Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV .CUENTA
- PERMISOS CONSTITUCIONALES.
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Tomas Jocelyn Holt Letelier
- Pablo Lorenzini Basso
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- PERMISOS CONSTITUCIONALES.
- V. TABLA
- RECONOCIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA EN LA LEY ORGÁNICA DE ENSEÑANZA Y EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Homero Gutierrez Roman
- INTERVENCIÓN : Sergio Velasco De La Cerda
- INTERVENCIÓN : Aldo Cornejo Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Vega Vera
- INTERVENCIÓN : Maria Antonieta Saa Diaz
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Jorge Ulloa Aguillon
- INTERVENCIÓN : Exequiel Silva Ortiz
- INTERVENCIÓN : Felipe Valenzuela Herrera
- INTERVENCIÓN : Haroldo Fossa Rojas
- INTERVENCIÓN : Nelson Jaime Avila Contreras
- INTERVENCIÓN : Antonella Sciaraffia Estrada
- INTERVENCIÓN : Lily Perez San Martin
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Jaime Orpis Bouchon
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- INTERVENCIÓN : Rosauro Martinez Labbe
- INTERVENCIÓN : Jaime Enrique Jimenez Villavicencio
- INTERVENCIÓN : Fanny Pollarolo Villa
- INTERVENCIÓN : Patricio Walker Prieto
- INTERVENCIÓN : Jose Perez Arriagada
- INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
- INTERVENCIÓN : Luis Pareto Gonzalez
- DEBATE
- RECONOCIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA EN LA LEY ORGÁNICA DE ENSEÑANZA Y EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. Primer trámite constitucional.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VI . DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Sergio Velasco De La Cerda
- Enrique Krauss Rusque
- Homero Gutierrez Roman
- Miguel Hernandez Saffirio
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Edmundo Villouta Concha
- Felipe Valenzuela Herrera
- Patricio Walker Prieto
- Antonella Sciaraffia Estrada
- Maria Antonieta Saa Diaz
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 338ª, ORDINARIA
Sesión 37ª, en martes 15 de septiembre de 1998
(Especial, de 20.03 a 21.35 horas)
Presidencia del señor Martínez Ocamica, don Gutenberg.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario accidental, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.
ÍNDICE
I. ASISTENCIA
II. APERTURA DE LA SESIÓN
III. ACTAS
IV. CUENTA
V. TABLA
VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia5
II. Apertura de la sesión8
III. Actas8
IV. Cuenta8
Permisos constitucionales8
V.Tabla.
Reconocimiento de la educación parvularia en la ley orgánica de Enseñanza y en la Constitución Política de la República. Primer trámite constitucional8
VI.Documentos de la Cuenta.
Oficios y antecedentes del Senado, por los cuales comunica que ha aprobado, con modificaciones, los siguientes proyectos:
1.Crea juzgados y cargos que indica, divide la competencia en las jurisdicciones que señala, modifica la composición de la Corte de Apelaciones de San Miguel, modifica el Código Orgánico de Tribunales y la ley Nº 18.776 (boletín Nº 213507)30
2.Modifica disposiciones del Código Penal que sanciona casos de corrupción, crea nuevas figuras delictivas, y agrega norma que señala a las leyes Nºs 18.834 y 18.883 (boletín Nº 117707)32
3.Oficio del Senado, por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención Interamericana contra la corrupción, adoptada en Caracas, Venezuela, el 29 de marzo de 1996 (boletín Nº 211110)36
4.Moción de las Diputadas señoritas Antonella Sciaraffia y María Antonieta Saa, y de los Diputados señores Velasco, Krauss, Gutiérrez, Hernández, Rincón, Villouta, Valenzuela y Walker, don Patricio, que reforma la Constitución Política de la República estableciendo como garantía constitucional el derecho a la cultura (boletín Nº 224207)37
VII. Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicaciones:
De los Diputados señores Jocelyn-Holt y Lorenzini, quienes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicitan autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 16 de septiembre y 1º de octubre, para dirigirse a Colombia y España, respectivamente.
I.ASISTENCIA
Asistieron los siguientes señores Diputados: (96)
NOMBRE
--Acuña Cisternas, Mario
--Aguiló Melo, Sergio
--Alvarado Andrade, Claudio
--Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro
--Ascencio Mansilla, Gabriel
--Ávila Contreras, Nelson
--Bartolucci Johnston, Francisco
--Bertolino Rendic, Mario
--Bustos Ramírez, Juan
--Caminondo Sáez, Carlos
--Caraball Martínez, Eliana
--Cardemil Herrera, Alberto
--Ceroni Fuentes, Guillermo
--Coloma Correa, Juan Antonio
--Cornejo González, Aldo
--Cornejo Vidaurrazaga, Patricio
--Correa De la Cerda, Sergio
--Cristi Marfil, María Angélica
--Delmastro Naso, Roberto
--Díaz Del Río, Eduardo
--Dittborn Cordua, Julio
--Elgueta Barrientos, Sergio
--Encina Moriamez, Francisco
--Errázuriz Eguiguren, Maximiano
--Espina Otero, Alberto
--Fossa Rojas, Haroldo
--Galilea Carrillo, Pablo
--Galilea Vidaurre, José Antonio
--García García, René Manuel
--Girardi Lavín, Guido
--Gutiérrez Román, Homero
--Guzmán Mena, Pía
--Hales Dib, Patricio
--Hernández Saffirio, Miguel
--Huenchumilla Jaramillo, Francisco
--Jarpa Wevar, Carlos Abel
--Jeame Barrueto, Víctor
--Jiménez Villavicencio, Jaime
--Jocelyn-Holt Letelier, Tomás
--Krauss Rusque, Enrique
--Leal Labrín, Antonio
--León Ramírez, Roberto
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Letelier Norambuena, Felipe
--Longton Guerrero, Arturo
--Lorenzini Basso, Pablo
--Luksic Sandoval, Zarko
--Martínez Labbé, Rosauro
--Martínez Ocamica, Gutenberg
--Melero Abaroa, Patricio
--Mesías Lehu, Iván
--Molina Sanhueza, Darío
--Monge Sánchez, Luis
--Montes Cisternas, Carlos
--Mora Longa, Waldo
--Moreira Barros, Iván
--Mulet Martínez, Jaime
--Muñoz Aburto, Pedro
--Muñoz D'Albora, Adriana
--Naranjo Ortiz, Jaime
--Navarro Brain, Alejandro
--Núñez Valenzuela, Juan
--Ojeda Uribe, Sergio
--Olivares Zepeda, Carlos
--Orpis Bouchón, Jaime
--Ortiz Novoa, José Miguel
--Palma Irarrázaval, Andrés
--Palma Irarrázaval, Joaquín
--Pareto González, Luis
--Pérez Arriagada, José
--Pérez Lobos, Aníbal
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pollarolo Villa, Fanny
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Reyes Alvarado, Víctor
--Rincón González, Ricardo
--Riveros Marín, Edgardo
--Rocha Manrique, Jaime
--Rojas Molina, Manuel
--Saa Díaz, María Antonieta
--Salas De la Fuente, Edmundo
--Sciaraffia Estrada, Antonella
--Silva Ortiz, Exequiel
--Tuma Zedan, Eugenio
--Ulloa Aguillón, Jorge
--Urrutia Cárdenas, Salvador
--Valenzuela Herrera, Felipe
--Van Rysselberghe Varela, Enrique
--Vargas Lyng, Alfonso
--Vega Vera, Osvaldo
--Velasco De la Cerda, Sergio
--Venegas Rubio, Samuel
--Vilches Guzmán, Carlos
--Villouta Concha, Edmundo
--Walker Prieto, Patricio
Con permiso constitucional estuvieron ausentes los Diputados señores Gustavo Alessandri, Isabel Allende, Rafael Arratia, Juan Masferrer, Rodolfo Seguel e Ignacio Walker.
Asistió, además, el Ministro de Vivienda y Urbanismo, señor Sergio Henríquez.
II.APERTURA DE LA SESIÓN
Se abrió la sesión a las 20.03 horas.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
El acta de la sesión 31ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 32ª se encuentra a disposición de los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
El señor ÁLVAREZ (Prosecretario accidental) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
PERMISOS CONSTITUCIONALES.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se concederán los permisos constitucionales solicitados por los Diputados señores Tomás Jocelyn-Holt y Pablo Lorenzini para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 16 de septiembre y 1 de octubre, respectivamente.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. TABLA
RECONOCIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA EN LA LEY ORGÁNICA DE ENSEÑANZA Y EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. Primer trámite constitucional.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
La Mesa ha recibido distintos planteamientos, en el sentido de que sería conveniente discutir, en conjunto, los dos proyectos que figuran en la tabla de la presente sesión, porque uno establece el reconocimiento a la educación parvularia en la ley orgánica constitucional de Enseñanza, y otro, en la Constitución Política de la República. Además, los fundamentos son los mismos, a pesar de tratarse de normas de distinto rango.
Si le parece a la Sala, seguiremos ese procedimiento.
Acordado.
Diputado informante de la Comisión de Educación es el señor Homero Gutiérrez , y de la de Constitución, Legislación y Justicia, el señor Aldo Cornejo .
Antecedentes:
Boletín Nº 2183-04.
Moción, sesión 7ª, en 10 de junio de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 2. Boletín Nº 2183-04.
Informe de la Comisión de Educación, sesión 30ª, en 1 de septiembre de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 17.
Boletín Nº 2182-07.
Moción, sesión 6ª, en 10 de junio de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 2.
Informe de la Comisión de Constitución, sesión 30ª, en 1 de septiembre de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 11.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Homero Gutiérrez , informante del primer proyecto.
El señor GUTIÉRREZ.-
Señor Presidente, vuestra Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación pasa a informar sobre el proyecto de ley, originado en una moción del Diputado señor Sergio Velasco , de la Diputada señorita Antonella Sciaraffia y de los Diputados señores Homero Gutiérrez , Enrique Krauss , Sergio Ojeda , Rosauro Martínez , Edmundo Villouta , Patricio Walker , Gutenberg Martínez y Felipe Valenzuela .
Para su estudio y análisis, la Comisión contó con la participación de las siguientes autoridades:
El señor Jaime Pérez de Arce , subsecretario de Educación; el señor Juan Vilches , jefe del Departamento Jurídico; la señora Blanca Yon , abogada del Departamento Jurídico; la señora Blanca Hermosilla , coordinadora nacional de Educación Parvularia del Ministerio de Educación; la señora Ofelia Reveco , vicepresidenta ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y la señora María Victoria Peralta , asesora técnica de dicha entidad y coordinadora de la reforma curricular en el nivel de educación parvularia del Ministerio de Educación, y otras autoridades en esta materia, como la señora Ana María Calderón y el señor Patricio Manríquez Encina , director regional V Región de la Fundación Integra.
Entre los antecedentes que sirven de apoyo a la idea de legislar, se señala lo dispuesto en la Constitución Política, mediante su artículo 19, Nº 10, que asegura a todas las personas el derecho a la educación, la cual tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. Además, reconoce a los padres el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, correspondiéndole al Estado el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho, como asimismo el de fomentar su desarrollo en todos sus niveles.
Este mismo precepto, además, mediante su Nº 11, asegura también a todas las personas la libertad de enseñanza, la que incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales sin más limitaciones que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional. Asimismo, reconoce a los padres el derecho a escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos. Por último, encomienda al legislador la tarea de dictar una ley orgánica constitucional que establezca los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de la enseñanza básica y media y señala las normas objetivas, de general aplicación, que permitan al Estado velar por su cumplimiento. Dicha ley, del mismo modo, deberá establecer los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel.
En el orden legal, y en cumplimiento del referido mandato constitucional, la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza, se encarga de fijar los requisitos mínimos que deberán cumplir los niveles de enseñanza básica y media, de regular el deber del Estado de velar por el cumplimiento de los mismos y de normar el proceso de reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel.
Los artículos siguientes de la mencionada ley: Nºs 2, 4, 5, 7 y 8; 10, 11, 12, 13, 14 y 15, indicados en el informe, señalan distintos preceptos en relación con la enseñanza formal e informal, requisitos de ingreso, objetivos y duración de cada una de las etapas de la enseñanza, contemplados en nuestros instrumentos legales y leyes dictadas al respecto.
Entre otros antecedentes para fundamentar el mencionado proyecto de ley, se menciona la ley de Instrucción primaria obligatoria, decreto con fuerza de ley Nº 5.291, de 1929, que en su artículo 42, inciso segundo, señala que habrá escuelas o cursos de párvulos para niños de ambos sexos que no hayan cumplido los siete años.
Se cita también la ley Nº 17.301, de 1970, que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Junji , y que dispone en su artículo 1º que ésta tendrá a su cargo crear, planificar, coordinar, promover, estimular y supervigilar la organización y funcionamiento de los jardines infantiles.
Su artículo 3º señala que, para los fines de esta ley, se entiende por jardín infantil todo establecimiento que reciba niños durante el día, hasta la edad de su ingreso a la educación general básica y les proporcione atención integral que comprenda alimentación adecuada, educación correspondiente a su edad y atención médico-dental.
El artículo 5º de la mencionada ley es especialmente interesante, porque agrega que “Las solicitudes de los establecimientos de enseñanza parvularia en cuanto a subvención...deberán ser resueltas por el Ministerio de Educación” en el plazo máximo de 60 días.
Entre los fundamentos de la iniciativa, se indica que la educación de nivel parvulario ha tenido un crecimiento sin precedente en el país. Por ejemplo, en 1960, solamente el 2 por ciento de la población infantil, de cero a seis años de edad, estaba inscrito en el nivel parvulario. En 1996, este porcentaje había aumentado al 25 o al 30 por ciento. En el documento se señala el 25, pero las últimas cifras aportadas demuestran que es, aproximadamente, el 30 por ciento. Sólo en el último año, 12 mil niños más se han incorporado al nivel preescolar. Así es como, en la actualidad, 111 mil preescolares son atendidos por la Junta Nacional de Jardines Infantiles; 55 mil, por Integra; 4 mil, por el programa “Conozca a su hijo”, y alrededor de 224 mil por establecimientos educacionales subvencionados. Es decir, con una mínima expresión en el contexto educacional, en 1960, la educación parvularia ha llegado a ser, en poco tiempo, una parte vital del sistema, pero aún está en proceso de crecimiento.
Se hace presente, además, que el notable desarrollo experimentado por la educación preescolar o parvularia es atribuible, en gran medida, a la fuerte demanda de las familias por que se atienda a los niños que no cumplen aún la edad mínima, de seis años, para ingresar al primer año de la educación básica formal, ya que consideran una desventaja que lo hagan sin haber asistido antes a un jardín infantil que los ayude a desarrollar ciertas destrezas y habilidades para lograr un buen aprendizaje y una buena adaptación en dicho nivel de la educación básica.
Se agrega que este desarrollo de la educación parvularia se debe también a los enormes cambios que ha sufrido la organización familiar, en la cual normalmente ambos padres desarrollan actividades laborales que los alejan del hogar, haciendo imprescindible el cuidado y atención de los niños por terceros. Consideran, además, que este nivel de enseñanza seguirá teniendo un crecimiento muy pronunciado y rápido en los próximos años.
Por otra parte, se afirma que el valor asignado a la educación parvularia puede ser conocido a través de la demanda que de ella hacen los distintos estratos socioeconómicos. Así, en la actualidad, el 48,4 por ciento de los niños del quintil de mayores recursos económicos, asiste a jardines infantiles o escuelas de párvulos. En cambio, en el quintil de menores recursos económicos, sólo lo hace el 22,3 por ciento de los niños.
En general, en este aspecto se puede señalar que los sectores de pobreza son atendidos por instituciones estatales y los de altos ingresos, por instituciones privadas.
En consideración a lo expuesto, los autores señalan que este importante segmento de la educación no cuenta con ninguna referencia en la Constitución Política de 1980, ni en la ley orgánica constitucional de Enseñanza. Agregan que esta omisión, que se califica de discriminación negativa, es producto del incipiente estado de desarrollo en que se encontraba la educación parvularia en el momento de dictarse estas disposiciones legales, así como también de las dificultades del momento para apreciar su fuerte crecimiento posterior.
Finalmente, en esta materia se argumenta que dicha omisión se podría atribuir al ánimo de no comprometer con un nuevo nivel la responsabilidad educacional del Estado.
Entre las opiniones formuladas por autoridades y especialistas en la Comisión, aparte de los ya mencionados al inicio de mi exposición, figuran las de la señora Blanca Yon , abogada del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación; de la señora Blanca Hermosilla , coordinadora nacional de la educación parvularia de esa Secretaría de Estado; del señor Juan Eduardo García-Huidobro , jefe de la División de Educación General y subsecretario de Educación subrogante; del señor Jaime Pérez de Arce , Ministro de Educación subrogante en esa oportunidad, y de la señora María Victoria Peralta , asesora técnica de la Junji y coordinadora de la reforma curricular en el nivel de educación parvularia del Ministerio de Educación.
Podemos señalar que todas estas autoridades, funcionarios del Ministerio y especialistas en el tema, han confirmado por unanimidad el alto valor que le asignan a la educación parvularia. Lo positivo de la iniciativa radica en que propone incorporarla a la ley orgánica constitucional de Enseñanza, pues en ella no se encuentra absolutamente ninguna referencia a la enseñanza prebásica.
Estas personas también expresaron que, hasta el momento, la educación parvularia se ha desarrollado con un fuerte impacto de la iniciativa privada, sin una reglamentación específica, lo cual, a juicio de estas autoridades, no corresponde, ya que se trata de un nivel de educación que debe mantener su carácter de voluntaria, no obligatoria y muy flexible, porque en estos niveles de edad no puede haber requisitos ni logros de objetivos señalados en forma específica.
En términos generales, la opinión es unánime en cuanto a reconocer la importancia de este tipo de educación.
Podemos agregar que la mayor parte de los países tienen incluido este nivel de educación en sus disposiciones constitucionales y en sus normativas legales fundamentales. De manera que nuestro país sería una excepción en esta materia.
La idea matriz del proyecto se orienta a establecer en la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza, el reconocimiento expreso de la enseñanza parvularia o prebásica, dada la creciente importancia que está adquiriendo en la educación de los niños, al permitirles tempranamente el desarrollo de habilidades y destrezas para lograr un buen aprendizaje y una buena adaptación en la educación básica.
Para concretar tal idea, los autores de la moción proponen un artículo único, cuyo objeto es incorporar, precisamente en el artículo 1º de la Loce, una mención del referido nivel de enseñanza.
El proyecto señala lo siguiente en su artículo único: “Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza:
“1.-
Agrégase en el artículo 1º del Título Preliminar, la frase “reconoce la educación parvularia y”, entre las palabras “constitucional” y “fija”.
De ser aprobado, el artículo 1º de la ley Nº l8.962 quedaría de la siguiente manera: “La presente ley Orgánica Constitucional reconoce la educación parvularia y fija los requisitos mínimos que deberán cumplir los niveles de enseñanza básica y enseñanza media y asimismo regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento. Del mismo modo, norma el proceso de reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel”.
Al agregar esa frase, la Comisión de Educación propone la incorporación de la educación parvularia a la Loce, pero sin incluirla específicamente en las mismas condiciones que la enseñanza básica y media. O sea, quedaría excluida de la exigencia de requisitos mínimos, pero incorporada a nuestro sistema educacional, y de esa forma se cubrirían todos los niveles: enseñanza parvularia o prebásica, básica, media y superior.
Además, después del actual artículo 6º de la Loce, se introduce el siguiente artículo 6º bis:
“La enseñanza parvularia es el nivel educacional que atiende a niños y niñas desde su nacimiento hasta el ingreso a la educación básica, sin constituir antecedente obligatorio para ésta. Se propone favorecer en forma sistemática, oportuna y pertinente aprendizajes relevantes y significativos para los párvulos, apoyando a la familia en su rol insustituible de primeros educadores”.
El artículo 6º bis define lo que se entiende por enseñanza parvularia. Se llegó al texto propuesto después de un intenso análisis y examen de distintos conceptos y definiciones, concordado con el criterio del Ministerio de Educación.
Ambas indicaciones, la que modifica el artículo 1º, en que se incluye el concepto de educación parvularia, y el artículo 6º bis, que la define, es lo que la Comisión de Educación propone incorporar a la ley orgánica constitucional de Enseñanza, con el fin de completar armónicamente nuestro sistema educacional.
La Comisión de Educación aprobó por unanimidad el proyecto, y pide a los señores diputados proceder en igual forma, pues se trata de un paso muy significativo para completar nuestro sistema educacional.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).
Tiene la palabra el Diputado señor Velasco .
El señor VELASCO.-
Señor Presidente, como Presidente de la Comisión de Educación, permítame agradecer a la Mesa y a los Comités esta sesión especial para tratar ambas mociones. Agradezco también la presencia de educadoras de párvulos y de la directiva del Colegio Nacional en las tribunas. Deseo mencionar en forma especial a la señorita Elsie Moreno , que ha sido una infatigable luchadora por este reconocimiento en la Constitución y en la Loce.
La moción, presentada por un grupo de diputados, pretende introducir la educación preescolar en el sistema nacional de enseñanza, instituyéndola tanto en la Constitución como en la ley orgánica constitucional de Enseñanza, Loce.
Con ello se busca reconocer una situación de hecho, como es el gran desarrollo experimentado por la educación preescolar en Chile.
De aprobarse ambas mociones, Chile estará dando un paso muy importante en beneficio de los pequeños.
Este texto legal es tan importante como fue, en su oportunidad, la ley de instrucción primaria obligatoria.
La nueva organización familiar que se ha conformado tras la creciente incorporación de la mujer al mundo laboral, aumentó la demanda de atención para los niños menores de seis años, requisito para entrar a la educación básica. Ya se señaló aquí que en 1960 sólo el 2 por ciento de niños en edad preescolar estaban inscritos en el nivel parvulario, contra un 27 por ciento en 1996, porcentaje que en los últimos años ha subido a 30 por ciento.
En la actualidad, en el sistema público y mixto, 111 mil párvulos son atendidos por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Junji ; 55 mil, por Integra; 4 mil por el programa “Conozca a su hijo”, y alrededor de 224 mil por establecimientos educacionales subvencionados municipalizados, del Mineduc y particulares. A la luz de estos datos, se puede reconocer la gran importancia que ha desarrollado la educación parvularia. Incluso, según algunos estudios, existiría una ventaja de los niños con educación preescolar respecto de quienes no la tienen, por el desarrollo de ciertas destrezas y habilidades que facilitarían su posterior aprendizaje y adaptación a la educación básica.
Otra forma de reconocer esa diferencia está en la importancia que se asigna a la educación parvularia en los distintos estratos sociales. En la actualidad, el 48,4 por ciento de los niños del quintil de mayores recursos económicos asiste a un jardín infantil, mientras que en el quintil de menores recursos sólo lo hace el 22,3 por ciento. La falta de consagración de este nivel de enseñanza en la Constitución Política y en la ley orgánica constitucional, tiende a ser una limitante para el sistema educacional chileno.
En todo caso, los autores de la iniciativa aclaramos que mediante la modificación de ambos cuerpos legales no se busca establecer este nivel de enseñanza con carácter obligatorio ni como requisito para acceder a la educación básica. Con el reconocimiento oficial, se desea subsanar una omisión que existe en la Constitución y en la ley, que contrasta con la realidad de que en Chile la educación parvularia tiene un vertiginoso desarrollo, y su omisión en los textos básicos oficiales actúa como una discriminación negativa. Corrobora lo anterior el hecho de que numerosas normas legales reconocen su existencia circunstancial, como la ley Nº 17.301, que creó la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado.
El señor VELASCO.-
Termino en dos segundos, señor Presidente.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
El tiempo se imputa a su bancada, señor diputado.
El señor VELASCO.-
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, señor Aldo Cornejo , informante del segundo proyecto.
El señor CORNEJO (don Aldo).-
Señor Presidente, con el objeto de no repetir la argumentación que fundamenta tanto esta reforma constitucional como la modificación a la ley orgánica constitucional de Enseñanza, sobre la que informó latamente el Diputado señor Gutiérrez , me referiré estrictamente al tema de competencia de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, o sea, a la reforma constitucional.
La idea fundamental del proyecto es insertar en el capítulo de las garantías constitucionales, en particular en el Nº 11º del artículo 19, que se refiere a la libertad de enseñanza, el tema de la enseñanza parvularia.
Por tanto, este proyecto de reforma constitucional complementará lo establecido en el inciso final del Nº 11º del artículo 19, pues señalará que “una ley orgánica constitucional establecerá los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de la enseñanza parvularia, básica y media”. Sin embargo, compartiendo la opinión unánime de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia sobre la conveniencia de la reforma constitucional, haré presente a los señores diputados algunas reflexiones de dicha Comisión.
En primer lugar, es preciso tener claro que mediante esta reforma estamos modificando la garantía constitucional de la libertad de enseñanza y no la del derecho a la educación, porque no son lo mismo. El derecho a la educación que reconoce nuestra Constitución, en doctrina, podría denominarse un derecho social que no dice ninguna relación con la libertad de enseñanza, sino con la posibilidad de todas las personas de desarrollar en igualdad de condiciones sus aptitudes físicas e intelectuales, lo cual es deber del Estado y de la comunidad.
Hago la precisión surgirá, desde luego, en el debate posterior, porque en la Comisión de Constitución algunos pensamos que lo óptimo de esta reforma habría sido modificar el Nº 10º del artículo 19, que se refiere al derecho a la educación, si todos coincidimos en que en nuestro país es necesario reconocer, fomentar y promover la educación parvularia, y en que dicha educación como lo ha dicho con toda claridad el Diputado señor Gutiérrez juega hoy un rol fundamental en la formación de los niños, futuros jóvenes.
Entonces, es importante puntualizar que la reforma constitucional posibilitará que en nuestra Carta Fundamental, donde se establecen los principios, objetivos, funciones e instituciones de la nación, la educación parvularia quede consagrada como una preocupación del Estado.
Finalmente, en nuestra opinión, el hecho de que hubiere quedado dentro del ámbito del derecho a la educación, no necesariamente reitero habría significado algún gasto para el Estado. Sin embargo, pese a haber preferido que hubiere quedado en el Nº 10º y no en el Nº 11º del artículo 19, relativo a la libertad de enseñanza, la Comisión por unanimidad estimó importante y necesario que la educación parvularia tenga reconocimiento en nuestra Carta Fundamental.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Prosiguiendo con la lista de inscritos, tiene la palabra, hasta por un minuto, el Diputado señor Osvaldo Vega .
El señor VEGA.-
Señor Presidente, sólo quiero fundamentar mi voto favorable a los dos proyectos de ley, porque creo que hacen justicia a la aspiración de muchas personas que se prepararon hace años y que han ayudado en gran medida a educar a la niñez, como lo han demostrado los señores diputados que me han antecedido en el uso de la palabra.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, hasta por cuatro minutos, la Diputada señora María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
Señor Presidente, los proyectos que discutimos, que no me cabe duda que vamos a aprobar, son de la más alta significación para el país y, sobre todo, una muy buena noticia para los niños y las familias que ven con preocupación la educación de sus hijos.
Los resultados de la educación parvularia indican que los niños, en su mayoría, se estarían adaptando a su educación preescolar, se relacionan bien con sus padres, participan en actividades, tienen autonomía para su edad y parecen disfrutar durante su permanencia en el centro o en el jardín.
A estos aspectos hay que agregar todo lo que dice relación con el aprendizaje de diferentes tipos psicomotor, cognitivo y afectivo, que favorece un ingreso más adaptativo a la educación básica.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Llamo al orden al Diputado señor Álvarez-Salamanca .
Puede continuar con la palabra señora diputada.
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
No nos caben dudas, entonces, de los beneficios de la educación preescolar para los niños.
En Chile, la educación parvularia existe desde hace más de un siglo. Ha contribuido, en forma sostenida y significativa, a la atención integral de las diferentes necesidades de los niños y sus familias. Las primeras experiencias en atención de párvulos constan desde 1900. Además, en este nivel, existen profesionales y técnicos especializados de la Universidad de Chile desde 1940. Hay una institucionalidad que recoge esta acción educativa y le da cobertura nacional a través de Mineduc, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Junji , y de la Fundación Integra.
En el presente se atiende a más del 30 por ciento de la población, entre 0 y 6 años, que equivale a 514.000 párvulos en relación con el censo de 1992, según el cual había un millón 714 mil niños. De ellos, 474 mil cuentan con algún financiamiento estatal. El Mineduc cubre a 290 mil niños; la Junji, a 113 mil; Integra, a 56 mil; el Sename, el Minsal y otros Ministerios, a 15 mil; y recursos privados, a alrededor de 40 mil, a través de salas cuna de la ley respectiva, de jardines infantiles particulares, de colegios, de jardines parroquiales, de las ONG y de jardines comunitarios. O sea, estamos ante una experiencia sumamente importante, que no ha sido recogida ni por la ley orgánica de Enseñanza ni por la Constitución Política de la República.
Por lo tanto, estos dos proyectos representan un reconocimiento a la trayectoria histórica educacional de este nivel en Chile, pionero en la materia en América Latina, en cuanto a la creación de instituciones profesionales y técnicas correspondientes, con la consiguiente generación de teoría, investigación y práctica pertinente y significativa. Es decir, aquí se está reconociendo una labor educativa de muchos años, con una tremenda experiencia como decía, pionera en América Latina y con niveles realmente importantes. Además, su reconocimiento, tanto constitucional como en la Loce, también soluciona problemas prácticos; por ejemplo, la extensión del seguro escolar no cubierto por los niños; su incorporación con mayor rapidez a la reforma educacional, su carácter educacional para postular a recursos de Conicyt y otros organismos similares. Sin duda, la educación parvularia es muy importante en el sentido de la familia y de los servicios para ella. Así como es importante y cumple con un derecho de los niños, quisiera dar algunas cifras significativas con respecto a las madres que trabajan y que tienen a sus hijos en jardines infantiles.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Ha terminado su tiempo, señora diputada.
La señora SAA (doña María Antonieta) .-
La cantidad de madres que trabajan y que tienen a sus hijos en jardines infantiles, es significativa. Por lo tanto, creo que estamos haciendo un avance al reconocer este tipo de educación en la Carta Fundamental y en la Loce.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Pido excusas a los colegas, pero la Mesa tiene que ser severa en el cumplimiento de los tiempos. Necesitamos que estos proyectos se voten a las 21.30 horas; si no, corremos riesgos, porque hay varias reuniones simultáneas. Alrededor de 15 señores diputados tienen un compromiso con su Excelencia el Presidente de la República que se ha logrado postergar por una hora. Otros señores diputados deben asistir a dos reuniones simultáneas a la misma hora.
Tiene la palabra, hasta por dos minutos, el Diputado señor Edgardo Riveros .
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente, los proyectos tanto el de reforma constitucional como el que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, hacen justicia y reconocen una realidad: el amplio desarrollo de la educación parvularia en nuestro país, particularmente en los últimos 30 años, de tal forma que ha pasado a ser parte vital del sistema educacional y, a la vez, a integrar el ciclo de formación de los niños.
En esta materia también es importante sostener que una buena educación parvularia otorga un signo de mayor equidad en el proceso educacional, toda vez que en la actualidad la formación parvularia no llega de igual forma a los segmentos de mayores ingresos como a los de aquéllos de más bajos ingresos. El informe en esta materia es claro en señalar el porcentaje del primer quintil y del último quintil en la participación de dicha formación. Y digo que ésta es un factor de equidad, porque como lo ha manifestado la señora Blanca Hermosilla , coordinadora nacional de educación parvularia del Ministerio de Educación intervenciones oportunas en la edad infantil pueden tener un efecto de largo plazo en la capacidad intelectual, en la personalidad y en el comportamiento social de los niños y niñas. En sus primeros años de vida existe un potencial innegable de inteligencia que se desarrolla y eso es lo que se trata de estimular, particularmente en aquellos ámbitos de la enseñanza hasta hoy llamada preescolar parvularia.
Por ello concurrimos gustosos con el voto favorable a ambos proyectos.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que los diputados que se inscriban en la Mesa y no hagan uso de la palabra, puedan insertar sus discursos con el fin de colaborar a que la sesión culmine en la hora preestablecida.
Acordado.
Tiene la palabra, hasta por seis minutos, el Diputado señor Jorge Ulloa .
El señor ULLOA.-
Señor Presidente, en primer lugar, como bancada, valoramos y reconocemos explícitamente a la educación preescolar, la que ha venido difundiéndose y ampliando su cobertura desde hace muchos años. Sin duda, el aumento de un 6 a un 30 por ciento de cobertura constituye un gran avance. Cabe destacar que, durante el gobierno militar, dicha cobertura creció de manera explosiva e, indiscutiblemente, ello obedece también al reconocimiento de una necesidad. Es obvio que la falta de definición de qué se entiende por educación parvularia de alguna manera ha dificultado precisar con mayor exactitud el alcance de este concepto, sin perjuicio de lo cual estimamos que los dos proyectos, tanto el que reconoce la educación parvularia en la ley orgánica constitucional de Enseñanza, Loce , como el que reforma la Constitución Política en el mismo sentido, son importantes.
Desde nuestra perspectiva, también es significativa la no obligatoriedad de este nivel educacional, lo que le otorga, tal vez, más relevancia.
En realidad, la mayor dificultad en la Comisión de Educación fue decidir el lugar, en la ley orgánica y en la Constitución, para consagrar este reconocimiento, toda vez que la obligatoriedad en el sistema significa gasto y, por lo tanto, las iniciativas, en ese caso, deberían ser del Ejecutivo.
Ha quedado suficientemente claro que se busca ampliar y mejorar la educación, pensando, fundamentalmente, en los procesos de sociabilización del niño.
Por último, no existen, en los dos proyectos, ideas contradictorias con lo que se persigue y han señalado otros señores diputados.
En beneficio del tiempo, anuncio que la bancada de la UDI está de acuerdo con ambos.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).
Tiene la palabra, hasta por dos minutos, el Diputado señor Exequiel Silva .
El señor SILVA.-
Señor Presidente, para nadie es desconocido el aumento de la educación parvularia en Chile, principalmente por dos razones: la incorporación de la mujer al mundo laboral y la clara conciencia de lo positivo de la labor formativa y de estimulación que dicha educación tiene en los niños. Sin embargo, su cobertura sigue siendo del 30 por ciento, no obstante la importante labor que cumple el sector privado y, fundamentalmente, la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Junji , y la Fundación Integra.
Tampoco es un misterio para nadie la demanda de las juntas de vecinos de los diferentes distritos para que se creen jardines infantiles comunitarios e instalen jardines infantiles privados.
Es cierto que los proyectos no hacen obligatorio este nivel de enseñanza, como lo destacó el Diputado señor Ulloa , pero permiten que la Cámara reconozca la labor de quienes trabajan como educadores de párvulos y plantean, al mismo tiempo, el desafío al Estado para aumentar su cobertura.
Finalmente, felicito al Diputado señor Sergio Velasco y a los demás autores por tan importantes iniciativas. Quienes somos padres, sabemos que el nivel parvulario es fundamental para la formación y sociabilización de nuestros hijos.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, hasta por dos minutos, el Diputado señor Felipe Valenzuela .
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, los dos proyectos subsanan una omisión que se cometió en la ley Nº 18.962, orgánica constitucional de Enseñanza, Loce , dictada el 10 de marzo de 1990, y hacen una sugerencia al Gobierno.
En lo constitucional, si bien se refieren a la libertad de enseñanza, no mencionan el derecho a la educación porque no es necesario.
El derecho a la educación está establecido en el número 10º del artículo 19 de la Constitución Política. Dice: “La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida”. Coincide, además, con lo dispuesto en el artículo 2º de la Loce, que la define como el proceso permanente que abarca las distintas etapas de la vida de la persona. Es decir, constitucionalmente, el niño tiene derecho a la educación desde el momento en que nace.
Ahora, ¿qué se hace? En el proyecto de reforma constitucional se incluye seguramente fue una omisión del gobierno militar, en el párrafo quinto del número 11º del artículo 19 de la Carta Fundamental, la palabra “parvularia”, y en la modificación a la Loce se define lo que debe entenderse por educación parvularia.
Los artículos 7º y 8º de la ley orgánica constitucional de Enseñanza definen la educación básica y media, pero el legislador de la época se olvidó de definir la parvularia. El proyecto salva la omisión preceptuando: “La enseñanza parvularia es el nivel educacional que atiende a niños y niñas desde su nacimiento hasta el ingreso a la educación básica...”.
Además de subsanarse las omisiones, se entrega un mensaje al Ejecutivo a fin de que regularice la situación constitucional que implica dar financiamiento para que los niños tengan educación desde que nacen, esto es, desde el momento en que comienza el sistema de educación parvularia.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, hasta por dos minutos, el Diputado señor Haroldo Fossa .
El señor FOSSA.-
Señor Presidente, los antecedentes técnicos entregados por mis colegas, especialmente por los Diputados señores Gutiérrez y Velasco , son suficientes y avalan la aprobación de los dos proyectos. Sin embargo, quiero rendir un gran reconocimiento al enorme esfuerzo realizado por las “tías” parvularias a través del tiempo.
Para formar a los niños desde la primera edad, han creado una mística que se ha traducido en un verdadero apostolado. Han tenido la capacidad, la madurez y la paciencia para entregar curricularmente una enseñanza que da garantías y absoluta confianza.
Además, tienen una cualidad extraordinaria: se desempeñan en las más variadas condiciones y cuidan a niños de situaciones físicas y socioeconómicas distintas. A todos les entregan mucho cariño y dedicación.
Consecuente con este reconocimiento, Renovación Nacional anuncia que votará a favor de ambos proyectos.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, hasta por cuatro minutos, el Diputado señor Nelson Ávila .
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, el hecho de que la educación parvularia se abra un espacio, tanto en la ley orgánica constitucional de Enseñanza como en la Constitución, evidencia un profundo cambio en la realidad social del país.
La mujer ha empezado a tener un rol protagónico, prácticamente, en todas las esferas de la vida nacional; pero la circunstancia de que ella se desplace al campo laboral deja tras de sí un vacío en un área muy sensible, como es el hogar. Allí, los hijos quedan cada vez más entregados a su suerte y a cargo de la “niñera electrónica”, con todo lo que eso significa desde el punto de vista de la deformación que sufren por la ninguna calidad de los programas de televisión, como hemos podido apreciar en innumerables ocasiones.
Creo que ahora podemos decir que el sistema nacional de educación va desde el claustro materno al universitario. Cubre todos los espacios de la vida del niño desde que nace.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Llamo al orden al Diputado señor Juan Bustos .
Puede continuar el Diputado señor Nelson Ávila .
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, no es cosa fácil llamar la atención a un jurista de la talla de Juan Bustos. El hecho constituye un factor de perturbación que, muchas veces, resulta insuperable. De todos modos, intentaré redondear lo que quiero decir.
Señor Presidente, el paso que se da implica un compromiso para el Estado.
La Derecha, de modo muy alegre, como es natural, apoya las iniciativas, porque piensa que de ninguna forma van a resentir el bolsillo de los sectores que representa en la Sala. Sin embargo, me parece adecuado advertir que, por estos esfuerzos, a futuro, para atender las necesidades que implican, el Estado requerirá recursos en mucho mayor cantidad de los que hoy dispone. Para ello, será necesario equipararnos, aunque sea mínimamente, con los países desarrollados en materia de políticas tributarias.
Sé que esto es como nombrarle el demonio. La Derecha nuestra es muy generosa en la retórica, pero extraordinariamente constreñida a la hora de aprobar disposiciones legales que afecten de manera pecuniaria lo que encarna en el plano político.
Por lo tanto, está advertida de que estas cosas no son gratis y que, en el futuro, tendrá que gimotear frente a quienes representa para lograr que suelten el bolsillo en forma más generosa de lo que hemos podido apreciar hasta ahora.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Señor diputado, la Mesa lamenta haberlo perturbado.
Tiene la palabra, hasta por dos minutos, la Diputada señorita Antonella Sciaraffia .
La señorita SCIARAFFIA (doña Antonella) .-
Señor Presidente, en mi calidad de coautora de los dos proyectos, quiero dar las gracias por esta sesión.
Ambos han tenido muy buena suerte desde el principio. Una vez presentadas las mociones, tuvimos la agradable experiencia de encontrar la Sala entera de verde para recibir a las educadoras de párvulos de distintas partes del país. Entonces, creo que partimos bien, y después, cuando se trataron en las Comisiones de Educación y de Constitución, Legislación y Justicia, tuvimos la suerte de comprobar cómo ambos proyectos el que modifica la Constitución Política y el que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, fueron aprobados por unanimidad.
Por eso, en este tipo de proyectos no tienen cabida las distintas posturas políticas y todos estamos de acuerdo, porque, desde las diversas perspectivas, todos deseamos lo mismo: que nuestros niños se desarrollen, y sabemos que la educación preescolar les permite una formación mucho más integral desde los primeros años de vida.
Además, estos proyectos, que dan reconocimiento constitucional y legal a la educación parvularia, cumplen con un acto de mínima justicia, porque, no obstante existir los parvularios y la enseñanza preescolar, según nuestra legislación era como si no existieran porque no aparecían mencionados en ninguna parte.
Estos proyectos dan un mínimo reconocimiento y, además, permitirán, cuando la cobertura de educación preescolar sea efectivamente mucho mayor, la incorporación de más mujeres al trabajo, con lo que tendremos niños mejor desarrollados, libres del alcoholismo y de la drogadicción, lo que es beneficioso para todo el país.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, por tres minutos, la Diputada señora Lily Pérez .
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Señor Presidente, antes que todo quiero decir a mi amigo Nelson Ávila que aquí ha quedado claro que él no tuvo educación prebásica, porque lo primero que nos enseñaron las tías a quienes sí la tuvimos fue a respetar a las personas que piensan distinto de nosotros.
Hablan varios señores diputados a la vez.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
En primer lugar, la educación parvularia no debe continuar siendo un privilegio, sino un derecho de todos los niños del país.
Y digo esto a propósito de algo muy importante. Hoy, mediante esta modificación y esta reforma se reconoce y se legitima una profesión: la de educadoras de párvulos. ¿Por qué? Porque mucha gente sigue pensando que tal actividad es un hobby o una profesión menor, lo que hace que, muchas veces, sus relaciones laborales y sus remuneraciones sean muy precarias. Por lo tanto, me parece muy relevante este reconocimiento que se da a las educadoras y educadores de párvulos.
Por otra parte, quería señalar que sólo el 29 por ciento de los niños de nuestro país recibe educación parvularia; es decir, hay un 71 por ciento de niños que no la reciben. Obviamente, eso sitúa a los niños en desigualdad de oportunidades, puesto que un niño que tuvo educación prebásica, cuando llega a primero básico se para frente al mundo de una manera distinta que aquel niño que no la tuvo. En cuanto a igualdad de oportunidades en nuestro país esto debe convocar a todos los sectores políticos, ya que no es privilegio sólo de algunos, nos parece que el concepto moderno de desarrollo social implica un reconocimiento no sólo de la eventual riqueza material de los países, sino también de la riqueza educacional: un país rico no es sólo rico en recursos, sino también en educación.
Por eso, considero muy relevante que, ojalá, aprobemos por unanimidad estas modificaciones, que significan dar a la educación parvularia el estatus y la legitimidad de una educación integral.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, por tres minutos, el Diputado señor José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, el 22 de noviembre del próximo año se cumplen 70 años de la promulgación de la ley de instrucción primaria obligatoria. Precisamente, el inciso segundo del artículo 42 de ese cuerpo legal establece que “habrá escuelas o cursos de párvulos para niños de ambos sexos que no hayan cumplido los siete años”. Sin embargo, a pesar de que su nombre lo dice, la educación parvularia no fue obligatoria.
En 1970, la ley Nº 17.301, que creó la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Junji , hace un reconocimiento de la enseñanza respectiva hasta siete años, especialmente de cero a dos años, en el nivel de salas cuna; en el nivel medio, de dos a cuatro años, y en el de transición, de cuatro a seis años, pero tampoco la hace obligatoria.
Después de eso como lo expresó el Diputado señor Jorge Ulloa , en 1980, con el decreto supremo Nº 8.143, se establecen los requisitos para abrir establecimientos educacionales. Además, en el artículo 5º de este decreto supremo se consigna la forma en que se puede acceder a la subvención educacional; sin embargo, resulta que la educación parvularia tampoco es obligatoria. Pero hay algo más terrible: se aprobó la Constitución Política de 1980, y tampoco la hizo obligatoria. Por último, el 10 de marzo de 1990 se promulga la ley Nº 18.962, Loce , y la enseñanza parvularia tampoco se hace obligatoria.
¿Qué pasa con todo esto? Para mi gusto, algo muy sencillo y concreto: hoy, el 92 por ciento de la enseñanza municipal y particular subvencionada son financiadas con el dinero de todos los chilenos, y resulta que en esa parte no aparece la educación parvularia.
Creo que hoy hago un reconocimiento especial al colega Sergio Velasco , actual Presidente de la Comisión de Educación se están dando varios pasos adelante, pero no son definitivos. A pesar de que la educación parvularia quedará reconocida por la actual Constitución Política y por la ley orgánica constitucional de Enseñanza, no se establece que será obligatoria, porque, en el fondo, eso significaría un mayor gasto presupuestario, para lo que se requiere una iniciativa con el patrocinio del Ejecutivo.
Por lo tanto, si bien nuestro gran compromiso de hoy es aprobar unánimemente ambos proyectos, reconociendo el rol que han desempeñado nuestras colegas parvularias en la formación de tantos miles de chilenos, también debemos comprometernos a que la educación parvularia sea obligatoria, porque es la base de la pirámide educacional.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jaime Orpis .
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, en realidad, quiero tener, al menos, honestidad profesional para referirme a lo que estamos votando.
Desde mi punto de vista, éste es un reconocimiento a la labor que desarrollan la parvularias, a su dignidad y a la enseñanza. Pero no nos equivoquemos; lo que establecen los proyectos sobre reforma constitucional y sobre reconocimiento en la ley orgánica constitucional de Enseñanza es una declaración lírica, un simple reconocimiento, pero el Estado nunca ha ido más allá. En esta oportunidad, no quiero crear falsas expectativas, en cuanto a que, a raíz de estas modificaciones, se aumentará la cobertura y la educación parvularia será obligatoria, porque no es así.
Quiero refrendar lo que digo con lo señalado en la propia Comisión de Educación por la señora Blanca Yon , abogada del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación. En su opinión, la inclusión del reconocimiento de la enseñanza prebásica o parvularia en el artículo 1º de la ley orgánica constitucional de Enseñanza como lo propone el proyecto, dejaría a ésta reducida sólo a una mera declaración. Eso es esta modificación que estamos aprobando hoy: una mera declaración, importante repito para dignificar la profesión y para incorporar la educación parvularia como enseñanza formal; pero es una mera declaración.
Desde mi punto de vista, en un tema tan importante como la educación parvularia, deberíamos haber ido mucho más lejos: se debería haber discutido a fondo con el propio Ministerio, por ejemplo, cómo aumentar la cobertura. Diversos parlamentarios han planteado que hoy, en Chile, tenemos un 30 por ciento de cobertura. Incluso, esta cifra es mucho menor en los niveles de más bajos ingresos, en que no excede el 21 por ciento. Ésa es una discusión importante que tendríamos que haber tenido en la Comisión y respecto de la cual debería existir un compromiso del Estado.
Quiero decir al Diputado señor Ávila que en materia educacional no hemos sido mezquinos con los impuestos. No debe olvidar que para financiar la reforma educacional estuvimos dispuestos a mantener el impuesto al valor agregado. Por lo tanto, en materia educacional no hay mezquindad. Creo que deberíamos tener mucha altura de miras para discutir estos temas.
En segundo lugar, debemos hacer un esfuerzo por tratar de no quedarnos en declaraciones líricas y en reconocimientos; debemos tratar de ir un poco más allá. Junto al Diputado señor Dittborn presentamos una indicación que al menos, desde nuestro punto de vista puede ser una señal de que se quiere ir más allá de una declaración meramente conceptual. Dicha indicación establece algo tan elemental como los requisitos mínimos que debe tener la enseñanza prebásica. Si estamos reconociendo dicha enseñanza, ésta debería reunir una serie de requisitos mínimos que pueden ser establecidos por el propio Ministerio de Educación, tal como ha ocurrido en otros niveles, y que no atentan contra la libertad de enseñanza, porque se trata de requisitos mínimos.
Con esta intervención he tratado de explicar, con mucha honestidad, en primer lugar, que lo que estamos aprobando no debe crear falsas expectativas y, en segundo lugar, que tratemos de dar un paso adelante y que no nos quedemos en una mera declaración, sino que exista un mayor compromiso del Estado para ir consolidando y afianzando no sólo la dignidad de la educación parvularia y de las parvularias, sino también para ir aumentando la cobertura y formalizándola aún más.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, por un minuto y medio, el Diputado señor Juan Pablo Letelier .
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente, los dos proyectos que estamos aprobando consagran una demanda muy sentida de las educadoras de párvulos.
Ya durante el primer gobierno de la Concertación se logró el reconocimiento a nivel universitario de estas trabajadoras, y hoy damos un nuevo paso al reconocer su actividad de educadoras. Es importante también que se les reconozca en la Constitución Política y en la ley orgánica constitucional de Enseñanza, por cuanto a través de estas iniciativas iniciamos un debate sobre derechos y obligaciones.
En la Loce se define la educación parvularia y se establece que el Estado debe fijar los requisitos y contenidos, pero queda pendiente para el futuro estudiar cómo se garantiza el derecho a acceder a la educación preescolar. El acceso a dicha educación es un requisito para que exista una verdadera democracia y para que todos los niños puedan desarrollarse en forma plena.
Adicionalmente, quedarán pendientes modificaciones para que este esfuerzo sea integral y permita, efectivamente, generar una mejor institucionalidad respecto de la educación preescolar en nuestro país y, por último, quedará pendiente la reforma al Estatuto Docente, a fin de que las educadoras de párvulos tengan derechos establecidos por ley y no sean sometidas a regímenes distintos y muchas de ellas sin una carrera funcionaria, como lo merecen todos los trabajadores de la educación.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra, por seis minutos, el Diputado señor Rosauro Martínez .
El señor MARTÍNEZ (don Rosauro).-
Señor Presidente, la educación parvularia, como lo define el proyecto que modifica la ley orgánica constitucional de Enseñanza, es el nivel educacional que atiende a los niños desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica, a los seis años.
Lo que estamos haciendo en este caso es otorgar reconocimiento a la educación parvularia, acto de justicia que merece todo nuestro más decidido respaldo y apoyo.
Como aquí se ha señalado, la educación parvularia, principalmente en el segundo nivel de transición, ha experimentado un aumento muy significativo, puesto que ha ido del dos por ciento, en 1960, al 30 por ciento en la actualidad.
Hoy, diferentes estudiosos, pensadores y especialistas debaten sobre las características que debe tener el ciudadano del futuro. Al respecto, existe consenso en que se necesitan individuos creativos, innovadores, materialización que, sin duda, guarda relación directa con lo que se debe hacer en el aula y la orientación asignada a la educación para favorecer en el ser humano el desarrollo de aquellas competencias y valores que se estiman adecuados para el futuro.
Estudios efectuados en diferentes países señalan que el futuro de los seres humanos se relaciona más con sus experiencias postnacimiento que con sus factores genéticos. Si bien este antecedente es válido para todos los niveles educacionales, adquiere mayor relevancia en el caso de la educación parvularia. Ello, por la sensibilidad y plasticidad de la etapa, lo cual otorga mayor posibilidad de plasmar hábitos, destrezas y habilidades que en los períodos subsiguientes del desarrollo.
Ésta es también una etapa fecunda, porque es un momento en que se puede influir más en la familia, debido a que como padres somos más proclives a incorporarnos y participar activamente en el jardín infantil y, consecuentemente, consultar más en cuanto a las necesidades de los niños, que en las instancias posteriores de la enseñanza.
No hay duda de que la educación parvularia tiene una gravitación importante en el Chile de hoy, la que aumentará en los años venideros, producto de las condiciones de la vida moderna, pero, fundamentalmente, por las conductas de entrada que el niño adquiere y que lo preparan de mejor forma para la enseñanza básica.
De allí mi total y absoluto respaldo al proyecto, ya que termina con una discriminación negativa existente, le reconoce el rol que le corresponde en la formación de la persona y las mayores posibilidades que tendrá la acción educativa posterior al alcanzar las metas propuestas.
Concluyo esperanzado en que éste será el primer paso del camino que nos lleve a continuar profundizando el proceso de ampliación de su cobertura y, en particular, para el sector rural, al que represento.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jiménez , hasta por dos minutos.
El señor JIMÉNEZ.-
Señor Presidente, no quiero dejar pasar esta oportunidad sin hablar en contra de lo que, a nuestro juicio, parece una discriminación evidente para con los niños de Chile.
Aquí se ha señalado que el 70 por ciento de los niños no tiene acceso a los jardines infantiles. Al respecto tenemos que enfatizar que del quintil que percibe los ingresos más altos de la población, un 48,4 por ciento de los niños accede a un jardín infantil; sin embargo, del quintil de menores ingresos, sólo un 22,3 por ciento lo hace.
Por eso hablamos de que el proyecto apunta a la equidad que hemos tratado de construir en democracia, pero también a la formación de personas. No sólo hablamos de más o menos alumnos, sino de personas, y también del fortalecimiento de la familia, es decir, de una atención integral a toda la sociedad.
Por ello, como parlamentario, padre de familia, educador y en nombre de la bancada de la Democracia Cristiana, apelo a la sensibilidad de todos los sectores para testimoniar públicamente no sólo nuestro reconocimiento a la hermosa y patriótica entrega con que nuestras queridas educadoras de párvulos desarrollan día a día su vocación y apostolado en beneficio de toda la sociedad chilena, a través de su mayor riqueza: los niños y niñas de Chile, sin distingo de ninguna naturaleza, sino también nuestro agradecimiento por aportar en forma concreta a la dignificación, igualdad y fortalecimiento de nuestra sociedad y del núcleo básico de ella, la familia.
Por eso, espero que el proyecto, que establece el reconocimiento de la educación parvularia en la Constitución y en la ley orgánica constitucional de Enseñanza, no sólo cuente con el voto favorable de la Corporación, sino con la unanimidad de la Cámara de Diputados de Chile.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra la Diputada señora Pollarolo , hasta por dos minutos.
La señora POLLAROLO (doña Fanny).-
Señor Presidente, ojalá con estos proyectos entregáramos más recursos para aumentar la cobertura de la educación preescolar, en especial para los niños pobres. Pero, sin duda, éste es un primer paso muy importante para colocar en el tapete de la discusión un tema que no se había tocado: ni más ni menos, cómo los primeros años de la vida son fundamentales para el futuro de las personas, porque apuntan a cuestiones tan decisivas como la autoimagen, la confianza en el mundo y en sí mismos, como cuestiones que inciden en el desarrollo de la personalidad. Como aquí ya se ha reiterado, también es fundamental la equidad, con la cual esto tiene que ver directamente, con ese propósito de construir una sociedad con igualdad de oportunidades. Todos sabemos que nuestros niños de bajos ingresos llegan a la educación básica con un hándicap de un 40 por ciento en relación con los de altos ingresos, y esa desigualdad que se marca ahí, continúa hacia adelante y las cifras son muy claras.
Por ello, quiero sumarme a quienes han manifestado que éste es un primer paso, una toma de conciencia profunda. En relación con este tema, quiero agregar que la reforma educacional que estamos impulsando y desarrollando es coja, porque parte de la educación básica y no de la preescolar como debería ser.
Por eso, también me duele lo que aquí se ha dicho, que la cobertura de educación preescolar está aumentando en un ritmo más alto en los niños de los quintiles de más altos ingresos y no en los más pobres. Eso se debe corregir. En definitiva, este esfuerzo que hacemos es parte de uno que debe continuar, que significa dar prioridad y preocupación a un instrumento fundamental en la construcción de una sociedad más equitativa, pero creo también que es el mejor respaldo a la labor de nuestras parvularias.
Quiero aprovechar la oportunidad para saludar a quienes están presentes y decirles, a través de ellas, a todas nuestras profesionales de la educación preescolar, que nos llenan de orgullo por el trabajo pionero que han desarrollado en Latinoamérica.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Patricio Walker .
El señor WALKER (don Patricio).-
Señor Presidente, hoy estamos haciendo justicia, porque no es entendible que nuestro ordenamiento jurídico reconozca la dignidad de la enseñanza básica y media, y no haga lo mismo con la prebásica. Más aún, cuando en la actualidad el 29 por ciento de los niños accede a esta educación, mientras que en 1960 sólo lo hacía el 2 por ciento.
La educación prebásica o parvularia es fundamental en la igualdad de oportunidades. Para que se produzca, no basta con preocuparnos, a través de la reforma educacional, sólo de la educación media y básica: es necesario también abocarse a la educación prebásica.
Hay un 71 por ciento que no accede a la educación prebásica, y esta falta de cobertura es dramática para los padres y madres del país, sobre todo cuando, hoy, ambos trabajan. Es dramático para las mujeres jefas de hogar, que cumplen un doble rol; por un lado, son madres, dan afecto y cuidado a sus hijos, pero también son padres, porque deben trabajar para darles sustento, y es más dramático aún para los sectores pobres, porque mientras el 48 por ciento de los niños del quintil de mayores recursos asiste a jardines infantiles, en el de menores recursos, sólo lo hace el 22 por ciento.
Por eso, comparto lo que han dicho muchos diputados presentes; es sólo un primer paso reconocer la dignidad de la enseñanza parvularia y de las educadoras de párvulos del país. Pero debemos seguir y consagrar como un derecho social, como lo dijo el Diputado señor Aldo Cornejo , la enseñanza prebásica para que, ojalá, algún día, todos los niños del país tengan la posibilidad de educarse y, en definitiva, igualdad de oportunidades.
He dicho.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aunque no estaba inscrito, tiene la palabra el Diputado señor José Pérez , en el tiempo del Comité del Partido Radical.
El señor PÉREZ (don José).-
Muchas gracias, señor Presidente.
En primer lugar, deseo manifestar mi satisfacción por la sesión especial a que se nos ha convocado para referirnos a un tema tan importante como es la educación parvularia, es decir, preocuparnos de los niños, del futuro de Chile, de un proyecto que tiende a dar igualdad de oportunidades a todos.
Sin duda, la iniciativa apunta a resolver los problemas educacionales que afectan así ha sido también a través del tiempo a los niños de los hogares de más escasos recursos. Quienes han recibido enseñanza prebásica, enfrentan la básica en condiciones muy superiores a aquellos que han carecido de esa oportunidad. Por ello, aquí se está haciendo justicia con un sector que ha sido marginado a través del tiempo.
Celebro el trabajo que realizan las parvularias a lo largo del país, con quienes los niños dan sus primeros pasos para construir los cimientos fundamentales de la pirámide educacional. Ellas, con su ternura y calidez, permiten que los niños lleguen en mejores condiciones a la educación fundamental, la básica, y les permite continuar a la siguiente etapa en su formación. Ésta era una necesidad en el país. Por eso, los radicales nos sentimos felices, contentos y satisfechos de que estemos próximos a votar un proyecto de tanta trascendencia, importancia y necesidad, como es el reconocimiento de la educación prebásica para los niños de Chile.
He dicho.
En conformidad al acuerdo adoptado, se incluyen las siguientes intervenciones:
El señor OJEDA.-
Señor Presidente, diversos factores han contribuido a dar a la educación parvularia la importancia que hoy tiene. Es indudable que su papel es relevante en la educación y formación de los niños y que su contribución en el tratamiento de éstos, es coincidente con el cambio, el progreso y el desarrollo del país. Por ello, en función de la importancia que esta educación prebásica tiene, y porque se ha ido imponiendo por sí sola, es que hemos compartido con los colegas la presentación de este proyecto de ley. Es necesario y vital el reconocimiento que la Constitución Política del Estado debe hacer a esta educación. Es tan importante como la básica y media, por las características, edad y naturaleza del niño. La básica tiene en la parvularia una escala importante de apoyo, un peldaño avanzado en la escalera de tantos pisos o cursos que el niño y el joven deben seguir en el sistema educativo a través de su formación.
Un edificio no tiene la seguridad de ser sólido, si sus bases no lo son; un árbol no crece si a la semilla no se la riega y si apenas al asomar la planta no se la endereza; el 1 y el 2 no son los primeros números: siempre tiene que haber un cero para empezar una base. Su reconocimiento constitucional no es una mera enunciación, sino que la configuración y el valor de un área que requiere de protección. El aumento creciente de niños matriculados en el nivel de educación parvularia constituye uno de los hechos más significativos ocurridos en los últimos años en el sistema educacional. Si nos hablan de que el año 1960 sólo el 2% de la población estaba inscrita en el nivel parvulario, y que el año 1996 haya subido al porcentaje de un 25% y para el año 1998 se estima en un 30%, es algo de lo que debemos preocuparnos y tomar mucho en cuenta, máxime cuando parece ser necesario el ingreso de estos niños a una educación prebásica. Y nos hablan de que ya en varios países ha pasado a ser obligatoria, porque científica y pedagógicamente es necesaria y oportuna. Ello, porque se ha dicho que la mitad del potencial de la inteligencia de los seres humanos se desarrolla entre la gestación y los 4 años de edad, situación que no debe ser desaprovechada, ya que la intervención y tratamiento educativo de esa edad pueden tener un efecto a largo plazo, en la capacidad intelectual, en la personalidad y el comportamiento social de los niños y niñas. Y porque ya ha pasado a constituirse como complementario al papel de la familia en la educación de sus hijos, apoyados con el saber científico, lo que tiene una dimensión diferente que la entrega diaria que hace el círculo de la cotidianidad. El cuidado y atención familiar en los primeros años es importante y esencial. Pero por necesidad y porque el padre y madre trabajan, la educación parvularia es vital. Ello no obstante el papel insustituible de la familia en la educación de los párvulos. Por lo demás, la necesidad de mayores ingresos hace necesario el trabajo de marido y mujer, por lo que el párvulo debe ser entregado a algún colegio. El progreso, la evolución social y el nuevo rol de la mujer, que se ha integrado plenamente en la sociedad como trabajadora, profesional y otras labores, acrecienta aún más la importancia de la educación parvularia. Los nuevos resultados de esta educación, motivan el ingreso de los niños al nivel parvulario, sobre todo por la eficacia respecto a los niños que permanecen en sus hogares. Un reconocimiento legal implica consagrar las virtudes, los valores y la importancia de este nivel de educación.
La Constitución Política es nuestra Carta Fundamental que contiene los más elementales y sagrados derechos y garantías que favorecen a las personas. Y la educación parvularia, cuyo sujeto de educación es el párvulo, beneficia a éste, pero también a la familia, a la sociedad, con clara dignificación y valoración de la educadora de párvulos, que silenciosamente y con lo que es su especial sensibilidad, cariño y vocación, constituye una profesional que entrega su invalorable apoyo a la educación chilena.
Creemos que este es un primer paso. No es el momento de hablar de obligatoriedad ni de requisitos mínimos. Comencemos.
He dicho.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, hoy se someten a consideración de esta Sala dos iniciativas tendientes a incorporar formalmente en el sistema educacional chileno la enseñanza prebásica o de nivel parvulario.
La propuesta legal de nuestros diputados apunta a que esta modalidad de enseñanza, que constituye un hecho social en los distintos estratos socioeconómicos, sea reconocida con el rango constitucional y legal que le corresponde.
La Constitución en su artículo 19, número 10, establece el derecho a la Educación, y la obligatoriedad de la enseñanza básica; mientras en el número 11 instituye la libertad de enseñanza y dispone que, a través de las respectivas leyes orgánicas, se regularán los requisitos mínimos para cada nivel de enseñanza, básica y media.
Nuestro proyecto de reforma constitucional, y lo queremos señalar muy claramente, no infiere para nada en la norma sobre la obligatoriedad de la enseñanza. Es decir, no estamos proponiendo extender la obligatoriedad de la educación básica a la prebásica, como tampoco esa exigencia existe respecto de la educación media.
Tal vez en el futuro, cuando nuestro país alcance estándares de países verdaderamente desarrollados, será posible y alcanzable la meta de una enseñanza obligatoria más extendida.
El rango constitucional se alcanza con la incorporación en el artículo 11, en que se dispone que una ley orgánica determine los requisitos mínimos para los niveles básico y medio, del nivel prebásico.
¿Qué implicancias puede tener este hecho en la experiencia práctica de las familias?
Muy simple: hace exigible a los establecimientos educacionales que imparten educación parvularia, observar los requisitos mínimos que le señale la ley orgánica, y a los padres les permite y les garantiza que las técnicas y los procesos de aprendizaje a que sus párvulos están siendo incorporados, son los adecuados y suficientes.
Un número importantísimo de menores en edad preescolar están recibiendo ya este aprendizaje en establecimientos públicos a través de la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de Integra, y en los establecimientos particulares, tanto pagados como subvencionados, aunque sin subvención para el nivel prebásico, por lo que, en ese caso, debe costearlo la familia como en cualquier colegio particular.
De allí la necesidad que vemos de que hoy aprobemos estas iniciativas, y lo hagamos ojalá por la unanimidad de los aquí presentes, entendiendo que con ello esta Cámara contribuye a perfeccionar el sistema de enseñanza que nos hemos dado.
He dicho.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Cerrado el debate.
Por un asunto reglamentario, tiene la palabra el Diputado señor Aldo Cornejo .
El señor CORNEJO (don Aldo).-
Señor Presidente, en el informe del proyecto que votaremos, se deja constancia de que no contiene disposiciones de rango orgánico constitucional. Pero como estamos modificando nada menos que el artículo 1º de la ley orgánica constitucional de Enseñanza, para evitar eventuales problemas con el Tribunal Constitucional respecto de la votación, solicito que su Señoría deje constancia de que la norma requiere los cuatro séptimos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Señor diputado, como consecuencia de la discusión y de los análisis indicados en el informe, no participo de su opinión. En todo caso, tengo la impresión de que, desde un punto de vista práctico, por el ambiente existente en la Sala y la manifestación unánime de los presentes, se reunirán los quórum necesarios y como precaución, dejaremos la correspondiente constancia.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Aplausos.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alvarado , Álvarez-Salamanca , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Juan) , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Coloma , Cornejo (don Aldo) , Cornejo (don Patricio) , Correa , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Díaz , Dittborn , Elgueta , Encina , Espina, Fossa , Galilea (don Pablo) , Galilea (don José Antonio) , García (don René Manuel) , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Jocelyn-Holt , Krauss , Leal, León , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Rosauro) , Martínez (don Gutenberg) , Melero , Molina , Monge , Montes, Mora, Moreira , Mulet , Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Núñez , Ojeda , Olivares, Orpis , Ortiz , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo (doña Fanny) , Prokurica , Reyes, Rincón , Riveros , Rocha , Rojas, Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sciaraffia ( doña Antonella) , Silva , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Van Rysselberghe , Vega , Velasco , Venegas , Vilches , Villouta y Walker (don Patricio) .
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Señores diputados, hay una indicación entregada a la Mesa, sobre la cual habría que pronunciarse ahora, ya que, en caso contrario, el proyecto debería volver a Comisión.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
La indicación, de los Diputados señores Dittborn y Orpis , es para agregar en el artículo 6º bis, el siguiente inciso segundo:
“El Ministerio de Educación propenderá al establecimiento de los requisitos mínimos de la enseñanza prebásica”.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 85 votos; por la negativa, 4 votos. No hubo abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobada.
Se deja constancia de que se ha obtenido el quórum requerido.
Aprobado en general y en particular el proyecto.
Queda despachado el proyecto.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alvarado , ÁlvarezS-alamanca , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Juan) , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Coloma , Cornejo (don Aldo) , Cornejo (don Patricio) , Correa , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Díaz , Dittborn , Elgueta , Encina , Espina, Fossa , Galilea (don Pablo) , Galilea (don José Antonio) , García (don René Manuel) , Girardi , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hernández , Huenchumilla , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Jocelyn-Holt , Krauss , Leal, León , Letelier (don Felipe) , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Gutenberg) , Melero , Molina , Monge , Mora, Moreira , Mulet , Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares, Orpis , Ortiz , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo (doña Fanny) , Prokurica , Reyes, Rincón , Riveros , Rocha , Rojas, Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sciaraffia ( doña Antonella) , Silva , Tuma , Ulloa , Van Rysselberghe , Vega , Velasco , Venegas , Vilches , Villouta y Walker (don Patricio) .
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
Hales , Montes, Urrutia y Valenzuela .
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En votación el proyecto de reforma constitucional.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Acuña , Aguiló , Alvarado , Álvarez-Salamanca , Ascencio , Ávila , Bartolucci , Bertolino , Bustos (don Juan) , Caraball ( doña Eliana) , Cardemil , Ceroni , Coloma , Cornejo (don Aldo) , Cornejo (don Patricio) , Correa , Cristi ( doña María Angélica) , Delmastro , Díaz , Dittborn , Elgueta , Encina , Espina, Fossa , Galilea (don Pablo) , Galilea (don José Antonio) , García (don René Manuel) , Girardi , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Jarpa , Jeame Barrueto , Jiménez , Jocelyn-Holt , Krauss , Leal, León , Letelier (don Juan Pablo) , Letelier (don Felipe) , Longton , Lorenzini , Luksic , Martínez ( don Rosauro) , Martínez (don Gutenberg) , Melero , Molina , Monge , Montes, Mora, Moreira , Mulet , Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Naranjo , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares, Orpis , Ortiz , Palma (don Andrés) , Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Aníbal) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo (doña Fanny) , Prokurica , Reyes, Rincón , Riveros , Rocha , Rojas, Saa (doña María Antonieta) , Salas , Sciaraffia ( doña Antonella) , Silva , Tuma , Ulloa , Urrutia , Valenzuela , Van Rysselberghe , Vega , Velasco , Venegas , Vilches , Villouta y Walker (don Patricio) .
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Se deja constancia de que se ha reunido el quórum constitucional requerido.
Despachado el proyecto.
Aplausos.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta.
Se levantó la sesión a las 21.35 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Moción de los Diputados señores Velasco, Krauss, Gutiérrez, Hernández, Rincón, Villouta, Valenzuela, Patricio Walker y las Diputadas señoras Antonella Sciaraffia y María Antonieta Saa.
Proyecto de reforma constitucional para establecer como garantía constitucional el derecho a la cultura. (boletín Nº 2242-07)
1º Que de acuerdo al artículo 19 Nº 10 de nuestra Carta Fundamental, se encuentra garantizado el Derecho a la Educación, estableciéndose que corresponderá al Estado fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles; estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.
2º Que en cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Educación cuenta con una División de Extensión Cultural, a la que le corresponde, según el artículo 9 de la ley Nº 18.956, estimular el desarrollo cultural, la creación artística y el incremento del patrimonio cultural de la Nación y de proponer las normas generales que tiendan a tales objetivos. Especialmente se le entrega a esta entidad el promover y evaluar todas aquellas acciones destinadas a complementar y desarrollar los objetivos educacionales contenidos en los planes y programas de estudios elaborados por el Ministerio para la educación formal.
3º Que los recursos financieros que el Estado destina anualmente al desarrollo de la cultura en nuestro país se canalizan principalmente a través del Ministerio de Educación.
Es así como de acuerdo a la Ley de Presupuestos del año 1998, a través de la Subsecretaría de Educación, se asignó 1.810.462 miles de pesos a la División de Extensión Cultural, contemplado para el pago de las actividades culturales, patrocinadas o auspiciadas por el Ministerio de Educación, que se traduce en la contratación de músicos, actores, bailarines, escritores, etc., incluido el Ballet Folclórico Nacional, el Teatro Itinerante, la Orquesta de Cámara de Chile, entre otros. Además se asignaron 1.046.512 miles de pesos al Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, 2.747.662 miles de pesos al Fondo de Desarrollo Artístico Cultural, y 319.329 miles de pesos al Fondo Concursable para Escuelas Artísticas.
4º Que en razón de lo anterior, se hace necesaria la asignación de recursos para el desarrollo de manifestaciones artísticas y culturales de distintos sectores de nuestro país, para las cuales no sea necesaria una calificación previa del Ministerio de Educación.
5º Que los recursos destinados por el Gobierno para el desarrollo cultural de nuestro país se hacen insuficientes, especialmente por la necesidad de aumentar las corporaciones culturales a niveles regionales y comunales.
6º Que es necesario establecer como garantía constitucional el acceso a la cultura de todos los chilenos, obligándose de esta forma al Estado a proporcionar los medios necesarios para incluir en los programas de Educación Obligatoria contenidos transversales en este sentido, permitir el desarrollo de las diversas manifestaciones culturales y el acceso de todos sus ciudadanos.
Vengo en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único
Modifíquese el artículo 19 de la Constitución Política de la República:
1º Estableciéndose como nuevo numeral 27 el siguiente:
“El derecho a la cultura.
Será obligación del Estado fomentar el desarrollo y difusión de corporaciones culturales
en el país, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación,
así como la inclusión de contenidos transversales en los programas de educación obligatoria”.
2º Suprímase en el inciso cuarto del Nº 10 la frase “la creación artística y la protección e
incremento del patrimonio cultural de la Nación”.