Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- PERMISO CONSTITUCIONAL
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Patricio Alejandro Hales Dib
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- PERMISO CONSTITUCIONAL
- V. OBJETO DE LA SESIÓN
- SITUACIÓN DE LA MINERÍA DEL COBRE. Proyectos de acuerdo.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jaime Mulet Martinez
- INTERVENCIÓN : Joaquin Palma Irarrazaval
- INTERVENCIÓN : Carlos Alfredo Vilches Guzman
- INTERVENCIÓN : Manuel Rojas Molina
- INTERVENCIÓN : Antonio Leal Labrin
- INTERVENCIÓN : Felipe Valenzuela Herrera
- INTERVENCIÓN : Carlos Abel Jarpa Wevar
- INTERVENCIÓN : Rosa Gonzalez Roman
- INTERVENCIÓN : Joaquin Palma Irarrazaval
- INTERVENCIÓN : Waldo Mora Longa
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Carlos Alfredo Vilches Guzman
- Rene Manuel Garcia Garcia
- Victor Perez Varela
- Enrique Van Rysselberghe Varela
- Carlos Olivares Zepeda
- Rosa Gonzalez Roman
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Waldo Mora Longa
- Jaime Mulet Martinez
- Felipe Valenzuela Herrera
- Manuel Rojas Molina
- Adriana Munoz D'albora
- Adriana Munoz D'albora
- Alejandro Garcia Huidobro Sanfuentes
- Luis Pareto Gonzalez
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- Joaquin Palma Irarrazaval
- Pablo Lorenzini Basso
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Rosa Gonzalez Roman
- Manuel Rojas Molina
- Roberto Delmastro Naso
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- SITUACIÓN DE LA MINERÍA DEL COBRE. Proyectos de acuerdo.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE INFORME DE COMISION
- Miguel Hernandez Saffirio
- Mario Alberto Acuna Cisternas
- Pedro Pablo Alvarez Salamanca Buchi
- Mario Bertolino Rendic
- Guillermo Ceroni Fuentes
- Pablo Galilea Carrillo
- Patricio Melero Abaroa
- Luis Monge Sanchez
- Juan Nunez Valenzuela
- Carlos Recondo Lavanderos
- AUTOR DE INFORME DE COMISION
- DEBATE
- AUTOR DE INFORME DE COMISION
- Carlos Montes Cisternas
- Rodrigo Alvarez Zenteno
- Julio Dittborn Cordua
- Maximiano Errazuriz Eguiguren
- Pablo Galilea Carrillo
- Jose Garcia Ruminot
- Francisco Huenchumilla Jaramillo
- Enrique Jaramillo Becker
- Tomas Jocelyn Holt Letelier
- Pablo Longueira Montes
- Jorge Ulloa Aguillon
- Pablo Lorenzini Basso
- Jose Miguel Ortiz Novoa
- AUTOR DE INFORME DE COMISION
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gutenberg Martinez Ocamica
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 339ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 35ª, en martes 19 de enero de 1999
(Especial, de 16.04 a 18.12 horas)
Presidencia de los señores Martínez Ocamica, don Gutenberg, y Pérez Lobos, don Aníbal.
Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN
III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- OBJETO DE LA SESIÓN
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I. Asistencia 5
II. Apertura de la sesión 8
III. Actas 8
IV. Cuenta 8
-o-
Permiso constitucional 8
-o-
V.Objeto de la sesión.
Situación de la minería del cobre. Proyectos de acuerdo 8
VI.Documentos de la Cuenta.
1. Oficio del Senado, por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto que autoriza el pago del undécimo aumento de cuotas del Fondo Monetario Internacional. (boletín Nº 2262-05) 38
2. Oficio del Senado, por el cual comunica acuerdos adoptados respecto del proyecto que dicta normas sobre adopción de menores. (boletín Nº 899-07) 38
3. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, recaído en el proyecto que introduce modificaciones a la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones, para establecer un procedimiento de salvaguardias, conforme al Acuerdo de Marrakech. (boletín Nº 2269-03) 40
4. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca, recaído en el proyecto que introduce modificaciones a la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones, para establecer un procedimiento de salvaguardias, conforme al Acuerdo de Marrakech. (boletín Nº 2269-03) 61
5. Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto que introduce modificaciones a la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones, para establecer un procedimiento de salvaguardias, conforme al Acuerdo de Marrakech. (boletín Nº 2269-03) 70
6. Moción del Diputado señor Gutenberg Martínez, que modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados en lo relativo a las votaciones en las Comisiones. (boletín Nº 2300-16) 73
VII.Otros documentos de la Cuenta.
1. Comunicación:
-Del Diputado señor Patricio Hales, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 22 de enero en curso, para dirigirse a Estados Unidos de América.
-Antecedentes del Presidente del Banco del Estado , referidos al Convenio de Cooperación Financiera destinado a fomentar la reinserción social de exiliados chilenos que han retornado al país, celebrado con la República Federal de Alemania.
I. ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores Diputados: (99)
NOMBRE (Partido* Región Distrito)
Acuña Cisternas, Mario PDC IX 52
Álvarez-Salamanca Büchi, Pedro RN VII 38
Álvarez Zenteno, Rodrigo IND XII 60
Allende Bussi, Isabel PS RM 29
Arratia Valdebenito, Rafael PDC VI 35
Ascencio Mansilla, Gabriel PDC X 58
Bustos Huerta, Manuel PDC RM 17
Bustos Ramírez, Juan PS V 12
Caminondo Sáez, Carlos RN X 54
Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27
Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22
Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40
Coloma Correa, Juan Antonio UDI RM 31
Cornejo Vidaurrazaga, Patricio PDC V 11
Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36
Cristi Marfil, María Angélica RN RM 24
Delmastro Naso, Roberto IND X 53
Díaz Del Río, Eduardo DEL SUR IX 51
Dittborn Cordua, Julio UDI RM 23
Elgueta Barrientos, Sergio PDC X 57
Encina Moriamez, Francisco PS IV 8
Espina Otero, Alberto RN RM 21
Fossa Rojas, Haroldo RN VIII 46
Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59
Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49
García García, René Manuel RN IX 52
García Ruminot, José RN IX 50
García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UCCP VI 32
Girardi Lavín, Guido PPD RM 18
González Román, Rosa IND I 1
Gutiérrez Román, Homero PDC VII 37
Guzmán Mena, Pía RN RM 23
Hales Dib, Patricio PPD RM 19
Hernández Saffirio, Miguel PDC IX 49
Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54
Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41
Jeame Barrueto, Víctor PPD VIII 43
Jiménez Villavicencio, Jaime PDC RM 31
Jocelyn-Holt Letelier, Tomás PDC RM 24
Krauss Rusque, Enrique PDC RM 22
Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57
Leal Labrín, Antonio PPD III 5
León Ramírez, Roberto PDC VII 36
Letelier Morel, Juan Pablo PS VI 33
Letelier Norambuena, Felipe PPD VIII 42
Longton Guerrero, Arturo RN V 12
Longueira Montes, Pablo UDI RM 30
Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38
Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16
Martínez Ocamica, Gutenberg PDC RM 21
Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34
Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16
Mesías Lehu, Iván PRSD VIII 42
Monge Sánchez, Luis IND IX 48
Montes Cisternas, Carlos PS RM 26
Mora Longa, Waldo PDC II 3
Moreira Barros, Iván UDI RM 27
Mulet Martínez, Jaime PDC III 6
Muñoz Aburto, Pedro PS XII 60
Muñoz D'Albora, Adriana PPD IV 9
Naranjo Ortiz, Jaime PS VII 39
Navarro Brain, Alejandro PS VIII 45
Núñez Valenzuela, Juan PDC VI 34
Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55
Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18
Orpis Bouchón, Jaime UDI RM 25
Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44
Ovalle Ovalle, María Victoria UCCP VI 35
Palma Irarrázaval, Joaquín PDC IV 7
Pareto González, Luis PDC RM 20
Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47
Pérez Lobos, Aníbal PS VI 32
Pérez San Martín, Lily RN RM 26
Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47
Pollarolo Villa, Fanny PS II 3
Reyes Alvarado, Víctor PDC X 56
Rincón González, Ricardo PDC VI 33
Rocha Manrique, Jaime PRSD VIII 46
Rojas Molina, Manuel UDI II 4
Saa Díaz,María Antonieta PPD RM 17
Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45
Sánchez Grunert, Leopoldo PPD XI 59
Sciaraffia Estrada, Antonella PDC I 2
Seguel Molina, Rodolfo PDC RM 28
Silva Ortiz, Exequiel PDC X 53
Soria Macchiavello, Jorge PPD I 2
Soto González, Laura PPD V 14
Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51
Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43
Urrutia Cárdenas, Salvador PPD I 1
Valenzuela Herrera, Felipe PS II 4
Van Rysselberghe Varela, Enrique UDI VIII 44
Vargas Lyng, Alfonso RN V 10
Velasco De la Cerda, Sergio PDC V 15
Venegas Rubio, Samuel IND V 15
Vilches Guzmán, Carlos RN III 5
Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48
Walker Prieto, Ignacio PDC V 10
Walker Prieto, Patricio PDC IV 8
-Con permiso constitucional estuvo ausente el Diputado señor Andrés Palma.
-Asistieron, además, el Ministro de Minería, señor Sergio Jiménez, y el Senador Jorge Lavandero.'
II. APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 16.04 horas.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. ACTAS
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-
El acta de la sesión 28ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 29ª queda a disposición de los señores diputados.
IV. CUENTA
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura a la Cuenta.
-El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.
PERMISO CONSTITUCIONAL
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-
Solicito el acuerdo de la Sala para conceder permiso constitucional al Diputado señor Patricio Hales para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del 22 de enero en curso.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
V. OBJETO DE LA SESIÓN
SITUACIÓN DE LA MINERÍA DEL COBRE. Proyectos de acuerdo.
El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-
Corresponde tratar la grave situación de la minería del cobre, en especial la que afecta a la pequeña y mediana minería, y el impacto económico y social que se deriva de esta crisis desde la I a la VI Regiones.
Solicito la autorización de la Sala para que concurran a ella el señor Vicepresidente Ejecutivo de Enami, que acompaña al señor Ministro, y la señora Susana González, asesora del Ministerio en la misma materia.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
La Mesa se permite insistir en su petición, dado que el tema es la minería y que el Vicepresidente de Enami es una de las autoridades involucradas en el sector.
Vuelvo a solicitar el acuerdo de la Sala para autorizar el ingreso del Vicepresidente Ejecutivo de Enami.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
¿Habría acuerdo para autorizar el ingreso de la señora Susana González?
No hay acuerdo.
El tiempo previo de 15 minutos corresponde al Comité de la Democracia Cristiana, en la persona del Diputado señor Mulet.
Tiene la palabra su Señoría.
El señor MULET.-
Señor Presidente, agradezco la presencia de los señores Ministro de Minería y Vicepresidente Ejecutivo de Enami y lamento la ausencia del Ministro de Hacienda , cuya asistencia, ante tan importantes materias para las regiones mineras, también nos parecía necesaria y relevante.
Hemos solicitado esta sesión especial de la Cámara de Diputados con el objeto preciso de tratar la grave situación que afecta a la minería del cobre, en especial a la pequeña y mediana minería, y el impacto económico y social que se deriva de esta crisis desde la I a la VI Regiones. Más de 40 diputados de diversas tiendas políticas y regiones, han compartido la motivación de esta sesión.
Pretendo ser muy claro y preciso en esta intervención. En lo personal, busco dilucidar la opinión que tiene el Gobierno sobre este importante sector económico y qué medidas reales posibles, que ataquen el fondo de la crisis, está dispuesto a tomar.
Denuncio la inexistencia de una política de Estado dirigida a la pequeña y mediana minería, que trascienda el actual Gobierno y que, como tal, permita orientar al sector en un horizonte razonable de 5, 10 o más años, porque hasta ahora nos hemos dedicado a apagar malamente los incendios en el sector.
Pregunto al señor Ministro : ¿El Gobierno de Chile cree en la pequeña y mediana minería? ¿Cree que es una actividad sustentable en el largo plazo? Me parece absolutamente necesario tener una respuesta clara, categórica: un sí o un no.
Les confieso que hasta el momento deduzco que el Gobierno, al menos a nivel ministerial, tiene dos opiniones: la que se colige de las medidas que se toman y de los planteamientos que se hacen, y aquélla que se desprende de los discursos que se emiten. Mi impresión es que las autoridades mineras creen que la pequeña y mediana minería es una actividad económicamente sustentable; pero las que manejan las finanzas públicas estiman lo contrario, y, para desgracia de nuestros representados, las opiniones de las últimas predominan.
Debo afirmar categóricamente que creo -es más, tengo la plena seguridad- que la pequeña y la mediana minería no sólo constituyen actividades económicamente sustentables, sino que son estratégicamente necesarias para el país.
En efecto, son sustentables, y eso lo demuestra su larga permanencia en el tiempo, que se confunde con los orígenes mismos de Chile -recordemos qué motivó a los españoles colonizar este territorio- y de la República. Recordemos con qué se financió nuestra independencia y que la minería ha contribuido constantemente a engrosar las arcas fiscales para beneficio de todos los chilenos. Más recientemente, durante los últimos 50 años, se ha dado el lujo, además, de contribuir con sus impuestos, por no decir pagar completamente diversas plantas de tratamiento de minerales, dos fundiciones y una refinería, y de mantener durante décadas una Empresa Nacional de Minería, muchas veces mal administrada y sobredotada de personal, especialmente en la Región Metropolitana. Incluso, su contribución ha alcanzado para pagar -gracias a Dios cada vez en menor medida- sueldos a asesores o funcionarios que trabajan en otras dependencias estatales. ¿Cómo puede haber, entonces, gente en el Gobierno que piense que la pequeña y mediana minería no es sustentable, si la actividad ha dado para tanto?
Algunos podrán preguntarse: ¿por qué, entonces, la Enami está tan endeudada? Si nos circunscribimos al endeudamiento que tiene hoy la Empresa Nacional de Minería -que es la empresa de los pequeños y medianos mineros-, de alrededor de 400 millones de dólares, mochila que hoy la tiene asfixiada financieramente, para su esclarecimiento me remito a las palabras de su propio Vicepresidente Ejecutivo , don Patricio Artiagoitía , quien, en carta enviada a “El Mercurio” en diciembre de 1998, expresa: “En los últimos 20 años, la empresa -refiriéndose a la Enami- ha entregado al Estado, es decir, a todos los chilenos, más de 380 millones de dólares, y ha realizado, en los últimos años, inversiones para descontaminar de más de 150 millones de dólares”. A raíz de esto último y de tener, además, que asumir acciones de fomento con recursos propios y de entregar utilidades adelantadas al Estado de Chile, que ascienden en los últimos años a cerca de 140 millones de dólares, la Empresa se encuentra con ese grave endeudamiento
Recordemos que la Empresa Nacional de Minería y los organismos que la precedieron, como la Caja de Crédito Minero y la Empresa Nacional de Fundiciones, nacieron de los pequeños y medianos mineros, quienes, para dar mayor valor agregado a sus productos y evitar abusos de intermediarios, comenzaron a unirse para concentrar y/o precipitar sus minerales en plantas chilenas, después a fundir en Paipote y, por último, también a refinar en Chile.
La pequeña y mediana minería es asimismo estratégicamente necesaria; es -dejando de lado a Codelco- la minería que está en manos de empresarios privados chilenos. Son los continuadores de Juan Godoy , de los Matta, de los Cousiño, de los Montt, etcétera. Son los continuadores de tanta gente que hace patria en los lugares más recónditos de Chile. Son, además, los descubridores de grandes yacimientos; los que pueblan zonas donde otros no llegan; los que hacen soberanía con caminos, campamentos, con su presencia, su picota, su pala, su barreno, etcétera.
Pienso que el Ministro de Minería cree que es una actividad rentable y que, en medio de la crisis derivada de la baja del precio del cobre, hay que ir en ayuda del sector por intermedio de la Enami, como tradicionalmente ha sido, por sustentación de tarifas, de manera que los mineros no paralicen las faenas, tengan para sobrevivir, y las plantas y fundiciones tengan mineral y concentrado para tratar, fundir y refinar. A mi juicio, ello se hizo con buen grado de éxito durante 1998.
Con el fin de tomar medidas ante el agravamiento de la crisis, el señor Ministro anunció la creación de una comisión integrada por prestigiosos expertos del sector, la que se planteó como objetivo analizar la actual crisis de la pequeña y mediana minería y sus relaciones con la Enami, y proponer medidas inmediatas destinadas a paliar los efectos negativos de esta situación. Algunas de las conclusiones de dicha comisión fueron las siguientes:
-Instruir a la Enami y dotarla de los recursos necesarios para aplicar mecanismos de sustentación tarifaria sobre la base de los precios observados de 95 y de 85 centavos de dólar la libra de cobre para los pequeños y medianos productores, respectivamente.
-Tomar medidas urgentes para sanear las dificultades financieras por las que atraviesa la Empresa Nacional de Minería: racionalizar el sistema tarifario, haciéndolo equilibrado, permanente y transparente; identificar con precisión las acciones de fomento con el objeto de que los recursos necesarios para financiarlas sean sostenidos con fondos públicos netos y administrados independientemente de la función productiva.
Sabemos, además, que el riesgo de desabastecimiento por falta de mineral puede producir una especie de efecto “dominó” en la cadena de la producción. Si no hay mineral suficiente, no tienen insumos las plantas de tratamiento, y si no hay concentrados ni precipitados, se pueden desabastecer las fundiciones y la refinería, salvo que se compre concentrado a la gran minería para mantenerlas, pero desnaturalizando el rol de la Enami.
¿Cómo podemos pensar, entonces, que el Gobierno crea en ese sector? A mayor abundamiento, las medidas tomadas hasta ahora para la pequeña minería consisten en sustentar precios de hasta 90 centavos de dólar por libra de cobre, en términos decrecientes y con un horizonte asegurado sólo hasta agosto de 1999, con una serie de restricciones que van desde que está limitado únicamente a ciertos productores, en que la parte sustantiva es un préstamo individual a través de pagarés, etcétera. A la mediana minería se le ofrece un préstamo individual de hasta 7 centavos de dólar la libra y sólo hasta que el precio llegue a los 71 centavos de dólar, con un horizonte de sólo dos meses y una serie de condiciones, entre las cuales señalo las siguientes: que no podrá exceder el préstamo de 7 centavos; que deberá ser garantizado con cauciones reales; que el beneficio deberá ser otorgado mediante mandato irrevocable a la Enami, a fin de que, en su nombre y representación, compre una opción PUT cuando las condiciones de mercado permitan garantizar un precio mínimo aproximado de 70 centavos de dólar para el ciento por ciento de las cuotas contractuales, y la resultante entre el precio garantizado para la opción PUT y su costo sea igual o superior a 66,5 centavos de dólar. El beneficiario pagará el crédito y el costo de la opción cuando el precio del cobre exceda los 71 centavos, con el 50 por ciento del excedente sobre dicho precio, y si el precio es superior a 82 centavos, con el ciento por ciento de ese excedente hasta su total recuperación.
El crédito devengará un interés de tasa “prime” más 2 por ciento anual, etcétera.
Ésas son las condiciones que establece el acuerdo adoptado por la Empresa Nacional de Minería.
Pero eso no es todo. Lo más grave radica en que ese préstamo debe ser financiado por la Enami con la venta de activos prescindibles; o sea, a mi entender, con el desmantelamiento de dicha Empresa. Y esto último no es menor; al contrario, es de primer orden. Si hoy la Enami tiene activos prescindibles, quiere decir que su administración por conservarlos ha sido deficiente. Creo que no los tiene y estimo que se venderán activos que se consideran necesarios para su giro.
Cómo entender que la Empresa Nacional de Minería, ante el paulatino desabastecimiento de minerales para su planta Matta y de concentrados para su fundición Paipote, ante el cierre de planteles pequeños y medianos, compre concentrados de cobre a empresas extranjeras para abastecer su fundición, en condiciones más ventajosas que a las empresas chilenas, algunas de las cuales han tenido que paralizar sus faenas porque las maquilas cobradas no les permitieron subsistir, pero si les hubieran fijado las condiciones que posteriormente establecieron para las empresas extranjeras, podrían haber continuado en actividad. Hoy la Enami está asistiendo mejor a algunos productores extranjeros que a los propios productores chilenos. ¡Qué paradoja! ¡Qué pensarían los gestores de la Enami: Hernán Videla Lira, Raúl Barrionuevo, Orlando Poblete, Alejandro Noemí Huerta, todos ex parlamentarios que ya no están con nosotros! ¿Qué piensan los miles de trabajadores que han quedado cesantes, que han debido abandonar sus minas ante estas opciones de su empresa, la Enami?
Algunos también afirman que el sector no devuelve los recursos que le han prestado durante otros períodos de baja del precio del cobre y que los pequeños y medianos mineros se han aprovechado de los recursos con los que se ha sustentado la tarifa en otras épocas. Eso es falso. El sector, históricamente, ha devuelto la mayor parte de los recursos, y las morosidades o carteras vencidas en los períodos de crisis no han sido mayores a las del sistema financiero.
La Enami cobra hasta los últimos centavos. Pongo como ejemplo una demanda presentada por la Empresa Nacional de Minería contra un pequeño productor, en el tribunal de Vallenar, el 30 de junio del año pasado, por 84 dólares 74 centavos, equivalente a 38.980 pesos. Presentar esa demanda, actuar con abogados, hacer operar todo un sistema administrativo de cobranza, resulta mucho más oneroso que el valor de la deuda. Solamente en gastos de receptor, ese pequeño minero va a tener que pagar más, si es que puede pagar la deuda.
Nos encontramos, entonces, con que la comisión del Ministerio de Minería hace un estudio riguroso, una propuesta estudiada por insignes expertos; pero la respuesta del Gobierno es la señalada y puede implicar la liquidación del sector. Cabe responder. Si en el Gobierno hay posiciones diversas, se ha impuesto la de los que no creen que la pequeña y mediana minería es sustentable.
No podemos pensar otra cosa. Los hechos hablan por sí solos.
Y no estamos ciegos. Sí, sabemos que el precio del cobre es hoy el más bajo de los últimos 50 años; pero es precisamente en este momento de crisis cuando tenemos que ayudar a esta actividad para que supere la crisis. Y es una ayuda transitoria. Es aquí donde demando una política de Estado y donde debemos convencer a las autoridades que manejan las finanzas públicas acerca de la sustentabilidad del sector, y también, a mi juicio, es la oportunidad de corregir lo que se ha hecho mal y de hacer lo que no se hizo antes.
Este cuadro que exhibo en estos momentos, conocido por todos, donde aparecen los precios reales del cobre, entre 1947 y 1997, con sus promedios anuales, por gobierno, nos indica que su precio promedio de los últimos 50 años es de 138 centavos de dólar la libra en dólares de 1997. El gobierno militar obtuvo un promedio de 118 centavos, y los gobiernos de la Concertación, de 113 centavos. El precio de hoy es de 65 centavos, aproximadamente.
Los analistas indican que el precio debería repuntar dentro del año. El propio Gobierno lo estima así, al calcular el último presupuesto de la Nación con un precio promedio de 73 centavos. Al respecto, permítanme leer algunas apreciaciones de expertos, de diversas autoridades, que aparecen en la revista “Gestión”, de enero.
Dice: “Es que acostumbrados aparentemente a los vaivenes del mercado, en un contexto de alta competencia y con una cuota siempre significativa de especulación, las estimaciones coinciden en que el nuevo milenio implicará un cambio de signo del referido mercado. El ciclo de bajos precios será prácticamente de tres años, verificándose condiciones que sustentarán valores del orden de los 95 a 100 centavos de dólar la libra ya hacia el período del 2001-2002”.
También se pueden leer las proyecciones del presente año, estimaciones hechas por la Bolsa de Metales de Londres, del orden de 74 centavos de dólar para 1999, y por Comex, de 74,5 centavos para 1999. Pero para el 2001, es del orden de los 95 a 100 centavos.
El resumen final de esta revista, que es muy seria, consigna: “Dados estos antecedentes y los análisis econométricos de Cochilco, el precio de largo plazo del cobre fluctuaría en torno a los 95 centavos de dólar la libra (moneda de 1998), aunque en el ámbito de las empresas aún se considera probable una cotización de 100 centavos”.
En la hipótesis de que el Gobierno estimara que el precio no subirá en un plazo razonable, al 2000, al 2001, no sólo haría crisis el sector de la pequeña y mediana minería, sino también la gran minería del cobre; y, por cierto, todo el sistema público financiero se vería en problemas, por la falta de ingresos derivados de este metal. Se produciría una disminución en las exportaciones, etcétera, y habría que reformular el presupuesto e implementar una serie de medidas. Podemos concluir, entonces, que el Gobierno, al igual que los diversos analistas que se han pronunciado, cree que el precio repuntará; a lo mejor lentamente, pero repuntará. En lo que no cree o no quiere creer Hacienda, es en la pequeña y mediana minería.
Si coincidimos en las proyecciones del precio y su recuperación para el próximo año, ¿por qué, entonces, no hacer un esfuerzo y ayudar a que el sector se mantenga y subsista en medio de la crisis? ¿Por qué permitir que quede gente cesante, que de igual forma mirará y buscará al Gobierno, a los órganos estatales para que le ayuden a vivir? No exagero; de no tomarse medidas efectivas, se verán seriamente afectadas comunas y pueblos enteros.
En este mapa de desempleo, en donde ya figuran con rojo algunas comunas de la zona minera del país, también enrojecerán Taltal , Chañaral , El Salado , Diego de Almagro , Tierra Amarilla, Freirina, Domeyko , Andacollo , Illapel , la provincia de Petorca, etcétera. Hoy, sólo en Vallenar existe más de un 12 por ciento de desempleo.
¿Tenemos que esperar el sufrimiento de la gente, su humillación, su desesperación, cuando podemos actuar desde ahora?
Con la pretensión de que sea un debate abierto y constructivo y con la preocupación normal de un parlamentario representante de zonas mineras, proveniente de una cultura minera; conocedor de lo que significa una mina que trabaja en el Norte Chico y en sectores del Norte Grande; sabedor de lo que es un apir, un panteón, una demasía, etcétera, y plenamente consciente de que una mina no sólo es trabajo para los mineros, sino también para el transportista, actividad para el comerciante, para la maestranza, para el banco, etcétera, me permito esbozar algunas medidas inmediatas y otras de estudio para su discusión.
Medidas inmediatas:
1. Que el Gobierno implemente la propuesta de la comisión Ministerio de Minería y Sonami, a que hice referencia hace poco y que implica tener una base tarifaria de 95 centavos para la pequeña minería y de 85 centavos para la mediana minería.
Los recursos deberían provenir del crédito que tiene la Enami contra el Fisco, de aproximadamente 138 millones de dólares, por entrega de utilidades adelantadas. Para 1999, la propuesta tiene un costo variable, dependiendo del precio internacional del cobre. Si consideramos el valor promedio utilizado para el Presupuesto de la Nación, el costo de dicha propuesta sería de alrededor de 30 millones de dólares durante 1999. Como el Fisco debe a Enami, debería asumir sólo su costo financiero, cambiando de acreedor, de manera que es mucho menor. Hoy es un hecho por todos conocido, y por nadie discutido, que Enami no tiene capacidad propia de endeudamiento.
2. Calificar con urgencia el proyecto de ley que el Gobierno enviará en estos días al Congreso, para que los mineros artesanales y los pequeños mineros paguen las patentes mineras de 1998 sin la multa, que la duplica, por el solo hecho de atrasarse, sanción establecida en el artículo 149 del Código de Minería.
Quiero destacar esta medida, pues es importante, sobre todo para quienes no pudieron pagar su patente durante 1998.
3. Que en distritos mineros se implementen planes auríferos para pirquineros y mineros artesanales, los que absorben gran cantidad de mano de obra, hoy cesante, y que tienen gran rentabilidad social y sirven a la gente más afectada por la crisis y con menos alternativas de trabajo.
4. Que el Programa de asistencia y modernización de la minería artesanal, Pamma opere nuevamente y se revise su administración -como lo está haciendo el Ministerio respectivo-, para que sea más eficiente. Propongo que se canalicen los recursos por alguna vía distinta de la actual -por ejemplo, por medio de los gobiernos regionales-, con una fiscalización permanente de la comisión de Minería de la Cámara de Diputados, a través de informes bimensuales.
5. Que en 1999 se suspendan las cobranzas de Enami, dirigidas a los pequeños mineros y mineros artesanales. Hoy la Enami cobra hasta el último peso, como quedó en claro en la demanda de 38 mil pesos.
Medidas de estudio:
1) Formar una comisión, entre el sector minero, el Gobierno y parlamentarios, para que estudie la posibilidad de reformar la Enami, en términos tales que se racionalice su operación y se estructure como una empresa regional, de propiedad compartida entre los gobiernos regionales y los mineros de las regiones Segunda, Tercera y Cuarta. En el fondo, que Enami vuelva a su origen: una empresa de y para los mineros pequeños y medianos.
Asimismo, para que determine que el fomento lo asume el Estado con recursos propios y no de la empresa, etcétera, y estudie la incorporación de capitales privados -hablo a título personal- en la Fundición Ventanas, ya que ésta no presta una ayuda directa a la cadena de producción del cobre de los pequeños y medianos mineros, sino que hoy sirve esencialmente a Codelco y a otros grandes productores, salvaguardando, por cierto, los derechos de los trabajadores.
2) Estudiar a fondo el hecho de que la empresa fomente y promueva activamente la minería no metálica.
3) Analizar la derogación del impuesto al lujo, que se aplica al oro, gravamen del 50 por ciento sobre el IVA por la venta o importación de artículos de oro, platino y otros. Su derogación, además de formalizar un mercado negro del oro, que algunos estiman representaría el 80 por ciento de la comercialización de joyas, permitiría crear una industria de magnitud, con una importante utilización de mano de obra y servicios. Asimismo, se estima que se podría aumentar la actual producción y exportar cantidades significativas de oro, de joyas.
4) Discutir la posibilidad de crear algunas carreras u oficios dirigidos a futuros mineros artesanales o pequeños mineros, para que cada día tengan mayor capacidad de gestión, y promover la capacitación de los actuales, a través de programas especiales.
Formulo estas propuestas, en el marco de discusión de la presente sesión.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
El primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el Diputado señor Joaquín Palma.
El señor PALMA (don Joaquín) .-
Señor Presidente, de nuevo se analiza en la Sala la situación de la pequeña minería y el papel del Estado y, por supuesto, el de la Enami en ella, como organismo rector de la política del Estado en relación con los pequeños y medianos mineros.
Desde 1991, ha habido tres sesiones de la Cámara para analizar esta materia, y la comisión de Minería permanentemente ha recibido peticiones, quejas y planteamientos de los empresarios y trabajadores del sector, que, indudablemente, está sufriendo, por lo menos, desde hace quince años.
La solución no parece fácil. Si se revisan los proyectos de acuerdo con peticiones al Gobierno en este sentido, se comprenderá el grado de dificultad para transformar a la pequeña minería en una actividad rentable dentro de una economía de mercado.
En la Tercera y Cuarta Regiones, en especial, hasta hace poco, la minería se realizaba fundamentalmente a través de medianas y pequeñas producciones. Por lo menos, hoy eso ha cambiado, puesto que han aparecido industrias grandes.
Eso ha significado que la vida del pequeño minero se haya vuelto bastante difícil. Las limitaciones económicas y sociales lo han transformado en alguien que necesita apoyo de la comunidad, del Estado, el que se la ha otorgado.
En general, estoy de acuerdo con los planteamientos del Diputado señor Mulet , algunos de los cuales son novedosos. Además de las ideas que contienen, reflejan algo que no se había observado, por lo menos en los años que he sido parlamentario: el cambio, tanto por parte de las autoridades de la Enami y del ministerio como de las autoridades de la Sonami, es decir, la contraparte empresarial de los organismos del Estado.
Esto se refleja, entre otras cosas, en el documento que ha leído el Diputado señor Mulet , en algunas conclusiones que se han planteado para sustentar la pequeña minería en base al precio del cobre por libra -95 centavos para la pequeña y 85 para la mediana- y en ciertas opiniones que quiero destacar en esta ocasión.
Por primera vez, se entiende algo que he dicho con anterioridad, pero que es muy difícil socializar en un país acostumbrado por tantos años al estatismo.
Uno de los grandes problemas de la pequeña minería es que la Enami no ha definido la diferencia entre la labor de fomento y la de producción. Creo que aquí está el nudo gordiano para establecer una política de Estado al respecto.
Durante estos años, ha habido grandes avances. Reconozco y destaco la labor del vicepresidente de la Enami , señor Agostini . Ha hecho un gran trabajo para establecer qué ha sido y es dicha empresa, su historia, y cuál es la realidad interna de cada uno de sus elementos.
Hay situaciones que es necesario enfrentar. Para resolver el problema del fomento a los pequeños, es imprescindible, repito, separar las funciones de la Enami de fomento de las de la Enami productora.
El Diputado señor Mulet ha planteado, por ejemplo, que en la Tercera Región, con Paipote a la cabeza, se podría establecer una sociedad independiente para enfrentar los problemas de fundición de la pequeña minería, en la que participarían los empresarios, el gobierno regional y algunos organismos. Es un camino interesante de explorar, porque creo que el peor panorama es que las cosas sigan como están.
También se ha referido a Ventanas. Si se analiza la cantidad de concentrados que ha comprado la Sociedad Nacional de Minería en los últimos años, se encontrará que, en general, el 60 por ciento es de productores ajenos, y el 40 por ciento, de productores de la pequeña y mediana minerías.
Ésa es la relación que existe en las capacidades de producción y de fusión de Paipote y de Ventanas.
Por lo tanto, perfectamente se podría pensar que es factible la solución de separar los roles, porque los intereses de los pequeños y medianos mineros quedarían defendidos, por cuanto sólo la capacidad de Paipote es suficiente para adquirir y tratar toda la producción de la pequeña y mediana minería, que está en un punto bastante bajo.
Al margen de los datos anteriores, creo que ha bajado en un 30, un 40 o un 50 por ciento en los dos últimos años, porque los precios y las condiciones generales no han sido favorables.
Es una vía que debe explorarse, pues ayudaría a mejorar, a mediano y largo plazo, la situación de la pequeña minería.
Ahora se cuenta con un aliado: la Sociedad Nacional de Minería. En el informe que leyó el Diputado señor Mulet , en el punto final de las propuestas, en relación con las funciones de la Enami, se postula separar los roles productivos de los de fomento.
Por eso, insisto en que creo que es un cambio cualitativo importante, porque antes ninguno de los agentes involucrados en la pequeña y mediana minería tuvo esta posición. Corresponde a un “aterrizaje” en relación con los precios del cobre, especialmente.
Se han destacado los precios promedios de años anteriores. Siempre se ha recordado, con añoranza, el tiempo del ex presidente Frei Montalva , en que la libra de cobre se cotizó entre tres a cuatro dólares. Si hoy está a 65 centavos, cuesta mucho bajar las expectativas de los mineros -algunos de entonces todavía laboran-.
Además, ha habido un tremendo cambio tecnológico, que ha significado que se pueda producir cobre a partir de minerales de muy baja ley, a costos competitivos y mucho más bajos.
Hay “imposibilidad sicológica” de entender que el cambio que se ha producido en la minería es cualitativo y permanente y que debe enfrentarse con herramientas nuevas.
Incluso la empresa nacional de minería ha definido la llamada “alianza estratégica” para enfrentar los próximos tiempos, iniciativa que falla, a mi juicio, porque no se quiere innovar en el fondo, es decir, transformar el área estatal de la pequeña y mediana minería en empresas diferentes. Se persigue, a través de una serie de ajustes, mantener la situación, tratando de implementar, dentro de las funciones de la Enami, un esquema de administración privada.
Me parece que ese camino no va a resultar. Por lo tanto, debe revisarse la alianza estratégica o proyecto de desarrollo, de manera que se independicen las funciones de la Enami y la gente entienda que el cambio es definitivo y no tendrá reversa o marcha atrás en algún momento.
Pienso que el Gobierno ha tenido un programa de tipo social con los pequeños mineros. Para los muy pequeños o artesanales, durante los últimos años, ha implementado programas sociales. Es el caso del Programa de asistencia y modernización de la minería artesanal, Pamma , bastante controvertido en muchos casos por la falta de eficiencia. Sin embargo, creo que ha tenido buenos resultados en aquellas localidades en las que las posibilidades de desarrollo minero hacia el futuro son terriblemente difíciles. El Pamma ha servido de ayuda para mantener por lo menos la posibilidad de producir un cambio o una transformación en la economía local, con el objeto de que las actividades que ahí se desarrollen sean diferentes a las mineras.
En ese sentido -lo dijo el Diputado señor Mulet -, creo también que se deben entregar más recursos al Pamma y descentralizarlo. Lo pequeño de ese negocio, comparado con otras actividades del Estado, hace mucho más razonable que ese programa sea manejado por los Seremi en cada una de las regiones que por un organismo central.
Por último, no quiero pasar algo que planteamos en ocasiones anteriores. El punto 7º del proyecto de acuerdo, de 1997, presentado en la sesión que tuvo la Sala para tratar este mismo tema, planteaba: “Analizar el sistema previsional de los pequeños pirquineros dentro de la normativa vigente, para definir alternativas de jubilaciones anticipadas y considerarlos dentro de la calificación de trabajo pesado”.
El Gobierno, representado en ese momento en la persona del actual Subsecretario de Minería , a la sazón Ministro de Minería subrogante, responde: “Esta iniciativa propuesta por la honorable Cámara coincide plenamente con la preocupación del Supremo Gobierno, y de nuestro Ministerio en particular, en orden a ampliar las posibilidades de los sectores más postergados de nuestra sociedad, la que se traduce en el objetivo gubernamental de combate y superación de la extrema pobreza, que en la minería se encuentra radicada precisamente en este segmento”.
“Me complace informar a Ud. -agrega- que esta Secretaría de Estado se encuentra analizando, en conjunto con el Ministerio del Trabajo, la posibilidad de implementar algún mecanismo que permita integrar a los mineros artesanales o pirquineros del país al sistema asistencial del Estado, asegurándoles alguna mínima cobertura previsional y de salud”.
El único problema -aprovecho la presencia del señor Ministro para decirlo- es que esta comunicación está fechada el 12 de noviembre de 1997. Por lo tanto, ha pasado un año tres meses sin que haya habido avances en este problema. Yo, al menos, no tengo información al respecto. Por otra parte, creo que sería la gran solución para los pequeños mineros de las Tercera y Cuarta Regiones.
Si uno conoce la realidad de la zona, sabe que muchas personas están obligadas a reincidir en el trabajo de la pequeña minería y con malas condiciones de seguridad, lo cual hace que el trabajo sea tremendamente peligroso. Pero no tienen otra alternativa para obtener algún tipo de recurso. Además, muchas veces deben trabajar en minas ajenas, lo que también hace peligrosa su acción desde el punto de vista legal.
Si logramos que los mineros de más de 50 años, que se han desgastado mucho en su vida porque el trabajo ha sido pesado, tengan una jubilación un poco superior a la mínima existente en el país, el Ministro podría resolver el 50 por ciento del problema de la pequeña minería. La gente que ya trabajó en ese campo no insistiría en volver y, por lo tanto, en acudir de nuevo a las municipalidades para que los apoyen en actividades que, al precio de hoy, son absolutamente antieconómicas. Necesitan ser apoyados por el Estado mediante algún subsidio de tipo social.
Sabemos que el costo de producción de los pequeños mineros bordea, como mínimo, un dólar veinte la libra de cobre, y que en el mercado mundial éste se está cotizando en 65 ó 70 centavos la libra. Por lo tanto -insisto en este tema, porque es una gran solución y muy económica para el sector de la pequeña minería-, si somos capaces de dar una solución previsional a los mayores de 50 años, que de alguna manera justifiquen haber trabajado durante cierta época o gran parte de su vida en la pequeña minería, los sacaremos del espacio dentro del cual siempre están requiriendo ayuda al Gobierno en una actividad peligrosa desde el punto de vista de la seguridad del trabajo e inconveniente desde el punto de vista de la legalidad de la manera en que trabajan. En definitiva, desde el punto de vista social, no provee de ingresos a la familia, los cuales siempre tienen que ser suplidos por recursos que entrega el Estado a través de otros organismos o instituciones.
Recuerdo al señor Ministro -le planteamos este tema en oportunidades anteriores- que si somos capaces de resolver este aspecto, al Gobierno no le costaría más del 10 por ciento resolver en forma definitiva el problema de las antiguas pequeñas comunidades mineras de las Tercera y Cuarta Regiones y de algunas de la Segunda y de la Quinta. Es indudable que si se entregan ingresos a la familia, desaparecerá la presión sobre el Estado para que se le ayude en una u otra forma, incluso de apoyo para explotaciones mineras antieconómicas.
Es cuanto quiero decir.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el Diputado señor Carlos Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente, una vez más nos reunimos en esta Sala para hablar de los problemas de la pequeña y mediana minería, sector que está viviendo -lo dijeron otros colegas, pero no me cansaré de repetirlo- tal vez una de las crisis más graves de los últimos tiempos.
La situación de la pequeña y mediana minería ha sido expuesta en reiteradas oportunidades por los diputados que representamos zonas mineras. Nos hemos reunido con ese objeto con el Ministro de Minería , con autoridades del sector regional y siempre las asociaciones mineras han hecho sus proposiciones y planteamientos. Así, la Sociedad Nacional de Minería, que cobija en su seno a todos los empresarios mineros, pequeños, medianos y grandes, en los últimos seis o siete años también ha venido solicitando, y muchas veces exigiendo, medidas para que este sector no colapse.
El diagnóstico es conocido. Hoy, y en lo que va corrido del mes, el precio promedio del cobre en los mercados internacionales es de 65 centavos de dólar. Eso no es responsabilidad del sector minero ni del Gobierno, ni de nadie en Chile. Sin embargo, el país ha conocido otras épocas en que el sector de la pequeña minería, enfrentado a crisis por los bajos precios, ha salido adelante con el apoyo de recursos del Estado. Esta es una verdad. En la década de los 80, se invirtió en el sector una cifra superior a los 90 millones de dólares, suma que fue devuelta por los mineros en virtud de una política de tarifas que permitió descuentos paulatinos a cada productor.
¿Cuál era la gracia? Podían seguir explotando sus pequeños yacimientos y seguir creciendo en esas condiciones.
Hoy, nos encontramos con que la situación se ha ido deteriorando de año en año, y, para decir verdad, la paralización ha sido paulatina, desde antes que el precio cayera a las cifras actuales.
Es la oportunidad, entonces, de materializar algunos de los planteamientos que hemos hecho; es necesario aplicar las medidas y políticas de Estado que siempre hemos reclamado.
Pero antes de reiterarlas y señalar algunas ideas sobre el particular, debo decir al Ministro que el Gobierno de la Concertación, que él representa en la Cartera de Minería, ha propiciado, en reiteradas oportunidades, proyectos que han muerto en el Ministerio de Hacienda. Hay que decirlo. Aquí, Hacienda maneja el país, y el Ministro , por más que se esfuerce, comprenda y entienda los problemas de la minería, siempre ha chocado contra un frontón: el Ministerio de Hacienda y las políticas de Hacienda.
Tanto es así que los propios parlamentarios de la Concertación han denunciado públicamente que el Gobierno ha liquidado la pequeña minería. Tengo aquí un diario de la región donde se dice que los diputados Mulet y Leal, de la Concertación, “Acusan al Gobierno de liquidar la minería”.
Aquí es donde la gente se pregunta: ¿A quién hay que recurrir para lograr la aplicación de las medidas adecuadas para salvar la pequeña y mediana minería, si hasta los parlamentarios oficialistas reclaman de la situación existente? ¿Qué nos queda a los diputados de la Oposición, que siempre hemos aportado claridad en la materia y hemos estado dispuestos a buscar soluciones?
Es incomprensible que, ante una situación así, no se tomen las medidas adecuadas.
En los años 1996-1997, el precio del cobre alcanzó un promedio de 103 centavos de dólar la libra; en 1998, bajó a 75 centavos el promedio anual, lo que hace que estemos enfrentados a una situación muy compleja. Aquí se necesitan recursos, pero no un subsidio, sino una inversión transitoria que el sector va a devolver cuando los precios del cobre vuelvan a un nivel normal.
Por eso, hemos solicitado para los pequeños mineros -tal como lo ha hecho la Sociedad Nacional de Minería, en representación de todas las asociaciones mineras del país- un precio de sustentación para el cobre de 95 centavos de dólar la libra. Hay que componer 30 centavos de diferencial con rebaja de las maquilas, con préstamos personales y con una ayuda transitoria, a fin de aplicar la devolución cuando corresponda.
En estos años no se ha podido poner en marcha un verdadero fondo de estabilización, que permita que la política de tarifa de compra de minerales recurra a dicho fondo cuando los precios caen en la Bolsa de Metales de Londres, como ha ocurrido en esta oportunidad. Es un instrumento que se ha pedido en forma reiterada, al igual que los créditos blandos, ya que se trata de un sector endeudado que, ante situaciones de crisis, no puede salir a flote, ya que no hay ningún sector financiero que ayude a la pequeña y mediana minería.
En este análisis no se puede obviar lo realizado por la Empresa Nacional de Minería. Es una empresa de servicios a la pequeña y mediana minería que ha marcado el desarrollo del sector. Ocurre que cuando los precios son altos, todos ganan: la misma empresa y los mineros; pero cuando los precios bajan, afloran las debilidades del sector, pero también las deficiencias y los altos costos de maquila que cobra la Enami.
Hoy ha quedado demostrado que la mediana minería ha ido paralizando. Sali Hochschild y la Planta Ojanco, de Copiapó, al igual que Amolanas y Ojos del Salado han paralizado; son empresas que abastecen de concentrados a la Fundición “ Hernán Videla Lira ”.
En su larga exposición, el Diputado señor Mulet señaló que la cadena se corta entre la fundición “ Hernán Videla Lira ” y la fundición y refinería Ventanas, lo que, a mi juicio, es un error, ya que no sabe que la producción de Enami en Paipote son ánodos que requieren de una refinería para terminar en cobre refinado. Todo el cobre anódico de Paipote, de Copiapó, es trasladado a la fundición y refinería Ventanas. Ésta es una cadena que no se corta.
Ante la paralización de las plantas que abastecen de concentrados a las fundiciones, Enami está corriendo un serio riesgo, ya que en los próximos meses podrían faltarle concentrados, los que tendrá que suplir con contratos. Podrían haberse entregado esas tarifas de maquila, de fusión y refinación a los pequeños y medianos mineros. Sin embargo, han cerrado contrato prácticamente por la mitad del precio que se cobraba a la pequeña minería. Es necesario señalar estas cifras, porque son medidas urgentes que han tenido que tomar los ejecutivos de Enami. Ésa es la realidad.
Además, el Gobierno ha implementado una política monetaria -y yo quiero que lo escuche el señor Ministro , aun cuando él lo sabe- que ha aniquilado a todos los exportadores de este país, ya que tiene una paridad cambiaria prácticamente con un valor fijo. El Banco Central, con plata de todos los chilenos, ha mantenido este nivel en la banda del precio del dólar, ha hecho que la gente que creyó en Chile, que ha hipotecado su patrimonio, hoy esté viviendo con un dólar -por estudios hechos por la propia Empresa Nacional de Minería- cuya devaluación supera el 45 por ciento. El cobre producido por los pequeños, medianos y grandes productores es un producto ciento por ciento de exportación, lo que hace que nos enfrentemos a una paridad cambiaria desventajosa, con la agravante de que las maquilas son altas, aun cuando hoy -como he señalado- están en un valor más bajo para tratar de copar las capacidades de las fundiciones. A todo esto debemos agregar una errada política de fomento, porque los pequeños mineros fueron abandonados, ya que se han sometido a un programa Pamma , que ha sido una estafa nacional, como se ha señalado en reiteradas oportunidades, tanto en esta Sala por el colega Valenzuela , como en la Comisión de Minería.
Tenemos que decir las verdades. Existe gente que por muchos años ha generado riqueza en el país, la que, en esta oportunidad, merece ser apoyada con recursos del Estado para tarifas de sustentación. A esto hay que agregar que la ayuda crediticia para los pequeños mineros prácticamente no existe y han quedado abandonados a la suerte de lo que la “mama” Enami sea capaz de hacer.
Por eso, con serenidad, pero con mucha fuerza, queremos pedir que las medidas que se han solicitado sean implementadas en el corto plazo.
Conversando con el señor Ministro -antes de iniciar esta sesión-, recordábamos que, hasta diciembre, el año pasado se utilizó una tarifa de sustentación de 95 centavos. Lo que hoy se ofrece no permite que los pequeños mineros sigan trabajando. Muchas localidades del norte se verán afectadas, como nunca en los últimos años, por la cesantía y la pobreza. Éstas son una verdad y una realidad. Por eso, si se implementan estas medidas se pueden solucionar los problemas de más corto plazo y se puede garantizar una estabilidad.
La cuarta medida es crear definitivamente el fondo de estabilización para la compra de minerales a los pequeños mineros, que se inició el año 1998 -estoy seguro de que el señor Ministro se va a referir a ello-, pero necesitamos que ese fondo actúe para este año, 1999, garantizando la posibilidad de que existan tarifas de sustentación.
Yo pregunto: ¿a quién hay que pedir permiso para tomar estas medidas? Hemos denunciado un desarrollo espectacular de la gran minería privada, en que los costos fluctúan entre los 40 y los 55 centavos de dólar la libra; tenemos una minería estatal, Codelco Chile, que ubica sus costos entre los 60 y 80 centavos de dólar la libra. A estas alturas, ya hay centros de Codelco que están perdiendo dinero; sin embargo, como se trata de grandes proyectos y el Estado no puede quebrar, esos yacimientos seguirán funcionando, porque tendrán oportunidad de recuperar los recursos perdidos cuando el precio del cobre retome el nivel normal.
Para sintetizar, es necesario que exista una política de Estado para la pequeña y mediana minerías; crear el fondo de estabilización del cobre para la compra de minerales a los pequeños y medianos productores del país; buscar para esta principal actividad económica del país una política monetaria que permita una flexibilización del dólar -es urgente hacerlo, y creo que si el Ministro de Hacienda estuviera presente tendría mucho que decir sobre el particular-, y revisar definitivamente con qué costos de maquila puede trabajar la Empresa Nacional de Minería para la concentración, fusión y refinación.
Es un hecho real que el precio del cobre bajó de los 70 centavos de dólar la libra, y una empresa muy importante de Copiapó, la Sociedad Minera Punta del Cobre, aplicando el artículo 19 del contrato que celebró con la Empresa Nacional de Minería, suspendió el abastecimiento, lo que significa que la planta “ Manuel Antonio Matta ” corre serios riesgos de no poder mantener su producción a plena carga en los próximos meses. Se ha señalado que existirían otros abastecedores, pero eso no se pone en marcha en uno o dos meses; a veces una faena requiere de años para producir a los niveles de la Sociedad Minera Punta del Cobre. Además, ese contrato amarra a Punta del Cobre, que tendrá que paralizar, porque por contrato no puede entregar sus minerales a otra faena, lo que implica más cesantía, pobreza y dolor en la minería.
Otro problema fundamental es que la Empresa Nacional de Minería -por razones que conoce el país- debió invertir aproximadamente 200 millones de dólares en proyectos de limpieza de los gases, a fin de dar cumplimiento a la ley del Medio Ambiente. Pues bien, esos aproximadamente 200 millones de dólares son una carga muy grande que se le entregó a la empresa, en circunstancias de que, por tratarse de una necesidad de la comunidad, debieron utilizarse recursos del Estado. Sin embargo, la empresa ha debido cargar con esa mochila, y puede servir sólo los intereses. A ello hay que agregar que en los últimos años, debió entregar, por ley, al Ministerio de Hacienda, 138 millones de dólares por concepto de anticipo de utilidades, suma que hoy podría servir para ir en ayuda de ese sector y evitar el colapso y la paralización de la pequeña y mediana minerías.
Se ha señalado aquí que es necesario buscar nuevas fórmulas. Yo también quiero plantear que, con el concurso de diputados, de ejecutivos de la Empresa Nacional de Minería, de trabajadores y de empresarios mineros, se podrían buscar caminos para el rol que tendrá que jugar la Enami en los próximos años en nuestro país. Chile no va a dejar de ser un país minero; Chile necesita de la pequeña y mediana minerías, porque hay yacimientos que no son de interés para las grandes empresas explotadoras de cobre. Es una realidad y puede ser un negocio viable para los pequeños y medianos mineros.
Por último, se ha señalado que cuando las papas no se dan, es necesario buscar otros caminos, y se propone ayudar a los pequeños mineros para que desarrollen una minería del oro, que podría ser una buena solución transitoria para toda la zona norte del país. Es una posibilidad; sin embargo, por desgracia, hoy día existe un impuesto del 50 por ciento que grava a los productos de oro, lo que hace que la minería del oro tenga dificultades para desarrollarse. Los pequeños mineros tienen la tecnología adecuada, y, cuando se han aplicado tarifas razonables, han logrado desarrollar su actividad. Ellos mismos han acuñado la expresión de que “el mejor fomento para la pequeña minería es una buena tarifa”.
Por eso, ahora que estamos solicitando la aplicación de estas medidas, me gustaría escuchar del Ministro las cifras comparativas de los últimos años, de manera que los mineros que han sobrevivido a esta crisis puedan seguir operando, para que puedan entregar a nuestro país riqueza y desarrollo, y combatir la pobreza.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la UDI, tiene la palabra, hasta por siete minutos, el Diputado señor Manuel Rojas.
El señor ROJAS.-
Señor Presidente, a quienes representamos a la gente del norte, en particular a los esforzados habitantes de Taltal y Sierra Gorda, que han visto con mucha desilusión la problemática que enfrenta el sector minero, nos resulta muy satisfactorio comprobar que, por fin, nos preocupemos de un problema que está haciendo colapsar a comunidades completas del norte de nuestro país.
Sin duda, para quienes representamos a esa zona, la determinación de celebrar una sesión especial a fin de analizar la crisis de la pequeña y mediana minerías debe tener el imperativo moral de buscar alternativas que permitan entregar las soluciones concretas que amerita una situación como la que se vive hoy.
Todo el norte es testigo de que cuando existen problemas en la agricultura, sea por sequía, inundaciones, heladas, fluctuaciones de las bandas de precios y tantas otras situaciones, comúnmente se recurre a ellos para conseguir ayuda para ese sector. Pues bien, en este caso, quisiéramos que el Gobierno reaccionara con la misma prontitud y que entregara soluciones por lo menos mínimas, considerando el gran aporte que realiza ese sector a la economía nacional. Basta con mencionar una afirmación que es muy cierta: aún se sigue pensando que Chile es un país agrícola; sin embargo, yo estoy cierto que vive de la minería.
Durante 1998 -mi primer año como parlamentario- he realizado diversas gestiones tendientes a poner en el tapete el problema que ya a principios de año se vislumbraba como caótico: el caso de las localidades de Taltal, Sierra Gorda y Tocopilla -sólo por nombrar algunas comunidades de mi región-, que se están viendo colapsadas debido a esta problemática. Sin duda, la respuesta del Gobierno nos demuestra con claridad que no existe una política gubernamental clara respecto de ese sector.
Por eso, me sumo a todas las proposiciones planteadas por mis colegas, y pido que busquemos con sinceridad y voluntad política soluciones concretas a esta situación. Por mi parte, quiero sugerir algunas soluciones.
1. Que el Ministerio de Minería realice un estudio sobre las reservas de mineral de cobre existentes en la zona norte.
2. Generar asignación de fondos concursables para desarrollar esta actividad.
3. Exigir al Estado, a través de la Enami, un período de transición que permita, por lo menos, establecer un plan de fomento productivo y, además, generar un fondo de estabilización de precio exclusivo para el sector, manteniendo en operación las plantas de beneficio y poderes compradores.
Todas estas iniciativas deben orientarse principalmente a resguardar el acceso al mercado de los pequeños y medianos mineros, los que por su tamaño productivo y características propias -como ya lo sabemos- no tienen acceso fácil a los mercados alternativos. Asimismo deben mantenerse los poderes compradores en todas aquellas zonas en que existan recursos mineros, estableciendo mecanismos que permitan la sustentación de precios, con la generación de un fondo especial que sea utilizado solamente por la pequeña y mediana minerías del cobre.
Por último, anuncio que he presentado un proyecto de acuerdo que permite, por lo menos, entregar una solución concreta e inmediata al sector, porque de otra forma se acentuaría el colapso de esas pequeñas economías que sustentan en gran parte a los pueblos del norte.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Antonio Leal.
El señor LEAL .-
Señor Presidente, el precio del cobre está en uno de sus niveles más bajos de la historia. El país recibirá un 50 por ciento menos de utilidades en 1998, en virtud de la baja de ingresos por parte de Codelco, por menores ingresos de los impuestos derivados de la gran minería privada y, a la vez, este fenómeno tendrá un gran efecto en la balanza comercial, dado que los retornos por la exportación de cobre serán mucho más bajos que en los años anteriores.
El tema de la minería debe ser abordado, como aquí se ha dicho, en la dimensión histórica de sus comportamientos. En primer lugar, hay que recordar, más allá de ciertas tendencias de largo plazo, que, efectivamente, existe el carácter cíclico de la industria del cobre y, en general, del comportamiento de los precios de las materias primas.
Hace pocos años, en la década de los 80, se habló de un colapso del metal rojo por las amenazas de sustitución que enfrentaba en el mercado internacional. Sin embargo, algunos años después la industria del cobre disfrutó de una prolongada bonanza de precios, situación que, junto con la dinámica reducción de costos, está en el origen de la expansión productiva existente en la actualidad. Esto hay que tenerlo presente cuando se habla de la pequeña y mediana minería y del futuro del cobre.
Es evidente que si tuviéramos el poder de mercado suficiente, trataríamos de fijar el precio del metal en los niveles más altos que fuera posible de sostener en el tiempo, pero como ocurre en la gran mayoría de los bienes y servicios, su precio es determinado por el mercado, es decir, por un conjunto de variables ligadas a la producción, consumos, “stocks” y expectativas, e influido también por elementos exógenos, como la marcha de la economía mundial, marcada en este período por la crisis asiática.
Aunque Chile es el primer productor mundial de cobre y posee las mayores reservas conocidas, no está en condiciones de ejercer este poder por completo, debido a una multiplicidad de razones, como son la existencia de una gran cantidad de proyectos mineros que se tornan rentables y entran en operación a medida que el precio del cobre se incrementa, una amplia disponibilidad de chatarra, la presencia de nuevas tecnologías que posibilitan costos competitivos en yacimientos de inferior calidad, la producción de cobre asociada a subproductos, cuyos ingresos permiten reducir el costo del metal rojo y también la vigencia de sus productos sustitutos.
Creo que el costo de la gran expansión que hemos tenido ha sido una mayor producción que impacta en el mercado internacional negativamente en materia de precios, dado que la propia baja del precio del metal rojo lleva a producir más para equiparar las ganancias obtenidas con la menor producción en el pasado. Sin embargo, hay que ser cautos frente a la idea de que para obtener mejores precios es posible reducir la producción. Simplemente, quiero recordar, al respecto, las experiencias vividas por el Congo, es decir, por Zaire y Zambia, que, con capacidad para producir más de un millón y medio de toneladas anuales de cobre, redujo su producción para influir en los precios del mercado, y terminó produciendo 300 mil toneladas, como ocurre hoy.
Quiero señalar que la minería tiene un fuerte impacto en la economía del país y una elevada presencia en el mercado internacional, al cual Chile aporta el 35 por ciento de la producción del mundo al año 2000. Esto plantea la necesidad de asumir, de manera más nítida, el carácter de país minero y la importancia de tener el liderazgo mundial en la sustentabilidad del negocio cuprífero.
Hay tres grandes desafíos que debemos enfrentar en el diseño de una política minera estratégica. El primero, mejorar los márgenes del negocio; el segundo, reducir el significativo impacto que las fluctuaciones del precio del cobre todavía tienen sobre la economía nacional, sobre todo por el hecho de la escasa diversificación de la producción en nuestro país, y porque no tenemos valor agregado en la producción cuprífera; y, el tercero, mejorar las relaciones de la minería con el conjunto de la economía, en la perspectiva de crear una industria capaz de generar mayor valor agregado y tener mayor incidencia en la demanda mundial.
Pero el tema principal de nuestro debate está referido a la necesidad de abordar el problema de la pequeña y mediana minerías. Los efectos de los precios internacionales del cobre afectan especialmente a la pequeña y mediana minerías. Sólo en la Región de Atacama, desde noviembre de 1997 hasta hoy, el sector ha tenido una pérdida de 1.800 empleos directos debido al cierre de faenas mineras, como el de Ojos del Salado, de la Sali Hoschild, de la Compañía Minera Atacama, de la empresa BTM, y otras veinte pequeñas faenas. Esto afecta a todos los sectores que prestan servicios en la minería en los diferentes rubros: transporte, almacenaje, comunicaciones, que han experimentado una caída del 16 por ciento; a la industria manufacturera, que ha experimentado una caída del 8,1, y al comercio, del 2,1. Por ello, es absolutamente necesario establecer para 1999 una tarifa de sustentación de la pequeña y mediana minerías, ya que, de lo contrario, podrán perder sus puestos de trabajo cerca de 4 mil personas en la pequeña minería, y más de 10 mil en la mediana, con efectos devastadores, desde el punto de vista social, para muchas comunas y poblados, especialmente en el norte de Chile.
En las semanas pasadas, hemos tenido ocasión de conversar detenidamente el tema con los Ministros de Hacienda , señor Aninat , y de Minería, señor Jiménez , junto con los presidentes de las asociaciones mineras de Atacama.
Valoramos la decisión del Gobierno de entregar durante 1999 una tarifa sustentada de 90 centavos y de 7 centavos, hasta un monto de 71 para la mediana minería, con una rebaja del costo de la maquila de 5 a 6 centavos, por parte de la Enami. Sin embargo, tenemos el deber de solicitar al Gobierno que se completen estas medidas y, sobre todo, que se corrijan aquellas resoluciones que atentan contra el futuro de la pequeña y mediana minerías, y de la empresa encargada del fomento hacia ese sector, la Enami.
Respecto de la pequeña minería, queremos plantear que la tarifa sustentada debe extenderse hasta diciembre de 1999 y no sólo hasta julio, como hasta ahora lo ha decidido el Ejecutivo , ya que ello no permite a ningún productor realizar inversiones, contratar personal y mirar la actividad en la perspectiva de un ciclo económico más largo. A la vez, pedimos que la tarifa no baje de 95 centavos, que era la de 1998, dado que si ello ocurriera, el aporte sería infructuoso y la pequeña minería no podría subsistir durante este año.
Respecto de la mediana minería, nos parece importante estudiar una tarifa que se sitúe en los 79 centavos, que ya tenía en 1998, más la rebaja de la maquila por parte de Enami. En ambos casos, el Gobierno debe generar, al igual que en 1998, un fondo de compensación del precio del cobre para la pequeña y mediana minerías, de manera de no recargar toda esta operación sobre los recursos propios de la Empresa Nacional de Minería, la cual sólo podría enfrentar esta iniciativa aumentando su endeudamiento, que es ya de 405 mil millones de dólares.
Resulta inconcebible que el Gobierno aún no entregue los recursos a Enami para financiar la tarifa sustentada hacia la pequeña minería, y más inverosímil es que todavía se pretenda que Enami financie la tarifa de la mediana minería, a través de la venta de sus activos prescindibles. Esto hace que toda la decisión del Gobierno sea insegura y que, al final, coloque en riesgo la sobrevivencia de Enami con las graves consecuencias que ello tendría para la pequeña y mediana minerías en nuestro país.
Debe haber un fondo de compensación del precio del cobre para la pequeña y mediana minerías, tal como lo prometió el Ministro de Hacienda en esta Sala, cuando debatimos y aprobamos la ley de Presupuestos para 1999, donde se rebajó, dicho sea de paso, 6 millones de dólares al presupuesto de Enami.
Nos preocupa sobremanera la situación de la Empresa Nacional de Minería. Aquí hay algunos que, dentro de la Comisión encargada por el Ministerio de estudiar el futuro del sector, están planteando separar el fomento de la producción y trasladar la propiedad de las plantas de la fundición y refinamiento a la Corfo, lo cual, naturalmente, “jibarizaría” a Enami e impediría que ésta tenga plantas propias para desarrollar el fomento hacia la pequeña y mediana minerías, y, en definitiva, generaría condiciones para la privatización de las plantas de Enami.
Soy partidario de separar, dentro de Enami, el rol de fomento y de producción; de crear un “holding” con sociedades anónimas y estudiar el ingreso de capitales privados a los nuevos negocios, tal como lo establece el acuerdo estratégico entre Enami y sus trabajadores. Creo que es necesaria una modernización de Enami, un mejoramiento de su gestión, una rebaja de sus costos y una mayor participación en el fomento de la diversificación productiva de la pequeña y mediana minerías de nuestro país.
Por ello, pido también al Gobierno que se estudie la manera de reforzar y de entregar capitales frescos a Enami, para llevar adelante esta operación hacia la pequeña y mediana minerías.
Creo necesario analizar este tema, confiando en el futuro de la minería, creyendo firmemente en el rol económico y social que juegan la pequeña y mediana minerías en nuestro país, y teniendo presente que una crisis de este sector aumentaría la desocupación en las zonas mineras. En Chañaral ya hay una desocupación sobre el 17 por ciento, la que se extiende prácticamente a los pueblos que viven de la pequeña minería, cesantía que tendría un costo social muy grande y otro económico mucho mayor que el que implica entregar 12 millones de dólares para financiar un fondo de compensación que otorgue una tarifa sustentable a la pequeña y mediana minerías del país.
Por tanto, el llamado de los parlamentarios del Partido por la Democracia es a salvar a la pequeña y mediana minerías, a fortalecer a la Enami y a definir una política estratégica para la minería del cobre en Chile. Debemos tener confianza en que el cobre chileno va a recuperar sus precios internacionales, porque son cíclicos. Quien pretenda hoy liquidar a la pequeña y mediana minerías, quien trabaje con el razonamiento de que aprovechando la crisis internacional y la baja del precio internacional del metal deben quedar en el mercado sólo los productores que a este precio son competitivos, significa que no conocen la evolución del precio del cobre en el mercado internacional.
Debemos hacer un esfuerzo muy grande por desarrollar una verdadera cultura cuprífera. Es completamente absurdo que en Chile, siendo el principal productor de cobre en el mundo, se ocupe tan poco en todas nuestras instalaciones, viviendas sociales, donde apuntamos al plástico y al aluminio, que son los competidores del cobre en el mercado internacional; es decir, le pedimos al mercado internacional que ocupe cobre, cañerías de cobre, y decimos que el cobre es hermoso, pero no lo utilizamos en la construcción de nuestras viviendas sociales, en los aeropuertos, en todas las infraestructuras que desarrollamos en el país.
Creemos una cultura minera, cuprífera, seamos capaces de influir en la investigación de los nuevos usos del cobre o en la promoción del cobre en el mercado internacional, porque de esa manera afectaremos favorablemente la demanda mundial de cobre y mejoraremos el precio internacional del metal rojo. Tengo gran confianza en el cobre y en que la pequeña y mediana minerías, con el soporte de Enami, seguirán entregando un gran aporte a la economía nacional y al desarrollo social del país.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Partido Socialista, tiene la palabra el Diputado señor Felipe Valenzuela.
El señor VALENZUELA .-
Señor Presidente, en honor a la verdad, comenzaré diciendo que no pensaba asistir a esta sesión, porque creo que después de nueve años de estar en la Comisión de Minería, hemos fracasado en cuanto a mejorar la situación de la pequeña y mediana minerías. Consideraba más útil para mi trabajo parlamentario asistir a la reunión que se está desarrollando en la Comisión de Educación para analizar temas culturales que, al revés, han esperado nueve años para que esos proyectos lleguen a ser tratados en el Parlamento.
Además, no pensaba venir porque me parece como “ir a buscar al médico cuando el enfermo ya es cadáver”.¿Por qué? Lo demostraré con dos ejemplos: primero, el informe que me hizo llegar ayer la Asociación Minera de Antofagasta, que en su primera página contiene un cuadro que señala que en 1989 existían 120 empresarios y 4.500 trabajadores; en 1997 sólo quedaban 14 empresarios y 150 trabajadores. Estoy seguro de que en este momento, la última cifra no alcanza a la mitad, es decir, en la pequeña minería de Antofagasta, hay un cadáver. Y lo peor es la historia que contaré respecto de Taltal.
No quiero ser repetitivo respecto de los argumentos que se han planteado en cada una de las intervenciones de los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra. Sólo adhiero a sus argumentaciones, destacando que, curiosamente -no suele ocurrir- han coincidido los planteamientos de los parlamentarios de todas las bancadas, tanto de la Concertación como de la Oposición.
Entonces, para ser distinto -quizás, no novedoso-, trataré de demostrar la causa del problema que, a mi juicio, radica en que no se ha respetado la ley que creó Enami. Tengo el texto entregado oficialmente por la Biblioteca del Congreso, y para eso voy a destacar lo dicho en el decreto con fuerza de ley Nº 153, de 1960, de Hacienda. En su artículo 1º dispone lo siguiente: “Fusiónase la Caja de Crédito de Fomento Minero” -es decir, una institución de crédito- “con la Empresa Nacional de Fundiciones, empresa autónoma y comercial del Estado”. Es decir, en 1955, se une una institución de crédito con una comercial, empresarial, autónoma, para crear la Empresa Nacional de Minería que, de acuerdo con el artículo 2º, en relación con su objeto, será para “fomentar la explotación y beneficio de toda clase de minerales existentes en el país”, etcétera. ¿Ha cumplido Enami con este objeto? Creo que no.
El artículo 3º se refiere a las funciones y establece catorce. Sólo mencionaré tres para los efectos que me interesan: “Nº 3. Prestar ayuda técnica a la minería...”. Creo que, a lo menos, ha sido insuficiente.
“Nº 10. Adquirir a cualquier título propiedades mineras de cualquier naturaleza...”. Tampoco ha cumplido en el caso que comentaré.
“Nº 13. Constituir sociedades de cualquier naturaleza relacionadas directa o indirectamente con la minería...”.
He demostrado que en Antofagasta, la pequeña minería está muerta, y sobre la base de estas tres funciones que la ley obliga a desempeñar a Enami, quiero comentar el caso de Taltal, pero antes señalaré -y es la última norma legal que menciono- que el artículo 11 establece que la empresa será administrada por un directorio compuesto por diez miembros, y, en segundo lugar, figura un representante del Ministro de Hacienda . A juicio de los mineros que represento en mi distrito, este representante tiene un derecho a veto que no le entrega ninguna parte del contenido de esta disposición y que, muchas veces, actúa por sobre el parecer de todo el directorio, incluido el propio Ministro de Minería , que lo preside. En mi opinión, por medio de los acuerdos del directorio se ha producido un desencuentro entre el actuar de Enami y lo que estableció el legislador cuando en 1960 creó esta empresa de fomento minero.
A modo de ejemplo, comentaré lo que ocurre en Taltal, donde hace poco se enarbolaron banderas no solamente negras, sino que hasta algunas bolivianas, no para demostrar el deseo de cambiar soberanía en esa localidad, sino para manifestar que Taltal no tiene el 16 por ciento de desocupación, sino que, en estos momentos, casi el 50 por ciento, porque la pequeña y mediana minerías están totalmente desaparecidas, como lo paso a demostrar con la situación de Punta Grande.
En 1976, las empresas de Punta Grande pasaron por una situación similar que obligó a que el gobierno de la época -imagínense el gobierno que tanto hemos criticado y seguimos criticando hasta hoy- llamó a un señor de apellido Gordon y le dijo: “Aquí tiene esta empresa en quiebra, manéjela usted, me debe tanto”. La empresa dio mucho trabajo a los habitantes del pueblo -ocupaba quinientas personas y después aumentó a mil- hasta que por las características del problema planteado se vio obligada a cerrar recientemente, el 15 de agosto de 1998. Hemos desarrollado un conjunto de actividades para tratar de reactivarla y se nos ocurrió, en un trabajo conjunto efectuado por el intendente, el gobernador de la provincia, representantes de la Asociación Minera y, desde luego, los sindicatos de los trabajadores, formar una sociedad que tuviera una participación importante de los trabajadores y de otras personalidades, incluso, contemplamos la posibilidad de que participe Enami . Eso fue producto de un estudio muy interesante que se presentó al propio Presidente de la República , quien le dio el visto bueno y, desde luego, también el Ministro de Minería , pero hasta hoy no ha sido posible, porque Enami no ha podido ponerse de acuerdo respecto de los acreedores. El señor Luis Gordon , propietario de ese mineral, dijo: “En total, yo debo alrededor de diez millones de pesos. No pido plata para mí; sólo que Enami pague la deuda de alguna manera y, en seguida, busque a una persona que trabaje porque la sola mina -está demostrado en los estudios pertinentes de Enami- posee un valor sobre los 30 millones de pesos.
Han pasado más de cinco meses, pero no se ha podido concretar ninguna de estas gestiones. Fracasaron los acuerdos del directorio, la intención de negociar con Corpbanca y también el trabajo del intendente. Hoy, lo único que están pidiendo los trabajadores es la quiebra de la actividad. Es decir, aquí alguien se ha avivado en el sistema, porque si se sabe que la mina vale tres veces el valor de la deuda, debió haberse buscado un mecanismo que hiciera posible reactivar la empresa, porque, como dijo el diputado informante , representa una actividad sustentable y estratégica.
Sin embargo, se está esperando que se produzca la quiebra, la cual seguramente pedirán los propios trabajadores. Eso determinará que se venda a precio de huevo la industria y que el empresario que debió haber pagado 30 millones de pesos, a través de una actividad responsable de Enami, a lo mejor la adquiera a un precio menor que la deuda, quizás en 5 u 8 millones de pesos. O sea, no ha habido ningún interés ni responsabilidad para evitar que se produzca el colapso de esta actividad.
Por estas razones, debemos apoyar los proyectos de acuerdo que aquí se presentan, los que, repito, son del mismo tenor, con el objeto de invitar al Gobierno y a Enami a romper este espíritu de desvirtuar el principio de la ley, que no es entregar al mercado la actividad del fomento de la pequeña minería. El Estado de Chile, el Fisco, debe hacerse responsable para que esta actividad no muera del todo.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Partido Radical Social Demócrata, tiene la palabra el Diputado señor Jarpa .
El señor JARPA .-
Señor Presidente, es muy importante la sesión que se está realizando en el día de hoy para analizar los problemas que enfrentan la pequeña y mediana minerías. En ese sentido, es necesario resaltar lo que algunos diputados que me antecedieron en el uso de la palabra informaron respecto de Enami. Primero, se creó la Caja de Crédito Minero en la década del ’30; posteriormente, en la década del ’50, la Empresa Nacional de Fundiciones Paipote, la cual se transformó en los años ’60, en la Empresa Nacional de Minería, Enami , que tiene por objeto el fomento de la producción minera.
Teniendo en vista los fundamentos que motivaron su creación, la Empresa ha cumplido su rol durante todos estos años, permitiendo cada día el desarrollo de esta actividad tan importante, especialmente para algunas regiones de nuestro país.
Como ha dicho el diputado informante , la minería, en particular la del cobre, ha vivido momentos difíciles por las fluctuaciones de precios. En años anteriores, el valor de la libra de cobre estaba sobre un dólar, pero en la actualidad sólo llega a 65 centavos. Esta labor se hace rentable cuando el precio promedio del cobre equivale a 90 centavos de dólar la libra.
Por ese motivo, solicitamos al Gobierno que se entreguen los recursos necesarios a la Empresa Nacional de Minería para que siga cumpliendo este rol tan relevante como es financiar el fomento de la pequeña y mediana minerías.
En el día de hoy, en esta sesión estamos haciendo todos nuestros esfuerzos para que el Ministerio de Hacienda proporcione esos recursos a la Empresa antes mencionada.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En el tiempo del Comité de la UDI, tiene la palabra la Diputada señora Rosa González .
La señora GONZÁLEZ (doña Rosa) .-
Agradezco al señor Ministro del ramo su presencia en esta sesión tan importante para la minería, y lamento que el Ministro de Hacienda , actor importantísimo en el desarrollo de esta actividad y quien maneja los planes del país, no se encuentre en esta Sala.
Hoy estamos analizando nuevamente el crítico estado en que se encuentran dos segmentos de la minería, los cuales atraviesan por la más difícil situación de su historia, hecho que fue advertido a las principales autoridades en reiteradas ocasiones.
La pequeña minería, en la práctica, se ha extinguido, sin que se haya hecho un esfuerzo verdadero para revertir esa crisis.
Debemos recordar que en similares circunstancias, en 1982, el gobierno de la época le prestó dinero, el cual fue devuelto oportuna e íntegramente, con todos sus intereses, y sin que el Fisco perdiera ni regalara ni un solo centavo. Al contrario, al actuar como entidad financiera, por supuesto ganó dinero. De esta forma, la pequeña minería siguió sustentándose en el tiempo. Ese no fue un subsidio, como muchos dicen, sino sólo un préstamo o un mutuo, como es habitual en transacciones económicas.
El actual Gobierno no tiene ninguna política de Estado frente al sector, y con una insensibilidad social que nos preocupa profundamente, no ha dado ninguna posibilidad a los pequeños mineros para salir de la situación que los aflige. Todo Chile, y en especial el norte, ha podido constatar la tremenda negligencia del Gobierno hacia estos miles de empresarios y trabajadores que, cada día, ven alejarse aún más sus expectativas de trabajo.
¿Por qué ocurrió esto, señor Presidente ? Entre otras razones, porque el Gobierno ha designado personas que, a lo mejor, tienen poco conocimiento sobre minería y que ignoran todas y cada una de las propuestas que le hicieron llegar las asociaciones gremiales y que le plantearon en numerosas reuniones personales.
Ocurre que en este tema no se puede improvisar, ya que cualquier error trae consecuencias inconmensurables. Así, el resultado de este desastre es que en 1998 sólo quedan 350 pequeños productores mineros, mientras que hace una década la gran familia de la pequeña y mediana minería superaba las 3.500 personas.
Cabe recordar que para paliar este desastre se creó una aspirina llamada Pamma, igual a una aspirina para curar el cáncer, y que los pequeños mineros han rechazado categóricamente el plan estratégico ideado por el vicepresidente de Enami. Y como ejemplo muy claro, basta señalar los desastres de Copiapó y Chañaral , donde se produjo un abierto rechazo por lo ineficiente de ambos sistemas creados para resolver la crisis de la pequeña minería.
También preocupa profundamente a nuestro sector el problema de la mediana minería y la posición de desigualdad y discriminación que Enami ha adoptado ante la crítica situación de este sector. En esta materia, debo mencionar el trato comercial que Enami otorgó a las grandes empresas mineras, en perjuicio de las medianas, ya que no ha sido igualitario, lo cual ha redundado en que los productores deben pagar por los cargos de tratamiento cinco centavos de dólar más por libra de cobre que los precios cobrados en el mercado internacional.
Es muy fácil comprobar este trato discriminatorio. La opinión pública conoce a diario los dramáticos llamados del sector minero para luchar contra el desempleo y el abandono del sector. El caso de Taltal, por ejemplo, que levantó bandera boliviana, refleja el sentir de una comunidad que se siente ignorada por el gobierno central. Al cerrar sus faenas, la mediana minería dejó a ciudades del norte de Chile, que tradicionalmente han sido mineras, con más de trece mil familias que hoy se encuentran en la más completa indigencia. El dramático llamado al centralismo, a través de izar la bandera de otro país, logró sacar a flote el chilenismo a nivel central y tal vez alterar algo al país, pero no al Gobierno, ya que no otorgó soluciones a este grave problema.
En cuanto al tema de Arica, es de amplio conocimiento, después de innumerables llamados de atención al centralismo, la crítica situación de la más nortina de las ciudades, que nació como minera. Me refiero, por supuesto, a mi distrito de Arica y Parinacota, donde la minería, en 1992, logró llevar al altiplano la modernidad que necesitaba en caminos, electricidad, computación y mejor calidad de vida para sus habitantes. Vilacollo, con su producción de oro, logró llevar a Parinacota y a Arica la esperanza de que la minería podría reactivarse; pero esta bonanza duró muy poco. Al extinguirse las reservas de oro y no ser aprobados los decretos necesarios para explorar otros yacimientos y minerales, terminaron las faenas y hoy tenemos un altiplano con un despoblamiento preocupante.
No es posible que en el norte se explote la minería a sólo doscientos kilómetros de Iquique, ciudad donde en este momento se concentran los tres proyectos mineros más grandes del país. Esta situación, que debe merecer sólo felicitaciones por nuestra parte, a la vez provoca la angustia de saber que no se puede crear trabajo en la misma región, en las mismas condiciones que en esa ciudad, y que proyectos de esa naturaleza no beneficien a las provincias deprimidas.
En más ocasiones de las que debiéramos recordar, ministros y presidentes han prometido que se desafectarán áreas para crear un plan de desarrollo sustentable en el tiempo. El último ministro que hizo esta aseveración en Arica fue el señor Jiménez , presente en esta Sala, quien reconoció que Parinacota y Arica debían ser ciudades mineras. En febrero de 1998, comprometió su palabra para solucionar este problema, y todos creímos en ella y quedamos muy contentos. Sin embargo, estamos en enero de 1999, un año después de anunciadas esas medidas, y todavía no ocurre nada.
El Pamma, como muy bien lo sabe el señor Ministro, no ha funcionado en las provincias, y seguimos esperando que los ambientalistas tomen conciencia de que la ecología y la minería pueden ir absolutamente de la mano.
En el norte, especialmente en Arica y Parinacota, las familias se están desintegrando, porque los hombres viajan a otras ciudades en busca de trabajo. En estos momentos, no puedo dejar de recordar una película que se llama “Tocando el viento”, la que transcurre en el país de nuestra muy buena amiga Margaret Thatcher . En ella se muestra cómo, al igual que en el norte de Chile, se cierran las minas, a causa de lo cual caravanas de hombres y mujeres abandonan sus pueblos por no tener esperanzas.
Chile es y ha sido un país minero y la gente -ésa que el Gobierno dice que es su principal preocupación- necesita hoy día, ahora, que esa especial preocupación se materialice, pues no quiero que las ciudades del norte se transformen en pueblos fantasmas.
Apelo, en esta oportunidad, a la conciencia social del Gobierno, a lo que ha dicho el Presidente de la República respecto de que la familia es el núcleo y la base de la vida. La gran familia de los pequeños y medianos mineros, de la cual formo parte y que en estos momentos está en una muy grave situación, necesita de la especial atención de todos y de cada uno de los que tienen en sus manos el poder para revertir esta situación.
Por ello, solicito que se envíe al Ejecutivo , en carácter de urgente, el proyecto de acuerdo que estoy presentando para lograr el objetivo central de que Enami resguarde el acceso al mercado de metales de los pequeños y medianos mineros, quienes, por el tamaño y características de su producción, no tienen acceso por sí solos a mercados alternativos. Asimismo para que establezca mecanismos objetivos en materia tarifaria que reflejen las condiciones de mercado existentes para los cargos de tratamiento y que contemplen un sistema de participación en el precio, a fin de moderar y atenuar el carácter cíclico del mercado de metales.
Es necesario mantener poder comprador de los metales en todas aquellas zonas en que existan recursos mineros, lo cual implica la voluntad de reducir las dotaciones de estos centros de compra, ya que, en muchos casos, están sobredimensionados y con exceso de personal.
Se deben generar mecanismos de sustentación de precios a través de un fondo de estabilización para la pequeña minería y créditos para la mediana.
En relación con las funciones de Enami, a pesar de que sabe muy bien que su rol es de fomento a la minería, se postula separar los roles productivos de los de fomento, con el objeto de mejorar la gestión técnico-administrativa, la asignación de los recursos y la eficacia de los programas.
Junto con este proyecto, estoy presentando también un presupuesto de fomento, sobre el cual quería conversar con el señor Ministro de Hacienda , quien lamentablemente no está en la Sala, para hacerle ver que esto es sustentable en el tiempo y que el Gobierno necesita una política de Estado, ya que tiene el deber de ayudar a la pequeña y mediana minerías.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En el tiempo de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el Diputado señor Waldo Mora. Restan cinco minutos.
El señor MORA .-
Señor Presidente , le concedo una interrupción al Diputado Joaquín Palma .
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Joaquín Palma.
El señor PALMA (don Joaquín) .-
Agradezco la deferencia al Diputado Mora .
Señor Presidente, no quería dejar pasar algunas expresiones del Diputado Vilches cuando intervino, hace algún rato, en representación de Renovación Nacional. Su Señoría, en forma retrospectiva y con añoranza, recordó los buenos tiempos de la minería cuando los precios eran excelentes, cosa que, por supuesto, no se repetirá, porque la historia de la humanidad no es cíclica. Por eso no podemos estar siempre pensando que en los años 20 ó 30, porque Enami se creó en una forma, hoy debemos seguir utilizando los mismos argumentos, leyes y criterios para establecer un organismo que en ese tiempo era funcional para los intereses del país: necesitábamos dólares, había una crisis mundial y era conveniente incentivar la producción de moneda dura. Esas cosas han cambiado.
Sin dejar de lado que es necesario ayudar a la gente que ha vivido de la pequeña minería, pero en forma real, hemos planteado permanentemente la conveniencia de buscar una fórmula para que en el futuro no suceda lo que durante tantos años hemos visto en esta Sala: que habiendo recursos, porque en los últimos diez años se ha entregado un promedio 15 a 18 millones de dólares anuales para fomento, la situación no varía. Nosotros queremos cambiar las cosas.
En ese sentido, hemos propuesto la separación de roles, la división de sociedades y la posibilidad de hacer cualquier cosa con ellas, en especial en el caso de Ventanas; pero el Diputado Vilches dijo que la cadena no se cortaba y que, por lo tanto, no se podían separar las funciones. En verdad, la cadena se corta si el Estado desea hacer fomento, porque el hecho de que en Paipote se produzca cobre blíster -barras de cobre fundido-, no significa que no se pueda refinar en otra parte. Por eso, quería aclarar que la cadena se puede cortar sin afectar a los pequeños mineros ni el rol de fomento que siempre tendrá el Estado a través de sus organismos.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Diputado señor Mora .
El señor MORA .-
Señor Presidente, la crisis que hoy vive la minería chilena, debido a la crisis asiática, nos deja en una situación bastante más grave de lo que pudiera ser de aquí a los próximos diez años, más aún cuando uno observa, como lo señaló muy bien el Diputado Mulet, la inexistencia de una política de Estado respecto de la pequeña y mediana minerías. Aún más, como ha sido consensuado aquí de alguna manera por las distintas opiniones vertidas por los diputados, el rol de fomento de Enami ha quedado al desnudo por falta de claridad en su política. En circunstancias de que ha llegado con los trabajadores a una alianza estratégica de fomento, hoy día, a causa de la crisis que se vive, Enami demuestra que no tendrá futuro para llevarla a cabo.
Hemos presentado un proyecto de acuerdo en el cual, de alguna manera, se busca consensuar lo que aquí se ha opinado.
El Gobierno debería tomar algunas medidas, como las siguientes:
Implementar una propuesta a la comisión del Ministerio de Minería, a fin de que Enami sustente, al igual que Sonami, un precio de 95 centavos de dólar la libra y de 85 para la pequeña y mediana minerías, respectivamente. Los recursos deberían provenir del crédito que tiene Enami con el Fisco por aproximadamente 138 millones de dólares, correspondiente a la entrega de utilidades adelantadas. La proposición tiene, para 1999, un costo variable, dependiendo del precio internacional del cobre. Si tenemos en cuenta el valor promedio considerado en el Presupuesto de la Nación, sería de alrededor de 300 millones de dólares. Como el Fisco debe a Enami, debiera asumir sólo su costo financiero cambiando de acreedor. Hoy es un hecho por todos conocido y por nadie discutido que la Enami no tiene capacidad propia de endeudamiento.
Poner urgencia al proyecto que el Gobierno enviará al Parlamento, para evitar que los mineros artesanales y los pequeños mineros paguen las patentes mineras de l998 y la multa correspondiente, que las duplica.
Quiero hacer un alcance al respecto: esto también habría que hacerlo extensivo, en lo que corresponde, a l997 y l996. Aun cuando sabemos que algunas regiones han sido declaradas zona de catástrofe, lo que las exceptúa del pago de la multa, la idea es que esta iniciativa rija también en los lugares que no fueron afectados por la catástrofe.
Que se implementen en los distritos mineros planes auríferos para pirquineros y mineros artesanales, lo que absorbe gran cantidad de mano de obra, hoy cesante. Esta medida tiene gran rentabilidad social y sirve a la gente a la cual más le afecta la crisis, por cuanto ella tiene menos alternativas de trabajo.
Que el Pamma opere nuevamente y se revise su administración y eficacia para que sea más eficiente. Proponemos que se canalicen los recursos por alguna vía, como los gobiernos regionales, con una fiscalización permanente de la Comisión de Minería de la Cámara, a través de informes bimensuales.
Que se suspendan para el año l999 las cobranzas que Enami tiene dirigidas a los pequeños mineros y mineros artesanales. Hoy, Enami cobra hasta el último peso, soportando incluso mayores gastos en la administración y cobro de parte de su cartera vencida.
Medidas de estudio:
Formar una comisión entre el sector minero, el Gobierno y parlamentarios, que estudie la posibilidad de reformar la Enami en términos tales que se racionalice su operación y se estructure como una empresa regional de propiedad compartida entre los gobiernos regionales y los mineros de la Segunda, Tercera y Cuarta Regiones. Quiero dejar claro que proponemos que se estudie, no necesariamente que sea así. Esta es una simple proposición.
Que Enami vuelva a su origen: una empresa de y para los pequeños y medianos mineros.
Que el fomento lo asuma el Estado, con recursos propios y no de la empresa.
Estudiar a fondo el hecho de que la empresa fomente y promueva activamente la minería no metálica.
Estudiar la derogación -ésta es una petición- del impuesto al lujo que se aplica al oro, gravamen de 50 por ciento sobre el IVA que se impone a la venta e importación de artículos de oro, platino y otros. Su derogación, además de formalizar el mercado negro del oro, que algunos estiman representaría el 80 por ciento de la comercialización de joyas, permitiría crear una industria de magnitud, con una importante utilización de mano de obra y servicio. Se estima, asimismo, que se podría aumentar lo que se produce hoy y exportar en cantidades significativas.
Que se estudie la posibilidad de crear algunas carreras y oficios dirigidos a futuros mineros artesanales y pequeños mineros.
De persistir esta crisis, que todos los expertos estiman que puede seguir por dos o tres años más, la situación se tornaría tan grave que es importante que el Gobierno tome conciencia de que debe meterle el diente a fondo a esta materia, escuchando también a los participantes y a los actores, como son los empresarios y los pequeños mineros.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
Ha terminado el tiempo de los Comités.
Tiene la palabra el señor Ministro de Minería.
El señor JIMÉNEZ ( Ministro de Minería ).-
Señor Presidente, con mucho interés he asistido a esta sesión de la Cámara de Diputados para tratar la situación de la pequeña y mediana minerías. Como tenía claro cuáles serían las materias que plantearían, las dudas que se iban a exponer y las respuestas que deberíamos dar, he traído siete carpetas para ser entregadas a cada uno de los Comités parlamentarios que han intervenido esta tarde.
En forma muy breve, quiero dar respuesta al conjunto de aspiraciones planteadas por los señores diputados que, en un común denominador, serían que la Enami continúe con el apoyo tanto al fomento como al sustento de precios para el cobre en la pequeña y mediana minerías; que se cree un fondo de estabilización para los pequeños y medianos productores; que la Enami se organice en forma tal que pueda acrecentar de manera importante su forma productiva, y que el Estado asuma directamente los costos de ayuda a este sector tan relevante de la actividad económica del norte de nuestro país.
Con respecto a estas materias, quiero decir que el Gobierno tiene una política minera, expresada en las resoluciones adoptadas a fines del año pasado y principios de éste, tanto para la pequeña como la mediana minerías, que es absolutamente coincidente con las aspiraciones de los gremios, como ha quedado demostrado por las reacciones de la Sonami y de los pequeños mineros con los que me he reunido en estos últimos días, tanto en La Serena, el viernes recién pasado, como en mi gabinete.
El precio de sustentación para la pequeña minería es exactamente el mismo de l998, año en que no sólo pudimos mantener la actividad, sino aumentar el número de productores y la cantidad de material que se entregaba en las plantas de la Enami. De enero a diciembre la acrecentamos en más de 30 por ciento, gracias a una política que resultó exitosa, como fue reconocida por todos, y que este año seguiremos implementando. Si bien es cierto que, aparentemente, bajamos el precio de sustentación de 95 a 90 centavos de dólar la libra, ello se debe a que disminuimos el costo de maquila en 6 centavos; es decir, tenemos un precio de sustentación un centavo superior al del año pasado, sin considerar el reajuste del precio del dólar por sobre el IPC en nuestro país, lo que significa un 4 por ciento más de ingreso para los pequeños productores mineros.
Lo mismo sucede con la mediana minería, a la que hemos fijado un precio de sustentación de 71 centavos, lo que unido al reajuste del valor del dólar y a la mayor productividad de las empresas, nos da un precio equivalente al de 1998 y que al sector minero y a nosotros nos dejó conformes, porque hay que considerar que la minería ha caído a situaciones peores que la de 1998. En efecto, este año lo hemos iniciado con un precio que bajó de los 65 centavos de dólar en que hoy está, y creemos que desgraciadamente se mantendrá así durante varios meses para empezar a repuntar a mediados de año y, a comienzos del próximo, tener precios de mercado más de acuerdo con lo que debe ser la tradición histórica futura, que nos asegura un mercado de más de 95 centavos de dólar la libra, lo que da garantía de que la minería, tanto pequeña como mediana, es una actividad absolutamente factible en el país, económicamente sustentable y que seguirá dando trabajo a todos los sectores mineros del norte de nuestra patria y conduciendo la locomotora del carro del progreso, como lo ha venido haciendo durante todo el decenio.
He dicho.
El señor PÉREZ, don Aníbal (Vicepresidente).-
Han llegado a la Mesa tres proyectos de acuerdo.
El señor Prosecretario va a dar lectura al primero.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 218, de los señores Rojas, Vilches,García, don René Manuel; Pérez, don Víctor; Van Rysselberghe, Olivares y señora González,doña Rosa.
“Considerando:
1. Que con ocasión de la grave crisis económica que en la actualidad sufre la pequeña y mediana minerías, con lo cual se ve afectado el sustento económico de muchas familias del país, pero particularmente de la zona norte de Chile.
2. Que la única forma para permanecer en el tiempo y permitir a estas alicaídas economías que son la sustentación social de estas comunidades, es que se hace necesario que el Gobierno vaya en apoyo de las mismas.
3. Que entendiendo que Enami tiene por norma fortalecer el desenvolvimiento y fomento de la pequeña y mediana minerías y su sustentación en el tiempo.
4. Que por las características naturales de nuestro país que lo hacen indisolublemente vinculado al quehacer de la minería desde la I a la VI Regiones, es necesario buscar soluciones reales.
5. Que la estabilización de precios que ha establecido hoy Enami, con una tarifa decreciente la cual constituye una solución momentánea, pero no definitiva por su accionar decreciente, lo que representará inexorablemente la muerte segura de los pequeños y medianos mineros.
Proyecto de acuerdo:
La Cámara de Diputados acuerda solicitar al Gobierno que destine los fondos necesarios para garantizar por parte de Enami una sustentación a lo menos por un año en forma pareja de noventa centavos de dólar la libra de cobre para los medianos mineros y de noventa y cinco para los pequeños mineros.
Considerando en este caso exclusivamente a los pequeños y medianos mineros”.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
La petición del Diputado señor Vilches tiene fundamento, porque los proyectos son complementarios; no son contradictorios entre sí.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
No hay acuerdo.
En votación el primer proyecto de acuerdo, Nº 218.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
,
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-Proyecto de acuerdo Nº 219, de los señores Mora, Mulet, Valenzuela, Rojas, Muñoz, doña Adriana; García-Huidobro, Pareto, Ortiz, Palma, don Joaquín, y Lorenzini
“Ante la grave situación que afecta a la minería del cobre de nuestro país, y en especial la situación que afecta a la pequeña y mediana minerías, y el impacto económico y social que se deriva de esta crisis desde la I a la VI Regiones, los diputados abajo firmantes proponemos el siguiente proyecto de acuerdo:
La Cámara de Diputados acuerda oficiar al Presidente de la República a fin de que se adopten las siguientes medidas para enfrentar la crisis:
Medidas inmediatas:
1. Que el Gobierno implemente la propuesta de la Comisión Ministerio de Minería y Sonami de sustentar un precio de 95 centavos de dólar y de 85 centavos para la pequeña y mediana minerías, respectivamente.
Los recursos deberían provenir del crédito que tiene Enami, contra el Fisco de aproximadamente US$ 138 millones, por entrega de utilidades adelantadas. La propuesta tiene para 1999 un costo variables, dependiendo del precio internacional del cobre. Si consideramos el valor promedio utilizado para el presupuesto de la nación, sería de alrededor de US$ 30 millones. Como el Fisco debe a Enami, debiera asumir sólo su costo financiero, cambiando de acreedor. Hoy es un hecho por todos conocido y por nadie discutido que Enami no tiene capacidad propia de endeudamiento.
2. Poner urgencia al proyecto de ley que el Gobierno enviará al Parlamento para evitar que los mineros artesanales y los pequeños mineros paguen las patentes mineras de 1998, sin la multa, que la duplica, por el solo hecho de atrasarse, contemplada en el artículo 149 del Código de Minería.
3. Que se inplementen en distritos mineros, planes auríferos para pirquineros y mineros artesanales, los que absorben gran cantidad de mano de obra, hoy cesante y que tiene gran rentabilidad social y sirven a la gente que más le afecta la crisis y que tiene menos alternativas de trabajo.
4. Que el Pamma opere nuevamente y se revise su administración para que sea más eficiente. Proponemos que se canalicen los recursos, por alguna vía que podrán ser los gobiernos regionales, con una fiscalización permanente de la Comisión de Minería de la Cámara a través de informes bimensuales.
5. Que se suspendan para 1999, las cobranzas de Enami, dirigidas a los pequeños mineros y mineros artesanales. Hoy Enami cobra hasta el último peso, soportando incluso mayores gastos en la administración y cobro de parte de su cartera vencida.
Medidas de estudio:
1. Formar una Comisión, entre el sector minero, el gobierno y parlamentarios, que estudie la posibilidad de reformar la Enami, en términos tales que se racionalice su operación y se estructure como una empresa regional de propiedad compartida entre los gobiernos regionales y los mineros de las regiones II, III y IV. En el fondo, que Enami vuelva a su origen, una empresa de y para los mineros pequeños y medianos. Que el fomento lo asuma el Estado con recursos propios y no de la empresa, etcétera.
2. Estudiar a fondo el hecho de que la empresa fomente y promueva activamente la minería no metálica.
3. Estudiar la derogación del impuesto al lujo, que se aplica al oro, gravamen del 50% sobre el IVA que se aplica a la venta o importación de artículos de oro, platino y otros. Su derogación además de formalizar un mercado negro del oro que algunos estiman representaría el 80% de la comercialización de joyas, permitiría crear una industria de magnitud, con una importante utilización de mano de obra y servicios. Se estima, asimismo, que se podría aumentar lo que se produce hoy y exportar en cantidades significativas.
4. Estudiar la posibilidad de crear algunas carreras u oficios dirigidos a futuros mineros artesanales o pequeños mineros, para que cada día tengan mayor capacidad de gestión y promover la capacitación de los actuales a través de programas especiales”.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En votación el segundo proyecto de acuerdo, Nº 219.
El señor PÉREZ, don Aníbal (Vicepresidente).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
El señor ZÚÑIGA ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 220, de la Diputada señora Rosa González y de los Diputados señores Rojas y Delmastro.
“De tal manera, la propuesta que solucione los problemas de pequeños y medianos mineros que debe ejecutar Enami debe considerar las siguientes premisas:
1. El objetivo central debe orientarse a resguardar el acceso al mercado de los metales de los pequeños y medianos mineros, los que por su tamaño productivo y características, no tienen acceso por sí solos a mercados alternativos.
2. Establecer mecanismos objetivos en materia tarifaria, que reflejen las condiciones de mercado existentes para los cargos de tratamiento y contemplen un sistema de participación en el precio que modere y atenúe el carácter cíclico del mercado de los metales.
3. Mantener poderes compradores de minerales en todas aquellas zonas en que exista o pueda existir recursos mineros. Lo anterior implica la voluntad de racionalizar las dotaciones de estos centros de compra, ya que, en muchos casos, éstos se encuentran sobredimensionados y con exceso de personal.
4. Generar mecanismos de sustentación de precios a través de un fondo de estabilización para la pequeña minería y créditos para la mediana minería.
En relación a las funciones de Enami, se postula separar los roles productivos de los de fomento, con el objeto de mejorar la gestión técnica y administrativa, la asignación de los recursos y la eficacia de los programas”.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
En votación el tercer proyecto de acuerdo, Nº 220.
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:
Correa,
-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:
El señor PÉREZ, don Aníbal ( Vicepresidente ).-
Por haberse cumplido el objeto de la sesión, se levanta.
-Se levantó la sesión a las 18.12 horas.
JORGE VERDUGO NARANJO,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
VI. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 14 de enero de 1999.
Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa honorable Cámara, el proyecto de ley que autoriza el pago del undécimo aumento de cuotas del Fondo Monetario Internacional.
Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 2.214, de 16 de diciembre de 1998.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN , Presidente del Senado ; JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ , Secretario del Senado ”.
2. Oficio del Senado.
“Valparaíso, 18 de enero de 1999.
Me permito poner en su conocimiento que, al remitir a esa honorable Cámara el oficio Nº 13.299, de 29 de diciembre de 1998, comunicando los acuerdos adoptados por el Senado respecto del proyecto de ley que dicta normas sobre adopción de menores, al manifestar que se reemplazó el artículo 30, aprobado por esa Corporación, por otro como artículo 37, involuntariamente se transcribió la disposición aprobada en general por el Senado, en circunstancia que debió transcribirse el texto propuesto en el segundo informe por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, que se aprobó por esta Corporación durante la discusión particular del proyecto.
En consecuencia, ruego a Ud., si lo tiene a bien, se sirva autorizar y disponer el reemplazo de la página 29 del oficio mencionado, por la página que me permito acompañarle, que contiene el texto correcto de la disposición señalada.
Dios guarde a Ud.,
(Fdo.): JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, Secretario del Senado ”.
Artículo 37
Como se señaló, ha pasado a ser artículo 35, sustituido por el que se indicó.
-o-
Como se indicó anteriormente, ha consultado como artículo 37 el artículo 30 de esa honorable Cámara, sustituido por el siguiente:
“ARTÍCULO 37. La adopción es irrevocable. Con todo, el adoptado, por sí o por curador especial, podrá pedir la nulidad de la adopción obtenida por medios ilícitos o fraudulentos.
La acción de nulidad sólo podrá ejercitarse en el plazo de cuatro años contados desde la fecha en que el adoptado, alcanzada su plena capacidad, haya tomado conocimiento del vicio que afecta a la adopción.
Será juez competente para conocer de la acción de nulidad el juez de letras con jurisdicción sobre el territorio en el cual se tramitó la adopción.”.
-o-
Artículos 38 y 39
Los ha suprimido.
-o-
Título IV
De la adopción simple
Artículos 40 a 60
Ha eliminado el Título, con los artículos que lo integran.
Artículo 37
Como se señaló, ha pasado a ser artículo 35, sustituido por el que se indicó.
-o-
Como se indicó anteriormente, ha consultado como artículo 37 el artículo 30 de esa honorable Cámara, sustituido por el siguiente:
“ARTÍCULO 37. La adopción es irrevocable. Con todo, el adoptado, por sí o por curador especial, podrá pedir la nulidad de la adopción obtenida por medios fraudulentos.
La acción de nulidad sólo podrá ejercitarse en el plazo de cuatro años contados desde la fecha en que el adoptado llegue a su mayoría de edad. Será competente para conocer de la acción de nulidad el juez de letras con jurisdicción sobre el territorio en el cual se tramitó la adopción.”.
-o-
Artículos 38 y 39
Los ha suprimido.
-o-
Título IV
De la adopción simple
Artículos 40 a 60
Ha eliminado el Título, con los artículos que lo integran.
3. Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo recaído en el proyecto de ley que introduce modificaciones a la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones, para establecer un procedimiento de salvaguardias conforme al acuerdo de Marrakech. (boletín Nº 2269-03)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo pasa a informaros el proyecto de ley, iniciado en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República , incluido en la actual convocatoria a Legislatura Extraordinaria de Sesiones , individualizado en el epígrafe.
A esta iniciativa legal no se le ha hecho presente, a la fecha, el trámite de urgencia.
La Comisión, para el cumplimiento de su cometido, recibió amplia información de parte del Supremo Gobierno, en las personas que se indican:
- Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, señor Jorge Leiva Lavalle ;
- Ministro de Agricultura , señor Carlos Mladinic Alonso ;
-Subsecretario (S) de Economía, Fomento y Reconstrucción, señor Luis Sánchez Castellón ;
- Subsecretario de Agricultura , señor Jean Jacques Duhart ;
-Fiscal Nacional Económico, señor Rodrigo Asenjo Zegers ;
-Jefe del Departamento de Comercio Exterior del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, señor Roberto Paiva;
-Director de Asuntos Económicos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Alejandro Jara Puga ; y,
-Abogado del Departamento Jurídico de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Federico Gajardo .
Asimismo, la Comisión recibió en audiencia a las siguientes instituciones, representadas en las personas que se indican, las que entregaron sus observaciones sobre la iniciativa legal en informe:
-Director de la Asociación de Exportadores de Productos Manufacturados no Tradicionales, don Edmundo Browne ;
-Segundo Vicepresidente y Gerente de Estudios de la Asociación de Exportadores de Productos Manufacturados no Tradicionales, señores Haroldo Venegas y Marcelo Abrigo , respectivamente;
-Director de la Asociación Nacional de Importadores, don José Antonio Oyarzún ;
-Secretario General de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile S.A.G., don José Manuel Melero A., acompañado por don Andrés Pérez P. , miembro del Comité Internacional y Director de la Cámara Aduanera de Chile A.G.; don José Antonio Oyarzún , miembro del Comité Internacional y Gerente de la Asociación Nacional de Importadores A.G. y don Cristián Novion Bosier , Secretario de la misma Institución ;
-Gerente de la Asociación de Bebidas Refrescantes, don Jaime Gatica Barros , acompañado por don Sergio Guzmán Lagos , Presidente de la Asociación ;
- Presidente Ejecutivo del Instituto Textil, don Mario García Viñuela ;
-Presidenta de la Asociación de Productores e Industriales del Calzado (Asincal), doña Magaly Poseck;
-Presidente Nacional de la Confederación Unida de la Mediana y Pequeña Industria (Conupia), don Germán Dastres;
-Jefe del Departamento de Estudios de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), don Williams Díaz Román;
-Economista del Instituto Libertad, don Rodolfo Amenábar ; y,
-Economista y abogado del Instituto Libertad y Desarrollo, señores Tomás Flores y Axel Bucheister , respectivamente.
-o-
I. ANTECEDENTES GENERALES.
Los países se han preocupado permanentemente de adoptar medidas que vayan en beneficio de un comercio más libre y no discriminatorio. Consecuencia de esta premisa, ha sido la celebración de diversas reuniones las que han logrado, en parte, concretar acuerdos que promocionan la liberalización del comercio internacional, la reducción general y progresiva de derechos aduaneros y otros.
Se destaca entre éstos, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros (Gatt), que partió con 23 países signatarios y a los cuales posteriormente se agregaron otros.
En los fundamentos que sirvieron para la concreción de este Acuerdo se mencionan, entre otros, que es necesario que las relaciones comerciales y económicas de los países, deben tender al logro de niveles de vida más altos, a la consecución del pleno empleo y de un nivel elevado, cada vez mayor, del ingreso real y de la demanda efectiva, a la utilización completa de los recursos mundiales y al acrecentamiento de la producción y de los intercambios de productos entre los países.
El Gatt debió efectuar ocho negociaciones comerciales para lograr los objetivos que se había impuesto al constituirse. En la última, que se realizó entre el 31 de octubre de 1986 y el 15 de diciembre de 1993, que se efectuó en Uruguay, se creó la Organización Mundial del Comercio, OMC, cuya acta final fue suscrita en la ciudad de Marrakech, Marruecos, el 15 de abril de 1994, por representantes de 126 países, entre los cuales figuró Chile.
Se dispuso que entre las funciones que le corresponde a ese organismo, están las de facilitar la aplicación, administración y funcionamiento del Acuerdo de Marrakech y de aquellas referidas a materias comerciales multilaterales y plurilaterales.
Se proyectó que la OMC se convirtiese en un foro, en el que se pudiesen realizar las negociaciones entre sus miembros relativas a sus compromisos comerciales, tanto centrales como anexos que vayan concretándose en el tiempo.
Del acuerdo que dio nacimiento a la OMC se derivan varios otros de materias más específicas. Entre ellos, se destacan el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias a los cuales se refiere el proyecto de ley en informe.
El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, consta de 38 artículos y tiene como fecha oficial el 30 de octubre de 1947. Busca este Acuerdo medidas que permiten niveles de vida más altos, la consecución del pleno empleo y de un nivel aceptable del ingreso real. Para el logro de estos objetivos es que un número importante de países se reunió en diversas ocasiones, hasta materializar dicho instrumento.
De entre las numerosas disposiciones contempladas en el Acuerdo, cabe destacar el artículo XIX que versa sobre las medidas de urgencia para la importación de determinados productos.
Por constituir una materia principal, en la que se apoya fundamentalmente el proyecto de ley en informe, es que se ha considerado conveniente adjuntar al final del Informe, como anexo, el texto del artículo XIX del Acuerdo referido.
El Acuerdo sobre Salvaguardias, consta de 14 artículos y un anexo. Tiene por objeto establecer normas de salvaguardias, en relación con lo previsto en el artículo XIX del Gatt, de 1994. En virtud de sus disposiciones se autoriza a un miembro signatario del Acuerdo para aplicar medidas en contra de la importación de un producto, cuando su ingreso al país cause o amenace causar un daño grave a una determinada rama de la producción nacional, que produce artículos similares o directamente competidores en ese territorio.
Para llegar a aplicar algunas de las medidas establecidas en el Acuerdo, se requiere una investigación previa realizada en el país afectado, conforme al procedimiento consultado en el artículo XIX del Gatt, de 1994. Se exige que la investigación determine la existencia de una amenaza de daño grave o, simplemente, que se haya producido el daño, en su calidad de grave.
En definitiva, lo que se busca no es atacar el comercio desleal que podría producirse entre dos países con la importación de una mercadería sino que, directamente, evitar que se produzca un daño con la importación de una mercadería, que entra a un costo de producción más bajo de lo que cuesta producirlo en el país. Las posibles medidas a aplicar son restricciones cuantitativas del promedio de una importación o la distribución de un contingente entre países proveedores.
Se dispone que el plazo de duración de una medida de salvaguardia es de cuatro años, pudiendo prorrogarse, en casos justificados por otro período similar. Asimismo, se permite que se puedan aplicar medidas provisionales en circunstancias críticas, en las que cualquier demora entrañaría un perjuicio difícilmente reparable, las cuales no pueden durar más de 200 días.
Finalmente, el Acuerdo contempla la existencia de un Comité de Salvaguardias, encargado de vigilar la aplicación general del Acuerdo y el cumplimiento de sus normas como, asimismo, prestar asesoría a los países signatarios.
II. SÍNTESIS DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO DE LEY EN INFORME.
La idea matriz que fundamenta esta iniciativa legal es establecer, en nuestra legislación nacional, mecanismos que permitan aplicar medidas de salvaguardias, conforme a lo establecido en el artículo XIX del Gatt de 1994 y en el Acuerdo sobre Salvaguardias, de la OMC, las que se podrían concretar en sobretasas ad valorem y transitorias.
A su vez, los antecedentes que apoyan la idea matriz se encuentran por una parte, en acuerdos nacidos durante la discusión y aprobación del proyecto, que luego se convertiría en la ley Nº 19.589, que dispuso la rebaja de la tasa de aranceles aduaneros que se aplican en el país que, por un lado, puede producir un eventual aumento de las importaciones pero, por otro, puede provocar un grave daño, o amenaza del mismo, a cualquier sector productivo de la economía nacional. Asimismo, a raíz del debate que se ha producido en algunos círculos económicos sobre la presencia de Chile en el proceso económico y comercial mundial, el país se ve obligado a implementar una política de rebaja arancelaria progresiva, para ajustarse a los compromisos contraídos con la OMC.
III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY EN INFORME.
a) En general.
La Comisión recibió, en primer término, las observaciones del señor Jorge Leiva Lavalle , Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, quien indicó las razones que tuvo el Supremo Gobierno para presentar el proyecto de ley en informe.
Hizo presente que el proyecto cuyo estudio se inicia tiene por objeto llenar un vacío en relación al comercio internacional. Los Acuerdos de Marrakech, que constituyen el marco global general que establece la legislación internacional sobre comercio, al cual se han adherido más de 126 países, y deben adaptar sus legislaciones internas, contemplan tres mecanismos de defensa comercial internacional, dos de los cuales están vigentes en Chile -y corresponden a la defensa frente a la competencia desleal- y otro, que se propone introducir mediante el presente proyecto de ley:
1.- Los derechos compensatorios, que corrigen la existencia del subsidio recurrible ante la OMC.
2.- Los derechos antidumping, que protegen frente a la práctica del dumping; y,
3.- El mecanismo que permite establecer salvaguardias a la producción nacional frente a determinadas circunstancias. Este mecanismo no está en la legislación chilena y se cree que es necesario incorporarlo, por un lado, en interés de la producción nacional para evitar daños que no corresponden para el sano desarrollo del comercio internacional y, por otro, para concordar la legislación chilena a la normativa internacional a que Chile se ha adherido.
El Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC permite aplicar derechos aduaneros ad valorem, adicionales a las tasas normales, cuando las importaciones de un producto han aumentado en tal cantidad que causan, o amenazan causar, grave daño a la respectiva rama de la producción nacional que compite con el producto importado de que se trata.
Es urgente llenar el vacío indicado por dos razones fundamentales:
a) Por la situación económica que atraviesa el país, que afecta a una serie de sectores productivos -particularmente, la industria manufacturera, que según lo señalado por el Instituto Nacional de Estadísticas, en el mes de octubre recién pasado, la producción industrial del país fue un 7% inferior a igual mes del año anterior-.
b) Las alteraciones y turbulencias originadas a partir de la crisis asiática crean situaciones en que se puede dar, con más frecuencia que lo habitual, el aumento particular de ciertas importaciones que causan grave daño a la producción nacional, sin que existan prácticas desleales como los subsidios. Una situación típica a la que corresponde una salvaguardia se da en la importación de ciertos productos agrícolas, cuando una cosecha particularmente abundante puede generar una situación de precios que ocasione una importación tan grande que cause daño -por la competencia que ello produce- a la producción nacional. Es decir, la producción internacional excesiva en relación a la producción nacional, puede generar daño al país; no siempre el problema incide en la eficiencia del productor nacional. La apertura del comercio internacional busca, precisamente, apropiarse de las ventajas y avances que se producen en los aparatos productivos de los distintos países con los cuales se comercia. Al final, a través del comercio internacional, el país importador se hace beneficiario de los aumentos de eficiencia en la producción en cualquier parte del mundo.
Cuando se dan circunstancias de competencia desleal, como los subsidios o el dumping, se produce un daño a la producción nacional, pero un daño que no guarda relación con la competencia que debe recibir la producción nacional para ser mejorada y colocada a nivel de los mejores de eficiencia internacionales.
Por tanto, agregó el señor Ministro , se trata de un mecanismo necesario, no contemplado en la legislación nacional y que no contradice la estrategia planteada por este país -desde hace muchos años- de abrir el comercio internacional y ganar de la eficiencia productiva que se da en los socios comerciales.
Hizo presente dos elementos, a su juicio, importantes:
Con el proyecto, el Gobierno da cumplimiento a un Protocolo que firmó el Ejecutivo con los parlamentarios, cuando se aprobó el proyecto de ley que rebajó los aranceles aduaneros. Admitió que es un compromiso que se está cumpliendo con retraso, pero a raíz de circunstancias inevitables.
El proyecto de ley acoge una demanda justa de los sectores productivos del país, tanto empresariales como laborales.
Por todo lo señalado, el Ministro recalcó que es de suma importancia aprobar el proyecto de ley que se comenzó a estudiar.
El señor Jorge Leiva ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción) indicó, asimismo, que el elemento que es determinante para la aplicación de medidas de salvaguardias es la cantidad de importación, atendido que lo que la hace factible es el daño a la producción nacional y que afecta la actividad productiva respectiva, no obstante que incide el precio pues normalmente, producto de circunstancias excepcionales, ése es inferior al del costo del producto nacional, y ocasiona el daño.
Hizo hincapié que no se establece un tope máximo al derecho compensatorio que se puede fijar para proteger a la producción nacional de este grave daño, sino que se consagra que la Comisión de Distorsiones podrá decidir qué porcentaje se cobrará, pero hasta el 24%; si se estima prudente cobrar un porcentaje mayor, se requiere de un quórum mayor de aprobación (3/4).
El proyecto plantea normas de salvaguardias, para lo cual se hace necesario modificar el artículo 9º de la ley Nº 18.525 y permitir así, introducir el nuevo mecanismo. Aclaró que el tema relativo a los demás derechos compensatorios y a los subsidios, se trata en el otro proyecto de ley en estudio, que se encuentra en trámite en el Senado. La razón para presentar este proyecto, como aparte del anterior, es la celeridad que se requiere para instaurar normas de salvaguardias en la legislación chilena.
El señor Jorge Leiva ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción) reiteró que el Protocolo de Acuerdo que se convino a raíz de la ley de rebaja de aranceles aduaneros tiene un alcance preciso, cual es, llenar el vacío existente sobre esta materia en la legislación nacional. Asimismo, hubo recursos a los que se comprometió el Ministro de Hacienda para compensar el daño, destinado fundamentalmente, para las labores menores de riego y para el fomento de la actividad en el ámbito rural de la pequeña y mediana empresa.
Las medidas de salvaguardias no entraban o cierran la apertura del comercio internacional, sino que, por el contrario, por una parte, tienden a premiar la eficiencia internacional, y por otra, son instrumentos que protegen en tiempo determinado la economía de un país; otros instrumentos lo constituyen las bandas de precios y los subsidios.
-o-
El señor Carlos Mladinic Alonso (Ministro de Agricultura), complementó la exposición anterior, señalando que el proyecto de ley es el resultado de un compromiso suscrito por el Gobierno con el Congreso Nacional cuando se discutió el proyecto de ley sobre rebaja de aranceles aduaneros.
Por otro lado, indicó, que Chile ha suscrito convenios internacionales mediante los cuales ha aprobado la existencia de mecanismos de salvaguardias, pero que para su real aplicación en el país, requiere de una ley que lo permita, y en que se establezcan los períodos de vigencia, las formas de aplicación y demás condiciones.
Recalcó que las medidas de salvaguardias no salvan un problema de competencia desleal; lo que ocurre es que ellas permiten que, por un período corto de tiempo sean aplicadas para equiparar los nefastos efectos que se ocasionan en la economía nacional por una tergiversación en los precios y condiciones de las mercaderías importadas a raíz de circunstancias internacionales no imputables directamente al productor exportador del país extranjero. Aclaró que las medidas que se apliquen deben ser proporcionales al daño o amenaza del mismo.
-o-
Luego, la Comisión en cumplimiento a lo establecido en el artículo 211 del Reglamento de la Corporación, recibió las observaciones de las siguientes instituciones:
a) Sociedad Nacional de Agricultura. (S.N.A.).
Representada por el señor Williams Díaz Román , Jefe del Departamento de Estudios , quien expresó que el Acuerdo suscrito en el marco de la Organización Mundial del Comercio, OMC, permite la aplicación de tres instrumentos que ayudan a dar transparencia al funcionamiento de los mercados internacionales:
-Medidas antidumping;
-Cláusulas de salvaguardia; y,
-Solución de controversias.
Según la OMC, para ser aplicadas estas medidas se necesita tener la legislación pertinente en el país que desea hacer uso de ellas y cumplir en cada caso, con las definiciones básicas del tipo de medidas que se desea aplicar.
En ese sentido, la presentación por parte del Ejecutivo de este proyecto de ley entrega, a juicio de la Sociedad Nacional de Agricultura, un instrumento corrector de distorsiones que apunta en el sentido correcto de dar transparencia al mercado agrícola.
Con las cláusulas de salvaguardias, se podrá enfrentar correctamente aquellas situaciones que la actual legislación no cubre en caso de un aumento excesivo de importaciones que causen grave daño a la industria local.
Pero cualquiera sea el caso, dado que la OMC ha previsto la necesidad de que los países en forma local, puedan disponer de instrumentos para garantizar la sana competencia en cada nación, parece adecuado que se esté tramitando este proyecto de ley de salvaguardias, particularmente porque el mercado agrícola mundial es el más distorsionado de todos.
Por otro lado, hizo presente que esta iniciativa se enmarca dentro del cumplimiento del Protocolo de Acuerdo firmado entre el Gobierno y el Congreso Nacional, durante la tramitación de la ley de rebaja de aranceles aduaneros, por lo que para la Sociedad Nacional de Agricultura es un muestra de confianza que confirma la forma correcta y coordinada, de trabajar con la autoridad. En atención a esto, las salvaguardias vienen a complementar los instrumentos que permitirían dar mayor transparencia al funcionamiento del mercado agrícola.
Sin embargo, a pesar de la existencia de este mecanismo y por la forma en la cual se negociaron los acuerdos comerciales, fundamentalmente con Mercosur y con Canadá, las salvaguardias son aplicables a todos y, con algunas excepciones, a estos dos Acuerdos.
Las principales reservas respecto de estos Acuerdos se relacionan con el hecho de que con Mercosur las salvaguardias tienen características bilaterales, las cuales actualmente se están negociando y deberán ser tramitadas en el Congreso Nacional, lo que podría dilatarlas más allá de lo necesario.
En cuanto al Acuerdo suscrito con Canadá, aunque este mecanismo de salvaguardias está permitido, estas medidas no son aplicables a los productos con arancel cero y sólo se aplicarán durante el proceso de transición hacia el libre comercio.
Según la Sociedad Nacional de Agricultura esto atenta contra el espíritu de la aplicación de salvaguardias, ya que con arancel cero se puede producir una importación que cause grave daño ante lo cual, no habrá mecanismo que cautele a la producción nacional.
En definitiva, el mecanismo de salvaguardias permitiría a la autoridad aplicar sobretasa arancelaria que evitaría, al menos durante un tiempo, generar grave daño a la producción nacional y aunque el sector agrícola ve con satisfacción la posibilidad de tener un instrumento que cautele el comercio sectorial, tiene reservas sobre el tratamiento que tendrán las importaciones que se rigen por los dos acuerdos comerciales más importantes para la agricultura, cuales son, con Mercosur y con Canadá.
b) Asociación Nacional de Importadores A.G..
Expuso el señor José Antonio Oyarzún , quien señaló que el proyecto actualiza la legislación vigente en la materia, con apego a las disposiciones del artículo XIX del Gatt y del Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC, pero con mayores y saludables restricciones en cuanto al tipo de medidas aplicables y al período de vigencia de éstas y sus prórrogas. La aplicación de sobretasas tampoco es gratuita en el proyecto, pues ésta impone costos directos en términos de compensaciones arancelarias a las partes afectadas.
El proyecto, sin embargo, es perfectible en el sentido que requiere precisar parámetros objetivos y cuantificables para determinar la naturaleza y gravedad del aumento de las importaciones. También debe establecer mecanismos para vincular el daño determinado con los niveles de sobretasas que corresponde aplicar.
A consecuencia de lo anterior, la Comisión de Distorsiones aparece provista de importantes atribuciones discrecionales en la determinación del daño potencial o real a los productores nacionales y en la aplicación y prórroga de sobretasas, estando además facultada para iniciar investigaciones de oficio (aunque no exista una contraparte privada propiciándola) y para eximir de la obligación de establecer calendarios de desmantelación en casos calificados.
Sin estas consideraciones, que constituyen una condición necesaria para la efectividad de la iniciativa, el proyecto de ley corre el riego de imponer costos indeseados en eficiencia y bienestar, tanto a los consumidores como al aparato productivo.
c) Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile.
El señor José Manuel Melero Abaroa , Secretario General , entregó los planteamientos de esta institución, cuyas conclusiones se señalan a continuación:
a) Hizo presente que es firme partidaria del libre mercado internacional, por lo que, en un escenario ideal, considera como innecesaria la aplicación de medidas de salvaguardias para Importaciones de bienes y servicios. No obstante, entiende que no existen mercados perfectos, razón por la cual se ven enfrentados a diversas distorsiones en el ámbito de la competencia leal y desleal por parte de terceros países.
b) Para dicha entidad gremial, el proyecto de ley sometido a trámite legislativo se ajusta, en su espíritu, a la normativa contenida en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
No obstante, estiman que su articulado actual permite excesivos “espacios de libertad” para la Autoridad, generándose, por esta vía, elementos que podrían llevar a actuaciones discrecionales en la aplicación de la normativa sobre salvaguardias de la OMC en el país.
c) Por ello, se hace necesario elaborar un reglamento específico de la ley, el cual contenga parámetros claros para la determinación de conceptos de “amenaza de daño grave”, “daño grave a la producción nacional de un determinado bien”, así como también determinar una “escala de medidas” correspondientes a cada “nivel de daño”
d) Por último, señalaron que la composición de las instancias de análisis y apelación debieran estar compuestas, al menos en un 25% de sus miembros, por representantes debidamente seleccionados a propuesta del sector privado nacional, como ocurre en casos similares ( Junta Nacional de Aduanas , proyectos de ley de Modernización de Pro-Chile).
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d) Asociación Nacional de Bebidas Refrescantes (Anber).
Esta asociación, representada por su Presidente el señor Sergio Guzmán , señaló que, a su juicio, el proyecto de ley propuesto no favorece la inserción de Chile en los mercados internacionales. Cree que éste tiende a favorecer a sectores sustituidores de importaciones que ya debieron experimentar un proceso de reconversión productiva para hacer frente a las exigencias que impone la apertura del comercio internacional.
Agregó que teme que esta iniciativa legal abra un espacio para recibir presiones de todo tipo que pueden distorsionar la estructura arancelaria del país, promoviendo aranceles, de hecho, más diferenciados que los actuales.
Al respecto y con el objeto de mejorar, a su parecer la legislación es que proponen algunas modificaciones, a saber:
a) Disponer que las presentaciones mediante las cuales se recurra a la Comisión de Distorsiones y los procedimientos y resoluciones de ésta, sean públicos y fundados. Para ello, deberán establecerse registros de libre acceso por parte de interesados, y publicaciones de etapas y decisiones determinadas del procedimiento.
b) Las resoluciones de la Comisión de Distorsiones debieran ser apelables, no sólo por el peticionario sino que por cualquier tercero afectado por la resolución de la Comisión. (Por ejemplo, si se determinare aplicar una sobretasa al azúcar, Anber o cualquiera otra rama de la producción afectada con tal medida debería tener derecho a apelar fundadamente de la misma).
c) El proyecto no limita la atribución del Presidente de la República para establecer una sobretasa a un producto específico. Desde el punto de vista económico, la sobretasa equivale a un impuesto y, por lo tanto, estima indispensable limitar la facultad del Ejecutivo para fijar sobretasas. De hecho la Comisión de Distorsiones, en la actualidad, no puede exceder el límite que establece la OMC.
El proyecto de salvaguardias fue convenido en el Protocolo de entendimiento suscrito con motivo del proyecto de ley de rebajas arancelarias entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional. La inquietud por legislar sobre salvaguardias surgió de la preocupación de los efectos que tendrá la disminución progresiva de aranceles de un 11% a un 6% a razón de un punto por año. El motivo central del proyecto, es que lo anterior podría estimular un eventual aumento de las importaciones con grave daño a sectores específicos de la economía nacional. Por esta razón, estima que las salvaguardias debieran tener un límite máximo equivalente al diferencial entre el arancel vigente al momento de la solicitud y el arancel de 11% que es el que protegía inicialmente a la producción nacional.
d) El tema del período de vigencia de las sobretasas es esencial. Desde el punto de vista del bien que se pretende proteger, nada justifica establecer salvaguardias por períodos extensos; una distorsión coyuntural de mercado se resuelve en plazos breves. Desde el punto de vista del buen uso del mecanismo, evidentemente una vigencia extensa de la protección, estimula la solicitud del beneficio, de manera infundada.
El proyecto propone que la vigencia de las sobretasas no podrá exceder de un año y que podrá ser prorrogada por un año más, por una sola vez. Estima que tales lapsos son excesivos. Propone disminuir el período de vigencia de las sobretasas a seis meses incluido el período de aplicación provisional de la medida, sin posibilidad de prórroga. Tal período máximo resulta totalmente compatible con el efecto económico puntual que las salvaguardias pretenden producir.
e) Excluir del acceso a salvaguardias a los productos con bandas de precios, en especial el caso del azúcar, porque dada la estructura de mercado del sector, con un solo productor y controlador del mercado, que además cuenta con la ventaja de la banda, no se justifica una ventaja adicional ya que estas protecciones finalmente van en desmedro de los consumidores.
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e) Instituto Textil.
El señor Mario García , Presidente Ejecutivo de la Institución , señaló que llama la atención que, por un lado, el plazo máximo para aplicar la salvaguardia sea de un año, y no de dos o cuatro como lo autoriza el Acuerdo General y, por otro, que para aprobar un arancel superior al consolidado ante la OMC (es decir, más del 25%) se requiera de un quórum especial de los ¾ de los miembros de la Comisión de Distorsiones, siendo que todos ellos son del sector público. Encuentran muy plausible el establecimiento de las cláusulas de salvaguardias, pero estiman necesario un compromiso político de que ellas serán aplicadas.
En general, aplaudió el proyecto pero rechazó la tardanza en su presentación, y sobre el particular señaló que “los tiempos del sector público son más largos que los tiempos del sector privado”.
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f) Asociación Nacional del Cuero y el Calzado.
La señora Magaly Poseck, Presidenta de la Asociación , informó que en la actualidad funciona sólo un 50% de las empresas nacionales del rubro. Se trata de 40 millones de pares de calzados que se venden en Chile; sin embargo, se han importado hasta el momento 21 millones de pares. Repite que apoya los argumentos dados por su antecesor (señor García ); el tema de las sobretasas no les ayuda en nada, pues si se importan zapatos a $19 y $14, es imposible competir, ni aun cuando se fijen sobretasas del 200%. La materia prima en casi todas las partes del mundo tiene el mismo valor (suela, cuero, plásticos, etc.), por tanto, para los fabricantes de calzados, lo ideal sería establecer cupos.
g) Confederación Nacional Unida de la Mediana y Pequeña Industria (Conupia).
Las observaciones de esta institución fueron expuestas por el señor Germán Drastes González , quien señaló que ellas se resumen en los siguientes puntos:
1. Que los costos de los estudios para determinar la necesidad de aplicar medidas de salvaguardias sean imputados a un ítem presupuestario específico de la Comisión Nacional de Distorsiones. Este es un punto particularmente crítico para la pequeña y mediana empresa (Pyme).
2. Que la extensión de la aplicación de sobretasas sea por el máximo período permitido por la OMC, es decir, por ocho años (cuatro más cuatro).
3. Que los importadores puedan apelar cada año, mediante la presentación de un estudio efectuado a sus expensas, para eliminar o disminuir las sobretasas fijadas.
4. Que los recursos recaudados vía aplicación de medidas de salvaguardias, sean encauzados al fomento productivo.
5. Ante la aparente imposibilidad de participar en forma directa, con voz y voto, en la Comisión de Distorsiones (por la incompatibilidad de ser juez y parte), se propone crear una Comisión Gremial y Laboral (integrada por asociaciones gremiales y sindicales) asesora de la Comisión Nacional de Distorsiones.
Se señaló que dicha Institución no teme a la competencia, sino que, más bien, la consideran como un motor de desarrollo. Sin embargo, las medidas paraarancelarias, son una realidad de la actual estructura de intercambio internacional. Recalcó que no se desea tratos especiales, ni protecciones ventajosas; sólo se pide del Gobierno y de los Legisladores, que se dicten normas que permitan competir en igualdad de condiciones.
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h) Instituto Libertad y Desarrollo.
Los señores Tomás Flores y Axel Bucheister entregaron a la Comisión la posición del Instituto sobre el proyecto de ley en informe. Señalaron que la aprobación de una norma legal sobre medidas de salvaguardias es inconveniente para el desarrollo de la economía y el comercio exterior del país, aparte del hecho que el proyecto presentado adolece de imprecisiones técnicas y contiene normas de dudosa constitucionalidad.
En términos generales, se hizo presente que el proyecto de ley hace una simple remisión a los Acuerdos de Marrakech, sin agregar precisiones o acotar sus alcances. Así:
-La facultad de aplicar sobretasas provisionales es muy amplia, y debiera acotarse a través de exigir un quórum mas alto para su aplicación por parte de la Comisión de Distorsiones.
-No debiera permitirse aplicar una sobretasa superior al “arancel consolidado ante la OMC” (que constituye el tope máximo que autoriza la OMC, que para Chile es un 25% para la generalidad de los productos), pues se abre un espacio de discrecionalidad para la autoridad.
-Se pretende derogar la norma que establece sobretasas de monto específico desde 3% hasta 24%. La existencia de estas tasas específicas se debía a una aplicación estricta de la norma constitucional que establece que los tributos se fijan por ley, lo que supone que todos sus elementos estén en ella; vale decir, la propia ley debe señalar el hecho gravado, la tasa y la base imponible. Por lo tanto, la derogación de las tasas específicas, dejando su determinación al arbitrio del Presidente de la República , en sustitución de la ley, debe considerarse inconstitucional. Por igual razón, también es inconstitucional que se establezcan sobretasas como medidas de salvaguardias, sin precisar su monto, que en lo esencial es lo que viene haciendo el proyecto.
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i. Instituto Libertad.
El señor Rodolfo Amenábar entregó las observaciones del Instituto señaló que este proyecto de ley se propuso para cumplir con un compromiso asumido por el Ejecutivo con el Congreso Nacional, a raíz de la aprobación de la rebaja de aranceles de 1% anual por cinco años a partir de 1999, proceso que podría posibilitar el ingreso masivo de importaciones.
La primera reflexión o pregunta es por qué los parlamentarios solicitaron este compromiso, primero, si las salvaguardias son trabas arancelarias para encarecer las importaciones sanas, es decir, aquellas que se hacen lealmente, que no tienen subsidios ni tienen el carácter de dumping, y que al encarecer las importaciones restan bienestar a los consumidores y, segundo, si los productores nacionales urgían a una rebaja arancelaria mas profunda y en un plazo mas corto.
La pregunta es, si los consumidores salían beneficiados con la rebaja y los productores también así lo estimaban, ¿para qué pedir entonces un compromiso de salvaguardias como éste?
Lo que pasa es que se confundieron las cosas. 0 este compromiso de salvaguardias erradamente se habría pedido para contrarrestar dumping o importaciones subsidiadas, es decir, para contrarrestar importaciones viciadas, para lo cual hay otros instrumentos para enfrentarlas, o bien se pidió porque en verdad había algunos sectores productivos que no querían la rebaja de aranceles y no lo decían abiertamente, por lo cual habrían manifestado su interés a los parlamentarios, en la implementación de este tipo de instrumento de protección para ellos, que de aplicárseles, les daría mayor protección que el arancel del 11%, por cuanto las sobretasas que se pusieren con gran probabilidad serían mayores a la rebaja programada del arancel. Si esto es así, se señaló, se estaría ante un proyecto de ley proteccionista que pretende anular el proceso de rebaja arancelaria. Tan claro es que las salvaguardias quieren desalentar importaciones sanas y competitivas, que hay que dar compensaciones a los países afectados para tratar de repararles el daño que les provoca este instrumento de protección.
Por otra parte, hizo mención al riesgo que conlleva el no establecer elementos claros y precisos para determinar cuándo hay grave daño o amenaza del mismo, permitiendo una aplicación discrecional de las medidas, por parte de la autoridad administrativa.
Asimismo, no estimaron conveniente que la Comisión de Distorsiones pueda actuar de oficio, atendido que si una rama de la producción nacional está en problemas concurrirá a dicha entidad a pedir ayuda.
Las salvaguardias tienen efectos negativos, por un lado, para los consumidores porque suben el precio de los bienes y disminuyen su bienestar, y por otro, para los productores que utilizan esos bienes salvaguardados como insumo de sus producciones, ya sean éstas para el mercado interno o externo. La producción nacional que utiliza el insumo salvaguardado se resentirá y caerá el empleo de mano de obra en el sector que lo utiliza, contrapesando o superando el mayor empleo que generaría el sector productor del insumo salvaguardado.
Por último, las salvaguardias están destinadas sólo a proteger a las industrias sustituidoras de importaciones. ¿Por qué no pensar en proteger a las industrias exportadoras? Si esta protección se hace con instrumentos de orden general y no con salvaguardias, por ejemplo, reduciendo el crecimiento del gasto público significativamente por bajo el crecimiento del PIB para tonificar el tipo de cambio real, el beneficio iría directamente en forma pareja a las industrias sustituidoras de importaciones en problemas y también a las exportadoras.
En síntesis, el Instituto Libertad se manifestó contrario al proyecto de ley porque, por un lado, las salvaguardias disminuyen el bienestar de los consumidores, desincentivan la producción, el empleo y son proteccionistas; y por otro lado, no existe una determinación clara de lo que debe entenderse por grave daño y amenaza del mismo.
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La Comisión efectuó un debate acerca de la idea central que motiva la iniciativa legal.
Una de las observaciones que se hizo fue la expresada por el Diputado señor Jaime Orpis , en el sentido de que debiera haberse tramitado este proyecto de ley en conjunto con el que se encuentra en el Senado, en segundo trámite constitucional, que tiene por objeto modificar la ley Nº 18.525, que es lo mismo que busca el proyecto de ley en informe. Estimó el señor diputado que ambas iniciativas legales tienen un carácter proteccionista. Agregó que esta actitud podría volcarse en contra de los consumidores, los que no se verían beneficiados con una rebaja en los precios de los productos, como consecuencia de la libre competencia.
Estimó el señor diputado que las medidas de salvaguardias deben ser aplicadas por la autoridad competente, siempre que exista una reciprocidad por parte de un país que desee aplicar estas mismas medidas a Chile.
Por su parte, el Diputado señor Francisco Encina se manifestó acorde con las observaciones del Diputado señor Jaime Orpis, en el sentido de que debiera tramitarse ambos proyectos de ley en forma conjunta, debido a que se refieren a materias similares.
El señor diputado manifestó su preocupación por la existencia de algunos productos que, al aprobarse esta iniciativa legal, contarán con una doble protección, como aquellos que están afectos a banda de precios. A su juicio, lo anterior podría afectar a los consumidores, en especial, aquellos de menores recursos. Estimó que debiera establecerse una excepción para aquellos productos con banda de precios para que no dispongan de dos medidas de protección en forma simultánea.
El Diputado señor Eugenio Tuma se manifestó acorde con el proyecto de ley en informe, a pesar de que reconoce que éste no resolverá todos los problemas existentes en la materia. Agregó que lo principal es que de su texto se puede concluir que ayudará a un sector importante de productores para competir en el mercado internacional, al entregarle un instrumento muy eficaz para prever situaciones que pudiesen dañar a determinados sectores de la producción.
Por su parte, el Diputado señor Carlos Recondo estimó que la iniciativa legal busca aminorar los efectos negativos que se pudiesen producir a nivel internacional, como consecuencia de circunstancias extraordinarias. Recalcó que se entrega un elemento más que ayuda al sector agrícola, por lo que considera apropiado el texto propuesto.
Agregó el señor diputado que nuestra economía es pequeña, lo que impide generar competencia a nivel internacional, por lo que se debe ir a la búsqueda de eficiencia para contrarrestar los efectos que se podrían producir con medidas como es la existencia de banda de precios en determinados productos agrícolas.
El Diputado señor Jaime Orpis solicitó dejar constancia de las razones de su voto negativo para el presente proyecto de ley. Señaló que, a su juicio, se debe proteger al comercio nacional de las prácticas comerciales internacionales desleales, como ser los subsidios y el dumping. Agregó que se ha perdido una buena oportunidad para entrar a revisar a fondo la legislación vigente que rige a la Comisión de Distorsiones, creada en el artículo 11 de la ley Nº 18.525, tanto en la ocasión anterior como en la actual. Así, insistió que la protección que se debe dar al comercio nacional debe ir encaminada a protegerlo de conductas comerciales desleales y no del comercio lícito, como es el caso de los hechos que dan lugar a la aplicación de medidas de salvaguardias.
Finalmente, estimó que debió haberse aprovechado esta oportunidad para una revisión a fondo de la legislación vigente sobre la materia, lo que no se efectuó, siendo una de ellas la alteración del peso de la prueba que corresponde en una investigación que efectúe la Comisión.
La Comisión aprobó la idea de legislar por cuatro votos a favor y uno en contra.
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b) En particular.
ARTÍCULO ÚNICO
Consta de las letras a), b), c), d), e) y f).
Artículo único, letra a)
(Artículo 4º de la ley Nº 18.525)
Esta modificación al artículo 4º de ley Nº 18.525, tiene por objeto agregar en el inciso primero, a continuación de la palabra “sobretasas”, la siguiente frase: “de las mencionadas en el artículo 9º o”.
Esta modificación busca adecuar el texto de este artículo con lo propuesto para el nuevo artículo 9º.
La Comisión aprobó esta proposición por seis votos a favor, uno en contra y una abstención.
Artículo único, letra b)
(Artículo 9º de la ley Nº 18.525)
Se propone sustituir el actual texto del artículo 9º de la ley Nº 18.525 por otro que permite la aplicación de medidas de salvaguardias, consistentes en sobretasas arancelarias ad valorem, para lo cual es necesario que se den determinadas condiciones, a saber:
a) Que concurran las circunstancias previstas en el artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, de 1994 y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio.
b) Que el Presidente de la República dicte un decreto supremo, a través del Ministerio de Hacienda, y
c) Que se haya emitido un informe previo, favorable de la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones de precios de las mercancías importadas.
Esta Comisión, que puede actuar de oficio o a solicitud de la rama de producción afectada, dispone de un plazo de 30 días para resolver.
Se autoriza para aplicar sobretasas en forma provisional, cuando así lo determine la Comisión y se haya comprobado que concurren las circunstancias previstas en el Acuerdo de Salvaguardias de la OMC
Se formularon las siguientes indicaciones a este artículo:
1. Del Diputado Hales , a la letra b) del Artículo Único del proyecto, para sustituir en el inciso cuarto del artículo 9º de la ley Nº 18.525 la expresión “un año” por “dos años”.
2. Del Diputado Delmastro , a la letra b) del Artículo Único del proyecto, para sustituir en el inciso cuarto del artículo 9º de la ley Nº 18.525, donde dice “un año” por “dos años”, prorrogable por otros dos años.
3. Del Diputado Encina , para eliminar en el inciso tercero, del artículo 9º, en la letra b) del proyecto, la frase: “También podrá iniciar investigaciones de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen”.
4. Del Diputado Encina , para agregar en el inciso tercero, letra b) del proyecto la siguiente frase: “Las presentaciones mediante las cuales se recurre a la Comisión de Distorsiones y los procedimientos y resoluciones de ésta deberán ser públicos y fundados. Para ello, se establecerán registros de libre acceso por parte de interesados, y se publicarán las decisiones tomadas durante las etapas del proceso”.
5. Del Diputado Encina , para agregar al final del inciso tercero del artículo 9º, en la letra b) del proyecto la siguiente frase final: “Las resoluciones de la Comisión de Distorsiones podrán ser apelables, no sólo por el peticionario sino que por cualquier tercero afectado por dichas resoluciones”.
6. Del Diputado Encina , para reemplazar el inciso quinto del artículo 9º, en la letra b) del proyecto, por “La suma de la sobretasa más el arancel vigente no podrán superar bajo ninguna circunstancia el nivel arancelario consolidado de la OMC”.
7. Del Diputado Encina , para agregar al final del inciso primero del artículo 9º, en la letra b) del proyecto, lo siguiente: “Estas sobretasas no serán aplicables a los productos sujetos al régimen del artículo 12 de esta ley”.
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Indicaciones Nºs 1 y 2
De los Diputados señores Hales y Delmastro, antes transcritas.
El Diputado señor Hales señaló que estima pertinente permitir que la Comisión de Distorsiones esté facultada para aplicar una medida de salvaguardia hasta por dos años, prorrogable por un año más debido a que un año, a su juicio, es muy poco. Argumentó que, en primer lugar, no ve razones para que Chile se limite si el Acuerdo de Salvaguardias adoptado en Marrakech autoriza hasta cuatro años, prorrogables por cuatro años más; en segundo lugar, no afecta el régimen de compensaciones establecido en los convenios internacionales pues ellas comienzan a aplicarse desde el término del tercer año; y, en tercer lugar, es muy difícil que una actividad económica nacional que se vea afectada por una importación masiva que le haya producido grave daño a una rama de la producción nacional pueda solucionar sus problemas en sólo un año.
El Diputado señor Delmastro agregó que hay sectores como el agrícola, para los cuales el plazo de un año de aplicación de una medida de salvaguardias es absolutamente insuficiente para que se reponga del grave daño que le haya ocasionado el hecho que dio lugar a dicha medida.
El Diputado señor Tuma hizo presente que, a su juicio, modificar el proyecto inicial con una indicación que aumente el plazo propuesto por el Mensaje para la aplicación de salvaguardias puede hacer más difícil la aprobación del mismo. Ello conduce, agregó, a que finalmente las actividades a las que se quiere beneficiar -o proteger- con la iniciativa legal, se vean mas afectadas y desprotegidas. Mientras mayores sean las modificaciones que se pretenda introducir, mayores serán los problemas para aprobar el proyecto.
El señor Luis Sánchez Castellón , Subsecretario (S) de Economía, Fomento y Reconstrucción, señaló que, desde el punto de vista formal, el Ejecutivo estima inadmisible la indicación en virtud de la disposición contenida en la Constitución Política del Estado, artículo 62, inciso cuarto, Nº 1.
Por otro lado, agregó, desde el punto de vista del fondo, el Ejecutivo no es partidario de extender de uno a dos años el plazo para aplicar una medida de salvaguardia, basado en elementos técnicos y económicos. Las salvaguardias tienen por objeto proteger a una rama de la producción nacional de cambios repentinos en los volúmenes de importaciones, más que de los valores importados, y que eventualmente produzcan o amenacen producir grave daño. Las estadísticas de los últimos años indican que en relación a los saltos por partidas arancelarias -que no siempre es un producto sino que dos o más-, los cambios en cantidad no duran ni dos ni tres años, por tanto, un año es suficiente para defenderse de los incrementos de las importaciones; se dio un año adicional de plazo, siempre y cuando la rama productiva respectiva vuelva a presentar la solicitud basada en que se ve afectada.
El Presidente de la Comisión sometió a discusión y votación la inadmisibilidad de las dos indicaciones antes referidas.
Algunos señores diputados expresaron que las indicaciones eran inadmisibles en razón de lo dispuesto en el artículo 62, inciso cuarto, Nº 1, de la Constitución Política, que señala: “Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para: 1º. Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, y determinar su forma, proporcionalidad o progresión;”.
Los diputados que sostuvieron la inadmisibilidad, lo hicieron en razón de que, a su juicio, aumentar el plazo para aplicar un determinado tributo -como sería el caso de una medida de salvaguardia- implica imponer por un año más la obligación del pago de tributos por parte de los importadores, y ello contraviene la norma constitucional, en el sentido que se trata de una disposición de iniciativa exclusiva del Presidente de la República . No obstante ello, en cuanto al fondo de la indicación, señalaron que la idea es otorgar un “rango”, y no necesariamente deberá aplicarse una medida por el plazo máximo.
Por su parte, algunos señores diputados apoyaron la admisibilidad de las indicaciones en razón de que ellas no implicaban sino aumentar un plazo para el pago de un tributo, pero que era el Presidente de la República quien quedaba facultado para fijarlo; sin embargo, no se modificaba el tributo mismo.
La Comisión, luego del debate, acordó por simple mayoría declarar inadmisible ambas indicaciones en virtud de lo dispuesto en el artículo 62, inciso cuarto, Nº 1, de la Constitución Política, que señala: “Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para: 1º Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, y determinar su forma, proporcionalidad o progresión.”.
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Indicación Nº 3
Del Diputado señor Encina , ya transcrita.
El Ejecutivo no compartió el contenido de la indicación. Ello atendido a que el proyecto de ley es concordante con el Acuerdo de Marrakech, que tiene una amplia regulación sobre la materia y de cómo opera el mecanismo de las salvaguardias. Dicho Acuerdo ha sido ratificado por Chile; y no parece adecuado limitar la capacidad que tiene la Comisión de Distorsiones para actuar de oficio cuando los antecedentes así lo ameriten. Algunas veces se ha utilizado tal facultad pues no todos los sectores productivos cuentan con los medios para reunir los antecedentes necesarios para formular debidamente una denuncia.
Sin mayor debate, se sometió a votación la indicación, la que fue rechazada por la unanimidad de los diputados presentes.
Indicación Nº 4
Del Diputado señor Encina , ya transcrita.
Se hizo presente que se encuentra en actual trámite en el Senado el proyecto de ley que modifica, en forma más general la ley Nº 18.525, y allí se contempla un procedimiento especial para la aplicación de estas medidas de salvaguardias y establece que las resoluciones deben ser fundadas. Desde esa perspectiva, la indicación es innecesaria.
Sin mayor debate, se rechazó la indicación por seis votos en contra y una abstención.
Indicación Nº 5
Del Diputado señor Encina , ya transcrita.
La Comisión fue informada que, al igual que la anterior, la situación que propone esta disposición está contenida en el proyecto de ley que se encuentra en actual trámite en el Senado y, desde esa perspectiva, la indicación es innecesaria, atendido que dicho proyecto modifica en forma más general la ley Nº 18.525.
Se rechazó por la Comisión esta indicación por seis votos en contra y una abstención.
Indicación Nº 6
Del Diputado señor Encina , ya transcrita.
El Presidente de la Comisión , en uso de la facultad que le concede el artículo 237, Nº 16, del Reglamento de la Corporación, declaró inadmisible esta indicación, en razón de que dicha norma es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República .
Indicación Nº 7
Del Diputado señor Encina , ya transcrita.
Puesta en discusión esta indicación, el Ejecutivo hizo presente que, a su juicio, era inadmisible en razón que establece límites a la fijación de sobretasas para determinados productos -aquellos respecto de los cuales existen bandas de precios-. No están en situación de contar con una salvaguardia, pero no hay razón para que no sean objeto de ellas si así lo ameritan las circunstancias.
La Comisión rechazó por unanimidad la indicación antes referida.
Puesta en votación la letra b) del artículo único del proyecto, se aprobó por seis votos a favor, uno en contra y una abstención.
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Artículo único, letra c)
(Artículo 10, de la ley Nº 18.525)
Mediante esta modificación se propone eliminar en el artículo 10 de la ley Nº 18.525, la frase: “sobretasas de un 3%, 5%, 8%, 10%, 12%, 15%, 18%, 20% y 24% ad valorem”.
Se informó que las sobretasas que se eliminan son las que en la actualidad se aplican pero, ahora, la materia viene tratada en el artículo 9º, antes referido.
La Comisión, sin debate, aprobó por seis votos a favor y uno en contra esta disposición.
Artículo único, letra d)
(Artículo 10, de la ley Nº 18.525)
El Diputado señor Tuma , formuló indicación para eliminar la palabra “sobretasas” entre las palabras “aplicarán éstas” y “derechos antidumping”, en la parte final del artículo 10 de la ley Nº 18.525, para adecuar formalmente la modificación propuesta a esta disposición en el mensaje.
La Comisión, sin debate, aprobó por seis votos a favor y uno en contra, la indicación antes referida.
Artículo único, letra e)
(Artículo 11, de la ley Nº 18.525)
Propone modificar el inciso quinto del artículo 11 de la ley Nº 18.525, con el objeto de eliminar referencias y hacer compatible el texto con las modificaciones propuestas en el resto del proyecto.
Sin debate, se aprobó la disposición propuesta en el proyecto de ley, por seis votos a favor y dos en contra.
Artículo único, letra f)
(Artículo 11, de la ley Nº 18.525)
Propone modificar el inciso décimo del artículo 11 de la ley Nº 18.525, con el objeto de otorgar competencia a la Comisión de Distorsiones para conocer de denuncias relativas a la aplicación de ciertas medidas contenidas en convenios internacionales que forman parte del Acuerdo de Marrakech.
Sin mayor debate, se aprobó la disposición propuesta en el proyecto de ley por seis votos a favor y uno en contra.
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IV. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DE LEY EN INFORME QUE CONTIENEN NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
No existen en el proyecto disposiciones con ese carácter.
V. ARTÍCULOS QUE CONFORME AL REGLAMENTO, DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
Artículo único, letras a), b), c), d, e) y f).
VI. EL PROYECTO DE LEY EN INFORME FUE APROBADO EN GENERAL POR CUATROS VOTOS A FAVOR Y UNO EN CONTRA.
VII. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.
La Comisión rechazó las siguientes indicaciones:
1. Del Diputado Hales , a la letra b) del Artículo Único del proyecto, para sustituir en el inciso cuarto del artículo 9º de la ley Nº 18.525 la expresión “un año” por “dos años”.
2. Del Diputado Delmastro , a la letra b) del Artículo Único del proyecto, para sustituir en el inciso cuarto del artículo 9º de la ley Nº 18.525, donde dice “un año” por “dos años”, prorrogable por otros dos años.
3. Del Diputado Encina , para eliminar en el inciso tercero, del artículo 9º, en la letra b) del proyecto, la frase: “También podrá iniciar investigaciones de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen”.
4. Del Diputado Encina , para agregar en el inciso tercero, letra b) del proyecto la siguiente frase: “Las presentaciones mediante las cuales se recurre a la Comisión de Distorsiones y los procedimientos y resoluciones de ésta deberán ser públicos y fundados. Para ello, se establecerán registros de libre acceso por parte de interesados, y se publicarán las decisiones tomadas durante las etapas del proceso”.
5. Del Diputado Encina , para agregar al final del inciso tercero del artículo 9º, en la letra b) del proyecto la siguiente frase final: “Las resoluciones de la Comisión de Distorsiones podrán ser apelables, no sólo por el peticionario sino que por cualquier tercero afectado por dichas resoluciones”.
6. Del Diputado Encina , para reemplazar el inciso quinto del artículo 9º, en la letra b) del proyecto, por “La suma de la sobretasa más el arancel vigente no podrán superar bajo ninguna circunstancia el nivel arancelario consolidado de la OMC”.
7. Del Diputado Encina , para agregar al final del inciso primero del artículo 9º, en la letra b) del proyecto, lo siguiente: “Estas sobretasas no serán aplicables a los productos sujetos al régimen del artículo 12 de esta ley”.
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Vuestra Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo os propone que aprobéis, en consecuencia, el siguiente
PROYECTO DE LEY
“ARTÍCULO ÚNICO.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley Nº 18.525:
a) Intercálase en el párrafo primero del artículo 4º, después de la palabra “sobretasas” lo siguiente: “de las mencionadas en el artículo 9º o”;
b) Sustitúyese el artículo 9º por el siguiente:
“Artículo 9º.- En caso de que concurran las circunstancias previstas en el Artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio, el Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, aplicar sobretasas arancelarias ad valorem, previo informe favorable de la Comisión a que se refiere el artículo 11.
Las sobretasas señaladas en el inciso anterior se podrán aplicar provisionalmente cuando la Comisión determine que concurren las circunstancias previstas en el artículo 6 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio. Para realizar dichas determinaciones la Comisión dispondrá de un plazo no superior a 30 días, contado desde el inicio de la investigación.
La Comisión podrá iniciar la investigación a solicitud escrita presentada por la rama de producción nacional afectada por el daño grave o amenaza del mismo. Para estos efectos se entenderá por rama de producción nacional lo señalado en el párrafo 1, letra c) del Artículo 4 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio. También podrá iniciar investigaciones de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen.
La vigencia de las sobretasas señaladas en el presente artículo no podrá exceder de un año, incluido el período de aplicación provisional de la medida. Sin embargo, dicha vigencia podrá ser prorrogada por un período que no exceda de un año, y por una sola vez, cuando persistan las circunstancias que motivaron su aplicación, para lo cual se requerirá igualmente el informe favorable de la Comisión referida en el inciso primero. La prórroga de la sobretasa deberá contemplar un calendario de desmantelamiento gradual, salvo circunstancias excepcionales debidamente calificadas por la Comisión.
Para aplicar una sobretasa que, sumada al arancel vigente, resulte superior al nivel arancelario consolidado en la Organización Mundial del Comercio, se requerirá de la aprobación de las tres cuartas partes de los integrantes de la referida Comisión.
La aplicación de las medidas de emergencia o de salvaguardia previstas en los acuerdos comerciales se regirán, con carácter supletorio, por las normas del presente artículo y su reglamento. En caso de incompatibilidad entre las normas aquí establecidas y las normas contenidas en los referidos acuerdos, prevalecerán estas últimas en la medida de la incompatibilidad.
Cuando se convenga una compensación con otro país a raíz de la aplicación de una medida de salvaguardia, el Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda y durante el plazo en que se aplique la medida, disminuir los aranceles o acelerar el proceso de desgravación previstos en el correspondiente acuerdo comercial.
El Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, aumentar los aranceles aplicables a mercancías de otro país, cuando no se haya logrado convenir una compensación adecuada por la aplicación de una medida de salvaguardia, por parte de ese país, a mercancías chilenas”;
c) Elimínase en el artículo 10, la frase que se inicia con “sobretasas de” y que finaliza con “24% ad valorem,”;
d) Elimínase en el artículo 10, parte final, la palabra “sobretasas”, entre las palabras “aplicarán estas” y “derechos antidumping”;
e) En el párrafo quinto del artículo 11, elimínase la palabra “sobretasas,” y sustitúyese la frase “valores aduaneros mínimos” por la palabra “sobretasas”;
f) Sustitúyese el inciso décimo del artículo 11 por el siguiente:
“Corresponderá a esta Comisión conocer las denuncias relativas a la aplicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, del Acuerdo sobre Salvaguardias y del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, los cuales forman parte del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.”.
-o-
Se designó Diputado informante al señor Eugenio Tuma Zedan .
Sala de la Comisión, a 11 de enero de 1999.
Acordado en sesiones de fecha 1º, 15 y 22 de diciembre de 1998 y 5 de enero de 1999, con asistencia de los siguientes señores Diputados: Eugenio Tuma ( Presidente ), Gabriel Ascencio , Carlos Caminondo , Roberto Delmastro , Francisco Encina , Patricio Hales , Carlos Ignacio Kuschel , Juan Núñez , Jaime Orpis , Carlos Recondo , Sergio Velasco y Edmundo Villouta .
(Fdo.): LUIS PINTO LEIGHTON, Secretario de la Comisión ”.
ANEXO
Artículo XIX
Medidas de urgencia sobre la importación de productos determinados
1. a) Si, como consecuencia de la evolución imprevista de las circunstancias y por efecto de las obligaciones, incluidas las concesiones arancelarias, contraídas por una parte contratante en virtud del presente Acuerdo, las importaciones de un producto en el territorio de esta parte contratante han aumentado en tal cantidad y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a los productores nacionales de productos similares o directamente competidores en ese territorio, dicha parte contratante podrá, en la medida y durante el tiempo que sean necesarios para prevenir o reparar ese daño, suspender total o parcialmente la obligación contraída con respecto a dicho producto o retirar o modificar la concesión.
b) Si una parte contratante ha otorgado una concesión relativa a una preferencia y el producto al cual se aplica es importado en un territorio de dicha parte contratante en las circunstancias enunciadas en el apartado a) de este párrafo, en forma tal que cause o amenace causar un daño grave a los productores de productos similares o directamente competidores, establecidos en el territorio de la parte contratante que se beneficie o se haya beneficiado de dicha preferencia, esta parte contratante podrá presentar una petición a la parte contratante importadora, la cual podrá suspender entonces total o parcialmente la obligación contraída o retirar o modificar la concesión relativa a dicho producto, en la medida y durante el tiempo que sean necesarios para prevenir o reparar ese daño.
2. Antes de que una parte contratante adopte medidas de conformidad con las disposiciones del párrafo 1 de este artículo, lo notificará por escrito a las partes contratantes con la mayor anticipación posible. Les facilitará además, así a las partes contratantes que tengan un interés substancial como exportadoras del producto de que se trate, la oportunidad de examinar con ella las medidas que se proponga adoptar. Cuando se efectúe dicha notificación previa con respecto a una concesión relativa a una preferencia, se mencionará a la parte contratante, que haya solicitado la adopción de dicha medida. En circunstancias críticas, en las que cualquier demora entrañaría un perjuicio difícilmente reparable, las medidas previstas en el párrafo 1 de este artículo podrán ser adoptadas provisionalmente, sin consulta previa, a condición de que ésta se efectúe inmediatamente después de que se hayan adoptado las medidas citadas.
3. a) Si las partes contratantes interesadas no logran ponerse de acuerdo en lo concerniente a dichas medidas, la parte contratante que tenga el propósito de adoptarlas o de mantener su aplicación estará facultada, no obstante, para hacerlo así. En este caso, las partes contratantes afectadas podrán, no más tarde de noventa días después de la fecha de su aplicación, suspender, cuando expire un plazo de treinta días a contar de la fecha en que las partes contratantes reciban el aviso escrito de la suspensión, la aplicación, al comercio de la parte contratante que haya tomado estas medidas o, en el caso previsto en el apartado b) del párrafo I de este artículo, al comercio de la parte contratante que haya pedido su adopción, de concesiones u otras obligaciones substancialmente equivalentes que resulten del presente Acuerdo y cuya suspensión no desaprueben las partes contratantes.
b) Sin perjuicio de las disposiciones del apartado a) de este párrafo, si medidas adoptadas sin consulta previa en virtud del párrafo 2 de este artículo causan o amenazan causar un daño grave a los productores nacionales de productos afectados por tales medidas, dentro del territorio de una parte contratante, ésta podrá, cuando toda demora al respecto pueda causar un perjuicio difícilmente reparable, suspender, tan pronto como se apliquen dichas medidas y durante todo el período de las consultas, concesiones u otras obligaciones en la medida necesaria para prevenir o reparar ese daño.
4. Informe de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca acerca del proyecto de ley que introduce modificaciones en la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones para establecer un procedimiento de salvaguardias, conforme al acuerdo de Marrakech. (boletín Nº 2269-03)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca pasa a informaros acerca del proyecto de ley del epígrafe, remitido por su Excelencia el Vicepresidente de la República , mediante oficio del cual se dio cuenta en sesión de fecha 1 de diciembre de 1998, siendo remitido para su estudio a las Comisiones de Economía, Fomento y Desarrollo y de Hacienda. Con fecha 15 de diciembre, la honorable Cámara acordó que el proyecto fuera remitido, además, a la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca, por el plazo de dos semanas, una vez despachado por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo.
Cabe hacer presente que, durante el estudio efectuado en la Comisión técnica, especializada en la materia, se dio cabal cumplimiento a la disposición establecida en el artículo 211 del Reglamento Interno de la Corporación, por lo que, vuestra Comisión acordó, por unanimidad, dar por superada la mencionada exigencia reglamentaria.
Durante el estudio de esta iniciativa legal, la Comisión contó con la asistencia y la colaboración del Ministro de Agricultura , don Carlos Mladinic Alonso ; del Subsecretario (S) de Economía, Fomento y Reconstrucción, don Luis Sánchez Castellón ; del Jefe del Departamento de Comercio Exterior de esa Cartera , don Roberto Paiva Reynero ; del Director de Asuntos Económicos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, don Alejandro Jara Puga ; del abogado del Departamento Jurídico de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de ese Ministerio; de la asesora del Ministerio de Hacienda, doña María Eugenia Wagner y del asesor del Ministerio de Agricultura, don Mauricio Zelada Pérez .
I. IDEAS FUNDAMENTALES O MATRICES DEL PROYECTO.
La idea matriz que inspira la proposición de esta iniciativa legal es la de modificar la normativa de la ley Nº 18.525 para incorporar en nuestro derecho interno, las medidas de salvaguardia que el Acuerdo de Comercio de Marrakech contempla, para los casos que se señalan.
Objetivos del proyecto
Según lo expresado en el mensaje de su Excelencia el Vicepresidente de la República , el presente proyecto establece el mecanismo que permite aplicar medidas de salvaguardia en Chile, tal como fue convenido en el protocolo de entendimiento suscrito, con motivo del proyecto de rebaja de aranceles, entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional. En este documento se acordó que el Poder Ejecutivo enviaría un proyecto de ley modificatorio de la ley Nº 18.525, con objeto de implementar el Artículo XIX del Gatt, consagrando la posibilidad de aplicar tales medidas mediante la adopción de sobretasas ad valorem y transitorias, utilizando criterios objetivos para evaluar la imposición del derecho y considerando los comportamientos históricos de las variables relevantes del sistema.
Estructura de la iniciativa
El proyecto consta de un artículo único, con cinco letras, mediante las cuales se modifican los artículos 4º, 9º, 10 y 11 de la ley Nº 18.525, sobre importación de mercancías al país.
La letra a) modifica el artículo 4º, con objeto de hacerlo concordante con el establecimiento de las medidas de salvaguardia.
La letra b) modifica el artículo 9º, facultando al Presidente de la República para aplicar, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda y, en caso de que concurran las circunstancias previstas en el Artículo XIX del Gatt y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC, sobretasas arancelarias ad valorem, previo informe favorable de la Comisión de Distorsiones. Las circunstancias que ameritan la adopción de sobretasas se traducen en que las importaciones de un determinado producto al territorio nacional hayan aumentado en tal cantidad, ya sea en términos absolutos o en relación con la producción nacional y, además, se realicen en condiciones tales, que causen o amenacen causar un daño grave a la rama de producción nacional, que produce productos similares o directamente competidores.
Las sobretasas indicadas se podrán aplicar provisionalmente cuando la Comisión determine que concurren las circunstancias previstas en el artículo 6 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC. Tales circunstancias, según la norma citada, consisten “en circunstancias críticas, en las que cualquier demora entrañaría un perjuicio difícilmente reparable”. Para realizar dichas determinaciones la Comisión dispondrá de un plazo no superior a 30 días, contado desde el inicio de la investigación.
La Comisión podrá iniciar la investigación a solicitud escrita presentada por la rama de producción nacional afectada por el daño grave o amenaza del mismo. Para estos efectos se entenderá por rama de producción nacional lo señalado en el párrafo 1, letra c) del artículo 4º del citado Acuerdo sobre Salvaguardias, esto es “el conjunto de los productores de los productos similares o directamente competidores que operen dentro del territorio de un Miembro o aquellos cuya producción conjunta de productos similares o directamente competidores constituya una proporción importante de la producción nacional total de esos productos”. También podrá iniciar investigaciones de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen.
La vigencia de las sobretasas señaladas no puede exceder de un año, incluido el período de aplicación provisional de la medida. Sin embargo, dicha vigencia podrá ser prorrogada por un período que no exceda de un año, y por una sola vez, cuando persistan las circunstancias que motivaron su aplicación, para lo cual, se requerirá igualmente el informe favorable de la Comisión referida en el inciso primero. La prórroga de la sobretasa deberá contemplar un calendario de desmantelamiento gradual, salvo circunstancias excepcionales debidamente calificadas por la Comisión.
La aplicación de las medidas de emergencia o de salvaguardia previstas en los acuerdos comerciales se regirán, con carácter supletorio, por las normas del artículo 9 que se propone y su reglamento. En caso de incompatibilidad entre las normas allí establecidas y las normas contenidas en los referidos acuerdos, prevalecerán estas últimas en la medida de la incompatibilidad.
Cuando se convenga una compensación con otro país a raíz de la aplicación de una medida de salvaguardia, el Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda y durante el plazo en que se aplique la medida, disminuir los aranceles o acelerar el proceso de desgravación previsto en el correspondiente acuerdo comercial. Del mismo modo, podrá aumentar los aranceles aplicables a mercancías de otro país, cuando no se haya logrado convenir una compensación adecuada por la aplicación de una medida de salvaguardia, por parte de ese país, a mercancías chilenas.
La letra c) modifica el artículo 10, derogando las tasas específicas establecidas para efectos de los derechos antidumping y compensatorios, dejando la facultad de determinarlas, al imponer estas medidas, al Presidente de la República.
Las letras d) y e) modifican el artículo 11, con objeto de entregar a la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones de precio de las mercancías importadas, prevista en el artículo 11 de la ley Nº 18.525, la competencia para conocer de las denuncias relativas a la aplicación del mecanismo de salvaguardias.
Estudio del proyecto.
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo conoció, además de la opinión del Ejecutivo , los puntos de vista de los representantes de las siguientes instituciones: Sociedad Nacional de Agricultura; Asociación Nacional de Importadores A.G.; Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile A.G.; Asociación Nacional de Bebidas Refrescantes (Anber); Instituto Textil; Asociación Nacional del Cuero y el Calzado; Confederación Nacional Unida de la Mediana y Pequeña Industria (Conupia); Instituto Libertad y Desarrollo, e Instituto Libertad.
Durante el debate habido en esa Comisión, se aprobó el texto propuesto por el Ejecutivo , con una indicación del Diputado señor Tuma , para adecuar formalmente el artículo 10 de la ley Nº 18.525, a estas modificaciones, en los siguientes términos:
“d) Elimínase en el artículo 10, parte final, la palabra “sobretasas”, entre las palabras “aplicarán estas” y “derechos antidumping”;”
Como consecuencia de la aprobación de esta indicación como nueva letra d), las letras d) y e) del proyecto, pasan a ser e) y f), respectivamente.
II. MENCIÓN DE LOS ARTÍCULOS CALIFICADOS COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO-CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.
Luego de analizar el articulado de esta iniciativa legal, la Comisión determinó, por unanimidad, que no contiene disposiciones que merezcan una u otra calificación.
III. OPINIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL PODER EJECUTIVO.
Durante su exposición, el Ministro de Agricultura, señor Carlos Mladinic, dio a conocer los fundamentos contenidos en el mensaje de su Excelencia el Vicepresidente de la República , señalando que el presente proyecto pretende dar cumplimiento al protocolo que el Ejecutivo firmó tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado con motivo de la aprobación de la rebaja de aranceles y ratificar su compromiso de incorporar a la legislación chilena las medidas de salvaguardias.
Este mecanismo, establecido en los acuerdos de Marrakech, aprobados en forma unánime, no ha sido incorporado expresamente en nuestra legislación. Ella contempla mecanismos que tienden a corregir imperfecciones del mercado, especialmente en los casos de competencia desleal. En estos casos, se pueden aplicar medidas compensatorias que tiendan, por una parte, a eliminar la distorsión y, por otra, a compensar el daño causado. Otro mecanismo para enfrentar los casos de competencia desleal son medidas antidumping. Ambos casos están consagrados en la legislación chilena, existiendo un procedimiento de aplicación, a través de la Comisión Antidistorsiones.
La medida de salvaguardia no pretende enfrentar casos de competencia desleal. Los acuerdos internacionales han abierto la posibilidad de que, aun en los casos de competencia leal, en que no existan distorsiones, ya sea de subsidios o de dumping, si se producen, en períodos breves de tiempo, fluctuaciones tales de las importaciones que signifiquen un daño o una amenaza efectiva de daño para la producción nacional, se apliquen medidas que morigeren el impacto que estos aumentos bruscos de importaciones puedan ocasionar en la producción nacional.
Consultado por los señores diputados respecto de inquietudes surgidas con motivo de las disposiciones de este proyecto, señala que el Acuerdo sobre Salvaguardias, aprobado en Marrakech se refiere, en su artículo 3º a la forma de efectuar la investigación y, en el 4º, a la determinación de la existencia de daño grave o de amenaza de daño grave. Al efecto, se definen los conceptos de “daño grave”, “amenaza de daño grave” y “rama de producción nacional”. Asimismo, entrega los parámetros básicos que deben tenerse en cuenta al momento de evaluar la producción o amenaza de este daño.
Si bien coincide en que es posible que la investigación puede generar ciertas presiones por parte de los afectados, ello es parte del quehacer habitual de las autoridades públicas. Por esa razón, la Comisión debe ser lo más independiente posible, especialmente del sector que se encuentra amenazado.
Considera que la aprobación de estas medidas no significará un cierre de la economía, en relación al resto de los países de Sudamérica. Los promedios no necesariamente reflejan el verdadero estado de la economía. Las economías vecinas han tenido un gran avance, pero aún no alcanzan el grado de apertura de la economía chilena. Chile ha acordado un procedimiento para seguir abriendo su economía, mediante la rebaja de aranceles. Además, todos los otros países cuentan con estos mecanismos de salvaguardia. Reconoce que la aplicación de estas medidas puede producir problemas e inducir a represalias, que están prohibidas.
En cuanto a los acuerdos bilaterales, explica que ellos suelen tener una cláusula de salvaguardia propia, que se utiliza en los períodos de transición, esto es, desde que se inicia hasta que termina el proceso de desgravación. Estas cláusulas tienen por objeto volver, transitoriamente, a aplicar el arancel original a los productos afectados. En el caso de Mercosur, el tema no se ha resuelto expresamente. Sin embargo, en la práctica, Brasil al aplicar medidas de salvaguardia, ha validado a Chile la preferencia que tiene según el acuerdo. En el caso del acuerdo con Canadá, es posible aplicar estas medidas, pero se encuentra pendiente la discusión de las compensaciones mutuas a las salvaguardias.
En este momento, existe, multilateralmente, una norma de aplicación de estas medidas de protección, las cuales son utilizadas por la mayoría de los países. Chile se está privando, unilateralmente, de ellas, habiendo sido firmante del acuerdo que les dio origen. Esta herramienta, para ser aplicada, requiere de una exhaustiva investigación, que debe cumplir una estricta normativa.
En lo relativo a la actuación de oficio por parte de la Comisión Antidistorsiones, suele hacerse a instancias de algún afectado. La Comisión, no está en condiciones de efectuar un análisis previo a la denuncia, ya que ello podría restarle independencia.
Sobre las bandas de precios, expresa que no hay excepción a las medidas. Lo más probable es que de la aplicación de la medida resulte una protección menor al piso de la banda.
Respecto del plazo de aplicación, señala que se trata de aumentos imprevistos en las importaciones, de circunstancias transitorias que, si se mantienen en el tiempo, desembocan en situaciones diferentes, que deben ser abordadas de distinta forma.
En cuanto al quórum especial que se contempla en el caso de que la sobretasa sumada al arancel vigente supere el arancel consolidado, explica que la superación al arancel acordado multilateralmente, requiere de un mecanismo de compensación, lo que implica una decisión compleja por parte de la Comisión de Distorsiones.
Por su parte, el Subsecretario (S) de Economía, Fomento y Reconstrucción, señor Luis Sánchez Castellón , destacó que el proyecto pretende dotar a nuestra legislación de un instrumento de corrección de distorsiones en el comercio internacional, que ésta actualmente no contempla. Este mecanismo, legitimado por los acuerdos de Marrakech, es compatible con los compromisos internacionales que el país ha contraído en relación con la Organización Mundial del Comercio. Asimismo, resalta que dicho proyecto de ley responde al cumplimiento de un acuerdo que el Gobierno contrajo con las distintas bancadas con representación parlamentaria, con motivo de la tramitación del proyecto que estableció las rebajas arancelarias.
Manteniendo los lineamientos de la política económica nacional, que reconocen la existencia de un mercado abierto y de una inserción profunda en el mercado mundial, se dota al país de instrumentos que le permiten tomar medidas de protección a la industria nacional, frente a situaciones imprevistas, que pueden ocasionar un severo daño a la producción nacional. Esta herramienta permite perfeccionar los mecanismos de corrección de distorsiones con que cuenta nuestro instrumental jurídico y normativo.
En consecuencia, en opinión del Ministerio de Economía, éste es un proyecto de ley de gran importancia, ya que permite actuar frente a situaciones complicadas, como las generadas en el comercio internacional a propósito de la crisis que se vive en algunos segmentos de la economía mundial, especialmente en el sudeste asiático. Estas corrientes de comercio pueden afectar severamente la economía nacional, si no se cuenta con instrumentos que puedan corregir las distorsiones en un plazo breve.
Con motivo de inquietudes surgidas durante el debate habido en la Comisión, resaltó que la presente iniciativa es un complemento del proyecto general de adecuación de la ley Nº 18.525 a los acuerdos de Marrakech, que se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado. En ese proyecto de ley (boletín Nº 1832-03), se contempla la creación de una Comisión Especial de Revisión, instancia de apelación que tiene por objeto conocer y resolver las reclamaciones que se presenten en contra de las decisiones de la Comisión Nacional, que estaría integrada por un ex Ministro de Estado o un ex Subsecretario ; un ex Ministro de los Tribunales Superiores de Justicia ; un ex Consejero o ex Ejecutivo del Banco Central de Chile , y dos profesores universitarios, un abogado y un ingeniero.
Con la aprobación de esta iniciativa, la Comisión de Distorsiones contaría con tres tipos de medidas aplicables. Las dos primeras, son las medidas antidumping y compensatorias, dispuestas por el artículo 11 de la ley Nº 18.525. La última, es la de salvaguardias, que se establecería en el artículo 9º que se propone.
La misma Comisión de Distorsiones, presidida por el Fiscal Nacional Económico y compuesta por el Director Nacional de Aduanas, un representante de cada uno de los Ministerios de Economía, de Hacienda, de Agricultura y de Relaciones Exteriores, y dos representantes del Banco Central, sería competente para conocer de este sistema de corrección.
La asesora del Ministerio de Hacienda, doña María Eugenia Wagner , sostuvo la importancia de implementar, en el más breve plazo, esta legislación. En tal sentido, solicita la cooperación de los señores diputados, a fin de adoptar las medidas necesarias; en especial, en un año como el que se avecina, el cual, por efecto de la crisis, puede ser bastante complicado. En estas circunstancias, resulta fundamental contar con un instrumento de esta naturaleza.
Asimismo, a raíz de algunas dudas surgidas en el Seno de la Comisión, ratifica la vocación, tanto del Ejecutivo como del Legislativo , de tener una economía cada vez más abierta. El Congreso ha prestado su aprobación a una rebaja arancelaria del 11 al 6% y, de acuerdo a otros convenios internacionales, el arancel promedio será de alrededor del 3 al 4% en el año 2003. En ese contexto, se han acordado una serie de medidas, dirigidas a aquellos sectores con mayores dificultades de adaptación a los cambios producidos. Por una parte, se les ayuda a mejorar la competitividad, por la vía de mejorar el riego y la fertilización y, por otro lado, se implementan medidas que permiten mejorar la competencia de los mercados internacionales.
En lo relativo a la participación del sector privado en la Comisión Antidistorsiones, considera que resta objetividad a este tribunal, ya que puede involucrar la representación de intereses propios.
El Director de Asuntos Económicos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores , don Alejandro Jara Puga , hizo referencia a las circunstancias en que se pueden aplicar estas medidas de salvaguardia, las cuales se encuentran definidas en el acuerdo de la OMC, esto es, cuando se produce un aumento imprevisto de las importaciones. Este aumento tiene que ser de tal magnitud y producirse en condiciones tales, que se traduzca en una baja de precios muy fuerte, que cause daño a la producción nacional o bien, que amenace en causar daño a ésta.
Estima que, otro elemento importante de destacar es, en el caso de las medidas para enfrentar la competencia desleal, que el daño a la industria nacional debe estar dirigido al mismo producto. El proyecto de salvaguardias, permite actuar, no sólo respecto del mismo producto, sino también, respecto del daño causado a productos que son competitivos o sustitutivos. Destaca que, en este caso, el universo de la producción nacional que puede considerarse dañado y respecto del cual se pueden adoptar medidas, es mayor.
Las sobretasas que se proponen son el instrumento mediante el cual se concreta la medida de salvaguardia. Ella implica elevar el arancel aduanero durante un año, medida prorrogable por un año más. Otra característica que presenta es que permite aplicar medidas provisionales una vez iniciada la investigación y comprobados en forma preliminar los indicios de un aumento imprevisto en las importaciones y del daño o amenaza del mismo. En el caso de las medidas antidumping y las de derecho compensatorio, según establece la OMC, sólo se pueden aplicar medidas provisionales transcurridos 60 días después de iniciada la investigación. Asimismo, no existe tope en cuanto a la aplicación de la medida, con la salvedad que, según lo establece la OMC, la salvaguardia no puede ser superior al margen del daño producido.
Para aplicar la medida, se debe realizar una investigación y, si así lo ameritan las circunstancias, puede ser iniciada de oficio por la Comisión de Distorsiones. Además, se propone, que la misma atribución se haga extensiva a los acuerdos bilaterales de comercio, entre ellos, los suscritos con México, Canadá , Colombia , Venezuela , Ecuador , Perú, Bolivia y Mercosur, en los cuales existen disposiciones que permiten la aplicación de medidas de salvaguardias bilaterales.
En respuesta a inquietudes planteadas por los señores diputados, resalta que, de conformidad al Acuerdo de la OMC, el procedimiento de investigación, en todas sus etapas, es abierto; es decir, permite que todos los interesados puedan aportar sus antecedentes y sus puntos de vista. Además, es transparente, se debe dar la suficiente publicidad a todos las etapas de la investigación. De la misma manera hay un efectivo control de los criterios conforme a los cuales se adoptan estas medidas. El país debe notificar a todos los miembros OMC el inicio de la investigación y los antecedentes en que basa la misma, la adopción de medidas provisionales y la resolución que se adopte. Asimismo, se debe someter a un proceso de consultas con los países afectados, justificando las razones por las cuales se ha estimado que las importaciones están causando un daño a la producción nacional. Este sistema multilateral está diseñado para mantener una estrecha vigilancia de las medidas adoptadas.
IV. ARTÍCULOS QUE DEBAN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
Dando cumplimiento a lo dispuesto por la honorable Cámara de Diputados y, en conformidad con lo establecido en el artículo 220 del Reglamento, el proyecto de ley requiere ser conocido, además, por la Comisión de Hacienda.
V. APROBACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO.
Vuestra Comisión, luego de escuchar los fundamentos de esta iniciativa, expuestos por el Ministro de Agricultura , complementados por el Subsecretario (S) de Economía, Fomento y Reconstrucción, la asesora del Ministerio de Hacienda y el Director de Asuntos Económicos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, los señores diputados presentes, acordaron pronunciarse respecto de la idea de legislar sobre la materia.
Cerrado el debate y sometido a votación en general el proyecto, se aprobó por unanimidad.
VI. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DE LOS DIPUTADOS CUYO VOTO HUBIERE SIDO DISIDENTE DEL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO.
No hubo opinión disidente durante la votación en general del proyecto.
VII. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN PARTICULAR DEL PROYECTO.
A continuación, vuestra Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca, con la asistencia y la colaboración de los representantes del Ejecutivo, procedió a votar cada una de las letras contenidas en el artículo único de esta iniciativa, en la siguiente forma.
Artículo único
letra a)
-Sin debate, fue aprobada en forma unánime.
letra b)
En esta letra, que sustituye el artículo 9º, se acordó votar separadamente la parte final del inciso tercero, que señala: “También podrá iniciar investigaciones de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen”.
-Sometida a votación la parte pertinente de esta letra, fue aprobada por unanimidad.
-En votación la oración mencionada, se aprobó por ocho votos a favor y una abstención.
letra c)
-Sin debate, se aprobó en forma unánime.
letra d)
Aprobada en la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo, para adecuar formalmente el artículo 10 a las modificaciones propuestas en el Mensaje.
Se facultó a la Secretaría de la Comisión para efectuar la corrección formal que a continuación se transcribe:
“d) Elimínase en el artículo 10, parte final, la expresión “estas sobretasas”, entre las palabras “aplicarán” y “derechos antidumping”;”
-Fue aprobada por unanimidad.
letra e)
-Sin debate, se aprobó por unanimidad.
letra f)
-Sometida a votación, resultó aprobada por asentimiento unánime.
VIII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.
En mérito de las consideraciones anteriores y por las que, en su oportunidad, os podrá añadir el señor diputado informante , vuestra Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca os recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY
“ARTÍCULO ÚNICO.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley Nº 18.525:
a) Intercálase en el párrafo primero del artículo 4º, después de la palabra “sobretasas” lo siguiente: “de las mencionadas en el artículo 9º o”;
b) Sustitúyese el artículo 9º por el siguiente:
“Artículo 9º.- En caso de que concurran las circunstancias previstas en el Artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio, el Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, aplicar sobretasas arancelarias ad valorem, previo informe favorable de la Comisión a que se refiere el artículo 11.
Las sobretasas señaladas en el inciso anterior se podrán aplicar provisionalmente cuando la Comisión determine que concurren las circunstancias previstas en el artículo 6 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio. Para realizar dichas determinaciones la Comisión dispondrá de un plazo no superior a 30 días, contado desde el inicio de la investigación.
La Comisión podrá iniciar la investigación a solicitud escrita presentada por la rama de producción nacional afectada por el daño grave o amenaza del mismo. Para estos efectos se entenderá por rama de producción nacional lo señalado en el párrafo 1, letra c) del Artículo 4 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio. También podrá iniciar investigaciones de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen.
La vigencia de las sobretasas señaladas en el presente artículo no podrá exceder de un año, incluido el período de aplicación provisional de la medida. Sin embargo, dicha vigencia podrá ser prorrogada por un período que no exceda de un año, y por una sola vez, cuando persistan las circunstancias que motivaron su aplicación, para lo cual se requerirá igualmente el informe favorable de la Comisión referida en el inciso primero. La prórroga de la sobretasa deberá contemplar un calendario de desmantelamiento gradual, salvo circunstancias excepcionales debidamente calificadas por la Comisión.
Para aplicar una sobretasa que, sumada al arancel vigente, resulte superior al nivel arancelario consolidado en la Organización Mundial del Comercio, se requerirá de la aprobación de las tres cuartas partes de los integrantes de la referida Comisión.
La aplicación de las medidas de emergencia o de salvaguardia previstas en los acuerdos comerciales se regirán, con carácter supletorio, por las normas del presente artículo y su reglamento. En caso de incompatibilidad entre las normas aquí establecidas y las normas contenidas en los referidos acuerdos, prevalecerán estas últimas en la medida de la incompatibilidad.
Cuando se convenga una compensación con otro país a raíz de la aplicación de una medida de salvaguardia, el Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda y durante el plazo en que se aplique la medida, disminuir los aranceles o acelerar el proceso de desgravación previstos en el correspondiente acuerdo comercial.
El Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, aumentar los aranceles aplicables a mercancías de otro país, cuando no se haya logrado convenir una compensación adecuada por la aplicación de una medida de salvaguardia, por parte de ese país, a mercancías chilenas”;
c) Elimínase en el artículo 10, la frase que se inicia con “sobretasas de” y que finaliza con “24% ad valorem,”;
d) Elimínase en el artículo 10, parte final, la expresión “estas sobretasas”, entre las palabras “aplicarán” y “derechos antidumping”;”
e) En el párrafo quinto del artículo 11, elimínase la palabra “sobretasas,” y sustitúyese la frase “valores aduaneros mínimos” por la palabra “sobretasas”;
f) Sustitúyese el inciso décimo del artículo 11 por el siguiente:
“Corresponderá a esta Comisión conocer las denuncias relativas a la aplicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, del Acuerdo sobre Salvaguardias y del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, los cuales forman parte del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.”
-o-
Se designó Diputado informante al señor Carlos Recondo Lavandero.
Sala de la Comisión, a 12 de enero de 1999.
Acordado en sesión de esta fecha, con la asistencia de los Diputados señores Hernández ( Presidente ), Acuña , Álvarez-Salamanca , Bertolino , Ceroni , Galilea, don Pablo ; Melero , Monge , Núñez y Recondo .
Asistieron, además, los Diputados no miembros de la Comisión señores Tuma , Sánchez y Rocha .
(Fdo.): MIGUEL CASTILLO JEREZ, Secretario de la Comisión ”.
5. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que introduce modificaciones a la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones, para establecer un procedimiento de salvaguardias conforme al acuerdo de Marrakech. (boletín Nº 2269-03)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Hacienda pasa a informaros el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y conforme a lo dispuesto en los artículos 220 y siguientes del Reglamento de la Corporación.
La iniciativa tiene su origen en un Mensaje de su Excelencia el Presidente de la República.
Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Carlos Mladinic , Ministro de Agricultura ; Luis Sánchez , Subsecretario (S) de Economía, Fomento y Reconstrucción; Alejandro Jara y Federico Gajardo , Director de Asuntos Económicos Multilaterales y Abogado del Departamento Jurídico de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, respectivamente, y la señora María Eugenia Wagner , Asesora del Ministerio de Hacienda.
El propósito de la iniciativa consiste en modificar la ley Nº 18.525, con el objeto de implementar el artículo XIX del Acuerdo del Gatt, permitiendo aplicar medidas de salvaguardia en Chile mediante la adopción de sobretasas ad valorem de carácter transitorio.
Los representantes del Ejecutivo hicieron presente que la iniciativa tiene por objeto establecer un mecanismo que permita aplicar medidas de salvaguardia, tal como fue convenido en el protocolo de entendimiento suscrito con motivo del proyecto de rebaja de aranceles, entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional. Al respecto, puntualizaron que en éste se acordó implementar el artículo XIX del Gatt, consagrando la posibilidad de aplicar tales medidas mediante la adopción de sobretasas ad valorem de carácter transitorio, utilizando para ellos criterios objetivos de evaluación. Agregaron que las medidas de salvaguardia contempladas en el proyecto se enmarcan en los criterios establecidos en el citado artículo XIX y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Mencionaron también que se encuentra en trámite legislativo en el honorable Senado un proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.525, por el cual se persigue incorporar los cambios requeridos para adaptar nuestra legislación relativa a distorsiones de precios en las importaciones a los compromisos asumidos por Chile ante la OMC. Sostuvieron que, en consideración a ello, resulta conveniente que, tanto dicho proyecto de ley como la materia de este informe, establezcan procedimientos armónicos entre sí.
Se precisó, asimismo, que en conformidad a los acuerdos asumidos por Chile en el marco de la OMC, nuestro país se comprometió a no tener derechos de aduana superiores a 25% ad valorem, excepto en el caso de ciertos productos sensibles, como son el aceite, el azúcar, harina de trigo y lácteos, en cuyo caso la tasa máxima no podrá ser superior a 31,5%. No obstante lo anterior, dichos aranceles podrían superarse si se comprueban distorsiones o dumping, por lo que la sobretasa no tendría un límite determinado, la que, en todo caso, no podrá superar el margen del subsidio.
Afirmaron que, si se estima que las importaciones de un determinado producto al territorio nacional han aumentado en tal cantidad, en forma imprevista, y en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a una rama de producción nacional que produce productos similares o directamente competidores del bien importado, se podrán aplicar medidas de salvaguardia por un plazo máximo de un año. Al respecto, se hizo notar que la OMC permite que tales medidas sean adoptadas por un plazo de hasta 4 años.
En el debate de la Comisión se planteó que sería inconstitucional facultar al Presidente de la República para que, mediante decreto supremo, aumentara los aranceles mediante la aplicación de sobretasas a las importaciones de ciertos productos al país.
Se sostuvo que el proyecto de ley en estudio tiene por objeto suprimir las sobretasas contempladas en el artículo 10 de la ley Nº 18.525 y, a su vez, establecer el sistema de salvaguardias en el artículo 9º de la misma ley. Se dijo que estas últimas no podían ser determinadas por ley, sino que sólo serían determinables, lo cual es razonable, tratándose de un régimen de excepción.
Se afirmó que siendo las tasas o sobretasas verdaderos tributos éstas deben ser fijadas por ley, puesto que, de lo contrario, se vulnerarían las normas que al respecto dispone la Constitución Política. Por otra parte, se expresó que lo normal es que la ley sea la que establezca los elementos esenciales de la facultad en cuestión.
La Comisión acordó sobre el tema constitucional oficiar a su Excelencia el Presidente de la Cámara para disponer de un estudio en derecho al debatir el proyecto por la Sala de la Corporación.
La Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo dispuso en su informe que esta Comisión tomara conocimiento de las letras a) a la f) del artículo único del texto aprobado por ella. Por su parte, la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Pesca estimó que el proyecto de ley en informe requería ser conocido por la Comisión de Hacienda.
En relación con la discusión particular del articulado, cabe señalar lo siguiente:
En el artículo único, se introducen diversas modificaciones a la ley Nº 18.525, que fija normas sobre importación de mercancías al país.
Por la letra a), se intercala en el párrafo primero del artículo 4º, después de la palabra “sobretasas” lo siguiente: “de las mencionadas en el artículo 9º o”, con el objeto de adecuar el texto de este artículo con lo propuesto para el artículo 9º.
Por la letra b), se sustituye el artículo 9º sobre valores aduaneros mínimos, facultando al Presidente de la República para que, en caso de que concurran las circunstancias previstas en el artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC, aplique sobretasas arancelarias ad valorem, previo informe favorable de la Comisión a que se refiere el artículo 11.
En el inciso segundo, se autoriza la aplicación provisional de sobretasas cuando así lo determine la Comisión y se haya comprobado que concurren las circunstancias previstas en el artículo 6º del Acuerdo de Salvaguardias de la OMC.
En el inciso tercero, se establece que la Comisión podrá iniciar la investigación a solicitud escrita de la rama de la producción nacional afectada por el daño grave o amenaza del mismo o de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen.
En el inciso cuarto, se dispone que la vigencia de las sobretasas no podrá exceder de un año, incluido el período de aplicación provisional de la medida, pudiendo prorrogarse por hasta otro año si persisten las circunstancias que la motivaron y previo informe favorable de la Comisión.
En el inciso quinto, se exige el quórum de las tres cuartas partes de la Comisión para aplicar una sobretasa que, sumada al arancel vigente, resulte superior al nivel arancelario consolidado en la OMC.
En el inciso sexto, se contemplan normas para dilucidar los conflictos entre las normas de este artículo y las medidas de emergencia o de salvaguardia previstas en los acuerdos comerciales, prevaleciendo las primeras en la medida de la incompatibilidad.
En el inciso séptimo, se faculta al Presidente de la República para que, mediante decreto supremo pueda disminuir los aranceles o acelerar el proceso de desgravación previstos en el correspondiente acuerdo comercial, cuando se convenga una compensación con otro país a raíz de la aplicación de una medida de salvaguardia.
En el inciso octavo, se faculta al Presidente de la República para aumentar los aranceles mediante decreto supremo cuando no se haya logrado convenir una compensación adecuada por la aplicación de una medida de salvaguardia, por parte de ese país, a mercancías chilenas.
Por la letra c), se modifica el artículo 10, eliminando la singularización de las sobretasas que va del 3% al 24% ad valorem, materia que será tratada en el artículo 9º.
Las letras d) y e) son de concordancia.
Por la letra f), se sustituye el inciso décimo del artículo 11 relativo a la competencia de la Comisión Antidistorsiones creada en el inciso primero del referido artículo.
Puesto en votación el artículo único fue aprobado por 4 votos a favor y 2 votos en contra.
Sala de la Comisión, a 18 de enero de 1999.
Acordado en sesiones de fechas 12 y 13 de enero de 1999, con la asistencia de los Diputados señores Montes, don Carlos ( Presidente accidental ); Álvarez, don Rodrigo ; Dittborn, don Julio ; Errázuriz, don Maximiano ; Galilea, don Pablo ; García, don José ; Huenchumilla, don Francisco ; Jaramillo, don Enrique ; Jocelyn-Holt, don Tomás ; Longueira, don Pablo ; Ulloa, don Jorge ; Lorenzini, don Pablo , y Ortiz, don José Miguel .
Se designó Diputado informante al señor Ortiz, don José Miguel .
(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO , Abogado Secretario de la Comisión ”.
Moción del Diputado señor Gutenberg Martínez. Modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados en relación con las votaciones en comisiones. (boletín 2300-16)
Resulta necesario incorporar diversas normas que permitan adecuar el Reglamento interno a los requerimientos del trabajo parlamentario que demanda de los diversos organismos internos encargado de la elaboración de la ley o de la construcción de acuerdo sobre materias de la más diversa índole, la mayor transparencia posible y el máximo de información que permita lograr comprender la forma en que se adoptaron tales acuerdos y las fuerzas políticas que ayudaron a construirlo.
Esta inquietud ya ha sido resuelta de un modo eficiente para el trabajo en la Sala, pues de cada votación que se efectúa existe una constancia histórica que nos asegura conocer de modo fidedigno la forma en que cada diputado ha marcado su preferencia de voto respecto a los asuntos que le corresponde dirimir. Sin embargo, tal situación en el trabajo de Comisiones aún no se ha logrado establecer de un modo expreso y en la práctica resulta a menudo confusa la forma en que se adoptan algunos acuerdos que luego llegan al conocimiento del pleno.
Con el propósito de salvar esta omisión, pero al mismo tiempo protegiendo la reserva que debe existir en el trabajo de Comisiones, me permito someter a la consideración de la honorable Cámara, la siguiente moción:
PROYECTO DE ACUERDO
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Reglamento de la Cámara de Diputados:
1. Intercálase en el artículo 281, el siguiente inciso sexto, nuevo, pasando el actual inciso sexto a ser séptimo y así sucesivamente.
“Del resultado de las votaciones y de la identidad de los diputados que participaron en ellas, con indicación de su preferencia de voto, se dejará constancia en el Acta de la sesión y en lo pertinente del informe, si lo hubiere.”.
2. Agrégase en el artículo 287, el siguiente Nº 8º, nuevo, pasando el actual a ser 9º:
“8º.- Individualización de los diputados que participaron en las votaciones, indicando su preferencia de voto”.
3. Incorpórase al artículo 288, un Nº 10, nuevo, pasando el actual a ser Nº 11:
“10.- Individualización de los diputados que participaron en las votaciones, indicando su preferencia de voto”.
4. Agrégase en el artículo 289, el siguiente Nº 8º, nuevo, pasando el actual a ser 9º:
“8º.- Individualización de los diputados que participaron en las votaciones, indicando su preferencia de voto”.
5. Incorpórase en el artículo 290, un Nº 9º, nuevo, pasando el actual a ser 10:
“9º.- Individualización de los diputados que participaron en las votaciones, indicando su preferencia de voto.”.”.