Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- INTERVENCIÓN : Andres Palma Irarrazaval
- RATIFICACIÓN DE DENUNCIA. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- V. ORDEN DEL DÍA
- REAJUSTE DE REMUNERACIONES AL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jose Garcia Ruminot
- INTERVENCIÓN : Pedro Hector Munoz Aburto
- INTERVENCIÓN : Rodrigo Alvarez Zenteno
- INTERVENCIÓN : Adriana Munoz D'albora
- INTERVENCIÓN : Rodolfo Seguel Molina
- INTERVENCIÓN : Haroldo Fossa Rojas
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Maria Isabel Allende Bussi
- INTERVENCIÓN : Edmundo Villouta Concha
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Ibanez Santa Maria
- INTERVENCIÓN : Antonella Sciaraffia Estrada
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- INTERVENCIÓN : Anibal Perez Lobos
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- DEBATE
- PRÓRROGA DE BENEFICIOS PARA LA OCUPACIÓN DE MANO DE OBRA EN REGIONES. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- REAJUSTE DE REMUNERACIONES AL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- COMISIÓN INVESTIGADORA SOBRE VIABILIDAD DEL SISTEMA DE INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL.
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- DEBATE
- SEGURO DE SALUD PARA BENEFICIARIOS DE FONASA E ISAPRES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Maria Angelica Cristi Marfil
- Eliana Caraball Martinez
- Waldo Mora Longa
- Enrique Krauss Rusque
- Jaime Mulet Martinez
- Patricio Cornejo Vidaurrazaga
- Sergio Ojeda Uribe
- Rafael Arratia Valdebenito
- Jaime Rocha Manrique
- Luis Pareto Gonzalez
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- DESAFILIACIÓN DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Edgardo Riveros Marin
- Adriana Munoz D'albora
- Javier Hernandez Hernandez
- Eugenio Tuma Zedan
- Enrique Krauss Rusque
- Jaime Rocha Manrique
- Maria Isabel Allende Bussi
- Pablo Longueira Montes
- Felipe Letelier Norambuena
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- COMISIÓN INVESTIGADORA SOBRE VIABILIDAD DEL SISTEMA DE INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL.
- VII. INCIDENTES
- VISITAS DE PRESIDENTE FREI A REGIÓN DE MAGALLANES. Oficio.
- PLAZO DE GRACIA PARA INSCRIPCIÓN EN PRUEBA DE APTITUD ACADÉMICA. Oficio.
- LEGALIDAD DE CONCESIÓN DEL TRAMO TALCA-CHILLÁN DE RUTA 5 SUR. Oficio.
- DESPIDO DE TRABAJADORES DE EMPRESAS PESQUERAS FUSIONADAS. Oficio.
- ALCANCES SOBRE CAMPAÑA PUBLICITARIA DEL CANDIDATO PRESIDENCIAL JOAQUÍN LAVÍN.
- RECHAZO A DECLARACIONES DEL COMANDANTE EN JEFE DEL EJÉRCITO. Oficio.
- ADHESION
- Laura Soto Gonzalez
- Adriana Munoz D'albora
- Leopoldo Sanchez Grunert
- ADHESION
- DEFENSA DE OBRA DEL GOBIERNO DE LA CONCERTACIÓN EN LA DUODÉCIMA REGIÓN.
- DESAFILIACIÓN DE AFP DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Oficio.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Sergio Velasco De La Cerda
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- SUSPENSIÓN DE REMATES EN COMUNAS DE LA DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Sergio Velasco De La Cerda
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- FISCALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE ABSORCIÓN DE MANO DE OBRA EN PUERTO OCTAY Y PUYEHUE. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Sergio Velasco De La Cerda
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- DESAFECTACIÓN DE BAHÍA DE QUEILEN COMO ZONA APTA PARA ACTIVIDADES ACUÍCOLAS. Oficio.
- ADHESION
- Jaime Naranjo Ortiz
- Sergio Velasco De La Cerda
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- NOMBRAMIENTO DE MONSEÑOR JUAN PABLO LIZAMA COMO OBISPO CASTRENSE. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Edmundo Villouta Concha
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISO DE EMPRESARIOS DEL SECTOR MARÍTIMO-PORTUARIO. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Edmundo Villouta Concha
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- SITUACIÓN DE PARQUE NATURAL DE ALGARROBO. Oficios.
- ADHESION
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Edmundo Villouta Concha
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS POR PARTE DEL GOBIERNO. Oficio.
- ADHESION
- Osvaldo Palma Flores
- Carlos Furche
- Haroldo Fossa Rojas
- ADHESION
- ANUNCIO DE SESIÓN ESPECIAL PARA ANALIZAR SITUACIÓN DE LOS MÉDICOS.
- IRREGULARIDADES EN CONSTRUCCIÓN DE CAMINO DE CAÑETE A TIRÚA. Oficio.
- ADHESION
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Osvaldo Palma Flores
- ADHESION
- RECHAZO A EXPRESIONES DEL DIPUTADO NARANJO. Oficios.
- ADHESION
- Haroldo Fossa Rojas
- ADHESION
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Eugenio Tuma Zedan
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Jose Francisco Encina Moriamez
- Alberto Espina Otero
- Zarko Luksic Sandoval
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Laura Soto Gonzalez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 341ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 13ª, en miércoles 10 de noviembre de 1999
(Ordinaria, de 10.42 a 14.05 horas)
Presidencia de los señores Montes Cisternas, don Carlos; Acuña Cisternas, don Mario, y Hales Dib, don Patricio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 6
II. Apertura de la sesión 9
III. Actas 9
IV. Cuenta 9
-o-
Ratificación de denuncia. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento) 9
V. Orden del Día.
- Reajuste de remuneraciones al sector público. Primer trámite constitucional 10
- Prórroga de beneficios para la ocupación de mano de obra en regiones. Primer trámite constitucional 35
VI. Proyectos de acuerdo.
- Comisión investigadora sobre viabilidad del sistema de instituciones de salud previsional 36
- Seguro de salud para beneficiarios de Fonasa e Isapres 37
- Desafiliación de funcionarios públicos del sistema de administradoras de fondos de pensiones 38
VII. Incidentes.
- Visitas de Presidente Frei a Región de Magallanes. Oficio 39
- Plazo de gracia para inscripción en prueba de aptitud académica. Oficio 40
- Legalidad de concesión del tramo Talca-Chillán de ruta 5 sur. Oficio 41
- Despido de trabajadores de empresas pesqueras fusionadas. Oficio 42
- Alcances sobre campaña publicitaria del candidato presidencial Joaquín Lavín 43
- Rechazo a declaraciones del comandante en jefe del Ejército. Oficio 44
- Defensa de obra del Gobierno de la Concertación en la Duodécima Región 46
- Desafiliación de AFP de funcionarios públicos. Oficio 47
- Suspensión de remates en comunas de la Décima Región. Oficio 47
- Fiscalización de programas de absorción de mano de obra en Puerto Octay y Puyehue. Oficios 47
- Desafectación de bahía de Queilen como zona apta para actividades acuícolas. Oficio 48
- Nombramiento de monseñor Juan Pablo Lizama como obispo castrense. Oficios 49
Pág.
- Incumplimiento de compromiso de empresarios del sector marítimo-portuario. Oficios 49
- Situación de parque natural de Algarrobo. Oficios 50
- Incumplimiento de compromisos por parte del Gobierno. Oficios 50
- Anuncio de sesión especial para analizar situación de los médicos 51
- Irregularidades en construcción de camino de Cañete a Tirúa. Oficio 52
- Rechazo a expresiones del diputado Naranjo. Oficios 52
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República, por el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto sobre concesiones de energía geotérmica (boletín Nº 571-08) 54
2. Oficio del honorable Senado, por el cual comunica que ha aprobado, con modificaciones, el proyecto que regula la ejecución de trabajos por empresas contratistas en faenas que indica (boletín Nº 98-13) 54
3. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “discusión inmediata”, que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica (boletín Nº 2420-05) 55
4. Informe de la Comisión Hacienda recaído en el proyecto, con urgencia calificada de “simple”, que modifica el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, de 1987, con el objeto de prorrogar los beneficios que otorgan una bonificación a la ocupación de mano de obra en las regiones Primera, Undécima y Duodécima, y en las provincias de Chiloé y Palena (boletín Nº 2417-05) 81
5. Moción de los diputados Tuma, Elgueta, Encina, Espina, Luksic, Cornejo, don Aldo, y de la diputada señora Soto, doña Laura, que establece normas sobre protección de la información de las personas jurídicas (boletín Nº 2422-07) 83
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
Ministerio de Agricultura
-Del diputado señor Kuschel, distribución de recursos del programa de recuperación de suelos degradados en la Décima Región.
-Del diputado señor René García, ayuda entregada a comunas de la Novena Región afectadas por las últimas nevazones.
-Del diputado señor Fossa, contenido informe de la organización Greenpeace.
Ministerio de Bienes Nacionales
-Del diputado señor Osvaldo Palma, declaración de monumento nacional y santuario de la naturaleza a la laguna Dial, ubicada en la Séptima Región.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
-De la diputada señorita Antonella Sciaraffia y Comités parlamentarios de los partidos Demócrata Cristiano, por la Democracia y Socialista, medidas de apoyo a los trabajadores que pierdan su fuente laboral durante el proceso de fusión en que se encuentran las mayores empresas pesqueras de la Primera Región .
-Del diputado señor Navarro, ejecución de programas de capacitación para los ex trabajadores de Loza Sur, Octava Región.
-De la diputada señora Laura Soto, situación que afecta a dirigentes sindicales de la Empresa Nature Farm.
-Del diputado señor Juan Bustos, situación de la Corporación Mutual de ex funcionarios de los Ferrocarriles del Estado.
-Del diputado señor Ávila, procedimiento utilizado por el Sence en la fiscalización de beneficios entregados a empresas que capacitan a sus trabajadores.
Ministerio de Salud
-De los diputados señores Patricio Cornejo, Velasco, Gutiérrez, Lorenzini y Mesías, consumo de antibióticos en el país.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-Del diputado señor Huenchumilla, pavimentación calle Imperial, comuna de Temuco.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
-De los diputados señores Osvaldo Palma y José García, suspensión inmediata de fiscalización de tránsito mediante el uso de cámaras fotográficas.
-Del diputado señor Navarro, listado de los 51 cruces no autorizados o ilegales detectados a la fecha por la Empresa de Ferrocarriles del Estado.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
-Del diputado señor Molina, estado de avance de tramitación de 2.500 pensiones de gracia para pequeños mineros pirquineros de las regiones Tercera, Cuarta y Quinta.
-Del diputado señor Moreira, uso de vehículos fiscales, viáticos y gastos en viajes, gastos personales y uso de bienes fiscales por funcionarios públicos.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (100)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Alvarado Andrade, Claudio IND X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo IND XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Ávila Contreras, Nelson PPD V 11
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Espina Otero, Alberto RN RM 21
Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa IND I 1
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24
Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Naranjo Ortiz, Jaime PS VII 39
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Ovalle Ovalle, María Victoria UCCP VI 35
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Lobos, Aníbal PS VI 32
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prochelle Aguilar, Marina RN X 55
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Sciaraffia Estrada, Antonella PDC I 2
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Cárdenas, Salvador PPD I 1
Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4
Van Rysselberghe Varela, Enrique UDI VIII 44
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vega Vera, Osvaldo RN VII 40
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvo ausente la diputada señora María Rozas.
-Asistieron, además, los ministros del Trabajo y Previsión Social , señor Germán Molina, y de la Secretaría General de Gobierno, señor Carlos Mladinic. También concurrió el senador señor Sergio Díez.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.42 horas.
El señor MONTES (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MONTES (Presidente).- El acta de la sesión 7ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 8ª queda a disposición de los señores diputados y señoras diputadas.
IV. CUENTA
El señor MONTES (Presidente).- Se va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
El señor PALMA (don Andrés).-
Pido la palabra por un asunto de Reglamento.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor PALMA (don Andrés) .-
Señor Presidente , en los últimos días y a través del sistema de correo electrónico, han circulado tres mensajes que aparecen con mi nombre, dos de ellos con contenidos genéricos y un tercero, enviado hoy, con alusiones a la situación del general Pinochet. Como han sido dirigidos a las casillas de los diputados que forman parte de esta Corporación, quiero señalar que no fueron enviados por el que habla. Es más, si se atiende a la nominación de la casilla electrónica, podrá constatarse que ella no me pertenece.
Por último, quiero señalar que muchos de estos mensajes se despachan en calidad de urgente, y, por lo que sé, si no se tiene el debido cuidado, el computador receptor puede atrapar un virus.
Con esta intervención, sólo quería deslindar responsabilidades y advertir a mis colegas de esta situación.
He dicho.
RATIFICACIÓN DE DENUNCIA. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
El señor MONTES ( Presidente ).-
En conformidad con el artículo 34 del Reglamento, tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Nelson Ávila.
El señor ÁVILA .-
Señor Presidente , no es mi propósito entramparme en una polémica estéril, de modo que en esta materia lo más adecuado es dar a conocer lo que corresponda de una declaración ante notario firmada por el señor Boris Colja , quien ha resuelto enviarla a esta Corporación.
Luego de hacer un relato circunstanciado de los hechos, el señor Colja señala que se dirigió a la ex diputada señora Evelyn Matthei , de quien recibió el compromiso de que haría intervenir a la Contraloría General de la República y al Ministerio del Interior. En vista de que nada ocurrió, se dirigió al diputado Juan Masferrer , quien le prometió lo mismo. Cito textualmente la declaración jurada:
“Al solicitarle en reiteradas ocasiones y muy insistentemente al diputado Juan Masferrer los números de ingreso de los oficios de fiscalización a nombre de la Cámara de Diputados firmados por él, me sugirió que concurriera personalmente a sus oficinas del Congreso Nacional. A esta reunión me hice acompañar por el señor Patricio Reyes Jiménez , arquitecto patrocinante del proyecto, situación en la que el diputado me devuelve la carpeta con los antecedentes que avalaban los delitos denunciados, y se nos invita a retirarnos sin hacer preguntas y negándose a entregarme los números de ingreso de los oficios de fiscalización.
“Posteriormente me di cuenta de que los mentados oficios de fiscalización de la Cámara de Diputados eran una farsa, comprobando con impotencia el vejamen de que fui víctima.
“Un representante elegido democráticamente, al cual le pagamos un sueldo con los impuestos de todos los chilenos, se dio el lujo de engañar y mentir”.
No deseo agregar una sola palabra más, por cuanto queda absolutamente de manifiesto lo que señalé en su oportunidad, esto es que un diputado de esta Corporación ha engañado a un ciudadano, haciéndole creer que ejercía la fiscalización con el solo propósito de amparar el ilícito de un correligionario, en ese momento alcalde de Algarrobo .
He dicho.
V. ORDEN DEL DÍA
REAJUSTE DE REMUNERACIONES AL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.
El señor MONTES (Presidente).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos, reajusta las asignaciones familiar y maternal, el subsidio familiar y concede otros beneficios.
Paralelamente a la discusión del proyecto, cito a reunión de Comités.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Lorenzini.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 2420-05, sesión 11ª, en 9 de noviembre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 3, de esta sesión.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor LORENZINI .-
Señor Presidente , en el escenario que se presentaba hace algunas semanas, vinculado con la discusión entre los representantes del sector público y del Gobierno, no se apreciaba una disposición de diálogo y disponibilidad para llegar a acuerdos. Sin embargo, hay que resaltar que, superada esa primera etapa, el Ejecutivo y los representantes de los funcionarios pensaron en el país y en la situación poscrisis que atravesamos. De ese modo, con la firma de más de 11 presidentes de organizaciones de funcionarios públicos, entre ellos la de los señores Raúl de la Puente , de la Anef; Esteban Maturana, de Confusam ; Óscar Yáñez, de Asemuch ; Juan Díaz, de Frenpruch ; señora Gladys Lagos , de Antue, y Manuel Fuentes , de Fenafuch, se acordó un protocolo de acuerdo con el Gobierno que no sólo incluye las materias que debatiremos con ocasión de este proyecto, sino, además, una serie de consideraciones adicionales de gran importancia para el sector público.
También habría que destacar que este acuerdo no lesiona la posibilidad de recuperación de nuestra economía, ya que es absolutamente compatible con un equilibrio fiscal; tampoco afecta la inflación proyectada para el próximo año ni la generación de empleos. Es decir, este acuerdo permite mantener los necesarios equilibrios macroeconómicos que el país necesita. Dentro de las limitaciones presupuestarias que ha tenido el Gobierno, éste es un avance importante y sus autoridades y ministros han estado disponibles para lograr el acuerdo.
La Comisión de Hacienda, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación, viene a informar el tratamiento dado al proyecto en estudio, calificado de “discusión inmediata”.
Asistieron a la Comisión durante el estudio de la iniciativa, los señores Germán Molina , ministro del Trabajo y Previsión Social ; Julio Valladares , subsecretario del Trabajo ; Manuel Marfán , subsecretario de Hacienda -próximo ministro en esa Cartera-, y Carlos Pardo ; las señoras Patricia Contreras , Macarena Lobos y Yamil Haddad , asesoras del Ministerio de Hacienda, de la Dirección de Presupuestos y de la Subsecretaría del Trabajo, respectivamente.
Especialmente invitados concurrieron los señores Raúl de la Puente , presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales , Anef; la señora Gladys Lagos , presidenta de la Agrupación de Asociaciones de Funcionarios de Universidades Estatales, Antue , y el señor Mario Riquelme , presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios .
El propósito de la iniciativa consiste en reajustar en 4,9 por ciento las remuneraciones y demás beneficios del sector público, tanto de la administración civil del Estado como del personal afecto a las escalas de remuneraciones del Congreso Nacional, de la Contraloría General de la República y demás instituciones fiscalizadoras; de las municipalidades, de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, incluidos los profesionales regidos por la ley Nº 15.076, a contar del 1 de diciembre de 1999; reajustar en igual porcentaje y a partir de igual fecha los montos vigentes de las subvenciones otorgadas a las instituciones colaboradoras del Sename en la atención de menores en situación irregular; conceder aguinaldos de Navidad a los trabajadores que señala, correspondiente al año 1999, y de Fiestas Patrias para el año 2000, para el sector activo y pasivo; reajustar las asignaciones familiar y maternal, el subsidio familiar y otros beneficios que indica; conceder a los trabajadores que señala un bono de escolaridad no imponible por cada hijo entre 5 y 24 años de edad, que sea carga familiar y que se encuentre cursando estudios regulares en los niveles que indica; una bonificación adicional al bono de escolaridad para funcionarios con remuneración igual o inferior a 251.182 pesos, y un bono de invierno a los pensionados que señala, de 26.357 pesos; incrementar el aporte fiscal a favor de los establecimientos de la educación superior que establece el artículo 2 del DFL Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, e incrementar los aportes para los Servicios de Bienestar que señala.
Además, se modifica el programa especial de becas Presidente de la República para funcionarios profesionales del sector público, que permite el acceso a estudios de posgrado en universidades chilenas, extendiendo su ámbito a profesionales que sirvan empleos a contrata; se concede una bonificación extraordinaria a las enfermeras, matronas y enfermeras-matronas que señala, a contar del 1 de enero del próximo año, y se prorrogan por el año 2000 las asignaciones concedidas al personal de la Contraloría General de la República por la ley Nº 19.562.
El proyecto en informe consta de 35 artículos permanentes y su idea matriz y fundamental es otorgar un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, conceder los aguinaldos que señala, reajustar las asignaciones familiar y maternal, el subsidio familiar y conceder otros beneficios pecuniarios.
Las principales disposiciones legales que el proyecto modifica o con las cuales se relaciona, son las siguientes:
El Título II de la ley Nº 15.076, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto para los médicos cirujanos, farmacéuticos o químicos farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas, que establece el régimen de remuneraciones de dicho personal.
La ley Nº 19.297, que fija las plantas de personal del Congreso Nacional.
El artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1.385, de 1980, que establece el monto unitario diario de subvención para las instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores.
El decreto ley Nº 249, de 1974, que fija la escala única de sueldos para el personal de la administración del Estado que señala.
El decreto ley Nº 3.058, de 1979, que modifica el sistema de remuneraciones del Poder Judicial.
El decreto ley Nº 3.551, de 1981, que fija normas sobre remuneraciones y sobre el personal para el sector público.
Los decretos con fuerza de ley Nº 1, de 1997 y 1998, del Ministerio de Defensa Nacional e Interior, respectivamente, que establecen los Estatutos del Personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile.
El decreto con fuerza de ley Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, que fija normas sobre financiamiento de las universidades, y que dispone en su artículo 2º la forma en que se efectuará el aporte fiscal a las universidades e instituciones profesionales.
El decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1997, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 1992, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales; y el decreto ley Nº 3.166, de 1980, que autoriza la entrega de la administración de determinados establecimientos de educación técnico-profesional.
Mencionaré brevemente otras normativas, como el decreto ley Nº 2.465; el inciso octavo de la ley Nº 19.564; el decreto con fuerza de ley Nº 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior; el artículo 12 de la ley Nº 19.553; la ley Nº 19.464; los artículos 23 y 13 del decreto ley Nº 249, de 1974; los artículos 21 y 22 de la ley Nº 19.429; la ley Nº 18.987; la ley Nº 16.744; la ley Nº 19.618, y la ley Nº 19.041, entre otros cuerpos legales que afectan el proyecto, dado que se trata de una iniciativa bastante amplia.
Desde el punto de vista financiero, el costo fiscal para el año l999 alcanza a 30.833 millones de pesos, el que será financiado, cuando proceda, con los recursos provisionados en el ítem 50-01-03-25-33.104 del presupuesto vigente del Tesoro Público.
Para el año fiscal próximo, el efecto financiero es de 365.807 millones de pesos. Si sumamos el gasto del presente año y el proyectado para el 2000, hablamos de 396.640 millones de pesos.
Los señores parlamentarios que deseen conocer en detalle las cifras de cada uno de los reajustes, aguinaldos, bonos, aportes e incrementos de que trata el proyecto, podrán verlos en los anexos al informe de la Comisión de Hacienda.
En la discusión y votación en general del proyecto, y teniendo presente el protocolo de acuerdo entre el Gobierno y las organizaciones gremiales, que se acompaña para que esté a disposición de los señores diputados, el ministro del Trabajo y Previsión Social, don Germán Molina , destacó la responsabilidad de los trabajadores del sector público para arribar a un acuerdo con el Gobierno en una negociación compleja, posponiendo intereses económicos legítimos, en razón de la situación que vive el país y en especial los desempleados.
El subsecretario de Hacienda , don Manuel Marfán , nos hizo un recuento de los principales aspectos del protocolo, precisando que el proyecto de ley en informe sólo recoge algunos de los acuerdos logrados, ya que otras materias darán origen a diversas normas legales y administrativas para su aplicación futura. Por ello, pedimos a los parlamentarios que, con posterioridad, se lea en detalle el protocolo de acuerdo, porque contiene varias materias adicionales, de gran importancia, no incluidas en el proyecto, y porque seguramente generarán algunas iniciativas legales en los próximos meses.
El señor Raúl de la Puente enfatizó las circunstancias propias en que se dio la negociación del protocolo para el reajuste del año 2000, estimando como un avance significativo conseguir un reajuste de remuneraciones sobre el IPC, cuando al inicio de las conversaciones parecía que aquello no iba a ser posible. Manifestó su preocupación respecto a la aplicación del artículo 31, sobre el bono de solidaridad, puesto que la asignación de zona, en las zonas extremas, estaría incorporada en la base de cálculo, lo que afectaría a los trabajadores que la perciben por los topes de renta que esta norma contempla.
La señora Gladys Lagos observó, por su parte, que la aplicación del artículo 18 del proyecto no es claro en cuanto a que el beneficiario de la norma debiera ser el personal no académico de las universidades estatales, que son asimilables al resto de los funcionarios públicos que se rigen por el proyecto.
Además, fueron hechos diversos comentarios por los diputados, resaltando la importancia de que se firmara el protocolo de acuerdo y, sobre todo, la responsabilidad mostrada por los dirigentes laborales en su gestación y la disponibilidad del Gobierno para este acuerdo.
Asimismo, se plantearon algunas observaciones puntuales, como las siguientes:
-El otorgamiento del bono de invierno a los pensionados con pensiones menores a la mínima de las AFP sin garantía estatal, excluyendo del beneficio a quienes hubieran efectuado retiros. Sobre el particular, los representantes del Ejecutivo señalaron que, además de tener una incidencia fiscal importante, no responde conceptualmente a una buena política económica extender el apoyo estatal en el sistema privado de pensiones.
-La determinación para el año 2000 del porcentaje de la asignación establecida en el artículo 12 de la ley Nº 19.041, según lo dispuesto para 1999. Se planteó por el subsecretario de Hacienda que el mecanismo que mide la productividad de los servicios para efectos de esta asignación no se condice con la baja que ha tenido la recaudación de impuestos este año como consecuencia del estancamiento de la economía.
-El alcance correcto de los bonos de solidaridad en relación con la base de cálculo que regula el inciso tercero del artículo 31, que fue una de las preocupaciones de los dirigentes. Sobre este tema, los representantes del Ejecutivo puntualizaron que la asignación y la bonificación de zona extrema se encuentran incorporadas en la base de cálculo antes citada y que su exclusión significaría variar los parámetros del gasto. En todo caso, se especificó que el bono solidario contempla un incremento de 130 por ciento.
Por último, se hizo especial hincapié por el subsecretario de Hacienda en que el bono solidario corresponde a un beneficio vinculado al término de conflicto y que no representa un precedente para una próxima negociación en la materia.
Sometido a votación en general el proyecto, los señores diputados de la Comisión de Hacienda, una vez más, y considerando la situación presente, el apoyo que ha dado el Gobierno y el respaldo otorgado al firmarse el protocolo por las 11 organizaciones presentes, lo que refleja lo que ha sido su actitud permanente durante este año, lo aprobó por unanimidad.
No voy a entrar a una descripción de los 35 artículos, aunque me lo pide el diputado señor Seguel , pero vamos a entregarle en detalle toda la discusión que hubo, porque, como Presidente de la Comisión de Trabajo, es importante que tenga una opinión fundada. En todo caso, el resto de los parlamentarios tiene el informe completo sobre sus escritorios.
Quiero destacar que, de los 35 artículos, 34 fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión de Hacienda, excepto el 31, que corresponde a los bonos, a su determinación y cálculo respecto de las zonas extremas. Este artículo concede, por una sola vez, a los trabajadores que, de conformidad con esta ley, tienen derecho a percibir el aguinaldo de Navidad, un bono especial no imponible, que se pagará en el curso del mes de diciembre del presente año por un monto de 27.300 pesos para aquellos cuya remuneración bruta que les corresponda percibir en el mes de noviembre de 1999 sea igual o inferior a 314.700 pesos, y de 13 mil pesos para aquellos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de 839.200 pesos.
Asimismo, se otorga, por una sola vez, a los referidos trabajadores un bono especial no imponible que se pagará en marzo del 2000.
Para estos efectos, se entenderá por remuneración bruta el total de las de carácter permanente correspondiente al mes de noviembre referido, excluidas -era uno de los puntos no claros- las bonificaciones, asignaciones o bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional.
Este artículo, el único puesto en votación, fue aprobado por 6 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.
Queremos dejar constancia de que el proyecto no tiene disposiciones que deban aprobarse por quórum especial. Tampoco contiene disposiciones o indicaciones que hayan sido rechazadas. Reitero que todas fueron aprobadas por unanimidad, salvo el artículo 31.
Por lo tanto, en virtud de lo comentado, del extenso informe de que disponen los parlamentarios y de los antecedentes que hemos dado a conocer, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación por la unanimidad de la Sala de este proyecto tan esperado por los funcionarios públicos y que fue acordado en la sesión de ayer, con la asistencia de los diputados señores Pablo Lorenzini , Claudio Alvarado , Rodrigo Álvarez , Julio Dittborn , José García , Enrique Jaramillo , Tomás Jocelyn-Holt, Juan Pablo Letelier , José Miguel Ortiz y las diputadas señora Marina Prochelle y señorita Antonella Sciaraffia .
Por lo tanto, con nuestra recomendación y felicitando al Ejecutivo , cuyo esfuerzo es muy loable, y a los representantes de las organizaciones por el trabajo realizado en forma breve, precisa, y por el acuerdo logrado, que posibilita que el país pueda tener tranquilidad y dar un indicativo claro al sector privado -pues, según los antecedentes que tenemos, este reajuste es superior al que entregará dicho sector-, solicitamos a los colegas la aprobación del proyecto en forma unánime e inmediata.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Informo a la Sala que, por acuerdo de los Comités, en la sesión de mañana se tratará la ley de Prensa y el informe del Senado sobre la ley de Presupuestos. Además, como es probable que llegue en las próximas horas, se tratará también el informe de cobranza, de la Comisión Mixta, y el de la segunda vuelta electoral.
Solicito el acuerdo de la Sala para que ingrese el subsecretario del Trabajo, señor Julio Valladares.
Acordado.
En relación con el debate, el proyecto tiene discusión inmediata; por lo tanto, hay discusión general y particular a la vez, con un máximo de dos discursos de cinco minutos cada uno.
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , ayer cumplí con algo que para mí es un rito: analizar en Comisión, por décimo año consecutivo, un proyecto de ley que, en este caso, aumenta, a contar desde el 1 de diciembre próximo, las remuneraciones del personal de la Administración Pública.
Con agradable sorpresa, como lo dijo el diputado informante de la Comisión de Hacienda, escuchamos que los dirigentes gremiales y sindicales presentes manifestaron que estaban totalmente de acuerdo y conformes y que reconocían que habían llegado a un muy buen acuerdo.
Si se considera que la proyección del IPC de los doce últimos meses es de un 3,5 por ciento y que se llegó a un acuerdo del 4,9 por ciento, quiere decir que las remuneraciones de ese personal mejoran efectivamente en un 1,4 por ciento. Más aún, se firmó un protocolo de acuerdo que especifica los beneficios y, además, incluye materias vinculadas a la capacitación, a la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, a las de orden previsional, y están dejando claro, en una mesa de conversación, la situación del área de igualdad de oportunidades.
Al respecto, quiero destacar que los gremios que estuvieron ayer en la Comisión expresaron una preocupación que reiteramos y que estamos haciendo presente desde octubre de 1997: la situación de los funcionarios de la Administración del Estado, estudiantes de carreras técnicas.
Es un hecho que muchos funcionarios y funcionarias, gracias a su gran esfuerzo, han empezado a prepararse en horas vespertinas semanales para acceder a un grado técnico-profesional a fin de mejorar y estar en el camino de la modernización del Estado. Lamentablemente, la Contraloría General de la República emitió dos dictámenes contrapuestos sobre la materia. El primero reconocía el pago de asignación profesional, y el segundo expresó que, para impetrar ese beneficio, era necesario haber cursado carreras de a lo menos ocho semestres.
Este es un tema pendiente. Es un hecho que debemos buscarle una solución definitiva. Por eso me alegra sobremanera que se haya fijado como plazo máximo el 20 de noviembre -en pocos días más- para buscar una solución mediante la intensificación de las reuniones de trabajo, a fin de llegar a un acuerdo respecto de la situación de miles de funcionarios, estudiantes de carreras técnicas, que trabajan en Gendarmería, Tesorería , Impuestos Internos, Instituto de Normalización Previsional, INP; Registro Civil e Identificación , etcétera. Creo que, definitivamente, hay que buscar una salida.
Por eso expreso mi satisfacción y alegría por la forma en que fue posible firmar este protocolo, que está a disposición de todos los señores parlamentarios en el informe correspondiente, suscrito por todos los dirigentes y representantes de las respectivas organizaciones gremiales y sindicales.
¿Qué significa en concreto la iniciativa en análisis? El costo general del proyecto es de 396.640 millones de pesos. Es un gran esfuerzo, y me alegro de que se haya hecho porque lo mejor en materia de equidad es tratar de mejorar los ingresos de los servidores del Estado.
Además, nos encontramos con agradables sorpresas. El reajuste general -un 4,9 por ciento a partir del 1 de diciembre próximo- también incide en los aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias, en bonos de escolaridad, en aportes a los servicios de bienestar, que se incrementan, y en bonos solidarios.
También queda claramente establecida la situación de los trabajadores de universidades estatales no académicos, respecto del incremento del bono de escolaridad, que el año pasado estaba un poco en la nebulosa y cuya inquietud se planteó. Recuerdo que los señores ministro del Trabajo y Previsión Social y subsecretario del Trabajo, aquí presentes, participaron en la discusión; está escrita en el protocolo y, como corresponde a un Gobierno de la Concertación que escucha a la gente, se llegó a un acuerdo que está en el texto de ese documento.
Además, se mantiene el bono para enfermeras y matronas, tema de larga data y de lata discusión, y también se incrementa en un 4,9 por ciento.
Por otro lado, es muy importante dejar absolutamente claro que el personal no docente de establecimientos educacionales está sujeto al aumento de remuneraciones del 4,9 por ciento; porque hay algunas personas que entregan interpretaciones que no corresponden a la realidad. Además, es bueno que varios señores diputados recuerden las cosas que algunos hemos hecho. Ello es muy importante ante el descrédito en que algunos tratan de sumir a los políticos.
Por otro lado, quiero recordar algo que nos costó muchísimo: el tema de los establecimientos educacionales técnicos y profesionales que dependen de corporaciones privadas de origen empresarial, a los que, lamentablemente, el dinero llegaba, sin establecer que el personal estaba sujeto a todos estos beneficios, es decir, a los del decreto ley Nº 3.166, de 1980.
Termino -siendo respetuoso del tiempo- expresando mi alegría y satisfacción, porque creo que estamos avanzando por el camino que nos corresponde, tratando de poner término a las desigualdades y haciendo un gran reconocimiento a los servidores públicos en general, beneficiarios del reajuste de un 4,9 por ciento.
Por eso la bancada de la Democracia Cristiana aprobará el proyecto en general y en particular.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José) .-
Señor Presidente , en primer lugar y en nombre de la bancada de Renovación Nacional, expreso nuestra satisfacción porque el proyecto de ley de reajuste y de otros beneficios adicionales llega consensuado entre las asociaciones de funcionarios de diversos servicios del Estado -entre ellas, la Anef- y las autoridades de Gobierno.
Todos sabemos que esas asociaciones, a través de sus dirigentes, estaban solicitando un reajuste del 8,5 por ciento para el 2000, a contar del 1 de diciembre de este año, y que, dada la restricción presupuestaria, no era posible concederlo. El hecho de que hayan aceptado un reajuste inferior, del 4,9 por ciento, habla muy bien, sin duda, de la responsabilidad y madurez con que los dirigentes fiscales han actuado en esta oportunidad.
Por ello expresamos nuestra satisfacción y nuestras felicitaciones a los dirigentes y también a las autoridades de Gobierno por este acuerdo, que lleva tranquilidad a un importante sector de trabajadores de nuestra patria.
En segundo lugar, quiero manifestar la inquietud que, desde hace algún tiempo, nos asiste respecto del beneficio del bono de invierno para los pensionados de las administradoras de fondos de pensiones. Hace dos años conseguimos que dicho bono se pagara por primera vez a los pensionados que se encuentran gozando de la garantía estatal. Pero también en esa oportunidad dijimos que no nos parecía justo que aquellos pensionados que están financiando el monto de la pensión mínima con recursos propios, con su propio ahorro previsional, no tengan derecho al beneficio del bono de invierno. Creemos -y quisiéramos que en ese sentido se resolviera favorablemente esta materia en los próximos meses- que todos los pensionados que se encuentran gozando de la pensión mínima tengan derecho a beneficios como el bono de invierno. Son todas personas que obtienen sólo la pensión mínima, trabajadores que han cumplido con su labor durante años y se han acogido merecidamente al descanso y, por lo tanto, tienen derecho a beneficios que el Estado entrega en forma graciosa, es decir, sin que exista de por medio una cotización previsional.
Lo mismo estimamos respecto de los aguinaldos de Fiestas Patrias y de Navidad. El hecho de marginarlos de estos beneficios en fechas tan importantes para nuestra comunidad, como son -reitero- el aniversario de nuestra independencia nacional y la celebración de la Navidad, nos parece también un elemento que no es justo. Es cierto que hay pensionados que cotizaron en cajas del antiguo sistema y otros del nuevo sistema previsional, que están financiando sus pensiones mediante la modalidad de ahorro; sin embargo, cabe precisar que tanto el aguinaldo de Fiestas Patrias como el de Navidad no guardan relación alguna con las cotizaciones previsionales. Simplemente, se trata de un aporte del Estado a personas pensionadas, por el solo hecho de serlo, y de una ayuda económica con motivo de tales celebraciones.
Por lo tanto, las razones que, en forma reiterada nos ha dado el Ejecutivo , de que no se pueden entregar recursos del Estado a pensiones que provienen del sistema privado, en mi opinión, no tienen ningún asidero. Y no lo tienen, porque nada impide que con recursos fiscales podamos también ir en ayuda de pensionados de las AFP, particularmente de aquellos que sólo obtienen el equivalente a una pensión mínima.
Termino con la siguiente reflexión:
Los trabajadores del sector público estaban pidiendo un reajuste equivalente a 8,5 por ciento y sólo es posible otorgarles un 4,9 por ciento. ¿Cuál es la razón? La crisis económica, la caída en los ingresos tributarios, el nulo crecimiento que tendrá nuestra economía durante el presente año. Entonces, podemos concluir que un bajo nivel de crecimiento económico o crecimiento cero -como probablemente vamos a obtener este año-, perjudica a los trabajadores que viven de un sueldo o salario. El perjuicio es doble. En primer lugar, porque no se pueden reajustar las remuneraciones en montos superiores y, en segundo término, porque también se origina gran inestabilidad en los empleos. Se produce incremento de la cesantía y, por lo tanto, como prioridad, se disponen medidas para dar trabajo a quienes no lo tienen y aumentar la tasa de ocupación, y se van postergando las legítimas aspiraciones de incremento de remuneraciones de aquellos que ya tienen un empleo estable.
Entonces, queda claro que sólo el crecimiento económico permite dar mayores reajustes y mejorar las condiciones de remuneraciones de los trabajadores, tanto del sector público como del privado. Dicho crecimiento es el que, en definitiva, nos permite reducir la pobreza, dar más espacios de libertad a las personas y vivir en una sociedad más democrática. Por eso, los esfuerzos del país, en los próximos meses, deben orientarse a producir una tasa de crecimiento alta y sostenida, y a recuperar esa tasa del 7 por ciento que el país tuvo en varios años de la década que estamos terminando; porque esa es la mejor garantía de progreso y bienestar para todos los trabajadores y sus respectivas familias.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Pedro Muñoz.
El señor MUÑOZ (don Pedro) .-
Señor Presidente , la bancada socialista valora el acuerdo a que arribaron los representantes de la Anef con el Ejecutivo . Asimismo, felicita al Gobierno por dicho acuerdo, por cuanto no sólo se reajustan en 4,9 por ciento las remuneraciones de los funcionarios públicos, sino que, además, los esforzados trabajadores de nuestra administración del Estado obtienen una serie de otras prestaciones que incrementarán sus emolumentos y podrán mejorar sus perspectivas de vida.
Entre las referidas prestaciones -que me parecen de suma importancia- figura el programa especial de becas Presidente de la República que se instituye para profesionales del sector público, el cual permitirá iniciar o reiniciar estudios superiores que mejorarán la eficiencia del sector público.
Todas estas prestaciones, acordadas en un protocolo de acuerdo entre los funcionarios públicos y el Ejecutivo , tienen como finalidad mejorar no sólo la calidad de vida de los funcionarios públicos, sino también de su grupo familiar.
En razón de ello, manifiesto mi aprobación y la de la bancada socialista a este proyecto. Sin embargo, no puedo dejar pasar, en esta oportunidad, cierta situación bastante especial que ha ocurrido con los funcionarios públicos en Magallanes. Es así como en 1997, ante la presencia del Presidente de la República y del ministro del Interior de la época, don Carlos Figueroa , se señaló que, como plan piloto de regionalización, se iba a establecer una mesa negociadora regional con el objeto de igualar la asignación de zona con la que posee actualmente el Poder Judicial y que, en este último caso, corresponde a 200 por ciento del sueldo base.
Como una forma de tratar de equiparar la discriminación que existe entre los funcionarios públicos de Magallanes, el gobierno regional instauró una mesa negociadora regional presidida por el señor intendente e integrada, además, por los seremis del trabajo y de gobierno de la XII región. Entre los acuerdos del acta, firmada el 3 de julio de 1998, se señala que el gobierno regional iba a recomendar “a las autoridades nacionales correspondientes, el aumento en $ 127.200 adicionales al bono austral a partir de enero de 1999”. Esto significaba que el bono comenzaba a pagarse trimestralmente a partir de ese mes.
No obstante, con fecha 13 de septiembre de 1999, por oficio ordinario Nº 799, de 8 de septiembre, el director de Presupuestos señaló que “en lo relativo a la asignación de zona no es posible hacer modificaciones puntuales, sino que se requiere de un análisis integral del sistema, plan que no se encuentra por ahora en la agenda del supremo gobierno”.
El presidente de la Anef regional respondió: “Esa situación no es desconocida para nosotros, ya que, desde que iniciamos las negociaciones en el gobierno de don Patricio Aylwin, donde sí obtuvimos un avance significativo, se nos comunicó que la solución definitiva se daría una vez realizado el análisis integral”.
Pero llama la atención que en este análisis integral a que se hace referencia para no aceptar el protocolo de acuerdo de la mesa negociadora regional, se invoque la dictación de la ley Nº 19.618, cuyo artículo 5º incorpora precisamente este beneficio a las provincias de Iquique y Antofagasta con carácter retroactivo, a contar del 1 de enero de 1998, al interior de la Administración del Estado.
Pero lo que sorprende es que esas provincias en particular, sin mesa negociadora ni estudios sustentables, logró lo que nuestra región ha venido solicitando con bastante antelación, como se deduce del párrafo anterior. Sin embargo, lo que más ha llamado la atención a los parlamentarios de la región de Magallanes es que los diversos ministros, superiores políticos de quienes estaban negociando en esta mesa regional, desconocían absolutamente un compromiso que se gestó en ese nivel.
Si ésta es la forma en que se quiere potenciar la regionalización -respecto de la cual en octubre de 1997 se nos dijo que Magallanes “será plan piloto de la regionalización”-, no es, obviamente, la más apropiada para avanzar con las negociaciones de una mesa regional, que no ha logrado fruto positivo alguno en relación con las peticiones de los funcionarios públicos magallánicos.
Por eso no podía dejar pasar esta oportunidad. Hemos hablado con los ministros involucrados en esta supuesta “negociación” y todos han desconocido la mesa negociadora. Nos asiste la certeza de que su única finalidad fue bajar el perfil del conflicto que podría producirse en la región de Magallanes.
Para finalizar, solicito oficiar al ministro del Trabajo para que nos informe sobre la situación planteada.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez.
El señor ÁLVAREZ .-
Señor Presidente , en primer lugar, como lo ha expresado la mayoría de los diputados, también celebro la presentación de este proyecto de ley, consecuencia de un acuerdo, pues me parece correcto, como quiera que consigna un buen plan de reajuste y bonos aceptables, sobre todo desde la perspectiva económica del año que vivimos.
Quiero hacer tres consideraciones generales sobre el texto del proyecto.
Primero, en la negociación se aprecia un pequeño problema de diseño de una de las asignaciones. Me refiero a la establecida en el artículo 29 del proyecto: la bonificación por desempeño para seis reparticiones, prevista en la ley Nº 19.041, se ha mantenido estable este año, es decir, en alrededor de un 15 por ciento.
A mi juicio, existe una falta de diseño porque esa asignación de desempeño está medida en relación con la recaudación fiscal. Es obvio que este año, por efecto de la recesión económica, dicha recaudación ha sido mucho menor. Eso significa que estos trabajadores del sector público quedarían sin esa asignación por desempeño, a pesar de haber cumplido su labor en forma adecuada.
El Gobierno plantea que recibirán la asignación, similar a la que recibieron este año, lo que me parece correcto. Pero ello indica que debe buscarse una mejor construcción de este instrumento, de la fórmula de analizar el desempeño de las reparticiones del sector público. No es posible que sólo por un efecto externo, como es una recesión, no tengan derecho a recibir una asignación, por muy bien que hayan desempeñado sus funciones.
Segundo, me sigue pareciendo que hay un error en el inciso final del artículo 31 en cuanto a incluir -ayer lo precisamos en la determinación del bono solidario- la asignación de zona en el monto base.
Esto no generará tantos problemas por el número de trabajadores, como pensamos inicialmente; pero, sin duda, conlleva que algunos de ellos queden excluidos de los mayores beneficios de este bono solidario, en el caso de personas que gozan de la asignación de zona, sobre todo en nuestras regiones más australes.
Tercero, quiero sumarme a las explicaciones mucho más claras formuladas por el diputado señor José García , quien permanentemente ha estado preocupado de que los bonos de invierno y de Fiestas Patrias lleguen también a los cotizantes de las AFPs, cuya pensión mínima se encuentra garantizada por el Estado o es la que ellos han capitalizado a ese nivel.
Mi impresión es que mi colega tiene toda la razón al respecto; es decir, las asignaciones no están vinculadas a las cotizaciones previsionales y son un premio o regalo que hace el Estado para ocasiones tan importantes como las Fiestas Patrias y Navidad, o situaciones complejas para muchas familias, como el invierno.
Por otra parte, también quiero referirme a lo expuesto por el diputado señor Pedro Muñoz , de mi distrito. Creo que el desconocimiento del acuerdo aludido representa un problema serio para nuestra región, pues constituye un verdadero compromiso entre el gobierno regional y las autoridades de la Anef. El protocolo fue firmado, incluso, en siete copias, de las cuales dos quedaron en poder de la Anef y cinco en manos del gobierno regional.
Al respecto, se presentan dos temas muy graves. Uno, que el gobierno nacional -no le atribuyo responsabilidad alguna, porque no firmó el acuerdo- ha demostrado un desconocimiento total de lo que hicieron sus representantes en Magallanes: su intendente, don Ricardo Salles ; el seremi del Trabajo, don Fernando Dasencic , y el seremi de Gobierno, don Jaime Jelincic .
Estas tres personas del gobierno regional, para bajar el perfil de un grave conflicto, como decía el diputado Pedro Muñoz , firmaron un acuerdo sin tener atribuciones para ello, lo que constituye, a mi modo de ver -puedo ser duro-, un verdadero engaño a los trabajadores del sector público magallánico, quienes habían quedado absolutamente convencidos de que habría un compromiso por 127.200 pesos adicionales, como bono austral, a partir de enero de 1999.
Esto no era un simple papel o una simple firma. Hubo un compromiso. En julio del presente año, tuvimos una reunión en la que estuvieron presentes los senadores y diputados de la región, representantes de distintas tiendas políticas. En ella los trabajadores de la Anef dieron este acuerdo como cerrado, sobre la base de que ya contaban con la palabra del Gobierno.
Hace pocos días, Claudio Huepe , subsecretario del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de visita en la región, manifestó que las autoridades de Hacienda no se sentían vinculadas a esta acta de acuerdo, pues no la conocían, lo que me parece grave. También estimo muy grave la actitud del gobierno regional por firmar un documento sin contar con atribuciones para ello y por no informar a las autoridades nacionales sobre la materia. Es un verdadero engaño a los trabajadores, quienes confiadamente pusieron término a una situación de tensión y de crisis momentánea. De buena fe, firmaron un protocolo de acuerdo, en el cual -insisto- figura la firma del intendente regional, de los seremis del Trabajo y de Gobierno, y en el que se garantizaba a los trabajadores públicos, representados por la Anef regional, el bono austral de 127.200 pesos.
Coincido con el diputado señor Pedro Muñoz en solicitar una explicación oficial al gobierno nacional; porque o sus autoridades regionales se extralimitaron en sus funciones -lo que, a mi juicio, ocurrió-, induciendo a error y a engaño a dichos trabajadores, o el gobierno nacional después cambió los términos del acuerdo, lo que también es criticable.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Adriana Muñoz.
La señora MUÑOZ (doña Adriana).-
Señor Presidente , en esta oportunidad, en que comenzamos a discutir un nuevo reajuste de remuneraciones para los trabajadores del sector público, si bien no podemos afirmar que se logró lo óptimo para todos, al menos cabe plantear que sentimos la satisfacción de que el resultado es el fruto de un esfuerzo importante de diálogo y entendimiento entre el Gobierno y las distintas instancias negociadoras de los trabajadores del sector. Más aún, debemos sentirnos conformes de que en el proceso que se realizó este año -enmarcado en la fuerte crisis económica por la que ha pasado el país, en la que el desempleo, en especial del sector privado, se elevó a niveles superiores a lo esperado-, los trabajadores del Estado y los jubilados del INP reciben mayores beneficios económicos de los que percibe la gran mayoría del resto de trabajadores. Con ello se está demostrando que el Gobierno de la Concertación ha logrado, en momentos de crisis, mantener la estabilidad de aquellos que dependen de los servicios e instituciones públicas y evitar dificultades en las dotaciones y las de índole laboral que se han percibido en el sector privado.
El reajuste acordado y los demás beneficios -bonos, aguinaldos, asignaciones, entre otros- demuestran, una vez más, la preocupación por los trabajadores de la administración del Estado, pese a que en el presente año, como se dijo ayer, se han debido restringir gastos importantes del presupuesto nacional.
En términos reales, en el presupuesto se ha privilegiado el gasto social, dentro del cual se encuentra, por supuesto, el de remuneraciones de los trabajadores del sector público.
Por ello, el proyecto es más que el otorgamiento de un simple reajuste, porque en él se incluyen beneficios que se han creado durante los últimos años y, al contrario de lo que muchos quisieran, no sólo se han entregado como suplementos ocasionales, ya que se han mantenido y aumentado dentro de este verdadero sistema de reajuste que se discute cada año.
En efecto, el reajuste de remuneraciones del sector público significa una gran cobertura de las asignaciones familiares, del bono de invierno del sector pasivo, del bono de escolaridad, del bono a los trabajadores de zonas extremas, de las bonificaciones especiales a ciertos servicios, de los incrementos a departamentos de bienestar, etcétera, con lo cual cada año, además de los beneficios, se incorporan beneficiarios al sistema de reajuste.
Hace exactamente un año, durante la discusión del proyecto de reajuste para 1999, hice hincapié en la importancia de que esta materia no sólo se analizara sobre la base de los puntos más o menos que se obtendrían cada año. En aquella ocasión, señalé que el debate debía darse en el marco de una profunda reflexión acerca del desarrollo y perspectivas económicas, productivas y humanas de los trabajadores del sector público, del significado de sus altas funciones y de cómo lograr, cada vez más, equiparar los recursos que reciben con el grado de desarrollo que el país se ufana de tener.
Por ello, en esta ocasión me siento esperanzada por la forma en que se gestaron el proyecto de reajuste y los acuerdos logrados entre el Gobierno y los gremios, pues la futura ley será sólo el comienzo de una serie de compromisos que se contrajeron entre las partes y que no sólo dicen relación con la materia que hoy se estudia.
En el protocolo firmado el pasado 4 de noviembre, además de los aspectos puramente remuneracionales, se lograron avances importantes en la construcción de una agenda de discusión, que incluye, por ejemplo, el perfeccionamiento de la ley de asociaciones de funcionarios, negociación colectiva del sector público, capacitación funcionaria, accidentes, enfermedades, seguridad laboral, mejoras previsionales, entre otros.
En definitiva, el protocolo de noviembre marca el inicio de una nueva relación entre Gobierno y gremios del sector público. Es, quizás, la marca de un nuevo estilo de acercamiento, que espero que se cristalice en un trato más igualitario entre las partes.
En este sentido, quiero destacar el papel que ha jugado el ministro del Trabajo y Previsión Social , señor Germán Molina Valdivieso . Ha desplegado, junto a su equipo de asesores, un gran esfuerzo y voluntad para que esta base de acuerdo sea una realidad.
También quiero destacar que en el proyecto se materializa un resultado loable. Para ninguno de nosotros es ajeno que la crisis por la que atravesó el país es una de las peores que nos ha tocado vivir en los últimos tiempos. A la de carácter global de la economía mundial, se sumó la baja sostenida en el precio del cobre, incluso por debajo de lo presupuestado en el año anterior; una sequía y una crisis energética que tuvieron colapsado al país, con graves daños para el comercio y para la industria. No obstante, se está realizando este esfuerzo fiscal en favor de los trabajadores públicos, de manera cuidadosa y cautelosa, en términos viables, permanentes y acordados por las partes directamente involucradas.
Creo que ahora las cosas se han hecho de manera diferente a lo que ocurrió en los últimos años, y de verdad espero que en adelante la lógica de las negociaciones sea distinta y los trabajadores tengan los espacios de debate abiertos para exponer sus demandas y hacer sus aportes al Gobierno; que se avance de manera firme hacia un mayor mejoramiento de las condiciones de trabajo del sector y de los distintos subsectores que componen la administración pública, para que algún día, más temprano que tarde, los trabajadores del sector público puedan exhibir la dignidad de su gran labor, que merece todo nuestro reconocimiento.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodolfo Seguel.
El señor SEGUEL .-
Señor Presidente , en primer lugar, me sumo a las felicitaciones que han recibido los ministros que firmaron el acuerdo con las organizaciones sindicales, señores Eduardo Aninat, José Miguel Insulza , Jorge Leiva , Germán Molina ; los subsecretarios señores Manuel Marfán y Julio Valladares , que ha tenido un gran trabajo en esta ocasión; los dirigentes sindicales señores Arturo Martínez , Manuel Bravo , Francisco Bello, Raúl de la Puente , Esteban Maturana , Juan Díaz , Óscar Yáñez , Manuel Fuentes y Osvaldo Allende y señoras Julia Requena y Carmen Godoy .
El nuevo acuerdo ha permitido la actitud que hemos tenido hoy. Pareciera que somos de un mismo partido, ya que todos hemos felicitado de igual forma a nuestro Gobierno de la Concertación. Ojalá siempre fuese así cuando se tratan problemas de los trabajadores chilenos.
No es fácil hacer una negociación que abarca tantos tópicos, como reajuste de remuneraciones y subvenciones, aguinaldo de Fiestas Patrias para el sector público, bono de escolaridad, aportes a bienestar, incremento de bono de escolaridad ley Anef, incremento de aportes a bienestar ley Anef, bono de solidaridad, asignaciones familiar y maternal, subsidio único familiar, bono de invierno, aguinaldos de Fiestas Patrias y de Navidad del sector pasivo; asignación por muerte, pensiones de gracia y aumento de beneficios del grupo B, ley de salud; bonificación extraordinaria de la ley Nº 19.536. Quienes hemos sido dirigentes sindicales, sabemos que es necesario ser muy inteligentes y tener muy buen manejo con los trabajadores para conseguir todo esto sin un solo día de huelga o de paralización, y con los dirigentes sindicales del sector público y los ministros felicitándose junto con el Presidente de la República por haber llegado al acuerdo de un reajuste del 4,9 por ciento.
La experiencia que tengo, tanto en el mundo sindical como en el Congreso, me permite reconocer el manejo político de los dirigentes de los trabajadores del sector público, sobre todo porque difiere del caso de los médicos, que han esperado momentos álgidos, derivados de la próxima elección presidencial, para hacer movilizaciones y peticiones del ciento por ciento de sus remuneraciones.
Lo que está haciendo el Colegio Médico, a través del señor Accorsi -que es elector de la Concertación-, es equivocado. Ha usado la parte política para pedir el ciento por ciento de reajuste. Me parece vergonzoso y lamentable. Es algo que puede calificarse como un aprovechamiento político de ese dirigente con el fin de obtener mejores remuneraciones para los médicos. Espero que recapacite, que se ordene y que actúe con la serenidad y fortaleza que se requieren en un dirigente gremial.
El Gobierno debe estar contento por las felicitaciones que ha recibido de la Oposición. Las agradezco por ser parte de él.
Sin embargo, es bueno pedir a los parlamentarios de la Oposición que hagan un llamado al sector privado, para que procedan de la misma manera. No es posible que las críticas sean permanentemente hacia el Gobierno, con respecto al sector público, en circunstancias que cuando hay negociaciones en el sector privado se mantienen en un mutismo que impresiona y, a veces, da la sensación de que los parlamentarios no tienen voz y no pueden defender a los trabajadores del sector privado, que bien merecen tener mejores negociaciones. Muchas de ellas llegan a huelgas, a veces larguísimas, y no consiguen reajustes superiores al IPC, cuando los obtienen, y además, terminada la negociación, normalmente los trabajadores son despedidos y los dirigentes sindicales, llevados a los tribunales; en definitiva, se produce una hecatombe.
Espero sinceramente que la discusión de este proyecto, que otorga un reajuste al sector público, incentive a los diputados de la Derecha a hacer un llamado a los empresarios para que entreguen a sus trabajadores, como mínimo, el mismo reajuste y el mismo bono de arreglo de conflicto que se está entregando al sector público ¿Por qué no? ¿No es posible que el sector privado tenga también la generosidad del Gobierno, que ha otorgado al sector público este reajuste del 4,9 por ciento?
Para nosotros es un orgullo -lo reitero, un orgullo- tener dirigentes en el sector público, como el señor De la Puente , y también a los ministros y subsecretarios que han intervenido tanto en esta negociación como en muchas otras. Nos gustaría decir lo mismo tanto de los empresarios como de los dirigentes sindicales del sector privado. Esto demuestra, clara y fehacientemente, lo que fue el espíritu de nuestro gran colega, Manuel Bustos , quien siempre pidió el diálogo, siempre pidió buscar acercamiento y siempre pidió, sobre todo a las autoridades de gobierno, entregar mejores soluciones a los trabajadores, especialmente del sector público.
Por eso votaremos favorablemente el proyecto, con mucho gusto y agrado -esperamos que así también lo haga el Senado-, pero no puedo dejar pasar la petición que la Democracia Cristiana hace en este momento electoral, cuando las ofertas son al por mayor: efectuada la elección, no nos olvidemos de los trabajadores y de sus problemas, sobre todo del sector privado. Esperamos que el interés por los trabajadores continúe en la clase política de nuestro país, que los parlamentarios podamos seguir bañados con este deseo de solucionar sus problemas y aprobemos el proyecto que se está tratando en Comisión Mixta, cuyo objeto es darle más facilidades para negociar y desarrollar en mejor forma sus actividades laborales y sindicales.
Reitero mis felicitaciones al ministro del Trabajo , aquí presente; a don Julio Valladares , subsecretario, y a todo el equipo político que concretó este acuerdo, y especialmente al Presidente de la República , porque él es quien maneja la política del país y él ha llevado el peso de toda esta situación.
Como sé que esto será un ejemplo para el futuro gobierno, lo único que espero es que Ricardo Lagos siga la política del Gobierno del Presidente Frei, y logre, con sus ministros, firmar acuerdos como éste o mejores con los trabajadores del sector público, que signifiquen prosperidad para el país.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Haroldo Fossa.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , como estamos tratando el proyecto que reajusta las remuneraciones de los funcionarios del sector público, no me referiré a las elecciones presidenciales ni al próximo Presidente de la República , el señor Joaquín Lavín . Dejo ese tema para el lugar y la oportunidad que corresponda.
En primer lugar, quiero saludar al ministro del Trabajo , don Germán Molina , y al subsecretario de la Cartera , don Julio Valladares, con quienes nos hemos reunido muchas veces en la Comisión de Trabajo.
En segundo lugar, quiero señalar que no puedo dejar pasar que se compare, muy livianamente, al sector público con el privado, porque en ambos las cosas son muy distintas y no tienen un tratamiento semejante. Tampoco me parece adecuado cuestionar, en este momento, a la dirigencia del Colegio Médico. Pareciera que cuando nos conviene, lo aplaudimos, pero cuando no nos conviene, lo criticamos.
En tercer lugar, haré algunas reflexiones, porque el acuerdo logrado, en cuanto a las cifras -del cual participo-, ha sido bastante destacado.
Quiero meditar acerca de lo que significa ser empleado público. Lo defino como aquel que día a día está en los lugares más remotos cumpliendo responsablemente sus tareas, normado por un Estatuto Administrativo y por los estatutos y reglamentos de las reparticiones en particular.
El empleado público es eminentemente un servidor público, es decir, aquel que resuelve los problemas de los demás. Esta labor la cumple con eficiencia, responsa-bilidad y honorabilidad. A no dudar, los servidores públicos, entre los cuales me incluyo porque fui empleado público en alguna oportunidad -además, en este momento me siento un servidor público co-mo parlamentario-, tratamos de llevar a cabo nuestras labores en la mejor forma posible.
Es entendible, entonces, que no aceptemos descalificaciones livianas, acciones o actitudes despectivas o un tratamiento irregular. Hago un llamado a la ciudadanía de mi país para cultivar el respeto permanente hacia cada uno de nuestros servidores públicos.
Estamos también conscientes de que existen enormes inconsecuencias. Por ejemplo, cuando un empleado de cualquier rango no recibe la remuneración adecuada; cuando, con muchos años de servicio, ve, con dignidad dolida, el ingreso de gente joven que le sobrepasa de inmediato, más aún cuando entran a la Administración Pública por la ventana y no por la puerta. Además, se les completan sueldos millonarios por la vía de los “pitutos”, a veces disfrazados con el término “honorarios”.
Este capítulo debe terminar de una vez por todas. El honorario es lícito, pero debe ser transparente y proporcional a la actividad encomendada o contratada. No puedo negar que muchas veces he realizado trabajos a honorarios, pero siempre se han medido por los resultados y por la tarea encargada.
Felicito a mis colegas Víctor Pérez y Lily Pérez , quienes han tenido la valentía de investigar y denunciar estas irregularidades. Estoy cierto de que todos perseguimos lo mismo.
Por eso, rindo en este momento un homenaje a todos los servidores públicos de mi país. Siento que es un honor referirme a ellos en nombre de la bancada de Renovación Nacional, a cuyos miembros se nos imputa muchas veces que queremos actuar contra el Gobierno, contra el Estado, contra su tamaño, que queremos reducir personal, etcétera. ¡Cuán falsa es esa afirmación!
Vamos al tema que nos atañe. Hoy se vota en esta Sala el texto, aprobado por unanimidad en general y en particular en la Comisión de Hacienda, que otorga un reajuste de 4.9 por ciento para más de cuatrocientos mil trabajadores del sector, lo que implica un incremento real del 1.4 por ciento sobre la inflación esperada para el año 2000, el que se comenzará a pagar a partir de diciembre próximo.
Sin embargo, aguinaldos y bonos -y aprovecho la presencia de los señores ministros para plantear el tema- se pagarán a los funcionarios cuyos sueldos no excedan de 1.049.000 pesos.
En consecuencia, quiero solicitar al Gobierno que retire dicho tope -ayer se lo pedí al ministro señor Insulza -, porque, según las estadísticas, los funcionarios que ganan sobre esa cantidad no son muchos; además, varios están en vías de retirarse. En definitiva, me parece justo que también reciban aguinaldos y bonos.
De antemano, agradezco al Gobierno su acogida a esta petición.
En consecuencia, la bancada de Renovación Nacional votará favorablemente este proyecto de reajuste para el sector público.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sánchez.
El señor SÁNCHEZ .-
Señor Presidente , el proyecto que nos ocupa, como es tradicional en los últimos años, provoca polémica. Cuando se discute la fijación del reajuste de las remuneraciones de los servidores públicos, en muchos nace la inquietud de mejorarles sustantivamente sus sueldos, que en Chile distan mucho de quienes realizan funciones similares en el sector privado y en el extranjero.
No cabe duda de que estos funcionarios, soporte básico de la administración del Estado, están mal pagados. Es un hecho histórico. No ocurre así en otros países, donde se valora y se privilegia a un sector público eficiente, profesional y bien remunerado, que está en situación de competir con el sector privado.
Los sueldos tienen mucha importancia en una administración que desea competir mínimamente con el sector privado en la captación de cuadros técnicos de alto nivel y de calificación, lo que es fundamental para un Estado que debe enfrentar asuntos cada vez más complejos y que quiere necesariamente modernizarse.
Sin embargo, en los últimos años, y precisamente en el marco del proceso de modernización del Estado y mediante el expediente del establecimiento de asignaciones por desempeño, esta situación ha ido cambiando paulatinamente; confiamos en que se acelere mucho más en el futuro Gobierno.
En cuanto al reajuste del 4.9 por ciento de los emolumentos que perciben dichos funcionarios, atendido que la actual coyuntura económica se mantendrá en los próximos meses, particularmente la variación proyectada del IPC, parece ser un porcentaje prudente en cuanto a reajuste, pues sabemos que la base sobre la cual se aplica es deficiente. Se necesitaría una revalorización general de remuneraciones, una nueva escala de sueldos al interior de la administración para que existiera plena justicia. A ello aspiramos en el futuro gobierno.
Agradezco en forma muy particular al Ejecutivo la inclusión de una norma especial para los funcionarios de la atención primaria de salud de Aisén, región a la que represento en esta Corporación, que les permitirá beneficiarse con la asignación contenida en el artículo 1º de la ley Nº 19.940, denominada “Estímulo por Experiencia y Desempeño Funcionario”, para los trabajadores de la salud. Para determinar su cuantía, incorpora como variable la antigüedad de los empleados en los servicios y en los cargos.
Como en Aisén la atención primaria nunca fue asumida por los municipios, hasta hoy había una deuda pendiente con esos trabajadores públicos que en otras regiones perciben el beneficio desde su traspaso a las municipalidades.
Este es un buen plan de reajuste para el 2000. Ojalá -y recojo lo que decía hace poco rato el colega Seguel- los empresarios sean capaces de otorgar un mejoramiento similar a sus trabajadores, con seriedad y sin ofertones muy generosos, como irresponsablemente surgen en este período electoral.
Por las razones expuestas, anuncio mi voto favorable a esta iniciativa, en general y en particular, resaltando el hecho de que se hace justicia a los trabajadores de la salud de Aisén, mi región.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , en nombre de la bancada del Partido Socialista, me sumo a las palabras que aquí se han expresado, particularmente respecto de la responsabilidad de los dirigentes de los trabajadores del sector público, de la administración del Estado.
Se ha logrado un buen resultado en una negociación tan compleja, sobre todo si se considera el período de crisis que se ha vivido, durante el cual, lamentablemente, hemos visto, sufrido y compartido la congoja que significa una tasa de desempleo tan alta. Por lo señalado hago un reconocimiento público al señor ministro del Trabajo -presente en esta Sala-, al señor subsecretario , al ministro señor Insulza y a todos quienes entregaron su mayor esfuerzo en este diálogo.
Espero que sea un buen ejemplo el que este sector, en una situación económica difícil, haya firmado un protocolo de acuerdo extraordinariamente importante que, en definitiva, va a significar un mejoramiento real de un 1.4 por ciento.
Pero no sólo se trata del alza legítima y necesaria de remuneraciones, sino del otorgamiento de muchos otros beneficios fundamentales y sustantivos.
Celebro que en este protocolo se hayan incorporado temas de la mayor significación e importancia, como materias vinculadas a la capacitación. Al respecto, el Ejecutivo adquirió el compromiso de elaborar rápidamente el reglamento para postular al financiamiento del fondo para la modernización de las relaciones laborales y desarrollo sindical, que acaba de aprobar el Congreso Nacional.
También quiero señalar el compromiso de obtener que el Congreso apruebe el Convenio 151 de la OIT, sobre protección al derecho de sindicación y procedimientos para determinar las condiciones de empleo de la administración pública, calificando de “suma” la urgencia del correspondiente proyecto de acuerdo.
Este es un buen ejemplo de cómo se puede avanzar en materias en este Parlamento, a diferencia de la actitud asumida por los senadores de la Oposición, quienes se negaron a legislar, por lo cual hoy siguen estancadas las iniciativas que se refieren a negociación colectiva, protección del fuero sindical y a muchos otros derechos laborales. Espero que con la urgencia dada por el Gobierno, se sepa, de cara a la opinión pública y al país, quiénes legislan y están dispuestos a conceder beneficios, a proteger al dirigente sindical, y quiénes quieren mantenerlo en la indefensión.
Por otra parte, me parece muy importante un tema que se ha destacado poco y que vale la pena señalar: la igualdad de oportunidades. Es muy importante que el Gobierno se comprometa, en conjunto con los gremios, en un programa sobre la materia para el sector público. Es decir, plantear todas las alternativas de solución para mitigar focos de desigualdad, que sabemos que existen, y que, por lo tanto, dejan a la mujer en una situación de discriminación y de desventaja. Estamos próximos a entrar a un nuevo milenio y todavía la mujer percibe, por el mismo trabajo y teniendo la misma capacitación, el 70 por ciento de una remuneración normal.
Pero no es sólo eso. Hasta el momento, no hemos logrado que las entidades privadas, e incluso públicas, cumplan a plenitud la ley que dispone que deben instalar salas cunas cuando haya más de 25 trabajadoras. Esto ha conducido a la creación de una comisión bipartita, Gobierno-gremios, a fin de que en el plazo de 30 días elabore una propuesta relativa a la igualdad de oportunidades y un instructivo para los jefes de servicio, que apunte no sólo al tema de las salas cunas, sino también a la protección de la maternidad, para lo cual es necesario modificar el artículo 203 del Código del Trabajo. Creo que la preocupación del Ministerio del Trabajo por los temas relacionados con la protección de la maternidad, la flexibilidad horaria para las trabajadoras y las salas cunas, sin duda, constituye un ejemplo.
Por eso, en mi calidad de jefe de la bancada socialista, quiero decir que nos alegramos de que todas estas materias estén incluidas en el protocolo de acuerdo, y esperamos que sirva de ejemplo para que otros ministerios tomen conciencia de la discriminación que muchas veces sufren las mujeres y de las dificultades que deben afrontar para cumplir con su rol laboral, puesto que todos sabemos que terminan por cumplir una doble jornada: la laboral y la que continúan desarrollando en sus casas por falta de colaboración.
Por eso es tan importante que haya sido precisamente el Ministerio del Trabajo el que haya puesto énfasis en estos aspectos, y en nombre de la bancada socialista -lo reitero- lo felicito por ello.
Por último, nuestra bancada comparte la preocupación manifestada por los colegas Pedro Muñoz y Rodrigo Álvarez , respecto del acuerdo a que se había llegado con los trabajadores públicos de Magallanes. Nosotros respaldamos el oficio solicitado por el diputado Pedro Muñoz , pero nos gustaría hacerlo extensivo al Ministerio de Hacienda, porque deseamos que sus autoridades se hagan cargo del compromiso contraído por el Presidente Frei y que es fundamental que se cumpla para mejorar las condiciones de trabajo del sector público de Magallanes.
Reitero que se trata de materias complejas pero necesarias e importantes, relacionadas no sólo con el alza de las remuneraciones, sino que con otros aspectos. Celebramos el clima de diálogo y la importancia que reviste un acuerdo de estas características, especialmente cuando hablamos del sector público, que muy pocas veces -valga la redundancia- recibe reconocimiento público por su desempeño y responsabilidad. En los últimos días, este sector ha estado en el tapete de la discusión, cuando se han dado a conocer listas, no precisamente con los mejores argumentos, que no discriminan, no entran en detalles y son francamente amenazadoras. Ello ha conducido a que muchas personas hayan tenido que recurrir a los tribunales de justicia al ver afectada su honra y su desempeño, debido a que se han usado criterios injustos y, más bien -hay que decirlo con toda franqueza-, se han esgrimido razones de carácter electoral que empañan la verdadera búsqueda -como se ha señalado- de transparencia.
Hoy hacemos un reconocimiento a este acuerdo por la importancia que tiene para el país. Sólo nos resta sumarnos a las felicitaciones para el sector público, que gracias a este proyecto obtendrá no sólo un reajuste de sus remuneraciones, sino también aguinaldos y otros beneficios ya señalados.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , junto con destacar el buen ánimo y disposición de trabajo que tuvieron los personeros de los Ministerios del Trabajo y de Hacienda, que han sido felicitados, también cabe congratular al Gobierno del Presidente Frei por haber llegado a un acuerdo que se veía muy difícil después de las demandas formuladas por los dirigentes de la Anef, que agrupa a los trabajadores del sector público. Se llegó a un acuerdo muy satisfactorio para las partes, divulgado ampliamente.
Decía que es necesario incluir en las felicitaciones al Presidente Frei , por cuanto el año pasado ya nos preocupamos no sólo del sector público -como lo estamos haciendo ahora-, sino que se logró que los trabajadores que laboran en el sector privado también recibieran los ingresos mínimos correspondientes a los años 1998, 1999 y 2000. Es bueno recordar que el ingreso mínimo para junio de 1998 quedó fijado en 80.500 pesos; para junio del año en curso, en 90.500 -es decir, más del 12 por ciento de reajuste por sobre el IPC-, y para el próximo año 2000, en 100 mil pesos mensuales. Ello representa un 10 por ciento de reajuste, y si consideramos que el IPC de este período llegará a alrededor del 3,5 por ciento, se produce una notoria mejoría de los ingresos del sector privado.
En cuanto al proyecto en discusión, se fija un bono solidario que será pagado en diciembre y que para el erario fiscal representa una suma de 9.100 millones de pesos. Irá en beneficio directo de los trabajadores del sector público y, por cierto, está muy bien recibido, porque es algo que normalmente no se había hecho.
Por otra parte, quiero recoger la idea planteada por el colega José García , en cuanto a que los imponentes de las AFP no recibirán los bonos. Ya concordamos con el colega en años anteriores, cuando se trató este tema, porque sabemos perfectamente que hay muchísimas personas que, no obstante ser imponentes de las AFP, debido a los escasos recursos provenientes del bono de reconocimiento, a poco andar, es el Estado el que debe seguir pagando sus pensiones. Por lo tanto, hay que reconocer que existe una falencia en el sistema de las AFP.
Por eso, considero necesario que este Gobierno o el próximo -esperamos que sea el de Lagos-, se preocupe de esta materia, por estimar que es algo muy razonable. Todas esas personas, por lo menos las que tienen una pensión baja, entre 60 y 70 mil pesos, deberían recibir los mismos beneficios que percibirán quienes están incluidos en este proyecto de ley; es decir, los bonos de invierno, de Fiestas Patrias y de Navidad.
Asimismo, quiero insistir en el tema relativo a la correspondencia. Estoy mandando antecedentes a su Excelencia el Presidente de la República , porque, a raíz de la situación de los exonerados y de otros casos de personas que deben jubilar, quienes muchas veces ingresaron a las administradoras de fondos de pensiones sin conocer la realidad de las AFP, se ven enfrentados a recibir una pensión baja. Por lo tanto, es necesario que se dé la opción a los imponentes de las AFP, que no hayan hecho retiros o cosas por el estilo, para que puedan volver al antiguo sistema, a las ex cajas de previsión, hoy día agrupadas en el INP. Con ello, solucionaremos una serie de problemas y de aspiraciones que la gente permanentemente nos ha hecho presente en los recorridos que, como parlamentarios, hacemos en nuestros distritos y, algunas veces, en el resto del país. Esta situación constituye un clamor y es necesario que el Gobierno se preocupe e interese por solucionarla.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Gonzalo Ibáñez.
El señor IBÁÑEZ .-
Señor Presidente , ayer aprobamos el Presupuesto de la Nación y, más que de los ingresos, nos ocupábamos de cómo se distribuían los recursos, es decir, de la forma en que se repartía la “torta”. También hice referencia a la existencia de un consenso extraordinariamente saludable acerca de lo que el país puede soportar como máxima carga tributaria sin detener su propio desarrollo. No se puede atacar de manera impune al contribuyente sin que el país, pasado cierto límite, se resienta en su crecimiento y la pobreza se extienda en todos los niveles.
No tuve mucho tiempo para hablar sobre la repartición de la “torta”, pero mencionaba las prioridades que deben presidir la política presupuestaria.
El primer objetivo de un presupuesto es financiar el costo de la Administración Pública; es decir, de aquel sector al cual estamos otorgando un reajuste en sus diversos estamentos: civiles, fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, Relaciones Exteriores, etcétera. En síntesis, financiar las labores propias de un gobierno.
Sin embargo, en nuestro país se han invertido las prioridades. El Presupuesto es concebido, más bien, como un medio de redistribución del ingreso y como fuente para pagar, por ejemplo, algo tan importante como las pensiones previsionales, los gastos de salud y de educación de la inmensa mayoría de los chilenos. Por cierto, no estoy en contra de este gasto social, ni muchísimo menos; pero creo que es relevante buscar fuentes alternativas de financiamiento, como se hizo con las obras públicas. Fue fundamental sacarlas del Presupuesto de la Nación y financiarlas a través del sistema de concesiones para que pudieran realizarse y quedaran fondos disponibles para el cumplimiento del objetivo básico de un Presupuesto.
Por otra parte, es indispensable, en algún momento, afirmar que el financiamiento de la Administración Pública, de las fuerzas de seguridad y de toda la labor de Gobierno constituye un gasto social, también prioritario. El peor negocio del país consiste en sufragar el costo de una Administración Pública con las migajas del Presupuesto. Tenemos fuerzas de seguridad que no disponen del personal ni de los elementos necesarios para cumplir una función de tanta importancia. En estos momentos, por las prioridades en la distribución presupuestaria, esa Administración está realmente desincentivada y muy mal pagada; contamos con una fuerza de seguridad extraordinariamente frágil y poco dotada para la labor que de ella se pide, y nuestras Fuerzas Armadas constituyen prácticamente una sombra de lo que deberían ser, y así sucesivamente.
Por otra parte, tampoco se puede exigir probidad a esos funcionarios si, como estamento, están por debajo de la consideración debida tanto en prestigio social como en remuneraciones.
El caso de los honorarios, que ha sacudido al país en estas últimas semanas, es una demostración de cómo, por una vía que no corresponde, se trata de solucionar artificialmente un problema real de la máxima importancia social.
Por eso, hago votos para que alguna vez se considere que invertir en la Administración Pública, por todo lo que ella realmente implica, debe ser nuestro primer gasto social y el mejor negocio que puede efectuar el país, por cuanto requiere que ella sea moderna, eficiente, convencida de su labor y con suficiente autoestima para realizar bien sus funciones.
Para cumplir esos objetivos, me sumo a la aprobación de este proyecto, en la certeza de que este reajuste, aunque por unas centésimas sea superior al índice de precios al consumidor, no constituye sino un mínimo paliativo para una tarea que es muchísimo más grande.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la honorable diputada señorita Antonella Sciaraffia.
La señorita SCIARAFFIA (doña Antonella).-
Señor Presidente quiero manifestar, primero, mi satisfacción, como parlamentaria de la Democracia Cristiana y de la Concertación, por el acuerdo que hoy se ha obtenido entre el sector público, sus dirigentes y las autoridades de Gobierno.
Para el país es muy sano que este tipo de materias lleguen al Congreso consensuadas y acordadas y no tengamos que vivir de nuevo lo ocurrido en otras ocasiones, cuando se impone la ley por sobre el diálogo, y se legisla sin llegar antes a buenos entendimientos respecto de las aspiraciones de los trabajadores. Por esa razón, es muy positivo lo logrado y creo que los trabajadores públicos y sus dirigentes han actuado con gran responsabilidad y mucho criterio.
Hay un tema muy particular que quiero plantear como representante de la provincia de Iquique, en especial de las zonas extremas, materia que tiene que ver con el punto 4 del Protocolo de Acuerdo firmado por los trabajadores y el Ejecutivo , en el cual se establece el pago de un bono solidario de 48.300 pesos para los trabajadores con rentas inferiores a 314.700 pesos, y de 23 mil pesos para quienes perciben rentas de hasta 839.200 pesos.
El problema de los trabajadores del sector público de las zonas extremas es que, por estos topes y cortes de sus remuneraciones, se ven afectados, respecto de la base de cálculo, por las asignaciones de zona. Este beneficio, establecido especialmente para ellos, tiene el inconveniente de que no es considerado, por ejemplo, para el cálculo de las jubilaciones. Sin embargo, con estos bonos se perjudica a los trabajadores que ganan este tipo de asignación porque los deja fuera de los rangos mínimos.
En ese sentido, solicito formalmente al Ejecutivo -porque así me lo ha pedido la Anef de la provincia de Iquique y sé que las demás zonas extremas tienen la misma preocupación- que envíe una indicación al artículo 31 del proyecto, en términos de excluir la asignación de zona del cálculo del bono solidario a los trabajadores de las zonas extremas de la Primera, Segunda, Undécima y Duodécima regiones.
Sé que el Ejecutivo lo puede hacer, porque su pequeño impacto social lo puede asumir. Ello permitiría que muchos más trabajadores del sector público, tanto de Iquique como de las demás provincias de estas regiones, tengan acceso a este bono solidario. Este tema es muy relevante y sé que el Ejecutivo tiene buena disposición -así lo han conversado desde ayer- para establecer de esta manera el bono solidario, lo cual permitirá que lo reciban más personas del sector público.
Otro tema que quiero destacar en relación con la mujer que trabaja en el sector público se refiere a la situación de las salas cunas. Se supone que es un beneficio especial para las mujeres y sus niños, pero, lamentablemente, no se está respetando ni dando la cobertura que debiera tener. En tal sentido, en el protocolo de acuerdo se establece que se formará una comisión bipartita para analizar ese aspecto y se da un plazo para hacer un seguimiento en el plan de igualdad de oportunidades, de manera que los hijos de las mujeres que trabajan en el sector público tengan acceso y cobertura suficiente en salas cunas y jardines infantiles. Esto es coherente con la reforma constitucional, de la cual soy autora junto con el diputado señor Sergio Velasco , pues el tema de la educación preescolar es importante y coherente también con el esfuerzo hecho por el Ejecutivo , de enviar una indicación destinada a otorgar mil millones de pesos más e incorporar, así, a cinco mil niños a los jardines infantiles de la Junji. Se trata de avances importantes que, como parlamentaria y mujer, deseo destacar.
Por lo anterior, anuncio nuestro voto favorable al reajuste que se otorga al sector público, que aun cuando alcanza a sólo el 4,9 por ciento, significa un gran esfuerzo en un año de crisis. Los trabajadores del sector público se lo merecen, pues desarrollan una labor muy abnegada y responsable. Podemos decir, con orgullo, que son los funcionarios públicos con mayor probidad en toda Latinoamérica, según estudios efectuados por organismos internacionales. Eso se debe cuidar, incentivar y respaldar.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Carlos Vilches.
El señor VILCHES.-
Señor Presidente, hoy estamos abocados al estudio del proyecto que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos, reajusta las asignaciones familiar y maternal, el subsidio familiar y concede otros beneficios.
Para discutir un reajuste, debemos conocer antecedentes básicos, pues el Estado está compuesto por prácticamente 400 mil funcionarios, incluidos los municipalizados.
Los once gremios del sector, más la Central Unitaria de Trabajadores, se sentaron a conversar con el Gobierno, las autoridades y el ministro del Trabajo para buscar un camino de solución, pues su propuesta era obtener un reajuste de 8,5 por ciento. Como conocemos un índice de inflación muy por debajo de ese porcentaje, la situación amerita un análisis. Sin temor a equivocarme, creo que el reajuste propuesto por los dirigentes al Gobierno estaba basado en antecedentes de años anteriores y en el aumento del IPC en los últimos años.
No debemos olvidar que antes se otorgaron al sector público reajustes sectoriales. Entonces se institucionalizó el hecho de que las distintas organizaciones tenían que salir a la calle para protestar y conseguir beneficios adicionales. Es sabido que, sobre el reajuste de cinco por ciento, se agregó cinco o seis por ciento más a distintos sectores. Por eso, los antecedentes señalan que los reajustes anteriores bordeaban el diez o el once por ciento. En consecuencia, la petición del 8,5 por ciento que hizo un sector de los gremios estaba basada en esos antecedentes. En cambio, el Gobierno les ofreció 3,8 por ciento para el año 2000. Después de conversaciones, llegaron al acuerdo de 4,9 por ciento.
Los diputados de Oposición votaremos a favor el proyecto de reajuste, pero debemos señalar que no es suficiente por las cosas reales que la gente está observando. El IPC afecta a la gente que gasta todos sus ingresos en insumos y es bastante alto. Además, hay muchos beneficios que el sector público no recibe. Entonces, los funcionarios viven con la esperanza de un reajuste mejor.
Si analizamos cada una de las disposiciones del proyecto, algunos aumentos llaman la atención por lo exiguo de su monto. Por ejemplo, el de algunas asignaciones familiares equivale a dos kilos de pan, lo que está muy lejos de representar lo que significa el concepto de esa asignación. Si a ello agregamos el reconocimiento de que el sector público está mal pagado, debemos coincidir en que funcionarios que llevan 15 ó 20 años trabajando perciben un sueldo bastante bajo. Ahora también se ha conocido la situación producida con el pago de honorarios, que crea odiosidad y discriminación, pues esas prestaciones de servicio se pactan por cifras tres o cuatro veces superiores a las que recibe un funcionario con más de veinte años en la Administración Pública. Esto genera una planta paralela que le provoca al Estado más problemas que beneficios.
Por eso, es importante dejar establecido en el debate que este reajuste de remuneraciones, a pesar de estar acorde con las cifras posibles, no es la respuesta que esperaban muchos de los trabajadores del sector, los cuales no se encuentran politizados, no están con la Concertación ni son militantes de sus partidos.
Estamos conscientes de que vivimos un año de crisis. A pesar de que el Presidente Frei no quiso reconocer que la crisis asiática lesionaría la economía nacional, en verdad la afectó muy seriamente. Además, muchas de las medidas solicitadas por todos los sectores, por ejemplo, bajar las tasas de interés del Banco Central, no se adoptaron en forma oportuna. ¿Cómo no nos vamos a asombrar si hace un año la tasa de interés del Banco Central, o sea, el costo del dinero, era de 14 por ciento y hoy llega a menos de 5 por ciento? Ese es un cambio sustantivo, radical, pero hubo que llegar a una crisis de la magnitud que vivió el país para adoptar tales medidas. A ello debemos agregar el problema de la paridad cambiaria, pues con plata de todos los chilenos el Banco Central intervino en el mercado para mantener fijo el precio del dólar, lo cual significó fortalecer en forma artificial el peso, costo que en definitiva lo han pagado los sectores más modestos.
El reajuste es un pálido reflejo de la situación y lo consideramos bajo, pero lo apoyaremos porque el país, en las actuales circunstancias, no puede pagar más.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Aníbal Pérez.
El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero expresar mi alegría y complacencia, como diputado de la Concertación , por este acuerdo que permite enfrentar el próximo año con un clima de tranquilidad en las relaciones laborales. Esto se ha producido porque ambas partes, en una actitud de mucha inteligencia y generosidad, más allá de sus propios y legítimos intereses, han privilegiado los intereses del país, lo cual merece un reconocimiento de nuestra parte y de la ciudadanía.
Aquí, y debo decirlo con claridad, hay una cuota importante de sacrificio de los empleados públicos, de aquel sector que algunos actores políticos tratan de manera muy poco amable al maltratarlos y menoscabarlos. Este sector hoy día ha dado un ejemplo de generosidad al aceptar un reajuste que no compensa ni el sacrificio ni el trabajo del empleo público.
Espero que en los próximos años el gesto que hoy entrega este sector sea reconocido por el futuro gobierno y que en otra oportunidad, cuando la economía del país se encuentre más equilibrada, atendamos como corresponde los requerimientos económicos y sociales de más de 500 mil trabajadores de nuestro país.
La bancada del PPD votará favorablemente el proyecto de ley.
Con la venia del señor Presidente, concedo una interrupción a la diputada María Antonieta Saa.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra la diputada María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
Señor Presidente , quiero destacar y felicitar a la comisión que se formará para el plan de igualdad de oportunidades.
La Administración Pública consta de un gran número de funcionarias que están básicamente en cargos administrativos y profesionales, no así en los de dirección ni grados mayores. Hay países en que a través de planes quinquenales se ha logrado una paridad en la presencia de las trabajadoras en todos los niveles del escalafón; y en este caso, creo que la Administración Pública debe dar un ejemplo. Por eso, felicito este importante acuerdo.
Frente al paso positivo que se dio respecto de las salas cunas, quiero destacar mi preocupación por el hecho de que muchas funcionarias a honorarios -por ejemplo, las del Servicio Nacional de la Mujer, donde hay 50 cargos de planta-, no gozan de facilidades en la protección de la maternidad.
En cuanto a la flexibilidad horaria, es un gran avance. Pero ella debería ser flexible no sólo respecto de los horarios de entrada y salida, sino que, a lo mejor, deberían sumarse horas y de alguna manera armar una jornada los sábados, a fin de que se diera facilidad a las personas que, para realizar sus trámites, deben pedir permiso en el trabajo de lunes a viernes. A través de la flexibilidad horaria podría crearse un contingente para que los sábados se pudiera atender a muchas personas que no pueden tramitar los días de semana. Esto me parece un tremendo avance y, sobre todo, este acuerdo, obtenido por este diálogo tan ejemplar, en el que se han tratado temas muy importantes no sólo coyunturales, sino de futuro.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Quedan cinco minutos del Orden del Día.
Tiene la palabra el diputado Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente , ante todo, quiero felicitar lo que ha sido esta mesa de negociaciones entre los trabajadores del sector público y el Ejecutivo . Creo que el procedimiento que posibilitó un protocolo de acuerdo es ejemplar y debe abrir paso a negociaciones plurianuales que permitan dar aún mayor estabilidad a futuro. En todo caso, quiero destacar algunos temas.
En primer lugar, cómo en estas negociaciones de año en año se han ido perfeccionando los instrumentos. Aquí no se trata sólo de un reajuste del 4,9 por ciento para el sueldo base y las asignaciones permanentes, sino que, mucho más importante, se han institucionalizado ciertas prácticas tremendamente positivas; no se trata de reconocer que el país puede más, inflación más productividad futura, como fue el criterio adoptado hace varios años, sino que se ha ido incorporando -quiero destacarlo al ser éste el último reajuste del sector público que aprobaremos durante el gobierno del Presidente Frei-, el bono de invierno, lo que significa un aporte para más de 610 mil pensionados del sector público del país, quienes durante el gobierno de la Concertación han visto una innovación muy relevante con la entrega de este bono. Esperamos, sin duda, que en el marco de una reforma más profunda del sector público, sea posible que este beneficio se extienda a una cantidad aún mayor de trabajadores.
En segundo lugar, adicionalmente, quiero reconocer, a través del ministro y del subsecretario del Trabajo, aquí presentes, que en esta ocasión se haya recogido algo que en conjunto con otros colegas, entre ellos el diputado José Miguel Ortiz , habíamos solicitado año tras año -y estoy muy contento de que este año no tuviéramos que plantearlo de nuevo-, y que dice relación con más de 35 mil trabajadores no docentes de los municipios de nuestro país. Con esta negociación se va asumiendo crecientemente que si bien estos trabajadores están regidos por el contrato de trabajo, de hecho son funcionarios públicos por la labor que cumplen. Reconozco profundamente esa circunstancia como un avance y que se siga institucionalizando en estos acuerdos el reconocimiento de dicho sector. También es muy importante que se haya incorporado al sector no docente de las universidades estatales y que, ojalá, el próximo año esto se produzca mediante una solución más integral.
Por último, el hecho de que se establezca este bono solidario, más allá de algunas reflexiones de los colegas, en particular para los trabajadores de las zonas extremas del país, es un antecedente tremendamente importante de cómo se negocia y se superan los conflictos. Creo que el gesto del Ejecutivo y de los chilenos de establecerlo, debe asumirlo no sólo el sector municipal, sino también otros sectores y también el sector privado. Y paso a mi última reflexión.
Este 4,9 por ciento debe servir como antecedente para las negociaciones colectivas que deben desarrollarse en nuestro país. El sector privado debe entender, sin duda, que este es el piso para las negociaciones colectivas de inflación más productividad; debe entender que las prácticas que tiene ahora son desleales. Hay casos concretos, señalo el de la empresa La Cartuja, en San Francisco de Mostazal, que no quiere pagar las gratificaciones del año en curso, a pesar de haber obtenido utilidades. Espero que este criterio unánime del Congreso Nacional y de la Cámara sirva como antecedente al sector privado para que cuando el país avance, lo que sin duda ocurrirá el próximo año, todos tienen que avanzar.
En cuanto al sistema de AFP, el diputado Villouta ha sido muy claro. Es inaceptable que aún no podamos abordar un tema tan básico como los aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias para los trabajadores obligados a imponer en el sistema de AFP. Me parece incorrecto no poder abordarlo en este momento. Espero que en la discusión del proyecto sobre costos de las AFP podamos iniciar un debate respecto de los derechos de los cotizantes de este sistema de capitalización individual, que lo podamos revisar. No son correctas esas discriminaciones en materia de aguinaldos y de bono de invierno para los pensionados y jubilados del país.
Estoy seguro de que creativamente y en conjunto esta Corporación puede avanzar en este plano.
Termino recogiendo el guante del colega Vilches , que dice que este reajuste es malo. Lo invito a él y a los colegas a discutir la reforma del sector público, que veamos cómo doblar los sueldos, si es necesario, de los sectores técnicos y auxiliares de ese sector, lo cual significa avanzar al debate de una reforma tributaria a fondo, porque este proyecto es de un costo no pequeño -si no me equivoco, de cerca de 208 mil millones de pesos-; es un volumen muy alto y creo que para abrirse al debate del sector público debemos acompañarlo con un debate tributario si queremos hacerlo más a fondo y, quizás, también poniendo lo que es la estabilidad, la permanencia a ultranza del sector público, abrir el debate. Invito al colega Vilches a que lo hagamos en el próximo tiempo.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Cerrado el debate.
¿Habría acuerdo para votar el proyecto en general y particular a la vez?
Acordado.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro del Trabajo, señor Germán Molina.
El señor MOLINA ( Ministro del Trabajo ).-
Señor Presidente , quiero agradecer a los señores diputados que hayan acogido unánimemente un proyecto tan importante para el sector público como es el reajuste de remuneraciones; agradecer las distintas intervenciones que han permitido que el Ejecutivo y la mesa negociadora hayan llegado a un acuerdo escrito sobre esta materia, y agradecer la comprensión de los dirigentes del sector público que, en momentos como los que vive el país, han entregado una señal de gran responsabilidad, seriedad y transparencia.
El Gobierno nunca ha dudado en reconocer la legitimidad de los planteamientos de mejoramiento de remuneraciones del sector público. En esta oportunidad, producto de una discusión que fue avanzando sobre la base de una gran transparencia en las relaciones entre el Gobierno y las 11 organizaciones representadas en la mesa de diálogo, entre ellas la CUT, logramos acercar posiciones. Un elemento clave en el éxito de esta negociación radicó en el hecho de que las mencionadas organizaciones tomaron en consideración la situación que vive el resto de los trabajadores del país.
Es efectivo que los trabajadores del sector público perciben ingresos modestos, pero reconocen que durante los dos gobiernos de la Concertación sus remuneraciones se han incrementado en más de un 65 por ciento, en circunstancias que en el sector privado el aumento sólo alcanzó al 45 por ciento. Con todo, reclaman una deuda histórica que no es responsabilidad de la Concertación. Se trata de un período en que no sólo no hubo reajuste de remuneraciones, sino también despidos y persecuciones. Son esas consideraciones las que los impulsaron a tener este gesto de responsabilidad que es muy importante reconocer en esta Sala.
Esperamos que el Senado apruebe el proyecto de reajuste de remuneraciones al sector público con la misma premura con que lo ha hecho esta Corporación. El incremento aquí aprobado no sólo significará mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores, sino además recuperar algunos puntos sobre el IPC esperado.
He dicho.
(Aplausos).
PRÓRROGA DE BENEFICIOS PARA LA OCUPACIÓN DE MANO DE OBRA EN REGIONES. Primer trámite constitucional.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alvarado.
El señor ALVARADO .-
Señor Presidente , ayer, la Comisión de Hacienda despachó el proyecto que prorroga el beneficio de contratación de mano de obra para zonas extremas. Debido a que el proyecto ha sido calificado de “discusión inmediata” y resta escaso tiempo para despacharlo, solicito que su Señoría recabe el parecer de la Sala, a fin de votarlo sin discusión.
El señor MONTES ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para votar sin discusión el proyecto que prorroga por un año los beneficios para la ocupación de mano de obra en las regiones Primera, Undécima, Duodécima y en las provincias de Chiloé y Palena?
Acordado
Antecedentes:
-Mensaje, boletín Nº 2417-05, sesión 8ª, en 2 de noviembre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 1.
-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta Nº 4, de esta sesión.
El señor MONTES (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
COMISIÓN INVESTIGADORA SOBRE VIABILIDAD DEL SISTEMA DE INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Corresponde votar por última vez el proyecto de acuerdo Nº 318, que propone formar una comisión investigadora para estudiar y propiciar la garantía del derecho al acceso a la salud. La comisión deberá evacuar su informe en un plazo de 60 días.
Tiene la palabra el diputado señor Aguiló.
El señor AGUILÓ.- Señor Presidente , en la sesión pasada, parlamentarios de todas las bancadas, incluidos los de Oposición -entre ellos, el diputado señor Melero -, solicitamos a los patrocinantes del proyecto de acuerdo -hubo unanimidad en tal sentido- que efectuaran una pequeña modificación a fin de radicar la investigación en la Comisión de Salud.
En consideración a que se encuentran en la Sala todos los patrocinantes del proyecto, incluido su señoría, propongo que se refrende la solicitud planteada en su oportunidad y se proceda a votar.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , quien habla solicitó el acuerdo. Sin embargo, el Secretario me manifestó que ésta es la tercera vez que se vota el proyecto y que en tal coyuntura no procede hacer cambio alguno. En otras palabras, he respetado estrictamente el Reglamento.
Ahora bien, la modificación consiste en agregar, a continuación de la expresión “Formar una Comisión Investigadora”, la frase “radicada en la Comisión de Salud”. Si hubiera unanimidad, se votaría de esa manera.
Acordado
En consecuencia, queda aprobado.
SEGURO DE SALUD PARA BENEFICIARIOS DE FONASA E ISAPRES.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 319, de las diputadas señoras María Angélica Cristi y Eliana Caraball y de los diputados señores Waldo Mora, Enrique Krauss, Jaime Mulet, Patricio Cornejo, Sergio Ojeda, Rafael Arratia, Jaime Rocha y Luis Pareto.
“Considerando:
Que en la preocupación pública en los últimos tiempos ha ocupado un lugar prioritario la salud, a la que, con razón, se la considera como elemento esencial en la calidad de vida de las personas;
Que una de las materias que más vivamente ha preocupado a los chilenos ha dicho relación con la atención de urgencia, cuya aplicación práctica ha motivado numerosas denuncias de rechazo por razones económicas, las que han sido recogidas en toda su dramática dimensión en los diversos medios de comunicación;
Que estas situaciones han motivado reacción tanto en el Poder Ejecutivo como en los distintos sectores representados en el Congreso Nacional, los cuales han propuesto diversas medidas legislativas, las cuales se encuentran en trámite tanto en el honorable Senado como en esta honorable Cámara;
Que las medidas propuestas, inspiradas todas ellas en plausibles propósitos de justicia y de equidad social apuntan, en lo esencial, a establecer mecanismos que impidan el rechazo de los pacientes que deban enfrentar situaciones de urgencia o emergencia de salud, pero no resuelven los inevitables efectos económicos que lamentablemente derivan del tratamiento de tales urgencias;
Que la secuela que deriva para los enfermos y sus familias de esta clase de situaciones sorpresivas, cuya atención demanda usualmente un alto costo, en muchas ocasiones genera su quiebra económica y moral;
Que la solución frontal de estas circunstancias radica en el establecimiento de un seguro colectivo que debieran asumir la totalidad de los beneficiarios de Fonasa y de las isapres, cuyas cotizaciones adicionales se cobrarían y percibirían conjuntamente con las correspondientes al sistema general;
Que dicho seguro cubriría las eventuales diferencias entre lo que, conforme los planes contratados, enteraría en el caso específico de que se trate a los beneficiarios de isapres o, conforme su programa, asumiría Fonasa, de tal manera que la emergencia no importaría un gasto para el paciente o sus familiares;
Que este seguro tendría un carácter colectivo lo cual implicaría una característica de equidad social incuestionable;
Que el establecimiento de un sistema de esta especie requiere no sólo de la iniciativa del Ejecutivo por razones institucionales, sino que, además, por su complejidad y la necesidad de contar con los estudios financieros y actuariales que lo sustenten con seriedad.
La honorable Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al señor ministro de Salud el estudio y proposición de una iniciativa que establezca un seguro nacional y colectivo para los beneficiarios de Fonasa y de isapres cuya aplicación cubra las diferencias que pudieren resultar en atenciones de urgencia entre las sumas que los sistemas de que los pacientes sean titulares enteren por tales atenciones y el costo final y completo de ellas”.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
DESAFILIACIÓN DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo del diputado señor Riveros, de la diputada señora Muñoz, doña Adriana; de los diputados señores Hernández, Tuma, Krauss, Seguel, Rocha; diputada señora Allende, doña Isabel; diputados señores Montes y Letelier, don Felipe.
“Considerando:
1. Que es necesario corregir la situación que afecta a funcionarios del sector público afiliados al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que obtienen pensiones de vejez notablemente más bajas que las correspondientes a sus similares otorgadas por el Instituto de Normalización Previsional (INP).
2. Teniendo presente que una razón esencial que incide en la situación descrita es la base de cálculo del bono de reconocimiento otorgado a dichos funcionarios, la que ha sido determinada sin considerar la remuneración real, sino sólo una parte de ella.
3. Considerando que si hubiese mediado una adecuada información estas personas no debieran haberse traspasado de sistema previsional.
4. Asumiendo que se trata de un universo acotado de trabajadores, esto es, aquellos que al entrar en vigencia el nuevo sistema de pensiones tenían la condición de funcionarios públicos y cuyo bono de reconocimiento, al traspasarse el sistema de AFP fue calculado en aplicación del artículo 4º transitorio del decreto ley Nº 3.500, los cuales más adelante quedaron contemplados en la ley Nº 18.675 y sus correspondientes del año 1990 y 1992 en el caso de los trabajadores de salud municipalizada y de universidades públicas, respectivamente.
5. Teniendo presente que sobre materia previsional tiene iniciativa exclusiva el Ejecutivo .
La Cámara Diputados acuerda:
Solicitar a su Excelencia el Presidente de la República que, en el más breve plazo, envíe un proyecto de ley que autorice por única vez la desafiliación del sistema de pensiones creado por el Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, a aquellos funcionarios públicos que a su entrada en vigencia tuvieran tal condición y cuyo bono de reconocimiento no fue calculado sobre la base de su remuneración real”.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto de acuerdo.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobado.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor ALESSANDRI.-
No, señor Presidente , no dimos la unanimidad.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
El señor SEGUEL .-
Señor Presidente , según el Reglamento de la Corporación, cuando usted toca la campana queda aprobado el proyecto de acuerdo.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Tiene razón el diputado señor Seguel.
VII. INCIDENTES
VISITAS DE PRESIDENTE FREI A REGIÓN DE MAGALLANES. Oficio.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de la Unión Demócrata Independiente.
Tiene la palabra el diputado señor Rodrigo Álvarez .
El señor ÁLVAREZ .-
Señor Presidente , en los últimos dos años el Presidente de la República , don Eduardo Frei , ha estado menos de 24 horas en Magallanes. Cerca de un día en 730 jornadas, es decir, el 0,13 por ciento -repito, 0,13 por ciento- de su tiempo presidencial dedicado a una de las trece regiones que debe gobernar. Esa es la verdad simple y pura. Para la mayoría de los magallánicos es indignante, en especial cuando sabemos todo lo que le agrada viajar por el mundo.
No quiero que se malinterpreten mis palabras. Esta no es una crítica a la Concertación ni a la Democracia Cristiana, como se podrá apreciar en unos instantes, sino directa y específica al estilo de gobierno de don Eduardo Frei.
En efecto, desde el 1 de noviembre de l997, don Eduardo Frei sólo estuvo en la Duodécima Región para el día del nuevo abrazo del Estrecho, aunque para la realidad regional es como si no nos hubiese visitado, pues basta recordar cómo describía el intendente el viaje del primer mandatario: “Definitivamente, no se van a tratar temas internos del país” o “Lo he dicho una infinidad de veces: esta visita del Presidente Frei se enmarca en un tema binacional, internacional. Los temas regionales se podrán tocar en una próxima gira del Presidente a Magallanes ”. Una próxima gira que no se concretó en nueve meses, que ahora nos anuncian para noviembre y que no servirá para solucionar nada de nuestra compleja realidad. Es decir, en febrero último el Presidente Frei visitó escasas horas Magallanes y su tiempo era demasiado valioso para gastarlo en nimiedades regionales. Todo ello, en un marco en que nuestra región ha vivido una de las peores crisis sociales, laborales y económicas de su historia, con total carencia de proyectos, sueños y esperanzas. Así es. Durante el Gobierno de Eduardo Frei, Magallanes ha crecido a una tasa de 0,9 por ciento promedio anual, o sea, no ha crecido; tuvo la peor tasa de cesantía nacional, con la miseria y degradación consecuentes; debatió y probablemente perdió el futuro de sus límites en los Campos de Hielo; contempló cómo sus sectores productivos tradicionales e innovadores se estancaban; sintió la desesperación de Porvenir y Puerto Natales, y en ese hermoso entorno nuestra máxima autoridad ni siquiera fue a ver cómo estábamos, a solidarizar con nuestras desgracias y, mucho menos, a responder por su Gobierno. No, no había tiempo para ello, pero Eduardo Frei sí encontró durante esos dos años los momentos para pasar unos 25 días en Europa, un par de decenas de amaneceres en Centroamérica y Norteamérica y casi tres días en Ushuaia, Argentina. Sí, muy cerca de Magallanes, a menos de 300 kilómetros, en Argentina, estuvo el triple de tiempo que en nuestra Región de Magallanes y siempre prefirió, al regresar a Santiago, sobrevolar nuestro territorio patagónico, sin aterrizar para ver si todavía estábamos por allí. Quizás, desde el aire le resultamos más simpáticos o nuestros problemas, menos acuciantes.
¡Qué diferente esta actitud de la de otros que han gobernado nuestro país! Por ejemplo, para que vean que ésta no es una crítica ni a la Concertación ni a la Democracia Cristiana, de don Patricio Aylwin , el presidente que en promedio más tiempo ha estado en nuestra región, y quien junto con su ministro del Interior , el señor Enrique Krauss , aquí presente, terminó su gobierno en la Región de Magallanes.
Qué diferente su actitud también de la de quienes aspiran a gobernar el país, pues en estos mismos dos años el candidato don Ricardo Lagos estuvo en cuatro ocasiones en la Patagonia actual, durante ocho días, y nuestro candidato, Joaquín Lavín , recorrió las calles de Magallanes en cinco ocasiones y permaneció once días en nuestras tierras, visitando sus provincias y ciudades e, incluso, haciendo historia, pues por primera vez un candidato presidencial llegaba en campaña electoral a Puerto Williams y a la Antártica.
Pero si están impresionados con estas estadísticas, y los magallánicos, molestos con el Presidente Frei , debo señalar que inicié esta fiscalización el 20 de mayo, fecha en que solicité al Gobierno que informara al Congreso dónde había estado el Presidente . Entre agosto y octubre llegó la respuesta y, para mi sorpresa, en la comunicación formal, oficial, firmada por el subsecretario general de la Presidencia , don Carlos Carmona , no se registran los viajes del Presidente a Magallanes en octubre de l997 y febrero de l999. Es decir, para el Gobierno, su Presidente estuvo por última vez en Punta Arenas de manera oficial en abril de l997, aun más tiempo del que yo señalo. ¡Insólito! Pero, probablemente le importamos tan poco que ni siquiera nos incluyó en su agenda del recuerdo.
Por lo anterior, solicito se oficie a la Subsecretaría General de la Presidencia para que nos informe y explique el envío de una información tan inexacta y ligera a la Cámara de Diputados.
Necesitamos otra forma de dirigir el país y sé que todos la buscamos. Por esto y por mil razones, creo que el próximo diciembre los vientos de cambio serán imparables encumbrando a Joaquín Lavín a La Moneda.
-Hablan varios señores diputados a la vez.
(Aplausos).
El señor ÁLVAREZ .-
Señor Presidente , cuando usted lea en un diario santiaguino que el Presidente Eduardo Frei ha volado el equivalente a dos viajes a la Luna o a l98 viajes entre Arica y Punta Arenas, por increíble que parezca, mejor quédese con la estadística del viaje a la Luna, pues la otra es falsa. Trucha, dirían los argentinos, a quienes Eduardo Frei visitó más que a los magallánicos, porque al menos a Punta Arenas y a Magallanes no ha ido.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
PLAZO DE GRACIA PARA INSCRIPCIÓN EN PRUEBA DE APTITUD ACADÉMICA. Oficio.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Bartolucci .
El señor BARTOLUCCI.-
Señor Presidente, hemos escuchado los aplausos espontáneos que se han producido en la Sala, pero ahora quiero retomar un tema de nuestro quehacer cotidiano.
Solicito se oficie al ministro de Educación con el objeto de que tenga a bien estudiar la posibilidad de abrir un período de gracia para la inscripción en la prueba de aptitud académica, lo que se ha hecho en otras oportunidades. A esta altura del año, los estudiantes universitarios de primer año ya saben cuál es su destino, pues muchos de ellos, por desgracia, han quedado en el camino. Es probable que me esté refiriendo a la situación de miles de estudiantes universitarios que no pudieron inscribirse en la prueba de aptitud académica, porque todavía estaban en clases y tenían la esperanza de aprobar su año; pero en noviembre, cada estudiante sabe su destino y, reitero, desgraciadamente, muchos no pasarán a segundo año y no podrán seguir en la universidad. Lo he podido comprobar personalmente en mi condición de profesor universitario. Sé que esta situación afecta a muchos estudiantes universitarios.
Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Educación -ojalá los demás señores diputados me acompañen- para que estudie la posibilidad de abrir un período de gracia, de una semana o diez días, para que los miles de jóvenes que no se inscribieron en su momento para rendir la Prueba de Aptitud Académica puedan hacerlo y no pierdan un año completo.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
LEGALIDAD DE CONCESIÓN DEL TRAMO TALCA-CHILLÁN DE RUTA 5 SUR. Oficio.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Correa.
El señor CORREA .-
Señor Presidente , hace un año se adjudicó la concesión de la ruta 5 sur en el tramo Talca-Chillán a la empresa de la misma denominación.
En esa ocasión, la Cámara de Comercio de Talca y otras instituciones del transporte terrestre hicieron una presentación al Fiscal Nacional Económico para que, en su mérito, requiriera de la Comisión Resolutiva un pronunciamiento sobre la legalidad de la concesión, según los antecedentes que a continuación paso a detallar.
Somos partidarios del sistema de concesiones en materia de infraestructuras nuevas, tales como el túnel El Melón, camino de la madera, ruta del Itata, que permite que el Ministerio de Obras Públicas cumpla con la reparación de rutas secundarias o de caminos productivos paralelos. Sin embargo, la entregada en concesión es la única vía nacional con que cuenta el país, la que, además, en muchos casos, es la única vía local entre ciudades de una misma región. Se crea así un problema muy grave con respecto a la regionalización del país.
La ruta 5 sur es un bien nacional de uso público, por medio del cual el Estado cumple su finalidad de bien común constitucional, al proveer las vías públicas libres a los habitantes.
Por ello, estimamos que la licitación realizada por el Ministerio de Obras Públicas, basado en sus facultades y en la legislación vigente, no está en la idea de la ley respectiva. La finalidad de las concesiones es atraer fondos privados para hacer crecer la infraestructura del país. Aquí, en cambio, se ha entregado la única ruta, cuya construcción, en su mayor parte, fue financiada con los tributos de los habitantes y con los peajes fiscales. Si esta concesión hubiese sido para la construcción de una nueva ruta, alternativa a la actual 5 sur, pública y libre, estaríamos en pleno acuerdo, ya que ello contribuiría a un mayor desarrollo de nuestras zonas. En cambio, esta concesión de la única ruta traerá consigo alzas de los costos de peajes, fletes y, consiguientemente, alza de los precios de los bienes de consumo, etcétera, todo lo cual traerá un perjuicio evidente a los habitantes de las provincias de la Séptima Región.
Como se ha expresado, la ruta 5 sur, en ese sector de la zona central, es la única vía de movilización, pues no existen otras posibilidades de desplazamiento eficiente por otros medios, como el tren o el avión. En este sentido, existe un monopolio de la ruta 5 sur en las opciones de transporte, que es absoluto respecto del transporte terrestre.
Al respecto, el artículo 4º del decreto ley Nº 211, de 1973, señala que “No podrá otorgarse a los particulares la concesión de ningún monopolio para el ejercicio de actividades económicas, tales como extractivas, industriales, comerciales o de servicios.
“Sólo podrá reservarse a instituciones fiscales, semifiscales, públicas, de administración autónoma o municipales el monopolio de determinadas actividades como las señaladas en el inciso anterior”.
Conforme a lo expuesto, al obrar como se ha hecho, el Ministerio de Obras Públicas, aunque puede haber procedido conforme a la legislación específica sobre caminos y concesiones de infraestructura, ha vulnerado la legislación relativa a la libre competencia, ya que ha establecido un monopolio en favor de una empresa privada respecto de una vía de la cual no existe alternativa alguna. Más aún, en el convenio respectivo el Estado se ha comprometido a no entregar a terceros la opción de rutas alternativas durante el período de la concesión, es decir, 12 años.
Por eso, este grupo de empresarios de la Cámara de Comercio y del transporte de la Séptima Región ha hecho esta presentación al Fiscal Nacional Económico para que, en conocimiento de estos antecedentes, solicite a la Comisión Resolutiva un pronunciamiento al respecto. Como a la fecha ya ha pasado un año y el pronunciamiento no se ha pedido, recabo a la Cámara que se oficie, en mi nombre, al ministro de Economía , para que pida un pronunciamiento al Fiscal Nacional Económico sobre la materia que estoy comentando.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
DESPIDO DE TRABAJADORES DE EMPRESAS PESQUERAS FUSIONADAS. Oficio.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, ofrezco la palabra al diputado señor Salvador Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, he constatado un grave abuso de parte de algunos empleadores en contra de trabajadores y de sus dirigentes sindicales.
Las tres empresas pesqueras del norte, Coloso, Eperva e Igemar, se fusionaron en un nuevo complejo pesquero, que primero se llamó Copenor y ahora Corpesca, despidieron al ciento por ciento de sus trabajadores y luego recontrataron aproximadamente al 70 por ciento.
Además de esta drástica reducción de los empleos y del aumento de la cesantía que esto significa, están realizando una acción de persecución en contra de los dirigentes sindicales que no han querido firmar sus finiquitos, por cuanto no se les respeta el fuero sindical, derecho que conquistaron cuando fueron elegidos. Algunos tienen veinte meses de fuero; otros, diez u ocho.
En Arica hay 12 dirigentes sindicales que no han querido firmar sus finiquitos, porque saben que aunque las empresas nuevas les ofrezcan recontratarlos, lo más probable, como ya ocurrió en un caso, es que al mes o a los dos meses sean despedidos nuevamente y pierdan todo lo que significó un derecho duramente ganado: su fuero sindical.
Ante dicha situación, inédita en Chile, planteo este reclamo en la honorable Cámara. En efecto, mediante la figura de fusionar empresas, hacer desaparecer a las originales y, por lo tanto, terminar el lazo contractual con los trabajadores, especialmente con los dirigentes sindicales, se aprovecha esta situación para dejar a éstos sin defensa alguna.
El lunes vi cómo, para presionarlos a fin de que firmen los finiquitos sin respetar el fuero sindical, se confinó a una oficina a ocho dirigentes, solos con una secretaria, con sillas y apenas un par de escritorios, en la cual sólo pueden leer el diario y aburrirse todo el día, denigrando así su calidad laboral.
Me pongo en el lugar de cualquier trabajador o profesional que, aislado de su hospital, de su fábrica, de su industria, se le presione, obligándolo, porque la ley laboral lo permite, a estar en una pieza vacía las ocho horas laborales, a fin de que, por cansancio, por hastío y, hasta cierto punto, por indignación, firmen un finiquito abusivo. Eso es doblarle absolutamente la mano a la ley laboral y al concepto de respeto que debe haber entre empleador y trabajador.
Por ello, solicité personalmente al ministro del Trabajo , al subsecretario del Trabajo , al Seremi respectivo y en la Inspección del Trabajo, que ayuden al máximo para que estos trabajadores tengan el respeto que se merecen.
En este sentido, solicito oficiar al ministro de Trabajo y Previsión Social para que patrocine una iniciativa legal que agregue al Código del Trabajo un artículo o inciso que proteja a los dirigentes sindicales cuando sus empresas desaparecen por fusión o adquisición y se cree una nueva que puede contratar o no a los trabajadores finiquitados por el término de las empresas originales.
La realidad chilena muestra que los dirigentes sindicales no son recontratados, o son despedidos en corto plazo, antes de que se constituya el sindicato de la nueva empresa. Se burla así el fuero sindical, derecho que protege la continuidad de la dirigencia de los trabajadores.
Por ello es necesario legislar para que las nuevas empresas estén obligadas a contratar a los dirigentes sindicales de las empresas originales, que gocen del tiempo de fuero que les corresponde, sean o no elegidos de nuevo en cargos de dirigencia sindical. Si la nueva empresa opta por no contratarlos, que se les pague, además de lo que les corresponde como trabajadores, el ciento por ciento del tiempo del fuero que les reste como dirigentes sindicales.
Pido también que se adjunte al oficio el texto de mi intervención.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
ALCANCES SOBRE CAMPAÑA PUBLICITARIA DEL CANDIDATO PRESIDENCIAL JOAQUÍN LAVÍN.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Ávila .
El señor ÁVILA .-
Señor Presidente , en verdad me ha sorprendido el discurso del diputado señor Álvarez , a quien consideraba como lo más sensato que podíamos encontrar dentro de esa cultura de secta que exhibe la UDI.
Pero es explicable. Él ha hecho el esfuerzo de traer una pequeña barra desde distancias tan inmensas como Punta Arenas. Lo han premiado con un aplauso frío como la zona austral, pero compensa el sacrificio.
También él debe estar sufriendo las brutales presiones que emanan de una candidatura desesperada. Ha pretendido hacer comparaciones que, desde un punto de vista ético, no resisten ningún análisis.
El Presidente Frei y el candidato de la Concertación, Ricardo Lagos , si tienen una característica, es la de ser genuinos, auténticos, con una decencia y honorabilidad que el país entero reconoce hoy y reconocerá mañana. Integrarán ambos la lista de ex Presidentes que enorgullecen la vida republicana de Chile, indistintamente de la posición política o ideológica que hayan sustentado.
El caso de Joaquín Lavín es algo que también quedará en los anales de nuestra historia, pero como una sombra, debido a que, por primera vez, quien postula a la primera magistratura de la nación no se presenta con el rostro que corresponde, sino que ha debido utilizar cientos de máscaras para, con cada una, ganar un mínimo trecho en la ciudadanía.
La Derecha no puede presentarlo tal cual es; sería torpe, desde un punto de vista estrictamente publicitario. Se vería obligada a decir que representa a los grupos económicos más poderosos y que detrás de su propio comando están los zares de las financieras, de la banca, aquellos que, precisamente, tienen sojuzgados a millones de chilenos a través de una tarjeta de plástico, que se ha convertido en la moderna forma de encadenar a los pobres.
Entonces, si Lavín va a Punta Arenas -donde el diputado Álvarez nos confiesa que estuvo bastantes días-, le faltó poco, en esa zona austral, para disfrazarse de pingüino; pero trajo la piel de oveja que necesita para seguir engañando al resto de los chilenos. Si acude a Arica, lo vemos embutido en un gorrito de lana, fotografiado al lado de un camélido. Si pasa por la Araucanía, se nos convierte en un lonko, y así sucesivamente. Si visita una zona minera, la televisión nos lo presenta con un casco, arremangado y con sus botas embarradas.
¡Hasta cuándo tenemos que soportar este “show” que no gratifica ni siquiera a quienes lo montan y constituye un agravio a la conciencia ciudadana de los chilenos!
He dicho.
(Aplausos).
RECHAZO A DECLARACIONES DEL COMANDANTE EN JEFE DEL EJÉRCITO. Oficio.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , en la Academia de Historia Militar ayer ocurrió un hecho del todo inaceptable e improcedente de un comandante en jefe del Ejército.
Me refiero a la intervención del comandante en jefe del Ejército , señor Ricardo Izurieta , en la cual, en algo absolutamente ajeno a lo que es propio de la ley orgánica de las Fuerzas Armadas y de Orden, incurrió en un hecho grave, ya que no corresponde ni está establecido como una facultad del comandante en jefe del Ejército inmiscuirse en ámbitos propios de un Poder independiente del Estado, como es el Poder Judicial . No corresponde al comandante en jefe del Ejército inducir a los tribunales de justicia a reinterpretar el decreto ley de amnistía.
Por consiguiente, creo que las palabras del comandante en jefe del Ejército no contribuyen en absoluto a generar un clima de concordia en el país.
Pienso que esa intervención es del todo rechazable porque en el fondo ¿qué nos está señalando? Si hoy le molesta o incomoda que oficiales del Ejército y de las instituciones de las Fuerzas Armadas “desfilen” ante los tribunales, significa que -porque son oficiales de menor graduación que el ex comandante en jefe del Ejército, general Augusto Pinochet - dicho comandante en jefe nos ha notificado que el Ejército no permitirá que mañana el general Pinochet concurra a los tribunales de justicia. En el fondo, el señor Izurieta nos ha notificado que el Ejército no va a aceptar que, en el país, se haga un juicio al ex comandante en jefe del Ejército , general Pinochet .
Eso nos parece grave, porque resulta sospechoso que se haga esta intervención, justamente, cuando el ministro señor Guzmán ha señalado que pretende desaforar al senador vitalicio. Aún más, también resulta sospechoso que el comandante en jefe del Ejército formule esas declaraciones, cuando hoy el gobierno británico se ha abierto a la posibilidad de analizar las razones humanitarias para resolver el caso del general Pinochet .
En el fondo, creo que no se está contribuyendo a la política que el Gobierno ha desarrollado en esta materia y, por el contrario, la intervención del comandante en jefe del Ejército, más que ayudar a resolver el caso Pinochet, lo va a dificultar.
Pienso que con estas declaraciones le ha hecho un tremendo daño a la búsqueda de una solución al caso Pinochet; porque no corresponde -insisto- a un comandante en jefe del Ejército, en un estado de derecho, hacer esta intervención y, más aún, pretender presionar indebidamente al Poder Judicial .
Es lamentable, porque lo que la sociedad chilena y el ejercicio democrático esperan de un comandante en jefe del Ejército para alcanzar una reconciliación, es que algu-na vez él sienta vergüenza por lo que hicieron algunos miembros del Ejército y de otras instituciones de las Fuerzas Armadas y de Orden en las graves violaciones a los derechos humanos. Uno espera una pala-bra de arrepentimiento, de solidaridad con las víctimas, con sus familiares, pero no que se insista en una situación del todo condenable e inaceptable en un estado democrático.
Por consiguiente, la bancada del Partido Socialista expresa su más enérgico rechazo a estas expresiones del comandante en jefe del Ejército y espera que el ministro de Defensa , o el propio Gobierno, llame al señor Izurieta a dar explicaciones sobre su intervención en la Academia de Historia Militar ocurrida ayer, porque este tipo de manifestaciones no le hacen bien a la democracia y establecen un precedente dañino para cualquier fuerza política que gobierne nuestro país el día de mañana. Creo que, de una vez por todas, los miembros de las Fuerzas Armadas deben actuar como un poder subordinado al civil y, más que eso, de acuerdo con lo que establece un estado de derecho. Jamás un comandante en jefe del Ejército había tenido una intervención de esta naturaleza, que induce e, incluso, señala al Poder Judicial cómo debe interpretar la ley. Eso es lo extraordinariamente grave. No corresponde a un comandante en jefe del Ejército indicar cómo los jueces deben aplicar la ley; más aún, porque no estamos hablando de un sinnúmero de oficiales involucrados en situaciones relacionadas con el decreto ley de amnistía, sino del caso particular, específico, del asesinato de Tucupel Jiménez, delito que, justamente, queda excluido de dicho decreto ley.
Entonces, su intervención reviste suma gravedad y, por eso, como socialistas, la rechazamos de la manera más enérgica.
Solicito que se envíe un oficio al ministro de Defensa para ver qué medidas tomará el Gobierno en relación con dicha intervención.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de la diputadas señoras Laura Soto y Adriana Muñoz , y del diputado señor Leopoldo Sánchez .
-o-
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Quiero saludar con mucho afecto a las delegaciones de las comunas de Recoleta e Independencia presentes en las tribunas, por las cuales es diputado nuestro segundo vicepresidente, señor Patricio Hales.
(Aplausos).
DEFENSA DE OBRA DEL GOBIERNO DE LA CONCERTACIÓN EN LA DUODÉCIMA REGIÓN.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet.
El señor MULET.-
Señor Presidente , después de escuchar las recientes palabras del diputado señor Rodrigo Álvarez , de la UDI, se me viene a la memoria el dicho aquel de que “no hay peor ciego que el que no quiere ver”. Y en esta suerte de travestismo que sufre la UDI durante el último tiempo, comandada por Lavín , hoy, aquí, en el Parlamento, se disfrazan de ciegos. No pueden ver la obra del Presidente Frei porque, sencillamente, se han enceguecido.
Durante el gobierno del Presidente Frei -cuya obra en la Duodécima región del país me permito defender en nombre de la bancada de diputados de la Democracia Cristiana- se han materializado innumerables proyectos, aprobados, incluso, por el propio Congreso Nacional; pero no los ven; se olvidan; les falla la memoria. La campaña, realmente, los tiene, además de ciegos, olvidadizos.
Voy a nombrar algunas realizaciones.
El plan austral, con una serie de beneficios tributarios para la Duodécima Región.
La pavimentación de más de 400 kilómetros de camino entre Puerto Natales y Punta Arenas. Por décadas, ésa fue una aspiración de los habitantes de la Duodécima Región que, ni siquiera en parte, fue capaz de materializar el gobierno que apoyó el diputado de la UDI. Prácticamente, nada se hizo en esa zona durante el gobierno militar.
El muelle nuevo de Punta Arenas .
Las facilidades portuarias para el desembarque; para la estiba y desestiba.
El decreto ley Nº 889, que establece subsidios a la mano de obra en la Duodécima Región y otras provincias del país, y que acabamos de prorrogar por un año más a iniciativa del Presidente de la República , tampoco lo pueden ver.
Existen muchas otras iniciativas que todos conocemos y que durante los últimos seis años han significado avances importantes para nuestro país en materias de programas sociales, de viviendas, de educación, etcétera. Pero no las pueden ver. El travestismo los ciega.
En nombre de todos mis camaradas diputados y de la Concertación, defiendo las obras del Presidente Frei y de los dos gobiernos de la Concertación, con mayor énfasis en esta época de campaña.
Ellos también son capaces de “ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio”. Hoy tenemos a un Presidente que es orgullo de todos los chilenos y de América latina; pero el diputado Rodrigo Álvarez y sus correligionarios apoyaron a quien hoy es una vergüenza para el país, para el mundo. Como todos sabemos, está siendo procesado por crímenes contra la humanidad. También se les olvida lo que ha ocurrido.
Entonces, estas faltas de memoria y la ceguera, que, indudablemente, tienen que ver con la campaña presidencial, es bueno recordarlas.
Termino señalando que en épocas de elecciones debemos ser lo más justos posibles dentro de lo que la campaña nos indica; pero le pediría al diputado señor Álvarez que se pasee, que vaya a Punta Arenas, a Puerto Natales, vea las obras de los Presidentes Frei y Aylwin y aprecie los contrastes entre dichas obras y las de la dictadura que él apoyó.
He dicho.
DESAFILIACIÓN DE AFP DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Oficio.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado Víctor Reyes.
El señor REYES.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero sumarme a la proposición formulada hace días por un grupo de colegas de la Concertación -que hoy, además, se tradujo en un proyecto de acuerdo que aprobó la Corporación- de solicitar al Presidente de la República el envío de un proyecto de ley que autorice, por única vez, la desafiliación del sistema de pensiones actualmente vigente a aquellos funcionarios públicos que, cuando dicho sistema entró en aplicación, tuvieron tal condición y cuyo bono de reconocimiento no fue calculado sobre la base de su remuneración real.
Esta situación está afectando a una importante cantidad de funcionarios que han manifestado su interés por acogerse a jubilación, pero que no lo hacen porque las pensiones por percibir, dada su condición de actuales afiliados a AFP, no guarda consonancia con las que obtendrían en el caso de haber permanecido afiliados al sistema del Instituto de Normalización Previsional.
Por esa razón, en este caso, quiero sumarme a esa petición y también solicitar que se envíe a su Excelencia el Presidente de la República el mismo oficio acordado por la Corporación.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Ortiz , Velasco y de quien habla.
SUSPENSIÓN DE REMATES EN COMUNAS DE LA DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
El señor REYES.-
Señor Presidente , en segundo lugar, pido que se envíe un oficio al ministro de Vivienda con el objeto de que instruya al secretario regional ministerial de la Región de Los Lagos y al director regional del Serviu, para que soliciten de los tribunales de justicia -particularmente de Puerto Varas- la suspensión de los remates fijados para fines de este mes y que afectan a varias familias de las comunas de Puerto Varas, Llanquihue y Frutillar , por juicios ejecutivos entablados por el Serviu hace algún tiempo.
En momentos en que el propio Gobierno, por una parte, ha dispuesto facilidades para que personas que carecen de ingreso u ocupación puedan postergar el pago de sus viviendas, me parece absolutamente contradictorio que, por otra, se esté accionando judicialmente y una cantidad importante de familias se vean enfrentadas a la concreción de remates que, evidentemente, les van a afectar en todo lo que significa perder sus viviendas.
Reitero que se oficie sobre esta materia al ministro del ramo con el objeto de que imparta las instrucciones correspondientes a sus funcionarios dependientes en la Décima Región.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Ortiz , Velasco y de quien habla.
FISCALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE ABSORCIÓN DE MANO DE OBRA EN PUERTO OCTAY Y PUYEHUE. Oficios.
El señor REYES.-
En tercer lugar, pido enviar oficio al ministro del Interior a fin de que instruya al intendente de la Décima Región y al gobernador de Osorno para que fiscalicen la correcta aplicación de los programas de absorción de mano de obra que se están llevando a cabo en las comunas de Puerto Octay y Puyehue. Asimismo, al Contralor General de la República para que ordene una investigación al respecto.
Mi petición obedece a que he sido informado, por personas responsables, de que trabajadores de Puerto Octay, contratados con cargo a estos programas, son ocupados en la distribución de propaganda electoral en favor del candidato señor Lavín . Y en Puyehue, los trabajadores, contratados por el mismo programa, son obligados a borrar selectivamente propaganda electoral callejera, lo que curiosamente ha afectado la publicidad electoral del candidato de la Concertación, don Ricardo Lagos .
A mi juicio, la utilización de estos trabajadores en esas labores es incorrecta, implica aprovecharse de su necesidad y hacer mal uso de recursos públicos destinados a la contratación de gente cesante para ejecutar obras de adelanto local.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Ortiz , Velasco y de quien habla.
DESAFECTACIÓN DE BAHÍA DE QUEILEN COMO ZONA APTA PARA ACTIVIDADES ACUÍCOLAS. Oficio.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer a la honorable Cámara de Diputados su aprobación, en la sesión de hoy, del proyecto de ley que prorroga el beneficio establecido en el decreto ley Nº 889, relacionado con el subsidio a la mano de obra, un 17 por ciento por trabajador contratado, y que es muy importante para las zonas extremas, en especial en Chiloé y Palena .
En segundo lugar, deseo referirme a una nota recibida de don Carlos Gómez Miranda , alcalde de Queilen , ubicada en la provincia de Chiloé. Este edil, junto al concejo, ha estado manifestando su preocupación por un tema muy relevante para Queilen. Reitera que su comuna es una de las localidades más pequeñas de la isla de Chiloé, que aún no ha sido intervenida por la mano del hombre. Por eso su paisaje ofrece bosques nativos vírgenes, playas de arena bañadas por aguas cristalinas no contaminadas, su gente es amable y hospitalaria de acuerdo con las costumbres ancestrales de la zona. Pero hoy estos parajes se ven amenazados por el violento desarrollo no planificado por autoridades del gobierno central, sobre todo por el subsecretario de Pesca .
Agrega que uno de los problemas más grandes que vive la comuna es el otorgamiento irracional e indiscriminado de concesiones acuícolas en la zona de la bahía de Queilen. Como consecuencia de lo anterior, la misma autoridad marítima, que la destinó a puerto de fondeo y de desembarque, en conjunto con el subsecretario de Pesca , ha permitido la instalación de balsas y líneas de cultivo acuícolas en sus aguas aledañas. Con ello, se impide el acceso de buques, lanchas y botes de pescadores artesanales y se inhabilita la bahía para resguardar las embarcaciones.
A su vez, sostiene que es importante mencionar el impacto ambiental que se produce con la instalación de estos cultivos en dicha bahía, cuestión que no ha sido estudiada. Por lo tanto, allí hay un grave e incalculable daño a la flora y fauna.
El municipio de Queilen, su concejo y alcalde han presentado a los servicios competentes la urgencia de revertir la situación y, en reiteradas ocasiones, han solicitado la desafectación de la bahía y la declaración de zona no apta para el desarrollo de actividades acuícolas. En un principio, las autoridades alentaron con entusiasmo la iniciativa, pero en la práctica no hubo resultado ni solución.
La municipalidad pide que hagamos todos los esfuerzos posibles por revertir el hecho. Por ello, solicito enviar oficio al subsecretario de Pesca a fin de que apoye el oficio enviado, el 13 de octubre de 1999, por el concejo y el alcalde de Queilen, don Carlos Gómez , mediante el cual le plantean, por enésima vez, tomar las medidas necesarias para obtener la desafectación de la bahía de Queilen como zona apta para el ejercicio de la acuicultura, y resguardar los intereses de la comunidad.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Ortiz , Velasco y de quien habla.
NOMBRAMIENTO DE MONSEÑOR JUAN PABLO LIZAMA COMO OBISPO CASTRENSE. Oficios.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor don Sergio Velasco.
El señor VELASCO.-
Señor Presidente , en esta ocasión quiero referirme al obispo de la Diócesis de San Antonio-Melipilla, monseñor Juan Pablo Lizama , quien, hace poco, fue nombrado obispo castrense por su Santidad Juan Pablo II , con el asentimiento de su Excelencia el Presidente de la República , don Eduardo Frei Ruiz-Tagle .
En mi nombre y en el de la bancada democratacristiana, solicito enviar oficio, con copia de mi intervención, a la Conferencia Episcopal, al obispo Juan Pablo Lizama y a su Santidad Juan Pablo II por tan acertada y oportuna designación.
Lo lamentable es que nuestro obispo dejará su actual diócesis. Sin duda, caló muy hondo en los pueblos de las provincias de Melipilla, Talagante y San Antonio . Sin embargo, lo más significativo en estos instantes es la tremenda responsabilidad que le cabe en el contexto de esta nueva amistad cívico-militar, que deseamos se realice en paz, sobre todo para descubrir la verdad en los hechos que han acontecido en el país.
Deseo hacer hincapié en que monseñor Lizama es uno de los obispos más jóvenes nombrados por el Papa; sin embargo, ha sido capaz de penetrar profundamente en el pueblo cristiano, defendiendo al sector campesino de nuestra diócesis.
La labor encomendada, en representación de la Iglesia Católica, para servir de puente y comunión entre la civilidad y el mundo militar, es un rol muy relevante en estos tiempos. Es de esperar que dentro de este contexto y de esta función, seamos capaces de buscar la verdad que Chile necesita para reconquistar la paz perdida por tantos años.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores José Miguel Ortiz , Edmundo Villouta y de quien habla.
INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISO DE EMPRESARIOS DEL SECTOR MARÍTIMO-PORTUARIO. Oficios.
El señor VELASCO .-
Señor Presidente , también pido enviar oficio a los ministros Secretario General de la Presidencia , del Interior y del Trabajo para señalarles que, por desgracia, los empresarios del mundo marítimo-portuario, quienes tienen la responsabilidad de resguardar el trabajo de los que realizan una labor importante dentro de la economía nacional, no están cumpliendo con su palabra.
En Valparaíso, han sido despedidos 600 trabajadores, y en San Antonio, 180, en circunstancias que aún no han sido traspasados los sitios portuarios licitados en beneficio de esta gente con capacidad económica sólo para comprar los puertos del país, pero no para mantener el trabajo de quienes laboran en ese ámbito.
Desde esta tribuna, reclamo y exijo al Gobierno, sobre todo al ministro del Trabajo , que se procure buscar las soluciones necesarias, a fin de que los acuerdos logrados con el empresariado marítimo-portuario y con el Gobierno permitan dar a los trabajadores, con prontitud, las garantías, las facilidades, las jubilaciones y las indemnizaciones, a fin de que no pasen hambre con sus familias como consecuencia de la cesantía.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores José Miguel Ortiz , Edmundo Villouta y Mario Acuña .
SITUACIÓN DE PARQUE NATURAL DE ALGARROBO. Oficios.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Puede continuar el diputado señor Velasco .
El señor VELASCO .-
Señor Presidente , por último, solicito que se envíen oficios al Contralor General de la República y al ministro de Bienes Nacionales , para hacerles presente la necesidad de que tomen las medidas correspondientes respecto de la situación que afecta al parque natural “ Canelo , Canelillo ”, que, mediante una argucia judicial, se intenta quitar a la comunidad de Algarrobo.
Por eso, además de defender los intereses de los comuneros de Algarrobo, defiendo los de todos y cada uno de los veraneantes que acceden a sus playas.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores José Miguel Ortiz, Edmundo Villouta y Mario Acuña.
INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS POR PARTE DEL GOBIERNO. Oficio.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Arturo Longton, hasta por cinco minutos.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero referirme a la soberbia e ignorancia de la Izquierda concertacionista, representada por el diputado Ávila , quien duda, incluso, de la limpieza y transparencia del público que aplaudió, en forma espontánea, la intervención del diputado Álvarez.
El diputado Ávila agrede permanentemente a sus colegas de la Cámara, y creo que eso no es bueno.
Además, cuando se ha referido a Joaquín Lavín en términos burlones, sólo ha hecho gala de su profesión, ya que el diputado Ávila se ha transformado en el payaso más popular de Chile.
Señor Presidente , en segundo término, quiero referirme a un hecho bastante grave que le ha ocurrido al ciudadano chileno Giovanni Carella Allara , director general de una empresa de publicidad.
A mediados de 1997, este señor suscribió el proyecto “Programa de celebración oficial del 110º aniversario de la incorporación de Isla de Pascua al territorio nacional”, para ejecutarlo con el patrocinio oficial del Gobierno de Chile a través de las empresas Producciones acto de ser y Producciones Rapa Nui Ltda., con un costo total de 260 millones de pesos, que se financiaría con los auspicios publicitarios que debía materializar el organismo patrocinador y ejecutor del proyecto.
El proyecto consistía en conmemorar oficialmente el 110º aniversario de la isla de Pascua en todo el país, por primera vez en la historia, produciendo dos grandes elementos comunicacionales: la publicación de cinco mil ejemplares de una edición de lujo de la obra literaria ilustrada titulada “Rapa Nui, 110 años”, para su distribución gratuita nacional e internacional, y el montaje de una exposición fotográfica itinerante denominada “Rapa Nui, 110 años. Un libro abierto”, para su exhibición en todo el país bajo la responsabilidad de los intendentes en ceremonias oficiales de cada región.
Su Excelencia el Presidente de la República concedió su alto patrocinio al proyecto y el Gobierno de Chile aprobó la realización oficial del programa de conmemoración.
El 20 de noviembre de 1997, se firmó el respectivo convenio de patrocinio entre la subsecretaría del Interior, representada entonces por el subsecretario del Interior , don Belisario Velasco Baraona , hoy embajador en Portugal, y la empresa Producciones Rapa Nui Ltda., representada legalmente por su director general, don Giovanni Carella .
Lamentablemente, el Gobierno, a través del subsecretario del Interior de la época, señor Velasco , no cumplió los compromisos.
Con posterioridad, el 13 de enero de 1998, sin explicación alguna y en directo desmedro del proyecto, el señor Velasco eludió sistemáticamente su obligación de cursar las cartas y concertar las audiencias necesarias para el financiamiento, procedimiento que se utiliza en este tipo de convenios de patrocinio y auspicio.
A pesar de las innumerables y reiteradas peticiones verbales y escritas que se le hicieron al subsecretario de entonces, señor Velasco , al gobernador de Isla de Pascua , señor Jacobo Hey Paoa , y al jefe de la división jurídica del Ministerio del Interior, señor Cristián Arévalo Araneda , nunca hubo respuesta.
En noviembre, el director del departamento jurídico del Ministerio del Interior solicitó que se remitieran a la subsecretaría mil quinientos ejemplares de la edición de lujo de la obra literaria. Es decir, además de no cumplir los compromisos, a este particular le pidieron mil quinientos ejemplares.
Por último, con fecha 27 de mayo, el señor Carella presentó querella criminal por los delitos de estafa y apropiación indebida en contra del señor Belisario Velasco Baraona y del señor Cristián Arévalo Araneda .
Con fecha 24 de junio, el abogado don Hernán Montealegre comunicó, por escrito, este nuevo hecho al ministro del Interior , señor Raúl Troncoso , pero hasta la fecha no se ha recibido respuesta.
Por eso, pido que se envíe un oficio al Presidente de la República , para que se informe a la Cámara si el Gobierno va a responder por los daños causados a este particular o, sencillamente, se hará vista gorda y se esperará que los tribunales emitan un pronunciamiento.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Osvaldo Palma , Carlos Vilches y Haroldo Fossa .
ANUNCIO DE SESIÓN ESPECIAL PARA ANALIZAR SITUACIÓN DE LOS MÉDICOS.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Palma.
El señor PALMA (don Osvaldo) .-
Señor Presidente , se han reunido más de cuarenta firmas a fin de solicitar una sesión especial con el propósito de sensibilizar e inducir al Gobierno y al Colegio Médico a buscar una pronta solución al problema, principalmente para evitar el gran desastre en la salud pública que significarían el paro y las renuncias anunciados de miles de profesionales del sector público, situación que agravaría las largas y dolorosas esperas de la gente para ser atendida.
Es de justicia la solicitud de los médicos, pues algunos, con siete y diez años de estudios, reciben un sueldo, por 44 horas, de 360 mil pesos al mes, cantidad que no incentiva el ingreso de buenos y capacitados profesionales a los hospitales públicos.
El problema es más grave en regiones y no hay incentivos para los especialistas. En la del Maule, por ejemplo, existe un dermatólogo por cada quinientas mil personas. Así se explica la demora para lograr una consulta. Estos hechos agravan la situación de la salud pública.
En el turno diurno, hay alrededor de siete mil médicos. Por eso, con urgencia se requiere solucionar el problema. El Gobierno debe tener en consideración a los miles de chilenos que serán afectados por el paro y las renuncias anunciados.
Con lo que se ha gastado en honorarios se podría haber contratado a 5.500 médicos, es decir, más de la mitad de los que trabajan en Chile.
Insisto, es necesario lograr, a la mayor brevedad posible, la solución del problema.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se procederá en consecuencia una vez que se reciba la solicitud de sesión especial.
IRREGULARIDADES EN CONSTRUCCIÓN DE CAMINO DE CAÑETE A TIRÚA. Oficio.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Haroldo Fossa.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , quiero pedir que se oficie al ministro de Obras Públicas , don Jaime Tohá , para que nos explique por qué en la construcción del camino Cañete a Tirúa, en el tramo Quilico-Tirúa, habría una irregularidad en la aplicación de las normas para estabilizar la base del camino: no se colocaron 41 mil metros cúbicos de áridos, material indispensable para construir el camino, lo cual ha producido atrasos, obligado a romper de nuevo la base y seguir un proceso de reconstrucción.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Carlos Vilches y Osvaldo Palma .
RECHAZO A EXPRESIONES DEL DIPUTADO NARANJO. Oficios.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , después de escuchar con atención las intervenciones de varios parlamentario, contestaré brevemente al diputado señor Naranjo , quien esta tarde ha hecho una diatriba en contra del comandante en jefe del Ejército , don Ricardo Izurieta . Ello es una demostración más de la campaña que el Partido Socialista ha tenido permanentemente contra el Ejército de Chile. La confabulación internacional existente se originó por los antecedentes entregados por varios diputados socialistas que fueron a España y a Inglaterra, a fin de lograr la detención del senador Pinochet, quien hasta ahora permanece secuestrado en Londres ante la vergüenza del mundo, que ve un doble estándar en estos hechos. Chile fue atropellado en su soberanía, y los socialistas, compañeros de grupo en la Concertación con los democratacristianos, lo han traicionado.
El señor Naranjo criticó una intervención hecha por una personalidad, por un jefe de las Fuerzas Armadas de Chile, por un hombre que tiene la responsabilidad de defender a nuestro país y conservar la paz. En esta ocasión, un diputado socialista se ha vestido con piel de oveja, en circunstancias que es un lobo en su interior.
La traición del señor Naranjo también afecta al Presidente Frei , porque ha socavado el piso de la posición del Gobierno de Chile ante la detención del senador Pinochet en Londres.
A nuestro juicio, estos procesos están cambiando en los tribunales chilenos la interpretación de la ley de Amnistía. Nos sentimos avergonzados de que nuestro país -donde habíamos alcanzado un nivel de tranquilidad y de paz, donde estábamos creciendo y desarrollándonos, donde había oportunidades para la gente y que hacía sentir orgullosos a los jóvenes de vivir en él- esté siendo menoscabado por actitudes como las del diputado Naranjo .
Él no está en la Sala y por eso no puedo referirme con mayor extensión a su persona, pero creo que sus juicios no se concilian con lo que Chile quiere: tranquilidad, paz y llegar al nuevo milenio con un desarrollo que no está acorde con sus dichos.
Pido que esta intervención sea enviada al comandante en jefe del Ejército , don Ricardo Izurieta , para que sepa que hay gente que lo apoya, que cree en el Ejército y que está dispuesta a todo para conservar la tranquilidad y la paz en nuestro país.
También solicito que se envíe copia al ministro de Defensa , don Edmundo Pérez Yoma .
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Haroldo Fossa .
Por haberse cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.05 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio Nº 2591, de fecha 14 de octubre de 1999, tengo a bien manifestar a vuestra Excelencia que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley sobre concesiones de energía geotérmica. (Boletín Nº 571-08).
En consecuencia, devuelvo a vuestra Excelencia el citado oficio de ese honorable Senado, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Ministro Secretario de la Presidencia ”.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 9 de noviembre de 1999.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia, que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley de esa honorable Cámara que regula la ejecución de trabajos por empresas contratistas en faenas que indica, con la siguiente modificación:
Artículo único
Lo ha sustituido por el siguiente:
“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
1. Sustitúyese el inciso tercero del artículo 64, por el siguiente:
“El trabajador, al entablar la demanda en contra de su empleador directo, podrá también demandar subsidiariamente a todos aquellos que puedan responder en tal calidad de sus derechos.”.
2. Agrégase, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis, nuevo:
“Artículo 64 bis. El dueño de la obra, empresa o faena, cuando así lo solicite, tendrá derecho a ser informado por los contratistas sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El mismo derecho tendrán los contratistas respecto de sus subcontratistas.
En el caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, así como cuando el dueño de la obra, empresa o faena fuere demandado subsidiariamente conforme a lo previsto en el artículo 64, éste podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquél, el monto de que es responsable subsidiariamente. El mismo derecho tendrá el contratista respecto de sus subcontratistas.
En todo caso, el dueño de la obra, empresa o faena, o el contratista en su caso, podrá pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora.
El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que se refiere el inciso primero de este artículo, podrá ser acreditado mediante certificados emitidos por la Inspección del Trabajo respectiva.
La Dirección del Trabajo deberá poner en conocimiento del dueño de la obra, empresa o faena, las infracciones a la legislación laboral o previsional que se constaten en las fiscalizaciones que se practiquen a sus contratistas o subcontratistas. Igual obligación tendrá para con los contratistas, respecto de sus subcontratistas.”.”.
-o-
Lo que comunico a V.E. en respuesta a su oficio Nº 1.304, de 7 de noviembre de 1996.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS , Secretario (S) del Senado”.
3. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica. (boletín Nº 2.420-05)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
La iniciativa tiene su origen en un Mensaje de su Excelencia el Presidente de la República , calificada de “discusión inmediata” para su tramitación legislativa.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Germán Molina , ministro del Trabajo y Previsión Social ; Julio Valladares , subsecretario del Trabajo ; Manuel Marfán , subsecretario de Hacienda , y Carlos Pardo , Patricia Contreras , Macarena Lobos y Yamil Haddad , asesores del Ministerio de Hacienda, de la Dirección de Presupuestos y de la Subsecretaría del Trabajo.
Concurrieron especialmente invitados a la Comisión, los señores Raúl de la Puente , Presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (Anef); la señora Gladys Lagos , Presidenta de la Agrupación de Asociaciones de Funcionarios de Universidades Estatales (Antue), y Mario Riquelme , Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios.
I. OBJETIVO Y ESTRUCTURA DEL PROYECTO.
El propósito de la iniciativa consiste en reajustar en 4,9% las remuneraciones y demás beneficios que señala del Sector Público, tanto de la Administración Civil del Estado, como del personal afecto a las Escalas de Remuneraciones del Congreso Nacional, de la Contraloría General de la República y demás instituciones fiscalizadoras, de las Municipalidades, de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, incluidos los profesionales regidos por la ley Nº 15.076, a contar del 1 de diciembre de 1999; reajustar en igual porcentaje y a partir de igual fecha los montos vigentes de las subvenciones otorgadas a las instituciones colaboradoras del Sename en la atención de menores en situación irregular; conceder aguinaldos de Navidad a los trabajadores que señala, correspondiente al año 1999 y de Fiestas Patrias para el año 2000, para el sector activo y pasivo; reajustar las asignaciones familiar y maternal, el subsidio familiar y otros beneficios que indica; conceder a los trabajadores que señala un bono de escolaridad no imponible por cada hijo entre los 5 y 24 años de edad, que sea carga familiar y que se encuentre cursando estudios regulares en los niveles que indica, y una bonificación adicional al bono de escolaridad para funcionarios con remuneración igual o inferior a $ 251.182, y un bono de invierno a los pensionados que señala, de $ 26.357; incrementar el aporte fiscal en favor de los establecimientos de la Educación Superior que establece el artículo 2 del D.F.L. Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación e incrementar los aportes para los Servicios de Bienestar que señala.
Además, se modifica el programa especial de becas Presidente de la República para funcionarios profesionales del sector público, que permite el acceso a estudios de posgrado en universidades chilenas, extendiendo su ámbito a profesionales que sirvan empleos a contrata; se concede una bonificación extraordinaria a las enfermeras, matronas y enfermeras-matronas que señala, a contar del 1 de enero del 2000, y se prorrogan por el año 2000, las asignaciones concedidas al personal de la Contraloría General de la República por la ley Nº 19.562.
El proyecto en informe contiene 35 artículos permanentes.
II. IDEAS MATRICES Y FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede los aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios pecuniarios.
III. PRINCIPALES DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFICA O QUE TIENEN RELACIÓN.
1. El Título II de la ley Nº 15.076, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto para los médicos-cirujanos, farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas, que establece el régimen de remuneraciones de dicho personal; la ley Nº 19.297, que fija las Plantas de Personal del Congreso Nacional.
2. El artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1.385, de 1980, que establece el monto unitario diario de subvención para las instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores.
3. El decreto ley Nº 249, de 1974, que fija la Escala Única de Sueldos para el personal de la Administración del Estado que señala; el decreto ley Nº 3.058, de 1979, que modifica el Sistema de Remuneraciones del Poder Judicial; el decreto ley Nº 3.551, de 1981, que fija normas sobre remuneraciones y sobre el personal para el sector público; los decretos con fuerza de ley Nº 1, de 1997 y 1968, del Ministerio de Defensa Nacional e Interior, respectivamente, que establecen los Estatutos del Personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile.
4. El decreto con fuerza de ley Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, que fija normas sobre financiamiento de las universidades, que dispone en su artículo 2º la forma en que se efectuará el aporte fiscal a las universidades e instituciones profesionales.
5. El decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1997, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 1992, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales; y el decreto ley Nº 3.166, de 1980, que autoriza la entrega de la administración de determinados establecimientos de educación técnico-profesional.
6. El decreto ley Nº 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su Ley Orgánica.
7. El inciso octavo de la ley Nº 19.564, que concede, por una sola vez, un aguinaldo de Navidad a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional.
8. El decreto con fuerza de ley Nº 1- 3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, que reglamenta la aplicación del inciso segundo del artículo 38 del decreto ley Nº 3.063, de 1979, señalando las normas generales por las cuales se regirá la inversión de los recursos del Fondo Común Municipal; la ley Nº 19.070, que aprueba el Estatuto de los Profesionales de la Educación; el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre sistema único de prestaciones familiares de los sectores privado y público, contenidas en los decretos leyes Nºs 307 y 603, ambos de 1974.
9. El artículo 12 de la ley Nº 19.553, que otorga una bonificación adicional al bono de escolaridad que establece la ley Nº 19.533.
10. La ley Nº 19.464, que establece normas y concede aumento de remuneraciones para el personal no docente de establecimientos educacionales que indica.
11. Los artículos 23 y 13 del decreto ley Nº 249, de 1974 y de la ley Nº 19.553, respectivamente, sobre aporte fiscal a los Servicios de Bienestar de las entidades que se indica.
12. Los artículos 21 y 22 de la ley Nº 19.429, disponen la remuneración bruta mensual del personal de las Plantas y Escalafones que se señala.
13. La ley Nº 18.987, que incrementa asignaciones, subsidios y pensiones del Sistema Único de Prestaciones Familiares .
14. La ley Nº 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; el decreto ley Nº 3.500, de 1980, que establece nuevo sistema de pensiones.
15. La ley Nº 19.618, que concede la asignación de modernización al personal de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
16. La ley Nº 19.041, que establece una asignación especial para todos los funcionarios de la Contraloría General de la República, del Servicio Nacional de Aduanas, del Servicio de Impuestos Internos, del Servicio de Tesorerías, de la Dirección de Presupuestos, del Consejo de Defensa del Estado, y de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda, en base a la recaudación anual.
17. El decreto con fuerza de ley Nº 58, de 1979, del Ministerio de Hacienda, que establece normas sobre concesión de vestuario y equipos a personales de los servicios fiscales y semifiscales de la administración civil del Estado.
IV. ANTECEDENTES PRESUPUESTARIOS O FINANCIEROS.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos contempla las siguientes estimaciones de gasto:
Millones de $
COSTO FISCAL AÑO 1999
-Aguinaldo de Navidad 8.814
-Reajuste remuneraciones y subvenciones 11.308
-Aporte a Instituciones de Educación Superior 1.611
-Bono Solidario Cuota Diciembre 9.100
TOTAL AÑO 1999 30.833
COSTO FISCAL AÑO 2000
-Reajuste de Remuneraciones y Subvenciones 135.692
-Aguinaldo Fiestas Patrias 2000 Sector Público 12.671
-Bono de Escolaridad Marzo 2000 11.819
-Aporte a Bienestar 6.548
-Incremento Bono de Escolaridad Ley Anef 2.350
-Incremento Aporte a Bienestar Ley Anef 655
-Bono Solidario Cuota Marzo 7.000
-Asignación Familiar y Maternal del SUPF 98.778
-Subsidio Único Familiar 41.383
-Bono de Invierno 16.035
-Aguinaldo Fiestas Patrias 2000 Sector Pasivo 13.265
-Aguinaldo de Navidad 2000 Sector Pasivo 15.412
-Asignación por Muerte, Pensiones de Gracia y Aumento
Beneficiarios Grupo B, Ley de Salud 2.895
-Bonificación Extraordinaria ley Nº 19.536 1.304
TOTAL AÑO 2000 365.807
TOTAL GENERAL 396.640
Notas: El gasto que irrogue el proyecto al Fisco en 1999 será financiado, cuando proceda, con los recursos provisionados en el ítem 50-01-03-25-33.104 del presupuesto vigente del Tesoro Público.
-En Anexo a este informe se adjunta informe financiero según temas.
V. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO.
En el ámbito de la negociación del Protocolo de acuerdo Gobierno-Organizaciones Gremiales del Sector Público que se acompaña como anexo a este informe, el señor Germán Molina , Ministro del Trabajo y Previsión Social , destacó la responsabilidad de los trabajadores del sector público para arribar a un acuerdo con el Gobierno en una negociación compleja y posponiendo intereses económicos legítimos, en razón a la situación que vive el país y en especial los desempleados.
El señor Manuel Marfán , Subsecretario de Hacienda , hizo un recuento de los principales aspectos del referido Protocolo, precisando que el proyecto de ley en informe sólo recoge algunos de los acuerdos logrados, ya que otras materias darán origen a diversas normas legales y administrativas para su aplicación. Por otra parte, hizo presente que la iniciativa se encuadra en políticas monetarias restrictivas que ha puesto en ejecución el Gobierno.
El señor Raúl de la Puente enfatizó las circunstancias propias en que se dio la negociación del Protocolo para el Reajuste del año 2000, estimando como un avance significativo conseguir un reajuste de remuneraciones sobre el IPC. Manifestó su preocupación respecto a la aplicación del artículo 31 sobre el bono de solidaridad, puesto que la asignación de zona estaría incorporada en la base de cálculo, lo que afectaría a los trabajadores que la perciben por los topes de renta que la norma contempla.
La señora Gladys Lagos observó, por su parte, que la aplicación del artículo 18 del proyecto no es clara en cuanto los beneficiarios de la norma debieran ser el personal no académico de las universidades estatales que son asimilables al resto de los funcionarios públicos que se rigen por el proyecto.
Se hicieron diversos comentarios por los señores diputados resaltando la importancia de que se firmara el Protocolo de Acuerdo y la responsabilidad mostrada por los dirigentes laborales en su gestación.
Asimismo, se plantearon observaciones puntuales que dicen relación con:
-el otorgamiento del bono de invierno a los pensionados con pensiones menores a la mínima de las AFP sin garantía estatal, excluyendo del beneficio a quienes hubieran efectuado retiros. Sobre el particular, se señaló por los representantes del Ejecutivo que además de tener una incidencia fiscal importante no responde conceptualmente a una buena política económica extender el apoyo estatal en el sistema privado de pensiones (artículo 23).
-determinar para el año 2000 el porcentaje de la asignación establecida en el artículo 12 de la ley Nº 19.041, según lo dispuesto para el año 1999. Se planteó por el Subsecretario de Hacienda que el mecanismo que mide la productividad de los Servicios para efectos de la asignación en cuestión, no se condice con la baja que ha tenido la recaudación de impuestos este año como consecuencia del estancamiento de la economía (artículo 29).
-el alcance correcto de los bonos de solidaridad en relación con la base de cálculo que regula el inciso tercero del artículo 31. Sobre el particular, los representantes del Ejecutivo puntualizaron que la asignación de zona y la bonificación de zona extrema se encuentra incorporada en la base de cálculo antes citada y que su exclusión significaría variar los parámetros del gasto. Se especificó que el bono solidario contempla un incremento de 130%.
Por último, se hizo especial hincapié por el Subsecretario de Hacienda que el bono solidario corresponde a un beneficio vinculado al término de conflicto y que no representa un precedente para una próxima negociación en la materia.
Sometido a votación en general el proyecto fue aprobado por unanimidad.
VI. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN PARTICULAR DEL PROYECTO.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
Por el artículo 1º del proyecto, se otorga un reajuste general del 4,9% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, tales como sueldo base, asignación profesional, de zona, de fiscalización, municipal, de especialidades y otras similares, de los trabajadores del sector público, tanto de la Administración Civil del Estado, como al personal afecto a las Escalas de Remuneraciones del Congreso Nacional, de la Contraloría General de la República y demás instituciones fiscalizadoras, de las Municipalidades, de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones, incluidos los profesionales regidos por la ley Nº 15.076.
Se precisa, asimismo, los trabajadores del sector público a los que no se les aplica dicho reajuste, por contar con otros mecanismos de ajuste de sus remuneraciones, y que son los siguientes: aquéllos cuyas remuneraciones son fijadas de acuerdo con las disposiciones sobre negociación colectiva establecidas en el Código del Trabajo y sus normas complementarias; los trabajadores cuyas remuneraciones son establecidas, convenidas o pagadas en moneda extranjera; los trabajadores cuyas remuneraciones son fijadas por la entidad empleadora, entre las que se encuentran, las universidades estatales; el personal del Poder Judicial , cuyas remuneraciones se rigen por el decreto ley Nº 3.058, de 1971, y que, en virtud de la ley Nº 19.531, se reajustaron para el lapso comprendido entre los años 1997 y 2000 inclusive. Asimismo, las asignaciones familiares del decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, materia que es tratada en un artículo posterior del proyecto en informe.
Por su parte, en el inciso final, se hace presente que las remuneraciones adicionales fijadas en porcentajes de los sueldos no se reajustarán directamente, pero se calcularán sobre éstos reajustados en conformidad con lo establecido en el inciso primero de este artículo, a contar del 1 de diciembre de 1999.
Por el artículo 2º, se reajustan en 4,9%, a contar del 1 de diciembre de 1999, los montos en actual vigencia correspondientes a las subvenciones otorgadas a las instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores en la atención de menores en situación irregular.
Por el artículo 3º, se concede, por una sola vez, un aguinaldo de Navidad a los trabajadores que, a la fecha de publicación del proyecto de ley, desempeñen cargos de planta o a contrata, en las entidades actualmente regidas por el artículo 1º del decreto ley Nº 249, de 1974; los Títulos I, II y IV del decreto ley Nº 3.551, de 1981; el decreto con fuerza de ley Nº 1 (G), de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional; el decreto con fuerza de ley Nº 2 (I), de 1968, del Ministerio del Interior; el decreto con fuerza de ley Nº 1 (Investigaciones), de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional; a los trabajadores de Astilleros y Maestranzas de la Armada, de Fábricas y Maestranzas del Ejército y de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile; a los trabajadores cuyas remuneraciones se rigen por las leyes Nºs 18.460 y 18.593; a los trabajadores señalados en el artículo 35 de la ley Nº 18.962; a los del acuerdo complementario de la ley Nº 19.297; y a los trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocian colectivamente y cuyas remuneraciones se fijan de acuerdo con el artículo 9º del decreto ley Nº 1.953, de 1977, o en conformidad con sus leyes orgánicas o por decretos o resoluciones de determinadas autoridades.
En el inciso segundo, se establece que el monto del aguinaldo será de $ 22.973 para los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre de 1999 sea igual o inferior a $ 251.182 y de $ 12.798, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.
En el artículo 4º, se concede un aguinaldo de Navidad, en los términos señalados por el artículo anterior, a los trabajadores de las universidades que reciben aporte fiscal directo de acuerdo con el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, y a los trabajadores de sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades, siempre que tengan alguna de dichas calidades a la fecha de publicación de esta ley.
En el artículo 5º, se prescribe que los aguinaldos concedidos por esta ley a los trabajadores de los órganos y servicios públicos centralizados, serán de cargo del Fisco y, respecto de los servicios descentralizados y de las empresas señaladas expresamente en el artículo 3º, y de las entidades a que se refiere el artículo 4º, y de las mutualidades de empleadores de la ley Nº 16.744, el gasto se efectuará con los recursos de la respectiva entidad empleadora. Con todo, el Ministro de Hacienda dispondrá la entrega a las entidades con patrimonio propio de las cantidades necesarias para pagarlos, si no pueden financiarlos, en todo o en parte, con sus recursos propios.
En los artículos 6º y 7º, se otorga un aguinaldo de Navidad a los trabajadores de los establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado y de los establecimientos de educación técnico-profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley Nº 3.166, de 1980 (artículo 6º) y a los trabajadores de las instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores, de acuerdo con el decreto ley Nº 2.465, de 1979, que reciban las subvenciones establecidas en el artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1.385, de 1980, del Ministerio de Justicia y de las Corporaciones de Asistencia Judicial y de la Fundación de Asistencia Legal a la Familia, respectivamente, en los mismos términos que el artículo 3º del proyecto.
En el artículo 8º, se dispone que el pago del aguinaldo de Navidad se efectuará por el respectivo empleador el que recibirá los fondos pertinentes, cuando corresponda.
En el artículo 9º, se concede, por una sola vez, un aguinaldo de Fiestas Patrias, para el año 2000, a los trabajadores que al 31 de agosto de 2000, desempeñen cargos de planta o a contrata, en las entidades a que se refieren los artículos 4º, 6º y 7º del proyecto. El monto del aguinaldo será de $ 30.142 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto de 2000, sea igual o inferior a $ 263.490 y de $ 22.046, para aquéllos cuya remuneración líquida supere tal cantidad. El financiamiento de este aguinaldo se sujetará a las normas señaladas en el artículo 5º precedente.
En el artículo 10, se prescribe que los aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias no corresponderán a los trabajadores remunerados en moneda extranjera.
En el artículo 11, se establece que los referidos aguinaldos no serán imponibles.
En el artículo 12, se dispone que el derecho a aguinaldos se extiende a los trabajadores que se encuentren en goce de subsidio por incapacidad laboral.
En el artículo 13, se sanciona a quienes perciban maliciosamente los aguinaldos que otorgan los artículos precedentes.
En el artículo 14, se otorga, por una sola vez, a los trabajadores a que se refiere el artículo 1º del proyecto, a los del decreto ley Nº 3.058, de 1979, a los de los servicios traspasados a las municipalidades en virtud de lo dispuesto por el decreto con fuerza de ley Nº 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, y a los que se refiere el Título IV de la ley Nº 19.070, que se desempeñen en los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, del Ministerio de Educación, y del decreto ley Nº 3.166, de 1980, un bono de escolaridad no imponible, por cada hijo entre los 5 y 24 años de edad, que sea carga familiar reconocida por la ley, que se encuentre cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza y en los establecimientos educacionales que se indica en esta norma. El monto del bono, ascendente a la cantidad de $ 31.184, será pagado en dos cuotas iguales de $ 15.592, cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del 2000.
En el inciso segundo, se dispone que cuando por efecto de contratos o convenios entre empleadores y los trabajadores de entidades contempladas en el inciso anterior, corresponde el pago del bono de escolaridad, éste será imputable al monto establecido en este artículo y podrán acogerse al financiamiento que el proyecto señala.
En el inciso tercero, se establece que, en los casos de jornadas parciales, concurrirán al pago las entidades en que preste sus servicios el trabajador, en la proporción que corresponda.
En el inciso cuarto, se sanciona a quienes perciban maliciosamente este bono, debiendo restituir quintuplicada la cantidad percibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.
Por el artículo 15, se concede a los trabajadores a que se refiere el artículo anterior, durante el año 2000, una bonificación adicional al bono de escolaridad de $ 10.941, por cada hijo que cause este derecho, cuando a la fecha de pago del bono, los funcionarios tengan una remuneración bruta igual o inferior a $ 251.182, la que se pagará con la primera cuota del bono de escolaridad respectivo y se someterá, en lo demás, a las reglas que rigen dicho beneficio.
En el inciso segundo, se especifica que los valores señalados en el inciso anterior, se aplicarán también, para conceder la bonificación adicional establecida en el artículo 12 de la ley Nº 19.553.
Por el artículo 16, se otorga el bono de escolaridad y la bonificación adicional a este beneficio a que se refieren los artículos anteriores a los trabajadores no docentes que señala esta norma, durante el año 2000.
En el artículo 17, se preceptúa que durante el año 2000, el aporte máximo a que se refiere el artículo 23 del decreto ley Nº 249, de 1974, tendrá un monto de $ 51.970 y que el aporte extraordinario a que se refiere el artículo 13 de la ley Nº 19.553, se calculará sobre dicho monto.
Por el artículo 18, se incrementa en $ 1.611.264 miles, el aporte que establece el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, para 1999.
En el inciso segundo, se establece el mecanismo de distribución de estos recursos entre las universidades estatales.
En el artículo 19, se incrementa la bonificación de nivelación, establecida por los artículos 21 y 22 de la ley Nº 19.429, de modo que los funcionarios regidos por el artículo 1º del decreto ley Nº 249, de 1973, por los Títulos I y II del decreto ley Nº 3.551, de 1980, y el personal clasificado en las categorías de las letras c), d), e) y f) del artículo 5º de la ley Nº 19.378, reciban a lo menos una remuneración bruta mensual de $ 133.111, $ 150.958 y $ 162.376, respectivamente, a contar del 1 de enero del 2000.
En el artículo 20, se señala que sólo tendrán derecho a los beneficios a que se refieren los artículos 3º, 9º y 14, los trabajadores cuyas remuneraciones brutas de carácter permanente, en los meses que en cada caso correspondan, sean igual o inferiores a $ 1.049.000, excluidas aquellas asignaciones asociadas a desempeño individual, colectivo o institucional.
Por el artículo 21, se reemplaza el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, reajustándose a contar del 1 de julio del 2000, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, según el ingreso mensual del beneficiario, alcanzando los valores siguientes:
a) De $ 3.310 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $ 101.113;
b) De $ 3.220 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 101.113 y no exceda los $ 204.321;
c) De $ 1.094 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $ 204.321 y no exceda los $ 328.232, y
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $ 328.232, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo. Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores; dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.”.
En el artículo 22, se fija en $ 3.310, a contar del 1 de julio del 2000, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.
Por el artículo 23, se concede por una sola vez en el año 2000, a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, y a los pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº 3.500, de 1980, y a los beneficiarios de pensiones asistenciales del decreto Nº 869, de 1975, un bono de invierno de $ 26.357.
En el inciso segundo, se dispone que el bono a que se refiere el inciso anterior, se pagará en el mes de mayo del 2000, a todos los pensionados antes señalados que al primer día de dicho mes tengan 65 o más años de edad. Será de cargo fiscal, no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.
En el inciso tercero, se señala que no tendrán derecho a dicho bono quienes sean titulares de más de una pensión de cualquier régimen previsional o asistencial, incluido el seguro social de la ley Nº 16.744, o de pensiones de gracia, salvo cuando éstas no excedan en su conjunto del valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº 15.386 para pensionados de 70 ó más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.
Por el artículo 24, se otorga, por una sola vez, a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión, y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, que tengan algunas de estas calidades al 31 de agosto del 2000, un aguinaldo de Fiestas Patrias, correspondiente al año 2000, de $ 8.319, el que se incrementará en $ 4.282 por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciban dichos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 18.987.
Al mismo aguinaldo, con el incremento cuando corresponda, tendrán derecho quienes, al 31 de agosto del 2000, tengan la calidad de beneficiarios de las pensiones asistenciales para inválidos y ancianos carentes de recursos a que se refiere el decreto ley Nº 869, de 1975; de las establecidas en beneficio de los familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos o de violencia política de la ley Nº 19.123, y de las indemnizaciones del artículo 11 de la ley Nº 19.129.
Asimismo, se concede un aguinaldo de Navidad del año 2000 a todos los pensionados que tengan algunas de las calidades que en él se señalan, al 25 de diciembre del 2000, el que ascenderá a $ 9.542 por cada pensionado, incrementándose en $ 5.386 por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciban dichos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 18.987.
En el artículo 25, se determina que los aguinaldos que concede el artículo anterior, en lo que se refiere a los beneficiarios de pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975, serán de cargo del Fisco y, respecto de los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, de cargo de la institución o mutualidad correspondiente. Con todo, el Ministro de Hacienda dispondrá la entrega a dichas entidades de las cantidades necesarias para pagarlos, si no pudiere financiarlos, en todo o en parte, con sus recursos o excedentes.
Por el artículo 26, se modifica el artículo 27 de la ley Nº 19.595, que crea un programa especial de becas para profesionales del sector público, extendiendo su ámbito a profesionales que sirvan empleos a contrata. Además, se corrigen materias administrativas.
Por el artículo 27, se concede, por el período de un año, a contar del 1 de enero del 2000, la bonificación extraordinaria trimestral de $ 110.145 a que se refiere la ley Nº 19.536 a las enfermeras, matronas y enfermeras-matronas, que se desempeñan en puestos de trabajo que requieren atención las veinticuatro horas del día en sistemas de turno rotativos, nocturnos y en días sábados, domingos y festivos, en unidades de emergencia de neonatología y maternidades de los establecimientos asistenciales dependientes de los Servicios de Salud o bien en laboratorios y bancos de sangre, radiología y medicina física y rehabilitación.
En el inciso tercero, se señala que el máximo de profesionales que tendrá derecho a esta bonificación será de 2.960.
Por el artículo 28, se prorrogan, hasta el año 2000, las asignaciones concedidas al personal de la Contraloría General de la República por los artículos 1º, 2º y 3º de la ley Nº 19.562 (asignación mensual general para todo el personal; asignación mensual de complemento para el personal de las Plantas de Directivos, Profesionales, Fiscalizadores y Jefaturas y asignación por desempeño en Regiones Extremas, localidades aisladas y limítrofes).
Asimismo, se prorrogan hasta igual fecha, en las mismas condiciones, los beneficios contemplados en los artículos 4º y 5º de la ley Nº 19.562 (bonificación adicional al bono de escolaridad y aporte extraordinario a su Servicio de Bienestar).
En el artículo 29, se establece que durante el año 2000 el porcentaje de la asignación fijada en el artículo 12 de la ley Nº 19.041, será el mismo que rige para el presente año.
En el artículo 30, se modifica la ley Nº 19.464 en la siguiente forma:
En la letra a) se reemplaza, en el inciso primero del artículo séptimo, la frase “y enero de 1999” por “, enero de 1999 y enero del año 2000”, y
En la letra b), se sustituye, en el artículo 9º el guarismo, “2000” por “2001”.
En el artículo 31, se concede, por una sola vez, a los trabajadores que, de conformidad con esta ley, tienen derecho a percibir el Aguinaldo de Navidad, un bono especial no imponible, que se pagará en el curso del mes de diciembre de 1999, cuyo monto será de $ 27.300 para los trabajadores cuya remuneración bruta que les corresponda percibir en el mes de noviembre de 1999, sea igual o inferior a $ 314.700, y de $ 13.000 para aquéllos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $ 839.200.
Asimismo, se otorga, por una sola vez, a los referidos trabajadores un bono especial no imponible, que se pagará en el mes de marzo del 2000.
Para estos efectos, se entenderá por remuneración bruta el total de las de carácter permanente correspondiente al mes de noviembre referido, excluidas las bonificaciones, asignaciones o bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional.”.
En el artículo 32, se establece una norma especial y por una sola vez, para los efectos del cómputo de los años de servicio del personal que se haya desempeñado en establecimientos de atención primaria municipal en la Décimo Primera Región y en las localidades de Río Puelo-Hornopirén, a fin de enmendar la actual situación no imputable a ese personal, derivado de la devolución de la administración de esos establecimientos desde los municipios a sus Servicios de Salud de origen y que lo perjudica en el otorgamiento del beneficio establecido en la letra b) del artículo 1º de la ley Nº 19.490.
En el artículo 33, se garantiza la inclusión del personal que señala de la Dirección General de Aeronáutica Civil, en la percepción de la asignación de modernización de la ley Nº 19.553.
En el artículo 34, se modifica el artículo 4º del decreto con fuerza de ley Nº 58, de 1979, del Ministerio de Hacienda, con el objeto de aclarar el alcance de la norma en relación al otorgamiento de uniformes para los funcionarios que cumplan labores administrativas y de secretaría administrativa.
En el artículo 35, se establece que el mayor gasto fiscal por aplicación del proyecto, en el año 1999, se financiará con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público. Para el pago de los aguinaldos se podrá poner fondos a disposición con imputación directa a este ítem.
En el inciso segundo, se dispone que el gasto que irrogue, durante el año 2000, a los órganos y servicios públicos incluidos en la ley de Presupuestos para dicho año, la aplicación de lo dispuesto en los artículos 1º, 9º, 14 y 17 del proyecto, se financiará con los recursos contemplados en el subtítulo 21 de sus respectivos presupuestos y, si correspondiere, con reasignaciones presupuestarias y/o con transferencias del ítem señalado en el inciso precedente del presupuesto para el año 2000, dispuestas por el Ministro de Hacienda , mediante uno o más decretos expedidos en la forma establecida en el artículo 70 del decreto ley Nº 1.263, de 1975, los que podrán ser dictados en el mes de diciembre de 1999.
Sometido a votación el articulado del proyecto, se solicitó votación separada para el artículo 31, el cual fue aprobado por 6 votos a favor, 1 voto en contra y una abstención.
Puesto en votación el resto de los artículos fueron aprobados en forma unánime.
VII. CONSTANCIAS.
1. Disposiciones del proyecto que deben aprobarse con quórum especial
No hay.
2. Disposiciones o indicaciones rechazadas
No hay.
3. Artículos que no fueron aprobados por unanimidad
El artículo 31 del proyecto.
VIII. CONCLUSIÓN.
En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que os dará a conocer oportunamente el señor diputado informante , la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1º.- Otórgase, a contar del 1 de diciembre de 1999, un reajuste de 4,9% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, de los trabajadores del sector público, incluidos los profesionales regidos por la ley Nº 15.076 y el personal del acuerdo complementario de la ley Nº 19.297. El reajuste anterior no regirá, sin embargo, para los trabajadores del mismo sector cuyas remuneraciones sean fijadas de acuerdo con las disposiciones sobre negociación colectiva establecidas en el Código del Trabajo y sus normas complementarias, para aquellos cuyas remuneraciones sean establecidas, convenidas o pagadas en moneda extranjera, ni para el personal cuyas remuneraciones se rigen por el decreto ley Nº 3.058, de 1979. No regirá, tampoco, para las asignaciones del decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social, ni respecto de los trabajadores del sector público cuyas remuneraciones sean fijadas por la entidad empleadora.
Las remuneraciones adicionales a que se refiere el inciso primero, fijadas en porcentajes de los sueldos, no se reajustarán directamente, pero se calcularán sobre éstos, reajustados en conformidad con lo establecido en este artículo, a contar del 1 de diciembre de 1999.
Artículo 2º.- Reajústanse, a contar del 1 de diciembre de 1999, en 4,9%, los montos en actual vigencia correspondientes a las subvenciones establecidas en el artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1.385, de 1980, del Ministerio de Justicia, y en sus normas complementarias.
Artículo 3º.- Concédese, por una sola vez, un aguinaldo de Navidad, a los trabajadores que a la fecha de publicación de esta ley desempeñen cargos de planta o a contrata de las entidades actualmente regidas por el artículo 1º del decreto ley Nº 249, de 1974; el decreto ley Nº 3.058, de 1979; los Títulos I, II y IV del decreto ley Nº 3.551, de 1981; el decreto con fuerza de ley Nº 1 (G), de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional; el decreto con fuerza de ley Nº 2 (I), de 1968, del Ministerio del Interior; el decreto con fuerza de ley Nº 1 (Investigaciones), de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional; a los trabajadores de Astilleros y Maestranzas de la Armada, de Fábricas y Maestranzas del Ejército y de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile; a los trabajadores cuyas remuneraciones se rigen por las leyes Nºs 18.460 y 18.593; a los señalados en el artículo 35 de la ley Nº 18.962; a los trabajadores del acuerdo complementario de la ley Nº 19.297, y a los trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente y cuyas remuneraciones se fijen de acuerdo con el artículo 9º del decreto ley Nº 1.953, de 1977, o en conformidad con sus leyes orgánicas o por decretos o resoluciones de determinadas autoridades.
El monto del aguinaldo será de $22.973 para los trabajadores cuya remuneración líquida percibida en el mes de noviembre de 1999 sea igual o inferior a $ 251.182 y de $ 12.798 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá por remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondiente a dicho mes, con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio.
Artículo 4º.- El aguinaldo que otorga el artículo anterior corresponderá, asimismo, en los términos que establece dicha disposición, a los trabajadores de las universidades que reciben aporte fiscal directo de acuerdo con el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, y a los trabajadores de sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades, siempre que tengan alguna de dichas calidades a la fecha de publicación de esta ley.
Artículo 5º.- Los aguinaldos concedidos por los artículos 3º y 4º de esta ley, en lo que se refiere a los órganos y servicios públicos centralizados, serán de cargo del Fisco y, respecto de los servicios descentralizados, de las empresas señaladas expresamente en el artículo 3º y de las entidades a que se refiere el artículo 4º, serán de cargo de la propia entidad empleadora. Con todo, el Ministro de Hacienda dispondrá la entrega a las entidades con patrimonio propio de las cantidades necesarias para pagarlos, si no pueden financiarlos, en todo o en parte, con sus recursos propios, siempre que dichos recursos le sean requeridos, como máximo, dentro de los dos meses posteriores al del pago del beneficio.
Artículo 6º.- Los trabajadores de los establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado conforme al decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, del Ministerio de Educación, y de los establecimientos de Educación Técnico Profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley Nº 3.166, de 1980, tendrán derecho, de cargo fiscal, al aguinaldo que concede el artículo 3º de esta ley, en los mismos términos que establece dicha disposición.
El Ministerio de Educación fijará internamente los procedimientos de entrega de los recursos a los sostenedores o representantes legales de los referidos establecimientos y de resguardo de su aplicación al pago del beneficio que otorga este artículo. Dichos recursos se transferirán a través de la Subsecretaría de Educación.
Artículo 7º.- Los trabajadores de las instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores, de acuerdo con el decreto ley Nº 2.465, de 1979, que reciban las subvenciones establecidas en el artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1.385, de 1980, del Ministerio de Justicia, de las Corporaciones de Asistencia Judicial y de la Fundación de Asistencia Legal a la Familia, tendrán derecho, de cargo fiscal, al aguinaldo que concede el artículo 3º de esta ley, en los mismos términos que determina dicha disposición.
El Ministerio de Justicia fijará internamente los procedimientos de entrega de los recursos a las referidas instituciones y de resguardo de su aplicación al pago del beneficio a que se refiere el presente artículo.
Dichos recursos se transferirán a través del Servicio Nacional de Menores o de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia, según corresponda.
Artículo 8º.- En los casos a que se refieren los artículos 4º, 6º y 7º, el pago del aguinaldo se efectuará por el respectivo empleador, el que recibirá los fondos pertinentes del Ministerio que corresponda.
Artículo 9º.- Concédese, por una sola vez, un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2000 a los trabajadores que, al 31 de agosto del año 2000, desempeñen cargos de planta o a contrata de las entidades a que se refiere el artículo 3º, y para los trabajadores de los artículos 4º, 6º y 7º de esta ley.
El monto del aguinaldo será de $ 30.142 para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2000, sea igual o inferior a $ 263.490, y de $ 22.046, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondientes a dicho mes, con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio.
El aguinaldo de Fiestas Patrias concedido por este artículo, en lo que se refiere a los órganos y servicios públicos centralizados, será de cargo del Fisco, y respecto de los servicios descentralizados, de las empresas señaladas expresamente en el artículo 3º, y de las entidades a que se refiere el artículo 4º, será de cargo de la propia entidad empleadora. Con todo, el Ministro de Hacienda dispondrá la entrega a las entidades con patrimonio propio de las cantidades necesarias para pagarlos, si no pueden financiarlos, en todo o en parte, con sus recursos propios, siempre que dichos recursos le sean requeridos, como máximo, dentro de los dos meses posteriores al del pago del beneficio.
Respecto de los trabajadores de los establecimientos de enseñanza a que se refiere el artículo 6º de esta ley, el Ministerio de Educación fijará internamente los procedimientos de pago y entrega de los recursos a los sostenedores o representantes legales de los referidos establecimientos y de resguardo de su aplicación al pago del aguinaldo que otorga este artículo. Dichos recursos se transferirán a través de la Subsecretaría de Educación.
Tratándose de los trabajadores de las instituciones a que se refiere el artículo 7º de esta ley, el Ministerio de Justicia fijará internamente los procedimientos de entrega de los recursos a las referidas instituciones y de resguardo de su aplicación al pago del beneficio que otorga el presente artículo. Dichos recursos se transferirán a través del Servicio Nacional de Menores o de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia, según corresponda.
En los casos a que se refieren los artículos 6º y 7º, el pago del aguinaldo se efectuará por el respectivo empleador, el que recibirá los fondos pertinentes del Ministerio que corresponda, cuando procediere.
Artículo 10.- Los aguinaldos establecidos en los artículos precedentes no corresponderán a los trabajadores cuyas remuneraciones sean pagadas en moneda extranjera.
Artículo 11.- Los aguinaldos a que se refiere esta ley no serán imponibles.
Artículo 12.- Los trabajadores a que se refiere esta ley, que se encuentren en goce de subsidio por incapacidad laboral, tendrán derecho al aguinaldo respectivo de acuerdo al monto de la última remuneración mensual que hubieren percibido.
Los trabajadores que en virtud de esta ley puedan impetrar el correspondiente aguinaldo de dos o más entidades diferentes, sólo tendrán derecho al que determine la remuneración de mayor monto; y los que, a su vez, sean pensionados de algún régimen de previsión, sólo tendrán derecho a la parte del aguinaldo que otorga el artículo 3º que exceda a la cantidad que les corresponda percibir por concepto de aguinaldo, en su calidad de pensionado, conforme al inciso octavo del artículo 6º de la ley Nº 19.564. Al efecto, deberá considerarse el total que represente la suma de su remuneración y su pensión, líquidas.
Cuando por efectos de contratos o convenios entre empleadores y los trabajadores de entidades contempladas en los artículos anteriores, correspondiere el pago de aguinaldo de Navidad o de Fiestas Patrias, éstos serán imputables al monto establecido en esta ley y podrán acogerse al financiamiento que ésta señala.
La diferencia en favor del trabajador que de ello resulte, será de cargo de la respectiva entidad empleadora.
Artículo 13.- Quienes perciban maliciosamente los aguinaldos que otorga esta ley, deberán restituir quintuplicada la cantidad recibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.
Artículo 14.- Concédese, por una sola vez, a los trabajadores a que se refiere el artículo 1º de esta ley; a los del decreto ley Nº 3.058, de 1979; a los de los servicios traspasados a las municipalidades en virtud de lo dispuesto por el decreto con fuerza de ley Nº 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior; y a los trabajadores a que se refiere el Título IV de la ley Nº 19.070, que se desempeñen en los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, del Ministerio de Educación; y el decreto ley Nº 3.166, de 1980, un bono de escolaridad no imponible, por cada hijo de entre cinco y veinticuatro años de edad, que sea carga familiar reconocida para los efectos del decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Este beneficio se otorgará aun cuando no perciban el beneficio de asignación familiar por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 18.987, y siempre que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre-básica del 2º nivel de transición, educación básica o media, educación superior o educación especial, en establecimientos educacionales del Estado o reconocidos por éste. El monto del bono ascenderá a la suma de $ 31.184, el que será pagado en dos cuotas iguales de $ 15.592 cada una, la primera en marzo y la segunda en junio del año 2000. Para su pago, podrá estarse a lo que dispone el artículo 7º del decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Cuando por efectos de contratos o convenios entre empleadores y los trabajadores de entidades contempladas en el inciso anterior, correspondiere el pago del bono de escolaridad, éste será imputable al monto establecido en este artículo y podrán acogerse al financiamiento que esta ley señala.
En los casos de jornadas parciales, concurrirán al pago las entidades en que preste sus servicios el trabajador, en la proporción que corresponda.
Quienes perciban maliciosamente este bono, deberán restituir quintuplicada la cantidad percibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.
Artículo 15.- Concédese a los trabajadores a que se refiere el artículo anterior, durante el año 2000, una bonificación adicional al bono de escolaridad de $ 10.941, por cada hijo que cause este derecho, cuando a la fecha de pago del bono, los funcionarios tengan una remuneración bruta igual o inferior a $ 251.182, la que se pagará con la primera cuota del bono de escolaridad respectivo y se someterá en lo demás a las reglas que rigen dicho beneficio.
Los valores señalados en el inciso anterior se aplicarán, también, para conceder la bonificación adicional establecida en el artículo 12 de la ley Nº 19.553.
Artículo 16.- Concédese durante el año 2000, a los trabajadores no docentes que se desempeñen en sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades, y siempre que tengan alguna de las calidades señaladas en el artículo 2º de la ley Nº 19.464, el bono de escolaridad que otorga el artículo 14 y la bonificación adicional del artículo 15 de esta ley, en los mismos términos señalados en ambas disposiciones.
Iguales beneficios tendrán los trabajadores no docentes que tengan las calidades señaladas en el artículo 2º de la ley Nº 19.464, que se desempeñen en los establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado, conforme al decreto con fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, de 1996, y en los establecimientos de educación técnico-profesional traspasados en administración de acuerdo al decreto ley Nº 3.166, de 1980.
Artículo 17.- Durante el año 2000, el aporte máximo a que se refiere el artículo 23 del decreto ley Nº 249, de 1974, tendrá un monto de $ 51.970. El aporte extraordinario a que se refiere el artículo 13 de la ley Nº 19.553, se calculará sobre dicho monto.
Artículo 18.- Increméntase en $1.611.264 miles, el aporte que establece el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 1981, del Ministerio de Educación, para 1999, aporte que incluye recursos para otorgar los beneficios a que se refieren los artículos 14 y 15, al personal no académico de las universidades estatales.
La distribución de estos recursos entre las universidades estatales se efectuará, en primer término, en función de las necesidades acreditadas para el pago de los beneficios referidos en el inciso anterior, y el remanente, se hará en la misma proporción que corresponda al aporte inicial correspondiente al año 1999.
Artículo 19.- Sustitúyese, a partir del 1 de enero del año 2000, los montos de “$126.977”; “$143.907” y “$154.791”, a que se refieren los artículos 21 y 22 de la ley Nº 19.429, por “$133.111”, “$150.958” y “162.376”, respectivamente.
Artículo 20.- Sólo tendrán derecho a los beneficios a que se refieren los artículos 3º, 9º y 14, los trabajadores cuyas remuneraciones brutas de carácter permanente, en los meses que en cada caso corresponda, sean iguales o inferiores a $ 1.049.000 excluidas las bonificaciones, asignaciones o bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional.
Artículo 21.- Reemplázase, a contar del 1 de julio del año 2000, el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.987, por el siguiente:
“Artículo 1º.- A contar del 1 de julio del año 2000, las asignaciones familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, reguladas por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrán los siguientes valores, según el ingreso mensual del beneficiario:
a) De $ 3.310 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $101.113;
b) De $ 3.220 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $101.113 y no exceda los $ 204.321;
c) De $ 1.094 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $204.321 y no exceda los $ 328.232; y
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $ 328.232, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo. Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores; dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.”.
Artículo 22.- Fíjase en $3.310, a contar del 1 de julio del año 2000, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1º de la ley Nº 18.020.
Artículo 23.- Concédese por una sola vez en el año 2000, a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº 15.386, para pensionados de 70 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio; a los pensionados del sistema establecido en el decreto ley Nº 3.500, de 1980, que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal conforme al Título VII de dicho cuerpo legal; y a los beneficiarios de pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975, un bono de invierno de $ 26.357.
El bono a que se refiere el inciso anterior, se pagará en el mes de mayo del año 2000, a todos los pensionados antes señalados que al primer día de dicho mes tengan 65 o más años de edad. Será de cargo fiscal, no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno.
No tendrán derecho a dicho bono quienes sean titulares de más de una pensión de cualquier régimen previsional o asistencial, incluido el seguro social de la ley Nº 16.744, o de pensiones de gracia, salvo cuando éstas no excedan, en su conjunto, del valor de la pensión mínima de vejez del artículo 26 de la ley Nº 15.386 para pensionados de 70 ó más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.
Artículo 24.- Concédese, por una sola vez, a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, que tengan algunas de estas calidades al 31 de agosto del año 2000, un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2000, de $ 8.319. Este aguinaldo se incrementará en $ 4.282 por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciban dichos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 18.987.
En los casos en que las asignaciones familiares las reciba una persona distinta del pensionado, o las habría recibido de no mediar la disposición citada en el inciso precedente, el o los incrementos del aguinaldo deberán pagarse a la persona que perciba o habría percibido las asignaciones.
Asimismo, los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia no podrán originar, a la vez, el derecho a los aguinaldos en favor de las personas que perciban asignación familiar causada por ellos. Estas últimas sólo tendrán derecho a los aguinaldos en calidad de pensionadas, como si no percibieren asignación familiar.
Al mismo aguinaldo, con el incremento cuando corresponda, que concede el inciso primero de este artículo, tendrán derecho quienes al 31 de agosto del año 2000, tengan la calidad de beneficiarios de las pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975; de la ley Nº 19.123 y de las indemnizaciones del artículo 11 de la ley Nº 19.129.
Cada pensionado tendrá derecho sólo a un aguinaldo, aun cuando goce de más de una pensión. En caso que pueda impetrar el beneficio en su calidad de trabajador afecto al artículo 9º de la presente ley, sólo podrá percibir en dicha calidad la cantidad que exceda a la que le corresponda como pensionado. Al efecto, deberá considerarse el total que represente la suma de su remuneración y pensión, líquidas.
Los aguinaldos a que se refiere este artículo no serán imponibles.
Quienes perciban maliciosamente estos aguinaldos o el bono que otorga este artículo o el anterior, respectivamente, deberán restituir quintuplicada la cantidad percibida en exceso, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieren corresponderles.
Concédese, asimismo, por una sola vez, a los pensionados a que se refiere este artículo, que tengan algunas de las calidades que en él se señalan al 25 de diciembre del año 2000, un aguinaldo de Navidad del año 2000 de $ 9.542. Dicho aguinaldo se incrementará en $ 5.386 por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciban esos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 18.987.
Cada pensionado tendrá derecho sólo a un aguinaldo, aun cuando goce de más de una pensión.
En lo que corresponda, se aplicarán a este aguinaldo las normas establecidas en los incisos segundo, tercero, sexto y séptimo de este artículo.
Artículo 25.- Los aguinaldos que concede el artículo anterior, en lo que se refiere a los beneficiarios de pensiones asistenciales del decreto ley Nº 869, de 1975, serán de cargo del Fisco y, respecto de los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, de cargo de la institución o mutualidad correspondiente. Con todo, el Ministro de Hacienda dispondrá la entrega a dichas entidades de las cantidades necesarias para pagarlos, si no pudieren financiarlos, en todo o en parte, con sus recursos o excedentes.
Artículo 26.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 27 de la ley Nº 19.595:
a) Agrégase en su inciso primero, a continuación de la expresión “directivos, profesionales y fiscalizadores”, la oración “, o sirva empleos a contrata asimilados a dichas plantas o escalafones,”.
b) Agrégase el siguiente inciso segundo, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto a ser incisos tercero, cuarto y quinto, respectivamente.
“En el evento que el becario desempeñe un cargo de la planta de directivos, y siempre que existan los recursos presupuestarios pertinentes, cuando no se den las circunstancias del artículo 74 y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 75, ambos de la ley Nº 18.834, podrá ser reemplazado, mientras dure la beca, por un empleado a contrata, quien podrá desempeñar las correspondientes funciones directivas o de jefatura. Mientras dure la beca y tratándose de personal externo a la institución, estos empleos constituirán dotación adicional del respectivo servicio.”.
Artículo 27.- Concédese, por el período de un año, a contar del 1 de enero del año 2000, la bonificación extraordinaria trimestral concedida por la ley Nº 19.536, la que será pagada en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de ese año. El monto de esta bonificación será de ciento diez mil ciento cuarenta y cinco pesos trimestrales.
Tendrán derecho a este beneficio los profesionales señalados en el artículo 1º de la ley Nº 19.536 y los demás profesionales de colaboración médica de los Servicios de Salud remunerados según el sistema del decreto ley Nº 249, de 1973, que se desempeñen en las mismas condiciones, modalidades y unidades establecidas en el mencionado precepto, o bien en laboratorios y bancos de sangre, radiología y medicina física y rehabilitación.
La cantidad máxima de profesionales que tendrán derecho a esta bonificación será de dos mil novecientos sesenta personas.
En lo no previsto por este artículo, la concesión de la citada bonificación se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.536, en lo que fuere procedente.
Artículo 28.- Prorróganse, hasta el 31 de diciembre del año 2000, las asignaciones concedidas al personal de la Contraloría General de la República, por los artículos 1º, 2º y 3º de la ley Nº 19.562.
Asimismo, prorróganse, hasta igual fecha, en las mismas condiciones, los beneficios contemplados en los artículos 4º y 5º de la ley Nº 19.562. Los montos de estos beneficios corresponderán a los valores que la presente ley fija para los similares establecidos en los artículos 12 y 13 de la ley Nº 19.553, respectivamente.
Artículo 29.- Durante el año 2000, el porcentaje de la asignación establecida en el artículo 12 de la ley Nº 19.041, será el determinado para el año 1999.
Artículo 30.- Modificase la ley Nº 19.464 en la siguiente forma:
a) Reemplázase en el inciso primero del artículo 7º la frase “y enero de 1999” por “, enero de 1999 y enero del año 2000”, y
b) Sustitúyese en el artículo 9º, el guarismo “2000” por “2001”.
Artículo 31.- Concédese, por una sola vez, a los trabajadores que, de conformidad con esta ley, tienen derecho a percibir el aguinaldo de Navidad, un bono especial no imponible, que se pagará en el curso del mes de diciembre de 1999, cuyo monto será de $27.300 para los trabajadores cuya remuneración bruta que les corresponda percibir en el mes de noviembre de 1999, sea igual o inferior a $ 314.700, y de $ 13.000 para aquellos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $ 839.200.
Otórgase, asimismo, por una sola vez, a los trabajadores a que se refiere el inciso anterior, un bono especial no imponible, que se pagará en el mes de marzo del año 2000, cuyo monto será de $ 21.000 para los trabajadores cuya remuneración bruta que les corresponda percibir en el mes de noviembre de 1999, sea igual o inferior a $314.700 y de $ 10.000 para los trabajadores cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $ 839.200.
Para estos efectos, se entenderá por remuneración bruta el total de las de carácter permanente correspondiente al mes de noviembre de 1999, excluidas las bonificaciones, asignaciones o bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional.
Artículo 32.- Para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º de la ley Nº 19.490 se considerará, además, por una sola vez, al personal que se haya desempeñado en los establecimientos de atención primaria municipal en la Décimo Primera Región y en las localidades de Río Puelo-Hornopirén, cuya administración ha sido posteriormente traspasada a los Servicios de Salud de Aysén y de Llanquihue-Chiloé-Palena, respectivamente.
Artículo 33.- Modifícase, desde la fecha de su vigencia, el inciso primero del artículo 3º de la ley Nº 19.618, agregándose a continuación de la expresión “Dirección General de Aeronáutica Civil”, la oración “incluidos los trabajadores a que se refiere el inciso segundo del artículo 173 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, de la Subsecretaría de Guerra.”.
Artículo 34.- Modifícase el artículo 4º del decreto con fuerza de ley Nº 58 de 1979, del Ministerio de Hacienda, agregándose a continuación del punto final que pasa a ser coma (,) , la siguiente oración: “como asimismo, vestuario uniforme a los funcionarios que cumplan labores administrativas y de secretaría administrativa, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.”.
Artículo 35.- El mayor gasto fiscal que represente en el año 1999 la aplicación de esta ley, se financiará con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Presupuestaria Tesoro Público. Para el pago de los aguinaldos se podrá poner fondos a disposición con imputación directa a ese ítem.
El gasto que irrogue durante el año 2000 a los órganos y servicios públicos incluidos en la ley de Presupuestos para dicho año, la aplicación de lo dispuesto en los artículos 1º, 9º, 14 y 17 de esta ley, se financiará con los recursos contemplados en el subtítulo 21 de sus respectivos presupuestos y, si correspondiere, con reasignaciones presupuestarias y/o con transferencias del ítem señalado en el inciso precedente del presupuesto para el año 2000, dispuestas por el ministro de Hacienda , mediante uno o más decretos expedidos en la forma establecida en el artículo 70 del decreto ley Nº 1.263, de 1975, los que podrán ser dictados en el mes de diciembre de 1999.”.
Sala de la Comisión, a 9 de noviembre de 1999.
Acordado en sesión de fecha 9 de noviembre de 1999, con la asistencia de los diputados señores Lorenzini, don Pablo ( Presidente ); Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Dittborn, don Julio ; García, don José ; Jaramillo, don Enrique ; Jocelyn-Holt, don Tomás ; Letelier, don Juan Pablo ; Ortiz, don José Miguel ; Prochelle , señora Marina , y Sciaraffia , señorita Antonella .
Se designó diputado informante al señor Lorenzini, don Pablo .
(Fdo.): Javier Rosselot Jaramillo , Abogado Secretario de la Comisión ”.
ANEXOS
INFORME FINANCIERO
PROYECTO DE LEY QUE OTORGA REAJUSTE
A LOS FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO,
CONCEDE AGUINALDOS QUE INDICA
Y OTROS BENEFICIOS PECUNIARIOS
Mensaje Nº 181-341
Otorga, a contar del 1 de diciembre de 1999, un reajuste general de 4,9% a los trabajadores del sector público que se indica en el artículo 1 de este proyecto de ley.
Reajusta en un 4,9% a contar del 1 de diciembre de 1999, los montos correspondientes a las subvenciones otorgadas a las instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename. (Art. 2).
Concede, por una sola vez, un aguinaldo de Navidad a los trabajadores de las entidades a que se refieren los artículos 3, 4, 6 y 7 de este proyecto de ley.
Concede, por una sola vez, un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2000 a los trabajadores que se indica en el artículo 9 de este proyecto de ley.
Incrementa el aporte fiscal que establece el artículo 2 del DFL Nº 4, de 1981, del ministerio de Educación. (Art. 18).
Concede, por una sola vez, a los personales mencionados en el artículo 14 de este proyecto de ley, un bono de escolaridad no imponible, por cada hijo de entre 5 y 24 años de edad, que sea carga familiar reconocida para los efectos del DFL Nº 150, de 1981, del ministerio del Trabajo y Previsión Social. (Art. 14).
Incrementa bono de escolaridad establecido en el artículo 14 de esta ley y 12 de la ley Nº 19.553. (Art. 15).
Incrementa aporte para Servicios de Bienestar D.L. Nº 249, de 1974. (Art. 17).
Incrementa aporte para Servicios de Bienestar a que se refiere el artículo 13 de la ley Nº 19.553. (Art. 17).
Reajusta la asignación familiar y maternal. (Art. 21).
Fija el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1 de la ley Nº 18.020. (Art. 22).
Concede, por una sola vez, un bono de invierno, en el año 2000, a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744. (Art. 23).
Concede, por una sola vez, en el año 2000, un aguinaldo de Fiestas Patrias, a los pensionados del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744. (Art. 24).
Concede, por una sola vez, en el año 2000, un aguinaldo de Navidad, a los pensionados, del Instituto de Normalización Previsional, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleados de la ley Nº 16.744. (Art. 24).
Concede, por el período de un año, a contar del 1 de enero de 2000, la bonificación extraordinaria trimestral concedida por la ley Nº 19.536. (Art. 28).
Concede, por una sola vez, a los trabajadores que, de conformidad con esta ley, tienen derecho a percibir el aguinaldo de Navidad, un bono especial no imponible, el cual se pagará en dos cuotas. Una en el mes de diciembre de 1999 y la otra en el mes de marzo del año 2000. (Art. 32).
FINANCIAMIENTO:
El gasto que este proyecto irrogue al Fisco en 1999, será financiado, cuando proceda, con los recursos provisionados en el ítem 50-01-03-25-33.104 del presupuesto vigente del Tesoro Público.
(Fdo.): JOAQUÍN VIAL RUIZ-TAGLE, Director de Presupuestos ”.
PROYECTO DE LEY DE REAJUSTE SECTOR PÚBLICO
ORDENADO SEGÚN TEMAS
Millones de $
1. Costo fiscal año 1999 reajuste aguinaldo y bonos
Aguinaldo de Navidad 1999 8.814
Reajuste remuneraciones y subvenciones 11.308
Aporte a instituciones de educación superior 1.611
Bono solidario cuota diciembre 9.100
Total año 1999 30.833
2. Costo fiscal año 2000 reajuste, aguinaldos y bonos
Reajuste de remuneraciones y subvenciones 135.692
Aguinaldo Fiestas Patrias 2000 sector público 12.671
Bono de escolaridad marzo 2000 11.819
Aporte a bienestar 6.548
Incremento bono de escolaridad ley Anef 2.350
Incremento aporte a bienestar ley Anef 655
Bono solidario cuota marzo 7.000
Subtotal costo fiscal 2000 176.735
3. Costo fiscal año 2000 asignación familiar, aguinaldo y
bonos pasivos
Asignación familiar y maternal del Supf 98.778
Subsidio único familiar 41.383
Bono de invierno 16.035
Aguinaldo Fiestas Patrias 2000 sector pasivo 13.265
Aguinaldo de Navidad 2000 sector pasivo 15.412
Subtotal costo fiscal 2000 184.873
4. Costo fiscal año 2000, otros.
Asignación por muerte, pensiones de gracia y aumento
beneficiarios Grupo B, Ley de Salud 2.895
Bonificación extraordinaria ley Nº 19.536 1.304
Subtotal costo fiscal 2000 4.199
Total año 2000 365.807
Total general 396.640
PROTOCOLO DE ACUERDO GOBIERNO-ORGANIZACIONES
GREMIALES DEL SECTOR PÚBLICO
En Santiago, a 4 días del mes de noviembre de 1999, el Supremo Gobierno representado por los ministros de la Secretaría General de la Presidencia , don José Miguel Insulza Salinas ; de Economía, don Jorge Leiva Lavalle ; de Trabajo y Previsión Social, don Germán Molina Valdivieso , y subsecretario de Hacienda , don Manuel Marfán Lewis y las organizaciones gremiales del sector público representadas por don Arturo Martínez , secretario general de la CUT; don Manuel Bravo , Consejero Nacional de la CUT, coordinador de la “mesa del sector público”; don Raúl de la Puente , presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales; don Esteban Maturana , presidente de Confusam ; don Óscar Yáñez , presidente de Asemuch ; don Juan Díaz , presidente de Fenpruss ; don Carlos Abarca , presidente de Fenafuch ; doña Gladys Lagos , presidenta de Antué ; doña Julia Requena , presidenta de Ajunji ; don Carlos Cifuentes , vicepresidente Colegio de Profesores ; don Héctor Villouta , presidente de Fauech ; doña Gladys Corral , presidenta de Colegio de Enfermeras de Chile , continuando con la práctica de diálogo que ha caracterizado las relaciones del Gobierno y los trabajadores del sector público, durante los gobiernos de la Concertación, concurren a suscribir el presente acuerdo sobre materias remuneracionales, laborales, sociales y de igualdad de oportunidades para los trabajadores de la Administración Pública.
I. ASPECTOS REMUNERACIONES:
1. Un reajuste general de remuneraciones a partir del 1 de diciembre de 1999 de 4.9%.
2. Los aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias, así como el bono de escolaridad y su incremento; y el aporte a servicios de bienestar y su incremento se reajustarán también en un 4,9%. En igual porcentaje se reajustarán los puntos de corte correspondientes.
3. Las coberturas que regirán para estos beneficios serán las mismas que se encuentran vigentes, adicionándose a los trabajadores no académicos universitarios estatales para el caso del incremento del bono escolaridad.
4. Se establece un bono solidario de $ 48.300 para los trabajadores con rentas inferiores a $ 314.700 que se pagará en dos cuotas de $ 27.300 y $ 21.000 en los meses de diciembre de 1999 y marzo del año 2000, respectivamente; y de $ 23.000 para trabajadores con rentas de hasta $ 839.200, el cual se pagará en dos cuotas de $ 13.000 y $ 10.000 en los meses de diciembre de 1999 y en el mes de marzo del año 2000.
5. Adicionalmente, se mantendrá la bonificación extraordinaria de carácter trimestral que concede la ley Nº 19.536 para enfermeras, matronas y otros profesionales, incrementado en un 4,9%.
II. ASPECTOS LABORALES Y SOCIALES:
1. Perfeccionamientos a la ley Nº 19.296 sobre asociaciones de funcionarios: (Puntos 3.3, 3.4, 3.5).
a) Incorporar tipificación y sanción de prácticas antisindicales relativas a la existencia y funcionamiento de las asociaciones de funcionarios. Las áreas de conductas tipificables se vincularían, de acuerdo a la jurisprudencia administrativa, entre otras, a:
-Disponer traslados de localidad o funciones de los directores sin causa justificada;
-Negar o entorpecer el uso de los permisos a que tienen derecho los directores;
-Insistir en la calificación del dirigente; y
-Denegar injustificadamente el derecho a información, en los términos del artículo 25 inciso 4º de la ley Nº 19.296.
b) Establecer en forma expresa el derecho a que las asociaciones, federaciones o confederaciones opten por el sistema eleccionario unipersonal o de cifra repartidora a través de sus respectivos estatutos.
c) Aumentar de 26 a 33 horas semanales de permiso para los directores de las confederaciones y organizaciones de nivel superior del sector, que tengan carácter nacional y que agrupen más de 5.000 afiliados.
d) Aumentar a tres años el período de ejercicio de los directores de las confederaciones y organizaciones de nivel superior del sector, que tengan carácter nacional.
e) Renovar la facultad del Presidente de la República , para que en el plazo de un año incorpore la normativa de la ley Nº 19.296 al Estatuto Administrativo, de Funcionarios Municipales y Estatuto de Atención Primaria.
El ejecutivo se compromete a remitir el proyecto de ley que contenga las modificaciones referidas precedentemente a más tardar el 30 de diciembre próximo.
f) Dictación del reglamento que prevé el artículo 14º de la ley Nº 19.296. Para este efecto se constituirá una comisión bipartita (Gobierno-Gremios) que de aquí a diciembre próximo cuente con un borrador de reglamento.
g) Se enviará un instructivo a los jefes de servicio, sobre la normativa relativa al descuento de las cuotas sindicales de las organizaciones de grado superior, instando a su aplicación. Paralelamente se informará sobre esta normativa a la directiva de la Asociación de Municipalidades y Consorcio de Universidades Estatales.
h) Se estudiarán los mecanismos que permitan a los funcionarios jubilados gozar de los beneficios que obtengan las asociaciones de funcionarios.
i) Buscar una solución a la situación que afecta a los dirigentes regionales y provinciales de la Anef, sin alterar el principio básico de que para ser director de las entidades de grado superior se requiere ser dirigente de base.
j) Estudiar la situación de aquellas confederaciones que en la actualidad se encuentran en funcionamiento, con el objeto de elaborar una propuesta de solución, la cual deberá sostenerse en principios que no lleven a la doble representación ni a la doble afiliación.
2. En materia de negociación colectiva para los funcionarios públicos: (Puntos 3.1, 3.2).
a) El gobierno ratifica su compromiso en orden a obtener la aprobación por parte del Congreso Nacional, del Convenio Nº 151, sobre protección al derecho de sindicación y el procedimiento para determinar las condiciones de empleo en la administración pública, para ello dará suma urgencia al proyecto.
b) Se instalará, a contar de la primera quincena de diciembre próximo, una mesa de diálogo de carácter bipartito (Gobierno-Gremios) que será convocada por la Subsecretaría del Trabajo y que tendrá por finalidad iniciar el análisis y estudio de los mecanismos para implementar los procesos de negociación colectiva en el ámbito de la administración central y descentralizada del Estado.
3. Respecto al punto 3.9 el Ejecutivo ratificó su disposición a enviar un proyecto de ley que conceda fuero, en condiciones análogas a las existentes para los directores de sindicatos y asociaciones de funcionarios, en favor de los directores de una asociación gremial en la cual se desarrollen las relaciones colectivas de trabajo y que afilie exclusivamente a profesionales de la educación.
4. En materias vinculadas a la capacitación:
a) El Ejecutivo tendrá a fines de noviembre del presente año elaborado el reglamento que regulará el procedimiento y forma de postulación al financiamiento del Fondo para la modernización de las relaciones laborales y desarrollo sindical, recientemente aprobado por el Parlamento, para lo cual recogerá la opinión de los gremios. (Punto 3.8).
b) Se impulsará una modificación al artículo 27 de la ley Nº 15.595 y al DFL Nº 1 de marzo del presente año que aprueba el reglamento que regula las becas de posgrado para funcionarios públicos en universidades chilenas, con el objeto de permitir la postulación a los funcionarios a contrata.
El Ejecutivo realizará los esfuerzos necesarios para que la modificación precedente se haga operativa a la brevedad. Asimismo se compromete a efectuar un estudio en relación a la situación del reemplazo de los funcionarios que tengan la calidad de becarios. (Punto 2.1).
c) Se proporcionará a los gremios la información sobre los distintos programas de becas desarrollados por el Gobierno para funcionarios públicos, asimismo se desarrollará un estudio sobre los programas de capacitación en la administración central y descentralizada del Estado, elaborándose una propuesta que optimice el desarrollo de la capacitación. (Punto 2.1, Punto 2.2).
5. Situación de los funcionarios estudiante de carreras técnicas: (Punto 2.3, a), b) y c)).
a) El Gobierno y los gremios involucrados intensificarán sus reuniones de trabajo a fin de concluir el proceso a más tardar el 20 de noviembre próximo, buscando el mayor acercamiento entre las partes.
b) El Gobierno elaborará un catastro de las personas que se encontrarían en grados 23 y 24 con título profesional, y en la medida que el volumen sea “acotado”, se buscarán las soluciones administrativas.
6. Respecto del punto 2.4 se constituirá un grupo de trabajo con representantes de los ministerios de Hacienda y de Salud y de los gremios a efectos de hacer un diagnóstico de la situación de los funcionarios públicos en materias de acceso y cobertura a planes de salud.
7. En materia de ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales para el sector público (ley Nº 19.345):
a) El Gobierno impulsará una política orientada a disminuir las tasas de accidentabilidad, buscando potenciar los programas de prevención de riesgos, en cuya implementación desarrollará instancias de coordinación y trabajo conjunto con los gremios y las mutuales. (Punto 2.5)
b) En lo que respecta al proceso de actualización del D.S. Nº 109, que el Gobierno está llevando a cabo, se asume el compromiso de iniciar en el mes de diciembre próximo una fase de diálogo técnico con los actores del sector, emitiéndose un primer informe en el mes de marzo del año 2000. (Punto 2.5.)
c) El gobierno organizará un seminario taller a fin de proporcionar a los gremios la debida información sobre la normativa vinculada a la calificación de trabajos pesados. Asimismo, apoyará la realización de un estudio para sustentar la solicitud de calificación que alguno de los gremios efectúe ante las autoridades competentes. (Punto 2.6)
8. En relación al punto 3.6 se concordó formar, a contar de diciembre próximo, un grupo de trabajo con representantes del Gobierno y los gremios que iniciará un estudio sobre la modernización de la política de administración de personal y gestión de RR.HH. en el sector público, a fin de procesar nuestras diferencias en torno a estos temas.
9. Servicios de Bienestar: (Punto 2.7)
a) El envío, por parte del Ejecutivo, de una iniciativa legal que autorice a las municipalidades y a los servicios traspasados a constituir departamento de bienestar, estableciéndose que su financiamiento será mediante aporte de los municipios y los funcionarios.
b) Requerir información a la Superintendencia de Seguridad social sobre la fiscalización de los servicios de bienestar de las universidades, respecto de las cuales ésta es competente.
c) Con el objeto de analizar el funcionamiento de los servicios de bienestar en las universidades estatales, se constituirá un grupo de trabajo gobierno-Antue.
10. Respecto del punto 2.12 el Gobierno continuará con su estudio interno destinado a determinar las innovaciones que debieran introducirse al programa.
11. Materias previsionales:
a) Hubo coincidencia en discutir perfeccionamientos al actual sistema de capitalización individual, estando disponibles para avanzar en esta dirección, analizando, entre otros, lo relativo a la rebaja de costos de administración de las AFP. (Punto 2.8).
b) Se proporcionará a los gremios la información sobre los distintos planes de retiro desarrollados por el Gobierno para funcionarios públicos. (Punto 1.4c).
12. Respecto del punto 2.11 los gremios presentarán un informe sobre la modificación de la base de cálculo de la asignación familiar, comprometiéndose, el Gobierno, a su estudio y respuesta.
III. ÁREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: (Área IV).
El gobierno se compromete a elaborar en conjunto con los gremios un programa de igualdad de oportunidades para el sector público, el cual tendrá como objetivo plantear alternativas de solución tendientes a mitigar los focos de desigualdad que se detecten durante la fase de diagnóstico del mismo.
Para estos efectos se constituirá una comisión bipartita (gobierno-gremios) en el mes de enero del año 2000, la que deberá tener la propuesta a más tardar el 30 de agosto de dicho año.
Sin perjuicio de lo anterior como señal inicial del compromiso del gobierno con el tema de la igualdad de oportunidades en el sector público se concuerda en que el Ejecutivo implementará las siguientes medidas:
Efectuar un diagnóstico sobre el funcionamiento del derecho a salas cunas en el sector público, enviando, además, en el plazo de 30 días un instructivo a los jefes de servicio sobre las normas de protección a la maternidad, especialmente en lo referente al derecho a salas cunas y la modificación del artículo 203 del Código del Trabajo.
En materia de organización de calendarios de vacaciones y flexibilidad horaria de la jornada de trabajo, se concuerda que siendo una materia de gestión interna de cada servicio, se enviará un instructivo a los jefes de servicio, a fin de que den las facilidades necesarias para implementar estas medidas, sin entorpecer el buen funcionamiento del servicio.
IV. OTRAS MATERIAS.
1. Respecto a la eventual modificación de la dependencia de los funcionarios de los Serviu, el Gobierno ha decidido posponer tal decisión con el objeto de revisarla en un proceso participativo con los funcionarios de esas entidades, en el marco del Comité de Modernización de la gestión pública.
2. Respecto de los funcionarios que reciben la asignación contemplada en el artículo 12 de la ley Nº 19.041, el Gobierno ha comprometido buscar una solución que permita que estos funcionarios no sufran un desmedro en sus remuneraciones en el año 2000.
(Fdo.): EDUARDO ANINAT URETA , Ministro de Hacienda ; JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Ministro Secretario General de la Presidencia ; JORGE LEIVA LAVALLE , Ministro de Economía ; GERMÁN MOLINA VALDIVIESO , Ministro del Trabajo y Previsión Social ; MANUEL MARFÁN LEWIS , Subsecretario de Hacienda ; ARTURO MARTÍNEZ , Secretario General de la CUT ; MANUEL BRAVO , Coordinador Mesa Sector Público , CUT; FRANCISCO BELLO , Tercer vicepresidente de la CUT; RAÚL DE LA PUENTE, Presidente Anef; ESTEBAN MATURANA , Presidente Confusam; ÓSCAR YÁÑEZ , Presidente Asemuch; JUAN DÍAZ , Presidente Fenpruss; MANUEL FUENTES, Fenafuch ; GLADYS LAGOS , Presidenta Antue ; JULIA REQUENA , Presidenta Ajunji ; CARLOS FUENTES , Vicepresidente Colegio de Profesores ; CARMEN GODOY , Fauech; GLADYS CORRAL , Presidenta Colegio de Enfermeras de Chile ; OSVALDO ALLENDES , Confemuch”.
4. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que modifica el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, de 1987, con el objeto de prorrogar los beneficios que otorgan una bonificación a la ocupación de mano de obra en las regiones I, XI y XII, y en las provincias de Chiloé y Palena . (boletín Nº 2417-05)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
La iniciativa tiene su origen en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República , calificada de “discusión inmediata” y de “simple urgencia” para su tramitación legislativa, según el caso.
Asistió a la Comisión durante el estudio del proyecto el señor Luis Sánchez Castellón , subsecretario de Economía , Fomento y Reconstrucción.
I. OBJETIVO Y ESTRUCTURA DEL PROYECTO.
La iniciativa tiene por objeto prorrogar el incentivo consistente en una bonificación a la contratación de la mano de obra ocupada en las Regiones I, XI y XII, y en las provincias de Chiloé y Palena de la X Región, establecido en el artículo 2º del decreto ley Nº 3.625, de 1981, equivalente a un diecisiete por ciento de la parte de las remuneraciones imponibles que no excedan de un tope, en moneda actual, de aproximadamente $ 140.766.
Por el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, modificado por las leyes Nºs 19.182 y 19.242, se fijó como fecha máxima del beneficio señalado el año 1999.
El proyecto consta de un artículo único.
II. IDEAS MATRICES Y FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.
La iniciativa tiene como único propósito sustituir el guarismo “1999” por “2000”, en el mencionado inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, permitiendo que el beneficio en favor de la contratación de mano de obra, en las zonas extremas antes señaladas, se mantenga vigente por un año más.
III. DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFICA.
-El inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591 que modifica el artículo 2º del decreto ley Nº 3.625, de 1981, y que establece, que regirá hasta el año 1999, la bonificación establecida en el artículo 10 del decreto ley Nº 889, de 1975. Esta norma fue modificada por el artículo 21 de la ley Nº 19.182 y por el artículo 2º de la ley Nº 19.242.
IV. ANTECEDENTES PRESUPUESTARIOS O FINANCIEROS.
El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos estima el costo del proyecto, utilizando un criterio de base efectiva, para los años 2000 (10 meses) y 2001 (2 meses) en:
Año 2000 M$ 26.670.000
Año 2001 M$ 5.500.000
TOTAL M$ 32.170.000
Asimismo, se expresa que el financiamiento para el año 2000 se encuentra incluido en el proyecto de Presupuesto para dicho año.
V. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR DEL PROYECTO.
Por el artículo único del proyecto, se reemplaza la expresión “1999” por “2000”, en el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley Nº 19.182 y por el artículo 2º de la ley Nº 19.242.
Sometido a votación el proyecto, en general y particular a la vez, fue aprobado por unanimidad, sin debate.
VI. CONSTANCIAS.
1. Disposiciones del proyecto que deben aprobarse con quórum especial.
No hay.
2. Disposiciones o indicaciones rechazadas.
No hay.
3. Artículos que no fueron aprobados por unanimidad.
Ninguno.
4. Se han introducido al proyecto modificaciones formales que se recogen en el texto propuesto a continuación.
VII. CONCLUSIÓN.
En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que os dará a conocer oportunamente la señorita diputada informante , la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Reemplázase, en el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley Nº 19.182 y por el artículo 2º de la ley Nº 19.242, la expresión “1999” por “2000”.
Sala de la Comisión, a 10 de noviembre de 1999.
Acordado en sesión de fecha 9 de noviembre de 1999, con la asistencia de los diputados señores Lorenzini, don Pablo ( Presidente ); Alvarado, don Claudio ; Álvarez, don Rodrigo ; Dittborn, don Julio ; García, don José ; Jaramillo, don Enrique ; Jocelyn-Holt, don Tomás ; Letelier, don Juan Pablo ; Ortiz, don José Miguel ; Prochelle , señora Marina , y Sciaraffia , señorita Antonella .
Se designó diputado informante a la señorita Antonella Sciaraffia .
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción de los diputados señores Tuma, Elgueta, Encina, Espina, Luksic, Aldo Cornejo y de la diputada señora Laura Soto.
Establece normas sobre protección de la información de las personas jurídicas. (boletín Nº 2422-07)
1. Que el Congreso Nacional ha dado su aprobación a la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada, publicada el día 28 de agosto de 1999.
2. Que esta normativa está orientada a regular el tratamiento de los datos personales, entre los que se contempla la información comercial de las personas, antecedentes regulados a través del Título Segundo de la Ley.
3. Que el alcance de esta legislación refiere sólo a los antecedentes de las personas naturales, puesto que así se concibió en la idea matriz del proyecto que dio origen a la nueva legislación, excluyendo así del ámbito de la ley a las personas jurídicas, quienes quedan al margen de los procedimientos y regulaciones establecidas por la nueva disposición.
4. Lo anterior, implica excluir a la mayor parte de los agentes económicos de los nuevos derechos en la ley Nº 19.628, que regula el tratamiento y difusión de la información comercial, particularmente en lo referido a la aclaración de los antecedentes y a su eliminación de los registros transcurridos los plazos establecidos en la normativa.
5. En efecto, una de las garantías que incorpora la nueva legislación es restricción al uso de la información comercial, permitiendo básicamente la publicación de los antecedentes contenidos en el DS Nº 950, que regula el boletín comercial. Esta normativa contempla, entre otros, los antecedentes que constan en letras de cambio y pagarés protestados; cheques protestados por falta de fondos, por haber sido girados contra cuenta corriente cerrada o por otra causa. También se autoriza informar sobre el incumplimiento de obligaciones derivadas de mutuos hipotecarios y de préstamos o créditos de bancos, sociedades financieras, administradoras de mutuos hipotecarios, cooperativas de ahorros y créditos, organismos públicos y empresas del Estado sometidas a la legislación común, y de sociedades administradoras de créditos otorgados para compras en casas comerciales.
6. De este modo, se prohíbe la publicación de cualquier antecedente económico, comercial o financiero que no esté expresamente autorizado en la ley, poniendo término a la publicación de otras informaciones que se divulgaban sin ninguna regulación.
7. A su vez, la normativa contempla la facultad de los titulares de los datos a exigir información sobre la procedencia, destinatario y propósito del almacenamiento. También se le confiere el derecho a individualizar a quienes fueron transmitidos sus datos y solicitar su modificación si son inexactos, equívocos o incompletos, como asimismo a que sean eliminados cuando carecen de fundamento legal o estén caducos.
8. La normativa, a su vez, contempla un procedimiento de reclamación judicial y sancionatorio que permite garantizar los derechos conferidos en la nueva legislación, considerando también la indemnización por el daño patrimonial y morales a través de un procedimiento sumario.
9. Esta situación reporta un grave perjuicio a todas las personas jurídicas en el tratamiento de sus antecedentes económicos y financieros, puesto que una interpretación restringida de la norma, deja fuera de los beneficios y procedimiento antes descritos a todas las entidades de esta naturaleza. Particular daño ocasiona a las pequeñas y medianas empresas, quienes producto de la existencia de registros históricos sobre su información económica, comercial o financiera, quedan impedidas de ejercer sus actividades productivas. Lo anterior tiene un grave efecto social si consideramos que más del 80% del empleo es generado por este sector de la economía.
10. Por último, cabe señalar que el espíritu del legislador al aprobar la ley Nº 19.628, sobre protección a la vida privada, ha sido garantizar los derechos de todos quienes han visto atropelladas sus garantías producto del vacío legal que existía respecto al tratamiento de la información de las personas, como asimismo de los datos de carácter comercial, económicos o financieros. Por ello, es de toda justicia que los derechos y procedimientos de que gozan los titulares, como personas naturales, en el tratamiento de su información administrada en las bases de datos, sean extendidos también a las personas jurídicas, cual es el motivo de la presente iniciativa legal.
Por lo anterior los diputados firmantes venimos en presentar el siguiente proyecto de ley:
Artículo único:
Incorpórese en el artículo Nº 575 del Código Civil, el siguiente nuevo inciso cuarto:
En lo relativo al tratamiento de la información de carácter económico, financiero o comercial de las personas jurídicas, ésta se regirá por lo dispuesto en el Tribunal Segundo, Tercero y Quinto de la ley Nº 19.628.