Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- DEBATE
- V.
ORDEN DEL DÍA
-
NOMBRAMIENTO DE INTEGRANTES DE CONSEJO DIRECTIVO DE ACADEMIA JUDICIAL
- ANTECEDENTE
-
FORTALECIMIENTO DE RÉGIMEN DE FISCALIZACIÓN DE EMPRESAS ELÉCTRICAS. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Sergio Eduardo De Praga Diez Urzua
- INTERVENCIÓN : Marco Antonio Cariola Barroilhet
- INTERVENCIÓN : Sergio Romero Pizarro
- INTERVENCIÓN : Carlos Bombal Otaegui
- INTERVENCIÓN : Andres Pio Bernardino Chadwick Pinera
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jorge Martinez Busch
- INTERVENCIÓN : Ricardo Nunez Munoz
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- INTERVENCIÓN : Beltran Urenda Zegers
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera Gallo Quesney
- INTERVENCIÓN : Alejandro Foxley Rioseco
- DEBATE
- MODIFICACIÓN DE LEY Nº 18.525
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Enrique Zurita Camps
- INTERVENCIÓN : Alejandro Foxley Rioseco
- INTERVENCIÓN : Francisco Prat Alemparte
- INTERVENCIÓN : Marco Antonio Cariola Barroilhet
- INTERVENCIÓN : Hernan Larrain Fernandez
- INTERVENCIÓN : Jaime Gazmuri Mujica
- INTERVENCIÓN : Julio Canessa Robert
- INTERVENCIÓN : Cesar Augusto Parra Munoz
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Viera-gallo Quesney
- DEBATE
-
NOMBRAMIENTO DE INTEGRANTES DE CONSEJO DIRECTIVO DE ACADEMIA JUDICIAL
- VI.
INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bombal Otaegui
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bombal Otaegui
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bombal Otaegui
- PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Bombal Otaegui
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Antonio Horvath Kiss
- PETICIÓN DE OFICIO : Hernan Larrain Fernandez
- PETICIÓN DE OFICIO : Sergio Mariano Ruiz Esquide Jara
- CHILE: HACIA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN. OFICIO
- PETICIONES DE OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 339ª, EXTRAORDINARIA
Sesión 41ª, en miércoles 19 de mayo de 1999
Ordinaria
(De 16:24 a 19:39)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES ANDRÉS ZALDÍVAR, PRESIDENTE,
MARIO RÍOS, VICEPRESIDENTE,
Y CARLOS CANTERO, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ, TITULAR
____________________
Í N D I C E
Versión Taquigráfica
I. ASISTENCIA
II. APERTURA DE LA SESIÓN
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
IV. CUENTA
V. ORDEN DEL DÍA:
Proposiciones de Su Excelencia el Presidente de la República para designar como integrantes del Consejo Directivo de la Academia Judicial a la señora Andrea Muñoz Sánchez y al señor Enrique Barros Bourie (S 397-05) (se aprueban)
Proyecto de ley, en trámite de Comisión Mixta, que modifica la ley Nº 18.410 y el DFL Nº 1, de 1982, de Minería, Ley General de Servicio Eléctricos, con el objeto de fortalecer el régimen de fiscalización del sector (2279-08) (se aprueba su informe)
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley Nº 18.525, para establecer un procedimiento de salvaguardia conforme al Acuerdo de Marrakeck (2269-03) (se aprueba en general y particular)
VI. INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío)
Chile: hacia la sociedad de la información. Oficios (observaciones del señor Viera-Gallo)
I. ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Bitar Chacra, Sergio
--Boeninger Kausel, Edgardo
--Bombal Otaegui, Carlos
--Canessa Robert, Julio
--Cantero Ojeda, Carlos
--Cariola Barroilhet, Marco
--Chadwick Piñera, Andrés
--Cordero Rusque, Fernando
--Díez Urzúa, Sergio
--Fernández Fernández, Sergio
--Foxley Rioseco, Alejandro
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Horvath Kiss, Antonio
--Larraín Fernández, Hernán
--Lavandero Illanes, Jorge
--Martínez Busch, Jorge
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Matthei Fornet, Evelyn
--Moreno Rojas, Rafael
--Muñoz Barra, Roberto
--Novoa Vásquez, Jovino
--Núñez Muñoz, Ricardo
--Ominami Pascual, Carlos
--Páez Verdugo, Sergio
--Parra Muñoz, Augusto
--Pizarro Soto, Jorge
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara, Mariano
--Sabag Castillo, Hosaín
--Silva Cimma, Enrique
--Urenda Zegers, Beltrán
--Vega Hidalgo, Ramón
--Viera-Gallo Quesney, José Antonio
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
--Zurita Camps, Enrique
Concurrieron, además, los señores Ministros Secretario General de la Presidencia, de Economía , Fomento y Reconstrucción, de Justicia y Presidente de la Comisión nacional de Energía ; los señores Subsecretarios de Hacienda y de Economía, y la señora Asesora del Ministro de Hacienda.
Actuó de Secretario el señor José Luis Lagos López, y de Prosecretario, el señor Carlos Hoffmann Contreras.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:24, en presencia de 27 señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se da por aprobada el acta de la sesión 36ª, ordinaria, en 4 de mayo del presente año, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 37ª, ordinaria, en 5 de mayo del año en curso, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
IV. CUENTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor HOFFMANN ( Prosecretario ).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
De la Honorable Cámara de Diputados, con el que informa que ha dado su aprobación al informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto que modifica la ley Nº 18.410, Orgánica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1982, de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos, con el objeto de fortalecer el régimen de fiscalización del sector, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata". (Boletín Nº 2.279-08) (Véase en los Anexos, documento 1).
--Queda para tabla.
Del señor Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía , con el que contesta un oficio enviado en nombre del Honorable señor Horvath, referido a la construcción de una minicentral hidroeléctrica en el sector del río Bahamondes.
--Queda a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en el oficio de Su Excelencia el Presidente de la República con el que solicita el acuerdo del Honorable Senado para designar, como miembros del Consejo Directivo de la Academia Judicial , a los académicos señora Andrea Muñoz Sánchez y señor Enrique Barros Bourie. (Boletín Nº S 397-05) (Véase en los Anexos, documento 2).
De la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, recaído en el proyecto de ley que establece el régimen especial de pesca, con urgencia calificada de "Simple". (Boletín Nº 2.274-03) (Véase en los Anexos, documento 3).
--Quedan para tabla.
Comunicaciones
De la Comisión de Minería y Energía, con la que informa que, en sesión celebrada ayer, ha presentado su renuncia a la Presidencia de la citada Comisión el Senador señor Parra. Asimismo, comunica que ha elegido como nuevo Presidente al Honorable señor Hamilton.
--Se toma conocimiento.
De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con la que solicita el asentimiento de la Sala para que el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio Nº 151 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre "La protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública" (Boletín Nº 1958-10), radicado actualmente en dicha Comisión para nuevo informe, y que posteriormente deberá pasar a la de Relaciones Exteriores para el mismo trámite, sea considerado por ambas Comisiones en el carácter de "unidas".
--Se accede a lo solicitado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la Cuenta.
___________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hay una petición formulada por casi la totalidad de los Comités, excepto el de Renovación Nacional -al parecer, en principio también estaría de acuerdo, según se me ha informado-, para tratar como de fácil despacho, antes del Orden del Día, las proposiciones del Presidente de la República para designar a los académicos señora Andrea Muñoz Sánchez y señor Enrique Barros Bourie como integrantes del Consejo Directivo de la Academia Judicial.
Este asunto ya fue informado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y su propio Presidente ha solicitado a la Mesa que recabe el asentimiento de Sus Señorías para tratarlo en esa forma.
¿Habría acuerdo para ello?
El señor DÍEZ.-
Sí, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Acordado.
V. ORDEN DEL DÍA
NOMBRAMIENTO DE INTEGRANTES DE CONSEJO DIRECTIVO DE ACADEMIA JUDICIAL
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En virtud de lo resuelto, corresponde ocuparse en las proposiciones de Su Excelencia el Presidente de la República para designar, como integrantes del Consejo Directivo de la Academia Judicial , a los académicos señora Andrea Muñoz Sánchez y señor Enrique Barros Bourie, para cuyos efectos se cuenta con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
-Los antecedentes sobre la proposición (s 397-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proposición:
Se da cuenta en sesión 40ª, en 18 de mayo de 1999.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 41ª, en 19 de mayo de 1999.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Hago presente a la Sala que las denominaciones deben votarse en forma secreta y por separado.
El señor SILVA.-
Señor Presidente , ¿es posible obviar la votación con balotas?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No, señor Senador, porque el Reglamento dispone que ella debe ser secreta. En todo caso, lo que sí podemos hacer -si se estima conveniente y hay acuerdo- es votar conjuntamente ambas proposiciones.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , conforme a los antecedentes que hemos recabado, pareciera que hay unanimidad en la materia. De modo que se podría evitar la votación con balotas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Su Señoría, el Reglamento ordena que ella sea secreta.
El señor BITAR.-
En ese caso, como existe unanimidad, sugiero que se realice una sola votación.
El señor LARRAÍN.-
No, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Las proposiciones deben votarse por separado, por si acaso se presentaran dificultades.
El señor SILVA.-
Hagámoslo a mano alzada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señor Senador, eso significaría revelar la votación de cada uno.
El señor LARRAÍN.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el señor Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , debo informar que la Comisión, conforme a lo dispuesto por la Sala y el Reglamento, tomó conocimiento de estas proposiciones de nombramiento y, luego de analizar los antecedentes, acordó informar al Senado que los dos candidatos cumplen los requisitos y tienen la idoneidad indispensables para desempeñarse como miembros del Consejo Directivo de la Academia Judicial.
Adicionalmente, se hizo presente la necesidad de conocer el trabajo que llevan a cabo estos representantes ante dicho Consejo y se resolvió invitarlos para que informen -ojalá periódicamente- acerca de las funciones que cumplen en ese centro de estudios.
La Comisión recomienda a la Sala aprobar ambas proposiciones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde votación secreta.
En votación la propuesta para el nombramiento de doña Andrea Muñoz Sánchez.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la proposición (33 balotas blancas, 2 negras y una roja).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación la propuesta para el nombramiento de don Enrique Barros Bourie.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la proposición (32 balotas blancas, 3 negras y una roja.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora ALVEAR ( Ministra de Justicia ).-
Señor Presidente , agradezco al Honorable Senado la aprobación del nombramiento de los dos académicos nominados por el Presidente de la República para conformar el Consejo de la Academia Judicial.
Me parece adecuado el procedimiento llevado a cabo por la Comisión de Constitución, en orden a escuchar a dichos consejeros, a fin de que se conozca en esta Corporación el enorme trabajo realizado por dicho organismo durante sus cuatro años de existencia, lo cual ha permitido la formación de quienes ingresan al Poder Judicial y, tan solo en el presente año, dar capacitación y perfeccionamiento a más de 4 mil funcionarios y miembros del mismo.
FORTALECIMIENTO DE RÉGIMEN DE FISCALIZACIÓN DE EMPRESAS ELÉCTRICAS. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta formada en virtud de lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política de la República, recaído en el proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.410, Orgánica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1982, de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos, con el objeto de fortalecer el régimen de fiscalización del sector, con urgencia calificada de "Discusión Inmediata". Hay acuerdo de Comités en orden a tratarlo y despacharlo en esta sesión. (Véase en los Anexos, documento 4).
--Los antecedentes sobre el proyecto (2279-08) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 36ª, en 4 de mayo de 1999.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 40ª, en 18 de mayo de 1999.
Informes de Comisión:
Economía y Minería y Energía, unidas, sesión 39ª, en 12 de mayo de 1999.
Hacienda, sesión 39ª, en 12 de mayo de 1999.
Mixta, sesión 41ª, en 19 de mayo de 1999.
Discusión:
Sesión 39ª, en 12 de mayo de 1999 (se aprueba en general y particular).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No obstante que se ha planteado votar el informe a una determinada hora, si hubiere acuerdo, se podría adelantar la votación.
En todo caso, ¿habría consenso en cuanto a que los señores Senadores que así lo deseen, puedan dejar sus votos en la Secretaría?
Acordado.
En la discusión del informe, tiene la palabra el Honorable señor Hamilton.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , ayer se reunió durante más o menos seis horas la Comisión Mixta, integrada por igual número de Diputados y Senadores, para conocer las divergencias surgidas entre ambas ramas del Congreso respecto del proyecto y proponer una solución, la cual se halla contenida en su informe.
Cabe dejar constancia de que la norma contemplada en el número 9) del artículo 1º, es materia de ley orgánica constitucional y, por lo tanto, como el informe debe votarse en su globalidad, requiere quórum especial para su aprobación. Esa misma disposición, que ya había sido consultada en dos oportunidades a la Corte Suprema, conforme al artículo 74 -recién reformado- de la Constitución Política de la República, fue nuevamente puesto en conocimiento de dicho tribunal.
En síntesis, las discrepancias fueron siete, de las cuales cinco, conforme a las proposiciones contenidas en el informe, se resolvieron por unanimidad, y dos, por mayoría de ocho votos.
La primera de ellas dice relación a la ley Nº 18.410, que creó la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. En el número 1) del artículo 1º del proyecto no hubo acuerdo acerca de la definición del objeto de dicho organismo. La norma aprobada por el Senado fue rechazada por la Cámara de Diputados, la cual insistió en el texto propuesto por el Ejecutivo. En definitiva, en la Comisión hubo consenso en dejar tal materia en la forma como se halla establecida en la ley vigente.
La segunda discrepancia recae sobre algunas atribuciones que corresponden a la Superintendencia. El Senado, en el segundo trámite constitucional, suprimió el número 36, que señalaba lo siguiente: "Impartir instrucciones, de carácter general, a las empresas y entidades sujetas a su fiscalización y adoptar las medidas tendientes a corregir las deficiencias que observare, con relación al cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás normas cuya supervigilancia le corresponde.". La Cámara de Diputados rechazó la supresión, y en definitiva, la Comisión, después de discutir el tema, acordó, por unanimidad, mantener la norma parcialmente, quedando como sigue: "Adoptar las medidas tendientes a corregir las deficiencias que observare, con relación al cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás normas cuya supervigilancia le corresponde.".
La tercera diferencia radicó en la norma aprobada por el Senado, que faculta a la Superintendencia para que, mediante resolución fundada, requiera a las empresas y entidades sujetas a su fiscalización que efectúen auditorías, las que, en el caso de que sean favorables a aquéllas, serían pagadas por dicho organismo y, si no lo fueren, su costo sería asumido por la empresa afectada.
La Cámara de Diputados rechazó ese precepto, para cuyo efecto se dieron fundamentalmente dos argumentos: primero, que dicha norma, en el hecho, impediría a la Superintendencia, cuando tuviera dudas sobre determinados problemas técnicos, recurrir a auditorías por el riesgo de tener que pagarlas; y segundo -éste, a mi juicio, es más convincente que el anterior-, que, como se trata de informes o de auditorías técnicas, no necesariamente se resuelven a favor de una u otra parte, sino que puede arribarse a un resultado intermedio, caso en el cual es muy difícil aplicar la referida disposición.
En consecuencia, después del debate respectivo, la Comisión aprobó, por la unanimidad de sus miembros, rechazar la norma propuesta por el Senado.
La cuarta divergencia se refiere al reemplazo del artículo 16 de la ley Nº 18.410, que regula lo referente a las infracciones a las leyes, reglamentos y demás normas. En efecto, a continuación de las causales enumeradas en dicho precepto, que deben considerarse para ponderar el monto de la multa, el Senado aprobó la siguiente disposición: "En ningún caso el monto de la multa que se aplique podrá comprometer la continuidad del servicio prestado por el afectado", la cual fue rechazada por la Cámara de Diputados.
Por lo tanto, la Comisión acordó agregar, a continuación de lo establecido en la letra g) -la cual dispone, entre las circunstancias que se considerarán para determinar las sanciones, la capacidad económica del infractor-, la idea incluida en la norma propuesta por el Senado, esto es, que dicha capacidad deberá tenerse en cuenta, especialmente, en caso de que pudiera afectar la continuidad del servicio prestado por el afectado.
El señor MARTÍNEZ.-
¿Me permite una interrupción, con la venia de la Mesa, Su Señoría?.
El señor HAMILTON.-
Con todo gusto, Honorable colega.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
La norma aceptada fue la letra f), no la letra g), señor Senador.
El señor HAMILTON.-
No, Su Señoría. Fue la letra g), relativa a la capacidad económica del infractor, la cual figura en la página ocho del informe de la Comisión. En todo caso, si hubiere algún error de referencia, la letra g) es la que dice: "f) La capacidad económica del infractor", al que se agrega la expresión "especialmente si se compromete la continuidad del servicio prestado por el afectado.".
El señor MARTÍNEZ.-
Muchas gracias, señor Senador.
El señor HAMILTON.-
La quinta divergencia surgida entre ambas ramas del Congreso recae en el artículo 19 del proyecto que contiene el procedimiento para reclamar de las sanciones y, particularmente, de las multas que la Superintendencia puede imponer a algunas de las entidades sujetas a su control y fiscalización.
Aparte de algunas disposiciones menores que pretenden concentrar y hacer más expedito el procedimiento de reclamo, aspecto en lo cual hubo unanimidad, el debate se centró en el problema de si debía o no debía haber consignación para recurrir a la justicia en el reclamo de una multa y, en ese caso, determinar a cuánto podría ascender.
En cuanto a los problemas planteados sobre una eventual inconstitucionalidad, en primer lugar, se estableció que la Corte Suprema no había objetado la materia; segundo, que la Cámara de Diputados había aprobado una consignación del 50 por ciento; y tercero, que las Comisiones unidas de Minería y Energía y de Economía del Senado habían aprobado por unanimidad una fórmula que se impuso definitivamente en la Comisión Mixta, fijándola en 25 por ciento.
Además, se consideró que este tipo de consignaciones es similar al de las sanciones que aplican otras superintendencias, como la de Bancos e Instituciones Financieras, la de Servicios Sanitarios, la de Valores y Seguros y la de Seguridad Social. Incluso algunos montos de multas, en el caso de las consignaciones, alcanzan al 100 por ciento.
En definitiva, la propuesta del Senador señor Díez apuntaba a que aquéllas se relacionaran con las vigentes en el Código Tributario que asciende a una cuarta parte del valor de la multa.
Esta disposición fue aprobada por ocho votos contra dos. Votaron a favor los Senadores señores Díez , Hamilton , Núñez , Parra y los Diputados señores Jocelyn-Holt , Leal , Mora y Vilches. Se pronunciaron en contra la Honorable señora Matthei y el Diputado señor Leay, quienes señalaron ser partidarios de no establecer ninguna consignación.
La sexta, y tal vez la más discutida de las discrepancias, también se refiere a las consignaciones. Para abreviar, daré lectura al artículo 99 bis, aprobado por la mayoría de la Comisión Mixta. Y señalaré en su caso las modificaciones que se introdujeron y los votos con que se aprobaron.
El texto es del siguiente tenor: "Artículo 99 bis.- El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, previo informe de la Comisión Nacional de Energía, podrá dictar un decreto de racionamiento, en caso de producirse o proyectarse fundadamente un déficit de generación en un sistema eléctrico, a consecuencia de fallas prolongadas de centrales eléctricas o de situaciones de sequía. El decreto que se dicte, además de establecer los cálculos, valores y procedimientos a que se refiere el inciso séptimo de este artículo, dispondrá las medidas que, dentro de sus facultades, la autoridad estime conducentes y necesarias para evitar, manejar, disminuir o superar el déficit, en el más breve plazo prudencial. Dichas medidas se orientarán, principalmente, a reducir los impactos del déficit para los usuarios, a incentivar y fomentar el aumento de capacidad de generación en el respectivo sistema, a estimular o premiar el ahorro voluntario y a aminorar los costos económicos que dicho déficit pueda ocasionar al país.". En este inciso sólo hay una modificación de referencia.
Y sigue el texto: "El déficit registrado en el sistema deberá distribuirse proporcionalmente y sin discriminación de ninguna especie entre todas las empresas generadoras, tomando como base la globalidad de sus compromisos. Éstas, por su parte, deberán pagar a sus clientes distribuidores o finales sometidos a regulación de precios, cada kilowatt-hora de déficit que los haya afectado, determinado sobre la base de sus consumos normales, a un valor igual a la diferencia entre el costo de racionamiento y el precio básico de la energía, a los que se refiere el artículo anterior.
"Para estos efectos, se entenderá como consumo normal de un cliente en un período aquel que resulte de considerar el consumo de energía facturado por el generador en el mismo período del último año sin racionamiento, incrementado en la tasa anual de crecimiento del consumo que se hubiere considerado en la previsión de demandas de energía para el sistema eléctrico, en la última fijación de precios de nudo. Los clientes distribuidores, a su vez, deberán traspasar íntegramente el monto recibido a sus clientes finales sometidos a regulación de precios.
"Para los efectos de este artículo, las situaciones de sequía o las fallas de centrales eléctricas que originen un déficit de generación eléctrica que determine la dictación de un decreto de racionamiento, en ningún caso podrán ser calificadas como fuerza mayor o caso fortuito. En particular, los aportes de generación hidroeléctrica que correspondan a años hidrológicos más secos que aquellos utilizados en el cálculo de precios de nudo, no constituirán límite para el cálculo de los déficit, ni serán consideradas como circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito. El déficit que las empresas generadoras están obligadas a pagar, de conformidad a este artículo, no estará limitado a aquel que se calcule para el primer año hidrológico de la sequía. Por año hidrológico se entiende un período de doce meses que comienza en abril.".
A continuación encontramos una enmienda propuesta para zanjar una larga discusión por parte del Diputado Leay: "En todo caso," -esto no estaba en el texto del Senado- "el ejercicio de acciones jurisdiccionales no obstará al pago de las compensaciones previstas en los incisos anteriores.
"En los casos no previstos en el inciso cuarto, la empresa generadora respectiva podrá solicitar de la Superintendencia que efectúe la declaración prevista en el Nº 11, del artículo 3º, de la ley orgánica de dicho servicio, para que compruebe si el déficit del sistema se ha debido a caso fortuito o fuerza mayor. La Superintendencia deberá pronunciarse en el plazo máximo de diez días. La impugnación judicial se sujetará al procedimiento establecido en el artículo 19 de la ley Nº 18.410.".
La última frase también es una innovación de la Comisión.
Las dos modificaciones fueron votadas favorablemente por la mayoría de los miembros de la Comisión. En la primera de ellas el resultado fue de 8 votos a favor y dos en contra: los de la Senadora señora Matthei y del Honorable señor Díez. En la segunda, que dice relación a la impugnación de casos no previstos en el inciso cuarto, el resultado también fue de 8 votos a favor y las dos abstenciones de los mismos Senadores que votaron en contra anteriormente.
"El decreto de racionamiento previsto en este artículo, además de las medidas y estipulaciones descritas en los incisos anteriores, explicitará, basándose en un informe previo de la Comisión Nacional de Energía, el monto del pago por cada kilowatt-hora de déficit, como asimismo las demás condiciones que deberán aplicar las empresas generadoras para el cálculo o registro de los déficit, y los montos y procedimientos que aplicarán las empresas distribuidoras para traspasar a su vez los montos recibidos a sus clientes finales. Todos los cálculos deberán basarse en los valores utilizados en la última fijación de precios de nudo para el sistema eléctrico en cuestión. No obstante, el valor a utilizar para el costo de racionamiento no podrá superar, expresado en unidades de fomento, el promedio de los costos de racionamiento utilizados en las últimas seis fijaciones de precios de nudo.
"Las transferencias de energía que se produzcan en un centro de despacho económico de carga, resultantes de la dictación de un decreto de racionamiento, también se valorizarán al costo marginal instantáneo aplicable a las transacciones de energía en el sistema, el que en horas de racionamiento equivale al costo de falla.".
Acerca de esta materia, quiero señalar, de manera breve, que la compensación tiene al menos los siguientes fundamentos:
Primero, en relación con el racionamiento, es lo mismo que se aprobó y que ya está aceptado para el caso de un corte intempestivo de la energía eléctrica. Segundo, quien no cumplió el contrato, en el sentido de no proporcionar el suministro es la distribuidora, la cual está en deuda; la compensación protege al contratante que no está en mora. Tercero, las empresas cobran el costo de racionamiento en sus tarifas. Es lo mismo, pues no compensar de inmediato constituye una suerte de enriquecimiento ilícito. Y cuarto, la compensación puede revertirse si los tribunales acuerdan que había efectivamente fuerza mayor. La apariencia de buen derecho a favor del usuario desaparece por sentencia judicial. Ahí se produce el ajuste y se permite a la empresa cargar la compensación a la cuenta del usuario. En caso de racionamiento, son las empresas las que en principio están en deuda con sus clientes; de ahí la compensación. ¿Por qué habría de esperarse el resultado de un juicio para hacerla efectiva? Los usuarios no tienen por qué ser parte de un conflicto entre las empresas y la Superintendencia.
La última modificación se refiere a la ley Nº 19.148. Ahí la discrepancia se produjo porque la Cámara de Diputados rechazó la planta de profesionales de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles aprobada por el Senado. En definitiva, la Comisión Mixta acordó, en forma unánime y con el asentimiento del Gobierno, eliminar el artículo 4º del proyecto, por estimar que aborda una materia ajena a sus ideas matrices. Se tuvo presente, además, que se han cometido diversos errores en la tramitación de esta parte de la iniciativa, y que el Ejecutivo se comprometía ante la Comisión a enviar un proyecto completo destinado a solucionar el problema de la planta del personal y su reencasillamiento y, en general, a satisfacer las necesidades de la Superintendencia en materia de personal calificado para cumplir debidamente con las obligaciones que le impone el texto en debate.
Éstos son, en síntesis, señor Presidente , los acuerdos de la Comisión Mixta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Díez.
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente, nos encontramos frente a un informe de un proyecto de ley importante que debe ser votado globalmente y en un solo acto. Ello hace que las consideraciones sobre determinados preceptos deban ponderarse teniendo en vista el texto en su integridad.
Desde el principio hemos sostenido que en las relaciones entre el Estado y los empresarios particulares que participan en servicios públicos deben existir normas muy claras, que den al Estado, como representante del bien común, las armas necesarias para exigir el cumplimiento correcto, adecuado y de buena fe de las obligaciones por parte de las empresas privadas que prestan servicios públicos. Pero, además, consideramos indispensable que esas normas posibiliten que cada vez más funciones del Estado sean asumidas por el sector privado, no sólo en garantía de su capital, de la libertad de emprender y de las normas de justicia a que toda persona y actividad tienen derecho, sino para que, en un país como el nuestro, donde existen tantas necesidades sin resolver y pocos medios, los recursos de los chilenos se destinen a la solución de los problemas de carácter social y no se gasten en empresas de servicios que, aunque de carácter público, pueden ser abordadas por los particulares.
Por eso, junto a la fuerza y facultades de que debe estar revestido el Estado, los particulares deben tener la seguridad de que sus derechos y la ley serán respetados, lo mismo que las condiciones en virtud de las cuales ellos, de buena fe, entraron al negocio de que se trate, contando con recursos rápidos y efectivos en todas las instancias judiciales para defenderse de los posibles abusos, atropellos o malas interpretaciones de la ley que provengan del Poder Ejecutivo.
El proyecto ha sido analizado bajo estas dos ideas matrices.
Hemos dado a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles las atribuciones que ella pidió, y, en mi opinión, en mejores términos que los propuestos en el texto del Ejecutivo , según lo hemos oído de los propios representantes del Gobierno, fruto del trabajo parlamentario desarrollado tanto por la Cámara de Diputados como, fundamentalmente, por las Comisiones unidas del Senado.
En conformidad a lo resuelto ayer en la noche, la Superintendencia podrá contratar personal para cumplir sus funciones, de manera que contará con todos los instrumentos necesarios para velar por el bien común.
Hay algunas disposiciones que, planteadas individual o aisladamente, no obtendrían nuestro apoyo en la Sala, pero que aceptamos porque forman parte de una normativa general que, mirada desde un punto de vista global, merece nuestra aprobación. Me refiero, por ejemplo, al artículo que exige una consignación del 25 por ciento de la multa para poder entablar los recursos pertinentes.
Siguiendo la línea del Derecho moderno y conforme a una interpretación correcta de nuestra Constitución y de los tratados internacionales que hemos suscrito, hubiésemos preferido que no se exigiera tal consignación. Sin embargo, algunos de nosotros hemos aceptado el 25 por ciento para que el mal, que igual se va a producir, sea, por lo menos numéricamente, la mitad del que se causaba con el proyecto de la Cámara de Diputados. Y lo hemos aceptado porque en la Comisión Mixta no contábamos con la mayoría suficiente para imponer nuestro criterio, que seguimos considerando el adecuado, según el cual la inocencia se presume y nadie debe depositar cantidad de dinero alguna para pedir a un tribunal que se la reconozca.
Otra disposición que nos merecía dudas era el artículo 99 bis, porque podía tocar derechos adquiridos. El concepto de propiedad en la Constitución de 1980 es mucho más amplio que el de la Carta de 1925, y comprende no sólo lo que clásicamente llamamos "bienes", sino también todas las situaciones que tengan o puedan tener influencia en el patrimonio de una persona.
Por eso, lo aprobamos con algunas reservas. Sin embargo, su lectura serena, en los términos en que fue despachado por la Comisión, nos hace descartar algunas de nuestras aprensiones. La principal, que me inducía a rechazar no sólo este precepto en particular, sino todo el texto del proyecto, era que esta futura ley podía ser interpretada con efecto retroactivo. Pero no es así.
¿De dónde saco esta conclusión? De la norma que dice: "Para los efectos de este artículo," -es decir, el 99 bis, referido al racionamiento- "las situaciones de sequía o las fallas de centrales eléctricas que originen un déficit de generación eléctrica", etcétera. Al usar la ley la expresión "originen", se está refiriendo a los déficit que se produzcan en el futuro. Si hubiera querido referirse a la sequía de los meses pasados, cuyas consecuencias estamos viviendo, hubiese dicho: "que originen o hayan originado", empleando la fórmula que ordinariamente se utiliza en las leyes. En consecuencia, al ocupar la forma verbal "originen", está dejando en claro, con propiedad castellana, que se trata de las situaciones que se produzcan en lo sucesivo.
El precepto establece que no podrán ser calificadas como fuerza mayor o caso fortuito las situaciones de sequía o las fallas de centrales eléctricas. Y agrega: "En particular, los aportes de generación hidroeléctrica que correspondan a años hidrológicos más secos que aquellos utilizados en el cálculo de precios de nudo, no constituirán límite para el cálculo de los déficit, ni serán consideradas como circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito. El déficit que las empresas generadoras están obligadas a pagar, de conformidad a este artículo, no estará limitado a aquel que se calcule para el primer año hidrológico de la sequía." En seguida, se agrega: "Por año hidrológico se entiende un período de doce meses que comienza en abril.". De manera que la ley va a ser promulgada en otro año hidrológico, que comienza en abril, lo que confirma absolutamente -como lo establece el texto en comento- que tiene relación para el futuro, y no para situaciones pasadas.
Por otra parte, en las Comisiones de Economía y de Minerías, unidas, del Senado, en reiteradas oportunidades, hicimos presente nuestra preocupación por el efecto retroactivo. Y recibimos las seguridades del Supremo Gobierno en cuanto a que se seguirá la regla general en materia de retroactividad y, por lo tanto, no se afectarán las situaciones existentes con anterioridad a la dictación de esta ley.
En ese sentido, sintiendo que se están respetando las reglas del juego y de la fe pública -aun cuando las empresas eléctricas estaban regidas antes de la promulgación de la ley por los derechos y obligaciones que de ella se desprenden-, votaré a favor del informe de la Comisión Mixta en forma global, porque he disipado la principal duda de constitucionalidad que se me presentó con motivo del estudio de la iniciativa.
Por lo demás, señor Presidente , los señores Senadores, de común acuerdo, también hemos construido -y ayer con la aprobación de los señores Diputados- disposiciones que aseguran un procedimiento rápido y expedito, con dos urgencias, terminando con una apelación a la Corte Suprema, que la Cámara de Diputados había rechazado, pero que ayer se aprobó en la Comisión Mixta.
También me alegro de que hayamos aprobado íntegramente una indicación del Ejecutivo, que conoció la Sala cuando el Senado se ocupó del proyecto, referente a los casos no previstos en el artículo 4º. Es decir, no previstos por sequía ni por falla de las centrales eléctricas, que da a las empresas generadoras el derecho a solicitar a la Superintendencia que efectúe la declaración prevista en el Nº 11 del artículo 3º de la ley orgánica de dicho servicio, para que compruebe si el déficit del sistema se ha debido a caso fortuito o fuerza mayor. La Superintendencia deberá pronunciarse en el plazo máximo de diez días.
Asimismo, se obtuvo la aprobación de la frase final del inciso, que la Cámara había rechazado, que establece que "La impugnación judicial se sujetará al procedimiento establecido en el artículo 19 de la Ley Nº 18.410.". De manera que si se produce una circunstancia distinta a la sequía o a la falla hidroeléctrica que produce el caso fortuito, las empresas pueden solicitar que la Superintendencia de Servicios Eléctricos efectúe la declaración correspondiente y determine si se ha producido o no fuerza mayor. Y la impugnación se efectúa mediante un procedimiento muy breve.
En esas circunstancias, y teniendo en consideración -y lo digo con mucha franqueza- el espíritu público con que estamos analizando todos los sectores del Senado el proyecto, creemos que su tramitación no es una buena experiencia. La excesiva rapidez que tuvimos, las pocas oportunidades de estudiar materias que para casi la totalidad de los legisladores eran complejas y a las cuales no estábamos acostumbrados, como es lo relacionado con la generación de energía, para ver sus implicancias frente a normas sustantivas de nuestra legislación civil y a las garantías que le otorga la Constitución, nos llevó, seguramente, a despachar un proyecto que no me satisface intelectualmente y que me temo que dé origen a conflictos judiciales. ¡Dios quiera que no sea así! Pero, a mi juicio, si la iniciativa es interpretada de absoluta buena fe, teniendo cuidado con los derechos de todos, tanto de los consumidores como de las empresas, habremos entregado al Gobierno un arma eficaz para velar por el bien común no sólo de los consumidores, sino también del país y de su futuro, que cada día va a necesitar más energía eléctrica y, en consecuencia, más compromisos en esfuerzos humanos y en capitales para producirla. Esperamos que este instrumento legal sea bien empleado por el Gobierno.
Por esas razones, votaré a favor de la iniciativa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Está inscrito a continuación el Honorable señor Cariola.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CARIOLA.-
Señor Presidente , llega a su fin la tramitación parlamentaria de esta iniciativa de ley y quisiera hacer una reflexión final.
Pienso que lamentablemente la normativa legal en debate, por su rápida tramitación, carece de los estudios de carácter económico necesarios que permitirían calibrar en su exacta dimensión lo que estamos haciendo.
El rediseño de las facultades que se le otorgan al Superintendente , la reformulación de las infracciones a la legislación eléctrica, el aumento de las sanciones y la modificación de los supuestos de operación del sistema eléctrico, haciendo que las empresas respondan por la sequía y las fallas de las centrales eléctricas a todo evento, producirá un efecto tremendamente pernicioso en el sistema eléctrico.
Se quiera o no, la mayor discrecionalidad y el aumento de las multas, por una parte, y el mayor riesgo por el que las empresas deberán responder, por otra, supone que el nivel de contingencia que enfrentarán será mayor y, por lo mismo, las obligará a estudiar con muchas reservas su participación en nuevos proyectos eléctricos. Y las que están actualmente en operación se verán sujetas a alteraciones de costos y de rentabilidad que, tarde o temprano, terminarán traduciéndose en mayores tarifas para los usuarios.
Si se pretende hacer reaccionar a los actores económicos por la vía de las sanciones exorbitantes y las amenazas de mayores costos, sólo se logrará un efecto dañino para el servicio, pues se enrarece la transparencia y la operación del mercado. Aumenta -y digámoslo- el riesgo de corrupción de la autoridad e impide la evaluación de los proyectos de una manera racional, por cuanto no habrá parámetros para calcular las nuevas contingencias.
Este esquema alejará a los buenos empresarios del sector y atraerá a aquellos que están acostumbrados a manejarse en un ambiente enrarecido.
Sobre lo anterior ya no hay remedio, y sólo quiero dejar constancia de ello.
Respecto de lo aprobado por la Comisión Mixta, no estoy de acuerdo en dos aspectos que me parecen esenciales. Por una parte, la reposición que se ha hecho del inciso quinto del artículo 19, en cuanto exige a los infractores de normas eléctricas consignar un 25 por ciento de la multa cuando tengan interés en impugnarlas ante los tribunales de justicia, me parece que constituye un precepto inconstitucional, por cuanto afecta las garantías del derecho al igualitario acceso a la justicia y al debido proceso, contenidas en el artículo 19, número 3.º, de la Constitución. Frente a este precepto, para los efectos de recurrir al Tribunal Constitucional, formulo expresa reserva de inconstitucionalidad.
No es justo que la multa deba ser pagada antes de ser reclamada. Ello importa la denegación parcial de justicia, lo que repugna a un sistema de derechos garantísticos. Así lo ha hecho ver en esta Sala ilustradamente el Honorable señor Silva , para lo cual me remito a la fundamentación que hizo en la sesión del miércoles pasado.
La otra norma que rechazo es la contenida en el artículo 99 bis, inciso quinto, nuevo, en cuanto declara que no obsta a la impugnación de las compensaciones, que ellas deban ser pagadas.
Debe tenerse presente que estas compensaciones no pueden confundirse con las multas. Mientras éstas son una sanción administrativa, en todo asimilable a una pena de tipo criminal, las compensaciones constituyen, en cambio, una indemnización de daños y perjuicios, avaluada legalmente, y, por lo tanto, se trata de un efecto de carácter civil.
Como toda indemnización de daños y perjuicios, las compensaciones exigen un factor de imputación, que no haya intervenido en la falta de servicio eléctrico, un caso fortuito o fuerza mayor que eximiría a la empresa de responsabilidad civil. Si la empresa estima que le ampara el caso fortuito, legítimamente podrá recurrir impugnando las compensaciones que la ley le ordena. Pero resulta que la norma repuesta por la Comisión Mixta dispone que ese reclamo es sin perjuicio del deber de pagar las compensaciones.
Estamos aquí frente a una nueva inconstitucionalidad, pues la ley no permite obstruir el pago implorando una medida precautoria, por ejemplo, a los tribunales de justicia. Junto con cercenar una de las medidas jurisdiccionales esenciales a los tribunales, conferidas por la Constitución, se está infringiendo, a mi modo de ver, el artículo 19, número 3.º, de la Carta Fundamental, en lo que se refiere a la garantía al debido proceso y el igual acceso de los particulares a la justicia. Si la ley me obliga a pagar y no me ampara el derecho efectivo a reclamar, quiere decir que la protección jurisdiccional del derecho a reclamo está vulnerada. De modo que también formulo respecto de este punto reserva de inconstitucionalidad, para los efectos de recurrir al Tribunal Constitucional.
Mi voto es de abstención, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Romero.
El señor ROMERO.-
Señor Presidente , la premura impuesta por el Gobierno al Congreso para legislar sobre un asunto tan complejo, desatendiendo, a mi juicio, la necesidad de estudiar y analizar con la debida detención y racionalidad normas de carácter técnico, ha dado como resultado un proyecto no bien estructurado. Tiene defectos que espero puedan corregirse en el futuro.
Sin embargo, estimo que la iniciativa contribuye a avanzar en el perfeccionamiento de algunos marcos regulatorios del sector eléctrico, en el camino de lograr que, de producirse en adelante situaciones de déficit como las que hemos venido sufriendo, éstas puedan enfrentarse en la forma más adecuada con los menores daños y molestias a la actividad productiva y a la ciudadanía en general.
Por lo expresado, no obstante mis reservas de inconstitucionalidad sobre algunas disposiciones del proyecto que claramente señaló el señor Senador me precedió en el uso de la palabra, concurriré a la aprobación del informe de la Comisión Mixta.
Dejo constancia, sí, de que lo hago en la clara convicción de que las normas relativas a las situaciones de sequía y fallas de centrales eléctricas que originen un déficit, sólo serán aplicables a los hechos de esta especie que ocurran en el futuro, ya que en ningún caso la ley podrá regular situaciones o acontecimientos pasados, como lo es la sequía actual que comenzó por lo menos hace un año o un año y medio (Incluso, una de las centrales que sufrió una falla hace meses, en el transcurso de este período ha cambiado de propietario). Esto porque, si ése hubiese sido el propósito del proyecto, necesariamente deberíamos haberlo dispuesto en forma expresa.
Por ello, los representantes del Ejecutivo dejaron la debida constancia en las Comisiones de Economía y de Minería y Energía, unidas, según consta en la página 54 del informe respectivo. En efecto, al aprobarse el nuevo artículo 99 bis, señalaron que "el proyecto sigue la regla general en materia de retroactividad y que por lo tanto no se afectan las situaciones existentes con anterioridad a la dictación de esta ley.".
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente , durante toda la discusión del proyecto he venido haciendo presente cómo el ex Ministro señor Jadresic y la autoridad gubernamental fueron categóricos en afirmar que uno de los grandes logros de la actual Administración era precisamente el alcanzado en materia de energía, y en particular de la eléctrica. Se informó que las inversiones realizadas por el sector privado en el área eléctrica se contaban entre los más importantes aportes para fortalecer la confianza internacional en Chile, dado que ello se traducía en la colocación de instrumentos en el mercado financiero externo, y en el ingreso de inversionistas al país. Es decir, el esfuerzo privado en el desarrollo energético se destacaba desde las esferas gubernamentales, como gran logro del Gobierno en este campo.
Eso estaba bien. Había reglas claras y se trabajaba en base a la confianza en una autoridad que reconocía el esfuerzo del sector privado. Luego viene la crisis. No actúa bien el Gobierno; no se maneja bien la autoridad, y todo es tratado como un problema de mayor regulación, no obstante que hace dos años el ex Ministro señor Jadresic -como señalé-, reconoció que el marco regulatorio que existía era excelente.
En fin, ya todo se ha discutido. Sin embargo, quiero consignar que se ha sentado un precedente delicado para el sistema económico: en Chile se cambian las reglas del juego cuando sobrevienen crisis. O ni siquiera crisis, sino circunstancias distintas que la autoridad califica a su modo. Quedan notificados los inversionistas, los empresarios, de que en nuestro país no habrá regla estable en materia económica. Frente a la firme confianza que se tenía en el sector eléctrico hace dos años, incluso un año, hoy día todo demuestra que los empresarios carecen de certeza en la mantención de las normas existentes.
Pienso que se ha causado un daño a la confianza en la estabilidad de la normativa, que es decisiva para los inversionistas, sean ellos nacionales o extranjeros, a quienes el país necesita cada vez más.
Más allá de todo este debate, para mí es muy importante que se haga una precisión. En la página 54 del informe de las Comisiones de Economía y de Minería y Energía, unidas, a propósito de la discusión del artículo 99 bis, se indica lo siguiente:
"A propósito de la discusión de este artículo se planteó, en el seno de las Comisiones Unidas, el problema de la retroactividad de las compensaciones. Sobre el particular los representantes del Ejecutivo hicieron presente a los miembros de las Comisiones Unidas que el proyecto sigue la regla general en materia de retroactividad y que por tanto no se afectan las situaciones existentes con anterioridad a la dictación de esta ley.".
Por lo tanto, antes de pronunciarme sobre el informe de la Comisión Mixta, deseo saber con certeza si el Ejecutivo confirma, hoy día, lo que sostuvo en esa ocasión; es decir, que el proyecto sigue la regla general en materia de retroactividad y no se afectan situaciones producidas con anterioridad. ¿Esto es así? Por su intermedio, señor Presidente , solicito al señor Ministro ratificar la posición del Ejecutivo , antes de determinar cuál será mi voto.
Finalmente, cabe reiterar que, más allá de todo lo planteado en el debate, me queda claro que el cambio de actitud de la autoridad respecto de lo que venía sosteniendo como política gubernamental en materia energética -lo que ayer era un éxito y hoy día no lo es, pues se produjo una crisis que alteró las confianzas, especialmente la depositada en un modelo económico-, traerá repercusiones y, más temprano que tarde, en el Senado veremos las consecuencias de la forma cómo se legisló y de las sensibilidades que se han afectado.
Mas allá de responsabilidades o de compensaciones, aquí se han alterado disposiciones que en economía y en el sistema económico son decisivas: son las de estabilidad, credibilidad, confianza y no alteración subrepticia. Eso sí afecta a quienes quieren invertir en nuestro país, que no puede darse el lujo de emitir este tipo de señales que ahuyentan el esfuerzo privado, a los inversionistas nacionales e internacionales. Una cosa es regular; pero la regulación que se requería, pudo haberse hecho mucho mejor.
No olvidemos que hace un año los Secretarios de Estado sostenían que el marco regulatorio vigente era excelente. Y lo decían Ministros del Gobierno de la Concertación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Solicito el asentimiento del Senado para que ingrese a la Sala el señor Luis Sánchez Castellón , Subsecretario de Economía.
Acordado.
___________
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señor Ministro , el Honorable señor Bombal consultó si la declaración del Ejecutivo , contenida en el informe de las Comisiones unidas, corresponde exactamente a lo que hoy sostiene el Gobierno.
El señor LANDERRETCHE ( Ministro Presidente de la Comisión Nacional de Energía ).-
Sí, señor Presidente , absolutamente.
El señor BOMBAL.-
En consecuencia, podemos concluir que esa norma no produce efecto retroactivo.
Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se procederá a votar el informe de la Comisión Mixta.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente , las aprensiones que he tenido frente a este proyecto han sido fundamentalmente de índole constitucional. Respecto de la primera de ellas -a mi juicio, la principal-, comparto la argumentación del Senador Díez en orden a que la ley no tendrá efecto retroactivo. Al mismo tiempo, coincido en cuanto a que estamos en presencia de una iniciativa legal que regirá en fecha próxima, no inmediata, por las consideraciones que el señor Senador hizo con relación al año hidrológico, lo que constituye un elemento esencial dentro de su exposición.
No obstante, subsisten en mí dos dudas de constitucionalidad, ya señaladas en mi intervención al discutirse la iniciativa en el Senado, y que dicen relación a la exigencia de una consignación previa a una multa, como condición para poder recurrir ante los tribunales de justicia.
A mi modo de ver, de acuerdo con los principios constitucionales y los del Derecho moderno, se está estableciendo una medida que vulnera un derecho esencial como lo es la posibilidad de acceder a la justicia; y vulnera además el principio de la inocencia, contemplado también en nuestra Constitución.
Por esas dudas constitucionales -aunque la principal de ellas se encuentra resuelta, a mi juicio, por las fundamentaciones dadas por el Honorable señor Díez -, y como no es mi propósito perjudicar o entorpecer la normal tramitación de este proyecto de ley, me abstengo.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente , creo que en torno de este proyecto, y a veces en forma bastante áspera, se han discutido particularmente tres materias que se han constituido en fuente de discordia o discrepancia entre nosotros. Primero, la compensación automática que el proyecto establece para los usuarios en caso de interrupción del suministro eléctrico, por racionamiento o corte intempestivo. Segundo, el monto de las multas en caso de infracciones, sobre todo las gravísimas, a las instrucciones, normas o disposiciones de la Superintendencia. Y tercero, la consignación necesaria para recurrir a la justicia a discutir la aplicación de multas.
Las tres materias fueron resueltas favorablemente en los términos planteados por el Ejecutivo , en beneficio fundamentalmente de los usuarios. Sin embargo, quiero señalar muy enfáticamente que no creo que el Gobierno ni quienes lo hemos respaldado pretendan que se cobren multas, ni que haya muchas compensaciones, ni que se paguen muchas consignaciones. Lo principal no es eso. Ojalá nunca hubiera que aplicar una multa, ni pagar consignación, ni tampoco necesidad de efectuar compensación. Lo que se requiere es actuar precisamente en virtud de la fuerza de estas disposiciones y del efecto económico que ellas producen. Lo que queremos es que haya luz, que no haya cortes, que se entregue el servicio en forma continua y con la calidad que corresponde. Ésta es la verdadera finalidad. Dado el caso muy curioso de que ahora estamos en racionamiento, nos encontramos peor que cuando estábamos con apagones, pero en virtud de este proyecto de ley, significa que no se han aplicado restricciones porque las empresas están haciendo inversiones para tener más producción y, al mismo tiempo, están comprando energía disponible en el mercado.
Voto que sí.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , voto favorablemente, y adhiero a los planteamientos formulados por los Honorables señores Díez y Bombal en orden a cómo deben entenderse las normas a que ellos se refirieron en su oportunidad.
Voto que sí.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , en esta materia estoy de acuerdo con las mayores multas y facultades a fin de prever y manejar racionalmente, dentro de la normalidad, la difícil situación que estamos enfrentando. Y al decir esto no sólo incluyo a las empresas, sino también a la autoridad. Asimismo, mantengo mi aprensión y mi posición negativa respecto de las consignaciones. Creo que el hecho de que esta Corporación haya votado en contra de la consignación permitió definir un área más estrecha para la Comisión Mixta, puesto que algunos de sus integrantes eran partidarios de fijarla nuevamente en 50 por ciento. Esto constituye, a mi juicio, un grave error y, además, es inconstitucional porque impide el debido proceso y el acceso en igualdad de condiciones a la justicia.
En cuanto a compensaciones, estas medidas que se aplican o son válidas incluso en caso fortuito o de fuerza mayor para disponer racionamientos ante un déficit respecto del consumo normal, creo que no sólo son inconstitucionales sino que inconvenientes. Alguien en definitiva va a terminar pagando por esto, pues las empresas, por razones obvias, deben prever situaciones como éstas e imputarlas a sus costos de operación, dentro de sus sobreinversiones. Y eso lo va a pagar el usuario. Aquí se entiende, desgraciadamente, que el ir en contra de las empresas es ir a favor de los usuarios. Eso significa entender sólo una cara de la moneda en lo que se refiere al mundo económico. En este sentido, no podemos movernos como un péndulo ante los distintos desafíos que se nos van produciendo.
Por las razones señaladas, y las reservas que he planteado frente a esta modalidad que se nos presenta y que nos impide votar separadamente, me abstengo.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , creo que tanto el debate realizado antes de la aprobación del proyecto, con las modificaciones introducidas por el Senado durante el segundo trámite, como el propio informe y votación de la Comisión Mixta, demuestran la existencia de una enorme improvisación legislativa en una materia de la mayor gravedad e importancia como lo son las normas que van a posibilitar la fiscalización de un sector tan sensible para la vida de nuestro país.
En ese sentido, recuerdo que cuando se inició el debate en la Sala señalé la conveniencia de enviar el proyecto a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Estoy cierto de que muchos de los problemas se habrían podido evitar o subsanar si se hubiese procedido en esa forma, porque aquí hay problemas de juridicidad bastante básicos y elementales que pueden ser objeto de litigio de una significación importante, y que incluso pueden hacer ilusoria la aplicación de la ley.
Quiero, por eso, referirme a los dos aspectos que, a mi juicio, han sido los más relevantes y, desde ya, hago mías las palabras e interpretaciones hechas sobre esta materia por los Honorables señores Díez , Bombal y Chadwick , como una manera de ir anticipando los criterios que al respecto se deben explicitar.
El primer asunto me merece un serio reparo constitucional es el referente al artículo 19 cuando, para interponer la reclamación contra una multa, se establece la exigencia de acompañar boleta de consignación a la orden de la Corte por el 25 por ciento del monto de aquélla. Este hecho, a mi entender, cuestiona claramente el Capítulo de las garantías constitucionales que, en el número 3º del artículo 19 asegura a todas las personas "La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos". Y a continuación, dentro de ese mismo número dispone que "Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos". Vale decir, lo que la legislación puede hacer, cuando regula el ejercicio de los derechos -¡y qué más claridad para la aplicación del ejercicio de los derechos que el interponer un recurso!-, es asegurar la existencia de un procedimiento racional y justo.
La pregunta entonces es si es justo, y si da un tratamiento igualitario a quienes están en la posición de interponer un recurso, el que, para hacerlo, deba consignarse un monto bastante sustancial, porque las multas lo son. Yo no me opongo a que las multas sean altas, pero deben establecerse tras un debido proceso. Adicionalmente, la propia Carta Fundamental, en el artículo 19, Nº 26º, dispone que "La seguridad de que los preceptos legales que por mandato de la Constitución regulen o complementen las garantías que ésta establece o que las limiten en los casos en que ella lo autoriza, no podrán afectar los derechos en su esencia, ni imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio.".
A mi juicio, tal exigencia de la consignación está afectando, en esencia, un derecho, al obstaculizar su libre ejercicio. ¿Cuál es el derecho que se está obstaculizando? El de la igual protección en el ejercicio de las leyes. No hay igualdad, ni debido proceso, ni un procedimiento racional y justo si se pone una valla, un obstáculo tan alto a quien quiera interponer un recurso que considera justo de acuerdo con sus apreciaciones. Y serán los tribunales los que determinarán la justicia del mismo, o si procede o no la multa; pero no parece equitativa, desde un punto de vista estrictamente constitucional, la forma como se ha planteado el artículo 19.
En cuanto al artículo 99 bis, es evidente que la lectura que de él ha hecho el Honorable señor Díez conduce a pensar que no existe retroactividad. Y la respuesta que dio el Ministro señor Landerretche al Senador señor Bombal reitera aquello. Sin embargo, quiero ser preciso, porque la irretroactividad no consiste sólo en que la ley no rija hacia el pasado. La situación jurídica que se produce es que se incorpora lo que a la ocurrencia de los hechos definían las leyes vigentes en ese momento. Por lo tanto, la nueva normativa que hoy se está aprobando no rige respecto de los hechos futuros que se sucedan y que afecten a los contratos vigentes antes de su dictación. Éste es un punto esencial. Si lo entendemos así -y me interesa que el Ejecutivo haya fundado su respuesta en esos términos-, quiere decir que en el porvenir la ley en proyecto no podrá aplicarse a situaciones cuyo origen esté en el pasado o las similares que se produzcan en el futuro. Por ejemplo, una sequía. Una vez publicada la ley, no se les podrá aplicar, en cuanto a la actual sequía, las nuevas sanciones que se determinan a su respecto.
Quiero entender que ésa es la interpretación correcta y que, por ende, no hay posibilidades, a pesar de la lectura que el Senador señor Díez hace de las normas, de que ellas se apliquen en el futuro a las actuales empresas, porque así lo establece la legislación sobre Efecto Retroactivo de las Leyes y porque así lo desea el Ejecutivo , según las palabras expresadas claramente aquí por su representante.
Éste -perdónenme que me extienda- no es un episodio menor y debe quedar claro, pues la inquietud planteada por algunos señores Senadores en el sentido de un cambio de las reglas del juego y de amenaza para futuras inversiones tiene que ver exactamente con esto. Es legítimo que Chile cambie sus reglas del juego, pero sin afectar la situación de quienes decidieron invertir bajo las condiciones legales vigentes al momento de celebrarse sus respectivos contratos.
En esa perspectiva, votaré favorablemente el informe, pero estoy dispuesto a cambiar mi voto y a abstenerme si acaso el señor Ministro entiende que no es correcto lo que estoy planteando, o si el Ejecutivo o algún otro señor Senador altera la interpretación que, a mi juicio, es la única auténtica de esa disposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Estamos en votación y no proceden las interrupciones, señor Senador.
El señor LARRAÍN.-
El señor Ministro puede intervenir en la votación cuando lo desee.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Sugiero a Su Señoría que vote al final.
El señor LARRAÍN.-
Así lo haré, señor Presidente.
El señor BOMBAL.-
Igual que yo.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente , en la discusión de esta iniciativa se han destacado dos aspectos fundamentales. El primero, la falta de tiempo para meditar acerca de los alcances futuros que esta normativa pueda tener sobre la producción de energía eléctrica, lo que, a mi juicio, puede ser bastante grave para el desarrollo y progreso del país. El segundo, el hecho de que indudablemente en ciertos párrafos hay problemas de tipo constitucional, y en algún momento el Tribunal Constitucional deberá pronunciarse sobre ellos.
En todo caso, en atención a que la iniciativa ha sido perfeccionada, sobre todo por el acucioso trabajo realizado por las Comisiones en el Congreso, mi voto es favorable al informe.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , en primer lugar, deseo señalar que no comparto que se diga que, debido a la rapidez con que hemos legislado, ésta sea una mala iniciativa, o que no sea acuciosa, o que no se haya reflexionado a fondo acerca de los temas planteados en el proyecto enviado por Su Excelencia el Presidente de la República. Creo que las Comisiones unidas han hecho un buen trabajo. En ese sentido -ya lo señaló su Presidente , el Honorable señor Zurita -, cuando tuvimos oportunidad de estudiar el proyecto, primero en la Sala del Senado y luego en la Comisión Mixta, no hemos tenido sino palabras de elogio hacia la labor realizada por los Ministros señores Landerretche y Biehl , y por el Superintendente de Electricidad y Combustibles, que en todo momento han mostrado buena disposición para entregarnos todos los antecedentes técnicos y jurídicos respecto de un asunto tan complejo como éste.
En consecuencia, creo que, a pesar de la rapidez, se ha legislado bien. Y tanto la Cámara de Diputados como el Senado han respondido a la demanda legítima de la mayor parte de los chilenos que veían con enorme preocupación el hecho de que en nuestro país no existiera un marco regulatorio moderno, eficaz y eficiente que diera cuenta de una tarea tan particularmente sensible para la población, como es el asegurar el suministro de energía eléctrica. Eso en primer término.
En segundo lugar, el tema de la irretroactividad de la ley se planteó desde un principio. Y no dejan de tener razón quienes han señalado permanentemente la necesidad de establecer claramente un aspecto de tanta importancia y profundidad desde el punto de vista jurídico. Comparto plenamente su preocupación, mas no los fundamentos. Pienso que es una materia que, en definitiva, la dirimirán los tribunales de justicia.
En particular, entiendo que se ha legislado desde aquí para adelante, y no hay ninguna norma que diga relación a hechos o situaciones del pasado. La ley en proyecto versará sobre situaciones y hechos del futuro. El asunto es bastante de fondo, porque muchos de estos fenómenos, hechos o situaciones en actual desarrollo no variarán de estado en el tiempo. Y podríamos encontrarnos ante la paradójica situación de que prácticamente no podría legislarse si esa realidad se mantuviera permanentemente.
Como señalé, en definitiva, este tema no lo dirimirá el Senado, sino los tribunales. En ese sentido, el Ejecutivo ha sido bastante claro en señalar cuál es el espíritu de la iniciativa, la manera como se ha legislado y las disposiciones que interesa preservar.
Por último, pienso que no corresponde afirmar que esto vaya a desincentivar las inversiones en el sector. Lo cierto es que, mientras hemos discutido este asunto, se han hecho las más grandes inversiones que se conozcan en la historia económica del país, exactamente en este sector. Y en otros tanto o más regulados que éste, como es el de las empresas sanitarias, entiendo que ha habido muchos interesados, particularmente extranjeros, en invertir en Chile. Y no veo razón alguna para decir que esta iniciativa, que dará garantías a los usuarios -por lo demás, están expresadas en todas las legislaciones modernas que conocemos, que han sido extraordinariamente eficientes-, haya generado en caso alguno situaciones que puedan perjudicar las inversiones del sector privado.
A mi juicio, el proyecto perfecciona la ley Nº 18.410; da adecuada respuesta a una situación que agobia a gran parte del país; avanza en un conjunto de normas que modernizan y fortalecen la capacidad fiscalizadora del Estado y se logra un conjunto de disposiciones que no sólo incentivarán el ahorro, sino también las inversiones privadas, particularmente en el sector eléctrico.
Por tales razones, voto a favor del informe.
El señor PARRA.-
Señor Presidente , hago mías las fundamentaciones que acabamos de escuchar al Honorable señor Núñez. Y quiero enfatizar algo que Su Señoría dijo: que no es bueno afirmar -naturalmente, la responsabilidad es de quienes hacen ese tipo de aseveraciones- que se ha producido un cambio de las reglas del juego. Lo que ha habido, estrictamente hablando, es un perfeccionamiento del marco regulatorio para cautelar adecuadamente el interés general y el bien común.
En adelante, sin afectar sustancialmente el marco de libertad de que gozan los privados para invertir en este campo y realizar sus actividades en la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, el interés general estará mejor protegido que antes.
Me siento satisfecho de haber sido partícipe de un esfuerzo que da como resultado una ley razonablemente buena; sin duda, necesaria para el país, y cuyo trámite -es conveniente recordarlo- no se inició en estas últimas semanas, sino al final del año pasado, con la presentación del proyecto ante la Cámara de Diputados.
Felicito al Gobierno por haber encabezado una tarea indispensable para que Chile pueda mirar al futuro con más tranquilidad.
Voto que sí.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, voto favorablemente la propuesta de la Comisión Mixta.
Quería evitar intervenir en este momento; pero, después de escuchar algunas intervenciones, deseo hacer dos precisiones destinadas a que ciertos puntos no queden sin ser rebatidos.
En primer lugar, esta materia guarda relación con la energía en Chile, asunto que nos correspondió discutir mucho, a propósito de los conflictos en la zona del carbón, con los sucesivos representantes de la Comisión Nacional de Energía. Y debo decir con franqueza que nunca el Ministro correspondiente ni otros personeros de Gobierno señalaron que la Ley Eléctrica no requería una modificación o mayor control. Se valoraba la inversión privada; pero el Poder Ejecutivo , o algún representante de la Concertación jamás manifestó que dicha ley no necesitaba un cambio.
Específicamente, los Senadores democratacristianos, en más de una oportunidad -no sólo por mi intermedio, a propósito de lo que señalo-, planteamos que era imposible -como lo dije en la votación en general- que tanto el modelo de inversión estatal como el relativo al monopolio de la energía eléctrica y el de las aguas, pudieran sobrevivir a la primera crisis grave que se produjera.
En segundo término, un señor Senador expresó que estas modificaciones implican que los inversionistas -y fueron sus palabras textuales- debían estar advertidos que en el país se cambian las reglas y, por lo tanto, es muy difícil volver a invertir. Y eso se producía inmediatamente después de la crisis. ¡Pero eso es obvio! Justamente la crisis demostró que el sistema eléctrico chileno es insuficiente, inadecuado e inconveniente, y provoca inseguridad nacional. Y a raíz de la crisis, se toma conciencia de lo que ya habíamos manifestado que se iba a producir. Para decirlo de una manera menos seria, hubo que meter el dedo en el enchufe para saber lo que estaba pasando con la energía eléctrica. Entonces, ¿por qué no cambiar las reglas del juego y, así, arreglar las cosas justamente ahora que ya nadie duda que el sistema falló? Y esto no es, de manera alguna, una advertencia, sino una actitud de racionalidad de un país que necesariamente debe aprender de lo que ha pasado. Y ello es distinto de decir que se han cambiado las reglas del juego y que, por ende, no hay seguridad para los inversionistas, lo que huele un poco a terrorismo económico. En realidad, se trata de apreciar el problema en su exacta dimensión, y eso significa que, de un libertinaje que jamás debió existir en la materia, se ha pasado a una racionalidad que pone a resguardo el bien común del país.
Por eso, señor Presidente, voto que sí.
El señor URENDA.-
Señor Presidente , por la mecánica legislativa debemos votar globalmente el informe de la Comisión Mixta, aunque mantenemos dudas respecto de materias que no compartimos.
Antes de emitir mi voto, haré dos consideraciones de orden general que me preocupan.
En primer lugar, la crisis por la que atraviesa el país en materia energética no obedece tanto a lo inadecuado del sistema, sino a circunstancias absolutamente extraordinarias. Nuestro país, en esta materia, siempre correrá riesgos importantes por la particularidad de que la fuente de energía más económica -en consecuencia, la más conveniente para todos y, desde luego, para los más pobres- es la hidroeléctrica. Y ella es la que se encuentra en riesgo, pero no todos los años, sino que cada mucho tiempo.
A mi juicio, la crisis puede haberse visto agravada por medidas inadecuadas e imprevisión, pero no creo, ni estoy convencido de ello, que en virtud de esta reforma vayan a eliminarse totalmente los riesgos, sino que, como toda crisis, nos hará pensar, tanto desde el punto de vista legislativo como del administrativo y empresarial, en todo aquello que pueda realizarse para tratar de aminorar o prever circunstancias tan complejas para Chile, por sus características, como la falta de lluvias y la consecuente sequía.
En segundo término, tocante al problema de la consignación, debo manifestar que comparto el criterio señalado, y hago también reserva de constitucionalidad, porque una consignación de 25 por ciento va claramente contra la letra y el espíritu de la Constitución y es una forma de negación de justicia. A este respecto, me preocupa haber notado en las autoridades en general, desde el Presidente de la República para abajo, una especie de afán por señalar que hacer valer un recurso judicial es una mala cosa, que parece ser de un Estado de Derecho relativo, que el recurrir a la justicia de por sí implica un mal procedimiento. Creo que eso no es así. Todos tenemos derechos, y si creemos haber sido injustamente castigados, afectados o multados, podemos recurrir a la justicia si hay razones que lo fundamentan. Hago presente lo anterior, porque considero negativo extender el concepto de que todo lo concerniente a la justicia es una mala cosa y que el recurrir a ella ya implica una mala conducta.
En concreto, una consignación tan alta va contra el espíritu y la letra del Texto Fundamental y, por eso, al igual como otros Honorables colegas, formulo reserva de constitucionalidad.
Por último, tomo nota de que el propósito de esta ley en proyecto no implica ni pretende alterar las normas sobre retroactividad que rigen en nuestro Derecho y que serán, en su oportunidad, debidamente interpretadas por el Poder Judicial.
Por lo tanto, con esa reserva, pero en el ánimo de que definitivamente lleguemos lo más cerca posible de una solución, voto a favor.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, voto a favor.
Sólo quiero reiterar lo señalado por varios Senadores, entre ellos el Honorable señor Núñez , en el sentido de que, más allá de las opiniones aquí vertidas sobre las consecuencias que estas disposiciones legales puedan tener en el tiempo, existe una legislación vigente en Chile- la relativa al efecto retroactivo de las leyes- que debe aplicarse en este caso, y de que aquéllas -tal como acaba de señalar también el Honorable señor Urenda - serán interpretadas por los tribunales.
El señor FOXLEY.-
Señor Presidente, voy a votar que sí.
Quisiera expresar un par de comentarios en forma muy rápida. Comenzaré con una frase bastante manida, pero que en el caso que nos ocupa resulta muy acertada: cada crisis ofrece, realmente, una oportunidad. Nos encontramos frente a una experiencia relativamente nueva, cual es que servicios públicos esenciales son administrados y manejados enteramente por empresas privadas. Y me parece que la crisis eléctrica permite perfeccionar una situación en la cual el sector ha funcionado en algunos aspectos en términos muy positivos y en otros con serias debilidades y vacíos.
Estimo que el proyecto de ley que hoy se está aprobando ofrece en verdad una buena solución para la emergencia; un equilibrio para la necesidad de las empresas de mantener una cierta rentabilidad; incentivos y, también, castigos claros para aquellas que no cumplen con su función social de invertir, y una garantía de continuidad del servicio, al precio que refleje las condiciones reales del sector, para el usuario.
Lo hecho en la iniciativa en estudio, sin embargo, no resuelve cabal y enteramente el asunto. Si se desea un sistema de producción, transmisión y distribución de electricidad que funcione en el largo plazo, es preciso perfeccionar la Ley General de Servicios Eléctricos, de 1982. Porque la legislación en proyecto resuelve bien cómo salir de las crisis y la emergencia, pero no el tema de fondo, que es cómo garantizar condiciones de mayor competencia en la generación, transmisión y distribución de la electricidad, para impedir controles monopólicos, concentraciones excesivas, e incluso, para revertir en el futuro situaciones hoy en consolidación de poderes monopólicos que no aseguran, en el mediano plazo, un buen servicio al usuario o uno sin abusos en las tarifas para el consumidor.
A mi juicio, la normativa pendiente también debe crear condiciones para que el ente regulador o coordinador de las inversiones y la forma como se distribuye la energía actúe con real independencia.
Por lo tanto, pienso que el articulado en debate constituye un primer paso importante, pero, si se desea una situación estable, bien definida, para el funcionamiento del sector privado en el área de servicios públicos esenciales, es indispensable complementarlo con disposiciones tendientes a prevenir o impedir las concentraciones excesivas de propiedad y a asegurar la mayor competencia posible en la provisión de esos servicios.
Voto que sí.
El señor PRAT.-
Con los fundamentos que expresó el Senador señor Díez , me pronuncio a favor.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Se halla pendiente la resolución de los Honorables señores Bombal y Larraín , dado que se había formulado una consulta al señor Ministro.
El señor BOMBAL.-
Me abstengo.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , no habiendo escuchado todavía una respuesta, me veo en la obligación de abstenerme, a menos que el señor Secretario de Estado quisiera referirse a la inquietud que he planteado.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
El señor Ministro ya tuvo la oportunidad de hablar, pero no abordó el punto. En este momento se lleva a cabo la votación, de manera que ello no es posible.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (35 votos a favor y 5 abstenciones).
Votaron a favor los señores Bitar, Boeninger, Canessa, Cantero, Cordero, Díez, Fernández, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Lavandero, Martínez, Matta, Moreno, Muñoz Barra, Novoa, Núñez, Ominami, Páez, Parra, Pizarro, Prat, Ríos, Romero, Ruiz, Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Urenda, Vega, Viera-Gallo, Zaldívar (don Adolfo), Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
Se abstuvieron de votar los señores Bombal, Cariola, Chadwick, Horvath y Larraín.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Ministro señor Biehl.
El señor BIEHL ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-
Señor Presidente , señores Senadores, sinceramente agradezco, en nombre del Gobierno, el enorme esfuerzo desplegado en estos días para despachar la iniciativa. Ha habido momentos duros, de mucho conflicto, pero, en definitiva, ha primado el pensar en el país y entregar el instrumento solicitado por el Presidente de la República.
En el instante en que el proyecto sale del Congreso hay quienes quieren ponerle "grillos"; otros consideran que es la solución de todas las dificultades. La verdad es que tendremos que trabajar juntos en un Estado de Derecho, donde nadie se halla por encima de la ley, para que la legislación sea verdaderamente eficaz y nunca más vuelva a suceder lo acontecido con la luz. Ello ha afectado los hogares, el trabajo de la gente, las perspectivas en el futuro.
Deseo destacar y agradecer una vez más, señor Presidente , la forma como el texto enviado por el Ejecutivo fue mejorado en la Cámara de Diputados, al igual que en el Senado. Y, si bien no es la respuesta total, constituye el medio que el Primer Mandatario pidió para enfrentar el momento.
Muchas gracias.
MODIFICACIÓN DE LEY Nº 18.525
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que introduce modificaciones a la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones, para establecer un procedimiento de salvaguardias conforme al Acuerdo de Marrakech, con informe de las Comisiones de Economía y de Hacienda, unidas. La urgencia ha sido calificada de "simple".
Los antecedentes sobre el proyecto (2269-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 20ª, en 2 de marzo de 1999.
Informe de Comisión:
Economía y Hacienda, unidas, sesión 40ª, en 18 de mayo de 1999.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Se ha solicitado autorización para que asistan a la sesión el Subsecretario de Hacienda señor Manuel Marfán, y la asesora del Ministerio de Hacienda señora María Eugenia Wagner.
Si le parece a la Sala, se concederá.
Acordado.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
En el informe se hace presente que los principales objetivos del proyecto son "Reemplazar el artículo 9º de la ley Nº 18.525, para incorporar al derecho interno del país las medidas de salvaguardia que el Acuerdo de Marrakech contempla en caso de que se estime que las importaciones de un determinado producto al territorio nacional han aumentado en tal cantidad, en términos absolutos o en relación con la producción nacional, y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional de productos similares o directamente competidores, señalando que la vigencia de las referidas sobretasas no podrá exceder de un año, incluido el período de aplicación provisional de la medida, la que podrá ser prorrogada -por una sola vez- por un período que no exceda de un año.
"Además, entrega a la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en el precio de las mercaderías importadas, prevista en el artículo 11 de la Ley Nº 18.525, la competencia para conocer las denuncias relativas a la aplicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, del Acuerdo sobre Salvaguardias y del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, los cuales forman parte del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio. Dicha Comisión podrá iniciar la investigación a solicitud escrita presentada por la rama de producción nacional afectada por el daño grave o amenaza del mismo o de oficio cuando disponga de antecedentes que así lo justifiquen.".
En el informe se hace presente que, en conformidad al artículo 36 del Reglamento del Senado, sólo procede discutir la iniciativa en general. Asimismo, que de acuerdo con el inciso segundo del artículo 127 del mismo el proyecto no debe considerarse como de artículo único.
En mérito de los antecedentes contenidos en su informe, las Comisiones unidas aprobaron la idea de legislar por ocho votos contra dos.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , antes del debate pido que se autorice dejar el voto en la Mesa de manera que los señores Senadores puedan votar desde este momento, dado que se trata de la discusión general y no hay indicaciones.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
En la discusión general tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , señores Senadores, cumpliendo el encargo de las Comisiones unidas de Economía y de Hacienda, vengo en informar el proyecto sometido a la consideración del Senado. Para una mejor comprensión, debemos analizar los antecedentes.
Los antecedentes jurídicos son: primero, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros (GATT) por el que se creó la Organización Mundial de Comercio, cuya acta final fue suscrita en Marrakech el 15 de abril de 1994. Del Acuerdo que dio nacimiento a la OMC derivan varios otros de materias más específicas, entre los que se encuentran el artículo XIX, de 1947, del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, y el Acuerdo sobre Salvaguardias, a los cuales se refiere la iniciativa en informe. Segundo, la ley Nº 18.525, relativa a distorsiones de precios en las importaciones.
Como antecedente de hecho se cuenta con el mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República , el cual señala que "el presente proyecto establece el mecanismo que permite aplicar medidas de salvaguardia en Chile, tal como fue convenido en el protocolo de entendimiento suscrito con motivo del proyecto de rebaja de aranceles entre el Ejecutivo y el Congreso de la República. En este documento se acordó que el Poder Ejecutivo enviaría un proyecto de ley de modificación de la ley Nº 18.525, con el objeto de implementar el artículo XIX del GATT, consagrando la posibilidad de aplicar tales medidas mediante la adopción de sobretasas ad valórem y transitorias, utilizando criterios objetivos para evaluar la imposición del derecho y considerando los comportamientos históricos de las variables relevantes del sistema.
"En cuanto al contenido del proyecto," -explica el mensaje- "se pretende por él sustituir el artículo 9º de la ley Nº 18.525, para incorporar en nuestro derecho interno las medidas de salvaguardias que el Acuerdo de Marrakech contempla para los casos que se señalan.
"Indica que en caso de que concurran las circunstancias previstas en el artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, de 1994, y en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la O.M.C., el Presidente de la República podrá, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, aplicar sobretasas arancelarias ad valórem, previo informe favorable de la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones de precio en las mercancías importadas, prevista en el artículo 11 de la Ley Nº 18.525.
"Sobre el particular informa que las circunstancias que ameritan la adopción de sobretasas, según las normas de los instrumentos internacionales mencionados, se traducen en que se estime que las importaciones de un determinado producto al territorio nacional han aumentado en tal cantidad, en términos absolutos o en relación con la producción nacional, y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a la rama de la producción nacional que elabora productos similares o directamente competidores.
"Las sobretasas indicadas se podrán aplicar provisionalmente cuando la Comisión determine que concurren las circunstancias previstas en el artículo 6 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio.
"Se entrega a la Comisión Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en el precio de las mercaderías, prevista en el artículo 11 de la Ley Nº 18.525, la competencia para conocer las denuncias relativas a la aplicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, del Acuerdo sobre Salvaguardias y del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, los cuales forman parte del Acuerdo de Marrakech. Asevera que la Comisión podrá iniciar la investigación a solicitud escrita presentada por la rama de producción nacional afectada por el daño grave o amenaza del mismo, entendiendo, para estos efectos, por rama de producción nacional lo señalado en el párrafo 1, letra c) del artículo 4 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio, esto es:...el conjunto de productores de los productos similares o directamente competidores que operen dentro del territorio de un (Estado) miembro o aquellos cuya producción conjunta de productos similares o directamente competidores constituya una proporción importante de la producción nacional total de esos productos.".
Durante la discusión, las Comisiones unidas tuvieron presentes las opiniones relativas a la iniciativa en estudio vertidas por representantes del Ejecutivo y del sector privado, que en el informe se resumen, en lo fundamental, en la siguiente forma:
"Es dable señalar que al iniciarse la discusión general del proyecto de ley en informe los H.H. Senadores señora Matthei y señores Novoa y Prat hicieron notar que el protocolo de entendimiento al que se alude en el Mensaje de S. E. el Presidente de la República fue suscrito a título individual por los señores Senadores que lo suscribieron, quienes no representaban en el acto de la suscripción de dicho documento, ni a las bancadas ni a los partidos políticos a que ellos están adscritos, manifestando que, en atención a ello, no los comprometen los acuerdos allí contenidos.
"El señor Ministro de Hacienda se refirió en primer término al marco general de la política comercial en la que se inserta la iniciativa, señalando que dicha política contempla aranceles bajos", y establece la posibilidad de llegar, en el año 2003, a un 6 por ciento. Al mismo tiempo, agrega, se puede llegar a un arancel cero con países o regiones que otorguen a cambio concesiones interesantes para el sector exportador, a través de acuerdos comerciales.
La modificación que el proyecto introduce en la ley Nº 18.525, tiene por finalidad:
"1.- Implementar el instrumento de las salvaguardias globales O.M.C., es decir, la posibilidad de imponer una salvaguardia transitoria ante aumentos en tal cantidad de las importaciones en un determinado producto que se realizan en condiciones que causan grave daño o amenazan causar grave daño a la producción nacional.
"2.- La implementación de la medida estará sujeta a un proceso de investigación.
"3.- La salvaguardia es implementada por medio de una sobretasa ad valórem.
"4.- Los límites de este mecanismo, la metodología para evaluar el grave daño y en general el funcionamiento de todo este instrumental está regulado por las normas de la O.M.C., la que actúa como un paraguas y significa una serie de límites y resguardos.
"5.- Las salvaguardias se establecerán inicialmente por un período máximo de un año, prorrogable por un segundo año.".
Sobre la materia, en las Comisiones unidas la Senadora señora Matthei hizo presente que no se estaría discutiendo el proyecto de ley en informe si el comercio exterior chileno hubiese seguido con la trayectoria exitosa que tuvo durante muchos años. Expresó que para nadie es un misterio que durante los últimos cuatro años se han sufrido enormes perjuicios en el comercio exterior, básicamente debido a una política de dólar excesivamente bajo. Observó que muchos sectores que deben competir con las importaciones -como los de la agricultura, el calzado y los textiles- han pedido protección desde hace mucho tiempo. Por otra parte -sostuvo-, los que exportan han ido perdiendo mercados lenta y paulatinamente, mencionando como ejemplo el caso de los exportadores de fruta, cuyos costos en unidades de fomento han aumentado, mientras el dólar cae año tras año.
Apuntó que de haberse contado con una legislación como la que se debate, lo más probable es que se hubiese aplicado protecciones a los sectores afectados, lo cual habría llevado a que el problema de fondo, que era la caída irresponsable en el tipo de cambio real, se hubiera postergado aún más, al no poderse enfrentar el tema como un problema global de la economía, desde que el motor principal del país -vale decir, las exportaciones y la sustitución de importaciones- estaba perdiendo impulso.
Agregó que, si efectivamente se ha bajado un punto de arancel, por fortuna el precio del dólar ha subido más o menos en 16 por ciento, de manera que los exportadores ahora están mejor, y no peor, que el año pasado, aun con esa rebaja arancelaria.
El Senador señor Prat , por su parte, planteó que el sentido de la medida de salvaguardia está dado, en su opinión, para aquellas situaciones cuando un país inicia un proceso de apertura en forma muy abrupta o rápida, pues allí el mecanismo de salvaguardia corregiría situaciones que, por efecto de ese carácter abrupto, pudieren derivar en la destrucción de determinadas industrias. Puntualizó que no es el caso chileno, ya que nuestro país se encuentra en un nivel de gran apertura y el avance en que está involucrado es gradual.
En segundo lugar, señaló que las imperfecciones del mercado internacional se deben a relaciones de poder y no son corregibles con salvaguardias.
El Honorable señor Lavandero manifestó su desacuerdo con la afirmación de que hoy en día los exportadores estarían mejor que el año pasado, por cuanto la crisis asiática ha afectado tanto a importadores como a exportadores, precisamente porque el mercado no es tan libre ni transparente en la realidad de las cosas. A Estados Unidos, por ejemplo, no se pueden exportar productos manufacturados, sino sólo materias primas; por lo que, a su juicio, no habría realmente libre comercio ni libre competencia. Señaló que resulta más grave aún el hecho de que no existe la posibilidad de que haya un mercado absolutamente competitivo entre países pequeños y países desarrollados, porque los primeros no tienen la tecnología ni la capacidad de renovar el capital instalado de que disponen los segundos.
El Honorable señor Novoa expresó su plena adhesión a los planteamientos formulados por los Senadores señora Matthei y señor Prat.
En su opinión, nadie en la actualidad cree seriamente que el mercado internacional es perfecto y que, por ende, el hecho de plantear dudas frente al tema de las salvaguardias se basa en que se piensa que las imperfecciones del mercado podrían ser combatidas en otra forma.
El Senador señor Boeninger puso de relieve que de las críticas formuladas a la iniciativa en informe una es un planteamiento teórico que toma como base lo que es una economía ideal de mercado, perfecta; otra es el elemento de temor y desconfianza que hay respecto de cómo será la trayectoria de una eventual aplicación de este tipo de medidas, y finalmente, un tercer aspecto es el gran escepticismo en cuanto a la eficacia de la medida.
Afirmó que no cree que ninguna de estas críticas se justifique realmente.
Por otra parte, respondiendo a algunas interrogantes de los señores Senadores miembros de las Comisiones unidas, el señor Ministro de Hacienda aseveró que si bien se trata de ir hacia un ideal de internacionalización, hay que hacerlo con pragmatismo, con los pies bien puestos en la tierra y buscando bases en una transición adecuada y realista.
Aclaro que casi todos los países que no contemplan mecanismos de salvaguardia tienen aranceles consolidados, varias veces mayor al de Chile -esto es, 50, 80 y ciento por ciento-; por lo que efectivamente son pequeños, como el nuestro, pero que tal vez no requieren de salvaguardia porque sus aranceles son muy superiores a los nuestros.
Se escuchó, además, la exposición de representantes de las diversas actividades económicas del país y la opinión de los economistas y profesores señores Corbo y Agosín.
Posteriormente, se dio por agotado el debate, y la decisión fue que, en virtud de los antecedentes entregados y de las consideraciones expuestas precedentemente, las Comisiones unidas aprobaron en general el proyecto, por 8 votos contra 2. Se pronunciaron favorablemente los Honorables señores Bitar , Boeninger , Cariola (en su calidad de integrante de ambas Comisiones), Foxley (en esa misma condición), Lavandero y Zurita; votaron en contra los Senadores señora Matthei y señor Prat.
Cabe expresar que el informe financiero de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda señala que la aplicación del presente proyecto no irrogará mayor gasto fiscal para el ejercicio presupuestario correspondiente a 1999.
Es dable señalar que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 36 del Reglamento del Senado, la iniciativa sólo fue discutida en general, atendido el hecho de que las Comisiones estimaron que si bien el proyecto comprende un artículo, éste contiene disposiciones relativas a distintos temas. De manera que, en conformidad al artículo 127 del referido Reglamento, no debe considerársele como artículo único.
En virtud de lo anterior, el texto del proyecto de ley en informe, que consta en el oficio Nº 2.254, de fecha 21 de enero de 1999, fue aprobado por las Comisiones unidas.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
A propósito de la petición del Senador señor Gazmuri, advierto a la Sala que el Orden del Día termina a las 18:30, vale decir, dentro de cinco minutos. Sin embargo, como se resolvió abrir la votación, el debate debe concluir cuando todos los señores Senadores inscritos hagan uso de la palabra.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de la palabra, Su Señoría.
El señor GAZMURI.-
Cuando estaba presidiendo el Senador señor Andrés Zaldívar, hicimos presente a la Mesa que había acuerdo de los Comités para suspender la hora de Incidentes, y entiendo que al respecto hubo unanimidad. Por lo tanto, disponemos de más tiempo para analizar la iniciativa.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Ése no es el punto, Su Señoría. Hay señores Senadores inscritos para participar en la hora de Incidentes. La Mesa respetará la decisión de ellos y podrán intervenir al terminar el Orden del Día, si lo estiman conveniente. Eso no influye en el tratamiento del proyecto. Lo importante es que iniciada la votación, reglamentariamente hay que concluirla. Ahí radica el asunto.
Por tal motivo, deseo proponer a la Sala lo siguiente. Como hay cuatro señores Senadores inscritos -algunos de los cuales no están presentes- y también el señor Ministro hará uso de la palabra, sugiero que intervenga primeramente él y que Sus Señorías lo hagan al fundar el voto.
Si los Honorables señores Prat y Cariola no se oponen -ellos figuran inscritos-, se procederá en esa forma.
Acordado.
Ofrezco la palabra al señor Ministro. Luego podrán intervenir los señores Senadores.
El señor LEIVA ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , los Gobiernos de la Concertación se han comprometido con la internacionalización de la economía chilena y su proceso de apertura, considerándolos como instrumentos de progreso y desarrollo económico del país.
Por ello ha habido diversas iniciativas que tienden a hacer cada vez mas fáciles los flujos internacionales de comercio.
La política comercial del país contempla actualmente aranceles bajos y parejos, que en el año 2003 alcanzarán a 6 por ciento; y junto a eso un conjunto de acuerdos comerciales, que permiten llegar al arancel cero cuando hay ventajas para nuestras exportaciones. De esta forma, esperamos que la tasa arancelaria para ese año alcance en promedio a 4 por ciento.
Sobre el particular, ha habido tanto de parte del Gobierno como del Congreso -que ha apoyado las iniciativas legales necesarias- un compromiso muy claro con la apertura. Sin embargo, al mismo tiempo, se ha tenido en consideración que dicho proceso plantea exigencias y desafíos de distinto tipo a las empresas productoras nacionales; y que hay sectores que, a diferencia de otros, requieren de más tiempo para adaptarse y responder con éxito a los desafíos de competitividad y productividad que les plantea la apertura y la modernización.
En razón de lo anterior, primero, se ha procurado que el proceso de apertura sea gradual y, segundo, se han planteado programas de apoyo a la pequeña y mediana empresas y al sector agrícola, con el objeto de mejorar la productividad, favorecer la asociatividad, transferir tecnología, ayudar al aprovechamiento de los rendimientos a escala y ver la posibilidad de alcanzar los mercados externos.
A raíz de la última iniciativa legal, cuando se aprobó la reducción de los aranceles en 1 por ciento anual hasta llegar a 6 por ciento en el 2003, el Gobierno comprometió la implementación del instrumento de las salvaguardias, a fin de contar con una medida que permita actuar en forma transitoria frente a aumentos imprevistos de las importaciones, para facilitar el proceso de adaptación durante el período de ajuste precisamente respecto de sectores que, sea porque la apertura ha sido muy rápida para su capacidad de adaptación, o porque están enfrentando situaciones especiales en los mercados internacionales, pueden verse afectados transitoriamente por corrientes de importaciones. De manera que este instrumento tiene que ver con el proceso de apertura en general, y con problemas en los mercados mundiales en particular.
En ese sentido, éste es un mecanismo considerado en el sistema multilateral de normas de comercio y, por lo tanto, acordado en la Organización Mundial del Comercio. Lo que se pretende con el proyecto es adherir a ese mecanismo e incorporar en nuestra legislación medidas de salvaguardia ya adoptadas por la OMC.
Al revisar la normativa sobre comercio exterior de diferentes países, se comprueba que la mayoría de los que pertenecen a la OMC ya ha implementado la legislación que permite utilizar salvaguardias. Y son precisamente los que más comercian a nivel internacional: desde luego, los Estados Unidos, los de la Unión Europea, Japón ; de América del Norte también México y Canadá, con los cuales tenemos acuerdos de libre comercio; entre los de América del Sur, los más grandes Brasil y Argentina, socios extraordinariamente importantes para Chile; y además Australia, Nueva Zelandia, Corea , Suiza. Es decir, los principales actores del comercio mundial cuentan con esta herramienta.
Nuestro propósito es ponernos en el mismo nivel en ese aspecto, y equipararnos también con los Estados miembros de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), que en su totalidad cuentan con legislación sobre salvaguardias. Los que no la tienen son países pequeños, principalmente de Asia y África, que se hallan casi al margen del comercio internacional.
Si se analizan las salvaguardias notificadas a la OMC, se observa que su implementación no ha significado en la práctica la adopción de gran número de medidas. En términos generales, se usan en el plano internacional en forma bastante acotada, y en modo alguno puede deducirse que se trata de una forma de llegar a aranceles diferenciados.
Si examinamos cómo se han aplicado las salvaguardias respecto de los juguetes y el calzado en Argentina; de la carne en Australia; de los juguetes en Brasil; del aceite de soya en Corea, y de los tomates en Estados Unidos, concluimos que tales medidas cumplen exactamente con lo planteado por la legislación de la OMC: son de carácter transitorio, puntuales y atienden a dificultades especiales de algunos sectores frente a circunstancias específicas del comercio internacional.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
En votación general el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor FOXLEY.-
Señor Presidente , al expresar mi apoyo al proyecto presentado por el Gobierno, quiero señalar que en cierta medida constituye un paso significativo en el sentido de entender que hoy el verdadero debate no es entre proteccionismo y apertura comercial, ya que -como muy bien decía recientemente el señor Ministro de Economía - ésta es una política respecto de la cual Chile no tiene que dar pruebas de nada, porque ha sido una de las naciones que más rápidamente ha hecho una apertura unilateral.
Lo que se despliega a la vista es, más bien, una especie de discusión implícita sobre si en el comercio mundial prevalecerán las reglas formales que suscriben casi todos los Estados miembros de la OMC, o los comportamientos prácticos del día tras día en las disputas comerciales entre países. Puesto de otra manera, lo que se comienza a insinuar aquí es una respuesta acerca de cómo enfrentar la discrecionalidad de otras naciones, a pesar de que en teoría muchas de ellas comparten la filosofía de la desgravación multilateral de la Organización Mundial del Comercio.
Estados Unidos, que ha empujado a los pueblos en desarrollo a suscribir los tratados de la OMC, por intermedio del Presidente Clinton dice ser partidario del comercio libre, pero también de lo que denomina "comercio justo". Sin embargo, a menudo suele ocurrir que el comercio justo es el que conviene al país que defiende la noción de justicia en esa actividad, y para defenderla se traba en litigios bastante duros con otros integrantes de la Organización Mundial del Comercio, en los cuales ni uno ni los otros siguen las reglas de esta entidad.
Por ejemplo, el jueves de la semana pasada la OMC notificó a la Unión Europea que debía aceptar en sus mercados la entrada de la carne de vacuno norteamericana. La Unión Europea no demoró ni 24 horas en contestarle -y, por lo tanto, también a Estados Unidos- que no aceptaría la importación de aquélla por el riesgo de que las hormonas que contiene pudieran ser cancerígenas. En fin, son argumentos de esa naturaleza. Respuesta de los Estados Unidos: al margen de la OMC, aplicará sanciones a la Unión Europea por 900 millones de dólares, a través de una larga lista de productos, donde figuran chocolates, motocicletas, carne de cerdo, etcétera, con una sobretasa arancelaria de 100 por ciento.
Entonces, este proyecto viene a ser una respuesta no a si somos aperturistas o proteccionistas, sino a cómo debemos manejarnos en el mundo real, en que la discrecionalidad de algunas potencias plantea un problema nuevo.
Los dos últimos Gobiernos de nuestro país se han preocupado de desarrollar una batería de instrumentos, entre los cuales se encuentran los acuerdos bilaterales o multilaterales de libre comercio. Porque, al enfrentar a una economía mucho más poderosa, o que utiliza la discrecionalidad para manejar sus problemas de balanza de pagos, debe obviarse esa discrecionalidad mediante la firma de un tratado de libre comercio, que garantiza ciertas reglas permanentes y al mismo tiempo establece un mecanismo claro sobre resolución de disputas.
Ése es el sentido que tienen la asociación de Chile al MERCOSUR, los acuerdos de libre comercio con México, Venezuela, Canadá y otras naciones, como asimismo, la insistencia en suscribir un tratado de esta índole con la Unión Europea y con los miembros del NAFTA.
Nuestro país ha usado y está usando -es legítimo que lo haga- las bandas de precios para algunos productos agrícolas, sujeto a cierto calendario de reemplazo gradual de ellas. También ha empleado, aunque en forma limitada, las medidas antidumping y los derechos compensatorios. Ahora agrega un instrumento nuevo: el de las salvaguardias.
Tenemos claro que se trata de un instrumento de alcance restringido, que no puede utilizarse indiscriminadamente, pero también pensamos que tiene un valor disuasivo. ¿Frente a qué? Tengo en mis manos un artículo de prensa del 18 de mayo, de Argentina, donde se informa que el Gobierno del país vecino ha dictado una medida administrativa denominada "canal morado". ¿Qué es el canal morado? Es un sistema donde se incluyen mil posiciones arancelarias para controlar presuntas subfacturaciones mediante la aplicación de precios mínimos de referencia.
¿Qué dice el artículo de la prensa argentina? Que "cuando alguna de las mercaderías incluidas en esas posiciones arancelarias llegue al país, deberá encuadrarse en los precios de referencia acordados previamente". Es decir, una especie de valor aduanero mínimo que se aplicará a esos productos en forma discrecional por parte de los funcionarios encargados de controlar el proceso.
Aparte de esa medida, el Gobierno transandino dictó una resolución por la cual se exigirá un Certificado de Validación de Datos de Importadores. Quienes no puedan acceder a ese certificado deberán pagar en Aduana un IVA anticipado que duplicará el 10 por ciento del actual: pagarán un IVA de 20 por ciento y un impuesto a las ganancias de 6 por ciento en vez de 3 por ciento.
Ésas son las prácticas que, más allá de la OMC, aplican muy generalizadamente muchos de nuestros socios comerciales cuando enfrentan problemas de balanza de pagos.
En mi opinión, aquí estamos implementando un instrumento más que tendremos que utilizar solamente en la medida en que las prácticas comerciales de otros países, socios comerciales nuestros, se alejen del cumplimiento de las reglas de la OMC. Es decir, a mayor cumplimiento de las reglas de la OMC por dichas naciones, menor aplicabilidad de estos instrumentos. Y, por lo tanto, los entendemos como instrumentos -por así decirlo- de transición dentro del comercio mundial, donde gran parte de éste no se atiene a las reglas de la OMC. La transición comprende desde ese momento hasta el instante en que quienes predican el libre comercio lo comiencen a practicar de verdad. En efecto, cuando los grandes países, los europeos, Japón y Estados Unidos realmente practiquen el libre comercio, ese tipo de instrumentos serán redundantes.
Considero indispensable aprobar el proyecto, y hacerlo con un amplio respaldo.
Voto a favor.
El señor PRAT.-
Señor Presidente , respeto todo lo expresado por el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra. Pero, de ahí a que se diga que el proyecto es indispensable, no condice con la realidad del país, que ha funcionado exitosamente durante 15 años de apertura, con los niveles de aranceles actualmente en vigencia.
La iniciativa en análisis ha despertado gran polémica en el ámbito académico, poniendo en debate la cuestión de los aranceles diferenciados. A mi juicio, es una materia que el propio Gobierno ha despejado con fuerza, y, por ende, considero que no corresponde repetirla acá.
El origen histórico y la justificación de las salvaguardias no pueden dejar de identificarse cuando estamos resolviendo sobre la materia que nos ocupa. Éste es un tipo de instrumento que, en 1947, se justificó como una medida tendiente a hacer posible que algunos países, con barreras de protección muy altas, procedieran a bajarlas sin correr el riesgo de que por bajas abruptas en algún momento experimentaran colapsos o graves situaciones en determinadas industrias. En la actualidad, se está usando para remover las prácticas a que hacía referencia el Senador señor Foxley , como es la imposición de cuotas no voluntarias de restricción que los grandes países imponen en esta suerte de guerras comerciales. En tal sentido, el establecimiento de este tipo de salvaguardias constituye una manera de eliminar esas guerras comerciales u ordenarlas e incorporarlas a una institucionalidad.
Sin embargo, lo anterior no ocurre en el caso de Chile. Nuestro país no está involucrado en guerras comerciales ni estima conveniente hacerlo jamás.
Deseo referirme, más bien, a los efectos del proyecto en nuestra realidad, que es lo que nos debe importar, más allá de las cuestiones, conveniencias o justificaciones teóricas. Asimismo, quiero aludir a sus efectos en la agricultura, por cuanto este sector productivo -que es fundamental en la Región que yo represento en el Senado y que ha sido fuerte impulsor de este tipo de iniciativas-, a mi juicio, en definitiva, será afectado y no beneficiado.
Estimo que el proyecto de salvaguardias, como solución a los problemas agrícolas, es un espejismo. En efecto, en primer lugar, la aplicación de salvaguardias debe ser aceptada por la OMC. Desde 1995 a la fecha se registran 20 casos presentados en todo el mundo. De ellos, seis se han aceptado; cuatro fueron rechazados, y los 10 restantes se hallan aún en estudio. Por lo anterior, pensar que las salvaguardias van a solucionar los problemas de nuestra industria lechera, de oleaginosas, de remolacha, triguera o pecuaria, resulta ilusorio.
En segundo término, la aplicación de salvaguardias a un producto es de carácter general para todas las procedencias de ese bien y, por lo tanto - rectifico al Senador señor Foxley -, no pueden ser usadas como una herramienta de presión para negociar en una relación bilateral, porque se aplica al producto procedente de todos los países. Además, provoca efectos en la relación con las naciones con las cuales comerciamos.
Esos efectos serían de tres tipos: primero, si se trata de países grandes como Estados Unidos, los de la Comunidad Europea y otros, su reacción frente a una salvaguardia que afectara a un producto enviado por ellos sería imponernos una sanción que afectaría a un producto de exportación del máximo interés nuestro. En esa guerra comercial, Chile llevaría la peor parte.
Segundo, hay que analizar lo que ocurriría con los países con los cuales tenemos convenios comerciales (Perú, México , Canadá y los del MERCOSUR). En tales casos, en los propios convenios las partes se obligan a compensar a los afectados si se aplican salvaguardias a algún producto. En otras situaciones, se otorgan franquicias especiales en carácter de compensación. En estos casos -como lo veremos luego- la agricultura termina siendo víctima de las salvaguardias aplicadas a algún producto industrial, y lo más probable es que las compensaciones consistan en desgravar en forma mayor o anticipada los productos agrícolas que esos socios nos exportan. De hecho, así se ha actuado en todos los convenios bilaterales acordados al margen del Parlamento.
Por último, debe considerarse el efecto que se produciría con los países que no se hallan contemplados en los casos anteriores, esto es, con los que son más débiles que nosotros en materia comercial y con los cuales no tenemos convenios que nos obliguen a establecer compensaciones. A los productos de dichas naciones, sí podemos aplicar salvaguardias; pero, en este grupo, no encontramos importaciones agrícolas de interés.
En tercer lugar, hay que agregar -entre las razones por las cuales estimo que la iniciativa es un espejismo- que las causales que dan origen a la aplicación de salvaguardias, según la OMC y el proyecto, son muy precisas: circunstancias imprevistas que provoquen aumentos significativos de la importación del producto. Las situaciones que afectan los precios de los productos agrícolas corresponden a subsidios que tienen otro tratamiento, distinto al de las salvaguardias. Por ello, cuando se lleven estos casos al análisis de la comisión resolutiva, que deberá acordar la medida de salvaguardia que dictaría el Presidente de la República , serán desestimados por no adecuarse al marco de requisitos que exige su aplicación.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Ha concluido su tiempo, Su Señoría.
El señor PRAT.-
Termino en seguida, señor Presidente.
Por otra parte, en caso de aplicarse las salvaguardias, éstas tendrían el efecto de una manzana de la discordia en las relaciones entre los sectores de la producción y el comercio.
En efecto, la posibilidad de establecer salvaguardias despertará fuertes apetitos en distintas industrias y actividades que se hallan urgidas por las dificultades económicas. Todas se apurarán en requerir su aplicación y presionarán al Ministerio de Hacienda para lograrlo. Se generará, entonces, una dinámica de "lobby" y negociación entre cuatro paredes, que sembrará recelo y desconfianza entre los sectores de la producción y el comercio. Porque las salvaguardias para unos afectan a otros; dañan a los que usan esos productos como insumos en sus procesos productivos, y perjudican también a los sectores productivos que serán objeto de las compensaciones que se otorgarán a los países exportadores de los productos a los que se apliquen salvaguardias. El resultado de lo anterior será la creación de un clima de hostilidad entre gremios productivos y del comercio, cuya unidad es fundamental para la buena marcha del país.
Finalmente, para los agricultores, impulsar las salvaguardias tendrá el efecto de lanzar un "boomerang".
Está claro que la facultad de establecer salvaguardias generará una dinámica de negociaciones para aplicarlas y entregar a cambio compensaciones. En ese proceso participarán sectores con fuerza política y otros débiles. Entre los primeros estará la industria, y entre los segundos, la agricultura. Siempre ha sido así. Lo único que protege a la agricultura es la norma general y la negociación abierta en el Parlamento. Cuando la negociación se realiza en los Ministerios, gana la industria y pierde la agricultura. Ello se comprueba claramente si se revisa la historia económica del país. En la historia reciente, está el caso de los convenios que el Ministerio de Relaciones Exteriores acordó con Bolivia, en que se sacrificaron nuestros cultivos de oleaginosas, y antes, el caso de los formalizados con Paraguay, en que se afectó nuestra ganadería.
Por las razones anteriores, señor Presidente , estimo que el proyecto, si bien pudo tener una justificación histórica y conceptual en su aspecto teórico, en la práctica su aplicación será inconveniente en Chile y, particularmente, para quienes piensan que esta iniciativa legal les convendría, es decir, los agricultores de cultivos tradicionales.
Quisiera votar en contra, pero me encuentro pareado con el Senador señor Ruiz Esquide.
El señor CARIOLA.-
Señor Presidente , el proyecto respecto del cual debemos pronunciarnos reviste una gran importancia para la economía nacional. Su origen está en el Protocolo de Entendimiento que un grupo de Senadores, tanto de Gobierno como de Oposición, firmamos en septiembre del año pasado con ocasión de la aprobación de la ley que estableció la rebaja general de aranceles. Una de las medidas que pedimos algunos Senadores contrarios a la rebaja pareja, en lo que se refería a los productos agrícolas sensibles, fue precisamente institucionalizar en Chile mecanismos de salvaguardia plenamente admitidos por las normas de la OMC y, además, indispensables para enfrentar el comercio internacional.
En un país como el nuestro, pionero en la apertura comercial y líder de los países en desarrollo en la lucha contra la pobreza y el progreso económico, cuya estrategia la ha fundado precisamente en el incremento de sus exportaciones, es razonable que muchos economistas miren con recelo la aprobación de medidas que pueden ser mal utilizadas y, por lo mismo, terminen protegiendo a sectores ineficientes, en perjuicio de las grandes masas de consumidores y con grave hipoteca de nuestro crecimiento futuro.
Soy un firme partidario del libre comercio y, por ello, soy férreamente contrario a las protecciones ineficientes en el sistema económico. Sin embargo, estoy convencido de que esta ley, lejos de constituir una rémora para nuestro desarrollo económico, aparece como un instrumento indispensable para enfrentar con éxito las fases que siguen en la apertura comercial.
En efecto, no es casualidad que la institucionalidad propia del máximo foro internacional que aboga por el libre comercio, como es la Organización Mundial de Comercio, y que en sus años de existencia, desde los acuerdos del GATT de 1947, ha logrado un sustancial avance en la liberación de las trabas comerciales entre los países sobre la base de rebajas importantísimas en aranceles, derechos especiales y barreras paraarancelarias, contemple la posibilidad, para los países signatarios, de impetrar cláusulas de salvaguardias. No se trata de un resabio proteccionista, como se ha oído decir, sino de un mecanismo que permite a los países abrir sus economías con racionalidad y equilibrio.
Por todos es sabido que, lamentablemente, el comercio internacional está lejos de ser un mercado perfecto, con libertad de entradas y plena información, por lo que, pese a los esfuerzos que se han hecho, aún son múltiples las distorsiones que pueden apreciarse en el comercio de muchos productos, especialmente de los denominados comodities. Además, muchas veces los procesos económicos están afectos a convulsiones transitorias (la crisis asiática, por ejemplo) que también pueden impactar negativamente la economía nacional.
Pues bien, al no contar nuestro país con un instrumento como las salvaguardias, se expone a recibir el impacto de estas situaciones, pudiendo causar grave daño a un sector productivo nacional de manera permanente, no obstante que puede tratarse de circunstancias esencialmente transitorias. Se habrá causado así un daño permanente a un sector productivo por una circunstancia temporal. Este argumento -me parece- es esencial para comprender el fundamento del proyecto que se nos presenta. ¿Es razonable que por defender el libre comercio se exponga a un sector productivo a enfrentar una avalancha de bienes importados fundada en circunstancias excepcionales, en circunstancias de que pueden terminar en breve plazo, con el consiguiente daño para ese sector, que puede ser irreparable?
Si en definitiva ocurriera que la situación de baja de precios o aumento del nivel de importaciones se haga permanente, quiere decir que, como las salvaguardias son transitorias, durante el plazo en que operen los derechos específicos se habrá permitido a los productores nacionales adecuarse a la nueva realidad del comercio internacional.
En bienes agrícolas, lo que venimos sosteniendo es particularmente evidente, pues en general los productos de nuestra agricultura tradicional están expuestos a una importante competencia internacional, no necesariamente leal, y con un sinnúmero de distorsiones.
El proyecto presentado por el Ejecutivo y aprobado por la Cámara de Diputados y las Comisiones de Economía y de Hacienda del Senado, es bastante tímido en relación con lo que permiten las normas de la OMC. Así, sólo se autorizan salvaguardias por un año, prorrogables a dos, en circunstancias de que Marrakech las autoriza de cuatro a ocho años.
Respecto del procedimiento para imponerlas, la causa fundamental que las autoriza nos remite al artículo XIX del Acuerdo del GATT de 1994 y al Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC. Básicamente, se trata de que la importación de un determinado producto haya aumentado en tal cantidad, sea en términos absolutos o en relación con la producción nacional, que cause o amenace causar daño a la rama productiva similar en Chile. Se debe, entonces, recurrir a los mismos criterios emitidos por las normas de la OMC.
Previo al decreto presidencial que contemple los derechos ad valorem, debe pronunciarse la Comisión Antidistorsiones bajo el mismo procedimiento que se aplica a las investigaciones antidumping y subsidios. Para establecer medidas provisionales, se precisan exigencias aún más estrictas; para fijar una sobretasa que sobrepase el arancel consolidado de Chile ante la OMC, se requiere de los votos de las tres cuartas partes de los miembros de la Comisión.
Todo aquel que conoce la forma en que actúa la Comisión Antidistorsiones puede estar seguro de que ella es sumamente estricta, y si peca de algo, es por el excesivo celo con que vela por el libre comercio. Son evidentes en el hecho las distorsiones internacionales, por ejemplo, en el precio de la leche, y en Chile no existe sanción de la Comisión en este sentido.
Voto a favor.
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El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que pase a dirigir la sesión el Senador señor Cantero.
--Se accede.
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El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , deseo anunciar mi voto favorable a la iniciativa, teniendo presente que se origina en parte en un acuerdo político suscrito entre un grupo de Senadores y el Gobierno cuando se planteó la rebaja de aranceles.
En esa oportunidad, como una alternativa para que diversos sectores de nuestra actividad productiva puedan enfrentar esa situación, fundamentalmente el sector agrícola y las pequeñas y medianas industrias, se comprometió la idea de presentar un proyecto de cláusulas de salvaguardia que regulase las distorsiones del comercio internacional.
La iniciativa en debate apunta a que, cuando se produzca en algún momento una importación desproporcionada de un determinado producto que ocasione o pueda ocasionar un grave daño a la producción nacional, sea posible adoptar medidas transitorias a través de las cuales se apliquen sobretasas ad valorem a los artículos en cuestión.
Como se trata de herramientas provisorias que duran un año -a lo sumo dos-, es posible pensar que no son efectivamente instrumentos proteccionistas, sino más bien mecanismos que permiten evitar efectos devastadores en importantes sectores de la actividad productiva chilena.
Pensando en la agricultura, en la Región que represento en el Senado (la Séptima), es evidente que la situación que atravesamos en este ámbito requiere un camino distinto para alcanzar el objetivo común que persigue toda la actividad productiva del país: llegar a un arancel igual a cero en veinte, treinta o más años.
Comparto absolutamente ese objetivo. Sin embargo, con el nivel actual de 10 puntos de los aranceles, estimo que no es necesario que todos transitemos de la misma forma para llegar a dicho objetivo, teniendo en cuenta que las actividades económicas al interior del país no son exactamente iguales entre sí y, sobre todo, que en sectores de la economía internacional, particularmente el agrícola, no existe competencia leal, los mercados son intervenidos, los países subsidian y alteran los precios de los productos y, por lo tanto, la posibilidad de establecer normas reales y objetivas de competitividad no es efectiva.
Mientras el resto de los países no avance en el proceso que se exige a todas nuestras actividades productivas, resulta evidente que algunas de ellas deben asumir mecanismos de adaptación distintos de otras. Esto es lo que, en mi opinión, representan las cláusulas de salvaguardia: un mecanismo que permita a ciertas actividades, que carecen de similar desarrollo, enfrentar la competencia con la posibilidad de seguir un camino distinto al de la mera rebaja arancelaria o al del simple intercambio libre de bienes.
A mi juicio, es un instrumento importante y no tiene que ver con la situación de proteccionismo económico que existe en otras agriculturas, sino, más bien, con la necesidad de resguardar nuestra actividad, de la cual vive un porcentaje importante de los chilenos: 800 mil personas dependen directamente de la agricultura, sin perjuicio de los que se benefician de ella de manera indirecta. Todo ello hace justo y conveniente pensar que para llegar al mismo objetivo de la mayor eficacia y competitividad, del menor arancel posible en esta actividad, se debe seguir una vía distinta, dentro de la cual se respeten las características propias de los sectores productivos en cuestión.
Por lo tanto, no se trata de impedir el camino al libre comercio, sino de definir las estrategias que debemos adoptar como país para enfrentarlo. Lo contrario sería simplemente lo mismo que aplicar mecánicamente un modelo teórico, y, en mi opinión, los países no son ejemplos de teoría económica sino casos de política económica. Por ello, precisamente compartiendo el objetivo del esquema económico vigente, soy partidario de ir fijando, por razones de criterio político, de intereses estratégicos o de desarrollo humano, caminos que puedan permitir la adaptación de todos los sectores al objetivo final. Eso nos impone aceptar instrumentos como el que ahora se nos presenta, de modo que comparto el objetivo del presente proyecto, que establece cláusulas de salvaguardia.
Voto a favor.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , en verdad, estamos ante una iniciativa bastante simple. En el fondo, lo que el país quiere es tener una herramienta más para poder enfrentar situaciones de emergencia en materia de comercio. Por lo demás, es una herramienta que utilizan muchos países en el mundo y que se enmarca dentro de la normativa de la Organización Mundial del Comercio. En ese sentido, creo que las opiniones en contra del proyecto demuestran una suerte de superideologismo en materia de comercio internacional, que no tiene que ver con las prácticas de ese comercio, ni, tampoco, con las normas sobre las cuales éste se establece.
En segundo lugar, es evidente que el instrumento propuesto en el proyecto se usa de manera excepcional y que no resuelve todos los problemas de competitividad de muchos sectores del país, pero puede ser útil en casos determinados. Hay que entenderlo así también. Sería exagerado decir que las salvaguardias tienen una relación muy directa con los problemas que podemos tener de competitividad agrícola, no obstante que puedan ser usadas una u otra vez en ese sector, de manera muy excepcional. Por consiguiente, sería absurdo que el país se negara a disponer de un instrumento que forma parte de la normativa del comercio internacional y que utilizan todos los países del mundo que cuentan con un comercio exterior importante.
Por otro lado, sin perjuicio de que Chile ha optado por una política de apertura muy sustantiva -eso no está en dicusión-, no cabe duda de que enfrentamos mercados internacionales muy imperfectos. Las prácticas del proteccionismo, de las barreras paraarancelarias, de subsidios de distinto tipo, en fin, son muy comunes en el mundo, y eso distorsiona determinados mercados.
Quiero hacer un alcance respecto de la cuestión agrícola. A mi juicio, lo fundamental, como un elemento de protección de mercados agrícolas muy imperfectos, es que el país insista en la aplicación de las bandas de precios en rubros importantes. Lo que a nosotros nos garantiza de una manera razonable, sin caer en el proteccionismo, que los mercados secundarios, excedentarios, que son extraordinariamente volátiles, no nos provoquen graves daños en la agricultura no es el instrumento de la salvaguardia, sino el de la banda de precios, el cual permite, precisamente, que las grandes diferencias en estos mercados, que son muy erráticos, se vayan atenuando en el tiempo y que, finalmente -yo sostengo esa tesis-, no tenga la banda un efecto proteccionista en el mediano y largo plazos. De hecho, en productos respecto de los cuales no tenemos condiciones competitivas claras, como es el caso de las oleaginosas, la banda de precios no ha impedido que, en la práctica, el cultivo desaparezca de nuestra agricultura. Nosotros tuvimos una producción de oleaginosas muy significativa, pero hoy vemos que, con banda de precios y todo, es un producto que salió de la agricultura.
En consecuencia, la banda de precios sí tiene importancia en el caso del trigo y de la remolacha. No hay duda de que en nuestro país, con determinados niveles de productividad y de tecnología, somos competitivos en ambos cultivos. Para ello se requieren esfuerzos tecnológicos importantes. Tanto es así que, con banda de precios, estas dos producciones siguen subsistiendo en la agricultura chilena. De manera que, a mi juicio, la banda de precios es el instrumento principal que hoy tenemos para estas producciones, que son cultivos anuales, que comprometen muchas hectáreas y, principalmente, muchos pequeños y medianos agricultores, por lo que son muy significativos para mantener un sector agrícola sustentable en Chile.
Quisiera aprovechar la presencia del señor Ministro de Economía y de dos señores Subsecretarios para decir que, en mi opinión, resulta fundamental hacer un esfuerzo, que sé difícil, por renegociar con la Organización Mundial del Comercio nuestro acuerdo de tener un arancel tope del 31,5 por ciento, porque, en verdad, eso es lo que puede complicar la utilización del instrumento de la banda de precios en momentos de bajas extraordinarias de productos agrícolas. Y es lo que ha ocurrido en este año, cuando, para sostener la banda de precios, vamos a tener que poner aranceles del orden del 50 y del 70 por ciento en remolacha y en trigo, con lo cual estaremos incumpliendo nuestros propios acuerdos con la Organización Mundial del Comercio.
A mi juicio, el instrumento de la salvaguardia no resuelve este problema, salvo que la utilizáramos cada vez que ocurriera este efecto producto de la banda. O sea, podemos recurrir a ella alguna vez, pero, sin perjuicio de que firmamos el protocolo a que aludió el Senador señor Cariola , con ocasión de la última negociación que hubo aquí sobre rebaja de aranceles, y fundamentalmente pensando en el sector agrícola, quiero dejar muy en claro que la salvaguardia no puede resolver problemas eventuales, muy excepcionales, de mercados, en alguno que otro rubro. Pudiera en determinado momento proteger de una manera razonable algún rubro agrícola, o también, industrial: la amenaza por "dumping" en materia textil, por ejemplo, ha sido muy fuerte. Pero -insisto-, la salvaguardia no puede entenderse como un mecanismo destinado a sostener, de una manera sistemática, una política razonablemente abierta de producción agrícola. Para eso tenemos otros instrumentos: el fomento a la productividad, el mejoramiento de las condiciones de reconversión, etcétera. El mecanismo de mínima protección ante mercados excedentarios muy volátiles son las bandas de precios, y la implementación de las mismas puede verse amenazada en años de caídas bruscas de precios, por nuestro acuerdo general de tener un arancel máximo de 31,5 por ciento. En mi opinión, es necesario iniciar el proceso -sé que no es fácil, pero creo que el país está en condiciones de hacerlo- de renegociar en la Organización Mundial del Comercio, lo cual es posible, este compromiso que Chile adoptó sin que nadie se lo solicitara, porque, muchas veces, hemos tratado de ser los alumnos más brillantes del curso y salir al pizarrón a dar pruebas de apertura cuando nadie nos lo ha pedido.
Voto a favor del proyecto.
El señor CANESSA.-
Señor Presidente , el informe de las Comisiones de Economía y de Hacienda, unidas, da cuenta de un interesante debate doctrinal sobre el sentido y alcance de las modificaciones que el proyecto introduce a la ley Nº 18.525, que en el año 1986 fijó las normas de carácter general sobre la importación de mercancías al país.
Me parece que el procedimiento de salvaguardias, suscrito por nuestro país en el marco de la Organización Mundial del Comercio en 1994, cuyo fin es extender la libertad de comercio y la integración económica en el mundo, tiene significativa importancia para los países que vienen saliendo de una experiencia socialista y que están incorporándose al intercambio comercial internacional. Dicha actividad -no necesito recordarlo- obedece a la lógica del libre mercado y Chile dio un paso en tal sentido hace ya un cuarto de siglo.
En ese contexto, es claro que las modificaciones en estudio no debieran tener mayor incidencia en el sistema económico de nuestro país. Esta impresión se ve reforzada si se considera que las medidas propuestas no están encaminadas a corregir los efectos del comercio desleal, sino a contrarrestar eventuales daños a la producción nacional.
De otra parte, el espíritu de estas normas es el mismo que inspira al actual artículo 9º de la ley antes mencionada, es decir, la eventual defensa de la producción nacional en un caso de excepción y por un período limitado.
Por lo anterior, y considerando que no conviene al interés nacional privarnos de una herramienta que las demás naciones poseen, voto que sí.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero dejar constancia de la extraordinaria calidad del informe emitido por las Comisiones de Economía y Hacienda, unidas.
Como acaba de manifestarlo el Honorable señor Canessa, en ellas tuvo lugar el debate que sustituyó realmente al que debió producirse en la Sala y que yo deploro no haber tenido esta tarde.
En segundo término, debo manifestar que la iniciativa tiene una relación muy estrecha con otra que está en trámite en el Senado, que también modifica la ley Nº 18.525 fortaleciendo la Comisión de Distorsiones y los procedimientos necesarios para aplicar las medidas que está en sus manos poner en práctica.
La próxima apertura de la Legislatura Ordinaria hace posible que este proyecto sea retomado, y yo expreso mi esperanza que las Comisiones unidas que informaron la normativa sobre cláusulas de salvaguardia también asuman con decisión el despacho de esa iniciativa que ha tenido mucha dilación.
Por último, quiero hacer presente que soy partidario de una economía abierta, pero no de una inerme. Por esa razón, estoy a favor del proyecto en debate y del otro a que hecho referencia.
Voto que sí.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , deseo dejar constancia de que la normativa en estudio revela una cierta madurez de la dirigencia política del país, en cuanto a que no se deja llevar por desvaríos ideológicos y no pretende que se apliquen en forma mecánica ciertos principios que a veces suelen ser más abstractos que reales.
En segundo lugar, creo que el proyecto es muy importante para la zona que represento, tanto para el sector agrícola como para la pequeña y la mediana industrias, y la no tan pequeña ni tan mediana.
Debo señalar, por ejemplo, que en el caso de la CAP, de la siderurgia de Huachipato, se han producido hoy serios problemas por distorsión de precios con el acero proveniente de Turquía, de Ucrania y anteriormente de Brasil.
La verdad es que la Comisión de Distorsiones no funciona, no es eficaz, no toma decisiones oportunamente y no sirve para los propósitos tenidos en mente al instante su creación.
Por eso, cuando se discutió aquí la rebaja arancelaria, yo por lo menos manifesté muchas dudas en ese momento. Sobre todo, porque se planteaba en un período de crisis económica, en donde se habían devaluado monedas en el Asia y en donde, al contrario, la nuestra se revaluaba, lo cual podía tener efectos negativos. Y una de las cosas -por lo menos en mi caso- que me convenció a votar a favor al final era que la rebaja arancelaria iba acompañada del proyecto de salvaguardias que nos ocupa. Por eso, me alegro mucho que hoy se pueda discutir y votar esta iniciativa.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
El señor LAGOS (Secretario).-
Resultado de la votación: 25 votos por la afirmativa y un pareo.
Votaron por la afirmativa los señores Boeninger, Canessa, Cantero, Cariola, Cordero, Díez, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Horvath, Larraín, Lavandero, Matta, Moreno, Muñoz Barra, Núñez, Parra, Ríos, Ruiz (don José), Silva, Urenda, Viera-Gallo, Zaldívar (don Andrés) y Zurita.
No votó, por estar pareado, el señor Prat.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Aprobado en general el proyecto y, por no haberse formulado indicaciones, que despachado también en particular.
Terminada la discusión del proyecto en este trámite.
VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor LAGOS ( Secretario ).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
___________
--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BOMBAL:
A Su Excelencia el Presidente de la República , proponiendo VETO ADITIVO A PROYECTO DE REFORMA DE ARTÍCULO 1º DE LA CONSTITUCIÓN.
Al señor Ministro de Obras Públicas , sobre REVISIÓN DE POZO DE CAPTACIÓN DE AGUA EN COMUNA DE NAVIDAD (SEXTA REGIÓN).
Al señor Ministro de Salud , referente a RECURSOS FINANCIEROS PARA APOYO INFORMÁTICO EN HOSPITALES.
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones y al Gerente General de Ferrocarriles del Estado , relativo a FACTIBILIDAD DE ENTREGA DE TERRENO DE FERROCARRILES DEL ESTADO EN COMODATO PRECARIO O EN ARRENDAMIENTO A MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO (SEXTA REGIÓN); y VENTA DE TERRENO POR FERROCARRILES DEL ESTADO PARA CONSEJO DEL ADULTO MAYOR DE SAN FERNANDO (SEXTA REGIÓN).
Del señor HORVATH:
A Su Excelencia el Presidente de la República y al señor Ministro del Interior , referente a EQUIPARACIÓN DE ASIGNACIONES DE ZONA ENTRE LAS DIFERENTES REPARTICIONES DEPENDIENTES DEL FISCO.
A los señores Ministros de Economía , de Planificación y Cooperación, de Agricultura, de Energía, al Secretario Ejecutivo de CONAMA y al Director Nacional de SERNATUR , relativo a ANTECEDENTES SOBRE ÁREA AFECTADA POR EVENTUAL CENTRAL HIDROELÉCTRICA EN RIOS PASCUA Y BAKER
(UNDÉCIMA REGIÓN).
Al señor Ministro de Bienes Nacionales , acerca de RESOLUCIÓN DE ENAJENAR TERRENOS EN SECTOR DE PUERTO RAÚL MARÍN BALMACEDA
(UNDÉCIMA REGIÓN).
Del señor LARRAÍN:
Al señor Director del Servicio Regional de Pesca de Constitución , sobre INFRACCIONES DETECTADAS Y DENUNCIAS A LA JUSTICIA POR VULNERACIÓN DE ÁREA RESERVADA A PESCA ARTESANAL EN CHANCO Y PELLUHUE (SÉPTIMA REGIÓN).
Del señor RUIZ-ESQUIDE:
Al señor Ministro de Obras Públicas , relativo a MONTO DE INVERSIONES Y PROYECTOS EFECTUADOS Y PROYECTADOS EN OCTAVA REGIÓN.
___________
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
En Incidentes, los Comités UDI e Independientes, Renovación Nacional e Institucionales 1 no harán uso de su tiempo.
En el turno del Comité Socialista, tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
CHILE: HACIA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN. OFICIO
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , quisiera llamar la atención de la Corporación sobre un informe muy importante que ha emitido la Comisión Presidencial encargada de estudiar el desarrollo de Chile hacia lo que se suele llamar la "sociedad de la información" y que, sin embargo, ha pasado completamente inadvertido.
En realidad, las redes digitales facilitan la globalización y producen cambios significativos en la economía, en la organización de la empresa, en el trabajo, en el transporte, en la ciudad y, además, en la cultura.
Si visitamos los liceos de nuestras respectivas regiones, aun de los campos más apartados observaremos a jóvenes y niños hoy día sentados frente a sus computadores en el aula informática. Es una experiencia que nos permite comprender la magnitud del cambio que vive el país y las contradicciones de su modernización. Esos alumnos están mejor dotados -casi por instinto- que sus profesores para usar las nuevas tecnologías. Y al volver a sus hogares -muchas veces campesinos de escasos recursos- difícilmente pueden comunicar sus vivencias en el ciberespacio a sus padres.
Estamos, en realidad, en plena expansión de la era informática en Chile. La extensión de las redes digitales permite una comunicación interactiva sin fronteras y estimula la participación.
Internet no es un hecho físico, por más que suponga la existencia de una infraestructura tangible. Está en todas partes y en ninguna a la vez. Utiliza la infraestructura de comunicación existente, pero no se reduce a ella. Internet es un concepto; es una red sin localización física.
Con Internet se puede acceder al pronóstico del tiempo, a medios de comunicación de todo el mundo; a los hobbies personales más banales; al valor de las acciones; a bibliotecas ubicadas en los lugares más apartados del planeta; a hacer consultas médicas o sicológicas; conocer el proceso de fabricación de algún medicamento; a conversaciones; a chismes de toda índole; a conocer los proyectos de ley en trámite en el Congreso Nacional; a los programas de los candidatos presidenciales; a comprar algún disco compacto; a enviar flores; a comprar libros. Es decir, la lista de lo que se puede hacer a través de esta red es bastante exhaustiva y grande.
En esta intervención me interesa destacar que hoy día Internet se halla en plena expansión en nuestra sociedad. Existen 300 mil usuarios de Internet en Chile, según indicadores de REUNA (Red Universitaria Nacional, corporación compuesta por 19 universidades tradicionales y CONICYT). 75 mil de los abonados son hogares; cifra que crece 12 por ciento mensual. Sólo 2,5 por ciento de las líneas de telefonía fija está conectado a Internet, mientras que en Estados Unidos alcanza al 26 por ciento. El número de empresas que participa en Internet se duplica cada dos meses. Según la CTC, el 2004, el 40 por ciento del uso de la red telefónica será para dicha red.
El país ha digitalizado completamente su infraestructura de telecomunicaciones. Entre 1990 y 1998 el número de celulares creció de cero a 800 mil. Los abonados al cable son 900 mil hogares, y el número de teléfonos per cápita se ha triplicado. El Estado gasta 14 millones de dólares anuales en conexiones de redes y servicios Internet, y desde el segundo semestre de este año se desarrollará una intranet que vigorizará la actualmente existente en el Ministerio del Interior y todos los servicios públicos.
Según el informe a que hacía referencia, denominado "Chile: hacia la sociedad de la información", el país presenta cuatro grandes retrasos en su infraestructura de información. Primero, distribución territorial y social desigual; es decir, esta estructura se encuentra concentrada en la Área Metropolitana y en el 10 por ciento más rico de la población. Segundo, la rápida informatización de las empresas contrasta con su lenta integración a redes digitales para efectuar comercio electrónico. Tercero, el sector público se informatiza en forma desordenada. Y, finalmente, hay una baja calidad de los contenidos nacionales en el ciberespacio.
Existe el riesgo, si no se interviene con políticas públicas claras, que se cree en Chile una sociedad de la información de dos velocidades, en la que sólo minorías o elites disfruten de los beneficios de estas avanzadas tecnologías. Ello significa que el ciberespacio puede reflejar las divisiones sociales existentes en un país entre sectores acomodados y de menores ingresos o, por el contrario, puede ser una fuente de la homogenización, la integración, la universalización del conocimiento, la comunicación, la educación y la entretención.
El informe define tres objetivos principales. Primero, lograr que el acceso a las redes digitales de información y de servicios sea tan universal como la radio y la televisión. Segundo, desarrollar nuevas capacidades para promover los mercados electrónicos a partir de la evolución de las tecnologías digitales. Y, tercero, modernizar el Estado -en especial, el sector salud- en beneficio de los ciudadanos y sus organizaciones.
En concreto, primero, se trata de abaratar el acceso a Internet. Hace pocos días entró en vigencia una rebaja del 64 por ciento en las tarifas de conexión, aplicada por CTC, principal proveedor en Chile del acceso a Internet. Segundo, se pretende aumentar el ancho de banda. Es decir, la red telefónica fue diseñada para el transporte de voz y no de datos. Tercero, se deben diversificar los accesos, permitiendo ingresar al sistema por televisión abierta o por cable, por radio o por televisión vía satélite. Todas éstas son nuevas formas de lo que se denomina "mass media". Cuarto, capacitar a jóvenes y niños sobre usos y posibilidades de la red. Quinto, aprobar el pago mediante tarjetas de créditos a través de Internet, para lo cual, a su vez, habrá que legislar sobre comercio electrónico; y finalmente, establecer la interconexión de proveedores.
La tarea por realizar es de enorme envergadura, según se desprende del informe en cuestión. Éste señala que Internet no está regulada, pero que fluye a través de un sistema de telecomunicaciones que sí lo está, y donde hay una empresa mayoritaria integrada verticalmente. Entonces, en un contexto de convergencia tecnológica que busca integrar el sector telecomunicaciones con la televisión y la radio, surge un nuevo desafío regulatorio. Este marco regulatorio debe promover la transparencia, la competencia y la profundización de los mercados de servicios digitales de información, a la vez que evitar la monopolización de medios, contenidos y servicios.
En el capítulo "Impulsar la universalización del acceso al conocimiento", el informe define las exigencias de una sociedad digital integrada y equitativa, guiada por un Estado moderno que utiliza las nuevas tecnología para informar mejor a los ciudadanos, profundizar la participación y la democracia y garantizar los derechos de las personas. Para ello, proyecta la construcción de una infraestructura descentralizada de medios de acceso para todos y la aceleración del desarrollo de servicios de información pública y servicios electrónicos orientados a los ciudadanos.
Es ya muy auspicioso que todos los liceos del país estén conectados a Internet y que, además, esto se logre a través del proyecto "Enlace". Pero el informe propone, además, que en cada municipalidad deberían haber facilidades para acceder gratis a Internet, mediante verdaderos "quioscos comunitarios", que permitan a todos los ciudadanos usar estas nuevas tecnologías.
Esto plantea un tema respecto del cual deseo brevemente distraer la atención del Senado. Hemos asistido atónitos al uso de Internet para fines delictuales, como las redes de pedofilia y explotación sexual de menores; la planificación de crímenes violentos, como el ocurrido hace poco en una escuela de Colorado, Estados Unidos, o los tres atentados con bombas en Londres, inspirados por la propaganda de grupos violentistas nazis.
La red es, por definición, un foro libre; sin embargo, tiene estos peligros. Y, no cabe duda que, en la medida en que se facilite el acceso, sobre todo a sectores juveniles en las escuelas, más nos debiera preocupar cómo regular esta situación. Hasta ahora no ha sido posible hacerlo desde el ámbito jurídico. Ningún Estado por sí solo puede lograrlo. Pero el tema comienza a parecer en la discusión de tratados internacionales para permitir, al menos, la sanción del crimen organizado a través de Internet.
Un primer paso se dio entre nosotros con el proyecto sobre la libertad de prensa, todavía en trámite, que abarcó a los medios de comunicación que se difunden por la red. Y una situación análoga se tuvo en cuenta al elaborar la nueva ley que sanciona los delitos sexuales al tratar de abusos de menores. Sin embargo, una característica fundamental de la red es su calidad -como señalé- de foro libre de expresión.
En Estados Unidos, en el marco de una nueva ley de telecomunicaciones, el Gobierno del Presidente Clinton dictó el "Acta de Decencia en las Comunicaciones", en 1996, apelando a la protección de los niños frente a la pornografía, aunque ella sólo ocupa un 5 por ciento del material que circula por Internet. De inmediato, la Unión Americana de Libertades Civiles presentó una demanda ante el Tribunal de Filadelfia, con el argumento de que la iniciativa violaba la Primera Enmienda de la Carta Fundamental de ese país. Y el 12 de julio de 1996, un tribunal declaró ilegal dicha Acta. Y en junio de 1997, la Corte Suprema de Estados Unidos, por siete votos contra dos, confirmó ese dictamen. Cuando el tema parecía zanjado, el Presidente Clinton anunció la presentación de la llamada "Iniciativa de la Casa Blanca por una Internet Amigable para las Familias".
Además, en 1997, el World Wide Web Consortiun aprobó un nuevo estándar para la creación de filtros: el Soporte para la Selección de Contenido en Internet, para que "un progenitor responsable controle la información a que accede su hijo a través del PC". Esto mismo ha anunciado la CTC respecto de los colegios en Chile, y ha dicho que instalará uno de estos filtros en todos los establecimientos del país para que haya un uso adecuado de Internet.
De más está recordar con qué facilidad se burla la censura en Internet. Está el caso famoso del lavado de dinero de la "Operación Océano" y mucho más recientemente el del libro prohibido de la periodista Alejandra Matus sobre la justicia. Tanto el libro como la información sobre ese proceso se pueden bajar de Internet con toda facilidad. Es decir, la prohibición judicial no tiene ningún efecto.
¿Qué hacer al respecto? El control propio de los navegantes, o sea, la autorregulación de los usuarios, las restricciones de Gobiernos autoritarios o la regulación de las empresas, no son respuestas suficientes. En una sociedad democrática son los poderes representativos los que deben fijar el límite entre lo lícito y lo ilícito, sin censura previa. Pero, dada la naturaleza de la red, ello sólo se puede lograr a nivel internacional: el ciberespacio es planetario. Mientras tanto, es indispensable que el tema sea abordado en toda su complejidad por el Gobierno y el Parlamento.
El Gobierno ha hecho una contribución importante con el informe al cual hice referencia. Sin embargo, causa preocupación que hasta ahora el tema no aparezca en la agenda de discusión pública, como tampoco está presente el cambio que se producirá con la introducción de la televisión digital. Nuestra política en este sentido está atrasada. El informe de la Comisión Presidencial sobre la sociedad de la información no ha merecido gran atención. Pocos artículos en la prensa, ninguna discusión pública. De las medidas legislativas propuestas por ese informe, algunas se han materializado, como la ley que sanciona el delito informático. Otras están avanzadas en su tramitación, como la ley de protección de los datos personales, que seguramente conocerá la Sala del Senado en las próximas semanas. Y una está en preparación, que es la regulación del documento electrónico.
Pero no cabe duda de que a todas las familias chilenas debiera preocupar, por una parte, el impacto positivo que estas nuevas tecnologías tienen al difundirse en toda la sociedad, y ojalá en la forma más democrática posible; y, por otra, los efectos negativos que puede producir el uso de la Internet, especialmente cuando no existe la madurez sicológica en los alumnos, en los jóvenes, para enfrentar estos nuevos desafíos.
Internet no nos dará un futuro espectacular, pero, desde luego, es mucho más que ciberdelitos y ansiedad informativa. Otorga libertad de expresión, pero no convierte a cada cibernauta en editor periodístico que puede amenazar a las grandes empresas de comunicación. Puede permitir la declaración de impuestos a distancia o comunicarse vía e-mail con los Parlamentarios, pero no sustituirá nunca al Congreso. Entrega información sobre cualquier materia a los estudiantes, pero no reemplazará a la pedagogía.
Señor Presidente , he pretendido llamar la atención del Senado sobre el informe que evacuó esa Comisión presidencial respecto del desarrollo tan importante de estas redes digitales en nuestro país, y para que este tema sea también abordado por las fuerzas políticas y haya un debate nacional para ver cómo podemos orientar este desarrollo de gran importancia.
He dicho.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
¿Me permite una consulta, señor Senador?
En su intervención señaló que el país no ha asumido una acción importante y coordinada sobre el tema, que es muy importante. Sin embargo, dijo que el Estado ha gastado en esto 14 millones de dólares. ¿A qué se refiere ese gasto?
El señor VIERA-GALLO.-
Corresponde a la digitalización de la red de telecomunicaciones, pero no ha habido un debate sobre la Internet, que es la que usa esa red, y que hoy día entra en muchos hogares, en todos los liceos de Chile y cada vez más en todas partes. Entonces, lo que en otros lugares se está llevando a cabo es un debate acerca del uso adecuado, con libertad, democrático y decente de este nuevo instrumento. Y nosotros, que a veces andamos preocupados porque se publica una u otra cosa en algún medio o revista, resulta que se nos escapa completamente todo el efecto que esto puede tener en la sociedad.
Olvidé solicitar que, por su intermedio, se oficie transcribiendo esta intervención al señor Presidente de la República , porque el informe que se ha preparado, a pesar de estar fechado en enero y encontrarse en circulación, todavía no ha sido objeto de una ceremonia oficial de lanzamiento. Todos los Parlamentarios lo hemos recibido, pero no ha habido un acto que realce su importancia.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría, de conformidad con el Reglamento.
En todo caso, deseo hacer mías algunas ideas referentes a esta materia. El Honorable señor Viera-Gallo sostiene, y así ha de entenderse, que es muy compleja la censura o la adecuada difusión de documentos o publicaciones al interior de un solo país. Por ello, en algún instante la opinión mundial o universal deberá abordar el tema, para los efectos de controlar hechos como los señalados por el propio Senador señor Viera-Gallo.
Me parece conveniente que, en virtud de lo señalado por el Honorable colega, se lleve a cabo un análisis que corresponda, a su vez, a un pronunciamiento universal sobre el tema por parte de una entidad de ese mismo carácter, que podría ser Naciones Unidas u otro organismo relacionado más técnicamente con esta materia, a fin de que los pueblos estén resguardados de todas aquellas informaciones que a través de Internet están generándose en diversos partes del mundo y que son recogidas por un conjunto de otros Estados, haciéndose mal uso de ellas. Es obvio pensar que este tipo resoluciones no puede ser tomada solamente nuestro país.
Por tales razones, me preocuparé de que, en mi nombre al menos -si otros señores Senadores desean adherir, pueden hacerlo-, se envíe un oficio para que el Gobierno chileno, junto con otros organismos internacionales, comience a estudiar una fórmula universal en el uso de este sistema.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , me sumo a la proposición de Su Señoría, la que podría ser transcrita al señor Ministro de Relaciones Exteriores , que considero la instancia correspondiente.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Así se hará.
El señor PARRA.-
Pido que el oficio se envíe en nombre del Senado.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
No hay quórum en este momento para ello, pero, si le parece a la Sala, se puede solicitar el acuerdo correspondiente en la próxima sesión, dada la importancia de los planteamientos del Honorable señor Viera-Gallo.
El señor HORVATH.-
De prosperar la sugerencia del señor Presidente, desde ya manifiesto mi acuerdo con ella.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:39.
Osvaldo Palominos Tolosa,
Jefe de la Redacción
subrogante