Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- DEBATE
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- DEBATE
- V.
FÁCIL DESPACHO
-
INCENTIVO A DESARROLLO ECONÓMICO DE AISÉN, MAGALLANES Y PROVINCIA DE PALENA.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- DEBATE
-
INCENTIVO A DESARROLLO ECONÓMICO DE AISÉN, MAGALLANES Y PROVINCIA DE PALENA.
- VI.
ORDEN DEL DÍA
-
PAGO DE AUMENTO DE CUOTAS DE FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alejandro Foxley Rioseco
- INTERVENCIÓN : Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Alejandro Foxley Rioseco
- DEBATE
-
ENMIENDAS A ESTATUTO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Manuel Antonio Matta Aragay
- INTERVENCIÓN : Enrique Silva Cimma
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Roberto Munoz Barra
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Edgardo Boeninger Kausel
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
-
FORTALECIMIENTO DE FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Sergio Bitar Chacra
- INTERVENCIÓN : Jorge Pizarro Soto
- INTERVENCIÓN : Evelyn Matthei Fornet
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- DEBATE
-
NORMAS SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Manuel Antonio Matta Aragay
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Hosain Sabag Castillo
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
-
PAGO DE AUMENTO DE CUOTAS DE FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 339ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 17ª, en miércoles 13 de enero de 1999
Ordinaria
(De 16:19 a 19:13)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE,
Y MARIANO RUIZ-ESQUIDE, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, TITULAR.
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
I. ASISTENCIA................................................................................¿¿¿........¿.....
II. APERTURA DE LA SESIÓN................................................................¿¿¿......
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS................................................................¿¿¿......
IV. CUENTA.................................................................................................¿¿¿.......
V. FÁCIL DESPACHO:
Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece incentivos para desarrollo económico de Regiones de Aisén y Magallanes, y Provincia de Palena (1888-03) (se aprueba en particular)..................
VI. ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza pago de undécimo aumento de cuotas del Fondo Monetario Internacional (2262-05) (se aprueba en general y particular).........................................................
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal en lo relativo a asignación de mérito (2036-11) (se aprueba en general)......................................
Proyecto de ley, en segundo trámite, que fortalece la Fiscalía Nacional Económica (2105-03) (se aprueba en general)....................................
Proyecto de ley, en primer trámite, sobre universidades estatales (2054-04) (se aprueba en general).....................................................
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Aburto Ochoa, Marcos
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Díez Urzúa, Sergio
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pérez Walker, Ignacio
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Stange Oelckers, Rodolfo
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Vega Hidalgo, Ramón
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros de Economía , Fomento y Reconstrucción, y de Salud subrogante; el señor Subsecretario de Economía , Fomento y Reconstrucción; la señora Subsecretaria de Bienes Nacionales subrogante; el señor Fiscal Nacional Económico y la señora Asesora de la Subsecretaría de Salud .
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:20, en presencia de 23 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
Solicito la anuencia de la Sala para suspender la sesión por cinco o diez minutos, porque en relación con el proyecto que figura en Fácil Despacho, relativo a Incentivos a Desarrollo Económico de Aisén, Magallanes y Provincia de Palena, se han presentado diversas observaciones de inadmisibilidad sobre seis o siete indicaciones, y deseo revisarlas con el señor Ministro y con los señores Senadores que han participado en la tramitación de la iniciativa.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Se suspende la sesión por un máximo de 10 minutos.
___________________
--Se suspendió a las 16:20.
--Se reanudó a las 16:35.
___________________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Continúa la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El acta de la sesión 14ª, ordinaria, en 5 de enero del año en curso, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor HOFFMANN ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensaje
De Su Excelencia el Presidente de la República , con el que hace presente la urgencia, en el carácter de "Suma", respecto del proyecto de ley que autoriza el pago del undécimo aumento de cuotas del Fondo Monetario Internacional. (Boletín Nº 2.262-05).
--Se tiene presente la calificación y se manda agregar el documento a sus antecedentes.
Oficios
Dos de la Cámara de Diputados:
Con el primero comunica que ha dado su aprobación al proyecto que modifica el artículo 30 J de la ley Nº 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, con urgencia calificada de "Suma". (Boletín Nº 2.270-15). (Véase en los Anexos, documento 1).
--Pasa a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
Con el segundo informa que ha dado su aprobación al proyecto de acuerdo en materia de seguridad social entre Chile y Quebec. (Boletín Nº 2.261-10). (Véase en los Anexos, documento 2).
--Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Informes
Tres de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, recaídos en las solicitudes de rehabilitación de ciudadanía de los señores Patricio Araos Lazcano, Octavio Tenorio Varas Ortiz y Adel Cipagauta Valenzuela. (Boletines Nºs. S 304-04, S 351-04 y S 355-04, respectivamente).
Asimismo, hay un segundo informe de la Comisión de Minería y Energía, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas para la exploración y explotación de energía geotérmica. (Boletín Nº 571-08). (Véase en los Anexos, documento 3).
--Quedan para tabla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la Cuenta.
El señor FOXLEY.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FOXLEY.-
Señor Presidente , solicito que se incorpore en la tabla de hoy el proyecto, del cual se acaba de dar cuenta, que autoriza al Banco Central para pagar el undécimo aumento de cuotas del Fondo Monetario Internacional, con urgencia calificada de "Suma", aprobado por la Comisión de Hacienda hoy en la mañana.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El informe no ha llegado a la Mesa.
El señor FOXLEY.-
Se acordó entregar un informe oral, señor Presidente .
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente , pongámoslo en el primer lugar del Orden del Día, con lo que podría despacharse con prontitud.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Podemos proceder como propone Su Señoría.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , también tenemos que tratar el proyecto sobre la Fiscalía Nacional Económica, cuya urgencia fue calificada de "Suma".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Pasaremos a la tabla de Fácil Despacho y después veremos los proyectos del Orden del Día.
V. FÁCIL DESPACHO
INCENTIVO A DESARROLLO ECONÓMICO DE AISÉN, MAGALLANES Y PROVINCIA DE PALENA.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, originado en mensaje, que establece incentivos para el desarrollo de las Regiones de Aisén y de Magallanes, y de la provincia de Palena, con segundos informes de las Comisiones de Economía y de Hacienda, cuya urgencia vence el 15 de enero.
-Los antecedentes sobre el proyecto (1888-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 7ª, en 21 de octubre de 1997.
Informes de Comisión:
Economía, sesión 25ª, en 1º de septiembre de 1998.
Hacienda, sesión 25ª, en 1º de septiembre de 1998.
Economía (segundo), sesión 16ª, en 12 de enero de 1999.
Hacienda (segundo), sesión 16ª, en 12 de enero de 1999.
Discusión:
Sesiones 26ª, en 2 de septiembre de 1998 (queda pendiente su discusión general); 28ª, en 8 de septiembre de 1998 (se aprueba en general).
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La Comisión de Economía deja constancia en su informe de que los artículos 58 y 63, que propone en el número 2 -que pasa a ser 3- del artículo 9º del proyecto, son materias de ley orgánica constitucional y deben ser aprobados con el quórum especial favorable de cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio; es decir, 27 votos, en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 63 de la Carta Fundamental.
Además, deja consignado que por oficio de 22 de julio del año pasado se consultó a la Excelentísima Corte Suprema en relación con el artículo 63 propuesto en el numeral dos del artículo 9º del texto propuesto, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 74 de la Constitución Política.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento, la Comisión informa lo siguiente:
I. Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni modificaciones: los Nºs. 2º, 5º, 6º y 8º, que correspondería dar por aprobados reglamentariamente.
--Se aprueban.
II. Indicaciones aprobadas: las Nºs. 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 12, 16, 23, 24, 27, 37, 39, 40 y 42.
III. Indicaciones aprobadas con modificaciones: las Nºs. 2, 4, 26, 30 y 31. Éstas constituyen la base de las proposiciones que formula la Comisión.
IV. Indicaciones rechazadas: las Nºs. 14, 38 y 43, las cuales pueden ser renovadas con las firmas de 10 señores Senadores o por el Presidente de la República, en su caso.
V. Indicaciones retiradas: las Nºs. 11, 22, 25, 28 y 29.
VI. Indicaciones declaradas inadmisible: las Nºs. 8, 13, 15, 17, 18, 19, 20, 21, 32, 33, 34, 35, 36, 41, 44, 45 y 46.
En seguida, en el informe se hace un análisis de las disposiciones del proyecto y de las indicaciones que se formularon al texto aprobado en general, dejándose constancia de su discusión y de los acuerdos adoptados al respecto.
Las proposiciones o modificaciones que la Comisión propone al texto aprobado en general figuran en las páginas 37 a 41 del segundo informe.
Asimismo, la Comisión de Hacienda también ha informado el proyecto y propone, como única modificación al texto despachado por la de Economía, agregar un artículo 15, nuevo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En conformidad a las facultades que otorga el Reglamento al Presidente del Senado y a petición del Ejecutivo, me pronunciaré respecto de la admisibilidad de algunas de las indicaciones, las que hemos revisado con los integrantes de las Comisiones que estudiaron el proyecto: indicación Nº 1, inadmisible; indicación Nº 2, inadmisible; indicación Nº 3, admisible; indicación Nº 4, inadmisible; indicación Nº 5, inadmisible.
Respecto de la indicación Nº 5, se ha pedido -hay una nueva indicación en ese sentido- dividir la votación de la letra f), suprimiendo las palabras "los puertos de", de modo que las franquicias se extiendan a "Remolcadores y lanchas, sean nuevas o usadas reacondicionadas y que cumplan los requisitos señalados en la letra a) destinadas a prestar servicios a naves en las regiones y provincias a que se refiere el inciso primero.".
Por lo tanto, se votaría en forma separada la expresión "los puertos de".
--Se autoriza el ingreso a la Sala del Subsecretario de Economía, señor Luis Sánchez Castellón .
El señor DÍEZ .-
¿Cuenta con la iniciativa del Ejecutivo esa indicación?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No, señor Senador, no precisa de ella. Se está pidiendo dividir la votación.
Debo advertir que la Mesa declaró inadmisible la indicación, y lo que se votará será el texto original de la Comisión de Economía.
La indicación Nº 6 fue declarada inadmisible; las indicaciones 16 y 23, admisibles, y la Nº 24, inadmisible.
El señor PRAT .-
Señor Presidente , ¿qué pasó con las intermedias?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No hay tema en ese sentido, señor Senador, porque no fueron renovadas. Algunas de ellas fueron aprobadas, y otras, rechazadas, como informó el señor Secretario . En este momento se me comunica que se acaba de renovar una de ellas.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La Comisión advierte que la aprobación del número 2 del artículo 9º, por ser materia de Ley Orgánica Constitucional, requiere quórum especial.
--Se aprueba, dejándose constancia, para los efectos constitucionales pertinentes, de que emitieron pronunciamiento 33 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para aprobar la supresión, en la letra f), de las palabras "los puertos de"?
--Se aprueba.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobaría el resto de las disposiciones del proyecto que no fueron objeto de indicaciones renovadas.
Acordado.
En cuanto a la indicación renovada por el Honorable señor Horvath, debo advertir que, dado que el señor Presidente de la Comisión la declaró inadmisible, no puedo someterla a tramitación.
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , sólo deseo dejar constancia de que aquí hubo un compromiso de la señora Ministra de Bienes Nacionales , representada por el Subsecretario de esa Cartera, en el sentido de redactar una indicación, en concordancia con la que he presentado, en cuanto a que "No podrán otorgarse concesiones en terrenos ocupados o con mejoras previamente a la ley o que se encuentren con solicitudes de compra o entrega por personas que tengan más de 5 años de residencia en la zona respectiva o aledaña.". En caso contrario, la aplicación de concesiones se podría complicar bastante por el alejamiento de esas personas en la zona austral.
El Ejecutivo debiera materializar dicho compromiso en alguna de las instancias pendientes, teniendo en vista que Su Señoría ha mantenido la inadmisibilidad en la versión original.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En todo caso, señor Senador, haremos llegar el texto de la indicación al Ejecutivo para los efectos de que la considere en cualquier otro proyecto que sobre la materia se remita al Parlamento.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor LEIVA ( Ministro de Economía ).-
Señor Presidente , la señora Subsecretaria subrogante de Bienes Nacionales me informa que, después de analizar el punto planteado por el Honorable señor Horvath , el Ministerio llegó a la conclusión de que no era necesario recurrir a un proyecto de ley y que el problema sería resuelto en forma administrativa por esa Cartera.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fernández, quien desea hacer una aclaración.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en la reunión que acabamos de celebrar quedamos de acuerdo en retirar una indicación, sin perjuicio de que el señor Presidente dejara constancia de su sentido.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se trata de la indicación Nº 4, que fue declarada inadmisible por proponer incluir en las franquicias relacionadas con el turismo las destinadas a la gastronomía, el deporte, los espectáculos, las expediciones y los parques ecológicos.
Consideramos que ello no era necesario y que incluso podría interpretarse como una ampliación de la franquicia, porque desde el momento que ésta se otorgó para las inversiones en turismo, dichas actividades estaban incluidas, siempre que estuvieran relacionadas directamente con el turismo. Sin embargo, estimamos necesario dejar constancia en la historia de la ley de que en el concepto "turismo" se entienden incorporadas la gastronomía, el deporte, los espectáculos y las expediciones, siempre que las inversiones se orienten a ese rumbo.
--Queda despachado el proyecto.
VI. ORDEN DEL DÍA
PAGO DE AUMENTO DE CUOTAS DE FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En conformidad a lo acordado, corresponde tratar el proyecto de ley que autoriza el pago del undécimo aumento de cuotas del Fondo Monetario Internacional, con urgencia calificada de "Suma"..
--Los antecedentes sobre el proyecto (2262-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 13ª, en 22 de diciembre de 1998.
Informe de Comisión:
Hacienda (verbal), sesión 17ª, en 13 de enero de 1999.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En la discusión general y particular, tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Hacienda , Honorable señor Foxley, quien hará un informe verbal de la iniciativa.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , el proyecto, aprobado por unanimidad en la Comisión de Hacienda, tiene por objeto autorizar al Banco Central para suscribir un aumento en la cuota de Chile al Fondo Monetario Internacional. Dada la proximidad del plazo de que dispone el Instituto emisor para completar este procedimiento, plazo que vence a fines de enero, el Gobierno consideró indispensable calificar de "Suma" la urgencia respectiva.
El proyecto corresponde a una decisión de los países socios del Fondo Monetario Internacional, tomada en enero de 1998, para aumentar el volumen de recursos que maneja y, por esa vía, hacer posible que esta institución responda adecuadamente a las numerosas instancias de apoyo, de emergencia, que ha debido enfrentar con motivo de la crisis asiática y de la inestabilidad financiera internacional.
El último paquete de apoyo del Fondo Monetario fue al Gobierno de Brasil, por varios miles de millones de dólares. Y los países miembros del Fondo consideraron que, con el objeto de que esta institución pueda seguir realizando su tarea en forma normal y disponga de un monto de recursos suficientes para enfrentar situaciones como la que vivió Brasil hace algunos meses (en realidad, para decirlo claramente, incluso hoy día la enfrenta), debía aumentar su capital, de aproximadamente 200 mil millones de dólares, a más o menos 300 mil millones.
Para Chile, que es país miembro con presencia de un director ejecutiovo en el directorio del Fondo Monetario Internacional, es de interés mantener su participación relativa en él, equivalente más o menos a 0,41 por ciento de los recursos totales del Fondo.
El aumento de cuota que correspondería a nuestro país sería de unos 330 millones de dólares. Entonces, el aporte chileno al Fondo pasaría de 621 millones de Derechos Especiales de Giro a 850 millones, cifra equivalente desde una cuota (que es la actual de Chile) de 875 millones de dólares a 1 mil 200 millones.
Hay que hacer notar que el aporte de un país al Fondo Monetario Internacional no significa para él una disminución de sus reservas internacionales. Por el modo de funcionamiento del Fondo, los recursos que significan un aumento de cuota de un país se mantienen depositados y contabilizados como reservas del país (en este caso, de Chile) y, por lo tanto, él puede recurrir a ellos en caso de que le sean necesarios.
Como señalé, el acuerdo del Fondo Monetario de hace un año fue refrendado por un acuerdo del Consejo del Banco Central el 6 de enero de este año, y se ha convertido ahora en un proyecto de ley, en que el Estado de Chile, a través del Parlamento, debe autorizar este aumento, que se haría efectivo en una notificación a dicha institución el 29 de enero del presente año.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , es indudable que no se puede estar en contra de un proyecto de esta naturaleza, en su línea gruesa. Porque Chile ha suscrito una serie de Tratados, no sólo con el Fondo Internacional, sino también en aspectos financieros, con otros organismos.
Pero, sí, me habría gustado que hubiese estado acá el Presidente del Banco Central . Porque aquí se ha hablado de "utilizar con cargo a su disponibilidad de reservas". Y, en realidad, me gustaría saber el estado de disponibilidad de estas reservas, porque tengo entendido que el Banco Central las coloca en distintos organismos internacionales a interés; no las tiene empozadas.
Por supuesto, si pensamos más a fondo, nos daremos cuenta de que tanto en el Gobierno anterior, de don Patricio Aylwin , como en el actual, de don Eduardo Frei , hemos obtenido un éxito financiero colosal, extraordinario, que asombra al mundo entero. Pero este éxito financiero colosal, que coloca a nuestro país entre muchas de las grandes naciones del mundo, no corresponde al éxito productivo al interior de Chile. ¿Y de qué le sirve al país tener 15 mil millones de dólares de reserva en el Banco Central, colocados al 3 ó 4 por ciento de interés anual, si, por ejemplo, existen vastas regiones (hablemos de Chillán al sur) donde se carece de la infraestructura básica referente, por ejemplo, a caminos, electrificación rural y riego? En definitiva, ¿es más útil para el país que esos 15 mil millones de dólares estén empozados en el Banco Central y prestados al 3 ó 4 por ciento de interés anual, o que se inviertan en infraestructura, donde la rentabilidad es muy superior a ese porcentaje?
El señor PIZARRO .-
¿15 mil millones de dólares, señor Senador?
El señor LAVANDERO .-
Sí, señor Senador, lo señalé al principio: 15 mil millones de dólares.
Entonces, uno se alegra del éxito financiero del Gobierno, pero se entristece al ver que este éxito financiero no corresponde a todos los chilenos, porque no todos nuestros compatriotas viven del mundo financiero, sino del mundo productivo, unos a través de empresas (medianas, pequeñas o del tamaño que sea), y otros mediante su trabajo, con su esfuerzo personal.
Por cierto, votaré a favor del proyecto, pero me habría gustado tener más antecedentes, porque -la verdad sea dicha- la razón de que existan regiones pobres es porque éstas se encuentran en desigualdad para competir con otras regiones. Por ejemplo, en la Región Metropolitana, u otra, uno aprieta un botón y tiene luz eléctrica. Pero en vastas zonas de las Regiones Octava, Novena y Décima, un niño no puede estudiar sino hasta las cinco de la tarde, porque después de esa hora tendría que hacerlo con una vela.
Señor Presidente , sería insólito señalar esto en la Quinta Región. Aquí, cuando no se tiene luz, es porque no se ha pagado la cuenta. Pero en las zonas a que me referí no hay luz, por lo que no existe la posibilidad de apretar un botón para estudiar, ni tampoco para regar. El riego, en su 80 por ciento, se hace con energía, y si ésta no existe, no hay riego. Asimismo, si no hay camino (de 12 mil kilómetros de camino que tiene la Novena Región, sólo seis mil tiene ripio; la utilidad de los otros 6 mil kilómetros, al caer las primeras lluvias, se termina hasta noviembre), no existe nada: ni productividad, ni salud, ni educación, ni estudio.
Entonces, es evidente que aquí existe desproporción entre el sector financiero, al que el Gobierno da tal impulso, y el sector productivo, que se halla absolutamente retrasado. Y esto especialmente se hace notar hoy frente a dos aspectos fundamentales, uno de los cuales es la crisis asiática, que golpea, no sólo a todo el país, sino, con mucha más fuerza, a los sectores más pobres, que son aquellos donde hay agricultura, cuya rentabilidad es baja, y todavía dentro de esta agricultura hay minipropietarios (de dos o tres hectáreas de secano) cuyos ingresos les alcanzan apenas para comer.
Por esta razón, me parece una decisión política importante tratar de revertir esta situación, donde todo el empuje lo tiene el sector financiero.
Aquí no hubo problemas para la banca con la deuda subordinada; no existen problemas para las compañías de seguros (casi todas transnacionales, al igual que la banca); no hay problemas para las grandes transnacionales del cobre, que por supuesto, con el éxito económico de Chile o sin él, tienen asegurada su prosperidad.
Señor Presidente , lamento que la crisis asiática, que afecta a todo el país, se vea agravada por la tremenda sequía que aflige fundamentalmente a los sectores agrícolas, en especial (repito) a los de las Regiones Octava, Novena y Décima, y que no exista -tal vez sea muy dura la expresión; pero quitémosle la dureza- voluntad política para hacer un esfuerzo productivo en serio.
Hasta ahora hemos tenido éxitos financieros y comerciales; diferencias de precios; grandes dificultades en la bolsa, donde unos ganan y otros pierden. Pero todo se ha centrado en lo financiero y en lo comercial. El aspecto productivo, particularmente en los casos de los medianos y pequeños empresarios, ha sido dejado de lado en forma evidente; y ahí está el grueso de nuestra población.
Por eso, sin perjuicio de verme obligado a aprobar el proyecto, me gustaría conocer la opinión del señor Presidente del Banco Central acerca de la existencia de las reservas en cuestión y de su utilidad para el país, aparte constituir un mecanismo destinado a asegurar que el día de mañana los bancos puedan operar frente a una crisis de credibilidad de nuestro sistema. Mientras tanto, tendrán que pagar por generaciones este precio los productores nacionales, quienes esperan que Chile se ponga productivamente en marcha.
Por lo expuesto, pido transcribir mis observaciones al señor Presidente del Banco Central , a quien respeto y estimo. Y espero tener su respuesta.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado por el Honorable señor Lavandero?
El señor PÉREZ.-
Que se remita el oficio pertinente en nombre del señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Por supuesto, Su Señoría.
El señor PIZARRO.-
Y en nombre del Comité Demócrata Cristiano.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Con mi adhesión.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En consecuencia, si le parece a la Sala, el oficio respectivo se enviará en nombre del Senador señor Lavandero, con las adhesiones hechas presentes.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , no me referiré a la interesante materia planteada por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, la cual bien puede dar lugar a un atractivo debate. Tan sólo deseo formular una pregunta muy sencilla.
Estos aportes de Chile, según se ha expresado, se mantienen como reserva. Se hace un depósito, parte en derechos especiales de giro u otras monedas, y parte en la moneda de cada país miembro.
Quiero que el señor Presidente de la Comisión de Hacienda me explique si ese tipo de depósitos devengan intereses, cuáles son los derechos, si hay dividendos; o sea, cuál es la mecánica general del sistema.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , como se explicó inicialmente, el sistema de cuotas del Fondo Monetario Internacional tiene la siguiente peculiaridad. Cada país hace aportes usando sus reservas. Los recursos quedan como reservas de él. Pero, siendo una cuota de dicho Fondo, devengan la tasa de interés pagada por éste, que es inferior a la que obtendrían esas reservas depositadas por la respectiva nación en la forma habitual. Es la única pérdida neta en que incurren los países.
Por otra parte, la cuota da derecho a cada nación a recurrir al uso de tales recursos cuando enfrenta una situación de balanza de pagos que así lo requiera.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
--Se aprueba en general y particular el proyecto.
ENMIENDAS A ESTATUTO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto de la Cámara de Diputados, originado en mensaje, que modifica el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal en lo relativo a la asignación de mérito, con informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda, y urgencia calificada de "Suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2036-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 11ª, en 7 de julio de 1998.
Informes de Comisión:
Salud, sesión 16ª, en 12 de enero de 1999.
Hacienda, sesión 16ª, en 12 de enero de 1999.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
La Comisión de Salud deja constancia en su informe de que a las sesiones en que se consideró esta iniciativa asistieron, además de sus miembros, los Senadores señores Lavandero y Boeninger; el Subsecretario de Salud; el Jefe de la División de Atención Primaria de Salud Municipal del Ministerio del ramo; el Vicepresidente de la Asociación Chilena de Municipalidades , y el Presidente de la Confederación Nacional de Funcionarios de Salud Municipalizada.
Entre los objetivos principales del proyecto, cabe destacar que crea y regula una asignación de mérito para el personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal que sea mejor calificado; modifica la composición de las comisiones de calificación a fin de facilitar su constitución en las comunas donde la escasa dotación de personal de salud no lo ha permitido; corrige la distorsión introducida por la ley de reajustes Nº 19.429, que entró a regir en diciembre de 1995, al no incluir la planilla suplementaria en la base de cálculo de la renta bruta mínima mensual de técnicos administrativos y auxiliares afectos al Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, y, por último, suspende el proceso de calificación 1996-1997 del personal regido por la ley Nº 19.378 y dispone que se efectúe dentro de los 90 días siguientes a la publicación de la ley en proyecto.
En vista de los antecedentes contenidos en el informe y compartiendo los objetivos del proyecto, la Comisión de Salud, por unanimidad, le prestó su aprobación en general, y, en consecuencia, propone al Senado hacer lo propio.
La Comisión de Hacienda, por las razones que hace constar en su informe, sugiere acoger el texto aprobado en general por la de Salud.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión general el proyecto.
Está presente en la Sala el señor Ministro de Salud subrogante, quien solicitó autorización para el ingreso de la asesora de la Subsecretaría del ramo, doña Sabina Pineda Rojas.
--Se accede.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Salud , Honorable señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , complementando lo señalado por el señor Secretario , deseo precisar que en el estatuto jurídico que rige al personal de la salud municipalizada, el mérito es tanto un componente de la carrera funcionaria cuanto un elemento de la remuneración.
El primero de dichos aspectos es recogido por el artículo 31 de la ley Nº 19.378, que dispone, entre otras cosas, que la carrera funcionaria deberá reconocer la experiencia, el perfeccionamiento y el mérito.
A su vez, el artículo 37 del mismo cuerpo legal divide la carrera funcionaria en 15 niveles diversos, sucesivos y crecientes, que se ordenan en forma ascendente, y dispone que todo funcionario estará clasificado en uno de ellos, conforme a su experiencia, capacitación y mérito.
Por último, el artículo 38 de la citada ley define el mérito como "la evaluación positiva que del desempeño del funcionario haga la comisión de calificación comunal".
El segundo aspecto, relativo a las remuneraciones, está regulado en el artículo 39 de la ley Nº 19.378, que preceptúa que para cada nivel habrá un sueldo base y que los sueldos bases se ordenarán también en forma ascendente y serán definidos por la respectiva entidad administradora de salud municipal, con aprobación del concejo, teniendo en cuenta los niveles constitutivos de la carrera funcionaria.
Ahora bien, de conformidad con lo que prescribe el artículo 44 de esa ley, el factor mérito puede otorgar, si el desempeño funcionario es evaluado positivamente en orden a mejorar la calidad de los servicios prestados por el establecimiento, un puntaje que permite aumentar hasta en 35 por ciento el respectivo sueldo base. El correspondiente reglamento es el que fija las normas en tal sentido.
Como se señala en el informe de la Comisión de Salud, el efecto de este mecanismo es que la carrera funcionaria se ve afectada año a año debido a la evaluación del mérito, pues al variar el sueldo base cambia la ubicación de los funcionarios en los diferentes niveles. Esto puede ser el resultado, no de una evaluación negativa, sino simplemente de que si una persona es evaluada meritoriamente en un período determinado y en el siguiente tiene un desempeño normal, pierde su puntaje y baja de nivel.
De ahí, entonces, que se haya discurrido el remedio propuesto en el proyecto de ley en estudio, cual es sustraer el mérito de entre los elementos que otorgan puntaje para determinar la posición en la carrera funcionaria, a fin de darle el carácter de fundamento de una asignación remuneratoria que premie el desarrollo positivo.
Es importante que esta Honorable Sala sepa que en el mensaje del Ejecutivo no se alteraban las normas vigentes que, en consonancia con otros estatutos del personal del sector público -por ejemplo, el del Servicio Nacional de Aduanas-, incluyen el mérito como uno de los tres componentes de la carrera funcionaria, y que durante el primer trámite constitucional la Cámara de Diputados optó por enmendar los preceptos pertinentes de la ley Nº 19.378.
Cabe señalar que, en el debate habido en nuestra Comisión técnica, la Confederación Nacional de Funcionarios de Salud Municipalizada (CONFUSAM) planteó sus desacuerdos con esta iniciativa, los que se concordaron con la redacción final del texto sometido hoy a consideración del Honorable Senado.
A su turno, la Asociación Chilena de Municipalidades hizo presentes los problemas de financiamiento que el proyecto podría provocar a los municipios.
Después de largas conversaciones entre los Ministerios de Salud y de Hacienda, se concordó la formulación por parte del Ejecutivo de indicaciones a la iniciativa en debate, las que se encuentran contenidas en el oficio Nº 106-339, fechado el 1º de diciembre de 1998, y serán analizadas con motivo del segundo informe que se emitirá tras aprobarse la idea de legislar.
Tales indicaciones procuran aclarar la redacción del nuevo artículo 30 bis que el proyecto introduce al Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal , a fin de despejar los inconvenientes derivados de su errónea lectura; eliminar el artículo 2º permanente, por referirse a una materia que ya fue incluida en el artículo 30 de la ley Nº 19.525, sobre reajuste de remuneraciones del sector público; resolver el pago del componente mérito para el período 1996-1997, que, como venía propuesto en el texto original y dada su tramitación, quedó desfasado en el tiempo, lo cual afectó el proceso de calificaciones, por lo que se habilita un nuevo período calificatorio; y, finalmente disponer que el mayor gasto que represente la iniciativa, proveniente del bono de mérito, será financiado con los recursos contemplados en los presupuestos recién aprobados para los servicios de salud. De manera que se viene actualizando un proyecto que quedó desfasado.
El costo -según se explicó a la Comisión- se incorporará a la asignación per cápita que el Ministerio de Salud, a través de los servicios de salud, aporta a los municipios para hacer frente a la atención primaria, conforme lo dispone el artículo 49 de la ley Nº 19.378, con expreso señalamiento del monto destinado al pago de la asignación de mérito. De este modo se trata de impedir que esos recursos sean utilizados para otros fines.
Lo expuesto se complementa con lo expresado por el señor Secretario acerca del informe emitido por la Comisión de Hacienda.
Si el proyecto es aprobado en general, como lo recomiendan las Comisiones de Salud y de Hacienda, deberá ir a segundo informe, para analizar las indicaciones del Ejecutivo y las que, según entiendo, formularán diversos señores Senadores.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , en forma muy breve, quiero, primero, anunciar que aprobaremos en general la iniciativa, y segundo, solicitar al Senado que la acoja sin mayor discusión, porque, a mi juicio, es bastante simple. La relación del señor Secretario y el informe rendido por el Honorable señor Bombal fueron muy precisos y claros. Solo deseo formular dos observaciones, para mayor conocimiento del tema.
En primer lugar, el proyecto en estudio no implica discutir el tema de la salud primaria ni atacar a fondo un problema que todavía no hemos resuelto en forma adecuada, a mí entender, sino que dice relación a una materia más global: la reforma del sector salud que estamos analizando en la Comisión técnica del Senado.
En segundo término, deseo referirme a la razón por la cual esta iniciativa se encuentra en la Cámara Alta.
Sucede que hoy día, como el mérito forma parte del mecanismo por el que se califica a los funcionarios en uno de los catorce o quince niveles, en el momento en que se pierde influye en el sueldo base. Y eso resulta absolutamente inadecuado, porque el sueldo base debe vincularse sólo a las tareas, sin considerar las asignaciones.
Por esa vía, si un funcionario tiene equis sueldo base y al año siguiente no queda en lista de mérito, pierde parte de él, lo que resulta absolutamente contrario a toda norma de organización de un sector como el de la salud primaria.
Me parece, entonces, que el proyecto debe volver a Comisión. Y, como tiene "suma" urgencia, el segundo informe debería quedar despachado la próxima semana, para que sea analizado por la Sala no más allá de las sesiones del martes o miércoles venideros.
Por lo tanto, sugiero que aprobemos en general la iniciativa sin más trámite.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Todavía hay dos inscritos, señor Senador. Podríamos escuchar sus intervenciones, o bien, abrir la votación permitiéndoles fundamentar su posición en primer lugar.
¿Habría acuerdo para ello?
Acordado.
El señor BOMBAL.-
¿Me puede inscribir, señor Presidente?
El señor DÍEZ.-
A mí, también.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se tomará nota.
Por consiguiente, queda cerrado el debate.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor MATTA.-
Señor Presidente , en primer término, quiero destacar los esfuerzos que los Gobiernos de la Concertación han venido realizando en los últimos nueve años para mejorar el sistema de salud pública. En efecto, la inversión social en esta materia se ha incrementado sustancialmente. El presupuesto actual destinado a la atención de los beneficiarios de este sistema es tres veces mayor que el aprobado en 1990 y un tercio de los establecimientos de salud pública existentes hoy en el país fue construido durante los Gobiernos de los Presidentes Aylwin y Frei.
Los trabajadores de la salud primaria, cuya administración y funcionamiento están entregados a las municipalidades, experimentaron un importante avance con la aprobación de la ley Nº 19.378, publicada el 13 de abril de 1995, que fijó el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.
Esta tarde se halla en votación general un proyecto que, en una materia muy específica, modifica el referido Estatuto. Y esto es lo primero que debemos tener presente: la iniciativa legal no introduce enmiendas transversales o de fondo; simplemente -es muy sencilla-, "regula una asignación de mérito que obtendrá anualmente el personal mejor calificado de los establecimientos respectivos".
En lo demás, modifica la integración de las comisiones de calificación, con el objeto de hacer posible su constitución en comunas de escasa dotación de personal en el área de la salud. Asimismo, suspende el proceso calificatorio correspondiente a 1996 y 1997, a fin de que éste se lleve a cabo bajo las normas del presente proyecto, una vez aprobadas.
Cabe advertir que se trata de una iniciativa que, además, viene a corregir dificultades y distorsiones en la aplicación del Estatuto de Salud Primaria Municipal, provocadas con ocasión de la entrada en vigencia, en diciembre de 1995, de la ley Nº 19.429, sobre reajuste del sector público. Este último cuerpo legal no incluyó la denominada "planilla suplementaria" en la base de cálculo de la renta bruta mínima mensual de técnicos administrativos y auxiliares afectos al mencionado Estatuto. De modo que en esa parte la iniciativa no hace sino reparar una situación anómala e injusta respecto de tales trabajadores.
Sin duda, el punto más importante y controvertido a que dice relación el texto es el consistente en prescindir del factor "mérito" para los efectos de ascender en la carrera funcionaria, eliminándose su referencia en cada una de las normas atinentes a ésta. Así las cosas, sólo la capacitación y la experiencia conforman elementos que otorgan puntaje para determinar la posición en ella.
En tanto, el mérito queda exclusivamente constituido como una asignación remuneratoria, incorporándose a la letra c) del artículo 23, junto a aquellas por responsabilidad directiva, por desempeño en condiciones difíciles y de zona. Lo anterior significa que se transforma en un componente que a partir de la vigencia de la ley sólo incidirá en la remuneración del trabajador y se desvinculará de la carrera funcionaria. Mediante tal mecanismo se consigue sustraer la asignación respectiva del sueldo base de los funcionarios, a fin de evitar que éstos fluctúen entre los grados y jerarquías de los niveles superiores e inferiores y se genere un problema de inestabilidad.
El pago anual de la asignación por mérito se supeditará a la evaluación de desempeño o calificación que año a año efectúe la comisión calificadora pertinente. En definitiva, recibirán el beneficio los funcionarios que resulten mejor evaluados. Ésa es, precisamente, la política de incentivos que postula el proyecto y que constituye, en resumen, la idea matriz de éste.
El premio, que se traduce en una asignación remuneratoria entregada a los funcionarios de mejor desempeño, forma parte de una verdadera estrategia de largo plazo destinada a perfeccionar la calidad de la atención en los servicios públicos y se enmarca en los programas de modernización de la Administración del Estado impulsada por los dos últimos Gobiernos. Así, se beneficia de manera directa al trabajador que recibe la asignación, lo que mejora su nivel de ingresos, y, al mismo tiempo, e indirectamente, a los usuarios.
No cabe duda de que una iniciativa de esta naturaleza merece ser acogida. Ya hemos despachado en esta Corporación otros proyectos que apuntan, también, en la misma dirección, de modo que imagino que la Sala aplicará igual criterio aprobando mayoritariamente la idea de legislar, más aún cuando queda abierta la posibilidad de perfeccionar el texto por la vía de las indicaciones.
El abrir un plazo para formularlas lo juzgo imprescindible, pues subsisten cuestiones que requieren un estudio y una discusión más de fondo. A saber, cabe cuestionarse, para citar un caso, si la integración dada a la comisión calificadora es la más adecuada o no. En la Cámara de Diputados hubo quienes plantearon la necesidad de incorporar a los beneficiarios del sistema de salud primaria municipal al proceso de calificación. ¿Cómo? Por ejemplo, a través de un sistema serio de consultas que permita recabar de manera objetiva la opinión del público. No corresponde definir en esta etapa legislativa la fórmula para ello, pero parece cuando menos interesante considerar la posibilidad de esa evaluación externa.
En otro orden de consideraciones, entiendo que por una indicación posterior del Ejecutivo se aclaró que el pago de la asignación será de cargo de los presupuestos de los servicios de salud, lo que la normativa original no determinaba.
Desde luego, votaré a favor del proyecto. No obstante, quisiera subrayar la conveniencia de buscar fórmulas para mejorar el nivel de atención en la salud primaria. Si se progresa en la calidad de la atención en las postas y consultorios, particularmente en los situados en sectores rurales, el número de enfermos que ingresan a los hospitales debiera disminuir notoriamente. No son pocos los establecimientos de salud primaria que funcionan con una dotación muy deficiente de recursos humanos y materiales. En sectores rurales suele contarse con un solo médico -normalmente, sin especialidad- para cubrir varias postas y consultorios donde la demanda obliga a atender, a veces, entre diez y quince pacientes por hora. Se deben estudiar, entonces, más allá de los incentivos remuneracionales, mecanismos que permitan atraer a los profesionales de la salud a localidades postergadas y otorgar, por ejemplo, preferencia o prelación en la postulación a becas de especialidad.
En lo concerniente a la idea de legislar sometida a discusión, me pronuncio que sí.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , daré mi voto favorable a la aprobación en general del proyecto haciendo presente que, como muy bien lo ha explicado el Presidente de la Comisión de Salud , Honorable señor Bombal , ese organismo técnico estudió pormenorizadamente el articulado, respecto del cual vale la pena, tal vez, aclarar dos puntos.
Uno de ellos es que en la Comisión se pudo comprobar claramente que existía una suerte de duda sobre el financiamiento que se proporcionaba para los municipios, lo que fue objeto de una aclaración que en su oportunidad entregó el Ejecutivo .
Y, segundo, a fin de evitar o disipar cualquier interrogante, también conviene dejar constancia, a mi juicio, de que en la normativa en análisis se modifican las normas de la ley Nº 19.378, en orden al reconocimiento del mérito por la vía del otorgamiento de una asignación específica. Vale decir, en este caso no se incurre, como en otras iniciativas que en su oportunidad fueron observadas por el Tribunal Constitucional, en vincular la carrera y la estabilidad de los funcionarios al otorgamiento de un aumento especial en el grado por la vía del mérito. En la situación de que se trata se recurrió a un sistema diferente, que permite disipar cualquier duda en cuanto a que el beneficio de un bono compensatorio por mérito no altera, en verdad, la carrera de los funcionarios.
Por todas estas razones, señor Presidente, voto favorablemente.
El señor DÍEZ .-
Señor Presidente , creo que el proyecto, que contiene cosas buenas, como la bonificación, también incluye aspectos retardatarios y reaccionarios. Aquí empezamos a retroceder: no hay que considerar el mérito en la carrera funcionaria, de manera que no sirve para eliminar a los malos elementos ni como un incentivo de ascenso en la carrera personal. Es decir, sirve nada más que para dar una bonificación, porque así lo ha convenido el Gobierno con los sindicatos de la salud.
Y volvemos al eterno problema: ¿quién se halla primero? ¿El funcionario o el enfermo? Evidentemente, si el elemento señalado no reviste significado para el ascenso, el funcionario cuenta con estabilidad en su carrera aunque carezca de méritos. Lo único que no recibe es la bonificación. Pero ahí quedamos estratificados, sin que se pueda eliminar a quienes se hallen en ese caso.
Pienso que lo anterior es absolutamente contrario a la lógica del sistema. Concuerdo con que se dé una bonificación por mérito, pero me encuentro absolutamente en desacuerdo con que este último no sirva para la carrera funcionaria, por resultar ello perverso. Implica, lisa y llanamente, preferir la estabilidad funcionaria por sobre el bien común que importa la mejoría del servicio en áreas tan delicadas como la salud.
Por ese motivo, señor Presidente , he firmado, junto con el Senador señor Bombal , una indicación destinada a retornar al criterio inicial, modificado en la Cámara de Diputados por acuerdo entre los sindicatos de la salud y el Gobierno. Y hago presente que cuando se analice en particular el proyecto debemos tener cuidado en el punto, pues evidentemente se desvirtúa la finalidad del mérito, que no es más que el mejoramiento del servicio a favor, precisamente, de los enfermos.
Me abstengo de votar mientras se estudia la modificación respectiva.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , precisando en la línea de lo expresado por el Senador señor Díez , lo que se reconoce, efectivamente, es que al mérito se le otorgue una bonificación. Lo que no se estima razonable es eliminarlo como un componente de la carrera funcionaria. Una cosa es la consagración del beneficio mencionado y otra que el elemento a que se hace referencia sea uno de los que se utilicen para la ponderación de la carrera.
Y, en ese contexto, el mérito constituye, por una parte, un factor para el cálculo de una asignación, y, por la otra, debe ser un componente de la carrera funcionaria. Pretender suprimirlo en esa última fase significa que sólo se considerarían para ascender la experiencia o antigüedad y la capacitación, o sea, el número de cursos que se hayan aprobado. Ello pugna contra la necesaria globalidad que debe registrarse en todo proceso de calificación, donde cabe tener presentes la experiencia o antigüedad, la capacitación y naturalmente el mérito. En la actualidad el mérito juega un rol esencial dentro de la carrera funcionaria, toda vez que permite evaluar de manera objetiva la calidad del servicio que están entregando los trabajadores. O sea, al igual que la antigüedad y la capacitación, se pondera el mérito, esto es el desempeño positivo del funcionario. Lo que importa evaluar es la calidad del servicio que aquél entrega. En ese sentido, en una de las indicaciones que hemos presentado, se establece que el 5% de los funcionarios que quedaren comprendidos dentro de las calificaciones más bajas, será considerado en lista 3 para todos los efectos legales.
Con eso quiero graficar que de alguna forma se está dejando constancia de que el mérito debe formar parte de la carrera funcionaria, de suerte que quien fue mal calificado y, en consecuencia, no percibirá la asignación, tenga la oportunidad de esforzarse para figurar al año siguiente entre los calificados que pueden llegar a obtenerla.
En los últimos estatutos aprobados por el Congreso, como por ejemplo en el del Servicio de Aduanas, se ha considerado el componente de mérito. Nosotros no estamos de acuerdo en que en el caso de la salud se suprima como elemento permanente de la carrera funcionaria. Sí, respaldamos el mecanismo propuesto como bonificación al mérito.
Comparto los criterios señalados por el Senador señor Díez , como también la iniciativa del Ejecutivo. Por ello, voto favorablemente, sin perjuicio de las acomodaciones que esperamos hacer en el segundo informe.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El último orador inscrito y que según lo acordado tiene preferencia para fundamentar el voto, es la Honorable señora Matthei. Luego seguiremos la votación en el orden acostumbrado.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, quienes ya intervinimos ¿podremos fundar el voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
No hay inconveniente alguno en que lo hagan, en el orden en que se les llame a votar.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , quiero dejar constancia -como lo he hecho en todos los proyectos relativos a la concesión de este tipo de bonos- de la inconveniencia de que en el sector público se otorguen beneficios en dinero no imponibles ni tributables porque al final el Fisco es el que debe pagar las pensiones mínimas, o se perjudica al propio funcionario, quien finalmente obtiene una pensión muchísimo menor que la renta que estaba habituado a recibir en su vida laboral.
En cuanto a la tributación, considero que la totalidad de los dineros que perciben los trabajadores deberían estar afectos a ella.
Reitero, una vez más, lo que como Diputada sostuve en numerosas oportunidades: estos beneficios deberían ser siempre imponibles y tributables, como ocurre en el sector privado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Cómo vota Su Señoría?
La señora MATTHEI.-
Voto a favor.
___________________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señores Senadores, el Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores ha informado a la Mesa que dicho órgano técnico está citado para las 6 de la tarde, para lo cual requiere que se autorice su funcionamiento paralelo con la Sala.
--Se autoriza.
___________________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Continúa la votación, ahora por orden alfabético.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , también lamento que el beneficio no sea imponible ni tributable. Lo entiendo solamente por la intención de que la cantidad líquida que reciban los funcionarios sea mayor.
Cabe señalar que el proyecto no sólo introduce modificaciones de índole estructural, sino también correcciones respecto de una materia muy precisa y determinada: la asignación de mérito, que ha sido una inquietud de los trabajadores de los Servicios de Salud y que, por supuesto, desde estas bancas apoyo.
Voto afirmativamente.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , me pronuncio a favor con la misma prevención hecha por algunos Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra, en el sentido de que es inconveniente que estas asignaciones no formen parte de la base imponible de las remuneraciones, ya que se genera una diferencia sustancial entre el sueldo en actividad y la pensión de jubilación.
El señor ROMERO.-
Voto a favor.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
Su Señoría está pareado con el Senador señor Adolfo Zaldívar.
El señor ROMERO.-
Es cierto. Lo había olvidado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Pero en este caso puede votar porque su pronunciamiento es favorable a la iniciativa del Gobierno.
El señor ROMERO.-
Así es. Gracias.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , quiero despejar un tema en el cual parece haber confusión. Espero que, si es posible, al final el señor Ministro fije claramente la posición del Ejecutivo en la materia.
Aquí hay dos conceptos que han estado en la discusión de todos los proyectos que dicen relación a este tipo de instituciones del sector salud: el de la estabilidad versus el del trabajo. Es decir, la efectividad y la forma en que los funcionarios realizan sus tareas, y la manera de darles seguridad en el trabajo, pero que simultáneamente exista una carrera funcionaria porque de otro modo es imposible hacer algo adecuado. No se puede tratar en la misma forma a quien cumple sus tareas y a quien no las cumple. Eso es claro.
El proyecto fue largamente discutido en la Comisión y por eso me preocupa que el Presidente de ella, después de leerlo concienzudamente, de argumentar sobre él y de aprobarlo, haya cambiado de opinión. Sin duda eso genera confusión en el Senado. Reconozco que sólo los tozudos no cambian. Estoy de acuerdo. Pero el articulado fue largamente debatido y por eso pienso que se ha incurrido en un error. La iniciativa tiende a evitar que la asignación de mérito, que se obtiene un año y tal vez no el siguiente, fije el nivel de remuneraciones básicas de los funcionarios, porque esto no es lógico. Por ejemplo, en un momento dado se contrata a una persona con determinado sueldo. Si su rendimiento es satisfactorio se le pagará la asignación de mérito. O sea, en vez de ganar diez pesos, por la vía del mérito percibirá más. Pero si no figura en lista de mérito no puede disminuírsele el ingreso básico. Si más adelante tiene mérito suficiente (hace cursos, asiste regularmente, etcétera) recibirá dicha asignación, que es variable. De este modo se garantiza la estabilidad laboral, el nivel mínimo de ingreso y se mejora o no la remuneración.
El factor mérito está incorporado en el concepto de calificación e indudablemente influye en que se ascienda o no en la carrera funcionaria. Lo que sí es inadecuado, y que el proyecto procura solucionar en alguna forma, es el hecho de que las comisiones calificadoras, en un momento determinado, no son lo bastante eficientes en -lamento la redundancia- calificar a las personas y en preparar, mejorar y adecuar la pirámide funcionaria. Eso es lo que debemos corregir. Y también los parámetros con los cuales se mide.
Se puede estar de acuerdo o no con la forma como se hace y si debe hacerse mejor; pero es un error sostener que el proyecto hará desaparecer el concepto del mérito en la carrera y, en virtud de eso, argumentar que por lo tanto el proyecto es -como ha dicho uno de los señores Senadores reaccionarios- una vuelta atrás en lo que debe ser la eficiencia de la Administración Pública.
En ese sentido, pido al señor Ministro que -probablemente con mayor claridad que yo- precise, aclare y fundamente la iniciativa, pues se presenta una dificultad al respecto, por cuanto los conceptos se confunden y los instrumentos de salud municipal son difíciles de armonizar, por ser muy distintos los municipios. Y, por tal razón, hice notar en mi intervención que nos falta un elemento básico, que es cómo entrar a fondo en el problema de la salud municipal sin quedarnos sólo en temas menores. Pero ese tema menor, por muy pequeño que sea, no puede confundirse con lo planteado aquí en cuanto a que se pierde la concepción del mérito, lo que es inaceptable en cualquier institución pública.
Voto que sí.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , voto favorablemente la iniciativa, por cuanto todo lo que signifique estimular el buen desempeño sobre la base de los méritos es altamente conveniente.
Sin embargo, deseo dejar constancia de que la mayoría de los municipios que se preocupan de la atención primaria tienen un fuerte déficit, producto de que no alcanzan a cubrir los gastos con lo que les entrega el Ministerio de Salud.
Espero que esta nueva remuneración o estímulo a los funcionarios no implique que las municipalidades aumenten su déficit por concepto de salud.
Voto afirmativamente.
El señor URENDA.-
Señor Presidente, voto a favor del proyecto.
Considero que la calificación reviste importancia en cuanto tienda, por un lado, a premiar realmente el mejor trabajo, la óptima eficiencia y la mayor dedicación, y, por otro, a tener presente el verdadero objetivo de los servicios de salud, que es la preocupación por los enfermos.
Todo lo que se haga a fin de que las calificaciones verdaderamente tengan trascendencia y no se conviertan, como ha ocurrido hasta ahora, en un mero trámite en que todo el mundo es bien calificado, puede ser útil para mejorar la eficiencia de la Administración Pública y, en general, la de todos los funcionarios, teniendo en cuenta -reitero- el fin último de estos servicios, el cual es, en este caso, la atención del enfermo.
Por otra parte, también acojo la observación de que el sistema de bonificación no imponible a la larga puede resultar dañino, tanto por la situación previsional del propio médico cuanto por la eventual carga que represente para el Estado por una vía indirecta.
Por ello, hago votos para que el Ejecutivo, en la discusión particular, proponga modificaciones en el sentido que he señalado, toda vez que el papel que nos corresponde a este respecto es bastante limitado, pues cualquier medida que pueda implicar gastos es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo. De ahí la importancia de que el representante del Gobierno reciba los mensajes del Senado para -dentro de lo posible- mejorar este proyecto.
Voto favorablemente.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , voy a votar por la aprobación de la iniciativa. Pero me parece que la discusión particular será extremadamente importante, porque lo relativo al mérito es esencial.
Ahora, hay un asunto tocante al efecto monetario, sobre la base de esta bonificación, que se da cuando el mérito se produce. Otra cosa es que el mérito también ha de ser factor de ascenso. Y el serlo implica que dicha asignación se debe incorporar a la remuneración básica cuando la persona es ascendida; y, por cierto, lo entregado por el mérito de un año no puede constituir parte permanente de su sueldo.
Una última observación. Encuentro que el debate en particular será fundamental -repito-, porque todo el éxito del sistema de mérito depende de que funcione efectivamente el proceso de calificaciones. La tradición chilena señala que todo el mundo es calificado en lista 1, lo cual no ayuda, porque al final no se evalúa el mérito, sino que las relaciones humanas.
Voto que sí.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (37 votos a favor y una abstención).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Bombal, Canessa, Cariola, Chadwick, Fernández, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Horvath, Larraín, Martínez, Matta, Matthei, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Páez, Parra, Pérez, Pizarro, Prat, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Urenda, Valdés, Vega, Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Se abstuvo de votar el señor Díez.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Me ha pedido la palabra el señor Ministro ; también el Senador señor Bombal, quien desea hacer una precisión. Pediría que ojalá no se abriera nuevamente debate sobre la iniciativa.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor ERAZO ( Ministro de Salud subrogante ).-
Señor Presidente , en primer lugar, debo agradecer en nombre del Gobierno la votación del proyecto en la Sala, porque su aprobación ha sido largamente esperada para el desarrollo de las políticas de atención primaria de salud municipal.
Dicha iniciativa ha motivado varias propuestas en el seno de los diferentes sectores involucrados en la gestión relativa a la atención primaria, no sólo de la Confederación Nacional de Funcionarios de Salud Municipalizada, sino también de la Asociación de Municipalidades, y, particularmente, viene a llenar un vacío como resultado de la puesta en marcha de la ley Nº 19.378. En este cuerpo legal -tal como aquí se planteó- se ha demostrado la inaplicabilidad del mecanismo de pago establecido (a partir del sueldo base), pues necesariamente implicaba un criterio de transitoriedad año tras año, lo que lo hacía impracticable en términos de la carrera funcionaria.
Sin embargo, el Ejecutivo ha sido absolutamente categórico en defender el concepto de la carrera funcionaria, incorporando también la asignación de mérito.
Para esos efectos, en el artículo 38 -donde se halla establecido- no se ha excluido el mérito como componente de la carrera funcionaria, a fin de salvaguardar dicha asignación. A nuestro juicio, el mérito es un factor esencial no sólo desde el punto de vista de los incentivos, sino también para determinar, entre otros aspectos, los elementos que permiten, por un lado, estimular la capacitación, y por otro, dirimir los empates del proceso calificatorio.
Existen varios elementos que fundamentan el hecho de ratificar el componente mérito como parte de la carrera funcionaria, tanto conceptualmente en el artículo 38 como también en el ejercicio de la gestión de recursos humanos en la atención primaria de salud, no sólo desde la lógica de una asignación de desempeño, que se define cada año. Uno de ellos es el relativo a las calificaciones. Éstas, sin duda, tienen un rol importantísimo como elemento para llevar a cabo iniciativas que estimulen la capacitación -mecanismo de incentivo que está establecido en el proyecto-; para dirimir los empates en los procesos calificatorios, y, por último, para el término de la relación laboral.
Esos aspectos son el sustento y -diría- vienen a corroborar que el mérito, conforme a lo establecido en el Estatuto de Atención Primaria de Salud, continuará prevaleciendo como un componente de la carrera funcionaria.
En definitiva, hemos buscado un mecanismo que nos permita superar la contradicción que se nos produjo al momento de implementar ese componente, que hacía inaplicable la referida asignación por el hecho de incorporarlo como parte del sueldo base.
En ese sentido, en mi calidad de representante del Ejecutivo , quiero dar confianza en cuanto a que estamos absolutamente convencidos de que éste es un componente importante. Asimismo, será de mucha relevancia el reglamento, donde se establecerán los mecanismos y procedimientos para que aquél constituya un incentivo al desempeño, y a fin de que éste, en particular, sea evaluado año a año en términos de calidad.
Se trata de un proyecto -como lo explicitaron los señores Senadores- que tuvo una larga tramitación y fue sometido a diversas precisiones. Una de ellas consistió en reconocer que éste es un aporte adicional en cuanto a las transferencias que se hallan enunciadas en el presupuesto del sector salud. De modo que no significará un detrimento de la asignación per cápita en la atención primaria.
Por otra parte, la iniciativa establece el pago por una sola vez de un bono que no es tributable ni imponible. Sin embargo, después de concluido el proceso calificatorio, con el componente del mérito y el reglamento aprobados, sin duda, aquél será tributable e imponible como cualquier otra asignación.
En tal sentido, es importante mencionar que el bono, dado que se paga por una sola vez, no es imponible ni tributable, y que posteriormente se incorporará a la asignación per cápita -ello quedará claramente establecido para todos los municipios- como parte de las transferencias a la atención primaria de salud.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, agradezco las precisiones hechas por el señor Ministro.
Efectivamente, en el mensaje se contemplaban los tres elementos: antigüedad, capacitación y mérito. Este último se mantiene en algunas partes del articulado, pero se elimina en otras, para los efectos de adecuar el cálculo. Sin embargo, en el Estatuto de Atención Primaria de Salud -conforme quedó establecido no por el Ejecutivo , sino por la Cámara de Diputados- se debilita el concepto de mérito, porque se retira de los preceptos que definen claramente los tres componentes de la carrera funcionaria.
Por eso hacemos notar que hay una señal incorrecta, la cual esperamos corregir en el segundo informe.
En verdad, el mérito se elimina en los artículos 1º y 2º y en las adecuaciones realizadas en otras normas, y se mantiene en el artículo 38 -como lo señaló el señor Ministro -, para los efectos de cálculo. Aquél fue retirado de los preceptos matrices de la estructura del Estatuto de Atención Primaria de Salud.
En todo caso, reitero que en el segundo informe podremos hacer las precisiones pertinentes.
___________________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Solicito la anuencia de la Sala para que el Honorable señor Ruiz-Esquide me reemplace en la testera.
Acordado.
--Pasa a dirigir la sesión el Senador señor Ruiz-Esquide, en calidad de Presidente accidental.
___________________
FORTALECIMIENTO DE FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Proyecto de la Cámara de Diputados que fortalece la Fiscalía Nacional Económica, con informes de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Economía, unidas, y de Hacienda.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2105-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 3ª, en 9 de junio de 1999.
Informes de Comisión:
Economía, sesión 30ª, en 15 de septiembre de 1998.
Constitución y Economía, unidas, sesión 16ª, en 12 de enero de 1999.
Hacienda, sesión 16ª, en 12 de enero de 1999.
Discusión:
Sesiones 31ª, en 16 de septiembre de 1998 (queda para segunda discusión); 1ª, en 6 de octubre de 1998 (pasa a Comisiones de Constitución y Economía, unidas).
El señor LAGOS ( Secretario ).-
Las Comisiones de Constitución y de Economía, unidas, dejan constancia en su informe de que a las sesiones en que se consideró la iniciativa asistieron el señor Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción, el Fiscal Nacional Económico, el Jefe de la División Jurídica del referido Ministerio , una abogada de la mencionada Fiscalía y un abogado de la Cartera de Justicia.
Asimismo, hacen presente que el proyecto, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de "Suma", contiene normas de rango orgánico constitucional.
Entre los objetivos principales de la iniciativa se hallan los siguientes.
En el artículo 1º busca fortalecer la Fiscalía Nacional Económica, reformulando su carácter de servicio público descentralizado y perfeccionando sus facultades; en materia de personal, moderniza su planta mediante diversas disposiciones establecidas en el proyecto; consagra como norma general un régimen de dedicación exclusiva en el desempeño de los cargos y precisa las incompatibilidades y prohibiciones que afectan a los funcionarios; efectúa un reordenamiento de las atribuciones y deberes del Fiscal Nacional Económico, y, por último, enuncia los distintos rubros que componen el patrimonio de la Fiscalía.
El artículo 2º introduce enmiendas relacionadas con aspectos de los procedimientos que se sustancian ante las distintas Comisiones que integran nuestro sistema antimonopolios.
Por último, los artículos transitorios regulan el proceso de encasillamiento del personal de la Fiscalía a que dará lugar la aprobación de esta iniciativa.
En mérito de las razones contenidas en el informe, las Comisiones unidas aprobaron en general la iniciativa por la unanimidad de sus miembros presentes.
Luego, hacen un análisis de cada una de las disposiciones del proyecto, dejando constancia del debate habido y de los acuerdos adoptados. En su parte resolutiva proponen aprobar el proyecto de la Cámara de Diputados con las modificaciones que indican.
Finalmente, el texto aprobado por las Comisiones unidas, que consta de dos artículos permanentes y seis transitorios, se transcribe en el informe.
Por su parte, la Comisión de Hacienda estudió los artículos de su competencia y, de acuerdo con las consideraciones que señala en su informe, propone aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hicieron las Comisiones de Constitución y de Economía, unidas.
Finaliza haciendo constar que el proyecto se encuentra debidamente financiado.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Antes de poner en discusión la iniciativa, solicito el asentimiento del Senado para que ingrese a la Sala el Fiscal Nacional Económico, don Rodrigo Asenjo.
Acordado.
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor BITAR.-
Pido la palabra.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor BITAR.-
Señor Presidente , del debate que tuvimos en la Comisión de Economía hemos arribado, como dio cuenta el señor Secretario ,...
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , ¿como Senador informante no tengo derecho a exponer en primer lugar?
El señor BITAR.-
Señor Senador, solicité la palabra ante la ausencia del señor Presidente de la Comisión de Economía .
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Corresponde ofrecer el uso de la palabra al Presidente de la Comisión correspondiente.
El señor PIZARRO.-
Por una situación particular, la Comisión de Economía no tiene Presidente . Sin embargo, hemos elegido al Senador señor Zurita para que informe.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
La Mesa desea saber si el Presidente de la Comisión es el Honorable señor Larraín o el Senador señor Zurita.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , efectivamente me correspondió presidir las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Economía, unidas. Sin embargo, dichas Comisiones acordaron que el Honorable señor Zurita informara del proyecto, ya que lamentablemente no pude dirigir el debate de las últimas sesiones.
Por esa razón, parecía más lógico que informara quien hubiese estado presente en todas aquéllas.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Entonces, en virtud de lo señalado, tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente, no es que desee arrebatar el uso de la palabra a nadie; de buena gana habría renunciado a ello. Pero, como las Comisiones unidas me han designado como Senador informante, no puedo eludir tal deber.
El proyecto en debate es de larga tramitación. Tuvo ya un informe de la Comisión de Economía y recientemente también emitió uno la de Hacienda.
Al conocerse el informe de la primera de ellas -en octubre del año pasado-, algunos señores Senadores manifestaron dudas acerca de la constitucionalidad de ciertos artículos. Esto obligó a la conformación de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y la de Economía, unidas, para revisar el proyecto en todos sus aspectos.
Las dudas surgieron con la entrega al Fiscal Nacional Económico de la facultad de investigar, pues algunos señores Senadores creyeron que ello podría producir una colisión entre tal atribución y la que otorga la reforma constitucional que crea el Ministerio Público como única instancia encargada de investigar los delitos en el país.
Estudiado ese punto, en primer lugar, se advierte que tal inconstitucionalidad no existiría, porque el Ministerio Público está encargado de investigar delitos; el Fiscal Nacional Económico se ocupa de cualquier infracción a las leyes de la libre competencia. Si ellas llegan a constituir un delito económico, hoy el Fiscal debe ejercer la acción respectiva ante los jueces del crimen correspondientes; mañana, cuando rija el Ministerio Público en plenitud, tendrá que hacerlo como víctima o querellante.
Por consiguiente, en este momento no hay colisión con la Constitución Política, porque la ley relativa al Ministerio Público sólo empezará a regir una vez publicada, lo que aún no se ha hecho. Por ello, no hay colisión con la Carta Fundamental y, a futuro, tampoco la habrá si pensamos que deberá recurrirse al Ministerio Público para que se inicie la persecución.
En este sentido, las Comisiones unidas consideran que no hay conflicto de constitucionalidad. Además, se revisaron todos los artículos ya estudiados y aprobados por la de Economía, prestándoles su aprobación con ligeras enmiendas.
El proyecto que nos ocupa era de mayor amplitud, pues pretendía la creación del tribunal económico. Pero, ante la envergadura de tal cometido, se optó por una iniciativa mucho más modesta, que sólo pretende fortalecer la Fiscalía Nacional Económica, en el sentido de dotarla de mayor personal y a éste otorgarle facultades más amplias que las actuales y mejorar sus remuneraciones.
La iniciativa modifica algunos artículos del decreto ley Nº 211, que establece normas de libre competencia, y mantiene en su estructura general las disposiciones actuales, dándole al Fiscal Nacional Económico mayores facultades, sin que ellas lleguen a convertirlo -como creían quienes pensaban en una posible inconstitucionalidad- en un tribunal nuevo y especial. Por el contrario, adquiere el carácter de un semitribunal administrativo que, de acuerdo con sus resoluciones, permitirá recurrir a la propia Comisión Resolutiva Antimonopolios o a la Corte Suprema por la vía de la reclamación.
Además, la iniciativa fortalece las Fiscalías Regionales, estableciendo atribuciones especiales, mejores rentas, bonos de producción y la obligación de la Fiscalía Nacional de dedicar todo el tiempo a su trabajo, sin poder desempeñar otras labores, aparte de las que sean propias de la docencia contempladas en el Estatuto Administrativo.
También se advirtió el problema de que las Fiscalías Regionales no desarrollan un trabajo "full time", sino en jornadas que tienen 70 u 80 por ciento de dedicación, con lo cual se les quita la posibilidad de atender a potenciales fiscalizados. Dicha anomalía fue corregida por las Comisiones unidas; y si bien sus funcionarios, al no tener dedicación exclusiva, podían ejercer cualquier otro cargo, en adelante estarán impedidos como abogados, ingenieros u otros profesionales, de prestar servicios en instituciones que pudieran ser motivo de fiscalización de acuerdo con la nueva ley.
Por otra parte, se les fija el sueldo de acuerdo al grado de las superintendencias y entidades públicas fiscalizadoras.
Respecto a la objeción de constitucionalidad, ya quedó sintéticamente establecido que no existe; que las normas fueron aprobadas por unanimidad, tanto en general como en particular; que cada uno de los artículos que se modifican fueron revisados y aprobados por las Comisiones unidas, salvo la pequeña rectificación en cuanto a los Fiscales Regionales que tengan calidad de profesionales independientes que estén atendiendo empresas de la región, siempre que éstas no pertenezcan al grupo de aquellas que puedan ser motivo de fiscalización.
En lo demás, se mantiene en líneas generales toda la normativa del decreto ley Nº 211, el cual se modifica exclusivamente en cuanto a la cantidad de personal, a los requisitos que se fijan para ellos, a la calificación (que dará lugar a bonificaciones) y a la calidad de empleado de exclusiva confianza del Presidente de la República que recae sobre el Fiscal Nacional Económico.
Con estos antecedentes las Comisiones unidas proponen aprobar en general y en particular el proyecto.
La Comisión de Economía ya lo había hecho en octubre del año pasado, en tanto que la de Hacienda, con fecha 7 del mes en curso, considera que el proyecto está debidamente financiado y no produce ningún trastorno en Hacienda Pública.
Es cuanto puedo informar dentro de la urgencia dada al proyecto.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Tiene la palabra el Senador señor Bitar y, a continuación, el Honorable señor Pizarro.
El señor BITAR.-
Señor Presidente , después de los argumentos entregados por el Senador señor Zurita , sólo deseo destacar el respaldo dado al proyecto, sobre la base, en primer lugar, de la necesidad de perfeccionar y fortalecer los sistemas de supervisión de agentes económicos, con el propósito de garantizar el libre juego de la competencia e impedir, por tanto, que se avance en la concentración del poder económico que distorsiona el funcionamiento de los mercados.
Esto se hace más indispensable en la medida en que, además de la energía, se vayan incorporando al sector privado otras actividades, tales como el transporte, puertos, telecomunicaciones, y ahora las sanitarias, que son de servicios públicos de gran importancia para la atención a los ciudadanos; y también que se sigan acentuando otras tendencias globales de la economía mundial, como la fusión de empresas, lo cual debemos observar y cuidar para que no distorsione el funcionamiento de los mercados.
En segundo término, nos parece indispensable que las atribuciones y la dotación de recursos del principal fiscalizador de la libre competencia en el mercado, se acreciente y podamos tener gente de la mejor calidad que se dedique a esta tarea, sin realizar otras funciones y "full time", de manera de garantizar su absoluta prescindencia de intereses cruzados con empresas que pudieran verse afectadas por su labor.
Me parece que dichas dos razones principales ameritan dar este paso, que está bien pensado cuando establece mecanismos de incentivo y de mejoramiento de remuneraciones, así como la dedicación exclusiva, salvo en los casos regionales, aunque también hemos establecido algunas limitaciones a la función, de manera que no interactúe con intereses de las empresas que van a ser supervisadas por este organismo.
Quería agregar estos dos elementos, y destacar la importancia de dar este paso hacia un funcionamiento más eficiente de la economía chilena en el contexto de la economía global y de las tendencias futuras.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO .-
Señor Presidente , el informe del Senador señor Zurita fue muy completo y preciso. Lo que se busca es introducir a la Fiscalía Nacional Económica algunas modificaciones de orden procesal, porque en algunos casos se observaba o una falta de claridad o que los procedimientos vigentes no eran los más adecuados.
El propósito fundamental es, como se ha dicho, modernizar el servicio, hacerlo más eficaz. Para no repetir los argumentos, sólo resaltaré el hecho de que, en las discusiones desarrolladas tanto en la Comisión de Economía, cuando en las de Constitución y Economía, unidas, los señores Senadores plantearon algunas aprensiones acerca de la forma en que se llevan adelante las investigaciones por la Fiscalía, las atribuciones de ésta, el uso a veces necesario de la fuerza pública y cómo se entendía e implementaba ésta. Además, hay un aspecto que no se mencionó acá y que está contemplado en el proyecto, cual es la confidencialidad con que la Fiscalía debe resguardar los datos e informaciones que recabe de las empresas. Muchos de ellos están relacionados con informes comerciales, tienen importancia en un mercado competitivo y, por lo tanto, se debe garantizar a su respecto la confidencialidad debida.
Insisto, sí, en la información entregada tanto en las Comisiones como en la Sala respecto de una cuestión más de fondo, cual es modernizar todo lo referente a la regulación antimonopolio existente en el país, y la posibilidad de crear un tribunal nacional económico. Lo que existe es un acuerdo entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional en el sentido de que el proyecto -que es más global e involucra fundamentalmente la creación de un tribunal nacional económico, lo que significaría la transformación de la actual Comisión Resolutiva- fuera este año objeto de estudio por parte del Parlamento. Entiendo que las fechas están comprometidas, e imagino que el señor Ministro lo podrá ratificar. Pero éste es un debate que ya se produjo, al menos en la Cámara de Diputados, y se ha planteado de manera tangencial en el Senado. Se prefiere que el proyecto tenga que ver solamente con la Fiscalía Nacional Económica, su planta, su personal y la forma de hacerla más eficaz; pero está pendiente el debate más de fondo, que espero podamos desarrollar durante el presente año.
Tales son las razones por las cuales la iniciativa fue aprobada en todas sus instancias en forma unánime.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , cuando el proyecto fue analizado por la Sala, se formularon dos tipos de planteamientos. Uno, sobre su posible inconstitucionalidad, cuestión que analizamos con mucha profundidad en las Comisiones de Constitución y de Economía, unidas, donde pienso que quedó bien dilucidada, bien explicada. Hubo también una buena coordinación con las leyes que vienen, producto de toda la reforma al sistema judicial. Es decir, no sólo se analizó lo actualmente existente, sino también lo que va a suceder cuando ya estén operando las reformas en estudio.
El otro tipo de objeciones o de dudas que se expuso durante la discusión anterior en la Sala se refiere a las facultades aparentemente excesivas que se asignaban a la Fiscalía Nacional Económica.
En esa oportunidad resalté el hecho de que el Fiscal Nacional podría pedir ayuda a Investigaciones de Chile, así como disponer indagaciones secretas e incluso sin poner en conocimiento de la persona afectada la apertura de tal proceso en contra de ella o de su empresa.
Igualmente aparecían excesivas las facultades otorgadas por la letra h) del artículo 27, en el sentido de que esa fiscalía podría requerir de personas naturales y de representantes de personas jurídicas muchos antecedentes, según especifica, los "que estime necesarios con motivo de las investigaciones que practique".
Diría que todas estas objeciones o dudas quedaron bien resueltas en la discusión, porque el Ejecutivo presentó indicaciones que, en mi opinión, dejaron suficientemente equilibrado el sistema.
En el fondo, se trata de que la Fiscalía Nacional Económica disponga de todas las facultades necesarias para actuar e investigar en forma ágil y secreta si fuese necesario, también con el concurso, si así se requiere, de la fuerza pública; pero que, al mismo tiempo, haya un contrapeso a las facultades del Fiscal, de manera que no las pueda ejercer en forma personal o en términos de afectar la libertad de otros.
En ese sentido, las indicaciones del Ejecutivo apuntan a que sea el Presidente de la Comisión Resolutiva o ella misma, el que tenga conocimiento de estas situaciones o pueda actuar respecto de ellas. Por ejemplo, si el Fiscal Nacional Económico pide ayuda a Investigaciones, ello debe ocurrir con conocimiento del Presidente de la Comisión Resolutiva . Es decir, otra persona tiene que estar enterada e informada de por qué se pide ayuda a Investigaciones.
Del mismo modo, si se instruyen investigaciones de carácter reservado, ello también debe hacerse con conocimiento del Presidente de la mencionada comisión. Y si se dispusiera que no se dé noticia del inicio de una investigación al afectado, ello también debe realizarse con autorización de la Comisión Resolutiva. Es decir, en cada uno de esos casos existe el contrapeso adecuado.
Por otra parte, el Ejecutivo introduce una indicación que salva el hecho de que, cuando el Fiscal Nacional Económico pida antecedentes a personas naturales o a representantes de personas jurídicas y éstos estimen que ello puede afectar sus intereses o los intereses de terceros, podrán solicitar a la Comisión Resolutiva que deje sin efecto total o parcialmente el requerimiento del Fiscal Nacional. Esta solicitud causaría el efecto inmediato de suspender, en el mismo minuto de su presentación, la actuación de la Fiscalía Nacional, hasta el pronunciamiento posterior de la Comisión Resolutiva, dentro de un plazo breve, sobre el rechazo o aceptación del recurso.
Por eso, pienso que todos los problemas sobre aparentes facultades excesivas del Fiscal Nacional quedan debidamente salvados. En mi opinión, se ha logrado un adecuado equilibrio entre las atribuciones que requiere la Fiscalía Nacional Económica para actuar en forma rápida, eficiente y correcta, y los contrapesos necesarios para asegurar a la ciudadanía que no habrá abuso. No me estoy refiriendo, obviamente, a la persona que hoy ejerce el cargo, pero ésta es una situación que debe preverse en la legislación general. Nunca ha habido aquí un comentario negativo en contra de alguno de los actuales funcionarios. Al contrario, se ha hecho un muy buen trabajo en este proyecto.
Por estas razones, señor Presidente, estoy absolutamente conforme con el texto tal como ha sido despachado por las Comisiones unidas.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , me voy a referir a dos asuntos que en cierta medida ya fueron abordados por el Senador informante . El primero dice relación con el tema de la constitucionalidad, y el segundo, con una inquietud que surge a propósito del artículo 1º transitorio, relativo a la forma como se va a efectuar el encasillamiento del personal una vez que la ley sea promulgada.
El primer asunto (fue una de las razones por las cuales se llevó el proyecto a las Comisiones unidas) tiene que ver con diversas letras del artículo 27, fundamentalmente la a), la b) y la i).
En virtud de esta disposición, el Fiscal Nacional Económico tendría como atribuciones y deberes: "a) Instruir las investigaciones que estime procedentes para comprobar las infracciones a esta ley, dando noticia de su inicio al afectado". Sin embargo, la Constitución deja en manos del Ministerio Público "en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado"; "y, en su caso," -agrega- "ejercerá la acción penal pública en la forma prevista por la ley". Vale decir, cualquier investigación de hechos constitutivos de delito en el país no podría tener lugar sino a instancias del Ministerio Público.
Ahora bien, en conformidad a la disposición trigesimosexta de la Carta, las normas constitucionales relativas a dicho organismo sólo comenzarán a regir una vez que sea publicada la Ley Orgánica Constitucional respectiva. Entretanto, podría entenderse que la facultad de investigar queda en manos del Fiscal Nacional Económico. Sin embargo, es importante destacar que ello sólo sería posible durante ese período. Es decir, el Fiscal tendría esa atribución, incluso en algunas materias de carácter penal que se hallen dentro de su competencia legal, pero sólo hasta el minuto en que comenzara a regir la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, lo cual no le impediría, por cierto, instruir investigaciones de otro tipo que no sean aquellas radicadas en el ámbito de tal entidad, relacionadas con aspectos reglamentarios o de otro orden vinculados al funcionamiento de los agentes económicos.
Todo ello será resuelto no sólo por la Ley Orgánica a que me he referido, sino también por una normativa especial, en proceso de elaboración en el Ejecutivo , adecuatoria de todo el régimen legal. Según entiendo, en este momento estaría en la Cámara de Diputados.
El señor PARRA .-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor LARRAÍN.-
Con gusto, con la venia de la Mesa.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA.-
Sólo deseo aclarar ese punto, señor Presidente.
Efectivamente, los problemas que se suscitaron a raíz de la discusión de esta iniciativa se han salvado no sólo con el trabajo realizado por las Comisiones unidas, de cuyo informe estamos conociendo, sino, además, con el proyecto de ley adecuatoria del sistema legal chileno a los proyectos relativos al nuevo Código Procesal Penal y a la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público. Ya fue despachado el segundo informe en la Cámara de Diputados, de manera que esa iniciativa debería llegar al Senado en los próximos días. Y ahí, en el artículo 6º, terminan de resolverse absolutamente los problemas que en su oportunidad fueron planteados en esta Corporación. De manera que la aprobación del proyecto en debate puede hacerse con entera seguridad.
Gracias.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Agradezco la información al Senador señor Parra , porque ella ratifica un poco el trabajo que hicimos en las Comisiones unidas en esta materia. En lo particular, me deja tranquilo en cuanto a que éste es un tema que va a quedar debidamente salvado.
Respecto a las letras b) e i), referidas a la posibilidad de actuar como parte y ejercer la acción penal, si bien la Constitución entrega esta atribución al Ministerio Público, también señala, en su artículo 80 A, inciso segundo, que "El ofendido por el delito y las demás personas que determine la ley podrán ejercer igualmente la acción penal". Y justamente en la Comisión de Constitución se está analizando, a propósito del proyecto de nuevo Código de Procedimiento Penal, quiénes podrán ejercer esas acciones y actuar como querellante. De manera que si la ley en proyecto, que tiene rango orgánico constitucional, establece como una de tales personas a la Fiscalía, no sería inconstitucional en ese sentido.
Por lo tanto, me parece que con estas aclaraciones el problema de la constitucionalidad queda razonablemente salvado, y en esa parte, el cometido que correspondió a las Comisiones unidas ha sido proveído y debidamente informado. Como ya dije, participé hasta esa discusión en tales organismos, pues en lo sucesivo no pude integrarme al trabajo de las Comisiones por encontrarme fuera del país, no obstante lo cual firmé el informe. Sin embargo, me han asaltado dudas al revisar el artículo 1º transitorio. Mi temor, al respecto, es aprobar una norma que posteriormente pueda ser objetada en cuanto a su constitucionalidad. Ese artículo dispone: "El encasillamiento en la planta fijada en el artículo 23 del texto aprobado por el artículo 1º de la presente ley, se efectuará por una comisión integrada por" las personas que determina y dentro del plazo que señala. Y agrega que ello es "sin sujeción a las normas estatutarias permanentes relativas a la provisión de cargos, siempre que reúnan los requisitos indicados en el citado artículo 23, pudiéndose eximir de los requisitos de experiencia a los directivos y profesionales.".
Creo que este punto, señor Presidente , debería ser revisado con especial cuidado. Quiero recordar que hace un tiempo, cuando se aprobó la ley adecuatoria de plantas del Ministerio de Obras públicas, hubo una revisión por parte del Tribunal Constitucional que terminó con un fallo que declaraba que ese cuerpo legal, en sus artículos fundamentales y, por lo tanto, en su sustancia, era inconstitucional. Tengo en mis manos el fallo del Tribunal y quiero leer algunos considerandos que dan cuenta de los elementos que se tomaron en consideración para llegar a tal conclusión y que, me temo, pueden afectar la constitucionalidad del proyecto en debate. Esto, para los efectos prácticos, podría significar que, aplicado el encasillamiento, un funcionario descontento podría recurrir de inaplicabilidad a la Corte Suprema. En ese sentido, y sin otra consideración, dicho Tribunal podría acoger un recurso si esta norma fuese inconstitucional.
El fallo, en algunos de sus considerandos -en particular en el 3º-, dice: "Que para analizar la constitucionalidad de este nuevo sistema es preciso, antes que nada, determinar cuál es el contenido del artículo 38 de la Constitución, transcrito en el considerando 1º de esta prevención.
"De su texto se desprende que la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado debe referirse a las siguientes materias:
"a) la garantía de la carrera funcionaria y los principios de carácter técnico y profesional en que debe fundarse;
"b) asegurar la igualdad de ingreso a ella, y
"c) la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes;".
En el considerando 4º señala: "Que tratándose de los funcionarios de carrera de la Administración del Estado la garantía de una carrera funcionaria y la igualdad de oportunidades de ingreso a ella constituyen derechos para los empleados públicos que el constituyente ordena que sean regulados por una ley orgánica constitucional;".
En el considerando 6º - a raíz del análisis que hace, referido al Estatuto Administrativo y a conceptos que reproduce de lo que se entiende por carrera funcionaria según diversos autores y tratadistas, como los señores Pantoja y Argandoña y otros fallos del propio Tribunal-, dice: "Que, como consecuencia de lo anterior, resulta que el mandato que el constituyente da al legislador orgánico constitucional consiste en garantizar una carrera que respete el derecho al ascenso, la estabilidad en el empleo y la igualdad de oportunidades de ingreso a ella;".
Este punto es quizás el más agudo respecto de esta disposición transitoria, porque al establecerse un artículo que permite que se efectúe un encasillamiento sin sujeción a las normas estatutarias permanentes relativas a la provisión de cargos, se está abriendo una excepción a una norma que, al tenor de lo dispuesto en la Constitución, pareciera no poder hacerse. Y ello es en resguardo de los intereses de los trabajadores, que también es nuestro deber garantizar.
Por los motivos expuestos, señor Presidente, es importante tener en debida consideración este punto. Por tratarse de una ley orgánica constitucional, se debe tener una inquietud mayor, ya que por el rango que ella tiene hay que ser particularmente cuidadosos respecto de la constitucionalidad.
En todo caso, nos queda la tranquilidad de que el artículo 82, inciso primero, de la Carta Fundamental establece que el control de constucionalidad de estas normas es obligatorio para el Tribunal Constitucional.
Debo hacer presente que nuestra inquietud surgió en el último momento, al revisar el texto de la disposición en comento. Porque si bien los otros aspectos de constitucionalidad, que originaron la constitución de las Comisiones unidas, quedaron salvados razonablemente por lo que aquí hemos señalado y ha complementado el Honorable señor Parra , sobre el proyecto adecuatorio del sistema legal chileno, temo que pueda surgir una inquietud respecto de la constitucionalidad de la disposición mencionada, la que, si no se corrige a tiempo, puede llevarnos a entrar en un proceso que irá en perjuicio de los beneficios que conlleva su aprobación y paralizar, por lo tanto, parte de la acción de la Fiscalía Nacional Económica.
He dicho.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite plantear una cuestión de procedimiento, señor Presidente?
El señor BOMBAL.-
¿Cuánto tiempo falta para el término del Orden del Día?
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Dos minutos.
El señor PIZARRO.-
¿Por qué no votamos?
El señor URENDA.-
Señor Presidente , con el ánimo de que el proyecto pueda ser votado y despachado a tiempo, renuncio a mi intervención.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Muchas gracias, señor Senador.
Si no hay otro señor Senador inscrito, pondría en votación...
El señor BOMBAL.-
Yo me inscribo para intervenir, señor Presidente .
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite plantear una cuestión reglamentaria, señor Presidente?
Quiero proponer -si Su Señoría obtiene el parecer unánime de la Sala- que se deje sin efecto la hora de Incidentes, con el objeto de terminar el debate y proceder a votar la ley marco de las universidades estatales, ya que por varias sesiones ha venido postergándose su despacho.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Señores Senadores, quiero plantear lo siguiente:
En primer término, debo agradecer al Honorable señor Urenda la gentileza de renunciar al uso de la palabra para permitir el pronto despacho de la iniciativa en debate.
En segundo lugar, quiero sugerir a la Sala que dejemos sin efecto la hora de Incidentes -coincidiendo con lo que acaba de decir el Honorable colega-, con el objeto de terminar la discusión del proyecto que nos ocupa y, en subsidio de ello -porque he sido informado de que algunos señores Senadores no van a dar su acuerdo en tal sentido-, votar y despachar la ley marco de las universidades estatales.
Ésa sería la proposición.
En consecuencia, en primer lugar, solicito la autorización de la Sala para suprimir la hora de Incidentes con el objeto de seguir ocupándonos del proyecto en debate.
No hay acuerdo.
¿Y habría acuerdo para suprimirlos a fin de despachar la ley marco de las universidades estatales?
El señor PIZARRO.-
Quería sugerir que por lo menos aprobáramos en general el proyecto. Podemos hacerlo perfectamente ahora.
Si el Honorable señor Bombal desea intervenir -lo que me parece razonable-, podríamos autorizarlo para que lo haga en el momento de la votación o bien concediéndole diez minutos -en lo que no creo que tenga inconveniente la Sala-, pero siempre y cuando acordemos aprobar la iniciativa ahora.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
La propuesta que formulé al Senado fue en razón de que fui informado de que no habría acuerdo para votar en general el proyecto. Si el Honorable señor Pizarro plantea de nuevo esa posibilidad, recabaría el parecer de la Sala. Pero si no hay acuerdo, en subsidio volveríamos a la otra proposición que hice.
El señor BOMBAL.-
Pero continuaría el debate.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
No.
Por razones de tiempo, lo primero que debemos hacer ahora es acordar suprimir la hora de Incidentes. De lo contrario, tendremos que entrar derechamente a ella.
La señora MATTHEI.-
Suspenda la sesión por dos minutos, señor Presidente .
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Se suspende la sesión.
___________________
--Se suspendió a las 18.42.
--Se reanudó a las 18:45.
___________________
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Continúa la sesión.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite, señor Presidente , como Comité?
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , si no estoy mal informado, hay al menos 10 inscritos para intervenir en la discusión del proyecto de ley marco sobre universidades estatales, lo que significa como mínimo dos horas de debate. Es decir, no alcanzaríamos a votarlo en esta sesión.
En consecuencia, dada la seriedad de las intervenciones de esos señores Senadores y considerando los planteamientos que me han hecho algunos de ellos, ¿sería posible no tratar esta iniciativa ahora, pero contraer el compromiso de discutirla y votarla en el primer lugar de la tabla de la próxima sesión?
El señor FERNÁNDEZ.-
Pido la palabra.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
La tiene, señor Senador.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , hay un acuerdo de Comités que limita el tiempo de cada Senador en la discusión del proyecto sobre universidades estatales a cinco minutos, prorrogables, en casos excepcionales, por cinco más; o sea, se dispondría de hasta diez minutos. Y, asimismo, se acordó abrir la votación; es decir, permitir que quienes deban salir de la Sala dejen su voto.
No sé si esa aclaración satisface a Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Deseo despejar algunas puntos y precisar los acuerdos tomados en parte por algunos señores Senadores y en parte por los Comités.
En primer lugar, en la sesión pasada, los Comités acordaron cerrar el debate del proyecto de ley marco sobre universidades estatales y proceder a votarlo, comenzando la fundamentación de voto con los Senadores inscritos y que no han intervenido, por 5 minutos cada uno, prorrogables por cinco más.
El señor PIZARRO.-
Así es.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Por lo tanto, si nos ajustamos a eso, es posible que en el tiempo de la hora de Incidentes de hoy despachemos el proyecto.
El señor PIZARRO.-
Eso es, señor Presidente.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
En segundo término, se me ha sugerido que otorguemos la palabra al Senador señor Bombal, por un máximo de 15 minutos, para que intervenga sobre el proyecto que fortalece la Fiscalía Nacional Económica; una vez concluida la exposición de Su Señoría, votar en general la iniciativa; de presentarse indicaciones (supongo que las habrá), enviar el proyecto a la Comisión pertinente, para tratarlo en la Sala durante la próxima semana.
Por último, algunos señores Senadores han solicitado que el proyecto de acuerdo que figura en el Tiempo de Votaciones se postergue una vez más. Para ello, debo pedir el asentimiento de la Sala.
Si hubiera acuerdo unánime del Senado, se podría proceder como he señalado y daría la palabra al Honorable señor Bombal.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , ¿no podría abrirse de inmediato la votación?
El señor PIZARRO.-
Eso es.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
La votación del proyecto que fortalece la Fiscalía Nacional Económica se abre con la intervención del Senador señor Bombal , en el entendido de que ello nos permite salvar la objeción que había para continuar su tratamiento.
El señor HAMILTON.-
Estamos de acuerdo, señor Presidente. Procedamos de esa manera.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , deseo realizar varias consideraciones de mérito respecto de esta iniciativa. Pero antes creo indispensable plantear dos asuntos de especial y previo pronunciamiento, que dicen relación a dos aspectos relativos a la constitucionalidad de algunas de sus normas, que en parte, además, fueron abordados por las Comisiones unidas, tal como lo dispuso la Sala.
1) Con mucho respeto, me permitiré disentir de las conclusiones a que arribaron tales Comisiones en este punto, planteando lo siguiente.
Las Comisiones unidas, por expreso encargo de la Sala, se pronunciaron con relación a la posible inconstitucionalidad del proyecto, y específicamente, acerca de algunas atribuciones conferidas al señor Fiscal Nacional Económico, contenidas en el artículo 1º de la iniciativa y referidas al artículo 27 del decreto ley Nº 211, particularmente la de la letra a), que expresa: "Instruir las investigaciones que estime procedentes para comprobar las infracciones a esta ley, dando noticia de su inicio al afectado. Con conocimiento del Presidente de la Comisión Resolutiva , la Dirección General de la Policía de Investigaciones de Chile deberá poner a disposición del Fiscal Nacional Económico el personal que éste requiera para el cumplimiento del cometido indicado en esta letra o ejecutar las diligencias específicas que le solicite con el mismo objeto."; además, la de la letra b), en cuanto a que a dicho funcionario le corresponderá "Actuar como parte, representando el interés general de la colectividad en el orden económico, ante la Comisión Resolutiva y los tribunales de justicia", etcétera; y, finalmente, la de la letra i), que permite a esa misma autoridad "Ejercitar la acción penal".
Lo anterior, en atención a las normas que, a raíz de la reforma relativa al Ministerio Público, se han incorporado en la Constitución. En efecto, el actual artículo 80 A de la Carta dispone en su inciso primero que "Un organismo autónomo, jerarquizado, con el nombre de Ministerio Público, dirigirá en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercerá la acción penal pública en la forma prevista por la ley. De igual manera, le corresponderá la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos. En caso alguno podrá ejercer funciones jurisdiccionales.".
Sobre este punto, las Comisiones unidas estimaron que, en las actuales circunstancias, las disposiciones del proyecto no contrarían la Carta Fundamental, de manera que no existe inconveniente para avanzar en su despacho.
Sin perjuicio de lo anterior, se puntualizó que en su oportunidad habrán de introducirse en el ordenamiento las adecuaciones que fueren pertinentes para salvar cualquier posible colisión entre las competencias del Ministerio Público y las de la Fiscalía Nacional Económica. Todo ello, en atención a que la disposición constitucional transitoria trigesimasexta preceptúa en el inciso primero: "Las normas del capítulo VI-A "Ministerio Público", regirán al momento de entrar en vigencia la ley orgánica constitucional del Ministerio Público. Esta ley podrá establecer fechas diferentes para la entrada en vigor de sus disposiciones, como también determinar su aplicación gradual en las diversas materias y regiones del país.".
Pues bien, tres son los puntos que deseo plantear en esta materia, abriendo debate sobre ellos en la Sala:
a) En primer lugar, la circunstancia de la vacancia temporal establecida por la disposición transitoria trigesimasexta de la Constitución, en orden a que el artículo 80 A, que entrega a un organismo autónomo, con el nombre de Ministerio Público, la dirección en forma exclusiva de la investigación de los hechos constitutivos de delito, no alcanza para que el legislador pueda traicionar los principios fundamentales que el constituyente ya consagró en la norma jurídica superior de la República.
En efecto, todos los que estamos en esta Sala, junto al Ejecutivo , nos encontramos realizando nuestros mejores esfuerzos para transformar el sistema judicial penal chileno. Es así como el principio inquisitivo que hoy inspira a nuestra justicia penal será transformado (esperamos que muy pronto) en un sistema acusatorio mucho más moderno, garantístico y justo. De esa manera, el proyecto sobre nuevo Código Procesal Penal ya se encuentra en esta Corporación, en segundo trámite constitucional y para segundo informe; y el relativo a la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público ingresó ayer al Senado: se dio cuenta de él en la Sala, se dispuso que lo informen las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Hacienda, y se remitió a la Corte Suprema para oír su opinión.
Quiero afirmar de manera muy enfática que la norma constitucional transitoria ya aludida no habilita para que el legislador se sostenga en ella a los efectos de tramitar una iniciativa que está en contradicción con lo ya establecido por la Carta. Ello atenta contra la naturaleza de las disposiciones transitorias, pues éstas son de suyo excepcionales, razón por la cual siempre deben ser interpretadas de modo restrictivo.
En efecto, las normas transitorias tienen su fundamento en un principio de seguridad jurídica y se dictan, entonces, para regular adecuadamente el paso de una legislación vigente frente a otra nueva que transforma la anterior, como ocurre en la especie. En ese orden, exceptúan tan sólo la aplicación de las normas en actual vigor y nunca la de aquellas que se encuentran en trámite o próximas a entrar en vigencia. De otro modo estaríamos introduciendo una transgresión de tal naturaleza que, eventualmente, podríamos dejar para siempre, por esta vía excepcionalísima, de aplicar las normas que el constituyente -superior a nosotros en este caso, pues sólo estamos revestidos de nuestra calidad de legisladores- ya ha discernido y convertido en letra en la Carta Fundamental.
Valga, pues, esa primera objeción de constitucionalidad.
b) En segundo lugar, quiero distraer la atención de la Sala y concentrarla en la frase "dirigirá en forma exclusiva la investigación", que fue plasmada en el artículo 80 A de la Constitución.
Para ello resulta indispensable, y muy oportuno, traer al debate las actas de este mismo Senado del 3 de junio de 1997, día en que se discutió en particular la reforma constitucional tantas veces aludida.
Tocante a este punto específico, se discutió sobre la base de la indicación renovada número 5, suscrita por la Senadora señora Feliú y los Honorables señores Mc-Intyre , Huerta , Siebert , Letelier , Martin , Horvath , Alessandri , Thayer y Prat .
Aquélla sustituía precisamente el inciso primero del artículo 80 A bajo el siguiente tenor: "Un organismo autónomo, jerarquizado, con el nombre de Ministerio Público, investigará los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercerá la acción penal pública en la forma prevista por la ley. De igual manera, le corresponderá la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos. En caso alguno podrá ejercer acciones jurisdiccionales".
Varios de los señores Senadores aquí presentes recordarán aquel debate, pues les cupo una participación muy activa en la búsqueda de un acuerdo, que quedó redactado tal como hoy lo expresa el Texto Fundamental.
Según puede observarse, en tal oportunidad la indicación renovada pretendía suprimir la frase "en forma exclusiva", pues su carácter imperativo, al decir de sus autores, haría inoperante el actual sistema de jurisdicción contenciosa administrativa que se lleva en las superintendencias, en el Servicio de Impuestos Internos, en la Tesorería General de la República y en los organismos antimonopólicos.
Así está expresamente consignado en las actas.
Al respecto, la señora Ministra de Justicia señaló textualmente: "Pienso que es muy importante tener una atención muy acuciosa sobre este punto, por cuanto el objetivo que se busca a través de la reforma constitucional en discusión radica en que sea el Ministerio Público, única y exclusivamente, el organismo que mantenga esta facultad".
Sosteniendo el mismo criterio, que finalmente fue el que prevaleció, se señaló -esto me parece fundamental para este debate- que la exclusividad que se confería se sustentaba, entre otros aspectos, en las calidades de ecuanimidad e imparcialidad que requiere el ejercicio de la investigación de hechos constitutivos de delitos y que ello se aseguraba por la alta autonomía que tendría quien ejerciere el cargo de Fiscal Nacional, expresada en la forma de su designación. En ella intervendrían la Corte Suprema, proponiendo una quina; el Presidente de la República , nombrando, y, finalmente, este mismo Senado, aprobando tal designación con el voto de los dos tercios de sus miembros.
Eso me parece radical, señor Presidente , porque aquí estamos confiriendo de manera expresa facultades de investigación que claramente son del Fiscal Nacional a un funcionario denominado "Fiscal Nacional Económico", que, al decir de este mismo proyecto, es tan autónomo que es de la exclusiva confianza del Presidente de la República .
Me parece que ello no obedece a ninguna lógica ¿No estamos acaso borrando con el codo del legislador lo que el constituyente escribió con su puño?
Pero esto no es todo, ya que se aducirá aquí que aquella reforma constitucional no se encuentra vigente y que, incluso, la disposición trigésima sexta transitoria de la Carta admite que el legislador determine su aplicación gradual en las diversas materias y regiones del país. Sin embargo, tal argumento no es viable, pues las excepciones tanto en la vigencia material de la reforma como en su vigencia temporal, de conformidad con el mismo Texto Fundamental, sólo pueden hacerse en la Ley Orgánica Constitucional sobre el Ministerio Público -el proyecto pertinente se halla hoy en trámite en esta Corporación-, y no en otro cuerpo normativo legal, ni menos en uno de menor rango, como lo es el que nos ocupa esta tarde.
En efecto, la tantas veces mencionada disposición transitoria señala en su inciso primero: "Las normas del capítulo VI-A "Ministerio Público", regirán al momento de entrar en vigencia la ley orgánica constitucional del Ministerio Público. Esta ley podrá establecer fechas diferentes para la entrada en vigor de sus disposiciones, como también determinar su aplicación gradual en las diversas materias y regiones del país".
c) Finalmente, y en tercer lugar, profundiza a mi juicio el vicio de constitucionalidad que afecta a las disposiciones del proyecto a que me he remitido lo que la misma ley Nº 19.519 modificó también en el texto de la Carta Fundamental. Me refiero al artículo 19, número 3º, inciso quinto, que dispone: "Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos".
Dicha norma no está sujeta a ninguna disposición transitoria que impida su plena exigibilidad hoy. Y ocurre que en esta iniciativa le estamos concediendo facultades investigativas -como se ha expresado- a un funcionario público sin que en ella se contemplen procedimientos adecuados que garanticen lo que la Constitución asegura a todas las personas: un procedimiento y una investigación racionales y justos, es decir, fundados en los principios de la transparencia, de la bilateralidad, de la publicidad, etcétera, entre muchos otros.
Es más, tengo el testimonio de abogados que hoy tramitan asuntos ante la Fiscalía, quienes, para conocer del avance de sus denuncias, se hacen acompañar de notarios que certifican el total hermetismo de dicho organismo.
Incluso, señor Presidente , debo expresar que en mayo del año recién pasado presenté, a raíz del problema de la basura en el Gran Santiago, una denuncia formal que hasta la fecha no tiene resultado alguno. Me ha sido imposible, por razones de la actual estructura del Servicio, conocer por qué no ha existido un pronunciamiento que he solicitado en reiteradas oportunidades. Y, con mucho respeto, el propio señor Fiscal Nacional me ha señalado no estar en condiciones de proporcionarme información.
Señor Presidente , sólo en razón de los argumentos que hasta aquí he desarrollado, solicito formalmente, por su intermedio, que el Ejecutivo retire la "suma" urgencia con que se calificó este proyecto y que la Sala disponga que éste vuelva a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, con el fin de que se estudien pormenorizadamente los aspectos que he señalado. En caso contrario, desde ya pido dejar expresa constancia de la cuestión de constitucionalidad que expuse, para los efectos del número 2º del artículo 82 de la Carta Fundamental.
Ahora bien, como lo manifesté al comenzar mi intervención, dos son los aspectos relativos a la constitucionalidad de este proyecto que deseo plantear: uno, el recién expuesto, y el segundo, el que paso a desarrollar.
El artículo 1º transitorio del proyecto, en suma, dispone que el encasillamiento en la planta fijada por el artículo 23 del texto sugerido mediante el artículo 1º permanente de esta misma iniciativa se efectuará por una comisión que integrarán el Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción; el Subsecretario de Economía , y el Fiscal Nacional Económico, dentro del plazo de 120 días, contado desde la fecha de la vigencia de la ley en proyecto, sin sujeción a las normas estatutarias permanentes relativas a la provisión de cargos, siempre que se reúnan los requisitos indicados en el citado artículo 23, pudiéndose eximir de los requisitos de experiencia a los directivos y profesionales.
Pues bien, a mi juicio, esa norma es abiertamente atentatoria contra la Carta Fundamental, en sus artículos 38 y 19, números 2º, 17º y 26º, por las razones que pasaré a desarrollar. En consecuencia, desde ya, planteo también sobre este punto cuestión de constitucionalidad.
Esa facultad, a mi entender en extremo discrecional, raya peligrosamente en lo arbitrario, contrariando el número 2º del artículo 19 del Texto Básico, que prohíbe en forma expresa al legislador establecer diferencias de ese tipo.
Por otra parte, la referida norma importa una modificación de la ley de Bases Generales de la Administración del Estado (Nº 18.575), de naturaleza orgánica constitucional, que, fundada en el artículo 38 de la Carta, consagra, protege y garantiza el ingreso a la carrera funcionaria, las promociones, la estabilidad en el empleo y el sistema de remuneraciones.
Sobre ese punto, el Tribunal Constitucional ha señalado reiterada y uniformemente en su jurisprudencia que, tratándose de los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, la garantía de una carrera funcionaria y la igualdad de oportunidades de ingreso a ella constituyen para los empleados públicos derechos que el constituyente ordena regular por una ley orgánica constitucional. Además, el propio Tribunal ha definido el concepto de la carrera funcionaria en el Rol 239.
Resulta evidente que las facultades que aquí se confieren para realizar el encasillamiento en las condiciones establecidas en el artículo señalado vulneran el principio de la igualdad de oportunidades para el ingreso a la carrera funcionaria consagrado en el artículo 38 de la Constitución, que es un derecho fundamental; en consecuencia, tanto el legislador orgánico como el intérprete no pueden afectarlo o interpretarlo de tal manera que dicho ingreso sea discriminatorio y no respete las reglas de racionalidad y razonabilidad, como sería si se aceptara el ingreso por designación directa para ciertos funcionarios, obviando los concursos a que deben sujetarse los empleados de carrera.
Según podrá apreciarse, señor Presidente , he planteado aspectos que forman parte fundamental de nuestra Carta. Por esa misma razón, haciendo las reservas de constitucionalidad correspondientes, reitero mi solicitud de que el Ejecutivo retire la "suma" urgencia, con el objeto de que el proyecto pueda ser analizado en esta perspectiva. Y, de otro lado, si ello no ocurriera, en subsidio pediría que esta cuestión fuera analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Es cuanto quería señalar, señor Presidente . Agradezco a la Sala haberme permitido esta intervención.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
La Mesa tomará debida consideración de lo señalado por Su Señoría.
Conforme a los acuerdos adoptados hace unos instantes, corresponde votar la iniciativa.
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , votaré a favor la idea de legislar. Sin embargo, como señalé, espero que en la discusión particular pueda corregirse la inquietud surgida respecto del artículo 1º transitorio.
Con esa prevención, voto que sí.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (36 votos a favor, y una abstención).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Canessa, Cantero, Cariola, Chadwick, Díez, Fernández, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Lagos, Larraín, Martínez, Matta, Matthei, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Páez, Parra, Pizarro, Prat, Romero, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Valdés, Vega, Zaldívar (don Adolfo) y Zurita.
Se abstuvo el señor Bombal.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Dado que hasta este instante no ha llegado ninguna indicación.
El señor NOVOA.-
Solicitamos plazo para presentar indicaciones, señor Presidente.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Si le parece a la Sala, se fijará como plazo para presentar indicaciones hasta el próximo martes, a las 12.
Acordado.
Se entiende que el proyecto vuelve, para su segundo informe, a las Comisiones unidas. Me parece lógico y razonable.
NORMAS SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Corresponde continuar con la discusión general del proyecto, en primer trámite constitucional, sobre universidades estatales, cuya votación se encuentra pendiente.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2054-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 14ª, en 9 de julio de 1997.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 11ª, en 15 de diciembre de 1998.
Discusión:
Sesiones 12ª y 14ª, en 16 de noviembre de 1998 y 5 de enero de 1999, respectivamente (queda pendiente su discusión general).
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Continúa la votación general del proyecto.
Conforme a lo acordado por los Comités, cada señor Senador dispone de cinco minutos para fundamentar su voto.
Hago presente, también, que algunos señores Senadores, que han debido ausentarse de la Sala, dejaron consignado su voto en la Mesa.
En primer lugar, para fundamentar su voto, tiene la palabra el Senador señor Matta.
--(Durante la votación).
El señor MATTA.-
Señor Presidente, se somete a consideración de la Sala el proyecto de ley que fija el marco regulatorio básico sobre universidades estatales, informado favorablemente por la Comisión de Educación. Quisiera referirme brevemente a algunas ideas de fondo que se debieran tener presentes en los trámites posteriores de la iniciativa.
El Gobierno del Presidente Frei se ha empeñado en asumir el mandato constitucional contenido en el artículo 19, Nº 10º, de la Carta Fundamental, norma que "asegura a todas las personas". "El derecho a la educación" y que, al mismo tiempo, hace recaer en el Estado el deber de "fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles, estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.". En este contexto jurídico se inscribe el proyecto de ley en tabla, que nos mueve a reflexionar principalmente en torno al rol de las universidades estatales en la sociedad moderna y en el Chile de hoy.
Desde décadas, nuestro país exhibió en Latonoamérica un nivel de reconocida excelencia en lo que respecta a la educación superior que, hasta 1980, estuvo constituida tan sólo por 8 universidades estatales, que agrupaban a no más de 120 mil estudiantes a lo largo del país.
Sin embargo, a partir de esa misma fecha, el sistema de enseñanza superior comenzó a entrar a una etapa distinta, caracterizada por la primacía sin freno de las reglas economicistas del libre mercado. El resultado de tal proceso se tradujo en una diversificación y expansión institucional sin precedentes históricos. En efecto, actualmente existen en Chile 65 "universidades", de las cuales 25 son establecimientos estatales con aporte fiscal directo, y 40 corresponden a universidades privadas. A estas cifras se suman 56 "institutos profesionales" y 105 "centros de formación técnica". En este escenario, determinado por una sobreoferta de alternativas educacionales, la fuerte competencia entre los diversos establecimientos se ha centrado casi exclusivamente en la docencia, dejando de lado las actividades de investigación y extensión, inherentes, desde siempre, al quehacer universitario.
A la postre, tal competitividad ha terminado por desdibujar el verdadero y genuino rol de la universidad en la sociedad civil. Las universidades, esencialmente pluralistas, están llamadas a ser centros de convergencia de las diversas corrientes de opinión políticas, morales y filosóficas. En ellas se gesta, gracias a la reflexión y al diálogo profundo de las ideas, aquello que llamamos el "alma nacional", nuestros valores, principios y orientaciones hacia el futuro. No hay duda de que esta importante función dista mucho de la reducida tarea que hoy cumplen, en su gran mayoría, los planteles universitarios, convertidos muchas veces en meras entidades acreditadoras de un título profesional.
El ex Ministro de Educación , don Sergio Molina , insistía hace algunos años en que "no debe perderse de vista que las universidades del Estado, son un patrimonio de la nación en el más amplio sentido, que no pertenecen ni a un Gobierno ni a una comunidad de miembros determinados y que deben orientarse siempre a servir, con responsabilidad, los más altos intereses del país".
En efecto, un rasgo particular de las universidades estatales consiste en que éstas, a diferencia de la mayoría de las entidades educacionales privadas, están llamadas a cumplir con ciertos deberes de orden social. Ésta es, sin duda, una proyección más del llamado "rol subsidiario del Estado", principio en virtud del cual el Estado debe intervenir cuando el interés y la inversión privada no satisfacen cabalmente los requerimientos sociales. Y no es un misterio que el grueso de las denominadas "universidades privadas" no ha hecho inversiones significativas en materia de investigación ni tampoco en el área de la extensión cultural. Las universidades privadas que proliferaron en nuestro país al amparo de una legislación excesivamente permisiva han desarrollado su actividad docente impartiendo exclusivamente carreras de alta demanda y bajo costo (Derecho, Periodismo, Ingeniería Comercial, etcétera), descuidando otras áreas del saber relativas a las ciencias, a la tecnología y al arte. Por lo tanto, el establecer un marco regulatorio que entregue a las universidades del Estado la suficiente autonomía y flexibilidad de gestión permitirá que éstas se sitúen en un mejor pie de competitividad respecto de aquéllas.
Por tales consideraciones, coincido con los amplios objetivos que señala el artículo 1º del proyecto respecto de las universidades estatales y particularmente con las enmiendas aditivas que le introdujo la Comisión de Educación en este sentido. Refrendando esta idea, el texto del artículo 3º enumera algunas de sus posibles actividades, tales como: "la creación, cultivo y transmisión de conocimientos por medio de la investigación básica y aplicada, la docencia y la extensión; el cultivo superior de la filosofía, las artes y las letras; proporcionar formación científica, profesional, humanística y técnica al más alto nivel; contribuir a la preservación y difusión de la cultura nacional; fomentar la igualdad de oportunidades; formar personas responsables y emprendedoras, con conciencia ética y solidaria, reflexivas y críticas, y ejercer una alta asesoría al Estado y comunidad nacional para estudiar y ofrecer soluciones, desde su quehacer propio, a los problemas y necesidades del desarrollo político, social y económico del país o de sus regiones".
La necesidad de legislar sobre la materia es evidente. En cuanto a las normas aplicadas a las universidades estatales, el artículo 84, inciso 2°, de la ley N° 18.962 establece que ellas se sujetan a las disposiciones del referido cuerpo legal, a las leyes que expresamente se remitan a las mismas, a sus estatutos y reglamentos, y supletoriamente a las normas de derecho privado. No obstante, debido a la articulación de las disposiciones de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, dichas casas de estudios superiores se encuentran paralelamente afectas a los preceptos de derecho público comunes a la Administración del Estado, que limitan el ejercicio de su autonomía reconocida, con escaso alcance, en el DFL N° 1, de 1980, del Ministerio de Educación, y en la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza. Tal anomalía jurídica se enmienda en el proyecto que nos ocupa, al fortalecer la autonomía académica, administrativa y económica de estas instituciones. Con ese fin, se permite la dictación de nuevos estatutos mediante decretos con fuerza de ley, sobre la base de una propuesta elaborada, de manera participativa y democrática, por cada universidad estatal. Coherente con lo anterior, la iniciativa en estudio se limita a fijar los lineamientos generales que deberán observarse en la redacción y aprobación de tales estatutos.
En otro orden de consideración, conviene destacar que no se trata de algo que haya sido elaborado como una suerte de abstracción teórica por los organismos técnicos del Poder Ejecutivo , es decir, sin la participación fundamental de los actores comprometidos en ella. Por el contrario, sus normas recogen parcialmente el planteamiento y las observaciones de diversos sectores de interés que han concurrido, durante su gestación, a enriquecer y perfeccionar su contenido.
Recordemos que el proyecto que nos ocupa tiene un antecedente inmediato en el mensaje enviado por el Presidente de la República al Congreso Nacional, en octubre de l993. Después de un profundo debate entre rectores, docentes, estudiantes y funcionarios de las universidades estatales del país, el referido texto fue reemplazado, en julio de 1995, mediante una indicación sustitutiva formulada por el Supremo Gobierno. Nuevamente el Ministerio de Educación recabó la opinión oficial de todos los planteles superiores involucrados y del Consorcio de Universidades Estatales. Sobre la base de estos nuevos antecedentes, se llega, por fin, a la redacción del proyecto de ley marco que hoy nos corresponde votar.
El trabajo de la Comisión de Educación del Senado no ha sido menos profundo y participativo. Por cierto, a las diversas sesiones celebradas se invitó a rectores y directivos, a las asociaciones de académicos, federaciones de estudiantes y agrupaciones de funcionarios.
Creo que no resulta ocioso haber resumido este itinerario prelegislativo, pues da cuenta de una política -en lo que se refiere a la formación de la ley- que pone un marcado énfasis en la participación de los entes normados. Valoro, entonces, el trabajo del Gobierno, de los Parlamentarios miembros de la Comisión de Educación y de todos los actores involucrados. Creo, sin embargo, que todavía es posible alcanzar un mejor diseño de esta iniciativa legal, a saber:
-Redefinir, desde un punto de vista ético, el rol de la universidad a la luz de los desafíos que imponen los nuevos tiempos, frente al vertiginoso desarrollo científico-técnico y a la globalización de la información.
-Fortalecer la autonomía universitaria mediante una adecuada inversión de recursos públicos, que permita a las universidades estatales emprender tareas de investigación en áreas estratégicas para el desarrollo nacional.
-Entregar a las universidades regionales los instrumentos jurídicos necesarios que les posibiliten propender, mediante la investigación y la extensión, al desarrollo de aquellas actividades de clara identificación local.
-Incorporar en la ley marco las normas destinadas a perfeccionar los actuales fondos solidarios de crédito que aseguren una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior.
-Garantizar, dentro de la estructura orgánica de la universidad, una adecuada representación estudiantil en los diversos estamentos, incluyéndose para determinados casos un mecanismo de consulta.
En suma, coincidiendo con el criterio unánime de la Comisión informante, y sin perjuicio de las observaciones formuladas, voto favorablemente la idea de legislar.
He dicho.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , el Honorable señor Larraín debe ausentarse de la Sala y me ha pedido intervenir con anticipación, a lo cual no tengo inconveniente, con la venia de la Mesa.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
De ser así, puede usar de la palabra, Su Señoría.
El señor LARRAÍN.-
Muchas gracias, señor Senador.
Señor Presidente , mi intervención será muy breve, en razón de que debo retirarme, por lo cual he pedido este servicio al Honorable señor Sabag , a quien agradezco su gentileza.
Al fundar mi voto, deseo simplemente manifestar mi inquietud por ciertas disposiciones que contiene el proyecto, fundamentalmente los artículos 1º, 2º y 20. En el entendido de que, producto del debate habido, se ha presentado una indicación en virtud de la cual se retirarían los dos primeros, concentraré mis observaciones solamente en el tercero de ellos.
El artículo 20 de la iniciativa establece: "El Ministerio de Educación, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, propenderá a una adecuada coordinación entre las universidades estatales, así como entre éstas y el resto de las instituciones de educación superior, en particular las demás universidades que reciben aportes directos del Estado.".
Creo que dicha norma, ciertamente, es contraria a nuestro ordenamiento constitucional, que consagra, no en forma explícita, con su nombre, el principio de autonomía universitaria, pero sí el de la libertad de enseñanza en todos los niveles. Por lo tanto, cada uno de los entes o personas que abran y mantengan establecimientos educacionales son los llamados a dirigirlos, sin interferencia de terceros -menos del Estado- en su accionar, salvo en aquellos aspectos en que a éste corresponde expresamente intervenir.
El citado precepto está yendo más allá de lo pertinente al decir que el Ministerio de Educación (organismo estatal) tiene como función propender a una adecuada coordinación entre las universidades estatales, o entre éstas y el resto del sistema superior, con especial énfasis en aquellas que reciben aportes del Estado.
La expresión "coordinar", de acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española, significa "disponer cosas metódicamente", sentencia de carácter normativo; es decir, cuando se dispone algo, se está mandatando para que ese algo se realice. Y esto es precisamente lo que me preocupa, desde luego respecto de todas aquellas universidades particulares, que no son estatales y que, por lo tanto, se rigen conforme a sus propios estatutos. La integración con las otras universidades o con el Estado surge de la forma como lo establezcan y determinen voluntariamente. El hecho de que reciban aportes del Estado no da a éste mayores derechos, salvo el de fiscalizar que esos recursos se gasten efectivamente en las funciones propias de las universidades, pero no para determinar cuáles de esas funciones son las más adecuadas para destinarles fondos.
No solamente pienso que la inconstitucionalidad afecta lo relativo a las universidades privadas, cualquiera que sea su situación, con aportes fiscales o sin ellos, sino también a las estatales. El hecho de que el Estado tenga planteles de enseñanza superior no significa que constituyan sucursales, sedes u organismos dependientes de él. No. Son estatales por una razón supletoria, subsidiaria, lo que no impide que su desenvolvimiento sea libre y autónomo, al igual que cualquier otra universidad de origen distinto del estatal.
En consecuencia, no me parece correcto que el Ministerio de Educación pueda actuar en la coordinación entre las universidades estatales, o entre ellas y el resto del sistema de enseñanza superior, porque eso va a generar ciertamente una eventual interferencia y un retorno a prácticas Estado-docentistas, que en el ámbito universitario siempre han estado reñidas con la autonomía que les es propia.
En el artículo 19, Nos. 10º y 11º, de la Carta Fundamental se establecen los principios en los cuales fundamento mi inquietud, y por eso hago expresa reserva de constitucionalidad respecto del artículo 20 del proyecto, por las consideraciones antedichas. Dada la importancia de mi objeción, y mientras no se haga claridad en cuanto a lo que ocurrirá con los artículos 1º y 2º, prefiero abstenerme en la votación general.
He dicho.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente, al retomar el tema del proyecto de ley marco de las universidades estatales, estimo conveniente puntualizar algunos aspectos relevantes de él:
1) El universo de estudiantes de universidades estatales con aporte fiscal directo alcanza, en cifras de diciembre de 1998, a un número cercano a los 140 mil alumnos, repartidos en dieciséis establecimientos universitarios a lo largo de Chile.
2) Por otra parte, es importante recordar lo que todos sabemos: este proyecto se presentó en junio de 1997, pero la idea viene discutiéndose desde octubre de 1993; su texto ha sido cambiado tres veces hasta hoy. Entre otros aspectos, se puede concluir que en esta materia no ha habido acuerdo ni consenso.
3) La iniciativa en debate refleja los grandes objetivos de la nueva política de educación superior, fijada en julio de 1997 por el Ministro de Educación don José Pablo Arellano . En ella se trata de posicionar a nuestro país en una adecuada respuesta internacional en materia universitaria. El Gobierno del Presidente Frei ha hecho el mayor esfuerzo de inversión en educación de este siglo, al crear e impulsar la reforma educacional.
4) Hoy, a través de este proyecto, se consagra el deber del Estado de fomentar el desarrollo de la educación superior. Algo particularmente importante es crear las condiciones de igualdad de oportunidades en el acceso y la permanencia de los estudiantes que merezcan incorporarse a la universidad y carezcan de los medios para ello.
Actualmente en Chile la educación superior es cara y resulta un problema de difícil solución para miles de familias de escasos recursos. Muchas veces, la felicidad de constatar que el posible ingreso a la uníversidad con el puntaje obtenido por el alumno se transforma en drama por la falta de recursos, con la consiguiente frustración para él y su familia.
Con el objeto de paliar en parte este problema, el Gobierno ha estimulado la expansión de los fondos solidarios de créditos universitarios, destinados a los alumnos de las universidades tradicionales, además de diversos programas de becas.
5) En 1998 se beneficiaron con estos fondos 88 mil 378 estudiantes. Las colocaciones del año pasado crecieron en 15,7 por ciento con relación a 1997, y alcanzaron la cifra de 48 mil 896 millones 50 mil pesos. También las becas MINEDUC, destinadas a financiar parte o la totalidad de los aranceles de las carreras, en 1998 favorecieron a 19 mil 464 estudiantes, con un total de 10 mil 810 millones 528 mil pesos.
En resumen, el año pasado gozaron de créditos y becas 107 mil 842 alumnos, cifra cercana al 75 por ciento del total de estudiantes, con un monto de 59 mil 706 millones 578 mil pesos. También se puso en marcha la Beca " Juan Gómez Millas ", con tope de un millón de pesos por estudiante, de la que se beneficiaron 1.142 personas.
Además, se crearon becas para alumnos destacados que ingresen a la carrera de pedagogía. Éstas cubren hasta el ciento por ciento anual de esa carrera, con un monto máximo de un millón de pesos por alumno. Se favorecieron con ellas 122 personas.
6) En 1999 se otorgarán 1.500 becas " Juan Gómez Millas " y 300 nuevas becas para alumnos destacados que ingresen a pedagogía. En cuanto a los estudiantes provenientes de familias de ingresos medios, se ha implementado una línea de crédito CORFO .
7) El Gobierno destinará recursos por la vía de varios fondos, entre ellos, el aporte fiscal directo para 1999, por un total de 177,4 mil millones de pesos, lo que implica un crecimiento de 9,1 por ciento con respecto a 1998.
No cabe duda de que se está garantizando así la igualdad de acceso y permanencia en la educación superior a los sectores con menos recursos.
Finalmente, en este aspecto, como lo observó en la Comisión el Honorable colega señor Parra , "es esencial estimular un mayor acuerdo y cooperación entre las universidades estatales", ya que los recursos nunca son suficientes y tienen un origen común.
8) Otro tema esencial es el ámbito de la libertad de las universidades, el que se manifiesta en su autonomía en materia académica, administrativa y económica. A ello debemos agregar que no se aceptará en estas casas de estudios superiores ningún tipo de discriminación en razón de género, edad, nacionalidad, etnia o raza, condición socioeconómica, religión o ideología de las personas.
9) En las universidades se garantiza la libre expresión de las ideas y la coexistencia de las diferentes doctrinas y corrientes del pensamiento, con observancia de las limitantes constitucionales, y de sujetar su ejercicio a las normas del mutuo respeto.
10) Como Senador de una Región con rica tradición universitaria, quiero poner el acento en un punto de la política del Gobierno en la materia, esto es, "reconocer la regionalización como eje de las políticas de desarrollo de este nivel".
Por ello, postulo un mayor acercamiento de las universidades con su región. Esto debería materializarse en convenios de cooperación permanente entre ellas y los gobiernos regionales. De tal modo, los programas y proyectos de desarrollo productivo encontrarían un apoyo primordial en las universidades estatales regionales. Además, a muchos sectores de productores, trabajadores y empleados que carecen de adecuada capacitación técnica para enfrentar el futuro, las universidades pueden prestarles sus servicios y asesorías. Evidentemente, en materia de investigación ellas se hallan capacitadas para buscar soluciones de aplicabilidad inmediata.
Finalmente, en las labores de extensión estos planteles de educación superior deberían destacar prioritariamente los valores propios de la identidad cultural regional.
11) Desde otro ángulo de la cuestión universitaria, deseo enfocar el asunto de la posible pretensión de que las universidades privadas cumplan sólo en parte con las exigencias y objetivos asignados por las políticas gubernamentales en esta materia. Estimo que ello no es justo ni conveniente, especialmente si tomamos en cuenta que aquéllas -cuarenta en total- tienen un universo de 87 mil 400 estudiantes. Esta cifra representa una gran responsabilidad en su adecuado proceso de formación, lo que amerita aún más observar con igual rigor la normativa universitaria en su integridad.
Me permito hacer esta observación como consecuencia de la evidente necesidad de garantizar a los futuros usuarios de los servicios profesionales de los egresados de esas universidades, a lo menos, algunos aspectos que señalaré: a) la excelencia académica que los hace dignos y confiables técnicamente; b) el cumplimiento de los planes de estudio y los resultados que puedan alcanzar para dar un servicio a la altura de su costo, y c) el país necesita profesionales que garanticen el servicio que el uso del título otorgado por una universidad les demanda.
Finalmente, cabe pensar que, pese a nuestra actual posición económica emergente, el mercado por sí mismo no garantiza tales condiciones. Es más, si pretendemos competir en una economía globalizada, debemos asegurarnos de que somos ampliamente (y sobre todo técnicamente) mejores. Dicho en buen romance, al mercado sólo le interesa el mejor: "éste compite, éste triunfa".
Nosotros deseamos que el profesional chileno triunfe siempre, pero por estar entre los mejores.
12) Creo bueno señalar, como lo hicieron varios Honorables colegas de la Comisión que estudió el proyecto, que históricamente el Estado chileno ha asumido en la educación superior un rol fundamental y protagónico, el que actualmente mantiene a través de sus universidades. Por ello, sería necesario que el proyecto tuviera una concepción filosófica que señalara las finalidades de estos entes, una filosofía que inspirara la actividad docente y sus orientaciones educativas.
13) No debemos olvidar que ésta es una ley marco. Por tal razón, expreso mi esperanza de que las aspiraciones de todos los miembros de la comunidad universitaria se puedan ver reflejadas en los futuros reglamentos que debe elaborar cada universidad, ¡precisamente debido a su autonomía! Hago especial mención de los estudiantes, que demandan mayor democracia y más participación.
14) Honorables colegas, deseo finalizar mi intervención refiriéndome a sendas cartas remitidas el jueves pasado por los rectores de cuatro importantes universidades estatales chilenas, en las que expresan algunas opiniones sobre la iniciativa. Resumidamente, señalan que "este Proyecto no ha surgido de un efectivo debate con las Universidades del Estado, en aspectos tan esenciales como instancias de administración y mecanismos de financiamiento".
Por otra parte, expresan que la iniciativa "carece de una visión de política amplia sobre el sistema universitario nacional". Luego agregan que ella "profundizará las inequidades existentes y la crisis que sufre el sistema universitario actual". En otro aspecto se refieren a "la falta de definición de lo que es una Universidad Estatal". En tal virtud, estiman necesaria una rediscusión del proyecto ya que "éste no satisface las necesidades actuales de las Universidades Estatales, ni refleja adecuadamente la diversidad del conjunto". Hasta aquí lo más relevante de la opinión de los rectores.
Sin embargo, con fecha de anteayer, 11 de enero, mandaron una nueva carta, dirigida al señor Presidente de esta Corporación y con copia a todos los Senadores, en la que se expresa el interés del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas "por el pronto despacho de este Proyecto de Ley y, en lo inmediato, por su aprobación en general.". Estiman posible que la iniciativa mejore al seguir discutiéndose en Comisión y que se satisfagan los diversos puntos planteados en sus cartas anteriores.
A mi juicio, el articulado es perfectible en los trámites legislativos. Su aprobación permitirá dotar a las universidades estatales de un instrumento esencial.
Por la razón antes señalada, me pronuncio favorablemente en general.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (36 votos a favor y 2 abstenciones).
Votaron a favor los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Canessa, Cantero, Cariola, Chadwick, Díez, Fernández, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Lagos, Martínez, Matta, Matthei, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Páez, Parra, Pizarro, Prat, Romero, Ruiz, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Urenda, Valdés, Vega, Zaldívar (don Adolfo) y Zurita.
Se abstuvieron de votar los señores Bombal y Larraín.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , ¿me permite una breve acotación?
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Con mucho gusto, señor Senador.
El señor BOMBAL.-
Respecto del tratamiento de esta normativa, en el día de ayer, efectivamente, como lo puntualizó el Honorable señor Sabag , recibimos una comunicación del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, en la que se recomienda aprobar...
El Senador señor Novoa me pide una interrupción.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , únicamente deseo recordar que existe un acuerdo de Comités en el sentido de fijar plazo hasta el 9 de marzo...
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente ).-
Así es, Su Señoría. Ello se hará presente en su momento.
El señor NOVOA .-
Gracias.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Puede continuar el Senador señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Sólo deseo dejar constancia de que en el día de ayer, como decía, recibimos una comunicación en que se adjunta la nómina de todos los que en el Consejo de Rectores de Universidades Chilenas concurrieron a un acuerdo para recomendar la aprobación del proyecto, lo que me parece muy interesante. Pero debo señalar que a los Senadores también nos llegó correspondencia de numerosos rectores, entre ellos muchos de los incluidos como firmantes de lo anterior, en la que se pide exactamente lo contrario.
Entonces, quisiera exponer, señor Presidente , que he quedado al menos confundido respecto del tratamiento de la iniciativa y su incidencia en las autoridades universitarias, finalmente llamadas a regir los destinos de los planteles de enseñanza superior. Como me ha provocado bastante inquietud leer importantes juicios críticos sobre el articulado, y de tanta altura, por lo demás, al provenir nada menos que de personalidades tan destacadas y distinguidas, me desconcertó el acuerdo del Consejo de Rectores. Deseo consignarlo, porque espero dilucidar el punto de aquí al 9 de marzo, cuando se entre a la discusión particular.
En seguida, entiendo que la autoridad del Ministerio de Educación -y con esto termino, señor Presidente - ha hecho esfuerzos por acoger iniciativas planteadas al inicio de la discusión del texto. Sin embargo, todavía me resta la preocupación -y por ello me abstuve de votar- respecto del ajuste del artículo 20, que señala que "El Ministerio de Educación, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, propenderá a una adecuada coordinación entre las universidades estatales, así como entre éstas y el resto de las instituciones de educación superior, en particular las demás universidades que reciben aportes directos del Estado.".
Espero que para la revisión de ese precepto -a mi juicio, bastante delicado- el señor Ministro se halle en la misma buena disposición con que se llevó a cabo la de los primeros artículos, cuya ejecución todavía no sé cómo se materializará finalmente.
Quería dejar salvado el punto, señor Presidente , y por lo menos reiterar al titular de Educación que ojalá al respecto también mantenga el espíritu -no digo de negociar, porque no se trata de ello- de mejorar la redacción de la norma citada, su alcance, ya que reviste mucha trascendencia para la autonomía de las universidades.
Por último, señor Presidente, lo felicito por su brillante desempeño en la testera.
El señor SABAG .-
Adhiero a ello.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Hago presente que existe un acuerdo de los Comités para que el 9 de marzo, a las 12, venza el plazo para formular indicaciones.
Agradezco las expresiones dirigidas a mi persona.
El señor NOVOA.-
Son unánimes, señor Presidente.
El señor RUIZ-ESQUIDE (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA .-
Intervendré sólo para aclarar la observación de hecho del Senador señor Bombal .
Efectivamente, en distintas oportunidades nos han llegado comunicaciones de rectores universitarios. Y la Comisión recibió en repetidas ocasiones, como le consta al señor Presidente , a las organizaciones que agrupan a los planteles de enseñanza superior: el consorcio de universidades estatales y la representación del Consejo de Rectores. Creo que lo único que vale, lo que queda en pie, en definitiva, son las comunicaciones oficiales tanto del consorcio como del Consejo, este último integrado no sólo por las 16 universidades del Estado, sino, además, por las particulares tradicionales.
Y la nota del 11 del mes en curso, dirigida al señor Presidente del Senado con la firma de la totalidad de los rectores, debiera, en realidad, ser parte de la Versión Oficial de la presente sesión. Es la que representa, cabal y definitivamente, el punto de vista de todos los planteles.
He dicho.
El señor BOMBAL.-
¿Me permite, señor Presidente ? Será muy breve.
No pongo en duda lo ratificado por el Senador señor Parra . Sólo estimo que resulta todavía más grave la presentación que nos efectuaron distinguidos rectores, entre ellos los de la Universidad de Chile y la Universidad de Santiago, quienes categóricamente disienten del proyecto en aspectos fundamentales y matrices. En fin, me atengo a lo expresado por el Honorable señor Parra , pero reitero que se deja aún más en evidencia la profunda contradicción que espero que se dilucide en marzo.
Gracias.
El señor RUIZ-ESQUIDE ( Presidente accidental ).-
Si Su Señoría se toma el tiempo necesario, en algún momento, para leer las distintas comunicaciones recibidas en la Comisión, puede abrigar la certeza de que quedará aún más confundido...
Se levanta la sesión.
___________________
Se levantó a las 19:43.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción