Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- X. Otros documentos de la Cuenta.
- INTEGRACIÓN
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Antonella Sciaraffia Estrada
- INTEGRACIÓN
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Jorge Lavandero Eyzaguirre
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ACUERDOS DE LOS COMITÉS
- VI. ORDEN DEL DÍA
- AMPLIACIÓN DE FACULTADES DE LA FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
- INTERVENCIÓN : Lily Perez San Martin
- DEBATE
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
- INTERVENCIÓN : Carlos Recondo Lavanderos
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Carlos Caminondo Saez
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- AMPLIACIÓN DE FACULTADES DE LA FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
- VII. PROYECTOS DE ACUERDO
- EXENCIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES A SEDES DE PENSIONADOS, JUBILADOS Y MONTEPIADAS. (Votación).
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Manuel Rojas Molina
- Claudio Alvarado Andrade
- Rosa Gonzalez Roman
- Roberto Delmastro Naso
- Mario Bertolino Rendic
- Victor Perez Varela
- Juan Masferrer Pellizzari
- Gustavo Alessandri Valdes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PETICIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE DETENIDOS POR HECHOS DE VIOLENCIA EN RECINTOS DEPORTIVOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Claudio Alvarado Andrade
- Rosa Gonzalez Roman
- Mario Bertolino Rendic
- Victor Perez Varela
- Roberto Delmastro Naso
- Juan Masferrer Pellizzari
- Gustavo Alessandri Valdes
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Jaime Mulet Martinez
- INTERVENCIÓN : Jaime Naranjo Ortiz
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- EXENCIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES A SEDES DE PENSIONADOS, JUBILADOS Y MONTEPIADAS. (Votación).
- VIII. INCIDENTES
- MEDIDAS FRENTE A INCENDIOS FORESTALES. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Edmundo Salas De La Fuente
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Eugenio Tuma Zedan
- Alejandro Navarro Brain
- Sergio Velasco De La Cerda
- ADHESION
- INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PARA AUTORIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN FORESTAL. Oficio.
- ADHESION
- Felipe Letelier Norambuena
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Enrique Jaramillo Becker
- Jaime Naranjo Ortiz
- Alejandro Navarro Brain
- ADHESION
- PREOCUPACIÓN POR HECHOS OCURRIDOS EN PARAGUAY. Oficio.
- RETRASO EN INSTALACIÓN DE POSICIONADORES SATELITALES EN BARCOS PESQUEROS. Oficios.
- ADHESION
- Sergio Velasco De La Cerda
- ADHESION
- TERMINACIÓN DE OBRAS DE ACCESO SUR AL PUERTO DE VALPARAÍSO. Oficio.
- RECONOCIMIENTO A LOS PEQUEÑOS MINEROS.
- EFECTOS DE DETERMINACIÓN DE ÍNDICE DE VULNERABILIDAD DE ESTUDIANTES DE ENSEÑANZA BÁSICA Y MEDIA. Oficios.
- INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL TRASLADO DE RETENES DE CARABINEROS DE LOCALIDADES DE LA SEXTA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- ADHESION
- RECONOCIMIENTO POR DESIGNACIÓN EN LA PRIMERA VICEPRESIDENCIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.
- DEFICIENCIAS TÉCNICAS EN SERVICIO TELEFÓNICO DE LOCALIDADES RURALES DE LA DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
- CUMPLIMIENTO DE CONVENIO SOBRE PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS COMUNALES DE LA DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
- ADHESION
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Carlos Recondo Lavanderos
- Jaime Rocha Manrique
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Alejandro Navarro Brain
- Juan Nunez Valenzuela
- Osvaldo Palma Flores
- Edmundo Villouta Concha
- Luis Pareto Gonzalez
- Ivan Mesias Lehu
- Fanny Pollarolo Villa
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- CONTRATOS SUSCRITOS POR ENAMI CON EMPRESAS EXTRANJERAS POR ABASTECIMIENTO DE CONCENTRADOS DE COBRE. Oficios.
- ADHESION
- Waldo Mora Longa
- Enrique Krauss Rusque
- Juan Nunez Valenzuela
- Jaime Rocha Manrique
- Luis Pareto Gonzalez
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Osvaldo Vega Vera
- Gustavo Alessandri Valdes
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Lily Perez San Martin
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Baldo Prokurica Prokurica
- Rafael Arratia Valdebenito
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- SITUACIONES DERIVADAS DE CONSTRUCCIÓN DE METRO PARA COMUNA DE MAIPÚ. Oficios.
- ANTECEDENTES DE RESOLUCIÓN SOBRE OCUPACIONES NO ASEGURABLES. Oficio.
- ADHESION
- Osvaldo Vega Vera
- Lily Perez San Martin
- Jaime Rocha Manrique
- Nelson Jaime Avila Contreras
- Baldo Prokurica Prokurica
- Waldo Mora Longa
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- ADQUISICIÓN DE INMUEBLES POR EL FISCO EN COMUNAS DEL SECTOR ORIENTE DE SANTIAGO. RECURSOS DESTINADOS A SEGURIDAD CIUDADANA EN LA FLORIDA. Oficios.
- ADHESION
- Baldo Prokurica Prokurica
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Osvaldo Vega Vera
- Gustavo Alessandri Valdes
- ADHESION
- PROPUESTAS PARA MEJORAR SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA DE LA REGIÓN DE ATACAMA.
- ANTECEDENTES SOBRE CUMPLIMIENTO DE NORMAS EN EXPLOTACIÓN DE ÁRIDOS EN RÍO TRONGOL, EN LA SÉPTIMA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Laura Soto Gonzalez
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- MEDIDAS FRENTE A INCENDIOS FORESTALES. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Baldo Prokurica Prokurica
- Gustavo Alessandri Valdes
- Mario Bertolino Rendic
- Arturo Longton Guerrero
- Pablo Galilea Carrillo
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Osvaldo Vega Vera
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 339ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 46ª, en martes 30 de marzo de 1999
(Ordinaria, de 11.08 a 13.42 horas)
Presidencia de los señores Montes Cisternas, don Carlos Acuña Cisternas, don Mario, y Mesías Lehu, don Iván
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ACUERDOS DE LOS COMITÉS
VI.- ORDEN DEL DÍA
VII.- PROYECTOS DE ACUERDO
VIII.- INCIDENTES
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
V.Acuerdos de los Comités 9
VI.Orden del Día.
- Ampliación de facultades de la Fiscalía Nacional Económica. Tercer trámite constitucional. (Continuación) 9
- Modificación de la ley general de Cooperativas. Primer trámite constitucional 12
VII.Proyectos de acuerdo.
- Exención del pago de contribuciones a sedes de pensionados, jubilados y montepiadas. (Votación) 26
- Petición de información sobre detenidos por hechos de violencia en recintos deportivos 27
VIII.Incidentes.
- Medidas frente a incendios forestales. Oficios 29
- Incumplimiento de requisitos para autorización de explotación forestal. Oficio 29
- Preocupación por hechos ocurridos en Paraguay. Oficio 30
- Retraso en instalación de posicionadores satelitales en barcos pesqueros. Oficios 30
- Terminación de obras de acceso sur al puerto de Valparaíso. Oficio 31
- Reconocimiento a los pequeños mineros 32
- Efectos de determinación de índice de vulnerabilidad de estudiantes de enseñanza básica y media. Oficios 33
- Información sobre eventual traslado de retenes de Carabineros de localidades de la Sexta Región. Oficios 34
- Reconocimiento por designación en la Primera Vicepresidencia de la Cámara de Diputados 34
- Deficiencias técnicas en servicio telefónico de localidades rurales de la Décima Región. Oficio 35
- Cumplimiento de convenio sobre pavimentación de caminos comunales de la Décima Región. Oficio 36
Pág.
- Contratos suscritos por Enami con empresas extranjeras por abastecimiento de concentrados de cobre. Oficios 36
- Situaciones derivadas de construcción de Metro para comuna de Maipú. Oficios 37
- Antecedentes de resolución sobre ocupaciones no asegurables. Oficio 38
- Adquisición de inmuebles por el Fisco en comunas del sector Oriente de Santiago. Recursos destinados a seguridad ciudadana en La Florida. Oficios 38
- Propuestas para mejorar situación socioeconómica de la Región de Atacama 39
- Antecedentes sobre cumplimiento de normas en explotación de áridos en río Trongol, en la Séptima Región. Oficios 41
IX.Documentos de la Cuenta.
- Oficios de S.E. el Presidente de la República, por los cuales retira y hace presente las urgencias, con calificación de “suma”, para el despacho de los siguientes proyectos:
1. Fortalece la Fiscalía Nacional Económica (boletín Nº 2105-03) 42
2. Modifica el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal (boletín Nº 2036-11) 42
3. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto que dicta normas sobre adopción de menores, modifica la ley Nº 7.613 y deroga la ley Nº 18.703 (boletín Nº 899-07) 43
4. Moción de los Diputados señores Prokurica, Alessandri, Bertolino, Longton, Galilea, don Pablo; Vilches y Vega, que modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados estableciendo sanciones por inasistencia en la votación de proyectos de acuerdo (boletín Nº 2312-16) 60
X.Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
-Del jefe de bancada del Partido Demócrata Cristiano, por la cual informa que el Diputado señor Ascencio reemplazará, en forma definitiva, a la Diputada señorita Antonella Sciaraffia en la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
2. Oficios:
-De la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, por el cual comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, eligió como nuevo Presidente al Diputado señor Manuel Bustos.
Contraloría General de la República
-De los Diputados señores José Galilea, Vilches, Vega, Pablo Galilea y Diputada señora Rosa González, investigación en Municipalidad de Palmilla sobre monumento a ex Presidente Allende.
-Del Diputado señor Vilches, investigación relacionada al paro de actividades de la ciudad de Iquique.
-Del Diputado señor Bertolino, situación en que se encuentra la directiva del Club Deportivo Quintero Unido.
-Del Diputado señor Reyes, investigación en Municipalidad de Llanquihue.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
-Del Diputado señor Sánchez, fiscalización en la Undécima Región por el Servicio Nacional de Pesca.
-De los Diputados señores Alvarado, Vega, Kuschel y Pablo Galilea, sistema de cuotas de extracción de merluza en la Décima Región.
Ministerio de Hacienda
-De los Diputados señores Pablo Galilea, Vega, Kuschel y Alvarado, características de la cuenta de ahorro joven del Banco del Estado.
Ministerio de Obras Públicas
-Del Diputado señor Kuschel, cuadro estadístico de recaudación y pasada vehicular por las plazas de peaje del país.
Ministerio de Agricultura
-De los Diputados señores Navarro y Kuschel, proyecto Cascada Chile.
-De los Diputados señores Juan Pablo Letelier, Navarro, Velasco, Joaquín Palma, Felipe Letelier y Jiménez, declaración zona de catástrofe a la Sexta Región.
-Del Diputado señor Navarro, irregularidades proyecto Cascada Chile.
-Del Diputado señor Jaramillo, declaración de emergencia agrícola a las comunas de La Unión, Paillaco, Río Bueno y Los Lagos.
Ministerio de Educación
-Del Diputado señor Víctor Pérez y los Comités parlamentarios de los Partidos Unión Demócrata Independiente y Renovación Nacional, santuario de la naturaleza dunas de Concón.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-Del Diputado señor Kuschel, aspectos técnicos proyecto “Rediseño canalización estero Lobos”, Décima Región.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
-De las Diputadas señoras Eliana Caraball y Laura Soto y de los Diputados señores Luksic, Manuel Bustos, Pareto, Aguiló, José Pérez, Patricio Walker, Jaramillo, Seguel, Jiménez, Ceroni y Valenzuela, campaña de recolección de dineros de la Fundación Pinochet.
-Del Diputado señor Huenchumilla, denuncia de organizaciones comunitarias de Maquehue en contra de la empresa Huincabús, Novena Región.
Ministerio de Planificación y Cooperación
-Del Diputado señor José García, disponibilidad de encuesta de pobreza e indigencia por regiones.
Tribunal Calificador de Elecciones
-Elección de miembros por la Corte Suprema.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores Diputados: (105)
NOMBRE (Partido Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35
Ávila Contreras, Nelson PPD V 11
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bustos Huerta, Manuel PDC RM 17
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Espina Otero, Alberto RN RM 21
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa IND I 1
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24
Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Naranjo Ortiz, Jaime PS VII 39
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Ovalle Ovalle, María Victoria UCCP VI 35
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Pareto González, Luis PDC RM 20
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PS VI 32
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prochelle Aguilar, Marina RN X 55
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rocha Manrique, Jaime PRSD VIII 46
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soria Macchiavello, Jorge PPD I 2
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Cárdenas, Salvador PPD I 1
Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4
Van Rysselberghe Varela, Enrique UDI VIII 44
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vega Vera, Osvaldo RN VII 40
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Venegas Rubio, Samuel IND V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvo ausente la Diputada señorita Antonella Sciaraffia.
-Asistieron, además, el Ministro Secretario General de la Presidencia , señor John Biehl, y el Senador señor Jorge Lavandero.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.O8 horas.
El señor MONTES (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MONTES (Presidente).-
El acta de la sesión 39ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 40ª se encuentra a disposición de las señoras diputadas y señores diputados.
IV. CUENTA
El señor MONTES (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
El señor ZUÑIGA (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
V. ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor MONTES (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los Comités parlamentarios.
El señor LOYOLA (Secretario).-
Reunidos los jefes de los Comités parlamentarios, bajo la presidencia del señor Montes, adoptaron los siguientes acuerdos:
1º Considerar en la sesión ordinaria de mañana miércoles, hasta su total despacho, los siguientes proyectos:
a) El que concede beneficios económicos a los personales del Servicio de Impuestos Internos, del Consejo de Defensa del Estado, de la Dirección de Presupuestos y de las Fuerzas Armadas, y dispone otras normas sobre racionalización del sector Hacienda;
b) El que aprueba el tratado de libre comercio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos, y
c) El que aprueba el acuerdo sobre transporte aéreo entre los gobiernos de Chile y los Estados Unidos Mexicanos.
2º Rendir homenaje en memoria de don Hernán Santa Cruz, recientemente fallecido, el martes 13 de abril al término del Orden del Día.
El señor MONTES ( Presidente ).-
El día viernes pasado, la Diputada señora Eliana Caraball fue objeto de una delicada intervención quirúrgica. Junto con enviarle los saludos en nombre de la Cámara, deseo informar que su salud se encuentra en franca recuperación.
VI. ORDEN DEL DÍA
AMPLIACIÓN DE FACULTADES DE LA FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA. Tercer trámite constitucional. (Continuación).
El señor MONTES (Presidente).-
Corresponde continuar debatiendo las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que fortalece la Fiscalía Nacional Económica.
Solicito el asentimiento de los señores diputados para permitir el ingreso a la Sala del Subsecretario de Economía y del Fiscal Nacional Económico.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor HUENCHUMILLA.-
Pido la palabra por una cuestión de reglamento.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor HUENCHUMILLA.-
Deseo saber si hay algún acuerdo respecto de la hora de votación. En el evento de que no lo hubiera, solicitaría que se lo recabara.
El señor MONTES ( Presidente ).-
No se ha adoptado acuerdo sobre la materia, de manera que, si le parece a los señores diputados, el proyecto se votaría al término del Orden del Día.
Acordado.
De conformidad con el orden de los oradores inscritos en la sesión anterior, tiene la palabra la Diputada señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ ( doña Lily).-
Señor Presidente , quiero referirme a una discusión que quedó pendiente en la Sala respecto del proyecto de ley que fortalece la Fiscalía Nacional Económica y, básicamente, de las modificaciones que introdujo el Senado.
Es muy importante fortalecer a la Fiscalía Nacional Económica no sólo en términos de ampliar sus facultades, sino también desde el punto de vista de su planta. De alguna forma, se trata de una entidad que impide la generación de monopolios y también la perpetración de abusos en materia económica. Una de las bases de la libertad económica es la libre competencia, de manera que es muy pertinente este objetivo.
En la sesión pasada, dos diputados discreparon respecto del artículo 30 A. Mi compañero de bancada Maximiano Errázuriz -uno de ellos-, sostenía que con la modificación de este artículo, de alguna forma, se le restaban facultades al Fiscal Nacional Económico. No concuerdo con su planteamiento, al igual como lo hizo el Diputado señor Alessandri en esa oportunidad, porque no se está debilitando la facultad de esta autoridad, sino evitando una eventual discrecionalidad en su actuar.
Me parece muy importante cautelar el derecho de los afectados, y, en esa línea, la modificación introducida por el Senado en el artículo 30 A permite la dictación de la orden de arresto y la instrucción del proceso criminal “a requerimiento del Fiscal Nacional Económico, previa autorización de la Comisión Resolutiva”. Es decir, con la nueva redacción se reduce la posibilidad de que la Fiscalía pueda actuar en forma discrecional, lo que no significa desmedro alguno de sus facultades.
En general, son muy interesantes las tres modificaciones del Senado. Es importante que el Fiscal pueda dar a la investigación el carácter de reservada, porque cuando se analizan asuntos de índole económica para investigar si efectivamente en cierta actividad se está generando un monopolio, se involucran bienes económicos que son patrimonio de todos los chilenos. De esa forma, si eventualmente alguna de las partes denunciadas, en definitiva, no tuviera responsabilidad, se cautela su imagen.
Anuncio mi voto favorable a las modificaciones introducidas por el Senado.
En el programa político de Renovación Nacional, en el capítulo de agricultura, se plantea en forma relevante el fortalecer tanto a la Fiscalía Nacional Económica en todo lo que dice relación con la fiscalización para evitar la existencia de monopolios, sobre todo en este tipo de actividad, como a las fiscalías regionales.
Quiero hacer resaltar este punto, porque me parece importante que un partido político, en su programa, considere este tipo de medidas, que ayudan no sólo a una mayor fiscalización, sino también a dar mayor transparencia a actividades productivas de nuestro país.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
El resto de los señores diputados inscritos ha resuelto no hacer uso de la palabra.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor MONTES (Presidente).-
Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que fortalece la Fiscalía Nacional Económica.
En votación las modificaciones del Senado, con excepción del inciso tercero de la letra h), debido a que el Diputado señor Errázuriz solicitó votación separada.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobadas las modificaciones del Senado.
Se deja constancia de que las disposiciones de ley orgánica constitucional reunieron el quórum requerido.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña,
El señor MONTES ( Presidente ).-
El Diputado señor Maximiano Errázuriz ha pedido votación separada para el inciso segundo, que dice: “Esta solicitud deberá ser fundada y se presentará a la Fiscalía Nacional Económica dentro de los cinco días siguientes a la comunicación del requerimiento, cuyos efectos se suspenderán desde el momento en que se efectúe la respectiva presentación”.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobado el inciso.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña,
-Se abstuvieron los Diputados señores:
El señor MONTES (Presidente).-
Despachado el proyecto en su tercer trámite constitucional.
Tiene la palabra el Ministro señor John Biehl.
El señor BIEHL ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , quiero agradecer muy sinceramente el trabajo realizado por la Cámara. Se trata de un proyecto de gran interés para el Gobierno, que está en la línea de seguir avanzando para robustecer los valores de la competencia, las instituciones y nuestra democracia.
Muchísimas gracias señor Presidente y señores diputados.
-Aplausos.
MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS. Primer trámite constitucional.
El señor MONTES (Presidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley que modifica la ley general de Cooperativas.
Diputados informantes de las Comisiones de Economía, Fomento y Desarrollo, y de Hacienda, son el señor Tuma y el señor Jaramillo, respectivamente.
Antecedentes:
-Segundos informes de las Comisiones de Economía y de Hacienda, boletín Nº 855-03, sesión 41ª, en 10 de marzo de 1999. Documentos de la Cuenta Nºs 1 y 2, respectivamente.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Economía.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, el proyecto de ley se analiza en segundo trámite reglamentario.
Las modificaciones introducidas respecto del primer informe, se concentran en dos materias. Hay una observación fundamental que las Comisiones de Economía y de Hacienda tenían respecto del rol que les compete a las cooperativas en materia financiera.
El Concordato de Basilea, al que está suscrito Chile, sostiene que la intermediación financiera es la captación de recursos del público, aun por cuenta de patrimonio -es decir, incluso por aporte de capital- para destinarlo al otorgamiento de créditos. Éste es el caso de los bancos, sociedades financieras y también de las cooperativas. A pesar de que este acuerdo es una norma vinculante para Chile, el ordenamiento jurídico no ha recogido las directrices del concordato al excluir a las cooperativas de las actividades financieras y, por tanto, al no hacerles aplicables la legislación y la fiscalización establecidas para los demás agentes financieros.
Si bien la captación de recursos se puede efectuar sólo bajo la modalidad de aporte de capital, igualmente se entiende que la cooperativa de ahorro y crédito es un intermediario de institución financiera y, por tanto, le debiera ser permitida la actividad de intermediación financiera, es decir, autorizarla para que realice operaciones bancarias. En esta dirección se dirige la indicación formulada al artículo 2º aprobada por la Comisión de Hacienda y que perfecciona con limitación, a mi juicio, la propuesta de la Comisión de Economía, de permitir a las cooperativas participar en el sector financiero sin restricciones.
Digo que es insuficiente por cuanto la aplicación de las normas especiales que regulan la actividad financiera podrían permitir una interpretación limitada que, en virtud de la Ley de Bancos e Instituciones Financieras, obligaría a las cooperativas que realicen actividades financieras a constituirse como sociedades anónimas, perdiendo la naturaleza de la estructura de una cooperativa. Obviamente, esta interpretación sería contraria al espíritu del legislador, toda vez que se desvirtúa la naturaleza jurídica de estas entidades. Creo que en el Senado podemos hacer un esfuerzo por precisar la redacción de este artículo y despejar toda posibilidad de interpretación restrictiva para garantizar el ingreso de las cooperativas al sistema financiero como entidades de intermediación, armonizando nuestra legislación al Concordato de Basilea. La indicación de la Comisión de Hacienda posibilita perfeccionar la normativa, ahora en el Senado, para dar la oportunidad a estas entidades de desarrollar las actividades bancarias y financieras.
Es claro que debemos terminar con las actuales limitaciones discriminatorias a las cooperativas. En la actualidad, estas entidades sólo pueden realizar operaciones de crédito con los socios; es decir, respecto de las colocaciones, son cerradas, y respecto de las captaciones, abiertas, puesto que cualquiera puede ahorrar o depositar en una cooperativa. La actual legislación impide a las cooperativas participar en operaciones de intermediación, tales como comercio exterior, “factoring”, comisiones de confianza, actividad financiera bancaria y operar con cuentas corrientes, tarjetas de crédito. Entre otras limitaciones del actual sistema jurídico, también están impedidas para constituir sociedades de apoyo al giro, con lo cual se les imposibilita aprovechar economías a escalas.
Respecto de la estructura patrimonial de las cooperativas de ahorro y crédito, tampoco se respeta el Concordato de Basilea, por cuanto en el derecho chileno rige para las cooperativas el principio del “leverage”. Esto es, se les impide captar recursos del público por un monto superior a dos veces el total del capital y reservas. Esto contrasta con las condiciones en que operan las instituciones bancarias.
De hecho, la última reforma, de noviembre de 1997, a la legislación de bancos aprobada por el Congreso Nacional, estableció para la banca la exigencia patrimonial. Es decir, capital más reservas de un 8 por ciento como coeficiente de solvencia patrimonial calculado sobre el total de activos ponderados por riesgo.
Ese trato desigual que consagra nuestra legislación entre las entidades bancarias y las cooperativas establece, en definitiva, una ventaja en la disposición del capital en favor de los bancos ni más ni menos que de diez veces, lo cual constituye una limitación al desarrollo de las cooperativas de ahorro y crédito y un nuevo trato preferencial a la banca, lo que, a su vez, transgrede abiertamente el principio constitucional de trato igualitario entre los agentes que desarrollan una misma actividad económica, consagrado en el artículo 19, Nº 22º, de la Constitución Política. Esto permite la paradoja de que, por una parte, se le exija una fuerte solidez patrimonial a la cooperativa, pero, por otra, se limite su capacidad para captar recursos del público por la vía del ahorro y depósitos sin fundamento alguno, puesto que disponen de patrimonio suficiente para respaldar sus operaciones. Incluso, algunas poseen mayor capital que ciertos bancos y sociedades financieras. Estas restricciones imponen a las cooperativas condiciones o requisitos que, en definitiva, impiden el libre ejercicio del derecho a la libertad económica. Con ello, se lesiona en su esencia el principio del resguardo de las garantías constitucionales. Sólo así se explica la verdadera asfixia legal que se les impone a las cooperativas y que impide su normal desarrollo en el mercado.
Es cierto que la administración de estas entidades en la historia del país tiene antecedentes negativos; pero la banca chilena, como todas las instituciones bancarias del mundo, no es inmaculada respecto de la administración de su patrimonio y menos del daño a todo el sistema económico nacional. Esta discriminación jurídica afecta al sector socioeconómico más deprimido de la economía, el cual requiere mayor apoyo para participar en el proceso económico.
Más de medio millón de personas de la clase media y baja deposita mensualmente su dinero en las cooperativas de ahorro y crédito, y resulta absolutamente discriminatorio limitar la rentabilidad de sus fondos al impedirles participar en operaciones bancarias.
Es interesante observar que en el sector cooperativo de ahorro y crédito existe pleno apego a la legislación vigente, particularmente a la ley Nº 18.010, que limita las tasas de interés.
Por último, es bueno recordar que, durante el gobierno militar, las cooperativas permanecieron y se incorporaron de manera definitiva en los sistemas de bienestar de las Fuerzas Armadas. De hecho, la cartera vencida de las instituciones armadas es considerablemente menor, gracias al sistema de control y a los límites y procedimientos de cobros en descuentos por planillas que en ellas imperan.
Resulta contradictorio que en el modelo de economía abierto que Chile pregona a los cuatro vientos como exitoso, se mantenga en su seno privilegios para un sector de la economía, como es la banca, favoreciendo el desarrollo del negocio especulativo, la concentración del capital y la desigual distribución del ingreso.
Aquí hay un debate pendiente, y, desde este punto de vista, creemos pertinente la modificación planteada por la Comisión de Hacienda respecto del artículo 2º, tendiente, fundamentalmente, a permitir que las cooperativas no tengan una limitación en la realización de sus actividades económicas.
En el segundo informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, se hizo presente que la Comisión de Hacienda tomará conocimiento del numeral 104 del artículo 1º, que reemplaza el artículo 99 de la ley general de Cooperativas, por el cual se suprime el inciso cuarto de este artículo, que dispone que las cooperativas abiertas de vivienda no se beneficiarán de la exención y privilegios tributarios establecidos para otras cooperativas en la citada ley.
Por su parte, esta Comisión, en su segundo informe, sustituyó el artículo 2º de la ley general de Cooperativas, por una indicación cuya redacción es más genérica que la aprobada por la Comisión de Hacienda en su primer informe, la cual dispone que las cooperativas podrán realizar cualquier actividad, para lo cual deberán sujetarse a las normas tanto generales como especiales que las regulen.
Respecto del numeral 2 del artículo 1º, que sustituye el artículo 2º de la ley general de Cooperativas, esta Comisión rechazó la proposición de sustitución de la Comisión de Hacienda e insistió en el texto aprobado por dicha Comisión en su primer informe, y que es del siguiente tenor: “Aquellas que tengan por objeto la realización de las actividades que leyes especiales reservan a los bancos y entidades financieras, a las Administradoras de Fondos Mutuos, a las Compañías de Seguros y a las Administradoras de Fondos de Pensiones, se regirán por dichas leyes especiales y por la presente ley, aplicándose preferentemente aquellas en las materias propias de la actividad económica que desarrollen”.
Creemos que, en esta materia, en el Senado se abren las perspectivas para perfeccionar este artículo 2º.
En relación con la modificación del artículo 1º, Nº 104, referida al artículo 99 de la ley general de Cooperativas, se aprobó por unanimidad suprimir el inciso cuarto de dicha disposición, que establecía:
“Las cooperativas abiertas de vivienda no se beneficiarán de las exenciones y privilegios tributarios establecidos en la presente ley y su funcionamiento y fiscalización se regirá por las disposiciones que el reglamento deberá contener especialmente para ellas”.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Jaramillo, Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, daré lectura al segundo informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que modifica la ley general de Cooperativas y que representa un importante paso en la modernización del sistema cooperativo, adecuándolo para un funcionamiento más acorde con las necesidades del mercado actual.
En la 40ª sesión de la honorable Cámara de Diputados, de fecha 9 de marzo de l999, su Excelencia el Presidente de la República incluyó en la convocatoria de la actual legislatura extraordinaria de sesiones del Congreso Nacional el proyecto en informe.
Durante el estudio de este segundo informe asistió a la Comisión el señor Luis Sánchez Castellón , Subsecretario de Economía , Fomento y Reconstrucción.
En el segundo informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, se acordó que esta Comisión tomara conocimiento del numeral l04 del artículo 1º, que reemplaza el artículo 99 de la ley general de Cooperativas, por el cual se suprime el inciso cuarto de este artículo, que dispone que las cooperativas abiertas de vivienda no se beneficiarán de las exenciones y privilegios tributarios establecidos para otras cooperativas en la citada ley. Es decir, con dicha supresión se permite que las cooperativas abiertas de vivienda puedan contar con los privilegios tributarios y exenciones que favorecen a las otras cooperativas, con lo cual se perfecciona el mecanismo legislativo existente y se evita discriminar entre entidades de una misma condición jurídica. La eliminación del inciso cuarto permitirá a estas cooperativas, entre otros beneficios, convocar a otros interesados en sus proyectos habitacionales.
Por otra parte, la Comisión técnica, en su segundo informe, sustituyó el artículo 2º de la ley general de Cooperativas y aprobó una indicación cuya redacción es más genérica que la aprobada por la Comisión de Hacienda en su primer informe, la cual dispone que las cooperativas podrán realizar cualquier actividad, para lo cual deberán sujetarse a las normas tanto generales como especiales que las regulen.
Durante el trámite del proyecto en la Comisión de Hacienda, en su segundo informe, el Ejecutivo formuló una indicación para suprimir el artículo 112 bis, que dispone que las cooperativas de ahorro y crédito cuyos activos excedan las 50 mil unidades de fomento, quedarán sometidas a la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, respecto de las operaciones económicas que realicen en cumplimiento de su objeto.
El señor Sánchez Castellón , Subsecretario de Economía , en representación del Ejecutivo , explicó que el tema que se encuentra puesto en consideración de la Comisión -relacionado con las actividades y normativa aplicable a las cooperativas de ahorro y crédito para la vivienda que incursionen en el ámbito financiero- si bien es debatible, no ha resultado posible encontrar una solución de consenso en esferas de Gobierno, razón por la que se propone retirar la norma en discusión y no seguir postergando la aprobación de un proyecto que moderniza la actividad cooperativa en general.
En la Comisión se expresó la molestia por la falta de transparencia en la discusión del tema en cuestión y se planteó la disconformidad con la propuesta de establecer un trato diferente para las cooperativas que participen en el ámbito financiero respecto de otras entidades de similar naturaleza.
Se precisó, además, que las cooperativas de ahorro y crédito se encuentran sometidas a la fiscalización del Departamento de Cooperativas del Ministerio de Economía, facultades que el proyecto fortalece y amplía al ámbito financiero.
También se planteó una cierta preocupación respecto de los efectos de innovar en cuanto a las actividades de las cooperativas en el área financiera sin adoptar los resguardos adecuados por encontrarse comprometida la fe pública en dicho actuar.
Sometidos a votación los puntos en debate, en relación con el numeral 2 del artículo lº, que sustituye el artículo 2º de la ley general de Cooperativas, se acordó rechazar por 5 votos a favor y una abstención la propuesta de la Comisión técnica e insistir en el texto aprobado por esta Comisión en el primer informe, que es del siguiente tenor:
“Artículo 2º.- Las cooperativas pueden tener por objeto cualquier actividad lícita.
“Aquellas que tengan por objeto la realización de las actividades que leyes especiales reservan a los bancos y las sociedades financieras, a las Administradoras de Fondos Mutuos, a las Compañías de Seguros y a las Administradoras de Fondos de Pensiones, se regirán por dichas leyes especiales y por las de la presente ley, aplicándose preferentemente aquéllas en las materias propias de la actividad económica que desarrollen.
“La fiscalización y control de las cooperativas señaladas en el inciso anterior estará a cargo de la Superintendencia respectiva, en las materias y con las funciones y atribuciones propias de éstas, relativas al giro económico de la Cooperativa, pudiendo revocar su autorización de existencia por las causales que se indiquen en las leyes especiales que regulen las referidas actividades.
“Las cooperativas señaladas en el inciso segundo del presente artículo, no gozarán de ninguno de los privilegios y exenciones de carácter tributario que la presente ley contempla en beneficio de las cooperativas”.
Con el mismo espíritu del articulado anterior, la Comisión vela por que las cooperativas puedan ejercer, en una economía de libre mercado, todos los ciclos que se deriven de su ejercicio productivo y financiero. Las cooperativas no pretenden sustituir a bancos e instituciones financieras, pero sí llevar a cabo operaciones que las favorezcan a partir de su patrimonio activo. Todo ello sin desvirtuar su condición de sociedades que nacen de un concepto solidario y cuyo fin es propender al bienestar de sus socios.
En relación con el numeral 104 del artículo 1º, que reemplaza el artículo 99 de la ley general de Cooperativas, se rechazó por 5 votos a favor y una abstención suprimir el inciso siguiente:
“Las cooperativas abiertas de vivienda no se beneficiarán de las exenciones y privilegios tributarios establecidos en la presente ley y su funcionamiento y fiscalización se regirá por las disposiciones que el reglamento deberá contener especialmente para ellas”.
En relación con la indicación del Ejecutivo para suprimir el artículo 112 bis, se rechazó por 1 voto a favor, 4 votos en contra y una abstención.
Lo anterior se acordó en sesión de fecha 9 de marzo de l999, con la asistencia de los Diputados señores Pablo Lorenzini, Presidente; Rodrigo Álvarez, Julio Dittborn, Pablo Galilea, José García, Jaime Jiménez, Carlos Kuschel, Pablo Longueira, Carlos Montes, Waldo Mora, Jaime Mulet, José Miguel Ortiz y el Diputado informante que les habla, Enrique Jaramillo.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor José Miguel Ortiz.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, el 10 de noviembre de l992 ingresó a la Oficina de Partes de nuestra Corporación el proyecto que modifica la ley general de Cooperativas. O sea, se van a cumplir más de seis años y todavía no lo despachamos en primer trámite constitucional para que pase al Senado. Es lamentable la demora que ha tenido su tramitación en la Cámara de Diputados.
El proyecto contiene dos artículos con cientos de numerales. El mensaje con el cual ingresó apuntaba a algo muy importante para las cientos de cooperativas de nuestro país: generar condiciones propicias para que todos los sectores pudieran efectuar y potenciar su aporte al desarrollo social y económico al que todos los chilenos aspiramos.
Su objetivo central es crear las condiciones para que el máximo de la población participe en entidades esencialmente democráticas, como las cooperativas, y hacer posible que queden en igualdad de condiciones con el sistema financiero tradicional de nuestro país, que en los últimos años se ha profundizado, entre otros, con el avance de la tecnología de punta, que a las cooperativas de ahorro y crédito en especial las coloca en una situación bastante desmejorada.
No podemos olvidar que en los últimos 40 años se ha hecho posible que muchas familias chilenas tengan acceso a un crédito para obtener casa propia, sin que el sistema bancario chileno les pida hasta las huellas digitales.
Debido a eso, después de que lo despachemos en la Cámara, espero que en el Senado tenga un trámite más rápido; de lo contrario, el espíritu de los legisladores que plantearon este tema, y al que el Ejecutivo accedió, perderá toda vigencia.
Uno de los motivos por los cuales se presentó el proyecto derivó de la evaluación del sistema cooperativo chileno, en la que se llegó a la conclusión de que había retraso en relación con el desarrollo del país y la experiencia de otras naciones en que, hasta hoy, el sistema cooperativo ha dado excelentes resultados.
Respecto del cooperativismo, quiero hacer una reflexión, un recuerdo y un reconocimiento a las muchas instituciones estatales que hicieron posible la creación de este tejido social y, en especial, a la Iglesia Católica chilena, que dio la posibilidad de infraestructura, con personas que asesoraron a grupos modestos para emprender la creación de muchas cooperativas a lo largo del país.
El proyecto busca precisamente recoger la experiencia acumulada y los avances en otras latitudes en relación con esta materia.
El deseo de este mensaje era refundir en un solo cuerpo legal toda la legislación cooperativa dispersa en diversos textos, derogándose, en consecuencia, el decreto con fuerza de ley Nº 13, de 1968, de Agricultura, sobre cooperativas de campesinos; el decreto ley Nº 1.320, de 1975, sobre cooperativas abiertas de viviendas, y otras normas jurídicas de menor envergadura.
Con esta iniciativa se propone que el tipo jurídico cooperativa sea genérico, de modo que una de estas entidades pueda ser titular de cualquier tipo de empresa o actuar en cualquier actividad económica, salvo las limitaciones que impone la ley.
Es importante destacar que hace dos semanas, con insistencia de un grupo de parlamentarios de la Comisión de Hacienda, logramos colocarlo nuevamente en tabla para poner término al trámite.
Cabe hacer un reconocimiento al Subsecretario de Economía , señor Luis Sánchez Castellón , quien siempre ha hecho un seguimiento de este proyecto, pero que se ha encontrado con situaciones muy cruzadas que han entorpecido el desarrollo legislativo.
Los dos diputados informantes dieron a conocer los cambios con mucha claridad, por lo que sería ilógico repetir las modificaciones sustanciales que dio a conocer el Diputado señor Tuma al exponer el informe de la Comisión técnica, y las señaladas por el Diputado señor Jaramillo , informante de la Comisión de Hacienda.
Pero quiero recordar tres cosas para terminar mi intervención en nombre de la bancada Demócrata Cristiana. En primer lugar, cuando el proyecto ingresó al Congreso en 1992, su objetivo era estimular las iniciativas y el desarrollo de las potencialidades propias de la población interesada en participar u organizarse bajo la fórmula cooperativa. En segundo lugar, suprimir las disposiciones legales que entrabaran el funcionamiento de las cooperativas, dejando que la práctica y la aplicación de sus características esenciales, es decir, sus principios, fueran regulados por los estatutos y acuerdos internos de cada organización, conforme a sus procedimientos democráticos y a su realidad y funciones propias. Y, en tercer lugar, que en este cuerpo legal se les reconociera adecuadamente el objetivo económico, que también es consustancial a estas instituciones, a fin de que puedan aprovechar, sin mayores limitaciones, las oportunidades y los estímulos que el sistema económico les ofrezca, factor esencial para el desarrollo de la empresa de la cual la cooperativa es su titular.
Como ha sido tradición, desde que somos Partido Demócrata Cristiano, fundado en 1957, uno de los nortes fundamentales es consolidar el sistema cooperativo chileno, por lo cual, con mucha fuerza, los 38 diputados de nuestra bancada, a proposición de los jefes de la misma, votaremos favorablemente este cuerpo legal.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, son aspectos interesantes los contenidos de las indicaciones, de las cuales debemos sentirnos gratos, porque el hecho de que el proyecto estuviera un tanto dormido en las Comisiones aparentaba que no había interés en completarlo en un tiempo prudente.
La evolución económica obliga a dar respuesta a miles de afiliados a las asociaciones llamadas cooperativas, que, por supuesto, van en beneficio de cualquier índole económica.
Quiero enviar un mensaje al Senado, para que su aprobación constituya una simple urgencia, y hacer notar, como un agregado a los beneficios que esto significaría, el reemplazo del artículo 36 sustituido, que dice: “El saldo favorable del ejercicio económico, que se denominará remanente,...” -se podría haber dicho “utilidad”-, “...podrá destinarse a absorber las pérdidas acumuladas o, indistintamente, a constituir o incrementar fondos de reserva” -aquí viene lo interesante- “y/o ser distribuido en dinero entre los socios, según lo dispongan los estatutos o los acuerdos de la junta general de socios”.
Este artículo me parece muy interesante y moderno, porque pone de acuerdo al tiempo actual, en lo económico, a las cooperativas que, de alguna forma, en un inicio persiguieron lo que se está logrando después de muchísimos años: la innovación adecuada para el tiempo que se vive.
El Partido por la Democracia apoyará con su voto el proyecto.
He dicho.
El señor MONTES.-
Tiene la palabra el Diputado señor Edgardo Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente, deseo referirme a dos puntos del proyecto que, a mi juicio, tienen especial relevancia para fortalecer al movimiento cooperativo de nuestro país.
El primer punto tiene que ver con el fortalecimiento del organismo supervigilante de esta actividad. Pienso que el Departamento de Cooperativas, radicado en el Ministerio de Economía, debe cambiar en cuanto a su estructura y tomar un carácter distinto, que, junto con supervigilar, promueva el accionar de una actividad que, indudablemente, beneficia a sectores de menos recursos, los que, a través de las cooperativas, solucionan una serie de problemas que les impiden tener acceso a determinados bienes. Me refiero a la vivienda, al crédito y al consumo, es decir, a la multiactividad, en este último caso. No cabe duda de que la actual estructura supervigilante resulta débil en la perspectiva que señalo.
Entiendo que existe un compromiso del Gobierno para enviar al Senado un articulado respecto del organismo supervigilante. En consecuencia, deseo que el señor Subsecretario refrende dicho compromiso sobre esta materia, porque, en ese entendido, estaríamos votando favorablemente el proyecto.
El segundo punto dice relación con las exenciones tributarias. La verdad es que uno de los elementos vitales para fortalecer el movimiento cooperativo es que gocen de algunos elementos especiales en el marco tributario.
Por lo tanto, solicito que se voten separados los incisos cuarto y sexto del artículo 2º.
El inciso cuarto dispone que “Las cooperativas señaladas en el inciso segundo del presente artículo, no gozarán de ninguno de los privilegios y exenciones de carácter tributario que la presente ley contempla en beneficio de las cooperativas”.
Por consiguiente, anuncio mi voto en contra de este inciso, en la medida en que se vote en forma separada.
Lo mismo ocurre con el inciso sexto, que señala: “Las cooperativas abiertas de viviendas no se beneficiarán de las exenciones y privilegios tributarios establecidos en la presente ley y su funcionamiento y fiscalización se regirá por las disposiciones que el reglamento deberá contener especialmente para ellas”.
No me opongo a que exista una fiscalización especial establecida en un reglamento, pero sí estoy en contra de que exista una norma que impida que gocen de exenciones tributarias especiales.
Como entiendo que también hay otros parlamentarios que tienen la misma inquietud, solicito que se voten separadamente los incisos cuarto y sexto del artículo 2º, con el objeto de que las cooperativas puedan gozar de exenciones tributarias especiales para desarrollar su funcionamiento y, por esta vía, fortalecer su organización.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra el Subsecretario de Economía, don Luis Sánchez Castellón.
El señor SÁNCHEZ ( Subsecretario de Economía ).-
Señor Presidente , hemos tenido un muy extenso debate en relación con este proyecto de ley, y el Gobierno tiene el mayor interés en que esta iniciativa sea despachada y pueda concluir su tramitación en el honorable Congreso Nacional al más breve plazo.
Un conjunto de materias ha encontrado un amplio consenso entre los parlamentarios de todas las bancadas, pero otras -lo debo decir con honestidad- no han recibido el mismo trato, por lo que han suscitado un debate muy relevante, particularmente las que tienen que ver con las funciones o la naturaleza propia de las cooperativas que se desempeñan en el ámbito del ahorro y crédito y las cooperativas abiertas de vivienda.
El Gobierno entiende que hay una demanda parlamentaria muy significativa para abrir espacio al desarrollo del movimiento cooperativo, como una fórmula válida de organización de la producción y de los servicios de nuestra economía. No hay razón alguna para que las cooperativas no puedan cumplir una función significativa en el desarrollo económico del país. La orientación general de este proyecto de ley apunta efectivamente en esa dirección, es decir, en asimilar a las cooperativas, en sus más diversas formas de organización, a condiciones generales y de operación en nuestra economía; permitirles una adecuada inserción en el esquema económico vigente, y fortalecer la institucionalidad reguladora del sector cooperativo.
Los parlamentarios de las distintas Comisiones de la Cámara que han estudiado el proyecto han señalado que, en esta materia en particular, existe una amplia necesidad de fortalecer la capacidad reguladora y fiscalizadora de los organismos del Estado sobre la actividad de las cooperativas de ahorro y crédito y de las cooperativas abiertas de vivienda. El Ejecutivo no ha tomado aún una opción específica sobre esta materia, porque estamos estudiando el tema. Entendemos que hay distintas opciones, algunas de las cuales se han planteado en el debate parlamentario. Tenemos claro que existe la necesidad de fortalecer la institucionalidad pública que regula el sector cooperativo. Desde luego, no es suficiente la sola existencia de un Departamento de Cooperativas en el Ministerio de Economía. Nosotros estamos dispuestos a avanzar en una proposición legislativa, que sería presentada al Senado de la República, con el objeto de fortalecer esta institucionalidad. No estoy en condiciones de decir en este instante cuál va a ser esa opción, pero sí comprometo la opinión del Ejecutivo para enviar una propuesta institucional destinada a regular el sector cooperativo, particularmente el relacionado con las cooperativas de ahorro y crédito y con las cooperativas abiertas de vivienda, que mejore la situación actual, con una institucionalidad que sea capaz de supervigilar de una manera adecuada el desarrollo de esta actividad tan significativa para tantos miles de chilenos.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor René Manuel García.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , las cooperativas tienen por finalidad fortalecer a la gente que tiene más necesidades. He señalado muchas veces que lo que echa a perder la función de las cooperativas es la parte tributaria.
Me explico. Cuando un pequeño agricultor factura a una cooperativa, ésta, al hacer la venta, vuelve a facturar. Además, esos agricultores se ven obligados a mantener un contador para tramitar la devolución del IVA, cuyos honorarios, a veces, son mucho más altos de lo que van a recibir.
Estamos en el momento preciso para hacer un cooperativismo tributario, es decir, que la cooperativa facture por sus socios, de manera que, como ente, haga una sola facturación, con lo cual los socios ahorrarían, a lo mejor, el pago de doce a quince contadores, y tendrían un alivio tributario.
Al hablar de exenciones tributarias, no se trata de que aquellos no puedan recuperar el IVA. Lamentablemente, la ley que despachó el Parlamento es inoperante, por lo que ellos no han podido obtener la devolución del impuesto.
Por lo tanto, no es mala idea hacer esta excepción para los pequeños agricultores, sobre todo de la zona costera de la Novena Región y de aquellas partes del país cuyo principal problema es la comercialización. Como no tienen ninguna ayuda, ésta sería una buena medida para que pudieran comercializar en igualdad de condiciones que las demás personas.
Quiero decir a los honorables colegas que no representan zonas agrícolas en que se transan productos, que los agricultores los abaratan en un 18 por ciento si pueden recuperar el IVA, el que ahora se pierde en la mayoría de los casos. En consecuencia, éste no es un tema menor. Por eso me interesa que el señor subsecretario recoja esta inquietud, a fin de hacer alguna corrección en las disposiciones pertinentes para engranarlas con las que aplica Impuestos Internos.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Recondo.
El señor RECONDO.-
Señor Presidente, sólo haré un breve comentario general respecto del proyecto.
Básicamente, hemos apoyado las modificaciones que contiene el informe y, por cierto, vamos a votarlas favorablemente. Sin embargo, quiero comentar el sentido de las enmiendas planteadas.
No olvidemos que, desde hace bastante tiempo, las cooperativas viven una situación bastante difícil y complicada por una razón básica. El actual modelo económico ha hecho que, por la estructura de su figura jurídica, la cooperativa tenga muchas dificultades para competir con sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y algunas otras presentes en la actividad económica, las cuales, por su propia naturaleza, flexibilidad y dinamismo se han adaptado mucho mejor a las exigencias del mercado. Por lo tanto, los problemas de las cooperativas surgen de la rigidez de una figura jurídica que les ha impedido acomodarse y competir adecuadamente, razón por la cual han ido perdiendo espacio, capacidad y presencia en el mercado.
Con el proyecto se ha tratado de flexibilizar algunas normas que permitan a las cooperativas enfrentar mejor las condiciones que el mercado les impone y así poder competir con las figuras jurídicas correspondientes a otros actores económicos.
Sin embargo, en relación con lo planteado por el Diputado señor Riveros , me parece adecuado el artículo 2º, que señala que las cooperativas dedicadas a actividades financieras “no gozarán de ninguno de los privilegios y exenciones de carácter tributario que la presente ley contempla en beneficio de las cooperativas”.
Además, es absolutamente contraproducente para el sistema cooperativo que alguna que se dedique a actividades de tipo financiero, de administración de fondos mutuos o de compañías de seguros tenga exenciones, ya que eso significaría un incentivo justamente por las exenciones tributarias que se concederían. Sin embargo, dada su estructura, las cooperativas estarían en pésimas condiciones para competir en ese mercado y, por lo tanto, probablemente terminarían con falencias y se repetiría el problema que han tenido en forma permanente.
Me parece que está perfectamente establecido en el proyecto que todas aquellas cooperativas que asuman actividades económicas regidas por leyes especiales, deben actuar de acuerdo con la norma general. En ese sentido, el proyecto está bien y no considero oportuno ni beneficioso para las cooperativas hacerles excepciones de tipo tributario porque -reitero- se crearía un incentivo artificial para la creación de una figura jurídica que competiría en muy malas condiciones con las sociedades existentes o con cualquiera otra que quisiera entrar al mercado.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, este importante proyecto constituye una herramienta fundamental para los microempresarios que, a través del sistema asociativo, pueden potenciar de mejor manera el modo en que establecerán su introducción o participación en el mercado.
En estos momentos, estamos dilucidando, en segundo informe, dos observaciones que la Comisión de Hacienda ha formulado al proyecto originalmente aprobado por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo. Ésta estableció en el artículo 2º que las cooperativas pueden tener por objeto cualquiera actividad y deberán sujetarse a las normas generales o especiales que regulan la actividad que constituye su objeto y por las de la presente ley en aquello que sea propio de la naturaleza de la institución cooperativa. Con ello se expresa que las cooperativas pueden realizar cualquiera actividad que sea lícita, y si hay alguna que se rija por leyes especiales, deberán proceder de acuerdo con ellas.
Sin embargo, hay que hacer una precisión. La ley de Bancos y entidades financieras establece que esas entidades sólo podrán constituirse como sociedades anónimas, lo que hace que la cooperativa pierda la naturaleza de su propia estructura, con lo cual se desnaturaliza el objeto que el legislador quiere darle a través de este proyecto.
A mi juicio, deberíamos mantener el articulado aprobado por la Comisión de Economía, que deja las cosas bastante más abiertas, para que en el Senado establezcamos una disposición que permita a las cooperativas realizar actividades financieras y bancarias, sin perder su naturaleza, y que en todo lo demás se regirán por las leyes especiales. Es la única manera de potenciarlas efectivamente en ese sentido. Por esta razón, en mi opinión, corresponde aprobar el articulado como está y no introducir rigideces a la realización de actividades financieras y bancarias de las cooperativas.
El segundo tema dice relación con la sustitución del numeral 104 del artículo 1º, propuesta por la Comisión técnica. Hacienda insiste en el artículo que dispone: “Las cooperativas abiertas de vivienda no se beneficiarán de las exenciones y privilegios tributarios establecidos en la presente ley y su funcionamiento y fiscalización se regirá por las disposiciones que el reglamento deberá contener especialmente para ellas”.
En definitiva, estamos desincentivando a participar en una cooperativa abierta de vivienda a las personas o socios de ella que deseen hacerlo, puesto que se les niega la posibilidad de recibir exenciones y privilegios tributarios, tal como es el sentido de esta legislación.
Por esta razón, voy a votar favorablemente el texto aprobado por la Comisión de Hacienda en su primer informe; es decir, rechazaré la sustitución de la Comisión técnica, en cuanto a suprimir que las cooperativas abiertas de vivienda puedan beneficiarse de tales exenciones y privilegios. En consecuencia, mantenemos estos beneficios. Por lo demás, aquí estamos impidiendo a esos cooperados ser beneficiarios de alguna exención tributaria, en circunstancias de que, a lo mejor, se demoraron en construir o realizar su proyecto en un paño de terreno determinado. ¿Por qué razón esos propietarios, a través de esta forma de cooperativa, van a perder ese beneficio? Ese hecho se contradice con el espíritu de las diversas bancadas, ya que hemos establecido nuestro compromiso con el mejoramiento de un proyecto de ley que signifique realmente un instrumento de desarrollo y de potenciamiento a esta forma de asociatividad.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Caminondo.
El señor CAMINONDO.-
Señor Presidente, desde su creación, el cooperativismo ha tenido gran importancia en la materialización de políticas y estrategias de desarrollo en nuestro país. Su importancia queda demostrada por la fuerte presencia que ha tenido en los sectores agrícolas, de ahorro y crédito, de vivienda, eléctrico, etcétera.
De acuerdo con los antecedentes entregados a la Comisión, el 20 por ciento de las viviendas sociales que se construyen en el país se realizan a través de cooperativas. El 25 por ciento de los subsidios habitacionales, que adjudica el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, son empleados a través de una cooperativa.
En el área pisquera, el 95 por ciento de la producción de uva pisquera y la comercialización del pisco es controlada por cooperativas. El 17 por ciento de la producción vinífera es hecha por cooperativas dedicadas al rubro.
En el ámbito agrícola, el 14 por ciento de la producción lechera es entregada en plantas elaboradoras que controlan cooperativas especializadas.
Asimismo, el 27 por ciento de la distribución eléctrica rural se realiza por cooperativas.
En mérito de lo señalado, hemos compartido el fomento y desarrollo que ha tenido el cooperativismo y concordamos en la necesidad de modernizar y de refundir en un solo texto la legislación vigente en esta materia. Sin embargo, creemos necesario puntualizar algunos aspectos.
Como todos sabemos, nuestra institucionalidad fomenta y facilita la libre iniciativa privada y entrega las herramientas necesarias para que las personas puedan asociarse en la búsqueda de objetivos comunes. Por tanto, al Estado le corresponde incentivar la participación privada en el progreso y desarrollo del país, ya sea en forma individual o colectiva.
El proyecto procura dotar a las cooperativas de un marco jurídico adecuado, recogiendo e incorporando en su texto normas actualmente aplicadas a las asociaciones gremiales, sociedades anónimas y cooperativas. Facilita e incentiva la formación o constitución de cooperativas, simplificando enormemente los procedimientos destinados a obtener personalidad jurídica y estableciendo una serie de incentivos y privilegios tributarios. Otorga a las cooperativas -según su artículo 44, que sustituye el 54 de la ley general de Cooperativas- un conjunto de beneficios económicos para fomentar este tipo de persona jurídica.
Entre los incentivos tributarios, merecen destacarse los siguientes:
Los socios de las cooperativas no pagan el impuesto de primera categoría a la ley de impuesto a la renta por el interés de sus aportes de capital, y el aumento del valor nominal de los aportes de capital y cuotas de ahorro y la devolución de excedentes originados en operaciones con los socios están exentos de todo impuesto.
El proyecto, manteniendo la normativa actual, permite que las personas naturales tengan hasta un 20 por ciento del capital de una cooperativa. Asimismo permite que las personas jurídicas, sin fines de lucro, tengan hasta un 50 por ciento del mismo.
Sin embargo, de acuerdo al proyecto, estas limitaciones no son aplicables a las personas jurídicas de derecho público, quienes podrían poseer la totalidad del capital de la cooperativa. Lo anterior podría conducir a que personas jurídicas de derecho público y organismos del Estado puedan, sin una autorización legal expresa otorgada por ley de quórum calificado, tener aportes de capital de una cooperativa hasta en un 50 por ciento, pudiendo de este modo ejercer encubiertamente actividades empresariales, con lo que se violaría la Constitución y el principio de rol subsidiario que el Estado debe ejercer.
El proyecto también entrega nuevas atribuciones a los tribunales de justicia en relación con los conflictos jurídicos que se plantean entre los socios y entre éstos y las cooperativas (artículo 24 bis), y con los reclamos que se presenten en contra de las resoluciones o actos del Departamento de Cooperativas.
Señor Presidente , anuncio mi voto favorable a este proyecto, ya que, aun cuando no recoge todos nuestros planteamientos, favorece a las cooperativas del país.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El acuerdo que tomamos al inicio de la sesión fue que la votación de este proyecto se realizará al final del Orden del Día.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor MONTES (Presidente).-
Corresponde votar en particular el proyecto de ley que modifica la ley general de Cooperativas.
Por no haber sido objeto de indicaciones ni de modificaciones, se declaran aprobados reglamentariamente los siguientes artículos:
Artículo 1º, numerales 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 37, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 85, 86, 87, 88, 90, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 142, 144, 145, 146, 148, 149 y 150.
El artículo 2º del proyecto se encuentra en idéntica situación reglamentaria.
Para simplificar la votación particular, sugiero a la Sala votar en conjunto el resto de los numerales, con excepción de los modificados por la Comisión de Hacienda.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
En votación los numerales restantes.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobado el resto de los numerales.
Se deja constancia de que el numeral 143, que tiene carácter de ley orgánica constitucional, ha reunido el quórum requerido.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña,
El señor MONTES ( Presidente ).-
Corresponde votar la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en reponer, en relación con el numeral 2 del artículo 1º, el artículo 2º aprobado por dicha Comisión en el primer informe.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 64 votos. No hubo abstenciones.
El señor MONTES (Presidente).-
Rechazada la indicación de la Comisión de Hacienda.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Correa,
-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Acuña,
El señor MONTES ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará con la misma votación el texto propuesto por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo.
Aprobado.
Corresponde votar la indicación de la Comisión de Hacienda, que rechaza la supresión, en el numeral 104 del artículo 1º, sustitutivo del artículo 99 de la ley general de Cooperativas, del inciso que se refiere a las cooperativas abiertas de vivienda.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 57 votos. Hubo 1 abstención.
El señor MONTES (Presidente).-
Rechazada la indicación de la Comisión de Hacienda.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Correa,
-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Acuña,
-Se abstuvo la Diputada señora
El señor MONTES ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará con la misma votación el texto propuesto por la Comisión de Economía.
Aprobado.
Terminada la discusión del proyecto.
Ha terminado el tiempo del Orden del Día.
VII. PROYECTOS DE ACUERDO
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora María Antonieta Saa.
La señora SAA .-
Señor Presidente , quisiera pedir la unanimidad de la Sala para poder tratar hoy el proyecto de acuerdo referente a la situación de las mujeres en Afganistán, que fue presentando hace dos semanas.
El señor MONTES ( Presidente ).-
No hay acuerdo, señora diputada .
EXENCIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES A SEDES DE PENSIONADOS, JUBILADOS Y MONTEPIADAS. (Votación).
El señor MONTES (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 198 -debe votarse por última vez- de los señores Rojas, Alvarado, señora González, doña Rosa; señores Delmastro, Bertolino, Pérez, don Víctor; Masferrer y Alessandri, que en su parte resolutiva dice:
“Solicitar al señor Presidente de la República , para que en uso de sus atribuciones envíe al Congreso Nacional un proyecto de ley que exima del pago de contribuciones de bienes raíces a todas las sedes de los pensionados, jubilados y montepiadas del país”.
El señor MONTES (Presidente).-
En votación.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente, por un asunto de Reglamento.
Hubo sólo veintiséis votos y hay más diputados en la Sala. ¿Por qué no pide que se aplique el Reglamento para que voten más parlamentarios?
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, podríamos votar nuevamente la iniciativa.
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , no se requiere acuerdo al efecto, sino aplicar el Reglamento, en el sentido de llamar por segunda vez a los señores diputados cuando no se alcanza la votación y, después, esperar cinco minutos
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , el trámite ya se hizo y se votó por última vez. Pedí el asentimiento de la Sala para votar nuevamente, pero no hay acuerdo.
PETICIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE DETENIDOS POR HECHOS DE VIOLENCIA EN RECINTOS DEPORTIVOS.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al segundo proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 199, de los señores Rojas, Alvarado, señora González, doña Rosa; señores Bertolino, Pérez, don Víctor; Delmastro, Masferrer y Alessandri:
Introducción:
El 24 de agosto de 1994, se promulgó la ley Nº 19.237, que fija normas para la prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional. Esta ley que fue publicada en el Diario Oficial el 31 de agosto de 1994, comúnmente conocida como ley de violencia en los estadios, ha experimentado dudas sobre su efectividad, puesto que no han disminuido los hechos de violencia en recintos deportivos, y según informaciones de la prensa, son escasas las personas procesadas por los delitos tipificados en la misma. De acuerdo a lo anterior, los diputados firmantes venimos en plantear el proyecto de acuerdo que a continuación se detalla.
“Considerando:
1. Que es deber del Estado velar por la seguridad de todos los chilenos, especialmente en aquellos lugares donde se congrega una gran cantidad de público.
2. Que los lugares donde se reúne usualmente una gran cantidad de personas es en los recintos deportivos, específicamente en los partidos de fútbol profesional.
3. Que desde la dictación de la ley de violencia en los estadios, los hechos de violencia como daño a la propiedad pública y privada, lesiones a personas y riñas, no han disminuido, a pesar de la plena vigencia de la señalada ley.
4. Que, además, las personas se ven afectadas en su tranquilidad al asistir a encuentros de fútbol profesional, siendo que por naturaleza su asistencia junto a su familia tiene objetivos de sana entretención y esparcimiento.
5. Que resulta necesario evaluar la ley de violencia en los estadios, como la eficacia de las medidas administrativas necesarias para aplicarla.
Por tanto,
La honorable Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al señor Presidente de la República que informe a esta Cámara el número de detenidos por hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional y cuántos de ellos han sido puestos a disposición del tribunal competente, todo ello desde que entró en vigencia la ley Nº 19.237 hasta la fecha. Asimismo que informe a esta Cámara si existe una evaluación acerca de la efectividad de la señalada ley y, en caso de existir, que remita dicha evaluación a la Cámara de Diputados”.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rojas para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
El señor ROJAS.- Señor Presidente , el proyecto de acuerdo apunta a que tengamos la información necesaria para evaluar nuestra acción legislativa.
La posibilidad de contar con estadísticas que nos permitan saber lo que está sucediendo con normas legales, en este caso relacionadas con el deporte, es importante para atacar las debilidades que, como Corporación, tenemos frente a esas situaciones. Además, esas estadísticas son esenciales para permitir el desarrollo de un deporte tan lindo, como es el fútbol, y evitar que se siga dando la actual problemática social, en la que, por temor a situaciones anómalas realizadas por barras, vándalos o delincuentes, la gente no va a los estadios, como corresponde, a ver el fútbol profesional.
He dicho.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Para impugnar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el Diputado señor Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente, aunque comparto el espíritu de este proyecto de acuerdo, creo que adolece de algunos errores.
Me parece inadecuado solicitar al Presidente de la República información sobre el número de detenidos por hechos de violencia en recintos deportivos desde que entró en vigencia la ley Nº 19.237 hasta la fecha, ya que a él no le corresponde llevar este tipo de antecedentes o estadísticas. La alternativa correcta sería dirigir el oficio a los tribunales de justicia o al ministro del Interior , quien es el encargado del orden y de la seguridad pública.
Como está redactado el proyecto de acuerdo, es improcedente votarlo a favor.
He dicho.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el Diputado señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , coincido con el planteamiento del señor diputado que me antecedió en el uso de la palabra, en el sentido de que el proyecto de acuerdo está mal formulado al pedir información al Presidente de la República , ya que el encargado del orden interno es el ministro del Interior . Estaría bien si se solicitara que “el Presidente pidiera al ministro del Interior ”. En caso contrario, se estaría pasando a llevar su autoridad. Sin embargo, la finalidad de la iniciativa es buena.
Por ello, por compartir su fondo, pero no la forma, recomiendo su retiro y hacer una nueva presentación.
He dicho.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 7 votos. Hubo 4 abstenciones.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación.
Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa para plantear un asunto reglamentario.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente , el Diputado señor Rojas ofrece retirar el proyecto de acuerdo y ponerse de acuerdo en una redacción común.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , ello no es posible, porque ya se está votando.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 1 abstención.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
No hay quórum.
Se va a llamar a los señores diputados durante cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
En votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
La Mesa tiene dudas sobre su resultado. Se va a repetir la votación.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
De nuevo no ha habido quórum.
Por lo tanto, la votación del proyecto de acuerdo queda pendiente para la próxima sesión ordinaria.
VIII. INCIDENTES
MEDIDAS FRENTE A INCENDIOS FORESTALES. Oficios.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido por la Democracia.
Tiene la palabra el Diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe).-
Señor Presidente , en febrero pasado, la Octava Región fue duramente azotada por incendios forestales, cuyas causas se investigan, que causaron daños económicos y sociales -cientos de niños están sin aulas- en las comunas de Florida, Cabrero , Quillón , Coelemu y Bulnes . Fueron arrasadas por el fuego ocho escuelas y más de ciento cuarenta viviendas de campesinos y pequeños propietarios, que han quedado en la calle, indefensos, en una situación muy crítica.
Frente a estos hechos, es muy importante que, en lo sucesivo y dentro de los seguros que contratan las empresas forestales para resguardar sus bosques, se incluyan las escuelas y las casas de pequeños propietarios.
Por eso, solicito que se envíen oficios, en este sentido, a los ministros del Interior y Secretario General de la Presidencia.
Además, para que se provea de recursos a las municipalidades de las comunas que fueron afectadas, de manera que, lo antes posible, puedan atender las necesidades de las escuelas, en su mayoría, uni y bidocentes.
Pido a mis colegas que adhieran a mi petición.
He dicho.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Ortiz , Salas , Sánchez , Tuma , Navarro y Velasco .
INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PARA AUTORIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN FORESTAL. Oficio.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , hace poco en el fundo España, que es una comunidad, ubicado en Teodoro Schmidt, Novena Región, con una subdivisión pendiente, se autorizó una explotación forestal. La empresa Mininco , a través de una empresa subsidiaria, adquirió parte de esta sociedad comunitaria.
Es decir, sus títulos no están regularizados. Sin embargo, la Conaf autorizó un plan de manejo simple o un plan de manejo forestal, en circunstancias de que cualquier pequeño agricultor, con el fin de obtener su autorización para un plan de manejo simple, debe, al menos, acreditar la posesión de los títulos.
En este caso, tengo la certeza de que dicha empresa carece de títulos. Por lo tanto, la Conaf mal pudo haber autorizado la explotación forestal. Entiendo que sólo se le hizo entrega de facturas y guías de despacho.
Por eso, pido que se oficie al ministro de Agricultura , para que remita la información del caso y diga si se ha cumplido con la legislación para la autorización de explotación forestal por parte de la Conaf.
He dicho.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Felipe Letelier , Sánchez , Jaramillo , Naranjo y Navarro .
PREOCUPACIÓN POR HECHOS OCURRIDOS EN PARAGUAY. Oficio.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
El turno siguiente corresponde al Comité Socialista.
Tiene la palabra el Diputado señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, nos preocupan los hechos que ocurrieron la semana recién pasada en Paraguay.
Es evidente que el proceso democrático paraguayo está viviendo serios trastornos, lo cual es propio de una transición que no llega a buen término; cuando se espera que muera todo lo que debe morir y nazca todo lo que debe nacer. La muerte del Vicepresidente , don Luis María Argaña , demuestra que en ese país el sistema democrático no está aún claramente profundizado.
Por ello, pido que se oficie al Ministro de Relaciones Exteriores , en nombre de la Cámara de Diputados, para expresarle nuestra más profunda preocupación por los hechos acaecidos y nuestros deseos de que en ese país se restablezca plenamente el sistema democrático.
He dicho.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado por el señor diputado ?
Acordado.
RETRASO EN INSTALACIÓN DE POSICIONADORES SATELITALES EN BARCOS PESQUEROS. Oficios.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Navarro.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , como los honorables diputados saben, la ley Nº 19.521 establece la obligatoriedad de instalar un posicionador satelital en los barcos pesqueros, a fin de ejercer mayor control en la pesca y así cuidar recursos en grave peligro de sobreexplotación, como el jurel.
La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, encargada de la supervisión y control del sistema, llamó a una licitación internacional en enero último, con el objeto de adquirir los equipos que permitan efectuar el monitoreo de los buques que realizan labores de pesca en nuestras aguas territoriales, pero fue declarada desierta el 4 de febrero recién pasado. Sin duda, esa decisión va a producir un retraso, pero lo que no está del todo claro son los motivos que impulsaron a la Directemar a declarar desierta la propuesta.
Cuando se discutió el proyecto de ley en la Cámara de Diputados se enfatizó la urgente necesidad de realizar dicho control, el cual se efectuaría en dos etapas. En la primera, que entraría en función a contar del 1 de mayo de l999, se haría un rastreo satelital a aproximadamente 120 naves pesqueras y, en la segunda, en dos años más, al total de la flota industrial, o sea, a 550 naves.
La crisis del jurel, importantísimo recurso que da miles y miles de empleos, hace urgente y necesario que el sistema entre en vigencia a la mayor brevedad.
Por lo anteriormente señalado, pido que se oficie, en mi nombre, al Ministerio de Defensa, a fin de que consulte a la Directemar sobre los motivos que tuvo para declarar desierta esa licitación, en qué fecha se hará el nuevo llamado y cuándo estima que se dará pleno cumplimiento al proyecto aprobado por este Congreso, hoy ley de la República.
Me preocupa que una dilación en la puesta en marcha del sistema, ya agobiada por el retraso en la dictación del reglamento, redunde en definitiva en incumplimiento de la ley, situación que sería altamente grave.
También solicito que se oficie a la Contraloría General de la República , a fin de que nos informe si se están cumpliendo los plazos establecidos en la ley y cuál sería la incidencia de las prórrogas.
He dicho.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión del Diputado señor Velasco .
TERMINACIÓN DE OBRAS DE ACCESO SUR AL PUERTO DE VALPARAÍSO. Oficio.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
En cumplimiento del acuerdo entre el Comité Mixto y el Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el Diputado señor Gonzalo Ibáñez.
El señor IBÁÑEZ .-
Señor Presidente , el desarrollo del puerto de Valparaíso se ha transformado en un problema vital y necesario para nuestra afligida zona, dado que la continua pérdida de competitividad que nos afecta está repercutiendo en un constante incremento de la tasa de cesantía, hoy la más alta del país.
Uno de los factores que afecta dicha competitividad es lo difícil que resulta a los camiones llegar al puerto, pues deben transitar por vías urbanas saturadas de tráfico, como las Avenidas Argentina y España, lo cual, aparte de entorpecer el tránsito local, demora innecesariamente el flujo de las mercancías que ingresan al puerto o salen de él.
Para resolver el problema, el Gobierno optó por el llamado acceso sur al puerto de Valparaíso, que comienza en el sector de Placilla y discurre a través del antiguo camino de La Pólvora hacia Puertas Negras, en el sector alto de Playa Ancha. Desde ahí, los vehículos en general bajan hacia el puerto en un itinerario realmente complicado y de muy difícil realización, atendido lo abrupto del terreno en ese lugar.
El Gobierno ha efectuado valiosas inversiones en tal sentido y pronto se terminará el asfaltado y remodelación de la primera etapa del camino de La Pólvora, es decir, la parte alta, todo lo cual constituirá un aporte al desarrollo de Valparaíso especialmente en esa zona. Pero, para continuar hacia el puerto, ahora se requiere efectuar la obra fundamental: construir el camino para bajar desde Playa Ancha hacia el puerto mismo, lo cual significará construir dos túneles y varios puentes para salvar las dificultades naturales que presentan varias quebradas de dicha área. Ello exige invertir aproximadamente 140 millones de dólares.
Sin embargo -y esto es lo sorprendente-, hasta la fecha no se ha terminado el estudio de ingeniería de dicha obra. Es insólito que se haya comenzado y esté prácticamente terminado el tramo que he señalado sin saber si se puede llevar a cabo la segunda parte, la más complicada y cara.
Nuestra zona tiene el desgraciado precedente del colector de Esval, donde movió a escándalo el hecho de que para hacer viable un proyecto planeado con un presupuesto determinado, en definitiva hubo que gastar cuatro veces lo que se pensó originalmente. El acceso sur a Valparaíso está en una situación similar y puede repercutir en nuestro erario de una manera muy dolorosa. También está el caso de la cuarta etapa de la Avenida España, cuyos estudios de ingeniería todavía están por empezar.
Conjuntamente con el proyecto del acceso sur, se propuso una alternativa por el sector norte de Valparaíso, o Cabritería, con un costo de alrededor de 10 millones de dólares. Desgraciadamente, el Gobierno desechó la opción por motivos que no es del caso tratar ahora, pero ante la eventualidad de que no se pueda realizar el acceso por el sur a Valparaíso a un costo razonable, creo que se debe volver a pensar en esa alternativa.
Por ello, pido que se oficie al ministro de Obras Públicas para que en el plazo más breve nos informe acerca de la situación en que se encuentra el proyecto del acceso sur al puerto de Valparaíso, cuándo se iniciarían las obras y, en caso de que se descartaren o resultaren excesivamente caras, sobre la posibilidad de revitalizar el proyecto de acceso por la quebrada de Cabritería.
He dicho.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
RECONOCIMIENTO A LOS PEQUEÑOS MINEROS.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Molina.
El señor MOLINA .-
Señor Presidente , las imágenes televisivas del angustioso rescate de tres pirquineros de la mina San Andrés, en la comuna de Andacollo, nos han remecido y deben hacer despertar nuestra conciencia sobre la difícil situación que afecta a miles de pirquineros en el norte de nuestro país.
La pequeña minería se encuentra prácticamente en el suelo. Esos pequeños y esforzados mineros bajan a los piques para extraer el mineral -a pesar del costo que les significa y de los valores que les pagan por el mineral-, arriesgando sus vidas, para mantener a sus familias.
Esta realidad que hemos podido apreciar, lamentablemente con hechos tan dramáticos, no es otra cosa que la falta de una política clara por parte del Estado en cuanto a las medidas que se deben tomar respecto de esta actividad.
Se debe señalar con claridad que estamos ante una actividad que no es productiva y respecto de la cual el Estado debe asumir un rol subsidiario, a fin de generar la reinserción de los pirquineros de comunas como Andacollo, Illapel, Punitaqui, y tantas otras, donde miles de chilenos viven dramáticos momentos.
Señor Presidente , quiero rendir un homenaje a todos los pequeños mineros del país, representados simbólicamente en aquellos tres pirquineros cuyas vidas fueron salvadas en forma milagrosa: Remigio Aguilera , Arturo Herrera y Guillermo Rojas, chilenos que tratan de subsistir y de alimentar a sus familias con el producto obtenido en una tarea tan difícil y dura como es la pequeña minería.
He dicho.
El señor MESÍAS (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra al Comité de la UDI, hasta por dos minutos.
Ofrezco la palabra.
EFECTOS DE DETERMINACIÓN DE ÍNDICE DE VULNERABILIDAD DE ESTUDIANTES DE ENSEÑANZA BÁSICA Y MEDIA. Oficios.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el Diputado señor Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente , hablaré en mi nombre, en el de quien ocupara la Presidencia de la Comisión de Educación de esta Cámara, Diputado señor Sergio Velasco , y en el de los Diputados señores Carlos Olivares y Exequiel Silva .
Deseo referirme en esta oportunidad a los efectos que está produciendo en diversas escuelas del sistema municipalizado y subvencionado, la encuesta aplicada por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas a los primeros básicos y medios, destinada a determinar el índice de vulnerabilidad de los estudiantes de enseñanza básica y media.
A pesar de que en 1999 el monto global de raciones alimenticias ha subido, en muchas escuelas se produce el hecho contrario. Vale decir, han disminuido dichas raciones, con el consiguiente impacto para el estudiantado y sus familias.
Particular efecto produce esta situación en escuelas que han asumido la jornada completa dentro del marco de la reforma educacional, en el entendido de que dicha jornada asegura la alimentación de los estudiantes. Por lo demás, éste ha sido un elemento gravitante en el éxito de la implementación de tal programa en diversos establecimientos.
En mi distrito he podido comprobar personalmente las consecuencias negativas que la disminución de apoyo alimenticio conlleva para los afectados y para la marcha de los programas de reforma para la unidad educativa en su conjunto.
A este respecto, puedo mencionar lo que ocurre, con especiales características, en el ámbito rural, en escuelas de la comuna de Buin y en localidades como Valdivia de Paine y Viluco. En este último lugar, por ejemplo, la escuela F 817, en la cual se educan en la actualidad cerca de cuatrocientos cincuenta niños, en 1998 tenía apoyo alimenticio para todos los alumnos; en 1999, a raíz de la aplicación de la señalada encuesta, por estar el índice de vulnerabilidad bajo el cincuenta por ciento en el primer año básico, el colegio en su conjunto vio disminuir las raciones alimenticias a menos de doscientas.
Es comprensible la irritación que esta situación ha producido en toda la comunidad educativa. No escapa a nuestra preocupación que éste es un año de restricciones económicas, lo que afecta con especial fuerza a los sectores de menores ingresos, que son precisamente los que acuden a la educación municipalizada y particular subvencionada.
Por las razones expuestas, solicito se envíe oficio al ministro de Educación , con carácter de urgente, a fin de que ordene revisar la encuesta aplicada a los primeros años de educación básica y media, destinada a determinar índices de vulnerabilidad, con efecto para el conjunto de los estudiantes de una unidad educativa. A la vez, a fin de que adopte medidas inmediatas para que ninguna escuela básica o establecimiento de enseñanza media sufra disminución en sus raciones alimenticias en relación con el año anterior. Esto es, a modo de ejemplo, si un establecimiento recibía raciones para el total de su matrícula en 1998, que así ocurra también en 1999.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Se enviará el oficio solicitado.
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
En nombre de la Cámara.
El señor MONTES (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado, en nombre de la Cámara.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, solicito que el oficio también le sea enviado al ministro de Hacienda, a fin de que entregue los recursos necesarios.
El señor MONTES (Presidente).-
Se enviará el oficio solicitado, en su nombre, señor diputado.
INFORMACIÓN SOBRE EVENTUAL TRASLADO DE RETENES DE CARABINEROS DE LOCALIDADES DE LA SEXTA REGIÓN. Oficios.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rincón.
El señor RINCÓN .-
Señor Presidente , intervengo para solicitar que se oficie a los ministros de Defensa Nacional y del Interior , con el objeto de que nos informen sobre el eventual traslado de los actuales retenes de las localidades de Popeta, Millahue y Huacarhue, de la Sexta Región. Asimismo, que se les haga presente nuestra preocupación y la de sus habitantes, porque, de concretarse tal medida, las dotaciones de dichos retenes serían trasladadas a las capitales de las comunas en que estén sitas, es decir, Rengo , Coínco y Quinta de Tilcoco , respectivamente. Se trata de localidades con sectores rurales densamente poblados, como Popeta, cuyo retén sirve a Cerrillos, La Chimba, Las Nieves, etcétera, y que, al igual que los otros dos, prestan servicios por muchos años en esa zona.
Por este motivo, solicito que se oficie a los ministros de Defensa e Interior , en atención a las funciones que a ambos les corresponden sobre el tema, para que envíen a la Cámara la información recabada.
He dicho.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión del Diputado señor García-Huidobro .
RECONOCIMIENTO POR DESIGNACIÓN EN LA PRIMERA VICEPRESIDENCIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Mario Acuña.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente , honorables diputados, ante este gran honor que la Cámara de Diputados me ha conferido al elegirme como su Primer Vicepresidente , permítaseme expresar mis agradecimientos al Partido Demócrata Cristiano, cuyos valores humanistas y cristianos abracé desde joven, y en el que he militado durante toda mi vida; a los restantes partidos de la Concertación de partidos por la democracia, y también a los partidos de la Oposición, porque anhelo ejercer esta responsabilidad sin distinción alguna, esforzándome por atender todas sus demandas.
Tengo muy presentes, además, en este trascendental momento, en forma muy especial, a mi querida esposa, a mis hijos, a mis padres y hermanos, por el estímulo y apoyo que siempre me han otorgado.
Entiendo muy bien que, como Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados, formaré parte de una Mesa, es decir, de un equipo de trabajo, en el cual nos corresponderá actuar en conjunto. En ese sentido, pueden tener la certeza, el honorable Presidente y Segundo Vicepresidente , de que encontrarán en mí un leal y esforzado colaborador.
Desde mi propia perspectiva, deseo aportar, como pensamiento y acción, que nuestra Corporación acentúe todavía más su trabajo legislativo y su eficacia, animado del propósito de recuperar, en plenitud, toda la credibilidad que debe despertar, día a día, en la comunidad.
La democracia es un sistema siempre perfectible. A quienes nos confesamos demócratas y actuamos como tales, nos asiste el imperativo moral de velar por que este sistema, en forma permanente, responda a las angustias y a las esperanzas del hombre común.
La forma como este sistema asume sus compromisos sociales, económicos, culturales y políticos, constituye, precisamente, la mejor e insustituible garantía de su plena vigencia. Por el contrario, cuando se desatienden las demandas populares o cuando nosotros, los actores políticos, ejercemos las tareas con irresponsabilidad y liviandad, estamos incubando nuestro propio desprestigio y socavando los cimientos mismos del sistema.
Como Cámara de Diputados y, como tal, componente del Poder Legislativo, tenemos un rol irreemplazable en el desarrollo político y socioeconómico, el cual debemos asumir plenamente.
Nuestro país está dotado de muchos recursos naturales. Disponemos, asimismo, de un envidiable contingente de recursos humanos, que concita la admiración en todas las latitudes. Entonces, nosotros, depositarios de la soberanía popular, como legisladores, tenemos que hacerla nuestra, esto es, afianzar el creciente desarrollo que el país anhela, legislando convenientemente y adecuando el quehacer de las instituciones de servicio público, para que cumplan eficientemente su cometido.
A esta tarea legislativa, al parecer inmensa, pero que, a la vez, luce noble y hermosa, me siento profundamente incorporado desde que ingresé a esta Cámara de Diputados por voluntad de la ciudadanía del distrito 52. Siete comunas - Villarrica , Cunco , Curarrehue, Gorbea , Pucón , Loncoche y Toltén-, en cada una de las cuales diariamente se agitan vicisitudes y se anidan sueños, conforman el distrito que, a mucha honra, represento. En este instante tan especial y emotivo, proclamo que he asumido, como Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados, pensando en sus mujeres, sus hombres y su juventud, con quienes me siento comprometido. Asimismo, me asiste el recuerdo de mi colegio, el Colegio Sagrados Corazones de Concepción, y la inolvidable etapa como estudiante de la Universidad Austral de Chile, donde tuve el honor de presidir su Federación de Estudiantes, que me posibilitó cimentar mi voluntad como servidor público.
Todo ello, en consecuencia con las opciones que asumí como militante democratacristiano: de anteponer la generosidad al egoísmo, la autenticidad a la falsía y la rebeldía al conformismo.
He dicho.
-Aplausos.
DEFICIENCIAS TÉCNICAS EN SERVICIO TELEFÓNICO DE LOCALIDADES RURALES DE LA DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
El señor MESÍAS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Víctor Reyes.
El señor REYES.-
Señor Presidente , quiero referirme a dos temas de carácter regional vinculados particularmente a mi distrito, el Nº 56.
En primer lugar, he recibido el informe de la Subsecretaría de Telecomunicaciones referido al grado de avance que registra el programa de telefonía rural en la Décima Región y en el cual se señala que, al 31 de diciembre del año pasado, de un total de 636 localidades seleccionadas para contar con el servicio de telefonía rural, sólo sesenta se encuentran con dicho servicio instalado y funcionando, lo cual es inferior al 10 por ciento de las localidades seleccionadas a esa fecha. En visitas efectuadas a distintos sectores en los últimos días, se me ha informado que el servicio adolece de una serie de deficiencias técnicas, que se traducen en ruidos e interferencias, cortes abruptos e, incluso, que los minutos por los cuales paga el usuario no son de sesenta segundos, sino, muchas veces, de treinta o cuarenta, lo cual, dentro de un marco de subsidios, en la Décima Región, suma, aproximadamente, mil millones de pesos.
Por esta razón, solicito que se oficie, en mi nombre, al ministro de Transportes y Telecomunicaciones para que tenga a bien informar sobre las medidas que ese ministerio está implementando o adoptará para lograr mayor eficiencia y cumplir con el compromiso asumido por el Gobierno del Presidente Frei de que, al término de su mandato, las localidades rurales seleccionadas contarán con el servicio de telefonía instalado y funcionando en forma adecuada y como corresponde.
CUMPLIMIENTO DE CONVENIO SOBRE PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS COMUNALES DE LA DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
El señor REYES.-
Señor Presidente , en segundo lugar, quiero referirme también a otro programa que se lleva adelante en mi zona y que obedece a un convenio suscrito hace dos años entre el ministerio de Obras Públicas y el gobierno regional de la Décima Región, para la pavimentación de caminos productivos comunales. Dicha obra permitirá unir, mediante rutas pavimentadas con asfalto, diversas comunas del interior de la provincia de Llanquihue y del interior de la provincia de Osorno, comenzando en el primer caso por Los Muermos para llegar a la misma comuna de Osorno.
De acuerdo con ese convenio, se comprometió una inversión de 20 mil millones de pesos, aportados en un 65 por ciento por el ministerio de Obras Públicas y el 35 por ciento por el gobierno regional, con el compromiso, de ambas partes, de que este programa estaría concluido al término del mandato del Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle .
Sobre esta materia, pido que, en mi nombre, se oficie al ministro de Obras Públicas para que tenga a bien informar respecto del grado de avance y de cumplimiento de este convenio y de qué manera se tiene previsto llegar al año 2000 con el ciento por ciento comprometido por su Excelencia el Presidente de la República .
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios en la forma solicitada por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Elgueta , Recondo , Rocha , Ortiz , Navarro , Núñez , Palma, Villouta , Pareto , Mesías, la Diputada señora Pollarolo y quien habla.
CONTRATOS SUSCRITOS POR ENAMI CON EMPRESAS EXTRANJERAS POR ABASTECIMIENTO DE CONCENTRADOS DE COBRE. Oficios.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , quiero solicitar el envío de algunos oficios a la Empresa Nacional de Minería, a través del ministerio de Minería , con el objeto de que informe a la Corporación acerca de contratos que ha suscrito la Empresa Nacional de Minería con empresas extranjeras para abastecer con concentrados de cobre la fundición Paipote o la fundición Ventanas -ambas de su propiedad- a precios de mercado spot.
Pido que la Empresa Nacional de Minería informe, especialmente, sobre el valor de los precios a que ha llegado por los cargos de fusión y refinación de los concentrados de cobre con esas empresas en el mercado spot; asimismo, que informe acerca de los contratos vigentes con las medianas empresas chilenas respecto del mismo tipo de concentrados de cobre en relación con los precios que ellas le cobran.
Esta solicitud se basa en antecedentes fidedignos que obran en mi poder en cuanto a que la Empresa Nacional de Minería, que se creó para favorecer y ayudar a los pequeños y medianos mineros, hoy está cobrando por los cargos de fusión y refinación de concentrados de cobre a las empresas extranjeras valores más bajos de los que les cobra a las empresas chilenas. Se ha transformado, así, en una entidad que, en lugar de favorecer a los pequeños y medianos empresarios chilenos, los está perjudicando enormemente con tal proceder.
En consecuencia, solicito que esos oficios se remitan a la brevedad para que, a través del Ministerio de Minería -que es lo apropiado-, se determine cuáles son las diferencias que está haciendo esta empresa entre los pequeños y medianos proveedores chilenos -que, prácticamente, son los dueños de la Empresa Nacional de Minería o para quienes fue creada-, y los productores extranjeros de concentrados de cobre, sean residentes en Chile o no.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios en la forma solicitada por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Mora, Krauss , Núñez , Rocha , Pareto , Cornejo , Vega , Alessandri ; Diputadas señoras Cristi , doña María Angélica ; Pérez , doña Lily ; y los Diputados señores Vilches , Prokurica , Arratia , Sánchez y quien habla.
SITUACIONES DERIVADAS DE CONSTRUCCIÓN DE METRO PARA COMUNA DE MAIPÚ. Oficios.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , me referiré a una situación que ha golpeado fuertemente a la opinión pública del distrito número 20 -al que represento-: en Maipú aún estamos esperando que el Ejecutivo se pronuncie respecto de la construcción del Metro, que, ciertamente, solucionará uno de los problemas más sentidos de la población.
Como recordarán los señores diputados, el Presidente de la República , hace casi un año, anunció que la nueva línea se iba a construir por Recoleta o hacia Maipú . Indudablemente, esto movilizó tanto a los vecinos de una como de otra comuna, y tomamos contacto con las autoridades del Gobierno, ya que para nosotros representaba un verdadero éxito el solo hecho de que el Presidente acogiera nuestra petición, formulada en tantas oportunidades; pero luego del anuncio siguió un verdadero mutismo. Se siguió tramitando toda esta situación con una confidencialidad prácticamente inexplicable. En efecto, nos ha sido imposible obtener audiencia tanto con el ministro de Transportes como con el Presidente de la República , a quien solicitamos audiencia no solamente para quien habla, sino también para el Diputado señor Luis Pareto , compañero de distrito, y para los tres alcaldes de la zona.
Con todo, se nos dice que esta situación estaría llegando al final; pero de todo esto quiero destacar un hecho: en su oportunidad, la Secretaría de Transportes, Sectra , nos hizo saber que era posible efectuar los trabajos del Metro por un tendido especial que nacería en la Estación Central para seguir por Exposición, Avenida del Ferrocarril , empalmar en Fisa con Cinco de Abril, hasta llegar a la plaza de Maipú. Aceptamos la proposición, porque realmente lo que desea Maipú es un Metro para solucionar sus problemas de locomoción.
El alcalde de esa comuna, don Hermán Silva , estimó oportuno oponerse a dicho trazado y manifestar que si el Metro no pasaba por Pajaritos, no pasaría por ninguna parte. Hecho lamentable y más aún porque ha estado obstruyendo, en parte, que el Ejecutivo concrete esta sentida aspiración del vecindario; pero lo más lamentable de esta posición -que al decir del Gobierno es técnicamente imposible- es que en su defensa se ha gastado mucho dinero. Por ello, solicito que se transmitan mis observaciones a los ministros de Transportes , de Obras Públicas, de Vivienda y Urbanismo, al Director de Presupuestos y, finalmente, a la Contraloría General de la República, para que informen respecto de los dineros que la Municipalidad de Maipú ha empleado en promover la construcción de este Metro por Pajaritos.
ANTECEDENTES DE RESOLUCIÓN SOBRE OCUPACIONES NO ASEGURABLES. Oficio.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , asimismo, solicito que se oficie a la Superintendencia de Valores y Seguros, a través del Ministerio de Hacienda, para que informe a la Cámara por qué ha aceptado que sean ocupaciones no asegurables -escúchenlo bien los señores diputados- aquellas que desempeñan los alas delta, los políticos -o sea, ninguno de los señores diputados que se sienta aquí podría tener seguro de vida-, los guardaespaldas, los parapentes, los prestamistas y los paracaidistas.
Curiosa observación, señor Presidente ; pero tengo a la vista el oficio correspondiente, así que, abusando de la gentileza de la Mesa, reitero que se solicite al Ministerio de Hacienda para que la Superintendencia de Valores y Seguros nos informe de las razones que ha tenido a la vista para aceptar esta disposición.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios en la forma solicitada por su Señoría, con la adhesión del Diputado señor Vega , Diputada señora Lily Pérez , Diputados señores Rocha , Ávila , Prokurica , Mora , Vilches y quien habla.
ADQUISICIÓN DE INMUEBLES POR EL FISCO EN COMUNAS DEL SECTOR ORIENTE DE SANTIAGO. RECURSOS DESTINADOS A SEGURIDAD CIUDADANA EN LA FLORIDA. Oficios.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la Diputada señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ ( doña Lily) .-
Señor Presidente , solicito que se oficie al Ministerio de Bienes Nacionales para que informe a la Cámara sobre cuántos inmuebles ha comprado en los últimos cinco años en las comunas de La Reina, Providencia, Las Condes y Vitacura; además, que incluya la información acerca de qué uso se les está dando a estos inmuebles adquiridos a nombre del Fisco.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
En segundo lugar, señor Presidente , solicito que se oficie a la Municipalidad de La Florida por un asunto muy concreto. Desde hace tiempo, los vecinos del conjunto habitacional Altos de La Florida, del sector precordillerano, están siendo constantemente blanco de ataques y asaltos a mano armada bastante violentos al interior de sus viviendas y en sus vehículos. Han enviado cartas al alcalde de La Florida , pero, desgraciadamente, hasta ahora no han tenido respuesta.
A este sector le corresponde el retén de Los Jardines, que cuenta con una dotación bastante exigua: veintisiete carabineros, y un solo furgón para toda la población, que supera los 400 mil habitantes.
Por tanto, pido que se oficie a la municipalidad para que nos informe cuál es el monto del ítem del presupuesto de 1999 destinado a materia de seguridad ciudadana en Carabineros y en Investigaciones y cuál es el plan implementado, sobre todo en los sectores altos, que son los más afectados.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Prokurica , Vilches , Vega y Alessandri .
PROPUESTAS PARA MEJORAR SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA DE LA REGIÓN DE ATACAMA.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , la situación socioeconómica de la Región de Atacama se ve agravada, además de la depresión económica que vive el país, por la baja internacional del precio del cobre, por la ausencia de pesca y por la falta de cumplimiento de las políticas de fomento de apoyo a la pequeña y mediana minería de la Enami, actividad que es fundamental para las regiones del norte.
Hay una cesantía oficial de dos dígitos y en ésta sin duda no se ha medido la existente en la comuna de Chañaral o en la provincia de Huasco, donde sin duda se supera con creces esta cifra.
Esta situación ha golpeado fuertemente a los hogares más modestos de la Región de Atacama, de manera que, con el objeto de revertir esta situación, hemos tenido una reunión con el Vicepresidente de la República , don Raúl Troncoso Castillo , junto al Diputado Carlos Vilches y al Senador Ignacio Pérez , a fin de hacerle once propuestas, que esperamos las acoja a la brevedad, porque, a nuestro juicio, permitirían paliar la situación económica tan golpeada que existe hoy.
1. Proponer para la pequeña y mediana minería una idea que no es nueva, sino que es la forma como el país históricamente ha resuelto el problema de las bajas en las tarifas del precio del cobre a nivel internacional, que consiste en entregar un crédito a la tarifa de 10 centavos por libra de cobre, ya que actualmente el precio de sustentación es de 90 centavos de dólar.
En esta propuesta la Enami no regala a los pequeños y medianos mineros, sino que les presta 10 centavos hasta que el precio del cobre se recupera al dólar, oportunidad en que ellos comienzan a devolver el crédito a la Empresa.
Se trata de un sistema utilizado en los años 50 y 80, que permitió al sector no colapsar y, por el contrario, mantenerse por largo tiempo. Es así como en el año 90 había 1.100 productores que le entregaban a la Enami y hoy no se supera los 200.
2. Proponer un mecanismo que se ha ocupado históricamente y que no sólo sirve a los pequeños y medianos mineros, sino a todas aquellas familias que están sin trabajo, que son muchas en la Región de Atacama y en las regiones del norte: el de los lavadores de oro. En él, el Estado gasta muy poco y se lo hemos pedido directamente al Ministro Troncoso , porque ha sido, como muy bien ha dicho el ministerio de Minería, financiado por la cartera de Interior.
3. Estudiar, respecto de esta misma actividad, la posibilidad de que los pequeños y medianos mineros puedan ser considerados en las ayudas que su Excelencia el Presidente de la República ha anunciado para apoyar a la pequeña y mediana empresa, a las Pymes. Para estos efectos, hay recursos por 240 millones de dólares que se estarían entregando a este sector.
A nuestro juicio -lo he conversado con dirigentes de la pequeña y mediana empresa-, los pequeños y medianos mineros también podrían hacer uso de ellos, porque se trata justamente de créditos que les permitirían salir del atolladero en que está este tipo de empresa, pueden dar trabajo y salir de su endeudamiento, porque no tienen otros bienes que entregar en garantía.
4. Terminar, según conversaciones con el subsecretario de Pesca , con el trato discriminatorio que el actual proyecto de ley -que modifica la ley de pesca vigente en la parte en que se establecen cuotas individuales transferibles-, le da a las Regiones de Atacama y Coquimbo. Resulta indispensable que se les asegure a las naves locales y a los pescadores artesanales de las Regiones de Atacama y Coquimbo la captura histórica del 4 por ciento que tiene a nivel nacional respecto de la especie jurel, porque de aprobarse ese proyecto de ley, lo compartirían con más de 120 naves de otras regiones que jamás han operado en la zona y que, sin embargo, mantienen registros vigentes.
5. Adelantar la construcción del camino costero entre Huasco y Caldera. Está hecha la ingeniería del proyecto, pero debe apurarse su ejecución para contratar mano de obra y, además, incorporar nuevas zonas de la región a la actividad económica.
6. Estudiar la posibilidad de construir la doble vía de la carretera 5 Norte hasta la Región de Atacama.
En esto queremos ser muy claros, porque de los cuantiosos aportes que las regiones del norte, que tienen muy pocos habitantes, hacen al Estado, éste les devuelve muy poco.
El Gobierno ha planificado la doble vía de la ruta 5 Norte sólo hasta la IV Región. Esto nos parece injusto, porque los recursos que se están utilizando ahí son de los privados. Ahí se va a pagar un peaje por hacer esta doble vía, de manera que la plata que el Estado se está ahorrando, debiera invertirla para que la doble vía llegue hasta la Tercera y Segunda regiones, que hacen grandes aportes al erario nacional con todo lo que es la producción minera.
7. Incluir a la Tercera Región, por sus altos índices de cesantía, en los programas especiales de capacitación del Ministerio del Trabajo, denominados Programas Sociales de Capacitación para Regiones, y que ejecuta el Sence.
8. Adelantar la construcción de la doble vía entre Copiapó y Caldera, que con motivo de los proyectos mineros se ha transformado en un camino de alto tráfico industrial.
9. Generar un programa de incentivo para que las empresas se instalen en regiones y de desincentivo para que no se sigan instalando en Santiago. Éste es un tema antiguo, y no voy a profundizarlo.
10. Llamar a licitación para reactivar el proyecto minero Boquerón Chañar de propiedad de Corfo, ubicado en la provincia de Huasco, y
11. Abordar un tema -que no ha sido resuelto-, cual es el problema de las tarifas de agua potable que se aplican en la Tercera Región, especialmente en algunas comunas, que pagan dos y tres veces el valor pagado en otras regiones.
En esta materia, hemos pedido que el Superintendente de Servicios Sanitarios apure el estudio de las tarifas y, además, le hemos pedido a su Excelencia el Presidente de la República que aplique el artículo 3º del DFL Nº 70, de 1998, que tiene por objeto suspender por un tiempo determinado la aplicación de estas tarifas hasta que no salga este estudio.
He dicho.
ANTECEDENTES SOBRE CUMPLIMIENTO DE NORMAS EN EXPLOTACIÓN DE ÁRIDOS EN RÍO TRONGOL, EN LA SÉPTIMA REGIÓN. Oficios.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
En el turno siguiente, tiene la palabra el Diputado señor Rocha.
El señor ROCHA.-
Señor Presidente , el río Trongol, hermoso curso de agua ubicado en las comunas de Los Álamos y Curanilahue, constituye una gran atracción turística en zonas deprimidas económicamente y de extrema pobreza. Por eso, quiero denunciar en esta Cámara el atentado ecológico que se está produciendo ahí, ante la pasividad y el silencio de las autoridades, que no han dado una respuesta adecuada a quienes ven con verdadero estupor cómo se está destruyendo sus recursos turísticos.
Lamentablemente, por esta inercia y esta inactividad, algunas personas se han dedicado a extraer áridos del curso del río Trongol, destruyendo sus riberas sin ninguna consideración respecto a este recurso turístico y económico. Y lo que es más grave, tampoco se cobran derechos y ni siquiera estos empresarios han presentado proyectos que deben necesariamente, de acuerdo con la ley vigente, ser aprobados por la autoridad, con el objeto de que se proceda a extraer los áridos con todos los resguardos que un curso de agua requiere. Como nada de esto ha ocurrido en el río Trongol, y yo lo considero un hecho muy grave, vengo ahora en denunciarlo.
En varias oportunidades hemos recurrido a las autoridades, a los alcaldes de Los Álamos y Curanilahue, para inquirir si alguna vez han cobrado algún derecho; en la actualidad eso no ocurre y la destrucción continúa ante la pasividad de quienes deben intervenir. No existe ningún pago.
En consecuencia, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas , con el objeto de que disponga una inmediata investigación sobre lo que sucede con el río Trongol. Queremos saber si efectivamente se ha presentado un proyecto que permita la explotación de áridos y si se ha establecido el pago de algún derecho municipal; asimismo, que se oficie a los alcaldes de Los Álamos y Curanilahue para que informen acerca de si tienen conocimiento de la presentación de proyectos y qué cantidad de recursos han obtenido con motivo de la explotación de áridos en el río Trongol.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de la Diputada señora Laura Soto y de los Diputados señores Ortiz y Acuña.
Por haberse cumplido con su ojeto, se levanta la sesión
Se levantó la sesión a las 13.42 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley que fortalece la Fiscalía Nacional Económica. (boletín Nº 2105-03).
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho del proyecto de ley antes aludido, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere en la honorable Cámara de Diputados-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JOHN BIEHL DEL RÍO, Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de vuestra Excelencia que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. (Boletín Nº 2036-11).
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la honorable Cámara de Diputados-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JOHN BIEHL DEL RÍO, Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
3. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia sobre el proyecto de ley que dicta normas de adopción de menores, modifica la ley Nº 7.613 y deroga la ley Nº 18.703. (boletín Nº 899-07-3-A)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros, en tercer trámite constitucional, sobre el proyecto de ley, individualizado en el epígrafe, iniciado en un Mensaje de su Excelencia el Presidente de la República .
I. ANTECEDENTES.
-Legislación sobre adopción.
La ley Nº 5.343, de 1934, estableció, por primera vez en Chile, los requisitos, procedimientos y condiciones que debían cumplir los interesados en adoptar.
La ley Nº 7.613, de 1943, derogó la ley anterior y estableció un tipo de adopción aplicable tanto a mayores como a menores de edad, la que siempre debía ser autorizada por la justicia ordinaria con conocimiento de causa y previa audiencia de parientes.
Este tipo de adopción sólo establecía relaciones jurídicas entre el adoptante y el adoptado; pero no entre éstos y la familia del otro. En lo que respecta al adoptado, continuaba formando parte de su familia y conservaba en ella todos sus derechos y obligaciones.
La ley Nº 16.346, de 1965, estableció la legitimación adoptiva, cuyo objeto fue conceder el estado civil de hijo legítimo de los legitimantes adoptivos, con sus mismos derechos y obligaciones.
La legitimación adoptiva, para los menores de 18 años que se encontraren en alguna de las situaciones previstas por el legislador (abandonados, huérfanos, hijos de padres desconocidos o hijos de cualquiera de los cónyuges) producía iguales efectos que la filiación biológica, no sólo respecto de los padres adoptivos sino también frente a toda la familia de éstos, caducando, con algunas excepciones, los vínculos de filiación anterior del menor.
La ley Nº 18.703 dictó normas sobre adopción de menores y derogó expresamente la ley Nº 16.346.
De acuerdo con esa ley, la adopción puede ser simple o plena.
La adopción simple no constituye estado civil y sólo crea entre adoptante y adoptado los derechos y obligaciones que prevé la ley.
La adopción plena, en cambio, concede al adoptado el estado civil de hijo legítimo de los adoptantes y hace caducar los vínculos de la filiación de origen del adoptado en todos sus efectos civiles, con la salvedad de que subsistirán los impedimentos para contraer matrimonio.
En forma complementaria, esta ley norma la salida de menores para su adopción en el extranjero.
El proyecto despachado por la Cámara, junto con derogar la normativa anterior sobre la materia, contemplaba la adopción plena, la adopción plena internacional y la adopción simple.
El proyecto aprobado por el honorable Senado, que también deroga las leyes Nºs 7.613 y 18.703, unifica el régimen aplicable a la adopción, poniendo término tanto al “contrato” de adopción o adopción clásica de la ley Nº 7.613, como a la “adopción simple” y “plena” de la ley Nº 18.703, que están de acuerdo con el sistema filiativo que actualmente rige y que está en vías de ser reemplazado en su integralidad, una vez que entre en vigencia la ley Nº 19.585, que modifica el Código Civil en lo relativo a la filiación.
El efecto principal de la adopción será el de conferir al adoptado, que debe ser menor de edad, el estado civil de hijo de los adoptantes.
Parece útil destacar, como principio rector, que todas y cada una de las disposiciones de este proyecto se fundan en el superior interés del menor, principio que el artículo 1º consagra y desarrolla expresamente, añadiendo, a mayor abundamiento, que el objeto de la adopción es amparar el derecho del menor a vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda ser proporcionado por su familia de origen. Ante cualquier conflicto de intereses entre los derechos de los padres biológicos, de los futuros padres adoptivos y de los adoptados, prevalecerán los derechos de estos últimos.
Ese interés superior se expresa, en lo particular, en la obligación que se impone al juez en el artículo 3º de tener en cuenta las opiniones del menor durante los procedimientos de adopción, en función de su edad y madurez, o de recabar el consentimiento de éste, manifestado expresamente ante el juez durante el procedimiento previo a la adopción, si fuere menor adulto, así como en la facultad del Sename y de los organismos acreditados ante éste de hacerse parte en todos los asuntos que regula esta ley, en defensa de los derechos del menor comprendido entre sus normas (artículo 4º).
-Contenido reglamentario de los informes solicitados.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 119 del Reglamento, en su informe, tanto la Comisión de Familia como la de Constitución, Legislación y Justicia, deben pronunciarse sobre el alcance de las modificaciones introducidas por el Senado, que fluye de su análisis comparativo con el proyecto aprobado por la Cámara y de los diversos antecedentes que conforman la historia fidedigna de su establecimiento.
Además, si lo estimaren conveniente, en sus informes pueden recomendar la aprobación o el rechazo de las enmiendas propuestas.
-Quórum especiales de votación.
La Cámara de Diputados, en el primer trámite constitucional, aprobó, en el carácter de normas de carácter orgánico constitucional los artículos 14 (ha pasado a ser artículo 12); 22, 30 (han pasado a ser 37); 34 (ha pasado a ser 33); 39 (ha sido suprimido); 46, 59, 60 (los tres suprimidos), y 67 (ha pasado a ser artículo 44).
Y, con el carácter de normas de quórum calificado, los artículos 58 (ha sido eliminado), y 68 (ha pasado a ser inciso segundo del nuevo artículo 18).
El Senado votó como disposiciones de carácter orgánico constitucional los artículos 17, nuevo, y 22, 30, 34 y 67 de la Cámara, que han pasado, en el texto propuesto por la Cámara revisora, a ser 22, 37, 33 y 44, respectivamente.
Asimismo, dio su aprobación, en carácter de normas de quórum calificado, a las contenidas en los artículos 13, inciso tercero, y 18, inciso segundo (artículo 68 de la Cámara), ambas del texto del Senado.
-Personas invitadas.
Durante el estudio de esta iniciativa legal, vuestra Comisión contó con la asistencia y colaboración del Diputado señor Jaime Orpis Bouchón y de los siguientes funcionarios del Ministerio de Justicia: señora Amira Esquivel Utreras , abogada asesora del Ministerio de Justicia; señora Brunilda Rodríguez Quelopana , Jefa del Departamento de Asesoría y Estudios; señor Carlos Maldonado Curti , Jefe de Gabinete del Subsecretario , y señor Cristóbal Pascal Cheetham , Jefe del Departamento de Defensa Social .
Asistieron, también, especialmente invitados, los Ministros de la Excma . Corte Suprema señores Enrique Cury Urzúa y Mario Garrido Montt .
II. RESUMEN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.
La Comisión de Familia, según se expresa en su informe, acordó por unanimidad recomendar la aprobación de la totalidad de las modificaciones introducidas por el Senado, por estimar que ellas perfeccionan la normativa propuesta.
-o-
Esta Comisión comparte, en general, el juicio anterior, dado que, evidentemente, las enmiendas mejoran el proyecto original.
Con todo, después de tener a la vista el informe de la Comisión de Familia, así como el texto comparado elaborado por la Secretaría de la Corporación, en el cual se contienen el proyecto despachado en primer trámite por esta Cámara y las modificaciones propuestas por el Senado, ha llegado a la conclusión unánime, compartida por los representantes del Gobierno, de que habría ciertas normas que son susceptibles de ser mejoradas, sea para precisar en mejor forma su verdadero sentido y alcance o para subsanar los reparos de que fueron objeto durante la discusión.
En tal situación se encuentran los siguientes artículos del proyecto aprobado por el honorable Senado: 6º, 8º, 10, 18, 19, 20, 23, 30, 38 y 68, los que os recomienda rechazar, con el fin de provocar de esta forma el trámite de la comisión mixta previsto en el artículo 68 de la Constitución Política de la República para instar al establecimiento de la normativa de reemplazo que recoja las observaciones y reparos que más adelante se expresarán.
-o-
El resto de las adiciones y enmiendas, tal como lo propusiera la Comisión de Familia, os recomienda que las aprobéis en los términos propuestos.
En atención a la circunstancia de que la Comisión de Familia ha determinado ya en su informe el sentido y alcance de las adiciones y enmiendas del Senado, vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia ha estimado innecesario emitir un pronunciamiento en el mismo sentido, para evitar repeticiones inútiles.
Por la razón indicada, este informe sólo se referirá a los artículos que vuestra Comisión ha recomendado rechazar.
III. SENTIDO Y ALCANCE DE LAS DISPOSICIONES QUE SE RECOMIENDA RECHAZAR; OBSERVACIONES Y REPAROS, Y ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.
Título I
Disposiciones generales
Artículo 6º, del Senado
Corresponde al artículo 7º de la Cámara.
La disposición aprobada por la Corporación faculta sólo al Sename, o a los organismos acreditados ante éste, para intervenir en programas de adopción, a los cuales define como el conjunto de actividades tendientes a procurar al niño una familia responsable. Comprenden apoyo y orientación a la familia de origen del menor, la recepción y cuidado de éste, así como la evaluación de los solicitantes y su preparación como familia adoptiva.
El Senado le ha agregado un inciso final, a fin de precisar, para los efectos anteriores, que la “familia de origen” se extiende a los parientes consanguíneos indicados en el artículo 13, esto es, a los ascendientes y parientes consanguíneos de grado más próximo del menor y, a falta de ellos, a quienes lo tengan bajo su cuidado.
-o-
Llamó la atención de la Comisión la ausencia de normas de acreditación de los organismos que habrán de participar en el proceso de adopción, siendo los encargados de hacer la evaluación técnica y de comprobar la idoneidad de los postulantes.
Se hizo saber que el Sename cuenta con un programa nacional de adopción al cual se encuentran vinculadas todas las instituciones acreditadas en el Servicio, existiendo por lo tanto, criterios muy homogéneos, como un informe psicológico, un informe social, una entrevista personal, recomendaciones de la comunidad, etc.
Los criterios para determinar la idoneidad se encuentran encomendados a profesionales del área de la psicología y de las ciencias sociales, que han generado un conjunto de instrumentos que validan el proceso.
Pareció razonable, por lo expuesto, que si se aplica el criterio de la conveniencia del menor y se busca evitar el tráfico de menores, lo lógico es que estos organismos estén acreditados ante un órgano contralor, debiendo la ley contemplar el marco regulador básico y no el reglamento.
Se hizo saber que en el proyecto de ley de subvenciones se regula la situación de estos organismos, siempre que reciban subvención.
De igual forma, se estimó pertinente consagrar en la ley criterios orientadores sobre la forma de actuación de estos organismos.
La Comisión, por unanimidad, acordó recomendar el rechazo de este artículo, con el fin de que se contemplen en él las normas básicas sobre la acreditación de los referidos organismos.
Se sugiere, además, propiciar la modificación del actual inciso segundo, para precisar que estos organismos realizarán sus actividades a través de profesionales expertos y habilitados en esta área.
-o-
En cuanto a las críticas sobre la centralización y burocratización del Sename, así como al otorgamiento de atribuciones que se consideran excesivas, excluyéndose con ello la participación e intervención de instituciones privadas, ellas fueron desestimadas por la Comisión, por no ser efectivas.
El texto aprobado por el Senado iguala a los organismos con subvención y a los privados, fortaleciendo a estos últimos.
El rol que se establece para el Sename es de defensor de los intereses del niño, siendo elemental, sobre todo en el tema de la adopción por personas no residentes en Chile, que haya un organismo fiscalizador respecto del procedimiento que se está llevando a cabo, que vele por el cumplimiento de los requisitos legales.
Los registros que debe llevar el Sename, por lo demás, no son condiciones o exigencias para adoptar, pues sólo cumplen funciones de publicidad del conjunto de eventuales adoptados y adoptantes.
Título II
De los procedimiento previos a la adopción
Artículo 8º del Senado
Corresponde, en parte, al artículo 11 del proyecto de la Cámara.
El artículo 11 aprobado por la Corporación señala que son susceptibles de ser adoptados los menores de 18 años que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a) de filiación desconocida; b) que hayan sido judicialmente declarados abandonados, para quedar en situación de ser adoptados, o c) cuyos padres declaren al juez de menores incapacidad presente y futura para hacerse cargo responsablemente de ellos y que manifiesten su voluntad de entregarlo en adopción, bastando la declaración de uno si el otro ha muerto o está imposibilitado, o bien, si sólo uno lo ha reconocido, la de éste (inciso primero).
Dentro del plazo de treinta días, el padre o la madre, según el caso, deben ratificar la declaración ante el mismo tribunal ante el cual la efectuaron. Si no concurren, se tendrá por ratificada.
Transcurrido el plazo, el juez debe poner esta circunstancia en conocimiento del Servicio Nacional de Menores (Sename) para los efectos de la inclusión del menor en el registro de menores susceptibles de ser adoptados (inciso tercero).
En el caso de menores con estado civil de hijo de uno de los adoptantes, bastará el consentimiento del tercero que sea a su respecto padre o madre, y, si éste se opusiere, se seguirá el procedimiento de declaración de abandono para los efectos de la adopción (inciso cuarto).
Por último, se resta validez a la declaración prestada para la adopción del hijo que está por nacer (inciso quinto).
El Senado ha sustituido este artículo 11 por otros cuatro artículos, signados como 7º, 8º, 9º y 10.
El artículo 8º, que es el que se recomienda rechazar, establece el procedimiento al cual habrá de ceñirse el tribunal para efectuar la declaración judicial que acredite fehacientemente que un menor se encuentra en la situación prevista en la letra a) del artículo 7º, esto es, que sus padres no están capacitados o en condiciones de hacerse cargo responsablemente de él y que han expresado su voluntad de entregarlo en adopción ante el juez competente.
Lo primero que tiene que hacer el juez es requerir, de inmediato, los informes que estime necesarios para acreditar dicha situación, señalando el plazo dentro del cual deben ser evacuados, que no podrá exceder de treinta días, pudiendo prescindir de ellos una vez transcurrido el plazo fijado.
Dentro del mismo plazo, debe oír al Sename cuando la gestión no sea patrocinada por ese servicio o por alguno de los organismos acreditados ante él.
En su inciso tercero, mantiene la norma que hace suficiente la declaración de voluntad de uno solo de los padres cuando el otro hubiere fallecido o se encontrare imposibilitado de expresarla (parte final de la letra c) del artículo 11 aprobado por esta Cámara), pero la extiende también a los casos en que el padre o madre llamado a manifestarla se niegue a concurrir al tribunal luego de ser citado dos veces bajo apercibimiento de presumirse su voluntad de entregar al hijo en adopción.
Su inciso cuarto impone al juez el deber de adoptar una resolución dentro de 30 días después de recibido el último informe, entendiéndose comprobadas las circunstancias expresadas en la letra a) si no resolviere dentro del plazo, cuando la gestión estuviere patrocinada por el Sename o por un organismo acreditado ante éste, lo que deberá ser certificado por el secretario del tribunal a solicitud verbal del interesado.
Su inciso final recoge la norma establecida en el inciso tercero del artículo 11 aprobado por esta Cámara, en orden a poner la resolución judicial en conocimiento del Sename para los efectos del registro de menores susceptibles de ser adoptados, agregando una referencia a la certificación aludida precedentemente.
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Vuestra Comisión, por unanimidad, acordó recomendar el rechazo de este artículo, con el objeto de fijar plazos para el cumplimiento de todas las diligencias que el tribunal decrete y evitar dilaciones innecesarias en el procedimiento de adopción, especialmente de la que se refiere a la citación, en dos oportunidades, del padre que se niega a concurrir al tribunal a prestar declaración.
Artículo 10 del Senado
El artículo 10 regula la situación del menor que sea descendiente consanguíneo de uno de los adoptantes.
El proyecto aprobado por la Cámara establecía un procedimiento previo a la adopción, simplificado, para aquellos menores que fueran descendientes consanguíneos de uno de los adoptantes, incluidos los que tuvieran el estado civil de hijo respecto de uno de ellos, a que se refiere el inciso cuarto del artículo 11.
En el proyecto del Senado, cuando uno de los cónyuges que desean adoptar sea el padre o madre del menor, y sólo éste lo haya reconocido como hijo, se aplica directamente el procedimiento de adopción contemplado en el Título III.
En cambio, si el hijo ha sido reconocido por ambos padres, o tiene filiación matrimonial, será necesario el consentimiento del otro padre o madre, y en este caso se aplica, en lo que corresponda, el procedimiento previsto en el artículo 8º.
A falta del otro padre o madre, o si éste se opusiere a la adopción, el juez deberá resolver si el menor es susceptible de ser adoptado.
Las mismas reglas se aplicarán cuando uno de los cónyuges que quieran adoptar sea otro ascendiente consanguíneo del padre o madre del menor (abuelos).
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La Comisión, por unanimidad, recomienda rechazar este artículo, a fin de que se aclare, en su inciso segundo, que el reconocimiento del hijo por ambos padres debe provenir de los padres “biológicos”.
Artículo 18, nuevo, del Senado
El artículo 18, en su inciso primero, faculta al juez para confiar el cuidado personal del menor a cuyo respecto se esté tramitando la declaración de que es susceptible de ser adoptado, a quienes hayan manifestado su voluntad de adoptarlo y cumplan con los requisitos legales para ello, regla que aplicará especialmente en el caso de los interesados que propongan el Sename o un organismo acreditado ante él en las gestiones que patrocinen.
Todo ello, con el propósito de trabar cuanto antes una vinculación afectiva entre el menor y quienes hagan saber al tribunal su voluntad de adoptarlo.
Su inciso segundo incluye una regla similar a la propuesta por esta Cámara en el artículo 68 (modificatorio del artículo 29 de la ley Nº 16.618), conforme a la cual los menores que se encuentren en este caso serán considerados carga de la persona a cuyo cuidado estén, para los efectos de causar asignación familiar y acogerse a los beneficios de salud y demás que les correspondan.
Por último, su inciso tercero ordena al juez agregar a los autos los procesos de protección incoados en relación con el menor, norma similar a la contenida en el artículo 24 aprobado por esta Corporación.
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Con ocasión de esta disposición, se recordó que el proyecto deroga la adopción contemplada en la ley Nº 7.613, de naturaleza eminentemente proteccionista, que busca amparar a un adulto o a un menor que se encuentra en situación desmejorada, igual que la adopción simple de la ley Nº 18.703, que no crea un estado civil nuevo, pero que permite al menor adoptado acceder a los beneficios asistenciales, generalmente de salud, que le pueden brindar los adoptantes, en muchos casos, los abuelos, padres de una madre soltera menor de edad.
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El argumento que se dio para justificar esta derogación fue que con la nueva ley de filiación no existe la diferenciación en la calidad de hijos.
Se hizo presente, además, que la ley de menores faculta a los jueces para otorgar, en casos determinados, medidas de protección, como la tuición o el cuidado personal de los menores con todos los beneficios asistenciales que esa ley consagra.
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En definitiva, la Comisión acordó recomendar el rechazo de este artículo con el fin de mantener ambas figuras, con otra denominación, para efectos previsionales y sociales en general.
Si ello no fuera posible, sería importante mantener, a lo menos, la adopción simple, que es utilizada para fines previsionales y sociales.
Título III
De la adopción
Párrafo Primero
De la constitución de la adopción por personas residentes en Chile
Artículo 19
El artículo 19 de la Cámara dispone que sólo podrá otorgarse la adopción plena a los cónyuges chilenos o extranjeros, con cuatro o más años de matrimonio, que cumplan los restantes requisitos que señala en cuanto a edad, capacidad física, mental, psicológica y moral, y diferencia de edad con el menor.
Su inciso segundo establece que los extranjeros con residencia permanente en Chile deberán acreditar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil.
Su inciso tercero faculta al juez, en casos justificados, para prescindir de los límites de edad o rebajar la diferencia de años con respecto del menor hasta en cinco años.
Por último, su inciso cuarto estatuye que los requisitos de edad y diferencia de edad señalados en el inciso primero no serán exigibles si uno de los adoptantes es ascendiente por consanguinidad del adoptado.
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El Senado ha reemplazado este artículo por otros dos, signados con los números 19 y 20.
El artículo 19 de la Cámara revisora, que es el que se recomienda rechazar, versa sobre la misma materia que el propuesto por esta Corporación, pero se ha suprimido, en el inciso primero, la expresión “sólo” y la referencia al carácter pleno de la adopción, rebajando además, de cuatro a dos años, la duración mínima del matrimonio de los adoptantes.
Respecto de los adoptantes, se agrega la exigencia de que residan permanentemente en el país, y se precisa que la actuación de consuno que se les exige debe verificarse en todas las gestiones que requieran la expresión de voluntad de los adoptantes.
El inciso segundo del texto aprobado por la Cámara de Diputados ha sido eliminado.
El inciso tercero ha pasado a ser segundo, con la sola enmienda de sustituir la facultad conferida al juez para prescindir de los límites de edad señalados por la de “rebajar” dichos límites.
El inciso cuarto ha pasado a ser tercero, sólo con modificaciones formales.
Por último, el texto del Senado agrega a esta norma un inciso final, mediante el cual exime del requisito de duración mínima del matrimonio cuando uno o ambos cónyuges fueren infértiles.
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Se señaló, al efecto, que la exigencia de un tiempo mínimo de matrimonio tiene un doble propósito. Por un lado, garantizar al adoptado una estabilidad en la familia que lo acogerá, partiendo del supuesto de que después de dos años las relaciones humanas entre los cónyuges se encuentran suficientemente consolidadas. Por otro, darles a los cónyuges un tiempo razonable para verificar la posibilidad de procrear por ellos mismos.
Los representantes del Gobierno expresaron que los años de matrimonio no son garantía de estabilidad del matrimonio, ya que las mayores separaciones se producen después de los 6 ó 7 años. Como la idea es no atrasar el proceso de adopción, se rebajó de 4 a 2 años el plazo que actualmente contempla la ley.
Se agregó, a mayor abundamiento, que no es común que matrimonios que tienen capacidad para procrear quieran adoptar.
La regla general es que matrimonios con problemas para procrear quieran adoptar menores.
Lo que el proyecto establece es una opción para facilitar la adopción, debido a que existe gran número de niños menores de 6 años en condiciones de ser adoptados. Dilatar a dos años la iniciación del trámite de adopción para estos adoptantes, va en perjuicio del menor.
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Por las razones expuestas por los representantes del Gobierno, se planteó la conveniencia de eliminar el requisito de los años de matrimonio para los interesados en adoptar, con lo cual carecería de objeto la regla de excepción establecida a favor de los cónyuges infértiles.
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En definitiva, la Comisión, por unanimidad, acordó recomendar el rechazo de esta enmienda, a fin de introducirle algunos mejoramientos en el trámite de la comisión mixta.
El propósito es eliminar el requisito de que los cónyuges adoptantes tengan dos o más años de matrimonio, habida consideración de que esta exigencia no involucraría, necesariamente, estabilidad matrimonial, estimándose como suficiente la acreditación del matrimonio. Esa exigencia sólo se mantendría para las adopciones internacionales.
Se desea, asimismo, que la decisión del juez de rebajar los límites de edad o la diferencia de años, debería ser adoptada no “cuando se justifique” sino por “resolución fundada”, debido a la importancia que para la institución de la adopción tiene este pronunciamiento judicial.
Por último, se considera recomendable eliminar el inciso final de este artículo, para hacerlo armónico con la eliminación del requisito de años de matrimonio del inciso primero.
Artículo 20
El nuevo artículo 20 aprobado por el Senado permite optar como adoptantes a los chilenos solteros o viudos, con residencia permanente en el país, respecto de quienes se haya realizado la respectiva evaluación de idoneidad y que cumplan los requisitos de límites y diferencia mínima de edad, solicitar la adopción de un menor cuando no existan cónyuges que cumplan los requisitos legales, o que sólo les falte a dichos cónyuges el de residencia permanente en Chile.
Mediante el inciso segundo, se les hace exigible, además, la obligación de haber participado en los programas de adopción.
Si hubiera varios interesados solteros o viudos en adoptar a un menor y reunieran similares condiciones, el tribunal debe preferir a quienes sean parientes consanguíneos del menor o, en su defecto, a quienes tengan su cuidado personal.
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Durante el análisis de esta disposición, se plantearon diversas inquietudes acerca de la adopción de un menor por adoptantes solteros, particularmente ante la eventualidad -avalada por la redacción plural de la disposición- de que un menor pudiera ser adoptado por dos personas del mismo sexo, con lo cual podría estar permitiéndose la adopción por convivientes no casados.
Se hizo presente que ése no era el sentido de la norma y que, en cuanto a la adopción por solteros o viudos, ella estaba contemplada tanto en el proyecto aprobado por la Cámara como por el Senado y que estaba limitada a los chilenos que tuvieran una de estas calidades.
La idea, en todo caso, es que nadie puede ser adoptado por más de una persona, salvo que los adoptantes tengan la calidad de cónyuges entre sí.
Es más, se recordó que, en la actualidad, a través de la adopción simple y de la adopción clásica contemplada en la ley Nº 7.613, igualmente pueden adoptar las personas solteras.
La Cámara de Diputados no modificó este criterio y en el artículo 42 del proyecto por ella aprobado se establece, expresamente, la posibilidad de que solteros y casados puedan adoptar bajo la fórmula de la adopción simple.
El tema de los adoptantes solteros fue tratado in extenso en el Senado.
La primera opción para adoptar la tienen los matrimonios chilenos y extranjeros y, en cuanto a los solteros y viudos, también hay preferencia para los ascendientes y los que hayan tenido el cuidado personal del niño.
Así, los solteros simplemente tales ocupan el último lugar, lo que es razonable, máxime si se está ante la disyuntiva -de suprimirse la disposición- de que los menores terminen en un orfanato sin tener ningún tipo de familia, aunque sea uniparental.
Se afirmó que, de todas maneras, estaba resguardada la seguridad del menor, ya que si éste no se encuentra incorporado al registro del Sename , una vez hecha la presentación judicial por la parte del adoptante, ese Servicio tiene la obligación de hacerse parte en el proceso en defensa de los intereses de ese niño.
Por lo demás, el niño adoptado tiene los mismos derechos y resguardos que tiene un hijo biológico. Si el menor adoptado es víctima de sodomía, abusos deshonestos o violencia intrafamilar -en los tribunales existe gran cantidad de procesos con relación a hijos biológicos- tiene las mismas acciones legales que el hijo biológico.
En la práctica, la adopción por solteros será cada día más excepcional, por existir gran cantidad de matrimonios interesados en adoptar.
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En definitiva, la Comisión acordó, por unanimidad, recomendar el rechazo de este artículo, a fin de clarificar en su redacción que puede optar a la adopción de un menor una persona soltera o viuda, singular.
La idea es que en la comisión mixta se proponga un nuevo artículo, en virtud del cual, en caso de que no existan cónyuges interesados en adoptar a un menor que cumplan con todos los requisitos legales, o que sólo les falte el de residencia permanente en Chile, podrá optar como adoptante una persona soltera o viuda, chilena, con residencia permanente en el país, respecto de quien se haya realizado la misma evaluación y que cumpla con los mismos rangos de edad y de diferencia de edad con el menor que se pretende adoptar.
Este interesado deberá, además, haber participado en alguno de los programas de adopción a que se refiere el artículo 6º.
Si hubiere varios interesados solteros o viudos que reúnan similares condiciones, el tribunal preferirá a quien sea pariente consanguíneo del menor, y, en su defecto, a quien tenga su cuidado personal.
Párrafo Segundo
De la competencia y el procedimiento de adopción
Artículo 23
La disposición aprobada por la Cámara dispone que, recibida la solicitud de adopción, el juez verificará el cumplimiento de los requisitos legales y ordenará las diligencias necesarias para comprobar los beneficios que la adopción reporta al menor y, si lo estima menester, para complementar la evaluación de idoneidad de los solicitantes (inciso primero).
Constituirá antecedente favorable para la adopción plena el hecho de que el menor haya sido adoptado con anterioridad por uno de los cónyuges, con sujeción a las normas de la adopción simple (inciso segundo).
Si los solicitantes no tuvieren el cuidado personal o la tuición del menor, el tribunal, desde que aparezcan datos suficientes en autos, les otorgará la tuición provisional por treinta días y dispondrá lo necesario para establecer la adaptación del menor con su futura familia (inciso tercero).
El juez podrá, asimismo, prolongar la tuición provisional por todo el tiempo que dure el procedimiento (inciso cuarto).
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El Senado ha sustituido este artículo por otro, que presenta las siguientes diferencias substanciales con el aprobado por la Cámara.
En su inciso primero, establece que la primera acción del tribunal posterior a la recepción de una solicitud de adopción deberá ser acogerla a tramitación, si la encuentra conforme, antes de ordenar las diligencias que estime pertinentes.
Ello, a fin de no dilatar por esta vía el inicio del procedimiento.
El inciso segundo lo ha suprimido, incluyendo en su lugar otro, que ordena al juez agregar a los autos el expediente de la causa previa por la que se haya declarado al menor susceptible de ser adoptado.
El inciso tercero lo ha conservado, con la sola enmienda de eliminar el plazo de tuición provisional.
El inciso cuarto también lo ha suprimido, consignando en su lugar uno nuevo, que faculta al juez para poner término, fundadamente, en cualquier etapa del procedimiento, a la tuición provisional ejercida por los interesados, cuando lo estime necesario para el interés superior del menor. Asimismo, hace cesar de pleno derecho la tuición provisional si los solicitantes no obtienen en definitiva la adopción, debiendo el juez dejar constancia de ello en la sentencia, y disponer en la misma, además, la entrega del menor a quien deba ejercer su cuidado en lo sucesivo.
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Una de las características del proyecto es la celeridad del procedimiento y el establecimiento de plazos para el cumplimiento de las distintas diligencias judiciales, de modo de abreviar y facilitar la adopción.
Este artículo, en cambio, pese a otorgar una serie de atribuciones al juez para la tramitación de la solicitud de adopción y para decretar las diligencias que estime necesarias, no contiene plazo alguno, lo que podría producir dilaciones inexplicables.
Para subsanar este vacío, la Comisión, por unanimidad, acordó recomendar el rechazo de este artículo, con el objeto de que se fije un plazo para la resolución judicial que acoja a tramitación la solicitud de adopción y evitar así la dilación del proceso de adopción.
Párrafo Tercero
De la constitución de la adopción por personas no residentes en Chile
Artículo 30
Corresponde al artículo 32 de la Cámara.
El precepto aprobado por la Cámara ordena que sólo podrá otorgarse la adopción plena internacional a los cónyuges no residentes en Chile, previamente calificados por el organismo gubernamental de su país de residencia, con el que exista un convenio de adopción, y que cumplan los requisitos generales señalados en el artículo 19.
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El Senado lo ha contemplado como artículo 30, reemplazando en él la referencia a la adopción plena internacional por otra que alude a la adopción regulada en el nuevo párrafo tercero bajo el cual se inserta.
Dispone que ésta sólo podrá otorgarse a los cónyuges no residentes en Chile (y también al viudo o viuda, en los términos del artículo 21), sean ellos nacionales o extranjeros, los cuales deberán ser evaluados por los organismos a que se refiere el artículo 6º (el Sename o alguna institución acreditada ante éste), quienes deberán cumplir los requisitos señalados en los incisos primero, tercero y cuarto del artículo 19, y en el artículo 21.
La exigencia de que exista un convenio de adopción con el país de residencia de los solicitantes ha sido suprimida, sin perjuicio de que éstos deban respetar las normas internacionales sobre la materia, al tenor de lo preceptuado en el artículo 28 del texto del Senado.
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La Comisión, por unanimidad, acordó recomendar el rechazo de este artículo, con el fin de modificar su redacción, a fin de hacerlo compatible con las modificaciones propuestas para el artículo 19, el cual se ha recomendado rechazar, entre otras consideraciones, para eliminar la exigencia impuesta a los cónyuges interesados en adoptar a un menor de tener dos o más años de matrimonio, requisito que, en el caso de la constitución de la adopción por personas no residentes en Chile se quiere mantener.
Por lo mismo, se hace necesario incluir expresamente esta exigencia en la nueva redacción que habrá de proponer la comisión mixta para este artículo, a fin de que sólo pueda otorgarse la adopción regulada en este párrafo a los cónyuges no residentes en Chile, sean nacionales o extranjeros, que tengan dos o más años de matrimonio y cumplan con los demás requisitos señalados en los artículos 19, incisos primero y tercero, y 21.
Título IV
De las sanciones
Artículo 38
Corresponde al artículo 61 de la Cámara.
La disposición aprobada por la Cámara sanciona con suspensión del empleo en sus grados mínimo a medio y multa de 6 a 10 unidades tributarias mensuales (UTM), al funcionario judicial o administrativo que, en conocimiento de antecedentes reservados sobre adopción, los revele o permita que otro lo haga.
Su inciso segundo amplía la pena a inhabilitación absoluta en cualquiera de sus grados y multa de 8 a 10 UTM, si de la revelación se siguiere grave daño para el menor o sus padres biológicos o adoptivos.
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El Senado lo ha considerado como artículo 38, elevando de 10 a 20 UTM el límite máximo de la multa establecida en el inciso primero.
Por el inciso segundo, se hace aplicable la pena de inhabilitación absoluta en cualquiera de sus grados y la de multa, elevando sus límites inferior y superior a 21 y 30 UTM, respectivamente, a los casos de reiteración de la conducta sancionada en el inciso anterior, así como a aquellos en que, en razón de la revelación, se ocasionare grave daño a las personas que señala.
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Con relación a este artículo, la Comisión acordó, por unanimidad, recomendar su rechazo, a fin de que sea redactado en mejor forma su inciso primero, teniendo en consideración que el verbo rector de la figura típica es revelar o permitir que otro lo haga, antecedentes reservados sobre adopción.
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En relación con este artículo y los demás que contemplan sanciones y penas, se destacó que, de alguna manera, en el proyecto se cambian los tipos penales establecidos en la legislación que se deroga, manteniéndose, con todo, la idea central del tipo.
Esta situación, que no es nueva, ha traído consecuencias en la interpretación de los tribunales y podría ocurrir que personas actualmente procesadas por delitos contemplados en la ley de adopción, al entrar en vigencia esta nueva ley, fueran absueltas, por tener ésta un tipo formalmente distinto. Los tribunales podrían interpretar que el otro delito se derogó y aplicar el principio de la favorabilidad y absolver al procesado.
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Los representantes del Gobierno hicieron saber que el tema de la desincriminación había sido analizado por el Ministerio, no sólo en relación con el tratamiento en este proyecto sino que en otros, como en el proyecto relativo a los delitos sexuales, respecto del cual en el Senado se tuvo a la vista un informe de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, que sostiene la misma posición del Ministerio de Justicia, de ser innecesaria cualquiera normativa que aclare el sentido o alcance de la derogación de la normativa penal anterior.
La interpretación unánime de la doctrina y de la jurisprudencia, con una excepción, es que no existe peligro alguno de desincriminación.
En su opinión, la respuesta técnica sobre la materia, desde el punto de vista penal, está dada por el artículo 18 del Código Penal, que se refiere a los casos en que hay aplicación del principio pro reo.
Cuando se modifica alguna figura, la doctrina señala que debe interpretarse el hecho que está siendo sancionado a la luz de toda la normativa vigente al momento de cometerse, y luego, de toda la normativa al momento en que va a ser sancionado.
Los autores señalan, a manera ejemplar, que los jueces deben hacer dos borradores de sentencias para ver si en un caso se recibe una sanción inferior a otro.
De tal forma que, a su juicio, no se produce vacío legal alguno.
Se hizo saber que una de las alternativas que ha trabajado el Ministerio de Justicia es la presentación de un proyecto de ley interpretativa sobre esta materia. Uno de los antecedentes que han tenido en cuenta para tales efectos es la disposición primera transitoria del Código Penal Español de 1995.
En todo caso, reconocieron que existe algún grado de inquietud sobre esta materia, y que su aclaración debería confiarse a penalistas, especialmente a los que pertenecen al Poder Judicial.
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Sin perjuicio de la validez de las argumentaciones anteriores, la Comisión estimó pertinente escuchar otras opiniones sobre el particular y, con ese propósito, acordó invitar a los ministros de la Excma . Corte Suprema e integrantes de su sala penal don Enrique Cury Urzúa y don Mario Garrido Montt .
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Los señores Cury y Garrido coincidieron en que la doctrina penal más o menos permanente y aceptada en nuestro país es que, cuando una ley ha sido derogada, manteniendo, en substancia, la materialidad del tipo, en su aspecto objetivo y subjetivo, aunque tenga una terminología distinta, se aplica esa disposición en concordancia con el artículo 18 del Código Penal, dado que la figura, como delito, se ha respetado, manteniéndose el criterio de la continuidad del ordenamiento jurídico en cuanto a considerar el hecho como delito.
Esto ha sido aceptado por la Corte de Apelaciones y también por la Corte Suprema.
Esta afirmación, que pudiere parecer de tipo teórico doctrinario, tiene fuerte respaldo en la normativa vigente.
Así, el artículo 19, Nº 3º, de la Constitución Política de la República, en su inciso final, dice que ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella. No se refiere a un tipo penal, sino a un comportamiento humano, que es un hecho.
El artículo 18 del Código Penal, en su inciso segundo, al decir textualmente que “Si después de cometido el delito y antes de que se pronuncie sentencia, se promulgare otra ley que exima tal hecho...” también se refiere a “un hecho”; o sea, el legislador no se refiere a un cambio del delito sino al hecho incriminado, que es distinto.
En consecuencia, si en una ley se describía un hecho y una ley posterior la deroga, pero describe ese mismo hecho, desde el punto de vista del derecho positivo, aparece como indiscutible que ese hecho es mantenido y se le aplicará la antigua o la nueva ley, según cuál sea más benigna.
Históricamente, en los tribunales siempre se ha respetado la continuidad y, si hay un caso de excepción, como lo ha habido, sería aislado.
Cuando la nueva ley contiene tipos que son substancialmente iguales, se mantiene la continuidad, aunque la forma pueda experimentar ligeras modificaciones.
Si la nueva ley contiene modificaciones substanciales, pero que implican ampliar el campo de las conductas punibles, es claro que los sujetos que están siendo procesados sólo podrán ser castigados si sus conductas se adecuan a la antigua ley, es decir, a la que era más restringida y no podrán, en cambio, ser castigados por conductas comprendidas por el nuevo tipo, pero que el antiguo no abarcaba. Esto, por aplicación del principio de favorabilidad.
Lo que no se quiere por la Constitución Política de la República ni por los principios que rigen el Derecho Penal es que el ciudadano sea sorprendido, declarándose, con posterioridad a la ejecución del hecho, que en el momento en que lo realizó era impune, que ahora puede ser castigado. Pero, si de acuerdo con la antigua ley, él ya podía ser castigado por el hecho y la nueva ley se refiere a ese mismo hecho, entonces nada ha cambiado y no ha lugar a que pueda hacerse otro tipo de interpretación.
Ambos Ministros se manifestaron contrarios a la introducción de una cláusula expresa. Si así ocurriere, se crearía el precedente de que, no habiendo tal cláusula, todos los que estaban siendo procesados por la antigua ley, por su sola modificación, incluso formal, ya no lo podrían ser.
Fueron enfáticos en señalar que, a su juicio, emitido a título estrictamente personal, esta nueva normativa no tendría mayores problemas para ser aplicada.
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Las alternativas que la Comisión barajó en la materia fueron tres. La primera, dejar establecido en esta ley y todas aquellas en las que se modifiquen tipos penales, que ello no significa desincriminar, como se hizo en la ley de drogas. La segunda, dictar una norma general que aclare que para cualquier caso en que esto se produzca debe entenderse que no se desincrimina el delito que sufrió alguna modificación en su descripción. La tercera es la interpretación doctrinaria y jurisprudencial que, por no ser vinculante, presenta el riesgo de sentencias contradictorias.
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En definitiva, la Comisión, por unanimidad, no estimó necesario recomendar que se incluyera una norma expresa en este proyecto para resolver el problema de una eventual desincriminación, por lo que el tema habrá de ser resuelto por los tribunales de justicia, de acuerdo con los principios y preceptos legales anteriormente indicados.
Disposiciones finales
Artículo 68
Modifica la ley Nº 16.618, a fin de considerar carga legal de una persona al menor que tenga a su cuidado, para efectos de impetrar los beneficios de asignación familiar y de salud.
Como se indicara en su oportunidad, el Senado lo ha incorporado, con adecuaciones formales de redacción, como inciso segundo del artículo 18, que, al igual que éste, vuestra Comisión ha recomendado rechazar.
Por las mismas razones expresadas al analizar el referido artículo 18, vuestra Comisión recomienda rechazar esta adición o enmienda.
IV. DIPUTADO INFORMANTE.
Se designó Diputado informante a la señora Pía Guzmán Mena .
Sala de la Comisión, a 17 de marzo de 1999.
Acordado en sesiones de fechas 10 y 17 de marzo de 1999, bajo las presidencias sucesivas de los señores Aldo Cornejo González y Sergio Elgueta Barrientos , y con la asistencia de los Diputados Francisco Bartolucci Johnston , Juan Bustos Ramírez , Alberto Cardemil Herrera, Juan Antonio Coloma Correa, Alberto Espina Otero , María Pía Guzmán Mena , Zarko Luksic Sandoval , Aníbal Pérez Lobos , Laura Soto González e Ignacio Walker Prieto .
(Fdo.): ADRIÁN ÁLVAREZ ÁLVAREZ , Secretario de la Comisión ”.
Moción de los Diputados señores Prokurica , Alessandri , Bertolino , Longton , Pablo Galilea , Vilches y Vega .
Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados para establecer sanciones por inasistencia en la votación de proyectos de acuerdo. (boletín Nº 2312-16)
1º Los proyectos de acuerdo son una importante herramienta para los diputados, mediante los cuales se pueden plantear y canalizar opiniones y consultas en materias legislativas o de fiscalización.
2º Particular importancia revisten los proyectos de acuerdo, debido a las escasas materias legislativas en las que los parlamentarios tenemos iniciativa; resultando relativamente eficaz el método de proponer al Ejecutivo el impulso de modificaciones legales, a través de este mecanismo.
3º La Cámara de Diputados, en particular su Comisión de Régimen Interno, ha promovido modificaciones a las disposiciones reglamentarias que regulan formalmente su tramitación.
4º Las últimas modificaciones referidas a lo anterior, no obstante su buena intención, en la práctica han determinado la obstaculización en el tratamiento y aprobación de los proyectos de acuerdo.
5º La razón de lo anterior es que no existe obligatoriedad ni sanción para los diputados en el caso de no reunirse el quórum mínimo necesario para el tratamiento y votación de los proyectos de acuerdo. Tampoco se exige votar a aquellos diputados que, estando presentes, no lo hacen.
6º La última modificación introducida al artículo 113 del Reglamento, incorporando un inciso final en el que la falta de quórum no es sancionada según las normas generales de los Artículos 160 y 77 del Reglamento de la Cámara, ha fomentado la inasistencia de diputados y no ha facilitado ni ha hecho más expedito el tratamiento de los proyectos de acuerdo.
7º Resulta evidentemente aconsejable la eliminación del inciso final del artículo 113 del Reglamento y someter el tratamiento de ellos a las normas y exigencias generales de asistencia, quórum y sanciones.
Proponemos la siguiente modificación al Reglamento de la Cámara de Diputados.
Artículo único: Elimínase el inciso final del Art. 113”.