Descripción del dossier

  • Total de participaciones 8
  • Total sesiones asociadas 0

Participaciones de Eduardo Frei Montalva entre 1965 a 1973

  • INCIDENTES.

    318

    Petición de oficio de Eduardo Frei Montalva en Senado el 28 de agosto de 1973

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    Del señor Feí: RECONSTRUCCION DE ESCUELAS N° s. 2 Y 59 DE YUMBEL (CONCEPCION)

    A los señores Ministros de Hacienda y de Educación Pública, transcribiéndoles la siguiente carta:

    Sebastián Escobar Ulloa, Alcalde de la I. Municipalidad de Yumbel, tiene el agrado de saludarlo y a la vez exponerle en su carácter de jefe comunal, los hechos recientemente acaecidos la noche del 20 del presente, en la que manos criminales llevaron a efecto un atentado, causando un incendio que destruyó en forma total las Escuelas Nºs. 2 y 59 de Niñas de esta localidad y que funcionaban en el Grupo Escolar de Yumbel Pueblo.

    Con esta vandálica acción quedan por lo menos mil niñas sin poder continuar sus estudios y peligrando la aprobación de su año escolar.

    Es por esta razón, que encabezando el sentir ciudadano, me dirijo a U. S., a fin de solicitarle que en su carácter de Presidente del Senado, se sirva arbitrar las medidas necesarias para que haciendo uso, ya sea del 2% constitucional de calamidades públicas, p estudiando alguna ley, se aporten los recursos económicos tendientes a la urgente reconstrucción de los establecimientos educacionales ya señalados, en atención a que sirven una extensa zona rural de esta comuna.

    Haciendo votos por que las gestiones se materialicen a la brevedad posible, le saluda muy Atte. S. S. S.

  •  PROYECTO DE ACUERDO

    318

    Proyecto de Acuerdo de Eduardo Frei Montalva en Cámara de Diputados el 22 de agosto de 1973

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    El señor PARGA (Prosecretario).-

    Proyecto de acuerdo presentado por los señores Monares, Sívori, Carrasco, Sepúlveda, don Eduardo, Vergara, Freí, Ansieta, Ramírez, don Gustavo, Muñoz, don Roberto, Arnello, Rodríguez, don Silvio, y Ríos, que dice lo siguiente

    "Considerando

    Primero: Que es condición esencial para la existencia de un Estado de Derecho, que los Poderes Públicos, con pleno respeto al principio de independencia reciproca que los rige, encuadren su acción y ejerzan sus atribuciones dentro de los marcos que la Constitución y la Ley les señalan, y que todos los habitantes del país puedan disfrutar de las garantías y derechos fundamentales que les asegura la Constitución Política del Estado.

    Segundo: Que la juridicidad del estado chileno es patrimonio del pueblo, que en el curso de los años ha ido plasmando en ella el consenso fundamental para su convivencia. Atentar contra ella es, pues, destruir, no sólo el patrimonio cultural y moral de nuestra Nación, sino que negar, en la práctica, toda posibilidad de vida democrática.

    Tercero: Que son estos valores y principios los que se expresa en la Constitución Política del Estado que de acuerdo a su artículo 2 señala que la soberanía reside esencialmente en la Nación y las autoridades pueden ejercer más poderes que los que ésta les delegue, y en el artículo 3 del cual se desprende que un Gobierno, que se arrogue derechos que el pueblo no le ha delegado, incurre en sedición.

    Cuarto: Que el actual Presidente de la República fue elegido por el Congreso Pleno previo acuerdo entorno al Estatuto de Garantías Democráticas incorporado a la Constitución Política a que tuvo un preciso objeto asegurar el sometimiento de la acción de su Gobierno a los principios y normas del Estado de Derecho que el solemnemente se comprometió a respetar.

    Quinto: Que es un hecho que el actual Gobierno de la República desde sus inicios se ha empeñando en conquistar el poder total, o el evidente propósito de someter a todas las personas al más estricto control económico y político por parte del Estado y lograr de ese modo la instauración de un sistema totalitario absolutamente opuesto al sistema democrático representativo que la Constitución establece.

    Sexto: Que para lograr ese fin Gobierno "O ha incurrido en violaciones aisladas de la Constitución y de la ley, sino que ha hecho de ellas un sistema permanente de conducta, llegando a los extremos de desconocer y atropellar sistemáticamente las atribuciones de los demás Poderes del Estado, de violar habitualmente las garantías que la Constitución asegura a todos los habitantes de la República y de permitir y amparar la creación de poderes paralelos, ilegítimos que constituyen gravísimo peligro para la Nación con todo lo cual ha destruido elementos esenciales de la institucionalidad y del Estado de Derecho.

    Séptimo: Que en lo concerniente ) a las atribuciones del Congreso Nacional, depositario del Poder Legislativo, el Gobierno ha incurrido en los siguientes atropellos

    a) Ha usurpado al Congreso su principal función que es la de legislar, al adoptar una serie de medidas de gran importancia para la vida económica y social del país, que son indiscutiblemente materia de ley, por decretos de insistencia dictados abusivamente o por simples resoluciones administrativas fundadas en "resquicios legales", siendo de notar que todo ello se ha hecho con el propósito deliberado y confeso de cambiar las estructuras del país reconocidas por la legislación vigente, por la sola voluntad del Ejecutivo y con prescindencia absoluta de la voluntad del legislador;

    b) Ha burlado permanentemente las funciones fiscalizadoras del Congreso Nacional al privar de todo efecto real a la atribución que a este compete para destituir a los Ministros de Estado que violan la Constitución o la Ley, o cometen otros delitos o abusos señalados en la Carta Fundamental;

    c) Y lo que tiene la más extraordinaria gravedad ha hecho tabla rasa de la alta función que el Congreso tiene como Poder Constituyente, al negarse a promulgar la reforma constitucional sobre las tres áreas de la economía que ha sido aprobada con estricta sujeción a las normas que para ese efecto establece la Carta Fundamental.

    Octavo: Que por lo que concierne al Poder Judicial ha incurrido en los siguientes desmanes:

    a) Con el propósito de minar la autoridad de la magistratura y de doblegar su independencia, ha capitaneado una infamante campaña de injurias y calumnias contra la Excelentísima Corte Suprema y ha amparado graves atropellos de hecho contra las personas y atribuciones de los jueces.

    b) Ha burlado la acción de la justicia en los casos de delincuentes que pertenecen a Partidos y grupos integrantes o afines al Gobierno, ya sea mediante el ejercicio abusivo del indulto o mediante el incumplimiento deliberado de órdenes de detención.

    c) Violando leyes expresas y haciendo tabla rasa del principio de separación de los Poderes ha dejado sin aplicación las sentencia o resoluciones judiciales contrarias a sus designios, y, frente a las denuncias que al respecto ha formulado la Excelentísima Corte Suprema, el Presidente de la República ha llegado al extremo inaudito de arrogarse en tesis el derecho de hacer un “juicio de méritos” de los fallos judiciales y de determinar cuándo éstos deben ser cumplidos.

    Noveno: Que en lo que se refiere a la Contraloría General de la Republica a un organismo autónomo esencial para el mantenimiento de la juridicidad administrativa el Gobierno ha violado sistemáticamente los dictámenes y actuaciones destinados a representar la ilegalidad de los actos del Ejecutivo o de entidades dependientes de él.

    Décimo: Que entre los constantes atropellos del Gobierno a las garantías y derechos fundamentales establecidos en la Constitución, pueden destacarse los siguientes:

    a) Ha violado el principio de igualdad ante la ley mediante discriminaciones sectarias y odiosas en la protección que la autoridad debe prestar a las personas, los derechos y los bienes de todos los habitantes de la República, en el ejercicio de las facultades que dicen relación con la alimentación y subsistencia y en numerosos otros aspectos, siendo de notar que el propio Presidente de la República ha ungido estas discriminaciones en forma fundamental de su Gobierno, al proclamar desde el principio que él no se considera Presidente de todos los chilenos.

    b) Ha atentado gravemente contra la libertad de expresión, ejerciendo toda clase de presiones económicas, contra los órganos de difusión que no son incondicionales del Gobierno, clausurando ilegalmente diarios y radios, imponiendo a estas últimas "además" ilegales, encarcelando inconstitucionalmente a periodistas de oposición recurriendo a maniobras arteras para adquirir el monopolio del papel de imprenta, y violando abiertamente las disposiciones legales a que deben sujetarse el Canal Nacional de Televisión, al entregarlo a la dirección superior de un funcionario que no ha sido nombrado con acuerdo del Senado, como lo exige la ley, y al convertirlo en instrumento de propaganda sectaria y de difamación de los adversarios.

    c) Ha violando el principio de autonomía universitaria y el derecho que la Constitución retorno a las Universidades para establecer y mantener estaciones de televisión al amparar la usurpación del Canal 9 de la Universidad de Chile, al atentar por la violencia y las detenciones ilegales contra el nuevo Canal 6 de esa Universidad, y al obstaculizar la extensión a provincias del Canal de la Universidad Católica de Chile;

    d) Ha estorbado, impedido y a veces reprimido con violencia el ejercicio de derecho de reunión por parte de los ciudadanos que no son adictos al régimen, mientras a permitido constantemente que grupos, a menudo armados, se reúnan sin sujeción a los reglamentos pertinentes y se apoderen de calles y caminos para amedrentar a la población;

    e) Ha atentado contra la libertad de enseñanza poniendo en aplicación en forma ilegal y subrepticia, a través del llamado Decreto de Democratización de la Enseñanza, un plan educacional que persigue como finalidad la concientización marxista;

    f) Ha violado sistemáticamente la garantía constitucional del derecho de propiedad, al permitir y amparar más de 1500 “tomas” ilegales de predios agrícolas, y al promover centenares de “tomas" de establecimientos industriales y comerciales para luego requisarlos o intervenirlos (legalmente y constituir así por la vía del despojo, el área estatal de la economía; sistema que ha sido una de las causas determinantes de la insólita disminución de la producción, del desabastecimiento, el mercado negro y el alza asfixiante del costo de la vida, de la ruina del erario nacional y, en general, de la crisis económica que azota al país y que amenaza el bienestar mínimo de los hogares y compromete gravemente la seguridad nacional;

    g) Ha incurrido en frecuentes detenciones ilegales por motivos políticos, además de las ya señaladas con respecto a los periodistas, y ha tolerado que las víctimas sean sometidas en muchos casos a flagelaciones y torturas.

    h) Ha desconocido los derechos de los trabajadores y de sus organizaciones sindicales o gremiales, sometiéndolos, como en el caso de El Teniente o de los transportistas, a medios ilegales de represión;

    i) Ha roto compromisos contraídos para hacer justicia con trabajadores injustamente perseguidos como los de Sumar, Helvetia, Banco Central, El Teniente y Chuquicamata, ha seguido una arbitraria política de imposición de las haciendas estatales a los campesinos, contraviniendo expresamente la Ley de Reforma Agraria, ha negado la participación real de los trabajadores de acuerdo a la Reforma Constitucional que les reconoce dicho derecho, ha impulsado el fin de la libertad sindical mediante el paralelismo político en las organizaciones de los trabajadores;

    j) Ha infringido gravemente la garantía constitucional que permite salir del país, estableciendo para ello requisitos que ninguna ley contempla.

    Undécimo: Que contribuye poderosamente a la quiebra del Estado de Derecho, la formación y mantenimiento bajo estímulo y la protección del Gobierno, de una serie de organismos que son sediciosos, porque ejercen una autoridad que ni la Constitución ni la ley les otorgan con manifiesta violación de lo dispuesto en el artículo 10, N° 16 de la Carta Fundamental, como, por ejemplo, los Comandos Comunales, los Consejos Campesinos, los Comités de Vigilancia, las JAP, etcétera, destinados todos a crear el mal llamado "Poder Popular", cuyo fin es sustituir a los Poderes legítimamente constituidos y servir de base a la dictadura totalitaria, hechos que han sido públicamente reconocidos por el Presidente de la República en su último Mensaje Presidencial y por todos los teóricos y medios de comunicación oficialistas.

    Duodécimo: Que en la quiebra del Estado de Derecho tiene especial gravedad la formación y desarrollo, bajo el amparo del Gobierno, de grupos armados que, además de atentar contra la seguridad de las personas y sus derechos y contra la paz interna de la Nación, están destinados a enfrentarse contra las Fuerzas Armadas; como también tiene especial gravedad el que se impida al Cuerpo de Carabineros ejercer sus importantísimas funciones frente a las asonadas delictuosas perpetradas por grupos violentistas afectos al Gobierno. No pueden silenciarse, por su alta gravedad, los públicos y notorios intentos de utilizar a las Fuerzas Armadas y al Cuerpo de Carabineros con fines partidistas, quebrantar su jerarquía institucional e infiltrar políticamente sus cuadros.

    Decimotercero: Que al constituirse el actual Ministerio, con participación de altos miembros de las Fuerzas Armadas, y del Cuerpo de Carabineros, el señor Presidente de la República lo denominó de “seguridad nacional” y le señaló como tareas fundamentales las de "imponer el orden político a "imponer el orden económico", lo que sólo es concebido sobre la base del pleno restablecimiento y vigencia de las normas constitucionales y legales que configuran el orden institucional de la República.

    Decimocuarto: Que las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros son y deben ser, por su propia naturaleza, garantía para todos los chilenos y no sólo para un sector de la Nación o para una combinación política. Por consiguiente, su presencia en el Gobierno no puede prestarse para que cubran con su aval determinada política partidista y minoritaria sino que debe encaminarse a restablecer las condiciones de pleno imperio de la Constitución y las leyes y de convivencia democrática indispensable para garantizar a Chile su estabilidad institucional, paz civil, seguridad y desarrollo.

    La Honorable Cámara de Diputados, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 39 de la Constitución Política del Estado, acuerda:

    Primero: Representar al señor Presidente de la República y a los señores Ministros de Estado miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros, el grave quebrantamiento del orden constitucional y legal de la República que entrañan los hechos y circunstancias referidos en los considerandos quinto a duodécimo precedentes.

    Segundo: Representarles asimismo, que, en razón de sus funciones, del juramento de fidelidad a la Constitución y a las leyes que han prestado, y, en el caso de dichos señores Ministros, de la naturaleza de las Instituciones de que son altos miembros y cuyo nombre se ha invocado para incorporarlos al Ministerio, les corresponde poner inmediato término a todas las situaciones de hecho referidas que infringen la Constitución y las leyes, a fin de encauzar la acción gubernativa por las vías de derecho y asegurar el orden constitucional de nuestra Patria y las bases esenciales de convivencia democrática entre los chilenos.

    Tercero: Declarar que, si así se hiciere, la presencia de dichos señores Ministros en el Gobierno importaría un valioso servicio a la República. En caso contrario comprometería gravemente el carácter nacional y profesional de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros, con abierta infracción a lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Política y grave deterioro de su prestigio institucional; y

    Cuarto: Transmitir este acuerdo al señor Presidente de la República y a los señores Ministros de Hacienda, Defensa Nacional, Obras Públicas y Transportes y Tierras y Colonización".

  • INCIDENTES.

    318

    Petición de oficio de Eduardo Frei Montalva en Senado el 24 de julio de 1973

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    Del señor Frei: OFICINA DE CORREOS EN HUELDEN (ANCUD).

    Al señor Ministro del Interior, solicitándole la creación de una oficina de correos en Hueldén, provincia de Ancud, en virtud de que esa localidad dista 9 kilómetros de Linao y sus habitantes no pueden llevar la correspondencia porque los caminos están totalmente intransitables. Con anterioridad, en 1968, ya se presentó una solicitud a este respecto al señor Juan Miranda Díaz, subjefe de la oficina de Correos de Ancud, pero ella no produjo resultado positivo alguno.

  • PROYECTO DE ACUERDO

    318

    Proyecto de Acuerdo de Eduardo Frei Montalva en Cámara de Diputados el 27 de junio de 1973

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    El señor GOYCOOLEA (Prosecretario subrogante).-

    Proyecto de acuerdo de los señores Fuentes, Frei, Montt, Ramírez, don Gustavo; Zaldívar, don Alberto, y Arnello, apoyado por el Comité Demócrata Cristiano:

    La Cámara de Diputados ha tomado conocimiento del intercambio de documentos entre el Presidente de la República y la Corte Suprema de Justicia.

    Al tenor de las argumentaciones sostenidas por ambos Poderes del Estado, no cabe duda que la argumentación sostenida por el Ejecutivo supone la invasión por parte de la autoridad administrativa de atribuciones que la Constitución entrega en forma taxativa al Poder Judicial.

    Esta situación, de ser mantenida por el Ejecutivo, implica la sujeción de la legalidad a la voluntad política de los funcionarios administrativos, lo que conduce a la quiebra del Estado de Derecho.

    El señor CONTRERAS (don Eduardo).-

    ¡Qué hay de la plata! Qué hay del billete largo!

    El señor GOYCOOLEA (Prosecretario subrogante).-

    La institucionalidad democrática de Chile está basada en la división de los Poderes del Estado y en el equilibrio que se mantiene entre sus áreas de jurisdicción. Todo intento de uno de estos Poderes por desconocer las atribuciones de los demás, lleva inevitablemente a la quiebra de esta institucionalidad y a la imposición arbitraria de la voluntad de personas o grupos por sobre la voluntad de la ley, que debe ser aplicada por los Tribunales de Justicia.

    Ante lo expuesto, la Cámara de Diputados acuerda:

    1º.- Manifestar su voluntad inquebrantable de defender la institucionalidad democrática;

    2º.- Consecuencialmente, dirigirse al Presidente de la República para expresarle su preocupación por la independencia del Poder Judicial, amagado por el desconocimiento de su plena capacidad de imperio para hacer cumplir lo juzgado y por la interpretación abusiva que ha hecho el Poder Ejecutivo sobre las facultades del Poder Judicial, relativas a la autonomía constitucional y legal, y

    3°.- Facultar a la Mesa de la Cámara para entregar personalmente esta acuerdo a la Corte Suprema.

  • INTEGRACION DE LAS COMISIONES PERMANENTES

    318

    Integración de Eduardo Frei Montalva en Cámara de Diputados el 30 de mayo de 1973

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    Comisión de Economía; Fomento y Reconstrucción: señores Arturo Frei; Gustavo Ramírez; Sergio Saavedra; Alberto Zaldívar; Germán Riesco; René Tapia; Hermógenes Pérez de Arce; Enrique Larre; José Amar; Sergio Anfossi; Luis Guastavino; Alejandro Rojas y Oscar Garretón .

  • ORDEN DEL DIA.

    318

    Nombramiento de Eduardo Frei Montalva en Senado el 23 de mayo de 1973

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    El señor ACUÑA (Presidente provisional).-

    En consecuencia, quedan designados los Honorables señores Frei y Aguirre Doolan para ocupar la Presidencia y la Vicepresidencia del Senado, respectivamente.

    Ruego a los señores parlamentarios elegidos pasar a tomar posesión de sus cargos.

    Aplausos.

  • CONSTITUCION DE LA SALA.

    317

    Juramento de Eduardo Frei Montalva en Senado el 15 de mayo de 1973

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    El señor AYLWIN (Presidente accidental).-

    De acuerdo con el mismo precepto reglamentario, corresponde constituir el Senado para el período legislativo 1973-1977.

    Ruego a los señores Senadores cuya elección se anunció en el oficio del Tribunal Calificador de Elecciones, acercarse a la Mesa, y a las demás personas, ponerse de pie.

    Prestan juramento o promesa los Senadores señores Aguilera, Luis; Araneda, Ernesto; Campusano, Julieta; Diez, Sergio; Foncea, José; Freí, Eduardo; Fuentealba, Renán; Godoy, Luis; Jarpa, Onofre; Lorca, Alfredo; Miranda, Hugo; Musalem, José; Noemi, Alejandro; Ochagavía, Fernando; Phillips, Patricio; Schnake, Erich; Sepúlveda, Adonis; Suárez, Jaime; Teitelboim, Volodia; Toro, Alejandro, y Zaldívar, Andrés.

  • Sin título

    317

    Respuesta Oficio de Eduardo Frei Montalva en Cámara de Diputados el 21 de febrero de 1973

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    Del señor Frei, referente a la situación del personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado acogido a jubilación en el año 1972 (10.315).

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