APRUEBA PROTOCOLOS DE ENSAYOS REDUCIDOS ESTABLECIDOS EN EL D.S. N° 152 DE 1988, PARA LA CERTIFICACION DE PRODUCTOS ELECTRICOS COMPRENDIDOS EN LAS RESOLUCIONES EXENTAS N° 109 DE 1988 Y N° 218 DE 1989

    Núm. 1.591 exenta.- Santiago, 20 de octubre de 1993.- Visto: Lo dispuesto en el N° 3 del artículo 131° del D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería; en el N° 14 del artículo 3° de la Ley N° 18.410; en el artículo 60° de la Ley N° 18.681; en el D.S. N° 399 de 1986, modificado por el D.S. N° 152 de 1988, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en las Resoluciones Exentas N° 109 y 218, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicadas el 02.07.88 y 10.11.89 respectivamente y la Resolución N° 55 de 1992, de la Contraloría General de la República,
 
    Resuelvo:


    1°.- Apruébanse, para los efectos de certificación del producto medidor trifásico de energía eléctrica activa, clases 2, 1 y 0,5, comprendido en las Resoluciones Exentas N°s. 109 y 218, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicadas el 02.07.88 y 10.11.89 respectivamente, los protocolos reducidos establecidos en el N° 14, letra a) del artículo primero del D.S. N° 152 de 1988, del citado Ministerio, cuyo texto íntegro estará comprendido en documentos oficiales de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y que estarán a disposición de los interesados, y que en consideración a lo dispuesto en el punto 6, del artículo 2°, del D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, corresponden a los protocolos completos establecidos por las normas de aprobación de dicho producto.

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Antonio Castro Oyarzún, Superintendente (S).
    Lo que comunico a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Paulina Concha Gazmuri, Jefa Depto. Adm. y Finanzas.

    PROTOCOLO REDUCIDO DE ENSAYOS SEGUN ARTICULO 58°,
PUNTO 58.1.1, LETRA a), DEL D.S. N° 399, DE 1985,
MODIFICADO POR EL D.S. N° 152 DE 1988, AMBOS DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION, PARA:
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.702 DEL DIA JUEVES  |
|      28 DE OCTUBRE DE 1993, PAGINA 2              |
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    PROTOCOLO REDUCIDO DE ENSAYOS SEGUN ARTICULO 58°,
PUNTO 58.1.1, LETRA a), DEL D.S. N° 399, DE 1985,
MODIFICADO POR EL D.S. N° 152 DE 1988, AMBOS DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION, PARA:
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.702 DEL DIA JUEVES  |
|      28 DE OCTUBRE DE 1993, PAGINA 2              |
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