CREA CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACION EN SALUD
Núm. 145.- Santiago, 30 de marzo de 2001.- Visto: lo dispuesto en los artículos 4º y 6º del decreto ley Nº 2.763, de 1979; en los artículos 6º, 7º y 9º del decreto supremo Nº 395, de 1979, Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; lo establecido en el Nº 21 del artículo 1º del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Segpres, y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando: la necesidad de contar con una instancia nacional consultiva para asesorar a la autoridad sanitaria respecto de los temas prioritarios que deben orientar la investigación científica y el desarrollo tecnológico en salud.
Teniendo presente: lo dispuesto en el artículo 36 de la Constitución Política del Estado,
D e c r e t o:
Artículo 1º.- Créase el Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS), cuyo objetivo será asesorar en forma permanente al Ministro de Salud, respecto a temas prioritarios que sean orientadores en materia de investigación científica y desarrollo tecnológico en salud.
Artículo 2º.- El Consejo Nacional de Investigación en Salud será presidido por el Ministro de Salud.
Artículo 3º.- El Consejo Nacional de InvestigaciónDTO 64, SALUD
Art. 1º Nº 1
D.O. 02.08.2008 en Salud será integrado por las siguientes personas:
Art. 1º Nº 1
D.O. 02.08.2008 en Salud será integrado por las siguientes personas:
. Rodolfo Armas Merino, quien actuará como Vicepresidente.
. Fernando Muñoz Porras, miembro del Consejo Directivo de FONIS.
. Rodrigo Salinas Ríos, miembro del Consejo Directivo de FONIS.
. Jorge Arriagada Cáceres, miembro del Consejo Directivo de FONIS.
. Andrés Heerlein, Presidente de la Asociación de Sociedades Científicas Médicas de Chile, ASOCIMED.
. Gonzalo Grebe, Presidente de la Asociación de Facultades Médicas de Chile, ASOFAMECH.
. Giorgio Solimano Cantuarias, representante de la Agrupación de Escuelas de Salud Pública de Chile.
. Ingrid Heitmann Ghigliotto, Directora del Instituto de Salud Pública.
. Oriele Solar, Jefe de Gabinete Subsecretaría de Salud Pública.
. Roberto Tapia Hidalgo, Jefe de Gabinete
Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Artículo 4º.- Será vice-presidente del ConsejoDTO 64, SALUD
Art. 1º Nº 2
D.O. 02.08.2008 Nacional de Investigación en Salud, Dn. Rodolfo Armas Merino, correspondiéndole representar en el referido Consejo a la Ministra de Salud, en caso de ausencia o impedimento de ésta.
Art. 1º Nº 2
D.O. 02.08.2008 Nacional de Investigación en Salud, Dn. Rodolfo Armas Merino, correspondiéndole representar en el referido Consejo a la Ministra de Salud, en caso de ausencia o impedimento de ésta.
Artículo 5º.- Será Secretario Ejecutivo del referido Consejo, Dn. Jorge Arriagada Cáceres, quien conducirá operativamente las acciones acordadas por el Consejo y le corresponderá subrogar al Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento de éste.
Artículo 6º.- El Consejo Nacional de Investigación en Salud elaborará su propio procedimiento de funcionamiento y convocará a sus miembros a reunión ordinaria al menos cuatro veces al año, pudiendo convocar a reuniones extraordinarias cada vez que ello sea necesario.
Artículo 7º.- El referido Consejo funcionará en dependencias del Ministerio de Salud, debiendo levantarse acta en cada sesión de los acuerdos que se adopten, los cuales constituirán recomendaciones para el Ministerio de Salud, que podrán ser comunicados por éste a los organismos dependientes del Sistema Nacional de Servicios de Salud a modo de orientación en la materia, sin perjuicio de su difusión si se estima pertinente.
Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Salud.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Ernesto Behnke Gutiérrez, Subsecretario de Salud.