Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jose Garcia Ruminot
- INTEGRACIÓN
- Arturo Longton Guerrero
- Alfonso Vargas Lyng
- Baldo Prokurica Prokurica
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Carlos Ignacio Kuschel Silva
- Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Maria Pia Guzman Mena
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Gustavo Alessandri Valdes
- Haroldo Fossa Rojas
- Lily Perez San Martin
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Carlos Caminondo Saez
- Alberto Espina Otero
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Alfonso Vargas Lyng
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Osvaldo Palma Flores
- Pablo Galilea Carrillo
- Roberto Delmastro Naso
- Marina Prochelle Aguilar
- Rosauro Martinez Labbe
- Mario Bertolino Rendic
- Jose Garcia Ruminot
- Maria Victoria Ovalle Ovalle
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jose Perez Arriagada
- Ivan Mesias Lehu
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Enrique Jaramillo Becker
- Eugenio Tuma Zedan
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Juan Pablo Letelier Morel
- Edmundo Salas De La Fuente
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- DEBATE
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- RENUNCIA DE LA MESA Y ELECCIÓN DE SUS NUEVOS INTEGRANTES.
- V. ORDEN DEL DÍA
- ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Gustavo Alessandri Valdes
- INTERVENCIÓN : Enrique Krauss Rusque
- INTERVENCIÓN : Francisco Bartolucci Johnston
- INTERVENCIÓN : Jaime Naranjo Ortiz
- INTERVENCIÓN : Laura Soto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- INTERVENCIÓN : Ivan Mesias Lehu
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Ibanez Santa Maria
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Tomas Jocelyn Holt Letelier
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Jorge Ivan Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Roberto Delmastro Naso
- INTERVENCIÓN : Arturo Longton Guerrero
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Jaime Orpis Bouchon
- Roberto Delmastro Naso
- Eduardo Diaz Del Rio
- INDICACIÓN
- DEBATE
- ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE. Segundo trámite constitucional.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 343ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 48ª, en martes 3 de abril de 2001
(Ordinaria, de 11.16 a 15.52 horas)
Presidencia de los señores Jeame Barrueto, don Víctor; Pareto González, don Luis; Valenzuela Herrera, don Felipe, y Seguel Molina, don Rodolfo.
Presidencia accidental de los señores Ortiz Novoa, don José Miguel, y Mesías Lehu, don Iván.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario accidental, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia8
II. Apertura de la sesión11
III.Actas11
IV.Cuenta11
Renuncia de la Mesa y elección de sus nuevos integrantes11
V. Orden del Día.
Abolición de la pena de muerte. Segundo trámite constitucional16
VI. Documentos de la Cuenta.
Mensajes de S.E. el Presidente de la República por los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:
1. Modifica la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (boletín Nº 268006)60
2. Aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Nicaragua para la promoción y protección recíproca de las inversiones y su Protocolo, suscritos en Santiago de Chile el 8 de noviembre de 1996 (boletín Nº 268110)63
3. Aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Honduras para la promoción y protección recíproca de las inversiones y su protocolo, suscritos en Santiago de Chile el 11 de noviembre de 1996, y las rectificaciones al referido acuerdo adoptadas por intercambio de notas entre las partes, de fechas 8 de agosto de 1997 y 11 de diciembre de 1998 (boletín Nº 268210)71
4. Aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y de Guatemala para la promoción y protección recíproca de las inversiones y su Protocolo, suscritos en Santiago de Chile el 8 de noviembre de 1996 (boletín Nº 268310)81
5.Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que rigidiza el cumplimiento del presidio perpetuo y deroga la pena de muerte (boletín Nº 236707)90
6.Oficio de S.E. el Presidente de la República mediante el cual hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que prorroga la vigencia de la ley Nº 19.583, que regulariza la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva (boletín Nº 267614)90
Pág.
Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales retira y hace presente la urgencia, con calificación de “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
7. Sobre firma electrónica y certificación de firma electrónica (boletín Nº 257119)91
8. Libertad de expresión, información y ejercicio del periodismo (boletín Nº 103507)91
9. Establece un seguro de cesantía (boletín Nº 249413)92
10. Modifica la actual ley orgánica de la Contraloría General de la República (boletín Nº 261007)92
11.Oficio del Senado mediante el cual comunica que ha aprobado, con enmiendas, el proyecto que prorroga la vigencia de la ley Nº 19.583, que regulariza la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva (boletín Nº 267614)93
12. Segundo informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recaído en el proyecto que modifica el requisito de estudios para obtener licencia de conducir, establecidos en la ley Nº 18.290, de Tránsito (boletín Nº 239615) (S) 93
13. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaído en el proyecto que establece normas especiales con el objeto de regular los servicios limitados de televisión por cable y de recepción satelital (boletín Nº 209503)96
14. Informe de la Comisión Especial de Drogas, recaído en el proyecto que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas (boletín Nº 243920)115
15. Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas (boletín Nº 243920)239
VII. Otros documentos de la Cuenta.
Comunicaciones:
Del Diputado señor García, don José, quien informa que han sido nombrados jefe y subjefe de la bancada de diputados de Renovación Nacional los diputados señores Longton y Alessandri, respectivamente, y los Comités han quedado formados de la siguiente manera:
a) Primer Comité Titular: diputado señor Longton; Suplente: diputado señor Vargas, y constituido por los diputados señores Prokurica, Vilches, Kuschel, Cardemil, la diputada señora Cristi, doña María Angélica, y los diputados señores Errázuriz y Guzmán, doña María Pía;
b) Segundo Comité
Titular: diputado señor Alessandri; Suplente: diputado señor Fossa, y constituido, además, por la diputada señora Pérez, doña Lily, y los diputados señores Galilea, don José Antonio; Álvarez-Salamanca, Caminondo, Espina, García, don René Manuel, y Vega;
c) Tercer Comité
Titular: diputado señor Palma, don Osvaldo; Suplente: diputado señor Galilea, don Pablo, y constituido, además, por el diputado señor Delmastro, la diputada señora Prochelle, doña Marina; los diputados señores Martínez, don Rosauro; Bertolino, García, don José; la diputada señora Ovalle, doña María Victoria, y el diputado señor García-Huidobro.
- Del diputado señor Rocha, quien informa que ha sido elegido jefe de la bancada de diputados Radicales el diputado señor Pérez, don José y subjefe el diputado señor Mesías.
- De la diputada señora Muñoz, doña Adriana, quien, en su calidad de jefa de Comité del Partido por la Democracia, informa que en la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo el diputado señor Tuma será reemplazado por el diputado señor Jaramillo, y en la Comisión de Hacienda el diputado señor Jaramillo será reemplazado por el diputado señor Tuma.
Comunicaciones de los diputados señores Ceroni, Encina, Letelier, don Juan Pablo, y Salas, quienes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicitan autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 31 de marzo próximo pasado y 1º y 4 de abril en curso, para dirigirse a Cuba.
Contraloría General de la República
De los diputados señores Ceroni, Jaramillo, Urrutia, Ortiz, Sánchez y Mora, construcción de camino en la comuna de Retiro.
Del diputado señor Recondo, omisiones advertidas en el caso de la menor M.N.C. ocurrido en la comuna de Río Negro.
De los diputados señores Pablo Galilea, José García, Jaramillo, Jiménez y Kuschel, eventuales irregularidades en el Departamento de Educación de la municipalidad de Coihaique.
De la diputada señora González, contratos y actuaciones de la Zona Franca de Iquique S.A.
Ministerio del Interior
De los diputados señores Alessandri, Vega, Sánchez, Felipe Letelier, José Pérez y Víctor Pérez, término de funcionamiento de hornos o fábricas de ladrillos en sectores de la comuna de Florida y comuna de Puente Alto.
De los diputados señores Ortiz, Correa, Ulloa, Masferrer, Delmastro, Orpis, Mulet, Jarpa y Acuña, solución definitiva al problema del nombre del aeropuerto Carriel Sur de la provincia de Concepción.
Del diputado señor Ascencio, antecedentes relativos a la reposición de la Escuela Caipulli, comuna de Ancud.
De los diputados señores Krauss, Acuña, Naranjo, Ortiz y diputada señorita Sciaraffia, respaldo a querella presentada por las autoridades regionales de la Región de la Araucanía a raíz del atentado de que fue objeto un carro perteneciente al Cuerpo de Bomberos de Victoria.
Del diputado señor Acuña, plan especial de mejoramiento de acceso a los cementerios mapuches.
Del diputado señor Juan Pablo Letelier, planteamientos a considerar al momento de legislar en beneficio de los trabajadores temporeros.
Ministerio de Relaciones Exteriores
De la diputada señorita Sciaraffia, posibilidades tendientes a evitar el impacto negativo que podría causar en la Zona Franca de Iquique el establecimiento de la Zona Franca Paraguaya en Antofagasta.
Ministerio de Economía, Fomento y Desarrollo
De los diputados señores José Pérez, Mulet y Mora, líneas de crédito para agricultores de la Octava Región.
Del diputado señor Ascencio, agencia de Polla Chilena de Beneficencia.
De los diputados señores Bertolino, Alessandri, Jaramillo, Kuschel y Rojas, problema originado por Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A. a los habitantes de las localidades rurales de la Sexta Región.
Del diputado señor Pablo Galilea, programa de promoción turística en la Región de Aisén.
Ministerio de Defensa Nacional
Del diputado señor Pablo Galilea, tenencia Puerto Cisnes.
De los diputados señores Melero, Alessandri, Bertolino, Jaramillo y Rojas, modificación del Reglamento Complementario de la ley Nº 17.798.
Ministerio de Obras Públicas
Del diputado señor Ascencio, situación de Puente Ten Ten, comuna de Castro.
Del diputado señor Encina, construcción de pasarelas en la comuna de Ovalle.
De los diputados señores Mulet, Prokurica, Ortiz, Leay, Monge, Jaramillo y de la diputada señora Caraball, nuevo aeropuerto en la Tercera Región.
De los diputados señores Ulloa, Ortiz, Acuña, Correa y Sánchez, aeropuerto Carriel Sur en la Octava Región.
Ministerio de Agricultura
Del diputado señor Navarro, subsidios entregados por Indap entre 19992000.
Ministerio de Salud
De los diputados señores Urrutia, Felipe Letelier y Mora, efectos del boro en agua potable y materias relacionadas.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Del diputado señor Rosauro Martínez, requerimientos varios de la comuna de Chillán.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Del diputado señor Vargas, medidas de seguridad exigidas por la empresa Sol del Pacífico.
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Del diputado señor Jaramillo, construcción de la carretera de la costa en el litoral de la Décima Región.
De los diputados señores Vargas y Osvaldo Palma, rechazo a proyecto de instalación de nuevas turbinas en la Central Termoeléctrica Nehuenco, comuna de Quillota.
Gobernación de la Provincia de Chiloé
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Municipalidades de Providencia, Taltal y Villarrica
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Consejo de Rectores de Universidades Chilenas
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Instituto de Normalización Previsional
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Agencia de Cooperación Internacional
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Servicio Electoral
De los diputados señores Kuschel, Vega y Fossa, contratación de personas discapacitadas.
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Del diputado señor Navarro, sanciones correspondientes al año 2000.
Consejo de Defensa del Estado
De la Corporación, informe sobre créditos otorgados para los retornados bajo el amparo del Convenio de Cooperación Financiera con Alemania.
I.ASISTENCIA
Asistieron los siguientes señores diputados: (111)
--Acuña Cisternas, Mario
--Aguiló Melo, Sergio
--Alessandri Valdés, Gustavo
--Alvarado Andrade, Claudio
--Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro
--Álvarez Zenteno, Rodrigo
--Allende Bussi, Isabel
--Arratia Valdebenito, Rafael
--Ascencio Mansilla, Gabriel
--Ávila Contreras, Nelson
--Bartolucci Johnston, Francisco
--Bertolino Rendic, Mario
--Rozas Velásquez, María
--Bustos Ramírez, Juan
--Caminondo Sáez, Carlos
--Caraball Martínez, Eliana
--Cardemil Herrera, Alberto
--Ceroni Fuentes, Guillermo
--Cornejo González, Aldo
--Cornejo Vidaurrazaga, Patricio
--Correa De la Cerda, Sergio
--Delmastro Naso, Roberto
--Díaz Del Río, Eduardo
--Dittborn Cordua, Julio
--Elgueta Barrientos, Sergio
--Espina Otero, Alberto
--Galilea Carrillo, Pablo
--Galilea Vidaurre, José Antonio
--García García, René Manuel
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--González Román, Rosa
--Gutiérrez Román, Homero
--Guzmán Mena, Pía
--Hales Dib, Patricio
--Hernández Saffirio, Miguel
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Ibáñez Santa María, Gonzalo
--Jaramillo Becker, Enrique
--Jarpa Wevar, Carlos Abel
--Jeame Barrueto, Víctor
--Jiménez Villavicencio, Jaime
--Jocelyn-Holt Letelier, Tomás
--Krauss Rusque, Enrique
--Kuschel Silva, Carlos Ignacio
--Leal Labrín, Antonio
--León Ramírez, Roberto
--Letelier Norambuena, Felipe
--Longton Guerrero, Arturo
--Longueira Montes, Pablo
--Lorenzini Basso, Pablo
--Luksic Sandoval, Zarko
--Martínez Labbé, Rosauro
--Martínez Ocamica, Gutenberg
--Masferrer Pellizzari, Juan
--Melero Abaroa, Patricio
--Mesías Lehu, Iván
--Molina Sanhueza, Darío
--Monge Sánchez, Luis
--Montes Cisternas, Carlos
--Mora Longa, Waldo
--Moreira Barros, Iván
--Mulet Martínez, Jaime
--Muñoz Aburto, Pedro
--Muñoz D'Albora, Adriana
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Navarro Brain, Alejandro
--Núñez Valenzuela, Juan
--Ojeda Uribe, Sergio
--Olivares Zepeda, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Ortiz Novoa, José Miguel
--Ovalle Ovalle, María Victoria
--Palma Flores, Osvaldo
--Palma Irarrázaval, Andrés
--Palma Irarrázaval, Joaquín
--Pareto González, Luis
--Paya Mira, Darío
--Pérez Arriagada, Jos
--Pérez Lobos, Aníbal
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pollarolo Villa, Fanny
--Prochelle Aguilar, Marina
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Recondo Lavanderos, Carlos
--Reyes Alvarado, Víctor
--Rincón González, Ricardo
--Riveros Marín, Edgardo
--Rocha Manrique, Jaime
--Rojas Molina, Manuel
--Saa Díaz, María Antonieta
--Salas De la Fuente, Edmundo
--Sánchez Grunert, Leopoldo
--Seguel Molina, Rodolfo
--Silva Ortiz, Exequiel
--Soria Macchiavello, Jorge
--Soto González, Laura
--Tuma Zedan, Eugenio
--Ulloa Aguillón, Jorge
--Urrutia Cárdenas, Salvador
--Valenzuela Herrera, Felipe
--Van Rysselberghe Varela, Enrique
--Vargas Lyng, Alfonso
--Vega Vera, Osvaldo
--Velasco De la Cerda, Sergio
--Venegas Rubio, Samuel
--Vilches Guzmán, Carlos
--Villouta Concha, Edmundo
--Walker Prieto, Patricio
Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señores Francisco Encina y Juan Pablo Letelier.
Asistieron, además, los ministros del Interior, señor José Miguel Insulza; de Justicia, señor José Antonio Gómez, y del Trabajo y Previsión Social, señor Ricardo Solari. '
II.APERTURA DE LA SESIÓN
Se abrió la sesión a las 11.16 horas.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
El acta de la sesión 41ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 42ª queda a disposición de los señores diputados y señoras diputadas.
IV.CUENTA
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ÁLVAREZ (Prosecretario accidental) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
RENUNCIA DE LA MESA Y ELECCIÓN DE SUS NUEVOS INTEGRANTES.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Corresponde pronunciarse sobre las renuncias presentadas a los cargos de Presidente, Primer Vicepresidente y Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados.
Si le parece a la Sala, se darán por aprobadas.
Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
No hay acuerdo.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 1 abstención.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Aprobadas.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Acuña, Allende (doña Isabel) , Ascencio , Bartolucci , Bustos , Caraball ( doña Eliana) , Elgueta , García-Huidobro , Hales , Hernández , Huenchumilla , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Krauss , Leal , León, Lorenzini , Luksic , Martínez (don Gutenberg) , Mesías, Montes, Mora , Mulet , Muñoz (don Pedro) , Navarro , Ojeda , Olivares , Ortiz , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pollarolo (doña Fanny ), Reyes, Riveros , Salas , Seguel , Soto (doña Laura) , Urrutia , Valenzuela , Vega , Venegas , Villouta , Walker ( don Patricio) , y Tuma .
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Alvarado , Álvarez , Correa, Dittborn , González (doña Rosa), Monge , Pérez (don Víctor) , Recondo y Rojas.
Se abstuvo el diputado señor Moreira .
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
En virtud de lo acordado, a continuación se procederá a la elección de Presidente y Primer y Segundo Vicepresidentes de la Cámara de Diputados.
La votación se realizará por el sistema de cédulas.
El señor Secretario procederá a llamar a los señores diputados.
En votación.
Verificado el escrutinio:
El señor LOYOLA (Secretario).-
Han votado 84 señores diputados y se han escrutado 84 cédulas.
El resultado es el siguiente: para Presidente, por don Luis Pareto , 54 votos; por don Osvaldo Palma , 26 votos; por don Aldo Cornejo , 1 voto; por don Francisco Bartolucci , 1 voto. Hubo 1 voto en blanco.
(Aplausos en la Sala y en las tribunas).
Para Primer Vicepresidente, por don Felipe Valenzuela , 52 votos; por don Carlos Recondo , 26 votos; por don Luis Monge , 1 voto; por don Gustavo Alessandri , 1 voto, por don Rodolfo Seguel , 1 voto. Hubo 1 voto en blanco.
(Aplausos en la Sala y en las tribunas).
Para Segundo Vicepresidente, por don Rodolfo Seguel , 50 votos; por don Luis Monge , 25 votos, y por los señores Recondo , Letelier, don Juan Pablo ; Lorenzini y Salas, 1 voto. Hubo 1 voto en blanco.
(Aplausos en la Sala y en las tribunas).
El señor JEAME BARRUETO (Presidente accidental).-
En consecuencia, han sido elegidos: Presidente de la Cámara de Diputados, el señor Luis Pareto ; Primer Vicepresidente, el señor Felipe Valenzuela , y Segundo Vicepresidente, el señor Rodolfo Seguel .
(Aplausos en la Sala y en las tribunas).
Ruego a los recién elegidos pasar a ocupar sus respectivos lugares en la Mesa.
Los señores Pareto , Valenzuela y Seguel ocupan sus lugares en la testera.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Presidente de esta Corporación, diputado señor Luis Pareto .
El señor MOREIRA.-
Perdón, pido la palabra por un punto de Reglamento.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, sólo pido treinta segundos para decirles a quienes acostumbran a invocar la tolerancia, que sean tolerantes.
Hoy día, la Cámara de Diputados ha elegido a su Presidente. En nombre de los diputados de la bancada de la Unión Demócrata Independiente le expresamos nuestro respeto, afecto, cariño y deseos de éxito.
También creemos, en verdad y con esto termino, que éste es un acontecimiento histórico.
Esperamos, en democracia como hace más de tres décadas, que la historia no vuelva a repetirse, como en aquel 23 de agosto de 1973, cuando el diputado Luis Pareto , en su calidad de Presidente de la Cámara de Diputados, tuvo la valentía, como chileno, de declarar ilegítimo al gobierno socialista de la Unidad Popular, presidido por Salvador Allende . Nos guste o no, la historia hay que contarla diciendo la verdad.
Señor Presidente, reitero que le deseamos éxito.
He dicho.
Manifestaciones en la Sala y en las tribunas.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Ruego mantener silencio.
Tiene la palabra el diputado señor Luis Pareto .
El señor PARETO (Presidente).-
Estimadas y estimados colegas, señor presidente nacional de mi partido, invitados especiales, funcionarias y funcionarios, amigas y amigos:
“Dormía y soñaba que la vida era alegría. Desperté y vi que la vida era servicio. Serví y experimenté que el servicio es alegría”.
Con estas palabras, Rabindranath Tagore , Premio Nobel de Literatura, graficó magistralmente lo que para la nueva Mesa representa la función parlamentaria.
He querido asumir el honor y también la responsabilidad de presidir esta honorable Cámara de Diputados al inicio del siglo XXI.
Esta Mesa representa a las distintas vertientes del humanismo cristiano y del humanismo laico, igual que muchos de ustedes en nuestra sociedad. También están presentes con los diputados señores Felipe Valenzuela y Rodolfo Seguel , dirigente sindical que llega a esta alta dignidad.
En mi caso si me lo permiten, puedo decir “reasumir”, porque después de algunos años, en 1997, volví con las mismas ganas, con la misma fuerza, con la misma esperanza y con la misma fe en las instituciones democráticas a pesar de los acontecimientos que interrumpieron nuestra vida republicana a ponerme al servicio de mi país, igual que todos ustedes, señoras diputadas y señores diputados.
Soy democratacristiano y siento un profundo orgullo de serlo por casi treinta y ocho años. Por eso, mis primeras palabras son para agradecer la generosidad con que mis camaradas de bancada de la Concertación y también los de las más diversas vertientes políticas me han distinguido y comprometido con su amistad y su confianza. La amistad cívica aquella a la que se refería el maestro Maritain se ha hecho ya tradición en esta Corporación.
El Presidente de la Cámara responde y sirve a todos los parlamentarios por igual. Así lo han hecho mis antecesores. No les quepa la menor duda de que, como un verdadero servidor de ustedes, desde esta testera, junto a mis colegas de la Mesa, estaremos a la altura de las circunstancias, en el lugar que la historia nos ha demandado.
Conozco el servicio público desde hace algunos años. Primero, como regidor, cuando éstos se elegían; luego, como parlamentario por más de veinte años; después, como intendente de la Región Metropolitana durante todo el período del Presidente Aylwin , y ahora, igual que el 11 de septiembre de 1973, espero volcar toda mi modesta experiencia y vocación de servicio al desempeño de esta maravillosa distinción de ser el Presidente de la Cámara de Diputados de mi país.
En mi calidad de primer servidor de mis colegas, e interpretando a los vicepresidentes, con quienes procuraremos el servicio y no el oropel de esta función, me atrevo a hacer algunas reflexiones en torno a temas que resultan de la mayor importancia.
La nobleza de la función parlamentaria radica no sólo en las enormes cuotas de sacrificio personal y familiar que son necesarias para su desempeño, sino también en la enorme capacidad de tolerancia, paciencia y persistencia, virtudes indispensables para la construcción de los acuerdos que las chilenas y los chilenos nos demandan para avanzar en los temas pendientes de la agenda social: el angustiante tema del desempleo, el mejoramiento de las escuálidas pensiones, el aumento en número y calidad de las viviendas; la cobertura, financiamiento y reforma del sistema de salud, la evaluación permanente de la puesta en marcha de la reforma educacional.
Nuestra historia política está llena de grandes ejemplos de hombres y mujeres que, en su grandeza, optaron por una vida al servicio del país y de su gente, con sentido de justicia, de equidad, asumiendo su rol específico en la construcción de una sociedad cada vez más libre, tolerante y humana, que esté verdaderamente al servicio de las personas.
Sea mi primer mensaje en esta ocasión reivindicar la función de la política y de los políticos, particularmente la de los parlamentarios, los que, buscando en lo más profundo de su vocación, contribuyen al desafío de hacer patria día a día por Chile, encontrando en nuestras legítimas discrepancias la mejor legislación para interpretar mejor a nuestros compatriotas.
Por este motivo, la Mesa que presido pretende integrar a todos los sectores, a fin de actuar con transparencia y ser un espacio para el diálogo. Creo en la integración como instrumento de la tarea legislativa, que permite ser eficientes y oportunos tanto en la generación de las leyes que beneficien al país y a su gente, como en abordar los problemas reales. En esto espero la presencia activa de los diputados de Oposición y de Gobierno.
En este mismo espíritu, quiero señalar solemnemente que, si bien nuestra elección obedece a los acuerdos suscritos por los diputados de la Concertación coalición política a la que pertenezco, miembros de una diversidad respetuosa que ha logrado dar gobierno durante once años, una muestra de confianza política en nuestras instituciones será que, en el futuro, las Mesas y las Comisiones de la Cámara estén integradas por todos los sectores con representación parlamentaria.
(Aplausos).
Del mismo modo, postulamos que una contribución al perfeccionamiento de nuestras instituciones democráticas consiste en apoyar desde el Parlamento las modificaciones necesarias para que estén representados todos los sectores de nuestra sociedad, incluidas las minorías, que, como consecuencia de las limitaciones de nuestro actual sistema, hoy no lo están.
A pesar de la globalización, de las supercarreteras, de la informática, de Internet y del explosivo avance de las comunicaciones, Chile sigue siendo un país por descubrir.
Descubrimos y valoramos como país la actitud de la Mesa de Diálogo continuadora histórica de la comisión Rettig , que, venciendo desconfianzas y mutuas recriminaciones, logra encender una luz de esperanza en los familiares de las víctimas de las violaciones de los derechos humanos y también en el alma nacional.
A pesar de lo mucho que se ha logrado, aún falta mucho por hacer y por saber. En este aspecto, el rol que cumple este Congreso, cuyo período finaliza el año 2002, será de enorme importancia para la historia por sus claros y sinceros intentos de cerrar las heridas del pasado.
Vivimos en una sociedad cada vez más compleja, a veces deshumanizante y fría, con los problemas propios del cambio del milenio, del creciente desarrollo de la ciencia, la tecnología y la información. Por ello, en esta fase de culminación de su actual período, nuestra institución parlamentaria debe, como nunca, estar a la altura de las circunstancias, buscando persistentemente atenuar las injustas desigualdades que hoy existen en el seno de nuestra sociedad.
En los próximos meses se presentará un desafío importante para el Poder Legislativo, como consecuencia de las características del período en el que nos toca legislar. Es un año de elecciones, y luego de varios estresantes procesos electorales, nuestro rol será nuevamente sometido a la evaluación de la voluntad soberana del pueblo, principio y fin de nuestra vocación de servicio público.
Debemos redoblar nuestros esfuerzos por reencantar la política y motivar a las nuevas generaciones para que se comprometan a servir el proyecto de país sin temor a someterlo al debate. Chile precisa de un Parlamento audaz, que profundice los consensos y que perfeccione las instituciones políticas, y ése es uno de nuestros principales desafíos.
El país espera de los partidos y de los políticos un proceso electoral digno de nuestras mejores tradiciones democráticas.
La misión del Parlamento es interpretar el alma del debate público nacional, que se nutre de las más plurales vertientes del pensamiento universal y cuyo fin es el bien común de la sociedad y de las personas. Su origen es la soberanía popular, expresada en el sufragio libre, secreto, periódico e informado, y representa la madurez de una sociedad capaz de autogobernarse buscando los necesarios consensos, que son fruto de los debates públicos y privados provenientes de las más diversas formas de pensar en Chile.
Como coalición, por ejemplo, nos une un proyecto común de desarrollo para el país y la sociedad; que cree en la persona humana y en toda su integridad, centro de nuestras preocupaciones. Como consecuencia de estos principios, nuestro deber es estar presentes en la defensa permanente de los derechos humanos, en la obtención de condiciones más dignas y justas para los trabajadores, en el mejoramiento de las condiciones de salud, vivienda y educación, y ser firmes partidarios de una política de desarrollo que beneficie a todos los sectores sin exclusión, y mediante la cual existan mayores niveles de justicia social y la economía sea solidaria. En esto, soy un convencido de que todos nosotros, de todos los sectores, estamos dispuestos a concretar estas aspiraciones.
El ejemplo de tolerancia, madurez y persistencia de quienes tenemos la responsabilidad de aportar a la conducción de importantes sectores de nuestra sociedad, resulta del todo indispensable e insustituible. En esta misma línea de desafío para la política y los políticos está la respuesta a las aspiraciones de las futuras generaciones, asegurándoles el desarrollo pleno y la igualdad de oportunidades.
Antes de concluir estas palabras, agradezco nuevamente a mis colegas el brindar esta inmejorable oportunidad a quien habla y a la Mesa que preside; a mi distrito, a mis queridas amigas y amigos de las comunas de Cerrillos, Estación Central y Maipú, que me acompañan.
Anhelo fortaleza para desempeñar fielmente la responsabilidad conferida por la Cámara de llevar a buen puerto el último año de nuestro mandato popular, iniciado en el siglo XX, y paciencia para persistir sin desmayar en mi cometido en pro del país, su gente y su futuro; para incorporar la modernidad y la eficiencia en nuestra democracia, imperfecta, como toda obra humana, y que sólo tiene por destino servir a Chile y a su pueblo.
Por último, señores diputados, estimadas amigas y amigos, de distintas tendencias y religiones que hoy me acompañan en este acto en virtud del cual se renueva la Mesa de esta Cámara, permítanme una licencia para referirme a algo muy personal, que tal vez comprenderán: ingresé a la política hace algunos años. Me acompañó en forma muy leal mi mujer, quien ya no está aquí, sino en el Más Allá; y durante esos años ella se convirtió en padre y madre, porque ésa es la vida del político, ésa es la vida del parlamentario.
Permítanme con la venia de ustedes evocar el recuerdo de un ser amado y expresar un reconocimiento que sólo mis hijos y mis nietos, aquí presentes, sabrán comprender; y ustedes, en lo más íntimo, tendrán que reconocer que viven y palpan el mismo caso.
(Aplausos).
¡Pido, Señor igual que el hermano Francisco de Asís , ser instrumento de tu paz!
Muchas gracias.
Aplausos.
V.ORDEN DEL DÍA
ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE. Segundo trámite constitucional.
El señor PARETO (Presidente).-
Corresponde conocer, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley que rigidiza el cumplimiento del presidio perpetuo y deroga la pena de muerte.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Sergio Elgueta .
Antecedentes:
- Proyecto del Senado, boletín Nº 2367-07 (S), sesión 30ª, en 3 de enero de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 12.
- Informe de la Comisión de Constitución, sesión 47ª, en 22 de marzo de 2001. Documentos Nº 6.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Luksic , para un asunto de Reglamento.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente, solicito a la Mesa ver la posibilidad de realizar una reunión de Comités.
El señor PARETO (Presidente).-
Muy bien, señor diputado.
Cito a los Comités a una reunión.
Ruego al diputado señor Ortiz pasar a presidir la sesión.
El señor Ortiz pasa a presidir.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se suspende la sesión por 5 minutos.
Se suspendió la sesión a las 12.24 horas.
Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se reanuda la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Elgueta .
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, la mayoría de este Congreso Nacional piensa que ha llegado el momento de abolir la pena de muerte, decisión que cada día se vuelve más apremiante.
En ningún lugar se ha demostrado que la pena de muerte posea una eficacia especial para la reducción de la delincuencia o la violencia política. En algunos países a veces se aplica desproporcionadamente sobre los pobres o contra minorías raciales o étnicas; con frecuencia se utiliza como instrumento de represión política; se impone y se ejecuta de manera arbitraria. Es un castigo irrevocable que inevitablemente da lugar a la ejecución ocasional, a veces, de personas completamente inocentes.
La pena capital en mi opinión viola los derechos humanos fundamentales.
No hay un asunto tan discutido como la existencia o la abolición de la pena de muerte, porque una cuestión tan grave y de tan hondo contenido humano nos interroga acerca de la vida y del misterio profundo del fin de la persona. Esto lleva a que se den argumentos filosóficos, morales, jurídicos y políticos y a veces hasta económicos a favor o en contra de ella.
Una breve historia demuestra que la pena de muerte ya existía en el Código de Hammurabi y en las leyes de Moisés; en China se aplicaba a más de 200 delitos, y, en Grecia, Dracón pensaba que cualquier culpa debía sancionarse con la muerte; en la Edad Media era una mezcla de tortura y muerte. La hoguera, el descuartizamiento, la rueda, el potro, el despeñamiento, el plomo derretido o la lapidación, eran métodos crueles que conducían al final de la vida.
En la época de las luces, Cesare Beccaria, en su famosa obra “Tratado de los Delitos y las Penas”, realiza un profundo alegato para humanizar las penas y, siendo contrario a la pena de muerte, la reserva, no obstante, para casos de anarquía o cuando el crimen no puede contenerse; Salvatore Garófalo fue partidario de ella como medio para eliminar al ser nocivo de la sociedad; en cambio, fueron contrarios a ella Jeremy Bentham y Ludwig Feuerbach ; Santo Tomás de Aquino la consideraba conveniente, tal como la amputación de un miembro podrido del cuerpo humano, si ella era conveniente al bien común; Rousseau estimaba que el delincuente se colocaba fuera del pacto social y debía ser eliminado; para Kant su imperativo categórico lo llevaba a aplicar el talión; sin embargo, Duns Escoto , Tomás Moro y Voltaire eran contrarios a su aplicación en virtud del mandamiento que dice: “No matarás”.
En Chile se han presentado diversos proyectos para abolir la pena de muerte: el proyecto del Código Penal, llamado Erazo Fontecilla , de 1929; el proyecto Ortiz Von Bohlen , en 1945, que también era partidario de suprimir la pena capital, aunque aplicándola a ciertos delitos. Asimismo, en el seminario de las Naciones Unidas sobre derechos humanos celebrado en Santiago en 1958, se discutió latamente el tema, pero no se llegó a ninguna conclusión. En 1990, una de las llamadas “leyes Cumplido” abolió la pena capital en todas nuestras leyes. Así lo aprobó la Cámara de Diputados por una abrumadora mayoría en su sesión del 26 de abril de 1990. Los disidentes en esa oportunidad, en la práctica, también eran partidarios de abolirla, no obstante consideraron que debía mantenerse en tiempos de guerra y para los delitos militares.
El presente proyecto es una iniciativa del senador Juan Hamilton . Ya fue aprobado por el Senado, y se encuentra en segundo trámite constitucional y primero reglamentario en la Cámara.
Actualmente, en Chile, la pena de muerte sanciona 33 delitos, entre los cuales se encuentran el secuestro calificado, la sustracción de menores calificada, la violación con homicidio, el parricidio, el robo calificado, la conspiración, la rebelión, la deserción y la traición.
En opinión de este diputado informante, el proyecto en examen responde, básicamente, a dos interrogantes. Primero: ¿debemos abolir la pena de muerte en toda nuestra legislación o sólo en parte de ella? Segundo: ¿cómo podemos reemplazar esta pena capital con eficacia y humanidad?
El artículo 19, número 1º, de la Constitución Política asegura el derecho a la vida, y la reforma constitucional de 30 de julio de 1989 modificó su artículo 5º estableciendo que es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana garantizados por ella, “así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de San José de Costa Rica, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, consagran el derecho a la vida como inherente a la persona humana, disponiendo su protección por ley y que nadie podrá ser privado de ella arbitrariamente. Además, se prescribe que el condenado a muerte tiene derecho a pedir indulto o la conmutación de la pena. La amnistía, el indulto o la conmutación de la pena capital podrán ser concedidos en todos los casos.
En muchos países, la pena de muerte ha sido abolida en la propia Constitución Política. Así ha ocurrido en Colombia, Panamá , Ecuador , Venezuela , Honduras , República Dominicana , Puerto Rico, Alemania , Austria, Mónaco y Portugal; por su parte, Argentina, Haití y Paraguay sólo la excluyeron constitucionalmente en el caso de delincuencia política. Otros países, como Dinamarca, Finlandia, Gran Bretaña , El Vaticano, Bélgica, Grecia , Islandia , Luxemburgo , Noruega, Francia, Holanda , Suecia y Chipre la han mantenido solamente para los delitos militares o en tiempos de guerra; lo mismo sucede en España, Italia , Malta y Suiza.
Es menester recordar que el Pacto de San José de Costa Rica, Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 4º, números 2 y 3, dice que no podrá restablecerse esta pena en los Estados que la han abolido.
Se han dado distintos argumentos a favor y en contra de la pena de muerte, que pueden resumirse de la siguiente manera. Para abolirla, se aduce que la pena de muerte atenta contra el derecho a la vida; que el hombre es un fin en sí mismo y, por lo tanto, no puede ser utilizado como un medio para lograr un objetivo social determinado; no es lo mismo la supresión de la vida que la supresión del ejercicio de otras facultades o derechos individuales de la persona humana; la vida es indisponible frente a valores como la seguridad pública o el bien común. El argumento de la legítima defensa invocado a veces o la justificación de la guerra no sirven, puesto que hay un lapso prolongado entre la agresión y lo que ocurre después, y siempre se ha considerado la legítima defensa como una respuesta inmediata a la agresión.
Por otro lado, la pena de muerte importa, en esencia y por definición, una contradicción. Si se trata de un castigo retributivo, dicha pena no retribuye absolutamente nada, puesto que constituye una sanción inhumana. Muchas veces, cuando observamos que a una persona se le pone una arma de fuego en la sien, cuando se le coloca una soga alrededor del cuello o cuando se intenta darle algún tipo de veneno, ni siquiera imaginamos el sufrimiento que esa persona está experimentando.
Entonces, ¿es necesaria la pena de muerte en nuestro país, donde ocho gendarmes son escogidos por sorteo y, a veces, trasladados a un lugar en el cual no conocen a nadie y a sabiendas de que sólo una bala es de salva y todas las demás tendrán efectos fatales? ¿Es necesaria la pena de muerte en un país como el nuestro, donde, para aplicar la pena de muerte, es necesaria la unanimidad de los miembros de los tribunales colegiados? ¿Es necesaria la pena de muerte cuando se establecen ciertas reservas respecto de la mujer embarazada, cuyo derecho a la vida es respetado, pero que, transcurrido un determinado número de días, puede ser fusilada? Francamente, en nuestros tiempos, esto constituye una feroz crueldad.
Asimismo, se pueden invocar otras razones para suprimirla, como el error judicial. En la Comisión comentamos, por ejemplo, un artículo aparecido en un ejemplar de la revista Newsweek del año pasado, el cual señalaba que se cometían errores relacionados con la pena de muerte. Dicha revista dice: “El ADN y otras pruebas liberaron a 87 presos de la antesala de la muerte en Estados Unidos;”. Esto significa, por ejemplo, que en un delito de violación en que se investiga la muerte de una víctima, muchas veces se condena apresuradamente, sin que existan pruebas categóricas, lo que puede conducir a un error judicial. Entonces, el presunto delincuente, víctima de este verdadero asesinato calificado, no puede invocar derecho alguno, puesto que está prácticamente muerto.
En un país mayoritariamente católico y cristiano como el nuestro se pueden invocar también argumentos religiosos. En la encícilica Evangelium Vitae , refiriéndose a Caín y a Abel, Juan Pablo II escribe lo siguiente: “Ni siquiera el homicida pierde su dignidad personal y Dios mismo se hace su garante. Es justamente aquí donde se manifiesta el misterio paradójico de la justicia misericordiosa de Dios, como escribió San Ambrosio : “Porque se había cometido un fratricidio, esto es, el más grande de los crímenes, en el momento mismo en que se introdujo el pecado, se debió desplegar la ley de la misericordia divina; ya que, si el castigo hubiera golpeado inmediatamente al culpable, no sucedería que los hombres, al castigar, usen cierta tolerancia o suavidad, sino que entregarían inmediatamente al castigo a los culpables. Dios expulsó a Caín de su presencia y, renegado por sus padres, lo desterró al exilio en una habitación separada, por el hecho de que había pasado de la humana benignidad a la ferocidad bestial. Sin embargo, Dios no quiso castigar al homicida con el homicidio, ya que quiere el arrepentimiento del pecador y no su muerte”.
Sin embargo, el proyecto no suprime completamente la pena de muerte de todos nuestros códigos. Desde luego, se mantienen las normas constitucionales que la mencionan. El artículo 19, número 1º, inciso final, señala que “La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado”. Y el artículo 9º, inciso tercero, respecto de los delitos terroristas, permite, mediante indulto particular, “conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo”.
Igualmente, no se suprime en el Código de Justicia Militar, al menos, en 20 preceptos, de los cuales los artículos 216, 222, 223, 235 y 240 se refieren a ella en la escala de pena y la forma de ejecutarla.
Otras normas del Código de Justicia Militar sancionan los delitos de traición, espionaje, atentados contra la soberanía y seguridad exterior, como los artículos 244 y 270; la sedición o motín, artículo 272; la infracción a deberes militares, artículos 287 y 288; abandono de servicios, artículos 303 y 304; usurpación de atribuciones, artículo 327; desobediencia, artículos 336 y 337; ultraje a superiores, artículo 339; falta de suministro, artículo 347; pérdida de buque con falsas instrucciones, artículos 379, 384 y 385; abandono malicioso de la nave, artículo 392.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Señor diputado, le ruego me conceda una interrupción para informar respecto de los acuerdos aprobados por los Comités.
Gracias.
Dichos acuerdos son los siguientes:
1. La inscripción para intervenir por parte de diputados de cada bancada se hará hasta las 13 horas, teniendo en cuenta que son las 12.43 horas.
2. El tiempo para intervenir será de 5 minutos por cada uno de los dos discursos a que tiene derecho cada diputado.
3. La sesión se extiende hasta las 15.22 horas en que se procederá a votar el proyecto.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear una cuestión de Reglamento.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente, como bancada, lamentamos lo que su Señoría ha informado. Creo que se ha vulnerado el acuerdo a que llegamos la semana pasada lo expresé en la reunión de Comités, cual era que todos los diputados que quisieran hablar sobre la derogación de la pena de muerte, pudieran hacerlo y, por lo tanto, no hubiera ninguna restricción. O sea, que hoy se despachara el proyecto, pero sin restricciones.
En la forma señalada, se limitará el debate y, en nuestra opinión reitero, no se cumple con el referido acuerdo.
El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-
Señor diputado, tiene derecho a opinar en ése o en otro sentido; pero la Mesa ha interpretado de esa forma los acuerdos que expuso el señor Secretario en la reunión de Comités. En todo caso, no es materia de Reglamento.
Puede continuar el diputado señor Elgueta .
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, decía que todos los delitos que he mencionado del Código de Justicia Militar, en que se mantiene la pena de muerte, son cometidos en tiempo de guerra, y, en el caso de los delitos de los artículos 106, 107, 108 y 109 del Código Penal, a los que se remite el artículo 244 del Código de Justicia Militar, se exige que sean cometidos por militares.
De este modo, subsisten en nuestra legislación los delitos descritos en el Código de Justicia Militar.
La pena de muerte queda abolida de la escala de sanciones del Código Penal. Igualmente, se suprime el procedimiento para ejecutarla como también se la elimina de los delitos que la consideran, los cuales son reemplazados por la pena de presidio perpetuo calificado, manteniéndose, en los casos que indica dicho Código, el de presidio perpetuo simple.
Cabe señalar que nuestro Código Penal sólo contempla la hipótesis de la pena de muerte en los delitos de secuestro con homicidio, violación, violación sodomítica, seguida de lesiones; castración, mutilación u otro gravísimo. Asimismo, en los delitos de secuestro, en que ocurren las mismas figuras anexas, y en el de violación o violación sodomítica (con causa de muerte, artículo 372 bis); en el de parricidio (artículo 390), y de robo con consecuencias similares al secuestro, artículo 433, número 1º. En todos ellos se sustituye por presidio perpetuo calificado.
De la misma manera, se modifica el Código de Justicia Militar en el sentido de reemplazarse la pena de muerte por la de presidio perpetuo calificado en los delitos de los artículos 351, destrucción de obra o edificio, ocasionando muerte, y 416, número 1º, violencia o maltrato de obra a Carabineros en ejercicio de sus funciones, causándole la muerte.
Idéntica sustitución se aplica en el artículo 5 a) de la ley Nº 12.927, de seguridad del Estado, inciso segundo, referido a atentados en contra de personas, en razón del cargo que desempeñan, causándoles la muerte o lesión.
La pena de muerte es sustituida por la de presidio perpetuo calificado que se incorpora al Código Penal como artículo 32 bis y que importa la privación de libertad de por vida, bajo un régimen especial.
Previa la explicación de este régimen, las personas que expusieron en la Comisión se mostraron parcialmente críticas de esta pena tanto por su extensión de 40 años, a lo menos, cuanto porque resulta mucho más temida por los delincuentes que piensan en el largo tiempo que deberían estar sometidos a la dureza e inhumanidad de los centros penitenciarios. En consecuencia, desde ese punto de vista, el presidio perpetuo calificado resulta más intimidatorio e inflexible para quienes decidan actuar en el campo del delito.
El presidio perpetuo que se establece, de acuerdo con el proyecto, presenta tres circunstancias especiales:
1ºLa libertad condicional que reglamenta el decreto ley Nº 321, de 1925, describe el beneficio como una prueba, en cuanto a que el delincuente condenado a una pena privativa de libertad a quien se le concede se haya corregido y rehabilitado para la vida en sociedad. Pues bien, este beneficio o prueba de tal regeneración, en el caso del presidio perpetuo calificado, sólo podrá concederse cumplidos 40 años de privación de libertad efectiva, debiendo reunirse todos los requisitos legales para su otorgamiento o revocación.
En la actualidad, sólo bastan 20 años para impetrar el beneficio si la pena es perpetua y, en consecuencia, aquí se dobla el tiempo que establece la legislación vigente.
Es importante señalar que, hoy, el beneficio de libertad condicional, que corresponde a reos rematados en las condiciones que he señalado, es concedido por una comisión especial, integrada por jueces del crimen y funcionarios de gendarmería. En cambio, el proyecto propone que dicho beneficio sólo puede ser concedido, después de cuarenta años, por el pleno de la Corte Suprema, en votación de mayoría. Si esa petición fuere denegada, sólo se podrá renovar en dos años más, a contar de su última presentación.
2ºSe establece una prohibición para que el condenado sea favorecido con beneficios legales o reglamentarios que importen su libertad, aunque sea transitoria. Sólo como una medida excepcional de humanidad se podrá autorizar la salida cuando su cónyuge, sus padres o hijos se encontraren en inminente riesgo de muerte o hubieran fallecido. Esto, desde luego, con las providencias de seguridad adecuadas.
3ºEl condenado a presidio perpetuo no estará favorecido por leyes de amnistía ni indultos generales, salvo que dichas normas se le apliquen expresamente.
El indulto particular sólo puede tener lugar en dos casos, cumpliéndose, además, los requisitos que establece la ley Nº 18.050, de l981, sobre indultos particulares.
En primer lugar, por decreto supremo del Presidente de la República, por razones de Estado, expresión que tiende a colocarse en la hipótesis de bien común, en que prima el interés colectivo sobre las consideraciones personales, tales como el canje de prisioneros, la expulsión del país de personas cuya privación de libertad afecte o pueda afectar las relaciones internacionales u otras situaciones de país en que el Presidente de la República pueda usar el indulto como medida o prevención a fin de evitar un mal mayor.
En el debate habido en la Comisión se dejó constancia de que la expresión “razones de Estado” es, en todo caso, más restrictiva que la empleada en el artículo 6º de la ley Nº l8.050, ya que allí se habla de “casos calificados” en que el Presidente de la República puede, a su arbitrio, indultar sin mayores requisitos.
Asimismo, la Comisión estimó que el decreto supremo que dictará el Presidente de la República debe ser fundado, puesto que el proyecto dispone que el indulto debe concederse de acuerdo con las normas legales que lo regulen y el decreto supremo fundado es una de las formalidades que exige la ley Nº 18.050 en su artículo 6º.
En segundo lugar, el indulto particular también procederá en el caso de padecimiento de un estado de salud grave e irrecuperable, debidamente acreditado, que importe inminente riesgo de muerte o inutilidad física de tal magnitud que impida al afectado valerse por sí mismo.
La Comisión dejó constancia de que en el presidio perpetuo calificado, en el evento de dictarse una ley que exima el hecho de toda pena o aplique una menos severa, es plenamente válido el principio de la retroactividad de la ley penal, como se desprende del artículo 18, inciso tercero, del Código Penal, y del artículo 19, Nº 7, letra c), de la Constitución Política, que favorece al condenado.
Además, el proyecto modifica el Código Orgánico de Tribunales, con el objeto de resolver la libertad condicional y dar competencia a la Corte Suprema; introduce adecuaciones al Código de Procedimiento Penal, que contiene normas adjetivas o procesales sobre la pena de muerte, y al decreto ley Nº 321, de l925, sobre libertad condicional y presidio perpetuo calificado que expliqué.
La idea de legislar sobre el proyecto se aprobó por nueve votos a favor y cuatro en contra.
En la votación en particular, los números 1 y 2 se aprobaron por 5 votos a favor y 1 en contra, y por 5 votos a favor y 2 en contra, respectivamente.
El resto de los artículos, salvo el que se refiere a la facultad y competencia concedida a la Corte Suprema respecto de la libertad condicional, se aprobó por siete votos a favor y tres en contra.
El número 2 del artículo 5º, relativo al Código de Procedimiento Penal, se aprobó por 5 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.
Se dejó constancia de los quórum para votar el proyecto:
Se estimó que los artículos 4º y 6º, relativos a la competencia de la Corte Suprema para otorgar la libertad condicional en caso de presidio perpetuo calificado, son normas de rango orgánico constitucional.
En cambio, los artículos 1º, 2º y 3º fueron calificados de quórum simple, en atención a que el inciso tercero del Nº 1 del artículo 19 de la Constitución Política dispone que: “La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado”. Al respecto, quiero recordar que, cuando se trató el proyecto sobre delitos sexuales, especialmente el de violación seguido de muerte, en que se contempla dicha pena en el artículo 372 bis, la Comisión Mixta determinó que no se requería de quórum calificado para votarlo y, en consecuencia, se votó con quórum simple. Lo mismo determinó con anterioridad la Cámara de Diputados al tratar las “leyes Cumplido”, cuando se dictó la ley Nº 19.029, que suprimió la pena de muerte respecto de varios ilícitos. En esa oportunidad, tanto la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado como la Cámara de Diputados adoptaron el criterio del quórum simple para derogarla.
Durante el análisis de la iniciativa, la Comisión contó con la colaboración de las siguientes personas: monseñor Francisco Javier Errázuriz Ossa , cardenal, arzobispo de Santiago, presidente de la Conferencia Episcopal, y de los señores Enrique Palet Claramunt , secretario pastoral del Arzobispado y vocero de la Conferencia Episcopal; José Antonio Gómez Urrutia , ministro de Justicia; Jaime Arellano Quintana , subsecretario de Justicia; Francisco Maldonado Fuentes , jefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Justicia; Rafael Blanco Suárez , asesor de esa Secretaría de Estado; Alfredo Etcheverry Orthus , abogado, profesor de derecho penal de la Universidad de Chile, y Hugo Zepeda Coll , abogado, profesor de derecho penal de las universidades Central, Diego Portales , Andrés Bello y Finis Terrae .
Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recomienda aprobar el proyecto en la forma propuesta.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Solicito el asentimiento de los señores diputados para que pueda ingresar a la Sala el señor Jaime Arellano , subsecretario de Justicia.
El señor ÁLVAREZ.-
No, señor Presidente.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Gustavo Alessandri .
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente, constituye una suerte de privilegio poder participar, aunque sólo sea en forma breve, en un tema tan delicado como el de la pena de muerte y su eventual sustitución por presidio perpetuo.
En primer término, debo señalar que esta vilipendiada Cámara de Diputados realizó, a través de su Comisión de Derechos Humanos y bajo la presidencia del diputado señor Jaime Naranjo , una de las jornadas temáticas más profundas, versadas e interesantes que se hayan efectuado sobre el tema durante el transcurso de este período parlamentario. A ella asistió y participó gran número de estudiantes, de profesores de renombre, jerarquías eclesiásticas de diversas iglesias e, incluso, nuestro actual cardenal, señor Errázuriz , y el director de prisiones. En total más de quinientas personas. Existe una publicación al respecto cuya lectura me permito recomendar a los señores diputados.
El tema se trató en profundidad. Se escucharon las más diversas posiciones; todas planteadas con serenidad y profunda versación. Incluso un profesor hizo presente el hecho de por qué rechazaba el afiche que convocaba a este encuentro en el Salón de Honor del antiguo Congreso Nacional en Santiago. Manifestó que el cuadro de Goya que se había empleado para la ocasión representaba más un asesinato, por parte de las tropas francesas a patriotas españoles, que un fusilamiento, lo cual, desde su punto de vista, en cierta forma, predisponía al rechazo de la pena de muerte.
Como pueden ver los señores diputados, se escuchó de todo y a todos. La reunión sesionó durante dos días consecutivos y sin tiempos acotados, como se nos exige hoy en la Cámara de Diputados, que debería ser el centro de una lata discusión al respecto. Por una u otra razón en mi criterio, se ha faltado a los acuerdos de Comités adoptados en días anteriores al acotarse el tiempo de una forma que no podría alabar.
Pero, en todo caso, señor Presidente, deseo señalar que me hace mucha fuerza lo que algunos sostuvieron en cuanto a que el tema de la pena de muerte tiene que ver con el Chile real y está por encima de disquisiciones de teoría penal o de concepciones de orden teológico. El país está viviendo, desde hace algunos años, una profunda crisis social que dice relación con el crimen y su represión. Las estadísticas nos muestran curvas alarmantes respecto del aumento de los delitos de sangre y de su ferocidad, y de la aparición de una especialidad que antes no abundaba, cual es la agresión sexual a menores de edad seguida de alevosos asesinatos.
El rubro de las drogas, que hasta hace algunos años estaba reservado al sector económicamente fuerte de la sociedad, hoy domina y hace estragos en las poblaciones, plazas y paseos públicos. La fuente de criminalidad que genera este tráfico delictuoso es increíble. En los barrios, a balazos se dirimen las diferencias entre pandillas para obtener el control del mercado. En una de estas balaceras entre delincuentes, murió en la vía pública una jovencita transeúnte que era ajena a lo que ocurría en la calle donde residía.
Este es un somero cuadro de la realidad criminalística nacional, el cual se complementa con nuestra infraestructura carcelaria y una aún no perfeccionada legislación social y de procedimiento penal que tiene al país contra la pared, acorralado por el delito, paralizado por el terror. Entonces, ¿es sensato enviar, en estos instantes, señales como la derogación de la pena de muerte? ¿Queremos los chilenos mostrar impavidez frente a la crueldad y agresividad del delincuente? Siempre se ha dicho que no es lo mismo derogar la pena de muerte que imponerla. En Chile, prácticamente, no se aplica nunca. Es cierto que muchos habríamos deseado que se aplicara frente al crimen abyecto, a la violación y el asesinato no sólo de un menor de edad, sino de cualquier ciudadano. ¡Pregúntenles, señores diputados, a los padres de hijas violadas y asesinadas cuál es su veredicto! Aún está vivo el recuerdo de los peruanos que asesinaron y ultrajaron a una pareja de jóvenes en Arica y que, posteriormente, fueron indultados.
Como bien saben los señores diputados, represento en esta Cámara a un distrito muy conflictivo, donde se sufre intensamente por la droga, el bandidaje y, ahora, el asesinato, y, después de conversar y de analizar el tema con mis representados, he adquirido el compromiso, con plena convicción, de que debemos rechazar la supresión de la pena de muerte.
En consecuencia, anuncio que mi voto será por su mantención.
He dicho.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear un punto de Reglamento.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, en mi calidad de Comité, pido que convoque en forma urgente a una reunión de jefes de Comités, a fin de analizar los tiempos de intervención que, a mi entender, han sido cambiados, contraviniéndose el acuerdo que tomamos ayer.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Señor diputado, no tengo inconveniente en pedir a la Mesa, que recién acaba de asumir y que en estos momentos está cumpliendo compromisos protocolares, que cite a reunión de Comités en media hora más.
El señor LONGTON.-
Bien.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Krauss .
El señor KRAUSS.-
Señor Presidente, en esta ocasión voy a hablar a título personal en espacio reglamentario de tiempo que me ha cedido mi Comité para participar brevemente en este debate que, de alguna manera, tiene características milenarias.
El tema de la pena de muerte surge en el amanecer de la humanidad, en las primeras páginas del Génesis. Ya en los hechos vinculados con Caín y Abel se empieza a debatir el sentido de la pena de muerte, y en dicho debate, que apunta a la duplicidad del fundamento mismo del derecho de penar, se señala que esta pena, como cualquier otra, tiene como objetivo la sanción, pero también la búsqueda de la recuperación, desde el punto de vista social, del delincuente.
Ciertamente, desde sus inicios, la pena de muerte fue marcada por un carácter exclusivamente de castigo; incluso, se aplicaba buscando los mayores suplicios e indignidades que pudieran afectar al culpable. Posteriormente, se rechazó su imposición como mero castigo y se entendió que se aplicaba como único medio de que disponía la sociedad para defenderse de ciertos criminales. Esta postura señalada por el diputado informante, señor Sergio Elgueta , incluso tuvo fundamentos de carácter teológico en la posición sustentada por Santo Tomás de Aquino, al señalar que la actitud del cirujano que amputa un miembro gangrenado del paciente para salvarle la vida es lo mismo que una sociedad que puede eliminar de su seno a aquellos individuos que la corrompen. Sin embargo, este sentido exclusivo de retaliación, que interpretaba las características de la ley del Talión en las normas del Antiguo Testamento y en algunos documentos de las distintas religiones existentes, fue experimentando un avance, iniciado, desde el punto de vista jurídico, por quien es prácticamente el fundador del nuevo concepto del Derecho penal y de las normas sobre criminalística: el marqués de Bonesana, Cesare Beccaria, quien, en “De los Delitos y de las Penas”, sitúa la necesidad de centrar el derecho de penar fundamentalmente en la sanción, sin olvidar que el delincuente puede y debe ser rehabilitado. Esta concepción se ha ido materializando a lo largo del tiempo, hasta nuestros días, marcando la necesidad y conveniencia de que la dignidad y las posibilidades de reivindicación del ser humano deben ser consideradas en el ejercicio de la potestad jurisdiccional.
Me parece conveniente recordar un ejemplo en nuestra historia procesal penal, ya citado en la intervención del profesor Baeza durante el debate y estudio realizados en nuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Un delincuente, en una acción brutal, cometió delitos que motivaron la reacción airada de la sociedad de la época, tal como lo ha expresado respecto de la contingencia nuestro colega Gustavo Alessandri . Apodado el “chacal de Nahueltoro”, fue condenado a muerte después de un lato proceso, como los que se sustancian en nuestro país.
Durante su reclusión, el “chacal de Nahueltoro” tuvo una profunda transformación en su vida. No sólo aprendió a leer era analfabeto, sino que además recogió el llamado de la religión pentecostal y descubrió la manera en que el sentido cristiano lo obligaba a arrepentirse. Igualmente fue fusilado.
Si hubiese existido la norma de reemplazo que hoy se propone a la honorable Cámara, en consonancia con lo ya aprobado por el honorable Senado, ahora habría cumplido los 40 años de presidio perpetuo calificado que se quiere establecer, y se habría podido reincorporar, con 40 años de reclusión en el cuerpo y en el espíritu, a una sociedad a la cual ciertamente habría podido efectuar un gran aporte, a diferencia de los ilícitos en que incurrió.
Las causas que llevan a cometer un delito son también un problema de lato debate, pero en el caso indicado los efectos sociales habrían sido absolutamente distintos de los generados en esa época.
La falta de sentido rectificador de la pena de muerte, postulada por Beccaria y recogida en otros sectores a contar prácticamente del siglo XVIII, implicó que la pena de muerte se haya ido eliminando de muchas legislaciones.
Uno de los factores que se ha tenido en cuenta para ello es precisamente la conveniencia de dejar abierta la posibilidad de recuperación del delincuente, de redención, si se considera desde el punto de vista cristiano, y reconocer más allá de todas las calificaciones y del impulso pasional con que algunas conductas pueden ser juzgadas, que en todo caso el delincuente es un ser humano.
Este debate milenario, jurídicamente apunta a ajustarse a lo que establece el artículo 1º de la Constitución Política: la dignidad del ser humano, la que supone reconocer la vida como un elemento esencial, básico; un valor en torno del cual se plantean todos los derechos humanos, individuales y sociales.
Nos habría gustado que este proyecto se hubiese perfeccionado en algunos aspectos.
Dejamos constancia de ciertas prevenciones que teníamos. Así lo señala el informe de la Comisión. Ellas apuntan a que el indulto respecto de quienes estén cumpliendo presidio perpetuo calificado sustitutivo de la pena de muerte en el esquema propuesto, debe contar con decreto fundado del Presidente de la República, particularmente porque nos parece que esa institución debe ser objeto de una revisión profunda y no dejarla radicada, como en los viejos tiempos autoritarios, exclusivamente en la potestad presidencial.
Es conveniente que mientras exista esa facultad, el Presidente la ejerza, pero señalando las razones por las cuales concede esta gracia.
Se dice que la ley Nº 18.050, que regula el otorgamiento de indultos, contempla que se debe dictar ese decreto fundado. Como nos parece dudosa tal aseveración desde el punto de vista del texto de la ley, hemos querido dejar constancia en el informe y aquí, en el debate, de que el sentido con que concurrimos al despacho del proyecto es que así se ejerza el indulto en estos casos especiales.
Además, nos pareció que, así como se derogaba la norma del Código Procesal Penal respecto de la condena a pena de muerte exclusivamente sobre la base de presunciones, lo que es improcedente en el ordenamiento vigente, la misma situación debía existir respecto del presidio perpetuo calificado. Sobre esa materia iniciaremos las reformas correspondientes en el momento pertinente.
En todo caso, como se trata de un proyecto que avanza en materia de consolidación de los derechos humanos, de la búsqueda de los entendimientos, de las conciliaciones estamos nada menos que en período de cuaresma, la que se hace sobre la base de la convocatoria del apóstol San Pablo a los Corintios y de que la caridad esté en contra de la maldad, estamos de acuerdo con este procedimiento rectificatorio y contribuiremos con nuestro voto al despacho del proyecto, asumiendo nuestro compromiso con la vida.
La vida no se entrega como un premio, pero tampoco puede arrebatarse como un castigo.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Francisco Bartolucci .
El señor BARTOLUCCI.-
Señor Presidente, estamos frente a un tema que tiene connotaciones éticas, jurídicas y de distintas consideraciones personales.
En el breve tiempo de que dispongo, quiero fundamentar mi voto de rechazo al proyecto del Ejecutivo que propone abolir la pena capital en nuestro ordenamiento jurídico, si no en todo, en lo que yo llamaría ordenamiento penal común, dejando fuera al Código de Justicia Militar al respecto.
Los encontrados argumentos del proyecto pueden hacernos reflexionar en uno u otro sentido. Respeto las opiniones de quienes están en la posición abolicionista.
En lo personal, voy a rechazar el proyecto por las razones que señalaré en el breve tiempo que se nos ha asignado.
En primer lugar, porque creo que en la actualidad en nuestro país no están dadas las condiciones sociales para eliminar la pena de muerte. A mi juicio, éste es un elemento importante, incluso más allá de la respuesta intelectual o ética que cada uno de nosotros tenga sobre la materia. Las condiciones de hecho existentes en una sociedad en un momento dado también son elementos fundamentales que deben considerarse para resolver esta cuestión. Estimo que hoy en nuestro país no están dadas las condiciones para dar un paso de esta naturaleza. Tal vez mañana cambie esta situación, pero ahora Chile enfrenta una gran criminalidad y delincuencia, y un tráfico de drogas que, como sabemos, pueden terminar corrompiendo definitivamente un país; y eventualmente, podrían producirse actos terroristas. Al respecto, basta recordar que en estos días hemos conmemorado el décimo aniversario del asesinato del senador Jaime Guzmán .
Lo anterior nos permite entender que no debemos dar este paso, ya que la sociedad chilena atraviesa una situación de delincuencia y criminalidad creciente y peligrosa. Por lo demás, la gente lo siente así. En definitiva, no es oportuno dar una señal de esta naturaleza.
Para la tranquilidad de cada uno de nosotros, conviene tener claro cómo se aplica la pena de muerte en Chile.
Primero, en la legislación común, se aplica sólo respecto de delitos muy específicos: violación o sodomía con resultado de muerte, delito atroz que ha golpeado fuertemente a nuestra sociedad, sobre todo cuando los afectados han sido menores; el secuestro agravado con homicidio, violación o lesiones graves (otro delito atroz); el parricidio, esto es, el homicidio de parientes muy cercanos; el robo con homicidio, violación o lesiones gravísimas. No me voy a referir en esta oportunidad, debido al breve tiempo de que dispongo, a otras figuras establecidas en el Código de Justicia Militar.
Violación con resultado de muerte, secuestro con resultado de muerte, parricidio y robo con resultado de muerte son delitos que han conmovido fuertemente a nuestra sociedad en los últimos años. Incluso, habitantes de la ciudad que represento, Valparaíso , desgraciadamente han sido afectados por conductas delictivas de esta naturaleza, atroces, graves.
Por la comisión de estos delitos, nuestra legislación contempla la posibilidad de llegar hasta la pena de muerte. No se trata de que se debe aplicar necesariamente la pena de muerte, que es otro elemento que debemos considerar. Son delitos que justifican que la autoridad competente aplique la sanción máxima.
Reitero, dadas las condiciones delictuales en que se encuentra nuestra sociedad, por lo demás, creciente, no es adecuado entregar una señal al crimen. Eso daría la sensación de que en nuestro país es posible delinquir violar, asesinar, robar y matar sin que la sociedad pueda castigar con la pena máxima esas atroces conductas.
La segunda consideración que me hace fuerza y me da tranquilidad de conciencia para rechazar el proyecto que se nos propone, son las condiciones que rigen en nuestro país para aplicar la pena de muerte.
Primero, como ya he señalado y explicado, se aplica sólo por la comisión de delitos muy graves y atroces.
Segundo, en nuestro ordenamiento jurídico, la pena de muerte no está considerada como una pena única para un determinado delito, sino que como pena máxima, en una escala que incluye otras sanciones menos graves, que el tribunal puede aplicar respecto del mismo delito. Sólo se aplica cuando, además de la comisión de un delito muy grave de los que ya señalé, se lleva a cabo en circunstancias que confieren a ese acto delictivo un signo de especial maldad. Sólo en esas condiciones el delincuente podría ser condenado a la pena de muerte. Repito, no está considerada como pena única; es parte de una gradualidad y sólo se aplica cuando se han cometido delitos graves, en circunstancias de especial maldad.
Tercero, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, no es posible decretar la pena de muerte sólo sobre la base de presunciones. Por lo demás, bastaría una sola atenuante para que el tribunal no pudiere aplicarla.
Cuarto, para decretarla se requiere la unanimidad de los integrantes de las respectivas salas de la corte de apelaciones o de la Corte Suprema, cuando se recurre a ella vía casación. Bastaría el voto en contra de uno de los ministros para que se aplicara la pena inmediatamente inferior.
Quinto, existe otra limitación para imponer la pena de muerte. En el evento de que la condena sea pronunciada por el tribunal colegiado, ellos pueden, por razones humanitarias o factores éticos, solicitar o recomendar al Presidente de la República la dictación del decreto de indulgencia; es decir, se mantiene la posibilidad del indulto presidencial.
Sólo cuando se reúnen todos los requisitos que he señalado podría aplicarse en nuestro país la pena de muerte. En definitiva, nuestro ordenamiento jurídico ofrece suficientes garantías para desvirtuar la aprensión sobre la posibilidad de un error judicial en la aplicación de la pena de muerte, planteamiento que se ha sostenido para fundamentar su abolición.
Por último, también debemos tener presente que la pena de muerte es decretada por autoridad legítimamente elegida. Desde luego, no podría aceptarse que fuera dispuesta por quien no corresponde; debe serlo por la autoridad que la sociedad se ha dado legítimamente, la que actúa, por lo tanto, de un modo justo y dentro de su competencia.
Por estas razones, que he esbozado en el breve tiempo que los Comités nos han asignado, reitero que, consideradas las circunstancias que imperan en nuestro país, rechazo el proyecto propuesto por el Senado.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Naranjo .
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, quienes hemos defendido siempre los derechos humanos, entendemos que hoy, en este debate, se discute no sólo si suprimimos o no la pena de muerte como castigo, sino que, además, damos una mirada más profunda al modelo de sociedad que estamos construyendo, como también al sistema penal y penitenciario que deben acompañarla. Vale decir, tenemos plena conciencia de que para ser capaces de abordar esta problemática, debemos superar los aspectos coyunturales que la circundan, entre ellos, la impotencia que, a lo mejor, nos puede provocar el aumento de la delincuencia, o la sensación de inseguridad ciudadana.
Hace algunos meses, como presidente y en representación de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, convocamos a la ciudadanía a un seminario abierto para debatir sobre esta pena y sus implicancias, precisamente, porque no queríamos que esta discusión se encerrara entre cuatro paredes, como nos sucede a los parlamentarios, sino que queríamos saber qué estaba pensando la ciudadanía sobre la materia, ya que el tema la tocaba y la afectaba directamente. Creo que cumplimos plenamente el objetivo, y lo que hoy votaremos y decidiremos será una interpretación real y certera de la voluntad ciudadana.
Estamos convencidos de que la resolución sobre esta pena no puede ser tomada a la ligera, ni al calor de la ira o del deseo de venganza, pues, a través de ella, estaremos cimentando el inicio de cambios profundos en nuestra sociedad y, en especial, en lo que respecta a la valoración de la vida y su jerarquización, en relación con otros bienes jurídicos.
Muchos podrán sostener que el tema que hoy nos convoca dice relación con un debate añejo, en el cual los argumentos que se aducen para atacar o defender la vigencia de esta pena ya se han hecho valer en su totalidad, restando solamente tomar partido por unos u otros. Sin embargo, si miramos con detención el milenario curso de la historia, no podemos sino reconocer que el debate sobre el tema siempre ha estado presente.
Es un hecho que la pena de muerte, desde los orígenes del ser humano como ser social, ha existido como un mecanismo de sanción. Sin ir más lejos, en su génesis el Código Penal contempló numerosas penas y conductas que hoy nos parecería inaceptable que considerara nuestro ordenamiento jurídico; por ejemplo, los azotes o el duelo.
En efecto, al calor de esta discusión y respecto de la defensa que algunos hacen de la pena de muerte, pareciera ser que humanismo, derechos humanos y pena de muerte no son conciliables en un mismo escenario. Pese a su evidencia y a encontrarnos en los albores del siglo XXI, en que nos vanagloriamos de nuestro progreso en todo orden, en especial del tecnológico, y de superar cada uno de los obstáculos que la distancia, así como las debilidades que el género humano nos presenta, parece, al menos, paradójico constatar que, ante el crecimiento de la delincuencia, este mismo hombre se rinda y opte por terminar con la vida misma, que ha sido siempre su principal anhelo creador. ¡El miedo no puede vencer a la razón!
Es así como hoy, muchas personas claman por la pena de muerte para los asesinos y violadores. Es más, enrostran al Presidente de la República cuando, en ejercicio de sus facultades, conmuta la pena de muerte por la de presidio perpetuo y lo acusan de actuar con debilidad frente a la violencia. Pero ¿qué dirían, si como ha sucedido en otros países, se comprueba que se ha ejecutado a inocentes? Este punto, el de la justicia, versus la posibilidad de rectificar un fallo injusto, no puede ser tratado en forma separada al abordar el tema. Nuestra Constitución Política, dentro de las garantías constitucionales, ha previsto indemnizar a una persona afectada por un error judicial. Cabe preguntarse, ¿qué indemnización, que fuera suficiente, podría brindar el Estado a aquel que ha sido ejecutado por un error del juez en la apreciación de los hechos?
Es más. Muchos países, como Francia, España e Italia, entre otros, acordes con este espíritu y conscientes de las dificultades éticas y prácticas que presenta la aplicación de la pena de muerte, han preferido eliminarla de sus respectivos sistemas punitivos, pese a sus altos niveles de criminalidad, con creces superiores a los nuestros. Está claro aquí que las sociedades de dichos países, al sopesar los valores en juego, se han inclinado por privilegiar la vida por sobre la seguridad ciudadana, o bien, han entendido que no está supeditada a la existencia o no de la pena de muerte como sanción.
También es bueno traer a colación lo que la doctrina católica nos señala sobre la materia. Ella tampoco se ha mantenido ajena a este pensamiento, ya que el Papa Juan Pablo II ha dicho recientemente: “La pena de muerte es cruel e innecesaria y los seguidores de Cristo deben defender, incondicionalmente, siempre el derecho a la vida”. En efecto, hay un convencimiento de que los derechos humanos no son acomodaticios y, por ende, no pueden supeditarse al querer de algunos o a la voluntad del Estado. ¡Quien está por la vida, debe estarlo siempre y en toda circunstancia!
Desde la entrada en vigencia del Código Penal, en 1875, cincuenta y siete personas han sido ejecutadas en nuestro país, bajo el imperio de diversos gobiernos. Entre ellas, el caso más controversial que ofrece nuestra historia es el del “chacal de Nahueltoro”. Cuando finalmente se le ejecutó, el Estado le había enseñado a leer y a escribir, lo había sociabilizado y, en buenas cuentas, lo había rehabilitado; es decir, se fusiló a otra persona distinta de aquel que había quebrantado el orden jurídico; era un ser nuevo que había aprendido a vivir y a valorar, y también a respetar la vida. Sin embargo, igual se le ejecutó.
Como puede verse, las aristas del tema y sus implicancias superan con creces la decisión de si se sigue aplicando o no por la comisión de las 33 clases de delitos que hoy se contemplan. Ello implica un juicio a nuestra historia, a nuestra valoración de los derechos humanos, a nuestra capacidad rehabilitadora y, a la vez, de contención del delito. Sin embargo, aquello no debe alejarnos de la convicción profunda y certera de que la violencia sólo engendra violencia. Las guerras así lo demuestran y nuestra dura transición también es un claro testimonio de aquello.
Estoy convencido de que la iniciativa que nos ocupa sienta las bases para una reforma penal y penitenciaria, en su más amplio sentido, al hacer prevalecer su interés en la rehabilitación, en la recuperación del sujeto para la sociedad, y no sólo en el mero castigo. Vale decir, torna funcional la pena al otorgarle un sentido más allá de la disuasión, de la retribución aparentemente justa o de la mera venganza.
Por último, quiero señalar mi más firme convicción en orden a que toda persona, por el solo hecho de existir, tiene garantizado su derecho a la vida. Aquello es una verdad incuestionable. La sanción, como lo plantea Juan Pablo II en su encíclica Evangelium Vitae , debe tener por objeto reincorporar al delincuente al espacio del bien y la justicia, pero jamás destruirlo.
Por eso los parlamentarios del Partido Socialista vamos a votar favorablemente la abolición de la pena de muerte.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la diputada señora Laura Soto .
La señora SOTO (doña Laura).-
Señor Presidente, en verdad, este debate se retrotrae a los inicios de la humanidad, y quizás el momento más emblemático es el de la admonición de Dios, cuando le dice a Caín: ¿Dónde está tu hermano Abel?
Desde entonces, la humanidad ha ido en avances y retrocesos. Creo que un hito muy importante fue la Revolución Francesa y su dignificación de la persona humana. Esa fue la semilla de la emancipación de todos los pueblos, incluyendo los de América. Pero, si bien es cierto que incluso en la Iglesia ha habido avances y retrocesos, reconocidos con franqueza y honestidad ante el mundo, también debemos decir que después de los horrores de la segunda guerra mundial nació, con mucha fuerza, el concepto de los derechos humanos, afirmando que lo principal era la vida, más allá de la libertad, porque la libertad sin el respeto a la vida no es sino un concepto abstracto que no nos lleva a nada. Entonces, las Naciones Unidas firmaron el compromiso de los derechos humanos, que surtió el efecto de un reguero en el mundo y fue haciendo carne y conciencia acerca de que lo más importante del ser humano es la vida y el respeto de ella.
En Chile también vivimos nuestros propios horrores. Ellos nos sirvieron para reflexionar y saber, cada vez más, de algo que no se encontraba un mundo lejano, que se sentía más distante en la época de la segunda guerra mundial, sino que estaba aquí mismo; de personas, amigos o familiares que fueron torturados, ejecutados o asesinados. Eso nos dio otra perspectiva ante el mundo, y hoy queremos hacer una especie de reconsideración, en el sentido de que actuamos mal y de que debemos reconocer nuestros errores “reconocer” significa reponer al ser humano, a la persona, donde corresponde y decir, con mucha fuerza, que los derechos humanos, la dignidad y la vida son anteriores y superiores al Estado. De manera que el alegato acerca de que aquí elegimos a nuestros representantes, quienes tienen legitimidad, no es un argumento valedero. Esos derechos son anteriores y superiores al Estado.
Por lo tanto, este proyecto pone el acento en la dignidad del ser humano. La pena no es sólo dar una retribución a la sociedad, sino entregar la posibilidad de arrepentirse y de rehabilitar a la persona que infringió la ley.
Como ya se comentó lo que pasó con el “chacal de Nahueltoro”, no insistiré en la materia, pero creo que actuamos muy mal en esa época.
Ahora, para aterrizar en el tema de los argumentos de quienes están a favor de la pena de muerte, daré lectura a parte de un libro del reconocido filósofo Albert Camus , quien sostiene lo siguiente: “Se sabe que el gran argumento de los partidarios de la pena de muerte es el ejemplo del castigo. No sólo se cortan las cabezas para castigar a sus dueños, sino también para intimidar, por medio de un ejemplo terrible, a los que se sientan tentados a imitarlos. La sociedad no se venga, quiere solamente prevenir. Esgrime la cabeza para que los candidatos al crimen lean en ella su destino y se vuelvan atrás”.
Argumentando en ese mismo sentido, podemos manifestar que la administración de justicia es efectuada por los hombres, por lo cual existe la posibilidad de error. No nos equivoquemos en algo tan fundamental cuando lo que está en juego es la vida de una persona.
Se ha manifestado que la gente reclama hoy la pena de muerte en aquellos casos de crímenes brutales. Las madres lo sabemos. Pero no podemos volver a la ley del talión: “Ojo por ojo y diente por diente”. Sería retornar a la barbarie. Debemos posibilitar la existencia de un castigo. Al respecto, señalo que el castigo que se propone en sustitución de la pena de muerte es riguroso, fuerte, y tal vez logre amedrentar a quienes desean delinquir. Cuarenta años es una cantidad impresionante de tiempo. Si una persona es condenada a los 20 años de edad, podrá solicitar un indulto o beneficio a los 60 años, cuando su vida esté en clara declinación. De modo que la sociedad debe sentirse resguardada.
Sin embargo, no podemos seguir pendientes de que la pena de muerte será aplicada por algunos delitos. Estoy muy de acuerdo con los argumentos entregados en la Comisión por el profesor Hugo Zepeda . Su exposición fue muy lúcida y persuasiva, pero, a mi juicio, se quedó con algo que no nos respondió: no nos quiso contestar o no pudo, al decir que la pena de muerte atrae a los psicópatas. Miles de criminales transgreden la ley, porque la pena de muerte constituye un verdadero desafío para ellos, el cual desean saltar.
Más allá de estas disquisiciones legales o penales, nosotros debemos cumplir con nuestro deber. El artículo 5º de la Constitución nos mandata respetar la vida y derogar la pena de muerte de nuestra legislación. Ante el mundo estamos obligados a ello. Así lo hemos acordado y aprobado en todos los proyectos que respetan los derechos humanos. Por eso estamos a favor del proyecto.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Se cita a reunión de Comités en la Sala de Lectura. Comenzará a las 14 horas y será presidida por el Primer Vicepresidente, diputado señor Felipe Valenzuela .
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía).-
Señor Presidente, más que hacer una disquisición filosófica o de raciocinios doctrinarios en relación con la pena de muerte, quiero dar respuesta a tres de los muchos argumentos favorables que hemos oído en el curso de esta sesión.
Uno de los argumentos dice que la pena de muerte es necesaria, porque estamos viviendo un momento de gran inseguridad ciudadana. Al respecto, quiero expresar que la pena de muerte o las penas drásticas no están relacionadas con eso. Existe inseguridad e intranquilidad por el fenómeno delictivo que vive el país debido a la impunidad en que queda la mayor parte de estos delitos, porque los delincuentes nunca son detenidos ni llevados a la justicia. En consecuencia, jamás son castigados.
Ahora, en cuanto a los delitos brutales, como el asesinato y violación de niños que a todos nos preocupan no hay impunidad, porque justamente, frente a esos delitos, funciona el control y represión de los organismos del Estado. Los delitos siempre son denunciados, las personas son encontradas, llevadas a la justicia y sancionadas, después de lo cual cumplen sus penas en la cárcel.
En algunos casos ha habido problemas de reincidencia, básicamente por aplicación de beneficios penitenciarios, los cuales ya fueron corregidos en la ley sobre delitos sexuales que se promulgó hace dos años.
En concreto, objetivamente, la inseguridad ciudadana no ha sufrido variaciones con la pena de muerte.
En segundo lugar, concuerdo en que se puede afectar el elemento subjetivo de la seguridad ciudadana, es decir, la “sensación térmica” de que podría haber más posibilidades de que se cometiera este tipo de delitos y de que la gente estuviera asustada.
Sin embargo, una vez que se apruebe la derogación de la pena de muerte, habrá presidio perpetuo calificado. Eso significará que las personas que cometan algunos de los brutales delitos de homicidio premeditado, parricidio, violación y homicidio, tendrán la pena de presidio perpetuo, y que, eventualmente, con buen comportamiento, tratamiento y rehabilitación, podrán solicitar el beneficio penitenciario de la libertad condicional, pero una vez que transcurran cuarenta años.
Esto es más drástico que lo que hoy existe, pues ahora al delincuente que no se le aplica la pena de muerte se le castiga con presidio perpetuo, pero puede acceder a la libertad condicional después de veinte años. Así, el violador de Elenita Yáñez y otros violadores del último tiempo podrán pedir la libertad condicional cuando pasen veinte años. Por lo tanto, reitero, la normativa que se propone es mucho más drástica.
También se utiliza el argumento de la “mala señal”, de blandura con la delincuencia. Las señales legislativas importan a las personas que razonan y logran percibir un delito muy grave, pero, en general, quienes cometen delitos brutales carecen de razonamiento y están dominados por sus pasiones. En consecuencia, la señal de dureza que conlleva la pena de muerte no cumple ningún objetivo.
Además de este argumento lógico, quiero hacer uso de las estadísticas. Canadá, en 1975, derogó la pena de muerte. Entonces, allá la tasa de homicidios era de 7,4 por cada cien mil habitantes. En 1998, según el último estudio, esa tasa es de 1,7 por cada cien mil habitantes. Por lo tanto, a pesar de la derogación de la pena de muerte, la tasa de homicidios bajó.
Otro caso es el de Estados Unidos. La mayoría de los estados tienen la pena de muerte, la que también se aplica en los delitos federales. La Corte Suprema de ese país, en 1973, declaró inconstitucional la pena de muerte. A partir de ese año, se elevó la tasa de delitos graves a los cuales se aplicaba esa sanción. Sin embargo, en 1976, la Corte cambió su criterio y determinó que era constitucional la pena de muerte. Así, algunos estados la incorporaron a su legislación. ¿Qué sucedió? Según el antecedente que tengo en mis manos, la cifra de quinientas personas que iban a ser ejecutadas en 1976 subió, en 1988, a casi tres mil quinientas. Es decir, en los estados que aprobaron la pena de muerte para combatir, justamente, la delincuencia, subió en un seiscientos por ciento la cantidad de personas condenadas a ella. ¿Por qué? Básicamente, porque se cometen más delitos.
En resumen, la derogación de la pena de muerte no afecta la seguridad ciudadana ni es una señal de blandura hacia la sociedad.
En el argumento de la legítima defensa se dice que el Estado tiene el derecho legítimo de defender a la sociedad de los delitos que cometen delincuentes brutales, pero las diferencias entre ese derecho y la legítima defensa del Estado lo hacen inviable. En primer lugar, la legítima defensa que acepta el Código Penal como eximente de responsabilidad es coetánea al hecho dañoso y exige que los medios que se utilicen sean proporcionales a la agresión. Es decir, puedo matar a alguien en defensa propia o de mi familia, pero no disparar a un delincuente menor en la calle y alegar legítima defensa, por cuanto no hay proporcionalidad del medio para hacer ésta efectiva. La situación es muy diferente en el caso del Estado, porque éste aplica la pena de muerte en el argumento de la legítima defensa con posterioridad a la comisión del hecho dañoso y con un objetivo retributivo, es decir, que el culpable pague con su vida el daño por el delito que cometió. Es una especie de ley del talión.
En definitiva, hoy existen en Chile otros medios incruentos que no necesariamente terminan con la vida de la persona y que se pueden aplicar para sancionar, por cuarenta años, como mínimo, a quienes cometan delitos brutales. Es una pena más drástica que las existentes.
Quiero hacer una consideración de coherencia. Curiosamente, en este minuto, por coincidencia, en Chile se discuten los efectos abortivos de la píldora del día después, la reparación social a las personas que han sido torturadas y la pena de muerte, temas que tienen que ver con el derecho a la vida.
Detrás de cada uno de ellos subyace una pregunta: ¿Tiene el Estado derecho a afectar, a intervenir o a terminar con la vida de una persona? Algunos son partidarios del aborto y contrarios a la pena de muerte, mientras que otros rechazan el aborto y son partidarios de la pena de muerte. Mi posición es que nada justifica que el Estado afecte el derecho a la vida. Por eso, es inconcebible salvar a un pequeño ser del aborto para después, quizás pasados veinticinco años, aceptar, justificar o excusar que sea detenido, interrogado y torturado. Eso no es posible.
El derecho a la vida es absoluto, una línea continua desde el momento de la concepción hasta el de la muerte natural. Lo único consecuente es ser partidario de la vida y contrario al aborto, a las torturas y a la pena de muerte.
Así, la consecuencia lleva a respetar la vida del niño no nacido, aunque su concepción se haya producido pocas horas antes; a respetar a la persona detenida para ser interrogada, aunque sea un terrorista, y la vida de un delincuente brutal, aunque la opinión pública quiera lincharlo. La vida es absoluta y nada ni nadie, ni siquiera la persona dueña de su propia vida, puede disponer de ella.
Sin duda, esta posición tiene costos, sobre todo en un año de elecciones parlamentarias. Sin embargo, el liderazgo que debemos ejercer en la sociedad nos exige tener la capacidad de enfrentar los riesgos y asumir los costos. Considero que el derecho a la vida de cualquier persona, en todas las situaciones señaladas, exige que tengamos ese liderazgo para defenderlo siempre.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En el tiempo del Comité del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el diputado señor Iván Mesías .
El señor MESÍAS.-
Señor Presidente, se somete a nuestra consideración el proyecto de ley, ya aprobado por el Senado, que deroga la pena de muerte y la sustituye por la de presidio perpetuo efectivo, sobre la base de una condena mínima de 40 años, sin que durante este lapso se pueda solicitar ningún tipo de libertad condicional. En todo caso, esa petición deberá conocerla la Corte Suprema, la cual decidirá en pleno y por mayoría de votos en ejercicio.
La pena de muerte es el castigo supremo para los delitos más graves y no debe salirse del contexto del resto de las penas a las que deben someterse los criminales que atentan contra la seguridad y la estabilidad de la sociedad.
La sociedad demanda la protección de las leyes, y de los jueces, y una labor eficaz de éstos para hacerlas cumplir. La sociedad espera que, ante graves hechos delictivos, se haga justicia con serenidad, con raciocinio y, sobre todo, con firmeza.
Uno de los problemas cruciales de nuestra sociedad es la seguridad ciudadana, cuestión que fue centro del debate de los candidatos y sus partidos durante la reciente contienda electoral municipal.
Los índices de delincuencia han aumentado, especialmente en este último tiempo, y revisten características alarmantes. Los legisladores hemos interpretado el sentir de la sociedad creando leyes, como la que libera a Carabineros e Investigaciones de funciones administrativas que entorpecían su dedicación al cometido natural que la ley les señala. En esta misma línea, hemos legislado para que exista una regulación más estricta de las libertades provisionales. En síntesis, se han dado señales claras para generar más confianza de la ciudadanía en los organismos del Estado que cautelan la seguridad o sancionan esas irregularidades.
La intensa discusión en torno del tema ha demostrado las características negativas de la pena de muerte. Desde el punto de vista jurídico, ella es inútil, porque no repara nada ni beneficia a nadie. El entonces Presidente Frei RuizTagle , al decidir conmutar una pena, expresó: “No creo que para defender la vida y castigar al que mata, el Estado deba, a su vez, matar”.
Esta pena es injusta, ya que está sujeta a un error judicial, por lo cual, en caso de su aplicación, resultaría irreparable. Además, es innecesaria, toda vez que la experiencia universal demuestra que carece de todo efecto intimidatorio. Desde el punto de vista de la teoría del Derecho, es pesimista, puesto que los condenados no pueden aspirar a la rehabilitación. En el fondo, la sociedad ejercita una suerte de venganza y el Estado se rebaja al nivel del ofensor.
En todo caso, debemos considerar que en nuestro país hay un estado de derecho, donde operan los tribunales de justicia y también los organismos policiales de prevención y de represión. Por lo tanto, existen poderosas razones para pensar que la sociedad puede usar medios incruentos para defender la seguridad de las personas y protegerlas del agresor.
Quisiera hacer algunas reflexiones finales. En primer término, la aparición de la Fundación Amparo y Justicia, dedicada a asistir jurídica, sicológica y asistencialmente a las familias que han sufrido la pérdida de un hijo menor víctima de un atentado sexual, viene a llenar un vacío notable ante este tipo de delitos.
Por otra parte, es necesario hacer un seguimiento riguroso del comportamiento de los condenados en estas circunstancias, lo cual deberá ser informado a las autoridades respectivas del Poder Judicial, a la opinión pública y a los familiares afectados.
Ahondando en esta idea, debo suponer que el condenado realizará, durante su reclusión, un trabajo productivo en prisión, el cual le generará algunos ingresos. Estimo de justicia que un porcentaje de los mismos se entregue a los familiares de las víctimas.
Termino expresando mi confianza en que esta pena de presidio perpetuo calificado, que reemplazará la pena de muerte, otorgará a la sociedad y a los ofendidos el sentimiento de que la justicia ha cumplido con su cometido.
Por ello, nuestra bancada va a votar favorablemente.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra, en el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, el diputado señor Pablo Lorenzini .
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, escuchaba a la diputada señora Pía Guzmán y a mi colega del Partido Radical, quienes hicieron una defensa jurídica y legal del tema.
Mi señora y mis hijos de quienes recibí un llamado hace poco rato no están de acuerdo con lo que voy a decir aquí.
Este no es un tema que se pueda utilizar políticamente. Hay acuerdos sobre asuntos nacionales, respecto de los cuales, técnicamente podemos discrepar, aprobar o rechazar, como el relacionado con el Mercosur, que afecta la parte agrícola de regiones. Existen temas políticos, sociales y económicos y reformas constitucionales. Estamos en una amplia discusión respecto de lo que está pasando en el país, pero creo que este tema no obedece al planteamiento parlamentario. Sea o no diputado, mi opinión es la misma y, por lo tanto, con mucho respeto hacia mis electores no sé qué piensan ellos voy a actuar de acuerdo con lo que me dicta la conciencia.
Es fácil recordar la horca, la guillotina, la silla eléctrica, los fusilamientos. Las estadísticas dicen que el primer ejecutado en nuestro país fue Emilio Tapia , en 1890. Todos recordamos a los psicópatas de Viña, Sagredo y Topp Collins , ejecutados en l985. En 95 años, 57 personas han sido ejecutadas. Cosa curiosa: las estadísticas muestran que nunca una mujer ha sido ejecutada.
En los quince años transcurridos desde 1985 a la época, no ha habido ejecuciones, porque dos Presidentes de la República, pertenecientes a la Concertación, han utilizado el indulto. Entonces, el tema es pena de muerte, indulto presidencial o presidio perpetuo, como se plantea hoy.
Me gustaba la idea del Presidente Lagos de haber realizado un plebiscito. No creo que este Congreso tenga atribuciones, salvo en lo que digo. En todo caso, me desligo de mis atribuciones parlamentarias y anuncio que voy a votar en conciencia. Creo que un plebiscito hubiera reflejado el pensamiento de la sociedad chilena. Dado que eso no es posible, debo asumir el costo un tema del yo íntimo y, en verdad, no tengo claridad sobre la materia si uno mira los argumentos desde el punto de vista legal y jurídico, y de las estadísticas, incluso de algunos estudios, los cuales dan para todo. Revelan, por ejemplo, que en algunos países la delincuencia ha aumentado en la medida en que ha habido más penas de muerte y que, en otros, es al revés. Depende de hacia dónde se quieran enfocar los estudios.
Algo dijo la diputada Guzmán respecto de la expiación a través de la pena de muerte, del ejemplo que eso significa para la sociedad, del derecho que tiene una sociedad a defenderse desde el punto de vista legal, de las facultades que tienen las personas de arrepentirse, de expiar sus culpas, de decir: “Bueno, quiero reinsertarme y ser distinto”.
Si uno analiza el tema desde esos puntos de vista, es complicado tener una respuesta, porque alguien podría decir que es un acto criminal, pero también podría preguntarse si el juez es Dios, no en el sentido religioso, porque el magistrado conoce cómo nace la mayoría de los criminales: piden limosna y luego sigue toda una cadena. También hay que considerar su ambiente familiar, su pasado, su educación, su estudio, las oportunidades que les hemos dado. ¿Es culpa de ellos? ¿Es culpa de todos? ¿Es culpa de la sociedad?
Es complicado dar una respuesta a favor o en contra. ¿La pena capital intimida? No lo sé. Por otro lado, tampoco se ha comprobado si en 40 años se regeneran estos criminales. Lo que sí sé es que la mayoría de las veces no se afecta tanto al culpable, sino a su familia, a su descendencia, a su generación. Son terceros los que reciben el impacto.
Por lo tanto, quiero quedarme en, a lo menos, una cadena perpetua. No se está favoreciendo la impunidad: hay 40 años sin beneficio y sin salidas dominicales; todo se encuentra bastante acotado. Tampoco estamos disminuyendo la justicia. Al revés: de repente me siento como si estuviéramos secuestrando a alguien y mandándolo por 40 años a la cárcel, que es también otra forma de quitarle la vida. A veces en vida se sufre más, como lo hemos visto con muchos enfermos que, por años y años, padecen de un mal incurable y que desearían optar por la eutanasia, a pesar de que ésta todavía no se aplica en nuestro país.
Comparto lo señalado por algunos colegas en cuanto a que la vida es sagrada. Y solamente en ese sentido apelo a un principio cristiano, a un sentido filosófico de vida, porque no tengo argumentos defendibles para decir que no a la pena de muerte desde un punto de vista de la lógica. Pero como tampoco tengo argumentos en contra y estoy confundido, pienso que Dios es el dueño de la vida y que debemos darle a la gente la posibilidad de rehabilitarse y volver a ser alguien. Al ministro de Justicia, presente en la Sala, quiero comprometerlo; porque mi voto tiene un sentido: que el Gobierno, representado por su ministro, nos asegure que vamos a tener infraestructura adecuada, suficientes gendarmes, sicólogos y asistencia para la rehabilitación de los reclusos. Lo solicito por ser éste el último argumento al que uno se aferra.
Sé que esta materia no es popular. Por ello empecé dando a conocer la opinión de mi señora y de mis hijos. Sé que, a lo mejor, la mayoría de la gente se cierra un poquito. Porque de acuerdo con lo que uno escucha es muy grande el efecto: niños violados y asesinados. Pero aquí no votamos por política. Ya hice la separación conceptual. Voto como persona, y el pensamiento único es que el Gobierno me asegure, en esta nueva concepción del presidio perpetuo, que esos criminales, esos convictos o reos, van a tener ayuda, en forma constante, para rehabilitarse. Ese es el compromiso final. Si no tenemos esa garantía, es evidente que no tenemos nada más de qué hablar.
Por lo tanto, termino anunciando, no en nombre de mi bancada en temas como éste ellas no pueden estar representadas, que votaré a favor de terminar con la pena de muerte y reemplazarla por este presidio perpetuo, pero confiando en que la rehabilitación está en manos del ministro. En mucho tiempo más, cuando aparezcan las estadísticas quizás dentro de 40 años conoceremos los resultados. Sólo entonces se dirá, señor ministro, que hemos rehabilitado, hemos cumplido y, por lo tanto, que el voto del diputado Lorenzini fue bien fundamentado.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En representación del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Ibáñez .
El señor IBÁÑEZ.-
Señor Presidente, hoy nos corresponde ocuparnos del proyecto de ley que, por iniciativa parlamentaria y apoyo del Presidente de la República, propone eliminar la pena de muerte de las escasas disposiciones de nuestras leyes penales que aún la estatuyen, de modo de dejarla reservada sólo para algunos delitos mayores cometidos en tiempo de guerra, y sustituirla, en todos los otros, por una pena de presidio efectivo de 40 años.
En lo que al fondo del tema que nos ocupa se refiere, séame permitido, antes que todo, afirmar sin ambages que toda vida humana debe ser objeto de especial cuidado y que todo el cuerpo social se resiente gravemente si se pone término de manera injusta a alguna de las vidas que lo integran. Por ello no apoyamos, ni entendemos al contrario, rechazamos la disposición administrativa que autoriza el consumo, como fármaco, de una sustancia que claramente es abortiva, con el sugestivo nombre de “píldora del día después”. No apoyamos ni podemos entender cómo hay quienes que hacen tanto alarde de su adhesión a los derechos humanos y a la vida humana y aceptan, sin embargo, otras formas mucho más evidentes de abortos u otros crímenes, como la eutanasia. Menos podemos entender que algunos de ellos, yendo más allá, promuevan o propongan la legalización de esos crímenes.
Reconocemos, sin embargo, que hay ocasiones en que la defensa propia o de otras personas, incluso de bienes, pueda legitimar actos que, en definitiva, pongan término a la vida del injusto agresor. También reconocemos y afirmamos que a la legítima autoridad de un país le corresponde la potestad, en casos gravísimos, de aplicar la pena capital, siempre que se tomen los debidos resguardos para evitar el error judicial. Pero, a la vez, reconocemos y afirmamos que no es de suyo necesario que, siempre y en toda ocasión, esa potestad pueda estar a disposición de la autoridad judicial y política para aplicar de hecho la pena capital. Es desde esta perspectiva que participamos en este debate, pues entendemos que se pide nuestro pronunciamiento no acerca del principio de la licitud de esta pena, sino de la prudencia de mantenerla en las disposiciones penales de nuestra legislación, atendidas las actuales circunstancias por las que atraviesa el país.
Recordemos, con todo, que la pena cualquiera que sea se nos presenta como la necesaria retribución que merece quien ha delinquido por la sola comisión de su delito. De ahí el viejo adagio de que “el delincuente se hace acreedor a una pena”. Y ella se nos presenta como constitutiva del único camino para que el delincuente pueda reintegrarse de pleno derecho a la vida social, al margen de lo que en los hechos le signifique reparar el mal causado.
La pena tiene, asimismo, una finalidad de defensa social, pues al segregar a los delincuentes, la autoridad evita que éstos sigan delinquiendo, y también apunta a servir de ejemplo en el sentido de prevenir a quien se sienta tentado de cometer un delito para no hacerlo, por el avizoramiento de la consecuencia que ese delito pueda acarrearle. Si los delitos quedaran sin sanción, su comisión aumentaría de tal manera que la vida en sociedad se volvería imposible.
Cabe señalar que tanto el objetivo de defensa social como el de servir de ejemplo intimidatorio, no pueden nunca ir más allá de lo que manda una justa retribución del delito. Pero también es cierto que el hecho de que una pena efectivamente sirva o no para contener, en alguna medida al menos, la comisión de un determinado tipo de delitos, constituye un índice no el único, por supuesto de la justicia de esa pena.
Por drástico que sea, nunca las leyes penales de una sociedad impedirán del todo la comisión de delitos, pero deben ser capaces de mantenerlos dentro de proporciones tolerables para una sociedad. El bien que para algunas personas significa su seguridad, es tal vez el que más ellas aprecien al participar en una vida social. Cuando esa seguridad está garantizada dentro de niveles mínimos, entonces y sólo entonces puede entrar a hablarse de otros fines sociales. Por eso, cuando en una sociedad como a veces ha sucedido en la nuestra y mucho me temo que también ahora suceda en alguna medida la gente honesta tiene que refugiarse a una determinada hora en sus casas para no ser víctima de delincuentes y dejar, por tanto, entregada la vía pública a éstos, podemos concluir que esa sociedad está fallando en un aspecto esencialísimo de su propia realidad.
La cuestión que se suscita es la siguiente: ¿Puede haber delitos de tal magnitud que, cometidos en determinadas circunstancias, hagan de la muerte del delincuente la única pena que retribuya en justicia la monstruosidad de ese delito? Damos por hecho que sólo a la autoridad pública le corresponde aplicar esta pena, como asimismo que ésta puede ser dictada sólo después de un proceso que se distinga por la minuciosidad de los resguardos que provea para evitar el error judicial.
En ese entendido nuestra respuesta es claramente positiva, hasta el punto de afirmar que sólo por excepción puede esa autoridad privarse de tal facultad y que lo puede hacer dejando siempre muy en claro la posibilidad de recuperarla cuando las circunstancias así lo exijan.
Los delitos que la merecen son aquellos que por su objeto y por las circunstancias que rodean su comisión apuntan a inferir a la sociedad como un todo, un daño total; es decir, demuestran, en quienes los cometen, un desprecio absoluto por el bien que significa no sólo la vida de una persona singular, sino la de todo el cuerpo social, incluyendo la vida de quienes forman parte de él.
Casi siempre esta pena va asociada a crímenes que provocan la muerte a otras personas, por lo que no son pocos los que quieren ver en su aplicación una suerte de ley del talión. Eso lo rechazamos, porque no todos los homicidios deben ser castigados con la muerte del delincuente, sino sólo algunos, como el parricidio, que, por su gravedad, atestigua en el delincuente un ánimo como aquel a que hacíamos mención. Tampoco afirmamos que para aplicarla siempre debe haber un homicidio actual de por medio. Desde luego, están los actos de traición a la patria en tiempos de guerra; pero también afirmamos que el tráfico de drogas, por las gravísimas consecuencias que acarrea a la población de un país, en especial a su juventud, podría dar lugar a figuras delictivas que, a su vez, puedan llegar a merecer la pena de muerte.
Como podrá advertirse, en la justa aplicación de esta pena debe estar siempre presente la finalidad de proteger la vida de los inocentes al interior de una sociedad. Ello hasta el punto de que, en las circunstancias actuales, se suscita la grave interrogante no sólo acerca de si eliminando la pena de muerte dejaremos sin posibilidad de que en nuestra patria se haga verdadera y cabal justicia en los crímenes más graves, sino también aquella otra que apunta a si, en ese evento, seremos todo lo diligentes que nuestra investidura exige para proteger la vida de nuestros compatriotas amenazada por la comisión de los más graves delitos.
Repetimos que, como todas las penas, la de muerte no pone término a la comisión de los delitos que ella sanciona, pero sí que ayuda a mantenerlos a raya. Y no creemos que el solo hecho de reemplazarla por un presidio, casi de por vida 40 años, vaya a evitar que tengamos que plantearnos estas interrogantes.
En definitiva, estimo que la legislación chilena sobre esta materia no requiere ser modificada en el sentido que nos propone el proyecto en análisis. Desde luego, porque el Pacto de San José prohíbe a los Estados firmantes el restablecerla cuando la han abolido, lo cual implica un grave cercenamiento de nuestra soberanía. En seguida, porque, cuando, por excepción, la ley chilena establece esta pena para crímenes gravísimos, no lo hace nunca como pena única. Lo hace siempre con resguardos y contrapesos que, razonablemente, permiten afirmar que el error judicial tiene muy escasa por no decir ninguna, posibilidad de generarse, y lo hace, por último, entregando su administración a jueces que tienen una muy destacada tradición de mesura y equidad en su aplicación.
Es precisamente esa tradición la que da suficientes garantías, tanto a quienes eventualmente se vean acusados de delitos que pueden ser sancionados con esta pena, como al resto de la población, que, alarmada, quiere evitar que se repitan hechos gravísimos, y que pide se adopten las medidas necesarias para salvaguardar la seguridad ciudadana.
No queremos imponer como obligatoria esta pena para ningún crimen, por monstruoso que sea; pero tampoco queremos imponer una prohibición a su aplicación. Creemos que hacerlo podría provocar males peores que los que se trata de remediar. La historia demuestra con abundancia de ejemplos cómo, cuando, al interior de una sociedad, la autoridad evita las sanciones que la población, o parte importante de ella, siente con razón como justas, se incuba en su seno un sentimiento de venganza que puede perpetrar los peores excesos, comenzando por el fenómeno del linchamiento.
Delitos como el secuestro de menores con resultado de muerte, difícilmente dejarán indiferentes a la población. Por eso, preferimos entregar la determinación de la solución más adecuada, como ha sido hasta ahora, a la prudencia de nuestros jueces, en el difícil equilibrio que significa garantizar todos los bienes implicados en una decisión como ésta.
Creemos que dejar nuestra legislación tal como está y a los jueces que hagan profesionalmente su trabajo, es el mejor camino para alcanzar la solución más justa, por lo que, en definitiva, señor Presidente, votaré negativamente el proyecto en cuestión.
Muchas gracias.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
En representación del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Antonio Leal .
El señor LEAL.-
Señor Presidente, este proyecto, que establece el presidio perpetuo efectivo y elimina de la legislación chilena la pena de muerte, me parece, en primer lugar, signo de civilización, ya que la mayor parte de las sociedades del mundo, al inicio del siglo XXI, ha abolido el criterio de que el Estado pueda apropiarse de la vida de una persona, de un delincuente.
Como sabemos, 75 países aquellos con mayor desarrollo político, económico, histórico, cultural han abolido para todos los delitos la pena de muerte; y 108 países la han abolido en la ley o en la práctica. Y creo necesario que Chile se sume a estos 108 países, y no a aquellos donde la pena de muerte es utilizada como un instrumento, donde se condenan no sólo delitos comunes, sino también delitos religiosos, políticos, y donde el derecho a la vida no está suficientemente resguardado, como lo exige una moderna concepción de los derechos humanos y de las personas.
Este proyecto es una señal importante, por cuanto el Estado chileno coloca como principio fundamental de su convivencia el respeto a la vida. Primero, porque elimina la pena de muerte, que hoy aparece como una forma de venganza del Estado y de la sociedad para quien comete un delito atroz y, en segundo lugar, porque establece una condena muy estricta para los delincuentes, ya que evita que el condenado salga de prisión antes de cumplir 40 años de pena, lo cual tiene un efecto disuasivo. En virtud de la ley en tramitación, el castigo al delincuente se mantiene en el tiempo y se termina con la sensación de impunidad que establece la ley actual, según la cual el condenado a presidio perpetuo puede salir en libertad a los 20 años, y se exige que, para que la pena de muerte sea aplicada, el tribunal debe confirmarla por la unanimidad de sus miembros.
La mantención de la pena de muerte es claramente atentatoria de todos los tratados internacionales que Chile ha suscrito. Es completamente atentatoria de los pactos civiles y políticos; del Pacto de San José de Costa Rica; de la presencia de Chile hoy día en el seno de la comunidad internacional, en la cual se abre paso el postulado de que la vida es un valor supremo, que no puede ser cuestionado por ninguna circunstancia, incluso la de la seguridad ciudadana.
Sabemos, además, que la pena de muerte es irreversible frente a un error judicial. No está probado, por otra parte, que incida en la disminución de los índices de criminalidad. Por el contrario, muchos estudios muestran hoy que donde existe la pena de muerte hay una tendencia a una mayor criminalidad.
Se han dado a conocer casos de inculpados de determinados delitos, como el de violación, los que tras ser condenados a muerte, han resultado ser inocentes después de realizarse exámenes de ADN; pero como esto se ha demostrado con posterioridad a la ejecución se ha producido una situación irreversible y un tremendo error judicial completamente irremediable. Por lo tanto, una concepción moderna del derecho penal no puede consagrar que se responda a la muerte con más muerte, y menos establecer un tipo de pena que impida el arrepentimiento y la rehabilitación.
La pena de muerte constituye un instrumento a través del cual el Estado puede privar de la vida a una persona.
En ningún país donde se mantiene la pena de muerte hay más seguridad ciudadana, y yo afirmo que la seguridad ciudadana supone actuar con métodos democráticos: enviar mensajes de que el Estado afirma el derecho a la vida, y tiene en cuenta, además, que muchas veces crímenes horrendos y delincuentes avezados son parte de un contexto social de marginación, de ignorancia y de miseria, como ocurrió con el “chacal de Nahueltoro”. Si ustedes analizan la vida de las 57 personas fusiladas en el siglo pasado en este país, concluirán que todos eran personas marginadas, personas ignoradas, personas cuyos nombres se conocieron sólo cuando cometieron el delito y sólo cuando fueron condenadas a muerte; es decir, era gente que vivía al margen de la sociedad, a las cuales el Estado y la sociedad les habían negado la posibilidad de una inserción. Y, en ese sentido, es atroz que de esas 57 personas condenadas, 47 eran analfabetas, y también lo es que la inmensa mayoría de ellas hubiera vivido fuera de las condiciones mínimas requeridas para la convivencia civilizada en un país.
Por esa razón, debemos internalizar el principio de que nadie tiene derecho a quitarle la vida a otra persona; que quien le quita la vida a alguien tiene que pagar por este delito, y que ahora se propone una condena de 40 años, no modificable.
Sería absurdo mantener hoy día la tesis de que a una persona, que ya está recluida, que el Estado la tiene en sus manos, éste le pueda quitar la vida, y que eso pueda ser representado como una señal de vida, como una señal favorable al combate de la delincuencia y a la afirmación de la seguridad ciudadana.
Finalmente, me parece importante lo que ocurrió en el Senado: senadores de las diversas bancadas aprobaron este proyecto me parece un signo histórico de sustitución de la pena de muerte por el presidio perpetuo real, efectivo, de 40 años.
Espero que los diputados acordemos terminar con la situación actual muy negativa, toda vez que coloca a Chile entre los países más atrasados para sumarnos a los 108 países que defienden también la vida, que defienden la seguridad ciudadana, pero que lo hacen respetando la vida de todos.
Muchas gracias.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
En representación del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos .
El señor BUSTOS.-
Señor Presidente, el desarrollo de la humanidad ha estado siempre ligado al fortalecimiento de los derechos de las personas y a la disminución de la violencia institucional para alcanzar la paz social.
La ley del talión fue un avance, pues terminó con los horrores de la desproporción entre los hechos cometidos y las penas. Sin embargo, ella mantuvo la violencia del “ojo por ojo, diente por diente”.
El surgimiento del Estado moderno significó un avance cualitativo en el desarrollo de los derechos de las personas. El sistema procesal penal inquisitivo fue sustituido por el sistema acusatorio sólo ahora lo estamos implementando en nuestro país, lo que implicó el término de la tortura, la cual también constituyó un avance en la época de la alta Edad Media en relación con la baja Edad Media, pues eliminó el horror de la ordalía.
Sin embargo, dicho surgimiento no fue capaz de terminar con todas las raíces de la ley del talión, y mantuvo la pena de muerte dentro de las legislaciones.
En la actualidad, en el reconocimiento del derecho de la humanidad, de los derechos humanos, ha habido nuevamente una profundización en los derechos de las personas, en la no violencia para alcanzar la paz social. El Estado no tiene legitimidad para afectar los derechos de las personas en su esencia. Ésa es hoy la gran Carta Magna del ciudadano. Por eso, todas las constituciones han establecido este principio fundamental del estado actual de los derechos humanos, y así también lo consagra el artículo 19, Nº 26, de nuestra Constitución Política.
Si efectivamente se reconoce que los derechos humanos son el fundamento del Estado y que la vida es el derecho más trascendente de las personas, ciertamente la pena de muerte debe estar proscrita de toda legislación, en toda forma y en toda situación. Si está prohibido matar a una persona, con mayor razón esa prohibición alcanza al Estado.
La bancada del Partido Socialista va a votar favorablemente el proyecto que deroga la pena de muerte sin perjuicio de nuestras observaciones al proyecto; porque no se deroga la pena de muerte en todos los casos en que está establecida en nuestra legislación, y que consigna una pena privativa de libertad de 40 años sin ningún beneficio.
Lamentablemente, no hemos podido superar la historia institucional de la violencia; ciertamente, estamos suprimiendo el horror de la pena de muerte, pero mantenemos la violencia que significan 40 años de privación de libertad sin beneficio a una persona. Con eso, realmente, no somos consecuentes con el principio fundamental del estado de los derechos humanos, en el sentido de que no se puede afectar, jamás, la esencia de los derechos de las personas. Sin embargo, como señalé, constituye un avance enorme de la humanidad la supresión de la horrorosa pena de muerte.
Por eso, votaremos favorablemente.
Muchas gracias.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil .
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, efectivamente, como planteó el diputado señor Lorenzini , la aproximación al tema no es neutra. Uno, para tomar una determinación, está cruzado por prejuicios, por ideas de lo que debe ser una sociedad, por pensamientos o convicciones religiosas, y también por sentimientos.
En el debate de hoy y durante la tramitación del proyecto en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, he escuchado argumentos sentimentales a favor o en contra de la pena de muerte, y pienso que esto obliga a un ejercicio de rigurosidad especialmente delicado.
Primero, quiero fundamentar mi voto voy a votar en contra del proyecto planteando hechos objetivos para evitar la confusión ideológica.
En primer lugar, no estamos tratando un proyecto que instituya la pena de muerte. Si se tratara de eso, confieso que tendría serias dudas en establecerla en un país como el nuestro o en cualquier otro. Pasar de un Estado en que no hay pena de muerte a uno que la establezca hoy, año 2001, me ocasionaría serias dudas.
Pero no se trata de eso. Aquí se trata de abolir escúchese bien, abolir la pena de muerte para algunos delitos atroces: para el caso de violación con muerte de la víctima, para el caso de secuestro con violación, para el caso de parricidio. Precisamente para cinco tipos penales que coinciden con cinco casos que han estremecido a la sociedad chilena en los últimos años, tres de los cuales sucedieron en la Región del Maule: uno en Hualañé, otro en Talca y otro en San Clemente.
Pero lo grave es que se está aboliendo parcialmente la pena de muerte, porque se mantiene para ciertos delitos cometidos en tiempo de guerra, como la deserción y la traición. Entonces, aquí se configura la primera contradicción. Un ciudadano puede tener una conducta ejemplar, que, víctima del pánico, del miedo en tiempo de guerra, huye del campo de batalla, es sancionado con pena de muerte.
Otro ciudadano que realice, por ejemplo, actos de espionaje por aproximaciones ideológicas con el bando contrario como el caso de los espías que trabajaron en Londres para la Rusia soviética porque formaban parte del Partido Comunista y tenían una motivación política en el ejercicio de sus actividades contra el estado inglés, es sancionado con pena de muerte. ¿Y por qué en esta misma ley no hay pena de muerte para el que viola a una niña o a un niño y lo mata?
Quiero que los que han sostenido este proyecto de ley con tanta rigurosidad me den una sola razón para aceptar el contrasentido que contiene su texto.
Hoy, Chile tiene una legislación prudente e inteligente respecto del tema. Efectivamente, se mantiene la pena de muerte como una espada dura, filuda, acerada, pendiente y suspendida; una espada de justicia que puede cortar la vida; pero que está asegurada con numerosos mecanismos que la hacen extraordinariamente excepcional. Hace diez años se disminuyeron de 40 a 5 los tipos penales por los cuales se podía aplicar. Hace veinte años que no se ejecuta. En nuestra historia, se ha llevado a efecto 57 veces y sólo ha habido una duda respecto de la justicia con que se aplicó en un caso, en 1930, donde intervinieron factores sociales y políticos de la época, que todo Chile recuerda.
Es decir, la pena de muerte es excepcionalísima y no veo ninguna razón para eliminarla. Otra cosa completamente distinta sería establecerla y no saber en qué campo entramos respecto de su aplicación.
El segundo punto tiene que ver con los argumentos que se dan a favor de la supresión de la pena de muerte que, según el proyecto, se establece sólo para algunos casos especialmente atroces, porque en otros se la mantiene.
Toda pena nos dicen los penalistas, las personas dedicadas al derecho y las fuentes doctrinarias implica tres funciones: retributiva, o sea, restablecer la justicia; disuasiva, no abaratar la comisión de delitos, sino encarecerla, y reeducativa.
¿Qué argumentos esgrimen quienes son partidarios del proyecto?
En primer lugar, que la vida es absoluta; que nadie puede retribuir con la muerte de otro algún delito cometido. Eso no es efectivo; es una falacia. Nuestro estado de derecho plantea que en determinadas ocasiones es lícito quitar la vida. Por ejemplo, en caso de guerra, legítimamente declarada, el Estado convoca a sus ciudadanos para matar; en el caso de legítima defensa, nadie puede quedarse impávido si alguien trata de dispararle con un arma de fuego a un metro de su cabeza. Ese ciudadano puede sacar legítimamente una pistola y matar al otro. Ello nos prueba que la vida, que es un valor absoluto en sí misma, ante otro valor absoluto, que es mi legítima defensa, como país o como ciudadano, tiene excepciones, y yo o el Estado podemos matar legítimamente.
En segundo lugar, el Estado no puede ejercer venganza social ni ponerse en el lugar del delincuente. ¡Pero de qué estamos hablando! Toda sanción es retributiva. El Estado siempre se pone en el lugar del delincuente. Cada vez que aplica una pena, por pequeña que sea, al defender los derechos de la víctima, ejerce un acto de venganza social debidamente regulado. Con la teoría de que el Estado no puede ejercer venganza social como he escuchado por ahí y parece ser la idea final, aunque sea la utopía de la anarquía más absoluta se niega que el Estado puede penalizar o aplicar sanciones criminales.
Un tercer argumento es que la pena de muerte niega o elimina el efecto reeducador de las leyes.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
Señor diputado, le queda un minuto.
El señor CARDEMIL.-
De cauerdo con esta premisa, el Estado nunca podría hacer efectiva una pena, porque ésta tendría que ser estrictamente aplicada hasta que la persona se reeduque. Por eso, la mantención de esta pena feroz de 40 años, inmóvil, que paraliza, es una barbaridad, porque no debiera aplicarse ninguna pena mantenida en el tiempo. Reitero que la pena debiera suspenderse automáticamente desde que un individuo se reeduque. De modo que aquí, desde el punto de vista de la lógica, hay una contradicción absoluta.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
Se ha cumplido el tiempo, señor diputado.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, voy a redondear la idea, porque el tema amerita un análisis serio.
Un cuarto argumento es que no está probado el efecto disuasivo de la pena de muerte.
Como muy bien dijo el diputado señor Lorenzini , hay estadísticas para un lado y para el otro; pero, desde un punto de vista lógico, evidente, nadie puede negar que, en un país plagado de inseguridad y de delincuencia, encarecer el delito es el camino; abaratarlo es ir contra el bien común y el interés real del país. No estamos imponiendo la pena de muerte, sino derogándola en un plano general de inseguridad que no la justifica.
El proyecto ha quedado mal, porque eleva los principios a altares y las conclusiones al cadalso. Como se determinó que había que eliminar la pena de muerte, se establece como muy bien se ha dicho un presidio perpetuo que verdaderamente nos va a poner a la zaga de los países civilizados. Es un estado de presidio perpetuo que inmoviliza toda posibilidad de reeducación y de redención. Incluso, si de efectos disuasivos se trata creo que éste puede ser el único mérito de la ley, es mucho más aterrorizante que la pena de muerte.
Además, no tengo ninguna seguridad de que las características de la pena que se establezca en la ley puedan sostenerse en el tiempo. Creo que, ante la necesidad de los hechos, vamos a tener que reestudiar esta horrible pena para evitar como aquí se ha dicho una cuestión mucho más horrible, si es que la Cámara de Diputados otorga al proyecto su voto favorable.
He dicho.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Tomás Jocelyn-Holt .
El señor JOCELYN-HOLT.-
Señor Presidente, no me quería meter en consideraciones filosóficas, pero la intervención del diputado señor Cardemil me invita a responder algunas de sus aseveraciones o inquietudes.
Desde luego, el debate está plagado de numerosas consideraciones acerca de si el Estado tiene derecho o no a disponer de la vida de otra persona. En la práctica, el Estado, más allá de si deba tener esa facultad o no, la ha ejercido sucesivamente. Pero nadie se ha detenido a meditar que, al respecto, el Estado actúa por consideraciones diferentes. El hecho de afirmar la legítima defensa es porque se produce una colisión de derechos y el instinto natural de una persona por preservar su vida.
Cuando uno aduce injustamente el argumento de que el Estado convoca a sus ciudadanos para defender el territorio, también lo hace de acuerdo con el mismo supuesto de defender el orden social; pero muy distinto es justificar una pena que contiene el mismo instrumento respecto de un fin diferente, que es puramente retaliatorio y retributivo. No hay ninguna retribución para la legítima defensa personal ni para la defensa del territorio nacional ante una guerra eventual, a menos que puedan existir propósitos expansivos; pero eso ya es una discusión de otro tipo. Uno defiende un país sobre la base de salvaguardar su cultura, su patrimonio, su forma vida, su historia, y ninguna de esas consideraciones existen en la pena de muerte; simplemente, el deseo de llegar como Shylock, en El Mercader de Venecia, y pesar carne junto a otra para ver si hay equivalencia. A la larga, es un tipo de pena que obedece a una filosofía extraordinariamente discutible en cuanto a su fundamento.
Quiero responder también a una segunda inquietud del diputado señor Cardemil . Él tiene toda la razón al decir que hay una contradicción en el proyecto; pero es, simplemente, por su viabilidad legislativa, porque el proyecto original del Ejecutivo también contemplaba la derogación de esta pena para los delitos militares. Sin embargo, los diputados de la Oposición no concurrieron con sus votos para su aprobación y se dijo que la modificación de la pena de muerte en los casos de delitos militares se discutiría en el marco de las modificaciones al Código de Justicia Militar. Por ende, le pido al diputado señor Cardemil que no aduzca que en el proyecto existe una contradicción vital, puesto que la única finalidad es resolver un problema de viabilidad legislativa.
Señor Presidente, el diputado señor Cardemil me solicita una interrupción y no tengo inconveniente alguno en concedérsela, siempre que no sea con cargo a mi tiempo. De lo contrario, le pido que me deje terminar.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
Tendría que ser con cargo a su tiempo, señor diputado.
El señor JOCELYN-HOLT.-
Entonces, prefiero terminar.
El señor CARDEMIL.-
Lo podemos conversar después.
El señor JOCELYN-HOLT.-
Muy bien, colega.
Pero hay algo interesante en lo que manifestaron el diputado Cardemil y otros colegas, cual es que la pena de muerte está en el centro del debate político nacional, básicamente, por su incidencia en la seguridad ciudadana y percepciones de inseguridad pública. En buenas cuentas, parte de la clase política utiliza la pena de muerte y la coloca sobre la mesa como una forma de responderle a la galería sobre los temores que existen en la sociedad respecto de ciertos fenómenos que preocupan a todos.
Si aceptamos que la pena de muerte como cualquiera otra es una herramienta que se utiliza para prevenir los delitos, en general, estaría dirigida contra la voluntad de personas con capacidad de autodeterminación, a quienes suponemos cierto nivel de libertad para comportarse de determinada manera. Cualquiera de nosotros puede cometer un delito, y es tal esa predisposición, que las piedras no van dirigidas sólo a las personas que lo cometen, sino a la sociedad en general, con el objeto de evitar su proliferación. Las penas no son un desahogo social, ni una catarsis, ni tampoco un sedante para nuestras pasiones. Desde ese punto de vista, deben ser evaluadas según su eficacia y capacidad para lograr los objetivos que nos hemos propuesto.
Ahora bien, como todos han recordado aquí, la pena de muerte se ha aplicado esporádicamente: 57 veces, desde el gobierno de Balmaceda. Entonces, es muy difícil probar el impacto que puede tener una pena de este tipo en la curva de delitos si se ha aplicado tan pocas veces y de un modo absolutamente poco sistemático.
Hasta hace pocos años, nuestra normativa criminal adolecía de algunas confusiones, por cuanto se aplicaba el mismo castigo a delitos distintos. Hay que recordar que, en algún momento, castigábamos el intento de violación de la misma forma, en algunos casos, que la violación consumada, lo que, simplemente, constituía una invitación para que los delincuentes consumaran el delito. En algún momento, nuestra normativa presentaba asimetrías específicas, por ejemplo, en el caso de violaciones de niños con resultado de muerte y de aquellas que no tenían el mismo resultado, lo que, evidentemente, era un estímulo para que hicieran desaparecer al testigo.
Una sociedad debe discriminar y tener la capacidad de acometer una tarea que puede ser un tanto ingrata, pero necesaria, para ver hasta qué punto las penas resuelven los objetivos propuestos al establecerlas y, al mismo tiempo, los problemas que intentan atacar.
Hoy nos horrorizan las violaciones de niños; pero hay que recordar que, durante el siglo pasado, la pena de muerte se aplicó en mayor medida para castigar el robo con homicidio. Durante buena parte del tiempo en que se aplicó esta pena, las violaciones menos aún de menores de edad no eran un fenómeno muy extendido en nuestro país. Ninguno de nosotros quiere convertirse en defensor de crímenes execrables. Les puedo asegurar que detrás de mi voto favorable a la abolición de la pena de muerte creo que así piensa la mayoría, hay mucho menos consideración por los criminales execrables que por el bienestar social, lo cual nos debe mover a tener un orden justo, y que funcione bien, de acuerdo con los objetivos que nos hemos trazado.
Debo confesar que en este proyecto también echo de menos el poco espacio que se les da a las víctimas, de manera que puedan participar, incluso, en la aplicación de las penas, en los beneficios procesales o en la libertades condicionales. Por eso, cada vez que en Chile se discute el tema de la aplicación de la pena de muerte, surgen esos comités para exigir la ejecución de la pena de muerte y evitar que el Presidente de la República conceda el indulto o adopte una actitud más blanda para castigar el delito. Entonces, precisamente por el escaso reconocimiento de los derechos de las víctimas en un proceso de esta naturaleza, empezamos a politizar el tema, hasta el punto de que las víctimas se transforman, simplemente, en un pretexto de discusión, por ejemplo, en una elección municipal que se relaciona con otro tipo de discusiones, lo que debilita en absoluto lo que pretendemos hacer.
En los minutos que me restan, quiero hacer tres reflexiones.
En primer lugar, considero que una política criminal debe prever los efectos que pretende conseguir en el tiempo. Desde ese punto de vista, debe ser una política criminal poco histérica y, en cierto sentido, “cool”. La pena de muerte no logra eso; tiene un efecto expansivo reconocido por todo el mundo. En la Edad Media se usaba en contra de animales y, eventualmente, de locos o dementes. En algunos países, no sólo se aplica para castigar delitos relativos a la seguridad del Estado. Por ejemplo, en China como en otros países asiáticos, se utiliza para castigar delitos económicos y en algunos países sajones se aplica a personas que, cuando cometieron el delito, eran menores de edad.
Por lo tanto, tiene un efecto expansivo que, normalmente, obedece a esa respuesta de la sociedad ante problemas que la desbordan, puesto que no tiene control sobre ellos.
Para que una pena sea eficaz debe ser frecuente, pública e inmediata, y la pena de muerte presenta problemas para que sea aplicada de manera frecuente, pública e inmediata, precisamente, por el error judicial. Además, en Chile, los fusilamientos se han realizado de madrugada y en lugares cerrados. Si queremos que produzcan algún impacto, deberían efectuarse en las plazas de armas y a plena luz del día; deberían ser un evento familiar al cual todos pudieran acudir. De esa manera produciría el efecto deseado.
De modo que las restricciones que se han aplicado en Chile a la pena de muerte la han transformado en obsoleta, en ridícula y sin aplicación. En otras palabras, han contribuido a conducirla al desuso y a que este debate se convierta en una discusión positiva para su eliminación.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor diputado? Le resta un minuto.
El señor JOCELYN-HOLT.-
Es evidente que estamos abocados a esta discusión porque el presidio perpetuo y el indulto existentes están desprestigiados y me atrevería a decir que nadie sabe lo que pasaría si no modificamos la ley. Hubo presidentes que, no obstante ser contrarios a la pena de muerte, debieron aplicarla. Balmaceda , Alessandri e Ibáñez propusieron su abolición; sin embargo, la aplicaron. Normalmente, la pena de muerte no incide mucho en las convicciones de un mandatario, sino en lo que ha predominado desde Poncio Pilatos en adelante: la opinión pública. Sin embargo, ninguno de nosotros cree que la opinión pública sea una buena herramienta para medir la estructura judicial o la manera de hacer justicia en un país.
Deseaba hacer otra reflexión en relación con los obstáculos para elaborar una verdadera estrategia integral en materia de seguridad ciudadana, en virtud de la cual todas las penas tengan cabida, pero con un enfoque más integral.
Pero quiero terminar preguntando: ¿Por qué en Chile se violan niños en forma habitual? ¿Sólo porque un gobierno no es capaz de enfrentar la delincuencia o debido a algunas realidades mucho más profundas que no queremos enfrentar: embarazos adolescentes, violencia intrafamiliar, prostitución infantil en barrios altos, hacinamiento urbano, drogadicción, alcoholismo?
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor diputado? Ha terminado su tiempo.
El señor JOCELYN-HOLT.-
Con esto termino, señor Presidente.
En el fondo, el clamor por la mantención de la pena de muerte es la respuesta de una sociedad tremendamente puritana. Si fusilamos a un miserable colombiano que viola a niños viviremos muy pulcramente, creyendo que somos muy severos para castigar prácticas inadecuadas; sin embargo, mantenemos ese lado oscuro que Chile tiene todavía, que permite o tolera las mayores depravaciones, siempre y cuando no se noten. Es tiempo de derogar la pena de muerte y enfrentar ese lado oscuro de nuestra sociedad.
He dicho.
El señor MESÍAS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Carlos Abel Jarpa .
El señor JARPA.-
Señor Presidente, quienes me han precedido en el uso de la palabra expresaron que durante 120 años en que la pena de muerte ha estado vigente, se ha aplicado sólo en 57 oportunidades. Las últimas fueron los casos de fusilamiento de José Sagredo y de Topp Collins, en 1985, y de José del Carmen Valenzuela, en 1963, más conocido como el “chacal de Nahueltoro”, hombre analfabeto que en 1960 asesinó, en una acción criminal dramática, a su conviviente y a sus hijos. Respecto de este caso, que me llamó la atención, nuestra sociedad, después de que lo alfabetizó y convirtió en un ser humano, mediante la justicia terminó por eliminarlo.
Por ese motivo, anuncio mi voto favorable a la abolición de la pena de muerte. Lamentablemente como decía el diputado Cardemil , no en todas las ocasiones se hace efectiva, sino solamente en actos de carácter civil, y se la reemplaza por un presidio perpetuo efectivo.
También debemos analizar y hacer una legislación comparada, ya que en Latinoamérica sólo persiste la pena de muerte en seis países: Chile, Belice , Guatemala , Cuba , Bahamas y Jamaica. 108 países la han abolido.
Hay situaciones en las cuales es importante resaltar el significado del proyecto, ya que se ha discutido aquí su aspecto disuasivo. Hay teorías al respecto; pero me inclino por el hecho de que en países donde se ha abolido la pena de muerte, no ha aumentado la criminalidad, sino, por el contrario, ésta ha disminuido.
Pero lo más importante es que se elimina la posibilidad de que en un juicio de este tipo se cometa un error y que la sociedad ajusticie a una persona inocente.
Y el otro antecedente que debemos hacer notar es que en 120 años de vigencia de la pena, sólo se ha aplicado en 57 casos. Es decir, por diferentes circunstancias y por el indulto, muchas veces no se ha aplicado la pena de muerte.
Por lo expuesto, quiero señalar algunos hechos que me parecen relevantes.
En primer lugar, porque soy partidario de la vida, aunque la sociedad pueda tener ese derecho, no soy partidario de eliminar a ninguna persona. En ese sentido, coincido en que esto debiera haber sido para todas las situaciones y no dejar exentas aquellas que ocurren en tiempo de guerra.
En segundo lugar ya lo expresé, es necesario señalar que en algunas ocasiones se pueden cometer errores y, como somos partidarios de la vida, es importante que el proyecto cambie la pena de muerte por un presidio efectivo.
En tercer lugar, confío en las estadísticas que demuestran que la pena de muerte no conlleva un efecto disuasivo y creo que debemos buscar la posibilidad de recuperar también a aquellas personas que han cometido delitos, aunque sean de extrema gravedad.
Por último, desde el punto de vista práctico, el hecho de reemplazar la pena de muerte por un presidio perpetuo efectivo, significa la posibilidad de resociabilizar durante 40 años a los individuos que han cometido hechos gravísimos y de tremenda repercusión pública. Además, la pena queda al margen de la posibilidad de indulto y será la Corte Suprema en pleno la que, luego de un análisis exhaustivo de la situación, podrá otorgar la libertad a esas personas, después de 40 años.
Por todos estos motivos, anuncio mi voto favorable al proyecto de ley.
Muchas gracias.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Espina .
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, en esta materia, quiero abordar, básicamente, cuatro ideas centrales.
En primer lugar, cuál fue el acuerdo que el Congreso Nacional adoptó en 1990 respecto del tema de la pena de muerte.
En segundo lugar, cuáles son los casos en los que se aplica dicha pena en la legislación chilena.
En tercer lugar, resolver una disyuntiva, en cuanto a si ésta es una cuestión de principios o está envuelta una cuestión de oportunidad.
En cuarto lugar, señalar si existen antecedentes que hoy justifiquen provocar un cambio legislativo de esta importancia, cual es derogar la pena más alta que contempla la legislación chilena.
En 1990, durante el gobierno de don Patricio Aylwin se presentó un proyecto de ley que derogaba 36 delitos que tenían aplicación de pena de muerte. En ese debate hubo quienes estuvieron a favor de la pena de muerte y otros que estuvimos en contra. Debo señalar que en aquel entonces, cuando se inició el debate, estuve en contra de la aplicación de la pena de muerte.
Luego de un debate de varios meses, finalmente, con fecha 6 de diciembre de 1990, se llegó a un acuerdo en el Parlamento respecto del tema de la pena de muerte, y muchos de quienes habíamos estado en contra, lo aceptamos como una necesidad para generar consenso en torno de la legislación penal en Chile. Ese día, por 79 votos a favor y 7 abstenciones, el Parlamento aceptó mantener en nuestra legislación sólo 5 delitos respecto de los cuales cabe aplicar la pena de muerte.
¿Cuáles son? El robo con homicidio. Cuando un sujeto entra en la casa de una persona y no sólo le roba, sino que la mata.
El robo con violación. Cuando un sujeto no sólo roba, sino que además viola a los moradores de la casa.
El secuestro con violación. Particularmente tipificado para delitos en contra de menores, el sujeto no sólo secuestra y pide rescate, sino que, adicionalmente, decide violar a la víctima, y probablemente la mate o la devuelva.
El secuestro con homicidio. Se trata del caso de una persona que cobra rescate, pero que recibiéndolo o no, finalmente mata a la víctima.
El parricidio, en el cual una persona, sabiendo las obligaciones de parentesco que la obligan, mata a su padre, madre o hijos.
Pero, no contento con eso, el Parlamento se abocó a estudiar los requisitos que debían establecerse para aplicar la pena de muerte y no cometer injusticias.
Señalamos que tenía que tratarse de un delincuente reincidente en delitos de la misma gravedad. O sea, no alguien que los cometía por primera vez, sino que insisto fuera reincidente.
Expresamos también que debía tratarse de un delincuente que no tuviera ninguna circunstancia atenuante. O sea, que no hubiese intentado reparar el mal causado; que no hubiese tenido irreprochable conducta anterior; que no podía condenarse por presunciones. Es decir, no bastaba que todos los hechos lo involucraran, sino que era imprescindible que existiera, a lo menos, la confesión del sujeto y plenas pruebas que acreditaran su participación en el delito.
Pero, no contentos con eso, agregamos que tenía que ser la unanimidad de los ministros de la Corte Suprema. Es decir, bastaba que un ministro, sin invocar fundamentos, quisiera aplicar una pena en un grado inferior presidio perpetuo u otra para que no se aplicara la pena de muerte.
Sin embargo, no contentos con eso, pusimos más exigencias y establecimos que, además, la Corte Suprema tenía derecho a dictar un decreto de indulgencia, que significa que, no obstante estar todos de acuerdo en que debía aplicarse la pena de muerte, de conformidad con la legislación, la Corte Suprema podía enviar una nota al Presidente de la República en el sentido de que, analizados todos los antecedentes, estimaba que el afectado no merecía la pena de muerte.
Pero, además, mantuvimos la facultad de indulto del Presidente de la República.
Entonces, para aplicar en Chile la pena de muerte, tenemos que estar frente a un caso horroroso, en que el sujeto pase tantas barreras, que su aplicación no pueda ser obviada.
Ese fue el acuerdo que hoy voy a respetar en la Cámara de Diputados. Así nos comprometimos en 1991 y, honestamente, cuando lo hicimos, incluso los que éramos partidarios de derogarla íntimamente, dijimos que hay que mantener esta señal para la sociedad chilena.
Veamos si aquí hay una cuestión de principios en esto, porque se ha invocado. En la Comisión de Constitución estuvo Monseñor Francisco Javier Errázuriz . ¿Qué nos dijo? Que le inspiran los llamados realizados por el Papa Juan Pablo II a tratar este tema de la abolición de la pena de muerte siempre que se den las condiciones necesarias para ello. Esa es la posición de la Iglesia repito: “siempre que se den las condiciones necesarias para ello”. Y agrega, en la página 11 del acta que figura en la Comisión: Hay lugares donde el Estado no tiene condiciones mínimas para dejar a las personas que son un peligro para la sociedad. En ese caso, el legislador y el Estado tienen el deber de proteger la vida de los ciudadanos, aun a costa de matar a esas personas.
No quiero ser hipócrita y decir que con estos argumentos su Eminencia , don Francisco Javier Errázuriz , habló en contra del proyecto. Sólo quiero hacer notar que no es una cuestión de principios para la Iglesia Católica, pues señala que se tienen que dar las condiciones y que, incluso, dadas esas condiciones, se legitima la pena de muerte.
Pero no sólo eso. La legislación chilena contempla la declaración del estado de asamblea en caso de guerra. Ahí se acaban los principios, pues con los bombardeos aéreos o terrestres los muertos no tienen juicio ni nada. Con esto no pretendo descalificar a quienes están en la posición contraria, sino decir que no elevemos a una cuestión de principios ni de vida, materias sobre las cuales existen normas vigentes que, objetivamente, demuestran que estamos frente a una situación de oportunidad.
Se ha hablado mucho de la legítima defensa. Algún conocimiento tengo sobre la materia, pues tuve el honor, junto con otros parlamentarios, de ser autor de la iniciativa legal. La legítima defensa permite la posibilidad de matar a una persona, cualquiera sea el daño que se cause a la víctima, es decir, el principio de reciprocidad no existe, porque si a las dos de la mañana me encuentro con alguien que entró a mi casa, no voy a tener tiempo de preguntarle, y la legislación me permite dispararle y matarlo, porque se ha puesto en una situación de tal emergencia que, incluso, en esa hipótesis puede legitimar la muerte.
Entonces, ¿qué justifica hoy este cambio legislativo? Reconozco, con toda franqueza, que estoy animado por un juicio subjetivo, pues trabajo fuertemente en el tema de la seguridad ciudadana en más de 24 comunas. No quiero decir que quienes actúan conmigo están en una posición u otra, pero en las villas y poblaciones de gran parte de la Región Metropolitana y de las regiones más populosas, a pesar de los esfuerzos realizados, reina el pánico.
Honestamente, no encuentro ningún argumento para que hoy, cuando no hemos logrado disminuir la delincuencia ni la comisión de los delitos más graves, demos como señal la derogación de una pena, cuya aplicación resulta muy difícil, pero que contribuye a dar mayor resguardo y tranquilidad a la ciudadanía, que es sobre lo cual este Parlamento debe legislar. No logro entender el fundamento de esta medida, la que se justificaría sólo si estuviésemos en un país con tasas muy bajas de delincuencia. Aquí no hay culpas del Gobierno ni de la Oposición y el ministro sabe que yo trabajo estrechamente con el Gobierno en el tema, pero no encuentro razón alguna para esto. Mientras el país ve que el tema de la seguridad ciudadana requiere mayor unidad de todos los chilenos para abordarlo, debido a la gravedad que ha ido adquiriendo, nosotros en el Parlamento decidimos derogar la principal sanción, que se aplica en forma muy excepcional.
Quiero referirme a otros dos argumentos. En primer lugar, el error judicial. Se ha dicho que cuando se ejecuta a una persona, se corre el riesgo de que haya sido inocente y no se puede devolver la vida. ¿Qué ocurre con la nueva norma, de cuarenta años de presidio perpetuo, si la persona muere en la cárcel o si después de 35 años se determina que hubo un error judicial? Siempre en la legislación penal existe la posibilidad de error judicial, en toda sanción y en toda norma. Por lo tanto, invocarlo como argumento en esta instancia no me parece acertado.
Estoy en contra de los cuarenta años de presidio efectivo, porque considero que la legislación chilena está bien hecha. Lo que ocurre es que se aplica mal, y en lugar de corregir esto, queremos cambiarla. Lo razonable es que a la persona que ha cumplido veinte años de cárcel y ha seguido un proceso de rehabilitación, se le permita reinsertarse en la sociedad. Sin embargo, debe cumplir cuarenta años de presidio. Si se rehabilitó a los quince, a los veinte o a los treinta años de estar presa, no tiene posibilidad alguna de salir.
Sostengo que el proyecto no tiene razón de ser. No obedece a una necesidad social de hoy, rigidiza muchas sanciones y da una pésima señal a la ciudadanía, pues en lugar de denotar que estamos preocupados por terminar con la delincuencia, desconcierta a la gente.
Imaginemos que mañana se aprueba el proyecto, como a lo mejor ocurre, y se deroga la pena de muerte. ¿Qué pensarán los delincuentes? ¿Qué pensará la gente decente? ¿Se sentirá más tranquila, más resguardada? Sin duda, se sentirá más insegura, y los delincuentes, que conocen la ley al dedillo, sabrán que pueden matar a mil personas y esa pena nunca recaerá sobre ellos.
En un país se legisla mal si se deja a los delincuentes contentos y a la gente intimidada. Por eso, votaré en contra de la derogación de los cinco artículos que establecen la pena de muerte.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ulloa .
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, hace más de diez años que comenzó esta discusión en el Congreso Nacional, después del gobierno militar. En principio, no más de ocho parlamentarios nos opusimos a la derogación de la pena de muerte. En esa oportunidad tuve el honor de encabezar esa oposición, la que reitero hoy, pues ello significa representar a los ciudadanos comunes y sencillos, a la gente decente, que nos pide respuestas a sus inquietudes para vivir tranquilos. Ello implica adoptar medidas tendientes a hacer cumplir las penas, las que deben obedecer a la justa retribución por el mal causado.
En los cinco delitos tipificados en l990, hay razones de sobra para enfrentar el pelotón de fusileros, pues se trata de personas que destruyen la vida de otros ciudadanos. En este caso, la figura es similar a la manzana podrida que va pudriendo al resto.
Desde esa perspectiva, ¿cuál es la respuesta que la sociedad debe dar a una persona que sabe que está prohibido quitar la vida a otro ser humano? La gente que nos está mirando se pregunta quién responde por las madres, por los familiares afectados, por la tranquilidad del país, si no lo hacemos nosotros.
Durante la discusión de esta iniciativa, todos los señores diputados han señalado que no hay más de 57 fusilados en la historia del país. En estos diez años, ¿cuántos casos que merecían esta pena han llegado a una resolución de la Corte Suprema, después de todos los requisitos que se colocaron para hacer posible que se aplicara? Sin duda, no tenemos respuestas para la población.
Se señala que el surgimiento del Estado moderno debe contemplar el respeto por la vida elemento compartido por todos, pero es necesario pensar que el bien común debe estar por sobre el bien personal, sobre todo cuando el Estado es el que debe preservar la vida de los demás, obligación que emana de una disposición de carácter constitucional, que contradice la señal que estamos dando, por cuanto esta supresión lleva implícito el conocimiento que tienen los delincuentes de esta materia.
En definitiva, si eliminamos la pena de muerte, estamos entregando una pésima y profundamente equivocada señal a una sociedad en donde los niveles de delincuencia han subido progresiva y peligrosamente. En estos últimos meses, ¿cuántos niños han sido vil y salvajemente asesinados después de haber sido secuestrados? Entonces, cabe preguntarse, ¿qué estamos haciendo para cautelar la vida de los más pequeños y aquellos a quienes representamos?
Desde esa perspectiva, sólo puedo volver a manifestar mi profunda discrepancia con este proyecto, pues obedece exclusivamente a una mal comprendida política de salvación de la vida. Precisamente, cuando una parte del cuerpo se pudre es necesario extirparla. Por ello, por el bienestar de nuestra nación, es absolutamente necesario mantener las cinco figuras delictivas que contempla la pena de muerte como sanción.
El Estado somos todos nosotros. Nuestra nación, política y jurídicamente organizada, debe defender el valor más preciado: el bien común, el cual comienza por defender la vida en general, y eso se logra con la mantención de la pena de muerte.
He dicho.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 del Reglamento, se insertan los siguientes discursos no pronunciados en la Sala:
El señor DELMASTRO.-
¿Condenar o no condenar a muerte?
Posiblemente este es el tema de mayor y más profundo sentido valórico que la raza humana puede discutir y analizar. Cuando digo valórico, es que este tema penetra en lo más íntimo del ser humano que, cuando se analiza, se discute y se argumenta, se llega a hurgar en lo más profundo del alma, para aquellos que dan fe de este estado del hombre, o de lo más profundo de su intelecto, para aquellos que creen en sólo la vida de este lado de la vida; ambas creencias, tan respetables como la misma posición que se pueda tener frente a aceptar o a rechazar la pena de muerte.
Por esta misma razón, debo manifestar mi más enérgico reclamo a la urgencia que se le ha impuesto a este proyecto de ley que, si bien es cierto ha estado en la agenda de muchos gobiernos y mandatarios y en la mesa de discusión por largos años, los que vamos a votar hoy día, hemos tenido un tiempo similar al que ha tenido cualquier ciudadano, con la diferencia que ahora es definitivo y que va a afectar al país entero, especialmente a la vida de victimarios y, por qué no decirlo, a la vida de muchas futuras víctimas.
Como cristiano, y específicamente como católico, no puedo ni debo estar a favor de la muerte, porque ello sería la misma antítesis por lo cual Cristo vino a este mundo e hizo lo imposible para comunicar a la humanidad: Vida es lo que Él nos pidió, sin apellidos, sin condiciones, sin excepciones, para todos igual. El derecho a la vida, de acuerdo con lo que Jesús nos dejó como legado, debería ser irrenunciable, sin excepciones.
Sin embargo, cuántas dudas tengo y cuántas dudas tienen ustedes, igual que la mayoría de la gente y de los chilenos.
Si yo o usted tuviéramos una hija o hijo, grande o pequeña, y fuera ultrajada y asesinada por un hombre o mujer, como lamentablemente ha ocurrido tantas veces en nuestra sociedad, ¿francamente, cómo sería nuestra reacción? Lo digo responsablemente y de verdad, yo sería capaz a su vez de matar, en el momento mismo de los hechos sin ninguna duda, y posiblemente también después de ocurrido. Esto es lo denominado defensa propia en cualquier escenario y tal como es hoy nuestra legislación, no tendría una pena mayor. Si derogamos la pena de muerte, tal vez la venganza, en el furor del odio ciego de una madre o de un padre, e incluso de cualquier testigo, será la forma de solución de los conflictos en algunos casos, cosa que tampoco es deseable para la sociedad.
La existencia o carencia de la pena de muerte en el mundo no es mayor o menor garantía de tener más o menos crímenes que se cometen a diario, sino que es el valor que las sociedades le dan a la vida humana y que sin duda es la base fundamental de ellas mismas. Una sociedad que no valoriza la vida de sus miembros, no es tal, y se convierte en ente sin destino y sin moral.
Cuando ha existido un alevoso crimen, en donde la víctima no se pudo defender, el Estado debe subrogar o reemplazar ese inalienable derecho a la defensa propia, derecho que debería haber tenido la víctima en el instante del crimen, y es por ello que el Estado tiene la obligación de actuar y tomar el lugar de la víctima; esto es lo que se denomina al Estado protector y defensor de los derechos de los ciudadanos, consagrados en toda la Constitución Política. Por lo tanto, si la víctima hubiera podido defenderse en el mismo momento del homicidio, en virtud de este legítimo derecho, jamás desconocido, de la defensa de la propia, habría matado para defenderse, o a lo menos, habría neutralizado a su victimario. Así, el Estado es el garante de la seguridad y de la vida de sus ciudadanos, y debe subrogar sus derechos cuando el ciudadano no puede defenderse.
Estamos entonces frente a una profunda encrucijada, queremos defender el derecho a la vida de todos los ciudadanos, sin excepción, pero por proteger a unos podemos poner en peligro la vida de otros.
El concepto de vida o muerte es uno solo, y no podemos tener parámetros diferentes para diferentes estadios de la vida. Los que estamos por la vida humana, debemos estar dispuestos a defenderla en cualquier estado de ella, sin importar si es pequeña o grande, sin importar si la vemos o no la vemos, sin importar si nos afecta o afecta a los demás.
Esta línea de pensamiento necesariamente nos lleva a tener que discutir un aspecto, que aunque se refiere a un tema adyacente, es igualmente importante y trascendente para la sociedad que todos representamos.
Es el caso, quizás más dramático y, a mi modesto juicio, injustificadamente polémico, tema de la concepción de la vida humana, es decir, cómo se define dónde comienza la vida humana o simplemente, se considera como un proceso biológico más. Tema que también es profundamente valórico, por cuanto todos y cada uno de nosotros, aunque no recordemos, estuvimos sometidos exactamente a ese mismo proceso, biológico, fisiológico o como quiera llamarse, que es el milagro de la vida. Por gracia de ese milagro, estamos todos sentados en esta sala el día de hoy.
Desde el punto de la genética, ciencia que cada día estará más en discusión y en la polémica de este Congreso, debido a que ya existe la creación de seres transgénicos y también la clonación, no tanto de plantas y animales, sino que específicamente es probable que pronto se clonarán seres humanos, se considera que el nuevo ser emerge con todo su potencial y cualidades, cuando se unen los gametos y esto es al margen de si se ha producido la anidación o no. Entonces estamos hablando de seres vivos, aunque microscópicos, pero que tienen la misma información genética que un ser adulto ya formado.
Creo firmemente que este es el concepto de vida que debe guiarnos y hacernos pensar y ser responsables ante los demás. Si estamos por la vida humana, estemos en todas sus etapas y conceptos, pero que no defendamos a los animales, a las plantas, al medio ambiente, y a la vida humana la dejemos como algo subsidiario, como algo de lo cual somos dueños y que podemos manejarla a nuestro antojo.
Si nuestra sociedad se compromete y garantiza un castigo ejemplar como lo es el presidio perpetuo, real, sin posibilidad de excarcelación, sólo entonces estoy dispuesto a abolir la pena de muerte en nuestro país, consciente de que a futuro posiblemente muchos chilenos y chilenas condenarán esta decisión, al ser afectados por el asesinato de un ser querido, ante lo cual no podré argumentar; pero como ciudadano daré mi apoyo y comprensión al dolor de los familiares de la víctima, que espero sabrán perdonar y olvidar la sed de venganza, tan propia del humano, como la de tener el potencial de quitar la vida de otro ser semejante.
El señor PALMA (don Osvaldo).-
Señor Presidente, opinar sobre el controvertido tema de la pena de muerte tiene una importancia mayor, trascendente, porque está en discusión mantenerla o cambiarla por la de presidio perpetuo real de cuarenta años.
Las decisiones de muchos pueden ser influidas por nuestras opiniones, por lo cual es factible que la sociedad chilena sufra las consecuencias de un error legislativo.
Por un lado, la delincuencia ha aumentado en prácticamente todos sus parámetros, así como la impotencia de la sociedad para controlar sus efectos. Así, la inseguridad ciudadana es uno de los mayores problemas de las personas. Además, existe crisis en el sistema preventivo y en su control, y crisis en el sistema judicial, penal y penitenciario.
La pena de muerte, durante siglos, se ha usado como mecanismo de sanción máxima para delitos mayores.
Más tarde, filosofías como el humanismo, los derechos humanos y diversas doctrinas religiosas comenzaron a cuestionar esta pena que termina con la vida del delincuente.
También es la actual facultad de indulto del Presidente de la República, resabio de épocas anteriores en que los gobernantes eran dueños de la vida y de la muerte de sus súbditos.
Personalmente, considero que esta anacrónica facultad es inconsecuente con el actual aparato judicial de nuestra sociedad, porque no puede una persona decidir, olvidar y echar atrás lo que han decidido, por unanimidad, todas las instancias judiciales, como resultado de pruebas y de agravantes.
Hace tres años, presentamos, junto con la diputada Lily Pérez , un proyecto de ley para eliminar esta facultad presidencial, iniciativa que, lamentablemente, duerme el largo sueño de la burocracia legislativa.
Es difícil estar en contra de la vida; es difícil sostener que para castigar a quien cometió un delito se deba matar. Es difícil argumentar los contrario, porque esa decisión es tan inhumana como los crímenes que motivaron la pena de muerte.
Los derechos de las personas salvo en caso de guerra, donde incluso existen límites establecidos y regulados por convenios, y el derecho a la vida no debe estar cuestionado por ninguna circunstancia, independientemente del crimen cometido. Nunca habrá justificación para que la sociedad cometa un crimen de similares características y atrocidad que llegue a los extremos de la venganza institucional.
Las personas pueden tener el derecho y el deber, a veces heroico, de defender su integridad y la vida de los suyos, llegando incluso a matar. También las personas con mucha ira pueden caer en excesos que las lleven a matar por venganza. Pero no puede la sociedad, después de ser analizados fríamente todos los detalles del proceso, llegar a los extremos que el calor de las circunstancias y la ira conduzcan a matar, máxime cuando se trata de una persona detenida y aislada en el sistema carcelario. ¿Cómo podría en esa situación justificarse el derecho a la legítima defensa?
Es difícil aceptar, en cualquier estado social, crímenes tan atroces como los que se efectuaron en los campos de concentración de los países comunistas, o el holocausto provocado por el racismo demente de Hitler y del nazismo. Nadie justificaría los “gulags” y los asesinatos de Stalin, ni las víctimas de las guerras mundiales, ni los sesenta millones de abortos que se practican en el mundo, ni los atentados contra los derechos humanos de nadie. Atentar contra la vida de las personas es siempre ilícito.
En Chile, desde 1875, año en que entró en vigencia nuestro Código Penal, se ha aplicado la pena de muerte a 57 personas. En 126 años, su efecto disuasivo es fácilmente cuestionable, igual que en los escasos países en que se aplica esa pena. La delincuencia suma y sigue y el efecto negativo de esa pena respecto de los índices delictivos ha sido nulo. Las estadísticas que avalan esta tesis son abundantes, muy conocidas y niegan el efecto disuasivo de la pena de muerte.
Nadie duda de que las personas que pueden discernir entre el bien y el mal y que tienen conductas desviadas y criminales, deben ser sancionadas. Pero es importante considerar que la delincuencia se genera en problemas sociales graves, como la pobreza económica, social y cultural.
Existe un nicho etiológico de la pobreza en esta economía informal en que asumen un rol laboral “natural” los delincuentes, traficantes de drogas, la prostitución adulta e infantil, el comercio ambulante y también los cientos de trabajos informales cuidadores de autos, lavadores de vidrios, etcétera, todo esto asociado con la pobreza y el desempleo, que incorpora a ese ámbito cada vez a más jóvenes y niños.
La incorporación del delito en estos sectores comienza a ser un tipo más de actividad, aceptada culturalmente, por lo cual ya es parte de esta economía informal.
De la misma forma, en los sectores marginales aumenta la posesión ilegal de armas, y ya no sólo de armas blancas, las que se abandonan por las de fuego. Con esto se incrementa el poder de daño del delincuente, a pesar de los controles policiales.
El motivo del 98 por ciento de los delitos es la obtención de dinero. El 90 por ciento los cometen hombres y el 60 por ciento, mujeres, a las cuales hay que sumarles el 30 por ciento por tráfico de droga.
Estudios de Doris Cooper , master en sociología y experta en criminología y psicología social, sostiene que en numerosas sociedades se considera que la delincuencia, el hampa, el mundo de los ladrones y ladronas, es una subcultura, con código éticos y penales, lenguaje, música, sistema de comunicación y de estratificación social alternativo, con roles laborales especializados. El 65 por ciento de los condenados se autopercibe y define, con gran orgullo y sin ningún sentimiento de culpa, como ladrón auténtico.
También los delincuentes afirman que constantemente corren el riesgo de perder la libertad o la vida. Destacan que la pena de muerte no tiene para ellos ningún sentido disuasivo, porque viven un riesgo diario al enfrentarse a las fuerzas de control social. La asumen como parte del trabajo del delincuente, por lo que la pena de muerte no tiene impacto en la prevención de los delitos, la mayoría de los cuales, el 60 por ciento, son contra la propiedad.
Cada día nacen más pobres con alta probabilidad de delinquir, lo que hace más ineficiente esa medida. La delincuencia se asocia a la pobreza, al desempleo y a la crisis económica nacional y global que afecta a todo el planeta.
El mundo de las drogas al minoreo está asociada a mujeres jefas de hogar, con hijos pequeños y ancianas sin trabajo; también con jóvenes y menores de edad. Los hombres participan en ese delito en menor grado.
Los delitos de los mapuches y del mundo rural se asocian, en un 70 por ciento, con el alcohol y su ingesta patológica, y con problemas de tierras. El 35 por ciento está constituido por homicidios y lesiones, y el 40 por ciento, por delitos sexuales: violación, incesto y abusos deshonestos.
Todos estos delincuentes, asociados a la droga, a la ingesta de alcohol este último siempre asociado a los grandes delitos, al robo y a la violencia viven permanentemente la posibilidad de perder la libertad y la vida, por lo cual manejan armas para contrarrestar las fuerzas del control social. Por eso, la pena de muerte no tiene ninguna función preventiva ni disuasiva y es un absurdo aplicarla con poca base científica y racional.
Sólo el dos por ciento de los delitos se asocian con psicópatas y psicóticos, con crímenes generalmente espectaculares contra menores y con parricidios complejos de gran crueldad e insensatez.
La prevención de la delincuencia es un medio científico útil, humano y eficaz. Se logra con la solución de los problemas sociales causantes. Todo será inútil, porque, mientras exista pobreza, habrá la marginación social que condiciona la delincuencia.
La encarcelación, custodia, marginación, social temporal y rehabilitación de los actores sociales debe ser el medio eficaz para tratar este problema. No creo que manteniendo la pena de muerte disminuya la delincuencia y, menos aún, termine con el acto delictivo en sí.
He dicho.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear un punto de Reglamento.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, quiero hacer un reclamo formal. Este es un tema trascendental para el país, pues se trata de mantener o no la pena de muerte. Ayer acordamos con la Mesa que a nadie se le privaría del derecho de hablar y en esas condiciones, como jefe de la bancada de Renovación Nacional, hoy en la mañana presenté un listado de diez de nuestros diputados para hacer uso de la palabra. No obstante, a los veinte minutos se hace una reunión de Comités, a la cual no asistí porque no se me informó, para cambiar las reglas del juego. En definitiva, sólo han hablado tres diputados de Renovación Nacional y siete han quedado sin expresarse.
Espero que esto no vuelva a suceder.
El señor GÓMEZ (Ministro de Justicia).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PARETO (Presidente).-
Como ya está cerrado el debate, solicito la unanimidad de la Sala para que pueda hacer uso de la palabra el señor ministro.
El señor BUSTOS.-
Señor Presidente, la palabra se había pedido antes de cerrar el debate.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Longton .
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, le daremos la oportunidad de hablar al señor ministro, pero siempre que lo podamos hacer todos.
Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor PARETO (Presidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos; por la negativa, 37 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor PARETO (Presidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Acuña , Aguiló, Allende (doña Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bustos , Caraball ( doña Eliana) , Ceroni , Cornejo (don Aldo) , Cornejo (don Patricio) , Elgueta , Girardi , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Jaramillo , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Jocelyn-Holt , Krauss , Leal , Letelier (don Felipe) , Lorenzini , Luksic , Martínez (don Gutenberg) , Mesías, Montes, Mora , Mulet, Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Ortiz , Palma (don Osvaldo) , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pollarolo ( doña Fanny ), Reyes, Rincón , Riveros , Rocha , Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Seguel , Silva , Soria , Soto (doña Laura) , Tuma , Urrutia , Valenzuela , Velasco , Venegas , Villouta y Walker (don Patricio) .
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Alessandri , Alvarado , Álvarez-Salamanca , Álvarez , Bartolucci , Bertolino , Rozas (doña María) , Caminondo , Cardemil , Correa, Delmastro , Dittborn , Espina , Galilea (don Pablo) , García (don René Manuel) , García-Huidobro , Ibáñez , Kuschel , León, Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Melero , Molina , Monge , Moreira , Ovalle (doña María Victoria), Paya, Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Recondo , Ulloa , Van Rysselberghe , Vargas , Vega y Vilches .
Se abstuvieron los diputados señores:
Díaz , Pareto y Orpis .
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear un punto de Reglamento.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente, para pedir que el señor Secretario nos señale cuál es el quórum mínimo que se requiere para aprobar este proyecto.
El señor PARETO (Presidente).-
El señor Secretario me informa que los artículos 4º y 6º, número 2, requerían de 67 votos. Por lo tanto, esos dos artículos no fueron aprobados.
Tiene la palabra el diputado señor Elgueta .
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, reglamentaria y legalmente su Señoría debió haber hecho votación separada, pues aquí hay dos disposiciones de ley orgánica constitucional y las demás son de quórum simple. Por lo tanto, queda nula la votación realizada.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Cardemil .
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, la votación ya está hecha. En segundo lugar, el tablero electrónico muestra 63 votos a favor, pero el Secretario señaló 66. Solicito que me aclaren la situación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Señor diputado, en razón de que aún no se ha cambiado el sistema electrónico de la antigua Mesa, los señores diputados no pudieron votar en sus puestos. Por eso, se sumaron los votos afirmativos de los diputados señores Seguel , Valenzuela y Jeame Barrueto , la abstención del diputado señor Pareto y el voto en contra del diputado señor León .
El señor CARDEMIL.-
Solicito copia de la votación.
El señor PARETO (Presidente).-
Se cita a reunión de Comités.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor PARETO (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
El señor Secretario dará lectura a la indicación presentada.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Indicación de los honorables diputados señores Orpis , Delmastro y Díaz , que tiene por finalidad eliminar, en el numeral 3, artículo 32 bis, la regla 1ª.
El señor PARETO (Presidente).-
En votación la indicación.
Durante la votación:
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear un asunto reglamentario.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear una cuestión de Reglamento.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, ¿podría repetirnos cuál es la indicación, con el objeto de votar informadamente?
El señor PARETO (Presidente).-
Señor diputado, ya se entregó esa información.
El señor ESPINA.-
¿Qué información?
Pido la palabra para plantear un asunto reglamentario.
El señor PARETO (Presidente).-
Señor diputado, estamos en votación.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, es que no se escuchó la información, por lo que no sabemos cómo votar.
El señor PARETO (Presidente).-
El señor Secretario va a dar nuevamente lectura a la indicación.
El señor LOYOLA (Secretario).-
La indicación de los honorables diputados señores Orpis , Delmastro y Díaz tiene por finalidad eliminar la regla 1ª del artículo 32 bis, agregado por el número 3 del artículo 1º del proyecto, que dice: “1ª No se podrá conceder la libertad condicional sino una vez transcurridos cuarenta años de privación de libertad efectiva, debiendo en todo caso darse cumplimiento a las demás normas y requisitos que regulen su otorgamiento y revocación;”.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 25 votos; por la negativa, 65 votos. Hubo 6 abstenciones.
El señor PARETO (Presidente).-
Rechazada.
Por lo tanto, se da por despachado el proyecto.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alessandri , Alvarado , Álvarez , Correa, Delmastro , Díaz , Dittborn , García (don René Manuel) , García-Huidobro , León, Martínez ( don Rosauro) , Masferrer , Melero , Molina , Monge , Mora, Moreira , Orpis , Ovalle (doña María Victoria), Pérez (don Víctor) , Prokurica , Rojas , Ulloa , Van Rysselberghe y Vilches .
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Acuña , Aguiló, Allende (doña Isabel) , Arratia , Ascencio , Ávila , Bustos , Caraball ( doña Eliana) , Ceroni , Cornejo (don Aldo) , Cornejo (don Patricio) , Elgueta , Girardi , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Jaramillo , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Jocelyn-Holt , Krauss , Leal , Letelier (don Felipe) , Lorenzini , Luksic , Martínez (don Gutenberg) , Mesías, Montes, Mulet , Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Ortiz , Palma ( don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pollarolo ( doña Fanny), Reyes, Rincón , Riveros , Rocha , Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sánchez , Seguel , Silva , Soria , Soto (doña Laura) , Tuma , Urrutia , Valenzuela , Vega , Velasco , Venegas , Villouta y Walker (don Patricio) .
Se abstuvieron los diputados señores:
Álvarez-Salamanca, Bartolucci , Rozas (doña María) , Espina , Ibáñez y Palma (don Osvaldo) .
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, he pedido la palabra durante largo rato.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, pido la palabra para plantear una cuestión de Reglamento.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor ministro de Justicia.
El señor GÓMEZ (Ministro de Justicia).-
Señor Presidente, en esta votación se ha producido una situación bien particular, primero, porque se derogó la pena de muerte, ya que se reunió el quórum calificado que se necesitaba para ello.
(Hablan varios señores diputados a la vez).
Se requerían de 60 votos para derogar la pena de muerte, y 66 señores diputados votaron a favor.
Uno escucha muchas declaraciones de principios y ve a los parlamentarios preocupados por la situación de seguridad ciudadana y por las señales buenas o malas que se dan con un proyecto de esta naturaleza.
El Ejecutivo ha presentado un proyecto orgánico, completo, que deroga la pena de muerte y establece una penalidad lo suficientemente rigurosa para sancionar los delitos cuya gravedad se ha señalado profusamente aquí, como son, entre otros, la violación con homicidio. Para esos efectos, se dispone en el proyecto que la petición de libertad condicional de una persona condenada a presidio perpetuo y que ha cumplido como mínimo cuarenta años de cárcel, sea resuelta por mayoría de votos de los miembros en ejercicio de la Corte Suprema, y no por la mayoría de los miembros presentes en la sala, lo que significa que once ministros de esa Corte Suprema deben estar de acuerdo para que esa persona pueda obtener algún beneficio después de haber cumplido, como dije, 40 años de cárcel.
Por lo tanto, lo que aquí se ha hecho es demorar el despacho del proyecto, porque esta materia, referida a la Corte Suprema, se aprobará sin mayores inconvenientes en la comisión mixta, ya que el Senado la aprobó casi por unanimidad.
No tiene ningún sentido hablar de seguridad ciudadana y de que legislar sobre este tema es una mala señal para la población, en circunstancias de que estamos estableciendo una absoluta rigurosidad respecto de la aplicación de esta pena. No obstante, no se han logrado los acuerdos suficientes para terminar la tramitación de este proyecto de una vez por todas y seguir avanzando, como es lógico, en la discusión de otras iniciativas. Reitero, aquí se ha derogado la pena de muerte, pero estableciendo los criterios para que la pena de presidio perpetuo calificado sea suficientemente rigurosa.
En definitiva, señor Presidente, para ser claros, esta victoria de algunos es pírrica, porque lo único que se obtiene es demorar la aprobación del proyecto en un par de semanas.
Me alegro de que aquí haya personas que, a pesar de que es mucho más fácil decir a la gente que se va a mantener la pena de muerte, porque lo contrario es una pésima señal para la seguridad ciudadana, son capaces de votar en conciencia y de luchar por un principio fundamental como es la vida.
(Manifestaciones en la Sala y en tribunas).
Aunque a alguien le pese, la pena de muerte ha sido derogada hoy, lo que transforma a Chile en un país civilizado dentro del concierto internacional.
Manifestaciones en la Sala y en tribunas.
No he terminado aún. Hago uso de mi derecho constitucional de hablar y voy a hacerlo les guste o no les guste a algunos señores diputados.
(Manifestaciones en la Sala y en tribunas).
El señor PARETO (Presidente).-
Señor ministro, se ha cerrado el debate sobre esta materia.
Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor GÓMEZ (Ministro de Justicia).-
Señor Presidente, aquí hay que ser claros. Con la misma fuerza con que hemos pedido la derogación de la pena de muerte, vamos a denunciar al país la falta de consecuencia de quienes han rechazado la norma relacionada con la Corte Suprema, porque hoy algunos no han sido consecuentes.
He dicho.
Hablan varios señores diputados a la vez.
Aplausos.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Rodrigo Álvarez .
El señor ÁLVAREZ.-
Por la ignorancia jurídica que le hemos escuchado al señor ministro, nos explicamos algunos de sus proyectos.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente, levante la sesión.
Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor PARETO (Presidente).-
Señores diputados, les ruego guardar silencio y tomar asiento.
Tiene la palabra el diputado señor Álvarez por dos minutos, antes de dar término a la sesión.
El señor ÁLVAREZ.-
Señor Presidente, yo le había pedido la palabra antes de que interviniera el ministro, porque él no tiene derecho a participar ni a hacer ese tipo de intervenciones después de haberse cerrado el debate. ¡No tiene derecho! Aun más, no lo tiene cuando amablemente a los parlamentarios se les ha impedido hablar para dar a conocer sus opiniones.
Quiero decirle al señor ministro que no solamente se ha expresado de manera mal educada y con ignorancia, sino que, además, no tenía derecho a hacer uso de la palabra. No aceptamos sus dichos y, por lo tanto, pedimos que se retiren del acta.
El señor PARETO (Presidente).-
Se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 15.52 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.