Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Carlos Olivares Zepeda
- Sergio Ojeda Uribe
- Edmundo Salas De La Fuente
- Eliana Caraball Martinez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- V. ORDEN DEL DÍA
- SUSTITUCIÓN DE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
- INTERVENCIÓN : Roberto Delmastro Naso
- SUSTITUCIÓN DE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- MODIFICACIÓN DE SISTEMA DE FINANCIAMIENTO DE SUBVENCIÓN EDUCACIONAL. (Votación).
- DEBATE
- CREACIÓN DE INSTITUTOS DE SALUD ESCOLAR Y APOYO FINANCIERO Y TÉCNICO AL DE SAN PEDRO DE LA PAZ.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Victor Barrueto
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- MODIFICACIÓN DE SISTEMA DE FINANCIAMIENTO DE SUBVENCIÓN EDUCACIONAL. (Votación).
- VII. INCIDENTES
- RECURSOS PARA RESTAURACIÓN DE CAPILLA SAN JUAN DE DIOS DE CHILLÁN. Oficio.
- ADHESION
- Sergio Ojeda Uribe
- Roberto Delmastro Naso
- Rosauro Martinez Labbe
- ADHESION
- LICITACIÓN DE OBRAS VIALES EN CONCEPCIÓN Y CHIGUAYANTE. Oficios.
- ADHESION
- Sergio Ojeda Uribe
- Edmundo Villouta Concha
- Luis Pareto Gonzalez
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Roberto Delmastro Naso
- Rosauro Martinez Labbe
- ADHESION
- LEGISLACIÓN SOBRE INDEMNIZACIONES EN EMPRESAS DEL ESTADO.
- INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO DE INFRAESTRUTURA PESQUERA ARTESANAL. Oficio.
- ADHESION
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Roberto Delmastro Naso
- Mario Bertolino Rendic
- ADHESION
- APROBACIÓN DE LEY DE PRENSA Y ADMINISTRACIÓN DEL PASE ESCOLAR POR EL ESTADO. Oficio.
- ALCANCE SOBRE RECIENTES INFORMACIONES Y PUBLICACIONES DE PRENSA.
- ANTECEDENTES SOBRE ENAJENACIÓN DE PREDIO EN COMUNA DE OVALLE. Oficio.
- ADQUISICIÓN DE PREDIO EN LA SERENA DESTINADO A SERVICIOS REGIONALES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS. Oficio.
- ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL EN TRAMOS CONCESIONADOS DE LA RUTA 5 SUR. Oficio.
- CONCESIÓN DE SERVICENTRO EN COMUNA DE CORRAL. Oficio.
- CONSTRUCCIÓN DE PASO BAJO NIVEL EN TALCAHUANO. Oficio.
- REPOSICIÓN DE NORMATIVA SOBRE DETENCIÓN POR SOSPECHA. Oficio.
- PAGO DE EXPROPIACIONES A CAMPESINOS DE NOVENA REGIÓN. Oficios.
- RACIONES ALIMENTICIAS PARA ALUMNOS DE JORNADA ESCOLAR COMPLETA DE ESTABLECIMIENTOS DE LA SÉPTIMA REGIÓN. Oficios.
- DICTACIÓN DE NUEVA LEY EN FAVOR DE EXONERADOS POLÍTICOS. Oficios.
- ADHESION
- Rodolfo Seguel Molina
- ADHESION
- REPOSICIÓN DE PUENTES Y CAMINOS SECUNDARIOS EN COMUNA DE SANTA JUANA. Oficio.
- REVISIÓN DE TELÉFONOS PÚBLICOS EN COMUNAS DE LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
- CONSTRUCCIÓN DE GARITAS PARA LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN COMUNA DE SANTA JUANA. Oficio.
- SOLUCIÓN DE PROBLEMAS ESTUDIANTILES.
- PETICIÓN DE ANTECEDENTES RELACIONADOS CON OBRAS EN EL BARRIO MODELO, DE CONCEPCIÓN. Oficio.
- RECURSOS PARA RESTAURACIÓN DE CAPILLA SAN JUAN DE DIOS DE CHILLÁN. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Victor Barrueto
- Maria Pia Guzman Mena
- Rosa Gonzalez Roman
- Adriana Munoz D'albora
- Fanny Pollarolo Villa
- Marina Prochelle Aguilar
- Maria Rozas Velasquez
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Antonella Sciaraffia Estrada
- Laura Soto Gonzalez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Adriana Munoz D'albora
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Enrique Jaramillo Becker
- Felipe Letelier Norambuena
- Jose Perez Arriagada
- Salvador Urrutia Cardenas
- Maria Antonieta Saa Diaz
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Cristian Antonio Leay Moran
- Sergio Aguilo Melo
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Alberto Espina Otero
- Tomas Jocelyn Holt Letelier
- Arturo Longton Guerrero
- Gutenberg Martinez Ocamica
- Rodolfo Seguel Molina
- Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- Fanny Pollarolo Villa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 343ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 56ª, en jueves 19 de abril de 2001
(Ordinaria, de 10.53 a 13.53 horas)
Presidencia de los señores Pareto González, don Luis; Valenzuela Herrera, don Felipe, y Seguel Molina, don Rodolfo.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 7
II. Apertura de la sesión 9
III.Actas 9
IV.Cuenta 9
Autorización a comisión para sesionar simultáneamente con la Sala 10
V.Orden del Día.
Sustitución de la ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Primer trámite constitucional 11
VI.Proyectos de acuerdo.
- Modificación de sistema de financiamiento de subvención educacional. (Votación) 29
- Creación de institutos de salud escolar y apoyo financiero y técnico al de San Pedro de la Paz 29
VII.Incidentes.
- Recursos para restauración de capilla San Juan de Dios, de Chillán. Oficio 32
- Licitación de obras viales en Concepción y Chiguayante. Oficios 33
- Legislación sobre indemnizaciones en empresas del Estado 34
- Información sobre proyecto de infraestructura pesquera artesanal. Oficio 35
- Aprobación de ley de prensa y administración del pase escolar por el Estado. Oficio 36
- Alcance sobre recientes informaciones y publicaciones de prensa 36
- Antecedentes sobre enajenación de predio en comuna de Ovalle. Oficio 37
- Adquisición de predio destinado a servicios regionales del Ministerio de Obras Públicas en La Serena. Oficio 37
- Estudios de impacto ambiental en tramos concesionados de la ruta 5 sur. Oficio 38
- Concesión de servicentro en comuna de Corral. Oficio 38
- Construcción de paso bajo nivel en Talcahuano. Oficio 38
- Reposición de normativa sobre detención por sospecha. Oficios 39
- Pago de expropiaciones a campesinos de Novena Región. Oficios 39
- Raciones alimenticias para alumnos de jornada escolar completa de establecimientos de la Séptima Región. Oficios 40
- Dictación de nueva ley en favor de exonerados políticos. Oficios 41
Pág.
- Reposición de puentes y caminos secundarios en comuna de Santa Juana. Oficio 42
- Revisión de teléfonos públicos en comunas de la Octava Región. Oficio 42
- Construcción de garitas para la locomoción colectiva en comuna de Santa Juana. Oficio 42
- Solución de problemas estudiantiles 43
- Petición de antecedentes relacionados con obras en el Barrio Modelo, de Concepción. Oficio 43
VIII.Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República , por el cual comunica que ha resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto sobre firma electrónica y los servicios de certificación de firma electrónica. (boletín Nº 2571-19) 45
2. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República , por el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad conferida por el artículo 70 de la Constitución, respecto al proyecto de ley que establece un seguro de cesantía. (boletín Nº 2494-13) 45
3. Oficio del Senado, por el cual comunica que ha rechazado el proyecto que modifica el decreto ley Nº 211, en relación con la discriminación en el precio y en los términos de las transacciones comerciales, por lo que corresponde la formación de una Comisión Mixta para resolver las discrepancias producidas entre ambas Cámaras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Constitución Política de la República. (boletín Nº 1824-03) 45
4. Oficio del Senado, por el cual comunica que ha aprobado la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las discrepancias producidas en la tramitación del proyecto que establece un seguro de desempleo. (boletín Nº 2494-13) 46
5. Oficio del Senado, por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto que concede beneficio indemnizatorio a funcionarios municipales que se acojan a jubilación en el período que se especifica. (boletín Nº 2609-06) 46
6. Moción del diputado señor Jeame Barrueto y de las diputadas señoras Guzmán, doña Pía; González, doña Rosa; Muñoz, doña Adriana; Pollarolo, doña Fanny; Prochelle, doña Marina; Rozas, doña María; Saa, doña María Antonieta; Sciaraffia, doña Antonella, y Soto, doña Laura, que modifica el decreto ley Nº 1.305, con el fin de eliminar las discriminaciones existentes en materia de acceso al subsidio habitacional (boletín Nº 2695-14) 47
7. Moción de los diputados señores Sánchez y Acuña, que establece normas sobre crianza, tenencia y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos. (boletín Nº 2696-12) 49
Pág.
8. Moción de la diputada señora Muñoz, doña Adriana, y de los diputados señores Ceroni, Jaramillo, Letelier, don Felipe; Pérez, don José; Urrutia, y de la diputada señorita Saa, doña María Antonieta, que establece tarifa rebajada para estudiantes en la locomoción colectiva y regula el pase escolar. (boletín Nº 2697-15) 53
9. Moción de los diputados señores Leay, Aguiló, Ascencio, Espina, Jocelyn-Holt, Longton, Martínez, don Gutenberg; Seguel, Ulloa, y de la diputada señora Pollarolo, doña Fanny, que modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados para que los informes de las Comisiones investigadoras sean vistos en la sesión siguiente a la de su cuenta. (boletín Nº 2686-16) 56
- Oficios de la Excma. Corte Suprema, por los cuales remite su opinión respecto de los siguientes proyectos:
10. Sobre calificación cinematográfica. (boletín Nº 2675-04) 57
11. Establece un sistema de protección al denunciante e incentivo a la denuncia de corrupción. (boletín Nº 2653-07) 58
IX.Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
-Del jefe de bancada del Partido Demócrata Cristiano por la cual informa que han sido nominados para conformar la Comisión sobre discapacitados, de acuerdo al proyecto de acuerdo Nº 525, los diputados señores Olivares, Ojeda, Salas y la diputada señora Caraball, doña Eliana.
-Del diputado señor Prokurica por la cual informa que retira su firma como coautor del proyecto que modifica el Código de Procedimiento Penal, en lo relativo a la detención (boletín Nº 2688-07).
2. Oficios:
-De la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala el día miércoles 2 de mayo, a partir de las 11 horas, con el objeto de estudiar el proyecto que modifica la ley Nº 19.039, que establece normas aplicables a los privilegios industriales y protección de los derechos de propiedad industrial (boletín Nº 2416-03).
-De la Comisión investigadora encargada de analizar la concentración económica en Chile y la legislación aplicable, por el cual solicita el asentimiento de la Sala de la Corporación para revocar el mandato conferido a la comisión disponiendo su inmediata disolución, debido al escaso interés de sus integrantes para participar en ella.
Contraloría General de la República
-Del diputado señor Mora, sustracción de fojas de expediente criminal del Segundo Juzgado de Letras de Calama.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-Del diputado señor José García, proyecto de pavimentación calle Prieto Sur, de Temuco.
Municipalidad de Pica
-De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de discapacitados.
Municipalidad de Osorno
-De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de discapacitados.
Municipalidad de San Pablo
-Del diputado señor Kuschel, raciones alimenticias entregadas por Junaeb.
Municipalidad de Concepción
-De los diputados señores Navarro y Velasco, relleno sanitario que reemplazará a actuales vertederos de Concepción y Talcahuano.
Municipalidad de Los Lagos
-Del diputado señor Kuschel, raciones alimenticias entregadas por Junaeb.
Junta Nacional de Jardines Infantiles
-De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de discapacitados.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (71)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Alvarado Andrade, Claudio IND X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Rozas Velásquez, María PDC RM 17
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa IND I 1
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 30
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Ovalle Ovalle, María Victoria UCCP VI 35
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Pareto González, Luis PDC RM 20
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prochelle Aguilar, Marina RN X 55
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Rocha Manrique, Jaime PRSD VIII 46
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Soria Macchiavello, Jorge PPD I 2
Soto González, Laura PPD V 14
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4
Van Rysselberghe Varela, Enrique UDI VIII 44
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Venegas Rubio, Samuel IND V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señores Jaime Naranjo y Ricardo Rincón.
-Asistió, además, el ministro del Interior (S), señor Jorge Burgos.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.53 horas.
El señor PARETO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor PARETO (Presidente).-
El acta de la sesión 49ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 50ª queda a disposición de los señores diputados y señoras diputadas.
IV. CUENTA
El señor PARETO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario accidental ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
El señor PARETO (Presidente).-
Sobre la Cuenta, tiene la palabra el diputado señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , ruego que se dé lectura al oficio que figura en el punto Nº 6 de la Cuenta, a fin de que los señores diputados tengan una mayor información.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Señor diputado , como ese acuerdo no está firmado por todos los integrantes de la comisión, un rato más voy a citar a reunión de Comités a fin de que se adopte una posición al respecto.
El señor ALESSANDRI.-
Sólo pido que se le dé lectura, señor Presidente .
El señor PARETO (Presidente).-
El señor Secretario le va a dar lectura.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
“La Comisión investigadora encargada de analizar la concentración económica en Chile y la legislación aplicable, en sesión celebrada el pasado miércoles 11 del presente, bajo la presidencia del diputado señor Montes y con la asistencia de los diputados que suscriben, acordó, por unanimidad, poner en conocimiento de V.E. que, pese al constante esfuerzo de un reducido número de sus integrantes por llevar a cabo la tarea que se les ha encomendado, ha sido imposible reunir, con la regularidad necesaria, el quórum requerido para sesionar, de suerte que, habiéndose constituido con fecha 4 de octubre de 2000, con posterioridad la comisión ha podido celebrar hasta ahora sólo otras dos sesiones, en las que nunca pudo contar con la presencia de ninguno de los parlamentarios que promovieron su creación, a pesar de haber sido permanentemente invitados, lo cual resultaba indispensable para clarificar los objetivos del proyecto de acuerdo que le dio origen y fijar la agenda de trabajo correspondiente.
“Por lo expuesto, se ha acordado solicitar a V.E. se sirva recabar el asentimiento de la Sala de la Corporación para revocar el mandato conferido a esta comisión, disponiéndose en consecuencia su inmediata disolución. En apoyo a esta solicitud, se acompaña copia de un oficio dirigido a V.E. con fecha 8 de enero de 2001, en el que, por las mismas circunstancias antes señaladas, se pidió a los jefes de Comités, por su intermedio, reemplazar a los integrantes de la Comisión.
“Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia de que en las tres sesiones arriba mencionadas se registraron las siguientes asistencias:
“Sesión constitutiva, de 4 de octubre de 2000. Diputados señores Alessandri, Galilea, Fossa y Montes.
“Sesión 2ª, de 3 de enero de 2001. Diputados señores Alessandri, Fossa, Montes y Orpis.
“Sesión 3ª, de 11 de abril en curso. Diputados señores Alessandri, Encina, Fossa, Jaramillo y Montes.
“Cabe, asimismo, destacar la asistencia de los siguientes diputados a las sesiones -fracasadas por falta de quórum- que a continuación se indica.
“11 de octubre de 2000. Señores Montes y Galilea.
“18 de octubre de 2000. Señorita Sciaraffia y señor Lorenzini, autor del proyecto de acuerdo invitado por la comisión.
“8 de noviembre de 2000. Señores Montes y Lorenzini;
“29 de noviembre de 2000. Señores Galilea y Lorenzini.
“13 de diciembre de 2000. Señor Montes.
“14 de marzo de 2001. Señores Alessandri, Ascencio y Galilea.
“4 de abril de 2001. Señor Galilea.
“Lo que tenemos a honra poner en conocimiento de V.E., en cumplimiento del referido acuerdo”.
Firman los diputados señores Carlos Montes, Gustavo Alessandri, Francisco Encina, Haroldo Fossa y Enrique Jaramillo, y el secretario de la Comisión, señor Andrés Laso.
El señor PARETO (Presidente).-
Solicito la unanimidad de la Sala para acceder a la petición de la Comisión investigadora.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, la comisión no ha logrado constituirse en investigadora.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Señor diputado , es un acuerdo de la Cámara y la comisión no puede dejarlo sin efecto por simple mayoría.
Comparto, en gran parte, la petición de sus miembros, pero será preferible dilucidar el asunto en una reunión de Comités durante el transcurso de la sesión.
Terminada la Cuenta.
AUTORIZACIÓN A COMISIÓN PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor PARETO ( Presidente ).-
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo solicita autorización para sesionar simultáneamente con la Sala el miércoles 2 de mayo, a partir de las 11.00 horas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
-o-
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , cuestión de Reglamento.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , hace tiempo que pido a la Mesa y a los Comités que se respete el Reglamento con respecto a los tiempos de espera para el inicio de la sesión, porque es una vergüenza que figuren diferentes horas en la citación: 10.30, 10.45 y 11.00 horas, por lo menos en el caso de hoy.
En consecuencia, solicito formalmente que se aplique el Reglamento como corresponde y que se deje de lado el acuerdo de la Comisión de Régimen Interno al respecto, de manera que la espera para empezar las sesiones sea de un cuarto de hora.
No es conveniente la dilación de su inicio. Todos se atrasan porque confían en que empezará a las 11.15, en circunstancias de que debería ser a las 10.30 horas.
He dicho.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Efectivamente, el señor diputado lo ha planteado en reiteradas oportunidades. Esto también será materia de la reunión de Comités que habrá en unos instantes.
V. ORDEN DEL DÍA
SUSTITUCIÓN DE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS. Primer trámite constitucional.
El señor PARETO ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde conocer, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que sustituye la ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
Diputados informantes de las Comisiones especial de drogas y de Hacienda son los señores Orpis y Montes, respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 2439-20, sesión 19ª, en 14 de diciembre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 7.
-Informes de las Comisiones especial de drogas y de Hacienda, sesión 48ª, en 3 de abril de 2001. Documentos de la Cuenta Nºs 14 y 15, respectivamente.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Antes de ofrecer la palabra al diputado informante de la Comisión especial de drogas, el ministro subrogante del Interior solicita que la Cámara autorice el ingreso a la Sala de los dos asesores que han participado en la discusión del proyecto, señores Gonzalo García y Jorge Vives.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , pido que recabe de nuevo el asentimiento de la Sala, porque si el ministro ha trabajado permanentemente con ellos en la comisión, no entiendo la razón por la cual algunos diputados se oponen al ingreso de los asesores.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , no tengo inconveniente en acceder a lo solicitado por la diputada señora Isabel Allende , pero entiendo que más allá de las personas, existe un acuerdo político, al menos de Renovación Nacional y de la UDI, en el sentido de que a la Sala sólo ingresen los ministros. Por lo tanto, pido que se respete.
El señor PARETO (Presidente).-
Puede informar, señor diputado.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , a mi juicio, estamos en presencia de uno de los proyectos más importantes y prioritarios por la materia que aborda: el consumo de drogas en la sociedad chilena, fenómeno que se ha masificado de manera progresiva y que, de no existir rectificaciones profundas, será irreversible.
Más que referirme al articulado en forma directa, en la discusión general, deseo manifestar un punto de vista conceptual y, a partir de él, abordar las normas que se proponen para sustituir la ley de drogas.
Lo primero que llama la atención es que no estemos en presencia de una modificación, sino de una sustitución de la ley Nº 19.366.
Esto no es menor, porque su texto se promulgó hace sólo cinco años. Los señores parlamentarios deben tener presente este antecedente para los efectos de la discusión, porque deberemos revisar íntegramente la forma en que se ha enfrentado el problema.
Con antelación, la Comisión especial de drogas, durante un año, hizo una evaluación completa de la eficacia de la actual legislación, y sobre esa base tan importante se presenta hoy su sustitución.
Sin embargo, hay un segundo elemento: se equivocan quienes piensan que de esta manera vamos a resolver el problema de las drogas en Chile, ya que en el proyecto sólo estamos abordando uno de los aspectos o aristas de la batalla que se debe dar.
Según se ha demostrado a través del mundo, para ser eficaces en el combate contra la drogas hay una trilogía inseparable: represión, prevención y rehabilitación. Han fracasado los países que han concentrado la batalla en el ámbito represivo, porque las organizaciones criminales tienen tal poder de corrupción, que son capaces de saltarse cualquier barrera legal con tal de llegar al consumidor final. Además, las policías no decomisan más allá del 18 ó 20 por ciento de la drogas.
El proyecto no solucionará el problema de las drogas en el país, porque sólo apunta al aspecto represivo y no aborda los ámbitos de la prevención y de la rehabilitación. Así, es importante debatir si debe contener la trilogía, es decir, represión, prevención y rehabilitación o sólo el enfoque tradicional; si se quiere una ley integral o sólo una que aborde el aspecto represivo; si se desea que el Ministerio de Educación con Conace aborden la prevención y que el Ministerio de Salud aborde la rehabilitación. Sobre estas alternativas válidas debemos pronunciarnos en el curso del debate.
A pesar de sus limitaciones, el proyecto es importante, porque la actual ley ha demostrado profundas debilidades. Por eso, es necesario un acercamiento a su articulado desde un punto de vista conceptual, a fin de ver la forma en que debe abordarse la represión, sus fallas y las modificaciones que se proponen para enmendarlas.
Desde un punto de vista conceptual, debo decir que el proyecto debe analizarse desde tres ángulos. El primero es la tipificación de los delitos. Hay que saber si la actual responde o no al problema de las drogas y al crimen organizado en Chile. El segundo corresponde a las técnicas de investigación policial. Como legislador, no saco nada con tipificar los delitos detalladamente si no tengo buenas técnicas de investigación policial. Es decir, nada se puede hacer con aquello que está definido en forma clara y categórica si no se tienen buenos elementos para su investigación. El tercer ángulo se refiere a si el Estado de Chile está suficientemente protegido de las drogas y del narcotráfico.
A mi juicio, esos tres puntos deben responderse para saber si el proyecto es adecuado a lo que hoy vive la sociedad chilena.
Por lo tanto, más allá del orden numérico del articulado, es preciso ver qué respuestas se advierten en el proyecto frente a la tipificación de los delitos, a las técnicas de la investigación policial y al resguardo del Estado ante la eventual infiltración del narcotráfico.
Partiré con la respuesta en cuanto a la tipificación de los delitos, a sus debilidades y a la forma en que se debe perfeccionar.
La mayor debilidad que presenta la ley actual está en el tráfico, como delito general, y en el lavado de dinero, como delito específico.
El tráfico de drogas está definido en el artículo 3º de la ley Nº 19.366, pero su gran debilidad -o fortaleza; eso será parte del debate- es que no distingue entre el microtráfico y el gran tráfico que realizan las organizaciones criminales, y establece una penalidad común, entre cinco y quince años. Sin embargo, en la práctica -la gran debilidad-, los jueces, a las personas a las cuales se les encuentra en su poder pequeñas cantidades de droga, a través del subterfugio de la presunción, establecido en el inciso segundo, en lugar de castigarlas como pequeños o microtraficantes, las consideran como consumidoras. En consecuencia, por no haberse aplicado la penalidad que corresponde, los traficantes pasaron a ser “consumidores”, siguieron traficando y, lo más delicado, las grandes organizaciones criminales se dieron cuenta de que el microtráfico es un canal eficaz de distribución de drogas y lo han utilizado hasta ahora.
Por eso, el proyecto hace una diferencia entre el microtráfico y el gran tráfico de drogas. Este punto no es menor, porque se establece una penalidad distinta y una agravación de las penas. A partir de la futura norma, los jueces no tendrán excusa para castigar a los traficantes y a los consumidores como corresponde a cada delito, sin perjuicio de la rehabilitación que se establece en el artículo 55.
El gran problema se va a presentar con el artículo 4º del proyecto, pues el juez deberá definir si la persona porta droga para su consumo o para el tráfico.
El inciso segundo del artículo 4º señala: “El consumo de drogas, tanto en lugares públicos como privados, estará regulado por el artículo 55. No obstante -aquí viene lo importante-, se presumirá que no concurre la eximente de uso personal exclusivo y próximo en el tiempo cuando la cantidad de droga poseída, portada o guardada haga irracional su inmediato consumo o se desprenda de las circunstancias del porte su disposición para la venta”. Ése será el punto medular que tendrán que decidir los jueces.
Durante la discusión de esta norma, que es medular frente al drama que se vive en Chile, se plantearon dos alternativas: primera, que el porte, independientemente de si es para consumir o traficar, se castigue como delito; y segunda, que se opte por la solución propuesta por el Ejecutivo, es decir, cuando el porte sea para consumir, con los elementos de juicio que se le entreguen al juez, se castigue como consumo y no como tráfico.
No daré mi opinión sobre el punto, porque intervengo como diputado informante . Tengo una y, en su momento, incluso, presentaré una indicación.
En el seno de la comisión se discutió si el porte de drogas para consumo se castiga como delito, independientemente de que sea para traficar o para consumir, o si se le entrega como antecedente al juez. Después pormenorizaré los otros delitos generales; he querido concentrarme en éste, porque es el más emblemático y el que hoy día está causando más estragos en nuestra sociedad.
Entre los delitos específicos, es importante abordar el relativo al lavado de dinero desde un punto de vista conceptual, tema que debe ser asumido a fondo por nuestra sociedad, por nosotros como legisladores y por el Gobierno, porque los dineros obtenidos por medio del tráfico, u otros medios provenientes de la droga, permiten a las organizaciones criminales actuar al amparo de la legalidad.
Sin duda alguna, nuestra legislación actual sobre lavado de dinero es débil, en primer lugar, porque la tipificación de este delito es inadecuada. Al establecer la definición de esta conducta, sobre todo, la relativa a la prueba, hace cinco años, el legislador se puso en el evento más difícil de probar: había que acreditar que la persona actuaba con dolo directo, es decir, a sabiendas de que esos bienes provenían del narcotráfico. Por eso, en dicho período han sido muy pocos los delitos de lavado de dinero que se han podido acreditar -prácticamente, se podrían contar con los dedos de una mano-, a partir de la dictación de la ley Nº 19.366. Cuando se calcula que en el mundo hay 400 mil millones de dólares que se lavan anualmente, resulta difícil entender que nosotros hayamos detectado, en cinco años, un número de delitos tan insignificante.
¿Qué hace la Comisión especial de drogas en su informe? Propone modificaciones muy importantes. Abordaré en conjunto todas las vinculadas con el lavado de dinero. Hoy día casi no existe capacidad investigadora. Partamos por la tipificación del delito. La prueba no será tan exigente, puesto que no sólo se exigirá que las personas actúen con dolo directo y a sabiendas -como lo exige hoy día la legislación penal-, sino también se presumirá que, por lo menos, conocían el origen de esos capitales. De manera que el nivel de exigencia de la prueba relacionado con el delito de lavado de dinero será mucho menor que el exigido hoy día para acreditarlo.
En la actualidad, nuestra legislación penal no consideraba la obligación, por ejemplo, de las instituciones financieras, de informar sobre las operaciones sospechosas, no obstante que todo el mundo sabe que, normalmente, la detección de una organización criminal relacionada con el lavado de dinero empieza con el análisis de una operación financiera.
En Chile se han detectado muy pocos delitos de lavado de dinero, y considero que eso dice directa relación -creo que aquí estamos frente a una de las modificaciones más importantes a la ley de drogas- con que no existía capacidad investigadora. Afortunadamente -me voy a detener un poco en esta materia-, se crea la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera, uno de los grandes aportes de esta modificación legal. Se trata de un organismo descentralizado, con patrimonio propio, dependiente del Ministerio de Hacienda. Voy a enumerar las facultades que se le entregan, para los efectos de comprender mejor esta materia y acreditar su capacidad investigadora.
Pero antes quiero hacerme cargo del debate habido en el seno de la comisión. He manifestado que esta unidad de análisis tiene carácter descentralizado; que es un servicio público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. En la comisión hubo una discusión de fondo sobre su dependencia, cuestión que no es menor; los señores parlamentarios podrán encontrar en las actas los distintos planteamientos.
El mensaje del Ejecutivo establecía inicialmente que dicho organismo dependería, en la práctica, del Ministerio del Interior. Afortunadamente, ese criterio fue variando, porque independientemente del gobierno de turno -quiero recalcarlo, porque estamos legislando respecto de normas permanentes-, es muy grave que, muchas veces, la inteligencia política contamine la inteligencia financiera. En efecto, el Ejecutivo cambió ese propósito, y de la dependencia del Ministerio del Interior hemos pasado a la del Ministerio de Hacienda. Aquí también se suscitó una discusión -existe en muchos países-, en cuanto a si deberíamos crear un organismo enteramente independiente o dependiente, aunque descentralizado, del gobierno de turno. Algunos parlamentarios -entre los cuales me incluyo-, por el poder de criminalidad y corrupción que tiene una organización de esta naturaleza, optamos -se presentaron las indicaciones en tal sentido- por que el organismo que lleve a cabo la inteligencia financiera sea absolutamente independiente.
En definitiva, la mayoría de los miembros de la comisión optó por una solución de esta naturaleza, y los argumentos dados figuran en el informe. Por lo tanto, los señores diputados -porque esta opción se mantendrá vigente hasta que conozcamos el segundo informe- decidirán si el país optará por un organismo absolutamente independiente o por uno dependiente, aunque descentralizado respecto del gobierno de turno. Lo esencial es que cualquiera que sea la dependencia jurídica de dicho organismo, tendrá importantes facultades, y creo que por primera vez en Chile dispondremos de inteligencia financiera seria.
En primer lugar -tal como lo señalé cuando me referí al artículo 19-, los organismos públicos y privados tendrán la obligación de informar a la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera. Dicho organismo estará facultado para analizar los actos, actividades y operaciones establecidos -tal como lo señalé- en el artículo 17, relacionados con el lavado de dinero; disponer la inmediata remisión de los antecedentes al Ministerio Público, cuando existan fundadas sospechas de que se ha cometido dicho delito. La Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera tiene un carácter prejudicial, es decir, cuando existan fundadas sospechas, deberá entregar los antecedentes del caso al Ministerio Público.
Asimismo, podrá “solicitar informes, documentos y cualquier otro tipo de antecedentes a entidades públicas y privadas, las cuales estarán obligadas a proporcionarlos en los términos que se les fijen; disponer exámenes periciales; actuar en cualquier lugar del territorio nacional; organizar, mantener y administrar archivos; producir informes periódicos, con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos previstos en el inciso primero; recomendar medidas a los sectores públicos y privados, acceder en forma directa y sin limitación a las bases de datos de organismos públicos y relacionarse con similares extranjeros...”.
Ahora bien, por tratarse de un tema que estamos investigando en la Comisión de Drogas, quiero detenerme un momento en el artículo 66. Los carteles de la droga no sólo operan a nivel nacional, sino también internacional, lo que se puede advertir fácilmente por las muchas conexiones que existen entre estos carteles y las grandes detecciones que normalmente han ocurrido en nuestro país. Lo delicado es que, si bien hemos modificado muchas disposiciones para abordar el tema del narcotráfico a nivel nacional, Chile es -hay que decirlo en forma categórica- absolutamente vulnerable al ingreso de capitales provenientes del extranjero -digo “vulnerable” en términos legislativos-, y tiene muy poca capacidad investigadora. De hecho, varios cabecillas de poderosos carteles internacionales se han instalado en nuestro país, como, por ejemplo, el de México. Lo importante es que la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera tendrá también capacidad para investigar capitales provenientes desde el extranjero.
Si los señores parlamentarios leen con atención este artículo, podrán advertir su gran importancia. Cito textualmente: “Las personas naturales y las personas jurídicas que se señalan a continuación estarán obligadas a informar sobre los actos, transacciones u operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus actividades: bancos y otras instituciones financieras; casas de cambio y otras entidades que estén facultades para recibir moneda extranjera; emisoras y operadoras de tarjetas de crédito; bolsas de comercio; corredores de bolsa; agentes de valores; administradores de fondos mutuos; operadores de mercados de futuro y de opciones; casinos, salas de juegos e hipódromos; agentes generales de aduana; notarios, conservadores, el Comité de Inversiones Extranjeras y el Banco Central,...”.
Señor Presidente , quiero detenerme en este último, porque, a pesar de la autonomía constitucional del Banco Central, la Comisión especial de drogas ha tenido el coraje de establecer que también él debe informar a la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera. Estimo que estamos dando un paso tremendamente importante -y con esto cierro el tema del delito de lavado de dinero-, por cuanto, primero, se mejora la tipificación en términos de prueba; segundo, se establece la obligación de informar; tercero, se genera una capacidad investigadora muy importante, la cual no sólo se ejercerá respecto de lo que ocurrirá al interior de nuestro país, sino también en el exterior, lo que, sin duda alguna, será la gran contribución de lo que debemos hacer en Chile respecto de cómo combatir el narcotráfico y el tráfico de sustancias sicotrópicas.
Un segundo elemento, seguramente será uno de los más debatidos en este proyecto. Desde un punto de vista conceptual, señalé que debíamos tener delitos bien tipificados y una buena capacidad investigadora, a fin de ver cómo podemos proteger al Estado de la corrupción y del gran poder que tiene la criminalidad en organizaciones de este tipo, materia en la cual se da un gran paso: se consagra la inhabilidad entre ser consumidor de drogas y funcionario público, punto que deseo relatar con más detalle.
En nuestro país, desgraciadamente, han ocurrido hechos muy graves y delicados en las dos principales cortes de apelaciones. En la Corte de Apelaciones de Santiago, el fiscal tenía un trato de padrino a ahijado con el jefe de una banda de narcotráfico. También me parece extremadamente delicado que la Corte de Apelaciones de Valparaíso haya debido sancionar a funcionarios vinculados con el consumo de drogas, lo que no sólo ha ocurrido a nivel del Poder Judicial , sino también en otros poderes del Estado y en las propias policías llamadas a investigar este tema. Recordemos que hace algunos años se tuvo que cambiar por completo una unidad de Investigaciones en Antofagasta, como consecuencia de un proceso vinculado con el narcotráfico. También han ocurrido hechos en Carabineros y en la propia Cámara de Diputados. Se trata de que los poderes públicos enfrenten esta batalla con autoridad moral; porque cuando ésta se pierde, es imposible dar una batalla como corresponde, y para eso se debe estar ajeno a todo hecho o acto de corrupción vinculado con el tráfico y consumo de drogas, tema que se aborda muy bien en esta iniciativa. No sólo se trata de funcionarios de todos los poderes del Estado, sino que también se incluyen todos aquellos cargos de elección popular; es decir, el establecimiento de esta inhabilidad también nos incluye a nosotros -diputados y senadores-, lo que me parece correcto.
Ahora bien, la manera de enfocar el problema desde el punto de vista punitivo, no ha sido una cosa fácil. Con la diputada señora Pollarolo arribamos a ciertos consensos, recogidos en estas modificaciones, en cuanto a establecer la suspensión del cargo por consumo o por porte para consumo, y en el caso de reincidencia, la inhabilitación perpetua. También se obliga a los jefes superiores de los servicios a efectuar controles periódicos; pero -algo importante- se exime de esta sanción a la persona que consume -porque recordemos que el consumidor es un enfermo- y reconoce en forma espontánea su adicción y está dispuesta a someterse a un tratamiento de rehabilitación. De la suspensión de los cargos pasamos a la inhabilitación perpetua hasta llegar a la rehabilitación. Pero el mensaje es claro y categórico: ningún funcionario público puede ser consumidor de drogas, porque, en definitiva, quien consume muchas veces está cerca del narcotráfico y de las propias organizaciones criminales. Esto no es ficción, pues ha ocurrido. Recuerdo perfectamente el caso del sexto juzgado del crimen de Santiago: una de sus funcionarias, consumidora -todos sabemos que muchas veces el adicto no tiene recursos para comprar la droga-, hurtaba del tribunal armas de fuego que terminaron en manos de una organización criminal en esta ciudad, Valparaíso . Por lo tanto, debemos alejar del consumo a los funcionarios públicos, porque así los apartaremos también de eventuales participaciones en organizaciones criminales.
Señor Presidente , quiero abordar un tercer tema, que me parece fundamental, toda vez que no sacamos nada con tener delitos bien tipificados si no hay buenas técnicas de investigación policial. La iniciativa mejora las medidas llamadas exclusivas y las técnicas de investigación policial. En efecto, existe la cooperación eficaz, el agente encubierto, la restricción de las comunicaciones y la entrega vigilada de drogas.
En el caso de la cooperación eficaz, viene una novedad importante, relativa a un delito que, sin duda alguna, debe ser el más grave de los de la ley de drogas: la asociación ilícita. El cooperador eficaz es el que se arrepiente, el que, perteneciendo a una organización criminal, decide entregar antecedentes para los efectos de detectarla. Para eso hay que otorgar incentivos, los que hoy son insuficientes. El criterio de la comisión es que deben tener algún tipo de gradación en función de la categoría y peligrosidad del delito. Se propone que al cooperador eficaz que entregue antecedentes valiosos respecto de una asociación ilícita, se le rebaje la pena hasta en tres grados.
Además, un tema que se debe abordar como capítulo es la protección del cooperador eficaz, incluso estableciendo convenios con países extranjeros, para que esa persona que entregó antecedentes valiosos -Chile es un país relativamente pequeño- sea protegida fuera del país.
La restricción de las comunicaciones es un tema que analizamos largamente en la Comisión de Drogas el año pasado.
A veces, detectar una organización criminal requiere meses o años de seguimiento. La ley actual tiene serias limitaciones, porque la restricción de las comunicaciones sólo puede ser por 20 días, prorrogables por igual período. La comisión recogió la debilidad de esa técnica de investigación policial y amplió el plazo a 60 días, prorrogables por todas las veces necesarias; obviamente, con la autorización del juez de garantía cuando a éste se le den antecedentes al respecto.
Alguien podrá afirmar -porque es legítimo- que muchas veces este seguimiento puede atentar contra la vida privada. De ahí que en el proyecto se consignen los resguardos necesarios respecto de estos seguimientos, sobre todo en cuanto a la información residual; asimismo, los resguardos y la derivación cuando, con motivo de una interceptación de carácter telefónico o de correspondencia, se detecta otro tipo de delitos.
Señor Presidente , en materia de técnica de investigación policial, los organismos especializados fueron unánimes en que había una figura especialmente importante: el agente encubierto, que, junto con la interceptación de las comunicaciones, es una figura muy importante para detectar este tipo de delitos. Pero el agente encubierto tiene serias limitaciones, la primera de las cuales es el ámbito en que puede actuar. Dicho agente es el que se infiltra en una organización criminal para desarticularla; de manera que no sólo está colocando en peligro su vida, sino también el éxito de la investigación.
El gran problema del agente encubierto es que la legislación actual sólo lo protege con un cambio de identidad; pero ocurren absurdos de gran envergadura. Dicho agente, que se infiltra en una organización criminal, debe ser creíble en ella. Esto significa que la persona debe tener un patrimonio creíble, y cuando esta organización criminal realice el contrachequeo -porque así lo hacen- puede establecer si ese agente encubierto tiene medios propios, un patrimonio que lo haga creíble. Lo más probable es que se dé cuenta de que su celular pertenece a Carabineros o a Investigaciones o que el vehículo en que se moviliza pertenece a algún tipo de organización a la que le había sido incautado, o a la propia policía.
En definitiva, para que tengamos agentes encubiertos de verdad, no sólo deben tener protección de identidad, sino también una historia ficticia creada en un registro, la cual se establece en esta modificación, muy importante, de la ley de drogas.
Por otra parte, cuando se simula ser comprador, se crea la figura adicional del agente revelador para establecer alguna diferencia respecto de ese agente de policía que forme parte de una organización criminal y de personas distintas que efectúen las transacciones que, muchas veces, deben realizar para incautar drogas y detectar una organización de esa naturaleza.
En resumen, creo que se avanza muchísimo en las técnicas de investigación policial.
En materia de cooperación eficaz, tanto en la protección del cooperador como en materia de circulación autorizada de sustancias, se avanza también de manera importante; asimismo, en la restricción de las comunicaciones; lo mismo ocurre con el agente encubierto y además se crea la figura del agente revelador.
Estas modificaciones de la ley de drogas significan traspasar muchas de las facultades que hoy tiene el Consejo de Defensa del Estado al Ministerio Público, de manera que viene un capítulo completo -al cual no me voy a referir a fondo- respecto de su competencia.
Durante algún tiempo, coexistirán dos tipos de situaciones. Por una parte, el Consejo de Defensa del Estado continuará viendo los delitos que actualmente están siendo investigados por los tribunales; y en aquellos lugares en que progresivamente se vaya implementando la reforma procesal penal, pasarán a ser de competencia del Ministerio Público.
Quisiera destacar un tema de profunda trascendencia no abordado por la actual ley: el sistema de protección de testigos.
Pero, cuando hablamos de protección de testigos, ¿a quiénes nos estamos refiriendo? ¿Al cooperador eficaz, al agente encubierto, a terceros, al informante? A un conjunto de personas.
En Chile ocurrían cosas absurdas. Prácticamente, no se protegía a los testigos, desde distintos ámbitos. Primero, respecto de cómo debe constar en el proceso su identificación. Hoy es por nombres. Ya no necesariamente va a ser por los nombres.
Esos testigos, que eran claves, con organizaciones criminales en operación, eran citados a los tribunales. En acta de la Comisión, por ejemplo, se señala cómo, de repente, un actuario, en medio del tribunal y de manera pública, decía: “Que pase el agente encubierto a declarar”.
Eso se resuelve -de partida, hay un cuaderno secreto-, porque en adelante esas personas no necesariamente van a ser identificadas con sus nombres, sino que por otro tipo de nomenclatura; y no necesariamente van a ser citadas al tribunal, puesto que pueden y deben prestar declaraciones fuera del tribunal para otorgarles todas las garantías del caso. Eso, al margen de la protección policial; pero, incluso, hemos querido llegar más lejos. Proteger a un testigo no sólo consiste en resguardarlo para que no le saquen fotografías, no concurra al tribunal o el actuario no lo llame, a viva voz, agente encubierto o cooperador eficaz dentro de un tribunal, sino que, muchas veces, protegerlo, verdaderamente, implica trasladarlo de domicilio y, a menudo, su colaboración en ese sentido le significa desembolsar recursos económicos. Pues bien, en la propia ley se establece la facultad de ayuda económica cuando se quiere trasladar o cambiar de domicilio a un testigo. Creo que es un avance tremendamente significativo en materia de protección de testigos.
En materia de consumo no hay grandes diferencias. Pero, más que diferencias, existe debate -que deberá darse también en la Sala- respecto de si el consumo privado debe sancionarse o no.
En definitiva, la Comisión de Drogas optó, en general, por mantener el criterio respecto de la sanción contemplada en la actual ley, que básicamente apunta a lo siguiente: hoy, en Chile, el consumo ciento por ciento privado no se sanciona, y, en la forma como viene propuesto en el informe, tampoco se va a sancionar. ¿Cuándo se sanciona? Cuando personas se conciertan para consumir; cuando el consumo es público.
Ahora, la figura se amplía en cuanto a que se sanciona como falta cuando dicho consumo se realiza en recintos privados, con ocasión, por ejemplo, de una reunión social. Esa es la diferencia fundamental entre la actual ley y el presente informe.
Respecto del tema de las faltas, no hay grandes diferencias y no quiero abordarlo en profundidad, sino solamente hacer esta salvedad.
A continuación, voy a redondear las ideas que he planteado respecto del proyecto de ley.
Básicamente, con estas modificaciones no se va a resolver el tema de la droga en Chile, porque sólo estamos abordando el tema represivo y no los temas preventivo y rehabilitador.
En cuanto al primero, este proyecto de ley contiene avances significativos en materia de delitos, especialmente sobre la manera en que se aborda el tráfico y el lavado de dinero.
Hay un avance importante en las medidas intrusivas o técnicas de investigación policial, que, indudablemente, robustecen todo lo que se relaciona con la tipificación de los delitos. Con delitos bien tipificados, pero con malas técnicas de investigación policial, no se logra obtener resultados.
También se avanza de manera importante en la protección de los distintos poderes del Estado para impedir que la droga, con su gran fuerza criminal, los corrompa; porque lo primero que persiguen las organizaciones del narcotráfico es debilitarlos. Con poderes del Estado débiles, sin autoridad moral, el narcotráfico tiene el campo libre para poder hacer su negocio y terminar desintegrando a la sociedad. Se avanza de manera decisiva al establecer la inhabilidad entre ser consumidor de drogas y ser funcionario público.
Por último, se aumenta significativamente la protección que también debe tener el país respecto del frente externo, porque se mejora sustancialmente su capacidad investigadora con la creación de la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor VALENZUELA ( Vicepresidente ).-
A continuación, ofrezco la palabra al diputado informante de la Comisión de Hacienda , señor Carlos Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente , voy a hacer un informe de otro carácter. Más que opinar sobre el proyecto y efectuar un análisis de él, voy a referirme a la tarea que realizó la Comisión de Hacienda. Creo que el gran objetivo y los alcances del proyecto han sido planteados por el diputado señor Orpis y no voy a insistir en ello.
La Comisión de Hacienda, a pesar de que la iniciativa ha sido calificada de “suma urgencia”, conoció, en el transcurso del debate, la decisión del Gobierno de retirarla y de posibilitar un segundo informe. Por lo tanto, la Comisión resolvió tratarla bastante rápido y en un segundo informe profundizar un conjunto de aspectos.
En la Comisión se plantearon, por un lado, preocupaciones más generales -lo que decía el diputado señor Orpis - por el énfasis básicamente punitivo, represivo del proyecto. El concepto amplio de prevención, el de una sociedad que es capaz de sustituir o de no necesitar drogas, está muy débilmente incorporado.
La jueza de la Corte Suprema de Nueva York que estuvo hace poco en Chile contó, en mi distrito, que una de las medidas que más éxito había tenido eran los partidos de básquetbol que comenzaban a las 12 de la noche, porque generaban un espacio distinto al de no tener nada que hacer. O sea, el tema de la prevención en una sociedad que funciona de otra manera, que genera alternativas para distintos segmentos de la población, es tremendamente importante. Son políticas de integración social.
Toda esta dimensión está ausente en este debate y, quizá, es lo que opera sobre las raíces, sobre las causas más de fondo que dicen relación con la calidad de la sociedad en que vivimos.
También surgieron distintas preocupaciones respecto de la sanción tan abierta que se plantea a los consumidores, la cual puede dar origen a tanta arbitrariedad, cuestión que nos parece muy importante profundizar, discutir y perfeccionar en un segundo informe.
Además, al reflexionar sobre el proyecto se ve la necesidad de buscar alternativas para algunos problemas corrientes de nuestra sociedad que hay que considerar en todo el proceso de enfrentar las consecuencias finales, pero también los impactos inmediatos y cotidianos de la droga. Hoy, por ejemplo, vemos, cada día más, en villas y poblaciones, que sectores vinculados al microtráfico se están tomando las viviendas que entrega el Serviu, así como, recientemente, las casas que se entregan a los ancianos para que usufructúen de ellas hasta el fin de sus vidas, a través de programas para el adulto mayor. Los microtraficantes prácticamente les dicen: “Salgan, porque vamos a ocupar la casa para vender drogas.”, y los echan. Esto está ocurriendo hoy. En otros casos, ocupan sus propias casas para realizar el microtráfico, o sea, como lugar de venta en vez de habitación. Tenemos que enfrentar esta situación. Por ejemplo, una forma podría ser la de poner una cláusula, en todos los contratos de las nuevas viviendas Serviu, en el sentido de que la venta de droga dentro de los conjuntos habitacionales es causal de pérdida de la vivienda. En el caso de los adquirentes antiguos, sería causal de aceleración en el cobro de los créditos y el fin de las repactaciones.
Pido al señor ministro del Interior y al subsecretario de dicha cartera, presentes en la Sala, que reflexionemos sobre esta situación, que está afectando la vida cotidiana en muchos lugares, y acerca de alternativas -como la que señalé-, porque, además de ver qué hacemos con las raíces del tráfico y consumo de drogas y de tener perspectivas de largo plazo, también debemos considerar qué está sucediendo en la vida diaria de gran número de poblaciones. La droga, cada vez con más fuerza, se está tomando muchos lugares, y estoy pensando, en este momento, en poblaciones que están a sólo cien metros de alguna comisaría; ni siquiera en las que están más lejos. Por ejemplo, no más de veinticinco ocupantes de las trescientas casas de la población “ Amador Nehme ”, “trabaja” con la droga; pero ellos mandan, porque son estructuras de poder.
El tema de la vida cotidiana surgió durante la discusión sobre la materia.
Básicamente, la Comisión de Hacienda concentró su trabajo en dos aspectos:
Por un lado, en relación con la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera, que figura en el título IV del proyecto, artículos 65 al 77 -como muy bien decía el diputado señor Jaime Orpis -, orientada a enfrentar en sus raíces el problema del lavado de dinero, quedó en claro que, como está concebido esta nueva instancia, contará con amplias facultades para analizar todo tipo de operaciones financieras que puedan vincularse con el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, así como para recibir denuncias sobre operaciones sospechosas de parte de quienes están obligados a formularlas.
Dicha Unidad no investigará los hechos punibles en sí, porque, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, ésa es labor del Ministerio Público.
En el informe financiero, elaborado por la Dirección de Presupuestos, se estima que el cumplimiento de las funciones de esta Unidad demandará un gasto de 238 millones de pesos en el año 2001 y de 288 millones de pesos en 2002.
El primer punto en discusión, quizás el más importante en relación con lo que acordó la Comisión técnica, tiene que ver con el jefe superior del servicio. La disposición acordada por la Comisión técnica, muy discutible desde el punto de vista de sus facultades para formular este tipo de indicación que consideramos inadmisible, señala: “El jefe superior del Servicio tendrá el título de Director y su nombramiento será efectuado por los dos tercios del Senado, a propuesta del Presidente de la República . Durará diez años en su cargo y será inamovible”.
El subsecretario del Interior explicó que en el mensaje se contemplaba que esta Unidad sería una división perteneciente al Ministerio de Hacienda y que también se analizaron otras alternativas para elevar el rango de este órgano; pero, en definitiva, se llegó a esa definición.
Éste es un servicio público que pertenece a la administración del Estado; no es un ente autónomo. En ese marco, no parece razonable que en la designación del jefe de servicio intervenga otro poder del Estado, y, menos aún, que tenga carácter de inamovible.
El Ejecutivo formuló indicación para reponer su enfoque original, cual es que “El jefe superior de Servicio tendrá el título de Director y será nombrado por el Presidente de la República ”.
La Comisión aprobó la indicación del Ejecutivo por ocho votos a favor y una abstención.
Creemos que es muy importante mantener coherencia dentro de las bases de la administración del Estado y que el jefe de este servicio sea nombrado por el Presidente de la República.
El otro aspecto que fue objeto de modificación en la Comisión de Hacienda tiene que ver con las instituciones que pueden recabar información.
En el artículo 66 se establece la obligación de informar sobre los actos, transacciones y operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus actividades ciertas entidades y personas que se indican. Incluso, se define lo que se entiende por actos, operación o transacciones sospechosas y se establece que las disposiciones sobre secreto y reserva de determinadas operaciones o actividades no impedirán el otorgamiento de los informes, documentos y antecedentes que se deban entregar o exhibir a esta Unidad, de forma de poder profundizar en su investigación.
En la comisión se discutió sobre la amplitud de esta norma, en el sentido de que, a lo mejor, era un poco sesgada, limitada, y se vio la necesidad de incorporar nuevos entes en la lista de quienes estén obligados a informar de los actos, operaciones o transacciones sospechosas.
Como resultado del debate, y por indicación del Ejecutivo, se incorporó explícitamente a las compañías de seguro, porque se consideró que, al menos, cuentan con un potencial de información sobre operaciones sospechosas vinculadas al lavado de dinero. Además, se precisó que la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera, mediante resolución fundada, podrá incorporar a otras personas jurídicas a la obligación de informar.
Fue aprobada por la unanimidad de la Comisión.
Cabe hacer presente que a la discusión asistió el fiscal del Banco Central, quien opinó que esa entidad no debiera quedar comprendida dentro de las instituciones obligadas a informar, en razón de que la Constitución Política y su propia ley orgánica constitucional le asignan funciones reguladoras de otro carácter, más bien ligadas al mercado formal. Añadió que, no obstante, para proporcionar la información que obre en su poder, correspondería levantar la obligación de reserva a que está sujeto.
En verdad, al respecto, no hubo acuerdo en la Comisión ni el Ejecutivo formuló indicaciones, por lo que, en definitiva, el artículo 66 quedó como estaba para el segundo informe.
La Comisión de Hacienda analizó también el sistema para enfrentar las sanciones que no conllevan prisión. En el título III se establecen penas alternativas sobre la base de programas de prevención, de tratamientos o rehabilitación por períodos prolongados en instituciones especializadas. Consideró que no existe el diseño de un sistema ni los recursos para poder financiarlo, lo cual es muy importante, atendido el conjunto de normas del proyecto. En la actualidad, muchas personas reciben este tipo de sanciones y deben cumplir períodos de rehabilitación en programas alternativos; no obstante, los jueces, en general, se quejan de que no saben a qué institución mandar a esas personas, puesto que las que existen no dan ninguna seguridad de que podrán cumplir con el objetivo de ayudar a su rehabilitación, educación o fortalecimiento de sus capacidades o potencialidades a fin de que no reincidan.
La Comisión de Hacienda estima que es indispensable reflexionar sobre un sistema para nuestra sociedad en el que, necesariamente, debe incluirse a un conjunto de instituciones históricas, como la Cruz Roja y otras -las cuales deben desarrollar capacidades para ayudar en la rehabilitación. Incluso ampliarlo más con programas municipales y de distintas instituciones. Para ello debe diseñarse el sistema y, a su vez, asegurarse de que cuente con los recursos para que se desarrolle en el tiempo.
En esos dos aspectos del proyecto concentró su estudio la Comisión de Hacienda para facilitar su debate en la Sala. Trabajamos bastante rápido a fin de que se debatiera en general, volviera a Comisión y hubiera indicaciones sobre ésta y otras materias.
Nos preocupa mucho -reitero- que el proyecto esté centrado en lo punitivo, en lo sancionador, y no en elementos que apunten a la prevención y que, por lo tanto, estimulen políticas que permitan enfrentar la necesidad de que el tráfico de la droga no siga creciendo, que se acabe, especialmente en ciertos sectores, dadas sus consecuencias en la calidad de vida de nuestra sociedad, así como en aquello que permita buscar mayores alternativas para la rehabilitación.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Jorge Burgos, ministro del Interior subrogante.
El señor BURGOS ( Ministro del Interior subrogante ).-
Señor Presidente , luego de escuchar a los diputados informantes de las Comisiones respectivas, en nombre del Ejecutivo deseo hacer algunas consideraciones generales antes de entrar en una discusión más detallada.
En primer lugar, no obstante estar de acuerdo con la importancia de esta legislación para la sociedad y también con la necesidad de su permanencia en el tiempo, a partir de que considere las carencias sociales, me llama la atención que algunos señores diputados nieguen la posibilidad de que asesores del Ejecutivo que han trabajado en esta normativa, incluso en Comisiones, participen en esta sesión. No tiene mucha lógica el hecho de que se niegue esa posibilidad por un acuerdo político que desconozco, pero que no debiera regir ante la urgencia de contar con una ley definitiva que -reitero- recoja los requerimientos de la sociedad.
El proyecto de ley que se analiza en general tiene por objeto sustituir, prácticamente de manera completa, la actual ley Nº 19.366, sobre drogas. Si bien esta legislación tiene algo más de seis años, esta iniciativa no pretende partir de cero, puesto que recoge las experiencias legislativa, jurisprudencial e internacional sobre la materia, que se han venido acumulando en el último tiempo.
Ya ha transcurrido más de un año y, a pesar -sin duda- del notable esfuerzo desplegado, especialmente por las señoras y señores diputados miembros de la Comisión especial de drogas y de la Comisión de Hacienda, y de la permanente preocupación del Ejecutivo, la iniciativa aún no ha podido ser despachada en su primer trámite constitucional. Es cierto que respecto de buena parte de las disposiciones sometidas a conocimiento de los señores diputados, ya se ha alcanzado un importante nivel de acuerdo. Así lo demuestran las intervenciones de los señores diputados informantes. Sin embargo, no es menos cierto que también existen normas que, por la urgencia de su trámite, requieren todavía de una nueva y más profunda discusión.
El sentido profundo político del proyecto es perfeccionar los mecanismos para hacer frente a los nuevos desafíos del narcotráfico, microtráfico y lavado de dinero en Chile. No obstante, lo más importante reside en los propósitos específicos que el Gobierno desea relevar en esta Sala, de la misma manera como lo ha hecho en las Comisiones especial de drogas y de Hacienda de la Cámara.
En orden de importancia, a nuestro juicio, los objetivos de la nueva legislación son los siguientes: crear la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera para combatir el lavado de dinero; perfeccionar la lucha y la sanción del microtráfico; mejorar los mecanismos de investigación policial a través de las denominadas técnicas intrusivas, y adaptar el procedimiento de la ley al nuevo Código Procesal Penal.
En los cuatro puntos indicados es posible señalar que se cumplieron los objetivos previstos para el proyecto. Sin embargo, el hecho de que se sustituyera completamente la ley sobre drogas, implicó un cuestionamiento y una reformulación de toda la legislación sobre la materia. Se puede sostener que, pese a lo anterior, tal cuestionamiento fue más favorable que desfavorable. No obstante, hay que precisar que, tanto en los objetivos específicos del proyecto como en los nuevos debates abiertos, quedaron algunos puntos aprobados que seguirán siendo sensibles tanto jurídica como políticamente.
Me referiré brevemente a la creación de la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera.
Dicha Unidad es un organismo de investigación prejudicial que acopia y analiza información financiera susceptible de ser calificada como operación sospechosa de lavado de dinero. Cuando hay indicios fundados de que existe ese delito, la Unidad traspasa la información al Ministerio Público, que continúa la investigación judicial propiamente tal.
Esta Unidad surge como recomendación de la Comisión Interamericana para el Control de Abuso de Drogas, Cicad, de la Organización de Estados Americanos, OEA, y del organismo internacional Grupo de Acción Financiera, y ha sido el instrumento con que, por excelencia, se ha estado investigando este delito a partir de la década de los noventa, según lo comprueba la legislación comparada.
La experiencia comparada y la vinculación orgánica de estas instituciones de inteligencia es cercana, como regla general, a los Ministerios de Economía y de Finanzas; gozan de una autonomía funcional que les permite investigar libre de presiones, y su personal tiene un estatuto flexible y remuneraciones que les hace posible operar y evitar cualquier tipo de presión.
El proyecto de ley impone la obligación de informar sobre todas aquellas operaciones que aparezcan como sospechosas de constituir lavado de dinero o blanqueo de capitales. Los sujetos obligados son: bancos, instituciones financieras y de seguros, casas de cambio, emisoras y operadoras de tarjetas de crédito, bolsas de comercio, agentes de valores, administradores de fondos mutuos, operadores de mercados de futuro y opciones, casinos, salas de juego e hipódromos, agentes generales de aduana, notarios, conservadores, el Comité de Inversiones Extranjeras y el Banco Central.
Un segundo punto central es perfeccionar la lucha y sanción del microtráfico.
La Comisión especial de drogas aprobó legislar sobre un nuevo delito: el porte para tráfico, dirigido a la represión de la venta pública, y porte de droga, como disposición para su transacción, o tráfico a cualquier título. Con esta norma se logra delimitar adecuadamente el problema de los traficantes que eran sancionados como meros consumidores por algunos jueces, habida cuenta de la excesiva penalidad que dispone la ley Nº 19.366. De esta manera, el nuevo rango penal permite al juez fijar criterios judiciales en razón de la cantidad de droga, su disposición para el tráfico, el tipo de droga y lugares de comercialización.
Al Gobierno le interesa que se sancione con eficacia el microtráfico y que se generen las fórmulas jurisprudenciales que permitan hacer la distinción entre los que trafican y aquellos consumidores efectivos.
Un tercer punto, esencial en la propuesta legislativa, es mejorar los mecanismos de investigación policial.
Al respecto, el proyecto fue plenamente exitoso. Se incorporan a nuestra legislación la figura del agente revelador específico en la lucha contra el microtráfico; se precisa la figura del agente encubierto y se mandata a un reglamento la regulación de estas técnicas de investigación. Asimismo, se establece un sistema especial de protección de testigos, peritos y agentes.
Un cuarto objetivo fundamental es adaptar esta legislación a nuestro nuevo Código Procesal Penal.
El proyecto adapta el procedimiento de la ley de drogas al nuevo Código de enjuiciamiento penal. Cabe destacar que mientras no entre plenamente en vigencia el Ministerio Público, la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera informará al Consejo de Defensa del Estado las operaciones sospechosas de constituir lavado de dinero.
No obstante, a juicio del Gobierno, esta iniciativa contiene elementos sensibles, tanto desde el punto de vista político como jurídico.
Sobre los puntos que a continuación se señalan, el Ejecutivo promoverá modificaciones cuyo tenor, en términos generales, es el siguiente.
Desvío de precursores químicos
En relación con el artículo 2º, insistiremos en el texto original, puesto que la redacción aprobada por la Comisión nos parece equívoca y peligrosa. Equívoca, porque puede confundir un uso no reglamentario o con infracción administrativa con el ejercicio de una actividad ilícita, peligrosa, y poner en riesgo el ejercicio de una actividad lícita.
Adicionalmente, el texto aprobado por la Comisión, a nuestro juicio, sólo contempla el dolo directo con la frase típica “el que a sabiendas” y no el dolo eventual, es decir, “o no pudiendo menos que conocer”, cuestión que el Ejecutivo considera indispensable. La misma opinión, por lo demás, la dieron en la Comisión los representantes del Consejo de Defensa del Estado.
Microtráfico
Se trata de evitar la confusión entre el delito de tráfico, tipificado y sancionado en el artículo 3º, y el tipo penal del artículo 4º, que penaliza el porte para tráfico. Además, así fue acordado en la Comisión y, al parecer, por un error de transcripción, no se consignó adecuadamente en su texto.
El artículo 4º pretende sancionar efectivamente el denominado microtráfico, ya que debido a la interpretación que la mayoría de los jueces ha hecho hasta ahora del artículo 5º de la ley vigente, basada en la elevada penalidad que contempla, buena parte de los traficantes minoristas o microtraficantes sólo han sido sancionados como consumidores, es decir, se les ha considerado autores de una falta y se les ha aplicado una multa. El artículo 4º pretende corregir esta realidad.
Lavado de dinero
La historia de la persecución del lavado de dinero en Chile no es ni siquiera escasa, sino que, prácticamente, nula. No existe, según nuestro análisis, ningún caso en que alguien haya sido condenado por este delito y son pocos los procesados -se pueden contar con los dedos de una mano-; pero, repito, condenados no hay.
Ello no sólo obedece a lo difícil que resulta pesquisar este delito, sino que también a problemas jurídicos de su configuración. Por ello, recogemos positivamente planteamientos que hemos escuchado, los cuales, por lo demás, insinuamos en la Comisión especial de Drogas, en cuanto a crear un nuevo tipo penal cuyo tenor, en términos generales, podría ser:
“El que no pueda justificar los recursos que dan origen a su nivel de vida y mantenga relaciones habituales con consumidores de las sustancias o drogas señaladas en el artículo 1º, o con condenados por alguno de los delitos que tipifica esta ley, será castigado con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo”.
Este tipo penal se inspira en la legislación francesa de 1996. Su objeto es tornar más efectiva la sanción del lavado de dinero o blanqueo de activo. Comete este delito, tipificado en el artículo 17 del proyecto y en el artículo 12 de la ley Nº 19.366, vigente desde 1995, el que, por ejemplo, adquiere para sí un inmueble con recursos provenientes de la venta ilícita de drogas.
Lo anterior supone la preexistencia de una condena por tráfico ilícito y acreditar que el inmueble fue adquirido por el condenado con los recursos obtenidos de este delito. Dadas las enormes dificultades de prueba que esto supone, particularmente acreditar la relación causal, el tipo penal que se propone establece la responsabilidad penal a partir de dos hechos: que el imputado mantenga relaciones habituales con consumidores o narcotraficantes y, copulativamente, que el imputado no pueda justificar los recursos que dan origen a su nivel de vida.
Consumo de drogas y funcionarios públicos
El Ejecutivo propone en esta materia un procedimiento de control de consumo de drogas de los funcionarios más relevantes de la administración del Estado, como un sistema preventivo que busca evitar el desempeño incorrecto de la función pública y facilita el ingreso a programas de prevención, tratamiento y rehabilitación, si fuere necesario.
Se insistirá en penas proporcionales y razonables para los funcionarios públicos que incurran en esta infracción.
Consumo privado de drogas
Es necesario, a nuestro juicio, reflexionar sobre este tema y no cometer el error de legislar apresuradamente y estar modificando la normativa al poco tiempo, como ha sido, desgraciadamente, la tradición en este tipo de leyes en los últimos quince o veinte años.
Creemos que en el artículo 3º del actual texto ya están contempladas ciertas figuras como delito, que tienen que ver con aquel que trafica drogas, induce, promueve o facilita su consumo.
El consumo privado concertado constituye una falta que se sanciona conforme al artículo 55. El consumo que se verifica al interior de un recinto privado, por ejemplo, con ocasión de una reunión social, de cualquier índole, puede suponer tráfico. “Trafica quien transfiere o quien adquiere a cualquier título”, dice el inciso primero del artículo 3º.
La misma pena del tráfico se aplica “...a los que, por cualquier medio, induzcan, promuevan o faciliten el uso o consumo de drogas...”. En esta materia ya hay jurisprudencia en la Corte de Apelaciones de San Miguel, en una sentencia de 22 de junio del año pasado. En consecuencia y siguiendo con el ejemplo propuesto, de no haber concertación para consumir, habrá tráfico, inducción, promoción, facilitación del consumo, conductas que constituyen delitos.
Sanción del consumo
Propondremos una norma cuyo tenor, en términos generales, es el siguiente:
“Si el sentenciado por consumo no pagare la multa dentro de cinco días hábiles de notificada que fuere la sentencia, no asistiere a los programas de prevención, tratamiento o rehabilitación que establece la ley, no participare en las actividades “a beneficio de la comunidad” o no asistiere a los cursos de capacitación, sufrirá, por la vía de substitución y apremio, el arresto en su domicilio, regulándose, en el caso de no pago de una multa, un fin de semana por cada unidad tributaria mensual y, en los demás casos, el arresto domiciliario no será inferior a dos ni superará a diez fines de semana.
“La privación de libertad no podrá exceder jamás de veinte días. El arresto de fin de semana tendrá una duración de a lo menos 36 horas y equivaldrá, en cualquier caso, a dos días de privación de libertad. Su cumplimiento tendrá lugar durante los días viernes, sábado, domingo o festivos en el domicilio del infractor.
“La reincidencia se castigará con prisión en sus grados mínimo a medio”.
Aquí se crea una sanción sustitutiva, el arresto domiciliario, aplicable en caso de incumplimiento de alguna de las sanciones primitivas. La idea es dar una señal no sólo a la sociedad, sino también a la familia, de su responsabilidad en este proceso. Por lo demás, el arresto domiciliario es una sanción contemplada en nuestro ordenamiento constitucional.
Banco Central de Chile y el deber de informar
En este acápite recogemos lo sugerido por el Banco Central, esto es, no incluirlo como una de las entidades que tiene el deber de informar, decisión que contó con el acuerdo implícito de la Comisión de Hacienda de la Cámara. No obstante, el Banco Central quedará sujeto a lo dispuesto en el número 4 del artículo 65. O sea, estará obligado a proporcionar informes, documentos y cualquier otro antecedente que le solicite la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera o el Ministerio Público.
Con ello, las instituciones que cooperan con la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera quedan en las siguientes tres categorías -no hay más-:
1. Instituciones obligadas por el ministerio de la ley a informar de operaciones sospechosas de constituir lavado de dinero, señaladas anteriormente.
2. Instituciones públicas o privadas a las que la Unidad solicite determinada información sujeta a reserva o secreto, previa autorización judicial para su disposición.
3. El Banco Central, eximido del deber de reserva en conformidad con su propia ley orgánica constitucional que este proyecto modifica, hará entrega de información a solicitud de la Unidad o del Ministerio Público, en su caso.
Esto es, fundamentalmente, lo que queríamos exponer en esta sesión en que la honorable Cámara comienza a discutir el proyecto que sustituye la ley Nº 19.366, tanto desde el punto de vista de aquellas cuestiones que nos parecen suficientemente acordadas y consensuadas, muy relevantes y bastante mayoritarias, como de aquellas que, sin duda, merecen una discusión en la Sala y, si se estima, muy especialmente en la Comisión especial de Drogas, para los efectos de su posterior aprobación en particular.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor VALENZUELA ( Vicepresidente ).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , verdaderamente lamento la posición de algunos diputados de la Derecha de no dar la unanimidad para que ingresaran a la Sala los funcionarios técnicos del Ministerio del Interior quienes han estado trabajando en el tema que nos ocupa. Esta es una actitud política que la gente debe conocer. Con ello demuestran que no les interesa el tratamiento legislativo de los temas importantes. Su proceder me parece contraproducente, ya que no beneficia a las personas afectadas por el problema de la droga. Espero que la Comisión de Régimen Interno revise el Reglamento de la Cámara para que, en lo sucesivo, cuando un ministro participe en la discusión de un proyecto pueda ser acompañado por uno o dos de los asesores que han trabajado con la Comisión en el tema. Eso sería muy efectivo para nuestro trabajo, ya que las informaciones que ellos nos entreguen las tendríamos presentes al momento de debatir y aprobar el proyecto respectivo.
También quiero referirme al cargo que hace el diputado señor Orpis en cuanto a que en este proyecto se dejan de lado muchos temas, especialmente el de la prevención. En mi opinión, el hecho de que el Gobierno haya estimado conveniente sustituir totalmente la ley vigente, demuestra su interés en resolver, por lo menos, una parte del problema. Sin duda, ninguna ley podrá solucionar éste y otros temas, como la aplicación de la pena de muerte por crímenes muy calificados, debido a que están relacionados tanto con la enseñanza que se imparte en los establecimientos educacionales como en la divulgación de los problemas que crean algunas acciones ilícitas.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro.
El señor DELMASTRO .-
Señor Presidente , este proyecto fue discutido por casi un año en la Comisión de Drogas, en la cual el Ejecutivo intervino activamente. Así, contamos con la participación del señor Pablo Lagos , abogado del Ministerio de Justicia; de los señores Gonzalo García y Jorge Vives , abogados del Ministerio del Interior; de la señora Andrea Muñoz y de don Mario Palma , del Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes, Conace . Es necesario destacar esto, porque en el seno de la Comisión siempre hubo muy buena disposición y entendimiento con las personas que acabo de señalar, como también con las distintas señoras presidentas que nos honraron dirigiendo el debate.
Este proyecto fue analizado y perfeccionado a través de múltiples indicaciones, tanto de los miembros de la Comisión como del Ejecutivo.
En general, se trató de lograr unanimidad en su votación. Sin embargo, el espíritu central de la discusión siempre fue perseguir al delincuente, al traficante y, muy especialmente, proteger a los inocentes igual que a la sociedad toda, que se ve afectada por el grave problema de las drogas.
Este flagelo, de cuyo rápido avance hemos sido testigos, ha abarcado prácticamente todos los ámbitos de nuestra sociedad y sigue copando espacios y apoderándose de comunidades. Por tanto, esta iniciativa debe ser una respuesta categórica, si bien no perfecta, ojalá definitiva en un tiempo cercano.
La experiencia en la aplicación de la ley Nº 19.366, sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, ha sido recogida y vaciada en este proyecto, que es excelente, pero, como toda cosa humana, perfectible.
Debo señalar que varios diputados de la Comisión no estuvimos de acuerdo en que la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera dependiera de algún ministerio. Consideramos que debe ser una Unidad absolutamente autónoma e independiente, ya que -todos sabemos el poder de corrupción que conlleva la droga- cualquiera institución dependiente puede ser infiltrada, lo que resultaría nefasto para el control de drogas.
Por tanto, espero que en el transcurso de la discusión podamos volver sobre el tema y optar por la independencia de esta Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera.
Como lo ha señalado el diputado señor Orpis , en este proyecto falta el resto de la trilogía para enfrentar el problema, lo que podría ser motivo de iniciativas especiales.
En nuestro país, aparte de perseguir los delitos relacionados con la droga, requerimos con urgencia normas claras y leyes precisas que ayuden a la prevención y rehabilitación. Sin esos dos aspectos, toda esta iniciativa quedará trunca, incompleta.
En materia de delitos, en el proyecto queda muy bien establecida la obligación de instituciones financieras de informar.
En este punto discrepo, del Ejecutivo , pues acogió la posición del Banco Central de eximirse de esta norma. Por muy independiente que sea esa institución frente a un tema tan delicado y serio como el tráfico de drogas, debería someterse a la norma de informar en forma automática, y no a solicitud de la Unidad de Análisis e Inteligencia Financiera.
La creación de la Unidad de Inteligencia es otro aspecto muy importante. En la actualidad, el Consejo de Defensa del Estado suple su labor, pero no tiene las atribuciones ni los medios adecuados para cumplir una función tan importante, relativa al análisis e inteligencia financiera de las operaciones sospechosas.
Se amplía el concepto de delito a la ganancia ilícita proveniente del tráfico de armas -que no estaba contemplado en la ley original-, al tráfico de obras de arte, al de metales preciosos, al de pornografía, etcétera.
El dolo eventual también queda establecido y se extiende al lavado de dinero y al desvío de sustancias químicas esenciales o precursores para drogas.
En la Comisión estamos conscientes de que es un delito sumamente difícil de pesquisar y comprobar -se debe probar el conocimiento de las personas-, a menos que el delincuente sea sorprendido in fraganti. En todo caso, por su importancia, será materia de discusión.
Nuestro país produce algunos de los principales precursores para drogas y, por lo tanto, éste es un tema que nos debe preocupar. En la Comisión estamos investigando, por acuerdo de la Sala, uno de esos casos tan bullados de tráfico o desvío de precursores.
En cuanto a las técnicas de investigación policial -un aspecto trascendente dentro de todo el sistema de combate a la droga-, se perfeccionó la norma que estableció el agente encubierto, en el sentido de que éste debe tener las condiciones apropiadas para ganarse la confianza de los integrantes de las organizaciones criminales, de manera que pueda infiltrarlas. Se protege al agente encubierto en forma mucho mejor que en la legislación actual; se le puede crear, incluso, una historia ficticia.
Sin duda, era preocupante lo que nos señalaba el diputado señor Orpis respecto de lo que ocurría con los testigos que eran citados a declarar a los tribunales, hecho verdaderamente insólito. Por fortuna, ahora quedarán muy bien cubiertos y protegidos frente al público al establecerse la realización de los careos en forma secreta, individual y en otros recintos que no sean los tribunales.
También se resguarda el secreto profesional para los agentes encubiertos y se dispone que las declaraciones figuren aparte del expediente del proceso, en un archivo especial totalmente reservado que debe llevar el juez.
El señor VALENZUELA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , como ha concluido el tiempo del Orden del Día, le pido que redondee sus ideas o continúe en la próxima sesión.
El señor DELMASTRO .-
Señor Presidente , prefiero seguir en la próxima sesión.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Bien, su Señoría queda con el uso de la palabra.
Queda pendiente la discusión.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
MODIFICACIÓN DE SISTEMA DE FINANCIAMIENTO DE SUBVENCIÓN EDUCACIONAL. (Votación).
El señor VALENZUELA ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 539.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor PARETO (Presidente).-
Rechazado por falta de quórum.
CREACIÓN DE INSTITUTOS DE SALUD ESCOLAR Y APOYO FINANCIERO Y TÉCNICO AL DE SAN PEDRO DE LA PAZ.
El señor PARETO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario accidental ).-
Proyecto de acuerdo Nº 540, de los diputados señores Jeame Barrueto y Ortiz“Considerando:
1. Desde el año 1999, en la comuna de San Pedro de la Paz, ha estado en funcionamiento el Instituto de Salud Escolar. Este instituto ha sido creado a instancias del municipio local como una manera de dar respuesta nueva, más efectiva, ágil y de plena cobertura a los serios problemas de salud de la comunidad escolar de los establecimientos municipalizados.
2. Se trata de una iniciativa de colaboración interinstitucional que apunta a una gestión integrada salud/educación de alto impacto en los usuarios desde el punto de vista educacional, así como en la prevención, fomento y rehabilitación en salud de los escolares de la comuna. Se ha creado así, un nuevo tipo de servicio de atención médica integral con la consiguiente mejoría cualitativa y cuantitativa en la atención de los escolares de la comuna.
3. Este es un instituto único en su género y es novedoso por múltiples razones, pues se otorga atención médica integral a los escolares en una unidad única y diseñada especialmente para dicho efecto, cuyo resultado es una atención de plena cobertura, específica, oportuna, eficaz y expedita. Lo anterior permite detectar la problemática intrafamiliar, desencadenándose un mecanismo intrainstitucional propio de la red asistencial que alerta y promueve la intervención del centro de salud familiar respectivo, transformándose así el instituto en una verdadera estación centinela de salud pública y que conlleva a la participación de la casi totalidad de los departamentos municipales.
4. La existencia de una sala de clases y otra de educación y autocuidados al interior del instituto y considerando el traslado de cursos completos (primeros básicos), con su propio profesor, con transporte escolar municipal, permite la interacción y colaboración interinstitucional, salud-educa-ción, más aún considerando que se efectúa una adaptación curricular con temáticas y contenidos relativos a salud durante el período que sea necesario para el tratamiento de un curso determinado. Es lo que se denomina currículum instrumental en y para la salud.
5. El alto impacto en los usuarios se observa por la magnitud de los resultados obtenidos así como por la amplia recepción a nivel de los escolares, padres y apoderados, profesores y comunidad en general.
6. Este proyecto tiene un alto valor innovativo, por cuanto permite dar continuidad a las políticas públicas de salud y educación al mismo tiempo. Ello da la oportunidad de complementar la acción del Estado a partir de la preocupación y atención de niños y niñas de 6 a 14 años. Lo anterior significa la articulación de políticas públicas y la prolongación de sus efectos o impactos en un importante segmento de la población.
7. Lo anterior provoca la complementariedad entre salud, educación, municipio y comunidad, asociada a la implementación de los procesos de desarrollo iniciados en el marco de la descentralización y modernización del Estado.
8. Por otra parte, esta iniciativa es una articulación de acciones referida a la formulación de políticas comunales sobre salud pública, educación e infancia, todas ellas con énfasis en el desarrollo del ser como sujeto integral.
9. El impacto del instituto radica en la oferta de servicio directa para los escolares de la comuna de San Pedro de la Paz, la que representa una población de 7.800 niños (as) de establecimientos municipalizados, cifra que puede ser incrementada casi en un ciento por ciento si el servicio se proyecta para toda la población escolar de la comuna, esto es, incluyendo las escuelas particulares subvencionadas. La metodología del proyecto también representa un impacto en el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos (as), por cuanto estos (as) pueden asumir el aprendizaje de las acciones de salud en materia de prevención y autocuidado de su cuerpo, logrando visibilizar contenidos académicos que generalmente en aulas tradicionales resultan muy abstractos. Por otra parte, no es menor el dato que significa la rehabilitación de la salud de los estudiantes, los cuales pueden acceder fácilmente a la atención médica que se brinda en el instituto. Los centros de la salud de la comuna se ven altamente descongestionados por cuanto las prestaciones de este segmento de la población se canalizan a través del instituto, el cual ofrece un ambiente grato, cálido y exclusivo para niñas y niños.
10. Ha sido tal el éxito de este instituto que en el año 1999 recibió el Premio Nacional de Innovación de la Modernización en la Gestión Pública.
11. El financiamiento de este instituto ha recaído exclusivamente en el municipio local que carece de recursos suficientes para replicar el proyecto en la comuna y de este modo ampliar su cobertura y acción.
12. La experiencia piloto realizada en la comuna de San Pedro de la Paz es altamente replicable en el ámbito comunal y debiera constituirse en un indicador de políticas nacionales de salud en este ámbito, pues representa nuestro principal capital humano y social para el presente y futuro del país.
Por tanto, vengo en solicitar a la honorable Cámara la aprobación del siguiente proyecto de acuerdo:
Requerir a los Ministerios de Salud y de Educación para que, conjuntamente con las municipalidades, implementen las medidas necesarias para la creación de los institutos de salud escolar a través de todo el país, e inicialmente, apoyo financiero y técnico al instituto de salud escolar de la I. municipalidad de San Pedro de la Paz”.
El señor PARETO (Presidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , ayer, en Incidentes, señalé mi preocupación por la situación del Departamento de Salud Municipal de San Pedro de la Paz. Hice especial hincapié en que fue la unión comunal de juntas de vecinos la que me planteó el tema.
Este proyecto de acuerdo lo presentó hace algunos días mi distinguido colega, señor Víctor Jeame Barrueto , quien, por motivos relacionados con su cargo, no se encuentra presente en la Sala. Adherí a esta presentación, porque San Pedro de la Paz pertenece a mi distrito y dicha iniciativa tiene que ver con la salud primaria de casi 80 mil habitantes. En la Cámara hay distinguidos colegas médicos, quienes, mejor que yo, saben la importancia de la salud primaria.
No es casualidad que de los 341 municipios que existen en nuestro país, después de que en 1981 ó 1982 se hiciera el traspaso a nivel nacional, los establecimientos de salud y de educación tengan serios problemas de financiamiento.
En el caso de San Pedro de la Paz, hubo una situación muy especial, porque en 1999 se creó el Instituto de Salud Escolar, que ha sido un éxito y una iniciativa pionera y audaz en función y beneficio de prácticamente todos los alumnos de la educación municipalizada, es decir, de alrededor de 7.800 educandos, entre niñas y niños.
Por otro lado, para ser claro y preciso, el Instituto se creó para prestar atención primaria de salud a la comunidad escolar de esa comuna, pero sin financiamiento extraordinario, o sea, sólo con recursos provenientes del nivel central a través de la Dirección de Salud de Concepción. En realidad, después de dos años de funcionamiento con recursos de la municipalidad, este instituto tiene un déficit presupuestario importante.
El propósito del proyecto de acuerdo es que los Ministerios de Salud y de Educación en conjunto, entiendan y comprendan que el Instituto de Salud Escolar de San Pedro de la Paz, cuyo objeto es dar formación de educación y autocuidados a estudiantes de primer año básico de la comuna, necesita, con urgencia, apoyo financiero y también técnico.
Solicito a los colegas presentes en la Sala que apoyen el proyecto de acuerdo y lo voten favorablemente, porque conseguir el financiamiento requerido para ese instituto puede sentar una especie de jurisprudencia para la creación de otros institutos en los municipios del país, y, con ello, abrir un surco, un camino, que significará que nuestras niñas y niños tengan un mejor desarrollo.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor PARETO (Presidente).-
No hay quórum.
Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor PARETO (Presidente).-
No hay quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor PARETO (Presidente).-
En votación.
El señor PARETO ( Presidente ).-
Por no haberse reunido el quórum, la votación queda pendiente para la próxima sesión.
VII. INCIDENTES
RECURSOS PARA RESTAURACIÓN DE CAPILLA SAN JUAN DE DIOS DE CHILLÁN. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Mixto.
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , la ciudad de Chillán ya cumplió 420 años. Ha sido cuna de importantes próceres de nuestro país, empezando por el Padre de la Patria don Bernardo O’Higgins , y otros importantes héroes, como Pedro Lagos. También en Chillán nacieron importantes artistas, como el pianista Claudio Arrau , la escritora y premio nacional de Literatura Marta Brunet, nombre que lleva nuestro liceo de hombres; el premio nacional de Literatura Nicanor Parra , y también pintores, como Arturo Pacheco Altamirano . Por eso, nos sentimos muy orgullosos de decir que Chillán es cuna de héroes y artistas.
Por ese motivo, en 1972, el diputado de la época, señor Lautaro Vergara Osorio , presentó un proyecto de ley para que la capilla San Juan de Dios y sus alrededores fuera declarada monumento nacional. Es así como a través de la ley Nº 19.813, promulgada el 30 de octubre de 1972 y publicada el 17 de noviembre de ese año, se declaró monumento nacional la capilla de San Juan de Dios y sus corredores adyacentes.
Lamentablemente, en estos casi 30 años no se ha invertido en el único monumento nacional de la ciudad de Chillán, que tiene 420 años de historia y es cuna de importantes hombres y mujeres que han honrado a Chile. Por tal motivo, el año pasado la Dirección General de Arquitectura pidió financiamiento para reparar ese monumento. En los fundamentos de esa presentación señala que el grave deterioro en que se encuentra hoy la capilla de San Juan de Dios hace necesario efectuar un diseño para restaurar la estructura en forma integral. Debo hacer notar que parte de los corredores de este importante monumento nacional se encuentran destruidos.
La Dirección General de Arquitectura de la Región del Biobío solicitó 22.500.000 pesos para el diseño. Asimismo, para los años 2002 y 2003, pidió fondos por 100 y 150 millones de pesos, con el objeto de proceder a la restauración de este importante monumento nacional.
Esta situación no sólo afecta a la ciudad de Chillán, sino que a la provincia de Ñuble, a la Región del Biobío y a Chile entero. Por eso, a fin de que todo el país conozca la historia de la región, es importante mantener en buenas condiciones los monumentos nacionales.
En consecuencia, solicito oficiar al Ministerio de Hacienda, con los fundamentos del proyecto arquitectónico que tengo en mi poder, a fin de que entregue este año los 22.500.000 pesos para hacer el diseño y evitar, así, la destrucción que hoy amenaza al único monumento nacional que tiene la ciudad de Chillán, construido gracias a un proyecto de ley presentado por el diputado de ese entonces, señor Lautaro Vergara Osorio .
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Ojeda , Delmastro y Martínez, don Rosauro .
LICITACIÓN DE OBRAS VIALES EN CONCEPCIÓN Y CHIGUAYANTE. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , agradezco infinitamente las palabras de reconocimiento del colega señor Carlos Abel Jarpa al ex camarada y ex diputado de la República por Chillán , señor Lautaro Vergara Osorio .
No es primera vez -seguramente no será la última-, que debo recordar algunas situaciones pendientes en el distrito 44, que hemos analizado en esta Sala y que también hemos conocido durante el debate del proyecto de Presupuestos de la Nación. Me refiero a las expropiaciones de la calle Paicaví, de Concepción, a las cuales se puso término gracias a la intervención de algunos diputados para que el Ministerio de Vivienda y Bienes Nacionales fijara las glosas y los ítem respectivos para hacer posible el pago de las correspondientes expropiaciones, tema que culminó con éxito. Sin embargo, hubo que hacer un segundo estudio de ingeniería para adecuar la futura gran avenida de calle Paicaví a la modernidad de la ciudad de Concepción y a los adelantos hechos en infraestructura.
En consecuencia, solicito oficiar al señor ministro de Vivienda a fin de que informe a esta Cámara sobre la fecha en que se llamará a licitación para ampliar, pavimentar y construir la avenida Paicaví, vital para el desarrollo de Concepción, ya que es una de las vías que lo une a Talcahuano, primer puerto militar, industrial y pesquero de Chile. En varias ocasiones me ha reiterado esta situación el gran alcalde y hombre público, señor Leocán Portus Govinden . Si por alguna razón los fondos hubieran tenido otro destino, la solución estaría en adelantar la ejecución de obras, lo cual generaría más empleo, para realizar este tipo de infraestructura.
Por otro lado, en innumerables ocasiones me he referido en esta Sala al tema de la costanera a Chiguayante. Ahora lo reitero, porque hace algunos días su concejo municipal tomó el acuerdo definitivo de aprobar el plan regulador de esa comuna. Hoy ya se encuentra en la Conama para el estudio medioambiental, que tiene que ver con la licitación de la costanera desde el puente viejo de Concepción hasta Chiguayante, lo que significará un desarrollo relevante de esa comuna y, asimismo, el auge de la comuna de Hualqui.
Tengo en mi mano un oficio del señor ministro de Obras Públicas , por el cual informa que se pondrá término a la licitación, a más tardar, en septiembre de 2001. En consecuencia, solicito oficiar al señor ministro a fin de que ratifique lo expresado en su oficio, porque esa obra es importante y vital para el desarrollo de la comuna de Chiguayante.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Ojeda , Villouta , Pareto , Ulloa , Álvarez , Delmastro y Martínez, don Rosauro.
LEGISLACIÓN SOBRE INDEMNIZACIONES EN EMPRESAS DEL ESTADO.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , como integrante de la comisión investigadora de las indemnizaciones, me resulta bastante grato rectificar algunas opiniones vertidas en cuanto a que estas comisiones nunca llegan a nada; ello, porque se creó el ambiente, tanto en el Congreso Nacional como entre los ejecutivos de las empresas del Estado y del Gobierno, de que era necesario legislar en esta materia y hacer más estricto el cumplimiento de algunas disposiciones que hoy se pasan a llevar en forma muy liviana.
Tengo en mi poder un oficio del señor ministro secretario general de la Presidencia , donde se señala que, con fecha 3 de octubre, el Gobierno envió a trámite legislativo, al Senado, un proyecto de ley que, entre otros asuntos, limita las indemnizaciones por años de servicio. Con eso queda claro que el Senado tiene ahora la posibilidad de activar todas las peticiones hechas en la comisión investigadora, a fin de solucionar diversas incongruencias o faltas de tino de algunos ejecutivos de esas empresas, que sobrepasaron los límites de lo ideal, prudente y decente.
Dicho proyecto establece que los gerentes generales o ejecutivos equivalentes a los de las empresas públicas, aunque el Estado sólo tenga participación, no tendrán derecho a indemnización por años de servicio, término de contrato o expiración de funciones. Se trata de una excepción calificada de aplicación restrictiva que sólo alcanza a los gerentes generales y no a otros ejecutivos de las empresas del Estado.
Asimismo, señala que, respecto de los demás ejecutivos de primer nivel o jerarquía de esas empresas, el proyecto establece un tope máximo para las indemnizaciones. Establece también que se enviará una indicación sustitutiva al proyecto de ley que prohíbe a los ministros y subsecretarios pertenecer a los directorios de empresas del Estado, estableciendo claramente que no podrán ser directores ni consejeros de las empresas del Estado creadas por ley. De este modo, se armoniza la necesidad de contratar a cierto personal de excelencia con el deber de resguardar la transparencia y el interés público, de manera que cuando se contrate a algún ejecutivo, se deberá señalar en forma taxativa en el aviso correspondiente que es obligación publicar la renta que éste recibirá. Esto debe quedar claramente explicitado, ya que la idea -por lo demás, lógica- es que estos ejecutivos de las empresas del Estado tengan una renta equivalente o relacionada con los valores del mercado.
Por otra parte, se señalan algunos puntos relacionados con las modificaciones a las leyes del Banco del Estado, de la Empresa Nacional de Minería, de la Empresa Nacional del Petróleo y de la Empresa de Correos, que no leeré en beneficio del tiempo.
Considero que este oficio da claras muestras de que el Gobierno está preocupado del tema, y los parlamentarios tenemos la responsabilidad de activar estos proyectos, con el fin de dejar claramente establecido lo que deben ser las empresas del Estado. Así cautelaremos los intereses de los contribuyentes que son, en el fondo, los socios de esas empresas.
He dicho.
INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO DE INFRAESTRUTURA PESQUERA ARTESANAL. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA .-
Señor Presidente , el tema al cual me referiré es altamente positivo y ha producido gran satisfacción y acogida en un sector de la economía nacional, como es el pesquero artesanal.
Me refiero al informe de la Dirección Nacional de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas relacionado con un importante proyecto de infraestructura pesquera que se implementará entre los años 2000 y 2005. Es tan gravitante como que significa una inversión millonaria, con el objeto de generar aumento de la producción y motivación dentro del sector mencionado.
El programa comprometido para el período 2000-2005 considera el mejoramiento de 84 caletas pesqueras artesanales, lo que involucra un total de 48 mil millones de pesos. Este año ya están en ejecución 47 proyectos en todo el país, y se considera el diseño de 10 nuevos proyectos.
Este informe del Ministerio de Obras Públicas es muy auspicioso, puesto que beneficiará a diversas caletas ubicadas en cada uno de los distritos que representamos los diputados. Por eso, esta información es muy importante.
Con este proyecto de infraestructura se pretende dotar al sector pesquero artesanal de la infraestructura básica para su operación, a fin de mejorar su productividad, condiciones de trabajo y seguridad de los pescadores artesanales. Esta inversión forma parte de la denominada “Inversión en infraestructura productiva y social”.
Un país costero como Chile precisa de una política pública de fomento y desarrollo de la pesca artesanal para tener una capacidad de acción integral, relacionada con las potencialidades y recursos del mar, no sólo por las oportunidades económicas que de ello derivan, sino porque una parte significativa de su población encuentra sustento e identidad en esta actividad.
Por eso, se pretende potenciar una forma empresarial y de gestión que haga más eficiente, competitiva y sustentable la actividad y, de esa forma, satisfacer de manera urgente los déficit básicos en materia de condiciones de vida de los pescadores artesanales, creando verdaderos polos de desarrollo local que generen empleos permanentes y detengan el proceso de emigración y destrucción de la comunidad.
Afortunadamente, mi provincia se verá favorecida con la implementación de este proyecto de mejoramiento de los puertos artesanales, puesto que se efectuará una inversión de 957 millones de pesos en el puerto artesanal de Bahía Mansa. Igual que éste, otros puertos pesqueros artesanales muy pobres y alejados de los centros potenciales de desarrollo y mercado se verán beneficiados con este proyecto.
Por lo tanto, para tener mayor información sobre este proyecto de infraestructura pesquera, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones , a fin de que la Dirección Nacional de Obras Portuarias informe de qué manera se está implementando el proyecto, cuáles son los llamados a licitación efectuados y fecha de iniciación de las obras.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de la diputada señora María Angélica Cristi y de los diputados señores Delmastro y Bertolino .
APROBACIÓN DE LEY DE PRENSA Y ADMINISTRACIÓN DEL PASE ESCOLAR POR EL ESTADO. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés) .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero señalar que, entre ayer y hoy, hemos tenido varias buenas noticias.
La primera es que ayer, después de un largo proceso, el Congreso Nacional despachó la ley de prensa. Por lo tanto, después de su publicación, podremos conocer “El libro negro de la justicia”, podrá regresar a Chile la periodista Alejandra Matus y algunas querellas presentadas por un torturador, que dejará de gozar de fuero, se resolverán. Éstas son buenas noticias.
Por otra parte, ayer la ministra de Educación señaló que, a partir de 2002, el pase escolar volverá a ser administrado por el Estado, lo que también es una buena noticia para los estudiantes y para el país.
Sin embargo, como nosotros quisiéramos que fuera a partir de ahora, pido que se oficie a la ministra del ramo, a fin de que se estudie la posibilidad de que el pase escolar sea administrado por el Estado desde mayo del año en curso, y no sólo a contar de marzo de 2002.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
ALCANCE SOBRE RECIENTES INFORMACIONES Y PUBLICACIONES DE PRENSA.
El señor PALMA (don Andrés) .-
Pero hay otras noticias que no son tan buenas.
Se informó a través de la prensa que el almirante señor Arancibia rechaza las críticas formuladas en contra de los gastos que se efectuarán en Defensa. La semana pasada celebramos una extensa sesión sobre la materia. En Incidentes de una próxima sesión responderé algunas afirmaciones hechas por el ministro de Defensa Nacional , porque considero que no proceden en un ministro de un gobierno democrático.
Otro titular de prensa se refiere a que el Gobierno intenta frenar ofensiva contra nuevas tarifas eléctricas, a propósito de la discusión suscitada en cuanto a que si éstas fueron bien fijadas o no.
Debemos fortalecer la capacidad de fiscalización del Parlamento y, en lugar de poner obstáculos, formar comisiones para investigar y aclarar los temas.
En esa misma perspectiva, el hecho de que ayer se haya puesto a disposición de los lectores el libro de María Olivia Monckeberg “El saqueo de los grupos económicos al Estado chileno”, es una noticia que debe tener repercusión en esta Cámara. El estudio realizado por la periodista apunta a quiénes y cómo se hicieron ricos, sin que el país tenga claridad de la forma en que generaron sus riquezas. Todos conocen la historia de algunos grupos económicos, como los Edwards, los Matte, los Angelini , los Luksic, y la forma en que obtuvieron sus riquezas. Podemos estar de acuerdo o no en cómo la consiguieron en una sociedad democrática para algunos; pero, también hay otro grupo económico, cuya trayectoria es bastante oscura.
De eso trata este libro, que tiene que ver con otros y con discusiones que aún están presentes en nuestro país, respecto de las cuales sería bueno reflexionar.
Debido a que tenía preparada mi intervención sobre el proyecto que sanciona el tráfico de drogas, tengo en mi poder el libro “Pinochet, Al Kassar , Menem . La delgada línea blanca. Narcoterrorismo en Chile y Argentina”. Todas las denuncias que hay en Argentina las podemos ver reflejadas en este libro en un capítulo referido especialmente a ese país. También se habla de cómo algunos hicieron fortuna vinculados a las drogas, el tráfico de armas y el uso del poder.
Entiendo que el libro de María Olivia Monckeberg no habla de drogas ni de tráfico de armas. No quiero que después alguien me acuse diciendo que me he amparado en la hora de Incidentes para hacer una acusación sobre la cual no tengo antecedentes. Pero habla de cómo se usó el poder para que algunos en este país se enriquecieran, tema que debe preocupar sobremanera a la Cámara de Diputados.
Por eso, un grupo de parlamentarios de la Democracia Cristiana, entre los cuales se encuentra el diputado señor Rodolfo Seguel , pediremos a la Cámara que en las próximas semanas inicie un estudio sobre los hechos denunciados en el libro de María Olivia Monckeberg .
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Comparto plenamente sus palabras, señor diputado.
ANTECEDENTES SOBRE ENAJENACIÓN DE PREDIO EN COMUNA DE OVALLE. Oficio.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino .
El señor BERTOLINO .-
Señor Presidente , solicito que se oficie al ministro de Vivienda , a fin de que informe a esta honorable Cámara sobre la forma en que fue enajenado, la fecha y a quién -sea persona natural o jurídica-, el sitio ubicado en la calle Soldado Sánchez número 171, de la población El Manzano, de la comuna de Ovalle, en el cual se encuentra emplazado y operando desde hace aproximadamente tres años el colegio particular Pucará. Dicho sitio fue reservado como área de equipamiento para ser ocupado por una escuela municipal o municipal subvencionada, debido al tipo y perfil socioeconómico de quienes habitan en el sector, lo que, pese a lo expresado anteriormente, no fue respetado.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indiquen.
ADQUISICIÓN DE PREDIO EN LA SERENA DESTINADO A SERVICIOS REGIONALES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS. Oficio.
El señor BERTOLINO .-
Señor Presidente , solicito se oficie al ministro de Obras Públicas para que nos informe si es efectivo, según lo publicado hace algunos días en la prensa local, que existe un proyecto para agrupar en un solo lugar de la Cuarta Región, en la ciudad de La Serena, todos los servicios que dependen de esa cartera y que se estarían haciendo gestiones para adquirir una superficie equivalente a una manzana en pleno centro de la ciudad.
De ser efectivo, ruego al ministro tenga a bien informar a esta honorable Cámara sobre los estudios de factibilidad económica y de rentabilidad del proyecto, el monto que significaría la inversión, de dónde se obtendrían los recursos para efectuar la compra y adaptar los espacios acorde a las necesidades y el destino y cantidad de los actuales bienes muebles propios que ocupan en la actualidad los servicios que se concentrarían en La Serena.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indiquen.
ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL EN TRAMOS CONCESIONADOS DE LA RUTA 5 SUR. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro.
El señor DELMASTRO .-
Señor Presidente , en días pasados, durante una sesión de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, el ministro del ramo se comprometió a hacernos llegar los estudios de impacto ambiental relacionados con los siete tramos concesionados en la ruta 5 Sur, desde La Serena a Puerto Montt, es decir, La Serena-Los Vilos , Los Vilos-Santiago, Santiago-Talca , Talca-Chillán , Chillán-Temuco , Temuco-Río Bueno y Río Bueno-Puerto Montt .
Como a la fecha no han sido remitidos, solicito se oficie al ministro de Obras Públicas a fin de insistir en el envío de dichos estudios.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
CONCESIÓN DE SERVICENTRO EN COMUNA DE CORRAL. Oficio.
El señor DELMASTRO .-
Señor Presidente , quiero reiterar el envío de un oficio a la Superintendencia de Servicios Eléctricos y Combustibles para que autorice el funcionamiento de un servicentro en Corral. Como lo he dicho en varias oportunidades, esta comuna es una de las más subdesarrolladas y atrasadas del sur de Chile. El primer servicentro que se estableció en Corral fue clausurado por razones de diferente índole. Se insistió nuevamente en la petición, pero se encuentra trabada en dicha Superintendencia.
Por lo tanto, solicito a dicha entidad dar la máxima agilidad a este trámite y que nos informe por qué se ha retrasado tal autorización. La gente de Corral está trasladando el combustible en forma manual, en bidones, tanto a los hospitales y colegios como para el uso de vehículos, con el peligro que ello reviste para la seguridad de las personas.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio pedido por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo soliciten.
CONSTRUCCIÓN DE PASO BAJO NIVEL EN TALCAHUANO. Oficio.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Ulloa .
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , Renovación Nacional me ha cedido parte de su tiempo.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Su Señoría, tengo entendido que el diputado señor Bertolino no es Comité y el tiempo se cede sólo por los Comités.
Tiene la palabra, señor diputado.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , solicito se oficie al ministro de Obras Públicas , con el objeto de que nos informe por qué el proyecto de ampliación del eje Golondrinas, en Talcahuano, que permite el acceso de todas las cargas provenientes del exterior de la ciudad hacia el puerto de San Vicente, no contempla en el cruce con avenida Colón, la más importante de Talcahuano, un paso bajo nivel.
No parece aceptable que una ciudad que aporta tanto al país no cuente con una estructura de vialidad razonable y decente, desde el punto de vista urbano. En Talcahuano, tal vialidad debiera contemplar, a lo menos, la posibilidad de que los cruces de las vías no alteren o separen urbanísticamente un mismo sector.
Cuando se establece un paso sobre nivel, lo obvio y natural es que se produzcan separaciones que perjudican la visión urbana de la ciudad.
Solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas para que se estudie la posibilidad de que el cruce Golondrinas con Colón , a cargo de la Dirección de Vialidad, contemple un paso bajo nivel y no uno sobre nivel; tampoco es conveniente un cruce con semáforo, porque, en la forma en que está planeado en la actualidad, implicaría una interferencia y no una mejora en ese sistema vial en Talcahuano.
Desde el punto de vista urbano, el problema no es menor. Por eso, es necesario que se estudie la posibilidad de construir un paso bajo nivel.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
REPOSICIÓN DE NORMATIVA SOBRE DETENCIÓN POR SOSPECHA. Oficio.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , en segundo lugar, solicito se oficie al ministro de Defensa Nacional y, por su intermedio, al general director de Carabineros y al director general de Investigaciones con el objeto de que se pronuncien sobre una propuesta legal a la que hemos adherido varios diputados. Me refiero a la posibilidad de restablecer una poderosa herramienta de prevención de la delincuencia, la llamada detención por sospecha, que permitiría bajar sustancialmente los altos índices de delincuencia en el país.
Reconozco que la disposición se prestaba para arbitrariedades, pero ahora, modernizada y sin los inconvenientes que surgían con su aplicación, ambas policías, Carabineros e Investigaciones, podrían contar con este instrumento de prevención tan importante, que permite detener a una persona cuando hay presunciones fundadas de que se cometerá un delito. Ello evitaría la tan creciente ola de delincuencia.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo están indicando.
PAGO DE EXPROPIACIONES A CAMPESINOS DE NOVENA REGIÓN. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Díaz.
El señor DÍAZ .-
Señor Presidente , el Presidente de la República , por intermedio del subsecretario de Obras Públicas , ha tenido la gentileza de responder a mis inquietudes referentes a la situación que continúan sufriendo numerosos modestos campesinos, propietarios expropiados del sector Bajo Yupehue , Puyangue, Tranapuente, Carahue , Saavedra , Isla Huapi , Chelle , Porma y Hualpín, por donde cruza la carretera de la costa, a quienes aún no se les ha pagado el valor del terreno.
En octubre de 1998 debí acusar constitucionalmente al entonces ministro de Obras Públicas por no haberse realizado estos pagos a los campesinos y mapuches cuyas tierras fueron expropiadas.
Resulta tremendamente impactante que, según el propio escrito evacuado por el subsecretario de Obras Públicas , tres años después se informe que gran parte de esa gente sigue sufriendo el drama que significa la pérdida de sus propiedades, sin ser indemnizada.
En el caso de Bajo Yupehue, del kilómetro 19.000 al 23.413, con 67 lotes, no se les ha pagado el 70 por ciento del total de esos lotes. En el caso de Bajo Yupehue, del kilómetro 23.348 hasta Puyangue, con 124 lotes, no se les ha pagado el 40 por ciento de ellos. En el tramo Carahue , Tranapuente, Puyangue, del kilómetro 45.303 al 53.335, no se les ha pagado el 50 por ciento. En el tramo entre el kilómetro 55.438 y el 69.895, con 116 lotes, se les ha pagado sólo el 50 por ciento. En el camino a Tranapuente, Saavedra , Porma , Chelle , Hualpín, puente Peule , kilómetro 68.030, con 67 lotes, no se les ha pagado el 30 por ciento, y en el camino a Tranapuente, Saavedra , Chelle , kilómetro 53.250 al 56.315 y del kilómetro 65.260 al 100.240, con 44 lotes, no se les ha pagado al 50 por ciento de ellos.
La mayoría de estas personas son modestos agricultores, campesinos que sobreviven en ruina agrícola. ¿Qué credibilidad puede tener un Gobierno que con una mano ofrece tierras al pueblo mapuche y con la otra mano se las quita, escamoteándole eternamente el pago del valor de la expropiación?
Por las razones expuestas, solicito se oficie al ministro y al subsecretario de Obras Públicas para que indiquen en cuántos años, décadas o lo que sea, se le pagará a esta gente que ya lleva cinco, cuatro y tres años esperando.
Además, solicito que se oficie al Presidente de la República para recomendar la dictación de una ley especial de pago inmediato de tales expropiaciones.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
RACIONES ALIMENTICIAS PARA ALUMNOS DE JORNADA ESCOLAR COMPLETA DE ESTABLECIMIENTOS DE LA SÉPTIMA REGIÓN. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Ceroni.
El señor CERONI .-
Señor Presidente , solicito que se oficie a la ministra de Educación y a la seremi de Educación de la Séptima Región para hacerles presente mi preocupación por los inconvenientes en la puesta en práctica de la jornada escolar completa en muchos establecimientos educacionales del distrito que represento, situación que, quizás, ocurre en todo el país.
Nuestro Presidente y su Gobierno anunciaron, con gran interés de todo el mundo, la puesta en práctica de la jornada escolar completa. No hay duda de que se trata de un tremendo avance en educación y que la posibilidad de tener más horas de clases o de formación para nuestros alumnos tendrá efectos muy positivos en el futuro, puesto que la mayor capacitación de los hombres y mujeres es muy importante. Pero la puesta en práctica de este sistema también requiere de otros puntos de apoyo, y uno que me parece muy relevante es la alimentación del alumnado, o sea, la entrega de raciones alimentarias en las horas de almuerzo o desayuno para los alumnos que se encuentran en clase en la jornada escolar completa.
En el distrito que represento, el establecimiento educacional más importante de Parral, el liceo “ Federico Heise ”, que cuenta con 1.086 alumnos, el año recién pasado, cuando no contaba con la jornada escolar completa, tenía asignadas 511 raciones alimentarias. Ahora, con la jornada escolar completa, se le entregan solamente 575, es decir, apenas el 50 por ciento de su alumnado recibe dichas raciones.
También he podido constatar esta situación en otras escuelas y colegios de mi distrito. Visité la escuela de la población Fernández , en Cauquenes, y también se me informó que tenían el tremendo problema de no contar con las raciones para todos los alumnos de la jornada escolar completa.
Es cierto que a causa del famoso índice de vulnerabilidad escolar, que se usa para ver quién tiene derecho a la alimentación, se puede argumentar que hay muchos alumnos cuyas familias tienen recursos, pero la verdad es que en este tipo de establecimientos todos los alumnos necesitan de la alimentación, no sólo por problemas económicos, sino también por razones prácticas, puesto que la mayoría proviene de zonas rurales y si quieren ir a sus casas a almorzar, como se permite en algunos colegios, se entorpece la jornada misma del establecimiento.
Cuando se habló de la jornada escolar completa, el Gobierno argumentó que esto permitiría a los alumnos educarse y, además, tener una buena alimentación. También permitiría a las madres dedicarse a otras actividades laborales y obtener un nuevo ingreso para la familia.
Este es un tema muy importante, al cual el Gobierno debe buscar solución. En mi opinión, lo ideal sería permitir que todos los alumnos contaran con la alimentación en la jornada escolar completa, sin diferencia alguna, pues ello resulta odioso entre el alumnado.
Por eso, solicito se oficie a la ministra de y a la seremi de Educación de la Séptima Región del Maule para que tomen cartas en el asunto y den una solución a los establecimientos del distrito 40, en particular al liceo “ Federico Heise ”, de Parral.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los parlamentarios que así lo pidan.
-El Vicepresidente informa a la Sala de la presencia en las tribunas de una delegación de estudiantes del colegio San José, de Puente Alto.
DICTACIÓN DE NUEVA LEY EN FAVOR DE EXONERADOS POLÍTICOS. Oficios.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO .-
Señor Presidente , en los últimos meses y gracias a los recorridos por el distrito 54, que represento, ubicado en la provincia de Valdivia, he detectado frustración en miles de personas exoneradas de empresas publicas, de la administración del Estado, de la Fuerzas Armadas y de Orden, las que hoy reclaman, en unos casos por demoras excesivas, tramitación de sus expedientes o, derechamente, por no poder acogerse a los beneficios de las leyes aprobadas por no contar oportunamente con la información.
En los días en que vivimos, con los medios de comunicación con que contamos, resulta curioso decir esto, pero existen lugares aislados donde la comunicación, lisa y llanamente, no llega. Los rebotes de las comunicaciones, de las señales, no llegan. Hablo especialmente de Liquiñe, un lugar donde se refugian, por no decir viven, miles de familias que fueron exoneradas en gobiernos pasados.
Esto me ha llevado a iniciar una serie de acciones para reclamar un perfeccionamiento de las actuales leyes que establecen beneficios previsionales para personas que fueron víctimas de esta acción política durante el gobierno militar.
Hago notar el gran esfuerzo realizado por el Ministerio del Interior, que ya lleva calificadas a 75 mil personas. Se prevé que son más de 150 mil -ojalá no fueran tantas-, pero creo que en Chile debe haber más de 300 mil los exonerados políticos.
Resalto el tremendo trabajo realizado por don Humberto Lagos , jefe de este programa. Pero debo advertir, con pesar, que los beneficios de las dos leyes dictadas a la fecha -me siento autor de la modificación introducida en 1998-, no han podido ser aprovechados en su integridad, en unos casos, por falta de información, por una serie de imperfecciones en su contenido y, lo que es peor, por interpretaciones perjudiciales para los exonerados realizadas por el Instituto de Normalización Previsional y recientemente también por la Contraloría General de la República.
En consecuencia, a pesar de que se nos viene encima el tiempo y de que por los años esta gente no vivirá mucho, solicito oficiar a los ministros del Interior y del Trabajo para que informen sobre la viabilidad política y técnico-financiera de elaborar una tercera ley en beneficio de los exonerados y de abrir un plazo especial, extraordinario, para postular a sus beneficios, a quienes por causa justificada no pudieron hacer valer sus derechos.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de quien habla.
REPOSICIÓN DE PUENTES Y CAMINOS SECUNDARIOS EN COMUNA DE SANTA JUANA. Oficio.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , solicito oficiar al ministro de Obras Públicas , a fin de que nos informe de manera detallada sobre la reposición de puentes en la comuna de Santa Juana, especialmente en la localidad de Tanahuillín, distante a más de 15 kilómetros del centro de dicha comuna y cuyo puente Los Mellizos se encuentra en precarias condiciones. La operación invierno, anunciada por el Gobierno en Santiago, debe tener un reflejo en los sectores rurales, con el fortalecimiento de estas vías que colapsan debido a los rigores del invierno.
Quiero que se señale cuál es la inversión, el programa, quién se responsabiliza de ellos, cuándo se realizan, cuánto gastamos en la última década en reposición de puentes rurales. Hablo de caminos secundarios, con beneficio social para los vecinos, no con utilidad vial para las grandes empresas forestales.
Asimismo, que nos informe respecto de la reposición y mantenimiento del camino Santa Juana-Tanahuillín. Quiero conocer el monto de las inversiones, el gasto total, las empresas que participan en la licitación; en fin, toda la información que nos permita conocer cómo estará este camino en el próximo invierno.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
REVISIÓN DE TELÉFONOS PÚBLICOS EN COMUNAS DE LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , en segundo lugar, solicito oficiar al subsecretario de Telecomunicaciones para que nos entregue un detalle respecto de la revisión que se ha hecho en cada uno de los teléfonos públicos instalados en la Octava Región, especialmente en las comunas de Hualqui, Florida y Santa Juana, debido a que existen numerosos problemas con ellos.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
CONSTRUCCIÓN DE GARITAS PARA LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN COMUNA DE SANTA JUANA. Oficio.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas , a fin de pedir la construcción de lugares techados para la espera de la locomoción colectiva en el sector de Paso Hondo y Las Piedras, en la comuna de Santa Juana, pues los niños, los jóvenes y los campesinos deben esperarla por largas horas en invierno, bajo la lluvia.
La situación se debe remediar a la brevedad, en conjunto con el municipio, pero no hay recursos municipales.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
SOLUCIÓN DE PROBLEMAS ESTUDIANTILES.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , a pesar de que se fueron los estudiantes invitados que ocupaban las tribunas, quiero comentar una muy buena noticia. Como dijo el diputado señor Andrés Palma , el Gobierno se hará cargo de los pases escolares, lo que debió haber hecho hace mucho tiempo.
Por otra parte, ojalá que se tenga la creatividad y la visión para anticiparse a la solución del problema que significa el crédito universitario, ya que, de lo contrario, habrá miles de estudiantes universitarios en las calles, con más experiencia en este tipo de movilizaciones que los secundarios.
PETICIÓN DE ANTECEDENTES RELACIONADOS CON OBRAS EN EL BARRIO MODELO, DE CONCEPCIÓN. Oficio.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , en esa misma línea, hay una buena noticia en la Octava Región, cual es que el Serviu acordó poner término al contrato con la empresa Tecsa para ejecutar trabajos en el Barrio Modelo, de Concepción, con el objeto de realizar las obras a través del sistema de cargo. A su vez, hemos sido informados de que hará efectiva la boleta de garantía que cubre 9.903 uefes, algo así como 157 millones de pesos.
Sin embargo, con la ejecución de las obras, se debe evitar que los allegados sigan esperando y determinar quién las pagará, para que no lo haga “Moya”. Se produjo una falla por un error en el estudio de la mecánica de suelos, que alcanza, a lo menos, a 2.800 millones de pesos. Si se va a cobrar la boleta de garantía por 157 millones, se genera inmediatamente la siguiente pregunta: ¿quién financiará el resto?
En consecuencia, solicito que se oficie, en mi nombre, al ministro de Vivienda y Bienes Nacionales , con el fin de que disponga el envío del contrato de licitación, del contrato de obras y de todos los antecedentes que permitan determinar quién pagará la reparación de las fallas producidas en los taludes, que alcanza a 2.800 millones de pesos, más IVA, por cuanto el cobro de la boleta de garantía es absolutamente insuficiente. Aquí está en juego la fe pública.
Acertadamente, el Serviu ha puesto fin a un contrato con una empresa que presentó un proyecto propio, con estudios de mecánica de suelos, que se realizaría por el sistema de suma alzada. Por lo tanto, alguien tiene que pagar por estos errores, pero no debe ser “Moya” ni los chilenos.
El caso Wörner significó una pérdida de 1.800 millones de pesos. Ahora se trata de 2.800 millones de pesos. ¿Quién los pagará? Es claro que perdieron los pobladores, porque se retrasará la entrega de sus viviendas.
Reitero, quiero que se me haga llegar copia de todos los antecedentes relacionados con los estudios técnicos de mecánica de suelo, de los contratos, de las resoluciones que determinan el término del contrato, del informe de Contraloría y del llamado a licitación privada o invitación para la nueva empresa que realizará estas obras.
Lo importante -concluyo con esto- es que se investiguen las fallas producidas, pero que no termine el Ministerio de Vivienda haciéndose cargo del pago millonario de una obra que falló y que a la empresa sólo se le haga efectiva una boleta de garantía que no cubre ni siquiera el 10 por ciento de los daños causados por la improvisación o por la mala gestión de haber firmado un contrato sin las garantías y las certezas técnicas que permitieran que esto llegara a buen fin.
He dicho.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio pedido por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo están solicitando y de los que se toma debida nota.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.53 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley sobre firma electrónica y los servicios de certificación de firma electrónica. (Boletín Nº 2571-19).
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Vicepresidente de la República ; ÁLVARO GARCÍA HURTADO , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio de S.E. el Vicepresidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio Nº 3293, de fecha 19 de abril de 2001, tengo a bien manifestar a vuestra Excelencia que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que establece un seguro de cesantía. (Boletín Nº 2494-13).
En consecuencia, devuelvo a vuestra Excelencia el citado oficio de la honorable Cámara de Diputados, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Vicepresidente de la República ; ÁLVARO GARCÍA HURTADO , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 18 de abril de 2001.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha rechazado el proyecto de ley de esa honorable Cámara que modifica el decreto ley Nº 211, en relación con la discriminación en el precio y en los términos de las transacciones comerciales. (Boletín Nº 1824-03).
Corresponde, en consecuencia, la formación de una Comisión Mixta que deberá proponer la forma y modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras, conforme a lo preceptuado en el artículo 67 de la Constitución Política de la República y, por tanto, la Corporación designó a los honorables senadores miembros de la Comisión de Economía para que concurran a la formación de la aludida Comisión Mixta.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 2403, de 23 de junio de 1999.
Dios guarde a vuestra Excelencia,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario del Senado ”.
4. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 18 de abril de 2001.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación a la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que establece un seguro de desempleo. (Boletín Nº 2494-13).
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 3289, de 18 de abril de 2001.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario del Senado ”.
5. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 18 de abril de 2001.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa honorable Cámara, el proyecto de ley que concede beneficio indemnizatorio a funcionarios municipales que se acojan a jubilación en el período que se especifica. (Boletín Nº 2609-06).
Hago presente a vuestra Excelencia que el artículo 1º del proyecto fue aprobado, tanto en general como en particular, con el voto favorable de 30 señores senadores de 46 en ejercicio, dándose cumplimiento, de este modo, a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 63 de la Carta Fundamental.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 3275, de 10 de abril de 2001.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a vuestra Excelencia,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario del Senado ”.
Moción del diputado señor Jeame Barrueto y de las diputadas señoras Pía Guzmán , Rosa González , Adriana Muñoz , Fanny Pollarolo , Marina Prochelle , María Rozas , María Antonieta Saa , Antonella Sciaraffia y Laura Soto .
Proyecto de ley que modifica el decreto ley Nº 1.305, con el fin de eliminar las discriminaciones existentes en materia de acceso al subsidio habitacional. (boletín Nº 2695-14)
“Los requisitos para acceder al subsidio habitacional están establecidos en el reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 44, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial de 9 de abril de 1988.
El artículo 4º de dicho decreto es el que enumera quiénes pueden acceder a él, señalando que “tendrán derecho a solicitar el subsidio habitacional las personas naturales, mayores de edad, solteras o casadas, que no sean propietarias de una vivienda ni lo sea su cónyuge”. E insiste luego en la idea, cada vez que enumera las distintas construcciones que deben considerarse una vivienda, y que, por lo tanto, de ser una persona, o su cónyuge, dueña de una de ellas, le queda vedada a dicha persona, o a su cónyuge, cualquier postulación a subsidio habitacional.
Es evidente que dicho decreto no discrimina a quienes no se encuentran casados, por lo que perfectamente una persona soltera, aunque conviva con otra, puede, sin obstáculos de ningún tipo, optar a la postulación del subsidio habitacional. La norma legal efectivamente discrimina a la persona que tiene un vínculo matrimonial no disuelto, sea que ahora conviva, viva solo o lo haga con un grupo familiar a su cargo, cuando quien es verdaderamente su cónyuge ya es propietario de una vivienda, haya o no solicitado un subsidio para obtenerla, y en este caso, sin importar siquiera si la solicitud la efectuó cuando el matrimonio permanecía unido, o si lo hizo una vez producida la separación.
En un país como Chile, donde no existe la posibilidad de disolución del matrimonio por causas diversas a la muerte y a la nulidad, una disposición como aquella resulta francamente desastrosa.
El Estado, llamado por el artículo 1º de la Constitución a dar protección a la familia y a propender a su fortalecimiento, sin hacer distinción de ninguna especie, se encuentra en la práctica privando arbitrariamente del derecho a la vivienda a todos quienes aparecen directa o indirectamente involucrados en la adquisición de una casa, por el hecho de estar ésta a nombre de quien aparece como cónyuge, cuando en el hecho ya no lo es.
Muchas mujeres han perdido la oportunidad de obtener un subsidio habitacional cuando, acudiendo al Serviu para tal fin, han descubierto que luego de la separación de sus respectivos maridos, éstos adquirieron una casa, lo que les impide a ellas hacer lo mismo.
¿Cuántas situaciones injustas se pueden haber producido por esta imposibilidad de quienes han roto una relación matrimonial, de solicitar para ellos una vivienda, cuando ya existe una a nombre del otro?
Es efectivo que la separación de hecho no es fácil de probar, pero dejemos entonces que sea la existencia o no de prueba de dicha situación, la que coarte o permita la posibilidad de una “segunda vivienda” para ese miembro no propietario, en el contexto de un “matrimonio” que sigue siéndolo sin serlo más.
Puede considerarse también que la razón de esta discriminación por parte del Estado radica en que, de no hacerse así, tratándose de matrimonios que viven separados sin haber procedido a la disolución y liquidación de la sociedad conyugal, si ambos han accedido al subsidio, a la disolución de aquélla, ingresarían al haber común ambas casas, lo que de alguna forma significa que el Estado habrá beneficiado dos veces a esas personas con un mismo subsidio, quedando en mejor posición que quienes al vivir juntos como marido y mujer, sólo han podido tener acceso una vez a aquél. Sin embargo, existen correctivos para evitar situaciones como la anterior: desde luego, el reglamento que regula el subsidio habitacional puede establecer perfectamente como condición para que el cónyuge separado no propietario puede acceder al subsidio ya otorgado al otro, que se haya procedido previamente a la disolución y liquidación de la sociedad conyugal existente entre ambos. Esto, sin embargo, puede ofrecer grandes dificultades para dicho cónyuge (imposibilidad de acuerdo con el otro, falta de dinero para provocar la liquidación, entre otros). Por ello, es posible incluso contemplar una posibilidad adicional: asimilar en los presupuestos descritos la separación matrimonial debidamente acreditada a las situaciones de “catástrofe” a que hace referencia la letra b), inciso segundo, del artículo 4º, que da derecho a un subsidio para una nueva vivienda, pero de monto menor al recibido con anterioridad (sólo el 50% del valor de la misma). Está de más decir que una razón como la anteriormente expuesta, sólo puede argüirse en el caso de un matrimonio en el que ya uno de los cónyuges se hizo propietario mediante subsidio, resultando francamente discriminatorio cuando se le priva a una persona de acceder a un subsidio, si su cónyuge con el cual ya no vive, ha adquirido una vivienda por medios distintos a la postulación de aquél.
En definitiva, no se vislumbra razón alguna de peso que permita determinar la imposibilidad de acceso al subsidio de quienes, sin ser propietarios, han roto en el hecho su matrimonio, cuando el otro cónyuge sí es propietario. Lo único importante es tomar resguardos para impedir simulaciones y situaciones que podrían tornarse injustas al comparar a matrimonios que por vivir juntos sólo tienen acceso a un subsidio, y que por el hecho de vivir separadamente podrían tener acceso a dos.
Por ello se ha resuelto presentar el siguiente proyecto de ley, con el fin de que sea la ley la que obligue a adecuar el reglamento que regula el subsidio adicional a los requerimientos de no discriminación y protección y fortalecimiento de la familia, que la propia Constitución impone al Estado.
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Introdúcese al artículo 4º del decreto ley Nº 1.305, el siguiente inciso segundo, pasando el actual a ser tercero:
“En la formulación de dichas política, el Ministerio deberá tener especialmente en consideración el deber de protección y fortalecimiento de la familia que la propia Constitución le encomienda. En este cometido, las separaciones de hecho debidamente acreditadas, deberán permitir a quienes se encuentren en dicha situación y no sean propietarios de una vivienda, la postulación a los subsidios habitacionales, aun en los casos en que su cónyuge ya sea propietario de una. Para evitar simulaciones y situaciones injustas, el Reglamento deberá adoptar los resguardos necesarios”.
Moción de los diputados señores Sánchez y Acuña .
Establece normas sobre la crianza, tenencia y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos. (boletín Nº 2696-12)
“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 60 y 62 de la Constitución Política de la República, lo prescrito en la ley Nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido en el Reglamento de la honorable Cámara de Diputados.
Considerando:
1º Que la Constitución Política de la República y los Pactos Internacionales sobre derechos humanos suscritos por Chile, aseguran a todos los habitantes de la República el derecho a la vida y a la integridad física y síquica y establecen como un deber del Estado, y por ende de este Poder Legislativo, la promoción de estos valores humanistas.
2º Que en los últimos años, y fruto en parte del fenómeno del aumento cuantitativo y cualitativo de la delincuencia, muchas personas y familias han tomado la decisión de adquirir y muchas veces entrenar, por sí o a través de terceros, a perros pertenecientes a razas que han sido calificadas por la etología y la ciencia veterinaria como potencialmente peligrosas.
En nuestra país, la crianza y tenencia de estos perros, ha tenido un aumento explosivo como lo reflejan las estadísticas del Kennel Club de Chile, única entidad reconocida por la Sociedad Cinológica Internacional para registrar y certificar el pedigree de los perros.
3º Que la causa de la peligrosidad potencial de estos perros, debe encontrarse en la selección y cruza de que han sido objetos, para producir individuos con ciertas características genéticas muy precisas como es la ferocidad y la desconfianza con los seres humanos, lo que en los hechos, los hace inestables en su comportamiento, lo que ha sido descrito por estudios científicos y por estudios de casos, en donde siempre los ataques han sido sorpresivos.
4º Que en Chile se han descrito e informado a la opinión pública una serie de incidentes muy preocupantes, en las cuales les ha cabido participación a perros pertenecientes a muy determinadas razas, los que han atacado de manera sorpresiva a personas u otros animales.
Similar situación, e incluso con mayor frecuencia, se ha registrado a nivel internacional, con resultados fatales en más de una oportunidad.
5º Que este tipo de hechos, nos obliga como Estado a tomar las medidas de resguardo de la salud y la vida de las personas, anulando o al menos disminuyendo el riesgo que emana del peligro potencial de estos perros.
Hoy, estos perros que fueron pensados por algunos como un medio idóneo para afrontar los problemas de la seguridad ciudadana, ponen en jaque, justamente ese valor, que pretendían salvaguardar.
6º Que por otra parte, debemos considerar una serie de vacíos existentes en nuestra legislación sobre el resguardo de los derechos de los animales en general y que promuevan efectivamente la tenencia responsable de mascotas, lo que da pábulo a situaciones como el abandono, la desprotección y el maltrato de estos seres.
7º Que estas deficiencias, a nuestro juicio, deben ser también abordadas por el poder público, para lo cual resulta urgente acelerar el trámite legislativo del proyecto de ley sobre protección de los derechos de los animales, que asegura los derechos de estos seres, hermanos menores del hombre, como los ha definido tan acertadamente la doctrina humanista y cristiana.
8º Que a nivel internacional en materia de protección a los animales domésticos, se han establecido una serie de instituciones y normas para fomentar su tenencia responsable y su cuidado, haciendo a una persona adulta responsable ante la sociedad por el bienestar del animal y por los daños que eventualmente estos puedan ocasionar. Creemos que siguiendo la tendencia de los países más desarrollados, debería establecerse la obligación de las personas de registrar a estos animales, en las administraciones locales y eventualmente pagar, quienes estén en condiciones socioeconómicas de hacerlo, un derecho anual, que les permita a estas administraciones, disponer de recursos frescos para sus planes de sanidad y cuidado de estos animales.
El pago de derechos por la tenencia de mascotas está presente en países como Francia, España, Alemania, Estados Unidos de Norteamérica y Canadá entre otros.
9º Que en la experiencia comparada, fruto de incidentes de ataque de los perros potencialmente peligrosos, los estados centrales o las legislaturas estaduales, han establecido restricciones a los derechos de las personas que crían o hacen uso de estos animales, como forma de salvaguardar los derechos del resto de la comunidad.
Destacan entre varias normas, las leyes de las comunidades autónomas de Cataluña, de Madrid y de Navarra en España y la Ley Francesa sobre animales potencialmente peligrosos, las cuales establecen obligaciones especiales para los dueños, tenedores o poseedores de estos perros que van desde el tomar seguros contra daños a terceros, pasando por normas especiales sobre los sitios o lugares en que los animales son criados, hasta restricciones a su circulación por bienes nacionales de uso público (calles y plazas, por ejemplo) o por espacios comunes en general (pasillos o patios en condominios).
Asimismo, en otros ordenamientos jurídicos, se ha llegado derechamente a prohibir la crianza y cruce de esta clase de animales, medida que no parece extrema, toda vez que la responsabilidad de los actos lesivos a los derechos de las personas, no son imputables a los animales ni a sus razas, sino a la intervención humana sobre ellos y ellas.
10º Que postulamos, en consecuencia, que el mayor énfasis de cualquier legislación de este tipo debe estar en la responsabilidad de los dueños y tenedores de los perros, por cuanto son ellos, con la crianza y adiestramiento de estos animales los que generan los riesgos para la población. Por ello, es que establecemos en este proyecto de ley, de partida la obligación de tenerlos inscritos en un Registro Público aunque no precisamos, por razones de admisibilidad constitucional el órgano público a cargo del mismo, aunque desde ya señalamos, que a nuestro juicio debe ser el municipio, como administración más cercana a la gente.
Asimismo, prescribimos, de manera análoga, a la actual Ley de Control de Armas y Explosivos, que el dueño o tenedores de los perros potencialmente peligrosos, que nos encargamos de precisar, de manera previa a la adquisición y registro de los canes, cuenten con un certificado expedido por un médico siquiatra que acredite que no padecen de patologías graves, que pueda manifestarse en episodios de descontrol, violencia y agresividad.
Insistimos, los perros pueden llegar a ser utilizados como armas mortales, de eso hoy no hay duda alguna y debemos actuar en consecuencia.
Otra norma que incorporamos es la que establece la obligación de registro y control por parte de la autoridad (creemos que le cabría a los servicios o departamentos de salud del Ambiente de cada Servicio de Salud), de los establecimientos de crianza con fines comerciales de toda clase de perros y la fiscalización también de las empresas o personas naturales dedicadas al entrenamiento o adiestramiento de esta clase de animales. La peligrosidad de ellos emana, muchas veces, de la acción de esta clase de sujetos, que sea mediante la selección o cruza o mediante la educación de los animales, desarrollen su peligrosidad y agresividad.
11º Que reconocemos la contribución de los animales domésticos y de los perros en particular al desarrollo de la sociedad humana. Desde los albores de los tiempos, ellos han convivido y ayudado al hombre con su trabajo en tareas tan diversas como el cuidado de otros animales (perros pastores), en la cacería de sobrevivencia y deportiva (perros sabuesos y de caza) y con su fuerza en el transporte (perros de arrastre), y hoy son instrumentos de apoyo de la labor de pesquisa de drogas, detección de explosivos, rescate de personas en catástrofes naturales o de apoyo a los institutos armados en las funciones de resguardo de la soberanía y de la seguridad pública.
No es nuestra intención el crear una alarma pública injustificada ni mucho menos incitar al odio o rechazo sobre esta clase de animales. Ellos no son responsables de las intervenciones que en su genética ha efectuado el hombre ni de la forma de crianza y adiestramiento de los cuales son objetos. Se trata de protegerlos a ellos también, un perro que agrede a otro animal o a un ser humano, arriesga siempre su vida, como consecuencia de la acción de sus propios amos, de terceros o de la autoridad sanitaria.
Queremos una cultura de respeto a los derechos de los animales y al mismo tiempo enfrentar el desafío de proteger de manera idónea el interés general de todos los ciudadanos, de no verse expuestos a ataques sorpresivos que pueden tener trágicas consecuencias, no podemos esperar que haya muertes de personas, para avanzar en una solución legislativa a este problema.
Por tanto,
Los diputados que suscribimos, venimos en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo primero.- Son perros potencialmente peligrosos y en consecuencia quedan sujetos a las disposiciones de esta ley los siguientes:
a) Aquellos, cualquiera que sea su raza, que hubieran atacado a personas u otros animales.
b) Aquellos, cualquiera que sea su raza, que a juicio de la autoridad muestren un comportamiento agresivo e inestable.
c) Aquellos, cualquiera que sea su raza que hayan sido adiestrados para el ataque y defensa por sus dueños o por terceros, con exclusión de los empleados por las fuerzas de orden y seguridad pública y por las Fuerzas Armadas.
d) Aquellos ejemplares, sin importar su edad, que pertenezcan a las siguientes razas, sean puros por pedigree, puros por cruza o mestizos: rottweiler, pit bull, dobermann, mastín napolitano, tosa japonés, dogo argentino, dogo de burdeos, bullmastiff, staffordshire, de presa canario y fila brasileiro.
Artículo segundo.- Los animales señalados en el artículo anterior deberán ser inscritos en un registro público, por sus dueños, los que recibirán su carné, que los autoriza para la crianza y tenencia de estos animales y para su desplazamiento en la vía pública.
Al momento de ser inscritos los ejemplares en el Registro de Perros potencialmente peligrosos, sus dueños deberán exhibir a la autoridad un certificado expedido por un médico siquiatra, habilitado para el ejercicio de la profesión, que dé fe de que el peticionario de la inscripción no padece de patologías psiquiátricas graves que puedan manifestarse en un comportamiento agresivo, violento o descontrolado.
Asimismo, al momento de su inscripción, los dueños de estos animales deberán suscribir un contrato de seguro por daños que su perro pueda ocasionar a terceros, copia de cuya póliza deberá ser archivada en la entidad administradora del registro.
Artículo tercero.- Los perros potencialmente peligrosos deben ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida. Un reglamento determinará sus características técnicas de seguridad, altura, consistencia y distancia de las calles u otros espacios públicos y la forma en que deben ser señalizadas si fuere menester.
Artículo cuarto.- Los perros sujetos a esta ley siempre deberán ser conducidos en los espacios públicos, incluyendo los bienes nacionales de uso público u otros espacios urbanos, y en los bienes comunes en los inmuebles sujetos a la Ley de Copropiedad Comunitaria, debidamente atados y con un bozal. La correa y el bozal deberán ser proporcionales en cuanto a tamaño y resistencia a la configuración física del animal.
El desplazamiento de estos perros en los lugares antes señalados deberá hacerse por una persona mayor de 16 años.
Artículo quinto.- La autoridad competente en el control del cumplimiento de esta ley podrá obligar a los dueños de los perros potencialmente peligrosos a someterlos a los tratamientos de reedecuación, terapéuticos y eventualmente quirúrgicos para disminuir su agresividad.
En caso de grave e inminente riesgo para la salud de la población, y previa autorización del Juez de Policía Local de la Comuna , podrá disponerse el sacrificio de estos animales, el que deberá efectuarse mediante métodos indoloros.
Artículo sexto.- Las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la crianza o al entrenamiento de estos perros, quedarán sujetas al control de la autoridad pública. Un reglamento determinará las exigencias materiales y de métodos de cruce y adiestramiento de esta clase de animales en dichos establecimientos.
Artículo séptimo.- Las infracciones a esta ley podrán ser sancionadas, por el Juzgado de Policía Local de la comuna en donde se hubiere producido la infracción con las siguientes penas:
a) Con multa de 1 a 20 unidades tributarias mensuales para los dueños o tenedores de los animales.
b) Con multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales, clausura temporal, hasta por tres meses y clausura definitiva, por infracción a las obligaciones impuestas a las personas naturales y jurídicas dedicadas a la cría, cruce y adiestramiento de esta clase de animales”.
Moción de la diputada señora Adriana Muñoz y de los diputados señores Ceroni , Jaramillo , Felipe Letelier , José Pérez , Urrutia y de la diputada señora María Antonieta Saa .
Establece tarifa rebajada para estudiantes en la locomoción colectiva y regula el pase escolar. (boletín Nº 2697-15)
“Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 60 y 62 de la Constitución Política de la República, lo previsto en la ley Nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la honorable Cámara.
Considerando:
1º Que en los últimos meses, se ha producido un verdadero escándalo fruto de una serie de irregularidades en el otorgamiento de los pases escolares por parte de una entidad gremial de carácter privado (El Consejo Superior del Transporte Terrestre), que ha incumplido una serie de compromisos asumidos con los estudiantes, sus organizaciones y con los Ministerios de Educación y de Transportes, lo que ha provocado la justa indignación de los afectados, que se han visto privados de disfrutar de beneficios legítimos y más aún han perdido los valores pagados por concepto de confección de los pases.
2º Que dichas irregularidades y anormalidades, dan cuenta de la necesidad de regular de manera precisa, el instituto de la tarifa rebajada y el pase escolar, como también los sistemas de administración de este beneficio y las relaciones que se producen entre el sector público, los empresarios y los propios estudiantes.
3º Que hasta ahora se ha considerado a la tarifa rebajada y al pase escolar como una mera franquicia a la cual tienen derecho los estudiantes, fruto de una concesión casi graciosa de parte del gremio de los transportistas, cuestión que rechazamos, por razones jurídicas y políticas.
4º Que la actual normativa está contenida en el denominado reglamento del pase escolar, establecido mediante el decreto supremo Nº 20 del Ministerio de Transportes de 1982, que en lo central establece:
a) Que el pase escolar es un instrumento público, personal e intransferible (Art. 6º) que acredita la condición de estudiante y de beneficiario a la rebaja tarifaria.
b) Los beneficiarios del pase (Art. 3º), son:
-Alumnos de enseñanza básica de 1º a 4º año de enseñanza básica que no requieren de pase para viajar gratuitamente.
-Alumnos de 5º a 8º año de enseñanza básica que requieren del pase escolar para obtener rebaja.
-Alumnos de enseñanza media, diurna y vespertina.
-Alumnos de educación superior, sujetos a un régimen especial de selección, a cargo de las propias casas de estudio que deben distribuir según situación socioeconómica y satisfacer una cuota general regional por región, que es acordada entre la autoridad educacional y el gremio (no se establecen criterios con los cuales se hace).
c) Se considera que el principio general que la confección y entrega del pase escolar será responsabilidad del Ministerio de Educación a través de sus secretarías regionales ministeriales (Art. 3º inciso 2º). Sin embargo, se deja abierta la posibilidad de que este pase sea confeccionado y entregado por entidades privadas que podrán ser representativas de los gremios o empresarios (Art. 3º inciso 3º) y
d) Se consigna la obligación de las entidades privadas encargadas de la confección y entrega de los pases informar a los Ministerios de Educación y Transportes sobre su gestión al final de cada semestre, y en cualquier momento a solicitud de una de estas carteras. (Art. 3º inciso 4º).
5º Que analizado el tenor de la norma antes considerada, y vistos los conflictos producidos en el último año de aplicación de la norma, sólo es posible concluir que ella es absolutamente insuficiente e inadecuada, para regular las complejas relaciones jurídicas e institutos legales que se encuentran en juego, de partida, porque no establece el principio jurídico fundante de la tarifa rebajada, que a nuestro juicio es el concepto de carga pública y porque además permite entregar al sector privado la administración de un sistema complejo de asignación de credenciales y certificaciones, sin los resguardos mínimos para los derechos de los usuarios y sin salvaguardar el principio de la fe pública envuelta en tales actos de cetificación.
Asimismo, el Reglamento hace sumamente precarias las relaciones entre la autoridad y los gremios de transportes en relación al sistema de control de su actividad, fruto de la falta de regulaciones mínimas sobre los vínculos jurídicos que nacen entre el Estado y los gremios y entre ambos sectores con los estudiantes usuarios, cuando los privados administran el sistema.
Por último, este reglamento es insatisfactorio porque no es capaz de asegurar la transparencia de la administración de recursos ajenos que hacen los empresarios, al no establecerse obligaciones precisas de rendición de cuentas o de garantías pecuniarias que aseguren el estricto cumplimiento de las obligaciones libremente asumidas por los gremios del transporte.
Finalmente, vemos en este Reglamento un germen de desencuentro y descoordinación entre dos carteras de Estado, por las competencias compartidas que fija, lo que puede generar condiciones para la ocurrencia de conflictos de competencia activos o pasivos (ambos órganos de la Administración se involucran o ninguno lo hace).
6º Que por lo dicho precedentemente, proponemos esta iniciativa legal que pretende suplir esos vacíos normativos que hemos descrito, para lo cual, desde ya consideramos necesario dejar asentado el principio básico, de que el pase escolar y la tarifa rebajada que conlleva es una carga pública para los transportistas, que efectúan un servicio público de traslado colectivo de pasajeros.
La legitimidad jurídica y ética de esta carga emana del hecho de que si bien los empresarios del transporte desarrollan una actividad de servicio público, y en entendemos por tales actividades aquellas iniciativas privadas, lícitas y libres, que por su importancia social (satisfacción de necesidades públicas) se encuentra sujeta a un régimen especial de restricciones impuestas por la autoridad, las que van desde la inscripción en registros, regímenes fiscalizatorios especializados e, incluso, como en este caso, establecimiento de cargas personales como ésta.
7º Que esta carga también se legitima por constituir una mínima contraprestación de los transportistas a la sociedad, por utilizar para el desarrollo de su explotación comercial un bien nacional de uso público, que es escaso, como son las vías urbanas e interurbanas, cuya construcción y conservación está a cargo del Estado, y por ende su costo final es de cargo de todos los contribuyentes.
8º Que en nuestro derecho constitucional el concepto de carga pública, está reconocido por el texto expreso de la Carta Fundamental y ha sido claramente precisado en nuestra doctrina constitucional. El profesor Enrique Evans define las cargas públicas como “todas las prestaciones de carácter personal y todas las obligaciones de carácter patrimonial que no sean jurídicamente tributos, que la ley impone a la generalidad de las personas para el cumplimiento de determinados fines, ética y jurídicamente lícitos, queridos por el legislador”.
9º Que la Constitución Política de la República permite de manera expresa la imposición de determinadas cargas, sean personales o reales a las personas o actividades económicas por la vía legal. Prueba de lo dicho, es el propio artículo 19 Nº 20 de la Carta Fundamental que señala, al regular el principio de la igualdad tributaria, como una garantía la “igual repartición de las demás cargas públicas”.
Por su parte, se refuerza la norma citada por el número 22 del artículo 19 del mismo Código Constitucional, al establecer éste que “sólo en virtud de una ley, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a uno u otras”.
10º Que debemos declarar expresamente que entendemos que las cargas públicas deben ser aplicadas de manera justa, racional, proporcional y no discriminatoria, con apego irrestricto al principio de la igualdad ante la ley, cuestión que hacemos en esta propuesta legislativa.
Asimismo, asumimos, como límite de la potestad pública de establecer cargas, el respeto de las normas que garantizan la libertad de empresa (Artículo 19 Nº 21 de la Constitución) y el derecho de propiedad, y respecto a este derecho, consideramos fundamental su interpretación a la luz de la doctrina de la función social de la propiedad, instituto expresamente previsto por el artículo 19 Nº 24 y que legitima, en vistas del interés general de la población, imponerle limitaciones.
11º Que nuestra propuesta consiste, como se ha venido diciendo, en establecer como carga pública la tarifa escolar rebajada y dejar entregado al Ministerio de Educación la confección de los pases escolares.
La administración pública que proponemos, se justifica por la experiencia negativa que hemos tenido con la administración privada, a cargo de las asociaciones gremiales, que como sabemos se hace en condiciones normativas muy deficitarias y además porque no justificamos que los empresarios utilicen el cobro del derecho al pase escolar como un medio para resarcirse de los posibles daños pecuniarios que ellos reciben al tener que transportar estudiantes con una tarifa rebajada. Discrepamos de ello, pues justamente, como hemos dicho reiteradamente, estamos ante una imposición legítima de la autoridad constitucionalmente posible y por ende jurídicamente legitimada.
A mayor abundamiento, resulta alarmante, que incluso algunas organizaciones gremiales a las cuales se les entregan cuantiosos medios económicos, ni siquiera tengan personalidad jurídica y, por ende, sus dirigentes, actúan como depositarios de dineros de terceros, dificultando la persecución civil y criminal por la mala gestión de los recursos.
Finalmente, hay un principio de equidad y justicia que se está vulnerando con el actual estado de cosas, pues, si bien la obligación de transportar a los estudiantes con tarifa rebajada es aplicable a todos los transportistas, sólo unos cuantos han sido designados por la autoridad como administradores del sistema y recaudadores de los dineros, que son, como sabemos, empleados para la confección de los pases y las diferencias restantes distribuidas sólo entre los miembros de las entidades gremiales, generándose un beneficio pecuniario exclusivo y excluyente para el resto de los transportistas. A eso debe sumarse el hecho de que algunas empresas del Estado como el Metro y algunas firmas del holding de Ferrocarriles del Estado que entregan beneficios similares no acceden a estos recursos.
Por tanto, los diputados que suscribimos, venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo primero.- Los estudiantes de enseñanza media y superior, sea de establecimientos públicos y particulares pagados o subvencionados en su caso, gozarán del beneficio de pago de tarifa rebajada en la locomoción colectiva.
Este beneficio será exclusivamente aplicable para sus desplazamientos entre su domicilio y residencia y el establecimiento educacional en que se encuentren realizando sus estudios.
Un reglamento establecerá los límites horarios y calendarios de este beneficio.
Artículo segundo.- Los empresarios del transporte, sin excepción y las empresas de ferrocarriles urbanos e interurbanos, incluyendo las de ferrocarril subterráneo deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.
La infracción a esta obligación será sancionada con multa a beneficio fiscal de 10 a 100 Unidades Tributarias Mensuales y será competente para conocer de estas infracciones al Juzgado de Policía Local de la Comuna en que se hubiere producido la infracción.
Artículo tercero.- Para poder gozar del beneficio establecido en esta ley, los estudiantes deberán portar y exhibir al conductor un pase, que es un instrumento público, otorgado por el Estado, de conformidad a lo dispuesto en un reglamento especialmente dictado al efecto”.
Moción de los diputados señores Leay, Aguiló, Ascencio , Espina , Jocelyn-Holt , Longton , Gutenberg Martínez , Seguel , Ulloa y de la diputada señora Fanny Pollarolo .
Modifica la ley Nº 18.490, que establece seguro obligatorio de accidentes personales causados por circulación de vehículos motorizados. (boletín Nº 2686-15)
“Antecedentes:
Que en conformidad a la ley Nº 18.490, todo propietario de vehículo motorizado para transitar por las vías públicas del territorio nacional no sólo requiere de un permiso de circulación, sino que deberá contratar un seguro contra riesgos de accidentes personales a los cuales hace referencia esta ley.
Nadie puede negar los efectos positivos de este seguro, sobre todo para aquellos que, como consecuencia directa de un accidente, han debido hacer uso de este beneficio.
Sin embargo, la ley en su artículo 34, señala los casos que quedan excluidos de la cobertura del seguro obligatorio y dispone en el numeral 3º) los ocurridos en lugares que no fueren de libre acceso.
Lo anterior ha significado que un número significativo de propietarios de vehículos motorizados, se vean impedidos de poder ejercer este seguro. Entre el grupo más afectado está el de los taxistas, quienes se han visto complicados de llevar pasajeros o acceder a parcelas, predios e incluso condominios, pues en el evento de que se produzca un accidente, el seguro, a juicio de las compañías respectivas, no operaría, pues éste se ha producido en un lugar que no es de libre acceso público.
En consecuencia, resulta altamente recomendable modificar el citado artículo 34, de manera de que no se produzca una discriminación que afecte a tan importante sector laboral, permitiendo que cualquiera sea el lugar en que se produzca el accidente, el seguro contratado opere.
En razón de lo expuesto, sometemos a la consideración del Congreso Nacional el siguiente proyecto ley:
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Derógase el actual número 3) del artículo 34 de la ley Nº 18.490, pasando el actual número 4) y número 5), a ser número 3) y número 4), respectivamente”.
10. Oficio de la Corte Suprema.
“Oficio Nº 000338
Ant.: AD-17.130.
Santiago , 9 de abril de 2001.
Por oficio Nº 3236 de 20 de marzo del presente año, V.S., ha enviado a esta Corte Suprema, de conformidad con los incisos segundo y tercero del artículo 74 de la Constitución Política de la República, en relación con lo que dispone el artículo 16 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, copia del proyecto de ley -iniciado en Mensaje- sobre calificación cinematográfica.
Impuesto el Tribunal Pleno de esta Corte el día 4 de los corrientes, presidido por el infrascrito y con la asistencia de los ministros señores Jordán , Faúndez , Garrido , Libedinsky , Ortiz , Benquis , Tapia , Gálvez , Chaigneau, Rodríguez , Pérez , Álvarez Hernández , Marín , Yurac y Kokisch , acordó informar lo siguiente:
Este proyecto deroga el decreto ley Nº 679 de 1974, estableciendo un nuevo sistema para la calificación de la Producción Cinematográfica, eliminando el rechazo de las películas como criterio de calificación. Entre sus diversas normas define conceptos, da criterios que unifican la calificación, crea un Consejo de Calificación y establece los recursos de reposición y de apelación creando una instancia de recalificación al interior del Consejo.
Respeto de los recursos de reposición y de apelación a que se hace referencia en los artículos 16 y 17 del proyecto y de revisión señalado en el artículo 18 del mismo, esta Corte nada tiene que informar, puesto que de su sola lectura fluye que son vías de impugnación que se llevan a efecto al interior del Consejo y en un tribunal que el mismo proyecto crea y que está compuesto por los Presidentes de cada una de las Salas que no practicaron la calificación impugnada. No teniendo, por tanto, atingencia alguna a los tribunales a los que se refiere la disposición constitucional en virtud de la cual se hace la consulta a esta Corte, no se informa al respecto.
Sin embargo, esta Corte Suprema debe informar en lo referente a las disposiciones del párrafo 5º del proyecto, en el que se describen una serie de obligaciones, responsabilidades y sanciones que derivan de la aplicación de las normas que se contienen en el proyecto de ley. En efecto, en los artículos 21 a 24 del proyecto, se hace la descripción de una serie de actos en que incurren quienes comercialicen, distribuyan o entreguen a cualquier título producciones cinematográficas a personas menores a la edad establecida en la calificación efectuada por el Consejo. Estos y otros numerosos incumplimientos de obligaciones y responsabilidades son sancionadas con multas que pueden llegar incluso a la clausura de una sala de exhibición pública de producciones cinematográficas, concediéndose acción pública para efectuar la denuncia. El proyecto determina que el tribunal competente para conocer de las mismas, es el juzgado de Policía Local correspondiente y la fiscalización se realiza mediante la actuación de los inspectores municipales, lo que a juicio de esta Corte Suprema parece adecuado por lo que informa positivamente.
Es todo cuanto puede este Tribunal informar en torno al proyecto en examen.
Saluda atentamente a V.S.
(Fdo.): HERNÁN ÁLVAREZ GARCÍA , Presidente ; MARCELA PAZ URRUTIA CORNEJO , secretaria subrogante.
AL SEÑOR PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
VALPARAÍSO”.
11. Oficio de la Corte Suprema.
“Oficio Nº 000353
Ant.: AD-16.956
Santiago , 11 de abril de 2001.
Por oficio Nº 3201, de 17 de enero último, V.S. ha enviado a esta Corte Suprema y en conformidad con lo prevenido en los incisos segundo y tercero del artículo 74 de la Constitución Política de la República, en relación con el artículo 16 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, copia de un proyecto de ley -iniciado en moción- que establece un sistema de protección al denunciante e incentivo a la denuncia de corrupción.
Reunida esta Corte en Tribunal Pleno, con fecha 6 del mes en curso, presidida por el titular que suscribe y con la asistencia de los ministros señores Jordán , Faúndez , Garrido , Libedinsky , Ortiz , Benquis , Tapia , Gálvez , Rodríguez , Pérez , Álvarez Hernández , Marín y Yurac , acordó informar en la siguiente forma:
El artículo 1º del proyecto establece que la presente ley tendrá por objeto dar protección a los funcionarios públicos y a los particulares, que de buena fe, denuncien hechos de corrupción cometidos por agentes de la administración pública en el ejercicio de sus funciones.
El artículo 2º del proyecto define, para los efectos de esta ley, lo que debe entenderse por funcionario público o agente del Estado, función pública, acto de corrupción y denunciante.
El artículo 3º del proyecto establece una rebaja de hasta dos grados de la pena correspondiente, a quienes hayan participado como autores, cómplices o encubridores en los delitos de corrupción, siempre que concurran determinadas circunstancias, las que describe el texto.
El referido precepto agrega que la persona que desee acogerse a esta disposición deberá manifestarlo, en forma expresa, al juez que conoce el procedimiento respectivo. En caso de no existir proceso, podrá hacerlo ante cualquier juez del crimen de asiento de Corte de Apelaciones.
El tribunal que reciba esta declaración, deberá adoptar todas las medidas conducentes a proteger la seguridad del arrepentido que contempla esta ley y el Código de Procedimiento Penal. Dichas medidas durarán el tiempo que el tribunal disponga y podrán ser renovadas cuantas veces fueren necesarias.
El juez que ha recibido la declaración del arrepentido y los antecedentes proporcionados por éste, se declarare incompetente, enviará de inmediato el cuaderno con todo lo obrado, en forma secreta, al tribunal que corresponda.
El examen de este artículo del proyecto, en lo que respecta a la competencia del tribunal que debe conocer de la denuncia y que lo radica ante cualquier juez del crimen de asiento de Corte de Apelaciones, en el caso de no existir proceso, o ante el juez que ya conoce del procedimiento respectivo, que también tiene que ser un juez de igual categoría, para los efectos de guardar la armonía en la materia, aunque la norma no lo específica claramente, merece la siguiente observación o alcance a este tribunal:
Nos parece más adecuado, eficaz y práctico, por la oportunidad, rapidez y expedición, que debe imprimirse al ejercicio de la acción, atendida la especial naturaleza y modalidades del tipo penal que se propone, que cualquier juez del crimen, no importando su categoría, sea competente para conocer de la denuncia de los hechos de corrupción, aspecto que haría más amplio -y no limitativo- la cooperación, actitud y concurrencia de la persona para formular su declaración y proporcionar los antecedentes.
El artículo 4º del proyecto establece la obligación y facultad de denunciar, de todo funcionario público en la primera situación y de los particulares en la segunda, señalándose las autoridades habilitadas para recibir la denuncia de un hecho de corrupción.
El artículo 5º del proyecto prescribe que la autoridad que reciba la denuncia deberá informar detalladamente al denunciante acerca de los alcances y beneficios de la presente ley.
El artículo 6º del proyecto contempla el secreto de la información y sanciona a las personas que divulguen, en cualquier forma la información, con penas privativas de libertad y multas de índole administrativo.
El artículo 7º determina otras medidas de protección para el denunciante, pertinentes y necesarias, para cautelar la integridad física y psíquica, la intimidad e inviolabilidad de la correspondencia u otras formas de comunicación privada y la estabilidad laboral, medidas que durarán el tiempo razonable que el tribunal correspondiente disponga y que podrán renovarse cuantas veces fuere necesario.
El artículo 8º del proyecto señala una agravante en el caso de reincidencia del arrepentido en actos de corrupción, aumentando la pena correspondiente en dos grados e imponiendo una multa.
El artículo 9º del proyecto exime de la obligación de rendir fianza de calumnia a las personas que deduzcan acción criminal, sea por denuncia o por querella.
El artículo 10 del proyecto alude a una serie de medidas y servicios destinados a resguardar la estabilidad laboral del funcionario público denunciante.
Sin perjuicio de lo anterior, se propone incluir un artículo que establezca que en las regiones en que rige la Reforma Procesal Penal, las referencias a los jueces que este proyecto de ley contiene, se entenderán hechas al Ministerio Público.
Finalmente, como se ha consignado reiteradamente en informes anteriores, tratándose de proyectos de ley que implican aumentar los asuntos que conocen los tribunales, como ocurre en el presente y, por ende, involucra iniciativas que importan mayores gastos en la gestión de los órganos del Poder Judicial , deberían sumplementarse los recursos que financian su actividad, acorde también con el principio que consagra el inciso cuarto del artículo 64 de la Constitución Política de la República.
Es todo cuanto puede informar este Tribunal en torno de la presentación legislativa contenida en la moción parlamentaria de esa honorable Cámara de Diputados.
Saluda atentamente a V.S.,
(Fdo.): HERNÁN ÁLVAREZ GARCÍA , Presidente ; MARCELA PAZ URRUTIA CORNEJO , secretaria subrogante.
AL SEÑOR PRESIDENTE
CÁMARA DE DIPUTADOS
VALPARAÍSO”.