Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Hernan Larrain Fernandez
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ENVÍO A COMISIÓN ESPECIAL DE DROGAS DE ANTECEDENTES RELACIONADOS CON EL DESVÍO DE PRECURSORES DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE CLORHIDRATO DE COCAÍNA.
- INTERVENCIÓN : Enrique Krauss Rusque
- ESTABLECIMIENTO DEL DÍA DEL TRABAJADOR RADIAL. Proyecto de acuerdo.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Lily Perez San Martin
- Dario Molina Sanhueza
- Felipe Valenzuela Herrera
- Juan Nunez Valenzuela
- Leopoldo Sanchez Grunert
- Waldo Mora Longa
- Jose Perez Arriagada
- Baldo Prokurica Prokurica
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Jaime Naranjo Ortiz
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Gustavo Alessandri Valdes
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ENVÍO A COMISIÓN ESPECIAL DE DROGAS DE ANTECEDENTES RELACIONADOS CON EL DESVÍO DE PRECURSORES DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE CLORHIDRATO DE COCAÍNA.
- V. OBJETO DE LA SESIÓN
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL EN CONTRA DEL MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DON LUIS CORREA BULO. (Continuación).
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Jaime Orpis Bouchon
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Baldo Prokurica Prokurica
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Salvador Urrutia Cardenas
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Jorge Ulloa Aguillon
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Felipe Valenzuela Herrera
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Maria Pia Guzman Mena
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Rodrigo Alvarez Zenteno
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Leopoldo Sanchez Grunert
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Carlos Abel Jarpa Wevar
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Lily Perez San Martin
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Antonio Leal Labrin
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Ignacio Walker Prieto
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Alberto Espina Otero
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Nelson Jaime Avila Contreras
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Pablo Longueira Montes
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Gabriel Ascencio Mansilla
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Juan Jose Bustos Ramirez
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Haroldo Fossa Rojas
- DEBATE
- PAREO
- Anibal Perez Lobos
- Maximiano Errazuriz Valdes
- Jose Perez Arriagada
- Arturo Longton Guerrero
- Marina Prochelle Aguilar
- Juan Pablo Letelier Morel
- PAREO
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL : Dario Paya Mira
- DEBATE
- ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL EN CONTRA DEL MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DON LUIS CORREA BULO. (Continuación).
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Rafael Arratia Valdebenito
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 342ª, ORDINARIA
Sesión 39ª, en miércoles 13 de septiembre de 2000
(Especial, de 16.08 a 21.06 horas)
Presidencia de los señores Jeame Barrueto, don Víctor; León Ramírez, don Roberto, y Mora Longa, don Waldo.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario accidental , el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- OBJETO DE LA SESIÓN
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 8
III. Actas 8
IV. Cuenta 8
- Envío a Comisión especial de drogas de antecedentes relacionados con el desvío de precursores destinados a la elaboración de clorhidrato de cocaína 8
- Establecimiento del Día del trabajador radial. Proyecto de acuerdo 8
V. Objeto de la sesión.
Acusación constitucional en contra del ministro de la Corte Suprema don Luis Correa Bulo. (Continuación) 10
VI. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República mediante el cual convoca a la 343ª Legislatura Extraordinaria de sesiones del H. Congreso Nacional, a partir del 3 de octubre del año en curso, para ocuparse de los asuntos legislativos y tratados internacionales que, a esta fecha, se encuentren en tramitación 70
2. Oficio del Senado, por el cual comunica que ha aprobado el proyecto, iniciado en moción, que modifica el requisito de estudios para obtener licencias de conducir, establecidos en la ley Nº 18.290 (boletín Nº 2396-15) (S) 70
3. Oficio del Senado, por el que comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio del Programa Cooperativo para el Fondo Regional de Tecnología Agropecuaria; su anexo I, relativo a participantes y contribuciones; su anexo II, que contiene el Convenio de Administración del programa Cooperativo para el Fondo Regional de Tecnología Agropecuaria, y los apéndices A y B de este Convenio, suscritos el 15 de marzo de 1998, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, por Chile, Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Nicaragua, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Uruguay, Venezuela, el Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo-Canadá y el Banco Interamericano de Desarrollo (boletín Nº 2449-10) 71
4. Moción del diputado señor Arratia, que modifica el artículo 152 de la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura (boletín Nº 2588-01) 72
VII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
Contraloría General de la República
-De los diputados señores Ulloa, Juan Pablo Letelier y Jaramillo, funcionario de la DEA relacionado por Policía de Investigaciones de Chile.
-De los diputados señores Díaz y Kuschel y de la diputada señora Lily Pérez, investigaciones en municipalidades de Temuco, Freire y Loncoche.
Ministerio del Interior
-De los diputados señores Krauss y Kuschel, antecedentes sobre tráfico de drogas.
Ministerio de Educación
-Del diputado señor Ascencio, postulación de iglesias de Chiloé como sitios del patrimonio mundial.
Ministerio de Agricultura
-Del diputado señor Encina, problema planteado por un grupo de agricultores de la comuna de Monte Patria.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
-Del diputado señor Seguel, normativa laboral en la empresa Frigorífico Osorno S.A.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
-Del diputado señor Venegas, marco general regulatorio de las salas de juegos existentes en el país.
-De la Corporación, creación de agencia Espacial Chilena.
Banco Central de Chile
-De los diputados señores René García, Fossa, José García, Longueira, Rosauro Martínez, Ulloa y de la diputada señora Prochelle, personas naturales o jurídicas que han importado al país trigo, carne, aceite, leche o sus derivados.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (115)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Alvarado Andrade, Claudio IND X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo IND XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Ávila Contreras, Nelson PPD V 11
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Rozas Velásquez, María PDC RM 17
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Espina Otero, Alberto RN RM 21
Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24
Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 30
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Naranjo Ortiz, Jaime PS VII 39
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Pareto González, Luis PDC RM 20
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prochelle Aguilar, Marina RN X 55
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rocha Manrique, Jaime PRSD VIII 46
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Sciaraffia Estrada, Antonella PDC I 2
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soria Macchiavello, Jorge PPD I 2
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Cárdenas, Salvador PPD I 1
Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4
Van Rysselberghe Varela, Enrique UDI VIII 44
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vega Vera, Osvaldo RN VII 40
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Venegas Rubio, Samuel IND V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
Asistieron, además, el senador señor Hernán Larraín, y el abogado encargado de la defensa del ministro Sergio Correa Bulo, señor Luis Valentín Ferrada.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 16.08 horas.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).- El acta de la sesión 33ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 34ª queda a disposición de los honorables señores diputados y señoras diputadas.
IV. CUENTA
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).- El señor Prosecretario accidental dará lectura a la Cuenta.
-El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario accidental ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
ENVÍO A COMISIÓN ESPECIAL DE DROGAS DE ANTECEDENTES RELACIONADOS CON EL DESVÍO DE PRECURSORES DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE CLORHIDRATO DE COCAÍNA.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Para referirse a la Cuenta, tiene la palabra el diputado señor Krauss.
El señor KRAUSS.-
Señor Presidente , en la Cuenta se informa que el ministro del Interior ha dado respuesta a un oficio remitido -con ocasión de un acuerdo adoptado por la Corporación- el pasado 31 de agosto, al cual se adjuntó una serie de antecedentes relacionados con las medidas adoptadas por el Gobierno, en relación con denuncias sobre el desvío de precursores destinados a la elaboración de clorhidrato de cocaína.
El oficio fue solicitado por el diputado que habla, al cual adhirió el diputado señor Kuschel , y contó con el respaldo de los Comités Demócrata Cristiano, Socialista, Radical Socialdemócrata y de Renovación Nacional.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento, solicito que los antecedentes sean remitidos a la Comisión especial de drogas, a la cual se le encomendó, por acuerdo de la Corporación, el estudio de esta materia.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición del diputado señor Krauss.
Acordado.
ESTABLECIMIENTO DEL DÍA DEL TRABAJADOR RADIAL. Proyecto de acuerdo.
EL señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para tratar un proyecto de acuerdo respaldado por todas las bancadas, que fija el 21 de septiembre como día de descanso de los trabajadores radiales.
Hago la petición porque, si no se trata hoy día, perdería oportunidad.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 473, de la diputada señora Lily Pérez y de los diputados señores Molina, Valenzuela, Núñez, Sánchez, Mora, José Pérez, Prokurica, Rincón y Naranjo:
“Considerando:
1º Que es tradicional que el 21 de septiembre de cada año se celebre el día del trabajador radial.
2º Que este día, por una costumbre de hace 58 años, se utiliza para el descanso del trabajador radial, motivo por el cual las radioemisoras, en esta fecha, silencian sus transmisiones.
3º Que este reconocimiento se encuentra establecido legalmente en el decreto supremo Nº 259, de 16 de septiembre de 1991.
4º Que por un acuerdo del directorio de la Archi, de fecha 10 de agosto del presente año, se ha dejado en libertad de acción a los dueños de las emisoras afiliadas a esa entidad para otorgar o no este día como libre para los funcionarios.
5º Que esta decisión, a juicio de los diputados, tiene un sustento de carácter arbitrario y atentatorio al orden jurídico vigente.
6º Que el derecho a descanso de que gozan los trabajadores radiales es conocido, en materia laboral, como un derecho adquirido, que es inalienable y ampliamente reconocido como una cláusula tácita del contrato de trabajo que los regula.
7º Que tanto la Dirección del Trabajo como nuestros tribunales de justicia han aceptado la existencia de beneficios y garantías por el uso que las personas acuerdan sobre la base de la costumbre, la que da sustento a los principios generales del derecho que uniforman nuestro ordenamiento jurídico.
En mérito de las consideraciones que anteceden, los parlamentarios que suscriben vienen en someter a la aprobación de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de acuerdo:
Solicitar al ministro de Transportes y Telecomunicaciones y al ministro del Trabajo que se sirvan complementar el decreto supremo Nº 259, de 16 de septiembre de 1991, en el sentido de que se decrete el derecho a descanso de que gozan los trabajadores radiales el día 21 de septiembre de cada año, en los mismos términos en que tradicionalmente se ha entendido”.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
El señor MONTES.-
Que se vote, señor Presidente.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el diputado señor Gustavo Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , podemos ver de modo muy claro la forma en que se siguen algunos malos ejemplos en el país, originados nada menos que en el Presidente de la República , señor Ricardo Lagos .
El Primer Mandatario consideró que no era conveniente celebrar el 21 de Mayo en el puerto de Valparaíso. Posteriormente, dijo que no se harían más celebraciones en el templo matriz de los evangélicos, sino que ellas deberían llevarse a cabo en otra parte. Pues bien, siguiendo esa secuela, indudablemente, los dueños de radioemisoras pensaron que no deberían seguir celebrando el día del trabajador radial, lo que habitualmente se ha hecho el 21 de septiembre.
Considero lamentable que haya sucedido esto con los trabajadores radiales y con los evangélicos. Asimismo considero lamentable que se haya vulnerado la antigua costumbre de celebrar el 21 de Mayo en el puerto de Valparaíso.
Por eso, vamos a apoyar este proyecto de acuerdo con mucho entusiasmo.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto de acuerdo.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
El señor ÁVILA .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
¿Para referirse a un asunto reglamentario?
El señor ÁVILA .-
Podríamos decir que sí, señor Presidente .
Es sólo para lamentar que mi querido colega Gustavo Alessandri haya estado “mal sintonizado”.
V. OBJETO DE LA SESIÓN
ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL EN CONTRA DEL MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DON LUIS CORREA BULO. (Continuación).
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
A continuación, corresponde seguir ocupándose de la acusación constitucional deducida por diez señoras diputadas y señores diputados en contra del ministro de la Excelentísima Corte Suprema don Luis Correa Bulo.
Para impugnar la acusación, ofrezco la palabra al abogado del acusado, don Luis Valentín Ferrada.
El señor FERRADA ( Abogado defensor ).-
Señor Presidente , honorable Cámara: esta Corporación debe decidir hoy sobre la acusación constitucional deducida en contra del ministro de la Excelentísima Corte Suprema don Luis Correa Bulo por la causal de notable abandono de deberes.
La acusación se funda en dos razones matrices compuestas de cinco capítulos diferentes, cada uno de los cuales corresponde a situaciones que los diputados acusadores describen como faltas o infracciones a la ley.
Durante el trámite legal que procede para las acusaciones, acudieron a la defensa el ministro y asumieron su representación los profesores y abogados Emilio Pfeffer, Carlos Cruz-Coke, Hugo Rivera, Sergio Coddou, Luis Correa, de quienes hoy yo serviré de expresión.
En virtud de esta representación del señor ministro , asumo en esta sesión especial la defensa del acusado frente a los injustificados cargos de que ha sido objeto en la acusación deducida.
Dentro del plazo legal, y en el menor tiempo posible, el ministro Correa dio cumplimiento cabal a la obligación de contestar la acusación presentada. Y efectuó una contestación completa, detallada, que aborda todos los aspectos de la acusación, sin omitir ninguna consideración, por dura e injustificada que ella fuese. A la contestación escrita de esta acusación, el ministro acompañó un conjunto muy importante de documentos de prueba, ninguno de los cuales fue objetado formalmente por los acusadores durante el trámite de la investigación y del informe. Documentos en los cuales se fundamentó de manera indudable cada una de las aseveraciones que el ministro hizo en su respuesta.
En esa contestación, con el objeto de que dicha contestación fuese muy completa, el ministro y su defensa representó también a la honorable Cámara, bajo la forma de una cuestión previa, una circunstancia extraordinariamente importante, que dice relación con los principios constitucionales del Poder Judicial .
Por la forma en que se realizaba el trabajo de la Comisión, la defensa y el señor ministro retiraron formalmente la cuestión previa, aun cuando la defensa cree que muchos de los argumentos que allí se entregaron, serán seguramente objeto de viva atención no sólo ahora, sino que también en el futuro, porque parecen ser los mismos argumentos que inciden de manera directa en un debate paralelo que se ha suscitado con motivo de esta misma acusación entre el Poder Legislativo y el Poder Judicial .
Si se retiró la cuestión previa, fue, fundamentalmente, porque lo que más interesaba al ministro acusado era disipar cualquier cuestión procesal que sustrajera la atención sobre el fondo de los cargos que se le hacían, en la confianza de que la honorable Cámara sabría apreciar en la instancia y en el debido tiempo esas razones constitucionales importantes para la vida y los equilibrios entre dos poderes del Estado.
También hay otra cuestión muy importante que destacar. Reglamentariamente, no fue necesario en esta oportunidad que se leyera a la honorable Sala el informe evacuado por la Comisión que hizo el trabajo de investigación y de información, pues está por escrito a disposición de cada uno de los señores diputados.
Pero esta mañana, en la intervención de los acusadores, no se hizo mención alguna de aquel informe; en circunstancias que allí estaba toda la labor de investigación y que el trabajo que realizó esa Comisión, y que esta defensa desea destacar, fue noble, sincero, extraordinariamente correcto desde el punto de vista de los procedimientos empleados, que conceden oportunidad de debida defensa al acusado. Nos parece que se omitió -espe-ramos que no deliberadamente-, porque el resultado de él es muy elocuente, a lo menos, en dos sentidos.
Se trata de un informe no pronunciado por cuatro diputados contra uno, como se ha dicho, sino de uno en que los cinco diputados elegidos al azar, rechazan, por unanimidad, cuatro de los cinco cargos, y el único cargo que tiene un voto a favor es el denominado “tráfico de influencias” en el caso de Concepción. De modo que en cuatro de cinco capítulos, es preciso tener en consideración que la votación de ayer fue unánime. Y no solamente fue unánime, sino que fue fundada en un hecho que la defensa también quiere destacar y que no nos había correspondido ver con anterioridad.
Fue importante y hermoso presenciar que la Comisión, y en primer lugar su presidente , ante periodistas y el público que quiso asistir, uno a uno, como en los procedimientos de los parlamentos más desarrollados, fue fundando su voto favorable o contrario, capítulo por capítulo, con antecedentes, con análisis, con razonamientos. Por eso es que muchos de nosotros, anoche, cuando nos retirábamos de la Cámara, dijimos también para la prensa: “Hoy han ocurrido dos hechos muy significativos y que, en mi concepto, invitan al país a la confianza y a la fe en sus instituciones y en sus autoridades”. Primero, hay un juez que es eximido por una Comisión independiente, aunque sea a título de información. ¡Qué importante es, para la fe de un país, que un juez sea eximido de los cargos que se le formulan! Segundo, esta Comisión de la Cámara se ha honrado y ha honrado a su Corporación, porque ha hecho un trabajo ejemplar. Y no me refiero al resultado, porque en esto incluyo, por cierto, al diputado señor Pedro Álvarez-Salamanca, que votó en contra de la posición que yo sostengo, pero con tal decoro, con tal análisis, con tal sentido de justicia, que cualquier comentario favorable al trabajo de la Comisión, desde luego, lo incluye a él de manera preferente.
Nadie dijo nada esta mañana en torno del trabajo de la Comisión. Pasó inadvertido, como si no hubiese existido; como si los cinco diputados elegidos al azar, que tienen el deber de informar a esta honorable Cámara, de acuerdo con la Constitución y la ley orgánica del Congreso Nacional, no hubiesen existido. Y no lo hacen sólo por una cuestión reglamentaria, sino que dejan sentado, al menos en cuatro de los cinco capítulos, por unanimidad, que no hay reproches respecto del ministro . Sólo en uno de ellos -y permítaseme decir que es el más débil de todos en concepto de la defensa- hay un voto a favor.
Tendría derecho, al menos derecho moral para decir: esta defensa se inicia diciendo que el informe de la Comisión encargada por vuestra honorable Cámara y por la ley para hacer la investigación, prácticamente, en forma unánime y actuando de un modo intachablemente correcto, ha dicho que no hay mérito para acusar al ministro , salvo en un capítulo y por un señor diputado .
En la mañana, esta defensa y la honorable Cámara han oído una muy larga intervención -legítima, desde luego- no siempre para mí fácil de comprender, en torno de los motivos de la acusación.
Señor Presidente , si hay que ser sincero y honrado para juzgar a alguien, lo primero que debe determinarse es de qué se acusa a la persona que se ha traído a examen. Esta mañana, y ya lo veníamos advirtiendo desde hace algunas horas o días, hemos presenciado una suerte de encogimiento de la denuncia. Esto ya lo habíamos visto en oportunidades anteriores: denuncias “con elástico”, que parten llenas de adjetivos terribles respecto de algunas personas y que, conforme avanza la investigación, van empequeñeciéndose. Cualquiera que esta mañana haya escuchado al diputado que sostuvo la acusación, podría decir que se acusaba al señor Correa Bulo de algo así como tráfico de influencias. No, señor Presidente . Para ser sincero y jurídicamente correcto, para actuar con responsabilidad -y así quiero hacerlo-, leeré del texto de los acusadores donde se señala en qué consiste la acusación contra el ministro señor Luis Correa Bulo. Quiero advertir a la honorable Cámara que para que no cupiera duda, quienes redactaron el libelo acusatorio no sólo dejaron escrito ese fundamento, sino que, además, lo destacaron en negritas y lo subrayaron. El texto señala: “El narcotráfico cuenta con redes de protección en los Tribunales, que ejercen su influencia en forma subrepticia, pero tremendamente eficaz, hasta el extremo de conseguir de manera escandalosa la impunidad de los inculpados en delitos gravísimos”. Ésta es la primera idea central o matriz de la acusación. La segunda se relaciona con el hecho de que esta red de protección intercedería en favor de empresarios del comercio sexual, y la tercera se vincula con el tráfico de influencias en el caso de la jueza Collins. De modo tal que si uno tuviera que definir las acusaciones en orden de gravedad conceptual y según están escritas -no se dirá, por mis colegas abogados, que toda demanda, acusación o acción no ha de tener un objeto y una causa de pedir, que es lo que identifica la esencia de la demanda, de la acción o de la acusación-, a nuestro defendido se lo acusa -por su rango, supongo que en calidad de jefe- de ser responsable de la existencia de redes de protección que ejercen en los tribunales influencias subrepticias, pero tremendamente eficaces, hasta el extremo de conseguir, de manera escandalosa, la impunidad de los inculpados en delitos gravísimos.
El señor diputado que sostuvo la defensa esta mañana, y siempre en este marco de encogimiento de la acusación, nos procuró convencer de que la acusación se resumía -así lo entendí al término de su intervención- en algo así como un esfuerzo por acercar el ideal de los jueces a la doctrina de Calamandrei. Señor Presidente , ése no es el ejercicio que hoy debemos hacer, sino saber si es verdad o no, a través del examen de los capítulos que se formularon en la acusación, que este señor ministro es parte, jefe, copartícipe, cómplice o encubridor de la red de protección de narcotraficantes que opera -por eso no hay que extrañarse tanto de la molestia de los señores jueces- al interior de los tribunales, utilizando métodos subrepticios y de manera tremendamente eficaz -en este país, la abundancia en el uso de los adjetivos no es signo de nuestra mayor pobreza- para encubrir y dejar impunes los delitos más graves. Esta es la acusación. ¿Y quién es el acusado?
Esta mañana no se escuchó decir una sola palabra sobre quién era el acusado. Tengo el honor de decir que es un juez con 42 años de servicio, calificado por sus superiores, desde el inicio de su carrera, en lista 1, de mérito; profesor universitario, profesor en Investigaciones, jefe de hogar. Además, es el único juez de la Corte Suprema que está amenazado de muerte hace seis años, razón por la cual cuenta con protección policial permanente. Reitero, desde hace seis años, este juez, que según la señora Gloria Olivares consumiría drogas y, conforme a otros, traficaría con drogas o protegería narcotraficantes, se encuentra -cito palabras del director general de Investigaciones - “bajo custodia permanente”.
A mayor abundamiento, este acusado es presidente de la segunda sala penal de la Corte Suprema. Si obras son amores, la defensa estimó del caso -y cada día me alegro más de que ésa haya sido nuestra iniciativa- acompañar un conjunto formidable de cerca de 70 fallos, todos los cuales llevan la firma de don Luis Correa. Ellos han sido publicados en revistas especializadas de derecho y únicamente dicen relación con el conocimiento de procesos por narcotráfico. Esos 70 fallos demuestran una jurisprudencia invariable, severa, justa, que da cuenta no sólo de cuál ha sido la conducta de don Luis Correa en la materia, sino el invariable proceder de nuestra Corte Suprema en el combate al narcotráfico, de la que el presidente de la sala que pronuncia tales sentencias sería “jefe, cómplice y encubridor de las redes de protección de los narcotraficantes al interior de los tribunales”.
El juez acusado fue también, en compañía de Hernán Correa de la Cerda, fundador del Instituto de Estudios Judiciales, primer paso de lo que hoy se conoce como Academia Judicial, de la que, con suficiente razón, muchos se enorgullecen.
Tenemos la acusación y al acusado. ¿Qué ordena la lógica cuando se quiere actuar con justicia? Examinar los hechos de que se acusa al ministro desde una doble perspectiva: primero, para saber si son ciertos, y segundo, en el hipotético caso de que así fuera, investigar si forman parte activa de una red de protección al narcotráfico al interior de los tribunales, que de manera terriblemente eficaz y en forma siempre subrepticia, se encargan -como verán, la frase me la llegué a aprender de memoria- de que queden en la impunidad delitos gravísimos.
Entiendo que mi intervención necesariamente debería ser breve, no para omitir lo que voy a hacer a continuación, sino para referirme directamente a los hechos. En ese espíritu, invito muy respetuosamente a los señores diputados a revisar las actas y el informe de la Comisión para que puedan advertir claramente hasta qué punto no sólo los hechos denunciados no guardan relación ni proporción alguna con el objeto de la acusación -ahora sanforizada y encogida-, sino que, de paso, comprobar que ninguno de los hechos denunciados tiene fundamento ni verosimilitud. Y digo que no tiene fundamento ni verosimilitud desde el único punto que siempre debió interesar a esta investigación.
Aquí se ha hecho caudal, y nos arrastrarán a hacer algo de caudal también, respecto de procesos que habrían tenido una u otra irregularidad, y de situaciones donde habría una u otra anomalía. Se han gastado horas; pero, independientemente de las irregularidades o anomalías que tuviera un proceso u otro, la pregunta era una sola: ¿y tiene alguna relación comprobable dicha anomalía con alguna intervención del ministro acusado? De procesos con anomalías, en Chile se podrían escribir colecciones muy completas, que llenarían bibliotecas; pero ésa no es la materia.
Entiendo que aquí no se ha hecho un proceso al Poder Judicial , según nos dicen, ni a la forma como tramitan las causas, sino, como a la honorable Cámara le interesa decidir, si respecto de procesos donde hubiese anomalías, y no sólo porque afectan a un pariente o a un hermano, pudiese existir una huella, un rasgo, una sombra, una declaración, la más lejana insinuación de que dicha anomalía corriera por cuenta de una intervención indebida del ministro acusado. La sola anomalía no acredita nada y entiendo, o quisiera entender, que el solo parentesco o, dicho de otra manera más humana, el solo hecho de que algún pariente nuestro sufra alguna vez una desgracia, ¿no sería motivo para que cualquiera de nosotros también terminara siendo partícipe de esa desgracia, por la única razón de ser pariente?
Establecido este marco jurídico, voy directamente a los hechos.
Capítulo primero: Tráfico de drogas controladas en farmacia de Gilda Correa Bulo, hermana del ministro acusado.
Con el informe, este ejercicio podría haberse evitado, pero, al no ser leído, muchos parlamentarios me han pedido que me refiera a los hechos. Luego, lo haré.
Los capítulos primero y segundo de la acusación se refieren al tráfico de drogas controlada en la farmacia de la hermana del ministro , señora Gilda Correa Bulo, y al viaje del ministro a la República de Cuba. Afirman los acusadores que los antecedentes expuestos, vuelvo a leer, “dejan en evidencia un hecho central que no se puede ignorar: El narcotráfico cuenta con redes de protección en los Tribunales, que ejercen su influencia en forma subrepticia, pero tremendamente eficaz, hasta el extremo de conseguir de manera escandalosa la impunidad de los inculpados en delitos gravísimos”.
Agregan: “En primer término, llama profundamente la atención que este proceso se inicie por medio de un oficio reservado de Carabineros de Chile y no por un parte policial, mecanismo idóneo y habitual que utiliza la Policía” para denunciar un delito.
Para los acusadores, la explicación de este hecho que ellos califican de excepcional, estaría en el propio parte donde se señala que la químico-farmacéutica del establecimiento sancionado es hermana del ministro señor Correa Bulo.
Este cargo quedó clara y definitivamente desvirtuado con la declaración prestada ante la Comisión de vuestra honorable Cámara por el actual comandante de Carabineros, don Jorge Muñoz, a la época el funcionario policial encargado del operativo o investigación de venta de fármacos controlados, quien, en su comparecencia, señaló que nada cabía extraer en el procedimiento seguido, nada cabía extrañar, que pudiera considerarse no habitual, pues, tratándose de una investigación efectuada por el departamento del OS-7 de Carabineros, siempre se enviaba un oficio reservado desde dicho organismo al tribunal y no como partes, porque así sólo lo hacen las Comisarías.
En cuanto al parentesco de la químico-farmacéutica con el ministro acusado, el oficial declarante señaló ante la Comisión que, si bien no existía una instrucción al efecto por parte de la superioridad, ése era un aspecto que en dicha oportunidad él consideró un elemento de la investigación importante de mencionar, como también en otras ocasiones. El oficial declaró -cuando digo “declaró” es porque todas las pruebas están reunidas en la Comisión- que jamás había recibido -esto se le preguntó varias veces- de parte del ministro acusado, en forma directa o indirecta, ninguna presión, petición ni llamado, como asimismo, agregó, que era imposible que igual presión, petición o llamado hubiesen podido recibir sus subalternos, puesto que, de haber ello ocurrido, de inmediato se lo habrían comunicado.
El segundo punto, relativo a este tema, se refiere a las presuntas irregularidades que habría experimentado el proceso judicial seguido en contra de la señora Gilda Correa.
Dicen los acusadores: “Se cierra el sumario, sin someter a proceso a la inculpada, con fecha 16 de marzo de l996. Los acusadores se preguntan, en el libelo, cómo se explica esta actitud, si por temor de la jueza, si por influencias indebidas de un superior jerárquico.
Las respuestas que se obtuvieron en la Comisión a estas preguntas insinuantes de la parte acusadora, son demoledoras y surgen del mismo mérito del proceso y de las declaraciones formuladas por la señora abogada procuradora fiscal del Consejo de Defensa del Estado, que llevó el proceso en primera instancia, más la abogada patrocinante directa, más el segundo de los abogados, hasta el día del cierre del sumario.
La defensa del señor ministro nunca discutió los antecedentes de esta causa en cuanto a sus propios méritos o defectos, ni en cuanto a que pudiera encontrarse o no acreditado el delito mismo, pues lo que interesaba, a los efectos precisos de esta acusación, era determinar si en relación a aquella causa, sus méritos o posibles defectos, pudiera existir, repito, una huella siquiera de intervención indebida del ministro acusado; es decir, no podía interesar la causa en sí misma, desde que ella se refiere a una persona distinta, a una ciudadana que puede ser hermana de un ministro , pero que no es el ministro , y al hecho de que con motivo de la acusación, por otra parte, no era dable pronunciar un juicio sobre la causa que, por lo demás, se encuentra en estado pendiente. Lo determinante, para los efectos de esta acusación, era y es precisar si en relación a dicha causa, pudo su suerte depender en algún grado, directo o indirecto, de la intervención eventual, indebida, del ministro sometido a acusación.
Consta del proceso examinado que el Consejo de Defensa del Estado -voy a repetir esto no por majadería, sino porque, a veces, el establecimiento de la verdad resulta ser conmovedor. Decía que consta del proceso examinado que el Consejo de Defensa del Estado, organismo encargado por ley de sostener la acción penal en esta clase de procesos, nunca pidió que se dictara auto de procesamiento en contra de la señora Correa Bulo, pues estimó que no se habían reunido los requisitos legales de su participación hasta el momento en que se cerró el sumario, esto es, porque no se habían reunido ni rendido las pruebas suficientes para pedir dicho trámite.
No es dable, entonces, imputar lenidad a la jueza instructora, cuando a la fecha del cierre del sumario la defensa fiscal, sostenedora de la acción penal, con su omisión venía a coincidir en que el proceso no permitía sostener cargos responsables en contra de la señora Correa, porque, si lo hubiese creído, la pregunta que surgió en la Comisión varias veces era obvia: ¿Por qué el Consejo de Defensa del Estado nunca pidió que se sometiera a proceso a la señora Correa Bulo?
Esta realidad, que consta en el expediente examinado por la Comisión, fue confirmada por la abogada patrocinante de la querella fiscal, que compareció ante la Comisión, y ratificada por el abogado defensor de la señora Correa, don Miguel Soto Piñeiro; por el abogado que luego suplió a la primera de las nombradas y, finalmente, por la procuradora general del Consejo de Defensa del Estado, doña Silvia Morales. Empero, para los efectos de esta acusación, lo más importante ha sido que las personas nombradas, además del oficial de Carabineros y las autoridades de Salud, que también comparecieron ante la Comisión, fueron unánimes y enfáticos al responder que jamás -ninguno de ellos- recibieron o supieron de alguna intervención, presión o influencia, directa o indirecta, de nuestro defendido en los trámites a que dio lugar dicho proceso.
En vano, entonces, se preguntan los acusadores, con una muletilla repetitiva, si la jueza actuó por temor o por influencia indebida de don Luis Correa Bulo.
Una segunda y tercera irregularidad que los acusadores creen advertir consistiría en que, ante la petición del Consejo de Defensa del Estado de siete diligencias nuevas para apoyar la reapertura del sumario, se resolvió: “No ha lugar”, a lo que se añadiría que en el recurso de apelación el tribunal superior habría confirmado lo resuelto por el tribunal de primer grado, aceptando igual predicamento en contra del abogado don Crisólogo Bustos, quien actualmente es consejero del Consejo de Defensa del Estado y excusó su comparecencia ante la Comisión. Vuelven a preguntarse los acusadores si hubo presión, temor o respaldo de los jueces en primera y en segunda instancia. Es decir, ahora habríamos añadido que los presionados serían los ministros Juan Araya, Domingo Kokisch y un abogado integrante.
El cuarto y quinto cargo de este capítulo se refiere a que el día 20 de junio de 1996 la jueza instructora habría sobreseído temporalmente la causa seguida en contra de la señora Correa, resolución a la que atribuyen una interpretación torcida, en circunstancias que el ordenamiento procesal, la ley, hace ineludible esta determinación frente a un cierre de sumario donde han podido establecerse procesados -y esto no es capricho de la voluntad del juez- porque así dispone que debe actuarse el artículo 403 del Código de Procedimiento Penal.
La resolución de primera instancia, apelada por el Consejo, fue confirmada por la ilustre Corte de Apelaciones, a través de una sentencia en la que participan los ministros Juan González, Gloria Olivares y Crisólogo Bustos, abogado integrante en esa oportunidad. En esta última sentencia, era legalmente procedente, de manera prácticamente obligatoria desde el punto de vista legal, como incluso fue reconocido en su confusa declaración por la señora Olivares, tener que actuar de ese modo.
Contra esa resolución de segunda instancia de apelaciones, se recurre de queja, la que fue declarada inadmisible por la Corte Suprema en una resolución perfectamente arreglada a derecho, por cuanto la resolución recurrida no permitía la interposición de ese recurso extraordinario. Se trataba de una sentencia interlocutoria y no de una definitiva. De este recurso conoció una sala que presidía a la época don Roberto Dávila, de donde se desprende que para entender este último pronunciamiento judicial, también torcido o influido indebidamente, debería comprenderse que fue porque a tal irregularidad habrían sido sometidos también los ministros de la sala 5 de la Corte Suprema.
Un séptimo cargo, correspondiente a este mismo capítulo, lo constituiría la forma en que se resolvió la queja disciplinaria contra la jueza de primera instancia, de la cual hubo de conocer también el máximo tribunal.
Debo reconocer que no alcanzo a entender cómo los acusadores no advierten el valor de derecho que tiene esta última tramitación del proceso, porque si ella fuese tan grosera y parcial como se denuncia, el tribunal supremo pudo, en todo caso, con facultades de oficio, corregir las presuntas irregularidades y remediar de inmediato los problemas que observaron. Sobre este punto, todos los profesores de derecho invitados a ilustrar a la Comisión, incluso los diputados que adhirieron a la tesis restrictiva del concepto de “notable abandono de deberes”, concordaron en que no es posible, por la vía del conocimiento de una acusación constitucional, afectar el efecto de cosa juzgada de una sentencia afinada.
El resto del libelo, en esta parte, se limita a analizar el voto disidente de don Crisólogo Bustos; el informe del ministro visitador, don Humberto Espejo, quien formuló a la jueza del Sexto Juzgado , con mucha posterioridad, cargos por razones enteramente diferentes y ajenas a la causa analizada; y una medida disciplinaria posterior, distinta y ajena, que fue de censura por escrito, lo que evidenciaría una suerte de debilidad de parte del ministro acusado, que constituiría -así son los pensamientos- esta benevolencia con la jueza acusada respecto de otras materias ocurridas con posterioridad, algo así como el pago de los servicios prestados por la impunidad de la hermana del acusado.
El capítulo culmina con citas al libro prohibido llamado “El Libro Negro de la Justicia”, muy citado en el libelo de los acusadores.
Durante el curso de la investigación, se hizo gran caudal -y esta mañana incluso pudimos oír un homenaje en su nombre- de las declaraciones del abogado Mauricio Fernández, quien atendió esta causa contra la señora Correa en una segunda fase procesal, después del cierre del sumario. Si esas declaraciones se leyeran detenidamente en las actas, podría advertirse que dicen exactamente algo muy diferente a lo que se le atribuye de parte de los acusadores.
Frente a las declaraciones expuestas ante la Comisión, por testigos abonadísimos, todos los cargos quedaron desvirtuados, en ciertos casos porque no eran verosímiles, y en varios otros - es triste decirlo, pero debo ser honesto- por corresponder los juicios, en que podrían sostenerse los cargos, a una evidente falta de información jurídica de los acusadores.
Cabe añadir a lo anterior las declaraciones prestadas por las autoridades de Salud.
Para finalizar el análisis de este capítulo, diré que sólo existe una conclusión real, importante, tal vez la única vez interese. A la luz de la investigación practicada, para que pudieran establecerse como verosímiles y fueran ciertas las hipótesis planteadas por los acusadores -es decir, que las anomalías de este proceso demuestran la existencia de redes de protección del narcotráfico que, de manera subrepticia y tremendamente eficaz, otorgan inpunidad para los delitos más graves-, sólo hay una conclusión posible: que parte de la red, influidos o coparticipantes, serían el funcionario de Carabineros, los funcionarios de Salud, la jueza de primera instancia, los ministros de la corte de apelaciones y los ministros de la Corte Suprema, cuando conocen del asunto por un recurso de queja y por una queja disciplinaria; es decir, algo así como 20 personas, la mayor parte de los cuales, los influidos y los que son parte de la red subrepticia de protección al narcotráfico, serían algo así como diez ministros de la Corte Suprema .
Señor Presidente , si alguien piensa que esas declaraciones no iban a provocar al menos una reacción de extrañeza en la Corte Suprema, es no haber medido quizás convenientemente el sentido de las palabras y el contenido, no diré de los conceptos, sino de los adjetivos que se ocupan con tanta profusión.
Capítulo segundo: Viaje a Cuba del ministro junto a un abogado excarcelador de narcotraficantes, palabras textuales.
Esto también demostraría la existencia de la subrepticia red de protección.
Este cargo se origina inicialmente en unas declaraciones de prensa prestadas por la señora Gloria Olivares en los días de su exoneración del Poder Judicial , circunstancia a la que había quedado expuesta por gravísimas razones.
No se sabe por qué hizo estas declaraciones, pero quiero advertir que, sobre este capítulo, los acusadores no rindieron prueba alguna que demostrara una relación del ministro con el citado abogado que hubiese influido, directa o indirectamente, o de modo alguno, en la protección de algún narcotraficante.
Se le acusó por haber sido su compañero de universidad, por ser amigo del abogado ex compañero de universidad y por un viaje, pero nunca se pudo sostener en la Comisión que esa amistad se derivara en un solo caso, en un solo vínculo de protección, de participación o de cohonestación; ni siquiera existe una huella o una sombra, señor Presidente , que involucre al ministro en una actuación de protección a un narcotraficante o en una actuación irregular del señor abogado Valenzuela. Al revés, la señora procuradora general del Consejo de Defensa del Estado, consultada a este respecto, contestó cabalmente en la Comisión que el Consejo de Defensa del Estado, que es el que lleva materialmente estas causas, no tenía reclamo alguno que hacer en contra del señor Valenzuela. Y dijo más: el señor Valenzuela no lleva causas de narcotráfico, ya que se limita a conseguir las excarcelaciones, pero no sólo de los delitos de narcotráfico, sino de muchas clases de delitos. Él es una persona que tiene la especialidad de obtener la libertad de toda clase de clientes, la misma que consagra la Constitución para todos los ciudadanos.
Perdónenme si hago una pequeña digresión. En el trasunto de toda la argumentación oída esta mañana, siempre uno queda con la impresión de que hay entre nosotros quienes creen que la Constitución Política del Estado sólo fue dictada para los ciudadanos ejemplares, y que no existe para quienes han cometido delitos.
Éste es un error doctrinario de gravísimas consecuencias. La Constitución y los derechos que ella establece no discriminan, no hacen distinción; los derechos son de las personas, hayan o no cometido delitos. No sólo tienen derecho a la Constitución los ciudadanos ejemplares, a quienes, desde luego, todos admiramos, sino que también el hombre, la mujer, la persona que ha caído en infracción de la ley, la cual también tiene derecho a defensa y a libertad. Sostener lo contrario es no creer en la Constitución que nosotros mismos impulsamos en su promulgación, ni creer en el Pacto de San José de Costa Rica, ni en el Pacto de los Derechos Sociales y Políticos, ni en la Declaración Universal de los derechos del hombre.
La Constitución Política de Chile -esto es lo que distingue a los jueces de nosotros-, vale para todos, por el solo hecho de ser personas. Y cuando ellos, en apariencia, se muestran benevolentes con quien ha delinquido, hay en esa benevolencia la visión del juez que mira los dos costados del problema, porque tiene la obligación de observarlos, pues la Constitución que a él le ordena fue dictada para todos los chilenos por igual, cualquiera sea la situación en que se encuentren, al menos en aquello que se refiere a la defensa de los derechos esenciales de la persona humana.
Señor Presidente , cito palabras universales que, espero, no sean mal comprendidas, ya que son más bien una invitación: “Nuestra Constitución, cuando ampara los derechos de las personas, no es una ley escrita con sangre ni obliga a que nuestros jueces sean simples verdugos legales”. No, nuestra Constitución, cuando defiende los derechos de las personas, entre los que está en primer lugar el de la libertad, está sosteniendo el principio seguramente más universal y básico en que reposa cualquier noción de justicia de una sociedad civilizada.
No se probó, de manera alguna, que el abogado señor Valenzuela hubiese sido condenado por algún delito personal asociado al tráfico de drogas o que hubiese ejercido su profesión de manera ilegal o indebida. No lo dijo así, porque no habría podido expresarlo de esa manera el presidente del Colegio de Abogados .
Obsérvese que me refiero a esto no porque conozca al señor Valenzuela ni porque esté asumiendo su defensa, que no tendría inconveniente en hacerlo, pero que no es éste el lugar para ello ni la oportunidad. Pero lo que aquí se ha reprochado, señor Presidente , es un aspecto del ejercicio libre de la profesión, y como se trata de un profesional colega mío, he querido tomarme este minuto para hacer esta disquisición, y si he de hacerla, la haré completa.
Cuando se ha dicho que el abogado Valenzuela proviene o está al servicio de los ambientes del narcotráfico, yo, que no lo conozco, pero que procuré averiguar de quién se trataba, sí puedo decir públicamente lo siguiente, porque me consta: este abogado, al servicio eventual del narcotráfico, es hermano de dos sacerdotes y de una religiosa. Para una mente más o menos de buena fe es difícil creer que una persona que es hermano de dos sacerdotes y de una religiosa se encuentre desde hace mucho tiempo al servicio de las redes de protección subrepticias, pero tremendamente eficaces que existirían al interior de los tribunales.
El tercer capítulo se refiere a la influencia que habría ejercido el ministro Correa ante una jueza de Colina en favor de un empresario francés.
Esta defensa sostuvo en la Comisión, y quiere reiterarlo hoy, que el ministro señor Correa no sólo no cometió ningún error, ninguna falta, ningún atropello a la ley con su actuación, sino que la defensa ha estimado del caso sostener lo único que es correcto: el ministro Correa, cuando hizo la llamada a la jueza de Colina para que se liberara a una persona que estaba detenida ilegalmente, en realidad cumplió con su deber, un deber que, aunque parezca extraordinario, pudiese haberle correspondido a cualquiera de ustedes, en condición de parlamentarios, y a cualquiera autoridad de la República. ¿Por qué? Porque el inciso segundo del artículo 5º de la Constitución Política del Estado establece que “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana” y que las autoridades tienen el deber de promoverlos y de garantizarlos.
Estábamos en presencia de una pésima costumbre, y las personas que, por razones -digamos- administrativas, tienen la desgracia de ser detenidas en día viernes -imagino que todos los señores parlamentarios lo sabrán muy bien por experiencia propia- quedan o pueden quedar detenidas 48 ó 72 horas o hasta que venga el carro celular.
Esta es una situación que la Constitución Política prohíbe. En su artículo 19, número 7, letra c), se establece la obligación perentoria, inexcusable, de colocar a toda persona detenida, dentro de 24 horas, a disposición de la autoridad correspondiente, y el Pacto de San José de Costa Rica, que a los efectos del tratado es parte de nuestra legislación, habla siempre de “dentro del menor tiempo posible”, y lo dice la Declaración de Derechos Políticos y Sociales, también suscrita por Chile.
Entonces, se nos dice: no, que este deber no debió haberlo cumplido porque su intervención sería discriminatoria, y lo sería porque -se arguye- todos los pobres chilenos que no tienen -perdónenme la expresión- “pituto”, se quedan, nomás, las 72 horas; pues el que lo tiene más vale que también se quede; es decir, como se está faltando a la Constitución y a la ley, en forma completamente sistemática, entonces hagámoslo también extensivo a los extranjeros, a ver si creen que nuestro estado de derecho es verdaderamente macanudo y perfecto.
Este ciudadano francés, que había cometido una falta y no un delito, debería haber sido puesto en libertad en forma inmediata, y se le estaba sometiendo a quedar 72 horas detenido.
Señor Presidente , la defensa sostiene que cualquier señor diputado o senador, cualquier oficial o agente público y, desde luego, cualquier juez, en conocimiento de esos hechos, debe acudir de inmediato a “promover” -leo palabras textuales de la Constitución- el cumplimiento de sus preceptos, porque la soberanía está limitada por el reconocimiento expreso a los derechos esenciales de la persona, y ninguno es más esencial que el derecho a la libertad.
Entonces, frente a un presunto ilícito constitucional, se nos trata de decir que sería tráfico de influencias el que un juez abogue por la libertad, y el diputado acusador ha dicho en la mañana que en esto habría una antigua mala costumbre de influencia del ministro acusado. ¡Una antigua mala costumbre!
Señor Presidente , costumbre, pero no mala; porque se sabe que, en 1984, este ministro , sirviendo en la Corte de Apelaciones y acudiendo para obtener la libertad de Ignacio Vidaurrázaga, hijo de una jueza, ya habría tenido que faltar a algunos reglamentos para conseguir que sacaran a ese hijo de un lugar donde no debía estar.
Señor Presidente , la defensa sostiene, categóricamente y sin temor, que si en un punto la Corte Suprema estuvo equivocada, fue en éste. ¡Nunca debe sancionarse a una autoridad por el hecho de faltar a un reglamento, si aquella falta se origina en haber promovido la libertad de una persona! Porque si, en Chile, la libertad de todos: de los extranjeros, de los nacionales, del humilde, del rico, del mediano, pende de asuntos reglamentarios, como si viene o no a tiempo el carro celular de Gendarmería, quiere decir que nuestras declaraciones de libertad valen poco; y sostendré siempre, con sincero corazón, que si alguna vez viese una persona privada de libertad ilegítimamente y en ese momento yo ocupara un cargo de autoridad, y aun sin ocuparlo, cualquiera que fuere la falta reglamentaria, acudiría de cualquier forma a obtener su libertad.
“Correa Bulo intercede en favor de empresario del comercio sexual”.
Este tema, no se sabe si por falta de tiempo, de argumentos, de pruebas, virtualmente no fue tratado en la Comisión informante. Pasó por alto. El disparo quedó pendiente en el aire. No se acompañó ni una sola prueba, ni una argumentación en la que se pudiera sostener esta acusación de protección a empresario del comercio sexual, ahora, o aquella de protección a la red de narcotraficantes.
Pero la defensa sí acompañó un certificado expedido por la Secretaría de la Ilustre Corte de Apelaciones de Santiago , mediante el cual se establece:
1. Que la causa se encuentra pendiente;
2. Que en la causa, jamás, el ministro Correa fue imputado por delito alguno;
3. Que en una causa, que tiene más de 14 tomos y miles de fojas, sólo aparece mencionado indirectamente, como testigo, en dos o tres oportunidades.
El caso del mercado de Concepción. Hago un punto suspensivo en este capítulo para reiterar que, hasta aquí, el informe de la Comisión es unánime; es decir, voy a entrar ahora al único punto en el cual hay un voto disidente de la mayoría. Hasta donde llevo dicho, los cinco señores diputados de la Comisión fueron unánimes al decir: “No hay causa que reprochar al ministro señor Correa”. Vamos a entrar al quinto punto, donde un señor diputado sostiene que sí habría causa, advirtiendo que el diputado señor Pedro Pablo Álvarez-Salamanca fue sumamente cuidadoso. En efecto, en su declaración expresa, al momento de emitir el voto, que no lo hace porque considere culpable al ministro , sino -siguiendo más o menos una tradición del antiguo derecho germano, que calificaba los delitos por su resultado-, porque, a resultas de aquella visita, se habría producido un daño a gente modesta. No porque haya culpabilidad o intencionalidad o dolo del ministro en su participación, sino porque -y lo dice el señor diputado en forma muy honrada- a causa de la visita del ministro podría haberse producido un daño de resultado, y, con motivo de ello, sostiene que no estima bueno que el ministro , en esas condiciones, haya asistido, o -dicho de otra manera- que esa visita constituiría un notable abandono de deberes.
En el caso del mercado de Concepción aconteció una cosa muy curiosa durante el trabajo de la Comisión. Lo normal en la vida del derecho, de la civilización más que del derecho, es que quien acusa, prueba. Yo formulo una acusación contra alguien y presento las pruebas. Aquí no: el que prueba es el acusado. Y esto ocurre por algo singular que, por desgracia, está siendo propio de la sociedad chilena; porque hace mucho tiempo que en Chile, muy lamentablemente, no es la buena fe la que se presume, y la mala fe la que se prueba, sino que está invertida esta regla esencial de la convivencia social. En Chile, la mala fe se presume y la buena fe hay que probarla, lo que ha hecho -reite-ro- que las reglas de la prueba estén invertidas. Ahora todo el mundo tiene que probar la buena fe, porque la mala fe se da por descontada. Desde que se publica, hay delito, condena y sentencia; entonces, la persona acusada tiene que probar la buena fe. Esto no ocurre hoy en ninguna sociedad civilizada, en ningún tribunal. En Chile, el principio de que quien acusa lleva la carga de la prueba está invertido.
Pues bien, hubo que invitar al ex ministro de la Corte Suprema, don Adolfo Bañados, presidente de la Comisión de Ética de dicha Corte -integrada, en oportunidad pretérita, por otros ministros de la talla de don Roberto Dávila (Q.E.P.D.), Guillermo Navas, etcétera-, para que, frente a esta acusación -que, dicho sea de paso, muchos de los honorables diputados presentes recordarán que ya se insinuaba y formaba parte, al menos, en lo publicitario, de aquella consabida y antigua acusación contra el ministro Jordán; porque el capítulo se repitió entero cuatro años después-, manifestara lo que la Corte había investigado al respecto. Compareció el ex ministro Bañados, un juez recto, de cuya buena fe y honorabilidad -supongo- que nadie tiene duda alguna, y dijo la verdad: Nunca pudo establecerse de aquella visita un ilícito, una presión, una vinculación que hubiese significado una actuación interesada en un juicio, un provecho para alguien. Y expresó, además, que, sinceramente, hubo una conducta social indeseada, inconveniente, inadecuada; incluso creo que aplicó la palabra “imprudente”; pero no se probó...
Un señor DIPUTADO .-
¡Un desatino!
El señor FERRADA (Abogado defensor).-
Sí, señor diputado ; si quiere lo digo porque no tengo inconveniente en repetir lo que tanto gusta. Sí, dijo “desatino”. Sí, hubo desatino, imprudencia, conducta social inconveniente. Dijo también la verdad, claramente, en el sentido de que nunca se pudo establecer que de aquella visita se infiriera una actuación ilícita o presión contra la ley, razón por la cual el Pleno de la Corte Suprema -no la Comisión de Ética que hizo la investigación-, informado por la Comisión de Ética, acordó no sancionarlo con medida disciplinaria alguna.
Por lo demás, cabe recordar el gran interés que concitaron las declaraciones sinceras -no sólo las del ministro Bañados- que prestó el abogado Alejandro Espinoza -hoy abogado de los locatarios-, quien, consultado pertinentemente al respecto, y con precisión, sobre si él sostendría que en los juicios existentes hubo una intervención directa o indirecta del ministro acusado, manifestó que no le constaba, no la sabía ni la había conocido nunca.
Y algo más. Respecto de esa sociedad que lo habría invitado, quedó establecido -y por eso no podía haber juicio en la época de la visita- que había comprado, o hecho la operación discutida, seis meses después de la visita. Y los juicios en los cuales él podría haber influido tienen una data no inferior a un año después de la visita.
Le preguntamos al abogado Espinoza, como defensa, si él, después de la visita, desde que se hace cargo del proceso, podría decir que haya tenido, experimentado o sentido, de alguna forma, una influencia en el señor ministro o del señor ministro respecto de jueces, de ministros de la Corte de Apelaciones de Concepción , de alguna forma que lo hubiese perjudicado. -Véanse las actas- “No”, dijo el señor Espinoza. “Eso nunca, jamás, ha ocurrido”.
Pero -para no dejar nada en el tintero, aunque sea de modo rápido-, se recordará que en este capítulo las cosas fueron más allá; porque -seguramente hablarán al respecto diputados de la Octava Región que conocen a las personas que voy a mencionar- se hacen preguntas y colocan en tela de juicio muchas otras situaciones, y se acusa al ministro -se señala, textualmente, en el libelo- de haber promovido nombramientos de abogados integrantes: ¿del abogado Tapia Elorza -con nombre y apellido-, ¿de otro abogado más? Ello con el objeto de mantener -supongo, al tenor de la acusación- las redes de protección del narcotráfico o de los empresarios del comercio sexual, o una influencia propiamente tal -cualquiera de las tres vertientes-, en circunstancias que no sólo pudo acreditarse la honorabilidad de los dos abogados que aparecen mencionados en el libelo -ambos profesores universitarios y, en el caso de uno de ellos, el abogado Tapia Elorza, hijo de uno de los más importantes profesores de derecho civil que haya tenido la Universidad de Concepción desde su fundación-, sino también que ambos habían sido ministros y abogados integrantes de la Corte en etapas o períodos sucesivos anteriores en muchas oportunidades diferentes. Se los enloda gratuitamente para probar no sólo la visita del señor ministro al mercado de Concepción -léase, por favor, el libelo-, sino, con posterioridad, y quizás hasta el presente, que habría actuado a través de nombramientos ilegítimos, como los que he recordado.
Todos saben, además, que hay un sexto cargo fuera de libreto, el cual se promovió durante la investigación a raíz de declaraciones del abogado presidente del Consejo del Colegio de Abogados , señor Sergio Urrejola. Dicho cargo iría, ahora, con una causa que no forma parte de los capítulos de la defensa.
De más está decir que, de acuerdo con la ley orgánica del Congreso Nacional, de los reglamentos, de las normas del debido proceso, es inútil e imposible creer que hay debido proceso si, una vez notificada una demanda, se pretende, en el camino, agregarle nuevos cargos. En ninguna acción, en ningún proceso, ese hecho es permitido; pero aquí se efectuó. A medida que se iban debilitando unos cargos o se caían por falta de pruebas, entonces, se añadían otros para mantener el fuego caliente. Esa es la estrategia. Se cae un cargo, o no se puede probar, como en el caso de la protección a los empresarios del comercio sexual, o se debilita; entonces, con la mano izquierda, se meten otros. La cosa -reitero- es que el fuego no se apague.
Lo único que quedó claro es el sexto cargo que está muy bien expresado en el voto -me parece, en este caso- unánime de los diputados informantes; pero quien mejor lo fundamentó fue el señor presidente de la Comisión , honorable diputado don Salvador Urrutia. Se probó que la conducta que se denunciaba como sospechosa, ilegítima, arbitraria -no sé qué adjetivo emplear para definirla mejor-, fue la única, honorable, correcta y legal que cabía tener un juez. Y, por sobre todo, se acreditó -y estoy seguro de que en el debate esto va a salir nuevamente a la luz- que una denuncia tal no podía tener sino por fundamento una franca falta de información jurídica precisa sobre el derecho procesal. Quien sostuviera que en la actuación del ministro ha habido falta -per-dóneseme decirlo en estos términos-, carece de información jurídica suficiente para analizar el punto.
Sólo quiero decir, por la vía de lo obrado, que cuando ocurrieron estos hechos, que se aparentan tan escandalosos, la situación era la siguiente:
La causa, tan discutida, había entrado en relación antes que el señor Correa fuera nombrado ministro de la Corte Suprema . La vista de la causa -no es el momento de hacer clases de derecho, pero no es lo mismo la vista de la causa que traer autos en relación- fue colocada en tabla cuando el señor ministro llevaba 15 días de ser elegido ministro de la Corte Suprema . Y pudo caer en cualquier sala; porque, dicho sea de paso, recuérdese que en esa época no había especialización de salas penales civiles como, sí, las hay ahora.
El ministro , con motivo de que el 21 de mayo era feriado, viajó el día 22 a La Serena, en lo que se suponía un viaje clandestino, al que se le han supuesto las más sórdidas intencionalidades. En realidad, el diario “El Día”, de La Serena, consigna ese mismo día la presencia del ministro en dicha ciudad por una invitación que le había formulado el personal y la Corte de Apelaciones de esa ciudad, donde había servido por largos años.
Tan pronto se le presenta la solicitud de recusación amistosa que establece el Código -esto no es un invento-, y no teniento razones legales obligatorias para inhabilitarse, lo primero que hace es inhabilitarse; porque -aquí recordaré un texto legal cortito- no es causa de inhabilitación que un juez tenga amistad con los abogados. La amistad que se reprocha -como decía el señor Marcos Libedinsky en una declaración que le oí ayer- es la amistad o interés con la parte, que no permite imparcialidad. Pero la ley nunca estableció como causa de inhabilidad una relación del juez con el abogado; de modo tal que no había causal de inhabilidad legal.
Representado por una de las partes el que no pudiera haber inhabilidad, ¿qué hace el ministro ? Se inhabilita. Y la pregunta era: ¿se inhabilita o no? Se inhabilita. ¿Y cómo lo hace? Voluntariamente. ¿Le presentaron una solicitud escrita? No; lo hace espontáneamente. ¿En qué momento? Tan pronto le presentan la recusación. Entonces, ¿dónde está el escándalo?
Desde el punto de vista legal, pregunto a los honorables diputados que son abogados: ¿Cómo podrían sostener, ante cualquier tribunal de la República, una tesis distinta de la que he expuesto? ¿Cómo se sientan en el estrado de alguna corte de apelaciones para sostener algo distinto de lo que estoy diciendo, sin sobrepasar un examen de resultado muy frágil? ¿O no es la ley la que vamos a asumir? ¿Establece la ley o no, como causa de inhabilidad, la eventual amistad de un juez con un abogado? No. Dicho de otro modo, para no entrar en legalismos, cuando el entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia , señor Ramiro Méndez Braña, asiste al entierro de don Arturo Alessandri Rodríguez, en el Cementerio General, y pronuncia un discurso, que al día siguiente publica “El Mercurio”, en el cual hace grandes recuerdos de los viajes que hacían juntos a la Scala, de Milán, a escuchar óperas, ¿quién habría afirmado que el presidente de la Corte Suprema y don Arturo Alessandri Rodríguez, el abogado que más litigios tuvo el siglo pasado en la Corte Suprema, estaban en connivencia, en influencias indebidas? Esto lo decía el presidente de la Corte Suprema respecto del abogado con más fuerza en el foro de Santiago y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Lo decía en un acto público, y el discurso lo publicaba al día siguiente “El Mercurio”. Es que muchas veces suele haber más pecado en los ojos que miran que en aquello que es mirado.
Señor Presidente , ahora me referiré a un tema central que la defensa quiere establecer. Todos sabemos por larga experiencia que pocos juicios engendran tanto dolor como los en que se disputa públicamente acerca del honor, la reputación y el prestigio de una persona. Se ha escrito que ningún otro tipo de juicio supera a aquellos, como fuente de enconos y odiosidades, a pesar de la dureza más o menos trágica que suelen representar ciertas estafas, defraudaciones, luchas descarnadas en disputas de la fortuna o el poder. Pero en los casos en los que se encuentra en juego el honor y el prestigio de las personas, suele verterse, existir y correr tanto veneno. Ninguno de los juicios conocidos, distintos de aquellos que tocan la honra de la persona, aun en las luchas más despiadadas al interior de las familias en las que hijos litigan contra padres, suele ser más duro que aquellos que afectan la honra de las personas.
En tales casos, aunque en las actuales circunstancias sea difícil percibirlo, las personas honradas quedan expuestas al juicio público, luchando, en el fondo, por su vida; es decir, por la única forma de vida en la cual les resulta posible permanecer sin querer morir. Porque las acusaciones que dan inicio a estos juicios contra la honra y el prestigio de las personas, ponen en juego todo lo que se ha logrado con muchos sacrificios a través de una larga vida, como persona, como padre, como profesional, como ciudadano, como figura de relieve público. A menos que las personas acusadas de cargos, como los analizados, hoy ganen el juicio de modo decisivo y esclarecedor, pierden, al fin, el mayor crédito de su personalidad, me temo, para no recuperarlo nunca jamás.
Muchas personas no pueden afrontar estas situaciones, porque se requiere de un coraje moral revestido de acero para salir relativamente indemne de estas jornadas trágicas. Digo “relativamente indemne”, honorable Cámara, porque muchas veces, a falta de pruebas y de fundamentos fidedignos, es posible salvar a estas personas acusadas del infierno social, pero no del purgatorio, al que quedan expuestas de por vida en una sociedad que se nos ha vuelto tan maldiciente y que se solaza tanto con el mal ajeno. Podrán salvarse estas personas de las sanciones legales, de las destituciones de sus cargos, de los reproches formales, pero ¿quién los salvará del rumor popular, que, entre nosotros, se ha vuelto el óxido más poderoso, que está corroyendo todos nuestros principios, nuestras tradiciones, nuestras instituciones, nuestras personas, continuando con una acción, depredatoria que, a veces, se extiende aun después de las muertes de los ofendidos, traspasándose muchas veces a sus hijos y descendientes.
Así, la lucha por el honor de la persona, la reputación y el prestigio moral, en nuestra sociedad, se ha transformado en una auténtica lucha por la sobrevivencia contra fuerzas muy poderosas. La reputación, el honor y el prestigio moral que hoy están puestos en juego, son los de un juez integrante de una sala penal del tribunal superior. Si el honor, la reputación, el prestigio moral de todas las personas debieran ser sagrados en nuestra convivencia, y se encuentran nada menos que garantizados por la Constitución y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fácil es advertir la gravedad y el alcance que envuelve una acusación de esta clase.
Al terminar este pequeño discurso de defensa de un juez, quiero aprovechar -no sé si tengo derecho para ello- en nombre de los abogados que integraron la defensa, de hacer un alegato en favor de la fe y de la confianza en nuestras instituciones, en nuestros jueces, en nuestras leyes, en el Congreso.
En los primeros párrafos de esta intervención aludí al inmenso agrado con que la defensa destacó ayer en la noche la forma en que trabajó la Comisión investigadora, cuando señaló que ese agrado era porque alimentaba mucho la fe en el Parlamento chileno, porque hace pensar que esta institución está de verdad trabajando muy bien, con el derecho, con imparcialidad, con objetividad.
Es necesario volver también la fe en nuestros jueces, en el Poder Judicial , en nuestra Constitución, en nuestra sociedad. Sin duda, nuestros jueces tienen muchos defectos y limitaciones, también muchas pobrezas y pocos recursos para hacer lo que todos queremos que hagan. Sin embargo, hace mucho tiempo que están haciendo un esfuerzo sincero por mejorar, por cerrar las brechas de este abismo que hay entre la percepción que tiene la sociedad de la justicia y lo que la justicia trata de hacer por ella. Es cierto que hay mucho divorcio, en nuestra democracia, entre justicia y sociedad; también lo hay entre política y sociedad y en muchos otros aspectos, pero si no volviésemos a la confianza, ¿cómo y quién podría cerrar esa brecha?
No quiero decir nada que suene rimbombante -porque a veces les gusta atacarme y dicen que me voy en poesía o elocuencia-, sino algo simple. La fe, no la fe religiosa, la fe del espíritu de nuestra comunidad, la fe en la sustancia de lo que todos los ciudadanos esperan: una sociedad democrática más orgullosa, más fuerte, más sólida, más perfecta, que permita vernos desde el mundo exterior, más que con legitimidad, con orgullo. ¿Cómo vamos a conseguir eso si desconfiamos tanto de nosotros mismos y unos respecto de otros?
¡Qué mal hablamos los chilenos de nosotros mismos! Hoy, que estoy fuera de todo quehacer público, como defensa, como abogado, me doy muy bien cuenta de que hablamos muy mal de nosotros mismos. ¿Quién puede llegar a creernos desde fuera si somos los peores en empujarnos a nosotros mismos?
Hay que hacer una invitación, franca, abierta, sincera, a retomar la fe en nuestros jueces, en el Congreso, en el Poder Ejecutivo, en nuestras leyes, en nuestra Constitución, en nuestra sociedad.
Creo seriamente que cuando se rechace, como espero, esta acusación constitucional, porque los graves cargos formulados no han podido probarse, la alegría debería provenir de saber que nuestros jueces no están en redes de narcotráfico, que son merecedores de respeto y que, por lo mismo, distinguen y no denigran a la sociedad chilena.
Muchas gracias.
-Aplausos.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Orpis, quien hará uso del derecho para rectificar algunos hechos.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, quiero referirme a dos o tres hechos que considero importantes para esta causa.
El primero, respecto del caso Oviedo. Dije textualmente en mi intervención que no era parte de la acusación constitucional, pero también dije que el nervio de la acusación constitucional era la habitualidad en las conductas del ministro Correa Bulo .
¿Qué nos ha dicho la defensa en este caso? Que es absolutamente normal viajar con el abogado de la contraparte después de la relación de la causa y cuando ya se van a efectuar los alegatos.
Quiero que escuchen todos los chilenos. Es normal que un juez viaje con una de las partes de un proceso. Para mí eso no es normal, pero lo delicado en este caso es que el ministro sólo se inhabilita porque se lo hace presente la contraparte, después de que desde su oficina, en La Serena, lo llama para señalarle que estaba con el abogado Germán Arias . Pero -y aquí viene la segunda gravedad- se inhabilita no porque había ido con el abogado de la contraparte -la defensa tiene el expediente-, sino porque, a mi juicio, dice algo que no es verdad: don Germán Arias , abogado de la contraparte, estaría defendiendo a un pariente. Pregunto: ¿por qué el día 20, cuando está presente el ministro Correa Bulo , no señala esa relación de parentesco y se inhabilita de inmediato y no el fin de semana? Porque es grotesco y no tiene presentación de ninguna naturaleza. Para mí, eso no es aceptable.
Segundo, se señala que yo habría tergiversado la versión del abogado Fernández . Quiero leer textualmente lo que aparece en las actas de la Comisión. “En la vista de la causa, lo anormal, en mi opinión -yo estaba en la Sala-, es la posición de la ministra señora Olivares que, desde la relación de la causa, toma una actitud bastante curiosa, porque empieza a actuar “como abogada defensora”. ¿Dije algo distinto? Nada dis-tinto.
Se dice que tergiversé al abogado Fernández . Leo textualmente: “La señora GUZMÁN .- Nosotros agradecemos su acuciosidad por guardar estos antecedentes” -porque, tal como lo señalaba, él guardaba dos procesos por cinco años- “y por la relación de la causa que nos ha hecho aquí. ¿Guarda antecedentes tan precisos de las otras cien causas que le tocó conocer mientras fue abogado del Consejo de Defensa del Estado?”.
Respuesta del abogado Fernández : “No. Guardo de otras causas. Básicamente de dos causas y eventualmente de algunos fallos o cosas así que pudieran servir por razones académicas”.
La diputada señora Pía Guzmán vuelve a preguntar: “Pero éstas no son razones académicas”. Responde: “No, no es lo normal”. Eso está en el acta de la Comisión.
Aquí se ha elevado como principio absoluto el de la libertad de las personas cuando están injustamente privadas de libertad. Acepto el argumento, pero la parte acusadora no ha dicho nada distinto al respecto. ¿Qué ha dicho? Que el conducto no era el ministro Correa Bulo , sino el ministro visitador, y que de acuerdo a declaraciones públicas, ese día estaba plenamente habilitado. Así se ha señalado.
En este caso, compartimos los mismos principios que la defensa, pero tenemos una gran diferencia respecto de los conductos que se deben seguir. Me gustaría contraponer esto con el caso de Gilda Correa, porque es bueno que se sepa y es bueno ser consecuente.
Respecto de la jueza Collins, las partes, acusadora y acusada, comparten que el principio debe ser la libertad de las personas, pero la parte acusadora no comparte el procedimiento, porque ese mismo ministro había firmado una cosa distinta poco tiempo antes.
Para que esta Sala se dé cuenta de la contraposición, una de las cosas a las que me referí en la mañana fue a la anormalidad -a juicio del abogado Fernández- cometida en la Corte de Apelaciones de Santiago, durante la vista de la causa, cuando se apela el proceso de Luis Rozas Godoy o Gilda Correa , como quiera llamársele.
Los abogados saben que en las audiencias de las cortes de apelaciones tienen preferencia para su vista las causas con personas privadas de libertad. Por lo tanto, si la defensa está llevando ese principio a un carácter absoluto, exijo lo mismo respecto del caso de Gilda Correa, porque en ese momento en esa corte de apelaciones también había personas privadas de libertad, procesadas, y siguieron en la misma condición, porque llegó una persona que era hermana del ministro de la Corte Suprema , lo que impidió que se resolviera sobre la situación de esas personas.
No estoy dispuesto a aceptar eso, porque los principios tienen que ser necesariamente equivalentes en ambos sentidos.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el señor Luis Valentín Ferrada, a fin de que rectifique hechos.
El señor FERRADA ( Abogado defensor ).-
Señor Presidente , no quiero distraer por más tiempo la atención de la Cámara, porque entiendo que ahora interesa el debate de los señores parlamentarios en torno de la larga exposición del señor Orpis durante la mañana, y de la mía, que no ha sido menos extensa, durante la tarde.
Sin embargo, no hemos escuchado una rectificación de hechos, como se dice en los tribunales, sino un nuevo alegato.
Al punto primero de la rectificación de hechos que hace el diputado señor Orpis, contesto ofreciendo no la lectura parcializada de las actas y de las declaraciones que contiene, sino las actas completas, el testimonio de los cinco diputados integrantes de la Comisión, quienes oyeron personalmente las declaraciones y sabrán informar en mejor forma a la honorable Sala, acerca de la verdad completa de los testimonios.
Segunda rectificación de hechos.
El diputado señor Orpis señaló que estaríamos de acuerdo en el tema de la libertad y que nos separaría un tema de conductos.
Este ciudadano, que hoy tiene el honor de ingresar excepcionalmente a la Sala de la honorable Cámara, declara: “Mi tesis es que cuando la libertad está puesta en juego, bien poco importan los conductos, los caminos -porque conductos significa caminos-, las puertas, y si se quiere, las ventanas, porque cuando las personas están detenidas ilegalmente lo que importa es su libertad y no la puerta, el camino o el conducto por el cual retomen y obtengan nuevamente esa libertad de la cual nunca se les debió privar”.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
En virtud de lo acordado por los Comités, el debate durará tres horas, en tiempos divididos proporcionalmente entre las distintas bancadas, de acuerdo con la indicación que cada jefe de Comité ha hecho llegar a la Mesa. La palabra, dentro de lo posible, se ofrecerá en forma alternativa.
Los jefes de bancada me han pedido avisar un minuto antes a cada señor diputado o señora diputada que intervenga, a fin de que no se excedan en su tiempo, ya que, de ser así, perjudicarán al diputado de su bancada que lo siga.
Tiene la palabra el diputado señor Prokurica, por diez minutos.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , honorables señores diputados, soy abogado y muchas veces en mi vida he escuchado críticas a nuestra profesión. Hoy quiero iniciar mi intervención, diciendo que me siento orgulloso de que existan abogados como Sergio Urrejola , Mauricio Fernández , Rodrigo Zegers , Patricio González y todos los demás que cooperaron en esta acusación, quienes, a riesgo grave de sus propios intereses, se han atrevido a hablar, poniendo primero la limpieza de la justicia y del país.
Hoy estamos ejerciendo no sólo un derecho, sino un deber de los diputados con el país, respecto de un ministro del más alto tribunal de la República, por notable abandono de deberes.
Nunca hubiésemos querido acusar a un ministro de la Corte Suprema , por el respeto que nos merece tan alto tribunal, pero los hechos y la constatación de reiteradas faltas en que incurrió el señor Luis Correa Bulo , hacen absolutamente necesario proceder con esta acusación constitucional, que en conciencia se justifica plenamente, para terminar con el tráfico de influencias.
La Corte Suprema, en el marco de la Constitución que hoy nos rige, cumple un deber primordial como garante y defensora de los derechos fundamentales de las personas. Nuestro ordenamiento constitucional impone sobre los jueces el deber de asegurar el ejercicio, cautela y vigilancia real de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.
Esta alta responsabilidad y la especial condición de los jueces es la que justifica que a ellos se les exija un comportamiento impecable, fuera de toda duda, porque como dice el jurista italiano Piero Calamandrei -antes nombrado-, “tan elevada es nuestra estimación de la misión del juez y tan necesaria la confianza en él, que las debilidades humanas que no se notan, o se perdonan en cualquier otro orden de funcionarios públicos, parecen inconcebibles en un magis-trado”.
En este caso, estamos en presencia de un ministro de la Corte Suprema que reiteradamente interviene no sólo en hechos donde la misma ley se lo prohíbe, sino que, a mi juicio, genera justamente el efecto contrario al mandato constitucional.
Haciendo un breve recuento de los cinco capítulos de la acusación, podemos decir que el juicio seguido contra su hermana, por ilícito configurado en la ley Nº 19.366, sobre tráfico de estupefacientes, se trata de un proceso lleno de irregularidades, extraño, por decir lo menos, comenzando por el mismo parte de Carabineros, que dio motivo para que el abogado del Consejo de Defensa del Estado, don Mauricio Fernández , guardara copia de uno de los pocos en los que actuó así en su poder permanentemente, por sus especiales características.
La defensa del acusado ha sostenido que en este caso no hay pruebas de la intervención del magistrado Correa Bulo . Al parecer, olvidan que tanto Fernández como la ex ministra Olivares reconocieron que éste es un proceso sumamente irregular, y que la última declaró a la Comisión que el ministro Correa Bulo la había llamado para que confirmara la resolución de primera instancia, esto es, el sobreseimiento temporal de la causa.
¿Qué otras pruebas quiere la defensa? Tres sumarios sanitarios llevados a cabo por el Servicio de Salud de la Región Metropolitana, por venta irregular de la metanfetamina denominada Cidrín; declaraciones de los dependientes de la farmacia, que la vieron tratando con los narcotraficantes; copias de las recetas robadas y adulteradas para comprar el estupefaciente, firmadas por la químico-farmacéutica; conclusión del parte de Carabineros que dice textualmente: “Ha quedado plenamente establecido que el director técnico de la farmacia Pocuro 2, la señora Correa Bulo , provee de fármacos sujetos a control por la ley Nº 19.366, especialmente el medicamento metamfetamina de nombre comercial Cidrín, a una mujer y un hombre, cuyos nombres serían María Angélica y Johnny” . De estas personas se desconoce todo tipo de antecedentes. Pero la mayor prueba es, sin duda, que a esta ciudadana, a pesar de todas las pruebas existentes, jamás se le detuvo, jamás se le procesó.
Señores diputados, ¿acaso no les parece anormal este hecho? La hermana de un hijo de vecino o de quien esté viendo esta sesión, de un ciudadano cualquiera, habría sido detenida, procesada, condenada y sus bienes, incautados. Ésa es la forma en que se aplica la ley en un caso normal, y ése es el efecto malévolo que tiene la interferencia en la justicia.
El segundo capítulo se relaciona con un hecho que no ha sido controvertido por nadie, cosa que, al parecer, la defensa ha olvidado. Es más, ha sido reconocido por el propio afectado. Me refiero al viaje a Cuba que realizó con pasajes donados por una línea aérea, acompañado por un abogado reconocido como excarcelador de narcotraficantes.
Aquí quiero hacer un alto, y hacerle una pregunta al señor Ferrada , más allá de si esto es bueno o malo en el ejercicio de la profesión. En este país son conocidos los abogados que litigan en juicios de narcotráfico y que excarcelan a los narcotraficantes. Pues bien, se ha producido una estigmatización, buena o mala, respecto de esos profesionales. Entonces, que el señor Ferrada no venga a decir aquí que es algo bueno, que es un derecho que tienen todos. Por supuesto, ése no es el problema. Nuestro reproche es porque el máximo tribunal no puede tener ministros que viajen con abogados que defienden a los narcotraficantes, porque la contraparte que litiga en ese juicio, sin duda, tendrá serios problemas cuando el máximo tribunal deba pronunciarse.
Pero en este segundo caso, existe un hecho que también es grave: que los magistrados de los más altos tribunales de justicia viajen con pasajes pagados por una línea aérea comercial. Me pregunto, si mañana cualquier ciudadano de Chile tiene un proceso en que la contraparte sea una de estas líneas aéreas, ¿habrá una intervención en su favor? ¿Habrá una posición distinta de los jueces? ¿Vamos a esperar que haya una intervención flagrante para que tengamos una predisposición contraria a esos jueces? Tengo una opinión distinta al respecto, y pienso -como Calamandrei- que los jueces deben ser y parecer.
Siempre hay que ponerse en el caso del ciudadano común y corriente, del más débil, del desprotegido, que es el que termina sufriendo las consecuencias del tráfico de influencias. Me pregunto, cuando este alto magistrado deba resolver una causa patrocinada por ese abogado amigo -esté vinculado o no al narcotráfico-, ¿estará en igualdad de condiciones la otra parte? Sin duda, no lo estará. En este caso específico, lamento que la Comisión no haya tenido la suficiente cooperación de quienes, a nuestro juicio, deberían haber entregado todos los antecedentes necesarios para hacer claridad sobre un hecho que me parece relevante, porque, al menos para mí, no es indiferente, sino que, por el contrario, es un deber de los magistrados tener cierta independencia respecto de los abogados que tramitan causas que ellos deben resolver, cuestión que se agrava cuando se trata de un proceso por narcotrá-fico.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
¿Me permite, señor diputado ? Le resta un minuto.
El señor PROKURICA.-
Coincidentes con este criterio, algunos de los ministros de la Corte Suprema no han dudado en calificar la conducta del señor Correa Bulo como inadecuada, inconveniente, objetable y merecedora de un severo llamado de atención.
En el capítulo tercero, denominado “el caso del francés”, el ministro Correa Bulo , en abril de este año, llama a la jueza de Colina , señora Collins , para interferir en un proceso, saltándose toda la normativa vigente sobre la materia, y cuando cinco días antes, el mismo señor Correa Bulo había ratificado con su firma un instructivo de la Corte Suprema que prohibía terminantemente a los miembros de tribunales superiores interceder ante los jueces subordinados en procesos que debían tramitar.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado .
El señor PROKURICA.-
Para terminar, en esta oportunidad, se me viene a la memoria la frase usada por un ex diputado y hoy día ministro de Estado , don Jaime Campos , quien en una acusación constitucional anterior sostuvo que el ministro acusado en esa oportunidad era “el paradigma de la venalidad”. En este caso, estamos en presencia de un ministro de la Corte Suprema, que es el paradigma de las influencias.
Por estas razones, por haber incurrido reiteradamente en notable abandono de deberes y dadas las altas responsabilidades que la Constitución Política y las leyes le entregan a la Corte Suprema, tengo la convicción de que este ministro no debe seguir desempeñando su cargo.
He dicho.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Salvador Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente , durante el estudio que hicimos en la Comisión, en diez sesiones y 50 horas de trabajo ininterrumpido, logramos aclarar una cuestión que el país merecía que quedara aclarada, porque desde hace varios años que venimos leyendo publicaciones o escuchado comentarios sobre el ministro Correa Bulo .
Considero que era necesario aclarar la situación, y resultó positivo que tuviéramos que analizar esta acusación; fue bueno para nosotros, para el país y para el propio ministro Correa Bulo , que necesitaba que estas manchas y rumores que afectaban su prestigio se despejaran de una vez por todas. Me alegro de haber presidido la Comisión en la cual realizamos un trabajo serio, que nadie puede desconocer, para descubrir la verdad, la cual se ha ido definiendo, a mi juicio, en forma definitiva.
El ministro Correa Bulo no ha cometido ninguna de las faltas vinculadas a notable abandono de deberes, motivo por el cual fue acusado. Además, su honra y su dignidad se han visto afectadas, no sólo ahora, sino que durante muchos años, por insidias y comentarios malévolos, mal o bien fundados.
Considero que los diputados acusadores han cumplido su rol. Si ellos estaban convencidos de que hubo notable abandono de deberes, fue bueno que trajeran el asunto a esta Corporación. Pero eso no significa que tengan la razón, porque acusar y estar convencido de que alguien es culpable es muy fácil; lo difícil es probar los hechos, los cuales no fueron probados en absoluto durante el trabajo de la Comisión.
Me referiré brevemente a cada uno de los temas, a fin de que los diputados que no participaron en la Comisión conozcan la opinión de su presidente.
En el caso de la hermana, doña Gilda Correa Bulo, sencillamente, nadie, en todas las declaraciones, excepto una persona, dijo que había existido influencia del ministro Corre Bulo en ese proceso.
Reconozco que el proceso tuvo fases inusuales, anormales que, según algunos de los que declararon, no era usual que ocurriera en procesos de esa naturaleza. Pero de ahí a probar que era debido a la influencia del ministro Correa Bulo, hay una distancia enorme.
La única que dijo que hubo un llamado telefónico e influencia directa, fue la ex ministra Gloria Olivares . Sinceramente, a su testimonio no le doy validez, porque se trata de una persona que, aparte de estar afectada por una tremenda tensión nerviosa, se encuentra en un estado anímico absolutamente inestable, que lo apreciamos todos los que estábamos en la Comisión y los periodistas que la pudieron observar cuando llegó y salió de ella. Es decir, no tenía ninguna imparcialidad, porque en ella hay factores que la pueden impulsar a buscar una venganza por el hecho de haber sido exonerada de la magistratura en los meses recientes y también por el hecho de que un hijo de ella falleció hace poco. Él estuvo sometido a juicios y ella tuvo líos también con otros sectores del ámbito judicial. Entonces, a mi juicio, su testimonio es absolutamente inválido.
Ahora, lo especial del proceso. Entiendo el trato especial que en la sociedad chilena, como en cualquiera del mundo, se da en una organización a alguien que tiene un cargo directivo de alta jerarquía. Y di un ejemplo en la Comisión, que lo voy a repetir acá. Cuando en un hospital, donde hay muchos pacientes de urgencia, llega uno y alguien da la voz e informa que es el hermano o la hermana del jefe del servicio de cirugía de ese recinto, no descarto en ningún momento que esa persona tendrá un trato preferente sobre los demás. Y no será necesario que el jefe de cirugía llame por teléfono y diga: “Traten bien a mi hermana”. Sencillamente, la enfermera, el auxiliar y los médicos de turno, al saber que lo que están haciendo será observado por alguien que conoce muy bien el tema, tratarán de hacerlo lo mejor posible.
Creo que si hubo anormalidad en el proceso, se explica mucho mejor por el trato especial dado, por propia iniciativa, a quienes participaron en los hechos.
No olviden ustedes que cuando se inició el trámite, los oficiales de Carabineros, quienes me imagino que no han recibido ninguna llamada, porque lo negaron y es totalmente incompresible que se hiciera tan rápido, anotaron que era hermana del ministro Correa Bulo . Ellos dijeron que lo hacían porque pensaron que era útil para el procedimiento.
Pienso que actuaron en esa forma porque está en la cultura chilena hacer cosas especiales para quienes están ligados a las altas jefaturas, sin que éstas participen. Que esto es malo, que no puede ser y que debe existir igualdad de trato, eso es lo ideal; pero la realidad nos muestra que aquí, y en cualquier parte, las cosas ideales no ocurren.
En cuanto al tema del viaje a Cuba, para que hubiera tráfico de influencias, los acusadores tendrían que haber probado que en algunos procesos en que participó el abogado Valenzuela , el ministro Correa Bulo hubiera fallado en forma ostensible y clara en favor de las partes que ese profesional defendía. Eso no ocurrió jamás, ni tampoco se presentó una prueba en ese sentido.
Porque un ministro viaja a Cuba con un abogado, compañero de curso, el cual defiende, entre otros, a traficantes de drogas, se pretende configurar una falta gravísima, un notable abandono de deberes. Eso, a mi juicio, es ridículo y, además, moralmente inaceptable, porque se intenta poner a los abogados que defienden a traficantes de drogas un letrero, una marca, que dice que se trata de gente de baja calidad moral y que los jueces no pueden conversar con ellos.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Le queda un minuto, señor diputado .
El señor URRUTIA.-
Eso es absolutamente inaceptable, porque todos los delincuentes tienen derecho a abogado, y debiéramos permitir que los mejores, los de mayor calidad, defiendan a los traficantes, para así crear una influencia positiva y no dejar que los peores tomen su defensa, creando así una subclase, lo que naturalmente no permitirá solucionar el problema.
Termino refiriéndome al caso de La Serena , presentado acá, a última hora, con caracteres de escándalo. Considero que lo que pasó ahí enaltece al ministro Correa .
Lo que dijo el colega Orpis es absolutamente inadecuado, por cuanto expresar que los abogados dijeron: “Pillamos al ministro Correa Bulo ”, no representa en absoluto lo que ellos plantearon. Señalaron que habían pedido una audiencia con el ministro -lo manifestó el abogado Patricio González -, quien les había informado que se había reunido con...
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiempo, señor diputado .
El señor URRUTIA.-
Voy a redondear la idea en un minuto, con cargo al tiempo que queda.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Con cargo al tiempo de su bancada.
El señor URRUTIA.-
Muy bien.
Esa conversación fue amistosa y el ministro , al darse cuenta de que se ponía en duda su imparcialidad, sin dudarlo un segundo, se inhabilitó. Eso, sin necesidad de hacerlo, porque legalmente no podía ser obligado a hacerlo.
El caso de La Serena, de don Sergio Oviedo, debió haber sido traído a colación por la defensa, como un argumento a favor de la honorabilidad y de la forma como trabaja el ministro Correa.
Por todo lo anterior, me convencí ciento por ciento de que estábamos ante un hombre honesto que, aunque pueda cometer pequeños errores -no me referí al tema de Concepción por el tiempo- en absoluto ha cometido notable abandono de deberes; por el contrario, estimo que es un juez que debe seguir ejerciendo su cargo, porque es un aporte a la justicia de este país.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ.- Reglamento, señor Presidente.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor ÁLVAREZ .-
Pido que cite a reunión de Comités, porque la forma en que su Señoría tiene establecido el orden de las intervenciones no me parece el adecuado. Está dejando tres diputados que están en contra de la acusación para que sean los últimos en hablar, lo cual, al menos, me parece inaceptable para el debate.
El señor VALENZUELA .-
¿Pero él no sabe cómo van a votar los señores diputados?
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.
Tiene la palabra el diputado Jorge Ulloa .
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , deseo iniciar mi intervención señalando un caso al cual pocos se quieren referir. Unos lo hacen para descalificarlo a priori, y otros, para decir que, por falta de tiempo, no se pudo plantear.
El mercado de Concepción está ubicado en el centro de la misma ciudad; es una manzana completa construida, aproximadamente, en 1940. Este inmueble es muy valioso, pues la tasación fiscal hoy es superior a los 3.500 millones de pesos, y en causas civiles ha superado los 5 mil ó 6 mil millones. Fue vendido a los locatarios que lo ocupaban, quienes tenían sus puestos de trabajo en el lugar; es decir, aproximadamente, 250 personas, las que se constituyeron, en 1981, en sociedad inmobiliaria para adquirir este inmueble a la municipalidad de Concepción.
Esa sociedad se denominó Inmobiliaria Mercado Central de Concepción y Compañía CPA., que es una comandita por acciones, y se nombró una gestora para que la administrara.
Los adquirentes comenzaron a servir la deuda que tenían con el municipio hasta que en 1994, luego de una serie de atrasos y dificultades entre ellos y la municipalidad, la sociedad gestora de ese tiempo, integrada por 3 ó 4 locatarios, vendió el inmueble a una sociedad inmobiliaria distinta, sin autorización del municipio de Concepción, que era el acreedor hipotecario, y sin consulta de los locatarios del mercado.
Eso originó una serie de acciones judiciales, con gran escándalo, en Concepción. Incluso fue tema de la prensa durante aproximadamente un año, y los alegatos del recurso de protección, destinados a impugnar esa venta, fueron transmitidos en directo por la televisión local, por cuanto se cuestionaba que el mercado hubiere sido vendido a espaldas de los dueños del inmueble, que eran los locatarios del mercado. El proceso concluyó el año 1994, cuando los tribunales acogieron la acción legal de la municipalidad y de los locatarios y se anuló la venta por sentencia judicial.
En esas condiciones, quienes formaban parte de la sociedad gestora salieron de ella y comenzó a participar otro señor como gerente general, don Carlos Wörner Tapia . Esta persona, en 1995, junto con otras que actualmente están querelladas en causas distintas, iniciaron nuevamente gestiones destinadas a vender el mercado. Pero, como ya había ocurrido un gran escándalo, ahora sí se requería la autorización de los locatarios, por lo que era necesario convencerlos de vender el inmueble. Para ese efecto y como había gran desconfianza en todos los locatarios respecto de cualquier enajenación y existía una oposición abierta a ello, un grupo inició gestiones, acompañado de otros personeros, tendientes a vender nuevamente el inmueble. Esa nueva venta se concretó el 15 de mayo de 1996.
¡Qué curioso! ¡Se fueron los señores diputados! ¡No quisieron conocer el caso Concepción!
El señor LEAL .-
Señor diputado , escuchamos con toda atención.
El señor ULLOA .-
Muchas gracias.
Sin embargo y previo a ello, hubo una asamblea convocada por los locatarios, quienes aceptaron la venta en una junta de accionistas. Esa decisión, de nuevo, fue materia de acciones civiles respecto de la nulidad de la misma, lo que trajo como consecuencia que desde 1997 el local se encuentre precautoriado.
Señalé que previo a la venta concretada en mayo de 1996, viajaron a Concepción -ello fue anunciado profusamente a través de la prensa- importantes personeros, entre ellos el ministro Correa Bulo , quien participó en una reunión de accionistas de la sociedad compradora y se reunió con directivos de los locatarios. Quiero señalar que a la fecha en que el señor magistrado participó en estas conversaciones, existían acciones judiciales interpuestas. ¿Por qué esta venta se pretende anular de derecho? Porque, como ya he señalado, la tasación fiscal es, a lo menos, de 3.500 millones de pesos y se vendió en 1.700 millones de pesos, de los cuales mil millones de pesos correspondían a deuda con la municipalidad, y los 700 millones de pesos restantes, de acuerdo con una serie de cláusulas, resultaban absolutamente incobrables para los locatarios. Éstos, luego de la venta, se quedaban sin mercado, sin acciones, sin la torre inteligente que se prometió construir y con un mercado alternativo. En resumen, eso fue lo que ocurrió respecto del mercado de Concepción.
Ahora bien, aquí se ha dicho que no hay pruebas. Quiero decir que no sólo hay pruebas de que el señor Correa viajó a Concepción, sino antecedentes de que participó -sobre el particular se dijo una mentira- en una reunión de accionistas. Hay que decirlo con claridad: cuando se conformó una especie de tribunal de ética, como dijo el ministro Bañados -no había reglamento, ni acta ni nada-, a partir de la denuncia que formulé en 1996, las personas consultadas fueron el propio señor Correa Bulo y el abogado con quien viajó a Concepción, señor Toro . El señor Correa Bulo señaló que no había ido a ninguna reunión de accionistas. Sin embargo, la Comisión acusadora recibió testimonios de los dirigentes de los locatarios, los que no sólo estuvieron con él en esa reunión, sino que además lo escucharon hablar de las bondades de ese nuevo proyecto. El abogado defensor habló de amistad condenable. Si ella existe, no es otra que la del juez Correa Bulo con una de las partes. ¡Ésa es la amistad reprochable! Y esa amistad reprochable se dio porque, no obstante existir causas judiciales pendientes que, de una u otra manera, iban a llegar al máximo tribunal -me permito recordar que hasta ese instante no existía especialización, de modo que el señor Correa Bulo podía perfectamente integrar cualquiera sala-, el ministro acusado faltó gravemente a sus deberes, en especial a uno, natural y sustancial, que regla la conducta de los señores magistrados, en particular de quienes integran el máximo tribunal chileno.
Señores diputados, leeré una cita muy breve, la que contiene el parecer de algunos magistrados con ocasión de una acusación llevada a cabo en 1967. En esa oportunidad señalaron: “El notable abandono de deberes tiene un significado muy distinto. Ello no tiene relación con la facultad de juzgar, que es una función inherente a la judicatura, sino a situaciones de carácter material, económico, disciplinario o moral”. Señores diputados, ¿hay alguien en esta Sala que se atreva a decir que no son condenables todas y cada una de las imputaciones hechas al señor Correa Bulo , en particular la que he señalado, refrendada por pruebas y testimonios no sólo de los locatarios, sino del propio señor Bañados , quien reconoce que el ministro acusado fue -entrecomillas- investigado por una comisión de ética, que también cabe colocar entrecomillas? Cuando se preguntó al señor Bañados si esto constituía cosa juzgada, él contestó en forma tajante que no. Ése es el punto. De modo que la defensa, en un nuevo error -al parecer, ni siquiera tiene la convicción de que su defendido es inocente-, plantea que estamos entrando a resolver materias ya sentenciadas. Esta no es cosa juzgada y, en consecuencia, constituye un grave abandono de deberes. Como dijo un constitucionalista invitado por la defensa, basta que un solo caso sea comprobado para que se configure el notable abandono de deberes.
¿Por qué se acusa al señor Correa Bulo de participar en esa reunión? Porque existía una orden de no innovar, a fin de no hacer posible la venta del mercado. El mercado se vendió por segunda vez el 15 de mayo de 1996. De acuerdo con lo que señala una nota periodística de fecha 4 de abril de 1996, “en el negocio del mercado central de Concepción hay personajes y personalidades destacadas. El abogado asesor del Consorcio Concepción 2000 es Luis Toro , quien trabaja horas extraordinarias, porque es el abogado jefe del Ministerio del Interior. Y a una de las reuniones a Concepción, vino acompañado por otro colega, don Luis Correa Bulo ”. Más abajo -pongamos atención a esto- la nota señala: “La Corte de Apelaciones, en una inesperada resolución, alzó la orden de no innovar que había decretado por un recurso de protección interpuesto por un comerciante”. Ello ocurrió el 13 de abril de 1996. ¡Qué curioso! El periodista anota: “en una inesperada resolución”. El ministro viajó a Concepción y señaló que ese viaje obedeció a una invitación que recibió para compartir un almuerzo en esa ciudad. ¡No es verdad que haya almorzado en el mercado municipal de Concepción! En lugar de ello, no sólo fue a la reunión de accionistas -lo digo aquí, porque tengo fuero para hacerlo y asumo la responsabilidad que me cabe al afirmarlo sin tener pruebas que avalen mi afirmación-, sino a la corte de Concepción. Lo más importante de todo es que el periodista consigna que curiosamente la orden de no innovar se levantó después de la visita del ministro y un par de días antes de que se vendiera el mercado. ¡Pero qué curioso! ¿Todo esto son meras coincidencias?
Quiero finalizar diciendo que tengo profunda confianza en Chile y en las instituciones; pero, para ello, debe haber personajes de la talla del señor Bañados -en eso coincido con el abogado de la defensa y con otros magistrados-, que den confianza a todos para pensar que en Chile en verdad se imparte justicia.
Le hice presente al señor Correa Bulo lo que había hecho, pero negó su participación en la reunión y dijo que sólo había almorzado. ¡No es verdad que almorzó, estuvo en una reunión!
El mercado de Concepción hoy día está precautoriado no sólo por las querellas que han presentado los locatarios, sino también porque en ese tiempo fue comprado con dineros provenientes de ilícitos que cometió el señor Lieberman , o sea, lavado de dinero. Eso proviene, precisamente, de quien aparecía como responsable de la Inmobiliaria Concepción 2000, el abogado Álvaro Gómez Kats , quien efectivamente invitó al señor Correa a través del señor Toro . Nunca se dijo durante la investigación, tampoco el señor Bañados , dónde se quedó a alojar, quién lo fue a buscar y quién pagó los pasajes.
Si esto es no tener pruebas, entonces, en verdad, no podemos creer que efectivamente se pueda impartir justicia en nuestro país.
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, estamos frente a un caso de mucha importancia para la vida pública, por los principios involucrados.
Tanto el diputado señor Orpis como el señor Prokurica comenzaron su exposición con un pensamiento de Piero Calamandrei. Concuerdo con ese principio, en el sentido de que los jueces deben actuar y ser como quienes pertenecen a una orden religiosa. Pero hay que tener en cuenta que ese pensamiento no puede ser estático, porque corresponde a una persona que nació en Florencia en el siglo XIX, y que desarrolló su espíritu en plenitud en la primera mitad del siglo pasado. Lo destaco porque en esa época los miembros de las órdenes religiosas vestían de túnica larga. En el último tiempo, ya no usan esas túnicas ni se ubican en altos estrados, sino que visten de civil, incluso sin la cruz, pero realizan una labor espiritual ejemplar en las poblaciones, con los trabajadores, y no por eso han dejado de ser probos o ejemplares.
Preguntar si le podemos exigir a los magistrados la actitud mencionada por los colegas, porque, según ese criterio, los actuales y futuros magistrados, los 700 próximos fiscales y 800 defensores públicos, deberán someterse a esos principios en las condiciones existentes el siglo XIX. Considero que no es posible, porque los jueces tienen derecho a participar en la sociedad y su actitud no dependerá de la forma exterior en que vivan; es decir, su desempeño y corrección estarán en la probidad interior.
De la Corte Suprema sólo conozco -no soy amigo de ellos- dos magistrados correctísimos: el ministro señor Benquis , con quien conversé muchas veces cuando presidí la Comisión especial que investigó el caso Codelco. Gracias a su actitud, a su capacidad de trabajo, resolvió el caso que produjo una pérdida de 270 millones de dólares al fisco.
También conozco al ministro señor Libedinsky , porque fue mi profesor de derecho procesal. Él ha tenido actitudes profundas en materia de derechos humanos, para uno y otro sector; ha demostrado que es sumamente correcto, y todo el mundo se alegró cuando ambos ministros llegaron a la Corte Suprema.
Pero ellos participan en muchas reuniones sociales -los he visto en las que ha invitado la Embajada de Israel- con personas de todos los sectores, especies y características, pero no creo que por ello actúen con poca probidad.
De manera que me quedo con esa visión. Tengo confianza en que los nuevos abogados y magistrados tendrán la actitud que señala Calamandrei , pero no necesariamente ajustada a la restricción que ha llevado a algunos jueces a arrinconarse en su casa e, incluso, a privar a sus hijos de comunicarse con otros niños en las escuelas, por temor al qué dirán. Eso, en relación con las virtudes que señala Calamandrei .
También quiero destacar el principio de la buena fe y recordar lo que señalé al comenzar mi trabajo en la Comisión, en representación de mi bancada. Dije que no me sentía acusador ni defensor, por cuanto quería ver de qué manera se entregaban los antecedentes. He comprobado, en virtud del principio de la buena fe, que se trata de un hombre bueno. Le creo al señor Luis Valentín Ferrada , a quien conocí bastante cuando fue diputado ; se sentaba enfrente de mi bancada y actuamos en contraposición en una acusación constitucional. Me interesa el tema, porque estas actuaciones dignifican la función de los parlamentarios. Y Luis Valentín , al justificar la carta que envió a sus ex compañeros de bancada, dijo que él no conocía al ministro anteriormente, pero que había ido a su casa y visto un hogar humilde, en el que no existía nada de más; que el ministro tenía muchos hijos y una familia unida. Esas cosas se ven en un hombre probo, no en un juez corrupto. Entonces, tengo la obligación de pensar de buena fe, porque me obligan la ley y los principios del Código Civil. En consecuencia, deben probarme, con medios de prueba, que existen fundamentos para acusarlo. He llegado a la conclusión de que los medios de prueba no han existido, y los hubo en algunas cosas, han sido para sancionarlo mediante medidas disciplinarias dispuestas por la corte de apelaciones en la oportunidad que señala el libelo, que no es del caso comentar.
En verdad, he llegado a la convicción de que este juez no es corrupto, por lo cual no le es aplicable el cargo mencionado en la acusación y que repetiré, porque no lo aprendí de memoria como el abogado defensor. Se le atribuye participación en la actividad del narcotráfico que “cuenta con redes de protección en los Tribunales, que ejercen su influencia en forma subrepticia, pero tremendamente eficaz, hasta el extremo de conseguir de manera escandalosa la impunidad de los inculpados en delitos gravísimos”.
Es importante señalar que la responsabilidad penal es personal y no solidaria. Aquí se quiere inculpar a un magistrado porque es amigo de un compañero de curso. Aunque el amigo sea un delincuente, cosa que nadie ha demostrado ni reconocido, la responsabilidad penal sería de ese abogado, pero por esa relación de amistad no puede atribuirse al ministro una actuación en el narcotráfico. Repito: la responsabilidad civil puede ser compartida con terceros, pero en ningún caso esta responsabilidad penal.
Considero que esta acusación ha dejado de ser un juicio político en contra de un magistrado. Creo que se ha convertido en un juicio público a la sociedad chilena, especialmente a su Poder Judicial . Lo digo porque tengo en mi poder el acta de lo que se acordó en una reunión secreta y que ha aparecido en las páginas 20 a 29 del diario electrónico “El Mostrador”. No sé cómo. Alguien lo tendrá que determinar. Pero todo eso se ha hecho público; aquí no. Si alguien se interesa, puedo sacar copias del acta y distribuirlas, porque yo no he infringido nada; alguien ha vulnerado esto. Es bueno que ello se sepa, porque las cosas hay que decirlas por su nombre.
Aquí hay cargos tangenciales para el señor Correa Bulo ; pero, sobre todo, hay una serie de cargos graves contra los magistrados de nuestro máximo tribunal, que, a mi juicio, pueden estar configurando algunos ilícitos de carácter penal, como lo ha dicho su Presidente .
He dicho.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra, por 15 minutos, la diputada señora María Pía Guzmán.
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor Presidente , antes de comenzar el discurso que tenía preparado, sólo quiero decir que, al entrar en esta Sala y oír las palabras de mi colega Salvador Urrutia , quedé absolutamente espantada.
En ese minuto, él decía que es normal y propio de la cultura chilena privilegiar a las autoridades o a quienes ejercen cargos, o a sus familiares, cuando van a un servicio público y que, por lo tanto, la conducta de Luis Correa Bulo -privilegiar o tratar de apoyar a su hermana en los tribunales- era correcta, buena y deseable.
El señor ÁVILA .- No dijo eso.
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Simplemente, quiero preguntarles con objetividad si alguien de esta bancada, si alguien de la Derecha hubiera hecho esa aseveración, por favor, ¿qué nos estarían diciendo en este minuto?
La señora POLLAROLO (doña Fanny).-
Está tergiversando los dichos.
El señor LEAL.-
Está mintiendo.
Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Diputado señor Leal, espere su turno para hablar.
La señora GUZMÁN (doña Pía).-
¿Es normal, es bueno, es deseable, es correcto ...?
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Llamo al orden al diputado señor Leal. Respete el uso de la palabra por la diputada señora Guzmán.
La señora GUZMÁN (doña Pía).-
¿Es correcto aceptar que porque alguien es familiar de una autoridad tenga un trato preferente?
La ética que me enseñaron en mi familia es que al rey y al mendigo se los trata por igual, y eso es lo que diferencia a un caballero de quien no lo es. Lo digo como una dama.
Soy una de los diez acusadores, porque de los antecedentes que reunimos con anterioridad a la presentación, me formé el convencimiento de que se había comprobado que Luis Correa Bulo vulneró la independencia de los tribunales inferiores de primera y segunda instancia; que existían presunciones serias de que había desarrollado conductas, llamémoslas de cercanía social, que afectaban su imparcialidad para juzgar causas, y, por último, que la reiteración de estas conductas le daban un marco de autoridad que violentaba la probidad que a todo juez le es exigible, probidad que un ministro de la Corte Suprema debe poseer en grado máximo, porque está llamado a ser modelo para el resto de los ministros y jueces inferiores.
La vulneración de estos tres principios anotados -independencia, imparcialidad y probidad judicial-, constituyen el notable abandono de los deberes ministeriales de Correa Bulo.
Los acusadores que me han antecedido en el uso de la palabra, especialmente el diputado señor Orpis y mi compañero de bancada señor Prokurica , han expuesto las pruebas reunidas durante estos días.
En conjunto, nos hemos formado la convicción de que nuestras apreciaciones previas eran realidad. Y déjenme decirlo, como algún medio de prensa lo señaló este fin de semana: la verdad es que la realidad superó con creces cualquier cosa que yo hubiese querido conocer.
En los últimos días ha habido momentos en que deseaba, con toda mi alma, no seguir oyendo los testimonios de las personas que tenía delante de mí, y quizás lo que fue peor: no seguir viendo las actuaciones de la defensa, que dio muestra de todos los vicios, triquiñuelas, artilugios y resquicios dilatorios que tan mala fama siembran sobre nuestra profesión. Debo confesar que en algunos minutos sentí vergüenza de ser abogada. Pero hubo otros momentos que me dieron fuerza y ánimo para seguir adelante: el ejemplo de desprendimiento y entereza moral del Presidente del Colegio de Abogados , Sergio Urrejola ; del ex abogado del Consejo de Defensa del Estado , Mauricio Fernández ; de los abogados señores Rodrigo Zegers y Patricio González . Por ellos, por su valentía para decir la verdad, y por muchos otros, debemos seguir adelante para lograr un cambio en estas conductas irregulares y viciosas.
Es verdad, el tráfico de influencias y la corrupción no se pueden probar por escritura pública, pero cualquiera, con mente abierta y desprejuiciada, utilizando la sana crítica, se podrá formar la convicción de que, más allá de cualquiera duda razonable, Luis Correa Bulo:
1º Utilizó sus influencias para sacar libre a su hermana que traficaba drogas de uso controlado.
2º Afectó su imparcialidad como ministro al viajar con un abogado -conocido excarcelador de narcotraficantes- a Cuba, de vacaciones, creando serias dudas sobre cómo y quién pagó la estada.
3º Demostró su conducta habitual de total desprecio por mantener un mínimo de imparcialidad frente a causas que se encontraba conociendo y debía resolver en el corto plazo, como el caso del subprefecto Sergio Oviedo , que no fue incluido en el libelo acusatorio, porque no lo conocíamos, pero que constituye una prueba aceptable de la habitualidad de estas conductas en el ministro , hecho preciso del cual es acusado.
4º Dejó que utilizaran su rango de ministro de la Corte Suprema para influir en gente modesta de Concepción y convencerla de que participara en un negocio que terminó siendo un gran negociado y que los ha dejado en la calle.
Muchos me han preguntado en estos días por qué me metí en este lío. ¿Era necesario? ¿Qué ganaba?
La verdad es que soy acusadora y me incorporé -quizás con excesiva pasión, algunas veces, en sostener nuestra causa- por dos razones fundamentales:
Una, porque llevo siete años trabajando en el estudio, diseño, elaboración y aprobación de una modernización de la justicia del crimen, cuya base es la transparencia del procedimiento, el control social sobre las actividades de los jueces y fiscales, el terminar con el secreto y la prohibición de informar, el dar publicidad a los juicios y el acercar la justicia a las personas.
Esta reforma entra a regir en tres meses y dos días más.
¿Qué Poder Judicial necesitamos para que nuestro sueño de una justicia al servicio de los más débiles, de los más desprotegidos, de las víctimas de los delitos, sea una realidad?
El Presidente de la Corte Suprema , señor Hernán Álvarez , a quien respeto mucho, ha sido uno de los más eficaces colaboradores en el avance de la modernización de la justicia. También lo han sido otros ministros, como Garrido, Montt y Libedinsky , que han dado ejemplo de esfuerzo y tesón y que han concurrido a esta Cámara en múltiples ocasiones para trabajar en esta reforma.
Pero eso no basta. Se requiere que ellos, como hombres probos y honestos que sé que son, no permitan que cambios tan trascendentes puedan verse contaminados con antiguas y arraigadas prácticas de influencias indebidas y de corrupción desembozada. No por su antigüedad o habitualidad estas prácticas dejan de ser malas.
Hay que cambiar la cultura judicial. Requerimos acabar con los vicios enquistados en todos los niveles de los tribunales. Hay que extirpar los tumores malignos que pueden echar por la borda todos los esfuerzos y recursos humanos y materiales puestos al servicio de esta modernización judicial.
Déjenme decirles cuál es mi convicción: la conducta de Luis Correa Bulo representa uno de esos tumores cancerosos que si no se operan a tiempo crean metástasis en todo el cuerpo.
En segundo lugar, estoy en esta acusación por personas con nombres y apellidos:
Por Juan Vargas , presidente de una junta de vecinos, quien el lunes antepasado me decía con angustia que en la población donde vive hay una familia que vende drogas y a cuyos integrantes Carabineros se los había llevado detenidos varias veces, pero siempre volvían, con mayor desvergüenza, a los pocos días; por el capitán Reyne , de la subcomisaría de Lo Barnechea, quien pasa del entusiasmo al desaliento, cada vez que un operativo resulta exitoso y logra detener a los delincuentes que atemorizan a la comuna, pero que al poco tiempo los ve nuevamente andando por la calles, mirándolo con cara de burla; por Carlos Villarroel , parlamentario juvenil de mi distrito, a quien he tenido que mandar a buscar al colegio porque estaba amenazado de muerte por haber denunciado el tráfico de drogas al interior del colegio; por un comerciante de autos que ha sido asaltado tres veces en su local y que el otro día me decía: “Me da miedo ir a los tribunales. No sé qué es peor: si ser víctima de un asalto o caer en las garras de la justicia”.
¿Qué tienen en común estas personas? Que la justicia no los protege, que no creen en ella, que sienten que si no tienen un “pituto” o un abogado con influencias, no serán oídos.
Pregúntense todos: ¿no son las situaciones descritas la realidad cotidiana que vivimos en nuestros sectores, en nuestros distritos? ¿No es lo que nos está diciendo nuestra gente en todo minuto? ¿No es esto lo que sienten y piensan las personas de nuestro país?
Frente a esta realidad y en la medida en que nuestras facultades constitucionales lo permitan, ¿no estamos obligados a desprendernos de nuestros trajes partidarios y analizar el mérito de esta acusación?
¿Qué vamos a hacer? ¿Caeremos en la trampa que nos ha puesto la defensa con tanta habilidad, haciéndonos creer que con esta acusación constitucional enlodamos al Poder Judicial?
Repito las preguntas que formuló el ministro Chaigneau hace dos días: por un periodista mentiroso, ¿todos los medios de comunicación desinforman? ¿Por un futbolista que se dopa, toda la selección nacional cae bajo sospecha? ¿Por un abogado ladrón, toda la profesión se desprestigia? ¿Por un ministro inescrupuloso, todo el Poder Judicial es corrupto? La respuesta obvia es no; pero la verdad es que todo dependerá de cómo se enfrente el mal. Si se enfrenta sin temor y con decisión, como lo ha hecho durante este año la Comisión de Ética de la Corte Suprema, el mal será reparado y no afectará al resto del cuerpo. En cambio, si se esconde bajo la alfombra, se expandirá y ramificará sin control. No podemos pedirle más a la Corte Suprema, ya que es difícil juzgar a uno de sus pares. Pero, para ese control mutuo, la Constitución Política nos ha entregado a nosotros, los diputados, la facultad de acusar a los ministros por notable abandono de deberes.
Hoy, nosotros, esta Cámara, debemos decidir cómo enfrenta “este ejercicio doloroso, pero necesario para salvaguardar la confianza y credibilidad en los tribunales de justicia”, palabras pronunciadas ayer por el honorable diputado señor Gutenberg Martínez .
Espero que esta Cámara no actúe como la portada de “El libro negro de la justicia chilena”, que no escucha, que no ve y que, al final, calla.
He dicho.
Aplausos.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Señora diputada , usó 13 minutos de los 15 que le dio su bancada.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, dado que he sido aludido por la señora diputada, solicito hacer uso de la palabra.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , podrá hacerlo al término de la sesión, pero no en este momento; no corresponde hacerlo en mitad del debate de una acusación constitucional.
Tiene la palabra el honorable diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente , no cabe la menor duda de que cualquier acusación constitucional en contra de las autoridades de la República es dolorosa; pero siento, cuando escucho a la diputada señora Pía Guzmán -algunos de cuyos conceptos comparto-, que estoy en esta cuestión no sólo por un mero interés jurídico, sino también porque aquí hay envuelta una cuestión ética, una cuestión política y que, por último, está la razón jurídica.
Digo esto a raíz de los dos fallos relacionados con el desafuero del general Pinochet . De allí nace la estrategia política que la directiva de la UDI -así ha salido en todos los medios de comunicación del mes de junio del año en curso-, la que, durante un largo tiempo, anunció la presentación de esta acusación.
Desde este punto de vista, les pregunto: ¿tiene sentido ético y humano que una directiva política esté, durante meses, anunciando a una persona una acusación, contrariando así una ley promulgada durante la dictadura que apoyó, en circunstancias que en estas atribuciones exclusivas no puede actuar tal directiva?
Hoy se dice que se respeta al Poder Judicial ; pero, ¿quién habló de la “chacota judicial” en este país, señor Presidente , usando, así, una estrategia para desacreditar al Poder y a sus tribunales superiores? ¿Tienen autoridad moral la UDI y sus adláteres para hablar sobre jueces integérrimos, imparciales, honestos, sabios y prudentes, como lo sostuvo el honorable diputado señor Jaime Orpis en la mañana? Él citó a Piero Calamandrei , en su libro “Elogio de los jueces, escrito por un abogado.”, como modelo de ellos; pero un juez chileno, modesto, también citó a este autor cuando no pudo procesar al general Pinochet durante la dictadura por el caso de El Melocotón. Voy a recordar esa cita de Calamandrei: “El instante supremo del derecho no es el día de las promesas más o menos solemnes, consignadas en los textos constitucionales o legales. El instante realmente dramático es aquel en que el juez modesto o encumbrado, ignorante o excelso, profiere su solemne afirmación implícita en la sentencia: ésta es la justicia que para este caso está anunciada en la Constitución, y ésta vive en tanto se aplique por los jueces; cuando ellos desfallecen, ya no existe más”.
¿Qué autoridad moral tienen, entonces, aquellos que apoyaron y redactaron el artículo 3º transitorio de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, que hoy es un requisito para presentar una acusación constitucional; porque sólo se pueden investigar, a través de este procedimiento, los ilícitos cometidos después del 11 de marzo de 1990? Ellos borraron una parte de la historia. En esa época no hubo hechos ilícitos, pero hoy sí que los hay. En consecuencia, está en peligro la institucionalidad.
También quiero recordar cuando el entonces diputado Carlos Bombal , ahora senador, con motivo de la acusación en contra del ministro Hernán Cereceda , se preguntaba: “¿Hay algún diputado aquí presente que pueda sostener que en el país no se desencadenaría una gravísima crisis institucional, desde el momento en que tres ministros de la Corte Suprema de Justicia deben enfrentar un juicio en el que serían juzgados por subordinados de ellos, porque el objetivo de esta acusación constitucional es que estos hechos se trasladen posteriormente al juez del crimen que corresponde y que él los investigue”. El diputado señor Bombal señalaba que cómo era posible que un ministro de la Corte Suprema fuera juzgado por un subordinado, después de ser condenado por el Senado, después de haber conocido el criterio de la Corte Suprema de Justicia.
Debo recordar que en esa época sucedieron dos hechos, también dramáticos y espectaculares. La Corte Suprema se reunió con los tres ministros acusados y declaró nulo todo lo obrado por la Cámara de Diputados en la acusación constitucional.
Hoy se dice: “Estamos perdiendo facultades, no nos mandaron el papel o el documento, tenemos un conflicto de poderes”; pero en esa oportunidad no escuché levantar ni una voz de enfrente para reclamar, porque la Corte Suprema declaró nulo todo lo obrado en esa acusación constitucional.
En segundo lugar, el Presidente de la República de esa época no citó al Consejo de Seguridad Nacional, sino que se reunió a petición de los ministros de la Corte Suprema y del Comandante en Jefe del Ejército; porque eso querían en el caso de la acusación constitucional contra el ministro Hernán Cereceda y el auditor general del Ejército señor Fernando Torres Silva .
Pero hoy nos vienen a decir aquí: “Nosotros estamos por la probidad, por la honestidad, por la seriedad, por la responsabilidad”. ¡Ustedes, señoras y señores, no levantaron la voz ni protestaron porque se estaba infligiendo este tremendo crimen contra la Cámara de Diputados!
¡Cómo cambian los tiempos desde que la acusación constitucional era considerada un peligro, que justificaba, como he dicho, estos actos -que llamaría estrambóticos- de la Corte Suprema y del Consejo de Seguridad Nacional!
En consecuencia, en esa oportunidad no existió nada más que silencio, porque nos encontrábamos bajo la amenaza de los garantes de nuestra institucionalidad.
La doctrina de la UDI sobre los notables deberes, ahora, curiosamente, ha cambiado. Ellos, en 1993 y en 1996, sostuvieron la tesis restrictiva. Si un juez llegaba atrasado, era un notable abandono del deber; si llegaba ebrio, lo mismo; si demoraban los fallos, igual. Pero ellos negaron la tesis amplia, y yo les represento aquello, no con mis palabras, sino con las del entonces diputado señor Teodoro Ribera , quien en 1997, cuando se trató la acusación contra algunos ministros de la Corte Suprema por el caso Soria, señaló que ésa también era una cuestión ética, porque se había cambiado. Algunos académicos de sus escaños, que habían sostenido una tesis restrictiva en 1993 y en 1996, ahora sostienen una tesis amplia, que va a permitir -decía el diputado señor Ribera en esa oportunidad- “una verdadera caza de supremos en el futuro”. Y a la doctrina amplia que habíamos explicitado en 1993 -y ahora me alegro- la UDI adhiere hoy y se inclina ante la razón que sostuvimos en esa época.
Luego, aquí hay una incoherencia ética y política que condiciona las tesis al oportunismo político. Hoy, el supuesto combate al narcotráfico es el que da votos. Resultado: un senador de la UDI en Santiago barre la droga. No sé si la habrá barrido o la estará barriendo, porque ellos mismos dicen que ha aumentado. Parece que tiene el puro palo de la escoba.
Después de que esté todo corrompido en esta sociedad, vendrá la militarización, con ayuda extranjera, al combate de la droga. Así ha sucedido en Colombia, en Perú, en Ecuador; porque el señor Ronald Reagan pactó con esos países una ayuda militar, y ahora lo hizo Clinton con Colombia. Y ¿en qué estado se hallan esos países? ¿A eso queremos llegar?
Entonces, debemos reflejar la imagen de poderes del Estado destrozados por esta especie de caos y de inseguridad que nos predican, no la opinión pública, sino los medios de comunicación, porque algunos los confunden. ¡Son los medios de comunicación los que están dirigidos! Aquí hay una estrategia destinada a ganar una elección para revertir el resultado de la elección presidencial, en que fueron derrotados. Y ése es un objetivo político.
Se niega esto, pero está escrito en la misma acusación constitucional, al decir: “El narcotráfico cuenta con redes de protección en los tribunales, que ejercen influencia en forma subrepticia pero tremendamente eficaz, hasta el extremo de conseguir de manera escandalosa la impunidad de los inculpados en delitos gravísimos”.
¿No será ésta una venganza contra un ministro que se atrevió a discrepar? Aquí se mostró “El Libro Negro de la Justicia Chilena ”, a pesar de que está prohibido y de que gran parte de la Derecha y de la UDI votó en contra del cambio de la ley de seguridad del Estado. Allí, en una página, ellos escriben una parte, pero en otra se coloca como virtuoso al ministro Correa Bulo , ya que, después de que la CNI hubo paseado a Ignacio Vidaurrázaga en Concepción -lo pasearon para eludir la acción de la justicia-, cuando allá se pidió su libertad, lo trajeron a Santiago, y allí intervino: ¿cuál ministro ? Este ministro corrupto, este ministro ligado a la red del narcotráfico, este ministro que llama por teléfono todos los días. No sé si le habrán entregado un celular, porque de todas las llamadas que recibe y hace, parece que brotan las libertades a montones.
¡Ojalá hubiera habido muchos más Correa Bulo durante la dictadura; porque no habríamos tenido los problemas que hoy estamos enfrentando en nuestra sociedad chilena, que no se puede reconciliar!
En ese Libro Negro, diputada señora Guzmán , al que usted no citó en la acusación, figura esta acción del ministro Correa Bulo , el ministro acusado.
Cuando uno lee -aquí se dijo y se citaba al Presidente del Colegio de Abogados A.G.- que antiguamente la sociedad miraba a los jueces con admiración, digo: es cierto, porque he tenido una larga vida profesional. Y pregunto: ¿qué nos cambió? ¿La íntima complacencia de Urrutia Manzano después del golpe? ¿La joroba de Israel Bórquez por los detenidos desaparecidos? ¿La banda pre-sidencial puesta en el hombro de Pinochet? ¿La ausencia de amparo a la vida, a la libertad o a las torturas? ¿El rechazo a los recursos de amparo? ¿Las condiciones del momento? Diecisiete años dijo la Corte Suprema cuando respondió el Informe Rettig; eran las condiciones del momento.
Eso fue lo que cambió, estimadas amigas y amigos de la Derecha. Antes, los jueces eran respetados, pero hoy no lo son, porque en ese entonces se sintieron poderosos, independientes, y ellos eran la fiscalía que autorizaba los actos del general Pinochet.
Hace pocos días leía un libro de Gustav Radbruch , en el cual decía que ninguna ley de aministía -¡ninguna ley de amnistía!- puede mantenerse en el tiempo; y es legítimo que así sea porque fueron dictadas por un solo partido, por un solo movimiento -se estaba hablando de la Alemania nazi-, y eso no es legítimo, no es justo y falta a la dignidad humana. Esa ley no vale. Eso es lo que hoy alegan ustedes: que se la respete con los procesados de la Caravana de la Muerte. Les pregunto: ¿hubo allí tráfico de influencias? Claro que lo hubo. Había helicópteros, se usaban los teléfonos y todo el aparato del Estado -que debía proteger a los ciudadanos-, para asesinar a los que todos sabemos.
Cuando el Presidente Lagos hoy dice que la justicia tiene que hacer su trabajo, al preguntarle sobre el desafuero de Pinochet, se le acusa, por los mismos que anhelan un poder independiente, en el sentido de que no ha influido en el Poder Judicial, de que no se ha preocupado de sacar de este lío al general Pinochet.
(Aplausos).
Entonces, ¿cuándo es independiente un tribunal? ¿Cuando le piden que proteja al ex dictador y, después, al Presidente Lagos que intervenga y haga gestiones clandestinas, subrepticias, que use también el tráfico de influencias?
(Hablan varios señores diputados a la vez).
Sí, diputado Longueira . Usted le pidió eso al Presidente Lagos y hoy lo acusan de no haber hecho nada. ¡Qué es eso de que el Presidente de la República llame a la Corte Suprema y le diga: “El general está en problemas. ¿Por qué no arreglamos esto? ¿Por qué no lo declaran enfermo? ¡Denle alguna posibilidad!” ¡No, señores, aquí se es coherente o, simplemente, se está faltando a la verdad!
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Le queda un minuto, señor diputado .
El señor ELGUETA.-
Y están usando de chivo expiatorio al acusado Correa Bulo con el objeto de demostrar que el país está en un caos, que los Poderes no sirven, que hay inseguridad ciudadana y cuentan: “Esta señora dijo que fue asaltada...”. Esos son delincuentes comunes. En lo otro, estamos hablando de acciones que realizaron agentes de seguridad.
En consecuencia, ¿en qué quedamos? Es la vieja táctica de los santurrones de todos los tiempos, y de las luchas religiosas en Europa.
(Hablan varios señores diputados a la vez).
El consejo que ustedes están dando de nuevo es ése: “Alarguemos el credo; pero acortemos los mandamientos”. Jueces probos, independientes, transparentes y decorosos, ése es el credo, y los mandamientos, bien cortitos: audiencias públicas y privadas, amenazas, desprestigio, publicidad, asesinatos de imagen. El único mandamiento es creer en Dios, es comunicarse con el Ser Superior. Ahí, entonces, la gracia nos salva. Lo demás, como dicen los “lolos”, vale callampa, con Moisés y todo su decálogo.
No, señores. Aquí, detrás de esta simple acusación constitucional, hay una cuestión mucho más grave: la fundamentación política, antiética o amoral -para no decir otro término- en que se cae, escogiendo a una persona que han estimado vulnerable.
Así, otro medio de comunicación escogió a doña Gloria Olivares , porque también era vulnerable y, hoy, la traemos de testigo. Entonces, ella es la que testifica, la ministra de fe que nos dice que este ministro acusado es indigno de estar en el Poder Judicial . Primero se escoge esa víctima y después se la trae como testigo. Curiosa estrategia. ¡Quién no va a adivinar que hay todo un aparataje político de fondo para desprestigiar al Poder Judicial , sobre todo después que dictó ese fallo que -creo- lo reivindica del abandono que verdaderamente tuvo la justicia!
Los hechos en que se funda la acusación son puro “macarthismo”, afirmaciones sin pruebas, sin vinculación entre lo fáctico y la acusación. Después que cayó el muro de Berlín ya no se podía ser anticomunista, porque los comunistas representaban al diablo, a Satanás, al Luzbel de los nuevos tiempos, y, entonces, tuvimos que buscar otro frente para creer en nuestras libertades.
Aquí no se respeta para nada la presunción de inocencia establecida en la propia Constitución de 1980; se da por probado todo lo que se indica. Basta con presentar una acusación y se acabó tal presunción. Les recuerdo que, en la antigüedad, 332 años después de Cristo, se acusó a una persona de peculado, ésta lo negó y nadie pudo probarle el delito. Entonces, el juez, exasperado, preguntó: “ Adorado César , ¿podrá probarse jamás una culpa si hay bastantes por negar la acusación?” Y el emperador Juliano le replicó: “¿Puede alguien probar su inocencia si hay bastantes por acusarla?” Eso les digo a ustedes: ¿Hay bastantes para acusarlo? Si eso basta, cerremos este capítulo; mandemos esto al Senado; pero se olvidan del objetivo de la acusación. En caso de que se apruebe, tenemos que aportar antecedentes al Senado que demuestren los hechos efectivamente, para que el jurado, que es el Senado, si condena al ministro , diga que es culpable porque cometió delitos, infracciones y abuso de poder. Luego, si lo destituye, lo enviará al juez del crimen -hecho que temía tanto el señor Bombal -. En el Senado no se pueden presentar más pruebas. En consecuencia, aquí, esta tarde, se termina la acusación; no hay más pruebas. ¿Y cuáles son las que han presentado? Como se ha dicho, ninguna.
Para que la Sala calibre la importancia, la suficiencia y firmeza de la acusación; para aquellos que dudan y pueden abstenerse, porque a lo mejor no están juzgando la acusación, sino la vida privada de una persona -y les pido que se saquen esa máscara-, leeré parte de una entrevista que le hizo una periodista de la revista “Qué Pasa”, de 8 de julio de este año, al diputado Orpis . Le pregunta: “Este es un caso de 1992, ¿por qué no lo usaron antes?” El diputado Orpis responde: “Si se mira cada caso a lo mejor, en forma individual, no da para una acusación”.
Pregunto si el mismo acusador, que estuvo alegando aquí en la mañana dos horas, nos dijo: “Miren, si aquí separamos cada caso, el de doña Gilda Correa , el del viaje a Cuba -a lo mejor, no les gusta porque fue allí y si hubiera ido a Nueva York no ha-brían dicho nada-,...
(Risas).
... “y los siguientes, no dan para una acusación”. Yo afirmo eso y me bastaría haber leído esa entrevista para haberme ahorrado todo este discurso. Pero eso no lo digo yo, sino el diputado Orpis , acusador, sostenedor, quien reunió todos los datos. Según dicen los medios de comunicación, hizo una investigación muy acuciosa y después expresa: “Bueno, si se analiza caso a caso, ...”. Entonces, pido a mis colegas, que me van a seguir en el uso de la palabra, que no analicen este problema caso a caso, porque, como el diputado Orpis , van a llegar, incluso los que dudan, a la conclusión de que hay que rechazar la acusación.
En consecuencia, esta acusación, mirada desde un punto de vista ético, político y jurídico, no tiene ningún valor.
He dicho.
-Aplausos.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
A continuación, tiene la palabra, por siete minutos, el diputado señor Rodrigo Álvarez .
El señor ÁLVAREZ .-
Por cinco minutos, señor Presidente , porque el tiempo restante lo usará el diputado Longueira .
Honrados, todos ellos honrados son. Honorables, todos ellos honorables son. Es la forma en que Marco Antonio se ríe en la obra “Los complotadores de César”, de Shakespeare. Cuando he escuchado a la defensa, muchas veces he sentido y recordado esas palabras, porque qué nos dicen: que acá hay una conducta normal, correcta, de todo hombre honorable. Nos dicen, por ejemplo, que haber ido a Concepción y haber estado en una reunión con los locatarios que eran parte en un juicio, es normal, es lo que hace un juez honorable, probo. Nos dicen que las ayudas en el procedimiento de su hermana -que son evidentes y que las ha señalado el diputado Orpis -, recuerden, el de los puntos suspensivos, que ni siquiera estaba bien caratulado, es normal; es lo que hace un juez honrado, honorable, como lo expresa Marco Antonio en “Los complotadores de César”.
Nos dicen también que el caso de llamar a una jueza, cuando apenas cinco días antes había firmado que eso no debía hacerse, es un comportamiento normal, de un hombre honrado, honorable.
Nos dicen también que el caso de las casas de sauna, el del viaje a Cuba con un abogado de los narcotraficantes y el de La Serena, son normales y nada de esto es suficiente. Sin embargo, cuando analizamos todos estos hechos juntos, nos damos cuenta de que eso no es lo normal y de que, una vez más, podemos decir, irónicamente, como Marco Antonio a César, que éste es un juez honorable, pero no lo es. ¡No lo es!
Eso es lo que ha probado esta acusación. Eso es lo que buscamos cuando, por ejemplo, en la conclusión, señalamos en forma reiterada que se configura esta causal por su permanente, sistemático y reiterado tráfico de influencias. Así ocurrió en el caso de la hermana dueña de una farmacia, en el de Concepción, en el de las casas de sauna, en el del viaje a Cuba y en el de La Serena. También se hace tráfico de influencias cuando cuatro o cinco días después de haber firmado una instrucción de la Corte Suprema de que eso no se debe hacer, que no se debe llamar, él vuelve a hacerlo.
Son inaceptables las expresiones de que sería una costumbre y de que la libertad determinaría que no hay que fijarse en los conductos, como aludía la defensa. O sea, si hubiera llegado alguien, una autoridad en un helicóptero, hubiera bajado una jaula -como lamentablemente en una ocasión se hizo- y sacado de la prisión a este conductor francés, ¿eso habría sido válido? No lo hubiera sido, porque los conductos y los procedimientos son importantes en la justicia. Por eso se configura la causal no sólo en este caso, sino en los demás, porque se produce un permanente, sistemático y reiterado tráfico.
La pregunta de hoy es si ése es el tipo de ministro que queremos. No hay discusión con la Corte Suprema, que tiene grandes ministros, tales como Hernán Álvarez , Marcos Libedinsky , Ricardo Gálvez , como lo fueron también, en su minuto, Rafael Retamal o Adolfo Bañados , con quien, en esta ocasión, no comparto sus declaraciones. Lo que sucede es que el ministro Correa Bulo no merece estar en la Corte Suprema por su permanente, sistemático y reiterado tráfico de influencias.
¿Alguien puede considerar estas seis situaciones descritas como normales, como las que podemos pedir a un juez probo, honorable y que cumple sus deberes? Eso no es así. Estamos ante casos gravísimos. Se favorece a una hermana, se participa en una negociación en torno de un mercado que, además, afectará a miles de personas; se viaja a Cuba con un abogado especializado en excarcelar narcotraficantes, se llama, además, a una jueza, cuando cinco días antes se ha firmado un instructivo que señalaba que esto no se debía hacer.
A mi juicio, como Cámara, contamos con los antecedentes suficientes como para aprobar esta acusación, además de los testimonios de Mauricio Fernández, Rodrigo Zegers, Sergio Urrejola , presidente del Colegio de Abogados , el mismo presidente y colegio al que tantas veces algunos diputados han querido entregarle la tutela ética de todos los abogados, entre los cuales están los jueces y ministros.
El trabajo realizado por la Comisión y por los diez diputados que presentaron la acusación, consistente en el análisis de los casos de favorecer a una hermana, el del mercado de Concepción, el de las casas de sauna, el del viaje a Cuba, el de la reunión en un hotel de La Serena con un traficante y el de llamar a una jueza, demuestran claramente lo que siempre sostuvimos: que el ministro de la Corte Suprema Luis Correa Bulo ha incurrido en la causal de notable abandono de sus deberes por su permanente, sistemático y reiterado tráfico de influencias.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez.
El señor SÁNCHEZ .-
Señor Presidente , es un principio esencial de nuestro ordenamiento jurídico, que encuentra sus fuentes en las nociones de la equidad natural, de la igualdad de las personas ante la Constitución y las leyes y de la presunción de inocencia de todas las personas, que quien formule alegaciones o acusaciones sea capaz de probarlas. Así, la ley chilena regula el denominado peso de la prueba, el que, indefectiblemente, recae sobre la parte acusadora. Son, por tanto, los diputados que suscribieron el libelo los que debían acreditar legalmente cada uno de los cinco capítulos de la acusación. Más aún, a la parte acusada, en estricto rigor legal, no le corresponde probar la inocencia, pues ella debe ser presumida, de conformidad a las normas constitucionales vigentes.
Justamente, por esta razón que apunta al centro del concepto de debido proceso, hemos rechazado por amplísima mayoría de votos los capítulos de la acusación. Es más, respecto de cuatro de cinco capítulos, la Comisión, unánimemente, ha declarado que no ha lugar la acción constitucional en contra de este magistrado de la Corte Suprema.
A mi entender, en ninguno de los capítulos acusatorios se ha podido aportar antecedentes probatorios, sea mediante instrumentos públicos o privados, o mediante la prueba testimonial, que permitan establecer que se haya acreditado alguno de los hechos fundantes de cada capítulo de la acusación.
Soy claro y sincero al reconocer que me he formado el convencimiento de que el señor Correa Bulo tuvo conductas inoportunas o inadecuadas, en especial en su viaje a Concepción, pero en ningún caso se ha acreditado que su presencia haya interferido en procesos judiciales vigentes, mejorando las posibilidades de una de las partes en antiguos litigios vinculados con la propiedad y administración del mercado central penquista. En todo caso, dichas actuaciones imprudentes, no dan pábulo para estimar que el magistrado ha hecho notable abandono de sus deberes, como pretenden los actores en esta acusación. Por lo demás, estas mismas actuaciones han sido sancionadas por el pleno de la Corte Suprema, en ejercicio de las facultades correccionales que le entrega, de manera exclusiva y excluyente, la propia Carta Fundamental y el Código Orgánico de Tribunales.
En este punto, y en nombre de mi bancada, respaldamos las iniciativas de la Excelentísima Corte Suprema de constituir una Comisión de Ética que se haga cargo de estudiar las acusaciones formuladas contra miembros del Poder Judicial y de proponer a la sala plenaria las sanciones, si hay mérito para ello. En este caso, la comisión de ética funcionó y le hizo una severa llamada de atención que, atendida la investidura del señor ministro y el hecho de que es formulada por sus pares, nos parece una medida razonable y proporcional en consideración a la magnitud de la falta.
En atención al impacto público de algunas declaraciones que se vertieron en la Comisión, una de las que incluso fue filtrada a la prensa, pese a haber sido recibida en secreto a petición del deponente, estimamos que ellas, en especial la del señor presidente del Colegio de Abogados y la de la ex ministra de la Corte de Apelaciones , señora Gloria Olivares , carecen de valor probatorio, toda vez que no han sido respaldadas por hechos indubitables.
Más aún, han existido afirmaciones genéricas, sin individualizar responsables concretos de ilícitos, incluso penales, lo que les resta seriedad. No es posible admitir como prueba seria en una investigación de este nivel, que se sostenga, como lo hizo un testigo, que se ha formado la convicción de que hay corrupción en el máximo tribunal de justicia del país, porque se lo comentó un ascensorista. Así fue.
Por otra parte, a mi juicio, en el caso de la señora ex magistrada, queda de manifiesto que su testimonio fue realizado en un estado de alteración emocional, creado por su reciente exoneración del Poder Judicial y por otras vicisitudes de su vida personal que han salido a la luz pública lamentablemente, las que la inhabilitan por carecer de la imparcialidad necesaria para testificar en una investigación tan delicada, como la llevada a cabo por esta Comisión.
La señora Gloria Olivares , con quien solidarizamos en su dolor -el más terrible, ¡qué duda cabe!-, no debió ser expuesta, por los acusadores, a una situación como ésta. Ella, dado su estado emocional, ha actuado casi como un instrumento, sin voluntad propia. Explotar su resentimiento en favor de las alegaciones propias, me parece un abuso y un exceso de la parte acusadora.
Señor Presidente , honorable Cámara, termino con las siguientes reflexiones:
Un estratega de la Segunda Guerra Mundial decía que los conflictos bélicos se ganaban con los despojos, que en el campo de batalla se cuidaran de no morir con heroísmo y luego, como es lógico, se apoderaran de las ruinas de los poblados abandonados por el grupo derrotado.
Digo que hay algo de eso en la actitud de los acusadores y de quienes los respaldan. Se busca utilizar los despojos humanos para obtener objetivos políticos. Se trata, con cierta paranoia, de iniciar cruzadas morales al más puro estilo macarthista, para posesionarse ante los medios de comunicación como poseedores de la verdad y modernos catones de la ética pública.
En una sociedad abierta no hay espacio para la caza de brujas ni para las persecuciones. Las instituciones democráticas funcionan. Entre ellas, la Corte Suprema y todo el Poder Judicial tienen capacidad para reprimir los excesos o desviaciones que se puedan producir en su seno.
La ética pública no es reserva de sector alguno, ni de las iglesias, ni de los cultos, ni de los partidos políticos. El neointegrismo católico que inspira a algunos acusadores, no es compatible con la participación en una sociedad plural, tolerante y democrática. ¡Dios no tiene religión!
Se ha citado en esta Sala al procesalista italiano Piero Calamandrei y sus postulados sobre la calidad cuasi religiosa de los jueces. Pues bien, digo en esta Sala, claramente y con todas sus letras, que esas nociones están desfasadas de la realidad. No queremos jueces que estén puestos en un altar, cuasi santos, cuasi mártires. Queremos jueces que sean hombres comunes. Los alemanes, que pueden jactarse de tener uno de los sistemas judiciales más eficientes, tienen previsto un sistema complejo de reclutamiento de los miembros de su magistratura y, al definir el perfil del cargo, buscan que el postulante sea un hombre común, un hombre medio, con una moral similar a la del resto de la población. Se trata de que sea un ciudadano normal, no un semidiós ni un beato en proceso de canonización, como lo sostenía el procesalista italiano citado con tanta vehemencia. La razón es sencilla, se trata de que el juez esté en el mismo nivel de las personas a las cuales deba sancionar, de que su vara ética sea la misma que la del ciudadano medio.
En esta misma línea de ideas, sostengo que la Corte Suprema de hoy no es la Corte Suprema de la dictadura militar. Hay mucha diferencia entre los jueces de hoy y los de ayer. ¿Acaso se nos olvida que el paradigma ético de la justicia durante la dictadura, don Israel Bórquez , notificó en una oportunidad al país que el tema de los detenidos desaparecidos lo tenía curco? Esto es, que las alegaciones por la vida, la libertad y la integridad física de miles de chilenos lo tenían curco. Si hablamos de moral de los jueces, recuerdo la frase de don Patricio Aylwin , quien señalaba que a la Corte Suprema le faltó el coraje moral para comprometerse con la defensa de los más esenciales derechos que emanan de la dignidad humana.
No queremos jueces santos alejados de la sociedad. Queremos jueces que trabajen junto a la sociedad, sin castas ni guetos, jueces a los cuales se les pueda consultar y entreguen una opinión sin miedo; que sean opinantes y abiertos a la sociedad, incluyendo la evaluación de su trabajo por parte de la ciudadanía.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Salvador Urrutia, por un minuto.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente , he sido citado erróneamente y en forma absolutamente tergiversada por la diputada señora Pía Guzmán . Como ha dicho que es una dama, espero que en la próxima sesión -después de la cuenta- declare en esta Sala que me citó erróneamente.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO.-
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Abel Jarpa, por seis minutos.
El señor JARPA .-
Señor Presidente , por una parte, en ocasiones anteriores he expresado que la paz social es fruto de la justicia y por eso la importancia en nuestra sociedad del Poder Judicial , más aún cuando en la Constitución está consagrada su independencia y, por otra, dentro de las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados está la de pronunciarse sobre las acusaciones constitucionales.
En la sesión de 8 de marzo de este año, con motivo del regreso del ex general Pinochet, invité a todos los demócratas a buscar las condiciones para que el Poder Judicial pudiera ejercer su importante misión de someterlo a proceso, porque de esa forma demostraríamos que éramos capaces de dar solución a nuestros problemas, recuperar nuestra credibilidad y ser respetados en el mundo entero.
En los considerandos del voto de minoría, el diputado Pedro Álvarez-Salamanca señala lo inoportuno que resulta la acusación constitucional, pues se la ha vinculado al desafuero del ex general Pinochet. A pesar de la gravedad y seriedad de los cargos, hace presente que es imposible, en estas condiciones, efectuar una investigación.
Para aclarar que esta acusación no se está votando en forma política, me referiré al voto de minoría. En el primer capítulo, relacionado con la situación de la hermana del ministro de la Corte Suprema , expresa que, a pesar de la gravedad de los hechos, hay carencia de pruebas y por eso rechaza este punto.
Con respecto al segundo capítulo, el viaje a Cuba junto a un ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago y de un abogado litigante, dice que es objetable, pero que no tiene la gravedad para ser acusado de notable abandono de funciones.
Con respecto al tercer capítulo, lo relacionado con la jueza Collins, en un proceso sobre libertad provisional para un empresario francés que manejaba en estado de ebriedad, expresa que, si bien es cierto que es ilegítima y contraria a las normas emitidas por las cortes de apelaciones, estima que no reviste la gravedad que se requiere para acusarlo de notable abandono de funciones.
En cuanto al capítulo cuarto, acción que puede corresponder al ministro Correa Bulo en un proceso sobre casas de comercio sexual, dice que la Comisión no ha recibido mayores antecedentes. Sólo acusa al ministro Correa Bulo por lo ocurrido con su viaje a Concepción.
Para apoyar mi decisión de votar en contra la acusación constitucional, me baso en lo dicho por el ministro Bañados, quien califica la conducta del ministro de inapropiada y un desatino, pero que no reviste los caracteres de notable abandono de funciones.
Me he basado en el voto de minoría para señalar -como ya lo expresé- que no estamos votando políticamente contra la acusación constitucional, sino fundados en los hechos de los cuales se acusa al inculpado.
Termino repitiendo algo que dije al iniciar mi intervención. Debemos buscar los mecanismos para crear las condiciones que nos permitan tener en Chile una justicia humana, donde no se busque tanto al inquisidor aplicando una justicia sobre todo punitiva, sino que entendemos que debe hacerse con generosidad y misericordia, y que no sólo se debe perseguir sancionar al delincuente, sino que también buscar cómo resarcir a quienes, por diferentes circunstancias, han sido afectados por un delito.
En esta nueva acusación constitucional, a pesar de su inoportunidad, los cinco miembros de la Comisión y los diputados de distintas bancadas trabajaron seriamente durante largas horas en su estudio.
Por los motivos que he señalado, los diputados del Partido Radical Social Demócrata vamos a rechazar la acusación constitucional contra el ministro Correa Bulo.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro García-Huidobro, por cinco minutos.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
Señor Presidente , quiero profundizar en el episodio protagonizado por el ministro Correa Bulo cuando ejerció influencia sobre la magistrada del juzgado de letras de Colina en favor de un francés que había sido detenido por conducir en estado de ebriedad.
Desgraciadamente, no tuvimos acceso al expediente administrativo en que la Corte Suprema conoció de estos hechos, pero en mérito de los antecedentes que tuvimos a la vista, logramos reunir evidencia del notable abandono de deberes del ministro Correa Bulo.
Sólo cinco días antes, el señor Correa Bulo , junto a otros ministros de la Corte Suprema, firmó un instructivo dirigido a todos los jueces de la República relacionado con el comportamiento ético, en cuyo numeral primero se establece que es contrario a la ética “interesarse por algún asunto que esté conociendo un tribunal, intercediendo, de cualquier manera, a favor o en contra de determinada persona o de alguna de las partes, cualquiera que sea la naturaleza del juicio o gestión”.
Este ejemplo sobrepasa lejos cualquier argumento al que pueda recurrir la defensa del señor Correa Bulo . Es tan habitual en él el tráfico de influencias, la presión indebida sobre los funcionarios subalternos y la intromisión en asuntos judiciales que no son de su conocimiento, que llega a desentenderse de las mismas normas que él establece como obligatorias para los funcionarios subalternos, porque él estima estar por sobre la norma y más allá de la ley.
Desde hace sólo algunos meses rige en nuestro país la ley Nº 19.645, que modificó diversos artículos del Código Penal para sancionar delitos de corrupción.
He comparado la conducta descrita por el inciso segundo del artículo 248 bis del Código Penal con la actuación que tuvo el señor Correa Bulo en el episodio con la magistrada de Colina, y con sorpresa he observado una peligrosa similitud entre ambas conductas, porque la prohibida consiste en ejercer influencia en otro empleado público, con el fin de obtener de éste una decisión que pueda generar provecho para un tercero interesado. Y tanto la magistrada de Colina como el señor Correa Bulo son empleados públicos. Este señor ejerció influencia sobre aquélla al imponerse como ministro de la Corte Suprema y obtener una decisión que beneficiaba a la persona que no se encontraba injustamente detenida, sino como consecuencia de haber cometido un delito, porque el manejo en estado de ebriedad es un delito y no una falta, como ha sostenido la defensa.
He traído a colación esta norma porque ha sido dictada por este mismo Parlamento. Esto me obliga a dar por establecido que, en nuestro concepto, conductas como las que tuvo el señor Correa Bulo han sido estimadas por nosotros como tan lesivas y perniciosas, que las hemos elevado a la categoría de delito. Por consiguiente, a nuestro juicio, si un oficial de parte o un administrativo cualquiera ejerce influencia sobre otro empleado público para obtener de éste una decisión que favorezca a un tercero, a quien desea ayudar, hoy se sanciona con la inhabilitación perpetua para el cargo u oficio público,...
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Le queda un minuto, señor diputado .
El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-
¿Con cuánta o mayor razón habrá que hacer efectiva la misma sanción a un ministro de la Corte Suprema que ejerce influencia en un juez de primera instancia, para obtener una decisión que favorezca a un tercero que desea ayudar?
Las responsabilidades que me impone el cargo para el que fui elegido, me obligaron a concurrir a la presentación de esta acusación, como inevitable y necesaria medida para preservar nuestras instituciones, las más queridas, como es nuestro Poder Judicial, con el objeto de que permanezca integrado por jueces sabios, prudentes y probos, tal como lo anhelan nuestros electores y los ciudadanos en general.
Por estas razones y por las planteadas por parte de los acusadores, llamo a esta Sala a apoyar la acusación constitucional presentada en contra del ministro de la Corte Suprema don Luis Correa Bulo.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ ( doña Lily) .-
Señor Presidente , a mi juicio, existe una contradicción al interior de la Concertación, porque algunos de sus diputados han planteado que ésta es una acusación política, por cuanto el señor Correa Bulo habría ayudado en casos de defensa por vulneración de derechos humanos y que el caso Pinochet y su desafuero, confirmado por la Corte Suprema, estaría de por medio.
Me gustaría que alguno de ellos me explicara cómo puede ser que, quien dirige la defensa del magistrado Luis Correa Bulo sea un miembro activo de la Derecha, y, más aún, un ferviente y declarado pinochetista. Primera contradicción.
En segundo lugar, no entiendo -veo que ya empezó el nerviosismo, porque, cuando uno les dice las cosas de frente, comienzan a sentirse ruidos del lado izquierdo... Escuchaba al abogado de la defensa decir que el caso de la hermana de don Luis Correa Bulo , acusada por narcotráfico y por venta de drogas ilegales, no era un delito, sino una desgracia. ¿Qué pensará la gente común y corriente que está viendo hoy el canal de la televisión de Cámara de Diputados y escucha que cuando se trata de la hermana de un ministro de la Corte Suprema , es una desgracia; pero cuando es una persona común y corriente, sobre todo una mujer de población, es un delito?
También ha dicho aquí la defensa que los abogados con que viajó el señor Correa Bulo a Cuba, al Valle del Elqui, a La Serena, eran compañeros de universidad -por cierto, no es ningún delito-, pero se les olvida decir que uno de ellos es un importante defensor de narcotraficantes en nuestro país, y el otro, es una persona que tramitaba una causa que estaba en tribunales y respecto de la cual tenía que votar el señor Correa Bulo .
También es tremendamente normal para la defensa, que -y así lo ha expresado el abogado defensor-, en el caso de las casas de masaje -que no son otra cosa que prostíbulos, porque tampoco lo han dicho abiertamente- tampoco existió tráfico de influencias. ¿Y saben? Aquí se ha dicho que esto no ha sido probado. Los que tienen que probar la inocencia son quienes están siendo acusados, no quienes hemos visto el mérito de esta acusación.
Se han dicho cosas tan absurdas como, por ejemplo -haciendo rememoranzas y añoranzas antiguas, que tanto le gustan a la defensa-, que don Arturo Alessandri viajaba a Milán con abogados que tramitaban causas. No sabía que don Arturo lo hiciera con abogados que tramitaban causas de narcotráfico. Aquí se le quiere dar un cariz de normalidad a todo lo que el país considera anormal; o sea, hay diputados de la Concertación que viven en un país distinto de aquel en que vive el 70 por ciento restante de los chilenos, quienes ven esto con preocupación.
¿Qué opina la gente de la justicia? ¿Que es estupenda? La gente dice que la justicia es lenta, cara y burocrática, y expresa: “Lo único que no quiero es caer en manos de abogados”. ¿Por qué lo expresa? ¿Por qué está prestigiado el Poder Judicial? Si no lo está, ¿por qué no ayudamos a que sea más transparente? ¿Por qué el Poder Judicial no apoya a la Comisión investigadora y a los diputados acusadores -entre los cuales me cuento- entregando toda la información disponible? ¿Por qué no entregan los antecedentes si está todo tan bien? ¿Por qué la defensa ha usado como estrategia de cada día, denostar a cada uno de los testigos a través de los medios de comunicación? A la ex ministra Olivares -tal vez porque es mujer-, se la ha tildado de persona inestable. ¿Si fuera hombre, habrían dicho una cosa distinta? ¿Por qué han denostado al presidente del Colegio de Abogados , señor Urrejola , que lleva siete años en su cargo y ha sido elegido por votación popular? ¿Porque ha dicho que en los pasillos se tramitan las causas? ¿A quién le duele eso? ¿A algunos diputados que, tal vez, también tramitan causas?
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
¿Me permite, señora diputada ? Le resta un minuto.
La señora PÉREZ ( doña Lily ).-
Considero muy importante dar la real dimensión a este problema que tenemos entre manos y que dice relación con una acusación constitucional por tráfico de influencias.
No he escuchado a la defensa dar ningún argumento que desvirtúe las pruebas existentes relacionadas, primero, con la hermana del ministro , involucrada en tráfico de drogas y que nunca fue procesada; segundo, con el tráfico de influencias ejercido en el caso del mercado de Concepción, junto con un importante abogado del Ministerio del Interior de la época -hecho comprobado, no se trata de comentarios-, y ratificado, incluso, por una senador de la Concertación que fue invitado a la Comisión; tercero, con el caso de las casas de masaje y prostíbulos, respecto del cual un ministro confirmó sus dichos, pero, finalmente, tampoco asistió a la Comisión. Por último -algo muy importante-, está el viaje a Cuba, que no efectuó -hay que decirlo- en una línea aérea comercial, sino en Ladeco, una línea aérea nacional que el día de mañana puede tener un juicio en los tribunales. Esa línea aérea le dio pasajes de cortesía al ministro .
¿Es normal para ustedes que los ministros de la Corte Suprema viajen en líneas aéreas comerciales con pasajes de cortesía? ¿Es normal que viajen con personas dedicadas a excarcelar narcotraficantes? ¿Es normal que la defensa se dé el gusto de decir aquí que ésta es una acusación política, debido al desafuero del senador Pinochet, confirmado por la Corte Suprema, en circunstancias que es un pinochetista el que está a cargo de la defensa? ¿No les parece que hay una pequeña contradicción que el país está observando?
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Señora diputada , ha terminado su tiempo.
La señora PÉREZ ( doña Lily ).-
Mi bancada me autoriza para continuar.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
No, señora diputada , ya terminó el minuto adicional que le concedió su bancada.
La señora PÉREZ ( doña Lily) .-
Señor Presidente , sólo necesito un minuto más para decir algo muy importante.
Nuestra presentación ha sido tan poco política por lo siguiente. Quiero decir con mucha pena y dolor, pero en forma muy responsable, que después de que muchos llegamos a la convicción de que el señor Luis Correa Bulo había ejercido tráfico de influencias, con fecha 1 de septiembre -des-pués de que habíamos firmado la acusación constitucional y ya habían sido sorteados los miembros de la Comisión-, recibimos una carta del abogado que encabeza su defensa, en la cual nos invita a su casa. La carta dice, textualmente: “Don Luis estaría feliz, y así me lo ha pedido -dice el abogado defensor-, si personas nobles como ustedes se dignaran visitarlo en su casa personalmente. Él se sentiría reconfortado al poder contestar a ustedes lo que quisieran saber y preguntarle”.
Pues bien, la defensa considera -con esto termino- que todo esto no es tráfico de influencias. ¿Saben por qué? Porque es una conducta permanente de las personas que están a cargo de su defensa y, obviamente, para ellos todo es normal, porque se mueven en el mundo del tráfico de influencias.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente , estimados colegas, la diputada Pía Guzmán nos mostró la carátula de “El libro negro de la justicia chilena”, pero, al parecer, no lo ha leído, porque si lo hubiera hecho habría comprobado -pese a las lecciones de moralidad que pretenden entregarnos- que ninguno de los acusadores abrió la boca durante 17 años, cuando el régimen militar subyugaba a los magistrados de la Corte Suprema. Entonces sí que hubo notable abandono de deberes, porque no defendieron la vida de los chilenos, aceptaron la supresión del hábeas corpus impuesto por la dictadura y permitieron la desaparición, las masacres, la tortura, el exilio, dando origen al más grande abandono de deberes de la historia de Chile.
En segundo lugar, esta acusación constitucional en contra del ministro Correa Bulo ha sido transformada por los diputados acusadores en un verdadero ataque frontal a la Corte Suprema y al Poder Judicial . Más que en la Comisión investigadora, la diputada Pía Guzmán y los diputados acusadores la han sostenido en los medios de comunicación, buscando un efecto noticioso en contra de la Corte Suprema.
Los testimonios presentados por los diputados acusadores, en especial los de la ex magistrada Gloria Olivares y del presidente del Colegio de Abogados , Sergio Urrejola , se apartaron completamente del libelo acusatorio, efectuando un enjuiciamiento, con la total consonancia y complicidad de los parlamentarios acusadores, a toda la Corte Suprema. Presentaron como prueba en contra del ministro Correa Bulo el testimonio de una ex magistrada, la señora Gloria Olivares , que por decisión del Pleno de la Corte Suprema fue exonerada de la magistratura de nuestro país, en virtud de sus comprobados vínculos con el narcotráfico. Es decir, el principal testimonio de la diputada Pía Guzmán utilizado en contra de Correa Bulo corresponde al de una magistrada que fue dada de baja del Poder Judicial , por conducta irregular, por ejercer un abierto tráfico de influencias, por haber utilizado de manera permanente las instancias judiciales en favor de su propia familia, por entrar en la cárcel y salir de ella para visitar a narcotraficantes, por haber sustraído y ocultado la carpeta del proceso al narcotraficante Carlos Lund , que posteriormente apareció decapitado en extrañas circunstancias. ¿Saben, estimados colegas, por qué ocultó en su testimonio la existencia de la carpeta de ese proceso? Porque su hijo aparecía involucrado en el tráfico de drogas. Ése es el testigo en contra del ministro Correa Bulo que presentaron los diputados acusadores: una ex magistrada que traficaba con “El perilla”. Me da pena que la diputada Pía Guzmán y los demás diputados acusadores tengan que recurrir a esas compañías para sostener su acusación.
Los diputados acusadores han utilizado como testigo, con toda la publicidad del mundo, a una ex magistrada que en su exposición en la Comisión hizo gala de un profundo resentimiento personal, enlodando e injuriando a los miembros de la Corte Suprema. Los diputados han amparado una deposición irracional de la magistrada Olivares, que ha llegado a decir -está en actas- que la Corte Suprema habría matado a su hijo, que el Poder Judicial estaría controlado por el abogado Alfredo Etcheverry , y que ha reconocido ser amiga íntima del señor Chevesich Santa María , sindicado por ella misma en la Comisión como la persona que distribuye la droga en el Poder Judicial .
¿Cómo se pueden defender la moral y los principios éticos que deben existir en el Poder Judicial recurriendo al testimonio de una ex magistrada que ha convivido directamente con el narcotráfico, que ha violado el artículo 84 del Código de Procedimiento Penal, que obliga a los funcionarios públicos a denunciar los hechos reñidos con la ley, como los que ella expuso con tanta incoherencia en la Comisión? ¿Qué vínculos tienen los diputados acusadores con esta ex magistrada del narcotráfico? Digo esto porque justo después de la deposición que hace para atacar al Poder Judicial , la UDI la invita -le pido a la diputada Lily Pérez que escuche esto, porque es muy importante- a participar en la conmemoración del golpe de Estado del 11 de septiembre, y aparece ingresando al círculo más íntimo de Pinochet, a través de la Fundación 11 de Septiembre, que preside Mónica Madariaga , y de la cual forma parte Álvaro Corbalán , condenado a cadena perpetua por los crímenes vinculados al asesinato de Tucapel Jiménez.
¿Cómo pueden sostener que esta acusación no es política, si los principales testigos que declararon en la Comisión: la ex magistrada Olivares y el señor Urrejola , el 11 de septiembre deambulaban por los pasillos de la Fundación Pinochet? ¿Cómo pueden sostener que no se trata de una acusación política y de un intento de colocar en tela de juicio a toda la Corte Suprema de Chile, si sus dos principales testigos en la Comisión, prácticamente no se refirieron al libelo acusatorio, sino que, por el contrario, formularon nuevas acusaciones no sólo en contra del magistrado Correa Bulo , sino que en contra de toda la Corte Suprema? ¿Cómo pueden sostener que esta acusación constitucional no es política, si ni siquiera investigaron la acusación formulada en forma pública por el hijo de Correa Bulo, el abogado Luis Correa , en cuanto a que su padre fue visitado por senadores de la UDI...
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
¿Me permite, señor diputado ? Le resta un minuto.
El señor LEAL.-
...en una actitud inobjetable de tráfico de influencias para intentar condicionar su voto en el proceso de desafuero del ex dictador Pinochet?
Señor Presidente , considero que los diputados acusadores se han excedido, que hay una enorme desproporción entre las faltas que se le imputan al magistrado y la acusación constitucional. Yo les pregunto, ¿acaso los diputados de la UDI y de Renovación Nacional nunca han recibido pasajes de cortesía de Sebastián Piñera, que es el dueño de Lan Chile?
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor LEAL .-
Sí, y lo voy a demostrar. Ha quedado al desnudo que esta acusación constitucional en contra del magistrado Correa Bulo , extendida por ellos y por su testimonio a todo el Poder Judicial , es una “vendetta”, una miserable revancha, de la cual nos habían advertido con antelación al fallo de la Corte Suprema por el desafuero del ex general Pinochet .
Aquí se ha dicho que Correa Bulo viaja con un abogado que defiende a narcotraficantes. ¿Acaso transforma en narcotraficante al senador Novoa el hecho de que su hermano esté procesado por lavado de dinero? ¿Trans-forma en criminales a los diputados que son amigos de los abogados que defienden a criminales que violan los derechos humanos?
¡Esa es una visión profundamente autoritaria, que no la podemos aceptar ni compartir ni para Novoa, ni para Correa Bulo, ni para los amigos de Torres, ni para los amigos de los abogados que defienden los crímenes de Pinochet!
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Tiempo, señor diputado .
El señor LEAL .-
Quiero decir, finalmente, que votaré en contra de esta acusación no por mezquinas razones -he escuchado los argumentos expuestos por la diputada Pía Guzmán , en abierta agresión a los parlamentarios que pensamos distinto de ella-, sino porque no queremos faltarle al país y a los ciudadanos, y ser cómplices de una acusación constitucional sin fundamentos serios, cuyo único propósito es debilitar a la Corte Suprema y al Poder Judicial .
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Walker, por seis minutos.
El señor WALKER (don Ignacio) .-
Señor Presidente , qué difícil resulta tratar de introducir un matiz en una discusión relacionada con esta acusación constitucional o con cualquiera otra, por cuanto suelen tener mucho de polarización y de confrontación; pero resulta necesario, en ésta o en otra discusión, tratar de instar por el respeto mutuo, por la serenidad en nuestros juicios, sin perjuicio de asumir, con plena convicción, las posturas de cada cual.
Es necesario, sobre todo para nosotros, como Cámara de Diputados, porque así nos lo imponen la Constitución y la ley orgánica que nos rige, tratar de atenernos al mérito propio de la acusación constitucional de que se trata; no digo al margen del contexto político, porque ésta es una Cámara política. Es difícil hacer abstracción completamente de ello, pero sí debemos tener rigor en el estudio de los hechos y en las consideraciones de derecho a que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la ley orgánica del Congreso Nacional, por lo menos debemos hacer el esfuerzo, sin perjuicio de la posición de cada cual o de la pasión con cada uno sostenga sus posiciones.
En nuestro caso, no ha sido fácil llegar a una cierta convicción, porque uno se pregunta cómo resolver, cómo decidir -y estamos llamados a hacerlo- sobre la admisibilidad de la acusación constitucional; es decir, si ha o no lugar, no sobre la culpabilidad o inocencia, tarea que corresponde al Senado, actuando como jurado, en conciencia.
Se nos ocurre que uno de los criterios, en este caso, puede ser atender a los dichos de los propios pares, de quienes integran con el ministro Correa Bulo nuestra respetabilísima Corte Suprema de Justicia. ¿Y qué nos dicen los pares del ministro Luis Correa Bulo, acusado en esta causa?
En el caso de Colina, tal vez junto al de las casas de masaje, prostíbulos o como queramos llamarlo, a mi juicio el más débil de los cinco capítulos, el Pleno de la Corte Suprema, como figura en el informe de mayoría, “ha hecho un severo llamado de atención al acusado y le ha solicitado que, en el futuro, se abstenga de incurrir en actuaciones reñidas con la ética y probidad funcionarias”. Es cierto que desechó la acción disciplinaria, pero acordó llamarle la atención.
En el caso de Cuba, un poco más grave que el de Colina, la Comisión de Ética desecha cualquier sanción, pero los ministros Garrido , Libedinsky y Marín fueron de la opinión de representar al ministro Correa Bulo lo inadecuado e inconveniente que resultaba el hecho de que un inferior jerárquico obsequie un pasaje aéreo a su superior y éste lo acepte; los ministros Rodríguez y Cury, en su prevención, manifiestan que resulta objetable que funcionarios judiciales acepten pasajes gratuitos emitidos por empresas aéreas comerciales que puedan ser litigantes, y, por último, los ministros Pérez y Marín opinaron que debía efectuarse un severo llamado de atención a los referidos magistrados, entre ellos Correa Bulo , por haber aceptado pasajes de cortesía gratuitos para viajar a Cuba con propósitos de turismo.
Sigamos. Es cierto que uno puede preguntarse a qué fue el ministro Correa Bulo a Concepción. Finalmente, no hay sanción. ¿Pero qué dice ese honorable ministro de la Corte Suprema de aquel entonces, don Adolfo Bañados , llamado a investigar el hecho? Habla de imprudencia o desatino del ministro Correa Bulo .
¡Colina! ¡Cuba! ¡Concepción! No son mis palabras, no son las de los acusadores, no son de la defensa del acusado, sino de los pares del ministro señor Luis Correa Bulo .
¿Existe fundamento suficiente como para acreditar que al menos uno de los capítulos de acusación esté suficientemente comprobado, en cuyo caso habría que votar a favor? A nuestro juicio, no.
Pero, frente a dichos como los que he señalado de los propios pares del ministro Correa Bulo, y de otros que nos hablan de tantas irregularidades en estos capítulos, nosotros no podemos permanecer indiferentes.
Termino diciendo lo siguiente. No nos es indiferente que la acusación constitucional provenga de la UDI. Son nuestros adversarios políticos y no se nos escapa que puede haber consideraciones electorales en un determinado contexto político que todos conocemos; pero no es éste un argumento suficiente.
No nos es indiferente que el ministro Correa Bulo sea el presidente de la sala penal, una sala que, por fin -lo que aplaudimos y celebramos- ha fallado a favor de los derechos humanos, después de 17 años de denegación sistemática de justicia. No podemos sino reprobar la acusación gratuita, liviana que, en general, fundamentan en su libelo los acusadores de que el narcotráfico cuenta con redes de protección en los tribunales, que ejerce su influencia en forma subrepticia, pero tremendamente eficaz, etcétera. Hoy, en “La Segunda”, en su portada, se dice: “Chile: el país menos corrupto de América Latina”.
Entonces, ¿cuál es nuestra posición? Si no hay fundamento, a nuestro juicio, para votar a favor en cualquiera de los capítulos de la acusación, pero tampoco tenemos la convicción para votar en contra, en ese caso, cuando asiste una duda razonable, lo que cabe, por sentido común, por reglamento y, por último, por consistencia, es abstenerse.
Por lo tanto, con los diputados señores Zarko Luksic , Patricio Walker y quien habla nos abstendremos en esta votación.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Espina por tres minutos.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, por su intermedio, quiero pedir a los señores diputados que me den un par de minutos adicionales para expresar alguna idea.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado?
No hay acuerdo.
El señor ESPINA .-
Señor Presidente , hago la salvedad de que en tres minutos me resulta absolutamente imposible expresar mis ideas, como me hubiese gustado, pero quiero hacer, primero, algunas prevenciones.
En primer lugar, no tengo ninguna animosidad ni prejuicio en contra del ministro Correa Bulo .
En segundo lugar, jamás votaría a favor una acusación en contra de él por la forma en que ha resuelto la ley de amnistía. Está en su derecho, es un juez de la República , tiene una interpretación legal y, en democracia, esas interpretaciones se aceptan.
En tercer lugar, tampoco podría aceptar que esto se planteara en una lucha contra el narcotráfico entre Gobierno y Oposición; parlamentarios de la Concertación o de la Oposición.
Trabajo con más de diez alcaldes de la Concertación, que son líderes en sus comunas, valientes, corajudos, que enfrentan el narcotráfico con gran éxito. Tampoco es bueno descalificar a los jueces a priori y en su conjunto. Hay muchos magistrados que dictan a diario resoluciones que amparan a personas que sufren las consecuencias del narcotráfico, y gracias a las cuales se puede denunciar a quienes trafican drogas.
Hiere mi conciencia el hecho de haber visto un proceso como el seguido en contra de la hermana del ministro Correa Bulo, en el que se constató tanta irregularidad y falta de probidad y donde quedaron luces evidentes de que estamos en presencia de un gravísimo caso de tráfico de influencias.
Finalmente, intentaré señalar por qué creo que todas las presunciones fundadas, precisas y concordantes apuntan en contra del ministro señor Correa Bulo .
En ese proceso está acreditado que existe tráfico de drogas y nadie lo ha discutido. Se trata de drogas peligrosísimas, según lo estableció esta misma Cámara con ocasión de la discusión de la ley de Drogas. En ese proceso nunca se despachó una orden de detención en contra de la principal inculpada. Interrogado el jefe del OS-7, señaló que nunca la pudo detener porque, no obstante tener una orden amplia de investigar, la jueza lo llamó para decirle que no lo hiciera y que sólo la citara. Estamos hablando de un delito grave de narcotráfico. En ese proceso nunca se despachó una orden de investigar o una citación a los cómplices que le compraban la droga, un tal Johny y una tal María Angélica . En ese proceso, la secretaria del tribunal no firmaba las resoluciones. ¿Saben por qué? Porque según la jueza, quería mantener en reserva todo el procedimiento. Así las cosas, se cerró el sumario sin cumplirse diligencias básicas, como interrogar a los traficantes. ¡Nunca se los interrogó o hubo intención de ubicarlos! En ese proceso, la apelación que cierra el sumario se tramitó en 40 días.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Señor diputado, se ha cumplido el tiempo destinado a su intervención.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, redondearé la idea.
En ese proceso la apelación se resolvió en 40 días, en circunstancias que hay causas que llevan años sin despacharse. Y no es cierto que la Corte Suprema haya avalado ese procedimiento, porque lo que determinó en relación con un recurso de queja fue simplemente que ésta no cabía y la declaró inadmisible, en razón de que la resolución impugnada no ponía término al juicio, por cuanto se mantenía un sobreseimiento temporal.
¿Qué tiene que ver el señor Correa Bulo con todo esto?
El señor MORA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , esta Mesa quisiera darle todo el tiempo necesario para que termine su intervención; no obstante, ya se excedió en un minuto, y debo atenerme al Reglamento.
El señor BERTOLINO .-
Señor Presidente , ¿puede recabar la unanimidad de la Sala, a fin de otorgar unos minutos adicionales al colega con el objeto de que finalice su intervención?
El señor MORA (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo para proceder en tal sentido?
No hay acuerdo.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente, lamento no poder concluir mi alegato.
Todas las presunciones que fundan el proceso indican inequívocamente que existió tráfico de influencias y que él fue ejercido por alguien que tenía poder. La única persona que lo tenía para evitar que un juicio se llevara adelante con normalidad, era quien ejerce como ministro de la Corte Suprema . Quería refrendar ese hecho con un antecedente nuevo; pero, lamentablemente, no dispuse del tiempo necesario para hacerlo.
He dicho.
El señor MORA (Vicepresidente).-
Los tiempos fueron fijados por los Comités. Algunos parlamentarios se han excedido en el uso de la palabra, lo que ha obligado a disminuir el tiempo de otras intervenciones.
Tiene la palabra el diputado señor Nelson Ávila por seis minutos y medio.
El señor ÁVILA .-
Señor Presidente , los diputados acusadores nos plantean un grave problema para el ejercicio limpio y responsable de la facultad constitucional de que estamos investidos: no son creíbles. Para mí, y creo que para cualquier persona que integra un Parlamento o una instancia jurisdiccional, es básica la autoridad moral para formular determinados cuestionamientos llamados a tener una trascendencia muy especial. Quienes forman parte de la Oposición y respaldan el libelo acusatorio, no son criaturas que nacieron a la vida política en la década del 90: arrastran una historia muy larga y un estigma de compromisos y silencios. Quienes hoy se yerguen como violentos e iracundos savoranolas, tienen un pasado que el país conoce. Y es bueno, cada cierto tiempo, recordarlo, porque la memoria es frágil. Ellos son cómplices de la peor inmoralidad que se pudo cometer con la democracia naciente, retratada en la propia Constitución: el artículo transitorio que clausura toda posibilidad de indagar en el pasado. ¡Pusieron una tapa de hierro a la excreta! Con ello, el país quedó privado de indagar aspectos que mancharon nuestra historia en muchos sentidos.
No estaríamos esta noche discutiendo una acusación constitucional contra el ministro Correa Bulo si no hubiera cometido un error trágico: hacer una interpretación de la ley de amnistía favorable a sancionar las violaciones de los derechos humanos. De allí arranca la desgracia y la tragedia del ministro Correa Bulo . Han llegado al paroxismo en un propósito insano. Ha sido patético contemplar cómo trajeron a dar un testimonio deplorable a la ex ministra Gloria Olivares . Allí desnudó toda su tragedia personal, expresada en un desequilibrio que daba pena. En un primer momento, trapearon con ella, la condenaron y la emporcaron, sin siquiera respetar el dolor humano que llegó a vivir. Sin embargo, hoy les servía para un propósito espurio y la utilizaron sin ninguna clase de consideraciones.
¿Quién puede negar el hecho de que el Poder Judicial adolece aún de graves deficiencias y que existen sectores de nuestra ciudadanía a los que se ha denegado la justicia? Pero justamente cuando se aprecia un golpe de timón rectificador, cuando se crea una Comisión de Ética que, incluso, se abocó al tratamiento de tres de los capítulos que forman parte del libelo, hoy lo ponen en la picota pública, porque lo anunció Longueira con su boca séptica, que terminaran “la chacota”. ¿Cuál era “la chacota”? Juzgar a Pinochet, lo que nunca imaginaron, lo que jamás esperaron.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado .
El señor ÁVILA .-
A este Poder Judicial, que entra en un rumbo distinto, diferente del sometimiento al que estuvo durante 17 años, hoy pretenden abortarle el camino de la rectificación.
Varios señores DIPUTADOS.- ¡Tiempo!
El señor ÁVILA .-
Lo único que puedo esperar es que nazca en esta Cámara un mensaje, en el sentido de que los máximos magistrados de nuestros tribunales enfrenten la cobardía moral que hoy hemos presenciado y sigan adelante, porque ese Poder Judicial que en el pasado...
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
Llamo al orden al señor diputado , porque se ha excedido de su tiempo.
El señor ÁVILA .-
...vivió bajo la sumisión, hoy saca sus banderas de dignidad, y eso es lo que realmente les molesta.
He dicho.
Aplausos.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, en verdad, como pocas veces, tengo muchas ganas de hablar en esta sesión.
Quiero hacerlo, porque mi experiencia parlamentaria me señala que hay dos tipos de votaciones: las que se refieren a proyectos, y las relativas a acusaciones constitucionales.
Cuando uno vota una acusación constitucional, lo hace en conciencia; porque se trata de materias respecto de las cuales, de alguna forma, uno se rebela ante una orden de partido o la obligación de votar de una manera determinada.
No me referiré a los cinco capítulos de la acusación, porque creo que no hay nadie que, íntimamente, no comparta que está más que configurada la práctica permanente y reiterada de tráfico de influencias del ministro Correa Bulo . Si alguien quiere ver sólo una cara de la medalla, es una decisión personal.
Algunos vamos a cumplir once años de parlamentarios y debemos responder por lo que hacemos. Hace algunos años, me correspondió conocer una serie de antecedentes sobre la forma en que operaba el Poder Judicial . Tengo la ventaja de no ser abogado -soy ingeniero- y, por lo tanto, libertad para opinar sobre el Poder Judicial y la conducta de algunos de sus jueces.
Hace algunos días, cuando se votó el proyecto que contenía medidas económicas, los diputados concertacionistas cerraron filas en torno de él, porque somos adversarios políticos. Sin embargo, el día lunes el Partido Socialista señaló que, en su congreso del fin de semana, criticó al ministro Nicolás Eyzaguirre y rechazó que se adelantara la devolución de impuestos, porque son partidarios de invertir esos recursos en empleos municipales. Ayer un parlamentario me dijo que en uno de los viajes de vuelta a regiones, se comentó que Longueira tenía toda la razón, porque propuse utilizar esos fondos en generar trabajo.
Entiendo que en los proyectos los parlamentarios de la Concertación tengan que cerrar filas con algo que no comparten, porque son de la coalición gobernante. Pero hoy estamos frente a una acusación constitucional, y cada uno vota en conciencia. Cada uno sabe, ha escuchado, le ha preguntado a los amigos, recibe opiniones.
Quiero ser muy franco. Hace dos años, cuando acusamos constitucionalmente al ministro Servando Jordán , se nos dijo lo mismo que hemos escuchado hoy día. No se imaginan la cantidad de gente que nos llamó a Carlos Bombal y a mí para decirnos que cómo íbamos a acusar a un juez nuestro, que la Concertación nos estaba usando. No conozco a ninguno de los jueces; pero para mí jamás será un argumento decir que es nuestro, porque ha votado en determinada forma, como ustedes lo han dicho en estas ocasiones. Nunca votaré una acusación constitucional porque alguien sea nuestro o de ustedes.
Se ha dado una cantidad de argumentos sobre las motivaciones que tuvo la UDI; sin embargo, quiero ser más franco aún: lamentablemente, siempre habrá razones políticas -en aquella ocasión fue otra-, pero siempre voy a respetar la votación de los parlamentarios, porque creo que debemos hacerlo en conciencia. Lo único que quiero es que cuando mis hijos vean la historia de mi actuación y de mis votaciones noten coherencia y consecuencia. Tengo, al menos, autoridad moral para decir que no sólo patrociné, sino que induje aquella acusación, con la más íntima convicción de que por ser parlamentarios opositores ella no tenía destino. ¿Por qué nosotros, que no tenemos la mayoría política de la Concertación, presentamos una acusación que -como creo ocurrirá hoy-, fue rechazada? Por coherencia, por consecuencia. Lo puedo decir, porque así como ayer actué con uno de los nuestros, hoy no dejaré que mi decisión dependa de la posición política de un juez. En aquella ocasión, lamentablemente, también se usaron razones políticas. Hoy, todas; pero quiero desvirtuarlas una a una.
Por desgracia, esta acusación volvió a coincidir con un hecho político: el desafuero del general Pinochet . ¿Por qué resultó oportuna esta acusación? Porque la UDI tenía tomada la decisión de acusar constitucionalmente a la jueza Gloria Olivares si la Comisión de Ética no la expulsaba. Pero esperamos la decisión de dicha Comisión, y fue ejemplificadora la medida que adoptó, lo cual fortalece al Poder Judicial . Cuando ella mencionó el viaje del señor Correa Bulo a Cuba, no podíamos permanecer indiferentes. ¿Cómo vamos a avalar que un juez de nuestro máximo tribunal viaje a Cuba con un señor que todo el mundo sabe que se dedica a excarcelar narcotraficantes? Ese hecho no puede ser normal; es una pésima señal. Entonces, se aduce que hay que acreditar el delito, que lo pillamos en no sé qué. No, señor. Eso, para la opinión pública, para la ciudadanía, para el chileno común y corriente, es inaceptable.
¿Qué ocurrió después? La jueza Collins da a conocer -para que ustedes lo sepan, porque nadie lo ha dicho- el propio instructivo que había firmado el ministro Correa Bulo y que consignaba que un juez que recibía presiones o tráfico de influencias de otro juez, estaba obligado a denunciarlo a la Comisión de Ética. Por eso se supo este otro caso.
Además, quiero señalar -porque nadie lo ha dicho; por cierto, ni los defensores- que hay otro instructivo de la Corte Suprema en que se expresa claramente cuándo los jueces deben poner a disposición de los tribunales a las personas que están detenidas. Cuando esto ocurre un día sábado, todos los jueces de Chile deben hacerlo a primera hora del lunes. Están los instructivos que precisamente se vieron en la Comisión de Ética. Pero no me voy a referir a los casos, porque tanto la participación como el tráfico de influencias del ministro están claros.
Sin perjuicio de estos dos hechos, también les quiero recordar que cuando acusamos a Jordán -alguien lo dijo-, retiramos el capítulo relativo a la hermana de Correa Bulo, porque los abogados que estudiaron los fundamentos del libelo nos dijeron que aquel no tenía nada que ver, en la materia, dado que el eje de la acusación era contra Jordán . Pero, en primera instancia, lo incorporé, en atención a que fue tanta la gente que me llamó -de ustedes y nuestra, gente honesta- para decirme: “Al fin alguien se atreve a hacer esto con Jordán; pero también hágalo con Correa Bulo . Son iguales”. Quiero ser franco; así me lo decía gente decente que quiere terminar con estas prácticas en los tribunales. Pero después, como resolvimos que el eje de esa acusación era Jordán, excluimos el capítulo.
Entonces, cuando supimos que Correa Bulo había viajado a Cuba acompañado del señor Mario Valenzuela , abogado de narcotraficantes; el llamado a la jueza María Inés Collins y lo acontecido en la farmacia de la hermana del ministro , dijimos: “Estudiemos esta acusación”. Se armó la batería inmediatamente. Ésta es la persecución de Longueira, de la UDI, al Poder Judicial; esto es por el hecho de que Correa Bulo presida la sala penal.
Les quiero decir una cosa: respetamos a los jueces que han votado, como ustedes quieren, en materia de derechos humanos. ¿Pero ellos tienen licencia en este país? ¿Están asegurados de que nunca podrán ser acusados, porque fallan como ustedes quieren? ¿Ustedes no se dan cuenta del daño de estar defendiendo a alguien por esas razones?
Así se defendió a García Pica, y resulta que en esta acusación, adicionalmente, se nos señala el caso del ex detective Sergio Oviedo , acusado de narcotráfico, y con cuyo abogado Correa Bulo viajó a La Serena.
¿Qué más necesitamos? ¿O vamos a dar una señal al país de que los magistrados nuestros gozan de impunidad?
Les quiero informar que voto inmediatamente a favor del reemplazo de Correa Bulo por otro de ustedes que no incurra en estas prácticas. Inmediatamente. ¿O no queremos dar este paso?
Entonces, perdónenme que sea más franco aún: la Comisión que estudió esto en la UDI llegó a la conclusión de que había razones para acusar constitucionalmente a Correa Bulo por la causal de notable abandono de deberes; porque cuando un juez trafica influencia, está denegando justicia en esos casos.
Eso es el tráfico de influencias. No sólo para enriquecerse, porque aquí se arguye: ¿Se ha enriquecido el ministro ? No. Puede haber un ministro chantajeado. Puede estar realizando sus conductas por muchas razones; no para enriquecerse. Puede ser que el ministro sea pobre; pero puede haber muchas causales por las cuales alguien incurre en tráfico de influencias.
Entonces, lo único que me manifestaron los integrantes de esa Comisión -y lo voy a decir aquí- fue que el problema que tenemos es el desafuero; no se ha dicho que este libelo obedece a esa razón. Todos fueron partidarios de presentar esta acusación, y me comprometí con ellos a que jamás íbamos a vincular el desafuero con los fundamentos de esta acusación. ¡Desafortunadamente han coincidido! Porque tengo la íntima convicción de que, si no fuera así, al igual como habría ocurrido con Servando Jordán , gente decente que está aquí, aunque seamos adversarios políticos, mayoritariamente la aprobaría.
Somos adversarios políticos; a veces muy duros, y ustedes iguales que yo; pero al final, los respeto porque nos conocemos; y cuando la palabra se empeña y algunos de ustedes la cumplen, ella tiene valor, y uno empieza a distinguir, en este Congreso, quiénes son decentes, quienes cumplen la palabra, aunque sean feroces adversarios nuestros. Somos adversarios; pensamos distinto. Pero acusaciones como ésta nos permiten demostrar que somos libres.
En razón de esa libertad, voy a votar a favor de esta acusación, con la más íntima convicción de que estoy haciendo lo correcto, como también cuando voté contra Jordán , y uno era de allá y el otro era de acá. Me da lo mismo. Perdónenme que se lo diga. Esto no lo manifiesto para generar algún incidente.
Se me planteó si yo o la UDI estábamos dispuestos a no presentar la acusación si, en el desafuero, se cambiaba el voto de Correa Bulo. Me fue planteado un día miércoles, la semana anterior al fallo. Cuando escuchaba a quienes me planteaban esta posibilidad, me dije que ésta es la razón más profunda de por qué estoy en política; está cada vez más cerca el día en que la voy a dejar. Pero tiene sentido estar en política hoy día por esta razón; porque es mucho más fácil no hablar, quedarse callado, no votar o irse. Yo quiero dar la cara; que el día de mañana mis hijos digan: “Mi padre fue consecuente”.
Nadie de la UDI supo que me lo habían planteado; pero el viernes les dije a mis interlocutores que jamás aceptaría, que privilegiaba una UDI decente, y que mientras yo fuera presidente, prefería que se desaforara a Pinochet. El lunes anterior al fallo, miembros de la directiva de la UDI se enteraron de esto -yo estaba fuera de Santiago por un problema familiar- y me llamaron para chequear esta información, ya que podía darse la posibilidad de que Correa Bulo fuera el voto decisivo. Les dije: “Perdónenme; sobre mi cadáver”. Efectivamente, me negué: “Si Pinochet es desaforado, que lo sea, pero prefiero una UDI decente en el futuro y que podamos mirarnos a la cara”. Eso tiene mucho valor para nosotros, amigos. Sabemos que vamos a perder esta acusación constitucional. Cuando nos miremos al espejo, nosotros, no los del pasado, nos preguntaremos: ¿cómo votamos? Cada uno, individualmente, puede decir: “Fui consecuente”.
Ustedes saben lo que todo Chile opina sobre Correa Bulo . Pregunten a abogados, a gente seria del sector de ustedes. No hay dos opiniones de Correa Bulo ni de Jordán.
Por eso, esta votación es distinta, individual; y lo único que les quiero decir es que voy a votar, feliz, a favor de esta acusación constitucional.
He dicho.
-Aplausos.
El señor LEÓN (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, por quince minutos, el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente , comienzo mi intervención saludando a la inmensa mayoría de los miembros del Poder Judicial , no sólo a los magistrados de la Corte Suprema y de las cortes de apelaciones, sino también a los jueces de letras y jueces especiales del Trabajo, de Menores; a las señoras secretarias y señores secretarios y a todos los funcionarios judiciales en general, que pueden contar con nuestro respaldo, y a quienes les queremos enviar el mensaje de que en este país no hay un sector que sea dueño de la moral, de la verdad, de la ética, y que con las imperfecciones propias del ser humano, requieren hoy de sus conciudadanos el apoyo para la labor tan delicada y compleja que realizan y que es injusto que sean tan vilmente humillados y denigrados, como ha ocurrido durante esta acusación constitucional.
Además, todos votamos en conciencia y todos somos libres. Votamos en conciencia, porque no fue un consejo nacional de mi partido u otras comisiones políticas que decidieron el destino de esta acusación constitucional. Fue la comisión política de la UDI, presidida por el honorable diputado señor Pablo Longueira , la que determinó presentarla, por lo que la libertad de ese sector es distinta a la nuestra.
Por otra parte, la libertad de la cual hoy me enorgullezco me permitió liberarme de Pinochet, porque cuando presentamos aquí la acusación en su contra, había algunos que estaban atados de manos y de pies, los de la Derecha, que no votaron en conciencia porque necesitaban defender al dictador.
La Democracia Cristiana va a seguir defendiendo permanentemente la acusación constitucional como un mecanismo necesario para nuestra democracia. Además, vamos a exigir que todas las autoridades públicas, estén o no obligadas a colaborar en la actualidad, tengan la obligación de hacerlo. No obstante, no nos vamos a prestar para jugarretas.
Es muy importante tener presente que votaremos de acuerdo con el mérito de los antecedentes y con las convicciones a que hemos arribado, luego de haber estudiado los antecedentes y de haber participado en la Comisión. En consecuencia, quien habla, así como la inmensa mayoría de los diputados democratacristianos, estamos convencidos de que, más allá de las palabras, de los dichos y de las imputaciones gratuitas, no hay ninguna prueba que acredite los capítulos de la acusación con hechos directos y personales de Correa Bulo. Tanto es así que escuché hace poco rato a un diputado que dijo en esta Sala que asumía su responsabilidad, que denunciaba un hecho gravísimo, pero que no tenía pruebas. Otra diputada dijo que el acusado tenía que demostrar su inocencia. Sé que no es abogada, pero, por Dios, con esa afirmación cambia de una plumada todos los principios del derecho y toda la presunción de la buena fe. Ahora entiendo por qué se hacen tantas acusaciones irresponsables: porque creen que los acusados tienen que probar su inocencia. ¡Dios nos libre de esas personas!
Quiero recordar a quienes se dicen cristianos que quienes profesamos esa fe respetamos la dignidad del ser humano por sobre todas las cosas. Es una cuestión básica: respetar a las personas, no acusarlas así simplemente y creer que, por haber presentado la acusación, es culpable, por cuanto, en esa forma, podemos destruir a una persona. A Correa Bulo lo destruyeron cuando ganaron la batalla comunicacional. Hoy lo condenó esta sociedad, no sólo como traficante de influencias, sino que, además, por “coquero”, como dijeron. Eso no tiene vuelta atrás, pero esas son acusaciones irresponsables.
El honorable diputado señor Pablo Longuera dijo que respondían por lo que hacían y planteó por qué presentaron esa acusación, sabiendo que la iban a perder. Señaló que era por motivos de conciencia.
Después de tanto tiempo, ¿ustedes creen que somos ingenuos? ¿Cómo vamos a creer una cosa así? Aquí, independientemente del proceso, de la causa y de los resultados a que llegó la Comisión que estudió la acusación, hay hechos políticos que subyacen, que están presentes. ¿Cuáles son? Quiero que pensemos rápidamente en tres cosas: primero, quiénes son los acusadores, los protagonistas de la acusación; segundo, quién es el acusado y, tercero, vamos a descubrir el verdadero motivo por el cual esta acusación se presentó.
¿Quiénes son los acusadores? La UDI, que involucra a algunos diputados de Renovación Nacional, porque sólo algunos fueron arrastrados a apoyar esta acusación.
¿Quiénes son los defensores? Gente como Luis Valentín Ferrada , de Renovación Nacional; como Carlos Cruz-Coke, que podemos decir que es francamente de extrema derecha.
¿Quiénes son los testigos? Un señor Sergio Urrejola , de Derecha; Gloria Olivares , quien participó en la celebración del 11 de septiembre, haciendo brindis por el general Pinochet .
La Derecha pretende hacernos pisar el palito con esta inepta e irresponsable actitud.
¿Saben por qué presentan la acusación? Porque quieren que la rechacemos en bloque, para forjarse una gran imagen de defensores de la lucha antidroga, que votan en conciencia. Ya vivimos este truco en la acusación anterior.
Las distinguidas colegas de Renovación Nacional que fueron arrastradas a esta acusación tienen un problema: el recuerdo de lo que sucedió entre Andrés Allamand y Carlos Bombal . Gracias a la acusación constitucional en contra de Jordán, que yo y muchos democratacristianos apoyamos en su oportunidad, Bombal le ganó la senaduría a Allamand. Ahora creen que ese viejo truco volverá a funcionar. ¡Por Dios, seamos más serios! A veces vestirse con ropas ajenas cae mal, no gusta, no es serio.
Aparte de ese viejo truco, yo recordaba que Carlos Bombal , después de una tremenda barrida a la droga, no hizo nada más en contra de la droga, ni un proyecto, ni un programa, ni una participación en el Senado. O sea, utilizó y manipuló el tema.
Sin embargo, independientemente de eso, aquí nos tienen embarcados en esta acusación, respecto de la cual la honorable diputada señora Pía Guzmán dijo a “La Segunda” que una de sus testigos había traído un ventilador para tirar porquería. Así lo dijeron. Y aquí estamos todos, el país y las Cámaras, preocupados de esta acusación constitucional. ¡Dios nos libre de estas personas!
Ahora, ¿a quién escogieron? Al señor Correa Bulo . Es verdad que todo el mundo conoce sus desaciertos, no queremos negarlo. Independientemente de que no se haya probado su participación en ningún ilícito, todo el mundo habla de Correa Bulo. ¿Será eso suficiente para condenarlo? Algunos lo han condenado ya. Lo acusaron de pertenecer a una red de protección al narcotráfico y de que es un traficante de influencias.
Respecto de la primera acusación, la parte defensora presentó una gran cantidad de sentencias que destruyen ese argumento, mientras que la parte acusadora no presentó ninguna.
En cuanto a la acusación de que es un traficante de influencias, quiero preguntarles una cosa, pero, por favor, piensen. ¿Cuántos de nosotros no hemos ido más de alguna vez ante un juez, un secretario, una autoridad pública, un oficial de Carabineros o ante quien sea a pedir una ayuda a requerimiento de nuestros electores, de personas humildes -de gente que necesita de nuestra representación, de nuestra calidad de diputados-, porque creímos que era importante ayudarla? Hoy, todos nos hacemos los lesos, nadie lo recuerda; pero eso también es tráfico de influencias.
Aquí quieren crucificar a Correa Bulo , o ya lo crucificaron efectivamente, porque lo escogieron como el chivo expiatorio de la venganza que prepararon por el desafuero a Pinochet. ¡Eso es!
No voy a decir quién es Correa Bulo. El tema de derechos humanos será suficientemente tratado, quizás más adelante. Todo el mundo lo sabe. Entonces, el fondo del asunto es el objetivo político y todos sabemos que apunta a la venganza.
Además, estamos convencidos de que aquí hay una campaña para destruir al Poder Judicial . Quieren terminar con la sala penal; quieren hacer pedazos la jurisprudencia que en materia de derechos humanos se ha establecido. ¡Vean ustedes las declaraciones irresponsables que esta semana se han estado haciendo contra el Poder Judicial ! ¡Por Dios! No solamente las de Longueira, cuando hablaba de chacota y le decía más groserías, sino lo que esta semana salió en contra del Poder Judicial , y van a ver que ese camino ya lo recorrimos en alguna oportunidad en un tiempo que quizás todos quisiéramos olvidar, pero que siempre lo tendremos presente. Lo recorrimos allá por el año 1973, cuando todo el mundo trataba a las instituciones democráticas con el vocabulario más soez. Muchos saben hoy de su responsabilidad acerca de esos hechos, pero algunos han aprendido la lección y otros no. Así comenzó ese tiempo y todos ustedes saben cómo terminó: ¡con la peor tragedia que hemos vivido en los últimos años!
¿Cómo eran esas declaraciones? Irresponsables, como las de ahora. Así trataban en ese tiempo al Poder Judicial : “Viejos de mierda”, decía un diario de esa época.
(Hablan varios señores diputados a la vez).
Luego, decía: “No son de mierda; son ladrones”.
¿Ustedes quieren ser el nuevo “Puro Chile”? ¿Ese es su papel? ¿Eso quieren? ¿Esa es la seriedad que quieren? ¿Convertirse en el nuevo “Puro Chile” del país?
Aquí no hay nadie que quiera repetir esa historia. ¡Nadie! ¡No nos vamos a prestar para este juego! ¡No, señores! Y la diferencia entre ustedes y nosotros es que creemos en la democracia y ustedes no.
He dicho.
-Aplausos.
El señor LEÓN ( Vicepresidente ).-
En los doce minutos finales del tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS .-
Señor Presidente , es muy lamentable para nuestro Estado de derecho que por los fundamentos de los acusadores, que dicen textualmente: “el narcotráfico cuenta con redes de protección en los Tribunales, que ejercen su influencia en forma subrepticia pero tremendamente eficaz, hasta el extremo de conseguir de manera escandalosa la impunidad de los inculpados en delitos gravísimos”, y también por haber presentado determinados testigos en la misma dirección: la ex ministra Gloria Olivares y el presidente del Colegio de Abogados A.G.; se desvirtúe totalmente el objeto de la acusación y se la convierta en una crítica injustificada y desmedida en contra del Poder Judicial y, especialmente, de la Corte Suprema. Esto, además, permitió llevar a cabo, mediante el uso y abuso de los medios de comunicación, una campaña de desprestigio contra nuestras instituciones judiciales.
A ello se agrega el origen espurio de esta acusación, pues aparece ligada al desafuero de Augusto Pinochet, ya que, es público y conocido que se planteó con motivo de dicho antejuicio. Más aún, ya en ese momento se lo conectó con el desprestigio a nuestro Poder Judicial y a la Corte Suprema. Es así como se señaló reiterada y majaderamente, que se estaba en presencia de una “chacota” judicial.
No se perdona que hoy tengamos una justicia y un Estado de derecho y que hayan perdido una justicia sometida al terror de la dictadura, lo que le impedía ejercer sus facultades.
Todo lo anterior ha motivado la existencia de dos procesos. Uno, dentro de la Comisión, en la cual siempre quedó en evidencia, desde el inicio hasta el final, la falta de fundamentación de la acusación. Y el otro, que se realizaba usando y abusando de los medios de comunicación, que daba cuenta de algo completamente diferente, distorsionándose intencionalmente la realidad.
Con ello, además, se ha producido un desprestigio de las facultades acusadoras de nuestra Cámara, lo cual es grave, como también es grave que ustedes lo estén haciendo, porque desprestigia a esta institución, pues es nuestro deber, conforme a las facultades otorgadas, acusar constitucionalmente a cualquiera autoridad.
Por otra parte, este abuso nos ha llevado a un conflicto general con la Corte Suprema y, en especial, respecto de las relaciones de reciprocidad que deben existir entre los Poderes del Estado. Lamentablemente, los acusadores, por ignorancia -supongo- han socavado sus bases, al confundir la relación de reciprocidad con un derecho a exigir actuaciones a la Corte Suprema que quedan, exclusivamente, dentro de sus facultades privativas, como es entregar antecedentes que ella ha determinado que tienen el carácter de secretos, como nosotros también podríamos determinarlo en una comisión investigadora y la Corte Suprema no nos podría exigir, sino sólo pedirnos reciprocidad.
Se han erosionado nuestras facultades y son ustedes los culpables de ese desprestigio y de esa erosión.
Ahora bien, en relación con los cargos de la acusación, los acusadores creen -supongo que también por ignorancia- que basta con formular los cargos y que los defensores deben probar la inocencia, con lo cual borran de una plumada nuestra Constitución y el principio de presunción de inocencia aceptado por nuestro país al suscribir los tratados internacionales correspondientes. Al parecer, no han leído nuestra Carta Fundamental.
La primera -la acusación fundamental- se refiere a la existencia de una red de protección al narcotráfico en los tribunales, la cual se pretende hacer recaer en el ministro Correa Bulo.
Esta manera de acusar ya la conocemos. Ocurrió hace tiempo en contra de esta misma Cámara de Diputados, y me tocó defender al entonces diputado Latorre , al que se le montó todo un complot urdido ingenuamente por quien fuera destacado ministro de Augusto Pinochet , Francisco Javier Cuadra .
Hoy se ha montado un complot contra otro Poder del Estado, también ingenuamente, como consecuencia -se dice ahora- del desafuero de Augusto Pinochet, y también porque antes el ministro Servando Jordán había condenado a Contreras y Espinoza . Allí se acuerdan de los principios.
(Aplausos).
Ahora bien, respecto del primer capítulo se señalan dos cargos:
Uno se refiere al proceso en contra de Gilda Correa Bulo y se pretende formular el cargo sobre la base de un análisis del proceso, de sus irregularidades, cosa que no nos corresponde porque fue revisado por la corte de apelaciones y por la Corte Suprema y no hubo al respecto ninguna sanción disciplinaria en contra de los ministros y jueces. Más aún, el Consejo de Defensa del Estado tuvo las manos libres para hacer y pedir todas las diligencias que estimara convenientes, y no pidió el auto de procesamiento. Más todavía, hay sólo sobreseimiento temporal. Con nuevos antecedentes, el Consejo de Defensa del Estado podría reabrir hoy el proceso, pero no lo ha hecho. Por lo tanto, hay un procedimiento justo, de acuerdo a nuestras leyes. Sin embargo, se hacen críticas y se pretende levantar un cargo contra el ministro Correa Bulo . Eso demuestra no sólo ignorancia jurídica, sino también ignorancia común para los efectos de determinar cómo se generan las pruebas dentro de un proceso.
El otro cargo dice relación con el viaje a Cuba y se señala que no es posible que un ministro de la Corte Suprema viaje con un abogado, al cual se le desprestigia y estigmatiza por el hecho de que es excarcelero, de que en su profesión solamente se dedica a tramitar libertades provisionales, como si eso en Chile fuera un pecado, un delito, cuando justamente está ejerciendo una profesión que es digna.
Más aún, con ignorancia o ingenuidad se pretende desconocer que las libertades provisionales sólo se plantean ante el juez y la corte de apelaciones; nunca ante la Corte Suprema, ante el ministro Correa Bulo . ¡Cómo puede haber, entonces, influencia para proteger al narcotráfico si nunca el abogado Valenzuela llegó a la Corte Suprema! Ignorancia o ingenuidad. Y con eso se quiere probar el tráfico de influencias y la protección al narcotráfico.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Le queda un minuto, señor diputado .
El señor BUSTOS .-
Pero, ahora, resulta que lo que era fundamental pasa a ser accesorio y lo fundamental es el tráfico de influencias. ¿Qué es lo fundamental? El deber de la jueza Collins. De acuerdo con el Código de Procedimiento Penal, ella debería ser sancionada; de acuerdo con la Constitución, ella debió dar la libertad y no la dio. Cualquiera autoridad le puede exigir el cumplimiento de su deber, y eso ahora se llama “tráfico de influencias”. Es que no se perdona que hoy tengamos un Poder Judicial democrático.
En la actualidad, en Chile, no sólo no se pide perdón, sino que no se perdona que se haga justicia.
He dicho.
-Aplausos.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fossa.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , honorable Cámara, quisiera fundamentar mi voto en esta acusación constitucional deducida en contra del ministro de la Corte Suprema don Luis Correa Bulo , por la causal de notable abandono de deberes.
Señor Presidente , no soy abogado y mi profesión está lejos de tener alguna vinculación con los tribunales de justicia; sin embargo, deseo exponer mi pensamiento en orden a cuál debe ser la conducta que debe observar un profesional miembro del Poder Judicial , y además integrante de la Excelentísima Corte Suprema, que para algunos es la profesión más cercana a lo divino.
Un magistrado es una persona que debe estar regida por una acendrada vocación de servicio público, pues su trabajo requiere de sacrificio, abnegación y una entrega total a su función, debiendo en muchas ocasiones renunciar y las más de las veces privarse de comodidades y lujos, a los cuales todos tenemos derecho. Lo anterior no tiene otro fundamento que asegurar a quienes concurren a los tribunales, la debida imparcialidad y equidad en su actuar.
Conjuntamente con estas privaciones, que todos ustedes conocen y que podríamos llamar personales, un magistrado, además, ha de abstraerse de cualquier elemento extraño que perturbe el ejercicio de la justicia, tales como posición social, situación económica, religión o pensamiento filosófico de quienes queden sometidos a su función jurisdiccional, todo ello para hacer realidad el concepto de justicia que ya dio Aristóteles: “Dar a cada quien lo que le corresponde”.
Todo juez debe tener entonces meridiana claridad, desde el momento en que asume la función judicial, y más aún en nuestro país, que no puede aspirar a grandes retribuciones económicas ni pretender enriquecerse con el ejercicio de su cargo. El máximo honor al que puede aspirar es el de tener la satisfacción íntima de haber obrado con justicia, observando y aplicando la ley, en cada uno de los casos en que ha tomado conocimiento.
Para el común de la gente, este es prácticamente un ejercicio reverencial y así lo enseñamos, lo aprendemos y lo respetamos de por vida.
En mi calidad de diputado de región , he conocido de cerca el desempeño de los jueces y los grandes sacrificios personales y familiares que deben hacer, manteniendo una conducta intachable y alejados de toda figuración social, para así evitar ser sometido a presiones exógenas, que puedan afectar su decisión y con ello perjudicar a los propios interesados.
Señor Presidente , en resumen, quiero hacer mías las palabras expresadas por don Piedro Calamendrei en su libro “Elogio de los jueces, escrito por un abogado” y tantas veces citadas en este debate y que resumen la calidad personal y profesional que debe tener todo juez: “tan elevada es en nuestra estimación la misión del juez y tan necesaria la confianza en él, que las debilidades humanas que no se notan o se perdonan en cualquier otro orden de funcionarios públicos, parecen inconcebibles en un magistrado”. Máxima, por lo demás, estimados colegas, que perfectamente puede y debiera ser aplicada a nuestro quehacer.
Es por esto, señor Presidente , que, a pesar de no ser un hombre de derecho, me asiste la convicción de que en esta acusación constitucional, entablada en contra del ministro de la Excelentísima Corte Suprema señor Luis Correa Bulo , se ha configurado la causal prevista por el artículo 48 Nº 2 letra c) de nuestra Carta Fundamental, es decir, la de notable abandono de sus deberes. Por haber incurrido en tráfico de influencias, en forma reiterada, lo que ha incidido en una administración de justicia que no se condice con lo que prescriben la Constitución y las leyes.
A mi juicio, señor Presidente, la causal de notable abandono de deberes se ha configurado en varios de los hechos que conforman el libelo acusatorio:
Así, respecto del tráfico de drogas controladas en una farmacia de Gilda Correa bulo, hermana del ministro acusado, ha quedado claramente establecido que existió un procedimiento caracterizado por la irregularidad, por no decir ilegalidad, en donde no se sometió a proceso a la hermana del señor Correa Bulo , a pesar de que, como lo señalara el abogado integrante Crisólogo Bustos , en la causa se encontraba legalmente justificada la existencia de los delitos que investigaron. La participación del magistrado se limitó a ejercer su influencia para que el nombre de su hermana fuera borrado del proceso, sin perjuicio de haber intervenido directamente en la calificación de la jueza que sustanció la causa debiendo haberse inhabilitado, en razón del principio de transparencia. Sin embargo, cabe la pregunta si yo o cualquiera de nosotros no actuaría en forma semejante si se tratara de un familiar o amigo: tal vez sí, pero ese actuar, indudablemente, se enmarca dentro de lo que entendemos por tráfico de influencia.
Respecto a la acusación de ejercer tráfico de influencias ante un juez en favor de un empresario francés, lo informado por la jueza Collins del Juzgado de Letras de Colina y la resolución de la Comisión de Ética de la Corte Suprema ahorran palabras. Basta recordar que el Pleno del Tribunal acordó formular un severo llamado de atención al ministro Correa Bulo , por incurrir en actuaciones reñidas con la ética y la probidad funcionaria, calificándola incluso de desatino.
En cuanto a la intervención del ministro Correa Bulo en el caso del mercado de Concepción, parece inexplicable la participación de un ministro de la Corte Suprema en un acto entre privados, negociación que ha sido calificada por la comunidad penquista como escandalosa y de negociado, y cuya vista judicial aún se encuentra pendiente. No ha quedado claro en el proceso cuáles fueron las causas que motivaron esta visita; sin embargo, la sola presencia de un ministro en un negocio de dudosa transparencia, no hacen más que confirmar esta conducta.
Señor Presidente , en lo que se refiere al viaje que el señor Correa Bulo efectúa a Cuba junto a un ministro de la corte de apelaciones y a un conocido abogado excarcelador de narcotraficantes, me viene a la mente el viejo aforismo popular, que el ministro penosamente no recordó y que dice “la mujer del César no sólo debe ser honrada, sino también parecerlo”. Sin embargo, y recordando el hecho de que esta es la profesión más cercana a lo divino, cito un pasaje del Deuteronomio cuando, refiriéndose a los jueces, señala: “No torcerás el derecho ni te fijarás en la condición de las personas. No aceptarás regalos, porque los regalos ciegan los ojos de los sabios y se hacen en perjuicio de los justos”.
Señor Presidente , todo estos antecedentes no hacen más que confirmar la existencia de tráfico de influencias, valiéndose para ello de su alta investidura como magistrado del más alto Tribunal de Justicia del país, lo cual, a mi juicio, configura la causal de notable abandono de deberes.
He dicho.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura a los pareos.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Se han registrado los siguientes pareos en la Secretaría de la Corporación: del señor Pérez, don Aníbal, con el señor Errázuriz, don Maximiano; del señor Pérez, don José, con el señor Longton, don Arturo, y de la señora Prochelle, doña Marina, con el señor Letelier, don Juan Pablo.
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Por un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Paya.
El señor PAYA.-
Señor Presidente , he percibido alguna confusión respecto de si se va a votar el informe o la acusación. Esto es relevante y sería pertinente hacer la misma aclaración que se hizo con motivo...
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Perdón, señor diputado . No hay ninguna duda. Según el acuerdo de los Comités, la acusación se votará en forma económica.
El señor PAYA.-
Con mayor razón, señor Presidente . Es fundamental aclarar la duda que se presenta siempre respecto del rol de las abstenciones en el caso de las acusaciones constitucionales, porque la Constitución exige la mayoría presente. Por tanto -esto lo hizo ver, en su oportunidad, el entonces Presidente de la Cámara , señor Gutenberg Martínez -, las abstenciones tienen el mismo peso de un voto contrario.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Señor diputado , la Mesa lo tiene absolutamente claro y creía que los diputados también.
La acusación tiene que aprobarse por la mayoría de los diputados presentes en la Sala. En el caso de las abstenciones, éstas se suman a los rechazos.
Tiene la palabra el diputado señor Paya.
El señor PAYA.-
Señor Presidente , la sugerencia usada en esa oportunidad por el Presidente de la Cámara fue clave: el que quiera no manifestar opinión ni a favor ni en contra que apague el sistema.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).-
Así es, señor diputado .
En votación la acusación constitucional.
-Efectuada la votación, en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 60 votos. Hubo 3 abstenciones.
El señor JEAME BARRUETO ( Presidente ).- Rechazada.
-Aplausos.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
El señor JEAME BARRUETO (Presidente).-
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta
Se levantó la sesión a las 21.06 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que convoca a la 343ª Legislatura, Extraordinaria, de sesiones del Congreso Nacional.
?Santiago, septiembre 13 de 2000.
“Conciudadanos de la Cámara de Diputados y del Senado:
En uso de las facultades que me confieren el número 2º del artículo 32 y el artículo 52 de la Constitución Política de la República, tengo el honor de convocar a Legislatura Extraordinaria de sesiones del honorable Congreso Nacional, a partir del día 03 de octubre, a fin de ocuparse de los asuntos legislativos y tratados internacionales que a esta fecha se encuentran en tramitación en el honorable Congreso Nacional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República ; ÁLVARO GARCÍA HURTADO , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio del Senado mediante el cual se modifica el requisito de estudios para obtener licencias de conducir, establecido en la ley Nº 18.290. (boletín Nº 2396-15) (S)
Con motivo de la moción, informe y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de vuestra Excelencia, el Senado ha dado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 13 de la ley Nº 18.290, ley de Tránsito:
“El requisito especial de ser egresado de enseñanza básica, exigido para obtener las licencias profesionales Clase A, y no profesionales Clases B y C, se entenderá cumplido por el examen de equivalencia de estudios para fines laborales establecido en el Título VI del Decreto Nº 62, de 1983, de Educación.”.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario (S) del Senado”.
Moción del honorable senador señor Horvath , con la que inicia un proyecto de ley que modifica el requisito de estudios para obtener licencias de conducir, establecido en la ley Nº 18.290. (boletín Nº 2396-15)
“Considerando:
1. La enseñanza básica hasta octavo básico en Chile es obligatoria, según el artículo 19, Nº 10, inciso cuarto de la Constitución Política de la República.
2. La mayor complejidad del mundo actual hace necesario cumplir con esta exigencia de enseñanza, siendo incluso deseable el que se aumente a la Educación Media.
3. Pese a esta obligatoriedad hay aún muchas personas que por edad, falta de acceso a establecimientos educacionales o carencia de escuelas que den enseñanza completa, no cumplen con la condición de egresados de enseñanza.
4. Esta obligatoriedad ha dificultado la continuidad laboral de muchas personas, especialmente de sectores aislados, como es el caso de los conductores de vehículos motorizados, a los que se exige este requisito.
5. El que el decreto Nº 62 del Ministerio de Educación Pública que fija en texto actualizado y refundido diversos reglamentos sobre evaluación y promoción escolar y sobre otras disposiciones relativas a esta materia, establece en su Título VI (artículos 84 al 98) la posibilidad de exámenes de equivalencia de estudios para fines laborales.
Es que vengo a presentar la siguiente
MOCIÓN DE LEY
“REGULA REQUISITO DE ESTUDIOS PARA OBTENER
LICENCIAS DE CONDUCIR”
Artículo 1
Agréguese el Nº 4 a los requisitos generales establecidos en el Artículo 13 de la ley Nº 18.290 modificada por la ley Nº 19.495:
“El requisito especial de ser egresado de enseñanza básica se entenderá cumplido por el examen de equivalencia de estudios para fines laborales establecido en el Título VI del Decreto Nº 62 de 1983 del Ministerio de Educación Pública”.
3. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 12 de septiembre de 2000.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa honorable Cámara, el proyecto de acuerdo que aprueba el “Convenio del Programa Cooperativo para el Fondo Regional de Tecnología Agropecuaria”; su anexo I, relativo a participantes y contribuciones; su anexo II, que contiene el “Convenio de Administración del Programa Cooperativo para el Fondo Regional de Tecnología Agropecuaria”, y los apéndices “A” y “B” de este Convenio, suscritos el 15 de marzo de 1998, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, por Chile, Argentina, Colombia , Costa Rica , Ecuador , Nicaragua, Panamá , Paraguay , República Dominicana, Uruguay , Venezuela, el Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (Ciid)-Canadá y el Banco Interamericano de Desarrollo.”.
Lo que comunico a V.E. en respuesta a su oficio Nº 2925, de 6 de julio de 2000.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario (S) del Senado”.
Moción del diputado señor Arratia .
Modifica el artículo 152, de la ley Nº 18.892, general de Pesca y Acuicultura. (boletín Nº 2588-01)
“Considerandos:
-En el Consejo Nacional de Pesca, constituido por 19 miembros, existe tan sólo un representante de los pescadores artesanales.
-Los pescadores artesanales representan al menos el 45% de las personas que laboran en relación con el tema pesquero.
-No existe correspondencia por tanto, proporcional, entre lo que representan en el sector pesquero y su representación en el Consejo Nacional.
Proyecto de ley:
Artículo único.- Modifícase el artículo 152 de la ley Nº 18.892, ley general de Pesca y Acuicultura, en los siguientes términos:
a. Reemplázase en la letra g), el numeral “Cuatro” por “Tres”.
b. Suprímese a continuación de “los armadores industriales” la frase “de productos para la alimentación humana directa; otro, a los pequeños armadores industriales”.
c. Sustitúyese en el mismo párrafo, la palabra “cuarto” por “tercero”.
d. Elimínanse las expresiones “otro, a los pequeños armadores industriales” que figura a continuación de la frase: “En el Consejo Zonal de la III y IV regiones, uno de ellos representará a los armadores industriales;”.
e. Reemplázase en la expresión “cuarto”, que aparece después de la frase “otro, a los industriales de plantas procesadoras de productos pesqueros, y un” por la expresión “tercero”.
f. Elimínase la frase “otro, a los pequeños armadores industriales” que figura a continuación de “En el Consejo Zonal de la V, VI, VII, VIII y IX regiones e islas oceánicas, uno representará a los armadores industriales de la pesca pelágica; otro, a los armadores industriales de la pesca demersal;”.
g. Sustitúyese a continuación de las expresiones ya individualizadas en la letra anterior, la palabra “cuarto” por “tercero”.
h. Elimínase a continuación de la frase “en el Consejo Zonal de la X y XI regiones, uno representará a los armadores industriales;” la expresión “otro, a los pequeños armadores;”.
i. A continuación de la modificación anterior, reemplázase el numeral “cuarto” por “tercero”.
j. Asimismo, en el párrafo siguiente, elimínase la frase “otro, a los pequeños armadores industriales”.
k. Modifícase (la letra h), en los siguientes términos: Reemplázanse “Cuatro consejeros” por “Siete consejeros”.
Agrégase a continuación de “oficiales de naves especiales” las palabras “, un representante”.
Agrégase a continuación de “tripulantes de naves especiales” las palabras “un representante”.
Agrégase a continuación de “trabajadores de la industria” las palabras “un representante”.
Agrégase, en seguida, de la frase “los pescadores artesanales” las palabras “cuatro representantes”.