Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- FACULTADES INVESTIGADORAS A COMISIÓN DE MINERÍA.
- PRÓRROGA DE PLAZOS A COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS.
- RÉPLICA A IMPUTACIONES SOBRE PAGO DE HONORARIOS. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
- AGRESIÓN A COMISIÓN INVESTIGADORA EN IQUIQUE. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
- V. ORDEN DEL DÍA
- MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS. Segundo trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Victor Reyes Alvarado
- INTERVENCIÓN : Jaime Naranjo Ortiz
- INTERVENCIÓN : Arturo Longton Guerrero
- INTERVENCIÓN : Victor Perez Varela
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Homero Gutierrez Roman
- DEBATE
- DEBATE
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- Victor Perez Varela
- Arturo Longton Guerrero
- Homero Gutierrez Roman
- INDICACIÓN
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE GARANTÍA CONSTITUCIONAL SOBRE MEDIO AMBIENTE. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Victor Barrueto
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Zarko Luksic Sandoval
- INTERVENCIÓN : Maria Pia Guzman Mena
- INTERVENCIÓN : Guido Girardi Lavin
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS. Segundo trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- REFORMA SOBRE PROVISIÓN DE VACANCIA DE SENADORES Y DIPUTADOS. (Continuación).
- DEBATE
- PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA PLAZO A DEUDORES DE EX CORA.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Sergio Correa De La Cerda
- Victor Perez Varela
- Juan Masferrer Pellizzari
- Maria Victoria Ovalle Ovalle
- Homero Gutierrez Roman
- Luis Monge Sanchez
- Baldo Prokurica Prokurica
- Osvaldo Palma Flores
- Sergio Ojeda Uribe
- Sergio Velasco De La Cerda
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Sergio Correa De La Cerda
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- ELIMINACIÓN DE DESCUENTO ADICIONAL A PENSIONADOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Enrique Krauss Rusque
- Edgardo Riveros Marin
- Jaime Mulet Martinez
- Edmundo Salas De La Fuente
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Aldo Cornejo Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- FACULTADES A COMISIÓN DE HACIENDA PARA INVESTIGAR FUSIÓN BANCARIA.
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- PARTICIPACIÓN DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE ORDEN EN MANIFESTACIONES PÚBLICAS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jaime Naranjo Ortiz
- Antonio Leal Labrin
- Gabriel Ascencio Mansilla
- Tomas Jocelyn Holt Letelier
- Andres Palma Irarrazaval
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Jaime Naranjo Ortiz
- INTERVENCIÓN : Gabriel Ascencio Mansilla
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- REFORMA SOBRE PROVISIÓN DE VACANCIA DE SENADORES Y DIPUTADOS. (Continuación).
- VII. INCIDENTES
- SOLIDARIDAD CON DIPUTADAS AGREDIDAS EN IQUIQUE.
- EXIGENCIA A PACIENTE DE HOSPITAL “SÓTERO DEL RÍO”. Oficio.
- ADHESION
- Sergio Velasco De La Cerda
- Joaquin Palma Irarrazaval
- Enrique Krauss Rusque
- Edmundo Villouta Concha
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Felipe Letelier Norambuena
- Salvador Urrutia Cardenas
- Roberto Leon Ramirez
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- INSTITUCIÓN DEL “DÍA DEL NIÑO CONCEBIDO Y AÚN NO NACIDO”. Oficio.
- ADHESION
- Sergio Velasco De La Cerda
- Victor Reyes Alvarado
- Carlos Leon Palma
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Felipe Letelier Norambuena
- Salvador Urrutia Cardenas
- Pedro Antonio Acuna
- ADHESION
- RECONOCIMIENTO A MINISTRO DE SALUD POR ENTREGA DE AMBULANCIA PARA CONSULTORIO LA LEONERA, DE CHIGUAYANTE.
- LICITACIÓN PARA OBRAS VIALES EN OCTAVA REGIÓN. Oficios.
- ADHESION
- Sergio Velasco De La Cerda
- Felipe Letelier Norambuena
- Salvador Urrutia Cardenas
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- ADHESION
- DEBATE
- RECONOCIMIENTO A DE LA CONCERTACIÓN POR OBRAS REALIZADAS EN DISTRITO 42, DE LA PROVINCIA DE ÑUBLE.
- REINSTALACIÓN DE ESTATUA DE CRISTO DE LA PAZ EN EL MORRO DE ARICA. Oficio.
- ADHESION
- Felipe Letelier Norambuena
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- Sergio Velasco De La Cerda
- ADHESION
- JORNADA TEMATICA SOBRE TELECOMUNICACIONES.Oficios.
- REPOSICIÓN DE LICEO EN COMUNA DE SANTA JUANA. Oficio.
- PROHIBICIÓN DE QUEMAS EN SECTORES RURALES DE LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
- ANTECEDENTES SOBRE PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE BARRIOS EN TOMÉ Y SITUACIÓN JUDICIAL DE EMPRESA CONSTRUCTORA. Oficio.
- VIABILIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE POBLACIÓN EN CORONEL. Oficio.
- ANTECEDENTES SOBRE DERECHOS DE AGUA EN POBLACIÓN DE LIRQUÉN, OCTAVA REGIÓN. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 341ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 8ª, en martes 2 de noviembre de 1999
(Ordinaria, de 11.12 a 14.28 horas)
Presidencia de los señores Montes Cisternas, don Carlos; Acuña Cisternas, don Mario, y Hales Dib, don Patricio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 9
II. Apertura de la sesión 13
III. Actas 13
IV. Cuenta 13
-o-
- Facultades investigadoras a Comisión de Minería 13
- Prórroga de plazos a Comisión de Derechos Humanos 13
- Réplica a imputaciones sobre pago de honorarios. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento) 13
- Agresión a Comisión investigadora en Iquique. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento) 15
V. Orden del Día.
- Modificación de la ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios. Segundo trámite constitucional 15
- Modificación de garantía constitucional sobre medio ambiente. Tercer trámite constitucional 28
VI. Proyectos de acuerdo.
- Reforma sobre provisión de vacancia de senadores y diputados. (Continuación) 39
- Proyecto de ley que prorroga plazo a deudores de ex Cora 40
- Eliminación de descuento adicional a pensionados 42
- Facultades a Comisión de Hacienda para investigar fusión bancaria 43
- Participación de personal de las Fuerzas Armadas y de Orden en manifestaciones públicas 45
VII. Incidentes.
- Solidaridad con diputadas agredidas en Iquique 47
- Exigencia a paciente de hospital “Sótero del Río”. Oficio 48
- Institución del “Día del niño concebido y aún no nacido”. Oficio 49
- Reconocimiento a ministro de Salud por entrega de ambulancia para consultorio La Leonera, de Chiguayante 50
- Licitación para obras viales en Octava Región. Oficios 50
- Reconocimiento a Gobiernos de la Concertación por obras realizadas en distrito 42, de la provincia de Ñuble 51
Pág.
- Reinstalación de estatua de Cristo de la Paz en el Morro de Arica. Oficio 52
- Jornada temática sobre telecomunicaciones. Oficios 52
- Reposición de liceo en comuna de Santa Juana. Oficio 53
- Prohibición de quemas en sectores rurales de la Octava Región. Oficio 54
- Antecedentes sobre programa de mejoramiento de barrios en Tomé y situación judicial de empresa constructora. Oficio 54
- Viabilidad de construcción de población en Coronel. Oficio 54
- Antecedentes sobre derechos de agua en población de Lirquén, Octava Región. Oficio 55
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República mediante el cual da inicio a la tramitación de un proyecto, para ser incluido en la actual legislatura extraordinaria de sesiones, que modifica el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, de 1987, con el objeto de prorrogar los beneficios que otorgan una bonificación a la ocupación de mano de obra en las regiones Primera, Undécima y Duodécima y en las provincias de Chiloé y Palena (boletín Nº 2417-05) 56
- Oficios de S.E. el Presidente de la República por los cuales incluye en la actual legislatura extraordinaria de sesiones los siguientes proyectos, iniciados en mociones:
2. Modifica el Código Civil y leyes complementarias en materia de sociedad conyugal o comunidad de gananciales, otorgando a la mujer y al marido iguales derechos y obligaciones (boletín Nº 1707-18) 58
3. Modifica la ley de votaciones populares y escrutinios, regulando los gastos que efectúen candidatos, y adopta otras medidas para la transparencia del proceso electoral (boletín Nº 2220-06) 58
4. Sobre protección civil del honor y la intimidad de las personas (boletín Nº 2370-07) 58
5. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “suma”, para el despacho del proyecto que modifica la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, en los aspectos que indica (boletín Nº 2398-06) 59
6. Oficio de S.E. el Presidente de la República mediante el cual retira la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto que modifica la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, el decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y la ley Nº 17.235, sobre impuesto territorial (boletín Nº 2339-06) 59
7. Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto que perfecciona normas del área de la salud (boletín Nº 2132-11) 59
Pág.
8. Oficio del honorable Senado, por el cual comunica que ha aprobado la proposición de la Comisión Mixta constituida para resolver las discrepancias producidas en la tramitación del proyecto que modifica disposiciones del Código Penal que sancionan casos de corrupción, crea nuevas figuras delictivas y agrega norma que señala a las leyes Nºs 18. 833 y 18.834 (boletín Nº 1177-07) 60
9. Oficio del honorable Senado, por el cual comunica que ha aprobado las observaciones del Presidente de la República al proyecto sobre probidad administrativa de los órganos de la Administración del Estado (boletín Nº 1510-07) 60
10. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en las modificaciones introducidas por el honorable Senado al proyecto sobre libertad de opinión e información y ejercicio del periodismo (boletín Nº 1035-07) 61
11. Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social, recaído en el proyecto que modifica la ley Nº 18.700, orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios en relación a la elección de Presidente de la República (boletín Nº 2398-06)(S) 137
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
-De la Comisión investigadora encargada de analizar las razones de la adquisición del libro “Chile, una sociedad emergente”, por parte de la Corporación Nacional del Cobre, mediante el cual comunica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 235 del Reglamento de la Corporación, que eligió como Presidente al diputado señor Pérez, don Aníbal.
-De la Comisión de Minería y Energía, por el cual solicita el acuerdo de la Corporación para que se le confiera facultades para investigar lo acontecido con el proyecto de construcción de la central hidroeléctrica “Alto Cachapoal”, especialmente lo relativo al contrato suscrito por Codelco, división El Teniente y la empresa Andrade Gutiérrez, con el fin de establecer eventuales responsabilidades.
-De la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, por los cuales solicita ampliación de plazo para emitir el informe de los siguientes proyectos:
a) Seguimiento y proposición de iniciativas sobre el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que anuló la sentencia dictada por tribunales peruanos contra ciudadanos chilenos. (Ampliación por 60 días).
b) Informe complementario del proyecto de reforma constitucional que protege y ampara a los pueblos indígenas (boletín Nº 513-07). (Ampliación hasta el mes de enero del año 2000).
-De la Comisión especial encargada de proponer medidas legales y administrativas en favor de los Cuerpos de Bomberos de Chile, por el cual informa acerca de las medidas adoptadas para resolver la grave situación financiera que afecta a la Novena Compañía del Cuerpo de Bomberos de Antofagasta , con asiento en la localidad de Baquedano, comuna de Sierra Gorda, Segunda Región.
-Del señor Presidente del Tribunal Calificador de Elecciones, por el cual remite su opinión respecto del proyecto que modifica la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, en los aspectos que indica (boletín Nº 2398-06).
Ministerio del Interior
-De los diputados señores Urrutia, Jaramillo y Navarro, creación de corporación de desarrollo para provincias de Arica y Parinacota.
-Del diputado señor Urrutia, medidas para continuar plan de desarrollo de provincias de Arica y Parinacota.
-De la diputada señora Rosa González, construcción de embalse en río San José, Primera Región ; facilidades a parlamentarios para viajar a Perú y Bolivia.
-Del diputado señor Navarro, capacidad productiva predios El Huachi y El Barco, Alto Biobío, Octava Región.
-Del diputado señor Bertolino, vehículos de propiedad fiscal autorizados para circular sin disco correspondiente en días que señala.
-Del diputado señor Kuschel, prórroga de beneficios del D.L. Nº 889 y del D.F.L. Nº 15, de 1963, para las provincias de Chiloé y Palena.
-De los diputados señores Galilea, don José Antonio, y Acuña, situación de comunas de Lonquimay, Melipeuco y Curarrehue luego de últimos frentes de mal tiempo.
-Del diputado señor Molina, proyectos de absorción de mano de obra cuya ejecución se adelantará en comunas más pobres de la Cuarta Región.
-De la Corporación, medidas para superar crisis que afecta a provincias de Arica y Parinacota.
Ministerio de Relaciones Exteriores
-De los diputados señores Riveros, Ojeda, Gutiérrez, Bertolino y Urrutia, detención de disidentes en Cuba.
-De los diputados señores Mulet, Walker, don Patricio; Acuña, Jarpa y diputada señora Muñoz, doña Adriana, apelación de fallo dictado por la Organización Mundial de Comercio sobre aplicación de impuesto a los alcoholes.
-De los diputados señores Muñoz, don Pedro; Letelier, don Juan Pablo; Sánchez, Jaramillo, Velasco, Núñez, Cornejo, don Patricio; Gutiérrez, Tuma y diputada señora Eliana Caraball, suspensión de operaciones aéreas comerciales entre Chile y las islas Malvinas.
-Del diputado señor Álvarez, suspensión de vuelos comerciales a islas Malvinas.
-De la Corporación, situación política en Venezuela.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
-De la diputada señora Lily Pérez y diputado señor Pérez, don Víctor, contratación de abogados externos y de planta.
Ministerio de Hacienda
-De los diputados señores Urrutia y Delmastro, medidas para volver a instalar módulos de venta al detalle de zona franca de Iquique, en la ciudad de Arica.
-De los diputados señores Urrutia, Delmastro, Ávila y Ortiz, concreción de medidas anunciadas para el desarrollo de Arica y Parinacota.
-Del diputado señor Sánchez, rampas importadas en los últimos cinco años.
-De los diputados señores Encina, Muñoz, don Pedro; Núñez, Ojeda, Velasco, Jiménez y Fossa, medidas en favor de la ciudad de Arica.
-De los diputados señores Alessandri, Martínez, don Rosauro, y diputada señora Lily Pérez, fiscalización a centro de formación técnica Itesa Ltda.
-Del diputado señor Ávila, uso de vehículo fiscal por el señor director de Casa de Moneda de Chile .
-De los diputados señores Letelier, don Juan Pablo; Lorenzini, Letelier, don Felipe; Rincón y diputada señorita Antonella Sciaraffia, posibilidad de terminar con subsidio a transporte terrestre a cambio de fomentar metrotrén hasta San Fernando.
-Del diputado señor Kuschel, incremento del gasto público y sus efectos en la economía nacional.
-Del diputado señor Masferrer, exención de impuesto territorial a propietarios de terrenos inundados por lagos Rapel y Colbún.
-De los diputados señores Mesías, Letelier, don Felipe, y Ojeda, medidas que adoptará el Banco del Estado de Chile para la reactivación económica del país.
-Del diputado señor Cornejo, don Aldo, cobranza judicial por no pago de impuesto territorial a integrantes de Unidad Vecinal Nº 11, cerro Rocuant, de Valparaíso.
-Del diputado señor Kuschel, avance de las 57 medidas destinadas a recuperar la agricultura.
-De la diputada señora Laura Soto, importaciones de carbón de petróleo o pet coke.
Ministerio de Educación
-Del diputado señor Huenchumilla, reposición del internado y escuela municipal Unión Latinoamericana ex E-620.
-De los diputados señores Velasco, Tuma y Mulet, situación de alumnos minusválidos.
Ministerio de Defensa
-De los diputados señores Velasco, Ascencio y Palma, don Joaquín, muerte de Jonathan Moyano.
Ministerio de Justicia
-De la Corporación, proyecto de ley sobre pago de horas extraordinarias a personal de Gendarmería de Chile.
Ministerio de Obras Públicas
-Del diputado señor Jarpa, reemplazo de puente Coltón, en comuna de Ñuble.
-Del diputado señor Ojeda, mejoramiento aeródromo Cañal Bajo, provincia de Osorno.
-De los diputados señores Letelier, don Juan Pablo; Muñoz, don Pedro; Sánchez, Jaramillo, Velasco, Núñez, Cornejo don Patricio; Ortiz, Gutiérrez, Tuma y diputada señora Eliana Caraball, antecedentes sobre cortes de suministro de agua potable frente a incumplimiento en el pago por los usuarios de empresa sanitaria Essel S.A.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (106)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Alvarado Andrade, Claudio IND X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo IND XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Ávila Contreras, Nelson PPD V 11
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Rozas Velásquez, María PDC RM 17
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Espina Otero, Alberto RN RM 21
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24
Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 30
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Naranjo Ortiz, Jaime PS VII 39
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Ovalle Ovalle, María Victoria UCCP VI 35
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Pareto González, Luis PDC RM 20
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PS VI 32
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prochelle Aguilar, Marina RN X 55
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rocha Manrique, Jaime PRSD VIII 46
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Sciaraffia Estrada, Antonella PDC I 2
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Urrutia Cárdenas, Salvador PPD I 1
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vega Vera, Osvaldo RN VII 40
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Venegas Rubio, Samuel IND V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Asistieron, además, los ministros del Interior , señor Raúl Troncoso, y de la Secretaría General de la Presidencia, señor José Miguel Insulza. También concurrió el senador señor José Antonio Viera-Gallo.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.12 horas.
El señor MONTES (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MONTES (Presidente).- El acta de la sesión 2ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 3ª queda a disposición de los señores diputados y señoras diputadas.
IV. CUENTA
El señor MONTES (Presidente).- Se va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
FACULTADES INVESTIGADORAS A COMISIÓN DE MINERÍA.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de la Comisión de Minería y Energía, que solicita facultades para investigar lo acontecido con el proyecto de construcción de la central hidroeléctrica Alto Cachapoal, especialmente lo relativo al contrato suscrito por Codelco, división El Teniente, y la empresa Andrade Gutiérrez, con el fin de establecer eventuales responsabilidades.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
PRÓRROGA DE PLAZOS A COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición de prórroga de plazos solicitada por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía para emitir el informe de los siguientes proyectos:
a) Seguimiento y proposición de iniciativas sobre el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, que anuló la sentencia dictada por tribunales peruanos contra ciudadanos chilenos. (Ampliación por 60 días).
b) Informe complementario del proyecto de reforma constitucional que protege y ampara a los pueblos indígenas, boletín Nº 513-07. (Ampliación hasta enero del año 2000).
¿Habría acuerdo?
Acordado.
RÉPLICA A IMPUTACIONES SOBRE PAGO DE HONORARIOS. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
El señor MONTES (Presidente).-
En virtud del artículo 34, tiene la palabra el diputado señor Gustavo Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , habría deseado hacer uso de este derecho en la sesión especial de esta tarde, pero como no está claro si en ella se puede invocar el artículo 34 del Reglamento, quiero hacerlo ahora para señalar que en un programa de televisión, y luego en la radio Cooperativa, el diputado señor Jocelyn-Holt -lamento que no se encuentre en este momento en la Sala- pidió investigar “las sumas cuantiosas recibidas por el diputado Alessandri en el régimen militar”.
He solicitado el tiempo que me otorga el Reglamento, porque siempre he respetado a mis colegas y deseado que estén informados de manera fidedigna de todas mis actuaciones públicas. No lo hago para resolver las crisis temperamentales que suelen afectar al diputado señor Jocelyn-Holt.
Honorable Cámara, en 1985 fui nombrado miembro titular de la Comisión de Estudios de leyes orgánicas constitucionales, que estaba perfectamente institucionalizada. Funcionaba en el antiguo Senado de la República, sesionaba todas las semanas, tenía secretario, se llevaban actas y se dejaba constancia de la asistencia de sus miembros, y los informes que se elaboraban pasaban a conocimiento de la Junta Militar, órgano legislativo de la época. En una comparación libre, podríamos asimilarlo a lo que hoy son las comisiones especializadas.
La Comisión estaba compuesta por once personas -lo que era de dominio público-, así como el lugar, hora y día en que sesionaba. También era conocido el nombre de su secretario.
En sus inicios, la Comisión fue presidida por el señor Sergio Fernández, hasta cuando fue nombrado ministro del Interior , en que pasó a ser presidida por la señora Luz Bulnes, que hoy integra el Tribunal Constitucional.
En 1985 se nos pagaba alrededor de 88.889 pesos mensuales; en 1986, 101.333 pesos.
¡Qué diferencia con las dietas que ganamos hoy los parlamentarios!
No censuro las asesorías a honorarios. Critico que éstas se efectúen en forma clandestina y se oculten como si fueran pecaminosas o inmorales. El Gobierno quiere ocultarlo todo. Nosotros, por el contrario, queremos que se haga luz sobre todo, pero en forma verídica y exacta, no en forma sesgada, falsa y truculenta, como lo ha hecho el ministerio del Interior, no sé si por instrucciones del ministro o de alguno de sus funcionarios superiores. Ciertamente que sería conveniente aclarar esto.
En concreto, se me hace aparecer recibiendo tres pagos, por 1.215.996 pesos cada uno, en circunstancias que percibí 101.333 pesos mensuales en cada una de esas oportunidades. Indudablemente, esta falsificación ha sido realizada con la manifiesta intención de causarme daño, pero sólo han conseguido que cada día me sienta más honrado de haber colaborado, junto a los distinguidos personeros que constituían la Comisión de Estudios de leyes orgánicas constitucionales, a impulsar una legislación que trajo éxito y desarrollo al país.
Nada que ver estas asesorías con el pago de servicios políticos, aumentos de rentas ni otras regalías por soplonaje, espionaje o trabajos. Por ejemplo, el caso de la llamada “Oficina”, que la Cámara bien sabe quien la regentaba y cuyo costo fue pagado por el ministerio del Interior.
Finalmente, quiero decir que al regresar a Chile después de un viaje al exterior, fui sorprendido por una distinguida periodista que me preguntó si había recibido dinero de la Junta Militar. Respondí que no. En ese momento, salía del aeropuerto y pensé en los innumerables informes sobre legislación social, programas de educación, vivienda y trabajo que evacué a petición del general Gustavo Leigh, como asimismo en mi actuación como miembro permanente de la Segunda Comisión Legislativa. En todas estas actividades no percibí nunca honorario alguno.
Ahora, en la municipalidad de Santiago, en la época en que me desempeñé como alcalde, no cobré jamás horas extraordinarias, viáticos ni gastos de representación, los que solventaba, ciertamente, de mi bolsillo, diferente a lo que hoy acontece con muchos señores alcaldes.
Por último, hago presente que estoy a disposición de todos los señores parlamentarios para absolver cualquier duda que sobre mi persona puedan tener y para dar respuesta e información sobre la totalidad de mis actuaciones públicas.
Señor Presidente , le ruego que recabe el asentimiento de la Sala para que, a través de un oficio, se solicite al ministro del Interior que responsablemente envíe a la Cámara de Diputados la nómina completa de las personas que a través de su ministerio han percibido dinero por trabajos a contrata, vía asesorías, en los cuatro últimos años de este gobierno y en igual lapso del gobierno militar.
He dicho.
AGRESIÓN A COMISIÓN INVESTIGADORA EN IQUIQUE. (Aplicación del artículo 34 del Reglamento).
El señor MONTES ( Presidente ).-
El diputado señor René Manuel García también ha solicitado hacer uso de la palabra en virtud del artículo 34 del Reglamento.
Tiene la palabra su Señoría.
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , no se trata de ataques personales, sino de los que fue víctima en Iquique la Comisión investigadora que presido.
Apenas llegamos, fuimos recibidos con pancartas por más de doscientas personas que no tenían nada que ver con nuestro trabajo. Según informaciones, entre ellas, había más de treinta funcionarios municipales. Hubo ataques verbales, que se repitieron después a través de la televisión y de los medios escritos.
Sobre todo, mi queja es contra la Mesa de la Cámara, de la cual forma parte el diputado señor Patricio Hales, ya que he sabido que ni la diputada señora Rosa González ni la diputada Antonella Sciaraffia han recibido una llamada para preguntarles sobre la agresión y el estado en que se encuentran. Me llama la atención que la Mesa no se haya preocupado de la situación.
Los ataques de puñetes o palmazos no nos afectaron, pero dolieron los insultos verbales, totalmente orquestados desde la municipalidad de Iquique, de los que fue víctima la diputada Sciaraffia. Son dichos irreproducibles que no pueden dejarse pasar.
No es posible que un grupo de parlamentarios, que fuimos, de buena fe, a ver los problemas que afectan a Iquique, para tratar de ayudar, haya sido recibido de esta manera. Felizmente, los hechos no pasaron a mayores y al final, cuando ya nos veníamos, durante los últimos diez minutos, sostuvimos una reunión con el alcalde.
Por eso, como presidente de la Comisión investigadora, pido que, en nombre de la Cámara, se envíe un oficio al alcalde de Iquique en que se repudie la orquestación que se gestó desde el interior de la municipalidad.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Sólo para aclararle: la Mesa habló con la diputada señorita Antonella Sciaraffia y se envió el oficio respectivo al alcalde de Iquique . Sin embargo, con posterioridad, podría verse la situación para enviarlo en nombre de la Corporación.
V. ORDEN DEL DÍA
MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS. Segundo trámite constitucional.
El señor MONTES ( Presidente ).-
En el Orden del Día, corresponde ver el proyecto que modifica la ley Nº 18.700, orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios, en relación con la elección de Presidente de la República .
Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social es el señor Víctor Reyes.
Antecedentes:
-Proyecto del Senado, boletín Nº 2398-06 (S), sesión 1ª, en 5 de octubre de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 21.
-Informe de la Comisión de Gobierno Interior. Documentos de la Cuenta Nº 11, de esta sesión.
El señor MONTES ( Presidente ).-
El ministro del Interior ha pedido que se solicite el asentimiento unánime para que ingrese a la Sala el asesor señor Eduardo Pérez.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Si le parece a la Sala, el proyecto se votará al final del Orden del Día.
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Víctor Reyes.
El señor REYES.-
Señor Presidente , el proyecto, de origen en un mensaje, en segundo trámite constitucional, modifica la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, para adecuarla, en todo lo que corresponda, a las reformas aprobadas, el pasado 16 de octubre, por el Congreso Pleno, recaídas en los artículos 26, 27 y 84 de la Constitución Política del Estado, en lo que dice relación con la segunda votación en la elección presidencial y con el Tribunal Calificador de Elecciones.
Como recordarán los señores diputados, el nuevo texto del artículo 26 de la Constitución establece que la segunda votación de la elección presidencial se circunscribe a los candidatos que hubieren obtenido las dos primeras mayorías en la primera votación, y que ella se verificará treinta días después de ésta o el domingo inmediatamente siguiente a aquel trigésimo día.
A su vez, el nuevo artículo 27 de la Constitución dispone que la calificación de la elección presidencial debe quedar finalizada dentro de los quince días siguientes a la primera o segunda votación, estableciendo, en consecuencia, plazos similares para la resolución final sobre ambos procesos.
Cabe señalar que la iniciativa que nos ocupa fue desglosada de un proyecto de mayor envergadura referido a la ley orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios, debido a la necesidad de regular la segunda vuelta en materia presidencial, ya que ella aparecía insuficientemente normada y porque se trata de una materia que requiere estar debidamente reglamentada antes de las elecciones convocadas para el día 12 de diciembre próximo.
El proyecto en informe se inició en el Senado de la República, y el texto despachado por la Comisión de Gobierno Interior consta de dos artículos permanentes y uno transitorio, de los cuales resumiré sus disposiciones más relevantes.
El numeral 1 del artículo 1º señala que, en caso de segunda vuelta presidencial, la inscripción practicada por el Servicio Electoral para la primera votación se entenderá subsistente respecto de los candidatos que hubieren obtenido las dos primeras mayorías.
Los numerales 2 y 3 se refieren a las situaciones que pueden producirse como consecuencia del fallecimiento del candidato, tanto en elecciones presidenciales como parlamentarias, y prevén la forma de provisionar, en ambos casos, las respectivas vacantes, los plazos en que ello debe ocurrir y los procedimientos que en esa materia deben observarse.
Como norma común a las elecciones presidenciales y parlamentarias se prescribe que si los reemplazos se verifican después de que las cédulas se encontraren impresas, se entenderá que los votos obtenidos por el candidato fallecido corresponden a su reemplazante, y en el evento de que el reemplazo no se efectuare en tiempo y forma, los votos del candidato fallecido serán considerados nulos.
El numeral 4 se refiere a la cédula electoral.
El numeral 5 establece que en la segunda vuelta los candidatos mantendrán el número y orden que les correspondió en la primera.
Los numerales 6 al 8 se refieren a los períodos de propaganda electoral para la segunda vuelta.
Los numerales 9, 10 y 11 establecen que los vocales, recintos y delegados electorales para la segunda vuelta serán los mismos de la primera.
Los numerales 12 al 16 tratan sobre materiales y formas de votación, escrutinios y obligaciones de los colegios escrutadores.
El numeral 18 incorpora un artículo 99 bis a la ley Nº 18.700, por el que se preceptúa que, tratándose de la elección de Presidente de la República , las solicitudes de rectificación de escrutinios y las reclamaciones de nulidad se interpondrán directamente ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro de los tres días siguientes a la fecha de la respectiva votación, el cual, a su vez, dispondrá de otros tres para recibir informaciones y contrainformaciones, y de tres más para fallar, lo que hará sin ulterior recurso.
El numeral 21 dispone que el Tribunal Calificador hará la correspondiente declaración en caso de que ninguno de los candidatos a Presidente de la República hubiere obtenido mayoría absoluta; indicará los que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas, y ordenará la publicación respectiva en el Diario Oficial.
Por su parte, el artículo 2º faculta al Presidente de la República para fijar, a través del Ministerio del Interior y por decreto supremo, el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700.
El artículo 1º transitorio dispone que para la elección presidencial del 12 de diciembre próximo el reemplazo del candidato fallecido podrá recaer en una persona perteneciente a cualquier partido político o en un independiente.
Para el despacho de este proyecto, el Gobierno dispuso trámite de “suma” urgencia. Ninguna de sus normas requiere trámite de Hacienda, y tanto el artículo 1º como la disposición transitoria tienen carácter de ley orgánica constitucional.
Es cuanto puedo informar a esta honorable Corporación.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto en general y en particular.
Tiene la palabra el ministro del Interior .
El señor TRONCOSO ( Ministro del Interior ).-
Señor Presidente , quiero hacer una breve reseña de las iniciativas en materia electoral, actualmente en tramitación en el Congreso Nacional, lo cual permitirá a los señores diputados tener una adecuada perspectiva de las reformas en curso.
En primer lugar, la reforma constitucional sobre la segunda vuelta y el Tribunal Calificador de Elecciones fue despachada por el Congreso Pleno el 16 de octubre recién pasado.
En segundo lugar, se encuentra también en tramitación un proyecto modificatorio de la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, que tiene por objeto modernizar, en general, el procedimiento electoral chileno.
Finalmente está el proyecto que regula la segunda vuelta en la elección presidencial, también modificatorio de la citada ley de votaciones populares y escrutinios.
Como señaló el diputado informante, del proyecto general de reformas fue necesario desglosar, para su más pronto despacho, las disposiciones necesarias para los efectos de hacer eficaz la reforma constitucional en caso de producirse la segunda vuelta electoral.
La reforma constitucional establece que la segunda vuelta se verifique el trigésimo día posterior a la primera votación, siempre que dicho trigésimo día cayera en domingo. Si no fuera así, esta segunda vuelta electoral o segunda votación deberá verificarse el domingo inmediatamente siguiente al referido trigésimo día. La realización de una eventual segunda vuelta se verificará el domingo 16 de enero del 2000.
Complementariamente, esta reforma constitucional dispone reducir el plazo máximo de calificación de la elección presidencial, por parte del Tribunal Calificador de Elecciones, a quince días tanto para la primera como para la segunda votación, en lugar de los actuales plazos de 40 y 25 días, respectivamente. Esta reforma constitucional modifica la composición del Tribunal Calificador de Elecciones, con el objeto de asegurar su completa integración.
Por otra parte, cabe destacar que el Ejecutivo , durante el presente año, ingresó a tramitación ante el honorable Senado un proyecto modificatorio de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios. Sus contenidos principales dicen relación con abreviar los plazos para la declaración de candidaturas; disminuir el número de vocales de mesa de votación; modificar normas sobre propaganda electoral, épocas de constitución e instalación de mesas; agilizar los escrutinios de las mesas y el procedimiento ante los colegios escrutadores, entre otros.
Finalmente, está la iniciativa que hoy nos convoca. Para conocimiento de los señores diputados, hacemos presente que el proyecto se aboca, exclusivamente, a regular en la citada ley de votaciones populares aquellas materias necesarias e indispensables para que se puedan verificar adecuadamente los cambios para la segunda votación en las elecciones presidenciales próximas.
En efecto, nuestra actual normativa electoral no contempla normas completas y suficientes que regulen apropiadamente el mecanismo de resolución de una elección presidencial. Sin duda, como es propio suponer, esta falencia puede colocar a nuestro orden institucional en una situación al menos inconfortable para el caso de no producirse en una primera instancia la mayoría absoluta que nuestra Carta Fundamental prescribe para la generación de la máxima autoridad de la nación.
Ahora bien, considerando la relevancia de la próxima elección presidencial y teniendo en cuenta los tiempos legislativos reales de aquí a diciembre del presente año, el Ejecutivo , durante el primer trámite constitucional, en el honorable Senado, estimó prudente desglosar del proyecto general las modificaciones atingentes a la segunda vuelta electoral, de acuerdo con el proyecto de reforma constitucional. En este contexto, se ha evaluado oportuno postergar temporalmente el tratamiento de aquellas normas de la iniciativa modernizadora a que me he referido previamente.
Al efecto, cabe destacar que el presente proyecto, dada su premura y naturaleza, fue tramitado con urgencia de “discusión inmediata” y aprobadas unánimemente por el honorable Senado todas las enmiendas propuestas.
En virtud de estos antecedentes, me permito solicitar respetuosamente a los señores diputados la aprobación del presente proyecto, en los términos propuestos por vuestra Comisión de Gobierno, habida consideración de las circunstancias explicitadas y de los fundamentos detallados en la parte expositiva del mensaje presidencial que le dio inicio.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente , la bancada del Partido Socialista va a respaldar esta iniciativa, aun cuando creo que en esta materia se ha actuado en forma prematura, porque no veo por dónde pueda haber segunda vuelta en las elecciones presidenciales del 12 de diciembre próximo. En consecuencia, lo lógico hubiera sido analizar el tema con mayor tranquilidad y no en forma tan precipitada, sobre todo cuando no se vislumbra -y la ciudadanía es testigo- la posibilidad de una segunda vuelta. Sin embargo, sólo con el objeto de dar ánimo y entusiasmo a quienes creen que puede haberla, parece pertinente y oportuno legislar sobre esta materia; porque es bueno ponerse en una situación que, a mi juicio, podría ocurrir en un futuro lejano, pero no en el corto plazo. Repito: es bueno modificar la normativa por si aquello llegase a suceder alguna vez en este país.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Longton.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente , luego de escuchar las profundas reflexiones del diputado señor Naranjo , me voy a limitar al proyecto en análisis.
Según la ley actual, las reclamaciones se hacen dentro de los diez días siguientes al de la elección. Sin embargo, el proyecto señala para ello sólo un plazo de tres días desde la elección y de 24 horas después del término de la labor de un colegio escrutador atrasado, sólo respecto de los reclamos que digan relación con dicho colegio.
Renovación Nacional considera que ello hace imposible presentar reclamaciones serias y bien fundamentadas ante el Tribunal Calificador -incluso, lo ha conversado con algunos personeros de Gobierno- por los siguientes motivos:
En primer lugar, el plazo general se reduce en la práctica a sólo dos días, ya que los colegios escrutadores funcionan al día siguiente de la elección. Por lo tanto, lo lógico es esperar el término de su labor para presentar reclamaciones serias.
En segundo término, resulta imposible presentar solicitudes de rectificación de sumas respecto de los cuadros de los resultados de los colegios escrutadores, ya que, en el mismo colegio, no se entrega copia a los apoderados de los partidos o a los representantes de las candidaturas.
El artículo 95 de la ley Nº 18.700 considera la entrega de copias de estos cuadros a los partidos, a partir del sexto día de la elección.
En tercer término, existe incompatibilidad entre el artículo 99 bis, nuevo, y el artículo 95. Este último establece la obligación del Servicio Electoral de entregar los resultados a partir del sexto día siguiente de la elección, sobre la base de los escrutinios efectuados por los colegios, y de entregar copias de las actas y cuadros de los colegios a los partidos. Estos antecedentes son básicos para fundamentar una reclamación en forma correcta.
Por otro lado, el inciso segundo del artículo 96, establece: “Las reclamaciones derivadas de los hechos anteriores sólo procederán si los mismos hubieren dado lugar a la elección de un candidato o de una opción distinta de las que habrían resultado si la manifestación de la voluntad electoral hubiere estado libre del vicio alegado”. Sin embargo, para ello es necesario tener una visión general de los resultados globales de la elección, sobre la base de los boletines de los escrutinios oficiales que, a partir del sexto día de la elección, debe entregar el Servicio Electoral. Sin esta información básica, resulta imposible fundamentar una reclamación en forma correcta.
También se pretende que el tribunal resuelva las solicitudes de rectificación en un plazo más corto y con independencia del escrutinio general que debe realizar, sobre la base de los escrutinios de los colegios. Ello, al tenor del artículo 103 de la ley Nº 18.700, resulta absurdo. Para trabajar, el Tribunal Calificador requiere los resultados de los colegios escrutadores que le entregue el Servicio Electoral, al igual que los necesitan los partidos políticos para presentar las reclamaciones. Por lo tanto, se deben resolver éstas y realizar el escrutinio en un acto conjunto del Tribunal Calificador, el que debe comenzar después del quinto día de la elección.
Finalmente, de acuerdo con el artículo 175 bis de la ley Nº 18.700, los resultados entregados por el Ministerio del Interior tienen un valor meramente informativo y no constituyen escrutinio para efecto legal alguno. Sin embargo, el Ministerio y la prensa siempre le han dado un carácter oficial, en el sentido de que estos resultados son los que valida el Tribunal Calificador, lo cual es falso.
Por otra parte, en la última elección de diputados, verificada en 1997, los resultados del Ministerio del Interior fueron incompletos, ya que faltaron por escrutar 62.069 votos, en comparación con los escrutinios del tribunal. En consecuencia, la ausencia de reclamaciones bien fundamentadas, sumada a la presión que pueda hacer el Gobierno por el hecho de no querer verse involucrado en cambiar la creencia generalizada de la opinión pública respecto del ganador sobre la base de los resultados del Ministerio y por la falta del plazo disponible, puede llevar al Tribunal Calificador a no realizar un escrutinio riguroso, como obliga la ley, y a rectificar los resultados del Ministerio, a pesar de lo incompletos o equivocados que ellos puedan estar.
Por lo tanto, Renovación Nacional va a renovar una indicación que presentó en la Comisión de Gobierno Interior y que fue rechazada, la cual, por cumplir con los requisitos reglamentarios, debe ser acogida por la Mesa.
La indicación, en primer lugar, es al artículo 99 bis:
a) Reemplazar la frase “dentro de los tres días siguientes a la fecha de la respectiva votación,” por la frase “dentro de los dos días siguientes a la fecha en que el Servicio Electoral haya puesto a disposición de los partidos políticos y candidatos independientes las actas y cuadros con los escrutinios de los colegios escrutadores, según se indica en el artículo 95”.
b) Sustituir en la línea seis la palabra “tres” por “dos”.
c) Reemplazar en la línea nueve la frase “dentro de tercer día de vencido el término para recibir las informaciones,” por la frase “dentro del plazo establecido en el artículo 102 de esta ley y el artículo 27 de la Constitución Política”.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado don Víctor Pérez.
El señor PÉREZ (don Víctor) .-
Señor Presidente , en el mismo sentido de lo planteado por el diputado señor Longton , nuestra bancada aprobará el proyecto del Senado, porque todo indica -incluso la presencia del ministro del Interior en esta Sala- que habrá segunda vuelta, a pesar de los deseos del diputado señor Naranjo . Como ello va a ocurrir, es importante tener claridad sobre un tema que puede ser esencial y que dice relación con los intereses de todas las candidaturas: las reclamaciones y rectificaciones de un acto electoral.
Tal como decía el señor ministro , la última reforma de la Constitución Política rebajó el plazo del Tribunal Calificador de Elecciones de cuarenta a quince días. Por lo tanto, este proyecto es para hacer coherente la normativa electoral con las modificaciones constitucionales. Sin embargo, nos preocupa el texto del artículo 99 bis, nuevo, propuesto por el Senado, puesto que, en el caso de las elecciones presidenciales, reduce drásticamente los plazos para interponer las reclamaciones ante el Tribunal.
El texto actual de la ley -para tener claridad- establece que las reclamaciones de nulidad o de rectificación se pueden presentar dentro de los diez días siguientes a la elección. En el caso de que un colegio escrutador no haya terminado su labor al quinto día siguiente al de la elección, este plazo se prorroga por cinco días desde el término de la labor del colegio escrutador.
Por eso, el artículo 99 bis, nuevo, que propone el Senado, que rige sólo para las elecciones presidenciales, reduce drásticamente -diría que casi brutalmente- el plazo a los tres días siguientes a la fecha de la respectiva votación, y a 24 horas de terminada la labor de un colegio escrutador atrasado, sólo respecto de las reclamaciones que digan relación con ese colegio.
Si hacemos un análisis objetivo y técnico, nadie discutiría que, en términos prácticos, dentro de dichos plazos resulta imposible presentar reclamaciones serias y bien fundamentadas ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Y digo esto por los siguientes motivos, algunos de los cuales ya fueron esbozados por el diputado señor Longton .
En primer lugar, porque, en realidad, el plazo queda reducido a dos días, puesto que los colegios escrutadores funcionan al día siguiente de la votación, y resulta evidente que es necesario esperar el resultado del trabajo de dichos colegios antes de presentar una reclamación seria.
En segundo lugar -reafirmando lo que decía el diputado señor Longton -, a nuestro juicio resulta imposible presentar solicitudes de rectificación de los resultados de los colegios escrutadores, ya que en ese evento no se entregan copias a los apoderados de los partidos. El artículo 95 de la ley vigente considera la entrega de copia de los resultados a los partidos a partir del sexto día de efectuada la elección. Por ende, los partidos no dispondrán oportunamente de toda la información oficial ni de los datos o resúmenes adecuados para presentar las reclamaciones, porque -como digo- la ley dispone que los apoderados de los partidos tendrán esa información al sexto día de efectuada la elección; sin embargo, el proyecto obliga a presentar los reclamos al tercer día. Entonces, lo que debemos establecer es que las reclamaciones sean fundadas y serias, en particular en una elección presidencial competitiva. Si no lo son, se puede generar un clima político no deseado.
Además, a nuestro juicio, se produce una incompatibilidad entre el nuevo artículo 99 bis y el 95 vigente, que establece la obligación del Servicio Electoral, a partir del sexto día siguiente a la elección, de entregar resultados sobre la base de los escrutinios efectuados por los colegios escrutadores y -como ya lo mencioné- de entregar a los partidos copia de las actas y cuadros de los colegios.
Esto demuestra que ese antecedente es básico para presentar un reclamo. La ley -de hecho continuará vigente para las elecciones parlamentarias y municipales- establece diez días para hacer los reclamos; pero los partidos y los apoderados dispondrán al menos de cuatro días para presentar los respectivos reclamos, con todos los antecedentes que el Servicio Electoral les entregue.
El inciso segundo del artículo 96 dispone que “las reclamaciones derivadas de los hechos anteriores sólo procederán si los mismos hubieren dado lugar a la elección de un candidato o de una opción distinta...”. Creo que sería conveniente detenerse en esta norma porque las reclamaciones o solicitudes de nulidad se practican con el objeto de que se efectúe o no una segunda vuelta. Por lo tanto, consideramos esencial que los fundamentos sean serios.
Por eso, es bueno tener presente lo que establece el artículo 96, en cuanto a que las reclamaciones proceden sólo si ellas dan lugar a la elección de una persona distinta. Para ello -particularmente en una elección presidencial-, es necesario tener una visión general de los resultados globales de la elección, sobre la base de los boletines de los escrutinios oficiales que debe entregar el Servicio Electoral, a partir del sexto día de efectuada la elección. A nuestro juicio, sin esta información básica resulta imposible fundamentar correctamente una reclamación. Con el artículo 99 bis, nuevo, se pretende que el Tribunal Calificador de Elecciones resuelva sobre las reclamaciones o solicitudes de rectificación dentro de un plazo más breve, independientemente del resultado general, que debe realizarse sobre la base de los escrutinios efectuados por los colegios escrutadores, según lo establece el artículo 103 de la ley vigente.
A mi juicio, esto resulta absurdo, puesto que, para resolver, el Tribunal Calificador requiere de los resultados de los colegios que le son entregados por el Servicio Electoral. Lo mismo ocurre con los partidos políticos, que requieren de esa información para hacer los reclamos pertinentes. ¿Sobre qué base resolverá el Tribunal Calificador si no tiene los datos que le entrega el Servicio Electoral, y sobre qué base reclamarán los partidos, si tampoco dispondrán de los datos que les entrega dicho Servicio?
Por eso, en virtud de todas estas argumentaciones, pido que la Sala revea el tema y acoja la indicación a que se refirió el diputado señor Longton , porque esta materia puede ser muy importante y fundamental, no sólo para la próxima elección, sino para cualquiera otra que se efectúe en el futuro. Sin duda, en una elección con segunda vuelta existe gran competencia, puesto que algunos querrán fundar sus reclamaciones o solicitudes de nulidad para que esa segunda vuelta no se lleve a cabo, y otros, para que esa segunda vuelta se verifique, lo que, sin duda, genera un efecto político que podría tensionar demasiado al país.
De manera que es muy conveniente que unos y otros y el Tribunal Calificador de Elecciones resuelvan con el máximo de antecedentes posibles porque, tal como está redactado el nuevo artículo 99 bis, nos podemos ver enfrentados a reclamaciones que no estén suficientemente fundadas y a que el Tribunal Calificador de Elecciones no disponga de todos los antecedentes necesarios para resolver en derecho, en circunstancias que el sistema electoral tiene que dar a las personas plena garantía de objetividad y neutralidad.
Durante esta década, nuestro sistema electoral ha garantizado a todos los sectores políticos esa objetividad y neutralidad debido a que los plazos son absolutamente coherentes, a fin de que todos puedan ejercer sus derechos en forma adecuada. Considero que, aunque necesaria, con esta modificación el tema de las reclamaciones no queda resuelto plenamente.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez.
El señor SÁNCHEZ .-
Señor Presidente , las reformas planteadas a la ley Nº 18.700 nacen del convencimiento de las autoridades de Gobierno y del Servicio Electoral, de que es imprescindible mejorar nuestra normativa electoral, a fin de optimizar los complejos procedimientos electorales, haciéndolos más sencillos y rápidos, en particular en lo relativo a la calificación de los mismos.
En esta propuesta que analizamos destacan algunos aspectos colaterales muy relevantes, como la regulación del reemplazo de los candidatos presidenciales y parlamentarios en caso de fallecimiento, luego de declarada o inscrita la respectiva candidatura. Este asunto constituía un verdadero vacío legal que preocupaba, puesto que -digamos las cosas por su nombre- siempre existe la lamentable posibilidad de que determinados grupos de poder u organizaciones criminales planeen el asesinato político, como una manera de frustrar las expectativas políticas de ciertos partidos o sectores de opinión. Pienso, de inmediato, por ejemplo, en la reciente experiencia de la hermana república de México, o en las dolorosas experiencias vividas por Colombia y Paraguay.
Los mecanismos establecidos en la iniciativa en estudio me parecen justos y razonables, y se basan esencialmente en la posibilidad de reemplazar al candidato fallecido por una persona designada por las directivas centrales del o de los partidos que lo apoyen. En el caso de los independientes, dada su naturaleza propia, se establece el principio de no reemplazo.
Pero, desde mi punto de vista, el tema central del proyecto es el acortamiento de los plazos de calificación de las elecciones, y sobre este particular me permitiré hacer una pequeña observación relacionada con un punto muy específico. Se establece un plazo muy breve de apenas tres días para reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Como bien se postuló en el seno de la Comisión, en las elecciones presidenciales los reclamos que deriven de la nulidad de un voto o de una mesa influyen muy poco en el resultado final, cosa que no ocurre en las elecciones municipales y parlamentarias. Aquí hay varios colegas -y lo digo muy respetuosamente- que han pasado por la experiencia de haber sido dado por perdedores, en circunstancias que tenían más votos que sus oponentes, a los que, provisionalmente, se daba por ganadores.
En definitiva, la experiencia nos indica que los plazos en este tipo de elecciones debieran ser mayores a fin de dar más tiempo para recabar los antecedentes, conseguir un profesional letrado idóneo y formular una mínima estrategia de defensa.
En las comunas de mi distrito -por ejemplo, Aisén , Lago Verde, Chile Chico, Cochrane, O’Higgins y la isla de Melinka-, dada su baja densidad poblacional, un voto puede dirimir la elección de un candidato como alcalde o concejal.
En verdad, parece irrisorio ejercer estos derechos de defensa electoral en tan poco tiempo. Sé que estamos trabajando con premura en esta materia, pero planteo este asunto con el objeto de que, una vez verificada la elección presidencial que tenemos ad portas, discutamos este punto, diferenciando los plazos de reclamación y haciéndolos más largos para las elecciones municipales y parlamentarias.
Por último, anuncio mi voto afirmativo al proyecto en general y en particular, cuya aprobación recomienda la Comisión de Gobierno Interior de la Corporación.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente , como estoy de acuerdo prácticamente con la totalidad del articulado, sólo me voy a referir al plazo relativo a las reclamaciones que señala el artículo 99 bis, nuevo, del proyecto. Como bien se ha dicho acá, si tratamos de concordar dicho artículo con el 95 de la actual ley sobre votaciones, no hay duda de que colisionan. Si los colegios escrutadores y el Servicio Electoral disponen de los seis días siguientes a una elección o un plebiscito para dar a conocer los resultados, de acuerdo con los escrutinios practicados por el colegio, el plazo de tres días se superpone, y quedan tres días en el aire. Como ello no se ha corregido respecto de la elección presidencial, existe una duda que debe ser despejada, la cual es mayor cuando el artículo 96 preceptúa: “Cualquier elector podrá interponer reclamaciones de nulidad contra las elecciones y plebiscitos por actos que las hayan viciado, relacionados con...”, entre otros, “la letra b), el escrutinio de cada Mesa o los que practicaren los Colegios Escrutadores”. O sea, si los colegios escrutadores tienen un plazo superior al de reclamación, sin duda que es menester corregir esa disonancia.
Lo que sí considero que debe ser inamovible, para contar el plazo, es el día de la elección, porque los otros hechos son todos movibles. En consecuencia, empezar a contar los plazos de un hecho que se mueve en el tiempo, lo deja, en cierta manera, indefinido. Muy distinto es el caso del día de la elección porque es un hecho fijo, cierto y determinado. De manera que, efectuada la votación, se generan sus efectos jurídicos. Por lo tanto, al ser este plazo fatal de tres días para reclamar y contado desde el día de la elección, debería ser ampliado, a lo menos, a cinco o seis días, para hacerlo concordante con la actividad de los colegios escrutadores. Me parece que ésa sería una salida racional sobre este punto, el cual ha producido un largo debate como el de esta mañana y también -se me dice- en la Comisión. En consecuencia, el día de la elección es un hecho cierto, inamovible y determinado. Desde allí debe contarse el plazo.
La discusión es si este plazo es de tres días, como propone el proyecto, o de cinco o seis días, que considero que son plausibles y serios, y que permitirán efectuar reclamaciones con todos los fundamentos.
Por otra parte, al igual que el diputado señor Leopoldo Sánchez , en mi región hay distritos cordilleranos en los cuales no existen vías de comunicaciones expeditas y que, seguramente, no influirán en el resultado de la elección presidencial por haber pocos electores. Si uno suma los votos de los lugares lejanos, puede ocurrir que este plazo de tres días sea absolutamente insuficiente.
Por eso, propongo que se contemple un plazo de, a lo menos, seis días para reclamar, contado desde el día de la elección.
He dicho.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el ministro del Interior, señor Raúl Troncoso.
El señor TRONCOSO ( Ministro del Interior ).-
Señor Presidente , como es de conocimiento de la honorable Cámara, la reforma constitucional, aprobada por el Congreso Pleno el 16 de octubre pasado, tenía por objeto introducir modificaciones a la Constitución Política del Estado que posibilitaran la realización de la segunda vuelta en la elección presidencial, dado que los plazos, tal como estaban establecidos en la Constitución, hacían prácticamente imposible que operara ese mecanismo constitucional con la oportunidad necesaria para efectuar la segunda vuelta en los plazos necesarios.
Tal hecho motivó la aprobación de esa reforma constitucional, absolutamente indispensable y condicionante de la posibilidad de realizar una segunda vuelta en el caso que ello resultare necesario.
Aprobada la reforma constitucional, se hacía necesario modificar la ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios para concordarla con la reforma constitucional, como lo ha señalado el diputado señor Elgueta, en cuanto a los plazos necesarios para las reclamaciones, ya que éste es el único punto que ha suscitado discusión.
Después de un nutrido intercambio de opiniones con el presidente del Tricel , quien en esta oportunidad es también el presidente de la Corte Suprema , y con el director general del Registro Electoral , así como también con los especialistas del Ministerio del Interior, se concluyó que era necesario adecuar los plazos de reclamo en la ley constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, para que operara esta reducción del plazo constitucional de cuarenta a quince días, aprobado por el Congreso Pleno.
El plazo de quince días obliga a que el Tribunal Calificador de Elecciones conozca los reclamos con la mayor rapidez posible. En consecuencia, se hace imposible mantener el reclamo ante el juzgado del crimen que conoce de los reclamos y de las pruebas y, luego, al actuar sólo como buzón, se remite a transmitir los resultados al Tribunal Calificador de Elecciones. Para resolver este problema se ha formulado la proposición de modificar la ley, ya aprobada por el Senado y por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados. Esta modificación contempla efectivamente un plazo de tres días para efectuar las reclamaciones y de seis días para recibir las pruebas que las fundamentan, y uno de nueve días para fallar los reclamos, de manera que el Tribunal Calificador de Elecciones pueda cumplir con la obligación constitucional de entregar el resultado en el plazo de 15 días.
Tal como se ha señalado, la modificación es absolutamente necesaria para hacer operante la segunda vuelta, sin perjuicio de que el punto central, tal como lo ha señalado el diputado señor Elgueta, está en mantener inamovible el día de la votación para contar el plazo a partir del cual se pueden hacer las reclamaciones o entregar las pruebas, de modo que el plazo de tres días que contempla el proyecto despachado por la Comisión, podría extenderse hasta 6 días, con el objeto de recibir conjuntamente la reclamación con las pruebas de ella y pronunciarse el fallo dentro del plazo establecido. De esa manera, se salvarían las objeciones formuladas por algunos diputados de la Comisión.
Muchas gracias.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gutiérrez.
El señor GUTIÉRREZ.-
Señor Presidente , en la Comisión de Gobierno Interior entendimos en todo momento que estábamos frente a un proyecto muy técnico, cuya finalidad es concordar la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, con las nuevas disposiciones constitucionales aprobadas recientemente, que reducen en forma significativa los plazos, tema muy importante y central dentro de lo que estamos analizando en esta oportunidad, de manera que en la eventualidad de que haya segunda vuelta en la elección presidencial, ésta se efectuaría 30 días después de la primera votación.
En consecuencia, los plazos dispuestos para hacer reclamaciones -y obviamente todos los demás- deben reducirse. Ese es el marco en el cual tenemos que actuar, si es que pensamos que debe estar legislado el tema de una eventual segunda vuelta.
El tema más controvertido en la Comisión de Gobierno Interior fue el de los plazos para formular reclamos. En el artículo 99 bis del proyecto del Ejecutivo se señalan tres días de plazo para presentar reclamaciones, más tres para entregar la información y la prueba. En total son seis días. Por ello la proposición del señor ministro , de extenderlo a seis para formular reclamaciones -se abarcarían los días para realizar la reclamación y los fijados para presentar la prueba-, nos parece que satisface las inquietudes de varios señores diputados y mantiene los plazos vigentes.
El resto del proyecto contiene elementos de modernización, de adecuación de la actual ley de votaciones populares y escrutinios, que obviamente son necesarios para concordarla con el nuevo contenido de la Constitución.
Por eso, la indicación del señor ministro es absolutamente coherente con lo que se está discutiendo y debería contar con amplio respaldo para hacer posible el mecanismo de la segunda vuelta.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Señor ministro , ¿va a presentar la indicación?
El señor TRONCOSO (Ministro del Interior).-
Sí, señor Presidente.
La indicación consistiría en reemplazar el inciso primero del artículo 99 bis nuevo, por el siguiente:
“Tratándose de la elección de Presidente de la República , las solicitudes de rectificaciones de escrutinios y las reclamaciones de nulidad se interpondrán directamente ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro de los seis días siguientes a la fecha de la respectiva votación, acompañándose en el mismo acto los antecedentes en que aquéllas se fundaren. Dentro del plazo fatal de tres días, contado desde la fecha del respectivo reclamo, se rendirán ante el Tribunal las informaciones y contrainformaciones que se produzcan. En todo caso, el Tribunal fallará las solicitudes y reclamaciones, sin ulterior recurso, a más tardar el noveno día posterior al de la votación, notificándose su sentencia por el estado diario.”.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Se suspende la sesión por 5 minutos para concordar los términos de la indicación.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor MONTES (Presidente).- Continúa la sesión.
Han presentado la indicación a que dio lectura el señor ministro , los diputados señores Sergio Elgueta y Víctor Pérez.
¿Habría acuerdo para votarla al final del Orden del Día?
-Hablan varios señores diputados a la vez.
El señor MONTES (Presidente).-
Se suspende por cinco minutos la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor MONTES (Presidente).-
Continúa la sesión.
Solicito nuevamente el acuerdo de la Sala para votar al final del Orden del Día la indicación presentada por los diputados señores Sergio Elgueta y Víctor Pérez.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor MONTES ( Presidente ).-
En votación en general el proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.700, orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios, en relación con la elección de Presidente de la República .
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobado en general.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
El señor MONTES ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobarán en particular, con la misma votación, los artículos 1º, 2º y transitorio, con excepción del artículo 99 bis, respecto del cual hay una indicación.
¿Habría acuerdo en aprobarlos con el quórum correspondiente?
Aprobados.
El señor MONTES ( Presidente ).-
El señor Secretario dará lectura a una indicación que presentaron varios señores diputados al artículo 99 bis.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
La indicación, de los honorables diputados señores Elgueta, Pérez, don Víctor; Longton y Gutiérrez “Para reemplazar el inciso primero del artículo 99 bis, nuevo, manteniéndose los incisos segundo y tercero propuestos:
“Tratándose de la elección de Presidente de la República , las solicitudes de rectificaciones de escrutinios y las reclamaciones de nulidad se interpondrán directamente ante el Tribunal Calificador de Elecciones, dentro de los seis días siguientes a la fecha de la respectiva votación, acompañándose en el mismo acto los antecedentes en que aquéllas se fundaren. Dentro del plazo fatal de dos días, contado desde la fecha del respectivo reclamo, se rendirán ante el Tribunal las informaciones y contrainformaciones que se produzcan. En todo caso, el Tribunal fallará las solicitudes y reclamaciones, sin ulterior recurso, a más tardar el noveno día posterior al de la votación, notificándose su sentencia por el estado diario”.
El señor MONTES (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor MONTES (Presidente).-
Aprobada.
Si le parece a la Sala, con el mismo quórum, se darán por aprobados los incisos segundo y tercero del artículo 99 bis.
Aprobados.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
MODIFICACIÓN DE GARANTÍA CONSTITUCIONAL SOBRE MEDIO AMBIENTE. Tercer trámite constitucional.
El señor MONTES (Presidente).-
Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el honorable Senado al proyecto de reforma constitucional que modifica el inciso segundo del artículo 20 de la Carta Fundamental para eliminar la limitación que afecta al recurso de protección relativo a la garantía constitucional de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletín Nº 110-07, sesión 31ª, en 17 de agosto de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 5.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente , la discusión de este proyecto de reforma constitucional pareciera limitarse a la mera sustitución de una vocal o conjunción por otra, transformando una situación copulativa de requisitos en una disyuntiva de ellos, lo cual nos lleva a preguntar si el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución protege realmente el medio ambiente, si esta acción es la única y más adecuada medida para cautelar el entorno y si es la vía más idónea para defender la vida humana de los peligros de la contaminación. Al respecto, los constituyentes de 1980 tuvieron serias vacilaciones.
Es así como el Acta Constitucional contenida en el decreto ley Nº 1552, de 13 de septiembre de 1976, fue reproducida por la Carta Fundamental, y el actual Nº 8º de su artículo 19, es copia del número 8º del artículo 1º del Acta. Sin embargo, suprimió su último inciso, que disponía: “La integridad territorial de Chile comprende la de su patrimonio ambiental”.
El Acta aludida no estableció el recurso de protección para cautelar esta garantía. La Constitución de 1980 trasladó tímidamente esta integridad territorial ambiental al derecho de propiedad del número 24 del artículo 19, disponiendo que la función social de ella comprende la conservación del patrimonio ambiental. ¿Cuál fue la razón de este cambio?
La Constitución de 1980 extendió el recurso de protección al derecho de vivir en un medio libre de contaminación, pero lo restringió a los actos arbitrarios e ilegales de la autoridad o persona determinada, a diferencia de los otros derechos en que se autoriza interponerlo por actos u omisiones que sean arbitrarios o ilegales. No hay otra razón que explique estos cambios y restricciones que la de conciliar los intereses económicos derivados de la propiedad privada con la protección social del bien común constituido por el patrimonio ambiental.
La Constitución actual asegura a las personas tres derechos en materia de medio ambiente:
1º El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación;
2º La protección del Estado para que ese derecho no sea afectado, y
3º La tutela para la preservación de la naturaleza.
Sólo estas materias contempla la garantía mencionada. Pero el recurso de protección sólo cautela el derecho de las personas a vivir en un medio libre de contaminación, sin hacerse cargo de obtener del Estado que ese derecho no sea afectado y que tutele la preservación de la naturaleza. En consecuencia, el recurso de protección es muy restringido en este ámbito: se reduce a la protección de las personas a vivir en un medio limpio de contaminación, no al cuidado del medio ambiente, a la preservación de la naturaleza, como hemos oído con bastante asiduidad. De ahí que reemplazar la conjunción “e” por la “o” no cambia mayormente el ámbito del recurso, ni es suficiente para los fines que se han proclamado en esta Sala.
El Senado resolvió la cuestión relativa a las omisiones de las autoridades o personas particulares, salvando de esta manera la restricción actual de nuestra Carta Fundamental.
Desde otro punto de vista, es necesario efectuar algunas observaciones sobre las voces “arbitrariedad” e “ilegalidad”. Para algunos son requisitos copulativos y para otros, disyuntivos. Los tribunales, sin pronunciarse sobre esta discusión, han acogido tesis en uno y otro sentido. Es decir, el proyecto de reforma constitucional es un avance, ya que zanja este debate habido en los tribunales.
Del proyecto en estudio surge la siguiente pregunta: ¿La contaminación constituye per se algo antijurídico, injusto o contrario a derecho? Si se acepta la idea del proyecto de sustituir la conjunción copulativa “e” por la disyuntiva “o”, quedarán cubiertos por el recurso de protección los actos arbitrarios y los ilegales.
¿Qué sucede, entonces, con los actos ejecutados por la autoridad o por un particular que se traducen en contaminación si ellos fueron autorizados legalmente por competentes funcionarios? ¿Es tal comportamiento arbitrario o ilegal?
Los tribunales han precisado los conceptos “ilegal” y “arbitrario”. El primero significa “contrario a los supuestos de la ley” y, tratándose del acto administrativo, éste es ilegal cuando no es del ámbito de su competencia, cuando faltan los procedimientos reglados o cuando viola los fines que el legislador asignó al acto. En cambio, la arbitrariedad tiene lugar en el campo de las facultades discrecionales, o sea, en aquel en que el administrador goza de poderes amplios y manifiesta opinión de un modo antojadizo, instintivo e inmotivado.
El proyecto, modificado por el Senado, constituye un avance relativo en esta materia, puesto que de los tres derechos garantizados en la Constitución, a lo menos protege uno de los actos u omisiones, sean estos arbitrarios o ilegales.
Por las razones expuestas, votaré favorablemente la modificación del Senado al proyecto de reforma constitucional, atendido que constituye una clarificación y un avance de lo que ya existía. No obstante, hago notar que el recurso de protección sólo procede para garantizar que el hombre viva en un medio libre de contaminación y no para la conservación y protección ambiental.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Víctor Jeame Barrueto.
El señor JEAME BARRUETO .-
Señor Presidente , la reforma constitucional en debate tuvo su origen en una moción patrocinada, en 1991, por el diputado Gutenberg Martínez , el ex diputado Antonio Horvath y el diputado que habla, todos miembros de la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados.
Su objetivo fue establecer el mismo nivel de protección de las demás garantías constitucionales, al derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, porque se encontraba menos protegido que el resto, pues para que los recursos de protección fueran acogidos, se condicionaba a que el acto fuera arbitrario e ilegal. La exigencia de que concurrieran ambos requisitos influyó en que gran parte de ellos no fueran aceptados. Por ello -insisto-, propusimos que la protección de este derecho quedara en iguales condiciones que la del resto de las garantías constitucionales, y que los recursos de protección se acogieran cuando el acto fuera arbitrario o ilegal.
Sin embargo, en el debate habido en el Senado, que se extendió durante casi 8 años -en realidad duró menos, pero sí el proyecto durmió el sueño de los justos durante mucho tiempo-, este tema se relativizó y dio pie a temores en cuanto a que, de establecerse el recurso de protección en el caso de actos arbitrarios o ilegales, se produciría una situación inmanejable, en especial en el aspecto económico. Por ello se propone una solución intermedia, menor a la planteada en la moción presentada a la Cámara. En todo caso, debo reconocer que el reemplazo de la expresión “acto arbitrario e ilegal” por “acto u omisión ilegal” significa un avance respecto de lo que establece la Constitución en la actualidad. La incorporación del concepto de “omisión” permite exigir a autoridades y distintas personas jurídicas una preocupación mayor por asumir las consecuencias de la contaminación.
En consideración a lo anterior, anuncio que votaré favorablemente la modificación del Senado, por cuanto -repito- constituye un avance en esta materia, aunque menor que lo propuesto originalmente por la Cámara.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , todo lo relacionado con materias medioambientales y reformas importantes a fin de fortalecer la defensa de esta área, ha sufrido estragos en el Senado, que ha venido rechazando en forma persistente y permanente este tipo de innovaciones y reduciendo a su más mínima expresión cualquier propuesta de modificación que persiga mayor seguridad para las personas y la protección del medio ambiente.
Desde ya anticipo que votaré en contra de las modificaciones propuestas por el Senado.
El recurso de protección consagrado en la Constitución de 1980 -texto que la mayoría de los miembros de la Cámara rechazó en su oportunidad- establecía que procedía contra actos u omisiones arbitrarios e ilegales que afectaran el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es decir, se entregaba un instrumento importante y valioso para proteger a las personas de las arbitrariedades e ilegalidades.
Lo que aconteció en la discusión de esta materia en la comisión Ortúzar todavía constituye un gran misterio, por cuanto, según los datos de que disponemos -el diputado señor Elgueta hizo alguna referencia a este punto-, en el caso de la garantía constitucional sobre medio ambiente, se aprobó sin la inclusión de la forma conjuntiva “y/o”. Todos los recursos de protección pueden invocarse según esta fórmula, menos el relativo al derecho a vivir en un medio libre de contaminación, para el cual se dispuso la exigencia copulativa de que el acto que lo afectaba fuera ilegal y arbitrario, es decir, debían concurrir ambas condicionantes. Todavía es un misterio lo sucedido en esa comisión, pues no existen actas que den cuenta de lo allí obrado. No queda claro por qué la comisión Ortúzar no estableció el recurso de protección en iguales términos para el derecho a vivir en un medio libre de contaminación.
Esa situación ha llevado a comentar a destacados profesores y académicos, como el profesor Soto Kloss , que esa omisión obedece a un error de transcripción de una secretaria, toda vez que se deja constancia -esto fue planteado en el transcurso del debate por el señor Jaime Guzmán - de que el recurso sólo procederá por acción, porque por omisión el gobierno podría quedar “tapado” de recursos, como ocurriría en el caso de aquellos relacionados con el smog. Es decir, los constitucionalistas que participaron en la redacción de la Carta Fundamental de 1980 no fijaron su atención en si los conceptos de ilegalidad y arbitrariedad debían ser copulativos, sino que redujeron el problema al ámbito de las acciones u omisiones.
El Senado, al establecer que los recursos de protección procederán sólo en caso de que el derecho a vivir en un medio libre de contaminación sea afectado por actos u omisiones ilegales, deja a un lado la valiosísima facultad que los chilenos ejercen para protegerse de las arbitrariedades, por cuanto un acto puede ser legal, pero a la vez arbitrario. Por lo demás, así lo han determinado muchos casos consignados en la jurisprudencia de la Corte Suprema. A modo de ejemplo, sólo quiero señalar que cuando discutimos si la mina Schwager, distante dos kilómetros de Concepción, se convertía o no en vertedero para desechos peligrosos, la autorización para tal efecto fue declarada ilegal, pero no arbitraria. Por el contrario, existen muchas decisiones de la Corte que declaran que un acto es arbitrario, pero legal. Lo único que logra el reduccionismo a que nos somete el Senado en este ámbito es dejar las cosas tal como están, porque, en definitiva, lo que se quiere cautelar es la arbitrariedad de la autoridad.
Acto arbitrario es aquel -lo señala claramente el diccionario- contrario a la justicia, la razón o las leyes, dictado sólo por la voluntad o el capricho de la autoridad. A su vez, el vocablo “capricho”, que proviene de la expresión “macho cabrío”, significa “idea o propósito que uno forma, sin razón, fuera de las reglas ordinarias y comunes”. Es decir, de la arbitrariedad debemos proteger a los ciudadanos, pues la legalidad está salvada en forma permanente por equipos de abogados, servicios jurídicos, por la Contraloría General de la República y por la propia Constitución. Sin duda, reitero, el aspecto más lesivo en el ámbito de la protección del medio ambiente es la arbitrariedad de las autoridades. Los actos arbitrarios son los más recurrentes y de ellos deberíamos cautelarnos. Por eso, no comparto el reduccionismo del Senado. Creo que el proyecto debe ir a Comisión Mixta para debatirlo más a fondo y explicar este asunto a la gente, a la que todos los días le decimos que queremos proteger sus derechos y el medio ambiente. Más aún, en período de elecciones presidenciales esto se ha transformado en un discurso común y no hay diferencias entre los dos candidatos más importantes, pues todos están por defender el medio ambiente, por cumplir las leyes, y en contra de la arbitrariedad; pero, cuando hablamos de modificar la Constitución para introducir una reforma importantísima con el fin de terminar con las arbitrariedades de la autoridad, en el Senado algunos se oponen.
Quiero decir al diputado señor Jeame Barrueto , gran amigo y compañero, también representante de un distrito de la Octava Región, que no me conformo con la proposición del Senado, que demoró ocho años en tratar el proyecto, por cuanto ella es pobre, mediocre e inaceptable. Los ciudadanos merecen mucho más, porque, cuando los senadores dicen que protegerán los derechos de la gente, en realidad sólo quieren resguardar algunos, ya que los actos arbitrarios de la autoridad, que la Oposición siempre condena, critica o denuncia, con su proyecto los permite; es decir, deja pasar la regla de oro para cuestionar a la autoridad cuando actúa en forma arbitraria. En el fondo, con esta irracionalidad, con el mediocre proyecto que ha devuelto el Senado, queda la sensación de que se busca favorecer intereses. No tengo la menor duda de que se quiere respaldar a los que contaminan, a los que dañan el medio ambiente y no a los ciudadanos, porque con una herramienta como la propuesta originalmente, cualquier ciudadano, pobre o rico, patrón o empleado, hombre o mujer, podía recurrir de protección ante los tribunales cuando el medio ambiente que lo rodea estuviera amenazado, y ese daño lo afectara. Hoy, ese recurso queda limitado.
En un comienzo, la propia Comisión Ortúzar valoró la situación, sin limitarla, y después, por arte de magia, en el ámbito de la protección del medio ambiente, al establecerse la exigencia copulativa de que el acto sea arbitrario e ilegal, se cometió una gran arbitrariedad que no pudo ser denunciada ni evaluada, porque no había Parlamento. En ese tiempo, tres generales y un almirante tomaban decisiones a espaldas de los chilenos y las leyes se hacían como traje a la medida para un gobierno militar que pretendía proyectarse.
En la actualidad, existe un Congreso y aunque el Senado mantenga el proyecto durante ocho años y lo devuelva tijereteado, reducido, y algunos diputados queden conformes con estas migajas, creo que debemos darnos un tiempo para discutirlo. No estoy de acuerdo -y ahí está el desprestigio de la política- en decir a los ciudadanos que protegeremos sus derechos y en que aquí aceptemos proyectos que reducen la posibilidad de hacerlos efectivos. Lo planteado por la Cámara de Diputados hace ocho años sigue siendo válido hoy.
En relación con el plan de descontaminación del Gran Santiago, cuando escuchamos a los ministros anunciar que se descongelará el crecimiento industrial de más de 16 comunas, cuestión que puede hacerse por reglamento o dictamen, quiero señalar a mis colegas de la Oposición que se trata de un acto legal, pero arbitrario desde el punto de vista de los intereses ciudadanos. La Comisión investigadora de la Cámara sobre el Plan de descontaminación de Santiago trabajó un año y medio para decir al país que era necesario detener el crecimiento de esa ciudad. Sin embargo, mediante resoluciones legales, la autoridad permite que se instalen más industrias, en circunstancias que los informes académicos y científicos hacen ver que está colapsada y que se debe congelar su crecimiento, a fin de tener una ciudad a escala humana, vivible, en una medida administrativa que significa malgastar los mil millones de dólares que cuesta el Plan de descontaminación, que puede ser oportunista en cuanto a ofrecer más empleo, pero que genera grandes costos en salud y en otras acciones.
El proyecto, que ha dormido en el Senado por tanto tiempo, debe ir a Comisión Mixta. Me gustaría saber quiénes son los senadores que están por dejar sólo la expresión “acto u omisión ilegal”, sin discutir la arbitrariedad de los actos de gobierno; quiénes se congracian con las autoridades de gobierno, cualquiera que éste sea, para dejar a su albedrío lo relativo a la arbitrariedad. Hoy, mi gobierno o cualquier otro, tiene facultades que no son arbitrarias, sino discrecionales. La discrecionalidad es una facultad entregada por ley, en forma expresa, taxativa y muy minuciosa. Hay ámbitos específicos en los cuales puede haber discrecionalidad, la que debe quedar siempre regulada, pero no existe en todos los ámbitos de la autoridad ni en la totalidad de las leyes. Por ello, el recurso incluye la sanción a la arbitrariedad en materia de protección ambiental. Hoy, los ciudadanos están indefensos y no pueden reclamar justicia para vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
El proyecto busca restaurar ese derecho, defender el medio ambiente, pero las modificaciones del Senado destruyen tal objetivo. Por lo tanto, pedí a mi bancada que las rechace, a fin de que la iniciativa vaya a Comisión Mixta, conversemos los motivos, y si nos logran demostrar que esa definición cautela lo que he señalado, no tendría dudas en aceptarlas. Pero, hasta ahora -lo he consultado con constitucionalistas y abogados medioambientalistas- lo que se nos ofrece es del todo insuficiente, y por ello votaré en contra.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Debo aclarar que en las reformas constitucionales no existe el trámite de Comisión Mixta.
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez.
El señor SÁNCHEZ .-
Señor Presidente , la propuesta original de esta Corporación, presente en la moción del diputado señor Jeame Barrueto , autor de la iniciativa, consistía sólo en cambiar la conjunción copulativa “e” por la disyuntiva “o”, permitiendo así que en lugar de limitarse o restringirse el derecho para interponer el recurso de protección, se ampliara a efectos de permitir impugnar los denominados actos ilegales o arbitrarios.
Esto nos lleva a analizar ambos conceptos jurídicos, de alcance bastante preciso tanto para la doctrina administrativa y constitucional como para la jurisprudencia.
Los actos ilegales son, lisa y llanamente, los contrarios al derecho, a una norma jurídica preexistente. Como se trata de recursos que pueden interponerse contra actos administrativos, el quid del asunto consiste en determinar cuándo la administración actúa ilegalmente y cuándo arbitrariamente.
Podemos decir que actúa en forma ilegal cuando no cumple el precepto del artículo 7º de la Constitución Política, que consagra el principio de la legalidad, en términos del agente público, del órgano, de la prohibición legal, de competencia o esfera de acción y de la legalidad de los procedimientos.
La doctrina sobre el acto administrativo, en particular la teoría del acto, nos permite testear cada uno de esos elementos, voluntad del órgano, objeto, causa, motivo, finalidad, aspectos formales, etcétera, para contrastarlos con la norma jurídica.
Ahora bien, la arbitrariedad sería una forma de actuar antijurídica y también ilegal. Se refiere a los actos no reglados de la administración, los que se dictan en ejercicio de la potestad discrecional con que la ley dota a un órgano. Cuando hay una potestad discrecional, la ley le otorga al agente público una serie de alternativas posibles de resolución, distintas cada una de ellas, como la aceptación o rechazo de una solicitud, o la aceptación sujeta a modalidades o plazos, etcétera. Cada una de estas alternativas se ajusta a derecho y el funcionario debe escoger una de entre ellas. Eso es discrecionalidad.
La arbitrariedad es un vicio que se produce en este tipo de actos cuando se escoge una solución contraria al derecho, sea a la ley expresa o a los principios generales del derecho, como la buena fe, la equidad, o a conceptos jurídicos indeterminados, como el orden público y las buenas costumbres. Desde esta perspectiva, la arbitrariedad es un vicio de legalidad en tanto hay un principio idéntico de antijuridicidad en el acto dictado de esta forma. De modo tal que es sostenible que son redundantes los conceptos de legalidad y arbitrariedad por separado, cuando la segunda es una especie de la primera.
Desde esa perspectiva, la decisión de corregir el texto por parte del Senado me parece del todo positiva, pues este recurso jurisprudencial se convertirá en una poderosa herramienta para el derecho medioambiental y para quienes creemos en el derecho a vivir en un medio libre de contaminación y en la explotación sustentable de los recursos naturales, a fin de impugnar las acciones públicas y privadas que lesionen la garantía del derecho amparado en el texto de la Carta de 1980.
Por último, destaco que esta iniciativa es doblemente acertada por ser, además, originada en moción parlamentaria.
Me ha hecho mucha fuerza lo dicho por el diputado señor Navarro . Como en todas estas cosas, los dogmas son contrarios al sistema democrático. La digresión y el análisis hechos por él son pertinentes. Discrepando de él en alguna parte, el proyecto es positivo y le daré mi aprobación.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Zarko Luksic.
El señor LUKSIC.-
Señor Presidente , si se analiza la historia de la norma constitucional, nos damos cuenta de que en el capítulo III, referente a los derechos fundamentales o humanos que garantiza, uno de los pocos aspectos incorporados en la Carta de 1980 que se debe valorizar es el Nº 8º del artículo 19, el cual establece el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Dicha garantía es bastante inédita en el mundo occidental. En la Constitución de 1980, que es bastante nueva, se introducen problemas emergentes que la mayoría de las constituciones europeas -alemana, italiana, española, etcétera, de fines de la Segunda Guerra Mundial- no incorporan, porque en la década de los años 50 ó 60 el tema medioambiental no era tan recurrente ni causaba tanto impacto como en la actualidad. En consecuencia, quiero hablar muy bien de la garantía constitucional que asegura a las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Además, este artículo 19, en su Nº 8º, dispone que: “Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar -aquí agrega otro elemento- la preservación de la naturaleza”. Estos dos aspectos fueron incluidos posteriormente, de manera mucho más detallada, en la ley de bases del Medio Ambiente.
Por último, el Nº 8º del artículo 19 de la Constitución incorpora un elemento que no ha sido muy explotado a través de la legislación y de la jurisdicción: “La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente;”; por ejemplo, el derecho de propiedad.
Por su parte, el Nº 24º del citado artículo 19 indica: “Sólo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social”. Luego, determina cuándo procede la función social. Dice: “Ésta comprende cuanto exijan los intereses generales de la Nación, la seguridad nacional, la utilidad y la salubridad públicas y la conservación del patrimonio ambiental”. Por lo tanto, allí se reitera que el derecho de propiedad puede restringirse cuando vulnere el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación o, en este caso, la conservación del patrimonio ambiental.
Son pocas las leyes que establecen estas restricciones específicas al ejercicio de otras garantías constitucionales expresadas en la Carta Fundamental. La ley de bases hizo un intento para introducir esas restricciones, pero el Tribunal Constitucional declaró que era inconstitucional por estimar que el artículo 19, Nº 8º, al hablar de las restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente, se refería a causas y casos muy particulares. Por lo tanto, no podían incorporarse en una ley tan amplia o en una ley marco, como la de bases del Medio Ambiente.
No hay ley que haya desarrollado el inciso segundo del Nº 8º del artículo 19.
Pero el punto que nos reúne es el artículo 20 de la Carta Fundamental, que hace referencia al recurso de protección. Su inciso segundo señala que “Procederá, también, el recurso de protección, en el caso del Nº 8º del artículo 19, cuando el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación sea afectado por un acto arbitrario e ilegal imputable a una autoridad o persona determinada”.
En esta garantía constitucional nueva, al establecer la posibilidad de que una ley específica, en casos particulares, pueda restringir los derechos o libertades que consagra la Carta Fundamental en el título III, sobre derechos y deberes constitucionales, el constituyente quiso poner una agravante para interponer el recurso de protección y, a diferencia de las otras garantías constitucionales, no basta con lo que dice la norma: “El que por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías”, etcétera. En este caso, repito, estableció una agravante, al señalar que debían concurrir los dos actos, es decir, ser arbitrario y, además, ilegal.
Para terminar con esta suerte de discriminación a la que estaba supeditada esta garantía constitucional de vivir en un ambiente libre de contaminación, algunos diputados, entre ellos, el señor Jeame Barrueto , presentaron una moción para cambiar la conjunción copulativa “e” por la conjunción disyuntiva “o”, con el objeto de hacer extensivo el recurso de protección no sólo a las garantías constitucionales establecidas en el artículo 20 de la Constitución, sino también a lo dispuesto en el número 8º del artículo 19 de la Carta Fundamental, que asegura el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Por otra parte, el Senado modificó lo aprobado por la Cámara, al remplazar, en el inciso segundo del artículo 20, la expresión “acto arbitrario e ilegal” por “acto u omisión ilegal”.
Considero positiva la modificación del Senado, ya que iguala la garantía constitucional de vivir en un ambiente libre de contaminación equiparándolo a los demás derechos constitucionales establecidos en el artículo 19.
Asimismo, el Senado va más allá de la moción formulada por los señores diputados y aprobada por la Cámara, ya que suprime el vocablo “arbitrario”, pero mantiene el término “ilegal”.
¿Qué significa esto en la práctica? En la actualidad, la regla general es que los actos o las omisiones recurribles de protección pueden ser arbitrarios o ilegales. Con esta modificación, bastará con que sea ilegal.
En verdad, la jurisprudencia relacionada con los recursos de protección presentados por infracción al derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, establecido en el número 8º del artículo 19 de la Constitución, señala que la ilegalidad está íntimamente relacionada con la arbitrariedad, por lo que resulta difícil hacer un distingo entre qué es arbitrario y qué es ilegal.
Señor Presidente , debemos pensar que éstas son decisiones que emanan de la potestad administrativa, materializadas en resoluciones o decretos de la administración del Estado. Por lo general, los actos arbitrarios son ilegales. Por consiguiente, considero que la modificación del Senado es un aporte, ya que mejora la norma del artículo 20, pues iguala esta garantía con las otras que establece la Constitución, dado que actualmente se exigen requisitos copulativos para poder presentar recursos de protección en estos casos: el acto debe ser arbitrario y, además, ilegal. Ahora basta con que el acto o la omisión sea ilegal, ya que, como dije, el vocablo “arbitrario” está absolutamente relacionado con lo ilegal. Además, mejora notablemente la norma desde el punto de vista de la técnica legislativa.
Creo que el éxito del tema medioambiental dentro del ordenamiento jurídico se basa, en gran medida, en la reforma que estamos debatiendo hoy.
Reitero, el Senado ha hecho un aporte y ha mejorado la norma desde el punto de vista de la técnica legislativa. Además, considero que es bueno que haya suprimido el vocablo “arbitrario”, porque en la jurisprudencia se entiende absolutamente ligado con la expresión “ilegal”. Lo anterior permitirá recurrir de protección si la garantía constitucional es vulnerada por un acto u omisión ilegal.
He dicho.
El señor MONTES ( Presidente ).-
Señores diputados, cito a los Comités a una reunión en la Sala de Lectura.
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán.
La señora GUZMÁN (doña Pía) .-
Señor Presidente , esta moción parlamentaria ingresó a tramitación legislativa en julio de 1990, cuando aún no se había dictado la ley de bases del Medio Ambiente.
Se podría entender que, una vez dictada dicha legislación medioambiental, perdería vigencia la reforma constitucional que analizamos; pero la verdad es que la mantiene absolutamente, ya que el procedimiento de la acción de protección o del recurso de protección, como se le conoce habitualmente, que es más rápido y más eficaz para restablecer el imperio de una garantía individual que ha sido vulnerada, hace que sea conveniente reformarlo en los casos de defensa del medio ambiente.
En el texto actual de la Constitución hay una doble limitación respecto de la acción de protección del medio ambiente: por un lado, se exigen requisitos copulativos, es decir, que el acto sea arbitrario e ilegal; por otro lado, no puede impetrarse esta acción en caso de omisiones.
La Cámara aprobó esta moción que establece que los requisitos dejan de ser copulativos y que, por lo tanto, se podrá impetrar esta acción de protección cuando el acto sea arbitrario o ilegal.
¿Qué sucedió en el Senado? Aprobó la norma, pero con dos variantes: incorporó las omisiones y eliminó las arbitrariedades.
La verdad es que, al contrario de lo señalado por mi colega Alejandro Navarro , esto no se debió al “oscurantismo” de la Derecha, “aliada con algunas empresas que quieren limitar el recurso de protección en los casos en que se vulnere la garantía de vivir en un medio ambiente libre de contaminación”. Tengo aquí las actas de la Comisión de Constitución del Senado, en las que se puede comprobar que la indicación para eliminar la expresión “arbitraria” proviene del senador de su partido, don José Antonio Viera-Gallo , tendiente a exigir sólo que se trate de un acto ilegal para hacer procedente el recurso. Y fue el senador Fernández -¡fíjese colega Navarro !-, de aquellas “oscuras fuerzas de la Derecha”, quien señaló que, en todo caso, era importante incorporar las omisiones.
En cuanto a la arbitrariedad, el Senado tuvo presente la acepción del diccionario de la lengua española, de la Real Academia, en orden a que quiere decir “acto o proceder contrario a la justicia, a la razón o a las leyes, dictado sólo por la voluntad o el capricho”. Como lo hizo presente el diputado señor Zarko Luksic , tratándose de actos administrativos o, más aún, de particulares, resulta muy difícil que exista un acto arbitrario que no sea a la vez ilegal, específicamente en materias que en muchos casos son de derecho público.
Por lo tanto, la bancada de Renovación Nacional va a votar favorablemente la reforma del Senado, entendiendo que los requisitos se amplían respecto de la posibilidad de ejercer la acción de protección, porque ya no solamente es un acto, sino también va a ser una omisión y porque el término “ilegalidad” contempla la posibilidad de “arbitrariedad”, en la medida en que el sentido de esta última palabra en el lenguaje castellano también apunta a aquellos actos u omisiones contrarios a la justicia o a las leyes.
He dicho.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Girardi.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , estamos siendo testigos de una manera de entender el país, porque, al establecer que un acto tenía que ser arbitrario e ilegal, quienes elaboraron la actual Constitución Política de cierta manera expresaron su filosofía, que era la negación de los ciudadanos, porque allí se estableció un privilegio permanente para los poderosos, los grandes empresarios y la gran actividad económica y productiva, en desmedro de los ciudadanos comunes y corrientes.
Esa es la filosofía propia de quienes conciben y sitúan la propiedad privada en un rango, incluso, superior a la vida, a los seres humanos, a la dignidad, a la honestidad, al afecto y a cualquiera otra condición que puede regir a los seres humanos. Es una visión materialista.
Durante años hemos sido cómplices de esto, pero, lamentablemente, esta filosofía se expresa en forma cotidiana y, aunque aquí podemos modificar el instrumento, no vamos a cambiarla.
Algunos parlamentarios de la Derecha dicen que hay cierta transversalidad en esta materia. Es cierto; es así. Pero hoy estamos enfrentados a definir en qué tipo de sociedad queremos vivir: en aquella en que lo material, el mercado, lo individual, el tener, son mucho más importantes que los afectos, las relaciones de familia, la vida y la salud. Por lo tanto, ahora estamos enfrentados a modificar la materia en forma sistemática, pero no estructural y de fondo.
Esto me preocupa porque estamos viviendo el fin de un siglo, en que está en cuestión la vida humana y la de todas las especies vivas.
Normalmente, para una Cámara como ésta, los seres humanos son entes sistémicos, lo que quiere decir que no tienen jerarquía; o sea, aunque uno piense que el cerebro o el corazón son más importantes, basta que falle una parte pequeña, como la tiroides u otra glándula, para que todo el sistema colapse y se destruya. Al menos en el sistema biológico, no tiene jerarquía; pero el ser humano es parte de un sistema mayor: el de los seres vivos. Si seguimos viviendo con la pretensión de que los seres humanos son superiores a las otras especies y continuamos destruyéndolas sin entender que tenemos una función biológica y ecológica diferente, vamos a destruir la especie humana.
Estamos al borde del Apocalipsis y los temas fundamentales de diez años más van a ser la preservación de la biosfera y la salvación del planeta. Muchas veces se siente que nuestra sociedad avanza como un tren que cada vez va más rápido hacia un gran precipicio.
Lamentablemente, los seres humanos no se han dado cuenta de que están destruyendo su casa y que si bien se puede cambiar de país y de continente, no se puede cambiar de planeta. Así se deteriora la vida; si consideramos sólo un aspecto, el de la contaminación de gases, se está inviabilizando la vida del planeta.
Así, el planeta Tierra correrá un destino parecido al de Marte. Algunos científicos piensan que alguna vez éste fue como la Tierra y que se vio en una encrucijada que lo hizo llegar a un camino sin vida humana ni de ningún tipo.
Digo esto porque creo que los seres humanos tienen que ampliar su filosofía. No pueden seguir anteponiendo el interés privado o económico al de la especie humana y del resto de los seres vivos.
Me parece que en esta materia, si bien podemos tener un avance para que un acto no sea ilegal ni arbitrario, no es suficiente, y es vergonzoso que a la altura del año 2000 y con los problemas que estamos viviendo, tengamos algunos senadores serviles a los intereses económicos. Eso me parece vergonzoso y no me importa del partido que sea, Socialista o de la Derecha; algunos todavía tienen una visión miope, poco ética, poco comprometida con la vida; con una visión falsa de lo que es el interés económico. ¡Me avergüenzan algunos senadores de la Concertación! ¡Me avergüenzan algunos senadores del mundo derechista por su sistemática connivencia con los intereses económicos en desmedro de los ciudadanos!
Es un tema sobre el cual todos debemos reflexionar, en especial los ciudadanos que se ven engañados por gente que se dice progresista y después, al momento de legislar, consagra abusos que faltan a la ética, que generan situaciones antiéticas.
La diputada señora Pía Guzmán se equivoca. Es posible que se establezca que haya actos ilegales y no arbitrarios. De hecho, perdimos un recurso de protección contra la Central Renca, nueva fuente productora de ozono que se quería instalar en una ciudad saturada por ese elemento y que está 160 días sobre la norma máxima de ozono afectando la vida de muchas personas. Esta sola central va a producir el doble del ozono que el producido por todas sus fuentes fijas, es decir, tanto ozono como todas las industrias instaladas en Santiago, y los tribunales de justicia dijeron que ese acto era ilegal pero no arbitrario.
Por lo tanto, es muy importante incorporar también el criterio de la arbitrariedad, pero no con la conjunción “e”, sino con la conjunción “o”.
Hay muchas otras situaciones en que puede haber actos legales pero arbitrarios. El proyecto Trillium fue aprobado con todos los estudios e informes técnicos, que eran legales. Había oposición de la Conaf, del SAG, e incluso, el propio sistema de evaluación de impacto ambiental fue negativo y el proyecto igualmente se alegó. Se estableció que era legal, pero absolutamente arbitrario.
Debemos terminar con este tipo de situaciones, no solamente por una postura miope acerca de cómo Chile va a mejorar sus condiciones de desarrollo, sino porque ello hace que la Segunda Región tenga la tasa de cáncer por arsénico más alta del planeta o que la Sexta Región tenga la tasa de malformaciones congénitas más alta del planeta, producto de los plaguicidas.
Chile necesita exportar medio ambiente si quiere seguir exportando frutas, salmones o cobre. Chile va a pedir una demanda de los consumidores verdes. Esa puede ser una razón. Pero me parece que la razón más profunda es que Chile debe tener una ética común, principios comunes absolutamente comprometidos con la vida, con la diversidad, con los seres humanos, con el bien común; no como hacen algunos senadores -lamentablemente, también de este sector- y bancadas políticas que transan esos valores por migajas, por servilismo, por los intereses económicos del país, de quienes siempre han mandado, legislado y defendido su destino.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Francisco Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA .-
Señor Presidente , he escuchado detenidamente las intervenciones del diputado señor Luksic y de la diputada señora Pía Guzmán en cuanto al análisis constitucional de esta reforma. Comparto el objetivo de la moción presentada -tengo entendido- por el colega Jeame Barrueto y otros señores diputados, pero la propuesta del Senado me crea un mundo de confusiones desde el punto de vista constitucional, porque, no obstante haber escuchado opiniones versadas de dos miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, no me convencen sus argumentos y creo que la referida propuesta deslegitima totalmente el sentido de la moción.
La regla general en materia de recurso de protección es que cualquier ciudadano puede recurrir por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales. O sea, hay aquí una cuestión alternativa, no copulativa. Sin embargo, en materia ambiental, la actual Constitución exige la concurrencia de un acto arbitrario e ilegal. Es decir, cambia absolutamente la regla que establece para el conjunto de los derechos ciudadanos. Y acá, en cambio, exige que el acto no tan sólo sea arbitrario sino que, además, ilegal.
La finalidad de la moción era establecer la regla general para todo el artículo 20, de manera que se pudiera recurrir de protección tanto por actos arbitrarios como por ilegales. Sin embargo, el Senado habla de un acto u omisión ilegal.
Me surge una interrogante, que planteo a los diputados. Me gustaría que alguien pudiera darme un ejemplo de una omisión ilegal. Es probable que exista una omisión legal, o sea, cuando no se aplique una ley, cuando deje de cumplirse; pero no me imagino que pudiéramos hablar de una omisión ilegal como sugiere el Senado. Me parece que no es claro ese concepto en la Constitución.
Por otro lado, creo que un acto puede ser perfectamente arbitrario y no necesariamente ilegal. Esa es la regla que establece el propio artículo 20 y que no está siendo modificada.
Incluso, en esta materia de medio ambiente el acto puede ser imputable no sólo a la autoridad, sino que a cualquier persona, a cualquier particular. Lo más probable es que un acto administrativo pudiera contener una ilegalidad; pero, probablemente, el acto de un particular sea perfectamente legal pero arbitrario; o sea, contrario a la razón, a fundamentos racionales, lógicos.
Entonces, digo, francamente, que voy a rechazar los términos de la propuesta del Senado, porque me parece que introduce factores absolutamente distorsionadores del sentido de interpretación del artículo 20, tanto en su inciso primero como en el segundo.
Ahora, para poder arreglar este tema, como no hay Comisión Mixta, propongo que el proyecto se remita a la Comisión de Constitución para que, con toda calma, lo estudie, haga un buen informe y vea si tenemos razón o no respecto de estas dudas constitucionales. De otra manera, llamo a mis colegas a, simplemente, rechazar la propuesta del Senado, porque -repito- distorsiona absolutamente el sentido de la moción parlamentaria.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).-
Ha terminado el tiempo del Orden del Día.
Están inscritos los diputados señores Gutenberg Martínez, Alejandro Navarro, en su segundo discurso; Francisco Bartolucci y
Víctor Jeame Barrueto. Los Comités acordaron, por unanimidad, votar la próxima semana esta reforma constitucional.
Si le parece a la Sala, continuaríamos el martes próximo con la discusión del proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Gutenberg Martínez.
El señor MARTÍNEZ (don Gutenberg).-
Señor Presidente , ¿no sería posible asumir la propuesta del colega Huenchumilla y enviar el proyecto a la Comisión de Constitución y colocarlo en tabla el 9 ó 16 del presente?
El señor MONTES ( Presidente ).-
Bastaría la mayoría de la Sala para tomar una decisión de esa naturaleza.
¿Habría acuerdo en que el proyecto vaya a la Comisión de Constitución para que emita informe en el sentido planteado por el diputado señor Francisco Huenchumilla?
Acordado.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
REFORMA SOBRE PROVISIÓN DE VACANCIA DE SENADORES Y DIPUTADOS. (Continuación).
El señor MONTES (Presidente).-
Corresponde tratar los proyectos de acuerdo.
El señor Prosecretario va a dar lectura al primero.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 113 del Reglamento, corresponde poner en votación, por última vez, el proyecto de acuerdo Nº 312, relativo a la reforma constitucional para proveer la vacancia de senadores y diputados.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).- En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA PLAZO A DEUDORES DE EX CORA.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 314, de los diputados señores Correa, Pérez, don Víctor; Masferrer, diputada señora María Victoria Ovalle, y diputados señores Gutiérrez, Monge, Prokurica, Palma, don Osvaldo; Ojeda y Velasco.
“Considerando que:
1. La ley Nº 19.352, publicada en el diario oficial del 24 de noviembre de 1994, y la ley Nº 19.508, publicada en el diario oficial del 19 de agosto de 1997, otorgaron el beneficio de la condonación total de la deuda ex Cora a quienes al 31 de diciembre de 1992, fueran propietarios de no más de dos bienes raíces, derivados del proceso de reforma agraria, sin considerar su casa propia, así fueran éstos predios, parcelas o sitios.
2. La ley Nº 19.508 estableció un plazo que venció el 19 de agosto de 1999.
Las personas que podían presentar una solicitud al Servicio de Tesorería en conformidad a las normas del reglamento de la ley, contenidas en el D.S. Nº 4, de enero de 1995, y acreditar los requisitos legales, entre los cuales figura el siguiente: “Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y previsionales”.
3. Lo anterior implica que el agricultor debía acreditar al momento de presentar su solicitud que se encontraba al día en el pago de las contribuciones a los bienes raíces (impuesto territorial), no registrar pagos pendientes de IVA, ni de impuesto a la renta.
La grave crisis agrícola de los últimos años, sumada a los problemas de sequía, ha impedido a muchos agricultores estar al día en sus impuestos de bienes raíces, IVA y renta, lo cual les ha significado en la práctica que no pudieron acogerse a los beneficios de la condonación de la deuda ex Cora.
4. La presente temporada agrícola se presenta más auspiciosa en múltiples aspectos, entre ellos destaca la superación del problema de la escasez de agua; ello hace prever resultados más favorables a los agricultores que les permitirán ponerse al día con sus deudas tributarias.
Por las razones antes expuestas, venimos en presentar el siguiente
Proyecto de acuerdo:
Solicitar a su Excelencia el Presidente de la República , la dictación de una nueva ley que prorrogue el plazo de los deudores ex Cora, por un año a partir del vencimiento de la ley Nº 19.508, esto es, hasta el 19 de agosto del 2000”.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Correa.
El señor CORREA .-
Señor Presidente , la ley Nº 19.352, publicada en el Diario Oficial del 24 de noviembre de 1994, y la ley Nº 19.508, publicada en el Diario Oficial el 19 de agosto de 1997, otorgaron el beneficio de la condonación total de la deuda ex Cora a quienes, al 31 de diciembre de 1992, fueran propietarios de no más de dos bienes raíces, derivados del proceso de reforma agraria, sin considerar su casa propia, así fueran éstos predios, parcelas o sitios.
La ley Nº 19.508 estableció un plazo que venció el 19 de agosto de 1999 y exigía el requisito de estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y previsionales.
Lo anterior implica que el agricultor debía acreditar, al momento de presentar su solicitud, que se encontraba al día en el pago de las contribuciones de los bienes raíces (impuesto territorial), no registrar pagos pendientes de IVA ni de impuesto a la renta.
La grave crisis agrícola de los últimos tiempos, sumada a los problemas derivados de la sequía de los años anteriores, ha impedido a muchos agricultores estar al día en dichos impuestos y acogerse a los beneficios de la condonación de la deuda ex Cora.
Por eso, el proyecto de acuerdo solicita la dictación de una nueva ley que prorrogue por un año más la vigencia de la ley Nº 19.508, a fin de que se acojan a ella los deudores que no pudieron hacerlo en su oportunidad, sobre todo ahora que se ha reactivado la agricultura debido a la mejoría de las condiciones climáticas.
He dicho.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor
-Se abstuvieron las diputadas señoras:
ELIMINACIÓN DE DESCUENTO ADICIONAL A PENSIONADOS.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 315, de los diputados señores Cornejo, don Aldo; Krauss, Riveros, Mulet, Salas y Ortiz.
“Considerando:
Que en diversas oportunidades la honorable Cámara de Diputados y el honorable Senado han representado al Poder Ejecutivo la irregular situación que afecta a un número relativamente importante de trabajadores pasivos que perciben pensiones originadas en las antiguas instituciones previsionales fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social, beneficios que se encuentran afectos al descuento adicional que, en conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 18.754, financia el fondo de pensiones con el excedente de la cotización uniforme del 7% contemplado originalmente para el régimen de prestaciones de salud.
Que esta materia ha sido una demanda constante de los pensionados afectados que, con razón, han reclamado que la eliminación de este descuento no haya tenido aplicación respecto de un sector constituido esencialmente por trabajadores que desarrollaron su vida laboral en el servicio de la administración fiscal y municipal, lo que constituye una discriminación que violenta principios básicos de nuestra institucionalidad.
Que, según información proporcionada por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia en diciembre de 1998, los pensionados a quienes afecta este trato que los diferencia negativamente, corresponden a los imponentes de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, de la ex Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Valparaíso, de la ex Caja de Previsión de los Empleados y Obreros de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias y de la ex Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado.
Que la eliminación del descuento adicional para los pensionados de la ex Caja de Previsión constituye un compromiso asumido por su Excelencia el Presidente de la República que, hasta ahora, no se ha materializado en la iniciativa legal correspondiente que la Subsecretaría de Previsión Social del Ministerio del Trabajo ha estudiado suficientemente.
La honorable Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar de su Excelencia el Presidente de la República , por intermedio del señor ministro del Trabajo y Previsión Social, el urgente envío de un proyecto de ley que elimine el descuento adicional establecido en la ley Nº 18.754 respecto de los pensionados de todas las instituciones de previsión social a los que en la actualidad aún se les aplica”.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Para argumentar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Aldo Cornejo.
El señor CORNEJO (don Aldo).-
Señor Presidente , como se señala en los considerandos del proyecto de acuerdo, no es primera vez que la Cámara de Diputados solicita al Ejecutivo el envío de un proyecto de ley de esta naturaleza que, como todos sabemos, es de su exclusiva competencia.
Su sentido es terminar con una situación discriminatoria. Según las disposiciones de la ley Nº 18.754, de 1988, se efectúan diversos descuentos a un universo aproximado de doscientas mil personas, acogidas a jubilación, imponentes de Cajas del antiguo sistema, hoy fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social.
Los descuentos varían entre el 2, 3 ó 4 por ciento -reitero-, a personas jubiladas, a pesar de que no existe razón alguna para continuar con esa práctica, pues las jubilaciones son relativamente exiguas.
Consideramos discriminatorio que sólo a un universo de doscientas mil personas se le siga efectuando este descuento, pese a los reiterados proyectos de acuerdo aprobados por la Cámara sobre la materia y remitidos al Presidente de la República y autoridades del Ministerio de Hacienda.
Insisto, se trata de una situación de justicia. Es una exageración el descuento adicional de 2, 3 ó 4 por ciento a las pensiones exiguas.
Por ello, solicitamos que, una vez más, se oficie al Ejecutivo a fin de que envíe, con la mayor urgencia posible, un proyecto de ley que haga justicia y termine con la discriminación que afecta por lo menos a doscientas mil personas.
He dicho
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , en el proyecto de acuerdo se reitera una solicitud que diversos parlamentarios hemos planteado en relación con los jubilados, la mayoría adultos mayores, que son afectados por el descuento del 7 por ciento de sus pensiones, en circunstancias que impusieron durante toda una vida.
En reiteradas oportunidades, hemos hecho los requerimientos del caso y no entendemos cómo todavía el Presidente Frei no los ha acogido.
Por eso, los diputados de Renovación Nacional apoyaremos el proyecto de acuerdo, de modo que los jubilados no vean mermadas sus exiguas pensiones.
He dicho.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Para hablar en contra, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto de acuerdo.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
FACULTADES A COMISIÓN DE HACIENDA PARA INVESTIGAR FUSIÓN BANCARIA.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario leerá el proyecto de acuerdo siguiente.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Número 316, de los señores Lorenzini, Jiménez, Arratia, Olivares, Mora, Mulet y Hernández.
“Considerando que:
1. Se han dado a conocer tanto a la opinión pública como a las Comisiones de Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados importantes antecedentes en relación con las operaciones realizadas por el Banco Santander Central Hispano.
2. La sociedad chilena Quiñenco S.A. vendió acciones al grupo Banco Santander Central Hispano, entidad que es producto de la fusión de dos importantes bancos hispanos, como es el caso del Banco Santander y del Central Hispano.
3. Por razones de índole particular la fusión efectuada en España hizo imposible que continuara una sociedad entre Quiñenco S.A. y el Banco Central Hispano, empresas que en sociedad eran propietarias de la sociedad a su vez controladora del 43% del Banco Santiago.
4. En un verdadero efecto cascada, una fusión efectuada en España provocó que operara una fórmula de liquidación de los negocios entre una sociedad chilena y otra española. Sin embargo, para que Quiñenco S.A. pudiese vender al Banco Santander Central Hispano el 21,5% que poseía en la Sociedad denominada “Oh Ch S.A.”, era necesario que la Superintendencia de Bancos diera curso a dicha venta a favor del banco español fusionado, situación que lo obligaba a considerar no sólo los aspectos de la ley general de Bancos, sino la totalidad del ordenamiento jurídico nacional.
5. Se dio curso a la operación, siendo consultado el Banco Central de Chile, organismo que opinó que se podría autorizar la venta sólo en la medida en que los Bancos Santander y Santiago no se fusionaran, pretensión cuya impracticabilidad era posible haber sido prevista por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, por cuanto para los efectos de concentración de decisiones en el ámbito bancario no se requería para nada una fusión, sino que bastaba la decisión y el manejo desde una sola fuente de poder económico.
6. Los organismos antimonopólicos de nuestro país tienen competencias en relación con operaciones que afectan o pudieren afectar la concentración de mercado o abusos de posición dominante.
7. La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras debió poner en conocimiento de dichas entidades antimonopólicas una operación que, si bien no estaba afecta a una reglamentación específica de carácter bancario, sí influía en la concentración del mercado bancario.
Sobre la base de las consideraciones precedentes, sometemos a la consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente
Proyecto de acuerdo:
Solicitar a la honorable Cámara de Diputados que, de conformidad al artículo 297 del Reglamento de la Corporación, la Comisión de Hacienda se constituya en Comisión investigadora que, en el plazo de sesenta días, se aboque a precisar la legalidad de las operaciones indicadas en los considerandos anteriores, la cual deberá, entre otros aspectos:
1. Aclarar bajo qué circunstancias y bajo el conocimiento de qué autoridades del Estado se dio curso a la venta de acciones desde Quiñenco S.A. al Banco Español por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
2. Determinar las razones de la autoridad para no exigir el pronunciamiento contemplado en la ley que regula las funciones del órgano antimonopolios y por qué razón se consultó al Banco Central y no a otras entidades públicas competentes.
3. Reunir antecedentes para determinar con absoluta precisión si la Superintendencia de Bancos hizo exigencias de desconcentración, indicándose en su caso bajo qué atribuciones las hizo y qué significan ellas efectivamente”.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor, tiene la palabra el diputado señor Mora.
El señor MORA .-
Señor Presidente , la materia de que trata el proyecto de acuerdo ha sido bastante difundida en los medios de comunicación, y sus fundamentos y la petición ahorran cualquier tipo de comentario, por lo que llamo a la Sala a votarlo a favor, a fin de que la Comisión de Hacienda, como investigadora, la aclare a fondo.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Para hablar en contra, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto de acuerdo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
No ha habido quórum. Se va a repetir la votación.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Aprobado el proyecto de acuerdo.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votó por la negativa el diputado señor p
-Se abstuvo el diputado señor
PARTICIPACIÓN DE PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE ORDEN EN MANIFESTACIONES PÚBLICAS.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al proyecto de acuerdo siguiente.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Número 317, de los señores Naranjo, Leal, Ascencio, Jocelyn-Holt y Andrés Palma.
“Considerando:
1. Que la opinión pública ha tomado conocimiento con estupor de la detención por Carabineros de 4 oficiales del Ejército en los desórdenes callejeros que se produjeron el sábado 16 de octubre en las cercanías de la Embajada de España.
2. Que la detención de estos oficiales hace suponer la participación en estas manifestaciones de más oficiales, tanto del Ejército como de otras ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden, los cuales no fueron detenidos o detectados.
3. Que la participación de oficiales en actos políticos, como en aquellos que alteren el orden público, se encuentra prohibida expresamente.
4. Que el propio comandante en jefe del Ejército, general Ricardo Izurieta, envió con fecha 19 de marzo de 1999 un comunicado a todas las unidades de su institución, en el cual se señalaba al personal la necesidad “de abstenerse de participar en manifestaciones públicas y políticas”.
5. Que esta disposición, establecida en el Reglamento de Disciplina de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden, fue posteriormente refrendada con la Contraloría General de la República, la cual, aduciendo el Decreto Nº 1.445, de la Subsecretaría de Guerra, del Ministerio de Defensa, señaló “que el militar no debe mezclarse en política. Se le prohíbe pertenecer a asociaciones de carácter político y concurrir a actos de esta índole”.
6. Que, por tanto, la actuación probada de estos 4 oficiales, como asimismo la probable participación de otros integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden en manifestaciones como la realizada el sábado 16 de octubre en las inmediaciones de las embajadas de España e Inglaterra constituyen una grave falta a la disciplina y un acto de carácter deliberante.
7. Que en el caso de los 4 oficiales detenidos por Carabineros, resultan inaceptables las informaciones de que el Ejército no tomaría medida alguna, ya que éstos no habrían participado en una manifestación de carácter político, sino en una de apoyo al general (R) Augusto Pinochet.
8. Que si estas acciones no son controladas de inmediato, pueden generar peligrosos precedentes y llevar a una mayor deliberación y participación del personal -oficiales, suboficiales- de las Fuerzas Armadas y de Orden en manifestaciones públicas y políticas.
9. Que los diputados tenemos el deber de velar por que los preceptos establecidos en la Constitución de la República y en las leyes sean plenamente respetados.
10. Que, por lo anteriormente expuesto, los diputados firmantes solicitamos a la honorable Cámara de Diputados que apruebe el siguiente proyecto de acuerdo:
La honorable Cámara de Diputados solicita al ministro de Defensa , señor Edmundo Pérez Yoma, que realice una investigación acerca de la participación de personal -oficiales y suboficiales- de las Fuerzas Armadas y de Orden en manifestaciones públicas y políticas, como la realizada el sábado 16 de octubre en las inmediaciones de la embajada de España”.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor, tiene la palabra el diputado señor Jaime Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, si bien ha transcurrido algún tiempo y, según se ha señalado, hay una investigación en curso sobre las manifestaciones públicas en las inmediaciones de la embajada de España, de todas maneras parece pertinente y prudente que la Cámara solicite los antecedentes respectivos al ministro de Defensa Nacional y, aún más, conozca los hechos.
Dado que el proyecto de acuerdo tiene absoluta vigencia, solicito que la Cámara lo apruebe.
He dicho.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio.
El señor ASCENCIO.-
Señor Presidente , solicito que se apruebe el proyecto de acuerdo, en primer lugar, porque los hechos son graves. Todos sabemos que había personal del Ejército, de civil, en un acto político. Además, al parecer, existía autorización para que pudiera participar.
Si ayer fueron cuatro, mañana podrían ser quinientos los miembros de la Escuela Militar que, de civil, participaran en un acto político.
En términos concretos, no se conoce con claridad lo que realmente ha ocurrido. Sólo se sabe de solicitudes de informes que el ministro de Defensa ha hecho al Ejército; pero no ha habido una investigación como la que se pide en el proyecto de acuerdo: que derechamente el Ministerio de Defensa realice una investigación y determine qué ocurrió, cuántas fueron las personas involucradas, si hubo transgresión a los reglamentos de disciplina de los institutos armados, si existió autorización para participar en el acto.
Quienes creemos y confiamos en la democracia, necesitamos claridad en relación con esta situación. No es posible que nos hagamos los lesos y eludamos el problema porque alguien puede decir que hostigamos al Ejército. No se trata de un acto de hostigamiento al Ejército o a las Fuerzas Armadas, sino del cumplimiento de nuestro deber de preservar el régimen democrático y evitar que se repitan hechos de esta naturaleza, porque son graves.
He dicho.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Para hablar en contra, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el proyecto de acuerdo.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Se repite la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se llamará por cinco minutos a los señores diputados.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Se repite la votación.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
VII. INCIDENTES
SOLIDARIDAD CON DIPUTADAS AGREDIDAS EN IQUIQUE.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el primer turno de Incidentes, correspondiente al Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Francisco Huenchumilla .
El señor HUENCHUMILLA .-
Señor Presidente , deseo intervenir en esta oportunidad para manifestar, en nombre de la bancada del Partido Demócrata Cristiano, nuestra solidaridad más absoluta con nuestra estimada y querida diputada, camarada Antonella Sciaraffia , por la cobarde agresión de que fue víctima en Iquique por funcionarios de la municipalidad de dicha ciudad. Hacemos extensiva nuestra solidaridad a la diputada señora Rosa González , quien también fue objeto de esta agresión en esa misma ocasión.
Rechazamos absolutamente la metodología que pretende intimidar el curso de una investigación parlamentaria respecto de supuestas irregularidades cometidas en Iquique en relación con la construcción de un conjunto habitacional.
Pensamos que a lo mejor es hora de reponer en el tapete de la discusión en nuestra Cámara el tema de la fiscalización de los alcaldes y de las municipalidades. Ello, porque frente a estos actos cabe preguntarse ante quién responde, desde el punto de vista administrativo y político, una municipalidad que se ve envuelta en este tipo de actos execrables.
Hemos dado atribuciones a los alcaldes y facultades a las municipalidades porque creemos en la descentralización; pero nadie en nuestro país puede estar exento de una fiscalización a fondo, facultad de la cual, lamentablemente, carece la Cámara de Diputados respecto de dichos entes públicos.
Por lo tanto, nuestra bancada va a patrocinar una querella para ser presentada en Iquique, y a contratar los servicios de un abogado para que estudie minuciosamente los términos jurídicos en que la plantearemos a fin de encuadrar los hechos que repudiamos. Como jefe de bancada y abogado patrocinaré personalmente la querella. Pido a nuestros abogados que nos acompañen en esta presentación.
Además, concurriremos a la corte de apelaciones de Iquique, acompañando a nuestra camarada, para dar un testimonio a la ciudadanía iquiqueña y al país en general, de que Antonella Sciaraffia no está sola; está con su partido y con sus camaradas diputados.
Vamos a pedir las más drásticas sanciones para los cobardes que atentaron en su contra.
He dicho.
(Aplausos).
EXIGENCIA A PACIENTE DE HOSPITAL “SÓTERO DEL RÍO”. Oficio.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés) .-
Señor Presidente , quiero referirme a un tema vinculado al distrito que represento en esta Corporación -Macul, San Joaquín y La Granja-: al funcionamiento del hospital Sótero del Río que, aunque está situado en Puente Alto, atiende principalmente a los habitantes de La Granja.
Hace algunos días, el Congreso Nacional, al aprobar modificaciones a la ley Fonasa, eliminó el cheque en garantía. Aun cuando esta normativa todavía no adquiere carácter legal, uno debería esperar que los facultativos y las autoridades de los servicios de salud y de los hospitales comenzaran a actuar un poco más en concordancia con ella.
Este fin de semana, sin embargo, la familia de la señora Leonor Núñez Rojas , quien fue operada en el Sótero del Río y sufrió un agravamiento de su salud, debido a una septicemia que se le produjo con posterioridad a la operación -aunque en estos momentos ha mejorado bastante-, fue prácticamente forzada por el médico de turno de la unidad de tratamiento intensivo a comprar un medicamento.
Se trata de una persona jubilada y beneficiaria de Fonasa; es decir, cumple todos los requisitos para ser atendida regularmente en un hospital. Sin embargo, en vez de tratar el agravamiento de su salud -producto de la atención que recibió en el hospital- con medicamentos que el propio establecimiento debe proveer, se exige a su familia que lo compre en el mercado, lo cual no le resulta barato, pues le significa gastar diariamente la suma de 61.050 pesos.
Esta es otra manera de elevar los costos y deteriorar la atención de salud de la gente. El medicamento se llama Tienam, de 500 miligramos, y en la Región Metropolitana se encuentra sólo en una farmacia -puede que exista otra farmacia que lo venda, pero es muy difícil de hallar-, lo cual aumenta en $ 61.050 diarios de cargo adicional el costo asistencial de la enfermedad. El hospital disponía de otros medicamentos que producían los mismos efectos. Incluso, hoy en la mañana hablé con el subdirector médi-co del hospital e inmediatamente se le modificó el tratamiento con medicamentos que estaban disponibles en el recinto, sin afectar las condiciones de salud de la paciente.
La situación generada por la actitud del médico de la UTI del hospital Sótero del Río, de imponerle a la paciente la adquisición de un medicamento que tenía sustituto, debe ser estudiada por las autoridades de salud.
En consecuencia, solicito que se oficie al ministro de Salud , a fin de iniciar la investigación correspondiente sobre este caso y otros de similares características que pudieran ocurrir en diversos hospitales, ya que no es lícito ni aconsejable que los médicos recomienden un determinado medicamento, forzando a los familiares del paciente a adquirirlo fuera del recinto hospitalario.
Se ha intentado, en muchos casos con bastante éxito, que la atención en los hospitales sea integral. Se ha incrementado enormemente la dotación de recursos para la adquisición de medicamentos. En consecuencia, no parece razonable el comportamiento del médico de turno de la unidad de cuidados intensivos del hospital Sótero del Río.
Por esta razón, solicito dar a conocer esta situación al ministro de Salud , a fin de que, a su vez, recabe al Servicio de Salud Sur Oriente o al hospital Sótero del Río los antecedentes relativos a esta situación. Al mismo tiempo, que instruya a los distintos hospitales del país, en orden a que los médicos tratantes, especialmente en la unidad de tratamientos intensivos, utilicen, en situaciones de urgencia, los medicamentos disponibles en los establecimientos hospitalarios en lugar de exigir a los pacientes la adquisición de éstos en el comercio.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Velasco, Palma, don Joaquín ; Krauss , Villouta , Ortiz , Letelier, don Felipe ; Urrutia , León y Acuña.
INSTITUCIÓN DEL “DÍA DEL NIÑO CONCEBIDO Y AÚN NO NACIDO”. Oficio.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Krauss.
El señor KRAUSS.-
Señor Presidente , en la sesión ordinaria del 11 de mayo pasado, tuvimos ocasión de referirnos a un hecho que desde nuestro punto de vista tiene un profundo significado ético.
Desde hace algún tiempo, a lo largo del mundo se ha promovido una campaña tendiente a establecer el día 25 de marzo como la fecha encargada de remarcar los derechos del niño concebido y no nacido. Es un movimiento surgido en el ámbito cercano a la Iglesia Católica, pero que ha obtenido el respaldo y la comprensión de muchos sectores que no tienen un carácter religioso. Con esta fecha simbólica se trata de remarcar la importancia de reconocer los derechos de quien, estando concebido desde el punto de vista físico, todavía no ha tenido acceso a la vida.
La concepción moderna, desde el punto de vista jurídico, bioético y de la connotación ética genérica, concibe que los derechos del niño surgen desde el momento mismo de su gestación. Normas específicas del derecho positivo existen de alguna manera en nuestra propia institucionalidad. De allí que marcar la fecha mencionada con esta significación tiene el sentido que se indica.
El proyecto de acuerdo fue aprobado por el Comité de la Democracia Cristiana, con la participación de otros señores diputados. Una semana más tarde el Senado se pronunció en el mismo sentido. Esta solicitud, aún no acogida, debe traducirse en un simple acto administrativo, con el cual no se está haciendo una manifestación de orden religioso, sino un reconocimiento a la dignidad humana, asignándola desde el principio mismo de su existencia.
Por tal motivo y en razón de que existe una aspiración que se ha manifestado en una presentación hecha directamente al Presidente de la República , solicito reiterar dicho oficio, a fin de que, dentro de sus facultades constitucionales, dicte el acto administrativo pertinente, tendiente a establecer el 25 de marzo de cada año como el día del niño concebido y aún no nacido.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Velasco , Reyes , Palma, don Joaquín ; Ortiz , Letelier, don Felipe ; Urrutia y Acuña .
RECONOCIMIENTO A MINISTRO DE SALUD POR ENTREGA DE AMBULANCIA PARA CONSULTORIO LA LEONERA, DE CHIGUAYANTE.
El señor ACUÑA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , siento un gran orgullo de representar por casi diez años a Concepción, Chiguayante y San Pedro de la Paz.
En hora de Incidentes hemos formulado muchas solicitudes que han tenido aceptación en diferentes ministerios.
En primer lugar, quiero hacer un reconocimiento muy especial al doctor Álex Figueroa Muñoz , ministro de Salud , por haber accedido a mi solicitud de despachar una ambulancia para el consultorio La Leonera, de Chiguayante, el cual fue inaugurado hace unos treinta días, acto que contó con la presencia del Presidente de la República y del ministro de Salud .
LICITACIÓN PARA OBRAS VIALES EN OCTAVA REGIÓN. Oficios.
El señor ORTIZ.-
En segundo lugar, los chiguayantinos han podido sopesar que la creación de las comunas de Chiguayante y de San Pedro de la Paz les ha significado un mejor nivel y calidad de vida.
Por eso, el gran tema de este instante es la unión de Concepción con Chiguayante, porque la actual línea vial que existe entre esas dos ciudades no da abasto para el parque automotor existente para los casi 75 mil habitantes de Chiguayante.
Afortunadamente, el Ministerio de Obras Públicas nos ha dado la feliz noticia de que va a llamar a licitación la futura costanera del puente viejo de Concepción sobre el río Biobío hasta Chiguayante, lo que no significará peaje alguno para las personas, porque se hará en función de la recuperación de trescientas hectáreas a lo largo y ancho de esas dos ciudades.
Prácticamente se está poniendo término a los estudios de ingeniería y de medio ambiente del gran eje O’Higgins-Manuel Rodríguez , en Chiguayante. El Presidente de la República asumió un compromiso cuando inauguró el consultorio La Leonera. Reconozco públicamente que el ministro de Vivienda y Urbanismo, señor Sergio Henríquez , se comprometió a destinar 3 mil millones de pesos -equivalente a un tercio del costo total de la obra- para el presente año, pero, lamentablemente, los estudios de ingeniería se atrasaron.
Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Vivienda -ya sostuve con él las conversaciones del caso, pero lo escrito queda y las palabras se las lleva el viento-, a fin de que, una vez terminados los estudios de ingeniería, se prioricen en el Presupuesto del año 2000 -precisamente, hoy en la tarde debemos preparar el informe para someterlo a la consideración de la Sala- los recursos para la construcción del eje O’Higgins-Manuel Rodríguez.
Esa es mi solicitud, porque los chiguayantinos y penquistas creemos que es algo justo y constituiría un gran reconocimiento a esa pujante comuna.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Velasco , Felipe Letelier , Urrutia y del que habla.
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
RECONOCIMIENTO A DE LA CONCERTACIÓN POR OBRAS REALIZADAS EN DISTRITO 42, DE LA PROVINCIA DE ÑUBLE.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier
El señor LETELIER (don Felipe).-
He querido intervenir en esta hora de Incidentes para referirme a las obras realizadas en el distrito Nº 42, que represento en la Cámara, el cual comprende 15 comunas rurales. Alguien podría preguntarse cómo es posible que un parlamentario represente a 15 comunas rurales separadas unas de otras por grandes distancias. Obviamente, la distribución de los distritos se realizó con un criterio político. Por lo demás, nuestro sistema electoral es injusto, porque para que los parlamentarios de la Concertación pudiéramos llegar a esta Corporación fue necesario que obtuviéramos el doble de los votos de los candidatos de la Oposición. No todos los chilenos saben eso.Por otra parte, algunos distritos hacen muy complicada nuestra labor, porque -digamos las cosas por su nombre- no todos sus habitantes conocen el verdadero rol que debemos cumplir los legisladores y, muchas veces, lo confunden con el de los alcaldes, concejales o intendentes.En esta oportunidad, quiero hacer un público reconocimiento a la gran labor realizada por los gobiernos de la Concertación, en particular, en la provincia de Ñuble, del distrito Nº 42, que represento en esta Corporación. Nunca antes en la historia de Chile se había entregado tanto apoyo a esas zonas rurales mediante la construcción de caminos que permitirán a sus habitantes no sólo transitar por ellos con dignidad -algo fundamental-, sino también transportar sus productos. Además, por primera vez los sectores pudientes -las empresas forestales y los grandes latifundistas que existen en Ñuble-, disponen de caminos para trasladar su producción, cosa que antes no ocurría.Además, cuando llegamos al gobierno, en 1990, en la provincia de Ñuble la electrificación rural no sobrepasaba el 35 por ciento. Hoy está por sobre el 88 por ciento. No voy a hablar de las escuelas construidas, y en cuanto a caminos, sólo daré un ejemplo: en 1992, durante los inviernos no era posible llegar a la comuna de San Fabián de Alico. En la actualidad, el camino llega casi a la frontera con Argentina, gracias a que hemos invertido muchos recursos en caminos y puentes.Digo esto, porque en época de elecciones llueven los “ofertones” hechos en forma irresponsable.
El señor ACUÑA ( Vicepresidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado .
El señor LETELIER (don Felipe).-
He dicho.
REINSTALACIÓN DE ESTATUA DE CRISTO DE LA PAZ EN EL MORRO DE ARICA. Oficio.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, por tres minutos, el honorable diputado señor Salvador Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente , sólo para pedir que se oficie a su Excelencia el Presidente de la República a fin de que se adopten todas las providencias del caso y se hagan los preparativos técnicos necesarios, con el objeto de que la estatua del Cristo de la Paz, que se encuentra boca abajo en un regimiento de Arica, sea levantada e instalada en El Morro antes de la Navidad de este año, dado que está a punto de firmarse la negociación final con Perú.
Asimismo, es necesario que se destinen los recursos pertinentes y que su Excelencia el Presidente de la República instruya a los ministros respectivos, a fin de que todo el proceso de reparación, preparación y levantamiento de la estatua se lleve a cabo dentro del plazo mencionado. Sería muy importante para Arica que, en la Navidad de este año, la estatua se encontrara enhiesta, erigida en El Morro.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los honorables diputados señores Felipe Letelier , Acuña y Velasco .
JORNADA TEMATICA SOBRE TELECOMUNICACIONES.Oficios.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra, por dos minutos y medio, el honorable diputado señor Sergio Velasco .
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, agradezco la buena voluntad y la generosidad de los colegas del Partido por la Democracia, que me han concedido estos minutos.
Dado lo escaso del tiempo, sólo quiero solicitar que, en nombre de la Cámara, se envíe un oficio de agradecimiento y felicitación a los ministros de Educación , Mideplan, Transportes y Telecomunicaciones y de Salud; al comandante en jefe de la Fach y al director y al presidente de Conicyt -pro-yecto Explora-, por su generosa participación en la jornada temática organizada por la Comisión de Ciencias y Tecnología, la cual contribuyó a crear un ambiente realmente espectacular en nuestra Corporación.
Durante el desarrollo de dicha jornada se realizó, por primera vez en Chile, una conferencia de telemedicina desde el nuevo hospital San José -inaugurado hace poco por su Excelencia el Presidente de la República -, a través del canal de televisión de nuestra Corporación, para todo Chile. Asimismo, se realizó una conexión, mediante el proyecto Enlace de internet, de la Cámara con isla de Pascua. Por último, la excelente conferencia ofrecida por el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, sobre todo lo relacionado con el comercio electrónico.
Por eso, la oportunidad que nos brindó la Cámara de reunir a científicos y técnicos en telecomunicaciones para el siglo XXI, sin duda, constituye un hecho que enaltece la actividad desarrollada por los funcionarios de la Corporación y de la Comisión de Ciencias y Tecnología, y por los representantes de los diversos ministerios que participaron en el evento con excelentes stands. Asimismo, hay que destacar la asistencia del público y de estudiantes de la Quinta Región y de todo el país.
Por último, cabe señalar que debido a los grandes avances que hoy estamos viviendo y al tremendo desarrollo que Chile y el mundo están experimentando, la Cámara debe adoptar una actitud mucho más positiva para que la ciencia y la tecnología sean parte del desarrollo productivo nacional.
Junto con agradecer la gentileza del Comité del Partido por la Democracia, reitero mi petición de enviar oficios de felicitación a todos los participantes en la jornada temática mencionada.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
REPOSICIÓN DE LICEO EN COMUNA DE SANTA JUANA. Oficio.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra, hasta por cinco minutos y medio, el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , pido que se oficie, en mi nombre, al ministro de Educación , a fin de que informe, de manera detallada, cuál es la disponibilidad de recursos para la reposición del liceo Nueva Zelanda, de la comuna de Santa Juana, Octava Región. Este liceo, que ganó el proyecto Monte Grande, ha encontrado limitaciones para lograr la excelencia académica -que es lo que busca la reforma-, como la precariedad de su internado y de su infraestructura, que ya se encuentran colapsados.
El gobierno regional ha priorizado recursos para el año 2000; sin embargo, por su monto -que superan los mil millones de pesos-, será necesario un aporte del Ministerio de Educación con el objeto de que el proyecto Monte Grande se concrete y tenga la potencia que se pretende. Para ello se requiere la infraestructura suficiente, con el fin de que las especialidades hortofrutícolas y agrarias sigan impartiéndose.
Asimismo, que informe cuáles son los aportes que, de manera especial, efectúa el Ministerio de Educación a dicho liceo y el tiempo que demorará la entrega del aporte para la reposición del establecimiento, que incluye un internado para más de 600 alumnos, todos provenientes de zonas rurales.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
PROHIBICIÓN DE QUEMAS EN SECTORES RURALES DE LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , pido que se oficie al ministro de Agricultura , a fin de que indique cuáles son las medidas adoptadas respecto de las quemas legales e ilegales. La información que manejamos en la Comisión investigadora de incendios forestales determina que las mismas condiciones climáticas de 1999 se repetirán en el 2000. Estimo que las quemas legales -que, junto con las ilegales, causan el 29 por ciento de los incendios forestales-, requerirán de una regulación mucho más estricta; aún más, de la prohibición total de ellas. Asimismo, deseo saber si el ministerio tiene la facultad de prohibir totalmente las quemas legales, y los mecanismos de reemplazo con que cuenta, a fin de paralizarlas. Hace poco se produjo un gran incendio en el sector de Santa Juana que afectó a más 40 hectáreas y que puso en riesgo la vida de personas y cortó el tránsito por más cinco horas, aislando a Santa Juana y a diversas comunidades rurales del sector Coronel-Santa Juana .
A mi juicio, las quemas deberían ser prohibidas. Al respecto, también solicito que el ministro informe cuáles son los impedimentos y limitaciones para otorgar subsidios y prestaciones a los pequeños agricultores a fin de que realicen limpieza mecánica. Además, que entregue copia del calendario de quemas.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
ANTECEDENTES SOBRE PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE BARRIOS EN TOMÉ Y SITUACIÓN JUDICIAL DE EMPRESA CONSTRUCTORA. Oficio.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , pido que se oficie al subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo , Subdere , a fin de que informe el avance del programa de mejoramiento de barrios de los cerros Estanque y El Santo, y en qué estado se encuentra el juicio que la municipalidad de Tomé sigue contra la constructora Pawyc por más de 500 millones de pesos; cuál es la defensa jurídica que realiza, los abogados contratados y, en definitiva, qué gestiones está efectuando para ganar esa batalla legal, porque, como lo dije en su oportunidad, esto es como el “ladrón detrás del juez”. Se trata de una empresa que tenía a los viejos cargando arena en sacos -no tenía ni carretillas-, que abandona un proyecto, demanda al municipio y le retiene 500 millones de pesos.
Se trata de más de un millón de dólares incluidos en el presupuesto de dos mil millones de pesos para terminar la obra. Si no se gana ese juicio, se pierde ese millón de dólares, lo que restará la posibilidad de terminar esa obra.
También solicito que informe sobre la situación en que se encuentran los pobladores de ambos cerros respecto de los beneficios del decreto que estipulaba la condonación de deudas, ya que ellos están siendo gravemente perjudicados.
Cuando se adjudicó el proyecto, podían acceder a la condonación total. Hoy, como la empresa fracasó y se llevó el dinero, han quedado fuera de ese programa, lo que significa un grave perjuicio para ellos. Siempre dijimos que esa gente no iba a ser dañada económicamente, por lo que la Subdere debe promover que ello se cumpla. En consecuencia, solicitamos información detallada de las acciones que se están realizando, aun cuando hemos conversado con don Rubén Sepúlveda , quien se ha portado de manera excelente al dar a conocer antecedentes sobre la situación a los pobladores.
El señor HALES (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoria.
VIABILIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE POBLACIÓN EN CORONEL. Oficio.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , pido que se oficie al Servicio Nacional de Geología y Minería, Sernageomin, a fin de que entregue toda la información que posee respecto de la población “La Colonia”, en la comuna de Coronel, la que es un verdadero panal de abejas. Es un cerro sobre el cual se está proyectando un trabajo de radicación de más de 600 familias, pero existen dudas entre los pobladores, porque allí existen túneles y excavaciones que han realizado los pirquineros por más de 200 años. Solicito que haga llegar copia de todos los informes técnicos, indicando la fuente y origen, que den cuenta de la viabilidad de “La Colonia” y de todos los planos que indiquen las excavaciones mineras, desde principios de siglo hasta la actualidad.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
ANTECEDENTES SOBRE DERECHOS DE AGUA EN POBLACIÓN DE LIRQUÉN, OCTAVA REGIÓN. Oficio.
El señor NAVARRO .-
Señor Presidente , la población “ Jaime Lea-Plaza ”, en Lirquén, comuna de Penco, Octava Región, tiene un problema bastante particular. Se trata de una cooperativa privada que cuenta con agua potable que le brinda el puerto de Lirquén desde hace más de cuarenta años. El problema es que no se ha determinado quién es el dueño del agua, y como en este momento existe un conflicto al respecto, pido que se oficie al director de General de Aguas , al ministro de Obras Públicas o a la autoridad correspondiente, para que indique a nombre de quién están inscritos los derechos de agua de que hoy hace uso la población “ Jaime Lea-Plaza ” y el puerto de Lirquén, toda la información técnica que establezca de quién son las cañerías y el abastecimiento de dicho servicio en esa población.
He dicho.
El señor HALES ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
Por haberse cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.28 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.