Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- VII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- PERMISO
- Claudia Nogueira Fernandez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Patricio Vallespin Lopez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Fidel Espinoza Sandoval
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Loreto Carvajal Ambiado
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Jorge Ulloa Aguillon
- PERMISO
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Joaquin Tuma Zedan
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- LICENCIA MÉDICA
- Fernando Meza Moncada
- LICENCIA MÉDICA
- DEBATE
- PERMISO
- Claudia Nogueira Fernandez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Mario Venegas Cardenas
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Ricardo Rincon Gonzalez
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Nicolas Monckeberg Diaz
- PERMISO
- DEBATE
- PERMISO
- Cristina Girardi Lavin
- PERMISO
- DEBATE
- VIII. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
- PETICIÓN DE OFICIO : Renzo Trisotti Martinez
- PETICIÓN DE OFICIO : Renzo Trisotti Martinez
- PETICIÓN DE OFICIO : Felipe Kast Sommerhoff
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcela Hernando Perez
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Diego Paulsen Kehr
- PETICIÓN DE OFICIO : Marcela Hernando Perez
- PETICIÓN DE OFICIO : Daniel Melo Contreras
- PETICIÓN DE OFICIO : Daniel Melo Contreras
- PETICIÓN DE OFICIO : Yasna Provoste Campillay
- PETICIÓN DE OFICIO
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Gabriel Silber Romo
- Roberto Leon Ramirez
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Ricardo Rincon Gonzalez
- PETICIÓN DE OFICIO
- Yasna Provoste Campillay
- Gabriel Silber Romo
- Roberto Leon Ramirez
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Yasna Provoste Campillay
- PETICIÓN DE OFICIO
- Ricardo Rincon Gonzalez
- Gabriel Silber Romo
- Aldo Cornejo Gonzalez
- Roberto Leon Ramirez
- PETICIÓN DE OFICIO
- PETICIÓN DE OFICIO : Rene Manuel Garcia Garcia
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Fuad Chahin Valenzuela
- PETICIÓN DE OFICIO : Cristina Girardi Lavin
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- ALTERACIÓN DEL ORDEN DE LA TABLA
- INTERVENCIÓN : Jose Candelario Ortiz
- ALTERACIÓN DEL ORDEN DE LA TABLA
- V. ORDEN DEL DÍA
- ACUERDO DE SEDE ENTRE CHILE Y LA ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO “TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA” (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11218-10)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Issa Kort Garriga
- INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
- INTERVENCIÓN : Miguel Angel Alvarado Ramirez
- INFORME DE LAS COMISIONES ESPECIALES INVESTIGADORAS, UNIDAS, ENCARGADAS DE ANALIZAR LAS EVENTUALES IRREGULARIDADES EN EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES EN CAPREDENA Y EN DIPRECA (CEI 32) Y LAS PENSIONES PAGADAS A FUNCIONARIOS DE GENDARMERÍA (CEI 33)
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Leonardo Soto Ferrada
- INTERVENCIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
- INTERVENCIÓN : Claudio Arriagada Macaya
- INTERVENCIÓN : Gonzalo Fuenzalida Figueroa
- INTERVENCIÓN : Leonardo Soto Ferrada
- ACUERDO DE SEDE ENTRE CHILE Y LA ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO “TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA” (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11218-10)
- CIERRE DE LA SESIÓN
- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Felipe Kast Sommerhoff
- Maya Fernandez Allende
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Marcos Espinosa Monardes
- Osvaldo Andrade Lara
- Lautaro Carmona Soto
- Tucapel Jimenez Fuentes
- Patricio Vallespin Lopez
- Matias Walker Prieto
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Daniel Nunez Arancibia
- Cristian Campos Jara
- Lautaro Carmona Soto
- Felipe Letelier Norambuena
- Vlado Mirosevic Verdugo
- Victor Torres Jeldes
- Patricio Vallespin Lopez
- Maya Fernandez Allende
- Alejandra Sepulveda Orbenes
- Camila Vallejo Dowling
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- DEBATE
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 365ª
Sesión 35ª, en jueves 15 de junio de 2017
(Ordinaria, de 10.36 a 12.18 horas)
Presidencia del señor Jaramillo Becker, don Enrique.
Secretario, el señor Landeros Perkič, don Miguel.
ÍNDICE
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS
IV.- CUENTA
V.- ORDEN DEL DÍA
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
VIII.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
Pág.
I.- ASISTENCIA.......................................................................................................................................... 14
II.- APERTURA DE LA SESIÓN.............................................................................................................. 17
III.- ACTAS ................................................................................................................................................. 17
IV.- CUENTA .............................................................................................................................................. 17
ALTERACIÓN DEL ORDEN DE LA TABLA........................................................................... 18
V.- ORDEN DEL DÍA ................................................................................................................................. 19
ACUERDO DE SEDE ENTRE CHILE Y LA ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO “TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA” (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11218-10) .................................................................................. 19
INFORME DE LAS COMISIONES ESPECIALES INVESTIGADORAS, UNIDAS, ENCARGADAS DE ANALIZAR LAS EVENTUALES IRREGULARIDADES EN EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES EN CAPREDENA Y EN DIPRECA (CEI 32) Y LAS
PENSIONES PAGADAS A FUNCIONARIOS DE GENDARMERÍA (CEI 33) ......................... 24
VI.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA ................................................................................................... 44
1.- OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 10277-06) (S); ...................... 44
2.- OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9245-07) ............................... 44
3.- OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 10783-04) ............................. 44
4.- OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 10687-06) ............................. 44
5.- OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 10937-15) ............................. 44
6.- OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 11175-01) ............................. 44
7.- OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 10125-15) ............................. 44
8.- OFICIO DEL SENADO. (BOLETÍN N° 10708-13) ......................................................................... 44
9.- INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MOCIÓN, QUE “CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL CIUDADANO ESTADOUNIDENSE, SEÑOR THOMAS DALTON DILLEHAY”. (BOLETÍN N° 10702-17) .............................................................. 44
10.- INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO, INICIADO EN MOCIÓN, QUE “ESTABLECE COMO FERIADO EL DÍA 10 DE AGOSTO DE CADA AÑO EN LA REGIÓN DE TARAPACÁ, CON MOTIVO DE LA FIESTA RELIGIOSA DE SAN LORENZO”. (BOLETÍN N° 10838-06) ................................................... 44
11. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DEL DIPUTADO SEÑOR KAST, DON FELIPE, Y DE LA DIPUTADA SEÑORA FERNÁNDEZ, QUE “REGULA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS DE BENEFICIO E INTERÉS COLECTIVO”. (BOLETÍN N° 11273-03) ................................... 45
Pág.
12.- PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ESPINOSA, DON MARCOS; ANDRADE, CARMONA, JIMÉNEZ, VALLESPÍN Y WALKER, QUE “MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO EN LO QUE RESPECTA A LA CAUSAL DE DESPIDO CONSISTENTE EN LAS NECESIDADES
DE LA EMPRESA, ESTABLECIMIENTO O SERVICIO”. (BOLETÍN N° 11274-13)................................... 45
13.- PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES NÚÑEZ, DON DANIEL; CAMPOS, CARMONA, LETELIER, MIROSEVIC, TORRES Y VALLESPÍN, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS FERNÁNDEZ, SEPÚLVEDA Y VALLEJO, QUE “MODIFICA LA LEY N° 18.362, QUE “CREA UN SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS DEL ESTADO, PARA ASEGURAR LA
CONSERVACIÓN Y MANEJO DE LOS HUMEDALES”. (BOLETÍN N° 11275-12) ................................... 45
VII.OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. Notas:
De la diputada señora Nogueira
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 14 de junio de 2017, para dirigirse a México.
Del diputado señor Vallespín
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar de hoy, 15 de junio de 2017, para dirigirse a Washington, Estados Unidos.
Del diputado señor Espinoza, don Fidel
por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 14 de junio de 2017, para dirigirse a Perú.
De la diputada señora Carvajal por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 14 de junio de 2017, para dirigirse a Perú.
Del diputado señor Ulloa
, quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, informa la realización de actividades propias de la función parlamentaria el día de hoy, 15 de junio de 2017, con lo cual justifica su inasistencia a esta sesión.
2.- Licencia médica:
Certificado que acredita que se ha otorgado licencia médica al diputado señor Tuma
quien deberá permanecer en reposo por un plazo de siete días, a contar del 12 de junio de 2017.
Certificado que acredita que se ha otorgado licencia médica al diputado señor Meza
quien deberá permanecer en reposo por un plazo de cinco días, a contar del 12 de junio de 2017.
3.- Comunicaciones:
De la diputada señora Nogueira
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, a las sesiones comprendidas entre el 14 y el 15 de junio de 2017.
Del diputado señor Venegas
, quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, el día de hoy, 15 de junio de 2017.
Del diputado señor Rincón
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, el día de hoy, 15 de junio de 2017.
Del diputado señor Monckeberg, don Nicolás
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, entre el 14 y el 15 de junio de 2017.
Del diputado señor Lavín
quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de la Corporación, solicita permiso sin goce de dieta para ausentarse, por razones personales, a la sesión de hoy, 15 de junio de 2017.
Respuestas a Oficios
Ministerio de Educación
Diputado Verdugo, don Germán . Solicita que informe el número de establecimientos educacionales de la Región del Maule que se han adscrito al sistema de gratuidad durante el año 2016. (367 al 26839).
Diputado Morano, don Juan Enrique . El proceso de movilidad de estudiantes informado a través del Sistema de Información General de Estudiantes, tanto para la Educación Básica como Educación Media, en los términos que señala. (369 al 30110).
Diputado Kast, don José Antonio . Se sirva informar los gastos y actividades incurridas por el Ministerio de Educación para incorporar la perspectiva de género, en los términos que señala la solicitud adjunta. (372 al 27675).
Diputado Kast, don José Antonio . Se sirva informar sobre el Programa Marco entre los años 2015 y 2018 para la equidad de género y remitir la resolución exenta N° 9304 del 26 de diciembre del 2014, en los términos que señala la solicitud adjunta. (372 al 27677).
Diputado Silva, don Ernesto . Solicita que en su calidad de Presidenta de la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, se sirva informar sobre todas aquellas materias y actividades que requieran autorización de esa Comisión, en virtud de lo dispuesto en la ley Nº20.027 que establece normas para el financiamiento de estudios de educación superior, en los términos que señala. (373 al 26748).
Diputado Urízar, don Christian . Solicita que se sirva informar sobre la factibilidad de aplazamiento de la fecha de rendición del proyecto de fortalecimiento de la educación pública (FEP-2015-2018) que beneficia las escuelas G-37 San Lorenzo , F-32 Artificio y G-42 La Viña, en los términos que señala. (376 al 26770).
Diputado Verdugo, don Germán . Solicita que sirva informar sobre la unidad de apoyo a sostenedores en la Región del Maule, en los términos que señala. (377 al 26809).
Diputada Cariola , doña Karol . Solicita informar sobre la situación que afecta al joven Fabián Ignacio Meléndez Velastín , quien no ha sido seleccionada para obtener el beneficio de gratuidad que requiere por su condición socioeconómica, disponiendo una revisión de sus antecedentes (378 al 26001).
Diputado Kast, don José Antonio . Solicita que se sirva informar respecto a las interrogantes que plantea concernientes a educación sexual en establecimientos educacionales, en los términos que señala. (380 al 26738).
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Diputada Nogueira , doña Claudia . Solicita que se sirva informar sobre los inmuebles que actualmente ocupa esa Cartera en la Región Metropolitana, en los términos que señala. (2854 al 28188).
Diputado Saffirio, don René . Los antecedentes que obren en su poder respecto a la intervención en adopciones internacionales de las Fundaciones “Chilena de la Adopción”, “San José” y “Mi casa”, así como de la Red Interamericana de Cooperación en el ámbito de la adopción. (2883 al 29988).
Ministerio de Energía
Diputado Rathgeb, don Jorge . Informar las razones técnicas y políticas que han impedido declarar a la leña como combustible, en los términos que se señalan en la solicitud adjunta. (797 al 26787).
Intendencias
Diputada Provoste , doña Yasna . Antecedentes del destino y forma en que se realizarán los aportes comprometidos por parte del Consorcio Administrador del Casino de Atacama para proyectos que promueven el turismo y la cultura de la Región de Atacama, a raíz de las denuncias por un presunto destino inadecuado de estos montos. (424 al 30121).
Diputado Sandoval, don David . Las instancias en que se han nombrado delegados en su Región, fundamentos, atribuciones asignadas durante los últimos tres años, individualización y perfil técnico de cada uno, remitiendo el catastro de localidades aisladas, en los términos que precisa. (625 al 28324).
Fuerzas Armadas
Diputado Ulloa, don Jorge . Los informes técnicos que se han efectuado para determinar la factibilidad y costos de la construcción de un tercer dique, en las instalaciones de los Astilleros y Maestranzas de la Armada de Chile, en el puerto de Talcahuano. (4671/0120/1337 al 30904).
Servicios
Diputado Espinoza, don Fidel . Antecedentes y copia del protocolo suscrito con la Superintendencia del Medio Ambiente, con el objeto de que los servicios definan procedimientos, criterios, metodologías y técnicas específicas de fiscalización uniformes para realizar las inspecciones, en el marco de la Red Nacional de Fiscalización Ambiental. (112275 al 31010).
Diputado Sandoval, don David . Las medidas que se están adoptando para mejorar las condiciones e infraestructura de los centros del Servicio Nacional de Menores de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, la modalidad de contratación de los funcionarios que trabajan en dichos centros y las razones por las cuales se desvinculó al funcionario Carlos Guglielme Pérez . (165 al 30299).
Diputada Carvajal , doña Loreto . Las causas por las cuales no se han subido a la página web de ese Servicio, los puntajes asignados a cada uno de los proyectos presentados por organizaciones deportivas para su financiamiento durante el año 2017. (1810 al 30310).
Diputada Turres , doña Marisol . Solicita que se sirva informar sobre el servicio de alimentación que reciben los alumnos de la escuela de Isla Tabón, comuna de Calbuco, en los términos que solicita. (763 al 26480).
Varios
Diputado Rathgeb, don Jorge . Requiere informar el estado de tramitación de la solicitud N° 99054 de fecha 22 de septiembre de 2016 por la que se requiere un pronunciamiento acerca de la legalidad de los actos administrativos que han posibilitado la construcción de los conjuntos habitacionales Portal Primavera y Villa Los Alerces, en el kilómetro 5 del camino que une las localidades de Cajón y General López en la comuna de Vilcún. (004379 al 26933).
Diputado Bellolio, don Jaime . El número de licencias de conducir entregadas por su municipio en los últimos cuatro años, distinguiendo según su clase. (0647-0410 al 28475).
Diputado Sandoval, don David . Las posibles medidas que se adoptarán para el restablecimiento del suministro eléctrico de un campamento ubicado en el sector Divisadero , adyacente al galpón municipal de la ciudad de Coyhaique, en los términos que señala. (1050 al 30472).
Diputado Urízar, don Christian . La posibilidad de responder la demanda de cirugía del señor Miguel Plaza , en los términos que señala. (1123 al 30609).
Diputado De Mussy, don Felipe . La participación de funcionarios de esa municipalidad en el censo realizado el día 19 de abril recién pasado y la presentación de licencias médicas para esa fecha, con los antecedentes que requiere. Asimismo, indique la cantidad de licencias médicas presentadas por los mismos funcionarios durante 2016 y 2017. (121 al 29616).
Diputado Bellolio, don Jaime . El número de licencias de conducir entregadas por su municipio en los últimos cuatro años, distinguiendo según su clase. (148 al 28546).
Diputado De Mussy, don Felipe . La participación de funcionarios de esa municipalidad en el censo realizado el día 19 de abril recién pasado y la presentación de licencias médicas para esa fecha, con los antecedentes que requiere. Asimismo, indique la cantidad de licencias médicas presentadas por los mismos funcionarios durante 2016 y 2017. (156 al 29531).
Diputado Sandoval, don David . Se sirva informar el estado actual de los menores de edad que se encuentran bajo custodia del Servicio Nacional de Menores, en los términos que señala la solicitud adjunta (162 al 28252).
Diputado Gahona, don Sergio . Los proyectos deportivos adjudicados en la comuna de Salamanca desde 2012, el monto de los recursos asignados, su estado de ejecución y las rendiciones de los fondos respectivos. (1808 al 29911).
Diputado Espinoza, don Fidel . Informar sobre las medidas adoptadas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios ante la presencia de un alga en la ribera del Lago Llanquihue, en la comuna de Puerto Varas, en los términos que se señalan en la solicitud adjunta. (2222 al 26626).
Diputada Provoste , doña Yasna . Solicita que se sirva informar sobre determinadas materias relacionadas con la interrupción del servicio de agua potable en la Región de Atacama, en los términos que señala. (2245 al 28213).
Diputado Chahin, don Fuad . Solicita que se sirva informar sobre la falta de servicio en que habría incurrido la empresa Aguas Araucanía por incumplimiento de la orden de esa Superintendencia que dispuso el retiro del medidor de agua general, que afecta a tres viviendas de la Población Guacolda, de la comuna de Lautaro, especialmente a la señora Eliana Elizabeth Cifuentes Ramos , en los términos que señala. (2250 al 26990).
Diputado Berger, don Bernardo . Número de funcionarios de su municipio que se encuentran adscritos a la categoría de planta en extinción, indicando si está prevista alguna medida para nivelar su condición contractual, en atención a que no fueron consideradas mejoras para su nivel en la actual ley N° 20.922. (248 al 28070).
Diputado Bellolio, don Jaime . El número de licencias de conducir entregadas por su municipio en los últimos cuatro años, distinguiendo según su clase. (255 al 28485).
Diputada Molina, doña Andrea . Las estaciones de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire, SIVICA, instaladas en la comuna de Quilpué y las razones del cierre de la que se ubicaba en el Colegio Cristiano de esa ciudad. (255 al 30861).
Diputada Molina , doña Andrea . Se sirva evacuar a la brevedad el informe solicitado en el marco de la reclamación por la calificación efectuada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, respecto del Proyecto Centro de Respaldo Doña Carmen , cuyo proponente es la empresa Imelsa S. A. (339 al 28719).
Diputado Berger, don Bernardo . El convenio de colaboración que existiría entre la Corporación Nacional Forestal y la Fundación Pau Costa, detallando los objetivos de dicho convenio, si es efectivo que la fundación en comento es financiada por el grupo empresarial español Faasa y si el señor Marc Castellnou , integra dicha Fundación. (342 al 30344).
Diputada Álvarez , doña Jenny . Sirva informar las medidas tomadas para atender las necesidades de la Escuela Básica Municipal Rural Bidocente Cordillera Nevada de la comuna de Hualaihué, la cual sufrió daños producto de un incendio, detallando cuál será la situación de los docentes y el procedimiento para reparar la infraestructura dañada, en los términos señalados en la solicitud adjunta. (374 al 27020). (374 al 27020).
Diputada Álvarez, doña Jenny . Antecedentes de la encuesta realizada por el Observatorio Municipal en los sectores de Antihual y La Paloma I, con el objeto de estudiar la posibilidad de utilizar leña seca a diferencia de leña húmeda. (431/3129 al 30340).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Los recursos con que cuenta esa municipalidad para ejecutar un plan de contingencia frente a los problemas que se produzcan como consecuencia de las condiciones climáticas de la próxima temporada invernal. (532 al 29951).
Diputado Rathgeb, don Jorge . Los recursos con que cuenta esa municipalidad para ejecutar un plan de contingencia frente a los problemas que se produzcan como consecuencia de las condiciones climáticas de la próxima temporada invernal. (532 al 29984).
Diputado Bellolio, don Jaime . El número de licencias de conducir entregadas por su municipio en los últimos cuatro años, distinguiendo según su clase. (552 al 28390).
Diputada Molina , doña Andrea . Los viajes que ha realizado durante el año año 2016 y en los meses de enero a la fecha del año 2017, tanto nacionales como internacionales, indicando el objeto y labor desempeñada en cada unos de ellos. (5928 al 30889).
Diputado De Mussy, don Felipe . La participación de funcionarios de esa municipalidad en el censo realizado el día 19 de abril recién pasado y la presentación de licencias médicas para esa fecha, con los antecedentes que requiere. Asimismo, indique la cantidad de licencias médicas presentadas por los mismos funcionarios durante 2016 y 2017. (645 al 29552).
Diputado Monckeberg, don Nicolás . Solicita que si lo tiene a bien y de acuerdo a la solicitud adjunta, se sirva informar sobre las materias que precisa relacionadas con medidas cautelares y de protección ordenadas por los Tribunales de Familia en favor de adultos mayores a nivel nacional, en los términos que señala. (77 al 2898).
VIII. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
Diputado Paulsen, don Diego . Un listado de los actos y ceremonias oficiales a los que asistieron las autoridades dependientes de vuestro ministerio, en el período comprendido entre el 1° de enero de 2016 y esta, disgregando por región, comuna y motivo del respectivo acto. (31523 de 13/06/2017). A Ministerio de Minería.
Diputada Molina , doña Andrea
. Estado en que se encuentran los proyectos de Mega Puertos para las comunas de Valparaíso y San Antonio. (31541 de 14/06/2017). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputada Molina, doña Andrea . Nuevo director de la Unidad de Modernización y Gobierno Digital, detallando si se cumplió con lo ordenado por la Ley 20.955, que perfecciona el sistema de alta dirección pública y fortalece la dirección nacional del servicio civil. (31542 de 14/06/2017). A Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Diputada Molina , doña Andrea . Si el señor Oscar Acuña trabajó en el Consejo de Monumentos Nacionales, dando respuesta en su calidad de Presidenta de dicho Consejo. (31543 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
Diputada Molina , doña Andrea . Razones que han impedido la firma del decreto que declara la Casa Italia de Viña del Mar como monumento histórico por parte del Consejo de Monumentos Nacionales, detallando el estado que se encuentra el recurso administrativo y de protección interpuesto por Inmobiliaria Casa Italia S.A., dando respuesta en su calidad de Presidenta del Consejo referido. (31544 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
Diputada Molina , doña Andrea . Situación del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio , detallando si es efectivo que no existen implementos técnicos para realizar operaciones para mujeres con cáncer mamario. (31548 de 14/06/2017). A Ministerio de Salud.
Diputado Trisotti, don Renzo . Cantidad de alumnos que presentan un cuadro de escabiosis o sarna de la Región de Tarapacá, detallando los casos que se han presentado en la comuna de Alto Hospicio, y las medidas que se adoptarán para la prevención y tratamiento de dicho problema. (31549 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
Diputado Trisotti, don Renzo . Cantidad de alumnos que presentan un cuadro de escabiosis o sarna de la Región de Tarapacá, detallando los casos que se han presentado en la comuna de Alto Hospicio, y las medidas que se adoptarán para la prevención y tratamiento de dicho problema. (31550 de 14/06/2017). A Ministerio de Salud.
Diputado Kast, don Felipe . Escuela Técnica Libertador Bernardo O'Higgins de la comuna de Independencia, detallando si los representantes de dicho establecimiento han presentado circular de cierre definitivo ante la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Educación, si se ha cursado la multa de 60 UTM y el estado del recurso de reclamación REX Nº332/2015. (31551 de 14/06/2017). A Superintendencia de Educación Escolar.
Diputada Hernando , doña Marcela . Procedimiento a seguir ante vuestra Superintendencia para certificar la especialidad del médico Mario Besnier Hernandez , detallando si poseen sus antecedentes profesionales. (31558 de 14/06/2017). A Superintendencia de Salud.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31560 de 14/06/2017). A Corporación Nacional Forestal.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31561 de 14/06/2017). A Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31562 de 14/06/2017). A Corporación de Fomento de la Producción.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31563 de 14/06/2017). A Consejo Nacional de Televisión.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31564 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31565 de 14/06/2017). A Comisión Nacional de Riego.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31566 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31567 de 14/06/2017). A Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31568 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31569 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
Diputado Paulsen, don Diego . Gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07 de la Ley de Presupuestos del Sector Público, en que haya incurrido ese servicio, desagregados por programas y comunas, remitiendo los demás antecedentes que requiere. (31570 de 14/06/2017). A Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
Diputada Hernando , doña Marcela . Estado de tramitación del caso de la señora Paula Orellana Fadic , identificado con el Nº101152-2016. (31573 de 14/06/2017). A Superintendencia de Salud.
Diputado Melo, don Daniel . Cantidad de reclamos relacionados con la negativa de empresas concesionarias a suministrar servicios de Internet y televisión por pago, en las comunas de La Florida, Maipú , Puente Alto y La Pintana , indicando los motivos de dicha que la ocasionaron. (31574 de 14/06/2017). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputado Melo, don Daniel . Cantidad de reclamos relacionados con la negativa de empresas concesionarias a suministrar servicios de Internet y televisión por pago, en las comunas de La Cisterna, El Bosque, San Ramón , Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda y San Miguel , indicándolos motivos que la ocasionaron. (31575 de 14/06/2017). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputada Provoste , doña Yasna , Diputado Rincón, don Ricardo , Diputado Silber, don Gabriel , Diputado León, don Roberto . Normas actualizadas de contratación de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, indicando su fecha de aprobación y la composición del directorio al momento de dictarse. (31576 de 14/06/2017). A Corporación Nacional del Cobre.
Diputado Rincón, don Ricardo , Diputada Provoste , doña Yasna , Diputado Silber, don Gabriel , Diputado León, don Roberto . Operaciones realizadas por la Corporación Nacional del Cobre de Chile con partes relacionadas durante los últimos 10 años, señalando aquellas informadas a la Superintendencia de Valores y Seguros, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados. (31577 de 14/06/2017). A Corporación Nacional del Cobre.
Diputada Provoste , doña Yasna , Diputado Rincón, don Ricardo , Diputado Silber, don Gabriel , Diputado Cornejo, don Aldo , Diputado León, don Roberto . Montos destinados por la empresa a gastos misceláneos, dentro de su presupuesto y los fines a que se destinaron. (31578 de 14/06/2017). A Corporación Nacional del Cobre.
Diputado García, don René Manuel . Medidas que se adoptarán para corregir la situación en la que se encuentra el Liceo de Curarrehue, afectando las condiciones mínimas en que se deben desenvolver sus alumnos. (31579 de 14/06/2017). A Municipalidad de Curarrehue.
Diputado Chahin, don Fuad . Situación actual de tramitación de la solicitud para acogerse a los beneficios de la ley sobre exonerados políticos del señor Leonidas Genaro Sandoval Lepe , domiciliado en la comuna de Victoria. (31580 de 14/06/2017).
Diputado Chahin, don Fuad . Situación actual de tramitación de la solicitud para acogerse a los beneficios de la ley sobre exonerados políticos del señor José Teófilo Ortiz Ñirripil , domiciliado en la comuna de Lautaro. (31581 de 14/06/2017).
Diputado Chahin, don Fuad . Reclamo deducido por el señor José Marcelino Curihuil , domiciliado en la comuna de Vilcún, relacionado con la nula fiscalización por parte de su cartera de aquellos habitantes del sector que se conectan de forma ilegal al tendido eléctrico, generando alzas de consumo en forma desmesurada. (31582 de 14/06/2017). A Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Diputada Girardi , doña Cristina . Posibilidad de modificar el horario y el tipo de alimento entregado a los alumnos de la escuela Nº 411 de Cerro Navia por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y acerca de la factibilidad de proteger los salones de clases frente a las inclemencias del frío. (31584 de 14/06/2017). A Ministerio de Educación.
I.ASISTENCIA
-Asistieron los siguientes señores diputados: (99)
NOMBRE
-Aguiló Melo, Sergio
-Álvarez Vera, Jenny
-Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo
-Alvarado Ramírez Miguel Ángel
-Andrade Lara, Osvaldo
-Arriagada Macaya, Claudio
-Auth Stewart, Pepe
-Becker Alvear, Germán
-Bellolio Avaria, Jaime
-Berger Fett, Bernardo
-Browne Urrejola, Pedro
-Campos Jara, Cristián
-Cariola Oliva, Karol
-Castro González, Juan Luis
-Ceroni Fuentes, Guillermo
-Chahin Valenzuela, Fuad
-Chávez Velásquez, Marcelo
-Cicardini Milla, Daniella
-Coloma Álamos, Juan Antonio
-Cornejo González, Aldo
-De Mussy Hiriart, Felipe
-Edwards Silva, José Manuel
-Espejo Yaksic, Sergio
-Espinosa Monardes, Marcos
-Farcas Guendelman, Daniel
-Farías Ponce, Ramón
-Fernández Allende, Maya
-Flores García, Iván
-Fuentes Castillo, Iván
-Fuenzalida Figueroa, Gonzalo
-Gahona Salazar, Sergio
-García García, René Manuel
-Girardi Lavín, Cristina
-Godoy Ibáñez, Joaquín
-González Torres, Rodrigo
-Gutiérrez Gálvez, Hugo
-Gutiérrez Pino, Romilio
-Hasbún Selume, Gustavo
-Hernández Hernández, Javier
-Hernando Pérez, Marcela
-Hoffmann Opazo, María José
-Jackson Drago, Giorgio
-Jaramillo Becker, Enrique
-Jarpa Wevar, Carlos
-Jiménez Fuentes, Tucapel
-Kort Garriga, Issa
-Lavín León, Joaquín
-León Ramírez, Roberto
-Letelier Norambuena, Felipe
-Lorenzini Basso, Pablo
-Macaya Danús, Javier
-Melero Abaroa, Patricio
-Melo Contreras, Daniel
-Mirosevic Verdugo, Vlado
-Molina Oliva, Andrea
-Monckeberg Bruner, Cristián
-Monsalve Benavides, Manuel
-Morales Muñoz, Celso
-Morano Cornejo, Juan Enrique
-Núñez Arancibia, Daniel
-Núñez Lozano, Marco Antonio
-Núñez Urrutia, Paulina
-Ojeda Uribe, Sergio
-Ortiz Novoa, José Miguel
-Pacheco Rivas, Clemira
-Pérez Arriagada, José
-Pérez Lahsen, Leopoldo
-Pilowsky Greene, Jaime
-Poblete Zapata, Roberto
-Provoste Campillay, Yasna
-Rathgeb Schifferli, Jorge
-Robles Pantoja, Alberto
-Rocafull López, Luis
-Rubilar Barahona, Karla
-Sabag Villalobos, Jorge
-Sabat Fernández, Marcela
-Saffirio Espinoza, René
-Saldívar Auger, Raúl
-Sandoval Plaza, David
-Santana Tirachini, Alejandro
-Schilling Rodríguez, Marcelo
-Sepúlveda Orbenes, Alejandra
-Silber Romo, Gabriel
-Silva Méndez, Ernesto
-Soto Ferrada, Leonardo
-Squella Ovalle, Arturo
-Tarud Daccarett, Jorge
-Teillier del Valle, Guillermo
-Torres Jeldes, Víctor
-Trisotti Martínez, Renzo
-Turres Figueroa, Marisol
-Urízar Muñoz, Christian
-Urrutia Bonilla, Ignacio
-Urrutia Soto, Osvaldo
-Vallejo Dowling, Camila
-Van Rysselberghe Herrera, Enrique
-Verdugo Soto, Germán
-Walker Prieto, Matías
-Ward Edwards, Felipe
-No estuvieron presentes por encontrarse:
-En misión oficial: La diputada señora Loreto Carvajal Ambiado y los diputados señores Fidel Espinoza Samdoval y Diego Paulsen Kehr.
-Con permiso constitucional: La diputada señora Denise Pascal Allende.
-Con licencia médica: Los diputados señores Fernando Meza Moncada, Iván Norambuena Farías y Joaquín Tuma Zedán.-
II.APERTURA DE LA SESIÓN
-Se abrió la sesión a las 10.36 horas.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
El acta de la sesión 25ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 26ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
El señor Secretario va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor LANDEROS (Secretario) da lectura a la Cuenta.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Sobre la Cuenta, tiene la palabra el diputado señor Sergio Aguiló .
El señor AGUILÓ .-
Señor Presidente, por su intermedio quiero hacer la siguiente consulta al Secretario sobre la Cuenta.
Hace un mes, un grupo de parlamentarios enviamos un oficio de fiscalización a la Cancillería. Al día siguiente nos apersonamos allí, donde nos informaron que lo contestarían en dos semanas a través del mecanismo correspondiente.
El oficio se refiere a la grave situación que enfrentan los chilenos de origen palestino que viajan a la tierra de sus antepasados y que son maltratados por el Estado de Israel.
Por lo tanto, solicitamos que la Cancillería adopte dos medidas muy concretas: primero, que retire al embajador o que por lo menos lo llame a Chile para informar, y segundo, exigir reciprocidad al Estado de Israel.
Al respecto, quiero saber por qué la respuesta no aparece aún en la Cuenta. Tal vez es porque no ha llegado. Si es así, solicito reiterar, de acuerdo con las facultades que confiere la Constitución, ese oficio de fiscalización con carácter de grave, porque hace tres o cuatros días otro joven chileno de origen palestino fue maltratado y vejado por las autoridades de Israel. Es decir, reiteraron una práctica que es profundamente contraria al derecho internacional.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor Secretario para responder al señor diputado.
El señor LANDEROS (Secretario).-
Señor diputado, en los registros que acabamos de ver no aparece ningún oficio de esa naturaleza a su nombre. En consecuencia, nos gustaría que se acercara a la testera y nos precisara el antecedente.
Por otro lado, le quiero recordar que el gobierno tiene treinta días hábiles para contestar los oficios. Por lo tanto, es probable que el gobierno todavía esté realizando esa gestión, ya que solo han transcurrido dos semanas.
El señor AGUILÓ .-
El Vicepresidente Jorge Sabag es parte de esa comisión, razón por la cual podrá entregar los antecedentes de la reunión con el canciller.
He dicho.
-o-
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Se hace presente a sus señorías que las siguientes comisiones sesionarán en forma simultánea con la Sala: la Comisión de Educación, de 10.30 a 12.00 horas, y la Comisión de Deportes y Recreación, de 10.45 a 12.00 horas.
ALTERACIÓN DEL ORDEN DE LA TABLA
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Matías Walker .
El señor WALKER.-
Señor Presidente, en primer lugar del Orden del Día figura la discusión del informe de las comisiones especiales investigadoras unidas sobre eventuales irregularidades en el otorgamiento de pensiones en Capredena y en Dipreca, y las pensiones pagadas a funcionarios de Gendarmería; y en el segundo lugar, un proyecto de acuerdo que es muy simple, aprobado por unanimidad en la Comisión de Hacienda, que aprueba el acuerdo de sede para el proyecto túnel internacional Paso de Agua Negra.
Dado que seguramente la discusión del informe de las comisiones investigadoras ocupará todo el tiempo del Orden del Día, propongo votar sin discusión el segundo proyecto de la Tabla, lo que a los representantes de la Región de Coquimbo nos pondría felices.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Propongo a la Sala alterar el orden de la Tabla y tratar en primer lugar el segundo proyecto sin discusión, pero con la lectura de sus respectivos informes.
Tiene la palabra el diputado José Miguel Ortiz .
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, usted ha empleado la sabiduría, la sapiencia y la experiencia. Creo que es de justicia actuar de esa forma porque ese proyecto significará una inversión de 1.500 millones de dólares para el país.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
¿Habría acuerdo para alterar en orden de la Tabla, de manera de tratar en primer lugar el proyecto de acuerdo que figura en segundo lugar, y votarlo sin discusión, una vez leídos sus informes?
Acordado.
V.ORDEN DEL DÍA
ACUERDO DE SEDE ENTRE CHILE Y LA ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO “TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA” (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11218-10)
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo, en primer trámite constitucional, que aprueba el Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Entidad Binacional para el proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra” (Ebitan), suscrito en Santiago el 6 y 9 de enero de 2017.
Diputados informantes de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y de Hacienda son los señores Javier Hernández y Alejandro Santana , respectivamente.
Antecedentes:
-Mensaje, sesión 21ª de la presente legislatura, en 9 de mayo de 2017. Documentos de la Cuenta N° 1.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 26ª de la presente legislatura, en 18 de mayo de 2017. Documentos de la Cuenta N° 8.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 32ª de la presente legislatura, en 13 de junio de 2017. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor JARAMILLO.-
En reemplazo del diputado Javier Hernández , rinde el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana el diputado señor Issa Kort .
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor KORT (de pie).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, me ha correspondido informar ante esta Sala sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Entidad Binacional para el proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra” (Ebitan), suscrito en Santiago el 6 y 9 de enero de 2017, el que se encuentra sometido a la consideración de la honorable Cámara de Diputados en primer trámite constitucional, sin urgencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15°, y 54, Nº 1), de la Constitución Política de la República.
Tal como lo señala el mensaje con el cual su excelencia la Presidenta de la República da inicio a este proyecto de acuerdo, el Tratado de Maipú de integración y cooperación entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito en Maipú el 30 de octubre de 2009, contempló, entre otras materias, la decisión de los gobiernos de ambas repúblicas de intensificar las acciones tendientes a mejorar y ampliar la conexión física entre los territorios de cada una de las partes, mediante la promoción y realización conjunta o coordinada de obras de infraestructura en los ámbitos de la energía, transporte y comunicaciones.
Agrega que, a su vez, el protocolo complementario al indicado tratado, de igual fecha, creó la entidad binacional denominada Ebitan , la cual tiene como función y objetivo principal el ejercer todas las funciones y obligaciones necesarias para concretar el proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra”, debiendo preocuparse por avanzar en el diseño, construcción, administración, mantenimiento y explotación de dicho túnel y los estudios realizados o futuros que se elaboren en ambas repúblicas.
Añade que, seguidamente, en el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú, suscrito el 23 de diciembre de 2014, se dispuso que Ebitan debía celebrar con la República de Chile y con la República de Argentina los respectivos acuerdos de sede, adecuados a la naturaleza de sus funciones. Según el artículo 5º de este instrumento internacional, la Ebitan tiene sus sedes centrales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Santiago, y además podrá mantener oficinas regionales en cada uno de los países, según se estime necesario.
Concluye señalando que el presente acuerdo de sede entre el Gobierno de Chile y la Ebitan da cumplimiento a lo ya señalado en el II Protocolo Complementario para establecer en nuestro país una sede de dicha entidad, reconociéndose en el mismo el estatus jurídico necesario para su funcionamiento en nuestro territorio.
El acuerdo se encuentra estructurado sobre la base de un preámbulo y de dieciocho artículos, donde se despliegan las normas que conforman su cuerpo dispositivo, por las que se establece el estatuto jurídico al que se someterá la sede de Ebitan en Chile.
En el preámbulo se establecen las consideraciones que guiaron a las partes para celebrar el acuerdo. Así, las partes aluden al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República de Argentina, por el cual se decidieron intensificar las acciones tendientes a mejorar y ampliar la conexión física entre los territorios de cada una de las partes; al protocolo complementario a dicho tratado, que decidió crear la Ebitan, y al II Protocolo, que dispuso que la Ebitan celebrará con las partes los respectivos acuerdos de sede, adecuados a la naturaleza de sus funciones.
En el articulado, por su parte, se tratan las materias que se indican en el informe que mis colegas tienen en su poder, a las cuales no me referiré en aras del tiempo.
En el estudio de este proyecto de acuerdo, la comisión contó con la asistencia y colaboración de los señores Edgardo Riveros Marín , ministro subrogante de Relaciones Exteriores; Claudio Troncoso Repetto , director jurídico de la Cancillería; Anselmo Pommes Sermini , asesor de Difrol, y Enrique Álvarez Jaque , presidente pro tempore de Ebitan, quienes, además de refrendar los contenidos del mensaje, hicieron presente que este acuerdo de sede da cumplimiento al II Protocolo Complementario del Tratado de Maipú, de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República de Argentina, suscrito el 30 de octubre de 2009, mediante el cual se creó la entidad binacional denominada Ebitan , que tiene como función y objetivo principal ejercer todas las funciones y obligaciones necesarias para concretar el proyecto Túnel Internacional Paso de Agua Negra.
Por su parte, las señoras diputadas y los señores diputados presentes, que expresaron su decisión favorable a la aprobación de este proyecto de acuerdo, manifestaron su concordancia con los objetivos del mismo y, sin mayor debate, lo aprobaron por diez votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención.
Votaron a favor las diputadas señoras Molina , doña Andrea , y Sabat , doña Marcela , y los diputados señores Hernández, don Javier ; Jarpa, don Carlos Abel ; Kort, don Issa ; Mirosevic, don Vlado ; Rocafull, don Luis ; Sabag, don Jorge ; Teillier, don Guillermo , y Verdugo, don Germán .
Por último, me permito hacer presente que la comisión no calificó como normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado ningún precepto contenido en el proyecto de acuerdo en informe. Asimismo, determinó que sus preceptos deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda por tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.
Como consecuencia de los antecedentes expuestos, la comisión decidió recomendar a la Cámara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del proyecto de acuerdo, cuyo texto se contiene en el referido informe.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
En reemplazo del diputado Alejandro Santana , rinde el informe de la Comisión de Hacienda el diputado señor José Miguel Ortiz .
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ORTIZ (de pie).-
Señor Presidente, qué importante es la decisión que acabamos de tomar, para votar sin discusión este proyecto, porque demuestra que todos estamos de acuerdo con un principio elemental, cual es que se necesitan inversiones en este país. Precisamente, cuando analizamos este proyecto, nos dimos cuenta de que era vital que tuviese un rápido trámite legislativo.
En nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba el acuerdo de sede entre el gobierno de la República de Chile y la Entidad Binacional para el proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra” (Ebitan), suscrito en Santiago el 6 y 9 de enero de 2017, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, de conformidad con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación.
En razón de que los aspectos técnicos del proyecto, así como su estructura y contenido fueron abordados por quien me precedió en el uso de la palabra, basaré este informe, fundamentalmente, en los aspectos presupuestarios, al tenor del correspondiente informe financiero.
Sin perjuicio de lo señalado, en términos generales, el presente proyecto de acuerdo tiene como antecedente el Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración y Cooperación entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito en Maipú el 30 de octubre de 2009, de igual fecha, que creó la Entidad Binacional para el proyecto Túnel Internacional Paso de Agua Negra (Ebitan). Su función y objeto principal es ejercer todas las funciones y obligaciones necesarias para concretar dicho proyecto.
Por su parte, el II Protocolo Complementario del mismo tratado, suscrito el 23 de diciembre de 2014, junto con ratificar la voluntad de concretar el proyecto e informar de su costo esperado, dispuso que la Ebitan debía celebrar con las repúblicas de Chile y de Argentina sendos acuerdos de sede, adecuados a la naturaleza de sus funciones, para materializar sus sedes centrales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en Santiago, al menos. El informe dice: “…en Santiago, al menos.”, porque se parte de base de que, una vez que el proyecto sea aprobado -tiene que ir a segundo trámite legislativo-, la Ebitan tendrá su sede en Santiago y también una subsede en la provincia de Coquimbo, la cual significará un complemento y una inversión inmensa.
En consecuencia, el presente acuerdo de sede suscrito entre el gobierno de la República de Chile y la Ebitan da cumplimiento a lo señalado, en el sentido de permitir establecer en nuestro país una sede de dicha entidad, reconociéndose en el mismo II Protocolo el estatus jurídico necesario para su funcionamiento en nuestro territorio.
En cuanto a los efectos fiscales de la implementación del acuerdo de sede en la República de Chile, el informe financiero N° 44, de 24 de abril de 2017, elaborado por la Dirección de Presupuestos, destaca los siguientes aspectos:
a. La sede de la Ebitan en Chile estará radicada en la ciudad de Santiago y podrá instalar, por el tiempo que estime necesario, subsedes u oficinas en cualquier otro lugar del territorio nacional. Para materializar lo anterior, se ha decidido que durante sus primeros años de operación, la sede de la Ebitan en Chile se instale en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, permitiendo con esto aprovecharlas y, además, facilitar las coordinaciones necesarias entre ambos organismos para llevar a cabo la licitación de la construcción del túnel de Agua Negra y su supervisión.
Con ello, se da cuenta del compromiso de la República de Chile de hacerse cargo de los gastos relacionados con la sede de la Ebitan, tal como se señala en el artículo 5 del acuerdo de sede objeto de este proyecto de acuerdo.
b. La Ebitan, sus bienes y haberes estarán exentos de todo impuesto directo, así como también de derechos de aduana y de prohibiciones y restricciones a la importación o de exportación respecto de los artículos para su uso oficial, tal como se señala en el artículo 11 del citado acuerdo de sede.
Respecto al impacto en términos del costo fiscal asociado al proyecto de acuerdo, se estima que para el primer año de operación significará gastos aproximados de 40,1 millones de pesos, los que serán financiados con cargo a la partida 12, del Ministerio de Obras Públicas.
En el análisis que hicimos en la Comisión de Hacienda, quedó absolutamente claro el avance que ha habido, pues estaba la persona que está a cargo del Ministerio de Obras Públicas. Una vez más, hay que hacer un gran reconocimiento al ministro Alberto Undurraga , por la forma en que ha hecho las gestiones con todo su grupo de profesionales.
Finalmente, solicito aprobar el proyecto de acuerdo, para que termine su primer trámite constitucional, pues significa una inversión de 1.500 millones de dólares, sin IVA, por el tema de las provisiones y los acuerdos alcanzados, que va a favorecer directamente a Coquimbo, en nuestro país, y a la provincia de San Juan, en Argentina.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tal como se acordó por unanimidad, en virtud de lo propuesto por el diputado Matías Walker el proyecto se votará sin discusión.
-Con posterioridad la Sala se pronunció sobre este proyecto de acuerdo en los siguientes términos:
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar el proyecto de acuerdo aprobatorio del Acuerdo de sede entre el Gobierno de la República de Chile y la Entidad Binacional para el proyecto “Túnel Internacional Paso de Agua Negra” (Ebitan), suscrito en Santiago el 6 y 9 de enero de 2017.
-Durante la votación:
El señor ALVARADO.-
Pido la palabra para plantear una cuestión reglamentaria.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Alvarado .
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente, antes de votar el proyecto deseo señalar lo siguiente.
El túnel internacional Paso de Agua Negra va a tener un impacto muy importante en los ámbitos económico, cultural y social de nuestra región. Ese túnel nos unirá con Latinoamérica. En momentos en que la tendencia ha sido cerrar las fronteras, nosotros las estamos abriendo al gigante brasileño, a Argentina, etcétera.
Pero hay un tema que no podemos dejar pasar.
Junto con otros parlamentarios de nuestra región haremos llegar un proyecto de resolución, por el cual solicitaremos a la Presidenta la modificación del artículo 5 del Acuerdo, que señala que la sede de la Ebitan se ubicará en la ciudad de Santiago, en circunstancias de que ese paso internacional está situado en la Región de Coquimbo, a 500 kilómetros de la capital.
No se entienden los argumentos. Es efectivo que esto lo lideró el Ministerio de Obras Públicas, que cuenta con secretarias y computadores; pero en nuestra región también existe tecnología y personal.
Hace poco votamos el proyecto sobre elección de gobernadores regionales, pero al parecer no basta con fijar una ley. Existe una cuestión cultural atávica, que se encuentra en el ADN de la gente que vive en Santiago, que piensa que es en la capital donde deben estar las oficinas y las secretarías de todo lo que se legisla.
Señor Presidente, nuestra región también tiene aeropuerto, secretarias, computadores, etcétera. Por lo tanto, vamos a solicitar a la Presidenta de la República, a través de un proyecto de resolución, que la sede de esa entidad se radique en la Región de Coquimbo.
He dicho.
-Aplausos en la Sala y en las tribunas.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Señor diputado, queda constancia de su intervención, la que no se pudo concretar en el momento oportuno pues no hubo unanimidad para entregar la palabra, en favor de avanzar con el segundo punto de la Tabla
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Bellolio Avaria, Jaime ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Castro González, Juan Luis ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Farías Ponce, Ramón ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; Girardi Lavín, Cristina ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo, María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa, Marisol ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .
INFORME DE LAS COMISIONES ESPECIALES INVESTIGADORAS, UNIDAS, ENCARGADAS DE ANALIZAR LAS EVENTUALES IRREGULARIDADES EN EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES EN CAPREDENA Y EN DIPRECA (CEI 32) Y LAS PENSIONES PAGADAS A FUNCIONARIOS DE GENDARMERÍA (CEI 33)
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar el informe de las comisiones especiales investigadoras, unidas, encargadas de analizar las eventuales irregularidades en el otorgamiento de pensiones en Capredena y en Dipreca y las pensiones pagadas a funcionarios de Gendarmería.
De conformidad con los acuerdos de los Comités adoptados el martes 31 de marzo de 2015, el diputado informante dispondrá de diez minutos para rendir el informe y luego se destinará un tiempo de debate de una hora, distribuido en forma proporcional entre las bancadas.
Diputado informante de las comisiones especiales investigadoras es el señor Leonardo Soto .
Antecedentes:
-Informe de las comisiones Especiales Investigadoras, Unidas, encargadas de analizar eventuales irregularidades en el otorgamiento de pensiones en Capredena y en Dipreca (Cei 32) y las pensiones pagadas a funcionarios de Gendarmería (cei 33), sesión 13ª de la presente legislatura, en 12 de abril de 2017. Documentos de la Cuenta N° 6.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor SOTO (de pie).-
Señor Presidente, paso a rendir el informe de las comisiones especiales investigadoras, unidas, encargadas de analizar las eventuales irregularidades en el otorgamiento de pensiones en Capredena y Dipreca y las pensiones pagadas a funcionarios de Gendarmería.
La Cámara de Diputados, en su sesión 43ª, celebrada el 13 de julio de 2016, acordó crear dos comisiones especiales investigadoras. La primera, para encargarse de analizar las irregularidades que se pudieran haber cometido en el otorgamiento de pensiones cuyo monto supere las sesenta unidades de fomento mensuales, en beneficio de funcionarios de Gendarmería y de las otras instituciones adscritas a Capredena y a Dipreca, particularmente en aquellas en que pudo existir colusión entre empleados y empleadores para incrementar arbitrariamente las últimas remuneraciones, con el fin de abultar una jubilación, así como también analizar la pertinencia de la continuidad de los sistemas de cotizaciones especiales para las citadas instituciones.
La segunda, para encargarse de determinar si las pensiones pagadas a funcionarios de Gendarmería se han ajustado a derecho o han sido incrementadas en virtud de eventuales resquicios que posibilitaron un fraude a la ley, así como también esclarecer la intervención que tuvieron diversos organismos públicos en la autorización de dichos pagos, conjuntamente con analizar el sistema de ascensos de la institución; la situación del personal a honorarios, a contrata y de planta; la movilidad entre escalafones y el sistema de contrataciones cruzadas entre el Ministerio de Justicia y Gendarmería, todo lo cual debe ser investigado en el período comprendido entre 2014 a la fecha.
Ambas comisiones se constituyeron el 17 de agosto de 2016.
Atendida la similitud de las materias a investigar, el 30 de agosto de 2016 la primera de las referidas comisiones solicitó a la Sala de la Corporación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 233 del Reglamento de la Corporación, recabar el acuerdo para que ambas comisiones se abocaran, unidas, a las investigaciones encomendadas, cuestión a que se accedió el 31 de agosto de 2016.
Las comisiones unidas, en el cumplimiento de sus cometidos, celebraron catorce sesiones; recibieron las exposiciones de nueve instituciones y de ocho particulares. Además, despacharon trece oficios de investigación.
Durante sus sesiones prestaron declaraciones don Jorge Bermúdez , contralor general de la República; don Cristián Rojas , vicepresidente ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional; don Jaime Gatica , director de la Dirección de Previsión de Carabineros; la señora Pamela Sánchez , fiscal de Dipreca: don Julio Ruiz, jefe de Pensiones de Dipreca; la señora Paola Díaz , jefa del Departamento de Ejecución de Dipreca; don Luis Justiniano , administrador general de Dipreca. Además, participaron don Jaime Rojas , director nacional de Gendarmería, y varios asesores, entre otros, doña Paulina Vodanovic , subsecretaria para las Fuerzas Armadas; don Freddy Larenas y don Jorge Ortiz ; los señores Hernán Alberto Ayala Rivera, Juan Carlos Estay Vergara , Óscar Ernesto Garcés Cid, Hernán Eduardo Molina Torres , Víctor Pereira Acevedo y Nelson Robinson Villarroel Román , exfuncionarios de Gendarmería de Chile. También expuso don Roberto Garrido , abogado de algunos exfuncionarios.
Por último, concurrieron a las comisiones unidas los representantes de la Asociación Nacional de Oficiales Penitenciarios; de la Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios; la Asociación de Directivos, Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares de Gendarmería, y de la Asociación Nacional de Suboficiales y Gendarmes.
En cuanto a las consideraciones, conclusiones y propuestas aprobadas por la comisión, puedo señalar que, una vez finalizado su cometido, con el voto unánime de las diputadas señoras Carvajal , doña Loreto , y Rubilar , doña Karla , y de los diputados señores Coloma, don Juan Antonio ; Monckeberg, don Nicolás ; Pilowsky, don Jaime ; Soto, don Leonardo , Ulloa, don Jorge y Vallespín, don Patricio , las comisiones unidas aprobaron las siguientes consideraciones, conclusiones y propuestas.
1) Determinación de la base de cálculo de las pensiones de los funcionarios de Gendarmería, adscritos a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile:
a) Sobre el tope legal de 60 UF en la imponibilidad de las cotizaciones del personal de Gendarmería de Chile, adscrito a Dipreca, y la actuación de Dipreca ante los requerimientos de la Contraloría General de la República.
En la actualidad conviven dos regímenes previsionales para los funcionarios que laboran en Gendarmería. Uno, que originalmente era el único, correspondiente al régimen previsional general de las AFP, y el otro, consistente en un sistema público de reparto a cargo de la Dirección Previsional de Carabineros.
Este sistema dual surge a comienzos de los años 90, cuando se abre la posibilidad de que algunos funcionarios de Gendarmería vuelvan al sistema antiguo, administrado por Dipreca , extensivo para los oficiales y vigilantes penitenciarios, como también para funcionarios no uniformados, profesionales y directivos que formaran parte de la planta y que además se desempeñaran en unidades penales de manera permanente.
A lo largo del tiempo, de acuerdo con lo señalado por el actual contralor general de la República, señor Jorge Bermúdez , se generó una interpretación errónea acerca de las normas legales previsionales en esa institución y una distorsión del sistema en relación con el cálculo de pensiones por parte de Dipreca. Ello se ha traducido, en la práctica, en que se realizaban descuentos por cotizaciones previsionales mensuales y pago de pensiones de retiro por sobre las 60 UF, sin límite, a pesar de que ese tope imponible es aplicable a todos los funcionarios de Gendarmería sujetos a la Escala Única de Sueldos y contraviniendo las normas legales sobre la materia.
Esta errónea manera de calcular los beneficios previsionales se prolongó hasta 2016.
Dado que el sistema de Dipreca no le aplicaba ningún tope a las remuneraciones imponibles y pensiones de retiro, estas fueron aumentando sus montos hasta llegar al punto en que a la fecha las pensiones promedio, mínimas y máximas que entrega Gendarmería, son muy superiores a las que gozan los funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Públicas con similares rangos o grados.
Se ha logrado determinar que en los últimos diez años, de un total de 1.705 pensiones otorgadas por Gendarmería, 667 superan el límite de imponibilidad, siendo la más alta, a modo ilustrativo, la otorgada a un subdirector operativo, cuyo monto de pensión mensual excede los 6 millones de pesos.
Con todo, la Contraloría durante años tomó razón de los decretos que concedían pensiones y que excedían el tope legal, contraviniendo sus propios dictámenes.
Esta situación es, actualmente, objeto de un sumario administrativo al interior de la entidad contralora.
Finalmente, mediante dictamen N° 42.701, de junio de 2016, la Contraloría fijó con claridad y precisión la doctrina actual en cuanto a la existencia de topes de imponibilidad y estableció que no cursaría ninguna pensión sobre 60 UF.
En cuanto a las que se entregaron en el pasado, no se afectarían.
Pese a todo lo anterior, Dipreca igualmente procedió al pago de las pensiones objetadas por la Contraloría General de la República, por lo que esta le ordenó iniciar un proceso de invalidación de aquellos actos administrativos que las concedieron.
Frente a ello, en junio del mismo año, Dipreca presentó una reconsideración ante el ente contralor, buscando mantener el criterio de pagar pensiones de retiro sin tope, la que fue rechazada, quedando a firme el dictamen e instruyéndose el procedimiento invalidatorio de aquellas pensiones que excedían el monto legal.
En esa situación de invalidación quedaron once funcionarios de Gendarmería, cuya tramitación se ordenó por dictamen de inicio Nº 58.769, de 9 de agosto de 2016, y que concluyó en marzo de 2017.
En efecto, con fecha 9 de agosto de 2016, la Contraloría General de la República ordenó a Dipreca iniciar el procedimiento de invalidación de once casos de pensiones irregulares, señalando: “Es posible concluir que las resoluciones de Dipreca, que concedieron pensiones de retiro a funcionarios de Gendarmería de Chile, sin considerar para el cálculo de ese beneficio el referido límite de imponibilidad, no se ajustaron a derecho.”.
Finaliza el oficio ordenando que se “inicie el respectivo procedimiento de invalidación” y ordenando a Dipreca “adoptar las medidas provisionales que estime oportunas” (como el cese del pago de las pensiones cuestionadas) “para efectos de resguardar adecuadamente el patrimonio fiscal.”.
Sin embargo, esas medidas provisionales no solo no fueron adoptadas por parte de Dipreca, sino que esta comisión investigadora pudo constatar la existencia de maniobras que tuvieron por objeto dilatar la ejecución de lo ordenado por la Contraloría General, lo que se manifiesta en:
i) Retraso injustificado en la dictación de resoluciones que inician el procedimiento invalidatorio.
ii) Retraso injustificado en el envío de información clave para determinar las irregularidades en el otorgamiento de pensiones irregulares.
iii) Apertura tardía del plazo para presentar las pruebas y descargos por el otorgamiento de pensiones irregulares.
iv) Retraso de Dipreca en remitir la información a la Contraloría.
b) Sobre irregularidades en el otorgamiento de prestaciones remuneracionales, con influjo en el sistema previsional, al interior de Gendarmería de Chile.
i) Personas que se han beneficiado injustamente del sistema previsional Dipreca , abultando la base de cálculo de su pensión.
Otra desviación que ha quedado en evidencia del sistema previsional de Dipreca en relación con los funcionarios de Gendarmería es el abultamiento irregular de sus últimas remuneraciones con el objetivo de aumentar la base de cálculo de la pensión.
En esta parte debemos recordar que las pensiones de retiro de los funcionarios adscritos al sistema de Dipreca se calculan de acuerdo con el monto imponible de su última remuneración mensual. Luego, hay un incentivo perverso para que se busque, por medios irregulares, incrementar esta última remuneración y así gozar de una pensión de retiro vitalicia mucho mayor que la que naturalmente les correspondería según su sueldo ordinario.
ii) Prácticas irregulares llevadas a cabo por los altos mandos de Gendarmería.
Una práctica recurrente que se ha venido dando es que el director nacional saliente de la institución, en virtud de las facultades discrecionales que le confiere la ley, realice nombramientos de confianza designando en mejores cargos a ciertos funcionarios, influido por eventuales lazos de amistad o políticos, y solo para efectos de beneficiar a estas personas con una abultada pensión de retiro, o bien para que puedan ingresar al sistema previsional de Dipreca.
Sucesivamente se ha repetido esta situación en la que el director nacional saliente le deja un cargo mejor a un conocido que está por jubilar, para que lo haga en mejores condiciones económicas. Así, por ejemplo, la mayoría de los puestos de confianza de exdirectores uniformados de Gendarmería fueron ocupados por compañeros de generación. Se trataba de altos funcionarios en activo que constituían una especie de “club de Tobi”, en el que se repartían los cargos y también las asignaciones críticas que terminaron por abultar sus sueldos y también sus pensiones, según testimonios vertidos directamente durante el curso de la investigación de esta comisión.
iii) Uso arbitrario de “asignaciones críticas” para producir el abultamiento de las pensiones. También otorgadas discrecionalmente por el director de la institución, estas son entendidas como ciertos pagos o abonos con que se beneficia al personal que cumple labores dentro de reparticiones públicas que sean “relevantes o estratégicas para la gestión del respectivo ministerio o institución, por la responsabilidad que implica su desempeño y por la incidencia en los productos o servicios”. Asimismo, las asignaciones por zona, modernización y otras constituyen también una vía regular para abultar arbitrariamente las pensiones de ciertos funcionarios, puesto que la determinación del monto de la pensión considera también estas asignaciones como base de cálculo de la misma.
c) Personas que se han beneficiado con el ingreso al sistema previsional de Dipreca sin tener derecho a ello.
Se ha podido concluir que efectivamente ha tenido lugar un gran número de hipótesis de funcionarios de Gendarmería que han ingresado al sistema previsional de Dipreca sin cumplir con los requisitos legales para ello, en particular el del “servicio permanente en una unidad penal”.
d) Conclusiones
i) Aspectos generales
Del trabajo realizado por esta comisión especial investigadora, queda clara la existencia de una práctica abusiva hecha con la intención de defraudar el espíritu de la ley que regula el sistema previsional de parte del personal de Gendarmería de Chile, obteniendo pensiones excesivas, que no se ajustaron a derecho, y adquiriendo un beneficio más allá de la ley.
Se ha llegado a la conclusión, en base a la información aportada a la investigación, de que la existencia de un límite legal a la imponibilidad de 60 UF de las remuneraciones (y a través de ella a las pensiones de retiro) que recibe el personal de Gendarmería adscrito a la Escala Única de Sueldos y a Dipreca tiene fundamento legal, que se contiene en la doctrina vigente formulada por la Contraloría General de la República.
La actuación de Dipreca en los últimos diez años, en que dio curso a más de 667 pensiones de retiro de funcionarios de Gendarmería de Chile que superan el límite legal, vulnera la ley vigente en esta materia.
Asimismo, los actos de toma de razón de esas mismas pensiones de retiro por parte de la Contraloría General de la República vulneran la ley vigente, lo que actualmente es objeto de un sumario administrativo interno en esta institución, ordenado por resolución N° 2650 de 2016.
También ha quedado establecida una dificultad evidente en el sector para calcular las remuneraciones y los beneficios previsionales del personal de Gendarmería de Chile, dado el abundante, disperso e intrincado contexto normativo. Existe una gran cantidad de leyes que inciden en el cálculo de remuneraciones de Gendarmería de Chile y muchas otras normas específicas -aunque no todas destinadas a todos los funcionarios o a todos los estamentos-, lo que dificulta la aplicación de la normativa en esta materia. Es decir, la Escala Única de Sueldos no es única, debido a los centenares de modificaciones que hay para el sector público. En palabras del contralor, “eso hace que el cálculo de remuneraciones y de beneficios previsionales en este país sea prácticamente una ciencia oculta”.
Dichas distorsiones fueron permitidas y avaladas por la Dirección General de Gendarmería de Chile y por Dipreca, no obstante que la Contraloría ya se había pronunciado, en reiteradas oportunidades, para interpretar la legislación vigente y establecer la existencia de un techo legal de 60 UF aplicable a aquellos funcionarios de Gendarmería sujetos a la Escala Única de Sueldos.
El ente contralor ya había advertido la existencia de esta normativa vigente en reiterados dictámenes, no pudiendo las instituciones públicas como Gendarmería de Chile, regidas por el estatuto administrativo, acusar desconocimiento de estos dictámenes como excusa para no cumplir la ley.
La comisión también llama la atención sobre el comportamiento de la Contraloría durante este período de tiempo. Como lo hizo ver el director de Previsión de Carabineros de Chile organismo encargado del pago de las pensiones a los funcionarios de Gendarmería de Chile-, por casi 20 años se otorgaron pensiones sin el tope de 60 UF.
Tal es esta situación que el propio contralor general de la República señaló que en los dos primeros días de su gestión también procedió a la toma de razón de pensiones sin el mencionado tope. Dipreca no registra dictamen de la Contraloría General de la República que advierta del tope imponible a las remuneraciones y, en consecuencia, a las pensiones de retiro. Durante este período hubo algunas auditorías de la Contraloría en las que tampoco se observó o advirtió que había que pagarse con tope.
La facultad discrecional del director nacional y altos mandos, de destinar funcionarios a realizar labores permanentes en una unidad penal, además de contratar en forma directa personal a honorarios y a contrata, y hacer nombramientos en planta y sobre destinaciones permanentes a unidades penales, se ha utilizado para efectos de beneficiar a ciertos funcionarios con el ingreso al sistema previsional de Dipreca.
Sin perjuicio de lo anterior, esta comisión investigadora deja en claro que no existen objeciones en cuanto a la interpretación legal a través de la cual un grupo de funcionarios de Gendarmería de Chile pueda cotizar en Dipreca. Lo que esta instancia viene en rechazar es la existencia de un mecanismo consistente en alterar la base de cálculo de las pensiones y el no respeto al límite de 60 UF, que por ley le corresponde a quienes se acojan a retiro cuando en derecho ese tope debe aplicarse.
En definitiva, se ha distorsionado el sistema de ingreso y cálculo de las pensiones en Gendarmería de Chile por la vía de determinadas y reiteradas actuaciones de los altos mandos de la institución, donde específicamente y en base a los antecedentes aportados, suscitan la responsabilidad administrativa de exdirectores nacionales de Gendarmería, como la del señor Marcos Fuentes, quien ejerció el cargo entre 2013 y 2014. Él envió el oficio N° 39.820 dirigido al director de Dipreca sobre la validez de que ciertos funcionarios impusieran en ese sistema previsional. En ese oficio en particular, el señor Fuentes pidió a Dipreca “reincorporar a seis funcionarios individualizados al régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros”, ya que cumplirían “con todos los supuestos fijados tanto por la normativa legal y reglamentaria”, puesto que en 2012 la Contraloría General de la República habría ordenado a la institución previsional desafiliarlos de dicho sistema precisamente porque no cumplían los requisitos establecidos en la ley.
ii) Responsabilidades
Se establece que la gran cantidad de pensiones irregulares existentes a la fecha fue posible por la errónea interpretación legal realizada sobre la materia por las sucesivas direcciones generales de Gendarmería y de Dipreca, la falta de diligencia de los responsables de la toma de razón de las pensiones en Contraloría, como asimismo la conducta dolosa de quienes operaron para abultarlas, mediante el otorgamiento arbitrario de asignaciones y de inclusión ilegal de funcionarios al sistema previsional público. La suma de estas faltas administrativas y eventuales delitos que la justicia debe acreditar significó y sigue significando un gravísimo perjuicio del patrimonio fiscal aún no cuantificado por completo.
En definitiva, en concepto de esta comisión, se ha distorsionado el sistema de ingreso y cálculo de pensiones en Gendarmería por vía de determinadas y reiteradas actuaciones y omisiones tanto de los altos mandos de la institución como de los directores de Dipreca, en que específicamente, y sobre la base de los antecedentes aportados, se suscitan las responsabilidades políticas y administrativas de los directores nacionales de Gendarmería, señores Marco Fuentes, Juan Letelier y Tulio Arce , en sus respectivos períodos, y también de los directores de Dipreca en su momento, señores Carlos Jerez y Jorge Fuentealba , y del actual director, señor Jaime Gatica .
e) Propuestas
i) Sobre propuestas legislativas en relación con Gendarmería de Chile
Limitar las facultades discrecionales de las autoridades superiores de la institución para asegurar que los nombramientos en las plantas, la movilidad interna y la contratación de funcionarios obedezcan a criterios estrictamente técnicos y de necesidades efectivas del servicio, evitando favoritismos y decisiones tendientes a beneficiar a alguien en particular, afectando el funcionamiento mismo del Estado y el buen desempeño de un servicio público.
Normar con requisitos objetivos el sistema de ascensos y el otorgamiento de beneficios remuneracionales al personal de Gendarmería de Chile.
Es necesario establecer una regulación integral del sistema de remuneraciones y del sistema previsional de Gendarmería, la que, por una parte, simplifique los cálculos y aplicación de la normativa, y, por la otra, mantenga los incentivos para que los funcionarios permanezcan en la carrera funcionaria, impidiendo que se cometan abusos en el sistema previsional público.
Cubrir los vacíos legales en relación con la definición de “servicio permanente y unidad penal”. La ley debiera otorgar ciertas orientaciones de base o criterios que permitan dar un contenido a estos requisitos para que su determinación no quede entregada a discreción de la administración, evitando así las interpretaciones arbitrarias. Si bien hay dictámenes de Contraloría en orden a qué se entiende por “servicio permanente” y en relación con el tiempo requerido para cumplir este requisito, solo han sido un pronunciamiento administrativo y no legal. Asimismo, tratándose de los establecimientos que serán considerados como unidad penal, es el director de Gendarmería el que, a través de un acto administrativo, resuelve qué estabelecimientos tendrán ese carácter, llegándose a injustos, como lo que ocurre con los CAIS, que no obstante desarrollar funciones relacionadas no son considerados unidades penales versus centros médicos y de otra especie, que sí son considerados como tales por la autoridad.
ii) Sobre propuestas legislativas en materia previsional
La comisión investigadora recomienda al Ejecutivo usar sus facultades para refundir aquellas normas vigentes en materia del estatuto funcionario, laboral y previsional de Gendarmería.
Establecer como base de cálculo para las pensiones el promedio de las últimas veinticuatro remuneraciones percibidas, tal como ocurre con los demás servicios pertenecientes a la administración del Estado, y no la última remuneración, como hoy está normado. Esto, para evitar el abultamiento artificial de la última remuneración del funcionario sobre la base de bonos y asignaciones, los que también a su turno legalmente no debieran considerase en la base del cálculo de la pensión.
A fin de precaver la comisión de nuevos errores y evitar eventuales conflictos de intereses que pudieran afectar a los funcionarios de Dipreca y Capredena que se pensionan precisamente mediante dichos regímenes previsionales, se propone separar definitivamente las funciones de cálculo, tramitación, concesión y pago de las pensiones del personal adscrito a Dipreca y a Capredena mediante la creación de un nuevo servicio, de manera de contar con controles cruzados, previos al examen de legalidad de la Contraloría General de la República.
Establecer un plazo fatal y una sanción asociada para los casos de retardo injustificado en el cumplimiento de los dictámenes de la Contraloría que ordenan, por ejemplo, la apertura de procesos invalidatorios de pensiones y la adopción de medidas provisionales para aminorar el perjuicio al erario público.
Se recomienda la realización de una investigación y/o auditoría interna a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas que correspondan por la dilación injustificada por Dipreca en la adopción de las medidas ordenadas por la Contraloría General de la República referentes a la apertura de un proceso invalidatorio de las pensiones otorgadas sin ajustarse a derecho y de las medidas provisionales para efectos de resguardar adecuadamente el patrimonio fiscal.
Esta comisión estima necesario remitir los antecedentes que obran en su poder al Consejo de Defensa del Estado con el objeto de que estudie el inicio de las acciones judiciales tendientes a la nulidad de todas las pensiones que actualmente se pagan, otorgadas en su momento por sobre el límite legal, ante los Tribunales de Justicia.
Si bien la Contraloría ordenó un proceso invalidatorio de once pensiones que adolecen de irregularidades, resulta necesario destacar que estas corresponden solo a las pensiones irregulares que fueron sujetas a toma de razón durante el período de funciones del actual señor contralor, sin que existan procesos del tipo en curso sobre las otras cientos de irregularidades detectadas durante la investigación. Lo anterior, porque, en virtud del principio de confianza legítima, los actos administrativos previos al dictamen N° 42.701, de Contraloría, que ordenó la reconsideración de las once pensiones cuestionadas, por regla general no estarían sujetos a invalidación si no presentan irregularidades distintas a la vulneración jurídica base.
Por último, la comisión acordó recomendar a la honorable Cámara solicitar al señor ministro de Justicia y Derechos Humanos que ponga a disposición del Ministerio Público y/o del Consejo de Defensa del Estado los antecedentes que obren en su poder respecto de las maniobras que se llevaron a cabo al interior de Gendarmería de Chile para aumentar de manera artificial las remuneraciones del personal próximo a retiro.
Entre otras, se mencionan las siguientes:
-Otorgamiento de la asignación de función crítica a personal que no llevaba a cabo labores críticas para la institución.
-Aumentos injustificados de grados los meses anteriores a la fecha de jubilación.
-Traspasos de calidad jurídica de contrata a planta con el fin de adscribir a determinados funcionarios al sistema previsional de Dipreca.
-Asignación a unidades penales de personal que durante su carrera funcionaria nunca se desempeñó en ese tipo de recintos.
-Traslados a diversas regiones del país a fin de que determinados funcionarios recibieran asignación de zona.
2) Situaciones de Capredena
a) Sobre irregularidades de pensiones de retiro de exdirectivos de Capredena
Se ha comprobado que las pensiones de los altos exdirectivos de Capredena Patricia Ewing Pinochet , Luis Jara Lepe , Juan Vargas Cordero y Carlos Fuentes Gajardo presentan discrepancias entre la base imponible y el cálculo con que fueron entregadas, tanto por superar el tope de 60 UF que se les debía aplicar al tratarse de personal civil afecto a la Escala Única de Sueldos como por incluir asignaciones que no correspondían según la normativa vigente. Por ambas vías se alteró artificialmente el monto de esas pensiones, la que en el caso de la señora Ewing Pinochet supera los 4,8 millones de pesos mensuales y vitalicios.
Estos exdirectivos ocupaban los más altos puestos de Capredena y eran los encargados y responsables de que las pensiones de retiro de los funcionarios de las Fuerzas Armadas se tramitaran conforme a derecho, de que se velara por la protección del interés fiscal y de que sus actuaciones no estuvieran motivadas por el interés propio. Por lo anterior, resulta de la mayor gravedad que hayan obtenido para sí mismos cuantiosas pensiones irregulares, amparadas por una interpretación mañosa de la ley y la normativa vigentes realizada en Capredena durante sus períodos en el servicio, la que condujo a la obtención de un indebido beneficio propio.
Se hace presente que, a instancias de esta comisión, la Contraloría inició una fiscalización especial en Capredena, a partir de los antecedentes recabados por dicho organismo investigador sobre esas cuatro pensiones. La comisión considera que se justifica el inicio de un proceso de invalidación y que se deben restituir los dineros fiscales irregularmente obtenidos, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran desprenderse de los actos de los cuatro exfuncionarios de Capredena involucrados.
b) La situación de la pensión por inutilidad de segunda clase
Cabe señalar que la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas tramita los expedientes de retiro que le remiten las Fuerzas Armadas, procediendo a la revisión formal de los antecedentes y al cálculo conforme a la normativa vigente.
Sin embargo, resulta una excepción a la regla expuesta lo relativo a las pensiones de inutilidad, puesto que diversos dictámenes de Contraloría exponen que, según la normativa vigente, le compete en forma exclusiva a las comisiones de sanidad de cada institución castrense acreditar las circunstancias o condiciones que justifican la entrega de dicho tipo de pensiones.
A diciembre de 2015 se pagaron en Capredena 5.633 pensiones de inutilidad correspondientes a la clasificación de inutilidad de segunda clase, cuyos montos pueden alcanzar sobre 20 por ciento más de la última remuneración recibida en actividad por los funcionarios que se pensionan bajo esta modalidad.
En esta categoría, de inutilidad de segunda clase, se inscribe la pensión más alta que paga el sistema público de pensiones, cuyo beneficiario es un exauditor de la Fuerza Aérea de Chile, el general (r) Patricio Franjola , quien recibe la suma de 6,8 millones de pesos mensuales y vitalicios.
Cabe señalar que las pensiones de inutilidad de segunda clase son las derivadas de accidentes ocurridos en actos de servicio, enfermedades contraídas como consecuencia de este y enfermedades profesionales o invalidantes de carácter permanente que, además de imposibilitar la continuación en el servicio, dejen al individuo en inferioridad fisiológica para ganarse el sustento en ocupaciones privadas.
No obstante, durante la investigación se detectaron numerosos casos de exfuncionarios beneficiarios de estas pensiones de inutilidad de segunda clase que en la actualidad trabajan normalmente en organismos públicos o privados, desempeñando funciones similares a las que cumplían en las instituciones de las Fuerzas Armadas o en la propia Capredena .
La comisión considera que sería pertinente revisar la justificación de dichas pensiones, toda vez que las enfermedades que fundamentaron el retiro por esta causa no parecen ser invalidantes.
En la actualidad lo anterior resulta imposible, dada la exclusividad que posee la comisión de sanidad de cada institución castrense para acreditar la capacidad física y psíquica de sus funcionarios y la clase de inutilidad que poseen. Esa exclusividad y falta de control externo, en opinión de esta comisión, es claramente dañina y crea un espacio para el abuso, al carecer, incluso Capredena y la Contraloría, de facultades para revisar los antecedentes clínicos o elementos de juicio que sirvieron de base a los informes de dichas comisiones.
Finalmente, cabe señalar que en relación con la declaración de inutilidad de segunda clase no existe un procedimiento normado que permita que la institución pueda, por sí sola, dejarlas sin efecto. Solo los órganos superiores del Estado, en uso de sus facultades y si se estima pertinente y necesario, pueden establecer el orden correcto del actuar administrativo, conforme al ordenamiento jurídico vigente, por lo cual, de producirse una modificación o la invalidación de una pensión de inutilidad, es necesario modificar o invalidar el acto administrativo emanado de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Es más, en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención en salud y la ley N° 19.626, sobre protección de la vida privada, no se pueden informar las causas que motivaron la declaración de inutilidad de modo individualizado.
Propuestas
1) Aumentar la cotización para el retiro del personal de las Fuerzas Armadas.
En este sentido, se propone aumentar y homologar a las nuevas generaciones que ingresen a las Fuerzas Armadas y de Orden a la tasa de cotización vigente para el régimen previsional de AFP común, ya que no hay una razón que justifique apropiadamente el hecho de que los funcionarios de este sistema aporten con una cotización más baja que la que se aplica a quienes están adscritos al régimen común de las AFP.
2) Pensiones de inutilidad. Se propone utilizar como base para calcular este tipo de pensiones el promedio de las remuneraciones imponibles de los últimos meses, sin aumentos.
También se propone utilizar como base para la clasificación de los niveles de inutilidad las normas para la evaluación y clasificación del grado de invalidez de los trabajadores afiliados al sistema general de previsión.
3) Se propone la creación de una comisión médica revisora independiente que confirme o revoque la ocurrencia de la situación de inutilidad.
4) Tope de las pensiones. En opinión de la comisión, las pensiones de retiro, en sus diversas modalidades y cualquiera que sea su base de cálculo, no podrán exceder en caso alguno la remuneración que corresponda al funcionario equivalente en servicio activo.
Eso cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
En discusión el informe. Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma .
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, cuando se inició la comisión investigadora de Dipreca y Capredena , evidentemente la discusión estaba marcada por lo que los medios de comunicación dieron en llamar el caso de la pensión millonaria de Myriam Olate.
Eso ocurrió al comienzo del trabajo de esta comisión investigadora, que si bien inicialmente tenía un tinte político y estaba dirigida especialmente en contra de trece personas que habían sido beneficiadas con pensiones que superaban el límite de las 60 UF, debimos ampliar en el transcurso de la investigación, dado que todos los miembros de la comisión nos fuimos percatando de que se trataba de una práctica reiterada, lamentablemente.
Tras un arduo trabajo, pudimos concluir un informe, el que fue leído por el diputado Soto , que se aprobó por unanimidad, respecto del cual quiero destacar tres cosas.
La primera, señor Presidente, es que en los últimos años Dipreca ha otorgado un total de 1.705 pensiones, de las cuales 667, cerca del 40 por ciento, superan el límite de las 60 UF establecido en la ley.
Eso ocurre por dos motivos, según concluimos en la comisión. El primero, por aplicación de un sistema al interior de Dipreca que permitía obtener beneficios y postular a alzas de remuneraciones con el solo fin de incrementar la pensión que se obtendría al pasar a retiro, y el segundo, por la manga ancha que aplicó la Contraloría General de la República, que varió el dictamen a través del cual se hacía toma de razón de este tipo de jubilaciones o de pensiones, permitiendo algo que, como era evidente, vulneraba la normativa legal vigente.
Entre los mecanismos, tal como mencionó el diputado informante, había algunos que despertaron especial atención entre los integrantes de la comisión. El primero es el otorgamiento de funciones críticas a personas que no cumplían labores de esa naturaleza al interior de la respectiva institución, pues estaban pensadas para personas que, en el caso de Gendarmería, trabajan dentro de los recintos penales, pero se otorgaban a personas que trabajaban en oficinas o en algún lugar que no tenía relación directa con los recintos penales, entre los cuales se encuentra el comentado caso de Myriam Olate.
El segundo era el aumento absolutamente injustificado de grados en los meses inmediatamente anteriores a la jubilación, nuevamente con el único fin de defraudar al fisco y obtener, a través de un resquicio legal, el aumento de las pensiones que se otorgarían a esas personas.
El tercero consistía en modificar la calidad jurídica de la contratación de las personas, pasándolas de contrata a planta en determinados momentos de su carrera, con el fin de hacerlas ingresar al sistema de Dipreca y, con ello, tener fundamento legal para jubilarlas a través de ese sistema. Por eso, durante el transcurso del trabajo de la comisión algunas personas que habían obtenido jubilaciones por más de cinco millones de pesos terminaron jubiladas a través de las AFP y con pensiones cercanas a los 450.000 pesos. O sea, a través de esos resquicios legales habían logrado abultar su pensión cerca de doce veces en comparación con lo que legalmente les correspondía.
El cuarto mecanismo o resquicio era no clarificar lo que se entendía por “unidad penal”, lo que llevó a que en la práctica se estableciera la posibilidad de considerar como trabajo en una unidad penal cualquier labor que se realizara al interior de Gendarmería, lo cual, evidentemente, vulneraba la lógica misma del concepto de “unidad penal”, que es el que permite dar una mayor protección y una mayor jubilación a quienes ponen en riesgo su vida al desempeñarse en dichos recintos. Se fue haciendo laxa la interpretación acerca de qué se entendía por “unidad penal”, lo que permitió que personas que trabajaban en oficinas terminaran accediendo a mejoras de remuneraciones con el solo fin de poder incrementar sus futuras pensiones.
En quinto lugar, tal como conversamos en alguna ocasión con el diputado David Sandoval , de la Undécima Región, era común que pocos meses antes de jubilar personas amigas del director de turno -aquí evidentemente hubo una utilización política por parte de los distintos directores de Gendarmeríaenviaban a quienes estaban próximos a jubilar a Aysén, que es el lugar donde reciben una mayor remuneración por concepto de función crítica y por concepto de destinación de zona, lo que dejaba la sensación, incluso entre la propia gente de la Undécima Región, de que había más personas a punto de jubilar que presos a los cuales cautelar. Esto se hacía con el fin de hacer trampa al sistema, de engañar para obtener una pensión por sobre el límite legal.
En la comisión investigadora acordamos enviar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Ministerio Público y al Consejo de Defensa del Estado todos los antecedentes de más de quinientas personas que habían incrementado artificiosa, fraudulenta y dolosamente sus pensiones en sus últimos meses de trabajo, con el objeto de que inicien un proceso de invalidación de esas pensiones y se cobren todos los dineros mal habidos.
Por eso hago nuevamente un llamado al Consejo de Defensa del Estado para que, de una vez por todas, ponga coto a esa situación e inicie los procedimientos para recuperar los dineros que obtuvieron algunas personas gracias a la vulneración del sistema por medio de diversos mecanismos artificiosos.
El trabajo en la comisión investigadora permitió llegar a conclusiones unánimes respecto de la necesidad de modificar el sistema que otorga las pensiones en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
Para concluir, deseo señalar que los actuales directivos de la Dipreca hicieron caso omiso a las diversas indicaciones que realizó la Contraloría General de la República para modificar el sistema de otorgamiento de pensiones a personas que cotizan en la Dipreca, a fin de seguir favoreciendo a funcionarios de las direcciones de Administración y Finanzas de Carabineros y de otras instituciones, así como a personas que mantenían algún tipo de ligazón política con el director o directora de turno, situación que alcanzó su peak durante el 2014, en que se otorgó una gran cantidad de pensiones incrementadas fraudulentamente.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Para plantear un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado René Saffirio .
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, están presentes 28 diputados en la Sala. Como no hay quorum, pido que suspenda la sesión por cinco minutos.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Luis Rocafull .
El señor ROCAFULL.-
Señor Presidente, muchos diputados se encuentran sesionando en comisiones permanentes y, además, está sesionando extraordinariamente la Comisión Investigadora del Sename.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Señor diputado, la Mesa está en conocimiento de que hay comisiones sesionando simultáneamente con la Sala.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, de acuerdo con lo que señalan las pantallas, solo están sesionando las comisiones permanentes de Educación y de Deportes y Recreación. Si a esas sesiones asistieran todos sus integrantes, solo habría 26 diputados en esas comisiones.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Se suspende la sesión por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo de reglamentario:
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Continúa la sesión. Tiene la palabra el diputado señor Claudio Arriagada .
El señor ARRIAGADA.-
Señor Presidente, debo aclarar a las personas que se encuentran en las tribunas que varias comisiones están funcionando simultáneamente con la Sala. De hecho, en la Comisión de Educación se está realizando una votación.
Respecto de la materia en discusión, por intermedio del señor Presidente agradezco a los diputados que formaron parte de esta comisión investigadora.
Al analizar el brillante informe expuesto, es inevitable hacer una comparación. Sé que las comparaciones siempre resultan odiosas; pero quienes conocemos la historia del magisterio en Chile, sabemos que un profesor aumenta levemente su sueldo con el paso de los años, pese a cumplir con algunas metas, como la de perfeccionamiento. Además, debe cumplir con innumerables requisitos para convertirse en un docente directivo, lo que le permite lograr una contratación de 44 horas semanales.
Aún tenemos una deuda histórica con los profesores. Además, cuando jubilan ven reducidos sus ingresos al 40 por ciento.
Ayer discutimos en esta Sala sobre las miserables pensiones que reciben los adultos mayores, quienes además son sometidos a abusos por algunas entidades, como las cajas de compensación, que les prestan dinero mediante contratos leoninos.
La carrera del funcionario público es por concurso en cada escalafón. Pasan largos años para que puedan aumentar un grado. ¿Cómo pueden convivir con esa realidad quienes utilizan mentiras y vicios para aumentar sus ingresos?
Corresponde hacer una comparación si estamos en presencia de algunas personas que cometen abusos y otras que cumplen con todos los requisitos que exige una carrera funcionaria.
Acá quedó demostrado que fallaron todos los controles cuando vemos que ciertos funcionarios pasaron de contrata a planta en forma discrecional, cuando artificialmente se trasladó a funcionarios a regiones para que recibieran asignaciones de desempeño o cuando vemos que 667 del total de 1.705 jubilaciones entregadas en Dipreca en los últimos diez años sobrepasaron el límite establecido en la ley.
Reitero: ha quedado demostrado que fallaron todos los controles, por lo que el gobierno y el Congreso Nacional tienen el desafío de elaborar mecanismos para la persecución de los delitos económicos, incluidos los que fueron objeto de esta investigación.
Por otra parte, el informe demuestra la urgencia que tiene el país de contar con un nuevo sistema previsional, en el que todos seamos iguales. El hecho de ser uniformados no debe dar privilegios. Todos los trabajadores debemos recibir el mismo trato: los hombres jubilar a los 65 años de edad, y las mujeres, a los 60 años. Es urgente terminar con un sistema previsional que es injusto.
Por último, se deben tomar todos los resguardos para que estas personas devuelvan los dineros mal habidos, que son recursos de todos los chilenos. No se puede aceptar que quede impune esta sinvergüenzura.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Gonzalo Fuenzalida .
El señor FUENZALIDA.-
Señor Presidente, tal como señala el informe de la comisión, a partir de los antecedentes recabados, particularmente de los aportados por la Contraloría General de la República, se pudo constatar que se han otorgado pensiones millonarias con fraude a la ley desde hace más de diez años, utilizando practicas como abultamiento de sueldos, contrataciones cruzadas entre servicios públicos, ocultamiento de información y desacato a la Contraloría, entre otras irregularidades que este caso ha dejado al descubierto.
Según lo informado por la Contraloría, de las 1.705 pensiones otorgadas en los últimos diez años, 544 -cifra que equivale al 32 por cientosuperan el límite de imponibilidad. La comisión pudo comprobar que para materializar esto, en Gendarmería de Chile se articularon maniobras con el objeto de aumentar artificialmente las remuneraciones y los beneficios pecuniarios de una parte del personal próximo a retiro, durante el mes o los meses inmediatamente anteriores a su fecha de jubilación. Las maniobras realizadas fueron las siguientes:
a. El otorgamiento de asignación de función crítica a personal que no llevaba a cabo labores críticas en la institución.
b. Aumentos injustificados de grados, es decir, incrementos artificiales de sueldo en los meses anteriores a la fecha de jubilación.
c. Traspasos de calidad jurídica de contrata a planta, con el fin de adscribir a determinados funcionarios al sistema previsional de Dipreca.
d. Asignación a unidades penales de personal que durante toda su carrera funcionaría no se desempeñó en este tipo de recintos.
e. Traslados a diversas regiones del país, a fin de que determinados funcionarios recibiesen asignación de zona, con el solo objeto de aumentar el monto de la última remuneración, a base de la cual se realizaría el cálculo de la pensión.
f. Contrataciones cruzadas con el Ministerio de Justicia.
Las responsabilidades están lejos de agotarse en Gendarmería de Chile, pues las actuales autoridades de Capredena se hicieron cómplices de esta situación al avalar y proteger a quienes se beneficiaron de estos “jubilazos”. Esto, hasta el punto de realizar una serie de artimañas, retrasos y trampas con el evidente fin de dilatar la ejecución de lo ordenado por la Contraloría General en orden a iniciar el procedimiento de invalidación de once casos de pensiones irregulares y adoptar las medidas provisionales, como el cese del pago de las pensiones cuestionadas para efectos de resguardar adecuadamente el patrimonio fiscal.
Pero lo más grave es que Dipreca no adoptó medida alguna para resguardar el patrimonio fiscal, como lo ordenó Contraloría. Recién el 30 de enero de este año, es decir, prácticamente seis meses después de que Contraloría lo ordenara, Dipreca se dignó a invalidar parcialmente las pensiones otorgadas con fraude a la ley, lo que implica no solo que se continuó pagando estas pensiones, con lo que se hizo exactamente lo contrario a lo ordenado por Contraloría, sino que, incluso, se incrementó su monto a consecuencia del reajuste que se les otorgó en diciembre de 2016.
Todos estos hechos son de tal gravedad que la comisión acordó remitir los antecedentes a las autoridades competentes a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas, civiles y penales que correspondan.
Por esto, porque no podemos darnos el lujo de cometer nuevamente el mismo error, apoyaremos la propuesta de la comisión por medio de la cual se solicita al Ejecutivo la presentación de un proyecto de ley que no solo separe las funciones de cálculo, tramitación y concesión de pago de las pensiones al personal adscrito a Dipreca y a Capredena, sino que también establezca una nueva institucionalidad para evitar los eventuales conflictos de intereses que puedan afectar a los funcionarios de Dipreca y de Capredena que se jubilen mediante estos regímenes previsionales.
En este caso como en tantos otros, necesitamos contar con una legislación y una institucionalidad que permitan cuidar los recursos públicos y proteger al Estado de intereses mezquinos, faltas e, incluso, delitos.
He dicho.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Leonardo Soto .
El señor SOTO.-
Señor Presidente, cuando algunos diputados tomamos la decisión de solicitar la constitución de esta comisión investigadora fue para atender las denuncias de otorgamiento de jubilaciones millonarias por parte de Gendarmería de Chile.
La opinión pública fue impactada por la noticia del otorgamiento de pensiones de 4 millones, 5 millones, 6 millones y 7 millones de pesos mensuales, verdaderos “jubilazos”, que provocaron la indignación de los chilenos y que nos hizo preguntarnos cómo y cuántos pueden acceder a esas pensiones de monto inalcanzable para la gran mayoría de los chilenos, y, yo diría, inalcanzables en cualquier lugar del planeta.
Indagar al interior de este sistema previsional significó ingresar a una zona de privilegio, que entrega jugosas pensiones a partir de solo veinte años de servicios, y cuyos montos se fijan sobre la base de la última remuneración percibida, lo que claramente contrasta con el sistema de AFP, que, en promedio, entrega pensiones de montos inferiores incluso al sueldo mínimo, no obstante haber trabajado los beneficiarios durante toda su vida.
Fue así como asumimos la tarea de llegar al fondo en la búsqueda de abusos y privilegios en el sistema previsional de Dipreca y Capredena . Con el criterio de “caiga quien caiga”, sin distinciones de ningún tipo, logramos determinar que en esta clase de abusos sí hubo responsabilidades de personas determinadas, detectamos cientos de otras pensiones de retiro entregadas de manera ilegal, encontramos pensiones otorgadas en extrañas condiciones, entre otros, al hijo del dictador Augusto Pinochet ; denunciamos pensiones por supuesta invalidez a personas que hoy son jueces o dueños de estudios jurídicos, y dada la extensión del campo investigado, en esta materia solo vimos la punta del iceberg.
Pero la investigación sí tuvo resultados bien concretos, que no son usuales en este tipo de comisiones investigadoras. Por ejemplo, logramos que se decretaran las primeras nulidades de las pensiones millonarias entregadas fuera de la ley, ordenadas por la Contraloría General de la República. El trabajo de la comisión fue arduo y profundo.
Quiero destacar algunas conclusiones fundamentales del informe, en primer lugar, sobre Gendarmería.
Se ha podido develar la existencia de una serie de malas prácticas llevadas a cabo con el objetivo principal de producir un abultamiento artificial de los últimos sueldos de altos funcionarios de Gendarmería y, por esa vía, abultar sus pensiones de retiro para gozar de montos muy superiores a los que les corresponderían. Estas prácticas que se utilizaron eran maniobras, artimañas.
Por ejemplo, se logró acreditar un ingreso ilegal y masivo al sistema previsional de Dipreca de funcionarios que no contaban con los requisitos legales para ello. Particularmente, me refiero a ciertos funcionarios que, no obstante ser civiles y, en consecuencia, regirse por el Estatuto Administrativo, la escala única de sueldos y tener un tope legal de 60 UF, lograron ingresar al sistema público de pensiones sin que les correspondiera.
También se detectaron irregularidades en relación al cálculo y pago de las pensiones de retiro de cientos de funcionarios de Gendarmería, de altos oficiales, las cuales resultaron ser cuantiosas y muy por sobre el tope fijado por la ley. Logramos determinar que en los últimos 10 años, de un total de 1.705 pensiones de retiro otorgadas por Gendarmería, 667 superan el límite o techo legal, y la más alta es una otorgada a un subdirector operativo de Gendarmería que hoy goza de una pensión de retiro cuyo monto excede los 6 millones de pesos mensuales.
El hallazgo de que son más de 600 las pensiones de retiro de Gendarmería fijadas por sobre el tope legal fue uno de los grandes descubrimientos de nuestra investigación. Por cierto, nada justifica que aún se mantengan vigentes y que se paguen todos los meses, como ocurre hasta hoy.
En relación con las responsabilidades, establecimos que una práctica recurrente al interior de Gendarmería son las denominadas “sillitas musicales”, es decir, que el director nacional de la institución, en virtud de sus facultades discrecionales, realice nombramientos de confianza y designe, por corto tiempo y en mejores cargos, a ciertos funcionarios que están cercanos a jubilar, solo para efectos de beneficiarlos con altos sueldos en sus últimos meses y una posterior pensión de retiro muy abultada.
Respecto de esta situación, hemos podido determinar las responsabilidades políticas por la mantención, por años, de este sistema de malas prácticas, trasversales a los últimos dos gobiernos, tanto en los directores nacionales de Gendarmería como en los de Dipreca.
La labor de la comisión no solo se limitó a investigar, sino que también se extendió a establecer propuestas de soluciones que busquen cerrar los espacios administrativos que se han utilizado para defraudar en la institución. A modo de ejemplo, citaré solo algunas:
Limitar y regular las facultades discrecionales de las autoridades superiores de Gendarmería, sobre todo respecto de la entrega de asignaciones especiales orientadas a mejorar la situación de personas cercanas al retiro.
Para terminar este punto, solicitamos, como medida inmediata, que esta honorable Cámara ponga a disposición del Ministerio Público y del Consejo de Defensa del Estado todos los antecedentes recopilados por esta comisión, especialmente respecto de las maniobras llevadas a cabo al interior de Gendarmería de Chile para aumentar de manera artificial las remuneraciones de algunos funcionarios próximos a retiro y proceder a la invalidación de todas las otorgadas por sobre el límite legal.
Cuando se inició esta investigación, hubo quienes planteamos, con mucha fuerza, que el espacio para el abuso no estaba solo en Gendarmería, sino también en Capredena y en el sistema previsional de las Fuerzas Armadas, y logramos, pese a lo oposición inicial de algunos sectores, acordar una revisión integral de este sistema público de pensiones. Hoy podemos decir que nuestra tesis inicial fue comprobada.
Detectamos a decenas de funcionarios civiles adscritos a Capredena con pensiones que superan largamente el tope de 60 UF, incluidos cuatro altos exdirectivos del propio servicio. Es decir, los mismos encargados de cautelar la ley y los recursos fiscales y de administrar el sistema se otorgaron para sí mismos pensiones millonarias de hasta casi 5 millones de pesos mensuales, alterando sus bases de cálculo para alcanzar esas inaceptables sumas. Por petición de nosotros, esos casos están sujetos a revisión por la Contraloría y esperamos que sean invalidadas y se recuperen los dineros mal habidos.
La pensión más alta que se entrega en todo el sistema de Capredena y de la Dipreca la recibe un general en retiro de la FACh, el general Franjola , quien hoy recibe una pensión que asciende a 7 millones de pesos mensuales, vitalicios. Escuchó bien: ¡7 millones de pesos mensuales!
Para llegar a esa suma, se retiró después de acreditar que padecía una inutilidad de segunda clase, lo que significa invocar que tuvo un accidente o enfermedad invalidante que le impedía continuar en el servicio y que, además, supuestamente, quedaba en inferioridad fisiológica para trabajar en el mundo privado. Sin embargo, este general, que también es abogado, hoy encabeza un importante estudio jurídico donde, al parecer, trabaja sin ningún inconveniente. Esa conducta es incompatible con la causal de invalidez o inutilidad que invocó para acogerse a retiro.
En la comisión detectamos numerosos casos como este, de pensiones de retiro por otras inutilidades de segunda clase que no tienen justificación, con diagnósticos médicos que no revisa la Contraloría ni ningún ente externo. Pero no pudimos investigarlos a fondo, porque se nos impidió el acceso a los diagnósticos de los casos sospechosos, para comprobar irregularidades.
En consecuencia, en el informe establecimos que existe un claro espacio para el abuso, por lo que proponemos la creación de una comisión médica independiente y externa a las Fuerzas Armadas, que revise la procedencia de las pensiones entregadas.
Por último, propusimos que en el sistema previsional de Gendarmería y de las Fuerzas Armadas se prohíba que las pensiones de retiro o jubilación sean superiores al promedio de las remuneraciones que recibía el funcionario en servicio activo. ¡No se puede ganar más en servicio pasivo que en servicio activo!
Finalmente, en relación a este sistema previsional público, quiero hacer una reflexión muy personal.
Nada justifica que en nuestro país existan dos sistemas previsionales: uno para uniformados, lleno de privilegios, donde sus cotizantes aportan solo el 6 por ciento de sus sueldos mensuales y reciben pensiones mensuales y vitalicias con tan solo veinte o treinta años de servicios, muchas de ellas equivalentes a su última remuneración mensual, donde el 90 por ciento es financiando por todos los contribuyentes y solo un 10 por ciento con sus propios ahorros, y por otro lado un sistema privado de AFP, que incluye a la inmensa mayoría de los chilenos, donde los cotizantes aportan el 10 por ciento de sus sueldos, para recibir una pensión que, por regla general, solo es financiada por el jubilado y que en promedio es inferior al sueldo mínimo.
Hoy tenemos a 1.400.000 compatriotas con pensiones solidarias que no superan los 150.000 pesos mensuales, monto que no les alcanza para pagar ni siquiera sus remedios, a quienes ciertamente les indigna y les duele este sistema, pero que no comprenden por qué se mantiene esta injusticia.
Esta dualidad de sistemas es absolutamente contraria al principio de igualdad ante la ley, pues consolida un régimen que favorece a grupos privilegiados, frente a otro que entrega pensiones miserables y que condena a la inmensa mayoría de los chilenos a una vejez indigna.
Como dije, nada justifica que se mantengan estos dos sistemas previsionales, pero si agregamos que el sistema previsional de privilegio además permite su manipulación para que interesados obtengan pensiones millonarias que ningún sistema en el mundo puede sustentar, financiado por todos los chilenos, sin duda, es el momento de decir basta. El Estado de Chile debe hacerse cargo, al menos, de presentar reformas a esta ley que terminen con los abusos.
En resumen, esta comisión especial investigadora hizo su trabajo. Me correspondió presidirla y estoy muy orgulloso de ello, pues llegó a un acuerdo transversal, unánime, descubrió un sistema de abusos, puso las denuncias en los tribunales y en la Contraloría, logró que se anularan muchas de ellas y realizó propuestas para terminar con los abusos. En consecuencia, hicimos nuestra pega.
Ahora, el Estado de Chile tiene la palabra. Muchas gracias.
He dicho.
-Aplausos.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad la Sala se pronunció sobre el informe de la comisión especial investigadora en los siguientes términos:
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar el informe de las comisiones especiales investigadoras, unidas, encargadas de analizar las eventuales irregularidades en el otorgamiento de pensiones en Capredena y en Dipreca, y las pensiones pagadas a funcionarios de Gendarmería.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado Ramírez, Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Browne Urrejola, Pedro ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Castro González, Juan Luis ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, Rojo ; Espejo Yaksic, Sergio ; Espinosa Monardes, Marcos ; Farías Ponce, Ramón ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; Girardi Lavín, Cristina ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo, María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Ojeda Uribe, Sergio ; Pacheco Rivas, Clemira ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa, Marisol ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .
El señor JARAMILLO (Presidente en ejercicio).-
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 12.18 horas.
GUILLERMO CUMMING DÍAZ,
Jefe de la Redacción de Sesiones.
DOCUMENTOS DE LA CUENTA
PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DEL DIPUTADO SEÑOR KAST, DON FELIPE, Y DE LA DIPUTADA SEÑORA FERNÁNDEZ, QUE “REGULA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS DE BENEFICIO E INTERÉS COLECTIVO”. (BOLETÍN N° 11273-03)
I. Fundamentos
Es cada vez más frecuente ver en el Mundo y en nuestro país un cambio del paradigma en la visión de las empresas. Muchos empresarios e inversionistas buscan contribuir a la solución de problemas sociales y medioambientales, pero desde la óptica de modelo de negocios. Estas son conocidas también como “Empresas B” o “empresas del cuarto sector”, que son empresas que en su modelo de negocios y gestión tienen incorporada la contribución a la sociedad y al medioambiente.)
Teniendo en cuenta el aporte y externalidades positivas que generan estas empresas a la sociedad y medioambiente, este proyecto de ley busca regular este tipo de empresas con el fin de darles credibilidad y certeza jurídica frente a la sociedad e inversionistas, no reconocidas por nuestra legislación.
Las principales razones para entregar esta certeza regulatoria son dos. Primero, reconocer que hay agentes económicos cuya génesis y continuidad se basa en una misión social, y segundo, entregar mecanismos, a quienes decidan formar este tipo de sociedades, para que esta misión e impacto se mantenga en el tiempo.
El principal fundamento de este proyecto responde a que existe un creciente número de agentes económicos que advierte que la sociedad civil, las cadenas de valor, el compromiso con sus trabajadores y la relación con el consumidor, no son solo factores que potencian y mejoran sus negocios, sino que pasan a ser parte crucial del desarrollo de su modelo de negocios y del logro de sus objetivos.
Si bien hoy en día es posible que una empresa logre obtener un certificado o sello de su impacto social a través de diferentes entidades privadas, Chile carece de un marco jurídico que regule a quienes optan por destacarse con este tipo de sellos como asimismo, carece de un marco legal para las empresas que compartan estos objetivos y no quieran o no puedan certificarse.
En este contexto, en primer lugar, esta ley no regula el manejo de los activos de la sociedad o la distribución de sus utilidades, decisiones que quedan a cargo de sus miembros, sino que regula la exigibilidad del cumplimiento del propósito adoptado en sus Estatutos el que deberá tener un impacto social por la vía que según los propios miembros lo decidan.
En segundo lugar, esta ley entrega un marco normativo para que estos agentes económicos cumplan con dichos objetivos debiendo reportar una vez al año la manera en que lo hacen y los indicadores que se utilizan para medir sus metas.
Por último, esta regulación es aplicable cualquier tipo de sociedad que cumplan con las obligaciones y requisitos establecidos en esta ley.
II. IDEAS MATRICES
1. Modelo de negocios sostenible.
Las empresas son actores indispensables para el desarrollo económico y social del país. Su actividad genera trabajo, desarrollo en infraestructura, tecnología e innovación, conocimiento y capacidades, y pago de impuestos por las operaciones. Empero, las empresas están cada vez más involucradas con su entorno social y ambiental
El proyecto sometido a vuestro conocimiento ofrece una regulación a quienes quieran realizar una actividad económica y, mediante ella, declaren tener un impacto positivo en la sociedad y a la vez quieran resguardar que su misión societaria no se desvíe de tal propósito.
De esta manera, cualquier figura jurídica societaria actualmente vigente puede optar por acogerse a esta normativa, como asimismo, constituirse conforme a las disposiciones de la presente ley.
Por su parte, para ser consideradas como tales, este tipo de sociedades deberán cumplir con obligaciones de transparencia y de reporte adicionales que serán de carácter públicos.
Por último, este tipo de sociedades deberán definir de manera clara, la forma en que administrarán y reportarán su compromiso de respetar, proteger y vigilar para el objeto social definido en los estatutos.
2. Fomentar un vehículo de emprendimiento e innovación socialmente responsable.
Existe una fuerte necesidad de parte de las personas y organizaciones para diseñar e implementar soluciones socialmente sostenibles que sean efectivas y que tengan un impacto positivo en la comunidad. Ello, porque cada vez más, los consumidores y la sociedad en general demandan que los productos o servicios que consumen no sólo satisfagan sus propios intereses, sino que además respeten a la comunidad en la que son producidos.
Asimismo, quienes invierten en nuevas iniciativas económicas, quieren tener una mejor y mayor comprensión de los estándares e impacto de las empresas y contar con este tipo de regulación permite el desarrollo de una industria de indicadores en este tipo de prácticas.
A nivel global, algunas iniciativas que permiten difundir estas prácticas a otras empresas e inversionistas como otras que permiten auditarlas son: la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Pacto Global, Corporación B, el Consejo Internacional de Reportes Integrados, Global G.A.P, entre otros.
Por su parte, existen estándares e iniciativas según la industria que se trate, por ejemplo, certificaciones de industrias verdes o de comercio justo además de consultoras dedicadas a auditar los procesos de sostenibilidad.
Este nuevo marco legal reconoce los esfuerzos de las empresas por lograr dichas certificaciones y pretende ser la ventana para quienes quieran invertir puedan hacerlo eligiendo entre quienes cumplen los mejores estándares.
PROYECTO DE LEY:
Título I. Disposiciones generales
Artículo 1°.- Objeto de esta ley. La presente ley tiene por objeto regular la creación y funcionamiento de empresas denominadas “Empresas de Beneficio e Interés colectivo” que son aquellas que persiguen un beneficio e interés colectivo.
Para efectos de esta ley, entiéndase por “beneficio e interés colectivo” el impacto positivo o la reducción de algún efecto negativo en la comunidad y el medio ambiente. Este impacto deberá ser revelado públicamente mediante las formas dispuestas en la presente ley.
Artículo 2°.- Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente ley serán aplicables a las Empresas de Beneficio e Interés colectivo sin perjuicio de que además estas sociedades se sometan a las leyes que regulan su respectivo tipo societario.
Con todo, las disposiciones de esta ley primarán por sobre las específicas de cada sociedad.
Artículo 3°.- Empresas de Beneficio e Interés colectivo. La Empresa de Beneficio e Interés colectivo es una persona jurídica formada por un fondo común suministrado por sus socios quienes son responsables sólo por sus respectivos aportes, sociedad que se constituye o acoge a las disposiciones de la presente ley y que incluye en su objeto social de sus Estatutos el impacto positivo o la reducción de algún efecto negativo en la comunidad y el medio ambiente.
El nombre de estas sociedades, además de incluir el nombre correspondiente según su tipo social, podrá incluir a continuación las palabras “de Beneficio e Interés colectivo” o las siglas “B.I.C.”.
Título II. De la Sociedad y su Constitución
Artículo 4°.- Constitución. Se podrá adquirir la calidad de Empresa de Beneficio e Interés colectivo ya sea mediante su constitución conforme a las disposiciones de la presente ley o mediante la reforma de sus estatutos y el cumplimiento de las demás formalidades establecidas en la presente ley.
Título III. De los Estatutos, administración y obligaciones de la Sociedad
Artículo 5°.- Estatutos. Los Estatutos de las Empresas de Beneficio e Interés colectivo deberán expresar:
a) El nombre y domicilio de la sociedad;
b) La enunciación la o las finalidades, compromisos, objetivos, obligaciones y principios para alcanzar el impacto positivo o la reducción de algún efecto negativo en la comunidad y el medio ambiente;
c) La obligación de quienes conforman la sociedad de que en el ejercicio de sus funciones velarán por el cumplimiento de dichos objetivos;
d) La manera en qué se dará cuenta al resto de los miembros de la sociedad el monitoreo y evaluación del impacto de la empresa.
Artículo 6°.- Publicidad de los Estatutos. Los Estatutos deberán estar a disposición permanente del público y el acceso a su contenido debe ser gratuito.
Artículo 7°.- Modificación de los Estatutos. Cualquier modificación a los Estatutos, que pudiere tener un impacto sobre las disposiciones de los Estatutos relacionadas con su calidad de Empresa de Beneficio e Interés Colectivo, deberá ser comunicado a sus socios y ser información de acceso público.
Artículo 8°.- Administración de las Empresas de Beneficio e Interés colectivo. La administración de las Empresas de Beneficio e Interés colectivo, deberá en el ejercicio de sus cargos, respetar, proteger y considerar los intereses de la sociedad y buscar cumplir con el impacto positivo o la reducción de algún efecto negativo en la comunidad y el medio ambiente.
Es nula toda estipulación del Estatuto social y todo acuerdo del órgano de la administración que tienda a limitar o liberar de la obligación de respetar, proteger y considerar los intereses de la sociedad y buscar cumplir con el impacto positivo o la reducción de algún efecto negativo en la comunidad y el medio ambiente.
El órgano de administración deberá emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que las personas emplean ordinariamente en sus propios negocios y responderán solidariamente.
Artículo 9°.- Informe anual de sostenibilidad. Las Empresas de Beneficio e Interés colectivo deberán presentar una vez al año un reporte de sostenibilidad que dé cuenta de los medios y esfuerzo que ha puesto para buscar el cumplimiento de sus objetivos sociales y medioambientales y que deberá estar disponible en su página web o en algún medio de acceso público y gratuito.
El informe deberá contener:
a) La manera en que ha dado cumplimiento al objetivo social manifestado en sus Estatutos.
b) Sus políticas de sostenibilidad y otras declaraciones de compromiso con la comunidad, y como éstas se reflejan en las políticas y los procedimientos operacionales necesarios para inculcar el compromiso asumido a nivel de toda la empresa.
c) Los principales resultados, riesgos y contingencias en relación con temas sociales y de medio ambiente.
Título V. Pérdida calidad de Empresas de Beneficio e Interés Colectivo
Artículo 10°.- Pérdida Calidad de Empresa de Beneficio e Interés Colectivo. Las Empresas de Beneficio e Interés Colectivo perderán dicha calidad en los siguientes casos:
a) Por decisión voluntaria de sus miembros a través de la modificación de sus estatutos, según lo establecido en el artículo 8.
b) Si se determina por parte de la Subsecretaría de Economía, Fomento y Turismo mediante resolución fundada que la Empresa de Beneficio e Interés Colectivo no ha dado cumplimiento a las obligaciones y requisitos que esta ley establece.
En contra de la resolución procederán los recursos dispuestos en la ley N°19.880 sobre Actos Administrativos.
Artículo 11°.- Efectos pérdida de calidad. En caso que la pérdida de reconocimiento se produzca por las causas establecidas en las letras b) del artículo precedente, la Subsecretaría de Economía, Fomento y Turismo deberá oficiar al Registro de Comercio y al registro establecido en el Título III de la Ley 20.659, si correspondiere, para efectos de que se anote marginalmente dicha circunstancia en la inscripción respectiva de la persona jurídica.
Con todo, la pérdida del reconocimiento de la calidad de Empresa de Beneficio e Interés Colectivo no produce la disolución de la sociedad o asociación.
Título VI. Modificaciones a leyes especiales
Artículo 12°.- Agréguese en el artículo 42 número 1 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas después del punto y coma la siguiente oración:
“o se trate de Empresas de Beneficio e Interés Colectivo”
Título VII. Disposiciones Transitorias
Artículo primero transitorio. Esta ley entrará en vigencia 60 días después de publicada en el Diario Oficial”.
PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES ESPINOSA, DON MARCOS; ANDRADE, CARMONA, JIMÉNEZ, VALLESPÍN Y WALKER, QUE “MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO EN LO QUE RESPECTA A LA CAUSAL DE DESPIDO CONSISTENTE EN LAS NECESIDADES DE LA EMPRESA, ESTABLECIMIENTO O SERVICIO”. (BOLETÍN N° 11274-13)
“Vistos:
Lo dispuesto en los Artículos 1°, 19°, 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Considerando:
1.- La legislación chilena en materia laboral ha experimentado diversos cambios a lo largo de estos años que nos han permitido ir entendiendo de diversas formas, la causal de despido del artículo 161 del Código del Trabajo.
2.- Fue en el año 1966 que se publicó la ley 16.455 la cual fijaba normas para la terminación del contrato de trabajo, modernizando las causales contenidas en el Código del Trabajo vigente a esa fecha, incluyendo por primera vez la causal de “necesidades de la empresa, establecimiento o servicio” como término de contrato de trabajo.
Por medio de esta ley se comenzó a materializar el libre despido estableciendo solo el requisito del aviso anticipado.
3.- Fue la recomendación N° 119 de la OIT la que dio origen a esta causal, entre otras. Lo contenido en la recomendación estipulaba que:
En el título II, “Normas de aplicación general”, señala el 1 que “No debería procederse a la terminación de la relación de trabajo a menos que exista una causa justificada relacionada con la capacidad o la conducta del trabajador o basada en las necesidades del funcionamiento de la empresa, del establecimiento o del servicio”.
En el título III, “Disposiciones complementarias sobre la reducción de personal”, el N° 12 menciona que “Todas las partes interesadas deberían emprender una acción positiva para prevenir o limitar en todo lo posible las reducciones de personal mediante la adopción de disposiciones apropiadas, sin perjuicio para el funcionamiento eficaz de la empresa, establecimiento o servicio”.
El mismo título, en su número 15, indica que “La selección de los trabajadores que vayan a ser objeto de una reducción de personal debería efectuarse según criterios precisos que es de desear se fijen, cuando sea posible, de antemano y que tengan debidamente en cuenta tanto los intereses de la empresa, del establecimiento o del servicio como los de los trabajadores.
Entre tales criterios podrían incluirse: a) la necesidad de que funcione eficazmente la empresa, el establecimiento o el servicio”; Esta recomendación considera relevante, que al momento de reducir personal o prescindir de un trabajador, el empleador pueda justificarse en las necesidades de su empresa, de modo que no sufra perjuicios por tener un número de trabajadores que excedan de su capacidad o que no sea adecuado según las condiciones del mercado. [1]
4.- No obstante lo dicho, que es muy parecido a lo preceptuado en nuestra legislación, dicha recomendación estipulaba además que “Los trabajadores cuya relación de trabajo se hubiere dado por terminada a consecuencia de una reducción de personal deberían, en la medida de lo posible, gozar de prioridad para ser readmitidos cuando el empleador vuelva a contratar trabajadores” [2]
Es decir, la OIT entiende esta causal como algo transitorio en virtud de urgencias de la empresa que no le permitan mantener la misma cantidad de personal, pero que, sin embargo, una vez recuperado su crecimiento, debe dar prioridad a quienes se vieron afectados sin que esto sea permanente, cosa que no ocurre en nuestra legislación, pues de las normas del Código del Trabajo no se desprende el carácter transitorio de la causal.
5.- Con la llegada de la dictadura y la imposición de un sistema neoliberal, se inició un proceso de cambios que terminó con la imposición del plan laboral de 1979 que expandió el sentido de la propiedad privada y la defensa del empresario, influyendo así enormemente en las relaciones entre el empleador y sus trabajadores y por sobre todo en detrimento de éstos últimos.
6.- Fue en el año 1978 que se modificó la ley 16.455 por medio del decreto ley 2.200 el cual estableció el libre despido sin necesidad de causal, acompañado de una indemnización por término de la relación laboral de un mes por año de servicio, entendiendo supuestamente dicha indemnización como un “beneficio” para el trabajador.
7.- No obstante, el mecanismo establecido en el decreto ley anteriormente mencionado derivó en la imposición de una desregularización y disminución en los derechos del trabajador, entre otras tantas restricciones impuestas a la relación entre empleador y trabajador. Sin mencionar en detalle que luego se impuso el límite de 11 años como tope para el pago de la indemnización y el requisito mínimo de llevar un año con contrato de trabajo para poder cancelar la indemnización.
8.- Han existido diversos intentos para modificar lo establecido en el decreto ley 2.200, sin embargo, las modificaciones hechas en este sentido, no han logrado plasmar la esencia del despido por necesidades de la empresa contenido en la recomendación 119 de la OIT.
9.- Intentar incorporar un concepto más social de mercado fue lo que buscó la ley 19.010 del año 1990, la que incorporó y recuperó algunos derechos laborales, dentro de los cuales se encuentra la democratización de espacios sindicales. No obstante no fue sino hasta el año 2001 que se eliminó la posibilidad de que el empleador invocara como causal de despido por necesidades de la empresa, la falta de adecuación laboral o técnica del trabajador.
10.- Actualmente es esencial que el despido contenga una fundamentación, es el empleador quien debe acreditar si los hechos que se le imputan son ciertos o no. En ese sentido, la causal que este proyecto pretende modificar, no se encuentra definida por la ley, solo señala algunos criterios bajo los cuales podría aplicarse, tales como: racionalización o modernización de los servicios; bajas en la productividad o cambios en las condiciones del mercado o la economía. Es decir la causa de término dice relación con procesos económicos y productivos de la empresa.
11.- La jurisprudencia al respecto ha determinado que, para la validez del despido, la comunicación debe contener absoluta claridad de los hechos que habilitan al empleador para invocar dicha causal.
El encontrarse en una posición económica compleja como empresa, esta debe revestirse de un carácter considerable de gravedad, como las pérdidas económicas constantes, cambios en el mercado, la economía o bajas de productividad.
12.- En la actualidad este tipo de despido se ha utilizado como salida alternativa para el empleador que desea con o sin razón justificada prescindir de los servicios de un trabajador. Es por eso que resulta a nuestro parecer necesario, no solo definir lo que se entiende por necesidades de la empresa, sino establecer un coto en torno a esta causal, incorporando la posibilidad de reincorporación del trabajador desvinculado, una vez que la empresa se recupere de la crisis que ha justificado precisamente su desvinculación, tal como hace mención la recomendación de la OIT.
Por tanto:
Los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Introdúzcanse las siguientes modificaciones en DFL N° 1 de 2002 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código de Trabajo:
1.- Incorpórese los siguientes incisos 2° y 3° nuevos al artículo 161, pasando el actual inciso 2° a ser inciso 4° y así sucesivamente.
“Se entenderá por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, aquellos motivos que van más allá de la voluntad unilateral y discrecional del empleador y que dicen relación con factores económicos y de mercado, que resulten perjudiciales para la empresa, o aquellos que derivados de la racionalización, necesaria modernización o bajas en la productividad de la misma, hacen inevitable la desvinculación de uno o más trabajadores.
Con todo, superadas los factores perjudiciales para la empresa, el empleador podrá priorizar la re contratación de los trabajadores desvinculados en el caso de requerir servicios personales similares a los prestados anteriormente”.
2.- Incorpórese al artículo 169 la siguiente letra c):
“El empleador deberá adjuntar a la carta de despido un informe que permita verificar las condiciones definidas en el artículo 161. La ausencia de este obligara al empleador a aumentar la indemnización en la forma estipulada en la letra a) del artículo 168”.
PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES NÚÑEZ, DON DANIEL; CAMPOS, CARMONA, LETELIER, MIROSEVIC, TORRES Y VALLESPÍN, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS FERNÁNDEZ, SEPÚLVEDA Y VALLEJO, QUE “MODIFICA LA LEY N°18.362, QUE “CREA UN SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS DEL ESTADO, PARA ASEGURAR LA CONSERVACIÓN Y MANEJO DE LOS HUMEDALES”. (BOLETÍN N° 11275-12)
I. Antecedentes
Los humedales son ecosistemas de importancia mundial y es debido a su rol ecológico que cuentan entre los más productivos del planeta, cumpliendo funciones vitales para el hombre. Entre las funciones ecológicas y productivas podemos destacar el control de las inundaciones, control de la sedimentación y la erosión, mejoras de la calidad del agua, reducción de la contaminación, mantenimiento del suministro de agua, subterránea y superficial, sostén para la pesca, la ganadería y la agricultura, actividades educativas y recreativas al aire libre para la sociedad humana entre otros.
Junto con estos servicios ecosistémicos brindados a la sociedad, los humedales albergan una importante biodiversidad y constituyen el hábitat de numerosas especies de animales y plantas, muchas de las cuales se encuentran hoy en día amenazadas o al borde de la extinción como consecuencia de la destrucción de sus hábitats y la explotación irracional a la que se ven muchas veces sometidas. Particularmente los humedales del norte de Chile albergan un gran número de especies amenazadas, endémicas y migratorias, siendo hábitats fundamentales para el ciclo de estas especies.
Estos ecosistemas se ven continuamente degradados por diversos tipos de amenazas, siendo las más importantes las derivadas de actividades antropogénicas. Es por esto, que los humedales son uno de los ecosistemas que se encuentran en mayor peligro, dado la continua intervención humana en sus alrededores. Estamos hablando de amenazas de diversos orígenes y tipos, rellenos inmobiliarios, basurales, especies invasoras, contaminación, utilización de sus aguas, entre otros. Hoy por hoy los humedales no cuentan con ningún mecanismo o categoría de protección especial en nuestro país, quedando a merced de estas amenazas, es por esto que a través de la presente moción buscamos mecanismos que nos permitan proteger efectivamente estos importantes ecosistemas chilenos. El informe Inventario Nacional de Humedales y Seguimiento Ambiental (MMA, 2011) concluyó que de las 75.906.900 hectáreas de superficie continental, 1.986.167 hectáreas corresponden a humedales; el 0,5 % de los humedales del país está incluido en áreas protegidas y equivale al 2,7 % de las áreas protegidas del país; y finalmente del total de la superficie regional, sólo la región de Magallanes incluye más del 1% de la superficie de humedales catastrados dentro de áreas del SNASPE. Las peor representadas, respecto a protección de ecosistemas acuáticos, son las regiones de Coquimbo, Maule y Biobío.
II. Contexto de humedales en la Región de Coquimbo.
En la Región de Coquimbo encontramos alrededor de 50.000 ha de humedales (MMA 2011) distribuidos tanto en ambientes costeros como andinos. Actualmente no se ha logrado una definición que agrupe y describa los humedales de la Región de Coquimbo debido a falta de estudio y que son ambientes complejos, dinámicos y altamente productivos en permanente interacción entre sistemas de montaña, dulceacuícolas, marinos y terrestres. No obstante, se reconocen sus funciones, servicios y beneficios de estos ecosistemas que otorgan a los habitantes de la región.
Los humedales están entre los ecosistemas más productivos del mundo, son de suma importancia socioeconómica y ecológica para la humanidad y son críticos para la mantención de la biodiversidad. Irónicamente, los humedales han sido percibidos como lugares donde se concentra el abandono, las enfermedades y el peligro. Esto último ha contribuido a ser considerados un obstáculo para para el progreso y desarrollo, siendo drenados, rellenados, despojados de sus especies y degradados para obtener beneficios económicos. La pérdida de humedales ha sido responsable de la pérdida de innumerables especies de animales y plantas.
Los humedales de montaña constituyen unidades de paisaje que se desarrollan en terrenos inundados, presentando diferentes formas de biota hidrofítica. Son un recurso natural importante por su biodiversidad y productividad. Se consideran ecosistemas frágiles, cuyo valor biológico reside en las variadas y originales comunidades de especies y endemismos que albergan. Además constituyen importantes recursos ecosistémicos tanto para la fauna silvestre como para el ganado trashumante, participan en la regulación de los recursos hídricos, como filtros de sales o como reservoríos de agua, vías de flujo y de regulación.
Los humedales altoandinos representan verdaderas islas biogeográficas inmersas en ambientes de clima árido o semiárido. Son dependientes del patrón pluviométrico. Se forman generalmente en sectores de superficies planas o en centros deprimidos de sitios con mayor pendiente y drenaje pobre, con acumulación de agua por escurrimiento superficial o afloramiento subterráneo.
La zona andina alberga la existencia de diversos tipos de humedales que se diferencian por tamaño, biota y estructura. Desde el punto de vista paisajístico, constituyen ecotopos que contrastan fuertemente con el paisaje xeromórfico característico a esa altitud. Estos ecosistemas poseen depósitos orgánicos de diferente profundidad, de manera que las plantas que crecen en ellos obtiene gran parte de sus nutrientes del agua que se carga con estos al pasar por los sustratos minerales subyacentes o aledaños. Son considerados de gran importancia para la avifauna que albergan. Sin embargo, son ecosistemas poco estudiados. Las amenazas de los ecosistemas altoandinos radica en la excesiva carga de animales domésticos y silvestres que le impone la ganadería de trashumancia; la elevada tasa de extracción de agua que demanda el consumo humano, ganadero y minero y los probables efectos del cambio climático global, que en estas zonas podría afectar la línea de nieve y aumento de caudales en invierno y primavera.
Los humedales costeros son ecosistemas de transición entre los ambientes acuáticos y terrestres. La Convención de Ramsar los define como “extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros”.
Existen más de 20 humedales costeros costeros que forman una Red de Humedales
Costeros en la Región de Coquimbo de distintos tipos y tamaños, tales como lagunas costeras, esteros y playas de arena y roca (CAACH 2005).
El desarrollo urbano, la extracción de agua y la desertificación ha presionado estos ecosistemas y hoy es posible clasificarlos en base a su ubicación o cercanía a centros urbanos en (1) Humedal urbano: es aquel que está inmerso en una zona cuya población es igual o superior a 5.000 habitantes y cuenta con todos los elementos distintivos de una ciudad, como calles, edificios y sistemas de alcantarillado y alumbrado públicos y (2) Humedal rural: es aquel que está ubicado fuera de la zona urbana, aunque puede incluir pequeños asentamientos humanos, como, por ejemplo, caletas, caseríos, pueblos, etc., cuyos habitantes se dedican por lo general a la pequeña agricultura, la pesca artesanal y la recolección de algas o mariscos.
III. Instrumentos de protección de humedales
La aplicación de los instrumentos de protección ambiental en el ámbito de los humedales resulta compleja. Por su naturaleza, en un humedal interactúan diferentes elementos, que son protegidos jurídicamente a través de distintos cuerpos legales. Agua, paisaje, suelo o las especies que habitan en ellos representan diferentes componentes que dificultan el análisis. Cierto, la representación del humedal como ecosistema es abordada a través del Convenio sobre los Humedales de Importancia Internacional -conocido simplemente como el Convenio de Ramsar- de 1971, sin embargo, su ámbito de aplicación se limita a ciertos espacios de importancia internacional, asumiendo con ello una representación “extraordinaria” de la biodiversidad. Junto a esta tutela de carácter “emblemática”, aparece la necesidad de conservar aquella que posee rasgos comunes u ordinarios y que, por ende, escapa a la aplicación general de los tratados internacionales en materia de conservación ambiental.
Un análisis en este sentido supone distinguir dos técnicas de protección ambiental diversas: aquellas de naturaleza territorial de las que sólo poseen un carácter sectorial. Las técnicas de protección territoriales se ejemplifican tradicionalmente a través de los instrumentos de espacios protegidos. Estos pueden ser desarrollados de manera incidental, con ocasión de legislaciones referidas a objetos diversos, o única y exclusivamente para efectos de proteger los humedales. En cambio, las técnicas de protección sectorial se caracterizan por seguir a los componentes que integran el humedal, más allá de un territorio específico. A tales efectos, debe considerarse que la relación entre estos espacios y el recursos hídricos es vital, pues “sin agua, no hay humedales” (Secretaría de la Convención Ramsar, 2010).
A) Dispositivos territoriales
A diferencia de los dispositivos sectoriales, los instrumentos territoriales de protección ambiental se caracterizan por establecer un ámbito de aplicación condicionado a la intervención de un sector específico del territorio. En la conservación de los humedales, se trata de una modalidad de intervención establecida, ya sea por la aplicación de la legislación interna, o aquella de naturaleza internacional.
B) Dispositivos sectoriales
Los instrumentos sectoriales de protección ambiental se caracterizan por establecer un ámbito de aplicación sin condicionamientos a un sector específico del territorio de un Estado. Debido a las características de su composición, en el ámbito de los humedales, este tipo de protección coincide con la regulación ambiental de su elemento principal: el agua, que repercute de manera indirecta en su conservación.
De aquí entonces que los humedales puedan estar protegidos de manera indirecta por los planes hidrológicos, que atienden “los requerimientos hídricos”, sin perjuicio que sobre esta protección pueda, en determinados casos, sobreponerse otra, de carácter territorial, en la medida que el espacio sea considerado merecedor de ser protegido, por su relevancia o vulnerabilidad, más allá de aquellos criterios.
IV.Necesidad de protección para Humedales
Si bien la ratificación del Convenio RAMSAR por parte de Chile fue un paso relevante para asegurar la representación de los Humedales en nuestro país, su ámbito de aplicación se circunscribe exclusivamente a aquellos humedales que poseen caracteristicas “extraordinarias” en cuanto a la biodiversidad, asumiendo estos como ecosistemas “emblemáticos”. Es aquí donde nace el desafío de tutelar aquellos humedales que poseen rasgos comunes u ordinarios, que si bien no poseen atributos “especiales”, en su conjunto sí son relevantes de conservar debido a los distintos servicios ecosistémicos que brindan a distintas comunidades locales en nuestro país.
La presente moción busca i) definir lo que es un humedal, sus características y sus partes constituyentes; ii) prohibir y sancionar conductas y actividades dañinas para estos ecosistemas; y iii) establece el manejo de los humedales como instrumento para su conservación.
PROYECTO DE LEY
POR TANTO, en virtud de lo expuesto, los diputados y diputadas abajo firmante venimos en presentar el siguiente proyecto de ley:
Artículo 1.- Modifíquese la Ley 18.362 que crea un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado en el siguiente sentido:
i) al artículo 2, inciso segundo, para intercalar la palabra “, humedal” a continuación de la frase “monumentos naturales”
ii) al artículo 2, inciso tercero, para intercalar la palabra “, humedal” a continuación de la frase “monumento natural”
iii) al artículo 3, para intercalar la palabra “, humedal” a continuación de la frase “monumentos naturales”.
iv) para agregar a continuación del artículo 7, el siguiente artículo 7 bis nuevo:
“artículo 7 bis.- Denomínase humedal toda extensión de lagos, ríos, marismas, pantanos, hualves o bosques pantanosos, turberas o superficies cubiertas de aguas en régimen natural, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, planicies mareales o praderas salinas, las cuales no deben exceder de los 6 metros de profundidad durante marea baja.
Los humedales estarán constituidos por un cuerpo de agua definido por la zona de saturación de agua; una zona de transición marcada por la presencia de vegetación hidrófila permanente o estacional; y la zona de amortiguamiento, que serán los 100 metros después del límite de la vegetación hidrófila. La autoridad deberá resguardar los recursos hídricos, el suelo y la biodiversidad que dan origen a los humedales.
Con todo, la autoridad podrá, fundadamente, aumentar hasta el doble o disminuir a la mitad la distancia de la zona de amortiguamiento, en función de las condiciones hidrométricas, tamaño, magnitud y fragilidad del humedal.
Todos los humedales serán considerados de interés público y constituyen una categoría de manejo cuyo objetivo es de la conservación mediante el manejo del suelo; los recursos hídricos; además de la flora y fauna silvestres de los humedales.”
Artículo 2.- Con el objeto de conservar los humedales quedarán prohibidas las siguientes acciones:
a) Las contempladas en el artículo 25 de la Ley N° 18.362.
No se sujetarán a los establecido en el inciso precedente las letras g), h), i), j), k), I) y m) de la mencionada ley, siempre y cuando dichas acciones estén contempladas en el Plan de Manejo, para el cumplimiento de los fines propios de la unidad.
b) la corta, destrucción, eliminación o menoscabo de su vegetación hidrófila nativa.
c) la descarga de aguas de lavado de equipos, maquinarias y envases que hayan contenido sustancias químicas, desechos orgánicos, productos químicos, combustibles, residuos inorgánicos tales como cables, filtros, neumáticos, baterías y otros.
d) a utilización como vía de tránsito de maquinarias y equipos que comprende a trineos, catangos y similares
e) el depósito de desechos de explotación.
Las sanciones y el procedimiento a las infracciones a las que se refiere este artículo se sujetarán a lo dispuesto en el título III de la Ley N°18.362.
Artículo 3.- Para la conservación de los humedales se deberá establecer un plan de manejo, el cual debe contemplar:
i) línea base ecológica, económica y social que de cuenta la realidad previa a la protección del humedal.
ii) plan de manejo que debe contemplar aspectos ecosistémicos y de administración.
iii) informes anuales de seguimiento, para asegurar el cumplimiento de los planes de manejo y sus aspectos ecosistémicos y de administración.
Un reglamento determinará a la autoridad u otros organismos encargados de desarrollar el plan de manejo.
El manejo de los humedales podrá ser desarrollado directamente por (i) la autoridad competente, (ii) organizaciones comunitarias funcionales o territoriales regidas por la Ley N°19.418, (iii) comunidades indígenas de las reguladas en la Ley N°19.253 y/u (iv) organizaciones sin fines de lucro tales como Fundaciones, Corporaciones y Universidades.
Con todo, este plan de manejo debe contemplar acciones que fomenten la investigación y la educación ambiental en los humedales.
Artículo 4.- Un reglamento determinará la autoridad competente y sus funciones, así como todo lo relativo al catastro de los humedales, mediante su incorporación a un registro y publicidad del mismo”.