Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, en el sentido de agregar el siguiente artículo 12º Transitorio:
   
    "Artículo 12º Transitorio: Las postulaciones de las comunas de Valparaíso, Viña del Mar y Coquimbo, de las comunas que pertenecen a las Provincias de Choapa y Limarí y a la Región de Atacama y de toda otra comuna con decreto vigente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que la declare Zona Afectada por Catástrofe, que participen y resulten seleccionadas en el 25º Proceso de Selección de Proyectos del Programa de Pavimentación Participativa, que realiza la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, quedan exentas de realizar aportes complementarios por obras anexas imprescindibles para la construcción de las obras de pavimentación que incluyen sus respectivos proyectos, aprobados por el correspondiente Servicio de Vivienda y Urbanización, en consideración a los decretos que señalan a dichas Comunas, Provincias y/o Región como Zona Afectada por Catástrofe".