Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- AUTORIZACIÓN A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
- V. ORDEN DEL DÍA
- AMPLIACIÓN DE COMPETENCIA DE TRIBUNALES PARA CONOCER INFRACCIONES A LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA. Tercer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Rafael Arratia Valdebenito
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Edgardo Riveros Marin
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- INTERVENCIÓN : Leopoldo Sanchez Grunert
- INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
- DEBATE
- SUSTITUCIÓN DEL SISTEMA DE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN DEL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS. Primer trámite constitucional.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Miguel Hernandez Saffirio
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Anibal Perez Lobos
- INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
- INTERVENCIÓN : Alejandro Navarro Brain
- INTERVENCIÓN : Miguel Hernandez Saffirio
- INTERVENCIÓN : Andres Palma Irarrazaval
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Correa
- INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
- INTERVENCIÓN : Jose Francisco Encina Moriamez
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- DEBATE
- AMPLIACIÓN DE COMPETENCIA DE TRIBUNALES PARA CONOCER INFRACCIONES A LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA. Tercer trámite constitucional.
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO
- PETICIÓN DE NO CONCURRENCIA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A IX CUMBRE IBEROAMERICANA EN LA HABANA. (Continuación).
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- ESTABLECIMIENTO DE TRIBUNALES TRIBUTARIOS INDEPENDIENTES E IMPARCIALES.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Lily Perez San Martin
- Rosa Gonzalez Roman
- Baldo Prokurica Prokurica
- Haroldo Fossa Rojas
- Osvaldo Palma Flores
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Alfonso Vargas Lyng
- Gustavo Alessandri Valdes
- Waldo Mora Longa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Baldo Prokurica Prokurica
- INTERVENCIÓN : Salvador Urrutia Cardenas
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 19.237, SOBRE VIOLENCIA EN LOS ESTADIOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jaime Mulet Martinez
- Sergio Ojeda Uribe
- Antonella Sciaraffia Estrada
- Jaime Enrique Jimenez Villavicencio
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Pablo Lorenzini Basso
- Edmundo Villouta Concha
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Manuel Rojas Molina
- Waldo Mora Longa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- DEBATE
- ANTECEDENTE
- PETICIÓN DE NO CONCURRENCIA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A IX CUMBRE IBEROAMERICANA EN LA HABANA. (Continuación).
- VII. INCIDENTES
-
DENUNCIA DE ACOSO SEXUAL EN COLEGIO DE LA FLORIDA. Oficio.
- ADHESION
- Maria Antonieta Saa Diaz
- Marina Prochelle Aguilar
- Antonella Sciaraffia Estrada
- Eliana Caraball Martinez
- Maria Isabel Allende Bussi
- Adriana Munoz D'albora
- Fanny Pollarolo Villa
- Victor Perez Varela
- Cristian Antonio Leay Moran
- Alejandro Navarro Brain
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- ADHESION
- VERTEDERO ILEGAL EN COMUNA DE LA FLORIDA. Oficios.
-
ANTECEDENTES SOBRE TARDANZA EN CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES Y FACILIDADES PARA EL PAGO DE DIVIDENDOS A CESANTES EN DISTRITO 55, DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
- ADHESION
- Lily Perez San Martin
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Osvaldo Palma Flores
- Haroldo Fossa Rojas
- ADHESION
- RESULTADOS DE ENCUESTA CASEN SOBRE SITUACIÓN ECONÓMICO-SOCIAL EN LA NOVENA REGIÓN. Oficio
- ADHESION
- Victor Perez Varela
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Lily Perez San Martin
- Marina Prochelle Aguilar
- Osvaldo Palma Flores
- Haroldo Fossa Rojas
- Sergio Velasco De La Cerda
- Eugenio Tuma Zedan
- ADHESION
- IRREGULARIDADES EN EL SERVIU DE LA SEXTA REGIÓN. Oficios.
- DISCREPANCIA EN CIFRAS ENTREGADAS EN MENSAJE PRESIDENCIAL SOBRE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES.
- ALCANCE SOBRE INCIDENTES DE DIPUTADOS EN RUTA 68.
-
PROCESO DE MODERNIZACIÓN PORTUARIO Y SUS EFECTOS SOCIALES Y ECONÓMICOS. Oficios.
- ADHESION
- Edmundo Villouta Concha
- ADHESION
- REGULACIÓN DE LA EXTRACCIÓN DE LA MERLUZA AUSTRAL. Oficio.
- ADHESION
- Exequiel Silva Ortiz
- Eugenio Tuma Zedan
- ADHESION
- DENUNCIA SOBRE EVENTUAL COMPETENCIA DESLEAL DE ASMAR. Oficios.
-
DENUNCIA DE ACOSO SEXUAL EN COLEGIO DE LA FLORIDA. Oficio.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jaime Orpis Bouchon
- Claudio Alvarado Andrade
- Roberto Delmastro Naso
- Eduardo Diaz Del Rio
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 340ª, ORDINARIA
Sesión 8ª, en miércoles 16 de junio de 1999
(Ordinaria, de 16.10 a 19.28 horas)
Presidencia de los señores Acuña Cisternas, don Mario, y Tuma Zedan, don Eugenio.
Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel.
Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.
Prosecretario , el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO
VII.- INCIDENTES
VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 8
II. Apertura de la sesión 11
III. Actas 11
IV. Cuenta 11
-o-
Autorizaciones a Comisiones para sesionar simultáneamente con la Sala 11
-o-
V. Orden del Día.
- Ampliación de competencia de tribunales para conocer infracciones a la ley general de Pesca y Acuicultura. Tercer trámite constitucional 11
- Sustitución del sistema de nombramiento y remoción del Superintendente de Servicios Sanitarios. Primer trámite constitucional 18
VI. Proyectos de acuerdo.
- Petición de no concurrencia del Presidente de la República a IX Cumbre Iberoamericana en La Habana. (Continuación) 36
- Establecimiento de tribunales tributarios independientes e imparciales 37
- Evaluación de resultados de la aplicación de la ley Nº 19.237, sobre violencia en los estadios 38
VII. Incidentes.
- Denuncia de acoso sexual en colegio de La Florida. Oficio 40
- Vertedero ilegal en comuna de La Florida. Oficios 40
- Antecedentes sobre tardanza en construcción de viviendas sociales y facilidades para el pago de dividendos a cesantes en distrito Nº 55, Décima Región. Oficio 41
- Resultados de encuesta Casen sobre situación económico-social en la Novena Región. Oficio 41
- Irregularidades en el Serviu de la Sexta Región. Oficios 42
- Discrepancia en cifras entregadas en mensaje presidencial sobre construcción de viviendas sociales 43
- Alcance sobre incidentes de diputados en ruta 68 44
- Evaluación de cumplimiento de plan de igualdad de oportunidades para la mujer. Oficios 44
Pág.
- Proceso de modernización portuaria y sus efectos sociales y económicos. Oficios 49
- Regulación de la extracción de la merluza austral. Oficio 50
- Denuncia sobre eventual competencia desleal de Asmar. Oficios 51
VIII. Documentos de la Cuenta.
1. Oficio del Senado, por el cual comunica que ha aprobado, con enmiendas, el proyecto con urgencia calificada de “simple”, que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, con el objeto de crear un segundo fondo de pensiones en las A.F.P., y perfeccionar el mecanismo de medición de la rentabilidad mínima que deben obtener los Fondos de Pensiones (boletín Nº 2162-13) 53
2. Moción de los diputados señores Orpis, Alvarado, Delmastro y Díaz, que introduce modificaciones a la ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas con el objeto de fomentar las denuncias y sancionar el microtráfico (boletín Nº 2351-20) 60
IX. Otros documentos de la Cuenta.
1. Oficios:
-De la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, por el cual solicita el asentimiento de la Corporación para sesionar simultáneamente con la Sala, hoy miércoles 16 de junio, de 16.30 a 18.30 horas, con el objeto de analizar la grave situación que afecta a los trabajadores del sector portuario estatal.
Contraloría General de la República
-De los diputados señores Navarro y Girardi, auditoría de ingresos y egresos de Emeres Ltda.
-Del diputado señor Recondo, contrato de obra celebrado por la Digeder en la Décima Región; montos pagados por elaboración del plan de desarrollo comunal de la Undécima Región.
-Del diputado señor Mora, esclarecimiento de pago de factura por parte de la Municipalidad de Molina.
-Del diputado señor Tuma, estado de tramitación de decreto que fija las tarifas a la Compañía de Telecomunicaciones de Chile.
Ministerio del Interior
-Del diputado señor Huenchumilla, situación en que se encuentra el Hogar de Estudiantes Indígenas de Temuco.
-De los diputados señores Felipe Letelier, Ortiz, Tuma, Sánchez, Navarro, Velasco y Salas, recursos para reposición de establecimientos educacionales de la Octava Región.
-De los diputados señores Recondo y Acuña, financiamiento de inspección técnica de obras Mejoramiento de Barrios en comuna Entre Lagos.
-Del diputado señor Fossa, movilizaciones mapuches.
-De los diputados señores Rincón y García-Huidobro, eventual traslado de actuales retenes de Carabineros de Chile en localidades de la Sexta Región.
-Del diputado señor Sánchez, nómina de personas beneficiarias de la beca Presidente de la República en la Undécima Región.
-Del diputado señor Pablo Galilea, crisis que afecta a estudiantes de enseñanza básica y media de la Undécima Región.
-Del diputado señor Núñez, aceleración de tramitación de informes técnicos por comisiones regionales del medio ambiente.
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
-Del diputado señor Sánchez, fiscalización en la Undécima Región.
Ministerio de Hacienda
-Nómina de decretos tramitados en mayo con cargo a las provisiones que se indican.
Ministerio de Educación
-Del diputado señor Díaz, Liceo La Frontera de Comuy.
-De los diputados señores Vilches, Longton, Osvaldo Palma, Kuschel, Ibáñez, Alvarado y Díaz, conflicto universitario.
Ministerio de Defensa Nacional
-De los diputados señores Navarro y Tuma, cinturón de seguridad.
Ministerio de Obras Públicas
-Del diputado señor Navarro, programa de agua potable rural 1994-1999, Octava Región; convenio de protección arqueológica y mitigación de efectos por construcción de obra pública vial; proyecto terminal de pasajeros aeropuerto Carriel Sur, de Concepción.
-Del diputado señor Reyes, proyectos de agua potable rural 1999 en la Décima Región; contratos globales de conservación, provincias de Osorno y Llanquihue; contrato Puerto Montt-Puerto Varas.
-Del diputado señor Mulet, situación de mantención de los caminos secundarios, comuna de Huasco.
-Del diputado señor Díaz, obras programas año 1999 en la Novena Región.
-De los diputados señores Ortiz, Acuña, Mulet, Gutiérrez, Ulloa, Osvaldo Palma, Jaramillo, Urrutia, Ceroni y Navarro, estado de avance proyecto defensas fluviales y carretera en la ribera norte del río Biobío, sector Chiguayante-Puente Viejo.
-Del diputado señor Ibáñez, acceso sur al puerto de Valparaíso.
-Del diputado señor Monge, pavimentación del camino Lumaco-Traiguén, Novena Región.
-De los diputados señores Bertolino, Kuschel, Prokurica y diputada señora Rosa González, estado de situación de proceso expropiatorio de sectores de la Cuarta Región.
-De las diputadas señoras Antonella Sciaraffia, Lily Pérez, Rosa González, Fanny Pollarolo, Laura Soto y diputados señores Prokurica y Mulet, derechos de agua a la embotelladora agua mineral Chusmiza, provincia de Iquique.
-Del diputado señor Caminondo, concesión Ruta 5 tramo Temuco-Río Bueno, Regiones Novena y Décima.
-Del diputado señor Juan Pablo Letelier, construcción de un paso fronterizo a la altura del sector de Las Leñas, comuna de Machalí.
-De los diputados señores Ulloa, Ortiz, Van Rysselberghe y Navarro, demandas comuna de Talcahuano, Octava Región.
-Cuadro resumen de oficios MOP emitidos en el mes de mayo a autoridades en general.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
-De los diputados señores Naranjo, Felipe Letelier, Velasco, Ojeda, Urrutia, Jaramillo y Tuma, sistema de subsidio habitacional.
-De los diputados señores José García, Prokurica, Osvaldo Palma, Vilches, Kuschel, Fossa, Ibáñez, José Antonio Galilea y Díaz, distribución de recursos presupuestarios pendientes.
-De los diputados señores Juan Pablo Letelier, Lorenzini, Felipe Letelier, Rincón y diputada señora Antonella Sciaraffia, posibilidad construcción planta elevadora.
-De los diputados señores Víctor Pérez, Melero, Kuschel, Osvaldo Palma y diputada señora Lily Pérez, reducción en el pago de los dividendos.
-Del diputado señor Pablo Galilea, pavimentación de calle principal de Villa Cerro Castillo, desde la intersección con la Carretera Austral.
-Del diputado señor Kuschel, títulos de dominio de la localidad de Alerce.
-De la Corporación, cesantía en el sector de la construcción.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
-De los diputados señores Aldo Cornejo, Velasco, Manuel Bustos, León, Gutiérrez, Tuma y diputada señora Antonella Sciaraffia, medidas relacionadas con trabajadores portuarios que prestan servicios para empresas privadas de muellaje.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
-De las diputadas señora Lily Pérez, Antonella Sciaraffia, Fanny Pollarolo, Laura Soto y diputados señores Mulet y Jaramillo, agravio sufrido por la diputada Rosa González en visita del Presidente de la República a la ciudad de Arica.
Comisión Nacional de Energía
-Del diputado señor Mulet, investigación de causas de corte de energía el pasado 30 de mayo.
Municipalidad de La Florida
-De la diputada señora Lily Pérez, uso de sede de club de rehabilitados alcohólicos.
Municipalidad de Concepción
-Del diputado señor Navarro, empresa denominada Arenas Biobío Ltda.
Municipalidad de San Carlos
-Constitución de Comisión Especial para erección de monumento a Violeta Parra.
Director Regional de Estadísticas de la Quinta Región
-Índice de actividad económica regional.
-Encuesta Nacional del Empleo.
Dirección Regional de Gendarmería de Chile
-Remite compendio estadístico.
Gobierno Regional de Antofagasta
-Debilidades fundamentales del proceso de descentralización de la gestión pública para el desarrollo regional.
Comisión Nacional de Riego
-Seguimiento y evaluación de los resultados de la ley Nº 18.450 en el período de 1986 a 1996.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (99)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Aguiló Melo, Sergio PS VII 37
Alessandri Valdés, Gustavo RN RM 20
Alvarado Andrade, Claudio IND X 58
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo IND XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35
Bartolucci Johnston, Francisco UDI V 13
Bertolino Rendic, Mario RN IV 7
Bustos Huerta, Manuel PDC RM 17
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo González, Aldo PDC V 13
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Huenchumilla Jaramillo, Francisco PDC IX 50
Ibáñez Santa María, Gonzalo IND V 14
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
Leay Morán, Cristián UDI RM 19
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42
Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Palma Flores, Osvaldo RN VII 39
Palma Irarrázaval, Andrés PDC RM 25
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Pareto González, Luis PDC RM 20
Paya Mira, Darío UDI RM 28
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PS VI 32
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Prochelle Aguilar, Marina RN X 55
Prokurica Prokurica, Baldo RN III 6
Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Sciaraffia Estrada, Antonella PDC I 2
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Cárdenas, Salvador PPD I 1
Van Rysselberghe Varela, Enrique UDI VIII 44
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Vega Vera, Osvaldo RN VII 40
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvo ausente el diputado señor Felipe Valenzuela.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 16.10 horas.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
El acta de la sesión 1ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 2ª se encuentra a disposición de los señores diputados y señoras diputadas.
IV. CUENTA
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
AUTORIZACIÓN A COMISIONES PARA SESIONAR SIMULTÁNEAMENTE CON LA SALA.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones solicita autorización para sesionar simultáneamente con la Sala.
Tiene la palabra el diputado señor Silva.
El señor SILVA.-
Señor Presidente , no tengo problema en dar el acuerdo, pero como también otras comisiones sesionarán simultáneamente con la Sala, deberíamos fijar una hora de votación para los proyectos del Orden del Día.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Ninguna Comisión puede funcionar simultáneamente con la Sala si no está previamente autorizada, salvo las que deban tratar proyectos con “suma urgencia”.
¿Habría acuerdo para que la Comisión de Obras Públicas sesione simultáneamente con la Sala?
Acordado.
Respecto de la hora de votación de los proyectos de la tabla, la Mesa sugiere las 18 horas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra el diputado señor Villouta.
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente , la Comisión de Economía está citada a las 16.30 horas para tratar un proyecto calificado de “suma urgencia”. De tal manera que también solicito asentimiento para que pueda sesionar simultáneamente con la Sala.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
AMPLIACIÓN DE COMPETENCIA DE TRIBUNALES PARA CONOCER INFRACCIONES A LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA. Tercer trámite constitucional.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
En el Orden del Día, corresponde conocer las modificaciones introducidas por el honorable Senado al proyecto de ley que amplía a tribunales que indica la competencia para conocer de infracciones a la ley general de Pesca y Acuicultura.
Antecedentes:
-Modificaciones del Senado, boletínNº 2180-01, sesión 6ª, en 15 de junio de 1999. Documentos de la Cuenta Nº 7.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , el proyecto que nos ocupa y del cual soy autor junto con otros diputados, fue objeto de dos modificaciones en el Senado. Una, que corrige la estructura de su texto, y otra, que introduce el importantísimo concepto de “mar presencial” como parte del territorio marítimo en el que pueden cometerse infracciones a la ley general de pesca, que deben ser conocidas por los jueces civiles de los diversos puertos del país, entre los cuales ahora también se comprende Tocopilla , Caldera y Constitución. No olvidemos que el objetivo de esta iniciativa fue justamente para subsanar el hecho de que posteriormente a la dictación de la ley de pesca se crearon tres tribunales en dichos puertos, que quedaron excluidos. Por tanto, si se producía alguna transgresión en el mar que correspondía a alguna de esas comunas, los pescadores debían ir a pagar la sanción a otra distinta, más alejada, con la agravante de que la mitad de los recursos de esas multas no quedaban en beneficio de la comuna respectiva.
A nuestro juicio, esta enmienda es plenamente procedente. Incluir el mar presencial es coherente con el resto de las disposiciones de la ley general de pesca, y, de esa manera, se consagra la existencia de este importante principio que, en su época, fue brillantemente desarrollado por el entonces comandante en jefe de la Armada y hoy senador, don Jorge Martínez Busch , y que constituye uno de los pilares fundamentales de la defensa de nuestros intereses marítimos. De modo que no se justificaba su omisión en el inciso segundo del artículo 124, que, mediante este proyecto, se intenta corregir.
En todo caso, nos encontramos plenamente satisfechos con que los miembros del Senado comprendieran a cabalidad el objetivo que tuvimos en vista al presentar esta moción el 2 de junio del año pasado, ya que, como lo manifestáramos en una intervención de julio del mismo año, el propósito es, por una parte, acercar la justicia a todas aquellas esforzadas personas que hacen de la pesca su actividad cotidiana -tan importante para el país-, y que les sirve además para el sustento diario, y por otra, permitir que el 50 por ciento del producto de las multas que se impongan por infracciones a la ley general de pesca vaya a beneficiar a la municipalidad de la comuna donde se ubica el tribunal competente. De manera que las comunas de Tocopilla, Caldera y Constitución recibirán ingresos que les permitirán emprender nuevas obras en beneficio de sus habitantes.
Entonces, es de toda justicia que prestemos nuestra aprobación a esta iniciativa en los términos en que ha quedado definitivamente redactada, de acuerdo con las enmiendas del Senado.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Rafael Arratia.
El señor ARRATIA.-
Señor Presidente , respecto del proyecto en discusión, desgraciadamente, hay regiones que fueron marginadas de la posibilidad de contar con tribunales competentes que sancionen las infracciones a la ley de pesca. Por ejemplo, la Sexta Región no tiene puertos, por lo que sus habitantes deben tramitar las infracciones en el puerto de San Antonio.
Según el informe proporcionado el año pasado por Sernapesca, durante el período 1996-1997 se cursaron 42 partes por transgresión del límite que tenían los barcos pesqueros para pescar en la Sexta Región. Sin embargo, al mes de abril del año pasado no se había cancelado ninguna multa en los juzgados de San Antonio, lo cual significa que o los juzgados no cumplen con su función o que de alguna forma se transgrede la ley. Por ello, pensamos que la única forma en que exista mayor eficiencia en este aspecto es que las multas sean pagadas en la región en que se comete la transgresión, porque de otra forma, tenemos regiones que se convierten en “depredadoras” de otras con el beneplácito indirecto de la autoridad, al no perseguir el cobro de las multas cursadas.
Dejo establecida esta preocupación para que en el momento en que sea procedente se considere al tribunal competente de Pichilemu, a fin de juzgar las transgresiones a la ley general de pesca cuando se cometan en la Sexta Región.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Leopoldo Sánchez.
El señor SÁNCHEZ.-
Señor Presidente , la letra h) del artículo 110 del texto legal, tipifica como infracción a la ley la realización de faenas de pesca en alta mar con naves que enarbolen pabellón chileno cuando infrinjan las normas de tratados o convenios ratificados por nuestro país y vigentes, que tengan por objeto la protección, conservación o uso racional de especies hidrobiológicas.
En la actualidad, las infracciones a la referida norma sólo pueden ser conocidas y juzgadas por los tribunales civiles de Arica, Iquique , Antofagasta, Chañaral , Coquimbo, Valparaíso , San Antonio , Talcahuano, Valdivia , Puerto Montt, Castro , Puerto Aisén, Punta Arenas e isla de Pascua, cuando corresponda, con lo cual se omiten otras ciudades o puertos importantes, con toda la implicancia que tienen, por su cercanía con las zonas de faenas pesqueras en el litoral, como Tocopilla, Caldera y Constitución, situación que corrige este proyecto al agregar estos puertos.
A mi juicio, las modificaciones del Senado son muy menores, pues tratan de subsanar un error de la ley de Pesca en su letra h), Nº 2, del artículo 110, derivado de modificaciones posteriores, específicamente de la que incluyó la obligación de contar con posicionadores satelitales. A pesar de ser menor, creo que la enmienda se justifica y debe aprobarse.
Quiero llamar la atención sobre este tema, pues hay un compromiso y una disposición legal que no se han cumplido. Si se sigue la misma situación, temo que de aprobarse el proyecto en estudio tampoco se va a cumplir, cuestión que me preocupa. Según dicho compromiso, a partir del mes de abril 170 naves debieran haber instalado los posicionadores para saber exactamente dónde están ubicadas y poder realizar así una adecuada fiscalización de la aplicación de la ley de pesca en lo referente al manejo del recurso que se extrae, a las vedas, a las fechas y a la separación necesaria de las faenas entre las naves industriales y artesanales. A estas últimas no se exige el posicionador satelital, porque funcionan en un área diferente.
Junto con manifestar que es necesario aprobar el proyecto, debo señalar que soluciona un aspecto menor frente a los graves problemas y falencias que todavía tiene la ley de pesca y acuicultura.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente , comparto plenamente el objetivo, muy loable, de los honorables colegas que presentaron esta iniciativa, que pretende precisar la jurisdicción de los tribunales, a fin de que las infracciones cometidas sean sancionadas por jueces con competencia en el ámbito donde ocurren.
En nuestro país, el concepto de mar presencial se ha ido desarrollando de manera correcta y merece ser apoyado. Pero tengo una aprensión al respecto: dicho concepto todavía está en desarrollo, planteado en el plano internacional y, por lo tanto, aún no plenamente acogido por el derecho internacional. Chile es parte de algunos convenios internacionales, en particular de la Convención sobre derecho del mar, de l982, que fija los espacios marítimos de manera clara: las aguas interiores, el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva. Pero el mar presencial aún no está consagrado en el plano de los acuerdos internacionales suscritos e incorporados a la legislación chilena.
Lo anterior también está recogido en los artículos 593 y 596 del Código Civil, que establecen los espacios marítimos. De manera que la incorporación hecha por el Senado, a mi juicio, requiere de mayor discusión, la que debemos promover a la luz de los convenios suscritos y ratificados por Chile y que, por lo tanto, forman parte de nuestro derecho.
Por otra parte, en el artículo 124 de la ley de pesca hay una omisión, pues no establece la zona contigua, espacio marítimo hasta 124 millas, anterior a la zona económica exclusiva, que también se debe incorporar para dejar precisados todos los espacios marítimos en plena correspondencia con los acuerdos internacionales que vinculan a Chile y con el Código Civil, en particular sus artículos 593 y 596.
Me parece que sería conveniente discutir todas estas situaciones con los representantes del Senado en una Comisión Mixta.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente , cuando la Cámara aprobó la ley general de pesca y acuicultura, el capítulo de las sanciones fue un elemento sustancial en la discusión tendiente a incorporar, al nuevo marco regulatorio sobre la actividad pesquera nacional, los elementos que pudieran ir haciendo expedita la acción o los requerimientos ante los tribunales de justicia.
Sin lugar a dudas, el artículo que se nos propone amplía y perfecciona la competencia de los tribunales, al acercarlos a las zonas donde se cometen las infracciones y “profesionalizarlos”, pues ocurre que los jueces competentes se ven enfrentados a juicios bastante ajenos a los que normalmente ven. De manera que la iniciativa va en la dirección correcta.
El diputado señor Sánchez se refirió a algunos elementos complementarios al proyecto, como la ley aprobada por este Congreso Nacional, que estableció la obligación de contar con posicionador satelital en las naves pesqueras, como una forma de controlar de manera más eficiente y expedita sus movimientos. Los señores diputados recordarán que en la legislación pesquera se establecieron zonas o agrupaciones de regiones en las cuales se autoriza determinada actividad pesquera. Por desgracia, resulta muy difícil el control y estas normas se transgreden, pues el sistema radial que se utiliza está desfasado en el tiempo o es fácilmente vulnerable.
En verdad, la citada ley no ha entrado en operación. La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca de la Cámara de Diputados abordó el tema; ofició a la Subsecretaría de Pesca y a la Armada Nacional, pues originalmente se establecía que era responsabilidad de esta institución llamar a licitación pública y establecer el procedimiento relacionado con el posicionador satelital. La misma ley dispone que a través de la recepción de la Armada se comunicará después a la Subsecretaría de Pesca el movimiento de las naves. Para conocimiento del diputado señor Sánchez , debo señalar que recibimos respuesta a los oficios en el sentido de que son problemas económicos los que han dificultado la implementación del sistema, según nos señaló la Armada. La semana antepasada, la Subsecretaría de Pesca llamó a licitación pública y, por consiguiente, la adquisición del software y la implementación de todo lo que esto significa está en marcha.
Señor Presidente , con su venia le concedo una interrupción al diputado señor Sánchez.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra su Señoría.
El señor SÁNCHEZ.-
Agradezco la gentileza del diputado señor Melero por concederme una interrupción.
Señor Presidente , creo que no es un problema económico, porque 1.500 dólares para un posicionador satelital de un barco de cientos de miles de toneladas es la nada misma, una cuestión ridícula. Es un problema de saber o no dónde están y de actuar con transparencia. Nada más. Creo que no se ha querido actuar con transparencia a nivel de la pesca industrial con respecto a este punto.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Recupera la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO.-
Señor Presidente , el diputado señor Sánchez me malentendió. Cuando hablo de los problemas de financiamiento, no me refiero a que los armadores industriales tengan problemas de financiamiento para poner sobre las naves el posicionador satelital. Obviamente, 1.500 dólares es una cifra absolutamente abordable.
Al respecto, quiero recordarle que la Asociación de Pescadores Industriales de la Octava Región y la Sociedad Nacional de Pesca dieron su total respaldo a esta iniciativa.
El problema de financiamiento se refiere a la implementación del sistema satelital para recibir la información a nivel de la Armada de Chile y de la Subsecretaría de Pesca y no del posicionador en las naves. Eso sí que tiene un costo bastante alto. No tengo la cifra exacta, pero son varios cientos de miles de dólares lo que implica bajar la señal de cada nave a un software que deberá estar en la Armada de Chile y luego transmitirse a la Subsecretaría. En la Comisión de Agricultura están las comunicaciones de la Armada y de la Subsecretaría de Pesca a disposición de quien quiera verlas. El problema se ha solucionado, puesto que, de conformidad con un acuerdo entre la Armada y la Subsecretaría, se ha llamado a licitación pública en estos últimos días, de lo cual nos alegramos, pues nosotros somos los más interesados en que este sistema se implemente a la brevedad.
Por último, el planteamiento del diputado señor Riveros respecto de la incorporación del “mar presencial” es un tema que también discutimos largamente cuando se dictó la ley general de Pesca. El entonces almirante Jorge Martínez Bush y anteriormente, de alguna forma, el almirante Merino , tuvieron una visión bastante revolucionaria e innovadora al incluir este concepto en la idea de ir consagrando un área más allá de la zona económica exclusiva, en la cual es necesario establecer algún tipo de “soberanía”.
Él alega y dice que esto no está debidamente inserto y acordado en la legislación internacional. Parece un punto válido, pero no lo es menos que nos adelantemos a los hechos y seamos innovadores en materia de nuestra soberanía marítima, como en el gobierno del Presidente González Videla, en que Chile fue líder respecto del concepto de zona económica exclusiva de 200 millas. Es decir, no es novedad que Chile sea líder en estos temas. Si debemos serlo nuevamente, bienvenido, y bien hacemos en adelantar nuestra legislación. Pero, insisto, me parece válido el debate y la aclaración de este punto, y si es necesario ir a Comisión Mixta para tener una visión más clara, no tengo inconveniente.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Sergio Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente , estoy en completo acuerdo con la aprobación del proyecto, que extiende la competencia para conocer de estas infracciones a tres puertos de la República.
Cuando se discutió la ley de Pesca, el único juzgado competente era el de Valparaíso. En esa oportunidad, reconociendo que nuestra larga costa tiene muchos puertos, se incluyeron los que figuran en la actual ley; pero, quizás y con razón, como lo señalaron los colegas que presentaron este proyecto, se omitieron los que ahora se añaden.
Otro punto que también se discutió en el debate del proyecto de la ley de Pesca se refiere a la competencia del juez civil para conocer de las infracciones a sus normas, en circunstancias que el más idóneo para conocerlas debería ser el del crimen, dado que en general lindan en lo penal. No obstante, en su oportunidad, la Corte Suprema recomendó que fuera el juez civil. Sabemos que los jueces civiles actúan a petición de parte; es decir, son pasivos; no actúan de oficio.
En consecuencia, si este tipo de infracciones no se denuncia, no se activa el proceso; si no se tiene una especie de fiscal que impulse la acción, en definitiva, el juez no actúa y no hay sanción, por lo que las multas no se aplican.
Este punto es controvertido y, cuando entre en vigencia el nuevo Código de Procedimiento Penal, el Ministerio Público y los tribunales respectivos, debería cambiarse la competencia al juez penal.
Termino señalando que estoy de acuerdo con las modificaciones propuestas por el Senado.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo).-
Señor Presidente , el primer trámite de esta iniciativa lo tratamos en esta Corporación hace bastante tiempo.
Las modificaciones del Senado no afectan los propósitos iniciales que inspiraron el proyecto, que amplía a tribunales de las ciudades indicadas el conocimiento de infracciones a la ley general de Pesca y Acuicultura.
En ese sentido, las primeras modificaciones que se presentan son de forma.
El tema de fondo de la discusión de hoy es si corresponde o no incorporar en una ley nacional el concepto de “mar presencial”, que no está consagrado en el derecho internacional.
Sobre esa materia hay a lo menos dos reflexiones que realizar. La primera es que somos un país autónomo e independiente para fijar los conceptos que nos parezcan correctos para definir los intereses estratégicos de Chile. No hay que pedir permiso a nadie. Por lo demás, el derecho internacional se va construyendo entre todos los estados.
En ese contexto, me parece muy bien que tal concepto, que se viene elaborando desde dos ámbitos a lo largo de los últimos 25 años -por parte de la Armada y de los estudiosos del derecho internacional-, lo vayamos consagrando en nuestra propia legislación. No creo que sea una obligación, cuando se trata de conceptos, concordarlos a priori con la comunidad internacional, menos aún cuando corresponden a aquellos que tienen que ver con la naturaleza de lo que somos como sujetos y actores del derecho internacional.
Somos de los pocos países privilegiados que no sólo tenemos una costa muy larga y
una zona económica exclusiva bastante afortunada por sus dimensiones, sino que -más importante aún- estamos frente a un mar internacional que es, entre comillas, parte de la comunidad internacional hasta topar con algunas islas de la Polinesia o, incluso, con la zona económica exclusiva de Nueva Zelanda y otros países.
Me parece que Chile tiene una responsabilidad particular en esta materia: la ley general de Pesca y Acuicultura, que es esencialmente conservacionista. Sin duda, tenemos una responsabilidad ante la comunidad internacional en cuanto a que en nuestro mar presencial se garanticen lógicas de explotación de recursos dentro de un parámetro de la sustentabilidad de la actividad económica, más aún cuando hemos visto lo que ha pasado con ciertos recursos de naturaleza altamente migratoria, como el jurel, que es una parte muy sustantiva de la industria pesquera del país.
Por ende, es importante que un país como el nuestro ejerza sus derechos como nación autónoma, fije conceptos en su legislación interna y los promueva hacia la comunidad internacional.
En segundo término, creo que hay una razón adicional para acoger esta modificación del Senado, sin perjuicio de que generemos un segundo debate, como lo desean el diputado señor Riveros y otros colegas.
Me parece muy importante para los efectos de las discusiones de la comunidad internacional, sobre convenios, que nosotros demostremos que, como país de la cuenca del Pacífico, tenemos un compromiso adicional, es decir, que no solamente nos preocupamos de lo que sucede en nuestro territorio, sino que también de lo que pasa más allá de nuestras fronteras. Esto es importante, más aún cuando barcos que usan bandera chilena en mares internacionales tienden a violar constantemente convenciones sobre pesca en alta mar.
Por lo tanto, me parece muy bien incluir este concepto no sólo porque es un avance en la doctrina del derecho internacional, sino también porque refleja nuestro compromiso con los instrumentos internacionales destinados a conservar y proteger recursos pesqueros, sobre todo para perseguir a quienes atentan contra convenciones internacionales que, como señalo, tienen como lógica la conservación del recurso pesquero.
Señor Presidente , estoy a favor de las modificaciones, pero si algunos colegas son partidarios de esa segunda instancia, no me opongo a enviar el proyecto a Comisión Mixta, aunque no veo la necesidad esencial de eso, porque creo que somos autónomos para definir ciertos conceptos, como éste, y no necesitamos apegarnos a convenciones internacionales en la materia, porque no se atenta contra las convenciones de que somos parte.
He dicho.
El señor ORTIZ (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Queda pendiente la votación de este proyecto para las 18 horas.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
En votación las modificaciones del Senado al proyecto de ley que amplía a tribunales que indica la competencia para conocer de infracciones a la ley general de Pesca y Acuicultura.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 74 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo una abstención.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Aprobadas las modificaciones del Senado con el quórum requerido.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
- Se abstuvo la diputada señorita
SUSTITUCIÓN DEL SISTEMA DE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN DEL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS. Primer trámite constitucional.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que sustituye el sistema de nombramiento y remoción del superintendente de Servicios Sanitarios.
Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Samuel Venegas.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 2188-09, sesión 9ª, en 17 de junio de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 7.
-Informe de la Comisión de Obras Públicas, sesión 1ª, en 6 de octubre de 1998. Documentos de la Cuenta Nº 16.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el honorable diputado señor Miguel Hernández, quien informará el proyecto.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a informaros acerca del proyecto de ley, iniciado en una moción de las diputadas señoras Pérez , doña Lily , y Prochelle , doña Marina, y de los diputados señores García, don René Manuel ; Longton , Mora , Mulet , Palma, don Osvaldo ; Prokurica , Urrutia y Vilches , que modifica el artículo 3º de la ley Nº 18.902, con el objeto de sustituir el sistema de nombramiento y remoción del superintendente de Servicios Sanitarios.
Concurrieron a la Comisión para el análisis del proyecto de ley, el superintendente de Servicios Sanitarios , señor Juan Eduardo Saldivia Medina , y el diputado señor Baldo Prokurica Prokurica.
Antecedentes generales.
Para el estudio del proyecto se tuvieron en cuenta los siguientes antecedentes:
Primero, la moción que modifica el artículo 3º de la ley Nº 18.902, con el objeto de sustituir el sistema de nombramiento y remoción del superintendente de Servicios Sanitarios.
Segundo, el artículo 3º de la ley Nº 18.902, modificado por la ley Nº 19.549, que dispone que “un funcionario con el título de Superintendente de Servicios Sanitarios será el jefe superior del Servicio, tendrá las funciones y atribuciones que la ley le otorgue y las que corresponden a los jefes de servicio, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado”.
Tercero, el artículo 32 de la Constitución Política de la República, que establece que son atribuciones especiales del Presidente de la República las siguientes:
“12. Nombrar y remover a los funcionarios que la ley denomina como de su exclusiva confianza y proveer los demás empleos civiles en conformidad a la ley. La remoción de los demás funcionarios se hará de acuerdo a las disposiciones que ésta determine;”.
Cuarto, la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado, cuyo artículo 42, inciso tercero, señala: “Los jefes superiores de servicio, con excepción de los rectores de las Instituciones de Educación Superior de carácter estatal, serán de exclusiva confianza del Presidente de la República , y para su designación deberán cumplir con los requisitos generales de ingreso a la Administración Pública, y con los que para casos especiales exijan las leyes”.
Es interesante consignar que a diferencia de lo que ocurre normalmente con el nombramiento de los superintendentes, que recae en el Presidente de la República , en el caso de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la ley no establece que el nombramiento del Superintendente deba ser hecho por el Presidente de la República. Sólo establece, en su título II, referido a su organización y patrimonio, que “un funcionario con el título de Superintendente de Servicios Sanitarios será el jefe superior del Servicio, tendrá las funciones y atribuciones que la ley le otorgue y las que corresponden a los jefes de servicio, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado”.
Sin embargo, en la práctica, el Superintendente de Servicios Sanitarios es nombrado por el Presidente de la República debido a que se trata de un organismo autónomo, perteneciente a la administración institucional o autónoma, que no está sometido a la potestad jerárquica del Presidente de la República , pero sí al control de tutela o supervigilancia, y a que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Obras Públicas. Así lo ha entendido la Contraloría General de la República, que ha tomado razón de los dos decretos supremos que ha dictado el Presidente de la República , por medio del Ministro de Obras Públicas , con el objeto de nombrar a los dos superintendentes de Servicios Sanitarios que han existido hasta ahora.
En cuanto a la materia que interesa abordar a los autores de la moción, los artículos 3º A y 3º B de la ley Nº 18.902, incorporados por la ley Nº 19.549, de 1998, regulan o más bien precaven los posibles conflictos de intereses que pudieren afectar al Superintendente y a las personas que el precepto menciona.
Fundamentos del proyecto.
Los autores de la moción señalan que la legislación ha regulado eventuales conflictos de intereses que pudieran tener las autoridades públicas, atendiendo principalmente a los vínculos familiares.
Sin embargo, ha descuidado un tipo de conflicto de interés que, de presentarse, es grave: el nexo o vínculo existente entre una autoridad normativa y fiscalizadora y el o los directivos de las empresas o servicios bajo su supervisión.
Agregan que el vínculo se produce cuando el superior del servicio u organismo público fiscalizador y las empresas o parte de ellas sujetas a su fiscalización son nombradas por el gobierno de turno. En estos casos la ligadura se produce por dos frentes: primero, porque tanto el fiscalizador como el fiscalizado son nombrados por el mismo poder estatal, y segundo, porque con frecuencia los directivos de las empresas o servicios fiscalizados ascienden a cargos gubernamentales de mayor rango que aquel que desempeña el fiscalizador.
Dicen los patrocinadores de la moción que la situación descrita anteriormente ha ocurrido en la práctica en el sector sanitario, donde ex gerentes de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, Emos, y de la Empresa Sanitaria de Valparaíso, Esval , fueron nombrados ministros de Estado.
Por último, señalan que la razón aducida para legislar sobre esta materia radica en que, ante la situación expuesta, las empresas privadas existentes en el sector fiscalizado se encuentran en desventaja frente a las empresas públicas, puesto que, como se dijo, el superior de éstas y el fiscalizador han sido designados por la autoridad de gobierno. Se presume así que la empresa pública fiscalizada de cuyo seno ha surgido una autoridad fiscalizadora o de rango superior a ésta gozará de un trato favorable en comparación con la relación que las empresas privadas pueden tener con la entidad fiscalizadora, atentando de esa manera contra los principios de igualdad y de competencia leal.
Idea matriz o fundamental del proyecto.
La idea matriz o fundamental del proyecto es dar mayores garantías de independencia e imparcialidad en el nombramiento y la remoción del superintendente de Servicios Sanitarios , encargado de la fiscalización de las empresas y servicios sometidos a su ámbito de atribuciones. Debe existir independencia e imparcialidad de la autoridad fiscalizadora e igualdad desde el punto de vista de las empresas y servicios fiscalizados.
Así, mientras coexistan empresas y servicios públicos y privados en determinados sectores, debe establecerse un mecanismo de nominación de las máximas autoridades fiscalizadoras, normativas y reguladoras, que dé garantías de independencia frente al gobierno de turno, como puede ser el acuerdo del Senado para el nombramiento y para la remoción del Superintendente.
La Comisión estimó que el proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado y el artículo único que contempla no debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.
A la discusión general y particular del proyecto concurrieron el diputado señor Baldo Prokurica y el superintendente de Servicios Sanitarios , señor Juan Eduardo Saldivia.
El diputado señor Prokurica señaló que el proyecto tiene como único objetivo modificar el sistema vigente de nombramiento y remoción del superintendente de Servicios Sanitarios.
Agregó que, aparentemente, ese cargo no tiene mayor relevancia, pero, en la práctica, sí la tiene. Las decisiones en materia de fiscalización que de acuerdo con la ley le corresponde adoptar, son de gran importancia y afectan a muchas personas que han tenido problemas con las empresas de agua potable en distintas regiones. Algunas han tratado de recurrir a esta autoridad que, aun teniendo muchas facultades, presenta características muy especiales.
En primer lugar -sostiene el señor diputado Prokurica -, en Chile, más del 90 por ciento de las empresas con competencia en materias sanitarias son del Estado, con un alto porcentaje de la propiedad en manos de Corfo. Los directores de esas empresas son nombrados por el Presidente de la República a través de la Corporación de Fomento de la Producción. A su vez, el superintendente de Servicios Sanitarios también es nombrado y removido por el Presidente de la República , sin expresión de causa. Entonces, ambas autoridades responden al mismo sistema de nombramiento.
Indicó que el superintendente de Servicios Sanitarios debe desarrollar una labor de fiscalización importante. Sin embargo, hay muchos casos de quejas planteadas por empresas privadas cuando existe colisión de intereses entre éstas y las empresas públicas de agua potable, en que, sometidos los conflictos al superintendente de Servicios Sanitarios , éste siempre falla en un solo sentido: a favor de las empresas públicas.
En segundo lugar -sostiene el diputado señor Prokurica -, quienes han recurrido al superintendente de Servicios Sanitarios respecto de reclamos de las empresas de servicios sanitarios de las correspondientes regiones, han visto que, en la práctica, están sometidos a presiones de los ministerios y de otras autoridades políticas. Esto se origina porque su cargo depende de la sola voluntad del Presidente de la República.
Señaló que la ley Nº 19.549, referida al marco regulatorio de los servicios sanitarios, incorporó los artículos 3ºA y 3ºB, nuevos, en la ley Nº 18.902. En ellos se precaven los eventuales conflictos de intereses que podría haber con familiares o personas cercanas, pero no se recogió un conflicto de interés mayor, como el descrito.
Explicó que el proyecto propone cambiar la forma de nombramiento del superintendente de Servicios Sanitarios para que en él intervenga el Senado, órgano que debe dar su acuerdo. Así, se busca que el superintendente de Servicios Sanitarios no sólo reúna ciertas cualidades de orden político, sino también técnicas y profesionales. El mismo mecanismo se propone para la remoción, de manera de otorgarle cierta firmeza en el cargo, a fin de que pueda fiscalizar adecuadamente, sin dejarse influir por presiones diversas.
Más allá de las diferencias que puedan existir respecto de que el Senado intervenga en el nombramiento, es peor mantener la situación actual, en la que el superintendente de Servicios Sanitarios es juez y parte.
Finalmente, indicó que el proyecto mejorará la situación existente, especialmente la de los consumidores e, incluso, es mejor para el propio Superintendente. De seguro que también producirá problemas desde el punto de vista de los intereses políticos.
El superintendente de Servicios Sanitarios , señor Saldivia , recordó que tuvo una activa participación en la discusión del proyecto que dio lugar a la ley Nº 19.549, que modificó el marco regulatorio del sector sanitario. Agregó que en ninguna de las diferentes instancias del estudio del proyecto se abordó el tema relativo al procedimiento de nombramiento y de remoción del Superintendente. Por lo tanto, no se puede pensar que esta omisión haya sido objeto de un descuido o de un olvido.
La ley Nº 19.549, que modificó el artículo 3º de la ley Nº 18.902, le dio su actual redacción. Por lo tanto, se puede sostener que el tema de la designación y remoción del Superintendente estuvo en discusión y ningún señor parlamentario, ni de Gobierno ni de Oposición, decidió innovar sobre la materia, es decir, no existió voluntad del Ejecutivo , ni tampoco del Parlamento, en el momento de discutir y aprobar la más importante transformación que se ha hecho al marco regulatorio del sector sanitario: modificar la forma de designación y remoción del Superintendente.
Estimó inoportuna la discusión de esta iniciativa, por cuanto, concluida la tramitación de la ley referida y dictados por la Superintendencia y aprobados por la Contraloría General de la República los reglamentos complementarios, el Gobierno se ha abocado de lleno al proceso de incorporación del capital privado a las empresas sanitarias de propiedad estatal.
Por otra parte, indicó que los autores del proyecto justifican la norma, relacionando la dependencia de los administradores de las empresas prestadoras de los servicios y el titular del ente encargado de su regulación y fiscalización. Así se señala en los considerandos del proyecto, que indica, además, que esa situación por sí sola acarrearía algún nivel de inequidad respecto de las empresas privadas que operan en el sistema.
El señor Saldivia manifestó que afirmaciones como ésas deberían demostrarse con hechos concretos indesmentibles, porque, de lo contrario, se podría estar legislando sobre la base de supuestos y conjeturas que pudieran ser, incluso, intencionadas. Peor aún, podrían tener su origen en los entes fiscalizados, públicos o privados, que sintieran que la acción reguladora o fiscalizadora es demasiado estricta y encuentren en esos procedimientos la fórmula de intimidar o capturar al regulador.
En ese mismo orden de materias, siendo la decisión política del Supremo Gobierno incorporar capital privado a las empresas controladas hoy por el Estado -lo que, conforme a los mecanismos de capitalización contemplados en la misma ley, llevarán a inversionistas privados a adquirir rápidamente el control de las empresas-, el hecho de que el Superintendente sea nombrado por el Presidente de la República pierde toda significación, relevancia o importancia, por cuanto los administradores de las empresas serán nombrados por sus controladores privados.
Por lo tanto, sin necesidad de ninguna nueva modificación legal, por el solo devenir de los hechos, desaparecerán las supuestas desventajas de los privados o las faltas de independencia e imparcialidad del regulador.
Finalmente, el Superintendente señaló que esta materia es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , según lo dispone la Constitución Política de la República.
Puesto en votación en general y en particular, el proyecto fue aprobado por mayoría de votos.
El texto de su artículo único establece lo siguiente: “Agrégase al artículo 3º de la ley Nº 18.902, que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios, el siguiente inciso segundo:
“El Superintendente será nombrado por el Presidente de la República con acuerdo del Senado, requiriéndose para ello del voto conforme de la mayoría de sus miembros en ejercicio. Su remoción se hará de igual forma”.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero felicitar a la Mesa por el acuerdo logrado, a proposición de la bancada de Renovación Nacional, de dedicar las sesiones ordinarias de los miércoles sólo a tratar mociones, porque el trabajo de los parlamentarios se muestra y se ve en la tramitación y aprobación de sus proyectos. Por largo tiempo nos hemos transformado en un buzón: recibimos, tratamos y despachamos proyectos del Ejecutivo. Eso está bien, pero también es importante que pueda verse el trabajo de los parlamentarios.
En segundo lugar y en cuanto al proyecto que hoy analizamos, quiero señalar que es de gran trascendencia.
En la actualidad, el nombramiento y la remoción del superintendente de Servicios Sanitarios dependen del Presidente de la República , como lo ha planteado el diputado informante , conforme con lo dispuesto en los artículos 1º y 3º de la ley Nº 18.902, que creó esa Superintendencia, como un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
El jefe de Estado ejerce su supervigilancia a través del Ministerio de Obras Públicas.
El artículo 4º de la ley citada establece las amplias facultades del Superintendente, que básicamente son de administración, pero también le corresponde aplicar sanciones por infracciones en que incurran los prestadores de servicios sanitarios, de acuerdo con lo establecido en el título III de este mismo cuerpo legal. Quizás lo más importante sea velar por el correcto funcionamiento de la ley y defender y proteger los intereses de los usuarios.
Al analizar en su real contexto las facultades que la ley otorga a este funcionario, se puede concluir que el Superintendente tiene un amplio poder. Por ejemplo, la fijación del monto de una multa la determina prudencialmente en consideración a la cantidad de usuarios afectados y gravedad de la infracción.
Este amplio poder discrecional del ente fiscalizador explica el esfuerzo legislativo por establecer procedimientos orientados a garantizar la objetividad de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Fue así como en el artículo 3º A de la ley Nº 18.902 -introducido por la ley Nº 19.549-, se impuso una serie de limitaciones relacionadas con vínculos familiares y con individuos que tengan negocios e intereses en el sector bajo su supervisión. Esto apunta a evitar el riesgo de captura del regulador por parte de agentes privados, pero no lo libra del riesgo de las influencias políticas.
Sin embargo, uno de los mayores conflictos de interés potencial se ha ignorado, el cual se puede producir cuando se presentan nexos importantes entre las máximas autoridades fiscalizadoras y las empresas sujetas a supervisión; esto es, cuando tanto el superintendente como los directores y gerentes generales del 99 por ciento de las empresas bajo su fiscalización son personas de confianza del gobierno de turno y, en consecuencia, todos son nombrados y se reportan a una misma administración, disminuyendo potencialmente su neutralidad. Entonces, en el largo plazo, se pone en peligro la legitimidad de la función reguladora y fiscalizadora. Esta situación, indudablemente, deja en la indefensión a los usuarios, a quienes el Superintendente debe resguardar en el ejercicio de sus derechos como consumidores.
Cabe destacar que las empresas sanitarias tienen un sistema de fijación de tarifas que se reactualiza cada cuatro años; en la actualidad, se encuentra en pleno desarrollo ese proceso en empresas como Emos o Esval.
Por otra parte, se da el caso, con alguna frecuencia, de que los fiscalizados ascienden a cargos gubernamentales de mayor rango que el fiscalizador, como ha ocurrido, por ejemplo, con ex gerentes de Emos y de Esval, que posteriormente fueron nombrados ministros de Estado. En esta situación, obviamente son las empresas privadas existentes en el sector fiscalizado las que se encuentran en desventaja frente a las empresas públicas, cuyos jefes y fiscalizadores han sido designados por la autoridad de turno en el Gobierno.
Pero no sólo las empresas privadas están en posición desventajosa; también lo están los usuarios de servicios sanitarios prestados por empresas de propiedad estatal cuya fiscalización puede no ser tan rigurosa como la que se aplicaría cuando el servicio prestado se hubiese dado por una autoridad distinta, nombrada con concurrencia del Senado, por mayoría, como propone el proyecto, el que podrá removerla de igual manera. Eso establece con claridad la iniciativa en su artículo único, la cual agrega al artículo 3º de la ley Nº 18.902, que “El Superintendente será nombrado por el Presidente de la República con acuerdo del Senado, requiriéndose para ello del voto conforme de la mayoría de sus miembros en ejercicio. Su remoción de hará de igual forma”.
Esta segunda parte dice relación con la estabilidad de una autoridad con tanto poder y sujeta a muchas presiones, como ocurre con el superintendente de Servicios Sanitarios. El negocio del abastecimiento del vital elemento involucra miles de millones de pesos y una serie de negocios que se pueden hacer. Lo que tenemos hoy, y por mucho tiempo más, es que el 99 por ciento de las empresas que entregan servicio sanitario son del Estado; están en proceso de privatización -como lo han planteado algunos-, pero siempre el Estado mantendrá un porcentaje importante de ellas. Por lo tanto, el problema se seguirá generando en el futuro y, a mi juicio, por esa razón no es concluyente ni oportuna la crítica que algunos han hecho, en el sentido de que este proyecto habría pasado de moda porque el Gobierno tiene franco interés en privatizar esas empresas y, en consecuencia, el choque de intereses no se produciría en el futuro. Eso no es así, puesto que, tanto en las empresas privatizadas como en las que se privatizarán en el futuro, siempre el Estado tendrá una presencia importante en la persona del fiscalizador; el superintendente de Servicios Sanitarios , aquella autoridad que el marco jurídico general estableció para defender al usuario, al más débil -lo que está tan de moda porque es lógico, ya que nos corresponde, como parlamentarios, defender a aquella persona que es la contraparte del que da el servicio, en el caso del teléfono, de la luz eléctrica y también del agua potable-. Pero éste, como ocurre en la actualidad, quedó en una virtual indefensión. Quiero explicarlo sólo con un ejemplo.
Ya dije que, en virtud de la ley, el Presidente de la República nombra y remueve al superintendente de Servicios Sanitarios sin expresión de causa. Pues bien, también los directores del 99 por ciento de las empresas sanitarias del país son nombrados a través del mismo sistema. Entonces, ese usuario que presenta un reclamo en contra de la empresa que le da el servicio, ¿tiene alguna posibilidad de éxito si los nexos políticos entre el directorio y el superintendente son tan cercanos y reales que las presiones son directas? Además, el superintendente puede ser removido por la autoridad sin expresión de causa.
Por eso, el proyecto tiene un doble sentido. En primer lugar, corta ese nexo estableciendo que dicho funcionario debe nombrarse con acuerdo del Senado. Mediante este principio se pretende que sea nombrado un funcionario técnico y no sólo por su calidad política. Y no digo esto por el actual Superintendente, de quien tengo la mejor impresión.
Aparte de ello -y creo que al respecto no habrá ninguna opinión en contrario-, es indispensable que una autoridad como el superintendente de Servicios Sanitarios no sea removible sin expresión de causa y tenga, de acuerdo con la modificación que planteamos junto a otros parlamentarios, cierta estabilidad en su cargo, lo cual le permitirá, por lo menos, ser más impermeable a las presiones tanto del Estado como político-partidistas, que se producen y que siempre existirán.
De esta forma, a mi juicio, se hace necesario dar mayores garantías de independencia y de imparcialidad, desde la perspectiva del nombramiento y remoción de las autoridades encargadas de fiscalizar a las empresas y servicios. Ése y no otro ha sido el propósito que hemos tenido en vista al presentar esta moción legislativa.
Finalmente, hay quienes han consultado durante la discusión del proyecto por qué se plantea el cambio respecto del nombramiento y remoción del superintendente de Servicios Sanitarios y no de los superintendentes de AFP y de bancos, que estarían en situación similar. Eso no es así, porque el Estado no es dueño del 99 por ciento de los bancos, de las AFP ni de las isapres.
Este es un hecho real, y llamo a los señores diputados a aprobar el proyecto, porque, más allá de la vinculación que tenga cada uno de ellos con el partido político que está nombrando hoy a los directores y al superintendente, significa dar una señal clara en el sentido de defender al usuario, a aquel que es contraparte de las empresas de servicios sanitarios, y dar mayor estabilidad en el cargo al superintendente, ya sea actual o futuros, a fin de que sea menos vulnerable a las presiones.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
A continuación, tiene la palabra el diputado señor Aníbal Pérez.
El señor PÉREZ ( don Aníbal).-
Señor Presidente , aun cuando creo entender los fundamentos de los diputados que han patrocinado el proyecto de ley, pienso que esta iniciativa ha perdido toda su vigencia y oportunidad.
Digo esto porque fue presentada cuando las empresas sanitarias eran controladas en su totalidad por el Estado chileno, y todos sabemos que desde la dictación por este Congreso de la ley Nº 19.549, que está en plena operatividad, el Estado ha perdido parte de la propiedad y en definitiva sólo tendrá un 30 por ciento de ella. En consecuencia, todas las sanitarias serán de propiedad del sector privado, como ya lo son Esval, Emos ; seguirá Essbío , Essal , Essat , etcétera.
Cuando se presentó el proyecto, podía entenderse la existencia de un vínculo político entre el fiscalizador, el superintendente, nombrado por el Presidente de la República , y las autoridades de las empresas fiscalizadas, porque todas eran del Estado. Pero hoy no es así. Las empresas estarán controladas por los privados y serán ellos los que nombren a sus directores, gerentes y autoridades respectivas. Por lo tanto, se rompe el vínculo político, la presunta dependencia que podría existir entre el fiscalizador y el fiscalizado, y no se da el problema que constituye el fundamento básico del proyecto.
En segundo lugar, leeré textualmente el otro fundamento esgrimido por los autores de la iniciativa. Dice el informe: “Finalmente, señalan que la razón aducida para legislar sobre esta materia radica en que, ante la situación expuesta, las empresas privadas existentes en el sector fiscalizado se encuentran en desventaja frente a las empresas públicas, puesto que, como se dijo, el superior de éstas y el fiscalizador han sido designados por la autoridad de gobierno”.
Esta razón tampoco existe, porque las empresas ya no serán públicas, sino privadas. Como dije con anterioridad, a pesar de entender el propósito de los autores, considero que el proyecto ha perdido toda vigencia y oportunidad.
En tercer lugar, muchos de los diputados presentes participamos, de manera activa, en el debate del proyecto que autorizaba la introducción de capital privado en el sector sanitario. Y a ningún diputado de Derecha o de Gobierno, ni a los senadores, se les ocurrió poner el tema en discusión, porque entendíamos que las empresas pasaban al sector privado.
Por eso no es bueno ni sano para el país que el nombramiento de un funcionario tan importante como el Superintendente , que fiscaliza lo relativo al agua potable y al alcantarillado, sea motivo de una negociación política. En el fondo, eso es lo que están proponiendo los autores de la moción para defender los intereses de los usuarios.
Cuando las empresas están en manos privadas, sobre todo algunas tan importantes como las del agua y alcantarillado, debe haber una contraparte que equilibre su poder. ¿Y qué mejor manera que el fiscalizador sea nombrado por el Estado, en este caso, por el Presidente de la República ?
Desde ese punto de vista, reitero que el proyecto perdió su oportunidad, por lo cual lo votaré en contra.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Sergio Aguiló.
El señor AGUILÓ.-
Señor Presidente , en verdad, éste es un pésimo proyecto de ley.
En primer lugar, es inconstitucional, y así debió declararlo en su oportunidad el Presidente de la Corporación. La Constitución señala las materias que son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , entre ellas el nombramiento de los funcionarios del Estado. De manera que, incluso en la eventualidad de que el proyecto fuera aprobado -lo que, a mi juicio, no ocurrirá-, estamos frente a la posibilidad de que se presente un requerimiento al Tribunal Constitucional para que declare su inconstitucionalidad.
En segundo lugar, la iniciativa está totalmente obsoleta. Tal como lo recordaba el diputado señor Aníbal Pérez , no sabemos cuándo fue redactado y presentado por sus patrocinadores, pero no cabe duda de que toda la línea argumental del diputado señor Prokurica va por el lado de que las empresas se mantengan ad eternum como propiedad del Estado. Pero ese parlamentario, que es muy acucioso, participó en la discusión y aprobación de la ley que autoriza la venta de la mayoría de las acciones de cada una de las empresas sanitarias del país. Asimismo, como asiduo lector de la prensa nacional, habrá leído en días recién pasados los titulares que anunciaban: “La mayor privatización de la historia de las empresas públicas se acaba de producir con la venta de un paquete accionario muy importante de la empresa Emos a un consorcio de Barcelona”.
En la actualidad, las empresas sanitarias están privatizadas o en vías de serlo. Es decir, no queda en pie razón alguna para patrocinar esta iniciativa.
Por otra parte, el proyecto es inconducente en lo fundamental, porque se está proponiendo al Senado para que resguarde los intereses de los modestos consumidores del país, en este caso, de los usuarios del agua potable. Si no nos encontráramos en la Cámara de Diputados y estuviésemos en otro lugar, un poco menos formal, pensaríamos que se trata de una broma, de un chiste, porque si hay una institución conformada de una manera menos idónea para defender los intereses de los pequeños usuarios, es precisamente el Senado. Cuando una parte de los senadores ha sido designada “a dedo” por poderes fácticos -los usuarios de agua potable lo saben-, cuando hace poco acabamos de conocer, con estupefacción, cómo se desarrolló el debate sobre la regulación de las empresas eléctricas y el nivel de defensa corporativa que las mismas y los grandes consorcios hicieron, con senadores que resguardaban y defendían con tenacidad y empeño los intereses corporativos, todavía no deja de sorprendernos a muchos que se nos pida creer que precisamente el Senado resguardará los intereses de los pequeños consumidores. ¡No sé si vivimos en el mismo país de los diputados patrocinantes del proyecto! De repente, tenemos la sensación de que no es así.
Los chilenos han sido consultados muchas veces, a través de elecciones y de encuestas. Dos tercios no cree en la composición del Senado ni que los senadores, en particular los de Derecha, estén allí para resguardar los intereses de los usuarios. Al contrario, constatan todos los días la existencia de un grupo de senadores que defiende los grandes intereses de consorcios privados y no los de la gente modesta y humilde.
Más aún, a pesar de que los diputados de Derecha en la Cámara tuvieron una actitud consecuente para defender los intereses de los usuarios de las empresas eléctricas, los senadores, negando lo que habían hecho sus diputados, los obligaron a revisar muchas de las normas de la regulación eléctrica en materia de multas y de pagos prefijados en los tribunales, a fin de hacer más eficaces las regulaciones que el país reclama. Pero el diputado señor Prokurica ahora nos está proponiendo conceder a sus senadores, con quienes tuvo una ardua polémica en materia de regulación eléctrica, el nombramiento del superintendente de la Empresa de Servicios Sanitarios. Francamente, no se ha aprendido de las lecciones que dejó un debate reciente, actual, que acaba de culminar.
En nuestro ordenamiento constitucional, el Poder Ejecutivo se genera por votación universal. En consecuencia, los chilenos mayores de dieciocho años e inscritos en los registros electorales, pueden elegir por sufragio universal al Presidente de la República , y así lo han hecho.
Él, con la soberanía que le entrega la ciudadanía, puede nombrar, con justa razón, al superintendente de Servicios Sanitarios para que vele por los intereses de los modestos consumidores y usuarios, de manera de resguardar los principios básicos de equidad.
Por esta razón, la bancada socialista rechazará el proyecto y, en el evento extraño de que se aprobare, se reserva el derecho de recurrir al Tribunal Constitucional.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , comparto la idea de Renovación Nacional de que la Cámara tenga un día para tratar mociones parlamentarias, y la hemos respaldado.
Sin embargo, si la moción que dio origen al proyecto en debate tuvo algún fundamento, creo que éste es ahora extemporáneo. Sin duda, respaldaremos otros proyectos originados en mociones, pero que tengan alguna viabilidad. En éste, ni siquiera vemos un atisbo de ella.
Es más. Para nombrar al superintendente de Servicios Sanitarios se toma un resguardo, según la ley Nº 18.902, que se incorporó también en la ley Nº 19.549, para precaver la posibilidad de conductas inadecuadas. Se le exige, al asumir el cargo, que declare su situación patrimonial, al igual que la de su cónyuge, aun cuando tengan separación de bienes. La declaración debe ser renovada en cada oportunidad que se produzca una variación relevante en los bienes y al hacer dejación del cargo. Si no declara, a lo menos, el 20 por ciento de su patrimonio, incluso puede costarle la destitución.
Quiero recordar que el Senado cercenó la posibilidad de que los funcionarios públicos importantes - Presidente de la República , senadores, diputados, alcaldes, generales, almirantes- tengan la obligación de declarar su patrimonio. Es decir, es inaudito que se proponga que el Senado, que rechazó una cosa tan elemental en materia de probidad -la declaración de bienes de los funcionarios públicos-, dé garantías de transparencia, de seguridad y de equidad para los usuarios.
Por la vía de la Comisión Mixta, con el voto mayoritario de los senadores -el diputado señor Luksic fue el único que tuvo el valor de discrepar-, el Senado se opuso al proyecto respectivo, en una actitud que en nada prestigia al Congreso. Por eso, sin duda, no resulta adecuado que se proponga al Senado para velar por los intereses de los usuarios.
En el campo de la electricidad, se logró establecer compensaciones a los usuarios con motivo de los cortes. Cuando los haya, la gente recibirá compensaciones si se ve afectado su patrimonio o su actividad. Todavía se discute si las multas serán aplicables o no, y la verdad es que los diputados que se han preocupado del proyecto, deberán hacer un seguimiento de la ley, porque una de las empresas eléctricas más grandes ha dicho que no pagará.
Es obvio que en la regulación de los servicios sanitarios no hay compensación a los usuarios, y si estoy equivocado, algún diputado podría aclararlo. Es decir, en este marco regulatorio no se ha dado lo mismo que en el campo de la electricidad y, por lo tanto, valdría la pena debatir a futuro este aspecto, porque de nada sirve tener un superintendente eficaz, que cuida los intereses de los usuarios más desvalidos, si no hay posibilidad de sancionar a las empresas privadas por incumplimiento de contratos de prestación de servicios.
Por último, sería adecuado que cuando se decida las mociones que se debatirán en la Sala, de algún modo podamos ser informados. Preguntaré al jefe de mi bancada qué pasó, porque muchos diputados tenemos interés en que algunos proyectos que se encuentran en estado de tabla sean tratados, pues han sufrido un retraso extraordinario.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Miguel Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en el seno de la comisión en que se debatió el proyecto, de origen en una moción, se planteó su constitucionalidad. Consultado el secretario de ella, expresó que no había problemas en este sentido, desde el momento en que la Mesa de la Corporación le había dado curso.
El superintendente de Servicios Sanitarios planteó la constitucionalidad del proyecto, y la verdad es que varios diputados expusimos nuestros reparos y los argumentos, algunos de los cuales se han repetido ahora.
Por eso, quiero plantear un tema quizás político. A raíz de las intervenciones de algunos parlamentarios, ha quedado demostrado, una vez más, que el problema de constitucionalidad va más allá del proyecto y toca el equilibrio de los poderes del Estado. Creo que deberíamos aprovechar esta instancia para analizarlo, aunque sea someramente.
Me gusta la idea de que el Congreso tenga facultades para designar funcionarios de alto nivel, como es el caso de los superintendentes. Sería una buena forma de establecer cierto equilibrio respecto de los poderes del Estado. Ojalá pudiera considerarse.
Además, quiero expresar una crítica respecto a la utilización del Tribunal Constitucional. No puede decirse que no sirve cuando recurren a él quienes no participan de nuestras ideas y sí sirve cuando nos conviene a nosotros. Creo que hay una falta de consecuencia muy grande en esto y es el momento de definir las cosas, de modo de prestigiar, como dijo el diputado señor Navarro , la labor del Congreso.
En definitiva, en el seno de la Comisión de Obras Públicas se discutió la constitucionalidad del proyecto, y pido a la Mesa que se pronuncie al respecto.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente , para una materia tan sencilla, ha habido bastante discusión.
En primer lugar, quiero sumarme a quienes consideran que el proyecto no es constitucional. En el informe de la comisión técnica, de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, específicamente en los “antecedentes generales”, hay referencias sobre cómo se nombra hoy al Superintendente y se menciona el precedente de haber dictado la Contraloría General de la República resoluciones que posibilitaron el nombramiento del actual Superintendente por el Presidente de la República. En esa parte nos encontramos con que existe una norma vigente, muy expresa, que dispone que dicho funcionario es de su exclusiva confianza, por cuanto se trata de un jefe de servicio. Así lo han entendido tanto los organismos de administración como sus entes fiscalizadores.
El proyecto modifica la dependencia de un jefe de servicio, pero, a mi juicio -gracias a Dios, en eso está bien la Constitución de 1980, aunque otros podrán decir, “lamentablemente”- eso es atribución del Presidente de la República y de su exclusiva responsabilidad. Es algo esencial en las normativas actuales y, por lo tanto, el proyecto no debió acogerse a tramitación.
Soy partidario de rechazarlo por las mismas razones que acabo de expresar y por otras más que desarrollaré a continuación.
Los superintendentes no están en la misma categoría de los consejeros del Banco Central de Chile, del director del Registro Electoral , del Contralor General de la República o de los consejeros del Consejo Nacional de Televisión y, por ende, no es conveniente que, como jefes de servicio, dependan del Senado de la República. Discrepo del argumento aducido por el diputado señor Prokurica de que la nueva dependencia le daría a este funcionario mayor autonomía. Nuestro país tiene una tradición no sólo a partir de los gobiernos de la Concertación, sino desde antes, respecto de la autonomía con que deben actuar los superintendentes.
Como mi especialidad en mi desempeño parlamentario ha sido el área de Hacienda, la gestión del sector público, puedo afirmar que son destacables la autonomía y la capacidad con que han actuado los superintendentes de bancos en los últimos veinte años. A partir de la gestión del señor Ramírez , los superintendentes han constituido una institución en el país, y a nadie se le ha ocurrido discutir que sean nombrados por el Presidente de la República. Ello, porque se les han conferido atribución y autonomía muy importantes. Innovar respecto de la dependencia del superintendente de Servicios Sanitarios constituiría un error y una partidización -no una politización, porque esto siempre está bien- de la gestión de dicho funcionario, pues tendría que entrar a negociar con las mayorías políticas en el Senado de la República.
Se ha señalado aquí también que, en cierta medida, el proyecto ha quedado fuera de lugar, por cuanto el país está en un proceso insistente, enérgico, acelerado de privatización de las empresas reguladas por la Superintendencia mencionada. Ya se ha anunciado que en septiembre quedará finiquitado el traspaso de la mayoría de las acciones de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, Emos, al sector privado. Eso ya ocurrió con la Empresa de Obras Sanitarias de Valparaíso, Esval. Además, está en marcha el proceso en “El Libertador ” y en la Empresa Sanitaria Los Lagos, y hay una parte vigente en la zona de Valdivia. Es decir, en pocos meses más, la mayoría de las empresas sanitarias estará siendo administrada por el sector privado, con lo cual la preocupación original de esta iniciativa ha perdido fuerza.
Pero ése no es el tema de fondo, sino de quién deben depender las autoridades administrativas. Es preciso tener claro quién asumirá la responsabilidad política en caso de que las acciones de esa autoridad administrativa escapen de su competencia. Si se requiriera acuerdo del Senado y del Presidente de la República y el superintendente actuara mal, ¿a quién se apelaría? ¿Se plantearía una discusión sobre la gestión del Presidente de la República o del Senado? Este no es un tema menor en un esquema democrático como el que aspiramos tener algún día en Chile.
El proyecto no ha sido tramitado con velocidad en la Cámara de Diputados. Si continúa tramitándose en el Senado a este mismo ritmo, la mayoría allí será diferente -Dios lo quiera- de la que existe hoy. No olvidemos que con el desafuero del Senador Errázuriz y la detención del señor Pinochet , el Senado está empatado, pero que después del 11 de marzo del próximo año el empate se romperá con la incorporación, a la Cámara Alta, del actual Presidente de la República , don Eduardo Frei Ruiz-Tagle , y, por lo tanto, habrá mayoría de la Concertación. ¡Dios nos escuche! También es posible que antes se aprueben algunas reformas constitucionales -el señor Joaquín Lavín ha dicho durante su período de campaña electoral que está dispuesto a allanarse a ellas. Ojalá sea cierto, porque algunas personas expresan estas declaraciones mientras son candidatos, pero después de las elecciones no cumplen sus promesas electorales. A lo mejor, el señor Lavín puede tener mayor credibilidad que otro candidato-. Es posible que cuando Ricardo Lagos sea Presidente de Chile tengamos una nueva composición del Senado en marzo del próximo año. En fin, eso es parte del anecdotario sobre la tramitación de este proyecto y no del fondo.
Sigo considerando que, al ser inconstitucional, la iniciativa no debió acogerse a tramitación, pero sucedió así. En mi opinión, es altamente inconveniente porque altera las responsabilidades administrativas y sustrae al Presidente de la República un área de gestión que está en su ámbito, donde es muy importante que se mantenga.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Antonio Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , me referiré brevemente al proyecto que estamos conociendo. A mi juicio, tiene tres puntos que ameritan alguna consideración.
-Inconstitucionalidad. Desde un punto de vista estrictamente jurídico, si en el momento en que el proyecto fue puesto en tramitación la Mesa no objetó su admisibilidad, no procede que ahora se pronuncie al respecto. Quien considere que hay méritos suficientes para declararlo inconstitucional deberá recurrir al Tribunal Constitucional en el evento de que se apruebe. Debemos respetar el sistema jurídico. Por ello es muy importante tener presente, de acuerdo con la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, que se puede reclamar de la inconstitucionalidad de un proyecto en el momento en que se da cuenta de su puesta en trámite.
-Mérito. Tiene un mérito sano, que importa valorar como un sistema permanente que permita la independencia de los fiscalizadores. No cabe duda de que cuando el fiscalizador es de la misma dependencia del fiscalizado, a aquél no le resulta simple desarrollar su acción con la libertad, autonomía y acuciosidad que amerita el trabajo.
Es importante considerar que fiscalizar a personas de su misma dependencia, genera una situación muy diferente de la que ocurre con el superintendente de Bancos -como ha dicho el diputado señor Andrés Palma -, porque afortunadamente los bancos son privados; si fueran públicos se entendería una modificación que sería relevante, respecto del ejercicio del Superintendente.
En consecuencia, aquí hay un mérito importante -y espero que la mayoría del Parlamento lo pueda compartir-, porque esto apunta a la transparencia. No entiendo por qué alguien podría oponerse por razones de mérito.
-Senado. El diputado señor Aguiló planteó un punto que me pareció especialmente delicado: el Senado como elemento válido para ejercer una función de esta naturaleza. Como se trata de un tema de fondo, me referiré a él.
Hoy hemos visto cosas sorprendentes; pero creo que el cambio tiene un límite. El diputado don Andrés Palma ha señalado, con pasión, que su candidato actual es Ricardo Lagos, quien iba a realizar una serie de cambios constitucionales; es la misma pasión que tenía hace dieciséis días para decir lo contrario, porque su candidato era Andrés Zaldívar.
Un señor DIPUTADO.-
¡Siempre fue así!
El señor COLOMA.-
Parece que siempre estuvo con Lagos, según lo que dijeron algunos.
Estos cambios de énfasis son los que a veces nos llaman la atención respecto de cómo se desarrollarán las políticas futuras de la Concertación.
He traído a colación la actitud del diputado don Andrés Palma para graficar el continuo cambio de ideas de las bancadas oficialistas, de acuerdo con su conveniencia, respecto de las instituciones.
El señor PALMA (don Andrés).-
Señor Presidente , por su intermedio, le solicito una interrupción al diputado señor Coloma.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
El diputado señor Andrés Palma le solicita una interrupción. ¿Estaría en condiciones de concederla, señor diputado ?
El señor COLOMA.-
Con toda consideración, pienso que este momento no lo amerita.
Quiero graficar el permanente cambio de esquema que vemos en el oficialismo, conforme a su conveniencia.
El diputado señor Aguiló ha sostenido la tesis de que el Senado -cuyas características al parecer son bastante despreciables a su entender- no le da confianza para nada. Y plantea que cómo podría confiarle un acto tan importante, como lo es conombrar a un fiscalizador de los servicios sanitarios.
Éste es un tema conceptual, de fondo. Por eso, quiero recordarle al diputado señor Aguiló que últimamente está cambiando mucho; y espero que continúe haciéndolo. Hace un año se discutió en este Parlamento el nombramiento del fiscal nacional, materia fundamental de la justicia; y él, con mucha pasión o sin ella, votó, pues no tuvo ningún problema en aprobar la norma que permitía que el Senado nombrara al fiscal nacional. O sea, el Senado no tiene mérito para nombrar a quien fiscalizará los servicios sanitarios, pero sí lo tiene para conombrar a quien va a dirigir la acción penal; con la misma pasión, hace algunos años, el diputado señor Aguiló aprobó que el Senado conombrara la Comisión Nacional de Reparación y Justicia. O sea, el Senado puede pronunciarse respecto de los derechos humanos, pero no de los servicios sanitarios; por último, hace poco tiempo aprobó también una norma, modificatoria de la Constitución, relativa a la integración de la Corte Suprema, a partir de un sistema en el cual el Senado tiene un rol preponderante.
Por tanto, me gustaría que el señor Aguiló me respondiera la siguiente pregunta: ¿en qué quedamos? El Senado es espurio para A, bendito para B; el Senado es fantástico para la Y, deplorable para la Z. No me parece que ése sea un sistema normal para referirse a instituciones, ni tampoco considero sano ajustar la valoración de las instituciones según “cómo se vaya en la parada”, en un sentido político. No se puede tener una vara para medir una institución respecto de un tema y una inversa para medir la misma institución en una materia distinta. Es plenamente válido que el Senado garantice una mejor fiscalización de las empresas que están a cargo de los servicios sanitarios. Sin embargo, es meritorio reconocer que, tal vez, puede haber un importante tema de oportunidad de por medio. En definitiva -y espero que así sea, aunque tengo algunas dudas-, que los fiscalizados pertenezcan al mundo privado es, quizás, casi menos relevante que el fiscalizador tenga dependencia del ente público. Conceptualmente, ése es el reparo más importante que puede plantearse; pero el tema es distinto.
En este caso, lo que corresponde es aprobar el proyecto y trabajar para que exista una verdadera fiscalización.
Antes de terminar, y porque siempre lo acostumbro, le concedo una interrupción al diputado señor Andrés Palma.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado don Andrés Palma.
El señor PALMA (don Andrés).-
Agradezco al diputado señor Coloma la interrupción que me ha concedido.
Sólo quería precisarle al honorable colega que no hay contradicción entre mi apoyo de hoy a Ricardo Lagos y el hecho de que, hace dieciséis días, con tanta o mayor pasión, apoyé a Andrés Zaldívar.
En la Concertación hubo una elección primaria, en la cual mi candidato era Andrés Zaldívar. Él perdió; pero el propósito de esa elección era que uno de los dos fuera el candidato único de la Concertación. Por eso, espero tener tanta pasión para apoyar a Ricardo Lagos como la que tuve en su momento para apoyar a Andrés Zaldívar. No hay contradicción en eso.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Recupera la palabra el diputado señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Si con convicción uno dice que va a ganar y el candidato pierde, pienso que habría que esperar unos dieciséis días de “cuarentena” en materia de asegurar resultados futuros. La diferencia está en la convicción.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Elgueta.
El señor ELGUETA.-
Señor Presidente, hemos asistido a un interesante debate.
Personalmente -y creo que para muchos diputados-, el Senado de la República es una de las instituciones más respetables del país. Sin embargo, no participa en el nombramiento de los generales del Ejército y de la Fuerza Aérea ni en el de los almirantes de la Armada; tampoco interviene en el nombramiento del general director de Carabineros , y no quiero enumerar otra serie de altos funcionarios públicos en cuyo nombramiento el Senado no interviene. Si estas dignísimas personas no son nombradas por el Senado, ¿por qué debería serlo un funcionario que está preocupado de la pureza y limpieza del agua, de la suciedad humana, de los excrementos que existen en las ciudades y, además, del control de las empresas que se dedican a mejorar, a modificar o a perfeccionar el medio ambiente en estos temas?
Desde ese punto de vista, el Senado de la República no tiene nada que hacer en el nombramiento de superintendentes, porque éstos son funcionarios encargados de fiscalizar, de controlar las empresas de diversos ámbitos que existen en el país, sean económicos, financieros, sanitarios, de educación, etcétera.
El proyecto en discusión es francamente inconstitucional, puesto que trata de la intervención del Senado en el nombramiento de un empleado de confianza del Presidente de la República.
De acuerdo con el número 12º del artículo 32 de la Constitución Política, corresponde sólo al Presidente de la República “nombrar y remover a los funcionarios que la ley denomina como de su exclusiva confianza”.
Por lo tanto, si queremos que el nombramiento de un funcionario de la exclusiva confianza del Presidente de la República sea aprobado por el Senado, sería necesaria una reforma constitucional. Más adelante, el número 14º del artículo 32 de nuestra Carta Fundamental dispone la aprobación, por el Senado, del nombramiento de determinados funcionarios. Dice: “Nombrar a los magistrados y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones y a los jueces letrados, a proposición de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, respectivamente; al miembro del Tribunal Constitucional que le corresponde designar; y a los magistrados y fiscales judiciales de la Corte Suprema y al Fiscal Nacional, a proposición de dicha Corte y con acuerdo del Senado, todo ello conforme a lo prescrito en esta Constitución”. Por su parte, el número 11º del mismo precepto constitucional establece que el nombramiento del Contralor General de la República también debe ser con acuerdo del Senado.
Entonces, ¿de qué autoridades estamos hablando, cuyo nombramiento debe ser aprobado por el Senado? De los miembros y fiscales de la Corte Suprema, del Fiscal Nacional, de los directores del Banco Central y del Contralor General de la República.
Entonces, si de cierta forma algunos funcionarios conforman un poder independiente de los poderes Ejecutivo y Legislativo y otros pertenecen a organismos autónomos, ¿cuál sería la razón jurídica fundamental para que el nombramiento de un funcionario de la exclusiva confianza del Presidente de la República -que se dedica a las materias que señalé- deba contar con la aprobación del Senado de la República, considerando que ello elevaría su categoría en desmedro de los restantes funcionarios de los servicios públicos, quienes también son de la exclusiva confianza del Presidente de la República ? ¿Cómo podrían ser de la exclusiva confianza de éste, si su nombramiento debe ser aprobado por el Senado? En ese caso, perderían tal calidad, porque su nombramiento o remoción tendrían que hacerse por la misma vía.
En consecuencia, desde el punto de vista de su constitucionalidad, este proyecto debería ser rechazado.
No obstante, debo reconocer que, en cierto sentido, los fundamentos del proyecto se justifican, porque no es plausible que los directorios de las empresas sanitarias que existen a lo largo de todo el país estén integrados, a manera de “pituto”, por altos funcionarios de Gobierno. A ninguno de los parlamentarios que representamos distritos de regiones nos parece bien que, para obtener una remuneración mayor, algunos altos funcionarios de servicios públicos integren estos directorios. Creo que es una corruptela y un vicio a los cuales debemos poner término; pero eso se puede hacer por otras vías. Hay dos opciones: establecer prohibiciones o incompatibilidades para el desempeño de ambos cargos, si es lo que se pretende, o bien aumentar significativamente las remuneraciones de los funcionarios que se desempeñan en los ministerios para que ejerzan solamente un cargo y no sea necesario formar parte de los distintos directorios de las empresas sanitarias del país.
Termino expresando que este proyecto es inconstitucional y, por lo tanto, jamás debió haberse admitido a tramitación.
Por las razones que señalé, voy a votar en contra, porque también es un camino para hacer presente su inconstitucionalidad, y los colegas que lo consideren así también deben desecharlo.
He dicho.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
Cito a los jefes de Comités para efectuar una reunión simultáneamente con la Sala. Continuará presidiendo la sesión el diputado señor Ortiz.
Aprovecho de comunicar a la Sala el sensible fallecimiento del padre de nuestro colega Zarko Luksic, cuyo velatorio se está efectuando en la Iglesia San Ramón, de Santiago, ubicada en Mardoqueo Fernández esquina de Avenida Providencia. A las 20 horas de hoy se celebrará una misa, y sus funerales tendrán lugar mañana, después de otra misa que se realizará a las 14 horas en la misma iglesia.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Francisco Encina.
El señor ENCINA.-
Señor Presidente, quiero plantear en forma muy breve las razones por las cuales considero que debemos rechazar este proyecto.
En primer lugar, estimo que es inconstitucional, a pesar de que aquí se ha dado una respuesta tal vez muy apegada al Reglamento.
En definitiva, el problema radica en que el proyecto ha perdido oportunidad, debido a que, en virtud de una ley aprobada por el Parlamento, hoy el 70 por ciento de los servicios sanitarios son entregados a empresas privadas. Por lo tanto, el conflicto de intereses que supuestamente podría existir, no es tal, porque, evidentemente, no hay colisión de intereses entre el Estado, los propietarios de las empresas, y los directores o gerentes de éstas.
En segundo lugar, me parece que aquí se confunden algunas cosas. Por ejemplo, considero perfectamente posible que el Senado aprobara la creación de la defensoría nacional del usuario, instancia que falta en el sistema regulatorio, y que puede arbitrar los eventuales conflictos de intereses entre los usuarios, los propietarios de las empresas y el Estado.
Desde este punto de vista, el proyecto está mal concebido. Si, por ejemplo, se acordara establecer un defensor nacional del usuario, sería perfectamente posible que el Senado pudiera nombrarlo.
Por lo tanto, lo que corresponde es que estos fiscalizadores sean designados por el Poder Ejecutivo , y que las otras instancias que faltan en la organización del Estado puedan ser tratadas realmente. Muchas veces, hay intereses que se contraponen con la posibilidad de que tratemos temas tan importantes como la defensoría nacional del usuario, proyecto que, por desgracia, todavía no ha sido enviado por el Ejecutivo. Esperamos que lo haga pronto porque de esa manera tendríamos un sistema regulatorio mucho más completo.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Por último, puede hacer uso de la palabra el honorable diputado señor Baldo Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente, creo que este debate ha sido muy enriquecedor.
En primer lugar, discrepo de los parlamentarios que se han referido a la inconstitucionalidad del proyecto. Por supuesto, los abogados podemos dar miles de argumentos para discutir la constitucionalidad de una norma o de una disposición. Sin embargo, tal reparo no fue hecho cuando se dio cuenta de la iniciativa. Por lo tanto, es una discusión estéril, que no tiene sentido.
En segundo lugar, me llama la atención que los colegas Navarro y Aguiló expresen su desconfianza en una institución del Estado como el Senado. Quizás ello se deba a que, en la última elección, su partido eligió sólo a un senador, y su exigua representación de cuatro senadores -como me lo indica el diputado Aguiló- los hace pensar que tendrán escasa participación en el nombramiento o remoción del superintendente de Servicios Sanitarios.
Pero en este tipo de discusiones más bien hay que tener valores permanentes, no una situación momentánea, como las mayorías que tiene actualmente el Senado.
No comparto lo planteado por algunos parlamentarios de que el proyecto sería extemporáneo, porque lo hacen sobre la base de que las empresas sanitarias se privatizarían, pero desconocen que un proyecto, que ellos mismos votaron, establece que la privatización llega al 35 por ciento, por lo que va a mantener siempre el 35 por ciento de directores que serán nombrados por el Presidente de la República. Más que hacer extemporáneo el proyecto, le da más importancia que nunca, porque si hoy los contactos políticos que tienen los directorios de estas empresas con el superintendente pueden ser siempre para perjudicar al usuario y para beneficiar a una empresa del Estado, mañana, cuando ésta sea privatizada hasta el 70 por ciento, ese otro 35 por ciento del Estado será también el nexo y la presión con el superintendente, pero, ahora, no para beneficiar al Estado, sino más bien al privado que será el dueño de la empresa.
Por lo tanto, el proyecto no ha perdido vigencia; al contrario, ha cobrado mayor importancia todavía. No tengo ninguna duda de que en el tema de la estabilidad el superintendente debe tener la mayor autonomía y estabilidad en su cargo, porque de esa forma es la única manera que podrá fiscalizar a fondo y cumplir su principal labor de defender los derechos de los usuarios.
Hoy, como en otros proyectos de ley, aquí los parlamentarios van a elegir entre los cupos políticos que tienen en los directorios, entre la presencia de un superintendente nombrado y removido, sin expresión de causa, por el Presidente de la República , y un nombramiento mixto, que le da mayor autonomía y estabilidad, y que le permite resguardar los intereses de todos los usuarios.
No quiero contar con nombres la realidad que hay actualmente en las empresas sanitarias del país, pero existen más de cien cargos de directorios que los ocupan jefes de servicios, presidentes de partido, incluso subsecretarios de algunos ministerios. ¿Qué autonomía puede tener entonces el superintendente para fiscalizar y defender los derechos de los usuarios? A mi juicio, ésta es una cuestión que queda muy vulnerada, y que el proyecto supera y soluciona, ya que hace que el superintendente, el actual, el que venga y cualquiera de los que tengamos en el futuro, pueda defender, de mejor forma, los intereses de los usuarios.
Por eso pido a los parlamentarios que voten a favor del proyecto, que lo aprobemos para que esos usuarios, que muchas veces quedan en la indefensión, tengan una mejor fiscalización y una defensa de sus derechos e intereses.
He dicho.
El señor ORTIZ ( Presidente accidental ).-
Ofrezco la palabra hasta el término de la reunión de Comités.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Queda pendiente la votación.
-Con posterioridad, el proyecto fue votado en los siguientse términos:
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
En votación el proyecto de ley que sustituye el sistema de nombramiento y remoción del superintendente de Servicios Sanitarios.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 41 votos. Hubo una abstención.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).- Rechazado en general el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
VI. PROYECTOS DE ACUERDO
PETICIÓN DE NO CONCURRENCIA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A IX CUMBRE IBEROAMERICANA EN LA HABANA. (Continuación).
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
El señor Prosecretario dará lectura al primer proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Está en discusión el proyecto de acuerdo Nº 238 -del cual restan 2 minutos para hablar a favor y todo el tiempo para hacerlo en contra-, por el que se solicita que el Presidente de la República no asista a la Novena Cumbre Iberoamericana en La Habana.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para hablar en contra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvieron los diputados señores:
ESTABLECIMIENTO DE TRIBUNALES TRIBUTARIOS INDEPENDIENTES E IMPARCIALES.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 239, de las diputadas señoras Lily Pérez y Rosa González y de los diputados señores Prokurica, Fossa, Palma, don Osvaldo; Errázuriz, Vilches, Vargas, Alessandri y Mora.
“Considerando:
1. Los contribuyentes chilenos presentan un grave problema, en cuanto sus reclamos por liquidaciones e infracciones son resueltos por funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, los que carecen de la más elemental independencia e imparcialidad para tramitar y fallar tales reclamaciones, ya que se encuentran obligados por el Código Tributario y por la Ley Orgánica del SII a resolverlas, ajustándose a las instrucciones del director del Servicio.
2. Dicha indesmentible realidad ha sido objeto de múltiples críticas, tanto en Chile como en el extranjero, y muchas han sido las proposiciones para modificarla.
3. Por otra parte, debe tenerse presente que la situación actual es contraria a lo dispuesto en el artículo 8º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, denominada “Pacto de San José de Costa Rica”, sobre garantías judiciales, cuyo Nº 1 establece que “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”.
4. Considerando que legislar sobre una justicia tributaria independiente es materia de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República, sometemos a la consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente:
Proyecto de acuerdo:
Solicitar al Presidente de la República que instruya al Ministro de Hacienda y al Director del Servicio de Impuestos Internos para que elaboren y envíen a tramitación legislativa un proyecto de ley que establezca tribunales tributarios independientes e imparciales”.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente , sin duda éste no es un tema nuevo. Quienes somos contribuyentes hemos representado permanentemente el grave problema que existe cuando nos enfrentamos, en materias impositivas, a los tribunales tributarios que dependen del Servicio de Impuestos Internos. Esta indesmentible realidad ha sido objeto de múltiples críticas, tanto en Chile como en el extranjero, porque no es posible que un servicio de la importancia de éste, sea juez y parte a la vez.
Además, debemos tener presente que la situación actual es contraria a lo dispuesto en el artículo 8º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica, sobre garantías judiciales, cuyo número 1) establece: “Toda persona tiene derecho a ser oída con las debidas garantías, y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley y en la sustanciación de cualquiera acusación penal formulada contra él para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”.
Queda en evidencia que los tribunales tributarios de nuestro país no están dentro de lo que es la normativa en esta materia. Por eso es que, una vez más, queremos pedirle a su Excelencia el Presidente de la República que envíe un proyecto de ley que establezca tribunales tributarios independientes e imparciales para evitar la situación actual que, como he dicho, no sólo es contraria a la lógica del derecho, sino también a tratados internacionales suscritos por Chile.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Urrutia.
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente , comparto lo expresado por el diputado señor Prokurica , en cuanto a la necesidad de dar a los contribuyentes, a los que pagan impuesto en este país, la oportunidad de tener una entidad imparcial a la que puedan apelar cuando se les someta a una investigación o sanción por parte de Impuestos Internos, ya que la absoluta verticalidad y la falta de una instancia de apelación rápida y eficaz hace que los contribuyentes queden inermes ante decisiones, a veces discrecionales, de los encargados de aplicar la ley en lo tributario.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
-Se abstuvo el diputado señor
EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 19.237, SOBRE VIOLENCIA EN LOS ESTADIOS.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Se dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 243, de los señores Mulet, Ojeda, señorita Sciaraffia, doña Antonella; señores Jiménez, Rincón, Lorenzini, Villouta, Vilches, Rojas y Mora, que dice:
“Debido al progresivo aumento de la violencia producida por pequeños grupos que asisten a presenciar los partidos de fútbol profesional en los estadios de nuestro país y luego de un minucioso y acabado estudio, el día 24 de agosto de 1994 se promulgó la ley Nº 19.237, que fija normas para prevención y sanción de hechos de violencia en recintos deportivos con ocasión de espectáculos de fútbol profesional. Esta ley fue publicada en el Diario Oficial el 31 de agosto del mismo año; sin embargo, según información recopilada de la prensa nacional, pese a que habrían disminuido los actos de violencia en los estadios, no se tiene un número oficial de las personas que han sido detenidas y procesadas por los delitos tipificados en el título II de dicha ley.
Por lo anterior, los diputados firmantes venimos a plantear el siguiente proyecto de acuerdo:
Considerando:
1. Que es un deber constitucional del Estado resguardar la seguridad nacional, dando protección a la población y a la familia.
2. Que hay información, al parecer, distorsionada acerca de la efectividad de la ley.
3. Que es necesario tener una evaluación oficial acerca de los resultados obtenidos desde la puesta en vigencia de la ley.
Por lo tanto, se solicita al Ministro del Interior que informe a esta Corporación sobre la evaluación de los resultados de esta ley desde la fecha de su entrada en vigencia hasta hoy, especificando el número de actos de violencia en los estadios por año, el número de detenidos por los hechos tipificados y cuántos han sido puestos a disposición de los tribunales correspondientes”.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente , este proyecto ya fue modificado. Cuando se presentó originalmente se pidieron estos mismos antecedentes para ver cómo marchaba la aplicación de la ley y su real efectividad, en especial cuando observamos que aún sigue la violencia en los estadios.
Por eso, solicito su aprobación por la Sala, a fin de que se nos entregue la información pedida.
He dicho.
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para impugnarlo.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación
El señor ACUÑA (Presidente en ejercicio).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
VII. INCIDENTES
DENUNCIA DE ACOSO SEXUAL EN COLEGIO DE LA FLORIDA. Oficio.
El señor ACUÑA ( Presidente en ejercicio).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de Renovación Nacional.
Tiene la palabra la diputada señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ ( doña Lily).-
Señor Presidente , en primer lugar me referiré a una situación de acoso sexual a una profesora.
En el mes de mayo del presente año, la señora Ana Bley Soriano , inspectora del colegio polivalente “Los Almendros”, denunció ante la Corporación Municipal de la Florida, Comudef , haber sido acosada sexualmente por el director del establecimiento, señor Manuel Peñaloza. Al respecto, también existe una querella criminal en el 28º juzgado del crimen.
Sobre el particular, pido que se oficie al alcalde de la Ilustre Municipalidad de La Florida y director de la Comudef , señor Gonzalo Duarte Leiva , a fin de que nos informe si se ha instruido sumario administrativo por este caso o, en su defecto, cuáles son las medidas que como máxima autoridad municipal ha tomado en esta situación.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de las diputadas señoras María Antonieta Saa , Marina Prochelle , Antonella Sciaraffia , Eliana Caraball , Isabel Allende , Adriana Muñoz , Fanny Pollarolo y de los diputados señores Víctor Pérez , Cristián Leay , Alejandro Navarro , Alejandro García-Huidobro y del Comité Demócrata Cristiano.
VERTEDERO ILEGAL EN COMUNA DE LA FLORIDA. Oficios.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
En segundo lugar me referiré a la denuncia de numerosos vecinos de la villa Santa Teresa, en la avenida San Francisco , a la altura del Nº 3.600.
Al respecto, solicito se oficie al director del Sesma , señor Mauricio Ilabaca , para que investigue la existencia de un vertedero ilegal de basura y un cementerio de autos en desuso, ubicado en la avenida San Francisco , en el límite de la avenida Tobalaba y la villa Santa Teresa , en la comuna de La Florida, en la cual viven las personas que fueron cambiadas de viviendas a raíz del aluvión que ocurrió en l993, el cual dejó varias víctimas en nuestra comuna.
Existe el compromiso del alcalde de mantener la limpieza del lugar y convertirlo en áreas verdes, ya que son numerosas las familias con niños que viven allí. La existencia del vertedero, que he podido comprobar personalmente en varias ocasiones, ha provocado problemas de salud, la aparición de roedores, emanaciones de gases y quemas de basura, con el consiguiente daño y molestia para los vecinos.
Además del oficio al Sesma, también pido que se oficie al Ministerio de Bienes Nacionales para que informe si la propiedad es de esa Secretaría de Estado o ha sido dada en comodato a la municipalidad de La Florida, pues tengo antecedentes del juzgado de policía local en el sentido de que no tiene autorización alguna y que es un vertedero ilegal. En caso que corresponda, que se instruya sumario en contra de la municipalidad de La Florida por la situación descrita.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
ANTECEDENTES SOBRE TARDANZA EN CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES Y FACILIDADES PARA EL PAGO DE DIVIDENDOS A CESANTES EN DISTRITO 55, DÉCIMA REGIÓN. Oficio.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Marina Prochelle.
La señora PROCHELLE (doña Marina).-
Señor Presidente , solicito se oficie al Ministro de Vivienda con el objeto de requerir una respuesta por la tardanza en la construcción de viviendas sociales en la Décima Región, en particular en el distrito 55, pues tengo conocimiento de que las obras se iniciarán a fines de este año. Pido se me informen las razones de la tardanza.
También solicito se consulte la posibilidad de estudiar alguna forma de postergar y dar algunos plazos especiales a los cesantes para el pago de los dividendos, puesto que la reactivación de la economía no la vemos en el corto plazo, razón por la cual ellos se encuentran en una difícil situación, que se repite a lo largo del país. Si bien tanto el Banco del Estado como el Serviu han iniciado algunas acciones en tal sentido, me parece que son insuficientes. Incluso, solicito al Ministro estudiar la posibilidad de condonar el 50 por ciento de esa deuda.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de la diputada señora Lily Pérez y de los diputados señores Alejandro García-Huidobro , Osvaldo Palma y Haroldo Fossa.
RESULTADOS DE ENCUESTA CASEN SOBRE SITUACIÓN ECONÓMICO-SOCIAL EN LA NOVENA REGIÓN. Oficio
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor José García.
El señor GARCÍA (don José).-
Señor Presidente , el Ministro de Planificación y Cooperación, señor Germán Quintana , en días recién pasados entregó los resultados de la encuesta Casen 1998, la cual revela que nuevamente la Novena Región sigue con el triste récord de tener el mayor porcentaje de personas en condiciones de pobreza, 34,3 por ciento, de las cuales el 11,7 por ciento se encuentra en condiciones de indigencia, cifra esta última que duplica la media nacional, que alcanza a 5,6 por ciento.
Esta misma tendencia se repite al medir los hogares en condiciones de pobreza e indigencia, que alcanza a 27,6 por ciento en situación de pobreza y a 8,8 por ciento de indigencia, cifras que también son las más negativas del país.
Debo recordar que la encuesta Casen de l996 ya reveló que la Novena Región es la más pobre. Han transcurrido dos años y la situación sigue siendo la misma, lo que demuestra, a mi juicio, la inoperancia del Gobierno para resolver efectivamente la cruda realidad de la pobreza. A la luz de estas cifras, me pregunto ¿cuál es el efecto práctico de los miles y miles de millones de pesos que se destinan al gasto social, del cual el Gobierno hace permanente alarde? Ello viene a demostrar la ineficiencia con que se invierten los recursos y cómo la burocracia estatal y de los organismos no gubernamentales priva a las personas pobres e indigentes de un porcentaje significativo del dinero que debiera estar destinado a las familias más necesitadas.
En la Novena Región, han sido seis años perdidos en la lucha contra la pobreza y la indigencia. En 1994, teníamos 34 por ciento de pobreza, es decir, aproximadamente la misma cifra que tenemos hoy, que es de 34,3 por ciento.
De continuar por este camino, serán miles las familias, especialmente los jóvenes, que verán reducidas sus oportunidades de progreso y desarrollo; todo ello por la desidia de autoridades que, pudiendo hacer mucho, se han limitado a contar a los pobres sin crear las condiciones que les permitan salir de este círculo vicioso.
En virtud de lo que he expresado, solicito se oficie al señor Ministro de Planificación y Cooperación, don Germán Quintana , con el objeto de que informe cuáles serán las medidas concretas que adoptará para ir en apoyo de las familias más pobres de la Novena Región que, reitero, de acuerdo con la encuesta de caracterización socioeconómica de 1998, recientemente dada a conocer, sigue siendo la más pobre del país.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados señores Víctor Pérez , García-Huidobro , de las diputadas señoras Lily Pérez y Marina Prochelle , y de los diputados señores Osvaldo Palma , Fossa , Velasco y de quien preside.
IRREGULARIDADES EN EL SERVIU DE LA SEXTA REGIÓN. Oficios.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el honorable diputado señor Alejandro García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-
Señor Presidente , hace un tiempo denuncié una serie de situaciones irregulares en el Serviu de la Sexta Región. Por ello, junto con el diputado señor Aníbal Pérez , solicitamos el envío de oficios a la Contraloría General de la República y al Ministerio de Vivienda, en especial para que se procediera a la instrucción de un sumario a fin de que se investigaran esas situaciones irregulares, las que sucedieron en muchas áreas y en distintas construcciones de la Sexta Región.
Una de ellas se refiere a que la empresa Domingo Aguad Yazigi no construyó las casas por las cuales ya había recibido anticipos en las comunas de Pichilemu y de Coínco.
En esa oportunidad, la Contraloría General de la República constató que se entregaron a esa constructora anticipos por 2.880 UF, con cargo a la construcción de casas en Coínco, y de 4.800 UF, por la construcción de casas en Pichilemu.
Estos trabajos no se realizaron nunca y los recursos se perdieron definitivamente, lo que afectó a los más pobres del país.
En ese momento consulté: ¿Qué hizo el Serviu, judicial y administrativamente, para cobrar las boletas de garantía? Sin duda, hubo una negligencia tremenda y no se cobraron en su oportunidad.
Por ello, mediante oficio a la Contraloría General de la República y al Ministerio de Vivienda, cuya respuesta todavía no me llega, solicité que informaran sobre las acciones judiciales entabladas por dicho ministerio y el Serviu.
Después de nuestra denuncia y de más de cuatro años desde que estos recursos, sin duda, se robaron al país, hoy día supe que se interpuso una demanda el 14 de octubre de 1998, es decir, en forma posterior a la denuncia.
En esta oportunidad solicito que se oficie al Ministro de Vivienda , para que nos informe si los responsables de este acto de corrupción, los negligentes que no cumplieron con su misión, todavía son funcionarios de esa Cartera, específicamente del Serviu, y en qué cargos, porque me da la impresión de que sólo fueron sacados de la región y hoy están trabajando en el Serviu en Santiago.
También solicito que se oficie a la Contraloría General de la República para que nos informe sobre los resultados del sumario que hasta hoy puede tener sobre lo investigado, para que la Cámara tenga el conocimiento cabal de estos hechos, que considero increíble que sigan sucediendo.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.
DISCREPANCIA EN CIFRAS ENTREGADAS EN MENSAJE PRESIDENCIAL SOBRE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la Unión Demócrata Independiente, tiene la palabra el honorable diputado señor Víctor Pérez.
El señor PÉREZ (don Víctor).-
Señor Presidente , sin duda, la vivienda es uno de los temas sociales más importantes, significativos y sustantivos para combatir la pobreza y la marginalidad. De hecho, muchos de los programas que están diseñados por el Ministerio de Vivienda se llaman “de marginalidad habitacional”.
A partir del Mensaje del Presidente de la República del último 21 de Mayo, junto con la diputada señora Lily Pérez hicimos un estudio de las afirmaciones del Primer Mandatario y, lamentablemente -digo lamentablemente, porque, reitero, la política habitacional es una herramienta para combatir la pobreza y la marginalidad habitacional-, las relativas a datos y cifras no se condicen con la realidad, con lo que en la actualidad están recibiendo las distintas comunas, provincias y regiones del país.
De hecho, en la parte en que el Presidente de la República se refirió al tema de la vivienda, expresó textualmente: “Al terminar mi mandato, habremos construido más de 780 mil viviendas, superando largamente nuestras metas iniciales. Ello significa que más de tres millones de chilenos y chilenas habrán ocupado nuevos hogares en este período”.
Las cifras que uno saca de los propios informes estadísticos del Ministerio de Vivienda desmienten absolutamente lo aseverado por el Presidente de la República y nos muestran una realidad absolutamente distinta.
Reitero, junto con la diputada señora Lily Pérez hemos trabajado sobre esta materia y podemos mostrar un cuadro que indica que en los cinco años de gobierno del Presidente Frei sólo se han entregado 360.879 viviendas, es decir, en promedio, 72.176 viviendas anuales. Si se sigue con este mismo ritmo, en 1999 el número total de viviendas llegaría a 433.055 soluciones, es decir, 266.945 viviendas menos de las anunciadas por el Presidente el 21 de Mayo recién pasado.
Está de más decir que cuando uno habla del total de estas viviendas, que en los primeros cinco años han sido 360.879, incorpora viviendas usadas, como las que en alguna medida se obtienen con el subsidio general unificado y con la segunda etapa del progresivo Etapa 2. En definitiva, no estamos hablando exclusivamente de viviendas nuevas.
El segundo elemento que tocó el Presidente de la República el 21 de Mayo se refiere a la cabida de las viviendas sociales; dijo expresamente: “Hemos aumentado progresivamente la superficie de las viviendas sociales. La década comenzó con una vivienda social de 32 metros cuadrados y concluirá con una vivienda social de 50 metros cuadrados”. Lamentablemente, de nuevo las cifras que nos entrega el Ministerio de Vivienda a través de su informe estadístico desmiente esta afirmación del jefe de Estado. De hecho, tenemos en nuestro poder la información sobre las viviendas que el Serviu contrató durante 1998. De ellas, 20.699 tenían 41 metros cuadrados y 602 alcanzaban los 59 metros cuadrados; es decir, la superficie de sólo el 2,9 por ciento de las viviendas sociales contratadas por el Serviu durante 1998 corresponde a lo manifestado por el Presidente de la República.
Reitero, sólo el 2,9 por ciento de las viviendas sociales contratadas por el Serviu durante 1998 tenían algo más de 50 metros cuadrados edificados, mientras que la gran mayoría, el 97 por ciento, tenía un promedio inferior a los 41 metros cuadrados.
Si uno revisa las cifras sobre las superficies de las viviendas adquiridas a través del sistema general unificado -que no son las que contrata el Serviu, sino la gente después de haber obtenido un subsidio-, se da cuenta de que la superficie promedio en 1990 era de 52,71 metros cuadrados, mientras que en 1998 alcanzaba 52,72 metros cuadrados, es decir, sólo 0,02 por ciento de mayor cabida, y el precio era 33,88 por ciento más caro.
Lamentamos mucho lo que señalan estas cifras, porque, en primer lugar, ellas revelan que no se están construyendo todas las viviendas que el Gobierno de la Concertación ha prometido durante estos años, lo que aleja la posibilidad real de superar el déficit habitacional que existe en nuestro país, y en segundo lugar, porque la calidad y la cabida de las viviendas tampoco han logrado un mejoramiento sustancial.
Más allá de las discrepancias políticas que se pueda tener, estos son datos y hechos objetivos, por lo que resulta muy importante que esta Sala los tenga presente, ya que nos muestran claramente que en una materia tan trascendente como es la política habitacional, el Gobierno del Presidente Frei ha logrado un paso regular; en otros términos, sólo se ha sacado nota 4. La mejor demostración de ello es que cada vez que la Cámara o la Comisión de Vivienda han querido debatir el tema, por distintas razones, no se ha podido.
Reitero que lo expresado el 21 de Mayo por el Presidente de la República ante el Congreso Pleno sobre materia habitacional, no tiene ninguna relación con la realidad, tanto en el número de soluciones como en la cabida de las viviendas, ya que éstas siguen siendo pequeñas, insuficientes y de una calidad bastante discutible, por lo que presentan las dificultades que todos conocemos cuando la gente logra obtener una de esas casas después de mucho esfuerzo.
He dicho.
ALCANCE SOBRE INCIDENTES DE DIPUTADOS EN RUTA 68.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fossa por un minuto, con cargo al tiempo de la UDI.
El señor FOSSA.-
Señor Presidente , agradezco al señor Víctor Pérez y a la UDI por haberme cedido este minuto.
En realidad, no necesito más tiempo para expresar mi desencanto y hasta mi vergüenza porque los bochornosos incidentes provocados por algunos colegas en la ruta 68 no fueron sometidos a la consideración de la Comisión de Ética. Realmente lo lamento. Ahora me explico por qué la ciudadanía coloca a los políticos casi en último lugar en prestigio y credibilidad.
He dicho.
PROCESO DE MODERNIZACIÓN PORTUARIO Y SUS EFECTOS SOCIALES Y ECONÓMICOS. Oficios.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado señor Sergio Velasco.
El señor VELASCO
.-
Señor Presidente , como es de público conocimiento, el Gobierno chileno ha llevado adelante un proceso de modernización del sector portuario estatal destinado a mejorar las condiciones de administración, operación e infraestructura portuaria, mediante su descentralización y la incorporación de privados en la gestión, los cuales aportarán los capitales necesarios para efectuar nuevas inversiones y manejo técnico especializado.
Objetivo primordial de este proceso es mejorar la situación general de los puertos públicos nacionales, favoreciendo mayores niveles de eficiencia con tarifas más convenientes para los usuarios.
El compromiso del Gobierno con este proceso no sólo ha estado centrado en la dictación de la ley Nº 19.542, de 19 de diciembre de 1997, sino que, muy especialmente, en la celeridad para la constitución de las nuevas empresas portuarias y dictación de la reglamentación necesaria para llevar adelante el proceso de licitaciones por parte de dichas empresas.
El problema es que no sabemos realmente si estas licitaciones de los sitios de atraque son en beneficio del país o simples privatizaciones, lo cual está causando una confusión muy grande en el sector portuario, no sólo de los usuarios, de la Asociación de Empresarios Navieros, sino que, particularmente, de los trabajadores de estiba y desestiba, a quienes más afecta este aspecto.
La situación de esos trabajadores acarreará más cesantía tanto más cuanto que la opción que se tome sea la de monooperador y no de multioperador. El hecho de crear un sistema monooperador en los puertos de Valparaíso y San Antonio y en el resto que se privatizará en el futuro, está confundiendo al sector laboral, constituido por más de 5 mil personas con sus grupos familiares. Esto motivó a que en el último tiempo haya habido cinco paralizaciones en los puertos de San Antonio y de Valparaíso con la finalidad de que las autoridades de Gobierno tomen conciencia de la situación que afectará a los trabajadores portuarios de nuestra localidad en el futuro inmediato.
En consecuencia, con la diputada señorita Antonella Sciaraffia y el diputado señor Aldo Cornejo hemos solicitado una sesión especial para el próximo martes 22 de junio, a las 16 horas, especialmente para analizar el problema y evaluar el proceso de modernización portuaria y sus efectos sociales y económicos.
Señor Presidente , quiero que se oficie, a través de la Mesa, al señor ministro del Interior para solicitarle que tome cartas en el asunto sobre la problemática portuaria y ponga atajo a estas licitaciones que van a acarrear cesantía que se sumará a la que existe hoy en la Quinta Región.
También pido que, de una vez por todas, el señor ministro de Transportes disponga que las empresas que se han creado no incluyan ni ejecuten el sistema monooperador, sino que mantengan el multioperador.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Edmundo Villouta.
REGULACIÓN DE LA EXTRACCIÓN DE LA MERLUZA AUSTRAL. Oficio.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra, hasta por seis minutos, el diputado señor Rafael Arratia.
El señor ARRATIA.-
Señor Presidente , el motivo de mi intervención -después de haber participado en la Comisión investigadora de la merluza austral, a través de la Comisión de Medio Ambiente, que presido- es hacer un llamado de atención por la triste realidad constatada respecto del manejo de la pesca en el país.
Chile y Namibia, este último ubicado al sur de África, son los dos únicos países que pescan merluza austral en el mundo. Argentina, por el mal manejo, se farreó el recurso y hoy posee una cuota risible. España, antaño gran productor y consumidor, hoy también carece de él. Esto se ha traducido en un gran incremento de su precio en el mercado internacional. Por ejemplo, en España, que es un gran comprador, donde un solo vendedor monopoliza cerca del 88 por ciento de su comercialización, el kilo de este producto oscila entre los 10 y 12 dólares.
Este precio sería muy ventajoso para los salmoneros chilenos, sobre todo tomando en cuenta que su costo aquí sería muy bajo, ya que no necesita jaula, se alimenta sola y únicamente necesita espacio para desarrollarse.
Planteada así la situación, vemos con preocupación que, en los últimos diez años, el recurso merluza austral ha sido depredado. Por ese motivo, se ha establecido el régimen de plena explotación sólo para el 20 por ciento; es decir, la autoridad ha condicionado su explotación.
Dentro de la inspección que realizamos la semana pasada en la zona de Aisén, nos encontramos con la triste realidad denunciada por los pescadores artesanales e industriales: por lo menos en un 30 por ciento, y con el visto bueno de la autoridad, fue sobrepasada la cuota de merluza austral fijada por la misma para el año pasado. La cuota de este año, en los meses de enero, febrero, marzo y abril, fue superada en un 80 por ciento.
La reducción del 20 por ciento que nos resta, significa colapsar el sistema, y Chile pasará a ser un país más de los que ha perdido este rico recurso. ¡Así de grave!
Si hoy los 1.470 pescadores artesanales que capturan la merluza austral en la Undécima Región, los 5 mil de la Décima Región y las empresas industriales que la trabajan, junto con la autoridad correspondiente, no son capaces de regular la explotación del recurso, él se extinguirá de manera definitiva, del mismo modo como ha sucedido con otras especies, entre ellas el jurel.
Esta grave situación ha llevado a los pescadores artesanales de la Undécima Región a presentar un recurso de protección en Puerto Montt, el cual debe estar por fallarse. Espero que sea aceptado y se imponga el orden no sólo entre los pescadores artesanales e industriales, sino también en la autoridad que, al parecer, no está cumpliendo su función.
Junto con este problema, y ejerciendo una gran presión, las empresas industriales de la Octava Región han presentado cuatro recursos de protección para acceder al mar territorial de la Undécima Región y pescar la merluza de cola -diferente a la austral, con un precio inferior-, para transformarla en harina de pescado con precio y valor agregado bajos.
De ser aceptados los cuatro recursos de protección presentados en Valparaíso, 70 barcos industriales de la Octava Región depredarán la merluza de cola en las costas de la Undécima Región.
Alguien podría decir que eso no tiene importancia, pues la merluza austral, no la de cola, una prima, es la que tiene mejor precio en el mercado europeo. Sucede que la merluza de cola, que se pretende pescar en esa zona, pertenece a la cadena trófica de la merluza austral. Si además de la depredación del año pasado y de éste, con la participación de la autoridad, que hoy hace vista gorda sobre la materia, permitimos que 70 barcos depreden la merluza de cola, cortando la cadena trófica de la merluza austral, terminaremos de destruir un recurso que hoy ya es irrecuperable.
Esta denuncia será presentada también en la Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente. He hecho este adelanto, porque no puedo permanecer indiferente frente a tal depredación.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Silva y de quien habla.
DENUNCIA SOBRE EVENTUAL COMPETENCIA DESLEAL DE ASMAR. Oficios.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado don Exequiel Silva.
El señor SILVA.-
Señor Presidente, hace bastante tiempo que distintos astilleros privados, en particular el de Asenav, de Valdivia, ciudad que represento, y otros grandes como astillero La Mar, de Iquique, y sus trabajadores vienen denunciando la competencia desleal de la empresa Asmar.
Asmar es una empresa ligada a la Armada de Chile, vinculada a los propios organismos fiscalizadores, con infraestructura en la cual el Estado ha hecho su aporte; además, no está sometida a muchas de las normas que deben cumplir las empresas privadas, como la formación de sindicatos y las fiscalizaciones periódicas.
Por eso, aquí, donde muchas veces vemos campeones de las privatizaciones de las empresas del Estado, es un tema digno de discutir. En la creación de Asmar no se estableció su participación en licitaciones privadas, pues su origen fue para los pertrechos pertenecientes a la Armada de Chile. Pero hoy, a juicio de estos dos astilleros y de quien habla, hay una competencia desleal de Asmar en relación con los astilleros privados.
Por eso solicito el envío de los siguientes oficios:
Al Ministerio de Hacienda, a fin de que el director de Presupuestos informe sobre las partidas presupuestarias para Asmar, sea en forma directa o por subsidios cruzados.
Al director de Impuestos Internos, para que dé a conocer la situación tributaria de Asmar.
Al ministro de Defensa Nacional, con el objeto de que informe sobre el personal asignado a la planta de la Armada de Chile que cumple labores en Asmar y con cargo a qué ítem se pagan sus remuneraciones.
Asimismo, que nos comunique quién financió las instalaciones donde opera Asmar , nos envíe su balance e indique las dependencias jerárquicas de los organismos fiscalizadores de la Armada en relación con los oficiales que dirigen Asmar.
He dicho.
El señor TUMA ( Vicepresidente ).-
Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría, con la adhesión del diputado señor Villouta y de quien habla.
Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta.
Se levantó la sesión a las 19.28 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 16 de junio de 1999
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia, que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley de esa honorable Cámara que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, a fin de crear un segundo Fondo de Pensiones en las A.F.P. y perfeccionar el mecanismo de medición de la rentabilidad mínima que deben obtener los fondos de pensiones, con las siguientes enmiendas:
Artículo 1º
Nº 3
Letra a)
En su última oración, ha sustituido la frase “Cada Administradora deberá administrar” por “Las Administradoras deberán mantener”.
Letra d)
En el inciso noveno, nuevo, que se intercala, ha agregado entre las expresiones “sociedades filiales” y “se regirán” la frase “se constituirán conforme a lo señalado en el artículo 23 bis y”.
Nº 4
En el inciso quinto del artículo 23 bis que se intercala, ha reemplazado la expresión “un tercio” por “un quinto”.
Nº 8
Letra b)
Ha sustituido su encabezamiento por el siguiente:
“b) Intercálase el siguiente inciso cuarto nuevo:”.
Luego, ha suprimido el inciso cuarto que esa honorable Cámara propone agregar.
En seguida, en el inciso quinto propuesto por esa honorable Cámara y que pasa a ser inciso cuarto, ha suprimido el vocablo inicial “Además” y la coma (,) que lo sucede, iniciando con mayúscula el artículo “la” que sigue.
^@#@^Nº 9
Ha sustituido su encabezamiento y la frase “i) Intercálase en el inciso primero” por “9.- Intercálase en el inciso primero del artículo 29”, y ha mantenido el resto del texto propuesto por esa honorable Cámara.
Luego, ha suprimido el literal ii).
Nº 11
Letra a)
Ha sustituido el inciso primero del artículo 32 que se reemplaza, por el siguiente:
“Artículo 32. Todo afiliado podrá transferir el valor de sus cuotas a otra Administradora de Fondos de Pensiones , previo aviso dado a la que se encuentre incorporado y a su empleador, cuando correspondiere, con 30 días de anticipación a lo menos a la fecha en que deban enterarse las cotizaciones del mes en que se dé el aviso. Tratándose de afiliados pensionados, el aviso deberá darse a lo menos con 30 días de anticipación, a la fecha en que deban pagarse las pensiones del mes siguiente al que se dé el aviso.”.
Letra b)
Ha reemplazado el primero de los incisos nuevos que se agregan, por el siguiente:
“Los afiliados próximos a pensionarse por vejez, los declarados inválidos mediante un primer dictamen y los pensionados por las modalidades de retiro programado o renta temporal, podrán manifestar su voluntad de adscribirse o, en su caso, transferir el valor de sus cuotas al Fondo Tipo 2 de la Administradora a la cual se encuentren incorporados o al de otra Administradora. A su vez, los afiliados próximos a pensionarse y los afiliados declarados inválidos mediante un primer dictamen, que hayan optado por transferir el valor de sus cuotas a un Fondo Tipo 2, podrán retornarlas a un Fondo Tipo 1 antes de pensionarse, sólo por una vez, siempre y cuando hayan cumplido un período de permanencia mínimo de 24 meses en el Fondo Tipo 2, o bien al momento de pensionarse.”.
Nº 14
Ha sustituido su encabezamiento por el que sigue:
“14.- Modifícase el artículo 35 en los siguientes términos:”.
Luego, ha intercalado la frase “a) Reemplázase el inciso primero por el siguiente:”, colocando, a continuación, el inciso primero del artículo 35 propuesto por esa honorable Cámara.
En seguida, ha añadido la siguiente letra b):
“b) En el inciso segundo, agrégase a continuación del punto seguido (.), la siguiente oración: “Asimismo, la Superintendencia, sólo para efectos de conocimiento y análisis de los afiliados y el público en general, informará el valor de la cuota de cada uno de los Fondos de Pensiones considerando la tasa de interés efectiva de adquisición de los instrumentos de renta fija que compongan la cartera de los Fondos de Pensiones.”.”.
Nº 15
Letra a)
En el inciso primero del artículo 36 que se reemplaza, ha suprimido la expresión “a éste”.
Letra b)
Ha sustituido en su texto las frase “para cada uno de los tipos de Fondos. Para cada uno de ellos, la rentabilidad nominal mensual promedio de todos los Fondos del mismo tipo” por las siguientes: “para cada tipo de Fondo. La rentabilidad nominal mensual promedio de cada tipo de Fondo”.
Letra d)
En el primero de los incisos que reemplazan el inciso tercero, ha sustituido la palabra “descontada” por la expresión “ajustada según”.
Nº 16
En el primero de los incisos propuestos del artículo 37 que se reemplaza, ha sustituido sus letras a) y b) por las siguientes:
“a) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, menos dos puntos porcentuales, y
b) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, menos el valor absoluto del cincuenta por ciento de dicha rentabilidad.”.
En el segundo de los incisos propuestos del artículo 37 que se reemplaza, ha sustituido sus letras a) y b) por las siguientes:
“a) La rentabilidad real anualizada en ese período promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, menos dos puntos porcentuales, y
b) La rentabilidad real anualizada en ese período promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, menos el valor absoluto del cincuenta por ciento de dicha rentabilidad.”.
Nº 18
Letra A)
En el primero de los incisos que reemplazan el inciso primero del artículo 39, ha sustituido sus letras a) y b) por las siguientes:
“a) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, más dos puntos porcentuales, y
b) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, más el valor absoluto del cincuenta por ciento de dicha rentabilidad.”.
Luego, ha sustituido el segundo de los incisos que reemplazan el inciso primero del artículo 39, por el siguiente:
“Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, en el caso de que un Fondo cuente con menos de treinta y seis meses de funcionamiento, la Reserva de Fluctuación de Rentabilidad se formará con los excesos de rentabilidad real anualizada del respectivo Fondo en los meses en que se encuentre funcionando, que en un mes supere la cantidad que resulte mayor, entre:
a) La rentabilidad real anualizada en ese período promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, más dos puntos porcentuales, y
b) La rentabilidad real anualizada promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, en ese período, más el valor absoluto del cincuenta por ciento de dicha rentabilidad.”.
En seguida, en el tercero de los incisos que reemplazan el inciso primero del artículo 39, ha intercalado entre las expresiones “debiendo distribuirse” y “en forma inmediata”, las palabras “el exceso”.
Nº 23
Letra g)
En su encabezamiento, ha sustituido los vocablos “decimosexto” y “demioctavo” por “decimoséptimo” y “decimonoveno”, respectivamente.
Letra h)
Ha reemplazado los vocablos “decimoséptimo”, “decimoctavo”, “decimonoveno” y “vigésimo” por “decimoctavo”, “decimonoveno”, “vigésimo” y “vigesimoprimero”, respectivamente.
Letra i)
Ha sustituido los vocablos “decimonoveno”, “vigesimoprimero”, “decimoctavo” y “vigésimo” por “vigésimo”, “vigesimosegundo”, “decimonoveno” y “vigesimoprimero”, respectivamente.
Letra j)
La ha reemplazado por la siguiente:
“j) En el actual inciso vigesimoprimero, que pasa a ser vigesimotercero, intercálase en su primera oración, entre las expresiones “A su vez,” y “la suma”, la frase “tanto para el Fondo Tipo 1 como para el Fondo Tipo 2,”; y agrégase, en la segunda oración, a continuación de la expresión “Con todo,” la frase “tanto para el Fondo Tipo 1 como para el Fondo Tipo 2,”.”.
Nº 25
Letra b)
La ha sustituido por esta otra:
“b) En el inciso tercero:
i) Intercálase entre la expresión “artículo 45,” y la expresión “y al pago”, lo siguiente: “a la transferencia de recursos del Fondo hacia las cuentas corrientes de éste mantenidas por una sociedad administradora de cartera de recursos previsionales”.
ii) Agrégase a continuación del punto final (.) que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Asimismo, las sociedades administradoras de cartera de recursos previsionales podrán efectuar giros, desde las cuentas corrientes que mantengan para el Fondo de Pensiones, destinados a transferir a las cuentas corrientes, mantenidas por la Administradora para el Fondo de Pensiones, los recursos que se les hubieren encargado administrar en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 bis.”.”.
Nº 26
Letra f)
Ha reemplazado los vocablos “vigesimoquinto” y “vigesimosexto” por “vigesimosexto” y “vigesimoséptimo”, respectivamente.
Letra g)
Ha sustituido el vocablo “vigesimoctavo” por “vigesimonoveno”.
Letra h)
Ha reemplazado el vocablo “vigesimonoveno” por “trigésimo”.
Letra i)
Ha sustituido el vocablo “trigésimo” por “trigesimoprimero”.
Letra j)
Ha reemplazado el vocablo “trigesimoprimero” por “trigesimosegundo”.
Letra k)
Ha sustituido la palabra “trigesimotercero” por “trigesimocuarto”.
Letra l)
Ha reemplazado el vocablo “trigesimocuarto” por “trigesimoquinto”.
Letra m)
Ha sustituido la palabra “trigesimosexto” por “trigesimoséptimo”.
Letra n)
Ha reemplazado el vocablo “trigesimoséptimo” por “trigesimoctavo”.
Letra ñ)
Ha sustituido los vocablos “trigesimoctavo”, “trigesimonoveno”, “trigesimonoveno”, “cuadragesimoprimero”, “cuadragésimo” y “cuadragesimosegundo” por los siguientes: “trigesimonoveno”, “cuadragésimo”, “cuadragésimo”, “cuadragesimosegundo”, “cuadragesi-moprimero” y “cuadragesimotercero”, respectivamente.
Letra o)
Ha sustituido las palabras “cuadragésimo” y “cuadragesimoprimero” por “cuadragesimoprimero” y “cuadragesimosegundo”, respectivamente.
Nº 41
En el artículo 152 bis que se intercala, ha agregado entre las expresiones “que realicen” y “entre los dos Fondos”, la frase “en los mercados secundarios formales de acuerdo a lo establecido en el artículo 48,”.
Artículo 2º
Lo ha sustituido por el siguiente:
“Artículo 2º.- Las modificaciones que la presente ley introduce al decreto ley Nº 3.500, de 1980, en todo lo que diga relación con la creación de un segundo Fondo de Pensiones, entrarán en vigencia al primer día del quinto mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. Las otras modificaciones al decreto ley Nº 3.500, de 1980, establecidas en esta ley, entrarán en vigencia al primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.”.
Disposiciones Transitorias
Artículo 1º
Lo ha reemplazado por el que sigue:
“Artículo 1º.- Los cálculos de rentabilidad mínima y de Reserva de Fluctuación de Rentabilidad que haya que efectuar, de acuerdo a las modificaciones que se introducen al decreto ley Nº 3.500, de 1980, se realizarán utilizando los doce meses anteriores a la entrada en vigencia de estas modificaciones. Para su medición, de periodicidad mensual, se adicionará un mes cada vez que se realice el cálculo, hasta completar treinta y seis meses.”.
Artículo 2º
Lo ha sustituido por el siguiente:
“Artículo 2º.- Sin perjuicio de las modificaciones introducidas al artículo 32 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, durante el primer año de vigencia de las modificaciones que crean un segundo Fondo de Pensiones, sólo podrán ingresar a un Fondo de Pensiones Tipo 2, los afiliados pensionados por retiro programado, renta temporal, aquéllos que se encuentren percibiendo pensión de invalidez conforme a un primer dictamen y aquéllos a los que les resten tres años o menos para cumplir la edad legal para pensionarse por vejez. Durante el segundo y tercer año de vigencia de estas modificaciones, podrán ingresar además, aquellos afiliados a quienes les resten siete años o menos y diez años o menos, respectivamente, para cumplir la edad legal para pensionarse por vejez.”.
Artículo 3º
Inciso primero
Ha reemplazado el guarismo “cinco” por “tres” y ha intercalado entre las expresiones “las modificaciones” y “que la presente ley”, la frase “referidas a la creación de un segundo Fondo de Pensiones”.
Inciso segundo
Lo ha sustituido por el siguiente:
“Asimismo, durante el período señalado en el inciso anterior, los Fondos de Pensiones Tipo 2 podrán invertir en los instrumentos representativos de capital que el Banco Central de Chile autorice y con los límites que establezca, previo informe de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones evacuado en el plazo que señale el Consejo del mismo Banco, el que no podrá ser inferior a cinco días hábiles. En el evento de que la referida Superintendencia no evacuare el informe dentro del plazo determinado por el Consejo, éste podrá adoptar, sin más trámite, el correspondiente acuerdo. Los límites de inversión que se establezcan no podrán ser superiores a los dispuestos para el Fondo de Pensiones Tipo 1. La fijación de estos límites deberá propender paulatinamente al régimen permanente de normas de inversión que se establecen en el decreto ley Nº 3.500, de 1980, según las modificaciones introducidas por la presente ley.”.
Inciso tercero
Lo ha rechazado.
Inciso cuarto
Ha pasado a ser inciso tercero.
Ha sustituido el guarismo “doce” por “treinta y seis” y ha intercalado entre las expresiones “de vigencia” y “de esta ley”, la frase “de las modificaciones referidas a la creación de un segundo Fondo de Pensiones”.
Inciso quinto
Ha pasado a ser inciso cuarto, sin otra enmienda.
-o-
Ha agregado el siguiente artículo 4º, nuevo:
“Artículo 4º.- Dentro del plazo de un año, contado desde la entrada en vigencia de las modificaciones referidas a la creación de un segundo Fondo de Pensiones establecidas en la presente ley, la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones deberá tomar todas las medidas necesarias para implementar el método de valoración de la cartera de renta fija de los Fondos de Pensiones según lo señalado en la segunda oración del inciso segundo del artículo 35 del decreto ley Nº 3.500, de 1980.”.
-o-
Hago presente a vuestra Excelencia que los preceptos de las letras d) y k) del numeral 23; la letra a) del numeral 26; el inciso tercero agregado en la letra c) del numeral 26; el literal iii. de la letra f) del numeral 26; y la letra k) del numeral 26, ambos numerales del artículo 1º, y los incisos segundo y tercero del artículo 3º transitorio, han sido aprobados, en la votación general y en la particular, con el voto favorable de 36 señores senadores de 45 en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 63 de la Constitución Política del Estado.
Por su parte, los preceptos de la letra a) del numeral 11; los incisos primero, segundo y cuarto agregados por la letra b) del numeral 11; la letra a) del numeral 12; el numeral 14; las letras a), b) y d) del numeral 15; los numerales 16, 17, 18 y 20; las letras a), b), c), e), f), g), h), i) y j) del numeral 23; la letra b), incisos cuarto y quinto agregados en la letra c), letras d), e), literales i, e ii, de la letra f), letras g), h), i), j), l), m), n), ñ) y o) del numeral 26, y los numerales 27, 28 y 29, todos del artículo 1º; y los artículos transitorios 1º; 2º; 3º, inciso cuarto; y 4º, han sido aprobados, en la votación general y en particular, con el voto favorable de 36 señores senadores de 45 en ejercicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 63 de la Constitución Política del Estado.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 2168, de 13 de octubre de 1998.
Acompaño la totalidad de los antecedentes.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MARIO RÍOS SANTANDER, Presidente (S) del Senado; JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ , Secretario del Senado ”.
Moción de los diputados Orpis , Alvarado , Delmastro y Díaz.
Introduce modificaciones a la ley Nº 19.366, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas con el objeto de fomentar las denuncias y sancionar el narcotráfico. (Boletín Nº 2351-20)
“Considerando:
a) Que los delitos contemplados en esta ley, con excepción del establecido en el artículo 12, son de acción pública, en consecuencia en teoría pueden ser iniciados por cualquier persona capaz de parecer en juicio, siempre que no tenga especial prohibición por ley.
b) Que pese a lo anterior, las cifras oficiales indican que no más de un 1% por ciento de los procesos por infracciones a esta ley se inician por denuncias de los particulares.
c) Que es necesario promover este tipo de denuncias, por tratarse del mecanismo más idóneo para perseguir con eficacia a los culpables de estos delitos, los que suelen contar en los lugares donde se trafica y comercializa la droga con efectivas redes de protección. Para ello resulta fundamental garantizar entre otras cosas el anonimato del denunciante, debido al legítimo temor que existe a las represalias.
d) Que, por otra parte, si bien nuestra actual legislación, ley Nº 19.366, sanciona el tráfico de drogas, ella no contempla una escala diferenciada de penas y, en consecuencia, el juez no tiene la posibilidad de aplicar una sanción menor atendiendo a las circunstancias del delito, las personales del infractor y a la cantidad de droga decomisada.
e) Que según la actual normativa, se entienden comprendidas dentro del tráfico, aquellas conductas de quienes sin contar con la autorización competente “posean” o “porten consigo” dichas sustancias o materias primas.
f) Que no obstante lo anterior, si quienes trafican en los términos del artículo citado justifican que dichas sustancias o materias primas son para su “uso personal, exclusivo y próximo en el tiempo”, se les aplican las normas de las faltas, lo que se traduce en el peor de los casos en la aplicación de multas.
g) Que la disposición anterior lejos de solucionar el problema, ha fomentado el denominado microtráfico, para el cual comúnmente se utiliza a menores de edad, mujeres y ancianos. El juez ante la presencia de esta clase de detenidos y frente a la imposibilidad que tiene de acuerdo a la legislación vigente de aplicarles una pena proporcionada a la infracción cometida, se ve en la disyuntiva de sancionarlos con la pena asociada al delito (cinco años y un día a quince años) o considerarlos simples consumidores y en consecuencia aplicarles sólo una multa. Es evidente que ante esta disyuntiva y por razones humanitarias y de política carcelaria optan preferentemente por esta última alternativa.
h) Que lo anterior hace necesario modificar la actual normativa, estableciendo penas diferenciadas dependiendo de las circunstancias y gravedad del ilícito. Junto con ello es necesario establecer penas privativas de libertad para quienes porten o posean estas sustancias, aun cuando sean para su consumo personal, sin perjuicio de que el juez pueda considerar esta circunstancia para efectos de atenuar la sanción.
PROYECTO DE LEY
Artículo único.- Se introducen las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.366 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas:
1) Reemplázase en el inciso 1º del artículo 1º la frase “presidio mayor en sus grados mínimo a medio” por la frase “presidio menor en su grado máximo (tres años y un día) a presidio mayor en su grado medio (quince años)”.
2) Introdúcese un nuevo inciso al artículo 1º, el que pasa a ser inciso segundo:
“La autoridad judicial determinará la sanción correspondiente atendiendo las circunstancias del delito, las personales del infractor y la cantidad de droga decomisada”.
3) Elimínase del inciso segundo del artículo 5 la frase “o a su uso personal exclusivo y próximo en el tiempo. En este último caso, se aplicarán las normas de los artículos 41 y siguientes”.
4) Agrégase un nuevo inciso al artículo 5, que pasa a ser inciso tercero:
“Si quien porte o posea tales sustancias o materias primas lo hace en cantidad y circunstancias que sugieran inequívocamente que dicha tenencia o posesión tiene como fin su consumo personal exclusivo e inmediato, sufrirá las penas de presidio menor en su grado mínimo a presidio menor en su grado medio”.
5) Reemplázase en el artículo 41 inciso 1º la palabra “consumieren” por la frase “fueren sorprendidos consumiendo”.
6) Reemplázase en el artículo 41 inciso 4, la palabra “consuman” por “fueren sorprendidos consumiendo”.
7) Reemplázase el inciso tercero del artículo 41 por el siguiente:
“Si además quienes fueren sorprendidos consumiendo, están en posesión o tenencia de alguna de las drogas o sustancias a que hace mención el artículo 1º, les será aplicable lo dispuesto en el artículo 5 de esta ley”.
8) Reemplázase el inciso 5 del artículo 41 por el siguiente:
“El consumo por prescripción médica no será sancionado”.
9) Agregar a continuación del inciso final del artículo 5 lo siguiente:
“Tratándose de infracciones a este artículo, la autoridad correspondiente recibirá y estampará las denuncias e informaciones que cualquier persona o entidad posea respecto de la perpetración de los delitos en él tipificados, efectuará su examen y luego de analizar el mérito de los antecedentes de que disponga, decidirá si denuncia o no el hecho a los tribunales de justicia.
Interpuesta la denuncia, el organismo policial respectivo deberá notificar de este hecho por carta certificada al Consejo de Defensa del Estado a fin de que éste en el más breve plazo se haga parte en el proceso que en virtud de la denuncia se inicie.
Respecto de las investigaciones que efectúen los organismos policiales, se aplicará lo dispuesto en el artículo 17 de esta ley.
Las autoridades respectivas deberán registrar las denuncias que efectúen los particulares y que digan relación con los delitos tipificados en este artículo, en un libro especial llevado al efecto, en el cual deberá estamparse con la mayor precisión posible la denuncia, el día y hora de la misma, y la fecha en que ha sido puesta en conocimiento del tribunal o en su defecto los motivos que se han tenido en consideración para no denunciar.
Todas las denuncias que en virtud de este artículo reciban los organismos policiales deberán tener un número de ingreso, el cual debe ser informado al particular en el momento que efectúa la denuncia o bien en la oportunidad en que éste lo solicite.
Asimismo, las autoridades establecerán de común acuerdo un sistema expedito y claro para estampar las denuncias que reciban en virtud de este artículo y el procedimiento que debe seguirse con motivo de ellas. En ningún caso, este procedimiento puede exigir como requisito previo para estampar la denuncia, la entrega del nombre, domicilio, edad, sexo o cualquier otro elemento que pueda llevar a la identificación del denunciante. Los referidos organismos policiales deberán tomar las precauciones necesarias para poder resguardar el anonimato, implementando los servicios que se requieran al efecto, sean éstos telefónicos, vía internet, fax o cualquier otro medio que garantice en adecuada forma el derecho al anonimato del denunciante, establecido y garantizado en este artículo”.