Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V.
ORDEN DEL DÍA
- DESIGNACIÓN DE SEÑOR RAPHAEL BERGOEING VELA EN CONSEJO RESOLUTIVO DE SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGO
-
DESIGNACIÓN DE SEÑORA BETTINA HORST VON THADDEN Y SEÑOR EDUARDO ABARZÚA CRUZ EN CONSEJO DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Andres Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
- INTERVENCIÓN : Lily Perez San Martin
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- DEBATE
-
CREACIÓN DE SISTEMA DE APORTES A ESPACIO PÚBLICO APLICABLE A PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- DEBATE
- SUSTITUCIÓN DE DECRETO LEY N° 321, DE 1925, SOBRE LIBERTAD CONDICIONAL PARA PENADOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Pedro Araya Guerrero
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Felipe Harboe Bascunan
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
-
AUMENTO DE PENALIDAD PARA DELITOS CONTRA MENORES Y OTRAS PERSONAS EN ESTADO VULNERABLE
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Rabindranath Quinteros Lara
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Carolina Goic Boroevic
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- DEBATE
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Francisco Chahuan Chahuan
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Alfonso De Urresti Longton
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- PETICIÓN DE OFICIO : Baldo Prokurica Prokurica
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXO SESIÓN
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR BIANCHI; SEÑORA LILY PÉREZ, Y SEÑORES CHAHUÁN, GUILLIER Y HORVATH CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 19, NÚMERO 18°, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA, PARA ESTABLECER UN APORTE ESTATAL EN UNA CUENTA DE AHORRO PREVISIONAL A LAS PERSONAS NACIDAS EN CHILE (10.828-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Bianchi Chelech
- Lily Perez San Martin
- Francisco Chahuan Chahuan
- Alejandro Guillier Alvarez
- Antonio Horvath Kiss
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR HORVATH; SEÑORA LILY PÉREZ, Y SEÑORES ARAYA, BIANCHI Y QUINTEROS CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 19 N°18° DE LA CARTA FUNDAMENTAL, PARA PERMITIR A LOS COTIZANTES DEL SISTEMA PRIVADO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL DE PENSIONES, ACCEDER AL RETIRO DE SUS FONDOS PARA LOS FINES QUE SE INDICAN (10.832-07)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Antonio Horvath Kiss
- Lily Perez San Martin
- Pedro Araya Guerrero
- Carlos Bianchi Chelech
- Rabindranath Quinteros Lara
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES MOREIRA, CHAHUÁN Y LARRAÍN CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 116 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO AL DESCANSO DIARIO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A CONTRATO DE EMBARCO (10.833-13)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Ivan Moreira Barros
- Francisco Chahuan Chahuan
- Hernan Larrain Fernandez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN Y BIANCHI CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA EL NUMERAL 3 DEL ARTÍCULO 75 DE LA LEY N° 18.290, DE TRÁNSITO, RESPECTO DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN CUMPLIR LOS VEHÍCULOS PESADOS (10.834-15)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Francisco Chahuan Chahuan
- Carlos Bianchi Chelech
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES OSSANDÓN Y GIRARDI CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.606, SOBRE COMPOSICIÓN NUTRICIONAL DE LOS ALIMENTOS Y SU PUBLICIDAD, PARA REGULAR LAS FECHAS DE CONSUMO PREFERENTE Y DE VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS (10.835-11)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- Guido Girardi Lavin
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES GARCÍA, ALLAMAND, MOREIRA, OSSANDÓN Y TUMA CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2° DE LA LEY N° 20.898, QUE ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS DE AUTOCONSTRUCCIÓN, FIJANDO UN PLAZO PARA SALVAR LAS OBSERVACIONES QUE FORMULE LA DIRECCIÓN DE OBRAS RESPECTIVA (10.844-14)
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jose Garcia Ruminot
- Andres Allamand Zavala
- Ivan Moreira Barros
- Manuel Jose Ossandon Irarrazabal
- Eugenio Tuma Zedan
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR BIANCHI; SEÑORA LILY PÉREZ, Y SEÑORES CHAHUÁN, GUILLIER Y HORVATH CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 19, NÚMERO 18°, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA, PARA ESTABLECER UN APORTE ESTATAL EN UNA CUENTA DE AHORRO PREVISIONAL A LAS PERSONAS NACIDAS EN CHILE (10.828-07)
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 364ª
Sesión 37ª, en martes 9 de agosto de 2016
Ordinaria
(De 16:16 a 18:28)
PRESIDENCIA DE SEÑORES RICARDO LAGOS WEBER, PRESIDENTE,
Y JAIME QUINTANA LEAL, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
Pág.
I. ASISTENCIA.........................................................................................................
II. APERTURA DE LA SESIÓN...............................................................................
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS..............................................................................
IV. CUENTA...............................................................................................................
Acuerdos de Comités................................................................
V. ORDEN DEL DÍA:
Oficio de Su Excelencia la Presidenta de la República con el que solicita el acuerdo del Senado para nombrar miembro del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego al señor Raphael Bergoeing Vela (S 1.898-05) (se aprueba).................................................................
Oficio de Su Excelencia la Presidenta de la República con el que solicita el acuerdo del Senado para nombrar integrantes del Consejo de Alta Dirección Pública a la señora Bettina Horst von Thadden y al señor Eduardo Abarzúa Cruz (S 1.899-05) (se aprueba).......................................................
Informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias, para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción (8.493-14) (se aprueba)............................................
Proyecto, en primer trámite constitucional, que sustituye el decreto ley N°321, de 1925, que establece la libertad condicional para los penados (10.696-07) (se aprueba en particular)..............................................................
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal; el decreto de ley N° 645, de 1925, sobre Registro General de Condenas, y la ley N° 20.066, de Violencia Intrafamiliar, destinado a aumentar la penalidad y demás sanciones aplicables para delitos cometidos en contra de menores y otras personas en estado vulnerable (9.279-07, 9.435-18, 9.849-07, 9.877-07, 9.904-07 y 9.908-07, refundidos) (se aprueba en general)..............................................................................
Peticiones de oficios (se anuncia su envío).........................................
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Espina Otero, Alberto
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Harboe Bascuñán, Felipe
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Navarro Brain, Alejandro
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Von Baer Jahn, Ena
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros Secretario General de la Presidencia , señor Nicolás Eyzaguirre Guzmán; de Justicia y Derechos Humanos, señora Javiera Blanco Suárez, y de Vivienda y Urbanismo, señora Paulina Saball Astaburuaga.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario , el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:16, en presencia de 14 señores Senadores.
El señor LAGOS (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Las actas de las sesiones 34ª, ordinaria, en 2 de agosto de 2016 y 35ª, especial, y 36ª, ordinaria, ambas en 3 de agosto de 2016, se encuentran en Secretaría a disposición de las señoras y señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor LAGOS (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor ALLIENDE ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Ocho de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con los dos primeros hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación de los siguientes proyectos de ley:
1) El que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la declaración de trabajos pesados (boletín N° 5.205-13).
2) El que modifica el Código del Trabajo en materia de plazo para la audiencia única del procedimiento monitorio en el caso de que el juez estime que no existen antecedentes suficientes para pronunciarse de inmediato sobre las pretensiones del demandante (boletín N° 9.623-13).
Con los tres que siguen retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación de los proyectos que se indican a continuación:
1) El que modifica el Código del Trabajo para reducir el peso de las cargas de manipulación manual por parte de los trabajadores (boletín N° 8.511-13).
2) El que moderniza la legislación aduanera (boletín N° 10.165-05).
3) El que establece un conjunto de medidas para impulsar la productividad (boletín N° 10.661-05).
Con el siguiente hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación del proyecto que modifica la ley N° 19.712, del Deporte, y la ley N° 20.686, que crea el Ministerio del Deporte, al objeto de incorporar el deporte adaptado y paralímpico (boletín N° 9.837-29).
Con los dos últimos retira y hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación de los siguientes proyectos:
1) Proyecto de ley que establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil (boletín N° 7.550-06).
2) Proyecto de ley que perfecciona la justicia tributaria y aduanera (boletín N° 9.892-07).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Diez de la Honorable Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que aprobó el proyecto de ley que otorga un bono al personal asistente de la educación de menores remuneraciones que se indica (boletín N° 10.633-05).
--Pasa a la Comisión de Hacienda.
Con los dos que siguen comunica que aprobó, con las enmiendas que señala en cada caso, los siguientes proyectos:
-El que modifica la ley N° 19.451 para ampliar la donación cruzada de órganos entre personas vivas (boletín N° 10.009-11).
--Pasa a la Comisión de Salud.
-El que amplía el plazo para erigir el monumento al artista Roberto Matta (boletín N° 8.038-04).
--Queda para tabla.
Con los cinco siguientes señala que dio su aprobación a las enmiendas introducidas por el Senado a los siguientes proyectos:
-El que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones para especificar el tipo de infraestructura exenta de la obligación de contar con un permiso municipal y las condiciones que deben cumplir las obras de infraestructura ejecutadas por el Estado (boletines Nos 10.011-14 y 10.059-14, refundidos).
-El que declara feriado el día 8 de septiembre para la Región de Antofagasta (boletín N° 9.611-06).
-El que declara feriado el día 10 de agosto para la Región de Tarapacá, con motivo de la fiesta religiosa de San Lorenzo de Tarapacá (boletín N° 10.271-06).
-El que permite la emisión de medios de pago con provisión de fondos por entidades no bancarias (boletín N° 9.197-03).
-El que regula el ejercicio del derecho a voto de los chilenos en el extranjero (boletín N° 10.344-06).
--Se toma conocimiento y se manda archivar los antecedentes.
Con el noveno informa que dio su aprobación al informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción (boletín N° 8.493-14) (con urgencia calificada de "suma").
--Queda para tabla.
Con el último comunica que aprobó, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, el proyecto de ley que autoriza para erigir un monumento en memoria del poeta Jorge Teillier en la comuna de Lautaro (boletín N° 10.291-04).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República.
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Adjunta resoluciones dictadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las siguientes disposiciones:
-Inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 18.216 y del inciso segundo del artículo 17 B de la ley N° 17.798.
-Artículo 19, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil y artículo 370 del Código Procesal Penal.
-Artículo 470 del Código del Trabajo.
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores:
Contesta solicitud de información, enviada en nombre del Senador señor Navarro, sobre los convenios que ha suscrito Chile con Argentina y Uruguay en materia de trasplantes de órganos.
Del señor Ministro de Defensa Nacional:
Solicita precisar consulta del Senador señor Navarro respecto a adquisición de material militar.
De la señora Ministra de Salud:
Remite solicitud de información, enviada en nombre de la Senadora señora Lily Pérez, acerca del funcionamiento del "Policlínico de Identidad de Género" del Hospital Carlos van Buren, que entrega atención a pacientes transgéneros.
Atiende requerimientos de información, expresados en nombre del Senador señor Navarro, relativos a los siguientes asuntos:
-Remisión de datos del sistema público y privado sobre la deuda total de personas naturales por gastos asociados a salud y de la situación del agua potable del Hospital Penco-Lirquén.
-Envío de actas de las reuniones solicitadas de la Comisión Nacional Docente Asistencial.
Responde inquietud del Senador señor De Urresti en cuanto a considerar en la elaboración del Presupuesto del Sector Público para el 2017 la situación que aqueja a las ciudades de la zona centro-sur de nuestro país afectadas por la contaminación atmosférica.
Del señor Ministro de Agricultura :
Atiende petición, expresada en nombre del Senador señor Matta, con el fin de analizar la posibilidad de establecer una banda de precios para el trigo.
De la señora Subsecretaria General de la Presidencia:
Da contestación a solicitud, cursada en nombre de la Senadora señora Goic, tendiente a otorgar urgencia a la tramitación del proyecto de ley que declara feriado el día 21 de octubre de cada año para la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena (boletín Nº 10.390-06).
Absuelve solicitud, planteada en nombre del Senador señor Navarro, para informar acerca del cumplimiento de medidas derivadas de la huelga de hambre realizada por ex presos políticos en el 2015.
Del señor Subsecretario de Hacienda :
Contesta acuerdo del Senado mediante el cual se solicitó a Su Excelencia la Presidenta de la República el envío de un proyecto de ley que eleve los estándares de protección de datos personales en Chile (boletín N° S 1.864 -12).
Envía respuesta a requerimientos, realizados en nombre del Senador señor Guillier, para que el Ejecutivo considere la presentación de las siguientes iniciativas legales:
-Establecimiento de un mecanismo permanente de estabilización del precio del cobre, que tendría gran relevancia para el sector minero.
-Ampliación de la zona franca primaria de Iquique a las comunas de Tocopilla, María Elena y Ollagüe, como zonas francas de extensión, la que fuera declarada inadmisible por contener materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República .
Atiende petición, cursada en nombre del Senador señor Horvath, en el sentido de que no se utilice en la definición de políticas públicas para las regiones, en especial para la de Aisén, el estudio relativo al costo de la vida según el cual sería más caro vivir en Santiago que en el resto del país, y que las regiones más baratas serían la del Libertador Bernardo O'Higgins y la de Aisén.
Informa requerimientos de información, enviados en nombre del Senador señor Navarro, respecto a los siguientes asuntos:
-Pormenores relativos al caso denominado "papeles de Panamá".
-Situación tributaria de la empresa NIDMI.
-Destinación de recursos fiscales a empresas salmoneras en los últimos diez años.
Contesta inquietud de la Senadora señora Allende en lo relativo a establecer un régimen jurídico aplicable a las empresas en que la mayoría de sus propietarios o de sus trabajadores sean personas con discapacidad.
Del señor Subsecretario de Justicia :
Atiende acuerdo del Senado por medio del cual se solicitó el envío de un proyecto interpretativo de la ley N° 19.195 en lo relativo al retiro del personal que indica de Gendarmería de Chile (boletín N° S 1.892-12).
Del señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura:
Responde solicitud, enviada en nombre del Senador señor De Urresti, para que remita antecedentes acerca de la reciente aprobación por parte del Servicio de Evaluación Ambiental de una zona de vertidos de lodo provenientes de pisciculturas de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena en la estancia Lourdes, cercana al parque Torres del Paine.
Del señor Superintendente del Medio Ambiente:
Da contestación a solicitud, cursada en nombre de la Senadora señora Von Baer, para informar sobre la contaminación que afectaría a la cuenca del lago Ranco en el sector del puerto Futrono, en la comuna del mismo nombre.
Del señor Superintendente de Servicios Sanitarios:
Remite, ante solicitud del Senador señor De Urresti, antecedentes acerca de la emergencia sanitaria ocurrida el 24 de mayo pasado, que se habría originado por el vertimiento de aguas al lago Ranco, en el sector de puerto Futrono.
Del señor Intendente de Seguros de la Superintendencia de Valores y Seguros:
Atiende preocupación, expedida en nombre del Senador señor De Urresti, sobre la situación que afecta a la persona individualizada por la contratación de un seguro complementario de salud con la Compañía Vida Security.
Del señor Alcalde de la Municipalidad de Temuco:
Aporta su opinión respecto del proyecto de ley que crea el Sistema de Educación Pública y modifica diversos cuerpos legales (boletín N° 10.368-04).
Del señor Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal:
Adjunta, ante solicitud del Senador señor De Urresti, antecedentes relativos a los resultados y conclusiones generadas en el marco de la construcción del Nivel de Referencia REDD+ de Chile.
Informa requerimiento sobre el convenio "Plantando el Futuro", suscrito con la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para enseñar en la primera infancia el cuidado de la naturaleza y el medioambiente, y el estado de avance del programa "Más árboles para Chile".
Del señor Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario :
Atiende petición, formulada en nombre del Senador señor De Urresti, con el fin de informar sobre el convenio marco de cooperación firmado entre el Movimiento Unitario Campesino y Etnias de Chile, la Corporación Nacional Forestal, el Instituto Forestal y la institución a su cargo, para la ejecución del Plan Forestal Campesino e Indígena.
Del señor Secretario Ejecutivo del proyecto de ley que crea el Sistema de Educación Pública, Gabinete Ministra de Educación:
Informa consulta, expedida en nombre del Senador señor Navarro, acerca de la situación de los funcionarios de los departamentos de administración de educación municipal del país, en el marco de la reforma educacional que crea el Sistema de Educación Pública.
Del Director de Tránsito de la Municipalidad de Temuco:
Remite respuesta, ante solicitud del Senador señor García, sobre inspección a la calle Manuel Montt, desde Antifil hasta avenida Costanera, con el objeto de mejorar las condiciones de seguridad vial del lugar.
De Deloitte Auditores y Consultores Limitada:
Remite informe de auditoría respecto de la confección del padrón electoral con carácter provisorio y la nómina provisoria de inhabilitados, en cumplimiento de la ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el proyecto con el que modifica la ley N° 20.357, que tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra, para incorporar el delito de agresión y extender los crímenes de guerra a conflictos no internacionales (boletín Nº 10.665-07) (con urgencia calificada de "suma").
De la Comisión de Defensa Nacional, recaído en el proyecto de ley que proporciona reparación y asistencia en rehabilitación a las víctimas de explosión de minas u otros artefactos explosivos militares abandonados o sin estallar (boletín Nº 9.109-02).
De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, recaído en el oficio de Su Excelencia la señora Presidenta de la República mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar miembro del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego al señor Raphael Bergoeing Vela (boletín Nº S 1.898-05).
--Quedan para tabla.
Mociones
De los Senadores señor Bianchi, señora Pérez San Martín y señores Chahuán, Guillier y Horvath, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 19, número 18°, de la Constitución Política de la República, para establecer un aporte estatal en una cuenta de ahorro previsional a las personas nacidas en Chile (boletín Nº 10.828-07).
De los Senadores señor Horvath, señora Pérez San Martín y señores Araya, Bianchi y Quinteros, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 19, número 18°, de la Carta Fundamental, para permitir a los cotizantes del sistema privado de capitalización individual de pensiones acceder al retiro de sus fondos para los fines que se indican (boletín Nº 10.832-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
De los Senadores señores Moreira, Chahuán y Larraín, con la que inician un proyecto de ley que modifica el artículo 116 del Código del Trabajo en lo relativo al descanso diario de los trabajadores sujetos a contrato de embarco (boletín Nº 10.833-13).
--Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
De los Senadores señores Chahuán y Bianchi, con la que inician un proyecto que modifica el numeral 3 del artículo 75 de la ley N° 18.290, de Tránsito, respecto de las medidas de seguridad que deben cumplir los vehículos pesados (boletín Nº 10.834-15).
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
De los Senadores señores Ossandón y Girardi, con la que inician un proyecto que modifica la ley N° 20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, para regular las fechas de consumo preferente y de vencimiento de los productos alimenticios (boletín Nº 10.835-11).
--Pasa a la Comisión de Salud.
De los Senadores señores García, Allamand, Moreira, Ossandón y Tuma, con la que inician un proyecto que modifica el artículo 2° de la ley N° 20.898, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción, fijando un plazo para salvar las observaciones que formule la Dirección de Obras respectiva (boletín Nº 10.844-14).
--Pasa a la Comisión de Vivienda y Urbanismo.
El señor LAGOS (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
)-----------(
El señor MATTA.-
Pido la palabra.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MATTA.-
Señor Presidente , le solicito que recabe el asentimiento de la Sala para que el proyecto sobre evasión en el Transantiago, que está en la Comisión de Hacienda, pase nuevamente, antes de que lo trate esta, a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones para la elaboración de un informe complementario.
Formulo esta petición en virtud de un acuerdo unánime de la Comisión de Transportes.
El señor LAGOS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
Acordado.
)-----------(
El señor MOREIRA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , la Comisión de Economía, que me honro en presidir, por la unanimidad de sus integrantes, acordó pedir el asentimiento necesario de la Sala para discutir en general y particular en el trámite de primer informe el proyecto, iniciado en moción del Senador señor García, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, para autorizar el retiro de capital a los socios mayores de sesenta años de edad de las cooperativas de ahorro y crédito (boletín N° 10.659-03).
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Los Comités habían acordado dar su aquiescencia a ese respecto en la medida que ello fuera solicitado por la Comisión de Economía. Y como su Presidente acaba de plantear el punto, dicha Comisión quedaría autorizada para discutir el proyecto pertinente en los términos requeridos.
¿Les parece a Sus Señorías?
Acordado.
)---------------(
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , la Comisión de Obras Públicas está citada para mañana, a las 12:30, para continuar el estudio del proyecto de ley -y ojalá despacharlo- que regula los servicios sanitarios rurales.
Por ello, le solicito que recabe el asentimiento de los señores Senadores al objeto de que se autorice a la referida Comisión para sesionar paralelamente con la Sala, que a esa hora estará llevando a efecto una sesión especial. Ello, en el entendido de que trataremos, dentro de lo posible, de estar presentes en dicha reunión.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Se requiere autorización de la Sala por cuanto, como señaló Su Señoría, mañana el Senado realizará una sesión especial, de 12 a 14, para recibir información sobre Gendarmería de Chile.
¿Habría acuerdo?
El señor MOREIRA.-
No. Porque, de acceder a lo solicitado, es probable que no quede nadie en la Sala.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
No hay unanimidad, Senador señor Horvath.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Señoras y señores Senadores, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:
1.- Tratar, como si fueran de Fácil Despacho, en la sesión ordinaria de hoy los siguientes asuntos:
-Oficio de Su Excelencia la señora Presidenta de la República mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar miembro del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego al señor Raphael Bergoeing Vela (boletín N° S 1.898-05).
-Oficio de Su Excelencia la señora Presidenta de la República con el cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar integrantes del Consejo de Alta Dirección Pública a la señora Bettina Horst von Thadden y al señor Eduardo Abarzúa Cruz por un período de seis años (boletín N° S 1.899-05).
-Informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción (boletín N° 8.493-14).
2.- Considerar en la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 10 de agosto, las iniciativas que se indican a continuación:
-Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Lagos, en primer trámite constitucional, que declara el 8 de junio de cada año como el Día Mundial del Océano en Chile (boletín N° 10.313-12).
-Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Letelier, Jaime Gazmuri, Pedro Muñoz y Ricardo Núñez, en primer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la declaración de trabajos pesados (boletín N° 5.205-13).
-Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señoras Goic y Muñoz y señores Allamand, Larraín y Letelier, en primer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en materia de plazo para la audiencia única del procedimiento monitorio en el caso de que el juez estime que no existen antecedentes suficientes para pronunciarse de inmediato sobre las pretensiones del demandante (boletín N° 9.623-13).
3.- Tratar, respectivamente, en primer, segundo, tercer, cuarto y quinto lugares del Orden del Día de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 10 de agosto, los siguientes asuntos:
-Proyecto, en segundo trámite constitucional, que extiende la aplicación de la ley N° 20.243, que establece normas sobre los derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual (boletín N° 9.889-24).
-Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aplica la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (boletín N° 6.829-01).
-Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo para reducir el peso de las cargas de manipulación manual por parte de los trabajadores (boletín N° 8.511-13).
-Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señor Horvath, señora Pérez San Martín y señores Chahuán, Guillier y Lagos, en primer trámite constitucional, que regula el manejo de bosques de especies muy combustibles colindantes con zonas urbanas (boletín N° 10.030-01).
-Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Navarro, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Bosques para establecer la obligación de elaborar planes de prevención y combate de incendios forestales a los dueños de predios con aptitud forestal (boletín N° 9.810-01).
4.- Autorizar a la Comisión de Hacienda para discutir en general y particular en el trámite de primer informe el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga una bonificación adicional y otros beneficios de incentivo al retiro para los funcionarios de los servicios públicos que se indican y modifica el Titulo II de la ley N° 19.882 (boletín N° 10.778-05).
5.- Fijar un plazo de treinta días para que la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento evacúe su informe respecto al proyecto de reforma constitucional sobre dominio de aguas, transcurrido el cual, de no haberse emitido dicho informe, dicha iniciativa será puesta en discusión y votación en general en la Sala.
Nada más, señor Presidente .
V. ORDEN DEL DÍA
DESIGNACIÓN DE SEÑOR RAPHAEL BERGOEING VELA EN CONSEJO RESOLUTIVO DE SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGO
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Conforme a lo resuelto por los Comités, corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el oficio de Su Excelencia la Presidenta de la República mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar miembro del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego al señor Raphael Bergoeing Vela, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y la urgencia prevista en el párrafo segundo del N° 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental.
--Los antecedentes sobre el oficio (S 1.898-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Se da cuenta en sesión 34ª, en 2 de agosto de 2016.
Informe de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 37ª, en 9 de agosto de 2016.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
A la sesión en que la Comisión de Gobierno consideró este asunto asistieron los Senadores señores Navarro y Pérez Varela; el Subsecretario de Hacienda , señor Alejandro Micco; el Superintendente de Casinos , señor Daniel García, y el candidato propuesto.
La Comisión deja constancia, por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señora Von Baer y señores Bianchi, Harboe y Zaldívar), de que en la proposición para nombrar al señor Raphael Bergoeing Vela miembro del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego se ha dado cumplimiento a los requisitos, formalidades y procedimientos previstos por el ordenamiento jurídico.
Nada más, señor Presidente .
El señor LAGOS (Presidente).-
Muchas gracias, señor Secretario.
El señor MONTES.-
¡Sin votación, señor Presidente!
El señor LAGOS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad la solicitud de Su Excelencia la Presidenta de la República.
--Por unanimidad, se aprueba el nombramiento del señor Raphael Bergoeing Vela como miembro del Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego.
DESIGNACIÓN DE SEÑORA BETTINA HORST VON THADDEN Y SEÑOR EDUARDO ABARZÚA CRUZ EN CONSEJO DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA
El señor LAGOS ( Presidente ).-
A continuación, corresponde ocuparse en el oficio de Su Excelencia la Presidenta de la República mediante el cual se solicita el acuerdo del Senado para nombrar integrantes del Consejo de Alta Dirección Pública a la señora Bettina Horst von Thadden y al señor Eduardo Abarzúa Cruz por un período de seis años, con informe de la Comisión de Hacienda y la urgencia establecida en los términos del párrafo segundo del número 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental.
--Los antecedentes sobre el oficio (S 1.899-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Se da cuenta en sesión 34ª, en 2 de agosto de 2016.
Informe de Comisión:
Hacienda: sesión 36ª, en 3 de agosto de 2016.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La Comisión de Hacienda recibió en audiencia a las personas propuestas por la Primera Mandataria para integrar el Consejo, sesión en la cual se intercambiaron opiniones y planteamientos acerca de las funciones y los desafíos del Consejo y del Sistema de Alta Dirección Pública.
El referido órgano técnico deja constancia, por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores señores Coloma, García, Montes, Tuma y Zaldívar), de que en la proposición en estudio se ha dado cumplimiento a los requisitos, formalidades y procedimientos previstos por nuestro ordenamiento jurídico.
Cabe tener presente que el acuerdo del Senado requiere cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio, esto es, 21 votos favorables.
El señor LAGOS (Presidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Hacienda , Senador señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR .-
Señor Presidente , la Comisión de Hacienda cumplió con la norma de que se dio cuenta, y realizó una sesión al objeto de escuchar a los candidatos propuestos por la Presidenta de la República para representarla en el Consejo de Alta Dirección Pública.
El órgano técnico examinó los antecedentes y concluyó que son personas que cumplen con todos y cada uno de los requisitos de excelencia necesarios para el cargo.
La señora Horst es ingeniera comercial y magíster en Economía Aplicada. Además, es economista y jefa del Área Monetaria del Banco Central. Ha sido integrante del Consejo de la Región Metropolitana y es profesora en las universidades Del Desarrollo, Finis Terrae y Gabriela Mistral .
El señor Abarzúa es doctor en Ciencias del Trabajo de la Universidad Católica de Lovaina, diplomado en Ciencias Sociales del Trabajo en el Programa de Economía del Trabajo y psicólogo laboral de la Universidad Católica de Chile, desempeñándose como director del Departamento de Gestión y Negocios de la Universidad Alberto Hurtado. Es consejero y profesional experto del Consejo de Alta Dirección Pública. Actualmente se desempeña en este último cargo, por lo que se trata de su renovación. Y, por último, es profesor de las universidades Católica de Chile, de Santiago y Alberto Hurtado .
Los anteriores son méritos suficientes, a mi juicio, valorados por la Comisión, que le propone a la Sala pronunciarse a favor.
El señor LAGOS (Presidente).-
Reitero que se precisa un especial.
quorum
Puede intervenir el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Voy a ser breve, señor Presidente, para los efectos de que sea posible reunirlo.
No cabe ninguna duda de que el sistema de Alta Dirección Pública fue, en su momento, una de las reformas más relevantes en el proceso de modernización del Estado.
No me referiré a las dos personas propuestas, porque estimo, de acuerdo con la información de la Comisión de Hacienda, que satisfacen absolutamente los requisitos para este tipo de cargo.
La función del Consejo de Alta Dirección Pública es conducir y regular, coordinadamente con el Servicio Civil, los procesos de búsqueda y selección de directivos. Y, como acabo de decir, constituyó un gran adelanto. Sin embargo, creo que hoy día, a la luz del proyecto que modifica la normativa pertinente y en cuanto a los profesionales elegidos, es importante preguntarse si se logró el objetivo que se tuvo en mente. Ello, cuando los procesos implican altos costos financieros y se repiten varias veces sin elegirse a un profesional idóneo y necesario, o bien, cuando se observa que la persona no alcanza a durar, muchas veces, ni dos años en el cargo y es desvinculada, por lo que es preciso empezar de nuevo.
"Alta tasa de desvinculaciones es principal traba a 10 años de la Alta Dirección Pública", destacó la prensa. La cifra asciende a cuarenta y cinco por ciento en el primer año del actual Gobierno y a un poco menos en la Administración del Presidente Piñera .
¿El sistema cumple o no el propósito perseguido?
Me pregunto si fue necesario gastar más de veinticuatro millones de pesos para elegir al Director Regional de Educación de Aisén ...
El señor NAVARRO.-
¡Es una locura!
El señor PROKURICA.-
... o más de veintiocho millones en una empresa de headhunting, en 2014, para designar al Director General de Aguas
No sé si mis colegas han revisado estas sumas, pero a mí me parecen un escándalo.
En el caso del Director Regional de CHILEDEPORTES se trata de once millones de pesos; en el del Director del Servicio Nacional de la Discapacidad, de más de veintiséis millones, y en el del Director Ejecutivo del FOSIS, de más de veintinueve millones.
Y la situación suma y sigue, y se repite y se vuelve a repetir. ¿Para qué? Para que el Gobierno venidero le diga a la persona que no continúa y tenga que pagarle la remuneración por el período que queda.
A febrero de 2016, los cargos con nombramiento a través de la Alta Dirección Pública llegaban a mil 278, adscritos y no adscritos, lo que implica un aumento de un doscientos por ciento desde que se inició su implementación.
En la actualidad, además de aquellos correspondientes a los servicios públicos, el mecanismo se aplica en la selección de directores independientes de CODELCO, jueces y secretarios de los tribunales tributarios y aduaneros, ministros de tribunales ambientales, organismos de la nueva institucionalidad educacional y, más recientemente, concursos de jefes de Departamento de Educación Municipal y de directores de escuelas y liceos del mismo sector, entre otros.
De los mil 278 cargos a que he hecho referencia, 956 son adscritos pertenecientes a 114 servicios públicos del gobierno central.
No dispongo de mucho tiempo más para exponerle otras "perlas", señor Presidente , pero también quiero decirle que conozco casos efectivos, con nombre y apellido, de gente descubierta en graves faltas en la Administración Pública que ha renunciado, postulado a través de la Alta Dirección Pública y vuelto a quedar en el cargo.
Francamente, juzgo que es el minuto para que el Gobierno actual y el venidero le echen una mirada al sistema, que no está cumpliendo con los propósitos en los que pensamos en algún minuto. Si el objetivo es el perfeccionamiento del servicio público, sin cuoteo, y que el profesional sea el mejor, dejemos realmente que funcione sin ideología ni discriminación.
Profesionales eficientes me han dicho: "He postulado diez veces y nunca he quedado". ¿Por qué? Digámonos la verdad: al final, el Gobierno de turno elige a quien estima conveniente.
Es cierto -y debo reconocerlo- que el procedimiento ha servido para algo. Porque, en algunas oportunidades,...
El señor LAGOS (Presidente).-
Dispone de un minuto para terminar, Su Señoría.
El señor PROKURICA.-
... observé que se ponía en los cargos al que pintaba mejor letreros en la campaña, al que servía mejor para hacer los "casa a casa". Ahora se establecen al menos ciertos filtros como la profesión, la experiencia y otros.
Pero, en general, juzgo que el mecanismo ha ido perdiendo sentido y que llega el minuto de una revisión, porque los que más han ganado no son la sociedad ni los profesionales que quieren servir al país, sino los dueños de las consultoras que determinan a quién seleccionan y a quién no.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Montes.
El señor MONTES.-
Seré muy breve, señor Presidente.
No iba a usar de ella, pero, después de la intervención del Senador señor Prokurica , no podría dejar de manifestar que es muy importante que Su Señoría lea la versión de un debate reciente -se ha llevado a cabo un seminario internacional- en la Comisión. Trabajamos en los mismos temas que plantea y concluimos que el sistema presenta un valor y que es preciso perfeccionarlo, lo que el proyecto en trámite sobre la materia realiza, entre otras cosas, por la vía de un conjunto de medidas que bajan los costos.
Más de trescientas mil personas han sido postulantes a través de la Alta Dirección Pública.
Se han seleccionado recientemente, desde la última ley, tres mil novecientos directores de colegio.
Para qué voy a seguir con todos los antecedentes.
Solo expresaré que el procedimiento sigue con imperfecciones. Y tengo observaciones al respecto.
Y es un problema que los municipios no estén incorporados.
Una serie de cargos, incluso de designación presidencial, a veces no aseguran el piso. Y, por eso, contemplamos el que hasta los secretarios regionales ministeriales cuenten con un cierto nivel de estudios, que fue lo discutido en la mañana en la Cámara de Diputados.
Mas creo que es preciso valorar el mecanismo. Asistí al seminario. Vinieron de todos los países a conocer nuestro sistema. Es un referente y un paso adelante. Tratemos de mejorarlo en vez de desacreditarlo, porque la verdad es que nos falta mucho, pero estamos tratando de conseguir una Administración Pública más profesional.
A mi juicio, ambos candidatos -los conozco a ambos- son personas de un alto nivel, de una alta capacidad, y no me cabe la menor duda de que van a contribuir a fortalecer la Alta Dirección Pública.
Me pronuncio a favor.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Puede intervenir la Honorable señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ ( doña Lily).-
Señor Presidente , al igual que respecto de otros nombramientos que hemos considerado en los últimos tiempos, la Senadora que habla, representando a Amplitud y a su Comité, no va a votar.
La proposición que nos ocupa obedece a un resabio del sistema binominal: el cuoteo político.
No nos han llegado los currículums de quienes quieren integrar en los próximos seis años la Alta Dirección Pública, que ha sido bastante cuestionada durante mucho tiempo.
Hemos escuchado críticas incluso esta tarde en la Sala.
Nunca les formulo reparos a las personas -me parece odioso poner el acento en ellas-, pero sí a cómo se llenan los cargos. El lunes sostuve una reunión con el Ministro del Interior , a quien le expresamos, con el abogado Carlos Lobos , nuestro Prosecretario General , la preocupación porque en todos estos casos importa la militancia. Y toda la gente independiente o de otros partidos que a lo mejor quiere participar y que sus currículums sean analizados no tiene ninguna posibilidad de lograrlo.
Llaman a un grupo político y le dicen: "Les toca a ustedes". Y deciden cargos de una duración de diez años, que sobreviven a los dos próximos gobiernos; de ocho años, que comprenden los dos próximos gobiernos, y de seis años, que sobrepasan al próximo Gobierno, cualquiera que fuere.
Así que, aunque sea una voz en el desierto, o un pronunciamiento solitario o dos o tres, como ha sido la tónica últimamente con los independientes, o una posición testimonial, una vez más planteo mi nota de protesta sumándome a la campaña "No más cuoteo", sin votar a favor de las designaciones, obviamente.
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , la verdad es que no hay sino palabras de halago a la hora de la evaluación nacional de la Alta Dirección Pública y de su connotación internacional, pero ello no condice con el tratamiento que le hemos dado respecto a la institucionalidad.
Un noventa y cinco por ciento de personal a contrata y a honorarios configura una situación insostenible después de trece años. Y si bien mejoramos algo en la iniciativa sobre la institución, claramente sigue siendo una debilidad extrema.
La Alta Dirección Pública -lo reitero en la Sala por enésima vez- ha tenido el gran mérito de permitir la elección de profesionales de excelencia. Pero, claro, son los mejores "de los nuestros". Es decir, los integrantes de la terna están calificados y cumplen con todos los requisitos de excelencia académica y experiencia laboral, mas finalmente la decisión es siempre política: o se elige al más cercano o se declara desierto el cargo, luego de lo cual pasan meses y meses.
El costo del proceso mencionado por mi colega Prokurica es cierto. ¡Si es algo que vale mucho dinero!
He reiterado la pregunta -y pedido enviar un oficio al respecto, aunque aún no he recibido una respuesta- de por qué las empresas que efectúan el trabajo invitan a personas que han postulado cuarenta o cincuenta veces y que resulta claro que no tienen ninguna posibilidad de quedar. Ello obedece a que les pagan por examen.
Se requiere una revisión.
Y, desde luego, uno esperaría que la forma de constituir el Consejo no fuese como en el caso del SERVEL u otros, en que se ha elegido uno y uno sobre la base del duopolio. El país es más diverso que la Nueva Mayoría y Chile Vamos, y si ello no se refleja en la institucionalidad, esta será cuestionada.
El Senador que habla es de los que creen que un tercio de la política nacional se invisibilizó con esa alternancia.
En Chile siempre han existido tres tercios: uno de Derecha conservadora; uno de centro, moderado, y otro de Izquierda, dividida en todos los apellidos que podamos conocer. Con el duopolio -la Derecha liberal y conservadora sobrevive en un conglomerado y la Nueva Mayoría conforma una alianza de centroizquierda, a veces con hegemonía del centro, y otras, de la Izquierda-, es evidente que un sector se queda fuera.
Cuando se elige a los consejeros del Banco Central o a los integrantes del Tribunal Constitucional, no es necesario respetar una ley con una proporción de género. Uno quisiera que se considerasen más mujeres. En el caso que nos ocupa hay una, afortunadamente. Pero lo que se hace es aplicar el mecanismo de "uno para ti y uno para mí"".
Lo mismo ocurre en relación con la Corte Suprema.
Así es, aunque algunos se impresionen. Se trata de mantener un equilibrio, y este es el método más adecuado o al menos el que tenemos.
En la situación particular de la Alta Dirección Pública, diría que se requiere prestar la atención debida a los temas de fondo y a las reclamaciones de los funcionarios que conocen el sistema por dentro -muchos de ellos están desde el inicio- y han sugerido modificaciones para contar con una mayor estabilidad laboral y un mejor producto.
En el proyecto de ley que vimos queda un número de cargos entregado a la discrecionalidad de la Presidenta de la República, lo que hasta ahora dice relación con la totalidad de la terna.
Es preciso perfeccionar urgentemente el sistema. No tuve la posibilidad de escuchar a la señora Horst o al señor Abarzúa . Y, por cierto, no media ningún cuestionamiento hacia alguno de ellos, ni como persona ni como profesional. Solo digo que el mecanismo requiere una revisión. Si de verdad queremos disponer de un instrumento paradigmático a nivel internacional de cómo se elige en las altas direcciones públicas, tenemos que hacerlo.
El Senador que habla se va a abstener, porque estima que si no se da una señal de la necesidad de un mejoramiento y al elegirse a los consejeros solo se contribuye a consolidar lo existente, independientemente de las opiniones individuales, no se hallará en la línea que quisiera.
Es necesario escuchar en mucha mayor medida a la asociación de funcionarios de la Alta Dirección Pública y dar estabilidad laboral. Más del ochenta o del noventa por ciento del personal a contrata y a honorarios no da cuenta de la relevancia que decimos que debiera corresponderle al sistema.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LAGOS (Presidente).-
Terminada la votación.
--Por unanimidad, se aprueban las designaciones, dejándose constancia, para el efecto del constitucional requerido, de que se registran 25 votos a favor y una abstención.
quorum
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Espina, García, Girardi, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Quinteros, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvo el señor Navarro.
El señor LAGOS (Presidente).-
El Honorable señor Prokurica deja constancia de su intención de voto a favor.
CREACIÓN DE SISTEMA DE APORTES A ESPACIO PÚBLICO APLICABLE A PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Corresponde tratar el informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias, para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción, con urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.493-14) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 100ª, en 5 de marzo de 2013 (se da cuenta).
Trámite Comisión Mixta: sesión 32ª, en 19 de julio de 2016.
Informes de Comisión:
Vivienda y Urbanismo: sesión 29ª, en 11 de junio de 2013.
Vivienda y Urbanismo (segundo): sesión 15ª, en 11 de mayo de 2016.
Hacienda: sesión 18ª, en 18 de mayo de 2016.
Mixta: sesión 37ª, en 9 de agosto de 2016.
Discusión:
Sesiones 30ª, en 12 de junio de 2013 (queda para segunda discusión); 41ª, en 17 de julio de 2013 (queda aplazada la votación); 42ª, en 30 de julio de 2013 (se aprueba en general); 16ª, en 17 de mayo de 2016 (se aprueba en particular y se envía el proyecto a la Comisión de Hacienda para que se pronuncie sobre el artículo 175, contenido en el Artículo Primero); 18ª, en 18 de mayo de 2016 (se aprueba el artículo 175, contenido en el Artículo Primero del proyecto).
El señor LAGOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
Las divergencias suscitadas entre ambas ramas del Congreso derivan del rechazo por parte de la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, de las enmiendas relativas a los artículos 172, inciso final, y 173 contenidos en el número 7) del artículo primero permanente y a la letra c) del inciso segundo del artículo segundo transitorio.
La Comisión Mixta, como forma de resolver las diferencias, recomienda, por unanimidad, reemplazar el inciso final del artículo 172 y el artículo 173, y suprimir la letra c) del inciso segundo del artículo segundo transitorio, sustituyendo, además, el artículo tercero transitorio.
La Cámara de Diputados, en sesión del día de hoy, acogió la proposición.
Cabe hacer presente que las disposiciones recién citadas tienen rango orgánico constitucional, por lo que requieren 21 votos para su aprobación.
En el boletín comparado figuran, en la tercera y cuarta columnas, la sugerencia que se plantea y el texto que quedaría de ser sancionada.
Nada más.
El señor LAGOS (Presidente).-
Les pido a los jefes de Comité recordarles a los señores Senadores que voten.
En discusión el informe.
Tiene la palabra el Honorable señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , quisiera pedir, en función de lo que usted ha señalado sobre el requisito de quorum especial de aprobación, que se abriera la votación, para que mientras se desarrolla el debate de los cambios que hizo la Cámara y de los acuerdos de la Comisión Mixta se pudiese votar el informe de dicho órgano técnico.
Por eso reitero mi solicitud de apertura de la votación, con el objeto de que se toquen los timbres y así los parlamentarios puedan concurrir a votar, para cumplir con el quorum especial que algunas normas necesitan.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
¿Usted además va a intervenir, señor Senador?
El señor TUMA.-
Sí, señor Presidente.
El señor LAGOS (Presidente).-
En consecuencia, le pido comenzar su intervención. Y queda abierta la votación
El señor TUMA.-
Gracias.
--(Durante la votación).
El señor TUMA.-
Señor Presidente , esta iniciativa de ley, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias para restablecer un sistema de aporte al espacio público aplicable a los proyectos de construcción, fue debatida en el Senado, resultando aprobada por unanimidad.
La Cámara de Diputados, en el tercer trámite, señaló tres materias que, a su juicio, era necesario mejorar.
En la Comisión Mixta, que me correspondió presidir, unánimemente recogimos las observaciones que hizo la Cámara sobre este proyecto.
En primer lugar, respecto del artículo 172, en su inciso final, acogido por el Senado, que básicamente señalaba que para solicitar el permiso de urbanización había que presentar la resolución que aprobaba el informe de mitigación, la Cámara propuso -y así lo acogimos, pues nos pareció razonable- que bastaba con presentar el comprobante de ingreso del informe de mitigación para que, paralelamente, pudiesen seguir avanzando las acciones relativas a los términos constructivos.
Por ello, finalmente la propuesta aprobada dispone que, "Al solicitar un permiso de urbanización o edificación o las autorizaciones correspondientes, deberá acompañarse el comprobante de ingreso del informe de mitigación o el certificado emitido por el sistema que acredite que el proyecto no requiere de dicho informe".
Esa fue la primera materia resuelta unánimemente por la Comisión Mixta.
De la misma manera, en el artículo 173, la Cámara innovó agregando la necesidad de considerar que no solamente se otorgará el certificado de recepción definitiva al terminar la obra, sino también al momento de constituirse una garantía.
En tal virtud, establecimos un procedimiento para permitir acelerar la forma de tramitar los permisos de construcción, dejando la norma de la siguiente manera: "Las Direcciones de Obras Municipales no podrán cursar la recepción definitiva del proyecto sin que el interesado acredite la ejecución de las medidas contenidas en la resolución que apruebe el informe de mitigación o el otorgamiento de una caución que la garantice cuando la resolución lo autorice".
Esta es la segunda materia, también aprobada por unanimidad.
Asimismo, se dispuso que "El certificado de recepción definitiva deberá consignar las medidas de mitigación que hubieren sido garantizadas".
La otra modificación acogida por la Comisión Mixta dice relación con el cambio del plazo respecto de las garantías. Nosotros hablábamos de diez años cuando la materialización de la garantía se contaba desde la emisión del informe de mitigación, pero ahora la garantía será a contar de la recepción definitiva y durará, por tanto, un año, lo que nos parece bastante razonable.
Por último, se introduce una adecuación de forma, al trasladar la letra c) del artículo segundo transitorio, referido a las comunas normadas por un plan regulador, al artículo tercero transitorio, que también trata de los planes reguladores pero de las comunas que carecen de ellos, con el objeto de darles destino a los fondos que se recaudan por concepto de aporte al espacio público.
Quiero terminar, señor Presidente , agradeciendo a los Senadores y Diputados que participaron en la Comisión Mixta, así como también al Ministerio de Vivienda, encabezado por la señora Ministra , por el invaluable aporte que hizo durante toda la tramitación del proyecto.
El señor LAGOS ( Presidente ).-
Reitero el quorum especial de aprobación de ciertas normas. Algunos Senadores no han votado aún, teniendo la posibilidad de hacerlo. Y nadie más, hasta ahora, ha pedido la palabra.
Por lo tanto, le pido al señor Secretario que consulte.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LAGOS (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (29 votos a favor), dejándose constancia de que se cumple el quórum constitucional exigido, y queda despachado el proyecto.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Chahuán, Espina, García, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma y Andrés Zaldívar.
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El señor LABBÉ (Secretario General).-
En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:
Informe
De la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, recaído en el proyecto de ley que declara el 8 de junio de cada año como "Día Mundial del Océano" en Chile (boletín N° 10.313-12).
--Queda para tabla.
SUSTITUCIÓN DE DECRETO LEY N° 321, DE 1925, SOBRE LIBERTAD CONDICIONAL PARA PENADOS
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Araya, Espina, Harboe y Larraín, en primer trámite constitucional, que sustituye el decreto ley N° 321, de 1925, que establece la libertad condicional para los penados, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.696-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Araya, Espina, Harboe y Larraín):
En primer trámite: sesión 18ª, en 18 de mayo de 2016 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 23ª, en 14 de junio de 2016.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 34ª, en 2 de agosto de 2016.
Discusión:
Sesión 24ª, en 15 de junio de 2016 (se aprueba en general).
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
La iniciativa fue aprobada en general por el Senado en su sesión de 15 de junio de este año.
La Comisión de Constitución deja constancia en su informe, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
Dicho órgano técnico efectuó diversas enmiendas al proyecto de ley aprobado en general, todas las cuales aprobó por unanimidad, por lo que deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión o existan indicaciones renovadas.
Sus Señorías tienen en sus escritorios un boletín comparado que consigna las modificaciones efectuadas por la Comisión de Constitución en su segundo informe y el texto como quedaría de ser aprobado.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
En discusión particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Araya, Presidente de la Comisión de Comisión.
El señor ARAYA .-
Señor Presidente , corresponde que la Sala se pronuncie en particular sobre el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Espina , Harboe , Larraín y quien habla, que sustituye el decreto ley 321, de 1925, que establece la libertad condicional para los penados.
Como recordarán Sus Señorías, en el mes de abril del presente año las Comisiones de Libertad Condicional, que funcionan en las distintas Cortes de Apelaciones del país, adoptaron decisiones sobre un elevado número de peticiones de libertad condicional que habían formulado las personas condenadas por los tribunales.
Para sorpresa de muchos ciudadanos, se constató que algunas de esas Comisiones concedieron un significativo número de libertades condicionales, lo que no se condecía con las recomendaciones de Gendarmería de Chile ni con la práctica que ellas mismas habían tenido en este asunto en años anteriores.
Con ese antecedente, y previa consulta a la Excelentísima Corte Suprema, a abogados penalistas, a especialistas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en conjunto con el Ejecutivo se inició la revisión de la normativa que regula el régimen de libertad condicional.
Como resultado de ese trabajo y del estudio de las indicaciones que se presentaron, se ha acordado, en forma unánime, reemplazar dicho decreto ley por una nueva ley que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad.
Esta nueva regulación, si bien mantiene algunos de los parámetros que ya están presentes en la actual legislación, introduce cambios significativos en este ámbito que harán más exigentes las condiciones por las que un condenado puede acceder al beneficio de la libertad condicional.
A modo de síntesis, ellos son los siguientes.
En primer lugar, para acceder a este beneficio se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1o Haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva. Si la persona condenada estuviere privada de libertad cumpliendo dos o más penas, o si durante el cumplimiento de estas se le impusiere una nueva, se sumará su duración, y el total que así resulte se considerará como la condena impuesta para estos efectos.
2o Haber observado una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena. Será calificado con esta conducta la persona condenada que tenga nota "muy buena", de conformidad con el reglamento de la ley, en los cuatro bimestres anteriores a su postulación. En caso de que la condena impuesta no excediere de 541 días, se considerará como conducta intachable haber obtenido nota "muy buena" durante los tres bimestres anteriores a su postulación.
3o Haber sido beneficiado y estar haciendo uso de alguno de los permisos de salida ordinarios establecidos en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios.
4° Contar con un informe favorable de reinserción social elaborado por un equipo profesional idóneo del establecimiento penitenciario en el cual se encuentra la persona condenada, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada.
Todas estas exigencias buscan garantizar que quien acceda al beneficio de la libertad condicional efectivamente tenga una muy buena conducta y cuente con antecedentes serios y ciertos que permitan garantizar su reinserción social.
En consecuencia, a partir de ahora no bastará el simple transcurso del tiempo para que un condenado tenga derecho a obtener la libertad condicional. Todo lo contrario: se busca dejar claro que solo podrán acceder al beneficio quienes efectivamente hayan demostrado un interés real por reintegrarse a la sociedad y siempre que hayan cumplido una parte significativa de su condena.
En relación con este último punto, se reitera que, para postular a la libertad condicional, se deberá haber cumplido cuarenta años de reclusión, tratándose de los condenados a pena de presidio perpetuo calificado; veinte años, en el caso de los condenados a presidio perpetuo simple, y dos tercios de la pena, en el caso de un conjunto de delitos muy graves (como la violación o abusos indebidos de menores de catorce años de edad, trata de personas, robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación, homicidio de policías o de personal de Gendarmería de Chile en el ejercicio de sus funciones) y cuyos autores, además, no hayan sido castigados a la pena de presidio perpetuo.
Una norma muy importante en esta materia es la que dispone que las personas condenadas a dos o más penas, cuya suma alcance o supere los cuarenta años de privación de libertad, solo podrán postular al beneficio de libertad condicional una vez que hayan cumplido veinte años de reclusión.
Esta es una modificación muy relevante, pues con la legislación vigente, e independiente del número de penas a las que hubiera sido condenada una persona, se podía acceder al beneficio a los diez años de reclusión. A partir de la aprobación de esta ley, solo una vez que el condenado haya cumplido el plazo ya indicado podrá postular al beneficio.
Igualmente, se innova en la composición de las mencionadas Comisiones de Libertad Condicional. Al respecto, se establece que ellas estarán integradas por:
a) Un Ministro de Corte de Apelaciones, quien será su presidente. Dicho Ministro será elegido por el Pleno de la respectiva Corte.
b) Cuatro jueces de juzgados de garantía o de tribunales de juicio oral en lo penal, elegidos por la Corte de Apelaciones respectiva. En el caso de la Corte de Apelaciones de Santiago, la Comisión estará integrada por diez jueces de juzgados de garantía o de tribunales de juicio oral en lo penal.
Será Secretario de la Comisión de Libertad Condicional el funcionario que designe la Corte de Apelaciones respectiva.
Asimismo, para resolver sobre una libertad condicional, dicha Comisión deberá tener en consideración el informe del Consejo Técnico del establecimiento penitenciario en el que se encuentre recluida la persona condenada. Este informe deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos que he indicado previamente y que se encuentran considerados en el artículo 2° del proyecto.
Así, la libertad condicional se concederá o se rechazará mediante resolución fundada de la Comisión de Libertad Condicional, y se revocará del mismo modo.
La Comisión deberá constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2o, para lo cual se tendrán a la vista los antecedentes emanados del Consejo Técnico del establecimiento penitenciario y todos los demás que se considere necesario para mejor resolver.
De esta manera, queda claro que la mencionada Comisión debe efectuar un trabajo a conciencia y verificar que las condiciones que ha fijado el legislador se han cumplido. De todo esto se deberá dejar constancia mediante resolución fundada que deberá dictar al efecto.
Finalmente, cabe resaltar que todas las personas que accedan al beneficio quedarán sujetas a la supervisión de Gendarmería de Chile.
Así, se dispone que dentro de los quince días siguientes al otorgamiento de la libertad condicional, la institución elaborará un plan de intervención individual para la persona condenada, de acuerdo a su perfil, el que comprenderá reuniones periódicas, las que durante el primer año de supervisión deberán ser a lo menos mensuales; la realización de actividades tendientes a la rehabilitación y reinserción social, tales como la nivelación escolar, y la participación en actividades de capacitación o inserción laboral, o intervención especializada. Asimismo, la persona condenada deberá firmar un compromiso de dar cumplimiento a las condiciones de su plan, las que se deberán expresar en el citado documento.
Señor Presidente , señoras y señores Senadores, el proyecto que ahora votamos constituye un gran avance en la regulación de una materia que ha creado gran inquietud y que era necesario revisar y ajustar al tiempo presente.
Finalmente, hago notar que todas las enmiendas fueron acordadas por unanimidad y, en consecuencia, de conformidad con el Reglamento del Senado, solicito que se voten en un solo acto.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Hay varios señores Senadores inscritos.
No obstante, como bien se ha explicado, las modificaciones fueron acogidas por unanimidad en la Comisión, por lo que corresponde votarlas sin debate.
Por lo tanto, podría abrirse la votación para que los señores Senadores fundamentaran su voto.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Abra la votación, señor Presidente .
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Así se hará.
En consecuencia, en votación las modificaciones introducidas por la Comisión de Constitución.
--(Durante la votación).
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , se ha venido dando un debate en el país respecto de quiénes pueden postular a beneficios penitenciarios. Se ha establecido que las cárceles chilenas se hallan en situación extrema, con personas de mucha edad. También lo está Punta Peuco. Ello ha abierto espacio a un debate político, valórico, muy amplio.
Por cierto, toda modificación que busque establecer la libertad condicional genera un impacto en la ciudadanía, la que, lamentablemente, lo que exige es cárcel, con un Congreso que lo que ha hecho es aumentar, aumentar y aumentar las penas, con un resultado desastroso. Mientras más aumentan las penas, más se incrementa la delincuencia, porque no hay evidencia empírica, en ningún país del mundo, que demuestre que el aumento de penas trae aparejada una disminución de la delincuencia. Lo he venido reiterando. Hemos logrado atestar las cárceles y producir condiciones a veces infrahumanas, denunciadas, desde luego, ante organismos internacionales.
Me dicen que el proyecto, si bien está en su discusión particular, se va a votar, lamentablemente, como un solo paquete. Así lo planteó el Senador Araya .
¿Es así, señor Presidente?
El señor HARBOE .-
Exactamente.
El señor NAVARRO.-
Aunque el Reglamento lo establece de ese modo, resulta complejo porque, aun cuando hay aspectos que se pueden destacar, hay otros que no me convencen del todo.
El número 4° del artículo 2°, si bien no fue materia del último debate, señala algo que, para quienes conocen la situación de Gendarmería y están familiarizados con el tema de la reinserción y la rehabilitación, no dejaría de producir una sarcástica sonrisa. Dice: "4° Contar con un informe favorable de reinserción social elaborado por un equipo profesional idóneo del establecimiento penitenciario en el cual se encuentra la persona condenada, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia".
Señor Presidente , tenemos reincidencia del 70 por ciento en la cárcel El Manzano, en la Región del Biobío. ¡Setenta por ciento de reincidencia! Y, por lo tanto, esos informes de equipos idóneos se pueden realizar, pero existen factores mucho más profundos. Los reos condenados no están trabajando en los penales de Chile. ¡No trabajan! Ahí están los talleres: vacíos, sin maquinaria, salvo excepciones.
Entonces, tenemos un problema bastante más profundo en torno a rehabilitación y reinserción.
¿Quiénes han sido exitosos en materia de reinserción? Cuando ha recibido apoyo, la Iglesia Evangélica. ¡Sin cobrarle un peso a nadie! Las iglesias evangélicas, de distintas denominaciones, trabajan en rehabilitación y reinserción de manera exitosa, sin subsidio del Estado. Y a veces existen redes de ONG o de entidades privadas que colaboran.
Los resultados están a la vista: reincidencia superior al 50, 60, 70 por ciento.
Por lo tanto, es un tema que hay que tener presente a la hora de aprobar estos proyectos, que generalmente terminan volviéndose muy críticos y en contra de los poderes del Estado que los aprueban, cuando la libertad condicional es quebrantada.
Me gustaría pedirle al Presidente de la Comisión de Constitución que nos ilustrara sobre los conceptos de presidio perpetuo calificado y presidio perpetuo y nos dijera en qué condiciones se aplicará el beneficio, porque, al parecer, en un caso se exigen cuarenta años para recibirlo y en el otro, veinte.
La pregunta clave, Senador Araya, es si, tratándose del presidio perpetuo calificado y del presidio perpetuo, la posibilidad de libertad condicional se extiende a todos los condenados, incluidos los que están en Punta Peuco.
El punto ha sido objeto de debate y es ineludible consultarlo a la hora de aprobar esta propuesta. Porque, cuando lo hemos tratado en la Comisión de Derechos Humanos, que presido, nos hemos encontrado con una firme división y con discrepancias de opiniones en torno a avanzar en aquello.
Yo no sé si esta legislación en particular toca esencialmente ese tema; es decir, si la libertad condicional para los penados en los casos de presidio perpetuo calificado o de presidio perpetuo se aplica a los reos condenados por violación de derechos humanos o por delitos de lesa humanidad.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Aprovecho de saludar a la señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos , doña Javiera Blanco, quien nos ha acompañado en la tramitación de esta iniciativa.
Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , de acuerdo con datos de Gendarmería, en nuestro país hay 44 mil 656 personas recluidas en las cárceles. El 92,5 por ciento de ellas son hombres (41 mil 308) y el 7,5 por ciento, mujeres (3 mil 348). Del total de reclusos, 2 mil 93 son extranjeros (bolivianos, peruanos y colombianos).
Tenemos una gama de cárceles en donde existe un hacinamiento muy inhumano. Este parte, lamentablemente, por la ciudad de Copiapó, donde llega a 300 por ciento; y sigue en Limache, con 224 por ciento; en Yungay, con 223 por ciento; en Talca, con 218 por ciento; en Talagante, con 217 por ciento, y en Santiago Sur, con 201 por ciento.
Yo, sinceramente, cuando leo el informe de la Ministra Maldonado respecto de las cárceles de Chile no entiendo cómo a nuestro país no lo han sancionado por la flagrante violación a los derechos humanos de esas personas. Porque, no por haber faltado a la ley se pierden los derechos humanos.
Conozco la situación y sé que el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, el Senador Navarro, ha tenido especial preocupación por el tema penitenciario. Le agradezco su interés y el que se haya comprometido a viajar a la ciudad de Copiapó para visitar la cárcel, al igual que otros centros penitenciarios que sufren este problema.
El reglamento del decreto ley N° 321, de 12 de marzo de 1925, establece que la libertad condicional es un modo de cumplir en libertad, bajo determinadas condiciones y una vez alcanzados ciertos requisitos, la pena privativa de libertad a que está condenado un delincuente por sentencia ejecutoriada, y constituye una recompensa para el condenado que ha demostrado encontrarse corregido y rehabilitado para la vida social.
Yo quiero decir aquí -y lo ha planteado, entiendo, el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos- que, de acuerdo con un estudio realizado, la reincidencia es mucho mayor en los internos que cumplen la pena completa que en aquellos a los que se beneficia con la libertad condicional. Eso se debe, en mi opinión, a que quienes obtienen este beneficio pueden perderlo y, por lo tanto, se cuidan de tener un mejor comportamiento y no caer en la reincidencia.
No obstante, numerosos chilenos nos sorprendimos con lo que ocurrió hace unos meses, cuando alrededor de 1.800 personas -un número inédito- obtuvieron la libertad condicional en todo el país. En Valparaíso se entregó la mayor cantidad de beneficios, con 90 por ciento (788 reos). En Chillán y Rancagua solo se liberó cerca del 10 por ciento, y así sucesivamente.
Si me prestan atención, quiero hacer una reflexión con los señores Senadores.
Aquí estamos modificando en su base un sistema que regía desde 1925. Evidentemente, tiene algunos problemas y yo lo reconozco. Pero, ¡por favor!, en Valparaíso se les entregó la libertad condicional a 788 reos, cada uno de los cuales tiene una carpeta que hay que revisar, y esto se hizo, según entiendo, en una hora y media o dos horas.
Entonces, estamos modificando un sistema cuando lo que debiéramos hacer, señor Presidente , es preguntarnos si él se está cumpliendo. Y quisiera consultar a la señora Ministra de Justicia si ha hecho una investigación respecto de la actuación de quienes integran la Comisión de Libertad Condicional.
Lo digo, pues, antes de ir a modificar la base del sistema, a mí me gustaría que revisáramos qué está pasando con los integrantes de ese órgano.
Yo sé que a veces es mucho más fácil echarle la culpa a la ley, que nadie defiende, que averiguar qué pasó con estas personas que en una hora y media les entregaron libertad condicional a 788 reos, algunos de los cuales, además, son peligrosos.
¿Sabe qué creo yo, señor Presidente ? ¡Que ni siquiera miraron las carpetas! ¡Eso es lo que pasó!
Por tanto, aquí corrimos con un proyecto de ley para modificar el sistema. Hay que hacerlo...
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Tiene un minuto adicional para redondear su intervención, señor Senador.
El señor PROKURICA.-
Este es un sistema muy antiguo: viene de 1925. De repente las cosas antiguas tienen un valor. Pero yo creo, señor Presidente , que debiéramos haber partido por investigar qué ocurrió en los casos que señalo. Porque esto no pasó en todo Chile, sino solo en ciertos lugares.
Me parece que si uno no hace una investigación y sanciona a quienes han actuado en forma irresponsable con las libertades condicionales, la situación se va a volver a repetir. Aunque hagamos un sistema ultraprotegido, no vamos a lograr el objetivo que perseguimos.
Yo tengo varias diferencias -lamentablemente, se me acaba el tiempo- respecto de los cambios que se han hecho aquí. Sinceramente, creo que la libertad condicional es un derecho, no como plantea la Comisión de Constitución. Y me baso en los tratados internacionales que ha firmado nuestro país y en la opinión de la Corte Suprema, cuya jurisprudencia y doctrina dicen que se trata de un derecho y no de un privilegio o de un beneficio como plantea la Comisión de Constitución.
Yo tengo esa diferencia. Y además creo, señor Presidente (y aquí me dirijo directamente a la Ministra de Justicia ), que en Chile estamos manejándonos muy mal -perdón, Senador Espina , le estoy hablando a la Ministra -, porque tenemos en las cárceles a gente que está demente, a personas que sufren alzhéimer, pero, al ser militares o uniformados, han perdido sus derechos, como el de la libertad condicional y otros.
Yo les pregunto a mis colegas y a la señora Ministra : ¿haber faltado a la ley hace que uno no tenga derechos humanos?
Señora Ministra , señores Gobierno de Chile: nosotros hemos firmado tratados internacionales que no estamos cumpliendo. Tenemos gente que no está bien de la cabeza y está presa; tenemos personas que no se encuentran en condiciones adecuadas de salud y están presas, y eso no es humano, ni tampoco corresponde a la legislación que todos debemos respetar.
¿Para qué firmamos el Pacto de San José de Costa Rica? ¿Para qué lo hicimos si no lo vamos a cumplir?
¿O los derechos humanos solo son el privilegio de algunos? Sostengamos públicamente que quienes han cometido estas infracciones contra los derechos humanos -no las justifico: son graves y atroces- no los tienen y carecen del derecho a la libertad condicional. Porque eso es lo que estamos consagrando a través de estas modificaciones.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Harboe, uno de los autores de esta iniciativa.
El señor HARBOE.-
Señor Presidente , creo que el informe que ha entregado el Presidente de la Comisión de Constitución, quien nos invitara a ser parte de esta moción, el Senador Pedro Araya , fue bastante completo.
Este sistema impera en nuestro país desde hace más de ochenta años, cuando las normas penales, las cárceles, los delitos que se cometían y las sanciones que se aplicaban eran muy diferentes. No existía, por de pronto, la ley N° 18.216, sobre penas sustitutivas. En consecuencia, tiene una lógica completamente distinta a nuestra realidad.
Y, para ilustración de los señores Senadores y las señoras Senadoras, ¿qué aconteció en el último tiempo?
La libertad condicional siempre ha existido, como decía, pero hasta el año 2011 la facultad en esta materia la tenían los seremis de justicia.
En el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera se tomó una decisión, bien inspirada por de pronto: quitarles esa facultad y entregársela al Poder Judicial , a una comisión de jueces. El objetivo, como se dijo en su oportunidad, era despolitizar una decisión eminentemente técnica.
¿Qué ocurrió? Que las comisiones de jueces comenzaron a aplicar estas libertades -lo cual está bien- en ejercicio de sus facultades. Sin embargo, la Corte Suprema fue consignando crecientemente en determinados fallos que la libertad condicional no era un beneficio, sino un derecho. Por tanto, no podía ser negado si es que el interno cumplía los requisitos objetivos, una especie de "checklist": "Usted cumple los requisitos, sale; se acabó".
Todo esto se desarrolló con normalidad hasta el año 2016, cuando en una sesión correspondiente al mes de abril o de mayo, tres comisiones en el país aumentaron exponencialmente el número de libertades condicionales otorgadas: la de Valparaíso, la de la Región Metropolitana y la de Iquique. En las otras se mantuvo parejo.
¿Cuál fue el problema? Se concedieron estos beneficios a personas que, cumpliendo con los requisitos objetivos, no fueron recomendados, a través de un informe explícito, por Gendarmería de Chile. Es decir, las comisiones no consideraron la opinión de quienes están todo el día con los internos. Y eso es un tremendo problema.
Se otorgó la libertad -por ejemplo, en el caso de Valparaíso- a una persona que había sido condenada por cinco delitos de violación y que, aun privada de libertad, abusó sexualmente de sus hijas cuando lo visitaron junto con su señora.
A ese señor, la comisión de jueces le otorgó la libertad condicional porque consideró que era un derecho.
Al respecto, tengo una diferencia: no creo que sea un derecho, sino un buen beneficio en la medida que se aplique como corresponde. Es decir, para aquellos que han mostrado una conducta correcta y tienen un informe social adecuado. Pues, si le otorgamos la libertad a alguien antes del cumplimiento de su condena, es porque el sistema comprende que está en condiciones de rehabilitarse y de reinsertarse en la sociedad.
Sin embargo, en nuestro país no hay programas de acompañamiento, de seguimiento, de apoyo en ese sentido.
En consecuencia, se deja a una persona que ha pasado una gran cantidad de años privada de libertad a su solo arbitrio, a su sola suerte, que muchas veces redunda en la reincidencia. He ahí los importantes porcentajes sobre el particular.
Esta iniciativa actualiza aquellas normas.
Lo que hace es decirle a esa comisión: "Esto no es un derecho; es un beneficio. Y para otorgar este beneficio de la libertad condicional, se tendrán que cumplir un conjunto de requisitos objetivos, claros, pertinentes".
Adicionalmente, se dispone que las personas que obtengan este beneficio seguirán bajo un sistema tanto de seguimiento de parte de Gendarmería de Chile, como de implementación de programas de acompañamiento a fin de lograr su reinserción social, que es el sentido que tiene la sanción penal y la libertad condicional, finalmente.
Obviamente, se contemplan excepciones y reglas especiales para los delitos más graves. No es solo la mitad de la condena, sino que dos tercios de ella. Se trata de delitos que no voy a enumerar, pero que están establecidos en el proyecto de ley, dentro de los cuales destacan el homicidio, el homicidio calificado, el abuso sexual de menores, la violación y otros. Y, por cierto, el relativo a la violación de los derechos humanos.
Señor Presidente, creo que es una iniciativa de ley adecuada, que avanza en la dirección correcta.
Es cierto que no se hace cargo del fenómeno de la sobrepoblación penal; pero no es justo encomendarle a un proyecto que busca circunscribir el beneficio de la libertad condicional otros aspectos que debemos enfrentar respecto de la situación carcelaria.
Por otro lado, me llama la atención que algunos Senadores aparezcan hoy día diciendo: "Miren, se están violando los derechos humanos al interior de las cárceles". Perdón, pero llevamos muchos años en esto. Y, por ejemplo, a quienes hemos abogado por tener un sistema carcelario en que se establezca la separación criminógena para evitar contactos de este tipo muchas veces no nos ha ido muy bien.
Necesitamos una política carcelaria nueva; intervenir Gendarmería de Chile no solo a propósito de los últimos acontecimientos, sino más bien en cuanto a cómo concebimos una institución encargada del cuidado y de la reinserción social.
Tenemos que revisar, además, la infraestructura carcelaria.
Todo ello no es materia de este proyecto de ley, pero sin duda avanza en la dirección correcta.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra otro de los autores de la moción, el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero hacerme cargo de lo señalado por el Senador Prokurica. Y lo hago por lo siguiente.
Esta iniciativa de ley intenta eliminar cualquier criterio subjetivo que no corresponda a antecedentes reales respecto al derecho que tienen los condenados, dependiendo de la gravedad del delito, a acceder al beneficio de cumplir en libertad parte de la pena fijada inicialmente con cárcel.
La pregunta es por qué se hace esto. El sentido de la libertad condicional es que si un delincuente condenado a pena efectiva en la cárcel cumple objetivamente con estándares que demuestran que se ha rehabilitado, reinsertado en la sociedad, dependiendo también de la gravedad del delito pueda postular a este beneficio y, finalmente, acceder a él.
Hasta el día de hoy, esto, según los jueces, corresponde a un derecho; no obstante -perdonen que lo diga-, se trata de una decisión arbitraria.
Porque ¿alguien conoce los argumentos, los fundamentos de por qué en tres regiones (tengo los datos por comuna de Iquique, de la Región de Valparaíso y de la Región Metropolitana) se dispara en aproximadamente 583 por ciento, 905 por ciento y 200 por ciento, respectivamente, el número de personas beneficiadas con la libertad condicional?
Lo que sorprende es que no se den razones, lo cual es inaceptable en lo relativo a la libertad condicional, pues -insisto- es un beneficio.
No voy a volver a repetir lo que dijo el Presidente de la Comisión, pero como esta sesión se ve a través de los medios de comunicación, quiero dejar en claro que se trata de una legislación que existe en todas partes del mundo, en que se establece que si una persona comete un delito podrá, a la mitad de la pena, optar -¡optar!; no es obligatorio- a este beneficio, siempre y cuando acredite haber cumplido realmente con el proceso de rehabilitación.
Si el delito es más grave: robo con violencia e intimidación en las personas, tráfico de drogas, etcétera, etcétera, se deberán tener cumplidos dos tercios de la pena.
Si el delito es muy muy grave, como en el caso de los condenados a presidio perpetuo calificado, no se tendrá derecho hasta después de haber cumplido 40 años.
Esta ley en proyecto es más dura de lo que existe hoy día. Va a ser mucho más difícil optar a estos beneficios, ¡indiscutiblemente más difícil! Sin embargo, el valor que le otorgo es que incorpora elementos que eviten tomar decisiones que puedan estar motivadas por circunstancias distintas al proceso de rehabilitación de un preso. Lo que señalamos es que, en esa hipótesis, la persona va a poder postular, pero deberá tener una conducta intachable y notas muy buenas durante cuatro los bimestres anteriores a su postulación.
Eso no estaba antes. No se sabía lo que era una nota muy buena; tampoco una conducta intachable. Es decir, era subjetivo.
Después, la Comisión de Libertad Condicional -ya existe- tendrá la obligación de recibir un informe de reinserción social elaborado por un equipo de profesionales idóneos del establecimiento penitenciario en el que se encuentra la persona.
Además, no podrá salir con libertad condicional alguien que no haya gozado con anterioridad de beneficios carcelarios, como la salida dominical, la salida por el fin de semana. Es decir, es un proceso que da mucha más objetividad en esta materia.
Este proyecto es un tremendo avance respecto de lo que existe en nuestro país.
Sin embargo, en un punto -como todo lo que nos pasa siempre en Chile- queda absolutamente en deuda. Y quiero decirlo derechamente...
Señor Presidente , ¿me podría dar un minuto más?
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Continúe, señor Senador.
El señor ESPINA.-
Muchas gracias.
El punto en deuda es que en Chile no hay programas de rehabilitación. ¡No los hay!
Tenemos una legislación que le dice al preso: "Si usted se rehabilita y cumple con tales y cuales exigencias, entonces tendrá derecho a acceder a beneficios". El problema -y no nos mintamos- es que nada de eso existe.
Nosotros pedimos en esta misma Sala que se aumentaran los cupos para reinserción laboral, que eran 800. El hecho de que sean 25 mil los reclusos que pueden postular -¡25 mil!- a esos 800 cupos significa que no existe ningún interés de la autoridad en el proceso de rehabilitación. ¡Ninguno!
Resulta que en la Ley de Presupuestos se gasta plata en cualquier otro proyecto, pero no para financiar una política que busque sacar a gente del mundo del delito.
Entonces, disponemos de una buena ley, pero con una falla geológica de fondo: mientras en Chile no existan planes de rehabilitación verdaderos, la normativa va a estar coja. Por algo los procesos que actualmente funcionan son incompletos.
A mí me extraña la frialdad con que se enfrenta ese tema. No nos damos cuenta de que, si no se invierten los recursos suficientes y no se establecen programas adecuados para rehabilitación, disminuir la delincuencia va a seguir siendo una tremenda dificultad para el Estado.
Votaremos a favor del proyecto, pero hacemos presente que en la Ley de Presupuestos pediremos que se otorguen los fondos necesarios para llevar adelante programas de reinserción laboral, a efectos de rescatar del mundo del delito a los condenados, sobre todo a los delincuentes primerizos.
Ese es un aspecto central en Chile.
La batalla contra la delincuencia no se va a ganar mientras el Estado no resuelva invertir de verdad en buenos proyectos para los menores -todos conocemos el caso del SENAME, pero no salgamos a proponer medidas solo cuando se producen escándalos; ¡preocupémonos permanentemente del asunto!- y en la rehabilitación de los reclusos, porque en estas materias estamos atrasados en años luz.
Y no es prioridad para este Gobierno -perdónenme que lo diga- rescatar a quienes entraron al mundo del delito o lograr reinsertarlos. Por algo los recursos gastados durante los últimos 30 años en tal aspecto son insignificantes. El esfuerzo puesto para recuperar a un condenado de las garras de la delincuencia es bajísimo.
Por lo tanto, estamos aprobando una buena iniciativa de ley, aunque con la típica falla que significa no hacer todo lo que corresponde: en este caso, avanzar en rehabilitación y reinserción social.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
A continuación, tiene la palabra el Senador señor Larraín, otro autor de la moción.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , creo que las intervenciones que me han precedido han logrado situar bien el foco del presente proyecto. Y, ciertamente, a propósito de las inquietudes que muchos han planteado, por desgracia la iniciativa no resuelve el problema de la rehabilitación ni el de la reinserción.
A mi entender, eso constituye una falta de perspectiva enorme, no solamente desde un punto de vista humano, sino también desde la óptica de la prevención del delito.
En este último ámbito gastamos mucho en Carabineros y en otras cosas, pero no en rehabilitar a los delincuentes -por así decirlo- habituales que están presos por condenas de más de cinco años (si fueran menos, no estarían recluidos, salvo excepciones).
Si se hiciera un trabajo en materias de rehabilitación y reinserción, la cifra de 60 a 70 por ciento de reincidencia se reduciría a la tercera o cuarta parte. Ello sería mucho más efectivo que otras medidas de prevención que se están adoptando.
En definitiva, hay un vacío en ese ámbito porque no existe un compromiso en Chile al respecto. ¡Eso es verdad!
Pero tenemos un régimen de libertad condicional que está funcionando mal. Y pretendemos atacar esas falencias.
Aparte de las cifras que ya se han dado, quiero señalar, por ejemplo, que el año 2015 se entregaron 2.276 libertades condicionales y, durante el primer semestre de 2016, se otorgaron 2.314. ¡Se observa un aumento explosivo!
¿Cómo se está procediendo? Como aquí ya se ha dicho, de una manera arbitraria. ¿Y qué pretende el proyecto? Corregir esas arbitrariedades.
La libertad condicional se entiende como un beneficio. No es menor tal consideración. La idea es permitir que una persona condenada a lo menos a cinco años de cárcel por un delito grave opte al beneficio de salir bajo libertad condicional a la mitad del cumplimiento de su pena, si acaso se observa en ella una actitud favorable hacia la rehabilitación.
Por lo tanto, no es un derecho. No basta cumplir determinado tiempo de condena, sino que se exigen otros requisitos. De ahí que haya que entenderlo como un beneficio.
El proyecto, entre otras cosas, agrega requisitos al plazo mínimo que se requiere para postular a la libertad condicional, el cual en el común de los casos equivale a la mitad de la pena. En otras situaciones el cómputo del tiempo cambia: cuando se trata de un delito grave, se pide cumplir los dos tercios de la pena; en el caso del presidio perpetuo, 20 años, y si se trata de presidio perpetuo calificado, 40 años. La gradación se debe al nivel de progresividad de la pena.
En esta iniciativa, a los requisitos normales de cumplir la mitad de la condena y demostrar una conducta buena en los últimos cuatro bimestres, se agregan dos elementos adicionales:
Estar haciendo uso de algún permiso de salida, que es un hecho concreto que acredita que al recluso, por su comportamiento intachable, le han estado otorgando beneficios menores (permiso dominical o permiso diario con reclusión nocturna).
Y contar con un informe favorable de reinserción social, el cual será elaborado por un equipo profesional idóneo. Probablemente, hay que trabajar más para disponer de profesionales adecuados.
Pero ese es el desafío central: buscar cómo hacer que el proceso sea objetivo.
Por otra parte, se precisó la conformación de la Comisión de Libertad Condicional, que es la responsable del proceso. Antes la decisión en esta materia estaba en manos del seremi de Justicia respectivo y luego se pasó a un grupo de jueces, cuya integración no quedó clara en la redacción de la ley anterior.
Se estableció que dicha Comisión será presidida por un Ministro de Corte de Apelaciones y estará compuesta por cuatro jueces de juzgados de garantía o de tribunales de juicio oral en lo penal, número que aumentará a diez en el caso de Santiago.
Ahora bien, más importante que lo anterior, es el artículo que regula cómo ejercerá su función la Comisión pertinente. Se dispone algo que, a mi juicio, hará la diferencia: las resoluciones deberán ser fundadas. En ninguna de las actas de las Comisiones de Libertad Condicional se indica por qué se concedió el beneficio a algunos y a otros no. No hay ningún antecedente, ningún argumento. Por eso el cambio propuesto, que me parece de la esencia, le da seriedad al proceso.
Y cito la norma pertinente. Artículo 5°: "La libertad condicional se concederá o rechazará mediante resolución fundada de la Comisión de Libertad Condicional y se revocará del mismo modo.".
¿Me permite 30 segundos adicionales, señor Presidente?
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Por supuesto, señor Senador.
El señor LARRAÍN.-
Muchas gracias.
Las razones mencionadas permiten pensar que el futuro proceso de libertad condicional va a seguir reglas más objetivas y claras. Además, se evitarán abusos de discrecionalidad, como el de conceder el beneficio a algunos presos sin casi pedirlo y negárselo a otros por el solo hecho de solicitarlo, por su origen o por alguna de las otras consideraciones que aquí se han señalado.
Me parece que el procedimiento propuesto, de acuerdo al proyecto presentado y a las modificaciones introducidas en la Comisión de Constitución, nos permite asegurar que la libertad condicional se otorgará de una manera racional, con mayor objetividad y fundamentos, con lo cual se evitará la discrecionalidad administrativa.
Cabe entender que todo ello forma parte de un proceso que debe mejorarse: el de la reinserción social, que obviamente no se va a resolver aquí, porque aún no hay políticas públicas en nuestro país que así lo hayan asumido. Chile está en deuda con la reinserción y la rehabilitación. Son muy pocos los reclusos que acceden a ellas. Por ende, difícilmente vamos a corregir dicha materia en esta propuesta legislativa.
Pero algo estamos avanzando.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Están inscritos los Senadores señores Araya y Letelier, pero en este momento no se encuentran en la Sala.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban las enmiendas unánimes introducidas por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (24 votos a favor y una abstención) y el proyecto queda aprobado en particular y despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, Espina, García, García-Huidobro, Harboe, Horvath, Hernán Larraín, Matta, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvo el señor Prokurica.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).-
Señor Presidente, agradezco el apoyo de los Senadores.
Era importante aprobar el proyecto, ya que durante el segundo semestre se van a constituir las Comisiones para revisar las nuevas libertades condicionales. Por tanto, resulta relevante que estas modificaciones estén vigentes a esa fecha.
Reitero mi agradecimiento a Sus Señorías.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , solicito que agregue mi voto afirmativo.
Yo estaba afuera de la Sala esperando que hablara primero el colega Tuma. Pero al final él no hizo uso de la palabra y la votación terminó.
Pido consignar mi voto.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Letelier y de quien habla.
AUMENTO DE PENALIDAD PARA DELITOS CONTRA MENORES Y OTRAS PERSONAS EN ESTADO VULNERABLE
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal, el decreto ley Nº 645, de 1925, sobre Registro General de Condenas , y la ley Nº 20.066, que establece la Ley de Violencia Intrafamiliar, destinado a aumentar la penalidad y demás sanciones aplicables para los delitos cometidos en contra de menores y otras personas en estado vulnerable, con informe de la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos relacionados con los niños, niñas y adolescentes, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.279-07, 9.435-18, 9.849-07, 9.877-07, 9.904-07 y 9.908-07, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 62ª, en 20 de octubre de 2015 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Especial encargada de tramitar proyectos relacionados con los niños, niñas y adolescentes: sesión 34ª, en 2 de agosto de 2016.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
El objetivo de la iniciativa es modificar el Código Penal, el Código Procesal Penal, la Ley de Violencia Intrafamiliar y el decreto ley Nº 645, de 1925, del Ministerio de Justicia, sobre Registro General de Condenas , con la finalidad de establecer nuevas penas, delitos y reglas procedimentales y de penalidad respecto a conductas que involucren violencia o maltrato psíquico o físico en contra de menores de catorce años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.
La Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes discutió esta iniciativa solo en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Letelier, Ossandón, Quintana y Patricio Walker.
Cabe tener presente que los incisos primero y tercero del artículo 6º bis, propuesto en el numeral 2 del artículo 3º del proyecto, revisten el carácter de normas de quorum calificado, por lo que requieren, para su aprobación, 19 votos favorables.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 32 a 36 del primer informe de la Comisión Especial y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Nada más, señor Presidente .
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
En discusión general.
Ofrezco la palabra a alguno de los miembros de la Comisión Especial.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente, abra la votación.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo para proceder a votar?
El señor MOREIRA.-
Sí.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Claro.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Acordado.
En votación la idea de legislar.
--(Durante la votación).
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER .-
Señor Presidente , estimados colegas, durante varios años muchos parlamentarios han querido abordar la patología social que constituye el maltrato a personas, que se expresa de diferentes maneras.
Tanto en la Cámara de Diputados como aquí, en el Senado, se presentaron distintas iniciativas que procuraban regular esta materia: unas abordaban el maltrato a menores; otras, a personas mayores y, también, a gente en situación de discapacidad.
En el debate de uno de esos proyectos se planteó que el nuevo tipo penal debería restringirse a los responsables de cuidar a menores (niños, niñas y adolescentes), a discapacitados o a adultos mayores. Pero también se propuso a otros actores como sujetos activos de ese tipo de delito.
Por ende, la discusión no solo se circunscribe a crear un nuevo tipo penal (maltrato a personas en una situación de vulnerabilidad), sino también a precisar quiénes son los sujetos activos de esta figura delictual.
Asimismo, en el análisis que realizamos en la Comisión, presidida por el Senador Patricio Walker , aquí presente, se debatió sobre el límite en dos ámbitos: entre el delito de lesiones y el maltrato, y entre el maltrato y el trato vejatorio. Ello, porque un grupo de Senadores de la Comisión de Derechos Humanos -entre ellos, la Senadora Lily Pérez - se refirió al uso del lenguaje de odio y a cómo debe ser regulado el trato vejatorio en el Código Penal.
Nuestro propósito es fusionar diferentes proyectos que crean el nuevo tipo penal de maltrato a personas en situación de vulnerabilidad. Aceptamos hacerlo a través de una indicación del Ejecutivo a una iniciativa que viene de la Cámara Baja y que, por tanto, ya tiene un trámite realizado.
Se van a acoger, además, mociones sobre la materia de los Senadores señores Quintana y Patricio Walker , entre otras.
En el órgano técnico escuchamos al Fiscal Nacional subrogante, Andrés Montes ; a representantes de instituciones especializadas en cuidados de jóvenes; a abogados que han trabajado en el tema del maltrato, en particular a nivel de infancia.
No pudimos oír a especialistas en maltrato físico o psicológico a adultos mayores, que constituye evidentemente un aspecto muy amplio. Es maltrato no solo el castigo físico, sino también privar a esas personas del manejo autónomo de sus propios recursos.
Como dije, no asistieron expertos de todos los ámbitos, pero sí hubo consenso en que resulta fundamental agregar en la legislación un nuevo tipo penal a tal efecto.
Adicionalmente, se establecieron agravantes referidas a inhabilidades para los cuidadores de quienes pueden ser sujetos pasivos de maltrato: niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores.
Se llevó a cabo un debate -no concluyó porque estábamos en el análisis de la idea de legislar- sobre cuáles deberían ser esas agravantes: ¿Inhabilitación absoluta para cargos o empleos públicos? ¿Prohibición de realizar una función cercana a quienes han sido objeto de maltrato? ¿O inhabilidad temporal?
Tales son las materias contenidas en el proyecto, señor Presidente.
Quiero recordar que muchos de estos delitos son difíciles de probar, como dijo el Fiscal Nacional subrogante. En efecto, la prueba de un maltrato es muy compleja.
Hemos visto en televisión varias veces a trabajadoras de casa particular filmadas realizando maltrato físico a niños. ¡Ahí hay una prueba! Pero, por lo general, la prueba de maltrato a una persona discapacitada, a un adulto mayor o a un niño o una niña -más aún, si carece del uso del lenguaje o tiene dificultades de expresión- es compleja de conseguir.
Se nos representó ese problema.
De ahí la importancia de contar con una legislación que permita precisar un tipo penal en que a veces no existen lesiones. Porque, si las hubiera, sería más fácil la prueba.
Sin perjuicio de ello, la Fiscalía respaldó la relevancia de tener en nuestra legislación un instrumento como el que se está proponiendo no solo para actuar eficazmente en defensa de las personas que sufren maltrato, sino también para dar una señal clara de que la violencia hacia los menores (niños, niñas y adolescentes), las personas en situación de discapacidad y los adultos mayores es algo inaceptable.
Señor Presidente, valoro que se haya tenido la predisposición de fusionar los proyectos en torno al de la Cámara de Diputados.
Además, agradezco al Presidente de la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes, Senador Patricio Walker , que tenía una moción de su autoría al igual que Su Señoría, que preside en estos momentos la sesión. No obstante ello, se optó por el camino más corto, que era aprovechar un texto que versa sobre materias similares que proviene de la Cámara Baja. Porque, independiente del diferente origen de los proyectos, a todos nos une querer que haya cuanto antes una legislación para sancionar efectivamente aquella violencia que va más allá de la intrafamiliar y lleva al maltrato de estos tres grupos calificados de vulnerables.
Agrego un último comentario.
En un momento, algunos pensaron que la violencia y el maltrato hacia las mujeres debían ser incorporados en este texto. Aunque esto se verá en la discusión en particular, la opinión mayoritaria de la Comisión consideró que no correspondía, pues este texto debería estar abocado a los sujetos pasivos que son objeto del maltrato (niños, niñas y adolescentes; adultos mayores, y personas en situación de discapacidad), de modo de tener un tipo penal claro para el accionar de la Fiscalía y las sanciones correspondientes.
He dicho.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.
El señor QUINTEROS.-
Señor Presidente , con justa razón, la opinión pública se ha visto conmocionada en el último tiempo por diversos hechos de violencia que han afectado a niños, ancianos o personas con capacidades diferentes, y que han sido provocados por quienes tienen a su cargo el cuidado de ellos.
Estos oprobiosos actos muestran el lado oscuro de una sociedad que hasta no hace mucho tiempo podía justificarlos como parte de la facultad del padre o del cuidador de corregir a su hijo o pupilo.
Estoy muy de acuerdo en que nuestro país debe avanzar en la persecución penal de estos delitos, estableciendo tipos específicos; aumentando las penas; estableciendo prohibiciones e inhabilidades, y haciendo más eficaces los registros de estas condenas.
Uno de los propósitos más encomiables de este proyecto es apartar a los infractores de ley de sus víctimas, de modo que quienes cometan estos delitos en contra de menores sean alejados, pues sabemos que en este tipo de delitos es frecuente la reiteración y que las posibilidades de recuperación del infractor son bastante escasas, como ha quedado demostrado últimamente.
Con estas medidas el Estado asume parte de su responsabilidad.
Pero no acaba con esto el deber de protección que al Estado le asiste respecto de la población más vulnerable.
Las normas más duras han de venir acompañadas de mayores acciones de prevención y de una red pública más fuerte para el trabajo pericial -imprescindible en este tipo de delitos-, la reparación de las víctimas y también la rehabilitación de los victimarios.
No se trata solo de reforzar o dividir el SENAME, materia en la que hay un amplio consenso hoy, sino que también debe fortalecerse el Servicio Médico Legal, que tiene que trabajar pericialmente con el autor y la víctima de la violencia.
Hoy dicho servicio no está en condiciones de dar respuesta oportuna a todos los requerimientos de los tribunales o del Ministerio Público.
Asimismo, hay que reforzar toda la red de salud mental, porque detrás de muchos de estos abusos hay una falta de diagnósticos y tratamientos adecuados para las víctimas incapaces de reaccionar oportunamente y también para los agresores que sufren trastornos psiquiátricos, cuya conducta normalmente va unida a abusos de drogas o alcohol.
Hay que capacitar a los trabajadores de la educación para que puedan detectar a tiempo casos de abusos.
En definitiva, señor Presidente, no se trata solo de definir nuevos delitos.
Nuestra sociedad está enferma. Y si no nos hacemos cargo de este diagnóstico, seguiremos dando respuestas formales, bien intencionadas, pero absolutamente insuficientes para enfrentar adecuadamente el abuso físico y psíquico que hoy sufren miles de niños, niñas, adultos mayores o discapacitados.
He dicho.
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El señor WALKER (don Ignacio).-
Señor Presidente , ¿me permite plantear un aspecto reglamentario?
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
No es lo habitual cuando estamos en votación. Pero, ante la premura y porque entiendo que es un tema urgente, puede intervenir, Su Señoría.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Señor Presidente , solicito que recabe la autorización para que la Comisión de Educación y Cultura sesione en paralelo con la Sala desde las siete de la tarde, pues recibiremos a los candidatos al Directorio de TVN .
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo en tal sentido?
--Se accede a lo solicitado.
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El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker, Presidente de la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes.
El señor WALKER (don Patricio).-
Señor Presidente , efectivamente, como decía el Senador Letelier, había dos proyectos en la Comisión. De uno somos coautores con usted, señor Presidente , junto con el Senador Letelier y algunos otros colegas. Y el otro provenía de la Cámara de Diputados.
El del Senado ya había sido aprobado en general unánimemente por la Sala y el de la Cámara Baja estaba más avanzado. Por lo tanto, decidimos aprobar esta última iniciativa, dejando de lado los legítimos derechos o aspiraciones de los parlamentarios en orden a querer que se aprueben las mociones presentadas por ellos.
Este proyecto es bien importante, porque en Chile sancionamos la violencia cuando es intrafamiliar, al interior de los hogares. Pero, desgraciadamente, en una modificación que se hizo años atrás, para los casos en que la violencia se da fuera de la familia (extrafamiliar) se establecieron sanciones que en la práctica no se cumplen: trabajos comunitarios, entre otros. Por consiguiente, en los hechos no existe sanción alguna a la violencia extrafamiliar.
¿Qué sucede en esos casos? Se debe esperar que ocurran lesiones para que se puedan sancionar por ese delito las conductas de maltrato (tratos vejatorios, denigrantes, inhumanos, etcétera) que muchas veces se ejercen sobre los niños.
Con relación a ello, nosotros tomamos la decisión de ampliar el delito no solo a cuando exista un trato inhumano y degradante, maltrato físico o psicológico contra niños, sino también contra personas vulnerables: adultos mayores y personas en situación de discapacidad.
En tal sentido, creo que avanzamos bastante bien en este proyecto.
Establecemos sanciones en el artículo 403 ter, que básicamente castiga con la pena de prisión en cualquiera de sus grados y multa de una a cuatro UTM a quien ejerciere violencia o maltrato físico en contra de un menor de catorce años de edad, adulto mayor o persona en situación de discapacidad, en los términos de la ley N° 20.422. Y si se comete con habitualidad, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo.
A su vez, se establece que aquel que, teniendo un deber especial de cuidado respecto de las personas antes citadas, sea en razón de la ley, de una resolución judicial o de su profesión u oficio, incurriere en una acción u omisión de maltrato o violencia física, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio.
En ese punto, algunos planteamos que era importante también incorporar circunstancias fácticas, porque muchas veces ese deber de cuidado no se da por una resolución judicial, por un mandato legal, pero sí por situaciones de hecho. Es el caso, por ejemplo, de un transportista escolar que traslada niños a sus casas.
Una vez que se abra el plazo para formular indicaciones, vamos a presentar algunas.
Asimismo, está el Registro de Inhabilitaciones -veo que avanza el tiempo, así que no podré dar todo el detalle-, que es muy importante, porque si hay personas que cometen, sobre todo en forma habitual, violencia contra los niños, ellas no deberían trabajar con estos, pues no tienen las capacidades, las aptitudes para eso.
Nosotros ya establecimos incorporar en el Registro de Inhabilitaciones a los condenados por delitos sexuales contra menores, pero no a los responsables de casos de violencia contra niños. Esto ahora se agrega, y se hace una distinción en cuanto a si la víctima tiene más o menos de 14 años y si hay o no habitualidad, para efectos de establecer si la inhabilitación será temporal o perpetua.
También se consigna algo muy importante, porque no todo es sanción: tendrá que haber rehabilitación y trabajo para que los maltratadores cambien sus conductas y resuelvan los conflictos de manera pacífica y no violenta. En efecto, el artículo 403 septies faculta al juez para que, además de las penas señaladas, pueda decretar como pena accesoria la asistencia a programas de rehabilitación para maltratadores o el cumplimiento de un servicio comunitario, en un plazo que no podrá exceder de 60 días.
Ahora, para que no haya impunidad, se establece que estos delitos serán de acción penal pública y que no podrá ejercerse respecto de ellos el principio de oportunidad.
Para prevenir estos casos, se obliga a toda institución pública o privada que trabaja con niños a consultar en el Registro pertinente si las personas que se pretende contratar -por ejemplo, en un jardín infantil, un colegio, un hogar de menores, etcétera- han sido o no condenadas por este tipo de delitos. De esa forma se puede evitar contratarlas y, por lo tanto, prevenir la comisión de muchos delitos.
Del mismo modo, se contemplan normas respecto del concurso de delitos en caso de lesiones. También hay situaciones bastante más técnicas, acerca de las cuales vamos a presentar algunas indicaciones.
Por otro lado, respecto del debate en la Comisión, quiero agradecer la presencia del abogado Hernán Fernández , especialista en estos temas; del Fiscal Nacional subrogante, don Andrés Montes , quien realizó una exposición bien interesante.
La verdad es que aquí estamos simplemente cumpliendo con lo que dice el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño, precepto que dispone el deber de proteger a niños, niñas y adolescentes frente a toda forma de abuso físico y mental.
Dicho sea de paso, me gustaría señalar que hoy día en la Comisión especial sobre infancia partimos con la tramitación del proyecto que crea el defensor del niño. Se trata de una iniciativa muy importante. Junto con usted, señor Presidente , y otros Senadores presentamos un proyecto de reforma constitucional sobre el particular. Yo sé que acá hay varios colegas que han trabajado el tema de la infancia. No los quiero nombrar a todos, porque son varios. Pero debo manifestar que vamos a tener un órgano autónomo, independiente del gobierno de turno, que contará con la suficiente independencia para proponer políticas, denunciar transgresiones a los derechos de los niños y avanzar de manera efectiva en la protección de los menores.
Finalmente, deseo destacar que hoy día tuvimos una reunión muy interesante con el Ministro Eyzaguirre, con Estela Ortiz, con la representante de UNICEF en Chile y con otros especialistas, quienes nos ayudaron mucho en esta discusión.
En la Comisión participan los Senadores señora Van Rysselberghe y señores Ossandón , Letelier , Quintana y quien habla.
Esperamos, en el período de presentación de indicaciones, poder mejorar esta iniciativa a través de varias propuestas que tenemos pensado suscribir y formular.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Señor Senador, como usted preside la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos relacionados con niños, niñas y adolescentes, quisiera consultarle qué plazo sugiere para las indicaciones.
El señor WALKER (don Patricio).-
Creo que dos semanas está bien, señor Presidente.
El señor PÉREZ VARELA.-
El 29 de agosto.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
¿Les parece a los señores Senadores hasta el lunes 29 de agosto, a mediodía?
El señor WALKER (don Patricio).-
Sí, señor Presidente .
--Así se acuerda.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.
La señora MUÑOZ.-
Señor Presidente , quiero felicitar esta iniciativa, con la cual pienso que se abre un debate importante en relación con todas las formas de violencia que se viven en nuestro país vinculadas a mujeres, niñas, niños y jóvenes.
Está claro que la Ley de Violencia Intrafamiliar durante largos años ha ido incorporando una serie de formas de violencia que se ejercen contra ancianos, niñas, niños y jóvenes como un tema que ocurre solo al interior de la familia. También hemos visto que dicha normativa tiene un tope para visibilizar la violencia que viven las mujeres en la sociedad fuera de la familia.
Por eso, distintos Senadores y Senadoras hemos presentado varias iniciativas tendientes a abrir un debate a fin de que lo que acontece contra las mujeres sea concebido como una violencia de género y no solo como violencia intrafamiliar.
Es cierto que la mayor cantidad de actos de violencia hacia las mujeres ocurre en la familia. Sin embargo, hemos conocido casos de mujeres agredidas, asesinadas en diversos lugares, como en la calle, o producto de situaciones en que no existe un vínculo familiar. De ahí que hoy día estemos resituando el concepto de "violencia de género hacia las mujeres".
Y me alegra mucho que se considere también este tipo de violencia hacia jóvenes, niñas, niños y ancianos no como un tema que sucede solo al interior de la familia, porque se da en numerosas otras circunstancias.
Pero quisiera plantear una observación respecto del artículo 403 ter -quizás esto quede para el debate en particular-, para no cometer el mismo error que se ha dado en las discusiones sobre violencia intrafamiliar, al establecerse la habitualidad del castigo.
Nosotros consignamos en la Ley de Violencia Intrafamiliar el maltrato habitual, lo que significa que si a una mujer la golpean dos veces, el agresor tiene mayor penalidad; y si la golpean tres veces, más sanción. A mi juicio, eso desacredita la dureza con que debe castigarse cualquier tipo de violencia, en el acto que sea, porque un golpe, una agresión ya debe ser objeto de una sanción fuerte.
Entonces, creo que repetir eso en el mencionado precepto implica volver a algo que hemos estado revisando con motivo de la violencia intrafamiliar. Porque si uno compara aquello -la comparación es un poco drástica- con la Ley de Maltrato Animal, podrá ver que cuando una persona agrede una vez a un animal, ella va presa. No obstante, acá se están recrudeciendo las penas dependiendo de la habitualidad del castigo. O sea, si a un niño lo golpean una vez, la sanción es mínima; si lo golpean dos veces, se va aumentando la penalidad y la crudeza del castigo.
Y, por tanto, me parece que eso no debería repetirse, porque nos hemos dado cuenta de que en el tema de la violencia intrafamiliar desacredita de verdad la rudeza y la fuerza de la respuesta que la ley debe dar a cualquier tipo de violencia que vivan mujeres, ancianos, niñas, niños y adolescentes.
Ese es un buen punto para trasladarlo al debate en particular de la iniciativa.
Gracias.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Goic.
La señora GOIC.-
Señor Presidente , al fundamentar mi voto a favor del proyecto, deseo manifestar que este, tal como se ha señalado, avanza en la línea de proteger a adultos mayores, a personas en situación de discapacidad, a mujeres ante hechos que hoy día quedan impunes y que constituyen graves atentados contra su integridad física y psíquica, y cuyos autores, de acuerdo a la actual legislación, no son objeto de sanciones penales en la medida en que no haya lesiones.
En tal sentido, la iniciativa que nos ocupa viene a cubrir un vacío, ya que busca proteger a quienes se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.
La Senadora Muñoz, con quien he compartido mucho la discusión sobre violencia hacia las mujeres, puso el acento, las argumentaciones en ese aspecto.
Pero yo también quiero profundizar respecto de lo que sucede con los adultos mayores, situación que se torna más dramática en la medida que va aumentando la esperanza de vida. Hoy día -y de esto nos alegramos- las mujeres tienen una esperanza de vida de 82 años, y los hombres, de 77 años; es decir, vamos avanzando en el envejecimiento de la población. Ello significa muchas veces mayor riesgo de dependencia.
Por consiguiente, casos que implican que adultos mayores deban permanecer en hogares y no necesariamente dentro de su familia, pudiendo ser objeto de abuso, de abandono, de tratos vejatorios, lamentablemente son más frecuentes de lo que uno quisiera. Y creemos que es ahí donde nosotros tenemos que adecuar la legislación para proteger justamente a quienes muchas veces no pueden levantar la voz.
La misma realidad debemos abordar respecto de las personas con discapacidad. Somos una sociedad que ha ido avanzando en materia de integración. Pero todavía sigue existiendo desprotección.
Ello lo hemos discutido en otros ámbitos también: laboral, acceso a servicios, en fin.
Entonces, me parece que este proyecto apunta en el sentido correcto.
Lamentablemente, las formas más visibles de maltrato -ya lo señalé- se dan respecto de las personas que se encuentran en situación de dependencia, que no pueden defenderse por sí solas o hacer la denuncia respectiva.
Los datos en nuestro país indican que se trata de un problema que debemos abordar, que no podemos dejar pasar.
Revisé la información del SENAMA, y solo el 2012 el maltrato a la tercera edad registró cerca de 1.550 consultas y 7.311 denuncias en Carabineros.
Son datos no menores cuando uno piensa que hay muchos casos en que ni siquiera se llega a la denuncia.
En el año 2014 abordamos un proyecto de ley con objetivos similares a los que en esta ocasión estamos discutiendo: el que tipifica como delito los actos de maltrato o crueldad con niños y adolescentes fuera del ámbito de la violencia intrafamiliar.
El Senador Patricio Walker recordó la historia. La iniciativa es de autoría de Su Señoría y de los Senadores Espina, Quintana y Alvear .
Durante su tramitación presentamos indicaciones que tenían por objeto incorporar penas accesorias a los delitos que hoy día contempla el proyecto que estamos votando: en particular, la inhabilitación absoluta perpetua o temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales, de la salud o que involucren una relación directa y habitual con menores de 14 años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.
Dicha propuesta felizmente fue recogida en la presente iniciativa, incorporando esa pena, que a mi juicio tiene más bien un carácter preventivo ante la reincidencia de ese tipo de delitos y que es de mayor funcionalidad y efectividad.
No debemos olvidar que así como existen actos individuales de maltrato o descuido, el maltrato también se manifiesta de manera institucional. Y ello es producto del régimen predominante en la institución en que la negligencia o el descuido a veces constituyen prácticas instauradas, sobre todo -como señalé- en situaciones de hogares.
Entonces, mirado desde el punto de vista de cómo vamos cambiando nuestra actitud hacia quienes se hallan en situación de dependencia o de menor poder (niños, adultos mayores y discapacitados), este proyecto apunta en la línea correcta.
Ojalá que este tipo de sanciones nunca se tuvieran que aplicar, y que más bien se actuara desde el ámbito preventivo.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , en el caso de Chile, de acuerdo al Cuarto Estudio de Maltrato Infantil de la UNICEF (2012), "el 71% de niños y niñas dice haber recibido algún tipo de violencia, correspondiendo en un 51,5% a violencia física, dentro de la cual un 25,9% se trata de violencia física grave. Por otra parte, el 19,5% de los niños declaran haber sido víctima de violencia psicológica.".
Yo quiero advertir que la Organización Mundial de la Salud señaló que durante 2015 "1.000 millones de niños, niñas y adolescentes fueron víctimas de alguna forma de violencia (...) lo que "hace evidente la necesidad que los Estados cuenten con una institucionalidad capaz".
Señor Presidente, la violencia existe, está instalada. Las cifras de la UNICEF para Chile y para el resto del mundo revelan una situación compleja.
El maltrato a los niños muchas veces proviene desde dentro de la familia.
Ahora, hay datos esenciales: ¿Quién enseña a ser padre? ¿Quién enseña pedagogía infantil?
Porque las cifras son, de verdad, alarmantes.
En tal sentido, se instala la acción penal pública. Es decir, cualquiera podrá denunciar los hechos en comento (se incorpora entre los afectados por ellos a los adultos mayores y a las personas en situación de discapacidad). Va a haber, entonces, una denuncia que el Ministerio Público deberá asumir independientemente de que el sujeto pasivo se desista; o sea, la investigación va a continuar de todas maneras.
Esa es una clara advertencia para la violencia intrafamiliar. Porque a veces se hace la denuncia y luego, por tratarse de violencia intrafamiliar, la familia se desiste.
¡Ojo! Aquí el Ministerio Público va a continuar la investigación, a fin de establecer si se ha cometido delito y de qué tipo.
Aquello va a llevar necesariamente a un cambio de conducta, pues muchas veces se tolera cierto nivel de violencia.
Sería del caso, por tanto, señalar que la nueva situación traerá aparejada una carga de trabajo adicional para las entidades públicas relacionadas: tribunales de justicia, Ministerio Público, organismos auxiliares.
En esa línea, yo pregunto si hay preparación adecuada para enfrentar la avalancha. Porque cuando hicimos la Ley de Violencia Intrafamiliar no estaban preparados los funcionarios: ni los de Carabineros, ni los receptores directos de las acciones interpuestas ante los tribunales de familia.
Vamos a tener, en consecuencia, una ampliación de las denuncias.
Y me alegro de que se incorpore a los adultos mayores y a las personas vulnerables. Es muy importante. Porque pareciera que el maltrato, que también puede consistir en violencia verbal, en violencia psicológica, en muchos casos se tolera tratándose de quien tiene demencia senil o está postrado.
Entonces, aumentará la exigencia al Estado.
En esa línea, tal como los alcaldes se quejan de que aprobamos leyes pero no les damos los dineros ni los funcionarios suficientes para aplicarlas, aquí surge el cuestionamiento: como van a crecer las denuncias y como habrá mayores sanciones penales para quienes cometan los delitos en cuestión, desde el punto de vista procesal se requerirán más recursos en los organismos pertinentes.
Debemos considerar también que la gente que vaya a parar a la cárcel necesitará tratamiento.
Señor Presidente, mediante este y otros proyectos -ya lo he dicho; lo hice en mi intervención sobre la iniciativa anterior- se aumenta la penalidad.
El informe recaído en el que nos ocupa en este momento dice: "proyecto de ley (...) destinado a aumentar la penalidad y demás sanciones aplicables para delitos cometidos en contra de menores y otras personas en estado vulnerable.".
¡Aumentar la penalidad!
Ya está claro que el problema no se resuelve aumentando la penalidad: para solucionarlo se requieren educación, campañas de solidaridad, campañas de valores, campañas preventivas y, por cierto, acciones de rehabilitación.
Este proyecto contempla la rehabilitación. En efecto, en el artículo 403 septies dice: "Además de las penas establecidas en los artículos anteriores, el juez podrá decretar, como pena accesoria, la asistencia a programas de rehabilitación para maltratadores o el cumplimiento de un servicio comunitario por el plazo que prudencialmente determine el juez, el cual no podrá exceder de sesenta días, debiendo las instituciones respectivas dar cuenta sobre el cumplimiento efectivo de dichas penas ante el tribunal.".
¡Está claro que no se va a cumplir!
¡No se va a cumplir!
Las instituciones respectivas no tienen capacidad para verificar si se cumplen las penas. Y los jueces van a imponer servicios comunitarios, pero nadie dará cuenta de su cumplimiento.
Ahora, las penas accesorias no están reguladas; no hay experiencia sobre la materia; no existe personal calificado. Así, esto termina diluyéndose.
No hay una verdadera pedagogía comunitaria, una pedagogía social solidaria, de colaboración, para enfrentar el maltrato.
En mi concepto, no obstante que se establecen penas y que hay regulación, a este proyecto de ley le hacen falta más ciudadanía, más comunidad, más familia, más valores, más colegios, más escuelas; le hacen falta pedagogía, respeto mutuo, respeto al adulto mayor, respeto al discapacitado y respeto a los niños.
Eso tiene que estar en alguna parte. Debe haber campañas solidarias.
Elaborar un nuevo texto legal -como se hace en este proyecto- para proceder a una tipificación penal, sin duda, aumenta la pega de los abogados, quienes reciben más plata. Se ocupan en más denuncias, asesoran a un mayor número de familias: ¡ganan más dinero!
Por su parte, los jueces tendrán más carga.
De repente, las cárceles también. Y como hoy día existen cárceles concesionadas, ¡alguien cobra más...!
Por consiguiente, espero que los próximos proyectos que aprobemos para fortalecer la defensa de la niñez tengan muchos más elementos valóricos de educación, de prevención, de rehabilitación real.
¡Porque los maltratadores, si no hay un mecanismo para el control de la pena accesoria, no la van a cumplir!
Se agrega una sanción penal, pero está claro que la rehabilitación no existe: salen y vuelven a maltratar el mismo día en que obtienen la libertad o en que se termina la prisión preventiva.
Señor Presidente , solo porque esta iniciativa fortalece los mecanismos con que cuenta el Estado para cuidar a los niños -porque el maltrato puede provenir tanto del sector privado cuanto del público- la voy a votar a favor, con la convicción de que la Ministra Blanco y el Gobierno van a incorporar los elementos que he planteado como parte de las políticas accesorias que vendrán.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
¡No más AFP!
El señor LABBÉ ( Secretario General ).-
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (29 votos a favor), dejándose constancia de que se cumplió con el quorum constitucional exigido.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra de Justicia.
La señora BLANCO ( Ministra de Justicia y Derechos Humanos).-
Señor Presidente , hoy día estoy doblemente feliz, pues se aprobó el proyecto que establece la libertad condicional para los penados y, además, esta iniciativa, que tipifica como delito los actos de maltrato o crueldad con niños y adolescentes fuera del ámbito de la violencia intrafamiliar.
Se trata de un proyecto muy importante, en un contexto donde muchas veces vemos que respecto de quienes tienen a su cuidado menores u otras personas vulnerables y atentan gravemente contra ellos no existe un tipo penal que permita configurar algún ilícito.
Hoy día, sin duda, muchas familias van a manifestar un alto nivel de satisfacción porque avanzamos en cuidar más a nuestros grupos vulnerables: niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.
Además, se incluye el maltrato psíquico, lo cual nos pone al día en un tema bastante sensible para muchas personas que, obviamente, requieren cuidados especiales, de una supervisión específica y carecen de la voz suficiente para alertar tempranamente sobre situaciones de abusos.
Así es que estoy doblemente agradecida por la aprobación de esas dos iniciativas, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Le damos las gracias por el respaldo que la Cartera de Justicia, y en particular usted, señora Ministra, le ha brindado a esas dos mociones.
La señora BLANCO ( Ministra de Justicia y Derechos Humanos).-
Así es.
)----------(
El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:
Informe
Segundo informe de la Comisión de Educación y Cultura recaído en el proyecto que extiende la aplicación de la ley N° 20.243, que establece normas sobre derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual (boletín N° 9.889-24) (con urgencia calificada de "suma").
--Queda para tabla.
El señor QUINTANA ( Vicepresidente ).-
Señores Senadores, ya se trató el punto 4 del Orden del Día, esto es, el oficio de Su Excelencia la Presidenta de la República mediante el cual solicita el acuerdo del Senado para nombrar integrantes del Consejo de Alta Dirección Pública a la señora Bettina Horst von Thadden y al señor Eduardo Abarzúa Cruz por un período de seis años.
Los números 5 y 6 corresponden a proyectos originados en mociones de señores Senadores, y ambos modifican el Código del Trabajo: el primero en lo relativo a la declaración de trabajos pesados, y el segundo, para reducir el peso de las cargas de manipulación manual por parte de los trabajadores.
El acuerdo de los Comités es considerar esas iniciativas en la tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 10 de agosto.
Por haberse cumplido su objetivo, levantaré la sesión, sin perjuicio de dar curso reglamentario a las solicitudes de oficios que han llegado a la Mesa.
PETICIONES DE OFICIOS
--Los oficios cuyo envío se anunció son los siguientes:
Del señor CHAHUÁN:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública, para que informe sobre FACTIBILIDAD DE CALIFICACIÓN COMO EXONERADO POLÍTICO A SEÑOR ADOLFO CORTÉS CRUZ.
Del señor DE URRESTI:
Al señor Ministro de Defensa Nacional, pidiéndole que remita antecedentes acerca de REFORZAMIENTO DE LABOR DE DETECCIÓN Y DESTRUCCIÓN DE MINAS TERRESTRES ENTRE 2017 Y 2019 Y ESTADÍSTICAS SOBRE MINAS ELIMINADAS DURANTE LOS AÑOS 2014 Y 2015.
Al Señor Ministro de Desarrollo Social, solicitándole información relativa a REGISTRO SOCIAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE.
Al señor Ministro de Obras Públicas, pidiéndole antecedentes acerca de EXPROPIACIONES EFECTUADAS DENTRO DE PROYECTO MEJORAMIENTO DE RUTA CH-203, SECTOR CHOSHUENCO-PUERTO FUY, EN COMUNA DE PANGUIPULLI, REGIÓN DE LOS RÍOS y de INVERSIONES Y OBRAS QUE NUESTRO ESTADO COMPROMETERÁ O PRIORIZARÁ EN MARCO DE REUNIÓN DE COMITÉ DE INTEGRACIÓN BINACIONAL CHILE-ARGENTINA EN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA.
A la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, para que se informe acerca de AMPLIACIÓN DE PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE PARQUES URBANOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE COMUNAS PARA LLAMADO EN 2017.
Al señor Ministro del Medio Ambiente, a fin de que se proporcionen antecedentes respecto de INTEGRACIÓN DE MUNICIPIOS A SISTEMA DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL y ESTUDIO "GESTIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL LOCAL: DIAGNÓSTICO Y DESAFÍOS".
Al señor Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, con el objeto de consultar por CONVENIO DE COLABORACIÓN CON UNIVERSIDAD CATÓLICA SILVA HENRÍQUEZ PARA IMPLEMENTACIÓN DE ESCUELA DE IDIOMAS INDÍGENAS.
Al señor Director General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, para que se informe sobre PATENTES IMPAGAS POR DERECHOS DE AGUA SIN UTILIZAR, CON IDENTIFICACIÓN DE DEUDORES; EFECTIVIDAD DE COBRO ANUAL, Y CAUSAS DE EVENTUAL BAJA RECAUDACIÓN.
Al señor Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Producción Limpia, pidiéndole remitir diversos antecedentes relativos a ACUERDO DE PRODUCCIÓN LIMPIA IMPULSADO POR CÁMARA DE TURISMO DE ISLA DE PASCUA PARA COMPENSAR EMISIONES DE CO2.
Del señor HORVATH:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública y a la señora Directora del SERVEL, a fin de que se realice INVESTIGACIÓN DE DECLARACIONES DE RESIDENCIA EN COMUNAS DE LAGO VERDE, CHILE CHICO, O'HIGGINS Y TORTEL.
Del señor NAVARRO:
Al señor Ministro del Interior y Seguridad Pública, formulándole múltiples consultas relacionadas con la SEGURIDAD EN COMUNA DE TOMÉ y solicitándole enviar ESTADÍSTICAS DE ATENTADOS INCENDIARIOS REGISTRADOS EN PROVINCIA DE ARAUCO.
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo, pidiéndole remitir completo INFORME SOBRE PLANES Y ACCIONES DERIVADOS DE CRISIS SOCIOAMBIENTAL QUE AFECTA A CHILOÉ y solicitándole información referida a ENTREGA DE FONDOS PARA COMITÉ DE CIENTÍFICOS DEDICADO A ESTUDIO DE EFECTOS DE VERTIMIENTO DE SALMONES EN DESCOMPOSICIÓN Y MAREA ROJA EN CHILOÉ Y REGIÓN DE LOS LAGOS.
A la señora Ministra del Trabajo y Previsión Social, requiriéndole información sobre NÚMERO DE ADULTOS MAYORES CON TRABAJO REMUNERADO, DESGLOSADA POR TRAMOS DE INGRESO, RUBRO DE DESEMPEÑO Y DISTRIBUCIÓN POR REGIONES.
Al señor Ministro de Obras Públicas, pidiéndole antecedentes acerca de ARGUMENTOS TÉCNICOS DE SEREMÍA DE OBRAS PÚBLICAS PARA REUBICACIÓN DE PUENTE MECANO SOBRE RÍO BIOBÍO.
A la señora Ministra de Salud, solicitándole información concerniente a ATENCIONES DE URGENCIA MÉDICA EFECTIVA EN SERVICIOS DE URGENCIA HOSPITALARIA DEL PAÍS y sobre CANTIDAD DE ÓRGANOS NO OCUPADOS DE PERSONAS REGISTRADAS COMO DONANTES POR NEGATIVA DE FAMILIAS, AMPARADAS EN NORMA LEGAL; y pidiéndole aclarar circunstancias sobre PÉRDIDA DE PREGUNTAS DE EUNACOM 2016 Y POSIBLES REPERCUSIONES EN CALIDAD DE DICHO EXAMEN.
Al señor Intendente del Biobío, solicitándole información sobre SITUACIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA EN COMUNA DE TOMÉ y respecto de AUTORIZACIÓN PARA EXTRACCIÓN Y MOVILIZACIÓN DE MATERIAL DESDE DUNAS DE SECTOR ESCUADRÓN SUR DE CORONEL, ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL Y DE SEGURIDAD EN TALES FAENAS.
Al señor Superintendente de Pensiones, pidiéndole INFORME COMPLETO DE FONDOS DE REZAGO Y DE SISTEMA DE CONTABILIDAD DE CADA AFP, DESDE SU CREACIÓN.
Del señor PROKURICA:
Al señor Director Nacional del Instituto de Previsión Social, requiriéndole antecedentes acerca de RECHAZO A SOLICITUD DE PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA DE VEJEZ PRESENTADA POR SEÑORA SONIA JIMÉNEZ RAMÍREZ.
Al señor Superintendente de Seguridad Social, pidiéndole información sobre ESTADO DE TRAMITACIÓN DE APELACIÓN DE SEÑOR JUAN ARACENA ARENAS POR LICENCIAS MÉDICAS RECHAZADAS.
A la señora Directora del Servicio de Salud Atacama, consultándole por ESTADO DE PROCESO PARA CONCRETAR INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE SEÑOR BALDOMERO RAMOS CORTÉS.
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El señor QUINTANA (Vicepresidente).-
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 18:28.
Sergio Cereceda Leins ,
Jefe de la Redacción subrogante
ANEXO SESIÓN
MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR BIANCHI; SEÑORA LILY PÉREZ, Y SEÑORES CHAHUÁN, GUILLIER Y HORVATH CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 19, NÚMERO 18°, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA, PARA ESTABLECER UN APORTE ESTATAL EN UNA CUENTA DE AHORRO PREVISIONAL A LAS PERSONAS NACIDAS EN CHILE (10.828-07)
Con ocasión de la reforma previsional del año 2008 la entonces Presidenta de la República Michelle Bachelet Jeria, afirmó "la ciudadanía quiere diálogo, y no trincheras y confrontación. Quiere propuestas, y no descalificaciones. Quiere soluciones".
Luego de más de 7 años de entrada en vigencia de la ley 20.255 que promulgó dicha Reforma Previsional y que tuvo como una de sus principales medidas la creación de las pensiones básicas solidarias, es innegable que el sistema previsional no cumple en lo más mínimo con las expectativas que en su momento generó para todos los chilenos y que las pensiones que el sistema ofrece no son suficientes para otorgar una vida digna a la mayoría de nuestros adultos mayores.
La ciudadanía hoy en día se encuentra crecientemente sensibilizada por esta crisis del sistema de pensiones, cuestión que se ha visto agravada por algunas el conocimiento público en donde se ha dado a conocer la enorme desproporción que existe entre las pensiones que algunos chilenos privilegiados reciben, en comparación con el resto de las personas, lo que sin duda significa una vulneración del principio de igualdad ante la ley, pero más grave que eso, todo esto se encuentra generando un creciente clima de malestar y descontento social que puede derivar en una grave confrontación y estallido social.
Por esto, es que siguiendo las propias palabras de la Presidenta en cuanto a "entregar propuestas y soluciones" se pretende entregar a través de este proyecto una propuesta concreta y real consistente en la creación del derecho constitucional de todo chileno de recibir al momento de nacer un aporte estatal a una cuenta de ahorro con fines previsionales, que se abrirá para cada chileno al momento de su nacimiento, a los que se podrán sumar los aportes que cada persona haga una vez que comience su vida laboral.
El mecanismo considera los siguientes elementos:
1. La creación de una cuenta de ahorro previsional para todo chileno nacido en territorio nacional.
La Superintendencia de Seguridad Social ha confirmado la posibilidad del ingreso de menores de edad al sistema de ahorro voluntario introducido por la Ley N° 20.255, sobre Reforma Previsional. Ello, por cuanto, el artículo 92 J y siguientes del Párrafo Segundo, del Capítulo IX del DL, N° 3.500 de 1980, no establece límites de edad para efectuar cotizaciones previsionales como afiliado voluntario.
2. Un aporte por parte del Estado a la cuenta de ahorro voluntario por cada niño nacido en territorio nacional, efectuado al momento de su nacimiento.
Según cálculos que se han encargado a la Biblioteca del Congreso Nacional, para asegurar un funcionamiento adecuado del sistema el aporte estatal debiera ser, al menos, equivalente en pesos a UF 41,04, (equivalente a $1.071.472). colocados en el año 0, esto es, al momento de nacer, el que se capitalizará -junto con los aportes que luego cada trabajador realice- durante 60 ó 65 años o de acuerdo a la edad legal de jubilación vigente al momento de colocar los fondos.
3. La cuenta sería administrada por el Banco Estado o el Instituto de Normalización Previsional, con un criterio de entregar el máximo de rentabilidad a dichos ahorros, pudiendo invertirlos en distintos instrumentos, al igual que lo efectúan las AFPS en la actualidad, pero al mismo tiempo sin descontar de dichos ahorros, las utilidades y ganancias que hoy en día efectúan las AFPS.
4. Al cumplir la mayoría de edad, los fondos del aporte estatal más su rentabilidad pasarán a incrementar los fondos de la cuenta de capitalización individual, para efectos del cálculo de la pensión de vejez.
Con el objeto de representar el beneficio que implica la creación del instrumento que señalamos, planteamos la siguiente simulación:
Supuestos de la simulación
Se supondrá que la edad legal de jubilación es a los 65 años, independiente del género, con lo cual, el sujeto dispondrá de UF 41,04 rentando intereses durante 65 años.
En un primer escenario, se supondrá que - para efectos de cálculo de la carga fiscal y del fondo acumulado antes de pensionarse - el bono por hijo nacido vivo otorgado por una sola vez rentará a un equivalente al promedio del Sistema para el Fondo C de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que para el periodo julio de 1981 a junio de 2016 fue de 8,22%.
Para determinar el monto en pesos y en UF que acumulará el futuro pensionado por concepto de aporte estatal, se ha llevado a valor final el flujo acumulado durante los primeros 18 años de la persona y el fondo acumulado resultante se incorpora al simulador de pensiones de la Superintendencia de Pensiones a fin de determinar su impacto sobre la pensión final.
Para determinar el fondo acumulado en los primeros 18 años se utiliza la siguiente fórmula:
VF = VI * (1 + i)n
Donde;
VF = Valor final
VI = Valor inicial que corresponde a UF 41,04 o su equivalente de $1.071.472
i = Rentabilidad correspondiente al periodo
n = Periodo en años, que en este caso es de 18 años
Con ello el VF de $1.071.472 (monto aportado por el Estado por una sola vez, por cada niño nacido vivo) al cabo de 18 años y rentando un 8,22% será de UF 170,12 o su equivalente en moneda de junio de 2016 de $4.441.365 lo que constituirán un aporte complementario a sus fondos de capitalización individual.
Para tener una dimensión, aunque muy preliminar de lo que este monto significaría para el futuro pensionado, se ha utilizado el simulador de pensiones de la Superintendencia de Pensiones.
Se ha utilizado para el cálculo de la pensión los siguientes supuestos:
- El Fondo acumulado hasta los 18 años corresponde a $4.441.365 equivalente solo al monto y rentabilidad del bono entregado por el Estado al momento de nacer.
- A partir de los 18 años, se supone que la persona comienza a trabajar, y lo hará por un salario equivalente a $257.500 que corresponde al salario mínimo que rige a partir del 1° de julio de 2016, del cual tendrá imposiciones que se sumarán al fondo acumulado por concepto del Bono Estatal.
- El fondo de capitalización individual acumulado se encuentra en el de Tipo C.
- Es hombre.
- Impone por el mínimo durante los 12 meses del año.
- Impone por el salario mínimo durante toda su vida laboral.
- No es casado ni tiene cargas legales.
- No tiene bono de reconocimiento, ni ahorro previsional voluntario, ni ningún otro tipo de cuenta previsional.
- No presenta lagunas.
- En las simulaciones no se ha considerado un eventual aumento en la edad legal de jubilación.
Con esta información se calculó la pensión de esta persona mediante el simulador de pensiones de la Superintendencia de Pensiones al día 22 de julio de 2016, el que informa como pensión a recibir al momento de jubilarse un estimado de:
- Escenario pesimista: $318.355
- Escenario optimista: $1.266.977
- Pensión esperada: $700.590
Sensibilización por tasa de interés
Dado el largo período durante el cual se rentabiliza el bono inicial de $1.071.472, la capitalización de este monto es muy sensible a la tasa de rentabilidad que se suponga durante toda la vida laboral del trabajador, y en particular la tasa de rentabilidad que se supone durante los 18 primeros años. Por tanto, para sensibilizar por tasa de rentabilidad y tener diferentes escenarios, se consideraron en la comparación las siguientes tasas:
- Tasa de rentabilidad de 8,22% promedio anual del Sistema en el Fondo Tipo C periodo julio 1981 - junio 2016, es decir, el promedio de rentabilidad desde que se inició el sistema de AFP.
- Tasa de rentabilidad de 3,28% promedio anual correspondiente a la rentabilidad real del Fondo E del periodo septiembre 2002 - junio 2016, equivalente a la tasa de la AFP Planvital, la más baja registrada en el periodo.
- Tasa de rentabilidad de 2,19% promedio anual correspondiente a la rentabilidad real del Fondo E del periodo septiembre 2002 - diciembre 2008, equivalente a la tasa de rentabilidad más baja registrada en el periodo y que corresponde a la de la AFP Planvital.
- Como las simulaciones se realizarán para todo el horizonte de acumulación del fondo en la cuenta de capitalización individual, no se consideran escenarios de rentabilidad negativa ya que no daría cuenta real de la tasa de largo plazo.
Tabla 1. Valor presente fondo acumulado a los 18 años de un bono de carácter previsional de cargo del Estado y monto de la pensión.
Como puede observarse en la tabla precedente, es interesante ver cómo cambia la pensión esperada e función de la tasa de rentabilidad. En el caso de un escenario pesimista y con una rentabilidad del bono entregado al momento del nacimiento inferior a 8,22%, la persona sería sujeto de ayuda estatal, actualmente a través de un Aporte Previsional Solidario, ya que su Pensión base sería menor o igual a la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) la que se encuentra fijada a partir del 1° de julio de 2016 en $304.062.
Como ya se mencionó, una de las principales limitaciones de los resultados aquí presentados, es el supuesto de una rentabilidad constante durante los primeros 18 años de vida de la persona. Así, por ejemplo, si se dan rentabilidades negativas durante algún periodo de estos 18 años, el fondo acumulado podría reducirse, lo cual tiene un impacto a largo plazo para la capitalización del fondo.
Otro aspecto interesante de analizar es estimar la pensión que recibiría la persona, bajo los mismos supuestos, si fuese mujer. Esta simulación es relevante toda vez que se modificaron las tablas de mortalidad lo que redunda en un aumento en la esperanza de vida, especialmente de este grupo etano. La tabla que sigue contiene esta información.
Tabla 2. Valor presente fondo acumulado a los 18 años de un bono de carácter previsional de cargo del Estado y monto de la pensión en el caso de que la beneficiaria sea mujer.
Como puede verse, las mujeres en igualdad de condiciones que los hombres, serían siempre - en el escenario pesimista - sujetos de pensiones inferiores a la PMAS, por lo cual el Estado debiera complementar sus pensiones a través del Pilar Solidario.
Sin embargo, si se considera un bono por cada niña nacida viva superior a 40,41 UF esta situación podría modificarse. Para estimar cuanto sería este bono, se hace necesario un nuevo ejercicio de simulación. En este sentido, manteniendo los supuestos y utilizando el simulador de pensiones de la Superintendencia de Pensiones -en un escenario pesimista-, para no requerir del Pilar Solidario el bono por niña nacida viva debiera ser de alrededor de las 108 UF, esto es, $ $2.819.664, de donde las pensiones recibidas llegarían a los montos que se presentan en la Tabla siguiente:
Tabla 3. Fondo acumulado - en valor presente - a los 18 años de un bono de carácter previsional de cargo del Estado y monto de la pensión en el caso de que la beneficiaria sea mujer. Simulación para obtener en un escenario pesimista una pensión superior a la PMAS.
Bajo los mismos supuestos, si no se entrega el bono al momento de nacer (Fondo acumulado en el año 18 = 0) y la persona (hombre y mujer) se jubilan a la edad legal y las cotizaciones son realizadas por el equivalente a un ingreso mínimo durante toda su vida, las pensiones que recibirían si a los 18 años ingresa al mercado laboral serían las mostradas en la siguiente tabla.
Tabla 4. Pensión recibida sin bono al momento de nacer y cotizaciones por un ingreso mínimo, por género.
Lo anterior da cuenta de que con bono, la pensión en un escenario pesimista aumenta por sobre un 58% en el caso de los hombres, en tanto en el caso de las mujeres, el bono por niño nacido vivo -en ese mismo escenario- incrementa sus pensiones por sobre un 64% promedio.
Carga Fiscal de un bono a cada niño nacido vivo de carácter previsional
Para determinar la carga fiscal de depositar en una cuenta previsional la suma de UF 41,04 o su equivalente en dinero por cada niño o niña nacido/a vivo/a, se debe considerar las estimaciones de niños nacidos vivos. Para ello se trabajó con los datos disponibles sobre proyecciones de población del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). La Tabla 5 muestra la proyección de nacidos vivos por quinquenio entre 2015 y 2050.
Tabla 5. Número de nacimientos por quinquenio y carga fiscal anual estimada en millones de pesos de 2014 y en UF
Nota:
(1) Cada quinquenio contiene el promedio anual de nacimientos, es decir, en el quinquenio 2015-2020 nacieron en promedio 253,5 niños o niñas al año.
Fuente: Para nacimientos se consultó el Instituto Nacional de Estadísticas, Chile, INE. Los cálculos de carga fiscal en pesos y UF corresponden a elaboración propia en base al bono en pesos corrientes y UF.
Como puede observarse en la Tabla 5, el Estado debería destinar recursos de manera decreciente en el tiempo según la evolución de los nacimientos en el país. Los montos de gasto fiscal por quinquenio están expresados en moneda de 2016.
Evidentemente la carga fiscal es independiente de la pensión que recibirá al final de su vida laboral cada persona que será sujeto del bono. Es así como, y siguiendo el análisis de la Tabla 5, si el año 2016 hay 251.400 nacidos vivos a quienes se les otorgaría un bono de UF 41,04 o $1.071.472, la carga fiscal será de $269.368 millones o su equivalente de UF 10.317.456. Este valor o carga fiscal se comparará -en el capítulo que sigue - con la carga fiscal actual en Pensiones Básicas Solidarias de vejez.
1. Relación del costo fiscal de la PBS v/s Bono niño/a nacido vivo
Actualmente la Pensión Básica Solidaria de vejez (PBS de vejez) se encuentra desde el 1° de julio de 2015 en $89.764 mensuales. Este beneficio - de cargo del Estado - tiene como beneficiarias a quienes no tengan derecho a una pensión de vejez en algún sistema previsional; además, deben de tener 65 años de edad cumplidos al momento de solicitar el beneficio, integrar una familia perteneciente al 60% más pobre y acreditar residencia en el territorio nacional por un periodo de 20 años continuos o discontinuos, entre otros.
El número de beneficiarios de PBS de vejez puede experimentar cambios mes a mes, ya sea porque entran nuevos beneficiarios que cumplen con algunos de los requisitos, por ejemplo, cumple 65 años y pasa a ser sujeto de derecho, en tanto otros salen, porque por ejemplo fallecen. No obstante, para calcular la carga fiscal anual total por concepto de PBS de vejez, se supondrá que el número de beneficiarios a mayo de 2016 corresponde al promedio mensual y por tanto el total anual corresponderá al promedio de beneficiarios a mayo de 2016 multiplicado por 12 meses. La Tabla 6 muestra estos montos y promedios.
Tabla 6. Beneficiarios y monto en millones de pesos de la PBS de vejez y del Bono por niño/a
Nacido/a vivo/a
Nota: (1) El monto estimado para el año 2016 corresponde al monto mensual a mayo de 2016 ($36.173.747.001) multiplicado por 12, se ha supuesto que en promedio el gasto por concepto de PBS de vejez es similar todos los meses.
Fuente: Superintendencia de Pensiones.
Como se mencionó, un bono de UF 41,04 por niño o niña nacida viva o su equivalente en pesos ($1.071.472) significaría para el Estado chileno, un gasto anual promedio estimado de $271.618 millones o UF 10,4 millones en 2016. De acuerdo a la Tabla 6, actualmente el Estado tiene un gasto por concepto de PBS de vejez en promedio de $434.085 millones anuales. Los ahorros en el Pilar Solidario provenientes de un bono otorgado por una vez por el Estado por niño nacido vivo se verían luego de 65 años contados a partir del año en que comienza a entregarse el bono; entre tanto el Estado debiera asumir tanto el gasto en Pensiones Solidarias como en el Bono por niño nacido vivo.
Sabemos que la propuesta que efectuamos mediante este proyecto de reforma constitucional significa establecer una nueva institucionalidad en materia previsional de largo plazo, y que el ahorro en la carga fiscal recién aparecería en el año 2081, si pensamos que la primera generación que reciba el aporte sería la nacida el 2016, sin embargo creemos que en la línea de presentar "soluciones" de fondo y responsables, esta propuesta sin duda que puede significar una gran esperanza para el futuro de nuestro país.
Por las razones anteriores y en mérito de lo expuesto, es que venimos en presentar el siguiente:
Proyecto de Reforma Constitucional
Artículo Único: Modifíquese el artículo 19 número 18 de la constitución Política por el siguiente artículo 19 número 18 nuevo:
18°.- El derecho a la seguridad social.
Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado.
La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias.
El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social.
Toda persona de nacionalidad chilena tendrá derecho a una cuenta de ahorro previsional al momento de nacer con un aporte inicial del Estado. La ley establecerá el monto del aporte Estatal y la forma de administración de dicha cuenta de ahorro previsional.
(Fdo.): Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Lily Pérez San Martín, Senadora.- Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Alejandro Guillier Álvarez, Senador.- Antonio Horvath Kiss, Senador.
MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑOR HORVATH; SEÑORA LILY PÉREZ, Y SEÑORES ARAYA, BIANCHI Y QUINTEROS CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 19 N°18° DE LA CARTA FUNDAMENTAL, PARA PERMITIR A LOS COTIZANTES DEL SISTEMA PRIVADO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL DE PENSIONES, ACCEDER AL RETIRO DE SUS FONDOS PARA LOS FINES QUE SE INDICAN (10.832-07)
Considerando:
1) La Seguridad Social es un instrumento de justicia social. En Chile, en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia, el Estado ha propiciado un conjunto de leyes, políticas, y medidas de protección social. A este conjunto se le llama Sistema Previsional, disponible para las personas que en las distintas etapas de su vida deban afrontar una contingencia que les impida generar ingresos. En este sentido lo que pretende es adelantarse o "pre ver" el futuro [1].
2) En nuestro país, componen el sistema previsional: el seguro de cesantía, el sistema de salud, el sistema de seguridad en el trabajo, y el sistema de pensiones. Este último, suele ser definido como "un mecanismo de protección social para proveer ingresos a las personas que pierden su capacidad de autogeneración debido a la edad avanzada (derechos y beneficios de vejez), discapacidad (derechos y beneficios de invalidez) o fallecimiento de una de las fuentes principales de ingresos de una familia (derechos y beneficios de sobre vivencia)"
3) Hasta antes de 1981, Chile destacó como uno de los países pioneros en el desarrollo de la Seguridad Social en América Latina, con un sistema normativo integral iniciado en 1924, que evolucionó respondiendo a las necesidades de agrupaciones de empleados y profesionales de manera segmentada y no orgánica, incorporando a los trabajadores dependientes a un sistema de Cajas de Previsión de carácter semi-público. Estas instituciones, se nutrían de las cotizaciones obligatorias que realizaban los trabajadores y empleadores, lo que aseguraba al beneficiario atención médica, pensión de invalidez y una jubilación a partir de cierta edad. [2]
4) Luego, con el cambio de sistema, y la llegada de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), se pasa desde un sistema de reparto o solidario, a uno de capitalización individual, administrado por las "AFP". Estas entidades privadas suelen ser entendidas como "instituciones financieras privadas, encargadas de administrar los fondos y ahorros de pensiones" [3].
5) Estas administradoras otorgan, entre otras, la pensión de vejez, que se financia con los aportes hechos por el trabajador durante toda su vida laboral, sean estos los aportes obligatorios, equivalentes al 10% de su renta bruta, y los aportes voluntarios que realizó el ahorrante. Esta pensión puede ser pagada cuando el trabajador cumple la edad legal de jubilación o antes de esta si acumula los fondos necesarios para ello. Los otros tipos de pensión son las pensiones de invalidez y sobrevivencia, que se activan en caso de muerte o invalidez del trabajador y se financian con los aportes realizados con el trabajador a su cuenta y complementado con el SIS.
6) Desde el punto de vista financiero-privado, y tras más 30 años de existencia, el balance general del sistema que creó las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) es positivo para los dueños de las administradoras. En las últimas tres décadas el sistema pasó de 1,4 a 8,8 millones de afiliados y las AFP, que comenzaron administrando activos por UF 300 millones, hoy son responsables de UF 3.240 millones o alrededor de US$ 150 mil millones (a 2011)[4]
7) Lo anterior, ha llevado a la opinión pública, y muy especialmente a los cotizantes de este sistema, a realizar una serie de críticas, ya que estas organizaciones no cumplen con las expectativas de sus afiliados. La Encuesta de Opinión encargada por la Comisión Bravo, el 72% de los encuestados señaló que "Solo un cambio total al sistema de AFP ayudaría a mejorar las pensiones" y un 66% considera que "Las bajas pensiones son responsabilidad de las AFP" [5].
8) En nuestro vecino país del norte Perú, desde finales del siglo pasado, se tomó el modelo de capitalización individual, para instalarlo en aquella nación, a fin de replicar, el que hasta esa fecha, se consideraba como el más exitoso sistema de jubilación del continente. Este fue creado el 6 de diciembre de 1992, a través del Decreto Ley 25897. Tras 22 años, el SPP cuenta hoy con más de cinco millones de personas afiliadas y tiene un rol significativo en el crecimiento económico del vecino país [6]. Esto no necesariamente beneficia a los cotizantes.
9) Sin embargo, y pese a las altas expectativas que alcanzó este sistema, también ha sido objeto de críticas, por lo que hace un par de semanas, el Gobierno Peruano promulgó la ley que permite el retiro del 95,5% de fondos de AFP para los afiliados que tengan 65 años o más. De esta manera, solo es necesario que la Superintendencia de Bancos y Seguros elaborare y presente un "procedimiento operativo" para la aplicación de la norma [7], ya que la mayor parte de los cotizantes no estaba de acuerdo con el sistema de ahorro privado, donde el dominio del dinero, se encontraba de tal manera limitado, que no se podía acceder por parte del beneficiario, dueño de él.
10) En nuestro país, diversas iniciativas se han realizado desde la sociedad civil para modificar el sistema de pensiones. No dejamos de mencionar el movimiento "No más AFP", o los diversos estudios publicados por la Fundación "Sol" o "Cenda", quienes son críticos del actual modelo de capitalización. Inclusive, hace algunas semanas, algunos parlamentarias, en el afán de avanzar hacia un mejor y más justo sistema previsional, han propuesto, como también se hace en esta Comisión, avanzar hacia el camino seguido por el Perú, es decir, permitir que los afiliados o cotizantes del sistema de capitalización, puedan retirar sus fondos en eventos importantes o extremos, como la adquisición de una vivienda, los estudios de los hijos o alguna grave enfermedad, dejando un mínimo garantizado para cubrir sus necesidades personales.
11) No resulta presentable el que administradoras del sistema se benefician en circunstancias provechosas de la economía y en momentos de baja afecten a los afiliados. Se requieren normas éticas para estos efectos como para los sistemas financieros y bancarios.
12) En efecto, proponemos lo indicado anteriormente; esto es que cotizante individual, tenga el dominio de sus ahorros previsionales, y que ello le permita enfrentar urgencias (enfermedad grave) o mejores alternativas de ingreso como adquisición de una vivienda, un emprendimiento o estudios superiores de sus hijos), que en definitiva sean un aporte para mejorar su condición económica.
Por lo anterior, es que proponemos el siguiente proyecto de reforma constitucional.
PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL, QUE PERMITE A LOS COTIZANTES DEL SISTEMA PRIVADO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL DE PENSIONES, ACCEDER AL RETIRO DE SUS FONDOS EN LAS CAUSALES QUE SE INDICAN
Artículo único: Modificase el artículo 19, N° 18, de la Constitución Política de la República, incorporando tres incisos finales nuevos del siguiente tenor:
"Los sistemas de seguridad social existentes, deberán contemplar una pensión digna de jubilación, para aquellas personas que por razones de edad o salud, no puedan seguir siendo parte de la fuerza laboral.
En estos fondos concurrirán aportes del cotizante, empleador y el Estado en su caso.
Para la pensión de jubilación, podrán existir sistemas solidarios o de capitalización individual, conforme a la ley de quórum calificado respectiva. Los cotizantes tendrán el dominio de sus ahorros, con las limitaciones que establezca la ley, la que en todo caso deberá contemplar la posibilidad del retiro anticipado de los ahorros, para los efectos de adquirir una vivienda, un emprendimiento o el estudio de los hijos o enfermedad grave", dejando un mínimo garantizado.
(Fdo.): Antonio Horvath Kiss, Senador.- Lily Pérez San Martín, Senadora.- Pedro Araya Guerrero, Senador.- Carlos Bianchi Chelech, Senador.- Rabindranath Quinteros Lara, Senador.
MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES MOREIRA, CHAHUÁN Y LARRAÍN CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 116 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO AL DESCANSO DIARIO DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A CONTRATO DE EMBARCO (10.833-13)
Honorable Senado:
El Decreto con Fuerza de Ley N°178, de 28 de mayo de 1931, reguló, por primera vez, en su artículo 212, el descanso de la gente de mar, disponiendo en su letra b) que "el personal de puente y de máquinas tendrá siempre un descanso mínimo de 8 horas corridas en las 24 horas".
Posteriormente, la Ley N° 18.011, modificó las disposiciones aplicables a los trabajadores embarcados o gente de mar, afectando a la generalidad de la industria naviera, al reemplazar la norma según la cual las 8 horas corridas de descanso se podían cumplir dentro de 24 horas, por otra que circunscribía su cumplimiento a ocho horas continuas dentro de cada día calendario. De esta forma, el artículo 200 del Código del Trabajo dispuso que el descanso mínimo de los trabajadores a que se refiere el respectivo Título será de ocho horas continuas dentro de cada día calendario.
A continuación la Ley N°18.620 trasladó esta norma al artículo 113 del Código del Trabajo, estableciendo que el descanso mínimo de los trabajadores a que se refiere el párrafo respectivo, será de ocho horas continuas dentro de cada día calendario. Posteriormente, el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del 24 de enero del año 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo, traslada la norma al artículo 116 del referido Código, disposición que alberga la norma hasta la actualidad.
Por otra parte, el Convenio sobre Titulación y Guardia de la Gente de Mar, Convenio STCW 78/95 de la Organización Marítima Internacional, ratificado por Chile, establece en su capítulo VIII referido a las normas relativas a las guardias, sección A-VIII/1 aptitud para el servicio, que (N°1) "Toda persona a la que se hayan asignado tareas como oficial encargado de una guardia o como marinero que forme parte de la misma tendrá, como mínimo, 10 horas de descanso en todo periodo de 24 horas".
El número 2 de la misma disposición regula la posibilidad de agrupar las horas de descanso podrán en 2 periodos como máximo, uno de los cuales habrá de tener un mínimo de 6 horas de duración. El número siguiente, exceptúa en términos absolutos de estas normas las situaciones de emergencia, un ejercicio y cualquier otra situación operacional imperativa.
A mayor abundamiento, el número 4 de la misma norma, flexibiliza aún más la aplicación de la norma, permitiendo que el periodo mínimo de 10 horas pueda reducirse a 6 horas, a condición de que tal reducción no se aplique durante más de 2 días y que se concedan al menos 70 horas de descanso en cada periodo de siete día.
En el mismo sentido, el Convenio sobre el Trabajo Marítimo de la OIT del 2006, aun no ratificado por Chile, establece en su artículo A 2.3, referido a las horas de trabajo y de descanso, un conjunto de disposiciones que contemplan como período marco para la aplicación del descanso, las 24 horas y no el día calendario.
En consecuencia, como es posible observar de lo expuesto, el texto vigente del artículo 116 del Código del Trabajo, rigidiza el cumplimiento del descanso de la gente de mar, obligando a realizarlo dentro del límite del día calendario, afectando con ello gravemente el normal funcionamiento de la industria naviera, que debe estar en permanente tránsito.
El transporte marítimo se transforma, de esta manera, en el único medio de transporte cuya jornada laboral debe cumplirse dentro del día calendario. En cambio, el transporte ferroviario, aéreo, terrestre e incluso las naves pesqueras, pueden cumplir con las normas de descanso en el período de 24 horas cronológicas.
Más allá de las consideraciones anteriores, la propia Dirección de Trabajo, órgano máximo de fiscalización del cumplimiento de las normas laborales, ha señalado en el Ordinario N° 5163/083, la conveniencia de adecuar la actual legislación nacional sobre el descanso y guardias del personal embarcado, a lo prescrito en el Convenio Internacional STCW 78/95 de la Organización Marítima Internacional, ratificado por Chile el 7 de Octubre de 1987, y a las Enmiendas de Manila adoptadas en la ciudad del mismo nombre, de 2012, y ratificadas también por nuestro país el 18 de marzo de 2013.
Por tanto, en razón de lo expuesto venimos en presentar a la aprobación de este H. Congreso Nacional, el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Sustitúyase el Artículo 116 del Código del Trabajo, por el siguiente:
"Artículo 116.- "El descanso mínimo de los trabajadores a que se refiere este párrafo, será de 10 horas por cada período de 24 horas.
Las horas de descanso podrán agruparse en dos períodos como máximo, uno de los cuales deberá ser de al menos seis horas ininterrumpidas, y el intervalo entre dos períodos consecutivos de descanso, no excederá de 14 horas".
(Fdo.): Iván Moreira Barros, Senador.- Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Hernán Larraín Fernández, Senador.
MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES CHAHUÁN Y BIANCHI CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA EL NUMERAL 3 DEL ARTÍCULO 75 DE LA LEY N° 18.290, DE TRÁNSITO, RESPECTO DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN CUMPLIR LOS VEHÍCULOS PESADOS (10.834-15)
El 30 de enero del presente año, en la comuna de Limache, falleció un estudiante universitario, de nombre Christopher Castillo Lizarde, alumno la carrera de Prevención de Riesgos en la Universidad de Viña del Mar, quien se desplazaba en su motocicleta, siendo impactado por una retroexcavadora, cuyas luces de señalización no funcionaban adecuadamente ni contaba con espejos retrovisores.
Tales falencias tuvieron una incidencia decisiva en el resultado fatal del accidente, toda vez que la pala de dicha maquinaria impactó en la cabeza de la víctima, provocándole su deceso.
La Ley de Tránsito, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2009, establece en su Título V, N° 3, las medidas de seguridad que deben cumplir, y en su artículo 75 N° 3, dispone que "Tratándose de los vehículos de carga, de movilización colectiva o de características que hagan imposible la retrovisual desde el interior del mismo llevarán dos espejos laterales externos;"
Como se puede apreciar, los términos en que está redactada la mencionada disposición, son muy generales, por lo que estimamos que tratándose de vehículos pesados, debieran ser de carácter más específico, adecuadas a su estructura y envergadura,
Para este fin, consideramos que deben considerarse como tales a las maquinarias automotrices como tractores, sembradoras, cosechadoras, bulldozer, palas mecánicas, palas cargadoras, cargadores frontales, aplanadoras, grúas, motoniveladoras, retroexcavadoras y traíllas.
En tales casos, los mencionados vehículos deben contar con espejos retrovisores laterales externos y posteriores, de tamaño adecuado, que les permitan operar con las máximas de seguridad y sin riesgos para los peatones u otros vehículos que se encuentren en sus cercanías.
Con ese fin, estimamos que debe modificarse el numeral 3 del artículo 75 ya citado, estableciéndose estas medidas especiales de seguridad, dada la complejidad que implica conducir esta clase de vehículos.
En mérito a lo expuesto, sometemos a la aprobación del Senado de la República, el siguiente
PROYECTODE LEY:
Artículo único: Modifíquese el artículo 75 N° 3, de la Ley de Tránsito, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2009, en el siguiente sentido:
A continuación del punto y coma (;) con que finaliza su inciso segundo, que se reemplaza por un punto aparte, agréguese el siguiente inciso tercero nuevo:
"Tratándose de vehículos pesados, tales como maquinarias automotrices como tractores, sembradoras, cosechadoras, bulldozer, palas mecánicas, palas cargadoras, cargadores frontales, aplanadoras, grúas, motoniveladoras, retroexcavadoras y traíllas, deberán contar con espejos retrovisores laterales y posteriores, que permitan a su conductores operarlos con la máxima seguridad, considerando la cercanía o aproximación de otros vehículos o peatones."
(Fdo.): Francisco Chahuán Chahuán, Senador.- Carlos Bianchi Chelech, Senador.
MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES OSSANDÓN Y GIRARDI CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.606, SOBRE COMPOSICIÓN NUTRICIONAL DE LOS ALIMENTOS Y SU PUBLICIDAD, PARA REGULAR LAS FECHAS DE CONSUMO PREFERENTE Y DE VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS (10.835-11)
Exposición de motivos:
1.- El desperdicio de comida en nuestro tiempo es un fenómeno creciente y que causa alarma por distintos motivos. Éste no sólo impacta negativamente en la huella de carbono y en la asignación eficiente de un recurso escaso como el agua, también representa una falta de solidaridad humana si se considera que amplios grupos poblacionales sufren la escasez de alimentos o una malnutrición al no poder adquirir productos de mejor calidad. Esta realidad social contrasta violentamente con los cerca de 1.300 millones de toneladas de alimentos que se desperdician cada año en el mundo, según estimaciones de la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), dependiente de Naciones Unidas. Esto equivale a un 30% a 50% de la masa total de alimentos producidos en el planeta.
En Chile, si bien a diferencia de otros países de Latinoamérica el problema en términos generales no está dado por la escasez de comida, lo cierto es que el desafío alimentario viene dado por el alto costo de los alimentos de adecuada calidad nutricional y la existencia de hábitos de consumo poco saludables que causan obesidad [1]. Con todo, la eliminación de comida sigue siendo una realidad cotidiana no sólo en los supermercados y locales de comida, sino que también en los propios hogares. Esto se debe a que, tanto en los países desarrollados como en aquellos en vías de serlo, la oferta en los centros comerciales es muy alta, llegando a alcanzar un volumen muy superior a la demanda efectiva por el producto dentro del tiempo acotado en que está "fresco" [2]. Por ello, cuando las familias adquieren grandes volúmenes de comida que no alcanzan a consumir en un periodo razonable, terminan botando el producto a la basura, aún antes de su fecha de caducidad. Esto incide negativamente en la economía doméstica y desde luego que en la conciencia solidaria de un país que aún no logra superar la pobreza.
2.- Una de las causas del desperdicio de comida se origina en la falta de claridad con que muchos productos alimenticios son rotulados en sus envases y etiquetas sobre la fecha de caducidad. Según un informe de la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), los consumidores confían cada vez más en la etiqueta en vez del conocimiento y asesoramiento directo sobre la frescura y vida útil del producto. Esto ha llevado a que las personas crean que la fecha de vencimiento está vinculada a la inocuidad alimentaria, en circunstancias que ella se refiere a la calidad de los alimentos en cuanto a su buen olor, sabor, textura o frescura. Se estima que en los hogares del Reino Unido se desperdicia el 20% de los alimentos debido a la confusión o incomprensión que genera la etiqueta en cuanto a la fecha de consumo [3].
Este problema también es verificable en Chile. La mayoría de las personas entiende que el vencimiento alude a la pérdida de aptitud del alimento para ser consumido, debido a que ha entrado en un proceso de descomposición microbiológica que puede causar daños ciertos a la salud. Sin embargo, se desconoce que esta característica es más propia de los alimentos de corta duración, como las carnes, pero no así de productos alimenticios de origen vegetal (lentejas, arroz, porotos) o que han experimentado el uso de tecnologías en su procesamiento, lo cual hace que gocen de una larga duración y sigan siendo sanitariamente aptos para el consumo humano. En estos casos, la fecha de vencimiento se refiere más bien a una época en que el producto debe ser consumido de manera preferente, transcurrido el cual el alimento no causa daños a la salud aunque si pueda experimentar un deterioro en algunas de sus cualidades, como la frescura o el sabor.
3.- Frente a esto, el Parlamento Europeo aprobó la Directiva 2000/13/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. En virtud de esta norma, los países de la Unión Europea deben diferenciar en los envases o etiquetas si los productos tienen una fecha de "duración mínima" para ser consumidos preferentemente, que alude a la época en que el alimento mantiene sus propiedades específicas siempre que se guarde en condiciones de conservación adecuadas; o bien una "fecha de caducidad", que corresponde a la época en que el producto pierde la inocuidad alimentaria debido a su composición microbiológica.
El concreto, la Directiva 2000/13/CE regula en dos lugares esta materia. Por una parte, el artículo 3 dispone que "El etiquetado de los productos alimenticios implicará solamente, en las condiciones, y salvo las excepciones previstas en los artículos 4 a 17, las indicaciones obligatorias siguientes: [...] 5) la fecha de duración mínima o, en el caso de productos alimenticios muy perecederos por razones microbiológicas, la fecha de caducidad". Por otra parte, el artículo 10 señala que "En el caso de productos alimenticios microbiológicamente muy perecederos y que por ello puedan suponer un peligro inmediato para la salud humana, después de un corto período de tiempo, la fecha de duración mínima se cambiará por la fecha de caducidad".
Este cambio normativo ha permitido que en Dinamarca se haya impulsado con bastante éxito el proyecto "WeFood", una cadena de supermercados que vende productos hasta un 70% más barato que los comercios normales, debido a que adquieren alimentos próximos a vencer, o que han llegado a su fecha de consumo preferente, o que se encuentran con defectos de embalaje. Este modelo surgió gracias a la colaboración del Banco de Alimentos de Dinamarca y la organización DanChurchAid, y funciona como un "outlet" de comida, cumpliendo un efectivo rol social al proveer de alimentos "low cost" a sectores menos aventajados y también un rol de sustentabilidad ambiental al evitar que gran cantidad de comida se deseche de manera innecesaria. En el caso chileno, es pertinente destacar el ejemplo de "Ecomida.cl ", una aplicación para smartphones que nació para luchar contra el desperdicio alimentario y cuidar la economía de los consumidores, a través de un listado de comercios, verdulerias, minimarkets, cafés y restaurantes a los que pueden acceder los usuarios que descargan la aplicación.
Una solución como la que aprobó el Parlamento Europeo es perfectamente previsible para nuestro país, a fin de promover la sustentabilidad alimentaria, resguardar la capacidad financiera de las personas y contrarrestar la cultura del descarte de comida. En el ámbito nacional, esta medida ha sido impulsada desde la sociedad civil por la corporación Idea País, que elaboro el estudio "Perdida y desperdicio de alimentos en Chile". Esta política adquiere más utilidad todavía cuando se considera que muchos productores realizan un etiquetado de los alimentos con arreglo a un criterio conservador, adelantando la fecha anunciada de descomposición del producto a fin de salvaguardar su reputación.
4.- Hoy en día es la Ley N° 20.606 la norma que tiene como misión regular la composición nutricional y la publicidad de los alimentos. Fundamentalmente, ella está enfocada en mostrar claramente los ingredientes que contienen los alimentos, incluyendo todos sus aditivos y proporciones, su información nutricional porcentualmente expresada, unidad de peso, y también la mención a sus contenidos de energía, azúcares, sodio, grasas saturadas y otros que pueda señalar el Ministerio de Salud.
Sin embargo, la Ley N° 20.606 no contiene una mención a las fechas de duración mínima (o de consumo preferente) y de vencimiento, como una de las materias que deben ir rotuladas en los envases y etiquetas. Esto se debe, entre otras cosas, a que el objetivo de la moción parlamentaria que motivó la dictación de esta ley fue advertir a la población de los factores de riesgo en salud de los alimentos, pero no instruirla en el valor de la sustentabilidad alimentaria para evitar el descarte innecesario de comida.
Con todo, es altamente plausible pensar en una modificación de la Ley N° 20.606, de tal forma que en el etiquetado de los alimentos quede incorporada no sólo su composición nutricional, sino que también los criterios de vencimiento o consumo preferente, según sea el caso, como dos conceptos diversos que permitirán a las personas adoptar mejores decisiones de consumo y evitar el desperdicio de comida.
Este cambio normativo debe ir acompañado, sin ninguna duda, de diversas campañas de difusión llevadas a cabo por el Ministerio de Salud, con el objeto de instruir a la población sobre la diferencia entre ambas ideas. Al mismo tiempo, es altamente recomendable seguir la actual tipografía de etiquetado mediante "discos pare" que se ha adoptado para advertir de la alta concentración de azúcares, grasas saturadas, sodio o calorías en los alimentos.
5.- El objetivo del proyecto de ley es fomentar la sustentabilidad alimentaria, evitando el desperdicio innecesario de comida por parte de los consumidores finales de productos alimenticios. Para ello, se propone que los envases o etiquetas de los alimentos contengan escrita y en forma visible las fechas de vencimiento o la fecha de consumo preferente, obligando de esta manera a los fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos de garantizar de manera clara y visible el acceso a esta información.
Esto se hace con la finalidad de instruir a los consumidores sobre la diferencia entre "vencimiento" y "consumo preferente" de los alimentos. El primero hace referencia a la caducidad o perdida de aptitud del alimento para ser consumido por la especie humana debido a su naturaleza microbiológica muy perecedera, lo cual tiene altas probabilidades de producir efectos negativos sobre la salud de las personas. En cambio el "consumo preferente" dice relación con la fecha de duración mínima o época en que el alimento mantiene sus propiedades específicas, siempre que se guarde en condiciones de conservación adecuadas, pero transcurrido el cual puede experimentar algunas variaciones en su frescura o sabor sin afectar la salud de las personas, ya que su composición microbiológica posee una mayor duración.
El Ministerio de Salud, a través del Reglamento Sanitario de los Alimentos, será el órgano encargado de determinar la forma, tamaño, colores, proporción, características y contenido de las etiquetas y rótulos que informen a los consumidores sobre la fecha de vencimiento de un determinado alimento o sobre su fecha de consumo preferente.
Por las razones antes expuestas, someto a la consideración de este H. Senado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único.- Modifícase la Ley N° 20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, en orden a agregar en el inciso primero de su artículo 2°, inmediatamente a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente expresión:
"Asimismo, los fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos deberán en sus envases o etiquetas informar en forma visible la fecha de consumo preferente de los mismos o bien, tratándose de productos alimenticios microbiológicamente muy perecederos y que por ello puedan suponer un peligro inmediato para la salud humana después de un corto período de tiempo, deberán indicar la fecha de su vencimiento.".
(Fdo.): Manuel José Ossandón Irarrázabal, Senador.- Guido Girardi Lavín, Senador.
MOCIÓN DE LOS SENADORES SEÑORES GARCÍA, ALLAMAND, MOREIRA, OSSANDÓN Y TUMA CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2° DE LA LEY N° 20.898, QUE ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS DE AUTOCONSTRUCCIÓN, FIJANDO UN PLAZO PARA SALVAR LAS OBSERVACIONES QUE FORMULE LA DIRECCIÓN DE OBRAS RESPECTIVA (10.844-14)
Considerando:
1. Que la ley N°20.898, estableció un procedimiento simplificado de regularización de viviendas autoconstruidas.
2. Que, en cuanto al procedimiento, la norma concedió un plazo de noventa días contados desde la presentación de la solicitud de regularización para que las Direcciones de Obras Municipales (DOM) otorguen el certificado correspondiente, cuando sea procedente.
3. Que, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de la División de Desarrollo Urbano (DDU), con fecha 04 de febrero del presente año, dictó la Circular N°046, estableciendo normas para la aplicación de la referida ley. Una de ellas consiste en que las Direcciones de Obras Municipales deberán rechazar las solicitudes que no cumplan con las condiciones exigidas y, en caso de reingresar la solicitud, se aplicarán los mismos plazos que establece la ley.
Esto abre la posibilidad de extender innecesariamente los procedimientos, puesto que reingresada una solicitud que haya sido rechazada por la DOM respectiva, comenzará a correr un nuevo plazo de noventa días para que la autoridad revise, nuevamente, todos los antecedentes y conceda la certificación correspondiente. Esta situación se encontraría en franca contradicción con el espíritu de la ley, cuyo objetivo fue crear un procedimiento simplificado y expedito para la regularización de las viviendas.
4. Cabe hacer presente que, con el fin de evitar una dilación innecesaria del procedimiento, mediante los oficios N°689/INC/2016 y N°903/INC/2016, se solicitó a la División de Desarrollo Urbano modificar la referida circular, en el sentido de otorgar un plazo razonable para que los interesados puedan subsanar las observaciones que realicen las respectivas DOM a las solicitudes de regularización. Sin embargo, en opinión de la DDU, "no sería posible acceder al requerimiento, toda vez que la misma ley, otorgó facultades a esta Cartera de Estado limitadas, que no consideran incorporar procedimientos no contemplados." (Ord. N°0295, de 19 de julio de 2016).
5. Por todo lo anterior, y con el objeto de corregir la situación descrita, venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
"Artículo único. Incorpórase a continuación del punto final (.) del inciso segundo, del artículo 2° de la ley N°20.898, que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: "En caso que la solicitud fuere rechazada, los propietarios tendrán el plazo de treinta días hábiles para salvar las observaciones y dar cumplimiento a la normativa."
(Fdo.): José García Ruminot, Senador.- Andrés Allamand Zavala, Senador.- Iván Moreira Barros, Senador.- Manuel José Ossandón Irarrázabal, Senador. Eugenio Tuma Zedan, Senador.