Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA.
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- RÉPLICAS A ALUSIONES PERSONALES. Aplicación del artículo 34 del Reglamento.
- INTERVENCIÓN : Ignacio Balbontin Arteaga
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- PERMISOS CONSTITUCIONALES.
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Carlos Caminondo Saez
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Alejandro Navarro Brain
- Jaime Rocha Manrique
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- RÉPLICAS A ALUSIONES PERSONALES. Aplicación del artículo 34 del Reglamento.
- V. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Maria Angelica Cristi Marfil
- INTERVENCIÓN : Mariana Aylwin Oyarzun
- INTERVENCIÓN : Ruben Gajardo Chacon
- INTERVENCIÓN : Exequiel Silva Ortiz
- INTERVENCIÓN : Mariana Aylwin Oyarzun
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- ELABORACIÓN DE NORMAS SOBRE MALOS OLORES POR COMISIÓN NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE. (Continuación).
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- ELABORACIÓN DE NORMAS SOBRE MALOS OLORES POR COMISIÓN NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE. (Continuación).
- VII. INCIDENTES
- FACTIBILIDAD DE AUTORIZAR ENDEUDAMIENTO A FRIGORÍFICO SACOR, COMUNA DE PORVENIR. Oficios.
- ADHESION
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Juan Masferrer Pellizzari
- Vicente Karelovic Vrandecic
- Sergio Ojeda Uribe
- Marina Prochelle Aguilar
- Arturo Longton Guerrero
- Baldo Prokurica Prokurica
- Sergio Morales Morales
- Harry Jurgensen Caesar
- Carlos Valcarce Medina
- ADHESION
- VISITA DE COMISIÓN AL ALTO BIOBÍO. Oficio.
- CONGESTIONAMIENTO DE CAMINO TRONCAL. PROBLEMAS DE MERVAL (Quinta Región). Oficios.
- ALCANCE A INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO SEÑOR ORPIS.
- CONSTRUCCIÓN DE OBRAS VIALES EN VIÑA DEL MAR. Oficio.
- REGULACIÓN DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA EN CHILE.
- ALCANCES A RÉPLICA DE DIPUTADO SEÑOR VÍCTOR PÉREZ.
- FUNCIONAMIENTO DE CORPORACIONES VIALES EN DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Carlos Valcarce Medina
- Juan Masferrer Pellizzari
- Jose Antonio Galilea Vidaurre
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Marina Prochelle Aguilar
- ADHESION
- CONTROL EN LA IMPORTACIÓN DE TRIGO DESDE ESTADOS UNIDOS. Oficios.
- ADHESION
- Marina Prochelle Aguilar
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Harry Jurgensen Caesar
- Carlos Valcarce Medina
- ADHESION
- CONSTRUCCIÓN DE COMPLEJOS FRONTERIZOS EN LA PRIMERA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Juan Masferrer Pellizzari
- Marina Prochelle Aguilar
- ADHESION
- ENVÍO DE PROYECTO SOBRE CAMBIO DE FUNCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE ESTUPEFACIENTES. Oficio.
- ADHESION
- Juan Enrique Taladriz Garcia
- Juan Masferrer Pellizzari
- Marina Prochelle Aguilar
- ADHESION
- CAMBIOS EN EL FUNCIONAMIENTO DE LA CORPORACIÓN.
- ALCANCES SOBRE ACTITUD DE DIPUTADOS FRENTE A LA FUNCIÓN LEGISLATIVA.
- FACTIBILIDAD DE AUTORIZAR ENDEUDAMIENTO A FRIGORÍFICO SACOR, COMUNA DE PORVENIR. Oficios.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Juan Antonio Coloma Correa
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 334ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 57ª, en jueves 3 de abril de 1997
(Ordinaria, de 10.44 a 13.31 horas)
Presidencia de los señores Arancibia Calderón, don Armando, y Rocha Manrique, don Jaime
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 7
III. Actas 7
IV. Cuenta
- Réplicas a alusiones personales. Aplicación del artículo 34 del Reglamento 7
- Permisos constitucionales 8
V. Orden del Día.
Modificación de la ley Nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias. Primer trámite constitucional 9
VI. Proyectos de acuerdo.
Elaboración de normas sobre malos olores por Comisión Nacional del Medio Ambiente. (Continuación) 25
VII. Incidentes.
- Factibilidad de autorizar endeudamiento a frigorífico Sacor, comuna de Porvenir. Oficios 27
- Visita de Comisión al Alto Biobío. Oficio 28
- Congestionamiento de camino Troncal. Problemas de Merval (Quinta Región). Oficios 29
- Alcance a intervención del Diputado señor Orpis 29
- Construcción de obras viales en Viña del Mar. Oficios 30
- Regulación del ejercicio de la medicina en Chile 31
- Alcances a réplica de Diputado señor Víctor Pérez 32
- Funcionamiento de corporaciones viales en Décima Región. Oficios 33
- Control en la importación de trigo desde Estados Unidos. Oficios 34
- Construcción de complejos fronterizos en la Primera Región. Oficios 35
- Envío de proyecto sobre cambio de función del Consejo Nacional de Control de Estupefacientes. Oficio 36
- Cambios en el funcionamiento de la Corporación 36
- Alcances sobre actitud de diputados frente a la función legislativa 37
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que regula el traspaso de servicios municipales entre las municipalidades de las comunas que se indican (boletín Nº 2008-06). 39
Pág.
2. Moción del Diputado señor Coloma, que establece normas sobre bioética (boletín Nº 2010-11). 39
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
-De los Diputados señores Caminondo Ceroni, Navarro y Rocha, quienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicitan autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 4 de abril el primero, y desde el 9 de abril, los siguientes.
2. Oficios:
-De la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia por el cual comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, ha elegido como Presidente al Diputado señor Cornejo.
-De la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente, por el cual comunica que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, procedió a elegir como Presidente al Diputado señor Víctor Jeame Barrueto.
-Del Jefe de Bancada del Partido Demócrata Cristiano, por el cual comunica que los Diputados señores Acuña, Luksic, Salas y Reyes (don Víctor), integrarán la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento para el período comprendido entre marzo de 1997 y marzo de 1998.
-Del Jefe de Bancada del Partido Demócrata Cristiano, mediante el cual informa que el Diputado señor Gutiérrez reemplazará al Diputado señor Salas en el cargo de comité suplente, para el período marzo de 1997 a marzo de 1998.
-Del Jefe de Bancada del Partido Renovación Nacional, por el cual informa que fueron elegidos como Jefe y Subjefe de la Bancada los Diputados señores Rodríguez y Vargas, respectivamente.
Contraloría General de la República
-Del Diputado señor Pérez (don Víctor), empleo de recursos públicos.
Ministerio de Hacienda
-Del Diputado señor Coloma, pago de impuesto territorial a pequeños bienes raíces de la comuna de Combarbalá.
Ministerio de Justicia
-Del Diputado señor Kuschel, creación Juzgado del Trabajo en Puerto Montt.
Ministerio de Defensa Nacional
-Del Diputado señor Navarro, fiscalizaciones sanitarias.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-Del Diputado señor Valcarce, proyecto barrio modelo.
-Del Diputado señor Rodríguez, diversas informaciones de competencia de esa cartera.
-Del Diputado señor Huenchumilla, situación jurídica de inmueble del club deportivo Palacios.
-De los Diputados señores Pérez (don Víctor), Aguiló, Ascencio, Ojeda, Vega, Tohá, Encina, Pérez (don Ramón), Alvarado, Vilches y señora Allende, hechos ocurridos en la comuna de Tucapel.
Comisión Nacional de Energía
-De los Diputados señores Munizaga, Alvarado, Jürgensen y Morales, estudio sobre el efecto del cambio horario.
I. ASISTENCIA.
-Asistieron los siguientes señores diputados: (51)
Aguiló Melo, Sergio
Allamand Zavala, Andrés
Arancibia Calderón, Armando
Aylwin Azócar, Andrés
Aylwin Oyarzún, Mariana
Balbontín Arteaga, Ignacio
Bartolucci Johnston, Francisco
Cantero Ojeda, Carlos
Cornejo González, Aldo
Cristi Marfil, María Angélica
De la Maza Maillet, Iván
Elgueta Barrientos, Sergio
Encina Moriamez, Francisco
Errázuriz Eguiguren, Maximiano
Gajardo Chacón, Rubén
Galilea Vidaurre, José Antonio
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
Jürgensen Caesar, Harry
Karelovic Vrandecic, Vicente
Kuschel Silva, Carlos Ignacio
Leay Morán, Cristián
Letelier Morel, Juan Pablo
Longton Guerrero, Arturo
Makluf Campos, José
Masferrer Pellizzari, Juan
Morales Morales, Sergio
Muñoz Aburto, Pedro
Naranjo Ortiz, Jaime
Ojeda Uribe, Sergio
Orpis Bouchón, Jaime
Ortiz Novoa, José Miguel
Palma Irarrázaval, Andrés
Palma Irarrázaval, Joaquín
Paya Mira, Darío
Pérez Opazo, Ramón
Pérez Varela, Víctor
Pollarolo Villa, Fanny
Prochelle Aguilar, Marina
Prokuriça Prokuriça, Baldo
Reyes Alvarado, Víctor
Rocha Manrique, Jaime
Seguel Molina, Rodolfo
Silva Ortiz, Exequiel
Soria Macchiavello, Jorge
Taladriz García, Juan Enrique
Tohá González, Isidoro
Ulloa Aguillón, Jorge
Urrutia Avila, Raúl
Valcarce Medina, Carlos
Vargas Lyng, Alfonso
Villegas González, Erick
-Con permiso constitucional estuvo ausente la Diputada señora Evelyn Matthei.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.44 horas.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
El acta de la sesión 53ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 54ª se encuentra a disposición de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
RÉPLICAS A ALUSIONES PERSONALES. Aplicación del artículo 34 del Reglamento.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Balbontín .
El señor BALBONTÍN .-
Señor Presidente , en el editorial de un diario de la Quinta Región se ha hecho alusión a las actividades de carácter parlamentario, a propósito de la presencia o ausencia de los señores diputados en la Sala de Sesiones.
Al respecto, quiero señalar que estas publicaciones forman parte de una verdadera campaña que se está realizando desde hace mucho tiempo en la prensa de extrema Derecha por parte de quienes estuvieron en contra de las instituciones democráticas, con el fin de desprestigiar la actividad del Parlamento.
Ésta es una reivindicación de la honorabilidad a que se refiere ese artículo, lo cual afecta a todos los miembros de esta Cámara. En consecuencia, no se puede aceptar ese tipo de imputaciones. Intervengo porque defendemos la democracia, lo que otros nunca hicieron.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Víctor Pérez .
El señor PÉREZ (don Víctor) .-
Señor Presidente , en Incidentes de la sesión de ayer, el Diputado señor Ortiz usó de la palabra alrededor de cinco o seis minutos, dedicados, en especial, para insultarme, ofenderme y descalificarme.
He leído con detención el texto de su intervención, que tengo en mi poder, y, en verdad, no entiendo las razones por las cuales nuestro colega estuvo ayer tan irritado. Al parecer, el motivo de su enojo fue una entrevista en que participé el lunes 31 de marzo, a las 22 horas, en el Canal 9, regional, de Concepción, medio que se ha destacado por su pluralismo y objetividad, de lo cual pueden dar testimonio muchos señores diputados.
Pero, el Diputado señor Ortiz reconoce que no vio ni escuchó la entrevista. Por lo tanto, su información proviene de terceros. Es, en definitiva, un testigo de oídas. Quizás la versión que recibió de personas en quien confía lo alteró mucho. Confío en que cuando vea la entrevista disminuya su grado de alteración.
Lo anterior lo digo en el entendido de que los insultos, las amenazas y las descalificaciones son consecuencia de un carácter irritado que uno puede comprender, pero jamás aceptar, menos si de ellas se desprenden falsedades, como la referencia al señor Juan Azolas (Q.E.P.D.), pues jamás me referí a él en ese programa, entre otras razones porque recientemente había fallecido. Es efectivo, eso sí, que ese notario hace algunos años, se querelló en mi contra y solicitó mi desafuero; pero el Diputado señor Ortiz no dice que la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, desechó dichas acciones judiciales por no haber ningún mérito que las sostuviera.
Este incidente no nos debe hacer olvidar el tema de fondo, que es hoy noticia en la Región del Biobío y que oportunamente el Diputado señor Ulloa , el Senador Mario Ríos y quien habla hemos denunciado en esta Sala y ante la opinión pública. ¿Cuál es? Que un empresario democratacristiano que el Diputado señor Ortiz conoce, pues lo presentó -como consta en la prensa de la época en la región- a los locatarios del mercado central de Concepción, logró que el Serviu, de manera irregular e ilegal, le anticipara fondos por 1.560 millones de pesos para construir viviendas sociales y progresivas a 896 familias de escasos recursos. La historia es que la plata está en el bolsillo de dicho empresario sin que haya habido ninguna solución habitacional, pero de eso ha pasado más de un año y medio.
Los diputados debemos dedicar todos nuestros esfuerzos para investigar y esclarecer esos hechos, de modo que la justicia tenga toda la colaboración de los entes públicos involucrados. Es necesario que esas 896 familias modestas puedan recuperar sus subsidios, que se les construyan sus viviendas y que los responsables sean sancionados. En otras palabras, debemos fiscalizar. Si en esa tarea somos insultados y amenazados, es demostración de que avanzamos.
Por último, me llama profundamente la atención que en ninguna parte de su intervención -reitero, plagada de insultos u ofensas-, el Diputado señor Ortiz , dice que soy mentiroso. Eso es muy alentador.
He dicho.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , al Diputado señor Víctor Pérez le voy a contestar en Incidentes, de manera que le ruego que esté presente en la Sala.
PERMISOS CONSTITUCIONALES.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-Solicito el asentimiento de la Sala a fin de conceder permiso constitucional a los Diputados señores Caminondo , Ceroni , Navarro y Rocha Acordado.
-o-
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Galilea .
El señor GALILEA .-
Señor Presidente , quiero hacer una consulta que no sé si es de carácter reglamentario.
Hasta ayer, todos estábamos absolutamente desinformados respecto de la decisión que tomarían los Comités y la Mesa en relación con esta sesión, por cuanto la semana antepasada se había informado que se suspenderían las sesiones de los jueves. Por lo tanto, consulto formalmente qué procedimiento se adoptará, ya que es indispensable que los señores diputados tengan claridad respecto de si habrá o no sesiones los jueves, a fin de poder programar nuestras actividades tanto en la Cámara como en las regiones respectivas.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Señor diputado, ese tema no es de la Cuenta ni del Orden del Día. En todo caso, frente a una consulta concreta no puedo eludir una respuesta.
Efectivamente, en algún momento surgió esa proposición, pero no se adoptó ningún criterio y el acuerdo es seguir sesionando los jueves.
-o-
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Taladriz .
El señor TALADRIZ .-
Señor Presidente , sólo para pedir que, en nombre de la Corporación, se envíe una nota a la Diputada señora Isabel Allende , deseando su pronto restablecimiento luego de la intervención quirúrgica a que fue sometida. No compartí para nada el gobierno de su padre, pero creo que la relación entre nosotros debe ser amistosa.
Por otro lado, deseo precisar que don Roberto Silva Bijit , dueño del diario “El Observador”, de Quillota, a quien se refirió el señor diputado que me antecedió en el uso de la palabra, no es de Derecha, sino anarquista y con inclinaciones democratacristianas.
He dicho.
-Risas.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Haremos llegar a la Diputada señora Allende las expresiones del Diputado señor Taladriz , que también reflejan el sentir de la Corporación de que tenga un pronto y total restablecimiento.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS. Primer trámite constitucional.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley Nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias.
Diputado informante de la Comisión de Familia es el señor Elgueta.
Antecedentes:
-Segundo informe de la Comisión de Familia, boletín Nº 1402-18, sesión 55ª, en 1 de abril de 1997. Documentos de la Cuenta Nº 8.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor ELGUETA .-
Señor Presidente , paso a informar respecto del proyecto que modifica la ley Nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y el artículo 327 del Código Civil.
Como los señores diputados recordarán, dicha ley establece procedimientos y competencias relativos al otorgamiento de pensiones alimenticias acaecidas en conflictos judiciales entre mayores. Muchas de sus disposiciones se aplican también para los casos de obtención de pensiones alimenticias regidas por la Ley de Menores.
Los principales cambios introducidos entre el primer informe y el segundo trámite reglamentario son los siguientes:
En primer lugar, la modificación propuesta establece una unidad de procedimientos para los juicios de alimentos demandados por mayores y menores de edad, suprimiéndose el llamado juicio ordinario o de lato conocimiento, que se reemplaza por el juicio sumario, en la forma dispuesta por la ley Nº 16.618, sobre protección de menores, incluyendo su notificación. De esta manera, en lugar de un procedimiento ordinario, con largos plazos y diversos trámites que dilatan la obtención de la pensión alimenticia, aquí se remite a la Ley de Menores y, en consecuencia, será en el juicio sumario donde se señalará un día para el comparendo. Las notificaciones se efectuarán también de acuerdo con la Ley de Menores y no con los procedimientos ordinarios del Código de Procedimiento Civil.
En segundo lugar, entre los documentos que se acompañan a esos juicios están los informes socioeconómicos realizados por asistentes sociales, emanados de las corporaciones de asistencia judicial y de la Fundación de Asistencia Legal de la Familia, que los jueces aprecian en conciencia en los casos de menores, y de acuerdo con una norma regulada por la ley o prueba tasada en juicios entre mayores. Con este proyecto, dichos informes tendrán el valor de presunción judicial sobre los hechos consignados en ellos.
En esos informes, como es sabido, se consigna la situación socioeconómica de las partes, es materia de vivienda, trabajo, remuneraciones, número de hijos y, en general, todo lo que puede llevar a determinar sus necesidades y recursos, para que, en definitiva, el juez resuelva la cuantía de la pensión de alimentos.
En tercer lugar, para la apreciación de la prueba en estos juicios, el juez deberá aplicar las reglas de la sana crítica.
En los juicios de menores, la prueba es apreciada en conciencia, es decir, el juez, de acuerdo con su convencimiento íntimo, con su propia escala de valores, la aprecia y resuelve en definitiva.
En el caso de la ley que se modifica, el juez resuelve de acuerdo a una prueba tasada, o sea, regulada por la norma. Lo que se propone es una solución más moderna, intermedia: la prueba se apreciará de acuerdo con las reglas de la sana crítica, o sea, conforme a los principios de la ciencia, de la naturaleza y de la razón. Así, se alejará a los magistrados de la prueba regulada por la ley y del subjetivismo.
En consecuencia, en cada resolución que dicte, especialmente en la sentencia definitiva, el tribunal deberá razonar sobre las pruebas presentadas, de acuerdo con criterios lógicos, científicos y naturales.
En cuarto lugar, se regula o complementa la competencia de los tribunales para conocer la demanda que entable sólo una parte del conjunto familiar.
En consecuencia, se señala que “De los juicios de alimentos que se daban a menores o al cónyuge del alimentante cuando éste lo solicitare conjuntamente con sus hijos menores, conocerán los jueces de letras de menores y se tramitarán con arreglo a lo dispuesto en la ley sobre Menores.” Lo mismo se aplica en el caso de la demanda interpuesta a favor de todo o parte del grupo familiar del alimentante.
En quinto lugar, se establece algo bastante novedoso: si existe fundamento plausible, el juez, en cualquier estado del juicio y desde el momento de la presentación principal, decretará los alimentos provisorios.
Hoy, debido a que los jueces de menores fijan los comparendos, a veces, dos, tres y hasta seis meses después de presentada la demanda, no hay pensiones alimenticias provisorias. Mediante la innovación, podrán decretarlas de inmediato si existe un fundamento plausible.
Entre los fundamentos plausibles, están las partidas de estado civil, que acreditan el derecho a pensiones alimenticias de las respectivas personas.
En sexto lugar, otra innovación se refiere a los avenimientos. Actualmente, los que se celebran fuera del tribunal deben ser reconocidos por éste, y si se celebran por escritura pública, adquieren el carácter de una especie de transacción que evita el juicio o le pone término a él.
Los avenimientos sobre alimentos futuros que se celebraban en las Corporaciones de Asistencia Judicial y en la Fundación de Asistencia Legal de la Familia, no tenían mérito ejecutivo. Mediante la modificación introducida se les da mérito ejecutivo, al igual que a los acuerdos o avenimientos que se celebran en las inspecciones del trabajo. En consecuencia, ya no se podrá discutir si alguien tiene derecho o no a alimentos y sobre el monto de ellos. Lo único que se discutirá será un procedimiento de apremio para que se paguen las cuotas o las pensiones alimenticias que se fijaron en el acuerdo.
Este mecanismo agilizará de manera importante la tramitación de las peticiones de pensiones alimenticias. Naturalmente, los avenimientos que contengan una transacción sobre alimentos futuros se regirán por lo dispuesto en el Código Civil; es decir, los alimentos futuros no podrán transarse, porque sería cuestionar una medida de sobrevivencia de las personas. Lo que se transa son los alimentos devengados, o sea, los que se pactaron, pero que no se pagaron en su oportunidad en la cuota y plazos determinados en el acuerdo. Eso es lo que de nuevo se puede avenir. En consecuencia, no afecta a los alimentos futuros.
También se agrega que estos avenimientos pueden ser apreciados por el juez como prueba documental, a la que dará el valor que corresponda.
Otra innovación se refiere a la reajustabilidad de las pensiones alimenticias. Es sabido que la mayor parte de las veces -así se ha ido incorporando a los hábitos judiciales, a los acuerdos, a las transacciones o avenimientos-, las pensiones alimenticias se fijan por lo general en alguna unidad reajustable, pero puede ocurrir que ello no sea así o que se fije en el porcentaje de una suma determinada. Cuando no se fije en una cifra reajustable ni en un porcentaje de una suma determinada, sino en una cantidad determinada, ésta deberá reajustarse anualmente, en forma automática, de acuerdo con el alza experimentado por el Índice de Precios al Consumidor, fijado por el Instituto Nacional de Estadísticas, o el organismo que haga sus veces, desde el mes siguiente a aquél en que quedó ejecutoriada la resolución que determinó el monto de la pensión.
Otro cambio dice relación con las sanciones que deben aplicarse a las personas que no pagan las pensiones decretadas o convenidas. En la actualidad, existe un apremio hasta por quince días, el cual puede repetirse. En el artículo 15 se agrava esa situación, cuando dice: “Si decretados los alimentos por resolución que cause ejecutoria, en favor del cónyuge, de los padres, de los hijos o del adoptado, el alimentante no hubiere cumplido su obligación en la forma pactada u ordenada o hubiere dejado de pagar una o más cuotas, el tribunal que conoció del avenimiento o el tribunal que dictó la resolución, o el que sea competente según el artículo 2º, deberá, a petición de parte o de oficio, apremiar al deudor decretando su arresto hasta por treinta días. En caso de ser necesario un segundo apremio, el arresto será precisamente por treinta días, imponiéndole, además, una indemnización en favor de los alimentarios, calculada sobre el monto adeudado, equivalente al máximo interés permitido estipular, entre la fecha del vencimiento de la respectiva cuota y el pago efectivo. La policía deberá cumplir de inmediato las órdenes de apremio decretadas.”
Se derogan los artículos 16 y 17, referidos a las órdenes de apremio, que deberá cumplir la policía, en virtud de lo ya señalado.
Una disposición bastante discutida es la del artículo 19, que sanciona al alimentante que hubiere sido apremiado en la forma ya descrita. Dispone: “...el tribunal podrá imponerle, a petición de parte, todas o algunas de las siguientes medidas:
“1. La suspensión de la administración ordinaria de la sociedad conyugal, la que pasará ipso jure a la mujer;
“2. La pérdida del derecho a autorizar o denegar al menor el permiso para salir del país, y
“3. Decretar la separación de bienes de los cónyuges.”
Se eliminaron otras sanciones que se proponían en el trámite anterior. Desde mi punto de vista, la primera medida también debería ser eliminada, no obstante haberla acordado la mayoría de la Comisión, porque producirá más trastornos que beneficios en la administración de la sociedad conyugal.
Por último, el artículo 2º sustituye en el inciso primero del artículo 327 del Código Civil la expresión “podrá” por “deberá”. Este artículo, que se refiere al otorgamiento de alimentos provisorios, señala: “Mientras se ventila la obligación de prestar alimentos, podrá el juez ordenar que se den provisoriamente”. Ahora se establece que “deberá” darlos, a fin de concordarlo con la disposición señalada anteriormente, en virtud de la cual, desde el momento en que se presenta la demanda principal, se pueden pedir alimentos provisorios, y el juez podrá otorgarlos si hay fundamento plausible.
Asimismo, la Comisión acordó introducir la siguiente disposición transitoria: “Los juicios sobre alimentos que se hubieren iniciado antes de la vigencia de esta ley, seguirán sustanciándose, hasta la dictación de la sentencia definitiva, conforme al procedimiento en vigor en el momento de la notificación de la demanda.”
En el informe se consignan las indicaciones aceptadas y rechazadas y la forma en que se discutieron.
Por lo tanto, solicito que se aprueben, en particular, las disposiciones del proyecto en debate.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Cristi .
La señora CRISTI .-
Señor Presidente , el proyecto en discusión es de gran trascendencia e importancia. El Diputado señor Elgueta ha entregado un excelente informe, desde el punto de vista jurídico. No obstante, quiero evaluarlo desde la perspectiva del impacto social que producirá, porque la dificultad para conseguir las pensiones de alimentos, especialmente en el caso de las madres solteras y de las mujeres abandonadas que quedan a cargo de sus hijos, es un problema jurídico-social muy grave en nuestro país.
De hecho, es uno de los casos en que existe mayor evasión. Alrededor del 75 por ciento de las pensiones de alimentos decretadas no se cumple y es la causa más frecuente en los tribunales de menores, en las asesorías legales o en las asesorías jurídicas municipales. Por lo tanto, es necesario y urgente legislar en esta materia, a fin de que estos juicios sean tramitados en forma más rápida y expedita.
Quiero destacar la voluntad que hubo en la Comisión de Familia para que en el proyecto -que se inició con un articulado bastante menor- se corrigieran los errores y dificultades que se presentan en la obtención de la pensión de alimento.
Sabemos de casos en que el demandado, el padre de los hijos, no sólo no paga pensión de alimento, sino que la asignación familiar que percibe no la entrega a sus hijos, lo que, a mi juicio, constituye una omisión gravísima. En ese sentido, el proyecto ayuda a que la pensión pueda ser decretada en forma rápida.
Quiero destacar los cambios de mayor relevancia. Por ejemplo, el que la competencia se radique en el juez de menores evita que la demanda deba proseguir en otro tribunal cuando el menor ha cumplido 18 años de edad. Es decir, mientras no existan tribunales de familia, las atribuciones que se le entreguen al juez de menores para ayudar a consolidar la demanda son tremendamente importantes, ya que la mayoría de las veces la madre -que es la que normalmente solicita la pensión- deambula de tribunal en tribunal, de juicio en juicio, lo que le dificulta obtener este beneficio, absolutamente necesario para la alimentación y educación de los hijos.
En relación con los medios de prueba se advierte en el proyecto una carencia, ya que en la actualidad, los informes sociales son emitidos por las asistentes sociales de los tribunales, quienes, debido a la gran demanda y cantidad de solicitudes que deben informar, muchas veces demoran los juicios.
Al respecto, propusimos que las asistentes sociales de las municipalidades colaboraran con los juzgados, a fin de agilizar los informes sociales necesarios para solicitar y entregar las pensiones alimenticias.
La ley actual establece que la demandante debe probar que el demandado tiene los recursos necesarios para pagar la pensión. Dicho trámite resulta muy dificultoso si la persona se escuda en que no tiene una remuneración fija; incluso, muchas veces deja de trabajar y entra al mercado informal para no entregar antecedentes sobre sus remuneraciones. El proyecto cambia el sistema, y el medio de prueba debe ser presentado por el demandado y no por la demandante. Se consideró una ayuda importante para que el juez solicite prueba en contrario.
Otro aspecto fundamental, que también fue mencionado por el Diputado señor Elgueta , se refiere a los alimentos provisorios.
Hoy resulta dificultoso, largo y lato conseguirlos, a pesar de que es lo mínimo que puede esperar una persona que debe mantener a sus hijos y que no cuenta con recursos para ello.
El proyecto establece que el juez deberá decretar alimentos provisorios mientras se fijan los definitivos. Ello permite agilizar en forma notable el trámite de los alimentos provisorios y resuelve el problema económico mientras hay una definición sobre la materia.
También es muy importante la fijación de un monto mínimo para decretar las pensiones de alimento. Curiosamente, éste fue el inicio de la propuesta, al conocerse la gran evasión que existe de esta responsabilidad. Hay personas que prefieren declararse cesantes o acudir al mercado informal con tal de no pagar una pensión de alimento. Muchos choferes de taxis, de la locomoción y trabajadores del mercado informal reciben un buen ingreso, pero la demandante no tiene cómo demostrarlo.
En ese sentido, el proyecto propone un mínimo de 40 por ciento del ingreso mínimo como pensión de alimentos, es decir, alrededor de 27 mil pesos, cifra que parece insuficiente, pero sabemos que existen pensiones hasta de 5 mil pesos. De esta manera, se espera que el demandado busque los medios para entregar este mínimo a su familia.
Este artículo fue objeto de debate y uno de los que se aprobó por mayoría, porque el Diputado señor Elgueta planteaba un monto menor. Creemos que ese porcentaje es lo menos que se puede esperar para el caso de una familia que no cuenta con recurso alguno para mantener a sus hijos. Además, obligará a quien se declare cesante a trabajar o al que esté en el mercado informal a entregar dicho monto. Las personas discapacitadas, enfermas o que no puedan trabajar, deberán presentar un informe social.
Hoy, se habla de una cesantía aproximada de 5 por ciento en el país. Si es así, no podemos pensar que haya tantos cesantes que no puedan pagar una pensión mínima de alimentos.
El proyecto también se refiere al tope que hoy existe para decretar una pensión de alimentos, que es del 50 por ciento de los ingresos del demandado, y da la posibilidad al juez, en casos excepcionales, para fijar una pensión de alimentos que exceda ese monto. Nos imaginamos a una familia con muchos hijos, casos de enfermedad, y otros que el juez determine como excepcionales. Por lo tanto, se fija un piso y se eleva el techo de los montos.
Hubo un extenso diálogo en cuanto a los apremios, porque éstos eran gravísimos, con la idea de desmotivar la evasión de esta obligación. Incluso, se planteó la posibilidad de desheredar a quien no cumpliese con el pago de la pensión o de impedir que el día de mañana pueda recibir una pensión de alimentos por parte de sus hijos. La Comisión consideró demasiado exagerada y drástica la medida, pues podrían llegar a ser ancianos arrepentidos y los hijos estar dispuestos a ayudarlos. Además del pago de una indemnización, sólo se dejaron medidas como el arresto y, en caso de ser necesario, un segundo apremio; la dictación de una orden de arraigo en contra del alimentante que no cumpla con su obligación; la suspensión de la administración ordinaria de la sociedad conyugal, que pasará ipso jure a la mujer; la pérdida del derecho a autorizar o denegar al menor permiso para salir del país y, por último, decretar la separación de los bienes conyugales.
En resumen, éstos son los principales méritos del proyecto, además de las modificaciones jurídicas que se incorporan para agilizar el reconocimiento de los avenimientos.
No obstante, la iniciativa es más compleja en la forma de reconocer los avenimientos y así evitar los juicios, como fue la idea del primer proyecto, en el cual se establecía que las corporaciones de asistencia judicial podrían ser quienes tuvieran el mérito de lograr los avenimientos y que sirvieran de prueba en juicio. En este caso se ha hecho más estricto, pero de alguna forma se ha permitido que también sirvan de antecedente.
Por otra parte, quiero referirme al artículo transitorio, que señala: “Los juicios sobre alimentos que se hubieren iniciado antes de la vigencia de esta ley seguirán sustanciándose, hasta la dictación de la sentencia definitiva, conforme al procedimiento en vigor en el momento de la notificación de la demanda.”
Como son tantos los juicios, y los niños y madres afectados por esta situación, habría preferido que no quedara en esta forma, sino que simplemente, se aplicara la nueva ley al momento de su entrada en vigencia. Entiendo que puede significar una compleja situación para los tribunales, en los cuales están radicadas las causas, pero sería interesante analizar la situación, porque sería una buena forma de ayudar a esas familias y de agilizar los trámites pendientes.
Desde mi punto de vista, esta materia debe ir de la mano con otro proyecto que estamos estudiando en la Comisión de Familia, relacionado con la tuición y los derechos de visita. Siempre hay un chantaje de uno u otro lado, ya sea por los hijos, por la pensión, etcétera. Realmente es una situación que no puede seguir.
Espero que, junto con la pronta aprobación de este proyecto, se regule el derecho de visita para evitar situaciones traumáticas que viven las familias abandonadas o separadas.
Esperamos que el proyecto sea puesto en el primer lugar de la Tabla de la próxima semana para terminar su discusión y votarlo. Llevamos casi un año estudiando esta materia, que constituye una aspiración de miles de mujeres. Así como hemos discutido durante dos días la importancia de lograr la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, ésta también es una forma de responder a la preocupación de la Cámara por los problemas de la mujer.
Hay dos artículos que requieren de quórum calificado, los que podrían ser votados en la próxima sesión.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo para poner el proyecto en el primer lugar de la Tabla de la sesión del próximo martes?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra la Diputada señora Mariana Aylwin.
La señora AYLWIN (doña Mariana).-
Señor Presidente , no me voy a referir a los avances que significa el proyecto, porque ya lo han hecho en extenso el Diputado señor Elgueta y la Diputada señora Cristi .
En este segundo informe su texto viene muy perfeccionado en cuanto al procedimiento legal, de manera que el sistema de pagos de pensiones alimenticias sea más expedito, más rápido y oportuno. Hemos trabajado sobre la base de una indicación sustitutiva del Diputado señor Elgueta , que permitió avanzar en la discusión y mejorar el procedimiento legal.
El tema más debatido en la Comisión fue el de las sanciones. En el texto primitivo se establecían sanciones -como señaló la Diputada señora Cristi - excesivamente drásticas, lo que generó un debate al respecto.
En el primer texto se señalaba que el juez o el tribunal deberá imponer, a petición de parte, varias o algunas de las siguientes medidas, que eran más de las que voy a nombrar. En cambio, ahora proponemos que el artículo 19 diga: “El tribunal podrá imponer, a petición de parte, todas o algunas de las siguientes medidas:”. Algunas, como el desheredamiento a que se refirieron la Diputada señora Cristi y el Diputado señor Elgueta , fueron eliminadas. Sin embargo, se produjo una discusión al respecto, y no deja de ser significativo el hecho de que diputadas y diputados hayamos tenidos posiciones diferentes; mientras los hombres se mostraron proclives a que las sanciones fueran más bajas, las mujeres, tal vez influidas por el hecho de encontrarnos a menudo con otras que sufren el problema, nos inclinamos por sanciones más drásticas.
Me parece justo que el juez pueda suspender la administración ordinaria de la sociedad conyugal y traspasarla a la mujer cuando el marido no entrega los recursos para la alimentación de aquélla y de los hijos, dando origen a una situación de irresponsabilidad. Creo que es una injusticia que sea el marido el que administre la sociedad conyugal, en circunstancias de que es la mujer la que está alimentando a la familia.
Por otra parte, también considero justo negar al hombre el derecho a otorgar o denegar permiso a los hijos menores para que salgan del país. Cuando una mujer está a cargo de sus hijos y por algún motivo debe salir del país con uno de ellos o con todos, el padre, que durante años no ha pagado la pensión alimenticia -lo mínimo que debe cumplir por el bien de sus hijos-, no obstante poder hacerlo, no tiene derecho a denegar esa autorización. Ése sería el caso para aplicar una sanción de este tipo.
Por último, también me parece razonable que el juez pueda decretar la separación de bienes de los cónyuges, a fin de que la mujer administre los suyos, en casos como el que estoy reseñando.
Pienso que el proyecto es muy importante, pero debemos ser muy cuidadosos y no crear falsas expectativas, porque la solución de este problema tan complejo conlleva muchos otros aspectos que no dependen de la ley. Así, ni la normativa más perfecta puede solucionar, por ejemplo, el hecho de que en la mayoría de los casos las demandas sobre pensiones alimenticias que llegan a los tribunales provienen de familias en extrema pobreza, donde lo que se intenta repartir es pobreza, puesto que los padres no pueden pagarlas o deben distribuir sus bajos sueldos entre dos familias. De manera que la futura ley no solucionará ese problema, y es muy importante que eso quede bien claro.
Tampoco podrá suplir la responsabilidad de los padres, por mucho que se establezcan apremios y sanciones, ya que dicha responsabilidad no depende de ellos. Si algunos no quieren cumplirla, buscarán las formas de evadir el pago de las pensiones alimenticias. Nosotros pretendemos resguardar esa situación con este proyecto, pero no creemos que pueda solucionar el problema de fondo: la responsabilidad paterna.
Asimismo, no podrá cambiar la manera de enfrentar las rupturas matrimoniales. En ese sentido, me parece relevante que, más allá de la ruptura, los padres deben velar por el bien de sus hijos y ser capaces de ponerse de acuerdo. De manera que también es muy importante que haya instancias que permitan llegar a acuerdos a los padres que sufren una situación similar. Probablemente, una de las causas más comunes de que la pensión alimenticia no se pague oportunamente, radica en los conflictos de la pareja que se quebró, lo que termina dañando a los hijos. Eso -insisto- no lo cambiará la futura ley.
Por último, tampoco se cumplirán los procedimientos que establece el proyecto más rápido, si no hay personal adecuado en Carabineros, en Investigaciones y en los tribunales para implementar, por ejemplo, las notificaciones de los jueces.
Por eso he insistido en estos aspectos, porque me parece que no es bueno crear falsas expectativas. Este proyecto es trascendente, es una tremenda ayuda, pero no resolverá completamente las situaciones existentes, y hay muchos otros elementos que deben tomarse en cuenta.
En la Comisión planteamos a la Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer la idea de crear un fondo especial para el pago de las pensiones de alimentos en los casos de extrema pobreza -es decir, cuando hombres muy pobres no pueden solventar esta necesidad porque no tienen remuneraciones suficientes, por estar sin trabajo, encontrarse enfermos, etcétera-, y que ese fondo fuera estatal, de manera que el deudor de la pensión pagara allí y el Estado financie la pensión en casos específicos, garantizando así el vital derecho a alimento de las familias de extrema pobreza.
Durante el transcurso del debate también hemos planteado la necesidad de implementar lo antes posible los tribunales de familia.
Estimo que en la Comisión de Familia hemos hecho un buen trabajo. Existían muchas mociones relativas a este tema, porque en nuestros distritos es un problema social muy frecuente y grave. Ha habido gran colaboración y voluntad de todos para sacar adelante esta iniciativa, que es el resultado del perfeccionamiento de muchas otras ya existentes.
Por eso, hemos contribuido a resolver este problema, sin que nuestro esfuerzo sea suficiente. Sin embargo, estamos cumpliendo con nuestra misión de modificar un instrumento legal, a fin de que se cumpla una obligación tan importante como es el pago de las pensiones alimenticias, especialmente en los casos de familias que las demandan debido a conflictos familiares tan frecuentes en nuestra sociedad.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Rubén Gajardo.
El señor GAJARDO.-
Señor Presidente, creo que este proyecto es interesante.
Considero de gran relevancia algunos temas que han sido bien tratados. A modo de una enumeración ligera, puedo señalar el valor que se da a los informes socioeconómicos emitidos por asistentes sociales de las corporaciones de asistencia judicial de las municipalidades y de la Fundación de Asistencia Legal de la Familia. Indudablemente, ello facilita la prueba de los hechos que constatan estas profesionales. Al respecto, me parece importante que en estos juicios los jueces deban apreciar la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
También estimo valiosa la fuerza jurídica que se le da a los avenimientos celebrados tanto en las corporaciones de asistencia judicial como en la Fundación de Asistencia Legal a la Familia por cuanto aquéllos tienen la fuerza del mérito ejecutivo. Igualmente, considero interesantes las normas que regulan la fijación de alimentos provisorios.
Sin embargo, quiero hacer presente algunas dudas que me asaltan y ciertas críticas respecto del articulado que se nos propone.
Lo primero es una consulta al diputado informante en relación con el tema de los informes de las asistentes sociales. Aquí no aparecen nombradas las de los tribunales, de manera que quiero saber si el valor de esos informes está regulado en alguna otra norma jurídica; porque, de no ser así, no encuentro lógico que tengan más fuerza los informes del personal externo al tribunal que los de sus propios funcionarios. Debo recordar que en los tribunales de menores hay asistentes sociales. Por lo tanto, lo lógico es que sus informes tengan el mismo valor que los que consignan en el inciso segundo del artículo 1º, que se refiere a los informes socioeconómicos emitidos por las asistentes sociales de las corporaciones de asistencia judicial y de la Fundación de Asistencia Legal de la Familia. Ésa es una consulta que dejo planteada.
Un segundo aspecto que, más que dudas, me merece reparos, es el cambio que se hace al establecer el límite máximo que el juez puede determinar como monto de la pensión. El proyecto establece que el juez puede fijar como monto máximo de la pensión una suma o porcentaje que no exceda el 50 por ciento de los ingresos del alimentante. Esta norma hoy existe en la ley Nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, pero aun cuando fija el mismo porcentaje, se remite a las rentas del alimentante. En el proyecto se cambia el universo sobre el cual ha de calcularse el porcentaje, de las rentas a los ingresos, lo que puede tener un efecto jurídico importante. No veo la razón de este cambio, porque incluso en la legislación laboral y previsional hay una serie de ingresos que no constituyen remuneración. El Código del Trabajo enumera algunos de este tipo, como es el caso de las asignaciones de movilización, de colación, por desgaste de herramientas, los viáticos y, en general, todos aquellos estipendios que no correspondan al pago de una prestación efectiva y que representen, más bien, el pago de gastos en que debe incurrirse para desempeñar determinada actividad o función.
Entonces, creo que puede haber dificultades en la determinación del universo de ingresos sobre los cuales debe calcularse ese porcentaje. Sería partidario de mantener el concepto actual: rentas del alimentante, porque es conocido y tengo entendido que no han surgido grandes problemas jurídicos para interpretarlo. Entonces, al cambiar conceptos, estamos entrando en un terreno distinto sin saber cuál será el resultado.
A este respecto, anuncio que oportunamente pediré al Presidente de la Cámara que recabe la unanimidad de la Sala para someter a tramitación una indicación que reemplace el concepto de “renta” por el de “ingresos”, que contiene el proyecto.
Otra observación dice relación con la medida de arraigo que puede decretar el juez contra el alimentante. Una vez decretado el arraigo, de acuerdo con lo que se propone, se mantendrá mientras el afectado no rinda una determinada caución. Deberíamos armonizar esta medida de apremio con lo legislado en esta Cámara respecto de las medidas que adopta el juez del crimen, en que también está considerado el arraigo, con la diferencia de que se estableció un plazo máximo de duración, porque no puede ser que una persona esté sometida toda la vida a una medida que le impida abandonar el país.
Actualmente, el artículo 305 bis A del Código de Procedimiento Penal señala que “En casos graves y urgentes el juez podrá prohibir la salida del territorio nacional al inculpado... por un plazo de sesenta días.” Parece razonable que si hay un temor de que la persona abandone el país y no cumpla con sus obligaciones, pueda decretarse por ese período el arraigo; pero considero excesivo no señalar plazo o límite para la vigencia de la medida.
De manera que otra idea que plantearé, a través de una indicación, será para establecer el mismo plazo o duración de esta medida que contempla el Código de Procedimiento Penal.
Finalmente, me merece claros reparos el precepto que reemplazaría al actual artículo 19 de la ley sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, especialmente en su numeral 1.
Se trata de aplicar medidas contra el alimentante que no cumple con su obligación, entre las cuales, en el Nº 1, se contempla la suspensión de la administración ordinaria de la sociedad conyugal. Si existe hoy en la ley el derecho de la mujer casada bajo régimen de sociedad conyugal a pedir la separación de bienes, no tiene sentido pedir la suspensión de la administración de la sociedad, porque generará problemas jurídicos muy grandes. Las cosas son o no son, pero no pueden ser a medias. O existe sociedad conyugal o hay separación de bienes, pero no puede existir un régimen de sociedad conyugal suspendido. En caso contrario, los terceros que contraten sabrán si realmente el marido es o no el administrador de la sociedad conyugal si está o no suspendido del ejercicio de ese derecho. La situación híbrida de suspensión me parece muy negativa y puede crear una inseguridad jurídica muy grande, de manera que se deben adoptar medidas radicales: o se mantiene la sociedad conyugal o se disuelve.
En general, estoy por mantener el actual artículo 19, porque ahí se establece la medida más adecuada: el término de la sociedad conyugal, el derecho a pedir separación de bienes si el marido ha sido apremiado en dos oportunidades, de acuerdo con dicho precepto.
Por eso, en su oportunidad, presentaré las indicaciones a que he hecho referencia. Por lo tanto, pido a su Señoría que solicite la venia de la Sala para someterlas a tramitación.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Señor diputado , le ruego plantear formalmente las indicaciones a la Mesa, a fin de que, en su oportunidad, pueda solicitar el acuerdo correspondiente.
Tiene la palabra el Diputado señor Exequiel Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , sin duda, tal como lo han señalado los distintos señores diputados que me precedieron en el uso de la palabra, estamos en presencia de un proyecto de real importancia, que no tan sólo preocupa a mis colegas mujeres, sino a todas quienes, en un número significativo, deben enfrentar permanentemente este tipo de situaciones. Por ello, creo que vale la pena analizar algunos artículos.
Se plantea la forma de agilizar el cobro de las pensiones de alimento, lo cual, de alguna manera, se soluciona con el establecimiento de las pensiones provisorias asignadas después de un juicio sumario.
La comprobación de la renta del alimentante es otro de los problemas actuales que, de alguna forma, el proyecto tiende a solucionar al determinar mínimos, máximos y una serie de elementos fundamentalmente relacionados con la agilización del proceso.
Pese a compartir casi la totalidad del proyecto aprobado por la Comisión, quiero detenerme en su artículo 19, que plantea cambios excesivos, a mi modo de ver. Debemos tomar en cuenta que, muchas veces, lo que se pretende repartir es la pobreza de los cónyuges que rompen su relación. No siempre el que tiene la condición de alimentante es una persona de grandes recursos, razón por la cual no se solucionará la situación de desmedro en que quedan la mujer y los hijos aunque se ejerza una serie de apremios, que pueden ser exagerados e, incluso, prestarse para fraudes. Me refiero a la suspensión de la administración ordinaria de la sociedad conyugal, establecida en el Nº 1 del artículo 19 propuesto, que pasará ipso jure a la mujer.
Tal como lo señaló mi colega Rubén Gajardo , la medida puede prestarse incluso para que uno de los cónyuges le solicite al otro que lo demande por alimentos, con el objeto de que, en su calidad de administrador de la sociedad conyugal, pueda evitar a los posibles acreedores. Por lo tanto, esa modificación puede crear una incerteza jurídica tremendamente compleja.
Asimismo, el Nº 2, que dice relación con la pérdida del derecho a autorizar o de negar al menor el permiso para salir del país, también puede prestarse para muchos problemas. Ya la Diputada señora Cristi mencionó la situación en que quedan los menores, en el caso de la ruptura matrimonial, no sólo en cuanto a alimentos, sino también respecto de las visitas. Por lo expuesto, la salida de los menores del país podría prestarse para un chantaje permanente, pues mezcla la parte afectiva que debe tener el menor con sus padres con la situación económica.
El tema se discutió en forma acabada con ocasión del debate del proyecto relativo al régimen de visitas, porque debemos separar el tema económico del afectivo: la necesidad del menor de tener una relación permanente con ambos padres. No me parece apropiado, entonces, consignar esta materia en el proyecto. Por lo tanto, repondré una indicación para rechazar el artículo 19 propuesto en el proyecto, y mantener el actualmente vigente, el cual, a mi juicio, resguarda adecuadamente los intereses de quien está demandando por alimento.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Sergio Elgueta , a quien la Diputada señora Aylwin le solicita una interrupción.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, con mucho gusto se la concedo.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Aylwin.
La señora AYLWIN (doña Mariana).-
Señor Presidente , el artículo 19 no se refiere a la suspensión de la sociedad conyugal, sino a la suspensión de la administración de ella por parte del marido, la que pasa a la mujer. Por lo tanto, si hay acreedores, la mujer deberá enfrentar esa situación.
Pero aquí estamos hablando de un marido que puede pagar la pensión alimenticia y se niega hacerlo, de manera que no veo qué trastornos jurídicos tan grandes puede producir que la administración de la sociedad conyugal la ejerza la mujer y no el marido que no cumple su obligación. En cambio, forzar a que la mujer tenga que terminar la sociedad conyugal, puede dejarla en muy mala situación. En muchos casos, sobre todo cuando las mujeres no trabajan, la sociedad conyugal les conviene. En consecuencia, la alternativa no es sociedad conyugal o forzar a que ésta se termine. Me parece justa, entonces, la posibilidad de que la mujer administre la sociedad conyugal, porque me imagino que un juez no le otorgará la administración para salvar la situación de los acreedores de su marido. No creo que un magistrado pueda llegar a determinar una medida de esa naturaleza, cuando justamente se trata de que el alimentante cumpla con su obligación.
También la pérdida del derecho a autorizar al menor a salir del país está relacionada con el alimentante que puede cumplir su obligación y no lo hace, caso en el cual, salvo excepciones, se trata de un padre que no tiene relación afectiva con sus hijos. Entonces, se puede dar el caso de una madre que puede pedir autorización para vivir con su hijo en otro país donde encontrará trabajo, y el padre, que no tiene relación con sus hijos, no autorice la salida del menor. Aquí se está dando una facultad al juez para que analice estas circunstancias y adopte las medidas más adecuadas. Podrá aplicar las propuestas en el proyecto si conviene y es justo, o podrá negarse a hacerlo a petición de parte, si eso produce daños mayores.
Quería puntualizar estos aspectos, porque de la exposición del Diputado señor Gajardo entendí que aquí había una confusión.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, quiero comentar algunas de las observaciones que se han hecho en el curso de la discusión.
En primer lugar, me voy a referir a los informes socioeconómicos emitidos por las asistentes sociales de las corporaciones de asistencia judicial de las municipalidades y de la Fundación de Asistencia Legal de la Familia.
Sobre este punto, quiero afirmar categóricamente que estamos modificando una ley que establece un procedimiento general respecto de pensiones alimenticias demandadas entre mayores, pero que también contiene algunas normas aplicables a menores. Cuando la Ley de Menores se refiere a los informes, en su artículo 36 señala: “El juez de letras de menores, en todos los asuntos que conozca, apreciará la prueba en conciencia, y si fuere posible, deberá oír siempre al menor púber y al impúber”. Agrega que “Además de los informes que solicite a las asistentes sociales, podrá requerir informes médicos, sicológicos u otros que estimare necesarios.” Es decir, la Ley de Menores fija el valor y la forma en que el juez ponderará los informes emitidos por las asistentes sociales.
Los tribunales de letras no cuentan con asistentes judiciales, de modo que los jueces no cuentan con informes sociales cuando conocen de juicios de alimentos entre mayores. En consecuencia, soy partidario de que existan corporaciones de asistencia judicial regionales, y de ampliar aún más la enumeración de las instituciones cuyos asistentes sociales pueden colaboran de una u otra manera a la acción de la justicia con la emisión de estos informes, a fin de realzar la dignidad, calidad, seriedad y responsabilidad de esas profesionales. En este sentido, considero interesante el aporte del Diputado señor Gajardo . Sin embargo, voy más allá. Estimo que a los informes emitidos por las asistentes sociales de otras instituciones de asistencia legal debería otorgárseles el valor de presunción judicial.
Otra observación que se efectuó en la Sala se refiere al concepto “ingresos”, considerado demasiado flexible, vago o impreciso. Se argumentó que era preferible conservar el término “renta”. El Código Civil es mucho más amplio, porque cuando se refiere a las normas sustantivas del derecho de alimentos señala que en la tasación de los mismos se deberán tomar siempre en consideración las facultades del deudor, concepto mucho más amplio que ingresos o rentas. Este último se ha ido decantando a lo largo de la frondosa legislación tributaria que, incluso, le da un carácter técnico al quedar definido en la ley. Hoy, en los juicios, se consideran todas las deudas que tiene el demandado por pensión alimenticia. ¿Y qué ocurre? Que la pensión prácticamente desaparece, ya que esta se determina del saldo que queda al restar de la renta las deudas del demandado.
En cambio, la expresión “ingresos” abarca todos aquellos montos que, por distintas causas, reciben los deudores de una pensión alimenticia: rentas por arrendamiento, utilidades en una sociedad, o lo que reciban por cualquier concepto.
La expresión “renta”, permite una serie de deducciones. En consecuencia -en la práctica-, cualquier costo, deducción, o deuda que tenga el deudor no es renta y debe deducirse de los ingresos. Entonces, el diferencial entre el ingreso y las deudas -o los costos- es la verdadera renta. En mi opinión, esto no debiera ser así en un juicio de alimentos, porque se presta para abusos. En consecuencia, la expresión “ingresos” está entre el concepto amplio que usa el Código Civil, de las facultades del deudor, y el de la restricción respecto de la renta.
Considero interesante lo señalado por el Diputado señor Gajardo , en cuanto a limitar el arraigo o referirlo al artículo 305 bis del Código de Procedimiento Penal, donde su plazo máximo son 60 días.
En el proyecto, el arraigo está sujeto a la rendición de una caución. De tal manera que si el afectado tiene la posibilidad de rendir una caución al día siguiente, prácticamente el arraigo no se aplicará. Como aquí no se señala la manera de rendir la caución, podrá hacerse efectiva mediante dinero, bienes raíces, acciones o cualquier otro bien del patrimonio del deudor, o sea, estará en la voluntad del demandado ponerle término a la sanción. En cambio, el que establece el Código de Procedimiento Penal está sujeto al criterio del juez, quien de acuerdo con las investigaciones que se realicen ponderará y evaluará si le pone término.
La sanción que establece el artículo 19 -uno de los más discutidos-, de suspender al apremiado de la administración ordinaria de la sociedad conyugal, la que pasará ipso jure a la mujer, me parece inconveniente desde tres puntos de vista.
En primer lugar, porque las pensiones alimenticias, en general, se pagan periódicamente, una vez al mes. Si una persona es apremiada, al pagar las cuotas recupera –porque se está hablando de suspensión- también ipso jure la administración de la sociedad conyugal. Desde ese punto de vista, y estoy extremando el ejemplo, tendríamos una sociedad conyugal cuya administración pasaría cada seis meses de una persona a otra, lo cual es absurdo pensarlo siquiera.
En segundo lugar, la administración de la sociedad conyugal, desde un punto de vista ideal, de pareja, debería ser conjunta, entre el hombre y la mujer. Pero en nuestro Código Civil -como lo analizábamos ayer, en el proyecto de reforma constitucional de igualdad de derechos entre el hombre y la mujer- se estableció el principio de la unidad de la administración. Entonces, por esa masculinidad implementada en todas nuestras leyes, se dijo que el hombre asumirá la jefatura y la mujer lo hará subsidiariamente, como una especie de repuesto en caso de que falle el marido. Pero se estableció el principio de la unidad. Hoy, debería practicarse el de la coadministración, lo que sería mucho más igualitario. Desgraciadamente, la ley es así.
La distinguida Diputada señora Mariana Aylwin sostuvo que el problema se iba a presentar en matrimonios con bienes. Justamente, uno de los dos cónyuges es el que tiene la pericia -por llamarlo así- en el manejo de los negocios. Podría ocurrir que una dueña de casa jamás haya tenido experiencia, y el marido sí en la administración de una sociedad anónima, de negocios en la bolsa, o en el mercado de valores, por citar los más sofisticados. En consecuencia, entregar a esa mujer la administración de la sociedad conyugal podría traducirse en menores ingresos para ella. Tal vez podría hacerlo bien, pero no es así en la realidad actual.
Por una serie de motivos que se dieron ayer, cuando discutimos la reforma constitucional, en nuestra legislación la mujer ha sido dejada prácticamente de lado en la administración de los negocios económicos. Si se produce una ruptura, y la administración pasa a manos de ella, redundará en su perjuicio, en menos ingresos, en menos pensión alimenticia.
En tercer lugar, desde el punto de vista de la seguridad que tengan los terceros para negociar con el marido, el Código Civil establece una compleja y especiosa reglamentación respecto de la administración de la sociedad conyugal. ¿Cómo debe administrarse? ¿Qué pasa con los bienes raíces cuando se deben enajenar, hipotecar o gravar? Actualmente, el marido es el que dirige la sociedad conyugal, y esas reglas, que son complejas, no se pueden cambiar cada tres o seis meses o después de cada apremio. Entonces, podría ocurrir que la administración de la sociedad conyugal que está suspendida, le fuera restituida por un lapso breve al marido, posteriormente pasara a la mujer y volviera nuevamente al marido, una vez que pagara.
Desde ese punto de vista, hay inconvenientes prácticos, pues los terceros no tendrían certeza respecto de con quién están negociando, quién está dando su palabra, en quién va a confiar. Más cuando todo se ha roto por la separación, que siempre antecede a la demanda de pensiones alimenticias.
Por las razones expuestas, considero que la sanción es poco práctica y perjudicará a la mujer, en lugar de beneficiarla.
En todo caso, pediré división de la votación respecto de este número, para que se rechace.
Durante el debate en la Comisión, presenté una indicación, que fue parte de una sustitutiva, al Nº 3 del artículo 19. La actual ley contempla la separación total de bienes de los cónyuges, en caso de que el marido hubiere sido apremiado dos veces. Pero ¿qué ocurre con un matrimonio longevo? Por poner una exageración, si el marido es apremiado en dos oportunidades en 50 años, el juez le puede decretar la separación de bienes. Yo lo considero una injusticia. Como la ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, es antigua, quizás en esa época, cuando el promedio de vida era de 50 años, parecía lógico que se decretara la separación de bienes si el marido era apremiado dos veces en toda la vida matrimonial; pero hoy, con la prolongación del promedio de vida, me parece injusto y exagerado. Por eso, propuse acortarlo al período de un año. Ahí no cabe duda de que se trata de un cónyuge incumplidor, que a pesar de haber sido sometida su libertad personal a juicio no cumple, que estamos en presencia de un deudor contumaz, en cuyo caso procede la separación de bienes. Propuse que el apremio debía realizarse dos veces en el período de un año o tres veces en el lapso de cuatro años, de manera de no cometer una injusticia.
Aun cuando no insistiré en mi indicación, me parece justa, pues los tiempos han cambiado y, en consecuencia, debería adoptarse un criterio como el que planteé en la Comisión.
Quiero explicitar lo que significa el proyecto desde el punto de vista práctico.
Desde luego, el juez podrá decretar alimentos provisorios desde que se presenta la demanda ante el tribunal. No habrá un lapso, un interregno en que el alimentario va a andar mendigando, negociando o sometiéndose a presiones para lograr una pensión alimenticia, como sucede en la actualidad, en que los comparendos, cuando se trata de un juez de menores, se fijan para seis meses o más, y mientras tanto no se puede decretar ni siquiera la pensión provisoria, porque el juez siempre está esperando que se resuelva el problema de fondo. Mientras eso sucede, pueden pasar dos o tres años, lo que trae anexos otros problemas, como la educación de los niños, etcétera. En definitiva, se perjudica a los hijos.
El hecho de que los informes de las asistentes sociales de las instituciones aquí enumeradas tengan la calidad de presunción en los juicios de alimentos de mayores, los convierte en una prueba muy fuerte e indicativa para el juez, quien tendrá que tomarla en cuenta, con lo que se evitará esperar la concurrencia de testigos, pruebas documentales, que se le respondan los oficios o que declaren terceras personas sobre lo que sucede respecto de los ingresos y las deudas de los cónyuges.
En seguida, me parece importante que estos juicios se resuelvan y la prueba se pondere de acuerdo con las reglas de la sana crítica. Ya expliqué los fundamentos, por lo que no insistiré en esa materia.
Es un gran avance que los avenimientos sobre alimentos celebrados en las corporaciones de asistencia judicial y en la Fundación de Asistencia Legal de la Familia tengan mérito ejecutivo.
Como lo conversamos en la Comisión, con la señora Ministra del Servicio Nacional de la Mujer , Sernam , debiera existir una instancia de mediación de carácter administrativo en cada comuna del país, con el objeto de procurar que estos conflictos ni siquiera lleguen a los tribunales.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
¿Excúseme señor diputado , pero el Diputado señor Ulloa le solicita una interrupción.
El señor ELGUETA.-
Con mucho gusto.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción su Señoría.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , frente a lo señalado por el colega Elgueta y para entender bien el tema, deseo consultar cómo opera hoy el procedimiento, porque se está planteando que debiera existir una mediación de carácter administrativo en cada comuna.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Recupera el uso de la palabra el Diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA .-
Señor Presidente , el Diputado señor Ulloa me brinda una gran oportunidad para explicar un proyecto que presentamos en el período legislativo pasado al que, desgraciadamente, en el Senado se le podó una institución importantísima en materia jurídica: la instancia de la mediación.
Hoy, cada vez que hay un conflicto -comparándolo con un enfrentamiento bélico- las partes se declaran la guerra, y el juicio empieza con la demanda. En ese proyecto -que fue aprobado, pero al que se le podó esta parte-, proponíamos que ningún juicio o conflicto de carácter civil o comercial se dilucidara sin una instancia previa de mediación, fuera del tribunal, donde las partes expusieran sus planteamientos, de modo que el juez sólo se limitara a recibirlos para llamar a esa mediación. En caso de que ésta se rompiera, las partes estaban emplazadas para iniciar el juicio respectivo. Desgraciadamente, eso no se aprobó.
En la actualidad, una persona separada de su cónyuge, simplemente recurre al tribunal y demanda, o sea, de inmediato se empieza con una petición judicial de la cual se da traslado a la parte contraria, la que responde, vienen los medios de prueba y se inicia un juicio. Es decir, en Chile hoy no existe una instancia de mediación previa, que podría evitar el juicio, como sucede en las inspecciones del trabajo, a las que se cita al respectivo empleador cuando recurre un trabajador que se siente afectado por un potencial conflicto. Hay estadísticas que indican que prácticamente el 70 por ciento de estos conflictos se precaven allí. Un sistema parecido debería existir en el país respecto de los conflictos sobre pensiones alimenticias. Sin embargo, eso no existe.
En relación con los avenimientos, hay un avance, desde el momento en que los celebrados ante dos organismos, las corporaciones de asistencia judicial y la Fundación de Asistencia Legal de la Familia, tendrán mérito ejecutivo, con lo que se evita el juicio, ya que ese acto impide discutir si hay o no obligación de pagar alimentos, ni su monto. El juez se limitará a embargar bienes y a proseguir el apremio hasta conseguir que se pague a la parte deudora las pensiones alimenticias acordadas.
Repito, de esta manera se evitarán juicios y que las partes estén discutiendo cinco años si tienen derecho o no a alimentos y el monto de la pensión. Una vez acordado, tendrá título ejecutivo, como sucede también con los acuerdos que se adoptan en la inspección del trabajo.
Si en todas las comunas existieran corporaciones de asistencia judicial o la Fundación aludida, esta norma tendría un efecto práctico inmenso, pero desgraciadamente no sucede así.
Además, deberían agregarse otras instancias, como las fiscalías municipales u otros organismos que crearan las municipalidades, en los cuales se pudiera acordar este tipo de avenimientos y darles carácter ejecutivo. Eso comprometería al Estado, a través de las fiscalías o los departamentos jurídicos de las municipalidades, a procurar estos títulos ejecutivos y dar solución a esos problemas en todo el país.
En el caso de los alimentos necesarios, propuse que el porcentaje fuera de 30 por ciento y no de 40 por ciento del ingreso mínimo como lo establece el artículo 3º.
En materia de pensiones alimenticias lo mejor sería fijar al deudor exactamente lo que corresponde dar a la otra parte y a sus hijos, pero desgraciadamente hay que fijar topes. Cuando se establece el 40 por ciento del ingreso mínimo, debemos considerar que nos referimos a personas de escasísimos recursos, las cuales, como es sabido, por lo general no recurren a instituciones jurídicas como el divorcio, la separación de bienes, etcétera, en caso de incumplimiento. Además, en ocasiones el deudor de la pensión alimenticia tiene hijos con otra persona. En consecuencia, me parece demasiado alto fijar un 40 por ciento como tope para el reparto de ese escasísimo dinero, pues puede ocurrir que, en determinados casos, a la persona no le alcancen los recursos para distribuirlos en forma adecuada. Por eso, ya que se va a fijar un tope que antes no existía, me parece más razonable estipularlo en 30 por ciento.
He dicho.
El señor ORPIS.-
Solicito la palabra para plantear un asunto de Reglamento.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , el procedimiento adoptado en esta sesión ha sido completamente irregular, pues la iniciativa debía discutirse en particular, es decir, analizarla y votarla por artículo. Sin embargo, el debate se ha dilatado porque sólo se encuentran presentes quince señores diputados en la Sala y no se puede votar.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Ruego a su Señoría no actuar sobre supuestos, porque muchos señores diputados se encuentran realizando distintas actividades en sus oficinas y en comisiones.
Por otra parte, se ha discutido el artículo 1º sin que nadie haya pedido el cierre del debate.
A continuación, está inscrita la Diputada señora Pollarolo ; pero como ha concluido el tiempo destinado al Orden del Día, solicito el acuerdo de la Sala para que pueda hablar la señora diputada .
No hay acuerdo.
Por lo tanto, pido a su Señoría que intervenga en la sesión del próximo martes, ocasión en que se debatirán las otras disposiciones del proyecto.
La señora POLLAROLO.-
Señor Presidente , con mucho gusto reservo mi intervención para el próximo martes, pues me interesa hacerlo por tratarse de un proyecto de enorme importancia.
El señor ULLOA .-
¡Ningún señor diputado se opuso a que hable su Señoría!
El señor AGUILÓ.-
Pido la palabra para plantear un asunto reglamentario.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente , como usted lo ha señalado, estamos discutiendo en particular el artículo 1º del proyecto. Dado que además de la Diputada señora Pollarolo hay otros señores diputados inscritos para hacer uso de la palabra, quienes también quieren opinar sobre la materia, le pido a la Diputada señora Pollarolo que deje pendiente su intervención para el próximo martes y así permitir que el resto de los parlamentarios inscritos puedan también hacer uso de la palabra. En esa oportunidad se procederá a votar el proyecto, porque como lo decía el Diputado señor Orpis , quien tiene toda la razón, en algún momento hay que hacerlo.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Entonces, la Diputada señora Pollarolo queda inscrita para intervenir en el primer lugar de la sesión siguiente.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
ELABORACIÓN DE NORMAS SOBRE MALOS OLORES POR COMISIÓN NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE. (Continuación).
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
En la sesión pasada se dio lectura al proyecto de acuerdo Nº 497 y se usó el tiempo correspondiente para apoyarlo.
Ofrezco la palabra
No habiendo oposición, se aprobaría por unanimidad.
El señor ORPIS.-
No.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Se repetirá la votación por no haberse reunido el quórum reglamentario.
El señor ULLOA.-
Además, el sistema electrónico no indicó toda la votación.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Aguiló para plantear un punto de Reglamento.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente , no obstante que el proyecto se debe votar de nuevo por razones reglamentarias, como quedó constancia en el tablero electrónico -y así figura en el acta de la sesión- el diputado que la pidió explícitamente, no votó. Entonces, quiero preguntar cuál es exactamente su intención.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Está en su derecho.
El señor AGUILÓ.-
No, señor Presidente , si efectivamente hay intenciones distintas, oscuras, respecto de la solicitud que ha planteado el Diputado señor Orpis ; entonces, pido que esto quede claro. El Diputado señor Orpis no votó, no obstante haber exigido que se votara, de manera que me entran dudas acerca de su intencionalidad, de su conducta.
He dicho.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Paya.
El señor PAYA.-
Señor Presidente , por su intermedio le pido al Diputado señor Aguiló que no enrarezca más el ambiente. Mi voto no apareció. Me pasó exactamente lo mismo que a los señores Orpis y Ulloa . Le solicito que no suponga nada que no corresponda.
Me parece absolutamente inconveniente su conducta.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
En votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 26 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Longton por un asunto de Reglamento.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente , pido que esta votación no se considere, porque, por ejemplo, aparece votando el Diputado señor Karelovic , que no está presente. Está invalidada en esta oportunidad.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Se llamará a los señores diputados por cinco minutos.
-Se suspendió la sesión.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Señores Diputados, el sistema de votación ha sido revisado y, al parecer, está funcionando bien.
Se va a repetir la votación y si nuevamente hay dudas sobre su resultado, se votará en forma económica por el sistema de manos levantadas.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , en dos oportunidades emití mi voto y no apareció. Entonces, debe existir algún problema en el tablero electrónico.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
En votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Por haber fallado el sistema electrónico, se efectuará la votación por el sistema de manos levantadas.
En votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema de manos levantadas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
Por no haberse obtenido el quórum reglamentario, queda pendiente la votación del proyecto de acuerdo para la sesión siguiente.
VII. INCIDENTES
FACTIBILIDAD DE AUTORIZAR ENDEUDAMIENTO A FRIGORÍFICO SACOR, COMUNA DE PORVENIR. Oficios.
El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Por la Democracia.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Socialista.
Tiene la palabra el Diputado señor Pedro Muñoz.
El señor MUÑOZ .-
Señor Presidente , una vez más debo levantar la voz en esta honorable Corporación para llamar la atención de mis colegas parlamentarios, del Ministerio de Hacienda y de la Corfo, respecto de una situación social y económica que afecta a los habitantes de la comuna de Porvenir, Duodécima Región de Magallanes .
En esa lejana localidad existe una sola industria productiva, el Frigorífico Sacor , empresa estatal autónoma que requiere urgentemente modernizarse, requisito indispensable para acceder a los exigentes mercados internacionales de productos cárneos. Para ello, desde 1995 está solicitando al Ministerio de Hacienda y a la Corfo que autoricen a esta empresa para contraer créditos que permitan enfrentar tal desafío.
No se trata de mantener criterios de subsidiariedad estatal, sino de posibilitar que una empresa que cumple un rol gravitante en el desarrollo económico de Porvenir sea viable y enfrente sus desafíos de expansión de mercados y de mejoramiento de sus estándares de productividad con recursos frescos.
Es de conocimiento público que la situación social y económica de la comuna de Porvenir y de la Región de Magallanes no es de las mejores; que día a día su aparato productivo sufre contracciones; que el capital privado, a pesar de un sinnúmero de leyes de excepción, no se interesa en invertir en esas australes tierras; que los índices de crecimiento son inferiores al promedio nacional, y que la comunidad de Magallanes, que se desplaza hacia otras regiones del país, aumenta año a año. Por ello, los magallánicos reclamamos un rol más activo del Estado en materia de inversión productiva.
Solicito que se oficie, en mi nombre y en el de mis colegas que quieran sumarse a esta preocupación, al Ministro de Hacienda y al Vicepresidente Ejecutivo de la Corfo, a fin de que informen sobre lo siguiente:
1º Planes y políticas económicas que se aplicarán al frigorífico Sacor durante el presente año;
2º Factibilidad de autorizar endeudamiento de esa industria hasta por un monto de dos millones y medio de dólares, valor necesario para iniciar su proceso de modernización, y
3º Situación económica, niveles de productividad e indicadores que permitan ubicar las ventajas competitivas del frigorífico Sacor en los mercados interno y externo.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores García-Huidobro , Taladriz , Masferrer , Karelovic , Ojeda ; señora Prochelle , y señores Longton , Prokuriça , Morales , Jürgensen y Valcarce .
VISITA DE COMISIÓN AL ALTO BIOBÍO. Oficio.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente , ayer, la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente encabezó una delegación que viajó al Alto Biobío -no lo había visitado-, ocasión en la cual parlamentarios de diferentes bancadas tuvimos la oportunidad de conocer el lugar donde Endesa desea emplazar un embalse y planta hidroeléctrica que generaría 570 megawatts. También conocimos las comunidades que se verían afectadas y el fundo que se propone para ejecutar el plan de relocalización, de autorizarse la ejecución de dicha obra.
Sin perjuicio de que el debate sobre permisos ambientales corresponda a la Conama -hemos sabido que en fecha reciente ha pedido a Endesa que complete la información que le solicitó el año pasado y que entregó en febrero-, me referiré a dos problemas que apreciamos en terreno.
El primero dice relación con las comunidades pehuenches, que evidentemente -es una opinión compartida por quienes las visitamos- están intervenidas por diferentes actores. Por una parte, la empresa, cuyo peso influye en la realidad del Alto Biobío, y por otra, por grupos ecológicos, que tienen una posición contraria a la ejecución del proyecto.
Constatamos que las comunidades pehuenches están divididas a un nivel extremo, que pone en tela de juicio su capacidad de discernir respecto de la situación que podría afectarlas.
En verdad, la realidad es dramática. Su mejor expresión es la situación que vive un funcionario de Emaza -empresa pública de abastecimiento de zonas aisladas-, que planteó que renunciaría y se retiraría del lugar por cuanto el conflicto al interior de las comunidades llega al punto de que entre hermanos y tíos existe un nivel de violencia y agresividad tremendo.
Por esta razón, algunos pensamos que es necesario generar una instancia neutra que medie en el conflicto que está en ciernes y que garantice, de autorizarse el proyecto, la unidad de las comunidades. Sin dudas, en ella participarían autoridades locales, como el alcalde, el gobernador y la institución Conadi y la Conama.
Insisto en que las comunidades pehuenches de la zona han sido objeto de una presión muy fuerte, que hará difícil dirimir el conflicto que están viviendo.
En segundo lugar, tuvimos oportunidad de conocer el fundo El Barco, que comienza cerca de los mil metros de altura. La comunidad que sería afectada vive en la ribera del río Biobío, cuya altura ahí es entre los 450 y 500 metros. A eso se agrega la calidad de suelo, que hace absolutamente discutible la viabilidad agrícola que permitiría asentamientos humanos en esa propiedad.
Por eso, solicito que se oficie al Ministro Secretario General de la Presidencia , para que considere estos antecedentes y se allane a buscar instancias y soluciones que eviten -de aprobarse el proyecto en términos ambientales- que las comunidades pehuenches, actualmente sin capacidad de discernimiento, sean trasladadas a un lugar en que, si bien contarían con apoyo económico durante tres años, al cuarto o sexto vivirían en la mayor miseria.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
CONGESTIONAMIENTO DE CAMINO TRONCAL. PROBLEMAS DE MERVAL (Quinta Región). Oficios.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Diputado señor De la Maza.
El señor DE LA MAZA .-
Señor Presidente , quiero referirme a algunos problemas que afectan, sobre todo, al distrito que represento en la Cámara, para que las autoridades respectivas procedan a resolverlos. En especial, se refieren a la comunicación física entre Quilpué-Villa Alemana y Valparaíso-Viña del Mar.
Desde hace algún tiempo, he sabido de planes para mejorar el camino troncal, única ruta que une en forma recta las comunas de Limache, Villa Alemana, Quilpué y Viña del Mar.
De suyo congestionada, es, desde el punto de vista policial, una de las más peligrosas del país. Los accidentes no son más graves porque la circulación de los vehículos no supera los 35 kilómetros por hora de velocidad, dado su número y la calidad del pavimento, que está en pésimas condiciones.
De las comunas del interior, se movilizan todos los días 90 mil personas -entre las cuales me cuento por vivir en Villa Alemana-; 30 mil lo hacen por vía férrea, por Merval, y el resto por colectivos, buses y autos particulares.
La falta de cruces adecuados, la continua construcción de edificios y de poblaciones, las condiciones viales impropias, congestionan y hacen más peligroso el Camino Troncal.
La falta de pasos peatonales, a mi juicio, es una aberración que hace perder tiempo a los habitantes de varias comunas, gastar combustible y deteriorar los pocos buses en buenas condiciones.
Se han hecho proyectos y existen estudios de ingeniería al respecto; pero, a mi juicio, falta decisión de la autoridad para resolver el problema a la brevedad. Se trata de comunas que suman más de 230 mil habitantes, es decir, de un importantísimo porcentaje de la población.
La otra alternativa de movilización es Merval, cuyos trenes circulan entre Limache y Valparaíso, pero también se encuentra casi colapsada.
Hasta el momento, no he tenido respuesta. Por eso, debo reiterar el grave deterioro físico en que se encuentran la línea férrea, los tendidos eléctricos, los sistemas de cruces de las calles que se atraviesan y la antigüedad y malas condiciones del material rodante.
También he dicho que la gerencia de Merval y sus trabajadores son de alta calidad. Han posibilitado que el sistema de trenes no colapse; pero no cabe duda de que se requiere una urgente intervención de la autoridad para que la sociedad anónima de carácter regional que se creó asuma la propiedad de los bienes que fueron de Ferrocarriles del Estado.
Pido que se oficie al Ministro de Vivienda, en cuanto a los problemas del Camino Troncal, y al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, en lo que toca a Merval, señalándoles que solicitudes en este sentido no han tenido respuesta oficial desde hace más de tres meses.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
ALCANCE A INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO SEÑOR ORPIS.
El señor ROCHA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Seguel.
El señor SEGUEL .-
Señor Presidente , ayer, el Diputado señor Orpis hizo una denuncia grave con respecto a la asistencia de los parlamentarios a la Cámara. Hoy la ha reiterado por radio.
Le tengo un alto aprecio al Diputado señor Orpis . Llevamos siete años trabajando en la Sala y en las comisiones. Sin embargo, me llama la atención que no expresara otros antecedentes.
Tengo la asistencia de los diputados desde el 11 de marzo de 1994 hasta el 3 de abril de 1997, es decir, hasta hoy. Un grupo importante -en promedio, somos 30, porque estoy incluido-, tenemos una asistencia del 90 al ciento por ciento. De ellos, sólo dos tienen el ciento por ciento, los señores José Miguel Ortiz y Rubén Gajardo . Catorce de la Democracia Cristiana, el 90 al ciento por ciento; 3 del Partido Socialista, 3 del PPD, 1 del Partido Radical, 7 de Renovación Nacional y -esto llama la atención- sólo 2 de la UDI.
Según estos antecedentes, podríamos estar de acuerdo en que es baja la asistencia a la Cámara, pero el señor diputado debe tener la valentía de reconocer que su partido exhibe el menor porcentaje.
Por esa razón, refuto con mucha responsabilidad la denuncia del señor Orpis , que la reiteró hoy por radio. Los que más asistimos a la Cámara somos los diputados de la Concertación: 22 de los 30 con mejor asistencia; sólo 8 diputados de la Oposición, y de ellos, sólo 2 de la UDI.
Con todo respeto y estimación, le pido que aclare la situación a los medios de comunicación, especialmente a la radio donde hoy habló más de quince minutos. Debe decir que son los colegas de su partido los que tienen menor asistencia a esta Cámara.
Quiero hacer un reconocimiento a los demás parlamentarios, porque, en promedio, siempre somos 30 los que asistimos a las sesiones -los mismos que hoy- y llegamos a las votaciones, y no podemos llevarnos los palos por los que no vienen. Es una situación inconfortable, pues a todos nos deja una sensación de desagrado y de malestar, ya que ante la opinión pública -cuando escucha lo que él dice- aparecemos todos metidos en el mismo saco.
Quiero salvar la responsabilidad de los parlamentarios de la Concertación, sobre todo los de mi partido que tienen el 90 por ciento de asistencia, y en forma muy excepcional, de los Diputados señores José Miguel Ortiz y Rubén Gajardo , los únicos con el ciento por ciento de asistencia.
He dicho.
CONSTRUCCIÓN DE OBRAS VIALES EN VIÑA DEL MAR. Oficio.
El señor ROCHA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Makluf.
El señor MAFLUF .-
Señor Presidente , me referiré brevemente a un problema que está afectando la vida de la población de Viña del Mar.
El tránsito vehicular en las vías de la comuna de Viña del Mar está provocando una serie de trastornos que afectan seriamente el curso de las actividades diarias. Aún más, con la demanda prevista para las vías estructurales intercomunales y calles de esta ciudad, hacia el 2005 se triplicará el flujo de vehículos, y el problema se agudizará.
En consideración a ello se realizó una importante inversión para construir la gran vía de Las Palmas y ampliación y perfilamiento de las distintas vías del plan de la ciudad, a través del denominado Plan SV-2. Sin embargo, resulta necesario complementar dichas obras, a fin de garantizar un flujo coherente de tránsito desde y hacia los puntos de mayor demanda de la comuna.
En este sentido, es urgente realizar un mejoramiento integral del camino internacional, a fin de configurar las mejores soluciones viales para las intersecciones desde y hacia el camino Troncal, la avenida Eduardo Frei, en el acceso a Miraflores, la avenida Alessandri, en el acceso a Reñaca Alto, y la intersección con el by pass de Concón con el aeropuerto Torquemada.
Esta ruta constituye una vía estructural de fundamental importancia, pues canaliza el flujo de vehículos desde Concón , la costa norte, gran parte del interior y la zona fronteriza. Por su parte, su conexión con la gran vía de Las Palmas resulta de vital importancia para el transporte de carga al puerto de Valparaíso y, en general, de vehículos hacia Santiago . Todas estas vías pasan por grandes sectores poblacionales de la ciudad.
La seguridad peatonal es una dimensión importante en la gestión de tránsito. Por tal motivo, hemos logrado que en rutas de alta velocidad, como el camino internacional, donde se registra una alta tasa de accidentes, en especial de atropellos, se construyan tres pasarelas peatonales en los sectores de Reñaca Alto, Glorias Navales y rotonda Santa Julia . Felizmente, ya están siendo usadas por el público.
Sin embargo, existe otro sector que requiere en forma urgente la instalación de este tipo de estructuras: la intersección del camino internacional con el camino troncal, en el sector del llamado trébol de Villa Dulce. Los vecinos del sector de Viña Oriente han insistido permanentemente ante la autoridad para que se concrete este anhelo.
En consideración a lo expuesto, solicito que se oficie al Ministro de Obras Públicas , a fin de que se agilicen tanto el proyecto de preinversión como el respectivo estudio de ingeniería de la avenida Carlos Ibáñez del Campo, se estudie su financiamiento y las obras se ejecuten lo antes posible. Asimismo, para que instruya a la Dirección de Vialidad con el objeto de que se ejecute a la brevedad la construcción de una nueva pasarela en el sector denominado trébol de Villa Dulce.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
REGULACIÓN DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA EN CHILE.
El señor ROCHA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Joaquín Palma.
El señor PALMA ( don Joaquín) .-
Señor Presidente , con el Diputado señor Sergio Ojeda hemos presentado un proyecto relacionado con el ejercicio de la medicina en Chile. Como es de sumo interés, quiero explicarlo en esta sesión.
Sabemos que en Chile trabajan muchos médicos extranjeros, algunos en forma abierta y otros con ciertos problemas de tipo legal, porque no está clara la forma en que pueden actuar los facultativos que llegan del exterior. Hay convenios bilaterales y multilaterales con otros países, se puede revalidar el título, o bien trabajar en forma irregular, como sucede en algunos ambientes de la atención primaria.
Por otra parte, en los últimos días hemos visto situaciones muy curiosas, como la oposición del Colegio Médico de la Quinta Región para que los profesionales extranjeros pudieran realizar algunas acciones médicas de tipo solidario y de apoyo a las personas que no tienen recursos, como fue el caso de los que iban a operar de labio leporino.
Por lo tanto, con el Diputado señor Ojeda hemos decidido presentar una moción en este sentido.
En Chile, en el ámbito de la medicina se produce la paradoja de que hay falencia de médicos en casi todas las regiones y, por otro lado, existen buenos profesionales latinoamericanos que desean venir a trabajar, pero que, por distintas razones, no pueden o no se lo permiten. No hemos tenido la voluntad de abrirles las puertas para que aporten su saber en este ambiente que Chile les ofrece, que es paz, prosperidad y tranquilidad, que ellos buscan, y que nosotros les podemos entregar.
Qué mejor oportunidad para que Chile resuelva el problema de la salud, permitiendo que vengan a trabajar personas calificadas y, por otro lado, darles a ellos la oportunidad de un mejor desarrollo humano, en buenas condiciones.
El proyecto propone enfrentar esta realidad dándoles la posibilidad de trabajar en la atención primaria, en especial en las regiones, a los médicos latinoamericanos para que, mediante un contrato, puedan ejercer su profesión durante un lapso mínimo de cuatro años y, si lo desean, puedan acogerse a las leyes vigentes y revalidar su título.
Se ha limitado esta posibilidad a los médicos latinoamericanos, pues ellos comparten nuestra cultura e idioma y conocen mejor el tipo de medicina y de enfermedades que existen en nuestro país, lo que les permite adaptarse con mayor facilidad al medio de la atención primaria y conocer ahí nuestra idiosincrasia durante el período de contrato, para posteriormente ejercer en plenitud en nuestro país.
Hoy, la calidad técnica y profesional de los médicos en casi todos los países de América es bastante similar a la de los chilenos, por lo que nadie puede temer por la calidad de la atención.
Más aún, en nuestra proposición se los obliga, mediante contrato, a trabajar jornada completa en la atención primaria. Ese solo hecho basta para mejorar la atención en ese ámbito.
En definitiva, el proyecto equivale a crear sin costo alguno para el país una, dos o muchas escuelas de medicina con egresados de inmediato, porque la gente llega a trabajar apenas firma el contrato en Chile. Además, se les exige un mínimo de experiencia para que puedan ejercer. La ganancia para el país es innegable desde cualquier punto de vista que se mire, pues se asegura mejor salud a la población y se evitan las alzas de los costos de la medicina, que es otro problema grave que tendremos que enfrentar en los próximos años.
Desde la perspectiva de la modernidad y del desarrollo futuro de nuestro continente, este proyecto pionero abre un enorme campo a la comprensión y a la realización de los ideales de la hermandad americana.
En la moción también se incluye la posibilidad de que este sistema, que se reduce a la atención primaria, se pueda extender a otros ámbitos del quehacer de la salud en Chile, especialmente en las regiones o en algunas especialidades deficitarias.
Se ha incluido un artículo para que el sistema se aplique también a odontólogos y enfermeras de la atención primaria y para subsanar el problema que se presentó hace unos meses en la Quinta Región.
En otro artículo se autoriza la realización de actividades filantrópicas de medicina en nuestro país, por un período limitado.
Creemos que el proyecto encontrará oposición en muchos grupos en Chile, pero, sin duda, beneficia al país y le da la oportunidad -que no en muchas ocasiones en la historia se presenta, pues resulta atractivo para gente de otros lados- de aprovechar esta circunstancia para resolver con más eficiencia y eficacia que proyectos, problemas como falta de atención, falencia de médicos y tantos otros, en especial en la atención primaria, que hemos observado durante todos estos años y que estamos en condiciones de resolver.
He dicho.
ALCANCES A RÉPLICA DE DIPUTADO SEÑOR VÍCTOR PÉREZ.
El señor ROCHA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor José Miguel Ortiz, por un minuto.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , sólo para dar una explicación, porque me habría gustado contestar en forma muy seria y responsable la réplica que hizo al comienzo de la sesión el Diputado señor Víctor Pérez , en virtud del artículo 34 del Reglamento de la Corporación.
Hasta el momento, las 13.10 horas, no ha sido posible que el propietario del canal 9 regional de Concepción haya entregado la copia del video de la entrevista a que aludí en la sesión del martes. Hemos reiterado la solicitud, junto con mi secretario político, quien se encuentra en Concepción, los días martes, miércoles y hoy, jueves, acaba de ir por quinta vez a las 12.30 horas, y no la ha entregado.
Debido a lo anterior, en la sesión del martes solicité que la Cámara oficiara al Consejo Nacional de Televisión, lo que se hizo efectivo. Tengo en mi poder el oficio que se despachó a la presidenta del Consejo Nacional de Televisión para que me entregue el texto de dicha entrevista. Cuando lo tenga en mi poder, contestaré como corresponde, de acuerdo al tenor de lo que contenga la entrevista.
He dicho.
FUNCIONAMIENTO DE CORPORACIONES VIALES EN DÉCIMA REGIÓN. Oficios.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Harry Jürgensen.
El señor JÜRGENSEN.-
Señor Presidente , una vez más me voy a referir a las corporaciones viales creadas por la ley Nº 19.265, de 1993, las que no han funcionado y están provocando pérdidas al Estado equivalentes a 9 millones de dólares, por la subutilización de recursos, tales como las maquinarias adquiridas que permanecen en las bodegas de la Dirección de Vialidad sin poder ser ocupadas.
En la Décima Región de Los Lagos se han creado cinco corporaciones, que corresponden a las provincias de Valdivia, Osorno , Llanquihue, Chiloé y Palena . Se les asignaron 8 motoniveladoras, 8 bulldozer, 4 retrocargadoras, 4 cargadoras frontales, 4 rodillos, 16 camiones tolvas, etcétera.
Ninguna de esas máquinas y camiones ha prestado hasta ahora servicio alguno, pese a que existen muchos caminos rurales que necesitan mantención. Urge contar con esa maquinaria, debido a la carencia de estos recursos que tienen las propias municipalidades, situación que contrasta con la de la Dirección de Vialidad, donde éstas permanecen guardadas en sus bodegas.
Según el decreto Nº 214, de 1994, las corporaciones viales deben presentar a la Dirección de Vialidad, para su revisión y aprobación, el proyecto general de conservación vial.
Llama poderosamente la atención, dada la gran cantidad de caminos secundarios por los cuales en época invernal no se puede transitar, que en dicho proyecto se consideren, por ejemplo, para la provincia de Osorno, en los tres primeros meses de 1997 trabajos en sólo 6 kilómetros de caminos; en la provincia de Llanquihue, 24 kilómetros; en la de Chiloé, 12, y para toda la provincia de Valdivia, 41 kilómetros.
Es imposible que en toda la Décima Región se necesite reparar sólo 83 kilómetros de caminos. Esto demuestra y corrobora la incapacidad de las corporaciones viales y la subutilización de estos recursos.
La ley Nº 19.265 parte de un supuesto equivocado, porque se fundamenta en que el sector privado hará los aportes voluntarios para que funcionen las corporaciones. Es necesario corregir ese error. Preguntamos al Ministerio de Obras Públicas cuáles son los patrimonios de las corporaciones viales, los aportes reales y las erogaciones recibidas y los aportes recibidos por los socios.
Por lo expuesto, solicito que se oficie al Ministro de Obras Públicas para que nos envíe el detalle de la composición del patrimonio de cada corporación vial, las cuotas efectivamente pagadas e ingresadas de sus socios, las erogaciones y otros aportes recibidos, el nombre de los gerentes y personal técnico, la nómina de los demás funcionarios contratados, indicando sus remuneraciones y condiciones contractuales; programa anual de obras a realizar en 1997, obras realizadas en 1996, nómina de personal de las corporaciones capacitado por las empresas proveedoras de maquinarias y copia de los contratos de comodatos suscritos entre la Dirección de Vialidad y las corporaciones.
Asimismo, pido que se oficie al mismo Ministro , solicitándole el patrocinio oficial a un proyecto que presentamos varios diputados de Renovación Nacional, declarado inadmisible, que tiene por objeto agregar al inciso segundo del artículo 3º de la ley Nº 19.265, la siguiente frase: “O, de lo contrario, utilizarlas mientras no existan corporaciones que estén capacitadas para atender la conservación de los caminos comunales.” Su objetivo es permitir el uso de esas maquinarias hasta que las corporaciones viales entren en funcionamiento.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Valcarce , Masferrer , Galilea , Taladriz y señora Prochelle
CONTROL EN LA IMPORTACIÓN DE TRIGO DESDE ESTADOS UNIDOS. Oficios.
El señor ROCHA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Galilea.
El señor GALILEA .-
Señor Presidente , aparte de los múltiples problemas que afectan a nuestra agricultura y que no encuentran solución debido a la inacción y falta de voluntad del Gobierno, hace algún tiempo surgió otro relativo a la posible importación de trigo desde Estados Unidos, país afectado desde fines de 1995 por un hongo llamado Tilletia índica.
Al no estar presente en nuestro país dicho hongo, implica que se trata de una plaga cuarentenaria, por lo que la importación de trigo desde lugares infectados debe ameritar una declaración oficial afirmando que está libre de la plaga.
Ya en marzo de 1996, Estados Unidos reconoció que se vendió en el mercado interno semilla de trigo candeal certificada, producida en Arizona, contaminada con el hongo; por lo tanto, hoy no es posible asegurar si algún lugar de ese país está libre de la enfermedad.
Como resultado de lo anterior, es imposible que se cumpla con la exigencia del SAG en orden a aceptar una declaración oficial norteamericana de que el trigo exportado no tiene problemas, ya que la plaga está diseminada en varios estados y no se ha monitoreado su presencia.
En consecuencia, estamos frente a una enfermedad muy peligrosa, que causa reducción del rendimiento y afecta seriamente la calidad panadera de los trigos. Si el mal entra en Chile, los agricultores deberán incurrir en mayores costos para prevenirlo y sufrirán importantes castigos o rechazos si llega a detectarse tan sólo un 2 por ciento de granos contaminados.
Este riesgo aconseja impedir bajo cualquier circunstancia el ingreso de trigo norteamericano. Además, hay que agregar que no es posible tomar medidas preventivas para eliminar el riesgo de traer trigo contaminado con Tilletia, toda vez que las muestras y posteriores análisis no representan una solución, ya que bastan unos pocos granos contaminados para correr el riesgo de que las esporas se diseminen por los suelos del país. La diseminación se produce a través del aire y del agua, y las esporas se conservan en el suelo por varias temporadas. Tampoco es factible tratar ni lavar el trigo, pues perdería sus propiedades panaderas.
Por otra parte, es importante considerar que la importación de trigo de Estados Unidos hoy es innecesaria y de mayor costo que la proveniente de otros países. Entonces, este impedimento deja de ser un argumento de protección económica y sólo debe mantenerse en el ámbito sanitario, que es de gran relevancia.
Por último, hay que hacer resaltar que ese mismo hongo ha sido encontrado en Estados Unidos en otras gramíneas, una de las cuales en Chile adquiere cada día mayor importancia: la ballica forrajera y su semilla. Nuestra zona sur se está convirtiendo en un buen lugar de producción de semilla de ballica para exportación -eso es reconversión-, y no podemos arriesgar, una vez más, uno de los pocos rubros rentables de la Novena Región. También, el hongo ataca triticales y todas las especies de trigo conocidas.
La conclusión evidente indica la necesidad de impedir a toda costa el ingreso a nuestro país de trigo o de cualquier otra gramínea hospedera del hongo hasta que se aclare mejor la situación de cada estado de Estados Unidos, lo que tomará varios meses o algunos años.
Esta conclusión es sustentada por expertos del Cimmyt, de México, por especialistas de otros países y por los más destacados fitopatólogos o genetistas del país.
Por lo expuesto, solicito el envío de los siguientes oficios:
Al Ministro de Agricultura , a fin de que, por su intermedio, el SAG emita un pronunciamiento oficial respecto de la inconveniencia de permitir la importación de trigo desde Estados Unidos, y confirme los riesgos sanitarios que implicaría el ingreso del Tilletia índica a Chile. De ser así, que se establezca la prohibición absoluta de internar trigo norteamericano.
Al Ministro de Relaciones Exteriores, a fin de que los riesgos fitosanitarios sean considerados en forma especial en futuras negociaciones de tratados internacionales mediante cláusulas tendientes a impedir el intercambio de productos contaminados.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de la Diputada señora Prochelle y de los Diputados señores Taladriz , Jürgensen y Valcarce
CONSTRUCCIÓN DE COMPLEJOS FRONTERIZOS EN LA PRIMERA REGIÓN. Oficios.
El señor ROCHA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Valcarce.
El señor VALCARCE .-
Señor Presidente , como es de conocimiento público, las provincias de Arica y Parinacota, ubicadas en la Primera Región , tienen fronteras con Perú y Bolivia. Existen allí tres pasos fronterizos de bastante importancia: el de Chacalluta, que une a Chile con Perú; el de Visviri, que nos une a Bolivia, y el de Parinacota, ubicado en la carretera internacional que une a las ciudades de Arica y La Paz.
Esos tres complejos fronterizos, que conozco perfectamente, no ofrecen ninguna confortabilidad a los funcionarios públicos que trabajan en ellos. Cabe destacar que tanto en Visviri como en Parinacota las temperaturas bajan hasta 30 grados bajo cero en invierno, e incluso en el verano durante la noche, y en el día sobrepasan los 30 grados.
Por lo tanto, se requieren construcciones especiales que proporcionen a los funcionarios las comodidades necesarias para trabajar, cuestión que he venido pidiendo desde 1990, pues los funcionarios de Investigaciones, del SAG, de la Aduana y de Carabineros viven en contenedores, donde los rayos -que son atraídos por éstos- pueden matar a cualquier persona, como ha sucedido en reiteradas oportunidades.
Por eso, dadas las condiciones en que viven, por ejemplo, los carabineros que guardan la frontera, donde en una pieza de unos cincuenta metros cuadrados deben alojar más de veinte, es evidente la necesidad de que el Gobierno agilice la construcción de esos tres complejos fronterizos, porque son la cara e imagen de nuestro país que ven los turistas que ingresan a Chile.
Por lo tanto, pido que se oficie a los Ministros de Obras Públicas y de Relaciones Exteriores -también tiene que ver con ello-, con el objeto de que se agilice la construcción de dichos complejos.
Por otra parte, solicito que se oficie al Ministro del Interior, a fin de que instruya a las respectivas reparticiones para que en los períodos en que hay mayor cantidad de turistas se pueda reforzar la dotación del personal de los servicios mencionados, porque a veces sucede que las personas deben esperar hasta doce horas para cruzar la frontera, lo que es una locura si decimos que Arica es una ciudad turística.
Asimismo, para incrementar los recursos para la adquisición de perros adiestrados en la detección de estupefacientes, a fin de mejorar el control que se ejerce en esos tres puntos fronterizos.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Taladriz , Masferrer y señora Prochelle .
ENVÍO DE PROYECTO SOBRE CAMBIO DE FUNCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTROL DE ESTUPEFACIENTES. Oficio.
El señor VALCARCE .-
Por otra parte, como también es de conocimiento público, el Consejo Nacional de Control de Estupefacientes, Conace , integrado por diversos ministros de Estado -en el cual he participado- ha llegado al límite de su labor después de más de siete años de trabajo.
Por lo tanto, solicito que se oficie al Ministro del Interior , a fin de que envíe un proyecto al Congreso que permita que dicho Consejo se convierta en una dirección coordinadora dependiente del Ministerio del Interior y trabaje en la coordinación de la prevención, la rehabilitación y entregue todos los recursos necesarios para combatir el tráfico de drogas desde la perspectiva del Estado, para que ese mal que existe en Chile sea erradicado en los próximos años. De no ser así, nuestro país tiene pocas esperanzas de sacarse de encima esa lacra.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los Diputados señores Taladriz , Masferrer y señora Prochelle
CAMBIOS EN EL FUNCIONAMIENTO DE LA CORPORACIÓN.
El señor ROCHA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Taladriz.
El señor TALADRIZ.-
Señor Presidente , quiero ocupar el tiempo que resta al Comité de Renovación Nacional para hacer una sugerencia a la Mesa, porque me preocupa la situación de la Cámara.
Como no conozco la organización de Secretaría, tal vez sería más productivo y mejor visto que las comisiones sesionaran durante dos semanas seguidas y después la Sala, durante una semana, en lugar de estar aquí sin proyectos, sin votaciones y con discusiones eternas.
Tengo entendido que el Senado está considerando algo similar para despachar los proyectos que se han acumulado.
En la Cámara tenemos problemas en las comisiones. Yo estoy participando en la de Obras Públicas, que está estudiando el proyecto sobre servicios sanitarios, que es muy largo, pero con pocas reuniones a la semana no se avanza mucho. Si tuviéramos sesiones más seguidas podríamos despachar proyectos y tratarlos en la Sala. Así habría mayor asistencia y un mejor funcionamiento de la Corporación.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , sus observaciones serán transmitidas a los Comités.
ALCANCES SOBRE ACTITUD DE DIPUTADOS FRENTE A LA FUNCIÓN LEGISLATIVA.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el Diputado señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , ayer efectué una dura crítica a nuestro funcionamiento, y creo que ella se ha visto corroborada esta semana.
Ésta ha sido una semana perdida para la Cámara, por cuanto no se ha votado ningún proyecto, debido a que no ha habido quórum, y no lo ha habido porque los parlamentarios no asisten. Un hecho patente fue el de hoy, cuando la sesión debió iniciarse en el último minuto porque no había asistencia. Después, no se pudo votar por falta de quórum. Lo mismo ocurrió con el proyecto que se discutió el martes y miércoles.
Entonces, contra lo que me rebelo es contra ese ambiente de relajación que existe entre los parlamentarios. Quiero que recordemos la historia de lo que han sido estos cuatro años y que analicemos en detalle qué proyectos de quórum calificado se han votado los jueves. Prácticamente ninguno, porque los parlamentarios se van los miércoles a sus regiones y distritos, lo cual no me parece correcto.
El señor ORTIZ .-
No todos.
El señor ORPIS.-
A lo mejor -debo reconocerlo en forma pública en esta Sala-, formulé mi apreciación en términos generales y fui injusto con quienes se han preocupado de estar presentes. Por lo tanto, pido excusas por esa omisión.
Pero el problema de fondo es institucional. La institución está compuesta por hombres y si quienes la integramos no tenemos una actitud distinta, el desprestigio del Parlamento continuará. Debe haber un grupo de diputados que esté dispuesto a rectificar los hábitos políticos. Estamos en la mira de todo el mundo, razón por la cual debemos ser un ejemplo.
¿Qué se nos pide? Estar aquí nueve días durante el mes, y para eso se nos paga. Muchos tienen actividades distintas; pues bien, que las hagan en los 21 días restantes. Estamos no sólo para ocupar un asiento, sino para legislar con rigurosidad y profundidad. Hoy se ha hecho patente lo que digo, porque se dilató la discusión del proyecto, pero cuando, inevitablemente, llegó la hora de votar los proyectos de acuerdo, por supuesto, no hubo quórum. Menos, entonces, iba a existir para una iniciativa que tenía normas de ley orgánica constitucional.
El Diputado señor Seguel entregaba algunas cifras. En verdad, las cifras dan para todo y no me quiero referir en términos nominativos, pues considero que cada parlamentario debe asumir su responsabilidad personal.
El punto es otro: necesitamos una actitud interior, que cada uno asuma su responsabilidad personal. Podría señalar, por ejemplo, que las peores asistencias corresponden a los diputados de la Concertación, pero no se trata de bancadas menos o de bancadas más, porque las cifras -repito- dan para todo tipo de interpretaciones. Lo que quiero es una actitud distinta para enfrentar de manera diferente el trabajo parlamentario. De lo contrario, esta situación seguirá cayendo en picada y no estoy dispuesto a ser parte de este juego, porque la paciencia tiene un límite. Cuando realmente uno quiere a las instituciones, desea producir cambios en ellas, lo cual no percibo, sino, al contrario, una absoluta relajación.
He dicho.
El señor ROCHA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haberse cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 13.31 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que regula el traspaso de servicios municipales entre las municipalidades de las comunas que se indican. (Boletín Nº 2008-06).
Al mismo tiempo y en uso de la facultad que me confiere el artículo 71 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en la honorable Cámara de Diputados-, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JUAN VILLARZÚ ROHDE , Ministro Secretario General de la Presidencia .”
Moción del Diputado señor Coloma .
Establece normas sobre bioética. (boletín Nº 2010-11)
En diversas partes del mundo se están desarrollando experiencias “científicas” que atentan gravemente contra la dignidad del ser humano. Las modernas técnicas de fertilización asistida, (inseminación artificial, fecundación in vitro y transferencia intratubárica de gametos); las experimentaciones que se han venido realizando en otras naciones, (elección de sexo, hibridación celular interespecífica, reproducción en mosaico, clonación y ectogénesis); y las numerosas iniciativas que se han venido impulsando en el ámbito de la ingeniería genética molecular, (análisis, conservación y programación del genoma humano) nos demuestran hasta qué punto la biogenética puede llegar a superar -con creces- las normas jurídicas que se han dado los diferentes Estados para garantizar la plena vigencia de los derechos de las personas.
Hace algunas décadas el mundo debió enfrentar el fenómeno de la anticoncepción, que propugnaba el sexo sin hijos; hoy asistimos a una nueva amenaza, la de los hijos sin sexo. Y frente a esta realidad es preciso que los ordenamientos jurídicos reaccionen con vigor y claridad, garantizando que el don de la vida humana sea concebido de modo conforme a la dignidad tanto del sujeto que la recibe como de los sujetos que la transmiten y reconociendo que el ser humano existe desde el momento de la fecundación, por lo que cualquier manipulación que se haga en embriones humanos constituye un grave atentado a la vida y dignidad de la persona.
Nuestro país no ha estado ajeno a esta realidad. Así, por ejemplo, las técnicas de fertilización asistida son una práctica habitual entre nosotros, desde hace ya varios años, y la escasa normativa existente al respecto consta en una simple resolución ministerial. En contraste con ello, algunos países, como Alemania, han reaccionado frente a estos fenómenos, promulgando leyes que sancionan drásticamente las prácticas atentatorias contra la dignidad y la vida humana. La Ley Sobre Protección de Embriones, de fecha 13 de diciembre de 1990, es un claro ejemplo de lo que una Nación, con una clara conciencia ética, debe hacer a este respecto.
Por nuestra parte hemos planteado la necesidad de que las Constituciones Políticas den una clara señal sobre los principios éticos y antropológicos que deben regir en este crucial tema, y así lo hicimos ver en la 93ª Conferencia Interparlamentaria Mundial, celebrada en Madrid a principios del año ‘95. Junto a lo anterior, estimamos indispensable que se legisle al respecto, estableciendo las normas básicas que protejan los embriones humanos frente a las múltiples prácticas que hoy tienen lugar en el mundo.
El año pasado la prensa mundial informaba que en Inglaterra había comenzado la matanza de miles de vidas humanas en estado embrionario, luego de expirar el plazo de 5 años, fijado en conformidad a una ley de 1991, para que sus progenitores pudiesen reclamarlos. De acuerdo a las informaciones difundidas por las agencias noticiosas, un total de 3.300 vidas humanas en estado embrionario, fueron ahogadas en una solución de vinagre y alcohol, y luego incineradas junto a desechos clínicos. Igual suerte correrían entre dos mil y tres mil vidas humanas en estado embrionario, cuyos progenitores han manifestado no quererlos. Lo anterior, producto de una legislación aberrante, vigente en Inglaterra desde el año 1991, en la que se afirma que la vida humana no comienza en la fecundación, sino 14 días después (Una disposición similar se ha querido establecer en el proyecto de ley sobre fertilización asistida que se discute actualmente en el Senado, disposición que hemos propuesto suprimir, estableciendo en forma clara e inequívoca que la vida humana principia en la fecundación y no después).
La comunidad internacional se ha visto nuevamente conmocionada tras la difusión de la exitosa experimentación realizada en Escocia que tuvo como resultado la clonación de una oveja. La clonación, (del griego clone, que significa acodo o esqueje), es una forma de reproducción asexuada que da como resultado una copia genética. La clonación humana -si bien se ha cuestionado su factibilidad- es sancionada expresamente en legislaciones, como la Ley Sobre Protección de Embriones, de Alemania. Ello, porque lo que está en juego en este tipo de experimentaciones es el don de la vida humana, que debe ser siempre concebido de modo conforme a la dignidad tanto del sujeto que la recibe como de los sujetos que la transmiten.
Actualmente se discute en el Senado una iniciativa legal que tiene por finalidad regular los principios jurídicos y éticos de las técnicas de fertilización asistida y establecer sanciones para quienes infrinjan sus disposiciones. El proyecto que proponemos viene a complementar dicha iniciativa, desde una perspectiva estrictamente penal, sancionando la clonación, la elección de sexo, la mutación o hibridación, la fecundación post mortem, la ectogénesis y la transformación artificial de células reproductoras humanas.
En mérito de lo expuesto venimos en proponer el siguiente
PROYECTO DE LEY
CLONACIÓN
Artículo 1º.- Quien artificialmente consiga un embrión humano con el mismo genoma que otra persona viva o muerta, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo e inhabilitación especial perpetua de la profesión titular. La misma pena se aplicará a quien implante a una mujer un embrión en las condiciones señaladas.
ELECCIÓN DE SEXO
Artículo 2º.- Quien intente artificialmente fecundar un óvulo humano con un espermatozoide que haya sido elegido en función de su cromosoma sexual, será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo.
TRANSFORMACIÓN ARTIFICIAL DE CÉLULAS REPRODUCTORAS HUMANAS
Artículo 3º.- Quien modifique artificialmente el genoma de una célula reproductora humana será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo. La misma pena se aplicará a quien utilice con propósitos de fecundación una célula reproductora humana modificada artificialmente.
MUTANTES O HÍBRIDOS
Artículo 4º.- Será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo e inhabilitación especial perpetua de la profesión titular:
a) Quien intente asociar en una unidad celular embriones con genomas diferentes, mediante la utilización de a lo menos un embrión humano;
b) Quien intente unir un embrión humano a una célula que posea un genoma distinto que el humano;
c) Quien intente producir un embrión mediante la fecundación de un óvulo humano con el esperma de un animal, o de un óvulo animal con el esperma de un ser humano; y,
d) Quien implante un embrión producto de alguna de las manipulaciones señaladas en los números anteriores a una mujer o a un animal.
ECTOGÉNESIS
Artículo 5º.- Será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo e inhabilitación especial perpetua de la profesión titular quien implante un embrión humano a un animal.
FECUNDACIÓN POST MORTEM
Artículo 6º.- Quien artificialmente fecunde un óvulo con el espermatozoide de un hombre tras la muerte de éste será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo.”