Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
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Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. TRAMITACIÓN DE ACTAS
- IV. CUENTA
- ACUERDOS DE COMITÉS
- V. ORDEN DEL DÍA
- CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL CON ARGENTINA
- CONVENIO SOBRE ARREGLO PACÍFICO DE CONFLICTOS INTERNACIONALES
- INTERVENCIÓN : Ronald Mc Intyre Mendoza
- INTERVENCIÓN : Manuel Valdes
- ENMIENDAS A CONSTITUCIÓN DE UNESCO
- INTERVENCIÓN : Manuel Valdes
- MONUMENTO EN MEMORIA DE POETA PABLO NERUDA
- MONUMENTO EN MEMORIA DE SACERDOTE JUAN BOSCO
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- MONUMENTOS EN MEMORIA DE TRIPULANTES DE GOLETA ANCUD
- INTERVENCIÓN : Bruno Guillermo Siebert Held
- INTERVENCIÓN : Victor Rios Ruiz
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Manuel Diez Garcia
- MONUMENTO EN MEMORIA DE DON GERMÁN BECKER BAECHLER
- MODIFICACIÓN DE CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTO PENAL Y ORGÁNICO DE TRIBUNALES
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- MODIFICACIÓN DE NORMAS LEGALES SOBRE DELITO DE VIOLACIÓN
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Jose Cifuentes Gomez
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Alejandro Fierro Perez-camino
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Andres Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Jose Cifuentes Gomez
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Andres Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Andres Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Manuel Valdes
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- INTERVENCIÓN : Andres Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Manuel Diez Garcia
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Sergio Bitar Chacra
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Alejandro Maturana Feliu
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : William Turpin Thayer Arteaga
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Jose Cifuentes Gomez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Sergio Bitar Chacra
- INTERVENCIÓN : Marcelino Ruiz
- INTERVENCIÓN : Marcelino Ruiz
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Alejandro Maturana Feliu
- INTERVENCIÓN : Alberto Espina Otero
- INTERVENCIÓN : Juan Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Jose Cifuentes Gomez
- NORMAS SOBRE COLECTORES DE AGUAS LLUVIAS Y REDES SECUNDARIAS
- INTERVENCIÓN : Edmundo Eluchans Urenda
- INTERVENCIÓN : Bruno Guillermo Siebert Held
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- INTERVENCIÓN : Alejandro Maturana Feliu
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- INTERVENCIÓN : Bruno Guillermo Siebert Held
- INTERVENCIÓN : Alejandro Maturana Feliu
- INTERVENCIÓN : Cesar Diaz-munoz Cormatches
- INTERVENCIÓN : Bruno Guillermo Siebert Held
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- INTERVENCIÓN : Cesar Diaz-munoz Cormatches
- INTERVENCIÓN : Alejandro Maturana Feliu
- INTERVENCIÓN : Antonio Horvath Kiss
- APROBACIÓN DE CONVENIO Nº 151 DE LA OIT
- REGULACIÓN DE TRASPASOS A NUEVOS MUNICIPIOS
- INTERVENCIÓN : Luis Ricardo Hormazabal Sanchez
- VI. INCIDENTES
- PETICIONES DE OFICIOS
- FELICITACIONES A SEÑORES MARIO PAREDES Y SERGIO CASTILLO. COMUNICACIONES
- INTERVENCIÓN : Cesar Diaz-munoz Cormatches
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILEDIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 335ª, ORDINARIA
Sesión 33ª, en martes 9 de septiembre de 1997
Ordinaria
(De 15:47 a 19:36)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES SERGIO ROMERO, PRESIDENTE,Y MARIO RÍOS, PRESIDENTE ACCIDENTAL
SECRETARIO, EL SEÑOR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, SUBROGANTE
ÍNDICE
I.ASISTENCIA.
II.APERTURA DE LA SESIÓN.
III.TRAMITACIÓN DE ACTAS.
IV.CUENTA.
Acuerdos de Comités.
V.ORDEN DEL DÍA:
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Convenio de Seguridad Social con Argentina (se aprueba en general y particular).
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Convenio para el Arreglo Pacífico de Conflictos Internacionales (se aprueba en general y particular).
Proyecto de acuerdo, en primer trámite, que aprueba las Enmiendas a la Constitución de la UNESCO (se aprueba en general y particular).
Proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza la construcción de un monumento en Temuco en memoria de Pablo Neruda (se aprueba en general y particular).
Proyecto de ley, en primer trámite, que autoriza la construcción de un monumento en Valparaíso en memoria del sacerdote Juan Bosco (se aprueba en general y particular).
Proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza erigir monumentos, en Ancud y Punta Arenas, en memoria de tripulantes de la goleta Ancud (se aprueba en general y particular).
Proyecto de ley, en tercer trámite, que autoriza construcción de un monumento en Temuco en memoria de don Germán Becker Baechler (se aprueba).
Proyecto de ley, en tercer trámite, que modifica los Códigos de Procedimiento Penal y Orgánico de Tribunales (se aprueba).
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y otras normas legales, en lo relativo al delito de violación (se aprueba en particular).
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica el D.S. 294, de 1984, de Obras Públicas, y el D.L. 1.305, de 1975, en materia de colectores de aguas lluvias y redes secundarias (se aprueba en particular).
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Convenio 151, sobre Protección del Derecho de Sindicación y Procedimientos para Determinar Condiciones de Empleo en la Administración Pública (queda para segunda discusión).
Proyecto de ley, en segundo trámite, que regula traspaso de servicios municipales entre municipios de comunas que indica (se posterga su discusión).
VI.INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncia su envío).
Felicitaciones a señores Mario Paredes y Sergio Castillo. Comunicaciones (observaciones del señor Díaz).
Anexos
ACTA APROBADA:
Sesión 27ª, en 27 de agosto de 1997.
DOCUMENTOS:
1.- Informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología recaído en el proyecto que autoriza erigir monumentos en Ancud y Punta Arenas en memoria de tripulantes de la goleta.
2.- Segundo informe de la Comisión de Agricultura recaído en el proyecto que modifica el D.L. 701, de 1974, sobre fomento forestal.
3.- Segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales recaído en el proyecto que modifica el D.L. 701, de 1974, sobre fomento forestal.
4.- Segundo informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que modifica el D.L. 701, de 1974, sobre fomento forestal.
5.- Moción del señor Piñera, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que modifica los artículos 55, 57 y 82 de la Carta Fundamental, en materia de inhabilidades parlamentarias.
I.ASISTENCIA
Asistieron los señores:
--Bitar Chacra, Sergio
--Calderón Aránguiz, Rolando
--Carrera Villavicencio, María Elena
--Cooper Valencia, Alberto
--Díaz Sánchez, Nicolás
--Díez Urzúa, Sergio
--Errázuriz Talavera, Francisco Javier
--Feliú Segovia, Olga
--Fernández Fernández, Sergio
--Frei Ruiz-Tagle, Carmen
--Gazmuri Mujica, Jaime
--Hamilton Depassier, Juan
--Hormazábal Sánchez, Ricardo
--Horvath Kiss, Antonio
--Huerta Celis, Vicente Enrique
--Lagos Cosgrove, Julio
--Larre Asenjo, Enrique
--Lavandero Illanes, Jorge
--Letelier Bobadilla, Carlos
--Martin Díaz, Ricardo
--Mc-Intyre Mendoza, Ronald
--Muñoz Barra, Roberto
--Otero Lathrop, Miguel
--Pérez Walker, Ignacio
--Piñera Echenique, Sebastián
--Prat Alemparte, Francisco
--Ríos Santander, Mario
--Romero Pizarro, Sergio
--Ruiz De Giorgio, José
--Ruiz-Esquide Jara Mariano
--Siebert Held, Bruno
--Sule Candia, Anselmo
--Thayer Arteaga, William
--Urenda Zegers, Beltrán
--Valdés Subercaseaux, Gabriel
--Zaldívar Larraín, Adolfo
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los señores Ministros de Justicia subrogante, de Obras Públicas y de Transportes y Telecomunicaciones, y los señores Subsecretario de Obras Públicas y Asesor del Ministerio de Justicia.
Actuó de Secretario el señor Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el señor Fernando Soffia Contreras.
II.APERTURA DE LA SESIÓN
Se abrió la sesión a las 15:47, en presencia de 37 señores Senadores.
El señor ROMERO (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III.TRAMITACIÓN DE ACTAS
El señor ROMERO (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesión 27ª, especial, en su parte pública, en 27de agosto del presente año, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 28ª, ordinaria, en 27 de agosto del año en curso, se encuentra en Secretaría a disposición de los señores Senadores, hasta la sesión próxima, para su aprobación.
(Véase en los Anexos el acta aprobada).
IV.CUENTA
El señor ROMERO (Presidente).-
Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor SOFFIA (Prosecretario subrogante).-
Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Oficios
Del señor Ministro de Hacienda, con el que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la ley Nº 19.486 -Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 1997-, remite la información relativa a la ejecución presupuestaria del primer semestre de 1997 del sector público, desglosada en los documentos que se acompañan.
Pasa a la Comisión de Hacienda.
Del señor Ministro de Minería, con el que da respuesta a un oficio enviado en nombre del Senador señor Muñoz Barra , acerca de diversas materias relacionadas con el uso de gas natural proveniente de Argentina.
Del señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador señor Horvath , relacionado con la posibilidad de subsidiar el transporte marítimo hacia la localidad de Puyuhuapi, Undécima Región.
Del señor Jefe de la Zona Metropolitana de Carabineros, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador señor Alessandri , en relación con el accidente de tránsito ocurrido el 9 de agosto del año en curso en avenida Las Condes, entre San Damián y el Cantagallo, que tuvo como resultado la muerte de dos jóvenes.
Quedan a disposición de los señores Senadores.
Informes
De la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza erigir dos monumentos, uno en la ciudad de Ancud y otro en la ciudad de Punta Arenas, en memoria de los tripulantes de la Goleta Ancud. (Véase en los Anexos, documento 1).
Segundos informes de las Comisiones de Agricultura, de Medio Ambiente y Bienes Nacionales y de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el decreto ley Nº 701, de 1974, sobre fomento forestal. (Con urgencia calificada de “Suma”). (Véanse en los Anexos, documentos 2, 3 y 4).
Quedan para tabla.
Moción
Del Senador señor Piñera , con la que inicia un proyecto de reforma constitucional que modifica los artículos 55, 57 y 82 de la Carta Fundamental, en materia de inhabilidades parlamentarias. (Véase en los Anexos, documento 5).
Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor ROMERO (Presidente).-
Terminada la Cuenta.
ACUERDOS DE COMITÉS
El señor ROMERO (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura a los acuerdos adoptados por los Comités.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Los Comités, en reunión celebrada hoy, acordaron tratar, en primer lugar del Orden del Día de la presente sesión, como si fueran de Fácil Despacho, los siguientes asuntos:
1) Proyecto de acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados que aprueba el "Convenio de Seguridad Social entre Chile y Argentina", suscrito en Buenos Aires en 1996;
2) Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el "Convenio para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales", adoptado en La Haya en 1907;
3) Proyecto de acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados e iniciado en mensaje, que aprueba las Enmiendas a la Constitución de la UNESCO, adoptadas por la Conferencia General en su 28ª Reunión, en 1995;
4) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Temuco, en memoria del poeta Pablo Neruda , Premio Nobel de Literatura;
5) Proyecto de ley, en primer trámite constitucional e iniciado en moción del Senador señor Hamilton , que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Valparaíso, en memoria del sacerdote Juan Bosco ;
6) Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza la erección de dos monumentos, uno en Ancud y otro en Punta Arenas, en memoria de los tripulantes de la goleta Ancud;
7) Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código de Procedimiento Penal respecto a la forma en que han de practicarse las notificaciones de las resoluciones que indica, y el Código Orgánico de Tribunales en lo relativo a la visita semanal que efectúan los jueces a los recintos carcelarios.
V.ORDEN DEL DÍA
CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL CON ARGENTINA
El señor ROMERO (Presidente).-
En conformidad a lo resuelto por los Comités, corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, sobre aprobación del "Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y la República de Argentina", suscrito en Buenos Aires el 26 de abril de 1996, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 34ª, en 3 de septiembre de 1996
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 26ª, en 26 de agosto de 1997
El señor ROMERO (Presidente).-
El señor Secretario hará la relación.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
La Comisión de Relaciones Exteriores deja constancia en su informe de que el propósito principal de la iniciativa es beneficiar a los nacionales de los Estados Partes en cuanto a mantener la continuidad de su historia previsional, haciendo valer las cotizaciones que hayan efectuado en ambos países. Asimismo, hace presente que las disposiciones del Convenio inciden en materias relativas al ejercicio del derecho a la seguridad social, razón por la cual el proyecto de acuerdo debe ser aprobado por la mayoría absoluta de los señores Senadores en ejercicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, Nº 18º, de la Constitución Política, en relación con el artículo 63, inciso tercero, de la misma. Además, en virtud de lo preceptuado en el Reglamento, propone que la iniciativa sea discutida en general y particular a la vez.
A continuación, reseña las normas del instrumento internacional objeto de la iniciativa. La Comisión, por la unanimidad de sus miembros -Senadores señores Valdés , Alessandri , Bitar , Larre y Mc-Intyre- propone aprobar el proyecto de acuerdo, tal como lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor ROMERO (Presidente).-
La tiene, Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, entiendo que el asunto en discusión es la alternativa de que los fondos previsionales chilenos puedan ser transferidos a organismos de previsión argentinos cuando el trabajador nacional se traslade al país vecino, y que, a la inversa, los fondos previsionales de trabajadores argentinos puedan ser trasladados al sistema vigente en Chile.
¿De eso se trata? Esta materia, que por lo demás es muy interesante, ¿es tan simple que se resuelve en un proyecto de acuerdo?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tal vez el Senador señor Mc-Intyre , que es miembro de la Comisión, pueda informar al respecto.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, este Convenio es similar a otros que Chile ha suscrito con distintos países. Se trata de que pasen de un país al otro los fondos que el trabajador ha aportado a su sistema de previsión, no de que el Gobierno respectivo deba completarle los fondos de acuerdo con la legislación de su propio país.
Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional exigido, de que se pronunciaron favorablemente 24 señores Senadores.
CONVENIO SOBRE ARREGLO PACÍFICO DE CONFLICTOS INTERNACIONALES
El señor ROMERO (Presidente).-
Proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Convenio para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales, adoptado en La Haya el 18 de octubre de 1907, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 22ª, en 30 de julio de 1996.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 29ª, en 2 de septiembre de 1997.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
La Comisión de Relaciones Exteriores deja constancia de que los propósitos principales de la iniciativa son incorporar a nuestro país al instrumento internacional en informe, que, a su vez, sustituyó a la Convención para el Arreglo Pacífico de Controversias Internacionales, adoptada en La Haya en 1899 -de la cual Chile hasta el día de hoy es Parte-, como una manera de contribuir a la uniformidad de las normas jurídicas en la materia y, además, a la conveniencia de permitir que Chile participe como Estado Parte de estas convenciones en las celebraciones del centenario de la Corte Permanente de Arbitraje.
La Comisión propone en su informe que el proyecto de acuerdo se discuta en general y particular, a la vez. Seguidamente, reseña las normas del instrumento internacional de que se trata.
En su parte resolutiva, se propone aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados. El acuerdo fue adoptado con los votos favorables de los Honorables señores Alessandri , Bitar y Pérez , y la abstención del Honorable señor Mc-Intyre .
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Senador señor Mc-Intyre .
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, en la Comisión me abstuve y considero bueno que el Senado sepa qué es lo que se somete a nuestra consideración.
Se trata de la Convención de La Haya, que nada tiene que ver con la Corte de La Haya, aunque no sé por qué coincidencia, ocupan el mismo edificio. En todo caso, aquélla es una organización muy pequeña que cuenta con un ex funcionario holandés de Relaciones Exteriores y dos secretarias.
Hay dos Tratados sobre la materia en debate: el de 1899 y el de 1907. Ya nos hemos comprometido con el primero, pero no hemos ratificado el segundo, que es el que ahora estamos analizando.
¿Cuál es la única razón por la que nos piden esta ratificación? Porque se va a festejar el centenario de la Corte Permanente de Arbitraje.
¿Para qué nos ha servido este organismo en estos cien años? Para nada. Nunca hemos recurrido a esa Corte de Arbitraje. Jamás en un siglo.
Y, además, nos piden nombrar cuatro árbitros chilenos. En el pasado tuvimos a los señores José Miguel Barros , Benadava , Philippi y Brunner , los que fueron cambiados últimamente por los señores Vargas , Díaz , Benadava y Vío. Nunca han sido consultados nuestros árbitros.
Por lo tanto, se trata de un Tratado de muy baja importancia. Sólo fue aprobado por lo que significa el centenario mencionado y no porque realmente sirva al país.
Por eso, me abstuve.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés .
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente, con pleno respeto por la abstención del Senador señor Mc-Intyre , solicito la aprobación del proyecto de acuerdo.
Solamente es un pedido de normalización de un Tratado que tiene casi cien años. No lo hemos corregido y nos pone en línea con todos los demás países en una instancia arbitral que ciertamente no hemos usado y que, a lo mejor, nunca ocuparemos, pero de la cual no deberíamos estar excluidos, si llegase el momento en que fuere conveniente, por decisión de Chile, recurrir a dicho tribunal.
Por esa razón, fue objeto de aprobación por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores.
El señor ROMERO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, aprobaríamos la iniciativa.
El señor MC-INTYRE.-
Mantengo mi abstención, señor Presidente.
El señor PRAT.-
Con mi abstención, señor Presidente.
Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo, con las abstenciones de los Honorables señores Cooper , Mc-Intyre , Otero , Prat y Ríos.
ENMIENDAS A CONSTITUCIÓN DE UNESCO
El señor ROMERO (Presidente).-
Proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, que aprueba las enmiendas a la Constitución de la UNESCO, adoptadas por la Conferencia General en su 28ª Reunión, por medio de las Resoluciones 20.1, de 13 de noviembre de 1995, y 20.2, de 31 de octubre del mismo año, con informe de la Comisión de Relaciones Exteriores.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En primer trámite, sesión 12ª, en 3 de julio de 1996.
Informe de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 29ª, en 2 de julio de 1997.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
La Comisión de Relaciones Exteriores deja constancia, en su informe, de que los objetivos fundamentales de la iniciativa son perfeccionar la Constitución de la UNESCO, en particular señalando cómo podrá hacerse efectivo el retiro de un miembro de la Organización y cuál será el tratamiento que se dará a las obligaciones financieras previamente adquiridas por el miembro que pretenda retirarse.
La Comisión, además, propone que la iniciativa se discuta, en la Sala, en general y particular, a la vez.
En el informe se hace una reseña de las normas del instrumento internacional cuya aprobación propone el proyecto de acuerdo, y, en su parte resolutiva, sugiere acoger la iniciativa en análisis por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Alessandri , Bitar , Pérez y Mc-Intyre.
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés .
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente, la proposición que se formula al Senado fue aprobada por la Comisión. Se trata de una materia muy sencilla, relativa al retiro de un miembro de la Organización.
La disposición original sobre los Miembros de la UNESCO establecía: “Tal notificación surtirá efecto el 31 de diciembre del año siguiente…”. En cambio, ahora se propone: “La retirada se hará efectiva veinticuatro meses después de la notificación al Director General.”. Es casi lo mismo, pueden ser meses más o meses menos. Ello no tiene ninguna importancia.
En cuanto a la norma que modifica el presupuesto de ese Organismo, no implica ningún aumento de responsabilidades ni de obligaciones para Chile.
Por último, se incrementa de 51 a 58 el número de miembros del Consejo Ejecutivo de la UNESCO.
Se aprueba en general y particular el proyecto de acuerdo.
MONUMENTO EN MEMORIA DE POETA PABLO NERUDA
El señor ROMERO (Presidente).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Temuco, en memoria del poeta Pablo Neruda , Premio Nobel de Literatura. Esta iniciativa cuenta con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 15ª., en 10 de julio de 1997.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 29ª, en 2 de septiembre de 1997.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
El informe de la Comisión deja testimonio de que el objetivo fundamental de la iniciativa es rendir un homenaje público en memoria del poeta Pablo Neruda , mediante la autorización para erigirle un monumento en la ciudad de Temuco.
La idea de legislar fue aprobada por unanimidad en la Comisión, con los votos de los Senadores señores Cantuarias , Larre , Muñoz Barra , Ruiz-Esquide y Thayer .
El informe hace una reseña de las normas del proyecto y, en su parte resolutiva, propone aprobarlo con una sola enmienda -también aprobada unánimemente por la Comisión-, recaída en el artículo 4º, para rebajar de “siete” a “cinco” el número de miembros de la comisión especial encargada de ejecutar el objetivo de la iniciativa.
Se aprueba en general el proyecto y, por no ser objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
MONUMENTO EN MEMORIA DE SACERDOTE JUAN BOSCO
El señor ROMERO (Presidente).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción del Honorable señor Hamilton , que autoriza la construcción de un monumento, en la ciudad de Valparaíso, en memoria del sacerdote Juan Bosco . El proyecto tiene informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción del señor Hamilton ).
En primer trámite, sesión 17ª, en 16 de julio de 1997.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 29ª, en 2 de septiembre de 1997.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
La Comisión deja constancia en su informe de que el propósito principal de la iniciativa es rendir un homenaje en memoria del insigne educador sacerdote Juan Bosco , mediante la erección de un monumento en la ciudad de Valparaíso.
El informe deja testimonio de que la idea de legislar fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Senadores señores Cantuarias , Larre , Muñoz Barra , Ruiz-Esquide y Thayer . Además, hace una reseña de las normas de la moción del Honorable señor Hamilton , para concluir, en su parte resolutiva, proponiendo el texto que allí figura, que también fue aprobado unánimemente por la Comisión.
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el autor de la iniciativa, Honorable señor Hamilton .
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, se trata de un proyecto muy particular por dos razones: primera, porque no demanda mayores gastos, ya que se recibe una estatua de Juan Bosco donada por Italia; y segunda, por la vinculación que ha tenido la Congregación salesiana con Chile y, particularmente, con Valparaíso, vinculación que hemos destacado en otras oportunidades y sobre la cual no volveremos a insistir ahora.
La estatua lleva en su base tres medallones de 50 centímetros de diámetro: uno contendrá la efigie del primer Cardenal Salesiano, don Raúl Silva Henríquez ; otro, la del padre Camilo Ortúzar Montt , quien fue el primer salesiano chileno y capellán del Cochrane durante la Guerra del Pacífico; y el tercero, la del padre Espíritu Scavini , primer Director del Colegio Salesiano de Valparaíso y cuyos restos descansan hoy en el jardín de dicha comunidad, que se halla muy cerca de la sede del Congreso.
Por lo tanto, a mi juicio, corresponde -como lo propone la Comisión- aprobar la iniciativa por consenso, a fin de realizar dicha obra.
Se aprueba en general el proyecto, y, no habiéndose formulado indicaciones, queda aprobado también en particular.
MONUMENTOS EN MEMORIA DE TRIPULANTES DE GOLETA ANCUD
El señor ROMERO (Presidente).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza erigir dos monumentos, uno en la ciudad de Ancud y otro en la de Punta Arenas, en memoria de los tripulantes de la goleta Ancud , con informe de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 26ª, en 26 de agosto de 1997.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 33ª, en 9 de septiembre de 1997.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
La Comisión de Educación, en informe suscrito por los Honorables señores Muñoz Barra , Cantuarias , Larre (Thayer), Ruiz-Esquide y Siebert (Díez), recomienda aprobar la iniciativa en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Siebert .
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente, hay un hecho histórico en Chile que no tiene el reconocimiento general de la ciudadanía, especialmente de la ciudad que le dio origen. Me refiero a la toma de posesión del estrecho de Magallanes que, en nombre del Gobierno del Presidente Bulnes, el cual le encomendó la misión, realizó en 1843 la tripulación de la goleta Ancud , que, tras partir en mayo de ese año, llegó a la zona el 21 de septiembre siguiente.
Cabe hacer resaltar que la referida nave arribó a Magallanes un día antes de que lo hiciera un buque de guerra francés y tratara de enarbolar la bandera de su país. A su comandante se le hizo presente que ése era territorio chileno.
Es interesante destacar, asimismo, que la idea de esta iniciativa partió del padre Abel Macías , de Ancud, sostenedor del museo de dicha ciudad, quien patrocinó incluso la construcción de una réplica de la goleta Ancud , que hoy se exhibe allí.
La goleta Ancud , Honorable Senado, fue la primera embarcación de guerra construida en Chile. Estaba tripulada por 21 chilotes, entre ellos Juan Williams , padre de Juan Williams Rebolledo , a quien todos conocemos por sus acciones en la Guerra del Pacífico.
Esos 21 chilotes -me atrevo a llamarlos "Los 21 de la Fama"-, tras un azaroso viaje, tomaron posesión del estrecho de Magallanes. Y fueron ellos mismos quienes en 1848, después de cinco años, fundaron Punta Arenas.
El proyecto en análisis lo comenzamos los Parlamentarios de la Décima Región Sur.
Por eso, solicito a la Sala que lo apruebe por unanimidad, tal como se hizo en la Comisión de Educación y en la Cámara de Diputados. Y, en esta petición, creo representar también a mi compañero de Región, Senador señor Páez .
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz De Giorgio .
El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente, a manera de fundamento de mi voto, quiero enfatizar en forma muy breve -para no demorar su despacho- que estoy totalmente de acuerdo con la iniciativa.
En principio, en Magallanes hicimos un intento para levantar un monumento de manera voluntaria. Empero, se impone uno “con todas las de la ley”, porque para los magallánicos es relevante lo que significó la presencia de la goleta Ancud , que, como se dijo, tomó posesión del Estrecho.
Además, deseo señalar con mucha claridad lo que implicó la descendencia de los chilotes que llegaron a la zona, que hoy forma parte importante de la comunidad magallánica.
Por lo tanto, llamo a votar a favor del proyecto.
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, estoy absolutamente de acuerdo con la iniciativa. Sin embargo, desearía que se destacaran los nombres de los Diputados que presentaron la moción. Porque en ésta no hay claridad al respecto.
Me parece del caso dejar registrados los nombres de todos los autores de la moción, pues ésta sólo registra sus firmas.
El señor ROMERO (Presidente).-
Me señala el señor Secretario que, según consta en la primera página del informe de la Comisión de Educación, la moción está patrocinada por los Diputados señores Ascencio , Alvarado , Luksic , Muñoz , Palma y Reyes. Habría que agregar, por supuesto, a los Senadores señores Siebert y Páez , quienes prestaron su respaldo al proyecto en esta Sala.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se aprueba en general el proyecto, que, por no haber recibido indicaciones, queda aprobado también en particular, en los mismos términos en que lo despachó la Cámara de Diputados.
El señor DÍEZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DÍEZ.-
Esta mañana se dio cuenta del oficio con que la Cámara de Diputados comunica su aprobación, con modificaciones -ellas son insustanciales-, al proyecto que autoriza la construcción de un monumento, en la ciudad de Temuco, en memoria de don Germán Becker Baechler, del que somos autores con el Senador señor Lavandero .
Solicito a la Sala tratar dicha iniciativa sobre tabla y aprobarla sin discusión.
El señor RUIZ (don José).-
De acuerdo.
El señor ROMERO (Presidente).-
Si le parece al Senado, se accederá a la solicitud del Honorable señor Díez .
Acordado.
MONUMENTO EN MEMORIA DE DON GERMÁN BECKER BAECHLER
El señor ROMERO (Presidente).-
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que autoriza la construcción de un monumento, en la ciudad de Temuco, en memoria de don Germán Becker Baechler .
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Díez y Lavandero).
En primer trámite, sesión 26ª, en 13 de diciembre de 1994.
En tercer trámite, sesión 32ª, en 9 de septiembre de 1997.
Informe de Comisión:
Educación, sesión 32ª, en 11 de enero de 1995.
Discusión:
Sesión 38ª, en 18 de enero de 1995 (se aprueba en general y particular).
El señor ROMERO (Presidente).-
Don Germán Becker fue vastamente conocido y el proyecto ha sido patrocinado por los Senadores señores Díez y Lavandero .
Si le parece a la Sala, atendido su tenor, se aprobarán las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.
Se aprueban.
MODIFICACIÓN DE CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTO PENAL Y ORGÁNICO DE TRIBUNALES
El señor ROMERO (Presidente).-
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código de Procedimiento Penal, respecto a la forma en que han de practicarse las notificaciones de las resoluciones que indica, y el Código Orgánico de Tribunales, en lo relativo a la visita semanal que efectúan los jueces a los recintos carcelarios.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción del señor Otero ).
En primer trámite, sesión 4ª, en 5 de junio de 1996.
En tercer trámite, sesión 32ª, en 9 de septiembre de 1997.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 44ª, en 30 de abril de 1997.
Discusión:
Sesión 53ª, en 20 de mayo de 1997 (se aprueba en general y particular).
El señor ROMERO (Presidente).
Solicito autorización para que ingrese a la Sala el asesor del Ministerio de Justicia don Augusto Quintana, conforme a la petición formulada a la Mesa por el señor Ministro subrogante.
Se accede.
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Constitución, Senador señor Otero , quien informará al respecto.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, el proyecto tuvo su origen en el Senado, donde fue aprobado por unanimidad. Luego pasó a la Cámara de Diputados, que lo acogió también por consenso, introduciéndole modificaciones sólo de orden gramatical en la primera parte; en la última, efectuó un complemento según el cual los jueces del crimen que ya no deberán viajar desde donde funcionan hasta la cárcel oficiarán, sobre los aspectos que se indican, a quien va a hacer la visita.
La gran importancia y trascendencia de la iniciativa, que fue informada favorablemente también por la Corte Suprema, radica en el hecho de que se pone término a una situación anómala que se produce cuando se da la libertad a las personas. En efecto, si a alguien que vive en Panguipulli se le otorga la libertad el martes, debe aguardar hasta el lunes siguiente a que llegue el camión celular de Valdivia, lo cual significa cinco días más de prisión, en espera de la notificación.
El proyecto soluciona ese tipo de problemas. El Ministerio de Justicia lo informó favorablemente, y fue aprobado por el Senado y la Cámara Baja.
Por la relevancia de la materia sobre la cual se está legislando, propongo acoger las modificaciones que introdujo la Cámara de Diputados.
He dicho.
El señor ROMERO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, atendido el informe del señor Presidente de la Comisión de Constitución, se aprobarán las modificaciones.
Se aprueban las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron pronunciamiento favorable 26 señores Senadores.
MODIFICACIÓN DE NORMAS LEGALES SOBRE DELITO DE VIOLACIÓN
El señor ROMERO (Presidente).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y otros cuerpos legales en materias relativas al delito de violación, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 24ª, en 8 de agosto de 1995.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 31ª, en 11 de marzo de 1997.
Constitución (segundo), sesión 26ª, en 26 de agosto de 1997.
Discusión:
Sesión 35ª, en 1º de abril de 1997 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
La Comisión de Constitución hace presente en su segundo informe que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones el artículo 1º, números 1, 2, 3, 4 y 22; el artículo 3º, números 1 y 4, y el artículo 4º.
En consecuencia, todos ellos deberían darse por aprobados.
Se aprueban.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
A continuación, la Comisión da cuenta de que sólo fue objeto de indicaciones rechazadas el artículo 1º, números 7, 9, 10, 12, 13, 17, 18 y 23; de que fueron aprobadas las indicaciones números 20, 21, 22, 24, 25, 26 y 97; de que fueron aprobadas con enmiendas las indicaciones signadas con los números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 17, 18, 19, 31, 32, 33, 40, 41, 42, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 76, 77, 83, 86, 100, 101, 108, 120, 122, 123, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138 y 147; y de que fueron rechazadas las indicaciones números 7, 8, 9 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 23, 27, 28, 29, 30, 34, 35, 36, 36 bis, 37, 38, 39, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 78, 79, 80, 81, 82, 84, 85, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 98, 99, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 121, 124, 125, 126, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145 y 146.
En seguida, señala la Comisión que los nuevos artículos 142-C y 372 bis del Código Penal, contenidos respectivamente en los números 1 y 22 del artículo 1º del proyecto, deben aprobarse con quórum calificado, en virtud de lo dispuesto en el número 1º del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Expresa que, asimismo, debe aprobarse con quórum calificado el nuevo inciso segundo del artículo 78 del Código de Procedimiento Penal -en su referencia al inciso cuarto del artículo 189 del mismo Código-, contenido en el número 3 del artículo 3º de esta iniciativa, en virtud de lo previsto en el inciso primero del número 12º del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Sus Señorías tienen a su disposición un boletín comparado donde figuran las normas pertinentes del Código Penal, el texto aprobado en general, las modificaciones que la Comisión sugiere en el segundo informe y, por último, el texto final, de ser aprobadas las proposiciones de dicho organismo.
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente, para plantear una cuestión de procedimiento?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, quiero proponer un mecanismo para despachar este proyecto, que es muy importante y, al mismo tiempo, muy complejo desde el punto de vista jurídico.
La Comisión, durante su trabajo, contó permanentemente con la asistencia de la Presidenta del Consejo de Defensa del Estado, doña Clara Szczaranski , y del representante de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, don Antonio Bascuñán .
Entonces, respecto de las normas que no sean objeto de indicaciones renovadas y que fueron aprobadas por unanimidad en la Comisión, sugiero aprobarlas en la misma forma. Y, previamente, me parece del caso escuchar una exposición general del señor Ministro de Justicia subrogante.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Justicia subrogante, y luego procederíamos según lo planteado por el Senador señor Hamilton .
El señor GÓMEZ (Ministro de Justicia subrogante).-
Señor Presidente, el Supremo Gobierno, alertado por la escasa eficacia del sistema jurídico en general para dar cuenta de los numerosos delitos contra la libertad sexual, ha estimado necesario impulsar esta iniciativa legal, tendiente a facilitar la prueba de los atentados contra ese fundamental bien jurídico, rediseñar los tipos penales respectivos con la finalidad de facilitar su interpretación y, a la par, establecer una relación armónica y equilibrada entre las penas asignadas a los distintos tipos, en atención a la relevancia del bien jurídico afectado.
Si bien esta iniciativa tuvo sus orígenes bajo el mandato presidencial de don Patricio Aylwin , ha contado con el decidido apoyo de la actual Administración y forma parte de una de nuestras prioridades legislativas para el presente año.
En esta etapa de la discusión parlamentaria hemos querido, de consuno con la Comisión informante, acotar y delimitar adecuadamente el proyecto cuyo debate particular comienza hoy, de modo que se ajuste en lo sustancial a su concepción original. Lo anterior, sin perjuicio de las múltiples necesidades legislativas que se han detectado durante la secuela de la discusión. Pero, sin desmerecer la importancia de esos tópicos, estimamos que pueden ser objeto de iniciativas legales aparte, pues requieren un nivel de profundización superior, conforme a la complejidad de los temas y a la necesidad de confrontar múltiples disciplinas científicas y sociales que se vinculan a ellos.
Asimismo, queremos dejar en claro que éste no es un proyecto que pretenda entregar una visión sistemática del Código Penal y que siente las bases de una nueva legislación penal. Él apunta a dar una respuesta eficaz a una serie de ilícitos que con justa razón conmueven a la opinión pública. Llegará más adelante, de acuerdo a las prioridades legislativas, la oportunidad de analizar en forma global la estructura de los delitos y su penalidad, para dar cuenta de un nuevo Derecho Penal en nuestro país.
Es digno hacer resaltar que el proyecto que se somete a la consideración de la Sala representa en términos globales los criterios de política criminal que sustenta el Supremo Gobierno, sin perjuicio de que existan algunas diferencias que nos permitiremos manifestar al momento de producirse la discusión particular de los preceptos respectivos.
En este sentido, la iniciativa recoge nuestros planteamientos en orden a dar una adecuada protección penal a los menores, quienes constituyen el segmento de la población más vulnerable a la comisión de los delitos sobre los cuales versa aquélla.
Adicionalmente, este proyecto tiene el mérito de tomar en consideración la situación que aflige a las víctimas de estos delitos, permitiendo el resguardo de su identidad y procurando que los necesarios trámites probatorios y judiciales que sobrevengan a un delito condigan con su dignidad personal y la delicada situación psicológica resultante de un atentado de carácter sexual.
A la vez, estamos seguros de que la reforma en cuestión recoge de manera sustantiva la opinión de los especialistas en la materia, lo cual es garantía de su oportunidad y conveniencia.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor ROMERO (Presidente).-
El Senador señor Hamilton hizo una proposición en el sentido de aprobar los artículos que no fueron objeto de indicaciones renovadas. Y deberíamos ir nombrándolos uno a uno.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
En algunos casos se requiere quórum calificado.
El señor ROMERO (Presidente).-
Así es.
El señor OTERO.-
Pido la palabra.
El señor ROMERO (Presidente).-
La tiene, Su Señoría.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, después de lo expresado por el señor Ministro de Justicia subrogante, no tengo nada más que, como Presidente de la Comisión de Constitución, ratificar.
La Comisión recibió el proyecto. Hubo un seminario, organizado especialmente por la Universidad de Chile, con asistencia de los especialistas de las distintas universidades del país. Y, después del análisis respectivo, la Facultad de Derecho de aquella casa de estudios superiores nombró a un profesor para que asesorara a la Comisión, junto con doña Clara Szczaranski , quien fue designada por el Gobierno.
Durante todo el análisis del proyecto, se fue conciliando el articulado que se propone en definitiva al Senado, con una adecuación a los demás artículos del Código Penal, de manera que existiera una armonía completa en esta materia.
En consecuencia, adhiero a la petición de que todo aquello que no sea objeto de reiteración de indicaciones se dé por aprobado, pues el proyecto corresponde a un análisis técnico absoluto, al resultado del trabajo de comisiones de Facultades de Derecho, con la asesoría, además, del Consejo de Defensa del Estado.
El señor ROMERO (Presidente).-
Veo que hay acuerdo de dos señores Senadores que participaron en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Por lo tanto, si le parece a la Sala, se darían por aprobados todos los artículos acogidos por unanimidad y que no hayan sido objeto de indicaciones renovadas, salvo aquellos que requieren quórum especial.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, algunos artículos fueron aprobados por unanimidad y otros por mayoría. Estos últimos tendríamos que verlos en la Sala, aunque fuera rápidamente. No son muchos, por lo demás.
El señor ROMERO (Presidente).-
Muy bien.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, para los efectos de la Versión Taquigráfica, quisiera dejar constancia de que don Antonio Bascuñán , profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, realizó una extraordinaria labor de aporte permanente a la Comisión. Y me parece conveniente hacerlo presente en la Sala del Senado.
El señor ROMERO (Presidente).-
Quedará constancia de ello, señor Senador.
Solicito al Honorable señor Hamilton que vaya indicando los artículos aprobados por unanimidad.
El señor HAMILTON.-
A mí particularmente me preocupa el artículo 142-C, pero, como requiere quórum especial, habría que tratarlo junto a las otras normas que se encuentran en la misma situación. Así que sugiero empezar la discusión particular de la iniciativa en la forma que he propuesto.
El señor ROMERO (Presidente).-
Entonces, si le parece a la Sala, se aprobarían todos los artículos acogidos por unanimidad en la Comisión y que no hayan sido objeto de indicaciones renovadas, salvo los que necesiten quórum calificado.
Acordado.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
En el N° 1 del artículo 1°, se sustituyó los artículos 141, 142 y 142 bis del Código Penal por los artículos 141, 142, 142-A, 142-B y 142-C, aprobados por unanimidad, salvo el último, el cual, conforme a lo dispuesto por el artículo 19, N° 1, de la Constitución Política, debe ser aprobado con quórum calificado.
El señor ROMERO (Presidente).-
Los artículos 141, 142, 142-A y 142-B quedan comprendidos en el acuerdo general recién adoptado. Por lo tanto, se dan por aprobados.
En discusión el artículo 142-C.
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton .
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, el artículo 142-C que la Comisión propone a la Sala señala lo siguiente: “El que, con ocasión de la privación de libertad de una persona o de la sustracción de un menor, cometiere, además, homicidio o algunas de las lesiones comprendidas en los artículo 395, 396 inciso primero o 397 N°1 en la persona del ofendido, será castigado con presidio mayor en su grado máximo a muerte.”.
Esta disposición fue aprobada por unanimidad, excepto en lo que se refiere a la aplicación de la pena de muerte, a la cual me opuse. Por tal motivo, creo que la votación debería circunscribirse exclusivamente a si en este caso procede o no aplicar dicha sanción, porque respecto del resto existe consenso.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, quiero aclarar que la Comisión desglosó el artículo 141 del Código Penal, vigente, que en su inciso final establece: “El que con motivo u ocasión del secuestro cometiere además homicidio, violación, violación sodomítica o algunas de las lesiones comprendidas en los artículos 395, 396 y 397 N°1, en la persona del ofendido, será castigado con presidio mayor en su grado máximo a muerte.”.
En consecuencia, la norma propuesta no cambia en absoluto la penalidad, sino que mantiene la que hoy considera el Código. Lo único que hace es disminuir algunos elementos del tipo, con el fin de que la disposición se aplique a menos casos de los que contempla en la actualidad.
La mayoría de la Comisión decidió no modificar la penalidad, fundamentalmente porque habría sido un muy mal mensaje a la sociedad rebajar la pena en este tipo de delitos, que son gravísimos, en lugar de hacer una ecualización, como se ha hecho en todos los demás, donde las penas se han mantenido o se han adecuado, de manera de no enmendar en forma sustancial lo que hoy existe en el Código.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton .
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, quiero insistir en una cosa.
El artículo 142-C fue aprobado por unanimidad, tres votos contra cero, mientras que la mantención de la pena de muerte lo fue por mayoría de dos votos contra uno. El voto disidente fue el mío.
Durante el año hemos discutido dos veces el problema de la pena de muerte, de modo que no sería conveniente que de nuevo se repitiera. Sólo cabe decidir si ella debe aplicarse o no en este caso. Los partidarios de su mantención aprobarán el artículo en la forma en que lo propone la Comisión, en tanto los que somos contrarios a ella la rechazaremos, a menos que se suprima su parte final, que permite la aplicación de dicha sanción.
El señor ROMERO (Presidente).-
Lo que pasa, señor Senador, es que si votamos en este momento la procedencia o no de la pena de muerte, nos vamos a encontrar con que no tendremos quórum de aprobación. Y de lo que se trata, justamente, no es de la pena, que no se altera, sino de rectificar, tengo entendido, conceptos dentro de la tipificación del delito.
El señor HAMILTON.-
Perdón, señor Presidente.
Concretamente, pido dividir la votación, a fin de pronunciarnos primero sobre el artículo -o bien, darlo por aprobado-, y luego sobre la pena, es decir, si su gradualidad debe terminar en muerte o en presidio perpetuo. Y para ello no es necesario realizar ningún debate, porque ya se han efectuado dos veces durante el presente año.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer .
El señor THAYER.-
Señor Presidente, tengo la impresión de que este asunto no requiere quórum calificado, porque no se está decidiendo la aplicación de la pena de muerte.
Sin embargo, para evitar una situación equívoca, sería conveniente que quienes no son partidarios de la mantención de la pena capital -que no es lo que se está discutiendo en este proyecto- se abstengan de votar en cuanto a ese punto. Pero la votación, a mi juicio, no es de quórum calificado porque no se aplica la pena de muerte, sino que se modifican otras disposiciones.
El señor ROMERO (Presidente).-
Eso es efectivo.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, yo dije desde el principio, por las razones que he dado y que no voy a repetir.
El señor ROMERO (Presidente).-
Está bien. El problema es que eso nos lleva a una votación.
El señor HAMILTON.-
Nos lleva a una votación. ¿Y cuál es el problema?
El señor ROMERO (Presidente).-
El problema es que no vamos a lograr reunir el quórum pertinente. Se requieren 24 votos favorables, y en este momento hay igual cantidad de señores Senadores en la Sala. Bastaría con que uno.
El señor HAMILTON.-
Ese argumento de si hay o no Senadores en la Sala no me convence de que todos los presentes son partidarios de la aplicación de la pena de muerte.
El señor ROMERO (Presidente).-
Estoy tratando de expresar una opinión. Nada más.
Si le parece a la Sala, se dividiría la votación en la forma en que se ha propuesto.
El señor OTERO.-
Perdón, señor Presidente.
Dentro de todo este debate, no entendí cuál es la división de la votación que plantea el Honorable señor Hamilton .
Lo único que quiero señalar es que la Comisión está manteniendo un artículo que hoy día existe en el Código. No se aplica ninguna pena nueva, sino que, al contrario, se disminuyen los elementos del tipo respecto del cual se prevé la pena de muerte.
En consecuencia, para que el Senado no se confunda, no es que la Comisión haya establecido la pena de muerte, sino que, al analizar el respectivo artículo vigente, resolvió desglosarlo para una mayor claridad. La Comisión perfectamente bien podría haber mantenido ese artículo y no habría pasado absolutamente nada. Sin embargo, a proposición de los técnicos, para una mejor orientación y aplicación del Código Penal, se acordó desglosar el artículo en varios otros. Y cuando se discutió el 142-C, se mantuvo la pena ya establecida en el artículo 141, inciso final.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, es tan evidente que el artículo 142-C se votó separadamente en la Comisión, que el texto comparado dice a su respecto, entre paréntesis: “(Unanimidad 3-0, salvo pena de muerte en el artículo 142-C, aprobada 2-1)”. De manera que si en la Comisión, bajo la presidencia del Senador señor Otero , fue posible votar separadamente la disposición, no veo por qué, bajo la presidencia de Su Señoría, no podamos hacer lo mismo aquí en la Sala.
En consecuencia, pido dividir la votación y que se proceda a votar la parte controvertida.
El señor ROMERO (Presidente).-
Señor Senador, yo no estoy objetando eso, sino que estoy tratando de aclarar la situación.
El artículo 142-C fue aprobado por unanimidad, tres votos contra cero, salvo en lo que dice relación con la pena de muerte.
Si le parece a la Sala, se aprobaría por unanimidad ese artículo, con excepción de su última parte, referida a dicha sanción.
Acordado, con 26 votos favorables.
En seguida, la Sala debería pronunciarse sobre la parte final del artículo 142-C.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente, formular una moción de orden?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, la interpretación que ha dado el Senado es que, para aplicar la pena de muerte o dejarla sin efecto, se requiere el quórum correspondiente. La pena contemplada en el artículo 142-C propuesto es la misma que establece actualmente el Código, de manera que, para modificar esa pena, se requiere quórum calificado.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene razón Su Señoría.
El señor PÉREZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LAVANDERO.-
La discusión sobre si el establecimiento de la pena de muerte o su derogación requería quórum especial ya se hizo, señor Presidente.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pérez , y luego, el Honorable señor Piñera .
El señor PÉREZ.-
Efectivamente, señor Presidente, esa discusión se efectuó. En su oportunidad, el Senador señor Piñera planteó que se requerían quórum distintos tanto para imponer la pena de muerte como para suprimirla. Fue la tesis que sostuvo el Honorable señor Fernández . Pero el Senado ya se pronunció sobre ello y aprobó el criterio del Honorable señor Otero .
Indudablemente, para eliminar la pena capital, se requiere de quórum calificado, porque ya está establecida.
El señor ROMERO (Presidente).-
Por lo que recuerdo y por lo que se me señala, es así. De modo que procedería votar la proposición del Honorable señor Hamilton para reemplazar la pena de muerte por la de presidio perpetuo.
El voto afirmativo apoya la tesis del Senador señor Hamilton ; el negativo la rechaza.
El señor THAYER.-
¿Es de quórum calificado esta votación?
El señor ROMERO (Presidente).-
Sí, señor Senador.
El señor PÉREZ.-
Para suprimir la pena de muerte se necesita quórum calificado.
El señor ROMERO (Presidente).-
Sí. Eso es lo que he entendido.
En votación.
(Durante la votación).
El señor BITAR.-
Señor Presidente, cuando discutimos este tema la otra vez, voté a favor de la supresión de la pena de muerte. Creo que en ese sentido corresponde tener una postura coherente. Pienso que el presidio perpetuo es la pena que debe aplicarse.
Por mi parte, estoy preparando un nuevo proyecto de ley para suprimir la pena capital, reemplazándola por la de presidio perpetuo real. Es decir, como una de las opciones a la pena de muerte, vamos a sugerir que no se pueda eliminar ni reducir la de presidio perpetuo. Creo que ése es el camino.
Voto que sí.
El señor COOPER.-
Señor Presidente, voto en contra, por las mismas razones que se tuvo en consideración para establecer la pena de muerte. Creo que el bien común del país -dada la gravedad de este delito, que además incluye homicidio- justifica la mantención de esa pena.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente, como lo expresé cuando tratamos la abolición de la pena de muerte, pienso que nadie tiene derecho a quitar la vida a otra persona. Hemos argumentado largamente sobre la materia. De modo que, para ser consecuente con mi pronunciamiento de entonces, voto a favor.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, voto porque no se considere en este caso la pena de muerte, reemplazándola por la de presidio perpetuo.
Pero quisiera hacer una observación.
De acuerdo con el artículo 19 de la Constitución, "La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada por quórum calificado.". Contrario sensu, para suprimirla -lo que se ha debatido mucho aquí-, no se requiere quórum calificado.
En consecuencia, voto que sí.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente, si bien esta discusión se ha dado muchas veces, estoy a favor de la supresión de la pena de muerte, pero siempre y cuando se modifique la pena de presidio perpetuo, haciéndola efectiva, tal como lo planteó el Honorable señor Bitar , y se reforme la facultad presidencial de indultar.
Por eso, en esta ocasión, y en el marco de esta discusión, voto en contra.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, para ser consecuente, debo expresar que estoy en contra de la pena de muerte. Por consiguiente, con el objeto de que se elimine, voto favorablemente la indicación que ha formulado el Honorable señor Hamilton .
En todo caso, quiero advertir lo siguiente.
Es efectivo que para establecer la pena de muerte se requiere quórum especial, pero nada se dice respecto del que se necesita para suprimirla. Contrario sensu, suponiendo que la indicación del Honorable señor Hamilton fuera rechazada, tendríamos que votar a continuación la inclusión de la pena de muerte, y su aprobación de todas maneras requeriría quórum especial.
Señor Presidente, por mucho que aduzca que se trata de una norma que se halla en el Código Penal, aquí votamos una disposición concreta y, con ello, de alguna manera, estamos aprobando o rechazando la pena de muerte. Si no hay un pronunciamiento para rechazar el concepto de la pena de muerte, tendremos que incluirlo, y al incluirlo, hay que votarlo con quórum especial.
Junto con dejar establecido este criterio, voto a favor.
El señor ROMERO (Presidente).-
La Mesa no concuerda con esa opinión. Pero, en fin, el señor Senador tiene derecho a expresarla.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, reitero que la disposición vigente sanciona el delito con la pena de muerte.
Coincido con el Honorable señor Bitar en cuanto a que en Chile el presidio perpetuo no existe. Por lo tanto -y por eso nos hemos opuesto en muchísimas oportunidades a cualquier modificación legal-, quien comete el crimen más horrendo, al cumplir veinte años de reclusión como máximo, está gozando de libertad, de buena salud y deambula por las calles, en circunstancias de que sus víctimas han sufrido atrocidades.
Por estas consideraciones, voto que no.
El señor PIÑERA.-
Señor Presidente, en primer lugar, y a pesar de que la discusión ya la tuvimos, quiero dejar constancia de mi desacuerdo con la interpretación constitucional relativa a que, para derogar la pena de muerte, se requiere quórum calificado. En mi concepto, el texto de la Constitución es claro. "La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada por quórum calificado.". Pero, como dije, ese debate ya lo efectuamos y no es del caso repetirlo ahora.
En segundo término, y dado lo que anticipó el Honorable señor Bitar , debo señalar que hace más de un año se presentó un proyecto de ley en el Congreso para reemplazar por cadena perpetua real aquellos delitos que, de acuerdo con la legislación actual, merecerían la aplicación de la pena capital. Dicha iniciativa propone que, para poder aspirar a la libertad provisional, el condenado a presidio perpetuo debe reunir cuatro requisitos: intachable conducta durante el período de privación de libertad, aprender un oficio, haber cumplido al menos 35 años de cadena efectiva y que una institución declare que ha dejado de ser un peligro para la sociedad. Se trata de cuatro requisitos copulativos, uno de los cuales es haber cumplido 35 años de prisión efectiva, pero también deberá demostrarse la plena rehabilitación.
Como ese proyecto de ley se encuentra en tramitación en el Congreso hace más de un año, quiero aprovechar la oportunidad de solicitar al Honorable señor Otero que agilice su despacho en la Comisión de Constitución.
En tercer lugar, para ilustración de los Honorables señores Senadores, deseo informar que ayer Su Santidad el Papa Juan Pablo II dio a conocer el nuevo Catecismo. En relación con el de 1992, la principal novedad del nuevo texto reside en el rechazo a la pena de muerte. En el fondo, esto viene a ser la aplicación práctica de lo expresado en la Encíclica el Evangelio de la Vida, que ya anticipaba criterios sobre la materia.
El señor HORMAZÁBAL.-
Léala completa.
El señor PIÑERA.-
El Evangelio de la Vida fue leído in extenso cuando discutimos la abolición de la pena de muerte.
El señor ROMERO (Presidente).-
Diríjase a la Mesa, señor Senador.
El señor PIÑERA.-
Ahora estoy haciendo referencia a algo distinto.
El señor HORMAZÁBAL.-
Hay que leer completa esa Encíclica, señor Senador.
El señor PIÑERA.-
Correcto.
El señor ROMERO (Presidente).-
Ruego evitar los diálogos.
El señor PIÑERA.-
Estoy de acuerdo con la afirmación del señor Senador , y por eso no entiendo por qué nos interrumpimos mutuamente.
Pero, en todo caso, hago presente que hay un elemento nuevo, distinto de los que se mencionaron anteriormente.
Finalmente, voto a favor de la proposición, en el entendido de que si se suprimiera la pena de muerte debiéramos establecer la de cadena perpetua para aquellos delitos que, de acuerdo con la actual legislación, merecen la pena de muerte.
El señor SULE.-
Señor Presidente, reiteradamente he señalado que estoy en contra de la pena de muerte.
Asimismo, comparto las expresiones de algunos Honorables colegas en orden a que se perfeccione la pena de presidio perpetuo. Sin embargo, ello nada tiene que ver con mi decisión respecto de si se aplica o no la pena de muerte.
Por eso, voto a favor de lo propuesto.
El señor THAYER.-
Señor Presidente, por tratarse de una norma de quórum calificado, voto que no.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, muy breve, porque ya hicimos esta discusión.
Voto a favor, porque considero que la pena de muerte no tiene que ver con el actual estado de nuestra civilización. Me alegra, además, la última declaración de Su Santidad el Papa y del Vaticano.
Considero un tanto contradictoria la opinión de quienes aquí sostienen orientarse siempre por el Magisterio de la Iglesia, pero cuando están de acuerdo. Y cuando no lo comparten, esto hace a algunos señores Senadores cambiar su voto.
Y, finalmente, respecto del argumento de que existen problemas con la pena de cadena perpetua, si así fuera, habría que evitar que se produjeran esas anomalías, y no pronunciarse por aprobar la pena de muerte. Es decir, cada asunto debe tratarse en su mérito.
Concuerdo en que en el caso de delincuentes peligrosos para la sociedad y sin condiciones de rehabilitación no debería otorgarse la libertad condicional. Creo que en eso podríamos estar todos de acuerdo, estableciendo claramente que lo anterior se aplique cuando no exista posibilidad alguna de rehabilitación, y que, por tanto, la persona siga siendo un peligro social. Por consiguiente, allí se justifica el encarcelamiento prolongado e, incluso, eventualmente, por toda la vida.
Si ello no ocurre así, legislemos en ese sentido. Pero considero que aducir que porque la pena de cadena perpetua no opera y presenta deficiencias debe aprobarse la pena de muerte, en lógica, no es un argumento sostenible.
Voto afirmativamente.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente, permanentemente he votado en contra de la pena de muerte. Por lo tanto, voto a favor de la proposición.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente, porque estimo que no es bueno argumentar tomando en cuenta la opinión del Magisterio de la Iglesia en algunas ocasiones, y en otras, no, y debido a que curiosamente un Honorable colega que me antecedió en el uso de la palabra está utilizando ese argumento, que, a mi juicio, juega precisamente en contra de lo que argumentó, manifiesto mi opinión.
Voté a favor de la pena de muerte, no por estimar que es bueno matar a la gente, como es obvio, sino porque juzgo importante para la sociedad que exista un resguardo adecuado en algunos casos que ameriten tal pena, sobre todo cuando la sociedad conoce que el saldo de las penas no funciona adecuadamente, ya que, al final, terminan siendo conmutadas o la persona queda en libertad, o, lisa y llanamente, indultada.
Por consiguiente, voto en contra.
Queda rechazada la proposición de eliminar, en el artículo 142 C, lo relativo a la pena de muerte (21 votos contra 12).
Votaron por la negativa los señores Cooper , Díez , Errázuriz , Feliú , Fernández , Hormazábal , Horvath , Huerta , Larre , Letelier , Martin , Mc-Intyre , Otero , Pérez , Prat , Ríos, Romero , Siebert , Thayer , Urenda y Zaldívar (don Adolfo) .
Votaron por la afirmativa los señores Bitar , Calderón , Carrera, Díaz , Frei (doña Carmen) , Gazmuri , Hamilton , Lavandero , Piñera , Ruiz (don José ), Sule y Zaldívar (don Andrés ).
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
A continuación, los Nºs. 5 y 6 del mismo artículo, por haber sido aprobados por unanimidad (3 por cero), quedan considerados en el acuerdo. Lo mismo sucede con el Nº 9, nuevo, propuesto por la Comisión, el que fue aprobado con la misma votación (3 por cero).
Se aprueban.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Luego, la Comisión propone un Nº 8, que pasa a ser 10, del siguiente tenor: “Reemplazar la frase “a una mujer menor de edad pero mayor de doce años o a un varón menor de edad pero mayor de catorce años” por “a una persona menor de edad pero mayor de doce años”.”. Esta enmienda también fue aprobada por unanimidad (tres por cero).
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Ha llegado a la Mesa una indicación renovada, suscrita por los Senadores señores Siebert , Urenda , Prat , Larre , Ríos, Mc-Intyre , Cooper , Horvath , Thayer , Martin y Pérez , que propone reemplazar el numeral 2º del artículo 363, aprobado por la Comisión, que es del siguiente tenor:
“Artículo 363.- Será castigado con reclusión menor en sus grados medio a máximo, el que accediere carnalmente, por vía vaginal o anal, a una persona menor de edad pero mayor de 12 años, concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes:”
“2º Cuando se abusa de una relación de dependencia de la víctima, originada en el hecho de encontrarse el agresor encargado de su custodia, educación o cuidado, o bien en una relación laboral.”.”.
La indicación renovada sugiere sustituir el anterior numeral por el siguiente: “2º Cuando se abusa de una relación de subordinación o dependencia con la víctima, en razón de encontrarse el agresor en una relación laboral o legalmente encargado de la custodia, educación o cuidado de la víctima.”.
El señor ROMERO (Presidente).-
En discusión.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, la Comisión rechazó esta indicación, porque produce un efecto contrario al que pretende su autor, ya que desprotege al menor. Cuando se dice que el agresor debe ser “legalmente encargado”, se refiere a aquellas personas a las cuales, de acuerdo con la ley, les corresponde tal función, o a las que algún trámite judicial, habido, les ordena hacerse cargo de la tuición o custodia del menor.
La Comisión, en cambio, aprobó el término “encargado”, sin la palabra “legalmente”. Es decir, cualquiera que sea la razón por la cual la tiene a su cargo, esa persona cae en este tipo. Si establecemos “legalmente encargada” -esto fue analizado por los técnicos-, estaríamos restringiendo el alcance de la norma. ¿Qué pasa si el custodio no ha sido legalmente encargado como tal? Quiere decir que en ese caso el abuso no estaría penalizado.
Por esa razón, la Comisión rechazó esta indicación.
El señor ROMERO (Presidente).-
En conformidad a la explicación del Senador señor Otero , solicitaría a los firmantes de la indicación renovada que la retiraran, porque obviamente tiene sentido la argumentación dada.
El señor URENDA.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor ROMERO (Presidente).-
Puede hacer uso de ella, señor Senador.
El señor URENDA.-
Sería interesante que el señor Presidente se abstuviera de opinar antes de oír los fundamentos de la indicación, por débiles que estos sean.
El señor ROMERO (Presidente).-
Yo me acabo de formar una opinión, pero está bien, y le doy excusas, señor Senador.
El señor URENDA.-
Señor Presidente, en verdad, esto puede mirarse desde dos ángulos.
La diferencia de la norma que se propone en reemplazo radica en que, por un lado, agrega un concepto más amplio al referirse a “subordinación o dependencia”. Ello podría inducir a considerar que ciertas relaciones, especialmente en el ámbito laboral, no estarían meramente comprendidas, debido al concepto de dependencia. En consecuencia, desde ese punto de vista, la indicación rechazada agrega un concepto que permite quizá ampliar su ámbito de acción.
El segundo problema es tal vez de técnica legislativa, porque, al no usarse la expresión "legalmente" u otra de orden equivalente, existe el temor de que podamos estar estableciendo un delito abierto, que nuestra Constitución rechaza expresamente. Por ello, se ha querido utilizar un lenguaje más preciso en cuanto a que esté la persona desde algún concepto, por una razón de orden legal, bajo la dependencia o subordinación de alguien. Obviamente, es una materia discutible, pero quienes formulamos esta indicación hemos creído que contribuye a precisar la idea y evita el riesgo de que después, por ser muy amplia la disposición, se estimare que va en contra de la normativa constitucional, que exige una debida tipificación de los delitos.
Ese es el fundamento de la indicación. Estamos frente a un problema donde evidentemente caben diversas interpretaciones, y en el que, por un lado, agregamos a la expresión que aquí se usa una relación de dependencia -y también de subordinación, que podría no ser siempre igual que la dependencia-, un concepto nuevo. Y después, al establecer el concepto de orden legal, que puede ser suficientemente amplio, podría permitir que no se estimare que la disposición, tal como está consignada, es un tipo abierto o en blanco, pues de serlo podría considerarse que –reitero adolece de inconstitucionalidad.
Tales son las razones que motivaron la indicación, y por eso la mantenemos, sin perjuicio de la distinta opinión que pueda tener el Senado.
He dicho.
El señor ROMERO (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que me reemplace el Honorable señor Ríos.
Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidente accidental el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente, después de escuchar a los Honorables señores Otero y Urenda , me quedo con las explicaciones del primero de ellos, porque en realidad el encargo no sólo se produce desde el punto de vista de una vinculación legal. Puede ser que, en un momento dado, en un colegio se encargue a una persona el cuidado de los menores, y que ella cometa el acto que aquí estamos tipificando como delito. Entiendo que el término "encargado", si bien es amplio, es preciso, y deberá determinarse que ha estado a cargo. Por eso, creo que sería muy conveniente el retiro de la indicación, porque no cumple el objetivo cuya explicación se ha dado.
Por tal razón, me inclino por la argumentación proporcionada por el Honorable señor Otero y por lo que ha resuelto la Comisión sobre la materia.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GOMEZ (Ministro de Justicia subrogante).-
Señor Presidente, quiero señalar que la discusión efectuada al respecto por los organismos técnicos nos llevó a la misma conclusión del Honorable señor Otero , en el sentido de que es importante mantener esta protección, de carácter más general, que la que se está planteando en este minuto por medio de la indicación.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En votación la indicación renovada N° 44, que propone la sustitución del N° 2º del artículo 363.
(Durante la votación).
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, tengo muchas dudas acerca de las dos indicaciones. Creo que la del Honorable señor Urenda es más amplia, no obstante que el concepto "legalmente" pudiera ser cuestionable, en el sentido de que "legalmente" le corresponde un cuidado, en virtud de una ley. Pero como eso no ocurre porque las leyes no encargan los cuidados de este tipo de relaciones entre las personas a cargo de menores, en verdad, entiendo que aquí, cuando se dice en la indicación "en razón de encontrarse el agresor en una relación laboral o legalmente encargado", también queda comprendido en la relación "laboral encargado de la custodia, educación o cuidado de la víctima", con lo cual se cubren todas las hipótesis.
Voto a favor de la indicación.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, a pesar de que firmé la indicación para que ella se pudiera discutir, respecto del mérito del tema la rechazo. Me quedo con la disposición de la Comisión.
El señor THAYER.-
Señor Presidente, por estar pareado, no puedo votar, pero concuerdo con el pensamiento de la Comisión.
El señor COOPER.-
Señor Presidente, voté a favor de la indicación para permitir su discusión, pero la voto en contra.
El señor ERRÁZURIZ.-
Señor Presidente, me parece evidente que para los efectos de lo que se está analizando, es decir, el caso grave de estupro de una doncella, no es necesario que la dependencia de la víctima se origine por encontrarse el agresor legalmente encargado de su custodia. Basta con que esté encargado de ella como para que exista la gravedad, que es precisamente la que se pretende sancionar y castigar. Por lo tanto, voto en contra de la indicación renovada.
El señor HORVATH.-
Por los antecedentes que me ha dado el Presidente de la Comisión, modifico mi pronunciamiento y voto en contra de la indicación renovada.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Terminada la votación.
Se rechaza (22 votos contra 5 y un pareo).
Votaron por la negativa los señores Bitar , Carrera, Cooper , Díaz , Díez , Errázuriz , Fernández , Gazmuri , Hamilton , Hormazábal , Horvath , Larre , Lavandero , Letelier , Otero , Prat , Ríos, Ruiz (don José ), Sule , Valdés , Zaldívar (don Adolfo) y Zaldívar (don Andrés ).
Votaron por la afirmativa los señores Feliú , Huerta , Martin , Mc-Intyre , y Urenda .
No votó, por estar pareado, el señor Thayer .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Se ha hecho presente a la Mesa que el Senador señor Urenda ha retirado la indicación renovada Nº 54, debiendo entenderse que concuerdan en tal predicamento los demás señores Senadores que la suscribieron.
El señor URENDA.-
Exactamente, señor Presidente.
Queda retirada la indicación renovada Nº 54.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
A continuación, el Nº 11 completo (página 4 del boletín comparado), que modifica diversos artículos, fue aprobado unánimemente por la Comisión.
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
En seguida, en el artículo 366-C, respecto del cual la Comisión propone sustituir en el inciso primero la frase “una mujer menor de doce años o un varón menor de catorce años” por “una persona menor de doce años”, hay una indicación renovada, la Nº 62, suscrita por los Honorables señores Siebert , Urenda , Prat , Larre , Ríos, Mc-Intyre , Cooper , Horvath , Thayer , Martin y Pérez , para sustituir dicho artículo por el siguiente:
“El que para provocar su excitación sexual o la de un tercero, hiciere ver o escuchar material pornográfico, determinare a realizar acciones de significación sexual delante suyo o de otro o realizare acciones de significación sexual sin contacto corporal con una mujer menor de doce años o un varón menor de catorce años, será castigado con reclusión menor en su grado mínimo a medio.
“El que empleare mujeres menores de doce años o varones menores de catorce años en la producción de material pornográfico, será castigado con reclusión menor en su grado máximo. Si la víctima fuere mayor de esa edad y la acción se ejecutare sin su consentimiento, la pena será reclusión menor en su grado mínimo.
“Para los efectos de lo dispuesto en este artículo, se entenderá por material pornográfico los impresos, las grabaciones magnetofónicas, las fotografías o las filmaciones que, apelando a la excitabilidad sexual del lector, auditor o espectador, describan o representen la desnudez, la sexualidad o las funciones fisiológicas sexuales humanas o animales de un modo tal que, apreciados globalmente carezcan de significado ético, artístico, terapéutico o educativo.”.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor URENDA.-
¿Me permite, señor Presidente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Puede usar de ella Su Señoría.
El señor URENDA.-
Señor Presidente, la renovación de esta indicación obedece a dos objetivos fundamentales.
Por una parte, se pretende con ella introducir ciertas distinciones en el tipo delictual que se describe en el artículo 366-C propuesto. Se trata de establecer un trato diferenciado según la edad de la víctima del delito contemplado en el inciso segundo, cuando se empleen personas menores de doce años en la producción de material pornográfico.
De acuerdo con la actual redacción de la norma, el delito de utilizar a una persona mayor de doce años en la producción de pornografía queda impune, pues sólo se contempla castigo para quien procede contra un menor de doce años.
Si bien la indicación mantiene la diferenciación etaria de doce años en la mujer y catorce en el varón, al haberse acogido en la Comisión el sano criterio de establecer un trato igualitario, fijando el límite de la autodeterminación sexual en los doce años para ambos sexos, es menester introducir esta corrección en la indicación, sin que ello altere su esencia, sino, por el contrario, contribuyendo a una mejor técnica legislativa.
En segundo término, la indicación conserva el inciso tercero propuesto por la Comisión en su primer informe, esto es, la definición legal de lo que debe entenderse por “material pornográfico”, que fue eliminada en el segundo informe. Demás está decir que la subjetividad que la apreciación de un concepto de esta naturaleza implica hace ineludible la necesidad de establecer ciertos criterios objetivos que obviamente deben consagrarse legalmente.
Cualquier definición, por deficiente y criticable que sea, es necesaria más que nada cuando se trata de dejar a la apreciación personal lo que ha de entenderse por pornografía. Por lo demás, no hacerlo sería un ejemplo para la cátedra de cómo vulnerar el principio de legalidad.
Ése es el objetivo de la indicación que -como digo- tiende primeramente a establecer la pena aunque la víctima sea mayor de doce años; y, en segundo lugar, repone una definición eliminada sobre el significado de “material pornográfico”.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, la Comisión rechazó esta indicación por las siguientes razones.
En primer lugar, en el proyecto se eliminó la distinción entre varón menor de catorce y mujer menor de doce años. Se estimó que no había ninguna razón para hacer esta diferencia. Toda la iniciativa viene redactada de la misma manera. Luego, si se aprobara esa parte de la indicación, estaríamos alterando el concepto del articulado en su totalidad y lo que aprobó la Comisión en el sentido de tener una regla pareja y no hacer una diferenciación que no se justifica. En esto coincidieron todos los técnicos.
En segundo término, se pretende penar a personas mayores de edad. Y la Comisión estimó que no era conveniente extenderlo a personas mayores de edad. Porque en el delito contemplado en el proyecto la persona puede o no puede consentir. Y la indicación dice “sin su consentimiento”. ¿Qué significa esto? Si a una persona mayor de edad le pasan una película pornográfica, ¿cómo se puede probar que fue con su consentimiento o sin él?
La Comisión estimó que con esa ampliación se creaba un problema de difícil aplicación.
Y en lo tocante a qué es la pornografía, la Comisión optó por un predicamento ya prácticamente generalizado en la legislación mundial, en el sentido de que no es posible una definición, sino que ésta debe queda entregada a la justicia. Por lo demás, si se trata de hacerlo, ello no debería estar en esta parte del Código, sino en otra.
Se dice aquí que, frente a una eventual pornografía, la acción tendrá que ser determinada por la justicia, de conformidad a la realidad ética, cultural y social del país en el momento en que aquélla se produzca.
En relación con esta materia, quiero recordar que, por ejemplo, el libro “El Amante de Lady Chatterley”, otrora condenado en Inglaterra, hoy día pueden leerlo los menores de catorce años de edad, según la censura vigente.
Entonces, los conceptos de “pornografía” y “pornográfico” quedan entregados en todas las legislaciones al mejor criterio de los tribunales de justicia, atendida la situación del país en un determinado momento. Porque los Códigos duran latamente a lo largo del tiempo.
Éstas fueron las razones por las cuales la Comisión no aprobó la indicación.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la indicación renovada Nº 62.
(Durante la votación).
El señor COOPER.-
Señor Presidente, aunque también firmé la indicación, dada la explicación del Presidente de la Comisión, voto en contra.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, comparto el planteamiento del señor Presidente de la Comisión de Constitución. A mi modo de ver, conceptos como “material pornográfico” y “buenas costumbres” varían en el tiempo, de acuerdo con lo que una sociedad siente en un momento histórico determinado.
Desde esa perspectiva, concuerdo con lo resuelto por el organismo técnico y voto en contra de la indicación.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, porque me han convencido los argumentos del Senador señor Otero , rechazo la indicación.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, pienso que debemos dar nuestra opinión basados en los actuales conceptos éticos y morales, sin pensar en que estamos legislando para el futuro, y dando mucha flexibilidad.
No puedo votar, por estar pareado con el Senador señor Sule .
El señor URENDA.-
Señor Presidente, votaré a favor de la indicación, por considerar que, tal como va a ser aprobada la norma, dejaría sin sanción el caso de la víctima mayor de 12 años, aunque la acción se ejecute sin su consentimiento. Es decir, se deja abierta la posibilidad de pervertir a personas mayores de esa edad y, obviamente, a muchos niños.
Se rechaza la indicación Nº 62 (20 votos contra 2 y 2 pareos).
Votaron por la negativa los señores Bitar , Carrera, Cooper , Díaz , Díez , Errázuriz , Feliú , Gazmuri , Hamilton , Hormazábal , Horvath , Larre , Letelier , Martin , Otero , Prat , Ruiz (don José) , Valdés , Zaldívar (don Adolfo) y Zaldívar (don Andrés ).
Votaron por la afirmativa los señores Ríos y Urenda .
No votaron, por estar pareados, los señores Mc-Intyre y Thayer .
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Se ha renovado la indicación Nº 75, tendiente a reemplazar el artículo 368 del Código Penal por el que indica.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo para rechazarla con la misma votación anterior?
La señora FELIÚ.-
No, señor Presidente; se refiere a otra cosa.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En discusión.
El señor URENDA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor URENDA.-
Deploro que no se haya dado lectura a la indicación. La cuestión es totalmente distinta del caso anterior. Se trata simplemente de simplificar la normativa, pues el artículo 368 propuesto es extraordinariamente casuístico y establece distinciones que, aparentemente, carecen de justificación.
A modo de ejemplo, ¿por qué se ha de agravar la pena cuando una autoridad pública comete violación abusando de la enajenación o trastorno mental de la víctima y no cuando usa de violencia e intimidación?
De ahí que la indicación propuesta -está en conocimiento de Sus Señorías, pero no ha sido leída- tiende a simplificar dicho precepto, que va a ser bastante confuso en su aplicación, estableciendo simplemente: “Si los delitos contemplados en los párrafos anteriores han sido cometidos por autoridad pública, sacerdote, guardador, profesor, criado o encargado por cualquier título de la educación, guarda, o asistencia médica o espiritual de la persona ofendida o prostituida, se impondrá la pena señalada al delito en su grado máximo.”.
Creo que esto facilita y elimina distingos que, a mi criterio, carecen de justificación. Es una norma igual a otras anteriores que han tenido por finalidad perfeccionar las disposiciones, sin que impliquen alteraciones demasiado fundamentales, pero que simplificarán la aplicación de la ley y evitarán distinciones cuyo fundamento no es claro.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, la Comisión no aprobó la indicación por ser de carácter genérico y referirse a los múltiples y muy variados delitos contemplados en los párrafos anteriores.
Por ejemplo, en el caso a que aludía recién el Senador señor Urenda , ¿por qué no se coloca en el número 1º? Porque la violencia o intimidación son, precisamente, el elemento tipo de la violación. Y cualquiera que sea la calidad de la persona, si se usan ambos elementos, aquélla no tiene ninguna importancia; pero cuando se trata de la incapacidad corporal o mental y se abusa de la enajenación o trastorno mental de la víctima, cuando ésta opone resistencia, eso de por sí constituye un abuso distinto del uso de la violencia y de la intimidación.
La Comisión detalló cada uno de los casos en que la norma debía aplicarse, y no se hizo la generalidad, porque ésta produciría injusticias. De ahí que el artículo 368 propuesto establece lo siguiente: “Si los delitos previstos en los artículos 361 numerandos segundo o tercero, 362, 362-A, 366 numerando primero en relación con los numerandos antedichos del artículo 361, 366 numerando segundo en relación con el artículo 362-A, 366-A o 366-C hubieren sido cometidos por autoridad pública, sacerdote, guardador, maestro, criado o encargado por cualquier título o causa de la educación, guarda, curación o cuidado del ofendido, se impondrá al responsable la pena señalada al delito con exclusión de su grado mínimo…”, etcétera.
Tampoco la Comisión estuvo de acuerdo en aplicar el máximo de la pena. Se excluye el grado mínimo, dejando al juez latitud. En general, el criterio seguido por ella -aconsejada, precisamente, por los catedráticos- fue dar mayor latitud a los tribunales, porque lo justo es lo igual para los iguales, lo desigual para los desiguales, y justicia es dar a cada uno lo que corresponda. De manera que es posible que la participación o influencia de la autoridad pública, del guardador o del sacerdote sea distinta en un caso o en otro, y, sin embargo, por ley se estaría obligando al juez a aplicar la misma pena.
Por último, la Comisión acordó excluir el grado mínimo para el caso de la circunstancia agravante, pero hacia arriba el juez deberá analizar cada caso, conforme a la situación que se produzca.
Tales fueron las razones tenidas en vista para rechazar la indicación del Senador señor Urenda .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente, deseo llamar la atención del Senado respecto de lo siguiente. A mi juicio, la referencia al término "sacerdote" resulta absolutamente innecesaria, porque cualquier persona, sea civil o funcionario de las Fuerzas Armadas, puede tener la condición de autoridad pública, maestro, criado o encargado por cualquier título de la educación, guarda, curación o cuidado del ofendido. De modo que, en mi opinión, la palabra "sacerdote" no debe quedar consignada en la disposición, aparte que más bien está relacionada con determinado tipo de iglesia. Siendo así, ¿por qué no se considera a los que ejercen el culto en otras iglesias, los cuales no son sacerdotes, sino que se les denomina pastores?
Por lo tanto, creo que no es conveniente que dicho término se contemple en el artículo. En tal virtud, pediré votación separada para la norma.
El señor OTERO.-
¿Me concede una interrupción, señor Senador, con la venia de la Mesa?
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Por supuesto, Su Señoría.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Debo aclarar que, dentro de los criterios adoptados en forma permanente por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, está el no modificar innecesariamente el Código Penal respecto de disposiciones que han sido aplicadas sin ningún problema.
La expresión "sacerdote" actualmente se encuentra contemplada en dicho texto jurídico, y en muchas leyes se halla establecida expresamente esa calidad. Si se pretende introducir una modificación en tal sentido, deberíamos realizar un cambio genérico en toda la legislación, en orden a que la condición de sacerdote constituye una agravante o una atenuante, a fin de que realmente podamos hacer justicia. Sin embargo, la Comisión estimó que no era conveniente efectuar una enmienda sobre el particular, por cuanto el Código consigna dicho término y la jurisprudencia ha considerado que él no se refiere sólo a la religión Católica, sino a un ministro que profesa una fe, el cual puede llamarse de distinta forma, porque un sacerdote lama es sacerdote y no católico. Además, hay sacerdotes de la época egipcia y no son católicos, como también de la religión vudú, que tampoco lo son.
En consecuencia, esa palabra es utilizada por el Código Penal en el concepto amplio de ministro de fe o de un culto religioso. Por eso se resolvió que no era pertinente introducir un cambio en el sentido indicado.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Puede recuperar el uso de la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
A mi juicio, es necesario que en algún momento se empiece a terminar con las reminiscencias, ya que la norma contemplada en el referido texto jurídico data del siglo pasado, donde se sabía quién era el sacerdote, al cual se le exigía una condición excepcional. Pero, a mi modo de ver, quien ostenta esa calidad tiene el mismo rango que cualquier otro ser humano civil o que tenga una profesión o vocación distintas. Por eso, soy partidario de comenzar por eliminar del artículo en cuestión la palabra "sacerdote" y de analizar más adelante qué otras correcciones se pueden hacer al Código Penal.
En consecuencia, pido votación separada respecto de ese término.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal .
El señor HORMAZÁBAL.-
Sólo deseo manifestar que mi observación apunta en la misma línea del Senador señor Andrés Zaldívar .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra al Honorable señor Hamilton .
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, deseo proponer algo muy simple: que se vote la indicación; si ésta es rechazada, que se acepte dividir la votación y que, en consecuencia, nos pronunciemos, primero, respecto del artículo en general, y después, sobre el término mencionado.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Así lo entiende la Mesa, Su Señoría.
Tiene la palabra el Honorable señor Urenda .
El señor URENDA.-
Señor Presidente, para facilitar el trámite, y en el entendido de que se dividirá la votación, yo retiraría la indicación, siempre que esto no signifique afectar la posibilidad de que la norma se vote separadamente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La Presidencia entiende que el señor Senador ha retirado la indicación Nº 75. ¿No es así?
El señor URENDA.-
En la medida en que votemos separadamente el artículo.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Entonces, si hay acuerdo para ello, quedará retirada la indicación.
Acordado.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, ¿me permite formular una sugerencia?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Por supuesto, señor Senador.
El señor OTERO.-
Con el objeto de evitar la votación, ¿por qué no cambiamos la palabra "sacerdote" por "ministro de un culto religioso"? De esta forma quedarían comprendidos todos los que tienen esa calidad y se solucionaría el problema.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Señor Senador, para tal efecto se requiere acuerdo unánime de la Sala.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, dejemos pendiente ese punto para que en el intertanto nos pongamos de acuerdo en la Sala, ya que se trata de una materia que debe ser consultada entre nosotros.
El señor OTERO.-
No comparto esa idea, porque estamos frente a un asunto que se encuentra en la ley vigente y, además, porque se nos presenta el siguiente problema reglamentario. La norma fue propuesta por la unanimidad de la Comisión, y aquí se acordó que se aprobaría todo lo acogido por ella en esa forma, siempre que no hubiese indicación. Ahora bien, como el Senador señor Urenda retiró la suya, nos restaría pronunciarnos sobre la proposición formulada por la Comisión, respecto de lo cual existe el acuerdo que acabo de mencionar, el que no puede ser cambiado sino por la unanimidad de la Sala. Y yo no daré mi consentimiento en tal sentido.
Por lo tanto, atendiendo la solicitud del Senador señor Andrés Zaldívar tendiente a buscar una solución al problema, sugiero cambiar el término "sacerdote" por "ministro de un culto religioso". Si esto no es posible, pediré que se aplique estrictamente el Reglamento, ya que, además, no se puede dividir la votación, porque ello no es procedente atendiendo a lo acordado por la Sala cuando se inició el tratamiento de este proyecto de ley.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente, no concuerdo con la interpretación del Senador señor Otero , pues me asiste el derecho reglamentario de pedir votación separada, y la Sala no me lo puede negar.
No deseo seguir discutiendo más a fondo lo planteado por Su Señoría, pero debo decir sinceramente que el ser ministro de culto o sacerdote no puede constituir una agravante, por cuanto la norma se refiere a la acción que ejecuta una persona -sea civil, religiosa o funcionario de las Fuerzas Armadas- como guardador, maestro, criado o encargado por cualquier título de la educación, guarda, curación o cuidado del ofendido.
Por lo tanto, no se trata de que el hecho de ser sacerdote o ministro de determinado culto pueda considerarse circunstancia agravante. Lo que estoy sugiriendo es que, por lo menos, se solucione lo relativo al tema del "sacerdote", porque es una reminiscencia histórica que debe corregirse. No me estoy refiriendo al término en sí.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés .
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente, en primer lugar, concuerdo con lo planteado por el Senador señor Andrés Zaldívar , ya que la norma se refiere a personas que tienen autoridad y la ejercen. Puede haber otras que también la tengan, pero que no la ejerzan, lo cual es distinto. Un sacerdote puede estar en su casa, y eso no significa que haya una agravante.
En segundo término, deseo formular una consulta a quienes trabajaron en el texto. Con todo el respeto que me merecen las antiguas leyes, debo señalar que la humanidad va cambiando ciertas expresiones que aparecen en ellas. Lo digo por cuanto en la disposición figura la palabra "criado". ¿Esta expresión corresponde a un empleado de una casa? Lo pregunto porque el criado no tiene relación alguna con la guarda, curación o cuidado del ofendido. La tenía en el siglo XVII, época en que había esclavos que guardaban niños. De modo que, a mi juicio, dicha palabra resulta un poco peyorativa, y en nuestro léxico democrático y en las concepciones de derechos humanos ella no se utiliza. Por lo tanto, yo he perdido el respeto a tal expresión, porque no existe esa categoría.
El señor HAMILTON.-
Con el objeto de ordenar el debate, conviene tener presente que las dos observaciones formuladas corresponden a expresiones extraídas del antiguo Código Penal. En consecuencia, es perfectamente posible dividir la votación y pronunciarnos respecto de la disposición sin considerar las dos palabras que han sido objetadas. Ello no cambia el sentido, el alcance o la eventual aplicación de la norma.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal .
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, quiero hacer una distinción. Una cosa es que tratemos de aproximarnos a una mejor redacción y otra distinta es que procedamos, lisa y llanamente, sin un estudio más acabado, a eliminar tales conceptos. Porque no es posible que el Senado, sin haber realizado un estudio a fondo, deje fuera de la norma, por ejemplo, a personas que pudiesen abusar de la confianza depositada en ellas. Éste es el carácter del artículo en los términos en que ha sido propuesto.
Estoy en condiciones de favorecer una redacción menor. Pero, eso sí, me gustaría orientar a los Honorables colegas. La norma en cuestión corresponde al título que se refiere a los delitos de rapto, violación, estupro, incesto, corrupción de menores y otros actos deshonestos. Y la idea consignada en el Código es sancionar de manera especial a las personas que, investidas de cierta calidad, la utilizan para cometer un delito que causa particular repudio. Siendo así, no debería estimarse que hay una actitud de falta de respeto hacia quienes tienen esa calidad y, por supuesto, no se involucran en delitos.
Creo que el Senador señor Valdés tiene toda la razón: el concepto de “criado” es muy antiguo. Sería preciso definirlo. Pero, si se entiende como referido al dependiente que vive en el hogar, a cargo del cuidado de menores, y que cometiere algún delito de este tipo, entonces existe con fundamento una agravante, desde mi punto de vista, porque los padres entregan su confianza y se abusa de ella.
El Honorable colega Andrés Zaldívar me pide una interrupción, señor Presidente, que, con su venia y con todo agrado, le concedo.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Sólo deseo insistir en la argumentación, señor Presidente. ¿Qué se está haciendo aquí? Se expresa que quien ejerce una determinada función respecto del ofendido o se halla en una relación determinada con éste sufrirá la pena que se determina.
Ahora, cuando se hace referencia a la “autoridad pública”, ella puede ser un civil, un miembro de las Fuerzas Armadas, un sacerdote o cualquier persona que la ejerza. Y en el caso del guardador sucede lo mismo: puede ser civil, sacerdote o investir cualquier otra calidad. Con el maestro ocurre exactamente igual.
Soy partidario de eliminar la palabra “criado”, porque también creo que constituye una reminiscencia. Además, no agrega nada.
Y se añade: “o encargado por cualquier título o causa de la educación, guarda, curación o cuidado del ofendido”.
Es decir, cualquiera que sea la condición, se aplicará la norma en cuanto a la pena por el delito cometido. No se trata de si media la calidad de sacerdote o no, sino de si concurre la de autoridad pública, guardador, maestro o encargado. Ése es el motivo por el que estimo que el término “sacerdote” no debe ser incluido, como tampoco el de “criado”.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS.-
Retoma el uso de la palabra el Senador señor Hormazábal . ¿O Su Señoría ya terminó?
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, insisto en que sería conveniente que se buscara una redacción alternativa. No creo que sea bueno que la Sala legisle en un tema tan especializado sin que se aproveche la oportunidad, primero, para corregir un lenguaje que parece necesario enmendar; segundo, para que no tenga lugar una consecuencia que nadie quiere, al aprobar o rechazar una norma.
Me permito sugerir que, como también se pueden despachar otros artículos, en el entretanto se analice la posibilidad de introducir una redacción del carácter señalado.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Para los efectos del ordenamiento de la discusión, cabe consignar que hasta este instante se plantean dos opciones: la recordada por el Senador señor Otero en relación con lo que expresa el Reglamento y una división de votación. No existen otras, salvo que Su Señoría permita que el debate se reabra en plenitud y se deje pendiente el acuerdo primario, en el sentido de no votar lo aprobado por la unanimidad de la Comisión.
El señor HORMAZÁBAL.-
Se renovó una indicación, señor Presidente.
El señor DÍEZ.-
Así es.
El señor VALDÉS.-
Pido la palabra.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La tiene, Su Señoría.
El señor VALDÉS.-
Es sólo para una cuestión de procedimiento. Dado que es muy difícil, como dice el Honorable señor Hormazábal , redactar entre todos y no resulta conveniente pronunciarse a favor o en contra de algo que no parece razonable, cabe consignar que se registran precedentes en orden a suspender una votación y a que las personas más preparadas elaboren un texto que elimine “ripios”, para que sea sometido a la Sala.
Recuerdo que en dos oportunidades, siendo el que habla Presidente de esta Corporación, se presentó esa situación con el entonces Senador señor Jarpa , se reunieron comités especiales y se volvió con una fórmula acordada por todo el mundo.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Díez .
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente, en esta discusión hemos perdido de vista lo dispuesto por el artículo 368, inciso segundo, en la redacción aprobada en general: “Fuera de los casos previstos en el inciso precedente, será circunstancia agravante de los delitos previstos en los artículos 362, 366-A y 366-C abusar de la confianza del menor o de sus padres o cuidadores.”. La amplitud de esta norma llena cualquier vacío que pudiera presentar el inciso primero.
Y, en lo personal, concuerdo con la petición de dividir la votación, para excluir las palabras “sacerdote” y “criado”, aunque este último, en la acepción del Diccionario de la Real Academia Española, es la “Persona que sirve por un salario, y especialmente la que se emplea en el servicio doméstico.”. En realidad, no es necesario incluir al criado -y quizás sea peyorativo hacerlo-, porque quien desempeña esa función se halla cubierto por el inciso segundo, si abusa de la confianza de padres o guardadores.
Por lo tanto, señor Presidente, propongo dividir la votación y que se supriman, sin temor, los vocablos aludidos, ya que al final del artículo se incluye una regla general.
Y, en seguida, debe quedar claro que la aprobación de las normas ha demandado dos requisitos: haber contado con unanimidad en la Comisión y no ser objeto de indicaciones. El precepto que nos ocupa fue objeto de una indicación, retirada precisamente “sub condicione” de proceder a una votación dividida.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Existe acuerdo para aprobar el artículo sin las expresiones “sacerdote” y “criado”, que se votarán con posterioridad?
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor PRAT.-
Pido la palabra.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La tiene el Senador señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, creo que este debate nos debe llamar a una reflexión bastante profunda, porque pretendemos examinar conceptos del Código Penal, dictado hace mucho tiempo.
Si se estudia la legislación vigente, se encontrará que numerosas palabras pueden ser sustituidas por otras más adecuadas. Evidentemente, en lugar de la expresión “criada” se debería usar la de “asesora del hogar”. Y, en lo atinente a la prostitución, hoy se puede hacer referencia a las “trabajadoras del sexo”, como ocurre, de repente, en los programas de televisión.
Por lo tanto, cuando se analiza un texto legal, antes de cambiarlo se debe considerar qué significa dentro de la jurisprudencia.
El Senador señor Hormazábal ha sido muy claro. Precisamente, el término “criado” ha sido establecido por la jurisprudencia, de manera permanente, como referido a la persona que mantiene una relación determinada por el trabajo que efectúa dentro de una casa, al vivir en ésta. Pero no necesariamente alguien en esas condiciones abusa de la confianza, porque puede que no se le tenga ninguna. Por ejemplo, el jardinero que vive dentro de una propiedad no es depositario de la confianza para cuidar los niños, pero, dentro del término empleado por el Código y en el criterio de la jurisprudencia, el concepto de “criado” lo involucra.
Respecto de si el hecho de ser sacerdote o ministro de fe de un culto no tiene importancia para la responsabilidad penal, ¡por Dios que sí la tiene! ¿Qué pasa, por ejemplo, si un sacerdote recibe una confesión y la usa? ¿Qué pasa cuando un ministro del culto, como se ha visto ene veces en otras partes -porque en esto no hay que asustarse: es preciso hablar de todas las religiones-, influencia de tal manera a las personas que, en vista de la potestad que ostenta como representante del Ser Supremo, las obliga a aceptar lo que no habrían tolerado si no mediara esa calidad?
No deseo continuar, señor Presidente, porque la verdad es que se está dilatando innecesariamente el proyecto. Si se considera el artículo 12 del Código Penal, se puede advertir que el Nº 7 señala como circunstancia agravante la de “Cometer el delito con abuso de confianza.”. En consecuencia, lo que se puede hacer para aprobar las dos supresiones es dejar constancia de que ello no significa eliminar la responsabilidad de quienes revisten la calidad de ministros de un culto, cualquiera que sea, y de quienes viven en una casa por razón de un trabajo doméstico.
Si ello queda registrado en la Versión Oficial, se percibirá, entonces, el porqué de la medida. De lo contrario, la jurisprudencia puede concluir que el motivo radica en que la norma no se aplica…
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Conforme.
El señor OTERO.-
… en tales casos, cuando concurre el abuso de confianza, por haber sido excluidos sacerdotes y criados.
Se requiere tener cuidado, entonces, cuando se efectúa una eliminación, por las consecuencias jurídicas que ello conlleva.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Que se deje la constancia pertinente. Coincido totalmente al respecto.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, no sé si hay acuerdo…
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prat …
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
…y luego se procederá a la votación.
El señor HAMILTON.-
Perdón, señor Presidente. No habría nada que poner en votación, porque…
El señor PRAT.-
Si me permite, Su Señoría,…
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prat , Senador señor Hamilton .
El señor HAMILTON.-
Perdón.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, deseo respaldar lo expresado por el Senador señor Otero . Me parece que no podemos dejarnos llevar por sensibilidades. Si es por ello, el caso de la autoridad pública también podría despertarlas.
Aquí, está claro en los conceptos que las personas que ejercen una influencia por el hecho de sus investiduras tienen una agravante cuando cometen determinados delitos. El legislador ha querido identificar esas investiduras y ha señalado los casos evidentes en que se genera una relación de dependencia.
En consecuencia, si queremos cambiar las palabras porque han caído en desuso en la práctica, hagámoslo, pero no eliminemos los conceptos, porque eso puede producir un efecto en la jurisprudencia.
Por eso, yo daría mi venia para cambiar el concepto de “sacerdote”, por ejemplo, por el de “guía espiritual o religioso” y el de “criado” por el de “empleado encargado de la custodia”, pero no eliminaría la palabra en sí misma, ya que ello puede dañar el concepto.
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente? Es para plantear una moción de orden.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Existe acuerdo de la Sala para aprobar el artículo sin las expresiones “sacerdote” y “criado”?
El señor PRAT.-
Con mi voto en contra, señor Presidente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Hay acuerdo.
Ahora corresponde votar la incorporación de ambas expresiones.
¿Hay acuerdo para ello?
El señor HAMILTON.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Señores Senadores, a este respecto sólo tenemos dos alternativas. La primera se refiere a lo señalado por el Senador señor Valdés en el sentido de que los Honorables señores Andrés Zaldívar , Otero y otro señor Senador conformen una pequeña comisión para elaborar la redacción correspondiente.
El señor HAMILTON.-
No, señor Presidente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La otra alternativa es atenerse a lo planteado por la Comisión.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¿Me permite señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Según entiende la Mesa, se acaba de aprobar el artículo, por lo que ahora corresponde resolver la incorporación de las expresiones “sacerdote” y “criado”.
El señor BITAR.-
¿Me permite una moción de orden, señor Presidente?
El señor PRAT.-
Considero que debemos resolver si se reemplazan las palabras “sacerdote” y “criado” por otras que recojan el concepto. No es admisible que primero se eliminen y después no exista acuerdo respecto de cómo reemplazarlas. Me parecería un cambio inconveniente.
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor HAMILTON.-
Yo estoy buscando una solución, porque este proyecto es extraordinariamente importante y de una complejidad jurídica notable.
Estamos detenidos en dos términos, uno de ellos aplicable sólo a personas que profesaban o dirigían una fe, y el otro, a personas que prestaban servicios al interior de la casa.
De suprimirse ambos términos -como dijo con razón el señor Presidente de la Comisión-, de todas maneras sería aplicable, en caso de abuso de confianza, una disposición del Código Penal.
Si dejamos esa constancia, no hay inconveniente en que aprobemos el artículo sin tales expresiones. De esa manera, además, despacharíamos completamente el proyecto.
En consecuencia, señor Presidente, repitiendo lo señalado en la Sala, hago una proposición muy formal: suprimamos las palabras “sacerdote” y “criado”, dejando expresa constancia de que en ambos casos, si ocurriera la situación que describe el artículo, procedería la sanción, por tratarse de personas que gozan de confianza, aplicándose, en consecuencia, la disposición pertinente del Código Penal.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La Mesa entiende que el Honorable señor Prat está en contra de esa proposición, salvo que debamos poner en votación…
El señor HAMILTON.-
Votemos.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Muy bien. Procederemos a la votación.
El señor BITAR.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BITAR.-
Señor Presidente, sobre la votación, hay un asunto de procedimiento que me resulta complejo.
A mi juicio, si un artículo se halla redactado de cierta manera, corresponde aprobarlo y luego decidir la eliminación de una o más palabras. Pero no entiendo cómo podemos aprobar ese precepto sin las citadas expresiones y después votar si las agregamos.
El señor RUIZ (don José).-
No. Es al revés.
El señor BITAR.-
Creo que la lógica procedimental indica que, si existe un artículo, primero debe votarse en su integridad,…
El señor RUIZ (don José).-
Así es.
El señor BITAR.-
…para después, de aprobarse, resolver si se retiran algunos términos. Pero no al revés. No se puede aprobar un artículo que no existe,…
El señor VALDÉS.-
Todo lo contrario. ¡Su lógica es de ingeniero, señor Senador…!
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Permítame, Senador señor Bitar…
El señor BITAR.-
…salvo que separemos la votación y digamos que hay un artículo nuevo, igual al actual, pero sin las palabras “criado” y “sacerdote”.
Por ello, es conveniente primero esclarecer el procedimiento. Y lo digo por los precedentes que pueden sentarse para otras votaciones y a fin de evitar que el precepto quede trunco.
El señor VALDÉS.-
¡Eso es propio del Colegio de Ingenieros…!
El señor BITAR.-
No es mala la ingeniería, Honorable colega, desde el punto de vista de la lógica. Las matemáticas también son muy útiles. ¡No se trata de un aspecto privativo de los abogados…!
El señor HAMILTON.-
Pido la palabra.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La tiene, Su Señoría.
El señor HAMILTON.-
Me parece que hay un pequeño error.
En la discusión particular se tratan primero las indicaciones; y aquí hay una que suprime dos palabras, con la constancia que se ha señalado. Después se vota el artículo. Pero no se procede al revés, como sugiere el Senador señor Bitar , porque no es lo que dispone el Reglamento.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, quiero hacer una moción de orden.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La Mesa pide disculpas por no haber sido suficientemente clara en este asunto.
Recogemos lo manifestado por el Honorable señor Bitar . Efectivamente, hemos puesto en votación el artículo, que, según entiende la Mesa, está aprobado. Y se ha pedido dividir la votación para marginar del precepto las expresiones “sacerdote” y “criado”.
El señor RUIZ (don José).-
Tiene razón la Mesa.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, ¿me permite una observación?
Me gustaría que se aplicara el Reglamento. No se ha renovado ninguna indicación para borrar esas palabras. En consecuencia, reglamentariamente, ello no puede ponerse en votación.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Se ha pedido dividir la votación, señor Senador.
El señor HAMILTON.-
Hay una indicación del Senador señor Urenda , que se retiró precisamente para arreglar la parte conflictiva.
El señor OTERO.-
El Honorable señor Urenda renovó su indicación, y a la Sala le corresponde aprobarla o rechazarla.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
No. El Senador señor Urenda retiró su indicación.
El señor OTERO.-
Si la retiró, quiere decir que el artículo cae en el primer acuerdo de la Sala, en virtud del cual quedan aprobadas las disposiciones acogidas por unanimidad en la Comisión.
El señor HAMILTON.-
No, señor Senador. Se actuó de buena fe, y el retiro fue condicionado.
El señor OTERO.-
Senador señor Hamilton , le ruego que me deje hablar.
La señora FELIÚ.-
No hay aprobaciones tácitas.
El señor VALDÉS.-
Honorable señor Otero , ¿me permite una interrupción?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
El Senador señor Otero está haciendo uso de la palabra.
El señor OTERO.-
Reglamentariamente, como la indicación renovada se retiró y el artículo había sido aprobado por unanimidad en la Comisión, quedó aprobado en forma automática, conforme al primer acuerdo de la Sala. Para cambiar eso se requiere unanimidad del Senado.
En segundo término, se ha hablado de indicaciones. Sin embargo, no se ha presentado ninguna indicación,…
El señor VALDÉS.-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor OTERO.-
…ni en la Comisión ni en otra instancia, que pueda ser renovada en la Sala para suprimir las dos palabras en comento.
Por lo tanto, poner en votación si se eliminan dichas expresiones es absolutamente antirreglamentario. Para hacerlo se requiere el asentimiento de la Sala, y yo no lo doy.
El señor VALDÉS.-
Senador Otero , ¿me permite una interrupción?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Señores Senadores, el señor Secretario recordará el acuerdo adoptado al iniciarse la discusión de la iniciativa.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Al comenzar el debate, se pidió el acuerdo de la Sala para dar por aprobados todos los artículos acogidos por unanimidad en la Comisión, salvo los de quórum especial y los que hubieran sido objeto de indicaciones renovadas. En el caso que ocupa a la Sala había una indicación renovada.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer .
El señor THAYER.-
Señor Presidente, se está dilatando sin motivo un debate que no tiene por qué ser tan intenso.
No voy a votar en este punto, porque estoy pareado. Empero, me parece fundamental que el artículo en comento sea bien redactado, para que no existan dudas al respecto. Y creo que no las hay, salvo en cuanto a las expresiones “sacerdote” y “criado”.
Tengo la impresión, por lo que he oído durante el debate, de que no existe un impedimento grave para sustituir dichas palabras por “ministro de un culto” y “empleado”, respectivamente.
Lo de “criado” desapareció del Código del Trabajo, y parece razonable usar una expresión común, siempre que se trate de un empleado encargado en la forma que señala la parte pertinente del artículo.
Opino que, si se reemplazaran esas dos expresiones, no debería existir obstáculo alguno para aprobar unánimemente el artículo y no demorar más la discusión.
Comprendo que hay una cuestión de método -muy respetable-, en el sentido de no cambiar nada del artículo en cuestión, porque ello obligaría a modificar muchas otras disposiciones. Sabemos que es así. Sin embargo, no es problema muy serio que, advirtiendo la existencia de normas que pueden estar desfasadas en el tiempo, busquemos -como decía el Senador señor Prat - mantener el concepto y cambiar las expresiones “sacerdote” por “ministro de culto” y “criado” por “trabajador” o “empleado”.
He dicho.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú . Después haremos una nueva proposición.
La señora FELIÚ.-
Seré muy breve, señor Presidente.
El Reglamento no contempla aprobaciones tácitas de ningún artículo. Sólo establece que, en el caso de las normas acogidas por unanimidad en Comisión, el Presidente plantea a la Sala su aprobación sin debate.
Aquí se propuso aprobar sin discusión determinados artículos, que no tenían indicaciones.
Ahora, si su autor original, con razones fundadas, retiró una indicación renovada, eso no quiere decir que retroactivamente haya de entenderse acogido el precepto en que ella recaía, que no estaba comprendido entre los susceptibles de aprobación conforme al acuerdo adoptado.
Reitero que, reglamentariamente, no existe la aprobación automática de ninguna norma. De lo contrario, en último término no sería la Sala la encargada de aprobar las distintas disposiciones, sino las Comisiones, donde bastaría el pronunciamiento favorable de tres Senadores.
Eso no es lo que establece la Carta Fundamental. Y el Reglamento es muy claro y congruente con la Constitución al estatuir que el Presidente propone a la Sala la aprobación sin debate. En la presente iniciativa, las disposiciones que se hallaban en esa situación ya fueron aprobadas.
En cuanto al problema de fondo, comparto íntegramente lo expresado por el Senador señor Thayer .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La Mesa tiene el mismo criterio expuesto por la Honorable señora Feliú .
Por tal motivo, a proposición del Senador señor Andrés Zaldívar , se votarán las expresiones "sacerdote" y "criado".
El señor OTERO.-
Su Señoría no puede poner en votación lo que no ha sido objeto de indicación renovada. La única indicación renovada es la del Honorable señor Urenda , que la Mesa debe someter a votación.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Hago presente a Su Señoría que la votación anunciada por la Mesa no obedece a una indicación renovada, sino a la propuesta del Senador señor Andrés Zaldívar de dividir la votación.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Exactamente. Y es un derecho reglamentario.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En consecuencia, se votará la sugerencia del Honorable señor Andrés Zaldívar en orden a suprimir las expresiones "sacerdote" y "criado".
El señor PRAT.-
¿Quiere decir eso que no se votarán términos sustitutivos?
El señor DÍEZ.-
No.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Sólo la supresión.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Únicamente las expresiones señaladas.
El señor PRAT.-
Es bueno que se haya especificado, para tenerlo claro en el momento de votar.
Gracias.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Posteriormente, dependiendo del resultado de la votación, solicitaré la anuencia del Senado acerca de la sugerencia del Honorable señor Valdés en el sentido de constituir, eventualmente, una comisión.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, como eso influye en la forma de votar, sugiero que antes recabe el acuerdo unánime de la Sala para plantear palabras alternativas.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo para acoger el planteamiento del Senador señor Prat ?
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
No.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
No hay unanimidad.
Entonces, en votación la eliminación de las expresiones "sacerdote" y "criado".
(Durante la votación).
El señor BITAR.-
Señor Presidente, además de mi observación de procedimiento y aceptando que la Mesa defina la forma de actuar en esta materia (aunque me resulta un poco extraña), quiero hacer notar la conveniencia de reemplazar la palabra "sacerdote" por otra equivalente a "ministro de un culto religioso", entendiendo que, en el espíritu de la ley -que no puede ser ajeno a nuestra preocupación-, la incidencia que sobre otra persona puede tener la conducta de quien cumple aquel rol es de tal envergadura que, obviamente, debe estar afecta a una norma como la consignada en el artículo que nos ocupa.
Por eso, más que dar a esta norma un carácter semántico específico, por el significado que en cierto momento pueda tener en una sociedad el que la palabra "sacerdote" se vincule a personas de determinada religión -yo no la veo asociada a la católica-, estimo conveniente cambiar ese término por otro equivalente a "ministro de un culto religioso".
Ello me parece de la mayor importancia, por la gravedad que una influencia de tal naturaleza reviste a la hora de cometerse un delito como el que estamos analizando.
En tal sentido, voto por suprimir el término "criado", pero me abstengo en lo relativo a la eliminación de la palabra "sacerdote", por creer que debe sustituirse por otra.
Señor Presidente, si se votan juntas ambas expresiones, tiene que abrirse la posibilidad de que nos pronunciemos por una opción distinta, por las razones expuestas a lo largo de mi argumentación.
Por consiguiente, pido, o que se vote haciendo una distinción, o que se realicen dos votaciones, una para cada palabra.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Estamos en votación.
El señor BITAR.-
Sí. Pero la votación tiene que hacerse en forma de facilitar el raciocinio.
En este caso deben efectuarse dos votaciones, señor Presidente, o bien, hay que aceptar que mi votación sea diferenciada.
El señor HORMAZÁBAL.-
Me parece atendible.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para reabrir el debate sobre esta materia.
Acordado.
Considerando la importancia del planteamiento hecho por el Senador señor Bitar , se efectuarán dos votaciones.
En votación la expresión "sacerdote".
(Durante la votación).
El señor BITAR.-
Me abstengo, por los motivos que expuse hace algunos instantes.
La señora CARRERA.-
Señor Presidente, si todos estamos de acuerdo en que los conceptos son justos y correctos y sólo dudamos en las palabras, considero que lo más adecuado sería cambiar la expresión "sacerdote" por otra, como "ministro de un culto religioso".
Pienso que la influencia de una persona con esa investidura puede ser tan grande, que resulta necesario consignar tal condición como una agravante.
Si no se cambiara la expresión "sacerdote" por "un ministro de culto", yo votaría por el artículo tal como lo aprobó unánimemente la Comisión.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Entonces, la señora Senadora vota que sí.
El señor COOPER.-
Señor Presidente, asumo la misma posición que la Senadora señora Carrera. Si no es posible mejorar el texto, creo que debe mantenerse como está.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, participo de la idea de un concepto equivalente a "ministro de un culto religioso". Concuerdo absolutamente con lo expresado al respecto por el Honorable señor Bitar y la Senadora señora Carrera.
El señor OTERO.-
¿Me permite una interrupción, señor Presidente?
Sé que nos encontramos en votación, pero es evidente que varios señores Senadores no saben de qué manera se está votando. Porque he escuchado a algunos decir sí y pronunciarse en la misma forma que la Senadora señora Carrera, no obstante ser divergentes sus posiciones.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Señor Senador, la votación favorable significa mantener el término "sacerdote".
El señor OTERO.-
Bien. Muchas gracias.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, se ha confundido la votación.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
El señor Secretario la aclarará.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
El señor Presidente, luego de aprobado el artículo sin las palabras "sacerdote" y "criado", puso en votación si se mantenía o no la expresión "sacerdote". Y esto es lo que se halla en votación.
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente, quiero cambiar mi voto.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Hasta el momento se han pronunciado a favor la Senadora señora Carrera; los Honorables señores Cooper, Díaz .
El señor DÍAZ.-
No. Yo voté en contra. Está perfectamente aclarado.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
.y Díez; la Senadora señora Feliú .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Señores Senadores, repetiremos la votación.
El señor Secretario especificará claramente qué se votará.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Se va a votar la mantención de la palabra "sacerdote".
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En votación.
(Durante la votación).
La señora CARRERA.-
Señor Presidente, entiendo que no estoy votando a favor de la expresión "sacerdote", sino por mantener el concepto. Y quiero que se reemplace ese término por "ministro de un culto religioso".
Si eso no es posible, apruebo el artículo tal como salió de la Comisión.
Doy todas estas explicaciones porque, pese a no estar de acuerdo en que se mantenga la palabra "sacerdote", si no hay otra forma de concretar el concepto, tengo que votar afirmativamente.
El señor COOPER.-
Voto por mantener la expresión, y espero que la mejoremos en seguida.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente, creo que nos estamos complicando, porque resulta que si un obispo tiene a un cura como criado se nos enreda más el asunto todavía. ¡Claro! Podría ser posible que un hermano lego o un cura fueran dependientes del obispo.
Por lo tanto, voto por eliminar los términos.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, voto igual que la Honorable señora Carrera, por las mismas motivaciones.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente, voto por mantener la norma tal como está. Creo que nos estamos adelantando a un posterior trámite legislativo, ya que, por no existir unanimidad, el problema no se corrigió en el Senado. Por lo tanto, deberá ser la Cámara de Diputados la que lo solucione.
El señor MC-INTYRE.-
Señor Presidente, voto por mantener el vocablo “sacerdote”. Pero, si fuera posible, me pronunciaría por reemplazarlo por la expresión “ministro de culto”.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, por las razones dadas por la Senadora señora Carrera, voto que sí.
El señor THAYER.-
Estoy, afortunadamente, pareado.
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente, estoy, lamentablemente, pareado, de manera que no puedo votar. Deploro que no se haya podido llegar a un consenso entre tan pocos Senadores, porque aparentemente ninguno de las proposiciones ha sido satisfactoria. Además, estamos frente a una invocación reglamentaria que ha rigidizado la discusión del proyecto.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Terminada la votación.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Resultado de la votación: 14 votos por la afirmativa, 9 por la negativa, 2 abstenciones y 2 pareos.
Votaron por la afirmativa los señores Carrera, Cooper , Feliú , Fernández , Gazmuri , Horvath , Larre , Letelier , Martin , Mc-Intyre , Muñoz Barra , Otero , Prat y Siebert .
Votaron por la negativa los señores Díaz , Díez , Hamilton , Lavandero , Ríos, Ruiz (don José ), Ruiz-Esquide , Zaldívar (don Adolfo) y Zaldívar (don Andrés) .
Se abstuvieron los señores Bitar y Hormazábal .
No votaron, por estar pareados, los señores Thayer y Valdés .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Por lo tanto, se aprueba mantener la término “sacerdote” en la norma.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, para no seguir toda la tarde en esta discusión, conservemos la palabra “criado”, con la misma votación.
El señor BITAR.-
No, señor Presidente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Consulto nuevamente a la Sala si hay acuerdo unánime para reemplazar la expresión “sacerdote” por “ministro de culto”. Si hubiera unanimidad, podríamos revisar el planteamiento del Senador señor Valdés .
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, para terminar con este debate, hago dos sugerencias. Primera, sustituir sacerdote” por “ministro de un culto religioso”. Creo que en tal sentido habría unanimidad en el Senado. Ya lo propuse hace más de 45 minutos. Y segunda, reemplazar “criado” por los términos utilizados en el Código del Trabajo: “empleado de casa particular”. Con ello, me parece que podríamos terminar la discusión y seguir avanzando.
El señor RUIZ (don José).-
“Trabajador de casa particular”.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Recabo el asentimiento unánime de la Sala para que el término “sacerdote” sea remplazada por “ministro de un culto religioso”.
El señor PRAT.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, sugiero que los dos señores Senadores que de alguna manera han encabezado las distintas posiciones busquen alguna expresión que realmente asegure que se está recogiendo cabalmente el concepto, pues es posible que la frase que la Mesa plantea nos parezca correcta en primera instancia; pero no lo sea una vez analizada con mayor profundidad.
Por eso, propongo que sean esos dos Senadores los que busquen los términos para reemplazar “sacerdote” y “criado”, ojalá con apoyo de diccionarios.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La Mesa entiende que lo señalado por el Senador señor Prat está recogido precisamente en la aceptación de la expresión propuesta.
Si le parece a la Sala, se reemplazaría la palabra “sacerdote” por los términos “ministro de un culto religioso”.
Acordado.
Ahora hay que sustituir el sustantivo “criado”.
El señor HAMILTON.-
Senador Presidente, puede cambiarse por “dependiente”. Es la misma idea pero más modernizada, aunque ahora es probable que la Sala se divida entre partidarios de incluir “dependiente” y favorables a incorporar “independiente”.
El señor THAYER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Thayer .
El señor THAYER.-
Señor Presidente, la expresión exacta la señala el Código del Trabajo, pero es larga: “trabajador de casa particular”, lo que enredaría el asunto. Por eso, creo que no pecamos ni venialmente si incorporamos la palabra “empleado”, que estaría muy bien usada.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Cuál sería, entonces, la expresión exacta, señor Senador?
El señor HAMILTON.-
“Empleado”.
El señor THAYER.-
La exacta es “trabajador de casa particular”; sin embargo, a mi juicio, la adecuada, en este caso, es simplemente “empleado”, que no es contraria, sino que más genérica.
¿Por qué razón sugiero “empleado”? Porque la expresión “criado” -hay antecedentes históricos- se refiere a quien antiguamente estaba a cargo del cuidado de la casa y, especialmente, de los niños, en lo que algunos filósofos llamaban sociedad heril.
Hoy día tales funciones están más diversificadas, pues puede estar a cargo de la casa, por ejemplo, un chofer, una enfermera, etcétera.
Por ello, considero que la expresión “empleado” basta y sobra.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
El Honorable señor Thayer tiene razón, ya la persona que está a cargo de la guarda o cuidado puede ser un empleado particular, un chofer o una enfermera. El término “empleado” está perfectamente bien utilizado.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo de la Sala para reemplazar “criado” por “empleado”?
Acordado.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
A continuación, los Nºs 15, 16 y 19 fueron aprobados por unanimidad en la Comisión (4-0, 3-0 y 3-0, respectivamente), y por lo tanto quedan comprendidos dentro del acuerdo general adoptado al comienzo de la sesión.
El Nº 20, que pasa a ser 22, también fue aprobado por unanimidad, pero es de quórum calificado.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En discusión.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, es el mismo caso que votamos anteriormente, puesto que la sanción está establecida en el Código actual. Lo único que se ha hecho es perfeccionar la norma para que no tenga la amplitud de antes. Pero la pena ya está fijada, así que estamos ante el mismo caso que votamos al comienzo de la sesión.
Por lo tanto, sería conveniente terminar el debate, aprobando el artículo con la misma votación de entonces.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton .
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, estoy en desacuerdo con el señor Senador, ya que no se trata de la misma situación.
El artículo 372 bis impone la pena de muerte en cuatro delitos. A dos de ellos -estoy de acuerdo- el Código Penal se los aplica; pero a los otros dos -el 361, Nº 1º, y el 366-A-, no. Por lo tanto, habría que establecerla para estos últimos, caso en el cual se requiere, conforme al inciso tercero del número 1º del artículo l9 de la Constitución Política, quórum calificado. En consecuencia, respecto de los dos delitos castigados con pena de muerte, podríamos aceptar la votación anterior, porque, efectivamente, se perdió; pero en cuanto a los otros dos, me parece que debería votarse, dado que, si no se reúne quórum calificado, no se puede establecer dicha penalidad.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor GÓMEZ (Ministro de Justicia subrogante).-
Señor Presidente, en la misma línea señalada por el Senador señor Hamilton , estimamos que el artículo agrega la pena de muerte para los abusos sexuales contra menores. Por lo tanto, la disposición vulnera también, a nuestro juicio, el Pacto de San José de Costa Rica, por cuanto, en este caso, estaríamos estableciendo la pena de muerte respecto de un delito que no se hallaba previsto con anterioridad.
En consecuencia, sin perjuicio de dejar muy en claro la posición del Gobierno en materia de pena de muerte, estamos en absoluto desacuerdo en cuanto a ampliarla en lo relativo al precepto en debate.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Señor Ministro, el actual artículo 372 bis dispone la pena de muerte.
El señor GÓMEZ (Ministro de Justicia subrogante).-
El artículo 372 bis vigente señala "El que con motivo u ocasión de violación o de sodomía", etcétera. Ahora se están incorporando los artículos 361, relativo a la violación, y 362, concerniente a violación de menores; pero los artículos 366, Nº 1º, y 366-A se refieren a abusos sexuales contra menores, que no es lo mismo.
El señor HAMILTON.-
Excúseme, señor Presidente. Sugiero -para abreviar- que, respecto de los delitos con pena capital, el Senado los apruebe con la misma votación anterior, y que se pronuncie acerca de los dos delitos sobre los cuales, en este momento, se estaría imponiendo la pena de muerte.
El señor OTERO.-
Tiene razón el Senador señor Hamilton .
El señor BITAR.-
Señor Presidente, en ese caso, debería aprobarse con quórum calificado, pues se está imponiendo la pena de muerte.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, efectivamente, los dos artículos que se refieren a abusos sexuales deberían aprobarse con quórum calificado. Los otros dos casos, en que está establecida la pena de muerte, quedarían aprobados con la misma votación anterior. Si no se reuniera quórum calificado, tendría que entenderse que la pena de muerte no se aplicará respecto de los dos preceptos que se refieren a abusos sexuales.
El señor HORMAZÁBAL.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, antes de conocer el resultado de la votación, deseo hacer una consulta, a fin de que tengamos claro lo que puede ocurrir.
Hay dos casos resueltos, donde hoy se aplica como una opción la posibilidad de la pena de muerte. Respecto de los otros dos a que se ha hecho alusión, me gustaría que el Presidente de la Comisión de Constitución nos explicara qué sucedería si no se reúne el quórum requerido y qué norma sería aplicable en tal evento. ¿La aprobada en el primer informe?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, si el quórum fuera insuficiente para aprobar la pena de muerte propuesta, habría que formular una indicación para establecer la de presidio perpetuo, que es la pena inmediatamente más baja. No hay que olvidar que, aun cuando se trate de delitos de abusos sexuales, es con resultado de muerte. O sea, debe entenderse que en todos estos casos estamos hablando de un homicidio, que se produce ya sea por violación, sodomía o abusos sexuales.
Por lo tanto, contestando derechamente la pregunta del señor Senador, si se elimina la pena y el Senado no establece una nueva, tales delitos quedarán sin penalidad.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal .
El señor BITAR.-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor HORMAZÁBAL.-
Con la venia de la Mesa, señor Senador.
El señor BITAR.-
Deseo hacer una consulta al Presidente de la Comisión.
Entiendo que el delito de abuso sexual con resultado de muerte está penalizada en la legislación actual. ¿Cuál es la pena vigente? A mi juicio, si no se aprobara ahora la pena propuesta –que es la de muerte- prevalecería la vigente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Continúa con el uso de la palabra el Honorable señor Hormazábal .
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, éste es un tema muy delicado.
Yo he defendido la aplicación de la pena de muerte para un número muy reducido de delitos, y, en estos casos, me parece que así de claro ha quedado. Pero, adicionalmente, desde el punto de vista jurídico, me surge la duda de si se puede elevar la pena, dado que se halla vigente el Pacto de San José de Costa Rica. Y uno de mis argumentos para evitar derogar la pena de muerte en algunos delitos específicos es el de que, si ahora lo hiciéramos, después no podría restablecerse, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5º de la Constitución.
Al respecto, solicitaría que se nos ampliara la información por cuanto es de gran importancia. El Senado, ni aun por mayoría, podría introducir una modificación en la materia que nos ocupa.
Por lo tanto, pido que se informe a la Sala, primero, sobre la penalidad actual, y segundo, si ésta es una ampliación de pena para un tipo distinto de delito, caso en el cual, a mi juicio, no procedería votar, por cuanto estaríamos incurriendo en un acto de inconstitucionalidad.
Ésas son mis consultas.
El señor RÍOS (Presidente).-
A la Mesa le parece muy trascendente el tema en debate y, teniendo presentes las palabras del Presidente de la Comisión de Constitución, en el sentido de que una votación eventualmente podría dejar sin castigo dos delitos graves, sin duda alguna debe analizarse con mayor profundidad.
Propongo suspender la sesión por cinco minutos, a fin de que los señores Senadores tengamos la oportunidad de conocer más profundamente esta materia y determinar la forma en que vamos a votar. Estamos ante una votación de quórum calificado y, en este momento, no hay el número adecuado de señores Senadores para resolver una situación como la que nos ocupa.
El señor PRAT.-
Señor Presidente, sugiero que recabe el asentimiento de la Sala, a fin de fijar plazo para formular indicaciones.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Dicho acuerdo debe adoptarse solamente por unanimidad, señor Senador.
El señor GAZMURI.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
señor GAZMURI .- Señor Presidente, solicito autorización para que, una vez despachada la iniciativa en debate, la Comisión de Defensa sesione paralelamente con la Sala, a fin de continuar con el tratamiento del proyecto de ley del deporte.
Se accede.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, la Comisión de Salud está citada para sesionar mañana de 9 a 10 y necesitamos funcionar hasta las 10:30, por lo menos.
Por lo tanto, pido a la Mesa recabar la autorización de la Sala, para que pueda sesionar paralelamente con ella.
Se accede.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Se suspende la sesión.
Se suspendió a las 18:24.
Se reanudó a las 18:28.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Continúa la sesión, y se suspende nuevamente por cinco minutos.
Se suspendió a las 18:28.
Se reanudó a las 18:31.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Continúa la sesión.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO.-
Hemos llegado a un acuerdo con el Gobierno y con los distintos señores Senadores –incluso he preguntado al respecto a los señores Ministros de la Corte Suprema-, y el artículo 372 bis quedaría de la siguiente manera: "El que con ocasión de la comisión de los delitos previstos en los artículos 361 y 362" –se elimina la referencia a los artículos 366, N° 1, y 366-A en el inciso primero- "causare, además, la muerte del ofendido, será castigado:", a continuación de lo cual vienen los números 1° y 2°.
A lo anterior se agrega un nuevo inciso segundo que dice lo siguiente: "El que con ocasión de la comisión de los delitos previstos en los artículos 366 N°1 y 366-A causare, además, la muerte del ofendido, será castigado:
"1° Con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo, si le hubiere dado muerte de propósito.".
Y el número 2° quedaría exactamente igual al N° 2° del inciso primero.
De esta forma, se soluciona el problema, se evita el concurso de delitos y se mantiene la línea del proyecto en su totalidad, sin modificaciones.
He dicho.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton .
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, quiero reiterar que en la primera parte, donde los delitos de los artículos 361 y 362 contemplaban la pena de muerte, quienes somos contrarios a ella mantenemos nuestro voto negativo, y se aprobaría esa disposición en la forma como propone la Comisión con la votación de la mayoría, igual que se hizo en la primera votación…
La señora FELIÚ.-
Exactamente.
El señor HAMILTON.-
En cambio, en los artículos 366, N° 1, y 366-A, que contemplan delitos nuevos a los que se pretendía imponer la pena de muerte, se establece una pena distinta que termina en presidio perpetuo. Ahí estaríamos unánimemente de acuerdo.
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, ése es el espíritu con que se ha elaborado la modificación propuesta.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Muy bien.
Corresponde, entonces, votar la nueva redacción. A lo menos, el inciso primero es de quórum calificado…
El señor OTERO.-
No, señor Presidente, ya se resolvió lo relativo al inciso primero.
El señor HAMILTON.-
Así es, señor Presidente, ya no es de quórum calificado porque se le quitó la pena de muerte.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Siendo así, ¿habría unanimidad para aprobar el artículo 372 bis, tal cual fue leído por el Senador señor Otero ?
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Por su parte, respecto del artículo 2°, la Comisión propone reemplazar, en el inciso cuarto del artículo 30 de la ley N° 18.216, la frase: "si el cónyuge o conviviente del condenado así lo solicitare" por "si la víctima fuere cónyuge o conviviente del condenado y así lo solicitare". Esta modificación fue aprobada por mayoría de tres votos contra uno.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En discusión.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente? Quisiera saber si hay indicación renovada respecto de esta norma.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
No hay, señor Senador.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
En seguida, corresponde votar la sustitución, en el mismo inciso, de la palabra "coerción" por "coacción". Fue aprobada por la unanimidad de la Comisión.
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
A continuación, la Comisión propone una enmienda al número 2 del artículo 3°. Fue aprobada por unanimidad.
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
En seguida, corresponde votar el N° 3 del mismo artículo 3°, porque su aprobación requiere quórum calificado, de acuerdo con el artículo 19, número 12°, inciso primero, de la Constitución Política.
La disposición quedaría de la siguiente forma: "Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, al artículo 78:
"En las causas relativas a los delitos previstos en los artículos 361 a 363 y 366 a 367 bis y, en lo que fuere aplicable, también en los delitos previstos en los artículos 365 y 375 del Código Penal, la identidad de la víctima se mantendrá en estricta reserva respecto de terceros ajenos al proceso, a menos que ella consienta expresamente en su divulgación. El juez deberá decretarlo así, y la reserva subsistirá incluso una vez que se encuentre afinada la causa. La infracción a lo anterior será sancionada conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 189. El tribunal deberá adoptar las demás medidas que sean necesarias para garantizar la reserva y asegurar que todas las actuaciones del proceso a que deba comparecer la víctima se lleven a cabo privadamente.".
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Otero .
El señor OTERO.-
Señor Presidente, en verdad, esta norma tiene por objeto proteger a las víctimas de los delitos sexuales. No hay ninguna duda de que para una persona que ha sido víctima de un delito de esta naturaleza, especialmente en el caso de las mujeres, ser expuesta públicamente le produce un daño igual o mayor al sufrido con el abuso sexual mismo. La Comisión unánimemente estimó necesario incluir una disposición en este sentido para asegurar el derecho que debemos dar a la víctima. Si no le garantizamos a ésta que su identidad no va a ser conocida, la estamos exponiendo a una sanción pública, además del delito de que fue víctima. Por eso, la Comisión ha sido muy terminante en la redacción de esta norma, que se aprobó por unanimidad.
Por otro lado, señor Presidente, he estado conversando con el señor Secretario de la Comisión y hemos llegado a la conclusión de que realmente éste es un artículo del Código Penal que hace relación a uno del Código de Procedimiento Penal, y, por lo tanto, no sería de quórum calificado.
Lo único que podría suceder para que llegara a ser de quórum calificado es que afectase a los medios de comunicación social. Pero, en verdad, éste no es un delito imputable a tales medios en uso de la libertad de información, o que se practique a través de ellos, sino que se genera al dar a conocer la identidad de una persona, cualquiera que ésta sea.
Por lo tanto, creemos que debe rectificarse la calificación, pues, a nuestro juicio, se trata de una norma de quórum simple.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Señores Senadores, lo planteado por el Honorable señor Otero , dice relación a que en el informe de la Comisión se consigna la expresión "quórum calificado" para este artículo; sin embargo, el señor Senador ha referido que, desde su punto de vista, el artículo no sería de quórum calificado.
Ruego a la Sala pronunciarse al respecto.
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú .
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, tengo dudas sobre el particular. Pudiera ser de quórum calificado por dos razones: en primer lugar, porque se entrega un cometido especial al tribunal; se establece una obligación del mismo en cuanto a procurar mantener en reserva lo relativo a ciertas acciones y asegurar que los procedimientos en que deba comparecer la víctima se lleven a cabo privadamente. Ésa es una nueva obligación impuesta al tribunal en este tipo de procesos.
En segundo término, y en relación con la libertad de información, se trata de un caso en el cual, por mandato de la ley, debe mantenerse reserva.
Entonces, no hay duda de que la norma que permite mantener en reserva las actuaciones en un juicio criminal es de quórum calificado, como siempre lo ha sido. En este caso, corresponde a una excepción a la publicidad general que debe regir en todas las materias.
Por esa razón, en mi concepto, parece más prudente considerarlo de quórum calificado.
El señor OTERO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor OTERO.-
Señor Presidente, la Honorable señora Feliú ha dado dos argumentos: el primero, que sería una norma del Código Orgánico de Tribunales. En este sentido, lamento discrepar de la señora Senadora, porque se refiere al procedimiento. Es lo mismo que si en el Código de Procedimiento se consignase que el tribunal decrete el traslado o que él reciba la causa a prueba.
Pero lo que se dice es que, dentro de sus facultades, el tribunal debe ordenar un trámite determinado. Por lo tanto, esa norma es de procedimiento y no orgánica, al no formar parte de la competencia del tribunal.
Por otra parte, señalé que puede existir discusión frente a la duda. Y, en tal caso, yo trataría de lograr el quórum calificado para aprobarlo. Porque la norma es extraordinariamente importante para la protección de las víctimas de los delitos sexuales.
El señor (Presidente accidental).- La Mesa entiende que ésta es una votación definitivamente de quórum calificado, razón por la cual se requieren 22 señores Senadores.
Se va a llamar por cinco minutos a los señores Senadores.
Si le parece a la Sala, lo daremos por aprobado.
Se aprueba el Nº 3 del artículo 3º, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que se pronunciaron afirmativamente 22 señores Senadores.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Las enmiendas a los Nºs. 5, 6 y 7, del artículo 3º, y el artículo 5º, nuevo, fueron aprobados por unanimidad en la Comisión.
Se aprueban y queda despachado el proyecto en este trámite.
El señor HAMILTON.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, el proyecto recién aprobado es realmente importante y su estudio ha sido extraordinariamente complejo. Por ello contamos con el respaldo permanente tanto de la Presidenta del Consejo de Defensa del Estado como del representante de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, por lo cual sugiero que se les envíe, en nombre del Senado, una nota de reconocimiento por el aporte y labor que han desarrollado.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Subsecretario.
El señor GÓMEZ (Subsecretario de Justicia).-
Señor Presidente, en nombre del Ejecutivo, quiero agradecer el trabajo arduo y profundo de la Comisión, presidida por el Senador señor Otero e integrada por el Honorable señor Hamilton y otros señores Senadores. Efectivamente, se trata de una iniciativa extraordinariamente compleja, pese a lo cual logró ser aprobada por la Sala en las condiciones en que ahora se despachó.
Por mi parte, felicito y agradezco al profesor de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile don Antonio Bascuñán y a la señora Clara Szczaranski , Presidenta del Consejo de Defensa del Estado, quienes participaron en su estudio junto con representantes del Ministerio de Justicia.
La futura ley traerá grandes beneficios, conforme a lo señalado anteriormente, en cuanto a la protección de los más desprotegidos con relación a este tema.
¡Muchas gracias!
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Agradecemos su presencia, señor Subsecretario, y también la del señor asesor que lo acompaña.
NORMAS SOBRE COLECTORES DE AGUAS LLUVIAS Y REDES SECUNDARIAS
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica el decreto supremo Nº 294, de 1984, del Ministerio de Obras Públicas, y el decreto ley Nº 1305, de 1975, en materia de colectores de aguas lluvias y redes secundarias, con informe complementario al segundo informe de la Comisión de Obras Públicas.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 12ª, en 5 de julio de 1995.
Informes de Comisión:
Obras Públicas, sesión 10ª, en 1º de julio de 1997.
Vivienda, sesión 10ª, en 1º de julio de 1997.
Obras Públicas (segundo), sesión 20ª, en 30 de julio de 1997.
Obras Públicas (complementario de segundo), sesión 31ª, en 3 de septiembre de 1997.
Discusión:
Sesiones 12ª, en 3 de julio de 1997 (queda pendiente su discusión); 13ª, en 8 de julio de 1997 (se aprueba en general); 21ª, en 5 de agosto de 1997 (vuelve a Comisión de Obras Públicas).
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
El proyecto comenzó a tratarse en sesión anterior, y se pidió un informe complementario al segundo informe respecto del inciso final del artículo 2º, del artículo 5º y de los artículos transitorios nuevos, según reza el acuerdo de la Sala de 5 de agosto recién pasado.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En la discusión del artículo 2º, tiene la palabra el Senador señor Urenda .
El señor URENDA.-
Señor Presidente, estamos ante un informe complementario al segundo informe de la Comisión de Obras Públicas, recaído en el proyecto referente a materias de colectores de aguas lluvias.
En consecuencia, y en conformidad a lo acordado por la Sala en aquella oportunidad, la Comisión se abocó a tratar específicamente dos puntos: una proposición para suprimir el inciso final del artículo 2º; y el artículo 5º, propuesto por el Senador señor Otero , que la Comisión había declarado inadmisible en su oportunidad.
Sin perjuicio de ello, la Sala fijó un nuevo plazo para presentar indicaciones, entre las cuales figura la formulada por el Senador señor Bitar , en orden a suprimir en el artículo 2º, el inciso tercero, nuevo, propuesto en el segundo informe; y otra, del Honorable señor Horvath , relativa a consultar un artículo nuevo, que dispone: “Los planes maestros y la coordinación de las actividades que señalan los artículos anteriores deben considerar la situación de las cuencas hidrográficas.”.
La iniciativa en debate tuvo su origen en un mensaje y tiene por objeto precisar responsabilidades y facultades frente a los problemas derivados de las aguas lluvias.
Quizás a consecuencia de un invierno muy inclemente, como el de este año, en la práctica, se quiso extender las disposiciones del proyecto más allá de lo que originalmente se pensó, dando motivo a la declaración de inadmisibilidad mencionada y respecto de la cual se pidió a la Comisión un nuevo estudio.
El artículo 1º aprobado establece el concepto general de que “El Estado velará por que en las ciudades y en los centros poblados existan sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias que permitan su fácil escurrimiento y disposición e impidan el daño que ellas puedan causar a las personas, a las viviendas y, en general, a la infraestructura urbana.”.
Luego, el inciso segundo, agrega: “La planificación, estudio, proyección, construcción, reparación, mantención y mejoramiento de la red primaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias corresponderá al Ministerio de Obras Públicas. La red secundaria estará a cargo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo a quien le corresponderá, directamente, su planificación y estudio y, a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, la proyección, construcción, reparación y mantención de la misma. La Dirección de Obras Hidráulicas y los Servicios de Vivienda y Urbanización podrán contratar la realización de las obras a que dé lugar las disposiciones de esta ley, de acuerdo a los procedimientos establecidos en sus respectivas normas orgánicas, pudiendo optar a tales contratos las empresas de servicios sanitarios.”.
Con esta norma se satisfizo el primer propósito del proyecto: establecer claramente a quién corresponden las respectivas tareas, tanto respecto de la red primaria como de la secundaria; la primera, al Ministerio de Obras Públicas, y la segunda, al de Vivienda y Urbanismo.
El artículo 2º expresa que “Para los efectos señalados en el artículo anterior, el Ministerio de Obras Públicas desarrollará planes maestros, en los cuales se definirá lo que constituye la red primaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias. Dichos planes serán aprobados por decreto supremo firmado por los Ministros de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo.
“El resto de las redes, no contempladas dentro de la definición de red primaria, constituirán, por exclusión, la red secundaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias.”.
Este último es un complemento de lo anterior, y precisa la responsabilidad de cada Ministerio, determinándose que la resolución inicial debe corresponder a un decreto supremo que ha de firmar no sólo el Ministro de Obras Públicas, sino también el de Vivienda y Urbanismo.
La vez anterior, la Comisión aprobó una proposición de diversos señores Senadores para agregar lo siguiente: “Las redes de evacuación y drenaje de aguas lluvias que se construyan serán independientes de las redes de alcantarillado de aguas servidas y no podrán tener interconexión entre ellas.”. Se señaló que esto era para evitar los graves problemas surgidos en determinadas circunstancias por la confusión de las redes de alcantarillado de aguas servidas, con las de agua lluvia, lo cual se traduce en enormes inconvenientes para las ciudades y la población.
Sin embargo, en la indicación del Senador señor Bitar se hizo presente que tal norma podía ser inadecuada, por cuanto en ciertas localidades o ciudades de Chile, precisamente por la escasez de lluvia, o en otras, porque la población aumenta sustancialmente en las épocas en que no llueve, era posible la existencia de esta interconexión. Cabe señalar que esto se refiere al futuro. Por ello, se acordó aprobar la indicación del Honorable señor Bitar con la siguiente modificación: se mantuvo el principio general correspondiente a las recomendaciones técnicas en cuanto a que las redes de evacuación y drenaje de aguas lluvias sean independientes de las redes de alcantarillado, pero se agregó que "Sin embargo, podrán ser unitarias o tener interconexión entre ellas, cuando la autoridad competente así lo disponga, fundada en un estudio de ingeniería que lo justifique desde un punto de vista técnico". Es decir, se admitió la esa posibilidad, considerando que nuestro país tiene una geografía muy amplia y extensa y con características absolutamente diferentes entre una zona y otra. Sobre esa base, entonces, la indicación del Honorable señor Bitar fue aprobada por unanimidad.
Tal es, en consecuencia, el primer problema que se presentará a la resolución de la Sala. El segundo, tal como lo he expresado, es el relativo a una indicación formulada por el Honorable señor Otero que reemplazaba el artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En la reunión anterior, después de un detenido estudio, la Comisión llegó a la conclusión de que ella era inadmisible por referirse a una materia ajena al objetivo general señalado concretamente por el legislador. No obstante ello, y con el ánimo precisamente de satisfacer la proposición de la Sala, se estudió minuciosamente esta materia y tras su examen se llegó, primero, a una conclusión práctica en cuanto a que la proposición, tal como estaba, iba a ser totalmente inaplicable y de una complejidad enorme. Y, en segundo lugar, se estimó que, por referirse a una materia ajena al objeto del proyecto, como lo es una ley distinta de la que se propuso modificar, y concernir a un problema que, si bien es cierto está vinculado con la idea matriz, también es distinto, debía ser estimada inadmisible. Y así, después del debate pertinente, en mi calidad de Presidente, declaré la inadmisibilidad, la que fue confirmada por la Comisión por cuatro votos contra uno.
Por último, en cuanto a la indicación del Honorable señor Horvath en el sentido de que "los planes maestros y la coordinación de las actividades que señalan los artículos anteriores deben considerar la situación de las cuencas hidrográficas", se abrió un debate al respecto y se llegó a la conclusión de que debiera rechazarse, no porque esta materia no esté considerada en estos planes maestros y la coordinación de las actividades, sino porque, al igual que muchas otras, necesariamente debe ser abordada por los organismos técnicos respectivos. Por eso, la mayoría de la Comisión estimó que hacer una referencia expresa a ello era innecesario y, de alguna manera, podría provocar que otros aspectos quedaran debilitados en los estudios pertinentes.
En consecuencia, la Sala tendrá que pronunciarse sobre la modificación introducida al inciso tercero del artículo 2° y al rechazo de la proposición formulada por el Senador señor Horvath , toda vez que la Comisión, en lo que respecta a la enmienda al artículo 5°, después de un extenso debate sobre el particular, en el que incluso los Subsecretarios, tanto del Ministerio de Obras Públicas como del de Vivienda y Urbanismo, tuvieron ocasión para formular algún tipo de proposición que pudiere materializarse en una salida -lo que no ocurrió-, llegó finalmente a esta conclusión, que fue aprobada con la votación que he señalado.
Es cuanto puedo informar a la Sala.
Se autoriza el ingreso al recinto del Subsecretario de Obras Públicas, señor Guillermo Pickering .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Siebert .
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente, sólo deseo complementar lo manifestado por el señor Presidente de la Comisión y recordar al Senado que en la última sesión en que este proyecto fue examinado, su discusión fue postergada y se dio nuevo plazo para presentar indicaciones a raíz de las peticiones de algunos señores Senadores en ese sentido. Por eso, tal como lo señaló el Honorable señor Urenda , se abrió un nuevo plazo y hubo indicaciones nuevas que dieron origen a este informe complementario del segundo informe de la Comisión de Obras Públicas. En el fondo, se trata ahora de pronunciarse sobre las dos indicaciones que nos ocupan, que se aprobaron en dicha Comisión, la que propuso una nueva redacción para la norma señalada en el N° 4, que establece que "las redes de evacuación y drenaje de aguas lluvias que se construyan en el futuro serán independientes de las redes de alcantarillado de aguas servidas y no podrá existir interconexión entre ellas". Se agregó al final, a raíz de una indicación que estimamos lógica, lo siguiente: "Sin embargo, podrán ser unitarias o tener interconexión entre ellas, cuando la autoridad competente así lo disponga, fundada en un estudio de ingeniería que lo justifique desde un punto de vista técnico".
Creo que no habría mayor problema en aprobar o en someter a discusión esa indicación, a fin de despachar el proyecto, a menos que haya alguna indicación renovada.
A mi juicio, solamente esos puntos deben someterse a la consideración de la Sala, porque lo demás ya fue resuelto en el segundo informe.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath .
El señor HORVATH.-
Señor Presidente, en verdad, hemos renovada la indicación referente a que los planes maestros y la coordinación de las actividades que señala esta ley deben considerar la situación de las cuencas hidrográficas. Lo cierto es que, al respecto, la votación no fue unánime (hubo votos a favor y abstenciones), y la norma no es restrictiva, como se ha tratado de señalar.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor Senador? Debo advertir que estamos viendo el artículo 2° y la Mesa rogaría referirse básicamente a éste, a fin de proceder en forma ordenada.
El señor HORVATH.-
Señalaba lo anterior, señor Presidente, porque se dijo que se renovaría la indicación. Por lo tanto, hago el anuncio en ese sentido y en su oportunidad fundamentaré mi posición.
En cuanto a la norma en estudio, me cupo participar en su discusión en la Comisión y estoy totalmente de acuerdo con su texto.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú .
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, sólo deseo proponer la aprobación de la enmienda propuesta por la Comisión respecto del último inciso del artículo 2° cuando aprobó con modificaciones la indicación del Honorable señor Bitar .
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hormazábal .
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, reglamentariamente correspondería aprobar todos los artículos sobre los cuales no hay indicaciones renovadas. Particularmente, he respaldado la indicación del Honorable señor Horvath referente a la consideración del manejo de las cuencas hidrográficas, y sólo deseo expresar que lamento mucho que la Comisión de Obras Públicas no haya aprovechado la oportunidad para habernos hecho un aporte adicional. Yo fui uno de los que plantearon que era indispensable buscar una salida de corto plazo. Durante el debate todos concordamos en que aunque hubiésemos aprobado este proyecto en junio del año pasado, no habríamos podido evitar ni las inundaciones ni las catástrofes derivadas de esta situación, porque la iniciativa no entrega soluciones mágicas. Pero según el artículo 1° transitorio, los planes maestros deberán estar en vigencia en un plazo máximo de cinco años. En consecuencia, también su artículo 2° dejaba en el aire una obligación para que los urbanizadores tuvieran también responsabilidad en la construcción de colectores de aguas lluvias.
Entonces, seamos claros: estamos aprobando un proyecto de muy largo plazo, donde confío en la efectividad y ejecutividad que el Gobierno ha mostrado, particularmente en el área de obras públicas, para responder en un plazo inferior a los cinco años. Pero el país debe saber que la iniciativa da este lapso para que estén terminados los planes maestros y, entre tanto, no existe para los urbanizadores obligación de construir los colectores de aguas lluvias.
Por supuesto, existen otras normas legales que de algún modo podrían hacerse efectivas. Pero tengo mis serias reservas en cuanto a que no habrá solución en los próximos cinco años para esta materia.
El señor SIEBERT.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor HORMAZÁBAL.-
Con la venia de la Mesa, con mucho gusto, señor Senador.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Siebert .
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente, sólo quiero aclarar que el plazo máximo establecido es de cinco años. Y dependerá -tal como señaló Su Señoría- de la eficiencia del Ministerio para que en un tiempo mínimo, dentro de estos cinco años, se establezcan los planes maestros para las ciudades y centros poblados de hasta cincuenta mil habitantes. Me parece que esto es lo que dispone la iniciativa.
Imagino que el señor Senador coincidirá con nosotros en cuanto a que antes de estar aprobados los planes maestros a nadie puede obligársele a construir alcantarillados de aguas lluvias.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Hormazábal .
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, respecto mucho las observaciones de mi Honorable colega el Senador señor Siebert , pero no estoy de acuerdo con él.
No es admisible que quedemos en la indefensión respecto a cómo impondremos a los urbanizadores o loteadores la exigencia de tomar en consideración estos aspectos. Porque en este país, si se mantienen las condiciones generadas por la corriente de “El Niño”, la estimación previsible es que seguiremos teniendo años lluviosos. Entonces, confío en que el Gobierno, que ausculta a la gente y recibe información sobre sus problemas, hará todo lo posible por acelerar este trámite. Estoy convencido de que antes de los cinco años tendrá listos los planes maestros. Pero, entre tanto, el tema es cómo se concreta la obligación establecida en el artículo 5º permanente del proyecto en relación con los loteadores o urbanizadores.
Dice el artículo 5º: “Sustitúyese el inciso primero del artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, por el siguiente:
Artículo 134.- Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio del terreno.”.
Esta norma es letra muerta mientras no estén aprobados los planes maestros. Y, en consecuencia, tengo la sensación de que hemos perdido una ocasión preciosa para haber entregado una respuesta anticipada. Hay por ahí una sugerencia hecha por el Honorable señor Otero , para introducir una modificación al artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en la cual ya no se habla de construir los colectores de aguas lluvias, sino de que a toda solicitud de loteo o de urbanización deberá acompañarse un estudio del terreno sobre las consecuencias de su ubicación frente a posibles riesgos de la naturaleza. Esto ya no depende de los planes maestros que tenga que construir el Gobierno. Se supone que, por los estudios de suelo y los antecedentes de los títulos, los que urbanizan deben saber dónde lo están haciendo. Y sucede que ni siquiera eso fue recogido por la Comisión. Creo que constituye un gran error asilarse en una interpretación jurídica como, por ejemplo, la de señalar -conforme lo hace la Comisión- que esto se aparta de las ideas matrices del proyecto. Pienso que es una extensión equivocada del concepto constitucional de velar por las ideas matrices del proyecto, las cuales, en este caso, buscan establecer un sistema de evacuación de colectores de aguas lluvias -¡claro!, pero como una manera de evitarle a la ciudadanía los graves efectos provocados a consecuencias de los inviernos que hemos tenido, excepcionalmente lluviosos y cuyos pronósticos en los próximos años son de similar carácter.
Entonces, me parece natural que si no están los planes maestros, no podemos obligar a los urbanizadores particulares a cumplir tales o cuales exigencias para construir los colectores (dónde se conectan, en qué parte; a lo mejor, técnicamente siempre hay una respuesta para ello). Pero el punto central es que por lo menos debería entregarse a los compradores la información pertinente. Esto ya lo hicimos, por ejemplo, en la ley que establece normas sobre la calidad de la construcción, en la cual exigimos cumplir con esta especificación.
Señor Presidente, los que representamos a regiones con gran desarrollo inmobiliario, nos encontramos con que una insuficiente exigencia sobre el particular hace que después la gente, al cabo de algunos años, encuentre estos vicios ocultos y no tenga a quién recurrir, porque muchas de las empresas constructoras ya cambiaron hasta de razón social. Estamos tratando de que en la ley relativa a la calidad de la construcción se consignen las especificaciones técnicas respecto a tales o cuales cosas, para que el comprador pueda adquirirla. Pero ¿no les parece un elemento ajeno, por supuesto, al conocimiento del adquirente el hecho de si se construyó en un lecho de río, como ocurre generalmente en Regiones como la de Coquimbo, donde se producen bajadas de quebradas? Y esto no sólo sucede en nuestra zona, pues ello también ha ocurrido en la Región Metropolitana. La exigencia podría haber sido al menos la que yo estaba indicando. Tengo confianza en que el señor Ministro de Obras Públicas recoja, en una iniciativa adicional, lo que salve la observación jurídica hecha por la Comisión de Obras Públicas. En todo caso, hago un llamado en tal sentido.
Como creo que el proyecto necesita aprobarse -hay que despacharlo ya-, estoy dispuesto a votarlo tal como viene, para no afectar su desarrollo ni siquiera con un voto en contra. Pero -reitero- hago un especial llamado al señor Ministro y a su equipo con el objeto de que estudien la posibilidad de que ese elemento de información básico a que me refería pueda establecerse por lo menos en una norma especial.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú .
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, el problema de que se trata -la construcción en quebradas, la construcción en lecho de ríos- es gravísimo, y llaman la atención de todo el mundo las desgracias que ocurren precisamente por no respetar las normas pertinentes. Pero lo cierto -y así pudo apreciarlo la Comisión de Obras Públicas cuando estudió el proyecto relativo a los colectores de aguas lluvias- es que existen normas vigentes que prohíben las construcciones en esas condiciones. Incluso se trata de normas de carácter reglamentario, las que se aprueban por decreto. En efecto, están comprendidas en la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización, la cual se aprueba por decreto y se modifica de igual manera. Por eso, tratándose de las quebradas, por ejemplo, esa Ordenanza tiene una modificación bastante reciente relativa a la distancia; esto es, se amplió en la norma reglamentaria, que es de aplicación obligatoria, el número mínimo de metros de distancia de las quebradas exigido para construir. En cuanto a la construcción en lechos de ríos, ella está prohibida desde hace tiempo, por normas antiquísimas.
En todo caso, y en lo que dice relación al llamado a dictar normas sobre el particular, quiero recordar que la materia es relativa al Ministerio de Vivienda. Toda la normativa tocante a la forma de construcción, lugares en que se encuentra prohibida, etcétera, es propia del decreto Nº 1.305.
Precisamente por eso, y no sobre la base de una argumentación formal, se hizo presente que esto era ajeno a las ideas matrices del proyecto. En efecto, si bien éste contiene normas relativas a vivienda, lo fundamental dice relación a los colectores. Y eso lo señala el mensaje. El resto de las disposiciones está vinculado con otro tipo de normas aplicables en el sector de vivienda.
Ahora, la existencia de una norma legal en esta materia, en lugar de hacer más seguro el tema, en definitiva sólo lo torna más rígido. Porque estas normas son de la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización, y, en consecuencia, se modifican y aprueban por decreto. ¿Qué ocurre en esencia? Que las direcciones de obras municipales no adoptan las medidas pertinentes. Pero eso significa un incumplimiento y, también, una responsabilidad. Sin embargo, en este caso, el problema no se resuelve tampoco con una disposición que obligue a algo respecto de lo cual ya existe una norma que lo impide, pues prohíbe las construcciones en las condiciones señaladas.
Por tal razón, comparto la decisión del señor Presidente de la Comisión de Obras Públicas de declarar ajena a las ideas matrices del proyecto una indicación de esta naturaleza. Y, como dije, hay disposiciones vigentes sobre la materia.
El señor DÍAZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente, creo que todas estas cosas están íntimamente relacionadas. Porque, ¿de qué colectores se trata? De viviendas, por supuesto. Y deseo mencionar un hecho que, seguramente, el señor Ministro conoce, pues provocó una discusión enorme.
En Rancagua, se construyó en la Alameda un paso bajo nivel, obra extraordinaria, de gran y urgente necesidad; pero cuando llueve hay que atravesar en lancha. Y comenzó la discusión de quién es culpable del desacierto de haber realizado dicha obra, que implicó una inversión colosal y que cada vez que llueve se inunda. Este año ha precipitado bastante. ¡Echémosle la culpa a “El Niño”, que está con poliuria…! Pero el problema no se resuelve. La polémica continúa; se echan la culpa unos a otros, y el problema no se soluciona.
Días atrás, en una entrevista que hicieron al señor Ministro, le escuché una frase que me gustó mucho: “En Chile no hay ríos, sino torrentes”. Porque resulta que las aguas se despeñan desde los 3 mil, 4 mil o 5 mil metros, en menos de 150 kilómetros, en línea directa hacia el mar. Y no hay estructura que lo resista, a menos que exista un plan muy adecuado a la “loca geografía” a que se refirió don Benjamín Subercaseaux . Pero al mismo tiempo debe elaborarse una “política cuerda”.
He dicho.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo para acoger el inciso tercero, nuevo, propuesto por la Comisión?
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
A continuación, corresponde pronunciarse respecto del artículo 5º, que la Comisión aprobó por consenso.
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
En seguida, los Honorables Senadores señores Horvath , Cooper , Thayer , Mc-Intyre , Díez , Martin , Hormazábal , Díaz , Carrera y Zaldívar (don Adolfo ) renovaron la indicación Nº 19, para agregar un artículo 6º del siguiente tenor:
“Artículo 6º.- Los planes maestros y la coordinación de las actividades que señalan los artículos anteriores deben considerar la situación de las cuencas hidrográficas.
“Las acciones para evitar la erosión y deforestación serán elementos constituyentes del plan.”.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En discusión la indicación renovada.
El señor SIEBERT.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SIEBERT.-
Señor Presidente, la Comisión rechazó esta indicación, por estimar que la cuenca hidrográfica, de todas maneras, es un factor que los planes maestros deben considerar, sin necesidad de establecerlo específicamente en la ley. Porque, si así no fuera, habría que estipular otras condiciones, como el clima de la zona, la altura, la orografía, la morfología, etcétera. Pero se estimó innecesario colocar un solo aspecto, a menos que se desee enumerar todos los elementos considerados obligatorios en el plan maestro.
La señora CARRERA.-
Pido la palabra.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
La señora CARRERA.-
Señor Presidente, suscribí también la indicación renovada, por estar de acuerdo con ella.
Creo que, desde el punto de vista medioambiental, es muy importante empezar a hablar de las cuencas. Generalmente, se hacen proyectos y se ejecutan trabajos en los ríos tomándose en cuenta -incluso para el estudio medioambiental- sólo un segmento de la cuenca o del río, y las autoridades se dan por satisfechas con ello. Sin embargo, el concepto de manejo de la cuenca en su conjunto es, según los técnicos, indispensable para el manejo del agua, recurso que, en general, es uno de los elementos que más escasean en el mundo. Y a diario se puede notar cuán importante es su manejo cuando hay crecidas en los caudales o sequía, todo lo cual perjudica a la agricultura y a la vida misma de las personas.
Por lo tanto, apoyo la indicación, y creo que el Senado debería votarla favorablemente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Senador señor Hormazábal .
El señor HORMAZÁBAL.-
Señor Presidente, aparte lo expresado por la Honorable señora Carrera, no pienso que esta indicación signifique colocar una camisa de fuerza para la elaboración de los planes maestros, que, en mi concepto, apuntarán precisamente en esa dirección.
La indicación que renovamos con su autor, el Senador señor Horvath , incluso trató de recoger los aportes que hizo, por ejemplo, la Asociación de Canalistas durante la discusión del tema en la Comisión -de ello hay constancia en el primer informe-, en el sentido de que es necesario tomar en cuenta “un conjunto de factores, como la tala de bosques en la parte alta de la cordillera, fenómeno que provoca un aumento de la velocidad de escurrimiento del agua”.
Ésta es una preocupación -la he visto en el señor Ministro- hasta en lugares donde hay regulación vía embalses. En la Región de Coquimbo, nos inquieta saber qué hacer con los excesos de agua que pueden derivar de futuros deshielos.
Considero, entonces, que una indicación en la línea expuesta constituye una visión más global, una orientación, y no -así lo entiendo- una camisa de fuerza para la elaboración del plan maestro. Por eso me parece pertinente sostenerla.
El señor DÍAZ.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente, en casos como éstos soy partidario de la camisa de fuerza. Por ejemplo, en la Región que represento tenemos un río loco -así le dicen-: el Cachapoal, que la requiere. Y hay razón para llamarlo “río loco”, pues no sólo inunda poblaciones, sino que también devasta campos y provoca situaciones altamente conflictivas.
Quiero dar un solo ejemplo. La casa de máquinas que “El Teniente” tiene en Coya está a 15 metros sobre el nivel del lecho del río. Y, como todos sabemos, éste pasó por encima de ella, paralizando las actividades del mineral durante algunos días.
Indiscutiblemente, de no mediar un estudio muy profundo y serio respecto de estas materias, después sólo habrá lamentaciones.
Al respecto, creo que estamos muy atrasados. Y perdónenme Sus Señorías por salirme del tema. En el pasado verano -el señor Ministro recibió peticiones de mucha gente de nuestra Región-, el río Cachapoal, en su primera sección, inundó poblaciones -por ejemplo, en Machalí-, y en los sectores 2 y 3, sencillamente, había una sequía espantosa.
Todo esto debe ser estudiado y modificado, dada la seriedad del problema. Y hay que elaborar una adecuada legislación.
En todo caso, pienso que por lo menos a nuestro “río loco” debe ponérsele camisa de fuerza.
El señor RÍOS (Presidente accidental).
Tiene la palabra la Honorable señora Feliú ; luego, el Senador señor Horvath , para en seguida proceder a votar.
La señora FELIÚ.-
Señor Presidente, me parece que esta materia ya está comprendida. El análisis de la cuenca constituye la esencia del diseño de los planes maestros. No obstante, tal como planteaba el Senador señor Siebert , no es la ley el instrumento idóneo para señalar las consideraciones que debe tener presentes el Ministerio a los efectos de determinar las cuencas.
Ahora, no olvidemos que el artículo 1º de la iniciativa en análisis parte justamente del supuesto de que es responsabilidad del Estado velar por que en la ciudad y en los centros poblados existan sistemas de evacuación y drenaje, y luego asigna las funciones correspondientes al Ministerio de Obras Públicas.
Entonces, en las situaciones de fuerza mayor, en los casos de excepción, tal como ha ocurrido durante el presente año, cuando se vean sobrepasadas las cuencas, habrá una relación clarísima causa-efecto entre el plan maestro y la responsabilidad del Estado respecto de un hecho que a lo mejor fue imposible prever.
Indudablemente, el análisis de la cuenca debe fundarse en las circunstancias y situaciones que se señalan en la indicación. Pero no tiene que ser la ley la que establezca estas consideraciones de carácter técnico, porque, según ya se explicó, es necesario tener en cuenta otros factores.
Ésa es la razón por la cual la Comisión estimó preferible no consignar el punto en la ley, dar amplitud y permitir que el Ministerio reglamente y resuelva la materia, que es de índole técnica.
Por eso, no estoy de acuerdo con la indicación renovada.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath .
El señor HORVATH.-
Señor Presidente, he tratado de entender las objeciones de la Senadora señora Feliú , y concluyo que Su Señoría tal vez cuenta con escasa información en el sentido de que, en el fondo, la cuenca -hay que hacer entender esto- es susceptible de intervención, sea en sentido positivo o negativo, y por lo tanto, también de manejo.
Si un plan maestro no considera la posibilidad del ser humano de intervenir positivamente o de impedir acciones negativas en una cuenca, no tendrá vigencia alguna, sobre todo por la dinámica del país en cuanto a sus acciones respecto de los recursos naturales y, además, por las características de nuestra geografía.
En consecuencia, para que un plan maestro sea efectivo, eficiente y tenga real aplicación y, asimismo, una instancia coordinadora, que es precisamente lo que requiere un plan integrado de cuencas, resulta vital que este elemento se contemple en la ley.
He dicho.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
La Mesa deberá suspender la sesión por cinco minutos con el objeto de llamar a los señores Senadores para la votación.
El señor URENDA.-
Mientras se hace el llamado, señor Presidente, podríamos escuchar la opinión del señor Ministro, para que nos diga si es conveniente o no lo que se pretende agregar.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Ya tenemos quórum. En todo caso, ofrezco la palabra al señor Ministro.
El señor LAGOS (Ministro de Obras Públicas).-
Señor Presidente, nos parece esencial en un plan maestro el análisis de las cuencas. Como todos sabemos, el grueso de nuestras ciudades se encuentran precisamente al pie de la cordillera. Por tanto, dicho análisis resulta determinante.
Un plan maestro de escurrimiento de aguas es fundamental no tanto respecto de las lluvias que caen del cielo como de las aguas que bajan desde la cordillera. Ése es exactamente el caso de las principales ciudades del país. En Santiago, por ejemplo, el grueso del problema tiene que ver mucho más con las aguas provenientes de la cordillera que con las aguas lluvias que caen desde la altura. En consecuencia, la cuenca hidrográfica pasa a ser un elemento determinante.
Ahora bien, el hombre interviene, pero no sólo sobre las cuencas. Recientemente tuvimos un problema en la Ruta 5, donde una alcantarilla no resistió la evacuación de un estero muy pequeño y modesto. Como consecuencia del avance -en buena hora- de procesos de drenajes en los terrenos -realizados por los propietarios-, aquéllos van hacia ese modesto estero. La alcantarilla fue construida hace treinta años, y por supuesto hoy, cuando llueve, el estero tiene un caudal distinto, a raíz de los drenajes.
Por lo tanto, toda modalidad que diga relación a las aguas lluvias deberá considerar ese tipo de situaciones.
El planteamiento formulado mediante la indicación renovada no me parece redundante. Simplemente, lo veo como un llamado de atención sobre la necesidad de entender que, tratándose de colectores de aguas lluvias, lo relativo a la cuenca hidrográfica que rodea a la localidad urbana respectiva es un elemento muy determinante.
Desde ese punto de vista, el Ejecutivo no ve inconveniente a la norma propuesta.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la indicación renovada del Senador señor Horvath .
Se aprueba.
El señor HOFMANN (Secretario subrogante).-
En seguida, la Comisión, por unanimidad, sugiere agregar un artículo 1º transitorio, nuevo.
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
A continuación, también por consenso, propone agregar un artículo 2º transitorio, nuevo.
Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Finalmente, sugiere consignar un artículo 3º transitorio, nuevo, que fue aprobado por mayoría de tres votos contra uno.
Se aprueba, y el proyecto queda despachado en este trámite.
APROBACIÓN DE CONVENIO Nº 151 DE LA OIT
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Corresponde ocuparse en el proyecto de acuerdo, en segundo trámite constitucional, que aprueba el Convenio Nº 151, sobre Protección del Derecho de Sindicación y Procedimientos para Determinar las Condiciones de Empleo en la Administración Pública, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, congregada en Ginebra, el 7 de junio de 1978, para cuyo estudio se cuenta con informes de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Relaciones Exteriores.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de acuerdo:
En segundo trámite, sesión 28ª, en 22 de enero de 1997.
Informes de Comisión:
Relaciones Exteriores, sesión 26ª, en 26 de agosto de 1997.
Trabajo, sesión 26ª, en 26 de agosto de 1997.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
El objetivo de la iniciativa es dar aprobación al Convenio Nº 151 de la OIT, que establece, respecto de los empleados públicos, los siguientes criterios ordenadores para nuestra legislación:
1.- Protección del derecho de sindicación.
2.- Facilidades que deben concederse a sus organizaciones.
3.- Procedimientos para la determinación de las condiciones de empleo.
4.- Solución de conflictos.
5.- Derechos civiles y políticos.
En su parte resolutiva, el informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social propone, por tres votos a favor (Honorables señores Calderón , Hormazábal y Thayer ) y una abstención (Senador señor Urenda ), aprobar el proyecto de acuerdo.
La Comisión de Relaciones Exteriores, por dos votos a favor (Honorables señores Bitar y Valdés ) y tres abstenciones (Senadores señores Alessandri , Larre y Mc-Intyre), también recomienda aprobar el proyecto de acuerdo, proponiendo que la iniciativa se discuta en general y particular a la vez.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En discusión general y particular el proyecto de acuerdo.
El señor URENDA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor URENDA.-
En nombre del Comité Unión Demócrata Independiente, pido segunda discusión, pues la materia da lugar a debate y hay muy pocos señores Senadores presentes en la Sala.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En la primera discusión, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El proyecto de acuerdo queda para segunda discusión.
REGULACIÓN DE TRASPASOS A NUEVOS MUNICIPIOS
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el traspaso de servicios municipales entre los municipios de las comunas que indica, con informes de las Comisiones de Gobierno, Descentralización y Regionalización, y de Hacienda.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 16ª, en 15 de julio de 1997.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 31ª, en 3 de septiembre de 1997.
Hacienda, sesión 31ª, en 3 de septiembre de 1997.
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
El objetivo de la iniciativa es regular el traspaso desde municipalidades de comunas originarias a nuevas comunas, ya creadas, de los servicios municipales de salud y educación, como, asimismo, de sus establecimientos y personal. Dicho traspaso corresponde a las Municipalidades de Padre Hurtado, Padre las Casas, Concón , Chillán Viejo, San Rafael, San Pedro de la Paz y Chiguayante.
Ninguna de las normas contenidas en el proyecto, que consta de cinco artículos, requiere quórum especial para su aprobación.
La Comisión de Gobierno aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Frei y señores Mc-Intyre , Núñez y Ríos. En seguida, también por consenso, acogió sin enmiendas el texto despachado por la Cámara de Diputados.
La Comisión de Hacienda le prestó igualmente su aprobación, sin modificaciones, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Lavandero , Ominami , Piñera y Andrés Zaldívar . En su informe, deja testimonio de que el proyecto de ley no representa un mayor gasto fiscal, ya que el traspaso de los servicios de educación y salud a las municipalidades de las nuevas comunas a que se refiere el artículo 1º significará que ellas queden en condiciones de impetrar el beneficio de la subvención educacional establecida en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de Educación, de 1996, y también el aporte fiscal contemplado en la ley Nº 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.
El señor HORMAZÁBAL.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor HORMAZÁBAL.-
Recuerdo que varios señores Senadores pidieron autorización para el funcionamiento de las Comisiones citadas a esta hora.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Así es.
El señor HORMAZÁBAL.-
El hecho de que la Sala siga sesionando impide el comienzo de las reuniones pertinentes.
Por lo tanto, me atrevo a sugerir que se suspenda…
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Teniendo presente lo planteado por Su Señoría, podríamos, por acuerdo unánime de la Sala, dar término al Orden del Día en este momento, dejar el proyecto recién enunciado para el primer lugar de la tabla de la siguiente sesión y entrar a la hora de Incidentes.
¿Habría acuerdo para ello?
Así se acuerda.
VI.INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS
El señor HOFFMANN (Secretario subrogante).-
Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Se les dará curso en la forma reglamentaria.
Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor ERRÁZURIZ :
Al señor Director de Presupuestos, sobre CONTRATACIONES DE PERSONAS NATURALES A HONORARIOS EN MINISTERIOS.
Del señor GAZMURI :
A la Coordinación General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, referente a INFORME SOBRE OBRAS DE RUTA 5 SUR, ENTRE PUENTE CHAGRES Y RÍO MAULE (SÉPTIMA REGIÓN).
Del señor HAMILTON :
Al señor Ministro de Obras Pública, acerca de MEDIDAS POR CORTE DE CAMINO ENTRE PUEBLO DE LO ZÁRATE Y EL TURCO, COMUNA DE CARTAGENA (QUINTA REGIÓN), y al señor Vicepresidente Ejecutivo de la Empresa Nacional de Minería, relativo a MEDIDAS DE CONTROL ANTE EMANACIONES CONTAMINANTES DE FUNDICIÓN VENTANAS (QUINTA REGIÓN).
Del señor HORVATH :
A los señores Ministro de Obras Públicas, Director de Aeropuertos del Ministerio de Obras Públicas y Director del Servicio Nacional de Turismo, atinente a REPARACIÓN Y REFUERZO DE PISTA EN AEROPUERTO DE BALMACEDA (UNDÉCIMA REGIÓN), y a los señores Ministro de Salud y Director del Servicio Nacional de Turismo, respecto de CERTIFICACIÓN DE CONDICIONES SANITARIAS CONTRA VIRUS HANTA (DÉCIMA, UNDÉCIMA Y DUODÉCIMA REGIONES).
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Mixto, que no intervendrá.
En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Honorable señor Díaz .
FELICITACIONES A SEÑORES MARIO PAREDES Y SERGIO CASTILLO. COMUNICACIONES
El señor DÍAZ.-
Señor Presidente, sólo deseo pedir que, en nombre del Partido Demócrata Cristiano -y espero que también en el del Senado-, se envíen felicitaciones a dos distinguidos artistas de Chile: don Mario Paredes , ex Presidente del Colegio de Arquitectos, quien acaba de ganar un premio internacional de diseño, y don Sergio Castillo , Premio Nacional de Artes Plásticas. A los que conocemos la obra de ambos nos enorgullece que el país cuente con artistas de tal calidad.
Me parece que existiría consenso en enviar el saludo en nombre de esta Corporación.
Nada más, señor Presidente.
El señor RÍOS (Presidente accidental).-
Las comunicaciones respectivas serán remitidas en nombre de los señores Senadores presentes, si le parece a la Sala, por no existir quórum para un acuerdo del Senado.
Así se aprueba.
Dado que el Comité Demócrata Cristiano no hará uso del resto de su tiempo y que los Comités Renovación Nacional, Socialista e Institucionales no intervendrán en el que les corresponde, se levanta la sesión.
Se levantó a las 19:36.
Manuel Ocaña Vergara ,
Jefe de la Redacción