelaciones de la Región Metropolitana, designados por sorteo por la Corte Suprema -es decir, está integrado por ministros de los tribunales superiores de justicia, que resuelven de acuerdo con su formación y con la ley-, y un profesional universitario letrado -puede ser abogado o no-, experto en materias relativas a licitaciones y contratación pública en general, o que posea un grado académico relacionado con el derecho público, designado, junto con su respectivo suplente, por el ministro de Hacienda mediante concurso público resuelto por una comisión de dicha Secretaría de Estado.
Los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 establecen un completo procedimiento para resolver la forma en que se harán efectivos los derechos de los particulares ante este tribunal de contratación.
Recomiendo encarecidamente a mis colegas la aprobación de los artículos 20 al 25, correspondientes al Capítulo V, por cuanto representan una gran modernización de nuestro sistema jurídico: se establece por primera vez un tribunal contencioso-administrativo y se avanza en la línea de defender los derechos de los particulares frente al Estado.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Señores diputados, a las 13 horas concluye el tiempo destinado al Orden del Día. Como el proyecto contiene disposiciones de quórum calificado, voy a poner en discusión los artículos 20 a 25, a los cuales ya se refirió el diputado señor Cardemil.
Ofrezco la palabra.
El señor ORTIZ.-
Pido la palabra.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , quiero ser muy preciso respecto del artículo 20.
Tanto durante su discusión general como particular en la Comisión de Hacienda, la subsecretaria de Hacienda , señora María Eugenia Wagner -a quien se autorizó para ingresar a esta Sala- y los señores Manuel Brito y Tomás Campero , asesores del Ministerio de Hacienda, y Luis Zavieso y Alex Pesso , director y subdirector de Aprovisionamiento del Estado, respectivamente, señalaron que el proyecto consagra el derecho de impugnación de los procesos de licitación ante esta primera instancia administrativa de reclamo que se crea, el Tribunal de Contratación Pública, haciéndolo compatible con las exigencias de los acuerdos de libre comercio.
Ahora, respecto de la designación de sus integrantes, no puede haber mayor transparencia: dos ministros de cortes de apelaciones de la Región Metropolitana, designados por sorteo por la Corte Suprema, junto con sus respectivos suplentes, y un profesional universitario letrado, experto en materias relativas a licitaciones y contratación pública en general, o que posea un grado académico relacionado con el derecho público.
Por último, quiero destacar que el tribunal estará sometido a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema, en conformidad con lo que establece el artículo 79 de la Constitución Política de la República.
Hago un llamado a votar favorablemente los artículos 19 al 25, a fin de concluir el primer trámite constitucional de la iniciativa y que pase al Senado de la República.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Recuerdo a los señores diputados que estamos discutiendo en particular los artículos 20 al 25 del proyecto, el cual ha permanecido en la Cámara durante dos años y medio. Como restan pocos minutos para que concluya el Orden del Día, ruego a sus Señorías que sean lo más breve posible.
Tiene la palabra el diputado señor Mario Escobar.
El señor ESCOBAR.-
Señor Presidente, sin perjuicio de que, en general, me parece aceptable lo planteado por quienes me han antecedido en el uso de la palabra, hay dos situaciones que me preocupan.
El artículo 20 señala: “Créase un tribunal, denominado “Tribunal de Contratación Pública, que tendrá su asiento en Santiago...”. Este importante aspecto, relacionado con el permanente centralismo que existe en Chile, debería ser considerado por cada comisión al momento de tratar determinadas iniciativas a fin de descentralizar el país.
Al respecto, la subsecretaria de Hacienda nos manifestó que por norma y por estar radicados en Santiago los principales organismos, se precisó que funcione también allí el tribunal que se crea.
Sin embargo, debería establecerse claramente que para las reclamaciones efectuadas en las regiones más apartadas, el reglamento considerará una instancia que permita a dicho tribunal realizar un trabajo más efectivo y mejor dirigido.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.
El señor ROBLES .-
Señor Presidente , el inciso sexto del artículo 20 establece: “Los integrantes del Tribunal permanecerán en el ejercicio de sus cargos por un plazo de dos años, pudiendo ser nuevamente designados por las autoridades correspondientes”. Es decir, se da la posibilidad para que los integrantes del tribunal sean reelegidos.
Como a mi juicio éstos no deberían ser reelegidos por más de una vez, sería necesario acotar las veces es que podrían serlo para ocupar ese cargo, con el objeto de asegurar absoluta transparencia en las designaciones.
Por lo tanto, solicito que recabe el acuerdo unánime de la Sala a fin de establecer que estas personas no podrán ser reelegidas más de una vez.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Informo a la Sala que no existe unanimidad para acoger ninguna indicación, de manera que el proyecto se va a votar tal como viene propuesto en el segundo informe, con excepción de las letras e) y g) del artículo 2º, para las cuales se ha pedido votación separada.
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Longueira.
El señor LONGUEIRA .-
Señor Presidente , quiero solicitar un pronunciamiento de la Mesa sobre la petición de votación separada para las letras e) y g) del artículo 2º porque, de rechazarse esta última, se estaría concretando una modificación muy importante.
Considero que los parlamentarios no estamos facultados para eso, puesto que por la vía de pedir votación separada se está obteniendo un efecto inadecuado. La costumbre de nuestra Corporación ha sido evitar este tipo de votaciones. En este caso, la eventual supresión de la letra g) tendría un efecto que no es menor para los municipios del país y, por lo mismo, requeriría el patrocinio del Ejecutivo.
Por eso, considero que no procede pedir votación separada porque, por esa vía, podemos modificar la legislación vigente. Además, en reiteradas ocasiones hemos tenido esta misma discusión, y la posición de la Mesa ha sido rechazar tal petición cuando ella genere un efecto que debe requerir el patrocinio del Ejecutivo. Por lo tanto, sería inadmisible tanto una indicación sobre la materia como la petición de votación separada.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Señor diputado , la Mesa está estudiando su petición.
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente , ante todo, manifiesto mi apoyo a los artículos en discusión, porque materializan una sentida aspiración en cuanto a la creación de un tribunal administrativo que resuelva las controversias que se susciten entre el Estado y los particulares, fundamentalmente en lo relativo a contratación con la Administración del Estado.
Sin perjuicio de ello, deseo consultar al diputado informante sobre los recursos que procede interponer ante un fallo de las cortes de apelaciones; si se consideró el recurso de casación o simplemente la apelación del fallo dictado por el tribunal de primera instancia.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente , estamos ante un gran proyecto, toda vez que crea, por primera vez, una instancia jurisdiccional, dependiente de la Corte Suprema, que conocerá de las reclamaciones formuladas en virtud de actos administrativos, en este caso de los relacionados con las contrataciones que hace la Administración del Estado. De manera que estamos frente a la creación de los tan requeridos tribunales contencioso-administrativos que establecía la Constitución Política de 1925, que nunca se llevaron a la práctica.
Reitero que es un muy buen inicio para la instauración en Chile de este tipo de tribunales, los cuales deberían tener competencia no sólo en materia de contratación, sino también en todos los actos administrativos que emanen de la Administración Pública. Como bien se sabe, en la práctica son las cortes de apelaciones las que se han transformado en tribunales contencioso-administrativos por la vía del recurso de protección.
Reitero que se trata de una gran iniciativa, y me parece muy razonable que el tribunal que se crea esté integrado por dos ministros de cortes de apelaciones de la Región Metropolitana y sólo por un profesional universitario letrado, lo que le da mayor consistencia desde el punto de vista jurisdiccional y de las materias que deba resolver.
He dicho.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , en relación con la consulta del diputado señor Araya , su preocupación está resuelta en el artículo 24, que establece el recurso de apelación ante la corte de apelaciones respectiva e indica los procedimientos por seguir en tal caso.
Gracias, señor Presidente.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
En discusión el artículo 27.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 28.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 29.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 31.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 33.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 1º transitorio.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En discusión el artículo 2º transitorio.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , ¿resolvió la Mesa el tema planteado por el diputado señor Longueira?
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Lo estamos estudiando, señor diputado.
Para plantear una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el honorable diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES .-
Señor Presidente , entiendo que existen dudas sobre si procede o no pedir votación separada.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Así es, señor diputado.
El señor MONTES .-
Creo que el diputado Longueira tiene razón. Pedir votación separada está dentro de nuestras facultades, pero, en este caso, al votarse por separado las letras e) y g) del artículo 2º, las estamos sobrepasando, porque incorporamos a ciertos servicios dentro de determinada realidad.
En todo caso, creo que de lo que se trata es de dejar establecida la situación. Aquí estamos frente al problema de que no está bien definido el ámbito de los contratos; pero durante la tramitación del proyecto se puede estudiar otra forma de establecerlo, que no sea mediante la exclusión, porque si el Gobierno analiza cada caso por separado, comprobará que hay muchos que presentan problemas.
Por lo tanto, retiro la petición de votación separada, porque sé que hay un problema reglamentario de por medio.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Agradezco su planteamiento, señor diputado . La Mesa tiene la misma posición, porque la letra b) del artículo 146 del Reglamento establece muy claramente: “Que de dividir la proposición pueda incurrirse en una decisión inconstitucional, situación que debe ser calificada por el Presidente ”. Las materias relacionadas con la Administración del Estado y con cuestiones económicas son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , razón por la cual la Mesa declara que no procede la petición de votación separada, por cuanto se podría incurrir en una decisión inconstitucional.
Reitero a los señores diputados que el proyecto contiene normas de ley orgánica constitucional, por lo que se requiere el voto favorable de 67 señores diputados para aprobarlas.
En votación el artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 75 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Sala, se aprobarán con la misma votación todos los artículos del proyecto.
Aprobados.
Despachado el proyecto en su primer trámite constitucional.
PREINFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA DE LOS ORÍGENES Y CAUSAS DEL AUMENTO DE LAS TARIFAS DE AGUA POTABLE.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO .-
Señor Presidente , como recordarán los colegas, hace más o menos veinticinco días, nuestra Corporación acordó constituir una Comisión especial destinada a indagar sobre los orígenes y causas del aumento de las tarifas de agua potable.
A solicitud de varios diputados, en particular del señor Montes y de otros, la Sala acordó que se rindiera un preinforme cumplidos veinte días desde su creación.
Pues bien, la Comisión ha celebrado ya cuatro sesiones y estoy en condiciones de entregar en esta sesión ese preinforme, el cual ilustrará a los colegas sobre algunos valiosos antecedentes ante la inquietud que existe en todas las comunas.
Como, por desgracia, no hay mucho tiempo para rendirlo más adelante, la Comisión, en mi calidad de Presidente , me ha mandatado para que lo entregue a la Sala. Mi exposición no tomaría más de media hora, pero requeriría el acuerdo unánime de la Sala para rendirlo de inmediato, para tranquilidad y conocimiento de los señores diputados.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para que el diputado señor Patricio Melero entregue el preinforme de la Comisión especial destinada a indagar sobre los orígenes y causas del aumento de las tarifas de agua potable.
Acordado.
Tiene la palabra el honorable diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente, agradezco su gentileza y, por su intermedio, la de la Sala.
La Comisión especial destinada a indagar sobre los orígenes y causas del aumento de las tarifas de agua potable ha desarrollado, hasta el momento, cuatro sesiones, en las cuales se ha escuchado fundamentalmente a representantes del Ejecutivo: a los ministros de Economía y Energía , señor Jorge Rodríguez ; de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, señor Javier Etcheberry , y de Planificación y Cooperación, Mideplan, señora Cecilia Pérez , respecto de todo lo relacionado con los subsidios al agua potable; al director de Presupuestos , señor Mario Marcel , con el fin de recabar antecedentes sobre los ingresos percibidos por el Estado por concepto de privatización de las empresas sanitarias; al superintendente de Servicios Sanitarios , señor Juan Eduardo Saldivia , sobre todo lo relacionado con las regulaciones, y al presidente del Sistema Administrador de Empresas del Estado , señor Carlos Mladinic .
Por último, en el caso específico de la Séptima Región, se escuchó a la presidenta del directorio de la Empresa de Servicios Sanitarios del Maule, Essam , señora Romy Rebolledo , y al gerente general de Aguas Nuevo Sur del Maule S.A, don Alex Serri .
Éstas son las personas invitadas por la Comisión hasta la sesión del martes pasado. En la sesión de mañana se escuchará, básicamente, a representantes de las empresas de la Región Metropolitana, como Aguas Andinas, de la municipalidad de Maipú y al señor Guillermo Pickering , presidente de la Asociación de Empresas de Servicios Sanitarios .
Para el martes 5 de junio, se ha invitado a miembros de la comunidad para escuchar algunas exposiciones más detalladas sobre el tema.
Se solicitó una serie de informaciones a diversas autoridades de Gobierno y a otras instancias, las cuales están a disposición de los señores diputados. En primer lugar, se le pidió a la ministra de Mideplan un informe respecto de la política de subsidios al agua potable, desagregado por regiones, con el objeto de conocer si éstos influyeron en el alza de las tarifas. Les puedo adelantar que, a mi juicio, la aplicación de los subsidios no ha influido en dichas alzas, porque sólo a partir de abril se habría empezado a aplicar la refocalización de los subsidios de agua potable, los cuales aumentaron de 500 mil a 600 mil.
Asimismo, se le solicitaron diversos antecedentes al superintendente de Servicios Sanitarios , que tienen que ver, básicamente, con lo siguiente: criterios empleados para la designación de los expertos que participaron en los procesos de fijación de las tarifas; quiénes han intervenido en calidad de tales; nómina preestablecida de peritos y su individualización; flujos de gastos de administración y venta de las empresas sanitarias en los últimos años; estados financieros auditados; estudios comparativos de las tarifas de agua potable de las empresas en referencia mientras permanecieron en el sector público y después de ser traspasadas al sector privado; forma en que las empresas sanitarias están cumpliendo con sus respectivos programas de inversión, y principales discrepancias surgidas entre las empresas sanitarias y la superintendencia al momento de fijar las tarifas. También se solicitó información acerca del aporte del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, Fndr, desde la década del 90, al subsidio de agua potable; principales reclamos y demandas entabladas contra las empresas sanitarias de que tenga conocimiento ese organismo; entes encargados de calibrar y de definir el tipo de medidores que se usan para el agua potable; individualización de las personas que participan en representación del Gobierno en el proceso de fijación de la tarifa del agua, adjuntando sus currículum, como, asimismo, señalar quiénes lo hacen por parte de los usuarios; procedimiento utilizado por los peritos para la determinación de las tarifas -mecanismo bastante complejo-. Por último, tabla de morosidad de los usuarios de las distintas empresas sanitarias a lo largo de Chile en el pago de sus servicios.
Buena parte de esta información se encuentra en la Comisión, a disposición de quienes quieran conocer en detalle la situación de su región o comuna.
Algunos antecedentes generales respecto del marco regulatorio.
El ámbito de la investigación al que se ha abocado esta Comisión especial abarca todos los aspectos relacionados con los orígenes y causas del aumento de las tarifas de agua potable y alcantarillado, que ha afectado a parte importante de la población. Por ello, es necesario delinear los contornos técnicos, legales, administrativos y comerciales que enmarcan la provisión del servicio de distribución domiciliaria de agua potable y la evacuación y tratamiento de aguas servidas, junto con el proceso de determinación de las tarifas cobradas por estos servicios, la eventual proyección en el tiempo de estas tarifas y los subsidios públicos asociados a su cobro, en el caso de los hogares de menos recursos, que, como se sabe, está entre los 15 y 20 metros cúbicos mensuales, especialmente en la primera cifra.
Como antecedente directo, en uno de los considerandos del acuerdo de la Cámara a través del cual se dio origen a esta Comisión investigadora se expresó que las continuas alzas en las tarifas mencionadas implican, al día de hoy, que un millón trescientos mil hogares se encuentren en estado de morosidad en el pago de sus respectivas cuentas, con el consiguiente riesgo de corte de su suministro.
En ese sentido, la Comisión estima muy pertinente, en el marco de este preinforme, reseñar los aspectos inherentes al marco regulatorio en que se desarrolla esta actividad productiva, principalmente porque, de las exposiciones vertidas y de los antecedentes que se hicieron llegar, se denota una eventual colisión entre dos valores jurídicos, ambos protegidos por principios de orden público. Por una parte, la protección que debe ejercer el Estado a través de sus organismos hacia los sectores económicamente más vulnerables, sobre todo en lo que dice relación con su acceso a los servicios básicos, y por otra, la certeza jurídica sobre la estabilidad normativa que un determinado y especial grupo de empresas requiere para implementar un conjunto de inversiones cuantiosas y de largo plazo, que permitan el desarrollo de una infraestructura adecuada para responder a las demandas en incremento de la población por agua potable y alcantarillado, que se proyectan en un horizonte de al menos 15 años.
Respecto del marco regulatorio para la fijación de las tarifas, la actividad de esta industria de servicios básicos ha sido históricamente desarrollada por entidades estatales a través de empresas que, al efecto, proveían el servicio, efectuaban las inversiones necesarias para ampliar la cobertura a medida que aumentaba la población y, por ende, la expansión urbana y poblacional, para lo cual establecían tarifas que el mismo Estado, mediante sus organismos técnicos, estimaba como adecuadas para compatibilizar el desarrollo del servicio con el acceso garantizado a éste, un bien de subsistencia básica para la salud e higiene de la población.
A medida que el Estado enfrentó un conjunto de necesidades colectivas que crecían -y que crecen aún en forma exponencial-, buscó los mecanismos para asegurar la continuidad de los servicios básicos de la población, sin que por ello se vieran afectados seriamente los recursos fiscales en su distribución hacia otras áreas, también prioritarias, como la salud, la educación y, en general, las inversiones sociales de gran envergadura.
De esta forma, paulatinamente el Estado invita a que se incorporen capitales privados en la gestión de los servicios públicos, pero no a través de la simple enajenación de activos, sino de la creación de un complejo sistema normativo por el que los agentes privados acceden a este negocio en un marco de fuertes restricciones a su autonomía comercial, restricciones fundamentadas en el principio de orden público que existe tras el deber de la autoridad de garantizar a toda la población el acceso a los servicios básicos, puntualmente, en este caso, el acceso a un bien como el agua y el alcantarillado, cuya carencia arrastra eventuales consecuencias funestas en materia de higiene y de sanidad pública.
En concordancia con lo anteriormente expuesto, un primer aspecto fundamental que ha orientado la investigación encomendada es que la regulación tarifaria del sector sanitario se da en un marco de existencia de un monopolio natural por parte de la empresa prestadora, en el que su libertad para fijar los precios o tarifas para sus servicios se ve limitada por la intervención estatal, pues al no existir un mercado competivivo que regule dichos precios en forma automática, se recurre a la simulación de esta circunstancia a través de la creación de una empresa modelo, ficticia, que tiene dos expresiones en nuestra legislación:
a) El proyecto o plan de expansión, por el que se dimensiona la empresa para satisfacer la demanda en un horizonte de al menos 15 años, y
b) El proyecto de reposición optimizada, por el que la empresa se dimensiona para satisfacer la demanda anualizada de los próximos 5 años.
En ambos casos, el análisis es omnicomprensivo de aspectos tributarios, de costo de capital, depreciación de activos, estructura administrativa y otros.
Para fijar el precio del servicio o tarifa, se acude, entonces, a la empresa para que determine el costo incremental de los proyectos e inversiones del plan de obras asociadas al crecimiento de la demanda en los siguientes 15 años.
Con el objeto de ilustrar a la honorable Cámara sobre las interrogantes de fondo acerca del aumento de las tarifas, es importante señalar algunos elementos.
En primer lugar, la posibilidad, conveniencia y oportunidad de revisar el marco normativo que regula la actividad. Además, la rigidez del proceso tarifario, que no puede ser modificado hasta después de cinco años.
En este aspecto, es menester consignar que el Ejecutivo , a través de los ministros de Obras Públicas y de Economía , ha señalado sus aprensiones para modificar dicho marco regulatorio, que data desde 1998. Ha estimado necesario observar el comportamiento de la actividad durante un lapso mayor. Ello está en relación con la confianza que todo Estado debe generar en la estabilidad de sus normas, a fin de atraer las inversiones que se requieren, y que el propio Estado no está en condiciones de solventar debido a la gran gama de necesidades que debe atender en otras áreas, en cumplimiento de su rol de protección social.
En ese sentido, es importante que los señores diputados sepan que ya en el año 2000, a propósito de la fijación de tarifas para el período anterior, el Ejecutivo , a través de su organismo regulador, expresaba que una premisa por considerar era la estabilidad de las normas, por lo que no es bueno para el desarrollo de un sector de la economía que su marco regulatorio esté constantemente sujeto a revisión. Ello, sin perjuicio de los procesos de evaluación que el Estado siempre lleva adelante para perfeccionar este tipo de normas.
Otros sectores afirman que si bien el marco regulatorio adolece de evidentes deficiencias jurídicas y económicas que es necesario subsanar, como el sistema de valorización de las inversiones -con incidencia directa en la fijación de las tarifas-, es inevitable dar cuenta de la globalidad de la regulación como una realidad que se debe asumir para no generar inestabilidad en las perspectivas de inversión extranjera, en éste y en otros sectores de la economía.
Por otro lado, el sector empresarial ligado a este servicio estima que el actual marco regulatorio establece suficientes salvaguardias con una adecuada protección del derecho de los usuarios, y que se debe esperar el transcurso de un lapso prudente antes de proceder a cambios legales, a fin de que operen en forma efectiva los mecanismos que en este sentido ofrece la actual normativa.
A mayor abundamiento, el sector empresarial señala que muchas de las críticas efectuadas al actual marco regulatorio y las medidas que se han propuesto para modificarlo están sustentadas en una suerte de ignorancia de los términos de la actual normativa. Así, por ejemplo, en materia de participación y transparencia en la gestión, la actual regulación contiene suficientes resguardos de la fe pública y da cuenta de varias proposiciones que se han efectuado de manera pública por diversos sectores. Al respecto, cabe mencionar la reciente instrucción de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, según la cual, si se producen alzas de las tarifas por sobre el 10 por ciento del valor anterior, la compañía debe explicar al usuario las razones de las mismas.
Quiero informar que la Superintendencia ha dado instrucciones para que en las próximas boletas de las tarifas de agua potable se separe el consumo de metros cúbicos de agua respecto de costos fijos y de alcantarillado. Hasta hoy, ambos consumos vienen en un solo paquete en las boletas, en circunstancias de que tienen explicaciones y orígenes distintos.
Obviamente el cambio del marco regulatorio será uno de los puntos fundamentales de discusión en la Comisión. Cumplo con expresar la opinión del Ejecutivo , entregada por los ministros de Economía y de Obras Públicas, y de los representantes de las empresas, que estiman que no sería conveniente efectuarlo, aspecto que se dilucidará en el informe definitivo, cuyo plazo de 60 días vence el 31 de julio próximo.
Otro punto que vio la Comisión se refiere al rol que el Estado debe asumir para proteger a los ciudadanos en el acceso a los servicios básicos, como agua y alcantarillado, y la necesidad de ampliar las oficinas de la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Muchos diputados han planteado la carencia de oficinas en las cuales los usuarios puedan reclamar respecto del cobro de tarifas en sus boletas. A esta altura, la Comisión ha comprobado que la dificultad que tiene dicho organismo para contestar estas materias en forma adecuada se debe a la carencia de oficinas en regiones. Hay un compromiso de la autoridad en cuanto a avanzar en esta materia por la vía de establecer un convenio con las municipalidades o a través de otras formas.
En relación con la necesaria protección de los consumidores, es preciso mencionar que esta materia tiene directa relación con la capacidad fiscalizadora de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y con el eventual aumento de su dotación, de recursos y de facultades, a fin de propender a un mayor y más riguroso control sobre los errores de hecho y de interpretación por parte de las empresas, que redundan en cobros excesivos a los usuarios.
En relación con los subsidios al consumo de agua potable y si éstos han tenido o no impacto en los procesos de fijación de tarifas, y respecto de la necesidad de aumentar la cobertura de los subsidios de agua potable, tanto en cuanto a la población como a metros cúbicos, la ministra de Mideplan expresó que antes de la década de los 90, las tarifas de agua potable y de alcantarillado eran estables, seguían una línea histórica, de ser precios subsidiados públicamente en forma inorgánica, sin ningún criterio de focalización, lo cual constituía una distribución evidentemente regresiva si se comparaban los consumos de los sectores más acomodados con los de más baja calidad de vivienda. En pocas palabras, los subsidios eran totales y a las empresas, y no discriminaban en razón de la situación de pobreza ni mucho menos del consumo.
A partir del inicio de los procesos de privatización del área, las tarifas, de una u otra forma, sinceraron las variables de la relación costo-precio de venta al incluir en su cálculo las necesarias inversiones que permiten mantener un razonable horizonte de cobertura en la prestación de servicios en el tiempo, por lo que, ante esa inminente alza, el Estado estableció un régimen de subsidios, ahora bajo estrictos criterios de focalización hacia los hogares más pobres, subsidios que en el presente año se incrementaron en 11 por ciento y ampliaron su cobertura a 100 mil hogares más de los 500 mil que existían antes de esta ampliación.
En este programa de subsidios -al ser incorporados, en 2001, entre los problemas sujetos a evaluación por la Dirección de Presupuestos- se detectaron deficiencias en su aplicación focal, de manera tal que el 40 por ciento estaba orientado al 60 por ciento de los hogares de más altos ingresos, agrupados en los quintiles tercero, cuarto y quinto. A esto se agrega el hecho de que el índice de subutilización de este beneficio, aparentemente por trabas administrativas en los municipios, llegó, en algunos casos, al 90 por ciento de su monto. Estos problemas se han corregido mediante el expediente de asignar mayor intensidad al subsidio a los sectores de más escasos recursos y someter su asignación a un completo proceso de revisión y control por parte de la autoridad de Mideplan.
De lo expuesto ante la Comisión, se deduce, dado que la corrección del problema de focalización se ha producido sólo a partir de abril del presente año, que debe analizarse con un mayor lapso de observación el real impacto que estos subsidios tendrán sobre las futuras tarifas de agua potable. Desde ya, adelanto que es probable que algunas personas que hoy reciben el subsidio dejen de percibirlo en el futuro, porque, a juicio de Mideplan y dada su situación de recursos, no lo ameritan; por su parte, otros, que no lo recibían, ahora podrán gozar del subsidio, totalmente o en un porcentaje. De esta forma, es posible inferir que la eventual decisión de aumentar el monto o cobertura de los subsidios en cuestión estará íntimamente ligada al progreso de los procedimientos de focalización que lleven adelante los municipios.
En conclusión, no hubo influencia alguna de la política de subsidios al consumo de agua potable sobre el alza de tarifas hasta el verano de 2002, cuando se gatillaron los efectos por todos conocidos.
Principales causas que explicarían el aumento de las tarifas, especialmente las relativas a las inversiones en plantas de tratamiento de aguas servidas, que parece ser una de las más significativas razones por las cuales se ha producido el aumento.
Las causas del aumento de tarifas de los servicios de agua potable y alcantarillado para varios sectores de la población, cuestión fundamental en el trabajo de investigación de la Comisión, aparecen, conforme con los antecedentes recabados a la fecha, como un conjunto de circunstancias que habrán de calibrarse de acuerdo con su propio peso específico, y que dicen relación tanto con la determinación de sobreconsumos en una época del año como con errores de facturación, refocalización de los subsidios a hogares pobres y desarrollo de los planes de inversión a que las empresas están legalmente obligadas en virtud del contrato celebrado con el Estado.
Uno de los pilares fundamentales del proceso privatizador de las empresas de este sector ha sido la imposibilidad del Estado de mantener un ritmo creciente de inversiones que incrementen la cobertura y mejoren el servicio de distribución de agua potable y alcantarillado.
En este sentido, parte integrante de los cálculos por considerar en la fijación tarifaria es el costo del plan de inversiones que la empresa adjudicataria desarrolla y presenta a la autoridad administrativa, sobre la base, como se dijo, de los parámetros de una empresa construida en forma modelo.
Asimismo, la legislación vigente establece un complejo normativo-técnico, destinado a aproximarse, de manera exacta, a la valorización de las fichas de inversiones y los montos de su necesaria amortización en el tiempo.
Ejemplo del impacto que la implementación de estos planes de inversiones (los cuales son legalmente obligatorios para la empresa) ha tenido sobre las tarifas cobradas por el servicio, es la inauguración y puesta en marcha de la planta El Trebal, en el lapso de ocho años a partir de 2001, complejo que tratará el 23 por ciento de las aguas servidas de Santiago, a razón de 246 mil litros por segundo.
Empresas y autoridades están conscientes de que dicho proceso generará costos para la población y, en la especie, la presidencia de la Compañía Aguas Andinas -recuerdo que la planta El Trebal está en la comuna de Maipú- estimaba a diciembre de 2001 un alza de 800 pesos mensuales, según el decreto tarifario, por concepto de tratamiento de aguas servidas.
Por su parte, la Superintendencia de Servicios Sanitarios estimó que dicha cifra se trataba de un promedio, pues el alza real era de 10 por ciento sobre un estimado de no más de 6 mil pesos por cada cuenta en Santiago.
Finalmente, es dable esperar un nuevo aumento de las tarifas como consecuencia de la construcción y puesta en marcha de las plantas La Farfana, también en Maipú, en 2004, y Los Nogales , en 2009, las que en conjunto sanearán el ciento por ciento de las aguas servidas de Santiago.
Recuerdo que entre 1990 y 1991 se trataba sólo el 7 por ciento de las aguas servidas de Santiago. Con estas nuevas plantas e inversiones, al año 2009 se tratará el ciento por ciento.
¿Cuánto ha recibido el fisco por concepto de la enajenación de las empresas del área en venta, en aporte, de capital y en ahorro?
Los antecedentes hechos llegar a la Comisión por el director de Presupuestos, don Mario Marcel, señalan que el Estado, en este proceso privatizador, ha obtenido ingresos por l.l74 millones de dólares, a los cuales se deben agregar las ventas de acciones efectuadas a los trabajadores y colocadas en la bolsa.
Repito, los ingresos por venta de acciones al socio controlador fueron de l.l74 millones de dólares. A esto se deben agregar los montos de venta de acciones en la bolsa a socios y trabajadores, que fueron de 270 millones de dólares, todo lo cual suma l.444 millones de dólares.
La razón por la cual se habla de una cifra de 2 mil millones de dólares se debe a que en los procesos de privatización muchos socios controladores aportaron capital para financiar inversiones, totalizando 596 millones de dólares adicionales. Eso es lo que lleva a la cifra -alguna vez publicada y por muchos señalada- de 2.040 millones de dólares, que es el monto total de las operaciones vinculadas al proceso de privatización.
Si se consideran los 1.444 millones de dólares recibidos por el Estado, se debe tener presente que alrededor de 143 millones de dólares han sido comprometidos en compensaciones a las regiones, ya sea respecto de las regiones en las que se privatizó la empresa de agua potable o respecto de aquellas que aportaron con inversiones a través del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, Fndr, para sistemas sanitarios. Además, también se debe considerar que alrededor de 50 millones de dólares corresponden a gastos asociados a la privatización, ya sea de los bancos de inversiones, de los estudios que se efectuaron, de ajustes internos de las empresas, de las compensaciones a los trabajadores, etcétera. De manera que, en términos de recursos netos, éstos alcanzan aproximadamente a los 1.250 millones de dólares.
El director de Presupuestos del Ministerio de Hacienda agregó que, respecto de los 1.250 millones de dólares netos que recibió el Estado, se debe revisar lo que sucedió con las finanzas públicas desde 1999 hasta ahora, período durante el cual se efectuaron las privatizaciones. A este respecto, fueron los ingresos provenientes de las privatizaciones los que permitieron sostener y complementar los ingresos fiscales normales provenientes de impuestos, del cobre, etcétera. Por ejemplo, si se observa el año 2000, particularmente complicado por la existencia de un presupuesto muy restrictivo, se ve que parte importante de los ingresos -alrededor de 700 millones de dólares- que provenían de la privatización de Emos y de Esval, evitaron que ese año se hiciera un ajuste a la baja en el gasto social y en la inversión -según señaló don Mario Marcel -, cosas que han aumentado en este período. Si se observa la evolución de las finanzas públicas del año 1999 hasta la fecha, se aprecia que la inversión ha crecido 9 por ciento el año pasado y 11 por ciento este año, el gasto social se ha visto incrementado a un ritmo de 6 por ciento y los gastos operacionales del sector público han aumentado lentamente, alrededor de un 2 por ciento, lo que constituye una tasa muy menor a la obtenida en los años 90, período en el que los gastos operacionales de personas y servicios de consumo crecieron 6,5 por ciento. Entonces, dado que estos recursos son fungibles, evitaron un ajuste a la baja en el gasto público -como consecuencia de los ingresos por la privatización- en aquellos aspectos prioritarios durante los años en que se percibieron esos ingresos.
Para terminar, explico que en la última sesión se vio la situación específica de la Empresa de Servicios Sanitarios del Maule, S.A. -Essam-, con los invitados que señalé al comienzo de mi intervención.
Como es de conocimiento público, durante el año 2001 se llevó a cabo la licitación de la transferencia -recuerden que se trata de una empresa concesionada, no privatizada- por 30 años del derecho de explotación de las concesiones sanitarias de Essam.
En este proceso sólo presentó oferta el Consorcio Aguas Nuevo Sur Maule S.A., al cual le fue adjudicado el contrato de concesión en un monto de contado de 7.430.193 unidades de fomento, que corresponden a 120.826.603.583 pesos al valor de la UF a la fecha de suscripción del contrato, 7 de diciembre de 2001, más un canon anual de 6 mil UF, y de 12 mil UF durante los dos últimos años.
A partir de la suscripción del contrato de transferencia del derecho de explotación, la función principal de Essam S.A. como concesionaria es la de administrar dicho contrato durante el período de vigencia. Esta empresa tiene un directorio compuesto por 5 miembros, más un gerente general, un contador, una secretaria, y a la firma Grant Thorton , como auditor externo; para el año 2002, esto representa un costo de 110 unidades de fomento. Sus directores cuentan con la misma remuneración que tienen los de las demás empresas gestionadas por el Sistema de Empresas, con la diferencia de que, en este caso, por contar con la dotación de personal mínima, debe cumplir, además, funciones ejecutivas.
El destino de los recursos provenientes de la transferencia del derecho de explotación es el siguiente: a juicio de la señora Romy Rebolledo , se prepagaron deudas que la empresa mantenía con el sector financiero por 10.976 millones de pesos; pago de indemnizaciones y beneficios a los trabajadores en el marco de los acuerdos, 3.500 millones de pesos; pago por asesoría al Bice Chile Consult -que asesoró todo el proceso de transferencia- por 338 millones de pesos; pago de impuesto al valor agregado, IVA, por 17.000 millones; pago al gobierno regional por devolución de aportes reembolsables asociados a la planta de tratamiento de Teno, por 440 millones; impuesto a la renta del año 2001, 11.500 millones; pagos previsionales, por 3.190 millones; prepago de la deuda de la empresa mantenida por el fisco, 5.500 millones; donación al fisco, 26.700 millones; pago a los accionistas por la disminución de capital, 38.418 millones. Las cifras, en todo caso, son globales.
Como consecuencia de todo ello, resta una diferencia de 2.221.226.216 pesos, que se mantienen en Essam.
Con respecto a la variación que han experimentado las tarifas en la zona de concesión de Aguas Nuevo Sur Maule S.A., ello se debe, fundamentalmente, a la entrada en operación de la planta de tratamiento de aguas servidas de Curicó, con lo cual se ha pasado de una cobertura de tratamiento de 5,7 a 28,8 por ciento, aumento que no deja de ser relevante a la hora de analizar el incremento del cargo variable por tratamiento de las aguas servidas.
El efecto de la entrada en funcionamiento de la planta de Curicó se ve reflejado en un aumento en el cargo variable de alcantarillado que aparece en las boletas de los clientes, y que varía de 33 hasta 43 pesos por metro cúbico, según la ciudad en cuestión, y que afecta a 30 localidades.
Consideraciones finales.
Como consecuencia de lo precedentemente expuesto en este preinforme, la Comisión continuará desarrollando su cometido, reservándose para su informe final los fundamentos y consideraciones que sirvan de base a sus conclusiones y proposiciones, las que versarán sobre las materias señaladas en el proyecto de acuerdo.
En dos palabras, hemos cumplido la primera etapa, en la cual hemos escuchado a la autoridad sanitaria, a los ministros del área y a los representantes de las empresas. A estas alturas no es posible determinar posiciones en la Comisión. Muchas de las cosas afirmadas por la autoridad son discutibles. Es la misión de la Comisión proponer modificaciones, establecer criterios, fijar una posición y entregar el resultado final. Pero hemos querido entregar este preinforme con el objeto de que los diputados sepan qué se ha obrado, en qué vamos y lo que falta.
He dicho.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
La Sala acordó destinar 30 minutos al diputado señor Melero para que entregara el preinforme; pero, en consideración a que varios parlamentarios se han acercado a la Mesa para saber cómo obtenerlo, le solicito, en su calidad de presidente de la Comisión , que haga llegar copia de él a los jefes de ban-cada.
El señor MELERO .-
Señor Presidente , el preinforme es bastante extenso, y la Comisión acordó entregar una copia a los respectivos Comités, sin perjuicio del derecho permanente de todo diputado de ir a la Comisión y revisar lo que he señalado.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Entonces, cada jefe de Comité tendrá copia para que lo entregue a los señores diputados.
La señora ALLENDE ( doña Isabel).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra la su Señoría.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , como se trata del preinforme, me gustaría saber qué fecha tiene la Comisión para entregar el informe, a fin de tener claridad sobre cuándo lo analizaremos en la Sala.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Melero.
El señor MELERO .-
Señor Presidente , el 31 de julio vence el plazo de 60 días hábiles para rendir el informe a la Sala.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Gracias, señor diputado.
COMISIONES DE REJA Y PÓRTICO PARA LA CEREMONIA DEL 21 DE MAYO.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
A continuación, la Mesa va a dar a conocer los nombres de los diputados que integrarán las Comisiones de Reja y Pórtico, encargadas de recibir a su Excelencia el Presidente de la República con motivo de la ceremonia del 21 de Mayo.
En la Comisión de Reja, los señores Ramón Barros Montero, de la Unión Demócrata Independiente; Marcelo Forni Lobos, de la Unión Demócrata Independiente; Boris Tapia Martínez, de la Democracia Cristiana; la diputada señora Alejandra Sepúlveda Orbenes, de la Democracia Cristiana, y los diputados señores Enrique Jaramillo Becker, del Partido por la Democracia; Alberto Cardemil Herrera, de Renovación Nacional, y José Pérez Arriagada, del Comité Socialista y Radical.
Comisión de Pórtico: diputados señores Eugenio Bauer Jouanne, de la Unión Demócrata Independiente; Gastón von Mühlenbrock Zamora, de la Unión Demócrata Independiente; Eduardo Saffirio Suárez, de la Democracia Cristiana; Jaime Quintana Leal, del Partido por la Democracia; Germán Becker Alvear, de Renovación Nacional; Mario Bertolino Rendic, de Renovación Nacional, y Eduardo Lagos Herrera, del Comité Socialista y Radical.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
SUSPENSIÓN DEL TRATAMIENTO DE LOS PROYECTOS DE ACUERDO.
El señor SALAS (Presidente en ejercicio).-
Por cuanto hemos ocupado casi cuarenta minutos en la entrega del preinforme de la Comisión especial que estudia los orígenes y causas del aumento de las tarifas de agua potable, solicito el acuerdo de la Sala para suspender el tratamiento de los proyectos de acuerdo y entrar a Incidentes.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor SEGUEL.-
¡No, señor Presidente!
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
Está acordado, señor diputado . Levantó tarde su mano. Debe estar más atento a los planteamientos de la Mesa.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor SEGUEL.-
¡Pido la palabra!
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
¡Llamo al orden a su Señoría!
No le voy a dar la palabra, porque no he abierto debate sobre el particular.
VI. INCIDENTES
INVESTIGACIÓN E INFORME SOBRE OBRAS VIALES Y HABITACIONALES EN COMUNA DE FUTRONO. Oficios.
El señor SALAS ( Presidente en ejercicio).-
En el turno del Comité del Partido Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Gastón von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , quiero referirme por segunda vez, ya que lo hice hace más de un mes, a la situación de dos importantes obras de la comuna de Futrono.
La primera es la construcción del camino de Futrono a Llifén. Esa comuna ha sido perjudicada por la forma en que el Ministerio de Obras Públicas ha licitado el camino.
Voy a citar lo que dice un concejal de la comuna en una carta. Da a conocer que esta obra comenzó a realizarse el año 2000 por la empresa Pizarro Wulff , cuyo personal a contrata -cerca de ochenta personas- fue notificado de su despido el 23 de marzo de 2002. Agrega que aún están sin pagarse los sueldos de marzo y de abril del presente año, y que a la mayoría de los trabajadores les adeudan sus imposiciones.
Hice presente que, por una demanda presentada por el subcontratista, señor Lincon Omo Riffo , se dictó una medida precautoria sobre el último estado de pago, y en la Dirección de Vialidad están en custodia los fondos para pagar marzo de 2002, más las imposiciones atrasadas, razón por la cual la empresa Pizarro Wulff abandonó las obras.
Por otra parte, destaca que, según información del personal contable, la Dirección de Vialidad recibió obras que no han sido ejecutadas -doble tratamiento asfáltico, sus bases y hormigones-, por un monto de 130 millones de pesos.
Por lo tanto, pido que se oficie al subsecretario de Obras Públicas para que investigue e informe, en primer lugar, sobre la seriedad técnica en la adjudicación de caminos públicos en la Décima Región y por qué sucedió lo mismo con esa empresa en relación con el camino a Puerto Nuevo, comuna de La Unión.
En segundo lugar, si es efectivo que a cerca de 80 personas, notificadas de despido el 23 de marzo de 2002, no se les pagaron sus remuneraciones.
En tercer lugar, si es efectivo que a la mayoría de los trabajadores sólo se les declaró las imposiciones.
En cuarto lugar, si es efectivo que la Dirección de Vialidad recibió obras ejecutadas por un valor de 130 millones de pesos.
También respecto de la comuna de Futrono, el jueves 11 de abril de este año solicité en esta Sala un pronunciamiento del ministro de Vivienda respecto de irregularidades en la construcción de la población Los Mañíos Nº 1.
Asimismo, pedí que el alcalde de Futrono informara sobre su responsabilidad en la recepción de estas obras, que han perjudicado a más de 90 familias, con graves perjuicios materiales y morales.
Ha pasado un mes y aún no ha llegado ninguna información del ministro de Vivienda ni del alcalde de Futrono sobre el drama humano que viven noventa familias con sus hijos, bajo fuertes inclemencias del tiempo, en casas indignas y con graves defectos, en cuya construcción se infringió la normativa que, para la edificación de viviendas básicas, está obligada a respetar el Serviu.
Por lo anterior, solicito que se oficie nuevamente al subsecretario de Vivienda y al intendente regional de la Décima Región de Los Lagos para que solucionen este problema a la brevedad, tomen cartas en el asunto y se hagan presentes en la población Los Mañíos Nº 1, porque esa situación no puede continuar.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, a los cuales se adjuntará copia de su intervención, con la adhesión de los señores diputados que están levantando la mano, de los cuales el señor Secretario está tomando nota.
PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.776, QUE REGULARIZA POSESIÓN Y OCUPACIÓN DE INMUEBLES FISCALES. Oficio.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO .-
Señor Presidente , quiero manifestar la necesidad de insistir ante el Poder Ejecutivo , específicamente ante el Ministerio de Bienes Nacionales, con el objeto de que se acceda a prorrogar la vigencia de la ley Nº 19.776, que regulariza la posesión y ocupación de inmuebles fiscales.
¿Por qué es necesario insistir ante dicho ministerio? Porque después de muchas discusiones se llegó a la conclusión de que en el extremo sur, muchas familias a las que, a partir de la década de los años 30, les fueron asignadas tierras mediante decretos supremos, por falta de información y por su situación de incomunicación, fundamentalmente, no inscribieron sus títulos en el conservador de bienes raíces respectivo. Por lo tanto, pasados los años, la propiedad volvió a manos del fisco.
En consecuencia, esas familias, que ocuparon por años un bien raíz y construyeron viviendas -posteriormente, se hicieron caminos, llegó la electrificación rural y, en algunos casos, el agua potable y la telefonía-, hoy no son propietarias del predio donde viven.
Antes de la citada ley, solamente podían optar a un arriendo por parte del fisco o a la compra con un valor de mercado, lo que les resultaba muy oneroso.
Además, la ley estableció que todas aquellas personas o familias que ocuparon un terreno fiscal por más de cinco años sin tener ningún antecedente, ningún título que se los permitiera, podían optar a la regularización en forma definitiva.
Esta ley se publicó en el Diario Oficial en febrero, y fijó 90 días, a contar de esa fecha, para que los interesados presentaran las solicitudes de regularización correspondientes. Ese plazo vence el próximo 20 de mayo.
En consecuencia, si bien el proyecto de ley pretendía favorecer a aproximadamente 15 mil familias que habitan en el extremo sur del país, específicamente en las provincias de Chiloé, Palena y Aisén , hoy, a pocas horas de vencer su plazo, más del treinta por ciento de los potenciales beneficiarios no han presentado las solicitudes, en circunstancias de que su finalidad es beneficiar el máximo de personas posible.
Ante esa situación, y con el propósito de que no nos quedemos después con la sensación de no haber cumplido con nuestro deber de solucionar el problema de propiedad de esas 15 mil familias -según lo que nos propusimos en el Congreso-, solicito que se oficie al ministro de Bienes Nacionales para que patrocine la moción parlamentaria que hemos presentado hoy, cuyo objetivo es prorrogar la vigencia de la ley, de 90 a 365 días, a contar de su fecha de publicación. De esa forma, daremos nueve meses más de plazo para que esas familias, potenciales beneficiarias de esta iniciativa legislativa, puedan tener una solución integral al problema de la propiedad. De lo contrario, nos vamos a quedar con un problema pendiente, vamos a llevarles más angustia e intranquilidad en vez de darles tranquilidad, y vamos a tener que hacer la tarea de nuevo. Como la tarea está hecha, prorroguemos la vigencia de esa ley para que más familias tengan acceso al beneficio que todos deseábamos y esperábamos.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que están levantando su mano y de los cuales el señor secretario está tomando nota.
INFORMACIÓN SOBRE FINANCIAMIENTO DE PROGRAMA TELEVISIVO EN LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña .
El señor EGAÑA .-
Señor Presidente , en la sesión 13ª solicité que se ampliara el plazo de cinco años que se otorgó a la alcaldesa de Concepción para pagar una deuda de su municipio con los profesores.
El 17 de abril, el diputado de Gobierno , señor José Miguel Ortiz , señaló que desde hace más de dos meses estábamos analizando un proyecto que dejó claramente establecido que el Estado no puede autorizar ningún tipo de endeudamiento por un plazo mayor de cinco años.
Finalmente, dijo que iba a pedir el envío de un proyecto de ley, con discusión inmediata, a fin de autorizar al municipio de Concepción para contratar un empréstito con un plazo de endeudamiento no inferior a diez años.
Al día siguiente, el diputado señor Alejandro Navarro expresó al respecto que el Gobierno manifestó que si la señora alcaldesa desea que el municipio de Concepción se endeude por más de cinco y hasta por veinte años, está dispuesto a pedir el envío de un proyecto al Congreso para solicitar la autorización pertinente.
Con fecha 8 de mayo, el director de Presupuestos , señor Mario Marcel , envió un oficio a la alcaldesa de Concepción , en el cual le comunica que, tras una cuidadosa consideración de los antecedentes recibidos, se ha dispuesto autorizar a la municipalidad de Concepción para contraer una operación “lease back” en el sistema financiero por un valor de 1.560 millones de pesos, en la que se debe considerar un período de diez años. Es decir, en un lapso de dos a tres semanas, hemos cambiado la situación de la alcaldesa de Concepción y se le ha permitido contraer deudas por diez años.
El 10 de mayo, el subsecretario de Desarrollo Regional , señor Vidal , en una charla en Concepción -dada la pirotecnia del subsecretario, no me voy a referir a su ataque personal o a mi partido-, expuso ante alcaldes y concejales lo siguiente: “Ella llegó con el drama al Gobierno, y éste le buscó solución sin tener responsabilidad. Lavín devolverá un préstamo de cuatro mil millones de pesos en un período de cuatro años. La voluntad del Gobierno ha sido colaborar con la alcaldesa de Concepción. Más aún, esto no se puede hacer. Se acabó”.
A su vez, dentro de una profusa difusión periodística, con una campaña comunicacional feroz, el subsecretario Vidal afirmó: “A la UDI le encanta hablar de los pobres; busca el voto de los pobres, pero aquí hay una demostración concreta de una contradicción”.
A su vez, el señor Mario Marcel , al otorgar su autorización, señaló: “No obstante las consideraciones anteriores, ya sería suficiente para concluir que es posible dar una solución a lo que está solicitando la alcaldesa, la recompra en un plazo señalado sin perjudicar mayormente la gestión municipal”.
También es necesario destacar que la aprobación del proyecto de rentas II significaría un incremento estimado, para ingresos propios de la municipalidad, de 500 millones de pesos en el año 2003 y de mil millones de pesos en 2004. Pero el subsecretario está repartiendo plata de una ley que ni siquiera hemos aprobado.
Pero esto no termina aquí. Con gran difusión, la prensa local dice que la Concertación sale en defensa de la alcaldesa. Se equivocaron de titular: debieron decir que la Concertación sale al ataque de la alcaldesa, porque tenemos también gran difusión de lo señalado por el diputado señor Navarro en el sentido de que la alcaldesa acusa de montar un “show” político.
Eso no es todo, pues también visitó la región la ministra de Educación . ¿Qué fue a hacer la ministra de Educación a la Octava región, en particular a Concepción? A atacar a la alcaldesa, señora Jacqueline van Rysselberghe . Dice la prensa: “La alcaldesa quiere ir presa, opina la ministra”.
Eso era lo más importante.
Adicionalmente, el domingo se inició por la televisión regional la campaña “El gobierno regional informa”, en la que, fuera de dar una serie de antecedentes, lo único que se hace es atacar.
Por lo tanto, pido que se oficie al intendente regional para que nos informe si la campaña que se está realizando a través de la televisión se hace con fondos de la intendencia o con fondos regionales.
Asimismo, que se envíe copia de dicho oficio a los 21 consejeros regionales.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que han levantado su mano, de los cuales ha tomado nota la Secretaría.
INFORMACIÓN ACERCA DE RESIDUOS TÓXICOS EN ANTOFAGASTA. Oficios.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , deseo compartir el tiempo que nos queda con el diputado señor Mario Escobar , quien también desea intervenir.
Pido que se envíen los siguientes oficios:
En primer lugar, al Servicio de Salud de Antofagasta para que nos indique el lugar que se utiliza para depositar los residuos tóxicos industriales de la Segunda Región.
En segundo lugar, al alcalde de la municipalidad de Antofagasta a fin de que nos informe sobre el tiempo y el cronograma para evacuar el vertedero municipal de Antofagasta, que se encuentra emplazado en el sector norte, donde hoy se está levantando la comunidad satélite de Antofagasta.
Por último, que se oficie a Essan S.A., con el objeto de que se nos informe acerca de dónde es depositado el arsénico de la planta ubicada en el kilómetro 12, a la salida de Antofagasta.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que están levantando su mano, de los cuales está tomando nota la Secretaría.
ANTECEDENTES SOBRE TRANSFERENCIA DE TERRENOS DE LA ARMADA DE CHILE A LAS MUNICIPALIDADES DE TOCOPILLA, TALTAL Y SAN ANTONIO. Oficio.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Escobar.
El señor ESCOBAR .-
Señor Presidente , en mayo del año pasado, la Armada de Chile, en una ceremonia encabezada por la ministra de Educación , señora Mariana Aylwin , y por el entonces comandante en jefe, acordó transferir cinco terrenos fiscales para las municipalidades de Tocopilla, de Taltal y de San Antonio.
La directora de un liceo de Tocopilla me ha pedido que le informe acerca de qué ha pasado con esos terrenos, dado el grave problema originado -no sólo en esa comuna- por la implementación de la jornada escolar completa.
Por ello, solicito que se oficie a la ministra de Educación a fin de que informe a esta Cámara en qué se ocuparán dichos terrenos y en qué situación están actualmente.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
INCIDENTES OCURRIDOS EN INMEDIACIONES DEL CONGRESO NACIONAL ENTRE TRABAJADORES DE LA SALUD Y CARABINEROS. Oficio.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Patricio Cornejo .
El señor CORNEJO.-
Señor Presidente, deseo manifestar mi profundo malestar por los lamentables acontecimientos acaecidos el 10 de mayo pasado en las inmediaciones del Congreso Nacional.
Ese día se desarrollaba el seminario “Reforma de la Salud”, convocado por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, que contó con la presencia de representantes de todos los sectores de la salud, a saber: Ministerio de Salud, encabezado por el señor ministro ; subsecretario de esa cartera, jefes de departamentos, seremis, directores y personal de todos los servicios de salud; directores de hospitales tipo I y II; todos los diputados de la Comisión de Salud y de otras Comisiones de esta Corporación; representantes del mundo académico, como decanos de las facultades de medicina y directores de las escuelas de medicina; directores de departamentos de salud pública de todas las universidades que lo poseen; representantes de las sociedades científicas; Colegio Médico de Chile, con toda su mesa directiva y las directivas regionales de esa orden; una importante representación de los gremios de la salud: Confenats , Confusam, Fentess y Fenpruss, encabezados por sus respectivas directivas nacionales; Asociación Chilena de Municipalidades y representantes de la atención primaria municipalizada de todo el país; colegios profesionales de la salud; representantes de agrupaciones de pacientes, como dializados, trasplantados, hemofílicos, pacientes de fibrosis quística, autistas, etcétera; Consejo Nacional de Consumidores y Usuarios, Conadecus ; Corvat , ONG de la salud y otros actores de la salud chilena, que sumaban alrededor de seiscientas personas.
Cerca de las 11.30 horas, en pleno desarrollo del evento, una manifestación de funcionarios de la Confenats de la Quinta Región fue detenida en la avenida Pedro Montt por un fuerte destacamento de las fuerzas especiales de Carabineros de Chile, ante lo cual me trasladé al lugar de los hechos, junto con el diputado señor Sergio Ojeda y el jefe de la guardia del Congreso.
Al llegar al lugar, le solicité al oficial a cargo del contingente policial que permitiera a los manifestantes pasar por la avenida Pedro Montt , ante lo cual me señaló que tenía órdenes perentorias del gobernador de la provincia de Valparaíso de impedir el paso de los manifestantes.
Después de aquello, llegó al lugar el diputado señor Sergio Aguiló Melo , acompañado del subsecretario de Salud , señor Gonzalo Navarrete , y yo volví al hemiciclo para continuar con el seminario.
Momentos después, Carabineros reprimió violentamente a los manifestantes, sin que la mediación de las autoridades y parlamentarios impidiera que, incluso, ellos mismos fueran víctimas de los gases lacrimógenos de la policía. El hecho más grave fue el lanzamiento de un aerosol tóxico -que, desde su envase, operó un efectivo policial-, que recibió en pleno rostro el diputado señor Aguiló. Dicha acción le causó un cuadro asfíctico con espasmo bronquial e irritación ocular y nasorrespiratoria, lo que obligó a su pronto traslado a un centro asistencial donde se le asistió para luego ser derivado a su domicilio. Obviamente, no pudo continuar su participación en el seminario.
El diputado señor Sergio Ojeda también debió abandonar el recinto del Congreso y trasladarse a su domicilio, severamente conmocionado por los hechos y con una fuerte irritación en los ojos y en las vías aéreas.
Igualmente, quedó afectado el vicepresidente de Fenpruss , señor Mauricio Lobos con un traumatismo ocular grave. Su estado de salud es muy preocupante.
Este grave incidente derivó en el abandono, por parte de los gremios de la salud, de su participación en el seminario por haberse sentido tremendamente agraviados con la acción policial. Esto, sumado a los vejámenes sufridos por los parlamentarios, produjo un serio trastorno en el desarrollo de tan importante encuentro, restándole notablemente el efecto buscado por sus organizadores y por el propio Gobierno, que se preparó y comprometió para que el seminario se transformara en un lugar de encuentro, lo cual era especialmente importante dadas las especiales dificultades por las que atraviesan las relaciones entre el Gobierno y los gremios, que ha puesto en peligro la reforma de la salud.
Por lo tanto, solicito oficiar al ministro del Interior para que se dé una explicación satisfactoria ante este acto de brutalidad policial que ensombrece nuestra democracia.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que están levantando su mano, de los cuales está tomando nota el secretario.
PETICIÓN DE ANTECEDENTES EN RELACIÓN CON LA DEFENSA CIVIL Y SUBSIDIOS OTORGADOS POR MUNICIPALIDADES. Oficios.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , en los últimos días hemos conocido un informe de la Contraloría General de la República, que ingresó a esta Cámara a través del oficio número 212002.
En función de dicho informe, en nombre del diputado señor Saffirio y en el mío, solicito oficiar al Consejo de Defensa del Estado a fin de que nos informe sobre lo siguiente:
1º Si ha conocido ese informe de la Contraloría General de la República.
2º Si, en el evento de conocerlo, ha resuelto ejercer acciones legales por aquellos actos funcionarios que pudieran importar violaciones a la ley de probidad administrativa, en concordancia con las normas del Código Penal.
Además, a propósito de los hechos informados por la prensa, en el sentido de que el ex director de la Defensa Civil de Chile y los ex representantes de los Comités para el desarrollo y apoyo solidario de Vitacura, Provita , y de Las Condes, respectivamente, se encuentran procesados por distintos delitos en el quinto juzgado del crimen de Santiago, solicito que se oficie a la Contraloría General de la República para que informe a esta Corporación, en primer lugar, respecto de los resultados de la denuncia efectuada por el Ministerio de Defensa Nacional, hace algunos años, a fin de examinar las cuentas de la Defensa Nacional de Chile y de las corporaciones privadas aludidas.
En segundo lugar, si es efectivo que, entre los años 1995 y 2001, las trasferencias como subvenciones municipales a las mencionadas entidades de derecho público y de derecho privado ascendieron aproximadamente a 3 mil millones de pesos.
En tercer lugar, si los antecedentes investigados por dicha Contraloría han sido puestos a disposición del Consejo de Defensa del Estado.
En cuarto lugar, si en la causa incoada en el quinto juzgado del crimen de Santiago, donde se encuentran procesados los representantes de las mencionadas empresas, son parte la Contraloría General de la República y el Consejo de Defensa del Estado.
En quinto lugar, si las municipalidades de Las Condes, de Vitacura y otras que hubieran otorgado subsidios, han rendido cuenta detallada de éstos al organismo contralor, como asimismo de sus objetivos y resultados.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría y se adjuntará el texto de su intervención, con la adhesión de los señores diputados de las bancadas del Partido por la Democracia, del Partido Socialista, de la Democracia Cristiana, de la Unión Demócrata Independiente y del Partido Radical Social Demócrata que así lo manifiestan a la Mesa.
HOMENAJE A LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN EN SU 83º ANIVERSARIO. Oficio.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ (de pie).-
Señor Presidente , rindo este homenaje, no sólo en mi nombre, sino también en representación del Presidente en ejercicio de esta Cámara, diputado señor Edmundo Salas , y del diputado señor Sergio Ojeda , ex alumno de la Universidad de Concepción.
La Universidad de Concepción celebra hoy su octogésimo tercer aniversario de existencia.
El 17 de marzo de 1919 inicia su actividad académica, con las carreras de pedagogía en inglés, dentística, farmacia y química industrial. El 14 de mayo de 1920 se dicta el decreto Nº 1.038, del Ministerio de Justicia, durante el gobierno del Presidente Juan Luis Sanfuentes , por medio del cual se concede personalidad jurídica a la Corporación Universidad de Concepción y se aprueban los estatutos por los cuales debe regirse.
La Universidad de Concepción es hoy una institución de educación superior que atiende a cerca de veinte mil jóvenes de la región y del país, quienes acuden a la universidad, a su instituto profesional o a su centro de formación técnica para obtener, a través de sus estudios, una profesión, herramienta permanente para su desarrollo personal y familiar. A través de eso, la Universidad contribuye con su esfuerzo al progreso social, cultural y económico de la Nación.
Es así como en estos 83 años de ininterrumpida actividad, la Universidad ha aportado al país más de cincuenta mil profesionales en una variada gama de disciplinas. Sus egresados están distribuidos a lo largo y ancho del país y también en el mundo.
El campanil, emplazado en su campus, es un verdadero símbolo de esta misión, y hoy es un hermoso referente no sólo de su barrio universitario, sino también de la ciudad y de la Región, identificándose en forma clara e inequívoca con el relevante rol que la ciudadanía entera le ha asignado y le reconoce.
La Universidad crece permanentemente, tanto en calidad como en cantidad, cumpliendo cabalmente su misión gracias al esfuerzo, dedicación, creatividad y lealtad de sus trabajadores, académicos y no académicos, y lo hace de diferentes formas. Primero, atiende a más jóvenes cada año, que buscan su guía para convertirse en ciudadanos creativos, productivos y, sobre todo, ciudadanos del nuevo siglo, con nuevas carreras, con planes de estudios actualizados, con programas de posgrado de excelencia, con laboratorios y equipamientos, con medios y capacidades que les aseguren una formación integral y acorde con el avance científico y tecnológico.
En segundo lugar, apoya permanentemente a sus estudiantes con becas, créditos y otro tipo de prestaciones asistenciales, lo que demuestra su compromiso social con los jóvenes y con la comunidad.
En tercer lugar, promueve el desarrollo y la aplicación de la ciencia y tecnología en importantes sectores de la industria regional y nacional, elementos indispensables para el progreso y el crecimiento de nuestra patria.
En cuarto lugar, contribuye directamente con la comunidad. Aporta, por ejemplo, a los servicios de salud, donde se complementa la formación de sus profesionales en esas disciplinas, importantes inversiones en equipamiento de tecnología de punta.
En quinto lugar, colabora con los esfuerzos del Estado por mejorar la educación básica y media, no sólo mediante la formación de profesores, sino también con el permanente perfeccionamiento y actualización de la educación continua a lo largo de todo el país, la que alcanza, en forma tanto presencial como a distancia, a miles de profesores en los más recónditos lugares de nuestra geografía.
Señor Presidente , como se desprende fácilmente de esta breve reseña, es difícil imaginar una más completa y extensa relación entre una institución educativa y cultural y su medio, tan generosa y multifacética en su proyección hacia el medio social y cultural, como lo es nuestra Universidad de Concepción, a la que hoy, en mi calidad de miembro del directorio de la Corporación, como ex alumno de ella y parlamentario de la región, rindo un sentido homenaje en su nuevo aniversario.
Señor Presidente , como sólo pude realizar parte de mi intervención, solicito que ella, por su intermedio, se le haga llegar in extenso al rector, señor Sergio Lavanchy Merino , al cuerpo decano y al directorio de nuestra gloriosa Universidad de Concepción.
He dicho.
-Aplausos.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviará su intervención completa a las personas que usted señala, con la adhesión de los diputados de las bancadas del PPD, PS, Demócrata Cristiana, de Renovación Nacional y de la UDI.
El señor ORTIZ .-
Si me permite, señor Presidente , deseo señalar que hace exactamente tres horas el profesor e ingeniero civil, señor Sergio Lavanchy Merino ha asumido su segundo período como rector de la Universidad de Concepción, después de un proceso electoral ejemplar y en el cual obtuvo más del 53 por ciento de los votos.
RECONOCIMIENTO A ALCALDE DE RECOLETA POR REMODELACIÓN DE PLAZOLETA EXTERNA DEL CEMENTERIO GENERAL. Oficio.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Patricio Hales.
El señor HALES .-
Señor Presidente , quiero dejar constancia en la versión oficial de esta sesión acerca de mis felicitaciones al municipio de Recoleta , a su concejo y, en especial, a su alcalde , señor Gonzalo Cornejo .
En estos días, se acaba de inaugurar la reconstrucción de la plazoleta del Cementerio General, la cual constituye uno de los elementos urbanos más destacados desde los inicios del trazado urbano y espacio público, en el siglo XIX, como avanzada de la ciudad hacia el norte del río Mapocho. Todo este territorio ha sido bastante maltratado por los gobernantes de los siglos XX y XXI hasta la fecha, a pesar de la esperanza y promesa de que se impulsarían obras de gran progreso a partir de instalar el metro por Recoleta e Independencia e importantes proyectos de inversión inmobiliaria que posiblemente desarrollaría la empresa privada, la cual, lamentablemente, aún no ha expresado su firme decisión de materializarlos.
En cambio, estas obras de la plazoleta del Cementerio tuvieron un significado precursor de lo que fue la avanzada de la ciudad de Santiago más allá del río Mapocho y hacia el norte. Ya en los inicios de la década de los 20, en 1821, se inauguraron aquellas obras que don Manuel Joaquín Valdivieso justamente pensó que servirían para transformar un sector que simplemente era territorio de entierros y pastizales para los bueyes que acarreaban las piedras de las canteras del cerro Blanco.
Digo estas palabras, porque valoro lo que hicieron el alcalde señor Gonzalo Cornejo y su municipio. Él le ha dado a ese espacio público un nuevo sentido histórico. Lo digo para destacar que la realización de esta plazoleta fue pensada hace casi un siglo y medio por Vicuña Mackenna para conformar un espacio público más allá de la fachada, pues diseñó una perspectiva planteada por él para conectar el centro de la ciudad de Santiago con este sector del Cementerio. Justamente a él se le ocurrió -y lo digo a partir de hurguetear tanto en mi memoria como en algunas secciones de la biblioteca- la idea de crear la avenida del Cementerio, que posteriormente se conoció con el nombre de avenida La Paz.
La inauguración del Cementerio se llevó a cabo en 1821, relatada en los textos por don Manuel Antonio León León , quien cuenta que se efectuó “con una apertura de público del nuevo Campo Santo, que dio origen a una gran fiesta colectiva en donde se desbordaron los ánimos para recibir a este nuevo recinto”. Así se mantiene el edificio del Cementerio General, cortado en su fachada sin distancia ni antesala, hasta que en 1872 se inauguró esta plazoleta. La avenida, que partía desde la plazoleta, llegó con sus obras hasta la calle Olivos, porque en vez de hacerse la avenida desde el centro de Santiago hacia el Cementerio -la llamada Avenida del Cementerio-, se extendió desde el Cementerio hacia el sur, o sea, hasta Santiago . Como los recursos no alcanzaron para terminarla y llegar al centro cruzando el río, se detuvo en Olivos. Tampoco hoy alcanzarán los fondos para lo que pretende hacer el alcalde señor Cornejo . Por eso, le digo a nuestro actual intendente, señor Marcelo Trivelli , hombre inteligente, sensible y quizás de tanta audacia urbana como Benjamín Vicuña Mackena -aprovecho la oportunidad de pedir que, al tenor de mis palabras, se le oficie, a través del Ministerio del Interior-, que si ese otro intendente, Vicuña Mackenna , consigna en sus archivos que las obras de la referida plazoleta le costaron cincuenta mil pesos en 1870, él aplique un modesto reajuste a esa suma por el período transcurrido desde el siglo XIX al XXI. Así se podrá disponer de fondos regionales que permitan al actual sucesor de la idea de Vicuña Mackenna, nuestro alcalde de Recoleta , la posibilidad de completar las obras de estas arcadas.
En un comienzo el Cementerio sólo tenía las obras del incipiente neoclásico de su fachada y, en ese entonces, escribe Vicuña Mackenna , citado por León: “El edificio actual del Cementerio -en aquel entonces siglo XIX- de fea apariencia, inadecuado bajo todos los conceptos, obliga a los dolientes a refugiarse en sus estrechos corredores, carece de un mediano salón de recibo. Se ha tratado de introducir mejoras de acuerdo con el director, ya que no es posible transformación más radical”. Ahí, entonces, se decide construir algo mucho más que un recibo urbano: ese hall, esa plazoleta, ese hemiciclo extraordinario, que se hace en el siglo XIX y que queda después totalmente abandonado durante el siglo XX. Incluso, revisando libros con citas del maestro urbanista Karl Brunner , me encontré con una afirmación despectiva, por cuanto este gran arquitecto -autor de grandes anteproyectos de trazados de la ciudad de Santiago, tales como el eje cívico, la plaza y la avenida Bulnes , la visión de Diagonal Oriente, la idea de tener ejes principales que unieran diferentes extremos hacia el centro de Santiago-, cuando habla de la avenida del Cementerio, después llamada avenida La Paz, dice que es una Avenida para el pesimismo, porque tiene como destino la muerte. Yo digo que éste es, quizás, el único error de juicio urbano que dejó Karl Brunner en la herencia que nos dio para el urbanismo; porque, en verdad, lo que pensó Vicuña Mackenna fue de gran valor, justamente por tener esta especie de recepción de carácter urbano con la que construyó esta plazoleta.
A mi juicio, ese espacio de semicírculo es el remate optimista de un lugar de encuentro de los vivos. Es un hemiciclo de espacio público para recibir, desahogar el recorrido de la avenida La Paz, y es el espacio abierto donde remata la perspectiva de la avenida, provocando un alto, antes de ingresar al edificio; es un espacio para volver a encontrarse los que están vivos al momento de despedir al que muere. La plazoleta es vida.
Después de 1907, el intendente Eduardo Edwards llevó a cabo la transformación que permitió que la avenida quedara conectada completamente con el río Mapocho, época en que adoptó el nombre definitivo de avenida La Paz.
Según relata un historiador, la gran avenida del Cementerio contó con la bendición de la Iglesia. ¿Por qué destaca ese hecho el historiador? Porque pocos años después se suscitaría el conflicto con el Presidente Domingo Santa María , cuando resolvió que el Cementerio debía acoger a todos los muertos, sin distinción religiosa.
Surgió la idea de dictar normas jurídicas sobre arquitectura y hacer urbanismo con más espacio para la tolerancia. Ahí está esa plazoleta como una recepción, con las arcadas, con ese hemiciclo y la preciosa estatua de Carriere Belleuse -llamada estatua “Al Dolor”-, montada en columna. Desde el edificio del Congreso fue trasladada hacia el centro de la plazoleta externa del Cementerio General -allí está en la actualidad-, en la que están enterrados los restos de los fallecidos en el incendio de la Compañía de Jesús. Con posterioridad a ese hecho se consideró la posibilidad de construir la avenida extendiéndola en todo su territorio.
La avenida y esta plazoleta también están consignadas en el libro de Carlos Ossandón Guzmán , así como en la “Guía de la ciudad de Santiago” y en la “Guía de arquitectura de Santiago” que elaboró la Universidad de Chile en conjunto con la Junta de Andalucía.
Por lo tanto, pido que se oficie al intendente de Santiago para que, por su intermedio, se sirva hacer llegar copia de mi intervención con mis felicitaciones al alcalde de Recoleta , señor Gonzalo Cornejo ; porque no comparto el sectarismo de algunos, que han llegado a pensar que constituye un barbaridad reconocer una obra de un alcalde de Derecha , de Oposición al Gobierno, y a quien, por sobre dicho sectarismo, felicito por la remodelación de esta plazoleta, que es un aporte para Chile y para su capital
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA EVITAR DERRAMES DE PETRÓLEO EN RÍO ACONCAGUA. Oficios.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor González.
El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo) .-
Señor Presidente , la semana pasada, en la hermosa y turística comuna de Concón, ubicada en el distrito Nº 14, al cual represento en la Cámara, aconteció una verdadera catástrofe ambiental: 35 mil litros de petróleo crudo fueron vertidos al río Aconcagua por la Refinería de Petróleo de Concón.
Esa situación generó un daño ambiental irreparable, que ha perjudicado a la comuna en su conjunto, principalmente a los pescadores artesanales. En efecto, el derrame llegó hasta el mar, lo que afectó a diversas especies marinas y de aves que viven en un hábitat ecológico especialmente protegido, objeto de un gran proyecto de desarrollo ambiental por parte de las autoridades del municipio.
Tanto la comuna de Concón como la Quinta Región en general se han visto conmovidas por esta catástrofe, respecto de la cual hay situaciones que deben ser investigadas a fondo para aplicar las sanciones que correspondan. Sobre todo, se deben adoptar las medidas de prevención necesarias para que situaciones como ésta no se repitan.
Hemos tomado contacto con todas las autoridades y recorrido el lugar de los hechos, lo que nos ha permitido darnos cuenta de las causas del derrame. La rotura de una válvula y la falta de medidas de prevención en la Refinería de Petróleo de Concón permitieron que el petróleo crudo se vertiera por los ductos de aguas lluvia, pues no se tuvo la precaución de que éstos estuviesen separados de los sistemas productivos de la empresa, lo que constituye una grave negligencia en el manejo y sistema constructivo de la misma, situación que nos obliga a actuar como Cámara de Diputados.
En consecuencia, pido, en primer término, que se oficie, por las instancias que corresponda, al superintendente de Energía y Combustibles , al director de la Corema , al director del Servicio Agrícola y Ganadero y al director del Servicio de Salud , para que informen tanto sobre el impacto y secuelas de esta catástrofe como acerca de las medidas que se le han exigido adoptar a la empresa RPC y, asimismo, para que den a conocer las sanciones aplicadas a esa empresa.
En segundo lugar, pido que se oficie a la presidenta del Consejo de Defensa del Estado a fin de que, en virtud del artículo 51 de la ley de Bases del Medio Ambiente, presente los recursos correspondientes para defender los intereses del Estado y de todos los chilenos que se han visto afectados por esta catástrofe.
En tercer término, solicito que se oficie al ministro de Minería para que disponga que la Refinería de Petróleo de Concón dé a conocer el plan completo de mitigación y de reparación de los ecosistemas que obligatoriamente debe aplicar, y a fin de que informe acerca de las medidas que adoptará para que situaciones como ésta no se repitan, con motivo de las obras que efectuará.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados de los Comités Socialista y Radical, y del Partido por la Democracia que así lo indican a la Mesa, y de quien habla.
IRREGULARIDADES EN MUNICIPALIDAD DE CONTULMO. Oficio.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor Escalona.
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente , pido que se oficie al contralor general de la República con el propósito de que se investigue una situación que afecta a la municipalidad de Contulmo, a raíz de la gestión del alcalde señor Eduardo Aguayo .
El alcalde de Contulmo , comuna ubicada en la provincia de Arauco, en la Octava Región, dio a conocer en el informe de gestión municipal de enero a diciembre de 2001, correspondiente a la cuenta pública de ese año, la construcción de una plaza de juegos infantiles en el sector denominado villa Rivas , por un monto de 2.970.000 pesos.
El sábado pasado estuve en dicho lugar, ocasión en que los pobladores me solicitaron que pidiera una investigación, debido a que el emplazamiento denominado construcción de plaza de juegos infantiles no existe.
Estamos ante una situación nueva. Puede ser que, debido a los avances de la computación, se trate de una plaza virtual, o que el alcalde le haya construido una plaza al “hombre invisible”. Como fuere, lo concreto es que la plaza no se ve, situación que da cuenta de una manifiesta irregularidad.
Tal como señalé, reitero que en la cuenta pública que entregó el alcalde señor Aguayo se señala la construcción de dicha plaza en el sector villa Rivas de la comuna de Contulmo, pero sus habitantes no conocen ni han visto su construcción, pues no está emplazada en lugar alguno de dicho sector. Por ello, pido que se oficie a la Contraloría General sobre el particular.
Asimismo, pido que se oficie al órgano contralor a fin de que informe sobre las irregularidades en que se habría incurrido en la designación del administrador municipal; en particular, respecto del origen del título que lo habilita para el ejercicio del cargo; sobre el destino de las donaciones de madera y zinc que ha recibido el alcalde por parte de las empresas madereras Forestal Mininco y Bosque Arauco , así como de Huachipato S.A., respectivamente; sobre la forma en que dichas donaciones fueron entregadas a la población, y acerca de las medidas que el alcalde ha adoptado para garantizar la probidad y el justo uso de esos recursos, dado el monto cuantioso que ellos conllevaban para el ejercicio financiero municipal.
Por último, quiero emplazar a los diputados de la Oposición, quienes ante estas materias siempre han manifestado su alarma, preocupación y escándalo, a fin de que se hagan parte de la petición de que se investiguen estas irregularidades, que en este caso afectan a un alcalde que es militante de la Unión Demócrata Independiente.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con copia de su intervención a la municipalidad de Contulmo, con la adhesión de señores diputados del Partido Radical, del Partido por la Democracia, del Partido Socialista y de quien habla.
DEUDA HISTÓRICA CONTRAÍDA POR MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN CON PROFESORES. Oficios.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , el diputado señor Egaña se ha referido a un tema candente en la Octava Región: la deuda de 1.560 millones de pesos que, desde 1981, el municipio de Concepción tiene con los profesores. En ese entonces era alcalde designado Claudio Arteaga , candidato a diputado por la UDI. Desde esa fecha, por malos procedimientos administrativos, se generó la suma insoluta que he mencionado.
El diputado señor Egaña ha manifestado que la respuesta del Ejecutivo es insatisfactoria, insuficiente, y que, en definitiva, hay una especie de persecución política contra la alcaldesa, señora Jacqueline van Rysselberghe . Seré el primero en hacer todas las gestiones que estén a nuestro alcance para evitar que la alcaldesa vaya a la cárcel. En primer lugar, porque es injusto: no es una deuda imputable a ella, pues se originó en 1981 por mal manejo administrativo. Pero también es injusto sostener que el ex alcalde Ariel Ulloa y que los gobiernos de los últimos diez años de democracia han evitado pagar esta deuda. En ese sentido, afirmo que Mario Marcel , director de Presupuestos , ha señalado explícitamente que el Gobierno está dispuesto a hacer todo lo posible por garantizar un “lease back” o un crédito hipotecario que permita al municipio pagar en diez años. No me parece adecuado que la alcaldesa solicite veinte años para hacerlo, lo que significa cancelar en intereses casi el mismo valor de la deuda de 1.500 millones de pesos, y, particularmente, dejar endeudado a la municipalidad durante cinco períodos consecutivos.
Si la alcaldesa pretende conseguir un crédito por veinte años -recordemos la discusión habida cuando autorizamos a la Universidad de Chile para endeudarse por veinte millones de dólares-, debe pedir la dictación de una ley. Este Parlamento -los diputados de la UDI, y el Congreso entero- verá si estamos dispuestos a aprobar una ley para un solo municipio, en circunstancias de que los demás municipios han adoptado medidas para solventar su deuda de acuerdo con el margen de endeudamiento que el Gobierno les ha permitido.
Por último, hay una cosa que sí puede hacer el municipio: cobrar los 514 millones de pesos que le adeuda la empresa Arenas Biobío , de propiedad del ex diputado Enrique van Rysselberghe , la que, desde 1974, no ha pagado un solo peso al municipio por extracción de arenas del río Biobío. Dicha situación, a todas luces, es muy injusta, toda vez que ese municipio clausura, cierra y cobra impuestos hasta a los comerciantes ambulantes. En 1997 se inició un proceso judicial emprendido por el ex alcalde Ariel Ulloa , que ha permitido determinar que, efectivamente, la deuda es de 514 millones de pesos. Dada la situación clara que, sin duda, tiene que ver con política y con relaciones familiares, espero que el municipio haga todos los esfuerzos necesarios para cubrir la deuda. Confío en que el municipio y la alcaldesa así lo harán. Pero aquí hay que “ser y parecer”, y, hasta ahora, no se ha visto al municipio cobrar los 514 millones. Según un fallo judicial de 2000, se deberá pagar $ 514.719.516 más reajuste por esta deuda que Arenas Biobío Ltda . mantiene con el municipio de Concepción .
Debemos contribuir todos para que la alcaldesa no vaya a la cárcel; pero, también, para que la municipalidad cobre sus deudas.
Por lo tanto, pido que se oficie a la Presidenta del Consejo de Defensa del Estado a fin de que informe sobre qué acciones judiciales está dispuesto a realizar ese organismo, toda vez que, en 1999, me respondió que iba a reunir antecedentes para hacer efectivo el cobro de la deuda que esta empresa privada tiene con el municipio.
En segundo lugar, que se oficie al ministro de Obras Públicas a fin de saber qué acciones judiciales está emprendiendo en esta materia, sobre todo si se considera que se requiere autorización de ese ministerio para extraer áridos de cualquier río del país.
He dicho.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con copia de su intervención.
TRATAMIENTO A PORTADORES Y A ENFERMOS DE SIDA. Oficios.
El señor VILLOUTA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rossi.
El señor ROSSI.-
Señor Presidente , todos sabemos que en Chile hay gran cantidad de pacientes portadores y enfermos del VIH en distintas etapas de desarrollo del sida; todos sabemos también que la política del Gobierno ha sido fomentar la integración social, el desarrollo de las organizaciones de apoyo y generar una política, desde los pacientes con sida y con ellos, así como con quienes viven y conviven con esos enfermos.
Dentro de las justas reivindicaciones que el Gobierno ha establecido en esta materia, está el otorgamiento y acceso a tratamiento oportuno. Con esto, todo paciente sintomático, sea que presente diarrea crónica, fiebre
persistente, candidiasis, neumocistis, etcétera, requieren de un tratamiento llamado triterapia, consistente en tres drogas: AZT, 3TC e Indinavir. Las tres deben ser otorgadas por el Gobierno, especialmente a los pacientes sintomáticos.
Hoy, en la ciudad de Iquique, hay 31 pacientes portadores de VIH, de los cuales más de la mitad son sintomáticos, quienes, en su gran mayoría, no están recibiendo el tratamiento que requieren. Tengo en mi poder la lista y, obviamente, por razones de privacidad no doy nombres. Incluso, uno de estos pacientes padece de una polineuropatía que lo tiene postrado en cama, pero todavía no recibe el tratamiento que se requiere.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Salud , así como a la seremi de Salud de la Primera Región , a fin de que den cuenta de esta situación, que, a mi juicio, reviste carácter de urgente. Consecuentemente, espero que se inicie el tratamiento que el gobierno se comprometió a otorgar a todos estos pacientes.
El señor VILLOUTA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Navarro y de quien habla.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.29 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un proyecto de ley que otorga beneficios a la salud primaria. (boletín Nº 2931-11)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, vengo en proponer un proyecto de ley que tiene por objeto otorgar diversos beneficios a la atención primaria de salud.
I. ANTECEDENTES.
En el marco de la modernización de la Atención Primaria, que constituye uno de los pilares de la Reforma a la Salud impulsada por el Gobierno, el Ministerio de Salud, la Confederación de Funcionarios de la Salud Municipal y la Asociación Chilena de Municipalidades, en marzo del presente año, convinieron desarrollar un programa de mejoramiento de las condiciones de trabajo y económicas de los 24.000 funcionarios de la atención primaria municipal para el período 2002-2006, que permitirá seguir mejorando la atención a los 8 millones de chilenos que concurren cotidianamente a los establecimientos de la salud primaria municipal.
La presente iniciativa tiene por objeto materializar el referido acuerdo, que significa un importante reforzamiento al funcionamiento del modelo descentralizado de la atención primaria y ratifica la permanente vocación de diálogo y acuerdo que tiene mi Gobierno para impulsar reformas que mejoren la calidad de vida de los chilenos. Este esfuerzo gubernamental hacia el personal de los establecimientos de la salud primaria, apunta a seguir mejorando sus condiciones de trabajo y sus remuneraciones, introduciendo premios al desempeño colectivo de los equipos de salud de los establecimientos de atención primaria, lo que ayudará al fortalecimiento de un modelo sanitario de atención con énfasis en el aspecto de promoción y prevención de la salud de las personas, aspecto básico de la Reforma a la Salud.
II. CONTENIDO.
El proyecto dispone la concesión de los siguientes beneficios para el personal regulado por la ley Nº 19.378:
1. Asignación de estímulo.
En primer lugar, el proyecto propone crear una asignación de estímulo al desempeño funcionario destinada al personal de la salud municipal, asociada al cumplimiento de las metas anuales a ejecutar por los establecimientos de cada municipio, fijadas sobre la base de los objetivos sanitarios definidos por el Ministerio de Salud y de una mejor atención a la población usuaria.
Las metas específicas por cumplir por los establecimientos de cada entidad administradora de salud municipal estarán contenidas en un convenio de desempeño suscrito entre los Servicios de Salud y los municipios en el último trimestre de cada año.
Para efectos de determinar las metas específicas y los indicadores de actividad, se constituirá en cada Servicio de Salud, un Comité Técnico integrado por representantes de los Servicios de Salud, de los municipios y de los trabajadores a través de las asociaciones de funcionarios.
La asignación estará conformada por un componente fijo y otro variable. La parte variable será alcanzada por los funcionarios según el grado de realización de las metas definidas para el período anual de que se trate, siempre que el grado de cumplimiento de las mismas sea igual o superior al 75%.
Esta asignación alcanzará su total expresión en un período de cuatro años, que empieza el año 2003 y culmina el 2006. El primer año se otorgará un 25% de la asignación, con cargo exclusivamente a la parte fija y se seguirá incrementando anualmente en un 25% hasta alcanzar su monto máximo el año 2006.
En régimen esta asignación podrá llegar hasta el 10,6% de la suma del sueldo base mínimo nacional de cada nivel y categoría, más la asignación de atención primaria, considerando una carrera funcionaria de referencia establecida en forma lineal a partir de los correspondientes sueldos base mínimos nacionales originados en la ley Nº 19.378, en relación con una jornada de 44 horas semanales.
2. Incorporación a sueldo base de asignación.
En segundo lugar, el proyecto dispone la incorporación al sueldo base mínimo nacional, de la bonificación a que se refiere el artículo 22 de la ley Nº 19.429 para el personal de las categorías d), e) y f) del artículo 5° de la ley Nº 19.378.
Este beneficio que genera mayor equidad en la estructura de remuneraciones del sector. Empezará a regir a partir del 1 de enero de 2003.
3. Incentivo para retiro.
En tercer lugar, se establece un programa destinado a incentivar el retiro voluntario de los trabajadores mujeres que tengan 60 años de edad o más y 65 años o más tratándose de los hombres.
Los trabajadores afectos a la ley N° 19.378, que estén en esas condiciones, accederán a un incentivo equivalente a un mes del promedio actualizado de las 12 últimas rentas, por cada año de servicio con un tope de nueve meses.
Para estos efectos se considerarán los años de servicio efectivos prestados en establecimientos de salud públicos, municipales o corporaciones de salud municipal.
El monto de este beneficio se incrementará en 1 mes para aquellos funcionarios cuyas rentas promedios sean inferiores a $ 400.000 mensuales y en otro mes adicional para aquellos que tengan, a la fecha de la publicación de la ley, más de 63 años de edad si son mujeres y más de 68 años tratándose de hombres.
Las funcionarias tendrán derecho a 1 mes adicional de indemnización.
En ningún caso este beneficio podrá ser superior a once meses de renta.
Este programa se implementará durante el período comprendido entre los 60 días posteriores a la publicación de la ley hasta diciembre de 2004. Aquella parte de los recursos que fueren necesarios para el financiamiento de este Programa podrá integrarse mediante anticipos del aporte estatal a las entidades administradoras.
4. Bono.
En seguida, se concede un bono no imponible ni tributable, de $ 78.000, a todos los trabajadores de este nivel de atención de salud, afectos a la ley N° 19.378, en relación con una jornada de 44 horas semanales y proporcional respecto de quienes cumplen una jornada inferior.
Este beneficio se pagará a más tardar dentro de los 30 días siguientes al de la publicación de la ley.
III. BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS.
1. Programa Especial.
Como complemento de los beneficios contenidos en esta iniciativa legal, se implementará, a contar del 1 de octubre de 2002, un programa especial, para los conductores de vehículos de la categoría F del artículo 5° de la ley N° 19.378, que tengan la responsabilidad y el riesgo de trasladar pacientes y/o equipos de salud, afectos a dicha ley, fuera de los establecimientos de la salud primaria municipal.
La acreditación de esta condición se efectuará según lo estipulado en el Acuerdo suscrito entre el Gobierno y la Confederación Nacional de Funcionarios de la Atención Primaria de Salud Municipalizada, de fecha 12 de marzo de 2002.
2. Programa de capacitación.
Del mismo modo, se impulsará, a través de los Servicios de Salud, utilizando las herramientas de gestión disponibles, un programa descentralizado de capacitación funcionaria, que garantice un acceso equitativo de los trabajadores, que apunta a fomentar una mayor inversión de los municipios en programas de entrenamiento laboral pertinentes al proceso de modernización de la Atención Primaria de Salud. Se dará prioridad al desarrollo de oportunidades de capacitación a los funcionarios de los municipios rurales y pobres.
Este conjunto de beneficios concordados con funcionarios y empleadores municipales generarán un importante apoyo a la modernización y reforma de la salud primaria.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, para ser tratado en la actual Legislatura, Extraordinaria, de Sesiones del Congreso Nacional, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1º.- Establécese para el personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de la ley N° 19.378, una Asignación de Estímulo al Desempeño Colectivo. Dicha asignación estará asociada al cumplimiento anual de metas sanitarias y al mejoramiento de la atención proporcionada a los usuarios de la atención primaria de salud.
Corresponderá esta asignación a los trabajadores que hayan prestado servicios para una entidad administradora de salud municipal, o para más de una sin solución de continuidad, durante todo el año objeto de la evaluación del cumplimiento de metas fijadas, y que se encuentren además, en servicio al momento del pago de la respectiva cuota de la asignación.
Artículo 2º.- El monto mensual que corresponderá a cada funcionario por concepto de asignación de estímulo al desempeño colectivo, se calculará sobre el sueldo base más la asignación de atención primaria de salud municipal, correspondiente a su nivel y categoría, en una carrera referencial lineal diseñada a partir del sueldo base mínimo nacional, en relación con una jornada de 44 horas semanales. La asignación para el personal que desempeñe jornadas inferiores a las 44 horas será calculada en forma proporcional.
La asignación contendrá un componente fijo o base y otro variable.
El componente fijo ascenderá al 5,3% aplicado sobre la base señalada en el inciso anterior. El componente variable será de un 5,3% de igual base de cálculo, para aquellos funcionarios que se desempeñen en las entidades administradoras y que hubieren cumplido el 90% o más de las metas fijadas para el año anterior, y de un 2,65% para aquellos funcionarios que cumplan entre un 75% y menos del 90% de las metas fijadas.
Artículo 3º.- La asignación se pagará en cuatro cuotas, en los meses de abril, junio, septiembre y diciembre de cada año.
El monto de cada cuota ascenderá al valor acumulado en el período respectivo, como resultado de la aplicación mensual de la asignación.
El personal que deje de prestar servicios antes de completarse un período, tendrá derecho a la asignación en proporción a los meses completos efectivamente trabajados.
Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentre afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.
Artículo 4º.- Para efectos de otorgar esta asignación se aplicarán las reglas siguientes:
1) El Ministerio de Salud fijará, antes del 10 de septiembre de cada año, las metas sanitarias nacionales para el conjunto de las entidades administradoras de salud municipal;
2) En cada Servicio de Salud existirá un Comité Técnico integrado por su Director y en caso de ausencia de éste, por quien lo subrogue, quien lo presidirá; por el Director de Atención Primaria de Salud de dicho organismo o su representante, quien actuará como secretario; por un representante de las entidades administradoras de salud ubicadas en el respectivo territorio jurisdiccional, y por un representante de los trabajadores a través de las entidades nacionales o regionales que según su número de afiliados, posea mayor representatividad. El Comité Técnico, respecto de cada municipio, deberá determinar para cada Entidad Administradora de salud primaria y sus establecimientos, según corresponda, las metas específicas y los indicadores de actividad, en el marco de las metas sanitarias nacionales definidas por el Ministerio de Salud y los objetivos de mejor atención a la población beneficiaria. Sobre esta base se suscribirán, a más tardar el 10 de diciembre de cada año, los convenios anuales de desempeño entre el Servicio de Salud respectivo y la entidad administradora.
3) La evaluación del nivel de cumplimiento de las metas fijadas a las entidades administradoras de salud municipal y sus establecimientos, se efectuará por el Ministerio de Salud a partir de la información proporcionada por los Servicios de Salud y por las propias entidades administradoras, la que deberá ser entregada por dichas entidades al Ministerio, a más tardar, el 31 de enero de cada año.
4) Será facultad de los Servicios de Salud respectivos, determinar para cada año si las metas de evaluación, su cumplimiento y el consecuente pago de la asignación, se harán en relación a cada entidad administradora de salud primaria o separadamente por cada establecimiento de las mismas.
5) Un Reglamento, dictado dentro de los 180 días siguientes a la fecha de publicación de la ley, el que también será suscrito por el ministro de Hacienda , regulará las condiciones para que los Servicios de Salud ejerzan la opción a que se refiere el número anterior como asimismo los procedimientos destinados a la definición y evaluación del grado de cumplimiento de las metas anuales de los establecimientos de salud municipal, y las demás disposiciones necesarias para el otorgamiento de esta asignación.
Artículo 5º.- Sustitúyanse, a contar del 1 de enero de 2003, los valores consignados en las letras d), e) y f) del artículo 15 transitorio de la ley N° 19.378, por los siguientes:
“ d) $ 88.490
e) $ 82.267
f) $ 72.542 ”
En consecuencia, a contar de la fecha antedicha, la bonificación a que se refiere el artículo 22 de la ley Nº 19.429, respecto del personal de las categorías de las letras d), e) y f) del artículo 5° de la ley Nº 19.378, que la estuviere percibiendo, se entenderá incorporada al sueldo base mínimo nacional, en los términos señalados en el inciso precedente.
Derógase, a contar del 1 de enero de 2003, el artículo 22 de la ley N° 19.429.
Artículo 6º.- Concédese, por una sola vez, a los funcionarios afectos a la ley Nº 19.378, que se encontraban prestando servicios al 31 de marzo de 2002 y que a la fecha de publicación de esta ley continúen desempeñándose en los establecimientos correspondientes, un bono no imponible ni tributable ascendente a la cantidad de $ 78.000 para la jornada de 44 horas semanales.
El bono se pagará a partir de la fecha de publicación de la ley y a más tardar dentro de los 30 días siguientes a ésta y será calculado en forma proporcional a la jornada de trabajo por la cual esté contratado cada funcionario, tomando como base la jornada de 44 horas semanales.
En todo caso, el máximo de horas semanales para calcular el valor del bono será de 44, y los funcionarios que estén contratados por una jornada mayor o desempeñen funciones en más de un establecimiento con jornadas cuya suma sea superior a dicho máximo, sólo tendrán derecho a la bonificación correspondiente a 44 horas semanales.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Artículo primero.- Los funcionarios regidos por la ley N° 19.378 mayores de 60 años de edad, si son mujeres, y de 65 años, si son hombres, que, después de los sesenta días posteriores a la publicación de esta ley y hasta el 31 de diciembre de 2004, dejen de pertenecer voluntariamente a una dotación municipal de salud, respecto del total de horas que sirvan, tendrán derecho a percibir una indemnización de un mes del promedio de las últimas 12 rentas, actualizadas según en índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, por cada año de servicio y fracción superior a seis meses prestados a establecimientos de salud públicos, municipales o corporaciones de salud municipal, con un tope de 9 meses de dicha remuneración.
El monto de este beneficio se incrementará en un mes para aquellos funcionarios cuyas rentas sean inferiores a $ 400.000 y en un mes para aquellos que tengan, a la fecha de publicación de la ley más de 63 años si son mujeres y más de 68 años tratándose de hombres. Las funcionarias tendrán derecho a un mes adicional de indemnización. En ningún caso este beneficio podrá ser superior a 11 meses de renta.
Esta indemnización no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal y será incompatible con cualquiera otra indemnización que pudiera corresponderle al funcionario por término de la relación laboral.
El Reglamento determinará los mecanismos, la periodicidad y las demás disposiciones necesarias para la implementación de este beneficio.
Los funcionarios que cesen en sus empleos por aplicación de lo dispuesto en este artículo, no podrán ser nombrados ni contratados en una entidad administradora o municipalidad, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral, a menos que previamente devuelvan la totalidad del beneficio percibido, expresado en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables.
Artículo segundo.- Las entidades administradoras de salud municipal, podrán solicitar al Ministerio de Salud, por intermedio del Servicio de Salud respectivo, un anticipo del aporte estatal, definido en el artículo 49 de la ley N° 19.378, para el financiamiento de la aplicación del beneficio establecido en el artículo anterior, el que no podrá exceder del monto total de las indemnizaciones por pagar.
Los recursos anticipados serán devueltos en su totalidad por la entidad administradora de salud municipal en la forma de rebaja del aporte estatal a contar del mes siguiente a aquel en que se otorgue el anticipo del aporte estatal a que se refiere el inciso anterior.
El monto de los recursos por rebajar será del 3% de la remesa mensual a realizar a las entidades de administración municipal, no pudiendo exceder de 60 meses el plazo para la devolución total.
Para los efectos de lo señalado en los incisos anteriores, se suscribirán entre la entidad administradora de salud y el Servicio de Salud respectivo, los convenios que sean necesarios, los que deberán ser aprobados por Resolución Exenta del Ministerio de Salud, visada por el Ministerio de Hacienda. Estros convenios deberán contener el monto del anticipo solicitado, plazo de pago, valor y número de cuotas mensuales en las cuales deberá ser devuelto, y los demás antecedentes que justifiquen la solicitud de recursos.
Artículo tercero.- La asignación de estímulo al desempeño colectivo se otorgará en forma gradual durante un período de cuatro años, conforme al siguiente cronograma:
a)
año 2003:
-
componente fijo
2,65%
-
componente variable
0%;
b)
año 2004:
-
componente fijo
3,5%
-
componente variable hasta
1,8%;
c)
año 2005:
-
componente fijo
4,4%
-
componente variable hasta
3,5%
d)
año 2006:
-
componente fijo
5,3 %
-
componente variable hasta
5,3 %
Artículo cuarto.- El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley durante el año 2002, se financiará con el presupuesto vigente de los Servicios de Salud respectivos. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar estos presupuestos, en la parte que no sea posible financiar con sus recursos.”.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR , Presidente de la República ; OSVALDO ARTAZA BARRIOS , Ministro de Salud ; NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN , Ministro de Hacienda ”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE OTORGA BENEFICIOS A LA SALUD PRIMARIA
Mensaje Nº 115-346
Este proyecto de ley tiene por objeto materializar el acuerdo entre el Ministerio de Salud, la Confederación de Funcionarios de la Salud Municipal y la Asociación Chilena de Municipalidades. Este esfuerzo gubernamental hacia el personal de los establecimientos de la salud primaria, apunta a seguir mejorando sus condiciones de trabajo y sus remuneraciones, introduciendo premios al desempeño colectivo de los equipos de salud de los establecimientos de atención primaria, lo que ayudará al fortalecimiento de un modelo sanitario de atención con énfasis en el aspecto de promoción y prevención de la salud de las personas, aspecto básico de la Reforma a la Salud.
La aplicación del presente proyecto de ley tiene un costo total anual de $ 1.650 millones para el año 2002; $ 5.712 millones para el año 2003; $ 7.951 millones para el año 2004; $ 8.571 millones para el año 2005 y tiene un costo en régimen de $ 10.810 millones anuales a partir del año 2006.
Asimismo, el mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley durante el año 2002, se financiará con el presupuesto vigente de los Servicios de Salud respectivos. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar estos presupuestos, en la parte que no sea posible financiar con sus recursos.
(Fdo.): MARIO MARCEL CULLELL , Director de Presupuestos ?.
2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que modifica el decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, en materia de recaudación de derechos por transferencias de vehículos motorizados. (boletín Nº 2932-06)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis atribuciones constitucionales, vengo en someter a la consideración del honorable Congreso Nacional, un proyecto de ley destinado, esencialmente, a perfeccionar las normas que regulan el procedimiento de pago, recaudación y distribución de los derechos por concepto de transferencias de vehículos motorizados.
I. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.
La permanente preocupación del Gobierno por mejorar la eficiencia del sistema municipal, no se agota en iniciativas destinadas a allegar mayores recursos para los municipios, sino que también considera la necesidad de introducir perfeccionamientos a los mecanismos de recaudación aplicables a las fuentes de ingresos municipales ya consagradas en nuestro ordenamiento jurídico vigente.
Entre esas fuentes de ingreso municipal ya previstas en el ordenamiento vigente, se cuentan los recursos que provienen del derecho a que están sujetas las transferencias de vehículos motorizados, correspondiente al 1,5% del precio de venta. En efecto, dichos recursos, según dispone el artículo 14 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, están destinados en un 50% al Fondo Común Municipal y en el restante 50%, a beneficio municipal directo.
En relación a la mencionada fuente de ingresos, y a consecuencia de la modernización tecnológica y organizacional de los servicios recaudadores, se han detectado carencias o deficiencias en las normas regulatorias y administrativas, que redundan en que no toda la suma global de recursos esperados por este concepto, se materializa e ingresa finalmente al sistema municipal.
En este sentido, nos encontramos frente una suerte de “evasión” en el pago correspondiente al derecho que grava la transferencia de tales vehículos, por insuficiente o imperfecta regulación de los mecanismos de recaudación y control de estos recursos.
La constatación anterior tiene también mucha relación con la informalidad que exhibe el mercado de la compra y venta de vehículos motorizados, al menos en ciertos segmentos. Dicha informalidad se manifiesta, por una parte, en sucesivos traspasos materiales de un mismo vehículo sin la correspondiente formalización contractual y, por otra parte, en que los respectivos contratos de transferencia no concluyen debidamente con la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados . Ambos escenarios, sin duda, no favorecen la fiscalización del cobro y la consiguiente recaudación del referido derecho.
De otro lado, la derogación del artículo 41 del decreto ley N° 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, efectuada por la ley N° 19.506 del año 1997, trajo como consecuencia la desaparición de varias disposiciones que regulaban, entre otras materias, la base imponible y el sujeto pasivo del citado derecho. La inexistencia de tales normas también ha contribuido a las imperfecciones de que adolece el actual tratamiento del derecho por transferencia de vehículos.
En consecuencia, el proyecto que someto a consideración del honorable Congreso Nacional tiene por fundamento la necesidad de perfeccionar las disposiciones que regulan la recaudación y fiscalización de los derechos de transferencia de vehículos, de manera de asegurar que la suma de recursos que por tal concepto corresponde al sistema municipal, sea efectivamente percibida por éste.
Para ello, se propone introducir un conjunto de modificaciones en el decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, que permiten subsanar las deficiencias planteadas.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO.
Para los efectos señalados, la presente iniciativa legal propone concretamente modificar o perfeccionar el siguiente orden de materias:
1. Responsable del pago del derecho.
El proyecto establece, como regla única, que el responsable del pago del correspondiente derecho será siempre el adquirente del vehículo, no dejando tal responsabilidad indeterminada o entregada a la voluntad de las partes, como puede entenderse actualmente ante la ausencia de norma expresa.
2. Recaudación y cobro judicial del respectivo derecho.
En esta materia, se dispone que corresponderá al Servicio de Tesorerías la recaudación y el cobro judicial del respectivo derecho, en consideración a la competencia natural y propia de dicho organismo.
3. Fiscalización del pago efectivo del derecho.
Para perfeccionar los mecanismos de control aplicables a este derecho, se establece que los notarios públicos deberán fiscalizar su pago efectivo en forma previa a la autorización de cualquier acto o contrato que implique la transferencia de un vehículo motorizado.
Complementariamente, se establece idéntica obligación respecto de los funcionarios del Registro Civil , como condición previa a la incorporación en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados de cualquier transferencia de dominio de tales especies.
4. Identificación del municipio beneficiario de la parte correspondiente del derecho.
Por otra parte, para corregir la distorsión que actualmente se produce al definirse la destinación de la parte de los recursos que corresponden directamente al municipio, de acuerdo a la localización geográfica del banco o institución financiera donde se ha efectuado el pago, el proyecto precisa que la destinación del 50% del derecho que corresponde al municipio beneficiario, se determina según la comuna en la que se encuentre otorgado el permiso de circulación vigente.
Para tal efecto, el formulario de pago del referido derecho deberá considerar la referencia de la comuna correspondiente a dicho permiso.
5. Devolución del importe del derecho, por pago indebido o en exceso.
Finalmente, se incorpora una disposición que tiene por objeto regular el procedimiento de devolución, total o parcial, del monto del derecho cuando éste ha sido pagado indebidamente o en exceso.
Por consiguiente, y en mérito de las consideraciones precedentes, vengo en someter a la consideración de esa honorable Corporación, para ser tratado en la actual Legislatura Extraordinaria de sesiones del honorable Congreso Nacional, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales:
1. Reemplázase el inciso final del artículo 38, por los siguientes:
“Para los efectos del pago del derecho que grava la transferencia de vehículos motorizados con permiso de circulación, se considerará como mínimo de la venta, salvo prueba en contrario, el precio corriente en plaza según lo previsto en el artículo 12 de esta ley. Este derecho deberá ser pagado en el Servicio de Tesorerías o en cualquiera de los bancos o instituciones autorizados al efecto por el Tesorero General . Los notarios y oficiales de Registro Civil no podrán autorizar ningún acto o contrato relativos a transferencia de vehículos, ni las firmas puestas en él, sin que se les acredite previamente el pago referido, debiendo dejar constancia de este hecho en el instrumento respectivo. A su vez, el Servicio de Registro Civil e Identificación no practicará ninguna nueva inscripción de los señalados vehículos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, sin que se le exhiba previamente el correspondiente formulario de pago del señalado derecho, lo cual se acreditará con el timbre del banco o institución autorizada, estampado en él.
El Servicio de Tesorerías deberá incorporar en el Fondo Común Municipal, aquella parte de los recursos recaudados por derechos de transferencia de vehículos que corresponda al referido fondo. Asimismo, aquella parte de los recursos por concepto de tales derechos, de beneficio municipal directo, se remitirá al municipio de la comuna correspondiente al permiso de circulación vigente, en la remesa siguiente a la recaudación de los fondos.”.
2. Incorpórase, en el N° 7 del artículo 41, el siguiente acápite segundo:
“El pago del referido derecho será de cargo del adquirente del vehículo, cualquiera sea el acto o contrato, a título oneroso, que sirva de base a la transferencia, incluyéndose las ventas en pública subasta ordenadas por los Tribunales de Justicia.”.
3. Introdúcense en el inciso tercero del artículo 47, las siguientes modificaciones:
a) Incorpórase, a continuación de la expresión “impuesto territorial”, la siguiente frase, nueva: “y del derecho por transferencia de vehículos con permiso de circulación”.
b) Agrégase, a continuación de la expresión “Código Tributario” y antes del punto aparte (.), la siguiente frase final, nueva, precedida de una coma (,): “siendo ello de competencia del Servicio de Tesorerías”.
4. Agrégase, en el artículo 62, el siguiente inciso segundo, nuevo:
“En los casos en que habiéndose pagado el derecho por transferencia de vehículos, se resuelva, anule o se deje sin efecto por sentencia ejecutoriada el acto o contrato que lo generó, como asimismo si el referido acto o contrato se rescilia, o el derecho ha sido pagado doblemente, en exceso o indebidamente, el Servicio de Tesorerías, a petición del sujeto pasivo del derecho, deberá devolverlo en todo o en parte, según corresponda. Si a la fecha de la devolución ya hubieren sido remitidos los recursos correspondientes al municipio respectivo, el Servicio comunicará a éste tal circunstancia, como también el descuento que a dicho municipio se le practicará en la remesa siguiente. Tratándose de resciliación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 70 del decreto ley N° 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. En todos los demás casos, la petición de devolución deberá presentarse dentro del plazo de prescripción establecido en el artículo 2.521 del Código Civil, contado desde que la sentencia correspondiente haya quedado ejecutoriada o desde la fecha de suscripción formal del acto o contrato que le sirve de fundamento.”.
Artículo 2°.- Facúltase al Presidente de la República , para que en el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, mediante decreto con fuerza de ley del Ministerio del Interior, fije el texto refundido, coordinado y sistematizado, que llevará igual número de ley que el actual, de los preceptos del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR , Presidente de la República ; FRANCISCO VIDAL SALINAS , Ministro del Interior (s); NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN , Ministro de Hacienda ”.
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEY Nº 3.063, DE 1979,
SOBRE RENTAS MUNICIPALES, EN MATERIA DE RECAUDACIÓN
DE DERECHOS POR TRANSFERENCIAS DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Mensaje Nº 90-346
El presente proyecto está destinado, esencialmente, a perfeccionar las normas que regulan el procedimiento de pago, recaudación y distribución de los derechos por concepto de transferencias de vehículos motorizados.
La iniciativa modifica lo relativo a los respectivos derechos, en los siguientes aspectos: a) Responsable del pago. b) Recaudación y cobro judicial. c) Fiscalización de su pago efectivo. d) Identificación del municipio beneficiario de la parte correspondiente del derecho. y e) Devolución del importe del derecho, por pago indebido o en exceso.
El proyecto no implica costo fiscal.
(Fdo.): MARIO MARCEL CULLELL , Director de Presupuestos ?.
3. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que adecua la legislación interna para implementar en Chile la Convención para combatir el cohecho a funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, y modifica el tipo penal de cohecho activo. (Boletín Nº 2828-07).
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, para el proyecto de ley antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR , Presidente de la República ; MARIO FERNÁNDEZ BAEZA , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
4. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado-, respecto del proyecto de ley que otorga beneficios a la salud primaria. (Mensaje Nº 115-346) (Boletín Nº 2931-11).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR , Presidente de la República ; MARIO FERNÁNDEZ BAEZA , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
5. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que establece normas para flexibilizar el uso del fuero maternal. (boletín Nº 1309-13)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informaros, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los diputados señores Bayo y Seguel , y de los ex diputados Elizalde, León y Prochelle , doña Marina , que establece normas para flexibilizar el uso del permiso maternal.
A las sesiones que esta Comisión destinó al estudio de esta materia, asistieron el señor ministro del Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari Saavedra ; la señora ministra del Servicio Nacional de la Mujer , Sernam , doña Adriana Delpiano Puelma ; el señor subsecretario del Trabajo , don Yerko Ljubetic Godoy ; el ex subsecretario del Trabajo , don Julio Valladares ; las señoras asesoras del Sernam, doña Imay Ortiz y doña Patricia Silva ; las señoras asesoras del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, doña Macarena Lobos y doña Francisca Del Río Hernández , y el señor asesor de la misma Secretaría de Estado , don Francisco Del Río Correa .
-o-
I. ANTECEDENTES GENERALES.
1. Consideraciones preliminares.
El proyecto de ley en discusión, tiene por objeto otorgar a la mujer trabajadora la opción de trasladar una fracción de días de su permiso prenatal, para agregarlo al final del período posnatal.
Este derecho de opción está dirigido a aquellas mujeres que optan por privilegiar una extensión del período de permiso posterior al parto, en el que pueden contar con mayor tiempo para dedicar a la crianza y atención del recién nacido, sin que por ello se vea comprometida su salud y la de su hijo en el período anterior al parto.
Asimismo, es necesario considerar que esta iniciativa beneficiará directamente a aquellas trabajadoras cuyas remuneraciones se componen principalmente de elementos variables, o comisionistas, siendo posible, en algunos casos, que puedan laborar en aquellos períodos de mayor concentración de ventas (Navidad u otras fiestas) para de esta forma, mejorar los índices promedios de su remuneración base para el cálculo del subsidio maternal que percibirá durante su licencia.
2. La protección a la maternidad en el Código del Trabajo.
La protección a la maternidad de la mujer trabajadora, se encuentra incorporada en el Título II del Libro II del Código del Trabajo y consagra un conjunto de normas de antigua data; en efecto, las normas que otorgan un permiso maternal remunerado, se remontan al articulado del Código del Trabajo de 1931, siendo esta norma de gran rigidez, puesto que no era posible el despido de la trabajadora en este período ni aun mediante el expediente del desafuero por conclusión del plazo, obra o faena en que laborara.
Originalmente, este permiso de maternidad abarcaba las seis semanas anteriores al parto, e igual cantidad de tiempo después de él. Posteriormente, sucesivas modificaciones ampliaron el plazo de permiso maternal posnatal de las seis semanas originalmente planteadas, hasta llegar a las doce semanas que actualmente establece el artículo 195 del Código del ramo, pero flexibilizándose la normativa referente a la aplicación del fuero en ciertos casos.
3. Aspectos relevantes a considerar en la discusión
La paulatina y progresiva incorporación de la mujer al mundo del trabajo en la segunda mitad del siglo pasado, su acceso a mejores estándares de formación profesional y capacitación ocupacional, y su creciente rol social como jefa de hogar, constituyen elementos de decisiva importancia a la hora de analizar una normativa como la que se propone en este informe.
De hecho, innovar en estas materias importa enervar la discusión entre dos ejes valórico-jurídicos de gran trascendencia social y particularmente laboral. Por una parte, es comprensible y positivo que la normativa laboral avance hacia espacios de mayor flexibilización que signifiquen también mayor acceso de la mujer al empleo, más aún cuando todos los estudios económicos indican que la progresiva incorporación de ella al mundo del trabajo significa una baja directamente proporcional de los índices de pobreza, sea a través de la obtención de un segundo ingreso familiar, como del hecho de enfrentar sola la jefatura de hogar.
Por otra parte, también es altamente atendible que en el caso particular de la trabajadora embarazada, el Estado tenga una tendencia natural a establecer criterios de protección excepcionales, atendida la significación que el embarazo tiene en una comunidad como la nuestra y también para la comunidad internacional, lo que se expresa a través de la suscripción de una frondosa red de convenios sobre la materia. Este criterio en materia laboral, se expresa a través de un decálogo de derechos, irrenunciables varios de ellos, que apuntan directamente a privilegiar el cuidado de la salud tanto de la madre como de su hijo estableciendo los descansos que amerita su estado puerperal, el fuero que otorga estabilidad en los ingresos durante un período determinado de tiempo y otras normas relativas al sistema de cuidado infantil.
Entre estos dos ejes se ubica la discusión presente, en la que además se agrega el hecho de que los constantes mejoramientos en los estándares de salud pública materno-infantil y los avances tecnológicos que permiten una creciente certeza sobre el real estado de salud de la madre y el hijo, incorporan indudablemente mayores espacios para flexibilizar algunas de las normas ya referidas, sin que por ello se interprete que el Estado abandona su rol protector de la maternidad y de la salud de la mujer trabajadora.
II. MINUTA DE LAS IDEAS FUNDAMENTALES O MATRICES DEL PROYECTO.
En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, cabe señalaros que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en establecer un sistema que permita a la mujer trabajadora embarazada extender su período de trabajo durante su permiso prenatal y ampliar, consecuentemente, su período posnatal, potenciando, favorablemente, los vínculos afectivos del recién nacido y su madre, además de mejorar las posibilidades de crecimiento saludable del menor.
Tal idea matriz se encuentra desarrollada en un artículo único que conforma el proyecto de ley en informe.
III. ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.
Vuestra Comisión estimó que el proyecto en informe, no contiene artículos que revistan el carácter de normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
IV. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.
A las sesiones, que esta Comisión destinó al estudio de esta materia, asistieron el señor ministro del Trabajo y Previsión Social, don Ricardo Solari Saavedra ; la señora ministra del Servicio Nacional de la Mujer , Sernam , doña Adriana Delpiano Puelma ; el señor subsecretario del Trabajo , don Yerko Ljubetic Godoy ; el ex subsecretario del Trabajo , don Julio Valladares ; las señoras asesoras del Sernam, doña Imay Ortiz y doña Patricia Silva ; las señoras asesoras del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, doña Macarena Lobos y doña Francisca Del Río Hernández , y el señor asesor de la misma Secretaría de Estado , don Francisco Del Río Correa ; las señoras María Rosas Velásquez , Myriam Rivera Camus , Gloria Blanco Vera y Patricia Coñaman Carrillo , en representación del Departamento Femenino de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT; el señor jefe del Departamento de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Católica de Chile, don Jorge Mardones Santander y el señor jefe del Servicio de Obstetricia y Ginecología del Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, don Alonso Rioseco , quienes hicieron valiosos planteamientos ante vuestra Comisión que sus miembros tuvieron en cuenta durante la discusión del proyecto.
Además, vuestra Comisión recibió estudios, acerca del proyecto de ley, del Departamento Femenino de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT; del señor jefe de Servicio de Obstetricia y Ginecología del Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, don Alonso Rioseco R. , y del señor jefe del Departamento de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Católica de Chile, don Jorge Mardones Santander , que quedaron a disposición de los señores diputados en la Secretaría de ella.
V. DISCUSIÓN GENERAL.
El proyecto de ley en informe fue aprobado por unanimidad por vuestra Comisión en su sesión de fecha 2 de abril del año en curso.
En el transcurso de su análisis general, el Ejecutivo manifestó que este tema, necesariamente, debe ser abordado de manera que se logre compatibilizar tanto la protección a la trabajadora embarazada como la idea de asegurar condiciones favorables a la contratación de mano de obra femenina, en el escenario de un país que no goza de buenos índices de inserción de la mujer al ámbito laboral.
En este orden de cosas el ministro del Trabajo y Previsión Social enfatizó la especial preocupación de las autoridades en potenciar la permanencia de la madre junto a sus hijos, sobre todo, si éstos son recién nacidos. Respecto al uso de los períodos de prenatal y posnatal manifestó que se deben considerar tres elementos o ideas matrices:
a) la protección de la mujer trabajadora embarazada;
b) evitar el abuso de los empleadores, y
c) que la decisión de la administración de estos períodos no puede quedar sólo al arbitrio o negociación de las partes interesadas, esto es trabajadora y empleador, sino que debe intervenir un tercero especialista, un médico que vise previamente de acuerdo a los antecedentes que giren en torno a cada caso en particular.
Agregó que está demostrado que la relación permanente y más duradera del recién nacido con su madre sólo es fuente de beneficios y resulta ser la base sobre la que se desarrollará el futuro no sólo afectivo, sino que de salud del menor. Y que en materia de salud preventiva, es claro que la inserción de la mujer embarazada al trabajo y por ende a sus ritmos y riesgos resulta al menos complicada, por lo que se debe hacer un esfuerzo por soslayar las barreras que han ocasionado que Chile sólo presente una tasa de ocupación laboral femenina de un 35%, una de las más bajas de América Latina, adecuando una legislación que data de 1931, circunstancias que sirven de fundamento a la indicación sustitutiva que ha presentado el Ejecutivo , la que recoge fundamentalmente la idea matriz de los autores de este proyecto y le agrega las adecuaciones necesarias para la viabilidad de su contenido.
En su oportunidad, el Departamento Femenino de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, señaló que el estatuto del fuero maternal chileno ha sido usado como ejemplo de protección a la maternidad a nivel internacional, motivo por el cual otras legislaciones del continente han recogido esta experiencia tomándola como base y mejorándola tanto en la forma como en el fondo. Pero que, sin embargo, existe cierta tendencia, en Chile, a debilitarla, mediante argucias como la exigencia de test de embarazo para la contratación de personal femenino; por ello cuando se habla de condiciones laborales para la mujer trabajadora no se hace referencia a prerrogativas o subsidios especiales, sino que a una normativa que permita la inserción laboral en igualdad de condiciones, atendida su condición de ser la única capaz de procrear no siendo la única responsable de la gestación. Por último señalaron que desde esa perspectiva este proyecto podría resultar ser un mejoramiento para el uso del descanso de la trabajadora, pero que debe ser normado de tal manera que no se deforme el origen del fuero maternal.
En este contexto, vuestra Comisión recibió la opinión de expertos médicos, tales como el doctor señor Alonso Rioseco quien manifestó que este proyecto representa una propuesta interesante que puede beneficiar a un número importante de mujeres que cursan un embarazo fisiológico y cuya situación es compatible con la transferencia de su descanso prenatal al posnatal, reconociendo elementos peligrosos como eventuales decisiones inadecuadas, sino se cuenta con la opinión de un médico o de que el empleador presione a la empleada a tomar el descanso legal en el momento que a él más le convenga, lo que sería difícil de controlar; y que la mujer cambie de opinión, respecto de este nuevo derecho, durante su octavo o noveno mes de embarazo. Sin embargo, hizo presente que resulta indudable que la prolongación del descanso posnatal beneficiaría la salud física y síquica tanto de la madre como del niño, permitiendo un mayor contacto madre e hijo, así como una lactancia más prolongada. Finalizó señalando que de acuerdo a la legislación actual la madre pierde los días de descanso prenatal que no alcanzó a utilizar a causa de la ocurrencia anticipada de su parto, que es el caso de los partos prematuros, y que en ese sentido resultaría de gran beneficio que se agregaran esos días perdidos a su descanso posnatal, considerando, particularmente, que un niño prematuro requerirá mayores cuidados de su madre y de la alimentación de pecho.
Por su parte, el jefe del Departamento de Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Católica de Chile, don Jorge Mardones Santander , señaló que en esta materia se debe considerar que en Chile la mujer trabajadora promedio circula, durante su embarazo, de la casa a sus labores, de ellas a su hogar, debe realizar compras, preocuparse de sus hijos y del aseo del hogar, suben y bajan escaleras, realizan labores manuales y tareas pesadas, etcétera, perteneciendo mayoritariamente a la clase media baja o modesta, aumentando notablemente los riesgos de parto prematuro o de recién nacidos de bajo peso, debiendo considerarse que la lactancia resulta fundamental hasta los seis meses de edad del menor.
Al interior de vuestra Comisión las opiniones de los señores diputados versaron, principalmente, respecto de la conveniencia de legislar sobre principios de flexibilidad que permitieran a la trabajadora embarazada aumentar o ampliar su período posnatal, con el objeto de mejorar el cuidado y lactancia del recién nacido, sin perjuicio de que se debieran adoptar las medidas necesarias para que proyectos como éste no desincentiven la contratación de mano de obra femenina. Sin perjuicio de compartir plenamente el espíritu y contenido de la iniciativa, algunos señores parlamentarios manifestaron sus aprensiones respecto de la facultad de “autorizar” que se le entrega a los médicos y matronas, considerando que ésta debería ser otorgada exclusivamente por un médico, señalando, además, en su oportunidad, que era necesario considerar la situación de los partos prematuros impidiendo que la mujer que se encuentre en esta circunstancia perdiera parte del prenatal.
VI. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBAN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
Vuestra Comisión estimó que en el proyecto de ley en informe no existen disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
VII. DISCUSIÓN PARTICULAR.
Vuestra Comisión, en sus sesiones de fecha 16 de abril y 7 de mayo del año en curso, sometió a discusión particular el proyecto de ley, adoptándose, por la unanimidad de los diputados presentes, el siguiente acuerdo respecto de su artículo único, el que se reproduce para su mejor comprensión junto con una breve explicación de su contenido.
“Artículo único.- Intercálese el siguiente inciso segundo al artículo 181 del Código del Trabajo, pasando su actual inciso segundo a ser tercero:
“Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, la trabajadora podrá optar por trasladar todo o parte del descanso prenatal a que tiene derecho, al período posnatal. Dicha opción, deberá formularse con a lo menos dos meses de antelación a la fecha probable del parto y operará siempre que en el plazo en que pudiendo haber hecho uso del descanso prenatal de acuerdo a lo dispuesto en el inciso anterior, la trabajadora no haga uso de licencia médica”.”.
El Ejecutivo formuló la siguiente indicación sustitutiva del texto propuesto en la moción:
“Artículo único.- Agrégase, a continuación del artículo 195 del Código del Trabajo, el siguiente artículo 195 bis:
Artículo 195 bis.- Sin perjuicio de lo señalado en el inciso primero del artículo anterior, la trabajadora podrá, previa autorización escrita de médico o matrona, optar por trasladar hasta tres semanas del período de descanso prenatal al período posnatal. La trabajadora deberá comunicar por escrito al empleador de tal decisión, con copia a la Inspección del Trabajo, con una antelación de al menos dos meses a la fecha probable del parto.
Si durante el período en que se ha ejercido la opción señalada en el inciso anterior, la madre hiciere uso de reposo dispuesto por Licencia Médica, la trabajadora deberá hacer uso de inmediato del período de descanso que restare, trasladándose al período posnatal sólo aquellos días que hubiere efectivamente trabajado.
Los días de descanso que se trasladan por el ejercicio de la opción que señala este artículo, deberán adicionarse completamente al final del período posnatal.
Sin perjuicio de lo anterior, la trabajadora podrá solicitar por escrito a su empleador, a más tardar durante la séptima semana del período posnatal, que esa adición sea por el doble de los días trasladados, período en que prestará servicios sólo por la mitad de la jornada legal o la estipulada en el respectivo contrato. Dicho pacto deberá consignarse como anexo al contrato de trabajo y una copia del mismo deberá registrarse en la Inspección del Trabajo.
Los días que se trasladan del período prenatal al posnatal, no podrán ser compensados en dinero.”.”
Con esta modificación se pretende otorgar un tratamiento integral a la materia en comento, evitando el mal uso que se le pudiera dar a una legislación que está orientada a la protección de los derechos de la madre trabajadora y del recién nacido, creando un marco temporal y la existencia de certificaciones o autorizaciones que le otorguen el respaldo y seriedad requeridos teniendo en cuenta sus objetivos.
A petición del diputado señor Nicolás Monckeberg esta indicación fue sancionada en votación dividida, la que arrojó los siguientes resultados:
-Su inciso primero, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes, con la sola eliminación de las palabras “o matrona” contenidas en su redacción, a solicitud de los diputados señores Bayo, Monckeberg , Mora , Vilches y Tapia .
-Su inciso segundo, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
-Su inciso tercero, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
-Su inciso cuarto, fue aprobado por 7 votos a favor, ninguno en contra y 3 abstenciones.
-Su inciso quinto, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes.
Por su parte, el diputado señor Alejandro Navarro Brain formuló la siguiente indicación:
“Artículo único.- Intercálase el siguiente inciso segundo en el artículo 195 del Código del Trabajo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero y así sucesivamente:
“En el caso de parto prematuro los días restantes para completar el período de descanso prenatal, se trasladarán íntegramente al período de descanso posnatal”.”.
Esta indicación recoge las inquietudes formuladas durante la discusión general del proyecto respecto a la situación que se produce con el adelantamiento del parto, o parto prematuro, el que motiva la pérdida de todo o parte del prenatal y mayor cuidado y atenciones al recién nacido.
-Fue aprobada por la unanimidad de los diputados presentes.
VIII. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL.
No existen opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.
IX. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.
En esta situación se encuentran la siguientes indicaciones:
-Del diputado señor Salaberry, don Felipe , para agregar el siguiente inciso final del artículo 195 bis.
“Con todo, a más tardar durante la segunda semana del período posnatal, la trabajadora podrá, en acuerdo con el empleador, prestar servicios sólo por la mitad de la jornada legal o la estipulada en el respectivo contrato por el doble del período posnatal que restare”.
-Fue rechazada por 1 voto a favor, 6 en contra y tres abstenciones.
-De los señores Bayo, don Francisco; Mora, don Waldo; Monckeberg, don Nicolás; Tapia, don Boris y Vilches, don Carlos, para sustituir el texto propuesto en la moción por el siguiente:
Artículo 195 bis.- Sin perjuicio de lo señalado en el inciso primero del artículo anterior, la trabajadora podrá, previa autorización escrita del médico, optar por trasladar hasta tres semanas del período de descanso prenatal al período posnatal. La trabajadora deberá comunicar por escrito al empleador de tal decisión, con copia a la Inspección del Trabajo, con una antelación de al menos dos meses a la fecha probable del parto.
Si durante el período en que se ha ejercido la opción señalada en el inciso anterior, la madre hiciere uso de reposo dispuesto por Licencia Médica, la trabajadora deberá hacer uso de inmediato del período de descanso que restare, trasladándose al período posnatal sólo aquellos días que hubiere efectivamente trabajado.
Los días de descanso que se trasladan por el ejercicio de la opción que señala este artículo, deberán adicionarse completamente al final del período posnatal.
Sin perjuicio de lo anterior, la trabajadora podrá convenir por escrito con su empleador, a más tardar durante la séptima semana del período posnatal, que esa adición sea por el doble de los días trasladados, período en que prestará servicios sólo por la mitad de la jornada legal o la estipulada en el respectivo contrato. Dicho pacto deberá consignarse como anexo al contrato de trabajo y una copia del mismo deberá registrarse en la Inspección del Trabajo.
Los días que se trasladan del período prenatal al posnatal, no podrán ser compensados en dinero.”.”.
-Fue declarada inadmisible por ser incompatible con las ideas ya aprobadas del proyecto.
X. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.
Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que oportunamente os dará a conocer el señor diputado informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:
“PROYECTO DE LEY:
Artículo primero.- Intercálase el siguiente inciso segundo en el artículo 195 del Código del Trabajo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero y así sucesivamente:
“En el caso de parto prematuro los días restantes para completar el período de descanso prenatal, se trasladarán íntegramente al período de descanso posnatal.”.
Artículo segundo.- Agrégase, a continuación del artículo 195 del Código del Trabajo, el siguiente artículo 195 bis:
“Artículo 195 bis.- Sin perjuicio de lo señalado en el inciso primero del artículo anterior, la trabajadora podrá, previa autorización escrita del médico, optar por trasladar hasta tres semanas del período de descanso prenatal al período posnatal. La trabajadora deberá comunicar por escrito al empleador de tal decisión, con copia a la Inspección del Trabajo, con una antelación de al menos dos meses a la fecha probable del parto.
Si durante el período en que se ha ejercido la opción señalada en el inciso anterior, la madre hiciere uso de reposo dispuesto por Licencia Médica, la trabajadora deberá hacer uso de inmediato del período de descanso que restare, trasladándose al período posnatal sólo aquellos días que hubiere efectivamente trabajado.
Los días de descanso que se trasladan por el ejercicio de la opción que señala este artículo, deberán adicionarse completamente al final del período posnatal.
Sin perjuicio de lo anterior, la trabajadora podrá solicitar por escrito a su empleador, a más tardar durante la séptima semana del período posnatal, que esa adición sea por el doble de los días trasladados, período en que prestará servicios sólo por la mitad de la jornada legal o la estipulada en el respectivo contrato. Dicho pacto deberá consignarse como anexo al contrato de trabajo y una copia del mismo deberá registrarse en la Inspección del Trabajo.
Los días que se trasladan del período prenatal al posnatal, no podrán ser compensados en dinero.”.”.
-o-
Se designo diputado informante a don Francisco Bayo Veloso .
Sala de la Comisión, a 7 de mayo de 2002.
Acordado en sesiones de fechas 16 de abril y 7 de mayo del presente año, con asistencia de los diputados señores Escobar Urbina, don Mario ; Hernández Hernández, don Javier ; Monckeberg Díaz, don Nicolás ; Muñoz Aburto, don Pedro ( Presidente ); Navarro Brain, don Alejandro ; Riveros Marín, don Edgardo ; Salaberry Soto, don Felipe ; Seguel Molina, don Rodolfo ; Tapia Sandoval, don Boris ; Vidal Lázaro , doña Ximena y Vilches Guzmán, don Carlos .
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado Secretario de la Comisión ”.
6. Informe complementario del Informe de la Comisión de Pesca, Acuicultura e intereses marítimos acerca del proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.713, que establece como medida de administración el límite máximo de captura por armador, incorporando a las unidades de pesquería que indica en las zonas que señala el citado régimen de administración. (boletín Nº 2777-03-S)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos pasa a emitiros un informe complementario de su informe sobre el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, originado en una moción del senador señor Zaldívar, don Andrés , y de los ex senadores señores Bitar y Lagos , que establece como medida de administración el límite máximo de captura por armador, incorporando a las unidades de pesquería que indica en las zonas que señala el citado régimen de administración.
Para el despacho de esta iniciativa legal, S.E. el Presidente de la República hizo presente la urgencia, a partir del día 3 de abril de 2002, calificándola de “simple” en todos sus trámites constitucionales. En sesión de fecha 8 de mayo de 2002 de la honorable Cámara, se dio cuenta de un oficio de S.E. el Presidente de la República , mediante el cual retira la urgencia hecha presente a esta iniciativa legal.
En sesión de fecha 16 de abril de 2002, la Sala de la Corporación dispuso que el proyecto volviera a esta Comisión con el fin de que ésta emitiera un informe complementario, a la luz de las observaciones formuladas durante la discusión general en la Sala.
Con fecha 8 de mayo de 2002, vuestra Comisión analizó nuevamente la iniciativa, concluyendo que no habían variado las consideraciones tenidas a la vista en la primera oportunidad, razón por la cual sólo cabe, en esta ocasión, reiterar los acuerdos respecto de este proyecto de ley, consignados en el informe emitido por la Comisión con fecha 10 de abril de 2002.
Se previene, tal como se indicó en el primer informe, que las normas contenidas en este proyecto deben aprobarse con rango de ley de quórum calificado, conforme lo exige el artículo 19, N° 23, de la Constitución Política, toda vez que establecen limitaciones o requisitos para la adquisición del dominio de bienes.
Durante este nuevo estudio, vuestra Comisión acordó conocer la opinión de representantes de los pescadores artesanales, de los tripulantes y de los industriales de las Regiones I y II. En la sesión que se fijó para estos efectos, se contó con la presencia y la participación del subsecretario de Pesca , don Felipe Sandoval Precht . En representación del sector de tripulantes, dieron a conocer sus puntos de vista el presidente del Sindicato de Tripulantes de Mejillones , don Armando Aillapán y los señores Carlos Vergara , presidente , Juan Meneses y Hugo Herrera , dirigentes del Sindicato de Tripulantes de Naves Especiales de la I Región.
En representación de los pescadores artesanales, concurrieron los señores Manuel Guajardo , presidente , y Arturo Molina , secretario de la Asociación de Armadores Pesqueros Artesanales de la I Región; Humberto Chamorro , presidente de Confepach ; Juan González , presidente de la Federación de Pescadores Artesanales de la II Región , y Cosme Caracciolo , presidente de Conapach .
Asimismo, se recibió la opinión por escrito del señor Edgardo Peña , presidente del Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales de Arica .
Por parte del sector industrial, formularon su posición frente a esta iniciativa los señores Francisco Mujica , gerente general de Corpesca S.A.; Francisco Cifuentes , gerente general de Pesquera Camanchaca , y Manuel Bezanilla , abogado de ambas empresas.
I. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.
Durante la discusión del proyecto que vuestra Comisión llevó a cabo en su primer informe reglamentario, se conoció la opinión del subsecretario de Pesca , quien, en lo sustancial, explicó que la ley N° 19.713 es una ley transitoria que establece una medida de administración desde la III a la XII regiones, quedando excluidas de su aplicación la I y II regiones.
Este proyecto pretende incluir a estas dos regiones, para dejar a todo el sector industrial pesquero del país bajo el mismo régimen de administración. Recordó que el proyecto de ley que estableció el sistema de administración denominado límite máximo de captura por armador surgió como consecuencia de la grave crisis por la que atravesaba la pesquería del jurel, lo que produjo serios problemas en su administración.
Al analizar la situación de las autorizaciones de las naves pesqueras, se constató que todas las que tenían permiso para pescar jurel estaban autorizadas, además, para pescar sardina y anchoveta. Por lo tanto, si se aplicaba la medida sólo a la pesquería del jurel, todo el esfuerzo se reorientaría hacia la sardina y la anchoveta, con los consiguientes problemas de sobreesfuerzo que se generarían sobre esas pesquerías. Por otra parte, esta misma flota estaba autorizada para pescar merluza de cola y merluza común, pesquerías que también debieron ser incorporadas al sistema.
A su vez, la mayoría de las naves que tienen autorización para pescar merluza común cuentan con autorización para crustáceos y para la pesquería demersal sur-austral, que comprende la merluza del sur, el congrio dorado, la merluza de tres aletas y la merluza de cola. Por esa razón, desde el punto de vista de la administración de las pesquerías y de la incidencia del establecimiento del sistema de límite máximo de captura de un recurso en otro, se determinó aplicar esta ley desde la III Región al sur.
Sin embargo, la pesquería de sardina y de anchoveta de la I y II regiones no estaba tan relacionadas con el resto de las pesquerías. Además, este sector estaba sufriendo un fuerte proceso de reestructuración, que culminó con una importante reducción de la flota industrial.
Por otra parte, las consecuencias que esta iniciativa tendría para los pescadores artesanales, en lo que dice relación con las perforaciones en su zona de reserva, argumentó que la ley N° 19.713 se aplica tanto a regiones que tienen perforaciones autorizadas como a regiones que no las tienen. En efecto, la mencionada ley cerró la zona de reserva artesanal, pero sólo desde la V Región al sur; en la III y la IV regiones se encuentran autorizadas las perforaciones. Por lo tanto, este proyecto, comparado con la reseñada ley, no establece un régimen diferente.
Entre otras materias, esta iniciativa no genera problemas especiales de administración de las pesquerías. Sólo es necesario que el Consejo Nacional de Pesca fije cuota a la sardina y la anchoveta para lo que resta del año 2002.
Analizadas, en esa ocasión, en el seno de la Comisión, las razones que tuvo en consideración el honorable Senado para proponer esta iniciativa legal, los señores diputados estuvieron contestes en la necesidad de legislar sobre esta materia, por cuanto ella hace extensivo a todo el país el mismo régimen de administración pesquera.
Sin embargo, se hizo notar, por parte de varios señores diputados, la aprensión de los pescadores artesanales de la I y II regiones respecto de las consecuencias que podría significar la aplicación de esta medida, si no se cierra el acceso de los industriales a su zona de reserva.
Asimismo, surgió, durante este estudio, la inquietud respecto de la justificación de este proyecto en la zona norte del país, toda vez que en ella se da una alta concentración de la flota pesquera industrial, lo que hace, en la práctica, inexistente la “carrera olímpica” que se produce en la zona centro-sur.
El proyecto propuesto por el honorable Senado, fue aprobado por vuestra Comisión, en los mismos términos, por mayoría de votos, tanto en general como en particular.
II. DISCUSIÓN GENERAL DE ESTA INICIATIVA POR LA SALA DE LA CORPORACIÓN.
Durante la discusión del proyecto en la Sala, surgieron diversas objeciones y dudas, las que, en síntesis, se consignan en esta parte.
Los señores diputados que sustentaron una posición contraria a esta iniciativa legal basaron su argumentación, principalmente, en las siguientes consideraciones.
La ley N° 19.713 tuvo dos objetivos principales. El primer objetivo directo fue detener la denominada “carrera olímpica”, consistente en la maximización de los esfuerzos de las empresas pesqueras para obtener la mayor cantidad de recursos del mar en el menor tiempo, con lo cual las cuotas globales se agotaban en corto plazo.
El segundo objetivo, indirecto y consecuencial, consistió en el hecho de que, al otorgar determinadas cuotas de pesca a los armadores, se permitía una mayor planificación de las capturas, optimizar los recursos productivos y brindar estabilidad para cumplir los compromisos financieros, particularmente en el caso de la pesquería del jurel en la VIII Región, que se encuentra en grave crisis. Dicho régimen especial fue pensado siempre en carácter de transitorio por el período de vigencia de la ley N° 19.713, lo que se reiteró en diversas ocasiones.
Por ello, resultaría inoportuno, a meses de culminar su aplicación en el resto del país, extenderla a estas pesquerías que habían quedado excluidas, sin evaluar el funcionamiento del mecanismo y, fundamentalmente, sin atender y solucionar las principales críticas que se le han formulado. Más aún, dicha extensión resulta innecesaria si se considera que las regiones I y II no enfrentarían el problema que originó su aplicación en el resto del país, esto es, la “carrera olímpica”.
Cuando se aprobó la iniciativa que incluía todas las regiones, con excepción de la I y la II, se hizo con la convicción de que con ella se podría evitar la “carrera olímpica”, ya mencionada, y estimular la competencia del sector pesquero, junto con mejorar la eficiencia y el rendimiento.
Ninguno de estos dos objetivos se logrará con la extensión de la aplicación de la norma a la I y la II regiones, porque no existe competencia en esta zona, ya que prácticamente el 90% de las naves, que son cerca de 30, se encuentran en manos de una sola empresa y porque no hay cuota anual global de captura.
Por otro lado, resulta riesgoso establecer un sistema de límite máximo de captura, ya que permite solicitar aumento de la cuota varias veces en el año, lo cual ha sucedido en el resto del país, fundamentalmente por la presión social, ocasionada por la cesantía que se genera al utilizar menos embarcaciones de las que existen. Todo ello contribuiría a aumentar los altos niveles de desempleo de estas regiones.
Uniformar las grandes pesquerías en todo el territorio y contribuir a que las empresas de esa zona planifiquen sus esfuerzos pesqueros, tal como ha ocurrido en el resto del país, tiene como único resultado cesantía y desempleo.
El contraargumento de que la cesantía en la flota se recupera en la manipulación de los productos no es efectivo, ya que dichas labores cada vez conllevan menor cantidad de mano de obra de diversa calificación, con sueldos bajos y por cortos períodos.
Asimismo, la iniciativa en discusión dará respaldo legal a la excesiva concentración de los recursos en pocas manos en estas regiones, lo que ya se aprecia en el resto del país. Con la aplicación de esta normativa, se ha calculado que una empresa de la zona recibirá parte muy significativa de las cuotas, lo que, si bien puede resultar positivo para la fiscalización, económicamente es un despropósito.
Ello se vería agravado en el caso de que no se solucione el problema de incluir a la pesca de investigación en la captura histórica, lo que sobrepasa el espíritu de la ley N° 19.713, por cuanto esas cuotas no se basan en el esfuerzo individual de la empresa, sino en una concesión de la autoridad pesquera.
Se destacó, asimismo, que este proyecto tampoco soluciona el gran problema de la pesca artesanal, que dice directa relación con la necesidad de cerrar las cinco millas de reserva del sector pesquero artesanal, medida ciertamente significativa para los miles de pescadores artesanales del país.
Para la zona no se plantea la reserva de las cinco millas para los pescadores artesanales, como está establecido en la ley Nº 19.713, sino que se permite la continuación de las perforaciones, lo que constituye una gran arbitrariedad.
Hasta antes de la dictación de la ley Nº 19.713, competía sólo a la autoridad administrativa definir las penetraciones que se podían hacer en todo el país. Como fruto de la negociación realizada para aprobar la modificación de la ley de Pesca, se le restó atribución a la autoridad administrativa desde la V Región al sur, pero se mantuvo desde la I a la IV, por la cantidad de pescadores artesanales en la zona, la importancia de la industria pesquera, en particular de sardina y anchoveta en las regiones I y II, especies que se ubican principalmente en las cinco millas, por los crustáceos en la IV Región.
En consecuencia, con esta iniciativa no se innova respecto de las cinco millas, pero se da una situación especial que no se presenta en las otras regiones donde se aplica el límite máximo de captura, esto es, que exista la penetración en las cinco millas y que, además, se esté aplicando el límite máximo de captura.
Por otra parte, habida consideración de que próximamente ingresará a tramitación legislativa una modificación de la legislación pesquera, es conveniente dejar para esa oportunidad estos temas, para analizarlos con mayor profundidad. Durante ese debate, se deberá evaluar este sistema de administración que, a juicio de algunos, ha sido muy bueno; según otros, requiere perfeccionamiento, y, a juicio de terceros, aún está pendiente la duda de cómo establecer el derecho de acceder a la extracción de un recurso que pertenece a todos los chilenos.
En resumen, varios señores diputados manifestaron su opinión contraria a este proyecto, en atención a que, en su concepto, la extensión de esta medida a las regiones I y II, además de inoportuna, resulta innecesaria, porque conlleva a la concentración del esfuerzo pesquero en las grandes empresas sin solucionar los problemas que la ley N° 19.713 ha mostrado, esto es, ocasionar cesantía y no garantizar el espacio exclusivo reservado a los pescadores artesanales.
Por su parte, los diputados que estuvieron a favor de esta iniciativa, argumentaron que este proyecto de ley beneficia a esa fracción que quedó al margen del nuevo sistema de administración, para pasar de un sistema de captura de cuota global a una asignación de cuotas individuales por armador, originadas en la historia o en la capacidad de bodega, dependiendo de la zona y de la especie de que se tratara.
Con la dictación de la ley Nº 19.713, se dio un paso trascendental en la administración de las pesquerías del país, se terminó con la “carrera olímpica” y se le dio mayor estabilidad laboral a los trabajadores, en particular a aquellos que trabajan en las plantas procesadoras. Asimismo, ha permitido ordenar la captura y que las industrias puedan programar sus zarpes, mantener economías de escala y reducir el tamaño de su flota, lo que favorece, además, la conservación del recurso.
Al establecerse en la ley un sistema de asignación de cuotas por armador, se redujo la flota industrial del país, que superaba las setecientas naves. En otras palabras, se disminuyó el esfuerzo pesquero -en algunas oportunidades, depredador- que se alejó del sistema de administración, lo que significó el colapso de importantes pesquerías. La ley se dictó, fundamentalmente, por la disminución de la captura del jurel de la III Región al sur, que disminuyó de 4 millones a poco más de 1 millón de toneladas.
La pesquería del norte quedó al margen porque las empresas estaban viviendo un profundo proceso de reestructuración, puesto que estaban viendo seriamente afectados sus desplazamientos, sus capturas y sus ingresos, a causa de un sobreesfuerzo pesquero instalado que había que reducir. En resguardo de su capital y de sus trabajadores, estas empresas se fusionaron, decisión que ha mermado el esfuerzo pesquero en la zona.
Por lo tanto, la concentración económica en la zona es el resultado de un proceso de racionalización industrial llevado a cabo para reducir una empresa, a fin de que sea más eficiente y no vaya a la quiebra. Si bien es efectivo que alrededor del 75% de la captura está concentrada en dos o tres grandes empresas, también hay un grupo de pequeñas empresas que tienen el porcentaje restante, a las cuales les conviene más un sistema de administración de cuotas por armador que seguir en la “carrera olímpica”.
En cuanto a las perforaciones industriales en la zona de reserva artesanal, el inciso tercero del artículo 47 de la ley de Pesca establece con mucha claridad que están permitidas en aquella zona de las cinco millas donde no exista una actividad artesanal relevante y previa aprobación del Consejo Zonal de Pesca, situación que ocurre, precisamente, en el caso de la I y la II regiones.
En definitiva, esta industria, que genera más de 2 mil millones de dólares y más de 90 mil empleos al año, requiere de un sistema estable y el país necesita un sistema de administración único, que asuma los problemas que existen en el sector artesanal, pero, también, los que atañen a los trabajadores, tripulantes y de las plantas, que requieren estabilidad y seguridad en su trabajo.
Como consecuencia del debate y, por no haber arribado a una conclusión acerca de la conveniencia o inconveniencia de aprobar el proyecto, se optó por remitirlo a la Comisión, para los efectos de que emitiera un informe complementario, a la luz de las observaciones surgidas en la Sala durante la discusión general de la iniciativa.
III. PERSONAS ESCUCHADAS POR LA COMISIÓN.
Durante este nuevo estudio, vuestra Comisión contó con la asistencia y colaboración del subsecretario de Pesca y, también, conoció la opinión de representantes de pescadores artesanales, de tripulantes y de industriales de las regiones I y II.
a) Subsecretario de Pesca .
El señor Sandoval ( subsecretario de Pesca ) consideró positivo el proyecto, porque hace homogéneo el mismo sistema para todo el país. Además, está en la misma línea del proyecto de modificación de la ley de Pesca que ingresará próximamente al Parlamento, el que dispone el sistema de límite máximo de captura, con algunas mejoras, para el sector industrial.
En segundo lugar, sostuvo que los antecedentes sobre la aplicación de este sistema en la zona centro-sur, indican que el crecimiento del sector ha sido notable durante su aplicación. En materia de empleo, se generaron aumentos, aunque hubo desempleo respecto de los tripulantes. La programación de las capturas permitió este avance.
En el caso del norte, como producto de la restricción de pesca ocurrida durante los últimos años, ya se produjo un ajuste de personal, por lo que la aplicación de esta medida no debería ocasionar despidos. En todo caso, se ha recomendado a los empresarios y trabajadores la adopción de un acuerdo relativo al empleo.
Respecto de los pescadores artesanales, el proyecto obliga a establecer una cuota, la que, fijada para el sector industrial, queda automáticamente fijada para los artesanales. A diferencia de la zona sur, si se cierran las 5 millas en las regiones I y II, se produciría la quiebra de la industria del norte. Por lo demás, la industria produce mayor empleo que el sector artesanal que extrae sardina y anchoveta.
Para fijar la cuota, se debe tomar en cuenta la capacidad de extracción de ambos sectores. Las embarcaciones artesanales, entre 12 y 18 metros, que extraen sardina y anchoveta son, en la I Región, 49 embarcaciones inscritas y 31 autorizadas con productos pelágicos; en la II Región, hay 23 inscritas y 16 autorizadas para estas especies.
Con el actual sistema de “carrera olímpica” entre artesanales e industriales, las posibilidades de crecer de los artesanales está totalmente limitada. De hecho, hace años que no les corresponde más allá del 5% de capturas en la sardina y la anchoveta, ya que el recurso se encuentra en estado de plena explotación. Con el sistema de límite máximo, la cuota artesanal se discute año a año en el Consejo Nacional de Pesca. Las cuotas artesanales en la zona centro-sur han crecido en comparación con las que tenían antes de la ley.
Este sistema, que tiene por objeto ordenar la pesca industrial, ha sido beneficioso para el sector, tanto en términos de empleo como de crecimiento económico, sin afectar negativamente al pescador artesanal. A la vez, le permitió al sector artesanal tener cerradas sus 5 millas de reserva. Sin embargo, explicó, la situación de las 5 millas en la zona norte es totalmente distinta a la de la zona sur, ya que la capacidad de pesca artesanal en el norte es mucho menor.
La cuota que tienen los artesanales en el norte, en este momento, está copada en el sistema de “carrera olímpica”, porque la capacidad industrial es, en proporción, mucho mayor. Por lo tanto, con el límite máximo, el artesanal puede crecer a partir de ahí, pero en ningún caso puede disminuir su cuota. De hecho, en cada una de las pesquerías de la zona centro-sur, el sector artesanal ha crecido con la ley.
En la pesquería de la merluza común, en 1997, el desembarque artesanal era del 15%; en 1998, del 13%; para el año 2002, la cuota es el 28%. En el jurel, entre las regiones V a IX, la cuota ha crecido del 0,1% al 0,9%. En la sardina, entre la V y la X Región, en 1995, la cuota era del 68%; en 1997, del 45%; en 1998, del 28%; en 1999, del 35%; en 2000, del 40% y, en 2001, del 84,4%.
En cuanto a las pesquerías pelágicas de la zona norte, los pescadores artesanales inscritos son 37 mil, de los cuales hay 13 mil operando en las pesquerías pelágicas -merluza común, merluza austral y crustáceos-, 2.600 en albacora y bacalao, 9 mil en los bentónicos, el resto, alrededor de 10 a 11 mil, no tienen estas pesquerías y son los que deben concitar mayor preocupación.
b) Representantes de los tripulantes, señores Armando Aillapán, presidente del Sindicato de Tripulantes de Mejillones; Carlos Vergara, presidente, Juan Meneses y Hugo Herrera, dirigentes del Sindicato de Tripulantes de Naves Especiales de la I Región.
El señor Aillapán ( presidente del Sindicato de Tripulantes de Mejillones ) señaló que la aplicación de la ley Nº 19.713 en la VIII Región, en particular, produjo gran cesantía en el sector de tripulantes, por el ajuste que significó.
En cuanto al caso de la I y la II regiones, expresa que en el año 1999 sufrieron la fusión de las 3 empresas más importantes, lo que dio origen a Corpesca, con la consiguiente cesantía en el sector. Por ello, les asistía el temor de que esto se repitiera con la aplicación de esta nueva medida.
Sin embargo, destacó que han sostenido importantes conversaciones con la empresa Corpesca, en orden a mantener la estabilidad de los 2.500 puestos de trabajo, correspondientes a tripulantes y trabajadores de las plantas. Cree que la empresa ha dado una muy buena señal para mantener el trabajo y la estabilidad en el sector, por lo que no habría que temer despidos como producto de esta legislación.
Sostuvo que el principal acuerdo con la empresa consiste en el hecho de que, si se les aplica la medida de límite máximo de captura, en lugar de despedir trabajadores, rebajarían la jornada de trabajo, lo que constituye una aspiración histórica de los tripulantes, que por largos años han solicitado el descanso dominical. Además, este acuerdo se hará público, lo que da garantías de su cumplimiento.
En definitiva, manifestó que su sector está de acuerdo con el proyecto, esto es, con que se aplique el sistema de límite máximo de captura en la I y II regiones, siempre que se asegure que no habrá cesantía en el sector y que todos los trabajadores mantendrán su fuente de trabajo. Sin embargo, les asiste el temor de que de alguna manera la empresa se vea obligada a reducir personal. Por ello, abogan por que se les permita jubilar anticipadamente.
El señor Herrera ( dirigente del Sindicato de Tripulantes de Naves de la Especiales I Región) señaló que las pesquerías difieren mucho de una zona a otra. En la zona sur-austral se pesca para consumo humano, en caladeros específicos. Entre la V y la IX regiones, la pesca tiene dos especies importantes: el jurel y la merluza de cola. En el norte, hay varias especies, que se capturan en conjunto con el Perú. Actualmente, el Perú tiene veda, pero efectúa pesca entre los grados 16° a 18°.
En otro orden de materias, hizo presente que la anchoveta sólo se pesca entre la milla 1 y la 4. Los pescadores artesanales no tienen capacidad para pescar en ese sector, por lo que han acordado entre ellos las zonas en que cada uno pesca. En promedio, se pesca más de un millón de toneladas de anchoveta. Por ello, si se otorga una cuota muy baja, se podría producir cesantía en el sector.
El señor Meneses (dirigente del Sindicato de Tripulantes de Naves Especiales de la I Región) recordó que en el año 1998 hubo una grave crisis en el sector, que se tradujo en una importante disminución de la flota, con la consiguiente cesantía para los tripulantes. Por lo tanto, atendido que el ajuste ya se produjo, vislumbró que, actualmente, su sector no tiene nada que perder.
Consideró que es el momento adecuado para mejorar la situación laboral del sector, que es uno de los exceptuados del descanso dominical y de los festivos, con jornadas extenuantes y, en algunos casos, embarcados hasta durante cuarenta días seguidos. Con esta normativa, la empresa puede ordenar su flota, fijando jornadas laborales de seis días semanales, que permitan al trabajador llevar una vida familiar normal.
c) Representantes de los pescadores artesanales, señores Manuel Guajardo , presidente y Arturo Molina , secretario de la Asociación de Armadores Pesqueros Artesanales de la I Región; Humberto Chamorro , presidente de Confepach ; Juan González , presidente de la Federación de Pescadores Artesanales de la II Región , y Cosme Caracciolo , presidente de Conapach .
El señor Guajardo ( presidente de la Asociación de Armadores Pesqueros Artesanales de la I Región) explicó que su Asociación es una entidad gremial que funciona como tal desde hace más de veinte años y que agrupa a los armadores de naves pesqueras artesanales de la I Región, de Tarapacá. Son afiliados a la Confepach y son fuente de trabajo para cerca de 300 tripulantes y más de 100 trabajadores de apoyo de tierra.
Los principales recursos que capturan son la anchoveta y la sardina española, las que se comercializan con las dos grandes industrias pesqueras de la Región -Corpesca y Camanchaca -, que la destinan a la reducción. Además, estas naves menores artesanales abastecen de anchoveta y sardina a las seis plantas procesadoras existentes en la ciudad de Arica.
En cuanto al proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.713, señala que no comparten la idea de que dicha medida de administración se extienda a las unidades de pesquerías pelágicas de la anchoveta, la sardina y el jurel, en el área marítima de la I y de la II regiones, por las razones que pasó a explicar:
En primer lugar, al establecerse esta medida de administración, necesariamente debe fijarse una cuota global de captura para las especies señaladas y fraccionarse cada una de ellas entre el sector artesanal e industrial. A su vez, la fracción de la cuota artesanal deberá, también, fraccionarse entre la I y la II regiones.
Esto, en su concepto, afectaría la libre competencia, ya que se fijará un excesivo porcentaje al sector industrial, limitando la capacidad de negociación de los artesanales, atendido que ellos no cuentan con plantas, por lo que sus capturas van directamente a las empresas. En relación al antecedente histórico, se premia a quienes han usufructuado más de los recursos, en circunstancias de que deberían tomarse en cuenta otros elementos, tales como capacidad económica, desarrollo tecnológico, mercado, antigüedad en el rubro y absorción de mano de obra.
Con este sistema, se verá largamente favorecido el sector industrial, lo que consideró injusto, ya que los recursos deben estar a la libre disposición de los actores, regulados por las actuales medidas de administración de que dispone la Subsecretaría de Pesca, esto es, vedas, tamaños, artes de pesca, pesca de investigación, orientadas todas ellas a la protección del recurso, especialmente, para evitar el sobreesfuerzo.
En segundo término, se debe tener en especial consideración el hecho de que, por tratarse de una zona limítrofe, la biomasa de anchoveta y sardina es compartida con el Perú, ya que se trata de una especie altamente migratoria. Perú establece vedas desde el grado 16° al norte, pero el límite con Chile es el grado 18° 21’, por lo que en esa zona ellos continúan capturando.
Otro factor que dice directa relación con su oposición a la aplicación de esta medida de administración radica en el hecho de que la mayoría de los asociados a la organización, desde 1991 hasta los meses de mayo y junio de 2001, se encontraban calificados como pequeños armadores pesqueros, en circunstancias de que eran armadores de naves pesqueras artesanales. Por esa razón, sus naves estaban inscritas en el Registro Pesquero Industrial y se les aplicaban los mismos parámetros que a ese sector, sin tomar en consideración la capacidad económica ni tecnológica de cada subsector, situación que ocasionó la quiebra de varios asociados.
Después de muchos años de haber planteado reiteradamente esta situación ante diversas autoridades, la dictación de la ley Nº 19.713 les permitió inscribirse en el Registro Pesquero Artesanal y regularizar su situación. Sin embargo, para el sistema de límite máximo de captura, la cuota se fija en base a la historia, fraccionándose entre las diferentes pesquerías. Por ello, se preguntan en qué sector serán considerados al evaluarse su participación en los años anteriores a 2001, situación que les crea mucha incertidumbre.
Finalmente, su oposición al sistema planteado dice relación con el hecho de que este sistema tendría validez sólo hasta el 31 de diciembre de este año, toda vez que hasta esa fecha tiene vigencia la ley Nº 19.713. En ese contexto, estimó más oportuno iniciar esta discusión una vez que se esté tramitando la modificación de la actual ley de Pesca, ocasión en la cual se deberán hacer grandes esfuerzos para conciliar intereses, teniendo presente especialmente la sustentabilidad del recurso.
El señor González ( presidente de la Federación de Pescadores Artesanales de la II Región) explicó que su Federación agrupa a una flota de nueve barcos artesanales pelágicos, que se dedican a la reducción. Manifestó su oposición al proyecto en estudio, ya que, en su concepto, perjudica al sector artesanal, limitándolo en su crecimiento. Por otra parte, sostuvo que, con la regularización del Registro Pesquero Artesanal , se perdieron los derechos históricos de los pescadores artesanales.
Además, insistió en la necesidad de modificar el inciso tercero del artículo 47 de la ley de Pesca, que permite la perforación por parte de los industriales de la zona de reserva de los artesanales. En la zona centro-sur, donde se aplica ya el sistema de límite máximo de captura por armador, al menos, los pescadores artesanales tienen protegida su zona de reserva, porque están limitadas las perforaciones industriales. Sin embargo, en el norte se pretende establecer este mismo sistema, pero sin eliminar las perforaciones industriales.
Finalmente, deja a disposición de la Comisión un oficio enviado por el Fiscal Nacional Económico a la Comisión de Pesca del Senado, mediante el cual se pronuncia acerca de los efectos que, para la libre competencia, podría tener el proyecto de ley que modifica la ley Nº 19.713. Asimismo, hace entrega de un dictamen de la Contraloría General de la República, que atiende una presentación de la Conapach.
El señor Caracciolo ( presidente de Conapach ) señaló que en los fundamentos de la moción se expresa que la medida de administración pesquera contenida en la ley Nº 19.713 ha tenido un adecuado funcionamiento, ya que permite reducir costos, aumentar la competitividad de las empresas y dar mayor regularidad a las actividades laborales vinculadas al sector pesquero, como ha quedado demostrado en las áreas marítimas donde se ha aplicado este régimen; sin embargo, la evaluación que su Confederación ha realizado es radicalmente distinta, ya que su sector ha sido muy perjudicado por este sistema.
Además, atendido que esta ley perderá su vigencia al 31 de diciembre de este año, es innecesario modificarla, en circunstancias de que se están discutiendo reformas de fondo de la ley de Pesca. Por otra parte, la ley Nº 19.713 contempla el cierre de las 5 millas de la V Región al sur, como una forma de compensación para el sector pesquero artesanal. Sin embargo, esta iniciativa mantiene abiertas las perforaciones. Por todas estas razones, manifestó su posición contraria a este proyecto.
Asimismo, sostuvo que en el norte las principales pesquerías son de la anchoveta y la sardina, en las que ellos tienen una participación muy disminuida. Les asiste el temor y la incertidumbre respecto al parámetro que se utilizará para fijar la cuota de captura y el porcentaje de cuota que se les asignará.
Finalmente, solicitó a los señores diputados que rechacen el proyecto, atendido a que no es el momento oportuno para aprobarlo, toda vez que se mantienen abiertas las 5 millas y porque está por comenzar la discusión de las reformas de fondo de la ley de Pesca.
Por su parte, don Edgardo Peña ( presidente del Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales de Arica ) hizo llegar la opinión de su organización mediante un documento que, en síntesis, señala lo siguiente:
En cuanto al ordenamiento de las pesquerías industriales a través del límite máximo de captura por armador o un sistema equivalente, el sindicato manifiesta su más rotundo rechazo al establecimiento de cuotas individuales de captura y de cualquier moción que pretenda asignar derechos a la pesca industrial y a cualquier agente pesquero, sobre la base de supuestos derechos históricos o de cualquier índole.
La aplicación de límites máximos de captura por armador supone aceptar la aplicación de cuotas individuales de captura, procedimiento que no ataca la raíz del problema, el cual es la sobreinversión que actualmente afecta a la industria pesquera nacional, con el consecuente exceso de esfuerzo pesquero que se realiza sobre los recursos hidrobiológicos.
La asignación de derechos sobre los recursos pesqueros a aquellos agentes que los han sobreexplotado constituye un premio a una visión de desarrollo que sólo pretende satisfacer intereses económicos, y confiar, una vez más, en aquellos que se han lucrado por años de un patrimonio nacional y que no han beneficiado en forma proporcional al país.
La actual moción impulsada por los senadores Bitar , Lagos y Zaldívar , que pretende modificar la ley Nº 19.713, incorporará a la I y II regiones al régimen que ya se aplica en el resto del país. De prosperar esta moción, se validará una vez más el sistema de cuotas que, a todas luces, es similar al reparto de cuotas de producción y, por ello, un claro límite a la libre competencia.
La fusión de la mayoría de las empresas pesqueras de esta macrozona evidencia el rumbo que éstas pretenden asumir, toda vez que, de aprobarse esta moción, Corpesca S.A. obtendría o consolidaría una excesiva posición dominante en el mercado. De acuerdo con las normas de la ley Nº 19.713, habría que asignarle un porcentaje de 73,8%; 75,65% y 80,2% en el límite máximo de captura de la sardina española, la anchoveta y el jurel, respectivamente, en la I y II regiones.
Esto generará un drástico desequilibrio en el mercado de la pesca macrozonal monopolizándola, perjudicando a otros agentes dedicados a la misma actividad económica, toda vez que estos últimos también venden su producción a Corpesca S.A.
En el ámbito artesanal y en la I Región, es inadecuado el establecimiento de cuotas, toda vez que la pesca artesanal ha gozado tradicionalmente de libertad de pesca. Por su envergadura, por su tecnificación y por su relevancia como abastecedora de productos para el consumo humano; limitar el acceso a pesquerías destinadas a este uso perjudicaría y consolidaría la desaparición de la pesca artesanal y, con ello, contribuiría a aumentar la dramática tasa de desempleo de nuestra ciudad.
d) Representantes de los industriales, señores Francisco Mujica , gerente general de Corpesca S.A., Francisco Cifuentes , gerente general de Pesquera Camanchaca , y Manuel Bezanilla , abogado de ambas empresas.
El señor Bezanilla (abogado de Corpesca y de Pesquera Camanchaca) señaló que este proyecto hace justicia y repara una evidente omisión de la ley Nº 19.713, que dejó fuera del régimen especial a las unidades de pesquería de la I y II regiones sin ninguna razón válida.
Esta ley generó una fuerte discriminación en contra de la industria pesquera de la zona norte, ya que las empresas están obligadas a pagar patente por la flota paralizada y a operarla por cierto tiempo al año para no perder sus permisos, con lo que incurren en fuertes costos que no tienen, a partir de la ley Nº 19.713, sus competidores del resto del país. Además, se obligó a contratar certificadores externos para los desembarques, situación propia del sistema de cuotas individuales por armador.
La valorización de estos mayores costos son los siguientes: por concepto de pago de patente pesquera de la flota paralizada, 230 mil dólares; por la vigencia del permiso de pesca de la flota paralizada, 315 mil dólares y, por la certificación de las descargas, 500 mil dólares.
Además, queda plenamente vigente la “carrera olímpica” entre las empresas pesqueras, con los efectos indeseados de ella en la sustentabilidad de los recursos. La aprobación inmediata de este proyecto permitiría, tal como ocurrió en el resto del país, ordenar la operación pesquera pelágica, minimizando la permanente incertidumbre propia de esta actividad, y facilitando un uso racional de las jornadas laborales.
Asimismo, permitiría flexibilizar el esfuerzo pesquero aplicado a las unidades de pesquería de anchoveta, sardina y jurel, con los evidentes resultados positivos para los recursos, al evitar la “carrera olímpica”.
En cuanto a los beneficios de este proyecto, sostuvo que permitiría mantener el actual nivel ocupacional, puesto que los principales ajustes en esta zona ya se realizaron, al menos en lo que respecta a la empresa pesquera Corpesca S.A.
Del mismo modo, permitiría crear un horizonte de planificación de esta actividad que dé estabilidad de largo plazo a las empresas y sus trabajadores, reactivando proyectos e inversiones postergadas, en especial la reorientación de parte de sus capturas para consumo humano directo.
Respecto de la interacción con el sector artesanal, destacó que la incorporación a la ley Nº 19.713 no tiene ningún efecto negativo en el sector artesanal, ya que no se produce cambio alguno en el sistema legal vigente.
La industria pesquera pelágica del norte tiene en la actualidad un derecho eventual y precario de operar en algunas áreas dentro del área de reserva artesanal. El 80% de la pesca de anchoveta tiene su hábitat y, por ende, se captura dentro de esta franja costera, en virtud de las zonas de penetración contempladas en la ley general de Pesca.
Desconocer la importancia que tiene la anchoveta en la pesquería del norte, la cual es compartida directamente con Perú, significaría la inmediata destrucción de la industria pelágica de la I y II regiones.
En su intervención, el señor Mujica (gerente general de Corpesca S.A.) señaló, en cuanto a los recursos pesqueros, que la zona norte de Chile es una de las pocas áreas de afloramiento -ricas en nutrientes- que existen en los océanos y que se traduce en una gran abundancia de especies marinas pelágicas. Chile y Perú representan el 70% de las exportaciones mundiales de harina de pescado.
Los recursos pesqueros constituyen una de las pocas ventajas comparativas de estas regiones desérticas, con escasas condiciones naturales para el desarrollo de otras actividades. A diferencia de la actividad minera, la pesca es un recurso natural renovable.
En cuanto al aporte de la industria pesquera del norte, informó que la pesca promedio de los últimos cuarenta años es de 1.500.000 toneladas. La producción de harina es de 360.000 toneladas al año y la producción de aceite es de 45.000 toneladas. Las ventas anuales ascienden a 200.000 millones de dólares anuales; el porcentaje de producción chilena es del 40%; el porcentaje de exportaciones mundiales es del 10% y el empleo directo alcanza a 3.000 personas.
Respecto de las características de las pesquerías de la zona norte, señaló que esta zona cuenta con una larga historia pesquera iniciada en 1955 y con antecedentes estadísticos oficiales que reflejan fielmente el desarrollo y el potencial de esta actividad.
Por sus particulares características, es una pesquería pelágica multiespecífica, en que se combinan cada año pesca de anchoveta, jurel, sardina, caballa y otros recursos menores, en variables y diferentes proporciones, predominando, en la última década, el recurso anchoveta. Está sometida a frecuentes cambios ambientales; sin embargo, es especialmente propicia para el desarrollo de especies pelágicas costeras, como la anchoveta. El jurel es una especie oceánica que también es de captura permanente en la zona, asociada directamente a las otras especies ya señaladas.
La anchoveta ha sido, históricamente, la especie predominante en el ecosistema marino pelágico de esta zona. Habita preferentemente cerca de la costa, donde se reproduce y se alimenta, exhibiendo migraciones importantes entre el Perú y el norte de Chile. Carece de interés como especie para el consumo directo y su destino principal es la producción de harina y aceite de pescado; tiene gran capacidad reproductiva, alcanzando su madurez sexual a los 12 centímetros, tamaño que alcanza al año de vida.
En cuanto a las especies pelágicas de la zona norte, indicó que la anchoveta y la sardina han estado presentes por miles de años, con períodos alternados de abundancia de una especie respecto de la otra. Estas especies tienen depredadores naturales, tales como, las aves marinas, los lobos marinos y otros peces, entre los que sobresalen el jurel y la caballa.
Respecto de la pesca de jurel en la zona norte de Chile, informó que el jurel actúa como predador de la anchoveta y la sardina juvenil, disminuyendo la biomasa de éstas cuando aumenta su abundancia. A partir de junio de 2000 el jurel en la zona norte está sometido a una veda de carácter indefinido, produciendo un impacto tremendamente negativo en el accionar de la flota, al estar esta especie asociada directamente a las demás especies pelágicas.
En las pesquerías de la zona centro-sur tiene predominio mayoritario el jurel como especie oceánica. También se pescan anchoveta y sardina común en su zona costera. La especie principal, jurel, se presenta en la zona centro-sur del océano Pacífico. La VIII Región y las zonas vecinas muestran una abundante presencia de este recurso. El jurel es un pez de siete a nueve años de vida que, siendo de aguas superficiales, se encuentra a mayor profundidad que la anchoveta y también más lejos de la costa.
Finalmente, reiteró que la ley Nº 19.713 generó una fuerte discriminación en contra de la industria pesquera de la zona norte, ya que las empresas están obligadas a pagar patente por la flota paralizada y a operarla por cierto tiempo al año para no perder sus permisos, con lo que incurren en fuertes costos que no tienen sus competidores del resto del país. Además, se obligó a contratar certificadores externos para los desembarques, todo lo cual los obliga a incurrir en costos superiores al millón de dólares anuales.
Consultado respecto del acuerdo a que la empresa habría llegado con los dirigentes de los tripulantes, en orden a evitar despidos en el sector, reduciendo la jornada laboral, sostuvo que se trata de un mecanismo de trabajo adoptado con los tripulantes, en orden a que, si la empresa logra cierta estabilidad a través de esta ley, ella se traspasaría a los trabajadores. Por lo demás, el tamaño actual de la empresa es el adecuado para pescar 1.500.000 toneladas. Este acuerdo incluye los puertos de Arica, Iquique , Tocopilla y Mejillones , tanto en las embarcaciones como en las plantas.
El señor Cifuentes (gerente general de la Pesquera Camanchaca) señaló que su compañía se inició en la zona sur y, actualmente, opera en casi todo el país. En cuanto a la aplicación de la ley Nº 19.713 en la zona centro-sur, ha traído tranquilidad al sector, ha permitido bajar los costos, proteger a la biomasa y ha propiciado acuerdos laborales importantes, permitiendo superar la grave crisis que afectó a la zona.
En el norte, en este momento, se está produciendo una situación similar a la ocurrida en el sur hace siete años. Actualmente, se está operando en “carrera olímpica”, compitiendo al máximo entre las distintas empresas. Se opera durante seis a siete mil horas anuales, en jornadas laborales que incluyen los sábados y los domingos. En el momento en que se aplique esta ley, esta situación puede revertirse, traspasando los beneficios que obtenga la empresa a los trabajadores.
Por otra parte, hizo presente que el principal recurso, la anchoveta, es fundamentalmente costero, por lo que los acuerdos con los artesanales están basados en la realidad especial de la zona.
En ese sentido, informó que, durante los días 27 y 28 de abril recién pasado, se realizó una encuesta escrita a los 18 patrones titulares de las naves de su empresa, a los cuales se les consultó qué porcentaje creían que se capturaba de la especie anchoveta dentro de las 5 millas, respetando las ventanas de acceso vigentes, según la resolución N° 2436 de la Subsecretaría de Pesca. Las respuestas mostraron que los patrones estiman que un promedio del 80% de las capturas de anchoveta son realizadas dentro de esta área.
En lo referente a la posibilidad de capturar la anchoveta fuera de las 5 millas, los patrones de pesca manifestaron que es factible, pero en muy pocas ocasiones, principalmente porque fuera de las 5 millas normalmente la anchoveta está abierta y, también, por cuanto esta especie se mantiene por semanas en la orilla y no sale.
En conclusión, sostuvo que el cierre de las perforaciones industriales a la zona de reserva artesanal que opera en la unidad de pesquería de la zona sur del país no es aplicable a la zona norte, ya que el principal recurso que explota la flota industrial de la zona sur es el jurel, recurso que es oceánico. En el caso de la I y II regiones el principal recurso es la anchoveta, que es netamente costero.
III. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.
Vuestra Comisión, luego de analizar detenidamente las observaciones efectuadas sobre esta iniciativa y de ponderar las exposiciones de los invitados a la sesión, así como los argumentos hechos valer por los señores diputados presentes en la discusión, acordó, unánimemente, mantener los acuerdos adoptados respecto de este proyecto de ley contenidos en el informe emitido por la Comisión con fecha 10 de abril de 2002, recomendando a la Sala prestar su aprobación al texto propuesto en su primer informe reglamentario, cuyo tenor es el siguiente:
“PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.713:
1) Agrégase al final del artículo 2° las siguientes letras:
“q) Sardina (Sardinops sagax) y anchoveta (Engraulis ringens), en el área marítima correspondiente a la I y II Región.
r) Jurel (Trachurus murphyi), en el área marítima correspondiente a la I y II Región”.
2) En el artículo 4°, inciso segundo, entre las letras e) y f), suprímese la conjunción “y”, reemplazándola por una coma (,) y a continuación de la letra f) agréganse las letras “q) y r)”.
Artículos transitorios
Artículo 1°.- Para la primera asignación, la publicación de la resolución a que se refiere el artículo 6° de la ley Nº 19.713, respecto de las unidades de pesquería señaladas en el artículo 2°, letras q) y r), se efectuará dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la presente ley. En la primera asignación de límite máximo de captura por armador, se considerarán las autorizaciones de pesca vigentes para cada unidad de pesquería, a la fecha del decreto supremo a que se refiere el artículo 6° de la ley Nº 19.713.
Artículo 2°.- Las cuotas globales anuales de captura de las pesquerías sardina (Sardinops sagax) y anchoveta (Engraulis ringens) contenidas en la letra q) del artículo 2° de la ley N° 19.713, se fijarán y regirán en el año calendario en que se publique esta ley”.
-o-
Se designó diputado informante al señor Darío Molina Sanhueza .
Sala de la Comisión, a 8 de mayo de 2002.
Acordado en sesión de fecha 8 de mayo de 2002, con la asistencia de los diputados señores Molina Sanhueza, don Darío ( Presidente ); Ascencio Mansilla, don Gabriel ; Errázurriz Eguiguren, don Maximiano ; Galilea Carrillo, don Pablo ; Melero Abaroa, don Patricio , y Ulloa Aguillón, don Jorge .
Por la vía del reemplazo, asistieron la diputada señora González Román, doña Rosa , y los diputados señores González Torres, don Rodrigo ; Mora Longa, don Waldo , y Sánchez Grunert, don Leopoldo .
Asistieron, además, los diputados no miembros de la Comisión señores Navarro Brain, don Alejandro ; Paredes Fierro, don Iván ; Pérez Opazo, don Ramón , y Rojas Molina, don Manuel .
(Fdo.): MIGUEL CASTILLO JEREZ , Secretario de la Comisión ”.