Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA.
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Roberto Munoz Barra
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- RECHAZO A EXPRESIONES DEL DIPUTADO BARTOLUCCI. Aplicación del artículo 34 del Reglamento.
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- RECHAZO A EXPRESIONES DEL DIPUTADO BARTOLUCCI. Aplicación del artículo 34 del Reglamento.
- V. ORDEN DEL DÍA
- SISTEMA DE PRESTACIONES DE SALUD PARA EL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Isidoro Toha Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Francisco Leandro Bayo Veloso
- LEGISLACIÓN SOBRE ALCOHOLES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTERVENCIÓN : Isidoro Toha Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Luis Valentin Ferrada Valenzuela
- INTERVENCIÓN : Salvador Urrutia Cardenas
- INTERVENCIÓN : Juan Masferrer Pellizzari
- SISTEMA DE PRESTACIONES DE SALUD PARA EL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS. Tercer trámite constitucional.
- VI. HOMENAJE DÍA INTERNACIONAL DE LAS FAMILIAS.
- HOMENAJE : Mariana Aylwin Oyarzun
- HOMENAJE : Maria Antonieta Saa Diaz
- HOMENAJE : Sergio Correa De La Cerda
- HOMENAJE : Fanny Pollarolo Villa
- HOMENAJE : Andres Allamand Zavala
- LEGISLACIÓN SOBRE ALCOHOLES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Martita Elvira Worner Tapia
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
R E P U B L I C A D E C H I L E
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 332ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 75ª, en miércoles 15 de mayo de 1996
(Ordinaria, de 10.30 a 14.32 horas)
Presidencia de los señores Estévez Valencia, don Jaime Chadwick Piñera, don Andrés
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- HOMENAJE
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 7
III. Actas 7
IV. Cuenta 7
-o-
- Rechazo a expresiones del Diputado Bartolucci. Aplicación del artículo 34 del Reglamento 7
-o-
V. Orden del Día.
- Sistema de prestaciones de salud para el personal de las Fuerzas Armadas. Tercer trámite constitucional 7
- Legislación sobre alcoholes. Primer trámite constitucional 10
VI. Homenaje.
- Día Internacional de las Familias 30
-o-
- Legislación sobre alcoholes. Primer trámite constitucional. (Continuación) 42
VII. Documentos de la Cuenta.
1. Segundo informe de la Comisión de Familia, recaído en el proyecto que regula el derecho de visita a los hijos sometidos a tuición de uno de los padres (boletín Nº 1551-18). 54
2. Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaído en el proyecto que modifica la ley Nº 6.371, que protege el emblema de la Cruz Roja. (boletín Nº 1474-17). 59
3. Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto que modifica normas de la ley Nº 12.856, y establece un sistema de salud de las Fuerzas Armadas. (boletín Nº 1522-02). 68
VIII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
Contraloría General de la República .
-Del Diputado señor Estévez, denuncia en contra del Alcalde de San José de Maipo.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
-Del Diputado señor Valcarce, establecimiento de taxis turísticos entre Arica y La Paz.
Ministerio de Justicia.
-Del Diputado señor Jara, creación Corte de Apelaciones en Los Ángeles.
Ministerio de Bienes Nacionales.
-De los Diputados señores Villegas, Ortiz, Seguel, Ascencio, Vilches, Urrutia (don Raúl), Vega y Álvarez-Salamanca, otorgamiento de títulos de dominio a ocupantes de la población Vista al Valle, de la comuna de Copiapó.
Ministerio de Minería.
- Diputado señor Navarro y Diputada señora Wörner, exploración, explotación o beneficio de la Mina Schwager.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
-Del Diputado señor Rosauro Martínez, situación Villa Los Volcanes de Chillán.
-Del Diputado señor Latorre, ampliación de obras en proyecto reposición de puente Paniahue, Santa Cruz, Sexta Región.
-Del Diputado señor Cardemil, modificación plano regulador de Santiago .
-De los Diputados señores Cornejo, Ortiz, León, Ojeda y Sabag, amplía plazo de postulación a Programa de Mejoramiento Comunitario.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
-Del Diputado señor Jürgensen, exigencias impuestas por Conama a las industrias de la Décima Región.
-De la Corporación, reglamento de evaluación de impacto ambiental.
Servicio Electoral.
-Del Diputado señor Elgueta, inscripción de personas fallecidas en los registros electorales.
Municipalidad de Puente Alto.
-Del Diputado señor Errázuriz, recursos asignados al Presidente de la Junta de Vecinos San Gerónimo 1-B.
I. ASISTENCIA.
-Asistieron los siguientes señores Diputados: (108)
Acuña Cisternas, Mario
Aguiló Melo, Sergio
Alvarado Andrade, Claudio
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro
Allamand Zavala, Andrés
Arancibia Calderón, Armando
Ávila Contreras, Nelson
Aylwin Azócar, Andrés
Aylwin Oyarzún, Mariana
Balbontín Arteaga, Ignacio
Bartolucci Johnston, Francisco
Bayo Veloso, Francisco
Bombal Otaegui, Carlos
Caminondo Sáez, Carlos
Cantero Ojeda, Carlos
Cardemil Herrera, Alberto
Ceroni Fuentes, Guillermo
Coloma Correa, Juan Antonio
Cornejo González, Aldo
Correa De la Cerda, Sergio
Cristi Marfil, María Angélica
Chadwick Piñera, Andrés
De la Maza Maillet, Iván
Dupré Silva, Carlos
Elgueta Barrientos, Sergio
Elizalde Hevia, Ramón
Encina Moriamez, Francisco
Errázuriz Eguiguren, Maximiano
Escalona Medina, Camilo
Espina Otero, Alberto
Estévez Valencia, Jaime
Fantuzzi Hernández, Ángel
Ferrada Valenzuela, Luis Valentín
Fuentealba Vildósola, Renán
Gajardo Chacón, Rubén
Galilea Vidaurre, José Antonio
García García, René Manuel
García Ruminot, José
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
Girardi Lavín, Guido
González Rodríguez, José Luis
Gutiérrez Román, Homero
Hamuy Berr, Mario
Hernández Saffirio, Miguel
Hurtado Ruiz-Tagle, José María
Jara Wolf, Octavio
Jeame Barrueto, Víctor
Jürgensen Caesar, Harry
Karelovic Vrandecic, Vicente
Latorre Carmona, Juan Carlos
Leay Morán, Cristián
León Ramírez, Roberto
Letelier Morel, Juan Pablo
Letelier Norambuena, Felipe
Longton Guerrero, Arturo
Longueira Montes, Pablo
Luksic Sandoval, Zarko
Makluf Campos, José
Martínez Labbé, Rosauro
Martínez Ocamica, Gutenberg
Masferrer Pellizzari, Juan
Matthei Fornet, Evelyn
Melero Abaroa, Patricio
Montes Cisternas, Carlos
Morales Morales, Sergio
Moreira Barros, Iván
Munizaga Rodríguez, Eugenio
Naranjo Ortiz, Jaime
Navarro Brain, Alejandro
Ojeda Uribe, Sergio
Orpis Bouchón, Jaime
Ortiz Novoa, José Miguel
Paya Mira, Darío
Pérez Lobos, Aníbal
Pérez Opazo, Ramón
Pérez Varela, Víctor
Pizarro Soto, Jorge
Pollarolo Villa, Fanny
Prokuriça Prokuriça, Baldo
Rebolledo Leyton, Romy
Reyes Alvarado, Víctor
Ribera Neumann, Teodoro
Rodríguez Cataldo, Claudio
Saa Díaz, María Antonieta
Sabag Castillo, Hosain
Salas De la Fuente, Edmundo
Schaulsohn Brodsky, Jorge
Seguel Molina, Rodolfo
Silva Ortiz, Exequiel
Solís Cabezas, Valentín
Sota Barros, Vicente
Taladriz García, Juan Enrique
Tohá González, Isidoro
Tuma Zedan, Eugenio
Ulloa Aguillón, Jorge
Urrutia Ávila, Raúl
Urrutia Cárdenas, Salvador
Valcarce Medina, Carlos
Valenzuela Herrera, Felipe
Vargas Lyng, Alfonso
Venegas Rubio, Samuel
Viera-Gallo Quesney, José Antonio
Vilches Guzmán, Carlos
Villegas González, Erick
Villouta Concha, Edmundo
Walker Prieto, Ignacio
Wörner Tapia, Martita
Zambrano Opazo, Héctor
-Con permiso constitucional estuvo ausente el Diputado señor Osvaldo Vega.
-Asistieron, además, el Ministros de Salud , señor Carlos Massad, y la Ministra Directora del Sernam , señora Josefina Bilbao. Concurrió, también, el Senador señor Roberto Muñoz.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.30 horas.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
El acta de la sesión 71ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 72ª queda a disposición de los señores Diputados.
IV. CUENTA
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura de los documentos recibidos en la Secretaría.
-o-
RECHAZO A EXPRESIONES DEL DIPUTADO BARTOLUCCI. Aplicación del artículo 34 del Reglamento.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Vilches.
El señor VILCHES.-
Señor Presidente , en los comentarios políticos matinales de hoy de la radio Cooperativa de la región, he escuchado una intervención del Diputado señor Bartolucci.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , ¿desea hacer uso de su derecho de vindicarse, en virtud del artículo 34 del Reglamento?
El señor VILCHES.-
Sí, porque considero que ha sido atropellada la dignidad de los parlamentarios.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VILCHES.-
Señor Presidente , el Diputado señor Bartolucci en un comentario radial de hoy en la mañana dijo, en defensa de la permanencia del Parlamento en Valparaíso, entre otros argumentos, que los Diputados tenemos auto y bencina regalados para trabajar. Creo que esto no conduce en absoluto a dignificar la función parlamentaria; por el contrario, la lesiona seriamente. Una declaración irresponsable de este tipo no sólo afecta nuestra labor, sino, también, nuestra imagen, por lo que merece el repudio de todos los colegas. Comentarios de este tipo sólo conducen a dañar nuestra imagen y a perjudicar el trabajo honesto y leal que día a día realizamos en beneficio de todo el país.
Por eso, quiero manifestar mi desagrado ante estas expresiones y mi deseo de que la Cámara, en algún momento, se pronuncie al respecto.
He dicho.
V. ORDEN DEL DÍA
SISTEMA DE PRESTACIONES DE SALUD PARA EL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS. Tercer trámite constitucional.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde ocuparse, en tercer trámite constitucional, del proyecto de ley que establece el sistema de salud de las Fuerzas Armadas.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor José García.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín Nº 1522-02, sesión 70ª, en 7 de mayo de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 6.
-Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en las modificaciones del Senado. Documentos de la Cuenta Nº 3, de esta sesión.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José) .-
Señor Presidente , en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Sala, en su sesión del 8 de mayo en curso, la Comisión de Hacienda pasa a informar sobre las modificaciones del Senado al proyecto que establece el sistema de salud de las Fuerzas Armadas.
Asistió a la Comisión el señor Jorge Burgos , Subsecretario de Guerra .
Cabe consignar que el Honorable Senado ha consultado un artículo 44 nuevo, por el cual se otorga al personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas una bonificación ascendente al 3,5 por ciento de sus remuneraciones imponibles, y a los demás funcionarios imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional una bonificación ascendente al 4,5 por ciento de sus remuneraciones imponibles a fin de compensar la mayor cotización que significa la aplicación del proyecto. De conformidad con los antecedentes proporcionados por el Subsecretario de Guerra , dichas compensaciones significan un financiamiento de cargo fiscal que asciende en su totalidad a 4.992 millones de pesos anuales.
Las otras modificaciones no implican mayor costo fiscal por cuanto se trata sólo de adecuaciones formales y de redacción que no han merecido comentario de la Comisión de Hacienda, la que acordó, por la unanimidad de sus integrantes, recomendar a la Sala la aprobación, en idéntica forma, del proyecto propuesto a nuestra consideración.
He dicho.
El señor SCHAULSOHN .-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SCHAULSOHN .-
Señor Presidente , deseo consultar al Diputado informante o a algún miembro de la Comisión de Salud -no sé si el proyecto fue tratado por esa Comisión- cuál es el tema de fondo que hay detrás de esta iniciativa. Entiendo que se están destinando fondos fiscales para financiar un diferencial de cotización.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , estamos en el tercer trámite constitucional, esto es, tratando las modificaciones del Senado.
El señor SCHAULSOHN .-
Lo sé, señor Presidente , pero lo pido con humildad, para mi conocimiento.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, en especial de los cuatro miembros titulares de la Comisión de Hacienda, quiero expresar que votaremos favorablemente, en su tercer trámite constitucional, el proyecto que establece el sistema de salud de las Fuerzas Armadas.
Ayer tuvimos la oportunidad de escuchar al Subsecretario de Guerra , don Jorge Burgos , quien aclaró en forma muy precisa el significado de esta iniciativa: otorga al personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas una bonificación ascendente al 3,5 por ciento de sus remuneraciones imponibles y de 4,5 por ciento a los demás funcionarios imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, con el fin de compensar la mayor cotización que significa la aplicación de estas normas.
La argumentación del señor Subsecretario nos satisfizo y consideramos positivo el proyecto, pues busca solucionar temas pendientes como el sistema previsional de las Fuerzas Armadas.
Por eso, reitero que nuestra bancada lo votará favorablemente tal como lo hizo ayer en la Comisión de Hacienda.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , en nombre de nuestra bancada, en particular de los Diputados señores Karelovic , Bartolucci y quien habla, quiero manifestar que aprobaremos las modificaciones del Senado, que son más bien de forma.
Sin perjuicio de lo anterior, por su intermedio deseo contestar la inquietud del Diputado señor Schaulsohn , en el sentido de que la modificación sustancial y que dice relación con recursos está en el artículo 44 nuevo, que no es nada más ni nada menos que llevar al papel lo que el año pasado, cuando se reajustaron las remuneraciones del sector público, se señaló por parte del Gobierno en cuanto al mejoramiento de las Fuerzas Armadas. Esta norma se aplicará sólo al personal en servicio activo. Me parece de enorme importancia, toda vez que la modificación del artículo 44 nuevo, en la práctica busca perfeccionarla de manera de hacerla coherente con la ley orgánica constitucional de las Fuerzas Armadas.
Reitero que la disposición del artículo 44 nuevo no es más que una bonificación compensatoria incorporada al mejoramiento de las Fuerzas Armadas, pero sin que pase por las manos de cada uno de los funcionarios, sino aplicada directamente -incluyendo al personal en retiro- en el aporte a la cotización de salud del 7 por ciento que todos los chilenos debemos hacer.
Esta iniciativa también cubre un vacío en la legislación chilena, toda vez que la ley orgánica constitucional de las Fuerzas Armadas establece la dictación de una ley de salud para estas instituciones, la que hasta hoy no existía. En consecuencia, al enviar el proyecto y ser perfeccionado en ambas Cámaras, el Ejecutivo no hace más que responder a una exigencia legal y a las disposiciones de la Constitución Política, que consagran la libertad del régimen de salud para el personal en retiro, la que hasta hoy no existe.
Por lo tanto, reitero nuestra disposición favorable para despachar este proyecto tan largamente anhelado y trabajado. Repito que la disposición más importante -el artículo 44- aludida por el Diputado señor Schaulsohn en su consulta, fue modificada con el objeto de hacerla coherente con la ley orgánica constitucional correspondiente.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tohá.
El señor TOHÁ.-
Señor Presidente , estamos frente a un proyecto que ya fue debatido tanto en la Comisión de Salud de la Cámara como en esta Sala, cuyo objetivo es crear un sistema global de salud para las Fuerzas Armadas. Ameritaba preocuparnos de este problema, pues el financiamiento de los servicios de salud de las Fuerzas Armadas demostraba que los beneficios que se entregaban no cumplían a cabalidad con las necesidades actuales. Se había reducido en forma muy significativa el porcentaje de bonificación que se les entregaba, en especial al sector pasivo, cuando eran atendidos en los servicios de la Capredena.
Este proyecto también asegura atención curativa, tanto al personal activo como pasivo de las Fuerzas Armadas, y las modificaciones del Senado -por razones muy explicables- contemplan la medicina preventiva sólo para el personal en actividad, pues se quiere asegurar un nivel de salud compatible con el tipo de funciones y trabajos que desempeñan los miembros de estas instituciones.
Además, entrega otros beneficios, como la atención de la madre embarazada y la del niño hasta los 6 años de edad, vacío que tiene la legislación actual, ya que priva a las madres embarazadas de atenderse en estos servicios.
Respecto de quienes pasen a retiro o jubilen, el proyecto les otorga la posibilidad de seguir perteneciendo al servicio de salud que les ofrecían las fuerzas institucionales.
También establece un piso mínimo de 75 y 50 por ciento de bonificación a los jubilados y a sus cargas familiares, respectivamente.
La modificación al artículo 44, que es la más sustantiva, pues se refiere a la bonificación compensatoria, creo que el Diputado señor Ulloa ha sido claro en explicarla.
Por las razones expuestas, y porque se avanza substancialmente en la creación de un sistema global de salud para las Fuerzas Armadas, votaré favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Bayo.
El señor BAYO .-
Señor Presidente , las intervenciones de los Diputados que me precedieron en el uso de la palabra dejaron claramente precisado el objetivo del proyecto. Sin embargo, aparentemente, se ha desviado la atención en forma especial hacia el aspecto económico.
Voy a precisar, puntualizar y enfatizar, para acoger la inquietud del Diputado señor Schaulsohn, que el principal objetivo de la iniciativa es dictar un cuerpo legal que establezca un sistema de salud para las Fuerzas Armadas, lo que hoy no existe. Eso es lo más importante.
Respecto de los beneficios para los sectores privado, pasivo y activo debo decir que, por supuesto, forman parte del contexto de este cuerpo legal que se crea y que entrega a las Fuerzas Armadas un sistema de salud que apunta en el sentido positivo y que recoge lo que se está haciendo en favor de la salud de todos los chilenos, en especial en lo relativo a la libertad de elegir el sistema al cual se pueden adscribir.
Por las razones expuestas, y dado que las modificaciones del Honorable Senado son más formales que de fondo, la bancada de Renovación Nacional las acogerá positivamente.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobarán las modificaciones del Senado, por los más de 70 honorables Diputadas y Diputados presentes, de un total de 119 en ejercicio, reuniéndose así el quórum constitucional requerido.
-Aprobadas.
LEGISLACIÓN SOBRE ALCOHOLES. Primer trámite constitucional.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
A continuación, corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto iniciado en moción que modifica la Ley de Alcoholes.
Diputada informante de la Comisión de Salud es la señora Cristi.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 1192-11, sesión 15ª, en 21 de abril de 1994. Documentos de la Cuenta Nº 14.
-Informe de la Comisión de Salud, sesión 71ª, en 8 de mayo de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 4.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Cristi.
La señora CRISTI.-
Señor Presidente , me corresponde dar a conocer el informe de la Comisión de Salud sobre el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica la Ley de Alcoholes, iniciado en moción de las honorables Diputadas señoras Martita Wörner y María Angélica Cristi , y de los Diputados señores Teodoro Ribera , Francisco Bayo , José García , Alberto Espina , Carlos Cantero , Patricio Melero , Jorge Schaulsohn y Carlos Dupré .
Su Excelencia el Presidente de la República hizo presente la urgencia, con calificación de “simple”, con fecha 30 de abril del año en curso, al patrocinar el proyecto y acoger la mayor parte de sus artículos con carácter constitucional.
Durante el estudio del proyecto, se contó con la participación de los abogados del Ministerio de Justicia Consuelo Gazmuri y Carlos López.
La Comisión de Salud se ha abocado al estudio de esta iniciativa desde 1992, y creó una subcomisión para su ejecución, a partir del 15 de noviembre de 1995.
Para conocer la opinión de los expertos, se invitó a personalidades públicas y privadas de los Ministerios de Justicia, de Salud y de Educación; del Departamento de Defensa de la Ley de Alcoholes, de Carabineros de Chile, del Servicio Nacional de Menores y de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Al mismo tiempo, en audiencia pública, se escucharon las opiniones de los representantes de Alcohólicos Anónimos, de la Asociación de Rehabilitadores de Alcohólicos (Ardas), de la Unión de Rehabilitadores de Alcohólicos de Chile (Urach), de comerciantes, juntas de vecinos y estudiantes.
La subcomisión estuvo conformada por los Diputados señores Sergio Ojeda , Héctor Zambrano , Francisco Bayo, Juan Masferrer , Fanny Pollarolo y María Angélica Cristi .
La primera moción para modificar la ley de alcoholes ingresó a la Cámara en 1990, y fue presentada por la Diputada que habla; posteriormente, se formularon proyectos parciales, uno de los cuales perseguía modificar el horario de las botillerías, patrocinado por la ex Diputada señora Eliana Caraball y el Diputado señor Jorge Schaulsohn ; más adelante se presentó otro, que decía relación con la prohibición de vender alcohol en los estadios, patrocinado por el Diputado Dupré , y luego se enviaron dos mensajes del Ejecutivo.
Como una forma de compatibilizar todas las iniciativas, se fundieron en el proyecto en discusión, que contó, como ya se dijo, con el patrocinio del Ejecutivo.
Por razones obvias que señalaremos, el proyecto fue estudiado por la Comisión de Salud, dado que el alcoholismo y el consumo excesivo de alcohol en nuestro país es el principal problema de salud pública y sus consecuencias atentan contra toda la comunidad, la convivencia familiar, la seguridad ciudadana; es un detonante de la violencia social e intrafamiliar y está estrechamente relacionado con el consumo de drogas, los accidentes de tránsito, las enfermedades siquiátricas, el ausentismo laboral, la pobreza y el sufrimiento de muchos de nuestros compatriotas.
Es importante, aunque se ha repetido, recordar las cifras más importantes y relevantes. En nuestro país mueren anualmente 7.600 personas por causas relacionadas directamente con el consumo excesivo de alcohol, según fuentes del Ministerio de Salud; 2 millones de personas beben en exceso, de las cuales 500 mil son alcohólicas; 400 mil niños, entre 9 y 15 años, consumen alcohol a diario y 200 mil de los 500 mil alcohólicos son jóvenes; la cirrosis hepática es la cuarta causa de muerte en la población chilena; 135 mil días-cama al año son ocupados por personas cuyas afecciones son consecuencia del alcohol, y el 50 por ciento de las camas de los hospitales siquiátricos son ocupadas por personas que padecen afecciones mentales como consecuencia de la ingesta excesiva de alcohol.
Todos estos datos provienen de fuentes del Ministerio de Salud, de los doctores Medina , Montenegro , Florenzano , Pemjean y Minoletti , entre otros.
Aprovecho para agradecer el gran apoyo entregado a este proyecto por el doctor Chandía.
En relación con la seguridad ciudadana, el 52 por ciento de los actos criminales son cometidos en estado de ebriedad; el 45,4 por ciento de los suicidios se llevan a cabo bajo la influencia del alcohol, como asimismo el 60 por ciento de los homicidios, según el Anuario Estadístico de 1994 del Instituto Médico Legal, y el 41 por ciento de quienes fallecen en accidentes de tránsito presentan alcoholemia positiva, sin considerar los accidentes sin víctimas fatales, pero con consecuencias de por vida.
En el trabajo, entre el 15 y el 20 por ciento de los accidentes laborales se producen bajo los efectos del alcohol, y el 70 por ciento del ausentismo laboral se atribuye al consumo de bebidas alcohólicas. De esta forma, el consumo excesivo de alcohol afecta definitivamente los rasgos de pobreza de los trabajadores de nuestro país.
Las consecuencias del alcoholismo acarrean un costo económico y social de 2 mil millones de dólares al año, según un estudio realizado por la Universidad de Chile en 1981, cifra aproximada a los presupuestos anuales de salud y de educación para 1994. Este estudio no ha sido actualizado, pero la cifra corresponde a 1981.
Según estudios realizados en los colegios municipalizados de la comuna de Ñuñoa, en el período 1958-1982 el consumo de alcohol de los jóvenes de entre 10 y 19 años aumentó en un 300 por ciento, y entre 1981 y 1993, en más de un ciento por ciento. Chile es el país de América con el más alto porcentaje de consumo de bebidas alcohólicas entre los adolescentes, seguido por Estados Unidos, Costa Rica y Brasil.
En relación con los adultos, sabemos que nuestro país ocupa el tercer lugar en el mundo en consumo de alcohol, después de España y de Francia, con un total aproximado de 12 litros de alcohol puro por adulto al año.
Según la encuesta realizada por la Unicef, el Ministerio de Educación y la Fundación Paz Ciudadana, el promedio de edad de inicio en el consumo de alcohol es de 12 años. El 40 por ciento de los estudiantes encuestados dijeron consumir alcohol periódicamente. De ellos, el 15 por ciento habría consumido drogas, principalmente marihuana. El 73 por ciento de los niños de enseñanza media consume alcohol. Debemos recordar que ésta es la puerta de entrada al consumo de drogas.
A juicio de los expertos, las principales razones para este consumo excesivo son las siguientes:
En primer lugar y probado por estudios comparados en todos los países, el fácil acceso al alcohol, por su precio y disponibilidad y, por supuesto, la ignorancia sobre sus efectos nocivos en la salud y la posibilidad de crear dependencia.
En segundo lugar, la permanencia, cada vez más extensa, de los jóvenes en la calle, entre las 10 de la noche y la madrugada, en particular los fines de semana y los festivos.
En tercer lugar, la falta de espacios de recreación diseñados para los jóvenes y sus inquietudes, y para practicar deportes.
En cuarto lugar, la existencia de pautas culturales y sociales que favorecen la ingestión de alcohol.
En quinto lugar, la desintegración familiar y el abandono en que quedan muchos jóvenes adolescentes. La familia, en este caso, pasa a ser el lugar más importante donde ellos deben refugiarse y aprender las pautas para evadir este grave problema.
En sexto lugar, una sociedad que no siempre fomenta los valores trascendentales y que muchas veces considera cualquier control como un atentado a la libertad.
En séptimo lugar, la falta de oportunidades laborales y de capacitación técnico-profesional.
Por ello, junto a muchas otras causas, la razón fundamental para modificar la legislación en esta materia responde a la necesidad urgente de contar con una ley moderna, que fiscalice, controle, regule y prevenga el consumo y expendio excesivo de bebidas alcohólicas en la población, muy especialmente entre los más jóvenes, considerando las dramáticas consecuencias en todos los ámbitos del comportamiento social.
Estoy segura de que todos en la Sala estamos de acuerdo en que los necesarios cambios de hábitos en relación con el consumo de alcohol en nuestro país no tendrán lugar únicamente a través de disposiciones legales. Sin embargo, la modificación de la actual legislación, que en la práctica no se ajusta a nuestra realidad social, constituye una herramienta indispensable para prevenir, rehabilitar, fiscalizar y controlar el expendio y consumo de alcohol en forma adecuada.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
¿Me permite una interrupción, señora Diputada ?
El Ministro de Salud, que nos acompaña, solicita autorización para que ingrese a la Sala el doctor Alberto Minoletti, responsable de la Unidad de Salud Mental de ese ministerio.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
-Acordado.
Puede continuar con su informe la Diputada señora Cristi.
La señora CRISTI.-
Me alegro mucho de que esté presente en la Sala el señor Ministro de Salud , como también el doctor Minoletti , que ha dado un importante apoyo al proyecto.
Sin duda, la clave para evitar el excesivo consumo de alcohol es la prevención, en especial en la familia, pero el proyecto dedica un capítulo exclusivo para estos efectos, a través de la educación. Entre otras medidas, destina a estos programas las multas por infracciones a la ley; dispone la enseñanza obligatoria en la educación básica de estilos de vida saludables; establece la participación de las empresas que promueven las bebidas alcohólicas en el mercado en programas de prevención del alcoholismo, y la inclusión de mensajes preventivos en la publicidad difundida en los medios de comunicación y al mismo tiempo ordena la asistencia obligatoria a programas de rehabilitación e implementa centros de atención hospitalaria a nivel privado y público.
Respecto de las modificaciones de horario, la iniciativa parlamentaria es mucho más que una simple restricción horaria, precisamente porque la experiencia nos ha indicado que promulgar una norma de esa naturaleza sin las precauciones adecuadas, aumenta la venta clandestina. Sin embargo, es conveniente que la ciudadanía, en particular los Diputados, tenga presente que la actual legislación establece igualmente la regulación de los horarios, excepto en el caso de las botillerías o depósitos de bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del local.
En reiteradas oportunidades, Carabineros de Chile, juntas de vecinos, centros de padres y apoderados, entre otros estamentos de la comunidad, han manifestado a las autoridades su clamor respecto de la urgente necesidad de establecer una normativa que regule la ubicación de las botillerías y el horario de su funcionamiento y expendio.
Hoy, este tipo de establecimientos es el único que puede instalarse en cualquier lugar y funcionar las 24 horas del día. De hecho, los alcaldes de Antofagasta, La Reina, Lo Barnechea y muchos otros han sido afectados por recursos de protección por negarse a conceder una patente de alcoholes en las proximidades de un colegio, lo que permite la legislación vigente.
Los alcaldes de Santiago, Las Condes y muchos a lo largo del país han planteado la urgente necesidad de legislar en este sentido, pues los jóvenes que consumen alcohol en las plazas, en las calles y en los lugares públicos lo obtienen justamente en las botillerías.
Respecto del clandestinaje, práctica muy extendida en los sectores de menores recursos, la actual ley no consigue disuadir a los infractores, ya que la máxima sanción no supera los 5 mil pesos. El proyecto aumenta considerablemente el monto de todas las multas e, incluso, en el caso del clandestinaje, sanciona con prisión a los reincidentes, dispone la clausura definitiva de aquellos locales comerciales que expenden bebidas alcohólicas sin autorización y agiliza el procedimiento para allanar un local clandestino donde se presume la existencia ilegal de alcohol.
Como el 41 por ciento de los fallecidos en accidentes de tránsito presentan alcoholemia positiva, la nueva ley rebaja el grado de alcohol en la sangre para calificar la actuación en estado de embriaguez; es decir, la alcoholemia baja de un gramo por mil de alcohol en la sangre a 0,8, y aumenta las multas por conducción y desempeño en esas condiciones.
Al mismo tiempo, como resulta a todas luces incongruente la venta de alcohol en estaciones de servicio, pues la mayoría de sus usuarios son precisamente quienes están conduciendo un vehículo, la nueva ley la prohíbe.
Cabe señalar que los países avanzados en materia de prevención de alcoholismo y de sus consecuencias, como Canadá, coinciden plenamente y han comprobado que la accesibilidad fácil a las bebidas alcohólicas es uno de los principales factores del aumento de su consumo. Por ende, esta legislación ha tomado muy en cuenta esa premisa.
Pese a que los efectos del consumo excesivo de alcohol han sido lamentables, a lo menos durante los últimos 30 años, recién la opinión pública está asumiendo la dimensión de sus consecuencias, por ahora más grave que el consumo de drogas. Entonces, los legisladores no podemos permanecer impasibles ante un hecho real.
El alcoholismo -esto es lo que la Comisión acordó-, desde el punto de vista humano, es una enfermedad grave, difícil de revertir y vulnera la dignidad de quien la padece y de sus seres queridos. Por lo tanto, la responsabilidad de disminuir el consumo excesivo compromete a todos los sectores de nuestra sociedad: al Estado, a los privados, a los legisladores, al Poder Judicial , a las iglesias, a los sectores de educación, de salud, a las policías civil y uniformada, a los municipios y, como la Comisión también lo ha dicho, por sobre todo, a la familia y a su capacidad única de reforzar a sus integrantes en los principios y valores trascendentales para la existencia humana.
La legislación vigente en materia de alcoholes y bebidas alcohólicas se encuentra contenida en la ley Nº 17.105, de 14 de abril de 1969, que fijó el texto coordinado y sistematizado de cuerpos legales de antigua data, de 1939 y 1954, para normar la fabricación, venta y consumo de alcoholes y vinagres. En 1980 se introdujeron nuevas modificaciones a la llamada Ley de Alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres; se derogó su Libro Primero y su artículo 113 pasó a ser artículo 1º.
La actual legislación no se compadece con los requerimientos de la sociedad de hoy, por lo cual la prevención resulta casi impracticable por carecer de recursos, aunque el artículo 130 la hace obligatoria.
Las sanciones son tan bajas, que van desde 500 hasta 12 mil pesos, incluso por accidentes graves de tránsito. Las multas alcanzan a 450 millones de pesos anuales y los municipios no reciben parte de ellas, aunque sean de nivel local.
El proyecto de ley presupone que con el aumento de las multas se podría disponer de por lo menos 5 mil millones de pesos al año para prevenir el alcoholismo. Esta cifra es importante si la comparamos con los montos con que cuenta el Ministerio de Educación para la prevención del consumo de drogas y alcohol, que son de 500 millones de pesos.
Por otra parte, ya hemos dicho que los procedimientos de clasificación y fiscalización son engorrosos. La ley rige en la misma forma a comunas rurales, urbanas, turísticas o de gran desarrollo, como Santiago o Las Condes.
Además, la ley no consulta una nueva serie de locales que se han integrado a la vida moderna, llamados pubs, minimarkets, discotecas y otros.
La competencia de los tribunales radica básicamente en los juzgados de letras de mayor cuantía, dificultando en ocasiones el acceso a la justicia, principalmente por su lejanía y gran cantidad de causas criminales que allí se radican. Es así que las órdenes de allanamiento para intervenir a los locales clandestinos, por ejemplo, son casi imposibles de practicar.
Por otra parte, existe una variedad enorme de patentes que confunden, incluso, a quienes fiscalizan estos locales.
El hecho de proporcionar alcohol a un menor de 18 años de edad es sancionado solamente cuando éste se apresta a consumirlo, pero hoy cualquier niño puede comprar alcohol en un supermercado, botillería o cualquier parte.
La ley vigente no contiene disposiciones que regulen la ubicación territorial de los establecimientos de expendio de alcohol, como ya dijimos; las botillerías se pueden instalar al lado de un colegio, de un cuartel de carabineros, de un hospital o en cualquier lugar.
Los alcaldes no disponen de atribuciones que les permitan controlar, fiscalizar y ordenar el expendio de bebidas alcohólicas en su comuna, ni menos solicitar la clausura de aquellos locales que perturben la tranquilidad pública.
Por eso, el proyecto ha tratado en cinco puntos los seis objetivos para normar en mejor forma lo que dice relación con alcoholes: prevenir el consumo excesivo de alcohol y el alcoholismo, rehabilitar a los enfermos alcohólicos o consumidores excesivos, sancionar a los infractores en forma adecuada, reglamentar el expendio de alcohol y el otorgamiento de las patentes, fiscalizando que se cumplan sus normas, y radicar la competencia judicial, principalmente, a nivel de la justicia comunal.
Estos objetivos se agrupan en cinco títulos, que en el proyecto se denominan “La penalidad de la embriaguez”, “La prevención y rehabilitación”, “El desempeño y conducción en estado de ebriedad”, “El expendio y las patentes” y “El procedimiento judicial”.
Como los señores Diputados habrán observado, el documento es largo: contiene 70 artículos, dos de los cuales son de ley orgánica constitucional. Hemos tratado de resumirlos en la forma más sucinta y espero que su relación no sea muy lenta ni latosa.
No voy a leer los artículos uno por uno, sino que resumiré lo principal de los que tienen más incidencia.
El artículo 1º determina las materias que serán reguladas por la ley: la penalidad de la ebriedad, el desempeño y conducción en estado de ebriedad, el expendio y consumo abusivo de alcohol, la clasificación de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas y el otorgamiento de patentes, el procedimiento judicial aplicable y las sanciones pecuniarias, y las normas que promuevan la prevención del alcoholismo y la rehabilitación de los alcohólicos.
El título I contiene diferentes artículos que determinan los lugares en que se prohíbe el consumo de alcohol y las consecuencias de embriagarse en espacios públicos; el procedimiento legal que debe seguirse contra el infractor; las sanciones o multas aplicables en unidades tributarias mensuales, cuyos montos, como ya dijimos, son de mucho más valor que las cifras que establece la ley actual.
Se señala que al menor que incurra en las conductas sancionadas en este título se le aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley de Menores y se notificará a sus padres; se hace obligatoria la asistencia a programas educativos y de prevención a quienes hayan sido condenados por ebriedad dos veces en el plazo de un año; se establece la obligación de concurrir a programas de tratamiento para bebedores problemas y alcohólicos a quienes hayan sido condenados más de dos veces en un año; se especifican las sanciones que se aplicarán a los dueños, empresarios, administradores o empleados que vendan o proporcionen bebidas alcohólicas a menores de edad, que admitan ebrios, que permitan que los consumidores beban hasta embriagarse y que toleren escándalos o desórdenes; se impone la obligación de que las personas señaladas en el artículo anterior exijan cédula de identidad a quienes parezcan tener menos de dieciocho años, y se establece el derecho del cónyuge e hijos menores de quien haya sido condenado más de una vez por ebriedad a percibir una pensión de alimentos provisoria para su mantenimiento, de hasta el 50 por ciento de los emolumentos del infractor, en caso de que vivan a sus expensas.
El título II precisa que todos los establecimientos educacionales del país, desde la enseñanza preescolar hasta la media, deberán implementar programas educativos orientados al desarrollo de factores protectores contra el abuso de alcohol, en los que participará toda la comunidad escolar. El Ministerio de Educación supervisará su implementación.
Las empresas que promuevan la colocación de bebidas alcohólicas deberán participar en los programas de prevención del alcoholismo mediante la inclusión de mensajes con ese objetivo en la publicidad que difundan.
El Ministerio de Educación proporcionará los medios necesarios para ejecutar los programas en los colegios de menores recursos y organizará cursos de capacitación de profesores para especializarlos en la prevención del abuso en el consumo de alcohol.
La comisión interministerial, con representantes de los Ministerios de Educación, de Salud y del Trabajo, implementará y fomentará los programas de prevención de abuso de bebidas alcohólicas para ser impartidos en empresas, servicios públicos y municipalidades.
Establece la obligación de todos los servicios de salud del país de contar con programas de tratamiento y rehabilitación para bebedores problemas y alcohólicos, los que incluirán plazas de hospitalización, consulta externa especializada y tratamiento ambulatorio; admite la participación en estos programas de instituciones como los clubes rehabilitadores de alcohólicos; dispone la obligación de concurrir a estos programas a las personas condenadas por ebriedad en determinadas circunstancias; faculta a los familiares para solicitar su internación en una institución hospitalaria y, a su vez, hace aplicables al alcohólico agresor las normas sobre violencia intrafamiliar.
Los programas de prevención y rehabilitación se financiarán con los recursos provenientes de las multas por infracción a la ley de alcoholes, los que, como ya dijimos, aumentan de cerca de 500 millones a 5 mil millones de pesos.
El título III prohíbe la conducción de un vehículo en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol; establece el procedimiento que podrá adoptar Carabineros para impedir que una persona que se encuentra bajo sus efectos pueda conducir.
Para ello, lo pueden someter a una prueba respiratoria u otra no invasiva, destinada a determinar la presencia del alcohol en la sangre a quien conduzca o se apreste a conducir un vehículo en lugares públicos.
Si la prueba resultare positiva, podrán prohibirle la conducción por el tiempo que fuere necesario y exigirle que se someta de inmediato a un examen destinado a determinar la dosificación de alcohol en la sangre.
Dispone las sanciones para todo conductor de vehículo o de cualquier medio de transporte y controlador de tránsito que se desempeñe o conduzca en estado de ebriedad, graduándolas de presidio menor en su grado mínimo a máximo y multas de dos a diez unidades tributarias mensuales, aunque no cause daño o sólo cause daños materiales o lesiones leves; determina que cuando el examen de alcoholemia arroje una dosificación igual o superior a 0,8 gramo por mil de alcohol en la sangre, habrá desempeño o conducción en estado de ebriedad.
Como pena accesoria se suspenderá el permiso para conducir desde seis meses hasta cuatro años, según la gravedad de las lesiones causadas, hasta llegar a la muerte. En caso de reincidencia, se propone el retiro definitivo del permiso para conducir.
Establece procedimientos para realizar el examen de alcoholemia en cualquier servicio médico legal y establecimientos hospitalarios autorizados. Su valor podrá usarse como prueba en juicio; indica las sanciones que sufrirán los funcionarios que, a sabiendas, otorguen permisos de conducción a personas inhabilitadas.
El título IV establece que todo establecimiento de expendio estará sujeto a la vigilancia e inspección de Carabineros, de inspectores municipales o fiscales y del Departamento de Defensa de la Ley de Alcoholes; faculta a los tribunales competentes para decretar el allanamiento de propiedades particulares y fiscalizar el cumplimiento de la ley; señala la clasificación y característica de los establecimientos de bebidas alcohólicas; fija los horarios de expendio a diferentes establecimientos clasificados en el artículo anterior; indica los lugares en las comunas en que pueden otorgarse las patentes, a través de los planos reguladores; dispone la forma de otorgar patentes y de su pago; establece una patente por local, que puede acumular varias de ellas; señala los lugares donde podrán concederse patentes temporales; indica el número de patentes que podrán otorgarse a cada comuna y serán fijadas por el intendentes, previo informe del alcalde, con acuerdo del concejo -hoy ésta es una facultad exclusiva del Presidente de la República -; otorga a las municipalidades la facultad de determinar en sus planos reguladores y a través de ordenanzas las zonas en que podrán instalarse botillerías, cantinas, bares, tabernas, cabarets y otros locales de expendio de alcohol para ser consumido fuera de él, los que no podrán ubicarse, especialmente en el caso de las botillerías, a menos de doscientos metros de establecimientos educacionales, de salud, cárcel, cuarteles de Fuerzas Armadas, Carabineros, Investigaciones, industrias, garitas, terminales de locomoción colectiva y estaciones de servicios, es decir, prohíbe la venta de alcoholes dentro de las estaciones de servicios de automóviles; determina el procedimiento a seguir para los negocios que resultaren afectados por la aplicación de esta norma después de establecidos. El plazo máximo no podrá ser inferior a un año y las condiciones de funcionamiento las fijará el tribunal.
Impide la venta de alcohol en las vías, plazas, paseos públicos, teatros, circos, centros deportivos y demás lugares de espectáculos y diversión pública, con excepción de los que cuenten con locales debidamente autorizados.
En ningún caso, podrá autorizarse el expendio en campos o recintos destinados a espectáculos deportivos. En los espectáculos de fútbol profesional clasificados por el intendente de alto riesgo, se decretará la prohibición de expendio en un perímetro de cinco cuadras.
En fiestas patrias, las municipalidades podrán autorizar por tres días la instalación de fondas o locales de expendio de alcohol.
Faculta al intendente, previo informe del alcalde, para prohibir o limitar la venta y consumo de alcohol en la región o comuna que estime conveniente, por razones de interés público; prohíbe el trabajo de menores en lugares de expendio de alcohol; señala que no podrán concederse autorizaciones para vender alcohol, entre ellos, a los miembros del Congreso, alcaldes, miembros de los tribunales de justicia, empleados fiscales o municipales; indica los casos en que la municipalidad deberá suspender la autorización para el expendio, por ejemplo, cuando el local no reúne condiciones de higiene y seguridad o si la patente hubiere sido concedida a las personas indicadas con anterioridad; prohíbe la existencia de bebidas alcohólicas en cualquier lugar no autorizado para expenderlas.
Se sanciona con multa y decomiso de las bebidas. En caso de reincidencia, con clausura, decomiso y multas. La segunda reincidencia, con prisión. Si la clausura no puede llevarse a efecto, por tratarse de casa habitación del transgresor o ella causare grave daño a la familia, podrá sustituirla por prisión.
El juez, al tomar conocimiento de un proceso por infracción a esta ley, podrá de oficio, a petición del intendente, del alcalde, del concejo o del Departamento de Alcoholes, clausurar el establecimiento cuando constituya un peligro para la tranquilidad pública.
El título V establece que el juez de policía local será quien conocerá en primera instancia las infracciones a esta ley. El juez del crimen será competente para conocer el delito de la conducción o desempeño en estado de ebriedad.
El procedimiento aplicable será el común que se sigue ante los juzgados de policía local simplificado.
Si no hay lesiones o éstas son leves, se aplicará el procedimiento sobre faltas contemplado en el título I, libro tercero, del mismo Código.
Las sentencias condenatorias, en caso de ebriedad, conducción en estado de ebriedad o consumo excesivo establecerán la obligación al condenado de ser examinado por un médico calificado por el servicio de salud.
Si el afectado se niega a seguir este tratamiento, el juez ordenará las medidas conducentes a su cumplimiento.
Una vez ejecutoriada la sentencia y con acuerdo del infractor, salvo que éste haya quebrantado la condena, el juez podrá conmutar la sanción por la realización de trabajos en favor de la comunidad, señalando el lugar donde deben realizarse, su duración, y la persona o institución encargada de controlar su cumplimiento.
Los abogados y delegados del Departamento de Defensa de la Ley de Alcoholes percibirán por sus actuaciones en las causas por infracción a las disposiciones de esta ley, el 10 por ciento de las sumas que ingresen por concepto de multas; del saldo, el 40 por ciento se destinará a los servicios de salud para el financiamiento y mantención de programas de rehabilitación de personas alcohólicas, y el 60 por ciento, a las municipalidades, para el financiamiento y mantención de los programas de prevención y rehabilitación de personas alcohólicas, distribuido entre ellos de acuerdo con el número de habitantes y los antecedentes estadísticos respecto de los problemas de alcoholismo que afecten a la respectiva población.
De acuerdo con lo establecido en los artículos transitorios las causas de alcoholes que se hallaren pendientes continuarán radicadas en los tribunales del crimen y el número de patentes limitadas y su distribución comenzará a regir a contar del 1 de enero siguiente al de la publicación de la ley.
Este proyecto no cuenta con informe de Hacienda, dado que no representa gastos adicionales. Sin embargo, como señalé, sus artículos 58 y 59 son propios de la ley orgánica constitucional respectiva.
Por último, quiero agradecer a todos quienes han participado en el estudio del proyecto, especialmente, a los colegas de la Comisión de Salud; al señor Ministro por su presencia ahora y por el apoyo dado a esta iniciativa -y aprovecho de instarlo a participar en la campaña nacional que se está llevando a cabo para combatir el consumo de drogas, dado que el alcohol es la droga de más alta incidencia en nuestro país-. También quiero agradecer a don Carlos López , quien fuera nuestro asesor permanente en la Comisión; a don Claudio Orrego , a Patricia Schaulsohn y Carlos Carmona , del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; a don Hugo Villalobos , del Ministerio del Interior; a don Mario Marcel de la Subderec ; al Ministro Secretario General de la Presidencia , señor Genaro Arriagada , activo colaborador del Gobierno; a los Ministros del Interior y de Justicia, y especialmente al Secretario de la Comisión , don Arturo Figueroa ; a María Teresa Calderón , a Paula Batarce y a don Adrián Álvarez , quien nos apoyó en toda la parte del procedimiento judicial, tratando de acoger las nuevas normativas que la Comisión de Constitución ha entregado en el último tiempo para hacer que este proyecto se ajuste a la modernidad y para que, de alguna forma, supere los atrasos que producía la ley anterior.
En nombre de todos mis colegas de la Comisión de Salud, hago un llamado para que esta Sala dé su aprobación a este proyecto, que es de tanta necesidad e importancia para nuestro país. Sin duda, todas sus opiniones y sugerencias serán bienvenidas para que sea efectivo.
Es todo cuanto tengo que informar.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tohá.
El señor TOHÁ.-
Señor Presidente , una vez más, en esta Cámara, estamos enfrentados a dar respuesta a problemas de gran significación nacional.
El alcoholismo es un problema que tiene connotaciones muy variadas: sociales, culturales, económicas y médicas. Podemos entender esto al ver los serios quebrantamientos que en la vida diaria puede producir el uso indebido del alcohol, como la violencia familiar, y al ver afectados significativamente los presupuestos familiares al derivar gran cantidad de ingresos al consumo de bebidas alcohólicas.
Es importante que analicemos los aspectos culturales que han hecho que, en ciertas ocasiones, el alcohol sea un elemento casi imprescindible para celebrar, cuando se está contento, etcétera.
Los servicios médicos, los hospitales, los consultorios deben hacer frente a una gran responsabilidad, no sólo desde el punto de vista curativo en cuanto a tratar a los enfermos alcohólicos en sus diferentes patologías asociadas, sino también en cuanto a su rehabilitación y en la creación de programas de prevención. El Ministerio de Educación también tiene una gran responsabilidad en cuanto a cómo integrar a los planes y programas de estudio de las diferentes escuelas y colegios, elementos que le permitan a la juventud formarse una opinión y un criterio para enfrentar este riesgo y ver con claridad el peligro que el consumo excesivo del alcohol puede generarles en el futuro.
Cuando nos vemos enfrentados a un problema, creemos que a través de preceptos legales podemos regular los aspectos que ello involucra: moderar costumbres, reconocer derechos y establecer prohibiciones. Pero, al igual que cuando discutimos el proyecto relacionado con la droga, estamos conscientes de que la legislación tiene grandes limitaciones en cuanto a asegurar que sólo a través de ella podremos eliminar algunas lacras sociales, en este caso, la del alcoholismo. Sin embargo, debemos reconocer que Chile necesita una legislación moderna frente a un problema no moderno, sino antiguo como es el alcoholismo.
Indudablemente, el elemento represivo está siempre presente en estas leyes. Tenemos el convencimiento muy arraigado -creo que es válido- de que frente a costumbres, a actitudes asumidas y reconocidas por la sociedad a través de generaciones como lícitas -siempre que no se caiga en actitudes inconvenientes o tipificadas como delito-, es muy difícil que un proyecto, por muy moderno y eficaz que sea, pueda cubrir todas las posibilidades frente a un problema regido fundamentalmente por la existencia de una demanda. Y frente a la presión de una demanda es difícil defenderse. Pero es indudable que a través de este proyecto estamos haciendo un gran esfuerzo, y tiene mayor importancia el que haya surgido como una moción parlamentaria.
Sin embargo, frente a estas iniciativas he podido comprobar que los parlamentarios tenemos muy restringidas nuestras atribuciones en cuanto a entregar respuestas. De hecho, para que esta moción fuese aceptada en la Comisión se necesitó que el Ejecutivo acogiera gran parte del articulado.
Este proyecto demoró muchos años. Tiempo atrás existió un proyecto primitivo del Ejecutivo que la Comisión de Salud consideró insatisfactorio porque era débil, porque tenía deficiencias en aspectos fundamentales, referidos a la prevención y a la rehabilitación del enfermo alcohólico. En consecuencia, se exigió un nuevo proyecto. El Ejecutivo lo aceptó y decidimos tramitar la moción parlamentaria que ha dado lugar a este proyecto en discusión.
No quiero alargarme en forma lata sobre aspectos estadísticos ya conocidos por la mayoría de la gente. Pero creo necesario, para la historia de la ley, hacer mención de algunas cosas.
El alcoholismo es el principal problema de salud en Chile. A veces cuesta aceptarlo o entenderlo, pero tenemos conocimiento de las consecuencias de todo tipo que el consumo excesivo e inadecuado del alcohol provoca en las personas y en la sociedad. Nos damos cuenta que efectivamente este es el principal problema.
Entre los países latinoamericanos, Chile se ha destacado por ser uno de los primeros que tomó clara conciencia de este delicado problema. Así, los primeros estudios epidemiológicos los encontramos en la década del 50. A pesar de ello, esta enfermedad continúa teniendo lamentables repercusiones, como lo demuestra el informe de la Organización Panamericana de la Salud, donde Chile figura con la tasa más alta del mundo en muerte por cirrosis hepática (27,4 por cien mil habitantes). Además, los mayores de 15 años consumen 12 litros al año per cápita, lo que nos sitúa entre los primeros lugares en cuanto a bebedores excesivos, siendo superados sólo por algunas naciones. En los últimos años la situación se ha agravado debido, entre otras cosas, a un considerable aumento en el consumo y a la temprana edad en que los jóvenes comienzan a ingerir, junto a un elevado número de accidentes del tránsito derivados del consumo de alcohol.
Por eso, hace bien este proyecto al rebajar el nivel de alcohol permitido en la sangre de un conductor en estado de ebriedad, de un gramo por mil a cero ocho gramos por mil.
Después de una ardua discusión, fui partidario de rebajar a 0,8 gramos por mil el grado de alcoholemia para calificar como conducción en estado de ebriedad, porque está demostrado que se disminuyen considerablemente los reflejos, el sentido de la autocrítica, de la moderación, de prever situaciones al conducir en forma descuidada y de los accidentes que pueda provocar.
La mayoría de los estudios sobre esta enfermedad se centran en la población adulta, en circunstancias de que la génesis de ésta la encontramos en la juventud, por cuanto en la adolescencia se desean experimentar -lo que es explicable- cosas nuevas, como también, en algunos casos, eludir y olvidar situaciones conflictivas. El alcohol se transforma en un medio para evadir problemas, lo que también justifica el aumento del consumo en una sociedad en la cual los individuos están sujetos permanentemente a una vida muy estresante, llena de tensiones, de un ritmo acelerado, y por qué no decirlo, muchas veces de frustraciones y de un desmejoramiento en su calidad de vida. Entonces, aparece como muy explicable, aunque no justificable, que se recurra al alcohol para evadir situaciones que no son agradables ni compatibles con una vida sana.
La edad promedio en que se comienza a ingerir bebidas alcohólicas son los doce años, estableciéndose que el 40 por ciento de los estudiantes de enseñanza media lo consumen alguna vez. Los adultos no podemos apartarnos de la responsabilidad que nos cabe porque, indudablemente, lo que hagan los jóvenes en parte importante va a estar fijado por el ejemplo, por la capacidad de los padres y de las escuelas y colegios para inculcarles a los jóvenes principios que los prevengan de caer en el alcoholismo.
El país perdió 1.820 millones de dólares, según información de 1981 -dato que me costó creer-, como producto del consumo de alcohol. Ello significa tratamientos, ausentismo laboral, medicamentos caros, días-cama, largos procesos de rehabilitación. Sin duda, también es menor la calidad y el rendimiento del trabajo de un alcohólico; además, éste se encuentra expuesto, en una proporción mucho mayor, a tener accidentes del trabajo, lo que implica licencias y largos tratamientos médicos.
Para qué vamos a hablar del costo de los accidentes del tránsito, a los cuales parece nos estamos acostumbrando. Indudablemente, nos sentimos más impresionados por las pérdidas de vida y los heridos, pero no hay que olvidar que desde el punto de vista material, producen pérdidas que significan un costo muy grande al erario.
En virtud de los datos reseñados, urge implementar una política de prevención del alcoholismo, la que en el caso de los jóvenes debe empezar en la familia, ya que si no existe control o no se les inculcan costumbres sanas, irremediablemente estarán más propensos a caer en el alcoholismo.
También es importante la labor de prevención que se desarrolle en las escuelas, como lo dije anteriormente.
El proyecto en estudio contempla un título especial destinado a prevención y rehabilitación, donde se consagra que en todos los planteles educacionales del país deberán implementarse programas educativos destinados a la formación de estilos de vida saludables y al desarrollo de factores protectores contra el uso excesivo del alcohol. Estas orientaciones deberán ser entregadas y supervisadas por el Ministerio de Educación con participación del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de la Juventud.
También quiero referirme a la publicidad y a la importancia de las regulaciones que introduzcamos para que no se constituya en una actividad incentivadora del consumo de alcohol. Queremos agregar un elemento que desincentive a la persona, o por lo menos le cree conciencia de los riesgos a los que se expone si consume alcohol en forma exagerada.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Ha terminado el tiempo de su primer discurso.
Puede hacer uso del tiempo de su segundo discurso.
El señor TOHÁ.-
En seguida termino, señor Presidente .
En ese sentido un grupo de Diputados hemos presentado una indicación para que se establezca que en todo acto de publicidad relativo a la materia debe contemplarse una advertencia sobre el daño que provoca el consumo excesivo de alcohol, incluyendo un especial llamado a la madre embarazada sobre el riesgo que significa el consumo de alcohol para el hijo en gestación durante ese período. Así cumplimos con la obligación de proteger el derecho de una persona en formación que no está en condiciones de autodefenderse de este peligro al que se le puede someter.
No me quiero alargar en otros aspectos, que serán abordados por otros parlamentarios, entre ellos la restricción a las horas de expendio, que también es discutible.
En resumen, el problema del alcoholismo, al igual que el de la drogadicción, no podrá ser superado con simples medidas represivas o prohibiciones de índole legal, a pesar de su importancia, sino que es imprescindible un tratamiento integral de este problema en todos los aspectos: familiares, educacionales, culturales, médicos, económicos, sociales y políticos.
Por último, es necesario comprometer a toda la comunidad en la lucha contra este flagelo.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Ojeda.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente , no sólo se trata de modificar la ley Nº 17.105 sobre alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres, sino de enfocar un problema tan complejo y profundo como es el alcoholismo en Chile, sus causas, desarrollo y los devastadores efectos que genera en nuestro país esta verdadera lacra social.
En la actualidad, se considera un problema de salud pública por el gran número de pacientes que deben ser atendidos, por las complicaciones médicas y neuropsiquiátricas y por las verdaderas descomposiciones sociales y legales que se producen. El alcoholismo ya no se estima un vicio, sino una enfermedad que debe tratarse médicamente como tal.
La ciencia médica ha comprobado que esta enfermedad acorta en diez años la vida de los enfermos -especialmente por cirrosis hepática- y su fase final, que es el franco alcoholismo, es verdaderamente aterradora. El bebedor depende física y psíquicamente del alcohol, se produce una incapacidad de control, de detenerse, la voluntad es débil para impedir el consumo excesivo que daña la condición orgánica del bebedor, su cerebro, su hígado, su estómago, su vida.
Con esta iniciativa queremos evitar que la persona llegue, de una simple ingestión alcohólica, a convertirse en alcohólico.
Para aplicar conceptos y disposiciones legales es indudable que debemos conocer claramente cuáles son las causas o la razón que impulsa a las personas a beber; por qué nuestros jóvenes y los niños están bebiendo del modo que conocemos, en una escala ascendente, lo que debe preocupar no sólo al Congreso, sino que a todas las instituciones públicas, a los organismos privados y a las personas involucradas en la atención de esta materia.
Las causas que incitan al consumo alcohólico son muy variadas, como las costumbres seudoculturales de cierto sector de la población, la presión social, el medioambiente donde se vive, las frustraciones, el abandono, la cesantía y la ociosidad, las imitaciones, los problemas socioeconómicos que llevan al hombre a sumergir sus penas en el alcohol, como asimismo factores antropológicos, genéticos, metabólicos, característicos y formación de la personalidad, patologías predisponentes, por ejemplo, la diabetes mellitus, endocrinopatías, por la sed acentuada que se observa en su sintomatología, o enfermedades crónicas que comprometen el estado general, o malformaciones y mutilaciones que influyen en la estabilidad sicoemocional, situaciones todas que pueden estimular la ingesta alcohólica, que al repetirse favorecen la aparición de la dependencia. Estas causas no pueden atacarse sólo con la represión o detención de los alcohólicos: el mal tiene raíces muy profundas. Por ello, el hombre debe sumergir su acción y no conformarse con tocar las hojas y las ramas.
La problemática alcohólica -repito- es compleja y los dos grandes enfoques se dirigen precisamente al tratamiento de los que ya padecen la enfermedad y a los niños, adolescentes y adultos que aún no la tienen. En los primeros se requiere tratamiento integral por los equipos de salud relacionados con el alcoholismo, a fin de lograr su recuperación y posterior rehabilitación, hasta reintegrarlos a la familia y a la sociedad como ciudadanos dignos. Para los segundos -nuestros niños y jóvenes- se hace indispensable entregar la mayor información preventiva posible, lo que debería comenzar a hacerse en la enseñanza básica.
Los difíciles problemas derivados del alcoholismo nos han llevado a establecer algunas disposiciones que son discutibles y en este debate pueden emerger situaciones que también lo sean. Tan delicados son que debimos conformar una subcomisión para estudiar el proyecto, mientras la Comisión de Salud discutía otros.
La iniciativa que se somete a la consideración de la Honorable Sala contiene disposiciones que tienden a disminuir el consumo de alcohol o de prevenirlo en ciertas personas. Regula el expendio de bebidas alcohólicas, la clasificación de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, la penalidad de la embriaguez, el desempeño y conducción en estado de ebriedad, el otorgamiento de patentes, el procedimiento judicial y contempla normas que promuevan la prevención del alcoholismo y la rehabilitación.
Sea como fuere, las materias del proyecto, tal cual se han esbozado, procuran terminar con un flagelo social que provoca graves y serias consecuencias y problemas sociales a los distintos sectores de la comunidad.
Me referiré a dos temas de manera especial: al problema de la prevención y rehabilitación y al desempeño y conducción en estado de ebriedad.
En cuanto al primero, considero que el proyecto enfoca drásticamente el problema: hablar de prevención es atacar de raíz el problema, evitar su propagación sobre la base de la enseñanza preescolar, básica, media y diferencial, con programas educativos orientados a la formación de vida saludable y al desarrollo de factores protectores contra el abuso del alcohol, e indicar -sobre todo a nuestros jóvenes- cuáles son los efectos del alcoholismo, el daño que provoca en la estructura física y síquica de las personas y los efectos sociales y familiares que la ingestión alcohólica provoca. No es posible que 400 mil niños, entre 9 y 15 años, consuman alcohol a diario; que 200 mil jóvenes sean alcohólicos, y que entre 1958 y 1982 el consumo de alcohol en la población de entre 10 y 19 años haya aumentado en un 300 por ciento. Algo está fallando, algo no está resultando y algo, a lo mejor, hemos dejado de hacer nosotros, quienes tenemos la gran responsabilidad de establecer mecanismos o instrumentos que impidan este avance tan desolador.
Creemos que no sólo con medidas punitivas o con regulación de cierre de locales podemos impedir que nuestra juventud y nuestros niños sigan cayendo en esta verdadera trampa que es el consumo de alcohol. Por ello, el capítulo relativo a la prevención contiene normas que pueden ser eficaces para evitar su propagación. Se entrega la responsabilidad a los Ministerios de Educación y de Salud, y también al Instituto Nacional de la Juventud. Más aún, se establece la obligación de que las empresas que promueven la colocación de bebidas alcohólicas en el mercado participen en programas de prevención del alcoholismo y difundan, de alguna manera, indicaciones acerca del daño que provoca el alcohol. No hay que olvidar que el joven y el niño pueden ser alcohólicos en el futuro, porque de aquí surge o nace el alcohólico. Impidamos, entonces, la existencia de otro alcohólico más en la familia.
En esta oportunidad, quiero hacer un reconocimiento muy sincero a los clubes rehabilitadores de alcohólicos del país, en especial, a la Unión de Rehabilitadores de Alcohólicos de Chile, Urach, creada el 2 de agosto de 1969, y que, con los escasos recursos e implementación con que cuenta para cumplir sus funciones, realiza una labor muy abnegada, sacrificada y efectiva. En el país existen más de 216 clubes que agrupan a más de 25 mil rehabilitados.
En una ocasión, un grupo de Diputados presentamos un proyecto de acuerdo, que fue aprobado por la unanimidad de los parlamentarios presentes en la Sala, mediante el cual solicitamos la reforma del artículo 24 de la ley Nº 16.744, de 1968, que establece un fondo especial destinado a la rehabilitación de los alcohólicos. No tuvimos respuesta de los ministerios respectivos y esa iniciativa habría significado incrementar dicho fondo y, por consiguiente, una gran ayuda para esos clubes.
Se ha dicho ya demasiado respecto de los porcentajes y del número de alcohólicos en el país, o de lo que se bebe en los diferentes segmentos de la sociedad; pero hay que recalcar que la gravedad de la situación es que el problema va en escala ascendente y nuestra tarea, entonces, es frenar este ímpetu o desarrollo tan amenazante del alcoholismo.
Se ha dicho que, después del agua, no existe cuerpo químico tan simple que haya influido tanto en el destino del mundo como el alcohol. Unos pocos átomos de carbono, de hidrógeno y de oxígeno constituyen una fórmula capaz de modificar la mente humana, haciéndola percibir y sentir la realidad de modo diferente. Por ello, es tan seductora y peligrosa.
También se ha sostenido que el alcoholismo mata más hombres que el hambre, la peste y la guerra; pero lo hace después de deshonrarlos y de arruinarlos a ellos y a sus familias.
El proyecto de ley nos entrega algunos mecanismos de rehabilitación que consisten en programas de tratamiento y rehabilitación para bebedores-problema y alcohólicos. Hemos tenido mucho interés y acentuado nuestro trabajo en la rehabilitación y prevención. Creemos que hay algunas imperfecciones que se pueden corregir, pero nuestra intención ha sido, justamente, evitar el descalabro que representa el desarrollo ascendente del alcoholismo.
Respecto de la conducción en estado de ebriedad, la rebaja de la dosis de alcohol, es decir, que el examen de alcoholemia arroje una dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre u organismo es, a nuestro entender, una buena forma de contrarrestar el excesivo consumo de alcohol y evitar, así, la gran cantidad de accidentes que ocurren en el país.
En un proyecto inicial, el Ejecutivo estimó que la dosis aceptable de alcohol en la sangre podría ser de 0,7 gramo por mil. Nosotros la subimos a 0,8. Actualmente es de 1 por mil.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Diputado señor Ojeda, ha terminado el tiempo de su primer discurso.
El señor OJEDA.-
Continúo, señor Presidente.
Del estudio y análisis de la legislación comparada, he detectado que la tendencia u orientación moderna de los demás Estados es rebajar la dosis y no subirla.
Hemos aceptado el 0,8 por ciento, porque el 41 por ciento de los fallecidos en accidentes de tránsito presentan alcoholemia positiva, lo que, desde luego, es una mala señal. Queremos evitar que las carreteras continúen tiñéndose de sangre, que los conductores sigan muriendo por ingestión alcohólica y que las familias sigan siendo afectadas como ocurre actualmente.
En suma, creemos que, en relación a su origen, el alcoholismo no sólo se combate con la regulación del cierre de locales comerciales que expenden bebidas alcohólicas, con sanciones o multas, o con penas privativas de libertad, sino también con medidas preventivas: la enseñanza, la educación, los ejemplos, la formación y un ambiente adecuado y propicio -que no sea proclive-, donde los jóvenes no adquieran malos hábitos. Hay que difundir las buenas costumbres e impedir en todas las áreas y sectores, el consumo del alcohol. Hay que regular su consumo y evitar todos los problemas que he señalado en esta oportunidad.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable Diputado señor Ferrada.
El señor FERRADA.-
Señor Presidente , he escuchado el informe de la honorable Diputada señora María Angélica Cristi y, en seguida, las intervenciones de los parlamentarios que me han precedido.
Queda clara la enorme trascendencia del tema que hoy estamos debatiendo, el campo en que se manifiestan las terribles consecuencias que se desprenden del drama que esta legislación procura de algún modo corregir o regular.
El Diputado señor Ojeda, junto con entregar las cifras alarmantes que revelan las consecuencias del alcoholismo en Chile, ha hecho una pregunta pertinente en el sentido de que esos antecedentes demuestran que en algo nuestra sociedad y todos nosotros hemos fallado, porque, a pesar de los muchos esfuerzos hechos durante mucho tiempo, el problema no sólo no se resuelve en su fondo, sino que, muchas veces parece incrementarse con nuevas formas y nuevas consecuencias, más dramáticas todavía.
En verdad, la pregunta del Diputado señor Ojeda me hace rememorar -y quiero destacarlo esta mañana como un aporte al debate- lo que muchas personas consideraron en los años 40 como el discurso más notable que pronunciara en el Senado de la República un chileno inteligentísimo a quien el país nunca ha recordado suficientemente bien: el doctor Eduardo Cruz Coke . Hablando y debatiendo sobre el mismo tema -perdónenme si la memoria me falla, porque voy a hacer un recuerdo de lecturas un poco antiguas-, él decía que el hombre de nuestro pueblo se embriaga, en el fondo, porque sus noches son frías y demasiado largas; porque su hogar es oscuro, triste y demasiado pobre, y sus días no tienen horizontes que iluminen los caminos que abrigan las ilusiones de su alma. Palabras muy parecidas a éstas son las que señalaba en ese entonces el doctor Cruz Coke.
Desde los lejanos años 40 a la fecha han cambiado muchas cosas. En nuestra sociedad se han producido avances importantes, gracias a todos los gobiernos, y muchas condiciones sociales progresaron objetivamente. No obstante, en muchas cosas, pareciéramos también no haber ido lo suficientemente lejos y en otras, incluso, haber retrocedido.
Entiendo que es muy importante la dictación de una ley que modifique la Nº 17.105, y que es una herramienta de que disponen la sociedad y sus autoridades para combatir el flagelo. Pero creo también, como el doctor Cruz Coke, que ninguna ley será instrumento suficiente si las noches de nuestro pueblo siguen siendo frías y largas, su hogar oscuro y triste y los días sin horizontes que iluminen y abriguen sus esperanzas. Éste es el problema central que, en forma importante, responde la pregunta que se hacía el Diputado señor Sergio Ojeda .
Si queremos avanzar y prevenir de verdad, son muchas las condiciones sociales objetivas que una cámara política como la nuestra debe intentar corregir, enmendar y cambiar en su estructura.
Y esta mañana quiero añadir a las reflexiones del doctor Cruz Coke, una que no toca necesariamente a los pobres, sino también a los más ricos y, más allá de los pobres y de los más ricos, a la juventud. Hoy, una de las causas principales que alimenta el alcoholismo en nuestra sociedad proviene de que los días de nuestra juventud podrían no estar siendo siempre iluminados por valores espirituales que abrigaran las ilusiones de la vida, porque un excesivo materialismo está dominando, cultural y éticamente, de manera muy fuerte, la conciencia y mentalidad de nuestra juventud y población en general. Y cuando las sociedades se vuelven consumistas, materialistas, individualistas, y cuando la soledad se apodera del alma de cada persona, el alcohol siempre fue usado en la historia como un falso bálsamo para esa soledad que aquejaba.
En Chile estamos viviendo condiciones éticas que favorecen al alcoholismo, la droga, las mil formas artificiales de escapar de una realidad de la cual se quiere huir. Creo que el debate sobre el alcoholismo, como el de la droga, una y otra vez debe llevarnos en esta cámara política a testimoniar que no estamos conformes con las formas de vida que hoy llevan amplios sectores de nuestra sociedad.
Volver en sentido de la espiritualidad, volver a ilusionar a nuestros jóvenes, volver a reencantarles la vida con valores y principios superiores es lo que constituye, en el fondo, la mejor prevención del alcoholismo y lo que da respuesta a la pregunta que hacía el Diputado señor Ojeda . Para que los días tengan nuevos horizontes superiores para todos, y para que el alcohol y la droga no sean la falsa respuesta a una inquietud que se ahoga sin solución, volvamos a hacer a nuestra sociedad más espiritual, más valórica y más llena de contenido superior.
Entonces, no entreguemos a esa sociedad y a nuestras autoridades sólo instrumentos para combatir el flagelo, sino que principalmente las condiciones objetivas para que éste nunca pueda prosperar.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Salvador Urrutia.
El señor URRUTIA (don Salvador).-
Señor Presidente , el detallado y completísimo informe de la señora Diputada informante ha dejado en claro la urgente necesidad, a la luz de las fundamentaciones entregadas, de adecuar y modificar la hasta ahora tolerante y pasiva actitud de nuestra sociedad, y en consecuencia de nuestra legislación, ante las bebidas alcohólicas y el hábito de ingerir alcohol, camino obligado hacia la grave, triste, peligrosa y degradante enfermedad llamada alcoholismo, que produce tanto daño a nuestra sociedad.
Las cifras estadísticas son alarmantes. A modo de ejemplo, citaré sólo una: el 20 por ciento de los mayores de quince años son bebedores excesivos, de los cuales el 25 por ciento son adictos alcohólicos, sin capacidad para detener la ingesta hasta llegar a la embriaguez total.
El alcohol llegó a nuestra sociedad junto con la conquista y la colonización; sin embargo, heredamos parcialmente las pautas culturales de la civilización europea que tenía contacto con el alcohol desde hacía varios milenios. Y digo parcialmente, pues somos una sociedad más joven e inexperta, con normas de convivencia social y tradiciones muy recientes.
Así como Sudamérica está dando los primeros pasos para crear una entidad como la Comunidad Europea y nos tomará tiempo igualar esa integración, también nos tomará tiempo y nos demandará esfuerzos alcanzar los hábitos de consumo de alcohol existentes en España, Francia o Italia. Sin embargo, hay que dejar en claro que ésa no es nuestra meta, como tampoco es la de esas naciones conservar las tasas de alcoholismo que tienen hoy, pues el objetivo de todos es evitar el alcoholismo en forma total, creando hábitos sociales de consumo de alcohol que eviten la embriaguez y la adicción.
El alcohol es una droga adictiva. La evolución de su consumo, cuando llega a un grupo humano que la desconoce, es exactamente igual al de toda droga adictiva -llámese cocaína, marihuana, nicotina o heroína- y su propagación se asemeja mucho a la de una enfermedad infecciosa. Primero se produce un brote epidémico en que la droga es consumida en forma creciente por una gran población. Eso fue lo que ocurrió cuando las poblaciones indígenas conocieron el alcohol que traían los conquistadores, y lo que ocurre hoy con nuestros adolescentes y jóvenes, que en esta etapa de sus vidas, dadas las pautas culturales que nos rigen, toman contacto con el alcohol. Lo mismo sucede con la pasta base en nuestros grandes centros urbanos. Después del brote epidémico viene la etapa crónica, endémica, en que las tasas bajan respecto de la epidémica, pero que persiste en el tiempo, a través de las generaciones. Entonces, sólo una labor preventiva, permanente, de educación familiar y escolar, puede hacernos avanzar en bajar las tasas de consumo de drogas adictivas, en primer lugar del alcohol.
Por eso, destaco los nuevos elementos de prevención y rehabilitación que contiene el proyecto, pues crea programas para que los preescolares y escolares conozcan lo que significan el alcohol y su consumo, y para que los sancionados por la ley accedan a programas de educación y rehabilitación, y puedan internarse, si es necesario, en establecimientos especializados.
A mi juicio, el artículo 12 es el pilar del objetivo principal de esta iniciativa, que es evitar la enfermedad del alcoholismo, educando a nuestros niños y jóvenes sobre lo que deben saber y hacer para evitar el abuso en el consumo de alcohol.
Asimismo, el artículo 15, al permitir la creación de programas de tratamiento y rehabilitación en los servicios de salud, aborda la titánica tarea de ayudar a quienes son víctimas de la ingesta de alcohol. Así, la sociedad da una fuerte señal de solidaridad hacia quienes tienen más problemas, pues no basta con castigar a los alcohólicos que cometen delitos inducidos por su adicción, sino que es necesario crear espacios para su recuperación y rehabilitación social, ya que se trata de enfermos que necesitan toda la ayuda que su condición requiere.
Este proyecto da un fuerte impulso para avanzar en la difícil tarea de evitar los graves efectos del alcoholismo en nuestra sociedad, y estoy seguro de que su aplicación generará positivos resultados en las acciones que ella desarrolla contra el consumo de todas las demás drogas adictivas, que tienen mecanismos concurrentes de captación de consumidores, llegando incluso a formar una escala adictiva, en la que el alcohol es en nuestra sociedad el principal y, casi siempre, primer peldaño.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Masferrer.
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente , el proyecto que hoy nos ocupa se originó en una meritoria iniciativa de un grupo de parlamentarios que, preocupados por el flagelo del abuso en el consumo del alcohol, buscan regular su expendio, tratando de que la norma legal actúe como una señal ordenada hacia el desarrollo de conductas sociales compatibles con una vida social sana.
Sin embargo, hay dos elementos que deseo dejar consignados, porque creo que no pueden soslayarse en la discusión legislativa.
En primer lugar, como ocurre con toda norma restrictiva, se corre el riesgo de incentivar el desarrollo de la actividad restringida en forma clandestina o de estimular otras conductas alternativas tanto o más perniciosas que las que se pretende reprimir. Así, por ejemplo, el cierre obligatorio de lugares públicos a determinada hora, si no es consecuencia de una decisión asumida por la comunidad, puede traer como resultado mayores desórdenes callejeros a altas horas de la madrugada. De ocurrir esto, se desvirtuaría completamente el objetivo buscado, por cuanto toda la actividad económica que se desarrolla de manera informal es, además, fuente de problemas difíciles de cuantificar y de determinar con precisión, por lo que se hace mucho más difícil su solución. Esperamos que en este caso no se produzca el efecto perverso del desarrollo de actividades clandestinas, que en lugar de solucionarlo, agravan el problema que se persigue resolver.
En segundo lugar, es importante destacar que tanto en ésta como en otras materias la ley no es suficiente. Así, los esfuerzos de los legisladores serán absolutamente vanos si no van acompañados de políticas integrales que ataquen desde su raíz el vicio del alcoholismo, que es un problema de educación y de las oportunidades que como sociedad entregamos a nuestros jóvenes.
Conocida y repetida es la sucesión de males que origina la excesiva ingesta alcohólica, que va desde graves trastornos de salud pública hasta problemas de seguridad ciudadana, pasando por accidentes de tránsito, ausentismo laboral, deserción educacional y violencia intrafamiliar.
Más allá de esta iniciativa, como tantos otros males, el problema no tendrá solución si no entregamos a nuestra juventud una educación que cumpla un doble objetivo: contener una formación valórica sólida que afiance el sentido de la familia, de la responsabilidad y del trabajo, y entregar las herramientas para que el joven pueda insertarse en el mundo laboral, de acuerdo con la zona geográfica y las actividades económicas predominantes en su medio.
En otras ocasiones ya me he referido en esta misma Sala a la urgencia de una reforma educacional profunda, puesto que estoy convencido de que es la solución de fondo. Sin embargo, creo que leyes como la que discutimos constituyen un avance y una demostración del interés de los parlamentarios por los problemas reales que requieren medidas urgentes, a las cuales deben abocarse todos los estamentos del país.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
Restan dos minutos para el término del Orden del Día. No sé si Su Señoría desea hacer uso de ellos o deja su intervención para la próxima sesión.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, como en dos minutos no alcanzo a decir nada, prefiero dejar mi intervención para la próxima sesión.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Entonces, lo dejamos inscrito en primer lugar para la próxima sesión en que se continúe debatiendo este proyecto.
Tiene la palabra el Diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , ¿podría leer la lista de los Diputados inscritos, porque algunos no alcanzamos a intervenir?
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Hay muchos Diputados inscritos, pero como es posible que en la próxima sesión algunos no estén presentes, ofreceré la palabra, empezando por el Diputado señor Elgueta.
Tiene la palabra el Diputado señor Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , como hay Diputados inscritos, creo que sería conveniente hacer un listado. Ahora bien, si el Diputado que debe hablar no se encuentra presente en ese momento, se puede continuar con el siguiente inscrito. Pero el hecho de estar inscritos nos otorga cierta franquicia para la próxima sesión; de lo contrario, vamos a tener que volver a inscribirnos sin saber el lugar que nos corresponde. Creo que lo más práctico sería proceder así.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señor Diputado , el orden de los inscritos no es vinculante, puesto que es parte de las atribuciones del Presidente dar la palabra en el orden que estime conveniente. Sin embargo, la Mesa quiere actuar con prudencia y naturalmente tendrá en cuenta su proposición.
Tiene la palabra la Diputada señora Aylwin.
La señora AYLWIN (doña Mariana).-
Señor Presidente , ¿continuaremos mañana con la discusión de este proyecto?
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señora Diputada , la tabla se elaborará de acuerdo con las urgencias hechas presente. Para la sesión de mañana hay un proyecto sobre astronomía con “suma” urgencia, y lo más probable es que el debate de esta iniciativa continúe inmediatamente después de despachado aquél.
Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn.
El señor SCHAULSOHN .-
Señor Presidente , ¿no sería posible prorrogar el Orden del Día y debatir este proyecto por un tiempo más?
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Sería posible con el acuerdo unánime de la Sala. ¿Su Señoría sugiere una hora?
El señor SCHAULSOHN.-
Podríamos suprimir una parte de la sesión porque los parlamentarios presentes quieren intervenir.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Eso implicaría suprimir los proyectos de acuerdo y quizás Incidentes, y durante su transcurso se celebrará el Día Internacional de las Familias. Sin embargo, esto puede realizarse de todas maneras.
¿Habría acuerdo de la Sala para suprimir el tratamiento de los proyectos de acuerdo y la hora de Incidentes y continuar con el debate del proyecto, sin perjuicio de celebrar el Día Internacional de las Familias?
-Acordado.
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, sólo para manifestar la inconveniencia de suprimir Incidentes.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Existe el acuerdo de celebrar el Día Internacional de las Familias en la presente sesión. Por lo tanto, si le parece a la Sala, procederemos a hacerlo de inmediato, y después continuaremos con el debate del proyecto que modifica la ley de alcoholes por una hora y veinte minutos, que es el tiempo que corresponde a Incidentes y a los proyectos de acuerdo.
El señor MELERO.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MELERO.-
Señor Presidente, ¿es posible acortar el tiempo del homenaje? Considero que el mejor homenaje a la familia es despachar la nueva ley de alcoholes. Solicito que se restrinja a unos 40 minutos.
-Aplausos en las tribunas.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene razón, señor Diputado . Sin embargo, la Ministra del Sernam , señora Josefina Bilbao, ha venido especialmente por este motivo. Creo que los señores Diputados que van a rendir homenaje a la familia lo harán con brevedad, en mérito del tiempo.
Ha terminado el Orden del Día.
VI. HOMENAJE DÍA INTERNACIONAL DE LAS FAMILIAS.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Mariana Aylwin.
La señora AYLWIN (doña Mariana).-
Señor Presidente , hace unos años se instituyó el Día Internacional de las Familias, y este año las jornadas están destinadas a reflexionar en torno al tema del hábitat, la familia, la pobreza y la vivienda.
Sin embargo, queremos aprovechar este día para hacer una reflexión acerca de la importancia de la familia en nuestra sociedad y de los desafíos que ello nos plantea como parlamentarios.
La familia existe desde antes de que se formaran los estados y ha perdurado más allá de las grandes transformaciones históricas.
Aunque no es fácil definirla en forma clara y consensual -lo hemos visto en el debate en Chile-, ya que la familia ha evolucionado a través del tiempo y se ha expresado en diversas formas y estructuras, lo cierto es que ha sido y sigue siendo el núcleo en el cual se ha entrelazado el desarrollo de la persona y de la sociedad a lo largo de la historia de la humanidad.
Hoy, en nuestra cultura, la familia sigue teniendo una alta valoración y a ella se vinculan, en gran medida, los sentimientos de felicidad e infelicidad de las personas.
Por otra parte, es evidente que el papel de la familia es indispensable, múltiple y complejo, pero no quiero ahondar en ese aspecto, sobre el cual creo que todos estamos de acuerdo.
En la realidad actual es preciso reconocer que la familia se expresa a través de diversas formas. De hecho, coexisten grupos familiares distintos, como las familias nucleares, las monoparentales, que en nuestro país alcanzan a un 20 por ciento; las extendidas y las mixtas. Por eso, no es posible hablar de familia refiriéndose sólo a aquélla llamada nuclear o constituida sobre la base del matrimonio, lo cual no significa rechazar o desconocer la familia matrimonial, sino aceptar que no es el único modelo.
Esto siempre ha sido así. Siempre se ha convivido con un modelo ideal de familia y una realidad que ha acogido distintas formas de vivir en familia. De hecho, las altas tasas de convivencia que hoy se señalan con preocupación históricamente han sido muy altas y, probablemente, mucho más en los siglos XVIII y XIX. En ese sentido, no compartimos la mirada pesimista que perciben los cambios del mundo moderno como un deterioro y una crisis de los valores fundamentales y por lo mismo, reafirma un modelo de familia del pasado.
Ciertamente, la modernidad plantea a la familia desafíos muy complejos; pero también la ha fortalecido en valores que la hacen más plena en su misión humanizadora. Nunca antes en la historia, los padres se sintieron más personalmente responsables de sus hijos que ahora. Tampoco nunca antes las personas pusieron tantas expectativas en la vida matrimonial y familiar, que hoy se concibe como el fundamento más importante de la realización personal y de la felicidad. Nunca antes hubo entre los esposos una posibilidad como la de ahora de vivir una relación entre iguales. Por eso, no compartimos la visión de quienes idealizan la familia del pasado, descalifican la del presente y temen a la del futuro.
Se dice que hoy la familia es más inestable, que la gente se casa menos y que los jóvenes no quieren asumir compromisos. Aunque no haya cifras confiables, existen muchos testimonios que revelan que eso no es así, y quiero citar al Padre Hurtado , en su obra “¿Es Chile un país católico?”, de los años 40, cuando señalaba: “La inmensa mayoría de los hogares obreros se forman al azar, por razones pasionales del momento o por escapar de una situación difícil. La mujer, con frecuencia, se casa para tener quien la defienda y, el hombre, para que no le falte quien lo cuide; pero una desavenencia originada por el alcohol o un incidente cualquiera, basta para romper esa unión. Y el hombre se va con otra mujer, sin cuidar más de la primera, ni de los niños; y la pobre mujer, cargada de niños, se deja tentar por otro hombre que busca sus servicios.”
Cuando se intenta legitimar los hogares ¡con qué dificultad se tropieza!
Tampoco creo en la tan mentada crisis valórica de la familia, porque la habría si hombres y mujeres mayoritariamente empezaran a preferir otras formas de vivir en común y de reproducirse.
También es cierto que la gente se separaba menos en el pasado, pero no nos engañemos. No necesariamente era porque se querían más. Obedece más bien a que en el mundo moderno se han roto muchos lazos tradicionales de dependencia, y hoy, las mujeres pueden separarse porque tienen una libertad económica que antes no tenían y porque en su desarrollo han alcanzado una dignidad que no les permite aceptar ser atropelladas. Por eso, creo que el problema que enfrentamos hoy es cómo contribuir a la lealtad y estabilidad de la familia en libertad y responsabilidad porque es impensable, ética e históricamente, reconstruir la estabilidad de la familia sobre la base de la dependencia.
Por lo tanto, todos los estudios recientes sobre la realidad de la familia en Chile contradicen esta idea que anda rondando, de que está en crisis. Hemos hablado tanto de ello que cuesta creer que exista un ideal compartido, por la mayoría, de una familia unida y armónica. De allí que sea necesario asumir que los problemas de la familia chilena no se refieren a un cuestionamiento del concepto, sino que se afirman en los efectos de una sociedad que ha cambiado vertiginosamente; que no es la familia la que está en crisis, sino la relación de la sociedad con el sistema familiar y, en vez de hablar de crisis de la familia, resultaría más adecuado hacerse cargo de la situación de las familias que viven una crisis.
Las principales tensiones que amenazan a la familia chilena derivan de los acelerados cambios de los últimos 50 años: el nuevo rol de la mujer, la falta de tiempo que conlleva el tipo de vida moderna, la presión consumista del mundo actual. Es una amenaza para la familia la cultura hedonista, de lo fácil y de la falta de compromisos, de rigor, de esfuerzo. Entre otros factores, los valores que se transmiten muy especialmente a través de los medios de comunicación. Ahí hay, ciertamente, importantes focos de tensión para la familia. Y el otro foco fundamental de tensión para la vida familiar, en nuestra realidad, deriva de la carencia de medios y recursos para realizar ese valor. Son problemas de orden económico y social. Es la pobreza, el desempleo, la falta de vivienda, la carencia de espacios de recreación, las dificultades de acceso a la educación, a la salud. Son todos problemas que repercuten en la convivencia familiar y que pueden y deben ser enfrentados desde el crecimiento económico y las políticas sociales. Todo ello nos indica que estamos enfrentados simultáneamente a dos desafíos: uno, cómo fomentar, cuidar y proteger la familia en su concepto ideal. Es decir, el valor que consideramos un bien. Ello significa crear condiciones para que la gente pueda vivir su ideal de familia. Y el otro es cómo asumimos también sus problemas, que están allí, más allá de nuestra voluntad, y sobre los cuales no podemos seguir con la política del avestruz.
Este último tiempo, en la Cámara, hemos tomado el tema de la familia con mucha fuerza, y esperamos ir configurando un derecho de familia que sirva a estos propósitos.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señorita Saa.
La señorita SAA .-
Señor Presidente , en primer lugar, en mi nombre y en el de mi bancada, quiero felicitar a la Mesa de esta Corporación por la iniciativa de conmemorar el Día Internacional de las Familias.
Este día fue instituido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993. Esta celebración anual refleja la importancia que la comunidad internacional confiere a la familia como unidad básica de la sociedad, así como su preocupación por la situación de las familias en el mundo.
En nuestro país, al igual que en el resto del mundo, existe una importante preocupación por las familias. Es así como el ex Presidente Patricio Aylwin , manifestando su especial interés, en julio de 1992 creó la Comisión Nacional de la Familia con los objetivos de preparar un diagnóstico global sobre la situación de la familia en Chile, y sobre esta base sugerir los criterios y lineamientos generales de las políticas aconsejables para la protección y el desarrollo de las familias, colaborar en la preparación de proyectos de ley encaminados a proteger su desarrollo y solucionar del mejor modo posible los problemas que la afectan. Presidió esta Comisión la señora Josefina Bilbao , actual Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer , aquí presente. Aprovecho la ocasión para felicitarla y, por su intermedio, a los demás miembros de dicha Comisión por el excelente trabajo desarrollado, plasmado en su informe, ya que es un gran aporte para nuestro país.
Esta preocupación e interés también han estado presentes en nuestra Corporación. En 1994, se creó la Comisión de la Familia, como una de las comisiones permanentes de la Cámara, y tuve el honor de presidirla en una primera etapa. Nuestra Comisión de la Familia, desde su creación, ha estado abocada a diferentes proyectos y mociones que apuntan a enfrentar diversos problemas y conflictos que afectan a las familias en Chile.
Para nuestro partido, el Partido por la Democracia, este tema es de la más alta importancia, y el bienestar de las familias en Chile y el derecho de los chilenos y chilenas a vivir en familia, con dignidad y calidad, es una prioridad.
En nuestro país existe un gran consenso en torno a la importancia de la vida familiar. No hay persona o entidad que la niegue. La familia no es un tema ideológico; es una realidad social, y lo importante es garantizar a todos los ciudadanos su derecho a una vida familiar de calidad.
Los procesos económicos y socioculturales que viven las sociedades afectan la vida familiar y su estructura. Es así como el modelo de familia, que tiene preeminencia en una época determinada, se relaciona estrechamente con la dinámica en la que ésta se inserta, de la misma manera como la familia influye en la organización social.
La familia en nuestro siglo XX tiene diversas realidades. Sin embargo, existe un modelo conceptual predominante, que es nuevo en la historia de la humanidad: el modelo de la familia nuclear, de constitución voluntaria, unida por relaciones afectivas y que conforma el ámbito privado de las personas. En este modelo existen una vinculación entre el amor y la formación de la pareja -donde no necesariamente el sexo va unido a la procreación-, y una consideración y valorización de la infancia, a la cual los padres deben dedicar una atención preferencial.
Este modelo es una aspiración de la gran mayoría de nuestro país. Para la historiadora Sol Serrano, lo distintivo de la modernidad es el paso de la familia concebida como un proceso productivo y público a un proyecto afectivo y privado. Esta familia nace, al decir de la historiadora, de la encrucijada entre un mundo de sujetos colectivos y otro de sujetos libres e individuales; y este hecho la va marcando significativamente.
A medida que la humanidad va avanzando en el reconocimiento de los derechos y libertades individuales -derechos de las mujeres, de los niños- al interior de la familia se van produciendo tensiones, cambios en la concepción de los roles de hombres y mujeres que la enfrentan a nuevos desafíos y que desafían también a la sociedad en su conjunto para garantizar una vida familiar de calidad, que es la aspiración de todos.
Antiguamente, las características de la familia nuclear se expresaban en una autoridad masculina incontestada, ante la cual se diluía la individualidad tanto de la mujer como la de los hijos e hijas. Las necesidades, aspiraciones y conflictos de estos últimos permanecían prácticamente invisibles dentro del hogar. Tanto la espontaneidad como la manifestación de desacuerdos con el jefe de familia eran percibidas, en general, como falta de respeto a su autoridad. Este último era, además, quien decidía, en lo esencial, el destino de los miembros de la familia.
A pesar de los cambios ocurridos, todavía recae en las mujeres casi la totalidad de las tareas que se desarrollan al interior del hogar: la crianza de los niños, su cuidado, el aseo, hacer la comida, etcétera. Estas tareas realizadas por las mujeres o por mujeres contratadas para hacerlas -cuando se puede- no son valorizadas por la sociedad. Las dueñas de casa trabajan sin horario y sin salario, y las que lo hacen asalariadamente en la familia, son de hecho tratadas y consideradas como trabajadoras de segunda clase. Se suma a esto el hecho de que aún sufrimos el terrible flagelo de la violencia doméstica en contra de la mujer y de los niños en un porcentaje significativo de hogares. Esta situación significa un gran desgaste para las mujeres y, a la vez, una enorme responsabilidad. Muchas familias se han mantenido o se mantienen unidas gracias a la actitud generosa y abnegada de las mujeres que, negándose a sí mismas, lo dan todo por los demás miembros de ella.
La familia, en cuanto institución ligada al contexto político de la sociedad, es afectada por las decisiones de las autoridades en su formación, estabilidad y desarrollo. Se podría decir que uno de los grandes desafíos que se plantean a la familia en la actualidad es la capacidad de transmitir y convivir con los fundamentos de un orden político basado en la libertad personal, en el respeto a los derechos de hombres, mujeres y niños, y en la convivencia orientada simultáneamente hacia el bien personal y el bien común.
Las transformaciones sociales, económicas y políticas tienen fuerte impacto en la familia, en los individuos que las componen y en las relaciones que establecen entre sí y la sociedad. Pensamos que a pesar de lo avanzado de las modalidades que asumen las transformaciones de la familia en su composición, funciones y relaciones internas y externas, son conocidas sólo parcial y fragmentariamente. Aceptar la diversidad de arreglos familiares a nivel legal y social constituye una urgente necesidad.
Por otra parte, todavía las acciones políticas y sociales que se desarrollan en buena medida no tienen como foco la familia, aunque de hecho incidan en ella y no siempre de manera eficaz y adecuada.
Tradicionalmente, el sector público ha organizado sus prestaciones por sectores especializados que no responden a la forma en que la población enfrenta los problemas. Las políticas sociales se tratan sectorialmente. Existe una política de educación, económica, de salud, de vivienda, de previsión social y de empleo, las cuales son las más directamente vinculadas con la vida de la familia. La fragmentación de las políticas por sector hace difícil percibir la posibilidad de la existencia de medidas en favor de la misma.
Por su parte, el sector privado también debe responsabilizarse de la familia. Muchas veces, para este sector, la maternidad de las mujeres es considerada un estorbo y se transforma en “handicap” para las trabajadoras.
Por esto, definir políticas sociales para la familia implica delinear acciones que aseguren el respeto de los derechos humanos y la equidad de oportunidades para todos sus miembros. Preocuparse de la familia no es evocar románticamente un pasado que nunca existió.
Hemos visto en estos días cómo a través de la televisión se nos muestra a familias numerosas, con padres y madres famosos y prestigiados, y niños y niñas bien alimentados, felices y sonrientes. Muy bien por esas familias, pero no es bueno tratar de imponer esos modelos a todo el país.
Las familias están cambiando; los hombres y mujeres también. Podemos dejar librada esta transformación a los vaivenes de los procesos productivos y del mercado o a las necesidades coyunturales de los procesos políticos, pero también podemos preguntarnos qué hombres, qué mujeres y qué familias queremos, y qué transformaciones y acciones de la sociedad se requieren para lograrlo. Hagámonos con honestidad estas preguntas; abramos un diálogo transparente, sin prejuicios ni fantasmas; veamos la realidad y respetemos su diversidad. Las familias de Chile nos lo agradecerán.
Por último, deseo simbolizar este homenaje a las familias chilenas en las mujeres de Renca. En las tribunas hay una delegación de ellas, a quienes felicito por el trabajo cotidiano que realizan en esa escuela de afecto que es para las mujeres la maternidad y la vida de familia.
He dicho.
-Aplausos.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Correa.
El señor CORREA .-
Señor Presidente , la bancada de la Unión Demócrata Independiente adhiere al homenaje que nuestra Corporación rinde al Día Internacional de las Familias. Lo hacemos con especial vocación, ya que se trata de un aspecto central de nuestra acción personal y pública.
La celebración de este día es una oportunidad muy apropiada para reflexionar acerca de la naturaleza, la importancia presente y futura y el valor que nuestra sociedad asigna a la familia como núcleo fundamental de nuestro orden social.
Difícil resulta referirse a un tema que se encuentra más íntimamente unido a la concepción que cada uno tiene del ser humano y de la vida misma que al de la familia. Entendemos a ésta como la agrupación natural fundada en la unión estable entre un hombre y una mujer, con el fin de la procreación y la mutua ayuda en el desarrollo de todas las etapas de la vida.
La definición de la familia ha suscitado en los últimos años una profunda discusión ideológica entre quienes creen ver en ella una simple unión fundada en los afectos y, por lo mismo, tan transitoria y efímera como puede ser la voluntad de sus miembros, y los que defendemos su concepción de sociedad natural construida sobre la unión matrimonial.
La crisis valórica que enfrenta la sociedad occidental tiene su raíz principal en la destrucción de la familia. Su papel en la educación de las nuevas generaciones es insustituible; la dosis de amor, comprensión, seguridad y valores de convivencia que entrega requiere de un principio elemental para realizarse plenamente: la estabilidad. Ésta es la razón de por qué la familia es mucho más que un simple acuerdo de voluntades. Es una entrega personal, irrevocable e irrenunciable, porque sólo en esa estabilidad pueden encontrar todos sus componentes la seguridad de que contarán con el apoyo que ella brinda en todas las circunstancias de la existencia.
Concepciones hedonistas y utilitaristas del ser humano han pretendido relativizar su naturaleza, llamando por su denominación a cualquier tipo de unión. Siguiendo un principio elemental de la lógica, debemos concluir que una de las visiones debe estar errada y que es un deber de nuestra sociedad reconocer la adhesión histórica de la nación chilena al concepto de familia tradicional, fundada en la concepción cristiana del hombre. Debemos rescatar esta institución, generando alrededor de ella un gran consenso. Estoy convencido de que ello será más importante para nuestra estabilidad y desarrollo que cualquier política o gobierno.
No debe confundirse jamás esta visión con una actitud intolerante frente a personas que por razones especiales y respetables viven una realidad diferente. Ellas merecen todo nuestro aprecio y dedicación.
Como país y como legisladores, debemos recoger su problemática y ayudar a paliarla. En esto no hay la menor desvaloración personal, pero creo que un recto concepto de la institución familiar importa un problema de bien común, que trasciende los intereses de determinadas personas.
Rescatar y fortalecer la institución familiar es un deber moral, social y patriótico.
Es imposible hablar de la familia sin reconocer que su sustento principal ha sido desde siempre el papel que en ella juega la mujer. Me parecen, por lo tanto, especialmente engañosas aquellas corrientes que buscan una supuesta contradicción entre el rol de la madre y esposa con el desarrollo personal o la libertad de la mujer. Estas concepciones, que en algunos casos llegan a justificar expresiones como el supuesto “derecho a abortar”, son feminismos extremos que han dañado en gran medida la causa de la mujer y la solidez social de la familia.
El desarrollo personal de hombres y mujeres, y el desarrollo familiar, lejos de ser contradictorios, son absolutamente complementarios.
Los parlamentarios de la Unión Demócrata Independiente hemos querido rendir este homenaje reivindicando una vez más la concepción valórica que tenemos acerca de la familia.
Sabemos que muchos temas que de ella se derivan producen fuertes contradicciones. En este mismo hemiciclo hemos vivido fuertes controversias por diferencias de opinión respecto de la filiación natural y legítima, del divorcio y del aborto. Sin embargo, estamos convencidos de que una de las luchas más valiosas que podemos dar como servidores públicos es, precisamente, la defensa de estos valores que, además, trascienden las divisiones político-ideológicas tradicionales.
Ésta es una lucha que debe darse día a día, con fortaleza y convicción, con la seguridad de que no hay envuelta en ella una cuestión de minorías o mayorías, sino de bien común y de moral, frente a la cual no se puede transar ni renunciar.
Esperamos que este Día Internacional de la Familia sea la oportunidad propicia para que todos recordemos el hogar que nos cobijó, donde aprendimos a dar nuestros primeros pasos, a ser generosos, tolerantes y respetuosos, donde aprendimos que el valor de lo material es secundario y donde siempre pudimos regresar a buscar el consuelo y el amparo del techo fraterno, sin importar el paso de los años ni las cambiantes circunstancias de la vida.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra la honorable Diputada señora Pollarolo.
La señora POLLAROLO.-
Señor Presidente , los socialistas también adherimos a este homenaje y queremos aprovecharlo como una oportunidad para reflexionar. A nuestro juicio, eso significa comprender los cambios producidos en la familia, la sobrecarga, las tensiones que vive y la forma en que la apoyamos para que pueda cumplir con su tarea.
Este tema no sólo es de leyes o de políticas sociales, sino de debate cultural. ¿Cómo estamos escuchando a los especialistas, a las propias familias, a las nuevas generaciones?
La materia se analiza con bastante fuerza en el debate público y hoy el tema es de políticos, lo cual constituye un paso muy importante y significativo para pasar del discurso formal declarativo a conductas prácticas, que hagan coherente nuestro discurso con nuestro comportamiento de legisladores y políticos.
Una primera reflexión: ¿cómo realizamos el debate? ¿Cuáles son los problemas que se abordan en un debate sobre la familia? De alguna manera el Diputado señor Correa hizo mención a este punto, y sus propias afirmaciones, sin duda, significan un enfoque polémico sobre una serie de aspectos.
A mi juicio, es muy importante que en este debate reconozcamos cuánto se involucra nuestra propia subjetividad. En este tema estamos profundamente involucrados como personas. Es en nuestra familia donde nos socializamos. Sin duda, hay tendencia a reproducir lo aprendido; una dificultad inevitable en separar la descripción objetiva de los hechos de aquello que consideramos lo normativo, lo justo, lo bueno, lo que debe ser. Por lo tanto, el pensamiento desideologizado, objetivo, es fundamental. Es ahí donde quiero centrar la reflexión en esta oportunidad.
Nuestro gran problema es reconocer con serenidad el cambio que inevitablemente existe en la forma en que se desarrollan las familias. El cambio siempre genera sentimientos de amenaza, de tensión.
En el tema de la familia siempre ha habido una tendencia a hacer afirmaciones muy universalistas e históricas. Recordemos que uno de los siquiatras más famosos, Sigmund Freud , creyó concebir una teoría sobre la sexualidad humana, en circunstancias de que lo que hacía era elaborar una sobre la sexualidad de un tipo de familia en una época histórica determinada.
Este es un tema importante que hay que considerar, que debe ser objeto de un gran debate, cada vez más amplio. Considero que tenemos esta dificultad.
Quiero ser muy directa. Creo que hay una tendencia al pensamiento conservador, al pensamiento histórico sobre el tema. En efecto, en lugar de defender la familia -como creo que es la intención, al rigidizar los aspectos formales, al temer al cambio-, se generan problemas, dificultando encontrar las formas de apoyo para este cambio.
Coincido con quienes me antecedieron en el uso de la palabra, en cuanto a que no hay crisis en la familia. Creo que las voces que temen al cambio tienden a hablar de crisis; incluso hablan de que la familia se estaría destruyendo. No hay crisis en ella. Por el contrario, si uno revisa las encuestas y las declaraciones de las nuevas generaciones, de los adultos, de las parejas que se rompen, da la sensación de que hay una valoración aún mayor a la que hubo históricamente en otras épocas respecto de la familia. Diría que hay una gran necesidad de familia.
Estamos encarando una etapa, un cambio focal -como se ha llamado-, que nos está colocando, entre otras cosas, ante una necesidad mayor de familia. Necesitamos más familia.
Lo que hay es cambio. ¿Y cómo no lo va a haber si el mundo está viviendo un cambio tremendo? Creo que lo significativo, lo relevante es profundizar en esto.
Aquí ya se ha dicho. Hay un cambio visible y es de aquéllos que producen más ansiedad: el de la estructura. La Diputada señora Aylwin lo dijo. Siempre ha habido distintos tipos de familia, pero, de alguna manera, en cada época aparecía uno como “el tipo de familia”. Los otros eran ignorados; no se conocían. Hoy día los reconocemos, porque todo es más visible. Son formas nuevas cuya tendencia es que se mantengan, porque son cambios adaptativos a sociedades más complejas, a economías que no dan seguridad. Además, en esta etapa existe un elemento extraordinariamente positivo en los nuevos rasgos de la familia -llamémoslos así- como es el gran valor del rol expresivo de la familia, es decir, lo afectivo, el vínculo, el amor, el cariño, la protección.
Entonces, ¿qué hacen las parejas en la actualidad? Buscan las fórmulas más adecuadas para cumplir ese rol. Hemos conocido, por ejemplo, parejas extraordinarias y que han decidido vivir físicamente separadas, porque eso, además, es coherente con otro rasgo de la modernidad: la tolerancia y el respeto a la diferencia. Y no sólo eso, sino su valor y reconocimiento.
Hemos dejado atrás la idea de sociedades homogéneas, de esa forma de igualitarismo que es negador de la autenticidad y del hombre, el que, por naturaleza, tiende a la diversidad.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Señora Diputada , estamos en un homenaje, no en un debate sobre la familia, y hay normas reglamentarias que lo rigen. Entre otras, se contempla que los discursos sean escritos, que se pronuncien de pie, lo que no han hecho las distinguidas señoras Diputadas que hoy han usado de la palabra. Son normas de Reglamento.
No he querido hacer cuestión, pero sí hago presente que no es un debate y que la forma en que se ha intervenido infringe el Reglamento y afecta los derechos de otros parlamentarios. Por lo tanto, solicito atenerse a rendir homenaje a la familia.
Excúseme, señora Diputada , pero debo hacer respetar el Reglamento.
La señora POLLAROLO.-
Señor Presidente , sé que Su Señoría no es formalista y, sin duda, se está apegando al Reglamento. Le ofrezco disculpas si de alguna manera lo he infringido.
Sin embargo, he decidido rendir este homenaje con reflexiones en torno a cómo entender la familia, porque el mejor homenaje es ayudar, entre todos, a buscar las formas de apoyarla y protegerla.
Entonces, continuaré diciendo que otro de los cambios especialmente importante, y que aquí se ha destacado, es el de la incorporación creciente de la mujer al trabajo y su defensa y derecho a ser una ciudadana plena.
Sobre esto quiero aludir a un aspecto que me parece muy importante en relación con las nuevas condiciones en que se desarrolla la familia: está recogiendo las tendencias humanizadoras que se aprecian en la sociedad, que influyen en la familia, pero ésta se levanta como el agente fundamental. Una de esas tendencias es el valor de la democracia, de la igualdad, el reconocimiento de los plenos derechos.
Eso se está expresando en un cambio que es generador de tensiones y conflictos, como es la flexibilización de los roles. Al interior de la familia éste es uno de los cambios más destacados, porque hoy los roles dejan de ser estereotipados y pasan a ser compartidos.
Otro tema importante de incorporar con más fuerza en el debate es el del desarrollo y despliegue de la parentalidad. Hoy, las familias están demandando que los padres -los hombres- asuman en plenitud este rol. Es necesario e indispensable; lo requieren la familia, los niños y los propios hombres.
Por último, quiero insistir en algo que mencioné anteriormente: el valor del papel expresivo de la familia y cómo ésta llena las carencias que las tendencias deshumanizadas de la sociedad le exigen.
Hoy nadie puede discutir que dentro de los costos y problemas de la modernidad están la pérdida de sentido, la soledad, la atomización del individuo, la confusión. El ser humano parece necesitar más que nunca cariño de ese hogar, ser escuchado, porque además la misma modernidad nos exige ser cada vez más autónomos como individuos.
La modernidad es una expansión de las libertades y éstas exigen responsabilidad, la que sólo tienen quienes estamos autodirigidos y tenemos capacidad de autorreflexión.
Esto también parece estar necesitándose como aprendizaje al interior de la familia.
Termino diciendo que la familia es hoy más importante que nunca, y nuestro homenaje debe ser este reconocimiento para entregar los aportes a partir de reconocer sus cambios. A mi juicio, la familia es hoy, más que nunca, el agente fundamental de las tendencias humanizadoras y el paliativo esencial a las carencias o tendencias deshumanizadas que, a su vez, se dan en la sociedad.
Creo que un mundo que habitualmente tiende a ser hostil, pragmático, insolidario, que genera tensión y angustia, busca compensación y reparación al interior de la familia. Es allí donde se hace el aprendizaje de valores -lo que no acontece en la sociedad-, como la solidaridad, la gratuidad, el de ser y no sólo de parecer, y el desarrollo.
Por último, al analizar cómo realizar esta gran tarea, el mejor homenaje a la familia es decir que le estamos pidiendo cosas extraordinarias; la necesitamos cumpliendo las grandes tareas que la sociedad no puede realizar. ¿Cómo ayudar a la familia a hacerlo? Trabajando mucho más en las carencias materiales, en el apoyo sicológico y en hacer de la familia una unidad que podamos entender y apoyar, y que tenga prioridad en nuestra actividad política.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Para concluir el homenaje al Día Internacional de las Familias, tiene la palabra el Diputado señor Allamand .
El señor ALLAMAND .-
Señor Presidente , aprovecho esta señalada oportunidad para, junto con rendir un homenaje a la familia, formular algunas reflexiones en el mismo tenor de las intervenciones anteriores.
Es mi intención aproximarme al tema de la familia quizás desde una perspectiva distinta de aquéllas escuchadas hasta ahora. Cuando se producen aproximaciones a este tema, habitualmente la referencia inmediata son los argumentos a favor o en contra del divorcio o de la indisolubilidad del vínculo matrimonial; las diferencias -en desaparición- en el tema de la filiación; los tipos de familias; la cuestión del género, o el debate sobre los derechos reproductivos, que con tanta fuerza surgió a partir de la cumbre de Beijing.
Siendo esos otros temas tan importantes, mi impresión es que a esta Corporación le corresponde intentar una reflexión desde el punto de vista de la sociedad, desde la perspectiva de las políticas públicas; es decir, desde la visión de la política en la más alta acepción de la palabra.
¿Cúal sería la primera observación que cualquier persona haría al momento de aproximarse al paisaje actual del mundo de la mujer y de la familia en una sociedad contemporánea como la nuestra?
Lo primero que habría que constatar es que, paradójicamente, el mundo de la mujer y el de la familia han tomado distancia, lo que, sin duda, es un fenómeno nuevo. Más aún, alguien podría sostener que el mundo de la mujer ha tenido una parábola ascendente y que, como gran paradoja, el mundo de la familia -como se ha conocido hasta ahora-, una parábola descendente.
Intentaré resumir esto en una conclusión. Se podría sostener que a partir de la lucha por la igualdad y de haber ido dejando atrás un conjunto de odiosas discriminaciones, nunca antes en la historia de la humanidad las mujeres fueron tan libres, tan independientes, tan educadas, tan cultas, tan trabajadoras y tan económicamente autosuficientes como en la actualidad. Pero, junto con esta conclusión, podríamos agregar otra: nunca antes la familia tradicional, o familia nuclear, había atravesado por una crisis objetivamente tan profunda.
La revista “The Economist” -publicación a la que nadie podría tildar de conservadora-, en septiembre del año pasado señalaba en su portada que la familia estaba en desaparición en el mundo. Agregaba que en muchos países ricos, especialmente en Gran Bretaña y Estados Unidos, el miedo al derrumbe de la familia se ha convertido en una obsesión. Todos los días surgen relatos y estadísticas que confirman que el matrimonio está en declinación terminal, que cada vez más los niños son criados sólo por sus madres y que, como resultado de todo esto, la sociedad está siendo afectada por un proceso de desintegración.
En nuestro país, el historiador Gonzalo Vial , hace poco se refirió a lo mismo en términos dramáticos.
Dice que se habla mucho de la familia, pero se ignora que en un sector muy grande de los chilenos ella se está extinguiendo inexorablemente. Y se ignora porque ese sector es el que constituye el 40 por ciento más pobre de la población, del cual nosotros, los que integramos sectores altos o medios, relativamente acomodados, no sabemos nada. Tampoco querríamos saber nada, porque la realidad de los pobres tiene la mala e incómoda costumbre de asomarse a través de las estadísticas y echarnos a perder el día.
Agrega que así sucede con la familia. Su base necesaria es el matrimonio, pero en los sectores populares la probabilidad de que las mujeres jóvenes no se casen aumenta año tras año. Llegaba la cifra general del país -seguramente más alta para las mujeres pobres- al 8,8 por ciento, entre 1971 y 1975, pero entre 1975 y 1985 este guarismo subió al 25 por ciento.
Simultáneamente, ha ido creciendo la ilegitimidad. Antes de 1974, nunca fue superior al 20 por ciento del total de los nacidos. Después, empezó a crecer de modo aterrador. En 1983, superó la barrera del 30 por ciento y siguió luego aumentando cada año. En 1990, ya fue el 34,28. Pero nuevamente el mundo popular es el más afectado. Mientras en 1990 el porcentaje de ilegitimidad en Vitacura era sólo el 11,3 por ciento, en La Pintana subía al 43,3 por ciento.
Es evidente que nos encontramos en una situación de crisis de la familia. Y la palabra “crisis” se puede tomar con una concepción positiva o negativa. Ésa es una cuestión objetiva. Para algunos, una crisis es simplemente una transformación, la que puede ser positiva o negativa. Eso está por verse. Pero que estamos frente a una mutación gigantesca de la concepción tradicional de la familia, es un hecho objetivo que nadie puede cuestionar. Las cifras de divorcio, de ilegitimidad y de familias monoparentales que existen en Chile y en el mundo, así lo señalan.
Frente a estos hechos y a la forma en que impactan en la sociedad, tengo la impresión de que hay dos aproximaciones. Una, que razona sobre la base de lo que podríamos denominar una lógica restringida o individualista: aquélla de quienes ven en los problemas de la familia o en la familia misma un hecho eminentemente privado.
La reflexión sobre esta mutación -para mí crisis de la familia-, en el peor de los casos tiene que ver con el efecto que provoca en los matrimonios, la forma en que se afectan los roles del hombre y de la mujer, las dimensiones distintas que adquiere la pareja y, a lo más, la extiende al efecto que tiene esta situación sobre los hijos, esto es, respecto del producto inmediato de la unión familiar.
También existe una lógica que apunta a razonar sobre la base de concebir a la familia como un hecho privado y también público. Quienes ven ambas dimensiones, deben atender concretamente a los efectos más públicos que podríamos encontrar en esta mutación profunda o crisis de la familia.
En este sentido, mi impresión es que aquí hay una dimensión completa de análisis que las sociedades sólo ahora están empezando a esbozar. Sólo deseo dar dos argumentos sobre la materia: la relación que existe entre la estructura familiar y la pobreza, y entre la estructura familiar y la delincuencia.
En relación con el primer punto, el senador demócrata Patrick Moynihan -de quien nadie podría sostener que es un conserva-dor-, en un notable ensayo publicado hace unos años respecto de lo que debían ser las políticas sociales en lo que él denomina la era postindustrial, hace una afirmación en la que quizás habría que detenerse. Dice que mientras en el pasado la pobreza era el resultado del desempleo y las bajas remuneraciones, en la sociedad moderna ésta deriva de la estructura familiar.
En verdad, la estructura familiar está explicando cada vez más, en forma mucho más intensa, que variables como la distribución del ingreso, la desigualdad, el desempleo, la educación, el coeficiente intelectual, la raza, el sexo, incluso la discriminación, influyen positiva o negativamente en la superación de la pobreza.
Las cifras son extraordinariamente concluyentes, tanto en Chile como en el mundo. Por citar sólo una: en Estados Unidos el nivel de pobreza de los niños menores de 6 años que viven con su dos padres casados es apenas el 12 por ciento, pero salta al 66 por ciento cuando se trata de niños menores de 6 años que viven con sus madres.
En Chile, en el campo de las ciencias sociales hay estudios muy recientes sobre esta materia, no así en el extranjero. Por ejemplo, en Inglaterra, se advierte que el 77 por ciento de las madres separadas viven con la ayuda que les brinda el Estado.
Sin embargo, quiero referirme a un estudio que me parece extraordinariamente importante, efectuado en Chile por el Centro de Estudios Públicos, llamado “Descentraliza-ción, Desarrollo Social y Pobreza”, que cons-tituye un caso notable de metodología de las ciencias sociales.
¿A qué apunta dicho estudio? Se logró detectar un grupo primario básico, que corresponde a las personas que habían recibido casetas sanitarias en la comuna de La Pintana. Siete años después, se comprobó cuáles eran las diferencias que habían emergido en estas familias que, por definición, al principio se encontraban en una situación similar. Más aún, como se trataba de mirar esto desde el punto de vista de las viviendas, se construyó un índice de mejoramiento de las mismas y, posteriormente, se analizó dónde se habían producido las ventajas.
La respuesta no estuvo ni en el número de hijos, ni en la variable educacional, ni siquiera en el empleo, sino en que las familias más exitosas eran precisamente aquéllas que tenían una situación familiar más estable y mejor.
Con la delincuencia ocurre exactamente lo mismo.
En consecuencia, hoy es objetivo que existe una relación causal entre estructura, solidez y estabilidad de la familia y efectos completos en la sociedad. Frente a esto, sólo quiero hacer algunas reflexiones. La primera, retomando el punto original, en relación con las políticas públicas.
¿Cuánto tiempo me resta, señor Presidente?
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor Diputado . Le ruego redondear la idea.
El señor ALLAMAND.-
Termino de inmediato, señor Presidente.
Sólo quiero hacer tres reflexiones, en vista de que dispongo de tan poco tiempo.
¿Cuáles son los grandes problemas que se producen con las políticas públicas en Chile y en el mundo?
En primer lugar, muchas veces las que pretenden favorecer la familia terminan, objetivamente, generando efectos indeseados y contrarios a ese objetivo real. Esa es una de las experiencias concretas que se pueden obtener del análisis de las políticas en favor de las familias en Chile y en el mundo.
En segundo lugar, da la impresión de que las políticas públicas, cuando miran el tema de la familia y la mujer, no apuntan a una de las cuestiones centrales, cual es que el gran conflicto que hoy las afecta tiene que ver con que la estructura laboral de la sociedad contemporánea se ha mantenido intacta, inconmovible, no obstante que se ha producido una enorme incorporación de la mujer al mundo del trabajo.
En tercer lugar, hay que tener mucho cuidado al admitir, como concepto de la modernidad, aspectos de tolerancia en relación con la familia, para no concluir que ésta puede ser cualquier forma de organización de vida en común, porque eso también es contraproducente.
Termino señalando que quizás el gran desafío de las sociedades hacia adelante no será solucionar los problemas que hasta ahora las han aquejado, es decir, la pobreza o falta de prosperidad, sino compatibilizar ese progreso con valores humanos que, en definitiva, le den sentido. En esa perspectiva, no hay ninguna sociedad que pueda mirar hacia adelante con optimismo si no logra establecer una mejor relación entre el mundo de la mujer y el de la familia, y entre el mundo de la familia y la sociedad.
He dicho.
-Aplausos.
La señorita SAA.-
Señor Presidente, pido la palabra por un asunto de Reglamento.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señorita SAA .-
Señor Presidente , en estricta justicia, creo que Su Señoría también debería llamar la atención al Diputado señor Allamand , porque ha hecho reflexiones al igual que las señoras Diputadas. No obstante, hemos sido censuradas por no traer un discurso escrito, por hacer reflexiones y no atenernos al Reglamento. No se trata de aplicar la ley del Talión, pero creo que la ley debe ser pareja.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Lo que Su Señoría ha mencionado no es cuestión de Reglamento. Debo precisar que he intervenido cuando se ha creado una polémica con otros señores parlamentarios.
El señor CANTERO.-
Es un chiste, señor Presidente.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Las normas del Reglamento no son chistes, señores Diputados, y tienen un sentido, pues cuando no se cumplen se crean dificultades. Además, no se puede hacer polémica directa con otro parlamentario, menos en un homenaje, situación que ha ocurrido.
Los homenajes tienen un espacio de tiempo y sus normas son muy precisas: se hacen de pie y con un texto escrito, y la Mesa las hará cumplir, como lo ha hecho antes, en el futuro.
La señora POLLAROLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora POLLAROLO.-
Señor Presidente , con la explicación que acaba de dar, asumo el error de mi intervención anterior, pero no el hecho de no estar de pie, de no leer un discurso escrito y de haber hecho reflexiones, porque de igual manera procedimos todos los señores Diputados y así entendimos el homenaje.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, pido la palabra por un asunto reglamentario.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , quería intervenir en el homenaje. No existe un acuerdo de Comités en el sentido de que hable un señor Diputado por bancada, o que el homenaje tenga un límite de tiempo. Entiendo que Su Señoría quiera que la sesión continúe. Tal vez, lo que iba a decir no es tan importante como para contradecirlo.
He dicho.
LEGISLACIÓN SOBRE ALCOHOLES. Primer trámite constitucional. (Continuación).
El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Corresponde continuar la discusión del proyecto que modifica la Ley de Alcoholes.
El señor VALENZUELA.-
Pido la palabra.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente , solicito que la Secretaría de la Comisión haga un boletín comparado sobre el proyecto en estudio y la ley actual. Creo que es necesario para su correcto análisis, especialmente en la parte de sanciones y penalidades.
He dicho.
El señor ESTÉVEZ ( Presidente ).-
Formularemos su petición a la Secretaría de la Comisión.
Tiene la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA .-
Señor Presidente , este proyecto sobre modificación de la ley de alcoholes nos lleva a pensar, en primer término, que los vicios pueden financiar las virtudes. Desde que en la Biblia se diera a conocer que Lot fue víctima de la ebriedad por parte de sus hijas, lo cual trajo como consecuencia una serie de descendientes de las tribus de Israel, hoy tenemos que los juegos de azar, la hípica, el alcohol y otras actividades sobre las cuales se sustentan los vicios, sirven para financiar obras honestas y que a veces su supresión causaría un daño peor.
Aparte de esta reflexión, deseo señalar que apoyo el proyecto, porque regionaliza la fijación de las patentes. Ya no es necesario que el Presidente de la República intervenga en estos pequeños menesteres porque se entregan a las municipalidades y a los intendentes, como se desprende de los artículos 30, 35, 41 y 42.
Otra disposición importante es la que determina el porcentaje o dosificación máxima de alcohol en la sangre para establecer si se maneja en estado de ebriedad, que el proyecto primitivo del Ejecutivo señalaba en una cantidad igual o superior a 0,5 gramos por mil de alcohol en la sangre. En este proyecto se aumenta a 0,8.
También se dispone una sanción para los ebrios mayores de 18 años. Con esto, se pone al día esta ley, porque, como se recordará, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años.
Aumenta y transforma las multas de la Ley de Alcoholes. En la actual ley todavía siguen vigentes los sueldos vitales. El proyecto las transforma en unidades tributarias, aumentando notablemente -en algunos casos, exageradamente- sus montos, haciendo prácticamente expropiatorio e imposible de pagarlas, lo que está bien respecto de ciertas conductas penadas por esta futura ley, pero me parecen enormemente desproporcionadas en otras. Está bien cambiarlas a unidades tributarias, puesto que el deterioro de las multas se traduce en definitiva en una disminución de la eficacia de las sanciones previstas. En consecuencia, una multa barata es fácil de pagar y se sigue incurriendo en la misma infracción.
En muchos aspectos, el proyecto mantiene ciertas instituciones vigentes, pero quiero plantear algunas observaciones que me parecen de primera entidad.
En primer lugar, cuando la autoridad entrega una patente, le concede una especie de derecho inalienable a una persona y, en consecuencia, pasa a ser de su dominio, lo que se perpetúa en el tiempo.
Frente al notable vicio del alcoholismo, como aquí se ha expuesto, debería haber una concepción nueva de la patente, de manera que sea absolutamente precaria, para que, en virtud de causales legales, la autoridad pueda ponerle término mediante un procedimiento expedito.
También quiero poner sobre el tapete la situación en que quedarán los juzgados de policía local, porque el otro día, cuando analizamos el aplazamiento de la aplicación de la ley Nº 19.450, se argumentó que dichos juzgados no estaban preparados para tramitar los miles de causas que se iban a trasladar desde los juzgados del crimen a los juzgados de policía local, y que no tenían infraestructura ni personal suficientes. Sin embargo, en las estadísticas del INE aparecen detenidas por ebriedad 286.897 personas en 1994; cada una de ellas puede transformarse en una causa. Hace pocos días se sostuvo con enorme gravedad y, diría, con alarma pública, que esa ley iba a colapsar a los jueces de policía local. No obstante, hoy se está entregando competencia para conocer de todas las infracciones, salvo el caso del manejo en estado de ebriedad, a estos jueces de policía local, no todos los cuales son letrados, lo que los obligará a conocer prácticamente 300 mil causas en el año.
Además, este traspaso de causas a estos juzgados, sin que existan jueces letrados de policía local en todas las comunas del país, agrava la situación, porque por medio de esta iniciativa no sólo se le endosan todas las infracciones sino que, de acuerdo a las distintas normas, los ebrios detenidos tienen que ser citados al juzgado, según el artículo 3º, lo que significa que se citará a alrededor de 300 mil personas; tienen que resolver cuestiones sobre programas educativos, según el artículo 7º; pueden ordenar tratamientos, según el artículo 8º, etcétera.
Queda la duda si va a ser el juez de letras, el juez del crimen o el juez de policía local, porque no se señala, quien va a establecer que la cónyuge o sus familiares tienen derecho al 50 por ciento de los alimentos en el caso de que se trate de un bebedor consuetudinario o que haya sido condenado en repetidas veces. Tampoco se señala qué juez va a resolver el caso de los ebrios habituales que quedan inhabilitados para administrar sus negocios. No se sabe si va a ser el juez del crimen, de letras civil o el de policía local.
El artículo 20 se refiere al nombramiento de un curador del paciente que esté hospitalizado en tratamiento, pero tampoco se señala qué juez va a resolver esta cuestión.
Según el artículo 27, el juez de policía local está facultado para hacer inspecciones y allanamientos, y puede requerir el auxilio de la fuerza pública. Según el artículo 37, puede autorizar el funcionamiento de ciertos negocios que se encuentren a una distancia de 200 metros de cuarteles, liceos o establecimientos educacionales. También puede intervenir en la clausura y reapertura de los locales, en el remate de especies. Tiene competencia, según los artículos 58, 59 y 69, en todo lo que se refiere a la aplicación de multas, y deberá confeccionar las listas de denuncias falladas y las multas enteradas en arcas fiscales y municipales.
Si todo esto se va a transferir a los juzgados de policía local, usando el razonamiento de la semana anterior deberíamos concluir que es imposible que esta ley se aplique antes de dos años después de su vigencia. Al respecto, convendría que la Comisión estudiara la forma de resolver este problema que, en mi opinión, se reduce a tres aspectos: determinar quién va a conocer de las infracciones, si el juez del crimen o el juez de policía local; segundo, quiénes van a conocer las cuestiones civiles que aquí se plantean y que he señalado y, tercero, cómo hacer una programación para que los jueces de policía local sean letrados en un plazo no superior a dos años. En Chile existen jueces de policía local en todas las comunas del país, pero no todos son abogados. En las comunas donde no existe un juez letrado, su papel lo realiza el alcalde; en consecuencia, tienen una competencia bastante limitada, de acuerdo con su propia ley.
Por lo tanto, estamos ante un problema real y concreto que nuevamente aparece, cual es precisar en qué consiste la justicia de policía local. ¿Es esa justicia de timbres y multas? ¿De ir a pagar determinada cantidad de dinero, en donde los denunciados o infraccionados no tienen la posibilidad de tener una audiencia con el magistrado? ¿Esa es la justicia de policía local? ¿A esa justicia vamos a traspasar programas de rehabilitación, de audiencias personales con el juez y, en definitiva, todas estas infracciones? Me parece un problema bastante complejo.
Enseguida, me referiré a lo que el Título III denomina “Manejo en estado de ebriedad”.
En general, se repiten las disposiciones actuales, pero en algunas innovaciones creo que existen errores bastante lamentables e, incluso, hay una inconstitucionalidad. Por ejemplo, el inciso cuarto del artículo 24 dice: “Habrá desempeño o conducción en estado de ebriedad cuando el informe de alcoholemia o el examen de ella arroje una dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo.”.
Esta disposición es francamente inconstitucional porque, mediante una presunción de derecho, establece la responsabilidad de la persona que tiene esa dosificación en su sangre. La Constitución Política establece lo siguiente en el Nº 3 de su artículo 19: “La ley no podrá presumir de derecho la responsabilidad penal.”.
En consecuencia, si se aplicara esta ley y el juez tuviera a la vista una alcoholemia que señalara una dosificación en la sangre igual o superior a 0,8 gramos de alcohol, no le quedaría más que condenar a esa persona.
Pero, si la disposición fuera constitucional, también sería inexacta, porque la dosificación de alcohol en la sangre, en primer lugar, no implica necesariamente que el examinado haya sido el que conducía el vehículo, porque puede ser otra persona. No puede haber una presunción de conducción si se da la alternativa de que haya sido un tercero el que condujo el vehículo o el que se aprestaba a hacerlo. En consecuencia, no puede, ni mucho menos, haber una presunción de derecho en este aspecto.
En segundo lugar, ha sido muy discutido en el campo del derecho y de la medicina que 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre determine la ebriedad. En el derecho, que puede ser mi especialidad, todos los tribunales, en la historia del delito de manejo en estado de ebriedad, han distinguido entre la dosificación de alcohol en la sangre y la ebriedad. Esta última es definida por los tribunales como una alteración mental o de la psiquis producida por la ingesta de alcohol, pero no necesariamente 0,8 ó 1 gramo por mil de alcohol en la sangre determina esa alteración psíquica o mental, porque ello también dependerá de la estatura de la persona, del peso, del sexo, de si ingirió o no comida y de una serie de variables, por lo que no necesariamente una determinada cantidad de alcohol en la sangre conduce a esta alteración mental o psíquica que produce, como consecuencia, la ebriedad. Para facilitar la labor de los jueces, deberíamos decir solamente que existirá...
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Señor Diputado , ha terminado el tiempo de su primer discurso.
El señor ELGUETA.-
... una determinada dosis de alcohol en la sangre y eso es ebriedad. Tal vez lo podríamos establecer en la ley para facilitar esa labor, pero, como dije, no es tan exacto.
Por eso, he presentado una indicación para que se considere ebria a la persona cuya alcoholemia arroja una dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo; pero no necesariamente debe significar que conduce en estado de ebriedad.
Respecto del mismo delito, se repiten dos disposiciones.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Diputado señor Elgueta , el Diputado señor Bombal solicita una interrupción.
El señor ELGUETA .-
No tengo inconveniente, siempre que sea con cargo a su tiempo. De otro modo, no podré completar mi intervención.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Señor Diputado, el tiempo del Diputado señor Bombal es eventual.
Con cargo a su tiempo, tiene la palabra el Diputado señor Bombal.
El señor BOMBAL .-
Señor Presidente , deseo aprovechar la presencia del doctor Minoletti para que precise o se extienda sobre lo que señala el Diputado señor Elgueta , esto es, sobre la ebriedad y la cantidad de alcohol en la sangre. ¿Cuál es la experiencia o el antecedente médico que existe al respecto? Sería muy valioso que aportara su opinión a la discusión de este proyecto.
He dicho.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el doctor Minoletti.
El señor MINOLETTI (Ministerio de Salud).-
Señor Presidente , el término que preocupa al señor Diputado es “ebriedad”. Su alcance dependerá de si se define desde el punto de vista legal o médico; pero lo más importante es la realidad que se observa: sobre 0,5 gramo por mil de alcoholemia en la sangre daña la habilidad del individuo para conducir un vehículo motorizado, disminuye el ángulo visual, la coordinación motora y su juicio para discernir si, por ejemplo, debe poner el pie sobre el acelerador o el freno. Una serie de condiciones mentales y fisiológicas se alteran cuando el nivel de alcoholemia alcanza 0,5 gramo o más.
En este instante, muchas legislaciones del mundo han establecido en 0,5 el nivel para penalizar a aquéllos que conducen bajo estados de intoxicación o los efectos del alcohol. Descender de 1 gramo a 0,8 me parece un paso prudencial para la realidad chilena, pues con ese nivel ya produce un franco deterioro en la habilidad para conducir. Incluso -pensando como país-, me parece acertado bajar el nivel a 0,5, como lo ha hecho la mayoría de los países.
He dicho.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente , doy las gracias al experto médico por su explicación y brevemente comentaré sus palabras.
En el fondo, él me da la razón. Soy partidario del 0,5, nivel que en su oportunidad propuso el Ejecutivo ; en cambio, no creo conveniente que se presuma de derecho que habrá desempeño o conducción en estado de ebriedad.
Como el propio doctor ha dicho, el alcohol altera los reflejos y la voluntad, pero la ebriedad es variable. Lo que es irrefutable es la dosificación de alcohol en la sangre, que es lo que determina la alcoholemia y no necesariamente la ebriedad.
Por otro lado, el artículo 23, inciso segundo, expresa: “Si la prueba resultare positiva e indicare que dicha persona se encuentra bajo la influencia del alcohol,” -se refiere a los conductores- “los funcionarios policiales podrán prohibirle la conducción por el tiempo que fuere necesario para su recuperación y, además, exigirle que se someta inmediatamente a un examen destinado a determinar su dosificación de alcohol en la sangre.”
Más adelante, el artículo 25 dispone: “Los funcionarios de Carabineros de Chile someterán inmediatamente al detenido a un examen respiratorio a fin de determinar si ha ingerido alcohol. Sólo cuando la prueba respiratoria resulte positiva, el detenido será sometido a un examen tendiente a determinar la dosificación de alcohol en la sangre o en el organismo.”
Estas disposiciones, en mi opinión, están repetidas. En consecuencia, una puede tener vigencia, pero no las dos, porque se refieren a la misma situación.
Además, el artículo 25 me merece otro comentario. Actualmente, si a Carabineros le parece que alguien conduce bajo la influencia del alcohol o ebrio, lo detiene. Después, en el parte, consignan su inestabilidad en el caminar, el hálito alcohólico y su incoherencia en el hablar, frases rituales en estos casos. Luego lo llevan a practicarle la alcoholemia. Sin embargo, -ésta es una pregunta práctica- no sé si van a existir todos los medios para estos efectos en Carabineros. Me pongo en el caso de los retenes rurales, en tenencias bastante olvidadas o lejanas, porque en el artículo 25 se señala que habrá dos fases: primero, se practicará al detenido un examen respiratorio a fin de determinar si ha ingerido alcohol. Mi pregunta es: ¿todos los Carabineros, en retenes cordilleranos, de las islas o de lugares lejanos tienen medios para hacer la prueba respiratoria, o sólo se basarán en el hálito alcohólico? Enseguida, si la prueba respiratoria resulta positiva, el detenido será sometido al examen de alcoholemia.
De acuerdo con esta disposición, si defiendo a alguien acusado de manejar en estado de ebriedad, podría perfectamente decir: “Mire, a usted no le practicaron primero la prueba respiratoria; se saltaron esa parte importante del procedimiento.” En consecuencia, al practicársele de inmediato la alcoholemia, esta prueba es nula. Creo que ésa no es la intención del legislador.
Si los funcionarios de Carabineros tienen los medios para hacer el examen respiratorio, lo harán. Si no, se remitirán a la alcoholemia, y si el detenido se negare, operará la presunción y el juez podrá establecer su responsabilidad sobre la base de esa negativa.
Quiero terminar señalando que presenté una indicación, junto con varios señores Diputados, que considero importante, pues permite entregar el producto de las multas al servicio de salud y a las municipalidades para realizar programas de rehabilitación, de educación y de prevención. Las organizaciones de la comunidad señaladas en el inciso final del artículo 15, como los clubes rehabilitadores de alcohólicos, Alcohólicos Anónimos y otras, podrán participar y ejecutar programas para cumplir con sus propósitos,...
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Señor Diputado , su tiempo ha terminado.
El señor ELGUETA.-
... a través de una especie de concurso que decidirá la autoridad.
Señor Presidente , tenía otras observaciones al proyecto, pero lamentablemente se ha terminado mi tiempo.
He dicho.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente , me sumo al reconocimiento de la importancia del debate. El problema es de salud pública y debe abordarse de modo integral, para desestimular o restringir la práctica del alcoholismo y el consumo indebido y excesivo de alcohol y, por cierto, dar a las personas que sufren la patología o enfermedad los espacios institucionales que permitan su rehabilitación y reintegración a la sociedad plenamente.
No se discute si el alcoholismo es un problema ni tampoco las cifras alarmantes que significan al país el consumo excesivo de alcohol, de cerca de dos mil millones de dólares al año, casi lo que se exporta en productos forestales o agrícolas.
Además, como señaló el Diputado señor Tohá en representación de la bancada socialista, el problema es muy antiguo; acompaña a la humanidad desde tiempos remotos. Por ende, hay un componente cultural de por medio que no se resuelve -tal como lo indica el informe- simplemente a través de medidas legislativas.
Sin embargo, quiero destacar algunos temas que me preocupan, sin pretender minimizar la importancia de legislar sobre la materia. Por cierto, los socialistas votaremos a favor del proyecto de nueva ley de alcoholes.
Pido disculpas por el desorden de mis juicios, pero tiene que ver con la estructura del texto, que deberíamos mejorar en el segundo informe.
En primer lugar, el proyecto intenta atacar el problema del expendio normando lo relativo a los permisos y a los juicios a los lugares. Según su categoría, pueden o no ser sancionados si hacen mal uso de la patente o del permiso que les da la sociedad. Sin embargo, se aborda de modo parcial, sesgado; no integral.
No se aborda el problema del expendio si no se relaciona con la tremenda industria nacional e internacional que fomenta la demanda de alcohol, vinculada a grandes transnacionales de la publicidad que estimulan su consumo.
Sin duda, parte del impacto de esta industria es a través de sus redes publicitarias, que se traducen en campañas televisivas, en las cuales siempre, por lo menos en nuestra cultura, el consumo de cerveza o pisco -bebidas nacionales- está vinculado con mujeres, porque así se promueven y se venden estos productos de demanda tan masiva en el país.
En esa lógica, me parece dañino que en un estudio de este tipo no se hable nada serio respecto de la industria y de la publicidad, sobre todo si otras legislaciones estimulan y subvencionan la producción de alcoholes, como ocurre con la de pisco en la Cuarta Región.
Incluso, se han producido problemas con los ingleses, porque nuestra legislación no sólo estimula y subvenciona la producción de pisco, sino que es discriminatoria con la de otros alcoholes.
Reitero, de publicidad no se dice nada.
Los principales equipos de ciclismo -por lo menos los que yo sigo- usan camiseta con logo de cerveza Cristal; otros se pondrán de una cerveza diferente. ¡Deporte de jóvenes!
Algo ocurre en este texto, a diferencia del debate sobre el tabaquismo. Se deja de lado una reflexión integral de la industria, de los actores e intereses involucrados y de lo que debemos hacer si nuestro objetivo es desestimular la demanda de alcohol.
Creo que en la segunda discusión necesitaremos profundizar, no con la lógica -discúlpenme por el calificativo- casi caricaturesca del artículo 13 del proyecto, que dice que las empresas que promuevan la colocación de bebidas alcohólicas en el mercado deberán participar en los programas de prevención del alcoholismo. Es decir, de una tajada de la millonada que ganan, deberán destinar unas cuantas migajas a los centros de alcohólicos anónimos de Renca, de Pudahuel, de La Pintana o de las regiones.
Si queremos abordar el tema en serio, necesitamos una visión integral para que la industria sea desestimulada en la promoción del consumo del alcohol, porque todos compartimos que es el principal problema de salud pública del país.
Las reflexiones del documento las veo bastante más represivas que una visión más integral. Por ejemplo, cuando se aborda el tema del expendio de alcohol a los niños -de acuerdo con nuestra legislación son los menores de 18 años- hay que establecer, primero, el control del carné de identidad, siempre y en toda circunstancia, no importa que vayan de la mano del abuelito. La venta de alcohol tiene que ser a mayores de edad. Deben ser sancionados quienes vendan alcohol a los menores, y no los niños que lo consumen.
La lógica del debate en la Comisión -no del texto del artículo- apunta en una dirección errónea, porque la sanción tiene que ser para quienes venden y promueven el consumo a algún enfermo, como es el alcohólico. Por lo tanto, el control en el expendio debe ser muy severo. Hay que castigar a los vendedores y no a los menores, los cuales, por la publicidad e imágenes que se transmiten, terminan consumiendo alcohol y llegan a tasas tan alarmantes como las que existen hoy en nuestra sociedad.
En relación con las sanciones, quiero plantear una duda que en forma parcial señaló el Diputado señor Elgueta , sobre cómo determinarlas para los conductores de vehículos bajo la influencia del alcohol.
Al respecto -no lo vi en el informe-, pido más respaldo científico. No quiero que ninguna persona en estado de ebriedad maneje un vehículo y creo que las sanciones para quien lo haga deben ser brutalmente drásticas. Lo único que solicito es conocer bien el nivel de consumo para ese efecto. No vi algún estudio reflejado en el informe, por lo cual pido que nos ilustren un poco más sobre el tema -quizás en otra ocasión- por cuanto creo que necesitamos datos objetivos. En todo caso, soy firme partidario de que se fortalezca una norma que sancione a los conductores de vehículos, pero sobre la base de un elemento objetivo y un procedimiento más seguro.
Reitero que voy a votar a favor del proyecto, pero hago presente que hemos dejado de lado un tema muy importante, como es el relativo a la industria. Además, soy partidario de sanciones bien centradas y no tan represivas frente a un fenómeno social muy amplio.
Quiero referirme a un tema polémico: la venta de alcohol en lugares públicos. Tengo que decir, de cara a mis colegas, que no estoy para hacer leyes que sean letra muerta. El consumo de alcohol en lugares públicos requiere de mayor precisión en su regulación que la aquí establecida, en varios sentidos. A lo largo del país -sur, centro y norte, no digo en las calles, pero sí en los campos deportivos- la gente consume bebidas alcohólicas, y la norma propuesta no refleja nuestra realidad cultural, de modo que podemos terminar aprobando una norma que mañana se borre con el codo. En el proyecto se establecen mecanismos precisamente para hacer eso.
Necesitamos una segunda reflexión sobre cómo el Estado coarta, limita y restringe los derechos de personas no enfermas, que no tienen el problema del consumo excesivo de alcohol, que lo hacen en forma moderada, que no son conductoras de vehículos y que asisten a un espectáculo -por ejemplo, al Estadio Nacional-, donde pueden tomar una cerveza, sin que por ese hecho sean alcohólicos, sufran las patologías descritas o representen un peligro para la sociedad.
En el distrito que represento, las personas asisten a espectáculos fuera de sus hogares, porque sus casas son pequeñas. Concurren a lugares públicos, por ejemplo, centros recreacionales. En esta Sala hay señores Diputados que han sido alcaldes de comunas donde esta realidad existe.
Tenemos que comprender esa realidad y aprobar una legislación que sea respetada, no algo que suene bonito y después sea impracticable, porque con ello nos transformaríamos en cómplices de prácticas ilegales.
En cuanto a los horarios, el proyecto establece restricciones como una forma de limitar el consumo de alcohol, a fin de desestimularlo, incluso su oferta. Sin embargo, no controla lo principal: la demanda.
Me gustaría que en nuestro país no existiera el fenómeno social del alcoholismo, o que no lo afectara en la forma brutal en que lo hace, lo cual significa un costo de 2 mil millones de dólares anuales. No creo que por cerrar una botillería a las once o doce de la noche, o porque un restorán esté obligado a cerrar a las tres o cuatro de la madrugada, de por sí y ante sí se resuelva el problema del consumo excesivo de alcohol.
En general, soy absolutamente contrario, no a las restricciones que se impongan a los locales con patente de venta de bebidas alcohólicas, sino a las que limiten la libertad de las personas. Quizás no me gusta que algunas personas consuman alcohol a las cuatro o cinco de la madrugada -no lo hago y no lo recomendaré-, pero el Estado no tiene derecho a imponer a las personas nuestras prácticas. Al respecto, hay un problema de libertades individuales.
-Aplausos.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
La solución no está en aprobar normas restrictivas -como es la restricción horaria- sólo para tratar de abordar un tema que nos preocupa.
Mi preocupación no está en defender los intereses de las personas que tienen botillerías, restoranes, “pubs” u otros, sino en defender la libertad de las personas que piensan como yo o en forma distinta. Las personas tienen derecho a ejercer su libertad hasta el punto en que no infrinjan los derechos de los demás. En ese sentido, me parece que la restricción horaria no resuelve el problema del consumo excesivo de alcohol.
Doy fe de que en mi distrito -el Diputado señor Chadwick , que preside la sesión y es parlamentario por el mismo, lo sabe- fijar horarios, como lo establece el proyecto, sólo nos llevará al clandestinaje, a la ilegalidad y no ayudará a resolver el problema.
Por último, si queremos desincentivar el consumo indebido de alcohol -es la voluntad de todos- debemos reflexionar más a fondo sobre cuáles serían las normas para controlar la demanda; tal vez, por la vía del precio, de los impuestos o de una reflexión más integral del ILA, que se está debatiendo en nuestro país y en la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara. Se estudia cómo reevaluar las tasas de impuestos que se aplican a las bebidas alcohólicas con mayor grado alcohólico respecto de las que tienen menor grado. Soy partidario de que en la nueva normativa desestimulemos el consumo de los alcoholes fuertes, como el whisky y el pisco, dando mayor flexibilidad a las bebidas alcohólicas con menor graduación. Eso ya se ha hecho en países más avanzados para tratar de restringir el alcoholismo, y no hacerlo mediante restricciones horarias, las que, honestamente, creo que no resuelven el problema.
He dicho.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Wörner.
La señora WÖRNER.-
Señor Presidente , no ahondaré sobre la importancia del proyecto ni respecto del arduo trabajo que los integrantes de la Comisión de Salud -con la asesoría permanente de los Ministerios de Justicia y de Salud- llevaron adelante para entregarnos el informe que hoy debatimos en la Sala. Con todo lo señalado, el tema está suficientemente agotado.
Sin embargo, quiero hacer una reflexión. Tanto en el alcoholismo como en el tabaquismo, en la drogadicción, en la seguridad ciudadana y en las detenciones por sospecha -materia que debatiremos próximamente-, si no hay un cambio de actitud, un compromiso colectivo, políticas de Estado que involucren a todos los sectores, no sacaremos nada con legislar.
En cuanto al tema del alcoholismo, deseamos tener la certeza de que el Gobierno destinará los recursos necesarios para la eficiencia y eficacia de los programas de prevención y rehabilitación. Si verdaderamente destinamos recursos para la prevención, cada vez serán menos los fondos que deberemos asignar para la rehabilitación, cuyo costo es más elevado.
Por ello, espero que en la discusión de la Ley de Presupuestos los organismos encargados de la materia nos presenten los ítemes correspondientes suficientemente financiados, para que lo que hoy estamos decidiendo como programas preventivos y rehabilitadores sean efectivamente implementados.
Me parece bien la disposición que rebaja la gradualidad de alcohol en la sangre para determinar el estado de ebriedad de 1 gramo por mil a 0,8 por mil. Sin embargo, creo que debiéramos hacer una distinción entre la infracción, los requisitos que deben darse para que ésta proceda, y la sanción, cuando estamos frente a un particular que conduce su vehículo motorizado y el que hace de la conducción su profesión habitual; es decir, el chofer profesional, que debe velar no sólo por su vida e integridad física, sino, además, por pertenecer al transporte público, debe proteger la vida de los pasajeros que transporta. En ese caso, debe haber una sanción mayor y más drástica aún para el chofer del transporte público cuando se comprueba que conduce bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, porque no es posible estimar que nos encontramos frente a la misma situación del conductor particular.
Quiero ir más allá todavía. En mi opinión, cuando un chofer profesional de la locomoción colectiva o de taxi es sorprendido trabajando en estado de ebriedad, es autor de lesiones y se ve involucrado en un accidente de tránsito, que en muchos casos cuestan vidas humanas, la penalidad y condena debiera ser, en un momento determinado, no indultable, porque es tanta la responsabilidad que la sanción debe ser drástica.
Por otra parte, creo que en el proyecto falta determinar los apercibimientos a que debe someterse una persona, por cuanto los artículos 7º y 8º señalan que la persona que es condenada y reincidente, ya sea por conducir bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, debe ser sometida a tratamiento de rehabilitación, lo que en el proyecto se plantea como una cuestión voluntaria. ¿Qué ocurre si no cumple con este requerimiento, simplemente porque lo rechaza o porque, tal como lo señala el inciso segundo del artículo 8º, el sistema de salud al cual está afiliado no cuenta con estos programas? Al respecto hay que tener presente que cuando se determina que el alcoholismo es una enfermedad preexistente, el afectado queda excluido de las prestaciones de la institución de salud.
Por otra parte, el inciso final del artículo 24 establece que las penas accesorias no podrán ser suspendidas -es la norma general-, pero que si se trata del retiro definitivo del permiso para conducir vehículos, el juez podrá, transcurrido el tiempo de prescripción de la pena principal, alzar la prohibición. A mi juicio, aquí debe hacerse una distinción: si se trata de un conductor que maneja su vehículo particular o de aquél que lo hace en forma profesional.
También me parece necesario reestudiar lo que establece el artículo 36, que determina que en cada comuna las patentes indicadas en las letras A, E y F del artículo 28 se otorgarán en una proporción de un establecimiento por cada mil habitantes. Eso es excesivo. Basta recordar que en sectores densamente poblados, en un edificio viven doscientas o trescientas personas; lo mismo ocurre en una determinada manzana. Ello podría significar una proliferación peligrosa del número de estos negocios que son, precisamente, donde se originan las situaciones más dudosas respecto del cumplimiento de la ley.
En mi opinión, deben ser obligatorios los programas de rehabilitación en las cárceles y centros de menores, que no aparecen en el proyecto, y estar supervisados por el Ministerio de Salud. Hay que destinar los recursos necesarios para que la población penal, intra o extramuros, se someta a programas preventivos y de rehabilitación.
Como ya lo dije, debe elevarse el monto de las multas y sanciones, cuando sean los conductores del transporte público los que infrinjan esta normativa.
También hay que establecer prohibiciones de publicidad en lugares muy cercanos a establecimientos escolares, donde muchas veces vemos propaganda llamativa, lo que puede inducir a los estudiantes al consumo de alcohol. Así como se establece que su expendio no puede hacerse en sectores cercanos a los establecimientos escolares, también debería limitarse el tipo de publicidad y prohibirse en zonas cercanas a instituciones educacionales.
Considero necesario también, por razones muy comprensibles, que se introduzca un artículo que modifique la Ley de Tránsito para establecer la obligación de portar en el botiquín de primeros auxilios de cada vehículo, material desechable, que es de muy bajo costo, para los efectos de realizarse los exámenes de alcoholemia. Cierta resistencia de los conductores de someterse a estos exámenes ha sido porque los elementos y utensilios médicos que se usan no les garantizan el no contraer infecciones, principalmente por temor al Sida. De esa manera, no habría excusa para someterse al examen correspondiente.
También estimo que debe eliminarse en el artículo 27 aquella posibilidad de detener a la persona que en un momento determinado no exhiba su cédula de identidad o se niegue a exhibirla cuando se están haciendo los controles pertinentes para determinar si se cumple la ley. Ese hecho es atentatorio contra la libertad y garantías individuales. Lo que persigue es evitar que se obstruyan las fiscalizaciones y controles que la policía, inspectores y, en su oportunidad, los integrantes del Departamento de la Defensa de la Ley de Alcoholes deban hacer. Pero detener a una persona por no portar su cédula o por negarse a exhibirla, me parece un abuso.
En relación con una materia bastante controvertida, la restricción de los horarios, considero que estamos en el filo de una norma atentatoria contra las libertades individuales. Por una parte queremos impedir que se amplíe el horario durante el cual se expenden bebidas alcohólicas y, por lo tanto, restringir el acceso, principalmente de menores, a adquirir alcohol; pero, por otra, con ello permitimos que se generen condiciones para una explosión del clandestinaje. En este aspecto debemos ser extraordinariamente acuciosos, y analizar si el remedio no será peor que la enfermedad.
Con esta norma podemos estar frente a una situación parecida a la que pretendemos con el control de la explosión de la pornografía. Quienes tienen dinero pueden comprar todo lo relacionado con el tema que existe en los centros de venta y quioscos públicos e incinerarlo, pero no evitarán su existencia. Se impedirá en la medida en que generemos condiciones de recreación para los jóvenes, de igualdad de oportunidades, de educación, de fomento de valores al interior de la familia, de mensajes educativos y formativos; de lo contrario, la ociosidad, la desesperanza, la discriminación, la falta de oportunidades que generan el alcoholismo, la prostitución, la drogadicción, el tabaquismo y, en general, todas estas prácticas perniciosas, en definitiva, nos llevarán a un círculo vicioso y a una espiral que, a veces, pretendemos prevenir con decisiones políticas muy erradas.
Por lo tanto, hay que revisar esta materia. Ninguno de los dos extremos es bueno. No debemos pensar que sólo con el cierre de aquellos locales que pagan patente, que venden legalmente y que deben ser objetivo de mayor fiscalización para que den estricto cumplimiento a la ley, vamos a generar una disminución de esta lacra social que hoy nos preocupa.
No soy partidaria del artículo 31, que autoriza el expendio de bebidas alcohólicas en villorrios y aldeas -lugares más bien rurales- donde no exista un retén de Carabineros. Hoy está prohibido y no creo que constituya una sana práctica permitirlo, por el solo hecho de disponer que el establecimiento tendrá que estar en la calle principal o en un lugar cercano a la carretera donde se hace fácil la fiscalización.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Señora Diputada , ha terminado el tiempo de su primer discurso.
La señora WÖRNER.-
En seguida termino, señor Presidente .
Si no tenemos suficientes medios para controlar los centros urbanos, donde existe presencia policial, como consecuencia de la fiscalización del tránsito, de la prevención de la delincuencia y del cumplimiento de la Ley de Alcoholes, con menos razón podemos pensar que llegaremos con los controles hasta estos lugares donde no hemos sido capaces de instalar un retén de Carabineros.
Me hago cargo -y en aras del tiempo no voy a redundar en ello- de lo que hoy significa trasladar la competencia en esta materia a los juzgados de policía local. Es un tema que hemos debatido y sobre el cual se han hecho grandes reflexiones, también de mea culpa en la Comisión de Constitución. Pero es necesario que el Ejecutivo envíe un proyecto de ley que cree estos juzgados en todas las comunas del país, y que cada municipio tenga la posibilidad de destinar recursos y adecuar sus plantas para instalarlos, con atención semanal durante todos los días hábiles, con jueces letrados y los funcionarios correspondientes.
Mientras no se resuelva la creación de los juzgados vecinales, estos son los tribunales que podrían tener competencia para conocer cuestiones de mínima cuantía, faltas, problemas de vecindad, y también podrían ser eficientes y eficaces en esta materia. Pero trasladar esta competencia en un plazo tan breve -un año desde el momento de su promulgación-, me parece una cuestión que atentaría contra el propósito que perseguimos y generaría, ciertamente, una avalancha de traspaso de competencia que sabemos, de partida, estos tribunales no están en condiciones de asumir.
Estoy de acuerdo en el principio. Me parece bien la intención de la comisión, pero me gustaría escuchar, en su oportunidad, al Ejecutivo sobre el requerimiento hecho en la Comisión de Constitución para crear estos juzgados en todas las comunas del país.
Por último, debiera incluirse un artículo transitorio que disponga la dictación del reglamento para aplicar eficientemente esta ley.
Por lo tanto, en representación de la bancada -ya lo anticipó el Diputado señor Salvador Urrutia -, aplaudo el trabajo realizado. Este proyecto y las opiniones formuladas constituyen un avance muy importante. De esta manera respondemos al compromiso contraído en la Convención Internacional del Niño, que asumió la Comisión Nacional de la Infancia, de generar programas especiales de educación y de prevención en materia de alcoholismo, de tabaquismo y de drogadicción; en lo último, estamos en deuda.
Gustosos daremos nuestro apoyo para su aprobación en general, pero debemos perfeccionarlo para que llegue a ser una normativa que nos ayude a terminar con este problema de salud pública que hoy preocupa a toda la sociedad chilena, el alcoholismo, que origina otras adicciones más difíciles de erradicar y que es, en buena medida, causante de los problemas de seguridad ciudadana que hoy inquietan al país.
He dicho.
El señor CHADWICK (Vicepresidente).-
Señores Diputados, el debate sobre el proyecto que modifica la Ley de Alcoholes continuará en la sesión de mañana, respetándose el orden de inscripción en el uso de la palabra. Están, en primer lugar, el Diputado señor Bayo, y a continuación el Diputado señor Melero y la Diputada señora Aylwin.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó a las 14.32 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1. Segundo informe de la Comisión de Familia acerca del proyecto de ley que regula el derecho de visita a los hijos sometidos a tuición de uno de los padres. (boletín Nº 1551-18-2)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Familia pasa a emitir su segundo informe acerca del proyecto de ley de la referencia, originado en una moción de los Diputados señores Paya y Silva , patrocinado, además, por las Diputadas señora Pollarolo y señorita Saa , y por el Diputado señor Valcarce .
Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la asistencia y la colaboración de la Diputada señora Martita Wörner T. y del Diputado señor Rubén Gajardo Ch .
Concurrieron, asimismo, especialmente invitadas por la Comisión, las señoras Consuelo Gazmuri R., Jefa de la División Judicial del Ministerio de Justicia, y Amira Esquivel U., asesora de dicha Secretaría de Estado.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento de la Corporación, este informe recae sobre el proyecto aprobado en general por la H. Cámara en su sesión 59ª ordinaria, de fecha 2 de abril del año en curso, con todas las indicaciones presentadas y admitidas a tramitación en la Sala, que constan en la respectiva “hoja de tramitación” elaborada por la Secretaría de la Corporación, y sobre las indicaciones que se presentaron en el curso de la discusión particular en la Comisión.
Conforme lo establecido en el artículo 288 del Reglamento, el segundo informe reglamentario debe hacer mención expresa de las siguientes materias:
1. De los artículos que no fueron objeto de indicaciones durante la discusión del primer informe en la Sala ni de modificaciones o indicaciones en el segundo informe.
En esta situación se encuentran los números 3 y 4 del artículo 2º del texto del proyecto propuesto en la parte final de este informe.
2. De los artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
Los números 1 y 2 del artículo 2º del texto del proyecto aprobado por la Comisión tienen el carácter de normas de ley orgánica constitucional, debido a que inciden en materias relativas a las atribuciones de los Tribunales de Justicia.
No hay en el proyecto normas de quórum calificado.
3. De los artículos suprimidos.
No hay.
4. De los artículos modificados.
En este segundo trámite reglamentario, se han modificado los siguientes artículos o disposiciones del proyecto:
Artículo 1º.
Reemplaza el actual artículo 227 del Código Civil, que establece el derecho que tiene todo padre o madre de cuyo cuidado personal se sacaren los hijos para visitarlos con la frecuencia y libertad que el juez juzgare convenientes. El objeto del reemplazo es adecuar su contenido a lo preceptuado en la Convención de los Derechos del Niño, esto es, redefinir el tipo de relación que debe existir entre progenitores e hijos (en caso de vivir separados), precisando que “tienen el derecho y el deber de mantener relación directa y personal, de modo regular”, aunque la separación sea producto de sentencia judicial que prive al padre o madre del cuidado personal del hijo (inciso primero). También se precisa que este derecho sólo podrá suspenderse por el juez, cuando su ejercicio suponga peligro para la integridad física, psíquica o moral del hijo (inciso segundo).
Las Diputadas señoras Aylwin , Cristi , Wörner y señorita Saa , y los Diputados señores Elgueta , Gajardo y Silva , formularon una indicación que sustituye el inciso primero del artículo 227 del Código Civil, propuesto por la Comisión en el primer informe, por los siguientes nuevos incisos primero y segundo, pasando el inciso segundo, también propuesto por la Comisión en el primer informe, a ser tercero.
“El hijo que está separado de uno o de ambos padres tendrá derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres, de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.
El padre o la madre que por cualquier circunstancia vivan separados tienen el derecho y el deber de mantener relación directa y personal, de modo regular, con el hijo, aunque la separación sea producto de sentencia judicial que prive a los dichos padre o madre del cuidado personal del hijo.”
La modificación propuesta, según sus autores, permitirá explicitar de mejor forma, en el Código Civil, lo que se desea que constituya en el futuro el hasta ahora denominado “derecho de visita”, separando, en dos incisos, los conceptos plasmados en el inciso primero que propuso anteriormente la Comisión. Así, en el nuevo inciso primero, de esta indicación, se establece sólo el derecho del hijo, con expresa mención de que el mismo no puede ser contrario al interés superior del niño (igual que en la Convención de los Derechos del Niño) y, en el segundo, se establece el derecho y el deber de los padres. Esta nueva redacción salva las objeciones planteadas en la Sala, durante la discusión en general del proyecto, en el sentido de que no se podría imponer una obligación a quienes no son jurídicamente capaces.
-Puesta en votación la indicación precedente, fue aprobada por unanimidad, sin enmiendas.
Artículo 2º.
Introduce diversas modificaciones en la ley Nº 16.618, sobre Menores:
Nº 1.
Modifica el artículo 26, que enumera los diferentes asuntos confiados a la competencia de los jueces de letras de menores, con el fin intercalar un nuevo número 2, que otorga a éstos, en caso de desacuerdo entre los padres, la resolución sobre la forma en que ha de ejercerse el derecho a que se refiere el artículo 227 del Código Civil o disponer su suspensión (inciso primero); dispone, además, que dicha resolución será dictada a petición del interesado, de plano y con el solo mérito de los antecedentes que éste exponga, y que deberá ser notificada personalmente o por cédula (inciso segundo); que la oposición del otro padre se estimará como demanda y se tramitará en forma incidental (inciso tercero); que, si por responsabilidad del progenitor a cuyo cuidado esté el hijo, se frustra o entorpece el ejercicio de este derecho ya concedido al otro, por el solo ministerio de la ley se entenderá autorizado éste para recuperar el tiempo perdido, en la forma que señala (inciso cuarto); y que será motivo suficiente para restringir o limitar el ejercicio del derecho en cuestión al padre o madre que, injustificadamente, dejare de cumplir con los horarios acordados (inciso quinto).
Las Diputadas señoras Aylwin y Pollarolo , y señorita Saa , y los Diputados señores Paya y Silva , formularon una indicación que sustituye el inciso segundo del número 2, nuevo, del artículo 26, por el siguiente:
“El juez resolverá a petición del interesado, de plano y con el solo mérito de los antecedentes que éste le exponga. La resolución que acoja la solicitud se notificará personalmente o por cédula al padre a cuyo cuidado esté el menor y no podrá cumplirse antes que venza el respectivo término de citación que ella concederá.”
Explicaron sus autores que, en virtud de esta norma, si efectivamente existe alguna razón que amerite negar el ejercicio del derecho en comento al padre que carece de la tuición, el otro progenitor tendrá tres días, una vez notificado, para hacer valer sus argumentos. Con ello, se evita que se dilate injustificadamente la resolución sobre la solicitud presentada.
Los Diputados señores Elgueta y Makluf formularon una indicación para intercalar, en el inciso cuarto del Nº 2, nuevo, del artículo 26, propuesto por la Comisión en el primer informe, entre la palabra “progenitor” y la preposición “a” que le sigue, la frase “o a un tercero” y para reemplazar el vocablo “hijo” por “menor”,
La justificación de la indicación se funda en que el derecho consagrado en el proyecto puede ser ejercido no sólo por el padre que carece de la tuición, sino también, por terceras personas (ascendientes u otros).
-Puestas en votación ambas indicaciones, fueron aprobadas en forma unánime, sin modificaciones.
Nº 2.
Reemplaza el actual artículo 48, relativo al otorgamiento de la tuición de un menor a alguno de sus padres o a un tercero y el consecuente derecho de visitar al hijo que nace para el que carece de ella, como, asimismo, a la facultad del juez de hacer extensivo este derecho de visita a los ascendientes o hermanos legítimos del menor.
Las enmiendas a esta norma, aprobadas por la Comisión de Familia en su primer informe, dicen relación con: a) adecuar, en su inciso primero, el concepto del derecho “de visita” a lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño, esto es, el derecho a mantener relación directa y personal, de modo regular, entre padres e hijos que vivan separados; b) agregar un nuevo inciso segundo, que ordena al juez prohibir la relación si estima que pone en peligro la integridad física, psíquica o moral del menor, y c) modificar su inciso segundo, para extender la titularidad del derecho a la relación a los ascendientes y hermanos del menor, sin límite.
Los Diputados señores Cornejo , Dupré y Martínez, don Gutenberg , formularon una indicación para agregar al inciso segundo del nuevo artículo 48, a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto (.) seguido, la oración: “En todo caso, ésta deberá notificarse al establecimiento educacional y/o empresa en la cual el menor estudie o trabaje.”
La norma contenida en esta indicación tiene por objeto que se dé a conocer formalmente al establecimiento educacional o empresa en que el menor estudie o trabaje la prohibición que pesa sobre el progenitor que carece de la tuición para visitar al hijo, por haber estimado el juez que esa relación pone en peligro la integridad física, psíquica o moral del menor.
-Puesta en votación esta indicación, fue aprobada por unanimidad, en iguales términos.
5. De los artículos nuevos introducidos.
En consideración a la modificación que el proyecto propone al artículo 26 de la ley sobre menores, la Comisión acordó introducir el siguiente artículo transitorio:
“Artículo transitorio. Todas las remisiones legales o reglamentarias, vigentes a la fecha de publicación de esta ley, efectuadas al número 2 y/o siguientes del artículo 26 de la ley Nº 16.618, sobre menores, deberán entenderse hechas al número o números inmediatamente mayores del mismo artículo.”
-Puesta en votación esta indicación, fue aprobada por unanimidad.
6. De los artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
No hay.
7. De las indicaciones rechazadas por la Comisión.
La Comisión rechazó las siguientes indicaciones:
1. Del Diputado señor Viera-Gallo , para sustituir el inciso primero del artículo 227 del Código Civil, reemplazado por el artículo 1º de este proyecto, por el siguiente:
“Artículo 227.- El padre o madre de cuyo cuidado personal se sacaren los hijos tienen el derecho y el deber de mantener una relación personal y contactos directos con ellos, y visitarlos con la frecuencia y libertad que el juez juzgare convenientes.” (Por unanimidad).
2. De los Diputados señores Moreira, Paya y Orpis, para agregar el siguiente artículo segundo, nuevo, pasando el actual segundo a ser tercero:
“Artículo 2º.- Agrégase un numeral 8º al artículo 42 de la ley Nº 18.618, del siguiente tenor:
“8º.- Cuando mediante cualquier tipo de acto menoscabe grave e injustificadamente el concepto que el menor tenga de su otro progenitor.”.” (Por unanimidad).
3. De la Diputada señora Wörner y del Diputado señor Viera-Gallo , para reemplazar el inciso segundo del Nº 2, nuevo, del artículo 26, por el siguiente:
“El juez podrá decretar, de conformidad al artículo 40 de esta ley, visitas provisorias, previa certificación del Secretario del Tribunal de carecer el peticionario de anotaciones en el Registro que el Servicio de Registro Civil e Identificación mantiene, de conformidad a la Ley de Violencia Intrafamiliar.”. (Por unanimidad).
4. De la Diputada señora Cristi, para reemplazar el inciso segundo del Nº 2, nuevo, del artículo 26, por el siguiente:
“El juez, a petición del interesado y previa audiencia del otro padre, resolverá provisoriamente de plano y con el solo mérito de los antecedentes expuestos por ambos.” (Por unanimidad).
5. De la Diputada señora Wörner y del Diputado señor Viera-Gallo , para reemplazar, en el inciso cuarto del Nº 2, nuevo, del artículo 26, la frase que va desde la coma (,) que sigue a la palabra “ejecutoria” hasta el punto final, por la oración: “se reconocerá el derecho a éste para recuperar el tiempo perdido, materia que regulará el Tribunal a petición de parte”. (Por unanimidad).
8. Indicaciones declaradas inadmisibles.
No hay.
-o-
En mérito de las consideraciones expuestas y de las que en su oportunidad os dará a conocer el señor Diputado Informante , esta Comisión os recomienda aprobar el proyecto, al cual, además, en virtud del artículo 15 del Reglamento de la H. Corporación, se le han introducido algunas modificaciones de forma, que no se detallan y que se incluyen en el siguiente texto:
“PROYECTO DE LEY.
Modifica el Código Civil y la ley Nº 16.618, con objeto de regular el derecho a mantener una relación directa y personal entre padres e hijos que vivan separados.
Artículo 1º.- Reemplázase el artículo 227 del Código Civil por el siguiente:
“Artículo 227. El hijo que está separado de uno o de ambos padres tendrá derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres, de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño.
El padre o la madre que por cualquier circunstancia vivan separados tienen el derecho y el deber de mantener relación directa y personal, de modo regular, con el hijo, aunque la separación sea producto de sentencia judicial que prive a los dichos padre o madre del cuidado personal del hijo.
Este derecho sólo podrá suspenderse por resolución judicial fundada, cuando su ejercicio suponga peligro para la integridad física, psíquica o moral del hijo.”
Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 16.618, sobre menores:
1. Intercálase el siguiente número 2, nuevo, en el artículo 26, pasando los actuales números 2 y siguientes a ser 3 y siguientes, respectivamente:
“2) Resolver, en caso de desacuerdo entre los padres, sobre la forma en que ha de ejercerse el derecho a que se refiere el artículo 227 del Código Civil, o disponer su suspensión, según corresponda.
El juez resolverá a petición del interesado, de plano y con el solo mérito de los antecedentes que éste le exponga. La resolución que acoja la solicitud se notificará personalmente o por cédula al padre a cuyo cuidado esté el menor y no podrá cumplirse antes que venza el respectivo término de citación que ella concederá.
La oposición del otro padre se estimará como demanda y se tramitará en forma incidental.
Si, por razones imputables al progenitor o a un tercero a cuyo cuidado se encuentre el menor, se frustra, retarda o entorpece de cualquier forma el ejercicio del derecho referido ya concedido al otro por resolución que cause ejecutoria, por el solo ministerio de la ley se entenderá autorizado éste para recuperar el tiempo perdido, en la misma ocasión, si fuere posible y no ocasionare perjuicios al menor; o en la próxima visita; o para acumular dicho tiempo al período mayor de permanencia siguiente que corresponda.
Asimismo, será motivo suficiente para restringir o limitar, a petición de parte, el ejercicio del derecho en cuestión al padre o madre que, injustificadamente, dejare de cumplir con los horarios acordados entre los padres o asignados mediante la resolución judicial.”
2. Reemplázase el artículo 48 por el siguiente:
“Artículo 48. Cada vez que se confiare el cuidado de un menor a alguno de sus padres o a un tercero, deberá establecerse en la resolución respectiva la obligación de admitir que el menor mantenga relación directa y personal, de modo regular, con el padre o madre a quien se haya privado de dicho cuidado. La resolución determinará la forma en que se ejercerá este derecho.
Con todo, el juez prohibirá esta relación si estima que pone en peligro la integridad física, psíquica o moral del menor, caso en el cual deberá fundar su resolución. En todo caso, ésta deberá notificarse al establecimiento educacional y/o empresa en la cual el menor estudie o trabaje.
Asimismo, podrá el juez, de oficio o a petición de parte, disponer en la resolución que el derecho establecido en el inciso primero sea ejercido, en la forma y condiciones que determine, por los ascendientes o hermanos del menor, debiendo éstos ser individualizados.”
3. Sustitúyese el inciso quinto del artículo 49 por el siguiente:
“Decretado el derecho a que se refiere el artículo 227 del Código Civil, se requerirá también la autorización del padre o madre a cuyo favor se estableció.”
4. Sustitúyese, en el inciso tercero del artículo 66, la expresión “de visitas” por “establecido de acuerdo con lo dispuesto en el Nº 2 del artículo 26”.
Artículo transitorio. Todas las remisiones legales o reglamentarias, vigentes a la fecha de publicación de esta ley, efectuadas al número 2 y/o siguientes del artículo 26 de la ley Nº 16.618, sobre menores, deberán entenderse hechas al número o números inmediatamente mayores del mismo artículo.”.
SALA DE LA COMISIÓN, a 9 de mayo de 1996.
Acordado en sesiones de fechas 17 de abril y 8 de mayo de 1996, con la asistencia de las Diputadas señoras Aylwin, doña Mariana ( Presidenta ); Cristi , doña María Angélica ; Pollarolo , doña Fanny , y señorita Saa , doña María Antonieta ; y de los Diputados señores Paya, don Darío , y Silva, don Exequiel .
Se designó Diputado Informante al señor SILVA , DON EXEQUIEL .
(Fdo.): ANDRÉS LASO CRICHTON, Secretario de la Comisión .”
2. Informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, sobre el proyecto que modifica la ley Nº 6.371, que protege el emblema de la Cruz Roja. (boletín Nº 1474-17).
“Honorable Cámara:
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía pasa a informar, en primer trámite reglamentario, el proyecto de ley, originado en moción del H. Diputado , don Sergio Ojeda Uribe , que tiene por objeto modificar la ley Nº 6.371, que protege el emblema de la Cruz Roja.
Durante la discusión de esta iniciativa legal, asistieron al seno de esta Comisión, la señora Zoi Katevas de Sclabos , Presidenta de la Cruz Roja Chilena ; el señor Jean-Luc Blondel , Delegado para el Cono Sur del Comité Internacional de la Cruz Roja, y el señor Hernán Salinas , Secretario de la Comisión Nacional de Derecho Humanitario , del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Con el objeto de conocer las opiniones de los organismos estatales vinculados al tema, la Comisión solicitó y obtuvo que los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional y de Salud se pronunciaran sobre este proyecto. Tres oficios le fueron remitidos sobre la materia.
ANTECEDENTES GENERALES
LA CRUZ ROJA INTERNACIONAL:
El origen de la Cruz Roja debe relacionarse necesariamente con la publicación del célebre libro “Recuerdo de Solferino”, pues en esa obra Jean Henri Dunant , hombre de negocios, publicista y filántropo suizo, describe las dramáticas escenas que conmovieron su espíritu, luego de haber presenciado la batalla de Solferino, ocurrida el 24 de junio de 1856, y la falta de asistencia de los enfermos y heridos en combate. En esa obra se propugna la creación de una sociedad internacional de socorro, que se cristaliza en una reunión en Ginebra, el 17 de febrero de 1863, en la que se funda un Comité Internacional y Permanente de Socorro a los Heridos Militares. Este fue el precursor del Comité Internacional de la Cruz Roja, que se forma en una Conferencia celebrada los días 26 y 27 de octubre de 1863, e inspira el Convenio de Ginebra firmado el 22 de agosto de 1864 por 12 naciones y al que se suman, posteriormente, casi todos los países del mundo.
En este Convenio se sentaron las bases de lo que sería la Cruz Roja Internacional. Las deliberaciones para su redacción tenían el propósito de organizar un servicio sanitario internacional, que se denominó inicialmente Cruz Roja Militar Internacional. Su nota característica es la declaración de neutralidad de los servicios sanitarios de los ejércitos, que pasan a considerarse inmunes, que no pueden ser objeto de hostilidades ni de captura. El personal sanitario, de igual manera, no puede ser hostilizado ni hecho prisionero.
El objetivo básico fundamental de la Cruz Roja Internacional es socorrer y prestar auxilio a las personas, tanto en tiempo de paz como de guerra, aliviando el sufrimiento, protegiendo la vida, la salud y haciendo respetar a la persona humana en su integridad y dignidad. Con el fin de conservar la confianza de todos, se abstiene de tomar parte en las hostilidades y, en todo tiempo, en las controversias de orden político, racial, religioso o filosófico.
Los principios fundamentales por los que se rige son los de humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, carácter voluntario, unidad y universalidad.
En 1928, al reformarse sus estatutos, pasó a denominarse “Cruz Roja Internacional”, transformándose en una colectividad organizada, dotada de sus propios estatutos, siendo sus organismos principales las Sociedades Nacionales, el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Liga de Sociedades de Cruz Roja y de la Media Luna Roja, y la Conferencia Internacional de la Cruz Roja, que es su cuerpo deliberante, en cuyo receso es reemplazada por la Comisión Permanente de la Conferencia Internacional de la Cruz Roja.
La Cruz Roja Internacional, con el fin de lograr la universalidad, desde sus inicios adoptó un sistema de organización federalista e independiente, a través de la formación de Sociedades Nacionales de la Cruz Roja, con libertad para gobernarse y cuyas actividades son, ante todo, de carácter nacional. Por tal razón se dice que la base territorial de la Cruz Roja Internacional está constituida por las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja, que se han ido fundando a partir de 1863.
La salvaguardia de los Convenios Internacionales y el examen y denuncia de infracciones, es tarea esencial del Comité Internacional de la Cruz Roja en tiempo de guerra.
Los cuatro convenios de Ginebra de 1949 consagran, en tiempo de guerra, el respeto de la persona humana por el enemigo. Según ellos, serán respetadas y protegidas las personas que se encuentren fuera de la lucha, tales como los que se desempeñan en la atención sanitaria, los heridos o enfermos ((Convenio I), los náufragos (Convenio II), los prisioneros de guerra (Convenio III), así como los civiles que no participan en las hostilidades (Convenio IV)).
El objetivo inicial de la Cruz Roja, de socorro de los heridos, se ha ido ampliando continuamente a otros fines, tales como realizar actividades capaces de crear las condiciones indispensables para el mantenimiento de la paz; hacer cuanto esté en su poder para disminuir los sufrimientos resultantes de catástrofes, inundaciones, terremotos, plagas o epidemias.
En la actualidad ha intervenido eficazmente en los conflictos entre israelíes y árabes, en casos de secuestros de diplomáticos y otras personalidades, secuestro de aviones y pasajeros, ayuda a detenidos políticos y a víctimas de masacres.
Por estas y otras razones, en 1944, se concedió a la Cruz Roja el Premio Nobel de la Paz.
LA CRUZ ROJA CHILENA
Los orígenes de la Cruz Roja Chilena son casi coetáneos con los de la Cruz Roja Internacional. Se remontan a diciembre del año 1863, cuando se reúnen algunos miembros del Centro Internacional de Obreros y fundan el “Cuerpo de Asistencia Social”, adoptando los postulados de la Cruz Roja Internacional. Comienzan creando un cuerpo de ambulancias.
Al producirse la Primera Guerra Mundial , el Comité Internacional de la Cruz Roja, formuló un angustioso llamado para que en todos los países se formaran Sociedades Nacionales de la Cruz Roja, el que da lugar a que en Chile se fundara el 13 de octubre de 1914 la Cruz Roja de las Mujeres de Chile, que formó filiales a través de todo el territorio nacional. En la actualidad se estima que entre Arica y Puerto Williams existen cerca de 200 entidades.
Para cohesionar y uniformar la existencia de esas entidades, se comenzó por dictar el 14 de junio de 1920 el Decreto Constitutivo de la Cruz Roja Chilena, cuyo Presidente fue el vicealmirante (R) don Jorge Montt . En 1921 se dictó un nuevo decreto que cambia el nombre de “Comité Cruz Roja” por el de “Comité Central de la Cruz Roja Chilena”, que desde esa época rige los destinos de la institución.
El 17 de abril de 1923 se dicta la ley Nº 3.924, constitutiva de la Cruz Roja.
Esta noble institución, desde su fundación hasta nuestros días ha trabajado sin descanso, llegando con su auxilio y su ayuda, donde hay sufrimiento físico y espiritual o una necesidad que satisfacer; acoge al enfermo o al herido en sus policlínicas; aborda el problema del niño desnutrido y víctima de enfermedades; participa en campañas de vacunación; establece comedores; va en auxilio del anciano, y tiene más de un centenar de clubes en el país, donde se promueve la ayuda, la distracción, y la solución de los múltiples problemas que les afectan.
La Cruz Roja mantiene un stock de socorros importantes para acudir, en caso de catástrofes o emergencias, en auxilio de la población. Cuando estos desastres sobrepasan los límites habituales, como ha ocurrido en varios terremotos, la ayuda de la Cruz Roja se agiganta por la solidaridad con que todos los miembros de la Cruz Roja Internacional acuden en su ayuda.
La Cruz Roja Chilena ha asumido la responsabilidad de acudir en auxilio de los damnificados de los grandes desastres nacionales, reestructurando sus cuadros orgánicos y fijándose nuevas tareas, tendientes a paliar las consecuencias de las catástrofes. A base de experiencias recogidas en los sismos de 1939, 1960, 1965 y 1971, introdujo dinámicas innovaciones en sus aspectos organizativos y de acción humanitaria, incorporando para ello nuevas tareas, más allá de las tradicionales de enfermería.
La Cruz Roja Chilena, entonces, es una sociedad nacional, correspondiéndole a la ley Nº 3.924, de 17 de abril de 1923, declarar que la Institución Nacional de la Cruz Roja Chilena es una persona jurídica, que se rige por dicha ley. El Reglamento General de la Cruz Roja Chilena fue aprobado por Decreto Supremo (G) Nº 136, de 19 de marzo de 1963, publicado en el Diario Oficial de 17 de abril de 1963.
La ley mencionada la reconoció como auxiliar de las autoridades sanitarias militares.
El Comité Internacional de la Cruz Roja, el 30 de abril de 1909, le otorgó el reconocimiento como miembro integrante de la Cruz Roja Internacional, y, el 1º de febrero de 1920, como integrante de la Liga de las Sociedades de Cruz Roja y de la Media Luna.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 3º, letra d), número 1 del decreto supremo Nº 2434, de 15 de abril de 1976, la Cruz Roja de Chile, es un organismo que se relaciona con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional, a través del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
De tan reiterados e importantes reconocimientos, fluye la necesidad de darle respetabilidad y categoría, en nuestro país y su legislación, a la Cruz Roja y a su emblema, y ese es el objetivo que se anhela con esta iniciativa legal.
EL EMBLEMA DE LA CRUZ ROJA
El signo de la Cruz Roja fue adoptado en la Convención de Ginebra de 22 de agosto de 1864, y está formado por cinco cuadrados rojos, sobre fondo blanco. A esta cruz también se le conoce como Cruz de Ginebra, por los orígenes de su creación.
Dicho signo está destinado especialmente a proteger, en tiempo de conflictos, a las personas, establecimientos, edificios, vehículos y material dependiente de los servicios de sanidad de las fuerzas armadas. Sólo éstos pueden estar cubiertos con este emblema, de acuerdo a las modalidades fijadas por las autoridades militares.
El régimen de protección del emblema de la Cruz Roja comienza a establecerse en el plano internacional en el año 1906, en la Convención para el mejoramiento de la condición de los heridos y enfermos de los ejércitos en campaña, y se corrobora en la Convención de Ginebra de 1929.
Más tarde se adoptan los Convenios de Ginebra de 1949, que fueron aprobados en la Conferencia Diplomática de Ginebra de 1949, de allí su nombre. Esta Conferencia fue convocada para la revisión de los siguientes tratados:
1) del Convenio de Ginebra del 27 de julio de 1929, para mejorar la suerte de los heridos y los enfermos de los ejércitos en campaña;
2) del X Convenio de La Haya del 18 de octubre de 1907, para la adaptación de la guerra marítima a los principios del Convenio de Ginebra de 1906, y
3) del Convenio de 1929, concertado en Ginebra, relativo al trato de los prisioneros de guerra.
También fue convocada esta conferencia para la redacción de un Convenio sobre la protección de personas civiles en tiempo de guerra.
LO QUE ESTABLECE LA LEY Nº 6.371
La ley Nº 6.371, que se modifica en este proyecto, está referida a las Convenciones o Convenios de Ginebra de 1906 y 1929. Estas últimas Convenciones, como se explica más arriba, fueron incluidas en la revisión y redacción en un solo texto, que se hizo en los Convenios de 1949.
La ley Nº 6.371, se publica en el Diario Oficial el 8 de agosto de 1939, bajo el epígrafe “Establece normas sobre el empleo de la insignia de la Cruz Roja”.
En el mismo texto legal, aprobado por el Congreso Nacional y promulgado durante el gobierno de don Pedro Aguirre Cerda, se expresa, en el artículo 1º, a modo explicativo, que su normativa se adopta “en conformidad al artículo 23 y 27 de la Convención para el mejoramiento de la condición de los heridos y de los enfermos en los ejércitos en campaña, de 6 de julio de 1906, así como los artículos 24 y 29 de la Convención de Ginebra de 27 de julio de 1929 (sobre el mismo objeto)”. (sic).
La referida ley Nº 6.371 continúa, en los artículos 3º, 4º y 5º, mencionando las disposiciones correspondientes de la Convención de Ginebra de 1929.
En resumen, la idea esencial de dicha ley fue establecer reglas para fijar el empleo permitido del signo de la Cruz Roja, e impedir y reprimir el uso indebido del mismo, sobre la base de incorporar a la legislación interna, las disposiciones de los convenios internacionales adoptados por Chile, sobre la materia hasta aquella época.
IDEAS FUNDAMENTALES O MATRICES DEL PROYECTO
El principal motivo de esta iniciativa legal es reafirmar la protección del emblema de la Cruz Roja, ya establecida en la ley Nº 6.371, para evitar su mal uso o su uso indebido.
Las modificaciones que propone este proyecto, tienen por objeto, además, excluir del texto de la ley Nº 6.371 las menciones a las Convenciones de Ginebra de 1906 y 1929, por estar comprendidas sus disposiciones en los convenios de 1949 y, al mismo tiempo, actualizar su texto a estos últimos convenios, dejándola a la vez vigente respecto de convenios que puedan aprobarse sobre la misma materia, en el futuro.
De esta forma, se da una vigencia más permanente y se actualiza la ley que regula el empleo o uso del signo de la Cruz Roja.
Con este fin se propone reemplazar, por nuevas redacciones, los artículos de la ley y se suprimen las menciones a las Convenciones de Ginebra de los años 1906 y 1929.
Además, en su redacción, se ha adecuado su texto a las disposiciones contenidas en los Convenios de Ginebra de 1949 y a los protocolos adicionales a éstos, del año 1977.
También se modifica el monto de la multa por las infracciones que se cometan por el uso indebido del emblema, con el fin de mantener su valor en una cifra que se reajuste y que no resulte irrisoria, como ocurría en la consignada en la ley Nº 6.371, del año 1939.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto en informe consta de un artículo único por el que se introducen modificaciones en el texto de la ley Nº 6.371, desglosadas en 7 numerales.
La modificación 1.- consiste en reemplazar el articulo 1º de la ley Nº 6.371, que dice:
“Artículo 1º En conformidad a los artículos 23 y 27 de la Convención para el mejoramiento de la condición de los heridos y de los enfermos en los ejércitos en campaña, del 6 de julio de 1906; así como también a los artículos 24 y 29 de la Convención de Ginebra del 27 de julio de 1929 (sobre el mismo objeto), el emblema de la cruz roja sobre fondo blanco y las palabras Cruz Roja o Cruz de Ginebra, sólo pueden emplearse, sea en tiempo de guerra o en tiempo de paz, para proteger o designar el personal y el material de las formaciones sanitarias y de los establecimientos del servicio de sanidad, de los ejércitos de tierra, del aíre y de mar; así como también por las sociedades de socorros voluntarios, citados en el artículo 10º, párrafo 1º de dicha Convención de 1929 las que podrán emplearlos también en sus actividades en tiempo de paz”.
Por el siguiente:
“Artículo 1º.- El emblema de la Cruz Roja sobre fondo blanco y los términos “Cruz Roja” o “Cruz de Ginebra”, sólo podrán emplearse, sea en tiempo de paz o en tiempo de guerra, para designar o proteger a las unidades o establecimientos sanitarios, al personal y material protegidos por los Convenios de Ginebra de 1949, por los Protocolos Adicionales a éstos de 1977, y demás convenios internacionales que reglamenten cuestiones similares.”.
La modificación 2.- tiene por objeto sustituir el artículo 3º de la ley Nº 6.371, que dice:
“Artículo 3º.- Excepcionalmente y con la autorización expresa de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Chilena, se podrá hacer uso del emblema de la Convención, en tiempo de paz, para señalar el emplazamiento de los puestos de socorros exclusivamente reservados a prestar cuidados gratuitos a los heridos o a los enfermos (artículo 24, párrafo 4, de la Convención de Ginebra de 1929)”.
Por el siguiente:
“Artículo 3º.- Excepcionalmente, y con la aprobación expresa de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Chilena se podrá autorizar, en los casos que determinará el Reglamento de esta ley, el uso del emblema de la Cruz Roja en tiempo de paz para identificar vehículos, ambulancias y puestos de socorro utilizados en la asistencia gratuita a heridos o enfermos.”.
La modificación 3.- reemplaza el artículo 5º de la ley Nº 6.371, cuyo tenor es el siguiente:
“Artículo 5º.- En razón al homenaje rendido a la Confederación Suiza, por la adopción de los colores federales invertidos, se prohíbe, en todo tiempo, el empleo por particulares o por sociedades, de las armas de la Confederación Suiza o de signos que constituyan una imitación, sea como marca de fábrica o de comercio o como elementos de estas marcas, sea con objeto contrario a la lealtad comercial, sea en condiciones susceptibles de herir el sentimiento nacional suizo (artículo 28, inciso b), de la Convención de Ginebra de 1929)”.
por el que se indica a continuación:
“Artículo 5º.- Prohíbese, en todo tiempo y lugar, el uso del escudo de la Confederación Suiza o de todo signo que constituya una imitación del mismo, ya sea como marca de fábrica o de comercio o como elemento de dichas marcas, o en formas de publicidad, o en condiciones que puedan lesionar el sentimiento nacional suizo.”.
La modificación 4.- tiene por objeto reemplazar en el artículo 6º de la ley Nº 6.371 la cantidad “$ 60” por la expresión “una a diez unidades tributarias mensuales”, quedando redactado dicho artículo en los siguientes términos:
“Artículo 6º.- Toda contravención a los artículos anteriores, por uso indebido de la Cruz Roja, sea en banderas, brazaletes, artículos sanitarios, anuncios, carteles, rótulos, marcas de fábricas, membretes comerciales, sea por particulares o por cualquier asociación pública o privada, será castigada con una multa de una a diez unidades tributarias mensuales, por cada infracción; que en caso de reincidencia será aumentada al doble. Si la infracción es cometida por una institución (sociedad, corporación, etc.), las penas antedichas podrán aplicarse a los miembros directivos responsables aun en caso de simple negligencia.”.
La modificación 5.- tiene por finalidad reemplazar el artículo 8º de la ley Nº 6.371, que dice:
“Artículo 8º.- En caso de persistencia en la reincidencia de la infracción, la autoridad competente ordenará el secuestro de los objetos, mercaderías, embalajes, etc. que lleven indebidamente el emblema de la Cruz Roja o las palabras prohibidas por la presente ley.”.
Por el siguiente texto:
“Artículo 8.- En caso de reincidencia en la infracción, el tribunal competente ordenará la pérdida o el comiso de los objetos, mercaderías, embalajes, etc., que porten indebidamente el emblema de la Cruz Roja o las palabras protegidas por la presente ley.”
La modificación 6.- incide en el artículo 9º de la ley Nº 6.371. Tiene por objeto reemplazar la expresión “Ministerio de Fomento” por “Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción”, quedando su texto redactado en los siguientes términos:
“Artículo 9º.- El registro y depósito de marcas de fábrica o de comercio, así como los dibujos y modelos industriales contrarios a la presente ley, quedan prohibidos. El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no otorgará autorizaciones que contravengan la presente ley y notificará la caducidad en un año de plazo, de las marcas contrarias a ella ya autorizadas al promulgar esta ley.”.
Por último la modificación 7.- elimina del artículo 4º de la ley Nº 6.371, la frase entre paréntesis que dice “(artículo 28, inciso a), de la Convención de Ginebra de 1929)”.
EL DEBATE
Durante la discusión general del proyecto se analizó la necesidad de modificar la ley Nº 6.371 en la forma propuesta en la moción del señor Ojeda y se sostuvo que el propósito perseguido con el proyecto, de proteger el emblema de la Cruz Roja, se conseguía modificando solamente el artículo 6º de dicha ley, al elevar el monto de la suma aplicable a los infractores, de $ 60 a una suma mayor, reajustable, fluctuante entre una a diez Unidades Tributarias Mensuales, según la gravedad y significado del uso indebido. Esta sola modificación permitía dar carácter ejemplarizador a la sanción por las contravenciones, que se reconocía que iban en aumento constante y permanente.
El señor Ministro de Defensa Nacional, a requerimiento de la Comisión, hizo algunas observaciones al proyecto.
Sostiene que teniendo presente que los Convenios de Ginebra son ley de la República, pues fueron aprobados por el gobierno de Chile mediante Decreto Supremo (RR.EE.) Nº 752, publicado en el Diario Oficial de fecha 17 de abril de 1951, de acuerdo a una adecuada técnica legislativa, no sería procedente aprobar nuevamente mediante una ley, el contenido de parte de sus disposiciones, que ya son ley de la República. Por lo demás, de hacerlo, por no ser sus textos idénticos, se originarían problemas de interpretación en su aplicación.
La Comisión estimó que esta observación no era válida, ya que con el mismo criterio, el legislador no debió dictar la ley Nº 6.371, y sin embargo lo hizo. Por otra parte el propio Convenio I de Ginebra, de 1949, en su artículo 44 hace expresa referencia a que la legislación nacional pueda regular el uso del emblema, y el artículo 54 dispone que “las Altas Partes contratantes cuya legislación no resulte ya suficiente, tomarán las medidas necesarias para impedir y reprimir en todo tiempo los abusos a que se refiere el artículo 53” del Convenio, esto es, el empleo por particulares, sociedades o casas comerciales, del emblema o de la denominación “Cruz Roja” o “Cruz de Ginebra”, o imitaciones de los mismos.
Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Director de Asuntos Jurídicos , Embajador Raimundo Barros , expresó en el informe que le requirió la Comisión, lo siguiente: “La adecuación de la penalidad por los abusos en el empleo del emblema de la Cruz Roja, que constituye el objetivo principal de la legislación en análisis, cumple con lo preceptuado en las disposiciones citadas e impide que nuestro país se encuentre en una situación de infracción de una obligación internacional.”.
De tal manera que la Comisión informante decidió prestar su aprobación, con algunas enmiendas, al articulado propuesto por el autor de la moción, tomando en cuenta especialmente las observaciones que formuló en su intervención la señora Presidenta de la Cruz Roja Chilena , quien exhibió, ante la Comisión, publicaciones y propagandas con fines comerciales, que hacen uso indebido del signo de la Cruz Roja, sin estar autorizadas para ello.
Acogiendo una de las observaciones del señor Ministro de Defensa Nacional , la Comisión desechó la modificaciòn propuesta en la moción, que sustituía el artículo 7º de la ley Nº 6.371, para que se entregara a la Cruz Roja Chilena el valor de las multas aplicadas por lo juzgados de policía local, por entender que esa norma estaba derogada por el artículo 55 de la ley Nº 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local.
Otras observaciones, tanto del señor Ministro de Defensa Nacional, como del Ministerio de Relaciones Exteriores, no fueron acogidas por la Comisión.
El señor Ministro de Salud Subrogante , don Fernando Muñoz Porras , no formuló cuestionamientos de fondo porque, a su juicio, el proyecto de ley remitido para su análisis, no afecta la competencia de esa Secretaría de Estado ni de sus organismos dependientes. Tampoco les otorga nuevas facultades ni les impone obligaciones.
Admitió sí que, atendida la fecha de promulgación de la ley que se pretende modificar, las multas y sanciones que ella establece no guardan relación alguna con la actual situación económica del país, por lo que sería necesario reajustarlas y modificarlas adecuadamente.
CONSTANCIAS DEL ARTÍCULO 287 DEL REGLAMENTO
De acuerdo con la disposición señalada, se deja constancia que:
1º El proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
2º No hay disposiciones que, de acuerdo al artículo 220 del Reglamento, deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
3º El proyecto fue aprobado en general por unanimidad.
Lo mismo ocurrió con cada una de las modificaciones a la ley Nº 6.371, aprobadas.
4º Fueron rechazadas las siguientes indicaciones:
a) Para cambiar el texto de la letra D) de la moción, por lo siguiente:
“4.- Reemplázase en su artículo 6º, la cantidad de “$ 60” por la expresión “Diez Unidades Tributarias Mensuales”.”
b) Para reemplazar la letra E) de la moción, por lo siguiente:
“5.- Sustitúyese su artículo 7º, por el siguiente:
“Artículo 7º.- Las multas establecidas en el artículo anterior, serán aplicadas por el Juzgado de Policía Local correspondiente, previa denuncia de Carabineros de Chile o de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Chilena. Su valor será entregado enteramente a la referida Sociedad.”.
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En mérito de lo expuesto y demás explicaciones que, en su oportunidad, entregará el señor Diputado Informante , la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía recomienda a la Honorable Cámara aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“ARTÍCULO ÚNICO.- Introdúcense en la ley Nº 6.371, las siguientes modificaciones:”.
1. Reemplázase su artículo 1º, por el siguiente:
“Artículo 1º.- El emblema de la Cruz Roja sobre fondo blanco y los términos “Cruz Roja” o “Cruz de Ginebra”, sólo podrán emplearse, sea en tiempo de paz o en tiempo de guerra, para designar o proteger a las unidades o establecimientos sanitarios, al personal y material protegidos por los Convenios de Ginebra de 1949, por los Protocolos Adicionales a éstos de 1977, y demás convenios internacionales que reglamenten cuestiones similares.”.
2. Sustitúyese su artículo 3º, por el siguiente:
“Artículo 3º.- Excepcionalmente, y con la aprobación expresa de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Chilena se podrá autorizar, en los casos que determinará el Reglamento de esta ley, el uso del emblema de la Cruz Roja en tiempo de paz para identificar vehículos, ambulancias y puestos de socorro utilizados en la asistencia gratuita a heridos o enfermos.”.
3. Reemplázase su artículo 5º, por el siguiente:
“Artículo 5º.- Prohíbese, en todo tiempo y lugar, el uso del escudo de la Confederación Suiza o de todo signo que constituya una imitación del mismo, ya sea como marca de fábrica o de comercio o como elemento de dichas marcas, o en formas de publicidad, o en condiciones que puedan lesionar el sentimiento nacional suizo.”.
4. Reemplázase en su artículo 6º, la cantidad de “$ 60” por la expresión “Una a Diez Unidades Tributarias Mensuales”.”
5. Reemplázase su articulo 8º por el siguiente:
“Artículo 8.- En caso de reincidencia en la infracción, el tribunal competente ordenará la pérdida o el comiso de los objetos, mercaderías, embalajes, etc., que porten indebidamente el emblema de la Cruz Roja o las palabras protegidas por la presente ley.”
6. Reemplázase en su artículo 9º, la expresión “Ministerio de Fomento” por “ Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.”.
7. Elimínase en su artículo 4º la frase entre paréntesis que dice “(artículo 28, inciso a), de la Convención de Ginebra de 1929).”.
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Se designó Diputado Informante al honorable señor Sergio Ojeda Uribe .
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Tratado y acordado en sesiones de fecha 15 de marzo, 18 de octubre, 8 de noviembre, 22 de noviembre y 13 de diciembre de 1995, y 17 de enero, 24 de enero y 20 de marzo de 1996, con la asistencia de los Diputados señores Villegas González, don Erick ( Presidente ); Ascencio Mansilla, don Gabriel ( ex-Presidente ); Aylwin Azócar, don Andrés ; Ceroni Fuentes, don Guillermo ; Garcia-Huidobro Sanfuentes, don Alejandro ; Naranjo Ortiz, don Jaime ; Ojeda Uribe, don Sergio , y Vargas Lyng, don Alfonso .
SALA DE LA COMISIÓN, a 20 de marzo de 1996.
(Fdo.): JOSÉ VICENCIO FRÍAS , Secretario de la Comisión .”
3. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que establece el sistema de salud de las Fuerzas Armadas. (boletín Nº 1522-02).
“Honorable Cámara:
En sesión de fecha 8 de mayo de 1996, de la H. Cámara de Diputados, se acordó remitir a esta Comisión el proyecto del epígrafe para los efectos de lo establecido en el artículo 119 del Reglamento de la Corporación.
Con asistencia de los Diputados señores Longueira, don Pablo ( Presidente ); Arancibia, don Armando ; García, don José ; Jocelyn-Holt, don Tomás ; Jürgensen, don Harry ; Makluf, don José ; Matthei, señora Evelyn ; Montes, don Carlos ; Ortiz, don José Miguel , y Schaulsohn, don Jorge , en sesión del día de hoy, martes 14 de mayo de 1996, se acordó, por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Hacienda, proponer a la Sala de la Corporación, la aprobación de las modificaciones del H. Senado al proyecto de la referencia y designar como Informante al Diputado señor GARCÍA, don JOSÉ .
Asistió a la Comisión el señor Jorge Burgos , Subsecretario de Guerra .
Concurrió a la Comisión durante el debate del proyecto el Diputado señor Ulloa, don Jorge.
En relación con el debate de las modificaciones cabe consignar que el H. Senado ha consultado un artículo 44 nuevo, por el cual se otorga al personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas una bonificación ascendente al 3,5% de sus remuneraciones imponibles y a los demás funcionarios imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional una bonificación ascendente al 4,5% de sus remuneraciones imponibles, a fin de compensar la mayor cotización que significa la aplicación del proyecto.
Conforme a los antecedentes proporcionados por el señor Subsecretario de Guerra dichas compensaciones significan un financiamiento de cargo fiscal que asciende en su totalidad a $ 4.992 M anuales (cuatro mil novecientos noventa y dos millones de pesos).
El resto de las modificaciones no implican un mayor costo fiscal, tratándose de adecuaciones formales y de redacción que no han merecido comentario de esta Comisión.
SALA DE LA COMISIÓN, a 14 de mayo de 1996.
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Secretario de la Comisión .”