Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PERMISOS CONSTITUCIONALES
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Jaime Rocha Manrique
- Enrique Krauss Rusque
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- PERMISOS CONSTITUCIONALES
- V. ORDEN DEL DÍA
- AUTORIZACIÓN DE EMPRÉSTITOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PARQUE CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE. Proposición de la Comisión Mixta.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- INTERVENCIÓN : Gutenberg Martinez Ocamica
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Haroldo Fossa Rojas
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA PARA ESTABLECER EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Velasco De La Cerda
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Homero Gutierrez Roman
- INTERVENCIÓN : Sergio Correa De La Cerda
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Maria Rozas Velasquez
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Carlos Recondo Lavanderos
- AUTORIZACIÓN DE EMPRÉSTITOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PARQUE CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE. Proposición de la Comisión Mixta.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- INVESTIGACIÓN DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS POR TÉRMINO DE CONTRATO DEL SERVIU DE LA OCTAVA REGIÓN CON LA EMPRESA TECSA S.A. (Votación).
- DEBATE
- ENVÍO DE PROYECTO PARA PERFECCIONAR LA LEY Nº 19.234, SOBRE REPARACIÓN A EXONERADOS POLÍTICOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Felipe Letelier Norambuena
- Enrique Jaramillo Becker
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Sergio Velasco De La Cerda
- Jose Perez Arriagada
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Juan Nunez Valenzuela
- Carlos Olivares Zepeda
- Laura Soto Gonzalez
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- BONO DE APOYO A MADRES Y RECIÉN NACIDOS ATENDIDOS EN EL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Laura Soto Gonzalez
- Adriana Munoz D'albora
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Enrique Jaramillo Becker
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Rodolfo Seguel Molina
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- INVESTIGACIÓN DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS POR TÉRMINO DE CONTRATO DEL SERVIU DE LA OCTAVA REGIÓN CON LA EMPRESA TECSA S.A. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- INFORMACIÓN SOBRE CAUSA DE MUERTE DE DON DOMINGO DURÁN NEUMANN. Oficio.
- HOMENAJE EN MEMORIA DE DON DOMINGO DURÁN NEUMANN.
- MODIFICACIÓN DE LA LEY DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE INCIDENTES ENTRE COMUNEROS MAPUCHES Y CARABINEROS EN VICTORIA. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE ESCUELAS CONSTRUIDAS EN ROA, COMUNA DE FLORIDA. Oficios.
- ANTECEDENTES SOBRE DESAFECTACIÓN DE PARQUE NACIONAL LAUCA. Oficio.
- DESPIDO DE TRABAJADORES DE EMPRESA SANITARIA ESSBÍO. Oficio.
- INCORPORACIÓN DE PROYECTO DE NORMALIZACIÓN DEL HOSPITAL DE CASTRO EN EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES. Oficio
- PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS EN CASTRO Y CHONCHI, CONSTRUCCIÓN DE RAMPA EN COMPU Y DE VIVIENDAS EN QUELLÓN. Oficios.
- RECONOCIMIENTO AL PERSONAL DEL SERVICIO MÉDICO LEGAL DE IQUIQUE POR SU DESEMPEÑO DURANTE EL INCENDIO EN LA CÁRCEL DE ESA CIUDAD. Oficios.
- PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA INTERLAGOS, DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
- REESTRUCTURACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO LEGAL DE SANTIAGO. Oficios.
- EXPRESIONES DE SOLIDARIDAD CON LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficio.
- DESPIDO DE FUNCIONARIOS EN LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES DE FREIRINA. Oficio.
- MEDIDAS PARA PALIAR EL DESEMPLEO EN PITRUFQUÉN. Oficios.
- RECONOCIMIENTO AL COMERCIO CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE SU ANIVERSARIO.
- IRREGULARIDADES EN ADQUISICIÓN DE TIERRAS POR LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficios.
- CREACIÓN DE ASOCIACIÓN DE DEFENSA DE CONSUMIDORES DE COPIAPÓ.
- DEFICIENCIAS EN CONSTRUCCIÓN DE LICEO INDUSTRIAL DE LOS ÁNGELES. Oficio.
- ADHESION
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- ADHESION
- INVESTIGACIÓN SOBRE NOMINACIONES AL CONSEJO NACIONAL DE PESCA. Oficio.
- INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS PARA ABSORCIÓN DE CESANTÍA EN TALCAHUANO. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Pablo Letelier Morel
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Miguel Hernandez Saffirio
- Enrique Krauss Rusque
- Joaquin Palma Irarrazaval
- Victor Perez Varela
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Exequiel Silva Ortiz
- Lily Perez San Martin
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 344ª, ORDINARIA
Sesión 2ª, en miércoles 6 de junio de 2001
(Ordinaria, de 10.44 a 14.28 horas)
Presidencia de los señores Pareto González, don Luis; Valenzuela Herrera, don Felipe, y Seguel Molina, don Rodolfo.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 9
II. Apertura de la sesión 13
III. Actas 13
IV. Cuenta 13
Permisos constitucionales 13
V. Orden del Día.
- Autorización de empréstitos para la construcción de parque científico-tecnológico de la Universidad de Chile. Proposición de la Comisión Mixta 13
- Modificación de la ley orgánica constitucional de Enseñanza para establecer el fomento de la educación parvularia. Segundo trámite constitucional 21
VI. Proyectos de acuerdo.
- Investigación de responsabilidades administrativas por término de contrato del Serviu de la Octava Región con la empresa Tecsa S.A. (Votación) 38
- Envío de proyecto para perfeccionar la ley Nº 19.234, sobre reparación a exonerados políticos 38
- Bono de apoyo a madres y recién nacidos atendidos en el sistema público de salud 42
VII. Incidentes.
- Información sobre causa de muerte de don Domingo Durán Neumann. Oficio 43
- Homenaje en memoria de don Domingo Durán Neumann 44
- Modificación de la ley de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Oficios 44
- Información sobre incidentes entre comuneros mapuches y Carabineros en Victoria. Oficios 45
- Información sobre escuelas construidas en Roa, comuna de Florida. Oficios 46
- Antecedentes sobre desafectación de Parque Nacional Lauca. Oficio 47
- Despido de trabajadores de empresa sanitaria Essbío. Oficio 47
- Incorporación de proyecto de normalización del hospital de Castro en el sistema nacional de inversiones. Oficio 48
- Pavimentación de caminos en Castro y Chonchi, construcción de rampa en Compu y de viviendas en Quellón. Oficios 48
- Reconocimiento al personal del servicio médico legal de Iquique por su desempeño durante el incendio en la cárcel de esa ciudad. Oficios 50
Pág.
- Pavimentación de la ruta Interlagos, Décima Región. Oficios 51
- Reestructuración y modernización del Servicio Médico Legal de Santiago. Oficio 51
- Expresiones de solidaridad con la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Oficio 52
- Despido de funcionarios en la Junta Nacional de Jardines Infantiles de Freirina. Oficio 52
- Medidas para paliar el desempleo en Pitrufquén. Oficios 53
- Reconocimiento al comercio con motivo de la celebración de su aniversario 54
- Irregularidades en adquisición de tierras por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Oficios 54
- Creación de Asociación de defensa de consumidores de Copiapó 55
- Deficiencias en construcción de liceo industrial de Los Ángeles. Oficio 56
- Investigación sobre nominaciones al Consejo Nacional de Pesca. Oficio 57
- Información sobre proyectos para absorción de cesantía en Talcahuano. Oficio 58
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S.E. el Vicepresidente de la República por el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que crea un sistema de reinserción social de los condenados en base a la observación de buena conducta (boletín Nº 2723-07) 59
2. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República mediante el cual comunica que ha resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto que delimita el ámbito de la vida privada frente a la libertad de expresión (boletín Nº 2671-07) 67
3. Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto que establece adecuaciones a la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado (boletín Nº 2455-07) 67
- Informes de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana recaídos en los siguientes proyectos de acuerdo:
4. Aprueba el Protocolo de Ushuaia sobre compromiso democrático en el Mercosur, las Repúblicas de Bolivia y de Chile (boletín Nº 2517-10) 72
5. Aprueba las enmiendas al anexo del Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (boletín Nº 2629-10) 75
6. Aprueba las enmiendas al anexo del Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, 1978, y la parte A del Código de titulación (boletín Nº 2630-10) 79
7. Aprueba el Protocolo de 1992 y su anexo que enmienda el Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos (boletín Nº 2640-10) 83
Pág.
8. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, recaído en los siguientes proyectos de acuerdo: 88
- Aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Nicaragua para la promoción y protección recíproca de las inversiones y su Protocolo (boletín Nº 2681-10);
- Aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y Honduras para la promoción y protección recíproca de las inversiones y su Protocolo (boletín Nº 2682-10), y
- Aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y Guatemala para la promoción y protección recíproca de las inversiones y su Protocolo (boletín Nº 2683-10).
9. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto, iniciado en moción, que establece como feriado local en la comuna de Arica el día 7 de junio de cada año (boletín Nº 2685-06) 93
10. Moción de los diputados señores Letelier, don Juan Pablo; Ascencio, García, don René Manuel; Hernández, Krauss, Palma, don Joaquín; Pérez, don Víctor; Sánchez y Silva, y de la diputada señora Pérez, doña Lily, que prohíbe el traslado y posterior depósito de basuras y desperdicios generados en una región en el territorio de otra (boletín Nº 2721-12) 96
11. Oficio de la Corte Suprema, mediante el cual remite su opinión acerca del proyecto que deroga disposiciones que imponen penas corporales por no pago de multas impuestas por juzgados de policía local en materias de su competencia y crea sistema alternativo de cumplimiento de condena (boletín Nº 2699-06) 98
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
-De los diputados señores Rocha y Krauss, quienes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicitan autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 5 y 12 de junio en curso para dirigirse a Nueva York y España, respectivamente.
2. Oficios:
Contraloría General de la República
-Del diputado señor Sánchez, legalidad de actuaciones del Serviu Undécima Región.
-Del diputado señor Alvarado, contrato suscrito para la ejecución de las obras del proyecto Fosis de agua potable rural, comuna de Queilén; actuaciones del Serviu Región de Los Lagos en relación a daños ocasionados en viviendas de comuna de Castro.
-De la diputada señora González y diputados señores Ulloa, Rojas, Vargas y Van Rysselberghe, préstamo en favor de la Empresa de Servicios Telefónicos de Tarapacá S.A.
-De los diputados señores Caminondo y Fossa, licitación efectuada por la Corporación Nacional Forestal para contar con servicio aéreo de extinción de incendios.
-Del diputado señor José Pérez, recursos invertidos y estado de avance de obras de electrificación rural.
-Del diputado señor Molina, concursos públicos realizados en los últimos cuatro años para ocupar cargo de director de establecimientos educacionales en 7 comunas de la Cuarta Región.
-Del diputado señor Mora, irregularidades en licitación de proyectos en la municipalidad de Calama.
Ministerio del Interior
-Del diputado señor Pablo Galilea, financiamiento para 50 alumnos de la ciudad de Aisén que estudian en Inacap de Coihaique.
-De los diputados señores Osvaldo Palma, Víctor Pérez y Vilches, disminución de recursos para ejecución de distintos proyectos en comunas de la Séptima Región.
-De los diputados señores Jaramillo, Bustos, Ortiz y Tuma, programa de bonificación para la fertilización de suelos degradados en las Octava, Novena y Décima regiones.
Ministerio de Educación
-Del diputado señor Molina, asignación desempeño difícil en la Cuarta Región y situación Escuela Huatulame.
-Del diputado señor Delmastro, régimen de jornada escolar completa diurna.
Ministerio de Defensa Nacional
-Del diputado señor Delmastro, gasto que implicaría para la Armada y la Fuerza Aérea el monitoreo y escolta por aguas territoriales chilenas de buques como el Pacific Swan.
-Del diputado señor Alvarado, aumento de personal de Carabineros en la comuna de Hualaihué.
-Del diputado señor José Pérez, cuadro estadístico sobre accidentes que hayan involucrado al sistema ferroviario.
Ministerio de Obras Públicas
-Del diputado señor Navarro, proyecto pavimentación calle Werner en comuna de Tomé; obras en sector Cabrero, comuna Santa Juana.
-Del diputado señor José Antonio Galilea, concesiones sanitarias en sistemas de A.P.R. en la Novena Región.
-Del diputado señor Delmastro, expropiaciones proyecto concesión Rutas, 5, tramo Temuco-Río Bueno; cuadro estadístico Plaza Peaje Lanco, Décima Región.
-Del diputado señor Acuña, mejoramiento de acceso y servicios básicos en cementerios mapuches.
-De los diputados señores Navarro y Acuña, caminos Chanquín y Quinquebueno-Rere, comuna de Hualqui.
-Del diputado señor José García, pavimentación camino Viejo Cajón-Temuco.
-Del diputado señor Alvarado, proyectos incluidos en el convenio de programación de la Décima Región.
Ministerio de Agricultura
-Del diputado señor García-Huidobro, fiscalización de planta procesadora de minerales.
-De los diputados señores Urrutia, Gutiérrez, Jaramillo, Felipe Letelier, Navarro, Núñez, Ojeda, Ortiz y Velasco, aceitunas peruanas en el mercado chileno.
-Del diputado señor Jarpa, programa de rotación de cultivos para el mejoramiento y conservación de suelos.
-Del diputado señor Joaquín Palma, producción agrícola.
-De los diputados señores Caminondo, Delmastro, Jaramillo, Sánchez y diputada señora González, interceptación de la avispa de la madera de pino Sirex Noctilio en la Décima Región.
-De los diputados señores Villouta, Jaramillo, Olivares y Ortiz, operatoria de préstamos a comunidades mapuches.
-Del diputado señor Molina, proyectos apícolas en Cuarta Región.
-De los diputados señores Jaramillo, Ortiz, Tuma y Felipe Valenzuela, aplicación del decreto Nº 288 de Minagri.
Ministerio de Bienes Nacionales
-De los diputados señores Sánchez, Acuña, Leay, Navarro y Girardi, informe acerca de bienes quedados al fallecimiento del último miembro de la familia Reyes Rioseco, en la ciudad de Angol.
-Del diputado señor Alvarado, avance del programa de saneamiento de títulos de dominio en comuna de Hualaihué.
-Del diputado señor Ibáñez, tomas irregulares e ilegales que se realizan en el Parque Nacional de Isla de Pascua.
-Del diputado señor Víctor Pérez, venta de bien fiscal ubicado en la ciudad de Los Ángeles.
Ministerio de Salud
-Del diputado señor Alvarado, asignación de recursos de emergencia, para reposición de posta de la comunidad de Rolecha, comuna de Hualaihué.
-Del diputado señor García-Huidobro, evaluación de los trabajadores expuestos al arsénico de la Empresa Codelco-Chile, División El Teniente.
-Del diputado señor Navarro, situación de los vertederos de basura dependientes del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio; situación epidemiológica de la Hepatitis A en la Octava Región.
-De los diputados señores Ortiz, Rocha, Velasco y diputada señora Caraball, instalación de oficina de Fonasa en la comuna de Chiguayante.
-Del diputado señor José Pérez, control sanitario de productos embutidos.
-Del diputado señor Molina, investigación y ampliación de medidas de saneamiento en Centro Cultural Nemesio Antúnez, comuna de Combarbalá.
Ministerio de Minería
-Copia informativa de las medidas de reactivación económica para la Región Metropolitana.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-Del diputado señor Jarpa, pavimentación calle Lautaro de Chillán.
-De los diputados señores Bertolino, Delmastro, Ortiz y Jaramillo, venta de sitio ubicado en calle Soldado Sánchez en la Región de Coquimbo.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
-Del diputado señor Lorenzini, cobros por concepto de cargo fijo aplicados en la Séptima Región.
-Del diputado señor José Pérez, política presidencial para lograr el desarrollo y revitalización del transporte ferroviario.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
-Del diputado señor Encina, estado en que se encuentra la Playa Grande de Tongoy en la Cuarta Región.
-Del diputado señor Navarro, ingreso para evaluación de impacto ambiental de estudio de instalación planta procesadora de aluminio en la Undécima Región; impacto ambiental para el desarrollo del proyecto parque industrial de la madera y el mueble en la comuna de Penco.
-De los diputados señores Ortiz, Jaramillo, Rosauro Martínez, Ojeda, Urrutia, Valenzuela y Vilches, retorno al antiguo sistema previsional a funcionarios que cumplan con los requisitos para acogerse a jubilación.
-De los diputados señores Hernández, Ascencio, Felipe Letelier, Navarro, Núñez, Ojeda, Ortiz, Pareto, Sánchez y Villouta, reconocimiento como pueblo que precisan las distintas etnias indígenas que viven en Chile.
-De las diputadas señoras Saa, Cristi, Soto y diputados señores Jaramillo, Orpis y Seguel, adecuado comportamiento por parte de la sociedad chilena frente a la maternidad
Ministerio de Planificación y Cooperación
-De los diputados señores Leay, Alvarado, Correa, Monge y Ulloa, informe sobre Ficha CAS.
-Del diputado señor Molina, programa de desarrollo productivo en la Cuarta Región.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (103)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Alvarado Andrade, Claudio IND X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo IND XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Rozas Velásquez, María PDC RM 17
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Espina Otero, Alberto RN RM 21
Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
García García, René Manuel RN IX 52
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
González Román, Rosa IND I 1
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24
Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 30
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Naranjo Ortiz, Jaime PS VII 39
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Pareto González, Luis PDC RM 20
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PS VI 32
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vega Vera, Osvaldo RN VII 40
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Venegas Rubio, Samuel IND V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señor Jaime Rocha y señora María Antonieta Saa.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.44 horas.
El señor PARETO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor PARETO (Presidente).-
El acta de la sesión 61ª, de la legislatura extraordinaria, se declara aprobada.
El acta de la sesión 62ª de la misma legislatura, queda a disposición de las señoras diputadas y señores diputados.
IV. CUENTA
El señor PARETO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario accidental ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
El señor PARETO (Presidente).-
Sobre la Cuenta, tiene la palabra la diputada señora Rosa González.
La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).- Señor Presidente , solicito a la Mesa que recabe la unanimidad de la Sala, con el objeto de que el proyecto que figura en el número 5 de la Cuenta, que establece como feriado local en la comuna de Arica el 7 de junio de cada año, pueda ser despachado en esta sesión, sin debate.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para acceder a lo planteado por la diputada señora Rosa González.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Para referirse a una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Krauss.
El señor KRAUSS.-
Señor Presidente , según me pareció, no hubo oposición a la solicitud de la señora Rosa González , sino simples consultas entre los señores diputados, razón por la cual me permito pedir a la Mesa que recabe nuevamente el asentimiento de la Sala en tal sentido.
Gracias, señor Presidente.
El señor PARETO ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo unánime para acoger la solicitud de la diputada señora Rosa González?
El señor JARAMILLO.-
No, señor Presidente.
El señor PARETO (Presidente).-
No hay acuerdo.
PERMISOS CONSTITUCIONALES
El señor PARETO ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se concederán los permisos constitucionales solicitados por los diputados señores Rocha y Krauss para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 5 y 12 de junio, respectivamente.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
AUTORIZACIÓN DE EMPRÉSTITOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PARQUE CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE. Proposición de la Comisión Mixta.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Corresponde conocer la proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley que autoriza a la Universidad de Chile para contratar empréstitos para financiar la construcción de un parque científico-tecnológico, y faculta al Presidente de la República para otorgar la garantía del Estado.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión Mixta, boletín Nº 2454-19, sesión 1ª, en 5 de junio de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 21.
El señor PARETO (Presidente).-
Advierto a los señores diputados que en la discusión del proyecto corresponde pronunciar tres discursos de diez minutos cada uno. La Mesa sugiere dividirlo en cinco minutos por bancada.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , ¿en qué momento va a ser votado el proyecto?
El señor PARETO ( Presidente ).-
Señor diputado , se acordó votarlo en el momento en que haya quórum para hacerlo.
Tiene la palabra el diputado señor Vilches.
El señor VILCHES.-
Señor Presidente , ante todo, quiero destacar la actuación del diputado Patricio Melero , porque se ha esforzado por sacar adelante esta gran iniciativa que nos convoca esta mañana y que permitirá al país ponerse a la altura de los tiempos en lo que respecta a la educación superior y al desarrollo tecnológico.
Uno de los acuerdos alcanzados por la Comisión Mixta posibilita otorgar la garantía del Estado a los empréstitos más allá del período de gobierno del Presidente Ricardo Lagos. Ello es necesario, dado que las instituciones que otorguen créditos necesitarán más tiempo para recuperarlos. Por eso, consensuamos con el Senado una modificación que permite mantener el aval por un plazo superior al autorizado por el proyecto original.
En el segundo trámite constitucional, el Senado hizo las siguientes enmiendas:
En el artículo 1º, introdujo en su inciso primero algunas modificaciones formales y la denominación “de la Universidad de Chile” para individualizar al parque científico-tecnológico. Además, agregó un inciso segundo, en cuya virtud el vencimiento del o de los empréstitos que se contraten podrá ser por un plazo superior a seis años.
En el artículo 4º, incorporó una oración final para precisar que entre las condiciones que deberán cumplirse para otorgar la garantía del Estado se considera también constatar el grado de cumplimiento de las exigencias establecidas en el decreto Nº 350, del Ministerio de Bienes Nacionales, de 1994, en especial las relativas a la creación del parque público y de la ciudad universitaria.
La construcción de un parque científico-tecnológico involucra el compromiso, establecido por ley, de crear un parque público, que era uno de los objetivos originales de la zona en la cual está ubicada la laguna Carén , comuna de Pudahuel. Por eso, es importante dejarlo claramente establecido en la ley. Es uno de los temas que aprobamos en forma consensuada.
Por último, en el artículo 5º intercaló un inciso primero, al tenor del cual la Universidad de Chile deberá disponer las medidas que permitan que las instalaciones y actividades del parque sean utilizadas por la comunidad científica y tecnológica nacional y reciban la participación de la comunidad internacional, propendiendo en particular a la actuación asociada con otras universidades. Este derecho, reclamado por muchos diputados durante el primer trámite del proyecto, se refiere a la posibilidad de que también participen en el proyecto otras universidades estatales o privadas del país.
Asimismo, quiero destacar un elemento que no figura en el texto aprobado por la Comisión Mixta: el hecho de que se pueden adoptar acuerdos a favor de grupos familiares que provengan de etnias originarias de nuestro país, como es el caso de algunos mapuches. El diputado Melero fue el artífice de esta posibilidad que permitirá mejorar la calidad de vida.
Por lo tanto, anuncio que los diputados de Renovación Nacional vamos a aprobar la proposición de la Comisión Mixta.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente , el proyecto de ley debió ir a Comisión Mixta porque no se alcanzó el quórum requerido para ampliar la garantía del Estado por un período superior al que resta del mandato del Presidente Lagos.
Tal como lo dispone la Constitución Política y la ley, cuando el Congreso Nacional compromete el aval del Estado por un período superior al del Presidente en ejercicio, se requiere, para su aprobación, el quórum especial de ley orgánica constitucional de cuatro séptimos. Si la autorización se otorgara a la Universidad de Chile exclusivamente por el período del Presidente Lagos , no se necesitaría quórum especial.
Esta fue una de las materias que se discutieron en el seno de la Comisión Mixta. Ya explicaré las razones por las cuales algunos diputados se opusieron a este proyecto de ley; pero para que todos los colegas lo tengan claro, debo informar que la Comisión Mixta votó por separado los incisos primero y segundo del artículo 1º del proyecto. Dicho en palabras simples, si la Cámara de Diputados aprueba sólo el inciso primero, el aval del Estado para los empréstitos que contrate la Universidad de Chile con quien estime conveniente quedará restringido a los cuatro años que restan al actual Gobierno. Ahora, si existe quórum para aprobar el inciso segundo, que señala que el vencimiento del o de los empréstitos que se contraten podrá ser superior a seis años, entonces le estaremos dando a la Universidad de Chile mayor tranquilidad y estabilidad, a fin de que tenga los resguardos respectivos.
Ésa es la propuesta de la Comisión Mixta en cuanto a la votación separada de ambos incisos, y su efecto dependerá de los quórum que se alcancen. En el debate del tema en la Comisión, escuché a varios señores parlamentarios, incluso de mi bancada, que se oponían a esta idea, en virtud de que se produciría un menoscabo o una falta de oportunidades respecto de las universidades de otras regiones. Para hablar en forma clara, se produjo una suerte de envidia en cuanto a preguntarse por qué a la Universidad de Chile sí y a las universidades de regiones no.
Esa es una visión equivocada, por cuanto la iniciativa en discusión no es excluyente de las otras universidades del país, ya que el día de mañana también podrían llevar adelante proyectos de este tipo, como es la creación de un parque científico-tecnoló-gico, y de igual forma solicitar al Congreso Nacional que lo avale el Estado, a fin de llevarlos adelante.
¿Por qué criticamos a los que lo hicieron primero si los otros también lo pueden efectuar a futuro? Hoy es la Universidad de Chile y mañana puede ser la Universidad de Concepción; después, la Universidad de la Frontera o la Arturo Prat, de Iquique. Ojalá haya muchos proyectos que requieran de inversiones importantes. No podemos restringir este tipo de iniciativas o acusar de centralismo a una universidad que quiere llevar adelante un proyecto de esta naturaleza.
Aun más, como ustedes han podido apreciar en la prensa, el Ministerio de Vivienda, en virtud del decreto ley Nº 48, ha aprobado la expansión de la ciudad de Santiago más allá de los límites urbanos de Américo Vespucio, consolidando en la zona Metropolitana no sólo proyectos inmobiliarios habitacionales, sino también parques científicos y tecnológicos que generarán polos de desarrollo para la ciudad. Pero ese es un tema secundario.
Quiero pedir a mis queridos amigos y colegas que pudieran tener algún tipo de sentimiento regionalista o, eventualmente, sentir algún menoscabo por esta iniciativa, que no se sientan así. Por lo demás, el mismo proyecto establece, con mucha claridad, en una enmienda que introdujo el honorable Senado, que podrán incorporarse, sin ningún tipo de inconvenientes, otras universidades. Así lo establece el artículo 5º, en su inciso primero, cuando señala que el parque científico-tecnológico de la Universidad de Chile propenderá, en el marco de sus actividades, a la actuación en forma asociada con otras universidades, de manera que sus resultados constituyan un apoyo a nuevas y relevantes acciones científico-tecnológicas nacionales. Es lo que señala el proyecto y, obviamente, cualquier universidad podrá reclamar esa actuación asociada.
No quiero dejar de señalar que sobre este tema sigue pendiente una resolución de la Contraloría General de la República, que ha estimado que hay ciertas incompatibilidades en el establecimiento de este proyecto con respecto al plan regulador y al programa de prevención y descontaminación de la Región Metropolitana.
Tuve la oportunidad de conversar con don Patricio Rojas, director de la Fundación Valle Lo Aguirre , y con personeros de la Universidad de Chile, quienes me señalaron que habían conversado con el señor contralor para realizar una revisión de esa normativa. Sin embargo, en forma seria y responsable, debo señalar que, según la Contraloría General de la República, para llevar a cabo el proyecto tendría que modificarse el actual plan regulador. De lo contrario, no podría realizarse esta iniciativa.
En fin, el honorable Senado y la Comisión Mixta no quisieron discutir el tema por estimar que no era de competencia de la Comisión pronunciarse sobre ese aspecto; no obstante, se trata de un tema que aún está pendiente, por lo cual espero que tenga una adecuada resolución.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gutenberg Martínez.
El señor MARTÍNEZ (don Gutenberg).-
Señor Presidente , el diputado señor Zarko Luksic me pidió que hiciera uso de la palabra, a fin de hacer ver los criterios y planteamientos que él tiene sobre esta materia, los que, a su vez, comparto. Hay una preocupación sostenida y permanente del diputado señor Luksic por este tema, la cual se ha apreciado en las reiteradas veces que lo ha votado a favor en las comisiones y en la Sala. Por tanto, me parece del caso destacar la línea inalterable que ha tenido.
En segundo lugar, también es importante señalar que ha habido un trámite excesivo y extenso del proyecto. Creo que, habiendo acuerdo unánime de la Comisión Mixta y, según entiendo, también de los distintos Comités y bancadas, cabe hacer esta reflexión.
Las universidades denominadas públicas o tradicionales, sean fiscales, católicas u otras, en repetidas oportunidades han hecho presente al Gobierno y a este Congreso que la legislación que las rige tiene limitantes que impiden cumplir en forma debida su rol. Lo que hemos estado viendo es el mejor ejemplo de cómo un acto de inversión, tan importante en el área de la ciencia y de la tecnología, más aún relevante para el buen desarrollo del país o de una zona de él, se ve perjudicado o demorado por su larguísima tramitación. Más de alguna reflexión podríamos hacer sobre esta materia, en cuanto a cómo la autonomía de un proyecto universitario se ve, a lo menos, relativizada por este tipo de situaciones.
Los argumentos ya fueron dados en su oportunidad: el país requiere de inversión en ciencia y tecnología. Todo el mundo está de acuerdo en que para mantener tasas importantes de crecimiento se requiere aumentar esa inversión, a fin de poder crear productos que tengan un mayor valor agregado, y en esto la consecuencia del “I + D” es una cuestión determinante.
En tercer lugar, es evidente que se trata de un proyecto que generará empleo en un momento en que es importante para una zona del país.
En cuarto término, la iniciativa es novedosa y moderna, por cuanto genera una interacción entre el sector universitario, creador de ciencia y tecnología, con lo que puede ser el mundo de la empresa que quiera situarse en una posición de vanguardia en la materia.
Respecto de lo que se ha expresado en la Corporación, hemos podido apreciar que uno de los problemas en materia de ciencia y tecnología es la dificultad para poder ligar lo que es la creación -que se hace en el mundo universitario- con lo que son las necesidades objetivas del mundo de la empresa, de la producción o del trabajo, en especial la figura de los parques tecnológicos, que en su momento se destacaron con más fuerza en las experiencias europeas, y también hoy en algunas americanas, las que demostraron que en ese ambiente tecnológico es donde se logra generar ese objetivo.
El proyecto se justifica porque implica mayor inversión en materia de ciencia y tecnología en una zona como la Región Metropolitana, afectada por el desempleo, porque genera un espacio novedoso para la interacción entre ella y la industria que la necesita. Esta conjunción de argumentos por supuesto que justifican aprobar la proposición de la Comisión Mixta en los términos planteados.
Las eventuales discusiones que pueda haber, en cuanto a cuáles son las exigencias de las autoridades que correspondan a nivel municipal, de los seremis o eventualmente de la Contraloría, como bien lo señaló la Comisión Mixta, no son temas sobre los cuales deba pronunciarse la Cámara.
Por supuesto, una iniciativa de cualquier tipo tiene que cumplir con la ley general en materia de construcciones, con las ordenanzas que establecen las municipalidades y con las distintas normas legales. No cabe ninguna duda de que siendo la Universidad de Chile una casa de estudios con tradición, prestigio y conciencia en materia ambiental, que ha creado una estructura importante en su interior para preocuparse del tema, no tan sólo cumplirá con aquella normativa, sino que, además, hará mucho más moderna y sustentable la actividad que genera.
Por lo tanto, en representación del diputado señor Zarko Luksic y de la bancada Demócrata Cristiana, anuncio nuestra votación a favor del proyecto.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , comparto lo expresado por el diputado señor Gutenberg Martínez al respecto. Ojalá hubiéramos podido despachar el proyecto antes, con más diligencia. Sin embargo, es importante que la Cámara se haya dado el tiempo para revisar una y otra vez el planteamiento de esta iniciativa, respecto de la cual comparto su forma y fondo.
Si se considera que la Universidad de Chile incluso es una institución más que centenaria con proyecciones internacionales, que ha formado a generaciones de generaciones de maestros, de estudiantes y de expertos; que, además, cuenta con el único centro nacional del medio ambiente del país; que se encarga de asesorar no sólo al Gobierno sino también a otras instituciones, así como de formar estudiantes a través de cursos de pregrado y posgrado, es claro que cumplirá con todos los estándares medioambientales, por lo cual legítimamente debemos apoyar un proyecto de esta naturaleza.
Por esas razones, creo que la mayoría de nuestra bancada, si no la totalidad, va a apoyar el proyecto, que se justifica plenamente.
Respecto de quienes pudieran tener algunas aprensiones medioambientales, creo que las razones expuestas más que justifican dejarlas de lado y comprender que existe un compromiso serio, más aún cuando el proyecto está focalizado en una comuna como la de Pudahuel, donde hay graves problemas de contaminación. Cualquiera de nosotros, que viajamos en vehículo por la ruta 68, entre Santiago y Valparaíso, sabe que basta con cruzar el puente que atraviesa el río Mapocho para comprobar que todavía se deben soportar los olores que de allí emanan. Por eso, espero que la ejecución de un proyecto de esta naturaleza ayude a la comuna de Pudahuel, cuyo alcalde -me consta-, señor Johnny Carrasco , a pesar de sus denodados esfuerzos por limpiar y descontaminar el río Mapocho en ese sector, aún no lo ha logrado.
Como lo ha mencionado el diputado señor Melero , si bien la Contraloría General de la República dejó pendiente la toma de razón del decreto respectivo, a pesar de que la Universidad de Chile ha ratificado en cada trámite legislativo -y volverá a hacerlo- que ha cumplido con todo lo que una institución de sus características está obligada a hacer, no deja de llamar la atención la duda que le merece a la Contraloría para su toma de razón.
Además, es la oportunidad para plantear en la Sala una preocupación que no es menor.
Días atrás conocimos el decreto que el actual ministro de Vivienda , señor Jaime Ravinet , dio a conocer respecto de la modificación del plan de descontaminación de Santiago, el cual permitirá desafectar hasta el veinte por ciento de las áreas verdes no consolidadas. Ese decreto me merece mucha aprensión, y ojalá tengamos la ocasión de pronunciarnos al respecto, porque, a mi juicio, lamentablemente, salvo que me demuestren lo contrario, va en contra de una de las mejores políticas que el ministro de Vivienda implementó cuando fue alcalde de la comuna de Santiago, cual es densificar las zonas urbanas en aquellos espacios no aprovechados, a fin de no seguir desafectando áreas verdes que debieran preservarse como tales.
Sobre ese tema, sostuvimos una entrevista con el ministro de Vivienda , a la cual concurrí con el alcalde de La Pintana , señor Jaime Pavez. Me siento muy honrada de representar a esa comuna, porque es la que presenta mayores posibilidades en defensa de las áreas verdes de la Región Metropolitana, es decir, las áreas silvoagropecuarias actualmente protegidas. Es importante señalar el interés del señor alcalde por mantenerlas como tales para garantizar que la comuna no se llene sólo de poblaciones con viviendas básicas que terminan en hacinamientos, sin contar, incluso, con los servicios básicos, como lamentablemente ha ocurrido en Puente Alto.
En esa reunión expresamos al ministro señor Ravinet que, así como estábamos contentos con el gran proyecto ecológico de creación del parque zoológico en la comuna de La Pintana -que justamente se localizará en terrenos que pertenecieron a la Universidad de Chile, en La Platina-, teníamos algunas dudas y aprensiones por los alcances que podría tener el referido decreto. Creo que todos deberíamos alzar nuestras voces al respecto, porque sería muy lamentable que a raíz de él comenzaran -probablemente ya está ocurriendo- las especulaciones por grandes proyectos inmobiliarios que hacen subir el valor de los terrenos y que provocan la desafectación de áreas verdes no consolidadas, en circunstancias de que la Región Metropolitana requiere de pulmones verdes.
En consecuencia, respecto de un proyecto de estas características, compatible con los temas medioambientales y que apunta hacia la investigación científico-tecnológica, de la cual nuestro país tiene gran carencia y déficit, si la comparamos con la de cualquier país desarrollado, naturalmente no queda más que instar a todos los colegas a aprobar el proyecto.
Por eso digo, con satisfacción, que la gran mayoría de la bancada de Partido Socialista va a votar a favor del proyecto, tanto por su connotación, consecuencias y por apoyar a una institución prestigiosa, la Universidad de Chile, como, además, por las características que ella reviste para un país con tantas deficiencias en el campo de la investigación científico-tecnológica, lo cual permitirá que pueda dar un paso grande que brinde a las universidades de otras regiones la oportunidad de participar en la elaboración de programas conjuntos.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra a algún diputado o diputada de la bancada del Partido por la Democracia.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
La Mesa, en virtud de las facultades otorgadas en la sesión de ayer, procederá a efectuar la votación en el momento en que lo estime pertinente.
El señor FOSSA.-
Pido la palabra para referirme a un asunto de Reglamento.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , me parece que en el artículo 1º del proyecto en comento hay un problema de redacción.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Señor diputado, el debate está agotado, de manera que no corresponde referirse al tema.
El señor FOSSA.-
Es sólo para corregir, no para debatir.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Cerrado el debate, sólo procede votar, señor diputado.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente, no solicito la unanimidad de la Sala porque no quiero debatir, sino que se corrija la redacción.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Su Señoría puede pedirla siempre que se refiera a un asunto formal.
El señor FOSSA.-
Es formal.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Solicito la unanimidad de la Sala para que el diputado señor Fossa plantee un asunto formal sobre la materia.
Acordado.
Tiene la palabra su Señoría.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , el artículo 1º dice: “Autorízase a la Universidad de Chile, por el plazo de 18 meses a contar desde la fecha de vigencia de la presente ley, para contratar uno o más empréstitos en el país o en el exterior, hasta por la cantidad total de US$ 20 millones...”. Se subentiende que puede contratar más de un empréstito. Me parece que aquí hay un problema de redacción, porque entiendo que la iniciativa consulta un presupuesto de sólo 20 millones de dólares.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Señor diputado , su observación quedará anotada en la historia de la ley; pero de la simple lectura del artículo se da por entendido que es justamente lo que usted señala.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor PARETO ( Presidente ).-
Corresponde votar la proposición de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que autoriza a la Universidad de Chile para contratar empréstitos para financiar la construcción de un parque científico-tecnológico, y faculta al Presidente de la República para otorgar garantías del Estado.
Informo a la Sala que, inveteradamente y tal como lo dispone el artículo 31 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, se entiende que las proposiciones de las comisiones mixtas no pueden ser objeto de indicaciones y que deben votarse en conjunto.
Sin perjuicio de lo anterior, si no se reúne el quórum requerido para la aprobación del inciso segundo del artículo 1º del proyecto, se dará por aprobada la proposición, con excepción de dicha norma.
Para plantear una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente , para dejar claro lo que plantea su Señoría, me gustaría que el señor Secretario informara sobre el quórum de los cuatro séptimos que se requiere, considerando a los diputados que se encuentran con permiso constitucional.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Señor diputado , no se requieren los cuatro séptimos, sino quórum calificado, en este caso de 60 votos.
En votación la proposición de la Comisión Mixta.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 17 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor LEAL.-
Señor Presidente , le ruego agregar mi voto positivo.
El señor DELMASTRO.-
Mi voto negativo no apareció en el tablero.
El señor CAMINONDO.-
El mío tampoco, señor Presidente.
El señor MULET.-
El mío tampoco.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor PARETO (Presidente).-
Se va a repetir la votación, porque algunos votos no aparecieron en el tablero electrónico.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos; por la negativa, 21 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Aprobada la proposición de la Comisión Mixta, con excepción del inciso segundo del artículo 1º.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE ENSEÑANZA PARA ESTABLECER EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA. Segundo trámite constitucional.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica el artículo 3º de la ley orgánica constitucional de Enseñanza y el artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 5.291, de 1930, ley de Educación Primaria Obligatoria, estableciendo la obligatoriedad del nivel de transición de educación parvularia dentro del sistema de educación pública.
Diputado informante de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación es el señor Velasco.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 1738-04 (S), sesión 5ª, en 20 de junio de 2000. Documentos de la cuenta Nº 9.
-Informe de la Comisión de Educación, sesión 33ª, en 5 de septiembre de 2000. Documentos de la Cuenta Nº 6.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente , me alegra mucho volver a informar sobre una materia de la cual me he preocupado permanentemente y que dice relación con la enseñanza prebásica o parvularia en el país.
La Comisión de Educación, con la firma de varios diputados, aprobó una modificación al artículo 19, Nº 10º, de la Constitución Política del Estado, que consagra el derecho a la educación, en cuanto señala que tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de la vida. En otras palabras, se ha incluido, en un proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional, el derecho a la educación parvularia, que no está establecido en la Carta Fundamental, puesto que allí sólo figuran la educación básica y la media. Hoy tenemos la posibilidad de modificar la ley orgánica constitucional de Enseñanza, Loce.
En su oportunidad, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que incluyó la enseñanza prebásica en esa ley orgánica.
El proyecto en discusión, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, se originó en moción de los senadores señora Carmen Frei Ruiz-Tagle y señores Sergio Páez Verdugo y Mariano Ruiz-Esquide Jara y de los ex senadores señores Nicolás Díaz Sánchez y Ricardo Hormazábal Sánchez.
Reitero que la Cámara aprobó, con quórum calificado, una moción parlamentaria para modificar la Loce en el sentido de incluir la enseñanza parvularia en dicho texto jurídico; pero el Senado aprobó otra moción, la que estamos discutiendo, que ha recibido el respaldo absoluto de los señores parlamentarios.
Sus ideas matrices o fundamentales se orientan a modificar la ley orgánica constitucional de Enseñanza de la siguiente forma:
En primer lugar, establecer como un deber preferente y especial del Estado, el fomento del desarrollo de la educación parvularia, lo que, por lo demás, es tremendamente importante. Su enseñanza masiva permitirá que para este sexenio existan vacantes para 120 mil párvulos.
En segundo lugar, definir en la ley el concepto de educación parvularia. En el proyecto anterior faltaba una definición, como lo establece la Carta Fundamental.
Dichas ideas son materia de ley, en conformidad con el principio de la jerarquía de las normas de derecho, y el proyecto, de acuerdo con el texto aprobado por el Senado, las expresa en un artículo único, dividido en dos números, que en síntesis señala lo siguiente:
Por el Nº 1 modifica el inciso tercero del artículo 2º para señalar el deber preferente del Estado de fomentar la educación parvularia, y
Por el Nº 2 agrega un inciso al artículo 7º para definir el concepto de la educación parvularia.
Las opiniones de las personas invitadas a exponer fueron variadas, como las del señor Luis Villarroel Villalón , jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación , y de la señora Ofelia Reveco Vergara , vicepresidenta ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Me quiero detener en la exposición de la señora Reveco , quien, luego de referirse al proyecto original del Senado, que contempla la obligatoriedad de la educación parvularia, y a la posterior indicación sustitutiva que suprimió esa obligatoriedad, circunscribiendo las modificaciones sólo a la ley orgánica constitucional de Enseñanza, efectuó una reseña del contenido de este nivel educacional, señalando que se centra en el niño, el que es titular de derechos que, lógicamente, son diversos, circunstancia que impone a la educación parvularia un carácter integral, que la lleva a preocuparse del niño en el presente, en el entendido de que siendo éste mejor, favorecerá su futuro como persona y como estudiante.
En relación con el proyecto mismo, consideró que si una de las finalidades de la ley orgánica constitucional de Enseñanza es normar los requisitos y objetivos de los niveles educacionales que contempla, es decir, básico, medio y superior, parecía lógico que si se quiere incorporar a dicha ley el nivel de educación parvularia, se consignara también que tal nivel no tiene ni exige requisitos para acceder a él, porque, dada su naturaleza, no puede ser algo inflexible.
Eso es realmente importante, porque para ingresar al nivel prebásico es obvio que no se necesita requisito alguno. La enseñanza prebásica tiene un marco de edad que parte por la sala cuna, siguiendo con los niveles medio y de transición, hasta seis años.
Asimismo, se tuvo presente la necesidad de precisar en la misma ley la no obligatoriedad de este nivel para el ingreso a la educación básica, cuestión con la que coincide el informe del Senado, pero que no se incluye de modo expreso en la definición, por razones de técnica legislativa, sino que se establece dicha definición en artículo separado.
La Comisión dejó constancia de que la única modificación que introdujo al texto propuesto por el Senado fue el Nº 2 del artículo único:
Dice: “2. Agrégase el siguiente artículo 6º bis:
“La educación parvularia es el primer nivel del sistema nacional de educación. Su finalidad es atender integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta el ingreso a la educación general básica, sin constituir antecedente obligatorio para ésta. Se propone favorecer en forma oportuna, pertinente y sistemática aprendizajes relevantes y significativos, con el propósito de cimentar una personalidad equilibrada y las competencias requeridas para enfrentar con propiedad su presente como párvulo y su futuro como estudiante; contando con objetivos, métodos y procedimientos de evaluación que le son propios y apoyando por esta vía a la familia en su rol insustituible de primera educadora.
“La educación parvularia no exige ni requiere requisitos mínimos para acceder a ella”.
La Comisión de Educación aprobó por mayoría el artículo único con su indicación. Hubo amplio apoyo para este proyecto que resuelve la necesidad de incluir en la ley orgánica constitucional de Enseñanza, después de su aprobación por ambas Cámaras, el fomento del desarrollo de la educación parvularia y su definición. Hoy debemos velar por que este proyecto, que viene del Senado, donde durmió largo tiempo -se reactivó después de que esta Cámara aprobara su incorporación en la Loce- sea aprobado en esta sesión.
Durante su tramitación, contamos con la participación de las honorables diputadas señoras María Antonieta Saa Díaz , que actuó como presidenta; María Victoria Ovalle Ovalle y María Rozas Velásquez , y de los diputados señores Nelson Ávila Contreras , Sergio Correa de la Cerda, Maximiano Errázuriz Eguiguren , Gonzalo Ibáñez Santa María , Rosauro Martínez Labbé , Felipe Valenzuela Herrera , Edmundo Villouta Concha y quien habla.
Insisto en que la iniciativa viene a resolver un problema gravitante en la educación chilena, por cuanto cada día necesitamos más salas cuna y jardines infantiles. Chile apenas tiene cobertura para el 30 por ciento de nuestros niños en edad parvularia, y ella debe llegar, ojalá, al ciento por ciento. El Gobierno está haciendo un esfuerzo considerable a fin de ampliar la cobertura para más de 120 mil niños. La inclusión en la Loce significa que debemos obtener mayor financiamiento para pagar la subvención requerida, de manera que los parvularios cuenten con una cobertura educacional mucho más amplia, a fin de dar un impulso real a la educación chilena.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
A continuación, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente , quienes somos profesores sabemos acerca de la importancia que significó para el país, y especialmente para el desarrollo de las familias de ingresos bajos, la dictación de la ley de Instrucción Primaria Obligatoria.
Por eso, fue motivo de orgullo para quienes fundamentamos nuestros votos en el Congreso Pleno cuando avanzamos en el tema de la educación prebásica o parvularia. El problema de fondo en dicho tema es que en la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza, promulgada en el Diario Oficial el 10 de marzo de 1990, quedaron muchas cosas que no corresponden a lo que significó la década 1990-2000 y, más aún, al comienzo de este nuevo siglo.
Creo que llegó el momento en que debemos hacer un gran esfuerzo y abocarnos efectivamente a la tarea de reformar la Loce. En estos once años y algunos meses, en los cuales se recuperó la democracia y el ejercicio total y absoluto de los poderes del Estado, ha habido no menos de cinco modificaciones parciales de la ley Nº 18.962, y ésta es la primera vez que efectivamente, tal como lo expresó el diputado informante señor Sergio Velasco , se considera el tema de la enseñanza prebásica.
¿Por qué comencé recordando la ley de Instrucción Primaria Obligatoria? En este proyecto no se consigue algo que para mí es fundamental: la obligatoriedad del Estado para que la enseñanza prebásica sea parte de la pirámide educacional. Seamos francos, no se plantea aquí porque eso significa un gran esfuerzo económico que en este instante no estamos en condiciones de enfrentar. No me cabe la menor duda de que cuando Chile termine definitivamente de ser un país en desarrollo y pase a ser desarrollado, el comienzo de esa nueva etapa será posible si este Poder del Estado establece la obligatoriedad de la enseñanza prebásica.
Los senadores que dieron origen a la moción -entre los cuales hay dos que ya no lo son, como el presidente de mi partido, don Ricardo Hormazábal -, entre los años 1990 y 1992, tuvieron la visión de plantear este tema tomando en consideración que los estudios, investigaciones y encuestas realizados en forma seria por organismos internacionales, organizaciones y universidades chilenas, demuestran que alumnos y alumnas que tuvieron el nivel de transición en educación se han desarrollado en mejor forma y han tenido mucho mejor rendimiento que aquellos que sólo ingresaron a primer año básico. Ésa es la realidad y un hecho muy concreto y específico.
¿Cuál es el drama de nuestro país? Que los sectores de más bajos recursos, de menores ingresos, no tienen acceso en el ciento por ciento a la enseñanza prebásica.
Además, leyendo detalladamente el informe de la Comisión de Educación, me he impuesto de que tanto la señora Ofelia Reveco , vicepresidenta ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, quien cumplió un gran rol en el crecimiento de la educación a través de esa institución, como el señor Luis Villarroel , jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación , y la señora Ana María Calderón , presidenta nacional del Colegio de Educadores de Párvulos, reconocen que éste es un paso hacia delante, pero no la obligatoriedad de la enseñanza prebásica, y los tres hablan de la flexibilidad del proyecto.
El 17 de mayo, en la sesión de la tarde de esta Sala, se puso término, en tercero y último trámite, a las modificaciones del Senado al proyecto de evasión y elusión tributaria. En nombre de la bancada de mi partido, la Democracia Cristiana, me correspondió fundamentar el porqué siempre fui partidario de ese proyecto de ley. En primer lugar, porque significará mayores ingresos para el erario. En parte, ese presupuesto se invertirá, como expresó el diputado señor Sergio Velasco , en 120 mil nuevos cupos para la enseñanza prebásica en los próximos cinco años, porque eso tiene un costo alto, pero que se justifica en forma total y absoluta, especialmente para el futuro de nuestras niñas y de nuestros niños. En ese instante recordé que ya está próximo el aumento de 12 mil vacantes para este año.
Creo que se concilian los dos proyectos. En los próximos días debe ser ley de la República la iniciativa sobre evasión y elusión tributaria, pero no se conseguirá totalmente lo que queremos.
Deseo plantear otro tema. En este lugar en que radica la esencia de la democracia, nuestra Cámara de Diputados, debemos decir las cosas en forma muy clara, transparente y honesta. Tenemos un grave problema de cesantía en el país, por lo que hacemos votos para que la visita del Presidente de la República , Ricardo Lagos , a algunos países europeos -ya ha recibido el reconocimiento de las instituciones más importantes del empresariado nacional, así como de las que agrupan a los medianos y los pequeños empresarios- sea el comienzo para que entendamos que debemos buscar juntos las soluciones a los problemas del país.
Al respecto, debo señalar que las parvularias constituyen el mayor número de profesionales egresados y titulados que salen al mercado ocupacional. Sólo en la Octava Región hay 300 parvularias sin ocupación en este momento, es decir, desempleadas o cesantes. ¡Y no hay nada más grave y terrible que el hecho de que una persona no pueda realizarse en la profesión para la que estudió! ¿Y quién puede tener más vocación que las colegas parvularias para formar a los niños desde el comienzo de su existencia?
Si aprobamos el proyecto en discusión, tal como dije, estaremos dando pasos hacia adelante.
Sin embargo, quiero expresar en esta sesión que debería haber un compromiso mucho más grande en cuanto a buscar una forma diferente de financiar la educación chilena, que se hace a través de la USE, unidad de subvención educacional, que crea una situación que los economistas califican como muy especial o sui géneris, lo que viniendo de ellos es como para preocuparse. La educación tiene gastos fijos, pero ingresos variables. ¿Qué significa esto? Que los establecimientos educacionales subvencionados deben pagar todos los meses los consumos de luz, teléfono y agua, los sueldos y honorarios; pero la unidad de subvención educacional se recibe de acuerdo con la asistencia de los alumnos y no con la matrícula.
Durante el invierno, en mi ciudad de Concepción la asistencia de los alumnos disminuye considerablemente, pues llueve mucho. Ello significa una reducción de los ingresos en los departamentos de educación municipal y en los colegios particulares subvencionados, o sea, para los respectivos sostenedores. En consecuencia, debemos modificar esa forma de financiar la educación chilena.
Votaré favorablemente el proyecto, porque creo que está en contra de la discriminación y da la posibilidad de que los niños y niñas tengan un mejor futuro y destino en nuestro país.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , sin duda resulta interesante escuchar la elocuencia del honorable diputado señor Ortiz ; pero me quedo con sus últimas palabras, las que reflejan la preocupación que existe en relación con la subvención escolar, con la metodología que se usa para la entrega de recursos que, Dios mediante, su Gobierno puede cambiar para que logremos la solución que tanto anhelamos.
Sin embargo, resulta claro que estamos ante un proyecto que, a mi juicio, como profesor, constituye más una declaración de buenas intenciones que soluciones de fondo.
Aunque apruebo y entiendo que la educación parvularia es la fortaleza y el cimiento de la educación básica, media y universitaria, y que existen posibilidades de desarrollarla, estimo que es válido formularse ciertas preguntas.
Por un lado, queremos fortalecer la educación parvularia, lo que se puede hacer a través de acciones que tiendan a ello, como la que señaló en el Mensaje el Presidente Lagos : aumentar en 50 mil las vacantes para párvulos.
Por otro lado, hemos aprobado algunas acciones en pro de la educación parvularia, las que, sin duda, están muy bien intencionadas, pero son preocupantes por ciertas cosas que han salido a la luz pública, detectadas en nuestras fiscalizaciones o que hemos conocido por información que llega a nuestro poder.
Me refiero al espacio donde se desarrolla la educación parvularia. Su crecimiento permitirá la fortaleza de los cimientos educacionales en nuestro país; pero esta educación tiene que desarrollarse con parámetros, infraestructura y equipamiento acordes con el marco que queremos darle.
Por lo tanto, si bien es cierto que el proyecto camina por la senda de reconocer a la educación parvularia como el inicio del proceso educativo, es necesario entregar espacios territoriales reglamentados para que nuestros niños se desarrollen como corresponde. Por ejemplo, hemos regularizado la situación de las salas cuna, para lo cual hemos permitido que en ciertas casas dedicadas a la habitación se pueda entregar este tipo de servicio. En consecuencia, debemos preocuparnos de esas situaciones. No sacamos nada con aprobar proyectos inorgánicos; ello demostraría que no entendemos que la educación debe tener un desarrollo integral.
Repito, la iniciativa sólo constituye una declaración de buenas intenciones y de buenos principios, pero voy a votarla favorablemente, sin perjuicio de hacer presente de antemano que debe darse la infraestructura y el equipamiento necesario para el desarrollo de la educación parvularia, con los que nuestro país no cuenta en la actualidad.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, para nosotros, los socialistas, la educación parvularia es fundamental, ya que en los primeros años de vida se desarrollan las capacidades básicas de las personas; digamos que es la base de la personalidad.
Sin embargo, aquí se dan los principales factores que explican la desigualdad educativa posterior de nuestra sociedad. Es claro que entre más problemas hay en una familia, más se requiere de un sistema de educación parvularia. En caso contrario, el niño no se desarrollará en forma integral en varias dimensiones que le permitirán, luego, acceder a la educación básica y media con niveles de conocimiento y desarrollo afectivo compatibles. Si llega a la educación básica con cierto retraso en su capacidad cognitiva, afectiva y para desenvolverse en distintos ambientes, se limitará su desarrollo posterior.
En nuestro país, la educación parvularia tiene una cobertura de 30 por ciento. Como podemos apreciar, es bastante limitada. El Presidente Ricardo Lagos ha propuesto una meta alta en su Gobierno, que consiste en llegar a los 120 mil cupos en el transcurso de su mandato. Con ello, a pesar del inmenso esfuerzo que se hace, no llegaremos al 50 por ciento de los cupos requeridos.
Aquí el mayor desafío es dar un salto en la educación parvularia, fundamentalmente en determinados niveles socioeconómicos. Debemos buscar la manera de establecer mecanismos que permitan ir más allá de lo existente. No se trata sólo de un problema de declaración de intenciones, de decir que sea obligatorio o no, sino de cómo crear mecanismos que permitan avanzar más rápido.
En esa perspectiva, presentamos un proyecto -ya fue aprobado por la Cámara y hoy se encuentra en discusión en el Senado- que dispone que lo primero es regularizar lo existente y, luego, buscar los mecanismos para ello. Al respecto, la educación parvularia no debería impartirse en viviendas DFL 2, es decir, transformarse en jardines infantiles. No estoy diciendo que sean vivienda y jardín infantil a la vez, sino exclusivamente jardín infantil. En la actualidad, la mayoría de los jardines infantiles de las villas y poblaciones nuevas no son legales, no están regularizados, pues para funcionar en viviendas DFL 2 -como sucede-, tendrían que pagar la franquicia tributaria que las beneficia.
En dicho proyecto levantamos esa restricción y permitimos que en viviendas DFL 2, aquéllas de hasta 140 metros cuadrados de superficie, funcionen jardines infantiles. En verdad, 140 metros es la base constructiva. La cantidad de niños que asistan y el mobiliario que se necesite dependen de lo que disponga la Junji, porque la relación metros-niños se fija de otra manera.
Ese proyecto también consigna normas especiales para regularizar los jardines infantiles existentes, tanto públicos como privados. Hoy, muchos jardines de Integra y de la Junji no lo están. En el caso de los privados, significa que no hay capacidad posterior para fiscalizar, supervisar y regular su desarrollo educativo, porque, para todos los efectos legales, es como si no existieran.
Por ello, proponemos el establecimiento de ciertas normas de excepción en lo constructivo; no en el estándar educativo, y en esto, a mi juicio, el diputado señor Rojas aún no ha entendido la diferencia, a pesar del debate. Por ejemplo, a muchos jardines les falta medio metro de frente, según el plan regulador, y no pueden ser regularizados; otros tienen problemas con los rasantes de los techos. Todas esas normas se reducen a exigencias de seguridad e higiene ambientales. Eso está establecido en lo que aquí se acordó: regularizar los actuales jardines con estándares básicos en la materia, a pesar de que en lo constructivo se salten ciertas normas muy rígidas de la ley de jardines infantiles.
Además, planteamos que una vez regularizados deben cumplir ciertas normas educativas impartidas por la Junji, como la relación cantidad de niños-espacio existente. Eso es distinto a lo constructivo. La confusión entre los aspectos educativo y constructivo ha generado tergiversaciones de distinta naturaleza.
Otro artículo de ese proyecto dice que no puede haber un solo modelo de jardín infantil en un país tan diverso como el nuestro, sino, por lo menos, cuatro, materia que fue discutida con la Junji. Pueden ser los mismos u otros, pero debe haber distintos modelos. Dentro de ésos, en las sedes de la Iglesia y en muchos otros lados han surgido los jardines infantiles comunitarios. La Junji fijará las condiciones de infraestructura, educativas, de espacio y equipamiento para su funcionamiento. Pero lo importante es que se permita su existencia.
Para todo esto, y a fin de ampliar la cobertura, necesitamos regularizar lo existente y flexibilizar las normas rígidas. Creemos que la Junji debe ponerse a tono con las exigencias que ayuden a concretar este anhelo, así como lo hace Integra y muchos jardines. La Junji es una institución fundamental en nuestra legislación y en nuestra vida concreta. A mi entender, deberíamos apurar la tramitación del proyecto en el Senado para regularizar los jardines infantiles existentes y para el establecimiento de políticas de flexibilización por parte de esa institución.
No podemos seguir haciéndonos los lesos. En los sectores de más bajos ingresos, en las poblaciones Serviu, la mayor parte de los niños no va al jardín infantil. Las mamás los dejan en otro departamento, al cuidado de una señora. Para ello no se requiere de una ley, sino de una política activa para la formación de esa señora, de manera que ese cuidado contenga elementos educativos crecientes. La mayoría de los niños que carecen de jardín -ojalá avanzáramos más rápido y hubiese más jardines infantiles- se quedan en otra casa, al cuidado de la vecina. Así ocurre en la realidad, nos guste o no.
Ante esta situación, entre los programas de empleo que se ofrecen debería haber algunos para la formación de esas personas como técnicas en educación parvularia.
Señor Presidente, concedo una interrupción al diputado señor Rojas.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el diputado señor Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , sólo para aclarar una situación que ya se dio en la discusión pasada respecto de la educación parvularia.
Nadie discute -comparto el planteamiento del diputado señor Montes- la existencia de varios tipos de jardines infantiles, sino que la educación por impartir pueda ser diferente una de otra. Además, debemos entender que el jardín infantil se rige por un mecanismo sistemático de educación. No se debe pensar que porque se deja al hijo en el departamento de un vecino se está cumpliendo la labor educacional que debe impartir un jardín infantil.
Solicité la interrupción, de la cual estoy muy agradecido, para aclarar que la Junji ha pedido no malinterpretar el profesionalismo de la parvularia con la atención que presta una dueña de casa. Hace poco tiempo, la diputada señora Adriana Muñoz tomó esto en forma literal, como un desprecio a la dueña de casa. No se trata de eso, sino de reflejar el profesionalismo de una persona que estudia para cumplir la labor de parvularia.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Puede continuar el diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , creo que vamos a coincidir en que ojalá, por lo menos, más del 60 por ciento de las familias de más bajos ingresos debería contar con jardines infantiles del mayor estándar posible. Eso es lo que necesita el país, pero no lo tenemos; en todo caso, debemos avanzar en esa dirección lo más rápido posible. Si es necesario, habría que buscar fórmulas de financiamiento especial, pues sabemos el daño que hace a la sociedad su no existencia.
Mientras tanto, tenemos que avanzar donde se pueda. Muchas juntas de vecinos de zonas urbanas y rurales han abierto jardines infantiles, tienen una técnica en educación parvularia y la supervisión de una educadora de párvulos. Eso hay que reconocerlo como una realidad, y tratar de elevar su estándar. En resumen, no por carecer de lo óptimo no vamos a avanzar en nada. Eso sería engañarnos y limitar la posibilidad de ampliar la educación.
Quiero ir más allá. Debemos reconocer que muchas mamás dejan a su hijo en la casa de la vecina. Eso se debe asumir no como ley, sino como política de la Junji para ver cómo formar a esas personas, a fin de que el objetivo del cuidado vaya incorporando elementos educativos y de desarrollo afectivo. Sabemos de la capacidad de un adulto para condicionar a un niño de esa edad. Para el menor puede ser muy importante la estimulación de comportamientos cognitivos y el desarrollo de aspectos afectivos por parte del adulto. Es un desafío que compete a toda la sociedad, respecto del cual nos falta mucho por hacer.
Quería recalcar esa situación, porque en ese marco se ha dado el debate. ¿Qué dice este proyecto de ley? Expresa que el Estado debe incentivar más el crecimiento de la educación parvularia y establece el concepto de que ella es el primer nivel del sistema nacional de educación, cuya finalidad es el desarrollo integral de la personalidad de los niños.
Comparto el sentido del proyecto y estoy de acuerdo en que, más bien, es una declaración de intenciones y de que el problema es estudiar políticas concretas que nos permitan avanzar, incluso más rápido, en lo existente; valorar mucho lo que ha significado Integra, el aporte de los jardines infantiles privados, de la Junji, y reconocer que tenemos un tremendo desafío por delante.
El concepto que figura acá es el del proyecto aprobado por este hemiciclo. Es decir, ambas mociones -una del Senado y otra de la Cámara de Diputados- lo contemplan.
En relación con el título del proyecto, cabe señalar que no tiene nada que ver con su contenido. El texto de la Cámara planteaba algo distinto, pero cambió en el camino: la modificación del artículo 3º de la Loce y del artículo 1º del decreto Nº 5.291, de 1930, ley de Educación Primaria Obligatoria. Sólo se modifica la Loce, ley orgánica constitucional de Enseñanza, en los artículos 2º y 6º bis, que tienen que ver con la educación parvularia.
Por lo tanto, planteo la necesidad de que esta Sala modifique el título. Si no queremos que vuelva a Comisión, formulo indicación para modificarlo a fin de que diga: “de la ley orgánica constitucional de Enseñanza en lo referente a educación parvularia”, para no seguir con un título que no guarda relación alguna con el contenido. Eso lo haría más consistente.
Insisto en que aquí se está recogiendo la moción que ya aprobó la Cámara de Diputados, y eso hay que dejarlo explícito y claro, de manera que entendamos que esto tiene origen en las dos Cámaras y el resultado debería servir para que la educación parvularia sea efectiva.
Finalmente, nuestro problema, además de aclarar esos conceptos, es cómo avanzar más rápido, cómo financiar, cómo flexibilizar, cómo hacer que la Junji, Integra -Fundación para el Desarrollo Integral del Menor- y privados aporten más en esta dirección. Ese es el desafío, porque sabemos que si no hay buena educación parvularia y mayor cobertura, una parte de nuestros niños quedará en desigualdad de condiciones, con cierto retraso respecto de otros. El desafío de todos nosotros, y creo que en ello vamos a coincidir, es que esto debe enfrentarse con mucha mayor decisión.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Señor diputado , respecto de su sugerencia sobre el título, la Mesa ha tomado las medidas del caso para que, por la vía administrativa, se proceda a cambiar el nombre del proyecto. No corresponde presentar indicación porque el título no es parte de su texto.
Tiene la palabra el diputado señor Homero Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ.-
Señor Presidente , el proyecto en análisis es la continuación de iniciativas originadas en mociones de distintos diputados, en especial de integrantes de la Comisión de Educación de la Cámara.
Hace algunos años, se introdujo un gran cambio para favorecer el desarrollo de la educación parvularia. Se modificó el número 10 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, con el objeto de incorporar el siguiente concepto: “El Estado promoverá la educación parvularia”. Esa es la piedra angular, central, base, de la cual se han generado otras iniciativas con el fin de formar un cuerpo de disposiciones legales que fortalezca el desarrollo de este nivel de la educación.
Después de esta reforma a la Carta Fundamental, debería modificarse la ley orgánica constitucional de Enseñanza, la que en ninguna parte de su articulado se refiere a la educación parvularia, sino que, sólo por su propia definición, a la educación básica y media, excluyendo absolutamente el otro nivel.
Cuando los diputados de esta bancada presentaron el proyecto de reforma constitucional, inmediatamente propusieron la modificación de la Loce. Dicha iniciativa fue estudiada por la comisión respectiva, aprobada por la Sala y despachada al Senado. Supongo que allí continúa.
¿Qué ocurre ahora? El Senado nos envía un proyecto para modificar la ley orgánica constitucional de Enseñanza, y nosotros, como diputados, daremos nuestra aprobación, porque el fin último es modificar la ley y hacer que la educación parvularia avance, progrese y cuente con el respaldo legal correspondiente; pero, en verdad, la iniciativa corresponde a muchos diputados de distintas bancadas, que están de acuerdo en crear este nivel en la Loce.
El proyecto que estamos tratando, como bien señaló el diputado señor Montes, parte con un título equivocado, lo que no ocurría con el texto despachado por la Cámara de Diputados, porque aquél incorporaba en la Loce un concepto que ya estaba contenido en la Constitución: “El Estado promoverá la educación parvularia”; es decir, el Estado se hacía responsable, en muchos aspectos, de este nivel de la educación. O sea, mañana, una vez aprobada esta iniciativa, podremos decir con toda convicción, seguridad y tranquilidad, que los niveles de la educación chilena son la enseñanza parvularia, básica, media y superior.
Estoy de acuerdo con lo señalado por el diputado Montes en el sentido de que este título incurre en un error al decir “...estableciendo la obligatoriedad del nivel de transición.”. Esa es idea de los senadores, porque siempre han abogado por la obligatoriedad del nivel de transición, en circunstancias de que los organismos técnicos externos, el Ministerio de Educación y otras instituciones, coinciden, en forma muy convincente, en que este es un nivel tan menor que no corresponde disponer obligatoriedad, aunque sí dar facilidades y entregar todos los elementos posibles y adecuados, a fin de que sea accesible para los niños; pero de ninguna manera se podría establecer la obligatoriedad, porque no podríamos obligar a las mamás a entregar a sus niños, muchas veces de tres o cuatro años de edad, para que fueran educados en algún lugar.
Para la mejor comprensión de la ley, ése es un punto que se debe modificar. Estamos de acuerdo en ampliar las facilidades, mejorar las condiciones de la educación parvularia, hacerla más accesible, pero en ningún caso puede mantenerse el título del proyecto en análisis.
En resumidas cuentas, estamos de acuerdo con la iniciativa en debate, porque incorpora, en el artículo 2º de la Loce, una mínima expresión a continuación de la coma que sigue a la palabra “niveles”, que dice: “...en especial la educación parvularia, y...”. Con ello se incorpora un nuevo nivel al sistema nacional de enseñanza de nuestro país.
Se agrega, además, una definición: qué se entiende por educación parvularia, a pesar de que ya hay una que maneja la Junji, la cual comienza señalando lo mismo que la modificación introducida en el artículo 6º. Dice: “La educación parvularia es el primer nivel del sistema nacional de educación”. O sea, fundamenta, define, pone un piso excelente, sólido, en que declara que la educación parvularia pasa a ser un nivel más de nuestro sistema nacional de enseñanza.
Entonces, habría preferido aprobar nuestro proyecto, porque era mucho mejor. Como el que estamos analizando también es bueno, lo aprobaremos, pero reitero que el nuestro era superior. Lamentablemente, el Senado no lo estimó así.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Correa.
El señor CORREA.-
Señor Presidente , coincido plenamente con muchas de las opiniones de los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, en cuanto a insistir en la importancia que tiene la educación parvularia o prebásica. Según investigaciones realizadas con motivo de la prueba Simce , los resultados demostraron, en forma tácita, que los alumnos que recibieron educación parvularia o prebásica están mejor preparados. Por tanto, en lo que respecta a la parte técnica y educativa, queda absolutamente comprobada tal situación.
También coincido en que el proyecto en estudio constituye una mera declaración de intenciones sobre la importancia de la educación prebásica, pero no ayuda en nada a su mejoramiento. Lo importante es que se traduzca en cosas concretas, como mayor infraestructura para atender a más niños.
Es relevante señalar que, en los últimos años, la educación parvularia se ha incrementado y ha adquirido más importancia. Esto empezó en la década de los 80, cuando el gobierno militar, ante la necesidad de apartar a los niños del círculo vicioso de la extrema pobreza, vio que era conveniente sacarlos del hogar para darles mejor educación. Comenzó a crear jardines infantiles, centros abiertos, y la educación parvularia tuvo mayor relevancia. Más allá de la importancia que pueda tener la técnica educativa, lo primordial era sacar al niño de la extrema pobreza y mejorar los estándares de desnutrición que existían en aquella época. Con el tiempo ha ido aumentando la cantidad de jardines infantiles, lo que resulta muy positivo para el objetivo que se persigue.
Si queremos avanzar más rápido, aparte de declaraciones románticas como las que se hacen en esta iniciativa, o incluso en la modificación que se hizo a la Constitución, donde se reconoce la educación parvularia como algo realmente importante, es necesario construir más jardines infantiles.
Sin estar muy convencido del proyecto, entiendo que significa dar un paso para reconocer la trascendencia que debe tener la educación prebásica.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente , cuando hace seis años algunos parlamentarios formamos el grupo Pro-Infancia, donde participaron la actual ministra de Educación , señora Mariana Aylwin ; las colegas Marina Prochelle , María Antonieta Saa , Fanny Pollarolo y los diputados Exequiel Silva y Sergio Velasco , entre otros, tuvimos la convicción de que una manera de garantizar de mejor forma la Declaración Universal de los Derechos de la Infancia, era precisamente el reforzamiento y desarrollo de la educación parvularia.
En este contexto, tanto la reforma que dio un reconocimiento a este tipo de educación, como la norma que hoy discutimos, se enmarcan en un esfuerzo por reconocer que los niños tienen derechos y no sólo son sujetos de protección, como era el concepto antiguo, algo arcaico, que predominó hasta hace poco en nuestro país.
Por ello, en esta modificación a la ley orgánica constitucional de Enseñanza, que reconoce la importancia del primer nivel de educación, se establece algo sencillo y obvio, pero muy trascendente: la obligación de la sociedad -éste será el debate a futuro- para con los niños y niñas, desde su nacimiento hasta el ingreso en la educación general básica.
Quiero centrar mi reflexión inicial en este concepto: ¿Estamos entregando un nuevo derecho a los niños, que es la esperanza de quienes promovimos la idea hace tiempo, o simplemente se trata de una declaración de intenciones?
Quienes patrocinamos la moción, encabezados por el diputado señor Montes, para modificar la ley orgánica constitucional de Enseñanza, pensamos -al igual que el Presidente Ricardo Lagos - que la educación preescolar debe ser un derecho. De ahí que no sea casual la política anunciada por el Primer Mandatario , en términos de aumentar la cobertura de la educación preescolar en más de 120 mil cupos en el plazo de tres años, lo cual significa duplicar la cobertura actual.
Por tanto, la iniciativa de modificar esa ley orgánica, si bien no tiene por finalidad establecer un sistema obligatorio para los niños, sí sienta las bases de un derecho para que los menores en edad preescolar puedan enfrentar en mejor forma su proceso educativo. Por ende, es tiempo de revisar más a fondo -aun cuando es más fácil omitir esta consideración que señalarla, pero creo que nos corresponde hacerlo como Cámara- aquellos conceptos que dominaron en los años 60, cuando se creó la Junji -no lo digo con el ánimo de ofender-, porque en ese tiempo el concepto predominante era la protección de los niños y no que ellos eran sujetos de derecho. Cuando la lógica de la protección se lleva a su expresión más exhaustiva, llega hasta el nivel de fijar ciertos criterios que, si bien pueden ser deseables, no siempre son posibles. Me refiero a normas y exigencias que tienen que ver con las condiciones sanitarias de un jardín infantil múltiple o comunitario que, a veces, no hacen viable su funcionamiento. Tales normas, que han predominado y existido en las actividades de la Junji, responden a una época basada en el concepto de la protección. En los últimos años hemos visto que esto ha ido evolucionando para compatibilizar la tradición de la protección con el concepto del niño como sujeto de derecho. Lo anterior se refleja en el proyecto en estudio y también en la ampliación de las modalidades de la educación preescolar.
Al sentar las bases de un derecho -no una obligación-, es importante que la Cámara reflexione sobre cómo debe garantizarse el ejercicio de ese derecho a futuro, de acuerdo con los niveles de desarrollo social y cultural de nuestro país, porque es preferible -lo digo, aunque pueda molestar- que en comunas como Diego de Almagro funcionen jardines infantiles en condiciones no óptimas, de acuerdo con los parámetros de la Junji, a fin de que los niños tengan un proceso educativo de sociabilización y de estimulación. Sería inconveniente que no existiera un establecimiento de esa naturaleza, porque faltan algunos requisitos, como tazas de baño pequeñas o baños separados para hombres y mujeres. En verdad, se debería reflexionar sobre si la separación de los niños a esa edad es necesaria. Sin duda, debemos procurar condiciones sanitarias adecuadas para que los niños tengan un proceso educativo apropiado.
Ése fue el espíritu de esta Corporación cuando promovió el concepto contenido en la moción que despachó hace algún tiempo. Por lo tanto, estoy muy contento de que el Senado haya acogido la idea de la Cámara.
Tengo duda, y lo digo con respeto, sobre si lo que se hizo fue acoger la idea o ha habido un proceso sutil de plagio. Entiendo que no fue ésa la voluntad, sino acoger un proceso. Lo mismo ocurrió en otro momento, y lo quiero traer a colación, porque existió voluntad de ambas ramas del Congreso para legislar sobre la materia y acoger las mismas ideas matrices. Esto ocurrió con un proyecto presentado a principios de 1990, que tenía por objeto reducir de 21 a 18 años la mayoría de edad. Entonces se presentaron dos iniciativas en forma simultánea: una, en la Cámara, y otra, en el Senado.
Señor Presidente , como ahora hay acuerdo de ambas Corporaciones, deseo consultar a su Señoría o, en su defecto, al señor Secretario , respecto de cómo pueden fusionarse los boletines que abordan la misma materia, a fin de revisar la redacción de los informes, de forma tal que se reconozca que hay un esfuerzo conjunto de ambas ramas del Parlamento y eso quede en la historia fidedigna del establecimiento de la ley. Ello, por cuanto en esta materia, que busca sentar las bases de un nuevo derecho, es muy importante constatar que hubo actores de todos los ámbitos, tanto de la Cámara como del Senado, que trabajaron para establecer las bases de un nuevo capítulo sobre la Declaración Universal de los Derechos del Niño, a la cual adhirió Chile en 1991, durante el gobierno del Presidente Aylwin, y que el Congreso Nacional asumió esa responsabilidad al dictar las leyes correspondientes.
Reitero que votaremos a favor el proyecto. Estamos en la nueva era de establecer derechos constitucionales para los menores de edad, para los niños, que hoy son sujetos de derecho, mediante la dictación de leyes orgánicas.
Esperamos que, a futuro, el Congreso revise la forma de garantizar la distribución geográfica de la cobertura, porque existen algunos problemas de acceso a la educación preescolar, por cuanto demasiadas veces depende de la existencia de infraestructura idónea y los municipios más pobres tienen mayores dificultades para contar con los recursos necesarios para ello, y los municipios rurales enfrentan complicaciones para cumplir con normas exigentes que se establecen.
Estimo que es voluntad de todos los sectores del Congreso buscar la forma de facilitar la ampliación de la cobertura en esta nueva era que establece el derecho de los niños y niñas de acceder a la educación preescolar.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Rozas.
La señora ROZAS (doña María).-
Señor Presidente , hoy hemos utilizado este tema para acrecentar el léxico español y usarlo en la Cámara. He escuchado una cantidad de sinónimos para calificar y, en algunos casos, hasta he sentido una descalificación sutil al proyecto.
En primer lugar, quiero decir que los autores del proyecto -a quienes conozco y doy fe de su buena intención, en especial la del senador Mariano Ruiz-Esquide , miembro de la Comisión de Educación-, no plagiaron ni copiaron la moción de la Cámara.
En segundo lugar, la intención era que el nivel de transición, de educación parvularia, fuera obligatorio. Como todos sabemos, los parlamentarios no tenemos la posibilidad de presentar indicaciones que tengan que ver con aspectos presupuestarios, por lo cual se eliminó el concepto de obligatoriedad y la norma quedó reducida a lo que algunos han denominado una “declaración romántica”.
Los autores del proyecto en debate entienden que hay otras mociones en la Cámara de Diputados con las cuales puede ser refundido. Pero, reitero, considero que no ha habido copia ni plagio; ni siquiera podemos suponer una mínima intención en ello. Lo digo, porque hay gente que ha estado seriamente preocupada del tema, sin ningún afán de protagonismo. Aclaro este punto para que quede constancia de ello en la versión de la sesión.
Tampoco el proyecto se contrapone con lo que planteaba el diputado señor Montes. Por el contrario, aborda un tema que está presente desde su inicio. Es cierto que es o puede seguir siendo un proyecto protector, pero el tema de fondo radica en que, desde los puntos de vista social, económico, físico e intelectual, la única posibilidad de que los niños tengan igualdad de oportunidades es contar con niveles de educación parvularia obligatorios, establecidos por ley. Eso implica, ni más ni menos, y debemos entenderlo así, que el Estado tendrá que consignar los recursos presupuestarios suficientes para establecer dicha obligatoriedad, o sea, destinar más recursos, los que hoy no están disponibles.
Independientemente de lo anterior, hay un aspecto que tendrá que cambiar, no sólo en la Cámara sino también en el Gobierno, en especial en los niveles técnicos del Ministerio de Hacienda: el gasto en educación.
Quienes sentimos preocupación por este tema desde hace muchos años, por razones profesionales, tenemos muy claro que no podemos seguir hablando de “gastos en educación”. Hay que revertir ese criterio y, aunque sea muy romántico decirlo, cambiar el término, pues lo que se necesita es “invertir” más en educación. Todos los recursos que se asignen a educación no son un gasto, sino una inversión para el país.
En el tema de la educación parvularia, todos los esfuerzos que se hagan con las platas disponibles del Gobierno no son suficientes para cubrir las necesidades del país.
Voy a referirme a un elemento que no se considera en el proyecto, pero que sí tiene que ver con la discusión de este momento. Hoy, el 40 por ciento de la masa laboral chilena está constituida por mujeres. En el año 2010, quienes históricamente hemos estado al cuidado de nuestros niños, superaremos el 50 por ciento. Por lo tanto, por la estructura laboral del país habrá más niños absolutamente desprotegidos desde el punto de vista social, económico e intelectual, lo cual obligará a que el país empiece a desarrollar formas distintas -ya lo hemos visto en otros proyectos- de implementación de jardines infantiles y salas cuna.
En esa línea, comparto la idea del diputado señor Montes, en cuanto a que las casas y jardines infantiles que no cuentan con profesionales parvularias constituyen una solución de emergencia. Pero no me parece una buena razón que, por necesidades de emergencia, los más pobres, es decir, aquellos con menos recursos, no dispongan de los requerimientos pedagógicos que precisa la educación parvularia.
Esto implica que, en todas las comunas y sectores populares, quienes deben estar a cargo de la educación parvularia sean los profesionales de la educación. Entendemos la solución actual como de emergencia, de parche; pero el objetivo al que debemos aspirar, si creemos que la educación es la base del desarrollo político y económico de cualquier sociedad civilizada, es que la educación parvularia debe ser atendida por profesionales preparados para ello, que han estudiado y disponen de elementos técnicos para realizar su trabajo.
El tema más de fondo no es sólo la obligatoriedad de la educación parvularia, que discutimos hoy, sino fundamentalmente entender que no hay solución para la educación universitaria, media y básica si no somos capaces de ordenar las cosas desde la raíz. Y la raíz está en hacer obligatoria la educación parvularia, de una vez por todas, invirtiendo -no gastando- recursos de todos los chilenos en mejorar esa raíz, para que luego el tronco y las ramas se desarrollen como corresponde.
Valoro la iniciativa de los senadores autores del proyecto, como también las otras mociones que se han presentando, y no tengo problema en fusionarlas. Lo importante es que todos apuntemos al mismo horizonte, a esa utopía de establecer que la educación parvularia sea obligatoria para todos los chilenos, porque -insisto- ésa es la base real para la igualdad de oportunidades.
Lo anterior tiene dos condiciones: primero, que Hacienda comprenda que se trata de una inversión y no de un gasto, y segundo, que los chilenos entendamos que faltan recursos, vía impuestos o lo que sea, para que se cumpla con este objetivo esencial, cual es la igualdad de oportunidades a partir de la raíz y no cuando el tronco ya está medio chueco, porque no todos han tenido las mismas oportunidades.
Cuando hablamos de delincuencia y drogadicción, quienes vivimos en barrios populares sabemos que el mayor foco se encuentra entre los niños que quedan en la calle porque la mamá tiene la urgencia de salir a conseguir un trabajo. Ese niño que queda solo, sin el cuidado de sus padres ni de su escuela, está expuesto y es un símbolo de la pérdida de igualdad de oportunidades que nadie puede negar.
Valoro el proyecto, que después de largos meses de discusión en la Comisión se haya aprobado por la mayoría de sus miembros y que se trate hoy en la Sala. Espero que todos estemos de acuerdo, sin adjetivos -o con ellos, si queremos-, en la necesidad de invertir mucho más en educación parvularia. Ojalá que tengamos la facultad o la capacidad de presionar a las autoridades para promulgar una ley que cumpla con el objetivo inicial del proyecto, esto es, la obligatoriedad, para todos los chilenos, de cumplir con la educación parvularia, porque de ese modo solucionaremos los problemas de fondo.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, estoy muy decidido a dar mi apoyo al proyecto, respecto del cual comienzan a producirse confusiones.
Denantes alguien dijo que no estaba convencido; pero el que habla está convencido de apoyar el proyecto, porque no hace otra cosa que reconocer el derecho de los niños.
En el segundo trámite de tan importante proyecto, supongo que algunos colegas presentes en la Sala, al igual que yo, recordarán, a lo mejor con cariño de infante, la ley de Educación Primaria Obligatoria, con la cual fuimos favorecidos, obra de hombres laicos de nuestro país que dieron tanto por la educación incipiente en los años mozos de este Chile nuestro. Recuerdo con cariño el legado de don Valentín Letelier.
Ésa fue y es la lucha por la igualdad real de oportunidades para todos los chilenos. Se trata, como tantas veces se ha dicho, de que en el seno de nuestra sociedad todos, mujeres y hombres, sin importar la cuna, sean capaces de desarrollarse de manera íntegra y alcanzar los fines más trascendentes.
¿Cómo se llega a ello? Con la educación, y qué bueno es traspasarla hoy a los párvulos, como bien dijo el diputado señor Juan Pablo Letelier , como derecho de los niños.
Está demostrado que la igualdad de oportunidades, como meta social, sólo se logra con el acceso igualitario a la educación en todos sus niveles formativos, incluyendo el prebásico o parvulario. Cada niño de nuestro país, sin importar su condición ni si vive en la metrópoli o en una comuna rural pobre, debe tener idénticas posibilidades de desarrollo social e intelectual.
Por las razones expuestas, no puedo sino apoyar la iniciativa, sin entrar en la confusión que se produce con tanto debate.
La iniciativa debe ser apoyada en los términos que nos recomienda nuestra Comisión de Educación, cuyo texto fue aprobado por la mayoría de sus miembros.
Cuando asistí a la Comisión de Educación, pude comprobar la importante y valiosa intervención de quien hoy preside la sesión, el Primer Vicepresidente de la Cámara.
El proyecto se afirma en el principio de acceso universal a la educación prebásica, y responsabiliza al Estado de fomentar su aplicación, tal como lo hicimos hace menos de un año con una reforma constitucional que iba en idéntico sentido. No estamos inflexibilizando la educación parvularia, sino poniéndola en el nivel más alto de las preocupaciones del Estado.
No me gusta que sea obligatoria, pero no nos confundamos, pues sería ir en contra del proyecto. Sólo como argumento me habría gustado agregar un inciso que señalara que es un derecho de los niños.
La finalidad de la educación parvularia, según el artículo 6º bis que se agrega, es atender integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta el ingreso a la educación general básica, sin constituir antecedente obligatorio para ésta. Esta frase es fundamental. Sin embargo, debió haberse referido al derecho de los niños.
Concuerdo con el diputado señor Juan Pablo Letelier en cuanto a que el título no es acertado, pero la solución no está en la formulación de una indicación.
Por otro lado, me complica un poco la autoría, pero debo entender -para no ir en su contra- que en el camino del proyecto de la Cámara de Diputados se cruzó una indicación.
Mi parecer es favorable y anuncio el voto afirmativo de la bancada del Partido por la Democracia.
Por su intermedio, señor Presidente , le concedo una interrupción al diputado señor Juan Pablo Letelier.
He dicho.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente , le agradezco la interrupción al colega señor Jaramillo.
Quiero clarificar mis dichos a fin de que la diputada señora María Rozas entienda su sentido. El propósito del Senado fue distinto del de la Cámara. En términos de procedimiento se está resolviendo mal una discrepancia.
El Senado quiere establecer -como decía la colega señora María Rozas , y no sé si existe alguna discrepancia por el uso del lenguaje- la obligatoriedad de la educación preescolar o parvularia, con lo cual no estoy de acuerdo porque no es lo que corresponde. Una cosa es la obligación de que los niños de 4 años tengan que ir a un establecimiento de educación preescolar y otra muy distinta lo que aprobó esta Cámara, que es el derecho de tener acceso a la educación preescolar.
Cuando presenté la moción -con los diputados señores Ortiz , Montes y otros-, en el debate se puso énfasis en cuanto a que se trata de un derecho de los niños, que el Estado debe garantizar.
El Senado propuso otro concepto -y se refleja en el título-, en orden a establecer la obligatoriedad de la educación preescolar o parvularia, al igual que la norma que hizo obligatoria la instrucción primaria. Incluso, en ese tiempo los carabineros llevaban al colegio a la fuerza a los niños que encontraban en la calle. Habría que estudiar la forma de hacer algo similar con los jóvenes que abandonan la educación formal. En todo caso, usé un concepto fuerte -plagio- para llamar la atención.
Lo curioso es que se votará un proyecto sobre una materia que la Cámara ya aprobó. Por tanto, además de pedir el pronunciamiento de la Mesa al respecto, sugiero que en la comisión mixta se resuelva la diferencia con el Senado.
No se trata de una animosidad contra el senador señor Ruiz-Ezquide , gran amigo, o el ex senador por la Sexta Región, que represento en la Cámara, señor Nicolás Díaz. El hecho es que hay dos conceptos. Por eso, hago mía la afirmación del diputado señor Jaramillo en cuanto a que se deben establecer las bases de un derecho y no de una obligación. Mi duda radica en si la forma de legislar ha sido correcta, porque el Senado propuso una cosa distinta.
Tal vez convenga rechazar su proposición y en una comisión mixta resolver la discrepancia o suspender la tramitación del proyecto, para no terminar en el absurdo de que el título -obligatoriedad de la educación parvularia- sea distinto de su contenido. En todo caso, me quedo con el texto propuesto por la Cámara.
Por lo tanto, pido a la Mesa que considere esta situación antes de votar el proyecto.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Recondo.
El señor RECONDO.-
Señor Presidente , al escuchar el debate uno se queda con la inquietud de que nuevamente se aprobará un proyecto que entrega señales en el sentido correcto, porque existe acuerdo al menos en eso; pero la realidad más de fondo y que está detrás de lo que señalaba el diputado señor Juan Pablo Letelier es que el Senado ha propuesto la obligatoriedad de la educación preescolar o parvularia.
Más allá de aprobar proyectos que den señales en esta materia, es preciso aprobar iniciativas concretas que manifiesten la voluntad real de este Poder del Estado en cuanto a invertir en educación. Existe consenso en que la educación parvularia es indispensable para el desarrollo de los niños. Sin embargo, no podemos quedarnos sólo en las señales, sino que debemos dar los pasos que permitan que esto sea una realidad y todos accedan a la educación parvularia.
En la campaña presidencial pasada se dijo que la igualdad de oportunidades partía, precisamente, desde el inicio de la educación, porque los niños que acceden a la educación parvularia parten en la carrera de la vida con varios metros adelante, ventaja que en el futuro es casi imposible de acortar.
En consecuencia, hay un problema de fondo: no bastan los proyectos que dan señales. Deben hacerse cosas concretas para que la igualdad de oportunidades sea una realidad. Por lo tanto, se requieren recursos, sin duda, pero el Estado siempre los destinará a otras prioridades sociales antes que al área de la educación parvularia.
Es decir, la voluntad que existe sobre la materia queda de manifiesto con el argumento de que la educación parvularia no podría ser obligatoria, por ejemplo, porque no sería factible implementarla en forma adecuada en los sectores rurales, en los cuales resulta difícil acceder a los centros de educación, o porque la unidad familiar se ve favorecida al mantener a los niños más tiempo con la familia.
Entonces, es necesario generar incentivos que posibiliten un cambio de actitud y de conducta de los padres, a fin de que permitan a sus hijos acceder a la educación parvularia. Podría ser, por ejemplo, una unidad de subvención diferenciada, que por cierto significaría más recursos; pero es la señal y la voluntad que debemos manifestar. Si todos coincidimos en que la educación es el inicio de la igualdad de oportunidades, debemos estar contestes en que hacia ella deben estar orientados principalmente los recursos del Estado. Una subvención diferenciada podría ser uno de los incentivos para que los padres, incluso los de los sectores rurales, lleven a sus hijos a la educación parvularia.
Durante el debate de esta iniciativa sólo se han dado señales. Incluso, en mi opinión, el diputado señor Ortiz incurrió en un grave error conceptual al plantear que sólo cuando seamos un país desarrollado podremos aspirar a una educación parvularia obligatoria, en circunstancias de que debería ser exactamente al revés: ser obligatoria y destinar los recursos para que el ciento por ciento de los niños puedan acceder a ella durante el proceso de desarrollo; de lo contrario, nunca seremos un país desarrollado. Si pensamos que es necesario ser desarrollados para entregar dicha educación, estamos utilizando conceptos equivocados.
Por eso, no obstante anunciar que vamos a aprobar este proyecto, queremos hacer presente que aquí estamos frente a una nueva señal que no refleja una real voluntad de los Poderes del Estado de invertir adecuadamente en educación, entendiendo que ella es el punto de partida de la igualdad de oportunidades y, además, el punto de partida de algo que ha sido el eslogan del Gobierno de la Concertación: crecimiento con equidad.
De manera que en una materia tan importante como ésta, una vez más, sólo estamos dando señales. Tal vez, al establecer la necesidad de hacer obligatoria la enseñanza parvularia, el Senado quiso ejercer una presión real para que el Estado destine los recursos que requiere la educación parvularia de nuestro país.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Ha llegado la hora de término del Orden del Día.
Quedan inscritos la diputada señora Lily Pérez y los diputados señores Jaime Jiménez y Carlos Vilches.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
INVESTIGACIÓN DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS POR TÉRMINO DE CONTRATO DEL SERVIU DE LA OCTAVA REGIÓN CON LA EMPRESA TECSA S.A. (Votación).
El señor PARETO (Presidente).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 560.
El señor Prosecretario va a dar lectura a la parte resolutiva.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 560, por el cual la Cámara de Diputados acuerda:
“Facultar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano para que se constituya como comisión investigadora, y en un plazo máximo de 30 días informe respecto de los alcances que tendrá el término del contrato con la empresa Tecsa S.A., la adjudicación de las obras a una nueva empresa; señale los costos al presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que significaría el hacerse cargo de los gastos de las reparaciones y obras adicionales al proyecto Barrio Modelo y se forme una opinión respecto de las responsabilidades administrativas y contractuales, especialmente con la empresa Tecsa S.A. que caben en este caso”.
El señor PARETO (Presidente).-
En votación el proyecto de acuerdo Nº 560.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 59 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor PARETO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
ENVÍO DE PROYECTO PARA PERFECCIONAR LA LEY Nº 19.234, SOBRE REPARACIÓN A EXONERADOS POLÍTICOS.
El señor PARETO (Presidente).-
Se va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 561, de los diputados señores Felipe Letelier, Enrique Jaramillo, Francisco Huenchumilla, Sergio Velasco, José Pérez, Leopoldo Sánchez, Ramón Núñez y Carlos Olivares, y de la diputada señora Soto, doña Laura:
“Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 48 Nº 1 de la Constitución Política de la República y en el Reglamento de la honorable Cámara.
Considerando:
1º Que el Gobierno Militar empleó como medida de represión política la exoneración masiva de funcionarios públicos de la Administración del Estado, vulnerando sus más esenciales derechos al trabajo y a la carrera funcionaria y privándolos de poder satisfacer sus más esenciales necesidades en el seno de sus familias.
2º Que como una medida de reconocimiento y reparación para estas personas, los Gobiernos de los Presidentes de la Concertación dictaron dos leyes, la Nº 19.234 y la Nº 19.582, mediante las cuales han permitido otorgar beneficios a varias decenas de miles de personas, ampliándose incluso la cobertura para quienes fueron funcionarios públicos de la Administración Civil de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública y para los trabajadores de empresas privadas que durante los últimos años de democracia trabajaron en empresas pertenecientes a la denominada área social estatizada.
3º Que existen, sin embargo, una serie de vacíos normativos que subsisten, fruto, entre otras, del complejo tramado normativo de la previsión chilena, especialmente en el antiguo sistema de pensiones, que se caracterizaba por la pluralidad de instituciones, normas y beneficios a los cuales eran acreedores los trabajadores.
4º Que asimismo, recientemente la Contraloría General de la República y el Instituto de Normalización Previsional, han interpretado las normas de ambas leyes de manera absolutamente distinta a las pretensiones de los exonerados, generándose una delicada situación por la disminución y en unos casos no otorgamiento de las pensiones no contributivas, uno de los beneficios establecidos por la Ley de Exonerados y sus modificaciones posteriores.
5º Que es un hecho público y notorio, que sobre todo en sectores rurales y zonas especialmente aisladas del territorio, han quedado chilenos, posibles beneficiarios de estas normas sin llegar a tener conocimiento de esta ley reparatoria. Más aún, en unos casos, aun sabiendo, por temor a posibles represalias o a ser tachados como activistas políticos, hubo personas que se inhibieron de postular a los beneficios a que justamente tenían derecho.
6º Que en situación similar están los miles de chilenos residentes en el extranjero, muchos de ellos víctimas, además de la exoneración, de la privación ilegítima de libertad, de torturas y del exilio forzado, quienes no alcanzaron a reunir su documentación para acogerse a los beneficios de esta ley.
7º Que, además, ha existido una tremenda lentitud en el procesamiento de las miles de peticiones, especialmente por parte del Instituto de Normalización Previsional, lo que ha derivado en que haya exonerados que han fallecido sin obtener sus tan ansiados y justos beneficios reparatorios.
8º Que en atención a todo lo anterior, creemos necesario que su Excelencia el Presidente de la República presente a trámite parlamentario una iniciativa legal, que sabemos es de su iniciativa exclusiva por mandato constitucional, para perfeccionar la legislación sobre exonerados, de manera de poder reparar de manera efectiva a todas las personas que tienen derecho a ello.
Más aún, creemos que en la actual coyuntura económica habiendo importantes recursos financieros ya previstos por estas leyes, que están empozados en las arcas fiscales, resulta del todo conveniente que esos recursos lleguen a manos de sus destinatarios, con lo cual se aliviaría la situación de miles de hogares de personas, que por cierto hoy en día son adultos mayores (más del 80% son mayores de 60 años).
Por tanto,
Los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguiente proyecto de acuerdo:
Oficiar a su Excelencia el Presidente de la República para que, si lo tiene a bien, se sirva disponer el envío al Congreso Nacional de un proyecto de ley que perfeccione la ley Nº 19.234, sobre reparación a exonerados políticos, abriéndose un plazo de 6 meses corridos para efectuar nuevas solicitudes de beneficios y mejorar su contenido y estructura a lo menos en los siguientes aspectos:
1. Otorgar a las viudas un montepío de un monto idéntico a la pensión del causante.
2. Extender el abono de tiempo por gracia a las pensiones de sobrevivencia.
3. Elevar a un 100% el llenado de lagunas previsionales para configurar la causal de pensión no contributiva.
4. Establecer que el abono de tiempo por gracia se aplique a los beneficiarios como una fórmula compensatoria del daño causado por el despido arbitrario, independientemente de que tenga imposiciones en el lapso inmediatamente posterior al despido.
5. Que el abono de tiempo se compute como período válido para sumarlo al tiempo requerido para configurar el requisito de pensión.
6. Que se les entregue el derecho a los exonerados políticos pensionados en el nuevo sistema de pensiones de las Administradoras de Fondos de Pensiones, el derecho a que una vez agotados sus fondos previsionales obtengan una pensión mínima que otorga la actual Ley de Exonerados.
7. Rebajar los topes exigibles de 15 y 20 años, para acceder a la pensión no contributiva, fijándose uno solo de 10 años, que corresponde con el mínimo exigible para pensión de vejez en el régimen normal.
8. Que se establezca que el trámite de imposiciones retrospectivas se efectúe mediante procedimientos especiales expeditos y no burocráticos, ante el Programa de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior.
Asimismo, se acuerda enviar copia de esta presentación a los ministros del Interior, del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda”.
El señor PARETO (Presidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente, este proyecto de acuerdo es importante y cuenta con el respaldo de toda la Cámara.
La ley Nº 19.234, a mi juicio, ha tenido demasiados “parches” y no se ha hecho justicia, como quisiéramos, tanto a la gente que ha retornado del exilio como a algunas viudas cuyos maridos murieron esperando el beneficio, como a las personas que concurrieron a las administradoras de fondos de pensiones, a quienes, tarde o temprano, se les acabarán los fondos y el Estado, solidariamente, deberá procurar que continúen percibiéndolos.
Por tanto, ruego a la Cámara que apruebe por unanimidad este proyecto, ya que se trata de algo absolutamente humano.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Velasco.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente , si su Señoría lo tiene a bien, cederé mi derecho al colega señor Sergio Ojeda, quien ha pedido la palabra en forma insistente.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente , creo que la actitud del diputado señor Velasco sólo refleja su grandeza.
Mi bancada prestará su aprobación a este proyecto de acuerdo, ya que responde a los requerimientos, necesidades e inquietudes que ha expuesto el comando de exonerados políticos de Chile, puntos que son absolutamente coincidentes con las peticiones que ha formulado en la Comisión de Derechos Humanos.
Se ha solicitado una audiencia con el ministro del Interior, a fin de hacerle presente la necesidad de que se envíe un proyecto que vaya en beneficio de este grupo de chilenos, que en alguna oportunidad fueron expulsados o exonerados por razones políticas, o sea, absolutamente contrarias a su capacidad e idoneidad.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , en verdad, comparto la intención de fondo del proyecto, pues se han dictado dos leyes en relación con los exonerados políticos y las dos han resultado defectuosas, en el sentido de que no han permitido que reciban una compensación por el daño causado.
Uno de los problemas que ha tenido el Ministerio de Hacienda es que no se conoce la cantidad de exonerados que existe. Entonces, en algún momento, habrá que tomar una opción: si se reabre nuevamente el período de inscripción o se mejoran los beneficios a los exonerados ya inscritos. Los dos períodos para inscribirse fueron prolongados.
Sin embargo, estimo que lo que correspondería sería mejorar los beneficios, porque si se pretende lograr los dos objetivos, en definitiva, Hacienda no sabrá cómo hacerlo y nuevamente se caería en el mismo problema. Distinto es saber cuántas son las personas que están inscritas y la situación en que se encuentran para calcular, a partir de eso, el impacto que tendrían los nuevos beneficios.
Por tanto, no obstante estar de acuerdo con el proyecto, reitero que en su momento la Sala deberá tomar las debidas precauciones para encontrar una solución, por cuanto habrá que decidir por una de las dos opciones señaladas, ya que ambas, en conjunto, debilitarán los beneficios en comento.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Ofrezco la palabra a algún señor diputado que quiera impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
¿Habría acuerdo para aprobarlo por unanimidad?
El señor PALMA (don Andrés).-
No, señor Presidente. Que se vote.
El señor PARETO (Presidente).-
En votación.
El señor PARETO (Presidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
BONO DE APOYO A MADRES Y RECIÉN NACIDOS ATENDIDOS EN EL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD.
El señor PARETO (Presidente).-
Se va a dar lectura al proyecto de acuerdo Nº 563.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 563, de las diputadas señoras Laura Soto, Adriana Muñoz y María Angélica Cristi, y de los diputados señores Jaramillo, Ascencio y Seguel.
“Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 48 de la Constitución Política de la República.
Considerando:
1º Que es deber del Estado, de conformidad a nuestra Constitución Política, la promoción del bien común y la protección del hogar y la maternidad.
2º Que miles de madres modestas del país, que son atendidas en los servicios hospitalarios públicos, muchas veces no cuentan siquiera con los recursos más mínimos para solventar los gastos derivados de la maternidad, como son la compra de medicamentos para ellas y sus recién nacidos o de insumos mínimos para el bienestar de sus hijos, incluyendo la primera alimentación.
3º Que es necesario focalizar el gasto social y orientarlo efectivamente a los sectores más necesitados de la población.
4º Que consideramos, en razón de lo expresado, establecer un bono, aunque modesto, que vaya en ayuda de las madres del país.
Por tanto, los diputados que suscriben vienen en presentar el siguiente proyecto de acuerdo:
Oficiar a su Excelencia el Presidente de la República con la finalidad de que estudie la factibilidad de crear un bono de apoyo a la madre y al recién nacido, que sean atendidos en el sistema público de salud, de $ 25.000 (veinticinco mil pesos), pagaderos al momento del alta de los pacientes, con la finalidad de apoyar la compra de medicamentos y otros insumos necesarios para el bienestar de la mujer y los niños recién nacidos”.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Cristi.
La señora CRISTI (doña María Angélica).-
Señor Presidente , voy a apoyar el proyecto de acuerdo que tiene por objeto proponer el otorgamiento de un bono de ayuda a las madres e hijos recién nacidos atendidos en el sistema público de salud, por el alto costo que implica para una familia de escasos recursos la llegada de un nuevo hijo. Todos conocen los gastos en que deben incurrir esas familias en la adquisición de medicamentos, pañales y otros insumos que, muchas veces, deben aportar a los servicios hospitalarios públicos donde se atienden.
Tal como existe un subsidio familiar para las madres, podría establecerse este bono, que sin duda sería un apoyo importante en momentos en que se produce la llegada de un nuevo hijo, más aún cuando existe una alta cesantía, que no sólo afecta a los varones, sino también a muchas mujeres embarazadas.
Las diputadas y diputados autores del proyecto de acuerdo pedimos el apoyo de la Sala para solicitar al Ejecutivo que considere la factibilidad de crear un bono de apoyo para las madres de escasos recursos, con la finalidad de ayudarlas en la adquisición de los medicamentos e insumos necesarios para el bienestar de sus hijos recién nacidos.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra la diputada señora Soto.
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente , al elaborar el proyecto de acuerdo tuvimos en cuenta precisamente a aquellas madres que están en una situación muy precaria. Solicitamos para ellas que, por una vez, se les otorgue un subsidio especial que les permita comprar el alimento, los medicamentos necesarios y, en especial, el ajuar de su guagua, porque si bien es cierto que muchas veces se les brinda algún tipo de apoyo, esa ayuda específica es esporádica.
Constituiría un hecho muy importante que a cada madre indigente que da a luz en los hospitales públicos se le otorgara el bono, como señal de sensibilidad social de esta Cámara. Apoyar la maternidad es muy importante, sobre todo en momentos en que surgen voces en favor del aborto.
Constituyó un acto simbólico el hecho de que la presentación del proyecto de acuerdo se hiciera el Día de la Madre. Ahora, recabemos el apoyo de la Sala para aprobar la proposición.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto.
Ofrezco la palabra.
En votación el proyecto de acuerdo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 29 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Por no haberse reunido el quórum requerido, se va a repetir la votación.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Se llamará a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Hago presente a la Sala que los autores del proyecto de acuerdo han solicitado a la Mesa, en forma unánime, dejar pendiente su votación hasta la sesión ordinaria del próximo martes 12 de junio.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En consecuencia, el proyecto de acuerdo se votará en la sesión ordinaria del próximo martes.
VII. INCIDENTES
INFORMACIÓN SOBRE CAUSA DE MUERTE DE DON DOMINGO DURÁN NEUMANN. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En Incidentes, en el primer turno correspondiente al Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente , el domingo pasado, a la 1.20 horas de la madrugada, dejó de existir un gran dirigente agrícola, de profesión abogado, quien, en 1988, fue gran crítico de los economistas denominados “Chicago boys”. Me refiero a don Domingo Durán Neumann , hermano de don Julio Durán, ambos con gran trayectoria en la vida gremial y política del país. Nos ha dejado y ha partido a descansar en la paz eterna.
Los diputados agraristas, que nos sentimos absolutamente identificados con la agricultura del país, no podemos sino decir que lamentamos enormemente la partida de Domingo Durán Neumann. Pero, junto con ello, quiero solicitar que se oficie al ministro del Interior para que explique a la Cámara la real causa de muerte, porque los medios de comunicación señalaron que recibió una golpiza en su oficina y que lo encontraron prácticamente inconsciente.
No es posible que en el país ocurran situaciones de este tipo y no se sepa nada. Es importante pedir que el Ministerio del Interior y las policías informen en detalle a esta Corporación sobre lo que realmente ocurrió, en especial si alguien golpeó y maltrató a Domingo Durán Neumann. La Cámara y la comunidad nacional deben saber lo que realmente sucedió, porque tengo la impresión de que la causa de su muerte tiene que ver con la golpiza que recibió días antes en su oficina.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que lo indican, de lo cual se toma debida nota.
HOMENAJE EN MEMORIA DE DON DOMINGO DURÁN NEUMANN.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eugenio Tuma.
El señor TUMA (de pie).-
Señor Presidente , aun cuando nunca compartí las posiciones políticas de Domingo Durán, quiero adherir al duelo que aflige a su familia y expresar mis condolencias por la muerte de un dirigente que representó de muy buena manera los intereses de la agricultura chilena.
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficios.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , en segundo lugar, quiero referirme a lo que se ha puesto en conocimiento de la opinión pública respecto de la Conadi. Es un verdadero escándalo que sus escasos recursos puedan haberse usado en mala forma, distorsionando lo que debería ser una buena imagen de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
Es necesario, entonces, reflexionar sobre su institucionalidad, porque cuando se redactó la ley se creó un organismo híbrido, haciendo creer a los pueblos indígenas que iban a participar en su gestión.
Dicha entidad sólo tiene el nombre de corporación, por cuanto es una institución bastante minusválida, pues los recursos que se le asignaron fueron los mismos que tenía originalmente la Comisión Especial de Pueblos Indígenas. Además, tiene una planta de 88 funcionarios, absolutamente insuficientes para atender la inmensa demanda de los pueblos originarios.
Quiero reivindicar el derecho de dichos pueblos a tener un organismo que se preocupe eficazmente, de modo transparente, del uso de recursos a favor de estas demandas, porque el actual organismo no está en condiciones de cumplir con los compromisos y acuerdos que el Estado ha contraído con el mundo indígena.
Desde esa perspectiva, sin perjuicio de los resultados que se obtengan tanto por la Fiscalía como por las investigaciones que se realicen para sancionar a quienes han lucrado con la fe pública y la han desvirtuado, quiero plantear la necesidad de que el Ministerio de Planificación, Mideplan, haga una propuesta de reingeniería de la Conadi, en el sentido de modificar la legislación en beneficio del mundo indígena.
En mi opinión, la Conadi sólo debería ser un organismo coordinador de políticas públicas para los efectos de hacer vinculante el compromiso y los acuerdos con el mundo indígena, pero dotando a su población de una verdadera representación para negociar, actuar como interlocutor y llegar a acuerdos con el Estado en materia de políticas públicas. Hay que hacer una reflexión profunda sobre cómo el Estado es capaz de cumplir con sus compromisos.
A propósito, el Presidente Lagos ha manifestado la voluntad de satisfacer la demanda indígena en materia de tierras con 150 mil hectáreas, lo que probablemente, considerando el ritmo de inversión que tenemos en este momento, no se pueda cumplir o se cumpla al sexto año de su mandato.
En ese orden de ideas, quiero hacer una petición a los ministros de Hacienda y de Mideplan para que en el presente año se equilibren los presupuestos destinados a determinar efectivamente cuántos recursos recibirá la Conadi para satisfacer no sólo las demandas de tierras, sino, además, de desarrollo. El Fondo de Desarrollo destina, más o menos, cien pesos mensuales por indígena, con lo cual no podemos pensar en que habrá un efectivo desarrollo a nivel nacional.
Por esa razón, solicito que se oficie, en mi nombre, a la ministra de Mideplan, a fin de hacer un planteamiento público al respecto y elaborar un proyecto de ley destinado a modificar la estructuración de la Conadi.
Al mismo tiempo, con el objeto de que acoja la petición de esta Cámara para hacer absolutamente transparente el sistema de adquisición de tierras. Lo lógico sería formar un banco de tierras mediante licitación pública. De ese modo, no estaríamos presionando al alza de precios ni admitiendo negociaciones entre dos o tres personas, sino solicitado que las compras se hagan a precios razonables, de mercado, porque las cosas valen lo que uno pague y no lo que pidan los propietarios en un momento determinado.
Asimismo, pido oficiar al ministro de Hacienda para que el presupuesto de este año consigne recursos suficientes para proceder en los términos que he señalado.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los parlamentarios que están alzando la mano, de lo cual se está tomando debida nota.
-o-
El señor Seguel ( Vicepresidente )
saluda a los presidentes de juntas de vecinos del sector nororiente de Rancagua, que se encuentran en las tribunas, invitados por el diputado señor Juan Núñez.
-Aplausos.
-o-
INFORMACIÓN SOBRE INCIDENTES ENTRE COMUNEROS MAPUCHES Y CARABINEROS EN VICTORIA. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , de igual manera como el diputado señor Tuma ha planteado el tema de la Conadi, quiero señalar nuevamente que si no hacemos hincapié sobre un adecuado procedimiento de la policía frente a la movilización de las comunidades mapuches, deberemos enfrentar situaciones dramáticas.
El 31 de mayo, en el kilómetro 616 de la ruta 5 sur, a 60 kilómetros de Temuco, en las cercanías de Victoria, las comunidades de Domingo Trangol, Juan Canio y Juan Ignacio Antinao fueron reprimidas y dispersadas mediante balazos al aire, pero balazos. Lo mismo ocurrió en Tirúa hace 15 días: balazos al aire; pero entonces fueron baleados en las piernas cuatro comuneros, uno de los cuales quedó con heridas en los genitales, lo que le acarreará secuelas para toda la vida.
Carabineros de Victoria manifestó que actuó para reponer el orden.
Solicito que se oficie al Ministerio de Defensa y al general director de Carabineros , a fin de que nos informen detalladamente sobre el procedimiento seguido por las fuerzas policiales que procedieron a dispersar esa manifestación, cuál fue el operativo, quién estuvo a cargo, cuántos fueron los mapuches detenidos y cuál es el informe policial entregado después de esa acción.
Ha venido subiendo la radicalidad. Comenzó con las piedras, siguió con las ocupaciones y hemos llegado a los balazos. Quiero advertir a los colegas que, de no mediar una pronta reacción de nuestro Gobierno, el de la Concertación, tendremos que enfrentar situaciones gravísimas que pueden terminar trágicamente.
Los anuncios de Tirúa y los sucesos de Victoria sólo nos revelan que si no actuamos con un procedimiento policial adecuado y no entramos en el fondo de los temas políticos, estaremos en serios problemas.
La Conadi ya no tiene nada que hacer. Quiero reiterar la convicción existente en muchos parlamentarios y en mucha gente: la Conadi se ha agotado y requiere de cirugía mayor. No me explico cómo hasta ahora la ministra se resiste a efectuar los cambios que en múltiples oportunidades se le han planteado. Se requiere reestructurar este servicio público, a fin de que pueda mediar entre el Gobierno y las comunidades. Muchas de ellas están movilizadas, pero dispuestas al diálogo, para lo cual requieren un interlocutor válido que, lamentablemente, hoy no es la Conadi.
Por lo tanto, pido que se oficie al Ministerio de Defensa y a Carabineros de Chile para que informen de manera detallada sobre todos los elementos que puedan dilucidar esta situación, especialmente los disparos al aire ocurridos en el incidente o desalojo.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se dirigirán los oficios en nombre de su Señoría.
INFORMACIÓN SOBRE ESCUELAS CONSTRUIDAS EN ROA, COMUNA DE FLORIDA. Oficios.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , pido que, en mi nombre, se oficie al Ministerio de Educación, a fin de que informe en detalle sobre la construcción de escuelas en Roa y en la comuna de Florida.
La escuela de Roa, ya terminada y en funcionamiento, ha presentado deficiencia en su estructura. Al visitarla y revisar sus terminaciones, no se explica cuál fue el diseño arquitectónico ni en qué pudo haberse gastado millones de pesos.
Pido una revisión y copia del acta de recepción de ese establecimiento, porque entre los daños que se observan hay puertas que tienen cinco centímetros de separación al cerrar. Nunca han funcionado las chapas, pese a que eso fue recepcionado.
Además, quiero saber si hay boleta de garantía, si existe la posibilidad de que la constructora pague esos daños o responda por el pésimo trabajo realizado en la escuela de Roa, comuna de Florida, Octava Región.
Asimismo, en la nueva escuela que se construye en Florida, después del reciente temporal, por un deslizamiento de tierra se han resquebrajado y fisurado sus paredes de albañilería, construcción de obra maciza.
Al respecto, quiero que se informe sobre cuál es la unidad fiscalizadora, quién está a cargo de la supervisión, cuáles fueron los efectos del temporal y quién pagará los daños.
Esa escuela no puede ser recepcionada con los muros en ese estado. Se han fisurado, ha habido un daño estructural producto de un mal diseño, porque si se confecciona una escuela y a la primera lluvia esos muros se quiebran, claramente hay una falla en el cálculo y en el diseño.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Educación y al gobierno regional de la Octava Región, que entiendo ha provisto los fondos, para determinar qué se hará para poder reparar ese establecimiento.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
ANTECEDENTES SOBRE DESAFECTACIÓN DE PARQUE NACIONAL LAUCA. Oficio.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , pido que se oficie al Ministerio de Bienes Nacionales, a fin de que nos entregue copia de los informes de la anterior gestión ministerial respecto de la situación del Parque Nacional Lauca, del cual hoy se pretende desafectar sin ley un 20 por ciento para destinarlo a actividades mineras.
Todos estamos con Arica, y los parlamentarios de la zona aquí han planteado que esa ciudad desea sobrevivir, pero no podemos violentar la ley. La Convención de Washington y un conjunto de compromisos internacionales establecen que respecto del tratamiento de las zonas especiales declaradas patrimonio de la humanidad o reservas especiales de la biosfera, se requiere de ley para su modificación.
El Congreso Nacional no puede aceptar que nuestro Gobierno, mediante un decreto, establezca una desafectación de parques nacionales protegidos por convenciones internacionales, que Chile tiene la obligación legal de respetar.
Por lo tanto, pido que el Ministerio de Bienes Nacionales entregue un informe detallado y copia de los informes que emitió la ministra Adriana Delpiano respecto del Parque Nacional Lauca y el intento de desafectación que hizo el Ministerio de Minería.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que lo requieren.
DESPIDO DE TRABAJADORES DE EMPRESA SANITARIA ESSBÍO. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Mixto, tiene la palabra el diputado señor Abel Jarpa.
El señor JARPA.-
Señor Presidente , como representante del distrito 41, en mayo del año pasado, junto con parlamentarios de la Región del Biobío, mis colegas José Miguel Ortiz , José Pérez , Jaime Rocha , Edmundo Salas y los senadores Augusto Parra, José Antonio Viera-Gallo y Mariano Ruiz-Esquide , manifestamos nuestra oposición a la privatización de la empresa Essbío.
En esa oportunidad argumentamos que Essbío, en 1990, tenía un déficit aproximado de dos mil millones de pesos y que en los diez últimos años de gestión estatal había llegado a un superávit de ocho mil millones de pesos, aumentando, además, la cobertura de usuarios de agua potable de cerca de 220 mil a 330 mil. Situación similar había ocurrido con el alcantarillado.
También deseo hacer notar que cuando se inició el control estatal de Essbío había un funcionario por 316 cuentas de agua potable, lo cual aumentó a uno por 548 usuarios, lo que significa que la productividad se incrementó en un 73,4 por ciento. Si agregamos los usuarios del alcantarillado, el porcentaje llega al 90,2 por ciento.
Por todas esas razones, señalábamos que no era necesario privatizar una empresa del Estado que era rentable, tanto desde el punto de vista económico como también técnico.
Hoy, cuando la Región del Biobío presenta una alta tasa de desempleo, que llega al 11,7 por ciento, porcentaje que representa a más de 80 mil cesantes, superando el de igual trimestre del año pasado, que era sólo del 9 por ciento, hemos tenido la triste noticia de que los nuevos propietarios de la empresa han anunciado el despido de 140 trabajadores.
El sindicato, previendo esta situación, ya había logrado una reducción del personal desde enero de 1997 al 13 de diciembre del año pasado, de 115 trabajadores, y de diciembre del año pasado a mayo de este año, de 40 trabajadores.
Quiero señalar en este hemiciclo, una vez más, lo lamentable que significa analizar el funcionamiento de estas empresas sólo desde el punto de vista de su situación económica, sin tomar en cuenta el drama de estas 140 personas despedidas.
Por lo tanto, solicito que se envíe copia de esta intervención al vicepresidente de Corfo para que, con los representantes que el Gobierno tiene en Essbío, estudie la posibilidad de aminorar el drama de estos 140 trabajadores.
Gracias.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indiquen.
INCORPORACIÓN DE PROYECTO DE NORMALIZACIÓN DEL HOSPITAL DE CASTRO EN EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES. Oficio
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente , quiero solicitar, por su intermedio, que se realicen algunas diligencias tendientes a resolver algunos problemas de las ciudades más importantes de la provincia de Chiloé.
En primer lugar, es urgente que el Ministerio de Planificación y Cooperación, a través de su ministra doña Alejandra Krauss , autorice la incorporación del proyecto de normalización del hospital de la comuna de Castro en el sistema nacional de inversiones.
Entendemos que esta demanda se encuentra fuera de plazo, por lo menos para este año; pero el señor ministro de Salud ha oficiado al de Planificación con el objeto de que este proyecto pueda ser incorporado en forma extraordinaria, lo que dependerá de la buena voluntad de la señora ministra y de sus funcionarios.
Por lo tanto, solicito el envío de un oficio en ese sentido a la ministra de Planificación.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que han alzado su mano, de lo que se está tomado debida nota.
PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS EN CASTRO Y CHONCHI, CONSTRUCCIÓN DE RAMPA EN COMPU Y DE VIVIENDAS EN QUELLÓN. Oficios.
El señor ASCENCIO.-
Además, señor Presidente , pido que se envíe oficio al Ministerio de Obras Públicas a fin de que se realice el estudio de ingeniería correspondiente para pavimentar, en los próximos años, el camino que se extiende desde la ciudad de Castro, capital de la provincia de Chiloé, hasta la localidad de Rilán.
Dicha pavimentación es muy importante para el desarrollo de centenares o quizás miles de pequeños agricultores de todos los sectores cercanos a la comuna de Castro, por lo que es fundamental que el Ministerio de Obras Públicas comience a trabajar en los estudios de ingeniería con el objeto de ejecutar ese proyecto.
Asimismo, solicito oficiar al señor ministro de Obras Públicas a fin de que en la ley de Presupuestos del próximo año se consideren los recursos necesarios para pavimentar el camino que une las localidades de Notuco y Huillinco, en la comuna de Chonchi, provincia de Chiloé, cuya ejecución está pendiente desde hace años.
Al respecto, ya se cuenta con el estudio de ingeniería y sólo falta que se asignen los recursos para pavimentar los siete kilómetros que unen Notuco con una localidad tan importante como Huillinco, comienzo del camino hacia Cucao.
En seguida, pido oficiar a la Dirección de Obras Portuarias con el propósito de que asigne recursos para reparar el muelle de la localidad de Compu, que se encuentra en muy mal estado, o realice los estudios para construir una rampa portuaria que ayude a la actividad económica que allí se está desarrollando, puesto que no sólo se ha constituido un sindicato de pescadores artesanales, sino que también se han instalado seis empresas salmoneras.
Asimismo, me referiré a algunos problemas que afectan a la ciudad de Quellón.
De acuerdo con el precenso y con algunos datos extraoficiales que manejamos, Quellón es una de las ciudades que ha tenido el mayor crecimiento poblacional de la provincia de Chiloé. Por ese motivo, requiere de una asistencia importante de parte del Gobierno para resolver de manera adecuada el problema de vivienda.
Existen 1.600 inscritos en los registros del Ministerio de Vivienda, pero lamentablemente este año no se ha podido materializar el programa respectivo, porque ninguna empresa se interesó en participar en los dos llamados a licitación que se efectuaron para la construcción de viviendas progresivas.
En la actualidad, tenemos un compromiso con ese Ministerio, en el sentido de que, luego del llamado a licitación que hará en noviembre o diciembre próximos, se construyan en Quellón alrededor de 100 ó 120 viviendas del tipo progresivo o de estándar mínimo, lo cual es insuficiente.
Por lo tanto, es necesario avanzar en algunos temas importantes:
Primero, que el ministerio compre terrenos en la comuna de Quellón.
Segundo, que dicho ministerio, en el 2002, pueda incluir en sus programas la construcción de por lo menos 400 viviendas del tipo social y progresivo, o del llamado estándar mínimo, en la comuna de Quellón.
Para ese objeto, la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos, Essal, debe entregar el agua necesaria para los terrenos que hoy posee el Ministerio de Vivienda y para aquellos que adquirirá en el futuro.
Tercero, es importante que el municipio local apure la elaboración del plano regulador de la ciudad, lo que beneficiará a Quellón.
Por lo tanto, solicito oficiar al señor ministro de Vivienda, a fin de que adopte las medidas mencionadas, como también a la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos, Essal.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que están alzando la mano, de lo cual se está tomando debida nota.
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-El señor Seguel ( Vicepresidente ) informa a la Sala que se encuentra en las tribunas una delegación de estudiantes de la escuela especial Nuevo Rumbo Nº 97, de la comuna de La Florida, invitada por el diputado señor Carlos Montes.
-o-
RECONOCIMIENTO AL PERSONAL DEL SERVICIO MÉDICO LEGAL DE IQUIQUE POR SU DESEMPEÑO DURANTE EL INCENDIO EN LA CÁRCEL DE ESA CIUDAD. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Krauss.
El señor KRAUSS.-
Señor Presidente , la noche del pasado 20 de mayo se produjo un drama que conmovió a todo el país: un incendio en las dependencias de la cárcel de Iquique produjo la pérdida de 26 vidas jóvenes, probablemente recuperables desde el punto de vista de su conducta social.
Ese hecho estremecedor significó además un esfuerzo de las autoridades, especialmente del personal profesional y técnico del Servicio Médico Legal, ya que fue necesario satisfacer la sentida aspiración de los familiares y, en general, de las comunidades iquiqueña y de otras regiones del norte que querían proceder a la justificada tarea humana de entregar esos restos al descanso eterno.
Las condiciones de habilitación del Servicio Médico Legal de Iquique han sido crónicamente deficientes. Las conoció el país y esta Cámara con ocasión de otra situación también dramática: cuando en los inicios de los gobiernos de la Concertación, en 1990, se ubicó la primera fosa con detenidos desaparecidos. En ese entonces y ahora, ante este hecho, los medios de comunicación han puesto en evidencia las precarias condiciones en que se desarrollan las actividades médico-legales en Iquique.
No obstante, se debe hacer resaltar el notable esfuerzo profesional desarrollado fundamentalmente por el personal médico de esa ciudad, asistido por colaboradores que viajaron desde Santiago, para lograr la identificación y consecuente entrega de los restos calcinados a sus familiares en menos de 48 horas.
Por ese motivo, solicito que, en nombre de la Democracia Cristiana, se dirija oficio al señor ministro de Justicia para que transmita al personal del Servicio Médico Legal de Iquique el reconocimiento por el esfuerzo desplegado y los acertados resultados de la tarea cumplida.
Adicionalmente, y en razón de la deficiencia de los medios con que este personal debe desarrollar sus funciones, pido oficiar al señor intendente de la Primera Región , con el objeto de que priorice la aprobación de un proyecto, presentado hace bastante tiempo, para mejorar y ampliar la construcción y habilitación del servicio a través de un presupuesto no superior a los 560 millones de pesos. De esa manera, dicha institución, fundamental desde el punto de vista del ejercicio de las labores auxiliares de la justicia, podrá cumplir en forma eficiente su tarea.
Asimismo, solicito al señor intendente que haga llegar copia de mi intervención a cada uno de los miembros del Consejo Regional.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo soliciten.
PAVIMENTACIÓN DE LA RUTA INTERLAGOS, DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Víctor Reyes.
El señor REYES.-
Señor Presidente , uno de los propósitos fundamentales del Presidente Lagos -lo expuso durante su campaña- es la materialización de la obra denominada Ruta Interlagos, de gran envergadura vial, para incorporar al desarrollo regional y nacional zonas lacustres de las cuencas de los lagos Puyehue, Rupanco , Llanquihue y otras de la Décima Región.
Por ello, y recogiendo una propuesta formulada por la gobernación provincial de Osorno, solicito que, en mi nombre y en el del colega señor Sergio Ojeda , se despache un oficio al señor ministro de Obras Públicas para que asigne recursos y licite los proyectos de pavimentación de los caminos que van de Entre Lagos a Rupanquito y desde Las Cascadas a Ensenada. Sabemos que los estudios de ingeniería se encuentran concluidos y que beneficiarán a las comunas de Puyehue, Puerto Octay y Puerto Varas. Con ello se logrará un alto impacto en el desarrollo turístico y productivo de las cuencas de los lagos mencionados y la consiguiente mejoría en las condiciones y calidad de vida de todos sus habitantes.
Asimismo, pido que se envíe otro oficio al señor ministro de Obras Públicas a fin de que realice el estudio de ingeniería para pavimentar el camino de Coñico a Nochaco, en la comuna de Puerto Octay, que, a su vez, interesa a los habitantes de la localidad de Rupanco, zona de grandes proyecciones en los rubros agropecuario y de turismo rural.
Los proyectos mencionados son de gran importancia y tendrán fuerte impacto para las comunas y localidades beneficiadas, sobre todo para sus habitantes y organizaciones que, en forma reiterada, han planteado su aspiración de verlos materializados, lo que ha dado fundamento a mi intervención.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican.
REESTRUCTURACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SERVICIO MÉDICO LEGAL DE SANTIAGO. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Cornejo.
El señor CORNEJO (don Patricio).-
Señor Presidente , deseo hacer un planteamiento parecido al del colega Enrique Krauss , relacionado con el Servicio Médico Legal “Doctor Carlos Ibar”, de Santiago.
En el último tiempo, a través de la prensa, hemos recibido información de importantes irregularidades acaecidas en ese servicio. Se habla de errores en autopsias, de pérdidas de informes, de denuncias de acoso sexual a funcionarias, de pérdida de informes de pericias y de denuncias de funcionarios sobre exoneraciones y presiones ejercidas sobre ellos.
Coincido plenamente con mi colega Enrique Krauss en cuanto señala que el Servicio Médico Legal es un ente auxiliar de extraordinaria importancia para la justicia. El informe de nuestros magistrados se basa en las pericias, estudios y conclusiones de ese servicio. Por lo tanto, todo lo que allí se haga reviste gran trascendencia. La medicina forense es una especialidad del más alto grado y ha alcanzado un desarrollo notable en el mundo y, por ende, también en nuestro país; por lo tanto, todo lo que se haga en ese servicio, que no sólo está encargado de la entrega de informes y pericias, sino, además, del desarrollo de la docencia en las carreras de medicina y de derecho, debe contar con los elementos necesarios y con la confianza de toda la ciudadanía y del país.
Por ello, solicito enviar oficio al señor ministro de Justicia a fin de que, por su intermedio, el director del Servicio Médico Legal nos informe acerca de la reestructuración que se estaría llevando a cabo allí, con especial referencia a sus planes de modernización y de perfeccionamiento, sobre todo los relacionados con los servicios médicos legales de provincias y regiones.
Sería muy importante conocer los planes para la construcción de nuevas dependencias, contratación de nuevo personal y cómo se están desarrollando los procesos de tanatología, es decir, las autopsias y sus resultados, en cada una de las regiones.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo indican.
EXPRESIONES DE SOLIDARIDAD CON LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, por un minuto, el diputado señor Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , solicito enviar oficio a la señora Alejandra Krauss , ministra de Planificación y Cooperación, para expresarle, por su intermedio, mi apoyo a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, que ha sido víctima de una serie de ataques verbales y de prensa en relación con una posible irregularidad en la tramitación de la documentación por la venta de tierras.
Algunos parlamentarios de la Derecha han llegado al extremo de pedir la supresión de esta institución, en circunstancias de que en su breve período de funcionamiento ha resuelto muchos problemas, a pesar de la falta de personal y de vehículos. A mi juicio, se está imitando el cuento de don Otto, quien quería vender el sofá; pero aquí no se trata sólo de un sofá, sino de la Corporación misma. Creo que quienes así piensan están muy mal inspirados.
Por otra parte, se entregan antecedentes incompletos sobre los valores de algunas tierras, en que se comparan precios de 500 ó 600 mil pesos la hectárea en relación con otras por las que se han pagado 2 millones de pesos o más, sin dejar constancia de que en ellas están incluidos los derechos de agua, plantaciones, construcciones, casas patronales y galpones.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado, con la adhesión del diputado señor Ojeda.
DESPIDO DE FUNCIONARIOS EN LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES DE FREIRINA. Oficio.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , quiero referirme, con preocupación, a la situación que se ha suscitado en la comuna de Freirina, Tercera Región de Atacama , que dice relación con despidos dispuestos por la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
La realidad que está viviendo dicha región es dramática. En las mediciones efectuadas hace un mes, la comuna de Freirina encabezaba la lista de las que tienen más cesantes en el país. Sin embargo, el Estado de Chile, a través de sus organismos, en vez de tratar de mantener a su gente, en esta oportunidad está despidiendo a más de media docena de funcionarios: tres técnicos, un auxiliar de servicio, etcétera, que se desempeñan en la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Lo grave de esta situación es que a algunas de esas personas, que prestan servicios desde hace quince años en la Junji, se las despide por una cuestión relativa, circunstancial. Creo que el Gobierno debe ver la posibilidad de reubicarlos en otros colegios o en otras dependencias del servicio, en la misma comuna o en la provincia, y no removerlos de su trabajo.
A mi juicio, no puede ser que el Presidente de la República, por un lado, haga un llamado a los privados para que traten de no despedir gente y, por otro, en los servicios públicos, específicamente en la Junji, se despida a seis funcionarios.
En virtud de lo expuesto, vengo en solicitar que se oficie, en mi nombre y en el de quienes lo estimen conveniente, a la señora ministra de Educación , de quien depende ese servicio, a fin de que se imponga de esta situación y estudie la posibilidad de reasignar a esos funcionarios, que llevan muchos años en el servicio, dentro de la comuna o de la provincia.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que han levantado la mano, de quienes se ha tomado nota.
MEDIDAS PARA PALIAR EL DESEMPLEO EN PITRUFQUÉN. Oficios.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señor Presidente , el alcalde de Pitrufquén , señor Pedro Lizama , ha tenido la feliz iniciativa de realizar una serie de reuniones de coordinación con el propósito de paliar los graves efectos que el desempleo está causando en numerosas familias, jefes de hogar y jóvenes de su comuna.
En el marco de estas acciones de coordinación, ha tenido a bien invitar a los parlamentarios de la región, a fin de informarnos sobre la situación que afecta a Pitrufquén y pedirnos que lo apoyemos en diferentes iniciativas y compromisos, puesto que él y su comunidad ven que existe una especie de entrabamiento en la creación de nuevos empleos.
Por lo tanto, en respuesta a la inquietud de la comunidad de Pitrufquén, encabezada por su alcalde, solicito que se envíen los siguientes oficios:
Al señor ministro de Agricultura , con el propósito de que estudie la posibilidad de concretar un Programa de desarrollo agrícola local, Prodesal , para Pitrufquén. Sorprende que esa comuna, habitada por tantos pequeños agricultores, no cuente con el apoyo del Ministerio de Agricultura, a través de los proyectos denominados Prodesal.
A la señora ministra de Mideplan , para que Pitrufquén sea considerado en los programas del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, Fosis , por cuanto otro de los problemas que aqueja a la comuna dice relación con que el Fosis no la ha priorizado para la ejecución de muchos de sus programas a favor de un número significativo de familias que allí residen y que, lamentablemente, están atravesando por una situación de extrema pobreza.
Al señor ministro del Trabajo y, en los mismos términos, al señor ministro de Economía , con el objeto de que estudien la posibilidad de eliminar del programa de subsidio a la contratación adicional de mano de obra, la exigencia de que los pequeños empresarios sólo puedan contratar un número máximo de cuatro trabajadores.
En verdad, este requerimiento no tiene ningún sentido, porque si el objetivo es propender a la creación de empleos, a generar fuentes de trabajo, bienvenido sea que un pequeño empresario pueda contratar a diez, veinte o treinta trabajadores. No veo razón alguna para que sólo lo limitemos a cuatro cupos por empleador.
Al señor ministro de Hacienda , a fin de que la Tesorería General de la República analice y tenga mayor flexibilidad respecto de los embargos que está llevando a cabo con motivo de la reprogramación de deudas originadas por impuestos. Obviamente, cuando la Tesorería embarga los bienes de una persona que se ha atrasado en una o dos cuotas, resta toda posibilidad de que esa deuda se pague y, también, de que la fuente de trabajo se mantenga activa.
Al mismo ministerio, con el propósito de que la Superintendencia de Bancos vele por que la rebaja de tasas de interés, dispuesta por el Banco Central de Chile, sea traspasada efectivamente a los usuarios de créditos. Todas las estadísticas nos indican que el diferencial llamado “spread bancario” está creciendo porque la rebaja en las tasas de interés no ha sido traspasada a los pequeños y medianos empresarios; por lo tanto, no se está logrando la reactivación que todos deseamos.
Finalmente, deseo que se dirijan oficios a todas las municipalidades del país para que informen acerca del número de desempleados inscritos en la oficina municipal de información laboral o en la dirección de desarrollo comunitario, según corresponda, al 31 de mayo recién pasado.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que han levantado su mano y de los cuales se está tomando debida nota.
RECONOCIMIENTO AL COMERCIO CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE SU ANIVERSARIO.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Haroldo Fossa.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , el comercio de nuestro país está de aniversario este mes. Hoy quienes se dedican a esta noble labor, que durante tanto tiempo está sirviendo a la comunidad, a la sociedad, lo celebran con mucho orgullo a lo largo del país.
Es importante también destacar, una vez más, los principios portalianos que compartimos y que inspiran a tantos socios de esas instituciones y de gente que desempeña actividades comerciales.
Mi homenaje es para todos ellos, en especial para el señor Rafael Cumsille, quien dirige el comercio detallista.
Asimismo debo destacar, con mucha modestia, que su institución me ha distinguido con la medalla “Diego Portales”, por cuanto ha estimado que soy merecedor de ella por el hecho de haber trabajado, desde esta Cámara, en favor de ellos y, en particular, de la pequeña y mediana empresa.
Vaya para ellos mis agradecimientos y permanente reconocimiento.
IRREGULARIDADES EN ADQUISICIÓN DE TIERRAS POR LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA. Oficios.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , también quiero referirme a lo que está sucediendo en relación con eventuales irregularidades cometidas en la adquisición de tierras, en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi, tema sobre el cual ya han intervenido varios colegas.
En 1997, la Cámara de Diputados creó, tras aprobarse un proyecto de acuerdo para tal fin, una Comisión especial investigadora de la situación que afectaba en ese entonces a esa Corporación.
En 1999, la instancia legislativa evacuó un informe donde se precisó la existencia de desórdenes administrativos, irregularidad en el mecanismo de asignación de recursos -incluso vía concursos-, y frente al problema de compra de tierras, transgresión de las normas -ya en ese entonces- que el propio Consejo se dio. Se manifestaba: “Se construyó una suerte de mercado irregular de tierras para satisfacer las demandas de la comunidad indígena, sin licitación pública, sin considerar las tasaciones del Banco del Estado y a precios muy superiores a los del mercado”.
Lo más grave, de comprobarse los hechos denunciados ahora, es que la Cámara de Diputados informó al Gobierno sobre los resultados de la investigación realizada por esa Comisión especial, documento en el que se detallaron las irregularidades detectadas en los mecanismos utilizados en la asignación de recursos y compra de tierras. En el mismo informe se señaló, además de lo anterior, lo siguiente: “Los precios de los predios adquiridos excedían absolutamente las tasaciones o las transacciones habituales, observándose además una enorme desproporción entre los valores en que se adquieren las tierras y el número de familias beneficiadas, con lo cual se generaron apreciables irregularidades”.
Más allá de la investigación de los fiscales, el informe que deberá evacuar la Contraloría y la participación que le corresponderá al Consejo de Defensa del Estado en este asunto, la autoridad de Gobierno debe asumir su responsabilidad informando a la ciudadanía los costos que para el fisco ha significado la compra de los terrenos, y si los propietarios recibieron realmente los valores que se han dado a conocer. A mi juicio, aquí no sólo caben responsabilidades administrativas, sino también políticas, pues existió poca diligencia del Gobierno en una materia que hace más de un año ya se veía turbia.
Hoy, como consecuencia de lo anterior y luego de conocidos los últimos hechos, la Comisión de Hacienda de la Cámara ha decidido investigar las irregularidades detectadas en el proceso de adquisición de tierras de la Conadi.
Lo anterior causa extrañeza, por decir lo menos, porque, al parecer, el presidente de dicha Comisión olvidó que en 1997 ya realizamos esta investigación. En este mismo aspecto, la ciudadanía ha formulado muchas críticas, las que se han evidenciado a través de los medios de comunicación, pues la percepción de la comunidad es que nuestro trabajo, a veces, no da los frutos esperados. Este es un caso típico de que no es así; sin embargo, el informe ha sido olvidado.
Señor Presidente , pido que se oficie al ministro del Interior , a la ministra de Mideplan y al ministro de Justicia , con copia del informe de la Comisión investigadora, destacando las páginas 20 y 24, a fin de que nos informen qué medidas se adoptaron en ese entonces y cuáles tomarán ahora, más allá de las acciones judiciales que competen.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indiquen.
CREACIÓN DE ASOCIACIÓN DE DEFENSA DE CONSUMIDORES DE COPIAPÓ.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , uno de los sectores más desprotegidos de la comunidad es, sin duda, el de los consumidores. En esta oportunidad voy a informar a los honorables colegas de una interesante reunión que, junto con el diputado Carlos Vilches , sostuvimos esta semana con la Asociación de Defensa de Consumidores de Copiapó, que hasta la fecha es una de las pocas entidades de esta naturaleza constituidas en la región y en el país, la que ya cuenta con alrededor de 2.700 afiliados.
La referida asociación está desarrollando, a mi juicio, una abnegada labor en la Región de Atacama, dedicada en forma absolutamente desinteresada a defender los derechos de los consumidores, porque, como ocurre en distintas ciudades y comunas del país, muchos de ellos son víctimas de diversos abusos de los proveedores de diferentes productos y prestadores de servicios de la más variada gama, como también -cosa que se ha hecho bastante frecuente- son víctimas de empresas de cobranza que, pese a las normas precisas que ha impuesto la ley, insisten en presionar indebidamente, con las más increíbles argucias, a los deudores que, dada la situación económica imperante, se ven obligados a acudir a estas entidades para regularizar los pagos morosos de sus créditos.
Esta Asociación cumple a cabalidad las disposiciones que contempla la ley de protección al consumidor. Hasta ahora, como ya lo he manifestado, desarrolla una tarea encomiable que debemos destacar e incentivar para que se formen otras similares en el resto del país.
He dicho.
DEFICIENCIAS EN CONSTRUCCIÓN DE LICEO INDUSTRIAL DE LOS ÁNGELES. Oficio.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Víctor Pérez.
El señor PÉREZ (don Víctor).-
Señor Presidente , cada vez que en una comuna o provincia se concreta la construcción de un establecimiento educacional, y más aún cuando eso significa una modernización sustancial de la infraestructura, se genera la expectativa y la esperanza de que estamos mejorando nuestro proceso educativo.
Durante más de 50 años el liceo industrial de Los Ángeles desarrolló su actividad académica en verdaderos barracones, sin contar con ninguna característica de establecimiento educacional. Posteriormente, se entregaron recursos por parte del Ministerio de Educación y del gobierno regional para construir un nuevo establecimiento. La población de Los Ángeles recibió esta obra con orgullo, porque comprendió que la educación técnico-profesional es un elemento sustancial para el desarrollo de todas las comunidades y, por lo tanto, una infraestructura adecuada era fundamental. A este proyecto se destinaron alrededor de dos mil millones de pesos, es decir, una inversión cuantiosa para la educación técnico-profesional. Tengo entendido que es una de las más altas en nuestra región en materia de infraestructura educacional.
Sin embargo, pasados los días de la inauguración, con las primeras lluvias este establecimiento educacional se vio completamente afectado, por lo cual debieron suspenderse las clases. Pero no sólo están los problemas de la calidad de la infraestructura construida, sino que también, como lo han señalado los profesores y estudiantes, su mal diseño, porque no responde a aquel proyecto educativo que la comunidad escolar desarrolló. Las salas de clases son chicas, los talleres y los patios, absolutamente insuficientes; cuenta con baños sólo en el primer piso, para 1.600 alumnos, etcétera. Es decir, una inversión tan sustancial e importante no fue verdaderamente pensada. La municipalidad de Los Ángeles ha requerido la intervención de la Contraloría General de la República para que investigue y analice todo lo relacionado con la construcción del liceo industrial A-65, “ Samuel Vivanco Parada”.
Por mi parte, también solicito que se oficie a la Contraloría General de la República para que investigue todo lo referido al equipamiento, que significó una inversión superior a los 600 millones de pesos. Los estudiantes y los profesores lo han objetado públicamente tanto por el monto de la inversión como por la calidad de los instrumentos, mobiliarios y maquinarias adquiridos.
Por lo tanto, a nuestro juicio, para terminar con una ola de rumores, acusaciones y réplicas sobre esta materia, nos parece fundamental que la Contraloría General de la República no sólo investigue la calidad de la construcción de un edificio nuevo que se llueve, sino toda la inversión asociada a este proyecto. Se trata de dos mil millones de pesos de todos los chilenos, una gran inversión.
En educación se invierte mucho, pero no se genera el mejoramiento de la calidad que toda la comunidad, y particularmente los padres y apoderados, requieren y esperan, lo que nosotros también anhelamos.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Jorge Ulloa.
INVESTIGACIÓN SOBRE NOMINACIONES AL CONSEJO NACIONAL DE PESCA. Oficio.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente , desde hace varias semanas un grupo importante de trabajadores del muy deprimido sector pesquero de la Octava Región -que desde el punto de vista laboral se encuentra en una severa crisis, la cual ha significado que Talcahuano, el primer puerto militar, industrial y pesquero de Chile, tenga ya cifras superiores al 20 por ciento de cesantía-, ha señalado su profundo malestar porque cuando se nominaron y presentaron las postulaciones para participar en el Consejo Nacional de Pesca, el sector de trabajadores de la Octava Región, el estamento laboral de carácter industrial -que representa el 62 por ciento del desembarque pesquero nacional-, no tuvo participación.
Se han hecho varias presentaciones a la Contraloría General de la República, en Santiago, y de éstas, todas fueron desestimadas, menos una: la que presentaron los dirigentes de los tripulantes respecto del presidente de la organización sindical, don Arturo Arteaga.
El subjefe de la División Jurídica de la Contraloría General de la República, abogado señor Hurel -me contacté telefónicamente con él-, me informó que no habían recibido dicha presentación, en circunstancias de que tenemos copia de ella como también de la documentación que el señor Arteaga y otros tantos dirigentes enviaran señalando los vicios de las presentaciones de otras organizaciones, no sólo más pequeñas, sino que casi inexistentes.
Por lo tanto, solicito que se oficie al contralor general de la República , a fin de que conteste oficialmente las presentaciones que piden la anulación de las nominaciones al Consejo Nacional de Pesca, las que fueron ratificadas por la Subsecretaría de Pesca, porque el proceso está viciado, pues no se ha cumplido con la ley ni con los reglamentos que la propia Subsecretaría de Pesca ha elaborado.
En tal sentido, debido a la cantidad de vicios que existen en estos nombramientos, solicito que el contralor haga una profunda investigación, y no quede, como me lo manifestara el señor Hurel , abogado de la Contraloría, solamente haciendo fe de los certificados que la Subsecretaría de Pesca ha enviado.
Es necesario que la Contraloría investigue, paso a paso, las nominaciones, la forma de las presentaciones, si se cumplieron los plazos y si las organizaciones sindicales existen.
Quiero sólo dar un ejemplo respecto de plazos, de acuerdo con la normativa emitida por la Subsecretaría de Pesca.
El plazo para presentarse venció el 14 de octubre de 2000. Sin embargo, a un actual consejero nacional de Pesca se le validó la presentación hecha el 1 de diciembre.
Parece ser que la Subsecretaría de Pesca quiso manejar a su antojo a los representantes del estamento laboral al Consejo Nacional de Pesca.
No acepto que se burlen las disposiciones de la ley y del reglamento, sobre todo cuando quedan fuera los dirigentes del grupo de trabajadores más amplio que hay en el país, que son los de nuestra región y que alcanzan al 62 por ciento del desembarque.
Reitero, por tanto, mi petición para que la Contraloría General de la República efectúe una profunda investigación. Copia de su informe deberá ser remitida a la honorable Cámara, a fin de saber por qué razón han quedado fuera de este proceso los representantes de los trabajadores, de distintas posturas políticas, de la Octava Región.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS PARA ABSORCIÓN DE CESANTÍA EN TALCAHUANO. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Puede continuar con el uso de la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, la Octava Región, especialmente su comuna de Talcahuano, ha sido la más golpeada por la cesantía.
Conocidos son los esfuerzos que ha realizado la ciudad de Talcahuano, especialmente su autoridad municipal, por conseguir mayor número de empleos. Lo único claro es que ella ha hecho distintas presentaciones y elaborado los proyectos, pero hasta ahora sólo tiene disponibilidad para otorgar cincuenta empleos, en circunstancias de que hay más de cinco mil personas postulando a puestos de trabajo.
Por esa razón, solicito que se oficie al subsecretario de Desarrollo Regional , a fin de que nos conteste cuándo comenzarán a operar los proyectos destinados a absorber mano de obra, y con qué fecha pueden ser echados a andar en la ciudad de Talcahuano, una de las que exhibe, lamentablemente, el mayor índice de cesantía, no sólo de la región, sino también del país.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.28 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Vicepresidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que crea un sistema de reinserción social de los condenados en base a la observación de buena conducta. (boletín Nº 2723-07)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración, un proyecto de ley que crea un sistema de resinserción social de los condenados en base a la observación de buena conducta.
I. EL PROBLEMA.
Para nadie resulta desconocida la problemática que hoy en día afecta a nuestro sistema de ejecución de penas. Dicha percepción crítica, normalmente, se focaliza en el sistema penitenciario, no en razón a las bondades del resto de los sistemas de cumplimiento de sanciones penales, sino más bien por su ausencia. Esta realidad, por lo demás, también se ve incrementada por el excesivo uso y preponderancia que nuestro país asigna a la pena privativa de libertad, considerada incluso, por muchos sectores, como la única sanción efectivamente de carácter penal.
Por sólo citar algunos ejemplos, hoy en día, la población total privada de libertad bordea las 34.000 personas. De entre ellas, aproximadamente 18.000 se encuentran cumpliendo una condena.
De ahí que normalmente se recurra a ésta para penalizar la mayoría de los ilícitos, transformándola en la principal y casi única herramienta de control penal, al menos a los ojos de nuestra percepción más inmediata.
No podemos desconocer que nuestro régimen penitenciario ha experimentado avances en el transcurso del tiempo. Ya desde los orígenes del reglamento penitenciario, se consideró el establecimiento de un régimen progresivo de cumplimiento de la privación de libertad cuyo fundamento -plenamente justificable en atención a la época de su dictación- constituía una mezcla entre el tratamiento sociológico del infractor, en base a los factores inherentes a su peligrosidad, y la pretensión de posibilitar en forma paulatina su reincorporación a la sociedad. De ahí que se explique la consideración del régimen de libertad condicional como última etapa del cumplimiento de estas penas, punto en que resulta posible determinar en forma controlada la pretendida eficacia de la cárcel como mecanismo de reinserción social para personas que han infringido la ley penal.
II. LOS BENEFICIOS VIGENTES.
Hoy en día, el contenido del régimen de cumplimiento de esta pena ha cambiado, contemplándose la vigencia de cuatro mecanismos -progresivos- de reducción del ámbito de aflictividad del sistema carcelario estricto, que miran hacia la acreditación de un pronóstico de socialidad favorable. Así, implícitamente, se busca reservar el otorgamiento de mecanismos que disminuyen la rigidez de la privación de libertad para aquellas personas que han demostrado la aceptación por el respeto y protección de los derechos esenciales de sus semejantes con su conducta de vida al interior del penal, transformando a estas instituciones en una verdadera herramienta pública que permita verificar que ese comportamiento se mantendrá en el medio libre.
De ahí que, en primer lugar, se consideren como beneficios de obtención paulatina, la salida dominical de las personas privadas de libertad, su salida de fin de semana o diaria. Finalmente, si el pronóstico de socialidad se ha confirmado en base a la aplicación de estos beneficios, se considera la alternativa de dar acceso al condenado al régimen de libertad condicional, última etapa ineludible en cualquier condena de encierro que pretenda dirigirse hacia la reinserción social del condenado.
En la actualidad sólo un aproximado de un poco más de 1.000 personas han satisfecho con creces la mayoría de su condena, encontrándose actualmente en régimen de libertad condicional, mientras que un número que no bordea las 1.600 personas cuenta con la aplicación de alguno de los beneficios intrapenitenciarios. Ellos representan menos de 8% del total de personas privadas de libertad
Así, más de 16.000 internos cumplen actualmente en forma efectiva el total de su condena, en forma efectiva y total.
III. LA REINSERCIÓN SOCIAL: OBJETIVO DE LA EJECUCIÓN DE LAS CONDENAS.
1. La reinserción es recogida en tratados.
El objetivo de reinserción social, presente en la etapa de ejecución de toda pena, naturalmente deriva del pensamiento acumulado tras años de desarrollo por parte de quienes se han dedicado al estudio de la criminalidad. Dichos propósitos, por lo demás, a estas alturas, han alcanzado recepción normativa en la mayoría de las regulaciones comparadas, debiendo destacarse adicionalmente el amplio margen de recepción que detenta en los más variados instrumentos internacionales.
Es precisamente en relación a esto último que podemos afirmar que el fin resocializador no sólo detenta una base de fundamentos doctrinarios en nuestro medio, sino que además adquiere validez jurídica de rango constitucional, toda vez que ha sido recogido por la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyos textos fueron ratificados por nuestro país sin reservas.
En este sentido el Artículo 5.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece que “Las penas privativas de libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados”, mientras que el Artículo 10.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos señala que “El régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados”.
2. No a la inhabilitación social.
Estamos convencidos, por ende, de que el camino que debe orientar la ejecución de las condenas penales precisamente debe buscar la reinserción social de los condenados. Creemos firmemente, asimismo, que dicho objetivo se cumple de diversas formas, incluyendo la proposición de alternativas laborales, educativas, deportivas y de interacción familiar, como asimismo posibilitando el que paulatinamente se produzca una reincorporación al medio libre.
Ello no puede sino ser entendido como una alternativa responsable para el tratamiento de los desafíos que nos propone el carácter y modalidades que detenta la criminalidad hoy en día en nuestro país.
Ello se opone a una solución simplista, orientada esencialmente a soluciones mediáticas de corto plazo, tendientes a procurar la “inhabilitación social” de quien ha delinquido mediante su separación del medio libre, buscando limitadamente que en lo inmediato, se aplique una condena privativa de libertad.
Esta perspectiva, legítima por sí sola, nos parece ineficaz, pues obvia no solamente el derecho de cada persona que habita nuestra sociedad a enmendar el camino, sino que en forma más directa se despreocupa del momento en que se da total cumplimiento a la pena impuesta, donde naturalmente el condenado se reincorpora al medio libre.
Así, todos conocemos los efectos desocializadores que puede generar la cárcel en Chile y en cualquier parte del mundo, los cuales, si no son trabajados en miras a su contención, refuerzan las posibilidades de que en lo sucesivo quien las habite incurra en nuevas hipótesis delictuales.
Este concepto que comúnmente es reflejado en calificaciones que definen a la cárcel como “la mejor escuela para el delito”, a nuestro juicio, puede ser evitado, si se trabajan responsablemente las alternativas de reinserción social que pueden implementarse al interior de un penal.
Así, nuestra apuesta no pretende obviar este problema, sino reconocerla y trabajarla, en miras a promover de la mejor forma posible la readaptación social de cada interno.
3. El objetivo.
Pretendemos, por ende, que al cumplir una condena, cada persona haya podido acceder a conocer una forma de vida distinta, respetuosa de los derechos de quienes los rodean, único factor que nos permitirá afirmar que el paso por la cárcel los habilitará para una reinserción social efectiva, en miras a evitar hipótesis de reincidencia.
En ello debemos recordar que la tarea no se agota en posibilitar el cumplimiento de medidas al interior del penal que nos habiliten a afirmar un pronóstico favorable de resocialización. Debemos, además, complementar estas medidas con una progresiva reincorporación del penado al medio libre, cuyo único fundamento descansa precisamente en la certeza y convicción que pueda detentar la autoridad respecto al pronóstico antes enunciado. Con toda razón se ha señalado que la pretensión de obtener la efectiva resocialización de una persona, privándola del medio social, es equivalente a aquella que busca curar a un paralítico manteniéndolo postrado en una cama. Este sencillo ejemplo del actual ministro de la Excma. Corte Suprema don Enrique Cury , nos ilustra claramente cuál es el límite de la acción resocializadora que ofrece la privación de libertad y en su claridad encontramos certeramente el camino que debe orientar un trabajo responsable que no se limite a los márgenes que nos propone la sanción penal vindicativa o retributiva, sino que nos lleve a entender que ella cumple una función por esencia preventiva, que tienda a evitar la reiteración delictual del propio condenado.
IV. LA PROPUESTA.
Es por ello que, en miras al perfeccionamiento de los mecanismos y efectos que tiendan a la obtención de esta finalidad hemos considerado oportuno someter a consideración del honorable Congreso Nacional una iniciativa de reforma legal que introduzca en Chile un beneficio especial para aquellos internos que han demostrado efectivamente condiciones, aptitudes y voluntad de reincorporarse a la convivencia social, con pleno respeto de los derechos de sus semejantes.
1. Rebaja por buen comportamiento.
Sobre esta base, el proyecto considera la posibilidad de que las personas que se encuentran cumpliendo una pena privativa de libertad puedan rebajar su extensión en base a buen comportamiento. En concreto se propone en lo central establecer un mecanismo que permita abonar 2 meses de condena por cada año de cumplimiento en el que se haya demostrado un comportamiento sobresaliente.
Para obtener este objetivo, el proyecto considera la fijación de límites certeros y claros a la obtención de este beneficio, cuyos contenidos fundamentales son:
a. Que el beneficio sólo se hará efectivo al final de la condena, que por ello pasará a considerar la rebaja a esa fecha acumulada;
b. Que los meses de descuento abonados en cada año se perderán en caso de que el condenado hubiere cesado en el comportamiento sobresaliente que justifica su concesión.
De esta forma, si se deja de observar este comportamiento, no sólo no se obtendrá el descuento correspondiente para el año respectivo, sino además aquél que se hubiere acumulado hasta esa fecha.
En estos casos, el eventual beneficio por comportamiento que recibiere el condenado sólo podrá referirse a los períodos posteriores a aquél en que recuperare un comportamiento acorde a lo esperado.
c. Por último se ha predeterminado aquellos casos en que, por el solo imperio del derecho, se perderá por completo este beneficio, radicándolo en las hipótesis de fuga, evasión, quebrantamiento y nuevo delinquimiento, cuyos fundamentos, creemos, no hace falta explicitar.
A su vez, como correlato y garantía, hemos estimado de toda justicia que quienes hayan demostrado logros efectivos de readaptación social manifestados en la observancia permanente de un comportamiento excelente, deben recibir un incentivo adicional. Por ello proponemos que a partir de la mitad de la condena, quienes hubieren mantenido el comportamiento sobresaliente, tengan derecho a descontar un mes adicional por cada año de cumplimiento posterior.
2. Calificaciones de los internos por órgano independiente.
Nos ha parecido del todo lógico, además, el que las calificaciones que dieren lugar a la aplicación de estos beneficios sean determinadas por un organismo que asegure la necesaria independencia e imparcialidad en el juicio que deberán realizar. Por ello, el proyecto considera necesario constituir una comisión especial que se aboque a la tarea de efectuar la calificación anual de los internos, compuesta fundamentalmente por miembros del Poder Judicial y por representantes técnicos designados por la administración.
V. A LA ACREDITACIÓN DEL DELITO, SE DEBE SUMAR EL PERFECCIONAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA.
Por todo lo señalado, estimamos que esta propuesta necesariamente contribuirá a dotar a nuestro sistema penal de una herramienta hoy en día inexistente y de tremenda utilidad. Ello, no sólo se funda en lo medular de sus contenidos, sino que, además, se complementa con una visión clara y responsable de tratamiento político criminal efectivo, realmente efectivo, de las personas que en nuestra sociedad han incurrido en la comisión de un ilícito penal. Sólo si observamos y trabajamos en miras a la reincorporación social de quienes cumplen una condena privativa de libertad, damos señales reales que nos permiten afirmar con certeza el que lograremos reducir los índices de criminalidad.
No basta, por ende, con procurar una mayor efectividad en el sistema de acreditación de los delitos, tarea que hemos asumido con la misma responsabilidad que ahora anunciamos, en la creación de una nueva forma de trabajar en materia del proceso penal, cuyos exitosos resultados a estas alturas son conocidos de todos. Necesitamos complementar dicha tarea con un trabajo serio y efectivo en la fase de ejecución penal, tendiente por ende a la prevención de nuevos delitos, finalidad que sólo se puede satisfacer mediante la optimización de los niveles de reinserción social de los condenados.
En mérito de lo anterior, someto a vuestra consideración el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Título Preliminar
Artículo 1º.- Objetivo de la ley. La presente ley tiene por objeto establecer los casos y formas en los que una persona que ha sido condenada al cumplimiento de una pena privativa de libertad, puede reducir el tiempo de su condena, en base a haber demostrado comportamiento sobresaliente durante su cumplimiento.
Título I
Beneficio de reducción de condenas
Artículo 2º.- Contenido del Beneficio. La persona que durante el cumplimiento efectivo de una condena privativa de libertad, hubiere demostrado un comportamiento sobresaliente, tendrá derecho a una reducción del tiempo de su condena equivalente a dos meses por cada año de cumplimiento.
Artículo 3º.- Ampliación de Beneficio. A partir de la mitad de la condena, la reducción de pena establecida en el artículo anterior se aumentará a tres meses por cada año.
La ampliación aludida se aplicará sólo a los años posteriores al período correspondiente a la mitad de la condena. Sin embargo, tratándose de condenas a número de años impares, la ampliación se aplicará también al año mismo en el que se cumpliere la referida mitad.
Artículo 4º.- Momento en el que se hace efectiva la reducción de condena. Los beneficios regulados en los artículos anteriores tendrán lugar sólo en el momento en que se diere total cumplimiento a la pena impuesta, una vez aplicadas las rebajas que correspondieren de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley.
De esta forma, se entenderá que se da cumplimiento a la pena una vez transcurrido el tiempo de cumplimiento fijado en la condena originalmente impuesta, menos el descuento que, por aplicación de esta ley, fuere del caso aplicar.
Artículo 5º.- Efecto de comportamiento sobresaliente en libertad condicional. La demostración de comportamiento sobresaliente durante el tiempo de cumplimiento efectivo de una pena privativa de libertad, en los términos de la presente ley, será considerada como antecedente calificado para la obtención de libertad condicional.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, quienes hubieren demostrado el comportamiento a que alude el inciso anterior, estarán habilitados para postular al régimen de libertad condicional en el semestre anterior a aquél en que les hubiere correspondido hacerlo conforme al decreto ley Nº 321 y su reglamento.
Artículo 6º.- Exigencia de comportamiento sobresaliente. Gozará de los beneficios de reducción de condena establecidos en este título, el condenado que presentare una calificación correspondiente al grado de “sobresaliente” en cada período de evaluación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 8º.
Artículo 7º.- Criterios de Evaluación Obligatorios. Para la evaluación del comportamiento como “sobresaliente”, deberán considerarse los siguientes factores:
a) Conducta al interior de las unidades penales, en los traslados o en el cumplimiento de los beneficios intrapenitenciarios que le hubieren sido concedidos.
b) Asistencia a talleres de capacitación o trabajo ofrecidos por la unidad penal, y provecho obtenido.
c) Asistencia periódica a escuela o liceo existentes en la unidad penal, y provecho obtenido.
d) Sometimiento a terapias como, por ejemplo, antidrogas, tratamiento por alcoholismo, etc., en su caso.
Tratándose de la calificación de comportamiento correspondiente al período mencionado en el artículo 9º, sólo se considerarán los factores descritos en los numerales 1º -con excepción de los beneficios intrapenitenciarios- y 4º precedentes, además de aquellos que indique el Reglamento.
Artículo 8.- Caducidad del beneficio por cesación de comportamiento sobresaliente. La cesación del comportamiento sobresaliente, en un período de calificación, importará la pérdida completa de las reducciones de condena correspondientes a los años precedentes.
Lo dispuesto anteriormente es sin perjuicio de la procedencia futura del beneficio en el evento de que el condenado retomare el comportamiento sobresaliente exigido.
Por tanto, de perderse la calificación de comportamiento sobresaliente, la reducción de condena que pudiere llegar a aplicársele al condenado que retomare dicho comportamiento, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º, considerará solamente el descuento de condena correspondiente a los períodos posteriores a aquél en que el condenado hubiere cesado en la conducta exigida.
Artículo 9º.- Tiempo en prisión preventiva. Al condenado que hubiere permanecido en prisión preventiva durante todo o parte del respectivo proceso, se le computará el tiempo que permaneciere en prisión preventiva, para efectos de proceder a su calificación.
De esta forma su conducta será calificada en los términos de la presente ley, una vez impuesta la sentencia condenatoria, en conjunto con el primer período ordinario de calificación, el cual deberá referirse a todo el tiempo que hubiere permanecido en prisión preventiva.
Para estos efectos, el Reglamento determinará la forma como se registrarán y conservarán los antecedentes de comportamiento correspondientes a las personas que se encuentran en prisión preventiva.
Título II
Competencia y Procedimiento
Artículo 10.- Órgano Calificador. Una comisión denominada “Comisión de beneficio de reducción de condena” será competente para efectuar la calificación de comportamiento necesaria para acceder a los beneficios previstos en el Título anterior.
La Comisión existirá para cada territorio jurisdiccional de Corte de Apelaciones.
Dicha Comisión estará conformada por:
a) Un ministro de Corte de Apelaciones correspondiente al territorio jurisdiccional de la unidad penal, quien será su presidente. Dicho ministro será designado por el Pleno de la respectiva Corte.
b) Tres jueces de letras con competencia en materia criminal o miembros de tribunal del juicio oral en lo penal, en su caso, designados por la Corte de Apelaciones respectiva.
c) Un abogado nombrado por el Ministerio de Justicia, a través de la respectiva Secretaría Regional Ministerial.
d) Dos peritos, uno psicólogo y otro asistente social, nombrado por el Ministerio de Justicia a través de la respectiva Secretaría Regional Ministerial.
En los territorios de las Cortes de Santiago y Pedro Aguirre Cerda, la Comisión estará integrada por 7 jueces con competencia en lo criminal, dos abogados y los dos peritos, todos ellos nombrados en la forma antes indicada, además del respectivo ministro de Corte.
Asimismo, en los territorios de las Cortes de Arica, Iquique , Valparaíso y Concepción, la Comisión estará integrada por 5 jueces con competencia en lo criminal, un abogado y dos peritos, todos ellos nombrados en la forma indicada, además del respectivo ministro de Corte.
Artículo 11.- División de la comisión. Si en razón al número de internos que deban ser objeto de calificación, la Corte de Apelaciones respectiva estima indispensable dividir el trabajo de la Comisión, deberá designar, para esos efectos, un ministro de Corte adicional.
Artículo 12.- Calificación. La calificación del comportamiento se hará por períodos anuales. Dicha calificación recaerá sobre todo interno que se encontrare cumpliendo condena por sentencia ejecutoriada y cuyo comportamiento hubiere sido calificado con nota “muy bueno” en los tres bimestres anteriores al que se proceda a la calificación, de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento del DL Nº 321 sobre Libertades Condicionales.
Sin perjuicio de lo anterior, también serán calificados los demás condenados que, no obstante no haber recibido la calificación aludida en el inciso anterior, así lo solicitaren. Dicha solicitud podrá denegarse en los casos en que la calificación sea inferior a “bueno”.
Un Reglamento emitido por Decreto del Ministerio de Justicia determinará las modalidades bajo las cuales se realizará la calificación.
Artículo 13.- Procedimiento de calificación. Para calificar el comportamiento de las personas condenadas por sentencia ejecutoriada, la Comisión se constituirá en las unidades penales correspondientes a su territorio. A fin de efectuar la calificación necesaria, la Comisión tendrá a la vista el libro de vida de cada condenado, además de las calificaciones efectuadas por el Tribunal de Conducta de cada establecimiento. Asimismo, podrá recabar informe de los miembros de dicho Tribunal.
De la calificación se levantará acta, que será agregada al libro de vida del interno.
Artículo 14.- Procedimiento de obtención del beneficio. Quienes, en conformidad a lo establecido en el artículo 4º de la presente ley, estuvieren en condiciones de solicitar el beneficio de reducción de condena, elevarán solicitud para ante el Presidente de la República , a través del ministro de Justicia.
La reducción se concederá por decreto supremo, dictado bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República ”, tramitado a través del Ministerio de Justicia, una vez acreditado por la respectiva Secretaría Regional Ministerial el cumplimiento de los requisitos objetivos para su concesión.
Título III
Beneficio para condenados en libertad condicional
Artículo 15.- Condenados en libertad condicional. Las personas condenadas que gozaren de libertad condicional y que hubieren presentado conducta sobresaliente en el período de cumplimiento efectivo en los términos de la presente ley, tendrán siempre derecho al beneficio a que alude el artículo 8º del DL Nº 321, siempre que hubieren cumplido sin faltas la mitad del período condicional.
Para lo dispuesto en el inciso precedente, se entenderá que no ha habido falta cuando se haya dado cumplimiento a las condiciones que se hubieren impuesto al condenado, de entre aquellas que señala el reglamento sobre Libertad Condicional.
Artículo 16.- Procedimiento. Para la procedencia de los beneficios previstos en los artículos precedentes será antecedente suficiente la presentación de una certificación de cumplimiento otorgada por el respectivo órgano fiscalizador. En lo demás, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 14º de esta ley.
Título IV
Límites a la aplicación de beneficios
Artículo 17.- Límites a la aplicación de los beneficios. Los beneficios contenidos en la presente ley no tendrán lugar en caso alguno, cuando se dieren una o más de las siguientes circunstancias:
a) La persona privada de libertad hubiere quebrantado su condena, se hubiere fugado o evadido, o hubiere incumplido las condiciones impuestas durante el régimen de libertad condicional;
b) El condenado hubiere delinquido durante el cumplimiento de su condena, o estando en libertad provisional en el proceso respectivo, y
c) Se trate de personas condenadas a presidio perpetuo, sea simple o calificado.
Título V
Disposiciones transitorias
Disposición primera transitoria. Las personas que se encontraren cumpliendo condena privativa de libertad al momento de promulgarse la presente ley, y que hubieren observado un comportamiento calificado como “muy bueno” en los últimos tres bimestres precedentes, tendrán derecho, por ese solo hecho, a abonar una reducción de 2 meses de su condena, aplicable en los términos establecidos en el artículo 4º de la presente ley.
La reducción aludida caducará en los casos previstos en el artículo 8º.
Disposición segunda transitoria.- Para los efectos de los beneficios previstos en el Título III, se entenderá que cumplen con el comportamiento exigido por esta ley, todos aquellos condenados por sentencia ejecutoriada que, al momento de promulgarse la presente ley, hubieren cumplido sin faltas la libertad condicional en los términos exigidos por los artículos 15 y 16, respectivamente.
Para acreditar dicha situación bastará la certificación a que alude el artículo 16, a ser presentado en la oportunidad correspondiente.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Vicepresidente de la República ; JOSÉ ANTONIO GÓMEZ URRUTIA , Ministro de Justicia ”.
2. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley para delimitar el ámbito de la vida privada frente a la libertad de expresión. (Boletín Nº 2671-07).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Vicepresidente de la República ; ÁLVARO GARCÍA HURTADO , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que establece adecuaciones a la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado. (boletín Nº 2455-07)
“Honorable Cámara de Diputados,
Honorable Senado:
La Comisión Mixta constituida de conformidad a lo dispuesto por el artículo 68 de la Constitución Política tiene el honor de proponeros la forma y el modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras del Congreso Nacional, durante la tramitación del proyecto de ley de la referencia.
Cabe señalar que, mediante oficio Nº 3.233, de 20 de marzo de 2001, la honorable Cámara de Diputados comunicó al honorable Senado su rechazo a la totalidad de las enmiendas al proyecto de ley que habían sido contempladas durante el segundo trámite constitucional. Informó, además, que la representarían, en la Comisión Mixta, la honorable diputada señora Pía Guzmán y los honorables diputados señores Francisco Bartolucci , Juan Bustos , Sergio Elgueta y Edgardo Riveros.
El honorable Senado, por su parte, en sesión celebrada al día siguiente, designó como integrantes de la Comisión Mixta a los honorables senadores miembros de su Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
La Comisión Mixta se constituyó y dio inicio a su cometido el día 18 de abril de 2001, con la asistencia de sus miembros honorables senadores señores Aburto , Díez y Parra , y honorables diputados señora Guzmán y señores Bartolucci y Elgueta. Eligió, por unanimidad, como Presidente al honorable senador señor Sergio Díez.
Concurrieron a esa sesión, en representación del Ministerio de Justicia, el jefe de la División Jurídica , don Francisco Maldonado , y la abogada doña Andrea Ruiz , quien también asistió a la sesión siguiente.
-o-
ANTECEDENTES
1. Posiciones de ambas ramas del Congreso Nacional.
El proyecto de ley aprobado por la honorable Cámara de Diputados consta de un artículo único, que agrega la palabra “hábiles” a continuación del vocablo “días”, en los artículos 49 y 50 de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado.
Con esa enmienda, se aclaraba que los plazos de quince días para contestar la demanda en juicio ordinario, y para interponer el recurso de casación, cuando el demandado o el recurrente es el Consejo de Defensa del Estado, o un organismo público representado por él, son de días hábiles, vale decir, se suspenden durante los días feriados, suspensión que también afecta a la tabla de emplazamiento.
Los propósitos que se perseguían consistían, por una parte, en rectificar, por vía legal, la actual interpretación que hace la Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema del aludido artículo 50, en el sentido de que el término que establece para interponer el recurso de casación es especial frente al general que contempla el Código de Procedimiento Civil y, por ello, no se le aplica la regla de este Código de que los plazos de días se suspenden durante los días feriados, sino la del Código Civil, en virtud de la cual debe entenderse que los plazos de días son de días corridos. Por otra parte, se quiso prevenir una interpretación similar respecto del plazo para contestar la demanda que consagra el artículo 49 de la misma ley orgánica.
El honorable Senado, por su parte, estimó que una cuestión que debía resolverse en forma previa al examen de esa propuesta era el sustento constitucional de los artículos 49 y 50 de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado. Concluyó que tales disposiciones vulneran diversas garantías aseguradas en la Carta Fundamental, por cuanto establecen en favor exclusivo del Consejo de Defensa del Estado un privilegio que rompe la igualdad de trato que el legislador está obligado a dar a los litigantes, en acatamiento de su deber de brindar a todas las personas igual protección en el ejercicio de sus derechos y de establecer un justo y racional procedimiento, y configuran una discriminación arbitraria, por no estar fundada en causas que la hagan constitucionalmente admisible.
Por estas razones, creyó que la decisión que debía adoptarse en derecho era la de modificar el artículo único del proyecto de ley para derogar los artículos 49 y 50 de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado. De ese modo, tanto para la contestación de la demanda como para la interposición del recurso de casación se aplicarían las reglas generales contenidas en la legislación procesal común, lo que permitiría eliminar la preocupación derivada del reciente cambio de interpretación de la Excma. Corte Suprema sobre el artículo 50 y de la eventual aplicación del mismo criterio respecto del artículo 49, que motivaron la presentación de esta iniciativa de ley.
2. Opinión del Consejo de Defensa del Estado.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado consultó el parecer del Consejo de Defensa del Estado sobre esta disparidad suscitada entre ambas Cámaras, a fin de reunir mayores antecedentes para un trabajo más ilustrado de la Comisión Mixta.
El Consejo de Defensa del Estado, mediante oficio Nº 1877, de 5 de abril de 2001, respondió a través de la señora presidenta, que es necesario “distinguir entre el plazo para el recurso de casación, contenido en el artículo 50, y el plazo para contestar demandas, establecido en el artículo 49, ambos de la ley orgánica. Con respecto a lo primero, puede sostenerse que con los adelantos actuales en materia de comunicación, con los que no se contaba a la fecha de aprobación de la ley, no resulta necesario el otorgamiento de plazos suplementarios para la interposición del recurso de casación, no obstante, el requerimiento legal de consultar los recursos con la autoridad central. Es por ello que no puede sostenerse que la derogación del artículo 50, y la consiguiente aplicación de los plazos generales establecidos en el Código de Procedimiento, produzcan perjuicio al funcionamiento del Consejo de Defensa del Estado ”.
Sostuvo que, sin embargo, es una situación diversa la que ocurre con el plazo para contestar demandas previsto en el artículo 49. Invocando la necesidad de reunir todos los antecedentes, actividad que se puede ver retardada por diversas circunstancias, “el Consejo de Defensa del Estado estima que el artículo 49 de su ley orgánica debiera contemplar que tratándose de demandas interpuestas en contra del Estado o del Fisco, el plazo establecido en el Código de Procedimiento Civil se aumentará en una cantidad de días determinados. Este aumento no debe tener relación alguna con la tabla de emplazamiento para contestar demandas”.
DISCUSIÓN
La Comisión Mixta comenzó el debate evaluando los puntos de vista de las dos Cámaras y la opinión recogida del Consejo de Defensa del Estado.
El honorable diputado señor Elgueta hizo presente, como consideración previa, que las modificaciones introducidas por el Senado, en el sentido de derogar los privilegios procesales establecidos en favor del Consejo de Defensa del Estado, infringirían el artículo 66 de la Constitución Política y el artículo 42 de la ley orgánica Constitucional del Congreso Nacional, por cuanto estas normas exigen que sólo pueden formularse respecto de un proyecto aquellas indicaciones que tengan relación directa con sus ideas matrices o fundamentales, las que en este caso apuntan a fortalecer dichos privilegios procesales y no a suprimirlos.
Dicha opinión no fue compartida por los demás señores integrantes de la Comisión Mixta, quienes fueron del parecer que los cambios introducidos por el honorable Senado siguen estando dirigidos a obtener la finalidad perseguida por la iniciativa, cual es poner término, o evitar en su caso, una interpretación jurisprudencial que conduce a una dispar aplicación de plazos procesales, sólo que opta por un camino que considera con mayor fundamento constitucional, cual es hacer aplicable la legislación procesal común en vez de mantener reglas separadas, circunstancia esta última que es la que ha permitido el cambio de criterio de la jurisprudencia.
En lo que atañe al fondo de la controversia, el honorable diputado señor Elgueta señaló que la existencia de privilegios procesales para el Fisco tiene antigua data y se justifica plenamente, porque no es un litigante ordinario, desde el momento en que tiene a su cargo la atención de la necesidades de toda la comunidad y, en la práctica, su defensa judicial cuenta con un número limitado de abogados que deben intervenir en una considerable cantidad de causas, la mayoría de ellas por cuantías elevadas. Para dar cumplimiento a su tarea, el Consejo de Defensa del Estado debe requerir antecedentes a diversos servicios públicos, que tienen organización y procedimientos muy distintos, e incluso en ocasiones se refieren a actos ejecutados por funcionarios ya retirados o a documentos que han sido enviados al Archivo Nacional. Por lo demás, la propia ley orgánica del Consejo obliga a los abogados procuradores fiscales a consultar al Consejo, en Santiago, las contestaciones de las nuevas demandas. Todo esto exige más tiempo que el que requiere un particular, que carece de este tipo de trabas administrativas. Por ello, afirmó que la fijación de un plazo superior para contestar las demandas, que solicita el Consejo de Defensa del Estado, no implicaría concederle una prerrogativa especial, sino que únicamente lo dejaría en condiciones de defender adecuadamente los intereses fiscales.
Los otros honorables señores integrantes de la Comisión Mixta no compartieron el argumento del honorable diputado señor Elgueta en cuanto a la legitimidad de los privilegios procesales. Razonaron que, sin el propósito de emitir un pronunciamiento de carácter general, que no compete a la Comisión Mixta, la existencia de reglas especiales debe observar en todo caso el marco determinado por la Constitución Política, especialmente la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y la racionalidad y justicia del procedimiento. En la especie, manifestaron su disposición a seguir el criterio del honorable Senado, que también ha sido aceptado por el Consejo de Defensa del Estado, en orden a derogar el artículo 50 de la ley orgánica de esta institución.
Estuvieron de acuerdo con el honorable diputado señor Elgueta , en cambio, en estudiar una fórmula que permitiera al Consejo de Defensa del Estado contar con un plazo superior al habitual que determina el Código de Procedimiento Civil para contestar las demandas. Pero ello, en términos de que se respeten las precitadas garantías constitucionales, que configuran además deberes del legislador que en forma expresa le ha impuesto la Carta Fundamental.
El honorable diputado señor Elgueta manifestó que le satisfacía esa solución, por lo que hubo unanimidad en la Comisión Mixta en solicitar al Ministerio de Justicia que elaborase una propuesta sobre el particular.
En la siguiente sesión, se conoció dicha sugerencia, consistente en derogar los artículos 49 y 50 de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado en un primer artículo, e incorporar un segundo artículo que modifique el Código de Procedimiento Civil, aumentando el plazo para contestar la demanda si hubiere pluralidad de demandantes, quienquiera sea el demandado.
Hizo presente el Ministerio de Justicia que su propuesta, en lo que atañe al primer artículo, tiene en consideración que cualquier privilegio que se otorgue a una de las partes dentro del procedimiento debe también otorgarse a la otra, para no infringir la garantía de igualdad ante la ley y la garantía de un justo y racional procedimiento. En lo que concierne al segundo precepto, considera una situación particular, cual es la probabilidad de que exista pluralidad de demandantes en una misma causa, con lo cual las posibilidades de una correcta defensa disminuyen de manera importante.
Para este efecto, se establecería, en un nuevo inciso segundo del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil, que, en los casos en los cuales, de acuerdo al artículo 18 de ese Código, proceda la pluralidad de demandantes, el plazo para contestar la demanda, determinado según lo dispuesto en los dos artículos anteriores, se aumentará en un día por tres demandantes sobre diez que existan en el proceso. Con todo, este plazo adicional no podrá exceder de treinta días.
Esa Secretaría de Estado estimó que el incremento del plazo para contestar la demanda resulta lógico si se piensa que el demandado deberá analizar individualmente las pretensiones de cada uno de los demandantes para poder contestar, situación que sería del todo diversa si cada uno hubiese demandado en forma individual.
Con la normativa actual, los demandantes podrían ponerse de acuerdo para presentar la demanda conjuntamente, toda vez que, a mayor número de demandantes, es fácil suponer una menor perfección de la contestación. Por el contrario, la modificación desincentivaría la presentación de demandas conjuntas en consideración a la dilación que acarrearía el aumento del plazo para contestar la demanda.
De acuerdo con la propuesta, por cada tres demandantes que existan por sobre diez se aumentará el plazo para contestar la demanda en un día, con un tope de treinta días. El establecimiento de este límite significa que, si el número de demandantes supera los cien, ya no se seguirá aumentando el plazo para contestar la demanda. Ello, con el objeto de evitar dilaciones excesivas.
Acotaron los señores representantes del Ministerio de Justicia que fue cuidadosamente estudiada la determinación del número límite de demandantes que se considerará para aumentar el plazo. Si se fija una cantidad muy baja, la modificación perdería su finalidad de otorgar un plazo mayor para contestar, atendiendo de esa forma las dificultades a las que se enfrenta un demandado si hay multiplicidad de demandantes. En cambio, si se fija una cifra muy alta, se produciría un incremento desmedido del plazo.
La Comisión Mixta estuvo de acuerdo con la propuesta del Ministerio de Justicia.
Razonó, por un lado, que la derogación de los artículos 49 y 50 de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado deja en pie de igualdad a este organismo, a los demás órganos públicos y a los particulares en relación con los plazos para contestar la demanda y para la interposición de los recursos de casación.
Por otra parte, estimó que la enmienda que se plantea al Código de Procedimiento Civil recoge un aspecto importante, que permitirá al demandado, sea el Consejo de Defensa del Estado o cualquier otro organismo público, sea un particular, efectuar una mejor defensa frente a una multiplicidad de demandantes. De esta manera, no se afecta ninguna garantía constitucional, pues los criterios que sirven para determinar el aumento del plazo son objetivos y se basan en un antecedente de hecho que justifica tal ampliación.
Tuvo presente que todo aumento de plazos trae consigo una dilación del proceso. En este caso específico, además del término de emplazamiento en general, se están adicionando hasta treinta días hábiles, lo cual significa que el término para contestar la demanda podría ser de cuarenta y ocho días, sin considerar la tabla de emplazamiento, si el número de demandantes supera los cien. Coincidió, sin embargo, en que esta circunstancia será excepcional, puesto que la misma norma disuadirá la interposición de demandas con multiplicidad de actores y, si aun así se interpusieran, el plazo mayor para contestarlas se explica sobradamente.
-Sometida a votación la proposición del Ejecutivo , se aprobó por unanimidad con los votos de los honorables senadores señores Aburto , Díez , Silva y Viera-Gallo y los honorables diputados señora Guzmán y señores Bartolucci y Elgueta.
-o-
En virtud del acuerdo anteriormente señalado, vuestra Comisión Mixta os recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo 1º.- Deróganse los artículos 49 y 50 de la ley orgánica del Consejo de Defensa del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado está contenido en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 2º.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 260 del Código de Procedimiento Civil:
“En los casos en que proceda la pluralidad de demandantes de acuerdo al artículo 18, el plazo para contestar la demanda, determinado según lo dispuesto en los dos artículos anteriores, se aumentará en un día por cada tres demandantes sobre diez que existan en el proceso. Con todo, este plazo adicional no podrá exceder de treinta días.”.”.
-o-
Acordado en sesiones celebradas los días 18 de abril y 9 de mayo de 2001, con la asistencia de los honorables senadores señores Sergio Díez Urzúa ( Presidente ), Marcos Aburto Ochoa , Enrique Silva Cimma ( Augusto Parra Muñoz ) y José Antonio Viera-Gallo Quesney y de los honorables diputados señora Pía Guzmán Mena y señores Francisco Bartolucci Johnston y Sergio Elgueta Barrientos.
Sala de la Comisión Mixta, a 5 de junio de 2001.
(Fdo.): JOSÉ LUIS ALLIENDE LEIVA , Secretario ”.
4. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana acerca del proyecto de acuerdo aprobatorio del protocolo de Ushuaia sobre compromiso democrático en el Mercosur, Bolivia y la República de Chile. (boletín Nº 2517-10)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informaros acerca del proyecto de acuerdo aprobatorio del “Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile”, suscrito el 24 de julio de 1998 en Ushuaia, República Argentina, sometido a la consideración de la honorable Corporación en primer trámite constitucional, sin urgencia.
I. ANTECEDENTES GENERALES.
1. El 25 de junio de 1996, nuestro país suscribió en la localidad de Potrero de Los Funes, provincia de San Luis, República Argentina, el Acuerdo de Complementación Económica con el Mercosur, sus anexos, más un protocolo sobre integración física y otro de adhesión a la “Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el Mercosur”. En este segundo Protocolo, los Presidentes de Bolivia y de Chile expresan su plena y formal adhesión a los principios y disposiciones de dicha Declaración Presidencial y manifiestan que, en lo que se refiere a los Acuerdos celebrados o a celebrarse entre sus respectivos Estados con el Mercosur o con sus Estados Partes, será de aplicación el principio democrático como condición esencial para la continuidad del proceso de integración en curso.
El Acuerdo de Complementación, conjuntamente con el protocolo de adhesión de Chile a dicha Declaración Presidencial, fueron aprobados por el Congreso Nacional y, en tal virtud, ratificados por el Presidente de la República ; promulgados mediante decreto supremo Nº 1.411, de 1996, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicados en el Diario Oficial del 4 de octubre del mismo año.
2. En la Declaración Presidencial aludida, los Presidentes de Argentina , Brasil, Paraguay y Uruguay reiteran su Declaración Presidencial de Las Leñas, de 1992, en el sentido de que la plena vigencia de las instituciones democráticas es condición esencial para la existencia y desarrollo del Mercosur, y acuerdan que toda alteración del orden democrático constituye un obstáculo inaceptable para la continuidad del proceso de integración en curso respecto al Estado miembro afectado. Si tal situación se produjere, deciden efectuar consultas inmediatas entre sí y con el país miembro afectado. Si las consultas fueren infructuosas, las Partes considerarán la aplicación de medidas que van desde la suspensión en la participación del Estado donde haya ocurrido la ruptura del orden democrático hasta la suspensión de los derechos y obligaciones emergentes del Mercosur y de los acuerdos celebrados con cada una de las Partes.
3. Mediante el Protocolo de Ushuaia, cuyo contenido normativo se os reseña más adelante, los Estados Partes del Mercosur, más Bolivia y Chile, reafirman los principios y objetivos del Tratado de Asunción y los Acuerdos de Integración celebrados entre ellos al amparo de dicho Tratado, hacen suyo lo expresado en la Declaración Presidencial de Las Leñas, de 1992; ratifican la Declaración Presidencial y el Protocolo de Adhesión, de 1996; precisan el alcance del Compromiso Democrático contraído y acuerdan el procedimiento aplicable para hacerlo efectivo.
II. RESEÑA DEL CONTENIDO NORMATIVO DEL PROTOCOLO DE USHUAIA.
En sus 10 artículos, este instrumento dispone, en lo esencial, lo siguiente:
a) Toda ruptura del orden democrático en uno de los Estados señalados podrá dar lugar a la aplicación de la medida de suspensión de participación, de derechos o de obligaciones (artículo 1).
Esta disposición es más restrictiva que el Compromiso contemplado en las Declaraciones Presidenciales, ya que en éstas la acción común de los Estados Partes se compromete, además, ante “toda alteración” o “amenaza de ruptura” del orden democrático.
b) El Protocolo de Ushuaia se aplicará a las relaciones que resulten de los Acuerdos de integración vigentes entre los Estados Partes (artículo 2), en lo que resulta plenamente concordante con las Declaraciones que lo han precedido.
c) En caso de ruptura del orden democrático en alguno de los Estados Partes, éstos procederán a celebrar consultas entre sí y con el Estado afectado, y si ellas resultaren infructuosas se podrán adoptar, por consenso, sin la participación del Estado Parte afectado, las medidas de suspensión del derecho a participar en los distintos órganos de los respectivos procesos de integración, hasta la suspensión de los derechos y obligaciones emergentes de esos procesos (artículos 3, 4, 5 y 6).
d) Las medidas cesarán a partir del momento en que se comunique al afectado que los Estados miembros han verificado el pleno restablecimiento del orden democrático (artículo 7).
e) El Protocolo en trámite se declara parte integrante del Tratado de Asunción y de los respectivos acuerdos celebrados o que en el futuro celebre el Mercosur con Bolivia o Chile (artículos 8 y 9).
f) Por último, se dispone que este Protocolo regirá a partir de su ratificación y entrará en vigencia para los Estados Partes del Mercosur, Bolivia y Chile, según el caso, treinta días después que el Secretario General de Aladi informe a las cinco Partes Signatarias correspondientes que se han completado los procedimientos internos correspondientes para su incorporación a los órdenes jurídicos nacionales respectivos (artículo 10).
III. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
a) Aprobación del proyecto de acuerdo.
La Comisión ha compartido plenamente las consideraciones de mérito que han llevado a los Países Miembros del Mercosur, a Chile y a Bolivia a suscribir el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur y ha acordado, en consecuencia, recomendaros su aprobación, para lo cual os propone adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo en los mismos términos en que lo formula el mensaje; es decir, en los siguientes:
“Artículo único.- Apruébase el “Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile”, suscrito el 24 de julio de 1998 en Ushuaia, República Argentina.”.
b) Menciones reglamentarias.
Para los efectos reglamentarios pertinentes se os consigna que este instrumento internacional no contiene disposiciones que requieran para su aprobación quórum orgánico constitucional o calificado.
c) Designación de diputado informante.
Esta nominación recayó, por unanimidad, en el honorable diputado Carlos Ignacio Kuschel Silva.
-o-
Discutido y despachado en las sesiones de los días 10 de octubre y 2 de noviembre de 2000, y 16 de mayo de 2001, con asistencia de los señores diputados Palma Irarrázabal, don Joaquín y Jarpa Wevar, don Carlos Abel (Presidentes de la Comisión); Allende Bussi , doña Isabel ; Alessandri Valdés, don Gustavo ; Kuschel Silva, don Carlos Ignacio ; Leay Morán, don Cristián ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Moreira Barros, don Iván ; Palma Flores, don Osvaldo ; Riveros Marín, don Edgardo , y Urrutia Cárdenas, don Salvador.
Sala de la Comisión, a 16 de mayo de 2001.
(Fdo.): FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, Abogado Secretario de la Comisión”.
5. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana sobre el proyecto de acuerdo aprobatorio de las enmiendas al Anexo del Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, y al Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), adoptadas por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI), mediante las Resoluciones MSC. 66 (68) y MSC. 67 (68), de fechas 4 de junio de 1997. (boletín Nº 2629-10)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informaros el proyecto de acuerdo aprobatorio de las enmiendas al Anexo del Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, y al Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), adoptadas por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI), mediante las Resoluciones MSC. 66 (68) y MSC. 67 (68), de fechas 4 de junio de 1997.
I. ANTECEDENTES GENERALES.
1) La Organización Marítima Internacional (OMI) es la organización intergubernamental de las Naciones Unidas especializada en los asuntos técnicos relacionados con el transporte, la seguridad y la eficiencia de la actividad marítima. Para tal efecto estudia y formula recomendaciones, en el seno del Comité de Seguridad Marítima (MSC, según su sigla inglesa), respecto de todas las cuestiones que tiendan a facilitar el funcionamiento y desarrollo de la navegación marítima comercial, tanto en el terreno técnico como en el económico y comercial. Se ocupa también la OMI de la contaminación en el mar y del tráfico marítimo, así como de tratar de abolir las prácticas restrictivas y discriminatorias que afecten la marina mercante.
2) Nuestro país es Estado miembro de la OMI desde su fundación, en 1948, como Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (Ocmi) y ha incorporado al orden interno tanto su Convención constitutiva original como su texto modificado que establece sus actuales funciones.
La autoridad nacional en las materias reguladas por la OMI es la Dirección del Territorio Marítimo y de Marina Mercante ( Directemar ) y a ella corresponde fiscalizar, aplicar y hacer cumplir todas las normas, nacionales e internacionales, relacionadas con el personal embarcado o “gente de mar”, que mediante contrato de embarco, ejerce profesiones, oficios u ocupaciones a bordo de naves o artefactos navales. Por mandato de la ley de Navegación, aprobada por el decreto ley Nº 2.222, de 1978, Directemar cumple las mismas funciones respecto de la normativa que tiene por objeto la preservación del medio ambiente marino o velar por la seguridad de la navegación, como la contemplada en los Convenios Internacionales para Prevenir la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos o por Vertimiento de Desechos y el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños causados por la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos, de 1969, y en la Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Solas).
3) Tanto el Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, como el Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), que son enmendados por las resoluciones MSC 66 (68) y 67 (68), sometidas a la consideración de la honorable Cámara, fueron adoptados en el marco de la OMI.
El Convenio Internacional ha sido promulgado por el decreto supremo Nº 662, de 1987, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicado en el Diario Oficial de 7 de octubre de dicho año.
El Código de Formación fue aprobado por la resolución 2 de la Conferencia de las Partes en el Convenio en su reunión celebrada en Londres, en 1995. Este instrumento no ha sido aprobado aún por nuestro país. Su parte A, ha sido sometida a la consideración de la honorable Cámara en forma paralela a este proyecto de acuerdo, mediante mensaje contenido en el boletín Nº 2.630-10.
II. RESEÑA DEL CONTENIDO DE LAS RESOLUCIONES INTERNACIONALES SOMETIDAS A LA CONSIDERACIÓN DE LA HONORABLE CÁMARA.
A) Contenido de la resolución MSC. 66 (68):
Como lo señala el mensaje, esta Resolución contiene enmiendas al Anexo del Convenio , las que entraron en vigor internacional el 1 de enero de 1999. Se trata de enmiendas de orden técnico, mediante las que se incorporan al Anexo requisitos especiales de formación, de carácter general, para el personal de buques de pasaje que no sean de transbordo rodado, dedicados a viajes internacionales.
Además, se agregan al Anexo la Regla V/3, los requerimientos mínimos de formación para los capitanes, oficiales, marineros y demás personal (por ejemplo: de los servicios) de los buques de pasaje, que no sean de transbordo rodado dedicados a viajes internacionales.
Tales requisitos tienen por objeto que el personal embarcado en buques de pasaje dedicados a viajes internacionales, tengan instrucción sobre “control de multitudes”; de “familiarización” de los cargos que van a desempeñar a bordo; de “seguridad” para trato y guía de los pasajeros en caso de emergencia y, para los oficiales que cumplan los puestos principales en el buque, un curso de “gestión de emergencias y comportamiento humano”, para desempeñarse ante un accidente marítimo.
Las enmiendas introducen en la Regla V/2, párrafo 5, para las dotaciones de los buques de pasaje de transbordo rodado, la misma exigencia sobre el “curso de gestión de emergencias y comportamiento humano” señalado anteriormente, compatibilizando así dicha instrucción para las dotaciones de todo tipo de buques de pasaje.
B) Contenido de la resolución MSC. 67 (68):
Esta Resolución contempla Enmiendas al Código de Formación, que incorporan de manera pormenorizada en la Parte A del Código, que es obligatoria, las normas técnicas mínimas que las Partes deberán seguir para dar plena efectividad a la formación del personal de buques de pasaje que no sean de transbordo rodado, en materia de control de multitudes, familiarización en el cargo, formación sobre seguridad de pasajeros y en gestión de emergencias y comportamiento humano.
Asimismo, introducen en la Regla V/2, párrafo 5, para las dotaciones de los buques de pasaje de transbordo rodado, la misma exigencia sobre el “curso de gestión de emergencias y comportamiento humano” señalado anteriormente, compatibilizando así dicha instrucción para las dotaciones de todo tipo de buques de pasaje.
El mensaje señala que, si bien en nuestro país no hay buques que se dediquen a transporte de pasajeros de viajes internacionales, salvo uno en la zona sur-austral, que toca en Ushuaia, Argentina, es conveniente aprobar las enmiendas de 1997 al Anexo del Convenio y al Código de Formación.
III. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
a) Personas escuchadas por la Comisión.
Vuestra Comisión escuchó al jefe del Departamento de Educación y Titulación de Directemar , Capitán de Fragata señor Estanislao Sebeckis , quien participó asistido por el jefe del Departamento de Asuntos Internacionales de Directemar , Capitán de Fragata señor Juan Munita , y el Abogado señor Rodrigo Ramírez , ambos funcionarios de Directemar.
El señor jefe del Departamento de Educación y Titulación explicó que la normativa internacional relativa a la formación de gente de mar ha tenido una evolución que ha culminado en el Convenio cuyas enmiendas se informan en este acto y sostiene que ellas favorecen a Chile, país que cuenta con una formación estandarizada. Informó que de 172 países miembros de la OMI, ya 132 las han ratificado.
Señaló que esta normativa protege la seguridad de la vida humana en el mar, manteniendo la navegación dentro de niveles mínimos de competencia y que las dotaciones chilenas cumplen con las normas que establece la Convención, razón por la cual nuestro país se encuentra en la denominada “lista blanca”.
Afirmó que estos instrumentos cautelan los intereses de los armadores nacionales, frente a los extranjeros que bajan sus tarifas por trabajar bajo los estándares que exige la OMI. Asimismo, indicó que estas normas mantienen la autonomía de los países para regular la navegación interna.
Indicó que las modificaciones se refieren a normas médicas y a la participación de la mujer en la actividad marítima, entre otros aspectos.
Expresó que la industria marítima mundial está en manos de los países desarrollados, cuyas tripulaciones cumplen con la normativa del Convenio y sostuvo que si Chile no se rigiese por estas normas afectaría a muchos chilenos que navegan en naves extranjeras, en las cuales se les requiere que acrediten que se encuentran calificados, dado que se trata de barcos de alta tecnología. Destaca que el Convenio establece criterios y estándares mínimos y que Chile supera esos estándares; por tanto, la ratificación de estas enmiendas no significará implementar ningún tipo de medidas.
Respondiendo a consultas de los señores diputados, agregó que Chile cuenta con, aproximadamente, 4.000 marinos mercantes, que optan a la titulación internacional. Muchos de los cuales navegan en buques de bandera de conveniencia.
Precisó que este Convenio sólo se refiere a buques de la marina mercante internacional y de transporte de pasajeros de igual condición y que los buques pesqueros no cuentan con un Convenio como el que se modifica por las resoluciones en tramitación.
Informó que en Chile hay centros de formación de oficiales mercantes en las Universidades Austral y Marítima y en la Escuela Naval, y que también existen institutos profesionales regionales, de los cuales egresan quienes navegan en buques más pequeños.
Señaló, además, que aproximadamente la mitad de los países miembros de la OMI se encuentran en la lista blanca; que el resto no puede otorgar títulos internacionalmente aceptados, y que en Sudamérica todos los países se encuentran en la denominada lista blanca, salvo Ecuador.
Sostuvo que la no ratificación por nuestro país de estas enmiendas, podría afectar la competitividad internacional de nuestra marina mercante y lo haría salir de la lista blanca. Además, afirma que como las enmiendas ya se encuentran en vigor internacional, sería posible que su cumplimiento se exigiera a nuestros buques en el extranjero, lo cual entorpecería el ingreso de nuestras naves en puertos extranjeros.
Tal riesgo lo estima importante, ya que a lo menos el 25% de nuestras exportaciones se transporta en buques mercantes chilenos, que navegan hacia Estados Unidos y Europa. Nuestras líneas se asocian con líneas mayores. Si Chile no ratificara estas enmiendas, las propias empresas tendrían que cumplir con estas normas.
Añade que Chile sólo cuenta con un buque de pasajeros internacional, que va desde Punta Arenas a Ushuaia y que cumple con la normativa internacional del caso. Todos los buques mercantes chilenos cumplen con las normativas internacionales. La Convención rige únicamente para naves mercantes y de pasajeros, en ambos casos internacionales.
Sostuvo que Chile debiera aprobar las enmiendas, porque no obstante el nivel superior de su enseñanza, para que los títulos otorgados en Chile sean reconocidos internacionalmente deben ser emitidos conforme con el Convenio, comenzando desde el formato.
Indicó que el cumplimiento de los requisitos se efectúa mediante inspecciones practicadas por los mismos países miembros, en virtud de mandato otorgado por la OMI.
Señaló, finalmente, que los cambios tecnológicos suceden con rapidez y hacen necesarias las enmiendas a los instrumentos elaborados en el seno de la OMI y que las enmiendas son coherentes con la realidad laboral y técnica chilena.
b) Aprobación del proyecto de acuerdo.
Atendidos los antecedentes expuestos, más los que os podrá agregar el honorable diputado informante , vuestra Comisión decidió, por unanimidad, recomendar a la honorable Cámara que preste su aprobación a las enmiendas sometidas a su consideración por el proyecto de acuerdo en informe, para lo cual os propone adoptar su artículo único en los mismos términos en que formula el mensaje, con modificaciones formales de menor entidad; es decir, en los siguientes:
“Artículo único.- Apruébanse las Enmiendas al Anexo del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, enmendado, y al Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), adoptadas por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional mediante las Resoluciones MSC. 66 (68) y MSC. 67 (68), de fechas 4 de junio de 1997.”.
c) Menciones reglamentarias.
Para los efectos reglamentarios pertinentes se os consigna que estas enmiendas no inciden en materias que requieran quórum orgánico-constitucional o calificado para su aprobación.
d) Designación de diputado informante.
Esta nominación recayó, por unanimidad, en el honorable diputado don Salvador Urrutia Cárdenas.
Discutido y despachado en sesión del 15 de mayo de 2001, con asistencia de los diputados señores Jarpa Wevar, don Carlos Abel ( Presidente de la Comisión ); Alessandri Valdés, don Gustavo ; Allende Bussi ; doña Isabel ; Ascencio Mansilla, don Gabriel ; Kuschel Silva, don Carlos Ignacio ; Leay Morán, don Cristián ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Moreira Barros, don Iván ; Palma Irarrázaval, don Joaquín ; Reyes Alvarado, don Víctor ; Riveros Marín, don Edgardo , y Urrutia Cárdenas, don Salvador.
Sala de la comisión, a 15 de mayo de 2001.
(Fdo.): FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, Abogado Secretario de la Comisión”.
6. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana sobre el proyecto de acuerdo que aprueba Enmiendas al Anexo del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, y la Parte A del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, adoptadas mediante las Resoluciones 1 y 2 de la Conferencia de las Partes, celebrada en Londres del 26 de junio al 7 de julio de 1995. (boletín Nº 2630-10)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informaros el proyecto de acuerdo aprobatorio de las enmiendas al Anexo del Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, y la Parte A del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, adoptadas mediante las Resoluciones 1 y 2, respectivamente, de la Conferencia de las Partes en el mencionado Convenio, celebrada en Londres desde el 26 de junio al 7 de julio de 1995.”.
I. ANTECEDENTES GENERALES.
1) Como ya se os ha señalado a propósito de las enmiendas introducidas a dichos instrumentos internacionales por las resoluciones 66 (68) y 67 (68) del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI), sometidas a vuestro conocimiento paralelamente a las que se os informa en este acto (boletín Nº 2.629-10), la OMI es la organización intergubernamental de las Naciones Unidas especializada en los asuntos técnicos relacionados con el transporte, la seguridad y la eficiencia de la actividad marítima. Para tal efecto estudia y formula recomendaciones, en el seno del Comité de Seguridad Marítima (MSC, según su sigla inglesa), respecto de todas las cuestiones que tiendan a facilitar el funcionamiento y desarrollo de la navegación marítima comercial, tanto en el terreno técnico como en el económico y comercial. Se ocupa también la OMI de la contaminación en el mar y del tráfico marítimo, así como de tratar de abolir las prácticas restrictivas y discriminatorias que afectan la marina mercante.
2) Nuestro país es Estado miembro de la OMI desde su fundación, en 1948, como Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (Ocmi) y ha incorporado al orden interno tanto su Convención constitutiva original como su texto modificado que establece sus actuales funciones.
La autoridad nacional en las materias reguladas por la OMI es la Dirección del Territorio Marítimo y de Marina Mercante ( Directemar ) y a ella corresponde fiscalizar, aplicar y hacer cumplir todas las normas, nacionales e internacionales, relacionadas con el personal embarcado o “gente de mar”, que mediante contrato de embarco, ejerce profesiones, oficios u ocupaciones a bordo de naves o artefactos navales. Por mandato de la ley de Navegación, aprobada por el decreto ley Nº 2.222, de 1978, Directemar cumple las mismas funciones, respecto de la normativa que tiene por objeto la preservación del medio ambiente marino o velar por la seguridad de la navegación, como la contemplada en los Convenios Internacionales para Prevenir la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos o por Vertimiento de Desechos y el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños causados por la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos, de 1969, y en la Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Solas).
3) Tanto el Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, como el Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación), que son enmendados por las resoluciones 1 y 2 de la Conferencia de las Partes en el Convenio, sometidas a la consideración de la honorable Cámara, fueron adoptados en el marco de la OMI.
El Convenio Internacional ha sido promulgado por el decreto supremo Nº 662, de 1987, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y publicado en el Diario Oficial de 7 de octubre de dicho año.
El Código de Formación fue aprobado por la resolución 2 de la Conferencia de las Partes en el Convenio antes señalado y es su parte A, sobre normas obligatorias relacionadas con las disposiciones del anexo del Convenio de Formación, la que ha sido sometida a la consideración de la honorable Cámara por el proyecto de acuerdo que motiva este informe.
4) El mensaje de S.E. el Presidente de la República os señala que estas enmiendas tienen por objeto resolver algunos inconvenientes y problemas que han entorpecido el cabal cumplimiento de los postulados del Convenio, debidos a la falta de precisión de sus normas, cuya interpretación y aplicación se dejaba “a juicio de la Administración”, lo que dio lugar a diversas interpretaciones de sus disposiciones y a que no hubiera una aplicación universal del convenio. Ello trajo como consecuencia, informa el mensaje, que muchos Estados no lo administraran ni lo hicieran aplicar eficientemente.
Igualmente, restó eficacia al Convenio la importancia atribuida a la competencia y pericia adquirida por la gente de mar durante el servicio a bordo o en talleres de máquinas. En efecto, el Convenio, indica el mensaje, sólo fijó requisitos en cuanto a los conocimientos necesarios para desempeñarse en una actividad determinada, pero sin definir las habilidades y competencias y sin considerar en este aspecto la reducción de las tripulaciones, ni que los tiempos de rotación eran más cortos, ni los cambios frecuentes en la tripulación ni la cantidad de bagajes educativos como consecuencia del carácter multinacional de las dotaciones, todo lo cual produjo el efecto de una menor eficacia en la formación a bordo.
Por otra parte, añade el mensaje, se produjo una pérdida de credibilidad y confianza en los títulos otorgados por algunas Administraciones en lo referente a las aptitudes y conocimientos de su gente de mar. Agrega que contribuyó a dicha creencia la ocurrencia de una serie de siniestros marítimos de gran resonancia y trascendencia, los cuales causaron preocupación acerca de los niveles de aptitud y preparación de las tripulaciones.
Todos estos antecedentes motivaron al Secretario General de la OMI para solicitar la pronta revisión del Convenio, en cooperación con la Organización Internacional del Trabajo, entidad responsable de los estándares de trabajo y empleo del personal embarcado. De este modo, convocada la Conferencia de las Partes del Convenio, se adoptaron las enmiendas sometidas a vuestra consideración, cuyo contenido se os pasa a reseñar.
II. RESEÑA DE LAS PRINCIPALES ENMIENDAS AL ANEXO DEL CONVENIO Y DE LA PARTE A DEL CÓDIGO DE FORMACIÓN, TITILACIÓN Y GUARDIA.
A. Reseña de las enmiendas al Anexo del Convenio (Resolución 1):
1. Las Partes, deberán suministrar información al Secretario General de la OMI acerca de las medidas administrativas que hayan adoptado para asegurar el cumplimiento del Convenio, fundamentalmente en lo referente a formación académica y práctica, cursos de entrenamiento y procedimientos de titulación. Estos antecedentes serán evaluados por el Comité de Seguridad Marítima de la OMI, el cual certificará cuáles son los Estados que cumplen con los requisitos del Convenio, siendo sus títulos aceptables.
El artículo X dispone que los buques (exceptuando algunos, como los de guerra y los pesqueros) estarán sujetos en los puertos de una Parte a la intervención por funcionarios debidamente autorizados para verificar que el personal de a bordo cuenta con la titulación necesaria.
No obstante, se establece que después del 1 de febrero del año 2002 se aplicarán las normas que contempla al respecto la parte A del Código de Formación.
2. El Convenio se aplicará a buques de Estados que no son Parte, cuando se hallen visitando puertos de Estados Partes, los que aplicarán medidas de inspección para asegurar que a éstos no se les dé un trato más favorable que el dispensado a los buques con derecho a enarbolar el pabellón de un Estado Parte (Regla I/3).
3. El Convenio consulta procedimientos mejorados de inspección por el Estado rector del puerto, con el objeto de evaluar la competencia de la gente de mar en la realización de la guardia y permitir la intervención cuando se considere que las deficiencias constituyen un peligro para las personas, los bienes o el medio ambiente (artículo X, regla I/4).
4. Las Partes deberán establecer procedimientos para la investigación de actos cometidos por personas a las cuales la Administración haya otorgado título o certificación y que pusieran en peligro el medio marino, incluyéndose sanciones y otras medidas disciplinarias en caso de incumplimiento del Convenio (Regla I/5).
5. El Convenio contempla innovaciones técnicas para la formación y evaluación de la competencia o demostración de la aptitud que requiera la utilización obligatoria de simuladores. Estos simuladores serán obligatorios para la formación en el empleo de radar y las ayudas de punteo de radar automáticas (Regla I/12).
6. Las Partes deberán demostrar que su sistema de formación y titulación ha incorporado el control de calidad y que está sujeto a evaluación y auditoría externa. Se deberá informar al respecto a la OMI (Regla I/8).
7. Todo capitán, oficial y radiooperador tendrá la obligación de demostrar, a intervalos que no excedan de cinco años, que continúa reuniendo los requisitos de aptitud física y competencia profesional para el desempeño de sus funciones (Regla I/11).
B. El Código de Formación. Parte A (Resolución 2):
1. La Parte A, que contiene, como está dicho, las “Normas Obligatorias Relacionadas con las Disposiciones del Anexo del Convenio de Formación”, es receptora de todas las reglas técnicas contenidas en el Anexo del Convenio del Formación, 1978, en su forma enmendada, por disposición de la regla 1/1, párrafo 2 de dicho Anexo. Entrará en vigencia al mismo tiempo que la Enmiendas al Convenio.
2. La parte B del Código de Formación, no se somete a aprobación legislativa por cuanto sólo contiene orientaciones con carácter de recomendación sobre las disposiciones del Convenio de Formación y su Anexo, por tanto, jurídicamente no son obligatorias para los Estados Partes.
III. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
a) Personas escuchadas por la Comisión.
Vuestra Comisión escuchó al jefe del Departamento de Educación y Titulación de Directemar , Capitán de Fragata señor Estanislao Sebeckis , quien participó asistido por el Jefe del Departamento de Asuntos Internacionales , Capitán de Fragata señor Juan Munita , y el abogado señor Rodrigo Ramírez , ambos funcionarios de Directemar.
La exposición del señor jefe del Departamento de Educación y Titulación de Directemar , con argumentos favorables a la aprobación de estas enmiendas se consignan en el informe boletín Nº 2.629-10, de manera que, por razones de economía procesal, este informe se remite a lo señalado en dicho documento.
b) Aprobación del proyecto de acuerdo.
Atendidos los antecedentes expuestos, más los que os podrá agregar el honorable diputado informante , vuestra Comisión decidió, por unanimidad, recomendar a la honorable Cámara que preste su aprobación a las enmiendas sometidas a su consideración por el proyecto de acuerdo en informe, para lo cual os propone adoptar su artículo único en los mismos términos en lo formula el mensaje, con modificaciones formales de menor entidad que no se estima necesario detallar.
El texto que os propone vuestra Comisión, es el siguiente:
“Artículo único.- Apruébanse las enmiendas al Anexo del Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, y la Parte A del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, adoptadas mediante las Resoluciones 1 y 2, respectivamente, de la Conferencia de las Partes en el mencionado Convenio, celebrada en Londres desde el 26 de junio al 7 de julio de 1995.”.
c) Menciones reglamentarias.
Para los efectos reglamentarios pertinentes se os consigna que estas enmiendas no inciden en materias que requieran quórum orgánico constitucional o calificado para su aprobación.
d) Designación de diputado informante.
Esta nominación recayó, por unanimidad, en el honorable diputado don Salvador Urrutia Cárdenas.
-o-
Discutido y despachado en sesión del 15 de mayo de 2001, con asistencia de los diputados señores Jarpa Wevar, don Carlos Abel ( Presidente de la Comisión ); Alessandri Valdés, don Gustavo ; Allende Bussi ; doña Isabel ; Ascencio Mansilla, don Gabriel ; Kuschel Silva, don Carlos Ignacio ; Leay Morán, don Cristián ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Moreira Barros, don Iván ; Palma Irarrázaval, don Joaquín ; Reyes Alvarado, don Víctor ; Riveros Marín, don Edgardo , y Urrutia Cárdenas, don Salvador.
Sala de la comisión, a 15 de mayo de 2001.
(Fdo.): FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, Abogado Secretario de la Comisión”.
7. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana acerca del proyecto de acuerdo que aprueba el protocolo de 1992 que enmienda el Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminacion por hidrocarburos, 1969, y su anexo, adoptados en Londres el 27 de noviembre de 1992. (boletín Nº 2640-10)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informaros el proyecto de acuerdo aprobatorio del Protocolo de 1992 que enmienda el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos, 1969, y su anexo, adoptado en Londres, el 27 de noviembre de 1992, sometido a la consideración de la honorable Corporación en primer trámite constitucional.
I. ANTECEDENTES GENERALES.
1. La Organización Marítima Internacional (OMI) es la organización intergubernamental de las Naciones Unidas especializada en los asuntos técnicos relacionados con el desarrollo de la navegación marítima comercial, tanto en el terreno técnico como en el económico y comercial; con la seguridad en la navegación marítima y, particularmente, para los fines de este informe, con la contaminación del medio ambiente marino, entre otras tareas que le encomienda su convenio constitutivo.
Uno de los instrumentos internacionales que la OMI ha adoptado para proteger el medio ambiente marino es el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos, elaborado en la Conferencia Diplomática convocada el año 1969 a raíz del accidente del buque tanque Torrey Canyon , en 1967, frente a las costas de Gran Bretaña, del que se derivaron daños de proporciones hasta entonces desconocidas en las costas de Francia y del Reino Unido. Dicho Convenio, conocido como Convenio de Responsabilidad Civil, consagra, en lo sustancial, el principio de responsabilidad objetiva de los propietarios de buques tanque y estipula un sistema de seguros obligatorio.
La Conferencia de 1969 advirtió, no obstante, que el régimen de responsabilidad civil regulado en el Convenio resultaría inadecuado para proporcionar una indemnización plena a las víctimas de los daños ocasionados por contaminación y reconoció, por tanto, la necesidad de contar con un sistema que proporcionara una indemnización complementaria. Para estos efectos, la OMI convocó, en 1971, una segunda Conferencia Diplomática, en la que se adoptó el Convenio internacional sobre la constitución de un fondo internacional de indemnización de este tipo de daños, para lo cual creó una organización internacional denominada “Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a la Contaminación por Hidrocarburos (Fidac), encargada de administrar el sistema de indemnización creado por el Convenio, también denominado Convenio del Fondo, recientemente aprobado por la honorable Cámara (boletín Nº 2569-10).
En la actualidad, 97 Estados son Partes en el Convenio de Responsabilidad Civil, diez de los cuales son países latinoamericanos: Brasil, Colombia , Chile, Ecuador , Guatemala, México , Nicaragua, Panamá , Perú y Venezuela. En nuestro país ha sido promulgado en el orden interno por el decreto supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 475, de 1977, publicado en el Diario Oficial del 8 de octubre del mismo año.
2. Como se os informó a propósito de la tramitación del Convenio del Fondo, antecedentes proporcionados a la Comisión por la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante ( Directemar ) señalan que las principales empresas importadoras de petróleo y sus derivados, en el año 1999, fueron la Empresa Nacional del Petróleo (Enap), con 4.735.339 toneladas; la Compañía de Petróleos de Chile (Copec), con 357.574 toneladas; Shell Chile S.A., con 206.037 toneladas, y Esso Chile Petrolera Ltda., con 188.293 toneladas. En el período enero a julio del año 2000, la participación de dichas empresas en las importaciones nacionales de petróleo y sus derivados ha sido del 89%, 3%, 1% y 2%, respectivamente.
En dicho período, los principales países de origen del petróleo importado, han sido Argentina, 24%; Nigeria , 23%; Ecuador , 19%; Venezuela , 9%, y Perú 8%, y los principales puertos chilenos de desembarque han sido Quintero, con el 59%; San Vicente , con el 30%; Salinas y Ventanas, con el 3%, cada uno, y Antofagasta, con el 2%.
Los porcentajes del tonelaje importado de petróleo y sus derivados son los siguientes: aceites crudos de petróleo, 73%; aceites combustibles destilados, 10%; gasolina, 5%; aceites combustibles residuales pesados fuel oil, 3%; aceites básicos lubricantes, 2%, y otros, 4%.
A propósito de estos antecedentes se estima oportuno recordar, nuevamente, casos de siniestros marítimos con daños de contaminación de las aguas nacionales por derrames de hidrocarburos: en julio de 1970, varó en la Bahía de San Vicente el petrolero de bandera chilena, “Cabo Tamar”, con 12.000 toneladas de crudo; en junio de 1972, encalló en la Isla Guamblin, el buque tanque de bandera griega, “Napier”, con 30.000 toneladas de crudo; en agosto de 1974, varó en el Estrecho de Magallanes, el petrolero de bandera holandesa, “Metula”, con 52.000 toneladas; en marzo de 1975, el buque mercante “Astrapatagonia”, derramó en los canales patagónicos 1.000 toneladas de crudo; en 1975, el buque mercante “ Nothern Breeze ” derramó en Quintero, 450 toneladas de diesel y fuel oil, y en junio de 1983, el buque mercante “Regent Oak” derramó en la Isla de Pascua, 1.000 toneladas de crudo.
Los antecedentes expuestos revelan la importancia que puede tener para el país la participación en los mecanismos internacionales creados para regular la responsabilidad civil por los daños producidos por este tipo de siniestros marítimos.
3. El mensaje de S.E. el Vicepresidente de la República os señala que el Protocolo de 1992, que enmienda el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos, 1969, introduce diversas enmiendas al Convenio, con el objeto, como expresa en el tercer considerando del Preámbulo, de mantener la viabilidad del sistema internacional de responsabilidad e indemnización por daños debidos a contaminación por hidrocarburos.
4. Se os hace presente, que la incorporación de nuestro país al Convenio de Responsabilidad Civil, en su texto enmendado por el Protocolo de 1992, en informe, es una condición previa a la ratificación del Convenio del Fondo, actualmente en segundo trámite constitucional en el honorable Senado.
II. RESEÑA DE LAS ENMIENDAS QUE EL PROTOCOLO DE 1992 INTRODUCE AL CONVENIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, 1969.
Este Protocolo consta de 18 artículos y un Anexo, en los cuales se disponen, principalmente, las siguientes enmiendas al Convenio de 1969:
1) Se reemplazan las definiciones de buque, hidrocarburos y daños ocasionados por contaminación, entre otras (párrafos 1, 5 y 6 que se sustituyen en artículo I del Convenio, por el artículo 2 del Protocolo):
Por “Buque” se entenderá toda nave apta para la navegación marítima y todo artefacto flotante en el mar, del tipo que sea, construido o adaptado para el transporte de hidrocarburos a granel como carga, a condición de que el buque en el que se puedan transportar hidrocarburos y otras cargas sea considerado como tal sólo cuando esté efectivamente transportando hidrocarburos a granel como carga y durante cualquier viaje efectuado a continuación de ese transporte a menos que se demuestre que no hay a bordo residuos de los hidrocarburos a granel objeto de dicho transporte.
Por hidrocarburos, todos los hidrocarburos persistentes de origen mineral, como crudos de petróleo, fuel oil, aceite diesel pesado y aceite lubricante, ya se transporten éstos a bordo de un buque como carga o en los depósitos de combustible líquido de ese buque, y
Por daños ocasionados por contaminación, las pérdidas o daños causados fuera del buque por la impurificación resultante de las fugas o descargas de hidrocarburos procedentes de ese buque, dondequiera que se produzcan tales fugas o descargas, si bien la indemnización por deterioro del medio, aparte de la pérdida de beneficios resultante de dicho deterioro, estará limitada al costo de las medidas razonables de restauración efectivamente tomadas o que vayan a tomarse.
2) Se amplía el ámbito espacial de aplicación del Convenio del mar territorial a la zona económica exclusiva establecida de conformidad con el derecho internacional, como es el caso de Chile, recalca el mensaje. Los Estados que no hayan establecido dicha zona, podrán determinar un área situada más allá de su mar territorial y adyacente a él, conforme al derecho internacional, siempre que no se extienda más allá de las doscientas millas marinas (artículo 3 del Protocolo).
3) Se otorga el derecho al propietario del buque a limitar su responsabilidad respecto de cada siniestro a cuantías superiores a la establecidas en el Convenio de 1969, calculada del modo siguiente:
a) Para buques cuyo arqueo bruto no sea superior a cinco mil toneladas, 3 millones de derechos especiales de giro (DEG), equivalente actualmente a 4,2 millones de dólares estadounidenses, aproximadamente (Nº 4 del artículo 6 del Protocolo), y
b) Este límite aumenta en escala lineal hasta 59,7 millones de DEG (82,8 millones de dólares estadounidenses, aproximadamente) para los buques de arqueo bruto superior al arriba mencionado. (Nº1 del artículo 6 del Protocolo).
La cobertura del Convenio de 1969, sólo alcanza a 19 millones de dólares estadounidenses.
El resto de las enmiendas inciden en aspectos formales y procesales relacionados con la aplicación del Convenio y la participación de los Estados en este régimen convencional.
El Anexo del Protocolo contiene el formato de certificado que deben portar los buques tanque, para acreditar que tienen seguro u otra garantía financiera vigente, de conformidad con el artículo VII del Convenio de Responsabilidad Civil.
Según lo señala el mensaje, las modificaciones expuestas, indudablemente permitirán una más adecuada y justa aplicación del sentido y alcance que se tuvo en consideración al adoptar el Convenio de 1969.
El Protocolo en informe se encuentra vigente internacionalmente, en razón de haber sido ratificado por Alemania, Australia, Bahrein , Dinamarca , Finlandia, Francia, Grecia , Islas Marshall , Japón , Liberia , México , Noruega, Omán , Reino Unido y Suecia.
III. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
a) Personas escuchadas por la Comisión.
La Comisión recibió una exposición del jefe del Departamento de Asuntos Internacionales de Directemar , Capitán de Fragata señor Juan Munita , quien explicó, en lo sustancial, que entre las funciones de la OMI está la de dictar normas para proteger el medio ambiente marítimo.
Precisó que la necesidad de contar con esta organización se hizo sentir a partir de desastres marítimos que impactaron la opinión pública mundial, como fue el caso del naufragio del transatlántico Titanic , y, posteriormente, accidentes de buques tanque, transportadores de grandes cantidades de petróleo, que causaron gran perjuicio, como fue el caso de naufragio del Torrey Canyon, acontecido en el Canal de la Mancha el año 1967. Recordó que en diciembre de 1999 naufragó frente a las costas de Dinamarca el buque tanque Erika , siendo otro caso emblemático.
Indicó que la OMI cumple su misión mediante la elaboración de tratados internacionales como el Convenio sobre Responsabilidad Civil del año 1969 y el Convenio Internacional sobre la Constitución de un Fondo Internacional de Indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, cuyos objetivos son establecer un mecanismo de indemnización para los Estados por los daños causados con motivo de derrames de petróleo originados en accidentes o naufragios de buques que transportan dicho producto.
Agregó que el Convenio de Responsabilidad Civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, 1969, primeramente, responsabiliza al propietario de la nave, y, en segundo término, limita su responsabilidad hasta cierto monto.
Añadió que Estados Unidos no ha ratificado este Protocolo, pero que cuenta con una legislación que contempla importantes indemnizaciones para el evento de que se produzcan derrames de hidrocarburos en sus aguas.
Respondiendo a consultas de los señores diputados señaló que frente a este tipo de accidentes, nuestro país aplica el régimen indemnizatorio establecido en el Convenio sobre Responsabilidad Civil, de 1969, que cubre los derrames ocurridos solamente al interior de las aguas territoriales. Señaló que los actuales montos de indemnización son muy inferiores a los que se establece en la normativa en trámite.
Precisó que los buques de la Armada Nacional no se encuentran sujetos a este sistema, porque él es aplicable sólo a los buques que transportan hidrocarburos.
Informó que esta nueva normativa aumenta el límite de la indemnización de 19 a 83 millones de dólares. Por su parte, como lo ha informado esta Comisión en el proyecto de acuerdo relativo al Convenio constitutivo del Fondo (Fidac) (boletín Nº 2569-10), indicó que el límite de indemnización que financia este Fondo, aumenta de 83 a 186 millones de dólares estadounidenses, en valores aproximados, por cuanto están establecidos en derechos especiales de giro emitidos por el Fondo Monetario Internacional.
Señaló que la principal movilizadora de este producto en Chile es la Empresa Nacional del Petróleo, Enap, seguida de Shell, Copec , Esso y otras de menor importancia. Sólo las cuatro empresas mencionadas, en consideración a los montos de transporte, están en condiciones de contribuir al Fondo que complementa el presente Convenio. Enap importa el 88% del combustible, equivalente a 5,6 millones de toneladas anuales.
Concluyó, sosteniendo que es altamente conveniente para nuestro país la aprobación de este Protocolo, porque sus normas aumentan notablemente la cobertura indemnizatoria y extienden su ámbito de aplicación a los derrames que se produzcan en la zona económica exclusiva.
b) Aprobación del proyecto de acuerdo.
Cerrado el debate y sometido a votación el artículo único del proyecto de acuerdo, la Comisión decidió aprobarlo por la unanimidad de los diputados presentes, con modificaciones formales de menor entidad, que se salvan en el siguiente texto sustitutivo que vuestra Comisión os propone adoptar:
“Artículo único.- Apruébanse el “Protocolo de 1992 que enmienda el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos, 1969, y su anexo, adoptados en Londres, el 27 de noviembre de 1992.”.
c) Designación de diputado informante.
Esta nominación recayó, por unanimidad, en el honorable diputado Alessandri Valdés, don Gustavo.
d) Menciones reglamentarias.
Para los efectos de lo dispuesto en los Nºs 2 y 4 del artículo 287 del Reglamento de la honorable Corporación, se os hace constar que este tratado internacional no contiene normas que requieran quórum orgánico constitucional o calificado para su aprobación y tampoco disposiciones que deban ser conocidas por la honorable Comisión de Hacienda.
-o-
Discutido y despachado en sesión del día 15 de mayo de 2001, con asistencia de los diputados señores Jarpa Wevar, don Carlos Abel ( Presidente de la Comisión ); Alessandri Valdés, don Gustavo ; Allende Bussi, doña Isabel ; Ascencio Mansilla, don Gabriel ; Kuschel Silva, don Carlos Ignacio ; Leay Morán, don Cristián ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Moreira Barros, don Iván ; Palma Irarrázaval, don Joaquín ; Reyes Alvarado, don Víctor ; Riveros Marín, don Edgardo , y Urrutia Cárdenas, don Salvador.
Sala de la comisión, a 15 de mayo de 2001.
(Fdo.): FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, Abogado Secretario de la Comisión”.
8. Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana sobre los proyectos aprobatorios de los Acuerdos celebrados por Chile con las Repúblicas de Nicaragua, de Honduras y de Guatemala para la promoción y protección recíproca de inversiones y sus respectivos protocolos. (boletines Nºs 2681-10, 2682-10, 2683-10)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informaros, en segundo trámite constitucional y sin urgencia, los proyectos de acuerdo aprobatorios de los tratados internacionales siguientes:
a) El “Acuerdo entre la República de Chile y la República de Nicaragua para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones” y su Protocolo, suscritos en Santiago, Chile, el 8 de noviembre de 1996;
b) El “Acuerdo entre la República de Chile y la República de Honduras para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones” y su Protocolo, suscritos en Santiago, Chile, el 11 de noviembre de 1996, y el Acuerdo mediante el cual se corrigen errores de transcripción al referido Acuerdo, adoptado por intercambio de Notas de fechas 8 de agosto de 1997 y 11 de diciembre de 1998, y
c) El Acuerdo entre la República de Chile y la República de Guatemala para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones” y su Protocolo, suscritos en Santiago, Chile, el 8 de noviembre de 1996.
Los compromisos que imponen y los propósitos que persiguen estos tratados son comunes, como se colige de sus disposiciones y de lo expuesto en los respectivos mensajes, y como es el caso de los diversos tratados de este tipo que Chile ha suscrito con países latinoamericanos, europeos y asiáticos, a partir de su incorporación al Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a las inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados, elaborado en el seno del Banco Mundial con el fin de reducir los riesgos que deben enfrentar los inversionistas extranjeros en los países receptores de la inversión, uno de los cuales está constituido por los conflictos con el país huésped. Dicho Convenio ha sido incorporado al orden jurídico interno mediante el decreto supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 1.304, de 1991, publicado en el Diario Oficial el 9 de enero de 1992.
Entre los años 1990 y 1998, la honorable Cámara aprobó los tratados bilaterales celebrados con Argentina, Australia, Bolivia , Brasil , Croacia , Dinamarca , Ecuador , El Salvador , España , Filipinas, Finlandia, Francia, Italia , Malasia , Noruega, Paraguay , Polonia , Portugal, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Corea, República Federal de Alemania , República Checa, República Popular China , Rumania , Suecia, Suiza, Unión Económica Belgo-Luxemburguesa, Ucrania , Uruguay y Venezuela. Recientemente ha sancionado los suscritos con Cuba y Panamá.
Por la identidad de compromisos, propósitos y contenido normativo que caracteriza a estos tratados, vuestra Comisión, por razones de economía procesal, ha acordado informaros sobre los tres proyectos de acuerdo en un solo acto, sin perjuicio de proponeros adoptar decisiones separadas respecto de cada uno.
I. ANTECEDENTES GENERALES.
Según lo indican los mensajes correspondientes, los tres tratados, firmados en el marco de la VI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno efectuada en Santiago, en noviembre de 1996, importan compromisos de estimular la efectiva transferencia de capitales y su adecuada protección, de conformidad a lo establecido en las respectivas legislaciones nacionales.
En consecuencia, el propósito fundamental que persiguen es el de establecer un marco jurídico adecuado para regular los derechos y obligaciones del Estado receptor de los capitales como de los inversionistas extranjeros, compatibilizando los legítimos intereses de éstos con los del Estado receptor de las inversiones y favoreciendo, de ese modo, la transferencia y movilidad de capitales.
A mayor abundamiento cabe señalaros, como en su oportunidad lo hizo el mensaje relativo al Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados, que los tratados de protección de inversiones tienen dos ventajas para el inversionista:
Primero, representan una condición para que operen en su favor los mecanismos de seguros públicos de inversión de los respectivos países, lo que les permite acceder a pólizas de seguros para su inversión a un costo menor al que deberían afrontar normalmente. De este modo, la celebración por Chile de este tipo de tratados, cuyo contenido normativo se os reseñará, coloca al país en una situación ventajosa para atraer inversión extranjera.
En segundo lugar, ofrecen al inversionista el recurso del arbitraje internacional para la solución de las controversias que con ocasión de la inversión puedan suscitarse con su Estado receptor.
II. RESEÑA DE LOS PRINCIPALES COMPROMISOS COMUNES A LOS TRES TRATADOS EN INFORME.
Cada uno de estos tratados, con sus respectivos protocolos complementarios, mutatis mutandi, imponen a los Estados Contratantes los compromisos comunes que se señalan:
1. El de incentivar y admitir en sus respectivos territorios nacionales, las inversiones de inversionistas del otro país, en conformidad con su legislación y reglamentación interna, y los de protegerlas y no obstaculizarlas en su administración, mantenimiento, uso, usufructo, extensión, venta y liquidación, mediante medidas injustificadas o discriminatorias (artículos III o 3, según los casos).
2. El de garantizar a los inversionistas de la otra Parte Contratante un tratamiento justo y equitativo, no menos favorable que aquel otorgado a sus propios inversionistas o a los de un tercer Estado, si este último fuere más favorable (Nºs 1 y 2 de los artículos IV o 4, según los casos).
Se excluyen del tratamiento de la nación más favorecida las ventajas especiales que una de las Partes Contratantes haya concedido en virtud de su participación en un área de libre comercio, una unión aduanera, un mercado común, una unión económica o cualquier otra forma de organización económica regional, o en virtud de un acuerdo relacionado con materias tributarias (Nºs 3 de los artículos antes señalados).
3. El de garantizarle a los inversionistas la libre transferencia y sin demora de los fondos relacionados con la inversión, en moneda de libre convertibilidad, en particular, aunque no exclusivamente, los retornos, intereses, dividendos, rentas, utilidades y otros rendimientos; amortizaciones de préstamos del exterior relacionados con la inversión, el capital o el producto de la venta o liquidación total o parcial de una inversión y las compensaciones por causa de nacionalización o expropiación (artículos V o 5, según los casos).
El capital invertido podrá ser transferido sólo después de un año contado desde su ingreso al territorio de la Parte Contratante, lo que hace concordar esta normativa con las disposiciones del decreto ley Nº 600, de 1974, sobre Estatuto del Inversionista Extranjero (normas adicionales a los artículos V o 5, según los casos, que se contemplan en los respectivos Protocolos).
4. El de no adoptar medidas que priven, directa o indirectamente, de su inversión al inversionista, a menos que se funden en causa de utilidad pública o interés nacional, no sean discriminatorias, y vayan acompañadas de una compensación inmediata, adecuada y efectiva, basada en el valor del mercado de la inversión afectada y con una tasa comercial normal, convencionalmente fijada, a contar de la fecha de expropiación hasta la fecha de pago (Nºs 1 y 2 de los artículos VI o 6, según los casos).
5. El reconocimiento del derecho del inversionista a reclamar en procedimiento judicial ordinario (con Nicaragua y Honduras) o a los órganos judiciales de la Parte (Guatemala) de la legalidad de la nacionalización, expropiación o de cualquiera otra medida que tenga efecto equivalente y del monto de la compensación (Nº 3 de los artículos antes citados).
6. El de otorgar a los inversionistas de la otra Parte, un tratamiento no menos favorable que el otorgado a sus nacionales o a nacionales de terceros Estados, en la reparación de las pérdidas que sufrieren en su inversión a causa de una guerra o cualquier otro conflicto armado, de un estado de emergencia nacional, de disturbios civiles u otros acontecimientos similares producidos en el territorio de la otra Parte Contratante (Nº 4 de los artículos antes citados).
Se hace notar que el Acuerdo con Honduras no incluye en el tratamiento de la nación más favorecida, como lo hacen los Acuerdos con Nicaragua y Guatemala, las pérdidas que puedan sufrir los inversionistas como consecuencia de un estado de emergencia nacional.
7. El de reconocer, en virtud del principio de subrogación, los derechos de la Parte Contratante que hubiere efectuado un pago al inversionista por las garantías financieras que le hubiere otorgado contra riesgos no comerciales de la inversión efectuada en el territorio de la otra Parte Contratante (artículos VII o 7, según los casos).
8. El de resolver las controversias entre una Parte Contratante y un inversionista de la otra Parte Contratante mediante consultas amistosas o recurriendo a los tribunales locales de la Parte Contratante receptora de la inversión o al arbitraje internacional del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), creado por el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados, vigente en Chile como ley de la República (Nºs 1 y 2 de los artículos VIII u 8, según los casos).
La elección de un procedimiento u otro será definitiva; el recurso al arbitraje será unilateral y las sentencias arbitrales serán definitivas y obligatorias (Nºs 3 y 5, en los artículos señalados).
Las Partes Contratantes se comprometen a no tratar, por medio de canales diplomáticos, asuntos relacionados con controversias sometidas a proceso judicial o a arbitraje internacional, hasta que ellos estén concluidos, salvo el caso de incumplimiento de sentencia judicial o arbitral (Nº 6 en los artículos señalados).
9. El de resolver las controversias entre las Partes Contratantes relativas a la interpretación y aplicación de estos Acuerdos, por la vía diplomática o el arbitraje internacional de un Tribunal Arbitral ad hoc integrado por miembros designados por las Partes o con el concurso de la Corte Internacional de Justicia, en caso de no haber acuerdo en su designación (artículos IX o 9, según los casos).
El Presidente del Tribunal deberá ser nacional de un tercer Estado con el cual las Partes Contratantes mantengan relaciones diplomáticas (Nº 5 de artículos IX o 9).
10. Estos tratados permanecerán vigentes por un período de quince años (Nicaragua y Honduras) y diez años (con Guatemala), luego del cual se prolongará su vigencia indefinidamente, a menos que sea denunciado (artículos XI u 11, según los casos).
Cabe señalaros que el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones celebrado con Honduras consta, además del Protocolo adicional común a este tipo de tratados, de dos notas intercambiadas entre los Gobiernos de ambos países, con el objeto de salvar errores de transcripción de el texto, sin alterar el contenido y alcance de los compromisos antes reseñados.
III. DECISIONES DE LA COMISIÓN.
a) Consulta al Ministerio de Relaciones Exteriores acerca del alcance del término “territorio”.
En el estudio de estos tratados, la Comisión reparó que en los Acuerdos suscritos con Nicaragüa y Guatemala, al definir el territorio en que serán aplicables sus disposiciones, se hace referencia a “las zonas marinas y submarinas” en las cuales éstas (las Partes Contratantes) ejercen derechos soberanos y jurisdicción, conforme a sus respectivas legislaciones y al Derecho Internacional (Nº 3 del artículo 1 y I, respectivamente), lo que podría hacer suponer que Chile estaría aceptando un cambio en la concepción clásica de la “zona económica exclusiva”, como se sostuvo durante la tramitación parlamentaria del Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (Appi) suscrito con la República de El Salvador.
Para dilucidar esta duda se solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe acerca del alcance que tienen dichas expresiones en la definición del término “territorio”. Mediante oficio RR.EE. ( Direcon ) ord. Nº 8636, de fecha 8 de mayo de 2001, la señora Canciller respondió, sustancialmente, que la definición de “territorio” en los Appis con Nicaragua y Guatemala tiene por objeto delimitar el ámbito de su aplicación espacial. Se trata, por tanto, de una definición instrumental, aplicable sólo a los efectos de los respectivos Acuerdos y en el contexto de los mismos. No se pretende dar allí un concepto de los que se entiende en el Derecho Internacional por “territorio”, en el que éste tiene un contenido muy preciso y universalmente aceptado.
Afirma, además, que en la situación particular consultada, se debe precisar que a las expresiones genéricas que se emplean al definir “territorio”, como son “las zonas marinas y submarinas”, esto es, aquellos espacios que están más allá del territorio en su sentido estricto o propio, se le agrega la expresión “en las cuales éstas (las Partes) ejercen derechos soberanos y jurisdicción conforme a sus respectivas legislaciones y al derecho internacional”. En consecuencia, no pueden interpretarse aisladamente, sino que deben preceptos respectivos.
Por tanto, concluye la señora ministra, con la definición instrumental de “territorio” que se incluye en los Appis suscritos con Nicaragua y Guatemala (art. Nºs 3 y 4, respectivamente), no se está alterando la naturaleza jurídica de espacios marítimos como la Zona Económica Exclusiva o la Plataforma Continental, en los cuales los Estados ejercen sólo derechos de soberanía y jurisdicción conforme al Derecho Internacional y no soberanía plena, como ocurre en el territorio propiamente tal.
Vuestra Comisión compartió esta interpretación.
b) Consulta al Comité de Inversiones Extranjeras sobre inversiones de Honduras, Guatemala y Nicaragua.
Por oficio Ord. Nº 84, de 23 de abril de 2001, el Comité de Inversiones Extranjeras responde a la consulta de vuestra Comisión que se registran inversiones hondureñas por un monto aprobado de US$ 7.186.918, correspondientes a la Manufacturera Ceibeña de Responsabilidad Limitada, en actividades del rubro textil.
Respecto de inversiones guatemaltecas, informa que se ha celebrado un contrato de inversión extranjera correspondiente a Cogefar de Guatemala, por un monto aprobado de US$ 25.000, en el rubro de la construcción.
Informa también que no existen inversiones de origen nicaragüense amparadas por el decreto ley Nº 600, de 1974, Estatuto de la Inversión Extranjera.
c) Personas escuchadas por la Comisión.
La comisión escuchó a la jefa del Departamento Jurídico de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, señora María Angélica Silva , y al asesor jurídico de la misma Dirección, señor Federico Gajardo , quienes entregan diversas informaciones favorables a la aprobación de estos tratados.
d) Aprobación de los proyectos de acuerdo en informe.
Por los antecedentes expuestos, más los que os podrá agregar el señor diputado informante , vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana compartió los propósitos que llevaron a los Gobiernos a suscribir los tratados en informe, de modo que, por unanimidad, decidió aprobarlos y recomendar a la honorable Cámara que adopte, en votaciones separadas, el artículo único de los respectivos proyectos de acuerdo, en los mismos términos en que los propone S.E. el Presidente de la República en los respectivos mensajes; es decir, en los siguientes:
1) Artículo único del proyecto de acuerdo boletín Nº 2681-10:
“Artículo único.- Apruébanse el “Acuerdo entre la República de Chile y la República de Nicaragua para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones” y su Protocolo, suscritos en Santiago, Chile, el 8 de noviembre de 1996.”.
2) Artículo único del proyecto de acuerdo boletín Nº 2682-10:
“Artículo único.- Apruébanse el “Acuerdo entre la República de Chile y la República de Honduras para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones” y su Protocolo, suscritos en Santiago, Chile, el 11 de noviembre de 1996, y el Acuerdo mediante el cual se corrigen errores de transcripción al referido Acuerdo, adoptado por intercambio de notas de fechas 8 de agosto de 1997 y 11 de diciembre de 1998.”.
3) Artículo único del proyecto de acuerdo boletín Nº 2683-10:
“Artículo único.- Apruébanse el Acuerdo entre la República de Chile y la República de Guatemala para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones” y su Protocolo, suscritos en Santiago, Chile, el 8 de noviembre de 1996.”.
e) Designación de diputado informante.
Diputado informante para los tres proyectos de acuerdo se designó, por unanimidad, al honorable diputado Gabriel Ascencio Mansilla.
f) Constancias reglamentarias.
Estos tratados internacionales no contienen normas que deban ser conocidas por la honorable Comisión de Hacienda o aprobadas con quórum especiales.
-o-
Discutidos y despachados en las sesiones de los días 17 de abril y 15 de mayo de 2001, con asistencia de los diputados señores Jarpa Wevar, don Carlos Abel ( Presidente de la Comisión ); Alessandri Valdés, don Gustavo ; Allende Bussi ; doña Isabel ; Ascencio Mansilla, don Gabriel ; Kuschel Silva, don Carlos Ignacio ; Leay Morán, don Cristián ; Longton Guerrero, don Arturo ; Masferrer Pellizzari, don Juan ; Moreira Barros, don Iván ; Palma Irarrázaval, don Joaquín ; Reyes Alvarado, don Víctor ; Riveros Marín, don Edgardo , y Urrutia Cárdenas, don Salvador.
Sala de la comisión, a 15 de mayo de 2001.
(Fdo.): FEDERICO VALLEJOS DE LA BARRA, Abogado Secretario de la Comisión”.
9. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recaído en el proyecto de ley que establece como feriado local en la comuna de Arica el día 7 de junio de cada año. (boletín Nº 2685-06-1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social pasa a informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en una moción suscrita por el señor Krauss , que cumple su primer trámite constitucional y reglamentario.
Durante el estudio de esta iniciativa legal la comisión contó con la asistencia y participación del parlamentario autor de la misma.
El proyecto en informe es de quórum simple y no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
I. ANTECEDENTES.
Al decir del autor de la moción, el día 7 de junio tiene un profundo significado en la comunidad ariqueña, debido al trasfondo patriótico de la gesta que se conmemora en esa fecha. Es entonces cuando la población de la nortina ciudad, pese a las dificultades de orden limítrofe, económico o de otra índole, se sobrepone y renueva sus esperanzas en el desarrollo de la zona.
El 7 de junio de cada año, Arica, como ninguna otra localidad del país, revive con fervor el espíritu de nuestros compatriotas que hace 121 años, al mando del coronel Pedro Lagos , lograron la hazaña de tomar el Morro de Arica en sólo cuarenta y cuatro minutos. El mon-tículo situado junto al mar ha venido a ser, como lo destaca el himno de Arica, un símbolo de gloria, patria y lealtad.
Aparte de la gesta militar en sí, la toma del Morro implicó la preservación de un valor esencial como lo es la unidad nacional, ya que permitió la incorporación a la soberanía de un territorio que había sido ocupado por los españoles en su paso a la zona central del país.
En este orden de consideraciones, y dados los adversos factores que conspiran desde hace un tiempo contra el despegue de la comuna, constituiría una señal muy positiva para la población local el establecimiento del feriado que se propone. Esta medida, por lo demás, está avalada por la observación de la realidad, pues no escapa a quienes han estado en Arica un 7 de junio que ese día la ciudadanía participa masivamente en los festejos correspondientes, alterando el ritmo normal de actividades. No se trata, por ende, de una suspensión infundada de la jornada laboral.
En otro plano, se señala que la vecina ciudad de Tacna celebra como feriado cada 28 de agosto el acontecimiento registrado en 1929, que permitió la consolidación de la nacionalidad peruana en ese territorio.
En conclusión, la iniciativa legal constituye un gesto simbólico de comprensión, afecto y solidaridad con Arica por haber sido escenario de un hecho histórico -la toma del Morro- de significado nacional, pero, especialmente, local.
-o-
Sin perjuicio de los antecedentes previos, la señora González , doña Rosa , subrayó que desde hace mucho tiempo la comunidad ariqueña viene festejando el hecho de la toma del Morro, por lo que todos los años en la fecha señalada se produce la interrupción de las actividades productivas y, en general, de todo orden que se desarrollan en la comuna. En tal virtud, la ley en informe viene a ratificar y dar un respaldo jurídico a una situación de hecho de antigua data. Concluyó señalando que en modo alguno esta iniciativa perjudicaría el curso de las relaciones diplomáticas y de cooperación con los países vecinos.
-o-
El artículo 60 Nº 20 de la Carta Fundamental señala que es materia de ley “toda otra norma de carácter general y obligatorio que establezca las bases esenciales de un ordenamiento jurídico”; hipótesis en que se encuentra el proyecto en informe en un sentido inverso, esto es, al declararse un feriado local se alteran las normas que regulan los sistemas laboral, previsional, procedimental, por citar algunos ejemplos.
También podría citarse el artículo 60 Nº 5, según el cual es materia de ley lo concerniente a la regulación de los “honores públicos a los grandes servidores”, en la medida en que al instaurarse el feriado propuesto se está haciendo un reconocimiento colectivo a los compatriotas que participaron en la toma del Morro de Arica.
II. IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL.
La presente iniciativa tiene por objeto declarar feriado legal en la comuna de Arica el día 7 de junio de cada año.
III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.
1) Discusión.
Según lo preceptuado por el artículo 253 del Reglamento, y atendida su tramitación en la Tabla de Fácil Despacho, por así acordarlo la unanimidad de los diputados presentes, el proyecto en informe fue discutido en general y en particular a la vez.
2) Votación.
A. En general.
Por asentimiento unánime se aprobó la idea de legislar en torno a la materia en referencia.
B. En particular.
Por el mismo quórum fue aprobado el artículo único del proyecto.
IV. ARTÍCULOS QUE REVISTEN EL CARÁCTER DE ORGÁNICO CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.
No hay.
V. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
El presidente de la comisión, en ejercicio de sus atribuciones, determinó que el proyecto no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
-o-
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que dará a conocer el señor diputado informante , la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social recomienda la aprobación del siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- El día 7 de junio de cada año será feriado local en la comuna de Arica”.
-o-
Se designó diputada informante a la señora González , doña Rosa.
Sala de la Comisión, a 5 de junio de 2001.
Tratado y acordado en la sesión correspondiente al 5 de junio de 2001, con la asistencia de los señores Sánchez, don Leopoldo ( Presidente ); González , doña Rosa ; Gutiérrez, don Homero ; Martínez, don Rosauro ; Naranjo, don Jaime ; Palma, don Joaquín ; Pérez, don Víctor ; Reyes, don Víctor , y Silva, don Exequiel.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Juan Pablo Letelier , Ascencio , René García , Hernández , Krauss , Joaquín Palma , Víctor Pérez , Sánchez y Silva y de la diputada señora Lily Pérez.
Prohíbe el traslado y posterior depósito de basuras y desperdicios generados en una región, en el territorio de otra. (boletín Nº 2721-12)
I. IDEA MATRIZ DEL PROYECTO.
El presente proyecto de ley establece la prohibición del traslado y depósito de basuras y desperdicios generados en una región, en el territorio de otra, salvo que la comuna receptora, a través de la mayoría absoluta del Concejo Municipal respectivo apruebe la medida.
II. ANTECEDENTES GENERALES.
En las regiones de nuestro país, por años, se ha incubado el sentimiento de que en materia de políticas públicas el gobierno central tiende a favorecer a quienes habitan en la Región Metropolitana en detrimento de quienes viven en las restantes regiones del país.
Más allá de la legitimidad de dicho sentir, no cabe duda que algunas situaciones que han ocurrido en las últimas décadas no vienen sino a confirmar la situación de privilegio que tendría la Región Metropolitana por sobre las otras.
Desgraciadamente, en los últimos días ha ocurrido un nuevo hecho que ratifica el parecer antes enunciado. Es así como el país con perplejidad se ha enterado de la firme intención de municipios de la Región Metropolitana de trasladar la basura y los desperdicios que generan a otra región distinta. A nuestro entender, esta situación resulta absolutamente inaceptable. Además de los grandes recursos que anualmente se destinan para solucionar los problemas que genera la contaminación del Gran Santiago, ahora se pretende que las regiones se conviertan en el “vertedero” de la basura producida en la Región Metropolitana.
III. NORMAS CONSTITUCIONALES, LEGALES Y REGLAMENTARIAS QUE REGULAN EL FUNCIONAMIENTO DE LOS VERTEDEROS, Y EL TRASLADO Y ALMACENAMIENTO DE LA BASURA.
1. Constitución Política: En su artículo 19 Nº 8: “asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación” y agrega que “es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”, más significativo es lo prescrito en el inciso segundo en el sentido que “la ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”.
2. Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional: En su artículo 14 establece que “los gobiernos regionales en el ejercicio de sus funciones deberán inspirarse en principios de equidad, eficiencia y eficacia en la asignación de los recursos públicos y en la prestación de servicios; en la efectiva participación de la comunidad regional y en la preservación y mejoramiento del medio ambiente.
Más adelante, en su artículo 17 letra c) establece que serán funciones generales de los gobiernos regionales “c) fomentar y velar por la protección, conservación y mejoramiento del medio ambiente, adoptando las medidas adecuadas a la realidad de la región, con sujeción a las normas legales y decretos supremos reglamentarios que rijan la materia”.
3. ley orgánica Constitucional de Municipalidades: “A ellas corresponde el aseo y ornato de la comuna (art. 3º).
4. Ley de rentas municipales: Este cuerpo legal autoriza a las municipalidades a cobrar una tarifa anual por el servicio domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, quiosco o sitio eriazo. Estas tarifas se refieren a la extracción de residuos sólidos domiciliarios.
5. El Código Sanitario: Establece que para proceder a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, será necesaria la aprobación previa del proyecto por el Servicio Nacional de Salud.
A este servicio le corresponderá, además, autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras.
Al otorgar la autorización, el Servicio Nacional de Salud determinará las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplirse para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad o del personal que trabaje en estas faenas.
6. El decreto con fuerza de ley Nº 1 de 1990, del Ministerio de Salud, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa: Entre dichas materias se encuentra la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
7. El decreto con fuerza de ley Nº 458, ley general de Urbanismo y Construcciones: Éste dispone que las obras de equipamiento, entre las que se comprenden los vertederos o lugares de disposición de residuos domiciliarios, fuera de los límites urbanos, requieren de aprobación previa del seremi de la Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola que corresponda.
8. El decreto supremo Nº 4740 del Ministerio del Interior de 1947, que aprueba el Reglamento sobre Normas Sanitarias Mínimas Municipales: Esta norma prohíbe depositar basuras en sitios no autorizados especialmente para este objeto por la municipalidad respectiva.
9. La resolución Nº 2444 de 1980, de Salud, que determina normas sanitarias mínimas para la operación de basurales: Esta resolución establece exigencias respecto de los sitios, la operación del basural, la dotación de personal necesario para mantenerlos en condiciones de operación y la fiscalización del cumplimiento de estas normas.
10. Ley Nº 19.300, sobre bases generales del Medio Ambiente: Esta ley, en su artículo 10 letra o) ordena que deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, entre otros proyectos y actividades, las plantas de tratamiento de residuos sólidos de origen domiciliario y los rellenos sanitarios.
11. El decreto supremo Nº 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: Este reglamento fija los requisitos para el otorgamiento de los de construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del Código Sanitario.
Creemos necesario promover una legislación que proteja a las regiones, para evitar que se conviertan en el vertedero de la basura que se produce en el Gran Santiago; lo contrario sería vulnerar el principio de igualdad.
De esta forma estaremos concretando el principio inspirador de los gobiernos regionales, que se refiere a la preservación y mejoramiento del medio ambiente.
En virtud de lo expuesto, los diputados abajo firmantes vienen en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 81 del Código Sanitario:
“En ningún caso se autorizará el traslado y posterior depósito de basuras, residuos domiciliarios y otros desperdicios, generados en una región, en el territorio de otra, a menos que por la mayoría absoluta de los miembros del Concejo Municipal, de la comuna receptora se acepte la medida de traslado y de depósito respectivo”.