Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PERMISO CONSTITUCIONAL.
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Rafael Arratia Valdebenito
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- PERMISO CONSTITUCIONAL.
- V. ORDEN DEL DÍA
- RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Gustavo Alessandri Valdes
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Enrique Van Rysselberghe Varela
- INTERVENCIÓN : Eugenio Tuma Zedan
- INTERVENCIÓN : Alberto Eugenio Cardemil Herrera
- INTERVENCIÓN : Miguel Hernandez Saffirio
- INTERVENCIÓN : Jaime Rocha Manrique
- INTERVENCIÓN : Luis Monge Sanchez
- INTERVENCIÓN : Guillermo Ceroni Fuentes
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Galilea Vidaurre
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Galilea Vidaurre
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Francisco Huenchumilla Jaramillo
- FORTALECIMIENTO DE LA FACULTAD FISCALIZADORA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Primer trámite constitucional. (Continuación)
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Rosa Gonzalez Roman
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Anibal Perez Lobos
- RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Primer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- RECONOCIMIENTO A LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Alejandro Navarro Brain
- Arturo Longton Guerrero
- Carlos Olivares Zepeda
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Osvaldo Palma Flores
- Manuel Rojas Molina
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Salvador Urrutia Cardenas
- Marina Prochelle Aguilar
- Maria Isabel Allende Bussi
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- RECONOCIMIENTO A LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA. (Continuación).
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sergio Velasco De La Cerda
- Edmundo Villouta Concha
- Enrique Krauss Rusque
- Carlos Abel Jarpa Wevar
- Juan Nunez Valenzuela
- Patricio Cornejo Vidaurrazaga
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Carlos Olivares Zepeda
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Victor Reyes Alvarado
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 340ª, ORDINARIA
Sesión 37ª, en martes 7 de septiembre de 1999
(Ordinaria, de 11.18 a 14.28 horas)
Presidencia de los señores Acuña Cisternas, don Mario, y Tuma Zedan, don Eugenio.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 8
III.Actas 8
IV.Cuenta 8
-o-
Permiso constitucional 8
V.Orden del Día.
- Reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas. Primer trámite constitucional 8
- Fortalecimiento de la facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados. Primer trámite constitucional. (Continuación) 37
VI.Proyectos de acuerdo.
Reconocimiento a la República Árabe Saharui Democrática. (Continuación) 48
VII.Documentos de la Cuenta.
- Oficios de S.E. el Presidente de la República, mediante los cuales comunica que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República respecto de los siguientes proyectos:
1. Constitución jurídica y funcionamiento de las iglesias y organizaciones religiosas (boletín Nº 1111-07) 50
2. Modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, con el objeto de crear un segundo fondo de pensiones en las Administradoras de Fondos de Pensiones, y perfeccionar el mecanismo de medición de la rentabilidad mínima que deben obtener los fondos de pensiones (boletín Nº 2162-13) 50
3. Moción de los diputados señores Velasco, Villouta, Krauss, Jarpa, Núñez, Cornejo, don Patricio; Vilches, Olivares, Ceroni y Reyes, que establece un sistema de regulación de Internet (boletín Nº 2395-19) 50
VIII.Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
-Del diputado señor Arratia, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 9 de septiembre en curso, para dirigirse a Suecia.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (96)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Alvarado Andrade, Claudio IND X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Ávila Contreras, Nelson PPD V 11
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bustos Huerta, Manuel PDC RM 17
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29
Espina Otero, Alberto RN RM 21
Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
González Román, Rosa IND I 1
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 30
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Labbé, Rosauro IND VIII 41
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Ovalle Ovalle, María Victoria UCCP VI 35
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Pareto González, Luis PDC RM 20
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PS VI 32
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rocha Manrique, Jaime PRSD VIII 46
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sciaraffia Estrada, Antonella PDC I 2
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Cárdenas, Salvador PPD I 1
Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4
Van Rysselberghe Varela, Enrique UDI VIII 44
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vega Vera, Osvaldo RN VII 40
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvieron ausentes los diputados señores Alejandro García-Huidobro y Jaime Naranjo.
-Asistieron, además, los ministros de la Secretaría General de la Presidencia , señor José Miguel Insulza, y el Director de la Oficina de Planificación Nacional , señor Germán Quintana Molina.'
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 11.18 horas.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).- El acta de la sesión 29ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 30ª queda a disposición de los señores diputados y señoras diputadas.
IV. CUENTA
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).- El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
-o-
PERMISO CONSTITUCIONAL.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Sala, se concederá el permiso constitucional solicitado por el diputado señor Rafael Arratia para ausentarse del país por más de treinta días, a contar del 9 de septiembre.
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Primer trámite constitucional.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
En el Orden del Día, corresponde conocer, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de reforma constitucional sobre los pueblos indígenas.
Diputado informante de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía es el señor Ojeda.
Antecedentes:
-Informe de la Comisión de Derechos Humanos, boletín Nº 513-07, sesión 31ª, en 17 de agosto de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 18.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor diputado informante.
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, paso a informar, en segundo trámite reglamentario y primero constitucional, sobre el proyecto de reforma constitucional que modifica el artículo 1º de la Constitución Política de la República de Chile, con el objeto de dar protección jurídica y beneficios para el desarrollo de los pueblos indígenas.
Debo señalar previamente que el proyecto, contenido en un mensaje ingresado a la honorable Cámara de Diputados el 14 de octubre de 1991, fue aprobado en general en sesión de 9 de junio de 1992, con el voto de 90 señores diputados, una abstención y ningún voto en contra. Su tramitación fue congelada una vez aprobado en general, con el objeto de dar libre curso a la aprobación del proyecto de ley que establecía las normas de protección, fomento y desarrollo de los pueblos indígenas y que creaba la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi, proyecto de ley que, también con la aprobación del honorable Senado, daría nacimiento, finalmente, a la ley Nº 19.253, actualmente vigente.
El proyecto en estudio establece un reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, y, como dice el mensaje, “el reconocimiento de los pueblos indígenas como parte de la diversidad de la sociedad chilena.
“Un país moderno debe reconocer las diversas culturas que hay en su interior; la existencia de diversas culturas enriquece a la sociedad, a la Nación, a la cultura nacional. La legislación, por lo tanto, debe salvaguardar a estos pueblos, que son los primigenios de Chile; ser capaz de fomentar su desarrollo armónico y equilibrado, e impedir el arrasamiento de su cultura.
“La dictación de una legislación que reconozca formalmente la presencia de pueblos indígenas en la sociedad chilena, será la base para plantear una perspectiva diferente de desarrollo, mejoramiento de la calidad de vida y porvenir para estos pueblos.
“No obstante lo anterior, la dictación de una simple ley no basta como instrumento aislado. Se hace necesario ...que exista un reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas”. Es decir, una base, un mandato supremo, un deber de Estado para que la ley no haga otra cosa que supeditarse a la Constitución Política y exista, por supuesto, una exigencia superior de protección y amparo en todas las áreas del mundo indígena, porque ellos son los pueblos originarios, las raíces de nuestra sociedad. En consecuencia, es una consagración y un reconocimiento que abarca a toda la nación.
En este contexto, se propusieron a la consideración del Congreso tres modificaciones de la Carta Fundamental:
a) Agregar como inciso final del artículo 1º, el siguiente: “El Estado velará por la adecuada protección jurídica y el desarrollo de los pueblos indígenas que integran la Nación chilena”.
b) Agregar, como inciso final del Nº 22º del artículo 19, el siguiente:
“La ley podrá, también, establecer beneficios o franquicias determinados en favor de las comunidades indígenas”.
c) Agregar al artículo 62, como número 7º, nuevo, el siguiente: “7º. Establecer sistemas de protección jurídica y beneficios o franquicias para el desarrollo de los pueblos indígenas”.
La Comisión Especial y la Sala aprobaron la primera modificación, excluido el concepto “pueblo”, y rechazaron las otras dos.
La segunda modificación incidía en las garantías constitucionales que establece el número 22º del artículo 19 de la Constitución, que preceptúa:
“La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.
“Sólo en virtud de una ley, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a unos u otras”. Esta modificación fue suprimida por indicación del mismo Ejecutivo , fundamentada en el hecho de que como dicho número del artículo 19 facultaba al legislador para autorizar determinados beneficios en favor del sector indígena, sin que ello constituyera discriminación, no se estimaba necesario introducir la modificación propuesta.
Respecto de la tercera modificación propuesta por el mensaje, los miembros de la Comisión manifestaron sus reservas, ya que disponía una nueva materia de ley de iniciativa exclusiva presidencial para “establecer sistemas de protección jurídica y beneficios o franquicias para el desarrollo de los pueblos indígenas”.
Por este motivo, el propio Ejecutivo presentó indicación para suprimirla, la que fue aprobada.
De lo anterior se deduce que sólo fue aprobada la modificación contenida en el artículo 1º del mensaje; pero con la supresión del concepto “pueblo”.
Por la cantidad de indicaciones que se le hicieron a la iniciativa, pasó a segundo trámite reglamentario, al cual estamos abocados en este momento.
Después de haber estado congelada la tramitación del proyecto -su archivo fue acordado el 9 de junio de 1997, a requerimiento de su Excelencia el Presidente de la República -, el Ejecutivo ordenó su desarchivo con fecha 17 de mayo del presente año.
Para el estudio y debate de la iniciativa, la Comisión invitó a participar a distinguidas personalidades académicas. Sin embargo, hay que recordar que en la discusión en general se invitó a gran cantidad de personas y a las comunidades indígenas a una audiencia pública y a las demás sesiones realizadas para el efecto.
En el informe se acompañan, además, las conclusiones de la jornada temática organizada por esta Comisión, donde se contemplan materias relacionadas con esta reforma, así como la evaluación de la ley indígena y del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
Las opiniones vertidas durante el desarrollo del debate estuvieron centradas en apoyar la reforma o desecharla.
El ministro de Planificación y Cooperación, don Germán Quintana , coincidió con el mensaje que postula la reforma. Agregó que la reapertura de este estudio se basa en la necesidad, manifestada por el Presidente de la República el 21 de mayo último, en su Mensaje dirigido a la nación, de dar urgencia a este proyecto y en la rediscusión del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, porque considera importante que en la reforma constitucional se contemple en alguna medida lo establecido en dicho Convenio, lo que es vital, porque en él se consagra con bastante precisión el concepto de “pueblo originario”, que no tiene relación alguna con la idea de crear un estado dentro de otro estado, sino con reconocer la diversidad dentro de la nacionalidad y asegurar igualdad de oportunidades y, por lo tanto, mantener el proceso unitario de Chile.
El concepto de respeto de los pueblos originarios surge de entender que nuestra nacionalidad tiene componentes de diversidad; que hay una nacionalidad común, pero las fuentes de esa nacionalidad tienen distintas expresiones, en particular aquellas etnias que aún presentan condiciones culturales diferentes y constituyen un número significativo de habitantes de este suelo, como son los alacalufes, los yaganes, los mapuches, los pehuenches, los huilliches, los lafquenches, los atacameños, los aimaras y los pascuenses o rapa nui.
No obstante la aprobación de cuerpos legales especiales y de los recursos destinados en su beneficio, aún persisten conductas discriminatorias hacia los indígenas en el mundo de la educación y en el sector laboral para acceder a trabajos o cupos en igualdad de condiciones.
En este proyecto se está proponiendo un reforzamiento de nuestra nacionalidad por la vía de reconocer su diversidad. Mayoritariamente, los pueblos originarios concuerdan en convivir bajo la nacionalidad chilena y, en lo fundamental, están pidiendo con mayor intensidad los apoyos presupuestarios respectivos para la solución de sus demandas.
Por otra parte, las encuestas demuestran que la mayoría de los chilenos solidarizan con la causa mapuche.
A continuación, daré a conocer las opiniones vertidas por los invitados.
El señor Alfonso Laso , fiscal de Mideplan , recordó las expresiones del profesor Jaime Guzmán , quien decía en sus clases que el capítulo I de la Constitución Política, denominado de las “Bases de la Institucionalidad”, es una foto de Chile; el Estado de Chile le dice a toda su gente: “Usted está aquí, forma parte de Chile”. No obstante, hay una cantidad enorme de indígenas que forman parte del país, pero que no se ven en esa foto. Tienen una cultura y un lenguaje distintos. Ellos quieren estar en esa foto, aunque hay un pequeño grupo que no desea que esto suceda, con el objeto de formar un estado autónomo, por lo que el Estado chileno debería reconocerlos como formando parte del Estado de Chile, para que muera de inmediato su afán de formar un estado distinto, hacia donde apuntan algunas normas del derecho internacional.
Expresa que debe incorporarse a los indígenas y a sus comunidades, que son chilenos con costumbres distintas, en las “Bases de la Institucionalidad”, que se establecen en el mencionado capítulo de la Constitución Política.
El señor Domingo Sánchez , representante del Programa de Asesoría Legislativa, PAL, sostuvo que el concepto “pueblo” no tiene connotaciones de ningún tipo. Agregó que se trata de un concepto que la antropología moderna usa permanentemente, que el Convenio 169 lo define claramente y que no se está hablando de pueblos distintos, de naciones distintas; de generar un país distinto. Añade que la tendencia mundial es la que se propone en este proyecto.
Consultado sobre el concepto “autonomía”, manifestó que don Alejandro Silva Bascuñán se refiere a estas etnias como un cuerpo intermedio, que al reclamar autonomía, en ningún caso plantean una limitación a la soberanía nacional.
Por lo tanto, el proyecto es un aporte a la cohesión social, da un sentido de pertenencia a estas etnias y es una contribución a la pacificación de los ánimos.
Para conocimiento de los señores diputados, el Convenio 169, sobre pueblos indígenas y tribales independientes, adoptado en Ginebra por la Organización Internacional del Trabajo, OIT, el 27 de junio de 1989 -aprobado por la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara y en discusión en la Comisión de Relaciones Exteriores de esta misma Corporación-, señala, en su artículo 1º, número 3, “que la utilización del término pueblo en este Convenio no deberá interpretarse en el sentido de que tenga implicación alguna en lo que atañe a los derechos que pueda conferirse a dicho término en el derecho internacional”.
El lonko Venancio Coñuepán señala que su comunidad no está de acuerdo con esta reforma constitucional, porque sus problemas reales son económicos, ya que necesitan poder sustentar su agricultura, costear la educación de sus hijos y tener un mejor acceso a la salud. Ellos son mapuches chilenos; no hay dos pueblos ni dos naciones. Expresa que con los mapuches y los españoles se forjó la nación chilena; no hay división de Estado, y critica a la Conadi porque no hay una buena distribución de los recursos, y que sucede lo mismo con el Indap.
El lonko Óscar Imihuala coincide con lo anteriormente expuesto. Añade que se siente orgulloso del himno nacional y de la bandera, y que, de acuerdo con estudios científicos, se ha demostrado que, en gran porcentaje, la nación chilena ha sufrido un profundo mestizaje, aunque muchas veces nos diferencia el color de la piel; pero hay un pasado común y huincas y mapuches tienen un solo Dios. Esperan solamente ayuda concreta, eficiencia y oportunidad en los recursos.
El señor Pablo Kangiser , representante del Instituto Libertad y Desarrollo, manifiesta que la dictación de la ley sobre fomento y protección de los indígenas es una clara demostración de que no se hacía necesario consagrar constitucionalmente el deber de Estado de reconocer y amparar a los indígenas que integran la nación chilena. Aduce que los antecedentes históricos que existen sobre la materia son meras declaraciones de principios contenidas en algunas constituciones y que sólo en Venezuela se establece una disposición seria en orden a precisar un régimen de excepción para proteger a las comunidades indígenas.
El tratamiento señala dos consideraciones en torno a este tema:
En primer lugar, que se trata de una decisión individual de cada miembro de esos grupos étnicos de mantener o no esa cultura y forma de vida.
En segundo lugar, que el dilema entre mantener las tradiciones ancestrales o integrarse completamente a la vida moderna, parece ser una contradicción más aparente que real. Se opone a que el legislador imponga un concepto rígido de pueblo indígena y que en definitiva impida el ejercicio de sus libertades a todos o algunos de sus miembros. Una reforma constitucional, en los términos planteados, no debería producir alteración alguna en el goce de los derechos que correspondan a los integrantes de los pueblos indígenas, así como a cualquier otra persona que pise el territorio chileno. La duda del texto constitucional propuesto es si el reconocimiento, amparo y protección que el Estado debe aplicar a los indígenas es o no el mismo que debe dar al resto de los habitantes de la nación. Si fuere sólo para los indígenas, se estaría estableciendo una excepción al principio constitucional de igualdad ante la ley. Si ello se intenta buscar en la denominada deuda histórica con el pueblo mapuche o en la pobreza en que éste y otros pueblos autóctonos se encuentran actualmente, se deben formular las siguientes consideraciones:
1º La historia no puede corregirse por ley o por la Constitución.
2º Es cierto que la mayoría del pueblo mapuche soporta condiciones de pobreza, pero ésta no es exclusiva de dicho pueblo o de otros autóctonos.
Señor Presidente , como se está terminando el tiempo de que dispongo para informar, le solicito otorgarme cinco minutos más con cargo al tiempo de mi intervención. Este informe es relevante para que los señores diputados tomen conocimiento de un proyecto de ley de reforma constitucional que está en trámite desde 1992, y no todos están compenetrados acerca de sus reales alcances y discusión.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Su bancada lo autoriza, señor diputado.
Primero, le otorgaron cinco minutos, aparte del tiempo de su informe que ya ocupó, y ahora le acaban de autorizar otros cinco minutos más.
El señor OJEDA.-
Gracias, señor Presidente.
El proyecto de reforma constitucional -agrega- no constituye un aporte a la situación de los indígenas. Podría, sin embargo, facilitar legislaciones discriminatorias que constituirían una excepción no justificada al principio de igualdad ante la ley. Los medios estatales para ayudar a los pueblos indígenas existen independientemente de la aprobación de una reforma constitucional. Reformas constitucionales en la forma propuesta pueden constituir, en las actuales circunstancias, una manera de no enfocar el problema de fondo de las etnias autóctonas -que consiste en su libertad para elegir la forma de vida que deseen- y dejar ante la opinión pública la sensación de haber hecho algo a nivel del poder constituyente por el problema mapuche.
El señor Claudio González , profesor de Sociología de la Universidad de Concepción, expresa que este tema ha surgido como una demanda que proviene de las comunidades indígenas y que el Estado tiene que resolver este problema de alguna manera.
Las demandas están orientadas principalmente a la recuperación de tierras y al reconocimiento cultural de la dignidad mapuche. El reconocimiento constitucional es una solución, pero no es única.
El señor Ángel Valencia , profesor de Derecho de la Universidad Católica de Temuco, sostiene que el constituyente y el legislador están autorizados para efectuar ciertas discriminaciones no arbitrarias, ya que si bien somos iguales, existen diferencias. La doctrina y la jurisprudencia han entendido por discriminación arbitraria aquella que no se funda en la razón o en los valores permanentes de la sociedad chilena, dentro del contexto histórico determinado, de modo que no es arbitraria la que se funda en la razón o en esos valores. Una discriminación entre indígenas y no indígenas no es arbitraria, sino positiva, pues favorece a los indígenas; porque se entiende que el valor de la protección de la diversidad está vigente en la sociedad chilena.
Respecto del concepto pueblo, utilizado en la reforma, sostiene que es distinto al existente en el artículo 5º de la Constitución. Éste se refiere al cuerpo político de la sociedad, y el concepto de pueblo indígena se refiere a un grupo humano con una cultura determinada. Indica que es positivo elevar a rango constitucional la protección de la cultura indígena, preservarla; sin embargo, le parece que esta reforma está lejos de constituir una solución integral del problema indígena.
La Comisión aprobó, por mayoría de votos -10 a favor y 2 en contra- de los miembros presentes, una indicación, suscrita por los diputados señores Guillermo Ceroni , Eduardo Díaz , Gustavo Alessandri , Francisco Huenchumilla , Sergio Ojeda, Iván Mesías , Edmundo Villouta , Eugenio Tuma , Jaime Naranjo y Homero Gutiérrez -en definitiva, restituye el concepto de “pueblo” contenido originariamente en el proyecto de reforma constitucional del Ejecutivo- para reemplazar el artículo único del proyecto por el siguiente:
“Artículo único. Agrégase el siguiente inciso final al artículo 1º de la Constitución Política de la República de Chile:
“El Estado reconoce a los pueblos indígenas, los cuales integran la Nación chilena. La ley promoverá el respeto y desarrollo de sus culturas, lenguas, organización social y costumbres, y garantizará a sus integrantes mecanismos de participación en los asuntos que les competen, en iguales términos que a todos los demás sectores o grupos que conforman la Nación chilena”.
Fueron desechadas las ocho indicaciones consignadas en el informe y que doy por expresamente reproducidas.
En suma, por tratarse de un artículo único que fue modificado por indicación de los señores diputados ya mencionados, no hay artículos aprobados sin indicaciones. En consecuencia, no hay artículos que deban ser aprobados reglamentariamente.
Debido a que la presente reforma recae sobre el capítulo I de la Carta Fundamental, necesitará, de acuerdo con su artículo 116, para su aprobación, de las dos terceras partes de los diputados en ejercicio y, en su oportunidad, igual quórum de los senadores en ejercicio.
No hay artículos suprimidos ni artículos que deban ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
Con el mérito de los antecedentes precedentemente expuestos, la Comisión de Derechos Humanos propone a la honorable Cámara la aprobación del proyecto de reforma constitucional ya mencionado, que, de acuerdo con el espíritu manifestado durante su discusión, constituye una aspiración de las comunidades indígenas del país.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Gustavo Alessandri.
El señor ALESSANDRI.-
Señor Presidente , en mi opinión, estamos en presencia de una nueva reforma constitucional que representa, como otras que hemos despachado recientemente, un simple fuego fatuo más, de ésos que aconsejan las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.
Hemos sido sometidos -como nos ha relatado el señor diputado informante - a un larguísimo trámite, con participación de ministros de Estado , profesores de derecho constitucional, jornadas temáticas, delegaciones de mapuches, etcétera. Y los diputados hemos realizado un trabajo incesante para concordar el nuevo inciso que se agregará al artículo 1º de la Constitución Política de la República, el cual consigna: “El Estado reconoce a los pueblos indígenas, los cuales integran la Nación chilena. La ley promoverá el respeto y desarrollo de sus culturas, lenguas, organización social y costumbres, y garantizará a sus integrantes mecanismos de participación en los asuntos que les competen, en iguales términos que a todos los demás sectores o grupos que conforman la Nación chilena.”. O sea, que los mapuches seguirán exactamente en la misma situación que todos los chilenos.
No podría ser de otra forma, porque entre nosotros no hay discriminaciones -tampoco las aceptaríamos-, menos antagonismos raciales. La legislación que nos rige es abierta, unitaria y solidaria, al igual que nuestras instituciones. En Chile no hay ciudadanos de primera y de segunda clase, menos razas sometidas, subalternas o superiores.
En verdad, la violencia surgida en el país, esgrimida por la etnia mapuche, ya ha hecho correr sangre de chilenos y ocasionado daño con asaltos y quemas en propiedades privadas y fiscales. A ello, debemos sumar las emboscadas homicidas en contra de carabineros, todo lo cual constituye actos punibles que colocan fuera de la ley a quienes los realizan o instigan, por lo cual merecen sanciones ejemplares.
Nada de esto es algo ocasional o improvisado, mucho menos espontáneo. Los servicios de seguridad del Estado ya lo habían detectado y en forma oportuna puesto en conocimiento de la autoridad competente. De lo que sí estamos seguros es de que nuestros gobernantes no se han movido con acierto en el manejo de la situación y hasta hoy aparecen superados por la iniciativa facciosa. En especial el gobierno del señor Aylwin , que creó la Conadi, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, a la que en días pasados la Contraloría General de la República le objetó más de mil millones de pesos. Comprendo que no es el tema que estamos tratando en esta oportunidad, pero quiero señalar que el gobierno al que me he referido se condujo en forma incompetente, porque abrió una senda de solución trágicamente inepta. Pretender comprar tierras para erradicar al mapuche, carece de visos de realidad y de posibilidad práctica.
La situación la vivimos en un pasado cercano, cuando la administración Frei Montalva-Chonchol y luego la del Presidente Allende pusieron en jaque al agro chileno, instituyendo el despojo-solución e ignorando de manera olímpica el abecé de la ciencia económica y de la tecnología agropecuaria. Hoy vivimos tiempos que espantan, porque el camino que se recorrió una vez puede ser transitado de nuevo, y en el mismo sentido. Pero esta vez con una agravante: la experiencia adquirida y el problema de nuestros campesinos mapuches, que no es sólo que no tengan, sino que no ganan. Su dignidad y futuro dependen más de su capacidad de gasto que de su condición de dueño.
Hay una manía fisiocrática, pasada de moda, que se empeña en reducir todo el problema del campo a un solo aspecto: al de la tenencia de la tierra, en circunstancias que, ya se trate de tierras indígenas u otras, es el de la pobreza agrícola. Al debilitarse la capacidad económica del sector agropecuario, también estamos condenando a nuestros indígenas a una subcultura de la pobreza.
He escuchado a muchos descendientes de mapuches que antes, cuando la pobreza era generalizada en vastos sectores de la población de Chile, poseían una equiparación de consumo, tanto los que vivían en el campo como los que lo hacían en la ciudad. Cuando la falta de conocimiento era similar en uno u otro grupo, las deficiencias educacionales se soportaban mejor, porque no conducían a una diferenciación en las posibilidades de redención.
Hoy es distinto. El éxito de la vida moderna se está situando fuera del campo, y en esta realidad cruel se pretende hacer creer al pehuenche o al mapuche, como en otra época a muchos campesinos de Chile, que sólo la tenencia de la tierra curaría todos sus males. Sabemos que esta bandera de lucha es falsa y tramposa. Primero, se debe hacer que la riqueza y progreso regresen a la agricultura para que haya inversión rural, producción rentable y salarios agrícolas similares a los de la ciudad. Así estaremos abriendo el camino para que los campesinos, sean mapuches o no, puedan ser propietarios exitosos en el cultivo de la tierra.
El mapuche quiere estar donde hay progreso, porque también mira al futuro. No es cierto que su único amor sea la tierra. Por eso ha emigrado a la ciudad. Claro está que si en el campo vislumbrara este futuro, muchos, de modo gustoso, seguirían siendo campesinos.
Algunos mapuches, tal vez la mayoría, intuyen que se distribuye mejor el ingreso y acorta más la distancia entre los que tienen mucho y los que nada tienen, una política educacional eficiente y no una parcelación de pequeños lotes agrícolas. También saben que se obtiene un mejor ingreso con sistemas organizados de producción y no con halagos de un populismo que carece de arraigo en la realidad económica del país.
Quienes deseamos ayudar a los mapuches, estamos dispuestos a elaborar en conjunto soluciones realistas que, respetando sus costumbres y tradiciones, les permitan, con mayor educación y apoyo económico solidario, ser los artífices de su futuro y del éxito de las generaciones venideras. Pero ninguno de estos caminos será posible con el quiebre de la unidad de la nacionalidad, piedra angular de nuestro Estado.
Hechas estas aclaraciones, anuncio mi voto favorable a la reforma maquillaje, porque vale la pena intentar todo lo que se haga en favor de la pacificación de los ánimos y de la reafirmación de la nacionalidad.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor Germán Quintana, ministro de Planificación y Cooperación.
El señor QUINTANA ( Ministro de Planificación y Cooperación).-
Señor Presidente , señores diputados, para el Gobierno del Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle constituye un gran honor y un hito histórico en las relaciones del Estado de Chile con los pueblos indígenas, que el Congreso Nacional, en especial esta Corporación, inicie la discusión en particular de la iniciativa para obtener el reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, que conforman nuestra nacionalidad como parte primigenia de ella.
En el Acuerdo de Nuevo Imperial, suscrito entre los dirigentes del mundo indígena y el entonces candidato de la Concertación, don Patricio Aylwin Azócar, en octubre de 1989, nació el compromiso de concretar tal reconocimiento una vez que fuera investido como Jefe de la Nación , mediante el envío a la Cámara de Diputados de un proyecto de reforma constitucional para incorporar en el capítulo I, de Bases de la Institucionalidad, la acogida del Estado de Chile al importante aporte de nuestros pueblos indígenas a la nación chilena, proyecto que ingresó antes del año que iniciara su mandato presidencial.
En forma paralela, ese primer gobierno de la Concertación instaló en su seno a la Comisión Especial de Pueblos Indígenas, Cepi, a fin de establecer al más alto nivel un referente de comunicación entre el Estado y los pueblos indígenas, cuya primera labor fue iniciar la preparación de un proyecto de ley para el desarrollo de las etnias nacionales y para legislar sobre los procedimientos e instituciones necesarios para dar solución a sus acuciantes problemas y defensa de su cultura. La meta trazada se materializó con la dictación y publicación de la ley sobre pueblos indígenas, Nº 19.253.
El actual desafío es avanzar mucho más profundamente en el marco jurídico que el Estado se da para regular sus relaciones con los pueblos indígenas, de manera tal que toda política hacia hechos colectivos tenga sus raíces en el Estado de Derecho.
Durante décadas, en la mayoría de los países con población indígena se estableció que todos los ciudadanos son iguales y que, por lo tanto, no se justificaba una política especial con respecto a las poblaciones indígenas. Al no haber elementos de discriminación positiva, ello significó que la diferencia cultural y desarrollo que presentaban les restó oportunidades para acceder a tales igualdades.
Hoy, la tendencia es establecer regímenes jurídicos proteccionistas y tutelares, y en este sentido, la gran mayoría de los países ha adoptado nuevos textos constitucionales o legislativos, en los que, por primera vez, se hace referencia a los derechos indígenas y se reconoce a los pueblos indígenas como tales.
Así, países tales como Bolivia, Canadá, Colombia, Guatemala, México, Noruega, Paraguay y Perú reconocen constitucionalmente la existencia de sus pueblos indígenas y les otorgan ciertos derechos en el ámbito del desarrollo cultural, lingüístico, territorial y del derecho consuetudinario.
El texto que se somete hoy a consideración de la Cámara señala que “El Estado reconoce a los pueblos indígenas, los cuales se integran a la nación chilena”. Es decir, no se vulnera en forma alguna el principio de soberanía nacional claramente consagrado en la Constitución, pues el proyecto de reforma busca reconocer la existencia de dichos pueblos como un sector integrante de la nación y no como titular del derecho de autodeterminación, que el ordenamiento jurídico internacional reconoce a los pueblos independientes y soberanos.
El artículo 5º de la Constitución señala que “la soberanía reside esencialmente en la nación”, y agrega que “ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio”. La norma transcrita es clara en precisar que la titularidad de la soberanía reside en la nación toda y, por lo tanto, el reconocimiento de los pueblos indígenas, como elemento integrante de ella, no implica reclamar para sí su ejercicio.
Por otra parte, el texto que hoy se someterá a votación señala que “la ley promoverá el respeto y desarrollo de sus culturas, lenguas, organización y costumbres y garantizará a sus integrantes mecanismos de participación en los asuntos que le competen”.
El reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas y la dictación de una legislación especial que promueva su desarrollo, no vulnera el principio de igualdad ante la ley consagrado en nuestra Carta Fundamental, en su artículo 19, número 2º. Esta disposición señala que “Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;”.
De ello se deduce que el principio de igualdad no obsta a que se establezcan diferencias, siempre y cuando éstas no sean arbitrarias. Al respecto, en la concepción moderna de los derechos humanos hay un reconocimiento a los derechos propios de los entes colectivos, tales como la familia y las minorías organizadas. Junto a los derechos civiles y políticos clásicos de carácter individual y los derechos económicos, sociales y culturales de carácter colectivo, tales como el derecho al trabajo y a la educación, se incorporaron una serie de nuevos derechos, también de carácter colectivo, como el derecho al medio ambiente, el derecho a la paz y el derecho de los pueblos indígenas. Estos últimos se denominan derechos de la tercera generación.
En este orden de ideas, cabe mencionar el artículo 27 del Pacto de derechos civiles y políticos, ratificado por Chile, que señala que “en los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma”.
Es decir, el texto propuesto recoge el principio de discriminación positiva, que se encuentra, por lo demás, consagrado en la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, también ratificada por Chile, y en la que se expresa que “las distinciones basadas en la raza o el sexo, no constituyen discriminación cuando tienen el objetivo de asegurar a los grupos marginados o discriminados un disfrute igual de derechos o libertades fundamentales”.
A través del proyecto, se persigue incorporar a nuestra Constitución una realidad social del país y a aceptar que las diversas comunidades indígenas tienen sistemas culturales y de vida propios, que las distinguen del resto de la sociedad.
Asimismo, el reconocimiento constitucional de nuestros pueblos indígenas resulta un aspecto esencial para reconocernos y valorarnos como una sociedad diversa. Y es a partir de este reconocimiento que se permite que el ordenamiento jurídico, a través de una legislación especial, reconozca las particularidades de nuestros pueblos, de manera tal que se garantice a sus integrantes el uso de sus lenguas y costumbres. En definitiva, que se promueva su desarrollo con respeto a su identidad.
Para el Ejecutivo , lo que finalmente está en discusión, es de qué manera la sociedad reconoce su carácter multiétnico y respeta y aprecia las particularidades de los diversos sectores que la integran.
Me gustaría que el señor Presidente pidiera la autorización de los señores diputados para que ingrese a la Sala el fiscal de Mideplan, don Alfonso Laso.
Muchas gracias.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la petición del señor ministro.
Acordado.
En el tiempo de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, contrariamente a lo que se ha afirmado, no se trata de una reforma de maquillaje, pues se pretende establecer en la Carta Fundamental ciertos lineamientos de importancia acerca de la sociedad que queremos.
Tampoco fue un maquillaje la prédica del padre Bartolomé de las Casas, quien -nació en 1474 y vivió hasta 1566-, trató de convencer a los españoles, que conquistaban y colonizaban los pueblos indígenas, que en su accionar practicaran los valores cristianos.
Lo mismo ocurre con los jesuitas, los dominicos, los franciscanos y tantas otras órdenes religiosas que trataron que los indígenas fueran respetados y considerados dignamente.
Siempre se ha debatido la situación de los pueblos originarios, lo cual se ha acentuado con los trabajos de las Naciones Unidas. Al respecto, algunos impulsan el llamado “sistema de la asimilación”, en la idea de la superioridad de la cultura dominante y cuyo objetivo es producir una sociedad homogénea, lograr que los grupos indígenas se deshagan de su cultura en favor de aquélla. Ello supone la absorción total de personas y grupos por la cultura dominante, como modelo establecido en el que han de encajar los demás. Por su parte, el grupo dominante está dispuesto a aceptar a los miembros de otros grupos, pero ello depende, como condición sine qua non, de que acepten su cultura. Creo que este sistema debe ser desterrado.
En otras épocas, como durante la revolución mexicana, se propuso la integración-protección del indigenismo. Se caracterizó por la elaboración de políticas de protección a las poblaciones indígenas, sin su participación, con un marcado énfasis en la integración social. Se combinaban varios elementos. Sin embargo, no se insistía en la uniformidad o en la eliminación de todas las diferencias, salvo las de cada parte componente que pudiera perturbar o inhibir su unidad total. Según esa tesis, la integración trata, primero, de eliminar todas las formas de división puramente étnicas y, segundo, de garantizar los mismos derechos, oportunidades y responsabilidades a todos los ciudadanos, cualquiera que sea el grupo a que pertenezca.
Dicho sistema fracasó y otros han llegado a lo que se llama el sistema de autodeterminación de los pueblos indígenas.
Es un error pensar que en el artículo 1º de la Carta Fundamental, que sirve de base a nuestra institucionalidad y de marco de referencia de la interpretación constitucional, verdaderamente se está estableciendo una especie de autodeterminación de los pueblos indígenas.
La libre determinación, en sus múltiples formas, se dice que era la condición previa, fundamental, para que las poblaciones indígenas pudieran disfrutar de sus derechos fundamentales y determinar su futuro, a la vez que preservar, desarrollar y transmitir su carácter étnico concreto a las generaciones futuras.
Este artículo no significa la autodeterminación definitiva, de manera que estos grupos étnicos originarios aparezcan diversos del conjunto de la nación chilena. Por el contrario, su texto es un avance, porque reconoce las especiales características de los pueblos originarios y no constituye, como muchos creen, una autodeterminación, lo que constituye un paso, aun cuando sea pequeño.
Recuerdo un proyecto, que fue presentado en esta Cámara, de auténtica participación indígena, que seguramente va a reseñar el diputado señor Huenchumilla , el cual fue patrocinado además por varios diputados, a fin de infundir los valores cristianos a todos quienes habitan este territorio, con sus especiales y peculiares características, entre los cuales el más importante es el respeto a la dignidad humana.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Van Rysselberghe.
El señor VAN RYSSELBERGHE.-
Señor Presidente, el problema indígena no es constitucional, sino de pobreza.
El desarrollo de estos pueblos depende de que los gobiernos se preocupen de generar fuentes de trabajo para el sector más débil de nuestra sociedad, entre los que se encuentra un gran número de gente que forma parte de nuestras etnias más puras. Digo más puras, porque Chile -como aquí se ha dicho- es mayoritariamente un país mestizo. Casi la totalidad de la nación chilena, de alguna forma, tiene sangre autóctona; por eso, considero inconveniente generar dentro de ella la segregación de distintos pueblos, lo que, como se ha dicho, no es tal.
Este proyecto es un engaño o, mejor dicho, una especie de aspirina, pues no soluciona el fondo del problema, que es el abandono y la pobreza en que el Gobierno tiene sumida a mucha gente, entre la que se encuentran las etnias que pueblan nuestros campos.
Debemos fomentar las culturas y su mantención, pero esto no amerita cambiar nuestra Constitución, sobre todo cuando el Gobierno aún mantiene políticas de segregación y falta de oportunidades que aquejan a muchos compatriotas, especialmente a los habitantes de sectores agrícolas, donde vive parte de las etnias que hoy nos preocupan.
No se puede engañar a esta gente diciéndole que su problema se va a solucionar por el hecho de estar reconociéndolo como pueblo en la Constitución, cuando en la realidad esta condición de discriminación constitucional probablemente los perjudique o, en el mejor de los casos, les sea inocuo.
Por eso, anuncio mi voto en contra de esta modificación constitucional.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, sin duda, el proyecto de reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas es una oportunidad para comenzar a pagar la deuda histórica que la sociedad chilena tiene con los pueblos originarios que la habitan. Pero su aprobación es más que eso, ya que en esta reforma constitucional está en juego el reconocimiento de la diversidad y riqueza cultural de Chile y particularmente del aporte que a ella hacen los pueblos indígenas que habitan esta tierra antes de nuestra existencia como nación, y que hoy forman parte de ella.
Discutimos entonces sobre el tipo de sociedad y democracia que queremos para Chile, pues la exclusión de los pueblos indígenas empobrece nuestra identidad, altera nuestra convivencia y constituye un atropello a los más elementales derechos humanos que el concierto de las naciones democráticas ha reconocido individual y colectivamente.
Estamos frente a un desafío ético-político que no se puede reducir sólo a las dimensiones de pobreza económica y social que, por cierto, afectan a las comunidades indígenas. Chile debe dar cuenta del avance universal que ha experimentado el reconocimiento de los derechos de las naciones originarias, conciencia que se ha expresado en reformas políticas en todos los países conformados por pueblos indígenas.
En esta reforma se acoge el principio de igualdad en derechos que tienen todos los pueblos originarios respecto de los otros pueblos, particularmente en el reconocimiento de su dignidad, en considerarse diferentes y en ser respetados como tales. De este modo, la humanidad ha avanzado en el resguardo de los derechos de los pueblos indígenas, que han sido privados de sus derechos humanos y libertades fundamentales, producto de la colonización y la enajenación de sus tierras, territorios y recursos.
Seamos honestos: en Chile, como en el mundo, los pueblos indígenas han estado impedidos de ejercer su derecho al desarrollo, de conformidad con sus propias necesidades e intereses. Es más, gran parte de ellos han sido exterminados. Basta revisar la triste historia de los pueblos indígenas de la Patagonia chilena y argentina.
Lo que proponemos no es más ni menos que respetar y promover los derechos y las características intrínsecas de los pueblos originarios, especialmente los derechos a su territorio y recursos, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales; de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su concepción de la vida. Para ello, lo primero es reconocer su existencia en nuestras bases institucionales.
Algunos sectores de Derecha han pretendido caricaturizar el debate bajo el falso dilema de la unidad nacional. Tal contradicción tiene su origen en una concepción reduccionista y simplista de la sociedad. Nadie puede plantear seriamente que esta reforma encarna gérmenes de separatismo. Estos fantasmas más bien son la excusa para mantener posiciones políticas que lindan en un nacionalismo trasnochado, incapaz de dar cuenta de la diversidad cultural y étnica de Chile.
Por lo demás, ningún estado se ha desintegrado al reconocer los derechos elementales de los pueblos indígenas; por el contrario, la mayoría ha incorporado el reconocimiento de estos derechos en sus constituciones, estableciendo en sus cimientos institucionales el carácter pluricultural, pluriétnico y plurinacional. En la legislación internacional se empieza a reconocer el derecho a la autodeterminación interna, que, en ningún caso, implica la articulación de un nuevo Estado-nación.
En América Latina, todos los países han incorporado este reconocimiento constitucional, con la excepción de Uruguay y Chile; el primero, porque no tiene presencia de pueblos indígenas y, en nuestro caso, porque un sector político ha impuesto sistemáticamente un criterio excluyente, creando esta falsa tensión entre el reconocimiento de los pueblos indígenas y la unidad nacional.
Es más, países como Canadá, Australia y Estados Unidos, con avances y retrocesos, con aciertos y contradicciones, han asumido el desafío de reconocer la existencia de sus pueblos originarios, otorgándoles los derechos básicos para su autodeterminación y desarrollo.
La reforma constitucional es un paso fundamental para terminar con la exclusión vergonzosa de los pueblos indígenas, y permite fortalecer los derechos y garantías que el Estado debe brindar a los pueblos originarios.
La bancada del Partido por la Democracia apoyará esta reforma constitucional e insistirá una y otra vez en ella, porque constituye un imperativo ético y moral que cuenta con el respaldo mayoritario del país y porque recoge las demandas de los pueblos indígenas.
Termino citando los versos del poeta Ricardo Loncón : “Entonces, baja una doncella que les trae muday en un cántaro de plata y perfuma sus lechos con aromas de laureles y canelo.
“Los guerreros acarician sus huesos y se duermen, se duermen y sueñan que un día nacen hijos libres, que danzan como ellos después de la batalla”.
He dicho.
-o-
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Honorable Sala, se encuentran presentes en la tribuna de honor magistrados provenientes de todo el país, quienes visitan la Cámara de Diputados en el marco del curso sobre reforma del Código de Procedimiento Penal, que imparten la Corporación de Asistencia Judicial y la Universidad de Valparaíso, bajo la dirección del profesor Raúl Tavolari. Les damos la más cordial bienvenida.
(Aplausos).
-o-
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
En el tiempo de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, distinguidos colegas, el diputado que habla argumentará en contra de la reforma constitucional que hoy se somete a nuestra consideración.
Quiero aclarar que sobre esta materia no existe una posición de partido, porque se trata de un tema de alcances muy profundos, y cada diputado de Renovación Nacional fundamentará y decidirá su voto. Sin embargo, no puedo dejar de plantear algunas consideraciones y preocupaciones ni de hacer un análisis muy de fondo sobre esta reforma constitucional.
Lo primero que quiero subrayar, como presidente de un partido que, con orgullo, se denomina Renovación Nacional -vale la pena hacerlo en una época como la actual, en que existen dudas sobre la vigencia de la entidad denominada nación, seguramente como consecuencia del feroz embate de la globalización universal que iguala e impone criterios y formas de relación cultural extraordinariamente uniformes-, es la vigencia del concepto de nacionalidad.
¿Qué se entiende por nación? Si hacemos una analogía con la persona humana, la nación es un organismo compuesto por un cuerpo y un alma. La nación tiene un cuerpo: su territorio, sus regiones, sus comunas y, también, sus habitantes, sus ciudadanos, que tienen diversas procedencias y formas de pensar, diferentes formas culturales, pero que se agrupan, se aúnan, se organizan en una estructura nacional. También forman el cuerpo de la nación las organizaciones naturales intermedias entre el hombre y el Estado, las distintas formas de asociación que se van dando las personas que habitan un territorio que pertenece a una nación para solucionar sus problemas particulares. Así, la familia, el gremio, el municipio, las etnias, que en países como los nuestros son extraordinariamente válidas e importantes, son parte del cuerpo nacional.
Pero, lo mismo que una persona, una nación se caracteriza, más que por su cuerpo, por su alma, y las naciones tienen alma. El alma de una nación es el sentido de pertenencia a una comunidad de historia y de destino. Una nación es tal, cuando tiene una historia, símbolos, vivencias y dolores comunes y, sobre todo, cuando tiene percepción y noción de un destino común.
Un pensador español decía que nación era una unidad de destino en lo universal. Yo creo profundamente en ello; creo que Chile, como nación, es fundamentalmente una comunidad de historia y también de destino. Las particularidades de nuestra alma nacional y de nuestra nación chilena son claras y precisas. Al organizarse una nación en Estado -el Estado es la nación jurídicamente constituida-, lo hace para valorar, para incrementar, para acrecentar, para subrayar los elementos de integración, mucho más que los elementos de desintegración nacional.
En Chile, se hace un esfuerzo de integración, y si hay algo que caracteriza a la nación chilena -todos los historiadores están contestes en ello- es su calidad de nación mestiza. Chile es un país mestizo, siendo quizás, junto con México, el país más mestizo de Iberoamérica. Es una nación que ha ido absorbiendo sus diferentes afluentes étnicos en una sola corriente común. No es por casualidad que en uno de sus primeros actos jurídico-político, nuestro Padre de la Patria , don Bernardo O’Higgins -estamos próximos a celebrar el 18 de Septiembre y toda la historia y significado de O’Higgins y de nuestra Independencia-, fue, precisamente, declarar que los integrantes de los pueblos pertenecientes a las diferentes etnias indígenas eran ciudadanos chilenos en igualdad de oportunidades y derechos que los criollos blancos que, tradicionalmente, habían sido los que planteaban la idea de nacionalidad. Existe, entonces, un esfuerzo de integración, y cuando un Estado se organiza jurídicamente, lo hace para integrar, nunca para desintegrar.
Pero, ¿acaso esto quiere decir que Renovación Nacional o el diputado que habla no valoran la diversidad? Muy por el contrario, una nación es diversidad, una nación presupone la existencia de visiones, culturas y costumbres distintas. Y esas costumbres y tradiciones deben ser valoradas y fomentadas, porque -como muy bien lo dijo hace algunos días el candidato presidencial de la Alianza por Chile- una nación debe valorar su diversidad. Pero debe hacerlo bien, no exclusivamente en forma lírica o académica, o creando normas jurídicas que, más bien, irán en contra de la integración, en contra de las personas, de los grupos o de las etnias a los cuales se quiere favorecer, sino que se debe tratar de mejorar su desarrollo, su autonomía y su expresión cultural para enriquecer el bien común.
Aterrizo en la norma que se nos propone. No puedo estar a favor de ella. No puedo, lisa y llanamente, aceptar -aunque estoy dispuesto a buscar otras disposiciones- los términos en que se plantea -y mediante los cuales se expresa- esta reforma constitucional.
Estamos modificando nada menos que el artículo 1º de la Constitución Política, que expresa: “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y que “El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”. A este artículo se le pretende adicionar, además de manera redundante, una norma que señala: “El Estado reconoce a los pueblos indígenas, los cuales integran la Nación chilena. La ley promoverá el respeto y desarrollo de sus culturas, lenguas, organización social y costumbres, y garantizará a sus integrantes mecanismos de participación en los asuntos que les competen, en iguales -y aquí está lo grave- términos que a todos los demás sectores o grupos de conforman la Nación chilena”.
¿Es posible aceptar que en el artículo 1º de la Constitución, que define los elementos de la nacionalidad, se parta diciendo que la nación chilena está dividida o subdividida en sectores o grupos? ¿Qué lenguaje es éste?
Pensemos, señores diputados, lo que significa partir definiéndola -lo que, por principio, la Constitución Política une-, con términos que nos dividen, subdividen o autodividen en sectores o grupos.
Precisamente, la Constitución es una norma para dar libertad, participación y realización personal a toda la nacionalidad, a toda la comunidad, no a sectores o grupos. Por esta vía, cualquier grupo, sector o persona se sentirá autorizado para pedir una norma especial. Además de la etnias indígenas, en Chile existen muchas agrupaciones de habitantes que tienen una particular forma de pensar y una raíz territorial, cultural o racial. Por ese camino, cualquier grupo va a requerir un reconocimiento especial en la gran norma común que es la Constitución Política.
Al margen de nuestra posición política, llamo la atención de todos los señores diputados que se encuentran en la Sala para que piensen que esto no es inocuo, para que piensen que es profundamente peligroso que una modificación de una base de la institucionalidad, artículo 1º del Capítulo I de la Carta Fundamental, establezca la división de la nacionalidad chilena en sectores o grupos. Con esta reforma no estamos ayudando a las etnias indígenas a que se desarrollen, sino que estamos creando más problemas que los que queremos solucionar.
Además, llamo la atención sobre su inconveniencia. La Constitución es y se define como una norma que regula las formas de participación. En las mismas bases de la institucionalidad, en el artículo 5º, se establece: “Las soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo -por importante, atrasado o discriminado que sea- ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio”.
Pues bien, esta reforma señala, de manera grave, que el “Estado reconoce a los pueblos indígenas” y que el Estado “garantizará a sus integrantes mecanismos de participación en los asuntos que les competen”. ¿Qué asuntos les competen? Todos los asuntos les pueden competer. ¿Qué mecanismos de participación? ¿Mecanismos distintos de los establecidos en la Constitución, particulares, específicos, propios de esa etnia o los que establece la Constitución para todos los chilenos?
La ley establece la igualdad. Todos los chilenos son iguales ante la ley. Parafraseando un texto clásico de política, parece que esta reforma quiere decir que todos los chilenos son iguales, pero que hay algunos más iguales que otros.
Simplemente, esta reforma no va a funcionar, va a quedar en una declaración lírica, que no es inocua, que no producirá ningún beneficio, más bien creará fermentos, elementos de disociación gravemente perjudiciales que terminarán afectando a las propias etnias que se pretende favorecer.
Si queremos hacer las cosas, hagámosla bien, no a través de estas “parafernalias” que, en definitiva, no producen ningún beneficio, sino muchos perjuicios potenciales que no quiero ver desarrollados en el futuro de nuestro país.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Miguel Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente, los colegas de Oposición nos hacen recordar a aquella vieja Derecha agraria, que suponíamos ya superada en nuestro país.
Afirmar que este proyecto de reforma constitucional sólo compete a los mapuches, es una falta de respeto a los otros pueblos originarios. Es cierto que los mapuches son mayoría, pero no son los únicos. Esta reforma constitucional reconoce a todos los pueblos originarios de Chile.
En segundo lugar, se habla de que los mapuches, principal y mayoritariamente, viven en los sectores rurales, lo cual no es cierto. Más de la mitad de ellos viven en la Región Metropolitana, en Santiago.
En tercer lugar, se dice que esta reforma no apunta a resolver los problemas de pobreza que sufren los pueblos originarios; pero si no estamos en eso. Estamos en una reforma constitucional que sólo reconoce una realidad.
Después se dice que atenta contra el Estado unitario. Cuando un país es capaz de reconocer su realidad, no está escondiendo la cabeza, como lo hace el avestruz, para no resolver un problema real que existe.
De manera que las expresiones vertidas por los diputados de la Derecha, referidas a esta reforma constitucional, no hacen sino reconocer la mirada de corto plazo y el pragamatismo exacerbado que se tiene respecto de temas de fondo, que involucran cultura, identidad y persona.
Si hacemos un análisis del derecho comparado sobre este tema, que no es otro que el de una reforma constitucional, nos encontraremos con la realidad de que nuestro país es uno de los pocos del continente que no se refiere en absoluto, en su Carta Fundamental, a los pueblos originarios.
Si a ello sumamos el hecho de que en los tratados internacionales se encuentra igualmente un aspecto importante de la fuerza jurídica, de una proposición de reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, veremos que es urgente que el país se adecue a la modernidad. ¿Por qué la modernidad para la Derecha significa sólo la economía de mercado, el desarrollo económico, y no se detiene a pensar en que la modernidad también significa buscar los mecanismos que permitan integrar aspectos importantes de nuestra nación, como es el caso de los pueblos originarios?
Reitero, la Derecha le da un tratamiento a este tema que no corresponde a la realidad, en circunstancias que estamos tratando de concretar una reforma constitucional, con el fin de que no sigamos en desigualdad de condiciones en el derecho comparado, ya que Chile es uno de los dos países en Latinoamérica que no ha hecho un reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas. Obviamente, ésa es una falencia que nosotros debemos salvar de alguna forma.
Aquí se ha expresado que la reforma atenta contra la unidad de la Nación, pero, como lo dije en mis primeras palabras, si no somos capaces de reconocer lo que son nuestras realidades y buscar solución a los problemas de acuerdo con ellas, estamos actuando como el avestruz: escondiendo la cabeza.
¿Y por qué lo digo? Porque el último censo indica que un millón de chilenos se declara indígena -mapuches, aimaras, atacameños, kawashkar o rapa nui, cifra que no deja de ser importante y con una connotación aún más trascendente, desde mi punto de vista, en lo que es la definición de pueblo. Todos estos grupos tienen su propia lengua y, además, una conciencia étnica que hay que valorar, elemento principal para entender que en nuestro país tenemos una realidad: la existencia de pueblos originarios. Y frente a ello, de nuevo el mismo argumento: tenemos que adecuar nuestra carta fundamental a lo que hoy existe.
El diputado señor Cardemil ha hecho un fuerte alegato respecto de una de las frases del artículo único de la reforma, que expresa: “en iguales términos que a todos los demás sectores o grupos que conforman la Nación chilena.”. Pero él debería recordar que esa frase se agregó al artículo original precisamente en una negociación con los parlamentarios de Derecha, en la Comisión, en contra de lo que nosotros deseábamos: que en la Constitución quede establecida una discriminación positiva para los pueblos originarios.
No podemos evadir nuestras responsabilidades políticas. Si vamos a una Comisión, analizamos, discutimos y negociamos ciertos puntos de vista, no podemos llegar aquí a la Sala -y menos aún quien es presidente de un partido político- a hacer tabla rasa de los acuerdos y a borrar con el codo lo que se escribió con la mano.
Esa frase, reitero, se negoció en la Comisión para lograr que el proyecto siguiera su trámite. Ello se logró con el acuerdo de los parlamentarios de Derecha. Por eso, no me parece correcto que lo que se escribe con la mano en una Comisión, se borre con el codo en esta Sala.
Quiero decir, finalmente, que este proyecto de ley no nos deja plenamente conformes. Por eso, junto con otros parlamentarios, hemos planteado la posibilidad de presentar una reforma constitucional más profunda, donde sí se reconozca la participación de nuestros pueblos originarios en toda la institucionalidad pública. Es decir, discriminar positivamente para que tengan representación en el Senado y en la Cámara de Diputados, en los gobiernos comunales -alcaldes o concejales-, etcétera. De esa manera, creemos que las condiciones de marginalidad en que hoy viven nuestros pueblos originarios podrán ser superadas en el corto plazo.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Cito a reunión de Comités.
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Rocha.
El señor ROCHA.-
Señor Presidente, la aprobación de esta reforma constituye el reconocimiento más explícito que se ha hecho en nuestra vida jurídica de que Chile es una nación pluriétnica, en la que han convivido desde siempre distintas razas con historia, costumbres y tradiciones diferentes. Son naciones que no han tenido, lamentablemente, la consideración que se merecen, no obstante los diversos cuerpos jurídicos destinados, más que todo, a consagrar su condición de incapaces frente a la legislación, limitando sus facultades para ejercer actos jurídicos.
El proteccionismo en nuestra legislación fue consolidando, en vez de mejorar, la condición de razas inferiores a que justamente el dominador sometió al dominado.
Con la reforma constitucional propuesta, Chile, que además deberá aprobar dentro de poco el necesario complemento de esta reforma, el Convenio 169, se pone a la altura de países en que el respeto por los pueblos originarios se evidencia con nitidez. Así ocurre en países como Canadá, Estados Unidos o Nueva Zelanda.
Este acto de justicia con nuestros pueblos originarios no constituye ingenuidad, como muchos piensan al suponer que estamos creando con esta reforma un estado dentro de otro estado. Éste es un error conceptual que debe ser desvirtuado absolutamente. Aquí estamos asumiendo la diversidad como un componente presente en nuestra nacionalidad. Nuestros pueblos originarios serán más chilenos, se integrarán más al devenir de la patria y reconocerán como suyos a los héroes nacionales de Chile en la medida en que les aseguremos que son parte de esta nacionalidad con igualdad de oportunidades y respetados por su lengua, por su tradición, por su historia y por el aporte que, día a día, nos están entregando en distintos ámbitos del quehacer nacional.
Esta reforma constituye, por último, una manera digna y promisoria de comenzar a vivir el nuevo siglo.
Debo decir con mucha claridad que me impresionó la intervención del diputado señor Cardemil , presidente de un partido político de Oposición. Expresó que Chile es un pueblo mestizo. La duda es la siguiente: ¿significa que es un país de iguales, es decir, donde tenemos igualdad de oportunidades? ¡No, señor Presidente ! Existe una relación de conquistador y conquistado. Quiero señalar un solo ejemplo frente a una situación que vemos con frecuencia. Cuando un indígena de este país recurre a un tribunal, puede ser compatible su aspiración jurídica relacionada con instituciones, preclaras por cierto, como la prescripción, la cosa juzgada, la preclusión, con la realidad que ellos deben plantear a los tribunales; pero ¿puede tener éxito judicial? ¡Jamás! Y eso revela precisamente esta gran diversidad, esta gran injusticia que hemos ido consolidando en nuestra legislación.
Por esa razón, esta reforma, más que un hecho jurídico, es un acto de justicia, y los diputados radicales le prestaremos nuestra aprobación.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el diputado señor Luis Monge.
El señor MONGE.-
Señor Presidente, se somete a consideración de la Sala una nueva reforma constitucional, esta vez con la intención declarada por el Ejecutivo en su mensaje de otorgar lo que pomposamente ha denominado “reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas”.
Iniciativas semejantes suenan bien al oído, aunque, a mi juicio, son tardías y extemporáneas, pues ya han transcurrido casi 500 años desde que se produjo el encuentro en nuestro suelo entre el europeo y el nativo, con todos los efectos conocidos y la dinámica propia de procesos de esta naturaleza.
Iniciativas que pretenden reconocer a una minoría su derecho a la diversidad o, en otras palabras, a ser diferentes frente a otros de los grupos humanos, que teniendo características propias, conforman la nación chilena, gozan de general simpatía, aunque sus efectos prácticos sean imperceptibles, porque las normas legales, por sí solas, no cambian ni los hábitos ni la realidad histórica de los pueblos.
Pero me temo que, por esta vía, nos veremos forzados a efectuar un sinnúmero de nuevas reformas, transformando la Constitución Política de la República en una larga enumeración de frases para el bronce, como ya lo han sido otras que hemos aprobado con anterioridad en este Congreso, y que, en la práctica, no se han traducido en acciones concretas del Estado en beneficio de las minorías o grupos supuestamente amparados por las nuevas disposiciones.
El actual artículo 1º de la Constitución, aunque redactado en términos generales, constituye por sí solo un mandato suficientemente amplio y explícito al Estado para que actúe en favor, entre otros connacionales, de los pueblos indígenas y para resguardar sus derechos, su cultura, su lengua y su organización social y costumbres.
Si hasta la fecha el mandato no ha sido ejecutado, sólo se debió a falta de voluntad política de los gobiernos, tal como ha ocurrido con muchas otras materias, precisamente por carecer de un mandato con jerarquía constitucional que se los ordene en forma imperativa.
Lo que debe entender el Gobierno, de una vez por todas, es que no sólo de reconocimientos constitucionales vive el hombre. Tanto el indígena como el no indígena y el mestizo, o sea, todos, necesitamos políticas claras que estimulen integralmente nuestro desarrollo espiritual y material, y en especial, en el caso de los habitantes de zonas rurales, aquellas que tiendan a crear fuentes de trabajo, a preservar la agricultura y la cultura campesinas, a proporcionar caminos, salud, educación y vivienda y, en general, a ejecutar acciones que brinden igualdad de oportunidades para todos los integrantes de la comunidad nacional, que nos hagan sentirnos partícipes del proyecto de desarrollo colectivo y protagonistas de un solo proyecto de país.
Los pueblos indígenas son una realidad en Chile que involucra directamente al 15 por ciento de la población total del país, y al 82 por ciento restante, que presenta diferentes grados de mestizaje, lo cual nos lleva a concluir que soslayar esa realidad equivaldría prácticamente a negarnos a nosotros mismos y, con ello, a renegar de nuestra propia identidad nacional.
Somos, en consecuencia, una nación multiétnica, mayoritariamente indígena y minoritariamente de inmigrantes, de quienes, a través de los tiempos, hemos ido recibiendo variadas influencias culturales, religiosas, políticas y sociales, las que hemos ido asumiendo y asimilando con distintos grados de profundidad, lo cual nos ha llevado a ser lo que actualmente somos, con nuestras virtudes y defectos, y ésa es nuestra única realidad. Esta población, mayoritariamente de sangre indígena, ha ido evolucionado y optando por formas y usos culturales distintos a los de sus ancestros, tal vez por considerarlos, consciente o inconscientemente, superiores a aquellos, bien por efectos de moda o conveniencia, o simplemente por ese afán tan nuestro de imitar lo extranjero y subvalorar lo autóctono.
La nueva norma no asegura nada diferente de lo que actualmente se garantiza constitucionalmente al resto de la población, en virtud del principio de igualdad ante la ley, y tampoco constituye un principio de discriminación positiva. Por lo tanto, su aprobación, conociendo cómo se manejan los gobiernos en estos temas, no traerá aparejado ningún cambio en la situación actual de nuestras etnias ni en las políticas desarrolladas por el Estado en su favor.
Como diputado por la provincia de Malleco, me siento orgulloso de representar a los miles de compatriotas chileno-mapuches que viven en su suelo, de haber convivido con ellos desde niño, de conocer y comprender su cultura y de sentirme depositario de sus reales anhelos y frustraciones, entre estas últimas, las innumerables promesas demagógicas de que han sido víctimas por años, la discriminación, el exceso de paternalismo, la falta de participación y de confianza que les dispensan los gobiernos, la ausencia de oportunidades reales de desarrollo que se vive hoy en todos los rincones del campo sureño y la agonía en que se encuentra su actividad económica madre -la agricultura-, que se halla al borde del colapso.
Dudando de la utilidad práctica de una reforma de esta naturaleza, por solidaridad con todos ellos y como un llamado de atención permanente al actual Gobierno y a los que le sucederán en el futuro para que trabajen activamente en beneficio de nuestros hermanos indígenas, respetando el grado de integración que cada uno libremente decida tener con la modernidad, anuncio mi voto favorable, con la esperanza de que este reconocimiento constitucional produzca algún tipo de frutos y no se transforme en letra muerta que aumente la frustración que hoy se percibe en los más recónditos lugares de la Araucanía, precisamente porque el discurso oficial no cuadra con la realidad de pobreza e indigencia a que han sido condenados sus habitantes por haber tomado el país la opción de favorecer preferentemente al mundo urbano, perjudicando abiertamente los intereses del mundo rural, a cuyo destino se encuentra ligada, en forma indisoluble, la supervivencia de nuestras etnias.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI.-
Señor Presidente, no hay duda de que este proyecto de reforma constitucional es un gran paso en pro del fortalecimiento del respeto por los valores, las costumbres e idiosincrasia de los pueblos indígenas.
La iniciativa expresa la realidad de la sociedad chilena, y nos ayuda a asumir lo que es Chile con su sociedad pluricultural y multiétnica, donde los pueblos indígenas son parte de la diversidad de la sociedad chilena, en que su cultura también es parte de la cultura nacional y la enriquece. Esta reforma contribuye a salvaguardar a estos pueblos que son los primigenios de Chile y ayuda a fomentar su desarrollo armónico y equilibrado al proteger su cultura.
No podemos dejar de destacar que agregar esta disposición en el artículo 1º de la Constitución Política tiene particular importancia, ya que dicho artículo es un precepto doctrinario y principal fuente de inspiración de la propia Constitución. En esta forma se valora la diversidad, transformándola en un valor permanente de la sociedad chilena, debiendo protegerse dicha diversidad por los tribunales de justicia y por todos los órganos del Estado, a fin de promoverla y respetarla. Ésa es la gran importancia de incorporar la presente reforma constitucional en este artículo.
Aquí hemos hecho esfuerzos en el sentido de reconocer la diversidad y la importancia de los pueblos indígenas. Por ello, en 1993, aprobamos la ley sobre la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, que, si bien es cierto, no dio respuesta a las expectativas que se plantearon en su origen, fue un importante paso, lo que se reforzó con la creación del Fondo de Tierras y Aguas, que ha permitido hasta hoy la transferencia de 85 mil hectáreas.
A pesar de todo y de esa ley, nuestro país no ha asumido en plenitud el derecho de los pueblos indígenas a ser diferentes y a desarrollar una cultura distinta, lo que, sin duda, es un desafío, y en ese sentido esta reforma constitucional es un gran aporte.
En relación con ella, uno de los grandes aportes que se hizo en la Comisión se relaciona con el temor al significado de la expresión “pueblo”. Hay que dejar claro que ella nada tiene que ver con el concepto jurídico tradicional y los consecuentes derechos, especialmente de autodeterminación, que pudieran derivarse. Este término sólo tiene una implicancia sociológica referida a la existencia de un grupo humano con una cultura propia.
Por supuesto, uno se alegra al ver cómo distintos representantes de la Derecha están manifestando su apoyo a esta reforma tan importante. La Derecha se ha manifestado normalmente reticente a aprobar este tipo de reforma, porque no reconoce la existencia de los indígenas, sino de meros descendientes de ellos, y ya en 1978, por ejemplo, quiso eliminar abiertamente todo reconocimiento a los mapuches, cuando trató de suprimir la regulación de la comercialización de sus tierras. La Derecha siempre ha tratado de solucionar el problema indígena integrándolos al desarrollo y al mercado con políticas focalizadas, como se haría con cualquier sector de la población en situación de pobreza. Si aceptáramos esto, estaríamos llevando a los indígenas a su extinción como minoría étnica y a su integración forzada, en condiciones marginales, a nuestra sociedad.
Hoy día, por supuesto, nos alegramos de ver que haya algunos parlamentarios de Oposición que aprueban esta reforma. A aquellos que dicen que es poco seria, cosa que rechazo categóricamente, les diría que lo poco serio, por ejemplo, es la actitud de su candidato Lavín , que quiere demostrarse como partidario de los indígenas y de sus problemas bailando con ellos, haciéndose pascuense, cuando en el fondo realmente no representa el verdadero sentir de los indígenas. Eso sí que es poco serio.
Debemos avanzar más allá de este reconocimiento constitucional que, sin duda, es un paso importante, pero a futuro debemos establecer medidas de representación indígena en los órganos de gobierno local o regional, por la vía de la discriminación positiva. Sin embargo, para lograr esos pasos, es necesario primero dar éste.
Por las razones expuestas, votaré favorablemente el proyecto.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Señores diputados, reunidos los Comités parlamentarios acordaron, por unanimidad, continuar debatiendo este proyecto. En consideración a que aún hay diputados que no han usado de la palabra, se cumplirán los plazos fijados para que éstos intervengan, luego de lo cual se pospondrá la discusión de la iniciativa hasta la próxima semana, a fin de comenzar el estudio del proyecto de reforma constitucional que persigue fortalecer la facultad fiscalizadora de la Cámara de Diputados.
Tiene la palabra el diputado señor José Antonio Galilea.
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Señor Presidente , no sólo como parlamentario, sino en forma personal, llevo muchos años conviviendo y vinculándome con personas pertenecientes a la etnia mapuche, a quienes represento en la Cámara por cerca de diez años. Son contadas las ocasiones en que uno puede reunirse, conversar y conocer sus inquietudes y problemas. Y digo esto porque en raras oportunidades, el tema del reconocimiento constitucional surge como una solicitud urgente o como un asunto trascendental para esta etnia.
En general, las demandas del pueblo mapuche corren por un cauce muy distinto del que ahora discutimos. Hay un hecho que demuestra que esto es así. A partir de los diálogos sostenidos por Mideplan y la Conadi con un sinnúmero de comunidades del sur de Chile, el primero de los organismos mencionados confeccionó una estadística de la que se desprende que, no obstante otorgarse importancia al reconocimiento constitucional, por sobre él hay muchos otros temas de mayor trascendencia, como los relativos al trabajo, la tierra, la educación y el respeto a la cultura. El reconocimiento constitucional ha pasado a ser -digamos las cosas como son- una suerte de bandera de lucha de un sector de seudorrepresentantes de algunas comunidades mapuches, quienes están tremendamente politizados e ideologizados. Para respaldar esta solicitud especial de reconocimiento constitucional, basan sus expectativas en la necesidad de constituir lo que ellos mismos han denominado un “Estado autónomo”. De ahí que para muchos de ellos el sustento de esta reforma constitucional se enmarca en actitudes como enarbolar una bandera propia y de querer constituirse, lisa y llanamente, en una nación autónoma, con plena y total autodeterminación. Mi impresión es que no se trata de un sentimiento compartido por la Cámara de Diputados; sin embargo, hay parlamentarios que insuflan ánimos para este propósito, propiciando, por ejemplo, proyectos de ley que buscan obtener representaciones parlamentarias especiales. Aun cuando saben que iniciativas de esa naturaleza nunca van a prosperar, las impulsan para quedar “bien parados” ante sus representados, conducta que en algunos lugares se denomina demagogia.
Ahora bien, ¿por qué “se durmió” la tramitación de este proyecto? Porque cuando se puso en discusión, se pensó que la Derecha -como se ha dicho aquí- iba a votar en contra de la iniciativa, con el propósito de sacar un estupendo dividendo político-electoral en las distintas regiones. No obstante, se encontraron con que esa misma Derecha la votó favorablemente, y quienes así pensaron se quedaron sin objetivo en que basar sus fundamentos. Insisto, la resucitación de esta iniciativa fue impulsada por los diálogos sostenidos por Mideplan y la Conadi con las distintas comunidades del país, lo que trajo como consecuencia que se considerara nuevamente el objetivo de incorporar en la Constitución a las minorías étnicas. Con todo, el origen del proyecto -así como ocurrió en su momento con la ley indígena-, más que cumplir con un compromiso de la Concertación, buscaba propinar a la Oposición...
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Señor diputado, resta un minuto para que concluya su intervención.
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Señor Presidente , según me indican miembros de mi Comité, se han extendido los tiempos destinados a las intervenciones. En un minuto, no alcanzo a redondear mi idea.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Puede continuar su Señoría.
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Señor Presidente , la finalidad de estos proyectos era propinar a la Oposición un daño de carácter político-electoral. Ello no ha dado resultado porque tanto la ley Indígena como la reforma que ahora debatimos contaron con nuestros votos favorables.
De las intervenciones de los diputados Tuma, Ceroni y Hernández se desprende el objetivo perseguido: argumentar que la Derecha tiene una sola visión respecto de este tema, enmarcarla como un sector que sostiene una posición contraria a este proyecto, dar por hecho que somos personas insensibles frente al problema étnico e, insisto, propiciar un daño de carácter electoral. Si hasta parece que algunos colegas que han intervenido nos invitan a votar en contra, para así verlos correr el próximo fin de semana a sus regiones para señalar que la Derecha votó negativamente el proyecto.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Ha concluido su tiempo, señor diputado.
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Señor Presidente, solicito que aclare el tema relativo a la extensión de los tiempos destinados a intervenciones. Lo que su Señoría señala no se condice con lo que indica mi Comité.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
La Mesa hará respetar el acuerdo, según el cual harán uso de la palabra, dentro de los tiempos estipulados, los diputados que se encuentran inscritos. Luego de cumplido ese lapso, se pondrá en debate el siguiente proyecto en tabla. Como ya se manifestó, en una próxima sesión se continuará discutiendo esta iniciativa.
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Excúseme, señor Presidente, pero la verdad es que no entiendo nada. Se convocó a reunión de Comités para postergar la votación del proyecto, lo que significa prorrogar el tiempo destinado a su debate, pero ahora se acuerda no extenderlo y mantener la postergación de la votación.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , pido a su Señoría que no interrumpa al diputado señor José Antonio Galilea , de modo que pueda finalizar su exposición. Si no cuenta con el tiempo necesario para ello, la Mesa puede restar los minutos adicionales del que corresponde a los parlamentarios de la bancada de Renovación Nacional que aún no intervienen.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , la bancada de Renovación Nacional agotó su tiempo. Por lo demás, hay diputados que no han intervenido, y el acuerdo de los Comités apuntaba, precisamente, a que pudieran hacerlo en una próxima sesión.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , el acuerdo de los Comités fue extender la sesión en tanto hubiera diputados inscritos. Ese objetivo no se va a cumplir si su Señoría interrumpe a un parlamentario que aún no finaliza su discurso.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Los tiempos destinados a las intervenciones ya fueron fijados y, en algún momento, debo dar por finalizado el debate del proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Alberto Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , solicito que se revise el acuerdo adoptado por los Comités, por cuanto es inconsistente. Ocurre que ha surgido un debate de fondo respecto de esta materia, propio de la Cámara de Diputados, y se acuerda suspender su discusión y continuar su tratamiento y proceder a su votación la próxima semana. Considero que lo razonable es proseguir con el debate. El proyecto relativo al fortalecimiento de las facultades de fiscalización de la Cámara de Diputados perfectamente puede tratarse mañana o la próxima semana. Lo único que se consigue al discontinuar la tramitación de un proyecto para abocarse al estudio de otro es impedir el intercambio de puntos de vista que, por lo demás, han sido expresados con mucho respeto y franqueza. En tal sentido, solicito a su Señoría que acceda a que los parlamentarios que así lo deseen continúen debatiendo el proyecto hasta el momento en que la Mesa lo estime conveniente, de modo de proceder a su votación en una próxima sesión.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , mientras no haya acuerdo en contrario, mantendré los tiempos acordados.
Cito a reunión de Comités a fin de coordinar el tratamiento de esta materia. No obstante que resta un minuto para que finalice la intervención del diputado señor José Antonio Galilea, los Comités pueden señalar algo distinto sobre ese punto.
Se suspende la sesión.
-Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Continúa la sesión.
Por acuerdo de los Comités, cada uno de los parlamentarios intervendrá dentro de los tiempos fijados en la tabla.
Ha concluido el tiempo del Comité de Renovación Nacional. No obstante, el diputado señor José Antonio Galilea puede usar hasta cuatro minutos del tiempo correspondiente al Comité de la Unión Demócrata Independiente.
El señor GALILEA (don José Antonio).-
Señor Presidente, estaba diciendo, cuando su Señoría me interrumpió, que del debate generado en la Sala, en particular por la intervención de algunos diputados de la Concertación, queda claro que con esta iniciativa y con la búsqueda de votos en contra en la Oposición, se pretende obtener dividendos políticos. Es bueno expresarlo, dentro de la sinceridad que debe haber en el debate, porque no escapará de la atención de los señores diputados que su redacción no da espacio para respaldar autodeterminaciones de algunos extremistas que buscan apoyo en las minorías étnicas, ni permitirá crear una nación distinta de la chilena. Aun cuando se apruebe, algunos continuarán levantando las banderas de dicha autonomía, pues no creo que se aminore ese ánimo en los extremistas que buscan esa posibilidad en la Constitución, a través de la iniciativa en estudio.
Desde ese punto de vista, el proyecto es inofensivo y eventualmente inútil para los intereses de esa gente. Los que creen que con esto se terminará el extremismo que ha proliferado en el sur de Chile, en nombre de las minorías étnicas, están profundamente equivocados.
Es indispensable tener un debate serio sobre las consecuencias que está provocando la discriminación positiva de que se ha hablado, porque de alguna manera la propia ley indígena se fundamenta en ese espíritu, en favor de determinados chilenos. Sin embargo, a través del tiempo, esa discriminación positiva se ha ido volviendo en contra de las minorías étnicas que se buscaba proteger y ayudar, porque hoy muchos chilenos pobres o, en igualdad de condiciones que ellas, no tienen la posibilidad de recurrir a una legislación que los apoye para adquirir más tierras, opción con la que sí cuentan los mapuches en virtud de la ley Indígena. Aun sin estar en contra de ello, se ha ido generando una suerte de animosidad por parte de quienes no tienen esa opción.
En muchos países, legislaciones fundamentadas en la discriminación positiva, para proteger y ayudar a determinados sectores, en la práctica y a la larga se han terminando volcando en contra de quienes se busca proteger.
El proyecto no puede constituirse en una suerte de cortina de humo para ignorar la ineficacia de la Concertación en materia indígena. Llevamos diez años desde que el ex Presidente Aylwin asumió su compromiso en Nueva Imperial y nueve años de funcionamiento de la ley Indígena. Hace una semana, en esta Sala analizamos cómo cerca de l.800 millones de pesos para favorecer a las minorías étnicas han desaparecido del aparato del Estado, aspecto sobre el cual se ha llamado la atención por parte de la propia Contraloría. En consecuencia, es necesario reconocer que el Gobierno ha sido ineficaz e ineficiente para atender las demandas indígenas. Por más recursos que se destinen a través de la Conadi, hasta hoy no existe una sola demostración de que esos fondos sacarán a las minorías étnicas del problema en que se encuentran.
La única razón que me lleva a votar a favor del proyecto radica en que considero inexcusable que en nuestra Constitución no haya una sola palabra respecto de la existencia de pueblos originarios en nuestro territorio, los que, entre otros, dieron origen a la nación chilena. Sólo por ese motivo aprobaré la reforma, no sin antes señalar que, en la práctica, para los mapuches, los aimaras y los pascuenses, el proyecto es absolutamente inútil.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, en verdad, a pesar de los años que uno lleva en política, no termina de sorprenderse de las posiciones disímiles que asume la Derecha. Al escuchar a sus diputados, con algunas excepciones, lamentablemente escasas, no puedo sino concluir que ésta es la Derecha más paleolítica, conservadora, reaccionaria y racista que se puede esperar.
Las palabras del diputado señor Cardemil retratan a la Derecha que hoy respalda a Lavín, quien -según nos dice- hará un esfuerzo de integración nacional. Voy a sacar copia de su intervención para dialogar y reflexionar respecto de los alcances de esa integración.
Se ha dicho que la reforma es peligrosa, que estamos frente a un “terrorismo constitucional”, que la iniciativa atenta contra la integridad nacional. El diputado Monge ha manifestado que es una moda. Se ha dicho que atenta contra la convivencia, que imitamos a los extranjeros. El diputado Van Rysselberghe se opone por oponerse, porque no entrega argumentos. El diputado Alessandri señala que es un problema de pobreza. El diputado Galilea, don José Antonio , ve un fantasma político, una utilización política y afirma que va a votar sólo porque no existe el concepto integrado a la Constitución, y yo le contesto al diputado José Antonio Galilea que no existe el concepto integrado a la Constitución, que los pueblos originarios existen ahora, y son más de un millón y medio de chilenos.
La verdad es que el Instituto Libertad y Desarrollo es el mentor teórico de esta Derecha y, por tanto, de Joaquín Lavín. ¿Y qué dijo en la Comisión? Afortunadamente, esta Derecha es franca, porque no tiene tapujos en hablar con la verdad, dice lo que piensa, y sin duda eso es un mérito que en política debe ser reconocido. El Instituto Libertad y Desarrollo sostiene que la reforma constitucional permitiría, atendiendo su tenor literal, hacer una discriminación positiva para tal motivo, o bien, resulta innecesaria, puesto que los pueblos indígenas gozan de los mismos derechos que el resto de los chilenos. El Instituto Libertad y Desarrollo piensa que hoy no hay discriminación en Chile, sino igualdad de derechos. A continuación, expresa que ésta puede ser peligrosa si su fin último, pero desconocido, fuera amparar mañana una legislación discriminatoria a favor de los indígenas. Es decir, hoy día la actitud negativa apunta no sólo a no consignar esto en la Constitución, sino también a impedir el objetivo central, que es la dictación de una ley que establezca algún tipo de discriminación positiva para el pueblo mapuche.
Creo que en nada tienen que envidiar al Partido Agrario Laborista ni a los pelucones del pasado. Cuando uno lee las intervenciones de principios de siglo o de fines del siglo XIX, podría pensar que si hubiera otro contexto en esta Sala, aquí se estaría ofreciendo dinero por las orejas de los onas, pueblo primitivo aniquilado por ese afán expansionista de los grupos colonizadores.
Lo que estamos haciendo hoy es cumplir un compromiso, al menos en la Concertación, respecto del tratado de Nueva Imperial. Este Gobierno, mi Gobierno, no ha dado cumplimiento fiel a lo que allí se dijo; pero estamos tratando de ponernos al día con un compromiso que fue asumido en el primer trato con los pueblos indígenas de Chile; es decir, se les reconocería dentro de la Constitución de Chile, porque son parte de la nación chilena.
Aparte de esto, aún quedan deudas: el reconocimiento del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que establece el concepto de pueblo indígena, respecto del cual, sin duda, las principales oposiciones radican en que violaría uno de los derechos de las principales empresas mineras de este país, las pertenencias mineras, pues los indígenas también serían dueños del subsuelo de las tierras indígenas.
Por ello, cabe rechazar las expresiones que hemos escuchado y contrastarlas con el informe que ha elaborado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, informe que es de una claridad y proyección que pugnan con el conservadurismo que aquí hemos escuchado. Este tema no es una moda internacional, sino el signo de los tiempos, y la Derecha se queda atrás. En el mundo entero, los derechos de los indígenas comienzan a ser reconocidos por una necesidad de convivencia y sobrevivencia de los pueblos. La primera de las conclusiones del informe de las Naciones Unidas señala que “el reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas a sus tierras y a sus recursos, así como a proseguir sin trabas la consecución de esas tierras y sus actividades económicas tradicionales, es el primer tema que deberá plantearse todo país, toda nación que aspire a tener una relación sólida, duradera, equitativa, con sectores indígenas y no indígenas de las sociedades”.
Otra de las conclusiones señala que “éste no es sólo un problema de derechos de la tierra, sino esencialmente de carácter político, de voluntad política”. Es también -y el relator Martínez Cobo así lo señala- un problema ético. El relator señala que la humanidad ha contraído una deuda con las poblaciones indígenas por los daños que históricamente les ha causado. Por consiguiente, por razones de equidad, de justicia histórica, es preciso compensarles por esos daños y se da perfecta cuenta de la imposibilidad práctica de retrotraer el mundo a la situación que ya existía cuando se produjeron los primeros encuentros entre pueblos indígenas y no indígenas hace cinco siglos. Además, el relator especial “no alberga ninguna duda -textual- con respecto al tan discutido problema del derecho a la autodeterminación. Los pueblos indígenas, como todos los pueblos de la tierra, tienen ese derecho inalienable”. El artículo 1º de la Carta de las Naciones Unidas reconoce ese derecho a todos los pueblos, sin excepciones. De hecho, lo considera como un principio propio del derecho internacional contemporáneo, al igual que el artículo 1º del Pacto de Derechos Humanos. Por lo tanto, cuando uno mira el mundo entero, mira Europa -los países símbolo del desarrollo económico que hoy pregona la Derecha como modelo único-, claramente se da cuenta de que ésta no está sintonizada. Alaba el desarrollo moderno de la economía de aquellos países que han sido pioneros en reconocer los derechos indígenas; pero aquí copia sus esquemas económicos, traza una línea de desarrollo productivo; pero se niega a reconocer derechos fundamentales, como los derechos humanos, éticos y civiles de los indígenas.
Creo que el proyecto que hoy discutimos ya sufrió un tijeretazo inaceptable. Quiero recordarles -y a los diputados señores Galilea, don José Antonio , y Van Rysselberghe , integrantes de la Comisión-, que el proyecto original que entró a la Cámara y que aprobó la Derecha tenía muchas más condiciones. Estamos asistiendo a una votación absolutamente recortada, insuficiente. El proyecto original, discutido en 1992, establecía que “el Estado velará por la adecuada protección jurídica y el desarrollo de los pueblos indígenas que integran la nación chilena”. Además, establecía que “la ley podrá también establecer beneficios o franquicias determinadas a favor de las comunidades indígenas”. Por último, se proponía una nueva materia de ley, de iniciativa exclusiva presidencial, para establecer sistemas de protección jurídica y beneficios o franquicias para el desarrollo de los pueblos indígenas, como el Nº 7º del artículo 62. Es decir, asistimos a una versión nueva del proyecto de reforma constitucional. No estamos hablando de lo que la Derecha quería suscribir en 1992. Ha cambiado de opinión. Esto, no logro explicármelo. Estamos asistiendo a un reconocimiento constitucional que debe traer aparejada una versión concertada del Estado con los pueblos indígenas de Chile.
Sólo espero que mi Gobierno, en lo que resta de esta administración, pueda ejercer básicamente lo que el ánimo de este proyecto inspira, es decir, el pago de una deuda histórica: devolver derechos que nunca debieron ser conculcados, establecer relaciones de equidad, de no discriminación y, en definitiva, hacer justicia sobre un tema que estuvo oculto durante mucho tiempo, pero que hoy ha salido a la luz, a un debate político, cultural y filosófico, y debiéramos alegrarnos por ello.
Sólo me pregunto si, en definitiva, hoy la Derecha se opone tenazmente, como lo ha hecho, a esta reforma constitucional. Lamento que destacados diputados hayan debido recurrir a esa opción, pensando que, en su concepto de renovación, yo los pudiera haber incluido; y aquellos que acusan a los socialistas de no renovarse, harían bien en leer el discurso del diputado Cardemil. Allí está contenida la esencia de lo que la Derecha es hoy día en el país, con la franqueza que le caracteriza.
En ese sentido, debemos contentarnos no sólo con aprobar esta reforma constitucional, si es que los votos de la Derecha lo permiten, porque están concertados para no hacerlo, sino también -lo decimos con mucha lealtad y franqueza- por ser un tema que pondremos en debate en la campaña presidencial, pues no queremos que engañen a los pueblos originarios. No vamos a aceptar que Lavín se disfrace en isla de Pascua o que en Temuco participe en actividades con las comunidades mapuches y no les diga lo que piensan sus acompañantes, quienes serán parte de su Gobierno, y los dos partidos ejes de su coalición. Hoy, Lavín y sus partidos pretenden engañar a las comunidades indígenas levantando un discurso de aceptación, de protección y no discriminación, y votando en contra de esta reforma constitucional histórica, que votaremos favorablemente.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el honorable diputado señor Francisco Huenchumilla.
El señor HUENCHUMILLA.-
Señor Presidente, quiero que me excuse si mi salud no me acompaña como quisiera para participar en este debate con el brillo con que lo han hecho los señores diputados que me han antecedido en el uso de la palabra.
Señor Presidente, tenemos la obligación de tratar esta materia como un tema de Estado. Si queremos tratarlo con una visión cortoplacista o electoralista, sólo estaremos haciendo un flaco favor al Estado de Chile.
He sostenido en muchas oportunidades, en esta misma Sala, que uno siempre sabe cómo comienzan los problemas étnicos, pero nunca sabe cómo terminan.
Además, es bueno que nosotros, como legisladores, tengamos una visión de lo que sucede en el mundo respecto de los problemas étnicos, la forma como se desarrollan y del curso que toman; pero también es bueno que miremos nuestra historia y veamos qué sucede realmente en nuestro país.
Por eso no comparto lo que aquí ha señalado el diputado señor Cardemil , presidente de Renovación Nacional ; pero creo que su intervención tiene un mérito: centrar el debate respecto de lo que realmente estamos discutiendo hoy como poder del Estado. Aquí estamos tratando un problema político; no estamos debatiendo una ley que dice relación con beneficios socioeconómicos respecto de un sector de chilenos; tampoco estamos discutiendo el tema de la pobreza en una sesión especial. Aquí estamos tratando un proyecto que modifica la Constitución, lo cual es un problema político, porque la reforma, que dice relación con nuestra Carta Fundamental, no tiene que ver con problemas prácticos de desarrollo económico o de beneficios asistenciales. La Constitución Política es la ley que fija las reglas del juego por las cuales se gobierna esta sociedad; la Carta Fundamental es un pacto político, en el cual todos deben estar considerados, donde se establece cómo se distribuye y ejerce el poder en este Estado y en esta sociedad. De eso estamos hablando. Por eso en la Constitución están el Ejecutivo , el Poder Judicial , nosotros, la Contraloría, las Fuerzas Armadas. Ése es el marco de relaciones políticas de poder que tiene esta sociedad. Estamos diciendo aquí que deseamos que el Estado chileno reconozca, en este pacto político, en estas reglas del juego, la existencia de los pueblos indígenas como un actor dentro de este pacto político, para que pueda estar no en la vereda de enfrente, sino que dentro del Estado.
Me parece relevante la intervención del diputado señor Cardemil por el cargo que ostenta. Él dice: “Bueno, éste, ¿no es nuestro país? ¿No tenemos una historia común? ¿No nos unen tantos lazos de nacionalidad, de sufrimientos y de victorias comunes?”.
Francamente, pienso que no tenemos una historia común; tenemos historias que se tocan, pero si uno examina para atrás lo que es la historia de nuestra Patria, se encuentra con que hay más desencuentros que puntos de historia común.
Señor Presidente , estamos hablando de cuestiones que ocurrieron hace más o menos cien años, en 1881. ¿Qué son cien años en la historia de nuestro país, cuando el tema de Kosovo empezó hace trescientos años, y nosotros tuvimos recién, hace poco más de cien años, un desencuentro vital entre el Estado chileno y el pueblo mapuche, que no es inmigrante, porque no vino voluntariamente a esta sociedad y a este Estado? Él fue incorporado violentamente a este Estado por la fuerza de las armas, y eso marca una crucial diferencia.
Antes de 1881, el pueblo mapuche había firmado tratados con el Estado español, como el de Quilín y el de Negrete. Está en la historia. Estos tratados son instrumentos jurídicos, en virtud de los cuales se le reconoció a este pueblo una independencia territorial desde el Biobío hasta el Toltén. Eso me puede gustar o no como diputado. Estoy hablando en términos genéricos; pero la historia está ahí y es indesmentible.
Me pregunto: cuando el Estado chileno manda al sur al Ejército que estaba en el norte, que había protagonizado la guerra contra Bolivia y Perú, y derrota militarmente al pueblo mapuche, ¿hay ahí una historia común? ¿Hay un tratamiento común en el reduccionismo o cuando le quitaron sus territorios, sus animales, su patrimonio, su riqueza? Es nuestra historia republicana, cuando ya estaba vigente el Código Civil, ¿se tuvo en consideración que había una propiedad privada en nuestro Estado? No, el tratamiento fue de guerra.
Por supuesto que entiendo ese argumento de que cuando hubo una guerra, ¡ay de los vencidos! Pero ésa no es una historia común, es una historia de desencuentros; porque a los mapuches los dejan con dos, tres o cuatro hectáreas por cabeza; un pueblo que era dueño de todo el territorio entre el Biobío y el Toltén, quedó reducido a 500 mil hectáreas. Eso lo hace el Estado chileno, por lo menos en el caso mío, en contra de mi bisabuelo por el lado de mi padre, es decir, no hace mucho.
Y si uno examina qué pasó después, cuál ha sido la historia común que tiene el pueblo mapuche con el Estado y la sociedad chilenos, verá que ha sido una historia de aplastamiento, de racismo, de pobreza, de marginación. ¿Qué ha recibido el pueblo mapuche del Estado? Títulos precarios, que nunca fueron reconocidos por los tribunales de justicia, porque hubo miles de juicios que los mapuches perdieron en las décadas del 20 y del 30; intentos de división que se concretan en el gobierno militar; confiscación del derecho de los ausentes, porque no estaban en la tierra para pagarles el valor de ese derecho, de acuerdo con las contribuciones de bienes raíces, en circunstancias que estaba vigente el mismo articulado de la Constitución que hoy rige la propiedad privada.
Cuando las empresas forestales se instalan en el sur, subsidiadas por el Estado en virtud del decreto ley Nº 701, lo hacen en un territorio que las comunidades indígenas estiman legítimamente que eran sus tierras ancestrales. ¿Cuál es nuestra respuesta como Estado? Es la siguiente: “Aquí hay una ley que nosotros dictamos, cuya legitimidad cuestionan los pueblos indígenas y el pueblo mapuche”.
Entonces, me pregunto: ¿cómo resolvemos esta cuestión? Podríamos decirles: “Miren, la ley se acata o, de lo contrario, aplicamos la fuerza”. Claro, ése es un camino; pero, ¿ése es el camino que queremos para la unidad nacional que aquí plantea el presidente de Renovación Nacional , punto que considero válido? ¿Ése es el tratamiento que un Estado y una sociedad deben dar a los temas étnicos, los cuales, repito, todos sabemos cómo comienzan, pero nunca cómo terminan.
Es probable que la inmensa mayoría de los comuneros mapuches estén en otra, como lo demostró el diálogo; pero todos sabemos que los procesos sociales son dinámicos, y es así como las sociedades, en todos los pueblos del mundo, tienen un conjunto de dirigentes más visionarios, más preparados, con mayor visión estratégica. Si hiciéramos una encuesta al pueblo chileno, probablemente, su gente también “esté en otra”; no esté discutiendo los temas políticos, lo cual no significa que no valoremos el hecho de que debemos tener un pacto político como la Constitución, cuyo cuestionamiento también lo hacemos como chilenos.
Luego, debemos tratar esta reforma como tema de Estado y con visión de futuro. Habrá otros, como salir de la pobreza, mejores oportunidades para todos, ver cómo el sistema económico beneficia a todos; pero el tema planteado aquí es de relación entre un pueblo, la sociedad, y el Estado chileno, y se está diciendo que en este pacto estarán los pueblos indígenas.
Personalmente, creo que esta reforma es absolutamente insuficiente. Cuando he planteado una reforma constitucional, no lo he hecho con una visión de corto plazo y electoralista, porque no la necesito y porque no es mi manera de pensar ni de enfocar las cosas, como lo he demostrado en los diez años que llevo como parlamentario.
Entonces, invito a los partidos políticos de Oposición, de Gobierno, a mi propio partido, a tener un debate en serio sobre este tema, a no hacer caricaturas de estas cuestiones, ni a pensar que estamos tratando, simplemente, un tema más, porque no lo es. Si hoy no tenemos esa visión, de ver de qué manera integramos realmente a este pueblo que decide tener su propia historia, identidad, religión, visión del mundo, ¿con qué derecho el Estado le quiere cambiar las cosas; con qué derecho la sociedad pretende que los mapuches no lo sean y los quiere igualar a todos, porque eso se le ocurre a la sociedad mayor? Si queremos hacer democracia y respetar a todos, tenemos que respetar la diversidad de los pueblos que vienen desde antes de que este Estado naciera.
Por eso, voy a votar favorablemente esta reforma a pesar de que la encuentro insuficiente. Espero que el Estado chileno les dé participación en los órganos que toman decisiones políticas; porque todos sabemos que en el Parlamento tomamos decisiones que afectan a la vida nacional, a grupos económicos, al funcionamiento de la sociedad, y los pueblos indígenas no están representados como grupos que tienen intereses particulares; tampoco lo están en los Cores ni en las municipalidades.
Si tenemos un debate en serio vamos a contribuir, como Parlamento, a que la tolerancia, ese valor tan esencial de la democracia, sea realidad; y, de esa manera, estando los pueblos indígenas en esta Constitución, dentro de este pacto político que nos rige, sí podremos caminar todos pensando en tener una historia común, no de aplastamiento de unos, sino manteniendo cada uno su diversidad y, por los carriles que correspondan, trabajar por la unidad real, no formal, de nuestra patria.
He dicho.
(Aplausos).
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En conformidad con el acuerdo de los Comités, y dado el alto interés que ha despertado este proyecto de reforma constitucional en las distintas bancadas, continuará siendo debatido en otra sesión de la Cámara.
Queda pendiente la discusión.
FORTALECIMIENTO DE LA FACULTAD FISCALIZADORA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Primer trámite constitucional. (Continuación)
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En seguida, corresponde continuar la discusión, en general, del proyecto de reforma constitucional que fortalece la facultad de fiscalización de la Cámara de Diputados.
En el tiempo del Comité del Partido Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Baldo Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , la mayoría de esta Cámara está plenamente de acuerdo con la necesidad de fortalecer sus facultades fiscalizadoras. Creo que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia ha hecho un ejercicio interesante, digno de destacar, en cuanto a juntar todas aquellas disposiciones -más de 14 proyectos que estaban pendientes- para mejorar una herramienta que, sin duda, constituye la característica principal de esta Cámara y que está muy desmejorada.
La mejor prueba de esto es que distintos parlamentarios -entre los cuales me incluyo-, hemos propuesto modificaciones, tanto constitucionales como de otro tipo, a distintas normas sobre la materia. Incluso, parlamentarios de mi partido, Renovación Nacional, han presentado proyectos de reforma cuyo texto, en forma casi íntegra, es el que hoy se nos informa por la Comisión de Constitución para su aprobación.
En esta oportunidad, quiero detenerme en el análisis de un aspecto puntual que dice directa relación con esta reforma.
En el penúltimo inciso de la norma, cuya aprobación debemos votar hoy, se prescribe que la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional determinará las atribuciones y el funcionamiento de las comisiones, debiendo establecer asimismo las garantías y resguardos que deban adoptarse para cautelar el debido respeto de las personas que aparezcan de una u otra forma mencionadas durante el proceso de fiscalización.
Sin perjuicio de que comparto íntegramente el contenido de esta disposición, cabe señalar que también la ley orgánica constitucional que rige nuestro quehacer, debe imponer deberes a los funcionarios públicos que han de prestar su testimonio, ya sea verbalmente o por escrito, ante las diversas comisiones de nuestra Cámara. Sin duda, la obligación más importante para los empleados públicos es la de decir la verdad en sus actuaciones oficiales, y quien no lo haga -y así se establezca fehacientemente-, debe ser sancionado como autor de un delito funcionario.
Con este propósito, con fecha 19 de agosto del año pasado, junto a otros dos diputados de mi partido, presenté un proyecto de ley que introduce un artículo 10 bis a la ley Nº 18.918 y que tiene por objeto tipificar como delito funcionario, asignando una pena corporal, al empleado público que diere a sabiendas, en las cámaras, sus comisiones u oficinas de informaciones, un informe falso, sea de palabra o por escrito.
Esperamos que esta moción, contenida en el boletín Nº 2227-07, sea tratada a la brevedad por la Comisión de Constitución, donde actualmente se encuentra radicada.
Durante mis tres períodos como parlamentario, me ha correspondido integrar diversas comisiones de esta Cámara, tanto especiales como investigadoras, y en el desarrollo de estos cometidos he podido percatarme de cómo funcionarios públicos, de distinto rango y jerarquía, han faltado a la verdad deliberadamente, tanto de palabra como en sus informes escritos.
Quiero traer a este debate la situación que actualmente afecta a la Comisión de Minería de esta Cámara: por unanimidad de sus miembros, mediante oficio de fiscalización, ha pedido al presidente ejecutivo de Codelco que informe sobre las remuneraciones de los supervisores y de la plana mayor de esa Corporación. Durante cinco meses hemos esperado la respuesta de ese funcionario. ¿Para qué? Para que le entregue a la Cámara una copia del convenio colectivo -documento que es público para todos los chilenos- de Codelco con sus trabajadores.
Las razones -y este ejemplo es patético- que han llevado a estos funcionarios, específicamente, a no contestar y, en este caso, a mentir, pueden ser de distinta naturaleza, como motivaciones de carácter político-partidista, presiones o amenazas de parte de autoridades superiores o políticas, lealtades mal entendidas, afán de ocultamiento, irregularidades en las que pueden tener o no una cuota de responsabilidad. En fin, una serie de otras justificaciones de índole similar.
Para terminar, ningún fin de utilidad obtendremos reforzando las facultades fiscalizadoras que nos competen si las autoridades o los funcionarios públicos no tienen la obligación de emitir informes ante nuestros órganos de trabajo parlamentario, falsean o distorsionan la verdad. Nada justifica las mentiras piadosas ni pueden existir razones de Estado, por muy poderosas que sean, que sirvan de pretexto para amparar la mendacidad de los agentes estatales.
Por eso hago un llamado para tratar a la brevedad posible este proyecto que pretende erradicar este mal endémico que nos afecta, a fin de complementar en la forma debida la reforma constitucional que hoy se somete a nuestra consideración, a la que, por cierto, doy mi voto favorable, pero que no tendrá efecto alguno si estos funcionarios no son sancionados cuando mienten, cuando no dicen la verdad en la Cámara.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Arturo Longton para plantear un asunto reglamentario.
El señor LONGTON.-
Señor Presidente , solicito a su Señoría que la palabra sea otorgada en forma alternada entre los distintos partidos, como se ha hecho habitualmente.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
De acuerdo, señor diputado.
En el turno del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS (don Juan).-
Señor Presidente, este proyecto es una antigua aspiración de la Cámara para reformular su función fiscalizadora.
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia refundió el texto de las diferentes mociones que se habían presentado desde hacía tiempo sobre la materia, escogiendo las ideas fundamentales planteadas por diputados de las diferentes posiciones políticas. Por lo tanto, desde el punto de vista de la fiscalización, la iniciativa persigue un mejoramiento técnico con el objeto de lograr las más amplias facultades para fiscalizar, una de las funciones más importantes de la Cámara de Diputados, junto con la de legislar.
Por eso, dentro de la fiscalización, se distinguen tres aspectos. El primero se refiere a la información de carácter general, contenida en el artículo 42 bis, mediante el cual se faculta a la Cámara para requerir información a cualquier servicio de Gobierno, de los órganos de la Administración del Estado y de los órganos autónomos establecidos en esta Constitución, como el Banco Central y las municipalidades, por ejemplo, respecto de los cuales nuestra Corporación carece de facultades de fiscalización.
Con la diputada señora Pía Guzmán y los diputados señores Huenchumilla y Patricio Hales , presentamos indicación para que el artículo 42 bis pase a ser inciso segundo del artículo 42, y de una manera todavía más amplia, para que la Cámara, o cualquiera de sus miembros, pueda pedir esa información, según lo establecido por su ley orgánica constitucional. De esta manera se establece una relación consecuente entre la Constitución y la ley orgánica de la Cámara, con el objeto de que no implique una restricción, como pudiera parecer de la primera lectura del nuevo artículo 42 bis.
El segundo aspecto no trata sólo de la información de carácter general para las funciones de fiscalización, sino que se refiere a información precisa para la fiscalización. Así es como por las diferentes letras del número 1) del artículo 48 se introducen modificaciones para fiscalizar los actos del Gobierno y de la Administración del Estado. Para ejercer esta atribución, la Cámara puede pedir una información determinada a los ministros de Estado u otras autoridades, quienes estarán obligados a responder, o plantearles determinados aspectos relacionados con su gestión.
Como ocurre en otros parlamentos del mundo, como el de España, Inglaterra, Francia o Estados Unidos, con estas disposiciones se logra que la Cámara pueda indagar o informarse de manera directa de las distintas gestiones realizadas por el Gobierno o por los órganos de la Administración del Estado.
Por último, el tercer aspecto de la fiscalización se refiere a las comisiones permanentes o investigadoras. Es importante destacar que no sólo se podrán realizar las investigaciones a través de comisiones especializadas, sino también mediante las permanentes. De esta manera también se amplían las facultades fiscalizadoras y se permite que en determinadas materias especializadas y para las cuales existen comisiones, sean éstas las que realicen la investigación correspondiente.
Para una mejor investigación, también se establece la posibilidad de solicitar la asistencia de particulares.
Por otra parte, se establece algo que viene a llenar un vacío dentro de nuestras normas de fiscalización. La Cámara y la comisión correspondiente estarán obligadas a enviar los antecedentes o conclusiones a quien corresponda, esto es, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público, recién creado, al Consejo de Defensa del Estado o a los tribunales de justicia. Este aspecto no estaba claro y quedaba un poco ambiguo. Hoy se consigna en forma expresa con el objeto de que no haya duda de que tenemos la obligación de entregar esos antecedentes a la autoridad que corresponda para continuar una investigación precisa, sea de un ilícito administrativo o de uno de carácter criminal.
Por eso, votaremos favorablemente la iniciativa, sin perjuicio de algunas indicaciones sobre los quórum, pues en esta materia hay una diversidad que debe ser uniformada según la Constitución y nuestra ley orgánica, y del artículo 42 bis, que debe pasar a ser inciso segundo del artículo 42.
En general, estamos de acuerdo con las normas de esta reforma y las votaremos a favor.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Nelson Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, era hora de que la Corporación se ocupase de profundizar en un tema que atañe a su esencia y que aparece claramente menguado desde el punto de vista de la eficacia de una facultad que le es privativa.
La fiscalización en Chile vive un momento muy crítico. Creo que la afecta una profunda crisis. No sólo se requiere abordar la facultad que atañe a la Cámara. Es preciso ocuparse de lo que denominaría el “sistema nacional de control”.
De él, por cierto, forma parte muy importante la Cámara de Diputados. Pero también se integran la Contraloría General de la República, las diversas superintendencias y, ciertamente, las unidades de control interno de cada uno de los ministerios y servicios.
Todo este conjunto debería estar perfectamente articulado, ser un todo homogéneo que velare por el fiel cumplimiento de un principio esencial en la administración del Estado, como es el de la probidad.
La actual facultad fiscalizadora de la Cámara responde a un diseño fracasado de parte del gobierno militar. No es casual que el Parlamento esté ubicado en Valparaíso y no junto al Poder Ejecutivo , en Santiago. Esto, en quienes estuvieron a cargo de la ingeniería legislativa de la época, lograba atenuar, precisamente, la facultad fiscalizadora radicada en la Cámara. Además, no sólo se quería conseguir el alejamiento físico, sino también el debilitamiento de la facultad en sí. Si nosotros nos atuviésemos de modo estricto a lo que determina la Constitución y la ley, sencillamente, conseguiríamos una caricatura de fiscalización, sin eficacia alguna.
De hecho, la facultad se reduce a un intercambio epistolar entre esta Corporación y los ministros de Estado. Basta con que ellos respondan para quedar absolutamente libres de cualquier cuestionamiento en esta materia.
Creo que el paso que se está dando es muy corto y, naturalmente, hará ver los efectos de no abordarlo con la profundidad que se requiere. Desde luego, nosotros no sólo deberíamos tener competencia en relación con los actos del Gobierno, sino que de la administración del Estado en su conjunto. No nos pueden quedar por fuera las municipalidades, que hoy son un campo propicio para toda clase de irregularidades porque allí no existe un control efectivo.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado.
El señor ÁVILA.-
Lamento no disponer de más tiempo para profundizar, precisamente, en este punto; pero, al menos, quiero dejar anotado el hecho de que constituirá una gran falencia para la facultad fiscalizadora de la Cámara la no extensión de ella al ámbito municipal, que es donde se requiere un control muy estricto respecto del uso de los recursos públicos.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra la diputada señora Rosa González.
La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).-
Señor Presidente, sin duda, preocupa que no estén incluidas las municipalidades.
Conforme al artículo 24 de la Carta Fundamental, al Presidente de la República están confiados el Gobierno y la administración del Estado, para lo cual cuenta, según el artículo 33 del mismo texto constitucional, con los ministros de Estado, que son sus colaboradores directos e inmediatos en estas funciones, y la colaboración de los órganos que establezca la Constitución y las leyes, como lo indica la Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de administración del Estado.
De esta forma, lo que la Cámara fiscaliza son los actos del Gobierno, es decir, del Ejecutivo y de las entidades que de él dependen, tales como ministerios, intendencias, gobernaciones, gobiernos regionales, órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de las funciones administrativas, incluida la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública; las municipalidades y las empresas públicas creadas por ley.
Por lo tanto, algunos titulares de organismos autónomos consagrados en la Constitución, como el Banco Central y las municipalidades, no lo han entendido así y, asilándose en su autonomía, han pretendido quedar al margen de la fiscalización, pese al hecho de formar parte de los cuadros orgánicos de la administración del Estado.
En consecuencia, con el diputado señor Orpis hemos presentado indicación para incluir expresamente a las municipalidades, en la parte que dice “autónoma”.
A raíz de las denuncias que he efectuado en el último tiempo, estimo que ellas, que están recibiendo “cualquier cantidad” de fondos públicos, deben ser fiscalizadas.
En diferentes municipalidades, se ha incurrido en diversas irregularidades. Por lo tanto, la Cámara tiene la obligación de fiscalizar y controlar los órganos municipales.
El problema está en que, cuando uno ejerce como parlamentaria su facultad fiscalizadora, de inmediato quienes representan a los organismos afectados creen que es una “caza de brujas”.
Además, por lo general, a peticiones derivadas de oficios, se contesta lo que ellos quieren. Podrían enviar una tarjeta postal, pero daría lo mismo por el contenido de las respuestas.
En la comisión de Minería hemos sido reiterativos. Hemos solicitado más de ocho oficios sobre el problema de la hidroeléctrica Cachapoal, en la que hay recursos fiscales involucrados por sobre 35 millones de dólares,...
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Ha terminado su tiempo, señora diputada.
La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).-
¡Qué pena, porque me interesaba tanto que se conociera el tremendo problema que tenemos con Codelco!
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente , en cierta manera, quiero complementar el informe que di en la sesión anterior sobre la conveniencia e importancia de diseñar un mecanismo de fiscalización parlamentaria.
Uno de los puntos que más se debatió al interior de la Comisión, fue precisamente el que ha tocado la diputada señora Rosa González , la que afirma que sería conveniente que las municipalidades estuvieran bajo la fiscalización parlamentaria. Mi opinión es contraria, por cuanto la Constitución, en general, protege a los órganos intermedios y les da autonomía, que en el caso de las municipalidades está señalada en forma doble, como persona jurídica de derecho público y patrimonio propio y autonomía financiera.
Tradicionalmente, la Cámara de Diputados ha tenido la fiscalización de los actos del Gobierno; sin embargo, las municipalidades no se encuentran dentro de dichos actos.
No obstante, la Comisión elaboró el artículo 42 bis, que les va a permitir, tanto al Senado como a la Cámara de Diputados, recabar cualquier antecedente respecto de las municipalidades. Por ejemplo, en este momento esta Cámara podría recabar el número de contratos que existen sobre la llamada “foto velox”, un moderno sistema que han implementado algunas municipalidades a través del país. En consecuencia, habría que ver quiénes contratan con esa municipalidad, cuál es el texto de los convenios y cuáles son los derechos y las obligaciones recíprocas, porque en este momento esos datos sólo se pueden obtener a través del Ministerio del Interior. Incluso, en este proyecto se amplía la facultad para pedir directamente a la autoridad respectiva los antecedentes y los documentos del caso.
Hay otro tema que fue materia de amplia discusión y que ha sido objeto de editoriales en varios diarios, donde se ha señalado que, de aprobarse este proyecto, las comisiones investigadoras se constituirían en un verdadero tribunal, lo cual no es efectivo, porque estos editorialistas ni siquiera comentaron el Reglamento de la Cámara de Diputados, el que, en su artículo 299, modificado hace un par de años, establece: “Asimismo, con el voto favorable de las tres cuartas partes de los integrantes de la Comisión podrá citarse a particulares para que declaren sobre determinados hechos y proporcionen los antecedentes que tengan relación con los mismos”.
Nunca se ha escrito un editorial contrariando la norma que actualmente existe en el Reglamento de esta Cámara.
Por otro lado, el boletín que contiene uno de los proyectos sobre fiscalización fue suscrito por los diputados señores Alberto Espina, Arturo Longton, la diputada señora María Angélica Cristi, y los ex diputados señores Andrés Allamand, Raúl Urrutia, Ángel Fantuzzi, Juan Carlos Latorre, Luis Valentín Ferrada , Harry Jürgensen y Jorge Schaulsohn.
En dicho proyecto, según da cuenta el respectivo boletín, se señala textualmente: “Los funcionarios de la Administración del Estado y los particulares estarán obligados a comparecer y a suministrar los antecedentes y las pruebas que se les soliciten.
“La ley establecerá las sanciones por el incumplimiento de esta obligación”.
Me parece muy pertinente que estos particulares comparezcan a una comisión investigadora, porque hoy el Estado actúa en forma absolutamente diferente a lo establecido en las Constituciones de 1833 y 1925.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Le queda medio minuto, señor diputado.
El señor ELGUETA.-
Actualmente tenemos relaciones comerciales y financieras de variado orden con los particulares, sociedades, contratos de obras públicas, provisión y suministro, de concesión, etcétera, en los que se detectan anomalías, y son precisamente sus gerentes, sus directores, sus presidentes, los que están mejor informados de lo que ha ocurrido respecto de alguna irregularidad. Además, en algún momento alguno de ellos deja de ser funcionario; en consecuencia, conviene que cuando dejan de pertenecer a la Administración del Estado, posteriormente puedan ser citados a la Comisión para informar y proporcionar antecedentes.
En el informe que di cuenta en su oportunidad hice ver la copiosa legislación extranjera. Prácticamente en todos los países de América latina, y en Inglaterra, en España, en Italia y en Estados Unidos, se puede citar a los particulares. En este aspecto tienen imperio.
Hay países en los cuales se ha tomado como salvaguardia, para evitar la proliferación de citaciones a particulares y evitar así transformarse en un tribunal, que en caso de que el Poder Judicial , por la vía penal o civil esté conociendo un caso en que haya anomalías o irregularidades, como las que aquí se pretende precaver, en ese mismo momento se debe poner fin al trabajo de la Comisión, a fin de no producir una colisión entre el Poder Judicial y la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Bartolucci.
El señor BARTOLUCCI.-
Le voy a ceder la palabra al diputado señor Coloma , quien va a hablar también en mi nombre para hacer presente lo grave de la frase Administración del Estado en esta reforma.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, haré una intervención conjunta con el diputado Bartolucci , respecto de este proyecto de reforma constitucional, que apunta a dilucidar uno de los conflictos más complejos que hemos tenido que enfrentar en estos diez años, y que espero, con el acuerdo de todos, podamos avanzar en forma constructiva.
No cabe duda de que éste es un tema de fondo. Dentro de la teoría de lo que supone el ejercicio del cargo parlamentario, hay tres facultades que son de la esencia de quien sirve un cargo como el que nosotros ejercemos.
Tenemos las facultades representativa, legislativa y fiscalizadora. Los teóricos señalan que ahí descansan los fundamentos últimos respecto de los cuales el Parlamento alcanza su mayor vigor y justificación.
En cuanto a la facultad fiscalizadora, que es la que hoy nos corresponde enfrentar, no cabe duda de que nace no del capricho del constituyente, sino de la teoría de contrapeso de la separación de los Poderes del Estado. Ahí es donde tenemos que ubicar el fundamento, las razones por las cuales trabajamos. Estamos para fiscalizar los actos de gobierno, en el entendido de una correcta separación de poderes, es decir, tiene que haber autonomía para ejercerlos, pero tiene que haber también control respecto de ellos. La Cámara de Diputados tiene el control judicial, que obviamente puede plantear determinadas sanciones, y también tenemos el control electoral, que es la capacidad de los electores de no ratificarnos, en la medida en que piensen que no hemos cumplido bien con nuestro rol; igualmente ocurre respecto de los roles del Ejecutivo y Judicial, los cuales tienen contrapesos relativamente equivalentes.
En consecuencia, estamos hablando exactamente de lo que constituye la esencia de la función que realizan los parlamentarios. Esta facultad fiscalizadora también debemos entenderla como un deber fiscalizador. Los diputados no estaríamos entendiendo la razón por la cual existimos si no fiscalizáramos adecuada, correcta y oportunamente los actos que el constituyente nos depara.
El constituyente nos dice que debemos fiscalizar los actos del Gobierno.
Aquí viene la primera duda planteada en este proyecto de reforma constitucional: ¿Qué debemos fiscalizar?
A nuestro entender, debemos fiscalizar los actos del Gobierno, los actos del Ejecutivo, entendiéndolo como un todo y en un sentido amplio, pero en relación con los actos del Ejecutivo. Ése es el fundamento de la separación de los poderes del Estado, que plantean los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La fiscalización debemos encuadrarla respecto de lo que por naturaleza es del Poder Ejecutivo.
Por lo mismo, con el diputado señor Bartolucci hemos visto con preocupación la forma en que se ha querido implementar este control al Ejecutivo en su sentido amplio, ya que se le ha querido identificar con el hecho de que podemos fiscalizar y controlar los actos del Gobierno y de la Administración del Estado.
Entendemos la razón que se tuvo para incorporar esa frase, en orden a extender la acción del Ejecutivo en un sentido amplio. Pero si uno mira lo que significa Administración del Estado, aparece que está constituida por los ministerios, por las intendencias, por las gobernaciones, y nos parece que eso apunta en un sentido correcto en cuanto a los órganos y servicios públicos, pero adiciona los que cumplen funciones administrativas como la Contraloría General de la República, el Banco Central, las municipalidades, por señalar sólo algunos.
Aquí surge la primera cuestión que quiero plantear. Considero que debemos ejercer plenamente nuestra facultad fiscalizadora en relación con lo que nos corresponde, pero creo honestamente que con la incorporación de esta frase, aunque sea de buena fe, pasamos a controlar, por ejemplo, a la Contraloría, al Banco Central y a las municipalidades que -como ya se señaló- son organismos autónomos. Desde el momento en que los municipios puedan ser fiscalizados por el Congreso -aunque teóricamente sea deseable-, le vamos a cercenar su grado de autonomía, adicionando un componente político que me preocupa, olvidando que respecto de ellos existe un control electoral. No soy de aquellos que creen que debemos hacer lo máximo posible, sino de quienes consideran que debemos hacer lo que nos corresponde. Me parece que fiscalizar a los municipios, a la Contraloría o al Banco Central rompe el equilibrio que debe existir entre los órganos autónomos y los fiscalizables.
Por lo tanto, presentamos una indicación para eliminar la adición planteada. Somos partidarios de fiscalizar en forma amplia, pero no de agregar facultades que hoy no tenemos -las cuales el día de mañana pueden convertirse en cercenadoras de atribuciones de organismos autónomos que deben conservar ese carácter para la correcta administración del Estado- ni de incorporar elementos de carácter político a la fiscalización, lo que, obviamente, eliminaría cualquier esfuerzo serio sobre la materia.
En segundo lugar, hay que analizar cómo fiscalizamos. Tradicionalmente, la Cámara ha utilizado tres formas, las cuales son objeto de modificaciones relevantes en este proyecto. Es, precisamente, el tema que me interesa tocar.
En primer lugar, fiscalizamos a través de oficios. Es la fórmula más común utilizada por la Corporación, en virtud de la cual se piden antecedentes a autoridades fiscalizables, es decir, de Gobierno, respecto de situaciones, hechos o lo que nos parezca digno de estudio en el ejercicio de nuestras funciones. ¿Cómo se ha ejercido hasta ahora? De conformidad con las normas constitucionales y reglamentarias y con el derecho a petición, que es el más común. Desde el punto de vista constitucional, los parlamentarios podemos solicitar ciertos antecedentes, siempre que la petición sea aprobada con determinado quórum.
Me parece que este proyecto avanza en un sentido positivo respecto de las peticiones de oficios, al introducir modificaciones a dos disposiciones relevantes. La primera se refiere a que la adopción de determinados acuerdos o sugerencias debe ser transmitida al Presidente de la República o a la autoridad que corresponda. Es una adición importante porque estábamos limitados a que cualquier oficio sobre acuerdos de la Cámara debíamos comunicárselo sólo al Presidente de la República ; ahora se extiende a la autoridad que corresponda, lo que me parece correcto.
Pero es más correcto aún el hecho de que se mejora nuestra facultad de pedir, por un tercio de los diputados en ejercicio, determinados antecedentes a la autoridad, la que debe dar fundada respuesta en el plazo de 30 días. La fundada respuesta significa que deja de ser teórica o formal -la autoridad podía decir que el antecedente solicitado no estaba a su disposición-, sino que se debe ir al fondo de la cosa consultada, lo que contribuye a un buen ejercicio de la facultad fiscalizadora.
Sin perjuicio de ello, hay un elemento que me preocupa y que quiero plantear en este debate. No sea cosa que, como consecuencia de la incorporación en la Constitución Política de esta nueva norma, quede derogada tácitamente en la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional la existencia de la Oficina de Informaciones. Dicha oficina es importante para todos los parlamentarios, puesto que a través de ella pueden ejercer su facultad de pedir antecedentes a la autoridad. Si se interpreta que esta nueva disposición podría eliminar la Oficina de Informaciones, debo dejar muy en claro que sería necesario adoptar los resguardos del caso que aseguren su subsistencia, porque es parte de la fórmula que nos permite, a través de oficios, obtener determinados antecedentes.
La segunda fórmula utilizada para fiscalizar es mediante las sesiones especiales a las cuales son citados los ministros. Aquí también se da un paso muy positivo al establecerse la posibilidad de citar, por los dos quintos de los diputados en ejercicio, a un ministro de Estado , a fin de que se le formulen consultas específicas sobre materias propias de su ministerio. Y se fija una limitación razonable: que las citaciones no sean más de cuatro en el año, porque no se trata de citar a los ministros a cada momento. Creo que el sentido de esto es que las citaciones apunten al ejercicio de actos de fiscalización oportunos. Me parece que esto apunta en el sentido correcto.
Por último, la tercera fórmula usada para fiscalizar -hasta ahora, tenemos los oficios y las sesiones especiales- son las comisiones investigadoras. Creo que aquí se da un paso más positivo que en todas las anteriores, al establecerse que, por los dos quintos de los diputados en ejercicio, se podrá acordar la formación de comisiones especiales investigadoras, con el objeto de obtener y reunir información sobre actos de Gobierno. El proyecto agrega “de administración”, términos que espero se supriman. Si pensamos como país, esto apunta en el sentido correcto. Entiendo que algunos saquen cálculos y digan que, en este momento, la Oposición podría pedir la formación de comisiones especiales investigadoras. Yo les pido que no entremos en esos cálculos electorales pequeños, que pensemos en los cálculos grandes de país, que es importante que exista la posibilidad de que los gobiernos sean fiscalizados por un porcentaje razonable.
Sin perjuicio de lo anterior, queremos plantear dos modificaciones: primero, que para integrar dichas comisiones investigadoras se siga el mismo sistema utilizado para formar las comisiones encargadas de conocer las acusaciones constitucionales; es decir, que sus integrantes sean sorteados. Creo que sería un gesto de transparencia para asegurar que no politizaremos las investigaciones, sino que trabajaremos de acuerdo con el deber ser de la función parlamentaria. Si lo aceptamos, podremos avanzar en el sentido correcto.
Por último -lo digo en forma muy especial-, respecto de las citaciones a particulares -es una innovación para las comisiones investigadoras-, por primera vez se establece que se puede citar a personas particulares o solicitar por escrito su testimonio o los antecedentes que se consideren pertinentes. Al hablar de citación se entiende que la asistencia es obligatoria. Considero que aquí estamos frente a un tema medular, central, porque a quien debemos fiscalizar es al Gobierno, al Ejecutivo , pero no podemos incorporar, por esta vía, a los particulares. A veces, sería deseable y oportuno, pero temo que este mecanismo sea mal utilizado, porque no corresponde a su esencia. De esa manera, aun cuando se requiera la mayoría absoluta de los miembros de la comisión, se puede abusar de esta facultad para citar a determinados particulares, a veces, simplemente con el fin de vincularlos a un caso con el cual es posible que nada tengan que ver. Considero que una de las obligaciones de cualquier persona que trabaje para un gobierno es asistir a las sesiones que tengan por objeto fiscalizar sus actos, pero esa obligación no debe extenderse a los particulares, por más que para ello se exija determinado quórum. Eso ya no será un problema de quórum, sino político, porque un parlamentario puede plantearlo para comprobar si el resto de los integrantes de una comisión está de acuerdo con su petición y aprovechar esa coyuntura para descalificar el derecho de que un particular decida, conforme con su conciencia, concurrir o no a una comisión. A mi juicio, se trata de un tema sensible, importante, de fondo.
Por lo mismo, y por un problema estrictamente de principios, tiendo a pensar que nuestra facultad fiscalizadora debe limitarse a los organismos de Gobierno y a las personas que ejercen cargos de Gobierno, sin extenderla a los particulares, porque no corresponde a su esencia y porque, francamente, no sé dónde terminaría.
Este es un proyecto importante y lo apoyaremos con entusiasmo, sin perjuicio de que presentemos las indicaciones mencionadas. Hasta ahora, en la comisión hemos seguido un muy buen esquema de discusión y no cabe duda de que continuaremos con el mismo espíritu. Obviamente, si fiscalizamos bien, el país funcionará mejor.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el honorable diputado señor Aníbal Pérez.
El señor PÉREZ (don Aníbal).-
Señor Presidente, lo primero que quiero expresar, para que no queden dudas en este debate, es que el fortalecimiento de las facultades fiscalizadoras de la Cámara de Diputados constituye no sólo una aspiración coyuntural de la actual Oposición política -en particular, de los diputados de la Derecha-, sino que también es un tema que ha sido promovido permanentemente por los parlamentarios de Gobierno y, en algunas oportunidades, por el propio Ejecutivo. Existen varios ejemplos al respecto.
Según el artículo 48 de la Constitución, la Cámara de Diputados tiene la atribución exclusiva de fiscalizar los actos del Gobierno. Tanto es así, que ni las propias comisiones investigadoras formadas por la Cámara de Diputados pueden ejercer funciones fiscalizadoras. Las comisiones serán investigadoras, pero nunca podrán ser fiscalizadoras. Además, dentro de las atribuciones del Senado tampoco figura la de fiscalizar.
Más allá de esta atribución exclusiva que nos confiere la Constitución y otras normativas, la práctica fiscalizadora de la Cámara de Diputados y, particularmente, sus resultados, nos revela que esta facultad está, por decir lo menos, bastante deteriorada y limitada. La norma evidentemente contiene vacíos en su redacción, que es necesario modificar o complementar.
Por ello, en la Cámara de Diputados ha existido consenso político en la necesidad de modificar la Constitución, de entregarle un mayor valor a su labor fiscalizadora en el resguardo, cuidado y manejo transparente de los asuntos públicos, dada la importancia del Poder Legislativo como representante máximo de la ciudadanía.
De ahí que en el transcurso de los años hayan surgido varias iniciativas, ideas que se han plasmado en proyectos de ley, los que, por diversos factores, lamentablemente han quedado en el olvido y han sido postergados en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Sin embargo, ha sido dicha comisión la que se ha dado el trabajo de revisarlos y lograr un proyecto que contenga lo mejor de cada uno de ellos.
De este modo, se logra mejorar y modificar, de manera considerable, el número 1) del artículo 48, dejando claramente establecido que la facultad de fiscalizar de nuestra Corporación no sólo abarca los actos de Gobierno, sino también los actos de administración del Estado. Así terminamos con esta ambigüedad que significa que algunas reparticiones públicas -que forman parte de la administración del Estado, que tienen autonomía conforme con la ley-, se consideren poco menos que excluidas de la fiscalización de la Cámara de Diputados, como el Banco Central, el Banco del Estado, Codelco y tantas otras.
Con esto, se termina con la ambigüedad y esas instituciones y esas empresas del Estado también caen dentro de la fiscalización que le compete a la Cámara de Diputados.
También se ha contemplado la posibilidad de que las observaciones o acuerdos adoptados por la Sala se envíen directamente al Presidente de la República o a la autoridad correspondiente, la que debe dar -y esto es muy importante- una respuesta fundada en el plazo máximo de treinta días. La misma norma se dispone también para los oficios y petición de antecedentes, que es la forma más general de fiscalizar que ejercen los diputados. Existe, entonces, una relación directa con el funcionario público aludido, y el deber de que su respuesta sea fundada evita que cumpla su obligación con el solo hecho de dar respuestas como sucede hoy.
Ahora bien, como una reforma innovadora y necesaria, se ha prescrito la posibilidad de que, a petición de sólo dos quintos de los diputados en ejercicio, se pueda citar a un ministro de Estado para hacerle consultas acerca de materias específicas de su ministerio. Se ha establecido un límite máximo de cuatro citaciones al año al mismo ministro , sin perjuicio del derecho que tiene de asistir a sesiones en que se estudien proyectos relacionados con su ministerio. Creemos que ésta es una buena disposición, pero ¡cuidado!, sólo producirá efecto positivo si es usada racional y coherentemente por los miembros de la Corporación, porque si minorías, diría irresponsables, la toman como una manera de entorpecer la labor de los gobiernos futuros, puede producir el descrédito de nuestra facultad fiscalizadora.
En consecuencia, es necesario que cuando se cite a ministros sea para temas que realmente interesen a la Cámara desde el punto de vista de la fiscalización.
También con este proyecto se logra terminar con esta antigua discusión acerca de si la Cámara de Diputados puede o no constituir comisiones investigadoras. En él se establece y se regula la existencia de dichas comisiones, contemplando normas acerca de su constitución, funcionamiento, plazos y obligaciones de las autoridades llamadas a declarar y entregar información.
Sin embargo, quiero plantear mi desacuerdo respecto del quórum requerido para formarlas. En el proyecto se establece que ellas pueden constituirse con el quórum de los dos quintos de los miembros en ejercicio de la Corporación. En este punto, me parece que no es necesario innovar respecto de la forma en que se han constituido comisiones investigadoras hasta hoy en la Cámara de Diputados, porque ellas se han formado; lo que ha fallado es el procedimiento y los resultados. En este sentido, hemos presentado indicación para que las comisiones investigadoras se constituyan con la mayoría de los diputados presentes en la Sala. El hecho de requerirse el acuerdo de los dos quintos de los diputados en ejercicio para formar una comisión, puede dar lugar a la paradoja de que estando la mayoría de la Corporación en contra de formarla, una minoría de 48 diputados puede imponer su decisión y obligar a la Corporación a constituirla.
En realidad, esto vendría a ser una nueva paradoja de nuestro original sistema parlamentario. Si esta posición se aprueba, como está propuesta, bastará el acuerdo de una minoría, para constituir una comisión investigadora.
Ya es tiempo de que en un sistema democrático sean las mayorías las que decidan cuándo se aprueba una norma constitucional, cuándo se modifica una ley orgánica y cuándo la Corporación fiscaliza por medio de una comisión investigadora.
Más allá de estas salvedades, este proyecto es interesante y apunta básicamente a establecer un equilibrio en los poderes del Estado, y así estaremos avanzando obviamente hacia un sistema moderno y democrático, que es el que deseamos construir.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Queda pendiente el proyecto.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
RECONOCIMIENTO A LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA. (Continuación).
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Corresponde discutir y votar proyectos de acuerdo.
El señor LOYOLA ( Secretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 296, de los diputados señores Navarro, Longton, Olivares, señorita Saa, doña María Antonieta; señores Palma, don Osvaldo; Rojas, Ortiz, Urrutia, señoras Prochelle, doña Marina, y Allende, doña Isabel, que en su parte resolutiva dice:
“Facultar a la Comisión de Relaciones Exteriores para que oficie a su Excelencia, el Presidente de la República y al señor ministro de Relaciones Exteriores , sugiriendo la conveniencia de que Chile proceda a reconocer a la República Árabe Saharaui Democrática, a objeto de establecer relaciones diplomáticas bilaterales.
“Solicitar al señor ministro de Relaciones Exteriores , tener a bien adoptar las medidas políticas y diplomáticas a que haya lugar, a objeto que Chile contribuya a la plena realización de los objetivos contemplados en el Plan de Paz de la ONU para el Sahara Occidental, especialmente, colaborando a asegurar que el referéndum sobre autodeterminación, pueda celebrarse sin más dilaciones y de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en la iniciativa de la ONU”.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Corresponde votarlo.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, no hubo quórum.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, no hubo quórum.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Nuevamente no ha habido quórum.
Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En votación el proyecto de acuerdo.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, no hubo quórum.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
No habiéndose reunido el quórum requerido, queda pendiente la votación del proyecto de acuerdo.
En el tiempo de Incidentes, tiene la palabra el Comité Mixto. Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité Socialista, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Por haberse cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 14.28 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones
VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio Nº 2441, de fecha 4 de agosto de 1999, tengo a bien manifestar a vuestra Excelencia que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley sobre constitución jurídica y funcionamiento de las iglesias y organizaciones religiosas. (Boletín Nº 1111-07).
En consecuencia, devuelvo a vuestra Excelencia el citado oficio de esa honorable Cámara, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
2. Oficio de S.E. el Presidente de la República.
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio Nº 2.513, de fecha 23 de agosto de 1999, tengo a bien manifestar a vuestra Excelencia que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 70 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, a fin de crear un segundo Fondo de Pensiones en las A.F.P. y perfeccionar el mecanismo de medición de la rentabilidad mínima que deben obtener los Fondos de Pensiones. (Boletín Nº 2162-13).
Como consecuencia, devuelvo a vuestra Excelencia el citado oficio de esa honorable Cámara de Diputados, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE , Presidente de la República ; JOSÉ MIGUEL INSULZA SALINAS , Ministro Secretario General de la Presidencia ”.
Moción de los diputados señores Velasco , Villouta , Krauss , Jarpa , Núñez , Patricio Cornejo , Vilches , Olivares , Ceroni y Reyes.
Regulación de Internet. (boletín Nº 2395-19)
Parece incontestable que una sociedad moderna y democrática no puede existir sin un sistema de medios de comunicación de masa, pero estos medios han de estar puestos a disposición del gran público y ser de fácil acceso, debiendo reflejar la naturaleza pluralista de la sociedad a la que sirven y no estar controlados, en régimen de monopolio, por ningún grupo de interés ni estar dominados por ideologías de uno u otro signo.
Ello, para que puedan suministrar con imparcialidad la información necesaria para que los ciudadanos se formen una opinión clara respecto de su entorno, con conocimiento de causa.
Además, para que exista un Estado democrático y una verdadera sociedad democrática con grados importantes de desarrollo y con permanencia en el tiempo, debe existir una opinión pública libre y debidamente informada. Sólo en estas condiciones es posible realizar la plena democracia política. Por ello la libertad de comunicación está en la esencia de toda estructura democrática y el derecho a la libre comunicación interpretado como derecho de prensa, información y libertad de opinión tiene un reconocimiento internacional como derecho humano.
Entonces, la libertad de expresión tiene aspectos de derecho subjetivo, inherente a todas las personas por el mero hecho de ser reconocidas iguales en derechos a los demás, y también de derecho objetivo, como garantía institucional de un régimen democrático.
No obstante, en un Estado de derecho los medios de comunicación masiva deben observar deberes y responsabilidades específicas para quienes se desempeñan en estos organismos. Esta situación que es más obvia tratándose de los medios tradicionales, es decir prensa escrita, radio y televisión, se alteran cuando se trata de defender los derechos en medios electrónicos como la Internet.
En todo caso, el papel de los medios de comunicación de masas, no debe limitarse al simple hecho de suministrar información relativa a los sucesos y acontecimientos sociales, o bien permitir a los ciudadanos y a los grupos de interés hacer valer sus argumentos y sus puntos de vista. Los medios de comunicación han de desempeñar también un importante papel formador en el seno de la sociedad.
Los medios de comunicación son responsables de formar (no sólo informar) a los ciudadanos en sus concepciones, creencias e incluso en los lenguajes -visuales, simbólicos o verbales- utilizados por el público para comprender mejor el entorno en que viven y poder interpretarlo. Los medios de comunicación llegan hasta influenciar la forma en que concebimos nuestra propia identidad y el lugar que ocupamos en el mundo y tiene un papel fundamental en la formación de nuestra identidad cultural.
Ello se colisiona con las características técnicas de Internet, por ser una red mundial de computadores interconectada a través de oferentes oficializados, lo que además se contrapone a las normas de derecho que exigen soluciones en el marco de los sistemas jurídicos nacionales e internacionales.
En todo caso, se trata de una materia compleja, ya que cualquier reflexión sobre una política general en materia audiovisual debe partir con el reconocimiento del papel específico que los medios de comunicación juegan en nuestras sociedades y la necesidad de asegurar un equilibrio entre el juego de las fuerzas del mercado y la protección del interés general.
La libertad de informar tiene su límite natural en el respeto a los derechos con reconocimiento constitucional y legal y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Por ello su ejercicio entraña deberes y responsabilidades, y podrá ser sometido a ciertas formalidades, condiciones, restricciones o sanciones, que constituyan medidas necesarias en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, la protección de la reputación o de los derechos ajenos, para impedir la divulgación de informaciones confidenciales o para garantizar la autoridad y la imparcialidad del poder judicial.
PROYECTO DE LEY
Artículo Primero.- El que difunda o propale a través de los sistemas, redes y procedimientos de Internet, o de otros servicios de igual naturaleza, informaciones, contenidos o noticias contrarias a la moral, el orden público, o las buenas costumbres será sancionado con una multa de 15 Unidades Tributarias Mensuales.
Igual sanción se aplicará a quienes usen dolosamente tales servicios y redes con el propósito de incitar al odio y la discriminación contra grupo de personas en razón de su raza, nacionalidad, sexo o religión; y a las que utilicen esos servicios o redes para difundir pornografía o efectuar una apología de la violencia.
Artículo segundo.- Será competente para conocer y fallar las causas a que diere lugar la aplicación de la norma anterior, el juez de policía local correspondiente, el que aplicará el procedimiento a que se someten las causas bajo su jurisdicción.
Artículo tercero.- La autoridad respectiva tratará que en los programas de estudio de la enseñanza básica y media se contengan cursos destinados a enseñar la forma de utilizar las redes y servicios de Internet o de otros servicios de igual naturaleza, con la finalidad de difundir la cultura.
Artículo cuarto.- El que para difundir sus servicios o programas a través de las redes de Internet, utilice procedimientos que engañen sobre el contenido verdadero de los programas o servicios, será sancionado con la pena establecida en el artículo primero.
Artículo quinto.- La correspondiente autoridad que tenga que ver con la materia, dará a conocer a la comunidad dentro del plazo de seis meses las técnicas idóneas que los usuarios de los servicios de Internet pueden usar voluntariamente para filtrar o controlar el contenido de los programas difundidos a través de las redes señaladas”.